Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- PRESIDENTE
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Lautaro Carmona Soto
- Rodrigo Gonzalez Torres
- PRESIDENTE
- X. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Gustavo Hasbun Selume
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
-
HOMENAJE A SECRETARIO DE COMISIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, SEÑOR EUGENIO FOSTER MORENO
- HOMENAJE : Osvaldo Alejandro Nicanor Urrutia Soto
- SALUDO A DIRIGENTES SOCIALES Y COMUNITARIOS
-
HOMENAJE A SECRETARIO DE COMISIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, SEÑOR EUGENIO FOSTER MORENO
- V. ORDEN DEL DÍA
- SUPRESIÓN DE LÍMITE MÁXIMO PARA REGULARIZAR AMPLIACIONES EN VIVIENDAS SOCIALES (Segundo trámite constitucional. Boletín N°9029-14)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Joaquin Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Ivan Norambuena Farias
- INTERVENCIÓN : Juan Enrique Morano Cornejo
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Joaquin Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Lautaro Carmona Soto
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Javier Hernandez Hernandez
- INTERVENCIÓN : Claudio Eugenio Arriagada Macaya
- INTERVENCIÓN : Daniel Alexander Melo Contreras
- INTERVENCIÓN : Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
- INTERVENCIÓN : Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- INTERVENCIÓN : David Sandoval Plaza
- INTERVENCIÓN : Jaime Hernan Gonzalo Pilowsky Greene
- INTERVENCIÓN : Roberto Fortunato Poblete Zapata
- INTERVENCIÓN : Pedro Pablo Browne Urrejola
- INTERVENCIÓN : Guillermo Ceroni Fuentes
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Alejandro Nicanor Urrutia Soto
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- DEBATE
- DEBATE
- SUPRESIÓN DE LÍMITE MÁXIMO PARA REGULARIZAR AMPLIACIONES EN VIVIENDAS SOCIALES (Segundo trámite constitucional. Boletín N°9029-14)
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
- PENSIÓN DE GRACIA PARA BOMBEROS VOLUNTARIOS
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- Felipe Letelier Norambuena
- Jorge Insunza Gregorio De Las Heras
- Daniella Valentina Cicardini Milla
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Ivan Aladino Fuentes Castillo
- Ivan Alberto Flores Garcia
- Marcos Espinosa Monardes
- Jose Perez Arriagada
- Roberto Fortunato Poblete Zapata
- Guillermo Ceroni Fuentes
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- INTERVENCIÓN : Felipe Letelier Norambuena
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Gabriel Silber Romo
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- TRASPASO A SERVIU DE TERRENOS DE LA EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO APTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Sergio Ojeda Uribe
- Cristian Campos Jara
- Jose Manuel Edwards Silva
- Javier Hernandez Hernandez
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Jaime Hernan Gonzalo Pilowsky Greene
- Ivan Norambuena Farias
- Jose Perez Arriagada
- Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- PENSIÓN DE GRACIA PARA BOMBEROS VOLUNTARIOS
- VII. INCIDENTES
- AYUDA SANITARIA PARA FAMILIAS AFECTADAS POR INUNDACIONES EN SECTOR BENEFICENCIA-BERTOLOTTO, COMUNA DE VALDIVIA (Oficio)
- REITERACIÓN DE OFICIO A DIRECTOR REGIONAL DE INDAP DE LA ARAUCANÍA SOBRE BENEFICIARIOS DE ASIGNACIÓN DE CAPITAL DETRABAJO Y MAQUINARIAS, DESDE MARZO DE 2014 A LA FECHA (Oficio)
- RECONOCIMIENTO A LABOR DE DIRIGENTES SOCIALES Y COMUNITARIOS EN SU DÍA, E INFORMACIÓN SOBRE SU ACCESO A BENEFICIOS EN SALUD(Oficios)
- SALUDO Y RECONOCIMIENTO A ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DE CABRERO(Oficios)
- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y BONO COMPENSATORIO PARA PRODUCTORES CERECEROS DE CERRO CAYUMANQUI, COMUNA DE QUILLÓN (Oficio)
- PRIORIDAD A PROYECTOS PARA ADQUISICIÓN DE RAYOS X Y AMBULANCIA PARA HOSPITAL DE COELEMU (Oficios)
- RECURSOS PARA ESTUDIO TÉCNICO PARA CONSTRUCCIÓN DE PUENTE ENTRE COMUNAS DE ÑIQUÉN Y CAUQUENES (Oficio)
- REACTIVACIÓN DE CONVENIO DE SERVIU E INDAP PARA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS DE VIVIENDAS RURALES EN REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE EXIGENCIA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA TRABAJADORES CONTRATISTAS EN DIVISIÓN SALVADOR DE CODELCO(Oficios)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- SOLICITUD DE CLAUSURA DE PLANTA DE FUNDICIÓN DE PLOMO DEEMPRESA TECNOREC EN COMUNA DE SAN ANTONIO Y EXIGENCIA DEESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA APERTURA DEPLANTAS SIMILARES (Oficios)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Daniel Ignacio Nunez Arancibia
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Pepe Auth Stewart
- Kenneth Giorgio Jackson Drago
- Manuel Monsalve Benavides
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Gabriel Silber Romo
- Karol Aida Cariola Oliva
- Cristina Girardi Lavin
- Camila Antonia Amaranta Vallejo Dowling
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Karla Rubilar Barahona
- Marisol Turres Figueroa
- Pedro Pablo Browne Urrejola
- Sergio Alfredo Gahona Salazar
- Joaquin Godoy Ibanez
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Diego Alfredo Paulsen Kehr
- Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Karol Aida Cariola Oliva
- Daniella Valentina Cicardini Milla
- Sergio Aguilo Melo
- Gabriel Boric Font
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Ivan Aladino Fuentes Castillo
- Roberto Fortunato Poblete Zapata
- Gaspar Alberto Rivas Sanchez
- Patricio Vallespin Lopez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jose Antonio Kast Rist
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Jose Ramon Barros Montero
- Sergio Alfredo Gahona Salazar
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Patricio Melero Abaroa
- Celso Rene Morales Munoz
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Osvaldo Alejandro Nicanor Urrutia Soto
- Marisol Turres Figueroa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- PORTADA
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 362ª
Sesión 53ª, en jueves 7 de agosto de 2014
(Ordinaria, de 10.43 a 13.29 horas)
Presidencia de los señores Cornejo González, don Aldo, Carmona Soto, don Lautaro y González Torres, don Rodrigo.
Presidencia accidental del señor Melero Abaroa, don Patricio.
Secretario , el señor Landeros Perkic, don Miguel.
Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
VII.- INCIDENTES
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. ASISTENCIA 13
II. APERTURA DE LA SESIÓN 17
III. ACTAS 17
IV. CUENTA 17
HOMENAJE A SECRETARIO DE COMISIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, SEÑOR EUGENIO FOSTER MORENO 17
SALUDO A DIRIGENTES SOCIALES Y COMUNITARIOS 18
V. ORDEN DEL DÍA 18
SUPRESIÓN DE LÍMITE MÁXIMO PARA REGULARIZAR AMPLIACIONES EN VIVIENDAS SOCIALES (Segundo trámite constitucional. Boletín N°9029-14) 18
VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN 55
PENSIÓN DE GRACIA PARA BOMBEROS VOLUNTARIOS 55
TRASPASO A SERVIU DE TERRENOS DE LA EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO APTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES 59
VII. INCIDENTES 62
AYUDA SANITARIA PARA FAMILIAS AFECTADAS POR INUNDACIONES EN SECTOR BENEFICENCIA-BERTOLOTTO, COMUNA DE VALDIVIA (Oficio) 62
REITERACIÓN DE OFICIO A DIRECTOR REGIONAL DE INDAP DE LA ARAUCANÍA SOBRE BENEFICIARIOS DE ASIGNACIÓN DE CAPITAL DE TRABAJO Y MAQUINARIAS, DESDE MARZO DE 2014 A LA FECHA (Oficio) 63
RECONOCIMIENTO A LABOR DE DIRIGENTES SOCIALES Y COMUNITARIOS EN SU DÍA, E INFORMACIÓN SOBRE SU ACCESO A BENEFICIOS EN SALUD (Oficios) 63
SALUDO Y RECONOCIMIENTO A ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DE CABRERO (Oficios) 64
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y BONO COMPENSATORIO PARA PRODUCTORES CERECEROS DE CERRO CAYUMANQUI, COMUNA DE QUILLÓN (Oficio) 64
PRIORIDAD A PROYECTOS PARA ADQUISICIÓN DE RAYOS X Y AMBULANCIA PARA HOSPITAL DE COELEMU (Oficios) 65
RECURSOS PARA ESTUDIO TÉCNICO PARA CONSTRUCCIÓN DE PUENTE ENTRE COMUNAS DE ÑIQUÉN Y CAUQUENES (Oficio) 65
REACTIVACIÓN DE CONVENIO DE SERVIU E INDAP PARA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS DE VIVIENDAS RURALES EN REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficios) 66
Pág.
INFORMACIÓN SOBRE EXIGENCIA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA TRABAJADORES CONTRATISTAS EN DIVISIÓN SALVADOR DE CODELCO (Oficios) 66
VIII. ANEXO DE SESIÓN 68
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES 68
SOLICITUD DE CLAUSURA DE PLANTA DE FUNDICIÓN DE PLOMO DE EMPRESA TECNOREC EN COMUNA DE SAN ANTONIO Y EXIGENCIA DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA APERTURA DE PLANTAS SIMILARES (Oficios) 68
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 70
1. Oficio del H. Senado. (boletín N° 8.889-06) 70
3. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Núñez, don Daniel, y Torres, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, con el objeto de regular la captura de la jibia. (boletín N° 9489-21) 80
4. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Torres, Auth, Jackson, Monsalve, Núñez, don Marco Antonio; Saffirio y Silber, y de las diputadas señoras Cariola, Girardi y Vallejo, que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de complementar la regulación del derecho a la protección de la salud, en lo relativo a la discriminación y a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República en materia de seguridad social. (boletín N° 9490-07) 82
5. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Rubilar y Turres, y de los diputados señores Browne; Gahona; Godoy; Macaya; Paulsen y Rathgeb, que modifica el Código Penal para sancionar el falso testimonio del que declara ante una Comisión Especial Investigadora de la Cámara de Diputados (boletín N° 9491-07) 83
6. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Fernández, Cariola y Cicardini, y de los diputados señores Aguiló, Boric, Espinoza, don Fidel; Fuentes, Poblete, Rivas y Vallespín, que modifica las leyes N°s 20.248 y 20.370, para impedir que los sostenedores de establecimientos educacionales exijan textos escolares curriculares adicionales a los entregados por el Ministerio de Educación. (boletín N° 9492-04) 87
7. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Kast, don José Antonio; Álvarez-Salamanca, Barros, Gahona, Macaya, Melero, Morales, Ulloa y Urrutia, don Osvaldo, y de la diputada señora Turres, que modifica la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, con el propósito de establecer una causal de inhabilidad para el ingreso a los cargos públicos que indica. (boletín N° 9493-06) 88
X. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
1. Comunicaciones:
- De la diputada señora Girardi por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por actividades propias de la labor parlamentaria.
- De la diputada señora Hernando por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por actividades propias de la labor parlamentaria.
- Del diputado señor Jiménez por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por actividades propias de la labor parlamentaria.
- Del diputado señor Kort por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por actividades propias de la labor parlamentaria.
- Del diputado señor Boric, por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por actividades propias de la labor parlamentaria.
- Del diputado señor Espejo por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por actividades propias de la labor parlamentaria.
- Del diputado señor Ward por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por motivos de fuerza mayor.
- De la diputada señora Pascal por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por impedimento grave.
- Del diputado señor Campos por la cual justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 7 de agosto, por actividades propias de la labor parlamentaria.
2. Oficios:
- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Armenio por el cual informa que procedió a constituirse y a elegir como presidente al diputado señor Hasbún.
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que el diputado señor Chahin concurrirá a la reunión de la Comisión de Pueblos Indígenas y Etnias del Parlamento Latinoamericano, que se realizará los días 29 y 30 de agosto de 2014, en la Provincia de Imbabura, en el Cantón Otavalo, Ecuador, en virtud del Acuerdo Marco de Participación Internacional (230).
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que el diputado señor Becker concurrirá a la Reunión de la Junta Directiva del Parlamento Latinoamericano, que se realizará el 29 de agosto de 2014, en Atuntaqui, Provincia de Imbambura , Ecuador, en virtud del Acuerdo Marco de Participación en Instancias Internacionales (231).
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual informa que el diputado señor Lorenzini concurrirá, en su calidad de Co-Presidente de la Comisión Parlamentaria Asociación Congreso Nacional de Chile – Parlamento Europeo, a una reunión de la Mesa Directiva, el 1 de octubre de 2014, en Estrasburgo, Francia, en virtud del Acuerdo Marco de Participación Internacional (234).
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que los diputados señores Lorenzini, Monsalve y Norambuena concurrirán a la Reunión de la Red Parlamentaria Global de la OECD, que se realizará el 2 de octubre de 2014, en París, en virtud del Acuerdo Marco de Participación en Instancias Internacionales (235).
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual informa que las diputadas señoras Carvajal y Girardi concurrirán a las reuniones de las comisiones del Parlamento Latinoamericano, que en cada caso se indican, las cuales se realizarán en Cuba, los días 5 y 6 de septiembre de 2014, en virtud del Acuerdo Marco de Participación Internacional (245).
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que el diputado señor Farcas concurrirá a la Reunión de la Comisión de Asuntos Económicos, Deuda Social y Desarrollo Regional del Parlamento Latinoamericano, que se realizará en Panamá, los días 26 y 27 de septiembre de 2014, en virtud del Acuerdo Marco de Participación Internacional (246).
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual informa que la reunión de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano, que se realizará en Panamá y a la que concurrirá el diputado señor Hernández, modificó su fecha de convocatoria para los días 26 y 27 de agosto de 2014 (253).
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que el diputado señor Kort concurrirá a la Reunión Extraordinaria de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, que se efectuará los días 29 y 30 de agosto de 2014, en Atuntaqui, Provincia de Imbambura , Ecuador, en virtud del Acuerdo Marco de Participación Internacional (258).
Respuestas a Oficios
Contraloría General de la República
- Diputado García don René Manuel, Contralor Regional de la Araucanía inicie una auditoría integral en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, accediendo a la petición formulada por la Asociación Nacional de Funcionarios de la misma institución. (57740 al 1321).
Ministerio de Interior
- Diputado Ojeda, Medidas que se adoptarán a la brevedad en las provincias y comunas declaradas como zona de catástrofe, coordinando la intervención de las secretarías regionales ministeriales respectivas. (12249 al 1581).
- Diputado Paulsen, Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (560 al 2682).
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
- Diputado Paulsen, Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (159 al 2567).
Ministerio de Hacienda
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1128 al 2385).
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1156 al 2401).
- Diputado Sandoval, Posibilidad de que los docentes de la escuela rural e Puerto Raúl Marín Balmaceda de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, reciban una asignación de zona del 125%, igual que el resto de los funcionarios públicos, por las consideraciones que expone en la solicitud que se acompaña. (1489 al 2189).
- Diputado Accorsi, Existencia de colusiones en los remates de inmuebles y las acciones y medidas adoptadas a fin de investigar, prevenir, impedir y/o sancionar dichas prácticas. (1498 al 12538).
Ministerio de Educación
- Diputado Paulsen, Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (145 al 2621).
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (146 al 2438).
- Diputado Sandoval, Modalidad de administración que asumirán las nuevas Salas Cunas que se crearán dentro de los primeros 100 días de Gobierno. (2147 al 1739).
- Diputado Paulsen, Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (421 al 2626).
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (422 al 2303).
- Diputado Rathgeb, Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (520 al 3090).
- Diputado Ward, Existencia de vínculos de cualquier especie entre su jefe de gabinete, jefes de servicios, coordinadores, asesores y todo el personal contratado a honorarios por su repartición y cualquier institución privada que tenga alguna vinculación o relación con temas relacionados en este organismo. (525 al 2827).
- Diputado Paulsen, Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (526 al 2619).
Ministerio de Agricultura
- Diputado Paulsen, Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (042535 al 2476).
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (191 al 2317).
- Diputada Hoffmann doña María José, Formación de la Junta de Vigilancia para la tercera sección del río Maipo, desde la desembocadura del río Mapocho hasta el mar en la Región de Valparaíso, precisando los motivos que llevaron a modificar el contrato con la consultora Vergara y Cia., la disposición de la Comisión Nacional de Riego para hacerse parte en la causa Rol V-7-2014 del Primer Juzgado Civil de Talagante , los requisitos para conformar la Junta de Vigilancia en el tramo señalado y la posición de la Dirección General de Aguas al respecto. (652 al 1260).
- Diputado Hernández, Medidas adoptadas para gestionar, de forma urgente, los recursos necesarios para la entrega de subsidios, créditos o bonos a favor de los damnificados por las inundaciones ocasionadas por la crecida del río Rahue en los sectores de La Junta, Quilacahuín, Curimahuida, Cofalmo y Los Juncos de la comuna de San Pablo en la Región de Los Lagos. (653 al 1753).
- Diputado Ojeda, Medidas que se adoptarán a la brevedad en las provincias y comunas declaradas como zona de catástrofe, coordinando la intervención de las secretarías regionales ministeriales respectivas. (654 al 1576).
- Diputado Hernández, Poner en su conocimiento la situación que afecta a los productores de leche debido a las nuevas condiciones de precios que han fijado las empresas lácteas, lo que ha perjudicado enormemente a este importante sector productivo, y solicitarle tenga a bien disponer las medidas que sean procedentes para interceder en este conflicto (655 al 887).
Ministerio de Bienes Nacionales
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (398 al 2331).
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
- Diputado Paulsen, Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1156 al 2523).
- Diputado Tarud, Estado de tramitación de la solicitud de pensión no contributiva presentada, con fecha 26 de septiembre de 2001, por el señor Luis Amigo Brito y si reúne todos los requisitos para acceder a los beneficios de la ley N° 19.234. (24072 al 2254).
Ministerio de Salud
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (01671 al 2535).
- Diputada Carvajal doña Loreto, informar a esta Corporación la opinión de esta secretaría regional ministerial respecto de la aprobación de una nueva termoeléctrica en la comuna de Cabrero, conforme se describe en la intervención adjunta. (2208 al 1894).
Ministerio de Energía
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (326 al 2399).
- Diputado Bellolio, Actividades, gastos y personal involucrado en la actividad denominada “Gobierno en Terreno” realizada en el mes de mayo recién pasado en la ciudad de Coyhaique, en los términos que plantea en la solicitud que se acompaña. (945 al 1863).
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- Diputado Gutiérrez don Hugo, Situación que afecta a la señora Cristina Serrano Cabezas de la comuna de Alto Hospicio, quien, en su calidad de beneficiaria del subsidio de vivienda se habría adjudicado una propiedad en el sector El Boro, sin embargo el inmueble asignado estaría siendo ocupado por otra persona, conforme expone en la solicitud que se acompaña. (1894 al 1997).
- Diputado Farcas, Situación del señor José Vicente Acosta Herrera, quien renunció al subsidio de construcción en septiembre de 2011, sin embargo la empresa Chilexpande Limitada, había cobrado dicho subsidio el 11 de junio de 2012. (8703 al 839).
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
- Diputado Mirosevic, Remita las estadísticas sobre accidentes de tránsito que detalla en la solicitud que se acompaña. (100 al 2705).
- Diputado Coloma, informar a esta Corporación acerca de las medidas adoptados para facilitar el libre tránsito en la Ruta 78, especialmente durante las horas punta (5117 al 1824).
- Diputado Ojeda, Medidas que se adoptarán a la brevedad en las provincias y comunas declaradas como zona de catástrofe, coordinando la intervención de las secretarías regionales ministeriales respectivas. (5579 al 1584).
- Diputado Schilling, informar a esta Corporación respecto de la fecha y las medidas de fortalecimiento que ha adoptado en favor de la secretaría regional ministerial de transportes y telecomunicaciones de la región de Valparaíso, con el propósito de dotarla de las competencias necesarias para llevar adelante la definición del proceso de licitación del nuevo sistema de transporte público del Gran Valparaíso y de las medidas que está adoptando a fin de fortalecer la labor fiscalizadora en terreno y a través del sistema de GPS de la flota que hoy presta servicios en la región de Valparaíso (5581 al 1659).
Ministerio Secretaría General de Gobierno
- Diputado Ward, Nómina de personas y asesores de su Ministerio que desarrollan parte de sus funciones en el Congreso Nacional en Valparaíso, indicando su remuneración; viático desglosado en alimentación, alojamiento y transportes o traslados; la agenda de viajes realizados y su motivo; el vehículo o medio de transporte utilizado y su bitácora a contar del 11 de marzo de 2014. (1786 al 2740).
- Diputado Ward, Remita copia de todas las encuestas, estudios de opinión y focus groups realizados por el Gobierno desde marzo de 2014 a la fecha, precisando los objetivos y costos de dichos estudios, las empresas que los han realizado y la forma en que les fueron adjudicados. (1787 al 2822).
- Diputado Ward, Remita copia de todas las encuestas, estudios de opinión y focus groups realizados por el Gobierno desde marzo de 2014 a la fecha, precisando los objetivos y costos de dichos estudios, las empresas que los han realizado y la forma en que les fueron adjudicados. (1787 al 2825).
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
- Diputado Chahin, Situación del señor Jorge Riquelme Bustos, domiciliado en la comuna de Victoria, quien se encuentra separado de sus funciones en el Hospital de Victoria. (57742 al 856).
Ministerio de Desarrollo Social
- Diputado Ward, Diputada MOLINA doña ANDREA, Número total de desvinculaciones de funcionarios públicos efectuadas a partir del 11 de marzo del presente año y de contrataciones efectuadas a partir de dicha fecha, remitiendo copia de las resoluciones, debidamente tomadas de razón por la Contraloría General de la República, que les sirven de fundamento, precisando en ambos casos los cargos, funciones y remuneraciones. Además, explique la política de reajuste de remuneraciones aplicada a partir de la fecha señalada, con el detalle de todos los efectuados y su fundamento según cargo y función, incluyendo el porcentaje efectivo del aumento en proporción a las remuneraciones que correspondían al mismo cargo hasta el 10 de marzo de 2014. (1631 al 1039).
- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Informar a esta Corporación respecto de los motivos por los cuales se han disminuido las raciones de alimentación que la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas entrega a las escuelas, precisando si esta disminución dice relación con un aumento de los puntajes de las Fichas de Protección Social de las familias beneficiarias del programa de alimentación escolar (1654 al 252).
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (3628 al 2347).
Ministerio Medio Ambiente
- Diputado Letelier, Planes de preemergencia y emergencia que prohíben el uso de leña en chimeneas en la provincia de Cachapoal, las sanciones aplicadas, los responsables de las fiscalizaciones y el valor de las multas. (142835 al 2075).
Intendencias
- Diputado Sandoval, Recursos aprobados bajo el sistema de financiamiento de acciones concurrentes para la contratación de profesionales por las municipalidades en los años 2013 y 2014, los montos totales asignados a dicha modalidad y el perfil general de los profesionales contratados, en todas las comunas de la región. (145 al 3182).
- Diputado Venegas don Mario, Disponer las medidas que sean procedentes para revertir el aumento de actos delictuales en las comunas de Angol, Collipulli, Ercilla, Los Sauces, Lumaco, Purén, Renaico y Traiguén, en especial incrementar la protección policial. (1479 al 1479).
- Diputado Sandoval, Proyectos aprobados en el marco del Programa de Mejoramiento Urbano y del Programa de Mejoramiento de Barrios en el año 2013 y las iniciativas que tienen esa condición durante el presente año, de acuerdo a dichos programas, en cada una de las comunas de la región. (160 al 3137).
Servicios
- Diputado Rathgeb, Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (163 al 2969).
- Diputado Sandoval, Número de jardines infantiles vía transferencia de fondos (2135 al 2191).
- Diputado Pérez don Leopoldo, Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete , se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (3272 al 2341).
- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Posibilidad de efectuar una fiscalización a las obras del proyecto Obra Bocatoma Canal Llaverías de la comuna de Las Cabras. (43246al 1762).
Varios
- Diputada Cariola doña Karol, poner en su conocimiento los problemas laborales que afectan a los trabajadores de la hípica nacional, entre otros, el hecho de haber dejado de percibir el 3,88 % de las apuestas, monto que estaba destinado a cubrir sus beneficios previsionales y la falta de reconocimiento de enfermedades propias de su actividad como enfermedades laborales o accidentes del trabajo, y solicitarle tenga a bien disponer las medidas que sean procedentes para mejorar la calidad de vida de estos trabajadores y fortalecer sus derechos laborales (1 al 2051).
Ministerio de Minería
- Diputado Bellolio, Remita a esta Cámara copia de todas las actas de directorio, con la nómina de las personas que asistieron, de las sesiones donde se discutió y decidió el acuerdo con Minmetals para la creación de una empresa denominada Copper Partners Investment Company Ltda. , en especial la de 30 de enero de 2006 donde se decidió que dicha operación se realizara en Las Bermudas y aquellas donde se acordó la venta a futuro a Cooper Partners Investment Company Ltda. por un plazo de 15 años. (23 al 2128).
- Diputado De Mussy , Remita a esta Cámara copia de todas las actas de directorio, con la nómina de las personas que asistieron, de las sesiones donde se discutió y decidió el acuerdo con Minmetals para la creación de una empresa denominada Copper Partners Investment Company Ltda. , en especial la de 30 de enero de 2006 donde se decidió que dicha operación se realizara en Las Bermudas y aquellas donde se acordó la venta a futuro a Cooper Partners Investment Company Ltda. por un plazo de 15 años. (23 al 2210).
Empresas del Estado
- Diputado Coloma, Remita a esta Cámara copia de todas las actas de directorio, con la nómina de las personas que asistieron, de las sesiones donde se discutió y decidió el acuerdo con Minmetals para la creación de una empresa denominada Copper Partners Investment Company Ltda. , en especial la de 30 de enero de 2006 donde se decidió que dicha operación se realizara en Las Bermudas y aquellas donde se acordó la venta a futuro a Cooper Partners Investment Company Ltda. por un plazo de 15 años. (23 al 2200).
Municipalidades
- Diputada Fernández doña Maya, Estado de avance de las obras para el cambio de la red de distribución de agua potable en cobre y reparación de la red de alcantarillado en la Villa Lo Valdivieso Sur. (1973 al 1955).
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (101)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Álvarez Vera, Jenny PS X 58
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Arriagada Macaya, Claudio DC RM 25
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bellolio Avaria, Jaime UDI RM 30
Berger Fett, Bernardo RN XIV 53
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Cariola Oliva, Karol PC RM 19
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Carvajal Ambiado, Loreto PPD VIII 42
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Chahin Valenzuela, Fuad DC IX 49
Chávez Velásquez, Marcelo DC VIII 45
Cicardini Milla, Daniella IND III 5
Coloma Álamos, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo González, Aldo DC V 13
De Mussy Hiriart, Felipe UDI X 56
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Farcas Guendelman, Daniel PPD RM 17
Farías Ponce, Ramón PPD RM 25
Fernández Allende, Maya PS RM 21
Flores García, Iván DC XIV 53
Fuentes Castillo, Iván IND XI 59
Fuenzalida Figueroa, Gonzalo RN XIV 54
Gahona Salazar, Sergio UDI IV 7
García García, René Manuel RN IX 52
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Insunza Gregorio de las Heras, Jorge PPD IV 9
Jackson Drago, Giorgio IND RM 22
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos PRSD VIII 41
Kast Rist, José Antonio UDI RM 24
Kast Sommerhoff, Felipe IND RM 22
Lavín León, Joaquín UDI RM 20
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
León Ramírez, Roberto DC VII 36
Letelier Norambuena, Felipe PPD VI 33
Lorenzini Basso, Pablo DC VII 38
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Melo Contreras, Daniel PS RM 27
Molina Oliva, Andrea UDI V 10
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Morales Muñoz, Celso UDI VII 36
Morano Cornejo, Juan Enrique DC XII 60
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Arancibia, Daniel PC IV 8
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio DC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel DC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Paulsen Kehr, Diego RN IX 49
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Pilowsky Greene, Jaime DC RM 24
Poblete Zapata, Roberto IND. VIII 47
Provoste Campillay, Yasna DC III 6
Rathgeb Schifferli, Jorge RN IX 48
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Sabag Villalobos, Jorge DC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René DC IX 50
Saldívar Auger, Raúl PS IV 7
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel DC RM 16
Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23
Soto Ferrada, Leonardo PS RM 30
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Teillier del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor DC V 15
Trisotti Martínez, Renzo UDI I 2
Tuma Zedán, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Urízar Muñoz, Christian PS V 10
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Urrutia Soto, Osvaldo UDI V 14
Vallejo Dowling, Camila PC RM 26
Vallespín López, Patricio DC X 57
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Venegas Cárdenas, Mario DC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Walker Prieto, Matías DC IV 8
-No estuvieron presentes por encontrarse:
-En misión oficial: La diputada señora Paulina Núñez Urrutia.
-Con permiso constitucional: Los diputados señores: Ricardo Rincón González y Jorge Ulloa Aguillón.
-Con impedimento grave: La diputada señora Denise Palcal Allende.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.43 horas.
El señor CORNEJO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor CORNEJO (Presidente).- El acta de la sesión 45ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 46ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor CORNEJO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
HOMENAJE A SECRETARIO DE COMISIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, SEÑOR EUGENIO FOSTER MORENO
El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia.
El señor URRUTIA (don Osvaldo).- Señor Presidente , en nombre de los diputados de la Unión Demócrata Independiente quiero dedicar algunas palabras a un funcionario de la Cámara de Diputados que ha servido en esta Corporación por más de 43 años.
Don Eugenio Foster Moreno ingresó a la Cámara de Diputados el 1 de septiembre de 1971 como oficial auxiliar de Secretaría y se desempeñó en el escalafón profesional en diferentes cargos, el más importante de los cuales fue el de abogado secretario de comisiones, del cual jubilará el próximo 30 de agosto de 2014 después de más de 43 años de servicio.
Fue secretario de numerosas comisiones, entre las cuales cabe mencionar las de Educación y Defensa Nacional, en 1990; la de Constitución, Legislación y Justicia, entre 2001 y 2013, para terminar su carrera profesional en la Comisión de Defensa Nacional en 2014.
Al margen de ese desempeño, le correspondió tener a su cargo varias comisiones de acusación constitucional, especiales e investigadoras. En todas esas tareas y comisiones, especialmente en la de Constitución, Legislación y Justicia, demostró su gran capacidad profesional como el colaborador más directo de la Comisión, donde tuvo la responsabilidad de pres-tar asesoramiento técnico y jurídico tanto al Presidente como a sus miembros en materias constitucionales, legales y reglamentarias, así como buscar, requerir, procesar y poner a disposición de la Comisión toda la información y los antecedentes para una adecuada comprensión y mejor legislación de las iniciativas en estudio. Todo eso se puede constatar con la simple lectura de los innumerables informes que le correspondió elaborar.
Con todo, lo que más destaca en Eugenio Foster es su rectitud, su consecuencia, sus valores morales y su leal amistad.
Siempre se mantuvo al lado del otro, acompañando y apoyando a quien lo requería, siempre estuvo dispuesto a colaborar en una causa solidaria. Sus amigos y compañeros sentirán su ausencia. A través de quien habla, se suman a este sincero homenaje y le hacen saber que junto a él el día a día y las tantas horas se hicieron más simples, y el paso de los años, más placenteros y llevaderos.
Como integrante de esta Corporación, le deseo el mejor de los éxitos y solicito que oficialmente la Cámara de Diputados le haga llegar esta intervención en nombre de todos los diputados de la Unión Demócrata Independiente.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Señor diputado , haremos llegar su solicitud en nombre de la Corporación.
SALUDO A DIRIGENTES SOCIALES Y COMUNITARIOS
El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA .- Señor Presidente , quiero aprovechar la oportunidad de saludar a todos los dirigentes sociales y comunitarios del país con motivo de celebrarse el Día nacional del dirigente de juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias. Se trata de ciudadanos que trabajan en forma voluntaria en beneficio de sus barrios y comunidades.
El 7 de agosto de 1998 se instauró el Día nacional del dirigente de juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias. La fecha fue escogida en razón de que el 7 de agosto de 1968 se dictó la primera ley de juntas de vecinos en Chile.
V. ORDEN DEL DÍA
SUPRESIÓN DE LÍMITE MÁXIMO PARA REGULARIZAR AMPLIACIONES EN VIVIENDAS SOCIALES (Segundo trámite constitucional. Boletín N°9029-14)
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.671, con el objeto de suprimir el límite máximo para regularizar ampliaciones en viviendas sociales, siempre que la superficie edificada no exceda de noventa metros cuadrados.
Diputado informante de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales es el señor Joaquín Tuma.
Antecedentes:
-Segundo Informe complementario de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, sesión 46ª de la presente legislatura en 14 de julio de 2014. Documentos de la Cuenta N° 10.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tienen la palabra el diputado informante.
El señor TUMA (de pie).-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, paso a informar sobre el presente proyecto de ley, iniciado en moción de la senadora señora Lily Pérez y de los senadores señores Eugenio Tuma, Pedro Muñoz y Hosaín Sabag , en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, con urgencia calificada de “simple”.
El propósito de la iniciativa consiste en permitir a los propietarios de viviendas sociales regularizar, conforme al procedimiento previsto en la ley N° 20.671, las ampliaciones de más de 25 metros cuadrados, siempre que la superficie total de la edificación no supere los 90 metros cuadrados.
La iniciativa en estudio fue tramitada a la Comisión para este segundo informe complementario considerando la oportunidad de mejorar la legislación frente a hechos como los ocurridos recientemente con el incendio en la ciudad de Valparaíso, que puso en evidencia la precariedad de las viviendas afectadas, lo que se hace mediante una indicación sustitutiva del Ejecutivo, de fecha 6 de mayo de 2014.
Constancias reglamentarias
De acuerdo con lo prescrito en los artículos 130 y 288 del Reglamento de la Corporación, el informe recae sobre el proyecto aprobado en general por la honorable Cámara en su sesión N° 3, de 18 de marzo de 2014, según lo acordado en sesión de igual fecha, con las indicaciones formuladas a dicho texto, consignándose además lo siguiente:
I.- Artículos que no han sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
Ninguno.
II.- Artículos calificados como normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
Ninguno.
III.- Artículos suprimidos.
Ninguno.
IV.- Artículos modificados.
El artículo único del proyecto.
V.- Artículos nuevos introducidos.
Los artículos 1°, 2° y 3° permanentes y el artículo único transitorio.
VI.- Artículos que deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
Ninguno.
VII.- Indicaciones declaradas inadmisibles.
Ninguna.
VIII.- Texto de las disposiciones legales que el proyecto modifica o deroga, o indicación de las mismas.
Ley N° 20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regulación de ampliaciones de viviendas sociales, contemplado en la ley N° 20.251.
Artículo 1°.- Los propietarios de viviendas sociales, emplazadas en áreas urbanas o rurales, podrán por una sola vez, dentro del plazo de dos años contado desde la publicación de esta ley, regularizar las ampliaciones de hasta 25 metros cuadrados de superficie que hubieren efectuado en dichas viviendas, cumpliendo además con los requisitos que se señalan a continuación:
1) No estar emplazadas en zonas de riesgo o protección, en franjas declaradas de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.
2) A la fecha de la regularización no deben existir reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas, ingresadas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, ante la Dirección de Obras Municipales o el juzgado de policía local respectivo.
3) Las ampliaciones deben cumplir con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de las instalaciones interiores.
4) El propietario deberá presentar ante la Dirección de Obras Municipales respectiva una solicitud de permiso y recepción simultánea, acompañada de los siguientes documentos:
a) Declaración simple del propietario, señalando ser titular del dominio del inmueble y que la ampliación cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores.
b) Especificaciones Técnicas resumidas y un plano esquemático que grafique la planta y el perfil de la ampliación, señalando las medidas y superficie a regularizar.
Tratándose de ampliaciones en segundo piso o superior, la solicitud deberá ser firmada por un arquitecto o bien contar con un informe favorable de inspección de la Dirección de Obras Municipales.
La Dirección de Obras Municipales, dentro de los noventa días siguientes a la presentación de la solicitud, deberá pronunciarse con el solo mérito de los documentos a que se refiere este artículo y, si procediere, otorgará el correspondiente certificado de regularización.
En lo referido a la aplicación de este artículo, los funcionarios municipales quedarán exentos de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre responsabilidad funcionaria.
Las regularizaciones que se efectúen de conformidad al presente artículo estarán exentas de los derechos municipales establecidos en el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Texto aprobado por la Comisión en su primer informe.
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1° de la ley N° 20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley N° 20.251:
1.- En el inciso primero:
a) Reemplázase su encabezamiento por el siguiente:
“Artículo 1°.- Los propietarios de viviendas sociales existentes, emplazadas en áreas urbanas o rurales podrán, por una sola vez, dentro del plazo de dos años contado desde la publicación de esta ley, regularizar el inmueble de hasta 90 metros cuadrados de superficie total, cumpliendo además con los requisitos que se señalan a continuación:”.
b) Sustitúyese en el número 3) la expresión inicial “Las ampliaciones” por “Los inmuebles”.
c) Reemplázase en las letras a) y b) del número 4) el vocablo “ampliación” por “construcción”.
2.- En el inciso segundo, sustitúyese la frase “ampliaciones en segundo piso o superior” por la siguiente: “inmuebles que consideren un segundo piso o superior, o que se encuentren adosados a tres o más deslindes del predio,”.”.
Expusieron ante la comisión durante el estudio del proyecto la señora Jeannette Tapia , asesora legislativa del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y el jefe de la División de Desarrollo Urbano de dicha Cartera , señor Pablo Contrucci .
Mediante mensaje N° 095-362 del Ejecutivo, de fecha 6 de mayo de 2014, se formuló una indicación que sustituye el proyecto de ley en informe, sobre la base de los siguientes fundamentos:
El procedimiento simplificado para los permisos de edificación de viviendas sociales, contemplado en la ley N° 20.251, renovado y modificado por la ley N° 20.671, permite la regularización de las ampliaciones de este tipo de viviendas, que se ejecutaron sin contar con los permisos correspondientes de la Dirección de Obras Municipales. La ley N° 20.251 y sus modificaciones posteriores, flexibilizaron las reglas generales para reducir el costo de estas regularizaciones. Con ello, la ley se hacía cargo de la práctica de construir ampliaciones sin permiso, probablemente potenciada en los sectores de menores ingresos por el costo que representa la asesoría profesional necesaria para obtenerlo y la burocracia asociada a su otorgamiento. Para ello admitió, incluso, que no fuese necesaria la intervención de un profesional para certificar el cumplimiento de las exigencias legales -salvo que se tratase de ampliaciones en un segundo piso o superior, según lo dispuso la ley N° 20.671-, y eximió a los funcionarios municipales de la responsabilidad que les asigna el artículo 22 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones al momento de aplicar esta ley.
Es importante señalar que el propósito original de la ley N° 20.251 (tal como se indica no sólo en los fundamentos de la moción que originó dicha ley, sino también en los fundamentos de la moción que derivó en la ley N° 20.671) era evitar que en el futuro siguieran promulgándose nuevas leyes de regularización, mejor conocidas como “leyes del mono” (como la ley N° 19.583, de 1998, que regulariza la construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva), entendiendo que inevitablemente éstas refuerzan la práctica de construir sin permiso, pues dejan la sensación de que, al final, todo es regularizable. Con dicho propósito, se introdujo el artículo 166 en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que facilitó, en lo sucesivo, los procedimientos y los costos asociados a nuevas ampliaciones. Desafortunadamente, este artículo se perdió al cabo de poco tiempo, fundamentalmente, porque luego de su incorporación se le introdujeron un conjunto de modificaciones, a través de las leyes N° 20.671 y N° 20.741, que lo desnaturalizaron en cuanto a su objetivo.
Se fundamenta la indicación del Ejecutivo en que el proyecto de ley en tramitación pretende modificar el artículo 1° de la ley N° 20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley N° 20.251. Dicho artículo autoriza a los propietarios de viviendas sociales a regularizar, por una sola vez, las ampliaciones de hasta 25 m2. La modificación pretende aumentar la superficie regularizable, en la medida que la superficie edificada total no supere los 90 m2. Lo anterior incrementa considerablemente el universo de ampliaciones a regularizar, al igual que el número de familias que contará, formalmente, con una ampliación regularizada.
El mencionado artículo 1° de la ley N° 20.671 establece un plazo de dos años para las regularizaciones, contado desde la publicación de dicha ley, el 8 de junio de 2013.
Previamente, el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.251 establecía la misma posibilidad para los propietarios de viviendas sociales, pero dentro del plazo de tres años contado desde la publicación de la antedicha ley, el 4 de marzo de 2008.
En definitiva, se trata de una norma de excepción que, sin embargo, ha estado en aplicación por casi 4 años en total.
Se sostiene, por su parte, la necesidad de sustituir el contenido del proyecto dada la importancia de construir con permiso y de ser rigurosos con los procesos de regularización.
En efecto, las leyes de regularización deben ser excepcionales y rigurosas por una razón muy sencilla. La exigencia de permisos previos pretende evitar construcciones que no se ajusten a los estándares de habitabilidad, seguridad y estabilidad que requiere una vivienda digna. Eventos como el terremoto que acaba de afectar a las Regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá, el derrumbe de una ampliación adosada a un departamento en el tercer piso (un “palafito”) de un condominio social en Puente Alto, con 5 heridos, o el incendio recientemente ocurrido en Valparaíso, vuelven a poner en evidencia los riesgos a que se ve expuesta la población cuando se flexibilizan las normas hasta el punto de omitir la participación de profesionales competentes, como ocurre con la regularización de ampliaciones prevista en la ley N° 20.251.
Quienes han podido regularizar conforme a normas de excepción han tenido un plazo más que prudencial para realizar dicho trámite, por lo que no parece justificado extenderlas en demasía o indefinidamente. Por el contrario, es preciso restaurar, para las situaciones venideras, la importancia de solicitar los permisos en forma previa a efectuar una construcción y, sólo una vez ejecutada, solicitar la recepción de las obras.
En razón de lo anterior, se concluye que el Gobierno se ve en la obligación de replantear el proyecto de manera de garantizar condiciones de seguridad y habitabilidad para las familias chilenas ahora y en el futuro.
Por último, se deja constancia de la posibilidad de que las municipalidades, los gobiernos regionales y los servicios de vivienda y urbanización destinen recursos a programas que tengan por objeto realizar obras o reparaciones necesarias para que las ampliaciones a que se refiere el proyecto de ley puedan obtener los permisos y recepciones respectivas aplicando, por ejemplo, lo dispuesto en el artículo 41 de la ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, y en el Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
En el debate de la Comisión el señor Pablo Contrucci hizo presente que la indicación sustitutiva del Ejecutivo cumple varios propósitos. Explicó que el MINVU tiene una aproximación distinta a la generación de “leyes del mono” de décadas anteriores, que tuvieron por objeto regularizar viviendas de cualquier tamaño y valor para posibilitar la recaudación de más recursos por contribuciones de bienes raíces. En efecto, a partir de la ley N° 20.251 se concibe un mecanismo diferente y con un objeto también distinto, cual es la regularización de viviendas sociales construidas por el Estado, a fin de poder aplicar más fácilmente los programas de mejoramiento habitacional del MINVU.
Por ello, el Ejecutivo propone sustituir el texto del proyecto aprobado por la Comisión, primeramente, porque aquél no hace exigible la intervención de un profesional responsable que certifique que las viviendas cumplen ciertos requisitos mínimos y, en segundo término, porque tiene una visión bastante laxa de las exigencias técnicas que deben satisfacer las viviendas a regularizar. El Minvu considera -y así lo han confirmado además el reciente terremoto de Arica y Tarapacá, y el incendio de Valparaíso- que se requiere un nivel básico de exigencias técnicas para garantizar la seguridad de las personas y de las construcciones, y a eso apunta precisamente la indicación sustitutiva.
El diputado señor Tuma observó que durante la tramitación anterior del proyecto nunca se aceptó la posibilidad de regularizar las viviendas construidas por el Estado en los años sesenta. Por otra parte, destacó que en la comuna de Imperial se autorizó en su momento la construcción de viviendas en una zona que fue declarada área de riesgo con posterioridad, por lo que ahora no se podrán regularizar sus ampliaciones. Sugirió consagrar el silencio administrativo positivo para el caso de que las DOM no se pronuncien dentro de plazo sobre las solicitudes de regularización de que trata el proyecto. Propuso, por último, hacer imperativa la condonación de multas que autoriza el nuevo inciso final incorporado en el artículo 133 de la LGUC.
El diputado señor Pilowsky planteó que muchas municipalidades carecen de directores de obras o del personal necesario para otorgar permisos de edificación y, eventualmente, certificados de regularización. Sugirió entregar recursos adicionales para que los municipios puedan implementar la ley en proyecto.
La diputada señorita Cariola planteó la necesidad de clarificar quién financiará la contratación de profesionales competentes para otorgar las certificaciones que deben acompañarse a las solicitudes de regularización de viviendas de que trata el proyecto.
El señor Pablo Contrucci , advirtió que las modificaciones propuestas en la indicación sustitutiva apuntan a mejorar la redacción del texto aprobado previamente, por lo que no deberían provocar conflictos con los directores de obras.
Por otra parte, afirmó que la gran mayoría de las regularizaciones efectuadas en el país se financian a través de programas del MINVU como el de Protección del Patrimonio Familiar, que permite efectuar un segundo aporte a las familias que habitan viviendas construidas por el Estado, y que considera el costo de la asesoría profesional necesaria para reparar o mejorar las edificaciones existentes.
Hizo notar, por último, que pese a proponer una redacción distinta del proyecto, la indicación formulada por el Ejecutivo no introduce cambios sustanciales a lo aprobado por la Comisión o a lo establecido en la ley Nº 20.671, salvo la exigencia de contar con la certificación de un profesional competente y de cumplir con un mínimo de normas técnicas, cuya omisión en las leyes del mono anteriores contribuyó a agravar las catástrofes ocurridas durante el presente año en Valparaíso y en el norte del país. Agregó que la aprobación del proyecto reviste cierta urgencia para el MINVU porque el programa PPF se aplica a unas 40 mil viviendas al año en forma permanente y encuentra muchas veces dificultades para hacer efectivos los subsidios porque no hay posibilidades de regularizar las mejoras realizadas.
Puesta en votación la indicación sustitutiva del proyecto fue aprobada por asentimiento unánime de los diputados (as) presentes, señores Browne, don Pedro ; Espinoza, don Fidel ; Farcas, don Daniel ; García, don René Manuel ; Jarpa, don Carlos Abel ; Nogueira , señora Claudia , y Tuma, don Joaquín.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto y de los argumentos que dará a conocer el Diputado Informante, la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales recomienda aprobar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo primero.- Reemplázase el artículo 1° de la ley N° 20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley N° 20.251, por el siguiente:
“Artículo 1°.- Los propietarios de viviendas sociales existentes, emplazadas en áreas urbanas o rurales podrán, por una sola vez, dentro del plazo de dos años contado desde la publicación de esta ley, regularizar las ampliaciones que, sumadas a lo construido, no superen los 90 m2 de superficie, cumpliendo además con los requisitos que se señalan a continuación:
1) No estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.
2) No tener, a la fecha de la regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas, ingresadas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, ante la Dirección de Obras Municipales o el Juzgado de Policía Local respectivo.
3) Cumplir con las normas que se indican a continuación, para garantizar la habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas ampliadas, y con las normas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas, que correspondan.
4) Presentar ante la Dirección de Obras Municipales respectiva una solicitud de permiso y recepción simultánea, acompañada de los siguientes documentos:
a) Declaración simple del propietario, señalando ser titular del dominio del inmueble y que no existen respecto del inmueble las reclamaciones a que se refiere el numeral 2) precedente.
b) Especificaciones Técnicas resumidas y un plano que grafique la planta, la elevación principal y un corte de la ampliación, señalando las medidas y superficie de la vivienda existente y de la ampliación a regularizar, suscritos por un profesional competente.
c) Informe de un profesional competente que certifique que la ampliación cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores señaladas en el numeral 3) precedente, y no se emplaza en los terrenos a que se refiere el numeral 1). Para estos efectos, se entenderá por profesionales competentes cualquiera de los señalados en el artículo 17 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
La Dirección de Obras Municipales, dentro de los noventa días siguientes a la presentación de la solicitud, revisará el cumplimiento de las normas urbanísticas a que se refiere el numeral 1) precedente y, con el solo mérito de los documentos a que se refiere el numeral 4) del presente artículo, otorgará el correspondiente certificado de regularización, si fuere procedente.
Las regularizaciones que se efectúen de conformidad al presente artículo, estarán exentas de los derechos municipales establecidos en el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.”.
Artículo segundo.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones:
1) Agrégase el siguiente inciso final al artículo 133:
“A las ampliaciones de viviendas a que se refiere el inciso primero del artículo 166 que cumplan con los requisitos establecidos en dicha norma, les serán aplicables las disposiciones anteriores. En tales casos, la multa establecida en el inciso segundo podrá condonarse.”.
2) Reemplázase el artículo 166, por el siguiente:
“Artículo 166°.- A los permisos para ampliaciones de viviendas sociales, viviendas progresivas e infraestructuras sanitarias, y a las ampliaciones de viviendas cuyo valor de tasación de la construcción no sea superior a 520 unidades de fomento, calculado conforme a la tabla de costos unitarios por metro cuadrado de construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, emplazadas en áreas urbana o rural, sólo les serán aplicables las disposiciones que se indican a continuación:
a) Las disposiciones de los planes reguladores referidas a áreas de riesgo o protección, declaraciones de utilidad pública y uso de suelo, y
b) Las normas que establezca la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones para garantizar la habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas ampliadas, y las normas vigentes aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas, que correspondan.
El cumplimiento de dichas disposiciones y normas será certificado por el profesional competente que suscriba la solicitud de permiso de edificación y de recepción de obras.
Las disposiciones de este artículo también serán aplicables a las edificaciones construidas con anterioridad al 31 de julio de 1959.
Los permisos de edificación y la recepción definitiva de las obras a que se refiere este artículo, se tramitarán conforme al procedimiento simplificado que para estos efectos establecerá la Ordenanza General.
Los derechos municipales serán los que se establecen en el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, rebajados en un 50%.”.
Artículo tercero.- Al Ministerio de Vivienda y Urbanismo corresponderá, a través de la División de Desarrollo Urbano, impartir, mediante circulares que se mantendrán a disposición de cualquier interesado, las instrucciones para la aplicación de las disposiciones de esta ley.
Artículo único transitorio.- El plazo de dos años establecido en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 20.671, se contará a partir de la publicación de la presente ley.”.
Tratado y acordado en sesiones de fechas 18 de junio, 2 y 9 de julio de 2014, con la asistencia de los diputados y diputadas señores Espinoza, don Fidel ( Presidente ); Browne, don Pedro ; Farcas, don Daniel ; García, don René ; Jarpa, don Carlos Abel ; Norambuena, don Iván ; Pilowsky, don Jaime ; Tuma, don Joaquín, y Urrutia, don Osvaldo ; y las diputadas señorita Cariola , doña Karol ; señora Fernández , doña Maya , y señora Nogueira , doña Claudia .
Sala de la Comisión, a 11 de julio de 2014.
Agradezco a la comisión por el esfuerzo que se ha hecho y por la participación de todos sus miembros en la discusión del proyecto.
Es cuanto puedo informar sobre la materia.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor Iván Norambuena.
El señor NORAMBUENA .-
Señor Presidente , el proyecto permite a los propietarios de viviendas sociales regularizar las ampliaciones de más de 25 metros cuadrados, siempre que la superficie total de edificación no supere los 90 metros cuadrados.
Hemos escuchado la exposición del diputado informante, que fue muy clara, por lo que señalaré brevemente algunos aspectos que considero de importancia.
Estoy de acuerdo con el proyecto, ya que beneficia a muchos habitantes de nuestro país, especialmente de mi zona, donde se practica mucho la autoconstrucción sin los permisos correspondientes. Me refiero a las comunas de Lota, Arauco , Curanilahue, Los Álamos , Lebu , Cañete , Contulmo y Tirúa , que, como dije, tienen un indicador alto de autoconstrucción, dada la situación y las necesidades que se van presentando.
En relación con eso, considero importante la indicación presentada por el Ejecutivo al proyecto, mediante la cual mantiene algunos requisitos. Por ejemplo, se conserva el metraje propuesto originalmente -90 metros cuadrados-; la vivienda no puede estar emplazada en áreas de riesgo o protección ni en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público, y no debe tener reclamaciones pendientes. Esto último es muy importante, porque existe cierta inclinación a ocupar ese tipo de terrenos.
Sin embargo, se agregan nuevos requisitos, como un cuadro que contiene normas específicas para garantizar un mínimo de habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas ampliadas, con las normas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas que correspondan.
En relación con estas indicaciones y exigencias, el proyecto señala que las especificaciones técnicas y el plano simple que deben acompañarse a la solicitud de ampliación deben estar certificados por un profesional competente. Sobre el particular tenemos algunas dudas, sobre todo por los costos que ello pudiera implicar para las familias durante el proceso de presentación de antecedentes.
Sin embargo, en la misma Comisión, el Ministerio de Vivienda, a través de sus profesionales, confirmó que está incorporando en el Programa Protección del Patrimonio Familiar (PPF) una línea de acción para el saneamiento de las viviendas para las personas que quieran ampliarlas o mejorarlas, asegurando con ello el cumplimiento de requisitos mínimos para garantizar la seguridad de las familias que las habitan.
La Dirección de Obras Municipales -es importante señalar el plazo establecido, porque muchas veces estos trámites se tornan un poco engorrosos, desilusionantes, pues las direcciones de obras municipales no actúan de acuerdo con la necesidad de los solicitantes- tiene 90 días, contados desde la presentación de la solicitud, para revisar antecedentes, y si procede, otorgar el certificado de regularización.
La regularización estará exenta de pago de derechos municipales.
Por lo señalado, estoy absolutamente de acuerdo con la iniciativa, razón por la cual anuncio que la votaré favorablemente.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Morano.
El señor MORANO .-
Señor Presidente , si existe una región que se caracteriza por la construcción, por el esfuerzo de su gente, esa es la de Magallanes. Ahí, numerosas poblaciones se han levantado a raíz de la autoconstrucción, en un proceso frecuente, hasta mediados de la década del 70. Luego vino toda una política de viviendas sociales, que incluso algunos llamaban “soluciones húmedas”, de cocina y baño, lo que obligó a la gente de Magallanes a ir ampliando sus propiedades.
Ninguno de los colegas presentes desconoce las características climáticas de Magallanes: zona de vientos, frío, nieve. Por tanto, parte de la vida de las personas no se puede hacer al exterior, como ocurre en la zona central, donde es posible pensar en secar la ropa al aire libre, almorzar en el patio o dejar que los niños jueguen en la calle.
La verdad es que en Magallanes las condiciones climáticas son diversas y nos obligan a pasar mucho más tiempo al interior de nuestras viviendas, lo que empuja la necesidad de ampliar las construcciones ya existentes.
La norma que se nos propone y que votaremos positivamente permitirá regularizar muchísimas construcciones, las que, pese a superar incluso los estándares que la legislación anterior había fijado, hoy se encuentran imposibilitadas de regularizarse.
Múltiples programas del Ministerio de Vivienda guardan relación con el mejoramiento del aislamiento térmico de las viviendas en Magallanes o con la ampliación de las edificaciones. Sin embargo, esos mismos programas no se pueden aplicar porque faltan los respectivos certificados de recepción definitiva.
Me permití hacer llegar a los colegas de la bancada de la Democracia Cristiana un proyecto de estudio respecto de la situación de la vivienda social en Magallanes, la eficiencia térmica y esta “ley del mono” en proyecto.
Espero que votemos favorablemente la iniciativa, que permitirá regularizar cientos o miles de viviendas sociales en Magallanes construidas por su propia gente. Así, esas personas podrán postular a los programas habitacionales del supremo Gobierno para el mejoramiento de la vivienda.
Por lo expuesto, anuncio mi voto afirmativo al proyecto.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , en primer lugar -lo señalaron algunos colegas-, quiero saludar en su día a todos los dirigentes de juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, quienes tienen una vinculación muy estrecha con proyectos como el que nos ocupa.
Hoy es un día especial, pues se conmemora la gran labor que esos dirigentes realizan cotidianamente. No están exentos de ella los presidentes y directivos de los diferentes comités de vivienda existentes en nuestras regiones. A todos ellos, y también a los presidentes de juntas de vecinos, de clubes deportivos, dirigentes de la pequeña agricultura, presidentes de clubes de adultos mayores y de diversas organizaciones, les envío un caluroso saludo desde la Cámara de Diputados, por la gran labor que realizan.
El proyecto en discusión, que aprobaremos, sin duda, por amplia mayoría, es una muy buena noticia para las comunas de mi región y del resto del país. Como Presidente de la Comisión de Vivienda de esta Corporación, tengo el orgullo de haber encabezado, junto con otros integrantes de dicha instancia, las tareas para sacar adelante este enorme desafío, que recibió de parte de algunos actores ciertos elementos que atentaban contra la aprobación de la iniciativa. Así, se emitieron una serie de argumentos que pretendían que el proyecto no llegara a buen puerto.
Hoy -reitero- aprobaremos esta iniciativa denominada “ley del mono”. Como señalaron quienes me antecedieron en el uso de la palabra, ella posibilitará a miles de familias de nuestras regiones que con enorme esfuerzo han realizado mejoras en sus viviendas -ampliación de un dormitorio o de la cocina; construcción de un baño más digno-, regularizar su situación ante las respectivas direcciones de obras municipales, siempre que las edificaciones no superen el límite de superficie de 90 metros cuadrados.
¡Qué duda cabe de que se trata de una buena noticia para esa gente! Para nadie es un misterio que en la actualidad regularizar las viviendas importa un alto costo entre el pago de los permisos correspondientes y la contratación de los servicios de arquitectos para tales efectos. La iniciativa en discusión viene a poner fin a un grave problema que afecta a miles de familias que se encuentran en esa situación e imposibilitadas de acceder a los beneficios que otorga el Estado: mejoramiento de sus viviendas con fondos del Estado, subsidio para la construcción de panderetas cuando los cierres perimetrales de sus viviendas son malos, etcétera.
Por medio del proyecto se entregará a la gente la oportunidad de efectuar los trámites correspondientes y dejar absolutamente regularizada la ampliación de su propiedad. Para ello cuenta con un plazo de dos años, contados desde la publicación de la ley.
Durante el transcurso del debate me he acordado de los cientos de familias de Los Pellines y demás poblaciones de la comuna de Llanquihue, de Puerto Varas, de Nueva Braunau, de Calbuco, en fin, de muchos sectores de nuestra región, las que por años no han podido regularizar sus edificaciones, porque no han tenido los recursos para ello.
Aprobamos la iniciativa en la Comisión de Vivienda después de varios meses de discusión. Quiero destacar la persistencia que siempre tuvo el diputado Tuma para sacarla adelante.
Personas de Fresia, Río Negro, Purranque, Puerto Octay, Puyehue, comunas que represento, en numerosas oportunidades me ha manifestado que esta iniciativa es importante para ellas, porque les posibilitará regularizar la situación de su vivienda, lo que en el futuro les permitirá poder acceder a los beneficios del Estado y no ver que estos no pasan por la cuadra o pasan por la población de enfrente.
El proyecto establece normas que deberán cumplirse para garantizar la habitabilidad, la seguridad y la estabilidad de las viviendas ampliadas. De igual forma -este aspecto lo dejamos muy claro desde el primer momento en la Comisión-, asegurará el correcto funcionamiento de las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas. Esa disposición es muy importante y no debe ser dejada de lado, porque para la regularización de ampliaciones de viviendas sociales cuya superficie edificada total no exceda de 90 metros cuadrados habrá que poner énfasis especial en que estas cuenten con instalaciones que funcionen en forma adecuada, a fin de evitar incendios o algún siniestro que ponga en peligro a la familia que habita en el inmueble que se pretende regularizar.
En relación con la iniciativa en debate, quiero señalar que en una reunión muy concurrida que sostuvimos hace poco con la junta de vecinos El Mirador de Cañitas, en la comuna de Los Muermos, se nos informó sobre los problemas que están enfrentando sus habitantes debido a las obras de alcantarillado ejecutadas por la empresa encargada de construir en ese sector. Al respecto, nos manifestaron la importancia de que el proyecto que hoy se somete a nuestra consideración sea aprobado con prontitud, porque, por años, los vecinos juntaron peso tras peso para efectuar los trabajos de ampliación y mejoramiento de sus viviendas, pero hasta ahora no han tenido la posibilidad de regularizarlos, debido a que la asesoría de un arquitecto cuesta entre 300.000 y 500.000 pesos.
De allí la importancia de la iniciativa que estamos debatiendo, la cual -no me cabe duda alguna- contará con un amplio respaldo en la Sala, porque permitirá, al igual como debería ocurrir con todos los proyectos sometidos a tramitación legislativa, solucionar problemas que afectan de manera cotidiana a los vecinos y vecinas de todas las comunas.
En mi calidad de Presidente de la Comisión de Vivienda , Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, quiero destacar el esfuerzo mancomunado de todos sus integrantes para sacar adelante esta iniciativa, a lo que se debe sumar la política implementada desde que asumí la presidencia de esa instancia, en el sentido de trabajar para la aprobación de proyectos de ley que vayan en beneficio directo de la ciudadanía.
En tal sentido, aprovecho la ocasión que me otorga este debate para señalar que ayer la Comisión comenzó la discusión de una iniciativa, cuya autora es la diputada Camila Vallejo , que tiene por propósito establecer normas especiales aplicables a las viviendas de emergencia. Tal como le consta al colega Rodrigo González , diputado que representa a un distrito que pertenece a la Región de Valparaíso, la que hace poco fue afectada por incendios de gran magnitud -su señoría ha participado en las sesiones que se han celebrado para tratar esa materia-, lo que se busca a través de ese proyecto de ley es establecer una política pública en materia de viviendas de emergencia que deje al país situado en un contexto diferente frente a las catástrofes, porque a la gente afectada se le entregan viviendas de emergencia que, en muchos casos, no cumplen con los estándares mínimos de habitabilidad. Por lo tanto, estamos construyendo un país distinto, gracias a que estamos preocupados de entregar soluciones efectivas para los problemas que afectan a la ciudadanía.
Asimismo, junto con aprovechar esta instancia de discusión para saludar a los dirigentes sociales del país por la conmemoración de su día, deseo hacer un llamado a la gente para que se organice a través de las juntas de vecinos o de otras instancias vecinales, porque es la única forma que tiene de canalizar de manera más sistemática y ordenada sus necesidades. Lo señalo porque las personas que no han podido regularizar las ampliaciones de sus viviendas sociales lo podrán hacer ahora gracias a las modificaciones legales que propone este proyecto, pero deberían haber contado con un nivel de organización para acceder a ese beneficio en forma mucho más directa, aunque no se descarta que también se pueda hacer de manera individual.
Por último, felicito a todos los que han tenido participación en la tramitación de esta iniciativa, así como el tesón, empuje y coraje que aportaron los integrantes de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados para sacar adelante esta nueva “ley del mono”, que permitirá a miles y miles de familias del país, de una vez por todas, regularizar las ampliaciones de sus viviendas sociales a costos muy reducidos. El gran impedimento que tenían para hacerlo era no contar con los recursos necesarios para pagar los servicios profesionales que se requerían.
He dicho.
El señor GONZALEZ (Vicepresidente).-
Tienen la palabra el diputado señor García
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , creo que esta es la tercera o cuarta vez que en la Cámara de Diputados se tramita un proyecto para regularizar la ampliación de viviendas, cuerpos legales que han sido mejor conocidos como “leyes del mono”. Cada vez que lo hemos hecho, con posterioridad la legislación nos ha “culateado”, porque cuando la gente concurría a efectuar regularizaciones a los departamentos de obras respectivos, le señalaban que no cumplía con algunos de los requisitos establecidos en dicha legislación. Muchas personas pensaron que tendrían una solución barata y que no se encontrarían con problemas para regularizar la ampliación de sus viviendas, pero se enfrentaron a que no cumplían con las exigencias del Serviu o de la municipalidad respectiva.
Se dice que serán miles y miles los que se verán favorecidos con lo que propone esta iniciativa; pero creo que lo que cabe preguntarse es cuántos miles quedarán fuera del beneficio. Por ejemplo, cuando una persona quiera efectuar la regularización de su vivienda social en una zona rural, en el campo, para acceder a los beneficios que hoy se entregan para la instalación de electricidad, agua potable y alcantarillado, se puede encontrar con que no podrá hacerlo, porque a lo mejor su vivienda no cumple con la altura mínima exigida por las normas de habitabilidad, se encuentra emplazada en zona de riesgo, no cuenta con cortafuego o debido a muchas otras razones. Con ese tipo de problemas deberán lidiar los interesados, tal como ha ocurrido en anteriores “leyes del mono”. Por eso, cuando uno ve este tipo de proyectos, sabe que no beneficiará a toda la gente.
En consecuencia, como miembro de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, la primera recomendación que quiero hacer a las personas que quieran ampliar sus viviendas sociales es que, primero, ingresen al sitio de la Cámara de Diputados, para que conozcan los requisitos que deberán cumplir. Deben ingresar a www.camara.cl y consultar el proyecto de ley que modifica la ley N° 20.671, boletín N° 9.029-14 (S).
Hago esa recomendación para que cuando las personas concurran a regularizar la ampliación de sus viviendas sociales conozcan qué requisitos les exigirán y no se lleven una desilusión. De lo contrario, después cargarán contra los parlamentarios y dirán: “¡Miren la ley que hicieron! ¡Ilusionaron a miles y miles de personas, a dirigentes sociales, a gente que está a cargo de campamentos y a los que quisimos ampliar, mejorar y regularizar nuestras viviendas sociales, pero no podemos hacerlo!”. Es preocupante lo que puede pasar.
Sin perjuicio de las salvedades que he hecho, es indudable que la mayoría de los diputados estamos absolutamente de acuerdo con que la gente regularice la ampliación de sus viviendas sociales, razón por la que aprobamos el proyecto en discusión por unanimidad en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales,
Hay mucha gente que amplía su casa, lo cual es un buen síntoma, porque significa que cuenta con los recursos para hacerlo, que la economía del país mejora y que la familia crece. Sin embargo, la pregunta que me hago -aspecto en el que quiero ahondar un poco- es cómo lo hará la persona a la que entregan un sitio que tiene como máximo setenta, ochenta o cien metros cuadrados, para cumplir con la norma que señala que para regularizar la ampliación de viviendas sociales, la superficie edificada total no debe exceder de noventa metros cuadrados. Para cumplir con esa exigencia habrá problemas con el cortafuego y con la culata del sitio, porque deberá despegarse del sitio vecino.
Esa disposición es una aberración en poblaciones en las que los sitios tienen setenta o noventa metros cuadrados. He visto que en comunas como Padre Las Casas o Temuco, que no forman parte del distrito que represento, los autos deben entrar marcha atrás al espacio destinado al estacionamiento, ubicado en el costado de inmueble, para que la parte delantera del vehículo quede un tanto afuera del límite de la casa para que la puerta del chofer se pueda abrir. De otra manera no cabe, ya que esa parte de la propiedad tiene apenas dos metros, y apurado. Hemos visto esa escena en todas las comunas del país.
Cuando esa gente amplía su vivienda copa la totalidad del sitio, de modo que no cumple con las exigencias para regularizarla. En todo caso, lo que hago no es una crítica, sino una advertencia, porque mucha gente se entusiasma con este tipo de proyectos de ley, pero cuando va a las municipalidades a efectuar el trámite correspondiente, se da cuenta de que no cumple con las normas y al final las críticas por la legislación nos “culatea” a nosotros.
Deseo destacar que la gratuidad para regularizar la ampliación de viviendas sociales será un tremendo beneficio para los que cumplan con todos los requisitos.
Quiero plantear una propuesta -espero que sea atendida por la ministra de Vivienda y Urbanismo- para que no tengamos problemas a futuro con esta legislación, en el sentido de que cada vez que se entreguen viviendas sociales en las poblaciones, se dé un plano que indique los límites para realizar una ampliación a quienes se las han adjudicado, de manera que si la llevan a cabo no caigan en incumplimientos que los pueden perjudicar al momento de regularizar su vivienda. Creo que esa propuesta puede traer algo de alivio a las personas.
El hecho de que la totalidad de las ampliaciones de las viviendas sociales no se pueda regularizar no significa que no votaremos a favor el proyecto en discusión, porque creo que beneficiará a miles de personas que esperan hace tiempo esa oportunidad.
Por otro lado, en nombre de Renovación Nacional, me sumo a todos los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra y que han enviado un saludo a los dirigentes vecinales en su día, porque son las fuerzas vivas que mueven el país, a pesar de que no reciben nada a cambio -salvo malos ratos- como retribución por el trabajo de organización que realizan en favor de sus comunidades. Por eso, les deseo la mejor de las suertes y los insto a sigan trabajando y que el cansancio no les impida seguir con esa gran vocación de servicio que tienen.
Por las razones expuestas, anuncio que vamos a aprobar este proyecto, que es el cuarto de la “ley del mono”: partimos en 25 metros cuadrados y ahora estamos en 90 metros cuadrados. Ojalá, la gente pueda regularizar su propiedad en el corto plazo para que no tenga más problemas y pueda optar a todos los subsidios. Espero que todas las personas que, con un tremendo esfuerzo, han hecho ampliaciones en sus viviendas, en algún momento logren cumplir con las condiciones para regularizar su propiedad.
La bancada de Renovación Nacional va a votar a favor este proyecto de ley.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , estamos discutiendo un proyecto muy importante para mucha gente en Chile. Muchos dirigentes que hoy están celebrando su día, están pendientes de que este proyecto sea aprobado. Felizmente, creo que se va a aprobar por unanimidad o por una gran mayoría.
Chile ha avanzado mucho en los últimos 25 años. Ha ido derrotando la pobreza, con un porcentaje que ha bajado de 45 por ciento a casi 13 por ciento. Como todo el mundo sabe, tenemos una serie de conflictos en el país que estamos resolviendo a través de la reforma tributaria, para mejorar la educación, la salud y el problema de la vivienda, que ha quedado en el tercer o cuarto lugar de las prioridades de todos los gobiernos.
Sin duda, esta iniciativa va a ayudar de alguna manera a mitigar el problema de muchas familias que no han logrado obtener su casa propia o regularizar sus viviendas, porque no están en condiciones de resolver problemas indirectos. Por ejemplo, me refiero a familias de Temuco o de Padre Las Casas -zonas saturadas de contaminación- que no pueden acceder al programa Protección del Patrimonio Familiar del Ministerio de Vivienda para mejorar las condiciones de aislación y reparar su casa, porque no tienen regularizada la vivienda ni tampoco las ampliaciones que han realizado en ella.
Este proyecto viene a resolver ese problema y también aquellas situaciones que han ocurrido desde 1960, en el caso de la comuna de Freire, donde existen viviendas construidas por el Estado o por la municipalidad, que nunca fueron recepcionadas.
Entonces, ahora personas tendrán la posibilidad cierta de regularizar su vivienda para acceder a los programas y reparar los techos deteriorados y las situaciones que no son capaces de resolver si no es con la ayuda del Estado.
Escuché atentamente al diputado René Manuel García cuando señaló sus aprensiones. Concuerdo con él, pero quiero recordar que en la discusión del proyecto, las autoridades del Ministerio de Vivienda se comprometieron a colaborar, colocando dentro de los programas la posibilidad de acceder a los profesionales que se exigen para ciertos casos de regularización, especialmente en el caso de la vivienda que cuenta con segundo piso.
Hay otro punto que quiero señalar. ¿Qué capacidad tienen las municipalidades, a través de sus direcciones de obras, para atender los miles de carpetas que les van a llegar? Muchos municipios están colapsados con las tareas que realizan normalmente sus direcciones de obras, y ahora se les va a recargar el trabajo con esta “ley del mono”. En el proyecto no hay una solución para ayudar a los municipios a tener mayor capacidad; me refiero especialmente al factor humano. Esa es una aprensión que tengo.
Espero que los municipios, a través de la descentralización que está proponiendo el Gobierno y de la colaboración del Ministerio de Vivienda, tengan la capacidad de resolver los problemas que les va a generar esta futura ley.
Me parece importante señalar que hoy estamos legislando no solo para el mundo urbano, sino también para el mundo rural.
Llamo a los colegas a votar a favor el proyecto, porque debemos entender que el derecho a vivir en una vivienda digna es parte de los desafíos que tenemos como sociedad. Mientras no logremos ese objetivo, de alguna manera debemos contribuir con los particulares que intentan mejorar su realidad con sus propios medios. Siempre se requerirá un nivel básico de exigencias técnicas para garantizar la seguridad de las personas y las construcciones.
No hay que olvidar que esta futura ley contempla no solo la regularización de las ampliaciones, sino del inmueble completo, siempre que no sobrepase los 90 metros cuadrados y su valor de tasación no supere las 520 UF.
Sabemos que la certeza de actuar conforme a derecho incentiva el cumplimiento por parte de las personas. La certeza jurídica es un bien superior que debe ser protegido, sobre todo cuando se actúa de buena fe y de cara a la administración local y regional, que es la encargada de fiscalizar estas materias.
Nuestra bancada va a votar a favor este proyecto de ley. Naturalmente, me siento muy orgulloso de haber participado en este proceso.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.-
Señor Presidente , el proyecto en discusión muestra en forma patética los dos Chiles.
Está en discusión permitir que las familias más humildes puedan ampliar sus viviendas de 40 metros cuadrados hasta 90 metros cuadrados. Aquí se ha dicho que son familias que, en promedio, están integradas por cuatro personas, pero sabemos que el promedio es mucho mayor, porque en algunos casos personas viven con sus padres en esos 40 metros cuadrados, que es lo que miden las viviendas sociales.
Si uno vincula este problema con discusiones, por ejemplo, del salario mínimo; del mínimo para licitar las actividades relacionadas con las trabajadoras manipuladoras de alimentos; con lo que está ocurriendo a lo largo del país con la capacidad que tienen los servicios de salud pública, tanto en lo que respecta a médicos en general como a los especialistas en particular, situación que está golpeando precisamente al sector que acude a dichos servicios; con el sistema de transporte público, no hace sino tomar nota, punto a punto, de las condiciones en que vive una cantidad muy grande de familias en nuestro país.
Desde esa perspectiva y tomando conciencia de aquello, debemos considerar que en la Región de Atacama, a uno de cuyos distritos represento en la Cámara, durante los cuatro años del gobierno pasado se asignaron subsidios, pero no se construyó ninguna vivienda social. Es decir, hay una presión acumulada en materia de demanda del derecho a la vivienda, que no ha tenido respuesta ni válvulas de escape, y que sigue acumulándose. De ahí se explica la cantidad de tomas de terrenos en Chañaral, las tomas de terrenos no regularizadas en Copiapó, las tomas de terrenos en Diego de Almagro; así, suma y sigue.
Además, debemos considerar que la Región de Atacama, que es minera, tuvo un crecimiento de la población flotante debido a la gran cantidad de trabajadores que llegó a laborar en los proyectos mineros. Eso significó una presión en el sentido de que las pocas viviendas disponibles, deficitarias respecto de la población existente, fueran arrendadas a muchas de las empresas subcontratistas para alojar allí a sus trabajadores. Esto provocó que el precio de los arriendos creciera en 100 o 200 por ciento -los salarios no crecen en esos porcentajes-, y, al final, sencillamente no hubo más viviendas para arrendar. Por lo tanto, muchas personas tuvieron que apostar a la toma de terrenos, lo que representa un desafío respecto de las condiciones de vida, porque estamos hablando de un territorio que es parte del desierto.
Ojalá, alguna vez pongamos el derecho a la vivienda en el centro de la discusión, de manera que sea una de las claves para la convivencia y construcción del espíritu familiar, conforme a sus propios valores y con perspectiva de futuro. La idea es superar el concepto del subsidio para la adquisición de viviendas de 40 metros cuadrados, por cuanto eso es la promoción del hacinamiento y de fenómenos sociales intrafamiliares negativos, a ratos invisibles para la comunidad y para muchos parlamentarios.
Aun cuando la iniciativa legal en estudio se orienta a mejorar las condiciones de vida de la población, la considero insuficiente. Pero, bueno, así está planteado el debate.
En tal circunstancia, o nos pronunciamos por que la gente, mediante su propio esfuerzo y por la vía de la autoconstrucción, amplíe su vivienda para aumentar el espacio habitable y mejorar las condiciones de convivencia de su grupo familiar, o limitamos tal posibilidad.
No entiendo el argumento de algunos de mis colegas ni lo señalado en el informe. ¿Por qué la regularización está sujeta a limitantes, esto es, la posibilidad de llevarla a cabo por una sola vez y en un plazo de dos años contados desde la promulgación de la ley? Con eso les estamos diciendo a esas personas que se aguanten y continúen hacinadas, pues mientras no tengan el total de los recursos económicos para construir su ampliación, hasta noventa metros cuadrados, no podrán regularizar su propiedad. No tendrán esa posibilidad si lo hacen por tramos. Es incomprensible. Estamos hablando de resolver una necesidad real.
Ahora, ¿por qué se establece un plazo de dos años? O sea, en adelante, las viviendas sociales van a tener sesenta o setenta metros cuadrados, conforme a los recursos de cada familia. Y después de esos dos años, las que vengan, ¿no van a necesitar ampliaciones? Es un contrasentido, pues, como dije, se trata de una necesidad social.
Espero que durante el resto de su tramitación perfeccionemos el proyecto. Si se trata de preocuparnos por aquella parte de la comunidad que vive en condiciones precarias, tendría más sentido, por ejemplo, eximirla del informe del profesional competente que certifique que la ampliación del inmueble cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores, puesto que eso ya significa inversiones adicionales. Por consiguiente, la idea es que el Estado, a través del Serviu o de los municipios, se haga cargo de esos requisitos, de modo que las familias acometan con tranquilidad las tareas de construcción de su ampliación. De esta manera, siempre van a cumplir con las normas de seguridad, en tanto haya especialistas, financiados por el Estado, que velen por que ellas se cumplan. Además, se evitará que las familias vivan en condiciones de riesgo, como ocurrió en Valparaíso, donde el incendio dejó en evidencia las fallas en que se incurrió en el emplazamiento y autoconstrucción de viviendas.
En consecuencia, aquí también se necesita el aporte y esfuerzo de familias que habitan viviendas sociales; pero no les pongamos trabas, más costos y exigencias, de modo que puedan acceder a una vida digna, más propia de la civilización del siglo XXI y de un país que se precia de estar entre los países desarrollados.
Creo que debemos aprobar el proyecto, pero también hacer notar sus déficit, incomprensibles cuando se trata de favorecer a un sector vulnerable que, a pesar de ello, igual paga sus deudas en vivienda, en salud y en educación. Si ya sufre los efectos del modelo económico, no entiendo cuál es la razón para poner límites a su posibilidad de vivir en mejores condiciones. Se supone que la mirada filosófica de la política, sin importar el prisma, debiera promover una sociedad donde la gente goce de una calidad de vida mejor, cercana a la realización y a la felicidad.
Como dije, el proyecto de ley no cumple con todas nuestras expectativas, pues no resuelve necesidades que están a flor de piel de la gente, pero es el que se ha traído al debate.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero saludar a los dirigentes de Pichidegua que nos visitan. Es una ocasión muy especial, pues el proyecto en debate favorecerá a muchos de ellos, pues también necesitan ampliar y mejorar su vivienda.
En general, es numerosa la población, tanto urbana como rural, que requiere acceder a este beneficio habitacional, pero que se ve imposibilitada de utilizarlo, dadas las exigencias de postulación.
Por eso nos alegramos de este proyecto de ley, más allá de las dificultades que presente, ya que toda iniciativa las tiene.
Ciertamente, nos gustaría, por ejemplo, que en lugar de dos años, la regularización estuviera exenta de plazos, o que la tasación estimada para eximirse del pago de derechos municipales no fuera de 520 unidades de fomento, sino mayor; cómo nos gustaría que los trámites municipales fueran más expeditos, en fin. Ojalá hubiera estado presente la ministra de Vivienda para que tomara nota sobre la necesidad de capacitar a los directores de Obras Municipales, con el propósito de agilizar la aplicación de la ley.
Otro aspecto interesante que contiene la iniciativa es que las direcciones de Obras Municipales deberán pronunciarse dentro de los noventa días siguientes a la presentación de la solicitud, para lo cual requerirán los documentos pertinentes a las familias, a menos que se trate de la construcción de un segundo piso.
Para mí es muy necesario aprobar este proyecto en la presente sesión, de manera que vuelva al Senado con las modificaciones que le introdujimos en la Cámara. Si no logramos agilizar su tramitación, muchos dirigentes de Pichidegua que están en las tribunas me preguntarán cuándo estará vigente esta nueva “ley del mono” para poder regularizar las ampliaciones realizadas en sus viviendas.
Por eso, tal vez sería necesario que en la misma forma en que se permite postular a la ampliación y mejoramiento de las viviendas, también se considerara la posibilidad de orientar a los interesados sobre los trámites de regularización. Si se hace así, a las personas les será mucho más fácil realizar los trámites siguientes.
Ya que estamos hablando de ampliación y de mejoramiento de viviendas y de que el subsidio será un pilar fundamental para acelerar el proceso de regularización, mediante este programa, que ha sido muy exitoso, sobre todo para los habitantes de los sectores rurales que no tenían posibilidad alguna de ampliar y mejorar sus viviendas, quiero aclarar que las ampliaciones con subsidio solo podían tener, en promedio, 13 o 14 metros cuadrados. De manera que la buena idea de ampliar una vivienda quedaba reducida a la construcción prácticamente de una sola habitación. Recuerdo que cuando comenzó el programa, las ampliaciones podían tener alrededor de 18 y 20 metros cuadrados. Hoy, por los altos costos de construcción, estamos hablando solo de alrededor de 13 metros cuadrados.
Por eso, habría sido necesario contar con la presencia de la ministra de Vivienda y Urbanismo, precisamente para plantearle la posibilidad de aumentar el subsidio para ampliación y mejoramiento de viviendas urbanas y rurales, de manera que se pudieran construir más metros cuadrados en las viviendas que requieren ser ampliadas y mejoradas.
Los diputados de la bancada Independiente vamos a concurrir con nuestros votos favorables a la aprobación de este proyecto de ley. Felicito al diputado Joaquín Tuma por su perseverancia y por escuchar nuestras sugerencias tendientes a mejorar la iniciativa.
He dicho.
-Aplausos en las tribunas.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Javier Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero expresar mi complacencia por la pertinencia de este proyecto de ley, toda vez que se transformará en un importante cuerpo legal destinado a normar algo que es de alta ocurrencia: la realización de ampliaciones en viviendas sociales, las cuales son fruto de grandes esfuerzos familiares y que en la mayoría de los casos son realizadas por sus dueños, apoyados por sus familias y amigos.
En momentos recientes de nuestra historia, por lo demás bastante cercanos, se entregaron viviendas extremadamente pequeñas, de manera que cuando los terrenos lo permitían, las ampliaciones se transformaban en un verdadero imperativo para mejorar la calidad de vida de sus propietarios.
Me parece bien que el proyecto establezca un límite de 90 metros cuadrados para las ampliaciones, sumadas a lo que está construido. Tenía ciertos reparos respecto del límite de 25 metros cuadrados que establecía el proyecto original. En mi opinión, con los 90 metros cuadrados se cumple el objetivo, razón por la cual me alegro de que esto haya sido modificado durante la tramitación del proyecto.
Asimismo, me parece bien que las direcciones de Obras Municipales dispongan de un plazo acotado para autorizar la regularización de las propiedades que han sido ampliadas y que si cumplido este plazo no hay respuesta, estas se den por aprobadas. Sin embargo, la exigencia de la firma de un arquitecto cuando se trate de segundos pisos, trámite que debe ser financiado por el propietario, podría significar que muchas personas que se verían favorecidas con la ley en proyecto no se acojan a ella y mantengan sus ampliaciones en la ilegalidad. Las direcciones de Obras Municipales podrían asumir perfectamente un rol más activo en el caso de los segundos pisos, facilitando el trámite de regularización. De esta forma se evitaría dicho gasto.
Pero veo que según el actual texto del proyecto, la exigencia de un profesional es necesaria para realizar cualquier ampliación; es decir, hubo un cambio relevante en relación con el texto original. Considero que es algo excesivo, por cuanto dejaría de ser otra “ley del mono”, en virtud de la cual los propietarios podían regularizar las ampliaciones presentando simplemente un croquis. Creo que este aspecto debiera ser revisado, ya que la exigencia de un profesional cambia sustancialmente el espíritu de este tipo de legislaciones, que solo deben apuntar a que las ampliaciones de viviendas sean regularizadas en forma rápida y económica. Además, este hecho está influido por la falta de capacidad de la mayoría de los municipios para fiscalizar todas las propiedades de la comuna, a fin de detectar las ampliaciones realizadas en ellas.
En lo que sí debemos ser muy taxativos es en prohibir que se construya en lugares definidos como peligrosos, problema que es muy habitual. Como existe escasa fiscalización municipal, después hay que lamentar la pérdida de vidas humanas, como ocurrió hace muy poco tiempo en los cerros de Valparaíso, o antes, con ocasión del terremoto, y hace ya muchos años, en la quebrada de Macul.
Respecto de este tema, espero que los inspectores municipales puedan, en breve plazo, detectar las viviendas con ampliaciones en las áreas consideradas peligrosas, con el objeto de evitar nuevos accidentes graves.
Atendida la relevancia de este aspecto y por estar definidas las áreas de riesgo y el uso de suelos, considero que el cumplimiento de las normas del proyecto no debiera delegarse en un profesional que suscriba la solicitud de permiso de edificación y recepción de las obras, sino que debiera estar a cargo de la Dirección de Obras Municipales respectiva.
Finalmente, considero positivo que la futura ley sea aplicable a las viviendas construidas con anterioridad al 31 de julio de 1959 y que los derechos municipales sean rebajados en 50 por ciento.
He dicho.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Claudio Arriagada.
El señor ARRIAGADA .-
Señor Presidente , al parecer, nada puede evitar que se sigan aprobando nuevas “leyes del mono”. Como decía un diputado que me antecedió en el uso de la palabra, ya vamos en la cuarta.
Los diputados que llevan más tiempo en este hemiciclo aprobaron un artículo 166, que fue agregado a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que tenía por finalidad evitar que las personas siguieran construyendo sin permiso de las direcciones de Obras Municipales, porque en algún momento todo se resolvía dictando una nueva “ley del mono”.
Desde la ley N° 19.583 hasta la actual han pasado muchas cosas. Evidentemente, es importante que las personas entiendan que lo mejor que pueden hacer es solicitar el permiso de edificación como corresponde. El artículo señalado tiene plena vigencia y resuelve muchos problemas, situación que no se observa en este proyecto de ley.
Una vez más se aprobará un proyecto sobre esta materia, pero girando a cuenta de los recursos de los municipios. Uno de los abogados del Ministerio de Vivienda y Urbanismo nos dijo que esto se resolvía con los subsidios de Protección al Patrimonio Familiar (PPF), que por esta vía los vecinos podrían financiar el costo de los derechos municipales y de las obligaciones que imponen las modificaciones introducidas a la ley mencionada.
El año pasado se entregaron 40.000 subsidios PPF, pero no se utilizaron todos. ¿Por qué no se usaron todos como se pretende que ocurra a futuro? Primero, porque no existe un registro nacional de las EGIS, algunas de las cuales son tan mediocres que, en lugar de ayudar a los pobladores, dificultan la concreción de sus aspiraciones.
Sería importante que el Congreso Nacional consultara al Ministerio de Vivienda y Urbanismo sobre cuántas empresas quiebran mientras están prestando servicios a los pobladores. Sé de casos en que los subsidios de Protección al Patrimonio Familiar terminaron siendo un fracaso porque la empresa constructora no cumplió las obligaciones establecidas en el contrato respectivo.
Además, el proyecto permite la regularización de ampliaciones de hasta 90 metros cuadrados. En Incidentes de la sesión de ayer solicité que se oficiara al director del Servicio de Impuestos Internos , a fin de que nos entregue antecedentes sobre un efecto no deseado de la “ley del mono”, el que ahora podría ser mucho mayor.
¿Cuál es ese efecto no deseado? Cuando los pobladores se enteraron de que la Cámara de Diputados había aprobado una “ley del mono”, se alegraron mucho; pero la alegría les duró hasta el momento en que les llegó una notificación del Servicio de Impuestos Internos, en la cual se les informaba que debían pagar contribuciones.
Sería interesante, como lo manifesté ayer, que la Cámara de Diputados pidiera al Servicio de Impuestos Internos que informara sobre el número de propietarios de casas que, después de haber regularizado su situación -información que fue traspasada desde la Dirección de Obras Municipales al Servicio de Impuestos Internos-, se han visto obligados a pagar contribuciones.
Quiero detenerme en un aspecto que me parece abusivo de nuestra parte, que gira en torno a los derechos municipales. El proyecto de ley señala que las familias quedarán exentas del pago de contribuciones, pero no es así. Se prometió que con los subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar el tema se iba a resolver. La verdad es que si el Gobierno dispusiera que el año 2015 se entregaran 60.000 subsidios PPPF, muchas familias quedarían sin recibirlo.
¿Cómo pagará la gente los derechos que se le piden y cumplirá con las exigencias de calidad que se han impuesto? Nos parece muy bien que la gente habite viviendas con materiales que no sean combustibles, pero se exigen materiales que no están al alcance de muchas familias. En la práctica, las familias van a seguir construyendo de la misma manera como lo han hecho hasta ahora, es decir, de acuerdo con su capacidad económica y sin cumplir con los requisitos que se establecen.
Por esa razón, a pesar de ser tan necesaria e importante esta iniciativa para muchas familias en Chile, nada evita que en un tiempo más estemos discutiendo una próxima “ley del mono”.
El artículo 166 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones lograba que las familias chilenas pudieran relacionarse con los municipios y con sus direcciones de obras. La idea es borrar la creencia de que la gente construye lo que quiere, porque al final siempre tiene la posibilidad de acogerse a una nueva “ley del mono”, que le permite regularizar lo que no ha sido capaz de hacer como corresponde, en forma previa, la Dirección de Obras Municipales respectiva.
Se dice que basta con la firma de un arquitecto y que cuando este no exista, funcionarios municipales podrán sustituir esa función. Se fija un plazo de noventa días para hacer la inspección y para entregar la certificación de regularización.
Los diputados de regiones saben muy bien que hay municipios en los que no hay ningún arquitecto, donde las direcciones de obras tienen solo dos funcionarios técnicos con estudios secundarios y no cuentan con profesionales universitarios. Esas direcciones de obras carecen del personal competente para responder a los requerimientos de miles de familias que quieran regularizar su situación.
No solo se ha desconocido ese hecho, sino que, más grave aún, se sigue girando en torno a la cuenta de los municipios. En ese sentido, no tenemos ningún escrúpulo en aprobar proyectos de ley sin entregar financiamiento para que los municipios los lleven a cabo. Esto agrega, una vez más, una situación delicada a los déficits municipales, que son permanentes y que se han originado por distintas causas.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Daniel Melo.
El señor MELO.-
Señor Presidente , el proyecto de ley en debate viene a dar cuenta de una sentida aspiración de los habitantes de mi distrito, quienes en diversas poblaciones de las comunas de El Bosque, San Ramón y La Cisterna, han levantado sus viviendas -y sus sueños- a punta de esfuerzo y de trabajo.
Las comunas que con orgullo represento nacieron en el contexto del proceso de crecimiento de Santiago, iniciado a finales de la década de los 60, que dio paso a la emergencia del movimiento de pobladores, constituyéndose como territorios donde se han resuelto, en precarias condiciones, las legítimas demandas de vivienda del mundo popular y de sectores sociales de escasos ingresos.
Un gran porcentaje de las viviendas de poblaciones emblemáticas que represento en la Cámara proviene de la autoconstrucción, muchas veces a consecuencia de una toma o de la erradicación de un campamento, que poco a poco fueron creciendo. Muchos partieron con unas piezas y hoy tienen construidas casas de setenta, ochenta o, incluso, noventa metros cuadrados y más.
A este panorama complejo, debemos sumar que bajo el mismo techo habitan, en su mayoría dos, tres e incluso cuatro familias, lo que ha dado lugar a condiciones de hacinamiento crítico.
Nuestros ciudadanos, vecinos y vecinas, de las poblaciones La Bandera, de la comuna de San Ramón; Santa Elena, Las Acacias y Treinta de Mayo, de la comuna de El Bosque, se sienten orgullosos de lo que han logrado. En consecuencia, es nuestro deber dotar a esos pobladores de herramientas que les permitan regularizar esas construcciones pata que tengan la opción de postular a los programas y subsidios del Estado.
Señor Presidente , anuncio mi voto favorable a este proyecto de ley, que permite a los propietarios de viviendas sociales regularizar, conforme al procedimiento previsto en la ley N° 20.671, las ampliaciones de más de 25 metros cuadrados, siempre que la superficie total de la edificación no supere los 90 metros cuadrados.
No obstante, quiero referirme a lo que recién planteó mi colega Claudio Arriagada , en cuanto a que el Congreso Nacional en general y la Cámara de Diputados en particular, deben poner atención a los recursos y a las atribuciones de nuestros municipios para que la ley no sea letra muerta y para que nuestros ciudadanos y pobladores no se queden con la sensación de que se aprueban proyectos de ley sin tener en cuenta la realidad en la que ellos están inmersos.
Con la regularización de las autoconstrucciones y ampliaciones en viviendas sociales se hace justicia a quienes han logrado, muchas veces de la nada, un techo para sus familias.
Ad portas de iniciar un debate constitucional en nuestro país, quiero anunciar, desde ya, que instaré por poner freno a un sistema en que solo quienes pueden pagar tienen derecho a vivir bajo un techo digno, en el cual quienes disponen de dinero para comprar sus viviendas en barrios de su agrado, deciden cómo se configuran nuestras ciudades, lo que genera vergonzosas desigualdades territoriales y urbanas.
La ciudadanía clama hoy por el reconocimiento de sus derechos y, al igual que en materia de educación, aspira a barrios con viviendas de calidad, dignas y que se constituyan en un factor de cohesión social.
La vivienda es un derecho trascendental, y su desarrollo debe considerarse como un fenómeno político, económico, social, cultural y ambiental. Mientras más población accede a una vivienda o mejora su situación actual, significa que más población mejora su calidad de vida, lo que se refleja en indicadores de salud, alfabetización y esperanza de vida
Por ello, aspiramos a que, más temprano que tarde, nuestro ordenamiento constitucional consagre el derecho colectivo, efectivo y exigible de todos los órganos del Estado para acceder a una vivienda digna.
El derecho a la ciudad con barrios más integrados y mejores condiciones de vida, debe ser parte del trabajo de este Parlamento. Debemos terminar con la desigualdad territorial, con una ciudad para los ricos y otra para los pobres.
Quiero reconocer a dirigentes sociales como Ema González, de la toma Veintiséis de Enero, que hoy se reconoce en la histórica población La Bandera, de la comuna de San Ramón; María Silva , fundadora del campamento Venceremos, hoy población Las Acacias , y Cecilia Alfaro , de la población Santa Elena de El Bosque, quienes podrán ver cómo sus hijos, nietos y vecinos viven en casas con construcciones regularizadas, legitimando el trabajo y el empeño de años de lucha y esfuerzo colectivo.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Se suspende la sesión por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Continúa la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Rathgeb.
El señor RATHGEB .-
Señor Presidente , en la provincia de Malleco, Región de La Araucanía, que represento en esta Cámara, existe a una gran cantidad de viviendas sociales que han sido ampliadas por sus dueños inmediatamente después de haberlas recibido de parte de la autoridad pertinente, porque aquellos desean tener una mejor calidad de vida.
Sin embargo, dichas ampliaciones se han realizado sin los correspondientes permisos que se necesitan para construir una mayor superficie de metros cuadrados, lo que les ha ocasionado dificultades por todos conocidas.
Por ello, se envió esta ley en proyecto que permite regularizar una situación que afecta a muchas familias no solo del sector urbano, sino también del sector rural. Así, por ejemplo, existe un número importante de personas que habitan en la provincia de Malleco, particularmente en comunas como Lumaco, Los Sauces, Purén , Traiguén y Ángol , que tienen problemas de este tipo.
Como dije, esta iniciativa permitirá a muchas familias solucionar el problema de regularización de su vivienda, lo que les va a permitir obtener el saneamiento de su propiedad respecto de ampliaciones que ellas han realizado durante todo este tiempo.
Si bien es cierto que el proyecto ha tenido un largo trámite legislativo, llegó el momento de despacharlo a fin de dar una solución definitiva a todas las personas que, con mucho esfuerzo y sacrificio, han realizado ampliaciones en sus viviendas básicas desde hace muchos años. Esta iniciativa ayudará también a mejorar la calidad de vida de habitantes de muchos sectores rurales y poblacionales que represento.
Por las razones expuestas, anuncio mi voto favorable al proyecto.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Daniel Farcas.
El señor FARCAS.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero felicitar a los miembros de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales por el trabajo realizado. Al parecer, este esfuerzo, tal como lo dijeron los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, viene a resolver un problema social que, por distintas circunstancias o motivos, está viviendo un número importante de personas a las les correspondió recibir su vivienda social, y que hasta el día de hoy no han podido regularizar sus ampliaciones. Asimismo, incorpora elementos adicionales a la anterior “ley del mono”.
En ese sentido, me parece relevante que aprobemos el proyecto, el cual contará con mi respaldo y, espero, también con el de la Sala.
Como sabemos, beneficiará a todas las personas que durante nuestras campañas nos pidieron que nos preocupáramos en forma especial en materia de regularizaciones de ampliaciones realizadas a sus viviendas básicas.
El rango de ampliación que se establece y la disminución de los costos de los derechos va en directa relación con hacer efectivo este importante apoyo para que las personas puedan ejercer este trámite como corresponde.
Por otra parte, comparto las palabras del diputado Arriagada , en el sentido de preocuparnos de mantener las EGIS en lo que respecta a las viviendas sociales.
Aprovecho la oportunidad de solicitar que la ministra de Vivienda y Urbanismo -por su intermedio, señor Presidente - nos diga cuáles son las regularizaciones y características que deben cumplir estas instituciones y cómo están siendo fiscalizadas. Ello, porque de ser cierto que estamos ante un problema que se repite, estaríamos en una situación compleja y sumamente grave.
Como dijeron el diputado Melo y otros colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, me quiero sumar a este reconocimiento sincero y humilde a todos los dirigentes, especialmente a las mujeres, porque son precisamente ellas quienes, en gran parte del país, han constituido comités de allegados y de distinta naturaleza para avanzar hacia la obtención de la casa propia.
Por cierto, hay muchas familias que aún esperan una solución y que son parte de aquellas que han recibido un voucher, pero que, lamentablemente, no disponen de proyectos en los que puedan utilizarlos.
¿Por qué esto se relaciona con este proyecto de ley? Precisamente, porque forma parte del avance hacia la obtención de una vivienda digna y, como lo dijeron otros diputados y diputadas que me antecedieron en el uso de la palabra, también porque tiene que ver con el ordenamiento urbano. De ahí la necesidad de una regularización de nuestras ciudades y barrios.
Reitero mi satisfacción y alegría por tener la oportunidad de discutir este tema. Asimismo, felicito al diputado Fidel Espinoza por haber conducido esta propuesta, y al diputado Tuma , por su persistencia en ella para generar las condiciones para que hoy estemos en disposición de aprobarla.
Con espíritu positivo, entendiendo las preocupaciones expresadas por algunos diputados y diputadas relacionadas con los municipios y con las EGIS, pero anteponiendo los beneficios que traerá la iniciativa, porque contribuirá a mejorar las condiciones de vida y a aumentar las posibilidades de que muchas familias puedan resolver sus problemas, anuncio que vamos a votar a favor este proyecto.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente accidental).-
Para plantear un asunto reglamentario, tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente , hace algunos minutos se suspendió la sesión porque no había quorum para sesionar. Ahora, de nuevo estamos en esa circunstancia.
Por lo tanto, le ruego que haga uso de sus facultades y la suspenda otra vez hasta que haya quorum.
El señor MELERO ( Presidente accidental ).-
Señor diputado , vamos a tocar los timbres por algunos minutos para tratar de revertir la situación. En caso contrario, procederemos a suspender la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval.
El señor SANDOVAL .-
Señor Presidente , el ideal sería no promover este tipo de proyectos de ley, porque vienen a regularizar una situación de gran injusticia en materia de políticas públicas que apunten a resolver los problemas de marginalidad habitacional, regularización de viviendas y acceso a la vivienda digna a tantas familias que, por diversas circunstancias, no han podido acceder a ella. Si en su oportunidad lo hicieron, las viviendas que recibieron no contaban con los estándares mínimos para que una familia viviera con la dignidad que quisiéramos.
La casa propia es el sueño de todas las familias del país. Es la primera aspiración que desean alcanzar en el menor lapso posible, para desarrollar su vida familiar, criar a sus hijos y proyectar los sueños de una vida en familia. Sin embargo, por diversas razones, las políticas públicas no apuntaban al centro de ese objetivo.
El gobierno anterior estableció la meta de construir viviendas sociales de, por lo menos, 50 metros cuadrados. ¿Era suficiente? Sin duda, no.
Cuando fui alcalde de Coyhaique , en 2005, observé que se construían diferentes tipos de viviendas, incluso algunas, como las de la población El Bosque, de 28 metros cuadrados. ¿Quién gobernaba en 2005? ¿Quién consideró que viviendas de 28 metros cuadrados eran dignas para las familias vulnerables?
No quiero poner el acento en ese punto en particular, sino en cómo, de aquí para adelante, tomamos la decisión de construir viviendas que signifiquen una solución real a tantas familias vulnerables que anhelan alcanzar el sueño de la casa propia, para desarrollar su vida con normalidad. Si tantas otras cosas se construyen con recursos públicos, ¿por qué no redoblamos nuestros esfuerzos en esa línea?
Aquí se han escuchado encendidos discursos, de profundo sentido social y humano, acerca de lo que significa la casa propia. Entonces, pongámonos de acuerdo. ¿Construimos más Transantiago, más líneas del Metro para la Región Metropolitana o hacemos un programa para dar más dignidad a las familias del país, en particular a las más vulnerables? Deberíamos suscribir un gran acuerdo social, en el que no existiera ninguna política pública que permitiera construir viviendas de un tamaño que no asegurara a las familias vivir dignamente en ellas.
Hace poco, participé en una reunión de comités de vivienda en Coyhaique, con 248 familias que aspiran a que mejoren los subsidios para obtener una vivienda digna.
Si miramos hacia el pasado, nos damos cuenta de que en la construcción de una vivienda de 220 UF se hizo lo que se pudo, que fue absolutamente insuficiente. Debido a que las condiciones del país cambiaron, se aumentó a 450 UF. O sea, estamos hablando de viviendas de entre 9 millones y 10 millones de pesos.
Actualmente, para atender los casos más vulnerables, estamos hablando de 700 UF. Nos alegramos de ello, porque se trata de 14 millones o 15 millones de pesos por vivienda.
Probablemente, al lado de Santiago se podrán construir viviendas con cierto grado de dignidad. Pero si nos vamos a las regiones extremas, como Coyhaique, esa vivienda tiene un costo de 1.100 UF.
Por eso, ayer le planteé a la ministra de Vivienda y Urbanismo la situación de esas 248 familias que esperan desde hace más de ocho años hacer realidad el sueño de la casa propia.
Proyectos de esta naturaleza procuran regularizar autoconstrucciones. Cuando a esas familias de la población El Bosque les entregaron casas de 28 metros cuadrados y alcanzaron el sueño de la casa propia, se encontraron con que no podían habitarlas, debido al hacinamiento.
En 2005, el Estado entregó ese tipo de viviendas a familias vulnerables. En lugar de resolver un problema, se creó uno mayor, porque las empujamos a la indignidad de vivir en condiciones de hacinamiento.
He escuchado los discursos y, por lo visto, todos estamos de acuerdo; pero todavía no somos capaces de construir una política pública básica para entregar viviendas dignas a la gente vulnerable del país.
Dejemos de construir banderas Bicentenario, proyecto con el que estoy absolutamente en contra. También deberíamos dejar de lado diferentes obras no prioritarias que se construyen con fondos públicos en las regiones. A veces, al lado o a pocos metros de grandes obras, que se construyen con mucha parafernalia, como el edificio Costanera Center y otros de esa naturaleza, pavimentamos una calle, pero al lado de ella hay una vivienda en condiciones de precariedad. Necesitamos resolver esa marginalidad de vida en que vive esa familia.
Construyamos un acuerdo. Este tipo de proyectos busca regularizar una situación que se originó ante la imposibilidad de la familia de vivir en esas condiciones, y por esa razón hizo lo que pudo y amplió su casa. No es lógico que estemos legislando sobre este tema. Lo lógico sería que nos pusiéramos de acuerdo en cómo construir viviendas dignas para las familias vulnerables, porque los parlamentarios sabemos que en todos los distritos del país las viviendas sociales que se entregaban antes no reunían las condiciones de dignidad que quisiéramos. Por eso deberíamos ponernos de acuerdo.
Sin embargo, respecto de este proyecto, independientemente de la situación señalada, habrá que avanzar en la regularización de las ampliaciones de las viviendas sociales.
Desde ya, anuncio nuestro apoyo. Pero si queremos entregar dignidad a las familias vulnerables, debemos trabajar en un proyecto integral que les asegure una vida digna y una vivienda que se adecue a las diferentes condiciones. Dejemos de construir obras con tanta parafernalia en las regiones y centrémonos en los problemas prioritarios de la gente, como los de vivienda, salud y educación.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Pilowsky.
El señor PILOWSKY .-
Señor Presidente , como miembro de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Corporación, participé en el análisis de este importante proyecto de ley, que permitirá regularizar, de manera simplificada, las ampliaciones de viviendas sociales siempre que, en total, la ampliación más la vivienda no superen los 90 metros cuadrados de construcción.
La normativa que aprobaremos beneficiará, entre otros, a nuestros vecinos y vecinas de La Faena, Peña Alto , Lo Hermida , del sector de San Luis, en Peñalolén, y de la villa La Reina, en la comuna de La Reina.
Con viviendas sociales que en promedio alcanzan los 46 metros cuadrados, las familias legítimamente optan por la ampliación de sus casas. Nadie puede sostener, como expresaron algunos colegas, que una familia puede vivir dignamente en un ambiente tan reducido.
La política de vivienda a impulsar en nuestro país, con nuestro actual nivel de desarrollo, de alrededor de 20.000 dólares per capita, debería estar centrada en la dignidad de las personas y de sus familias. Tal dignidad se traduce en que los hogares de las familias más vulnerables debieran considerar distribución interna de espacios, ambientes comunes para compartir en familia, áreas verdes cercanas para recrearse y hacer deporte, construcciones de calidad, entre otros elementos.
Ante la actual superficie construida de las viviendas sociales, las familias buscaron la dignidad que se merecen a través de la construcción de ampliaciones, que no regularizaron en su momento debido a los altos costos asociados a ello.
Con esta iniciativa, decimos a las familias que podrán hacerlo ahora y por un plazo de dos años. Estamos señalando a miles de familias en nuestros distritos que sus construcciones podrán estar dentro del marco de la ley, siempre que cumplan con los requisitos, fundamentalmente aquellos aspectos relacionados con la seguridad, bien que siempre se debe proteger.
Sin embargo, me parece pertinente señalar ciertas preocupaciones a propósito de este proyecto, algunas de las cuales ya mencionó el diputado Claudio Arriagada . Se me ha informado por parte de asesores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que al postular a los fondos del Programa para la Protección del Patrimonio Familiar, los conocidos PPPF, las familias podrán recibir recursos para realizar los trámites de regularización que considera este proyecto de ley, razón por la cual me parece fundamental que dicha cartera realice una adecuada campaña de difusión, a fin de que sean muchas las familias que accedan al beneficio. Si ello no se produce, tendremos una ley con letra muerta.
Una segunda preocupación tiene que ver con la situación de las municipalidades, especialmente con sus direcciones de obras. Estamos mal acostumbrados a entregar más facultades y atribuciones a los municipios, sin dotarlas de los recursos necesarios para implementar de buena manera las nuevas funciones que deben desarrollar. Esperamos que el Ministerio de Hacienda tenga a la vista esta situación cuando se presenten a tramitación nuevas iniciativas de ley al Congreso Nacional.
Aprobar una regularización excepcional para viviendas de hasta 90 metros cuadrados responde, en definitiva, a un intento de reconocer la dignidad de miles de familias chilenas que habitan en viviendas sociales, las cuales, a partir de la promulgación de este proyecto como ley de la república, podrán optar a prestaciones y beneficios que otorga el Estado para mejorar sus viviendas.
En consecuencia, expreso mi voluntad de concurrir con mi voto favorable a la aprobación de este proyecto, pero tengo la convicción de que nuestro país debe mejorar sus políticas de vivienda.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto Poblete.
El señor POBLETE.-
Señor Presidente , saludo a cada una y a cada uno de los dirigentes sociales de nuestro país, especialmente a la gente de la comunidad de Pallihue, en la comuna de Los Ángeles.
El derecho a vivir en una vivienda digna debiera ser un derecho constitucional, pero, en tanto no lo sea, es nuestro deber moral proporcionar a la gente más vulnerable de nuestro país, desde una perspectiva social, un hogar en regla, legalmente constituido.
Para nadie es un misterio que las viviendas sociales que proporciona el Estado desde el siglo pasado son del tamaño de una “cajita de fósforos” y que las ampliaciones irregulares son una triste realidad, precaria e insegura, que queda de manifiesto en forma feroz cada vez que ocurre un desastre natural.
Por ello, es de suma importancia, es más, es de suma urgencia, regularizar las ampliaciones de las viviendas sociales, pues ello permitirá detectar errores de construcción que constituyen un peligro para quienes habitan esas viviendas, como los famosos “palafitos” o las construcciones en áreas de riesgo, que deben ser paulatinamente erradicadas.
La intervención obligatoria de profesionales competentes, tal como establece este proyecto, se hace cargo de peligrosas flexibilizaciones a las reglas generales para reducir el costo de las regularizaciones, introducidas por la ley N° 20.251. Como quedó demostrado en el terremoto que afectó a las regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá, así como en el incendio ocurrido en Valparaíso, los resultados de dicha flexibilización han sido nefastos. Se requiere un nivel básico de exigencias técnicas para garantizar la seguridad de las personas y de las construcciones, puesto que la seguridad es un bien jurídico superior e intransable en un Estado de derecho.
Por otra parte, me parece que la propuesta de suprimir el límite máximo para regularizar ampliaciones incrementará considerablemente el número de familias vulnerables que podrán regularizar las ampliaciones que han hecho a sus viviendas. Decir que debemos extender este beneficio a la mayor cantidad de chilenos posible parece de Perogrullo, pero a veces los afanes de ciertos sectores de estar en contra de leyes sobre “perdonazos” restringen beneficios a los que los sectores vulnerables deben tener acceso, más allá de discusiones sobre si este tipo de leyes refuerzan o no la práctica de construir sin permiso. La realidad social supera las discusiones doctrinarias y debemos hacernos cargo de ella.
Este proyecto de ley promueve la existencia de un régimen permanente que incluye un procedimiento simplificado para otorgar permisos, lo que debió haberse hecho hace bastante tiempo. La desburocratización del Estado es un fin primordial y un proceso pendiente, por lo que todos los caminos conducentes a su consecución son bienvenidos.
Nosotros, los legisladores, tenemos la obligación de garantizar condiciones de seguridad y habitabilidad mínimas para las familias chilenas, ahora y en el futuro. Por ello, estamos de acuerdo con las especificaciones técnicas exigidas por el proyecto de ley, que viene a llenar el vacío dejado por la ley Nº 20.251.
Es de suma importancia destacar que esta iniciativa permitirá que los propietarios que regularicen sus ampliaciones accedan a créditos hipotecarios y subsidios. El dueño de una vivienda social que pueda venderla en el mercado o mejorarla con ayuda estatal o privada no sólo mejora su calidad de vida, sino que además ve aumentar su dignidad como persona, y la dignidad sí que es la base de nuestra institucionalidad.
Ahora bien, el Estado también se verá directamente beneficiado con la aprobación de este proyecto, ya que la regularización de las ampliaciones generará mayores ingresos para las municipalidades por concepto de pago de contribuciones, lo que ayudará a financiar sus constantes necesidades de caja y, por otro lado, generará los recursos necesarios para los programas sociales que los mismos contribuyentes necesitan. Si bien es cierto que una mayor carga impositiva es siempre rechazada por la ciudadanía, en la medida en que aseguremos que los caudales se reinviertan en los sectores más vulnerables de la población, legitimaremos el genuino sentimiento en el ciudadano de que estamos cumpliendo con nuestro pacto social.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Browne.
El señor BROWNE.-
Señor Presidente , estamos ante un proyecto sumamente necesario, pero recurrente en nuestra discusión parlamentaria, ya que no hace mucho aprobamos la “ley del mono”, luego aprobamos ampliaciones para los plazos de dicha norma y hoy tratamos un nuevo proyecto sobre regularización de ampliaciones.
Eso habla de una realidad permanente entre los sectores más vulnerables y en las viviendas sociales que habitan, que requieren ampliaciones debido a que carecen de los espacios necesarios para la vida cotidiana de una familia. Por eso, personas recurren a las ampliaciones, pero las construyen sin permisos, lo que ocurre por una razón muy clara: obtener los permisos necesarios supone recorrer un largo y engorroso proceso y asumir ciertos costos que están fuera de los plazos y presupuestos que las personas interesadas se fijan para mejorar sus viviendas.
Debemos hacernos cargo de esa situación, y para eso no basta solo con este proyecto, aunque, obviamente, lo vamos a aprobar. Es necesario avanzar en una dirección que permita aumentar la cantidad de subsidios de ampliación y mejora de viviendas, que incluya el acompañamiento de los municipios y del Serviu, para que las personas que requieren agrandar sus viviendas puedan hacerlo de manera regular desde el primer minuto. Muchas de esas ampliaciones hoy se hacen fuera de norma, de manera que nunca podrán ser regularizadas y, en consecuencia, sus propietarios no podrán acceder a múltiples beneficios que otorga el Estado en esta materia. Además, se construyen sin ninguna precaución estructural ni cumplen la normativa relativa a las instalaciones eléctricas, lo que conlleva un riesgo permanente de incendio.
Si bien apoyaré esta iniciativa de regularización de ampliaciones de viviendas sociales -una más-, me parece que ha llegado el momento de avanzar hacia una legislación que dote de recursos a los municipios para estos efectos, a fin de que sean ellos los que entreguen una asesoría permanente a sus vecinos en la construcción de ampliaciones, con el objeto de que se hagan de manera regular desde el inicio, con permisos y cumplimiento de todas las normativas, para evitar construcciones que pongan en riesgo la vida de las personas, por su inestabilidad estructural o por lo precario de sus instalaciones, y cumplan con la normativa urbanística, de manera que las ciudades se vayan construyendo en forma armónica.
Por eso, aprobaremos esta iniciativa, pero esperamos que en la Comisión de Vivienda pronto podamos discutir un proyecto que entregue esas herramientas a los municipios, para que las ampliaciones se hagan con arreglo a la normativa vigente desde el primer día, sin ninguno de los riesgos asociados que acabo de mencionar.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para votar este proyecto al término del Orden del Día?
Acordado.
Los diputados que no alcancen a hacer uso de la palabra podrán insertar sus discursos.
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI.-
Señor Presidente , no hay duda de que estamos frente un proyecto de ley extremadamente positivo, pues se basa en las necesidades de la gente de los sectores más vulnerables. Sin embargo, tampoco hay duda de que hemos llegado a la situación de tener que legislar en los términos que propone esta iniciativa debido a la necesidad de contar con viviendas sociales más dignas que cubran adecuadamente todos los requerimientos básicos de una familia.
Si estamos aquí y hablamos de regularizar las ampliaciones de las viviendas, se debe a que, en definitiva, el Estado no ha sido capaz de entregar viviendas que cubran las necesidades de familias para que vivan como corresponde. Por eso hablamos de regularizar las ampliaciones de viviendas de hasta 90 metros cuadrados de construcción.
La gente realiza ampliaciones porque las viviendas que les entregamos no cuentan con la capacidad suficiente para albergar a una familia completa. Son muchas las familias que viven en forma hacinada. Por eso, el proyecto aterriza en la realidad y responde a las necesidades de la gente, de lo cual me alegro.
Respecto de los informes que se van a pedir a los arquitectos, quienes deben firmar para que las viviendas cumplan con las normas de habitabilidad, seguridad e instalaciones, debo señalar que me preocupa, porque estamos hablando de personas que carecen de recursos y los informes de los arquitectos no se hacen gratis. Temo que, en la práctica, el proyecto de ley tenga dificultades para concretarse. Por lo tanto, deberíamos idear una solución para que los informes de los arquitectos puedan ser subsidiados por el Estado.
Estoy de acuerdo con que el proyecto de ley contemple una duración transitoria de dos años, porque estamos ante situaciones de excepción. Por lo tanto, una ley de esta naturaleza no puede durar indefinidamente. Lo que debemos lograr es que las viviendas futuras no impliquen que la gente tenga que hacer ampliaciones tan transitorias y tan precarias.
Por otra parte, también se mencionó que la Dirección de Obras podría retrasar la autorización de los permisos. En tal sentido, creo que la norma es enfática y clara en cuanto a que la Dirección de Obras, frente a una solicitud de regularización presentada por personas que cumplen con todos los requisitos, debe responder en el plazo máximo de 90 días. Eso nos dará garantías de que, cuando se presenten tales solicitudes a la Dirección de Obras, esos procesos de regularización no van a demorar eternamente.
Me alegro de que se haya presentado este proyecto de ley. Sin perjuicio de que, a mi entender, tiene algunas falencias, que deberíamos solucionar, estimo que constituye un avance significativo en favor de los sectores más necesitados.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia.
El señor URRUTIA (don Osvaldo).-
Señor Presidente , este proyecto de ley modifica la ley Nº 20.671, con el objeto de suprimir el límite máximo para regularizar ampliaciones en viviendas sociales siempre que la superficie edificada total no exceda de 90 metros cuadrados.
Cabe señalar que la ley que se pretende modificar es, a su vez, una renovación, con algunas modificaciones, del procedimiento para regularizar las ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley Nº 20.251, llamada popularmente “ley del mono”.
Resulta relevante tener presente que tanto la “ley del mono” como la renovación de esta disposición efectuada posteriormente por la ley Nº 20.671 son disposiciones transitorias de carácter excepcional que dan cuenta de un procedimiento de regularización simplificado.
Sin embargo, la Ley General de Urbanismo y Construcciones cuenta con un procedimiento de regularización y ampliación de viviendas sociales de carácter permanente, el cual fue introducido por la ley Nº 20.251, para que las exigencias fueran menores que las solicitadas para otro tipo de construcciones. El artículo pertinente fue recientemente modificado por una ley aprobada el año pasado por la Cámara de Diputados y dictada en abril del año en curso: la ley N° 20.741.
La asesora legislativa del Ministerio de Vivienda y Urbanismo advirtió en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales que cuando se dictó la ley Nº 20.251 se estableció un procedimiento permanente de regularización de viviendas sociales, previo cumplimiento de determinados requisitos, que son menores a los exigidos para el resto de las construcciones, el cual está contenido en el artículo 166 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Al mismo tiempo, se incorporó un artículo transitorio que estableció un procedimiento de regularización simplificado para ampliaciones de viviendas sociales de hasta 25 metros cuadrados, el cual fue prorrogado, a su vez, por la ley N° 20.671 y es el que ahora se pretende autorizar nuevamente por dos años o de forma permanente, pero extendiéndolo a ampliaciones de mayor tamaño, siempre que la superficie total construida no exceda de 90 metros cuadrados.
De ahí que el Ejecutivo se había propuesto estudiar la manera de compatibilizar la iniciativa en debate con lo dispuesto en el artículo 166 de la ley general, que acaba de ser modificada, como dije, por la ley Nº 20.741.
Por lo mismo, la representante del Ministerio de Vivienda y Urbanismo manifestó que era contraria a la aprobación de este proyecto de ley en debate, y por eso presentó varias indicaciones sustitutivas que tenían como objetivo precisar las exigencias relacionadas con la habitabilidad, redefinir la responsabilidad de los actores involucrados en el procedimiento, otorgar una nueva redacción al artículo 166 de la ley general y mantener todos los beneficios de la “ley del mono” hasta por un plazo de dos años.
Es importante señalar que, tal como se indica en los fundamentos de la moción que la originó, el propósito original de la “ley del mono” era evitar que en el futuro siguieran promulgándose nuevas leyes de regularización, mejor conocidas como “leyes del mono”, en el entendido de que, inevitablemente, estas refuerzan la práctica de construir sin permiso, pues dejan la sensación de que, al final, todo es regularizable. Con dicho propósito, se introdujo el artículo 166 en la ley general, que facilitó, en lo sucesivo, los procedimientos y los costos asociados a nuevas ampliaciones. Desafortunadamente, este artículo se perdió al cabo de poco tiempo, fundamentalmente porque luego de su incorporación se le introdujo un conjunto de modificaciones a través de dos leyes que lo desnaturalizaron en cuanto a su objetivo.
La exigencia de permisos previos pretende evitar construcciones que no se ajusten a los estándares de habitabilidad, seguridad y estabilidad que requiere una vivienda digna. Eventos como el terremoto que acaba de afectar a las regiones de Arica y Parinacota, y de Tarapacá, o el incendio recientemente ocurrido en Valparaíso vuelven a poner en evidencia los riesgos a que se ve expuesta la población cuando se flexibilizan las normas.
Votaré favorablemente el proyecto, porque comparto su idea fundamental, pues trata de ordenar una situación que ocurre frecuentemente en las ciudades chilenas: que las personas construyen sin solicitar un permiso previo. Así, las regularizaciones son útiles para obtener beneficios que contribuyen al mejoramiento de viviendas, por motivos de seguridad, urbanísticos e, incluso, para conocer en qué situación viven los habitantes de determinadas zonas. Sin embargo, considero que el país no puede seguir discutiendo y aprobando, eternamente, este tipo de leyes, que, se supone, son excepcionales.
Por lo tanto, debemos avanzar en promover que los ciudadanos, especialmente aquellos que viven en las zonas más vulnerables, obtengan los correspondientes permisos antes de iniciar cualquier proceso de construcción o ampliación de sus inmuebles.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , este proyecto de ley, que votamos hace un tiempo, fue objeto de una indicación del Ejecutivo para establecer un sistema simplificado permanente para la regularización de las ampliaciones e introducir, al mismo tiempo, un conjunto de exigencias, especialmente en consideración a lo ocurrido a causa del incendio de Valparaíso, dada la precariedad de las construcciones. Ahí se constató que no había existido rigurosidad en tales requerimientos.
Las nuevas exigencias incluyen que las viviendas no se encuentren en zonas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público; no tener, a la fecha de la regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas; cumplir con las normas, incluidas en la indicación sustitutiva, sobre habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas ampliadas, y con las normas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad -¡cuántos incendios ocurren hoy en las poblaciones debido a la precariedad de las instalaciones eléctricas!-, agua potable, alcantarillado y gas.
A lo indicado se agregan condiciones como la altura interior, la calidad de las terminaciones, las condiciones de ventilación y los muros de cortafuegos, en el caso de las casas pareadas.
También se exige presentar ante la Dirección de Obras Municipales -esto puede ser objeto de algunas aprensiones- una solicitud de permiso y recepción simultánea, acompañada de una serie de documentos firmados por un profesional, que acrediten el cumplimiento de los requisitos que se señalan, además de la propiedad del inmueble, el informe de un profesional competente que certifique las condiciones de habitabilidad, seguridad, estabilidad y otras que se incorporan con la indicación.
Aquí se presentará el problema que se pretendía evitar con el proyecto original, es decir, hacer un baipás a los profesionales; pero en verdad es inevitable que un profesional intervenga en las regularizaciones.
En estricto rigor, la indicación presentada por el Ejecutivo modifica sustancialmente el sentido del proyecto original, aunque por motivos atendibles desde el punto de vista de la seguridad de las personas y de sus bienes, amén de la experiencia vivida en Valparaíso y en el norte del país. Sin embargo, la exigencia de incorporar el informe de un profesional puede significar un desincentivo para que las personas tramiten la regularización. Aun con las modificaciones, representa un importante ahorro de tiempo y dinero, además de aumentar la informalidad de las construcciones.
Me parece que, finalmente, este tipo de proyectos termina imponiendo nuevas cargas a los municipios, sin entregarles el correspondiente financiamiento, tema que muchos diputados hemos planteado, sobre todo quienes han sido alcaldes y han vivido en carne propia esas situaciones.
Asimismo, está pendiente la modificación a la ley de plantas de los municipios, que es un tema urgente.
También deberíamos haber propuesto que todos los municipios contaran con más profesionales, como arquitectos y constructores civiles, para atender a la población más vulnerable, y que ellos pudieran elaborar los informes y certificar si las viviendas se encuentran en condiciones de ser regularizadas. Sin embargo, después, cuando ocurren las catástrofes, nos quejamos de que no las tenemos regularizadas.
Por lo tanto, si queremos tomar en serio el tema, debemos modificar necesariamente la ley orgánica constitucional de Municipalidades y enfrentar el tema de las plantas de los municipios, que ya no dan para más y han sobrepasado con creces el número de personas que pueden trabajar a contrata. De manera que se requieren más profesionales para apoyar a las familias más vulnerables.
Este proyecto es importante, pero puede desincentivar las regularizaciones, al exigírseles a las familias más vulnerables un profesional que necesariamente les cobrará, en circunstancias de que deberíamos fortalecer a los municipios para que tengan un equipo de profesionales que vaya en ayuda de la población más vulnerable, para que pueda regularizar su pequeña propiedad. Ese es el desafío que tenemos, por lo que esperamos avanzar en esa línea durante los cuatro años del gobierno de la Presidenta Bachelet .
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Cerrado el debate.
Recuerdo a los señores diputados que no alcanzaron a intervenir que pueden insertar sus discursos.
Corresponde votar en particular el proyecto que modifica la ley N° 20.671, con el objeto de suprimir el límite máximo para regularizar ampliaciones en viviendas sociales, siempre que la superficie edificada total no exceda de noventa metros cuadrados.
En votación el artículo primero del proyecto propuesto por la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
Hago presente a la Sala que dicho artículo es propio de ley simple o común.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación los artículos segundo, tercero y transitorio del proyecto propuesto por la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
Hago presente a la Sala que esos artículos son propios de ley simple o común.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobados.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor CORNEJO (Presidente).-
Despachado el proyecto.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
PENSIÓN DE GRACIA PARA BOMBEROS VOLUNTARIOS
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Corresponde tratar el proyecto de resolución N° 97, cuya parte dispositiva dará a conocer el señor Prosecretario .
El señor ROJAS ( Prosecretario ).- Proyecto de resolución N° 97, de los diputados señores Felipe Letelier, Jorge Insunza, señorita Daniella Cicardini, señores René Saffirio, Iván Fuentes, Iván Flores, Marcos Espinosa, José Pérez, Roberto Poblete y Guillermo Ceroni, que expresa lo siguiente:
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República el otorgamiento de una pensión de gracia de carácter vitalicio a todos los bomberos voluntarios que cumplan 35 años de servicio en la institución. Sería una forma de retribuir el trabajo no remunerado que realizan para la sociedad chilena.
El señor CORNEJO (Presidente).- Para intervenir a favor del proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER .- Señor Presidente , a partir de un tremendo incendio que se produjo en Valparaíso en 1850, vecinos y vecinas se agruparon para enfrentar una situación que hace poco tiempo se volvió a repetir en esta ciudad.
Como consecuencia de esa amarga experiencia, en 1851 se creó en Valparaíso el primer Cuerpo de Bomberos de Chile.
Por ello, esta iniciativa busca que se haga justicia a los bomberos de Chile, que son los únicos en el mundo que prestan servicios de manera voluntaria. Nos sentimos tremendamente orgullosos de ellos. Es lamentable que muchos hayan quedado discapacitados o hayan perdido su vida.
A pesar de que algunos bomberos tienen 35, 40, 50 y más años de servicio, ni siquiera terminan su vida laboral en la institución con una pensión asistencial.
Mediante este proyecto de resolución, solicitamos a su excelencia la Presidenta de la República que tenga a bien disponer el otorgamiento de una pensión de gracia a esos servidores de la patria. Nos sentimos orgullosos de los bomberos de Chile, con quienes tenemos una deuda pendiente. Adjunto al proyecto de resolución el cuadro económico que fundamenta lo señalado.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).- Para apoyar el proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señor Presidente , en su momento se presentaron varios proyectos de acuerdo en relación con esta materia; incluso, con el diputado Jorge Sabag lo hicimos en el período legislativo anterior.
La labor de Bomberos constituye una función pública de emergencia. En verdad, es un servicio de utilidad pública. Se trata de voluntarios que tienen espíritu de servicio y que desarrollan una labor por la cual no reciben remuneraciones. Sin embargo, en el ejercicio de sus funciones arriesgan su vida y se exponen a los siniestros a que acuden: incendios, catástrofes, terremotos o inundaciones.
Por ello, en reconocimiento a su noble y desinteresado desempeño, el Estado debe entregar la pensión de gracia que mediante este proyecto solicitamos para los bomberos que cumplan treinta y cinco años de servicio en la institución.
En el país existen 314 cuerpos de Bomberos, 1.092 compañías y 41.266 bomberos, de los cuales 37.018 son hombres y 4.248 son mujeres. Cuentan con 2.426 vehículos institucionales y dieron respuesta, por ejemplo, a 125.025 actos de servicio en el año 2012.
En su momento trabajamos para despachar el proyecto que se convirtió en la ley marco de los Bomberos de Chile, una ley especial que los consagró, que fijó su funcionamiento y su constitución como institución, y que les otorgó grandes beneficios. Esa ley se elaboró gracias al trabajo de la Comisión Especial de Bomberos, de la Cámara de Diputados, la cual dejó de funcionar. Por lo mismo, aprovecho de solicitar que se tramite con urgencia el proyecto, radicado en la Comisión de Gobierno Interior, mediante el cual pedimos, junto con los diputados Jorge Ulloa y José Miguel Ortiz , que se restituya dicha comisión especial, porque Bomberos de Chile realmente merece ser atendido de manera muy especial y preferente.
Por lo tanto, anuncio mi respaldo a este proyecto de resolución y pido a los colegas que lo aprueben ojalá por unanimidad, para favorecer a esos servidores públicos con una pensión de gracia.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).- Para impugnar el proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado Gabriel Silber.
El señor SILBER.- Señor Presidente, obviamente comparto el homenaje que se acaba de hacer a Bomberos de Chile.
Ninguno de nosotros puede hablar en nombre de la institución; no obstante, debo señalar que he dedicado buena parte de mi vida -diez años- a Bomberos de Chile, un organismo al que quiero mucho y que cumplió un año más el pasado lunes. Fui brigadier a los trece años, por lo que conozco parte importante de la cultura bomberil.
Ocurre que la esencia de ser bombero voluntario radica precisamente en la mística y en el servicio público que implica el concepto de voluntariado. Creo interpretar a los bomberos de Arica a Punta Arenas cuando digo que la postura institucional ha sido siempre mantener ese carácter.
Entiendo la retribución que los redactores del proyecto quieren otorgar a los voluntarios por el servicio desinteresado que han entregado al país; pero también entiendo que si se establece una suerte de retribución, como declaran los autores del proyecto, por su trabajo no remunerado, muchos jóvenes ingresarán a las filas de la institución no por la mística o por el carácter de servicio público genuino que hoy tiene Bomberos y los valores que ello implica para la sociedad, sino que lo harán a sabiendas de que recibirán una pensión cuando cumplan treinta y cinco años en la institución, lo que, a mi juicio, terminará desnaturalizando el rol de bomberos voluntarios de Chile.
Cosa distinta es lo que señalaron algunos parlamentarios respecto de la elaboración y tramitación de proyectos que ayuden a Bomberos de Chile, por ejemplo, para establecer una reparación para los familiares de los mártires de la institución o para los voluntarios que quedan postrados y que no pueden trabajar por haber sufrido un accidente en el ejercicio del deber.
No está presente el diputado Jorge Ulloa, quien tal vez hablaría en estos mismos términos.
Insisto, no hablo en nombre de Bomberos de Chile, pero sí lo hago en nombre de muchos voluntarios que están en sus filas. Agradecemos a los autores del proyecto de resolución y reconocemos su intención; pero, como dije, no estoy de acuerdo con él porque terminará desnaturalizando el rol que tiene esta centenaria institución en el país.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).- Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de resolución.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 8 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
TRASPASO A SERVIU DE TERRENOS DE LA EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO APTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES
El señor CORNEJO ( Presidente ).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte resolutiva del siguiente proyecto de resolución.
El señor ROJAS ( Prosecretario ).- Proyecto de resolución N° 98, de los diputados señores Jorge Sabag, Sergio Ojeda, Cristián Campos, José Manuel Edwards, Javier Hernández, señora Alejandra Sepúlveda, señores Jaime Pilowsky, Iván Norambuena, José Pérez y Daniel Farcas, que en su parte resolutiva dice lo siguiente:
La Cámara de Diputados acuerda:
1. Solicitar al ministro de Transportes y Telecomunicaciones que disponga la suspensión de todos los procesos de licitación de los terrenos de propiedad de la Empresa de Ferrocarriles del Estado.
2. Solicitar al mismo ministro que imparta instrucciones para iniciar un proceso de negociación con el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu), con el objeto de traspasar a esta institución los terrenos que sean considerados aptos para la construcción de viviendas sociales.
3. Solicitar a la ministra de la Vivienda y Urbanismo que imparta al Serviu la orden de realizar una evaluación a nivel nacional respecto de los terrenos de propiedad de la Empresa de Ferrocarriles del Estado que puedan ser útiles para la construcción de viviendas sociales.
4. Del mismo modo, plantear a dicha ministra la conveniencia de adoptar las medidas tendientes a que el Serviu haga una propuesta al directorio de dicha empresa para iniciar negociaciones en relación con el precio de transferencia de los distintos lotes.
El señor CORNEJO (Presidente).- Para apoyar el proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado Jorge Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , uno de los problemas más serios que enfrentan los comités de vivienda de nuestro país es la escasez de terrenos para la construcción de proyectos sociales.
El encarecimiento de la propiedad en comunas vulnerables ha hecho subir la hectárea a 100 millones de pesos. Por esa razón hemos redactado este proyecto de resolución, ya que en el corazón del radio urbano de muchas de las comunas que representamos se encuentran terrenos de propiedad de la Empresa de Ferrocarriles del Estado que están prácticamente abandonados.
Durante años, la Empresa de Ferrocarriles del Estado ha tenido el privilegio por ley de reservar una franja de terreno a ambos costados de la línea férrea por motivos de seguridad. Muchos de esos terrenos tienen una superficie suficientemente extensa como para construir grupos habitacionales.
Cabe hacer presente que existe una fuerte presión empresarial para adquirir esas propiedades. Recordemos que Ferrocarriles del Estado las puede enajenar solo vía licitación, por lo que el Serviu debe competir con firmas como Jumbo, Lider y otros grandes grupos empresariales, lo que hace que, en la práctica, esos terrenos sean ocupados por el retail, por otras empresas o por grandes inmobiliarias, en desmedro de la construcción de viviendas sociales y de un adecuado desarrollo urbanístico de las comunas.
Esta situación que afecta a muchas comunas del país se ha transformado en un gran problema para los comités de vivienda, ya que existe un gran déficit habitacional en nuestro país que se explica por el encarecimiento de la tierra y por la falta de terrenos disponibles.
Por ello, solicitamos a la ministra de Vivienda y Urbanismo que adopte las medidas tendientes a suspender todos los procesos de licitación de terrenos de propiedad de la Empresa de Ferrocarriles del Estado y que disponga realizar una evaluación a nivel nacional de los terrenos de propiedad de dicha empresa estatal que sean aptos para fines habitacionales y que sean de interés para ser adquiridos por el Estado.
Sabemos que el Serviu tiene dos posibilidades: participar en una licitación pública con los privados, o expropiar el terreno cuando claramente es de interés público.
Queremos explorar la posibilidad de que Ferrocarriles del Estado y el Serviu negocien directamente y busquen algún mecanismo para que algunos terrenos de EFE que sean de interés habitacional puedan traspasarse -por supuesto, a un precio justo- al Serviu para los efectos de que este servicio desarrolle proyectos habitacionales de interés social. Esta situación permitirá a comunas como Coelemu, Bulnes , Chillán , San Rosendo y tantas otras contar con proyectos habitacionales y de urbanización que signifiquen un aporte urbanístico a la ciudad.
Hoy, cuando el retail instala un supermercado, muchas veces afecta el urbanismo de las comunas, en circunstancias de que el Serviu, organismo competente respecto de ese tipo de situaciones, debería tener una mayor intervención al respecto.
Por eso, queremos relevar la importancia de esta materia. Ferrocarriles del Estado posee numerosos terrenos. Esperamos que muchos de ellos no vayan a parar a manos de la empresa privada, sino que sean destinados a proyectos habitacionales sociales, que hoy son prioritarios para nuestro país. Miles de comités de vivienda llevan mucho tiempo esperando soluciones habitacionales y ya no pueden seguir esperando.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).- Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de resolución.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 3 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).- Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor CORNEJO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del siguiente proyecto de resolución.
El señor JACKSON.- Señor Presidente , si no hay quorum, ¿cuál es el propósito de tratar otro proyecto de resolución?
El señor ORTIZ .- Sí, señor Presidente . Es mejor suspender el tratamiento de los siguientes proyectos de acuerdo y de resolución.
Cabe recordar que se introdujo una modificación en el Reglamento que dispone que si tomada la votación no se reúne el quorum requerido, el proyecto se entenderá rechazado.
Por lo tanto, reitero mi solicitud de suspensión del tratamiento de proyectos de acuerdo y de resolución.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Así se va a hacer.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo y de resolución figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es:
http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
VII. INCIDENTES
AYUDA SANITARIA PARA FAMILIAS AFECTADAS POR INUNDACIONES EN SECTOR BENEFICENCIA-BERTOLOTTO, COMUNA DE VALDIVIA (Oficio)
El señor CORNEJO (Presidente).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de Renovación Nacional.
Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger.
El señor BERGER.- Señor Presidente , cada invierno, un importante número de familias pertenecientes a la junta de vecinos Nº 2 René Schneider, sector Beneficencia-Bertolotto, comuna de Valdivia, debe sufrir la inundación de sus viviendas.
Este año en particular, por motivos que se investigan, diversas obras hidráulicas construidas por otros servicios públicos no funcionaron como se esperaba. Los primeros frentes de mal tiempo no solo devolvieron las aguas lluvia a la población, sino que también provocaron el ingreso de aguas servidas al interior de una treintena de hogares, incluso a algunos que jamás habían presentado problemas de anegamiento.
Luego de que se pidiera ayuda al Ministerio de Salud para constatar el estado sanitario de las casas, y tras la visita al sector por parte de funcionarios de dicha cartera a nivel regional, se concluyó que en 22 viviendas persiste un alto foco infeccioso.
Hasta ahí, todo iba bien. El problema surgió cuando, como única medida dispuesta por el Minsal para poner bajo control una latente emergencia sanitaria, se entregó alcohol gel a cada casa para limpieza de manos.
Los colegas comprenderán que esa acción no resuelve en lo más mínimo el altísimo riesgo sanitario a que están expuestas en este instante las familias en lo que respecta a proliferación de patologías respiratorias, enfermedades infecciosas y plagas, entre otros males.
Por tanto, solicito que se oficie con suma urgencia a la ministra de Salud, a fin de que disponga acciones que permitan verificar el estado de salud de las 22 familias afectadas, y apoyarlas para prevenir, de forma más resolutiva y seria que con la entrega de alcohol gel para manos, el peligro sanitario en ciernes.
Dado que en Valdivia las precipitaciones y las altas mareas se mantienen en forma más o menos permanente durante buena parte del año, es urgente que la cartera de Salud actúe en adelante de manera más proactiva y respetuosa para con nuestros vecinos que sufren la situación descrita.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
REITERACIÓN DE OFICIO A DIRECTOR REGIONAL DE INDAP DE LA ARAUCANÍA SOBRE BENEFICIARIOS DE ASIGNACIÓN DE CAPITAL DETRABAJO Y MAQUINARIAS, DESDE MARZO DE 2014 A LA FECHA (Oficio)
El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb.
El señor RATHGEB .- Señor Presidente , el 12 de junio del presente año, la Cámara envió el oficio N° 1.661 al director regional de Indap de La Araucanía con la finalidad de que entregara antecedentes respecto de la asignación de capital de trabajo y maquinarias hasta el 11 de marzo de 2014, individualizando a los beneficiarios y los montos entregados.
Todo lo anterior, debido a reclamos de personas que habían sido dejadas de lado respecto de algunos beneficios, en particular del Programa de Desarrollo Territorial Indígena (PDTI) y el Programa de Desarrollo Local (Prodesal).
Pues bien, hasta la fecha no ha habido respuesta a dicha solicitud.
Por lo tanto, solicito que se reitere el oficio indicado al director regional de Indap de La Araucanía, a fin de que nos remita antecedentes respecto de la entrega de capital de trabajo y maquinarias, agregando desde el 11 de marzo del presente año hasta la fecha, con la individualización de los beneficiarios y los montos entregados a cada uno de ellos.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
RECONOCIMIENTO A LABOR DE DIRIGENTES SOCIALES Y COMUNITARIOS EN SU DÍA, E INFORMACIÓN SOBRE SU ACCESO A BENEFICIOS EN SALUD(Oficios)
El señor CORNEJO (Presidente).- En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado Felipe Letelier.
El señor LETELIER .- Señor Presidente , al inicio de la presente sesión se saludó muy brevemente a los dirigentes sociales y comunitarios de nuestro país.
Chile no sería Chile si no fuera por los grandes dirigentes vecinales sociales que ha tenido, que son los más grandes colaboradores del Estado en su desarrollo y progreso. Muchos de ellos, en numerosas oportunidades, han dejado de lado sus legítimos intereses personales, como sus viviendas, sus familias, por el bien de la comunidad.
El 7 de agosto se celebra el “Día del dirigente social y comunitario”. Por ello, desde esta Corporación rindo un homenaje y un reconocimiento a su ardua labor.
Los dirigentes vecinales sociales han jugado un rol irreemplazable en este país.
Por eso, solicito que se oficie a la ministra de Desarrollo Social para que tenga a bien disponer las medidas necesarias para que esos dirigentes puedan acceder a ciertos beneficios. Entiendo que en la actualidad tienen algunos en materia de salud, pero sería bueno saber de qué beneficios se trata.
Asimismo, pido que se oficie a todas las uniones comunales de juntas de vecinos de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins para informarles sobre el reconocimiento que hoy hicimos a sus dirigentes, debido a la tremenda labor que desempeñan, a su gran aporte a la patria y al desarrollo del país.
Reitero: Chile no será un país desarrollado, próspero y con progreso sin los dirigentes sociales y comunitarios.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
SALUDO Y RECONOCIMIENTO A ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DE CABRERO(Oficios)
El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Loreto Carvajal.
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Señor Presidente , adhiero a los saludos que el diputado que me antecedió en el uso de la palabra ha enviado a todos los dirigentes sociales y vecinales del país; pero en especial quiero hacer llegar un saludo muy cariñoso a la Asociación de Fútbol de Cabrero, de la que tuve ocasión de ser dirigente durante diez años.
Solicito que envíe copia de mi intervención a los dirigentes de dicha asociación, a fin de transmitirles mi saludo y mi reconocimiento.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y BONO COMPENSATORIO PARA PRODUCTORES CERECEROS DE CERRO CAYUMANQUI, COMUNA DE QUILLÓN (Oficio)
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Por otra parte, quiero referirme al problema que afecta a los productores cereceros del cerro Cayumanqui, en la comuna de Quillón.
Debido al incendio que en 2012 quemó por completo alrededor de 20.000 hectáreas con plantaciones de árboles de cerezos, lo que significó un perjuicio enorme para esos productores, en especial para los comités ubicados en Queime, La Gloria y Peña Blanca, el Gobierno de Sebastián Piñera les entregó, en 2013, alrededor de 18.000 plantas de cerezos, a través del encargado del Indap regional. Sin embargo, los productores cereceros quieren presentar una reclamación debido a que las plantas que recibieron no estaban en condiciones de maduración adecuadas, cuestión que hoy se constata, toda vez que en un 90 por ciento no tienen posibilidad alguna de dar fruto porque están quemadas.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Agricultura , a fin de que nos informe respecto de esa situación y analice la factibilidad de compensar a ese grupo de doscientos agricultores a través de la entrega de un bono compensatorio o de exigir al vivero de Curicó, en el que esas plantas fueron adquiridas, que cumpla con las obligaciones establecidas en el contrato respectivo. En ese sentido, solicito que se nos informe sobre los alcances de ese contrato y las posibles acciones judiciales indemnizatorias que pudieran perseguirse, con la finalidad de resolver el problema que aqueja a los productores de cerezas que hoy ven afectada su producción, la cual es su actividad económica principal.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
PRIORIDAD A PROYECTOS PARA ADQUISICIÓN DE RAYOS X Y AMBULANCIA PARA HOSPITAL DE COELEMU (Oficios)
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Por otra parte, quiero referirme a dos proyectos de suma relevancia para el hospital de Coelemu, cuya pronta concreción es muy importante.
El primero de ellos, presentado en 2012, consiste en la adquisición de un equipo de rayos X, lo que hasta la fecha no ha ocurrido, en circunstancias de que se trata de un hospital categoría “D”, puesto que presta una serie de servicios de salud muy importantes para las localidades cercanas, sobre todo en los sectores rurales. Debido a la falta de ese equipo, los adultos mayores no tienen la posibilidad de contar con un buen diagnóstico.
Por lo tanto, pido que se oficie a la ministra de Salud y al seremi de Salud del Biobío, a fin de que den prioridad al proyecto de adquisición de un equipo de rayos X para el hospital de Coelemu, y nos informen sobre el particular.
El segundo proyecto consiste en la adquisición de una ambulancia. Solicito a las autoridades señaladas que también prioricen dicho proyecto para el hospital de Coelemu, el cual también fue presentado en 2012, sin que hasta la fecha tengamos noticias al respecto.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
RECURSOS PARA ESTUDIO TÉCNICO PARA CONSTRUCCIÓN DE PUENTE ENTRE COMUNAS DE ÑIQUÉN Y CAUQUENES (Oficio)
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- En otro orden de materias, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , con la finalidad de que disponga la entrega de recursos para la elaboración de un estudio técnico para la construcción, en los próximos años, de un puente que una las comunas de Ñiquén y de Cauquenes, entre los sectores de Paredones y Placilla, con el propósito de dar solución al problema de conectividad rural que tiene esa zona del territorio, la cual dificulta a los vecinos -alrededor de seiscientas familias- el acceso tanto a San Carlos como a Cauquenes o a Parral para atender sus necesidades de servicios de salud y otras que también son muy importantes.
Solicito que, en lo posible, se proceda a la elaboración de los estudios técnicos respectivos para la pronta ejecución de esa obra.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
REACTIVACIÓN DE CONVENIO DE SERVIU E INDAP PARA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS DE VIVIENDAS RURALES EN REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficios)
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Por último, pido que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo , y a los directores del Serviu y del Indap de la Región de Biobío , con el objeto de que dispongan que en esa región se reactive el convenio suscrito entre el Serviu y el Indap para resolver el problema de falta de viviendas rurales que la afecta, toda vez que a muchos vecinos de los sectores rurales les resulta imposible acceder, tanto por problemas económicos como de conectividad, a las oficinas del Serviu regional o provincial.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE EXIGENCIA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA TRABAJADORES CONTRATISTAS EN DIVISIÓN SALVADOR DE CODELCO(Oficios)
El señor CORNEJO (Presidente).- En el turno del Comité del Partido Comunista e Izquierda Ciudadana, tiene la palabra el diputado Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente , pido que se oficie al presidente del directorio de Codelco para que disponga que la gerencia de la División Codelco Salvador nos informe respecto de las exigencias de seguridad que esa división ha hecho a las distintas empresas contratistas de actividades vinculadas directamente con la producción.
El domingo recién pasado se produjo un hecho sumamente grave: un trabajador de la empresa contratista Geovita , la cual presta servicios a la División Salvador de Codelco , sufrió un accidente mientras hacía una zanja en el interior de la mina subterránea.
Como consecuencia de ese accidente, en primera instancia Juan Flores quedó enterrado hasta la cintura. Sin embargo, al llegar el auxilio y realizarse las primeras labores de rescate, las maniobras no funcionaron bien y tuvieron como resultado desafortunado que el trabajador volvió a quedar enterrado, pero esta vez hasta el cuello, lo que obligó a una maniobra de rescate muy difícil. Hoy, el señor Juan Flores se encuentra hospitalizado en la Clínica Atacama, de Copiapó, donde deberá definirse su diagnóstico, dado que su estado es de mucha gravedad. Esperamos que en lo posible recupere su salud a la brevedad.
Me preocupa lo sucedido, porque el accidente ocurrió en el frente de producción de la mina División Salvador de Codelco. No sabemos si al licitar esas actividades Codelco les exige a las empresas contratistas las mismas medidas de seguridad para los trabajadores tercerizados que las que se establecen para los trabajadores de planta de la División Salvador. No es primera vez que tenemos accidentes de este tipo, incluso algunos fatales, a propósito de las licencias que algunas empresas subcontratistas se dan respecto de la seguridad de sus trabajadores.
Como empresa del Estado, la División Salvador de Codelco debería poner la vara muy alta en esta materia, de modo que las medidas de seguridad exigidas a los trabajadores subcontratados estén a la par con las que deben cumplir los trabajadores de planta de Codelco.
Por lo tanto, solicito que la gerencia de la División Salvador de Codelco nos dé cuenta de las razones por las que algunas empresas de subcontrato se permiten determinadas licencias en materia de seguridad.
Asimismo, solicito que se oficie al director nacional del Sernageomin y al director de ese organismo de la Región de Atacama para que nos informen qué supervisiones se han llevado a cabo en esos casos.
Pido que se envíe copia de mi intervención a los sindicatos de las empresas subcontratistas vinculadas a la División Salvador de Codelco, así como al presidente de la CUT de la provincia de Chañaral , al alcalde de Diego de Almagro , a sus concejales, al intendente de Atacama y a los consejeros regionales.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado señor Hugo Gutiérrez .
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.29 horas.
GUILLERMO CUMMING DÍAZ,
Jefe subrogante de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓNY DE ANTECEDENTES
-Se abrió la sesión a las 13.15 horas.
El señor OJEDA (Presidente accidental).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
SOLICITUD DE CLAUSURA DE PLANTA DE FUNDICIÓN DE PLOMO DEEMPRESA TECNOREC EN COMUNA DE SAN ANTONIO Y EXIGENCIA DEESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA APERTURA DEPLANTAS SIMILARES (Oficios)
El señor OJEDA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Hace pocos días, en un programa emitido por Mega, se exhibió un reportaje sobre una situación que he venido siguiendo desde hace varios años. Muchas de las cosas que en él se señalaron las planteé hace mucho tiempo a las autoridades pertinentes. Me refiero al problema ocasionado por la planta de fundición de plomo de la empresa Tecnorec en la comuna de San Antonio. Me parece que llegó el minuto de tomar decisiones, razón por la cual pediré oficiar a las autoridades pertinentes.
El reportaje mostró el caso de niños de la comuna de San Antonio que viven cerca de dicha planta, que se han visto expuestos a ese veneno -por así llamarlo-, a esa contaminación producida por el mal funcionamiento del proceso de fundición.
Cuando una planta funciona bien, no tiene por qué contaminar, menos con plomo. Si se utilizan las tecnologías y los elementos adecuados, y se hace un estudio de impacto ambiental, no tiene por qué producirse contaminación.
La planta de Tecnorec fue autorizada a través de una declaración de impacto ambiental, sin la participación ciudadana y sin una evaluación completa del daño que produce el plomo.
En su momento, pedí que se enviaran varios oficios para hacer presente esta situación, los que no han sido respondidos por las autoridades correspondientes. Espero que ahora sí respondan y se resuelva el problema.
En primer lugar, pido que se oficie a la ministra de Salud , al subsecretario de Salud Pública y a la seremi de Salud de la Región de Valparaíso, para que, en uso de sus facultades, no solo prohíban por 15 días el funcionamiento de la referida planta, como se está planteando, sino que la clausuren, dado que tienen la autoridad para hacerlo cuando se trata de proteger la salud de la población. En este caso estamos hablando de la salud de los niños, que claramente están afectados, lo que ha sido demostrado no solo por el reportaje de Mega, sino también por estudios avalados por la Brigada de Delitos del Medio Ambiente (Bidema), de la Policía de Investigaciones, y por el propio Ministerio de Salud.
No es razonable y no tiene lógica alguna que, después de años en que hemos denunciando la contaminación que ha provocado esta planta, período en el que sus directivos han manifestado que desarrollarán acciones para mejorar sus procesos, Tecnorec siga funcionando en las mismas condiciones. Creo que esta empresa debe ser clausurada por los efectos que está provocando en la salud de la población. Posteriormente, si pretende implementar otro proyecto, la empresa deberá presentar los respectivos estudios de impacto ambiental, pero ahora debe ser clausurada.
En segundo lugar, pido que se oficie al ministro del Medio Ambiente , al superintendente del ramo y al director del Servicio de Evaluación Ambiental , a fin de que dispongan, mediante el establecimiento de la normativa pertinente, que la instalación de todo tipo de plantas de fundición de plomo sea autorizada con evaluaciones de impacto ambiental. No es posible que varias empresas quieran instalar plantas de fundición de plomo en el país presentando solo una declaración de impacto ambiental, toda vez que esta no es elaborada con el rigor con que se efectúa un estudio de impacto ambiental, el cual contempla la evaluación de la línea de base, la participación de la ciudadanía y distintas adendas e Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones , Rectificaciones o Ampliaciones (Icsara), que pueden complementar la información.
En efecto, existe un par de empresas que quieren instalar respectivamente una planta de fundición en Lampa, para lo cual presentaron solo una declaración de impacto ambiental. Ambos proyectos deben ser desechados. Debe exigírseles un estudio de impacto ambiental, sobre todo en un sector tan contaminado de la capital de Chile como Lampa, donde además hay serios problemas desde el punto de vista de los terrenos.
Solicito que el ministro de Medio Ambiente evalúe la situación de la empresa Tecnorec , cuya planta de fundición de plomo ha mostrado claramente sus deficiencias y su culpabilidad en la contaminación que ha afectado a la población vecina.
Pido que el superintendente de Medio Ambiente incorpore en el proceso que tiene en sus manos el estudio que hizo el programa emitido por Mega, y los estudios efectuados por el Ministerio de Salud, a fin de decretar la prohibición de funcionamiento de la planta de fundición de plomo de la empresa Tecnorec . Espero que esta situación se resuelva en la forma más enérgica.
Pido que se envíe copia de los oficios al intendente y al consejo regional de la Región de Valparaíso.
He dicho.
El señor OJEDA ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.23 horas.
GUILLERMO CUMMING DÍAZ,
Jefe subrogante de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del H. Senado. (boletín N° 8.889-06)
“Valparaíso, 6 de agosto de 2014.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que declara como feriado el día 20 de agosto de cada año para las comunas de Chillán y Chillán Viejo, correspondiente al Boletín N° 8.889-06.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.815, de 4 de julio de 2013.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): ISABEL ALLENDE BUSSI , Presidenta del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA , Secretario General del Senado .”
2. Informe de la Comisión de Hacienda sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el “Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y elGobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación a los impuestos a la renta y al patrimonio, y su protocolo, suscritos en Washington el 4 de febrero de 2010, y las notas intercambiadas, en igual fecha y lugar, relativas adicho convenio (boletín Nº 9258-10).
“Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda informa el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y conforme a lo dispuesto en el inciso segundo delartículo 220 del Reglamento de la Corporación.
CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
1.- Origen y urgencia
La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados, mediante mensaje, sin urgencia.
2.- Artículos que la Comisión Técnica dispuso que fueran conocidas por ésta.
El proyecto de acuerdo aprobatorio del respectivo Convenio.
3.- Disposiciones o indicaciones rechazadas
No hay.
4.- Modificaciones introducidas al texto aprobado por la Comisión Técnica y calificación de normas incorporadas
No hay.
5.- Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad
Ninguna.
6.- Se designó Diputado Informante al señor Sergio Aguiló .
Asistieron a la Comisión, durante el estudio del proyecto, las siguientes personas:
Los señores Sergio Granados , Director de Presupuestos ; Michel Jorratt , Director del Servicio de Impuestos Internos ; Carlos Portales Undurraga , Asesor Legal del Departamento de Servicios , Inversiones y Transporte Aéreo (SERINTA), de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales yMario Lavín Aliaga , Asesor del Departamento América del Norte Central y Caribe, de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la señora LiselottKana, Jefa del Departamento de Normas Internacionales; el señor Nestor Venegas Torrealba , Abogado del Departamento de Normas Internacionales , ambos del Servicio de Impuestos Internos.
La Comisión de Educacióndispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio respectivo.
La idea matriz o fundamental de este Proyecto de Acuerdo:
Es aprobar el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal en Relación a los Impuestos a la Renta y al Patrimonio y su Protocolo, suscritos en Washington el 4 de Febrero de 2010, y las Notas intercambiadas, en igual fecha y lugar, relativas a dicho Convenio.
Estructura del Convenio
El Convenio consta de un Preámbulo, 30 artículos y un Protocolo.
1. En el Preámbulo, los Estados Contratantes manifiestan la intención que buscan con la suscripción del Convenio.
2. El Ámbito de Aplicación del Convenio contempla dos artículos. El artículo 1° se refiere a las personas comprendidas en el Convenio, en tanto que el artículo 2° se refiere a los impuestos comprendidos por el mismo.
Dado que el Convenio sólo se aplica a los impuestos sobre la renta o al patrimonio exigibles por cada uno de los Estados Contratantes, se incluye en el artículo 2° una lista indicativa de los impuestos vigentes en ambos Estados Contratantes al momento de la firma, precisándose que el Convenio también se aplicará a impuestos de naturaleza idéntica o sustancialmente similar que se añadan a los actuales o les sustituyan.
3. Las definiciones usuales en esta clase de instrumentos se incluyen en tres artículos. El artículo 3 trata de las definiciones generales del Convenio; el artículo 4 establece lo que ha de entenderse por residente; y el artículo 5, consigna el concepto de establecimiento permanente.
4. El tratamiento de las rentas y del patrimonio se regula entre los artículos 6 al 22:
El artículo 6 regula la imposición de las rentas de bienes inmuebles; el artículo 7 se refiere a las utilidades empresariales; el artículo 8 contempla las utilidades procedentes del transporte internacional; el artículo 9 se refiere a las empresas asociadas;el artículo 10regula la situación de los dividendos; el artículo 11 regula la imposición de los intereses; el artículo 12 establece el régimen aplicable a las regalías; el artículo 13 regula la forma en que se someterán a impuesto las ganancias de capital.
Por su parte, en el artículo 14 se contempla el tratamiento de las rentasprovenientes de la prestación de servicios personales independientes mientras que en el artículo 15 se contempla el tratamiento de las rentas provenientes de un empleo; el artículo 16 cuida la forma en que se gravan las participaciones de directores y otros pagos similares; el artículo 17 regula las rentas obtenidas por artistas y deportistas; en el artículo 18 se observa el tratamiento de las pensiones; el artículo 19 se refiere a las remuneraciones por el desempeño de funciones públicas; el artículo 20 determina la imposición por las cantidades que reciben los estudiantes y aprendices y, por último, el artículo 21 es una disposición residual que comprende a otras rentas no reguladas anteriormente.
La imposición del patrimonio está contenida en el artículo 22.
5. En cuanto a los “Métodos para evitar la doble imposición”, éstos se encuentran en el artículo 23.
6. El Convenio contiene 5 artículos que tratan sobre “Disposiciones especiales”. En el artículo 24 se contemplan normas de limitación de beneficios, en el artículo 25 se establece el principio de no discriminación, mientras que en el artículo 26 se regula el procedimiento de acuerdo mutuo; en el artículo 27 se alude al intercambio de información; y en el artículo 28 se norma la situación de los miembros de misiones diplomáticas y de oficinas consulares.
7. Las “disposiciones finales” del Convenio están contenidas en dos artículos, el 29, que establece la entrada en vigor del Convenio, y el 30, que regula la denuncia del mismo.
8. El Convenio contempla un Protocolo, el que forma parte integrante del mismo, y en el que se abordan situaciones generales y especiales.
9. Las Partes intercambiaron además Notas que recogen el entendimiento que al momento de la conclusión del Convenio tienen.
Tratamiento específico de las rentas y del patrimonio.
1. Rentas Inmobiliarias: pueden gravarse en ambos Estados (artículo 6).
2. Utilidades empresariales: si una empresa realiza actividades en el otro Estado Contratante por medio de un establecimiento permanente situado en él, las utilidades de la empresa tambiénpueden someterse a imposición en ese otro Estado Contratante sin límite alguno, pero sólo en la medida en que puedan atribuirse a ese establecimiento permanente.(Artículo 7°).
3. Transporte Internacional: las utilidades procedentes de la explotación de buques o aeronaves en tráfico internacional, sólo puedensergravadas en el Estado Contratante donde reside la persona que explota dichos buques o aeronaves (artículo 8).
4. Empresas asociadas: cada Estado mantiene la facultad para proceder a la rectificación de la base imponible de las empresas asociadas (sociedades matrices y sus filiales, o sociedades sometidas a un control común), cuando su renta no refleje las utilidades reales que hubieran obtenido en el caso de ser empresas independientes (artículo 9).
5. Dividendos: los dividendos pagados por una sociedad residente de un Estado Contratante a un residente del otro Estado Contratante pueden someterse a imposición en ambos Estados, con ciertas limitaciones (artículo 10 párrafo 3). No se aplica a la inversiones sujetas a un contrato de inversión extranjera del D.L. N° 600.
6. Intereses: los intereses, por su parte, pueden ser gravados en ambos Estados Contratantes. Sin embargo, se limita el derecho a gravarlos por parte del Estado del que procedan, si el beneficiario efectivo de los intereses es residente del otro Estado Contratante, en cuyo caso el impuesto exigido no puede exceder de los límites que se indican en la respectiva norma (artículo 11).
7. Regalías: las regalías pueden ser gravadas en ambos Estados Contratantes. Sin embargo, se limita el derecho a gravarlas por parte del Estado del que procedan, si el beneficiario efectivo de las regalías es residente del otro Estado Contratante, en cuyo caso el impuesto exigido no puede exceder los límitesque se indican (artículo 12).
8. Ganancias de capital: las ganancias de capital que un residente de un Estado Contratante obtiene de la enajenación de bienes inmuebles situados en el otro Estado Contratante, pueden gravarse en ambos Estados, (artículo 13).
9. Servicios personales independientes: las rentas provenientes de la prestación de servicios profesionales u otras actividades de carácter independiente que presta un residente de un Estado Contratante, sólo pueden gravarse en ese Estado Contratante, salvo las excepciones que en la norma se indican (artículo 14)
10. Rentas de un empleo: los sueldos, salarios y otras remuneraciones provenientes de un empleo pueden gravarse tanto en el Estado de residencia como en el Estado donde se presta el servicio. Sin embargo, el Estado de residencia tendrá derechos exclusivos para aplicar impuestos cuando el perceptor de las remuneraciones permanece en el Estado donde presta el servicio por menos de 183 días (en cualquier período de doce meses que comience o termine en el año tributario de ese otro Estado), las remuneraciones se pagan por o en nombre de un empleador que no sea residente de ese otro Estado y no son soportadas por un establecimiento permanente que dicha persona tenga en el otro Estado (artículo 15).
11. Participaciones de directores, artistas y deportistas, funciones públicas y estudiantes: las participaciones y otros pagos similares que reciba un residente de un Estado Contratante como miembro de un directorio o de un órgano similar de una sociedad del otro Estado Contratante pueden gravarse en ambos Estados (artículo 16).
De igual forma, pueden gravarse en ambos Estados las rentas que reciba un deportista o artista residente en un Estado Contratante,por actividades realizadas en el otro Estado Contratante, cuando el ingreso bruto exceda en el año tributario considerado de cinco mil dólares estadounidenses o su equivalente en pesos chilenos (artículo 17).
Enseguida, los sueldos, salarios y otras remuneraciones, excluidas las pensiones, pagadas por un Estado Contratante a una persona natural por servicios prestados a ese Estado, sólo pueden someterse a imposición en ese Estado, salvo quesi los servicios se prestan en el otro Estado y la persona natural es un residente de ese Estado que es nacional de ese Estado; o no ha adquirido la condición de residente de ese Estado solamente para prestar los servicios (artículo 19).
Finalmente, las cantidades que reciba para cubrir sus gastos un estudiante, aprendiz o una persona en práctica que sea o haya sido inmediatamente antes de llegar a unEstado Contratante, residente del otro Estado Contratante, no pueden gravarse en el primer Estado, siempre queprocedan de fuentes situadas fuera de ese Estado. La exención nopuede exceder de dos años, contados desde la fecha en que el aprendiz o persona en práctica haya arribado al Estado Contratante mencionado en primer lugar (artículo 20).
12. Pensiones, Seguridad Social, Alimentos y Manutención de Menores: Respecto de las pensiones privadas, se establece que pueden someterse a imposición en ambos Estados, con ciertas limitaciones en cuanto a la tasa. En el caso de pensiones pagadas con fondos públicos, quedan sujetas a impuesto únicamente en ese Estado, excepto cuando la persona natural es residente y nacional del otro Estado Contratante, en cuyo caso la pensión se someterá a imposición únicamente en tal Estado (artículo 18).
13. Otras rentas: en cuanto a las rentas no mencionadas expresamente, el Convenio contempla dos situaciones diversas. Así, si provienen del otro Estado Contratante, ya sea Chile o Estados Unidos según el caso, ambos Estados tienen derecho a gravarlas de acuerdo a su legislación. En cambio, si provienen de un tercer Estado, sólo se pueden gravar en el Estado donde reside el preceptor de la renta (artículo 21).
14. Imposición del patrimonio: por último, el Convenio regula expresamente la imposición del patrimonio, que en el caso de estar constituido por bienes inmuebles o por bienes muebles de un establecimiento permanente o de una base fija que un residente de un Estado Contratante tiene en el otro Estado Contratante, pueden gravarse en ambos Estados Contratantes. Respecto de naves, aeronaves y contenedores explotadas en tráfico internacional y de bienes muebles afectos a la explotación de tales naves o aeronaves y demás elementos del patrimonio que posea un residente de un Estado Contratante, sólo pueden someterse a imposición en el Estado de la residencia (artículo 22).
Métodos para eliminar la doble imposición.
Para evitar la doble imposición, el Convenio establece en el artículo 23, que en aquellos casos en que ambos Estados tienen el derecho de someter a imposición una renta, el Estado Contratante donde reside el perceptor de la renta debe otorgar un crédito por los impuestos pagados en el otro Estado Contratante, en la forma que se indica en la mencionada norma.
Disposiciones especiales
Normas sobre Limitación de beneficios (que buscan impedir que residentes de terceros Estados, que no son parte del Convenio, se beneficien, artículo 24);Principio de no discriminación (se reconoce el principio que los nacionales de un Estado Contratante no sean sometidos, en el otro Estado Contratante, a un trato menos favorable que aquel que se aplica a los nacionales de este último Estado que se encuentren en las mismas condiciones, artículo 25); Procedimiento amistoso: se dispone, asimismo, que las autoridades competentes de ambos Estados Contratantes, mediante un procedimiento de acuerdo mutuo, harán lo posible para resolver las dificultades o las dudas que surjan en la aplicación e interpretación del Convenio, en especial la situación de los contribuyentes que sean objeto de una imposición que no esté conforme con sus disposiciones(artículo 26); Intercambio de información: se contempla un mecanismo de intercambio de información entre las autoridades competentes de ambos Estados (artículo 27). El número 20 del Protocolo establece que, no obstante las disposiciones sobre entrada en vigor del Convenio, la información bancaria cubierta en Chile por disposiciones de secreto o reserva bancaria sólo se encontrará disponible respecto de transacciones de cuentas bancarias llevadas a cabo a partir del 1 de enero de 2010.
El Convenio no afecta los privilegios fiscales de miembros de misiones diplomáticas o representaciones consulares (artículo 28).
Entrada en vigor, duración y denuncia del Convenio
El Convenio está sujeto a ratificación de acuerdo a los procedimientos exigidos en ambos países y entrará en vigor luego que los Estados Contratantes culminen con sus procedimientos legales internos y lo notifiquen al otro Estado Contratante, rigiendo a partir de la fecha de recepción de la última de dichas notificaciones (artículo 29).
El Convenio tendrá una vigencia indefinida y podrá ser denunciado por cualquiera de las partes a más tardar el 30 de junio de cada año calendario, mediante un aviso por escrito, a través de la vía diplomática (artículo 30).
Protocolo del Convenio
El Protocolo del Convenio, regula situaciones de carácter general o específicas. Así, a modo de ejemplo, se señala que en caso de cualquier duda sobre la interpretación o aplicación de este Convenio y, en particular, sobre si una medida impositiva está dentro del ámbito del Convenio, será determinada exclusivamente de acuerdo con las disposiciones del artículo 26 (Procedimiento de Acuerdo Mutuo).
El número 21 del Protocolo establece que las disposiciones del Convenio no serán interpretadas en el sentido de restringir la imposición en Chile del impuesto sobre la remesa de rentas provenientes de cuentas de inversión conjunta o fondos (como por ejemplo los Fondos de Inversión de Capital Extranjero Ley N° 18.657)), con respecto de las inversiones en bienes situados en Chile. El número 22 del Protocolo establece una norma de carácter general, por medio de la cual, las partes se comprometen a evaluar, después de transcurridos cinco años de la entrada en vigor del Convenio, sus términos, operación y aplicación.
Con fecha 4 de febrero de 2010, las Partes del Convenio intercambiaron, además. Notas, las cuales confirman ciertos entendimientos respecto de normas específicas del Convenio.
Incidencia en materia presupuestaria y financiera
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, señala:
a) Que este Convenio establece una reducción de la tasa de impuesto que se aplica sobre los intereses en general, de un 35% a un 10%. Sin perjuicio de ello, por un período de 5 años contados desde la fecha en que las disposiciones del Convenio entren en vigencia, esta tasa será de un 15%.
b) Para los fines del cálculo del efecto tributario de esta rebaja, se tomó como base las cantidades de impuestos declarados y pagados mediante el Formulario N° 50, de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, durante el año 2012. No se incluye en esta estimación la mayor recaudación que se podría generar por los mayores flujos originados en Estados Unidos hacia Chile.
Se consideróque los convenios de esta naturaleza suscritos, previamente, por Chile con países como España y Canadá, se ha acordado una “cláusula de Nación más favorecida”, en virtud de la cual, y en relación con intereses y regalías, ante el evento de que cualquiera de los Estados contratantes contemple en un nuevo Convenio tasas más bajas a las previstas en el Convenio respectivo, estas nuevas tasas, más favorables, se entenderán incorporadas al Convenio ya suscrito. Dado que el presente Convenio contempla una tasa de intereses rebajada a un 10%, respecto del pago de intereses en general, esta tasa se aplicará a los Convenios con la mencionada cláusula, a partir del sexto año de entrada en vigencia del presente instrumento. El costo tributario respectivo se considera en el efecto sobre los ingresos fiscales.
c) Se precisa que la pérdida estimada en recaudación fiscal se calculó como la diferencia generada entre la recaudación actual y la estimación de recaudación aplicando las tasas del Convenio en análisis. Adicionalmente, se incluyó en esta estimación el efecto de la cláusula de la nación más favorecida.
Estimación de Pérdida de Recaudación por Convenio de Doble Tributación con EE.UU.
(Miles de US$ de enero de 2013 por año)
Hasta el 5° año
A partir del 6° año
129.197
131.746
Debate de las normas sometidas a la consideración de la Comisión, en la especie todo el proyecto de acuerdo.
- El señor Carlos Portales Undurraga , Asesor Legal del Departamento de Servicios , Inversiones y Transporte Aéreo (SERINTA), de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales.
Respecto de la relación comercial con Estados Unidos de América, el señor Portales señaló que los Estados Unidos de Norteamérica es el segundo socio comercial de Chile y el mayor inversionista extranjero en nuestro país. Expresó que es responsable del 25,76% del stock de inversiones entre el año 1974-2013. Agregó que es el quinto receptor de rentas chilenas y que ascienden a US$ 6.073 MM y que estas se concentran tanto en el sector minero e industrial, pero principalmente, de servicios.
En cuanto a la historia comercial entre ambos países, destacó el Tratado de Libre Comercio actualmente vigente y sus implicancias para el comercio chileno. En tal sentido, preciso que se han triplicado las exportaciones chilenas a ese país y se ha aumentado casi 4 veces el intercambio comercial. Finalmente, expresó, que al primero de enero del próximo año el 100% del comercio estará liberalizado entre Chile y Estados Unidos.
- Señora LiselottKana, Jefa del Departamento de Normas Internacionales del Servicio de Impuestos Internos.
Información general:
Expresó que el Convenio se suscribió el día 4 de febrero de 2010, en Washington. De acuerdo al artículo 29, el Convenio entrará en vigor en la fecha de la última de las notificaciones mediante las cuales los Estados Contratantes se comuniquen el cumplimiento de los procedimientos exigidos en cada Estado para la entrada en vigor del Convenio.
Las disposiciones del Convenio regirán respecto de los impuestos de retención en la fuente, por montos pagados o devengados en o después del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que el Convenio entre en vigor. Asimismo, respecto de otros impuestos, señaló que regirá por periodos tributarios que comiencen en o después del 1 de enero del año calendario inmediatamente siguiente a la fecha en la cual el Convenio entre en vigor. Respecto de las disposiciones del artículo 27 del Convenio, sobre Intercambio de Información entre las autoridades fiscales, tendrán efecto desde la fecha de entrada en vigor del Convenio, no obstante el período tributario al cual la información se refiera.
Objetivos del convenio:
Señaló que los principales objetivos del Convenio propuesto son:
a) Promover una mayor cooperación económica entre Chile y Estados Unidos mediante la reducción de las barreras fiscales causadas por la doble tributación de las rentas obtenidas por los residentes de los Estados Contratantes.
b) Incrementar la inversión extranjera directa en Chile.
c) Impulsar las exportaciones de servicios y facilitar la transferencia de tecnología.
d) Mejorar la integridad del sistema tributario, proporcionando el marco a través del cual las administraciones tributarias de Chile y Estados Unidos pueden prevenir la evasión fiscal internacional.
Agregó que el Convenio propuesto también tiene como objetivo mejorar la seguridad para las empresas chilenas que buscan expandirse en Estados Unidos y de otros contribuyentes mediante el establecimiento de un marco internacional aceptado para la tributación de las transacciones transfronterizas que se basa en el Modelo de la OCDE sobre la Renta y sobre el Patrimonio. Además, el Convenio contempla, mediante un procedimiento de acuerdo mutuo, la posibilidad de solucionar las disputas tributarias que se originen en la aplicación de las disposiciones del Convenio.
Reducción de barreras fiscales al comercio internacional y las inversiones:
Explicó que dicho objetivo se logrará principalmente reduciendo las tasas de impuestos de retención aplicadas sobre los dividendos, intereses y regalías. En particular, una vez que el Convenio entre en vigor, la tasa de retención aplicable en Estados Unidos a los dividendos o utilidades que son distribuidos a sociedades residentes en Chile, que actualmente es de 30%, se reducirá a un 5% del importe bruto de los dividendos si el beneficiario efectivo es una sociedad que posea directamente o indirectamente a lo menos el 10% de las acciones con derecho a voto de la sociedad que paga los dividendos o 15% del importe bruto en los demás casos. Esto reducirá las barreras al comercio bilateral y la inversión.
En el caso de Chile, precisó que debido a su especial “sistema de imputación”, se mantuvo la facultad para aplicar el impuesto adicional con una tasa de 35%. En efecto, el número 12 del protocolo al Convenio establece que el Artículo 10 del Convenio no limita la aplicación del Impuesto Adicional a la tasa ordinaria de 35 por ciento sobre los dividendos, en la medida que el Impuesto de Primera Categoría se mantenga completamente deducible contra el Impuesto Adicional.
Agregó que el Convenio, igualmente, crea un beneficio en favor de los fondos de pensiones chilenos que invierten en Estados Unidos, estableciendo que los dividendos percibidos por los fondos no serán gravados en EE.UU. (Artículo 10 párrafo 3).
Del mismo modo, y como un beneficio a más largo plazo para el desarrollo económico de Chile, expresó que el Convenio facilitara la transferencia tecnológica. En la actualidad, una empresa chilena que paga regalías a Estados Unidos está sujeta a un impuesto de retención del 30% mientras que, en virtud del acuerdo, este porcentaje se reducirá. El Convenio señala (en artículo 12) que las regalías pueden ser gravadas en ambos Estados contratantes. Sin embargo, se restringe el derecho a gravarlas por parte del Estado del que deriven, si el beneficiario efectivo de las regalías es residente del otro Estado contratante, en cuyo caso el impuesto exigido no puede exceder de 2 por ciento para el caso de pagos por el uso o el derecho al uso de equipos industriales, comerciales o científicos excluyendo las naves, aeronaves o contenedores comprendidos en el artículo sobre transporte internacional y 10 por ciento en los demás casos observados en la definición de regalías.
Explicó que para evitar la doble imposición, el Convenio establece en el artículo 23, que en aquellos casos en que ambos Estados tienen el derecho de someter a imposición una renta, el Estado Contratante donde reside el perceptor de la renta debe otorgar un crédito por los impuestos pagados en el otro Estado Contratante. En el caso de Chile, esta materia está regulada en las disposiciones contenidas en los artículos 41 A, 41 B y 41 C de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Estableciendo un marco para prevenir la evasión fiscal:
Señaló que el Convenio incorpora en el artículo 27 el estándar actual de la OCDE sobre intercambio de información entre autoridades tributarias, que incluye el intercambio de información bancaria. Enfatizó que uno de los temas más importantes en tributación internacional actualmente, es el de los precios de transferencias que empresas asociadas se cobran entre ellas. Este Convenio tiene un artículo para vigilar la correcta operación entre empresas asociadas por patrimonio, dirección o control, el cual permite que se realicen ajustes a la base imponible de tales empresas,cuando los precios que se cobren no se ajusten a precios de mercado (´arms´slength´). Esto significa que empresas asociadas deben convenir en sus relaciones comerciales las condiciones que partes independientes acordarían en circunstancias similares y cuya aplicación práctica ésta dada por las guías de la OCDE sobre precios de transferencia.
Principio de no discriminación:
Explicó que el Convenio dispone que los nacionales de un Estado contratante no serán sometidos, en el otro Estado contratante, a un trato menos favorable que aquel que se aplique a los nacionales de este último Estado que se encuentran en las mismas condiciones. Esto genera un clima de seguridad para las inversionistas.
Denuncia:
Finalmente, expresó que el Convenio tendrá una vigencia indefinida y podrá ser denunciado por cualquiera de las partes a más tardar el 30 de junio de cada año calendario, mediante un aviso por escrito a través de la vía diplomática. En tal caso, el Convenio dejarán de surtir efecto, con respecto de los impuestos de retención en la fuente, por montos pagados o devengados en o después el 1 de Enero del año calendario inmediatamente siguiente a la fecha en que se da el aviso descrito en el párrafo anterior. Con respecto de otros impuestos, por periodos tributarios que comienzan en o después del 1 de Enero del año calendario inmediatamente siguiente a la fecha en cual se da el aviso. Y con respecto de disposiciones no comprendidas en los enunciados anteriores, el 1 de Enero del año calendario inmediatamente siguiente a la fecha en que se da el aviso.
Debate posterior:
El señor Lorenzini ( Presidente de la Comisión) señaló que el informe financiero es previo al ingreso de la reforma tributaria, en tal sentido, explicó que el Convenio habla de los impuestos mutuos en capital y patrimoniales y expresó que no se siente capacitado de aprobarlo sin el visto bueno del Director del SII que de una visión general de la puesta en marcha de este convenio en relación con la reforma tributaria.
El señor Aguiló compartió lo planteado por el señor Lorenzini y recalcó la necesidad de contar con mayor información y solicitó la aclaración de los impuestos que se ven afectado por este convenio. Manifestó adicionalmente su preocupación respecto de la desproporción en el ingreso fiscal de ambos países y solicitó una estimación de los efectos del Convenio en el ingreso fiscal.
El señor Melero respecto del análisis anteriormente planteado, consultó si hay un beneficio fiscal derivado de este convenio mayor al perjuicio fiscal y solicitó se clarificara los cambios del convenció en relación con las modificaciones que contiene la reforma tributaria.
El señor Jaramillo también solicitó mayor claridad sobre el efecto del Convenio y planteó que las inversiones que se realizan por las distintas regiones, tengan beneficios tributarios y contar conuna visión más clara de lo que significan esto 131 millones que se señalan en el informe financiero.
El señor Schilling señaló que no está en principio en desacuerdo con el convenio pero comparte las aprehensiones del Presidente de la Comisión a la espera del despacho de la Reforma Tributaria.
Elseñor Macaya expresó que las tasas de los inversionistas extranjeros se verán afectados con este convenio y consultó sobre los efectos en este convenio de las modificaciones que se proponen en la Reforma Tributaria.
La señora LiselottKana (del Servicio de Impuestos Internos) explicó que el impuesto adicional no se limita, no hay baja del 35% adicional que existe hoy, al contrario, precisó que el chileno que invierte en los Estados Unidos tendrá una baja en la remesa hacia Chile, ya que se cuenta con un sistema integrado de impuesto. Explicó que los costos son fáciles de evaluar pero no el impacto positivo es difícil de medir
Por su parte, el señor Nestor Venegas (abogado del Servicio de Impuestos Internos) explicó que por la vía de la mejora de intercambio de información se puede beneficiar a contribuyentes con presencia tanto en Chile como en el extranjero, se puede compensar e incluso con el tiempo superar la menor recaudación que la aplicación del Convenio implica.
El señor Sergio Granados ( Director de Presupuestos ) reiteró los conceptos entregados en el informe financiero de esa Dirección, y añadió, a propósito del incentivo a las inversiones que significa este tipo de tratados, que un 0,1% de aumento del producto interno bruto por mayor flujo de inversión que produzca este tratado, implica generar 160 millones de dólares.
Expresa que eliminar la doble tributación es un incentivo a la inversión extranjera y que es posible que el Ministerio de Hacienda informe, en el futuro, el impacto de este tipo de instrumentos en la inversión extrajera.
El señor Michel Jorratt ( Director del Servicio de Impuestos Internos ) coincide con el señor Granados en que este tipo de instrumentos constituyen un incentivo a la inversión y citó ejemplos de las cifras (en MM$) en materia de recaudación en virtud de convenios actualmente vigentes, comparando los montos de recaudación por impuesto adicional existentes al momento de la firma del convenio y cincos años después de su vigencia. Así, por el Convenio existente con España, la recaudación aumentó de 17.965 a 35.321; con Francia, de 9.118 a 17.550; con Colombia, de 1.723 a 3.185 y con Perú la recaudación aumentó de 527 a 776. Acotó que el aumento de flujo entre ambos países, contribuirá a aumentar la recaudación.
Frente a consultas formuladaspor los Diputados Lorenzini , Jaramillo , meleo y Auth , responde que en los informes financieros de este tipo de convenios nunca se incluye la estimación de los ingresos, porque es difícil calcular el incremento de los flujos de inversión extranjera. En todo caso, asevera que para la inversión extranjera en general y la minera en particular, la tendencia provocada por este tipo de tratados es el aumento de los flujos, por la eliminación de la barrera tributaria.
El señor Carlos Portales Undurraga , Asesor Legal del Departamento de Servicios , Inversiones y Transporte Aéreo (SERINTA) acota que la liberalización de ciertos sectores y la eliminación de trabas discriminatorias, hace que este tipo de convenios sean un instrumento de incentivo a la inversión extranjera.
VOTACIÓN
Texto del proyecto de acuerdo:
“Artículo único.- Apruébanse el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal en Relación a los Impuestos a la Renta y al Patrimonio y su Protocolo, suscritos en Washington el 4 de febrero de 2010, y las Notas intercambiadas, en igual fecha y lugar, relativas a dicho Convenio.”.
Sometido a votación el artículo único del proyecto de acuerdo, es aprobado por el voto unánime de los diputados presentes, señores Pepe Auth ; Felipe De Mussy ; Enrique Jaramillo ; Pablo Lorenzini ; Osvaldo Urrutia (por el señor Macaya) ; Patricio Melero ; José Miguel Ortiz ; Alejandro Santana ; Marcelo Schilling , y Matías Walker .
Tratado y acordado en sesiones de fechas 22 de julio y 5 de agosto de 2014, con la asistencia de los Diputados señores Sergio Aguiló ; Pepe Auth ; Felipe De Mussy ; Enrique Jaramillo ; Pablo Lorenzini ( Presidente de la Comisión ); Javier Macaya ; Osvaldo Urrutia (por el señor Macaya) ; Patricio Melero ; Manuel Monsalve ; José Miguel Ortiz ; Alejandro Santana ; Marcelo Schilling , Ernesto Silva y Matías Walker . Asimismo, asistieron los Diputados señores Aldo Cornejo ; Nicolás Monckeberg ; Patricio Vallespin ; Osvaldo Andrade ; Leopoldo Pérez yRenzo Trisotti .
Sala de la Comisión, a6 de agosto de 2014.
(Fdo.): PATRICIO VELÁSQUEZ WEISSE , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Núñez, don Daniel , y Torres, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, con el objeto de regular la captura de la jibia. (boletín N° 9489-21)
“Considerando:
1.- Que el progresivo declive en la captura de varias especies objetivo de la pesca artesanal, la que incluye a las poblaciones de merluza común (Merlucciusgayi), merluza de cola (Macruronusmagellanicus), congrio dorado (Genypterusblacodes), entre otras, se han venido suscitando desde mediados de la década de los 90, con fuertes repercusiones de carácter ambiental, social y económico para el subsector de pescadores de pequeña escala o artesanales.
2.- Que la pesca de Jibia o calamar gigante (Dosidicus gigas) se plantea como una alternativa o “tabla de salvación”, para enfrentar la crisis que afecta al 48 % de las principales pesquerías nacionales (Subpesca 2014), siendo durante los últimos añoslos pescadores artesanales quienes principalmente han capturado este recurso hidrobiológico, paleando parcialmente las repercusiones negativas que ha traído la disminución de las históricas especies objetivo de la pesca artesanal.
3.- Que la crisis actual de las pesquerías en Chile ha significado la reorientación de muchos pescadores artesanales hacia nuevas pesquerías y es un hecho cierto que muchos de ellos como consecuencia de lo anterior, desarrollan su actividad con la jibia contribuyendo con ello al sustento de numerosas familias chilenas, razón suficiente para mejorar el acceso al recurso mencionado. Actualmente el Registro Pesquero Artesanal , para el recurso Jibia (Dosidicus gigas), el año 2011 ya alcanzaba los 8.047 pescadores y que al 2014 el número de embarcaciones autorizadas a Jibia ya alcanza las 5.722 según estadísticas del SIEP de Sernapesca. Esto sin mencionar los ingresos directos e indirectos derivados de un negocio que ha exportado entre 70 y 117 millones de US$ durante los últimos 5 años.
4.- Que la Pesca Artesanal constituye el principal motor social y productivo del sector pesquero, jugando a su vez un papel clave para el abastecimiento del mercado interno, y crecientemente el de la exportación de especies de alto valor comercial. La pesca de pequeña escala proporciona la mayor cantidad de puestos de trabajo del sector pesquero, existiendo en el Registro Pesquero Artesanal del 2014, la cantidad de92.212pescadores(as), estimándose que genera empleo directo e indirecto para alrededor de 500.000 personas en nuestro país.
5.- Que según la FAO 2008 la Pesca de Arrastre, en general, presenta índices de selectividad y descarte o bycatch, mucho menores y mayores respectivamente, que las poteras o la línea de mano como arte y/o aparejo de pesca.
6.- Que en su programa, este gobierno ha propuesto “asegurar un tratamiento sustentable de los recursos pesqueros” y “la eliminación progresiva de la pesca de arrastre”, para lo cual, dentro de otras medidas, se necesita favorecer el empleo de las artes y aparejos de pesca más selectivas, que nos permitan reducir el descarte o bycatch.
7.- Que el actual conocimiento del ciclo biológico de la jibia (Dosidicus gigas) en aguas chilenas es preliminar e insuficiente, dado que históricamente fue un recursos de poco interés para el sector pesquero en general, habiendo sido catalogada incluso como una “plaga”, debido a papel de depredador sobre merluza y otros recursos pelágicos. La aplicación del criterio precautorio y enfoque ecosistémico, indica la necesidad dedisminuir el esfuerzo de pesca a través del favorecimiento del arte de línea de mano, utilizado principalmente por el subsector pesquero artesanal.
8.- Que en el mensaje presidencial del 21 de mayo, la Presidenta Michelle Bachelet expresó que “en materia de pesca, se requiere que apostemos por el fortalecimiento de la pesca artesanal, la sustentabilidad de los recursos del mar y el desarrollo productivo de esta actividad”, afirmando además que lo que”requiere una respuesta urgente es la caída en las cuotas de captura para la merluza común”.
Por tanto, en virtud de lo expuesto, los diputados y diputadas abajo firmantes venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- Añádese al artículo 5° de la ley 18.892 el siguiente inciso tercero nuevo pasando el tercero y cuarto a cuarto y quinto respectivamente:
“La especie Dosidicus gigas o Jibia, sólo podrá ser extraída utilizando potera y/o línea de mano como arte y/o aparejo de pesca, quedando prohibido cualquier otro tipo de arte y/o aparejo de pesca. Los armadores que infrinjan el presente artículo serán sancionados con multa de 500 unidades tributarias mensuales y el comiso de las especies hidrobiológicas y/o de los productos derivados de éstas.”
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Torres, Auth , Jackson , Monsalve , Núñez, don Marco Antonio ; Saffirio y Silber , y de las diputadas señoras Cariola , Girardi y Vallejo , que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de complementar la regulación del derecho a la protección de la salud, en lo relativo a la discriminación y a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República en materia de seguridad social. (boletín N° 9490-07)
“Materia: Proyecto de reforma constitucional, relativo a los derechos a la protección de la salud y la seguridad social.
I. FUNDAMENTO
El reciente anuncio en los medios de comunicación social de los niveles de utilidad que vienen obteniendo las empresas que forman parte del sistema de Isapres ha encendido una luz de alerta sobre un problema que el constituyente puede y debe remediar.
Son numerosas las iniciativas legislativas intentadas en el curso de las pasadas dos décadas, por parlamentarios de ambas Cámaras, que han buscado poner límites a la conducta abusiva de empresas aseguradoras que lucran con la salud de las personas, sin que sus contrapartes, los cotizantes, gocen de un contrapeso real para hacerles frente.
Esos intentos se han encontrado con un obstáculo hasta ahora infranqueable, en la interpretación que se hace de la disposición constitucional que reserva al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para establecer o modificar normas sobre seguridad social o que incidan en ella.
Ha llegado la hora de deslindar con claridad el alcance de la garantía constitucional a la protección de la salud, reconocida en el número 9° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y del derecho a la seguridad social, reconocida en el número 18 ° del mismo precepto de la Ley Fundamental.
La posibilidad otorgada a las Isapres por la ley N° 18.933, hoy contenida en el artículo 189 del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2005, eufemísticamente enunciada como facultad de “adecuar” los contratos de salud, infringe la garantía de igualdad ante la ley, desde que faculta a una de las partes, las empresas aseguradoras de salud, a modificarlos unilateralmente e imponer a los cotizantes las condiciones que explican la cuantía de las utilidades que ellas perciben año a año.
Otras materias en que se manifiesta la inequidad del sistema son los límites de cobertura, las preexistencias y las exclusiones de los planes de salud, la carencia de los tres primeros días de las licencias médicas, los planes cerrados para otorgar las Garantías Explícitas en Salud y el alza regular de precios fijados en unidades de fomento.
II. IDEAS MATRICES
La proscripción de discriminaciones basadas en sexo y edad, si bien no son arbitrarias en la lógica del negocio de los seguros, no se avienen con los principios inspirados en una perspectiva sanitaria. Entonces, se necesita una disposición constitucional que las prohíba, para eliminar la posibilidad de factorizar el precio de los contratos de salud por esos conceptos.
La interdicción de discriminar por condición de salud descarta que los planes o contratos de salud puedan excluir del aseguramiento ciertas patologías y preexistencias y que se fijen precios diferenciados por esas variables. Las posibilidades de información sobre el estado de salud de las personas y su posible evolución que ofrece la ingeniería genética permitirían a las aseguradoras, en un futuro no lejano, rechazar a todo posible cotizante que implicara un riesgo.
Reiterar en esta norma la regla sobre procedimiento racional y justo impedirá que sea el asegurador quien califique y decida sobre la procedencia o características de un tratamiento o de una licencia médica.
Por último, el momento se presta para dilucidar el límite entre seguridad social y salud, dado que el impedimento constitucional para proponer iniciativas de ley sólo se aplica a la primera y tal limitación debe aplicarse de manera estricta.
Resulta, entonces, de grave urgencia y necesidad clarificar de una vez por todas las diferencias entre seguridad social y salud, confusión que hasta ahora ha impedido la concreción de iniciativas planteadas por los parlamentarios para remediar los defectos señalados.
Por ello, vengo en proponer el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
“Artículo único.- Agregase al número 9° del artículo 19 de la Constitución Política de la República los siguientes párrafos sexto y séptimo, nuevos:
“Las normas que se dicten en el aseguramiento de esta garantía deberán excluir toda discriminación basada en sexo, edad o condición de salud y deberán establecer procedimientos racionales y justos en todo lo atingente a su ejercicio, incluidos los que regulen las relaciones entre las personas, los aseguradores y los prestadores.
La reserva de iniciativa para legislar sobre seguridad social a que se refiere el número 6° del artículo 65 no comprende las materias cubiertas por la garantía del presente numeral.”
Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Rubilar y Turres , y de los diputados señores Browne , Gahona , Godoy , Macaya , Paulsen y Rathgeb , que modifica el Código Penal para sancionar el falso testimonio del que declara ante una Comisión Especial Investigadora de la Cámara de Diputados(boletín N° 9491-07)
“Al H. Presidente de la Cámara de Diputados de la República
Honorable Cámara, tenemos el honor de someter a vuestra consideración el presente proyecto de Ley:
1.- Antecedentes Generales:
Hablar de la confianza, y/o credibilidad,de los ciudadanos hacia las instituciones del Estado, es un tema complejo, desde una perspectiva global. La ciudadanía se siente cada vez mas distante de la actividad política, y siente cada vez menos “respeto” por esta actividad.
Chile no es la excepción, y si revisamos los estudios de opinión, respecto de la actividad legislativa, específicamente de la Cámara de Diputados, donde la credibilidad, aprobación y confianza se encuentra muy por debajo de índices aceptables. Es más, los niveles de desconfianza son alarmantes.
Así, en un estudio realizado por la empresa ASIA Marketing, la credibilidad en la política, específicamente en la Cámara de Diputados, en febrero de 2013 alcanzo un 12%, llegando incluso, en marzo de 2012 a un dramático 4% de credibilidad.
Por su parte, la encuesta del centro de estudios de la realidad contemporánea, CERC, realizada en enero de 2014, posicionó en el penúltimo lugar de confianza en las instituciones a la Cámara de Diputados, con un 17%, siendo sólo superada por los partidos políticos con un 10%.
/
Respecto a la aprobación de la labor parlamentaria de la Cámara de Diputados, la empresa Adimark, en el estudio de evaluación del gobierno de junio de 2014, señaló un alarmante 57% de desaprobación.
¿A que se deben estas malas evaluaciones por parte de la ciudadanía a la labor parlamentaria?
Esta pregunta reviste una interrogante que debiera detener las actividades realizadas por la Cámara de Diputados, hasta encontrar los problemas y darles solución, comenzando de esta manera a recuperar la confianza y credibilidad de la ciudadanía.
A nuestro juicio, un factor importante en la mala evaluación, es el desconocimiento por parte de la población a las labores realizadas por el Congreso, y la forma en que estas se realizan. Las diferencias y relevancias del trabajo en sala y/o comisiones, ya sean permanentes, especiales y/o investigadoras.
Respecto de estas últimas es, a nuestro juicio, donde existe mayor desconocimiento por parte de la población de la función que se desarrolla, existiendo muchas veces la creencia que la comisión establecerá responsabilidades civiles o penales, respecto de los hechos que toma conocimiento. Si bien es cierto, las comisiones investigadoras son consecuencia de la facultad fiscalizadora de la Cámara de Diputados, éstas buscan una responsabilidad política, y no revisten el carácter de instancia jurisdiccional. Sin embargo, son la máxima acción fiscalizadora con la que contamos y debiera revestir de la solemnidad que corresponde.
Lo anterior, adquiere importancia al considerar que las declaraciones realizadas por las personas que asisten a estas Comisiones, ya sean citadas o invitadas, se encuentra exentas de responsabilidad penal respecto de la veracidad de sus dichos. Distinto es el caso respecto de las declaraciones prestadas en juicio civil, penal o aquellas prestadas bajo juramento o promesa, que constituyen el delito de falso testimonio.
Hoy, podemos ver las declaraciones prestadas en comisiones por personas que ni siquiera poseen responsabilidad administrativa, motivo por el cual sus dichos acarrean prácticamente nula responsabilidad si se falta a la verdad en las aseveraciones o antecedentes entregados.
Lo anterior, sin lugar a dudas, no contribuye a aumentar la credibilidad o mejorar la percepción de la Cámara de Diputados, si no más bien solo contribuye a empeorarla, puesto que se realizan acusaciones al voleo que, independientemente del sector político de donde provengan, sólo enlodan nuestra función.
Desde Amplitud, creemos firmemente en la reivindicación de la labor parlamentaria, lo que conlleva de manera inevitable, establecer sanciones al actuar negligente y/o doloso de las personas que sean convocadas a participar, ya sea de manera obligatoria o aquellas que lo hagan de manera voluntaria. No creemos que esto sea atentatorio respecto de las libertades ni de las instancias de participación. Queremos mayor participación, con mayores derechos, pero éstos deben estar aparejados a obligaciones, y una mínima obligación es ser veraz, en especial los funcionarios públicos, que por ley se les exige actuar dentro los márgenes de la probidad.
2.- Propuesta.
1º Agréguese un inciso final artículo 212 del Código Penal del siguiente tenor:
“Igual pena será aplicable a quienes asistan a Comisiones Investigadoras de la Cámara de Diputados y presten declaraciones o entreguen antecedentes falsos”.
Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Fernández , Cariola y Cicardini , y de los diputados señores Aguiló , Boric , Espinoza, don Fidel ;Fuentes, Poblete , Rivas y Vallespín , que modifica las leyes N°s 20.248 y 20.370, para impedir que los sostenedores de establecimientos educacionales exijan textos escolares curriculares adicionales a los entregados por elMinisterio de Educación. (boletín N° 9492-04)
“Considerando:
1) Que en los Establecimientos Educacionales, municipales, públicos o particulares subvencionados, el Estado efectúa la entrega de textos escolares curriculares a los alumnos chilenos.
2) Que no existe una razón técnica que justifique, la adquisición o la imposición de la obligación de compra, de textos escolares curriculares adicionales a los entregados por el Ministerio de Educación.
3) Que debido a la cantidad de denuncias que ingresan al Ministerio de Educación o las Seremis respectivas, en razón de la obligación de compra que efectúan algunos establecimientos educacionales, recaída sobre los padres, madres o apoderados.
4) Que los recursos que contempla la Ley de Subvención Escolar Preferencial, no pueden ser utilizados para la adquisición de textos escolares curriculares, adicionales a los entregados por el Ministerio de Educación.
5) Que el inciso 7 del art. 4 de la Ley General de Educación, establece una obligación sobre el Estado, a saber: “Es deber del Estado resguardar los derechos de los padres y alumnos, cualquiera sea la dependencia del establecimiento que elijan”
6) Que la imposición de la obligación de compra o adquisición de textos escolares curriculares, atenta contra los derechos consagrados en el art. 19 N° 10 de la Constitución Política de la República.
7) Que el instructivo N° 85 de la Superintendencia de Educación, con fecha 11 de Febrero de 2014, ya establece la prohibición de solicitar textos escolares adicionales a los que entrega el Mineduc sin que ello este fundamentado pedagógicamente.
Idea Matriz:
Impedir que se imponga la obligación a los padres o apoderados, de compra o adquisición de textos escolares curriculares, en los establecimientos educacionales, ya sean públicos o particulares subvencionados.
Limitar además, la compra de textos escolares curriculares con fondos establecidos en la Ley de Subvención Escolar Preferencial.
Por consiguiente, en razón de lo anterior, vengo en presentar y proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo Único: agréguese una nueva letra en el art. 7° de la Ley 20.248, y un nuevo inciso en la letra f) en el art. 10° de la Ley 20.370, en los siguientes términos:
a)Agréguese una nueva letra j) en el art. 7°, de la Ley 20.248, “Ley de Subvención Escolar Preferencial”:
Artículo 7° letra j): Ningún sostenedor podrá adquirir con fondos de esta ley textos escolares curriculares, tampoco podrá exigir o proponer a los padres, madres o apoderados la compra o adquisición de textos escolares curriculares, adicionales a los entregados por el Ministerio de Educación, salvo que el sostenedor solicite a dicha secretaría de estado lo autorización expresa.
b)Agréguese un nuevo inciso tercero en la letra f) del art. 10° de la “Ley General de Educación” Ley 20.370.
Artículo 10° letra f): Prohíbase a los sostenedores exigir o proponer, a los padres, madres o apoderados la compra o adquisición de textos escolares curriculares, adicionales a los entregados por el Ministerio de Educación, salvo que el sostenedor solicite a dicha secretaría de estado la autorización expresa”.
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Kast, don José Antonio ; Álvarez-Salamanca , Barros , Gahona , Macaya , Melero , Morales , Ulloa y Urrutia, don Osvaldo , y de la diputada señora Turres , que modifica la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, con el propósito de establecer una causal de inhabilidad para el ingreso a los cargos públicos que indica. (boletín N° 9493-06)
“El artículo 8° inciso 1° de nuestra Constitución Política establece como principio rector de toda función pública la probidad administrativa, así las cosas la referida norma establece que “el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”. De tal manera que esta norma establecida constitucionalmente, consagra un marco de actuación de todo servidor público, esto es, de actuar conforme a las normas referidas a la probidad.
Desde un punto de vista de su positivación en nuestro derecho, la probidad administrativa, fue un concepto concebido más a nivel doctrinario que legal. Quizá en el ámbito laboral encontró un nicho normativo más o menos consolidado como causal de despido de un trabajador, precisamente por falta de probidad en el ejercicio de su empleo; sin embargo en otras ramas del derecho su establecimiento fue precario.
Es por ello, que la labor de la Contraloría General de la República, fue de vital importancia, toda vez que a través de una interpretación sistémica y general de nuestro ordenamiento jurídico, elevó el concepto a la categoría de “principio general del derecho administrativo”, conformando con ello una institución vinculante para todos aquellos funcionarios de nuestra administración pública.
Luego de esto la ley 18.575, Orgánica Constitucional sobre Estatuto Administrativo, se ocupó de regular de un modo exhaustivo la regla de la Probidad Administrativa en el Título III de este cuerpo normativo. Así las cosas, la ley define la probidad administrativa como aquella que consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular. (art.54 inc. 2° Ley 18.575)
En concordancia con lo anterior el inciso 1° del artículo 54 del Estatuto Administrativo establece que Las autoridades de la Administración del Estado, cualquiera que sea la denominación con que las designen la Constitución y las leyes, y los funcionarios de la Administración Pública, sean de planta o a contrata, deberán dar estricto cumplimiento al principio de la probidad administrativa, es así como es nuestra propia normativa la que establece una obligación para aquellos funcionarios pertenecientes al sector pública de un modo general y obligatorio, sin distinción de ninguna especie.
De tal manera que en este ámbito, caben todos y cada uno de los funcionarios públicos, sin importar el régimen jurídico que lo une a la administración, ni la jerarquía que ellos detenten.
Que sin embargo a lo anterior, cada día es necesario, ir actualizando nuestra legislación en la materia, toda vez que siempre van surgiendo hipótesis en que los miembros del aparato público del Estado encuentran caldo de cultivo para de alguna u otra manera apartarse de los principios que gobiernan nuestra administración pública.
Precisamente, la normativa que en esta oportunidad proponemos, dice relación con estos ámbitos, de tal manera que se propone corregirlos. En este orden de cosas, las deudas contraídas por personas en Chile, se encuentran reglamentadas en la ley, sin embargo cuando tales deudas no son solucionadas y posteriormente tales personas se incorporan a la administración pública, evidentemente que nos encontramos ante una situación irregular habida consideración del carácter de funcionario público del deudor, poniendo con ello, en tela de juicio a todo nuestro sistema público.
Particularmente el proyecto de ley que en esta oportunidad sometemos a tramitación, consiste en establecer una inhabilidad para ser parte de la administración pública del Estado, en el caso de Intendentes, Gobernadores, SEREMIS, y Jefes de servicios, cuando tales autoridades tengan en su pasivo deudas con el fisco, particularmente en materia de financiamiento de su educación.
Se trata de un proyecto simple pero de extraordinaria importancia que promueve la regularidad en el ámbito público, mediante el estricto cumplimiento del principio de probidad que actualmente se encuentra consolidado en nuestro orden jurídico.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese un nuevo inciso 2°, quedando el actual inciso 2° como 3° en el artículo 56 letra A de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases de la Administración, de la siguiente manera:
“No podrán ser designados jefes de servicio, seremis, gobernadores, intendentes, aquellas personas que se encuentren morosas en el pago de sus deudas contraídas en el Fondo Solidario del Crédito Universitario, con ocasión del financiamiento de su educación Técnica o Superior”.