Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ALTERACIÓN DEL ORDEN DE LA TABLA
- V. ORDEN DEL DÍA
- CREACIÓN DE CONSEJOS COMUNALES Y PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA (Primer trámite constitucional. Boletín 9601-25)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Matias Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Arturo Squella Ovalle
- INTERVENCIÓN : Jaime Hernan Gonzalo Pilowsky Greene
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- INTERVENCIÓN : Bernardo Jose Berger Fett
- INTERVENCIÓN : Guillermo Ceroni Fuentes
- INTERVENCIÓN : Karol Aida Cariola Oliva
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Alejandro Nicanor Urrutia Soto
- INTERVENCIÓN : Leonardo Enrique Soto Ferrada
- INTERVENCIÓN : German Verdugo Soto
- INTERVENCIÓN : Matias Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- INTERVENCIÓN : David Sandoval Plaza
- INTERVENCIÓN : Pedro Pablo Browne Urrejola
- CREACIÓN DE CONSEJOS COMUNALES Y PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA (Primer trámite constitucional. Boletín 9601-25)
- MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 20.551, QUE REGULA EL CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS, Y DEL DECRETO LEY N° 3.525, DE 1980, QUE CREA EL SERNAGEOMIN (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9624-08)
- CREACIÓN DE CONSEJOS COMUNALES Y PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA (Primer trámite constitucional. Boletín 9601-25)
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
- MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DEL DECRETO N° 48, DE SUBSIDIO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- Raul Fernando Saldivar Auger
- Cristina Girardi Lavin
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Luis Segundo Lemus Aracena
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Daniella Valentina Cicardini Milla
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Jose Perez Arriagada
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- INTERVENCIÓN : Raul Fernando Saldivar Auger
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- ANTECEDENTE
- DEROGACIÓN DE DECRETO N°305 DE 1980 Y ASIMILACIÓN DE DERECHOS Y BENEFICIOS DE EMPLEADOS DEL CONSEJO NACIONAL DE TELEVISIÓN CON LOS DE FUNCIONARIOS QUE EJERCEN ROLES DE FISCALIZACIÓN
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Cristina Girardi Lavin
- Roberto Fortunato Poblete Zapata
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Sergio Aguilo Melo
- Guillermo Leon Teillier Del Valle
- Issa Farid Kort Garriga
- Gabriel Boric Font
- Rodrigo Gonzalez Torres
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- INTERVENCIÓN : Maya Alejandra Fernandez Allende
- ANTECEDENTE
- CONCESIÓN DE FACILIDADES PARA EL TRANSPORTE DE ADULTOS MAYORES
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- Issa Farid Kort Garriga
- German Verdugo Soto
- Osvaldo Alejandro Nicanor Urrutia Soto
- Felipe Ward Edwards
- Jose Manuel Edwards Silva
- Rodrigo Gonzalez Torres
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- ANTECEDENTE
- CREACIÓN DE UNIDAD ESPECÍFICA QUE TRATE INTEGRALMENTE EL PROBLEMA DE LA APICULTURA EN CHILE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Leopoldo Perez Lahsen
- Jose Manuel Edwards Silva
- Diego Alfredo Paulsen Kehr
- Gonzalo Guillermo Fuenzalida Figueroa
- Alejandro Santana Tirachini
- German Verdugo Soto
- Bernardo Jose Berger Fett
- German Becker Alvear
- PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN
- INTERVENCIÓN : Ivan Alberto Flores Garcia
- INTERVENCIÓN : Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
- ANTECEDENTE
- MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DEL DECRETO N° 48, DE SUBSIDIO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL
- VII. INCIDENTES
- PRONUNCIAMIENTO SOBRE PERMANENCIA DE DIRECTOR NACIONAL DE VIALIDAD Y RESPONSABILIDAD DE INSPECTORES TÉCNICOS DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS POR NEGLIGENCIAS EN CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE CAU CAU (Oficio)
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Bernardo Jose Berger Fett
- PREOCUPACIÓN POR ABRUPTO AUMENTO EN FEBRERO EN FACTURACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN REGIÓN DE LOS RÍOS PRODUCTO DEL COBRO DE RELIQUIDACIÓN TARIFARIA (Oficio)
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Bernardo Jose Berger Fett
- INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE REDACCIÓN FINAL DE TEXTO DEL PROYECTO DE LEY GENERAL DE RESIDUOS (Oficio)
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Bernardo Jose Berger Fett
- INFORMACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO Y DESEMPEÑO DE EMPRESAS DE CONSERVACIÓN GLOBAL EN CAMINOS DE PROVINCIA DE MALLECO (Oficio)
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
- INFORMACIÓN SOBRE FUNDAMENTOS DE APROBACIÓN DE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PARQUE EÓLICO ALTOS DE HUALPÉN EN PARQUE PEDRO DEL RÍO ZAÑARTU, COMUNA DE HUALPÉN (Oficio)
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Cristian Campos Jara
- INFORMACIÓN SOBRE PLAZOS DE CONVENIO DE PROGRAMACIÓN DE ENTREGA DE RECURSOS PARA CONSTRUCCIÓN DE HOSPITAL HIGUERAS, DE TALCAHUANO (Oficio)
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Cristian Campos Jara
- SOLICITUD DE CREACIÓN Y ARTICULACIÓN, BAJO EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, DE UNIDAD ESPECÍFICA QUE TRATE INTEGRALMENTE EL PROBLEMA DE LA APICULTURA EN CHILE (Oficios)
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Felipe Letelier Norambuena
- PRONUNCIAMIENTO SOBRE PERMANENCIA DE DIRECTOR NACIONAL DE VIALIDAD Y RESPONSABILIDAD DE INSPECTORES TÉCNICOS DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS POR NEGLIGENCIAS EN CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE CAU CAU (Oficio)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- PORCENTAJE MÍNIMO PARA EMISIÓN RADIAL DE MÚSICA NACIONAL Y DE MÚSICA DE RAÍZ FOLCLÓRICA ORAL. (PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA. BOLETÍN Nº 5491-24)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- INTERVENCIÓN : Roberto Fortunato Poblete Zapata
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Claudio Eugenio Arriagada Macaya
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Marisol Turres Figueroa
- INTERVENCIÓN : Guillermo Leon Teillier Del Valle
- INTERVENCIÓN : Felipe Letelier Norambuena
- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Jorge Tarud Daccarett
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ivan Alberto Flores Garcia
- Marcelo Omar Chavez Velasquez
- Juan Enrique Morano Cornejo
- Jaime Hernan Gonzalo Pilowsky Greene
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Maria Loreto Carvajal Ambiado
- Marcela Ximena Hernando Perez
- Andrea Molina Oliva
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maria Loreto Carvajal Ambiado
- Karol Aida Cariola Oliva
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Marcela Ximena Hernando Perez
- Marcos Espinosa Monardes
- Ivan Alberto Flores Garcia
- Enrique Jaramillo Becker
- Daniel Alexander Melo Contreras
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Leonardo Enrique Soto Ferrada
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Daniel Ignacio Nunez Arancibia
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Osvaldo Raul Andrade Lara
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Marcelo Omar Chavez Velasquez
- Ivan Alberto Flores Garcia
- Cristian Monckeberg Bruner
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Arturo Squella Ovalle
- Marcela Ximena Hernando Perez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Karol Aida Cariola Oliva
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Camila Antonia Amaranta Vallejo Dowling
- Osvaldo Raul Andrade Lara
- Pepe Auth Stewart
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- Guillermo Leon Teillier Del Valle
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Karla Rubilar Barahona
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
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II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.44 horas.
El señor CORNEJO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor CORNEJO (Presidente).- El acta de la sesión 116ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 117ª queda a disposición de las señoras diputadas y los señores diputados.
IV.CUENTA
El señor CORNEJO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
ALTERACIÓN DEL ORDEN DE LA TABLA
El señor CORNEJO (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para alterar el orden de la Tabla de hoy, por cuanto el Gobierno le ha puesto discusión inmediata al proyecto que figura en el Nº 3.
La Mesa propone tratar, en primer lugar, el proyecto de ley, iniciado en moción, que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folclórica oral, a la radio difusión chilena, con ocho discursos de cinco minutos;
En segundo término, conocer el proyecto de ley indicado en el Nº 3 de la Tabla, iniciado en mensaje, que modifica la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública, y
Tercero, tratar, y también votar, el proyecto de ley que modifica la ley Nº 20.551, que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras e introduce otras modificaciones legales.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V.ORDEN DEL DÍA
CREACIÓN DE CONSEJOS COMUNALES Y PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA (Primer trámite constitucional. Boletín 9601-25)
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública.
Diputados informantes de las Comisiones de Seguridad Ciudadana y de Hacienda son la señora Marcela Sabat y el señor Enrique Jaramillo , respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 71° de la presente legislatura, en 24 de septiembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana, sesión 110° de la presente legislatura, en 6 de enero de2015. Documentos de la Cuenta N° 24.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 113° de la presente legislatura, en 13 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 23.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Informo a la Sala que, en reemplazo de la diputada señora Marcela Sabat , rendirá el informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana el diputado señor Matías Walker .
Tiene la palabra su señoría.
El señor WALKER (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Seguridad Ciudadana, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el ministerio del interior y seguridad pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública, boletín N° 9601-25, originado en un mensaje de su excelencia la Presidenta de la República.
La idea matriz de este proyecto es modificar la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con los siguientes propósitos:
1) Fortalecer el rol de las municipalidades en materia de seguridad pública.
2) Establecer un plan comunal de seguridad pública como instrumento de gestión comunal.
3) Crear consejos comunales de seguridad pública, como órganos de carácter consultivo, de asesoría y colaboración con el alcalde en la confección del plan comunal de seguridad pública.
Cabe hacer presente que las siguientes normas del artículo 1°, que modifica la ley orgánica de Municipalidades del texto aprobado, tienen rango de ley orgánica constitucional, en virtud de lo establecido en los artículos 118 y 119 de la Constitución Política, en relación con las circunstancias que en cada caso se señalan.
-Números 1 y 2 letra b) (que modifican la letra j) del artículo 4º y que incorpora una nueva letra l) de la ley orgánica de Municipalidades, respectivamente) por incidir el primero en el otorgamiento de una función municipal y el segundo en una nueva atribución a las municipalidades.
-Número 4 (que incorpora un artículo 16 bis, en lo tocante a su inciso tercero) por otorgar una nueva atribución al alcalde.
-Números 5 y 6 letra a) (que modifican el inciso segundo del artículo 56 y las letra m) del artículo 63, ambos de la ley orgánica de Municipalidades) debido a que modifican las atribuciones de los alcaldes, en el primer caso ampliándolas, y en el segundo restringiéndolas.
-Número 7 (que incorpora una nueva letra c) al artículo 65 de la ley orgánica de Municipalidades) porque trata materias en que el alcalde requiere el acuerdo del concejo.
-Números 8 y 9 (que modifican el inciso primero del artículo 67 de la ley orgánica de Municipalidades) por cuanto en ambos casos amplia las obligaciones del alcalde.
-Número 10 (que crea el título IV A del “Consejo Comunal de Seguridad Pública y el Plan Comunal de Seguridad Pública” en la ley orgánica de Municipalidades, respecto de los nuevos artículos 104 B, 104 D, 104 E, letras a) y e), e incisos cuarto y quinto del artículo 104 F, en que se establecen nuevas atribuciones al alcalde.
Por su parte, requieren ser conocidas por la Comisión de Hacienda las siguientes normas del texto aprobado:
-El número 4 del artículo 1º, que crea un coordinador de seguridad pública a nivel comunal.
-El número 10 del artículo 1º que consagra la existencia del Consejo Comunal de Seguridad Pública.
Discusión general.
En el marco del debate de la discusión general, se recibió el parecer de las siguientes personas:
Antonio Frey Valdés , subsecretario de Prevención del Delito; Gustavo Paulsen , jefe de la División Jurídica de dicha Subsecretaría, y de los asesores del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, abogados Rodrigo González López , Rodrigo Medina Jara y José Pedro Silva ; de Sergio Echeverría García , presidente de la Comisión de Seguridad de la Asociación Chilena de Municipalidades; de Daniel Jadue Jadue , alcalde de Recoleta; de Gustavo González Jure , general director de Carabineros, y de Marcos Vásquez Meza , director general de la Policía de Investigaciones.
Principales modificaciones incorporadas al proyecto.
Creación del cargo de director de seguridad pública.
El Ejecutivo presentó una indicación para crear un nuevo artículo 16 bis en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que establece que podrá existir un director de Seguridad Pública en todas aquellas comunas donde lo decida el Concejo Municipal, a proposición del alcalde.
Para desempeñar el cargo se requerirá estar en posesión de título profesional o técnico de nivel superior otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por este.
El director de Seguridad Pública será designado por el alcalde y será su colaborador directo en las tareas de coordinación y gestión de las funciones de seguridad pública y en el seguimiento del Plan Comunal de Seguridad Pública.
Cabe destacar que esta modificación obedeció a una inquietud presentada por algunos parlamentarios integrantes de la Comisión. Además, fue analizado por el Ministerio de Hacienda y la Asociación Chilena de Municipalidades, lo que llevó a un acuerdo sobre la materia.
Sin embargo, en el seno de la Comisión, se debatió acerca de la eventual desigualdad que se produciría entre los distintos municipios por sus condiciones presupuestarias, lo que en definitiva les permitiría o no contar con la figura del director de Seguridad Pública, en la medida en que contaran con los recursos para cubrir los honorarios de este funcionario.
Por lo anterior, se solicitó al Ejecutivo establecer alguna vía de financiamiento que permita que todos los municipios del país cuenten con este director.
Integración del Consejo Comunal de Seguridad Pública.
Fruto de una indicación parlamentaria, se modificó la forma de elegir a los concejales que integrarán el Consejo y se estableció que su elección se realizara en una votación única.
Por su parte, el Ejecutivo propuso modificar la forma de representación de Carabineros de Chile, haciendo eco de lo planteado por dicha institución, de manera que se permitirá que en el caso de las comunas que tengan más de una comisaría, el representante sea designado por la Prefectura correspondiente.
En el mismo sentido, el Ejecutivo propuso que en el caso de quien represente a la Policía de Investigaciones no se exija que el funcionario pertenezca al escalafón policial, por cuanto el director general planteó a la Comisión que sólo tienen presencia real en 98 comunas y en atención a que, de acuerdo a la nueva ley, de los 7.000 detectives que existen a la fecha, se aumentará aproximadamente a 8.500.
La exigencia de que el representante de la PDI tenga que ser un jefe de brigada comunal, será de muy difícil aplicación, por eso la importancia de contar con delegados de menor graduación, para no comprometer siempre a las jefaturas en esta función.
Finalmente, frente al número limitado de fiscales, se amplió la representación del Ministerio Público a los abogados asistentes de fiscal.
Texto aprobado por la Comisión.
En definitiva, el texto aprobado por la Comisión de Seguridad Ciudadana consta de dos artículos permanentes:
El artículo 1º, que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con los siguientes fines:
a) Entrega a los municipios, como nueva función, el desarrollo, implementación, promoción y apoyo de acciones de prevención social, situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
b) Faculta a los municipios para elaborar, aprobar y ejecutar el Plan Comunal de Seguridad Pública, que además se reconoce como un instrumento de gestión municipal, de vigencia anual y que deberá ser presentado por el alcalde al Concejo Municipal para su aprobación.
c) Permite en cada comuna la creación del cargo de director de seguridad pública, donde lo decida el Concejo Municipal, a proposición del alcalde. Este director será colaborador directo del alcalde en las tareas de coordinación y gestión de seguridad pública, y estará encargado del seguimiento del Plan Comunal de Seguridad Pública.
d) Se crea el Consejo Comunal de Seguridad Pública, presidido por el alcalde e integrado por: el gobernador respectivo, dos concejales, elegidos por el Concejo Municipal, en votación única; el oficial o suboficial de fila de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile, que ostente el más alto grado en la unidad policial de mayor categoría con presencia en la comuna; el oficial policial de la Policía de Investigaciones de Chile que ostente la mayor jerarquía de la respectiva unidad o el designado por el superior jerárquico de la jurisdicción correspondiente en aquellas comunas que no sean asiento de unidad policial; el fiscal adjunto jefe de la Fiscalía Local correspondiente del Ministerio Público o el abogado o asistente de fiscal, y dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, elegidos por éste.
Además, según las características específicas de la comuna, podrán existir representantes del Servicio Nacional de Aduanas, del Servicio Agrícola y Ganadero, del Instituto Nacional de Estadísticas y del Servicio Nacional de Turismo.
En los casos de aquellas comunas cuyo número de habitantes no supere los 5.000, dos o más comunas podrán constituir un Consejo Intercomunal de Seguridad Pública o alguna de ellas participar del Consejo Comunal de una comuna colindante de mayor número de habitantes.
Las funciones de estos consejos serán:
a) Efectuar, a petición del alcalde, el diagnóstico del estado de situación de la comuna en materia de seguridad pública.
b) Suministrar los antecedentes e información necesarios y entregar opinión al alcalde para la elaboración del Plan Comunal de Seguridad Pública.
c) Emitir opinión respecto de las ordenanzas que se dicten en materias de convivencia vecinal y seguridad pública comunal.
d) Efectuar el seguimiento y monitoreo de las medidas contempladas en el Plan Comunal de Seguridad Pública.
e) Apoyar técnicamente, a petición del alcalde, la ejecución de los proyectos y acciones que se desarrollen en el marco del Plan Comunal de Seguridad Pública.
f) Constituirse en instancia de coordinación comunal en materias de seguridad pública de la municipalidad, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y del Ministerio Público.
Por su parte, el artículo 2° modifica la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en el siguiente sentido:
Se incorpora como nueva función de la Subsecretaría de Prevención del Delito y de los Consejos Regionales de Seguridad Pública Interior, cada uno en el ámbito de su competencia, emitir opinión sobre la coherencia de los planes comunales de seguridad pública con la Política Nacional de Seguridad Pública Interior y con los instrumentos de gestión y directrices del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Es todo cuanto puedo informar.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor JARAMILLO (de pie).-
Señor Presidente, me corresponde rendir el informe relativo al proyecto de ley que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, y de conformidad con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación.
Al tenor del informe de la comisión técnica, las normas de competencia de la Comisión de Hacienda son los numerales 4), que intercala un artículo 16 bis nuevo, y 10) en la parte que incorpora el artículo 104 A), ambos del artículo 1° del proyecto y cuyo contenido general es el siguiente:
1) El número 4 del artículo 1º intercala un artículo 16 bis nuevo en la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades (DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior), mediante el cual se faculta al municipio para la creación del cargo de director de seguridad pública a nivel comunal.
2) El N° 10 del artículo 1º incorpora el artículo 104 A) en la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades (DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior), el que dispone que en cada municipalidad existirá un consejo comunal de seguridad pública como un órgano consultivo encargado de recibir, ordenar y analizar los antecedentes, estadísticas y toda clase de información relativa a la seguridad pública comunal, con el objeto, principalmente, de colaborar con el alcalde en la elaboración del plan comunal de seguridad pública, para el cumplimiento de lo señalado en la letra j) del artículo 4° de la ley que se modifica; esto es, el desarrollo, implementación, promoción y apoyo de acciones de prevención social, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
De conformidad con el artículo 104 B) del proyecto, el consejo comunal de seguridad pública será presidido por el alcalde y lo integrarán las siguientes personas:
a) El gobernador respectivo o quien lo represente. Tratándose de las municipalidades de la provincia de Santiago, el consejo se integrará por el intendente de la Región Metropolitana o quien lo represente.
b) Dos concejales elegidos por el concejo municipal, en una votación única;
c) El oficial o suboficial de fila de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile que ostente el más alto grado en la unidad policial de mayor categoría con presencia en la comuna. En el caso de las comunas que tengan más de una comisaría, este será designado por la prefectura correspondiente.
d) El oficial policial de la Policía de Investigaciones de Chile que ostente la mayor jerarquía de la respectiva unidad o el designado por el superior jerárquico de la jurisdicción correspondiente en aquellas comunas que no sean asiento de unidad policial; y
e) El fiscal adjunto jefe de la fiscalía local correspondiente del Ministerio Público y en las comunas donde no tenga asiento una fiscalía local, el fiscal o abogado o asistente de fiscal que designe el respectivo fiscal regional.
El consejo lo integrarán, además, dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, elegidos por este.
En aquellas comunas en cuyo territorio existan pasos fronterizos, puertos o aeropuertos, el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Nacional de Aduanas y uno del Servicio Agrícola y Ganadero, designados por los respectivos directores regionales.
En aquellas comunas en que el porcentaje de ruralidad supere el 20 por ciento de la población, según los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Estadísticas, el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Agrícola y Ganadero, designado en la forma señalada en el inciso anterior.
En aquellas comunas catalogadas como área turística, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 20.423, el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Nacional de Turismo, designado por el director regional de ese organismo.
Sin perjuicio de lo anterior, el consejo podrá convocar a otras autoridades o funcionarios públicos o a representantes de organizaciones de la sociedad civil cuya opinión considere relevante para las materias que le corresponda abordar.
Incidencia presupuestaria del proyecto:
El informe financiero N° 91, de 16 de septiembre de 2014, que acompañó al mensaje, señala que las materias que se modifican en el presente proyecto de ley, se refieren a normas de gestión y administración municipal que no involucran incremento en el nivel de actividad de los municipios, pudiendo por tanto ser atendidas con sus presupuestos normales, consecuente con lo anterior, indica que este proyecto de ley no irroga un mayor gasto fiscal.
Por su parte, el informe financiero N° 108, de 24 de noviembre de 2014, que acompañó indicaciones de su Excelencia la Presidenta de la República, señaló que las materias establecidas en la indicación, en particular la creación del cargo de director de seguridad pública, no irrogan un mayor gasto fiscal, toda vez que tal como lo establece la indicación, la creación y provisión de dicho cargo deberá ajustarse a las disponibilidades del presupuesto municipal. Ojalá se tome debida nota de este importante párrafo.
Tramitación del proyecto ante la Comisión:
El texto aprobado por la comisión técnica fue objeto de indicaciones parlamentarias que surgieron durante el debate y dicen relación con las inquietudes de sus integrantes respecto de supeditar la existencia de un jefe de seguridad comunal a la disponibilidad de recursos municipales; como asimismo, al hecho de que la creación de este cargo fuese a propuesta del alcalde. Ambas indicaciones fueron declaradas inadmisibles por incidir en materias de iniciativa exclusiva de su Excelencia la Presidenta de la República.
Procedimiento de votación:
Se procedió a la votación de ambas disposiciones en forma separada.
El número 4) del artículo 1°, que incorpora un nuevo artículo 16 bis a la ley N° 18.695, fue aprobado por mayoría de votos.
Por su parte, el numeral 10) del artículo 1°, que incorpora el artículo 104 A), fue aprobado por el voto unánime de los diputados presentes.
En consecuencia, la Comisión de Hacienda aprobó el proyecto en los mismos términos propuestos por la comisión técnica, en sesión de fecha 7 de enero de 2015, con la asistencia de los diputados señores Pablo Lorenzini , presidente de la Comisión, Sergio Aguiló , Pepe Auth , Felipe de Mussy , Patricio Melero, José Miguel Ortiz , Alejandro Santana , Marcelo Schilling y quien habla, Enrique Jaramillo , recomienda la aprobación del mismo a la Sala.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Arturo Squella .
El señor SQUELLA .-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero señalar que este es un buen proyecto. Así como dijo uno de los diputados informantes, cuenta con el apoyo transversal en ambas comisiones que tuvieron que pronunciarse y debatir respecto de la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública. Precisamente, este apoyo transversal al cual me refería, primero, se desprende de que si bien es cierto el proyecto es de iniciativa del actual gobierno, presentado por el ministro del Interior y conducido de muy buena forma por el subsecretario de Prevención del Delito y sus asesores, se basa o fundamenta precisamente de una iniciativa que tiene origen en el gobierno anterior -miembros de la Alianza-, por cuanto creíamos importante dar un paso adelante para vincular a la primera autoridad política comunal con las principales demandas de la ciudadanía, en particular, en lo que respecta a una mayor seguridad ciudadana, que es también una de las razones ejes que se tuvo cuando se dio la unanimidad en este proyecto.
Ahora bien, lo que quiero transmitir con esto no es que los efectos técnicos serán menores o más bien matizados de acuerdo con la capacidad que tenga cada uno de los consejos que se vayan conformando a lo largo del país, sino más bien exacerbar la importancia que, a mi juicio, tiene el hecho de que la principal autoridad comunal –me refiero al alcalde-, según los estudios de opinión pública, muchas veces, la más cercana que sienten los vecinos, tenga e incorpore, dentro de su responsabilidad y deber, la presentación de un plan comunal para que lo apruebe el concejo municipal, junto con la creación del consejo comunal de seguridad pública, que me parece una muy buena noticia.
Ahora, muchos no están acostumbrados a que el municipio intervenga en este tipo de materias, sino más bien a que cada vez que un vecino concurre a reclamar a la municipalidad sobre aspectos propios de seguridad ciudadana, la respuesta de cualquier funcionario municipal siempre será, y seguramente se replica en todas las comunas del país, que no tienen responsabilidad alguna en lo que respecta al tema del combate contra la delincuencia. Así es hasta el día de hoy. Precisamente, a quien le corresponde asumir esta obligación es al Ministerio del Interior, es decir, al gobierno central. Sin embargo, también es verdad que a la hora de tomar decisiones que tengan algún efecto en la ciudadanía, lo más importante es saber cuáles son esas principales demandas. Está comprobado que la principal demanda de los vecinos es precisamente contar con una mayor seguridad ciudadana. Es decir, de ahora en adelante, quienes se presenten a candidatos a las elecciones de alcalde y de concejales, necesariamente, tendrán que tener un buen plan de desarrollo en materia de seguridad pública, lo cual es una buena noticia.
También es importante tener a la vista que hay que tener cuidado con la generación de grandes expectativas. Ello, porque es evidente de que por el solo hecho que exista un nuevo plan comunal de seguridad pública o que se cuente con mayor información al respecto, que sin duda será de gran utilidad para las fuerzas policiales, o que exista un consejo que esté dedicado en forma exclusiva a tratar estos temas, no necesariamente se van a resolver todos los problemas ni nos brindará una mayor seguridad o tranquilidad, como a todos nos gustaría. Esto es simplemente un aporte. Y es aquí donde quiero marcar el acento y pedirle al ministro del Interior –a quien echamos de menos su presencia en esta sesión-, que así como cuando presentó este proyecto se dio cuenta que contaba con un apoyo transversal, con la participación y colaboración activa de todos para lograr una mejor redacción de lo que en definitiva va a ser ley, ese mismo espíritu y manera de tratar las materias propias de seguridad ciudadana, lo encontrará en otros proyectos también. Por lo tanto, le pido que se atreva a presentar más iniciativas que apunten a atender la principal demanda de la ciudadanía, cual es tener una mayor seguridad ciudadana.
Encontrará una buena recepción, porque queremos sacar adelante todo lo que tenga que ver con una agenda legislativa que ayude a combatir el tema de la delincuencia que tanto afecta a la ciudadanía, pero para eso necesitamos esa agenda. Por lo mismo –y con esto termino-, le pido al ministro del Interior, quien seguramente está siguiendo este debate desde La Moneda, que continuemos avanzando en los proyectos que muchas se anuncian antes por los medios de comunicación; preséntelos, debatámoslos y saquémoslos adelante, porque eso es precisamente lo que quiere la ciudadanía: tener mayor seguridad ciudadana y combatir como corresponde la delincuencia en las ciudades y comunas de nuestro país.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Pilowsky .
El señor PILOWSKY .-
Señor Presidente, no cabe duda que una de las principales preocupaciones de los vecinos y vecinas de nuestras comunas es la seguridad ciudadana o pública. Así lo demuestran las diversas encuestas que, en materia de delincuencia, han mantenido una constante en los últimos años.
La encuesta CEP, entre Julio y Noviembre de 2014, en sus últimas dos mediciones, señala claramente que, después de salud y educación, la delincuencia, robos y asaltos, constituye el principal problema al cual el Gobierno le debe dedicar un mayor esfuerzo.
Por esta razón, señor Presidente, el programa de gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet comprometió diversas iniciativas que van en la dirección de contar con un ambiente seguro, entendiéndolo como el respeto colectivo entre los ciudadanos en su convivencia. Hace pocos meses celebramos la aprobación del aumento de la dotación de funcionarios de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, en 6.000 y 1.200 respectivamente.
En aquella oportunidad señalamos que aprobábamos con entusiasmo el esfuerzo de aumentar la cantidad de policías. En la tarea de tener barrios, plazas, parques y calles más seguras es necesario que las policías jueguen un rol de control y prevención importante. Policías más capacitadas, profesionales y suficientes en número, podrán llegar a los distintos rincones de nuestras comunas donde se necesiten. En particular, en las que represento, Peñalolén y La Reina.
Sin embargo, también señalamos que para combatir la delincuencia, más que policías y penas más altas, necesitábamos una estrategia integral que involucrara a diversos actores. Es necesario que el Gobierno, quien tiene la iniciativa y la responsabilidad en materia de seguridad pública, tome en cuenta distintas dimensiones, como la prevención, la coordinación de las autoridades, la participación de los vecinos organizados, la rehabilitación y reinserción social, elementos que en un conjunto permiten, lógicamente, mejorar los índices de seguridad ciudadana y crear una sociedad más inclusiva.
En este sentido, el proyecto en discusión y que pretende crear Consejos Comunales de Seguridad Pública en cada uno de las comunas del país, es una buena noticia que se agrega a las anteriores.
Durante años hemos señalado que cuando las políticas públicas son impulsadas desde los gobiernos locales tienden a ser más eficientes en la medida en que se cuente con las herramientas necesarias para implementarlas en forma eficiente y debidamente. En definitiva, este Consejo de Seguridad Pública permitirá trabajar un tema que es nacional pero con una lógica y perspectiva comunal.
Los Consejos Comunales que crea esta nueva ley tendrán como objetivo servir de órgano consultivo encargado de recibir, ordenar y analizar los antecedentes, estadísticas y toda clase de información relativa a la seguridad pública comunal, con el objeto, principalmente, de colaborar con el alcalde en la elaboración del plan comunal de seguridad pública.
Este plan comunal de seguridad pública será el instrumento, tal como lo puede ser hoy el plan de desarrollo comunal, Pladeco , por el cual se podrá establecer una estrategia comunal con metas claras e índices determinados que disminuya los índices de inseguridad o delincuencia.
Los municipios, especialmente los alcaldes, tendrán la responsabilidad de preocuparse seriamente de la delincuencia de su comuna. Tendrán los insumos necesarios para tomar las decisiones que correspondan como, por ejemplo, iluminar un determinado sector, ordenar el cierre de sitios eriazos, la construcción de espacios públicos o la intervención social de barrios peligrosos.
Por esta razón, y como integrante de la Comisión de Seguridad Ciudadana de esta Corporación, junto al diputado Leonardo Soto , planteamos la necesidad de perfeccionar algunos aspectos de este proyecto de ley. Principalmente, somos de la opinión de que para asegurar la eficacia de los instrumentos y decisiones era necesario que las municipalidades contaran con un liderazgo que se hiciera responsable de la ejecución del Plan Comunal de Seguridad Pública. No bastaba con que el alcalde presidiera este consejo, sino que también era necesario crear un cargo que permitiera liderar este proceso en materia de seguridad. Por eso planteamos la necesidad de crear este cargo, en la planta municipal, de Director de Seguridad Pública.
Al respecto, cabe señalar que logramos una buena acogida del Gobierno, tanto en el Ministerio de Hacienda como del Interior, quienes finalmente presentaron la indicación, y con los colegas diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Pública aprobamos la indicación.
Señor Presidente, invito a los colegas que aprueben el proyecto.
Tengo la convicción de que estamos haciendo lo correcto, pues el hecho de entregar a los municipios la oportunidad y las herramientas para combatir la delincuencia servirá para diagnosticar mejor los problemas y nudos que, una vez resueltos, podrán disminuir no solo la comisión de delitos, sino, también, la sensación de inseguridad que afecta directamente la calidad de vida de vecinas y vecinos.
Señor Presidente, queremos construir un país inclusivo. En esta línea se enmarca el programa del gobierno y el compromiso que muchos asumimos al pedir el voto a la ciudadanía durante la campaña.
El objetivo principal de nuestra gestión debe ser volver a entregar a las familias chilenas una mejor calidad de vida que, al eliminar la delincuencia, los barrios, poblaciones y plazas sean para el desarrollo de niños, jóvenes y adultos.
Tenemos la obligación de revertir las cifras: Chile debe seguir como uno de los países más tranquilos y seguros de América latina. Por lo tano, ya no debemos aceptar los índices actuales de delincuencia.
La meta en el corto plazo debe ser disminuir el 24 por ciento de hogares donde algún miembro de la familia fue víctima de un delito; reducir el 38 por ciento de los chilenos cree que serán víctimas de un delito. Más aun, acortar definitivamente la sensación del 50 por ciento de las personas que creen que serán víctimas de un delito camino a su hogar. Estas cifras corresponden a la última Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana de 2013.
En esta tarea todos somos parte, es transversal, no admite divisiones políticas y solo son bienvenidos aquellos que aporten ideas en concordancia con el objetivo que se ha planteado.
Hago un llamado a aprobar este proyecto de ley.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).-
Señor Presidente, este proyecto de ley es importantísimo para las comunas.
La iniciativa se originó durante el gobierno anterior, pero se trata de un nuevo proyecto enviado a tramitación al Congreso Nacional por el gobierno actual, lo que deja claro que es un tema transversal, que supera a la administración de turno.
Es importante mirar cómo podemos aportar a la seguridad de las comunas desde un enfoque de todas las corrientes políticas, más allá de nuestras ideologías.
Al respecto, la iniciativa es muy sentida por los ciudadanos, pues a través del tiempo hemos visto cómo la mayoría de los programas de seguridad ciudadana estaban encapsulados desde el gobierno central, sin mirar la diferencia entre una comuna y otra y sin notar cuáles son los problemas de seguridad en cada una de nuestras comunas.
Por lo tanto, este proyecto de ley refleja el sentimiento del gobierno respecto de hacer participar a la ciudadanía en las decisiones que van en su beneficio.
La iniciativa se enfoca en ese sentido, porque fortalece el rol de las municipalidades en materia de seguridad pública, establece un plan comunal de seguridad pública como instrumento de gestión comunal y crea los consejos comunales de seguridad pública, como órganos de carácter consultivo de asesoría y colaboración con el alcalde en la confección del plan comunal de seguridad pública.
Espero que aprobemos este proyecto de ley que modifica el artículo 4° de la ley orgánica constitucional de municipalidades, porque va a cambiar las posibilidades de las organizaciones de seguridad en todas nuestras comunas.
Necesitamos mirar qué está pasando en nuestro país, en cada una de las comunas, respecto de la inseguridad que sienten vecinas y vecinos. Por lo tanto, el hecho de que se cree este instrumento, el Ministerio del Interior y de Seguridad Pública coordinado con los municipios para que lleven a cabo el plan local, no solo podrá transmitir las inquietudes de cada uno de los ciudadanas y ciudadanos, sino, esencialmente, responsabilizará a alcaldes y concejales al tener que aprobar este instrumento por el concejo.
En la actualidad los problemas que se producen de diferentes características en nuestras zonas muchas veces se reclaman al gobierno central y no se responsabiliza a los funcionarios municipales elegidos por el pueblo, que son el alcalde y concejales.
Por lo tanto, esta iniciativa que crea los concejos comunales de seguridad pública hará que la municipalidad pueda detectar cuál es el sentir de la ciudadanía en cada una de las comunas en cuanto a inseguridad y a la búsqueda de mayor seguridad.
No cabe duda de que las necesidades de seguridad pública son muy diversas en las comunas de mi distrito, pues está compuesto por cinco urbanas y cinco rurales, ya que se puede decir que Melipilla, Peñaflor , Talagante y Padre Hurtado son comunas casi urbanas y el resto son rurales, y la situación que se da en cada una de ellas es totalmente distinta. Así, en las comunas rurales hay abigeato y asalto a parcelas de agrado y en las comunas urbanas hay robo de vehículos, asalto a comercio; o sea, la realidad es distinta.
No cabe duda de que el crecimiento que ha tenido la zona aledaña a Santiago es totalmente diferente a lo que pasa en el resto del país. Por lo tanto, es de suma importancia el hecho de crear los consejos comunales.
Por otra parte, quiero agradecer al Ministerio del Interior y a Carabineros de Chile por haber instalado la Prefectura Santiago Costa en Melipilla, porque eso permitirá una mayor dotación de carabineros y el trabajo estratégico en la zona se llevará a cabo directamente. Quiero saludar al nuevo prefecto, coronel Pablo Ortega , que ha llegado a nuestra zona y está muy entusiasmado por trabajar con la dotación que se incorporará en el nuevo edificio que pronto se inaugurará.
Por otra parte, el consejo consultivo mencionado, estará integrado por representantes de los órganos públicos y organismos con incidencia en la seguridad pública. También lo conforman concejales elegidos por el concejo y representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, además de ciertos órganos públicos relevantes para esta temática, según el carácter de la comuna, pudiendo el alcalde convocar a otros organismos que estime necesarios, con el fin de contar con un consejo comunal de seguridad pública más cercano a la ciudadanía y trabajar las situaciones que últimamente han sucedido en nuestra zona, de gran relevancia púbica, que lamentablemente han afectado a vecinos de nuestras comunas.
Por lo tanto, espero que se apruebe este proyecto de ley y que, ojalá, prontamente también se apruebe en el Senado, con el fin de contar con esta gran herramienta para todos los municipios de nuestro país.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .
El señor BERGER .-
Señor Presidente, dado que uno de los problemas fundamentales que nos ha venido planteando la ciudadanía en el transcurso de los últimos años es el de la seguridad pública, valoro enormemente esta iniciativa del Ejecutivo, pues legitima la creación de los consejos comunales de seguridad púbica y el establecimiento de planes comunales de seguridad, que ya se encuentran funcionando en muchos de nuestros municipios. Con la aprobación de este proyecto se dará reconocimiento legal a esas iniciativas locales.
También destaco que el proyecto plasme en la práctica nacional principios consagrados en nuestra Constitución, especialmente en el Capítulo I, Bases de la Institucionalidad, pues ayudará a promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y a asegurar el derecho constitucional de las personas a participar con igualdad de oportunidades en el quehacer nacional.
Sin embargo, me parece importante hacer presente que nuestra gran tarea en la lucha contra la delincuencia y en la promoción del orden y la seguridad públicos no se agota en la creación de organismos locales como los que plantea la iniciativa en debate, ya que es sabido que las comunas más alejadas de Santiago no cuentan con la dotación policial que permita hacer efectivo el control y la persecución de los actos de delincuencia.
También estimo necesario hacer presente que si bien es cierto el quehacer de estos consejos locales de seguridad pública -preferiría que los llamasen de seguridad ciudadana, para no confundir roles- será relevante en el ámbito local, ellos no son los organismos competentes para ejercer la debida y legal represión de los actos delictivos, y así lo hice ver en la discusión habida en la Comisión.
Por otro lado, también destaco en este proyecto el reconocimiento legal que se dará a los planes comunales de seguridad pública, pues permiten que sea la comunidad local la que, a través de sus vivencias y necesidades reales, estructure un instrumento vinculante a la hora de entregar mayores recursos a los municipios para hacer frente a la problemática de la seguridad pública, sobre todo si se considera que el proyecto posiciona a esos planes como un instrumento similar a los contemplados en el artículo 6° de la ley orgánica constitucional de Municipalidades.
Asimismo, dado que el proyecto modifica una ley de carácter orgánico constitucional, cabe destacar que se hace imprescindible atender en detalle los siguientes tópicos:
Primero, la obligatoriedad del cumplimiento del contenido del plan comunal de seguridad pública y mecanismos formales para ello, considerando la categoría que el proyecto le ha asignado.
Segundo, la necesidad de designar un encargado o director de seguridad pública o ciudadana a nivel municipal, que tenga responsabilidad administrativa en el cumplimiento de aquellas decisiones de carácter vinculante y obligatorio que el consejo comunal haya aprobado.
En este sentido, y es válido para los demás tópicos, es imperioso que desde ya la futura ley considere y asegure el traspaso permanente de recursos desde el erario fiscal hacia las municipalidades para el financiamiento de estas nuevas tareas, como establece la propia ley orgánica constitucional de Municipalidades.
Tercero, la imperiosa necesidad de que el proyecto deje claramente establecidas las responsabilidades y atribuciones de los alcaldes en esta materia, frente a las atribuciones y facultades de los gobernadores y de los intendentes, que por ley son los encargados de velar por el orden y la seguridad pública, a fin de evitar conflictos de competencia entre ellos.
Cuarto, la imperiosa necesidad de esclarecer la naturaleza de los consejos que se crean, ya que en muchos casos sus decisiones serán de carácter imperativo y obligatorio, no meramente consultivo.
Es cuanto puedo aportar, señor Presidente.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI .-
Señor Presidente, sin duda alguna, debemos valorar este proyecto de ley, pues permitirá brindar reconocimiento legal a lo que en la práctica ya existe en muchos municipios de nuestro país: los consejos comunales de seguridad pública.
El combate a la delincuencia y el establecimiento de un sistema de seguridad pública es una responsabilidad que nos corresponde a todos, y no hay mejor representante de la ciudadanía que el municipio respectivo, ya que tiene más cercanía con la población. Esta cercanía permitirá que el consejo comunal de seguridad pública, como órgano consultivo, haga diagnósticos más adecuados en estas materias, con el objeto de colaborar con el alcalde en la elaboración de mejores planes de combate a la delincuencia y un plan de seguridad pública que permita prevenir la delincuencia.
Considero necesario aclarar que bajo ningún punto de vista se pretende entorpecer el accionar del Ministerio Público, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones. Ellos tienen sus labores establecidas en nuestro ordenamiento constitucional y seguirán en ellas.
Gracias a la integración que tendrán estos consejos comunales, en donde participaran dos concejales, nominados por el concejo municipal; representantes de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones; la fiscalía respectiva, a través de quien nombren, y representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, podrán entregar opiniones fundadas sobre lo que más conviene a cada comuna para elaborar los planes de seguridad pública y evitar la delincuencia.
No se trata de realizar las actividades propias de las policías, sino de prevenir los delitos, por ejemplo, mediante la adopción de medidas especiales en aquellos lugares donde sea más frecuente la comisión de actos delictivos. Por nuestras propias experiencias, sabemos que hay sectores de la población en donde se producen hechos de violencia de parte de jóvenes o de otras personas. Cuando uno visita esos lugares, ve que no existen espacios para el esparcimiento o la recreación y que no hay juntas de vecinos bien constituidas. Obviamente, con esos antecedentes el municipio podrá establecer todo un plan de prevención que incluya la creación de espacios de recreación y esparcimiento y el apoyo a las juntas de vecinos que no estén debidamente potenciadas.
Me parece que ya se han explicado bien los diversos aspectos formales del proyecto, por ejemplo, cómo se constituirán estos consejos y el papel que tendrán, pero estimo oportuno valorar que se podrán constituir consejos intercomunales de seguridad pública entre dos o más comunas que cuenten con menos de 5.000 habitantes, los que incluso podrían elaborar planes intercomunales de seguridad pública.
Por otra parte, dado que en muchas comunas existe una ruralidad bastante potente, me parece necesario destacar que en aquellas en donde la ruralidad supere el 20 por ciento de la población, también participará un representante del sector agrícola en los consejos, nombrado por el Servicio Agrícola y Ganadero. Sin embargo, creo que habría sido más adecuado –se nos pasó-, que el Indap nombrara ese representante, porque, en mi opinión, es el organismo más indicado para participar en una institución de esa naturaleza.
Del mismo modo, en aquellas comunas donde se vive del turismo también integrará el consejo un representante del Servicio Nacional de Turismo, designado por el director regional respectivo, lo cual también me parece destacable.
Pienso que simplemente debemos valorar esta iniciativa, porque estos consejos no solo nos permitirán realizar acciones preventivas del delito, sino también contar con un diagnóstico claro de la situación de seguridad pública en cada comuna y de las medidas que deberán adoptarse.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada Karol Cariola.
La señora CARIOLA (doña Karol) .-
Señor Presidente, este proyecto fue discutido latamente en la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas. Si bien tuvimos algunas opiniones y algunos cuestionamientos por parte de los alcaldes sobre todo en materia de financiamiento, sin duda que para aplicar una medida como esta también se requieren mayores compromisos financieros para que los alcaldes y municipios tengan herramientas para aplicarlos.
Sin embargo, durante la discusión en la Comisión también se establecieron compromisos al respecto. Hubo una valoración bastante grande en relación al reconocimiento, a partir de la modificación de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, de incorporar a los consejos comunales de seguridad y desde ahí construir conjuntamente con la ciudadanía, las organizaciones sociales y los dirigentes vecinales, los cuales finalmente viven el día a día. Muchas veces el mecanismo que se aplica en la seguridad pública por parte de los organismos correspondientes evidencia todos los días las situaciones que ocurren en las poblaciones, a consecuencia del narcotráfico, de los robos y de la delincuencia, hechos que como país no hemos tenido la capacidad de controlar totalmente. Precisamente, ellos pueden contribuir con mayores herramientas a construir el plan de seguridad que, de alguna manera, hoy estamos normando a partir de la modificación de la ley.
Tuvimos una larga discusión para mejorar esta condición y darles más atribuciones a las organizaciones y a los dirigentes, como también para no desconocer algo que nos parece fundamental. Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones y los organismos que hoy tienen como responsabilidad propia la seguridad pública no pueden desconocer su rol ni desligarse de la responsabilidad por la creación de mecanismos o medidas como esta. Se trata de desarrollar un trabajo conjunto real para que no quede en lo testimonial, en la sugerencia o en reuniones que se hagan solo para decir que se cumplió con un objetivo.
Además, quiero destacar que creamos una figura al interior de los municipios para que puedan tener un funcionario dedicado a la seguridad pública. Ese elemento fue bastante valorado, porque si bien los consejos comunales de seguridad existen en algunos municipios, estos no han sido institucionalizados ni tienen las facultades, ni los elementos ni las herramientas para operar en todos los ámbitos que debiesen y que queremos.
Por lo tanto, como miembro de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, quiero valorar este proyecto, pues avanza tremendamente en esa dirección. Por supuesto, quedan muchos más elementos en los que avanzar y no es suficiente. Siempre diremos eso, porque cuando hablamos de seguridad pública y del sentimiento de inseguridad que perciben los ciudadanos, también debemos hablar de oportunidades y de las situaciones que muchas veces se dan en materia de delincuencia, debido a la falta de oportunidades en nuestra sociedad.
Por ello, quiero anunciar el voto favorable de la bancada del Partico Comunista y de la Izquierda Ciudadana. Sin duda, esta iniciativa constituye un tremendo avance y es significativa para fortalecer el ámbito de las municipalidades en materia de seguridad. Es preciso establecer un plan de seguridad como un instrumento de gestión comunal, como asimismo crear esos consejos como órganos consultivos, en los cuales las organizaciones sociales tendrán un rol protagónico en conjunto con las instituciones que tienen la responsabilidad de resguardar la seguridad pública. Esperamos que la Cámara de Diputados apruebe por amplia mayoría un proyecto que nos parece de absoluta relevancia y un avance tremendamente importante en esta materia.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia.
El señor URRUTIA (don Osvaldo) .-
Señor Presidente, lamentablemente los problemas de seguridad ciudadana o pública han tratado de ser abordados por distintos gobiernos sin mucho éxito. Es así como en la actualidad tenemos, por una parte, a los abogados penalistas expertos, que critican los aumentos de penas y dan una serie de argumentos doctrinales y estadísticos, y, por otra, a la ciudadanía que está muy cansada y atemorizada por los altos índices de delincuencia y el aumento de la sensación de inseguridad, que actualmente es percibida por todos los sectores de la sociedad. Y, finalmente, podemos apreciar la realidad y los hechos concretos. La lucha contra la delincuencia está fracasando, y el Estado, desde el punto de vista macro, ha fallado en su rol de proporcionar seguridad a sus ciudadanos, pues hay más delincuentes y mayor comisión de delitos, los cuales no son sancionados como cualquier persona con sentido común esperaría que se hiciera. En razón de este diagnóstico, que creo es compartido por la gran mayoría de mis colegas, nos abocamos al estudio del mensaje del Ejecutivo que hoy es sometido a la consideración de la Sala.
En primer lugar, las medidas que tienden a fortalecer los gobiernos locales siempre son positivas, sobre todo las que van en directo beneficio de las comunas. Lo anterior se debe a una razón muy sencilla: los municipios son los organismos públicos que se encuentran más cerca de los ciudadanos comunes y corrientes. Es allí donde se reciben directamente los problemas más directos de las personas y se abordan desde el primer momento. Allí también se conoce la realidad de cada uno de los barrios y sectores de las comunas, que, en definitiva, es donde las personas desarrollan la mayor parte de sus vidas.
La principal tarea de este consejo es elaborar un plan comunal de seguridad pública, lo que necesariamente requiere conocer detalladamente lo que ocurre en el día a día en cada uno de los barrios y sectores de la comuna, las estadísticas delincuenciales y el mapa del delito. Lo anterior implica que en cada comuna se deba realizar un profundo análisis de las causas y de todos los medios disponibles para combatir la delincuencia, con la participación esta vez no solo de las fuerzas policiales –carabineros e investigaciones-, sino que también de la comunidad organizada a través de sus respectivos municipios. Esos planes deberían establecer indicadores que midieran año tras año, mes a mes, semestre tras semestre o por cada período los niveles delincuenciales y plantearse objetivos y metas concretas que se deberían cumplir y que puedan ser revisados habitualmente en el corto y mediano plazos.
En ese sentido, crear un mecanismo legal que permita institucionalizar los consejos comunales de seguridad, que están operando de facto en muchas comunas del país, permitirá abordar de mejor manera la problemática de seguridad ciudadana que, como señalé al inicio de mi intervención, me parece que no está siendo abordada de la mejor manera. Estoy convencido de lo anterior, porque las políticas públicas y criminales, que son diseñadas en Santiago, muchas veces no se ajustan a la realidad de cada lugar del país y, por lo tanto, no solucionan los distintos problemas que existen en las ciudades. De esta manera, la participación coordinada de las autoridades locales, juntas de vecinos, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y representantes del Gobierno en cada comuna permitirá que las acciones en contra de la delincuencia sean más eficaces, recogiendo las necesidades locales y las particularidades propias de cada comuna.
Sin perjuicio de lo anterior, como ha sucedido con otras iniciativas, tenemos el problema esencial de no contar con los recursos necesarios para esa difícil tarea. Nuevamente una iniciativa tan importante y que entrega nuevas facultades a los municipios no viene acompañada de los recursos que permitan asegurar que las nuevas tareas y responsabilidades que estamos asignando puedan, en la práctica, ser cumplidas por los tan atareados municipios del país, que, como todos sabemos, a ninguno les sobra.
Por ello, espero que el Ejecutivo pueda dotar a este proyecto, en su segundo trámite constitucional, de los recursos necesarios que garanticen una potente puesta en marcha de lo que hoy estamos aprobando. No obstante lo anterior, por tratarse de una iniciativa necesaria y positiva para combatir el flagelo de la delincuencia, manifiesto mi voto a favor del proyecto.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Leonardo Soto.
El señor SOTO .-
Señor Presidente, este proyecto de ley enfrenta con propuestas concretas e innovadoras el gran problema y desafío que tenemos como país, cual es dar mayor seguridad y protección a los ciudadanos frente a la alta sensación de inseguridad que experimentan al dejar sus casas solas o en los traslados en sus barrios o comunas.
Esta iniciativa de ley para nada es un salto al vacío o una declaración de buenas intenciones, ya que contempla la entrega de recursos frescos a los municipios, los más altos que hayan recibido en la historia del país, para llevar a cabo en cada comuna un plan comunal de seguridad pública acompañado con una asesoría técnica cercana y robusta por parte de la Subsecretaría de Prevención del Delito.
Hacer planes de seguridad adaptados a las realidades locales en todas las comunas del país pasa a ser un cambio de paradigma en el tema de la seguridad a partir de este proyecto de ley.
En la Comisión de Seguridad Ciudadana entendimos la importancia del proyecto, y de ahí su amplio apoyo transversal, pero tenía una grave falencia: no contemplaba funcionarios municipales a cargo de tamaña responsabilidad. Como dije en su momento, estábamos entregando a las comunas un bus completo en materia de seguridad, con consejos, planes, autoridades para coordinar, con gasolina, pero sin que nadie lo conduzca.
Por ello, junto con el diputado Pilowsky , impulsamos una indicación para que la ley contemplara la creación de la figura del director de seguridad ciudadana para los municipios que lo necesitaran. Y logramos el apoyo de los ministerios de Hacienda y de Interior y Seguridad y, por supuesto, el de los colegas de la Comisión de Seguridad.
Con esto, aseguramos que en cada municipio pueda existir una persona de la más alta jerarquía, y con responsabilidad administrativa, para que se haga cargo de ejecutar, monitorear y evaluar, día a día, el plan comunal de seguridad pública.
Como se puede apreciar, la Presidenta Bachelet se comprometió durante su campaña a avanzar en temas de seguridad ciudadana. Y este proyecto apunta exactamente en esa dirección.
Además, se suma a otros proyectos que ya hemos aprobado en la Cámara, como el aumento de la dotación de Carabineros y el aumento de la dotación de la Policía de Investigaciones. Y se suma, también, a nuevos proyectos. Por ejemplo, la denominada agenda corta de seguridad, que aumentará las penas y el encierro para los autores de los delitos de alta connotación social, que comenzaremos a tramitar este mes.
Señor Presidente, sin duda, estamos ante un buen proyecto, con un fundamento de calidad, con recursos nuevos y funcionarios con responsabilidades y objetivos claros, pero con una misión muy simple: poner a trabajar en equipo, en cooperación y con control social, a más de 50 mil carabineros, 12 mil funcionarios de la PDI, cientos de alcaldes, miles de concejales, cientos de fiscales y organizaciones sociales, en un esfuerzo colectivo sin precedentes, todo para mejorar la seguridad de todos los chilenos.
Para lograr este propósito, todos los meses del año, en todas las comunas del país, en las grandes ciudades urbanas, y en los pequeños pueblos rurales, funcionarán, a lo menos una vez al mes, los denominados nuevos consejos comunales de seguridad pública con la participación de las más altas autoridades locales, en la Policía, en el Ministerio Público, en el Servicio de Impuestos Internos, gobernadores, Aduanas, SAG, y representantes de organizaciones civiles de la comuna, cuando corresponda, como un organismo permanente de coordinación y asesoría en seguridad pública para cada alcalde.
La principal obligación de este nuevo consejo será, como se ha dicho acá, elaborar de manera participativa y pública un nuevo instrumento de gestión municipal: el plan comunal de seguridad pública, que debe contener el diagnóstico con las características específicas de delincuencia en la comuna, y los objetivos, metas y acciones concretas y respuestas adaptadas a cada realidad que se implementarán para dar más seguridad a los vecinos.
Como se puede apreciar, este proyecto de ley contempla un cambio cultural e institucional gigantesco. Las alcaldesas en las comunas ya no podrán desentenderse de la seguridad de sus vecinos, y decir que la delincuencia no es un problema que deba atender el municipio. Ya era hora de que las autoridades de cada comuna, y que están más cerca de los vecinos y, por lo tanto, tienen una posición privilegiada para conocer sus problemas y necesidades, puedan definir ellos las soluciones de seguridad pública y no los funcionarios de las oficinas del centro de Santiago, como es hasta ahora.
Como hombre que viene del mundo local, y porque entiende la necesidad de contar con planes comunales de seguridad y con consejos comunales de seguridad que recojan los problemas y adapten soluciones de seguridad que exigen hoy día los vecinos cada vez más fuertemente, invito a mis colegas a que le demos un gran apoyo a este proyecto de ley.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Germán Verdugo.
El señor VERDUGO .-
Señor Presidente, voy a votar favorablemente este proyecto de ley, pero, en ningún caso, con las expectativas que en la Sala se han señalado, toda vez que me correspondió ser presidente del consejo comunal de seguridad ciudadana en mi comuna y luego evaluado por el Ministerio del Interior como realizado y desarrollado con excelencia.
En los términos que plantea el proyecto, son muy similares los integrantes que formaban este consejo comunal de seguridad ciudadana, que ahora pasa a llamarse de seguridad pública, lo que le da una connotación distinta y que me preocupa, porque en el fondo una responsabilidad que actualmente está radicada en el Ministerio del Interior y en la Subsecretaría de Seguridad, pasa a través de este proyecto la responsabilidad a los municipios, los que no tienen la capacidad para abordar un tema de tanta importancia y trascendencia para los vecinos de la ciudad.
Y quiero insistir en este tema, porque en el proyecto se menciona que las materias que se modifican en el presente proyecto de ley se refieren a la gestión y administración municipal que no involucran un incremento en el nivel de la actividad de los municipios. ¿Y por qué está establecido de esta forma? Porque no se asignan recursos para desarrollar esta función y esta responsabilidad tan grande que a los municipios se les entrega, salvo -entiendo y sospecho- que será como normalmente se hizo a través del concurso de proyectos que las diferentes municipalidades presentaban para obtener financiamiento. Y si se presentaban diez o veinte proyectos a financiamiento, se aprobaban normalmente dos, tres o cuatro por comuna, y el resto de los vecinos que habían trabajado elaborando y presentando sus proyectos, quedaban con una gran frustración. Y había entonces que explicarles que, tal vez, en el próximo llamado a concurso, podían obtener el financiamiento para llevar a cabo su proyecto.
No puedo decir que no tuvimos resultados desde el punto de vista de la obtención de recursos. Llegaron recursos a las municipalidades para financiar estos proyectos. Se pavimentaron algunas calles, se iluminaron plazas, se otorgó apoyo a grupos juveniles, se compraron instrumentos musicales. En fin, se concretaron una serie de proyectos que en esa oportunidad se presentaron.
Pero llegué a la conclusión, en esa oportunidad, de que quienes participaban en estos proyectos y en estas actividades –justamente aquellas personas que estaban bastante lejanas de la delincuencia- y, por lo tanto, no tuvo la incidencia que se esperaba respecto de la disminución de la comisión de delitos en nuestras respectivas comunas.
Creo que el nombramiento de un Director de Seguridad Pública en los términos en que lo plantea la ley, tampoco asegura que sea una persona con conocimientos y con la capacidad necesarios para coordinar los diferentes servicios que participan en esta materia y que están considerados en la ley.
Además, se habla de que la persona que desempeñe ese cargo deberá contar con un título profesional o técnico de la educación superior. En mi opinión, eso no basta, ya que se requiere que la persona que asuma esas tareas que preocupan tanto a la comunidad cuente con requisitos específicos.
Votaré favorablemente el proyecto, porque podría significar algún beneficio, pero no comparto las grandes expectativas que aquí se han señalado, porque conocí y viví la experiencia. Tratamos de desarrollar un plan comunal de seguridad ciudadana que elaboramos con la comunidad. Se realizaron alrededor de doscientos diálogos ciudadanos en esa oportunidad en los diferentes sectores poblacionales de la comuna para conocer los problemas más importantes de boca de los propios afectados y cómo ellos creían que debían abordarse, pero no era necesariamente a través del financiamiento de proyectos como los que ya he señalado.
Señor Presidente, creo que la solución del problema de la delincuencia no pasa por proyectos como éste, sino que a través de la adecuación de otras normas que en este momento requieren una urgente preocupación.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER .-
Señor Presidente, me tocó intervenir en la aprobación del proyecto que crea los consejos comunales de seguridad pública y los planes comunales de seguridad pública, lo que aconteció en la Comisión de Seguridad Ciudadana y en la Comisión de Hacienda, donde tuve el honor de informarlo.
Por supuesto que concurriremos con nuestro voto favorable, porque el proyecto que envió el Gobierno de la Presidenta Bachelet cumple un objetivo del plan de Gobierno en materia de seguridad ciudadana, que se denomina “Seguridad para todos”, que descentraliza la gestión de seguridad ciudadana y radica en la comunidad de cada una de las comunas la elaboración de esos planes comunales, de manera participativa y con el concurso del consejo de la sociedad civil, de Carabineros, de la Policía de Investigaciones, de los fiscales y de los propios concejales de la comuna.
Por eso es tan importante la indicación que recoge una inquietud de todos los diputados de la Comisión de Seguridad Ciudadana, pero muy especialmente de los diputados Jaime Pilowsky y Leonardo Soto , destinada a crear el cargo de director de seguridad pública comunal en la ley orgánica constitucional de Municipios, porque no sacamos nada con tener un órgano meramente consultivo si no hay un encargado de ejecutar los acuerdos de ese consejo, que recojan la diversidad de muchas comunas en materia de seguridad ciudadana. Por ejemplo, las comunas rurales limítrofes, estoy pensando en la comuna de Río Hurtado, en la provincia de Limarí, donde existe un tránsito hacia Argentina, por lo que se requiere la presencia del Servicio Agrícola y Ganadero en el respectivo consejo para evitar el abigeato, que es un delito que afecta a los comuneros, agricultores y crianceros, delito al que le aumentamos la pena.
Señor Presidente, es muy importante que el aumento de Carabineros y de la Policía de Investigaciones que hemos aprobado llegue a las comunas para proteger a la comunidad y no para amedrentarla. Lo digo porque nos acabamos de reunir todos los diputados de la Región de Coquimbo a instancias del diputado Luis Lemus con los vecinos de Caimanes, provincia de Salamanca, Región de Coquimbo, con quienes hemos adoptado el acuerdo de solicitar al subsecretario de Prevención del Delito, que está en el Congreso y que espero que se le autorice ingresar a la Sala, para que, en representación del Ministerio del Interior, disponga el retiro inmediato de las Fuerzas Especiales de Carabineros que tienen rodeada la localidad de Caimanes en este momento,…
(Aplausos)
…lo que constituye una provocación a los comuneros de ese pueblo, que lo único que quieren es crear una mesa de diálogo con la Minera Los Pelambres y con el Gobierno, para que la poca agua que tiene Caimanes se destine también al consumo humano y a los crianceros. Ellos nos han dicho que no desean que se vaya la Minera Los Pelambres porque genera fuentes de trabajo, pero quieren que se cree esa mesa de diálogo.
¿Por qué relaciono esta situación con el proyecto de ley en discusión? Porque lo que persiguen los vecinos es más presencia de Carabineros en cada una de las localidades rurales, en cada una de las comunas; es decir, que estos más de 6 mil carabineros que aprobamos aumentar en el proyecto que envió la Presidenta Bachelet lleguen a todas las comunas. En consecuencia, necesitamos que los Carabineros no rodeen a los comuneros de Caimanes, sino que presten vigilancia en cada una de las localidades y de las comunas para perseguir a los verdaderos delincuentes y no a los comuneros que están reclamando el ejercicio del legítimo derecho al agua potable, que es lo que acabamos de aprobar en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación. Y como bien me acota el diputado Saffirio , junto con el cumplimiento de los fallos judiciales de la excelentísima Corte Suprema.
Por eso, señor Presidente, todos los diputados de la Democracia Cristiana ratificaremos en la Sala con mucho gusto lo obrado en las comisiones de Seguridad Ciudadana y de Hacienda para crear los consejos comunales de seguridad pública y los planes comunales de seguridad pública.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Daniel Farcas.
El señor FARCAS .-
Señor Presidente, los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra han graficado muy bien la importancia del proyecto.
Los temas que preocupan trasversalmente a la sociedad chilena ´son sin duda el de la seguridad y el de la construcción de un país en donde la gente tenga la certeza de que puede salir tranquila y disfrutar de sus espacios de esparcimiento sin enfrentar dificultades en sus desplazamientos ni las otras actividades que realiza normalmente.
Lo cierto es que resultan fundamentales el rol y el involucramiento de los municipios en esto. El proyecto de ley, que ha sido trabajado con mucha prudencia, pero también colocando los elementos centrales que acompañan las políticas del Gobierno, particularmente las destinadas al refuerzo de Carabineros y de la Policía de Investigaciones y también aquellas que hemos visto en este Parlamento, relacionadas con las penas y con el ámbito judicial, constituye un paquete de medidas que afronta uno de los temas más complejos y difíciles que le ha tocado enfrentar a las políticas públicas en estos años. No hablo solamente del Gobierno actual, de la Presidenta Bachelet , sino de los diferentes gobiernos de los últimos años en los cuales hemos tenido sistemática y constantemente a la seguridad ciudadana y a la seguridad pública como temas de preocupación muy importantes y significativos en cada una de las encuestas que proponemos a la ciudadanía.
Con esta nueva institucionalidad, en la cual los municipios juegan un rol cada vez más importante, ha quedado demostrada no solo en el ámbito nacional, sino también en el internacional la importancia radical de incluir a los distintos actores sociales y de aumentar todas aquellas actividades destinadas a mejorar la iluminación, contar con mejores plazas y lugares de esparcimiento público, fomentar el deporte, las actividades culturales, y, sin duda alguna, la organización ciudadana, elementos todos que contribuyen de manera efectiva a generar una sensación de mayor seguridad.
Lo señalo, porque la materia no afecta únicamente a las familias, sino en forma muy particular a nuestros niños, a los adultos mayores y a aquellas personas que tienen mayores dificultades de desplazamiento, que muchas veces son especialmente víctimas de distintos delitos que las hacen sufrir percances muy lamentables, que iniciativas de este tipo están destinadas a evitar y a suprimir.
Como resulta lógico, no es posible abarcar en una sola ley todas y cada una de las instancias que se vinculan con la seguridad ciudadana. Pero en este proyecto se abordan específicamente aquellas relacionadas con el territorio, la institucionalidad, con la forma en que esto se ordenará. Ello, para presentar también una propuesta que establezca la participación obligatoria, entre otros, del concejo municipal, y así hacer participar a las distintas instituciones que conviven en el territorio comunal.
No podemos sino apoyar con mucha fuerza este proyecto de ley y celebrar, apoyar y agradecer el trabajo realizado en la Comisión de Seguridad Ciudadana, en particular porque el establecimiento de los planes comunales de seguridad pública como instrumentos de gestión dentro de cada uno de los municipios generará también otra serie de instancias y externalidades positivas. Porque no cabe duda de que la integración y la coordinación de las distintas instancias policiales, sociales y comunitarias solo van en beneficio de una mayor seguridad pública.
Por eso, considero muy importante apoyar esta iniciativa. Por supuesto la votaré favorablemente. Y espero que sigamos debatiendo en el Congreso muchas iniciativas más que vayan en la misma dirección.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sandoval.
El señor SANDOVAL .-
Señor Presidente, esta propuesta no me parece ni innovadora ni creativa.
Si hacemos un poco de historia -fui alcalde durante muchos años-, los consejos comunales de seguridad ciudadana existen desde hace mucho tiempo. A través de ese trabajo, hemos convocado la búsqueda y los espacios para lograr hacernos carne de las problemáticas que nos plantean los vecinos desde el punto de vista de la seguridad.
En ese aspecto, si bien no podemos eludir la corresponsabilidad que debe existir entre los vecinos, las comunidades, las organizaciones en una materia tan importante como la seguridad, tampoco podemos dejar de señalar lo que este proyecto hace de manera sustantiva y fundamental: al consejo comunal de seguridad ciudadana, que ya existe, ahora lo llama “consejo comunal de seguridad pública”.
Asimismo, el plan comunal de seguridad ciudadana, que también existe, probablemente ahora se encuentra en un marco jurídico distinto.
Es una pena que no esté aquí el ministro para tratar este tema.
Finalmente, el proyecto agrega un elemento adicional: el director de seguridad pública. Y detalla ampliamente cuáles son sus funciones y atribuciones.
Pero cuál es la particularidad de esto. El proyecto entrega al alcalde y al concejo la facultad de determinar la contratación del referido cargo, el cual además podrá ser dos grados inmediatamente inferior al que le corresponde hoy al alcalde.
Quiero llevar esta situación a lo que pasó con la creación de los 84 juzgados de policía local a lo largo del país en aquellas comunas que no contaban con este tipo de tribunales. En dicha norma también se estableció una facultad un poco discriminatoria, y, curiosamente, muchos municipios tuvieron que enfrentar esa situación sin tener ningún financiamiento.
Cuántas a veces los municipios nos piden a los diputados que por favor no aprobemos proyectos de ley que no estén debidamente financiados. No les quepa duda alguna que frente a un problema tan serio como es la seguridad ciudadana, la presión de la comunidad, la presión incluso de los organismos, y probablemente del propio Ministerio del Interior, será para que los municipios implementen la creación del cargo de director de seguridad pública.
Son costos, señores diputados, costos que la ley en proyecto curiosamente señala: “…normas de gestión y administración municipal que no involucran incremento en el nivel de actividad de los municipios,…”. Por ende, ellas no suponen requerimientos presupuestarios. ¡Mentira! La creación del cargo a que me refiero, que ya tiene fijado un grado dentro de la escala municipal, involucra un costo que deberán asumir los municipios. Quizás en Santiago, Providencia , Las Condes podrán financiarlo, pero qué pasará –lo manifestó acá el propio diputado Walker -, en comunas como Padre Hurtado, o en comunas australes como las que representamos algunos: O’Higgins, Tortel , etcétera. Cómo van a financiar la creación del cargo en comento.
Si bien la materia que nos ocupa tiene que involucrar necesariamente a los municipios, creemos absolutamente fundamental dar respuesta a las inquietudes que plantean los vecinos en materia de desórdenes callejeros, conductas de pandillas, formación de grupos de inseguridad que se establecen en las poblaciones. Obviamente, hay que intervenir al respecto.
Bien se ha señalado acá –lo hizo el diputado Osvaldo Urrutia - que las soluciones no están funcionando, no están dando los resultados que la comunidad nos está exigiendo: hay mayor dotación de carabineros –norma aprobada precisamente por este Congreso Nacional-, más policías de investigaciones, incluso en Coihaique se están construyendo nuevos cuarteles, pero curiosamente tenemos una menor sensación de seguridad pública. Contamos con más insumos, más recursos humanos, mayor infraestructura, pero extrañamente existe menor sensación de inseguridad en la comunidad, y cada vez más los vecinos deben tomar mayores medidas de resguardo en sus viviendas: cercos, rejas en las ventanas, alarmas, mejor iluminación, incluso cámaras de televigilancia.
Algo se nos está escapando en esta materia. Intentar apuntar el problema de la seguridad con la medida que se propone y pretender –se señaló aquí- que será la panacea y que resolveremos los problemas existentes no será efectivo. Por el contrario, aquí lo único que estamos haciendo es traspasarles a los municipios la creación de un nuevo cargo con un alto grado, el de director de seguridad, que no tiene financiamiento.
Por tanto, para que demos una buena señal sobre el particular, invito a los colegas a debatir el proyecto con mayor profundidad y a no votarlo favorablemente. Ojalá que el Senado lo corrija de manera sustantiva, porque aquí lo único que estamos haciendo, como sucedió con los juzgados de policía local, es traspasar un problema de carácter financiero a los municipios sin los recursos necesarios para ello.
Así, llamo a los diputados a votar en contra el proyecto, a mejorarlo sustantivamente, porque la seguridad de los vecinos consiste no solamente en poner rejas, cercos, alarmas y cámaras de televigilancia en sus viviendas, sino en asegurar que ellos se puedan desplazar por nuestras calles, por nuestros barrios, por nuestras poblaciones a cualquier hora del día, sin que los padres deban esconder a sus hijos a las siete, ocho de la tarde porque los barrios se empiezan a transformar cuando cae la noche. La seguridad ciudadana es un compromiso de todos, pero no se soluciona de esta forma.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Los diputados que se encuentran inscritos para hacer uso de la palabra pueden pedir la inserción de sus discursos en el Boletín de Sesiones.
Cerrado el debate.
Ha terminado el Orden del Día.
Según lo acordado, corresponde votar, en primer lugar, el informe de la Comisión Mixta relativo al proyecto de ley que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folclórica oral, a la radio difusión chilena; en segundo término, el proyecto de ley que modifica la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública; y por último, sin discusión, el proyecto de ley que modifica la Ley N° 20.551, que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras e introduce otras modificaciones legales.
Tiene la palabra el diputado señor Browne .
El señor BROWNE .-
Señor Presidente, manifiesto que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° B de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, me inhabilitaré de votar el proyecto que figura en el número 2 de la tabla.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Muy bien, señor diputado.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folclórica oral, a la radiodifusión chilena.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 63 votos; por la negativa, 10 votos. Hubo 15 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
VOTACIÓN
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor CORNEJO (Presidente).- Corresponde votar en general el proyecto de ley que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública, con la salvedad del número 1; de la letra b) del número 2; del número 4; del número 5; de la letra a) del número 6 y de los números 7, 8, 9 y 10, todos del artículo 1°, por tratar materias propias de ley orgánica constitucional.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 7 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).- Aprobado.
CREACIÓN DE CONSEJOS COMUNALES Y PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA (Primer trámite constitucional. Boletín 9601-25)
VOTACIÓN
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar en general el número 1; la letra b) del número 2; el número 4; el número 5; la letra a) del número 6 y los números 7, 8, 9 y 10, todos del artículo 1°, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 67 señoras diputadas y señores diputados.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobados.
VOTACIÓN
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar en particular la indicación del Ejecutivo, para modificar el numeral 10), en el siguiente sentido: a) Agrégase, en la letra c) del artículo 104 B, nuevo, después del vocablo “policial”, la expresión “territorial”. b) Incorpórase, en la letra a) del artículo 104 E, nuevo, a continuación de la palabra “información”, la frase “global y pertinente”. Para su aprobación se requiere el voto favorable de 67 señoras diputadas y señores diputados.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 87 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
VOTACIÓN
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar en particular el articulado del proyecto, con la salvedad del número 1; de la letra b) del número 2; del número 4; del número 5; de la letra a) del número 6 y de los números 7, 8, 9 y 10, todos del artículo 1°, por tratar materias propias de ley orgánica constitucional.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
VOTACIÓN
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar en particular el número 1; la letra b) del número 2; el número 4; el número 5; la letra a) del número 6 y los números 7, 8, 9 y 10, todos del artículo 1°, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 67 señoras diputadas y señores diputados.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
VOTACIÓN
El señor CORNEJO (Presidente).-
Despachado el proyecto.
MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 20.551, QUE REGULA EL CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS, Y DEL DECRETO LEY N° 3.525, DE 1980, QUE CREA EL SERNAGEOMIN (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9624-08)
- O -
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que modifica la ley N° 20.551 que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras e introduce otras modificaciones legales.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 92 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Sr. Aguiló M. Sergio , Sr. Espejo Y. Sergio , Sr. Melero A. Patricio , Sr. Rocafull L. Luis , Sra. Alvarez V. Jenny , Sr. Espinosa M. Marcos, Sr. Melo C. Daniel, Sra. Rubilar B. Karla , Sr. Alvarez-Salamanca R. Pedro Pablo , Sr. Farcas G. Daniel , Sr. Meza M. Fernando , Sra. Sabat F. Marcela , Sr. Andrade L. Osvaldo , Sra. Fernández A. Maya , Sra. Molina O. Andrea , Sr. Saffirio E. René , Sr. Arriagada M. Claudio , Sr. Flores G. Iván, Sr. Monckeberg B. Cristián, Sr. Saldívar A. Raúl , Sr. Auth S. Pepe, Sr. Fuentes C. Iván, Sr. Monckeberg D. Nicolás , Sr. Sandoval P. David , Sr. Barros M. Ramón , Sr. Fuenzalida F. Gonzalo , Sr. Monsalve B. Manuel, Sr. Santana T. Alejandro , Sr. Becker A. Germán, Sr. Gahona S. Sergio , Sr. Morales M. Celso , Sr. Schilling R. Marcelo , Sr. Berger F. Bernardo , Sr. García G. René Manuel , Sr. Morano C. Juan Enrique , Sra. Sepúlveda O. Alejandra , Sr. Boric F. Gabriel , Sra. Girardi L. Cristina , Sr. Norambuena F. Iván, Sr. Soto F. Leonardo , Sr. Browne U. Pedro, Sr. González T. Rodrigo , Sr. Núñez L. Marco Antonio , Sr. Squella O. Arturo , Sr. Campos J. Cristián , Sr. Hasbún S. Gustavo , Sr. Ojeda U. Sergio, Sr. Tarud D. Jorge , Sra. Cariola O. Karol , Sr. Hernández H. Javier , Sr. Ortiz N. José Miguel , Sr. Torres J. Víctor , Sr. Carmona S. Lautaro , Sra. Hoffmann O. María José , Sra. Pascal A. Denise , Sr. Tuma Z. Joaquín , Sra. Carvajal A. Loreto, Sr. Jackson D. Giorgio , Sr. Paulsen K. Diego , Sr. Ulloa A. Jorge , Sr. Ceroni F. Guillermo , Sr. Jaramillo B. Enrique, Sr. Pérez L. Leopoldo, Sr. Urrutia B. Ignacio , Sr. Chahin V. Fuad, Sr. Jarpa W. Carlos Abel , Sr. Pilowsky G. Jaime , Sr. Urrutia S. Osvaldo, Sr. Chávez V. Marcelo , Sr. Jiménez F. Tucapel , Sr. Poblete Z. Roberto , Sra. Vallejo D. Camila , Sra. Cicardini M. Daniella , Sr. Kast R. José Antonio , Sra. Provoste C. Yasna , Sr. Vallespín L. Patricio , Sr. Coloma A. Juan Antonio , Sr. Kast S. Felipe , Sr. Rathgeb S. Jorge , Sr. Van Rysselberghe H. Enrique, Sr. Cornejo G. Aldo , Sr. Letelier N. Felipe , Sr. Rincón G. Ricardo , Sr. Venegas C. Mario , Sr. De Mussy H. Felipe , Sr. Lorenzini B. Pablo, Sr. Rivas S. Gaspar , Sr. Verdugo S. Germán , Sr. Edwards S. José Manuel , Sr. Macaya D. Javier , Sr. Robles P. Alberto , Sr. Walker P. Matías .
El señor CORNEJO (Presidente).-
Despachado el proyecto.
VI.PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DEL DECRETO N° 48, DE SUBSIDIO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL
El señor CORNEJO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del proyecto de resolución N° 206.
El señor ROJAS (Prosecretario).-
Proyecto de resolución N° 206, de los diputados señores Raúl Saldívar , señoras Cristina Girardi , Maya Fernández , señores Luis Lemus , Carlos Abel Jarpa , señorita Daniella Cicardini , señores Rodrigo González y José Pérez , que en su parte dispositiva señala:
Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y por intermedio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, realice todas las gestiones necesarias a fin de modificar los artículos 6°, 7° y 8° del Reglamento del Subsidio para las Personas con Discapacidad Mental, a que se refiere el artículo 35 de la ley N° 20.255.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Para hablar a favor del proyecto, tiene la palabra el diputado señor Raúl Saldívar .
El señor SALDÍVAR .-
Señor Presidente, este proyecto busca dos cosas esenciales con la modificación del Reglamento del decreto 48, que regula el subsidio para personas con discapacidad y que son menores de 18 años.
Como todos sabemos, nuestro país aún tiene una enorme deuda con el mundo de la discapacidad. En ese contexto, los discapacitados menores de 18 años viven un grado de vulnerabilidad mayor en las distintas familias de escasos recursos de Chile, porque son los últimos en recibir la satisfacción a sus necesidades más importantes. Lo que reciben corresponde al 50 por ciento de un subsidio regular.
Por ello, estamos solicitando -pedimos a la Sala reflexionar con bastante generosidad sobre el particular- que se aumente el subsidio del 50 al 75 por ciento de uno regular. Es un aumento moderado, en consideración a los requerimientos y necesidades que tienen los menores de 18 años, especialmente, con discapacidad mental.
Además, como a veces hay problemas con el cálculo del ingreso per cápita de estos discapacitados, en relación con la remuneración de las familias, estamos pidiendo que se amplíe la base y el cálculo no solo se haga sobre la base del primer quintil, sino también del segundo. Vale decir, ampliar el requisito de la Ficha de Protección social de 8.500 puntos a 11.000 puntos, lo que, sin duda, va a permitir mejorar, todavía en una mínima condición, el ingreso de los menores de edad con discapacidad mental, pero puede ser el inicio del proceso que, en forma gradual, vaya mejorando la condición de esas personas, que conforman un número importante en nuestro país y que, reitero, tienen un mayor grado de vulnerabilidad al interior de una familia de escasos recursos.
En consecuencia, pido la mayor voluntad de esta Sala para apoyar esta iniciativa. Espero que el Ejecutivo también la acoja con la mejor disposición y voluntad.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA .-
Señor Presidente, quiero felicitar a los autores de este proyecto de resolución y hacer hincapié en que estamos en presencia de una modificación al reglamento del decreto 48, de subsidio para personas con discapacidad.
Hay situaciones incomprensibles para la ciudadanía y una de ellas es esta. En Chile, tenemos más de 2 millones y medio de personas con algún grado de discapacidad y cuando, por alguna casualidad, consiguen un trabajo, se les retira su pensión de incapacidad o invalidez, en circunstancias de que precisamente es una pensión que presenta un nivel básico de subsistencia. Por lo tanto, jamás debería retirarse cuando una persona con discapacidad consigue, por desgracia o por gracia, un trabajo.
Por otro lado, la entrega de la pensión para las personas con “capacidades diferentes” no debería suspendérseles al momento de cumplir los 18 años de edad, puesto que tales “capacidades diferentes” las acompañarán por toda su vida, sobre todo si se trata de discapacidades mentales. No se puede decir que a los 18 años las personas se mejoran y quedan en condiciones de trabajar y de valerse por sí mismas. No es así, señor Presidente.
Por eso, estimo que este es un daño a tales personas y su núcleo familiar; es una discriminación absolutamente intolerable. Lo he denunciado año tras año en esta Sala. Ya es hora de que el gobierno al que le corresponda dirigir los destinos del país, tome nota de que las personas con “capacidades diferentes” las van a tener siempre, salvo que sufran limitaciones físicas temporales. Por lo tanto, las pensiones tampoco se pueden reducir al 50 o 75 por ciento, como se está solicitando en este hemiciclo. Hablamos de un ingreso mínimo, de una pensión mínima básica que, se supone, les permite vivir más o menos y satisfacer sus necesidades fundamentales. ¡Cómo les vamos a entregar una pensión de 50 por ciento! ¡Es ridículo!
¡Cómo se la vamos a aumentar al 75 por ciento! Bueno, es un avance, pero tampoco es suficiente. O nos hacemos cargo del mundo de la discapacidad en Chile, en serio, o mejor ignoremos la situación en que viven.
En todo caso, creo que aprobar el proyecto de resolución es un paso adelante, pero lo más importante es que el mundo de las capacidades diferentes tenga la atención que corresponde y se le entregue los recursos que necesita, no pensiones miserables y limitadas en el tiempo, como esta.
Gracias, señor Presidente.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 59 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
DEROGACIÓN DE DECRETO N°305 DE 1980 Y ASIMILACIÓN DE DERECHOS Y BENEFICIOS DE EMPLEADOS DEL CONSEJO NACIONAL DE TELEVISIÓN CON LOS DE FUNCIONARIOS QUE EJERCEN ROLES DE FISCALIZACIÓN
El señor CORNEJO (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de resolución.
El señor ROJAS (Prosecretario).-
Proyecto de resolución N° 207, de las diputadas señoras Maya Fernández y Cristina Girardi , y de los diputados señores Roberto Poblete , Víctor Torres , Sergio Aguiló , Guillermo Teillier , Issa Kort , Gabriel Boric y Rodrigo González , que en su parte resolutiva expresa lo siguiente:
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que derogue el actual decreto N°305, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 90, de 1977, sobre funciones y requisitos de ingreso y promoción para los servicios regidos por la escala única de sueldos, publicado en el Diario Oficial el 8 de julio de 1980, y en su reemplazo envíe una norma que permita igualar los sueldos, bonos, incentivos, derechos, funciones y atribuciones que poseen los demás funcionarios que trabajan en la administración pública y que ejercen funciones de fiscalización, tales como la Contraloría General de la República, de modo tal de impedir discriminaciones arbitrarias e inequidades legales en contra de los funcionarios y empleados del Consejo Nacional de Televisión, afectando sus derechos fundamentales, consagrados en la Constitución Política de la República.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Para apoyar el proyecto, tiene la palabra la diputada señora Maya Fernández .
La señora FERNÁNDEZ (doña Maya) .-
Señor Presidente, los trabajadores del Consejo Nacional de Televisión han recibido un trato discriminatorio, ya que el decreto N°305, del Ministerio de Hacienda, marco legal que los rige, es distinto al estatuto administrativo, lo cual no les permite acceder a los mismos beneficios y remuneraciones que reciben los trabajadores de otros servicios públicos que realizan fiscalización.
Recientemente se legisló sobre una ley de televisión digital de una gran complejidad, que entregó mayores facultades al Consejo Nacional de Televisión, pero no se modificó el marco legal de sus trabajadores, quienes deberán enfrentar una nueva realidad de la institución, pero con las mismas condiciones laborales de hace décadas.
Por eso, un grupo transversal de diputados y diputadas pedimos la modificación o derogación del decreto N°305, enviando una nueva norma que incorpore a los trabajadores del Consejo al estatuto administrativo. Más allá de la forma, lo urgente es igualar la cancha de todos los empleados públicos que cumplan funciones similares.
Muchas gracias, señor Presidente.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 46 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
CONCESIÓN DE FACILIDADES PARA EL TRANSPORTE DE ADULTOS MAYORES
El señor CORNEJO (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de resolución.
El señor ROJAS (Prosecretario).-
Proyecto de resolución N° 208, de la diputada señora Paulina Núñez y de los diputados señores Issa Kort , Germán Verdugo , Osvaldo Urrutia , Felipe Ward , José Manuel Edwards y Rodrigo González , que en su parte resolutiva expresa lo siguiente:
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que disponga, para el programa “Vacaciones tercera edad”, del Servicio Nacional de Turismo, Sernatur , los recursos necesarios para cubrir el transporte de los usuarios de dicho programa, desde su ciudad de residencia hasta el lugar en que el viaje efectivamente se inicia.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
CREACIÓN DE UNIDAD ESPECÍFICA QUE TRATE INTEGRALMENTE EL PROBLEMA DE LA APICULTURA EN CHILE
El señor CORNEJO (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de resolución.
El señor ROJAS (Prosecretario).-
Proyecto de resolución N° 209, de los diputados señores Jorge Rathgeb , René Manuel García, Leopoldo Pérez, José Manuel Edwards , Diego Paulsen , Gonzalo Fuenzalida , Alejandro Santana , Germán Verdugo , Bernardo Berger y Germán Becker , que en su parte resolutiva expresa lo siguiente:
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que disponga la creación, conformación y articulación, bajo la dirección y jerarquía del Ministerio de Agricultura, de una unidad específica que trate integralmente el problema de la apicultura en Chile, unificando y orientando coordinadamente las acciones y medidas que impulsan el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG; el Instituto de Desarrollo Agropecuario, Indap , y la Corporación Nacional Forestal, Conaf , sin perjuicio de otros servicios que se estime pertinente que tengan por tareas concretas a lo menos las siguientes:
-Proponer, aprobar y ejecutar un protocolo que determine la elaboración de un plan anual de calendarización de fumigadores regionales, que aporte información y permita la fiscalización en el uso de pesticidas cerca de predios dedicados a la producción apícola.
-Que tal calendarización se aplique a grandes empresas, medianas y pequeñas, dedicadas a los rubros frutícola y forestal.
-Que tal calendarización deba ser confeccionada, administrada y fiscalizada por el Servicio Agrícola y Ganadero a partir de información que sea aportada por los mismos productores frutícolas y forestales. En este sentido, se solicita que dicha tarea sea incluida entre las labores de este servicio.
-Que tal calendarización contenga información anual con especificación de días, horas, identificación y tipo de pesticida, nombre de territorios y extensión de la superficie que será fumigada.
-Que la información contenida en el calendario sea respetada por el productor, pudiendo ser modificada e informada al Servicio Agrícola y Ganadero con una anticipación de 15 días.
-Que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) establezca un mecanismo de información en acuerdo con asociaciones y productores apícolas para socializar, oportunamente, esta calendarización y sus modificaciones y propender a que este sector establezca medidas de contingencia que protejan paneles y poblaciones de abejas.
-Que la sola fumigación, sin previo aviso, y que por su realización provoque la muerte de panales o contamine el entorno de acción de las abejas, será causa de fiscalización y multas.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Para hablar a favor del proyecto de resolución, ofrezco la palabra al diputado señor Iván Flores .
El señor FLORES .-
Señor Presidente, resulta curioso que en un país que se ha dado en querer presentarse ante el mundo como potencia agroalimentaria, el Ministerio de Agricultura aún no tenga una dependencia que proteja y fomente la apicultura.
Los datos internacionales nos señalan con claridad la pérdida de la población de las abejas en el mundo, debido a las razones que han señalado los autores de este proyecto de resolución, que enhorabuena lo han presentado.
Nuestro país no está tomando las medidas correctas para evitar la muerte de abejas debido al uso indiscriminado de pesticidas o de otros productos químicos. Asimismo, es evidente la falta de apoyo para los pequeños apicultores, tanto en la protección de las abejas durante el invierno como en el hecho de regular la trashumancia, más allá de lo que significa el trabajo especializado en el combate de algunos insectos que compiten con las abejas, como es el caso de las chaquetas amarillas.
Reitero, es difícil de creer que nuestro Ministerio de Agricultura no esté preocupado de la población apícola, por cuanto las abejas son fundamentales para la polinización de nuestro principal producto de exportación agrícola como es la fruta.
Felicito a los autores de este proyecto de resolución, porque aborda una situación que debemos enfrentar como país. El Ministerio de Agricultura tiene la obligación de hacerlo con urgencia.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Para hablar a favor del proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado señor Jorge Rathgeb .
El señor RATHGEB .-
Señor Presidente, quisiera defender este proyecto, pero siento que hoy con la cantidad de diputados presentes en la Sala no seremos capaces de aprobarlo, por lo tanto, a pesar de ser un proyecto de gran relevancia, preferiría que su votación se postergara para una próxima sesión. Reitero, no tenemos los 40 diputados necesarios para aprobar este proyecto de resolución.
El tema que aborda este proyecto es muy relevante, sobre todo, si consideramos que estamos sufriendo un año de sequía, que será complejo para todos los apicultores. Por eso, considero que este proyecto debe ser aprobado, pero en este momento no existe en la Sala la cantidad de diputados necesarios para hacerlo.
El proyecto en comento tiene la relevancia de poder coordinar a los distintos servicios del agro y obligar a las empresas forestales y frutícolas a resguardar la vida de este insecto tan necesario para la polinización. Las abejas no solo producen miel, sino que significan para nuestro país la generación de producción limpia, acorde a los estándares internacionales.
Si no podemos contar con un organismo a nivel del Ministerio de Agricultura que fiscalice, resguarde y coordine las acciones de todos los servicios del agro, la apicultura dejará de existir y como dijo Einstein si desaparecen las abejas, en cinco años la existencia del ser humano sobre la faz de la Tierra corre grave riesgo.
Señor Presidente, solicito que la votación de este proyecto de resolución se realice en la sesión siguiente y no en esta oportunidad, con el fin de tener el quorum necesario para aprobar este proyecto que es tan importante para todos, pero en especial para quienes representamos a zonas agrícolas.
Necesitamos la presencia y el voto afirmativo de todos los diputados, en especial de aquellos que representan a zonas agrícolas del centro norte, centro sur y extremo sur del país. Es tremendamente necesario contar con un organismo dentro del Ministerio de Agricultura que pueda coordinar la acción de Conaf, del SAG, de Indap y de otros organismos relacionados con el tema agrícola, a fin de regular, supervigilar y fiscalizar la aplicación de pesticidas que afecten la supervivencia de las abejas.
La apicultura es una actividad muy importante para nuestro país, tal como señaló el diputado que me antecedió en el uso de la palabra. Se requiere regular la trashumancia, que los enjambres que se trasladan de un lugar a otro no signifiquen un perjuicio para quienes están en una determinada localidad y con ello afecten a los productores locales. Para ello debe existir una regulación y una coordinación a través del Ministerio de Agricultura de todos sus servicios.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Para hablar en contra del proyecto de resolución, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
¿Habría acuerdo para aprobar por unanimidad el proyecto de resolución?
No hay acuerdo.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Rechazado.
VII.INCIDENTES
PRONUNCIAMIENTO SOBRE PERMANENCIA DE DIRECTOR NACIONAL DE VIALIDAD Y RESPONSABILIDAD DE INSPECTORES TÉCNICOS DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS POR NEGLIGENCIAS EN CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE CAU CAU (Oficio)
El señor CORNEJO (Presidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido Comunista e Izquierda Ciudadana.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El segundo turno corresponde al Comité Renovación Nacional.
Ofrezco la palabra al diputado señor Bernardo Berger .
El señor BERGER .-
Señor Presidente, en primer lugar, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas para transmitirle la profunda molestia de la ciudadanía valdiviana ante el nuevo y último capítulo de equívocos que su cartera protagoniza en torno a la ejecución de las obras del puente Cau Cau.
Esta nueva falta de acuciosidad es inaceptable, por cuanto dicha cartera tiene inspectores fiscales, cuya exclusiva tarea es evitar, precisamente, problemas como estos.
Por lo anterior, solicito al ministro que se pronuncie sobre la permanencia en el cargo del actual director nacional de Vialidad, a cargo de la obra, por la negligencia inexcusable que ha demostrado en esta materia, así como también solicito se transparenten las responsabilidades de los inspectores técnicos del Ministerio de Obras Públicas que han participado a lo largo de este bochornoso proceso.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados y diputadas que así lo indican a la Mesa.
PREOCUPACIÓN POR ABRUPTO AUMENTO EN FEBRERO EN FACTURACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN REGIÓN DE LOS RÍOS PRODUCTO DEL COBRO DE RELIQUIDACIÓN TARIFARIA (Oficio)
El señor BERGER .-
En segundo lugar, solicito que se oficie al ministro de Energía, a quien junto con saludar, hago presente la compleja situación que le ha causado a miles de familias de varias regiones de Chile, entre ellos la mía, el aumento abrupto de las cuentas de la luz en febrero, debido a un cobro sorpresivo de reliquidación tarifaria y que seguirá afectando en los próximos meses.
El Gobierno, ante medidas de este tipo, tiene la obligación de consultar a la ciudadanía, y actuar pensando ante todo y primero, en los bolsillos de las familias y no en las empresas eléctricas. Al menos, en mi caso, estoy cansado de esta actitud de hechos consumados que ha venido adoptando el Ejecutivo el último tiempo.
Como es el ministro de Energía el que tiene la potestad para revertir este problema que se está originando en las economías familiares, es que hago un llamado para proponer una solución a lo que ha originado en mi región.
Al menos en la Región de Los Ríos existe disposición al diálogo de parte de la empresa proveedora eléctrica, pero es el Gobierno quien tiene la obligación primera de tomar cartas en el asunto, y lamento profundamente que hasta ahora no lo haya hecho. La reliquidación bien podría haberse postergado o haberse establecido por parte del Ministerio de otra forma, sin castigar a los usuarios quienes son finalmente quienes terminan pagando este embrollo.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quienes así lo indican a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE REDACCIÓN FINAL DE TEXTO DEL PROYECTO DE LEY GENERAL DE RESIDUOS (Oficio)
El señor BERGER .-
Señor Presidente, solicito que se oficie al ministro del Medio Ambiente con el objeto de que me informe acerca del estado de avance en que se encuentra la redacción del texto final para la Ley General de Residuos, iniciativa largamente esperada por los municipios y las asociaciones municipales ambientales del país, para contar con herramientas normativas en el complejo escenario del manejo de la basura.
Asimismo, se me indique cuál será la Carta Gantt para el proyecto, los plazos establecidos para su presentación y la forma en que, en su redacción, se ha incorporado a las municipalidades de Chile.
No olvidemos que son los municipios quienes, según la ley orgánica constitucional que los rige, tienen la tuición sobre esta materia, se llevan el peso de las obligaciones y que, seguramente, tendrán que cargar con los errores o aciertos de una ley bien o mal hecha, pero que, hasta ahora, en sus aprontes, sigue siendo desconocida para gran parte de ellos.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, junto al texto de su intervención, con la adhesión de los diputados y diputadas que así lo indican a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO Y DESEMPEÑO DE EMPRESAS DE CONSERVACIÓN GLOBAL EN CAMINOS DE PROVINCIA DE MALLECO (Oficio)
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo que resta al Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Jorge Rathgeb .
El señor RATHGEB .-
Señor Presidente, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, al seremi de Obras Públicas de la Región de La Araucanía, al director nacional de Vialidad y al director regional de Vialidad, a fin de que se nos indique cuál es el estado de cumplimiento y desempeño de las empresas de conservación global en los caminos de la Provincia de Malleco, con el objeto de saber si son de responsabilidad directa de la Dirección de Vialidad.
Gran parte de los caminos de la Provincia de Malleco se encuentran en un estado desastroso, intransitable e, incluso, peligrosos.
En esta época de cosechas en las distintas actividades agrícolas, frutas y otros productos, las pérdidas son tremendas por el solo hecho de que el tránsito por esos caminos destruye, afecta y descompone el estado de los productos que se trasladan desde un lugar a otro. Precisamente, a modo de ejemplo, quiero nombrar algunos caminos que me han señalado los propios vecinos: Collipulli, camino hacia La Seis, Menuco . Incluso, la locomoción que circulaba por ese lugar, hace más de 60 días que se encuentra suspendida debido al mal estado del camino, información que me hizo llegar don Alejandro Molina , presidente de la junta de vecinos Los Colonos, de la comuna de Collipulli.
En el caso de Traiguén, el camino hacia el sector de Huiñilhue y el puente también se encuentran en muy mal estado; por lo tanto, se requiere con urgencia una reparación antes de que llegue el invierno. La información fue entregada por la propia junta de vecinos El Avellano, particularmente por su presidenta, señora Yoyi Valdés .
¿Para qué hablar de la ciudad de Ángol? El camino hacia el parque Nahuelbuta también se encuentra en muy mal estado. Incluso, el tránsito de los turistas y habitantes de la zona se hace muy dificultoso.
Por otro lado, está el camino asfaltado desde Lumaco hacia Los Sauces, que se encuentra en pésimas condiciones, afectando a los productores frutícolas y agrícolas del sector quienes no pueden sacar adecuadamente sus productos.
Podría seguir señalando más ejemplos de lo que ocurre en Ercilla, Purén , Los Sauces , Renaico y una serie de otras comunas, pero sería muy largo de detallar uno a uno.
Por ello, repito, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas, al seremi de Obras públicas de Región de La Araucanía, al director nacional de Vialidad y al director regional de Vialidad para los efectos de que se me indique el cumplimiento y el desempeño que ha tenido la empresa global de conservación de los caminos de la provincia a fin de saber si la responsabilidad de la reparación de los caminos que se encuentran en mal estado en la provincia corresponde a la Dirección de Vialidad.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, junto al texto de su intervención, con la adhesión de los diputados y diputadas que así lo indican a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE FUNDAMENTOS DE APROBACIÓN DE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PARQUE EÓLICO ALTOS DE HUALPÉN EN PARQUE PEDRO DEL RÍO ZAÑARTU, COMUNA DE HUALPÉN (Oficio)
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el turno que corresponde al Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Cristián Campos .
El señor CAMPOS .-
Señor Presidente, hace pocos días nos enteramos de la aprobación del proyecto eólico Altos de Hualpén que se realizará en la Provincia de Concepción, por la junta administradora del Parque Pedro del Río Zañartu.
Nadie está en contra de contar con más energías renovables y no convencionales. Sin duda, todos estamos de acuerdo en que los niveles de energía aumenten a fin de entregar mayor productividad a un menor costo para las empresas de nuestro país. Sin embargo, donde se pretende instalar este parque eólico nos llama bastante la atención, por decir lo menos.
El parque es administrado por una junta del servicio de Salud de Concepción, el propio municipio de Concepción y la gobernación de Concepción, como lo dejó de manifiesto en su testamento don Pedro del Río Zañartu .
Sin embargo, durante los últimos días, se han recibido nuevos antecedentes relacionados con la construcción de este parque y al respecto puedo decir que comparto planamente las apreciaciones negativas y los distintos cuestionamientos que han realizado algunas autoridades de la provincia, comenzando por el propio señor alcalde de la comuna.
Como sabemos, aún existen preguntas y respuestas que se encuentran pendientes respecto de la aprobación de este parque eólico que se construirá a partir del próximo año, 2016. Por ejemplo, nos interesa conocer la Carta Gantt de ejecución del proyecto; los datos de aprobación por parte de la autoridad medioambiental que aprobó su construcción y, por cierto, cuáles fueron los fundamentos para aprobar este proyecto que, si bien es cierto, va en la línea correcta, no se condice con el lugar en donde se quiere intervenir que, como sabemos, es un santuario de la naturaleza.
Como dice el alcalde de Concepción -con quien comparto plenamente-, se está interviniendo una parte considerable de este santuario natural. Ello, porque debemos cuidar uno de los pocos pulmones verdes que van quedando en la provincia. Sin embargo, al parecer, esto no estaría ocurriendo con la ejecución de este proyecto.
Por las razones expuestas, pido que se envíe la información correspondiente al intendente de la Región del Biobío, a la gobernación provincial, al alcalde de Concepción, al director del servicio de Salud de Concepción y al ministro de Energía con el objeto de que respondan estas preguntas que son tan necesarias para los habitantes de la provincia de Concepción. Asimismo, pido que se envíe copia de mi intervención a los señores consejeros Eduardo Saavedra y Luis Santibañez , como asimismo al presidente del Consejo Regional, señor Eduardo Muñoz .
INFORMACIÓN SOBRE PLAZOS DE CONVENIO DE PROGRAMACIÓN DE ENTREGA DE RECURSOS PARA CONSTRUCCIÓN DE HOSPITAL HIGUERAS, DE TALCAHUANO (Oficio)
El señor CAMPOS .-
Señor Presidente, hoy aparece publicado en los medios de comunicación una información que nos parece preocupante.
Uno de los principales servicios de Salud de la Región del Biobío es el Hospital Higueras, que hoy se encuentra a cargo del director subrogante, don Héctor González , quien ha manifestado que efectivamente estamos en una situación que no resiste, por cuanto aún no se han podido entregar más camas. Ello ha ocasionado un colapso total en dicho hospital y para la población en general. Incluso, los diputados de la provincia de Concepción, junto al señor Ortiz , quien preside esta sesión, hemos solicitado en reiteradas oportunidades que la tercera etapa de normalización se lleve a cabo lo antes posible.
Como sabemos, hace poco tiempo tuvimos un cambio de ministra, por eso me gustaría preguntar a la nueva ministra de Salud cuáles son los tiempos que maneja el ministerio en torno al convenio de programación que van a firmar con el gobierno regional para inyectar recursos en la Provincia de Concepción, con el fin de facilitar la construcción y ejecución de esta tercera etapa, tan necesaria para la comunidad.
Por tanto, solicito que se envíe copia al intendente de la Región del Biobío, para que responda estas preguntas; al presidente del Consejo Regional, con el objeto de saber cuál es la disposición que tienen para apoyar con recursos, y a la ministra de Salud, por este tema en particular.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los parlamentarios que así lo indican a la Mesa.
SOLICITUD DE CREACIÓN Y ARTICULACIÓN, BAJO EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, DE UNIDAD ESPECÍFICA QUE TRATE INTEGRALMENTE EL PROBLEMA DE LA APICULTURA EN CHILE (Oficios)
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Felipe Letelier .
El señor LETELIER .-
Señor Presidente, cambié mi intervención, ya que quedé muy preocupado por el proyecto de resolución N°209, cuya parte resolutiva dio lectura el señor Prosecretario .
El mundo vive un problema ecológico devastador, con un impacto eventualmente irreversible, que es la inminente desaparición de las abejas. Estamos preocupados por esta situación, sabemos que herbicidas y pesticidas son los responsables de esta situación.
Por lo tanto, solicito que se envíe un oficio a la Presidenta de la República, a objeto de que disponga de la creación, conformación y articulación, bajo la dirección y jerarquía del Ministerio de Agricultura, de una unidad específica que trate integralmente el tema de la apicultura en Chile, unificando y orientando coordinadamente las acciones y medidas que impulsan el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG; el Instituto de Desarrollo Agropecuario, Indap , y la Corporación de Nacional Forestal, Conaf , sin perjuicio de otros servicios que se estimen pertinentes y que tengan por tareas concretas, a lo menos, las siguientes: proponer, aprobar y ejecutar un protocolo que determine la elaboración de un plan anual de calendarización de fumigación regional, que aporte información y permita la fiscalización en el uso de pesticidas y herbicidas cerca de predios dedicados exclusivamente a la producción apícola.
Como dije, quiero que se oficie a la Presidenta de la República, con los fundamentos del proyecto de resolución N° 209, respetando a los autores de dicha iniciativa. Además, solicito que se oficie al ministro de Agricultura, con el fin de que se informe y colabore en esta petición.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los parlamentarios que así lo indican a la Mesa.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.44 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN ,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
PORCENTAJE MÍNIMO PARA EMISIÓN RADIAL DE MÚSICA NACIONAL Y DE MÚSICA DE RAÍZ FOLCLÓRICA ORAL. (PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA. BOLETÍN Nº 5491-24)
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde conocer el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción, que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folclórica oral, a la radiodifusión chilena.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Mixta, sesión 122ª de la presente legislatura, en 28 de enero 2015. Documentos de la Cuenta N° 10.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Daniel Farcas.
El señor AGUILÓ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra, su señoría.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, no sé si el diputado señor Farcas participó en la Comisión Mixta, pero le pediría que, en dos o tres minutos, nos hiciera un breve relato y nos emita su opinión sobre el resultado del trabajo de la Comisión Mixta.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Señor diputado, para que esté debidamente informado, le comunico que antes de votar la iniciativa, luego de las intervenciones, de cinco minutos cada una, de los ocho diputados inscritos, la señora ministra que nos acompaña podrá ilustrarnos con precisión sobre las resoluciones de la Comisión Mixta.
El señor AGUILÓ.-
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Daniel Farcas.
El señor FARCAS.-
Señor Presidente, no participé en la Comisión Mixta, pero he estado al tanto del debate sobre el proyecto de ley, en el cual hemos visto que valores importantes y posiciones legítimas se han enfrentado en una discusión que tiene que ver con la cultura, con la sociedad y con la construcción de un país que busca generar las condiciones para que su identidad se vea reflejada de manera cada vez más cristalina en cada una de las actividades que realiza.
Digo esto, porque la música es una expresión muy importante y significativa. Y qué decir de la relevancia que tiene en nuestros niños y niñas, particularmente en los adolescentes, pues juega un papel primordial en la construcción de su propia identidad y en la forma como enfrentan los problemas, las dificultades y su resolución en distintas instancias que tienen que ver con la sociedad y con el crecimiento.
La música no es solo esparcimiento, sino también una forma de expresión de la ciudadanía, de sus intereses y de sus vínculos con la historia y las tradiciones.
Por eso, este debate es muy importante, pues se vincula con lo que tenemos que ver a futuro, con lo que tenemos que aspirar a construir, incorporando elementos que muchas veces no son, de una u otra forma, agregados a la discusión, sino que son dejados solo al arbitrio de determinadas instancias, que no necesariamente cuentan con los elementos o con las ideas fundamentales para tomar decisiones que contribuyan a generar esta tan importante identidad nacional y cultural.
El hecho de contar con un espacio para que nuestros autores, la gente que se dedica a la creación, nuestros músicos y cantantes, puedan expresar lo que en otras instancias no les es posible, no solo está ligado con el espacio propiamente tal, sino también -lo más importante, a mi juicio- con darles la oportunidad de que su contribución sea aquilatada y tenga una difusión adecuada.
Esta discusión ha sido parte de un largo proceso, en el que ha habido opiniones encontradas que son respetables; por ello el debate me parece siempre importante. Pero el ejercicio de la libertad tiene que estar supeditado a un valor superior en este caso, que tiene que ver con cómo ordenamos determinados estímulos, instancias e incentivos.
Me inclino a pensar que esta discusión es parte de una estrategia. Por eso, me alegro de que nuestra ministra presidenta del Consejo Nacional de la Cultura esté presente. Espero que con ella podamos buscar otras alternativas tendientes a consolidar un espacio donde no solo la música sino también otras manifestaciones artísticas para expresar nuestra cultura, como el teatro y otras, tengan la oportunidad de generar un vínculo de trascendencia como hoy lo estamos haciendo con la música a través de la radiodifusión.
Me parece que tanto o más importante que la cantidad de minutos, de espacios o de porcentajes de música nacional en nuestras radios, es la discusión abierta sobre cómo ello contribuye a la identidad, a la expresión y a la voluntad de un país que quiere hacerse cargo de que nuestra gente se vea representada, y sobre cómo los creadores que hoy buscan cómo entregar estos valores, estos principios, estas ideas, y a veces también su voz de protesta y de rechazo, tengan la oportunidad de hacerlo de manera libre, democrática y pluralista.
Por lo expuesto, anuncio mi apoyo al proyecto de ley. Me alegro del debate llevado a cabo. Me parece que debemos apreciarlo como un peldaño más en una larga escalera en la que estamos avanzando para la construcción de nuestra identidad y para la generación de espacios para quienes están en contacto con este mundo tan importante de innovación y creatividad.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Roberto Poblete.
El señor POBLETE.-
Señor Presidente, un fantasma recorre Estados Unidos. No es el comunismo; no es una epidemia de solidaridad, ni tampoco un plan de salvataje de la democracia.
El diario The Miami Herald ha reportado hace unos días que las playas de South Beach de dicha ciudad están llenas de parlantes que hacen sonar todo el día cueca chilota para los visitantes y bañistas, al mismo tiempo que las veredas y calles están llenas de discos y posters de los folcloristas más importantes de Chile. Los autobuses, de hecho, recorren la ciudad con enorme publicidad alusiva a la edición de los discos de Víctor Jara en ese país.
En Chicago, en tanto, existe una fiebre por aprender a bailar el chamamé, baile típico de la Patagonia más austral. Tanto es así que las salsotecas y clubes nocturnos de la ciudad han comenzado a cerrar paulatinamente debido a la demanda por la música y por las clases de chamamé que exigen miles de personas a diario en esa urbe. Esos ciudadanos han emigrado en masa a las discotecas donde se baila dicho baile chileno.
También nos enteramos con admiración de las épicas jornadas que se celebraron en enero en Washington D.C. a propósito de la conmemoración del Día Mundial de la Música Chilena, el cual desde hace ya diez años se celebra en la capital norteamericana y donde miles de parejas de todas las edades inundan la mundialmente famosa Pennsylvania Avenue al son de las cuecas choras interpretadas por Los Chileneros y los hermanos Roberto y Lalo Parra.
Creemos, señor Presidente, que esto es inadmisible y contrario al espíritu de apoyo y protección que debe reinar entre dos países amigos, como son Estados Unidos y Chile. Una invasión de esta naturaleza desvirtúa los más elementales principios de cooperación y armonía que deben reinar entre ambas naciones.
Por ello, es más necesario que nunca que el proyecto que se discute en esta Sala vea la luz por fin. Digo esto, pues creo que la única forma digna de compensar esta invasión cultural que hemos hecho al país del norte, es otorgar a la música extranjera el 80 por ciento de la programación diaria de las radios y a la chilena, solo el 20 por ciento, con el fin de dejar el 80 por ciento a la música norteamericana, tan vapuleada por nuestros músicos, presentes en las tribunas. De esa forma podremos rehabilitarnos como ciudadanos fraternos de un mismo continente.
Señor Presidente, nobleza obliga: dejémosles a ellos el 80 por ciento y nosotros quedémonos solo con el 20 por ciento.
Ironías aparte, señor Presidente. Muchos años han pasado ya desde que esta idea se transformara en un proyecto de ley que hoy estamos construyendo entre todos. Sin duda, estamos ante un hecho que edifica o que al menos intenta desde sus normas edificar y contribuir a la identidad cultural chilena. Sin embargo, pensamos que esto va más allá, pues no es solo un asunto de construcción identitaria, sino que es, por sobre todo, un asunto de quienes hacen y cumplen una función en el arte de nuestro país.
A esa expresión artística no solo se le debe otorgar el 20 por ciento después de casi ocho años de tramitación. ¡Sí, ocho años, señor Presidente! Deberíamos conceder al menos el 50 por ciento de cobertura para la música nacional; es lo mínimo. Es indigno que después de tantos años solo entreguemos un porcentaje menor, del 20 por ciento, como obligación de transmitir música chilena a las radioemisoras que utilizan el espacio radioeléctrico de todos los chilenos, pues éste último, recordemos, es un bien nacional de uso público.
El proyecto de ley ingresó a la Cámara el 20 de noviembre de 2007. Ya hemos llegado a un punto en que es necesario aprobarlo, con el fin de disponer de un piso mínimo de intervención radial con música chilena. Luego, debemos ir por un porcentaje que iguale a los países que sí tienen una clara conciencia de la valía cultural que representan sus músicos, como es el caso de Brasil, Argentina, Francia, Estados Unidos, Italia, entre otros.
Hoy debemos lamentar que una serie de expresiones musicales chilenas, así como muchos artistas nacionales, hayan perdido vigencia debido a la falta de exposición de su obra en los medios de comunicación masiva, en particular los radiales. El proyecto de ley discurre sobre la simple idea de que si se aumentase la presencia de música nacional en la programación diaria de las radios, se fortalecería la demanda necesaria para vigorizar su desarrollo.
Sin duda alguna, promover la difusión de la música nacional a fin de vigorizar esta expresión del arte nacional y la actividad laboral de sus creadores y expositores, es un fin que debemos apoyar decididamente. Es necesario exigir a las radios la emisión diaria de un porcentaje mínimo de música nacional, de música de raíz folclórica y de tradición oral, sobre todo si usan el espacio radioeléctrico estatal para emitir publicidad.
La obligación de cada radio de destinar la quinta parte, el 20 por ciento, de su programación diaria a difundir música nacional, y que una proporción de ella deba ser de raíz folclórica de tradición oral, con una distribución horaria regulada, es un escenario que hoy no tenemos y que debemos tener, porcentaje que deberá aumentar por lo menos al doble en un futuro cercano.
Resulta vergonzoso que a estas alturas discutamos si damos cabida o no en nuestro país y en nuestras radios a expresiones musicales que son de lo mejor de nuestro pueblo. Estos porcentajes al alza en el futuro ayudarán a los cientos de miles de chilenos, y por qué no decir a millones de ellos, a conocer a los músicos chilenos y a la música chilena interpretada por otros músicos. ¡Qué mejor y qué acto de justicia con nuestros creadores e intérpretes!
Definitivamente, la cultura chilena debe tener plataformas de arranque que nosotros, como legisladores, debemos crear y defender.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En el tiempo del Comité de la UDI, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, estamos muy contentos con este proyecto, porque creemos que los músicos chilenos y nuestra música se lo merecen.
Me parece insólito que tengamos que legislar para que nuestra música tenga cabida en nuestras radios. Lo lógico sería que nuestros artistas tuviesen el apoyo de los dueños de las radios y de la gente que escucha radio. Si no fuera por esta futura ley, cabe preguntar dónde quedarían nuestros músicos. ¿Quién no ha disfrutado de la Nueva Ola, del folclor y de otras expresiones que nuestros músicos han desarrollado?
Creo que hay que apoyar no solo a los músicos, sino también la cultura y las tradiciones chilenas, lo que también se refleja en el andar de nuestro pueblo. Soy un convencido de que un país que no conserva y que no cuida sus tradiciones tiende a desaparecer. En consecuencia, es importante este proyecto, que parece tan simple, ya que obliga a las radios a difundir un 20 por ciento de música chilena.
Muchos señalan que a la música extranjera se le concederá el 80 por ciento. Para mí eso es prácticamente lo de menos, ya que, reitero, lo importante es conservar nuestras tradiciones más que nada. ¿Cómo va a ser lógico que el 90 por ciento de las ramadas, de las fondas y de los locales públicos, donde se celebran las Fiestas Patrias o los rodeos a la chilena, difundan solo cumbias, y que la cueca y la música chilena prácticamente desparezcan? Deberían conservarse en esos lugares nuestras tradiciones y la música chilena, que estamos haciendo perdurar mediante este proyecto de ley.
Por lo expuesto, anuncio que Renovación Nacional votará favorablemente la iniciativa, porque nuestros artistas se lo merecen con creces.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado Claudio Arriagada.
El señor ARRIAGADA.-
Señor Presidente, por su intermedio, saludo la presencia de la señora ministra de la Cultura y las Artes, y de los artistas que nos acompañan en la tribuna.
Se ha realizado todo un trabajo de gestión cultural en nuestro país, que ha marcado distintos hitos y que ha permitido cumplir etapas, como la tramitación del proyecto que crea el Ministerio de la Cultura, y la consulta a los pueblos originarios. En medio de este quehacer, en la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones, de la que formo parte y que preside el diputado Teillier, tuvimos el gusto de recibir a distintas organizaciones y escuchar sus opiniones sobre el proyecto.
De manera que para la bancada de la Democracia Cristiana es un orgullo respaldar el proyecto de ley, que reconoce, como bien se ha dicho acá, el legítimo derecho a que nuestros artistas tengan un espacio en nuestras radios por el tiempo que se merecen.
Señor Presidente, en la comisión manifestamos nuestra preocupación por la alta concentración de los medios de comunicación en pocas manos y por la prevalencia en ellos del lucro por sobre cualquiera otra consideración.
El proyecto podría beneficiar más a los artistas chilenos, pero aún así es un gran avance. Por lo tanto, junto con este reconocimiento y darles nuestro saludo, anuncio que la bancada de la Democracia Cristiana compromete con orgullo su respaldo a la iniciativa.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité Independiente, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, por su intermedio, saludo a la ministra, a los artistas presentes en la tribuna, a los que nos están escuchando y a los medios de comunicación, especialmente a las radios.
Comparto lo dicho por el diputado Poblete: estamos esperando votar el proyecto desde hace mucho tiempo. Hemos estado introduciéndole modificaciones desde 2007 para perfeccionarlo y para que concite el consenso de la Sala, con el objeto de que se convierta en ley.
Un estudio de la OCDE señalaba en una de sus conclusiones que Chile no tenía capacidad para cultivar una identidad, para estimularla y para tratar de que se proyectara al mundo.
Con el diputado Mirosevic nos preguntamos: ¿Este proyecto coarta la libertad de expresión al decir que queremos tener este 20 por ciento de emisión de música chilena en las radioemisoras, o lo que queremos hacer con él es estimular la identidad? ¿Queremos decir con él que lo nuestro es importante?
¿Queremos, también a través de los medios de comunicación, educar a la población y estimular la existencia de más artistas chilenos? En la medida en que la globalización entre con la potencia con que ha entrado, se generará más todavía la estimulación de lo extranjero.
¿Pero qué ocurre con nuestros propios artistas, con nuestros creadores, con los sonidos que vamos escuchando e identificando como nuestros? Ello tiene que ver también con la educación, no solo con la música. ¿Qué pasa con la televisión que no tenemos programas educativos, de creación, que nos muestren nuestra identidad y cultura? ¿Qué sucede además con la estimulación de los artistas? ¿Qué pasa con el presupuesto que tiene su cartera, señora ministra, para estimular a artistas en el teatro, en la música, no solo en Santiago -gran discusión que tuvimos en su minuto-, sino también en regiones? ¿Cómo está la potencia creadora de nuestros artistas en las regiones? ¿Qué pasa con nuestros poetas? Pablo Neruda y Gabriela Mistral no nacieron en Santiago, sino en regiones. Su obra expresa cómo sentían la lluvia, cómo encontraban el desierto. Es la manifestación de cómo afloraba el arte a través de la visión y la expresión artística regional.
Algunos dirán que esto es una imposición. Yo lo llamo un estímulo a la creación de nuestros propios artistas. Esto no lo podemos dejar al mercado. El mercado ya nos hizo trizas. Lo que hoy debemos hacer es una estimulación positiva hacia los nuestros. El 20 por ciento de emisión diaria de música chilena en las radioemisoras es poco todavía. Se deberá hacer una enseñanza paulatina a través de ese 20 por ciento.
Espero que a raíz de esta iniciativa puedan nacer distintos artistas, que podamos seguir reconociendo a nuestros artistas, nuestro lenguaje, nuestra música, nuestra capacidad de ir creando poesía a través de la música.
Por eso, nos alegramos de este proyecto de ley, sobre cuya tramitación venimos escuchando desde hace mucho tiempo. Lo votaremos favorablemente de manera entusiasta, a pesar de que algunos estuvimos con mucho lobby en su minuto.
Ojalá que esta idea no solo comprendiera a las radioemisoras; me gustaría que pudiéramos seguir estimulando a nuestros artistas a través de los diversos medios de comunicación.
He dicho.
-Aplausos.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra al Comité del Partido Comunista e Izquierda Ciudadana.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra al Comité Radical Social Demócrata.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra al Comité Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra la diputada señora Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente, mi intervención será muy breve porque creo que aquí ya todos tenemos tomada la decisión sobre cómo votaremos el proyecto.
Aquí el tema de fondo es que los artistas nacionales cuentan con muy pocas oportunidades de ser escuchados en nuestro país. Hemos tenido muchísimos casos de artistas que han triunfado primero en el extranjero, que han tenido más oportunidades fuera que dentro de Chile.
A veces las cosas no se dan en forma voluntaria. Un viejo dicho -no lo recuerdo de manera exacta- señala: “Es imposible esperar resultados diferentes, si hacemos siempre lo mismo.”. Pues bien, ello continuará en este caso si seguimos con la situación actual y con la libertad para que cada radioemisora -ello como principio me parece bien- transmita lo que estime conveniente, de acuerdo a su programación, a su estilo.
Sin embargo, también debemos velar por los intereses de los artistas nacionales.
Por eso, los autores del proyecto consideramos importante obligar por ley a que un porcentaje de la programación diaria de cada una de las radioemisoras en el país corresponda a música producida por artistas chilenos.
Existe todo tipo de estilos; hay para todas las radioemisoras. Aquí no estamos hablando solo del folclore, que en lo personal me encanta, sino también de artistas nacionales en general. Y como muchas veces son unos pocos los que tienen la posibilidad de ser oídos, o son los más conocidos, esta ley en proyecto obligará a las radioemisoras a buscar artistas nacionales para no perder el rating de sus auditores.
Podremos encontrarle muchos defectos a la iniciativa. Podremos también pensar que constituye un atentado contra la libertad. Sí, puede haber algo de eso. Pero muchas veces se atenta contra algunas libertades con el objetivo de preservar y de potenciar otras virtudes, en este caso el talento nacional.
Esta tarea no termina aquí. Al contrario, la estamos iniciando, y lo hacemos obligando a nuestro país a reconocer a sus artistas y obligando a nuestras radioemisoras a reconocer a los artistas nacionales, a darles la oportunidad de que sean conocidos, a acercarlos a la gente, de modo que las personas tengan curiosidad por conocerlos. En el fondo, lo que queremos como sociedad es siempre dar una oportunidad a cada uno de los chilenos.
En esta ocasión no puedo anunciar el voto favorable de toda mi bancada porque tenemos posiciones distintas al respecto. No obstante, en nombre de algunos colegas, anuncio que votaremos a favor el proyecto.
Reitero que soy una de las autoras de la iniciativa. Espero que ella sea, ya que ha puesto el tema en el tapete, el puntapié inicial al reconocimiento del talento nacional, no solo en la música, sino en nuestro arte en general.
He dicho.
-Aplausos.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
En representación del Comité del Partido Comunista, tiene la palabra el diputado Guillermo Teillier.
El señor TEILLIER.-
Señor Presidente, después de siete años este proyecto está en condiciones de convertirse en ley.
Debemos decir, en primer lugar, que la aprobación del 20 por ciento de música chilena en las radios es, sin lugar a dudas, un avance y un logro de los artistas nacionales que se movilizaron y aportaron a un debate necesario, aunque, para decir la verdad, a muchos nos parece un porcentaje insuficiente.
Durante este tiempo ellos debieron enfrentar un escenario desigual, una contraparte poderosa que levantó una campaña cuya agresividad revelaba la defensa exclusiva de intereses comerciales.
El proyecto tiene el mérito de contribuir a la protección de nuestra identidad cultural en un aspecto artístico muy importante, como es el de la creación musical, facilitando el acceso de los músicos chilenos a la radiodifusión y permitiendo, correlativamente, que los ciudadanos tengan más alternativas para conocer distintas expresiones que se encuentran marginadas de los medios masivos.
La idea principal de la iniciativa de ley tiene un sustento en la realidad que es incontestable. De otro modo, no hubiese provocado la tenaz oposición de los grupos empresariales que en la última asamblea de la Sociedad Interamericana de Prensa sugirieron que este proyecto constituía una “intervención”.
No existen en la radio espacios para un creciente número de músicos nacionales que cultivan géneros diversos. De allí la necesidad de apoyar el porcentaje mínimo que se propone.
Reafirmamos que es razonable y necesario que se legisle para resguardar la diversidad cultural. La Convención de 2005 sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, de la Unesco, reconoce que “los Estados tienen el derecho soberano de adoptar medidas y políticas para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en sus respectivos territorios.”. Ese es precisamente el objetivo del proyecto.
Hay que recordar, además, que la radiodifusión emplea un bien nacional de uso público, que es el espectro radioeléctrico. Por lo tanto, nadie puede pretender la existencia de derechos de propiedad sobre él y menos aún pueden reclamar condiciones inmodificables para su uso. Lo que se está normando es una mínima contraprestación en función de satisfacer un interés público.
En la última etapa de su tramitación alertamos sobre algunas modificaciones realizadas en el Senado que, a nuestro juicio, relativizaban el paso dado de establecer un porcentaje de música nacional.
En particular, se aprobó un nuevo inciso que establecía un mecanismo de cumplimiento alternativo para la nueva obligación de transmitir el 20 por ciento de música nacional, de incierto contenido, que habría de definirse por el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Esta modificación fue saludada por la industria, pero rechazada fuertemente por los músicos chilenos. Y con toda razón, toda vez que la enmienda debilitaba la obligatoriedad del porcentaje de música chilena a un punto tal de tornar inexigible la nueva norma. Al examinar este cambio en la Comisión de Cultura, nos preguntamos por el sentido de crear una expectativa para los músicos al abrir una nueva ventana, para, acto seguido, decir que existirían fórmulas indeterminadas para no cumplir con la nueva obligación. Afortunadamente, la Comisión Mixta atendió estas inquietudes y rechazó establecer dicho mecanismo alternativo.
Por otro lado, la Comisión de Cultura recomendó rechazar un artículo transitorio que establecía un plazo de dos años para la entrada en vigencia de la ley. Ciertamente, se trataba de un término excesivo, en circunstancias de que la nueva exigencia legal no requiere de inversiones ni ajustes de infraestructura de las emisoras.
En consecuencia, saludamos que la Comisión Mixta haya desechado este plazo injustificado, de manera que la ley entrará en vigencia apenas sea publicada.
En suma, entendemos que la Comisión Mixta ha venido a remediar una serie de enmiendas que distorsionaban gravemente el sentido profundo de una demanda justa que sirve a un interés nacional.
Es motivo de gran alegría para nuestra bancada aprobar hoy un instrumento real para la promoción de la diversidad cultural, que esperamos que contribuya también a retribuir el esfuerzo y creatividad de los intérpretes chilenos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
En el tiempo del partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra, por dos minutos, el diputado Felipe Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, a quienes hemos tenido la suerte de estar en otros países, específicamente de América Latina, nos da envidia cuando vemos, por ejemplo, que en México, el 60, 70 u 80 por ciento de la programación de las radioemisoras es música mexicana -no estoy hablando solo de música ranchera-, a pesar de que al otro lado de su frontera tienen al Tío Sam: Estados Unidos. En Paraguay y Argentina ocurre lo mismo. Entonces, ¿por qué siempre debemos estar apelando a que haya leyes para pedir a las radios, por favor, que den a los autores e intérpretes de nuestra música un poco de tiempo en su programación? Con justa razón, los que somos de provincia decimos que la globalización de repente puede terminar anulando nuestra identidad y patrimonio.
Tenemos medios de comunicación que simplemente no tienen identidad alguna ni interés. Por lo menos, en los últimos 30 años ha quedado demostrado que no hay interés. Como bien dijeron algunos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, casi es un chiste que para el 18 de septiembre algunas emisoras toquen algo de música nacional o de nuestro folclore. En verdad, la difusión de nuestra música no debería ser impuesta por ley, sino una iniciativa propia de los medios de comunicación.
El diputado Arriagada habló de la concentración de los medios de comunicación en manos de empresas extranjeras, las cuales no tienen interés en nuestra música e identidad.
Por eso, cuando uno está en Argentina, en Paraguay, en México, en República Dominicana y en otras partes del mundo, siente una envidia sana al ver cómo disfrutan de la música de sus autores e intérpretes. Llegó la hora de exigirles por ley a los medios de comunicación que difundan nuestra música.
Quiero enviar un saludo muy especial a nuestros músicos y cantautores, por todo lo que han hecho por la Patria.
He dicho.
-Aplausos.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folclórica oral, a la radiodifusión chilena.
Tiene la palabra el señor Browne.
El señor BROWNE.-
Señor Presidente, manifiesto que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° B de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, me inhabilitaré de votar este proyecto.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Muy bien, señor diputado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 63 votos; por la negativa, 10 votos. Hubo 15 abstenciones y 1 dispensado.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Becker Alvear Germán; Boric Font Gabriel; Campos Jara Cristián; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Cornejo González Aldo; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Farcas Guendelman Daniel; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Morano Cornejo Juan Enrique; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto Ferrada Leonardo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Edwards Silva José Manuel; Gahona Salazar Sergio; Hoffmann Opazo María José; Kast Sommerhoff Felipe; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Norambuena Farías Iván; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Soto Osvaldo.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Barros Montero Ramón; Berger Fett Bernardo; Coloma Alamos Juan Antonio; De Mussy Hiriart Felipe; Kast Rist José Antonio; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Ward Edwards Felipe.
-Se dispensó el diputado señor Browne Urrejola Pedro.
DOCUMENTOS DE LA CUENTA
PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES NÚÑEZ, DON MARCO ANTONIO, Y TARUD, QUE “DECLARA EL 11 DE MARZO COMO DÍA NACIONAL DE RESTAURACIÓN DE LA DEMOCRACIA Y DE LA REINSTALACIÓN DEL CONGRESO NACIONAL”. (BOLETÍN N° 9900-07)
FUNDAMENTOS
El día 11 de marzo de 1990, nuestro país vivió una jornada histórica, ya que ese día después de casi 17 años, nuestra patria regresó a la democracia. Aquel día se reinstaló el Congreso Nacional, y asumió la Presidencia de la República Don Patricio Aylwin Azócar, quién fuera elegido por la gran mayoría del pueblo chileno, en diciembre de 1989. De esta forma se pone fin al régimen dictatorial cívico-militar de Augusto Pinochet.
Ese día no sólo reviste la importancia histórica y política de restaurar el cauce republicano del restablecimiento del sistema democrático, sino que también significó el inicio del reencuentro entre los chilenos; el comienzo de la búsqueda de la verdad y justicia, en materia de las brutales violaciones a los derechos humanos perpetradas por la tiranía de la dictadura; y por cierto significó que el país comenzará a restablecer las libertades y los derechos ciudadanos conculcados gravemente en el sombrío periodo 1973-1990.
El llegar a ese día 11 de marzo de 1990, que significó el retorno a la democracia, y el inicio de gobiernos que por dos décadas trajeron estabilidad y progreso social a Chile; es menester recordar y destacar, que fue el resultado de un proceso de lucha de años, en que el pueblo chileno, con las armas de la paz, y la movilización social, fue capaz de derrotar a la tiranía de Pinochet, y de comenzar a construir una patria en libertad, más justa y fraterna. Un hito fundamental en el proceso de recuperación de nuestra democracia, lo constituye el plebiscito del 5 de octubre de 1988, ese día la gran mayoría de los chilenos rechazaron la continuidad del dictador en el poder, lo que posibilitó que el año siguiente se celebraran elecciones abiertas para elegir democráticamente a un nuevo Presidente de Chile, y un nuevo Congreso Nacional.
Al encontrarnos ad portas de conmemorar 25 años desde la restauración de nuestra democracia, nos parece importante destacar la relevancia política e histórica de esta fecha en nuestra vida republicana. A mayor abundamiento, debemos recordar que cada cambio de mando presidencial, se produce un 11 de marzo, cada periodo legislativo también comienza y termina un 11 de marzo, por lo tanto, no sólo se trata de una fecha encapsulada en la historia, sino que ya es parte del devenir de la República y de sus instituciones.
Es por eso que sobre la base de estos antecedentes y fundamentos venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
ARTÍCULO ÚNICO.- Declárese el día 11 de marzo de cada año, como “el Día Nacional de la Restauración de la Democracia, y de Reinstalación del Congreso Nacional”.
12. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES FLORES, CHÁVEZ, MORANO, PILOWSKY, RINCÓN Y SAFFIRIO, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS CARVAJAL, HERNANDO Y MOLINA, QUE “MODIFICA EL CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR LA SEDUCCIÓN DE MENORES POR MEDIOS VIRTUALES”. (BOLETÍN N° 9901-07)
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
En las últimas décadas hemos asistido a una masificación en el uso de las nuevas tecnologías como el Internet, chat o mensajes entre teléfonos celulares. Personas de todas las edades tienen acceso a estos medios de comunicación, no estando libre de ello, con sus aspectos positivos y negativos, los menores, incluyendo, por cierto, a aquellos de muy temprana edad que participan activamente de las redes sociales.
Estos niños y niñas, muchas veces no pueden discriminar con quienes mantienen relaciones virtuales, o derechamente son engañados por adultos que escondidos en un alias falso, a través de mentiras los contactan con fines de mantener con ellos alguna relación de índole sexual.
Un caso práctico de esto es por ejemplo el que afectó a una menor de 11 años en febrero del presente año, cuando un adulto la contactó a través de Facebook, señalándole que tenía 14 años. Ambos iniciaron una relación de “amistad”, la que fue profundizada a través del servicio de mensajería para teléfonos celulares “WhatsApp”. Tiempo después, esta persona la citó en una plaza pública, donde la menor se enteró que su interlocutor era un mayor de edad, siendo ella abusada sexualmente por esta persona.
Este contacto previo, realizado por medios virtuales, en que un adulto realiza una comunicación con un menor de edad con el objeto de obtener un intercambio sexual es lo que se conoce como “grooming” o seducción de menores por medios virtuales.
El grooming tiene como consecuencia un detrimento moral y psicológico del o de la menor de edad, el abusador tiene como objetivo el conseguir su control emocional del niño o la niña con el objetivo de obtener algún tipo de contacto sexual.
En Chile hemos asistido a un aumento en estas conductas, medios de prensa han mostrado muchos casos en que abusadores de menores contactan a sus posibles víctimas a través de Internet, de hecho, solo durante el año 2012 la Brigada del Ciber Crimen de la Policía de Investigaciones detectó 296 casos de grooming, los que respecto al año 2011 habían aumentado en un 33,7%. Esto no considera la “cifra negra” de casos que no son denunciados por niños y niñas que callan estos intentos de contactos.
En medios de prensa, Danic Maldonado, subcomisario de la Brigada del Ciber Crimen explicaba el modus operandi de cómo se desarrollaba esta conducta: “Un hombre, también se dan casos de mujeres, pero en general son hombres, toma contacto con un menor de edad a través de las redes sociales e inicia un proceso de amistad y comienza a seducir a sus víctimas para lograr su confianza. Luego de eso comienza a pedir videos o fotografías en que aparezca sexy y va subiendo de tenor las peticiones”, agregando que “Los menores terminan accediendo pensando que van a perder la amistad. Cuando el victimario logra obtener algún video o imagen amenaza con publicarlo o enviarlos a sus colegios. Algunas veces es en este paso donde alertan a sus padres y ellos hacen las denuncias, sin embargo, muchos terminan en abuso sexual tras juntarse con sus agresores”
De hecho, de acuerdo a cifras de la tercera medición del Índice de Generación Digital, que elaboró Educarchile, VTR y Adimark, publicado el año 2011, ha existido un explosivo incremento en el acceso a la Internet entre los estudiantes de nuestro país.
Según este estudio, en Chile existe un acceso casi universal a Internet, el 74% de los hogares con niños en edad escolar tiene un computador, el 56% de los niños tiene acceso a Internet en el hogar, número que se amplía a un 96% si consideramos que dichos menores pueden conectarse desde cyber cafés o de sus establecimientos educacionales. Casi un 40% de los niños se conectan a la red los 7 días de la semana, y lo que es preocupante y justifica esta moción, más del 40% de los niños chatea con desconocidos. Por lo anterior es que quienes firmamos el presente proyecto de ley, y en atención a prevenir estas conductas, creemos que se hace necesario establecer en la legislación chilena una norma que persiga a los pedófilos que utilizan Internet para seducir a menores, ya que actualmente en nuestro país existe un vacío legal, debido a que el Código Penal exige que este intento de seducción se dé cuando el adulto esté en presencia física del menor de edad.
Por lo tanto, quienes firmamos, venimos en presentar el presente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Introdúzcase el siguiente artículo 366 sexies en el Código Penal.
“Artículo 366 sexies: El que sedujere o intentare seducir con la finalidad de ofrecer, inducir, alentar o solicitar un encuentro para alguna actividad sexual a través de cualquier medio electrónico, físico o presencial, a una persona menor de edad, será castigado con presidio menor en su grado medio a máximo. Esta pena se agravará en un grado, en caso de ser el menor un impúber, y en dos grados, en caso de ser este un infante.”
13. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS CARVAJAL, CARIOLA, FERNÁNDEZ Y HERNANDO, Y DE LOS DIPUTADOS SEÑORES ESPINOSA, DON MARCOS; FLORES, JARAMILLO, MELO; NÚÑEZ, DON MARCO ANTONIO, Y SOTO, QUE “ESTABLECE LOS DERECHOS DE LA MUJER EMBARAZADA EN RELACIÓN CON SU ATENCIÓN ANTES, DURANTE Y DESPUÉS DEL PARTO, Y MODIFICA EL CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR LA VIOLENCIA OBSTÉTRICA”. (BOLETÍN N° 9902-11)
Fundamentos:
1.- Durante la última década nuestro país ha dado pasos importantes en materia de resguardo y respeto de las mujeres. La legislación es variada y abarca aspectos penales, como la ley que penaliza el femicidio; derechos ciudadanos que permiten la equidad de participación política; y sobre temas contingentes a la sociedad toda, como la creación del Ministerio de la Mujer, el establecimiento del período post natal de 6 meses, y normas contra la discriminación de la mujer.
2.- En este contexto de protección de los derechos de las mujeres, hay una materia que reviste una sensibilidad mayúscula y que representa, para el entender de muchos de nosotros, un olvido legislativo que debemos cubrir a la brevedad: plasmar de manera legal un catálogo de derechos correspondientes a la mujer embarazada, para así otorgar una protección más acabada, sistemática y oficial, que resguarde la integridad física y psíquica de la mujer en estado de gravidez.
3.- Hoy en día, los derechos de la mujer embarazada se encuentran dispersos en distintos cuerpos normativos, por lo cual carecemos de una legislación que otorgue un cuerpo único y sistemático al resguardo de sus derechos. Así por ejemplo, podemos encontrar los derechos consagrados en materia laboral, como el pre y post natal, lo cual a todas luces representa un avance en materia de protección y resguardo de la madre. Por otro lado, existen diversos cuerpos normativos donde encontramos derechos referentes a salud, alimentación y otros, pero que al estar dispersos dentro de nuestra legislación, carecen de un sentido orgánico.
4.- El presente proyecto busca consagrar oficialmente un catálogo de derechos de la mujer embarazada en todas sus etapas hasta el post parto. Al respecto hoy en día en materia de atención de salud solo encontramos instructivos del Ministerio de Salud y algunos protocolos que deben seguir los profesionales de salud que se hacen cargo de su atención. Por ello pretendemos darle un estatus legal con una debida protección y eficiente procedimiento conocido, con el fin de que no entrampar una posible persecución de responsabilidades ante una eventual infracción.
5.- Por otro lado y como aspecto novedoso, el presente proyecto consagra de manera legal el concepto de “violencia Gineco-Obstétrica”, y las actuaciones que lo configuran. En derecho comparado u otras legislaciones[1], podemos encontrar el concepto “violencia obstétrica” y se encuentra definido señalando a grandes rasgos que se trata de un tipo de violencia de género que se ejerce sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, en un abuso de medicamentos y patologización de los procesos reproductivos[2]. En decir, se trata de una situación producida en contra de las mujeres que se encuentran ejerciendo sus labores de parto, dando a luz a su o sus hijos. Dicha situación se materializa, principalmente, a través de malos tratos verbales por parte del personal de asistencia al parto (médicos, matronas, asistentes, etc.), el sometimiento a la madre a un estrés innecesario, el ejercicio de maniobras violentas ajenas a toda recomendación y a los protocolos de atención al parto como la “maniobra de Kristeller”, o bien la realización de cesáreas para agilizar el nacimiento cuando no es debidamente necesario proceder de esa forma, entre otras manifestaciones.
6.- Es importante aclarar que el concepto “violencia gineco-obstétrica” no implica un ensañamiento en contra de la profesión obstetricia ni pretende responsabilizar totalmente de dicha situación a las matronas ni al personal médico en general. Esto representa un problema global que abarca también una responsabilidad estatal, falta de educación y cuidados, mal empleo de los protocolos, falta de personal, carencia de recursos, etc. Sin embargo, las principales víctimas son siempre la mujer y su hijo.
7.- Hablando de cifras, hoy en día el porcentaje de cesáreas practicadas dentro del sistema público es altísimo. La propia OMS señala que, en casos extremos y tomando en cuenta las posibles patologías de la madre, los índices de inducción y anestesia no debieran superar el 15% en contraste con la totalidad de partos efectuados. En este sentido, el derecho de elección de la madre, en cuanto a la modalidad del parto, se vulnera largamente. La cesárea es considerada por la Organización Mundial de la Salud como una intervención quirúrgica de alta complejidad que debe contar con razones médicas para su realización, ya que entraña riesgos y consecuencias adversas para las mujeres, así como para los recién nacidos.
8.- A lo anterior debemos sumarle numerosas denuncias y testimonios de mujeres que alegan ser víctimas de malos tratos, burlas y ser sometidas a condiciones poco decorosas al momento de dar a luz. La experiencia maravillosa de traer un hijo al mundo se transforma así, en una situación traumática y lamentable.
9.- Es por estas razones que nos vemos en la necesidad de impulsar éste proyecto, que busca asegurar el respeto del rol protagónico y derechos de la mujer, el recién nacido, y el entorno familiar; el derecho a una atención integral, de calidad y sin discriminaciones, donde se provea de un ambiente de privacidad física y emocional para la madre, el/la niño/a y su familia, y donde se facilite el derecho de la mujer a elegir el tipo de atención que prefiera[3].
10.- Nuestras mujeres, nuestras madres y futuras madres son sujetos de derecho y merecen un trato digno por parte del Estado, los funcionarios de la salud y en fin, de la sociedad toda. Consideramos que uno de los momentos más delicados, especiales e importantes de toda mujer, es cuando dan a luz y traen al mundo a un hijo. Es por ello que debemos asegurar las condiciones mínimas de comodidad, salubridad y respeto de sus derechos, ofreciendo las debidas garantías.
11.- Es por ello que el presente proyecto de ley tiene por objeto avanzar en este sentido, lo que esperamos sea complementado con las debidas políticas públicas por parte del Estado, con el fin de obtener una real garantía en los derechos de la mujer embarazada y su hijo al momento de nacer.
Por estos motivos, tenemos el honor de someter al conocimiento de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Primero.
TITULO I
Disposiciones Generales y Conceptos.
Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer, garantizar y promover los derechos de las mujeres al momento de ser sometidas a cualquier procedimiento ginecológico, o bien cuando sean asistidas durante el trabajo de parto, el parto y el post parto, con el fin de proteger su integridad física y psíquica, y erradicar y sancionar cualquier manifestación de violencia gineco-obstétrica que alteren las condiciones adecuadas con las que debe contar cada mujer al momento de ser examinadas o de dar a luz.
Artículo 2°.- Derechos de la mujer embarazada. Toda mujer embarazada, en relación con el trabajo de parto, el parto y el post parto, tiene los siguientes derechos:
a) A ser tratada con respeto por parte del equipo de salud que le asiste, de modo personal e individualizado, procurando garantizar un adecuado grado de intimidad durante el proceso asistencial, según las condiciones del lugar del parto.
b) A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante el proceso de parto, de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas. Sin embargo, este derecho jamás podrá ser ejercido de manera tal que ponga en riesgo la salud y vida de la madre y del que está por nacer.
c) A ser considerada durante todo el proceso de nacimiento, como una persona sana, de modo que se facilite su participación activa antes, durante y posterior al parto.
d) Al parto natural, evitando en lo posible, prácticas invasivas y suministro de medicación cuando no esté debidamente justificado. Sin embargo, este derecho jamás podrá ser ejercido de manera tal que ponga en riesgo la salud y vida de la madre y del que está por nacer.
e) A ser informada sobre la evolución del parto y del estado de su hijo o hijos.
f) A estar acompañada durante el trabajo de parto, parto y post parto, por una persona de su confianza y elección.
g) A mantener a su lado al recién nacido, siempre que éste último no requiera cuidados médicos especiales.
h) Cualquier otro derecho consagrado en otras leyes.
Artículo 3°.- De la asistencia al parto. El equipo de salud que asiste a la mujer durante el parto deberá proceder con estricto respeto a los derechos señalados en el artículo anterior.
El parto, en todas sus modalidades, deberá ser asistido con el cuidado necesario por el o la profesional calificado, asegurando la mayor seguridad para la salud de la madre y el neonato.
Artículo 4°.- Concepto de Violencia Gineco-Obstétrica.- Violencia Gineco-Obstétrica es aquella que se ejerce contra la mujer, por el personal de salud que, la evalúe ginecológicamente o bien de manera obstétrica asistiéndola en el parto, y que se expresa en un trato deshumanizado, en un abuso de medicación y patologización innecesaria de los procesos naturales, que trae como consecuencia para la mujer y en especial la mujer embarazada, la pérdida de su autonomía, y la capacidad de decidir libremente sobre su cuerpo, su sexualidad y reproducción, entre otras.
Artículo 5°.- Actos que constituyen violencia gineco-obstétrica. Se considerarán actos de violencia gineco-obstétrica, los ejecutados por las personas mencionadas en el artículo anterior, que menoscaben los derechos de las mujeres consagrados en la presente ley. Se incurre en dicha infracción, entre otros casos, cuando ocurre cualquiera de los siguientes hechos:
a) No atender oportuna y eficazmente las emergencias gineco-obstétricas.
b) Alterar el proceso natural del parto cuando, de no ser necesario, se aplican técnicas de aceleración, sin obtener el consentimiento voluntario e informado de la mujer.
c) Practicar el parto por vía cesárea cuando existen condiciones para el parto natural, sin obtener el consentimiento voluntario e informado de la mujer.
d) Obstaculizar el apego del recién nacido con su madre, sin causa médica justificada, negándole la posibilidad de reconocerlo, cargarlo y amamantarlo inmediatamente después de nacer.
e) Proferir insultos, malos tratos físicos y cualquier tipo de violencia sicológica a la mujer embarazada desde el trabajo de parto hasta el post parto.
Artículo 6°.- De la mujer no embarazada. Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, también constituirá Violencia Gineco-Obstétrica toda actuación proferida en contra de la mujer no embarazada, en un marco de atención médica ginecológica u obstetra, que le produzca algún tipo de vejamen, la pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre su cuerpo, su sexualidad y futura reproducción, no obstante de las demás infracciones o delitos y sus correspondientes sanciones contenidos en otras leyes.
Artículo 7°.- Derechos del padre. El padre del que está por nacer tiene derecho a participar del parto, siempre y cuando la madre lo autorice a ingresar. Además, tendrá derecho a ser informado sobre la evolución y estado de su hijo y de prestar su consentimiento informado sobre el parto, cuando la madre se encuentre impedida de manifestar su voluntad al respecto.
Artículo 8°.- Otros intervinientes. De faltar el padre o cualquier otra persona de las señaladas en el artículo 2° letra f), y cuando no sea posible obtener de la madre su decisión respecto al parto, será el personal médico el que decida, fundadamente, la metodología a seguir en durante el parto, teniendo siempre en consideración la salud del que está por nacer y de la madre.
Artículo 9°.- Promoción e Información. Los prestadores de salud que proporcionen servicios médicos de carácter ginecológico, obstetra o de maternidad, deberán mantener a la vista del público el contenido de la presente ley.
Se entenderá cumplida esta exigencia con la exhibición de un extracto que contenga, a lo menos, lo establecido íntegramente en los artículos 2º, 4º, 5º, 6 ° y 7º de la presente ley.
TITULO II
Sanciones.
§ 1. De las Sanciones
Artículo 10º.- De la infracción a la ley. El o los funcionarios de la salud, sean de recinto público o privado que cometan infracción a los preceptos de esta ley, en especial de los artículos 2°, 3°, 5° y 6°, serán sancionado por el tribunal de justicia competente, según la gravedad de la acción u omisión cometida, bajo los términos del artículo 11° de la presente ley y del artículo 403 ter del Código Penal.
Lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades civiles en las que pudiere incurrir.
Artículo 11°.- De las sanciones. Se sancionará como falta, entre otras, a aquellas infracciones cometidas a los preceptos establecidos en los artículos 2° letras a), b), c), e) y f); artículo 5° letra e); y a los artículos 7° y 8° de la presente ley.
A su vez, se sancionará como simple delito, entre otros casos, cuando se infrinja lo establecido en los artículos 2° letras g) y artículo 5° letra a y letra d).
Finalmente, cometerán crimen el o los funcionarios de la salud que, entre otros casos, infrinjan lo establecido en los artículos 2° letra d) y artículo 5° letras b) y c) de la presente ley.
Artículo 12º.- Del prestador de salud. El prestador de salud que incumpliere total o parcialmente con lo dispuesto en el artículo 9º de la presente ley, será sancionado por la autoridad de Salud competente con multa de 10 a 50 UTM. En caso de reincidencia, se aplicarán las mismas sanciones dobladas.
§ 2. Del Procedimiento.
Artículo 13.- De la acción Penal. La infracción a los preceptos de esta ley dará lugar para la interposición de acción penal pública previa instancia particular en los términos señalados en el Título II, Libro I del Código Procesal Penal.
El conocimiento de los hechos y su resolución se someterán a las reglas establecidas en el Libro II del Código de Procesal Penal, sobre el Procedimiento Ordinario.
Artículo 14.- De la Acción Civil. En caso de deducirse acción civil ante el Tribunal Civil correspondiente, su conocimiento se someterá a las reglas del Procedimiento Sumario, según lo señalado en el Libro Tercero, Titulo XI del Código de Procedimiento Civil.
-o-
Artículo Segundo.
Introdúzcase las siguientes modificaciones al Código Penal.
Incorpórese en el título octavo, de los crímenes y simples delitos a las personas, el apartado cuarto siguiente artículo 403 ter:
“El o los funcionarios de la salud sean de recintos públicos o privados, que cometan violencia obstétrica según los términos establecidos en la ley, serán sancionados de la siguiente forma:
1°. Con reclusión o relegación menores en sus grados medio s a máximo, cuando el hecho importare crimen.
2°. Con reclusión o relegación menores en sus grados medios o multa de veintiún a cuarenta unidades tributarias mensuales, cuando el hecho importare simple delito.
3°. Con multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, cuando el hecho importare falta.
Lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades civiles en las que pudiere incurrir”.
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Disposiciones Transitorias.
Artículo Único.- Esta ley entrará en vigencia el primer día del sexto mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial”.
14. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES GUTIÉRREZ, DON HUGO; CHAHIN; ESPINOZA, DON FIDEL; NÚÑEZ, DON DANIEL, Y RINCÓN, Y DE LA DIPUTADA SEÑORA NÚÑEZ, DOÑA PAULINA, QUE “DECLARA MONUMENTO NATURAL LA ESPECIE TAMARUGO”. (BOLETÍN N° 9903-12)
“Considerando
1.- El impacto que ha producido en la región de Tarapacá, la tala imprudente e irresponsable de tamarugos (Prosopis tamarugo Phil), con el fin de producir ilegalmente carbón vegetal y, por parte de empresas de energía, para implementar proyectos fotovoltaicos a un menor costo.
2.- Lo dispuesto en el DFL N° 294, de 1960, del Ministerio de Agricultura; en el Decreto N° 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República la Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América; el Decreto ley N° 701, de 1974, y sus modificaciones posteriores; los Decretos N°s. 259, de 1980, y 186, de 1994, ambos del Ministerio de Agricultura, que tienen por objeto tutelar la preservación de la naturaleza.
3.- Que en el año 1940 se suscribió, en la ciudad de Washington, la Convención para la Protección de la Fauna y Flora y las Bellezas Escénicas Naturales de América, la cual se ordenó cumplir y llevar a efecto como Ley de la República mediante el Decreto N° 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el propósito de manifestar la voluntad de los Estados contratantes de proteger y conservar en su medio ambiente natural ejemplares de las especies de su flora y fauna indígenas, preservando su diversidad genética y evitar su extinción por cualquier medio al alcance del hombre.
4.- Que el tamarugo tiene como nombre científico “Prosopis tamarugo Phil” perteneciente a la familia Fabaceae y género Prosopis. En sus primeros estados de desarrollo (plántula), el tamarugo desarrolla un pivote escasamente ramificado, que alcanza rápidamente una longitud de 80 a 120 cm, mientras el vástago sólo presenta 8–12 cm de altura. La elongación del pivote posteriormente se detiene y comienza a desarrollar abundantes raíces laterales, a partir de los 3 a 5 cm del cuello.
Cuando el vástago ha alcanzado 30 a 40 cm y se ha formado una densa masa de raíces laterales superficiales, el pivote reanuda su crecimiento, pero en este caso se ramifica en número variable (3 a 5) y crece en sentido horizontal.
Los árboles adultos presentan un sistema radical formado por una densa masa radicular escasamente lignificada, superficial, de 40 a 80 cm de espesor, y uno a varios pivotes, que crecen en forma horizontal a los 100 a 120 cm de profundidad. Estos pivotes luego vuelven a profundizar sin ramificarse, alcanzando generalmente 4 m; si la planta está vegetando en suelos muy arenosos, como ocurre en la zona de Canchones, los pivotes pueden profundizar sin ramificarse hasta los 7 a 8 m. La masa radicular absorbente abarca un perímetro aproximadamente igual que el diámetro de copa.
El sistema radical de las 14 plantas adultas de 11 a 50 años de edad presentó siempre el patrón recién descrito en el punto 3, pero con ciertas modificaciones: en lugares donde el agua se encontraba a los dos metros de profundidad (Sulfatera) se hacía sumamente superficial y extendido; y en la posición opuesta, donde la napa está a 60 m de profundidad (Baquedano), la champa se desarrolló sólo 60 cm y los pivotes penetraron en la arena únicamente hasta los 3–3,5 m.
Las raíces de la masa superficial mantienen su corteza y no forman peridermo sobre la estela. Las células de la corteza son muertas y contienen citoplasma aparentemente desorganizado, que se tiñe fuertemente con el azul de metileno; la estela se presenta blanca, lo que revela que aún se mantiene activa. Curiosamente, esta estructura es similar a la del rizoma de plantas epifíticas.
5.- Diversos estudios (Rodríguez, 1983; SQM, 2008) dan cuenta que el Proposis tamarugo forma asociaciones tanto puras como mixtas, estas últimas combinadas con Proposis alba (Algarrobo). Las actuales poblaciones corresponden a poblaciones naturales y plantaciones. Los bosquetes y árboles de regeneración natural se encuentran concentrados en los alrededores de La Tirana, en sectores cercanos a la Cordillera de la Costa. Las plantaciones han sido realizadas en la Pampa del Tamarugal, en el costado oriental del Salar de Atacama, y en Toconao. Las plantaciones fueron realizadas por la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) entre 1965 y 1973.
En Tarapacá, los bosques naturales de P. tamarugo están ubicados en el salar de Pintados, cercano al poblado de La Tirana, los que abarcan una superficie de 17.574 ha, con un total de 684.008 árboles y una densidad de 38,9 arb/ha. Además existen plantaciones de tamarugo pertenecientes a predios particulares en la localidad de la Huayca y Canchones (MMA, 2012) con un promedio de 34 arb/ha y un total de 837.770 ejemplares vivos entre P. tamarugo y P. alba.
6.- La ocupación humana en el espacio sobre el que se extiende el P. tamarugo se estima en los 9.000 A.P. (Antes del Presente), en un espacio geográfico que se extiende desde la Quebrada de Tiliviche por el norte hasta el Río Loa por el sur, con una longitud aproximada de unos 300 km. El primer lugar marca, hasta ahora, el inicio de la ocupación humana en tempranas épocas en el área. Las evidencias arqueológicas, en estos sitios, demuestran la existencia de Prosopis tamarugo inserta en una economía de caza y recolección. La presencia de sus restos, como maderos, semillas, morteros y manos para molienda así lo confirma (Núñez, 1978).
Desde los inicios de la ocupación, los pueblos cazadores y recolectores establecen verdaderos circuitos trashumantes entre la costa y la Pampa. La economía marítima, que los proveyó de mariscos y pescados, se intercaló con los recursos de flora y fauna autóctona de pampa y quebradas.
Resulta indiscutible el rol que desempeñó la Pampa del Tamarugal en las poblaciones de cazadores y recolectores, quienes, temporalmente y por milenios, organizaron sus circuitos entre la costa y el interior (Briones, 1985).
La recolección de algarrobo y tamarugo fue entre las labores de producción de alimento importante. Enero y febrero para la recolección, marzo-abril-mayo para la molienda. Caza, crianza y siembra, entre otras actividades, se suman a las de recolección de especies silvestres. Núñez (1978) establece, entre los alimentos identificados en la aldea, al algarrobo y tamarugo, con una alta frecuencia de consumo, compitiendo con el maíz, la quínoa y la calabaza.
El Prosopis tamarugo se advierte en la construcción de sus viviendas, sistemas defensivos, de almacenaje, etc. como elemento estructural y de soporte.
El aprovechamiento de los frutos de Prosopis en la elaboración de infusiones con fuerte grado alcohólico también ha sido registrado. Según estudios (Allison, 1983), en 24 culturas diferentes, desde Casma en el Perú, hasta Tarapacá en Chile, se ha observado consumo de frutos de Prosopis.
Finalmente, debemos valorar al Prosopis como fundamental recurso alimenticio para los animales tanto silvestres como domesticados.
Fuentes históricas señaladas por Luis Briones (1985) dan cuenta de las prácticas culturales y económicas en torno al P. tamarugo:
“(…) En 1525, Pedro Maviño de Lovera, que acompaña el paso de Diego de Almagro, relata, según antecedentes inéditos entregados por el investigador Jorge Hidalgo: “Hallaron unos panes grandes hechos de algarroba, que era la común provisión de los infieles que habitaban el área” (…) refiriéndose al aprovechamiento del fruto del algarrobo como alimento.
El Padre Alonso de Balsana, jesuita, publica en Paraguay (1594) en sus Relaciones Geográficas de Indios, V. 2. Bibliot. de Autores Españoles, lo siguiente: “El modo de vivir de estas naciones es el ser labradores, sus ordinarias comidas son maíz, lo cual siembran en mucha abundancia; también se sustentan de grandísima suma de algarroba, la cual recogen por los campos todos los años al tiempo que maduran y hacen de ella grandes depósitos; y cuando no llueve para coger maíz (o) el río no sale de madre para regar la tierra, pasan sus necesidades con esta algarroba, la cual no le es sólo comida, mas también hacen de ella bebida, tan fuerte que nunca hay más muerte y guerras entre ellos que mientras dura el tiempo de la algarroba. En estos mismos tiempos della ha procurado nuestra compañía irse con ellos cuando le van a coger (y) ha catequizado y bautizado en aquel mesmo tiempo muchos infieles en el mismo monte de algarroba y confesado y predicado y hecho nuestros ministros”. Aquí nos recuerda los antecedentes del Dr. Allison, respecto del uso excesivo que hicieron del Prosopis al consumir la chicha, con un valor alimenticio importante pero dañino… “este monte de arboleda se ha secado mucha parte de él en las inmediaciones de la Quebrada de Tarapacá por 2 razones: La primera porque siendo el terreno más alto parece que las aguas subterráneas crecen más profundas y no alcanza los árboles tanta humedad que necesitan para su conservación, no obstante que todavía hay muchas algarrobas, tamarugos y molles en esta parte. La segunda porque es mucha la cantidad que cortan para hacer leña, hacen carbón y otras menesteres, siendo lo que más destruye esta arboleda el modo que tienen de hacer el carbón: cortan los árboles y los destrozan y cuando están secos los juntan y les prenden fuego sin otra precaución alguna y, cuando les parece que están pasados de fuego, los apagan con tierra y sucede que si pusieron 100 quintales de leña, sacaron 20 ó 25 de carbón bien malo…”
O'Brien, en 1765, en Descripción del valle o Pampa de Isluga y del Tamarugal, se refiere al aprovechamiento de los Prosopis.
En otra parte, sus antecedentes se refieren a los montes de tamarugo. “Hay en él gran cantidad de crecidos árboles que llaman tamarugo, algarrobo y molles, muchas y crecidas retamas con un espeso e intrincado monte bajo, que en parte lo hacen impenetrable, por esta parte cerca del pueblo de Pica y es bastante húmedo y muy abundante en agua subterránea”.
Para finalizar que:
“(…) Billinghurst describe, en sus estudios sobre recursos económicos de la Pampa a fines del siglo pasado: … “Existen bosques enteros sepultados por aluviones en las quebradas de Sipuca, Chipana, Mani, Tambillo, Monte Soledad, etc., de la Pampa del Tamarugal…”. “Desde 50 cm de hondura hasta 380 pies de profundidad, es posible hallar tamarugos inmensos sepultados por aluviones sucesivos…” Respecto de esto, debemos mencionar los relatos hechos por “cazadores” de tamarugos y algarrobos para la producción de carbón- leña, que se hacía hasta mediados del presente siglo. “La existencia es tan grande que habría para una explotación de 50 años abasteciendo de carbón y leña a las provincias de Tarapacá y Antofagasta, y Bolivia misma sin interrupción…” “Las leñas de tamarugos y algarrobos, de Pintados al Norte, han sido consumidas desde tiempo inmemorial, y tienden a agotarse. Las regiones de Pintados y el Loa están inexploradas y su riqueza en leña fósil es incalculable, y sólo se esperan las facilidades de comunicación, elementos de trabajo y el esfuerzo humano para mostrarse.”
7.- Esta especie de Prosopis es endémica de Chile. Su área de dispersión natural es la Región de Tarapacá, y su superficie más extensa se ubica en los alrededores del Salar de Pintados, en la zona de la Huayca, y en La Tirana. Se han determinado edades de tamarugo en el sector de La Tirana de aproximadamente cuatrocientos años (Muñoz en Torres, 1985).
La fauna asociada está representada por los reptiles Phrynosaura reichei y Tropidurus tarapacensis (lagartos), por los mamíferos Dusicyon culpeaus, Dusicyon griseus (zorros), Galictis cuja (hurón o quique), Ctenomys robustus yPhyllotis darwini (roedores). (Ibíd.)
Entre las aves, destacan la Zenaida asiática (paloma), Speotito cunicularia (pequén), Tyto alba (lechuza) y varias otras especies del orden Passeriforme. (Ibíd.)
Entre los arbustos de menor desarrollo se deben mencionar el Atriplex atacamensis (cachiyuyo), Caesalpinia aphylla (retamo), Tessaria absinthiodes (Brea), Euphorbia tarapacana y Tagetes grandulosa. En el estrato herbáceo, se encuentran las especies Cressa cretica y Distichlis spicata, especie que cuando crece sobre los salares, experimenta un crecimiento en masas compactas y de gran desarrollo vertical. Además, se encuentran otras especies de este mismo género (Corfo, 1982).
La categoría de conservación del P. tamarugo pasó de “Vulnerable” (V) a “En Peligro” (EN) según el nuevo Reglamento de Clasificación de Especies del año 2013 y cuya vigencia y clasificación persiste a la fecha de este informe.
8.- La creciente presión humana y de actividades energéticas relacionadas con las ERNC, plantas solares. Lo que pone en riesgo al P. tamarugo. La presión sobre los bosques de P. tamarugo ha ido en aumento, lo que pone en riesgo evidente las oportunidades para estudios biológicos, actividades de esparcimiento y otros beneficios.
Otro aspecto vital para la diversidad y para nuestra posición competitiva como país, en materia de conservación de genes, es el valor potencial del P. tamarugo como fuente de germoplasma, tanto para mejorar las especies ya domesticadas como para encontrarles nuevos usos. Los extremos de aridez, calor, salinidad y carencia de nutrientes seleccionan genes, que dan origen a características aptas para la supervivencia en estas áreas. Al cruzar especies domésticas con estirpes silvestres, existe la posibilidad de que aparezcan híbridos dotados tanto de mayor valor nutritivo, como de otras características convenientes. Las plantas del desierto proporcionan alimento para el ganado y para los seres humanos, como también una variedad de productos para la industria. (Torres, 1985)
La producción primaria es reducida en esta parte de Chile. Con todo, existen masas boscosas que, convenientemente manejadas, podrían destinarse a la producción de leña, madera para artesanía y para usos industriales menores. La Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) ha probado sistemáticamente las propiedades forrajeras del bosque de tamarugo, lo que debe continuarse profundizando para lograr un máximo rendimiento sostenido. Si se maneja esta área adecuadamente, su capacidad para sustentar animales, tanto domésticos como silvestres, aumentaría.
La topografía del área, la pureza de su aire, su interesante flora y fauna, sus panoramas y su proximidad a las ciudades de lquique y Arica, tornan el área atrayente para muchas actividades al aire libre. En realidad, uno de los motivos fundamentales para emprender este esfuerzo de planificación, es el de poder dar cabida —y someter a control— a un aprovechamiento creciente y desordenado, que en sí mismo ha contribuido a rebajar la calidad del aire, particularmente por el abandono y diseminación de desperdicios, existencias de plagas que pueden ser controladas, etc.
A causa del interés nacional e internacional que despierta esta especie endémica, el área es ideal para actividades de investigación básica y aplicada, en relación con las ciencias biológicas, sociales y arqueológicas.
No cabe duda que las escuelas y otros centros de estudios universitarios utilizarán el área para los aspectos prácticos de su enseñanza teórica. Se podrían también organizar excursiones educativas al terreno tanto para los habitantes de lquique y de Arica, como para los turistas nacionales e internacionales.
En el aspecto sistémico se ha comprobado que el P. tamarugo protege las reservas de agua subterráneas, disminuye los efectos del viento sobre el desierto, modera las temperaturas locales, ofrece sombra para los animales, acumula biomasa para energía y ofrece oportunidades de recreación para las poblaciones locales. Las plantaciones realizadas con Tamarugo, así como los bosques naturales, han significado la transformación del ecosistema desértico absoluto en un agro-ecosistema y la apertura al desarrollo social y económico de la zona.
La productividad del tamarugo está relacionada con la edad, distancia de plantación, profundidad y calidad del agua de la napa freática; asimismo el manejo inicial que se observa en las plantaciones, tiene incidencia en la productividad. Las plagas y sus tratamientos también tienen marcada incidencia.
La fructificación se presenta uniformemente en la copa del árbol; los frutos al caer se distribuyen en el suelo, existiendo mayor densidad en la proyección del árbol.
9.- Que la comunidad científica nacional y de Tarapacá en particular, ha reconocido el valor del Tamarugo (Prosopis tamarugo Phil) por existir en un ambiente árido, con carencia de agua, además de su calidad como especie que brinda amparo del sol en la Pampa de Tamarugal, capaz de generar una alta identificación cultural por parte de la población de Tarapacá y reconocimiento iconográfico en todo el Norte Grande y en el conjunto del país.
Por tanto: Los Diputados y las Diputadas abajo firmantes, venimos en presentar el siguiente Proyecto de Ley;
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO PRIMERO: Se declara monumento natural de acuerdo a la definición de la Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América, al Tamarugo (Prosopis tamarugo Phil) que se encuentra, principalmente, en la zona norte entre las regiones de Tarapacá y Antofagasta.
ARTICULO SEGUNDO: Esta declaración tendrá las siguientes finalidades:
a.- Estimular el desarrollo de investigaciones científicas debidamente autorizadas.
b.- Desarrollar planes de manejo forestal, por parte de organismos oficiales del Estado, con el objeto de conservar y mejorar el estado de conservación de la especie en su calidad de protegida. La autorización para realizar las actividades mencionadas, será otorgada, necesariamente, por el Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal.
c.- El aprovechamiento de los árboles muertos de tamarugo sólo podrá efectuarse previo plan de manejo aprobado por la Corporación Nacional Forestal. Se entenderá por árbol muerto, aquel que ha perdido en forma permanente y total el follaje, que no presenta actividad fotosintética, que tiene destruido el cambium y cuya corteza se ha desprendido en forma natural.
d.- La Corporación Nacional Forestal no aprobará planes de manejo de aprovechamiento de especímenes muertos por efectos del fuego u otra acción del hombre, cuando sea presumible que el propietario o agentes suyos han tenido responsabilidad en ello.
ARTICULO TERCERO: Las infracciones a esta ley se sancionarán con las penas y conforme al procedimiento establecido en el Decreto ley N° 701, de 1974 y sus reglamentos complementarios, y por las demás disposiciones legales vigentes en estas materias”.
15. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES RINCÓN, ANDRADE, CERONI, CHÁVEZ, FLORES; MONCKEBERG, DON CRISTIÁN; ORTIZ, SAFFIRIO Y SQUELLA, Y DE LA DIPUTADA SEÑORA HERNANDO, QUE “MODIFICA EL CÓDIGO PENAL Y EL DECRETO LEY N° 645, DE 1925, SOBRE EL REGISTRO GENERAL DE CONDENAS, CON EL PROPÓSITO DE AUMENTAR LAS PENAS EN EL CASO DE DELITO DE LESIONES COMETIDOS EN CONTRA DE MENORES Y DE ESTABLECER INHABILIDADES PARA CONDENADOS POR ESOS ILÍCITOS”. (BOLETÍN N° 9904-07)
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
El 13 de junio del año 2012 se promulgó la Ley N° 20.594, la que creo inhabilidades para condenados por delitos sexuales en contra de menores de edad y estableció un registro público de dichas inhabilidades, registro al que todos los chilenos pueden acceder vía internet.
Esta norma, estableció una nueva pena en el Código Civil, la de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones desarrollados en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Los delitos que la ley estableció con dicha pena son violación de un menor de edad, introducción de objetos a un menor por vía anal, vaginal o bucal y el uso de animales para abusar de la víctima; cometer abuso sexual, realizar ante un menor actos de connotación sexual, participar en la producción de pornografía con menores, violación con homicidio de un menor, sustracción de menores y robo con violencia o intimidación cuando una de las víctimas hubiese sufrido violación siendo menor de 14 años.
A la vez, se creó una sección especial en el Registro de Condenas, el que está a cargo del Registro Civil e Identificación, el cual está accesible a la población por vías informáticas, para que así la ciudadanía se pueda informar de quienes se encuentran inhabilitados para ejercer funciones en el ámbito educacional o que involucren un trabajo directo con menores de edad.
Todo lo anterior, significó un gran avance en nuestra legislación, con el cual se tendió a proteger a los menores de edad de pederastas y abusadores, lo que valoramos profundamente.
Sin embargo, los mocionantes del presente Proyecto de Ley, tenemos la convicción de que se deben extender también a los delitos en contra de la integridad física de los menores de edad a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Es por esto que a través de la presente moción proponemos agregar un nuevo artículo en el Código Penal, el que establece en los delitos contra la integridad de las personas la pena de inhabilitación perpetua para trabajar en directa relación con niños a los condenados por dichos ilícitos cometidos en la persona de un menor de catorce años.
A la vez, se propone modificar el artículo 39 bis del Código antes mencionado, para incluir en dicha norma, que establece la inhabilitación a la que nos referimos anteriormente, los delitos referidos al maltrato de menores.
En el proyecto también se establece una agravante para sancionar estos delitos de una manera más efectiva, modificando el artículo 400 del Código Penal, a fin de aumentar en un grado la pena a los autores del delito de lesiones cuando estos se cometan en contra de un menor de edad.
Finalmente, el Proyecto de Ley viene a modificar el Registro General de Condenas, estableciendo un nuevo registro que hemos denominado de “Inhabilitaciones impuestas por Delitos de Connotación Sexual cometidos contra Menores de Edad”, el cual podrá ser consultado por cualquier ciudadano que necesite contratar a una persona para trabajar con menores de edad, sea en colegios, instituciones o en el hogar, ya sea como profesores, cuidadores de menores o asesoras del hogar que cuidan a niños, entre otras profesiones y oficios.
Todo esto, se fundamenta en casos de pública notoriedad en los cuales personas que trabajan directamente con niños, han sido sorprendidas golpeándolos o ejerciendo todo tipo de maltratos contra ellos. Tal es el caso de la asesora del hogar Abigail Godoy, quien fue sorprendida a través de una grabación golpeando a un niño de dos años que tenía a su cargo. Esta persona fue formalizada por lesiones leves, y se encuentra enfrentando un proceso judicial en el que incluso se hizo parte el Sename.
Muchas veces, estas personas que maltratan a menores de edad, son condenadas por lesiones leves, por lo que la presente moción establece la inhabilidad para trabajar con niños a las personas que son encontradas culpables de delitos por todo tipo de lesiones, desde las graves a las leves.
Casos como el descrito anteriormente hay por miles, por lo que creemos que el crear dicha inhabilidad va en el camino correcto de proteger a nuestros niños y niñas, y otorga una tranquilidad extra para quienes necesiten contar con los servicios de personas que trabajarán cuidando o prestando servicios a sus hijos e hijas, y también entrega a quienes se desempeñan en estas labores, el antecedente público de no tener condenas por hechos tan lamentables y reprochables como lo son el maltrato de menores.
Por lo anterior, quienes suscribimos, venimos a presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Primero: Agréguese el siguiente artículo 399 bis al Código Penal:
“Artículo 399 bis. El que cometiere cualquiera de los delitos previstos en los artículos 395, 396, 397, 398 y 399, en contra de un menor de catorce años de edad, será condenado además a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.”
Artículo Segundo: Modifíquese el artículo 39 bis del Código Penal:
Sustitúyase la expresión “prevista en el artículo 372 de este Código,” del inciso primero del artículo 39 bis del Código Penal por la expresión “previstas en los artículos 372 y 399 bis de este Código,”.
Artículo Tercero: Modifíquese el artículo 400 del Código Penal:
Intercálese la expresión “personas menores de edad,” entre las expresiones “Violencia Intrafamiliar,” y “o con cualquiera”.
Artículo Cuarto: Sustitúyase el inciso tercero del artículo 1° del Decreto Ley Nº 645 sobre “Registro General de Condenas”, por el siguiente texto:
“Asimismo, el Registro tendrá dos secciones especiales, accesibles vía internet, la primera denominada “Inhabilitaciones impuestas por Delitos de Connotación Sexual cometidos contra Menores de Edad” y, la segunda, denominada “Inhabilitaciones impuestas por Delitos de Lesiones cometidos contra Menores de Edad”, en la cuales se registrarán todas las inhabilitaciones establecidas en el artículo 39 bis del Código Penal y que hayan sido impuestas por sentencia ejecutoriada.”.
16. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS CARIOLA, FERNÁNDEZ Y VALLEJO, Y DE LOS DIPUTADOS SEÑORES ANDRADE, AUTH; ESPINOZA, DON FIDEL; GUTIÉRREZ, DON HUGO, Y TEILLIER, QUE “REGULA LA RESPONSABILIDAD PENAL DE CANDIDATOS Y TITULARES DE CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, Y ESTABLECE UN PROCEDIMIENTO PARA LA PERSECUCIÓN DE DELITOS CONTRA LA FE PÚBLICA”. (BOLETÍN N° 9905-07)
I. ANTECEDENTES
La Constitución Política de la República en el inciso primero de su artículo 8º establece que “el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”. Por su parte, la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado en su artículo 52 inciso segundo, define el principio de probidad administrativa como el “observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”
La conducta funcionaria intachable dice relación tanto con el comportamiento moral o social del funcionario, como con la integridad, imparcialidad, transparencia, eficiencia y eficacia en el desempeño de la función asignada al cargo. Por lo tanto, los servidores públicos deben adecuar sus actuaciones no sólo a los deberes que les fija el texto de la norma, sino que además deben desarrollar y aplicar sin excepciones, todas aquellas prácticas que dicta la ética pública ante la comunidad.
El desempeño honesto y leal de la función en el caso de parlamentarios, alcaldes, consejeros regionales entre otros, implica necesariamente que aquellos que ostentan cargos de representación derivadas de actos eleccionarios de soberanía popular deben actuar de manera recta y honesta, para que se traduzca en un cumplimiento eficiente y eficaz.
Las personas que ejercen funciones públicas derivadas de cargos de elección popular, no sólo le deben lealtad institucional al Estado y a la Constitución (como se espera de cualquier servidor público), sino que le deben lealtad al pueblo en general a quien representan, y a sus electores en particular que los apoyaron en el proceso por el cual accedieron al cargo, dando completa preeminencia al interés general sobre el particular, al interés colectivo por sobre el suyo personal.
Según datos entregados por el Ministerio Público[1] para los delitos de corrupción durante los tres primeros trimestres del año 2014, de un universo de 1761 delitos ingresados y 1969 delitos terminados, se obtuvieron 186 condenas, por un total de 27 juicios orales. Entre los años 2010 a 2012, se indagaron 5.908 casos de corrupción y faltas a la probidad que implicaban a funcionarios públicos, en los cuales tan sólo 725 causas; -es decir, el 12,2%-, terminaron con una persona condenada, y 70 finalizaron con la absolución del o los imputados.
Esto significa que las salidas alternativas, el archivo provisional o la aplicación del principio de oportunidad tienen una amplia aplicación a delitos que por revestir un notorio interés público por los deberes de probidad y buen desempeño del cargo, debiesen ser investigados en su totalidad.
II. FUNDAMENTOS
Famosos son los casos de personeros políticos imputados por delitos contra la fe pública que han acudido a las salidas alternativas, con la consiguiente inimputabilidad de responsabilidad penal y teniendo como primera y principal consecuencia el evitar el desarrollo de un procedimiento penal inculpatorio.
Por esto es que no es aceptable que una persona, cuya primera obligación en virtud de su cargo sea la transparencia, se acoja a la suspensión condicional del procedimiento como si se tratase de un beneficio y no de una solución al conflicto, el cual es el fundamento de dicha institución.
Los delitos de corrupción también conocidos como los “delitos funcionarios” son todas aquellas conductas ilícitas cometidas por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, o aquellas que afectan el patrimonio del Fisco en sentido amplio.
Estos delitos pueden ocurrir tanto en la administración del Estado, como en sus organismos centralizados o descentralizados, entidades autónomas, en las Municipalidades o los Gobiernos Regionales, y van desde un fraude al Fisco, pasando por una negociación incompatible, el cohecho y la violación de secretos. En el Código Penal se dedica un capítulo exclusivo a la regulación de los tipos penales considerados “delitos funcionarios” y que son 39.
Las penas que se arriesgan por la comisión de este tipo de delitos va desde una inhabilitación -por un nombramiento ilegal- hasta los 15 años de presidio –por una malversación de caudales públicos superior a las 400 U.T.M-.
Los hechos que son descritos para estos delitos deben ser investigados por completo, y las personas que ejercen funciones públicas tienen una responsabilidad ante el pueblo que se ve acentuada cuando provienen del ejercicio de la soberanía popular mediante las elecciones, por lo tanto no pueden esperar que no se indaguen, es más, deben fomentar esas investigaciones.
El interés público que se concita para los casos de corrupción y falta de probidad le importa a todo el país, más aún cuando los ilícitos se cometen por parlamentarios o cualquier autoridad electa, en conjunto con sus asociados, y cuyo fin es proveer de financiamiento a las personas que toman decisiones administrativas y legislativas, pudiendo influir en ellas en el sentido que dichas decisiones favorezcan sus intereses particulares.
El presente proyecto, pone el acento en la investigación de los hechos más que en la condena misma, puesto que la búsqueda de la verdad y su establecimiento mediante la imparcialidad que debe gobernar a las decisiones judiciales es de interés para todo el país.
Por todo lo anterior, es que los diputados abajo firmantes venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- Contenido. La presente ley regula la responsabilidad penal de las personas que desempeñen funciones públicas en el ejercicio de cargos de elección popular respecto de los delitos cometidos en contra de la fe pública.
En lo no previsto por esta ley serán aplicables, supletoriamente, las disposiciones contenidas en el Libro I del Código Penal, el Código Procesal Penal y en las leyes especiales que correspondan, en todo lo que resultare pertinente.
Para todos los efectos, las investigaciones reguladas por la presente ley, serán calificadas de Alta Prioridad, y deberán ser dirigidas por la unidad especializada del Ministerio Público que corresponda o por aquella que sea dispuesta excepcionalmente por el Fiscal Nacional en virtud de lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio público
Artículo 2°.- Alcance. Las disposiciones de la presente ley serán aplicables a todas las personas naturales que hayan sido candidatas, a las que resulten electas y a aquellas se encuentren en ejercicio de funciones públicas como consecuencia de los actos eleccionarios contemplados en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y en general a toda persona que ejerza una función pública en un cargo de elección popular, además de los terceros y extraños copartícipes, respecto de los delitos previstos en los artículos 27 y 28 de la ley Nº19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero, aquellos establecidos en los párrafos 5, 6, 9 y 11 del Título V del Código Penal y aquellos establecidos en los artículo 97 y siguientes del Código Tributario, así como también a los partidos políticos y a las personas jurídicas de derecho público y privado que corresponda, en razón del financiamiento y aporte que realicen a las personas señaladas en el inciso primero del artículo 1°.
Artículo 3°.- Atribución de responsabilidad. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y las leyes especiales que correspondan, las personas que ejerzan funciones públicas en razón de un cargo de elección popular serán siempre responsables por los delitos que fueren cometidos directa e inmediatamente para su financiamiento, interés o para su provecho, el de su partido político, alianza o pacto, ya sea electoral, programático o de cualquier otro tipo.
También tendrán responsabilidad por los delitos que sean cometidos por dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes, fundadores, directores o quienes realicen actividades de administración y supervisión en personas jurídicas de derecho público o privado, siempre que la comisión del delito fuere cometido para el financiamiento, interés o provecho de su persona o actividades en que tenga participación y sean de su conocimiento, sin perjuicio de las responsabilidades que a los autores de esos delitos les competa.
Bajo los mismos presupuestos del inciso anterior, serán responsables también por los delitos cometidos por personas naturales que estén bajo su dirección o supervisión directa, o la de alguno de los sujetos mencionados en el presente artículo, y en general por cualquier persona o entidad relacionada, siempre que se cometan para su financiamiento, interés o provecho y sean de su conocimiento.
La contratación laboral, de servicios y de asesorías entre los sujetos mencionados en este artículo o sus relacionados, hará presumir el conocimiento de las actividades de financiamiento, interés o provecho sancionadas en esta ley
Artículo 4°.- Responsabilidad penal de las personas jurídicas. Respecto de los delitos cometidos en interés o provecho de los sujetos referidos en el artículo 1° de la presente ley, la responsabilidad de la persona jurídica será siempre autónoma e independiente de la responsabilidad penal de las personas naturales y no les será aplicable la eximente de responsabilidad penal establecida en los artículos 3° y 4° de la ley 20393.
Artículo 5°.- Circunstancias agravantes. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 12 y 13 del Código Penal, son circunstancias agravantes de la responsabilidad penal:
a) El que los sujetos penados pertenezcan a un mismo partido político o alianza electoral dentro de los cinco años anteriores a la comisión del delito.
b) Ejecutar el delito por medio de persona jurídica receptora de fondos públicos.
Artículo 6°.- Investigación de la responsabilidad penal de los terceros copartícipes. Cuando el Ministerio Público tome conocimiento de la eventual participación de personas naturales en el financiamiento y aporte a las personas imputadas o investigadas en virtud de lo dispuesto en los artículos 1° y 2°, deberá ampliar dicha investigación con el fin de determinar la responsabilidad penal correspondiente.
Artículo 7°.- Investigación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La investigación de la eventual participación de personas jurídicas se regirá por las disposiciones de la ley 20393 en todo lo no previsto por la presente ley.
Artículo 8°.- Principio de oportunidad. Lo dispuesto en el artículo 170 del Código Procesal Penal no será aplicable respecto de los procedimientos establecidos en la presente ley cuando fueren imputados a las personas señaladas en el artículo 1° o a terceros para el financiamiento, interés o provecho de aquellas o de algún partido político.
Artículo 9°.- Suspensión condicional del procedimiento. Lo dispuesto en el artículo 237 del Código Procesal Penal no será aplicable respecto de la investigación de los delitos imputados a las personas señaladas en el artículo 1°, ni respecto de aquellos cometidos por terceros y extraños copartícipes o por personas jurídicas de derecho público o privado para el financiamiento, interés o provecho de aquellas o de algún partido político.
Artículo 10°.- Acuerdos reparatorios. Cuando el imputado fuere alguna persona en el ejercicio de una función pública en un cargo de elección popular, el juez de garantía, negará de oficio su aprobación a los acuerdos reparatorios que sean convenidos entre dicho imputado y la víctima.
En la investigación de los delitos previstos en los artículos 27 y 28 de la ley Nº 19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero, aquellos establecidos en los párrafos 5, 6, 9 y 11 del Título V del Código Penal y aquellos establecidos en los artículo 97 y siguientes del Código Tributario, se entenderá siempre que existe un interés público prevalente en la continuación de la persecución penal.
Artículo 11°.- Obligación de comparecencia. Las personas que desempeñen funciones públicas en el ejercicio de un cargo de elección popular, estarán obligadas a comparecer al llamamiento judicial practicado con el fin de prestar declaración testimonial respecto de los delitos previstos en los artículos 27 y 28 de la ley Nº 19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero, aquellos establecidos en los párrafos 5, 6, 9 y 11 del Título V del Código Penal y aquellos establecidos en los artículo 97 y siguientes del Código Tributario y no les será aplicable la excepción establecida en la letra a) del artículo 300 del Código Procesal Penal.
Con todo, el tribunal podrá calificar la pertinencia de su declaración y su relación con los hechos y denegar fundadamente la solicitud de comparecencia respecto de aquellas personas indicadas en el inciso anterior, ya sea de oficio o a petición de parte. Esta resolución será apelable en el sólo efecto devolutivo.
17. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LA DIPUTADA SEÑORA RUBILAR Y DEL DIPUTADO SEÑOR TORRES, QUE “ESTABLECE NORMAS SOBRE CERTIFICACIÓN DE ESPECIALIDADES MÉDICAS CURSADAS O EJERCIDAS EN EL EXTRANJERO”. (BOLETÍN N° 9906-11)
“Honorable Cámara, tenemos el honor de someter a vuestra consideración el presente proyecto de ley:
Antecedentes Generales
En enero de 2010, la Subsecretaría de Redes Asistenciales, mediante su Departamento de Recursos Humanos realizó un estudio de Brechas de oferta y demanda de médicos especialistas en Chile. Dicho estudio se realizó en virtud de un programa de colaboración técnica entre el Banco Mundial y el nuestro Gobierno.
Dentro de los principales resultados arrojados, se encuentra la estimación del universo de médicos en Chile, sus distribución geográfica, los existentes en el sector público, disponibilidad de médicos por población y tipo de seguro, evolución 2004-2008 en los Servicios de Salud, características demográficas de los médicos, dinámica de contratación en los Servicios de Salud y una estimación de médicos especialistas en Chile.
Si bien el estudio reconoce la dificultad cierta de poder tener certeza en la cantidad de médicos en el país, los resultados sirven para los fines que se busca regular mediante este proyecto de ley, cual es el sector privado.
En suma, se estableció la cantidad de médicos a través de diversas vías, como por ejemplo el SII.
La cifra antes señalada, demuestra una inequidad existente en el país, cual es la inequidad en la distribución geográfica de los médicos, tanto a nivel público como a nivel privado, llegando a estar el 73% de los médicos (generales y especialistas) en la zona central (regiones V, VI, VII y Metropolitana).
El número de médicos, señala el estudio es de 179 médicos por cada 100.000, siendo esta la media nacional, alcanzando a 117 y 119 en las regiones Sur y Norte respectivamente, muy alejado del estándar de la OCDE para el 2005, era de 310 médicos para cada 100.000. La proporción de la zona central es 212 médicos/100.000, habitantes, cifra superior, pero igual lejana del óptimo.
Continúa el estudio señalando que al 2008, el sector público contaba con 13.308 médicos, esto es un 44% del total del país.
Divididos en 10.589 (35%) en los Servicios de Salud, y 2.749 en la Atención Primaria de Salud (APS).
Esta realidad a la fecha no ha variado, no obstante los esfuerzos de los gobiernos por aumentar la cantidad de ofertas para acercarse al sector público y mantenerse en él.
La carencia de médicos especialistas se ha mantenido, así lo consignan medios de comunicación nacional. 1.400 médicos sería la brecha de especialistas, cifra mantenida desde el 2010 (fecha del estudio) consignaba el Diario La Segunda[5].
Con fecha 3 de diciembre del año recién pasado, el portal del canal 24 horas, consignaba el cierre de la UCI pediátrica del Hospital Padre Hurtado, por falta de intensivista.[6]
A simple vista, no podemos percatar que la crisis de médicos especialistas se ha mantenido, siendo un hecho constatado por estudios centrales, o medios de comunicación nacional.
Sistema de validación.
Nuestro país cuenta con un organismo privado, sin fines de lucro, denominada Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, Conacem.
Dicho organismo se ha convertido en el ente encargado, de reconocer y otorgar validación a las especialidades médicas, previo control de conocimientos.
Dentro de los requisitos generales, dio organismo establece:
1. Título de Médico Cirujano
otorgado por las universidades chilenas o autorización legal para ejercer la profesión en Chile, si el título fue otorgado por universidades extranjeras.
2. Acreditar un período de formación posterior al título de Médico Cirujano acorde con los requisitos que a continuación se expresan y aprobar las evaluaciones teóricas y prácticas diseñadas por la Corporación, de acuerdo a estos reglamentos cuando corresponda.
La problemática acá se origina por el requisito de la autorización legal para ejercer la profesión en Chile.
Si esto lo llevamos al sector que nos interesa regular, y buscamos dar una solución, que es el sector público, dicha autorización se traduce en rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, EUNACOM. Este examen mide conocimientos generales de la profesión, que dicen relación con la formación básica de un médico, esto es Médico General, es decir los conocimientos adquiridos en los primera años de estudio de la profesión médica, los cuales en el desarrollo práctico-profesional de un especialista no tienen ya aplicación. Y esto obedece a cualquier área de las profesiones. Cuándo uno adquiere una expertís en determinada área, su campo ocupacional se enfoca exclusivamente en dicha expertís, más aún cuándo esta es altamente demandada.
En este sentido, resulta una barrera muy alta, y poco prudente, el aprobar exámenes de conocimientos adquiridos hace 10, 15 o más años, y hoy en desuso de nuestro desenvolvimiento diario. Esto no obsta a manejar los conceptos básicos, pero le podemos pedir a un especialista en derecho penal, que se ha dedicado por 15 años, manejar al dedillo el orden de la prelación de crédito, si esta no es su área y no ejerce? Bastará con que sepa en qué consiste la prelación.
Es en este sentido, y dada la tremenda brecha existente en los especialistas del sector público, nos surge una duda, a nuestro juicio legítima. Un médico especialista, que ha dedicado su vida a dicha especialidad, y se viene a Chile a ejercer, con la tremenda carencia de horas médicas para dicha especialidad. ¿Ejercerá todas sus horas contratadas en la especialidad o hará horas de médico general?
A mi juicio la respuesta es clara y lógica. Este médico no ejercerá como médico general, por mucho que exista un espacio en su agenda, o es que acaso el cardiólogo en nuestro país ve traumatología en sus horas libres? O control de resfríos? La respuesta es clara y categórica: NO.
Entonces, cual es la justificación dentro de la lógica para exigirle a un especialista extranjero, que ha cursado por 5 años su especialidad, titulándose de ella, o vía formación práctica, la ha ejercido por más de 10 años, para entrar a calificarlo, la exigencia que apruebe un examen de medicina general, la cual no ha ejercido, ni ejerce, ni ejercerá?.
No resulta lógico que el especialista que viene a nuestro país, con la certificación de la especialidad médica cursada en su país, o el certificado de expertis en ejercicio por 10 o más años, rinda solo el Conacem y no el Eunacom?, dado que su integración a la masa laboral de la medicina en nuestro país será exclusivamente en el área de su expertís, ayudándonos con esto a disminuir la brecha?
Propuesta
A través del presente proyecto, venimos en platear al ejecutivo a fin que se modifique a los entes públicos o privados, que tengan por finalidad certificar las especialidades médicas y/o a los especialistas, hacer una distinción respecto de aquellos médicos extranjeros que cuente con certificación de especialidad cursada y aprobada por una casa de estudios, con un ejercicio no inferior a 5 años, o aquellos médicos especialistas que se hallan desempeñado a lo menos 10 años en una determinada especialidad, adquirido la expertiz mediante formación práctica. Para estos casos, dichos especialistas no será necesario rendir el Eunacom, pudiendo dar inmediatamente el Conacem, quedando habilitado para ejercer la especialidad correspondiente.
Proyecto de ley.
Sometemos a la aprobación de esta Honorable Cámara, la aprobación del siguiente proyecto de ley.
Art. 1º: Las entidades, públicas o privadas, que tengan por finalidad acreditar especialidades médicas y/o especialistas, deberán aplicar en sus procedimientos las normas que esta ley establece.
Art. 2º: Para aquellos médicos que hayan obtenido su especialidad en el extranjero deberán acreditar su calidad de tales mediante la rendición del EUNACOM, o su equivalente, y el correspondiente Conacem, o su equivalente.
Lo anterior no será aplicable para aquellos profesionales que acrediten haber cursado y aprobado el correspondiente curso de especialidad, y haya ejercido esta a lo menos por 5 años. Igual situación ocurrirá en el caso de aquellos médicos que hayan ejercido la especialidad por a lo menos 10 años continuos y coetáneos a la fecha de la postulación
En los casos establecidos en el inciso anterior, no será exigible la rendición de Eunacom, siendo solo exigible el examen de conocimientos de la especialidad a que postula.
Art. 3º. Los profesionales que mediante la presente ley obtengan su correspondiente certificación de especialidad, quedarán habilitados para trabajar en el sector público y ser prestadores GES”.