Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- XI. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
- DEBATE
- PERMISO
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Joaquin Tuma Zedan
- PERMISO
- DEBATE
- XII. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcos Espinosa Monardes
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Silber Romo
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcelo Schilling Rodriguez
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- V. FÁCIL DESPACHO
- INFORME DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS SOBRE EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CORRESPONDIENTE AL 2012
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- DEBATE
- INFORME DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS SOBRE EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CORRESPONDIENTE AL 2012
- VI. ORDEN DEL DÍA
- INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE POLÍTICA ANTÁRTICA CHILENA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- DEBATE
- OTORGAMIENTO DE BONO DE APOYO A FAMILIAS NUMEROSAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9040-31) [Continuación]
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Cristina Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO AERONÁUTICO EN MATERIA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y SUS DERECHOS (Segundo trámite constitucional. Boletines Nos 4595-15 y 4764-15)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Marcelo Diaz Diaz
- DEBATE
- NORMATIVA SOBRE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 6499-11)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Luis Castro Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- INTERVENCIÓN : Karla Rubilar Barahona
- INTERVENCIÓN : Lautaro Carmona Soto
- INTERVENCIÓN : Marisol Turres Figueroa
- INTERVENCIÓN : Cristian Letelier Aguilar
- INTERVENCIÓN : Andrea Molina Oliva
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- FIJACIÓN DE CONDICIONES ESPECIALES PARA BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO Y OTROS BENEFICIOS. Modificación del Título II de la ley N° 19.882 (Tercer trámite constitucional. Boletín 9228-05)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- DEBATE
- NUEVO ESTATUTO PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 6965-07)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Celso Rene Morales Munoz
- INTERVENCIÓN : Carlos Recondo Lavanderos
- DEBATE
- INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ACERCA DEL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS (Continuación)
- DEBATE
- INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE POLÍTICA ANTÁRTICA CHILENA
- VII. PROYECTOS DE ACUERDO
- INCLUSIÓN DE FIESTA DE SAN SEBASTIÁN DE YUMBEL EN LISTA REPRESENTATIVA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA HUMANIDAD DE LA UNESCO (Votación)
- DEBATE
- DEBATE
- INCLUSIÓN DE FIESTA DE SAN SEBASTIÁN DE YUMBEL EN LISTA REPRESENTATIVA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA HUMANIDAD DE LA UNESCO (Votación)
- VIII. INCIDENTES
- INFORMACIÓN SOBRE RETRASO EN RESPUESTA A RECLAMACIÓN PORMALAS PRÁCTICAS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES EN CONTRADE INSTITUCIÓN COLABORADORA ACREDITADA (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE TOMA DE RAZÓN DE DESIGNACIÓN DE DIRECTORA DE SERVICIO DE SALUD DE IQUIQUE (Oficio)
- PREOCUPACIÓN POR ACTITUD DE AUTORIDADES FRENTE AL FALLO DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA, CON SEDE EN LA HAYA
- INVESTIGACIÓN SOBRE EVENTUALES IRREGULARIDADES EN LICITACIÓNDE PUERTO SÁNCHEZ, REGIÓN DE AYSÉN (Oficios)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. ANEXO DE SESIÓN
- FINANCIAMIENTO PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A FAVOR DE FAMILIAS DE COMUNA DE VICTORIA (Oficios)
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE POSIBILIDAD DE USO DE FONDOS DE PENSIONES POR VECINA DE REGIÓN DE LA ARAUCANÍA (Oficios)
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- ADHESION
- CONEXIÓN A RED ELÉCTRICA DE CASA HABITACIÓN DE VECINO DE COMUNA DE GALVARINO (Oficio)
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- ADHESION
- PAGO DE CHEQUE POR SEGURO AGRÍCOLA A VECINO DE REGIÓN DE LA ARAUCANÍA (Oficios)
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS EJECUTADOS DURANTE LOS ÚLTIMOS CUATRO AÑOS EN REGIÓN DE ATACAMA (Oficio)
- INFORMACIÓN SOBRE MÉDICOS ESPECIALISTAS PARA REGIÓN DE ATACAMA (Oficio)
- FINANCIAMIENTO PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A FAVOR DE FAMILIAS DE COMUNA DE VICTORIA (Oficios)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- X. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 361ª
Sesión 119ª, en jueves 23 de enero de 2014
(Ordinaria, de 10.15 a 12.03 horas)
Presidencia de los señores Eluchans Urenda, don EdmundoGodoy Ibáñez, don Joaquín
Secretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.
Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- FÁCIL DESPACHO
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- PROYECTOS DE ACUERDO
VIII.- INCIDENTES
IX.- ANEXO DE SESIÓN
X.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XII.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. ASISTENCIA 9
II. APERTURA DE LA SESIÓN 13
III. ACTAS 13
IV. CUENTA 13
ACUERDOS DE LOS COMITÉS 15
V. FÁCIL DESPACHO 16
INFORME DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS SOBRE EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CORRESPONDIENTE AL 2012 16
VI. ORDEN DEL DÍA 20
INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE POLÍTICA ANTÁRTICA CHILENA 20
OTORGAMIENTO DE BONO DE APOYO A FAMILIAS NUMEROSAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9040-31) [Continuación] 23
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO AERONÁUTICO EN MATERIA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y SUS DERECHOS (Segundo trámite constitucional. Boletines Nos 4595-15 y 4764-15) 28
NORMATIVA SOBRE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 6499-11) 34
FIJACIÓN DE CONDICIONES ESPECIALES PARA BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO Y OTROS BENEFICIOS. Modificación del Título II de la ley N° 19.882 (Tercer trámite constitucional. Boletín 9228-05) 51
NUEVO ESTATUTO PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 6965-07) 53
INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ACERCA DEL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS (Continuación) 58
VII. PROYECTOS DE ACUERDO 59
INCLUSIÓN DE FIESTA DE SAN SEBASTIÁN DE YUMBEL EN LISTA REPRESENTATIVA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA HUMANIDAD, DE LA UNESCO (Votación) 59
VIII. INCIDENTES 60
INFORMACIÓN SOBRE RETRASO EN RESPUESTA A RECLAMACIÓN POR MALAS PRÁCTICAS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES EN CONTRA DE INSTITUCIÓN COLABORADORA ACREDITADA (Oficios) 60
INFORMACIÓN SOBRE TOMA DE RAZÓN DE DESIGNACIÓN DE DIRECTORA DE SERVICIO DE SALUD DE IQUIQUE (Oficio) 61
PREOCUPACIÓN POR ACTITUD DE AUTORIDADES FRENTE AL FALLO DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA, CON SEDE EN LA HAYA 62
INVESTIGACIÓN SOBRE EVENTUALES IRREGULARIDADES EN LICITACIÓN DE PUERTO SÁNCHEZ, REGIÓN DE AYSÉN (Oficios) 62
Pág.
IX. ANEXO DE SESIÓN 64
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES 64
FINANCIAMIENTO PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A FAVOR DE FAMILIAS DE COMUNA DE VICTORIA (Oficios) 64
INFORMACIÓN SOBRE POSIBILIDAD DE USO DE FONDOS DE PENSIONES POR VECINA DE REGIÓN DE LA ARAUCANÍA (Oficios) 64
CONEXIÓN A RED ELÉCTRICA DE CASA HABITACIÓN DE VECINO DE COMUNA DE GALVARINO (Oficio) 65
PAGO DE CHEQUE POR SEGURO AGRÍCOLA A VECINO DE REGIÓN DE LA ARAUCANÍA (Oficios) 65
INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS EJECUTADOS DURANTE LOS ÚLTIMOS CUATRO AÑOS EN REGIÓN DE ATACAMA (Oficio) 66
INFORMACIÓN SOBRE MÉDICOS ESPECIALISTAS PARA REGIÓN DE ATACAMA (Oficio) 67
X. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 68
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República que establece una asignación de función penitenciaria, para el personal de Gendarmería de Chile. (boletín N° 9246-05) 68
2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República sobre Evaluación de las Políticas Públicas. (boletín N° 9247-31) 75
3. Oficio de S. E. el Presidente de la República. (boletín N° 9230-07) (S) 94
4. Oficio del Senado. (boletín N° 9199-05) 94
5. Oficio del Senado. (boletín N° 8853-10) 95
6. Oficio del Senado. (boletín N° 9187-17) 95
7. Oficio del Senado. (boletín N° 9188-17) (S) 96
8. Oficio del Senado. (boletín N° 9189-17) (S) 96
9. Oficio del Senado. (boletín N° 9228-05) 97
10. Oficio del Senado. (boletín N° 9113-05) 99
11. Informe de la Comisión de Recursos Naturales recaído en el proyecto, iniciado en Moción, con urgencia "”Suma”, que “Modifica ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en materia de subrogación.”. (boletín N° 9230-07) 102
12. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2.346-12-INA. 107
XI. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
1. Notas:
- Del diputado señor Rincón, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 1 de febrero de 2014 en curso, para dirigirse a Argentina.
- Del diputado señor Tuma, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 5 de febrero de 2014 en curso, para dirigirse a Argentina.
2. Oficios:
- De la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que le sea remitido el proyecto, iniciado en Moción, que “Modifica el artículo 12 del Código Penal, incorporando la agravante de la represalia.”. boletín N° 9145-07, actualmente radicado en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. En Tabla.
- De la Comisión de Régimen Interno por el cual comunica que los diputados señores De Urresti y Estay integrarán la delegación que concurrirá al XX Período Extraordinario de Sesiones del Parlamento Andino, que se realizará entre el 26 y el 28 de enero próximo, en Bogotá, Colombia 475).
Respuestas a oficios
Contraloría General de la República
- Diputado Espinoza don Fidel, Informar sobre la forma en que el servicio a su cargo fiscaliza el cumplimiento de las instrucciones y recomendaciones emitidas, en relación con las normas de probidad y de prescindencia que las autoridades y organismos públicos deben respetar en los procesos electorales; particularmente, en las candidaturas parlamentarias. (4396 al 12179).
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- Diputado Pérez don José, Medidas adoptadas para hacer efectivas las boletas de garantía otorgadas por la empresa AVAC para asegurar su responsabilidad por la frustrada construcción del paso sobre nivel en el cruce Antuco de la comuna de Los Ángeles, el mecanismo para designar a la compañía que las concluirá y el nombre de la empresa de emergencia que se contratará con el propósito de mejorar las condiciones de tránsito del sector. (30 al 13609).
- Diputada Pacheco doña Clemira, Informe a esta Cámara sobre el estado de avance y cronología prevista para cada una de las iniciativas viales anunciadas recientemente y destinadas a mejorar la conectividad al sur de la Región del Biobío, las cuales se encuentran enumeradas en la solicitud adjunta. (31 al 13699).
Intendencias
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe respecto de denuncias de amedrentamiento por parte del sindicato de boteros del Lago Todos los Santos (11 al 13626).
XII. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- Diputado Espinosa don Marcos, Informe sobre los convenios vigentes que mantiene el Fondo Nacional de Salud con el Centro de Diálisis Renacer “Villanueva y Vargas Limitada”, indicando así mismo, los requisitos con que debe contar cada prestador de salud para poder celebrar este tipo de contratos. (14062 de 16/01/2014). A servicios.
- Diputado Silber, Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de fiscalizar y aplicar las correspondientes multas y sanciones a la empresa concesionaria que presta el servicio de instalación, mantención y funcionamientos de los grifos del sector de plaza La Palmilla, en la comuna de Colina. (14064 de 17/01/2014). A superintedenta de Servicios Sanitarios.
- Diputado Schilling, Informe a esta Cámara si el colegio particular subvencionado Divina Maestra de Villa Alemana, en específico su enseñanza media, se encuentra reconocido por el Ministerio de Educación. Asimismo, solicita remitir la información acerca de las fiscalizaciones que se han realizado a los establecimientos de este tipo, en la Región de Valparaíso, motivadas por denuncias de particulares. (14066 de 20/01/2014). A Ministerio de Educación.
- Diputada Molina doña Andrea, Informe a esta Cámara si además de la inversión en infraestructura de las fiscalías en las comunas de la región, se han contemplado en forma paralela recursos que impliquen una mayor dotación de personal. (14067 de 20/01/2014). A Ministerio Público.
- Diputada Molina doña Andrea, Informe a esta Cámara sobre la implementación de las sugerencias indicadas en el oficio número 9606 del Ministerio de Justicia por el Centro de Detención Preventivo de Petorca. (14068 de 20/01/2014). A director nacional de Gendarmería de Chile.
- Diputada Molina doña Andrea, Informe a esta Cámara sobre las industrias que existen en el parque industrial de la comuna que usted administra y la situación en que se encuentran las patentes de estos. Asimismo, solicita se informe la cantidad de empresas que cuentan con los permisos de recepción de obra y los respectivos informes sanitarios. (14069 de 20/01/2014). A alcalde de la Municipalidad de Punchuncaví.
- Diputada Molina doña Andrea, Informe a esta Cámara sobre las industrias que existen en el parque industrial de la comuna que usted administra y la situación en que se encuentran las patentes de estos. Asimismo, solicita se informe la cantidad de empresas que cuentan con los permisos de recepción de obra y los respectivos informes sanitarios. (14070 de 20/01/2014). A alcalde de la Municipalidad de Quintero.
- Diputado Marinovic, Informe sobre la posibilidad de constituir mediante decreto una comisión encargada de impulsar el conocimiento y celebración del Quinto Centenario del Descubrimiento del Estrecho de Magallanes, generando un protocolo marco para sus funciones, organización, cartera de proyectos y administración financiera. (14071 de 21/01/2014). A Ministerio de Interior.
- Diputado Marinovic, Informe sobre la posibilidad de constituir mediante decreto una comisión encargada de impulsar el conocimiento y celebración del Quinto Centenario del Descubrimiento del Estrecho de Magallanes, generando un protocolo marco para sus funciones, organización, cartera de proyectos y administración financiera. (14072 de 21/01/2014). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Diputado Marinovic, Informe sobre la posibilidad de constituir mediante decreto una comisión encargada de impulsar el conocimiento y celebración del Quinto Centenario del Descubrimiento del Estrecho de Magallanes, generando un protocolo marco para sus funciones, organización, cartera de proyectos y administración financiera. (14073 de 21/01/2014). A ministro presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre el convenio de cooperación suscrito recientemente entre los pueblos Kawesqar de Punta Arenas y la Asociación de Productores de Salmón y Trucha de Magallanes A.G. (14074 de 21/01/2014). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Diputado Espinoza don Fidel, Remita los antecedentes y copia del informe “Gestión Sanitaria en la Industria del Salmón”, correspondiente al año 2013, presentado por el Servicio Nacional de Pesca el pasado 15 de enero de 2013, en la ciudad de Puerto Montt (14075 de 21/01/2014). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Diputado Espinoza don Fidel
, Informe sobre la situación de sequía que actualmente enfrentan algunas zonas de las comunas de Purranque, Río Negro y Puyehue, indicando las medida dispuestas por el Servicio Agrícola y Ganadero, para atender las necesidades agrícolas y ganaderas de las familias afectadas por esta situación. (14076 de 21/01/2014). A servicios.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre la situación de sequía que actualmente enfrentan algunas zonas de la comuna de Río Negro, indicando las medidas dispuestas por la municipalidad o solicitadas a otros servicios públicos, para atender las necesidades de acceso al agua y las actividades agrícolas y /o ganaderas de las familias afectadas por esta situación. (14077 de 21/01/2014). A Municipalidad de Río Negro.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre la situación de sequía que actualmente enfrentan algunas zonas de la comuna de Puyehue, indicando las medidas dispuestas por la municipalidad o solicitadas a otros servicios públicos, para atender las necesidades de acceso al agua y las actividades agrícolas y /o ganaderas de las familias afectadas por esta situación. (14078 de 21/01/2014). A Municipalidad de Puyehue.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre la situación de sequía que actualmente enfrentan algunas zonas de la comuna de Purranque, indicando las medidas dispuestas por la municipalidad o solicitadas a otros servicios públicos, para atender las necesidades de acceso al agua y las actividades agrícolas y /o ganaderas de las familias afectadas por esta situación. (14079 de 21/01/2014). A Municipalidad de Purranque.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre la situación de sequía que actualmente enfrentan algunas zonas de las comunas de Purranque, Río Negro y Puyehue, indicando las medidas dispuestas por la Oficina Nacional de Emergencia, para atender las necesidades de acceso al agua requeridas por las familias afectadas por esta situación. (14080 de 21/01/2014). A servicios.
- Diputado Espinoza don Fidel, Remita los antecedentes y copia de los resultados arrojados por el primer catastro de la calidad de la infraestructura educacional realizado por el Ministerio de Educación, especialmente en lo referido a las comunas de la Región de Los Lagos y su situación en relación a la realidad nacional en esta materia. Informe además, cuántos de los establecimientos catastrados en la región son rurales y cuál es su antigüedad promedio registrada. (14081 de 21/01/2014). A Ministerio de Educación.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre la situación de sequía que actualmente enfrentan algunas zonas de las comunas de Purranque, Río Negro y Puyehue, indicando las medidas dispuestas por el Instituto de Desarrollo Agropecuario, para atender las necesidades agrícolas y ganaderas de las familias afectadas por esta situación. (14082 de 21/01/2014). A servicios.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre el convenio de cooperación suscrito recientemente entre los pueblos Kawesqar de Punta Arenas y la Asociación de Productores de Salmón y Trucha de Magallanes A.G. (14083 de 21/01/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
- Diputado De Urresti, Informe sobre la posibilidad de interceder en el caso del señor John Quiroz Castro, voluntario de bomberos, quien el año 2008 sufrió un accidente en acto de servicio y requiere una reevaluación por parte de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región de Los Ríos, para poder acceder a una renta vitalicia. (14084 de 21/01/2014). A Intendencias.
- Diputado De Urresti, Informe sobre la posibilidad de acceder a la petición presentada por el señor Arcadio Guerra Delgado, domiciliado en la comuna de Lanco, de la Región de Los Ríos, voluntario de la Segunda Compañía de Bomberos, quien producto de una diabetes que lo afecta sufrió la amputación de su pierna izquierda requiriendo con urgencia de una prótesis para iniciar su proceso de rehabilitación, solicitud que habría sido realizada en el mes de julio de 2013, no obteniendo respuesta hasta la fecha. (14085 de 21/01/2014). A servicios.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre la posibilidad de acceder a la petición presentada por el señor Arcadio Guerra Delgado, domiciliado en la comuna de Lanco, de la Región de Los Ríos, voluntario de la Segunda Compañía de Bomberos, quien producto de una diabetes que lo afecta sufrió la amputación de su pierna izquierda requiriendo con urgencia de una prótesis para iniciar su proceso de rehabilitación, solicitud que habría sido realizada en el mes de julio de 2013, no obteniendo respuesta hasta la fecha. (14086 de 21/01/2014). A Ministerio de Salud.
- Diputado De Urresti, Informe sobre los períodos de tramitación de autorizaciones para efectuar intervenciones en recintos protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales, en especial, indique qué sucede con las solicitudes emanadas desde las regiones. Así mismo, solicita adjuntar la cantidad de funcionarios del Consejo de Monumentos Nacionales existentes en cada una de las regiones del País. (14087 de 21/01/2014). A Ministerio de Educación.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (81)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Aguiló Melo, Sergio IC VII 37
Alinco Bustos René IND XI 59
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Baltolú Rasera, Nino UDI XV 1
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Castro González, Juan Luis PS VI 32
Cerda García, Eduardo PDC V 10
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto IND XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
García García, René Manuel RN IX 52
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Isasi Barbieri, Marta IND I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kort Garriga, Issa Farid UDI VI 32
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31
Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Molina Oliva, Andrea UDI V 10
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Morales Muñoz Celso UDI VII 36
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Concurrieron, además, el ministro de Economía, Fomento y Turismo, señor Félix de Vicente Mingo, y el ministro del Deporte, señor Gabriel Ruiz-Tagle Correa.
-Se contó con la asistencia, también, del senador señor Mariano Ruiz-Esquide Jara.
-Por encontrarse en misión oficial no estuvieron presentes los diputados señores Enrique Accorsi Opazo, Sergio Bobadilla Muñoz, Giovanni Calderón Bassi, Cristián Campos Jara, Pablo Lorenzini Basso y Jorge Ulloa Aguillón.
-Por encontrarse con permiso constitucional no asistieron los diputados señores Fernando Meza Moncada, Clemira Pacheco Rivas, Alejandro Santana Tirachini, Guillermo Teillier Del Valle, Patricio Vallespín López y Germán Verdugo Soto.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.15 horas.
El señor ELUCHANS (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ELUCHANS (Presidente).- El acta de la sesión 112ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 113ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ELUCHANS (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Ofrezco la palabra sobre la Cuenta.
Ofrezco la palabra.
-o-
El señor ELUCHANS (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accedería a la petición de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, mediante la cual solicita el acuerdo de la Sala para que le sea remitido el proyecto, iniciado en moción, que modifica el artículo 12 del Código Penal, incorporando la agravante de la represalia (Boletín 9145-07), actualmente radicado en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado Arturo Squella.
El señor SQUELLA.- Señor Presidente, la intención es que el proyecto sea tratado por la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas antes de que sea conocido por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, tal como se ha hecho en otras oportunidades en proyectos similares.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Entonces vuelvo a solicitar el acuerdo de la Sala para acceder a la petición.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente, existe una Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas y el problema es que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia tiene una carga de trabajo muy grande, aunque sé que sus miembros hacen un esfuerzo importante por despachar todos los proyectos posibles.
Ya que no hay acuerdo para lo que se pide, ¿podríamos definir un plazo a la Comisión de Constitución para que despache ese proyecto, de manera de que la comisión técnica, la de Seguridad Ciudadana, pueda legislar en las materias de su competencia?
El señor ELUCHANS (Presidente).- Señor diputado, como no se solicitó que fuera a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas en el momento en que se dio cuenta de él, ahora se requiere la unanimidad, y no la hay, porque un diputado se opone.
La solicitaré nuevamente.
¿Hay unanimidad para acceder a la solicitud?
No hay unanimidad.
-o-
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Ramón Farías.
El señor FARÍAS.- Señor Presidente,
Me gustaría saber si el ministro cumplió con ese compromiso.
El señor ELUCHANS (Presidente).- El señor Prosecretario me precisa que se informó de ese retiro de urgencia en la Cuenta agregada de la Sesión 118ª, celebrada
El señor FARÍAS.- Gracias, señor Presidente.
ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor GODOY (Vicepresidente).- El señor Secretario dará lectura a los acuerdos de los Comités Parlamentarios.
El señor LANDEROS (Secretario).- Reunidos los jefes de los Comités Parlamentarios, bajo la presidencia del diputado señor Eluchans, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
1.- En relación con el informe de la Comisión Especial sobre Política Antártica Chilena, limitar el informe a cinco minutos y votarlo sin discusión.
2.- Respecto del proyecto de ley que otorga un bono de apoyo a familias numerosas (Boletín N° 9040-31), limitar la discusión a dos intervenciones de diez minutos de las diputadas inscritas.
3.- Votar sin debate, luego de rendido el informe, el proyecto de ley que modifica el Código Aeronáutico, en materia de transporte de pasajeros y sus derechos (Boletines Nos 4595-15 y 4764-15).
4.- Rendir los informes relativos al proyecto de ley sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía (Boletín N° 6499-11) y dejar pendiente su votación para marzo.
5.- Retirar de la Tabla de hoy el proyecto de ley que establece condiciones especiales transitorias para la aplicación del artículo 18 de la ley N° 19.479 y faculta para otorgar el bono compensatorio que indica (Boletín N° 9113-05).
6.- Otorgar al diputado señor Marinovic tres minutos para que explique los alcances de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que modifica Título II de ley N° 19.882, que fija condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario por el período que indica y otorga otros beneficios por retiro, para votarlo después sin debate.
7.- Votar sin debate el proyecto de ley relativo a las federaciones deportivas nacionales (Boletín N° 6965-07), después de rendir los correspondientes informes.
8.- Votar el informe de la Comisión Investigadora del funcionamiento del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), cuyo informe está rendido, luego de las intervenciones de los diputados que se encuentran inscritos.
9.- Rendir informe e iniciar el debate del proyecto de ley que modifica ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en materia de subrogación, postergando su votación para marzo.
V. FÁCIL DESPACHO
INFORME DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS SOBRE EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CORRESPONDIENTE AL 2012
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde tratar el informe de la Comisión Revisora de Cuentas sobre el ejercicio presupuestario de la Cámara de Diputados correspondiente al 2012.
Diputado informante es el señor Enrique Jaramillo.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Revisora de Cuentas, sesión 116ª de la actual legislatura, en 21 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 6.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor JARAMILLO (de pie).- Señor Presidente, agradezco la presencia del señor ministro del Deporte en la discusión de este informe, el cual debiera ser escuchado y analizado por todos los parlamentarios y parlamentarias presentes.
Para muchos, el tema es de preocupación; otros, lamentablemente, por variadas razones, creen que todo está bien hecho, y al respecto tengo mis aprensiones.
Me corresponde rendir el informe relativo al ejercicio financiero y contable del 2012, de la Cámara de Diputados, entregados por la Mesa de la Corporación a esta Comisión para su dictamen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, Nº 5°, del Reglamento de la Corporación.
Como antecedente previo se debe considerar que, conforme con el artículo 68 de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, le corresponde a esta Comisión el examen y aprobación de los gastos efectuados con cargo a los fondos destinados al ejercicio de la función parlamentaria. Esta normativa fue reformada con la publicación, con fecha 3 de julio de 2010, de la ley Nº 20.447, que introduce en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley Nº 20.050, que reformó la Constitución Política de la República.
En el marco de esas adecuaciones, se introdujeron diversas normas modernizadoras en materia de transparencia y control, entre las cuales, en lo que nos atañe, cabe destacar la creación de dos órganos bicamerales que son el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias y el Comité de Auditoría Parlamentaria.
El primero es el encargado de determinar, con cargo al presupuesto del Congreso Nacional y conforme a los principios que rigen la actividad parlamentaria, el monto, el destino, la reajustabilidad y los criterios de uso de los fondos públicos destinados por cada Cámara a financiar el ejercicio de la función parlamentaria. A estos efectos, se define el concepto de “función parlamentaria”, entendiendo por tal todas las actividades que realizan senadores y diputados para dar cumplimiento a las funciones y atribuciones que les confieren la Constitución y las leyes. Ella comprende la tarea de representación popular y las diversas labores políticas que llevan a cabo aquellos y los Comités Parlamentarios.
El segundo órgano bicameral está encargado de controlar el uso de los fondos públicos destinados a financiar el ejercicio de la función parlamentaria y de revisar las auditorías que el Senado, la Cámara de Diputados y la Biblioteca del Congreso Nacional efectúen de sus gastos institucionales. Este control se efectúa mediante auditorías anuales por el período de doce meses que se inicia cada 1 de abril. El Comité debe emitir su informe antes del 30 de junio de cada año.
El Comité de Auditoría Parlamentaria ya está constituido y comenzó sus funciones en 2011 -vale decir que para este informe ellos ya han estado actuando-, y se pronuncia sobre la auditoria anual, por el período que se inició el 2012, conforme con el artículo 66 B de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. Para tal efecto, la Dirección de Finanzas puso a disposición de la Contraloría Interna los estados financieros del período, los que luego de ser auditados fueron remitidos al Comité para su pronunciamiento.
Finalmente, en septiembre de 2013, el Comité de Auditoría Parlamentaria evacuó su informe, que envió al Presidente de la Cámara de Diputados, al Secretario General y al Presidente de la Comisión Revisora de Cuentas para que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, numero 5º, del Reglamento de la Corporación y en el artículo 68 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, procediera a emitir su parecer. Hago notar que el presidente de la Comisión Revisora de Cuentas es el diputado señor José Miguel Ortiz.
Por lo anterior, analizamos, en primer lugar, los estados financieros al 31 de diciembre de 2012. El texto definitivo de la Ley de Presupuestos de la Nación aprobada por el Congreso Nacional consultó para la Cámara de Diputados la cantidad de M$ 53.977.583 (cincuenta y tres mil novecientos setenta y siete millones quinientos ochenta y tres mil pesos), que posteriormente se complementó hasta llegar a un presupuesto final de M$ 55.978.392 (cincuenta y cinco mil novecientos setenta y ocho millones trescientos noventa y dos mil pesos), de acuerdo al detalle consignado en los estados financieros que se encuentran a disposición para ser consultados.
Los gastos e inversiones ascendieron a la suma de M$ 55.978.392 (cincuenta y cinco mil novecientos setenta y ocho millones trescientos noventa y dos mil pesos), y su desglose también está reflejado en los mencionados estados financieros.
En el Balance General al
Examinados los antecedentes anteriores con respecto a los pagos habituales, mensuales y esporádicos que deben hacerse, tales como dietas, asignaciones, sueldo de personal y secretarios de diputados; asignación de combustibles y otros; operaciones que se practicaron de acuerdo con los procedimientos contables para el sector público e incluyeron, por tanto, comprobaciones parciales de contabilidad y la aplicación de otros procedimientos de revisión en la medida en que se consideró necesario, vuestra Comisión pudo comprobar que las operaciones efectuadas durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, relativas al uso de los fondos públicos destinados al ejercicio de la función parlamentaria, están conformes en su uso e inversión y prestó su aprobación unánime -con alguna discusión- al informe de auditoría a los estados financieros que incluyen los gastos institucionales presentados por la Dirección de Finanzas a la Contraloría Interna y revisados por el Comité de Auditoría Parlamentaria.
Los diputados que quieran analizar en profundidad el informe podrán encontrar en él, con mucho más detalle, la composición del gasto, las diferentes partidas; las partidas de asignación directa, de asignación indirecta y el destino de los fondos.
En nombre de los diputados miembros de la Comisión Revisora de Cuentas, solicito la aprobación de la Sala al proyecto de acuerdo aprobatorio de los Estados Financieros de la Cámara de Diputados correspondiente al año presupuestario y contable 2012.
Finalmente, destaco la participación de los integrantes de la Comisión Revisora de Cuentas, diputada señora Denise Pascal y diputados señores José Miguel Ortiz (Presidente de la Comisión), Roberto Delmastro, Hugo Gutiérrez, Miodrag Marinovic, Carlos Recondo, Alberto Robles, Germán Verdugo, Felipe Ward y quien informa, Enrique Jaramillo Becker.
He dicho.
El señor GODOY (Vicepresidente).- Para iniciar el debate, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, lamentablemente, no somos muchos los que estamos presentes en la Sala. Y lo lamento porque esperaba que todos los diputados y diputadas hubieran revisado este informe, para darnos la tranquilidad a quienes participamos en esta revisión de cuentas sobre el ejercicio presupuestario de la Cámara de Diputados, especialmente de los gastos efectuados en nuestra función parlamentaria.
En las reuniones sostenidas, y de acuerdo con el reglamento de la Comisión Revisora de Cuentas, me dedique a analizar que no hubiera desorden o algo que pudiera ser malinterpretado. Sin embargo, al Presidente de la Comisión le hice algunos comentarios para ordenar un poco la información que entregan el Comité de Auditoría Parlamentaria y el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias.
Algunos nos fijamos un poco más en los números, porque somos muy cuidadosos. Con esto no quiero decir que el resto no sea cuidadoso, sino que, lisa y llanamente, otros consideran que las cosas se están haciendo bien. En el entendido de esta Comisión Revisora de Cuentas, puede que algunas veces las cosas no se hagan bien por desconocimiento de la reglamentación o de situaciones de contabilidad financiera. Yo tuve algunos problemas, y por eso llamo la atención de mis colegas. No olvidemos que se trata de fondos públicos que tienen que ver con nuestra función parlamentaria, razón por la cual debería haber mejor disposición y un poco más de orden en la rendición de los gastos en el cumplimiento de nuestras funciones.
Todo está correcto, pero cuesta un poco entenderlo. Por lo tanto, espero que se adopten algunas medidas que hagan un poco más entendible la información que entregan el Comité de Auditoría Parlamentaria y el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias.
Dejo lanzada la inquietud. Insisto en que aquí no hay nada oscuro; sí hay una situación que no es fácil de entender. Por lo tanto, en un tiempo prudente, deberíamos hacer las adecuaciones del caso, en el próximo periodo legislativo, para que el Consejo Resolutivo y el Comité de Auditoría nos entregaran sus informes, si no en la Comisión Revisora de Cuentas, en la misma Sala de la Corporación.
Anuncio que votaré favorablemente el informe, pero dejo planteadas esas interrogantes, para que sean conocidas por todos los colegas, muchos de los cuales, lamentablemente, no están presentes.
He dicho.
El señor GODOY (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este informe en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde votar el informe de la Comisión Revisora de Cuentas sobre el ejercicio presupuestario de la Cámara de Diputados correspondiente al año 2012.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 62 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
-Se abstuvieron los diputados señores:
Díaz
VI. ORDEN DEL DÍA
INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE POLÍTICA ANTÁRTICA CHILENA
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde tratar el informe de la Comisión Especial sobre Política Antártica Chilena.
Diputado informante es el señor Miodrag Marinovic.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Especial sobre Política Antártica, sesión 117ªde la actual legislatura, en 22 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 6.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor MARINOVIC (de pie).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión Especial sobre Política Antártica Chilena, paso a informar sobre las conclusiones y propuestas emanadas del trabajo realizado en cumplimiento del mandato otorgado por esta Sala, según acuerdo adoptado por esta Corporación en sesión celebrada el 5 de septiembre de 2012.
La Comisión estuvo integrada por los diputados señores Pepe Auth, Eugenio Bauer, Cristian Campos, Alfonso de Urresti, José Manuel Edwards, Issa Kort, Pablo Lorenzini, Fernando Meza, Iván Moreira, Alejandro Santana, Ernesto Silva y quien habla, Miodrag Marinovic.
El diputado señor Cerda reemplazó en forma permanente al diputado señor Lorenzini.
El diputado señor René Alinco participó en todas las sesiones y actividades de la Comisión.
Como presidente de la Comisión fue elegido este diputado informante.
Asistieron como invitados numerosos personeros de las Fueras Armadas, particularmente de la Fuerza Aérea. Cabe destacar la participación del embajador Camilo Sanhueza, encargado de la Dirección de Antártica, quien tuvo una destacada participación en nuestra Comisión; del ministro Pablo Longueira, de la subsecretaria de Turismo, del comandante Gonzalo Opazo, de la Fuerza Aérea; del abogado Luis Valentín Ferrada, por nombrar algunas de las personas que concurrieron a la Comisión.
Además, realizamos un viaje a terreno y estuvimos en el continente antártico, donde visitamos tanto las bases chilenas como la china, la rusa y la uruguaya. Vimos en terreno la infraestructura con que se cuenta para operar en dicho territorio.
Nuestras conclusiones van en dos sentidos:
A) En primer lugar, establecer políticas que favorezcan la soberanía nacional en la Antártica y que fortalezcan nuestra presencia y el desarrollo de las instituciones nacionales.
B) En segundo lugar, consolidar, a nivel nacional, el 6 de noviembre como Día Nacional de la Antártica Chilena.
En el primer grupo de propuestas, está proteger y fortalecer los derechos antárticos que tiene Chile en el continente blanco, aumentar nuestra influencia en el Sistema del Tratado Antártico, participar efectivamente en el Sistema del Tratado Antártico, fortalecer la institucionalidad antártica nacional; promover facilidades en Chile continental como país puente a la Antártica, específicamente en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Cabe señalar que nuestro país, al igual que otros, mantiene reclamaciones de soberanía respecto de una porción del territorio antártico. Sin embargo, de conformidad con lo preceptuado en el tratado, ellas se encuentran suspendidas o congeladas. Por lo tanto, concluimos que es importante que la Antártica no siga internacionalizándose y que se mantenga un status quo en ese sentido.
En el ámbito del presupuesto, se ha planteado, como objetivo de esta política, la necesidad de definir un marco presupuestario que permita seguir cumpliendo con realismo las acciones que realizan nuestras instituciones armadas y públicas en el territorio antártico.
Las medidas concretas que ha planteado esta Comisión son las siguientes:
1.- Consolidar a la Región de Magallanes como puerta de entrada al territorio antártico. Además, por su ubicación geográfica, deben consolidarse como puente Punta Arenas y Puerto Williams, especialmente por su cercanía a dicho territorio.
No olvidemos -es muy importante que todos los colegas lo tengan claro- que somos el único país que tiene una provincia antártica, cuya capital es Puerto Williams. En ese sentido, en nuestro informe hemos hecho mención de las diferencias de desarrollo que ha tenido la República Argentina para generar incentivos en Ushuaia, a diferencia de lo que ha ocurrido en Chile con Puerto Williams.
Otra de las tareas que es fundamental continuar es el camino de penetración hasta el canal Beagle, la senda Vicuña-Yendegaia, que ya está anunciada y de la cual la Contraloría está tomando razón para ampliar su segundo frente.
2.- Cambiar y mejorar la institucionalidad antártica. Básicamente, hay que estudiar el modelo institucional antártico y buscar uno que facilite la coordinación entre los distintos operadores, con eficiencia presupuestaria, que permita hacer mucho más efectivo lo que ocurre en la actualidad con la dependencia exclusiva de Cancillería.
3.- Fortalecer la infraestructura para mejorar la presencia de Chile en la Antártica, que solamente voy a enunciar, porque están detallados en el informe:
-Reemplazar el rompehielos Viel, embarcación que está por cumplir su vida útil.
-Mejorar la infraestructura aeroportuaria, especialmente en el aeródromo Teniente Marsh, con el fin de tener más estabilidad en las operaciones aéreas durante la mayor parte del año.
-Mejorar y ampliar el Aeródromo de Puerto Williams, para que sirva como base de partida para la Antártica.
-Mejorar la infraestructura portuaria en la base Presidente Eduardo Frei Montalva. Vimos el desarrollo que ha tenido la base china y, por lo tanto, requerimos mejoras en ese ámbito.
-Muelle y marina en Puerto Williams.
-Laboratorios más modernos para el Instituto Antártico Chileno. Quiero destacar la labor de dicho instituto en el continente blanco y en la Región de Magallanes.
-Nueva base en el continente antártico establecida por el actual gobierno.
-También creemos que es fundamental la construcción de un centro antártico internacional en Punta Arenas y un centro subantártico Cabo de Hornos en Puerto Williams, capital de la provincia Antártica Chilena.
-Desarrollo del turismo antártico, porque creemos que puede constituirse en un polo importantísimo de desarrollo para la Región de Magallanes y el país.
En ese sentido, estimamos que la Cámara de Diputados debe seguir cumpliendo con un rol de trabajo en el tema antártico, ya sea a través de la Comisión de Zonas Extremas, de la de Relaciones Exteriores, o de alguna otra, de tal forma que este trabajo que se ha realizado tenga continuidad en el tiempo para poder fiscalizar y seguir promoviendo, como Poder Legislativo, nuestra presencia en el territorio antártico.
Asimismo, la Comisión de Hacienda de la Corporación debe poner especial cuidado, a través de la participación de sus integrantes en la Segunda Comisión Mixta de Presupuestos, para estar velando siempre por los recursos a fin de cumplir con el plan estratégico antártico vigente.
Por último, quiero transmitir a la honorable Sala que la consolidación del 6 de noviembre como Día Nacional de la Antártica Chilena es un tema con el que debemos continuar en los próximos años. Existe un proyecto de ley que se presentó en tal sentido, bajo el amparo de esta comisión, porque estimamos que debería consagrarse un desarrollo de la cultura antártica en toda la comunidad nacional, en especial en nuestra querida Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- De conformidad con los acuerdos de los Comités, este informe no se discutirá y se votará más adelante.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este informe en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde votar el informe de la Comisión Especial sobre Política Antártica Chilena.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
OTORGAMIENTO DE BONO DE APOYO A FAMILIAS NUMEROSAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9040-31) [Continuación]
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde seguir con el debate sobre el proyecto de ley que otorga un bono de apoyo a familias numerosas.
Antecedentes:
-La discusión del proyecto se comenzó a discutir en la sesión 115ª de la actual legislatura, en 21 de enero de 2014.
El señor ELUCHANS (Presidente).- En primer lugar, tiene la palabra la diputada señora Cristina Girardi.
La señora GIRARDI (doña Cristina).- Señor Presidente, conversé con el ministro Baranda sobre la posibilidad de que este bono sea universal. Le planteé que desde hace años venimos peleando para que los derechos, por el solo hecho de ser tales, tengan carácter universal, pero se focalizan. En cambio, los bonos tienen el carácter de subsidio, y deben ser focalizados. Entonces, no se entiende esta lógica de un ministerio que focaliza los derechos y universaliza los subsidios.
El bono para familias numerosas debería ser destinado a las familias de menos recursos. Me parece inadmisible e insólito que un bono como este se entregue a familias que tienen importantes recursos. Cualquiera, independientemente del montos de sus ingresos, puede acceder a él.
No estoy de acuerdo con esa lógica. Creo que deberíamos luchar para que los derechos sean universales, como el derecho a la educación, a la salud, a la vivienda, pero no que lo sea un bono que tiene el carácter de subsidio.
Por lo tanto, no estoy de acuerdo con la forma en que está planteado este proyecto.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente, creo que lo único válido de este proyecto es que reconoce que la tasa de natalidad de nuestro país es de 1,8 hijos por mujer, y que es relevante considerar la importancia de la restitución poblacional, dado que, cada vez más, nos estamos transformando en un país de adultos mayores, que aportan menos que las generaciones anteriores, pero no se consideran las causas reales de por qué sucede eso.
Muchos estudios y encuestas, claramente, indican que el 60 por ciento de los encuestados declara no querer tener más de dos hijos, para darles más oportunidades y bienestar, en educación, salud y otros.
Otro factor es la postergación de la maternidad hasta una edad más avanzada por razones profesionales, debido al costo de las oportunidades en el desarrollo de las carreras profesionales, lo que ocurre, esencialmente, en los círculos de mayores ingresos, que acceden más fácilmente a las universidades y buscan un camino distinto.
En familias de menores ingresos, hoy se privilegia la calidad por sobre la cantidad; es decir, se tienen menos hijos con mejor acceso al bienestar general.
Los actuales cambios demográficos no solo están relacionados con factores económicos, sino también con un contexto cultural propio de la modernidad. Se mira la familia pequeña como una opción, ya que no se perciben los beneficios de tener una familia numerosa, cuando lo que rige sus posibilidades es una economía de mercado. Y este bono está enfocado con esa misma mirada, el de una economía de mercado, ya que se pagan 100.000 pesos a contar del tercer hijo o hija, 150.000 pesos por el cuarto y 200.000 pesos por el quinto.
Se ha calculado que estos bonos no alcanzan ni siquiera para completar los gastos del primer mes en pañales, alimentación, etcétera. O sea, miramos la gestación como un producto de mercado.
Realmente, es alarmante que un bono de estas características no sea segregado, por una parte; por otra, es una ofensa hacia las mujeres y la maternidad, sobre todo cuando lo propo-
ne un gobierno y sectores que dicen valorizar la familia. Los aspectos morales y éticos del proyecto dicen lo contrario, pues miran la gestación de una guagua como un producto de mercado, en lugar de verlo como el efecto del amor, de la planificación familiar o de la determinación de una persona soltera que decide tener un niño.
Además, nos preocupa que se piense que vamos a resolver el problema solo con este bono. La solución no es la entrega del bono, sino el establecimiento de una política de Estado que intervenga en la economía de mercado, para revertir las desigualdades y potenciar una planificación que permita acceder a educación, a salud y a diferentes derechos que tienen las familias y las mujeres. De esa manera, vamos a mirar de una forma distinta a nuestro país y al mundo, porque veremos cómo se revierte la situación que hoy existente, tal como lo haremos con los proyectos que enviará el próximo gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet para eliminar las desigualdades y para que exista equidad en nuestro país. Así podremos revertir la disminución de la natalidad en Chile, ya que la entrega de un bono de 100.000, 150.00 o 200.000 pesos, por una sola vez, es no valorizar lo que significa la mujer y la gestación de un hijo en la vida de un grupo familiar.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Conforme con lo acordado, cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde votar en general el proyecto de ley que otorga un bono de apoyo a familias numerosas.
Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 5 votos. Hubo 4 abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alinco
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
-Se abstuvieron los diputados señores:
Farías
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde votar, en particular los artículos 1° a 12 permanentes, y primero transitorio, con la salvedad del artículo segundo transitorio, que ha sido objeto de una indicación de la Comisión de Hacienda.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
-Se abstuvo eldiputado señor
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde votar la indicación aprobada por la Comisión de Hacienda al artículo segundo transitorio, que propone eliminar la frase “con el presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social y, en lo que faltare,”.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 3 abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alinco
-Se abstuvieron los diputados señores:
Farías
El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobado y despachado el proyecto.
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO AERONÁUTICO EN MATERIA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y SUS DERECHOS (Segundo trámite constitucional. Boletines Nos 4595-15 y 4764-15)
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que modifica el Código Aeronáutico en materia de transporte de pasajeros y sus derechos.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es el señor Marcelo Díaz.
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, sesión 118ª de la actual legislatura, en 22 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor DÍAZ (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, paso a informar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, con urgencia calificada de suma, que modifica el Código Aeronáutico en materia de transporte de pasajeros y sus derechos, originado en una moción de los senadores Camilo Escalona, Juan Pablo Letelier y Pedro Muñoz.
I.- Constancias previas
De acuerdo con lo prescrito en el artículo 290 del reglamento de la Corporación, cabe consignar lo siguiente:
1.- La idea matriz o fundamental del proyecto es establecer nuevos derechos a los pasajeros de transporte aéreo y reforzar los ya existentes.
2.- No tiene normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado.
3.- No requiere trámite de Hacienda.
4.- Como se recordará, durante el primer trámite reglamentario, el proyecto fue aprobado en general por unanimidad. En esa ocasión votaron a favor la diputada señora Mónica Zalaquett y los diputados señores Gonzalo Arenas, Guillermo Ceroni, Fuad Chahin, José Manuel Edwards, Felipe Harboe, en reemplazo de la diputada señora Cristina Girardi; Miodrag Marinovic, Joaquín Tuma, Patricio Vallespín, Enrique van Rysselberghe, Pedro Velásquez y este diputado informante.
A continuación, haré una breve reseña de los antecedentes que sirvieron de base a los parlamentarios para impulsar iniciativas tendientes a regular de mejor forma el transporte aéreo de pasajeros. Así, existe la moción de origen en esta Cámara de Diputados (Boletín 5158-03), de la cual soy copatrocinante con otros señores diputados, y aquella de la cual se ocupa el presente informe, de origen en el Senado (Boletín N° 4595-15 [S]), que abordan la misma problemática.
Por decisión de la Comisión, para agilizar la tramitación legislativa de esta materia, se resolvió fundir en un solo proyecto los contenidos de las mociones de origen en la Cámara de Diputados y en el Senado.
Es sabido que la falta de competencia real en las rutas nacionales para el transporte aéreo de pasajeros propiciaría alzas y distorsiones en el valor de los boletos, suspensión o retrasos de vuelos sin justificación ni castigos para el proveedor y escasez de información al momento de la compra. A nivel nacional existe una legislación muy débil, que ahora se refuerza en favor del pasajero, cuestión que, por lo demás, se ha podido advertir como tendencia en el resto del mundo.
En este segundo trámite reglamentario se mejora sustancialmente el texto de la moción en informe, al aprobarse por unanimidad una indicación sustitutiva de las diputadas señoras Denise Pascal, María Antonieta Saa y Mónica Zalaquett y de los diputados señores Guillermo Ceroni, Fuad Chahin, Marcelo Díaz, José Manuel Edwards, Frank Sauerbaum, Joaquín Tuma, Patricio Vallespín, Enrique van Rysselberghe y Pedro Velásquez, que contó con el patrocinio parcial del Ejecutivo. Ello da como resultado que el Boletín N° 4595-15, objeto de este informe, sintetice y establezca una mejora cualitativa en el contenido regulatorio de ambas iniciativas de ley, lográndose un ostensible avance en la defensa y protección de los derechos de los pasajeros que ocupan este medio de transporte.
En síntesis, se destaca la inclusión de derechos en aspectos relativos a mayor información sobre retrasos, cancelaciones de vuelos y sobreventa de pasajes.
Se establece lo siguiente: informar a los pasajeros sobre sus derechos y condiciones comerciales de su pasaje, derechos para los pasajeros en caso de denegación de embarque por sobreventa de pasajes (overbooking), que incluyen el embarque en el siguiente vuelo o el reembolso del pasaje, más prestaciones asistenciales, incluidas acceso a teléfono, refrigerios y alojamiento, en ciertos casos, más una compensación económica, según una tabla acorde a la distancia de los vuelos; derechos para los pasajeros en caso de retrasos o cancelaciones de vuelo a todo evento, que incluyen prestaciones asistenciales y el embarque en el siguiente vuelo o el reembolso del pasaje; obligación de las líneas aéreas de devolver las tasas de embarque si el pasajero no efectúa el vuelo, a su sola solicitud, y el derecho para que el pasajero pueda demandar indistintamente a la línea área o a la agencia que le vendió el pasaje.
II.- Contenido in extenso de la modificación incorporada en el texto de la moción en informe
1.- Derecho de información del pasajero.
El transportador tiene la obligación de:
a) Informar a cada pasajero los derechos que le asisten en los casos de cancelación, retraso del vuelo o denegación de embarque;
b) Incluir en el billete una explicitación clara de las condiciones, restricciones y limitaciones a que está sujeto y de los derechos del pasajero; y
c) Tener a disposición de los pasajeros folletos informativos con especificación de sus derechos, en un lugar visible de sus oficinas de venta de pasajes y en los mostradores de los aeropuertos.
2.- Transbordo de personas enfermas.
Un reglamento del Ministerio de Defensa Nacional establecerá las condiciones técnicas y de seguridad bajo las cuales se autorizará el transporte de personas discapacitadas, orgánicamente descompensadas, agónicas o inconscientes, lo que terminará con los abusos, arbitrariedad y discrecionalidad que se han producido.
3.- Denegación de embarque.
En el evento de sobreventa de pasajes, el transportador deberá pedir, en primer lugar, que se presenten voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinadas prestaciones y reparaciones que se acuerden entre los voluntarios y el transportador.
Si el número de voluntarios es insuficiente, el transportador podrá denegar el embarque a uno o más pasajeros, pero en tal caso el pasajero tendrá derecho a lo siguiente:
3.1.- Embarque en siguiente vuelo o reembolso de su dinero.
A elección del pasajero, el transportador deberá:
a) Embarcar en el siguiente vuelo que tenga disponible, o
b) Reembolso del monto total pagado por el billete, o
c) Si ya se hubiera iniciado la ejecución de un viaje con escala y/o conexión, derecho a:
i) embarque en el siguiente vuelo que tenga disponible,
ii) reembolso de la porción no utilizada o
iii) retorno al punto de partida, con reembolso del precio del pasaje.
3.2.- Compensación Económica. El transportador deberá ofrecer al pasajero una suma equivalente a:
a) 2 UF, para vuelos de menos de 500 kilómetros;
b) 3 UF, para vuelos de entre 500 kilómetros y 1000 kilómetros.
c) 4 UF, para vuelos de entre mil y 2.500 kilómetros;
d) 10 UF, para vuelos de entre 2.500 y 4 mil kilómetros;
e) 15 UF, para vuelos de entre 4 mil y 8 mil kilómetros, y
f) 20 UF, para vuelos de más de 8 mil kilómetros.
El pasajero que acepte dichas compensaciones no podrá ejercer acciones con posterioridad contra el transportador por el mismo hecho.
3.3.- Prestaciones Asistenciales. En el evento de que el pasajero decida perseverar en el contrato ante una denegación de embarque, el transportador estará obligado a las siguientes prestaciones asistenciales:
a) Comunicaciones telefónicas que necesite efectuar, desde las 2,5 horas de retraso;
b) Comidas y refrigerios, desde las 2,5 horas de retraso;
c) Alojamiento, para pasajeros con vuelo de retorno y para pasajeros con vuelo de ida que se les deniega el embarque en un punto de conexión;
d) Movilización desde y hacia el aeropuerto, y
e) Los arreglos y prestaciones que sean necesarias para continuar el viaje.
4.- Retraso de vuelos.
En caso de retraso de un vuelo, el pasajero afectado tendrá los siguientes derechos:
a) Derecho a embarcar en el siguiente vuelo que tenga disponible o, en caso de que ya se hubiera iniciado la ejecución de un viaje con escala y/o conexión, derecho al embarque en el siguiente vuelo disponible, al reembolso de la porción no utilizada o al retorno al punto de partida, con reembolso del precio del pasaje.
b) Derecho a las prestaciones asistenciales antes referidas.
c) Derecho a indemnización, en caso de que el retraso se deba a causa imputable al transportador y de que este sea superior a 4 horas.
d) Derecho a la completa devolución del pasaje o de la porción no utilizada si el pasajero decide no perseverar en el contrato y el retraso es superior a 4 horas.
5.- Cancelación de vuelos.
En caso de cancelación de un vuelo, el pasajero afectado tendrá los siguientes derechos:
a) Derecho a embarcar en el siguiente vuelo que tenga disponible o si ya se hubiera iniciado la ejecución de un viaje con escala y/o conexión, derecho a: i) embarque en el siguiente vuelo que tenga disponible; ii) reembolso de la porción no utilizada, o iii) retorno al punto de partida, con reembolso del precio completo del pasaje.
b) Derecho a las prestaciones asistenciales antes referidas.
c) En caso de que la cancelación del vuelo se deba a causa imputable al transportador, el derecho a indemnización, salvo que se informe al pasajero de la cancelación y se le ofrezca tomar otro vuelo que le permita salir con no más de 4 horas de retraso.
d) Si el pasajero decide no perseverar en el contrato, el derecho a la completa devolución del pasaje o de la porción no utilizada.
6.- Derecho a Devolución de tasas aeronáuticas.
En la actualidad, las compañías de vuelo no llevan a cabo la devolución de las tasas aeronáuticas, lo cual se debe tanto a la desinformación que al respecto existe entre los pasajeros como al engorroso procedimiento para solicitar su restitución.
El proyecto establece que en caso de no verificarse el viaje, las tasas, cargas o derechos aeronáuticos que hubiere pagado el pasajero deberán restituirse a su solo requerimiento en cualquier oficina del transportador aéreo o a través de su sitio web.
7.- Derecho a reparación del transportador.
El transportador que pague cualquiera indemnización o que entregue prestaciones o asistencia a un pasajero por causas o circunstancias que se deban en todo o parte al hecho o culpa de un tercero cualesquiera, siempre tendrá el derecho de exigir de tal tercero la indemnización de los perjuicios sufridos.
8.- Derecho a no sufrir costo si el pasajero es acomodado en una clase superior.
En caso de que el transportador acomode a un pasajero en una clase superior a la que ha-bía pagado, no podrá exigir pago suplementario alguno.
9.- Información de retrasos y cancelaciones por vuelo.
La Junta de Aeronáutica Civil deberá publicar en un lugar destacado de su sitio web los vuelos retrasados y cancelados por cada línea aérea, así como su ruta y aeropuerto, tanto para operaciones nacionales como internacionales.
10.- Derecho a demandar al transportador o al intermediario.
Se propone aplicar una norma común en materia de derecho del consumidor, debido a que por incumplimiento de las obligaciones del transportador el pasajero podrá ejercer acciones en contra del intermediario o del transportador, a su sola elección.
Por último, quiero agradecer a los miembros de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, de la cual no formo parte, por haberme permitido informar este proyecto de ley. Si bien la iniciativa no es la que originalmente presentamos en la Cámara de Diputados, nos pareció más razonable y de mayor agilización desde el punto de vista de su tramitación legislativa adoptar la moción del Senado, con el objeto de incorporar en ella las disposiciones contenidas en el proyecto aprobado por la Sala de nuestra Corporación. Creemos que de esa forma podremos tener en el más breve plazo una legislación que permita elevar el estándar de protección de los derechos de los pasajeros de transporte aéreo, medio de transporte que es utilizado cada vez con mayor frecuencia y de manera masiva por los chilenos.
Asimismo, agradezco a la Presidenta de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados, señora Mónica Zalaquett, por su voluntad a abrir un espacio de diálogo y poner este proyecto en Tabla, pues ello hizo posible que fuera despachado por esa instancia el martes de esta semana, así como al ministro de Economía, Fomento y Turismo, por su buena voluntad para resolver aquellos nudos que tuvieron detenido a este proyecto durante muchos años, ya que debido a eso pudo hacerse realidad su tramitación por las instancias legislativas pertinentes.
Por las razones señaladas, espero que la Sala apruebe la iniciativa sometida a su consideración, con el objeto de que se convierta pronto en ley de la república.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra, su señoría.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, sé que existe un acuerdo de los Comités Parlamentarios respecto del tratamiento de este proyecto, pero solo quiero consultar al diputado informante si en la discusión de la iniciativa fueron invitados a la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo los representantes de las líneas aéreas nacionales.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente, en varias ocasiones concurrieron a la Comisión de Economía tanto los representantes de LAN y Sky Airline como los de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA), y de la Asociación Chilena de Líneas Aéreas (Achila).
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Corresponde votar en particular el proyecto de ley que modifica el Código Aeronáutico en materia de transporte de pasajeros y sus derechos, aprobado por la Comisión de Economía en su segundo trámite reglamentario.
Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Despachado el proyecto.
NORMATIVA SOBRE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 6499-11)
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, iniciado en moción, sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía.
Diputados informantes de las Comisiones de Salud y de Hacienda es la señora Karla Rubilar y el señor Gastón von Mühlenbrock, respectivamente.
En esta oportunidad van a rendir los informes los señores diputados Juan Luis Castro y Miodrag Marinovic, respectivamente.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, sesión 84ª de la legislatura 360ª, en 3 de octubre de 2012. Documentos de la Cuenta N° 3.
-Informe de la Comisión de Salud, sesión 83ª de la actual legislatura, en 14 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 7.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 118ª de la actual legislatura, en 22 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 5.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Salud.
El señor CASTRO (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Salud paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, originado en moción de los senadores señores Girardi, Kuschel y Ruiz-Esquide y de los exsenadores señores Ominami y Arancibia.
La idea matriz o fundamental del proyecto, según lo establecido en los informes despachados por el Senado, consiste en el fomento de la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, a través del reconocimiento de la existencia de determinados tipos de mascotas que por distintas razones desarrollan conductas agresivas, a las que se les dará un tratamiento especial en razón de su potencial peligrosidad, de lo que se deriva la imposición de exigencias mayores para sus dueños; la protección de la salud pública, en virtud de lo cual se aplicarán medidas para el control de la población de mascotas o animales de compañía, las que consistirán, principalmente, en la promoción de campañas de esterilización masiva, la creación de registros de animales potencialmente peligrosos, así como la de organizaciones no gubernamentales promotoras de la tenencia responsable y de criaderos de razas potencialmente peligrosas; la implementación de políticas públicas sobre protección de la población animal, con el apoyo de entidades especializadas promotoras de la tenencia responsable de mascotas, a las que se asignarán recursos estatales para operar adecuadamente; la protección de la salud de los animales, para lo cual se promoverá su bienestar mediante la tenencia responsable y la aplicación de cuidados veterinarios, y la regulación de la responsabilidad por los daños que sean consecuencia de la acción de mascotas o animales de compañía, sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan.
Cabe hacer presente que el estudio de este proyecto, en primer trámite constitucional, tuvo dos fases en el Senado.
Primero, la iniciativa, originada en moción, tuvo por propósito inicial hacerse cargo de los aspectos vinculados con la responsabilidad jurídica generada por actos de animales potencialmente peligrosos. Con posterioridad, la iniciativa fue objeto de una indicación sustitutiva del Ejecutivo, la cual cambió, en forma sustantiva, el texto del proyecto original, de manera que sus nuevos objetivos son los siguientes: regular la responsabilidad por los daños que sean consecuencia de la acción de mascotas y animales de compañía; proteger la salud pública a través de la aplicación de medidas para el control de la población de mascotas y animales de compañía, y la protección de la salud animal mediante la promoción de su bienestar sobre la base de la tenencia responsable.
En sus orígenes, el proyecto se fundamentó en que el país no cuenta con una legislación sistemática sobre animales ni con un cuerpo legal que sancionara los daños generados por mascotas o animales potencialmente peligrosos.
Asimismo, se señaló que la legislación civil ha quedado desfasada y obsoleta respecto de la materia de la que se hace cargo el proyecto, puesto que no da una respuesta clara y contundente a la responsabilidad jurídica que genera para sus propietarios la acción dañosa de ese tipo de animales.
Atendido ello, el proyecto -la moción original- pretende hacerse cargo de los aspectos relacionado con la responsabilidad jurídica más que de los aspectos institucionales y orgánicos a los que debería sujetarse la tenencia y actividad de animales considerados peligrosos, materia que por su gran relevancia exige cambios estructurales y funcionales inexistentes en la actualidad.
La moción indica que la regulación propuesta es de carácter general, por cuanto encarga a un reglamento la regulación sobre tenencia de animales en aspectos relacionados con las condiciones sanitarias en que estos deben ser mantenidos, las condiciones de funcionamiento de los establecimientos destinados a la crianza y mantención de mascotas, y la normativa sobre el registro de perros, felinos y otros.
En resumen, el proyecto pretende lo siguiente: establecer la responsabilidad civil objetiva por actividad dañosa de animales; que siempre sea el dueño del animal el responsable por los daños que este genere a terceros, sin que sea admisible alegar caso fortuito o fuerza mayor; que sea el tenedor del animal el responsable del daño en los mismos términos que el dueño; que tanto el dueño como el tenedor sean solidariamente responsables del daño ocasionado por el animal; que se regule la responsabilidad del Estado o del municipio respecto de la actividad dañosa ocasionada por animales o perros vagos; que se establezca la obligación de abrir un registro municipal de mascotas, en el cual se registren los animales a fin de tener certeza de su existencia, características y cualidades genéricas, generando su omisión infracciones administrativas; y finalmente, en relación con los animales peligrosos o potencialmente peligrosos, que sea de competencia del Servicio de Salud correspondiente determinar su destino cuando han generado daños a terceros, debiendo el municipio proveer el lugar de destinación, por sí o a través de entidades protectoras de animales; si el animal ha causado lesiones, que dicho Servicio pueda calificar la peligrosidad del mismo, ordenar su incautación y/o encierro provisional o definitivo y su destinación definitiva, y determinar la responsabilidad civil y penal del tenedor del animal, concurriendo ciertos presupuestos objetivos que permitan determinar la existencia de una negligencia inexcusable, tales como falta de registro municipal, aplicación de multas anteriores y otros generales que permitan acreditar un ánimo de causar daño o la negligencia en la generación de dicho efecto.
Como ya se señaló, con fecha 27 de agosto de 2009, el Ejecutivo presentó una indicación sustitutiva para reemplazar el articulado de la moción inicial, el cual no contiene fundamentos explicativos, sino solo el articulado sustitutivo. En él se propone regular, de acuerdo con el artículo 1°, la responsabilidad por los daños que sean consecuencia de la acción de mascotas y animales de compañía; proteger la salud pública, aplicando medidas para el control de la población de mascotas y animales de compañía, y proteger la salud animal, promoviendo su bienestar mediante la tenencia responsable.
Resumen del contenido del proyecto aprobado por el Senado.
El proyecto aprobado por la Comisión de Salud del Senado está constituido por treinta y cinco artículos permanentes y tres transitorios, cada uno de los cuales será analizado en el capítulo de este informe referido a la discusión particular.
El artículo 1° señala los objetivos del texto legal; el artículo 2° contiene diversas definiciones sobre los temas de que trata la iniciativa; los artículos 3° al 5° se refieren a las atribuciones de los órganos de la Administración del Estado para el fomento de la tenencia responsable de las mascotas o animales de compañía; los artículos 6° al 11 regulan la responsabilidad en la tenencia de dichos animales; los artículos 12 al 19 tratan de los registros que deberán existir en el país para conocer la existencia de los animales potencialmente peligrosos de raza canina, de organizaciones no gubernamentales promotoras de la tenencia responsable de animales, y de criadores y vendedores de razas consideradas potencialmente peligrosas; los artículos 20 y 21 se refieren al Consejo Nacional de Protección Animal y a la Estrategia Nacional de Protección de la Población Animal; los artículos 22 al 34 establecen las sanciones e infracciones a que dará lugar el incumplimiento de la normativa referida a los animales; el artículo 35 hace referencia a los recursos con los que se financiará el mayor gasto que irrogue la aplicación del proyecto de ley. Finalmente, las disposiciones transitorias establecen los plazos en que deberán dictarse los reglamentos a que alude el proyecto, y el plazo en que deberán estar operativos los respectivos registros que establece la iniciativa legal.
Síntesis de la discusión en la comisión y acuerdos adoptados.
Durante la discusión en general, se escuchó al ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Andrés Chadwick; al decano de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad de Chile, señor Santiago Urcelay; al presidente del Colegio de Veterinarios, señor Eduardo Álvarez; a la presidenta del Kennel Club Chile, señora Isabel Vásquez Correa; al abogado representante de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Rodrigo Barrientos; a la presidenta de Proanimal Chile, señora Patricia Cocas González; y a la directora de la Fundación de Control Ético de la Fauna Urbana, señora Alejandra Cassino Marcel.
En términos generales, el proyecto tiene por objeto fomentar la tenencia responsable de mascotas, fomentar la salud pública mediante la aplicación de medidas para el control de la población de mascotas, proteger la salud animal y regular la responsabilidad de los dueños de mascotas por los daños causados por estas.
Se destaca el concepto de “tenencia responsable de mascotas”, el cual comprende un conjunto de obligaciones para el tenedor, tales como: registro ante la autoridad, alimentación, albergue, buen trato, control veterinario y respeto de las normas de salud y seguridad pública que sean aplicables.
La labor de los órganos del Estado y las municipalidades en la tenencia responsable de mascotas consiste en promover la educación para la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía; desarrollar programas de esterilización de animales vagos; el retiro de animales abandonados para entregarlos a ONG de protección animal que se encuentren debidamente registradas.
Se establece el nuevo concepto de “animal potencialmente peligroso”. Para esos efectos, un reglamento calificará a los caninos que cumplan con dichas características fenotípicas. El juez también podrá calificar un animal como potencialmente peligroso de la especie canina cuando haya causado lesiones a una persona o daños de consideración a otro ejemplar de su misma especie.
En cuanto a la responsabilidad del tenedor de un animal, esta será de carácter civil, por lo que responderá como fiador de los daños producidos por la mascota, sin perjuicio de la responsabilidad directa del dueño del animal, según las reglas generales.
El proyecto crea tres nuevos registros a cargo del Ministerio del Interior: un registro nacional de animales potencialmente peligrosos de la especie canina; un registro de organizaciones no gubernamentales promotoras de la tenencia responsable, y un registro de criadores y vendedores de razas consideradas potencialmente peligrosas.
Se crea una nueva institucionalidad: el Consejo Nacional de Protección Animal. Esta instancia multisectorial será responsable de la elaboración de la Estrategia Nacional de Protección de la Población Canina, integrada por el subsecretario del Interior, un subsecretario representante del Ministerio de Salud, el subsecretario de Educación, el subsecretario de Agricultura y el subsecretario de Hacienda.
Finalmente, el proyecto establece las sanciones y fiscalizaciones. Se incorporan sanciones especiales para los dueños que incumplieren cualquier obligación relativa al cuidado de las mascotas, o que no identificaren y registraren en la forma que determina la ley a una mascota. Asimismo, se establecen sanciones para los criaderos de mascotas, que pueden llegar hasta la clausura del criadero.
Votación en general del proyecto
La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en el mensaje, y luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas precedentemente, que permitieron a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes (10 votos a favor). Votaron a favor los diputados señores Enrique Accorsi, Juan Luis Castro, José Antonio Kast, Cristián Letelier, Marco Antonio Núñez; las diputadas señoras Karla Rubilar y Marisol Turres, y los diputados señores Gabriel Silber, Víctor Torres y Gastón von Mühlenbrock.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor MARINOVIC (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda paso a informar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía.
Durante el estudio del proyecto, asistieron a la Comisión el subsecretario de Salud Pública, señor Jorge Díaz, y el subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dipres, señor Hermann von Gersdorff.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos establece, en un horizonte de tres años, costos asociados al Ministerio de Salud y a las municipalidades.
El total de gastos que implicará la implementación del proyecto, en régimen, asciende a 3.412.848 miles de pesos.
El mayor gasto fiscal que irrogará la aplicación de esta futura ley durante el primer año de vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud. En lo que faltare, el Ministerio de Hacienda podrá suplementar dicho presupuesto con recursos que se traspasen de la Partida 50 Tesoro Público.
En el debate habido en la Comisión, el señor Jorge Díaz explicó que el proyecto en referencia tiene cuatro objetivos principales: en primer lugar, establecer derechos y obligaciones de los responsables de los animales de compañía; en segundo lugar, proteger la salud y el bienestar animal; en tercer lugar -por eso el Ministerio de Salud ha asumido un rol preponderante en la discusión de esta iniciativa-, tiene un claro sentido de protección de la salud pública. Finalmente, regula la responsabilidad de los dueños de mascotas por daños a las personas y a las cosas causados por estas.
En la Comisión de Hacienda se generó un interesante debate sobre la iniciativa, lo que nos obligó a tratarla en varias sesiones.
El proyecto establece, además, una estrategia de protección y control animal. La reglamentación será responsabilidad del Ministerio de Salud y su implementación estará a cargo de las municipalidades, para lo cual se consideran los recursos de que da cuenta el informe financiero, por un período de cuatro años. El costo de esta estrategia sería ligeramente superior a 4.000 millones de pesos el primer año, reduciéndose a 3.500 millones los dos años siguientes, para demandar, en régimen, alrededor de 3.400 millones de pesos.
Las razones que dio el subsecretario de Salud para involucrarse en esta iniciativa dicen relación con la salud humana, con la salud pública. Los aspectos más técnicos fueron explicados por el doctor Juan Luis Castro, y están incorporados en el informe respectivo.
La Comisión de Salud dispuso que la Comisión de Hacienda tomara conocimiento del artículo 37 del proyecto. Por su parte, nuestra Comisión incorporó a su competencia los artículos 11, 29 y 30, por estar relacionados con los registros y con las multas incluidas en la nueva normativa. Por lo tanto, procedimos a votarlos en particular.
Puestos en votación los artículos 11, 29, 30 y 37, fueron aprobados por 7 votos a favor y 2 abstenciones.
Los diputados Auth, Jaramillo, Ortiz y Robles presentaron una indicación al inciso tercero del artículo 4°, la cual fue aprobada por unanimidad.
Los mismos señores diputados, más el diputado señor Macaya presentaron sendas indicaciones al inciso segundo del artículo 5° y para intercalar un nuevo artículo 28, las que también fueron aprobadas por 7 votos a favor y 1 abstención.
Finalmente, los diputados señores Auth, Jaramillo, Ortiz y Robles formularon diversas indicaciones, que también fueron aprobadas por 7 votos a favor y 1 abstención. Todas ellas se detallan en el informe de la Comisión de Hacienda que los colegas tienen en sus pupitres.
El proyecto fue tratado y acordado en sesiones de fechas 7 y 21 de enero de 2014, con la asistencia de los diputados señores Marinovic, don Miodrag (Presidente); Auth, don Pepe; Baltolú, don Nino; Edwards, don José Manuel; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón, según consta en las actas respectivas.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Para iniciar el debate, tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar.
La señora RUBILAR (doña Karla).-
Señor Presidente, no obstante ser un proyecto tan relevante, desde el inicio de su tramitación debe llevar alrededor de diez años.
Es uno de esos proyectos cuya discusión se hace eterna y que, habitualmente, cobra actualidad cada vez que ocurre algún accidente como, por ejemplo, cuando un perro muerde a un niño o cuando a consecuencia del ataque de un perro a un menor este termina falleciendo. Por cierto, esto produce gran revuelo, pero a medida que pasa el tiempo el interés va disminuyendo. Por desgracia, estos problemas no generan todo el interés público que ameritarían, atendida la relevancia que revisten en materia de seguridad, salud pública y responsabilidad social.
Quiero informar a la honorable Sala que el 85 por ciento de las mordeduras de perros corresponden a mascotas que tienen dueño; más del 60 por ciento de las mordeduras afectan a niños y, por lo general, su autor es el perro de su propia casa o el del vecino. En realidad, no se trata de perros que tengan cualquier dueño, sino que pertenecen a personas muy conocidas o muy cercanas al niño que es víctima de un ataque o de una mordedura. La mayoría de los perros que vemos en la calle -por eso decimos que son perros callejeros- tienen dueño. En este caso, estamos ante una evidente tenencia irresponsable de mascotas.
La situación se complica cuando estos perros pertenecen a una raza potencialmente peligrosa, aunque en realidad no existen las razas peligrosas, toda vez que son las condiciones en que viven los animales las que pueden convertirlos en potencialmente peligrosos. De manera que no es correcto estigmatizar a ciertas razas.
En nuestro país, cualquiera persona piensa que puede tener un perro con características que no son fáciles de manejar. Un perro catalogado como potencialmente peligroso debe tener un dueño que le dedique mucho tiempo, que lo adiestre y lo saque a pasear para que gaste energía y no se convierta en un animal agresivo. Además, el dueño del perro debe disponer de un lugar adecuado para que este viva en buenas condiciones que eviten su agresividad. Como digo, la mayoría de las personas cree que puede tener un perro catalogado como potencialmente peligroso.
De manera que lo que hace este proyecto de ley es modificar sustancialmente la legislación que existe sobre esta materia. Por ejemplo, faltaba reglamentar la ley sobre protección animal. Por eso, me siento muy satisfecha de que la Comisión de Salud de la Cámara haya introducido importantes modificaciones al proyecto aprobado por el Senado. Entregamos más recursos y atribuciones; especificamos de mejor forma las regulaciones; regulamos los criaderos, las peluquerías, los hoteles y los hostales para perros, y regulamos la labor que deben cumplir los municipios en esta materia, estableciendo que estarán obligados a dictar ordenanzas. Sin embargo, no se trata de que cualquier municipio dicte una ordenanza, sino que haya una ordenanza general que ordene cumplir las exigencias que impone la autoridad sanitaria.
Asimismo, estuvimos de acuerdo en que hay que educar a los jóvenes sobre la tenencia responsable de mascotas, cuestión que también será responsabilidad del Ministerio de Salud. Estuvimos de acuerdo en que es necesario establecer penas accesorias para el maltrato animal y tipificar como delito el abandono de las mascotas. Aquí no me refiero al abandono que consiste en dejar botada una mascota en la esquina, sino al que se produce cuando nos vamos de vacaciones y dejamos al perrito o al gatito dentro de la casa, sin alimento y sin nadie que lo cuide. Esta situación también será considerada abandono y delito, no solo falta.
El proyecto es muy importante porque nada sacamos con tomar medidas que solo apuntan a facilitar el abandono animal. Muchas veces se dice que la solución para esto es aplicar la eutanasia o crear caniles en los cuales se puedan dejar los perros o los gatos, cuando ya no queremos tenerlos. Estas son soluciones para las personas irresponsables: los matamos o los abandonamos. Son malas soluciones porque no han funcionado en ningún país del mundo. Lo que requerimos es aprobar un proyecto que incentive la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía y que sancione a quienes no lo hacen, porque queda claro que no todas las personas pueden tener una mascota; así de simple. Tener una mascota implica una gran responsabilidad que hay que asumir.
Eso es lo que estamos haciendo con este proyecto de ley. La Comisión de Salud realizó un trabajo muy minucioso. Agradezco en particular a la Agrupación Pro Animal Chile, que lleva dando una lucha durante diez años en esta materia, a través de su presidente, Patricia Cocas. Sus integrantes nos ayudaron enormemente en este proyecto de ley y estuvieron presentes en todas las sesiones que realizaron las Comisiones de Salud y de Hacienda que trataron esta iniciativa. Es bueno que la gente sepa que nos entregaron información y que han luchado muchísimo para que esta iniciativa salga adelante. Están muy contentos, y esperamos que los registros de las agrupaciones que ayudan a cuidar a las mascotas y a los animales potencialmente peligrosos también contribuyan a implementar políticas públicas nacionales sobre esta materia.
El Ministerio de Salud tiene una enorme responsabilidad, toda vez que debe entender que no solo se trata de un problema sanitario muy relevante, que dice relación con la rabia y con otras enfermedades que pueden transmitir los perros, de lo cual siempre ha estado preocupado, sino de un asunto de salud pública.
En este sentido, estamos muy contentos porque creemos que la Cámara de Diputados ha hecho una gran labor. Esperamos que este problema no trate de resolverse solo con la esterilización de los perros, gracias a la buena voluntad de algún municipio o de alguna intendencia, sino que debe ser objeto de una política pública integral que involucre esterilización, impedimento de vender animales en lugares no autorizados, buen cuidado y mantención de las mascotas y educación en los colegios, porque eso va a significar que estamos avanzando para convertirnos en un país desarrollado.
Los países desarrollados no son solamente los que tienen un ingreso per cápita elevado, sino que son también los que tienen un buen trato con sus animales.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.-
Señor Presidente, exigir una tenencia responsable a los dueños de mascotas es un camino serio y posible de abordar, incluso a través de campañas mediáticas. El objetivo es que exista un control ciudadano respecto de la tenencia responsable de los animales.
No obstante, el proyecto presenta un vacío respecto del tratamiento de los animales vagos; es decir, aquellos que no tienen dueño.
En el caso de las comunas de Diego de Almagro, Chañaral y Copiapó, que represento en esta Sala, la cantidad de perros vagos supera con creces a la de cualquier otra ciudad del país.
Frente a eso, habría que preguntar en qué forma la ley protege a las personas ante el riesgo real de ser atacados por los perros vagos que circulan en estas ciudades en una proliferación que supera cualquier mirada proporcional.
A modo de ejemplo, quiero mencionar que hace poco tiempo un joven fue atacado y murió debido al ataque de estos perros vagos. El hecho fue constatado por un vecino que vio a un perro vago en las cercanías de su casa con el brazo de un hombre en su hocico. Los perros habían desmembrado el cuerpo del joven.
Por otra parte, en Chañaral, se constató la existencia de murciélagos portadores de rabia, por lo que se dio la alarma pública para evitar el contagio de esta enfermedad que gracias a políticas de salud pública hace muchos años está prácticamente extinguida en el país. Una posibilidad de contagiar esta enfermedad a los seres humanos es a través de la mordedura de perros contagiados por la rabia.
Esta situación se puede dar en las poblaciones más populares, donde la relación de los niños con los perros no distingue aspectos propios de la higiene o aspectos sanitarios que puedan afectarla.
No sé cuál es la realidad de otras comunas, pero en el caso de las que represento en esta Sala el problema es tan importante que hemos promovido, por la vía de una plaza solidaria de salud pública, la incorporación de médicos veterinarios a estas brigadas voluntarias para limitar el riesgo sanitario mediante vacunas y la desparasitación de los animales.
¿Qué política se puede implementar al respecto? Cuando se trata de animales que no tienen un tenedor reconocido, la responsabilidad debe ser del órgano público que tiene la tarea de garantizar la salud de los habitantes. En ese sentido, el órgano público más próximo para solucionar este problema son los municipios, pero ellos no tienen presupuesto y su planta no cuenta con la posibilidad de contratar a un veterinario o de instalar una unidad de política sanitaria vinculada al problema de la relación con los animales de la comuna que no tengan un tenedor identificado.
En lo sucesivo, para concretar una política sanitaria y de salud pública es necesario abordar el problema que se origina debido a la gran cantidad de animales, particularmente perros, que no tienen dueño y se crían en la calle.
Al respecto, muchas personas, en forma irresponsable, frente al hecho de que esto no tiene solución pública, los recogen y los abandonan en el desierto. De esa manera, se empiezan a formar verdaderas jaurías que viven bajo la ley del más fuerte y sobreviven gracias a personas generosas que les dejan agua y alimentos, pero no en la cantidad suficiente para tal número de animales.
Lo que se requiere es una política integral que incluya la existencia de animales sin tenedores, animales vagos respecto de los cuales nadie se hace responsable; asimismo, que los municipios se hagan cargo, con un presupuesto adecuado, de la contratación de un médico veterinario encargado de una unidad que cuente con vacunas y elementos de desparasitación y esterilización. De avanzar en ese sentido, el tema se acotaría estrictamente a legislar sobre los animales que tienen tenedores identificados y a los cuales hay que exigirles, con todo el rigor del caso, ser responsables de sus mascotas.
Lo importante es que la decisión que adopte el dueño del animal, que es inconsulta, no afecte a las otras personas, que no son quienes han decidido hacerse cargo de ese animal.
Anuncio mi voto favorable al proyecto, pero quiero reiterar que presenta un vacío en ese aspecto, pues no resuelve problemas graves en comunidades como las que represento. En Copiapó, Diego de Almagro y Chañaral hay voluntad de parte de los municipios y de sus autoridades, pero no hay presupuesto y por eso se tienen que realizar jornadas solidarias de salud como las que uno promueve para limitar en algo el peligro sanitario que significa la existencia de estos animales.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente, estoy muy contenta que estemos discutiendo este proyecto que es muy importante y muy esperado, como lo señaló la diputada Karla Rubilar, en el que se trabajó alrededor de diez años.
Es importante señalar algo en relación con las expectativas generadas sobre este proyecto.
En primer término, la iniciativa no trata de todos los perros o de los perros vagos, como mucha gente cree. A través de este proyecto no se regula qué va a pasar con los perros que vemos en las calles.
En cambio, este proyecto trata acerca de las mascotas, de aquellos animales que tienen dueño. El texto les impone obligaciones a esos dueños, les otorga responsabilidades, define qué tipo de responsabilidades tienen e, incluso, sanciona penalmente en el caso de que las mascotas sean abandonadas. Este punto no es menor, porque más del 60 por ciento de los perros que uno ve en las calles, y que los considera perros vagos, son animales que tienen dueño. El problema es que justamente sus dueños no se hacen responsables.
Este proyecto de ley tiene algunos hitos bastante importantes.
En primer lugar, el objetivo de este proyecto es establecer ciertas normas destinadas a determinar obligaciones y derechos de los responsables de los animales de compañía o mascotas; proteger la salud y bienestar animal mediante la tenencia responsable; proteger la salud pública, la seguridad de las personas, el medio ambiente y las áreas naturales protegidas, aplicando medidas para el control de la población de mascotas o animales de compañía; regular la responsabilidad por los daños a las personas y a la propiedad que sean consecuencia de la acción de mascotas o animales de compañía.
Por otra parte, el artículo 2° consigna una serie de definiciones muy importantes que permiten, además, distinguir la calidad de estos animales, entre otras cosas. Por ejemplo, define a las mascotas o animales de compañía, al animal abandonado, al perro callejero, que es aquel cuyo dueño no hace una tenencia responsable y es mantenido en el espacio público. Ese es el perro que más preocupa, porque más del 60 por ciento de los perros que vemos en las calles caben dentro de este concepto, o en el del perro comunitario, también descrito por la ley.
La iniciativa también define al animal perdido y al animal potencialmente peligroso. Este último es muy preocupante, porque puede provocar lesiones graves o muertes y, usualmente, tiene dueño. Muchas veces, las tremendas agresiones de que son víctimas los adultos y los niños suceden al interior de la casa o al lado de la casa del dueño del animal. En tal sentido, esta futura ley es importante ya que permitirá presentar las denuncias correspondientes y sancionar a los dueños de los animales conforme a las multas señaladas en el proyecto, en la medida de que no se hagan responsables. Asimismo, define los centros de mantención temporal de las mascotas, qué es un criador, un criadero, etcétera.
Es relevante reconocer que en un comienzo se habló de que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública debía hacerse cargo de esta materia. En verdad, todos consideramos absurdo que ese ministerio tan relevante estuviese preocupado de los perros, por mucho problema que generen a la seguridad de las personas. Sin duda, sus objetivos y funciones son otras. Por lo tanto, quiero reconocer la buena voluntad que hubo por parte del Ministerio de Salud para acoger este proyecto, buscar recursos y hacerse cargo de perseguir el cumplimiento de los objetivos de la iniciativa.
También se dispone que el Ministerio de Educación se hará cargo de promover políticas de tenencia responsable de mascotas. Lo que no se aprende cuando se es niño es muy difícil que se asimile cuando adulto. En consecuencia, es muy importante la educación en esta materia.
Por último, cabe señalar que este proyecto es un tremendo avance. Siempre queda mucho por hacer y tareas pendientes. El tema de los perros sin dueño y que se encuentran en las calles nos preocupa a todos. Es algo que sucede en todas las comunas de Chile. Ninguna cuenta con el privilegio exclusivo de tener perros vagos.
La bancada de la UDI votará a favor del proyecto, porque representa un avance. El Gobierno tomó con seriedad el asunto de la tenencia de las mascotas. Según como tratemos a nuestros animales se demuestra la madurez que tenemos como sociedad. El trato a los animales, a los niños, el reconocimiento de ciertos derechos y la protección de los más débiles sin duda reflejan los avances de una sociedad.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Cristián Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, como señalaron quienes han hecho uso de la palabra, el proyecto en debate, aprobado por la Comisión de Salud por unanimidad, establece un instrumento jurídico que pondrá término o regulará la existencia de un problema de salud pública grave. En todas las ciudades de Chile hay perros abandonados, perros vagos, pero también es una realidad que toca a otros animales. Por ejemplo, el otro día, en un potrero, un niño de cuatro años, de origen gitano, fue pateado en su rostro por un caballo. Los medios contaban que estaba gravemente herido y que tal vez perdería un ojo.
Mediante esta iniciativa nos estamos preocupando de los animales de compañía, porque ese es el problema que existe en nuestras ciudades. ¿Cómo reaccionar? Ese asunto no se resuelve únicamente a través de la ley, porque como buen país legalista, creemos que con una ley lo arreglamos todo. Eso no es así, pero es un avance.
Al respecto, nuestra legislación civil señala que los animales domésticos están sujetos a dominio. Así lo dispone el artículo 623 de nuestro Código Civil. Eso significa que son de responsabilidad del dueño.
Eso tiene que ver con la función social que establece la Constitución a todo propietario. Se nos olvida que a pesar del cariño y de que la población canina es lo más parecido al ser humano, a final de cuentas, desde el punto de vista jurídico, se trata de una cosa animada y, por lo tanto, tiene tratamiento de cosa. Eso hace que sus dueños tengan una responsabilidad social, que consiste en cuidar de ellos debidamente, lo que significa, entre otras cosas, que no causen daños a terceros.
Hoy, todas las ciudades están repletas de caninos abandonados por sus dueños. En ese contexto, a las universidades privadas, tan criticadas, les cabe una gran responsabilidad en la solución de este problema. Las escuelas de medicina veterinaria, a través de sus alumnos y profesores deben jugar un rol activo en el cuidado de esta población y de la comunidad.
En el distrito N° 31 la población canina abandonada es un problema permanente. Por ejemplo, todos hacen “vista gorda” cuando los perros muerden los neumáticos de un vehículo que, con posterioridad, se desplaza por la carretera, con el peligro consiguiente de sufrir un accidente.
Por eso, me parece que esta iniciativa viene a ser un instrumento jurídico que permitirá un avance en la solución del asunto. Tal vez no lo hará en su totalidad, pero por algo hay que empezar.
Por ende, tanto la Constitución Política de la República, el Código Civil y esta ley especial serán el marco jurídico que iniciará un ataque frontal a este grave problema de salud pública, representado por esta explosión de población canina abandonada, que es menester resolver.
Las municipalidades y las autoridades de Salud se tendrán que hacer cargo de la cuestión. Pero no olvidemos escuchar a los docentes y a los científicos, en este caso a los veterinarios, que tienen mucho que decir y aportar.
No puede haber una solución al problema sin el concurso de las escuelas universitarias de medicina veterinaria, porque ellas tienen muchos estudios para progresar en esta materia y, definitivamente, responsabilizar a los chilenos con conciencia de que cada mascota es un compromiso.
Muchas veces, nuestros hijos nos dicen que les compremos un perrito, pero a la hora de las vacaciones, de asumir su responsabilidad con esa mascota, no lo hacen.
Eso es lo que debemos inculcar: ley y conciencia. Son dos conceptos fundamentales sin los cuales esta ley será letra muerta. Sin embargo, tenemos la esperanza y la fe de que será una ley muy activa, reguladora y, sobre todo, formadora de conciencia para la tenencia responsable de mascotas.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada Andrea Molina.
La señora MOLINA (doña Andrea).-
Señor Presidente, intervengo en el debate de este proyecto porque de alguna manera me siento responsable de que hoy esté en Tabla y de que podamos votarlo y aprobarlo definitivamente.
Hace tres años, cuando era Presidenta de la Comisión del Medio Ambiente de esta Corporación, refundimos todos los proyectos de ley que había en esa comisión relativos a la tenencia responsable de animales. Presentamos el resultado de nuestro trabajo al Ejecutivo y lo conversamos, pero ellos decidieron presentar un proyecto propio, del Gobierno, por lo que el nuestro quedó sin tramitarse.
Así y todo, decidimos apoyar el proyecto del Gobierno, porque consideramos que era el camino correcto, aunque no fuera nuestra moción. Lo único importante era contar con una herramienta real y concreta que permitiera resguardar a la población, a nuestros animales, a nuestros perritos, por sobre todas las cosas, por la vía de incentivar la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, tanto entre aquellos que tienen una mascota en su casa, como entre aquellos que abandonan en la calle a sus animales, y también entre los municipios, respecto de lo que hacen y lo que no hacen y las responsabilidades que eso les podría acarrear.
Por ende, me siento muy contenta de haber colaborado a hacer posible que hoy estemos debatiendo el informe de la Comisión de Salud y de Hacienda y que luego podamos votar el proyecto.
Ojalá que una vez aprobado el proyecto sea conocido como Ley Trinidad, en homenaje a una pequeña niña de 7 años, de la ciudad de Quillota, quien llevaba ese nombre y que lamentablemente murió por el ataque de un animal. No tendría por qué haber muerto en esas circunstancias.
¿Cuántos chilenos han muerto producto de agresiones de animales? ¿Cuántas personas han sido agredidas? ¿Cuántas personas que vivían en situación de calle han muerto por causa de los perros que son abandonados, de los que nadie se hace responsable por su agresividad o por el hambre que puedan tener?
Sin duda, esta iniciativa no dejará tranquilos o contentos a todos, porque es perfectible, pero es fundamental contar con un piso, con una base sólida y concreta desde la cual partir.
El proyecto considera el manejo de animales peligrosos, aumenta las sanciones a los dueños de mascotas que no cumplan con la normativa legal, establece acciones penales contra los responsables y programas de esterilización para mascotas, entre otras medidas. También considera la creación de tres registros que administrará el Ministerio de Salud: el de animales potencialmente peligrosos de la especie canina, el de organizaciones no gubernamentales promotoras de la tenencia responsable de animales y el de criadores y vendedores de animales potencialmente peligrosos.
Por otro lado, debemos concordar en que la educación es fundamental para promover la tenencia responsable de mascotas. Hoy lo conversábamos en un programa radial; si no tomamos conciencia de lo que significa tener un animal, no podemos tenerlo. Además, no es posible que se requiera una ley para que la gente comprenda claramente qué debe hacer cuando tiene un perro peligroso o cuando su mascota tiene crías, que no las debe tirar a la calle. Lamentablemente, es así.
En ese sentido, espero que las campañas de educación que establece el proyecto sean efectivas y se realicen. Por lo mismo, me habría parecido mejor que en el inciso final del artículo 3° del proyecto se hubiera establecido que el Ministerio de Educación deberá -no que podrá- diseñar los contenidos mínimos en la educación de los niños y adolescentes sobre temas relacionados con el cuidado de los animales de compañía, el compromiso de las personas con ellos, con el medio ambiente, con la higiene y con la salud tanto de las personas como de los animales. Sin embargo, debemos reconocer que esto ya es un avance, aunque puede perfeccionarse, sin lugar a dudas.
Por último, quiero señalar que entre los pilares que sustentan la tenencia responsable de mascotas es el incentivo de adopciones, que este proyecto no recoge en forma óptima. En tal sentido, es menester seguir avanzando en esta materia ya que aun son muchos los animales que se abandonan en las calles, especialmente perros, lo cual genera una serie de problemas sociales.
Sabemos que no podremos devolverle la vida a quienes la han perdido a consecuencia del ataque de un animal, como le ocurrió a la pequeña Trinidad y a muchos otros chilenos. Con todo, debemos aprobar este proyecto de ley, más allá de que sea perfectible, como ya he dicho, porque las personas no pueden esperar otros cuatro o cinco años para que se regule esta materia.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, felicito el trabajo realizado por los integrantes de la Comisión de Salud, uno de los cuales, el diputado Castro, se encuentra a mi lado.
Precisamente con él estuve conversando sobre el reglamento que se establece en los artículos transitorios, que me preocupa, y acerca de las complicaciones que surgieron durante la tramitación de este proyecto, que duró entre cinco y seis años, razón por la cual la Cámara de Diputados hizo un tremendo esfuerzo en su minuto para aprobarlo lo antes posible y despacharlo al Senado. No obstante, las dificultades terminaron por zanjarse a través de un proyecto sustitutivo que envió el Ejecutivo.
Sin embargo, me preocupa algo que tiene que ver con la implementación de esta iniciativa, porque si bien el responsable es el Ministerio de Salud, esas tareas, especialmente la que tiene que ver con los perros vagos, la deberán asumir los municipios.
Si uno hace una encuesta en ciudades como San Fernando o San Vicente de Tagua Tagua, lo primero que denuncia la gente es la proliferación de perros vagos en el centro de la ciudad y, especialmente, en las poblaciones, con la generación de dos problemas adicionales: las garrapatas y la diseminación de la basura.
En cuanto a las garrapatas, agrupaciones de vecinos y las juntas de vecinos plantean la necesidad de exterminar esos parásitos, que son transmitidos por perros vagos, sus principales portadores. Lo mismo ocurre con la diseminación de la basura, ya que también es un problema atribuido a la acción de perros vagos. El factor común, como podemos ver, son los perros abandonados en la calle.
Lo que me preocupa acerca de la aprobación de este proyecto es que la gente va a decir: “Bueno, ya tenemos ley”, pero lo cierto es que ese hecho no modificará su realidad, no resolverá el problema de los perros vagos, porque deja la responsabilidad de implementar medidas que tiendan a ese fin en manos de los municipios. El diputado Miodrag Marinovic, en nombre de la Comisión de Hacienda, nos informó que cuando esta ley esté operando en régimen aportará 3.400 millones de pesos que deberán repartirse entre las 345 municipalidades del país. Además, el diputado Marinovic agregó que los recursos se aportarán contra proyecto, por lo que “para variar”, solo las municipalidades que tengan capacidad de gestión podrán obtener esos fondos.
Por ello, señor Presidente, tal como de alguna manera han planteado el diputado Letelier y el diputado Carmona, habría que incorporar a veterinarios, a gente especialista en estos temas, fundamentalmente en esterilización, porque su aporte será esencial en esa tarea.
Si las municipalidades no son capaces de crear vínculos con las escuelas de medicina veterinaria o con médicos veterinarios radicados en su comuna para que las ayuden a implementar programas de esterilización de perros, no habrá mucho que hacer en lo inmediato, ya que todo el resto de las medidas que se incluyen en el proyecto, como la educación a los dueños de las mascotas, son de largo plazo.
Los problemas que hoy está sufriendo la comunidad debemos resolverlos ahora, pero créame que aportar en promedio tres millones de pesos en régimen a cada municipalidad supondrá una complicación mayor, dado que la ciudadanía verá que existe el instrumento, que hay un responsable, que es el municipio, y que se creó un fondo para postular, pero que los recursos no son cuantiosos.
Por lo tanto, no tenemos la posibilidad de lograr una correcta implementación a largo plazo; además, le vamos entregar esta responsabilidad a los municipios, en circunstancias de que ni siquiera cuentan con el personal adecuado.
Me alegra de que se haya presentado este proyecto de ley y agradezco la labor de la Comisión de Salud. Sin embargo, hoy debemos hacer un esfuerzo presupuestario mayor para entregar herramientas adecuadas a los municipios.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, estimados colegas y televidentes del canal de la Cámara de Diputados: no me referiré a las mascotas ni al gran problema que generan los perros vagos. Voy a abordar un tema que me corresponde como miembro de la Comisión de Hacienda.
Como lo he conversado en reiteradas oportunidades con el diputado señor José Miguel Ortiz, no quisimos atrasar el proyecto que ya aprobamos. Estamos en condiciones de decir que en el próximo proyecto de Ley de Presupuestos de 2015 se va a contemplar una consideración económica en esta materia. Expresamos en su momento nuestra discrepancia con el diputado señor Pablo Lorenzini y presentamos una indicación con el diputado José Miguel Ortiz, pero no queríamos paralizar este buen proyecto, porque representa también un buen inicio.
El proyecto tiene un costo durante el primer año de implementación de 4 mil millones de pesos; en el siguiente, de 3.500 millones de pesos, en régimen. Pero hay que decir la verdad: estas cantidades las pagan las municipalidades. Sobre el particular, la diputada señora Alejandra Sepúlveda dijo que debe presentarse un proyecto porque no están dadas las condiciones óptimas para las municipalidades pequeñas. Y, al final del día, no hay recursos para las 345 municipalidades del país. No sé si con un 10 por ciento se podrá lograr el objetivo.
Hago esta salvedad para que el asunto quede consignado en la historia fidedigna de la ley, como dice el diputado José Miguel Ortiz. Vamos a dejar pendiente para el proyecto de Ley de Presupuestos de 2015 que estos medios económicos del Estado se pongan a disposición de las distintas municipalidades.
En la minuta que elaboró la Comisión de Hacienda se señala que el costo del proyecto sería ligeramente superior a 4.000 millones de pesos el primer año, reduciéndose a 3.500 millones de pesos los dos años siguientes, para demandar en régimen alrededor de 3.400 millones de pesos anuales, la mayor parte de los cuales tienen por objeto financiar las prestaciones que deben otorgar los municipios. Hago esta salvedad, porque podemos dictar muchas leyes con gastos a terceros, pero no con cargo al presupuesto de la Nación.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, valoro esta iniciativa, porque va a permitir avanzar respecto de la tenencia responsable de animales, un tema ciudadano que afecta bastante el corazón de la gente que vive en las poblaciones y que debe lidiar con animales potencialmente peligrosos.
Como ha dicho la diputada señora Andrea Molina, este problema, en la comuna de Cabrero, ha costado la vida a menores de edad atacados por animales.
Este proyecto pretende generar una responsabilidad civil objetiva para el propietario o tenedor de animales por los daños que puedan provocar a terceros. El dueño de un animal siempre será el responsable por los daños que éste genere a terceros, sin que sea admisible alegar un caso fortuito o de fuerza mayor.
También establece un registro municipal de mascotas, en el cual se consignan los animales para tener certeza de su existencia y de su condición potencialmente peligrosa.
Se ha dicho que cada vez que dictamos una ley establecemos responsabilidades para los municipios que cuentan con muy pocos recursos. Entiendo que hay una remisión tácita de responsabilidad a los gobiernos regionales para que sean los municipios los que postulen a proyectos para tener caniles y practicar esterilizaciones, siempre monitoreadas por profesionales en la materia.
Si bien es cierto los recursos de los municipios son escasos, estos pueden ser complementados a través de los gobiernos regionales.
El proyecto constituye un avance para controlar la población de mascotas y perros vagos, los que también hacen de las suyas en los sectores rurales, donde también ha habido daños a otros animales.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, uno de los temas relevantes de este proyecto sobre responsabilidad por daños ocasionados por animales potencialmente peligrosos -quiero dejarlo registrado en la historia fidedigna de la ley porque se trató en la Comisión de Hacienda; además, se lo preguntamos en forma muy precisa al subsecretario- se refiere a lo siguiente.
El subsecretario nos informó que en la futura ley se determinan cuáles son los animales potencialmente peligrosos y que se hace referencia a los animales abandonados, etcétera. También queda establecido con claridad cuáles son los llamados perros vagos.
Otro de los temas que me preocupaba tiene que ver con quién es el responsable en términos jurídicos, pero también desde el punto de vista institucional, en relación con aquellos perros que deambulan por la calle.
El subsecretario fue muy enfático. Planteó, con claridad, que el 98 por ciento de los perros callejeros no son vagos, sino comunitarios, es decir, dependen de una junta de vecinos que los vigila y alimenta. Tienen dueño, pero fueron lanzados a la calle. Sólo el 2 por ciento de ellos pueden ser de responsabilidad de las municipalidades. Por eso, la responsabilidad de los animales que deambulan por las calles es de sus dueños. Al ser así, como plantea el proyecto, la responsabilidad, como lo señaló el subsecretario, no es del municipio.
Aun más, el subsecretario planteó que los municipios no tienen autorización para mantener caniles, uno de los temas en boga. Muchas personas le piden al municipio que tengan un canil. El municipio, al tenerlo, se hace responsable y se hace cargo de una cantidad de perros con dificultades. Pero, ¿cómo trata el municipio a ese animal, cómo lo atiende? Los recursos municipales están disponibles para las personas, no para los animales. Sin embargo, hay municipios con caniles. La futura ley -y el subsecretario también- es muy clara: los municipios no tienen obligación de tener caniles.
Me parecen muy importantes estas dos materias, porque la futura ley hace responsable al dueño de lo que pueda ocasionar su animal en términos de daños a terceros. Ello quedó claro después de la intervención del subsecretario: el municipio no tiene ninguna responsabilidad sobre el actuar de un perro, dado que son abandonados por la gente.
Otro tema muy relevante tiene que ver con el registro y su obligatoriedad. Es evidente que debe haber un reglamento muy claro del Ministerio de Salud para exigir el registro de todos los animales que nazcan en Chile en el futuro, sobre todo perros. Desde el punto de vista cultural, los perros transitan abiertamente por las calles de todo el país. También está claro que en Chile hay animales en todas partes; incluso, al interior del Palacio de La Moneda se pueden ver algunos perros vagos cuando se realizan actos públicos. Por eso, es muy importante tener claridad en relación con la persona natural responsable de la tenencia de un animal.
Por último, en la Comisión de Hacienda, a través de una indicación patrocinada principalmente por el diputado Auth y suscrita por la gran mayoría de esa comisión, presentamos otra indicación para que el Servicio Agrícola y Ganadero y la Corporación Nacional Forestal tengan la potestad de controlar a los animales que actúan en jaurías y que afectan a distintos animales silvestres, sobre todo en zonas protegidas. Eso ocurre en el norte de Chile, particularmente en algunas localidades como Llanos de Challe y Pan de Azúcar, donde se han visto jaurías de perros atacando guanacos. En ese sentido, es evidente que la lógica es entregarles facultades al SAG y a la Conaf. Finalmente, esa indicación fue aprobada en la Comisión y espero que ocurra lo mismo en la Sala.
He planteado esos temas porque me parece relevante dejar constancia de ello para la historia fidedigna de la ley, sobre todo desde el punto de vista de la responsabilidad que ten-drían los municipios en el actuar después de que el proyecto sea aprobado.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fuad Chahin.
El señor CHAHIN.-
Señor Presidente, solo para efectos de dejar establecido en la historia fidedigna de la ley que discrepo de la conclusión planteada por el diputado Sabag. La responsabilidad civil, en reglas generales, es por culpa o dolo y no por responsabilidad objetiva, la cual es excepcionalísima. En verdad, de la lectura del texto se desprende que hay responsabilidad civil, pero en ningún momento se señala que hay responsabilidad civil objetiva o estricta.
Por lo tanto, a mi juicio, la responsabilidad civil contenida en el proyecto es la de las reglas generales contenidas en el Código Civil. Así, siempre será necesario acreditar la culpa o el dolo para que proceda.
Insisto, no concuerdo con lo planteado por el diputado Sabag, porque en la ley no hay ninguna norma de la cual se desprenda el tipo de responsabilidad civil que hace presente su señoría.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Agradezco su alcance, señor diputado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
FIJACIÓN DE CONDICIONES ESPECIALES PARA BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO Y OTROS BENEFICIOS. Modificación del Título II de la ley N° 19.882 (Tercer trámite constitucional. Boletín 9228-05)
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Corresponde tratar las modificaciones del Senado al proyecto, iniciado en mensaje, que modifica el Título II de ley N° 19.882, con el objeto de fijar condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario por el período que indica y otorga otros beneficios por retiro.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado. Documentos de la Cuenta N° 9 de este boletín de sesiones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Conforme al acuerdo adoptado por los Comités Parlamentarios, ofreceré el uso de la palabra solo al Presidente de la Comisión de Hacienda de la Corporación, diputado señor Miodrag Marinovic, hasta por 3 minutos.
Tiene la palabra su señoría.
El señor MARINOVIC.-
Señor Presidente, seré aún más breve.
Efectivamente, han llegado a la Cámara las modificaciones propuestas por el Senado al proyecto que establece una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios y trabajadores del sector público y otorga otros beneficios por retiro.
Este proyecto es muy anhelado por la ANEF y los trabajadores del sector público del país. Básicamente, comprende una bonificación de 11 meses más 395 unidades de fomento, como regla general, y en el caso de los profesionales hay una excepción que amplía ese monto hasta 100 UF adicionales. Además, los funcionarios de más antigüedad obtienen 10 UF por cada año con un tope.
Respecto de las modificaciones del Senado, estas consisten en ciertas correcciones formales: en primer lugar, de redacción; en segundo lugar, se incluyeron nuevos servicios con funcionarios beneficiarios, como, por ejemplo, aquellos que laboran en la Dirección del Trabajo, el Instituto Nacional de Estadísticas, las corporaciones de asistencia judicial, el Servicio Nacional de Turismo, etcétera.
En tercer lugar, el artículo 15 establece que el mayor gasto fiscal que representa esta ley se financiará con los recursos que se contemplen en los presupuestos de las diversas entidades a que ella se refiere, y en lo que faltare, con los recursos de la Partida Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público.
Finalmente, no fue incorporado en el proyecto algo que solicitamos en la Comisión de Hacienda, en el sentido de incluir a 59 trabajadores y a algunas otras personas. Así que seguramente esa será una tarea que la ANEF deberá seguir en el próximo gobierno.
En cuanto a las otras materias, la iniciativa contiene básicamente los mismos temas formales.
Por lo tanto, votaremos favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado a este proyecto en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Corresponde votar las modificaciones del Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Título II de la ley N° 19.882, que fija condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario por el período que indica y otorga otros beneficios por retiro.
Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Despachado el proyecto.
NUEVO ESTATUTO PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 6965-07)
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto, iniciado en moción, en segundo trámite constitucional, relativo a las federaciones deportivas nacionales.
Diputado informante de la Comisión Especial de Deportes es el señor Celso Morales.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, sesión 86ª de la actual legislatura, en 17 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 4.
-Informes de la Comisión Especial de Deportes, sesión 111ª de la actual legislatura, en 9 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 5.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 118ª de la actual legislatura, en 22 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 6.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor MORALES (de pie).-
Señor Presidente, en primer lugar, deseo saludar tanto al ministro del Deporte, señor Gabriel Ruiz-Tagle, como a las señoritas Caterin Bravo y Andrea Koch y al señor Daniel Miranda, deportistas del Centro de Alto Rendimiento que se encuentran en las tribunas.
En segundo lugar, en representación de la Comisión Especial de Deportes, paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley relativo a las federaciones deportivas nacionales de la referencia, iniciado en moción de la senadora señor Soledad Alvear, con urgencia calificada de suma por el Ejecutivo.
Antecedentes.
En Chile, las federaciones deportivas tienen gran importancia dentro de la estructura institucional diseñada para el deporte. Dentro de la Ley del Deporte, el Estado Chileno deposita en las asociaciones deportivas la formación y desarrollo del deporte de alto rendimiento a nivel nacional.
Para dar cumplimiento a los objetivos planteados por la legislación, se contempla una activa participación del sector privado, el cual, al acceder a fondos para el desarrollo de dichas actividades, puede participar en la ejecución de proyectos deportivos que se encuentren insertos dentro de la lógica de alguno de los programas contemplados en la ley del Deporte. Dentro de este marco, los clubes deportivos, las asociaciones deportivas y, de forma especial, las federaciones deportivas cumplen un rol fundamental, contribuyendo, en la práctica, a la ejecución de la política nacional del deporte.
El marco regulatorio de las organizaciones deportivas nacionales está compuesto por la ley N° 19.712, ley del Deporte. Adicionalmente, le son aplicables las disposiciones administrativas del reglamento de ejecución de dicha ley, dictado por decreto N° 59, de 2002, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, denominado Reglamento de Organizaciones Deportivas, y aquellas contenidas en sus estatutos, regulación que carece de los elementos necesarios para distinguir los diversos tipos de organizaciones presentes en la realidad deportiva y que no contiene las herramientas para evitar que los conflictos administrativos generados por una eventual mala gestión redunden en perjuicio de la práctica deportiva y los deportistas.
Objetivos del proyecto
La presente propuesta se hace cargo de los problemas de funcionamiento de las federaciones deportivas de nuestro país, a través de una serie de modificaciones a la forma en que se regulan esas instituciones, especialmente en lo que dice relación con su constitución, administración y control. Con este fin, se propone profesionalizar la labor dirigencial, para lo cual, para ser director de una federación, se requerirá haber aprobado un curso de capacitación en materias de gestión y administración deportiva.
Se propone, además, lo siguiente:
Incorporar a los deportistas en la toma de decisiones de las federaciones; transparentar la selección de deportistas para competencias internacionales; establecer un sistema de control financiero mediante auditorías externas a tales organizaciones, como también, de un tribunal imparcial de arbitraje que resuelva las controversias suscitadas al interior de cada federación deportiva; declarar como ingreso no renta de las becas otorgadas a deportistas, profesionales de la educación física y del deporte y dirigentes de organizaciones deportivas; eliminar la limitación para la reelección de dirigentes de organizaciones deportivas de base; la incorporación y permanencia en una federación no puede ser negada a ninguna asociación deportiva o club que cumpla con los requisitos legales, reglamentarios y estatutarios; regular el derecho de las federaciones a obtener recursos del Estado con el fin de financiar los gastos necesarios para su administración e implementación; se las autoriza a organizar, producir y comercializar espectáculos de su respectivo deporte, como también a realizar actividades económicas relacionadas con sus fines e invertir sus recursos; los programas, proyectos y actividades de las federaciones podrán presentarse en cualquier época al Instituto Nacional del Deporte y tendrán una tramitación preferente cuando se refieran a la participación de sus delegaciones en eventos internacionales o la realización en Chile de competiciones de ese carácter.
Finalmente, una modificación muy importante es la siguiente: aquellas federaciones que se encuentren inhabilitadas para recibir recursos del Instituto del Deporte por una causal establecida en este proyecto o en sus reglamentos, podrán ser sometidas a la administración externa de dichos recursos, por resolución fundada del director Nacional del Instituto. Con ello se evita perjudicar a los deportistas federados en estas circunstancias.
Durante la tramitación del presente proyecto la Comisión contó con la presencia del ministro de Deportes, señor Gabriel Ruiz-Tagle; el asesor jurídico del ministro del Deporte, señor Juan Andrés Dezulovic; el presidente del Comité Olímpico de Chile, señor Neven Ilic; el Vicepresidente del Comité Olímpico de Chile, señor Miguel Ángel Mujica; el abogado del Comité Olímpico de Chile, señor José Hinzpeter; la presidenta de la Agrupación de Deportistas de Alto Rendimiento, señora Claudia Vera, y la vicepresidenta de la Agrupación de Deportistas de Alto Rendimiento, señora Caterin Bravo -que hoy nos acompaña-, todos quienes manifestaron su conformidad con el texto aprobado por el Senado y coincidieron, en conjunto con los integrantes de la comisión, en las ventajas que este proyecto significará para la institucionalidad deportiva nacional y su rol indispensable en complementar la nueva normativa mediante la cual se creó el Ministerio del Deporte.
En consideración a lo expuesto precedentemente, hago presente a esta honorable Sala que la Comisión Especial de Deportes aprobó por unanimidad, tanto en general como en particular, el proyecto en los mismos términos que el honorable Senado, y por ello propongo a esta Cámara aprobarlo en los términos en que constan en el informe que se ha puesto a vuestra disposición.
He dicho.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo, informante de la Comisión de Hacienda.
El señor RECONDO (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda paso a informar el proyecto que modifica la ley N° 19.712 con el fin de establecer una profesionalización de los directorios de las federaciones deportivas.
Considerando que el colega Celso Morales ha hecho un extenso informe respecto de su tramitación en la Comisión especializada, y la determinación de la Comisión Especial de Deportes, en el sentido de que la Comisión de Hacienda se remitiera a los numerales 1) y 6), artículos 40 J, 40 K y 40 N del artículo único del proyecto, voy a informar respecto de los alcances del gasto fiscal y del informe financiero respecto a este proyecto.
1. La modificación del artículo 12 de la ley N° 19.712 no reviste impacto fiscal alguno, pues hoy, de acuerdo a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Deportes, los ingresos que perciben los beneficiarios por las referidas becas a deportistas no están afectos a tributo alguno.
2. Respecto a la exención del impuesto de timbres y estampillas e impuestos y derechos municipales del artículo 40 K, que sustituye al artículo 40 bis K, no es posible cuantificar el monto de los recursos que se dejarían de percibir por cuenta de las exenciones indicadas. No obstante, se considera un universo acotado de federaciones -alrededor de 54 en régimen- que gozarían gradualmente de este beneficio.
Por su parte, los efectos del proyecto sobre los gastos fiscales serían los siguientes:
1. El administrador interno o interventor establecido en el artículo 40 J, que sustituye al artículo 40 bis j, no significa mayor gasto fiscal, puesto que, de acuerdo a lo expresado por el Instituto Nacional de Deportes, este deberá pagarse con el 10 por ciento de los recursos de los programas de desarrollo estratégico (PDE) de las federaciones en que intervenga el administrador.
2. Se establece el financiamiento de las federaciones en el artículo 40 K, que sustituye al artículo 40 bis k. Actualmente, el Instituto Nacional de Deportes transfiere recursos a las federaciones, de acuerdo a lo señalado en la ley N° 18.768, modificada por la ley N° 19.135 -porcentajes asignados de las entradas del sistema de pronósticos y apuestas-, por lo que, en conformidad con dicho Instituto, los montos ya asignados no debieran variar y no representarían mayor gasto fiscal.
3. El artículo 40 M, que sustituye al artículo 40 bis m, establece la creación de un Comité de Arbitraje Deportivo. El mayor gasto por concepto de dietas a los integrantes del Comité, establecidas en el artículo 40 N, corresponde a UTM 3.168 y a este cálculo se deben agregar gastos de funcionamiento de dicho Comité, los cuales, de acuerdo a lo dispuesto por el IND, serán parte de los gastos de administración que financian actualmente al Comité Olímpico de Chile.
De acuerdo a lo informado por el IND, el Comité de Arbitraje reemplazará el actual gasto del Consejo Nacional de Deportes, por cuanto la ley N° 20.686, que crea el Ministerio del Deporte, considera la supresión del referido Consejo Nacional y su reemplazo por otro ad honórem. El gasto actual de este Consejo es de UTM 1.584.
El efecto del proyecto sobre el resultado fiscal, dado lo anterior, implica un mayor gasto fiscal de 1.584 UTM al año. Adicionalmente, se debe considerar un monto menor, no cuantificable, de recursos que se dejarán de percibir como consecuencia de las exenciones indicadas.
Tratado y acordado en la sesión de 15 de enero de 2014, con la asistencia de los diputados señores Marinovic, don Miodrag (Presidente); Auth, don Pepe; Edwards, don José Manuel; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Silva, don Ernesto; Von Mühlenbrock, don Gastón, y Recondo, don Carlos.
Es cuanto corresponde informar a esta Sala.
He dicho.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el ministro señor Gabriel Ruiz-Tagle.
El señor RUIZ-TAGLE (ministro de Deportes).-
Señor Presidente, quiero agradecer a los señores diputados el apoyo recibido en las distintas etapas de tramitación de este proyecto.
Como se sabe, fue aprobado por unanimidad en las diferentes instancias en el Senado.
Como antecedente, quiero señalar que este proyecto se originó en una moción presentada por la senadora Alvear en junio del 2010, es decir, hace más de tres años. Desde ese momento, ha recibido el apoyo entusiasta y ha sido enriquecido por el Ejecutivo, como así también por deportistas y numerosas instituciones ligadas al deporte nacional.
Con la aprobación de este proyecto habremos terminado de construir el segundo de los grandes pilares sobre los cuales se habrá de sustentar nuestro desarrollo deportivo. El primero ya lo terminamos, con la nueva institucionalidad del Ministerio del Deporte. Por eso, esta gran reforma de estatutos tendrá un impacto significativo en las federaciones deportivas. Será un gran avance del aspecto normativo de nuestro deporte, del cual todos podremos sentirnos orgullosos en el futuro.
Muchas gracias por el apoyo. Esperamos que esta aspiración, que está a punto de ser realidad, cumpla con los objetivos que nos hemos fijado todos quienes queremos al deporte.
Muchas gracias.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Por acuerdo de los Comités el proyecto será votado al término del Orden del día, sin discusión.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Corresponde votar, en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, relativo a las federaciones deportivas nacionales.
Hago presente a la Sala que sus normas son propias de ley simple o común, y que, tanto la Comisión Especial de Deportes como la de Hacienda lo aprobaron en los mismos términos que el Senado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ACERCA DEL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS (Continuación)
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).- Corresponde continuar con el debate del informe de la Comisión Investigadora del funcionamiento del Instituto Nacional de Estadísticas.
Antecedentes:
-El informe de la Comisión investigadora se rindió en la sesión 114ª de la actual legislatura, en 16 de enero de 2014.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este informe en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde votar el informe de la Comisión Investigadora del funcionamiento del Instituto Nacional de Estadísticas.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
-Se abstuvo ladiputada señora
VII. PROYECTOS DE ACUERDO
INCLUSIÓN DE FIESTA DE SAN SEBASTIÁN DE YUMBEL EN LISTA REPRESENTATIVA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA HUMANIDAD DE LA UNESCO (Votación)
El señor ELUCHANS (Presidente).- Por acuerdo de los Comités, corresponde votar el proyecto de acuerdo N° 993, mediante el cual se solicita a los ministerios de Educación y de Relaciones Exteriores que postulen la fiesta de San Sebastián de Yumbel a la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Unesco. Una vez aceptada la postulación, solicitar a dichos ministros que presenten proyectos de mejoramiento de infraestructura al Fondo para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).- No hay quorum.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
El señor ELUCHANS (Presidente).- Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Browne Urrejola Pedro; Carmona Soto Lautaro; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Melero Abaroa Patricio; Nogueira Fernández Claudia; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Torres Jeldes Víctor; Turres Figueroa Marisol; Letelier Aguilar Cristian; Venegas Cárdenas Mario; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es:
http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
VIII. INCIDENTES
INFORMACIÓN SOBRE RETRASO EN RESPUESTA A RECLAMACIÓN PORMALAS PRÁCTICAS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES EN CONTRADE INSTITUCIÓN COLABORADORA ACREDITADA (Oficios)
El señor ELUCHANS (Presidente).- En el tiempo del Comité Mixto de los partidos Radical Social Demócrata, Comunista y de la Izquierda Ciudadana, tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente, don Patricio Fritis, presidente del Centro Integral Infancia y Familia, ha presentado a la dirección nacional del Servicio Nacional de Menores (Sename) una reclamación, mediante oficio N° 03, de 2014, que adjuntaré, por algunas irregularidades en la relación entre el Sename y esa institución colaboradora acreditada, que opera por un lapso mayor a seis años.
Es de conocimiento público la trascendencia social de los programas del Sename. Junto a mi oficina de la ciudad de Copiapó, opera una de estas instituciones que colabora con el Sename, lo que me ha permitido apreciar el volumen de demandas por las cuestiones sociales que afectan a nuestros jóvenes.
Tengo la filosofía de que mientras el Sename no retenga para sí la responsabilidad directa de operar y gestionar los programas que le permitirían cumplir con su misión, debe mantener una política de máxima facilitación respecto del trabajo que realizan los centros colaboradores, en lugar de enredarlos en una burocracia inútil o en la realización de procedimientos engorrosos que insinúan malas prácticas, favoritismos, amiguismos o la politización de los vínculos de trabajo con esos centros.
De hecho, existen otras reclamaciones de funcionarios de centros colaboradores del Sename de la Quinta Región, lo que evidencia que es un sector muy sensible, respecto del cual debe existir la máxima transparencia, regularidad, cumplimiento de la legalidad y ausencia de arbitrariedad para el buen funcionamiento de los programas que, como dije, tienen un alto valor y beneficio para la juventud vulnerable de nuestra sociedad.
Por lo tanto, solicito oficiar al director nacional del Sename y al director del Sename de la Región de Atacama, con el objeto de que precisen las razones por las cuales todavía no se responde a la petición de don Patricio Fritis. Asimismo, solicito que se envíe copia de mi intervención a la Asociación de Funcionarios del Sename, a nivel nacional y regional; a la Central Unitaria de Trabajadores provincial, a la Asociación Nacional de Empleados Fiscales, nacional y regional y a los alcaldes, concejales, consejeros regionales e intendente de la Región de Atacama.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE TOMA DE RAZÓN DE DESIGNACIÓN DE DIRECTORA DE SERVICIO DE SALUD DE IQUIQUE (Oficio)
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).- Señor Presidente, solicito oficiar al contralor general de la República, con el objeto de que nos informe sobre las circunstancias por las cuales no ha tomado razón de una resolución o decreto del Ministerio de Salud que designó como directora del Servicio de Iquique por otros tres años a la señora Adriana Tapia, en circunstancias de que ha tomado razón de la designación de una serie de otros directores de Salud.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
PREOCUPACIÓN POR ACTITUD DE AUTORIDADES FRENTE AL FALLO DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA, CON SEDE EN LA HAYA
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Alinco, quien ha solicitado el tiempo adicional de cinco minutos a que tiene derecho toda la bancada una vez cada tres semanas.
El señor ALINCO.- Señor Presidente, eché de menos esta semana en el Congreso Nacional la discusión de un tema que está preocupando a todos los chilenos, cual es el fallo que, el próximo lunes, dictará la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya.
Si bien es cierto existen instancias que nos están representando, he visto con mucha desazón que se está intentando crear una especie de tranquilidad y de conformidad en la comunidad y en el pueblo chileno, a diferencia de lo que ocurre con nuestros oponentes, que están viviendo prácticamente una fiesta adelantada. Vemos que expresidentes peruanos, como el señor Alan García, hacen apología del patriotismo y del nacionalismo peruano. En cambio, nosotros no hemos tocado ese tema en el Plenario del Congreso, a pesar de que representamos a la ciudadanía chilena.
Señalo lo anterior, porque me han llamado dirigentes sociales, gente del pueblo, gente común de la Región de Aysén, quienes están preocupados de la actitud de nuestras autoridades. No estamos invitando a una confrontación bélica ni mucho menos; pero tampoco los chilenos podemos estar con la cola entre las piernas.
Creo que la actitud que han tomado las personas encargadas de esta situación no corresponde a lo que es la historia de nuestro pueblo, de nuestro país y de nuestra Nación.
INVESTIGACIÓN SOBRE EVENTUALES IRREGULARIDADES EN LICITACIÓNDE PUERTO SÁNCHEZ, REGIÓN DE AYSÉN (Oficios)
El señor ALINCO.- En segundo lugar, señor Presidente, deseo plantear una situación muy delicada, aunque entiendo que me podría estar metiendo en las patas de los caballos, porque podría involucrar, si la denuncia está basada en información adecuada, a una de las familias más poderosas de Chile desde el punto de vista político y económico. Me refiero a la familia Walker. Don Matías Walker es diputado, don Patricio Walker es senador de la República por la Región de Aysén y don Ignacio Walker es senador por otra región.
Por lo tanto, pido que se oficie al contralor general de la República, al fiscal nacional del Ministerio Público y a quien corresponda, para que dispongan que se lleve a cabo una investigación sobre presuntas irregularidades en la licitación efectuada en 1992 en la localidad de Puerto Sánchez -ubicada en la cuenca del lago General Carrera, en la Región de Aysén-, durante el gobierno del Presidente Patricio Aylwin, la que habría favorecido, en forma indebida, a la familia del actual senador por la Región de Aysén señor Patricio Walker.
Como algunos sabrán, en 1992, contra toda lógica, el Ministerio de Bienes Nacionales adjudicó, mediante licitación pública, 16.000 hectáreas de la Región de Aysén, a un precio de 2.500 pesos por hectárea, las cuales correspondían a Puerto Sánchez, localidad que fue adquirida, incluidos los terrenos de las 150 familias que habitaban en ella, además de la iglesia y el colegio. Es decir, cuando se vendieron esas 16.000 hectáreas, fueron a correr huincha, como decimos los de la construcción, de manera que el pueblo quedó dentro de esos terrenos. Debido a eso, hubo que hacer una serie de trámites para que este dejara de ser propiedad privada de la familia Walker.
Esta situación resulta al menos extraña y perjudicial para el Estado.
La petición de oficio que he hecho se funda en que existirían antecedentes para establecer que en la licitación se cometieron vicios graves, los que permitieron a los Walker su adjudicación sin competencia alguna. Me atrevería a decir, en forma responsable, que pudo existir tráfico de influencias.
Además, aprovecho la oportunidad para emplazar, desde esta tribuna, al senador Patricio Walker para que explique cómo ha lucrado con esa vergonzosa situación, la que es un secreto a voces en la Región de Aysén.
Cabe hacer presente que el fondo del asunto es económico, porque en esos terrenos se encuentran una mina de mármol, minas de cobre, una mina de cal y minas de zinc y oro, además de ser un sector con un acceso privilegiado a la cuenca del Lago General Carrera.
Finalmente, solicito que la información precisa respecto de la investigación que he pedido sobre esa presunta irregularidad me sea enviada en el más breve plazo.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 12.03 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES
-Se abrió la sesión a las 12.54 horas.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
FINANCIAMIENTO PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A FAVOR DE FAMILIAS DE COMUNA DE VICTORIA (Oficios)
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Fuad Chahin.
El señor CHAHIN.- Señor Presidente, pido que se oficie al gobierno regional de La Araucanía y al subsecretario de Desarrollo Regional, a fin de que me informen sobre las posibilidades de financiamiento para un proyecto de mejoramiento de abasto de agua potable para 32 familias de la comunidad José Nahuelpi, de la comuna de Victoria. El proyecto tiene un costo de aproximadamente 198 millones de pesos y favorecerá -reitero- a 32 familias que provenían de otra comuna y que por haber adquirido un predio por la Conadi se tuvieron que asentar en la comuna de Victoria. Por lo tanto, es muy urgente que tengan acceso al vital elemento.
Solicito que se envíe copia de mi intervención a la señora Eliana Bustos Lincheo, presidenta de la comunidad José Nahuelpi, cuyo número de teléfono voy a dejar a disposición de la Secretaría.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de quien preside.
INFORMACIÓN SOBRE POSIBILIDAD DE USO DE FONDOS DE PENSIONES POR VECINA DE REGIÓN DE LA ARAUCANÍA (Oficios)
El señor CHAHIN.- Señor Presidente, pido que se oficie al director nacional del Instituto de Previsión Social y a la superintendenta de Pensiones, a fin de hacerles presente el caso que afecta a la señora Haydee del Carmen Álvarez Huilcamán, rol único nacional N° 5.722.232-8. La señora Haydee recibe una pensión como víctima de violaciones a los derechos humanos -su esposo es detenido desaparecido-, y tiene aproximadamente tres millones de pesos por concepto de fondos de pensión en la AFP Capital. Por tanto, quiere saber si puede usar dichos fondos para mejorar la pensión que recibe por el Estado.
Es importante que la Superintendencia de Pensiones y el Instituto de Previsión Social respondan directamente a la señora Haydee sobre su situación.
Solicito que se envíe copia de mi intervención a la señora Haydee del Carmen Álvarez Huilcamán, cuyo número de teléfono dejaré a disposición de la Secretaría.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de quien preside.
CONEXIÓN A RED ELÉCTRICA DE CASA HABITACIÓN DE VECINO DE COMUNA DE GALVARINO (Oficio)
El señor CHAHIN.- Señor Presidente, pido que se oficie al gerente general de la empresa Saesa Frontel, de la Región de La Araucanía, a fin de solicitarle que busque una solución para el caso que afecta a don Segundo Santander, rol único nacional N° 11.798.414-1, quien vive en el sector Trabunquillen, de la comuna de Galvarino. El señor Santander tiene un subsidio rural que incluye la conexión al suministro eléctrico, y ha hecho los pagos correspondientes para recibir dicho servicio. Sin embargo, hasta ahora no ha logrado que la empresa Saesa Frontel haga la conexión correspondiente. Su casa tiene todas las instalaciones listas para conectarse a la red eléctrica, pero hasta ahora no ocurre aquello.
Por lo tanto, solicito que la empresa Saesa Frontel dé al señor Segundo Santander una respuesta sobre su situación lo antes posible.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de quien preside.
PAGO DE CHEQUE POR SEGURO AGRÍCOLA A VECINO DE REGIÓN DE LA ARAUCANÍA (Oficios)
El señor CHAHIN.- Pido que se oficie al superintendente de Valores y Seguros y al director nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap), a fin de que den una respuesta sobre el caso de don José Rumualdo Zúñiga Licán, rol único nacional N° 11.187.743-4, quien debió recibir un cheque por concepto del seguro agrícola que contrató con la aseguradora Magallanes. El cheque del seguro agrícola, emitido por el siniestro que el año anterior afectó su cosecha, llegó al Indap; sin embargo, nadie le avisó de ello. El cheque caducó, no se lo quieren renovar y, por lo tanto, no le quieren pagar. Para los habitantes de los sectores rurales es muy complejo tener que viajar todos los días o todas las semanas a la ciudad a consultar por casos como este. Como ningún funcionario del Indap le avisó a don José Rumualdo Zúñiga que se había efectuado el pago del seguro, el cheque quedó en un cajón de la unidad correspondiente del Indap y caducó. Nadie se hace responsable.
Por lo tanto, espero que tanto el superintendente de Valores y Seguros como el director nacional del Indap tomen las medidas pertinentes para que se haga el pago que corresponde a don José Rumualdo Zúñiga Licán por concepto del seguro agrícola que contrató con la aseguradora Magallanes.
Pido que se envíe copia de mi intervención a don José Rumualdo Zúñiga, cuyo número de teléfono voy a dejar a disposición de la Secretaría.
He dicho.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de quien preside.
INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS EJECUTADOS DURANTE LOS ÚLTIMOS CUATRO AÑOS EN REGIÓN DE ATACAMA (Oficio)
El señor CHAHÍN (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente, en su carácter de presidente del consejo regional y atendido el hecho de que está terminando el período presidencial, pido que se oficie al intendente de la Región de Atacama, con el objeto de que me informe sobre los proyectos aprobados, financiados y, por cierto, terminados, licitados o en proceso de construcción y licitación en dicha región, desglosados por comuna, durante los cuatro años de gobierno del Presidente Piñera.
Quiero que me envíe un informe completo sobre esta materia, con el objeto de saber cuántas obras iniciadas durante el actual gobierno regional quedarán pendientes, comuna por comuna, y cuántos recursos fueron asignados a cada comuna.
Asimismo, que me informe acerca de la forma en que se gastaron los recursos del gobierno regional, indicando porcentajes de los mismos, a fin de verificar si fueron ejecutados en forma eficaz.
También quiero que me informe, por medios computacionales o de otro tipo que resulte fácil utilizar, cuántos proyectos quedarán en carpeta, es decir, con RS, cuya ejecución estaba aprobada, y sobre los proyectos de desarrollo regional respecto de los cuales falta información y otros elementos, que están contenidos en las carpetas que se entregarán al próximo gobierno.
Por último, que me informe específicamente qué proyectos tienen financiamiento del FNDR o sectorial, es decir, si son del Fondo Regional de Inversión Local (FRIL) o de otro tipo.
El señor CHAHIN (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE MÉDICOS ESPECIALISTAS PARA REGIÓN DE ATACAMA (Oficio)
El señor ROBLES.- En segundo lugar, pido que se oficie al director del Servicio de Salud Atacama, con el objeto de que informe cuántos especialistas han llegado a la región, cómo han sido distribuidos en los distintos hospitales, quiénes han cumplido con la obligación de trasladarse a la región para cumplir con sus obligaciones y cuántos han tenido que pagar la garantía por no cumplir el compromiso contraído. Todo esto, durante los últimos cuatro años.
Quiero que esta información sea ordenada, por especialidad, con el objeto de tener claridad sobre el número de especialistas del área de la salud que durante los últimos cuatro años han llegado a prestar sus servicios a la Región de Atacama.
Asimismo, que me informe cuántos especialistas llegarán a la región, a partir del presente año, ojalá con nombres y apellidos, para saber con precisión estos antecedentes y si hay algunas destinaciones a los hospitales.
He dicho.
El señor CHAHIN (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.05 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
X. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República que establece una asignación de función penitenciaria, para el personal de Gendarmería de Chile.(boletín N° 9246-05)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que establece una asignación de función penitenciaria para el personal de planta y a contrata de Gendarmería de Chile.
I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO
El Gobierno ha decidido impulsar una política penitenciaria, destinada a establecer las condiciones y los medios necesarios para reorientar el cumplimiento de las penas hacia la reinserción social de los condenados, para contribuir efectivamente a la seguridad ciudadana en nuestro país.
Este cambio profundo se enmarca en la denominada Nueva Política Penitenciaria, que contiene los siguientes ejes de acción:
-Creación de un nuevo sistema de penas sustitutivas (Ley N° 18.216).
-Modificación de la legislación para lograr un uso racional y eficiente de las cárceles.
-Avances en infraestructura carcelaria.
-Fomento del trabajo y de la educación en los privados de libertad.
-Fortalecimiento de la etapa postpenitenciaria.
-Nuevo modelo de gestión de los Recintos Penitenciarios.
-Mejoramiento de la Gestión de Personal de Gendarmería de Chile.
Considerando que cualquier reforma del sistema penitenciario pasa necesariamente por fortalecer la institución encargada de administrar dicho sistema, como lo es en nuestro caso, Gendarmería de Chile, respecto a este último eje, se han realizado importantes avances. Es así como en el año 2010 se publicó la Ley Nº 20.426 que “Moderniza Gendarmería de Chile, incrementando su personal y readecuando las normas de su carrera funcionaria”. Esta norma abordó el incremento de personal, la fijación de nuevas plantas, la regulación del proceso de encasillamiento del personal y el reordenamiento orgánico de la institución. La implementación de esta ley introdujo importantes avances, los que sin embargo, no eran suficientes para posicionar a la institución como un agente central en la contribución de la seguridad pública por medio de la política penitenciaria.
Por ello, este proceso de modernización ha sido acompañado de la dictación de una nueva regulación orgánica de Gendarmería de Chile dictada en mayo del año 2012 y, en lo que se refiere a su Escuela de Formación, ese mismo año 2012, se modificaron los planes de estudio, la malla curricular, se reformó su cuerpo docente y se dictó un nuevo reglamento orgánico.
El año 2013, se ha publicado la Ley Nº 20.674, que ha concedido ascensos para el personal de las Plantas I y II, de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes, respectivamente, permitiendo que al mes de octubre de 2013, se hayan beneficiado con un aumento de grado, 141 Oficiales y 2.537 Suboficiales y Gendarmes de la institución.
Sin embargo, siendo destacables todas las acciones implementadas hasta la fecha, la función penitenciaria que desempeña el personal de planta y a contrata de Gendarmería de Chile, que conforma el recurso humano de la institución, requiere un reconocimiento de tan abnegada y silente labor que desarrollan día a día para la custodia de quienes cumplen medidas y penas, sea privativas de libertad o bien alternativas a esta, pero que además, en su ejecución, velan por favorecer su efectiva reinserción social, contribuyendo sustancialmente a la seguridad pública, en un marco respetuoso de los derechos humanos.
II. CONTENIDO DEL PROYECTO
1. Establece asignación de función penitenciaria para el personal de planta y a contrata de Gendarmería de Chile.
El artículo único permanente de este proyecto, establece una asignación de función penitenciaria que busca retribuir pecuniariamente al personal de planta y a contrata de Gendarmería de Chile, por su abnegada entrega en el cumplimiento de la función penitenciaria, que permite cumplir con la misión del Servicio.
Esta asignación se calcula en base a un porcentaje del sueldo base del grado de la escala única de sueldos que tiene asignado cada cargo público. No tiene carácter de imponible y, además, se establece su incompatibilidad con la asignación por función crítica.
2. Normas transitorias.
La entrada en vigencia de la asignación de función penitenciaria, que se establece en el artículo único permanente será gradual, en un plazo de cuatro (4) años, tal como se muestra en el artículo primero transitorio.
Los recursos presupuestarios para la implementación de la asignación de función penitenciaria, están señalados en el artículo segundo transitorio de este proyecto.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- Establécese una asignación de función penitenciaria no imponible para el personal de planta y a contrata de Gendarmería de Chile.
Esta asignación será incompatible con la asignación por función crítica.
Los montos que se percibirán por concepto de la referida asignación, corresponderán al porcentaje del sueldo base de cada grado de la Escala Única de Sueldos asignado al cargo, conforme a la distribución que a continuación se indica:
OFICIALES PENITENCIARIOS
Cargo
Grado de la EUS.
Asignación, según porcentaje del sueldo base
Teniente Coronel
6
5%
Mayor
8
8%
Capitán
10
8%
Teniente Primero
12
10%
Teniente Segundo
14
10%
Subteniente
16
10%
SUBOFICIALES Y GENDARMES
Cargo
Grado de la EUS.
Asignación, según porcentaje del sueldo base
Suboficial Mayor
9
18%
Suboficial
10
18%
Sargento Primero
12
18%
Sargento Segundo
14
18%
Cabo Primero
16
23%
Cabo Segundo
18
23%
Cabo
20
24%
Gendarme Primero
22
24%
Gendarme Segundo
24
24%
Gendarme
26
24%
DIRECTIVOS
Cargo
Grado de la EUS.
Asignación, según porcentaje del sueldo base
Directivo
6
5%
Directivo
9
8%
Directivo
10
8%
Directivo
11
8%
Directivo
13
8%
PROFESIONALES
Cargo
Grado de la EUS.
Asignación, según porcentaje del sueldo base
Profesional
5
5%
Profesional
6
5%
Profesional
7
8%
Profesional
8
8%
Profesional
9
8%
Profesional
10
10%
Profesional
11
10%
Profesional
12
10%
Profesional
13
10%
Profesional
14
10%
Profesional
15
10%
Profesional
16
10%
TÉCNICOS
Cargo
Grado de la EUS.
Asignación, según porcentaje del sueldo base
Técnico
10
10%
Técnico
11
10%
Técnico
12
10%
Técnico
13
10%
Técnico
14
10%
Técnico
15
10%
Técnico
16
10%
Técnico
17
10%
ADMINISTRATIVOS
Cargo
Grado de la EUS.
Asignación, según porcentaje del sueldo base
Administrativo
12
10%
Administrativo
13
10%
Administrativo
14
10%
Administrativo
15
10%
Administrativo
16
10%
Administrativo
17
10%
Administrativo
18
10%
AUXILIARES
Cargo
Grado de la EUS.
Asignación, según porcentaje del sueldo base
Auxiliar
19
10%
Auxiliar
20
10%
Auxiliar
21
10%
Auxiliar
22
10%
Auxiliar
23
10%
Auxiliar
24
10%
Auxiliar
25
10%
Auxiliar
26
10%
Auxiliar
27
10%
Auxiliar
28
10%
Disposiciones Transitorias.-
Artículo primero transitorio.- El monto total de la asignación señalada en el artículo único permanente será proveído en el plazo máximo de cuatro años, conforme al siguiente detalle:
OFICIALES PENITENCIARIOS
Cargo
Grado
%
Asignación 1er. Año
%
Asignación 2° Año
%
Asignación 3er. Año
%
Asignación 4°. año
Teniente Coronel
6
3%
4%
5%
5%
Mayor
8
4%
5%
7%
8%
Capitán
10
4%
5%
7%
8%
Teniente Primero
12
5%
7%
8%
10%
Teniente Segundo
14
5%
7%
8%
10%
Subteniente
16
5%
7%
8%
10%
SUBOFICIALES Y GENDARMES
Cargo
Grado
%
Asignación 1er. Año
%
Asignación 2do. Año
%
Asignación 3er. Año
%
Asignación 4to. año
Suboficial Mayor
9
10%
12%
15%
18%
Suboficial
10
10%
12%
15%
18%
Sargento Primero
12
10%
12%
15%
18%
Sargento Segundo
14
10%
12%
15%
18%
Cabo Primero
16
12%
15%
18%
23%
Cabo Segundo
18
12%
15%
18%
23%
Cabo
20
12%
24%
24%
24%
Gendarme Primero
22
12%
24%
24%
24%
Gendarme Segundo
24
12%
24%
24%
24%
Gendarme
26
12%
24%
24%
24%
DIRECTIVOS
Cargo
Grado
%
Asignación 1er. Año
%
Asignación 2do. Año
%
Asignación 3er. Año
%
Asignación 4to. año
Directivo
6
3%
4%
5%
5%
Directivo
9
5%
7%
8%
8%
Directivo
10
5%
7%
8%
8%
Directivo
11
5%
7%
8%
8%
Directivo
13
5%
7%
8%
8%
PROFESIONALES
Cargo
Grado
%
Asignación 1er. Año
%
Asignación 2do. Año
%
Asignación 3er. Año
%
Asignación 4to. año
Profesional
5
3%
4%
5%
5%
Profesional
6
3%
4%
5%
5%
Profesional
7
5%
7%
8%
8%
Profesional
8
5%
7%
8%
8%
Profesional
9
5%
7%
8%
8%
Profesional
10
5%
8%
10%
10%
Profesional
11
5%
8%
10%
10%
Profesional
12
5%
8%
10%
10%
Profesional
13
5%
8%
10%
10%
Profesional
14
5%
8%
10%
10%
Profesional
15
5%
8%
10%
10%
Profesional
16
5%
8%
10%
10%
TÉCNICOS
Cargo
Grado
%
Asignación 1er. Año
%
Asignación 2do. Año
%
Asignación 3er. Año
%
Asignación 4to. año
Técnico
10
5%
8%
10%
10%
Técnico
11
5%
8%
10%
10%
Técnico
12
5%
8%
10%
10%
Técnico
13
5%
8%
10%
10%
Técnico
14
5%
8%
10%
10%
Técnico
15
5%
8%
10%
10%
Técnico
16
5%
8%
10%
10%
Técnico
17
5%
8%
10%
10%
ADMINISTRATIVOS
Cargo
Grado
%
Asignación 1er. Año
%
Asignación 2do. Año
%
Asignación 3er. Año
%
Asignación 4to. año
Administrativo
12
5%
8%
10%
10%
Administrativo
13
5%
8%
10%
10%
Administrativo
14
5%
8%
10%
10%
Administrativo
15
5%
8%
10%
10%
Administrativo
16
5%
8%
10%
10%
Administrativo
17
5%
8%
10%
10%
Administrativo
18
5%
8%
10%
10%
AUXILIARES
Cargo
Grado
%
Asignación 1er. Año
%
Asignación 2do. Año
%
Asignación 3er. Año
%
Asignación 4to. año
Auxiliar
19
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
20
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
21
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
22
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
23
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
24
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
25
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
26
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
27
5%
8%
10%
10%
Auxiliar
28
5%
8%
10%
10%
Artículo segundo transitorio.- El mayor gasto que se pueda derivar de lo dispuesto en el artículo primero transitorio, no podrá exceder de los montos señalados en la siguiente tabla para cada uno de los años de vigencia:
AÑO DE VIGENCIA
GASTO MÁXIMO EN MILES DE $
Primer año
3.931.817
Segundo año
6.684.932
Tercer año
7.456.230
Cuarto año
8.150.360
Artículo tercero transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley durante su primer año de vigencia se financiará con cargo al presupuesto vigente de Gendarmería de Chile. No obstante, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pueda financiar con esos recursos. En los años posteriores, los recursos necesarios se consultarán en las respectivas leyes anuales de presupuestos del Sector Público.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN, Ministro de Hacienda; JUAN IGNACIO PIÑA ROCHEFORT, Ministro de Justicia (S)”.
Informe Financiero
Proyecto de ley que establece una asignación de función penitenciaria, para el personal de Gendarmería de Chile
Mensaje N° 376-361
I. Antecedentes.
1. El proyecto de ley busca retribuir pecuniariamente la abnegada y silente labor que desarrolla el personal de planta y a contrata de Gendarmería de Chile, en el cumplimiento de su función de custodia de quienes cumplen medidas y penas, sean privativas de libertad o bien alternativas a éstas, y que además, vela por favorecer su efectiva reinserción social, contribuyendo a la seguridad pública.
2. Para el logro de lo anterior, el proyecto de ley establece una asignación de función penitenciaria, no imponible e incompartible con la asignación por función crítica, para el personal de planta y a contrata de Gendarmería de Chile.
La señalada asignación se calculará en bvase a un porcentaje del sueldo base del grado de la escala única de sueldos que tiene asignado cada cargo público.
2. Para el logro de lo anterior, el proyecto de ley establece una asignación de función penitenciaria, no imponible e incompatible con la asignación por función crítica, para el personal de planta y a contrata de Gendarmería de Chile.
La señalada asignación se calculará en base a un porcentaje del sueldo base del grado de la escala única de sueldos que tiene asignado cada cargo público.
II. Efectos del proyecto de ley sobre los gastos fiscales.
La entrada en vigencia de la asignación de función penitenciaria será gradual, en un plazo máximo de cuatro años. Con todo, el mayor gasto que se derive de la aplicación del proyecto de ley, no podrá exceder de los siguientes montos para cada uno de los años de vigencia:
Miles de $ 2014
Primer año
Segundo año
Tercer año
Cuarto año
3.931.817
6.684.932
7.456.230
8.150.360
(Fdo.). ROSANNA COSTA COSTA, Directora de Presupuestos?.
2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República sobre Evaluación de lasPolíticas Públicas. (boletín N° 9247-31)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley de Evaluación de las Políticas Públicas.
I. FUNDAMENTOS Y ANTECEDENTES
1. La evaluación de las políticas públicas
La calidad de las instituciones y que estas cuenten con la confianza ciudadana es fundamental para el desarrollo de los países, lo cual implica entre otras cosas poder contar con un adecuada evaluación de su actuar.
El ciclo de toda política pública comprende distintas etapas como su diseño y planificación, su ejecución, el monitoreo y finalmente la evaluación de sus resultados. Es esta última etapa la que permite verificar si las metas propuestas por determinada política han sido cumplidas o no. Todo programa, iniciativa de inversión o regulación tiene como objetivo último mejorar la calidad de vida de las personas, sobre todo de los más vulnerables, por lo que es necesario evaluarlas para que las necesidades de las personas afectadas se vean atendidas de la mejor forma posible.
El gasto público es una proporción muy significativa de recursos del país, y su asignación implica por tanto un gran costo de oportunidad, por lo que invertir en políticas públicas utilizando la mejor evidencia acerca de sus resultados es una necesidad fundamental. Una adecuada evaluación permite a las autoridades realizar además las correcciones que sean necesarias y tomar las mejores decisiones.
Por otro lado, contar con evaluaciones regulares y sistemáticas supone un mejor desempeño de los responsables del diseño e implementación de las políticas públicas. Cuando ser evaluado es una posibilidad cierta, la única forma de no ser mal evaluado es realizar un buen trabajo.
Por último, evaluar las políticas públicas fortalece la democracia, ya que el acceso transparente a los resultados de las evaluaciones mejora el adecuado control de la ciudadanía sobre desempeño de las políticas públicas implementadas por las autoridades. Este control ciudadano se puede ejercer de mejor manera cuanto mejor sea la información disponible, lo que en último término fortalece la confianza en las instituciones y mejora su calidad.
2. La evaluación de las políticas públicas en Chile
En Chile contamos con una larga tradición de evaluación en el ámbito público. Ya en el siglo XVI, poco después de la fundación de Santiago, se conforma la Real Audiencia, organismo encargado de fiscalizar el uso de recursos públicos. Hoy en día existen diversos tipos de controles o evaluaciones ejercidos sobre la acción del Estado. La Contraloría General de la República ejerce el control de la legalidad de los actos realizados por la Administración Pública y auditoría del gasto. Por otro lado, el Congreso controla la acción del Ejecutivo, tanto a través de la atribución constitucional de la Cámara de Diputados de fiscalizar los actos del gobierno como a través de la discusión de la Ley de Presupuestos y los reportes que la comisión mixta de presupuesto puede pedir al Ejecutivo. Además, el Departamento de Evaluación de la Ley de la Cámara de Diputados evalúa leyes proponiendo eventualmente mejoras.
La evaluación gubernamental de las políticas públicas se concentra actualmente en la Dirección de Presupuestos (Dipres), dependiente del Ministerio de Hacienda y en la Subsecretaría de Evaluación Social, parte del Ministerio de Desarrollo Social. La Dipres realiza evaluación ex post a través de su Sistema de Evaluación y Control de Gestión, el cual comprende Evaluación de Programas Gubernamentales, Evaluación de Impacto de Programas, Evaluación de Programas Nuevos y Evaluación Comprehensiva del Gasto. El objetivo principal de estas evaluaciones es alimentar al ciclo presupuestario, entregando información útil al momento de formular el presupuesto anual. Importante organizaciones como el Banco Mundial han elogiado la tarea realizada por la Dipres en este aspecto.
Por otro lado, el Ministerio de Desarrollo Social, recientemente creado el año 2011, tiene a su cargo la evaluación de la implementación del Sistema Intersectorial de Protección Social, lo cual implica evaluar y pronunciarse, mediante un informe de recomendación, sobre los programas sociales nuevos o que planteen reformularse significativamente. Además le corresponde el monitoreo de los programas sociales y la administración del Banco Integrado de Programas Sociales (BIPS). Del mismo modo, le corresponde evaluar las iniciativas de inversión que solicitan financiamiento del Estado, de forma de determinar su rentabilidad social y administrar el Banco Integrado de Proyectos (BIP).
3. Necesidad de una Agencia autónoma de evaluación
Si bien Chile cuenta con una institucionalidad para la evaluación de políticas públicas bastante desarrollada, una sociedad cada vez más empoderada y exigente hace necesario modernizar el Estado y generar mejores mecanismos de control social sobre el actuar público, así como otorgar mejores herramientas a la Administración del Estado para mejorar la gestión pública.
La evaluación de las políticas públicas es una práctica ampliamente extendida y que adquiere cada vez mayor importancia en los países desarrollados, sin embargo entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) existe gran variedad en la naturaleza de organismos dedicados a la evaluación, así como en el tipo de evaluación que realizan propiamente tal. Existen órganos específicos de auditoría del gasto, órganos de control presupuestario, órganos especializados en evaluación de políticas sociales, países donde la evaluación es realizada por cada ministerio sectorial e instituciones especializadas en evaluación de impacto regulatorio.
Así mismo, hay importantes diferencia entre la dependencia de los organismos evaluadores, pudiendo ser estos dependientes del Gobierno Central, del Congreso o funcionar como agencias independientes. Existe entre estas opciones una tensión entre la capacidad de influir en el ciclo de vida de las políticas públicas y la autonomía necesaria para otorgar un mayor grado de validez transversal a las evaluaciones realizadas. Es importante encontrar un equilibrio de tal forma que ambos objetivos se cumplan.
La Dirección de Presupuestos ha realizado un importante esfuerzo de forma de realizar evaluaciones objetivas e imparciales, sin embargo es recomendable la existencia de una agencia autónoma, ya que con la separación entre evaluador y el evaluado se fortalece la validez transversal de las evaluaciones. La posibilidad de que los gobiernos se nieguen a evaluar lo que les resulta incomodo es razón suficiente para que la agenda de evaluación sea determinada, aunque sea en parte por organismos externos a aquellos que serán evaluados.
Cabe mencionar que en ningún caso se pretende mermar la capacidad propia de los gobiernos de evaluar sus políticas públicas, como lo hace la Dipres y el Ministerio de Desarrollo Social. Es importante que la Administración cuente con capacidades para evaluar sus propios programas, iniciativas de inversión y regulaciones de forma de hacer más eficiente y efectiva su gestión.
Una de las diferencias con la institucionalidad actual radica en la forma en que se determina la agenda anual de evaluación. Hoy las evaluaciones que realiza la Dirección de Presupuestos se determinan a partir de un protocolo de acuerdo entre el Congreso Nacional y el Ministerio de Hacienda. Con este proyecto de ley, la agenda anual de evaluaciones será determinada en partes iguales entre el Congreso, el Gobierno y la nueva Agencia, de forma tal que se satisfaga la necesidad de evaluaciones de los distintos actores de la sociedad. El Congreso las podrá utilizar en la fiscalización política y como insumo en la discusión de la Ley de Presupuestos, el Gobierno podrá realizar las modificaciones necesarias a la luz de los resultados de la evaluaciones para mejorar la implementación de las políticas públicas y la opinión pública podrá ejercer su función de control social y alimentar la discusión y participación incluyendo información de calidad.
La creación de una agencia encargada de la evaluación de las políticas públicas, velando por su calidad, es una propuesta políticamente transversal, que ya había sido propuesta el año 2005 en el Programa de Gobierno de Michelle Bachelet 2006-2010 y luego reafirmado el año 2006. Posteriormente el Consorcio para la Reforma del Estado, el año 2009 propone la creación de una agencia de características muy similares a la que este proyecto de ley propone, propuesta que en mayo de 2013 el Grupo Res Pública Chile, en su libro 95 Propuestas para un Chile Mejor, volvió a plantear, enfatizando la necesidad de contar con esta nueva institucionalidad para la evaluación de las políticas públicas.
El Programa de Gobierno del Presidente Sebastián Piñera 2010 – 2014 propuso la creación de esta agencia, lo cual fue ratificado por el Presidente de la República en el Mensaje Presidencial del 21 de mayo de 2010.
Durante el año 2011 y 2012 se realizó un estudio financiado por el Banco Interamericano del Desarrollo para el diseño de la agencia. A partir de esto y con las propuestas antes mencionadas, durante 2013 se diseñó el presente proyecto de ley.
II. OBJETIVOS DEL PROYECTO DE LEY
Esta iniciativa, tiene por objeto, en primer lugar, promover una cultura de evaluación de las políticas públicas en nuestro país.
Para lograr esto, se propone establecer en la ley los estándares mínimos que deben tener estas políticas públicas para que luego pueda realizarse de modo efectivo su evaluación ex post, así como para que éstas sean comparables. De este modo, se contempla que tanto los programas, iniciativas de inversión y regulaciones cuenten con una línea base mínima para que sea posible su posterior evaluación, tanto por la Agencia como por otros evaluadores internos o externos a la Administración.
Asimismo, se crea una nueva institución, la Agencia de Evaluación de Políticas Públicas, cuya función primordial es realizar la evaluación de estas políticas. Para que pueda cumplir dicho rol de modo más eficiente, se crea como un órgano autónomo del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, no obstante deberá colaborar estrechamente con éstos en la determinación de las políticas a evaluar. Este órgano autónomo se crea a semejanza de otros que ya existen, tal como el Consejo para la Transparencia y el Instituto Nacional de Derechos Humanos, los cuales cuentan con una buena evaluación de su obrar y estructura, dada la necesaria independencia de los otros poderes del Estado para el debido cumplimiento de sus funciones.
Asimismo, se propone que esta Agencia ponga a disposición de toda la ciudadanía la información que ha utilizado para realizar sus evaluaciones, de modo que cualquier interesado pueda realizar también sus propias valoraciones de estas políticas, como también se establece que podrá, a solicitud de cualquier persona, realizar cruces de la información que obre en su poder, entregando posteriormente esta información de modo tal que se proteja la identidad y derechos de las personas naturales y jurídicas de que se trata.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY
1. Objeto y definiciones:
El Título I del proyecto de ley establece el objetivo principal de esta iniciativa, el cual es promover una cultura de evaluación de las políticas públicas en nuestro país, fijando estándares mínimos que deben contener todo programa, iniciativa de inversión y regulación que realice un órgano de la Administración del Estado, para su posterior evaluación, ya sea por la Agencia o por otras entidades o personas.
Del mismo modo, tiene por objeto promover que esta información se encuentre disponible y en forma accesible a la ciudadanía.
Asimismo, contiene ciertas definiciones esenciales para esta iniciativa, tal como los sujetos pasivos dentro de la Administración a los que les será aplicable y qué se entenderá por programa, iniciativa de inversión y regulación, para efectos de esta ley.
2. Estándares mínimos en el diseño de las políticas para su evaluación:
El Título II, por su parte, establece respecto de las políticas, iniciativas de inversión y regulaciones normadas por esta ley, cuáles son los antecedentes mínimos que deberán contener al momento de su planteamiento o reformulación, tales como una línea de base, población afectada, indicadores de resultados o de procesos, etc.
Por otra parte, se dispone que toda esta información se encontrará a permanente disposición del público una vez que se haya adoptado el programa, iniciativa de inversión o regulación respectiva, en un registro a cargo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Dicha información también deberá encontrarse disponible en los sitios electrónicos de “transparencia activa” que regula la Ley de Transparencia, del respectivo sujetos pasivo.
3. La Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas:
a. Naturaleza jurídica, objeto y funciones:
El Título III crea la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
El objeto de ésta es la promoción y realización de evaluaciones ex post de los programas, regulaciones e iniciativas de inversión, como también de las demás evaluaciones que la ley establezca, de modo de favorecer el uso racional de los recursos públicos, impulsando así la mejora en la calidad de los servicios públicos y fomentando el desarrollo económico y social de nuestro país.
Así, entre otras, la Agencia tendrá las siguientes funciones y atribuciones: realizar la evaluación ex post de programas, regulaciones e iniciativas de inversión que se establezca en su Plan Anual de Evaluación; supervigilar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley y requerir a la Contraloría que realice los sumarios respectivos por infracción a éstas; elaborar un informe anual sobre sus actividades y las recomendaciones que estime convenientes; poner a disposición del público en general las bases de datos de las evaluaciones realizadas, así como la información para realizar evaluaciones; y, realizar cruces de información a solicitud de las personas.
La Agencia se concibe como un órgano de la Administración autónomo de los restantes poderes del Estado, que está sometida a la fiscalización de Contraloría sólo respecto a su personal y al examen y juzgamiento de cuentas. Sus resoluciones, en cambio, están exentas del trámite de toma de razón.
b. Plan Nacional de Evaluación:
Se propone que la Agencia dicte de modo anual un Plan Nacional de Evaluación que contenga la calendarización de las evaluaciones que realizará, el alcance de éstas y los plazos en que se realizarán.
Dada la importancia de la labor realizada por la Agencia, se contempla que tanto el Ejecutivo como el Poder Legislativo puedan solicitar que ésta realice un número determinado de evaluaciones, sin que esto implique mermar su autonomía. Así, se propone que este Plan se divida en tercios: un tercio de las evaluaciones deben seleccionarse de la propuesta del Ejecutivo, un segundo tercio de la propuesta del Congreso Nacional y, finalmente, el último tercio, lo selecciona libremente la Agencia, de acuerdo a los criterios establecidos en la ley.
Este Plan también contendrá las solicitudes de cruces de información o bases de datos que le sean solicitados a la Agencia y que ésta estime que sea justificado y posible de realizar.
Por otra parte, se dispone que las evaluaciones sean enviadas a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos del Congreso y al Presidente de la República una vez finalizadas y se establece un contenido mínimo de éstas, sin perjuicio de la facultad de la Agencia de establecer por su propia normativa la metodología que éstas deberán seguir.
c. Facultad de solicitar información y sanciones:
Para que la Agencia pueda cumplir de modo adecuado sus funciones, se establece que ésta podrá requerir a los órganos de la Administración del Estado la información que estos posean y que sirva de insumo indispensable para las evaluaciones así como para realizar los cruces de información, la cual debe ser entregada, salvo los casos en que esta entrega pueda afectar la seguridad de la Nación o el interés nacional.
Se dispone que las normas que establezcan la reserva o secreto sobre determinada información –como ocurre, por ejemplo, con la base de datos del seguro de cesantía-, no obstarán a que se le proporcione dicha información, pero tanto los consejeros como los funcionarios de la Agencia deberán guardar reserva de ésta y abstenerse de utilizarla en beneficio propio o ajeno. También se establecen normas de resguardo en caso que la información requerida esté amparada por el secreto tributario.
Si un órgano o servicio se negare de modo injustificado a entregar esta información –lo que será oportunamente calificado por Contraloría General de la República-, el jefe de servicio respectivo será sancionado –con censura, multa de hasta un 25% de su remuneración o suspensión de su empleo hasta por treinta días-. Se prevé un procedimiento de intermediación entre la Agencia y estos órganos a cargo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia –ente coordinador dentro del Ejecutivo-, para la entrega de la información requerida.
Por último, se establecen normas de resguardo de los datos de carácter personal a los que puedan acceder las personas en virtud de las disposiciones de esta ley, acorde a las normas de la Ley N° 19.628.
d. Consejo Directivo de la Agencia:
En cuanto al gobierno corporativo de la Agencia, se propone que éste se componga de cuatro consejeros, designados por el Presidente de la República, previo acuerdo de dos tercios de los miembros en ejercicio del Senado. Éstos durarán seis años en su cargo y pueden ser designados nuevamente para un solo periodo más. Asimismo, serán renovarán por parcialidades. El Presidente del Consejo Directivo durará dos años en dicho cargo –pudiendo ser designado por otros periodos- y será designado de entre los Consejeros por el Presidente de la República.
Se establecen causales de incompatibilidad entre el cargo de Consejero y otras autoridades y funcionarios públicos o de partidos políticos. Asimismo, se establecen causales de remoción del cargo, calificadas por la Corte Suprema a requerimiento del Presidente de la República o la Cámara de Diputados como también ciertas causales de cesación en el cargo.
En cuanto al funcionamiento del Consejo Directivo, se establece que éste adoptará sus decisiones por mayoría de sus miembros y, en caso de empate, dirimirá el Presidente. Asimismo, el quórum mínimo para sesionar es de tres consejeros. Se establecen normas para prevenir posibles conflictos de interés y que el reglamento de la Agencia regulará las demás materias, el que previamente a ser dictado, deberá ser consultado al Consejo Directivo de la Agencia.
Por otra parte y en sintonía con lo dispuesto por la Ley N° 20.500 de participación ciudadana, se prescribe que el Presidente de la Agencia deberá rendir cuenta anual participativa a la ciudadanía de la gestión y ejecución presupuestaria de esta entidad.
e. Personal de la Agencia:
El representante legal de la Agencia será el Director Ejecutivo, quien, al igual que los demás cargos directivos de la Agencia, serán seleccionados por el Consejo Directivo mediante concurso público realizado por el Servicio Civil, de conformidad a las normas de procesos de selección de Alta Dirección Pública, en base a una terna que conforme el Consejo de Alta Dirección Público. Asimismo, se establecen ciertos requisitos mínimos en la ley, para ser designado en un cargo directivo. Los directores durarán 3 años en sus cargos, al término de los cuales y previa evaluación de su desempeño podrán ser nombrados por otro período.
El personal estará afecto a las normas del Estatuto Administrativo y en materia de remuneraciones al D.L. N° 249, de 1974, que fija escala única de sueldos para el personal que señala y sus normas complementarias.
Asimismo, tanto los funcionarios como los consejeros deberán guardar reserva de la información a la que accedan en razón de sus cargos, mientras ésta no sea declarada pública por resolución firme y se deberán abstener de utilizarla en beneficio propio o de terceros. En caso de infracción, se contemplan las sanciones de violación de secreto del Código Penal.
f. Patrimonio de la Agencia:
Se propone que éste esté conformado por recursos que contemple anualmente la Ley de Presupuestos; los bienes muebles e inmuebles que se le transfieran o adquiera a cualquier título y los frutos de éstos; y las donaciones, herencias o legados que se le realicen y acepte, lo que deberá realizar con beneficio de inventario.
4. Disponibilidad de la información para evaluación y solicitudes de cruces de información:
Asimismo y con el objeto de fomentar el control social de las actividades de la Administración del Estado, se dispone que cualquier persona pueda solicitar a la Agencia, que realice el cruce de datos de información o base de datos que obre en poder de un órgano de la Administración del Estado, con el fin de realizar una investigación o control social.
El Consejo de la Agencia incluiría dichas solicitudes que le parezcan justificadas, necesarias y posibles de realizar dentro de su Plan Anual y podrá cobrar por realizar tales cruces los costos de elaboración de la información que determine mediante acuerdo de su Consejo Directivo.
Para proteger debidamente los datos de carácter personal de acuerdo a la Ley N° 19.628 y los derechos de los titulares de esta información, se prescribe que la entrega de esta información al solicitante deberá realizarse siempre de forma innominada y de modo tal que no permita la identificación de las personas naturales o jurídicas correspondientes.
5. Registro Nacional de Regulaciones:
Finalmente, el proyecto de ley contempla la creación de un Registro Nacional de Regulaciones administrado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, con el objeto de centralizar, organizar y poner a disposición del público en general, las regulaciones a las que se refiere esta iniciativa y que son objeto de evaluaciones.
Este registro estará disponible en un sitio electrónico administrado por dicho Ministerio y cada vez que un órgano de la Administración elabora o modifique una regulación, cuando se hayan cumplido todos los trámites necesarios para su publicación, deberá incluirlo en tal registro, asignándosele un número único para facilitar su identificación y seguimiento.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Título I
Normas generales
Artículo 1º. - Objeto. La presente ley tiene por objeto promover la evaluación de las políticas públicas, fijando los estándares mínimos de antecedentes que debe contener todo programa, iniciativa de inversión o regulación que realice un órgano de la Administración del Estado, para la posterior evaluación de dichos programas, iniciativas de inversión o regulaciones señalados en esta ley, tanto por parte de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas, como por otras entidades públicas o privadas. Asimismo, tiene por objeto promover la disponibilidad pública de la información para evaluar estas acciones que realizan los órganos de la Administración del Estado.
Artículo 2º.- Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por:
1. La autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado: es la autoridad con competencia comunal, provincial, regional o, en su caso, el jefe superior del servicio a nivel nacional.
2. La Agencia: la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas.
3. Los órganos o servicios de la Administración del Estado: los ministerios, las intendencias, las gobernaciones, los gobiernos regionales, las municipalidades, las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública y los órganos y servicios creados para el cumplimiento de la función administrativa. Se aplicarán las disposiciones que esta ley expresamente señale a las empresas públicas creadas por ley y a las empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio.
4. Programa: conjunto de actividades, integradas y articuladas para proveer ciertos bienes y/o servicios, tendientes a lograr un propósito específico común a una población objetivo, de modo de resolver un problema o atender una necesidad que afecte a dicha población.
5. Iniciativa de inversión: considera los gastos en iniciativas de inversión que realizan los órganos o servicios de la Administración del Estado, para inicio de ejecución de obras y/o la continuación de las obras iniciadas en años anteriores, con el fin de incrementar, mantener o mejorar la producción de bienes o prestación de servicios, incluyendo aquello que forme parte integral de un proyecto de inversión. Además, comprende los programas de inversión. Dichos proyectos y programas de inversión serán aquellos a que hace referencia el inciso cuarto del artículo 19 bis del decreto ley Nº 1.263, de 1975. Se incluirán también las iniciativas de inversión pública a que se refiere el inciso final del artículo 2° del decreto N° 900, del Ministerio de Obras Públicas, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 164, del referido Ministerio, de 1991. Asimismo, comprende las iniciativas de inversión que realicen las empresas públicas creadas por ley y a las empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio, cuya rentabilidad social sea evaluada por el Ministerio de Desarrollo Social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social.
6. Regulaciones: aquéllas leyes y actos administrativos que producen un impacto en una actividad económica o emprendimiento u otorgan un beneficio social. En el caso de los actos administrativos, éstos deben ser dictados por los órganos de la administración del Estado señalados en el numeral 3 de este artículo.
Título II
Estándares mínimos para la evaluación
Artículo 3º. - Todo programa nuevo o que plantee reformularse sustancialmente deberá contener en su diseño, al menos los siguientes antecedentes: definición de sus objetivos, justificación para su implementación, una descripción de la población afectada, variables que se buscan afectar, indicadores de resultado y procesos y los costos asociados estimados. El formato y contenido de los formularios de presentación, así como las características que definirán como significativa la reformulación de un programa, serán determinados a través del reglamento señalado en el artículo 3°, literal c), de la Ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social.
Artículo 4º. - Toda nueva regulación o modificaciones a esta, deberá presentar en su diseño, al menos, los siguientes antecedentes: objetivos de la regulación, justificación para su implementación, una descripción de la población o mercado afectado, variables que se buscan afectar e indicadores de resultado o procesos. Un reglamento dictado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia establecerá qué otros antecedentes deberán presentarse y el formato y contenido de los formularios de presentación.
Artículo 5º. - Toda inversión cuya rentabilidad social sea evaluada por el Ministerio de Desarrollo Social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social, deberá presentar, al menos los siguientes antecedentes: objetivos de la inversión, una descripción de la población beneficiada e indicadores para definir la efectividad de la inversión. Estos indicadores serán medidos y reportados periódicamente por la unidad operativa que administra el proyecto al Ministerio de Desarrollo Social, de forma de facilitar su posterior evaluación. Tanto la periodicidad del reporte de los indicadores como el formato y contenido de los formularios de presentación serán determinados por un reglamento dictado por el Ministerio de Desarrollo Social.
Artículo 6º.- Los antecedentes a los que hacen referencia los artículos 3º, 4º y 5º serán públicos una vez adoptado el programa, regulación o inversión de que se trata, o su reformulación, y deberán constar en un registro público en el que se identifique dicho programa, regulación o inversión, la fecha de su adopción, el órgano de la Administración responsable y el objetivo del mismo. Dicho registro deberá estar siempre a permanente disposición del público en un sitio electrónico a cargo de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas, el que deberá mantenerse actualizado semestralmente. Un reglamento dictado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia determinará el contenido del registro, las formas y plazos en virtud de los cuales se actualizará.
Asimismo, la información precedente será publicada y actualizada por cada órgano o servicio, al menos una vez al mes, en los sitios electrónicos a que hace referencia el artículo 7° de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública.
Título III
De la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas
Artículo 7º. - Créase la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas, como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
El domicilio de la Agencia será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios que pueda establecer en otros puntos del país.
Los decretos supremos que se refieran a la Agencia, en que no aparezca una vinculación con un Ministerio determinado, serán expedidos a través del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Artículo 8º.- La Agencia tiene por objeto la promoción y realización de evaluaciones ex post de los programas, regulaciones e iniciativas de inversión, así como las demás evaluaciones que la ley establezca, favoreciendo el uso racional de los recursos públicos, impulsando la mejora en la calidad de los servicios públicos y fomentando el desarrollo económico y social.
Artículo 9º. - La Agencia tendrá las siguiente funciones y atribuciones:
a) Realizar la evaluación ex post de programas, regulaciones o iniciativas de inversión, de acuerdo al Plan Nacional Anual de Evaluación. Asimismo, deberá realizar las evaluaciones ex ante que excepcionalmente le sean solicitadas por el Presidente de la República.
b) Supervigilar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley y solicitar a Contraloría la realización de una investigación sumaria o sumario administrativo, en caso de infracción a ellas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13.
c) Adoptar el Plan Nacional Anual de Evaluación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 22.
d) Efectuar estadísticas y reportes sobre las evaluaciones de programas, regulaciones e iniciativas de inversión realizadas a los órganos de la Administración del Estado.
e) Elaborar un informe anual, que deberá presentar al Presidente de la República y al Congreso Nacional, sobre sus actividades, la situación nacional en materia de evaluación ex post de políticas e iniciativas de inversión y las recomendaciones que estime convenientes en esta materia. El Consejo deberá adoptar las medidas pertinentes destinadas a otorgar publicidad a dicho informe a la comunidad.
f) Promover la realización de evaluaciones ex post, tanto por entidades nacionales como internacionales.
g) Colaborar con y recibir cooperación de órganos públicos y personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras, en el ámbito de su competencia.
h) Celebrar los demás actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
i) Poner a disposición del público en general, las bases de datos de cada evaluación que realice, con pleno respeto a lo dispuesto por la Ley N° 19.628, sobre protección a la vida privada, así como la demás información para evaluar las acciones que realizan los órganos de la Administración del Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25.
j) Responder los requerimientos de cruce de información que determine de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26.
k) Definir la metodología mediante la cual se deban realizar las evaluaciones incluidas en el Plan Nacional Anual de Evaluaciones que solicite o encomiende hacer la Agencia, de acuerdo a los artículos 10 y 11.
l) Las demás funciones que le encomiende la ley.
Artículo 10º. - La Agencia adoptará un Plan Nacional Anual de Evaluación que deberá contener la calendarización correspondiente al año calendario, para la realización de evaluación de programas, regulaciones e iniciativas de inversión por parte de la Agencia, así como el alcance de cada una de dichas evaluaciones y los plazos para su ejecución. Sin perjuicio de esto, el Consejo podrá mandatar nuevas evaluaciones por razones fundadas.
El Plan Anual será propuesto al Consejo Directivo por el Director Ejecutivo de la Agencia para su aprobación.
En la elaboración del Plan Anual de Evaluación se considerará la opinión del Gobierno y del Congreso Nacional. Para estos efectos, el Consejo Directivo se reunirá de manera anual con el Subsecretario General de la Presidencia, el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, el Subsecretario de Evaluación Social, el Director de Presupuestos y los Presidentes de las Comisiones de Hacienda de cada Cámara, como también los de las Comisiones que realicen evaluaciones de las leyes, si existiesen. En dicha ocasión, tanto los representantes del Gobierno como del Congreso Nacional, podrán solicitar al Consejo Directivo que el Plan Anual contemple la realización de evaluaciones de determinados programas, inversiones o regulaciones. El Plan Anual estará compuesto por un tercio de evaluaciones solicitadas por el Gobierno y un tercio de evaluaciones solicitadas por el Congreso Nacional. El tercio restante será libremente determinado por la Agencia, de acuerdo a lo dispuesto en los incisos precedentes.
Una vez aprobado dicho Plan por el Consejo, deberá estar disponible en el sitio electrónico de la Agencia, de manera fácil y expedita.
Asimismo, dicho Plan contendrá las solicitudes de cruces de información o bases de datos que obren en poder de los órganos de la Administración del Estado y que el Consejo Directivo estime justificado, necesario y posible de realizar de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26.
Artículo 11º.- Las evaluaciones serán ejecutadas por evaluadores externos a la Agencia a través de paneles de expertos, universidades, entidades consultoras u organismos internacionales con experiencia en el área de la evaluación.
Con excepción de los organismos internacionales, los evaluadores, sean éstos personas naturales o jurídicas, serán seleccionados de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Los informes finales de cada evaluación deberán ser enviados a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos del Congreso Nacional y al Presidente de la República, dentro del plazo de 30 días contados desde su conclusión.
Las evaluaciones deberán contener, al menos, una descripción de la metodología usada, conclusiones y recomendaciones para la mejora de los programas, las que no serán vinculantes. La Agencia deberá poner a disposición del público los antecedentes que permitan que las evaluaciones sean sometidas a revisión y reconstrucción por parte de terceros, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 25.
Artículo 12º.- Para el ejercicio de sus atribuciones, la Agencia podrá solicitar la colaboración de los distintos órganos del Estado.
La Agencia podrá solicitar a los órganos de la Administración del Estado la información que mantengan en su poder, que sea indispensable y sirva de insumo para la evaluación de programas, regulaciones e iniciativas de inversión, así como para realizar los cruces de información señalados en el artículo 26, los que deberán proporcionar esta información oportunamente. Se exceptúan los casos en que la entrega de información afecte la seguridad de la Nación o el interés nacional.
Las normas que establezcan el secreto o reserva sobre determinada información o bases de datos, tal como la Ley N° 19.728, que establece un seguro de desempleo, no obstarán a que se proporcione a la Agencia la información o antecedentes que ésta requiera para el ejercicio de sus atribuciones, de todo lo cual sus funcionarios y consejeros deberán guardar absoluta reserva y secreto mientras no sean declarados públicos por resolución firme, así como también deberán abstenerse de utilizarlos en beneficio propio o de terceros.
Respecto de los requerimientos sobre información amparada por la reserva establecida en el artículo 35 del Código Tributario, la Agencia sólo podrá solicitar al Servicio de Impuestos Internos la información que sea indispensable y sirva de insumo para evaluar programas, regulaciones e iniciativas de inversión. En su requerimiento deberá indicar expresa y detalladamente la información que solicita y los fines para los cuales será empleada. El Servicio de Impuestos Internos informará, en el ámbito de su competencia, de acuerdo a los antecedentes que consten en sus registros.
El personal de la Agencia y toda persona que tome conocimiento de la información tributaria reservada estará obligado en los mismos términos establecidos por el inciso segundo del artículo 35 del Código Tributario. El incumplimiento de este deber hará aplicables las sanciones administrativas que correspondan, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el Párrafo 8 del Título V del Libro Segundo del Código Penal.
Igualmente, para el cumplimiento de sus fines, la Agencia podrá celebrar convenios con instituciones o corporaciones para que éstas presten la asistencia profesional necesaria para ello.
Artículo 13º.- Los jefes de servicio de los órganos de la Administración del Estado que se negaren injustificadamente a suministrar las informaciones indicadas en el artículo precedente, serán sancionados con censura, multa de hasta un 25% de su remuneración o suspensión del empleo hasta por treinta días, lo cual no eximirá al organismo del cumplimiento de la obligación correspondiente.
Las sanciones previstas en este artículo serán aplicadas por la autoridad que nombró al jefe de servicio, previa instrucción de una investigación sumaria o sumario administrativo, realizada por la Contraloría General de la República, de acuerdo a las normas de su ley orgánica. En el caso de los alcaldes, éstos serán sancionados por la Contraloría General de la República conforme a lo dispuesto en este artículo.
Previo a requerir el inicio de la investigación sumaria o el sumario administrativo, la Agencia notificará al Ministerio Secretaría General de la Presidencia de dicho incumplimiento. Transcurridos 20 días hábiles sin recibir la información o sin que se hubiese acordado un plazo de entrega con dicho Ministerio, la Agencia solicitará a la Contraloría que instruya la investigación o sumario respectivo.
Artículo 14º.- Las personas que accedan a bases de datos en virtud de esta ley, deberán respetar la confidencialidad de los datos personales que consten en la información a la que tengan acceso, estando prohibida su difusión no autorizada por la Agencia, así como también su adulteración. La infracción de esta disposición será sancionada en conformidad a la Ley N° 19.628 y, además, respecto de los funcionarios públicos se estimará como una vulneración grave al principio de probidad administrativa, la que será sancionada en conformidad a la ley. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el Párrafo 8 del Título V del Libro Segundo del Código Penal que sean procedentes.
Artículo 15º.- La dirección superior de la Agencia corresponderán a un Consejo Directivo integrado por cuatro consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio. El Presidente de la República hará la proposición en un solo acto y el Senado deberá pronunciarse respecto de la propuesta como una unidad.
Los consejeros durarán seis años en sus cargos pudiendo ser designados sólo para un nuevo período. Se renovarán por parcialidades de tres años.
Los miembros del Consejo Directivo deberán ser personas que reúnan relevantes méritos profesionales, cuya idoneidad y pluralismo garantice el correcto funcionamiento del Consejo. Asimismo, deberán contar con un título profesional universitario otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste.
El Presidente del Consejo Directivo será designado por el Presidente de la República de entre sus miembros y durará dos años en este cargo o el tiempo menor que le reste como Consejero, pudiendo ser designado para nuevos períodos.
Artículo 16º.- No podrán ser designados consejeros de la Agencia los diputados y los senadores, los miembros del Tribunal Constitucional, los Ministros de la Corte Suprema, consejeros del Banco Central, el Fiscal Nacional del Ministerio Público, el Fiscal Nacional Económico, ni las personas que conforman el alto mando de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
Los cargos de consejeros son incompatibles con los de ministros de Estado, subsecretarios, intendentes y gobernadores; alcaldes y concejales; consejeros regionales; miembros del Escalafón Primario del Poder Judicial; secretario y relator del Tribunal Constitucional; fiscales del Ministerio Público; miembros del Tribunal Calificador de Elecciones y su secretario-relator; miembros de los tribunales electorales regionales, sus suplentes y sus secretarios-relatores; miembros del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia; miembros de los demás tribunales creados por ley; miembros del Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia; funcionarios de la Administración del Estado, con excepción de aquéllos que se desempeñen como académicos o docentes de alguna Institución de Educación Superior del Estado hasta un máximo de doce horas semanales; y, miembros de los órganos de dirección de los Partidos Políticos.
Artículo 17º. - Los consejeros serán removidos por la Corte Suprema, a requerimiento del Presidente de la República, de la Cámara de Diputados mediante acuerdo adoptado por simple mayoría, o a petición de diez diputados, por incapacidad sobreviniente, mal comportamiento o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones. La Corte Suprema conocerá del asunto en pleno especialmente convocado al efecto y para acordar la remoción deberá reunir el voto conforme de la mayoría de sus miembros en ejercicio previa una debida investigación y debido proceso.
Además de la remoción, serán causales de cesación en el cargo de consejero, las siguientes:
a) Expiración del plazo por el que fue designado.
b) Renuncia ante el Presidente de la República.
c) Postulación a un cargo de elección popular.
d) Incompatibilidad sobreviniente, circunstancia que será calificada por la mayoría de los consejeros con exclusión del afectado.
En caso que uno o más consejeros cesare por cualquier causa, procederá la designación de un nuevo consejero, mediante una proposición unipersonal del Presidente de la República dentro de un plazo que no podrá exceder de 60 días corridos, sujeto al mismo procedimiento dispuesto en el artículo 15, por el período que restare.
Si el consejero que cesare en el cargo en virtud del inciso precedente invistiere la condición de Presidente del Consejo, su reemplazante será designado en la forma prevista en el artículo 15, por el tiempo que faltare al que produjo la vacante.
Artículo 18º.- Los consejeros, a excepción de aquél que desempeñe el cargo de Presidente del Consejo, percibirán una dieta equivalente a 15 unidades de fomento por cada sesión a la que asistan, con un máximo de 100 unidades de fomento por mes calendario.
El Presidente del Consejo Directivo percibirá una dieta equivalente al doble de los demás consejeros.
Los Consejeros deberán realizar declaración de intereses y de patrimonio, conforme lo establecido en el párrafo 3° del Título III de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. Nº 1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Artículo 19º.- El Consejo Directivo adoptará sus decisiones por la mayoría de sus miembros y, en caso de empate, resolverá su Presidente. El quórum mínimo para sesionar será de tres consejeros.
Ningún consejero podrá intervenir en asuntos ni votar en acuerdos en los que él mismo, su cónyuge, o sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive, tengan un conflicto de interés.
En caso de producirse alguna de las situaciones referidas en el inciso anterior, el consejero implicado deberá abstenerse en la respectiva votación y no será considerado para los efectos de determinar el quórum respectivo.
El reglamento establecerá las demás normas necesarias para el funcionamiento del Consejo Directivo. En toda modificación del o los reglamentos dictados para la aplicación de esta ley deberá ser previamente oído el Consejo Directivo de la Agencia.
Artículo 20º.- Los estatutos de la Agencia establecerán su organización interna. Los estatutos y sus modificaciones serán propuestos al Presidente de la República por, a lo menos, una mayoría de tres cuartos de los miembros del Consejo, y su aprobación se dispondrá mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Artículo 21º.- El Presidente del Consejo Directivo anualmente dará cuenta pública participativa a la ciudadanía de la gestión de sus políticas, planes, programas, acciones, de su ejecución presupuestaria y de todo otro antecedente e información que considere relevante, correspondiente al año inmediatamente anterior.
Esta cuenta será enviada al Presidente de la República y al Congreso Nacional a más tardar en el mes de mayo de cada año.
En el evento que a dicha cuenta se le formulen observaciones, planteamientos o consultas, la Agencia deberá dar respuesta oportuna.
Artículo 22º.- El Director Ejecutivo de la Agencia, que será seleccionado de acuerdo a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 23, será su representante legal, y le corresponderán especialmente las siguientes funciones:
a) Dirigir administrativamente la Agencia.
b) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Agencia, así como ejercer su representación internacional.
d) Planificar, organizar, dirigir y coordinar el funcionamiento de la Agencia, de conformidad con las directrices que defina el Consejo Directivo.
e) Dictar los reglamentos internos necesarios para el buen funcionamiento de la Agencia, previo acuerdo del Consejo Directivo.
f) Contratar al personal de la Agencia y poner término a sus servicios, de conformidad a la ley, previo acuerdo del Consejo Directivo.
g) Dictar los actos administrativos y celebrar los convenios necesarios para el cumplimiento de los fines de la Agencia, previo acuerdo del Consejo Directivo.
h) Delegar atribuciones o facultades específicas en funcionarios de la Agencia, previo acuerdo del Consejo Directivo.
i) Elaborar una propuesta del Plan Nacional Anual de Evaluación establecido en el artículo 10.
j) Ejercer las demás funciones que le sean delegadas por el Consejo Directivo y las demás que señale la ley.
Artículo 23º.- El personal de la Agencia estará afecto a las disposiciones de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 29 del Ministerio de Hacienda, de 2004 y, en materia de remuneraciones, a las normas del Decreto Ley N° 249, de 1974, y su legislación complementaria.
Las personas que desempeñen funciones directivas en la Agencia serán seleccionadas por el Consejo Directivo mediante concurso público efectuado por el Servicio Civil, de conformidad con las normas que regulan los procesos de selección de la Alta Dirección Pública sobre la base de una terna conformada por el Consejo de esa Alta Dirección. Dichas personas deberán contar con un título profesional universitario otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. Adicionalmente el Director Ejecutivo de la Agencia deberá tener al menos 10 años de experiencia profesional. La permanencia en estos cargos será por un período de tres años. Al término de éste, el Consejo Directivo podrá, previa evaluación del desempeño del director, resolver la prórroga de su nombramiento por igual período o bien llamar a concurso.
Tanto los funcionarios de la Agencia, como sus consejeros, deberán guardar absoluta reserva y secreto acerca de la información o antecedentes que conozcan con ocasión del ejercicio de sus funciones, mientras ésta no sea declarada pública por resolución firme, así como también deberán abstenerse de utilizarla en beneficio propio o de terceros. En caso de infracción a estas disposiciones, se considerará como vulneración grave del principio de probidad administrativa, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 246 y 247 del Código Penal.
La Agencia deberá cumplir con las normas establecidas en el decreto ley Nº 1.263, de 1975, sobre administración financiera del Estado.
Asimismo, la Agencia estará sometida a la fiscalización de la Contraloría General de la República, en lo que concierne a su personal y al examen y juzgamiento de sus cuentas.
Las resoluciones de la Agencia estarán exentas del trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República.
Artículo 24º.- El patrimonio de la Agencia estará formado por:
a) Los recursos que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación.
b) Los bienes muebles e inmuebles que se le transfieran o que adquiera a cualquier título y por los frutos de esos mismos bienes.
c) Las donaciones que se le hagan, las herencias y legados que la Agencia acepte, lo que deberá hacer con beneficio de inventario. Dichas asignaciones hereditarias estarán exentas de toda clase de impuestos y de todo gravamen o pago que les afecten. Las donaciones no requerirán el trámite de insinuación.
Título III
De la disponibilidad de la información para evaluación y de las solicitudes
de cruce de bases de datos
Artículo 25º.- La Agencia deberá mantener en su sitio electrónico institucional un registro de los programas, regulaciones e iniciativas de inversión evaluados, donde se encuentren fácilmente disponibles los informes de las evaluaciones realizadas por la Agencia, así como las bases de datos de cada evaluación que realice. Esta información deberá publicarse en un formato que permita su usabilidad, reutilización, fácil identificación y un acceso expedito. También será pública aquélla información solicitada a los órganos de la Administración del Estado para realizar evaluaciones de impacto, aún cuando dicha evaluación no se haya realizado o esté pendiente. Todo lo anterior, con pleno respeto a lo dispuesto por la Ley N° 19.628.
Asimismo, deberá publicar otras evaluaciones ex post realizadas por órganos públicos o privados, nacionales o internacionales, que por su calidad y pertinencia le parezca adecuado.
Artículo 26º.- Cualquier persona podrá solicitar a la Agencia información innominada para fines de investigación o control social. Asimismo, podrá solicitarle que realice el cruce de datos de información o bases de datos que obren en su poder, para dichos fines. La Agencia podrá cobrar por realizar dicho cruce de información los costos de la elaboración de la información que determine mediante acuerdo de su Consejo Directivo.
En caso que la Agencia no cuente con la información solicitada, podrá requerir del órgano de la Administración del Estado que cuente con ella, que realice el cruce de datos de información o bases de datos que obren en su poder y su entrega de manera innominada.
El Consejo Directivo de la Agencia, incluirá las solicitudes que considere justificadas, necesarias y posibles de realizar, en su Plan Anual, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10°.
Esta información será siempre entregada al requirente de forma innominada y que no permita la identificación de las personas naturales o jurídicas correspondientes.
Título IV
Del Registro Nacional de Regulaciones
Artículo 27º.- Créase un Registro Nacional de Regulaciones administrado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Este registro tendrá por objetivo centralizar, organizar y poner a disposición del público en general, las regulaciones a que se refiere el numeral 6 del artículo 2°, y estará disponible en un sitio electrónico administrado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Artículo 28º.- El Órgano de la Administración del Estado que elabore o modifique una regulación, una vez que este haya cumplido con todos los trámites necesarios para su publicación, deberá inscribirlo en el registro al que hace referencia el artículo anterior. Una vez inscrito, se le asignará un número único de registro. Toda nueva regulación deberá contar con su número único.
Disposiciones Transitorias
Artículo 1º.- La primera designación de consejeros de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas se hará a los sesenta días de la entrada en vigencia de la presente ley. En la propuesta que se haga al Senado se identificará a los dos consejeros que durarán seis años en sus cargos, y los dos que durarán tres años.
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia proporcionará el apoyo administrativo requerido para la constitución de la Agencia.
Artículo 2º.- El Presidente de la República promulgará los reglamentos de esta ley dentro del plazo de cuatro meses contado desde la publicación de la misma.
Artículo 3º.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el primer año de su vigencia, se financiará mediante transferencias del ítem correspondiente de la Partida Presupuestaria Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del año respectivo.
Artículo 4º.- El Presidente de la República, por decreto expedido por intermedio del Ministerio de Hacienda, conformará el primer presupuesto de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas y traspasará a ellas los fondos necesarios para que cumplan sus funciones, pudiendo al efecto determinar el número de asignaciones a que se refiere el artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, crear, suprimir o modificar los capítulos, programas, ítems, asignaciones y glosas presupuestarias que sean pertinentes.
Artículo 5º.- Facúltese al Presidente de la República para que dentro del plazo de un año desde la fecha de publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y suscritos, además, por el Ministro de Hacienda, establezca las normas necesarias para regular las siguientes materias:
1) Fijar la fecha en que la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas entrará en funcionamiento y a contar de esa misma fecha entrará en funciones el Consejo a que se refiere el artículo 15 de la presente ley.
2) Fijar la planta de personal de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas.
3) Dictar las normas necesarias para la adecuada estructuración y funcionamiento de las plantas que fije y, en especial, el número de cargos para cada planta, los requisitos para el desempeño de los mismos, sus denominaciones, los cargos que tendrán la calidad de exclusiva confianza y de carrera y los niveles jerárquicos señalados en el artículo 8º del decreto con fuerza de ley N° 29, del Ministerio de Hacienda, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Además podrá establecer las normas de procedimiento y de evaluación para la asignación de modernización de la Ley N° 19.553. Podrá, también, determinar las normas transitorias para la aplicación de las remuneraciones variables, tales como las contempladas en el artículo 1° de la Ley N° 19.553. También podrá establecer las normas necesarias para la aplicación de la asignación a que se refiere el artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882.
4) Determinar la fecha de entrada en vigencia de las plantas que fije.
Igualmente, fijará la dotación máxima de personal de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas, la cual no estará afecta a la limitación establecida en el inciso segundo del
artículo 10 del Estatuto Administrativo, respecto de los empleos a contrata incluido en esta dotación.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN, Ministro de Hacienda; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro, Secretario General de la Presidencia; BRUNO BARANDA FERRÁN, Ministro de Desarrollo Social; FÉLIX DE VICENTE MINGO, Ministro de Economía, Fomento y Turismo”.
Informe Financiero
Proyecto de ley de evaluación de las políticas públicas
Mensaje N° 293-361
I. Antecedentes:
1. El objetivo principal de esta iniciativa es promover una cultura de evaluación de las políticas públicas, fijando estándares mínimos que debe contener todo programa, iniciativa de inversión y regulación que realice un órgano de la Administración del Estado.
2. Para ese objetivo se propone la creación de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas, que tiene por sentido, principalmente, la promoción y realización de evaluaciones ex post de los programas, regulaciones e iniciativas de inversión. Se crea como una corporación autónoma de derechos público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
3. Su personal estará afecto a las normas del Estatuto Administrativo y en materia de remuneraciones al D.L. N° 249, de 1974, y sus normas complementarias, que fija la escala única de sueldos para el personal que señala. Por su parte, los cargos directivos de la Agencia serán seleccionados mediante concurso público realizado por el Servicio civil, de conformidad a las normas de Alta Dirección Pública.
4. La dirección superior de la Agencia corresponderá a un Consejo Directivo integrado por cuatro consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado. El Presidente del Consejo será designado de entre los consejeros por el Presidente de la República.
5. La Agencia definirá anualmente un Plan Nacional de Evaluación, el cual estará compuesto por un tercio de evaluaciones solicitadas por el Gobierno, un tercio de evaluaciones solicitadas por el Congreso Nacional y un tercio libremente determinado por la Agencia.
6. Las evaluaciones serán ejecutadas por evaluadores externos a la Agencia, seleccionados de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 19.886, de compras públicas, a excepción de los organismos internacionales.
7. Cualquier persona podrá solicitar a la Agencia el cruce de datos de información o base de datos que esté en poder de un órgano de la Administración del Estado, con el fin de realizar una investigación o control social. La Agencia podrá cobrar los costos de elaboración de dichos cruces de información.
8. Se crea un Registro Nacional de Regulaciones, cuyo objetivo es centralizar, organizar y poner a disposición del público en general, las regulaciones dictadas por los órganos de la Administración del Estado y que corresponden a leyes y actos administrativos que producen un impacto en una actividad económica o emprendimiento u otorgan un beneficio social. Este registro estará disponible al público en general, en un sitio electrónico administrado por el Ministerio Secretaría General de la Persidencia.
II. Efectos del proyecto sobre los gastos fiscales.
El mayor vosto por la creación de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas comprende lo siguiente:
En M$
Cantidad
Año 1
Año 2 y siguientes
Subt. 21 gastos en personal
602.992
748.257
Consejo Directivo
138.000
138.000
Dieta Presidente Consejo
1
55.200
55.200
Dieta consejeros
3
82.800
82.800
Equipo Ejecutivo
464.992
610.252
Director Ejecutivo (G° 1C)
1
96.000
96.000
Directivos 2° nivel (G° 2)
3
180.000
180.000
Profesionales (G° 5)
8
138.348
276.696
Secretarias y auxiliares (G° 13)
3
28.501
28.501
Viáticos
5%
22.142
29.060
Subt.22 Bienes y Servicios de Consumo
775.326
1.087.326
Gastos de administración
463.326
463.326
Evaluaciones (1er año: 3; año 2 y sgtes:6)
312.000
624.000
Subt. 29 Adquisición de activos no financeriso
51.280
11.093
Mobiliario
10.000
0
Vehículos
8.000
0
Equipamiento informático servidores
10.400
3.467
Equipamiento inform. Usuarios
15.600
5.200
Licencias de software
7.280
2.427
Total
1.429.598
1.846.676
El mayor costo derivado de la creación del Registro Nacional de Regulaciones, que será administrado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia corresponde a:
En M$
Cantidad
Año 1
Año 2 y siguientes
Subt. 21 gastos en personal
172.935
69.174
Personal apoyo implementación ley
3
103.761
Personal operación registro de reulaciones
2
69.174
69.174
Subt.22 Bienes y Servicios de Consumo
34.587
0
Desarrollo software registro de regulaciones
34.587
Subt.29 Adquisición de Activos no financieros
5.304
624
Equipamiento informático servidores
2.600
Equipamiento inform. Usuarios
2.080
Licencias de software
624
624
Total
212.826
69.798
3. Adicionalmente se consideran gastos asociados al Sistema de Alta Dirección Pública por $ 47.000 miles para el primer año y de $ 15.667 miles para el segundo año y siguientes.
4. Por tanto, el presente proyecto de ley implica un mayor gasto fiscal total de $ 1.689.424 miles para el primer año y de $ 1.932.141 miles para el segundo año y siguientes.
(Fdo.): ROSANNA COSTA COSTA, Directora de Presupuestos?.
3. Oficio de S. E. el Presidente de la República. (boletín N° 9230-07) (S)
?Honorable Senado:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:
9230-07
Modifica ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en materia de subrogación.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Disputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacionaol, califico de “suma”.
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia”.
4. Oficio del Senado. (boletín N° 9199-05)
“Valparaíso, 22 de enero de 2014.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que rebaja el impuesto territorial correspondiente a propiedades de adultos mayores vulnerables económicamente, correspondiente al Boletín N° 9.199-05.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 11.103, de 15 de enero de 2014.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.
5. Oficio del Senado. (boletín N° 8853-10)
“Valparaíso, 22 de enero de 2014.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que modifica el D.F.L. N° 161, 1978, Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija su Estatuto Orgánico, que otorga al Subsecretario de Relaciones Exteriores, atribución para transigir en conflictos jurídicos laborales y/o previsionales surgidos en el extranjero, que afecten al Estado de Chile, correspondiente al Boletín N° 8853-10.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 11.028, de 3 de diciembre de 2013.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.
6. Oficio del Senado. (boletín N° 9187-17)
“Valparaíso, 22 de enero de 2014.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín Nº 9187-17:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al sacerdote señor Ramón Seco Pérez.”.
-o-
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fso.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”-
7. Oficio del Senado. (boletín N° 9188-17) (S)
“Valparaíso, 22 de enero de 2014.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín Nº 9188-17:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al sacerdote señor Andrés Lacalle Andrés.”.
-o-
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.
8. Oficio del Senado. (boletín N° 9189-17) (S)
“Valparaíso, 22 de enero de 2014.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín Nº 9.189-17:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al sacerdote señor José Antonio Ortega Martín.”.
-o-
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.
9. Oficio del Senado. (boletín N° 9228-05)
“Valparaíso, 22 de enero de 2014.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica el Título II de ley N° 19.882, que fija condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario por el período que indica y otorga otros beneficios por retiro, correspondiente al Boletín Nº 9.228-05, con las siguientes enmiendas:
Artículo 3°
Ha sustituido la preposición “que” que sucede a la palabra “precedente”, por lo siguiente: “, que haya cumplido o”.
Artículo 4°
Ha eliminado el inciso tercero, pasando los actuales incisos cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo, a ser incisos tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno, respectivamente.
Artículo 5°
Lo ha modificado como sigue:
-En el inciso primero, ha sustituido la frase “enumeradas en el inciso primero del artículo sexto”, por la que sigue: “a que se refiere el inciso primero del artículo sexto transitorio”.
-En el inciso segundo, ha reemplazado el vocablo “octavo” por “séptimo”.
Artículo 7°
Ha suprimido la expresión “2013,”.
Artículo 10
Ha eliminado la frase “por parte del empleador”, y ha reemplazado las palabras “en el momento de” por la voz “al”.
Artículo 12
Inciso primero
Lo ha modificado como sigue:
-En el encabezamiento, ha sustituido el vocablo “servicio” por lo siguiente: “los servicios, instituciones u organismos”.
-En la tabla que contiene el listado de instituciones:
-Ha agregado, en la primera fila, a continuación de “Servicio” y de “N° máximo de personas por servicio”, lo siguiente: “, institución u organismo”.
-Ha sustituido, todas las veces que aparece, la voz “Subsecretario” por “Subsecretaría”.
-Ha reemplazado, todas las veces que aparece, la voz “Intendente” por “Intendencia”.
-Ha sustituido, todas las veces que aparece, la voz “Gobernador” por “Gobernación”.
-Ha reemplazado, todas las veces que aparece, la voz “Director” por “Dirección”.
-Ha sustituido, todas las veces que aparecen, las voces ?Vicepresidente Ejecutivo? por ?Vicepresidencia Ejecutiva?.
-Ha reemplazado, todas las veces que aparece, la voz “Fiscal” por “Fiscalía”.
-Ha sustituido la palabra “Tesorero” por “Tesorería”.
-Ha reemplazado, todas las veces que aparece, el término “Superintendente” por “Superintendencia”.
-Ha sustituido la voz ?Presidente? por ?Presidencia?.
-Ha reemplazado, todas las veces que aparece, la palabra “Secretario” por “Secretaría”.
-Ha sustituido la voz “Defensor” por “Defensoría”.
-o-
-Ha incorporado, al final de la tabla, las siguientes filas:
“
Dirección del Trabajo
31
Instituto Nacional de Estadística
6
Corporación Asistencia Judicial RM
7
Servicio Nacional de Turismo
1
Gobierno Regional de Valparaíso
1
Subsecretaría de Servicios Sociales
5
”.
-o-
Inciso segundo
Ha sustituido la frase “del
Artículo 14
Ha sustituido, en la primera oración, la expresión “que cumplan”, por la siguiente: “, que hayan cumplido o cumplan”.
-o-
Ha incorporado el siguiente artículo 15, nuevo:
“Artículo 15.- El mayor gasto fiscal que representa esta ley, se financiará con los recursos que se contemplen en los presupuestos de las diversas entidades a que ella se refiere, y en lo
que faltare, con los recursos de la Partida Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público.”.
-o-
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 11.110, de 21 de enero de 2014.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.
10. Oficio del Senado. (boletín N° 9113-05)
“Valparaíso, 22 de enero de 2014.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que establece condiciones especiales transitorias para la aplicación del artículo 18 de la ley N° 19.479 y faculta para otorgar el bono compensatorio que indica, correspondiente al Boletín Nº 9.113-05, con las siguientes enmiendas:
Artículos 1°, 2°, 3°, 4° y 5°
Los ha sustituido por los siguientes artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10:
“Artículo 1°.- Establécese, por una sola vez, por el periodo que se indica, una bonificación por retiro para los funcionarios de planta y a contrata del Servicio Nacional de Aduanas, que hicieren dejación voluntaria de sus cargos y que cumplan con los demás requisitos establecidos en la presente ley.
Los beneficiarios tendrán derecho a percibir una bonificación equivalente a un mes de remuneración imponible por cada dos años de servicios en el Servicio Nacional de Aduanas, con un máximo de once meses.
La bonificación no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal, en consecuencia, no estará afecta a descuento alguno.
El reconocimiento de períodos discontinuos se sujetará a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo séptimo de la ley N° 19.882.
La remuneración que servirá de base para el cálculo de la bonificación será el promedio de la remuneración imponible mensual de los últimos 36 meses anteriores al retiro, actualizada según el índice de precios al consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas o por el sistema de reajustabilidad que lo sustituya, con un límite máximo de cien unidades de fomento.
El pago de la totalidad de la bonificación, será realizado directamente por el Servicio Nacional de Aduanas, a más tardar en el mes subsiguiente al del cese de funciones.
Los beneficios de la presente ley serán incompatibles con cualquier otro beneficio de naturaleza homologable que se origine en una causal de similar otorgamiento, tales como los establecidos en el artículo 18 de la ley N° 19.479 y en el Título II la ley N° 19.882.
Artículo 2°.- Serán beneficiarios de la bonificación por retiro, los funcionarios de planta o a contrata del Servicio Nacional de Aduanas, que en el período comprendido entre el
Artículo 3°.- Los funcionarios que hayan cumplido o cumplan 60 ó 65 años de edad, según sean, respectivamente, mujeres u hombres, entre el
Artículo 4°.- Los funcionarios de planta y a contrata del Servicio Nacional de Aduanas que perciban la bonificación por retiro de que tratan los artículos anteriores de esta ley, que a la fecha de la renuncia tuvieren 20 ó más años de servicios continuos o discontinuos en dicha institución y que se encuentren afiliados al Sistema de Pensiones establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980, cotizando o habiendo cotizado acorde a lo establecido en su artículo 17, tendrán derecho a percibir, por una sola vez, una bonificación adicional de cargo fiscal equivalente a 395 unidades de fomento.
El reconocimiento de períodos discontinuos se sujetará a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo séptimo de la ley N° 19.882.
Los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas que actualmente desempeñen cargos de planta o a contrata, podrán completar los años de servicios exigidos, considerando para ello hasta 10 años de labores en calidad de honorarios, sujetos a jornada completa, realizados con anterioridad al año 1998.
El valor de la unidad de fomento que se considerará para el cálculo de la bonificación adicional será el vigente al día en que se produzca el cese de funciones.
La bonificación adicional de que trata este artículo se pagará en la misma oportunidad en que se pague la bonificación por retiro a que se refiere el artículo 1° de esta ley y corresponderá al Servicio Nacional de Aduanas la verificación del cumplimiento de los requisitos que para su percepción se establecen así como los que correspondan al resto de los beneficios.
La bonificación adicional no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal, en consecuencia, no estará afecta a descuento alguno.
Igualmente, podrán percibir la bonificación adicional, los funcionarios que, entre el 1º de agosto de 2010 y el
El personal que preste servicios en jornadas parciales deberá renunciar al total de horas que sirva en el Servicio Nacional de Aduanas para acceder a la bonificación adicional. El monto de la bonificación adicional establecida corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro horas semanales, calculándose en forma proporcional si aquella fuera inferior.
Artículo 5°.- Si el funcionario no cesa en su cargo dentro del plazo señalado en el artículo 3°, se entenderá que renuncia irrevocablemente a los beneficios establecidos en la presente ley.
Artículo 6°.- Quienes perciban los beneficios establecidos en la presente ley, no podrán ser nombrados ni contratados, ya sea a contrata o sobre la base de honorarios, en ninguna de las instituciones que conforman la Administración Central del Estado, durante los cinco años siguientes al término de la relación laboral, a menos que previamente devuelvan la totalidad del beneficio percibido, expresada en unidades de fomento, más el interés corriente para operaciones reajustables.
Artículo 7°.- El personal que perciba la bonificación adicional establecida en el artículo 4° de esta ley tendrá derecho a presentar la solicitud para acceder al bono previsto en la ley N° 20.305, conjuntamente con la postulación a aquella bonificación.
Para el efecto de lo dispuesto en el inciso anterior, se considerarán los plazos y edades que señala la presente ley, no siendo aplicable el plazo de 12 meses señalado en los artículos 2°, N° 5, y 3° de la ley N° 20.305, rigiendo en todo lo demás lo dispuesto en esa ley.
Artículo 8°.- Los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas que perciban la bonificación adicional del artículo 4°, tendrán además, derecho a un bono especial de permanencia de 10 unidades de fomento por cada año de servicio por sobre 40 años de labores, con un máximo de 100 unidades de fomento.
Para la aplicación del presente artículo, la antigüedad que se contabilizará será aquella desempeñada tanto en el Servicio Nacional de Aduanas como en otras instituciones que conforman la Administración del Estado. En tanto, el reconocimiento de períodos discontinuos procederá sólo cuando el funcionario tenga, a lo menos, 5 años de desempeño continuo, anteriores a la fecha de postulación, en alguna de las referidas entidades.
El bono especial que concede este artículo se pagará conjuntamente con la bonificación adicional de que trata el artículo 4° de esta ley.
Artículo 9°.- Los ex funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas que hubieren cesado en sus labores entre el
Para el efecto de lo dispuesto en el inciso anterior, deberán presentar su solicitud ante el Director del Servicio Nacional de Aduanas, en un plazo máximo de 90 días contados desde la fecha de publicación de esta ley. Quienes no presenten la solicitud, se entenderá que renuncian irrevocablemente a la bonificación adicional.
En estos casos, la bonificación adicional se devengará y pagará por el Servicio Nacional de Aduanas a contar del mes subsiguiente a la total tramitación del acto administrativo que la conceda.
Artículo 10.- Facúltase al Director del Servicio Nacional de Aduanas para solicitar la renuncia a los funcionarios, tanto de planta como a contrata, que al
Dentro de los 90 días siguientes a la publicación de la presente ley, el Director del Servicio Nacional de Aduanas, mediante Resolución Exenta, identificará al personal, al que pedirá la renuncia. Dicha Resolución requerirá la visación de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.
En la Resolución a que se refiere el inciso anterior se establecerá, en consulta con los funcionarios, la fecha en que estos deberán hacer dejación de sus cargos, la que no podrá exceder del
Los funcionarios, a quienes el Director Nacional del Servicio Nacional de Aduanas, solicite la renuncia en ejercicio de la facultad establecida en el inciso primero, tendrán derecho, a percibir la bonificación por retiro y la bonificación adicional establecidas en los artículos 1° y 4° de esta ley, según los requisitos que cada uno de ellos cumpla en concordancia a los requerimientos que establecen los artículos antes citados. Asimismo, podrán presentar su postulación al bono establecido en la ley N° 20.305, de conformidad a su artículo 7°. Para el efecto del acceso a los beneficios enumerados en este artículo, se entenderá que los funcionarios cumplen con la causal de renuncia voluntaria.”.
Artículos 6º y 7º
Han pasado a ser artículos 11 y 12, respectivamente, sin enmiendas.
-o-
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.954, de 10 de octubre de 2013.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado”.
11. Informe de la Comisión de Recursos Naturales recaído en el proyecto, iniciado en Moción, con urgencia "Suma", que “Modifica ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en materia de subrogación.”. (boletín N° 9230-07)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en una moción de la senadora Ximena Rincón González y los senadores Alejandro García Huidobro Sanfuentes, Baldo Prokurica Prokurica, Fulvio Rossi Ciocca y Eugenio Tuma Zedán, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1) La idea matriz o fundamental del proyecto.
La idea matriz o fundamental del proyecto es modificar el sistema de subrogación de los Ministros que integran los Tribunales Ambientales.
2) Normas de carácter orgánico constitucional.
El artículo único del proyecto tiene el carácter de ley orgánico constitucional, en tanto se relaciona con la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, en los términos del artículo 77 de la Constitución Política.
3) Normas que requieren trámite de Hacienda.
No hay.
4) Aprobación del proyecto.
El proyecto fue aprobado, en general y en particular, por cuatro votos a favor (4 de 5) de la diputada Molina y los señores Hernández, Pérez Lahsen y Sandoval; y un voto en contra (1 de 5) del señor Morales.
5) Diputado informante.
Se designó como diputado informante al señor Leopoldo Pérez Lahsen.
II. ANTECEDENTES.
a) Fundamentos del proyecto.
El proyecto de ley fue iniciado en una moción de autoría de la senadora Ximena Rincón González y los senadores Alejandro García Huidobro Sanfuentes, Baldo Prokurica Prokurica, Fulvio Rossi Ciocca y Eugenio Tuma Zedán, busca modificar las reglas de subrogación de los Tribunales Ambientales, con miras a uniformar dicha normativa con lo dispuesto para otros tribunales especiales que no forman parte del Poder Judicial.
b) Objetivos fundamentales del proyecto de ley.
El objetivo de la iniciativa legal es modificar el sistema de subrogación de los Ministros que integran los Tribunales Ambientales. Tratándose de los Ministros letrados, los subrogarán Ministros de Cortes de Apelaciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Código Orgánico de Tribunales. Con ello, se establece un criterio similar al de otros tribunales especiales que no forman parte del Poder Judicial y que tienen una composición similar. Por otra parte, tratándose de los ministros licenciados en Ciencias, la subrogación la hará un ministro suplente de otro Tribunal Ambiental.
c) Normas legales relacionadas con la iniciativa legal.
1) Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, artículos 2°, 5° y 10; y
2) Código Orgánico de Tribunales, artículo 216.
III. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR EL SENADO.
La iniciativa legal en tramitación, propone modificar la ley N° 20.600, que creó los Tribunales Ambientales, en materia de subrogación de sus ministros. Los autores de la moción destacaron que en cuanto a la subrogación de los miembros de los Tribunales Ambientales, el artículo 10 de la ley N° 20.600 establece que si se careciere de ministros titulares o suplentes, se procederá a la subrogación de éstos por ministros suplentes de otros Tribunales Ambientales, de acuerdo a las reglas señaladas en la norma.
Los autores de la Moción hacen notar que la referida regla de subrogación difiere de la establecida por el legislador para otros tribunales especiales que no forman parte del Poder Judicial y que tienen una composición similar a los ambientales, como es el caso del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y del Tribunal de Propiedad Industrial. Para estos dos últimos tribunales especiales, su normativa establece que ante cualquier impedimento, los integrantes titulares o suplentes serán subrogados Ministros de la Corte de Apelaciones.
Es por ello, que con el fin de uniformar las reglas de subrogación en tribunales especiales que no forman parte del Poder Judicial y que tienen una composición similar, consideraron necesario sustituir el ya mencionado artículo 10 de la ley N° 20.600 por uno nuevo, que establezca un sistema similar al contemplado para el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y para el de Propiedad Industrial, esto es, subrogación por un Ministro de Corte de Apelaciones, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Orgánico de Tribunales. En este caso, tendrían que efectuar la subrogación ministros de los Tribunales de Alzada de Antofagasta, Santiago y Valdivia, según el Tribunal Ambiental de que se trate.
Adicionalmente, señalaron que la modificación propuesta precavería, el problema que podría producirse si el Segundo Tribunal Ambiental, por cualquier impedimento, careciere de Ministros titulares o suplentes para formar quórum. En ese evento, dispone el referido artículo 10 que la subrogación se efectuará por Ministros suplentes del Primer Tribunal Ambiental, lo que actualmente y en los próximos meses no podría llevarse a cabo, debido a que dicho tribunal aún no se ha instalado, atendido que el proceso de nombramiento de sus Ministros se ha retrasado considerablemente.
Consideran que, además, esta propuesta vendría a solucionar el inconveniente práctico de que la subrogación se efectúe por Ministros de Tribunales bastante distantes geográficamente y evitaría adicionalmente alterar su normal funcionamiento jurisdiccional, atendido el pequeño número de Ministros de cada uno, tanto titulares como suplentes.
Por último, hicieron notar que esta propuesta tiene antecedentes en la Historia de la Ley N° 20.600, ya que originalmente el Mensaje que dio origen a dicho cuerpo legal contemplaba la creación de un solo Tribunal Ambiental, integrado por cinco miembros, cuya norma de subrogación era casi idéntica a la establecida para el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
Durante su tramitación en el Senado, el proyecto de ley fue aprobado en forma unánime por los Senadores presentes y solo se introdujeron ajustes formales a la redacción del inciso segundo para esclarecer su redacción.
Con fecha
Es por ello, que la Corte Suprema estimó que sería preferible que los subrogantes letrados sean los jueces de los Juzgados de Letras en lo Civil de la ciudad en que su asiento el respectivo Tribunal Ambiental, comenzando por el magistrado más antiguo.
IV. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS.
a) Discusión en general y particular del proyecto de ley.
Durante el debate, los diputados presentes coincidieron en la necesidad de legislar sobre esta materia y compartieron los fundamentos del proyecto.
No obstante, el diputado Morales señaló que la observación de la Corte Suprema resultaba relevante pues los tribunales ambientales no deberían resultar integrados por ministros que luego pudieran conocer de las mismas materias por vía de apelación. Por su parte, los demás diputados presentes replicaron que en dichos casos, deberían aplicarse las normas de inhabilidad contenidas en el Código Orgánico de Tribunales.
b) Votación del proyecto de ley.
Al término del debate, el artículo único del proyecto fue sometido a votación general y particular, resultando aprobado por mayoría de votos. Votaron a favor la diputada Molina y los señores Hernández, Pérez Lahsen y Sandoval; y en contra el señor Morales.
V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.
No existen artículos ni indicaciones rechazadas.
VI. MENCIÓN DE LAS ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.
De conformidad a lo establecido en el N° 7° del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, se hace constar que el proyecto de ley fue aprobado en los mismos términos propuesto por el Senado:
VII. TEXTO DEL PROYECTO
Por los fundamentos tenidos en consideración y las razones que dará a conocer el Diputado Informante, la Comisión recomienda dar su aprobación, en los mismos términos que lo hizo Senado en el primer trámite constitucional, al siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Reemplázase el artículo 10 de la ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, por el siguiente:
“Artículo 10.- Subrogación. Si por cualquier impedimento un Tribunal careciere de ministros titulares y suplentes para formar quórum, se procederá a la subrogación de éstos de acuerdo a las siguientes reglas:
1.- En el Primer Tribunal Ambiental la subrogación de los ministros letrados se efectuará por ministros de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y la subrogación del ministro licenciado en Ciencias se efectuará por el respectivo ministro suplente del Segundo Tribunal Ambiental o, en su defecto, por el del Tercer Tribunal Ambiental.
2.- En el Segundo Tribunal Ambiental la subrogación de los ministros letrados se efectuará por ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago y la subrogación del ministro licenciado en Ciencias se efectuará por el respectivo ministro suplente del Primer Tribunal Ambiental o, en su defecto, por el del Tercer Tribunal Ambiental.
3.- En el Tercer Tribunal Ambiental la subrogación de los ministros letrados se efectuará por ministros de la Corte de Apelaciones de Valdivia y la subrogación del ministro licenciado en Ciencias se efectuará por el respectivo ministro suplente del Primer Tribunal Ambiental, o en su defecto, por el del Segundo Tribunal Ambiental.
Si la subrogación de los ministros licenciados en Ciencias no pudiere efectuarse, impidiendo al Tribunal sesionar con el quórum establecido en el artículo 6°, éstos serán reemplazados por el ministro suplente letrado del propio Tribunal o, de no ser posible, subrogados por ministros de las Cortes de Apelaciones respectivas, todo de conformidad con las reglas anteriores.
El Presidente de la Corte de Apelaciones respectiva determinará el ministro que efectuará la subrogación.
Si un Tribunal Ambiental careciere de la totalidad de sus miembros titulares y suplentes, será subrogado por otro Tribunal Ambiental, de conformidad a las siguientes reglas:
1.- El Primer Tribunal Ambiental por el Segundo Tribunal Ambiental.
2.- El Segundo Tribunal Ambiental por el Primer Tribunal Ambiental.
3.- El Tercer Tribunal Ambiental por el Segundo Tribunal Ambiental.?.?
-o-
Se designó Diputado Informante al señor Leopoldo Pérez Lahsen.
-o-
Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión del día
Sala de la Comisión, a 23 de enero de 2014.
(Fdo.): MARÍA TERESA CALDERÓN ROJAS, Abogada Secretaria de Comisiones”.
12. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2.346-12-INA.
?Santiago,
Oficio N° 9.441
Remite sentencia.
Excelentísima señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 16 enero de 2014, en el proceso Rol N° 2.346-12-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad rsepecto de los artículos 34 y 35 del Decreto con Fuerza de Ley n° 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria
A S.E. EL
PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DON EDMUNDO ELUCHANS URENDA
VALPARAÍSO”.