Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- X . OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Issa Farid Kort Garriga
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Tucapel Jimenez Fuentes
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Clemira Pacheco Rivas
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- XI. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Santana Tirachini
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Jaramillo Becker
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcos Espinosa Monardes
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Ramon Farias Ponce
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Daniel Alexander Melo Contreras
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcos Espinosa Monardes
- PETICIÓN DE OFICIO : Ramon Farias Ponce
- PETICIÓN DE OFICIO : Renzo Aldo Trisotti Martinez
- PETICIÓN DE OFICIO : Javier Hernandez Hernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Renzo Aldo Trisotti Martinez
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Maria Jose Hoffmann Opazo
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Maria Jose Hoffmann Opazo
- PETICIÓN DE OFICIO : Maria Jose Hoffmann Opazo
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Silber Romo
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Jenny Paola Alvarez Vera
- PETICIÓN DE OFICIO : Aldo Cornejo Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Camila Antonia Amaranta Vallejo Dowling
- PETICIÓN DE OFICIO
- Daniel Alexander Melo Contreras
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Marisol Turres Figueroa
- PETICIÓN DE OFICIO
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- Gonzalo Guillermo Fuenzalida Figueroa
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Marisol Turres Figueroa
- PETICIÓN DE OFICIO
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- Gonzalo Guillermo Fuenzalida Figueroa
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Gonzalo Guillermo Fuenzalida Figueroa
- PETICIÓN DE OFICIO : Gonzalo Guillermo Fuenzalida Figueroa
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Gonzalo Guillermo Fuenzalida Figueroa
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Ena Von Baer Jahn
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE VÍCTIMAS DE INCENDIO EN CERROS DE VALPARAÍSO
- ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- CREACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA
- VENCIMIENTO DE PLAZO PARA ENTREGA DE DECLARACIÓN DE PATRIMONIO E INTERESES
- V. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE LEY N° 20.600, QUE CREA LOS TRIBUNALES AMBIENTALES EN MATERIA DE SUBROGACIÓN (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 9230-07)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Perez Lahsen
- INTERVENCIÓN : Patricio Vallespin Lopez
- INTERVENCIÓN : Daniel Alexander Melo Contreras
- INTERVENCIÓN : David Sandoval Plaza
- INTERVENCIÓN : Marcelo Omar Chavez Velasquez
- INTERVENCIÓN : Camila Antonia Amaranta Vallejo Dowling
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTERVENCIÓN : Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- INTERVENCIÓN : Roberto Fortunato Poblete Zapata
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- DEBATE
- INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA DEL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES (SENAME) [Continuación]
- INTERVENCIÓN : Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- INTERVENCIÓN : Maria Loreto Carvajal Ambiado
- INTERVENCIÓN : Ivan Alberto Flores Garcia
- INTERVENCIÓN : Gabriel Boric Font
- INTERVENCIÓN : Camila Antonia Amaranta Vallejo Dowling
- INTERVENCIÓN : Rene Fernando Saffirio Espinoza
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Alejandro Nicanor Urrutia Soto
- INTERVENCIÓN : Roberto Fortunato Poblete Zapata
- INTERVENCIÓN : Karol Aida Cariola Oliva
- INTERVENCIÓN : Ramon Farias Ponce
- MODIFICACIÓN DE LEY N° 20.600, QUE CREA LOS TRIBUNALES AMBIENTALES EN MATERIA DE SUBROGACIÓN (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 9230-07)
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
- INCORPORACIÓN DE PROVINCIAS DE CHILOÉ Y PALENA A PLAN DEDESARROLLO ESPECIAL DE ZONAS EXTREMAS EN FAVOR DE MAGALLANES, AYSÉN Y ARICA
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- Alejandro Santana Tirachini
- Leopoldo Perez Lahsen
- Felipe Kast Sommerhoff
- David Sandoval Plaza
- Marcela Constanza Sabat Fernandez
- Patricio Vallespin Lopez
- Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- INTERVENCIÓN : Alejandro Santana Tirachini
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- TRIBUTOS ESPECIALES PARA PROMOVER DESCENTRALIZACIÓN TRIBUTARIA EN CHILE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- Marcela Constanza Sabat Fernandez
- Leopoldo Perez Lahsen
- Gabriel Boric Font
- Jose Manuel Edwards Silva
- Felipe Ward Edwards
- Felipe Kast Sommerhoff
- Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
- Ivan Aladino Fuentes Castillo
- Alejandro Santana Tirachini
- Bernardo Jose Berger Fett
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- INTERVENCIÓN : Gabriel Boric Font
- INTERVENCIÓN : Alejandro Santana Tirachini
- INTERVENCIÓN : German Becker Alvear
- INTERVENCIÓN : Patricio Vallespin Lopez
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- INCORPORACIÓN DE PROVINCIAS DE CHILOÉ Y PALENA A PLAN DEDESARROLLO ESPECIAL DE ZONAS EXTREMAS EN FAVOR DE MAGALLANES, AYSÉN Y ARICA
- VII. INCIDENTES
- INCLUSIÓN DE LA FENILETILAMINA EN LISTADO DE DROGAS ILÍCITAS (Oficio)
- LICITACIÓN URGENTE DE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DEL ESTADIOEL BOLDO, COMUNA DE CORRAL (Oficio)
- SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE INCENDIOS OCURRIDOSEVENTUALMENTE POR AMPLIACIÓN DE CENTRAL HIDROELÉCTRICACOYANCO, COMUNA DE SAN JOSÉ DE MAIPO (Oficios)
- DISCRIMINACIÓN EN ENTREGA DE SUBSIDIOS AL TRANSPORTE ESCOLAR A ESTUDIANTES DE COLEGIOS PARTICULARES SUBVENCIONADOS DESAN JOSÉ DE MAIPO (Oficio)
- TRAMITACIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA Y DE ENTREGA DE CASAS DEL SECTOR EL MORRO, COMUNA DE TALCAHUANO, CONSTRUIDAS DESPUÉS DEL TERREMOTO Y MAREMOTO DEL 27 DE FEBRERO DE 2010 (Oficios)
- FELICITACIONES A JÓVENES POR SU AYUDA A LAS VÍCTIMAS DE LOS INCENDIOS QUE AFECTARON A VALPARAÍSO (Oficio)
- SOLICITUD DE INFORMACIÓN POR FONDOS DE LA CORFO ENTREGADOS A PIZZERÍA TRANSNACIONAL PAPA JOHN´S (Oficio)
- SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE EVENTUALES INCUMPLIMIENTOS DE OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PAGAR COTIZACIONES PREVISIONALES DE LOS FUNCIONARIOS DE PLANTA Y A CONTRATA DE LA MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA, ASÍ COMO DE LOS SERVICIOS ASOCIADOS DE SALUD Y EDUCACIÓN (Oficio)
- MEDIDAS ADOPTADAS POR BAJOS PRECIOS QUE PAGAN LAS GRANDES EMPRESAS A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES DE UVA DE QUILLÓN, PORTEZUELO Y COELEMU (Oficio)
- SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE ASFALTADO DE DIECISIETE KILÓMETROS DEL CAMINO QUE UNE YUMBEL CON LA LOCALIDAD DE RERE, REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficio)
- INFORMACIÓN ACERCA DE CANTIDAD DE CASAS DE ACOGIDA AUTORIZADAS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS (Oficio)
- SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE LA CUARTA COMISARÍA DE CARABINEROS EN RÍO BUENO (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS QUE ADOPTARÁ EL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA RECONSTRUIR ZONAS DEVASTADAS POR INCENDIO EN VALPARAÍSO (Oficio)
- APLICACIÓN DEL 2 POR CIENTO CONSTITUCIONAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LAS REGIONES DE ARICA Y DE TARAPACÁ, Y DE LA COMUNA DE VALPARAÍSO (Oficio)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- INFORMACIÓN SOBRE INFRACCIONES A LA LEY DE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE NATIVO Y SOBRE NÚMERO DE CONDENADOS A RECLUSIÓNNOCTURNA EN REGIÓN DE LOS LAGOS DESDE 2010 A 2014 (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL VISITA AL PAÍS DE EX MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE ISRAEL (Oficio)
- INFORMACIÓN SOBRE PAGO DE APORTE FAMILIAR PERMANENTE DE MARZO A SEÑORA ISABEL GARCÍA MORA (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE AGUA POTABLE RURAL EN COMUNIDADES PELÓN MAPU, CANO ANTINAO Y QUEIPUL , DE COMUNA DE VICTORIA (Oficios)
- FUNDAMENTOS DE DIFERENCIAS EN DESCUENTO DE 7 POR CIENTO EN SALUD A VECINO DE VICTORIA (Oficios)
- RAZONES DE NO ENTREGA DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE AVECINO DE COMUNA DE CURACAUTÍN (Oficio)
- SOLICITUD DE ESTUDIO Y PAVIMENTACIÓN DE CAMINO DESDE SECTOR DE GUARILIHUE, COMUNA DE COELEMU, HACIA SECTOR DE RAFAEL,COMUNA DE TOMÉ (Oficio)
- INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE PAVIMENTACIÓN DE CAMINO DESDE YUMBEL A LOCALIDAD DE RERE,REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficio)
- INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE RIEGO LAJA DIGUILLÍN (Oficios)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Antonio Coloma Alamos
- Felipe De Mussy Hiriart
- Romilio Gutierrez Pino
- Gustavo Hasbun Selume
- Joaquin Jose Lavin Leon
- Javier Ignacio Macaya Danus
- David Sandoval Plaza
- Osvaldo Alejandro Nicanor Urrutia Soto
- Enrique Van Rysselberghe Herrera
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Jaime Andres Bellolio Avaria
- Jose Antonio Kast Rist
- Joaquin Jose Lavin Leon
- Patricio Melero Abaroa
- Ernesto Silva Mendez
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Enrique Van Rysselberghe Herrera
- Felipe Ward Edwards
- Andrea Molina Oliva
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Jose Ramon Barros Montero
- Ivan Norambuena Farias
- Mario Venegas Cardenas
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- DEBATE
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Roberto Leon Ramirez
- Issa Farid Kort Garriga
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 362ª
Sesión 12ª, en martes 15 de abril de 2014
(Ordinaria, de 11.11 a 14.07 horas)
Presidencia de los señores Cornejo González, don Aldo Carmona Soto, don Lautaro, y González Torres, don Rodrigo
Secretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.
Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
VII.- INCIDENTES
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. ASISTENCIA 15
II. APERTURA DE LA SESIÓN 19
III. ACTAS 19
IV. CUENTA 19
MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE VÍCTIMAS DE INCENDIO EN CERROS DE VALPARAÍSO 19
ACUERDOS DE LOS COMITÉS 19
CREACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA 20
VENCIMIENTO DE PLAZO PARA ENTREGA DE DECLARACIÓN DE PATRIMONIO E INTERESES 21
V. ORDEN DEL DÍA 21
MODIFICACIÓN DE LEY N° 20.600, QUE CREA LOS TRIBUNALES AMBIENTALES EN MATERIA DE SUBROGACIÓN (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 9230-07) 21
INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA DEL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES (SENAME) [Continuación] 36
VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN 55
INCORPORACIÓN DE PROVINCIAS DE CHILOÉ Y PALENA A PLAN DE DESARROLLO ESPECIAL DE ZONAS EXTREMAS EN FAVOR DE MAGALLANES, AYSÉN Y ARICA 55
TRIBUTOS ESPECIALES PARA PROMOVER DESCENTRALIZACIÓN TRIBUTARIA EN CHILE 57
VII. INCIDENTES 63
INCLUSIÓN DE LA FENILETILAMINA EN LISTADO DE DROGAS ILÍCITAS (Oficio) 63
LICITACIÓN URGENTE DE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DEL ESTADIO EL BOLDO, COMUNA DE CORRAL (Oficio) 63
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE INCENDIOS OCURRIDOS EVENTUALMENTE POR AMPLIACIÓN DE CENTRAL HIDROELÉCTRICA COYANCO, COMUNA DE SAN JOSÉ DE MAIPO (Oficios) 64
DISCRIMINACIÓN EN ENTREGA DE SUBSIDIOS AL TRANSPORTE ESCOLAR A ESTUDIANTES DE COLEGIOS PARTICULARES SUBVENCIONADOS DE SAN JOSÉ DE MAIPO (Oficio) 64
TRAMITACIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA Y DE ENTREGA DE CASAS DEL SECTOR EL MORRO, COMUNA DE TALCAHUANO, CONSTRUIDAS DESPUÉS DEL TERREMOTO Y MAREMOTO DEL 27 DE FEBRERO DE 2010 (Oficios) 65
FELICITACIONES A JÓVENES POR SU AYUDA A LAS VÍCTIMAS DE LOS INCENDIOS QUE AFECTARON A VALPARAÍSO (Oficio) 66
SOLICITUD DE INFORMACIÓN POR FONDOS DE LA CORFO ENTREGADOS A PIZZERÍA TRANSNACIONAL PAPA JOHN´S (Oficio) 66
Pág.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE EVENTUALES INCUMPLIMIENTOS DE OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PAGAR COTIZACIONES PREVISIONALES DE LOS FUNCIONARIOS DE PLANTA Y A CONTRATA DE LA MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA, ASÍ COMO DE LOS SERVICIOS ASOCIADOS DE SALUD Y EDUCACIÓN (Oficio) 67
MEDIDAS ADOPTADAS POR BAJOS PRECIOS QUE PAGAN LAS GRANDES EMPRESAS A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES DE UVA DE QUILLÓN, PORTEZUELO Y COELEMU (Oficio) 67
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE ASFALTADO DE DIECISIETE KILÓMETROS DEL CAMINO QUE UNE YUMBEL CON LA LOCALIDAD DE RERE, REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficio) 68
INFORMACIÓN ACERCA DE CANTIDAD DE CASAS DE ACOGIDA AUTORIZADAS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS (Oficio) 68
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE LA CUARTA COMISARÍA DE CARABINEROS EN RÍO BUENO (Oficios) 68
INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS QUE ADOPTARÁ EL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA RECONSTRUIR ZONAS DEVASTADAS POR INCENDIO EN VALPARAÍSO (Oficio) 69
APLICACIÓN DEL 2 POR CIENTO CONSTITUCIONAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LAS REGIONES DE ARICA Y DE TARAPACÁ, Y DE LA COMUNA DE VALPARAÍSO (Oficio) 70
VIII. ANEXO DE SESIÓN 72
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES 72
INFORMACIÓN SOBRE INFRACCIONES A LA LEY DE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE NATIVO Y SOBRE NÚMERO DE CONDENADOS A RECLUSIÓN NOCTURNA EN REGIÓN DE LOS LAGOS DESDE 2010 A 2014 (Oficios) 72
INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL VISITA AL PAÍS DE EXMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE ISRAEL (Oficio) 73
INFORMACIÓN SOBRE PAGO DE APORTE FAMILIAR PERMANENTE DE MARZO A SEÑORA ISABEL GARCÍA MORA (Oficio) 74
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE AGUA POTABLE RURAL EN COMUNIDADES PELÓN MAPU, CANO ANTINAO Y QUEIPUL, DE COMUNA DE VICTORIA (Oficios) 74
FUNDAMENTOS DE DIFERENCIAS EN DESCUENTO DE 7 POR CIENTO EN SALUD A VECINO DE VICTORIA (Oficios) 75
RAZONES DE NO ENTREGA DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE A VECINO DE COMUNA DE CURACAUTÍN (Oficio) 75
SOLICITUD DE ESTUDIO Y PAVIMENTACIÓN DE CAMINO DESDE SECTOR DE GUARILIHUE, COMUNA DE COELEMU, HACIA SECTOR DE RAFAEL, COMUNA DE TOMÉ (Oficio) 76
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE PAVIMENTACIÓN DE CAMINO DESDE YUMBEL A LOCALIDAD DE RERE, REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficio) 76
INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE RIEGO LAJA DIGUILLÍN (Oficios) 76
Pág.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 78
1. Oficio de S.E. la Presidenta de la República. (Boletín N° 9294-06) 78
2. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaido en el proyecto de ley que aumenta la pena al delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación y lo excluye del catálogo de beneficios de la ley N° 18.216. (boletín N° 8934-07-1) 78
3. Nuevo primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaido en el proyecto de reforma constitucional que regula el ejercicio del sufragio de los ciudadanos que se encuentran fuera del país. (boletín N° 9069-07-1) 88
4. Segundo Informe de la Comisión de Zonas Extremas y Antartica Chilena, recaido en el proyecto de ley que establece la prohibicion y sustitucion progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polimeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena. (boletin N° 9133-12-2) 116
5. Informe de la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones recaído en el proyecto de ley que instituye el día 29 de abril de cada año como el día de los swellinos y sewellinas. (boletín N° 8807-04) (S) 120
6. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Morales, Coloma, De Mussy, Gutiérrez, don Romilio; Hasbún, Lavín, Macaya, Sandoval, Urrutia, don Osvaldo, y Van Rysselberghe, que “Modifica la ley N° 19.327, que fija normas para prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional, estableciendo la prohibición de salida del país, a quienes hayan sido condenados en virtud de esta normativa, en el caso que indica”. (boletín N° 9306-29) 124
7. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Urrutia, don Ignacio; Bellolio, Kast, don José Antonio, Lavín, Melero, Silva, Ulloa, Van Rysselberghe, y Ward, y de la diputada señora Molina, que “Modifica la ley N° 20.659, que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales, incorporando un mecanismo que facilita la disolución de una empresa en caso que indica”. (boletín N° 9307-03) 126
8. Informe del diputado señor Barros sobre su participación, junto a los diputados señores Norambuena y Venegas en la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y del Consumidor de la XXII Reunión del Parlamento Latinoamericano, llevada a cabo entre los días 25 y 26 de marzo de 2014, en Panamá. 127
9. Informe del diputado señor León sobre su participación, junto al diputado señor Kort, en la Conferencia Parlamentaria Internacional “Los Parlamentos y los Derechos de los Pueblos Indígenas”, efectuada entre los días 7 y 9 de abril de 2014 en Santa Cruz, Bolivia. 134
10. Oficio de la Corte Suprema. (boletín 9261-12) 138
11. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2644-14-INA. 144
12. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2628-14-INA. 145
13. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2643-14-INA. 146
14. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2646-14-CPT. 147
X. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
1. Comunicación:
- Del diputado señor Trisotti por la cual justifica su inasistencia a la sesión del día jueves 10 de abril próximo pasado, por actividades propias de la labor parlamentaria.
2. Petición:
- De 55 señoras y señores diputados quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, N° 1, letra c) de la Constitución Política de la República y el artículo 297 del Reglamento de la Corporación, solicitan la creación de una Comisión Especial Investigadora encargada de “investigar el estado actual de la inversión pública en infraestructura de la red de atención primaria y hospitalaria, con énfasis en las obras concesionadas y no concesionadas, durante los dos últimos períodos presidenciales hasta la fecha, como asimismo las eventuales irregularidades en los procesos de licitaciones, concesiones, adjudicaciones, contratos, operaciones, renegociaciones, avances de obras, multas y otros subsidios con cargo a fondos públicos en las materias señaladas.”. Para el cumplimiento de su propósito, la referida Comisión Especial deberá rendir su informe en un plazo no superior a 90 días, y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.
-
3. Oficios:
- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Español por el cual informa que procedió a constituirse y a elegir como presidente al diputado señor Kort.
- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Sueco por el cual se informa que procedió a constituirse y a elegir como presidente al diputado señor Jiménez.
- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Cubano por el cual informa que procedió a constituirse y a elegir como presidenta a la diputada señora Pacheco.
Respuestas a Oficios
Ministerio de Salud
- Diputado Castro, Diputado Torres , Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de realizar una investigación al interior de la Clínica Ciudad del Mar, a fin de esclarecer la situación que afecta al señor Juan Pablo Harire Traverso, médico cirujano de este mismo recinto (534 al 14179).
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- Diputado PÉREZ don José, Medidas adoptadas para hacer efectivas las boletas de garantía otorgadas por la empresa AVAC para asegurar su responsabilidad por la frustrada construcción del paso sobre nivel en el cruce Antuco de la comuna de Los Ángeles, el mecanismo para designar a la compañía que las concluirá y el nombre de la empresa de emergencia que se contratará con el propósito de mejorar las condiciones de tránsito del sector. (1 al 13609).
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
- Diputado Gutiérrez don Hugo, Legalidad del acto que impidió hacer uso de la radio “Lagar”, de la Municipalidad de Pica y acerca de la situación legal de dicho medio. (2734 al 163).
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
- Diputada Álvarez doña Jenny, Estadísticas respecto de la evolución de las cifras de Violencia Intrafamiliar registradas en cada una de las comunas de las provincias de Chiloé y Palena en la última década, indicando cuáles serán las políticas, programas y campañas que se implementarán. (167 al 142).
Empresas del Estado
- Diputado Rocafull, Estado de ejecución del proyecto de rehabilitación y remediación de la vía férrea del ferrocarril Arica La Paz, tramo chileno y del del proyecto de operación y mantenimiento del tramo chileno de la vía férrea de dicho ferrocarril (7 al 239).
Varios
- Diputada Vallejo doña Camila, Posibilidad de impetrar la aplicación de sanciones al Canal de Televisión Red Televisiva Megavisión S.A. por una probable vulneración de las normas sobre discriminación en el segmento “El Ojo Indiscreto” del programa “Ahora Noticias”, transmitido el pasado martes 11 de marzo. (1 al 1).
- Diputado Sandoval, Registro de prestadores de servicios de Aguas Patagonias y la factibilidad que don Juan Primor Zamora Cárcamo pueda acceder él como gasfíter autorizado. (1042 al 29).
- Diputado Ortiz, Arbitrar las medidas necesarias para el cumplimiento del Oficio Circular N° 253, de 2004, de la Superintendencia de Valores y Seguros (564 al 124).
XI. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- Diputado Sandoval, Número de ambulancias que funcionan en la Región de Aysén y su real estado de mantención. (341 de 08/04/2014). A director del Servicio de Salud Aysén.
- Diputado Santana, Estado de avance y calendarización de actividades de ejecución, con respecto a la construcción del Complejo Deportivo de Cancha Rayada, de la comuna de Castro. (342 de 08/04/2014). A director regional del Deporte de Los Lagos.
- Diputado Sandoval, Número de ambulancias que funcionan en la Región de Aysén y su real estado de mantención. (343 de 08/04/2014). A Ministerio de Salud.
- Diputado Sandoval, Número de ambulancias que funcionan en la Región de Aysén y su real estado de mantención. (344 de 08/04/2014). A intendencias.
- Diputado Sandoval, Número de ambulancias que funcionan en la Región de Aysén y su real estado de mantención. (345 de 08/04/2014). A subsecretaria de Redes Asistenciales.
- Diputado Jaramillo, Eventual construcción de un teatro en la comuna de la Unión de la Provincia del Ranco, Región de Los Ríos. (346 de 08/04/2014). A Ministerio de Cultura y de las Artes.
- Diputado Espinosa don Marcos, Posibilidad que el Departamento de Arquitectura de la Intendencia efectúe una fiscalización a las estructuras que se encuentran en peligro de derrumbe en la ciudad de Tocopilla. (347 de 09/04/2014). A intendencias.
- Diputada Molina doña Andrea, Existencia de telefonía satelital, alarmas de evacuación y protocolos de emergencia en las zonas costeras de la Región de Valparaíso. (348 de 09/04/2014). A Ministerio de Interior.
- Diputada Molina doña Andrea, Fecha en que se publicará en el Diario Oficial el Reglamento de Evaluación Ambiental Estratégica. (349 de 09/04/2014). A Ministerio Medio Ambiente.
- Diputado Farías, Medidas adoptadas en los tres meses posteriores a la denuncia efectuada por la junta de vecinos “Parque Universitario”, unidad vecinal N° 20 de la comuna de Macul, respecto de ruidos molestos, malos olores y emanación de gases tóxicos que genera la empresa Dictuc S.A, que funciona en la dependencias del Campus San Joaquín de la Pontificia Universidad Católica de Chile. (350 de 09/04/2014). A intendencias.
- Diputada Molina doña Andrea, Posibilidad de efectuar una inspección sanitaria a las empresas gastronómicas de Maitencillo, Región de Valparaíso. (351 de 09/04/2014). A servicios.
- Diputado Melo, Copia del proyecto de mitigación del cambio climático elaborado por Mitigation Action Plans and Scenarios, MAPS Chile. (352 de 09/04/2014). A Ministerio Medio Ambiente.
- Diputado Espinosa don Marcos, Situación que afecta a los vecinos de Tocopilla, quienes se han manifestado por la cercanía que existe entre la Planta de Aguas Servidas y el centro de la ciudad. Asimismo, efectúe una fiscalización a la Empresa Aguas de Antofagasta . (353 de 09/04/2014). A servicios.
- Diputado Farías, Estado de tramitación de la denuncia efectuada por la junta de vecinos “Parque Universitario”, unidad vecinal N° 20 de la comuna de Macul, respecto de ruidos molestos, malos olores y emanación de gases tóxicos que genera la empresa Dictuc S.A, que funciona en la dependencias del Campus San Joaquín de la Pontificia Universidad Católica de Chile y disponer una inspección personal. (354 de 09/04/2014). A varios.
- Diputado Trisotti, Proceso de solución integral a todos los pescadores afectados por el tsunami ocurrido recientemente en la Región de Tarapacá. (355 de 09/04/2014). A intendencias.
- Diputado Hernández, Monto de la deuda a la fecha del señor Héctor Soto Huenunlef. (356 de 09/04/2014). A varios.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (357 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Antofagasta.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (358 de 09/04/2014). A coordinador de Senama Región de Arica y Parinacota.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (359 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Atacama.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (360 de 09/04/2014). A coordinador de Senama Región de Aysén.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (361 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región del Biobío.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (362 de 09/04/2014). A coordinador de Senama Región de Coquimbo.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (363 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región de La Araucanía.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (364 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Los Lagos.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (365 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Los Ríos.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (366 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Magallanes y Antártica Chilena.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (367 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región del Maule.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (368 de 09/04/2014). A coordinador de Senama Región Metropolitana de Santiago .
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (369 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región O'Higgins.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (370 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Tarapacá.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en su región, precisando el tipo de autorización otorgada. (371 de 09/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Valparaíso.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores en cada región del país, precisando el tipo de autorización otorgada. (372 de 09/04/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
- Diputado Sandoval, Medidas que se adoptaron frente al número de personas fallecidas en consecuencia de la contaminación atmosférica y la factibilidad de implementar un plan piloto en cada región del país que mida los índices de contaminación. (373 de 09/04/2014). A Ministerio de Salud.
- Diputado Trisotti, Funcionamiento del sistema de mensajería de emergencia (SAE) que opera la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio Interior y Seguridad Pública, en los términos que señala. (374 de 09/04/2014). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Diputado Sandoval, Medidas que se adoptaron frente al número de personas fallecidas en consecuencia de la contaminación atmosférica y la factibilidad de implementar un plan piloto en cada región del país que mida los índices de contaminación. (375 de 09/04/2014). A Ministerio Medio Ambiente.
- Diputada Hoffmann doña María José, Si la señora María Graciela Astudillo Bianchi, nombrada como Secretaria Regional Ministerial de la Región de Valparaíso , cumple con los requisitos legales y administrativos para asumir dicho cargo. (411de 10/04/2014). A Contraloría General de la República .
- Diputado Sandoval, Estado de cada paso y complejo fronterizo de la Región de Aysén, indicando el número de personas, mercancías y vehículos que transitan por ello. (412 de 10/04/2014). A director regional de Aduanas de Coyhaique .
- Diputado Sandoval, Estado de cada paso y complejo fronterizo de la Región de Aysén, indicando el número de personas, mercancías y vehículos que transitan por ello. (413 de 10/04/2014). A servicios.
- Diputada Molina doña Andrea, Situación de los dineros del crédito con aval del Estado que benefician a los alumnos de la Universidad del Mar, especialmente respecto del estudiante Felipe Andrés Montenegro Pizarro, alumno de tercer año de Enfermería de la sede Viña del Mar. (414 de 10/04/2014). A directora ejecutiva de Comisión Ingresa.
- Diputado Sandoval, Plazo estipulado para la implementación del acuerdo binacional entre Chile y Argentina, para la construcción del Complejo Fronterizo Integrado “Huemules”, ubicado en la ruta internacional CH 245 en la localidad de Balmaceda, Región de Aysén. (415 de 10/04/2014). A intendencias.
- Diputada Hoffmann doña María José, Posibilidad de estudiar una Pensión de Gracia a los extrabajadores portuarios eventuales de la provincia de San Antonio que indica. (416 de 10/04/2014). A jefe del Fondo de la Organización Regional de Acción Social del Ministerio del interior y Seguridad pública.
- Diputada Hoffmann doña María José, Estado de avance del proyecto Normalización del Hospital Claudio Vicuña de la Provincia de San Antonio, en los términos que plantea. (417 de 10/04/2014). A Ministerio de Salud.
- Diputado Sandoval, Plazo estipulado para la implementación del acuerdo binacional entre Chile y Argentina, para la construcción del Complejo Fronterizo Integrado “Huemules”, ubicado en la ruta internacional CH 245 en la localidad de Balmaceda, Región de Aysén. (418 de 10/04/2014). A Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Diputado Silber, Situación que afecta al señor Felipe Andrés Tapia Balboa, a quien se habrían realizado eventuales cobros indebidos en la deuda que mantiene con vuestra institución. (419 de 10/04/2014). A rector de la Universidad Tecnológica Metropolitana.
- Diputado Sandoval, Plazo estipulado para la implementación del acuerdo binacional entre Chile y Argentina, para la construcción del Complejo Fronterizo Integrado “Huemules”, ubicado en la ruta internacional CH 245 en la localidad de Balmaceda, Región de Aysén. (420 de 10/04/2014). A Ministerio de Interior.
- Diputada Álvarez doña Jenny, Motivos que justifican el retraso en la aprobación del proyecto Agua Potable Rural de la comunidad Pindaco-Quitripulli, en la comuna de Chonchi, Provincia de Chiloé, individualizando a la empresa consultora a cargo de su gestión. Finalmente, se pronuncie sobre la posibilidad de subcontratar la gestión de este tipo de proyecto. (421 de 10/04/2014). A servicios.
- Diputado Cornejo, Posibilidad de ampliar la investigación sobre la implementación de la plataforma de identificación del Servicio de Registro Civil e Identificación, disponiendo la revisión del contrato de adjudicación de sus productos a nivel nacional; la existencia, oportunidad y calidad de la capacitación impartida a los funcionarios; y, en general, el estado de cumplimiento de la modernización de cambio del identificación. (422 de 10/04/2014). A Contraloría General de la República .
- Diputada Vallejo doña Camila, Diputado Melo, Existencia de causales de inhabilidad que pudieren afectarle para el ejercicio de su cargo; su relación o la de alguna persona jurídica en la que tenga o haya tenido participación con asesorías o prestación de servicios al Proyecto Minero Pascua Lama . Finalmente, remita antecedentes en relación a hechos directamente relacionados con los procesos de fiscalización frente al Proyecto Minero Pascua Lama que ha llevado a cabo la Superintendencia del Medio Ambiente . (423 de 10/04/2014). A varios.
- Diputada Turres doña Marisol, Diputada Núñez doña Paulina, Diputado Fuenzalida, Posibilidad de verificar y exigir el cumplimiento de la obligación de presentar declaración de patrimonio e interés a las autoridades y funcionarios que señalan en los términos indicados. (424 de 10/04/2014). A ministra secretaria general de la Presidencia .
- Diputada Turres doña Marisol, Diputada Núñez doña Paulina, Diputado Fuenzalida, Posibilidad de verificar y exigir el cumplimiento de la obligación de presentar declaración de patrimonio e interés a las autoridades y funcionarios que señalan en los términos indicados. (425 de 10/04/2014). A ministro secretario general de Gobierno.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (438 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Antofagasta.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (439 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Arica y Parinacota.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (440 de 11/04/2014). A coordinador de Senama Región de Aysén.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (441 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región del Biobío.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (442 de 11/04/2014). A coordinador de Senama Región de Coquimbo.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (443 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región de La Araucanía.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (444 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Los Ríos.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (446 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región del Maule.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (447 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región Metropolitana de Santiago.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (448 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región del Libertador Bernardo O'Higgins.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (449 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Tarapacá.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (450 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Valparaíso.
- Diputado Fuenzalida, Estado de avance del programa Agua Potable Rural Los Colihues, ubicado en la comuna de Los Lagos, Región de Los Ríos. (451 de 11/04/2014). A servicios.
- Diputado Fuenzalida, Posibilidad de obrar una carpeta de asfalto o equivalente de 7 kilómetros en la localidad de Liquiñe, Rio Huaico, comuna de Panguipulli. (452 de 11/04/2014). A servicios.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en el país, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (465 de 11/04/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
- Diputado Sandoval, Estado de cada paso y complejo fronterizo de la Región de Aysén, indicando el número de personas, mercancías y vehículos que transitan por ello. (466 de 11/04/2014). A jefe del Departamento de Extranjería y Policía Internacional de Coyhaique.
- Diputado Fuenzalida, Estado en que se encuentra la postulación de la Agrupación Adulto Mayor Belén, pertenecientes a la localidad de Reumén, comuna de Paillaco, al proyecto Fondo Social Presidente de la República . (482 de 11/04/2014). A Ministerio de Interior.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en el país, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (483 de 11/04/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (485 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Los Lagos.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (486 de 11/04/2014). A coordinador de Senama Región de Atacama.
- Diputado Sandoval, Catastro de todos los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores que funcionan en la región, en los términos que señala, indicando el tipo de autorización otorgada a los centros de acogida, hogares, casas de reposo y establecimientos de larga estadía que atienden a adultos mayores. (487 de 11/04/2014). A coordinadora de Senama Región de Magallanes y Antártica Chilena.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (115)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Aguiló Melo, Sergio IND VII 37
Álvarez Vera, Jenny PS X 58
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bellolio Avaria, Jaime UDI RM 30
Berger Fett, Bernardo RN XIV 53
Boric Font, Gabriel IND XII 60
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Cariola Oliva, Karol PC RM 19
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Carvajal Ambiado, Loreto PPD VIII 42
Castro González, Juan Luis PS VI 32
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Chahin Valenzuela, Fuad DC IX 49
Chávez Velásquez, Marcelo DC VIII 45
Cicardini Milla, Daniella IND III 5
Coloma Álamos, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo González, Aldo DC V 13
De Mussy Hiriart, Felipe UDI X 56
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Espejo Yaksic, Sergio DC VI 35
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Farcas Guendelman, Daniel PPD RM 17
Farías Ponce, Ramón PPD RM 25
Fernández Allende, Maya PS RM 21
Flores García, Iván DC XIV 53
Fuentes Castillo, Iván IND XI 59
Fuenzalida Figueroa, Gonzalo RN XIV 54
Gahona Salazar, Sergio UDI IV 7
García García, René Manuel RN IX 52
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hernando Pérez, Marcela PRSD II 4
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Insunza Gregorio de las Heras, Jorge PPD IV 9
Jackson Drago, Giorgio IND RM 22
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 24
Kast Sommerhoff, Felipe IND RM 22
Kort Garriga, Issa UDI VI 32
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
Letelier Norambuena, Felipe PPD VI 33
Lorenzini Basso, Pablo DC VII 38
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Melo Contreras, Daniel PS RM 27
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Mirosevic Verdugo, Vlado Liberal de Chile XV 1
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Morales Muñoz, Celso UDI VII 36
Morano Cornejo, Juan Enrique DC XII 60
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Arancibia, Daniel PC IV 8
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Núñez Urrutia, Paulina RN II 4
Ojeda Uribe, Sergio DC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel DC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paulsen Kehr, Diego RN IX 49
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Pilowsky Greene, Jaime DC RM 24
Poblete Zapata, Roberto IND. VIII 47
Provoste Campillay, Yasna DC III 6
Rathgeb Schifferli, Jorge RN IX 48
Rincón González, Ricardo DC VI 33
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rocafull López, Luis PS XV 1
Sabag Villalobos, Jorge DC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René DC IX 50
Saldívar Auger, Raúl PS IV 7
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel DC RM 16
Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23
Soto Ferrada, Leonardo PS RM 30
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Teillier del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor DC V 15
Trisotti Martínez, Renzo UDI I 2
Tuma Zedán, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urízar Muñoz, Christian PS V 10
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Urrutia Soto, Osvaldo UDI V 14
Vallejo Dowling, Camila PC RM 26
Vallespín López, Patricio DC X 57
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Venegas Cárdenas, Mario DC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Walker Prieto, Matías DC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Concurrieron, además, el ministro de Justicia , señor José Antonio Gómez Urrutia; la ministra secretaria general de la Presidencia , señora Ximena Rincón González, y el ministro de Medio Ambiente , señor Pablo Badenier Martínez.
-Se contó con la asistencia, también, de la senadora señora Ena von Baer Jahn.
-No estuvo presente por encontrarse en misión oficial el diputado señor Roberto León Ramírez.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.11 horas.
El señor CORNEJO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor CORNEJO (Presidente).- El acta de la sesión 4ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 5ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor CORNEJO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE VÍCTIMAS DE INCENDIO EN CERROS DE VALPARAÍSO
El señor CORNEJO ( Presidente ).- En nombre de la Mesa, de la Corporación y de sus funcionarios, pido guardar un minuto de silencio en memoria de las víctimas del incendio ocurrido en los cerros de Valparaíso.
-Las señoras diputadas, los señores diputados, los funcionarios y los asistentes a las tribunas, guardan, de pie, un minuto de silencio.
ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor CORNEJO (Presidente).- El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de los Comités.
El señor LANDEROS ( Secretario ).- Reunidos los jefes de los Comités parlamentarios, bajo la presidencia del diputado señor Cornejo y con la asistencia de la diputada señora Claudia Nogueira y de los diputados señores Auth, Browne, Carmona, Espinosa, don Marcos; González, Gutiérrez, don Hugo; Jackson, Monckeberg, don Nicolás; Rathgeb, Rincón, Saldívar, Schilling, Torres, Urrutia, don Ignacio; Walker y Ward, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
1. Tomar conocimiento de las Tablas de las sesiones ordinarias de la semana, documento que se encuentra en el pupitre electrónico de los señores diputados.
2. Adelantar para las 17 horas el inicio de la sesión especial citada para hoy, la que se efectuará aun sin la presencia del ministro de Agricultura, quien estaba citado para las 19.30.
3. Destinar las sesiones de los días martes 13 y miércoles 14 de mayo próximo a la discusión y votación de la reforma tributaria, que modifica el sistema de tributación a la renta e introduce diversos ajustes en dicho sistema (boletín N° 9290-05), suspendiendo el tiempo de Proyectos de Acuerdo y de Resolución, y de Incidentes. El plazo para renovar indicaciones vence el martes 13 de mayo.
El Orden del Día de dichas sesiones tendrá una duración mínima de tres horas.
El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Aguiló.
El señor AGUILÓ.- Señor Presidente , si entendí bien, según los acuerdos de los Comités la sesión especial citada para hoy a las 19.30 se adelantó para las 17 horas.
Hay un par de comisiones que deben efectuar votaciones. ¿Pueden sesionar simultáneamente con la Sala y votar sus proyectos?
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Sí, señor diputado .
Ofrezco la palabra sobre la Cuenta.
Ofrezco la palabra.
CREACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de 55 señoras diputadas y señores diputados, quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, N° 1, letra c), de la Constitución Política de la República, y en el artículo 297 del Reglamento de la Corporación, solicitan la creación de una Comisión Especial Investigadora encargada de “investigar el estado actual de la inversión pública en infraestructura de la red de atención primaria y hospitalaria, con énfasis en las obras concesionadas y no concesionadas, durante los dos últimos períodos presidenciales hasta la fecha, como, asimismo, las eventuales irregularidades en los procesos de licitaciones, concesiones, adjudicaciones, contratos, operaciones, renegociaciones, avances de obras, multas y otros subsidios con cargo a fondos públicos en las materias señaladas”.
Para el cumplimiento de su propósito, la referida Comisión Especial deberá rendir su informe en un plazo no superior a noventa días, y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
VENCIMIENTO DE PLAZO PARA ENTREGA DE DECLARACIÓN DE PATRIMONIO E INTERESES
El señor CORNEJO ( Presidente ).- Antes de entrar en el Orden del Día, recuerdo a los señores diputados y a las señoras diputadas que hoy vence el plazo para protocolizar la declaración de intereses y entregar la declaración de patrimonio.
La Secretaría recibirá ambas declaraciones hasta las 19 horas.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE LEY N° 20.600, QUE CREA LOS TRIBUNALES AMBIENTALES EN MATERIA DE SUBROGACIÓN (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 9230-07)
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.600, que crea los tribunales ambientales, en materia de subrogación.
Diputado informante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales es el señor Leopoldo Pérez.
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sesión 11ª de la actual legislatura, en 11 de abril de 2014.Documentos dela Cuenta N° 8.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor PÉREZ, don Leopoldo (de pie).-
Señor Presidente, honorable Cámara, en representación de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, paso a informar sobre el proyecto de ley que modifica la ley N° 20.600, que crea los tribunales ambientales, en materia de subrogación.
La iniciativa se originó en una moción de los senadores Prokurica , Rossi y Tuma , y de la exsenadora Rincón, y se encuentra en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, con urgencia calificada de discusión inmediata.
Fundamentos del proyecto
En consideración al hecho de que esta iniciativa legal fue tramitada durante la legislatura anterior y de que actualmente nuestra Cámara tiene varios integrantes nuevos, entregaré una pequeña relación del proyecto de ley en informe.
La idea matriz o fundamental y, por tanto, el objetivo del proyecto, consiste en modificar el sistema de subrogación de los ministros que integran los tribunales ambientales, estableciéndose que, tratándose de los ministros letrados, los subrogarán ministros de cortes de apelaciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Código Orgánico de Tribunales.
Con ello, se establece un criterio similar al de otros tribunales especiales que no forman parte del Poder Judicial y que tienen una composición similar.
Por otra parte, tratándose de los ministros licenciados en Ciencias, la subrogación la hará un ministro suplente de otro Tribunal Ambiental.
Durante la tramitación de esta iniciativa legal se explicó que la modificación propuesta permitiría precaver el problema que podría producirse si el Segundo Tribunal Ambiental, por cualquier impedimento, careciere de ministros titulares o suplentes para formar quorum. En ese evento, el artículo 10 de la ley que creó estos tribunales dispone que la subrogación se efectuará por ministros suplentes del Primer Tribunal Ambiental, lo que actualmente y en los próximos meses no podría llevarse a cabo, debido a que dicho tribunal aún no se ha instalado, atendido que el proceso de nombramiento de sus ministros se ha retrasado considerablemente.
Se ha considerado, además, que esta propuesta vendría a solucionar el inconveniente práctico de que la subrogación se efectúe por ministros de tribunales bastante distantes geográficamente, y evitaría, adicionalmente, alterar su normal funcionamiento jurisdiccional, atendido el pequeño número de ministros de cada uno, tanto titulares como suplentes.
En definitiva, el proyecto de ley reglamenta las siguientes materias:
Reemplaza el artículo 10 de la ley N° 20.600, que establece las reglas de subrogación para los tribunales ambientales, estableciendo que, si por cualquier impedimento, dichos tribunales carecieren de ministros titulares y suplentes para formar quorum, se procederá a la subrogación de estos por ministros de cortes de apelaciones de Antofagasta, Santiago y Valdivia , según el tribunal ambiental de que se trate. Tratándose de los ministros licenciados en Ciencias de los tribunales ambientales, la subrogación la hará un ministro suplente de otro Tribunal Ambiental .
Esta iniciativa legal fue aprobada en general por esta Sala el 4 de marzo del año en curso. En dicha oportunidad se formuló indicación, por lo cual el proyecto fue remitido a la Comisión técnica a fin de esta emitiera un nuevo informe.
La indicación fue presentada por los diputados señores Jaramillo y Pérez Lahsen, y por el entonces diputado señor De Urresti , para reemplazar el artículo único, propuesto por el proyecto de ley, a fin de mantener el sistema actual de subrogación.
Durante el análisis de esta iniciativa legal en el segundo trámite reglamentario, la Comisión contó con la participación del Presidente del Tercer Tribunal Ambiental , con asiento en Valdivia, don Michael Hantke , quien señaló que la normativa vigente le merece los siguientes reparos:
1. En la actualidad no es enteramente operativa por no encontrarse funcionando el Primer Tribunal Ambiental.
2. No prevé el caso en que falten los ministros suplentes que deben subrogar.
3. Solo existe un suplente para los dos ministros letrados que integran los respectivos tribunales.
Puntualizó que son múltiples las causas que pueden generar una ausencia, incluyendo enfermedad, inhabilidades u otras. Por esas razones, apoyó el proyecto tal como fue aprobado por el Senado en su primer trámite constitucional.
Consultado sobre los efectos de esta modificación respecto de la especialización de los ministros de estos tribunales, estimó que no se vulneraría, ya que la subrogación constituye un mecanismo que opera solo ante la falta del ministro titular y del suplente, e insistió en que, en cualquier caso, los ministros de las cortes de apelaciones tienen experiencia medioambiental por conocer de recursos de protección; además, poseen conocimientos procesales que justifican su idoneidad para subrogar en los tribunales ambientales.
Asimismo, se recibió la opinión del presidente del Segundo Tribunal Ambiental con sede en Santiago, don José Ignacio Vásquez , el que coincidió en la necesidad de aprobar esta modificación a la ley que creó los tribunales ambientales, puesto que consideró que si bien resuelve un problema coyuntural, entrega una solución de largo plazo que, además, permitirá fortalecer la judicatura ambiental. Destacó que la fórmula de subrogación que propone el proyecto ya ha sido utilizada para el funcionamiento de otros tribunales especiales, como el de propiedad industrial y el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
Además, consultado respecto del informe de la Corte Suprema, que no estimó conveniente este mecanismo de subrogación, argumentando que los ministros de las cortes de apelaciones tienen competencia para conocer de temas medioambientales en segunda instancia, el señor Rafael Asenjo , ministro del Segundo Tribunal Ambiental , precisó que la relación entre los tribunales ambientales y las cortes de apelaciones es limitada, ya que el principal recurso previsto en la ley es el de casación, que es conocido directamente por la Corte Suprema.
Explicó que el recurso de apelación solo procede en contra de tres resoluciones, por lo que difícilmente se afectaría la independencia que preocupa a la Corte Suprema.
Por su parte, el presidente del Tercer Tribunal Ambiental coincidió con esa visión y agregó que los tribunales ambientales funcionan más como un tribunal de única instancia que como uno de primera instancia propiamente tal.
Puesta en votación la indicación, fue rechazada por seis votos en contra, de la diputada señora Vallejo y de los diputados señores Chávez , Melo , Sandoval , Urízar y Vallespín, y dos abstenciones, del diputado Morales y de quien informa.
Asimismo, se hace presente que esta iniciativa legal tiene el carácter de orgánico constitucional y no requiere ser conocida por la Comisión de Hacienda
En razón de lo expuesto, solicito a esta honorable Sala la aprobación de este proyecto de ley en los mismos términos en que lo hizo el Senado.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el señor ministro del Medio Ambiente.
El señor BADENIER ( ministro del Medio Ambiente ).-
Señor Presidente , señoras y señores diputados, concurro como ministro del Medio Ambiente con motivo de la tramitación, con calificación de “discusión inmediata”, del proyecto de ley que tuvo su origen en una moción presentada por la otrora senadora Ximena Rincón, los senadores Alejandro García-Huidobro, Baldo Prokurica, Fulvio Rossi y Eugenio Tuma, que modifica la ley N° 20.600, que crea los tribunales ambientales, en materia de subrogación.
Como lo señaló el diputado Leopoldo Pérez , el objetivo de la iniciativa es modificar el sistema de subrogación de los ministros que integran los tribunales ambientales, con el propósito de uniformar dicha normativa con lo dispuesto para otros tribunales especiales.
Lo sustantivo del proyecto es que en el evento de que no se encontraren disponibles los ministros abogados titulares ni los suplentes para constituir el tribunal, serán subrogados por ministros de cortes de apelaciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Código Orgánico de Tribunales.
En el evento de que se trate de los ministros licenciados en Ciencias, para mantener la aplicación del principio de la especialidad, que en su oportunidad fue un aporte novedoso de esta ley y que nos parece conveniente mantener, serán subrogados por los ministros suplentes de igual calidad provenientes de los otros Tribunales Ambientales.
La ley N° 20.600, en materia de subrogación de sus ministros establece en su artículo 10 que si alguno de los tribunales ambientales careciere de ministros titulares o suplentes para formar quorum, se procederá a la subrogación de estos por ministros suplentes de otros Tribunales Ambientales que provengan de la misma área profesional que el ministro subrogado, de acuerdo a las siguientes reglas:
En el caso del Tribunal Ambiental de Santiago, el titular será subrogado por ministros suplentes del Tribunal Ambiental de Antofagasta, y en los casos de los Tribunales Ambientales de Valdivia y de Antofagasta, los titulares serán subrogados por ministros suplentes del Tribunal Ambiental de Santiago.
Esta norma de subrogación de la ley N° 20.600 difiere de la establecida por el legislador para otros tribunales especiales que tienen una composición similar a la de los tribunales ambientales, como es el caso del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y el Tribunal de Propiedad Industrial, como informó el diputado Leopoldo Pérez . Los estatutos orgánicos de ambos tribunales señalan que ante cualquier caso de impedimento, los ministros integrantes, titulares o suplentes, serán subrogados por ministros de la corte de apelaciones.
Por eso, teniendo como objetivo uniformar las reglas de subrogación en tribunales especiales que poseen una composición similar, se consideró necesario sustituir el artículo 10 de la ley N° 20.600 por uno nuevo, que establece el siguiente sistema de subrogación:
1. Para el caso de los ministros abogados regirá un sistema similar al contemplado para el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y para el de Propiedad Industrial, esto es, según lo dispuesto por el Código Orgánico de Tribunales, la subrogación por un ministro de corte de apelaciones de la respectiva ciudad asiento del Tribunal Ambiental de que se trate, esto es, Santiago, Valdivia o Antofagasta, según corresponda.
2. Para el caso de los ministros licenciados en Ciencias, con el objeto de mantener el criterio de especialidad, se dispone que la subrogación se realice por ministros suplentes licenciados en Ciencias de los otros dos Tribunales Ambientales, según el orden de prelación que se establece en cada caso.
3. Solo en la hipótesis de que la subrogación de los ministros licenciados en Ciencias no pudiere efectuarse conforme a lo señalado y, por tanto, se impida al Tribunal sesionar, estos podrán ser reemplazados por el ministro suplente letrado del propio Tribunal o, de no ser ello posible, subrogados por los ministros de las cortes de apelaciones respectivas.
Por último, en el caso extremo de que un Tribunal Ambiental careciere de la totalidad de sus miembros titulares y suplentes, será subrogado por otro Tribunal Ambiental, de conformidad a las siguientes reglas:
1. El Primer Tribunal Ambiental por el Segundo Tribunal Ambiental.
2. El Segundo Tribunal Ambiental por el Primer Tribunal Ambiental.
3. El Tercer Tribunal Ambiental por el Segundo Tribunal Ambiental.
Con la modificación propuesta se aborda adicionalmente la situación que afecta al Tribunal Ambiental de Santiago , ya que si por cualquier impedimento careciere de ministros titulares o suplentes para constituir el quorum -se entiende tanto ministros abogados como licenciados en Ciencias-, ellos no podrán ser subrogados legalmente, ya que la ley dispone que solo podrán hacerlo con los ministros suplentes del Tribunal de Antofagasta, lo que en la actualidad y durante los próximos meses no podrá llevarse a cabo, debido a que dicho Tribunal aún no se ha instalado y el proceso de selección y nombramiento de sus ministros se encuentra en curso.
Tal propuesta solucionará, de manera adicional, por lo menos en los casos de ministros abogados, la inconveniencia práctica de que la subrogación se efectúe por ministros de tribunales bastante distantes geográficamente, con lo cual se evitará, además, afectar el normal funcionamiento jurisdiccional del tribunal que subroga al otro, habida consideración del bajo número de ministros de cada uno de esos tribunales, tanto titulares como suplentes, como también lo explicó el diputado Leopoldo Pérez.
Por último -lo mencioné brevemente-, el Ejecutivo desea manifestar que la urgencia que hemos asignado al tratamiento de la iniciativa corresponde expresamente a nuestro interés de asegurar el expedito y eficiente funcionamiento de los tribunales ambientales, y muy en particular el del Tribunal Ambiental de Santiago, que ya se encuentra funcionando en régimen y con competencia ampliada a las zonas norte y centro del país, dada la situación aún no resuelta de la designación de los ministros del Tribunal Ambiental con sede en la ciudad de Antofagasta.
Así como las normas de inhabilidades y posibles recusaciones propias del ordenamiento jurídico general del Código Orgánico de Tribunales se encuentran plenamente aplicables, a las que se agregan las disposiciones especiales establecidas en la ley N° 20.600, la situación del Tribunal Ambiental de Santiago en materia de integración para formar quorum y funcionar normalmente se ve dificultada. De hecho, en estos momentos, con la vigencia de las normas actuales de subrogación y ante casos puntuales de renuncias o inhabilidades de sus ministros, el tribunal no puede formar quorum para resolver asuntos de extrema urgencia e importancia.
El firme compromiso del Gobierno en relación con el adecuado y eficiente funcionamiento de los tribunales ambientales nos ha llevado a respaldar, con la máxima urgencia posible, el pronto despacho del proyecto, que si bien pareciera referirse a una simple materia de procedimiento, tiene una alta incidencia en la acción diaria de un órgano jurisdiccional de gran influencia en la tarea común de desarrollo del país, con una adecuada protección del medio ambiente.
Sobre la base de lo manifestado y conscientes del compromiso compartido con sus seño-rías de mantener un adecuado funcionamiento de la nueva y necesaria institucionalidad ambiental, confiamos en contar con vuestro respaldo para avanzar en el desarrollo de una moderna y eficaz jurisdicción ambiental.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Vallespín.
El señor VALLESPÍN.-
Señor Presidente, es muy importante que el proyecto de ley sometido a nuestra consideración, al cual el Ejecutivo ha otorgado urgencia de “discusión inmediata”, sea aprobado a la brevedad. No fue buena la decisión adoptada durante el primer trámite reglamentario, en el sentido de remitirlo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para segundo informe, porque el procedimiento de subrogación que propone es la fórmula más expedita para asegurar el funcionamiento de los tribunales ambientales.
En ese sentido, quiero señalar a los colegas nuevos y a la gente que está observando la sesión a través del Canal de Televisión de la Cámara de Diputados, que la nueva institucionalidad ambiental es una mesa con cuatro “patas” importantes.
La primera es el Ministerio del Medio Ambiente, cuyo titular, que se encuentra presente en la Sala, nos ha complementado la información respecto de las proposiciones del proyecto en discusión. Dicha cartera tiene por objeto la elaboración e implementación de las leyes, normativas y políticas en materia medioambiental.
Por otra parte, el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental tiene a su cargo la revisión de los proyectos de inversión que tienen algún grado de impacto potencial en el medio ambiente, así como las declaraciones y estudios de impacto medioambiental.
En tercer término está la Superintendencia de Medio Ambiente, organismo que tiene un rol fiscalizador respecto de lo que se establece en la Resolución de Calificación Ambiental, del cumplimiento de las normas sobre la materia y de los planes de descontaminación, entre otros.
La cuarta “pata” es el Tribunal Ambiental, cuya ley se propone modificar a través del proyecto en discusión. Su objeto es resguardar y garantizar que los ciudadanos, los proponentes y cualquier persona que lo requiera tengan acceso a la justicia de la forma más expedita y especializada posible.
Cuando se discutió la iniciativa legal que estableció el sistema de subrogación se planteó que ese mecanismo sería suficiente; pero la experiencia ha demostrado lo contrario. De allí que el proyecto en debate, iniciado en moción de un grupo de senadores, fue aprobado por unanimidad por el Senado. Espero que la Sala de esta Corporación haga lo mismo, porque la iniciativa propone una modificación a la ley en materia de subrogación con el fin de garantizar el funcionamiento de los tribunales ambientales, porque hasta el momento ha habido problemas para la tramitación de las causas debido a la falta de ministros suplentes para llevar a la práctica la subrogación.
En ese sentido, los colegas pueden apoyar el proyecto sometido a nuestra consideración con tranquilidad, porque la modificación que propone no pasa a llevar el principio de especialización, que fue la aprensión planteada en su momento por el entonces diputado y actual senador señor De Urresti . En efecto, su señoría señaló en su momento que se podía debilitar ese principio, por cuanto la iniciativa establece que los ministros que integran los tribunales ambientales podrán ser subrogados por ministros de cortes de apelaciones.
Quiero reiterar a los colegas diputados que no se pone en peligro esta materia, porque el procedimiento de subrogación establecido tiene una secuencia en la que el primer resguardo precisamente es la especialización. Al respecto, el ministro titular será subrogado por el suplente, y a falta de este por uno de la corte de apelaciones. En el caso de los ministros licenciados en Ciencias, la subrogación se efectuará por un ministro suplente de otro Tribunal Ambiental . Como se aprecia, no se pasa a llevar el principio de especialización.
Además, para que votemos con tranquilidad, cabe señalar que el proyecto de ley asegura el cumplimiento de cinco principios fundamentales para el establecimiento de un buen sistema de subrogación.
En primer lugar, el principio de realismo. En la actualidad, el Tribunal Ambiental no se ha podido constituir en varias ocasiones debido a la falta de ministros suplentes. Por lo tanto, desde el punto de vista del principio señalado, se hace necesario contar con un sistema de subrogación que, en última instancia, considere que esta pueda ser efectuada por un ministro de corte de apelaciones, principio general que se aplica en otros tribunales.
Segundo, el principio de coherencia. El sistema judicial chileno dispone que cuando un tribunal no se puede constituir por falta de quorum, este debe ser reunido por ministros de las cortes de apelaciones respectivas.
El Tercer principio que se asegura a través del proyecto en debate es el de la eficiencia, porque garantiza la conformación del Tribunal Ambiental y su funcionamiento.
Otro principio muy importante que se garantiza es el de la accesibilidad de los ciudadanos a la justicia ambiental, el cual se ve denegado cuando el tribunal competente en la materia no se constituye. La iniciativa apunta en la dirección correcta, porque permite tener certeza respecto de la existencia de quorum para el funcionamiento del Tribunal Ambiental.
Por último, se cumple con el principio de excepcionalidad, porque el proyecto dispone que la suplencia se efectuará por un ministro no especializado en casos muy excepcionales, esto es cuando la secuencia de subrogación no se cumpla.
Es fundamental aprobar el proyecto tal como fue despachado por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, porque de esa forma garantizaremos el funcionamiento de los tribunales ambientales, aspecto que resulta prioritario. Por eso, lamento que el 4 de marzo del presente año la Sala, tras aprobar en general la iniciativa, haya admitido someter a tramitación la indicación presentada y enviar en proyecto nuevamente a la comisión técnica, lo cual, quizá, se debió a que no se entendió el sentido del proyecto.
Probablemente el entonces diputado señor De Urresti , con buena intención, planteó la necesidad de resguardar el principio de especialidad como aspecto fundamental de los tribunales ambientales. Efectivamente, queríamos contar con una justicia especializada, razón por la que luchamos por la creación de los tribunales ambientales; pero falló la lógica operativa, porque la experiencia demostraba que el establecimiento de la subrogación de especialización, como se planteó en ese momento, no era suficiente, porque todavía no se instalaba el Primer Tribunal Ambiental con asiento en Antofagasta.
En consecuencia, sobre la base de los principios señalados, debemos votar con tranquilidad a favor el proyecto, porque ello garantizará que siempre será posible la constitución de los tribunales ambientales, aspecto prioritario que debemos tener en consideración.
Nuestra bancada votará favorablemente el proyecto, tal como espero que lo hagan todos los diputados, porque ello nos permitirá solucionar un problema no resuelto hasta ahora.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Daniel Melo.
El señor MELO.-
Señor Presidente, no puedo dejar pasar esta oportunidad, en que votaremos la primera enmienda a la ley que creó los tribunales ambientales, para realizar una reflexión acerca de la labor que estos órganos jurisdiccionales han realizado en cumplimiento del mandato que les otorga la ley.
Si hoy no existe una termoeléctrica contaminante en los valles de Pichidegua y si brilla una luz de esperanza en las alturas del Huasco, ello se debe única y exclusivamente a la existencia de esos tribunales, los que, al igual que la Sala constitucional de la Corte Suprema, han devenido en los únicos órganos del Estado que han brindado amparo a los justos derechos y a las reivindicaciones de cientos de movimientos y organizaciones sociales.
Hoy, nuestro país está saturado -valga la ironía- de problemas ambientales. El Instituto Nacional de Derechos Humanos registra solo hasta 2012 más de doscientos conflictos ambientales. En la actualidad, la contaminación del aire, que asfixia a miles de chilenos, ha superado todas nuestras normas.
Megaconsorcios industriales se han apropiado de nuestra agua, los que la sobreutilizan y contaminan. Nuestros suelos están reducidos a la localización de vertederos, termoeléctricas y monocultivos forestales. Ostentamos el curioso privilegio de ser uno de los pocos países que exhibe termoeléctricas al interior de sus ciudades, tal como ocurre en la comuna de Coronel. Todo esto de conformidad con la ley vigente.
Quiero destacar la labor de los tribunales ambientales, los cuales han contribuido con una destacada jurisprudencia y cumplido con su cometido en forma excepcional. Esos órganos jurisdiccionales nos han enviado señales muy potentes para normar situaciones que simplemente tienen que resultarnos inconcebibles.
Quiero citar tan solo un caso, el cual fue abordado la semana pasada en la Sala. Por increíble que parezca, la Superintendencia del Medio Ambiente , sobre la base de sostener una visión anquilosada y retrógrada de determinados principios del antiguo derecho administrativo, negó el derecho de las comunidades del Huasco para presentar denuncias. El fundamento consistió en plantear que las comunidades y movimientos que durante años -casi desde su diseño- habían denunciado las irregularidades del proyecto Pascua Lama , las cuales han vivido en la zona de influencia del proyecto por generaciones, carecían de legítima actividad. En otras palabras, se señaló que carecían de interés para exigir el cumplimiento de nuestra legislación ambiental.
De esa manera, durante el procedimiento de sanción, la Superintendencia no acogió las denuncias y diligencias solicitadas por personas que habitan en las zonas de influencia del proyecto, especialmente las que apuntaban a demostrar la significación, gravedad e intencionalidad del proyecto, cuya conducta se estaba denunciando. Puede argumentarse que todo lo obrado por dicho organismo fue perfectamente legal, pero su procedimiento fue arbitrario, pues repugna toda lógica que los ciudadanos no tengan derecho siquiera a voz en los procesos sancionatorios que se inician. El Tribunal Ambiental declaró nulo todo y sentó una jurisprudencia de la mayor relevancia.
Cuando se trata de derechos ambientales, existe un poder, casi un deber, que permite a cualquier ciudadano exigir del Estado su protección.
El mensaje recibido es fuerte y claro, y representa tan solo una de las reformas que requerimos con urgencia. Confío que la lectura del fallo del Tribunal Ambiental os lo hará evidente.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval.
El señor SANDOVAL .-
Señor Presidente, como señaló uno de los diputados que me antecedió en el uso de la palabra, quizá fue inoficioso haber devuelto el proyecto a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para segundo informe, pues ello demoró su tramitación.
Existe consenso en la necesidad de resolver pronto el problema de la subrogación, a fin de dar operatividad a la ley ambiental en relación con el funcionamiento de los tribunales ambientales. Sin duda, el proyecto se hace cargo de ello, por lo que contará con el apoyo de mi bancada.
No obstante, hay un aspecto que fue tratado y que es conveniente señalar: las debilidades que existen en el sistema para la aplicación de la ley por los tribunales ambientales. En Chile solo se crearon tres tribunales ambientales: el primero con asiento en la comuna de Antofagasta; el segundo en la de Santiago, y el tercero en la de Valdivia, en la Región de Los Ríos.
He conversado con los ministros del Tercer Tribunal Ambiental sobre la situación de la accesibilidad de la ciudadanía a la justicia ambiental, a la que se refirió el diputado Vallespín . De los cinco principios que señaló el señor diputado, en uno en particular no se dan las condiciones para su concreción: la accesibilidad de la comunidad a la justicia ambiental. El Tercer Tribunal Ambiental tiene un área de jurisdicción que comprende desde la Octava hasta la Duodécima regiones. De acuerdo con la información que me han proporcionado funcionarios de ese tribunal, en el tiempo de vigencia del mismo se ha presentado solo una causa que corresponde a un lugar distinto a la ciudad de Valdivia. Se trata de un caso relacionado con la ciudad de Chillán. Lo anterior da cuenta del desafío que se nos presenta en términos de cómo asegurar la accesibilidad de la ciudadanía a esos tribunales en sus áreas de jurisdicción.
Vengo de la Región de Aysén, que es particularmente sensible en materia de reclamaciones y de conflictos en asuntos medioambientales. Si los tribunales ambientales no tienen la eficiencia y la operatividad que se requiere y si no aseguramos su presencia, por la vía que sea, en las áreas de su competencia, la ciudadanía no podrá acceder a ellos. Conversé con los ministros del Tercer Tribunal Ambiental sobre la forma en que se podría articular un mecanismo que permita asegurar el acceso a los tribunales ambientales en las regiones y áreas que comprenden su territorio jurisdiccional. Es una materia que debemos perfeccionar.
Nos alegramos de que el proyecto regule el proceso de subrogación, porque permitirá resolver un problema de inoperancia que dificultaba la aplicación de la ley. Hay que hacer la salvedad de que el Primer Tribunal Ambiental aún no se ha podido constituir. Es una situación que será necesario analizar y solucionar. La ley creó solo tres tribunales ambientales. Por tanto, tendremos que resolver cómo dar eficiencia a la administración de justicia en un ámbito respecto del cual tanto se habla, como son los problemas medioambientales. Reitero, debemos hacer la salvedad de que en Chile, por ley, tenemos solo tres tribunales ambientales.
Se trata de temas que en algún minuto habrá que abordar. Entiendo que el ministro , que en este momento no está presente en la Sala -me imagino que estará viendo el debate a través de la televisión, porque ha estado muy preocupado de la tramitación del proyecto-, está de acuerdo con ello. Entre las materias por analizar, cabe preguntar si se van a crear nuevos tribunales ambientales y si se va a concretar en una segunda instancia la operatividad de los tribunales ambientales, a fin de asegurar que a lo largo de sus áreas de jurisdicción no se produzca lo que señalaba el diputado Vallespín , esto es, falta de acceso a la justicia ambiental, precisamente porque no tienen asiento en las respectivas áreas.
Habrá que analizar la forma de operativizar la presencia de cada uno de los tribunales en su amplia área de competencia, como es el caso del Tercer Tribunal Ambiental, cuya jurisdicción comprende desde la Octava hasta la Duodécima regiones.
Por último, no obstante el análisis y las observaciones sobre los aspectos que conversamos con los ministros del Tercer Tribunal Ambiental , es importante tener presente que este proyecto no aguanta más dilación. Hay que asegurar la operatividad de los tres tribunales ambientales. Por ello, comprometo el respaldo de nuestra bancada para que el día de hoy este proyecto sea aprobado.
He dicho.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Chávez.
El señor CHÁVEZ.-
Señor Presidente, quiero celebrar esta iniciativa, que espero que la Cámara apruebe el día de hoy, dado que la protección del medio ambiente requiere de una normativa que permita que ello se haga realidad. Desde esa mirada, el fortalecimiento de la institucionalidad medioambiental y, sobre todo, de los tribunales ambientales, para que puedan funcionar, sin lugar a dudas es un avance muy importante.
En primer lugar, respecto del eventual atentado al principio de especialidad, quedó claro, a partir de la discusión que tuvo lugar en la comisión y de la opinión dada por los ministros de los tribunales ambientales, que este principio queda resguardado al establecerse que el mecanismo contemplado en el proyecto opera excepcionalmente.
En segundo lugar, estamos hablando de ministros de las cortes de apelaciones que han conocido de estas materias, en particular a través de la vista de recursos de protección por medio de los cuales se ha impetrado la garantía constitucional del número 8º del artículo 19 de la Constitución Política. Además, los conocimientos procesales que tienen esos ministros permitirán que el principio de especialidad no se vea vulnerado.
Adicionalmente, se establece que los recursos de apelación que podrían ser conocidos por las cortes solo proceden en tres casos, que son bastante excepcionales.
Por tanto -reitero-, el principio de especialidad, que debería establecerse a la hora de configurar el tribunal ambiental, que es un tribunal especial, a mi juicio está suficientemente resguardado.
Desde el punto de vista práctico, en la actualidad -de acuerdo con lo que se nos informó-, en el Segundo Tribunal Ambiental se encuentran radicadas cerca de cincuenta causas que no pueden ser vistas debido a que no existen normas de subrogación.
Como dije, celebro esta iniciativa, que la comisión aprobó por amplia mayoría. Espero que la Sala la apoye de manera irrestricta.
He dicho.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señorita Camila Vallejo.
La señorita VALLEJO (doña Camila).-
Señor Presidente , quiero saludar esta iniciativa que modifica la ley N° 20.600. Efectivamente, se trata de una modificación de carácter práctico, pero que tiene importantes repercusiones en el necesario fortalecimiento de nuestra institucionalidad medioambiental. Esto es relevante, porque en el creciente escenario de conflictos medioambientales se hace urgente e imperioso mejorar todos los mecanismos que aseguren el acceso a la justicia medioambiental. Por lo tanto, el proyecto, que garantiza no solo la conformación efectiva de los tribunales ambientales, sino también una adecuada subrogación en aquellos casos en que los ministros letrados no puedan participar por diferentes razones, me parece fundamental.
Como dijo el diputado Vallespín , nuestra institucionalidad medioambiental tiene cuatro “patas”: el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental, la Superintendencia del Medio Ambiente y los tribunales ambientales. En esos organismos hay debilidades institucionales, y así lo hemos manifestado en reiteradas ocasiones. Incluso, en la Comisión de Medio Ambiente hemos planteado que, a propósito de los conflictos medioambientales que se han producido en el país, urge revisar nuestra institucionalidad medioambiental y fortalecerla, porque a causa de su debilidad actual hoy existen grandes proyectos mineros o de otro carácter que la vulneran o la burlan.
Por lo tanto, el hecho de que este proyecto esté enfocado a fortalecer nuestra institucionalidad medioambiental mediante las resoluciones de los tribunales ambientales, me parece que es un paso en la dirección correcta. Sin embargo, no soluciona todos los problemas que generan las debilidades existentes en materia institucional. Por ejemplo, es necesario revisar las facultades del organismo fiscalizador, es decir, la Superintendencia del Medio Ambiente, porque son débiles y requieren ser fortalecidas. También hay que revisar los mecanismos de gestión, en particular los que tienen que ver con las evaluaciones de impacto ambiental y con la participación. Incluso, hay que reestudiar una adecuada cobertura geográfica de estos tribunales.
Por eso, a pesar de entender que este proyecto no soluciona todas las falencias existentes en materia medioambiental, pero contribuye a resolver un problema práctico y real, llamo a los colegas a votarlo a favor.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente, sin duda, las aseveraciones de diversos colegas relacionadas con este proyecto tienen plena justificación, sobre todo al constatar que los vacíos existentes en materia medioambiental han generado una serie de dificultades que deben ser resueltas por los tribunales ambientales.
En primer lugar, quiero referirme a la participación que tuvo en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales el señor Michael Hantke , presidente del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia , al cual debemos recurrir los habitantes de la Región de Los Lagos cuando tenemos problemas ambientales. Esperamos que en el futuro nuestra región también pueda contar con un Tribunal Ambiental.
Dicho magistrado expresó que la oportuna subrogación de magistrados ambientales es una situación muy importante a la que había que dar una adecuada solución, ya que no es aceptable que por una simple cuestión de carácter administrativo se ponga en peligro el funcionamiento de un tribunal que tiene, por cierto, enorme importancia en estas temáticas, que cada día revisten mayor transcendencia en nuestras regiones y en todo el país.
Agregó que respecto del tema concreto de la subrogación, él apoyaba absolutamente el proyecto de ley tal como estaba redactado, ya que no presentaba reparo alguno en cuanto a que fueran los ministros de las cortes de apelaciones los que subrogaran a los jueces letrados ambientales.
Creemos que este proyecto de ley permitirá dar mayor operatividad a los tribunales ambientales, porque muchas veces hay que actuar con urgencias que están dadas por plazos perentorios que hacen imperiosamente necesario evitar obstáculos de cualquier naturaleza que imposibiliten su funcionamiento.
En la Región de Los Lagos tenemos problemas ambientales gravísimos que se están analizando, como por ejemplo en la comuna de Puyehue y en Chiloé, con el proyecto del parque eólico, o los generados por las centrales hidroeléctricas, proyectos que fueron aprobados en forma bastante dudosa en los días previos al término del mandato del Presidente Sebastián Piñera . En Cochamó, por ejemplo, hay claros indicios de vinculaciones con personas cercanas al gobierno pasado que lograron la aprobación de proyectos medioambientales entre gallos y medianoche.
Todo esto hace necesario generar una adecuada operatividad de los tribunales ambientales, a fin de evitar su paralización. Por eso, es necesario que opere la subrogación cuando sus titulares no estén presentes.
Por lo tanto, creemos que es fundamental apoyar este proyecto de ley que modifica la ley N° 20.600, que creó los tribunales ambientales, en materia de subrogación. Consideramos que representará un avance en la protección de los derechos medioambientales.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Daniel Farcas.
El señor FARCAS.-
Señor Presidente, la gran mayoría de los diputados y diputadas que han intervenido se refirieron a la importancia de este proyecto de ley, de manera que solo me resta manifestar mi apoyo al mismo.
Obviamente, esta iniciativa es un paso necesario; sin embargo, no concluye el camino que conduce a solucionar todas las materias relacionadas con la convivencia armoniosa de la ciudadanía, las empresas, las organizaciones y todos los chilenos con el medio ambiente, que debe ser resguardado de una manera muy distinta a la que hemos aplicado en los últimos años.
Respecto de lo manifestado por los colegas, es posible que no resuelva todos los conflictos ambientales a los cuales hoy nos vemos enfrentados, ni que sea la única y exclusiva herramienta para combatir los problemas de este tipo que afligen a nuestro país, de Arica a Punta Arenas; pero el establecimiento de la subrogación nos permitirá tener la certeza de que existirá un camino para canalizar las demandas que recibimos los parlamentarios y que en muchos casos son motivo de presiones de distinta naturaleza.
Asimismo, es necesario enviar una señal en el sentido de que, si bien es el camino correcto, todavía nos queda mucho por recorrer en cuanto a la ampliación del ámbito de acción de los tribunales y a la posibilidad de que esta medida sea aplicada en todo el territorio nacional.
Por lo tanto, anuncio que vamos a aprobar con mucho entusiasmo esta iniciativa, porque me parece que va en el sentido correcto, no obstante lo cual creemos que debe ser potenciada en el futuro.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Roberto Poblete.
El señor POBLETE.-
Señor Presidente, considero que esta iniciativa es una deuda que tenía el Poder Legislativo, por no habernos dado a tiempo un cuerpo legal que defienda nuestro medio ambiente.
Sin duda, la relación que hoy más se valora es la del ser humano con su medio ambiente, por lo que no podemos permitir que no esté regulada y que alguien pueda depredar, destruir y usar los elementos que pertenecen a todos en beneficio propio. Cuando hablo de esto, una vez más me estoy refiriendo al caso del lago Laja, de nuestra región, el cual, debido al uso indiscriminado de sus aguas por parte de Endesa, está a punto de secarse.
Este proyecto de ley es necesario porque permite que nuestro medio ambiente esté protegido y que nuestros tribunales ambientales operen, aunque no en las condiciones más favorables.
Considero necesario revisar la ley N° 20.600, a fin de introducirle las modificaciones que sean pertinentes para mejorar nuestra orgánica legislativa relacionada con la defensa del medio ambiente y con el funcionamiento de los tribunales ambientales.
Por lo tanto, anuncio que votaré a favor el proyecto de ley.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Fernando Meza.
El señor MEZA.-
Señor Presidente, nos encontramos debatiendo, en segundo trámite constitucional y con urgencia de discusión inmediata, este proyecto de ley que modifica la ley N° 20.600, que creó los tribunales ambientales.
Es cierto lo manifestado por nuestro estimado colega Patricio Vallespín y por quienes me han antecedido en el uso de la palabra: la subrogación es un instrumento muy necesario que debemos crear. Digo crear y no perfeccionar, porque hasta hoy ha imperado la ley de la selva en la aprobación de proyectos productivos que, de una u otra forma, han atentado no solo contra el medio ambiente, la naturaleza, la limpieza de nuestros ríos y caudales y el entorno, sino también directamente contra las personas.
En el caso de La Araucanía, este tema se replica a diario. Se trata de una región particularmente apta para el disfrute de una naturaleza rica en belleza y en recursos, pero en la que se ha olvidado en gran medida que la creación de riqueza, a través de proyectos productivos, debe hacerse en armonía y con respeto hacia nuestro entorno.
La bancada del Partido Radical va a apoyar esta iniciativa, pero no puedo dejar de manifestar cierta tristeza y decepción porque no tenemos un tribunal ambiental en La Araucanía, en circunstancias de que nuestra región permanentemente vive acosada por la posible instalación de una infinidad de proyectos de piscicultura, de centrales hidroeléctricas y de otras obras que atentan contra la permanencia de los pueblos originarios, que luchan por defender sus culturas ancestrales.
Reitero que no tenemos un tribunal ambiental en la región, a pesar de lo que luché y exigí, en muchas oportunidades, como miembro de la Comisión de Medio Ambiente de esta honorable Corporación, para que se tomara en cuenta la necesidad de contar con un tribunal de este tipo en La Araucanía. No es mi intención señalar que en otras regiones no sea necesario; pero en La Araucanía, por las particularidades que he explicado, se vuelve muy importante contar con un tribunal ambiental que, a corto plazo, pueda verificar los atropellos que permanentemente se realizan, sobre todo en contra del pueblo mapuche. Pero no fuimos escuchados en nuestra petición.
Al final, el Tribunal Ambiental se instaló en la ciudad de Valdivia, donde indudablemente también hace falta. ¡Pero qué difícil se hace para la gente más sencilla acceder a un tribunal ambiental cuando no existen las carreteras y autopistas que hay en Santiago y en otras regiones del país!
Aprobaremos el proyecto, pero espero que el Ministerio del Medio Ambiente, que encabeza el estimado ministro Pablo Badenier, se haga eco de esta petición en nombre de quienes viven en La Araucanía y que se sienten imposibilitados de presentar una demanda, de reclamar cuando son atropellados sus derechos, su cultura y su economía por los grandes consorcios y por los grandes intereses.
He dicho.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
Corresponde votar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.600, que crea los tribunales ambientales, en materia de subrogación, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 69 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló
El señor CORNEJO (Presidente).-
Despachado el proyecto.
INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA DEL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES (SENAME) [Continuación]
El señor CARMONA (Vicepresidente).- Corresponde continuar el debate del informe de la Comisión Investigadora del funcionamiento del Servicio Nacional de Menores.
Antecedentes:
-El informe de la Comisión Investigadora se rindió en la sesión 11ª de la actual legislatura, en 10 de abril de 2014.
El señor CARMONA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Daniel Farcas.
El señor FARCAS.- Señor Presidente , después de leer el informe y de hacernos cargo de todas aquellas materias que hemos tenido la oportunidad de conocer en detalle, nos ha surgido una importante preocupación, a partir de la cual, junto con otros parlamentarios, estamos evaluando la creación de una bancada transversal que aborde el tema de la infancia, con el objetivo de trabajar en propiedad y con mayor profundidad en todas aquellas materias ligadas al tema que aquí se ha analizado.
En particular, quiero enfatizar aquellos aspectos relacionados con la rigurosidad en la capacitación y en la formación que se entrega a las personas que están a cargo de niñas y de niños que están bajo el resguardo del Estado y, en un sentido amplio, también bajo nuestra responsabilidad.
En tal sentido, me parece fundamental que también sean evaluados los contenidos relevantes para la formación de esas personas, a fin de determinar efectiva y totalmente que ellas se encuentran capacitadas para cumplir esa labor.
En aspectos normativos que tienen que ver con el uso de los recursos y con aquellas instancias que requieren mayor apoyo, es muy importante que todas y cada una de las sugerencias de la comisión sean aprobadas, porque parecieran ser no solo importantes y fundamentales, sino también, en la gran mayoría de los casos, urgentes.
Debemos colocar toda nuestra energía para que esos cambios se produzcan lo más rápido posible, y en aquellas materias que requieran mayores recursos, debemos gestionar con el Ejecutivo para que se concreten a la brevedad. En materia de capacitación y formación, no solo hay que apuntar a que se lleven a cabo, sino también a que se controle que las personas que van a realizar esas tareas tengan no solo una noción teórica, sino también práctica, de cómo proceder con los niños y niñas que están a cargo del Estado.
Anuncio mi voto favorable al informe, pero, en general, estamos muy preocupados y, en algunos casos consternados, por todo lo que hemos sabido. Al tener esta información, nos convertimos en actores y protagonistas para proceder con la mayor prontitud y diligencia posible para dotar de los recursos y de las acciones necesarias para que el Sename cumpla su labor de manera adecuada.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Loreto Carvajal.
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Señor Presidente , en primer término, quiero agradecer a los integrantes de la Comisión Investigadora por la seriedad, excelencia y responsabilidad con la que asumieron su trabajo, tal como ameritaba la situación.
Por eso, vayan mis felicitaciones a los diputados René Saffirio , Alfonso de Urresti , hoy senador; Hugo Gutiérrez , Tucapel Jiménez , Ricardo Rincón y a la exdiputada señora María Antonieta Saa .
Por cierto, las conclusiones de esta investigación están suficientemente claras y constituyen un importante desafío a los distintos actores que deben intervenir en la protección y en el desarrollo integral de nuestros niños, niñas y adolescentes que, por distintas razones, deben ser internados en centros destinados a residencia.
Está claro que una de las primeras tareas es completar el estudio titulado “Proyecto de Levantamiento y Unificación de Información Referente a Niños, Niñas y Adolescentes en el Sistema Residencial de Chile”. Dicho levantamiento de información se encuentra inconcluso y no existen antecedentes acerca de la situación de las residencias y de los niños acogidos de las regiones del Biobío -salvo lo que se recogió respecto de las aldeas infantiles SOS-, de Magallanes, Metropolitana y de La Araucanía, lo cual tampoco expone la comisión.
Sin embargo, constituye un deber del Estado de Chile el concluirlo, siguiendo la misma metodología exhaustiva utilizada en las regiones que ya se han investigado. Por otra parte, dicho levantamiento debe ser enviado a los jueces de familia y a los presidentes de los respectivos tribunales de cada región, a fin de hacer efectiva la protección debida de los niños acogidos en el sistema residencial, además de respetar y promover sus derechos fundamentales en todo momento.
De esta manera, podemos mejorar los problemas detectados en los tribunales de familia y en los organismos colaboradores de la administración directa del Sename.
Se observó la condición de riesgo a la que se encuentran sometidos los niños, las niñas y los adolescentes en las residencias en que viven, debido a las anomalías e incumplimiento de deberes que existe por parte de sus directores, guardadores, cuidadores y autoridades competentes.
Se evidenció que el alto riesgo que se observa en el sistema residencial constituye una alerta urgente que implica revisar los procedimientos a la brevedad, debido al alcance que significa para la integridad del niño. La comisión concluye, en igual sentido, que en estos casos se deben tomar las medidas necesarias para evitar que se continúen vulnerando los derechos de niños, niñas y adolescentes afectados, por lo que, ante la vulneración de derechos de los niños acogidos en las residencias, se debe obligar al Servicio Nacional de Menores a que cumpla, sin dilaciones, las funciones que les son propias y se terminen las vulneraciones de derechos a los niños que son sujetos de cuidado alternativo al de sus padres dentro del sistema residencial.
Asimismo, el informe señala que se detectó tolerancia inexcusable ante el incumplimiento de deberes por parte de los organismos colaboradores y ante las vulneraciones de derechos ocasionadas. Menciona, además, la persistencia de ese servicio en la inacción, en la conducta transgresora de sus deberes y en la ineficiencia para poner término a los incumplimientos mencionados.
Más adelante, el informe se refiere al incumplimiento del Servicio Nacional de Menores del cometido estatal que da sentido a su existencia, esto es, contribuir a proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes que se han visto vulnerados en el ejercicio de dichos derechos y la reinserción social de adolescentes infractores de la ley penal. También menciona el notable abandono de deberes del director nacional de ese servicio y de los directores regionales.
Capítulo especial mereció la actuación de otros órganos del Estado involucrados o intervinientes en los hechos investigados, en el que se critica la actuación del Poder Judicial , de los directores de las residencias, de las personas jurídicas colaboradoras del Sename, de las personas naturales a cargo de tales instituciones y de otros órganos de la Administración del Estado involucrados en los hechos.
También el informe se refiere a las responsabilidades concretas que la comisión asigna al Sename y a los demás órganos de la Administración del Estado que debieron velar por el respeto pleno de los derechos de los niños frente a las vulneraciones de que fueron objeto.
En conclusión, considero vergonzoso que el Estado de Chile haya desprotegido a esos niños en situación de pobreza frente a la vulneración de sus derechos y que desde 2010 a la fecha no se hayan tomado las medidas necesarias para remediar la situación descrita. Por ello, por su intermedio, señor Presidente , le pido al señor ministro de Justicia , aquí presente, que acoja lo antes posible las propuestas de la Comisión Investigadora, ya que van en directo beneficio de nuestros niños, en especial de los más pobres.
Finalmente, felicito a los diputados que integraron la Comisión Investigadora por el trabajo realizado, y espero que las conclusiones y propuestas a las que han arribado se aprueben en su totalidad, porque es urgente y necesario que tomemos las medidas que permitan, de una vez por todas, resguardar a esos niños, que son el futuro de nuestro país y deben ser los más protegidos por el Estado.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Iván Flores.
El señor FLORES.- Señor Presidente , por su intermedio saludo al ministro de Justicia , don José Antonio Gómez , y celebro su presencia en esta Sala justo en momentos en que tratamos un tema tan relevante para todas las chilenas y los chilenos bien nacidos.
Hemos escuchado no solo una contundente exposición del Presidente de la Comisión Investigadora , sino también, a mi modo de ver, una denuncia grave, una clara advertencia y un llamado urgente para que reaccionemos frente a lo que ha ocurrido y, seguramente, continúa sucediendo en relación con la protección de los niños más vulnerables.
El informe contiene datos duros no solo por las cifras que incluye, sino también por la crudeza de los relatos de los actos u omisiones en que incurrieron instituciones y altos personeros de dos poderes del Estado en el período revisado por la investigación.
El ocultamiento de información por parte de un alto funcionario del Estado es una acusación grave, y la inmovilidad el Sename ante la contundencia de la información que advierte la comisión da cuenta de un enorme forado en el sistema de protección social de nuestro país y es un llamado a actuar con urgencia.
El informe saca a la luz graves fallas y falta de interés en un campo que debería ser una de las principales preocupaciones de toda chilena y chileno bien nacido, pues, junto con los adultos mayores pobres, los niños rescatados de sus propias familias y puestos al cuidado y resguardo del Sename son el segmento de mayor vulnerabilidad y, por lo tanto, deben ser objeto de nuestra mayor responsabilidad y preocupación.
Estamos hablando de los más golpeados de los golpeados; estamos hablando del deber constitucional de proteger a las personas, en especial a los niños, y no a cualquier niño, sino a aquellos que el Estado ha reconocido como vulnerados en sus derechos frecuente y mayoritariamente por actos de brutal violencia ocurridos al interior de sus propias familias o cometidos por gente cercana; estamos hablando del rol obligatorio del Estado en estas materias, que el informe de la Comisión Investigadora ha demostrado con precisión que no se ha cumplido plenamente.
Estos hechos no nos pueden dejar inmóviles; estamos obligados -y es lo que solicito, señor Presidente - a pedir explicaciones a quienes mal actuaron o se omitieron en el cumplimiento de sus deberes, y que son identificados en el informe, así como también a pedir respuestas a las actuales autoridades respecto de qué se hará en lo urgente, y también en lo permanente, para proteger y recuperar el especial desarrollo de los más de 15.000 niños bajo la custodia del Sename y, seguramente, de muchos otros que nuestro sistema no ha sido capaz de identificar.
Señor Presidente , por su intermedio pido al señor ministro de Justicia y a la principal autoridad de los tribunales ad hoc que se informen y escuchen este debate, que lean con atención el informe de la comisión y se comprometan a generar medidas correctivas inmediatas, así como a introducir las rectificaciones necesarias en las políticas públicas que den cuenta de lo denunciado.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Gabriel Boric.
El señor BORIC.-
Señor Presidente , resulta desgarrador escuchar el informe de la Comisión Investigadora. No podemos ser indiferentes. En la Comisión de Derechos Humanos recibimos en audiencia, hace pocos días, a una persona que había realizado una investigación sobre el Sename, y tras escucharlo uno concluía que el Sename está dañando a los niños bajo su protección, por lo que parecía mejor cerrarlo y así dejar de hacer daño. Esa es la verdad; esto es muy desgarrador.
Antes de referirme al informe en comento, quiero hacer un llamado de atención sobre el funcionamiento de la Cámara de Diputados. Lo hago sin ánimo de superioridad, sino con mucha humildad, porque de verdad se trata de un asunto que me parece tremendamente preocupante.
Cuando el diputado Saffirio presentó el informe de la Comisión, la semana pasada, había solo siete diputados de la Derecha en la Sala. Hoy, durante la intervención del diputado Iván Flores , en un momento había solo un diputado de la Derecha en la Sala. Y de los diputados presentes, es difícil saber cuántos estaban realmente escuchando el debate.
Quiero ser sincero: creo que en esto todos tenemos tejado de vidrio.
(Aplausos)
Colegas, escuchémonos más. Este es el espacio donde se supone debemos deliberar sobre el bien común, sobre los caminos que debe seguir el país, por lo que resulta impresentable que en todas las discusiones no nos escuchemos, que salgamos de la Sala o conversemos entre nosotros sin poner atención a lo que dicen nuestros colegas, independientemente de la filiación política de quien hable.
Hagamos todos -en esto me incluyo, por cierto- una introspección y revisemos nuestra conducta en la Sala. Demos el ejemplo y, por favor, aprendamos a escucharnos; es el mínimo respeto que debemos tener por quienes nos mandatan para representarlos en esta Corporación.
Dicho esto, paso al tema en discusión.
A partir de la sistematización que realizó Unicef de un total de 381 cuestionarios aplicados a niños, niñas y adolescentes en 2012 y de la encuesta aplicada por el propio Sename a cerca de 4.000 niños y niñas residentes en hogares de menores, ampliamente detallada en el informe -felicito a la comisión por el trabajo que realizó y le expreso todo mi respeto a sus integrantes-, se pudo constatar que a los graves casos de abusos sexuales en contra de los niños, niñas y adolescentes se deben sumar otras gravísimas vulneraciones a sus derechos, como falta de atención en educación y salud física y mental, institucionalización prolongada e injustificada, declaraciones de susceptibilidad de adopción sin enlace, entre otras.
Hago presente que en la actualidad todos los niños y niñas sufren vulneración en sus derechos al no tener acceso a una educación gratuita y de calidad, a prestaciones de salud o a una vivienda digna, entre otros derechos sociales que les son negados a causa de la mercantilización de los mismos.
Evidentemente, los niños y niñas de que trata el informe, por su condición, son aún más violentados, en la medida en que no existe una institucionalidad y una estructura legislativa acorde a los mandatos establecidos en la Convención de Derechos del Niño y en los demás tratados de derechos humanos ratificados por Chile y vigentes en nuestro país, a lo menos en el papel.
Estamos de acuerdo, en general, con las conclusiones y propuestas del informe, pero extrañamos que no se hiciera un análisis más exhaustivo de los menores institucionalizados por infringir la ley, para ver si se cumplen los principios rectores de la ley 20.084.
En relación con los desafíos legislativos, insisto en la necesidad urgente de derogar la actual ley de menores, lo que no puede ir sino de la mano de la aprobación y entrada en vigencia de una ley de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes que incluya también a los menores infractores de ley.
Asimismo, estoy de acuerdo con la creación de una institución autónoma, el Defensor del Niño, que represente los intereses del niño cuando sus derechos se encuentran en peligro; la aprobación de una ley que prohíba expresamente todas las formas de violencia, maltrato, castigo corporal, descuido o negligencia, tanto en el hogar como en las instituciones, y la creación e implementación de programas de reparación no solo para niños que vayan a ser enlazados en adopción, entre otras medidas contenidas en el informe.
Por supuesto, estoy de acuerdo con terminar con el levantamiento de información, pues no contamos con la que corresponde a la situación de las residencias y de los niños acogidos en las regiones de Biobío y Magallanes -salvo respecto de las Aldeas SOS, que sí fue recogida-, como tampoco la información sobre la Región Metropolitana ni la de La Araucanía. Es altamente recomendable -más bien constituye un deber del Estado- concluir ese levantamiento siguiendo la misma metodología exhaustiva utilizada en las regiones investigadas.
Me quiero detener en un punto importante. Creo necesario eliminar de cuajo la causal de inhabilidad parental. Las evaluaciones que hoy se hacen acerca de la inhabilidad parental son absolutamente insuficientes y no hacen otra cosa que encubrir casos graves de discriminación en contra de las familias más pobres de nuestro país, algo que no podemos seguir tolerando.
Si bien en la actualidad este es un motivo prohibido para alejar a los hijos de sus padres, existe un porcentaje no menor de niños que han sido apartados de sus padres solo por el hecho de ser pobres. ¿Es solución a la pobreza de esas familias la internación de sus hijos? Por supuesto que no. El problema es mucho más profundo.
Respecto del diagnóstico inicial y de los problemas detectados en el proyecto “Levantamiento y unificación de información referente a niños, niñas y adolescentes en sistema residencial a nivel nacional”, voy a referirme, en particular, a la situación de Magallanes, región que tengo el honor de representar.
En Magallanes, tenemos el caso de 126 niños, cuyas edades se distribuyen entre los menores de un año y los de veintitrés años, en que el promedio de edad es de 10 años. Once de ellos tienen dieciocho o más años, lo que equivale al 8,7 por ciento. Hay once personas mayores de 18 años. ¿Por qué están internados mayores de edad? Esta situación es claramente ilegal. Por eso, necesitamos saber las razones por las cuales estos aún se encuentren institucionalizados.
En segundo lugar, en cuanto a los ingresos solo por razones económicas -ya hice referencia a esto-, en Magallanes la principal causa de ingreso de los niños y niñas al sistema residencial se asocia a la negligencia parental, en el 73,9 por ciento de los casos, seguida de abandono, maltrato y/o violencia. La situación de ingreso ilegítimo por factores económicos se da en tres casos, que equivalen a 3,5 por ciento del total.
Los casos de ingresos por factores económicos corresponden a tres niñas lactantes y a un niño de seis años, todos del centro Nazareth , quienes en su mayoría fueron ingresados desde su nacimiento, dado que sus madres adolescentes residen en familias guardadoras.
Otro flagelo es la separación de los hermanos. En Magallanes, 45 por ciento de los niños y niñas que entran a un sistema residencial lo hacen, por lo menos, con un hermano o hermana, pero la mayoría no están juntos en la misma residencia. El 45,9 por ciento están fuera del sistema y, por ende, se encuentran separados entre sí.
Respecto del tiempo de institucionalización, 38 por ciento de los niños y niñas de la Región de Magallanes presenta una larga institucionalización. En promedio, en la región los niños permanecen treinta y cinco meses, es decir, casi tres años, con maltrato en el sistema residencial, y se encuentran viviendo un promedio de trece meses, es decir, un año y un mes, en la residencia actual en que se encuentran.
El desarraigo familiar y comunitario alcanza a 8 por ciento de los niños y corresponden a nueve casos.
En cuanto al abuso intrarresidencial, se encontraron tres casos llevados a cabo por adultos al cuidado de la residencia. Corresponden a dos niñas, una de 4 años y otra de 14, y a un niño de 9 años. Las dos primeras pertenecen al centro Casa de Acogida Ignazio Sibillo y al Centro Nazareth, respectivamente, y el tercero al Hogar del Niño Miraflores.
En cuanto a las residencias por medio de las cuales el Sename desarrolla su cometido de brindar protección a niños, niñas y adolescentes, en Magallanes los niños en alto riesgo equivalen al 22 por ciento. La residencia con número de niños en mayor riesgo es el Hogar del Niño Miraflores.
Solo los directores de la residencia Miraflores -considerando todas las residencias de Chile-, en cuanto fueron informados por el equipo de trabajo conformado por los miembros de la Comisión y por los jueces de familia de Punta Arenas de la vulneración de derechos -esto es muy importante- ocurridos en su establecimiento, dispusieron las medidas necesarias para poner término inmediato a las vulneraciones.
Hago un reconocimiento a los tribunales de familia de Magallanes por haber adoptado esas medidas, separar de sus funciones a los responsables y realizar las gestiones necesarias para reparar a los afectados y restablecerlos en el uso efectivo y goce pleno de sus derechos, como consta en cada una de las causas de protección correspondientes a los niños afectados, razón por la cual la residencia Miraflores se encuentra actualmente en pleno cumplimiento de sus deberes y entrega el cuidado debido a todos los niños, niñas y adolescentes que acoge.
Creemos que hay que exigir el cumplimiento de las responsabilidades comprometidas de todos y cada uno de los actores involucrados y descritos en este informe, toda vez que hasta hoy han mantenido una conducta transgresora de sus deberes, ya que, hasta la fecha, no han hecho nada para poner fin a esas vulneraciones y restaurar el imperio del derecho.
Los hechos acaecidos son particularmente graves, y los responsables no pueden quedar exentos de responder por su acción o inacción.
Hago presente al señor ministro de Justicia que el Poder Judicial tampoco parece haber tomado medidas especiales al respecto. Hasta la fecha, los tribunales de familia de cada región tampoco han actuado de oficio en la materia, en el ejercicio de la potestad cautelar que les corresponde, con excepción de las actuaciones de oficio realizadas en este contexto por el tribunal de familia de Punta Arenas en 2012 y por el tribunal de familia de Vallenar, que continúa hasta la fecha. Felicito a los tribunales de familia y creemos que, con los nuevos datos que deben ser levantados, también deberán tomarse las medidas necesarias para resguardar los derechos de los niños y niñas de nuestro país.
Pido al diputado René Saffirio , que lideró este informe, que no nos olvidemos de la gente que está siendo vulnerada en sus derechos, porque son los niños más vulnerables de nuestro país. Como Estado, estamos siendo, una vez más, muy irresponsables con ellos.
En los centros del Sename hay niños que están siendo sometidos a abusos sexuales, a violaciones, a torturas, y no podemos seguir siendo indiferentes a esa realidad. Ojalá que este informe, que tan bien expuso el diputado René Saffirio en la sesión anterior, no quede en el olvido o en nuestros cajones. Como Cámara de diputados, debemos tomar medidas urgentes al respecto, porque, de lo contrario, mañana un niño volverá a ser violado o torturado en un centro de reclusión o de acogida. Si no hacemos nada, vamos a ser cómplices de esas violaciones y de esas torturas. Pongámonos las pilas, violentémonos, desgarrémonos con este informe y espero que ojalá se adopten las medidas que propone la comisión.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo.
La señorita VALLEJO (doña Camila).-
Señor Presidente , cuesta referirse a este informe sin sentir un dejo de angustia y dolor, porque nos revela que en cada minuto que pasa hay niños y niñas que son abusados, no solo sexualmente, sino también física y psicológicamente, lo que nos indica que estamos frente una situación muy compleja, no en cuanto a los sentimientos que produce, sino respecto de cómo debe abordarse este problema.
Felicito a los integrantes de la Comisión y a los funcionarios que participaron en esta investigación, porque desarrollaron un trabajo muy difícil y loable.
En general, pediría no calificar a estos niños y niñas como vulnerables, porque que no se trata de una condición natural, sino de una acción de nuestra sociedad que, por desgracia, los vulnera constantemente.
El Sename nos muestra una situación de vulneración, que se suma a la violación sistemática de los derechos humanos de estos niños y niñas, que les viene pasando desde su nacimiento. Ello tiene que ver con las condiciones estructurales en que se desenvuelven.
Como dijo el diputado Gabriel Boric, estos niños y niñas no nacen delincuentes, ni nacen pobres. Son las condiciones de la sociedad las que los hacen delincuentes y pobres.
Hay que cambiar el Sename y reemplazarlo por una institucionalidad que aborde la complejidad del problema. Al respecto, saludo las propuestas planteadas por el informe, sobre todo la iniciativa de ley que apunta a crear el Servicio Nacional de Protección de la Infancia y el Servicio Nacional de Responsabilidad Penal Adolescente -ya ingresado a tramitación-, que debemos apoyar, porque logra separar la acción delincuencial de la protección necesaria de la infancia.
Además, me parece que debemos hacernos cargo del problema estructural, porque esto no tiene que ver simplemente con la violencia que puedan sufrir los niños y niñas en sus casas -ella se relaciona, por ejemplo, con el problema laboral, con la inserción y con la calidad del trabajo de sus padres-, sino también con la vivienda de esas familias.
Aquí se nos presenta una discusión que, aunque corresponde a otra arista, también tiene relación con el tema en discusión. Muchos niños y niñas viven hacinados, en mediaguas, en patios de casas, y debido a que están tan cerca o pegados a otras viviendas de material ligero sufren, por ejemplo, incendios, como los que hemos visto hace poco en Valparaíso.
Entonces, es nuestro deber abordar esta compleja discusión, porque si simplemente nos planteamos el cambio de la institucionalidad, no abordaremos el problema en toda su magnitud, que también debiera considerar lo relacionado con la vivienda y los barrios adecuados. A un niño no le hace bien el hacinamiento ni vivir en guetos donde todos son pobres y hay delincuencia y drogadicción.
En cuanto al tema de la educación, esos niños no tienen un adecuado acceso a ella y, por lo tanto, no se les respeta su derecho a la educación. Por lo tanto, si no abordamos el problema desde la raíz y si no evitamos que se sigan formando niños en condiciones de pobreza, siempre llegaremos tarde.
El Estado sabe cómo se forma un delincuente y cuáles son las condiciones para que un niño o una niña terminen siéndolo. ¿Por qué siempre llegamos tarde, cuando niños y niñas de 11 o 12 años de edad ya cometen delitos y solo nos queda analizar cómo reparar esa situación o cómo desarrollar un proceso judicial? Esto no puede seguir sucediendo en el país; ahí está el centro de la discusión en esta materia, y es justamente lo que debemos recoger del informe de la Comisión Investigadora del funcionamiento del Sename.
En ese sentido, hay que reforzar la idea planteada en el informe, que dice relación con el establecimiento de una mesa de trabajo que aborde integralmente esta materia. Insisto, hay que abordar el tema en una perspectiva intersectorial e interministerial. Los problemas de la salud, de la vivienda, de la educación y laboral de los trabajadores de nuestro país deben ser los ejes centrales para prevenir y evitar que ocurran estas situaciones de violación sistemática de los derechos de los niños y niñas. Pero lo que hace el Estado -porque el Sename es un organismo del Estado- es agudizar esa condición de vulneración. No podemos actuar ex post, sino que debemos actuar ex ante, preventivamente, y ese es el enfoque que debemos dar a esta discusión.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , por encargo de esta Cámara, me correspondió presidir la Comisión Investigadora del funcionamiento del Sename, y puedo asegurar que realizamos una investigación acuciosa y con mucho rigor investigativo, pero sobre todo con la mirada y los énfasis puestos en el interés superior del niño. Y cuando digo “interés superior del niño”, como señalé en mi informe en la sesión del jueves pasado, no hago referencia a un concepto vacío, sino a una expresión que surge de un acuerdo de Naciones Unidas y que nos impone, como Estado, la obligación de salvaguardar, defender y respetar los derechos de niños, niñas y adolescentes de nuestro país, que es precisamente lo que no estamos haciendo. Y esta búsqueda de información y de verdad respecto de lo que ocurre en la zona más oscura y detestable de la sociedad chilena la realizamos a pesar de la molestia de muchas y respetables instituciones, en algunos casos representadas por no tan respetables personeros.
¿Qué concluimos? En el informe, que es extenso -ya pedí disculpas por ello en la sesión pasada-, descubrimos las graves vulneraciones de derechos fundamentales de los niños que carecen de cuidado parental. También descubrimos que muchos niños son internados en recintos del Sename, pero no por dificultades parentales, sino por razones de pobreza. Es decir, se van a esos centros no porque tengan conflictos parentales, sino que se les priva de su libertad y de su familia porque son pobres.
Asimismo, descubrimos que el Sename -se lo expreso particularmente al ministro de Justicia - no sabe cuántos niños están en sus centros, porque solo contabiliza a aquellos que perciben una subvención del Estado. Pero muchos jueces internan a niños que no tienen tal beneficio. Entonces, estamos hablando de niños que son parias entre los parias. Lamento usar expresiones tan duras, pero esta investigación produjo angustia y tremendo dolor, aunque también generó una gran experiencia. En esta Sala, parece que es pecado hablar de sentimientos, de libertad y de justicia social, por cuanto es mucho más fácil hablar del impuesto a la renta y sobre los efectos que producirá en el empleo, disparar entre empresarios o atribuirle responsabilidades al mundo del trabajo. Pero, ¡por Dios que cuesta hablar sobre estos temas!
Descubrimos que los niños son ingresados a los recintos del Sename separados de sus hermanos, en residencias distintas e, incluso, en ciudades diferentes, en ocasiones distantes a más de 150 kilómetros. Además, nos informamos de que permanecen internados porque los jueces de familia que decretan su ingreso lo hacen sin plazo. Es decir, son internados en dichos hogares, pero no se sabe hasta cuándo. Menores de 3 años de edad se van a esos centros del Sename aterrados, se orinan en sus camas durante la noche y viven y se revuelcan en ellas e, incluso, muchas veces sus sábanas no son cambiadas durante quince días. ¡Esa es la forma en que el Estado protege a los menores!
No sacamos nada con quedarnos en la descripción de hechos, pues aquí hay responsables.
Se va a pedir votación separada sobre dos aspectos del informe, a partir de un acuerdo a que llegaron los jefes de Comités el jueves pasado, para que se pudiera discutir el informe en la Sala, a lo cual accedí. Primero, se pedirá votación separada porque esta comisión cometió el error, del cual me hago responsable personalmente como su Presidente , de despachar oficios y resolver que las respuestas fueran remitidas al presidente de la comisión y no al Presidente de la Cámara de Diputados. Por lo tanto, en ese momento no tuve presente que la Comisión se disolvía, porque era el último día de la legislatura anterior. Es una equivocación que -insisto- asumo personalmente como presidente de la comisión; por lo tanto, no hay que atribuirle responsabilidades a nadie más. Sin embargo, eso no puede llevar a cuestionar otros aspectos fundamentales del informe que tienen que ver con la responsabilidad.
A juicio del informe, ¿quiénes son los responsables? Nosotros hablamos de responsabilidad política del entonces ministro de Justicia , señor Juan Piña , hoy presidente del Consejo de Defensa del Estado ; del señor Héctor Carreño , ministro de la Corte Suprema de Justicia , designado por el máximo tribunal del país para conducir la justicia de familia en Chile. A pesar de haber recibido el informe que él mismo encargó, lo guarda y no lo informa a los tribunales de familia, porque no le gustaron sus resultados, que eran dramáticos, tal como he señalado.
¿De dónde surge esa responsabilidad política? Dicha responsabilidad emana, desde mi punto de vista, del artículo 5°, inciso segundo, de la Constitución Política, que establece lo siguiente: “El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.”. Pero el inciso continúa: “Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”.
Por su parte, el artículo 6°, en su inciso tercero, expresa: “La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley.”. Desde el punto de vista de la ciencia política, esto es claramente responsabilidad política. ¿Cómo se hace efectiva? Ese es el rol de esta Cámara. Se hace efectiva a partir de la norma del artículo 52 de la Constitución Política, que establece como atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados, entre otras: “2) Declarar si han o no lugar las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las siguientes personas: (…)
b) De los Ministros de Estado ,?;
c) De los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor General de la República, por notable abandono de sus deberes;”.
Por eso hablamos de responsabilidad política. No es una frase hueca, ni vacía. La responsabilidad política está claramente establecida y esta Cámara, en su oportunidad -que no es esta-, tendrá que resolver si acusa o no constitucionalmente a ambos personeros. No es esta la ocasión de hacerlo, pero ya están corriendo los plazos.
Para terminar, quiero hacer referencia a tres hechos. Respecto de dos, tuve una experiencia personal. El 9 de julio de 1999, en el centro de menores Alborada , de Temuco, a cuatro cuadras de mi casa habitación, y en momentos en que ejercía la función de alcalde de la ciudad, se produce un incendio en uno de los dormitorios que albergaba a ocho niños, que ha-bían sido internados por los entonces juzgados de menores, para cumplir una medida de protección. No sé si la fortuna o la desgracia me llevaron a entrar allí, a los cinco minutos de haberse declarado el incendio. ¡Nunca he logrado borrar la imagen de esos ocho niños, protegidos por el Estado, calcinados! ¡Ocho niños, protegidos por el Estado, terminaron muertos porque no les abrieron la puerta de la celda donde dormían! Nadie me puede decir que eso no ocurrió, porque yo estuve allí. Esto no es ficción, ni es una abstracción; es la realidad de ocho niños de nuestro país que, a partir de una medida de protección, fueron enviados a un centro de Sename. Estos menores provocaron un incendio -¡por Dios, qué “malos” esos niños, que con el incendio causaron daño al patrimonio fiscal!- y las personas encargadas de cuidarlos no les abrieron la celda. Como consecuencia, los ocho niños murieron calcinados. Esa imagen, como muchas otras, la tengo tan presente que sería largo relatar.
Entre los testimonios que se entregaron en la Comisión, está el de dos hermanos internados en una de las casas de las Aldeas SOS, en la comuna de Padre Las Casas, después de cruzar el río de la ciudad de Temuco. En una de esas casas vivían nueve niños, de los cuales siete eran sistemáticamente violados. ¡Siete, de nueve! Eran sacados de la casa, con conocimiento de la administradora, y subidos a un furgón de un empleado del Sename, que actualmente se encuentra procesado. Mientras uno los filmaba, otro los violaba y un tercero les decía: “No se les vaya a pasar la mano”. Esto está consignado en el informe.
Es importante apoyar este informe. Cuando terminé de informarlo, en la sesión pasada -pido perdón por lo que voy a decir, pero no voy a dar nombres-, se me acercó un diputado. ¿Sabe lo que me dijo, señor Presidente ? Estaban presentes la diputada Yasna Provoste y los diputados Iván Flores y Juan Morano . Me dijo: “ Diputado , lo que usted leyó en el informe es apenas el 10 por ciento de lo que ocurre en los hogares de menores. Y se lo digo yo, que fui testigo, a los nueve años, de cómo la cabeza de un niño era aplastada con una almohada, mientras tres sujetos lo violaban. Se lo digo porque yo, a los nueve años, viví en un hogar de menores.”.
¿Qué esperamos para tomar las decisiones que nos corresponden? Sería inmoral que, en conocimiento de tales hechos, no tomáramos decisiones coherentes con la naturaleza de los hechos que hemos investigado.
Señor Presidente , por su intermedio le pido al ministro de Justicia , presente en esta Sala, que no sigamos mirando al costado. Este no es un problema del gobierno del Presidente Piñera. Si leemos a Gabriel Salazar , Premio Nacional de Historia , en su obra “Ser niño “huacho” en la historia de Chile”, advertimos que el drama que denunciamos a través de la Comisión Investigadora tiene sus orígenes en los albores de la república.
Si queremos ser un país que empieza a jugar en las grandes ligas, esto no puede continuar.
He dicho.
-Aplausos.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Cito a reunión de Comités sin suspender la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia.
El señor URRUTIA (don Osvaldo).- Señor Presidente , no me voy a referir a los antecedentes específicos tenidos a la vista por la Comisión Investigadora, sino a los hechos que dieron lugar a la misma, los cuales también fueron latamente estudiados por las dos comisiones investigadores que analizaron el tema, llegando ambas a un mismo resultado, pero con distintos métodos y propuestas.
Señor Presidente , como es de público conocimiento, en julio de 2013, el Centro de Información e Investigación Periodística (Ciper) dio a conocer a la opinión pública el contenido del informe denominado “Proyecto de levantamiento y unificación de información referente a los niños, niñas y adolescentes en el sistema residencial en Chile”, desarrollado por una comisión institucional del Poder Judicial, apoyada por la Unicef, en el marco de un convenio de cooperación entre ambos organismos.
En ese marco, por propia iniciativa, jueces de familia aplicaban en las visitas un cuestionario de supervisión del sistema residencial de protección a niños mayores de 10 años, donde podían indicar en forma anónima las observaciones y denuncias que estimaran.
El referido cuestionario que devela Ciper da cuenta de una serie de casos de maltrato y abuso, que constituyen vulneraciones graves a los derechos fundamentales de los niños y adolescentes bajo la protección del Estado, causando alarma pública.
Sobre el particular, no me haré parte de los muchos cuestionamientos y también halagos que tuvo dicho informe por parte de numerosos expertos sobre la metodología empleada. Sin embargo, es necesario recalcar y tener presente que el ánimo del trabajo, como se lee en su génesis, fue mejorar las deficiencias del sistema residencial de los niños que se encuentran bajo la protección del Estado de Chile por no poder vivir con su familia de origen o extendida, y no exponerlos a una nueva vulneración de sus derechos. De modo que cualquier opinión que se emita podría llevar a conclusiones irresponsables. Tampoco es tarea de esta Cámara referirse a maltratos y delitos consignados en el informe periodístico, porque su investigación y sanción es tarea exclusiva y excluyente de los tribunales de justicia.
Al respecto, hago un llamado a toda persona e institución, pública o privada, particularmente a los medios de comunicación, a ser cuidadosos en las opiniones, verbales o por escrito, que puedan efectuar y que lleven a transgredir gravemente los derechos de los niños, de manera que no sean expuestos a una doble vulneración de sus derechos al exponerlos públicamente sin considerar su edad y condición.
Señor Presidente , honorable Sala, nadie podría no estar de acuerdo con las conclusiones de las comisiones investigadoras, porque no tengo duda de que compartimos el diagnóstico de las múltiples carencias del sistema de protección residencial de los niños y adolescentes. Igualmente, concordamos con sus desafíos. A mi juicio, el primero y principal es la urgente necesidad de una nueva institucionalidad para el Sename, que lo rediseñe y que implemente instrumentos orientados a la protección de los derechos de los niños y adolescentes, como igualmente que aplique programas de reparación especializada para los menores que han sido vulnerados en su derecho más esencial: vivir con sus familias, protegidos y queridos.
Se debe establecer como principio rector que los niños y adolescentes tienen, en primer lugar, el derecho a ser cuidados por su familia de origen o extendida; en segundo lugar, la adoptiva, y como último recurso, la internación, para lo cual tanto el Sename como los tribunales de justicia deben tener la obligación legal y moral de agotar las medidas para que este derecho esencial se cumpla. Se debe intervenir apoyando a la familia para que el niño pueda quedarse en ella y no sea la pobreza o la marginalidad la causa de su internación.
Por otra parte, resulta fundamental establecer un sistema de supervisión externa, independiente y regular que garantice objetividad y mejoras permanentes al sistema, que esté a cargo de un organismo de protección de la infancia y de sus derechos fundamentales, y que sea el encargado de fiscalizar y hacer sus propias transformaciones.
Al respecto, me llama profundamente la atención y no puedo compartir la decisión del actual Gobierno de enviar a tramitación al Congreso Nacional, dentro de sus primeras iniciativas, el proyecto de ley que crea el Ministerio de la Mujer y de Equidad de Género, sin considerar en sus objetivos a la familia, olvidando que para las mujeres sus hijos son la primera prioridad. Pareciera que la familia tampoco fuera importante para la sociedad y el país. No tengo duda de que a los niños y adolescentes infractores de ley les faltó una familia que los guíe y acoja. Por otra parte, en el caso de los niños que están bajo protección en el sistema residencial por no tener una familia, cuando llegan a tener la dicha de la adopción o la suerte de permanecer bajo el alero de instituciones como El Refugio de Cristo, Mi Casa, La Fundación Chile para la Adopción y tantas otras que realizan su máximo esfuerzo para funcionar como familias, con una madre sustituta a cargo de un máximo de diez niños a los que dedica toda su atención, su situación cambia radicalmente y llegan a ser personas felices.
Por lo tanto, se debe fortalecer a las familias y es la oportunidad para la creación del Ministerio de la Familia, que obviamente involucra a la mujer, pero también a los niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y también a los hombres, sin excluir a nadie, sino integrando, para que, en definitiva, tengamos una sociedad más sana e inclusiva.
Señor Presidente , los antecedentes recabados por ambas comisiones investigadoras dan cuenta de muchas carencias del sistema, el que requiere con urgencia una inyección contundente de recursos que permita contar con mejores habitabilidades, medidas de seguridad apropiadas, personal mejor pagado para evitar la rotativa y temporalidad de los mismos y, sobre todo, contar con una subvención que pueda cubrir los costos que implica un niño en régimen residencial.
Resulta ineludible un presupuesto público consecuente, elevando gradualmente el monto de la subvención.
Finalmente, del análisis de los antecedentes fluye la convicción de que existe una responsabilidad compartida de los tres Poderes del Estado -Ejecutivo, Legislativo y Judicial- en la precariedad del sistema de protección residencial de niños y adolescentes, cada uno en su propio ámbito, ya sea por la falta sistemática de políticas públicas de la infancia, por la carencia de leyes que den cuenta de su protección integral y por la internación de niños sin seguir el curso posterior de la misma y no preocuparse de la restitución de uno de sus derechos más anhelados: vivir en familia.
La bancada de la Unión Demócrata Independiente está disponible para aprobar el informe de la Comisión Investigadora en las propuestas que impliquen un llamado al Ejecutivo a rediseñar con urgencia el sistema de protección residencial a cargo del Sename, porque coincidimos plenamente con el diagnóstico efectuado. Sin embargo, no estamos disponibles para aprobar propuestas que van más allá de nuestras funciones fiscalizadoras y que corresponden a otro Poder del Estado. Las responsabilidades penales y administrativas de los funcionarios que faltaron a sus deberes y desprotegieron a los niños son individuales, y serán los organismos pertinentes los llamados por la Constitución Política y las leyes a hacer justicia.
Por otra parte, las responsabilidades que se asignan en el informe al ministro de la Corte Suprema don Héctor Carreño deben ser analizadas en su oportunidad y en su propio mérito, precisamente porque la letra c) del N°2 del artículo 52 de la Constitución Política de la República otorga a la Cámara de Diputados la atribución exclusiva de acusar a los magistrados de los tribunales superiores de justicia por notable abandono de sus deberes, materia que, en consecuencia, debe ser abordada por cuerda separada.
Por lo anterior, nuestra bancada solicita votación separada de las conclusiones.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Roberto Poblete.
El señor POBLETE.- Señor Presidente , en primer lugar, saludo al ministro José Antonio Gómez por su presencia. Además, felicito a la Comisión Investigadora por su trabajo respecto del funcionamiento del Servicio Nacional de Menores.
Señor Presidente , nuevamente enfrentamos con desazón el hecho de que un órgano del Estado de la importancia de este se encuentre bajo revisión por irregularidades en su funcionamiento.
Básicamente, el objeto de esta Comisión Investigadora ha sido la actuación y reacción del Servicio Nacional de Menores en la vulneración de los derechos de los menores que se encuentran en hogares dependientes o sujetos a su fiscalización, en contravención de las garan-tías constitucionales y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Hoy, según la Comisión Investigadora, en los hogares, casas y residencias del Servicio existe, entre otras, negación de alimentos, asistencia médica, vestuario y educación.
La situación de los centros u hogares de menores dependientes o sujetos a la fiscalización del Sename es precaria y, en algunos casos, linda con lo delictual.
Por ello, los resultados de este informe no son nada alentadores. Como sociedad debemos reaccionar a la brevedad, con políticas claras y, sobre todo, con mejores recursos técnicos, humanos, legislativos y financieros. Lo anterior es básico si se piensa que Chile ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, de 1991, instrumento internacional de la máxima importancia que establece principios, estándares y derechos, cuyos límites a la acción del Estado y de particulares en defensa de la infancia son claros y contundentes.
Las irregularidades que arrojó el estudio titulado “Proyecto de Levantamiento y Unificación de Información Referente a Niños, Niñas y Adolescentes en el Sistema Residencial de Chile”, realizado por el Poder Judicial, la Unicef y el Sename, y la investigación de las responsabilidades de este Servicio respecto de los hechos que motivaron esta investigación, son los puntos cruciales de esta Comisión Investigadora y sobre los cuales tenemos que reflexionar más.
En este sentido, representan una gravedad mayor para el país completo y en especial para la Comisión Investigadora, las afirmaciones y distinciones hechas por el exdirector nacional del Sename señor Rolando Melo , y por la exjefa del Departamento de Protección de Derechos, señora Angélica Marín , respecto del abuso cometido por adultos o por los propios niños en contra de otros menores; o el cometido por un adulto integrante de una residencia o por un tercero ajeno a ella; o el abuso que sufren los niños al interior de una residencia, o fuera de ella, cuando salen a visitar a sus familias.
Creemos que un nivel de negligencia como el visto en la administración anterior, donde sus personeros intentaron delimitar sus propias responsabilidades haciendo la denuncia sin haber activado de manera decisiva los mecanismos de tutela y salvaguarda judicial en favor de los menores, resulta terrible. Estuvieron absolutamente ciegos ante la calidad de víctimas de los niños y frente al hecho evidente de que, respecto de cada menor que se encuentra ingresado en el sistema residencial por orden de un tribunal de familia, quien tiene a su cargo el cuidado personal de aquellos en todo momento y circunstancia es el director de la residencia. Son ellos quienes deben responder por el bienestar y el resguardo de los derechos de esos menores. No debemos olvidar que este y cada uno de los profesionales y personas que trabajan en los centros del Sename reciben aportes estatales para ello. El director debió en todo momento poner por delante el interés superior de los menores.
Hoy estamos en este hemiciclo para denunciar e intentar hacer ver a la ciudadanía que el Estado de Chile es el primer responsable del cuidado de los niños que acoge para protegerlos, y, por tanto, no puede admitir bajo ningún aspecto que permanezca el abuso sexual sistemático, como cualquier abuso de otra índole que se produzca en las residencias.
Por eso, se deben tomar medidas administrativas, legislativas y judiciales drásticas para acabar con ello y prestar la debida y adecuada atención médica especializada tanto a los niños actores de abuso como a quienes lo padecen, pues todos ellos son víctimas de violencia institucional, y su freno es y debe ser un compromiso ineludible del Estado de Chile.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada señorita Karol Cariola.
La señorita CARIOLA (doña Karol).- Señor Presidente , por su intermedio saludo al ministro señor José Antonio Gómez .
Es un gusto tenerlo aquí, señor ministro . Sin embargo, es lamentable tener que recibirlo durante la discusión de un informe que nos entrega antecedentes que para nosotros son terribles de escuchar y constatar, acerca de hechos que han venido desarrollándose en el país respecto de instituciones que debieran proteger a nuestros niños.
Es importante destacar el rol que cumplió la Comisión Investigadora, y, por supuesto, la particularidad del compromiso expresado ante todos nosotros por el diputado que encabezó un proceso que ha sido bastante complejo.
También es importante destacar que, de alguna manera, la Comisión Investigadora nos entregó la oportunidad de sacar a la luz toda la información que fue ocultada al país de manera negligente por la exministra de Justicia, los exseremis respectivos, el exdirector del Sename y las respectivas jefas de los departamentos de Protección de Derechos y de Adopción de dicha institución, ya que tal como el informe lo expresa, ellos conocían plenamente la situación de abuso y vulneración de derechos de nuestros niños, respecto de lo cual tuvimos que enterarnos a través de Ciper y de otros medios de comunicación para recién poder hacernos cargo.
Esto no puede volver a ocurrir en Chile, señor Presidente . Es una situación inaceptable. Una vez más, somos testigos del lamentable hecho de que los niños que peor lo pasan son los más pobres, pues desde la cuna son condenados a ser víctimas de la desigualdad y el abuso en distintos ámbitos. Son niños que muchas veces nacen sin ser esperados, para posteriormente ser abandonados en los diversos centros que aparecen en el informe de la comisión, situación acerca de la cual ya vemos los resultados, porque el Estado, que debería garantizar su protección, no lo está haciendo.
Desde ahí hacia adelante esos niños se encuentran condenados a recibir las migajas de nuestra sociedad.
No obstante ello, cuando se proponen mecanismos sanitarios para el control de la natalidad desde la prevención de los embarazos no deseados, hay algunos que anteponen sus sesgos morales ante la necesidad de legislar al respecto con políticas públicas reales y eficientes.
Es angustiante y doloroso que en esta oportunidad sean organismos del Estado los responsables y cómplices de los abusos a los que nuestros niños fueron expuestos. Además, el informe expresa que los tribunales de justicia no intervinieron ni hicieron los seguimientos correspondientes.
No quiero desviar el debate, pero no puedo dejar pasar el comentario del diputado Osvaldo Urrutia, quien hizo alusión a la creación del Ministerio de la Mujer, ya que como mujer no puedo permitir que se intente acotar nuestro rol solamente al sustento de la familia.
Es una alegría para nosotras que la Presidenta Bachelet esté cumpliendo con una deuda que se encontraba pendiente, cual es la creación del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, pues para nadie es secreto que los derechos de las mujeres, al igual que los derechos de los niños, si bien han sido planteados, hasta ahora no se han cumplido del todo. La historia de lucha de las mujeres chilenas ha tenido varias conquistas, entre ellas el derecho a voto y el derecho a formar parte de la representación política de nuestro país; sin embargo, muchas otras todavía están pendientes. Otra conquista era generar una institucionalidad potente que nos permitiera, por ejemplo, relevar el derecho de las mujeres trabajadoras, que todavía siguen ganando un sueldo diferenciado respecto del de los hombres.
Lo vuelvo a decir: no era mi afán desviar el tema del debate principal; sin embargo, no podía dejar de mencionar ese elemento, ya que, lamentablemente, a veces tratamos de mezclar peras con manzanas. Señor Presidente , por su intermedio le señalo al señor ministro que el debate que hoy nos convoca se relaciona con la necesidad de tomar resoluciones concretas acerca de la situación irregular que se ha venido dando en los centros de cuidado de niños que están a cargo del Estado.
Las responsabilidades deben ser perseguidas en todo ámbito, instruyéndose necesariamente las fiscalizaciones, auditorías, procedimientos administrativos sancionatorios, demandas civiles y acciones criminales que correspondan y contra quienes correspondan.
Por otra parte, urge una reestructuración completa del sistema de residencia y, más aún, del Sename en cuanto a su institucionalidad y gestión. Esto requiere modificar diversos cuerpos legales del Ministerio de Justicia, incluso la Ley Orgánica Constitucional del Sename. No es posible que existan programas y organizaciones subvencionadas con recursos del Estado, que pertenecen a todos los chilenos, en los que se maltrate y vulnere a los menores que, precisamente, requieren de una mayor protección. Debe auditarse, a la brevedad, a todas las instituciones para determinar cómo se gastan los recursos fiscales que ellas reciben.
En el mismo sentido, debe realizarse un nuevo ordenamiento de la protección de los menores que retome el rol público de esta actividad y terminar con el sistema que subvenciona y que solo externaliza su servicio, que pone el énfasis en la obtención de recursos y su distribución en función de mantener a las organizaciones, sus costos y sus sueldos, y no en la protección y desarrollo de nuestros menores.
Por otro lado, no puede seguir estructurándose como eje fundamental del sistema la penalización de los niños desarrollando ambientes carcelarios como modelos de residencias e internaciones. Incluso en el caso de la reforma penal juvenil es necesario realizar una revisión a fondo de un sistema que criminaliza a nuestros niños, sin ofrecer una reparación y reinserción profunda y efectiva, manteniendo a los menores sin posibilidad de reinserción o de rehabilitación en el ámbito que sea mejor para ellos.
Por último, quiero manifestar que nuestras niñas y niños no solo son el futuro de nuestro país, sino también el presente, y, por ende, debemos hacernos cargo de ellos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías.
El señor FARÍAS.- Señor Presidente , el informe de la Comisión Investigadora del Sename, que escuchamos en la sesión anterior, no solamente es conmovedor, sino también aterrador.
Es aterrador, porque se trata de niños que son el eslabón más desprovisto de nuestra sociedad. Los niños tienen derechos, pero no tienen voz. Si un mayor no toma la voz de los niños, nadie los representa.
Cuando vimos, primero, lo que hizo Ciper, y luego el informe de la Comisión Investigadora del Sename, nos aterramos -insisto- al comprobar que muchos de los hechos descritos eran efectivos, reales; estaban ocurriendo. Por eso se creó esta Comisión Investigadora.
Aquí se han relatado las aterradoras experiencias ocurridas en los centros del Sename. Pero quiero señalar al ministro de Justicia , por intermedio del señor Presidente , que ahora es el momento de actuar: ya basta de preocuparnos; debemos empezar a ocuparnos. Así como hoy nos estamos ocupando de las consecuencias de la tragedia provocada por los grandes incendios desatados en Valparaíso en los últimos días, tenemos que empezar a ocuparnos de los menores más desvalidos.
Hace mucho rato que se ha tratado de abordar ese problema. De hecho, han sido ingresados a trámite legislativo en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que propone una reforma integral al sistema de adopción y otro que modifica y moderniza el Sename, iniciativas a las que el Ejecutivo debe hacer presente la urgencia, como se lo planteé al ministro de Justicia hace un par de semanas.
Respecto del proyecto de ley que propone modificaciones a ese Servicio, estoy de acuerdo con el planteamiento que se hace en la iniciativa en términos de que no es posible que los menores de edad que se encuentran recluidos por hechos delictuales estén mezclados con menores ingresados por ser víctimas de abandono. No hay que juntar a unos con otros; se debe dar un tratamiento especial para cada caso, porque son distintos.
Por lo tanto, es urgente que se apruebe el informe de la Comisión Investigadora que se somete a nuestra consideración, y que el Ejecutivo otorgue urgencia a los proyectos de ley señalados, con el objeto de que la Comisión de Familia y Adulto Mayor los trate de manera profunda, a fin de determinar qué se debe hacer para que nuestros menores se encuentren protegidos y nos empecemos a ocupar de ellos.
Asimismo, es urgente que se apruebe el proyecto de ley que propone una reforma integral al sistema de adopción, para permitir que los menores en situación de abandono estén el menor tiempo posible en los centros del Servicio Nacional de Menores.
Las iniciativas señaladas deben ser discutidas, perfeccionadas y aprobadas de una vez por todas.
Es aterrador lo que les ha ocurrido a algunos menores recluidos en los centros del Sename, donde muchos de ellos han sido víctimas de violación, para lo cual han sido sacados de los centros en las noches y se les ha hecho consumir drogas para ser sometidos a actos terribles. Los actos a los cuales esos menores han sido sometidos resultan aterradores y conmovedores. Por eso, la Cámara de Diputados no puede permanecer indiferente.
Reitero que no podemos seguir preocupándonos de esa situación, sino que debemos ocuparnos de ella, por una parte, mediante la aprobación del informe en discusión. para que se adopten las medidas respectivas y se lleven los hechos a la justicia para que esta haga su trabajo, y, por otra parte, haciéndonos cargo de lo que está sucediendo en cada uno de los centros del Sename del país.
En entrevista publicada el domingo pasado, la directora del Sename , señora Marcela Labraña , quien hace poco asumió el cargo, señaló que se están interviniendo algunos centros de ese servicio para brindar mayor protección a los menores recluidos en ellos. Sin embargo, creo que no se saca nada con hacer eso si no se solucionan los problemas puntuales que existen al interior de ellos. Se debe cambiar el sistema en su totalidad; de lo contrario, en el Sename volverán a ocurrir casos como los que hemos conocido.
Es urgente que nos ocupemos de ese problema y que se perfeccione la institucionalidad en materia de adopción, con el objeto de que los menores en situación de abandono no permanezcan en los centros del Sename tanto tiempo y para que no sean mezclados con aquellos recluidos por delitos. Se trata de niños que requieren un tratamiento distinto, a fin de que puedan surgir, mejorar y llegar a ser ciudadanos que puedan trabajar y vivir tranquilos en la sociedad.
Han ocurrido casos muy complejos en el Sename. Por eso, insisto en la solicitud que he hecho al ministro de Justicia para que el Ejecutivo haga presente la urgencia a los proyectos de ley que deben ser tramitados para que nos ocupemos como corresponde respecto de la situación de los menores recluidos en los centros de ese organismo.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).- Ha terminado el tiempo destinado al Orden del Día.
Quedan diez diputados inscritos para hacer uso de la palabra, los que intervendrán en la próxima sesión ordinaria.
El señor RINCÓN.- Señor Presidente, pido la palabra para un punto de Reglamento.
El señor CORNEJO .- Tiene la palabra su señoría.
El señor RINCÓN.- El debate continuará mañana, y luego votaremos el informe de la Comisión Investigadora, motivo por el que pido que recabe el asentimiento de la Sala para permitir el ingreso a esa sesión de la directora del Servicio Nacional de Menores, acceso que hoy le fue denegado.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- ¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda .
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , quiero saber si en la sesión que se celebrará mañana también contaremos con la presencia del ministro de Justicia para la continuación del debate de este informe.
El señor CORNEJO ( Presidente ).- El ministro de Justicia estará presente en la continuación de la discusión de este informe
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Muchas gracias, señor Presidente .
VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
INCORPORACIÓN DE PROVINCIAS DE CHILOÉ Y PALENA A PLAN DEDESARROLLO ESPECIAL DE ZONAS EXTREMAS EN FAVOR DE MAGALLANES, AYSÉN Y ARICA
El señor GONZÁLEZ ( vicepresidente ).- El señor Prosecretario dará lectura al primer proyecto de resolución.
El señor ROJAS ( Prosecretario ).- Proyecto de resolución N° 17, de los diputados señores Alejandro Santana, Leopoldo Pérez, Felipe Kast, David Sandoval, de la diputada señorita Marcela Sabat, de los diputados señores Patricio Vallespín y Daniel Farcas, y de las diputadas señoras Paulina Núñez y Alejandra Sepúlveda, que en su parte dispositiva señala lo siguiente:
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a la Presidenta de la República , señora Michelle Bachelet, incorporar a las provincias de Chiloé y Palena al Plan de Desarrollo Especial de las Zonas Extremas en Magallanes, Aysén y Arica, sin dejar de lado la inversión que se ha calendarizado dentro del presupuesto 2014, condiciéndose con la realidad en el tratamiento de las zonas extremas a lo largo del tiempo.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Para hablar a favor del proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Santana.
El señor SANTANA.- Señor Presidente , quiero agradecer a los diputados de las distintas bancadas que acogieron esta iniciativa, en especial a los que representan a los distritos de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, señores Iván Fuentes y David Sandoval , porque el espíritu de este proyecto de resolución apunta en la línea de lo que ha ocurrido en los últimos años en las provincias de Chiloé y Palena , en las que ha habido un incremento significativo en materia de inversión pública. Ha habido proyectos que han tenido recomendación social y otros que han sido priorizados por el Presidente de la República .
Por ello, valorando el compromiso asumido por la Presidenta Bachelet , en su plan de los primeros cien días, de reforzar la inversión, el crecimiento y el empleo en las regiones extremas, para lo cual ha considerado a Magallanes , Aysén y Arica, creemos que, en justicia, las provincias de Chiloé y de Palena no deben quedar fuera de esa política pública, dado que no existe en ellas ninguna condición distinta o mejorada. Valoro y agradezco la disposición de diputados de distintas bancadas en orden a apoyar esa petición.
No podemos dejar de lado que Palena y Chiloé pertenecen a las zonas extremas del país. Ello respalda la presentación del proyecto de resolución, por lo que pido a la Sala que lo vote a favor.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , los argumentos que esgrime el diputado Santana son importantes y guardan relación con una zona que todos sabemos que tiene grandes complejidades de conectividad con la Región de Los Lagos. En efecto, estamos trabajando muy fuertemente en esa materia con nuestra Presidenta y con la diputada que representa a la zona.
Sin perjuicio de ello y de apoyar el proyecto de resolución, quiero plantear al diputado Santana , por su intermedio, señor Presidente , que también sería muy importante que se investigara una serie de situaciones irregulares que ocurrieron en esa zona de extremo aislamiento durante el gobierno del Presidente Piñera. Ya se está descubriendo, en particular en la Dirección de Obras Hidráulicas, una serie de hechos que revisten la más extrema gravedad, relacionados con millonarias inversiones que se realizaron con recursos de todos los chilenos. Por ejemplo, para la realización de dragados en Chaitén se pagaron cifras por sobre los 2.000 millones de pesos, esto es, veinte veces lo que valen esa obras.
Si bien es importante solicitar al Ejecutivo que incorpore a Chiloé y a Palena al plan de desarrollo de zonas extremas, también lo es pedirle -lo haremos a través de un proyecto de acuerdo, con las denuncias respectivas- que disponga que se aclare cada uno de los hechos ocurridos en la provincia de Palena. En las zonas extremas generalmente se producen situaciones bastante extrañas en las licitaciones que se llevan a cabo.
Quiero que nos sumemos -ojalá con el diputado Santana - a investigar a aquellas empresas españolas que trabajaron en Palena en particular en los últimos años, que dejaron las obras mal hechas y que recibieron sobrepagos extraordinariamente elevados. Sería importante que la actual directora de Obras Portuarias investigue cada una de las obras realizadas en esa provincia. Si queremos apoyar a las zonas extremas, es importante que los proyectos que en ellas se ejecuten queden bien hechos y no sean una problemática para sus habitantes. El caso de los dragados realizados en Chaitén es la más clara demostración de las graves dificultades que ha provocado a la provincia de Palena el desarrollo de obras mal estructuradas.
Anuncio que vamos a apoyar el proyecto de resolución porque creemos importante que Palena, en particular, y Chiloé, que tienen características bastante complejas, sean incorporadas al plan especial de desarrollo de zonas extremas, que la Presidenta de la República ha determinado para las regiones de Arica, de Aysén y de Magallanes.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de resolución.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 85 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez
-Se abstuvo el diputado señor
TRIBUTOS ESPECIALES PARA PROMOVER DESCENTRALIZACIÓN TRIBUTARIA EN CHILE
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del proyecto de resolución N° 18, en virtud del cual se solicita a la Presidenta de la República que establezca tributos especiales que permitan promover la descentralización tributaria en Chile.
El señor ROJAS ( Prosecretario ).- Proyecto de resolución N° 18, de las diputadas señoras Paulina Núñez y Marcela Sabat, y de los diputados señores Leopoldo Pérez, Gabriel Boric, José Manuel Edwards, Felipe Ward, Felipe Kast, Jorge Rathgeb, Iván Fuentes, Alejandro Santana y Bernardo Berger, que en su parte resolutiva dispone lo siguiente:
La honorable Cámara de Diputados acuerda solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, número 1, de la Carta Fundamental, proceda a ingresar una indicación al proyecto de ley de reforma tributaria (boletín N° 9290-05), a través del cual se establezca que:
1. El 1 por ciento del monto de inversión de grandes proyectos que se instalen en regiones sea aportado directamente al presupuesto municipal de la comuna en que la empresa desarrolle su actividad, estableciendo además que dicho monto sea destinado socialmente a obras de desarrollo local.
2. La determinación de que todo nuevo proyecto de inversión relevante deberá destinar el 10 por ciento que tiene que pagar por concepto de impuesto a la renta a la región donde se producen las correspondientes utilidades, por medio de una transferencia directa al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) de cada región, que es el principal instrumento con el que cuentan las regiones para financiar sus proyectos.
3. La imposición de la obligación a las empresas que paguen sus contribuciones de bienes raíces y otros derechos municipales en la comuna donde ellas efectivamente desarrollan sus actividades, y no en la comuna donde se encuentra fijado el domicilio de su sede principal.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Para hablar a favor del proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado señor Gabriel Boric.
El señor BORIC.-
Señor Presidente , firmé este proyecto de resolución porque pertenezco a la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la que diariamente vivimos las consecuencias del centralismo asfixiante del Estado. Por ello, al ser Chile un país excesivamente centralista, me parece interesante, en el marco de la discusión de una iniciativa tan importante como la reforma tributaria, instalar un debate respecto de la descentralización tributaria.
Quiero dejar claro que soy partidario de que exista una reforma tributaria, por lo que me manifiesto en contra de cualquier táctica dilatoria para que se demore su aprobación. No obstante, firmé este proyecto de resolución porque, en el marco de la discusión de la reforma tributaria, permite abrir un debate importante sobre uno de los grandes problemas de la desigualdad en Chile, como es el centralismo.
Invito a todos los diputados a apoyar el proyecto de resolución, que en ningún caso constituye una estrategia dilatoria para demorar la aprobación de la reforma tributaria, sino que es una forma de instalar un debate de fondo sobre cómo distribuir la riqueza que generamos como país entre todos nuestros habitantes, incluidas nuestras regiones, y no terminar una vez más colaborando, quizá por omisión, al profundo y violento centralismo que existe en Chile.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Para apoyar el proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Santana.
El señor SANTANA.- Señor Presidente , valoro el esfuerzo de distintos diputados de regiones, liderados en este proyecto de resolución por la diputada Paulina Núñez , en orden a incorporar en la reforma tributaria que estamos discutiendo y que hoy votaremos en general en la Comisión de Hacienda, el concepto de descentralización tributaria, esto es, la posibilidad de administrar en regiones los recursos de manera autónoma e independiente.
Sabemos que forman parte del eslogan de las campañas presidenciales la descentralización, la consideración regional, el no alejarnos de las necesidades que existen en cada una de nuestras regiones. Hoy, cuando discutimos una reforma tributaria que pretende recaudar una cantidad significativa de recursos, creo que es el momento en que el Gobierno de la Presidenta Bachelet debe entregar una señal potente, una señal que no se quede solo en los compromisos de campaña, sino en realidades concretas que, sin duda, serán beneficiosas y generarán un nivel de consideración y de aprecio por parte de las comunidades, en particular de las más aisladas.
Creo que estas iniciativas son relevantes porque son transversales. Este proyecto de resolución, que tiene el apoyo de diputados de las distintas bancadas, como ocurrió con el anterior, mejora el sentido político y las señales que estamos entregando a la comunidad, por sobre las legítimas diferencias ideológicas y políticas que podamos tener, cuando hablamos de considerar a todos los chilenos, sin excepción ni exclusión. Esta es una forma de hacerlo.
Hoy, la pelota queda en manos del Gobierno y del ministro Arenas, a quien hace unos minutos le formulamos algunas observaciones que tienen por objeto proteger a la clase media, a la pequeña empresa a los agricultores y a los futuros pensionados.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Para hablar en contra del proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado Germán Becker.
El señor BECKER.- Señor Presidente, creo que todos los parlamentarios de regiones, en particular quien habla, siempre hemos estado a favor de la descentralización.
En la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización trabajamos en todos los temas relacionados con la descentralización, tratando de avanzar en ese sentido. Sin embargo, me parece que debemos mirar este proyecto de resolución con mucha cautela, sobre todo quienes representamos a las regiones más pobres del país, porque en el número 1° se solicita lo siguiente: “1°.- El 1 por ciento del monto de inversión de grandes proyectos que se instalen en regiones sea aportado directamente al presupuesto municipal…”.
En la Región de La Araucanía prácticamente no hay grandes proyectos; de manera que en vez de que vayan más recursos al Fondo Nacional de Desarrollo Regional para que sean distribuidos a las regiones, estos se concentrarán en las regiones más ricas porque es en ellas donde se realizan las mayores inversiones.
Este proyecto de resolución apunta a beneficiar a las regiones que tienen inversiones mineras y, por tanto, saldrían favorecidas con una medida de este tipo. Sin embargo, la única forma de progresar que tiene la Región de La Araucanía -que es pobre- es que los aportes que le entrega el Fondo Nacional de Desarrollo Regional sean cada vez mayores.
Durante el gobierno del Presidente Piñera prácticamente duplicamos los aportes a la Región de La Araucanía, los que, a mi juicio, fueron invertidos por el core en forma muy adecuada.
Es necesario tener mucha cautela con este proyecto de resolución, porque no apunta a favorecer la descentralización tributaria ni a apoyar a las regiones más pobres, sino a las más ricas, que reciben más inversión porque en ellas tributan las grandes empresas.
Por eso, voy a votar en contra este proyecto de resolución.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Para hablar en contra del proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado Patricio Vallespín.
El señor VALLESPÍN.- Señor Presidente , este proyecto de resolución contiene una buena idea, pero está muy mal expresada, en circunstancias de que para avanzar a una descentralización tributaria se requiere un correcto planteamiento de las ideas.
En primer lugar, el punto 1° del proyecto de resolución dice: “El 1% del monto de inversión de grandes proyectos…”. En realidad, esto es inaplicable porque los recursos dependen de lo que recaude el Estado, no de lo que un proyecto invierta. Por lo tanto, hay un grave problema conceptual de fondo.
En segundo lugar, si solo se consideran los proyectos de inversión, como la distribución de la inversión en el país es tan desigual, lo único que generará tal medida serán mayores desigualdades territoriales. De manera que lo que hace el proyecto de resolución es generar más diferencias, más recursos para la Región Metropolitana, más recursos para las regiones donde hay grandes proyectos de inversión, que no son más de tres o cuatro en todo el país. Este proyecto de resolución no contribuye a lograr lo que se pretende, es decir, generar un tipo de tributación en regiones planteada en forma coherente y correcta.
Me gusta la idea de fondo, pero está tan mal planteada. No puedo votar a favor del proyecto de resolución porque sería un error conceptual, teórico y práctico. Tal como está formulado es inaplicable y genera mayores desigualdades, no un desarrollo regional equilibrado, que es lo que el país debe buscar.
Por lo mismo, invito a los autores del proyecto de resolución a presentar adecuadamente un nuevo texto, porque, de lo contrario, se producirá un mal precedente. No cabe duda alguna de que es necesario avanzar en materia de descentralización tributaria, pero este tipo de proyectos de resolución restan en lugar de aportar, porque carecen de contenidos conceptuales claros y se plantean en forma irresponsable, toda vez que generan mayor concentración donde ya está instalada la inversión.
Invito a los colegas a que no nos perdamos, porque una buena idea mal expresada se puede transformar en un bumerán. En algunos países se ha avanzado en la descentralización tributaria porque se ha planteado con rigor conceptual. En este caso, estamos frente a un error conceptual de fondo, por lo que es inaplicable e impracticable. Siempre he pertenecido a la bancada regionalista, la que plantea los distintos problemas con conceptos claros, con instrumentos pertinentes, que sean un verdadero aporte al desarrollo de las regiones en forma equilibrada y no desigual, que es el gran problema que tiene nuestro país.
Por lo tanto, les digo responsablemente a los colegas que aquí no se trata de hablar de descentralización tributaria solo por hablar de algo; si focalizamos mal las cosas, esto será nefasto para lo que se plantea en el proyecto de resolución. Siempre se puede abrir discusión sobre esta materia, pero si equivocamos los instrumentos, quiero decirles con todo respeto a los colegas que estaremos haciendo un flaco favor a la descentralización del país.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Los autores del proyecto de resolución solicitan hacer uso de la palabra.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- No hay acuerdo.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , si el proyecto está firmado por diputados de las distintas bancadas en forma transversal y si todos estamos de acuerdo con la idea, ¿por qué no permitimos que se presente otro proyecto de resolución sobre la materia?
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- No hay acuerdo, señora diputada .
En votación el proyecto de resolución N° 18.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 33 votos. Hubo 20 abstenciones.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Bellolio
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Álvarez
-Se abstuvieron los diputados señores:
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo y de resolución figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es:
http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
Campos
VII. INCIDENTES
INCLUSIÓN DE LA FENILETILAMINA EN LISTADO DE DROGAS ILÍCITAS (Oficio)
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado Bernardo Berger.
El señor BERGER.- Señor Presidente , con profunda preocupación he observado que hace precisamente un año ingresó a Chile una peligrosa droga llamada feniletilamina, mucho más potente y dañina que otras cuyo consumo y tráfico están tipificados en la ley N° 20.000, que regula el uso de drogas y otros sicotrópicos.
Resulta alarmante que, transcurrido un año, esta droga haya servido de base para la elaboración de más de treinta y cuatro variantes que circulan en nuestro país. Pero resulta aún más llamativo, lo que es el motivo de mi intervención, que la autoridad competente, me refiero a la ministra de Salud , todavía no la haya ingresado al listado de drogas tipificadas en la ley señalada.
Por lo anterior, solicito oficiar en calidad de urgente a la ministra de Salud, señora Helia Molina, para que disponga el ingreso de la feniletilamina al listado de drogas ilícitas, tal como lo establece la legislación al respecto.
No podemos seguir esperando un día más para que, a vista y paciencia de todos, una droga tan dañina y de tan rápida expansión, siga traficándose y consumiéndose en nuestro país por la falta de diligencia de nuestras autoridades.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
LICITACIÓN URGENTE DE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DEL ESTADIOEL BOLDO, COMUNA DE CORRAL (Oficio)
El señor BERGER.- En segundo lugar, solicito oficiar al gobierno regional de Los Ríos, con el objeto de que tome las medidas que estime pertinentes para licitar cuanto antes el proyecto de construcción del estadio El Boldo, en la comuna de Corral.
Este es un proyecto anhelado por largo tiempo por los habitantes de la comuna puerto de Corral, que está considerada entre las más pobres y abandonadas de nuestra región.
El año pasado la iniciativa pasó todas las tramitaciones formales e, incluso, cuenta con mandato firmado para su ejecución.
La obra demanda una inversión global de alrededor de 2.521.000.000 de pesos y ya cuenta con un compromiso de ejecución presupuestaria de 504 millones de pesos para 2014, con cargo al gobierno regional.
Los vecinos están sumamente preocupados, pues han sido informados de que deberán seguir esperando el inicio de las obras, porque la preparación de las bases de licitación demorará entre seis y ocho meses, plazo claramente excesivo e inoportuno si se tiene en consideración las precarias condiciones de vida de Corral, así como la alta tasa de cesantía en la región. Ambos factores hacen de toda lógica dar movilidad a las iniciativas que pueden generar empleo e inversión.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE INCENDIOS OCURRIDOSEVENTUALMENTE POR AMPLIACIÓN DE CENTRAL HIDROELÉCTRICACOYANCO, COMUNA DE SAN JOSÉ DE MAIPO (Oficios)
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Pérez.
El señor PÉREZ (don Leopoldo).- Señor Presidente , solicito oficiar al superintendente del Medio Ambiente y al Servicio de Evaluación Ambiental, con el objeto de que me informen sobre una situación derivada por la ampliación de la central hidroeléctrica Coyanco , ubicada en la comuna de San José de Maipo.
En el último tiempo se han producido dos incendios, uno con consecuencias fatales, que afectó al propietario de una zona de parcelación de más de cien habitantes. Los siniestros coinciden con el trazado del nuevo acueducto para alimentar la ampliación de esa central hidroeléctrica, que ya está operando bajo la categoría de minicentral, pero que hoy está creciendo a 20 megavatios, por lo que ya no sería una pequeña central.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
DISCRIMINACIÓN EN ENTREGA DE SUBSIDIOS AL TRANSPORTE ESCOLAR A ESTUDIANTES DE COLEGIOS PARTICULARES SUBVENCIONADOS DESAN JOSÉ DE MAIPO (Oficio)
El señor PÉREZ (don Leopoldo).- En segundo lugar, pido oficiar al ministro de Educación , con el objeto de que informe respecto del subsidio de transporte escolar en la comuna de San José de Maipo, pues, a juicio del diputado que habla, existe discriminación en la entrega de dicho subsidio, porque solo se otorga a los alumnos de los colegios municipalizados y no a los de los colegios particulares subvencionados, incluidos los que no cobran mensualidad.
Esa medida deja abandonados a los alumnos de dos sectores importantes de la comuna que son Los Maitenes y El Alfalfal, quienes tienen que bajar en camiones de las empresas mineras del sector El Colorado para asistir a clases en San José de Maipo, Puente Alto o a centros educacionales ubicados en Santiago.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
TRAMITACIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA Y DE ENTREGA DE CASAS DEL SECTOR EL MORRO, COMUNA DE TALCAHUANO, CONSTRUIDAS DESPUÉS DEL TERREMOTO Y MAREMOTO DEL 27 DE FEBRERO DE 2010 (Oficios)
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Cristián Campos.
El señor CAMPOS.- Señor Presidente , hace cuatro años nos azotó un gran terremoto y posterior tsunami en la zona cero de Talcahuano.
Hoy vemos con gusto que las casas ubicadas en el sector El Morro, de Talcahuano, están listas para ser habitadas después de una larga tramitación.
Comprendemos que ha sido un proceso largo, pero también sabemos, como autoridades de la comuna, que es necesario y urgente entregar esas viviendas.
Las autoridades de Vivienda han tenido dificultades para concretar esa entrega, porque no han pedido a la municipalidad de Talcahuano la recepción definitiva ni el permiso para habitar esas viviendas.
Quiero utilizar este espacio para manifestar que eso no puede ocurrir. Las familias no pueden esperar más, por lo que anuncio que se están movilizando para tomarse esas viviendas mañana.
Las distintas autoridades de Talcahuano, alcalde, diputados, senadores, hemos pedido que esas viviendas se entreguen mañana o en el más corto plazo, ya que lo consideramos justo.
Por lo anterior, pido oficiar a la ministra de Vivienda y Urbanismo , con el fin de que tome conocimiento de esta situación y, a través de ella, las autoridades de Vivienda de la región soliciten la recepción definitiva de estas casas.
Pido enviar copia del oficio al seremi de Vivienda de la región del Biobío, al director del Serviu regional , al intendente de la Región del Biobío y al alcalde y concejales de la municipalidad de Talcahuano.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención, y con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
FELICITACIONES A JÓVENES POR SU AYUDA A LAS VÍCTIMAS DE LOS INCENDIOS QUE AFECTARON A VALPARAÍSO (Oficio)
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER .- Señor Presidente , quiero manifestar mi alegría por los cientos de jóvenes que, conmovidos por los devastadores incendios que han ocurrido en Valparaíso, han salido a colaborar de las más diversas formas y con una voluntad que muestra lo mejor del ser humano.
Esta juventud no está dormida, está siempre presente y vigente en un Chile de tantos contrastes. La fuerza y la unidad de los jóvenes se han demostrado claramente hoy.
Por lo tanto, solicito oficiar a la directiva de la Confech, con el objeto de que haga llegar nuestras felicitaciones a cada una de las organizaciones estudiantiles que están en Valparaíso entregando hoy lo mejor de sí, al solidarizar con esta noble causa.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN POR FONDOS DE LA CORFO ENTREGADOS A PIZZERÍA TRANSNACIONAL PAPA JOHN´S (Oficio)
El señor LETELIER .- Los fondos de la Corfo son importantes para promover la innovación y la creatividad. No obstante, hay una situación que, a mi juicio, es escandalosa, como es la entrega de fondos a una empresa transnacional: la pizzería Papa John’s .
Al respecto, pido oficiar al ministro de Economía, quien es a su vez presidente del Consejo Directivo de la Corfo, para que informe cuánto dinero se le entregó a esa empresa.
Me parece vergonzoso que mientras a los pequeños emprendedores se les niegan mínimos recursos para emprender, la Corfo haya entregado dinero de todos los chilenos y chilenas a esa empresa transnacional.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quienes así lo indican a la Mesa.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE EVENTUALES INCUMPLIMIENTOS DE OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PAGAR COTIZACIONES PREVISIONALES DE LOS FUNCIONARIOS DE PLANTA Y A CONTRATA DE LA MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA, ASÍ COMO DE LOS SERVICIOS ASOCIADOS DE SALUD Y EDUCACIÓN (Oficio)
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Loreto Carvajal.
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Señor Presidente , quiero dar cuenta a la Sala de una irregularidad que está ocurriendo en la municipalidad de Cobquecura, que forma parte de mi distrito, en donde muchos funcionarios que laboraron allí por mucho tiempo han sido desvinculados de sus labores por razones que merecen muchas dudas. Al parecer, hay razones políticas que van de la mano de esos despidos.
Por tanto, solicito oficiar al ministro del Trabajo y Previsión Social, a fin de que nos informe respecto de los eventuales incumplimientos de la obligación de declarar y pagar las cotizaciones previsionales de los funcionarios de planta y a contrata de la municipalidad de Cobquecura y de sus servicios asociados de educación y salud.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de las diputadas y los diputados que así lo indican a la Mesa.
MEDIDAS ADOPTADAS POR BAJOS PRECIOS QUE PAGAN LAS GRANDES EMPRESAS A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES DE UVA DE QUILLÓN, PORTEZUELO Y COELEMU (Oficio)
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Por otra parte, señor Presidente , quiero expresar la molestia que me provoca un problema que se produce todos los años en las comunas de Quillón, Portezuelo y Coelemu . Me refiero al bajo precio que reciben los pequeños agricultores de parte de las grandes empresas nacionales viñateras. Al parecer, existe un cartel que se pone de acuerdo para pagar la uva a bajo precio, ya que cancelan 80 pesos por el kilo de uva blanca y 120 pesos por el kilo de uva negra. Nos parece que esa situación, que ya fue denunciada a la Fiscalía Nacional Económica, no puede continuar.
Por lo tanto, solicito oficiar al ministro de Agricultura , a fin de que nos informe sobre los resultados de la denuncia hecha a la Fiscalía Nacional Económica y, por cierto, cuáles serán las medidas que adoptará para poner término a esa situación de abuso y para paliar el menoscabo económico que están sufriendo nuestros pequeños viñateros de Quillón, Portezuelo y Coelemu .
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de las diputadas y los diputados que así lo indican a la Mesa.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE ASFALTADO DE DIECISIETE KILÓMETROS DEL CAMINO QUE UNE YUMBEL CON LA LOCALIDAD DE RERE, REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficio)
La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Finalmente, señor Presidente , solicito oficiar al ministro de Obras Públicas , con el objeto de que disponga que se realice el estudio de factibilidad para construir una carpeta asfáltica en el tramo de 17 kilómetros del camino que une la ciudad de Yumbel y la localidad de Rere, en la Octava Región del Biobío , en donde vive una comunidad que lleva muchos años esperando que se construya esa obra.
Hago presente que el sector de Rere realiza un importante aporte al desarrollo del turismo regional, por cuanto es conocida tanto a nivel nacional como internacional por las llamadas ?Campanas de Rere?.
Ojalá que el ministro nos responda en el más breve plazo.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de las diputadas y los diputados que así lo indican a la Mesa.
INFORMACIÓN ACERCA DE CANTIDAD DE CASAS DE ACOGIDA AUTORIZADAS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS (Oficio)
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- En el tiempo que le queda al Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , en primer lugar, solicito oficiar al ministro de Salud , para que nos informe acerca de cuántas casas de acogida autorizadas reglamentariamente existen en la región de Los Ríos.
Lo planteo debido a la preocupación que generó un incendio en que murieron nueve adultos mayores y una cuidadora de un hogar de ancianos.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de las diputadas y los diputados que así lo indican a la Mesa.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE LA CUARTA COMISARÍA DE CARABINEROS EN RÍO BUENO (Oficios)
El señor JARAMILLO.- En segundo lugar, señor Presidente , pido oficiar al ministro del Interior y al general director de Carabineros , con el objeto de que me informen sobre una consulta que he formulado en varias oportunidades: ¿Cuándo se va a construir la Cuarta Comisaría de Carabineros de Río Bueno? Es necesario contar con esa información, pues la situación en que viven y trabajan los carabineros de la comuna de Río Bueno es insostenible.
Lamentablemente, cada vez que he preguntado por ese proyecto la respuesta ha sido la misma: que está en estudio. Esto viene ocurriendo desde hace varios años.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de las diputadas y los diputados que así lo indican a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS QUE ADOPTARÁ EL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA RECONSTRUIR ZONAS DEVASTADAS POR INCENDIO EN VALPARAÍSO (Oficio)
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité del Partido Comunista, tiene la palabra la diputada Karol Cariola.
La señora CARIOLA (doña Karol).- Señor Presidente , a través de esta instancia, quiero hacer llegar, en nombre de la bancada del Partido Comunista de Chile, nuestro apoyo y solidaridad para todo el pueblo de Valparaíso.
Hemos sido testigos del dolor de los miles de personas que fueron fuertemente golpeadas por los voraces incendios que azotaron la ciudad el fin de semana recién pasado.
Es altamente preocupante que situaciones como la mencionada se reiteren en este puerto. En los últimos años hemos presenciado desgracias de este tipo que han afectado a los sectores más pobres de la ciudad, sin que las autoridades respectivas hayan tomado las medidas de seguridad pertinentes para que estos hechos no vuelvan a ocurrir.
Una muestra de eso es que el plan regulador de la ciudad de Valparaíso lleva más de diez años en tramitación.
Experiencias dolorosas como las que atraviesa actualmente esta ciudad deben ser un punto de inflexión para que las autoridades, de una vez por todas, nos hagamos cargo de salvaguardar la vida y la seguridad de los habitantes, sin importar su condición social o material.
Ante lo expuesto, solicito oficiar al secretario regional ministerial de Vivienda , para que:
1.- Nos informe sobre el estado de tramitación del nuevo plan regulador de Valparaíso.
2.- Nos informe acerca de si ese plan regulador considera las zonas de riesgo en función de las experiencias de catástrofe que la ciudad ha experimentado dos veces en los últimos años.
3.- Ordene que se realice un estudio de riesgo de incendio y remoción en masa en toda la ciudad de Valparaíso, y
4.- Evalué la viabilidad de hacer aplicables los subsidios en las zonas de catástrofe o inundación.
Además, que informe si la reconstrucción de la zona devastada se realizará a base de conjuntos habitacionales planificados por el Serviu o si se realizará sobre la base de lo que definan antes los privados, como las EGIS.
Nos parece fundamental contar con esa información, señor Presidente , ya que hoy se inicia un proceso nuevo. Siempre se ha dicho que las catástrofes pueden ser transformadas en oportunidades para mejorar, y no podemos desperdiciar esta oportunidad.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de las diputadas y los diputados que así lo manifiestan a la Mesa.
APLICACIÓN DEL 2 POR CIENTO CONSTITUCIONAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LAS REGIONES DE ARICA Y DE TARAPACÁ, Y DE LA COMUNA DE VALPARAÍSO (Oficio)
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- En el tiempo que le resta al Comité del Partido Comunista, tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).- Señor Presidente , solo para agregar a lo dicho por la diputada Cariola que el país ha enfrentado dos situaciones de emergencia en los últimos días que constituyen fundamento suficiente para decretar estados de excepción constitucional, por lo que me parece que el Gobierno debe considerar la posibilidad de utilizar los fondos de emergencia conocidos como 2 por ciento constitucional.
Las catástrofes que afectaron a las regiones del norte de nuestro país y a la ciudad de Valparaíso imponen la necesidad de iniciar la reconstrucción de obras de infraestructura importantes que resultaron dañadas en las regiones de Arica y Parinacota, y de Tarapacá y en la comuna de Valparaíso, por lo que sería recomendable que la Presidenta de la República , que ya cuenta con los fundamentos necesarios, pensara en utilizar el 2 por ciento constitucional que, sin duda, aportaría el financiamiento suficiente para construir gran parte de las obras de infraestructura dañadas, como el acceso a Iquique a través de la ruta 16 y el puerto pesquero de la misma ciudad, que son fundamentales para el buen funcionamiento de mi comuna de Iquique.
Por eso, solicito oficiar a la Presidenta de la República, a fin de que considere utilizar los recursos del 2 por ciento constitucional, ya que tiene los fundamentos suficientes, dados por este Parlamento, para hacerlo e ir en auxilio de las zonas afectadas.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de las diputadas y los diputados que así lo manifiestan a la Mesa.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.07 horas.
GUILLERMO CUMMING DÍAZ,
Jefe subrogante de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES
-Se abrió la sesión a las 13.54 horas.
El señor OJEDA (Presidente accidental).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
INFORMACIÓN SOBRE INFRACCIONES A LA LEY DE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE NATIVO Y SOBRE NÚMERO DE CONDENADOS A RECLUSIÓNNOCTURNA EN REGIÓN DE LOS LAGOS DESDE 2010 A 2014 (Oficios)
El señor OJEDA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , pido oficiar al ministro de Agricultura , al director de la Conaf y al ministro de Justicia , con el objeto de que informen respecto de la cantidad de infracciones aplicadas por transgresión a la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo desde 2010 a 2014, en especial las referidas al delito de tala ilegal en la Región de Los Lagos.
Pido también que el señor ministro de Justicia nos informe cuántos ciudadanos de dicha región han cumplido la pena de reclusión nocturna entre 2010 y 2014 por no haber tenido los recursos suficientes para pagar las multas por tala ilegal de bosques nativos.
Sobre el particular, quiero relatar el caso triste y dramático de la señora Elena Ríos Labril, que es una persona viuda, analfabeta y de escasos recursos, quien además pertenece a la comunidad indígena La Catrihuala, de la comuna de Río Negro, y que se encuentra prófuga de la justicia.
A pesar de su avanzada edad y de las enfermedades que aquejan a la señora Elena Ríos , debe pagar una multa de 5 millones de pesos que le fijó la Corte de Apelaciones de Valdivia, después de una serie de apelaciones presentadas en el Juzgado de Río Negro , pues la multa inicial fue fijada en 15 millones de pesos.
Hago presente que la señora Ríos no posee esa cantidad de dinero y que los fiscalizadores de la Conaf habrían determinado que violó la ley señalada, porque sus planes de manejo estaban vencidos y que habría talado bosques para la extracción de leña en una zona no habilitada, cuestión que, desde todo punto de vista, amerita sanción.
Sin embargo, en nuestra región se ha hecho una costumbre que a los más débiles se les aplica una medida y a los más poderosos, otra. El caso del señor Julio Ponce Lerou es el más claro. En pleno gobierno del Presidente Piñera, denuncié que ese señor taló todos los bosques de las provincias de Osorno y de Río Bueno a diestro y siniestro, pero no recibió sanciones de ningún tipo. No obstante, esa humilde señora, repito, de escasos recursos, va a recibir una pena de quince días de cárcel, porque vendió leña, lo que me parece un acto brutal y una injusticia tremenda.
Quiero tener todos los antecedentes sobre esta materia, porque me han dicho que son muchos más los ciudadanos de escasos recursos que han ido a parar a la cárcel por ese delito.
Estamos en un país donde la justicia sigue operando de una manera muy diversa y donde los organismos del Estado no han funcionado. Conaf y el exgobernador de Osorno recibieron denuncias por tala indiscriminada realizada por el señor Julio Ponce Lerou , un hombre poderoso de esa zona, quien no contaba con permiso de ningún tipo. Me consta que botó cuanto árbol encontró a su paso, que luego lanzó a un lago, a fin de construir caminos para la futura construcción de centrales hidroeléctricas.
Repito, aquí se cometió un abuso descarado, lamentable y brutal en contra de una ciudadana humilde.
Todo el país conoció el famoso Caso Alerce, que denuncié. En él operó una verdadera mafia que taló más de 2.000 alerces. Y la Conaf dejó hacer y deshacer en aquellos años y durante nuestros propios gobiernos. Hoy, uno de esos señores goza del cargo y se sienta en el escritorio de gobernador de Chiloé , después de haber permitido que destruyeran más de 2.000 árboles declarados monumento nacional, gracias a las malas políticas y prácticas aplicadas por la Conaf. Quienes talaron 2.000 alerces recibieron condenas irrisorias de la justicia y multas que no llegaron ni siquiera a los 500.000 pesos. Sin embargo, los culpables obtuvieron millones de dólares con la tala ilegal del alerce.
Esas son las injusticias que se cometen en este país y que demuestran que estamos mal en muchas materias. Los ciudadanos pobres van a la cárcel y los ricos se defienden con staff de abogados que los liberan de responsabilidad. Así opera la justicia en Chile.
Por último, pido que se remita copia de mi intervención al intendente de la Región de Los Lagos , a los cuatro gobernadores de esa región y a los alcaldes de las comunas afectadas, es decir, Río Negro, Puyehue, Puerto Octay, Osorno , Purranque y Fresia .
He dicho.
El señor CHAHIN ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y copias de su intervención a las autoridades mencionadas.
INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL VISITA AL PAÍS DE EX MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE ISRAEL (Oficio)
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Chahin.
El señor CHAHIN.- Señor Presidente , pido oficiar al ministro de Relaciones Exteriores , con el objeto de que nos informe si hay una solicitud de visita oficial o de algún tipo de visita coordinada con el Gobierno de Chile a través del Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, del exministro de Relaciones Exteriores y de Asuntos Estratégicos de Israel, don Avigdor Lieberman , quien participó en el Partido Kach, que fue declarado ilegal por racista y abiertamente antiárabe.
Él fue una persona que en su momento apoyó los bombardeos al Líbano y a Cisjordania, reclamando que no había que dejar piedra sobre piedra y que era necesario destruirlo todo, incluso los objetivos civiles.
En consecuencia, una persona que ha desafiado el derecho internacional y los derechos humanos, y que ha tenido posturas abiertamente racistas y discriminatorias no puede ser recibido por nuestro país.
Por lo tanto, solicito oficiar al ministro de Relaciones Exteriores , a fin de que informe si existe alguna solicitud de visita del señor Avigdor Lieberman .
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE PAGO DE APORTE FAMILIAR PERMANENTE DE MARZO A SEÑORA ISABEL GARCÍA MORA (Oficios)
El señor CHAHIN.- Señor Presidente , en segundo lugar, solicito oficiar al director nacional del Instituto de Previsión Social (IPS) para que informe sobre la situación que afecta a la señora Isabel del Rosario García Mora , cédula de identidad N° 11.913.549-4, quien recibió en su pago de abril solo parte del bono o aporte permanente de marzo entregado recientemente por el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet , a pesar de haber recibido el subsidio único familiar por sus dos hijos.
Solicito enviar copia de mi intervención a la señora Isabel García Mora , cuyo teléfono de contacto dejaré a disposición de la Secretaría, y a los concejales de Galvarino señores Willy Kehr y Pablo Huenulao .
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE AGUA POTABLE RURAL EN COMUNIDADES PELÓN MAPU, CANO ANTINAO Y QUEIPUL , DE COMUNA DE VICTORIA (Oficios)
El señor CHAHIN.- Señor Presidente , solicito oficiar al gobernador de La Araucanía y al director regional de Obras Hidráulicas , a fin de que informen en qué estado se encuentra el proyecto de agua potable rural en las comunidades Pelón Mapu , Cano Antinao y Queipul, de Victoria, particularmente si la Dirección de Obras Hidráulicas puede otorgar la factibilidad técnica para la conexión del agua potable rural de la localidad de Púa a las comunidades señaladas, ya que es la única posibilidad de que dichas comunidades puedan tener agua potable; pero, a pesar de haberse solicitado la factibilidad técnica, no han tenido una respuesta satisfactoria hasta la fecha.
Solicito enviar copia de mi intervención al presidente de la comunidad Pelón Mapu , señor Dagoberto Calliñir , cuyo número de teléfono dejaré a disposición de la Secretaría.
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
FUNDAMENTOS DE DIFERENCIAS EN DESCUENTO DE 7 POR CIENTO EN SALUD A VECINO DE VICTORIA (Oficios)
El señor CHAHIN.- Además, solicito oficiar al director del Instituto de Previsión Social , con copia al señor José Molinet Sepúlveda , cédula de identidad N° 3.089.716-1, domiciliado en la calle César Ruiz N° 0357, Villa La Esperanza, comuna de Victoria, a fin de que explique directamente al interesado, con copia a quien habla, las razones por las cuales se producen diferencias permanentes en el descuento del 7 por ciento en salud, ya que un mes le descuentan y otro no. De hecho, dejaré copia de cuatro liquidaciones de pago de meses correlativos que confirman tal situación, lo que evidentemente es una irregularidad.
Además, solicito enviar copia de mi intervención a la señora Cecilia Muñoz , concejala de la comuna de Victoria.
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
RAZONES DE NO ENTREGA DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE AVECINO DE COMUNA DE CURACAUTÍN (Oficio)
El señor CHAHIN.- Finalmente, solicito oficiar a la ministra de Desarrollo Social , a objeto de que informe directamente al interesado, con copia a quien habla, sobre las razones de por qué no se ha podido entregar el subsidio de agua potable al señor Leonel Saavedra , cédula de identidad N° 4.578.923-3, domiciliado en Huenchullán N° 24, población Altamirano , comuna de Curacautín.
El señor ESPINOZA ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
SOLICITUD DE ESTUDIO Y PAVIMENTACIÓN DE CAMINO DESDE SECTOR DE GUARILIHUE, COMUNA DE COELEMU, HACIA SECTOR DE RAFAEL,COMUNA DE TOMÉ (Oficio)
El señor CHAHIN (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , solicito oficiar al ministro de Obras Públicas , a fin de que tenga a bien realizar el estudio y la pavimentación del camino que va desde el sector de Guarilihue, comuna de Coelemu, hacia el sector de Rafael, comuna de Tomé.
El camino fue pavimentado hace veinte años desde Coelemu hasta el sector de Guarilihue. La comunidad de Guarilihue solicita continuar con la pavimentación hacia el sector de Ra-fael, para mejorar las condiciones de vida de los vecinos de esa zona viñatera, la cual necesita una buena conectividad y caminos adecuados para transportar la uva y los demás productos agrícolas.
El señor CHAHIN ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE PAVIMENTACIÓN DE CAMINO DESDE YUMBEL A LOCALIDAD DE RERE,REGIÓN DEL BIOBÍO (Oficio)
El señor SABAG.- Además, solicito oficiar al ministro de Obras Públicas , con el objeto de que el director de Vialidad informe sobre el estado de avance del proyecto de pavimentación del camino que va desde Yumbel a la localidad de Rere, de la misma comuna. Es un tema respecto del cual sostuve varias reuniones durante el gobierno anterior, en las cuales se estableció un cronograma para terminar de pavimentar ese camino.
El señor CHAHIN ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE RIEGO LAJA DIGUILLÍN (Oficios)
El señor SABAG.- De la misma forma, solicito oficiar al ministro de Obras Públicas , al director general de Aguas y al director de Obras Hidráulicas , para que informen sobre la situación del sistema de riego del canal Laja Diguillín , obra construida hace algunos años. Específicamente, quiero que me informen sobre cuál fue la inversión de dicha obra, cuántas hectáreas se riegan actualmente, quiénes son los principales beneficiarios y hectáreas regadas por cada uno de ellos, cuál es el costo de administración acumulado y anual de dicho sistema, cuánto han aportado los beneficiarios respecto del costo de administración anual y si ellos han recibido subsidios de la Ley de Riego y de qué montos.
He dicho.
El señor CHAHIN ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.08 horas.
GUILLERMO CUMMING DÍAZ,
Jefe subrogante de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. la Presidenta de la República. (Boletín N° 9294-06)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que modifica la ley N° 19.175, Orgánica Cosntitucional sobre gobierno y administración regional, disponiendo funciones y atribuciones para el presidente del consejo regional. (boletín N° 9294-06).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República ; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ, Ministra Secretaria General de la Presidencia ”.
2. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto de ley que aumenta la pena al delito de robo en lugar habitadoo destinado a la habitación y lo excluye del catálogo de beneficiosde la ley N°18.216. (boletín N° 8934-07-1)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de las diputadas señoras Hoffmann, doña María José y Turres, doña Marisol y de los diputados señores Arenas, don Gonzalo; Barros, don Ramón; Hernández, don Javier; Letelier, don Cristián; Macaya, don Javier; Silva, don Ernesto; Squella, don Arturo y Ward, don Felipe.
Durante la discusión de este proyecto de ley, vuestra Comisión contó con la asistencia de la Jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia, señora Paulina González Vergara; del Director Nacional de Gendarmería de Chile, señor Marco Antonio Fuentes Mercado.
CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1) La idea matriz o fundamental del proyecto es la de aumentar la pena asignada al delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación y eliminar la posibilidad de que los autores de este delito sean beneficiados con alguna de las medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad, que contempla la ley N° 18.216.
2) Normas de carácter orgánico constitucional.
No existen normas en tal sentido.
3) Normas de quórum calificado.
No hay.
4) Requiere trámite de Hacienda.
No.
5) Se designó Diputado Informante al señor Squella, don Arturo.
-o-
I. ANTECEDENTES GENERALES.
Según señalan los autores del proyecto, del análisis de las normas del Código Penal que establecen tipos penales relativos a crímenes y simples delitos contra la propiedad, se infiere que el legislador ha buscado asignarle un mayor grado de responsabilidad a los casos en que el autor del ilícito pone en riesgo la integridad física o síquica de la víctima. Lo anterior se grafica con las sanciones establecidas para el delito de robo con violencia o intimidación en las personas (presidio mayor en su grado mínimo a máximo) y, por otro lado, para el hurto (multa de 5 UTM hasta presidio menor en su grado máximo).
En el caso del delito de robo con fuerza en las cosas, una de las distinciones que hace la ley se refiere al lugar donde se comete el ilícito, en el sentido de atribuirle mayor gravedad al robo en lugar habitado o destinado a la habitación, respecto del cometido en un lugar que no tiene ese fin. En el primero de los casos, contemplado en el artículo 440 del Código Penal, la pena es de presidio mayor en su grado mínimo, mientras que para el segundo la pena asignada es de presidio menor en su grado medio a máximo.
La inseguridad en el propio hogar es una de las principales fuentes de la sensación de temor que se percibe en la ciudadanía. Por tal motivo, es necesario aumentar la pena al delito de robo en lugar habitado, considerándolo como de los más graves actos punibles del catálogo propio de los delitos contra la propiedad.
De acuerdo a un informe relativo al año 2012 y dado a conocer por Carabineros de Chile, que abarca los delitos de mayor connotación social, en el país se cometieron durante el año pasado 64.980 robos en lugar habitado, lo que equivale aproximadamente al 32% del total de delitos contra la propiedad en la categoría de robo con fuerza. Bajo otra perspectiva, y en el entendido que este tipo de delito afecta a todo el núcleo familiar, significa que alrededor de 200.000 personas al año, más allá de sufrir la pérdida de algún bien patrimonial, debe soportar las consecuencias sicológicas de haber sido víctimas de un ilícito de tal naturaleza.
Los impulsores del proyecto manifiestan coincidir con el criterio de aumentar las penas en la medida que se afecta la integridad física y síquica de las personas, pero a la vez estiman que el tema de la proporcionalidad de las penas correspondientes a los delitos contra la propiedad merece una revisión, especialmente tratándose del robo en lugar habitado, porque además de atentarse contra la propiedad se genera un daño síquico profundo y duradero.
Por otro lado, los beneficios contemplados en la ley N°18.216, que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad, inhiben el rol preventivo de la pena, al no incluir el tipo penal en análisis (robo en lugar habitado o destinado a la habitación) dentro de la enumeración de delitos excluidos de tales beneficios, considerándolo solo bajo la hipótesis de la reincidencia contemplada en el inciso cuarto de su artículo 1º. Hay que tener en cuenta que la figura del robo en lugar habitado protege no solo el bien jurídico de la propiedad, sino también la integridad de las personas que habitan el lugar objeto del ilícito, por lo que se justifica excluir de los beneficios de la ley en cuestión a quienes han cometido este delito.
II. CONTENIDO DEL PROYECTO.
El proyecto de ley propone lo siguiente:
1.- Aumentar la pena en el caso del robo en lugar habitado, considerándolo como de los más graves actos punibles del catálogo propio de los delitos contra la propiedad, y
2.- Incluir, el delito antes referido, dentro de aquéllos que se encuentran excluidos de los beneficios contemplados en la ley Nº 18.216, que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad, recientemente modificada por la ley Nº 20.603.
III. EXTRACTO DE LAS OPINIONES ENTREGADAS POR LAS AUTORIDADES, PERSONAS INVITADAS A LA COMISIÓN Y DOCUMENTOS RECIBIDOS.
La Jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia, señora Paulina González Vergara sostuvo que, en general, el Ministerio de Justicia no concuerda con la moción en discusión, básicamente por razones de dogmática penal.
Advirtió que el legislador debe ser cuidadoso a la hora de aumentar las penas, dado que debe procurarse que exista una debida proporcionalidad. La que hoy se contempla para el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación es de presidio mayor en su grado mínimo, esto es, de 5 años y un día a 10 años. Tal pena es proporcionada respecto de los demás delitos de robo.
Si tal pena sube, se generaría una desproporción injustificada. En el delito en discusión el único bien jurídico tutelado es la propiedad, a diferencia de lo que ocurre en el caso de robo con intimidación o robo con violencia, donde si se justifica un marco penal más amplio, por tratarse de delitos pluriofensivos, dado que no sólo se afecta a la propiedad, sino también la integridad de las personas.
Añadió que hoy se está realizando una completa revisión del Código Penal. Por ello, resulta complejo modificar la regulación de delitos puntuales.
Informó que el día de 20 de enero del presente año el Ministerio de Justicia entregará a S.E. el Presidente de la República un nuevo Código Penal, proyecto que se ingresaría a tramitación en los primeros días de marzo.
Durante la discusión de esa iniciativa se podrá desarrollar un debate más profundo, no sólo respecto de la entidad de la pena, sino que también respecto del tipo de pena que se desea aplicar.
Por otra parte, ya no por razones de dogmática, sino por razones de política criminal, estimó inconveniente incluir a este delito en la nómina de delitos excluidos de la posibilidad de acogerse a las penas sustitutivas contempladas en la ley N°18.216.
Manifestó que al delimitar el ámbito de aplicación de la ley N°18.216 una de las normas más discutidas al interior del Ministerio de Justicia fue la que dice relación con los delitos que se excluirían de la posibilidad de acogerse a las penas sustitutivas que contempla dicha ley. Finalmente se optó solo por excluir el robo con intimidación cuando ha existido reincidencia.
Explicó que la tendencia apunta a un uso racional de la cárcel. En derecho comparado se ha permitido aplicar las penas alternativas de manera directa. Se propone que la privación de libertad no sea la única respuesta del Estado frente al delito, porque tal privación genera muchísimos costos, los que no solo son de orden económico, sino también social.
Informó que los niveles de reincidencia son mayores entre quienes cumplen las penas privados de libertad, dado que se llega al orden del cincuenta por ciento, a diferencia de lo que ocurre con quienes cumplen una pena alternativa, donde se llega a un orden de reincidencia cercano al veinte por ciento.
Añadió que la persona que cumple la pena en prisión sufre un desarraigo comunitario y familiar, el que no siempre se justifica, particularmente cuando se trata de primerizos.
En el caso del robo en lugar habitado, como la pena ya es alta, el beneficiado con una pena sustitutiva será solo aquel que no sea reincidente y que además cuente con una o más atenuantes. Por tanto, se trataría de personas que cuentan con un compromiso delictual menor.
En virtud de lo expuesto, no se justifica la exclusión a priori, de quienes cometan este tipo de delitos.
Señaló que las penas alternativas se encuentran un tanto desprestigiadas en el país, porque se consideraba que se otorgaba una suerte de perdón a quien gozaba de ellas, y porque no existía mucho control sobre las mismas.
Informó que a raíz de las reformas aprobadas en esta materia, se ha destinado una gran cantidad de recursos a este ámbito, se incorporaron 500 nuevos funcionarios en Gendarmería, entre otras medidas adoptadas. Por ello, las personas que sean condenadas a estas penas sustitutivas tendrán más posibilidades de reinserción, porque se realizará una intervención focalizada e individualizada, y por tanto, se alcanzará una mayor eficacia en la rehabilitación.
El Director Nacional de Gendarmería de Chile, señor Marco Antonio Fuentes Mercado expresó que el endurecimiento de la pena no inhibirá al delincuente en la comisión de delitos. Este al perpetrar el delito no se representa la pena que sufrirá en el evento que sea sorprendido.
Indicó que el excluir a quienes cometan el delito de robo en lugar habitado de la posibilidad de acogerse a una pena sustitutiva resulta ilógico. El número de condenados por este tipo de delitos no alcanza a representar el 1,8% del total de condenados en el sistema abierto. Por tanto, el impacto de esta medida es marginal.
Informó que los condenados encuentran mayores posibilidades de reinserción en el medio libre. De acuerdo a estudios realizados por Gendarmería es posible constatar un nivel de reincidencia que asciende al diez por ciento.
Agregó que mantener un recluso en prisión, junto con disminuir las posibilidades de reinserción del sujeto, aumenta el hacinamiento de los recintos carcelarios.
Respecto del proceso de implementación de las últimas modificaciones efectuadas a la ley N° 18.216, informó que en estos momentos están capacitando al personal que se contrató para estos efectos. En el mes de diciembre del año pasado se licitó el control telemático, que ahora se halla en proceso de implementación.
El diputado señor Squella celebró la información proporcionada por la representante del Ministerio de Justicia, en orden a que pronto se remitiría al Congreso Nacional un proyecto de ley que establece el nuevo Código Penal, sugiriendo que esa es la instancia adecuada para reformular las penas asignadas a los delitos.
Sin embargo, hizo presente que desde la época del ex Presidente Frei se viene anunciando la presentación del nuevo Código Penal, sin que ello se haya concretado.
Indicó que en los delitos contra la propiedad se contemplan penas que van desde el presidio mayor en su grado mínimo a máximo, como ocurre en caso de robo con violencia o intimidación a una multa en unidades tributarias mensuales en el caso del hurto falta. En estos casos el bien jurídico protegido es el mismo. Lo que hace que uno de los delitos tenga asignada una mayor pena dice relación con los efectos que se generan en las personas.
En el caso del robo en lugar habitado se genera un efecto en las personas que permite cuestionar si la pena asignada al delito está cumpliendo con su rol.
Al respecto hizo presente que existen diversas visiones respecto del rol que se asigna a la pena. En este sentido, el Director de Gendarmería descartó que la pena produzca algún efecto preventivo. Al respecto, destacó que existen ejemplos concretos que desmienten esa afirmación. En primer lugar, citó la ley que sanciona más severamente el robo de cajeros automáticos. Al trimestre siguiente de la entrada en vigencia de dicha ley se produjo una disminución de un 80% en este tipo de delitos. Lo mismo ocurrió en el caso del robo de vehículos motorizados.
Por ello, sostuvo que al delincuente no le es indiferente la pena que el delito tenga asignada, al menos respecto de los delitos contra la propiedad.
Asimismo, reconoció que en el caso de delitos contra la propiedad, el aumento de la pena no significa que el delincuente abandone el delito, sino que sólo mutará su accionar, cometiendo otro tipo de delitos. Aclaró que a los patrocinantes de la moción sólo les interesa alcanzar una disminución en los delitos de robo en lugar habitado, que son uno de los que causan mayor temor en la población.
Informó que el primer artículo del proyecto es fruto de una indicación presentada en la Comisión de Seguridad Ciudadana por parte del diputado Matías Walker. El punto que interesa mayormente a los autores de la moción se encuentra en el artículo 2°.
Respecto de los dichos formulados por el Director Nacional de Gendarmería, en orden a que quienes cumplen la pena en libertad presentan menores niveles de reincidencia, afirmó que ello se debe a que la muestra considera solo a delincuentes primerizos. Es predecible que se generen diferencias en este sentido, porque se está comparando el caso de personas que han delinquido en reiteradas oportunidades respecto de personas que cometen un delito por primera vez.
Por su parte, la Defensoría Penal Pública formuló, por escrito, las siguientes observaciones al proyecto de ley en informe:
“1.- El bien jurídico protegido en los delitos de robo en lugar habitado o destinado a la habitación es la propiedad y la integridad física y psíquica. Los demás delitos contra la propiedad siguen esta sistemática.
2.- Se observa por tanto una razonable proporcionalidad entre la afectación a estos bienes jurídicos y las penas asignadas:
-Robo en lugar No habitado (art. 442 CP): 541 días a 5 años.
-Robo en lugar Habitado o destinado a la habitación (art. 440): 5 años y 1 día a 10 años.
-Robo con violencia e intimidación (art. 436 inc. 1°): 5 años y 1 día a 20 años.
3.- El fundamento por el cual se sanciona con mayor severidad el robo en lugar habitado o destinado a la habitación, es que además de atentar contra la propiedad, se arriesga la integridad física y psíquica de las personas en el evento que el inmueble se encuentre efectivamente habitando.
4.- El proyecto sanciona con mayor severidad dos hipótesis: cuando haya efectivamente ocupantes, y cuando se desactiven mecanismos de seguridad.
5.- Respecto de la primera hipótesis, cuando hayan moradores:
Conceptualmente el robo en lugar habitado, se sanciona porque pueden existir moradores en el interior (5 años y un día a 10 años). Y el robo en lugar no habitado, se sanciona con una pena menor (541 días a 5 años) porque no existen moradores en su interior.
En principio puede resultar tautológico o redundante, que el fundamento del aumento (10 años y un día a 15) propuesto sea justamente la misma razón que justifica la mayor severidad inicial (5 años y un día a 10) que tiene el robo en lugar habitado, que es “el riesgo” de que haya moradores.
Sin embargo, la modificación propuesta revela un cambio en la sistemática conceptual y del marco de penalidad.
Con el proyecto, se sancionaría el robo en lugar habitado, destinado a la habitación o en sus dependencias, ahora con 2 grados: 5 años y un día a 10 cuando no hubieren moradores, y 10 años y un día a 15 años cuando hubieren moradores. Es decir:
-Con 5 años y un día a 10 años: por el “solo riesgo” de encontrarse con moradores.
-Con 10 años y un día a 15 años: por la concreción del riesgo: efectivamente había moradores.
Si se unifica con la sistemática del robo en lugar no habitado, el robo con intimidación o violencia, y robos calificados. El cuadro de atentados contra la propiedad, quedaría del siguiente modo:
-Con 541 días a 5 años: si “no existe riesgo” de encontrarse con moradores.
-Con 5 años y un día a 10 años: por el “solo riesgo” de encontrarse con moradores.
-Con 10 años y un día a 15 años: por “la concreción” del riesgo: efectivamente había moradores.
-Con 5 años y un día a 20 años: si se encuentran con los moradores y los violentan o intimidan.
-Con 10 años y un día a presidio perpetuo calificado: si se roba, dentro o fuera de un lugar habitado, pero con homicidio, violación, mutilación, o castración.
Bajo el entendido que estamos frente a delitos de pena compuesta (aplicación del artículo 67 o 68 del Código Penal según sea el caso), y que los delitos se sancionan normalmente por los tribunales con las penas bases, es decir con los mínimos fijados por la ley para los mismos, al estar los grados superiores contemplados para la concurrencia de agravantes, reiteración de delitos o concursos, pueden concluir entonces, que, solo a partir de la aplicación de penas bases (sin siquiera entrar a recorrer toda su extensión), se generarán inconsistencias en la proporcionalidad y coherencia de las sanciones respecto de los delitos que acontezcan:
i) Un robo con intimidación o violencia directa en las personas en la calle, es sancionado con 5 años y un día, en cambio, el robo de un balón de gas desde el jardín de una casa sin que sus actuales moradores se percaten, será sancionado con una pena mayor de 10 años y un día, lo cual resulta absurdo desde el punto de vista de reprochabilidad. Es decir, a un delincuente le sale mucho más conveniente (la mitad de pena) asaltar a una persona con cuchillo o a golpes en la calle, que robar algo clandestinamente desde el jardín de una casa habitada, sin que sus moradores se den cuenta.
ii) Un robo con intimidación o violento en una plaza, con pistola o dejando heridos, será sancionado con 5 años y un día, que será la misma pena, del robo de una especie cualquiera desde una casa, sin moradores. Nuevamente parece absurdo en cuando a lesividad causada.
iii) ¿Cómo se sancionará un robo con intimidación, a los moradores de una casa habitada? ¿Absorbe el robo con intimidación la existencia de moradores, y se sanciona con 5 años y un día? ¿O absorbe el robo en lugar habitado con moradores, al robo con intimidación y se sancionará con 10 años y un día).? Como pena base, la diferencia de pena es exactamente el doble.
iv) ¿Es razonable que robar a una casa con moradores, los que incluso pueden no advertir la presencia del delincuente, tenga la misma pena del art. 433 N° 1 y 2, relativos a robos, dentro o fuera de un lugar habitado, pero con homicidio, violación, mutilación, o castración y todos los demás ilícitos que mencionan aquellos numerales? Una desproporcionalidad incomprensible.
v) Bajo la misma lógica, pero con un bien jurídico de mayor valor, como es la vida, se acentuaría la inconsistencia en las penas: Matar a una persona (homicidio simple), sería sancionado con 5 años y un día. En cambio, robar en una casa con moradores, aun cuando éstos no lo adviertan, sería penado con 10 años y un día. Evidentemente no es razonable la relación punitiva entre uno y otro delito.
6.- Respecto de la segunda hipótesis: ingresar al inmueble desactivando alarmas, protecciones, o hiriendo o matando animales.
Se sancionaría el robo en lugar habitado, destinado a la habitación o en sus dependencias:
-Con 5 años y un día a 10 años: si no hay alarma o atentado contra animales de resguardo.
-Con 10 años y un día a 15 años: si se desactiva alarma o atenta contra animales de resguardo.
i se unifica con la sistemática del robo en lugar no habitado, el robo con intimidación o violencia, y robo calificado. El cuadro de atentados contra la propiedad quedaría del siguiente modo:
-Con 541 días a 5 años: si el lugar es deshabitado, no obstante hayan alarma o animales.
-Con 5 años y un día a 10 años: si es destinado a la habitación pero sin alarma ni animales.
-Con 10 años y un día a 15 años: habitado, con alarma y animales.
-Con 5 años y un día a 20 años: si se encuentran con los moradores y las violentan o intimidan, sobreponiéndose con la eventual concurrencia de alarma desactivada y animales de resguardo afectados.
-Con 10 años y un día a presidio perpetuo calificado: si se roba, dentro o fuera de un lugar habitado, pero con homicidio, violación, mutilación, o castración.
Nuevamente, bajo el entendido se está frente a delitos de pena compuesta (aplicación del artículo 67 o 68 del Código Penal según sea el caso), y que los delitos se sancionan normalmente por los tribunales con las penas bases, es decir con los mínimos fijados por la ley para los mismos, al estar los grados superiores contempladas para la concurrencia de agravantes, reiteración de delitos o concursos, se puede concluir entonces, que, solo a partir de la aplicación de penas bases (sin siquiera entrar a recorrer toda su extensión), se generarán inconsistencias en la proporcionalidad y coherencia de la penalidad de los ilícitos que acontezcan:
i) El robo en lugar no habitado (como las oficinas, negocios, locales comerciales, talleres, industrias, galpones, e incluso parcela de agrado, o casas de veraneo) no obstante tener alarmas y animales de resguardo, serán sancionados con 541 días, versus un robo en lugar habitado, (una casa habitación, cuyos ocupantes estaban en la playa) con alarma desactivada, que será sancionada con 10 años y un día. Siendo circunstancias relativamente parecidas (en ambos lugares no habían moradores al momento de los hechos) la diferencia de penalidad es exagerada.
ii) Frente a un robo con intimidación o violencia directa en las personas en la calle, es sancionado con 5 años y un día, en cambio, el robo de un balón de gas desde el jardín de una casa desocupada pero desactivando la alarma, será sancionado con una pena mayor de 10 años y un día, lo cual nuevamente resulta absurdo desde el punto de vista de reprochabilidad. Por tanto, una vez más, a un delincuente le sale mucho más conveniente (la mitad de pena) asaltar a una persona con cuchillo o a golpes en la calle, que robar algo desde de una casa, desocupada, inmovilizando al perro o a la alarma si lo hubiere.
iii) Un robo con intimidación o violento en una plaza, con pistola o dejando heridos, será sancionado con 5 años y un día, que será la misma pena, del robo de una especie cualquiera desde una casa sin moradores, cortando el cable de alarma. Nuevamente parece absurdo en cuanto a lesividad causada.
iv) ¿Es razonable que robar a una casa sin moradores, desactivando la alarma, tenga la misma pena, del art. 433 N° 1 y 2, relativos a robos, dentro o fuera de un lugar habitado, pero con homicidio, violación, mutilación, o castración y todos los demás ilícitos que mencionan aquellos numerales? Es decir, la pena del robo en lugar habitado cortando alarma, es igual a la pena del robo calificado (ambas 10 años y 1 día como pena base) Nuevamente la desproporcionalidad irracional.
v) Bajo la misma lógica, con el bien jurídico de mayor valor, vida, se acentúa una vez la inconsistencia en las penas: Matar a una persona (homicidio simple), sería sancionado con 5 años y un día. En cambio, robar en una casa sin moradores, desconectando la alarma, sería penado con 10 años y 1 día. Evidentemente no es razonable.
7.- Por lo tanto, el aumento de sanción del robo en lugar habitado, con las dos nuevas hipótesis que se incorporan, generan una desproporcionalidad y desequilibrio en la sistemática de penalidades base en materia de robos, que de aprobarse, implicaría sancionar atentados a la propiedad y a las personas en circunstancias muy distintas, pero con penalidades idénticas, e incluso injustas o absurdas, al penar casos más graves con sanciones menos severas.
En efecto, el fin del proyecto es proteger reforzadamente la integridad física y psíquica de las personas, pero la alta penalidad (10 años y un día a 15 años) justificada en el riesgo concretizado de encuentro entre delincuentes y víctimas en el lugar habitado, al tener idéntica pena a la de otros delitos muy graves, termina haciendo indiferente el “resultado concreto de ese riesgo concretizado”. Y de esa manera, es justamente contra producente en la protección reforzada que pretende otorgar. Un ejemplo lo graficará:
Con el proyecto:
Si una noche entro a robar a una casa, cortando la alarma, tendré como pena 10 años y un día como pena base.
Da lo mismo ahora si entro clandestinamente, cortando la alarma, sigilosa y silenciosamente para que los dueños de casa no despierten. Ahora como la pena parte en 10 años y un día, a todo evento si hay moradores, da lo mismo si los despierto o no lo despierto, si se percatan o no se percatan, la pena es la misma. De hecho me conviene subir y despertarlos, para que me indiquen donde están las cosas de valor, pues la pena es la misma.
Igualmente, si entro de noche cortando alarma, y ya que la pena parte en 10 años y un día, resulta que es exactamente lo mismo si entro a robar a la misma casa y violo o mato a la dueña de casa, pues esa conducta (robo calificado) tiene la misma pena también, 10 años y un día.
Entrar y robar clandestinamente en un lugar habitado, si hay moradores, tendría la misma pena las encuentre o no las encuentre personalmente cara a cara el delincuente, y tendría la misma pena base, sea que las viole, las mate, o las lesione gravísimamente. No hay incentivo entonces para el que el delincuente sea más cuidadoso con la víctima, al revés, por “el mismo precio” el delincuente puede ser más agresivo, violento o lascivo con la víctima. Desde este punto de vista, el proyecto resulta no solo desproporcionado, sino contraproducente a su objetivo de proteger a las víctimas en lugares habitados.
Eventualmente, si el legislador perseverara en las hipótesis incorporadas, podrían mantenerse a título de “circunstancia agravante”, ponderable caso a caso como toda circunstancia modificatoria de responsabilidad penal, pero no como una regla de determinación de pena, como actualmente se contempla en el proyecto.
8) Finalmente respecto a los beneficios, o penas sustitutivas de la ley 18.216, nuevamente cabe hacer presente la desproporcionalidad y falta razonabilidad de privar de tales beneficios a este delito en particular, en relación a otros delitos que pueden considerarse tan o más graves, y que son susceptibles de acceder a las penas sustitutivas que aquella nueva ley concede.
En efecto, se puede apreciar que existen otros delitos muy graves a los que se les aplican los beneficios de la ley 18.216. Ejemplos:
I. Delitos que tienen igual o mayor pena que el Robo en lugar habitado:
-Robo con intimidación del art. 436 inc. 1° CP. Conforme prescribe el actual art. 1° de la Ley 18.216., solo se excluye este delito de ser beneficiario de esta Ley, cuando hubiese sido condenado previamente por alguno de los delitos de los arts. 433 (Robo calificado), 436 (robo con intimidación y violencia y robo por sorpresa) y 440 (robo en lugar habitado) del Código Penal. Por tanto si es primera condena por robo con intimidación o violencia, cabría el beneficio.
-Homicidio simple del Art. 391, y el Infanticidio del Art. 394, ambos son sancionados 5 años y un día a 15 años, y en ambos se afecta un bien jurídico de mayor valor: la vida.
-Delitos sexuales, como el Estupro del Art. 363 es sancionado con 3 años y 1 día a 10 años, tratándose de acceso carnal vía vaginal, anal o bucal, a una persona entre 14 y 18 años: abusando de una anomalía o perturbación mental; o abusando de una relación de dependencia de la víctima o abusando del grave desamparo en que se encuentra la víctima.
-Introducción de objetos de cualquier índole, por vía vaginal, anal o bucal, o se utilizaren animales en ello, en diversas hipótesis Art. 365 bis: 5 años y un día hacia arriba.
-Envenenar aguas, alimentos, pudiendo provocar muertes o grave daño a la salud pública del Art. 315 CP: 5 años y 1 día a 10.
-Abandono de niños y personas desvalidas del Art. 348 CP.: 5 años y 1 día a 10.
-Abandono en un lugar solitario resultaren lesiones graves o la muerte del niño del Art. 351 CP.: 10 años y 1 día a 15.
II. Delitos castigados hasta con presidio perpetuo y que no están exentos de los Beneficios de la Ley 18.216:
-Crímenes y simples delitos contra la Seguridad del Estado: Art. 106, Art. 107, Art. 109, Art. 110.
-Robo Calificado del artículo 433.
-Piratería del Art. 434.
-Incendio y otros estragos: Art. 474 y Art. 475.
Todos estos delitos, si bien en abstracto y en principio, no parecen susceptibles de ser beneficiarios de una pena sustitutiva de la Ley 18.216 por su alta penalidad, mediante la concurrencia de atenuantes (artículo 11, rebajas del Artículo 67 inc. 4° y del 68 inc. 3°, y la hipótesis especial de rebaja del Artículo 73), más las rebajas posibles grados de desarrollo imperfecto del delito (tentativa o frustración art. 51 a 54 del CP), y menores grados de participación (complicidad o encubrimiento art. 51 a 54 del CP), cabría la posibilidad que llegaran a una determinación de pena en concreto, dentro de los ámbitos de aplicación de la Ley 18.216, y en consecuencia gozar de tales beneficios.
Así por ejemplo, se puede dar la paradoja que al ser en abstracto el robo calificado del art. 433 susceptible de gozar de los beneficios de la Ley 18216, un delincuente: si roba en una casa con moradores - sin que ellos lo adviertan - sea calificado como robo en lugar habitado y no goce de Ley 18.216, y en cambio, si roba en la casa con moradores, pero los mata o viola, si sea susceptible de Ley. 18.216. Es una situación teóricamente posible con el proyecto, pero a la vez, distante de toda razonabilidad.
IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES DE LA COMISIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 217 del Reglamento de la Corporación, vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia se limitó a debatir en torno al texto propuesto por la Comisión de Seguridad Ciudadana, en calidad de Comisión matriz del mismo.
En ese sentido, al no formularse indicaciones a dicho texto, se procedió a la votación en particular del mismo, con el siguiente resultado:
Artículo 1°
Sometido a votación, sin debate, se aprobó por 4 votos a favor, uno en contra y una abstención.
Votaron por la afirmativa la diputada señora Turres, doña Marisol y los diputados señores Coloma, don Juan Antonio; Squella, don Arturo; y Trisotti, don Renzo.
Votó en contra el señor Saffirio, don René.
Se abstuvo el señor Rincón, don Ricardo.
Artículo 2°
Sometido a votación, sin debate, se aprobó por 4 votos a favor, uno en contra y una abstención.
Votaron por la afirmativa la diputada señora Turres, doña Marisol y los diputados señores Coloma, don Juan Antonio; Squella, don Arturo; y Trisotti, don Renzo.
Votó en contra el señor Saffirio, don René.
Se abstuvo el señor Rincón, don Ricardo.
Proposiciones o indicaciones rechazadas por la Comisión.
No hay.
Indicaciones declaradas inadmisibles por la Comisión.
No hay.
IV. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
No hay normas en tal sentido.
-o-
Se designó Diputado Informante al señor Squella, don Arturo.
Tratado y acordado en sesiones de 8 de enero y 9 de abril de 2014, con la asistencia de la diputada señora Turres, doña Marisol y los diputados señores Burgos, don Jorge; Cardemil, don Alberto; Ceroni, don Guillermo; Chahín, don Fuad; Coloma, don Juan Antonio; Díaz, don Marcelo; Insunza, don Jorge; Letelier, don Cristián; Rincón, don Ricardo ( Presidente ); Saffirio, don René; Soto, don Leonardo; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo.
Sala de la Comisión, a 9 de abril de 2014.
(Fdo.): JUAN PABLO GALLEGUILLOS JARA, Abogado Secretario de la Comisión ”.
3. Nuevo primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto de reforma constitucional que regula el ejercicio del sufragio de los ciudadanos que se encuentran fuera del país.(boletín N° 9069-07-1)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del artículo 111 del Reglamento de la Corporación, viene nuevamente en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de los senadoras señoras Isabel Allende Bussi y Soledad Alvear Valenzuela y los senadores señores Alberto Espina Otero, Hernán Larraín Fernández y Patricio Walker Prieto.
Para el despacho de esta iniciativa, S.E. la Presidenta de la República ha hecho presente la urgencia la que ha calificado de “suma” para todos sus trámites constitucionales, motivo por el cual esta Cámara cuenta con un plazo de 15 días para afinar su tramitación, término que vence el día 18 de abril próximo por haberse dado cuenta de la urgencia en la Sala el día 3 de abril, recién pasado.
Durante el análisis de esta iniciativa la Comisión contó con la colaboración de la Ministra Secretaria General de la Presidencia , señorita Ximena Rincón, el asesor legislativo de dicha cartera, señor Tomás Jordán; el Presidente del Comité Internacional Chile Somos Todos, señor Osvaldo Núñez. Asimismo, a través del sistema de videoconferencia, participó de la sesión el Coordinador de la agrupación Haz tu Voto Volar, señor Francisco Fuentealba.
CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1) La idea matriz o fundamental del proyecto tiene por objeto introducir una modificación en la Constitución Política para regular el ejercicio del derecho a sufragio en las elecciones presidenciales y en los plebiscitos nacionales, por parte de los ciudadanos chilenos que se encuentren en el extranjero.
Con tal objeto el proyecto introduce la correspondiente modificación en el artículo 13 de la Constitución Política.
2) Quórum de votación.
De conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política, tratándose de una modificación que afecta el capítulo II del texto constitucional, se requiere para su aprobación del voto conforme de los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio.
5) El proyecto fue aprobado, en general, por mayoría de votos.
En sesión 320ª, de 7 de enero de 2014, se aprobó en general por mayoría de votos.
Votaron por la afirmativa los diputados señores Burgos, Ceroni, Díaz, Harboe, Cristián Mönckeberg y Rincón.
Votaron en contra los diputados señores Calderón y Squella.
Se abstuvo el diputado señor Cardemil.
5) Se designó Diputado Informante al señor Soto, don Leonardo.
I. ANTECEDENTES GENERALES.
1.- Cuestiones previas.
Según el último estudio del Instituto Nacional de Estadísticas, del año 2005, se estima que 857.781 chilenos e hijos de éstos residen en el extranjero. De ellos el 56,8% nació en Chile y el 43,2% en el exterior.1
La estimación del número de chilenos que reside en el exterior ha sido posible gracias a los datos recabados en el Registro y a la información proveniente de los censos de población realizados en la mayoría de los países con chilenos residentes.
De acuerdo a lo estimado, el 50,1% reside en Argentina, el 13,3% en Estados Unidos y el 4,9% lo hace en Suecia.
En los países donde la migración se produjo en las décadas de los 70 y 80, la población de hijos de chilenos residente está conformada mayoritariamente por jóvenes y adolescentes, mientras que en aquellos de migración más reciente predominan los niños.
En el Registro de Chilenos en el Exterior, fueron entrevistadas 256.758 personas, en un total de cien países.
Un 47,2% de los registrados, con más de 15 años en el exterior, están legalmente casados y un 10,3% convive con una pareja.
El 23,9% de los residentes con más de cinco años en el exterior cuenta con estudios superiores y sólo un 2,5% no posee instrucción alguna.
Más de la mitad de los registrados con más de 15 años radicados en el exterior realiza una actividad económica remunerada. Por sexo, la proporción de hombres es del 67,4% y de mujeres del 34,9%, aunque la participación femenina crece en América del Norte y Europa.
De los con más de 15 años, el 40,1% emigró por motivos económicos, el 30,8% lo hizo por causas familiares y el 12,1% por razones políticas.
Un 56,9% de los de más de 15 años registrados no manifiesta intención de regresar a Chile. El 39,1% si piensa hacerlo en algún momento.
Más de la mitad de los jóvenes de entre 15 a 29 años registrados no tiene la nacionalidad chilena.
El siguiente cuadro muestra el detalle de la población chilena residente en el extranjero, por países:
El cuadro a continuación, muestra la distribución geográfica de la población chilena residente en el extranjero, por continente:
2.- Legislación comparada.2
Más allá de las consideraciones institucionales, económicas, de infraestructura o logísticas que pueden condicionar el efectivo derecho a sufragio en el extranjero, los aspectos jurídicos que conlleva la discusión respecto de su inclusión o no en el ordenamiento interno gravitan entre el derecho político asociado a la ciudadanía en igualdad de condiciones para quienes residen en el país o fuera de él, con la seguridad jurídica respecto del padrón electoral (y su legitimidad) que será el que tomará las decisiones que marcan los destinos del país.
Lo anterior contrapone la igualdad ante la ley, por una parte, con la necesidad o no de establecer restricciones o distinciones (no arbitrarias, en tanto permitidas por la Constitución) que condicionen ese derecho de sufragio a la pertenencia a la “sociedad política de la que son nacionales” y cuyas elecciones tendrán consecuencias que les afectará directamente a quienes participen de ellas.
Del balance entre esos dos elementos jurídicos, cada país configura diversos mecanismos o modalidades de voto en el extranjero, una vez que decide incorporarlo, con mayores o menores restricciones, dependiendo de la importancia que dicho ordenamiento atribuye a cada uno de esos elementos.
En consecuencia, será necesario establecer:
1. A.- Tipo de elección para la cual se aplica.
a) Países en donde procede parcialmente el voto (sólo respecto de algunos tipos de elecciones).
Francia
Es necesario distinguir respecto de los residentes que optan por volver a Francia a votar o quienes lo hacen desde el extranjero.
Los franceses establecidos fuera de Francia y que se encuentran inscritos en un Registro Electoral en Francia pueden, al igual que los nacionales, participar en todas las elecciones que se realizan en el país, en las condiciones de derecho común, de forma personal o por poder (procuración).
Si el ciudadano francés opta por sufragar en el extranjero, debe realizarlo en una oficina de votación de la Embajada o Consulado de su lugar de residencia, de forma personal o por poder (mandato, procuración), pero sólo para las siguientes elecciones:
-Elecciones presidenciales
-Referendos
-Elección de la Asamblea de los Franceses del Extranjero (AFE)
-Diputados para los residentes en el extranjero, por primera vez, a contar de la elección del año 2012.
Alemania
En Alemania el sufragio de ciudadanos alemanes en el extranjero sólo procede respecto de las siguientes elecciones:
-Elecciones parlamentarias (Dieta Federal)
-Elecciones para el Parlamento Europeo
Brasil
El voto en el extranjero sólo procede respecto de las elecciones presidenciales (presidente y vice presidente).
Ecuador
Se consagra el derecho de los ecuatorianos domiciliados en el exterior para participar en la votación para elegir Presidente y Vicepresidente de la República.
Italia
Los ciudadanos italianos residentes en el extranjero pueden optar por participar en las elecciones en Italia o en la circunscripción de residentes en el extranjero. Si optan por la segunda opción deben estar inscritos en el Registro de ciudadanos residentes en el extranjero y podrán participar en la votación de elección de representantes en las Cámaras y en referéndums.
En Italia no se celebran elecciones presidenciales, porque el Presidente de la República es elegido cada siete años por los diputados, los senadores y los delegados de las Regiones en sesión común. El Presidente del Concejo de Ministros (cargo equivalente al de Primer Ministro ) es nombrado por el Presidente de la República y debe obtener el “voto de confianza” de la Cámara de Diputados y del Senado.
Si optan por votar en Italia deberán comunicar en forma escrita dicha opción al Consulado.
b) Países donde procede el voto para todo tipo o para un número mayor de elecciones.
España
Los ciudadanos españoles que se encuentran residiendo temporal o permanentemente en el extranjero deben cumplir con los requisitos establecidos en la ley así como solicitar la documentación necesaria para ejercer su derecho de sufragio desde el extranjero a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, a más tardar el vigésimo quinto día posterior a la convocatoria del respectivo proceso electoral.
Los ciudadanos españoles en el extranjero pueden participar en cualquier tipo de elección, siendo éstas:
-Elecciones parlamentarias
-Elecciones para las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas
-Elecciones para el Parlamento Europeo
Argentina
Los ciudadanos argentinos tienen el derecho a votar en el exterior en las siguientes elecciones, a nivel federal (elecciones nacionales):
-Elecciones presidenciales
-Elecciones parlamentarias
Canadá
Todo canadiense que reside o viaje temporalmente al extranjero puede, bajo ciertas condiciones, votar en las siguientes elecciones:
-Elecciones federales
-Elecciones parciales
-Referendos federales
2. B.- Requisitos para ejercer el voto en el extranjero.
a) Requisitos para la inscripción en los Registros Electorales.
Francia
Es necesario estar inscrito en un Registro Electoral. Las formas de inscripción en el Registro Electoral son las siguientes:
-Inscripción en la lista electoral de una comuna en Francia.
Si el ciudadano francés se encuentra en el extranjero, pero posee una residencia en Francia, éste puede pedir su inscripción en la lista electoral de la comuna donde se encuentra su residencia, o bien, en la comuna donde figura, por quinta vez seguida, sin interrupción, que ha pagado una de las contribuciones directas comunales (artículo L11 del Código Electoral).
Por su parte, si el ciudadano francés se encuentra en el extranjero pero no posee residencia en Francia, será necesario que se inscriba en los registros franceses establecidos fuera de Francia, correspondientes a alguna de las siguientes comunas: la de su nacimiento; la de su último domicilio, la de su última residencia (siempre y cuando ésta haya sido de 6 meses como mínimo); aquella donde nació, está o estuvo inscrito uno de sus ascendientes; aquella en cuya lista electoral está inscrito uno de sus parientes hasta el cuarto grado (artículo L12 del Código Electoral); aquella donde está inscrita(o) su cónyuge, para lo cual debe acreditar la existencia del matrimonio (artículo L14 del Código Electoral); y, por última, si el cónyuge es un militar de carrera, en aquella donde esté inscrito el primero, debiendo también acreditar la existencia del matrimonio (artículo L14 del Código Electoral).
-Inscripción en el extranjero
El ciudadano francés debe inscribirse en la lista electoral consular (LEC) de la cual depende su circunscripción consular, lo que le permitirá votar en el país donde se encuentre, en las elecciones presidenciales, referendos y en la elección de Consejeros ante la Asamblea de Franceses en el Extranjero y a partir del año 2012 de Diputados para los franceses residentes en el extranjero.
-Elección especial de la Unión Europea.
Los franceses establecidos en un país de la Unión Europea pueden igualmente solicitar su inscripción en la lista electoral de su comuna de residencia para participar en las elecciones municipales europeas en su país de acogida. Las condiciones requeridas, principalmente la duración de su residencia, varían según el país.
-Prevención de doble voto.
Los franceses establecidos en el extranjero tienen la posibilidad de inscribirse simultáneamente en dos listas electorales: la lista electoral de su comuna de Francia y la lista electoral consular en el extranjero, e incluso en tres: en la lista de su comuna de residencia en el extranjero, si se encuentran residiendo en el territorio de un país de la Unión Europea distinto de Francia.
Debido a lo anterior se han tomado medidas tendientes a prevenir las votaciones dobles:
Si un ciudadano francés está inscrito en la LEC de la circunscripción consular de su lugar de residencia, el consulado informará al Instituto Nacional de Estadísticas y Estudios Económicos (Institut national de la statistique et des études économiques - INSEE), el que dará aviso a la municipalidad de la comuna de Francia donde el ciudadano francés puede igualmente estar inscrito, para realizar la inscripción correspondiente en la lista electoral, caso en el que no podrá votar más que una sola vez en la elección presidencial o referéndum, aunque conserva el derecho de votar en las elecciones municipales, cantorales, regionales y legislativas.
Igualmente, si el ciudadano francés se inscribe en la lista electoral de una comuna de su país de acogida (dentro de la UE) para la elección de Parlamentario Europeo , las autoridades del país respectivo notificarán su inscripción al INSEE, el que bloqueará el derecho de voto de dicho ciudadano para la elección de Parlamento Europeo en Francia.
Por el contrario, el ciudadano francés podrá participar a la vez en las elecciones municipales en Francia y en las del país de acogida (dentro de la UE), siempre y cuando esté inscrito en las listas electorales respectivas. La directiva comunitaria sobre el derecho de voto en las elecciones municipales no prevé incompatibilidad en la materia.
- Situación especial de los jóvenes: inscripción automática.
Los jóvenes franceses inscritos en los Registros establecidos fuera de Francia (que cumplan los 18 años a más tardar el último día de febrero del año siguiente) quedan automáticamente inscritos en la LEC, salvo oposición de su parte formulada a más tardar el último día hábil del año.
Cada año los jóvenes deben ser informados de estas disposiciones por una carta que se le enviará en conjunto con su número de identificación consular (NUMIC).
España
Los electores españoles que se encuentren residiendo permanentemente en el extranjero pueden votar para todas las elecciones que se realicen en España y elecciones europeas, teniendo que cumplir como requisitos:
-Poseer una residencia permanente en el extranjero
-Encontrarse Inscrito en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA)
-Comprobar en el Consulado o Embajada correspondiente que el ciudadano se encuentra inscrito en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
Los electores españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero no pueden votar en las mesas el día de la elección, al no encontrarse en territorio nacional. Tampoco pueden ejercer su derecho de sufragio mediante el voto por correo, porque los trámites para ejercer dicha modalidad deben ser realizados por el propio elector en España. Finalmente, no pueden hacer uso del procedimiento de voto de los residentes en el extranjero que regula el artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, al no residir con carácter permanente en el extranjero y, por lo tanto, no estar inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
Sin embargo se establece la posibilidad de votar en el extranjero a aquellos ciudadanos españoles que se encuentren en las siguientes condiciones (artículo 2):
-Que se encuentren temporalmente fuera del territorio nacional una vez efectuada la convocatoria de un proceso electoral, y que prevean permanecer en esta situación hasta el día de la votación.
-Figurar inscritos en el Registro de Matrícula Consular como no residentes.
Argentina
Un ciudadano argentino que se encuentre en el exterior tendrá derecho a voto si cumple con los siguientes requisitos:
-Ser mayor de 18 años y residir en el exterior, avalado por el correspondiente cambio de domicilio, pues todo ciudadano argentino que vive en el exterior tiene la obligación de concurrir al Consulado respectivo y realizar su cambio de domicilio. El funcionario consular incluirá sus datos en los Registros Consulares.
-Concurrir a la representación de su jurisdicción y manifestar su voluntad de ser incluido en el Registro de Electores Residentes en el Exterior. El Registro de Electores Residentes en el Exterior tiene el carácter de permanente y es confeccionado por la Cámara Nacional Electoral de acuerdo a la información sobre la inscripción de electores prevista por los titulares de las Embajadas, Consulados Generales, Consulados o Secciones Consulares de la República en el exterior. La Cámara Nacional Electoral confecciona un ordenamiento por país de residencia (artículo 4°).
-Estar en condiciones de ejercer sus derechos políticos conforme la legislación nacional.
-No encontrarse dentro de las inhabilidades previstas por el art. 3º de la Ley 19.945 (Código Electoral Nacional) y sus modificaciones.
Brasil
Para poder votar en el extranjero, el ciudadano brasileño debe estar inscrito en el Registro Consular , treinta días antes de la elección. Todos los brasileños residentes en el extranjero deben notificar a la Misión Diplomática o al Consulado General, por medio de carta, telegrama o cualquier otra vía, su condición de elector y su residencia.
Luego, gracias a estas informaciones y a los datos contenidos en el registro consular, se organizan las hojas de votación y se informa a los votantes de la hora y el lugar de la votación. Durante el día de la votación sólo se permite votar a quienes figuren en el registro y a los pasajeros y tripulantes de los buques y aviones de guerra y mercantes que durante el día se encuentren en la sede de las mesas electorales.
Ecuador
Los ciudadanos residentes en el extranjero, para participar del proceso eleccionario, deben encontrarse debidamente inscritos en los libros de Registro de Electores proporcionados por el Tribunal Supremo Electoral en la sede consular o diplomática del Ecuador en el país extranjero.
Los libros de Registro de Electores , serán cerrados a la inscripción de ecuatorianos domiciliados en el exterior, improrrogablemente seis meses antes del día del proceso eleccionario. Cuarenta y ocho horas luego del cierre de las inscripciones de los libros de Registro de Electores , el libro respectivo será remitido al Tribunal Supremo Electoral a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, con observación de todas las solemnidades que exige la Ley.
Italia
Los ciudadanos residentes en el extranjero para poder ejercer la opción de votación en dicho país deberán inscribirse personalmente en el Registro de italianos residentes en el extranjero y podrán votar para las elecciones de parlamentarios y en referéndums.
El Gobierno, a través de la unificación de los datos del Registro de los italianos residentes en el extranjero y los datos consulares, llevará a cabo una lista actualizada de los ciudadanos residentes en el extranjero con objeto de preparar las listas electorales.
b) Países en los cuales se requieren requisitos adicionales de la inscripción en los registros electorales.
Alemania
La Ley de Elecciones Federales regula el sufragio de los alemanes en el extranjero, estableciendo que tienen derecho a voto aquellos ciudadanos alemanes que se encuentren fuera del país, pero que después del 23 de Mayo de 1949 hayan residido de manera habitual un mínimo de 3 meses sin interrupción en territorio alemán (artículo 12 (2)). Lo anterior no se aplica a aquellos que ejercen una función pública en el extranjero.
En todo caso, es requisito previo el estar inscrito o solicitar la inscripción en la lista de colegio electoral municipal hasta tres semanas antes de los comicios (artículo 14).
Canadá
Todo elector que no puede o no desee sufragar en una oficina de votación, en una elección o referéndum, puede hacerlo personalmente en la oficina del Director de Votación o por correo, en ambos casos por medio de un boletín de voto especial.
Si el elector se encuentra ausente de su circunscripción electoral, ya sea en Canadá o en el extranjero, puede votar por correo inscribiéndose en Elecciones Canadá.
El voto por boletín especial se rige por las reglas electorales especiales prescritas en la Parte 11 de la Ley Electoral de Canadá. Estas reglas se aplican en forma distinta dependiendo de la categoría de electores que se encuentre en el extranjero, esto es:
-Electores canadienses que se encuentran temporalmente ausentes de su circunscripción, pero cuyos lugares de residencia habitual están en Canadá. Ejemplo: viajeros o “Snowbirds”.
-Ciudadanos canadienses residentes temporalmente en el extranjero.
Pueden votar desde el extranjero si cumplen con las siguientes condiciones:
-Tener 18 años al día del escrutinio
-Residir temporalmente en el extranjero
-Haber residido en Canadá antes de inscribirse
-Haber residido en el extranjero al menos cinco años consecutivos al momento de la presentación de la solicitud; y
-Tener la intención de volver a Canadá para residir.
3. C.- Modalidad o procedimiento para votar.
a) Votación en sede diplomática o Consular.
Francia
Los franceses establecidos fuera de Francia pueden ejercer su derecho a voto en el extranjero en los siguientes lugares o formas:
-En una oficina de votación abierta en una Embajada o Consulado, ubicado en la circunscripción consular de su lugar de residencia en el extranjero, sea directamente (en forma presencial), o bien a través de un poder (mandato o procuración).
-En la oficina de votación de su comuna de inscripción en Francia: Sea de forma presencial o bien a través de un poder, siempre que estén inscritos en un registro electoral en Francia. En el caso de la elección presidencial o de un referéndum, los franceses que residen en el extranjero y que están inscritos a su vez en un registro electoral consular y en un registro electoral de una comuna de Francia, deben optar por votar en el extranjero o bien votar en Francia.
-Por correo: Sólo para las elecciones a la Asamblea de los Franceses del Extranjero (AFE).
-Por voto electrónico: Sólo en el caso de las elecciones a la Asamblea de los Franceses del Extranjero (AFE), aunque existen proyectos de ley para implementar esta modalidad para otras elecciones. Este sistema podrá ser utilizado además en la próxima elección de Diputados para los residentes en el extranjero del año 2012.
Argentina
“Todo ciudadano argentino que figure en el padrón y exhiba su documento de identidad tiene el derecho de votar y nadie puede cuestionarlo en el acto del sufragio”.
Las elecciones se llevan a cabo en las sedes de las Embajadas, Consulados Generales, Consulados y Secciones Consulares. Los electores pueden votar únicamente en la mesa receptora de votos en cuya lista figuren asentados y con el documento cívico habilitante (padrón), pues el presidente verificará si el ciudadano a quien pertenece el documento cívico figura en el padrón electoral de la mesa.
Una vez fijada la fecha del acto comicial, se dará conocimiento de ella a las embajadas, consulados generales, consulados y secciones consulares por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, remitiendo al efecto el decreto de convocatoria a elecciones nacionales, los que deben dar publicidad a ésta difundiendo la elección en distintos medios de comunicación locales.
Brasil
De acuerdo al artículo 225 del Código Electoral, la votación en el extranjero se realiza en la sede de las Embajadas y Consulados Generales, en donde se organizan las Secciones Electorales correspondientes. Sin embargo, para organizar dichas secciones, se requiere un mínimo de treinta votantes registrados. Sin embargo, aunque el número de electores no alcance el mínimo señalado, los electores pueden votar en la Mesa de Recepción más cercana, ubicada en el mismo país.
Los artículo 227 y siguientes del Código Electoral regulan el proceso de recepción de los votos y envío de los mismos al Tribunal Regional Electoral del Distrito Federal, a través de valija diplomática. Además se señala específicamente que todo el transporte del material electoral se hará por vía aérea.
Asimismo, resulta de interés la norma que sanciona al que, habiéndose inscrito para votar en la misión diplomática, no lo hace. De acuerdo al artículo 231, quien estando obligado a votar, no lo hace, está sujeto a las sanciones previstas respecto del votante que no lo hace en el territorio nacional, y, además, tiene prohibido solicitar cualquier documento ante la Embajada o Consulado, mientras no presente una debida justificación.
Ecuador
El ecuatoriano domiciliado en país extranjero deberá concurrir personalmente a la Oficina Consular de su circunscripción territorial para manifestar su voluntad expresa de sufragar, mediante la presentación del Formulario de inscripción por triplicado, el mismo que será suscrito por el interesado en presencia del funcionario consular.
La votación se efectuará en aquellos países que funcionen Consulados del Ecuador debidamente acreditados, en dicha sede.
Se establecerán en las sedes diplomáticas, Juntas Receptoras de Voto, las que estarán integradas por cuatro ciudadanos ecuatorianos registrados en el Padrón Electoral del correspondiente Consulado.
b) Votación por correo.
Alemania
Si bien la forma de votación para residentes en el extranjero no queda definida, la Ley de Elecciones Federales contempla en su artículo 14(3)(b) el voto por correo como forma legítima de votación, detallándose el procedimiento en el artículo 36, así como en el reglamento correspondiente.
La documentación del elector debe ser remitida al Director del Colegio Electoral que corresponda, y recibida antes de las 18:00 hrs. del día de los comicios.
Respecto a las elecciones del Parlamento Europeo, la Ley sobre la Elección de Representantes Alemanes para el Parlamento Europeo se remite a la Ley de Elecciones Federales en materia de voto por correo y del derecho a voto de los extranjeros. Sin embargo, el artículo 6 establece una excepción a la Ley de Elecciones Federales, al autorizar a los alemanes residentes (por un mínimo de tres meses) en el territorio de algún país de la Unión Europea a participar de estas elecciones.
Si bien la ley no aclara la forma de inscripción, recepción de papeleta o envío del voto por correo para residentes en el extranjero, el Oficial Federal de Elecciones (Bundeswahlleiter) entrega recomendaciones prácticas sobre cómo proceder. Así, recomienda a personas que residen en el extranjero y que se dieron de baja en su última comuna de residencia en Alemania, contactarse con esa comuna para reinscribirse en el registro electoral correspondiente, así como para solicitar el voto por correo.
Por otra parte, aquellas personas que residen en el extranjero y no han sido dadas de baja en su última comuna de residencia, pueden solicitar por escrito el envío de la papeleta de voto por correo a su nueva residencia en el extranjero, debido a que las Embajadas y representaciones consulares no cumplen la función de local de votación.
España
La Constitución Española, en su artículo 23.1, reconoce el derecho de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
En desarrollo de tal mandato constitucional, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, regula el procedimiento electoral, reconociendo como modalidades de votación el voto presencial y el voto por correo.
El artículo 4 establece que el derecho de sufragio se ejerce personalmente en la Sección en la que el elector esté inscrito según el censo y en la Mesa Electoral que le corresponda, sin perjuicio de las disposiciones del voto por correspondencia.
Se hace la siguiente distinción:
-Ciudadanos españoles que se encuentren residiendo permanentemente en el extranjero.
Como ya se encuentran inscritos en el Censo Electoral de Residentes deben concurrir al respectivo Consulado o Embajada y confirmar su inscripción vigente. Hecho lo anterior, deberán esperar el envío por parte de la (oficina) Provincial de la Oficina del Censo Electoral, la papeleta de votación, un sobre de votación donde debe figurar la dirección de la mesa electoral que le corresponda y una hoja explicativa (las características de los anteriores están regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio).
-Ciudadanos españoles que se encuentran residiendo temporalmente en el extranjero.
Para participar en el proceso electoral deben solicitar la documentación para ejercer su derecho a sufragio desde el extranjero a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, a más tardar el vigésimo quinto día posterior a la convocatoria del respectivo proceso electoral. Pueden solicitarlo para participar en cualquier tipo de elección.
La solicitud debe realizarse mediante impreso específico que podrá recogerse en las Oficinas Consulares de Carrera o Secciones Consulares de Embajada, o descargarse en formato digital desde la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
La solicitud debidamente llenada deberá entregarse personalmente en la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Embajada, previa identificación del elector mediante la exhibición de su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte español, debiendo el funcionario consular verificar su inscripción en el Registro de Matrícula Consular como no residente y la coincidencia de la firma.
La Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de Embajada remitirá la solicitud, de manera inmediata, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente.
Dicha solicitud tendrá validez, exclusivamente, para un proceso electoral concreto o para varios si se celebran en la misma fecha, y conlleva que el derecho de sufragio se efectúe desde el extranjero.
-Procedimiento de votación común para ambos tipos de residentes:
Envío de la documentación electoral. Una vez recibida la solicitud, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral enviará al interesado el certificado de inscripción en el censo. La papeleta de votación debe ser enviada en un sobre de votación donde debe figurar la dirección de la mesa electoral que le corresponda y una hoja explicativa. La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral realizará el envío de dicha documentación, al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, por correo certificado.
Votación. Una vez que el elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Si son varias las elecciones convocadas, deberá proceder del mismo modo para cada una de ellas. Incluirá el sobre o los sobres de votación y el certificado en el sobre dirigido a la mesa electoral y lo remitirá por correo certificado, antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones. En el caso de las Elecciones municipales, el elector escribirá en la papeleta el nombre del partido, federación, coalición o agrupación a cuya candidatura desea votar y remitirá su voto conforme a lo descrito en el párrafo precedente.
El Servicio de Correos conserva hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las mesas electorales y la traslada a las mismas a las 9 de la mañana. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales. Los sobres recibidos después del día fijado para la votación se remiten a la Junta Electoral de Zona a los efectos de la resolución de las posibles reclamaciones y, en su caso, de la tramitación del reembolso a los electores de los gastos del envío del voto por correo.
El procedimiento de votación por correo es gratuito.
Canadá
El voto se efectúa por correo, a través del procedimiento titulado en Canadá como “voto por medio boletín de voto especial”.
El procedimiento debe cumplir con distintos trámites dependiendo si los electores canadienses se encuentran temporalmente ausentes de su circunscripción, pero cuyo lugar de residencia habitual está en Canadá, o si son residentes temporales en el extranjero.
-Electores canadienses que se encuentran temporalmente ausentes de su circunscripción (pero cuya residencia habitual está en Canadá). Por ejemplo los viajeros o los “Snowbirds”.
Los canadienses que tengan 18 años o más al día del escrutinio y que residan en Canadá pero que se encuentren ausentes de su circunscripción ya sea en Canadá o en el extranjero pueden votar por boletín especial.
Los electores pueden inscribirse, para una elección o referéndum en su circunscripción, remitiendo a “Elecciones Canadá” una solicitud de inscripción y de boletín de voto especial. Se puede pedir este formulario personalmente, por correo, por teléfono o por fax en la oficina del Director de escrutinio o ante Elecciones Canadá en Ottawa. Se puede también inscribir por Internet en el sitio web de “Elecciones Canadá. Este formulario está también disponible en las Embajadas, y en los Consulados canadienses.
Para poder ejercer el derecho de voto en los casos señalados anteriormente (por boletín oficial), el elector debe remitir su solicitud debidamente llenada a la oficina del Director de la votación antes de las 18 horas (horario local), o a Elecciones Canadá en Ottawa, antes de las 18 horas de Ottawa, el martes precedente al día del escrutinio.
La solicitud puede ser transmitida por fax, y debe estar acompañada de una fotocopia de la pieza de identidad y de la dirección de residencia habitual en Canadá, indicando el nombre, dirección, residencia habitual y firma del elector (por ejemplo, un permiso de conducir), o una combinación de dos documentos, uno que tenga el nombre y la dirección de residencia habitual del elector (por ejemplo una factura de servicio público) y la otro que tenga el nombre y firma (por ejemplo, un carnet de biblioteca) Elecciones Canadá verificará la identidad del elector y determinará su circunscripción.
-Ciudadanos canadienses residentes temporalmente en el extranjero.
Elecciones Canadá posee un registro de todos los electores que residen temporalmente en el extranjero. Los electores pueden inscribirse en él remitiendo a Elecciones Canadá una solicitud de inscripción en el Boletín de voto especial, para de esta manera votar por correo desde el extranjero.
Se puede pedir este formulario a Elecciones Canadá, por correo, por teléfono o por fax. Se puede también descargar en el sitio web de Elecciones Canadá. Este formulario está también disponible en las Embajadas, y en los Consulados canadienses.
Para ejercer su derecho a voto, el elector debe enviar su solicitud debidamente llenada a Elecciones Canadá, en Ottawa, a más tardar a las 18 horas del martes precedente al día de la elección y su nombre debe figurar en el registro de electores residentes temporalmente en el extranjero. La solicitud puede ser transmitida por fax y debe estar acompañada de una fotocopia de algún documento que pruebe la identidad de la persona (una fotocopia de las páginas 2 y 3 de una pasaporte canadiense, de un extracto de nacimiento o de bautismo atestando que el elector nació en Canadá, o de un certificado o de un carnet de ciudadanía canadiense). Elecciones Canadá verificará la identidad del elector y determinará su dirección para los fines electorales.
Proceso de votación para ambos tipos de electores que se encuentren en el extranjero:
Elecciones Canadá enviará un set de voto por boletín especial personalizado a cada elector inscrito en el registro de electores residentes temporalmente en el extranjero. Para votar, el elector debe en primer lugar llenar y firmar la declaración impresa en el sobre exterior (parte del set de votación enviado). Para efectuar esta declaración, deberá atestar que el nombre que figura en el sobre está correcto y declarar que no votará nuevamente en el escrutinio en curso.
En el caso de una elección, el elector llenará enseguida su boletín de voto inscribiendo el nombre de su(s) candidato(s) de su circunscripción, o, en el caso de referéndum, marcando el “si” o el “no”. Luego debe insertar en el boletín en el (los) sobre(s) siguiendo las instrucciones entregadas adjuntas en el set de votación.
Finalmente el elector debe asegurarse que su boletín de voto llenado alcance a llegar a Elecciones Canadá, a más tardar a las 18 horas de Ottawa, el día del escrutinio para que su voto sea contado.
Proceso de Comunicación de los resultados de la votación efectuada por Boletín Especial:
Cuando todos los boletines de voto especial de todas las circunscripciones han ingresado a Elecciones Canadá, en Ottawa, el administrador de reglas electorales especiales comunica al Director General de las elecciones el resultado de voto por boletín especial para cada circunscripción. El Director General de las elecciones suma todos los resultados, por circunscripción, de voto por boletín especial de electores de las fuerzas armadas canadienses, de los ciudadanos canadienses que residen temporalmente en el extranjero y de los electores encarcelados. Estas tres categorías son designadas como el Grupo 1. Después del cierre de las oficinas de escrutinio el día del escrutinio, los resultados del Grupo 1 de cada circunscripción son transmitidos a los Directores de escrutinio correspondientes.
La otra categoría de electores de los votos contados en Ottawa es aquella de los electores canadienses que se encuentran temporalmente ausentes de su circunscripción. Sus votos son contados separadamente del Grupo 1 y los resultados son enviados a los Directores de escrutinio correspondientes los que se agrupan conjuntamente con los votos de los electores que han votado por boletín especial de su propia jurisdicción. Estas dos categorías: los electores canadienses que se encuentran temporalmente ausentes de su circunscripción y los electores que han votado por boletín especial de su propia jurisdicción, forman el Grupo 2.
Los resultados de estos dos grupos son presentados separadamente la tarde del escrutinio. Todos los resultados de votos por boletín especial son unidos a los resultados globales de cada circunscripción.
Italia
Los ciudadanos italianos que residan en el extranjero, si deciden votar en el extranjero deberán hacerlo por correo. Si, por el contrario, deciden votar en Italia deberán hacerlo en la división electoral en la que están inscritos en dicho país.
Para practicar la votación por correo, la Misión diplomática o consular envía al ciudadano votante, por correo, en conformidad con las instrucciones impartidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, un paquete que contiene la papeleta de votación y las instrucciones para proceder a la votación.
Una vez que el votante ha emitido su voto, debe introducir la boleta de votación en el sobre y sellarla con la estampilla existente para ello y enviarlo al Consulado o Embajada a más tardar el décimo día antes de la fecha fijada para la votación el Italia. Las Cartas y sobres no deben demostrar ningún signo de reconocimiento.
Los jefes de las oficinas consulares remitirán por valija diplomática, todos los sobres, sin demora al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que los remitan a la Oficina central de votación de los residentes en el extranjero, a más tardar a las 16 horas del jueves anterior de la fecha fijada para las elecciones en Italia, junto con la notificación del número de votantes que participaron en la votación. Dicha oficina, instituida por la Corte de Apelaciones de Roma tendrá a cargo la realización del escrutinio.
c) El voto por procuración o mandato.
Francia
Los franceses residentes fuera de Francia que no puedan desplazarse a votar personalmente a su comuna o a la oficina de su circunscripción consular deben, para poder votar, otorgar un mandato (procuration).
La persona que desea otorgar un mandato debe presentarse personalmente con su pieza de identidad y atestar bajo juramento estar en la imposibilidad de concurrir a la oficina de votación el día del escrutinio. Deberá informar respecto de su identificación, fecha de nacimiento y dirección de su mandatario. El mandatario, por su parte, debe gozar de derechos electorales y estar inscrito en la misma lista electoral consular o en la misma comuna que el mandante.
El acto de mandato debe ser autorizado:
-En el extranjero: por el Embajador, por el Jefe del puesto consular o por un Cónsul honorario de nacionalidad francesa habilitado para estos efectos por decreto (arreté) del Ministerio de Relaciones Exteriores.
-En Francia: Por el Tribunal de Instancia, por el Comisariado de Policía o por Gendarmería del lugar de inscripción.
Si el mandato es otorgado en el extranjero para votar en Francia, la Embajada o el Puesto Consular se encargará de dar aviso a la comuna de inscripción del mandante de esta situación. El trámite debe ser efectuado con la suficiente anticipación para que el formulario de mandato ingrese a la comuna antes del día del escrutinio. El mandato puede ser establecido por una de las dos vueltas electorales o por ambas. Tendrá una duración de tres años como máximo a contar de su fecha de establecimiento.
Circunscripción de residentes en el extranjero
Francia
La Constitución dispone que los franceses que se encuentran en el extranjero están representados en el Senado.
-Elección de Senadores
Los franceses residentes en el extranjero participan en la elección de doce senadores, a través del escrutinio indirecto de los mismos, pues éstos son elegidos por la Asamblea de Franceses en el Extranjero (L'Assemblée des Français de l'étranger (AFE)) cuya mayoría de miembros son elegidos en votación directa por los franceses residentes en el extranjero.
La Asamblea de Franceses en el extranjero es la Asamblea representativa de los franceses establecidos en el extranjero ante los poderes públicos franceses en todo lo referente a su vida en el extranjero (protección social, ayudas sociales, salud, escolaridad, régimen tributario, becas, etc.).
Está compuesta por 179 miembros, de los cuales 155 son elegidos a través de sufragio universal directo, por un período de seis años. Estos son:
-155 consejeros elegidos por seis años por sufragio universal en 52 circunscripciones que cubren el mundo entero.
-12 senadores de franceses establecidos fuera de Francia elegidos por los 155 consejeros indicados en el párrafo precedente.
-12 personas altamente calificadas en materias de expatriación elegidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y europeos
Es presidida por el Ministro de Relaciones Exteriores y asuntos europeos.
-Elección de Diputados
La Ley Constitucional del año 2008, prevé la instauración de Diputados representantes de los franceses residentes en el extranjero a contar de las próximas elecciones del año 2012, constituyendo la primera vez que participen en esta elección.
A diferencia del proceso eleccionario de senadores para los franceses residentes en el extranjero, esta elección se realizará a través de sufragio universal directo, en un número de doce Diputados y pueden votar por correo o incluso a través de internet.
Los franceses inscritos en los registros para poder sufragar en el extranjero recibirán un mail encriptado a la dirección de correo aportada al momento de haber efectuado su inscripción. Deberán proceder a realizar la votación por el (los) candidatos de su elección que aparezcan en el documento o papeleta en el mensaje electrónico recibido, remitiendo posteriormente el mansaje electrónico con su votación.
Italia
En Italia existe la circunscripción de residentes en el extranjero, en ella participan todos los ciudadanos italianos residentes en el extranjero e inscritos en el correspondiente registro en el Consulado o Embajada italiana del país de residencia. Su derecho a voto lo ejercen a través del sufragio universal.
Para los efectos de ejercer el voto, se han creado las siguientes circunscripciones, que incluyen los estados o territorios pertenecientes a:
-Europa
-América del Sur
-América del Norte y Central
-África, Asia, Oceanía y la Antártica
En cada una de estas zonas o circunscripciones se elige un diputado y un senador, mientras que los demás escaños, que deben llegar a ser de doce diputados y seis senadores, se distribuyen entre las mismas zonas en proporción al número de ciudadanos italianos que residan en ellas, en conformidad con el cálculo existente en al artículo 5, párrafo 1 de la Ley.
II. RESUMEN DE LOS FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.
1.- Los autores de la moción explican que la posibilidad de que los chilenos que se encuentran en el extranjero puedan ejercer su derecho a sufragio sin necesidad de volver al país, es una de las demandas más sentidas de los connacionales que residen fuera de nuestras fronteras, razón por la cual senadores de distintas tiendas políticas han coincido en la necesidad de garantizar este derecho, introduciendo las correspondientes modificaciones en la Carta Política.
En efecto, en primer lugar se establece que los ciudadanos con derecho a sufragio podrán ejercerlo por el solo hecho de dirigir una solicitud en tal sentido al Servicio Electoral, en el país mismo si se encuentran en Chile, o por medio de nuestros consulados en el exterior, cumpliendo esa solicitud con los requisitos formales que establezca la ley. En todo caso, tal solicitud deberá efectuarse para cada elección presidencial o plebiscito nacional.
En segundo lugar, el derecho podrá ejercerse respecto de las elecciones de Presidente de la República y plebiscitos nacionales, pudiendo la ley orgánica constitucional que regule la forma en que se realizarán los procesos electorales, permitir también el ejercicio de este derecho respecto de las elecciones primarias presidenciales. Lo anterior no constituirá obstáculo para que estos ciudadanos puedan participar en Chile en todo tipo de elecciones o actos plebiscitarios, siempre que no hayan efectuado la solicitud mencionada.
Por último, se encomienda a una ley orgánica constitucional regular la forma en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero, ciñéndose a lo establecido en los incisos primero y segundo del artículo 18 de la Constitución Política.
2.- La Constitución Política.
Su artículo 13, en lo pertinente, señala que son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva.
Su inciso segundo agrega que la calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran.
Su artículo 18, a su vez, dispone que habrá un sistema electoral público. Una ley orgánica constitucional determinará su organización y funcionamiento, regulará la forma en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios, en todo lo no previsto por esta Constitución y garantizará siempre la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los señalados procesos. Dicha ley establecerá también un sistema de financiamiento, transparencia, límite y control del gasto electoral.
Su inciso segundo agrega que una ley orgánica constitucional contemplará, además, un sistema de registro electoral, bajo la dirección del Servicio Electoral, al que se incorporarán, por el solo ministerio de la ley, quienes cumplan los requisitos establecidos por esta Constitución.
II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.
El proyecto despachado por el Senado consta de un artículo único que propone agregar un inciso tercero al artículo 13 de la Constitución Política de la República, para establecer que los ciudadanos con derecho a sufragio, que se encuentren fuera del país, podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales, por el sólo hecho de solicitarlo en el Servicio Electoral o en el Consulado de Chile en el extranjero, indicando el Consulado donde se ejercerá este derecho. Agrega que una ley orgánica establecerá los requisitos formales que deberá contener la mencionada solicitud y regulará la manera en que se realizarán los referidos procesos electorales en el extranjero.
III.SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS.
a.- Debate previo.
El Coordinador de la agrupación Haz tu Voto Volar, señor Francisco FUENTEALBA, en videoconferencia desde Berlín, Alemania, manifestó que la Constitución Política de la República contiene, entre otras materias, un catálogo de derechos, correspondiendo a las leyes, en este caso, a la ley orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, el regular su ejercicio.
El artículo 13 de la Constitución establece que son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Carta Fundamental o la ley confieran.
Por tanto, esta reforma constitucional resulta innecesaria. Estimó que para el ejercicio del derecho a sufragio de los chilenos en el extranjero bastaría efectuar una modificación a la ley orgánica constitucional antes mencionada. Sin embargo, en el evento que la Cámara de Diputados persista en la reforma constitucional, señaló que preferían apoyar el texto de la indicación presentada por el diputado Jackson, la que dispone que el derecho a sufragio de los chilenos en el extranjero se ejercerá “..en la forma que disponga la ley orgánica constitucional respectiva,..”.
La Ministra Secretaria General de la Presidencia , señorita Ximena RINCÓN recordó que tanto en la antepasada elección presidencial como en la anterior, el derecho a sufragio de los chilenos en el extranjero constituyó un compromiso de campaña. Todos los sectores compartían la idea que quienes se hallan fueran del país puedan votar en las elecciones nacionales, sin perjuicio de la existencia de opiniones diversas respecto de otras elecciones.
Añadió que el ex Presidente de la República , Sebastián Piñera, envió una iniciativa al Congreso Nacional sobre esta materia. En ese proyecto se incorporaban una serie de requisitos para materializar el ejercicio del derecho, debatiéndose largamente respecto a la forma en que se concretaba “el vínculo” que se exigía con el país.
Afirmó que la moción parlamentaria en discusión tuvo por objeto destrabar la discusión que tuvo lugar a raíz del mensaje antes mencionado.
Informó que una vez que esta iniciativa se radicó en la Cámara de Diputados, los parlamentarios que forman parte de la coalición Nueva Mayoría plantearon la necesidad de impulsar el proyecto en discusión y de modificar el contenido de la moción que provenía del Senado, a fin de eliminar la exigencia de inscribirse para cada elección. Sostuvo que lo lógico es hacer extensiva las mismas normas que rigen en Chile a los compatriotas que se encuentran fuera del territorio nacional.
Respecto a la determinación de las elecciones en las cuales puede participar quien reside en el extranjero, informó que en el derecho comparado es posible hallar todo tipo de fórmulas. A vía de ejemplo, indicó que en Francia sólo se puede participar en las elecciones nacionales.
Añadió que hay quienes sostienen que esta reforma constitucional es innecesaria, dado que el texto actual de la Constitución Política de la República permitiría el voto de los chilenos en el extranjero. Sobre el particular manifestó que el debate que se está realizando demuestra la necesidad de la reforma.
Para zanjar las diferencias que se han producido sobre la real necesidad de la reforma, el Gobierno optó por aprovechar el debate ya realizado durante el primer trámite constitucional en el Senado.
Añadió que el programa de la Presidenta Bachelet procura terminar con las desigualdades, las que no sólo son económicas o sociales, sino que también existen en el plano político.
Por último, hizo presente que hoy los chilenos que votan en el país solo pueden hacerlo en las elecciones territoriales del distrito, circunscripción o comuna donde votan físicamente. Si se habilita al que reside en el exterior a votar en las elecciones parlamentarias o municipales, aun cuando no residan en el distrito, circunscripción o comuna, legítimamente el ciudadano que reside en Punta Arenas podría cuestionar por qué razón quien vive en el extranjero puede votar en la comuna de Santiago u otra y él no puede hacerlo.
El diputado señor SAFFIRIO expresó que en principio se inclina por la posición de aquellos que sostienen que esta reforma constitucional resulta innecesaria.
Agregó que la indicación del Ejecutivo parte de la base que será necesaria una inscripción en el registro, dado que dispone que “Una ley orgánica constitucional establecerá el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero, en conformidad a lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 18”.
Señaló que cuando se procura precisar con mayor detalle un derecho determinado en la Constitución, en la práctica ocurre que la diversidad de interpretaciones que se produce a partir de una Carta Fundamental tan extensamente desarrollada, da pie para que quien finalmente termine resolviendo el asunto debatido sea un órgano externo al Congreso Nacional, como lo es el Tribunal Constitucional.
En segundo lugar, afirmó que el artículo 13 de la Constitución Política de la República señala con claridad quienes son ciudadanos: Los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. En su inciso segundo dicha norma dispone que la calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran.
Por su parte, el artículo 18 dispone que una ley orgánica constitucional determinará la organización y funcionamiento del sistema electoral público, regulará la forma en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios, en todo lo no previsto por esta Constitución. Asimismo, consagra que la ley orgánica constitucional contemplará, además, un sistema de registro electoral, bajo la dirección del Servicio Electoral, al que se incorporarán, por el solo ministerio de la ley, quienes cumplan los requisitos establecidos por esta Constitución.
En virtud de lo expuesto, a quienes residen en el extranjero ya se les ha reconocido su derecho a sufragio. Más aún, cumpliendo los requisitos fijados por la Constitución, también se hallan incorporados al registro electoral por el solo ministerio de la ley.
Por tanto, lo razonable es abocarse a la discusión de las modificaciones que se deben efectuar a la ley orgánica constitucional respectiva, para regular el ejercicio del derecho a sufragio por parte de quienes residen en el extranjero.
Sugirió que el Ejecutivo estudie la viabilidad de ingresar a la brevedad un proyecto de ley que modifique la ley de Votaciones Populares y Escrutinios, con el fin de regular el voto de los chilenos en el extranjero, de modo de evitar esta discusión innecesaria.
El asesor legislativo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Tomás Jordán expresó que si la interpretación respecto de la real necesidad de reformar la Constitución para otorgar derecho a sufragio a los chilenos que residen en el extranjero fuera uniforme ni siquiera habría que intercambiar opiniones sobre la materia.
Dicho de otra forma, en los últimos treinta años no ha existido unanimidad en esta materia. Aseveró que el Ejecutivo a través de esta iniciativa pretende otorgar la certeza absoluta que los chilenos que residen en el extranjero si pueden votar. Añadió que la forma de alcanzar tal certeza es establecer claramente en la Carta Fundamental que ellos si pueden sufragar.
Indicó que si se optara por la vía sugerida por algunos, en orden a modificar tan solo la ley orgánica constitucional respectiva, tal enmienda necesariamente debería pasar por el control de constitucionalidad preventivo que ejerce el Tribunal Constitucional, con lo que disminuye la certeza que se busca alcanzar.
Añadió que en el evento que pase exitosamente el test de constitucionalidad, para modificar tal ley en el futuro se requerirá un quórum inferior al que se exige para una reforma constitucional.
Por tanto, estimó que la reforma constitucional otorga a los ciudadanos chilenos en el extranjero mayor seguridad y certeza respecto de su derecho.
En segundo lugar, hizo presente que la experiencia comparada demuestra que existe todo tipo de fórmulas respecto de la extensión del derecho a sufragio por parte de quienes residen en el exterior. En algunos países sólo pueden votar en las elecciones presidenciales, como ocurre en México y en Brasil, en Francia pueden votar en las presidenciales y en las consultas nacionales. Como se desprende de lo expuesto, la determinación de las elecciones en las que participan quienes viven en el extranjero responde más bien a un acuerdo político.
En este sentido, informó que el Ejecutivo ha considerado que el permitir la participación de los compatriotas que residen fuera del país en las elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales constituye un primer gran paso. Posteriormente, en una nueva discusión constitucional se podrá volver a plantear este tema, con el fin de extender el derecho a sufragio a otro tipo de elecciones.
El Presidente del Comité Internacional Chile Somos Todos, señor Osvaldo NUÑEZ expresó la organización que representa han impulsado un texto diverso al propuesto por el Ejecutivo , cuyo articulado es similar a una indicación presentada por el diputado Jackson, del siguiente tenor: Para intercalar en el artículo 13 de la Constitución un inciso tercero, nuevo, del siguiente tenor: “Los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país podrán sufragar desde el extranjero, ejerciendo dicho derecho en la forma que disponga la ley orgánica constitucional respectiva, en conformidad a lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 18.”.”.
Manifestó que esta reforma es innecesaria. Las leyes que regulan los procesos electorales son de carácter simple, y son modificadas continuamente.
Informó que en muchos países se ha levantado la prohibición que pesaba sobre aquellas personas condenadas a pena aflictiva, en cuanto se les impide ejercer el derecho a sufragio.
Expresó que en el derecho comparado el derecho a sufragio de quienes se encuentran en el extranjero ha sido reconocido en múltiples países. A vía de ejemplo, mencionó que los peruanos que residen en el extranjero pueden votar en las elecciones presidenciales, en plebiscitos y en elecciones de diputados, dado que allí no hay Senado. Los ecuatorianos en el extranjero pueden elegir a su Presidente , al Vicepresidente , a los diputados de la Asamblea Nacional y del Parlamento Andino. Francia por su parte permite a quienes se encuentran en el extranjero votar en las elecciones presidenciales, parlamentarias, en las elecciones europeas, en los plebiscitos, para consejeros consulares, pudiendo elegir hasta once diputados, siendo hoy de nacionalidad chilena uno de ellos.
Solicitó se recoja esta profunda aspiración de los chilenos en el exterior, en orden a poder votar en las grandes decisiones del país.
Indicó que el derecho a sufragio de quienes se encuentran fuera de su país ha sido reconocido por diversos instrumentos internacionales. Es así como el Convenio sobre trabajadores migratorios y sus familias obliga a los Estados que lo han ratificado a permitir la participación a sus nacionales en el extranjero en las elecciones del país de origen. Hizo presente que en Ginebra se ha estudiado el caso chileno, hallándose nuestro país en tela de juicio, porque nuestro país no respeta cabalmente el citado Convenio.
Por último, expresó que cuando se discuta el contenido de la nueva Constitución impulsarán la creación de un distrito o circunscripción para los chilenos en el exterior.
El diputado señor SQUELLA aclaró que nadie ha sostenido que existen chilenos de primera y segunda categoría.
Afirmó que el derecho a sufragio emana de la calidad de ciudadano y no de la nacionalidad. De otro modo, habría que preguntarse por qué razón se otorga el derecho a sufragio a ciertos chilenos y no a otros. A vía de ejemplo mencionó a todos aquellos chilenos menores de 18 años que carecen del derecho a sufragio; a las personas acusadas por delito que merezca pena aflictiva. Estas últimas incluso pueden terminar siendo absueltas, sin embargo debieron soportar la suspensión del derecho a sufragio.
Manifestó que el debate debiera centrarse en el momento a partir del cual se hace exigible un derecho del cual se es titular. Existe una distinción entre la titularidad de un derecho y la exigibilidad del mismo.
Recordó que en la discusión en la Sala puso como ejemplo un derecho humano fundamental, como es el derecho a la salud, el cual se extiende a todos los chilenos, incluyendo a los que viven en el extranjero. Al respecto preguntó si quienes residen en Alemania pueden exigir al Estado chileno la satisfacción del derecho constitucional que le otorga la Carta Fundamental. La respuesta obviamente es negativa, porque para exigir tal derecho debe hallarse dentro del territorio nacional.
Afirmó que nuestra Constitución incluso ha otorgado el derecho a sufragio incluso a los extranjeros que viven en el país.
Manifestó que no es efectivo que se cometa una discriminación arbitraria para con los chilenos que viven en el exterior. A vía de ejemplo, sostuvo que si una persona se encuentra inscrita en Angol y el día de las elecciones se encuentra temporalmente en Talca, el impedimento para votar que padece no constituye una discriminación arbitraria. Lo mismo ocurre si la persona inscrita en Angol se halla en Mendoza. Ello demuestra que el tema a discutir o resolver es determinar cuándo se puede hacer exigible el derecho del que se es titular.
Asimismo, mencionó que la pensión básica solidaria exige cuatro o cinco años de residencia en el país, antes que se pueda hacer exigible el derecho. Ello demuestra que la exigencia de residir en el país para ejercer el derecho a sufragio no constituye un capricho de la Constitución, dado que la misma exigencia se efectúa en otros ámbitos.
Añadió que la Constitución también consagra deberes. En este sentido, indicó que es importante saber si las personas que tienen el interés en votar en las elecciones de nuestro país, piensan en el futuro vivir en Chile, porque en tal caso no sólo gozarán del derecho a sufragio, sino también deberán asumir deberes propios de quienes si viven en el país.
Expresó que le genera inquietud que personas que no tienen vínculo alguno con el país, y que no gozarán los beneficios o padecerán los errores de las políticas públicas que se implementen, puedan participar en la elección de nuestras autoridades.
Preguntó qué posibilidad tienen de conocer cuál es el mejor concejal para la comuna de Limache, quienes residen en el extranjero.
Por otra parte, recordó que la calidad de ciudadano también comprende el derecho a optar a cargos de elección popular. Si se extiende también este derecho podría ser candidato a Presidente de la República , previa modificación constitucional, un nieto de un chileno que ni siquiera conoce este país.
Preguntó a la Ministra Secretaria General de la Presidencia cuál es el camino que se seguirá para la implementación de esta reforma, que conllevará necesarios cambios a la ley orgánica constitucional respectiva. Preguntó si se establecerá el voto por correspondencia o se habilitarán urnas en determinados consulados.
El diputado señor CERONI señaló que la discusión respecto a si es o no necesario una reforma constitucional para conceder o reconocer el derecho a sufragio de los chilenos en el extranjero, se arrastra hace años.
Consideró que la propuesta del Ejecutivo es la más adecuada, porque explicita con meridiana claridad que los chilenos en el extranjero tienen derecho a sufragio.
Asimismo, valoró la indicación presentada, porque elimina la exigencia de la inscripción previa en los Consulados donde se ejercerá el derecho.
Sostuvo que él es partidario que se extienda este derecho también a las elecciones parlamentarias y municipales.
El diputado señor INSUNZA expresó que lo relevante es poder concretar el derecho a sufragio de los chilenos que residen en el exterior.
Sin perjuicio de ello, indicó que nuestra Constitución contiene un exceso de normas y regulaciones. Nuestra Carta Fundamental no sólo consagra el derecho, sino también establece un conjunto de precisiones y restricciones excesivas. Estimó que la moción parlamentaria incurre en la misma lógica a la que ha aludido. Junto con reconocer el derecho de sufragio de los chilenos en el extranjero, consagra de inmediato una restricción: sólo podrán votar desde el extranjero en las elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales.
Añadió que la lógica de la redacción del artículo 13 de la constitución es simple y clara: Son ciudadanos los chilenos mayores de 18 años que no hayan sido condenados a pena aflictiva. En su inciso segundo dispone que tal calidad otorga los derechos de sufragio y de optar a cargos de elección popular. Por tanto, lo único que no está resuelto en la ley orgánica constitucional es la forma como se ejercerá el derecho a sufragio por parte de los chilenos que residen en el exterior. Por ello, estimó que el camino más sencillo es iniciar directamente la discusión respecto de la forma en que ejercerán el derecho a sufragio quienes residen en el extranjero.
En relación al planteamiento efectuado por el diputado Squella, en cuanto a la necesidad de exigir un vínculo con el país, sostuvo que esa mirada es propia del siglo XIX. Agregó que la noción del derecho a sufragio de los ciudadanos en el exterior por parte de los franceses, ingleses y otros se encuentra asociado a su tradición de imperios.
Expresó que la experiencia chilena responde más bien al fenómeno de la globalización y en parte al exilio. Sostuvo que el sólo interés de participar activamente en las elecciones debiera ser vínculo suficiente.
El diputado señor Schilling compartió los dichos de los diputados Saffirio e Insunza, en orden a estimar que la Constitución ya consagra como derecho absoluto que emana de la ciudadanía, el derecho a elegir y a ser elegido. Por ello, sólo corresponde regular el ejercicio de este derecho en la ley orgánica constitucional respecto de los chilenos que viven fuera del país.
Sin embargo, existen controversias en esta materia, particularmente respecto de la extensión del derecho, en orden a que si se limitará a las elecciones de Presidente de la República y a plebiscitos o se extenderá también a las elecciones parlamentarias o municipales.
Hizo presente que se ha argumentado en forma mañosa en contra de reconocer el derecho a sufragio a los chilenos que viven en el extranjero en forma amplia. Se ha sostenido que se trata de elecciones eminentemente territoriales, por lo que no es posible determinar en cual circunscripción, distrito o comuna ejercerá su derecho a voto quien reside en el exterior. Al respecto recordó que desde que se aprobó la inscripción automática, todos los chilenos se encuentran inscritos en un registro. Es efectivo que quienes debieron cumplir con el requisito de avecindamiento mayoritariamente se encontrarán inscritos en Recoleta. Sin embargo, los otros estarán inscritos en las direcciones dadas ante el Registro Civil . El Servicio Electoral deberá proveer lo necesario para que la persona pueda ejercer el derecho a sufragio según el lugar en que se encuentre inscrito en Chile. Lo expuesto resuelve todo el problema que artificialmente se ha creado.
Respecto del ejemplo dado por el diputado Squella, en orden a quien se encuentra en Angol y está inscrito en Talca no podrá votar, señaló que si se modernizara el Estado dicha persona perfectamente podría votar, pese a hallarse circunstancialmente en otra ciudad el día de elección.
Recalcó que la única discriminación que se mantiene dice relación con lo dispuesto en el actual inciso tercero del artículo 13, que dispone que “Tratándose de los chilenos a que se refieren los N° 2° y 4° del artículo 10, el ejercicio de los derechos que le confiere la ciudadanía estará sujeto a que hubieren estado avecindados en Chile por más de un año.” Por tanto, los hijos de padre o madre chilenos nacidos en el extranjero y los que obtuvieron la nacionalización por gracia deben avecindarse por un año en Chile para poder votar.
Sostuvo que si bien es cierto se alcanzó un acuerdo en Senado sobre esta materia, lo ocurrido en las recientes elecciones debería apuntar a revisar dicho acuerdo.
Sin embargo, indicó que se ha comprometido a apoyar la indicación presentada por el Gobierno en los términos en que ha sido formulada.
Hizo un llamado al Ejecutivo a revisar la redacción propuesta al inciso tercero y a eliminar el inciso cuarto. Este último consagra una discriminación odiosa carente de justificación.
El señor Fuentealba expresó que todos comparten la idea de avanzar en la tarea de fomentar la participación de la ciudadanía en las elecciones, sea que se encuentren dentro o fuera del país.
Señaló que el impedimento para votar no está constituido por el hecho de hallarse fuera del país, sino por encontrarse lejos del lugar de la urna, tal como sucede a aquel chileno que se encuentra en Magallanes y se encuentra inscrito en Santiago.
En este sentido, sostuvo que lo conveniente sería resolver ambas dificultades.
Reiteró que esta materia puede resolverse con una simple modificación a la ley orgánica constitucional. La Nueva Mayoría tiene los votos suficientes para solucionar el problema por esta vía.
Asimismo, estimó que debiera pensarse en el futuro el permitir que los chilenos en el exterior tengan sus propios representantes en el Parlamento.
El diputado señor Coloma compartió la visión expuesta por Tomás Jordán, en orden a que la reforma constitucional que se impulsa otorgará mayor certeza jurídica en esta materia.
Añadió que quienes viven en el extranjero hoy tienen derecho a votar. Para ello deben viajar hacia nuestro país.
Reiteró que nadie ha pretendido establecer dos o más categorías de chilenos. De lo que se trata es regular la forma en que ejercerán un derecho que hoy si tienen.
Respecto de la propuesta que extiende el derecho a sufragio a las elecciones parlamentarias, municipales y de consejeros regionales, expresó que a quienes viven en Chile se les exige informar un domicilio, el que fijará la comuna, distrito o circunscripción donde sufragará. Sostuvo que si se permite votar en elecciones locales a quienes viven fuera del país se estaría aceptando que pueda votar una persona que efectivamente no tiene el domicilio o residencia con el que figura inscrito ante el Servicio Electoral.
Añadió que incluso podría ocurrir que quienes residan en el extranjero pueden terminar eligiendo el domicilio con el que figurarán inscritos en el país, pudiendo alterar la composición de un distrito determinado.
Reiteró que resulta importante se mantenga la exigencia de algún vínculo con el país. Quienes se encuentran temporalmente en el exterior por razones de estudio u otras, se entiende que mantienen tal vínculo. Sin embargo, quienes han permanecido por décadas fuera del país lo que aquí ocurre sólo les afecta desde un punto de vista emocional.
Anunció la presentación de una indicación para reponer la exigencia del vínculo que originalmente contemplaba la moción.
El diputado señor Soto expresó que este debate parece de otra época. Se le está negando un derecho a connacionales que son tan chilenos como quienes viven en el país. Ellos lo único que desean es participar en los procesos electorales chilenos.
Añadió que la discusión que hoy se desarrolla le recuerda la que tuvo lugar a propósito de la concesión del derecho a voto a la mujer. En esa instancia se llegó a decir que éstas no tenían ni la madurez suficiente ni conciencia de la realidad del país. Lo mismo se ha dicho hoy respecto de quienes viven en el extranjero.
Consideró que el tema del domicilio no puede ser utilizado como excusa para limitar el ejercicio del derecho a sufragio.
Expresó que si el país contara con el denominado “voto electrónico” esta discusión sería innecesaria. Cuando se abren más espacios de participación para la ciudadanía a la larga, quien recibe los beneficios de tal medida es el país.
Hizo presente que esta discusión ya se encuentra superada en la comunidad internacional. El Pacto de San José de Costa Rica asegura el derecho a sufragio a quienes residen más allá de las fronteras del país al que pertenecen, remitiendo a la ley la posibilidad de ejercerlo en función de la existencia de las debidas condiciones materiales, como el voto electrónico u otro mecanismo.
Destacó que más democracia y participación no debiera asustar a nadie. Hizo un llamado a la Ministra Rincón a consagrar el derecho a sufragio a los chilenos en el extranjero, sin limitaciones, dejando que sea la ley la que establezca los mecanismos específicos para su ejercicio.
El diputado señor CHAHÍN compartió la idea desarrollada por otros diputados, en orden a que esta reforma más que constituir un avance significa una limitación o restricción a un derecho que ya se encuentra reconocido por la Constitución, dado que el artículo 13 vigente no hace distinción alguna a la hora de consagrar el derecho a sufragio de quienes son ciudadanos, según si viven dentro o fuera del territorio de la República .
Igual como lo propuso el diputado Schilling, estimó necesario eliminar el actual inciso tercero del artículo 13, por cuanto es una norma discriminatoria para los chilenos a quienes se les ha concedido la nacionalidad por gracia y para los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en el extranjero.
La diputada señora Turres señaló que su opinión sobre esta materia ha ido evolucionando con los años. En un principio se resistía a conceder el derecho a sufragio a quienes viven fuera del país.
Añadió que debiera fijarse un criterio único respecto del domicilio de cada elector o ciudadano. Hoy se asocia el domicilio al distrito o comuna donde se vota. Si tal antecedente deja de ser relevante para quienes sufraguen desde el exterior, también debería serlo para aquellos que se encuentran dentro del país, y que por razones circunstanciales el día de elección se hallan lejos de su distrito.
Manifestó que, a su entender, debiera exigirse algún tipo de vínculo con el país.
Compartió lo dicho por el diputado Squella, en orden a que en otro tipo de normas también se exige la residencia en el país, como ocurre con la ley que regula el otorgamiento de la pensión básica solidaria.
Recalcó que estaba dispuesta a explorar fórmulas que permitan que quienes residen en el extranjero puedan votar. Sin embargo, reiteró la necesidad de exigir algún tipo de vínculo, cuya regulación debiera remitirse a la ley orgánica constitucional respectiva.
El señor Nuñez reiteró la posición de la agrupación que representa, en orden a que prefieren tener un derecho, aun cuando éste sea de carácter restringido, porque ello constituiría un primer paso en el reconocimiento de los derechos de quienes viven en el extranjero.
Informó que en otros países se han creado distritos especiales para quienes viven en el extranjero.
De igual forma, hizo presente su preocupación respecto de la situación que afecta a los hijos de padre o madre chilenos, que han nacido en el extranjero. Informó que ellos constituyen el 44,5% del total de chilenos que viven el exterior. Vale decir, son más de cuatrocientos mil chilenos que no podrán votar, a menos que resuelvan avecindarse en el país por más de un año.
Destacó que no hay legislación alguna en el mundo que imponga tal requisito.
Respecto de los dichos de algunos diputados, en cuanto a que se estaría obviando el requisito del domicilio, manifestó que la ley prevé que existe un domicilio en el país. Sin ir más lejos, algunos de quienes residen en el extranjero han salido sorteados como vocales de mesa. Más aún, otros han sido multados por no cumplir la obligación de ser vocal.
Reiteró que el domicilio que se asigna a quienes residen en el exterior es aquel que se mencionó en el último trámite ante el Servicio de Registro Civil. Si no se ha hecho trámite alguno regirá el domicilio dado para el nacimiento. Por tanto, se encuentran resueltas las observaciones efectuadas.
En relación al “vínculo” que se pretende exigir, hizo presente que ha vivido y viajado por varios países, y en ninguno de ellos se efectúa una exigencia de esa naturaleza.
Agregó que la Corte Suprema envió al Senado un oficio de fecha 10 de enero de 2011, donde señala que la exigencia de tal vínculo constituye una discriminación para con los chilenos que viven en el extranjero.
Hizo un símil entre aquella exigencia y el voto censitario.
La diputada señorita Paulina Nuñez expresó que Renovación Nacional nunca se ha opuesto a que los chilenos que viven en el extranjero puedan participar de las elecciones que aquí se realizan.
Manifestó que constituiría una muestra de interés o compromiso por parte de aquel compatriota que se encuentra en el exterior el hecho que solicite se le inscriba para la siguiente elección.
En segundo lugar, expresó que aquel ciudadano que se encuentra temporalmente en la ciudad de Punta Arenas para el día de la elección y se encuentra inscrito en Renca, si desea sufragar deberá viajar a la comuna donde se inscribió. La misma regla se aplica para quien se encuentra en el exterior, guardando las proporciones en materia de distancias involucradas.
Por último, consideró necesario escuchar la opinión de las autoridades del Servicio Electoral, a fin de que aclaren las dudas que esta iniciativa genera.
El diputado señor Andrade afirmó que en la sesión de hoy se ha escuchado la opinión de ciudadanos chilenos desde Berlín, Alemania, sin exigirle “vínculo” alguno para ello. Sin embargo, si se les quiere pedir tal exigencia para que ejerzan su derecho a sufragio.
Manifestó que en otras épocas “el vínculo” al que se alude hoy equivalía a la exigencia de un determinado patrimonio, o bien pertenecer al género o sexo masculino. En este sentido, el “vinculo” con el sistema político equivalía a la pertenencia al género masculino. Hoy se pretende exigir el contar con los recursos suficientes para viajar. Vale decir, el voto censitario o la pertenencia al sexo masculino ha mutado a contar con los recursos necesarios para viajar a votar.
Concluyó que son razones ideológicas las que mueven a quienes se oponen a esta iniciativa.
En segundo lugar, también se ha sostenido que la Constitución vigente permite hoy la votación de los chilenos en el extranjero, por lo que solo bastaría modificar la ley orgánica constitucional respectiva para materializar el ejercicio de ese derecho. Sin embargo, constató que no existe la correlación de fuerzas suficiente para respaldar tal posición. Ello explica el acuerdo al que se llegó en el Senado.
Destacó que existen dos maneras de oponerse a determinadas iniciativas: negándose, inventando subterfugios como el “vínculo”, o bien, demandar determinados asuntos que no son posibles de alcanzar por los altos quórums involucrados. Por una vía u otra se logra hacer fracasar el proyecto. En este contexto manifestó que él respaldaba lo resuelto por el Gobierno. La indicación presentada por el Ejecutivo soluciona de buena manera las observaciones que se han efectuado. Tal como lo ha señalado el señor Núñez anteriormente, “lo mejor es enemigo de lo bueno”. Concluyó que aspirar a lo imposible es inútil.
La ministra Rincón manifestó que existen otras opciones diversas a la indicación presentada por el Ejecutivo , que son tan válidas como aquella. No obstante, es necesario tener presente si existen los votos que se requieren para aprobarlas.
Respecto a la propuesta de eliminar el actual inciso tercero del artículo 13 de la Constitución expresó que constituye una propuesta atendible. Sin embargo, ello puede conducir el debate a tópicos como los requisitos para ser Presidente de la República .
Sostuvo que puede que no todos estén de acuerdo en eliminar el requisito del avecindamiento que consagra dicho inciso, lo que podría terminar frustrando el anhelado deseo de reconocer de una vez el derecho a sufragio de los chilenos en el extranjero.
Por otra parte, aclaró que cuando aludió a la existencia de una discriminación arbitraria se refería a que si se permite a los chilenos en el extranjero votar en las elecciones locales o territoriales, se estaría estableciendo una diferencia respecto de quienes si se encuentran en el país, porque a éstos si se les exige que voten en el lugar donde se encuentran inscritos.
Recordó que lo que ha hecho el Ejecutivo es respaldar una moción parlamentaria. La anterior iniciativa presentada por la pasada administración no prosperó porque exigía el “vínculo” al que antes se ha aludido.
La negociación que se llevó a cabo aquí en el Parlamento culminó con el texto que se aprobó en el Senado en primer trámite constitucional. El vínculo se tradujo en el requisito de la inscripción previa para cada elección o plebiscito. Una vez que el proyecto arribó a la Cámara de Diputados, tanto parlamentarios como las organizaciones que representan a los chilenos que residen en el extranjero hicieron presente la necesidad de eliminar la exigencia de la inscripción previa para cada elección.
El señor Fuentealba manifestó que es efectivo que existía un acuerdo sobre un texto determinado. Sin embargo, después de las pasadas elecciones existe un nuevo escenario. Hizo un llamado a que la coalición Nueva Mayoría haga uso de los votos con los que cuenta y apruebe la reforma a la ley orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios.
b.- Discusión particular.
Artículo único
S.E. la Presidenta de la República formuló indicaciones para modificar el artículo único del proyecto en el siguiente sentido:
1.- Para incorporar a continuación de la expresión “desde el extranjero” lo siguiente “en las elecciones primarias presidenciales,”.
2.- Suprímese la oración “por el solo hecho de solicitarlo para cada elección o plebiscito.”, reemplazando la coma (,) que la precede por un punto seguido (.).
3.- Suprímese la oración “Dicha solicitud se dirigirá al Servicio Electoral, pudiendo realizarse en Chile o a través de los Consulados de Chile en el extranjero.”
4.- Sustitúyese la oración “los requisitos formales que deberá contener la mencionada solicitud y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero,” por la siguiente: “el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero,”.
Sometidas a votación las indicaciones presentadas por el Ejecutivo, se aprobaron por siete votos a favor y cinco en contra.
Votaron por la afirmativa los diputados señores Andrade, don Osvaldo; Ceroni, don Guillermo; Chahín, don Fuad; Insunza, don Jorge; Rincón, don Ricardo; Saffirio, don René y Soto, don Leonardo.
Votaron en contra las diputadas señorita Núñez, doña Paulina y señora Turres, doña Marisol y los diputados señores Coloma, don Juan Antonio; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo.
IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.
Se dieron por rechazadas, por ser contradictorias con la indicación aprobada del Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 281 nonies del Reglamento de la Corporación, las siguientes indicaciones:
1.- Del diputado señor Jackson, don Giorgio para modificar el artículo único en el siguiente sentido:
Sustitúyense las oraciones que comienzan con la frase “en las elecciones de Presidente de la República ” y terminan con la expresión “procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero” por la siguiente: “, ejerciendo dicho derecho en la forma que disponga la ley orgánica constitucional respectiva,”.
2.- De las diputadas señorita Núñez, doña Paulina y señora Turres, doña Marisol y los diputados señores Coloma, don Juan Antonio; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo, para reemplazar el artículo único del proyecto por el siguiente:
“Artículo único.- Intercálese un inciso cuarto nuevo al artículo 13 de la Constitución Política de la República:
“Los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país y mantengan vínculos con Chile podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones y plebiscitos que establezca una ley orgánica constitucional. Dicha ley establecerá también las condiciones y formas en que se ejercerá este derecho y regulará las circunstancias que constituyen tal vinculación”.”.
V. TEXTO DEL PROYECTO TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.
Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor diputado informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:
“PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
Artículo único.- Intercálase, en el artículo 13 de la Constitución Política de la República, el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto:
“Los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales. Una ley orgánica constitucional establecerá el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero, en conformidad a lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 18.”.
-o-
Tratado y acordado en sesión de 8 de abril de 2014, con la asistencia de las diputadas señorita Núñez, doña Paulina y señora Turres, doña Marisol y los diputados señores Andrade, don Osvaldo; Ceroni, don Guillermo; Chahín, don Fuad; Coloma, don Juan Antonio; Insunza, don Jorge; Rincón, don Ricardo ( Presidente ); Saffirio, don René; Soto, don Leonardo; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo.
Sala de la Comisión, a 8 de abril de 2014.
(Fdo.): JUAN PABLO GALLEGUILLOS JARA, Abogado Secretario de la Comisión ”.
4. Segundo Informe de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena,recaído en el proyecto de ley que establece la prohibición y sustituciónprogresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímerosartificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.(boletin N° 9133-12-2)
?Honorable Camara:
Vuestra Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena pasa a informar, en segundo trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de las señoras Goic, doña Carolina, Rubilar, doña Karla, y Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Accorsi, don Enrique; De Urresti, don Alfonso; Espinoza, don Fidel; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel; Teillier, don Guillermo, y Vallespín, don Patricio, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1.- Origen y urgencia.
La iniciativa tuvo su origen en una moción de las señoras Goic, doña Carolina, Rubilar, doña Karla, y Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Accorsi, don Enrique; De Urresti, don Alfonso; Espinoza, don Fidel; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel; Teillier, don Guillermo, y Vallespín, don Patricio, y se encuentra sin urgencia.
2.- Discusión particular.
La indicación presentada en la Sala por los Diputados señores Saffirio, Paulsen, Schilling y García, para sustituir la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional” fue rechazada por 11 votos en contra, ninguno a favor y ninguna abstención.
La indicación presentada en la Sala por los Diputados señores Morano y Sandoval fue retirada por sus autores.
La Comisión aprobó dos nuevas indicaciones presentadas durante la discusión de este segundo informe, según él mismo da cuenta más adelante.
3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.
A juicio de vuestra Comisión, el texto del proyecto en informe no contiene normas orgánicas constitucionales ni de quórum calificado.
4.- Diputado Informante .
La Comisión designó como informante al Diputado señor Sandoval, don David.
II. ANTECEDENTES GENERALES.
En sesión celebrada el día 8 de abril del año en curso, la Sala de la Corporación prestó su aprobación, en general, al proyecto en informe y, acogiendo sendas indicaciones de algunos señores Diputados, lo remitió a esta Comisión para un Segundo Informe.
El proyecto de que se trata apunta a lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables, hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y los recursos naturales de la Patagonia.
La moción consta de dos artículos permanentes. El primero dispone la sustitución completa del uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y cualquier otro tipo de comercio, prohibiéndose su uso dentro del territorio de la Patagonia Chilena. Dicha sustitución deberá verificarse dentro del plazo de un año contado desde la publicación de la ley. Su infracción será sancionada con una multa de una a cinco Unidades Tributarias Mensuales. El artículo segundo establece aquello que se entiende por “Patagonia Chilena” para los efectos de esta ley.
-o-
En conformidad con lo preceptuado por el artículo 288 del Reglamento de la Corporación, en este Informe corresponde consignar:
III. ARTÍCULOS QUE NO HAYAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES NI DE MODIFICACIONES PARA LOS EFECTOS DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 131, INDICANDO CUALES DE ELLOS CONTIENEN MATERIAS QUE DEBEN SER APROBADAS CON QUORUM ESPECIAL, PARA LOS EFECTOS DE SU VOTACION EN PARTICULAR, SEGÚN LO PREVIENE EL INCISO PRIMERO DEL ARTÍCULO 309 DE LA LEY N° 18.918.
En dicha situación se encuentra el artículo segundo del proyecto, el que no necesita, para su aprobación, de quórum especial.
IV. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO.
En relación con esta materia, el proyecto que se somete a consideración de la Sala no contiene normas de rango orgánico constitucional ni requiere para su aprobación de quórum calificado.
V. ARTÍCULOS SUPRIMIDOS.
No existen artículos en tal calidad.
VI. ARTÍCULOS MODIFICADOS.
Ambos artículos del proyecto fueron modificados mediante las indicaciones que se señalan:
-De los señores Morano y Sandoval, para intercalar en el inciso primero de su artículo primero, después de la expresión “la entrega” la frase “a cualquier título”.
-Puesta en votación fue aprobada por unanimidad.
(Votaron a favor las señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward).
-De los señores Trisotti y Ward, para agregar en el inciso segundo de su artículo primero, después de su punto final (.), que pasa a ser coma (,), la expresión “el que deberá estar publicado en la fecha en que la ley entre en vigencia.”.
-Puesta en votación fue aprobada por unanimidad.
(Votaron a favor las señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward).
VII. ARTÍCULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.
No hay artículos en tal calidad.
VIII. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
A juicio de la Comisión, el proyecto en Informe no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia financiera y presupuestaria del Estado.
IX. INDICACIONES RECHAZADAS.
Se encuentra en tal condición la indicación presentada por los señores Saffirio, Schilling y García, que tenía por objeto sustituir, en el inciso primero de su artículo 1°, la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional”, la que fue rechazada por la unanimidad de las señoras y señores Diputados presentes (11).
(Votaron en contra las señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward).
Durante su discusión las señoras y señores Diputados estimaron que extender la prohibición de entregar bolsas plásticas a nivel nacional podría entrampar el avance legislativo del proyecto. En ese contexto, sugirieron mantener la actual redacción de tal forma que se pueda ejecutar un plan piloto de la iniciativa en la Patagonia Chilena, y que, en caso de que ésta resulte beneficiosa, hacer los esfuerzos para extenderla a nivel nacional.
Por otra parte, cabe hacer presente que la segunda indicación presentada en la Sala, que incorporaba en el inciso primero del mismo artículo, luego de la palabra “entrega”, la expresión “,venta y, o uso” fue retirada por sus autores señores Morano y Sandoval.
X. TEXTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFIQUE O DEROGUE.
El articulado del proyecto no modifica ni deroga ningún cuerpo legal vigente.
-o-
Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , vuestra Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena os recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo primero.- Prohíbese, a contar de un año desde la publicación de la presente ley, dentro del territorio de la Patagonia Chilena, la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio.
La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco Unidades Tributarias Mensuales, según determine el reglamento que se dicte al efecto, el que deberá estar publicado en la fecha en que la ley entre en vigencia.
Artículo segundo.- Para los efectos de esta ley, se entiende por Patagonia Chilena, aquella extensión de territorio que comprende la Provincia de Palena y las Regiones de Aysén y Magallanes.”.
-o-
Se designó diputado informante , a don David Sandoval Plaza.
Sala de la Comisión, a 8 de abril de 2014.
Acordado en sesión de 8 de abril del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y de los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward.
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado, Secretario de la Comisión ”.
5. Informe de la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones recaído en elproyecto de ley que instituye el día 29 de abril de cada año como el día de losswellinos y sewellinas. (boletín N° 8807-04) (S)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, iniciado en moción de los senadores señores Alejandro García Huidobro Sanfuentes, Jaime Quintana Leal , Juan Pablo Letelier Morel e Ignacio Walker Prieto.
Durante el análisis de esta iniciativa la Comisión recibió a los representantes del Círculo Social Sewell.
I. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO
Rendir, por una parte, homenaje a las personas chilenas y norteamericanas que con audacia, valentía, coraje y esfuerzo, se instalaron en 1904 a más de 2.100 metros de altura, en la ladera del Cerro Negro, en la Cordillera de los Andes, frente a la ciudad de Rancagua y forjaron, a partir de su reconocimiento por parte del Ministerio de Hacienda el 29 de abril del año siguiente, el pueblo minero al que denominaron posteriormente Sewell, y, por otra parte, relevar el aporte histórico, cultural y social de quienes hicieron del trabajo minero su vida y del campamento su ciudad, plasmado en una de las minas subterráneas más grande del mundo, declarada Patrimonio de la Humanidad.
II. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS
Para los efectos de lo establecido en los números 3°, 4°, 5°, 6° y 7° del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1.- Que el proyecto se aprobó en general y en particular por la unanimidad de siete de sus integrantes presentes señores(as) diputados (as) Marcos Espinosa, Ramón Farías, Issa Kort, Roberto Poblete, Jorge Rathgeb, Guillermo Teillier ( Presidente ) y Victor Torres.
2.- Que la única disposición del proyecto no requiere de un quórum especial de aprobación y no es de competencia de la Comisión de Hacienda.
3.- Que no existen, en este trámite, indicaciones ni artículos rechazados.
4.- Que el artículo único aprobado por el Senado, fue sancionado en los mismos términos propuestos.
5.- Que se efectuaron las correcciones que permite el artículo 15 del Reglamento de la Corporación.
6.- Que se designó Diputado Informante al señor Issa Kort Garriga.
III. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO
Los autores de la iniciativa fundamentan su presentación tanto en los hechos históricos como actuales.
Sus antecedentes históricos:
El 29 de abril de 1905, un decreto del Ministerio de Hacienda autorizó la instalación en Chile de la empresa norteamericana Braden Copper Company, para explotar el yacimiento El Teniente, que permanecía abandonado desde fines del siglo XIX.
En ese escenario, Braden Copper emprendió la planificación de un conjunto de obras, que progresivamente mostraban una serie de avances; en ese sentido, en cuanto a los medios de transporte, al inicio se construyó un camino de carretas para posteriormente instalar una línea de trenes. A mayor abundamiento, nuevas construcciones fueron elaboradas, tales como: la habilitación una oficina comercial en Graneros y bodegas en La Compañía, la reanudación de la actividad extractiva de la Mina, edificación de un concentrador, campamentos de habitaciones, un patio industrial en Rancagua; tofo esto seguido de la contratación de trabajadores.
Además de algunos campamentos pequeños creados cerca de las primitivas vetas a explotar, entre 1905 y 1906, en la ladera de la montaña próxima a la Mina, fue construido un “establecimiento beneficiador de minerales”, integrado por una planta de concentración o molino, con capacidad para tratar 250 toneladas diarias de mineral que eran acarreadas por un “tranvía aéreo” desde el yacimiento y un “dínamo” que suministraba la energía eléctrica.
Sin embargo, sólo en marzo de 1915 este poblado industrial recibió el nombre de “Sewell”, en recuerdo de Barton Sewell, alto ejecutivo de Braden Copper que falleció ese año en Nueva York, el que nunca conoció Chile, pero siempre apoyó la idea de William Braden de invertir en El Teniente.
Con los años, el campamento y sus instalaciones progresaron conforme aumentó la producción de cobre, pasando a constituir una ciudad. Más que una expansión territorial, la estructura urbana de Sewell se caracterizó por una densificación y crecimiento en altura, con edificios que no estuvieron exentos de accidentes y destrucciones por las condiciones climáticas y topográficas del lugar.
Estado actual:
En la actualidad, Sewell es un área de trabajo donde aún siguen en operaciones el Concentrador del mismo nombre y unas pocas instalaciones industriales y al cual se accede en vehículo por un tramo de la Carretera Presidente Eduardo Frei Montalva. En el campamento permanecen en pie unos 50 edificios originales, que están siendo restaurados para acoger la visita del público. En tanto en diciembre de 2002 se inauguró la primera etapa del Museo de la Gran Minería del Cobre.
El campamento, es considerado uno de los lugares más originales del mundo. Fundarlo significó audacia y esfuerzo debido a la inexperiencia de los norteamericanos con la abrupta cordillera y de los chilenos, originalmente campesinos, con la minería. Habitar en tan adversas condiciones fue un colosal desafío.
Para 1940, Sewell era una verdadera ciudad habitada por 15.000 personas que debieron sobrellevar el aislamiento y el fuerte clima invernal. En este lugar se forjó también una particular cultura, combinación de costumbres chilenas y norteamericanas. En 1968 se inicia el cierre del campamento y el descenso de sus habitantes a la ciudad de Rancagua.
En el año 2006, Sewell fue declarado Sitio del Patrimonio Mundial de la Unesco, considerando que, “en su medio hostil es un ejemplo excepcional del fenómeno global de las company towns establecido en lugares remotos del mundo, a través de una fusión de trabajadores locales con recursos de naciones ya industrializadas”.
-o-
IV. SÍNTESIS DEL TEXTO APROBADO POR EL SENADO
De conformidad con lo establecido en el número 2° del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, cabe señalar que el texto aprobado por el Senado consta de un artículo único mediante el cual, se instituye como Día de Los Sewellinos y Sewellinas el 29 de abril de cada año.
V. INTERVENCIONES RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.
-Señor Eugenio López López, Presidente del Círculo Social Sewell . Inició su exposición señalando que la entidad que representa es una organización sin fines de lucro que data del año 1984.
Expresó, que en los estatutos que dan origen a la institución se plasma claramente el deseo de mantener viva la memoria del Campamento. Relató que dentro de las primeras tareas llevadas a cabo fue el organizar a la comunidad para convencer a las autoridades de la época que debía detenerse la demolición del campamento. Agregó que un segundo paso fue convocar a los Sewellinos (as) a ocupar un rol activo en la toma de decisiones.
Precisó que el 29 de abril de 1905, mediante un decreto del Ministerio de Hacienda, se autorizó la instalación en Chile de la empresa norteamericana Braden Copper Company, para explotar el yacimiento El Teniente, que permanecía abandonado desde fines del siglo XIX. Es así como a ese lugar llegaron dos grupos de personas culturalmente distintos, por una parte, Norteamericanos (trabajadores profesionales y técnicos) y, por otra, chilenos que, en su mayoría, eran técnicos y campesinos.
Destacó que la fundación del campamento constituye un signo de audacia y esfuerzo, pues tuvieron que enfrentar constantemente la adversidad propia del aislamiento.
Recordó dos fechas conmemoradas por los Sewellinos, la primera de ellas fue el año 1944 en que producto de una nevazón se desprendió un rodado que dejó a 102 personas fallecidas, y luego, en 1945 se produce la segunda catástrofe en la que fallecen 355 mineros.
Por otra parte, enfatizó que muchos de los gobiernos identificaron a Seweell con “El sueldo de Chile”, por lo cual, como herederos de esa cultura, sienten un enorme orgullo que se reconozca que el trabajo de sus antepasados fomentaron el crecimiento del país.
Manifestó que instaurar el día del Sewellino (a) tiene como sentido que la población chilena tenga un compromiso de reconocimiento a ese pasado histórico, que de una u otra forma, ha permitido por tantos años tener la suerte de contar con recursos para las realización de las obras sociales que se realizan.
Agregó que lo anterior se encuentra relacionado con un segundo tema, cual es, erigir el monumento al Sewellino, por cuanto ello implica contar con un homenaje y reconocimiento permanente de la población.
Señaló que la Comunidad, desde hace 30 años, realiza muchas actividades en la Región, con el objeto de mantener y proyectar en la memoria colectiva de los chilenos la obra realizada por sus antepasados.
Finalmente, destacó que cuando la UNESCO declara un bien o un sitio como patrimonial mundial, no solo es un orgullo para los gobiernos locales y regionales, sino también para todo el Estado de Chile.
VI. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS.
Los diputados presentes en el debate coincidieron con sus fundamentos y la legítima aspiración de sus impulsores, en contar prontamente con la ley que les permita rendir homenaje a las generaciones pasadas y presentes unidas por el sentido de pertenencia con el Campamento Minero Sewell, producto de haber compartido una particular forma de vida, que en la actualidad persiste en un sitial dentro de la memoria colectiva de los que habitaron en él, lo cual hoy es parte esencial de su valor y proyección patrimonial.
Igualmente, destacaron como valor social el sentido de épica y orgullo que une a los swellinos y swellinas producto de la magnitud de la gesta de El Teniente y de las numerosas víctimas que ella cobró, en tantas tragedias -del humo, avalanchas, accidentes en la mina,- valores que se mantienen, particularmente a través de las comunidades comprometidas en la puesta en valor del bien, hecho que fue relevante en la Declaración por la Unesco de Patrimonio de la Humanidad.
Por otra parte, a la Comisión le hizo mucha fuerza el dejar plasmado en una ley la importancia de visibilizar y reconocer las riquezas minerales y naturales que pertenecen y deben seguir siendo de todos los chilenos, como asimismo, relevar el rol que ha cumplido la industria del cobre en los logros obtenidos como país gracias al trabajo de tantos valientes y esforzados mineros.
VOTACIÓN GENERAL Y PARTICULAR
Atendidas las características de la iniciativa legal, por unanimidad de los integrantes presentes, la Comisión decidió efectuar la discusión y votación, tanto general como particular, en un solo acto.
La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración por la moción, procedió a dar su aprobación, en los mismos términos propuestos por el Senado, por la unanimidad de siete de sus integrantes presentes, señores Espinosa, Farías, Kort, Poblete, Rathgeb, Teillier ( Presidente ) y Torres.
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VII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.
Artículo único.- Institúyese el 29 de abril de cada año, como el “Día de los sewellinos y sewellinas”.
-o-
Se designó Diputado Informante a don Issa Kort Barriga.
Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión de 10 de abril del año en curso, con asistencia de los diputados señores Marcos Espinosa Monardes, Ramón Farías Ponce, Issa Kort Garriga, Roberto Poblete Zapata, Jorge Rathgeb Schifferli, Guillermo Teillier Del Valle ( Presidente ) y Víctor Torres Jeldes.
Sala de la Comisión, a 10 de abril de 2014
(Fdo.): MARÍA EUGENIA SILVA FERRER, Abogado Secretaria de la Comisión ”.
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Morales, Coloma,De Mussy, Gutiérrez, don Romilio; Hasbún, Lavín, Macaya, Sandoval, Urrutia, don Osvaldo, y Van Rysselberghe, que “Modifica la ley N° 19.327, que fija normas para prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional, estableciendo la prohibición de salida del país, a quienes hayan sido condenados en virtud de esta normativa, en el caso que indica”. (boletín N° 9306-29)
“Los hechos constitutivos como conductas que impliquen violencia en los estadios se encuentra claramente tipificado en la ley, sin embargo a más de 15 años desde su implementación, los avances vinculados a la disminución de estas conductas en los recintos deportivos, aún constituye un asunto sin una real solución, situación que, sin lugar a dudas, perjudica a toda la industria del fútbol profesional, pero principalmente perjudica a los asistentes, que son a fin de cuentas las directas y principales víctimas de tales deleznables acontecimientos.
Al mismo tiempo, y desde el punto de vista de las causas y soluciones en la materia, es dable recordar que la violencia en los estadios de nuestro fútbol se encuentran circunscritas en aspectos sociales y a las lacras que nuestro país lleva consigo y que afectan de sobremanera a las capas sociales más desfavorecidas como lo es la drogadicción, la mendicidad, la cesantía, la delincuencia o la falta de oportunidades; de tal manera que se requieren para la solución clara y profunda de estos flagelos, políticas de largo plazo que impliquen amplios consensos a nivel político y cuyos efectos o soluciones no las veremos en lo inmediato. En efecto, la implementación de políticas vinculadas a la educación, a la vivienda, al combate a la drogadicción o a la marginalidad social, requiere del concurso de múltiples voluntades e ideas que deben ser afrontadas con decisión, para que de esta forma puedan efectivamente morigerarse los efectos de la delincuencia en nuestro país, en sus más diversas formas, situación que por cierto también abarca a la violencia en los estadios de fútbol, toda vez que ello implica una manifestación de los problemas sociales que actualmente vive la sociedad chilena moderna.
Sin embargo, al mismo tiempo pensamos que un control inmediato de la criminalidad también pasa por la represión de conductas socialmente indeseables, más aún si éstas son perpetradas en lugares destinados a la práctica de deportes como son los estadios del fútbol profesional. Junto con lo anterior, actualmente existe una progresiva concientización acerca del respeto de los asistentes a un espectáculo deportivo, consagrando, principalmente una infraestructura que privilegie la seguridad de los mismos. Ese es precisamente uno de los elementos que inspiran la remodelación de los estadios bicentenarios de estándares FIFA, constituidos por la comodidad y seguridad de los asistentes.
Así las cosas vemos con preocupación la existencia en casi todos los partidos de nuestro fútbol profesional la perpetración de actos constitutivos de violencia en los estadios en una mayor o menor medida, y que por cierto generan miedo en los hinchas y sus familias de sufrir alguna nefasta consecuencia en su integridad física y psíquica.
El flagelo de la violencia en los estadios del fútbol descrito en los párrafos anteriores y sus métodos de afrontarlo por parte de la autoridad, han sido analizados teniendo en consideración 2 grandes modelos, uno de ellos es el caso inglés y el otro el sudamericano, particularmente el argentino, mientras el primero aborda la situación desde una perspectiva social, conceptualizando la crisis de la violencia deportiva como una manifestación sistémica de un problema social, el modelo argentino se vincula a grupos enquistados y marginales que han alcanzado cierto poder en su ámbito de acción, que son las denominadas barras bravas del fútbol.
Bajo este orden de ideas, el caso chileno posee un poco de ambas situaciones internacionales, por una parte todos reconocen que la violencia en el fútbol, como en muchos otros ámbitos de la sociedad, posee inquietantes ribetes sociales, que deben ser afrontados con medidas a mediano y largo plazo, pero cuyas soluciones son eficaces, y por otra también se piensa que existen grupos más o menos organizados que tienen cautivos buena parte del espectáculo con actos delictuales dentro y fuera del recinto deportivo.
Es por lo anterior que los diputados patrocinantes de esta iniciativa pensamos que en lo inmediato debemos asignarle mayor exigencia a las normas que reprimen los actos de violencia y una de ellas consiste en incorporar la prohibición de salida del territorio nacional a quienes cometan actos de violencia y hayan sido condenados en virtud de esta ley, en aquellos casos en que el equipo del cual es hincha o seguidor viaje fuera del territorio nacional.
Lo anterior busca establecer con toda eficacia y precisión que ninguna persona autora de tan lamentables hechos pueda burlar la ley sin mayores consecuencias en su contra. Se trata en definitiva de una normativa que implica extender la prohibición de asistir a espectáculos deportivos también en el extranjero, frente al caso que su institución juegue competiciones deportivas internacionales.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese un nuevo inciso final en el artículo 8° de la Ley 19.372, sobre Violencia en los Estadios, norma que indica:
“Quienes sean condenados por delitos contemplados en esta ley, no podrán salir del país por un plazo máximo de 5 años a las competiciones deportivas donde participe el equipo de fútbol del cual es seguidor el condenado, contados desde la dictación del fallo, sin perjuicio de las medidas que adopte el tribunal durante la tramitación del juicio”.
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Urrutia, don Ignacio; Bellolio, Kast, don José Antonio, Lavín, Melero, Silva, Ulloa,Van Rysselberghe; y Ward, y de la diputada señora Molina, que “Modifica la ley N° 20.659, que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales, incorporando un mecanismo que facilita la disolución de una empresa en caso que indica”. (boletín N° 9307-03)
“La consagración de una normativa que introdujera en nuestro país una nueva lógica en materia de constitución, modificación y disolución de sociedades o compañías ha permitido la incorporación de miles de emprendedores al desarrollo de nuestra economía, utilizando para ello la tecnología disponible como es el caso de Internet, llenando un simple formulario, además de otras exigencias legales.
Sin embargo, dicha normativa contemplada en la ley 20.659 no establece una situación que parece del todo razonable su regulación o al menos no se encuentra disciplinada explícitamente por la ley. Dicha situación consiste en la inactividad del giro de una empresa determinada, manifestada en que no se hace uso de su razón social, como asimismo no reporta ganancias ni pérdidas, ni tampoco ha ejecutado actos o contratos con terceras personas, en resumidas cuentas nos encontramos ante una entidad sin vida, sin desenvolvimiento jurídico por un tiempo prolongado.
Lo anteriormente indicado, esto es la inactividad de una determinada relación jurídica, por cierto que en el plano jurídico genera consecuencias, así en algunos casos será la prescripción de un derecho, o bien la caducidad o preclusión del mismo, sin embargo a nivel de empresas o compañías no vemos que dicho efecto se produzca de un modo claro y preciso en nuestra ley ante el silencio de la relación jurídica.
Es por lo anterior que este grupo de parlamentarios concordamos en la idea de facilitar la disolución de una entidad en donde en los hechos, han desaparecido todos sus elementos estructurales, particularmente el ánimo social (affectio societatis), y que en definitiva ningún socio quiere participar de ese negocio y que por lo mismo han hecho abandono de tal aventura empresarial por otra.
De acuerdo a ello, es de la esencia de nuestro ordenamiento jurídico en materia de contrato de sociedad, la concurrencia de este elemento anímico o volitivo, constituido por el onimus societatitis, sin el cual no es posible sustentar la compañía bajo ninguna circunstancia porque claramente, los socios no manifiestan compromiso alguno en continuar con el contrato, tomando para sí otros proyectos más motivantes para sus intereses económicos.
Es por lo anterior, que desde el punto de vista de su contenido el presente proyecto de ley viene en regular precisamente esta situación, en virtud de la cual los socios abandonan el proyecto empresarial por más de cinco años, sin manifestar la compañía ningún movimiento ni jurídico ni contable, operando la disolución ipso facto, sin ningún trámite o acto adicional de parte de los socios, más que dejar constancia de este hecho ante la autoridad correspondiente.
La necesidad de establecer un mecanismo que permita poner término a una sociedad ante la inactividad de la misma es manifiesta, en la medida que introduce en nuestro ordenamiento jurídico mayores niveles de certeza y seguridad jurídica en las relaciones personales, financieras y sociales de las personas y en este sentido, refleja la intención de estos parlamentarios de que este acto de disolución sea lo menos engorroso o burocrático. Lo anterior de acuerdo al espíritu de nuestra legislación en la materia.
Pensamos que la incorporación de este iniciativa en nuestro ordenamiento jurídico, posibilitará facilitarle de un modo claro la situación de muchas personas que en variadas oportunidades ven obstaculizados nuevos emprendimientos o trabajos por tediosas trabas burocráticas originadas por la existencia de alguna sociedad que si bien se encuentra inmóvil, aún persiste en el mundo del Derecho.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese un nuevo inciso segundo en el artículo 4° de la Ley 20.659 que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de Sociedades comerciales, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, norma que a continuación se reproduce:
“En caso que una sociedad comercial, de las contempladas en esta ley, no experimente movimiento ni jurídico ni contable por más de 5 años, procederá, sin necesidad de declaración, su disolución”.
Informe del diputado señor Barros sobre su participación, junto a los diputados señores Norambuena y Venegas en la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y del Consumidor de la XXII Reunión del Parlamento Latinoamericano, llevada a cabo entre los días 25 y 26 de marzo de 2014, en Panamá.
“Valparaíso, 02 de abril de 2014.
Por la presente remito antecedentes de participación de los diputados señores Mario Venegas, lván Norambuena y Ramon Barros en la XXII reunión Parlatino de la comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y del Consumidor, realizado los días 25 y 26 de marzo de 2014 en Ciudad de Panamá.
Sin otro particular, saluda muy atentamente.
(Fdo.). JOSÉ RAMÓN Barros, diputado ”.
ACTA DE LA XXII REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, DEFENSA DEL USUARIO Y DEL CONSUMIDOR
En la ciudad de Panamá, República de Panamá, en la Sede Permanente del Parlamento Latinoamericano, se reunió la comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y del Consumidor, los días 25 y 26 de marzo de 2014, con la participación de los siguientes Parlamentarios:
Dip. Aracelis Ferreira, Argentina
Dip. Mezoth Shiriqui Rapp. Bolivia
Dip.Mario Venegas Chile
Dip. Ramón Barros Chile
Dip.Iván Norambuena Chile
Dip. Rita Chaves Casanova Costa Rica
Dip. Rodolfo Sotomayor Aguilar Costa Rica
Asambleísta María Augusta Calle Ecuador
Sen. Adolfo Romero Lainas México
Dip. Israel Moreno Rivera México
Dip. Teresa de Jesús Mojica Morga México
Dip. Rocío Esmeralda Reza Gallegos México
Dip. Luis Armando Córdoba Díaz Rivera México
Dip. Gloria Bautista Cuevas México
Salustiano Salinas Montania Paraguay
Congresista Jaime Ricardo Delgado Zegarra Perú
Dip. Elvin Fulgencio Rep. Dominicana
Dip.Teodoro Ursina Reyes Rep. Dominicana
Horado Yanes Uruguay
Ricardo Planchón Uruguay
Luis Aquiles Moreno Venezuela
Manuel Villalba Venezuela
José Ramón Sánchez Venezuela
Asesores grupo uruguayo
Juan Arraga
Margarita Grimaldi
Parlamento Latinoamericano: Alcira Revette
Secretaria Redactora: Diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos
Temas a tratar:
l. Revisión de Ley Marco de Comercio Electrónico
CONCLUSIONES:
Se realizaron modificaciones propuestas por el diputado Mario Venegas, de Chile, el resto de los parlamentarios estuvieron de acuerdo y se realizó un documento final el cual fue firmado por los asistentes dando con ello su aval para presentar la Ley marco de Comercio Electrónico ante la Junta Directiva, para su aprobación para la próxima Asamblea general del Organismo.
2. Obesidad y sobrepeso
CONCLUSIONES:
Se llevó a cabo la discusión, aportando opiniones valiosas por parte de los integrantes de esta comisión, sobre un proyecto planteado por el diputado Ricardo Planchón, de Uruguay, en donde se acordó la redacción de una declaración denominada “La Obesidad en América Latina y sus consecuencias”, donde se hace un pronunciamiento público para lo cual se convocó a rueda de prensa para el día 26 de marzo, considerando como fundamental el impulsar una Ley Marco sobre los derechos de los usuarios y consumidores con problemas de obesidad para garantizar su acceso a servicios públicos.
3. El Derecho Humano a la protección del Consumidor y su regulación en las constituciones de los países de Latinoamérica.
CONCLUSIONES:
Se ha acordado seguir comentando este tema en la próxima sesión.
ASUNTOS VARIOS:
1. Se hace una recomendación a la Mesa Directiva del Parlamento Latinoamericano, para que se introduzcan alimentos sanos en las reuniones.
2. Se autoriza al Presidente de la Comisión seguir haciendo las coordinaciones con la Red de Consumo seguro de la OEA, a fin de tener un encuentro con ellos.
LA OBESIDAD EN AMÉRICA LATINA Y SUS CONSECUENCIAS
La Comisión de Servicios Públicos y Defensa del Usuario y el Consumidor del Parlamento Latinoamericano, reunidos en la ciudad de Panamá, preocupados por la afectación de los derechos de las personas y los problemas que vienen atravesando nuestros países latinoamericanos en el ámbito de la salud, originados por una mala alimentación y est ilos de vida poco saludables, hace la siguiente:
DECLARACIÓN
1.- El sobrepeso y la obesidad son un grave problema de salud pública que viene afectando a millones de personas, no solo en su calidad de vida, sino también comprometiendo seriamente su estabilidad económica y la de los Estados.
2.- La obesidad mórbida no es un tema estético o de opción personal, sino que es una enfermedad que tiene que ser abordada de manera integral y como un problema de sa lud.
3.- Los Estados deben garantizar el acceso universa l a la salud para todos los ciudadanos y en especial de los sectores con menores recursos económicos. Las personas con obesidad generalmente han sido excluidas de la cobertura en sa lud, lo cual ha ido agravando su situación y afectando seriamente su calidad de vida.
4.- Expresar nuestra preocupación sobre las limitaciones que tienen las personas con obesidad al acceso a servicios de salud, tales como exámenes médicos especializados, acceso a la educación y a los servicios de transporte público, cobertura de seguros, etc.
5.- Instar a las autoridades nacionales a desarrollar campañas de educación y difusión sobre buenas prácticas nutricionales y alertar sobre los trastornos metabólicos originados por una mala alimentación y poca actividad física.
6.- Exigir un mayor nivel de compromiso y responsabilidad social a las empresas productoras de alimentos y bebidas, a fin de que contribuyan con la salud de los consumidores, instando al mismo tiempo a las autoridades nacionales cautelar los intereses del público frente a las prácticas de marketing y comercialización reñidas con la legislación y la ética.
En tal sentido, esta Comisión viene trabajando en una ley marco para garantizar los derechos del consumidor con problemas de obesidad a fin de asegurar un trato digno y acceso a los servicios.
Ciudad de Panamá, 25 de marzo de 2014.
Ley Marco de Comercio Electrónico revisado en la en la reunión de la Comisión realizada en Panamá los días 25 y 26 de marzo de 2014
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto:
l.- Regular los actos de comercio realizados a través de Internet
2.- Las obligaciones y responsabilidades de los prestadores de servicios comerciales a través de dicho medio
3.- El intercambio de información y documentación comercial por vía electrónica.
4.- EI régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios comerciales a través de medios electrónicos como mecanismos de protección del consumidor.
Asimismo esta ley regula adicionalmente los mensajes de datos, la firma electrónica, los serv icios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas.
Artículo 2.-Ámbito.-
El ámbito de esta ley se refiere a los países miembros y signatarios del Parlamento Latinoamericano en las actividades y actos de comercio electrónico realizados a través de medios electrónicos.
Art. 3.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos.-
Los mensajes de datos tendrán igual valor jurídico que los documentos escritos. Su eficacia, valoración y efectos se someterá al cumplimiento de lo establecido en esta ley.
Artículo 4.- Validación.
Cuando la ley requiera u obligue que la información conste por escrito, este requisito quedará cumplido con un mensaje de datos, siempre que la información que este contenga sea accesible para su posterior consulta.
Art.5.- Información original.-
Cuando la ley requiera u obligue que la información sea presentada o conservada en su forma original,este requisito quedará cumplido con un mensaje de datos, si siendo requerido conforme a la ley, puede comprobarse que ha conservado la integridad de la información a partir del momento en que se generó por primera vez en su forma definitiva, como mensaje de datos.
Se considera que un mensaje de datos permanece integro, si se mantiene completo e inalterable su contenido, salvo algún cambio de forma, propio del proceso de comunicación, archivo o presentación.
Por acuerdo de las partes y cumpliendo con todas las obligaciones previstas en esta ley, se podrán desmaterializar los documentos que por ley deban ser instrumentados físicamente.
Art. 6.- Protección de datos.-
Para la elaboración, transferencia o utilización de bases de datos, obtenidas directa o indirectamente del uso o transmisión de mensajes de datos, se requerirá el consentimiento expreso del titular de éstos, quien podrá seleccionar la información a compartirse con terceros.
La recopilación y uso de datos personales responderá a los derechos de privacidad, intimidad y confidencialidad garantizados constitucionalmente por las respectivas leyes de protección de datos personales y por esta ley. De esta forma, los datos podrán ser utilizados o transferidos únicamente con autorización del titular u orden de autoridad competente .
No será preciso el consentimiento para recopilar datos personales de fuentes accesibles al público, cuando se recojan para el ejercicio de las funciones propias de la administración pública, en el ámbito de su competencia, y cuando se refieran a personas vinculadas por una relación de negocios, laboral, administrativa o contractual y sean necesarios para el mantenimiento de las relaciones o para el cumplimiento del contrato. Todo lo cual se entenderá sin perjuicio de lo que dispongan las respectivas leyes de protección de datos personales.
El consentimiento a que se refiere este artículo podrá ser revocado a criterio del titular de los datos o su representante legal, en cualquier momento y sin necesidad de expresión de causa; la revocatoria no tendrá en ningún caso efecto retroactivo.
DE LOS SERVICIOS ELECTRÓNICOS, LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA Y TELEMÁTICA, LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS ELECTRÓNICOS
Art. 7.- Cumplimiento, de formalidades.-
Cualquier actividad, transacción mercantil, financiera o de servicios, que se realice con mensajes de datos, a través de redes electrónicas, se someterá a los requisitos y solemnidades establecidos en la ley que las rija, en todo lo que fuere aplicable, y tendrá el mismo valor y los mismos efectos jurídicos que los señalados en dicha ley.
DE LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA Y TELEMÁTICA
Art. 8.- Validez de los contratos electrónicos o telemático.-
Los contratos podrán ser instrumentados mediante mensajes de datos. No se negará validez o fuerza obligatoria a un contrato por la sola razón de haberse utilizado en su formación uno o más mensajes de datos.
Art. 9.- Perfeccionamiento y aceptación de los cotratos electrónicos.-
El perfecc ionamiento de los contratos electrónicos se someterá a los requisitos y so lemnidades previstos en las leyes y se tendrá como lugar de perfeccionamiento el que acordaren las partes.
La recepción, confirmación de recepció n,o apertura del mensaje de datos, no implica aceptac ión del contrato electrónico, sa lvo acuerdo de las partes.
Art. 10.- Jurisdicción.-
En caso de controversias las partes se someterán a la jurisdicción estipulada en el contrato;a fa lta de ésta, se sujetarán a las norma s previstas por la legislación de cada país, siempre que no se trate de un conflicto que afecte los intereses y derechos del consumidor, en cuyo caso se determinará como domicilio el del consumidor o usuario.
Para la identificación de la procedencia de un mensaje de datos, se utilizarán los medios tecnológicos disponibles, y se aplicará n las disposiciones señaladas en esta ley y demás normas legales aplicables.
Cuando las partes pacten someter las controversias a un procedimiento arbitral en la formalización del convenio de arbitraje como en su aplicación, podrán emplearse medios telemáticos y electrónicos, siempre que ello no sea incompatible con las normas reguladoras del arbitraje.
DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS O CONSUMIDORES DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS
Art. 11.- Consentimiento para aceptar mensajes de datos.-
Previamente a que el consumidor o usuario exprese su consentimiento para aceptar registros electrónicos o mensajes de datos, debe ser informado clara, precisa y satisfactoriamente, sobre los equipos y programas que requiere para acceder a dichos registros o mensajes.
El usuario o consumidor, al otorgar o confirmar electrónicamente su consentimiento, debe tener siempre la posibilidad de acceder a la información objeto de su consentimiento.
Si con posterioridad al consentimiento del consumidor o usuario existen cambios de cualquier tipo, incluidos cambios en equipos, programas o procedimientos necesarios para mantene r o acceder a registros o mensajes electrónicos,de forma que exista el riesgo de que el consumidor o usuario no sea capaz de acceder o retener un registro electrónico o mensaje de datos sobre los que hubiera otorgado su consentimiento, se le deberá proporcionar de forma clara, precisa y satisfactoria la información necesaria para realizar estos cambios, y se le informará sobre su derecho a retirar el consentimiento previamente otorgado sin la imposición de ninguna condición, costo alguno o consecuencias. En el caso de que estas modificaciones afecten los derechos del consumidor o usuario, se le deberán proporcionar los medios necesarios para evitarle perjuicios, hasta la terminación del contrato o acuerdo que motivó su consentimiento previo.
Art. 12.- Consentimiento para el uso de medios electrónicos.-
De requerirse que la información relativa a un servicio electrónico, incluido el comercio electrónico, deba constar por escrito, el uso de medios electrónicos para proporcionar o permit ir el acceso a esa información,será válido si:
a) El consumidor ha consentido expresamente en tal uso y no ha objetado tal consentimiento; y,
b) El consumidor en forma previa a su consentimiento ha sido informado, a satisfacción, de forma clara y precisa, sobre:
l. Su derecho u opción de recibir la información en papel o por medios no electrónicos;
2. Su derecho a objetar su consentimiento en lo posterior y las consecuencia s de cualquier tipo al hacerlo, incluidas la terminación contractual o el pago de cualquier tar ifa por dicha acción;
3. Los procedimientos a seguir por parte del consumidor para retirar su consentimiento y para actualizar la información proporcionada; y,
4. Los procedimientos para que, posteriormente al consentimiento, el consumidor pueda obtener una copia impresa en papel de los registros electrónico s, asumiendo el costo de esta copia, en caso de existir.
Art. 13.- Información al consumidor.-
En la prestación de servicios electrónicos el consumidor deberá estar suficientemente informado de sus derechos y obligaciones, de conformidad con lo previsto en las normas nacionales de defensa del consumidor.
Cuando se tratare de bienes o serv1c1os a ser adquiridos, usados o empleados por medios electrónicos, el oferente deberá informar sobre todos los requisitos, condiciones y restricciones para que el consumidor pueda adquirir y hacer uso de los bienes o servicios promocionados.
La publicidad, promoción e información de servicios por redes electrónicas de información, incluida la internet, se realizará de conformidad con la ley,y su incumplimiento será sancionado de acuerdo al ordenamiento jurídico interno.
En la publicidad y promoción por redes electrónicas de información, incluida la Internet, se asegurará que el consumidor pueda acceder a toda la información disponible sobre un bien o servicio sin restricciones, en las mismas condiciones y con las facilidades disponibles para la promoción del bien o servicio de que se trate.
Disposición General.-
Se reconoce el derecho de las partes para optar libremente por el uso de tecnología y por el sometimiento a la jurisdicción que acuerden mediante convenio, acuerdo o contrato privado, salvo que la prestación de los servicios electrónicos o uso de estos servicios se realice de forma directa al consumidor.
Firmas
Argentina, Dip. Aracelis Ferreria; Bolivia, Dip. Mezoth; Chile, Dip. Iván Norambuena; Costa Rica, Dip. Rita Chaves Casanova, Dip. Rodolfo Sotomayor Agular; Ecuador , Asambleísta María Augusta Calle; México, Sen. Adolfo Romero Lainas, Dip. IsraelMoreno Rivera, Dip. Teresa de Jesús Mojica Morga; Dip. Rocío Esmeralda Reza Gallegos; Dip. Mauricio Sahuí Rivero; Dip. Gloria Bautista. Paraguay, Salustiano Salinas Montania; Perú, Congresista Jaime Ricardo Delgado Zegarra; rep. Dominicana, Dip. Elvin Fulgencio, Dip. Teodoro Ursino Reyes; Uruguay, Ricado Planchón; Venezuela, Luis Aquiles Moreno, Manuel Villalba, José Ramón Sánchez”.
Informe del diputado señor León sobre su participación, junto al diputado señor Kort, en la Conferencia Parlamentaria Internacional “Los Parlamentos y los Derechos de los Pueblos Indígenas”, efectuada entre los días 7 y 9 de abril de 2014 en Santa Cruz, Bolivia.
“Honorable Cámara.
Tengo a honra informar acerca de la participación que me correspondió desempeñar en mi calidad de Presidente del Grupo Latinoamericano y del Caribe en la Conferencia de la referencia, junto al diputado Issa Kort, organizada en forma conjunta por la Asamblea Plurinacional de Bolivia y la Unión Interparlamentaria.
I. OBJETIVOS.
Sus objetivos dijeron relación fundamental mente con una mirada a futuro de los parlamentarios en torno a la realización de los derechos de los Pueblos Indígenas.
Un segundo objetivo, de carácter más estratégico, fue fijar los lineamientos de una contribución desde la óptica parlamentaria a la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, convocada por la Asamblea General de Naciopes Unidas a realizarse en el mes de septiembre del 2014, donde se analizarán laj comprensión que existe sobre los pueblos indígenas, las dificultades históricas y actuales que afrontan, así como el intercambio de buenas prácticas sobre la realización de sus derechos.
Conocido es el hecho que desde el ámbito parlamentario, se vienen realizando innumerables esfuerzos para mejorar la representación política de estos pueblos, como la defensa y garantía de sus derechos.
De esta manera, la Conferencia Parlamentaria, analizó el rol de los parlamentos en implementación de la Declaración de Naciones Unidas del 2007, el fomento a la adhesión de las recomendaciones de la Declaración de Chiapas y el debate de algunos temas en particular, como se comentará más adelante.
Cabe tener presente que la UIP viene desarrollando un trabajo sistemático sobre la materia desde el año 2007 , mediante un programa de investigación y análisis de la representación parlamentaria de los Pueblos Indígenas, con el objetivo de fomentar su participación en los asuntos públicos.
Fue así, como el año 2010, se convocó a una Conferencia Parlamentaria en Chiapas, México, donde se adoptó la denominada “Declaración de Chiapas”, que contiene recomendaciones en torno a la representatividad de los Pueblos Indígenas en los Parlamentos y su incorporación a los asuntos públicos.
En reconocimiento a este esfuerzo desplegado para las cuestiones indígenas, Naciones Unidas, recomendó a la UIP, organizar reuniones regionales y locales entre parlamentos con la finalidad de promover la adopción de medidas legislativas y administrativas que protejan a estos pueblos y que alienten a los parlamentarios a involucrarse en la Conferencia Mundial y en su proceso preparatorio.
En síntesis, se trató de intercambiar experiencias, buenas prácticas, desafíos futuros tendientes a asegurar la representatividad política de los Pueblos Indígenas y la efectiva protección de sus derechos.
El resultado esperado, era generar contribuciones positivas a la Conferencia Mundial desde el ámbito parlamentario y promover la adhesión y el interés de los parlamentos por la Declaración de Naciones Unidas y por la Conferncia Mundial, en materias tan sensibles como:
1.- La participación de los Pueblos Indígenas en los asuntos públicos, su representación parlamentaria y las recomendaciones de la Declaración de Chiapas.
2.- EI rol de los parlamentos en la implementación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
3.- EI Derecho a la Consulta Libre Previa e Informada. La relación de los parlamentarios con las estructuras de la institucionalidad indígena. Lds desafíos en la implementación del Derecho a la Consulta.
4.- EI rol de los parlamentos en los procesos de formación de ciudadanía y empoderamiento de los Pueblos Indígenas.
5.- La protección de las mujeres indígenas contra la violencia de género y contra múltiples formas de discriminación.
6.- La promoción de los Derechos de los Pueblos Indígenas en los objetivos del milenio post-2015.
II. SESIÓN INAUGURAL.
La sesión inaugural contó con la asistencia de S.E. el Presidente Evo Morales , quien calificó a Chile como “un país imperialista”, luego de lo cual formuló acusaciones relacionadas con su demanda de salida al mar. Ocasión donde sostuvimos la postura chilena, lamentando que Bolivia hubiera recurrido al Tribunal de La Haya, por el tema marítimo, bloqueando el diálogo con Chile.
III. AGENDA.
1.- EI primer panel, se denominó “El marco legislativo actual de los derechos de los Pueblos Indígenas”, oportunidad donde se analizó la Declaración de Naciones Unidas del 2007 , sobre la materia, de manera de poder determinar en qué medida se han cumplido sus disposiciones y que modificaciones habría que introducir para hacerla más efectiva. Específicamente, en cuanto a si este instrumento internacional responde a las expectativas y derechos de los Pueblos Indígenas, efectuando un análisis de las enseñanzas extraídas y aspectos que sería necesario abordar durante la próxima Conferencia Mundial.
2.- Posteriormente, se realizó un taller sobre actividades parlamentarias encaminadas a promover los derechos de los Pueblos Indígenas.
En este orden de materias, se discutió acerca de la “Función de los parlamentarios en cuanto a que han realizado en torno a la Declaración de Chiapas, aprobada durante la Conferencia Parlamentaria Internacional sobre las Minorías y los Pueblos Indígenas, celebrada en noviembre del 2010”.
Del mismo modo, se analizaron nuevas prácticas a introducir como también retos pendientes.
3.- En tercer lugar, se abordó el tema “Consentimiento libre, previo y con conocimiento de causa”.
En esta materia se destacó el rol del consentimiento libre, previo y con conocimiento de causa, en el proceso de toma de decisiones y en la formulación de políticas relacionadas con los Pueblos Indígenas. De un modo especial, en torno a lo que se refiere el cumplimiento o incumplimiento de este derecho, y en cuanto a detectar los problemas existentes y la manera de poder solucionarlos.
4.- Por último, el cuarto panel, se destinó a efectuar un análisis acerca de la “Contribución parlamentaria en la Conferencia Mundial de los Pueblos Indígenas”, que se celebrará en el marco de la Asamblea General de Naciones Unidas, en octubre de 2014.
Tras lo cual, se finalizó con la siguiente Declaración:
DECLARACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA
“Reconocemos que se han logrado avances importantes en numerosos países para combatir la discriminación y defender los derechos de los pueblos indígenas. Se han adoptado nuevas leyes y se han fortalecido las ya existentes. Varios Estados prevén ahora la participación de los pueblos indígenas en la toma de decisi9n que afecta sus vidas a través de mecanismos que buscan su consentimiento linre, previo e informado.
Notamos, sin embargo, que tenemos un largo camino por recorrer. Los pueblos indígenas tienen el derecho inalienable a la plena participación en pie de igualdad en nuestras naciones y este derecho todavía tiene que ser traducido en políticas sensibles a su situación, sus necesidades y sus aspiraciones, y deben ir acompañadas de suficientes recursos. Ello exige la participación efectiva de los pueblos indígenas en todos los niveles del gobierno y del parlamento, y que todas las políticas públicas sean sometidas a su consulta previa.
Afirmamos la vigencia de la Declaración de Chiapas. Instamos a todos los parlamentos a implementar su llamado a la acción donde todos los parlamentos trabajen para:
1. Reconocer la diversidad en la sociedad y adoptar un Plan de Acción para hacer que la igualdad en la participación y la no discriminación sea una realidad para los pueblos indígenas de todo el mundo;
2. Poner fin a la discriminación y conseguir la participación efectiva de los pueblos indígenas, y en particular de las mujeres indígenas, en la adopción de las decisiones en el parlamento y en todas partes;
3. Asegurar que los pueblos indígenas puedan hacer un seguimiento de las actividades de sus representantes en el parlamento y puedan exigir una rendición de cuenta de sus acciones y omisiones.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas consagra los derechos de los pueblos indígenas y sugiere procedimientos para su implementación. Instamos a los parlamentos a trasladar la Deplaración a la legislación nacional y a valerse de todas las oportunidades para promover la toma de conciencia de su contenido en todos los sectores de la sociedad, inclusive entre los propios pueblos indígenas, en sus idiomas tradicionales, y con el poder judicial. En el mismo sentido, instamos a los parlamentos a trabajar en estrecha colaboración con las instituciones nacionales de derechos humanos.
Llamamos la atención sobre la Declaración de la Ciudad de Quebec, que recomienda medidas adicionales para que los parlamentos implementen la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, incluyendo el uso de la Declaración como base en los procesos de reconciliación.
Invitamos a los parlamentos a asegurar que todas las propuestas legislativas vayan acompañadas de una evaluación de su posible impacto en los pueblos Indígenas.
Sugerimos que estas evaluaciones deben basarse en las normas contenidas en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y que incluyan el análisis de su impacto en las mujeres y los hombres indígenas.
Nos sentimos alentados por los recientes avances para asegurar que los pueblos indígenas sean consultados sobre los asuntos que afectan sus vidas y para implementar su derecho al consentimiento libre, previo e informado. Reiteramos enfáticamente que la palabra clave es “consentimiento” y que la mera consulta no cumple con el requisito de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio Nº 169 de la OIT. Insistimos en que todos los procedimientos de consulta deben tener como objetivo fundamental obtener el consentimiento libre, previo e informado.
Estamos preocupados por la explotación de las tierras, los territorios y los recursos de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado. Pedimos a la industria, a las empresas privadas y a otros, a respetar las normas contenidas en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, a cumplir con los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos (Principios de Ruggie), aprobados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y a seguir la Guía de Referencia de Empresas para la Declaración de la ONU, emitida por el Pacto Mundial de Naciones Unidas.
Acogemos con satisfacción la decisión de convocar una Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas y urgimos a los Estados a alcanzar un pronto acuerdo que permitirá a los pueblos indígenas desempeñar un papel significativo en los trabajos de la Conferencia y en la formulación de su documento final.
Pedimos a los Estados que aseguren que el documento final de la Conferencia se base en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos lndígenas y que de ninguna manera reste valor a los estándares mínimos mundiales que contiene. Agradecemos al Gobierno de México por su invitación para acoger una reunión preparatoria y esperamos que esta reunión pueda tener lugar tan pronto como sea posible.
Pedimos a la Conferencia Mundial que llame la atención sobre la necesidad de que el Programa de Desarrollo Sostenible posterior a 2015 ponga énfasis en el bienestar en todas sus dimensiones, a diferencia del mero crecimiento económico. Para los pueblos indígenas un programa de desarrollo sostenible sólo puede ser uno que sea respetuoso de nuestras culturas, tierras, territorios y recursos.
Queremos que la Conferencia Mundial exija que el nuevo programa de desarrollo sostenible incluya objetivos y metas claros relativos a la participación, la transparencia y la rendición de cuentas claras. El ser capaces de participar en la toma de decisiones que afectan nuestras vidas y el contexto social y ambiental que nos rodea es en sí mismo una dimensión clave de bienestar y particularmente esencial para los pueblos indígenas.
Pedimos también que la Conferencia Mundial reconozca el papel de lo parlamentos para asegurar que los pueblos indígenas tengan acceso a la toma de decisiones y que sus derechos sean respetados. Presentaremos una lista de medidas legislativas específicas para consideración de la Conferencia Mundial.
Invitamos a la Organización de las Naciones Unidas a declarar el tercer decenio para los pueblos indígenas.
Pedimos a la UIP que supervise la implementación de esta Declaración y que promueva el seguimiento parlamentario de los resultados de la Conferencia Mundial.
Invitamos a la UIP a trabajar con las agencias, los fondos y los programas de las Naciones Unidas para desarrollar programas de actividades destinados a fortalecer la participación de los pueblos indígenas en los parlamentos y a facilitar la acción parlamentaria en apoyo a que sus derechos sean una realidad. Alentamos a la UIP a facilitar el establecimiento de redes entre los parlamentos e invitamos a la UIP a convocar una primera conferencia mundial de parlamentarios indígenas”.
NOTAS:
1. Declaración adoptada por los participantes en la Conferencia Parlamentaria Internacional sobre los parlamentos, las minorías y los pueblos indígenas: participación política efectiva, realizada en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México, del 31 de octubre al 3 de noviembre de 2010.
2. Declaración que resume el debate durante la 127ª Asamblea de la UIP en la Ciudad de Quebec en octubre de 2012 sobre el tema “Ciudadanía, identidad y diversidad lingüística y cultural en un mundo globalizado.”
3. Véase también el Comunicado de Quito, adoptado por la 128ª Asamblea de la UIP en Quito en marzo de 2013, que resume el debate sobre el tema Del crecimiento sin fin al desarrollo con fines “buen vivir”: nuevos enfoques, nuevas soluciones.
IV. DOCUMENTOS PREPARADOS POR LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL.
Se adjuntan documentos preparados por la BCN, sobre las siguientes materias:
-El marco legislativo de los derechos de los pueblos indígenas desde la perspectiva de Chile.
-Protección de las mujeres indígenas contra la violencia de género y contra múltiples formas de discriminación.
-La promoción de los derechos de los pueblos indígenas en los objetivos del milenio post-2015.
-Comprender el consentimiento libre, previo y con conocimiento de casa.
-El Parlamento y los derechos de los pueblos indígenas a la luz de la Declaración de 2007.
-La participación de los pueblos indígenas en los asuntos públicos.
10. Oficio de la Corte Suprema. (boletín 9261-12)
“Oficio N° 29 - 2014
Antecedente: Boletín N° 9261-12
Informe Proyecto de Ley 6-2014
Santiago, 9 de abril de 2014.
Por oficio N° 11.143, de fecha 05 de marzo de 2014, el señor Presidente de la H. Cámara de Diputados ha recabado la opinión de esta Corte Suprema respecto del proyecto de ley que modifica el procedimiento de restitución de inmuebles fiscales, regulado en el Decreto Ley N° 1.939, que fija normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado, iniciado por en mensaje N° 190-361, proponiéndose al efecto una modificación al artículo 19 del citado Decreto de Ley y la inclusión de un artículo transitorio en el Decreto con Fuerza de Ley N°60 de 1990 del Ministerio del Interior.
Impuesto el Tribunal Pleno del proyecto en sesión del día 4 del mes en curso, presidida por el suscrito y con la asistencia de los Ministros señores Nibaldo Segura Peña, Rubén Ballesteros Cárcamo, Hugo Dolmestch Urra, Patricio Valdés Aldunate, Héctor Carreño Seaman, Pedro Pierry Arrau, Carlos Künsemüller Loebenfelder, Haroldo Brito Cruz y Guillermo Silva Gundelach, señoras Rosa María Maggi Ducommun, Rosa Egnem Saldías y María Eugenia Sandoval Gouét, señores Juan Eduardo Fuentes Belmar, Lamberto Cisternas Rocha y Ricardo Blanco Herrera, señora Gloria Ana Chevesich Ruiz, señor Carlos Aránguiz Zúñiga y señora Andrea Muñoz Sánchez, acordó informarlo al tenor de la resolución que se transcribe a continuación:
Santiago, siete de abril de dos mil catorce.
Visto y teniendo presente:
Primero: Que mediante oficio N°11.143, de fecha 05 de marzo de 2014, el señor Presidente de la H. Cámara de Diputados ha recabado la opinión de esta Corte Suprema respecto del proyecto de ley que modifica el procedimiento de restitución de inmuebles fiscales, regulado en el Decreto Ley N°1.939, que fija normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado, iniciado por en mensaje N° 190-361, proponiéndose al efecto una modificación al artículo 19 del citado Decreto de Ley y la inclusión de un artículo transitorio en el Decreto con Fuerza de Ley N°60 de 1990 del Ministerio del Interior;
Segundo: Que de acuerdo a lo consignado en el mensaje, la iniciativa legal, tiene por objeto modificar el artículo 19 del Decreto Ley N° 1.939, relativo a la adquisición, administración y disposición de bienes del Estado, agregando incisos que establecen un nuevo procedimiento para obtener la restitución de inmuebles fiscales cuyos ocupantes no acreditaren, a requerimiento del Ministerio de Bienes Nacionales, poseer una autorización de uso, concesión o contrato otorgado en conformidad a la ley o, cuya autorización, concesión o contrato se encuentre vencido por haber transcurrido el plazo por el que se otorgó.
Se establece que las dificultades legislativas, han contribuido a que en la actualidad el número de inmuebles fiscales ocupados al margen de la ley, se extienda a más de 11.567, según el último catastro del Ministerio de Bienes Nacionales, realizado el año 2012.
En virtud de lo señalado anteriormente, con el objeto de alcanzar una eficiente administración de los bienes del Estado, la propuesta legislativa plantea como necesario adecuar la legislación existente, mejorando su eficacia, de forma de contar con un instrumento legal eficaz y moderno, acorde con los principios que inspiran nuestro ordenamiento jurídico y que permita obtener de tales bienes un óptimo aprovechamiento.
Finalmente, el proyecto propone una solución relativa al ejercicio de las facultades del gobernador en la Provincia de Santiago, producto de las discrepancias en fallos administrativos y judiciales al respecto;
Tercero: Que el proyecto consta de dos artículos, el primero de los cuales modifica el artículo 19 del Decreto Ley N° 1.939 de 1977, que fija las normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado, que en su actual redacción reza:
Artículo 19.- La Dirección, sin perjuicio de las facultades que le competen a los Intendentes Regionales y Gobernadores Provinciales, cuidará que los bienes fiscales y nacionales de uso público se respeten y conserven para el fin a que estén destinados. Impedirá que se ocupe todo o parte de ellos y que se realicen obras que hagan imposible o dificulten el uso común, en su caso.
Los bienes raíces del Estado no podrán ser ocupados si no mediare una autorización, concesión o contrato originado en conformidad a esta ley o de otras disposiciones legales especiales.
Todo ocupante de bienes raíces fiscales que no acreditare, a requerimiento de la Dirección, poseer alguna de las calidades indicadas en el inciso anterior, será reputado ocupante ilegal, contra el cual se podrán ejercer las acciones posesorias establecidas en el Título IV del Libro III del Código de Procedimiento Civil, sin que rija para el Fisco lo establecido en el número 1 del artículo 551, del citado Código.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán ejercer las acciones penales que correspondieren y perseguir el pago de una indemnización por el tiempo de la ocupación ilegal.
Con la modificación propuesta en el proyecto, dicho artículo pasaría a tener la siguiente redacción:
Artículo 19.- La Dirección, sin perjuicio de las facultades que le competen a los Intendentes Regionales y Gobernadores Provinciales, cuidará que los bienes fiscales y nacionales de uso público se respeten y conserven para el fin a que estén destinados. Impedirá que se ocupe todo o parte de ellos y que se realicen obras que hagan imposible o dificulten el uso común, en su caso.
Los bienes raíces del Estado no podrán ser ocupados si no mediare una autorización, concesión o contrato originado en conformidad a esta ley o de otras disposiciones legales especiales.
Se podrá exigir la restitución del inmueble a todo ocupante de bienes raíces fiscales que no acreditare, a requerimiento del Ministerio, poseer una autorización de uso, concesión o contrato otorgado en conformidad a la ley, o cuya autorización, concesión o contrato se encuentre vencido por haber transcurrido el plazo por el que se otorgó.
Con objeto de obtener la restitución de los inmuebles que se encuentren en las circunstancias indicadas en el inciso anterior, el Ministerio dictará y notificará administrativamente a los ocupantes una resolución de restitución del inmueble, en la cual deberá señalar los motivos por los cuales el Ministerio los considera ocupantes ilegales, así como la solicitud de que hagan abandono del inmueble dentro de un plazo de 30 días contados desde la notificación de la referida resolución. Para todos los efectos legales, se entiende que los ocupantes tienen su domicilio en el inmueble ocupado.
El afectado podrá interponer recurso de reconsideración ante la misma autoridad que dictó la referida resolución, dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la misma. Si el recurso fuere rechazado, y el afectado estima que dicha resolución no se ajusta a la ley, podrá deducir reclamo de ilegalidad en su contra dentro de los diez días siguientes a su notificación, ante la Corte de Apelaciones con competencia en el territorio en que se encontrare ubicado el inmueble.
La interposición del reclamo de ilegalidad no suspenderá los efectos del acto reclamado, a menos que la Corte, por resolución fundada, estime que hay motivos plausibles y fundados para disponer que no se innove mientras se resuelve definitivamente el asunto. El recurso se verá y resolverá en cuenta, con el sólo mérito de los antecedentes que la Corte estime necesarios tener a la vista, contra esta no procederá recurso alguno.
Si vencidos los plazos a que se refieren los incisos 4° y 5°, o en caso de interponerse recurso de reclamación conforme al inciso 5°, hubiesen transcurrido 5 días desde la notificación de la resolución judicial que rechazare el recurso, sin que el ocupante ilegal hubiere desalojado el inmueble, el Ministerio podrá requerir al respectivo Gobernador para que exija administrativamente su restitución, con auxilio de la fuerza pública.
En estas gestiones el Fisco podrá actuar representado por abogados del Ministerio, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Consejo de Defensa del Estado.
Lo dispuesto en este artículo es sin perjuicio de las facultades que otras leyes entregan a los Intendentes Regionales y Gobernadores Provinciales ante ocupaciones ilegales de bienes nacionales y de la facultad del fisco para perseguir el pago de una indemnización por el tiempo de la ocupación ilegal y para ejercer otras acciones civiles o penales que en derecho correspondan;
Cuarto: Que la segunda innovación propuesta se contiene en el artículo 2 del proyecto que prevé: Modificase el Decreto Fuerza de Ley N° 60 de 1990 del Ministerio del Interior que adecua plantas y escalafones del Servicio de Gobierno Interior, agregándose el siguiente artículo transitorio:
“Artículo transitorio. Para todos los efectos legales, el intendente de la Región Metropolitana de Santiago ejercerá las facultades que correspondan al Gobernador de la Provincia de Santiago .”;
Quinto: Que el señalado artículo 1° del proyecto de ley, pretende modificar el actual artículo 19 del Decreto Ley N° 1939, estableciendo un nuevo procedimiento para la restitución de inmuebles fiscales ocupados ilegalmente.
Sobre el particular, es conveniente considerar que las atribuciones que por medio del precepto reformado se pretende regular en el ámbito de los gobernadores provinciales -con la salvedad hecha para la Región Metropolitana de Santiago- constituyen potestades ya existentes en sede de tales autoridades. Lo relevante es, en cambio, que en virtud de la modificación legal propuesta se estatuye un procedimiento que las encamina, como también, la forma y substanciación del reclamo con ocasión del ejercicio de las mismas.
Dicho procedimiento se iniciará con la notificación al respectivo ocupante de una resolución de restitución del inmueble. El afectado podrá solicitar administrativamente, ante la misma autoridad, la reconsideración de la medida, dentro de los diez días siguientes a la notificación. Si el recurso -una vez notificado- fuere rechazado, el afectado podrá recurrir de reclamación para ante la Corte de Apelaciones de la jurisdicción en cuyo territorio se encontrare ubicado el inmueble. Vencidos los plazos sin que se hayan interpuesto los recursos respectivos, o bien, habiendo la Corte de Apelaciones rechazado el recurso, el Ministerio podrá requerir al respectivo Gobernador para que exija administrativamente su restitución;
Sexto: Que del tenor de la modificación que se propone, se advierte que este nuevo procedimiento, vendría a subsanar los problemas relativos a procesos de larga duración en los tribunales de justicia, derivados del ejercicio de acciones reivindicatorias y posesorias. Consecuentemente, subsanaría la circunstancia de que, en los hechos, el Fisco -frente al ejercicio de estas acciones civiles- no pueda hacer uso por extensos períodos de tiempo de los inmuebles fiscales ilegalmente ocupados.
Sin embargo, se debe tener en cuenta que frente al principio de oficialidad que rige en el contexto de la autoridad administrativa, para efectos de la ejecución de las medidas dispuestas en el ejercicio de sus atribuciones, se erige la necesidad de cautelar adecuadamente los derechos de los particulares. En este sentido, parecería preferible para garantizar en mejor forma los derechos de los particulares que, para el caso que el acto del ente administrativo implique en la vulneración de algún derecho del particular destinatario del mismo, no debiera quedar para aquél otro camino que acudir a la vía jurisdiccional a objeto que, mediante un procedimiento contencioso incoado al amparo de la legislación común, obtenga una declaración de certeza en relación a la situación del inmueble fiscal en el que se revise la orden de recuperación emitido por el ente administrativo, más aún cuando la administración haya permitido por un tiempo significativo la ocupación de éste.
Entender lo contrario, esto es, que el nuevo procedimiento que se busca regular procedería a todo evento, sean cuales sean las características del caso, se traduciría en hacer lugar en el ordenamiento a un verdadero acto de auto tutela por parte de la administración estatal, afectando en forma directa los derechos de los ciudadanos. Por esta razón, debe propenderse a un procedimiento previo en que la administración se someta a la jurisdicción, evitando de ese modo que opere un acto de auto tutela.
En otras palabras, la modificación legal que se propone y que se informa habría de ser considerada como un procedimiento de emergencia, en que la administración del Estado debiera verse impedida de ejercerlo todos los casos distintos al simple ocupante de hecho o ilegal, vale decir, en que exista una vinculación previa entre la persona que se encuentra en el inmueble y la administración o, en que ésta no pueda aducir desconocimiento de la ocupación, escenario en que, necesariamente, habrá de acudir en forma previa a la jurisdicción;
Séptimo: Que, ahora bien, respecto de lo dispuesto en el nuevo inciso 5° del artículo 1° de la modificación que se propone, esto es, el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones, se da cuenta de un nuevo procedimiento contencioso administrativo. Cabe recordar que esta Corte Suprema ha señalado en reiteradas oportunidades que deben ser los Juzgados de Letras los que conozcan en primera instancia de las reclamaciones administrativas. Así lo expuso a través del Oficio N° 59-2012, en que -citando anteriores oficios sobre el mismo punto- se indica: “(...) La Corte Suprema, informando una cantidad considerable de iniciativas legales que establecen la posibilidad de reclamar ante los tribunales de justicia por sanciones impuestas en el ámbito administrativo, ha señalado la conveniencia de que sean los juzgados civiles quienes conozcan en primera instancia de las reclamaciones, y no las Cortes de Apelaciones”.
Por otra parte, la reclamación no contempla una segunda instancia, ya que expresamente señala que “(...) contra esta no procederá recurso alguno”. Tal disposición podría afectar el derecho al debido proceso consagrado en el artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental. En efecto, esta Corte Suprema, al pronunciarse mediante Oficio N° 14, de 25 de enero de 2012, sobre una reclamación en única instancia contenida en el proyecto de ley sobre Seguridad e Institucionalidad Minera (Boletín N° 7848-08) señaló: “la reclamación no contempla una segunda instancia, lo que importa dejar desprovista la decisión de una revisión ordinaria, imponiendo a las partes el uso de la vía extraordinaria del recurso de queja, resorte excepcional que solamente corrige las faltas o abusos graves de los magistrados, afectando con ello la garantía del debido proceso consagrado en el N° 3° del artículo 19 de la Carta Fundamentaf'. De acuerdo a lo anterior, se ha concluido que: “las etapas lógicas de conocimiento de una decisión administrativa es que la primera instancia sea de conocimiento de un juez de letras; la segunda, de la Corte de Apelaciones y, por último, la Corte Suprema en su calidad de Tribunal de casación en los casos que corresponda”.
A mayor abundamiento, se hace presente que existen otros procedimientos de reclamación en que se sigue el orden de competencias señalado precedentemente y que, en consecuencia, permiten la interposición del recurso de casación. De esta manera, se advierte un tratamiento dispar por parte del legislador en torno a la regulación de este tipo de procedimientos contenciosos administrativos.
Por otro lado, y no obstante no ser orgánico, no queda claro en el proyecto que se informa qué se entiende por notificación administrativa. El inciso cuarto del artículo 19 del DL 1939 propuesto, establece expresamente que “(...) el Ministerio dictará y notificará administrativamente a los ocupantes una resolución de restitución del inmueble”. De esta forma, debiera especificarse al respecto, y establecer si resulta aplicable lo dispuesto en la Ley N° 19.880, de bases de los procedimientos administrativos, en sus artículos 45 y siguientes, relativos a la forma y plazos de notificación;
Octavo: Que una mención aparte amerita el recurso de reconsideración que se propone incorporar en el nuevo artículo 19, toda vez que tal herramienta procedimental ya se encuentra prevista en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado N° 18.575 -lo que haría innecesaria su reglamentación particular en el cuerpo normativo que se pretende innovar- pero a la cual el legislador de la reforma postula asignarle un plazo distinto, provocando con ello la desarmonía entre ambos medios de impugnación, en circunstancias que no se divisa razón que lo justifique.
Junto a lo anterior, se observa que tal recurso se proyecta para que la jurisdicción se aboque al solo control de legalidad, con lo cual quedaría excluida de la sede jurisdiccional la revisión de los presupuestos de hecho del acto administrativo, es decir, el control de mérito de este último;
Noveno: Que, por último, es necesario referirse al Artículo 2° del proyecto, que incluye un artículo transitorio, en el que se establece que para todos los efectos legales, el Intendente de la Región Metropolitana de Santiago ejercerá las facultades que correspondan al Gobernador de la Provincia de Santiago .
En primer término, llama la atención que a propósito de esta iniciativa, relativa a las atribuciones de las autoridades regionales y provinciales en materia de desalojo de inmuebles fiscales, se consagre el traspaso directo, absoluto y en términos generales, de las facultades que corresponden al Gobernador de Santiago al Intendente de la Región Metropolitana . Adicionalmente, no deja de ser curioso el carácter transitorio que se otorga al precepto -cuya naturaleza es evidentemente permanente- así como su inclusión en un DFL (N° 60, de 1990, del Ministerio del Interior) que sólo se refiere a adecuaciones de plantas de personal, y no a facultades o atribuciones del Intendente y Gobernador.
Por otra parte, la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, regula la estructura y funciones de los Intendentes y Gobernadores. En efecto, sus artículos 2° y 4°, dan cuenta de atribuciones similares en ambos casos, incluso aquella que el propio proyecto de ley hace expresa alusión: “Requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley” (artículo 2° letra c y artículo 4° letra d, ambos de la Ley N° 19.175). No obstante la eventual similitud de funciones entre ambas magistraturas, a la hora de examinar el traspaso absoluto de competencias desde el Gobierno Provincial de Santiago a la Intendencia Regional Metropolitana , resulta necesario observar dos disposiciones constitucionales pertinentes: la primera, contenida en el inciso primero del artículo 116, mandata a que en cada provincia exista una gobernación, concebida como un órgano territorialmente desconcentrado del intendente; la segunda, prevista en el segundo inciso del 124, establece la incompatibilidad entre sí de los cargos de intendente, gobernador, consejero regional, alcalde y concejal.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 77 de la Constitución Política de la República y 16 de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, se acuerda informar el proyecto de ley que modifica el procedimiento de restitución de inmuebles fiscales, regulado en el Decreto Ley N° 1.939, que fija normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado, en los términos precedentemente expuestos.
Se deja constancia que los Ministros señores Pierry y Brito, fueron de opinión de manifestar que el proyecto de ley que se informa hace manifiesta la potestad que tiene la autoridad administrativa para, en cumplimiento de sus atribuciones, recuperar los bienes fiscales que estén siendo ocupados por particulares en forma ilegal. Sin embargo, esa es una actuación administrativa y la resolución que se adopte tiene que quedar sujeta al control jurisdiccional. Por lo tanto, el proyecto separa ambos aspectos: por una parte, la actuación de la Administración -en la medida que representa el interés público- para proceder respecto del ocupante ilegal y, de otro lado, la justificación de un procedimiento de reclamación para atender la disconformidad del particular o algún derecho o título de éste para permanecer en el inmueble. El proyecto de ley, entonces, viene a resolver expresamente una situación que estaba regulada sólo desde la perspectiva de la potestad para recuperar por un simple decreto del gobernador respectivo.
El señor Pierry hace presente, además, que el proyecto propone el reconocimiento de una garantía, puesto que establece un procedimiento de reclamación que antes no existía, brindando tutela a los derechos del particular frente el acto de recuperación de la autoridad administrativa.
Igualmente, observa que la reclamación ante el órgano jurisdiccional, contemplado como un arbitrio procesal dirigido a controlar la legalidad del acto de la administración, permitirá, de todos modos, estudiar la existencia de los motivos de dicho acto, esto es, de los hechos que sustentan la legalidad del mismo, en la que se contempla el control de la existencia de esos hechos.
Ofíciese.
PL-6-2014.-”.
Saluda atentamente a V.S.
(Fdo.): SERGIO MUÑOZ GAJARDO, Presidente ; ROSA MARÍA PINTO EGUSQUIZA, Secretaria
AL SEÑOR PRESIDENTE
EDMUNDO ELUCHANS URENDA
H. CÁMARA DE DIPUTADOS
VALPARAÍSO”.
11. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2644-14-INA.
?Santiago, 8 de abril de 2014.
Oficio N° 9.747
Remite resolución.
Excelentísimo señor
Presidente de la H. Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 7 de abril de 2014, en el proceso Rol N° 2.644-14-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido por Molinera del Norte S.A. respecto de los artículos 62, inciso segundo y 160 del DFL N° 458, que aprueba la nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, a los efectos que indica. Asimismo, acompaño copia del requerimiento de fojas 1 y de la resolución que declaró su admisibilidad.
Saluda atentamente a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DON ALDO CORNEJO GONZÁLEZ
VALPARAÍSO”.
12. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2628-14-INA.
?Santiago, 7 de abril de 2014.
Oficio N° 9.737
Remite resolución.
Excelentísimo señor
Presidente de la H. Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 7 de abril de 2014, en el proceso Rol N° 2.628-14-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentada por Leonardo Omar Rodríguez Sepúlveda respectode las partes que indi-
ca el artículo 277 del Código Procesal Penal, en el marco del Recurso de Hecho, actualmente pendiente ante I. Corte de Apelaciones de Concepción, Rol I.C. N° 28-2014.
Saluda atentamente a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DON ALDO CORNEJO GONZÁLEZ
VALPARAÍSO”.
13. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2643-14-INA.
?Santiago, 8 de abril de 2014.
Oficio N° 9.750
Remite resolución.
Excelentísimo señor
Presidente de la H. Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 7 de abril de 2014, en el proceso Rol N° 2.643-14-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Molinera del Norte S.A. respecto de los artículos 623, inciso segundo, y 160 del DFL N° 458, que aprueba la nueva ley General de Urbanismo y Construcciones, a los efectos que indica. Asimismo, acompaño copia del requerimiento.
Saluda atentamente a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DON ALDO CORNEJO GONZÁLEZ
VALPARAÍSO”.
14. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol 2646-14-CPT.
?Santiago, 3 de abril de 2014.
Oficio N° 9.733
Remite resolución.
Excelentísimo señor
Presidente de la H. Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 7 de abril de 2014, en el proceso Rol N° 2646-14-CPT, sobre requerimiento de inconstitucionalidad presentado por un grupo de senadores, que expresan constituir más de la cuarta parte de los miembros en ejercicio, respecto de la actuación de la H. Cámara de Diputados que declaró la inadmisibilidad de las observaciones del Presidente de la República sobre el proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre, contenido en el boletín N° 6190-19, a los efectos que indica. Asimismo, acompaño copia del requerimiento.
Saluda atentamente a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DON ALDO CORNEJO GONZÁLEZ
VALPARAÍSO”.