Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- X. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Romilio Gutierrez Pino
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- PERMISO
- Pablo Lorenzini Basso
- PERMISO
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Andrea Molina Oliva
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Mario Venegas Cardenas
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Joaquin Tuma Zedan
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- REMISIÓN DE PROYECTO DE LEY A COMISIÓN ESPECIAL DE DEPORTES.
- REMISIÓN DE PROYECTOS DE LEY A COMISIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS, DESERTIFICACIÓN Y SEQUÍA.
- PERMISO CONSTITUCIONAL.
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- NOTA DE AGRADECIMIENTO DE LA CORPORACIÓN A ESCRITORES DE ATACAMA. Oficios.
- INTERVENCIÓN : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- V. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 19.419, EN MATERIA DE AMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Roberto Leon Ramirez
- INTERVENCIÓN : Felipe Ward Edwards
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- INTERVENCIÓN : Cristian Letelier Aguilar
- INTERVENCIÓN : Rene Fernando Saffirio Espinoza
- INTERVENCIÓN : Enrique Accorsi Opazo
- INTERVENCIÓN : Issa Farid Kort Garriga
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Marcelo Schilling Rodriguez
- INTERVENCIÓN : David Sandoval Plaza
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Matias Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Ramon Farias Ponce
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 19.419, EN MATERIA DE AMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO. Tercer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- OTORGAMIENTO DE TITULARIDAD EN EL CARGO A PROFESORES CONTRATADOS A PLAZO FIJO POR MÁS DE TRES AÑOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alberto Robles Pantoja
- Guillermo Leon Teillier Del Valle
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Lautaro Carmona Soto
- Alfonso De Urresti Longton
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Mario Venegas Cardenas
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- OTORGAMIENTO DE TITULARIDAD EN EL CARGO A PROFESORES CONTRATADOS A PLAZO FIJO POR MÁS DE TRES AÑOS.
- VII. INCIDENTES
- HOMENAJE A LICEO NACIONAL DE MAIPÚ EN CONMEMORACIÓN DE SU 10° ANIVERSARIO. Oficio.
- HOMENAJE : Pepe Auth Stewart
- REFLEXIONES SOBRE IMPLEMENTACIÓN EN CHILE DE RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER.
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- FELICITACIONES A NUEVA ALCALDESA Y AL ELECTO CONCEJO DE COMUNA DE ANTOFAGASTA. Oficio.
- INTERVENCIÓN : Pedro Araya Guerrero
- PREOCUPACIÓN POR ESTADO DE ABANDONO DE LA PLAZA BICENTENARIO DE LA REPÚBLICA, DE ANTOFAGASTA. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Pedro Araya Guerrero
- ADHESION
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Sergio Ojeda Uribe
- Enrique Jaramillo Becker
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Pedro Araya Guerrero
- PREOCUPACIÓN POR DIFÍCIL SITUACIÓN ECONÓMICA DE CHILENOS RESIDENTES EN ESPAÑA. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Ojeda Uribe
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Alfonso De Urresti Longton
- Matias Walker Prieto
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Ojeda Uribe
- AUMENTO DE DOTACIÓN DE CARABINEROS PARA SUBCOMISARÍA DE COELEMU. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Sergio Ojeda Uribe
- Matias Walker Prieto
- Alfonso De Urresti Longton
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- INCLUSIÓN DE CONTENIDOS DE FINANZAS PERSONALES EN MALLA CURRICULAR ESCOLAR DE CHILE. Oficio.
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Sergio Ojeda Uribe
- Matias Walker Prieto
- Alfonso De Urresti Longton
- ADHESION
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- INFORMACIÓN SOBRE FUNDAMENTOS DE RECHAZO DE LICENCIAS MÉDICAS DE SEÑORA GRACIELA PEÑA BUSTOS POR PARTE DE LA COMPIN DE CONCEPCIÓN. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INFORMACIÓN SOBRE PLAN DE CONTINGENCIA EN AYUDA DE COMERCIANTES DE VALDIVIA AFECTADOS POR INCENDIO. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE CONSTRUCCIÓN DE ESTADIO MUNICIPAL N° 2 DE VALDIVIA Y DE CUMPLIMIENTOS LABORALES DE EMPRESA CONSTRUCTORA A CARGO DE DICHAS OBRAS. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- ADHESION
- Carlos Recondo Lavanderos
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- HOMENAJE A LICEO NACIONAL DE MAIPÚ EN CONMEMORACIÓN DE SU 10° ANIVERSARIO. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- ALTERNATIVAS DE PROVISIÓN DE ENERGÍA A COMITÉ DE ALLEGADOS DE LOCALIDAD DE EL MOLLE, COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
- INVESTIGACIÓN DE EXCESIVA DEMORA EN PAGO DE LICENCIAS MÉDICAS POR PARTE DE LA COMPIN DE ANTOFAGASTA. Oficio.
- REITERACIÓN DE OFICIO POR NO PAGO DE BONO BODAS DE ORO A MATRIMONIO QUE CUMPLE CON LOS REQUISITOS. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Patricio Vallespin Lopez
- Enrique Accorsi Opazo
- Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- Roberto Delmastro Naso
- Romilio Gutierrez Pino
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Matias Walker Prieto
- Carolina Goic Boroevic
- Andrea Molina Oliva
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Cristina Girardi Lavin
- Adriana Munoz D'albora
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Enrique Accorsi Opazo
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Manuel Monsalve Benavides
- Marcelo Schilling Rodriguez
- Mario Venegas Cardenas
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Roberto Delmastro Naso
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- Sergio Ojeda Uribe
- Leopoldo Perez Lahsen
- Alberto Robles Pantoja
- Manuel Rojas Molina
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Ximena Vidal Lazaro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Pedro Araya Guerrero
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- Alberto Robles Pantoja
- Manuel Rojas Molina
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- David Sandoval Plaza
- Ximena Vidal Lazaro
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Pedro Araya Guerrero
- Roberto Delmastro Naso
- Alfonso De Urresti Longton
- Ramon Farias Ponce
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- Sergio Ojeda Uribe
- Alberto Robles Pantoja
- Manuel Rojas Molina
- David Sandoval Plaza
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Roberto Delmastro Naso
- Ramon Farias Ponce
- Sergio Ojeda Uribe
- Alberto Robles Pantoja
- Manuel Rojas Molina
- David Sandoval Plaza
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Claudia Nogueira Fernandez
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Osvaldo Raul Andrade Lara
- Roberto Delmastro Naso
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- Sergio Ojeda Uribe
- Manuel Rojas Molina
- David Sandoval Plaza
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Adriana Munoz D'albora
- Claudia Nogueira Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Enrique Accorsi Opazo
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Alfonso De Urresti Longton
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Pepe Auth Stewart
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Alfonso De Urresti Longton
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Luis Segundo Lemus Aracena
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Cristian Campos Jara
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Cristian Campos Jara
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Lautaro Carmona Soto
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Marcos Espinosa Monardes
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 360ª
Sesión 117ª, en jueves 20 de diciembre de 2012
(Ordinaria, de 10.16 a 13.30 horas)
Presidencia del señor Recondo Lavanderos, don Carlos.
Secretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 15
II. Apertura de la sesión 19
III. Actas 19
IV. Cuenta 19
- Remisión de proyecto de ley a Comisión Especial de Deportes 19
- Remisión de proyectos de ley a Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía 19
- Permiso constitucional 20
- Nota de agradecimiento de la Corporación a escritores de Atacama. Oficios 21
V. Orden del Día.
- Modificación de la ley N° 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco. Tercer trámite constitucional 21
VI. Proyectos de acuerdo.
- Otorgamiento de titularidad en el cargo a profesores contratados a plazo fijo por más de tres años 47
VII. Incidentes.
- Homenaje a Liceo Nacional de Maipú en conmemoración de su 10° aniversario. Oficio 49
- Reflexiones sobre implementación en Chile de recomendaciones de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 50
- Felicitaciones a nueva alcaldesa y al electo concejo de comuna de Antofagasta. Oficio 52
- Preocupación por estado de abandono de la Plaza Bicentenario de la República, de Antofagasta. Oficio 52
- Preocupación por difícil situación económica de chilenos residentes en España. Oficios 53
- Aumento de dotación de carabineros para subcomisaría de Coelemu. Oficios 54
- Inclusión de contenidos de finanzas personales en malla curricular escolar de Chile. Oficio 55
- Información sobre fundamentos de rechazo de licencias médicas de señora Graciela Peña Bustos por parte de la Compin de Concepción. Oficios 55
- Información sobre plan de contingencia en ayuda de comerciantes de Valdivia afectados por incendio. Oficios 57
Pág.
- Información sobre estado de avance construcción de estadio municipal N° 2 de Valdivia y de cumplimientos laborales de empresa constructora a cargo de dichas obras. Oficios 58
VIII. Anexo de sesión.
Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes 59
- Alternativas de provisión de energía a comité de allegados de localidad de El Molle, comuna de Vicuña. Oficios 59
- Investigación de excesiva demora en pago de licencias médicas por parte de la Compin de Antofagasta. Oficio 59
- Reiteración de oficio por no pago de bono bodas de oro a matrimonio que cumple con los requisitos. Oficio 60
IX. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. el Presidente de la República por el cual da inicio a la tramitación del proyecto que “Crea el Sistema Elige Vivir Sano”. (boletín N° 8749-11). (287-360)
2. Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República respecto del proyecto que “Prorroga vigencia de ley N° 20.372, que establece un nuevo asiento para el Juzgado de Letras de Chaitén.”. (boletín N° 8720-07). (416-360)
3. Oficios de S. E. el Presidente de la República mediante el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho de los siguientes proyectos:
a) que “Crea la Superintendencia de Telecomunicaciones.”. (boletín N° 8034-15). (417-360);
b) que “Modifica la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado.”. (boletín N° 7686-07). (417-360);
c) sobre “Tenencia responsable de mascotas y animales de compañía.”. (boletín N° 6499-11) (S);
d) sobre “Procedimiento para otorgar concesiones eléctricas.”. (boletín N° 8270-08). (417-360);
e) que “Modifica Código Civil y otras leyes, regulando el régimen patrimonial de sociedad conyugal.”. (boletín N° 7567-07). (417-360);
f) que “Modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas.”. (boletín N° 8132-26). (417-360);
g) que “Suprime el actual Servicio Nacional del Menores, creando dos nuevos Servicios de atención a la infancia y adolescencia.”. (boletín N° 8487-07). (417-360);
Pág.
h) que “Establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil.”. (boletín N° 7550-06). (417-360);
i) que “Modifica el Código Sanitario en materia de regulación a las farmacias.”. (boletín N° 6523-11) (S). (417-360), y
j) que “Otorga al personal asistente de la educación que indica una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional por antigüedad y las compatibiliza con plazos de la ley N° 20.305”. (boletín N° 8686-04). (417-360)
4. Oficios de S. E. el Presidente de la República mediante el cual hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
a) que “Perfecciona el rol fiscalizador del concejo; fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.”. (boletín N° 8210-06). (418-360);
b) que “Modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y leyes complementarias, para establecer un sistema de aportes al espacio público aplicable a los proyectos de construcción.”. (boletín N° 8493-14). (418-360);
c) sobre “Administración del borde costero y concesiones marítimas.”. (boletín N° 8467-12). (418-360);
d) que “Regula el tratamiento de la información sobre obligaciones de carácter financiero o crediticio.”. (boletín N° 7886-03). (418-360);
e) que “Implementa la Convención de La Haya que suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros (Convención de la Apostilla), adoptada el 5 de octubre de 1961 en La Haya, Países Bajos.”. (boletín N° 8556-10). (418-360), y
f) que “Crea los hospitales clínicos que indica en la Región Metropolitana.”. (boletín N° 8618-11) (S). (418-360)
5. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitada con ocasión de la tramitación del proyecto, iniciado en mensaje, que “Modifica en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la ley General de Pesca y Acuicultura contenida en la ley N° 18.892 y sus modificaciones.”. (boletín N° 8091-21). (1.122/SEC/12)
6. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado la proposición formulada por la Comisión Mixta, al proyecto iniciado en mensaje, que “Regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios.”. (boletín N° 7484-01). (1.123/SEC/12)
7. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos, el proyecto, iniciado en mensaje, que “Prorroga vigencia de ley N° 20.372, que establece un nuevo asiento para el Juzgado de Letras de Chaitén.”. (boletín N° 8720-07). (1.125/SEC/12)
Pág.
8. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “simple”, que “Crea los hospitales clínicos que indica en la Región Metropolitana.”. (boletín N° 8618-11) (S). (1.127/SEC/12)
9. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos, el proyecto, iniciado en mensaje, que “Posterga el reavalúo y prorroga los actuales avalúos de bienes raíces no agrícolas con destino habitacional, y reduce la periodicidad del reavalúo de los bienes raíces de las distintas series".”. (boletín N° 8725-05). (1.128/SEC/12)
10. Proyecto iniciado en moción del señor diputado Ulloa, que “Establece procedimiento para que los Cuerpos de Bomberos regularicen la propiedad de los inmuebles destinados a cuarteles, como legítimos ocupantes de los mismos”. (boletín N° 8741-22)
11. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Vallespín, Accorsi, Chahín, Delmastro, Gutiérrez, don Romilio; Sabag, Walker, y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina; Molina, doña Andrea y Sepúlveda, doña Alejandra, que “Modifica la ley N° 20.422, estableciendo que las instituciones de educación superior deben contar con un sistema de admisión, permanencia y progreso para personas con discapacidad”. (boletín N° 8742-31)
12. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Girardi, doña Cristina; Muñoz, doña Adriana; Sepúlveda, doña Alejandra, y de los diputados señores Accorsi, González, Monsalve, Schilling y Venegas, don Mario, que “Modifica la ley N° 20.370, General de Educación, con el objeto de asegurar una educación de calidad”. (boletín N° 8743-04)
13. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Velásquez, Delmastro, Gutiérrez, don Hugo; Ojeda, Pérez, don Leopoldo; Robles, Rojas, Sabag, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta y Vidal, doña Ximena, que “Modifica la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en materia de autoría de mociones”. (boletín N° 8744-16)
14. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Velásquez, Araya, Jarpa, Gutiérrez, don Hugo; Robles, Rojas, Sabag, Sandoval, y de las diputadas señoras Vidal, doña Ximena y Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica la Constitución Política de la República, estableciendo que el Palacio de Gobierno, la Corte Suprema y el Congreso Nacional deben emplazarse en la misma ciudad”. (boletín N° 8745-07)
15. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Velásquez, Araya, Delmastro, De Urresti, Farías, Gutiérrez, don Hugo; Ojeda, Robles, Rojas y Sandoval, que “Modifica el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, reservando a las empresas del Estado o aquellas en las que éste tenga participación, la exploración y explotación del mineral litio”. (boletín N° 8746-07)
Pág.
16. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Velásquez, Delmastro, Farías, Ojeda, Robles, Rojas, Sandoval, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta; Nogueira, doña Claudia y Zalaquett, doña Mónica, que “Sanciona la inducción al pánico y la alarma pública mediante la utilización de medios de comunicación masivos”. (boletín N° 8747-07)
17. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Velásquez, Andrade, Delmastro, Gutiérrez, don Hugo; Ojeda, Rojas, Sandoval, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta; Muñoz, doña Adriana y Nogueira, doña Claudia, que “Crea una nueva Comisión Parlamentaria denominada “Chile Futuro”, encargada de identificar los próximos desafíos de nuestro país con el objeto de proponer políticas públicas y proyectos tendientes a enfrentar anticipadamente dichos retos”. (boletín N° 8748-16)
18. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Accorsi, Campos, Carmona, De Urresti, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza y Pérez, don José, que “Modifica el Código del Trabajo y establece sistema de elección directa en las organizaciones sindicales”. (boletín N° 8750-13)
19. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Auth, Campos, Carmona, De Urresti, Espinoza, don Fidel; Lemus, Marinovic, Meza y Pérez, don José, sobre “Reforma Constitucional que consagra dominio público sobre los recursos genéticos y reconoce derechos sobre conocimientos a comunidades indígenas”. (boletín N° 8751-07)
20. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza, Pérez, don José, y Vargas, que “Modifica la ley N° 19.947, sobre matrimonio civil con el objeto de facilitar el trámite de divorcio de común acuerdo”. (boletín N° 8752-07)
21. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic y Meza, que “Modifica diversos cuerpos legales estableciendo normas de protección animal”. (boletín N° 8753-12)
22. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Campos, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza y Vargas, sobre “Reforma Constitucional que establece obligatoriedad de celebrar elecciones primarios para nominar candidatos a elecciones populares”. (boletín N° 8754-07)
23. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Campos, Marinovic, Meza, Pérez, don José, y Vargas, que “Modifica el Código Penal, estableciendo una nueva figura del delito de daños a la propiedad, por el rayado no autorizados en la propiedad pública o particular y en bienes de valor histórico o patrimonial”. (boletín N° 8755-07)
24. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza, Pérez, don José y Vargas, sobre “Reforma Constitucional, que establece límites a la reelección de diputados y senadores”. (boletín N° 8756-07)
Pág.
25. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza y Pérez, don José, que “Modifica el Código de Trabajo, eliminando el límite a indemnización por años de servicios”. (boletín N° 8757-13)
26. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic y Meza, sobre “Reforma Constitucional, que establece el referendo revocatorio para cargos de elección popular que indica”. (boletín N° 8758-07)
27. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza, Pérez, don José, y Vargas, que “Introduce modificaciones al libro IV del Código de Comercio, ley de quiebras, en materia de despido de trabajadores”. (boletín N° 8759-13)
28. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza, Pérez, don José, y Vargas, que “Garantiza el derecho a acceso a los contenidos de interés relevante”. (boletín N° 8760-19)
X. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios, comunicaciones y notas
- La Comisión de Recursos Naturales, remite los siguientes proyectos a la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía:1. “Modifica el Código de Aguas para la protección de aguas y ecosistemas en áreas protegidas..”, (boletín N° 6387-09. Este proyecto de ley una vez informado por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía debe ser remitido a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.2. Reforma del Código de Aguas, (boletín 7543-12. En Tabla.
- La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, remite los siguientes proyectos iniciados en moción, a la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía:1.- “Reforma el Código de Aguas, el Código de Minería y otros cuerpos legales, con el objeto de garantizar la conservación del medio ambiente y los recursos naturales..”, (boletín N° 6763-01. Este proyecto de ley una vez informado por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía debe ser remitido a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones. 2.- Modifica el Código de Aguas, en lo relativo a derechos de aprovechamiento de aguas a comunidades campesinas para sistemas de agua potable rural, BOLETIN 8233-12. Este proyecto de ley una vez informado por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía debe ser remitido a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.3.- Reforma el Código de Aguas, eximiendo del pago de patente a pequeños productores agrícolas y campesinos, a comunidades agrícolas y a indígenas y comunidades indígenas que se señalan, boletín 8315-01.4.-Establece medidas de emergencia vinculadas con los derechos de aprovechamiento de aguas, (boletín 8347-09. Este proyecto de ley una vez informado por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía debe ser remitido a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.5.- Modifica la ley Nº 19.253, relativa a la protección, fomento y desarrollo de los pueblos indígenas, estableciendo la regularización de derechos de agua potable rural, boletín 8512-01. En Tabla.
- Oficio de la Comisión Especial de Deportes, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que le sea remitido el proyecto de ley que Crea el Sistema Elige Vivir Sano, actualmente en la Comisión de Salud. (boletín N° 8749-11. En Tabla.
- Comunicación de la Comisión de Régimen Interno por la que informa que acordó acceder a la petición del diputado señor Marco Antonio Núñez para ser incorporado en la delegación que asistirá a la 21ª Reunión Anual del Foro Parlamentario Asia Pacífico (APPF), que se realizará entre el 27 y 31 de enero de 2013, en Vladivostok, Rusia, en atención a la representación que detenta en la Vicepresidencia Mundial de APEC (501)
Comunicación de la Presidencia de la Cámara de Diputados por la que indica que el diputado señor Romilio Gutiérrez reemplazará al diputado señor Carlos Recondo en la Reunión Parlamentaria de Alto Nivel de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que se celebrará en París, entre el 11 y el 13 de febrero próximo (505).
- Nota del diputado señor Gutiérrez, don Hugo, quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 20 de diciembre en curso para dirigirse a Bolivia. En Tabla.
Nota del diputado señor Lorenzini, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 8 de febrero en curso, para dirigirse a Europa
Comunicación de la jefa de bancada de diputados de Partido Por la Democracia por la cual informa que el diputado señor Orlando Vargas reemplazará a la diputada señora Adriana Muñoz, en la Comisión Investigadora sobre el Plan Frontera Norte
Comunicación de la diputada señora Molina, doña Andrea, quien acompaña licencia médica por la cual acredita que deberá permanecer en reposo por un plazo de 4 días, a contar del 18 de diciembre próximo pasado.
Comunicación del jefe de bancada de diputados de Partido Demócrata Cristiano por el cual informa que a contar de esta fecha el jefe de la referida bancada, es el diputado señor Ricardo Rincón y el subjefe el diputado señor Mario Venegas.
- Comunicación del diputado señor Tuma
, quien acompaña licencia médica por la cual acredita que deberá permanecer en reposo por un plazo de 5 días, a contar del 17 de diciembre próximo pasado.
Respuestas a oficios.
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo:
- Diputado Accorsi, Informar si esa cartera ministerial ha realizado compras o transacciones económicas en los últimos 5 años con la empresa Tecnodata S.A., como asimismo, informar estadísticamente, los productos, cantidades, valores, fechas de transacción de tales operaciones e indicando si existen actualmente negociaciones pendientes. (10800 al 8816).
- Diputado Vilches, se sirva informar a esta Cámara sobre la posibilidad de volver a la fabricación nacional de billetes, con los estándares tradicionales de la Casa de Moneda S. A., considerando la inversión en tecnología dispuesta por el Gobierno. (10801 al 5122).
- Diputado Espinoza don Fidel, Informar los integrantes permanentes, los objetivos y el cronograma de trabajo de la Mesa Público-Privada de Producción Limpia en Alojamiento y Gastronomía, que se constituiría en la Región de Los Lagos. (10802 al 9036).
- Diputado Espinoza don Fidel, Informar respecto del eventual incumplimiento por parte del Centro de Producción Limpia, la Agencia Chilena de Eficiencia Energética y el Ministerio de Energía, en la premiación del “Concurso de Tesis de Interés Regional en Producción Limpia para el Ahorro y Eficiencia Energética”, convocado por el Consejo de Producción Limpia y la Subsecretaría de Energía en la Región de Los Ríos, en el cual a uno de los ganadores no se le habría pagado el premio obtenido por su proyecto de Título denominado “Barrio Mixto- Conjunto Residencial Sustentable en el Centro de Valdivia”. (10803 al 8792).
- Diputado Accorsi, Informar respecto de deudores de créditos Corfo, deuda total, número de deudores, bancos acreedores y costo anual para el Estado. (10804 al 8318).
Ministerio de Hacienda:
- Diputado Sandoval, Ordene investigar los hechos denunciados por el señor Juan Segundo Silva Torres, toda vez que habría sido inducido mediante engaños a cambiarse de Administradora de Fondos de Pensión , firmar un contrato de renta vitalicia y pagar una comisión por lo anterior, bajo el expediente que obtendría una mejor jubilación, lo cual no sucedió una vez efectuados los trámites; sancione a los empleados responsables, si en derecho procediere; estudie la posibilidad de dejar sin efecto el cambio de AFP y el contrato de renta vitalicia y que se le restituyan los dineros extraídos al afectado, e informe de sus gestiones a esta Corporación. Se anexa documentación relacionada con la materia objeto de este oficio. (29015 al 7552).
Ministerio de Educación:
- Diputado Ojeda , Tomar conocimiento del ambiente de tensión que afecta a las manipuladoras de alimentos de la empresa Nutriplus -concesionaria que se adjudicó el Programa de Alimentación Escolar en la provincia de Osorno-, debido al despido de 15 trabajadoras en los últimos meses fundamentados en la baja de las raciones, informando a esta Corporación los motivos de la disminución de las raciones de alimentos. (1826 al 9122).
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Ceroni, Adoptar las medidas que fueren necesarias con el objeto de que sea reparado el camino L-128 que une Parral con Cauquenes, a la altura del Puente Quella, en la Región del Maule, y así evitar futuros accidentes debido a los hoyos y baches existentes en la carretera. (3398 al 4173).
Ministerio de Agricultura:
- Diputado Jarpa, Informar el estado de ejecución del Convenio de Programación de Riego, suscrito en el año 2009 y que mejoraría, entre otras, la condición de riego de la Región del Biobío, indicando al efecto, el número de hectáreas que se están regando y a cuántas se pretende proyectar la inversión; el número de regantes beneficiados a la fecha y a cuántos beneficiaría en total el referido convenio y, finalmente, solicita se remita una minuta explicativa de las zonas más beneficiadas en el país y cuáles son los sectores que no estarían contemplados en el programa. (1082 al 9140).
- Diputado De Urresti, Remitir información detallada respecto de las razones por las que se habría anulado el proceso de licitación de la feria Expo Mundo Rural 2012, a realizarse en el Parque O'Higgins de Santiago los días 14 a 18 de noviembre próximo. (1083 al 8884).
Ministerio de Bienes Nacionales:
- Diputado De Urresti, remita la información detallada en la solicitud adjunta y proporcione antecedentes sobre el patrimonio cultural inmueble afectado por el terremoto del 27 de febrero de 2010, en especial respecto de las materias allí señaladas. (1085 al 6763).
- Diputado Accorsi, Informar si esa cartera ministerial ha realizado compras o transacciones económicas en los últimos 5 años con la empresa Tecnodata S.A., como asimismo, informar estadísticamente, los productos, cantidades, valores, fechas de transacción de tales operaciones e indicando si existen actualmente negociaciones pendientes. (1086 al 8819).
- Diputado Araya, Informe el estado de tramitación en que se encuentra la postulación al registro de Posesión Irregular de doña Rossana Miranda, respecto de su propiedad ubicada en la comuna de Taltal, Región de Antofagasta. (1087 al 8585).
Ministerio de Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Robles , Informe sobre los casos de prácticas antisindicales en el Centro Tecnológico Postal de la empresa Correos de Chile, requiera la máxima diligencia a la Inspección del Trabajo respectiva en la resolución de la causa rol 1350-2012-268 y exija explicaciones al gerente general de Correos de Chile sobre la acción de la empresa en este caso. (324 al 8986).
Ministerio de Vivienda y Urbanismo:
- Diputado Chahín, Razones por las cuales en cuatro oportunidades ha sido rechazada la postulación del Comité de Mejoramiento “Avancemos Juntos”, de la comuna de Victoria. (2692 al 8962).
Ministerio Medio Ambiente:
- Diputado Carmona, Solicita informar sobre la forma en que la empresa Agrosuper ha implementado el protocolo que permitió resolver el conflicto provocado por las emisiones contaminantes de sus instalaciones ubicadas en la comuna de Freirina, y si con aquellas medidas se está resguardando adecuadamente la salud de la población del lugar. (122207 al 7293).
- Diputado Robles, Procedimiento que el proyecto de central termoeléctrica en la comuna de Huasco sigue en el seno del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad e informe posteriormente el acuerdo que ese organismo adopte al respecto. (122208 al 9076).
Empresas del Estado:
- Diputado Sandoval, Solicita prestar apoyo y colaboración a los carpinteros de ribera de la localidad de Puerto Aysén, para la obtención de un terreno, entre el muelle de aguas muertas y el muelle de San Pedro, en el que establecer instalaciones para desarrollar su trabajo de mantención, conservación y reparación de embarcaciones menores. (11973 al 4271).
Intendencias:
- Diputado Pérez don Leopoldo, Considerar la factibilidad de otorgar un comodato compartido para la Unidad Vecinal 9-1, comuna de La Pintana y los Clubes de Adulto Mayor que se señalan, con el fin de que estos puedan acceder a fondos concursables para la construcción y habilitación de una nueva infraestructura y en consideración a que el comodato otorgado a la Unidad Vecinal 9-1, de la propiedad ubicada en calle Porto Alegre N° 12670, habría expirado. (11165 al 4185).
- Diputado Sandoval, Remitir un informe detallado de todos los gastos en que se hubiere incurrido con motivo del financiamiento de viajes al extranjero de consejeros regionales de esa Región de Arica y Parinacota, en los últimos cuatro años, señalando los objetivos de tales viajes y los beneficios obtenidos por las respectivas comisiones integradas. (1143 al 9093).
- Diputado Espinoza don Fidel, Solicita gestionar el reemplazo del material de las basas del puente El Salto, en construcción en las cercanías de la localidad de Santa Elvira, en la comuna de Puyehue. (1361 al 4318).
- Diputado Monsalve, Diputado Campos, Solicitan intervenir con el propósito que los trabajadores beneficiados con programas de empleo en la Región del Biobío reciban efectivamente la totalidad de los beneficios que, como tales, les corresponden. (2266 al 4280).
- Diputado Sauerbaum, Solicita un pronunciamiento y la implementación de las medias que sean procedentes, respecto del funcionamiento de la oficina del Servicio Nacional de Turismo de la provincia de Nuble, cuyas dependencias permanecen cerradas al público hace más de dos meses. (63 al 4342).
Servicios:
- Diputado Auth, Solicita informe sobre las razones por las cuales el servicio a su cargo, no ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Contraloría General de la República, mediante resolución N°23.809 del 6 de mayo de 2010, en orden a realizar en el menor tiempo posible la reliquidación del beneficio no contributivo del cual es titular el señor Hipótico Guajardo Toledo. (11035 al 9297).
- Diputado Pérez don José, Solicita informar sobre las medidas adoptadas por el Servicio Agrícola y Ganadero, en relación con la utilización de promotores de crecimiento de tipo hormonal en los animales destinados el consumo humano en el país. (14860 al 8489).
- Diputado Rojas, Planes y programas para el control de la sobrepoblación canina en el país. (2121 al 9012).
- Diputado Rojas, Planes y programas para el control de la sobrepoblación canina en el país. (2459 al 9018).
- Diputado Walker, Ordene fiscalizar al Club Deportivo Unión San Felipe, respecto de las materias allí señaladas, e informe de sus resultados a esta Corporación. (5338 al 8009).
- Diputado Espinoza don Fidel, Remitir los antecedentes y estadísticas que obren en su poder, respecto del número de cruceros que han recalado y que recalarán en Puerto Montt, Región de Los Lagos, durante el año 2012 y hasta abril del año 2013 próximo, con indicación del origen y número potencial de visitantes. Asimismo, se informe de la estimación que hace ese Servicio respecto del gasto diario promedio de cada pasajero, del tiempo promedio que permanecen en la Región de Los Lagos y de las rutas turísticas asociadas al desembarco en la zona. (702 al 9153).
- Diputado Jaramillo, Disponer se instruya una investigación tanto respecto de los protocolos de los pilotos como de los procedimientos en el Aeropuerto de Osorno, Región de Los Lagos, con el objeto de poner fin a los problemas de aterrizaje de los aviones comerciales, como sucediera nuevamente el día 26 de octubre recién pasado en dicho aeropuerto. (7681 al 4247).
- Diputado Espinoza don Fidel, Solicita dejar sin efecto el despido laboral de la señora Pilar Alvarado, funcionaria del Instituto de Desarrollo Agropecuario en la comuna de Fresia. (79237 al 4321).
Varios:
- Diputada Molina doña Andrea, Informar respecto del estado de tramitación de la interconsulta de especialidad cirugía adulto de la señora Lermi Emilia Lobos Ibarra, quien fuera referida al Hospital San Martín de Quillota para los respectivos exámenes en el año 2001 y luego ser operada de hernia gigante post insicional, y que sin embargo hasta la fecha aún carecería de atención médica. (1486 al 8888).
- Diputado Sandoval, Disponer se cite a declarar a don Juan Silva, denunciante de la eventual inducción de suscripción de contratos de renta vitalicia y cambio de AFP por parte el ejecutivo de la Compañía de Seguros Corp Vida don Andrés Leonardo Zagal Maturana, para que presente antecedentes y efectúe su declaración de los hechos denunciados, informando a esta Corporación del resultado de la gestión; asimismo, informe respecto del gasto de comisión equivalente a un 1,50% de la prima, que se habría pagado a dicho agente con cargo al fondo de pensiones del denunciante. (29015 al 8842).
- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Disponer se reevalúen los antecedentes previsionales de doña María Eliana Leyton González, domiciliada en la comuna de Pichidangui, Región del Libertador Bernardo O'Higgins, con el objeto de determinar si es procedente aumentar el monto que percibe por concepto de pensión de vejez, el que a la fecha asciende a $71.000.- brutos. (29601 al 4264).
Municipalidades:
- Diputado Browne, Informar los motivos que llevaron a esa Municipalidad a un cambio de opinión respeto de la desafectación del bien nacional de uso público correspondiente al inmueble ubicado en calle Fernando Lazcano, entre Avenida El Parque y Beauchef, en beneficio de la Corporación Deportiva Cultural y Social mayor de Pedro Aguirre Cerda, como asimismo, respecto de una eventual solución al problema que afectaría a dicha Corporación. (55 al 8840).
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (96)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio IC VII 37
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PRI II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Cerda García, Eduardo PDC V 10
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto IND XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
García García, René Manuel RN IX 52
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Isasi Barbieri, Marta IND I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kort Garriga, Issa Farid UDI VI 32
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31
Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Morales Muñoz Celso UDI VII 36
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PRI VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1
Velásquez Seguel, Pedro IND IV 8
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20
-Asistieron la ministra del Trabajo y Previsión Social, señora Evelyn Matthei Fornet, y el ministro de Salud , señor Jaime Mañalich Muxi.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.16 horas.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor RECONDO (Vicepresidente).- El acta de la sesión 111ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 112ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor RECONDO (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor LANDEROS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
REMISIÓN DE PROYECTO DE LEY A COMISIÓN ESPECIAL DE DEPORTES.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Si le parece a la Sala, se accedería a la solicitud de la Comisión Especial de Deportes, en orden a que le remita el proyecto de ley que crea el sistema Elige Vivir Sano, una vez que sea despachado por la Comisión de Salud.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
REMISIÓN DE PROYECTOS DE LEY A COMISIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS, DESERTIFICACIÓN Y SEQUÍA.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Si le parece a la Sala, se accedería a la solicitud de la Comisión de Recursos Naturales, en orden a autorizar la remisión de los siguientes proyectos a la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía:
1. El que modifica el Código de Aguas para la protección de aguas y ecosistemas en áreas protegidas (boletín Nº 6387-09). Este proyecto, una vez informado por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía, debe ser remitido a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.
2. El que reforma el Código de Aguas (boletín Nº 7543-13.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Si le parece a la Sala, se accedería a la solicitud de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, en orden a autorizar la remisión de los siguientes proyectos a la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía:
1. El que reforma el Código de Aguas, el Código de Minería y otros cuerpos legales, con el objeto de garantizar la conservación del medio ambiente y los recursos naturales. Boletín Nº 6763-01. Este proyecto de ley, una vez informado por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía, debe ser remitido a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones;
2. El que reforma el Código de Aguas en lo relativo a derechos de aprovechamiento de aguas a comunidades campesinas para sistemas de agua potable rural. Boletín Nº 8233-12. Este proyecto de ley, una vez informado por la Comisión de Recursos Hídricos, debe ser remitido a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones;
3. El que reforma al Código de Aguas, eximiendo del pago de patentes a pequeños productores agrícolas y campesinos, a comunidades agrícolas y a indígenas y comunidades indígenas que se señalan. Boletín Nº 8315-01;
4. El que establece medidas de emergencia vinculadas con los derechos de aprovechamientos de agua. Boletín Nº 8347-09. Este proyecto de ley, una vez informado por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía, debe ser remitido a la Comisión de obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, y
5. El que modifica la ley Nº 19.253, relativa a la protección, fomento y desarrollo de los pueblos indígenas, estableciendo la regularización de derechos de agua potable rural. Boletín Nº 8512-01.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , dado que soy integrante de las comisiones de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural; de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, y de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía, solicito que recabe nuevamente el asentimiento de la Sala para que los proyectos que figuran en el punto 9 de la Cuenta, actualmente radicados en la Comisión de Agricultura, sean remitidos a la de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía.
Manifestamos esa intención de manera unánime, dada la importancia de sacar adelante esas iniciativas, sobre todo la que regulariza los derechos de agua potable rural. Lamentablemente, algunos colegas no quieren remitir esos proyectos a la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía y, posteriormente, a la de Obras Públicas, a fin de tramitarlos de manera más rápida.
Por lo tanto, repito, solicito a su señoría que recabe nuevamente la unanimidad de la Sala para cumplir con el propósito señalado.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- ¿Habría acuerdo de la Sala para acceder a lo planteado por la diputada Sepúlveda?
Acordado.
PERMISO CONSTITUCIONAL.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Si le parece a la Sala, se accedería a la solicitud presentada por el diputado señor Hugo Gutiérrez, quien de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, pide autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 20 de diciembre en curso para dirigirse a Bolivia.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
-o-
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , respecto del proyecto que figura en el punto 2 de la Tabla, que hace justicia a los trabajadores portuarios, quienes fueron objeto de diversas dificultades relacionadas con la retención de sus impuestos a la renta, luego de conversar con algunos diputados que tenían interés en intervenir en el debate, pido que recabe el asentimiento de la Sala para que se vote sin discusión inmediatamente después de rendidos los informes, ello por cuanto se trata de un proyecto de fácil despacho y determina la fecha en que van a ser restituidos los valores a esos trabajadores.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Señor diputado , ¿usted está pidiendo tratar en primer lugar el proyecto que figura en el punto número 2 de la Tabla?
El señor SAFFIRIO.- No, señor Presidente . Sólo pido que cuando nos aboquemos al proyecto que figura en segundo lugar de la Tabla lo votemos sin debate, después de rendidos los informes.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Ward.
El señor WARD.- Señor Presidente , en la misma línea de lo planteado por el diputado Saffirio , hay mucho interés en los diputados de la UDI en intervenir y votar hoy ese proyecto.
Por eso, considerando las urgencias de algunas iniciativas -no hay problema de que el proyecto que figura en el primer lugar de la Tabla no se vote en esta sesión-, pido que conceda el uso de la palabra a algunos diputados que desean intervenir y luego se proceda a la votación.
-o-
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Issa Kort.
El señor KORT.- Señor Presidente , en cuanto al proyecto que figura en el primer lugar de la Tabla de hoy, que tiene suma urgencia, pido que recabe el acuerdo de la Sala -lo conversé con el Presidente de la Comisión de Salud , diputado Javier Macaya - para que el proyecto sea visto por dicha Comisión. Como hubo diferencias respecto de lo que se aprobó en la Comisión y en la Sala y el proyecto fue enviado al Senado, resulta lógico que también sea analizado por la comisión especializada.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Cito a reunión de Comités.
Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
NOTA DE AGRADECIMIENTO DE LA CORPORACIÓN A ESCRITORES DE ATACAMA. Oficios.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el diputado Rincón.
El señor RINCÓN.- Señor Presidente , varios de diputados, entre ellos los diputados Carmona , Calderón , Robles, Vilches y quien habla, hemos recibido una serie de libros de escritores de Atacama. Como nobleza obliga, le solicito que recabe la unanimidad de la Sala para que la Corporación remita una nota formal de agradecimiento a sus autores, tanto a los que figuran en la antología de cuentos y poesía como a los responsables de las crónicas copiapinas.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- ¿Habría acuerdo para proceder en la forma sugerida por el diputado señor Rincón?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 19.419, EN MATERIA DE AMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO. Tercer trámite constitucional.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Corresponde considerar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín N° 7914-11, sesión 116ª de la presente legislatura, en 19 de septiembre de 2012. Documentos de la Cuenta N° 6.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Roberto León.
El señor LEÓN.- Señor Presidente , intervendré brevemente esta mañana.
La mayoría de los diputados de la UDI -por no decir todos-están en contra de este proyecto. Haciendo uso de su derecho, están inscritos para hablar, pero tengo la sensación de que no quieren que se vote hoy.
Por su intermedio, señor Presidente , quiero agradecer al ministro Mañalich la información que hizo llegar a cada uno de nosotros -se encuentra disponible en nuestros pupitres electrónicos-, la que demuestra que este proyecto de ley va en la línea correcta, por cuanto es provida.
Cada vez que se habla de temas valóricos, nuestros colegas y amigos, especialmente de la UDI, se colocan en la férrea posición de lo que ellos estiman que es la defensa de la vida; sin embargo, resulta curioso que a pesar de las cifras que nos entrega el Gobierno -su gobierno-, que demuestran que el tabaco produce muerte en nuestro querido país, los defensores de la vida están en contra del proyecto, cuyo único objeto es protegerla, incluso la del que está por nacer. Ahí están las cifras relacionadas con el daño que produce el tabaco en las madres que fuman; ahí están las cifras de los fumadores pasivos, especialmente de trabajadores de discotecas y de garzones de restaurantes. Muchos de ellos pierden la vida por la contaminación por tabaco. Pero -reitero- los defensores de la vida, entre defenderla y defender el negocio del tabaco y a las compañías tabacaleras, optan por lo segundo.
Uno debe ser coherente y consecuente. Los que estamos por defender la vida, obviamente, estamos a favor de este proyecto y vamos a votar y a respaldar las modificaciones propuestas por el Senado. Si hubiésemos avanzado con mayor celeridad en su aprobación quizás cuántas vidas habríamos salvado.
Esta es una buena iniciativa que avanza en la línea correcta. Ojalá tengamos los votos suficientes para aprobar las modificaciones del Senado, a fin de que el proyecto pronto sea ley de la República.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el ministro de Salud, señor Jaime Mañalich.
El señor MAÑALICH ( ministro de Salud ).- Señor Presidente , este proyecto, que es muy importante, responde a una iniciativa del Presidente Piñera que está en concordancia con otros esfuerzos que ha hecho el Gobierno por disminuir la adicción al tabaco, que hoy es, probablemente, el principal problema de salud pública en nuestro país.
Quiero recordar que los otros dos esfuerzos se relacionan con haber incrementado el impuesto al tabaco en la ley sobre Financiamiento de la Reconstrucción, aprobada en 2010, y con haber cambiado la fórmula con la que se aplica el impuesto al tabaco en la reciente reforma tributaria, permitiendo, de esa manera, que el costo final de la cajetilla de cigarrillos suba en forma importante, con el propósito de disminuir el riesgo de que los jóvenes se conviertan en adictos.
Este proyecto de ley cumple dos años de tramitación en el Congreso. Estos dos años no son banales; no han pasado sin tener importancia. Durante ese período -con esto respondo a una pregunta que me formulara el diputado señor Roberto León- han muerto 68.260 chilenos víctimas del tabaco. Asimismo, se han convertido en adictos al tabaco 250 mil niños, los que serán adictos para siempre. “Una vez adictos, siempre adictos.”
La industria del tabaco ha operado durante este período con un subsidio del Estado equivalente a 3 mil millones de dólares. Vale decir, los impuestos que paga la industria del tabaco no cubren, prácticamente, en nada los costos que debe asumir, directamente, el Estado para tratar a las víctimas del tabaco, lo que suma un costo anual de 2.500 millones de dólares en el sistema de salud pública.
El gasto anual de un joven que se convierte en adicto al tabaco es de 730 mil pesos. Vale decir, una persona que tiene un salario medio-bajo en nuestro país tiene que destinar entre dos y tres meses de su remuneración para pagar su consumo.
Una persona que se convierte en adicta al tabaco a los 15 años gasta durante su vida un promedio de 18.836.000 pesos. Estamos hablando de que las personas se gastan el equivalente a una casa -por cierto, modesta, pero una casa al fin- durante el período en que dura su adicción.
Cuando una generación completa se convierte en adicta al tabaco -debo recordar que la mitad de nuestros niños salen de la escuela fumando-, el gasto para esa generación durante toda una vida de adicción, o el ingreso para la industria tabacalera durante el mismo período, es de 4.700 millones de dólares. Se trata de una cifra aterrorizadora.
Respecto de las ideas matrices del proyecto, el Senado las conservó tal cual fueron aprobadas en esta honorable Cámara. Los cambios que se hicieron son extraordinariamente simples y fueron evaluados por la comisiones de Constitución, de Hacienda y de Salud. A continuación, haré un breve listado para señalarlos.
En primer lugar, cuando se describe el espacio interior cerrado, se homologa la definición al convenio marco que Chile firmó como Estado con la Organización Mundial de la Salud cuando señaló que iba a redactar un proyecto de ley en este sentido.
En segundo lugar, se cambió la palabra placement por emplazamiento. En otras palabras, la expresión aprobada por esta honorable Cámara fue traducida por un vocablo español para mejor su entendimiento. Ese es el único cambio que se hizo en la materia.
La publicidad queda prohibida en todas sus formas. En cuanto a los programas de televisión -es importante aclararlo, porque el punto se prestó para varias discusiones y controversias-, lo único que queda prohibido es que en los programas en vivo, en horario reservado para niños y adolescentes, antes de las 22 horas, no se puede hacer apología al tabaco ni se puede fumar. Si en esa hora se transmite un programa envasado donde se fuma, por ejemplo, la película Casablanca, no hay ningún obstáculo. Simplemente, se trata de que los niños y los jóvenes, que ven modelos a seguir en ese horario, no vean personas haciendo apología al tabaco. Por supuesto, después de las 22 horas cualquier programa en vivo puede mostrar a personas fumando si así lo disponen.
Así las cosas, nos parece que el proyecto se equilibra, dada las cifras que he mencionado y los esfuerzos por convertir en adictos a nuestros niños. Quiero recordar que uno de cada cuatro niños, en octavo básico, es adicto al tabaco; el 53 por ciento de los jóvenes que sale de cuarto medio es adicto al tabaco; las mujeres chilenas son las que más fuman en el mundo y no hay manera de que vuelvan atrás, a menos de que formulemos una ley que cambie esas conductas.
Por eso, me permito hacer un llamado, desde la perspectiva de la importancia que la materia tiene para la salud pública, a fin de aprobar el informe del Senado, ojalá por unanimidad, y que sea posible tener este proyecto convertido en ley en enero del próximo año, de manera de ejercer los cambios que nuestros niños y jóvenes desesperadamente necesitan para salir de esta carrera de campeones mundiales en el uso y abuso del tabaco.
Muchas gracias.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Ward.
El señor WARD.- Señor Presidente, entiendo que este proyecto, iniciado en mensaje, fue aprobado ayer en el Senado. Hoy, estamos conociendo las diversas modificaciones introducidas por los honorables senadores.
En reunión de Comités hemos planteado -quiero señalarlo públicamente en la Sala- que hoy estamos participando en un procedimiento acelerado. Me gustaría que alguno de los diputados que están haciendo gestos con las manos me explicara, en profundidad, cuáles son las modificaciones del Senado. Aquí hay treinta diputados, hoy es jueves y este es un proyecto de mucha relevancia que ha causado mucha polémica en los medios de comunicación y que tiene implicancias muy profundas. Garantizo que hay un porcentaje importante de parlamentarios que no conocemos las modificaciones del Senado que fueron aprobadas ayer. Digamos las cosas por su nombre.
En segundo lugar, la urgencia vence el 2 de enero del próximo año. Es decir, si nos tomamos el tiempo suficiente para analizar el proyecto -usualmente, alegamos, y con razón, que no tenemos el tiempo necesario para hacerlo debido a las urgencias que impone este Gobierno, y en su momento, los anteriores-, sobre todo considerando su implicancia pública, tendríamos la posibilidad de votarlo el martes 2 de enero o el miércoles 3 de enero.
Aquí no hay un interés por dilatar el proyecto, para votarlo más adelante, o por no aprobarlo hoy por capricho. Lo que hay es interés en conocerlo en profundidad, porque creo que es necesario. Se trata de una materia en la que, como Cámara de Diputados, nos hemos equivocado anteriormente. En efecto, con antelación nos hemos pronunciado sobre proyectos que tienen implicancias públicas, que luego generan debate en los medios de comunicación y que, incluso, han generado reacciones de los parlamentarios del tipo “no sabía en profundidad lo que estaba votando.” Obviamente, eso no es común en la Cámara de Diputados. Acá tenemos buenas bancadas y parlamentarios informados.
El proyecto es de relevancia. Se votó ayer en el Senado y se nos pide hacer lo propio hoy en la Cámara de Diputados. Obviamente, no es culpa de ningún parlamentario no estar en conocimiento pleno de todos los detalles del proyecto. Por eso, señor Presidente , por su intermedio, agradezco al ministro la información que ha entregado, la que entiendo que está a disposición de los diputados y que tiene que ver muy posiblemente con la idea original de la iniciativa. No creo que tenga que ver con las modificaciones introducidas ayer, porque la calidad del documento indica que no se elaboró en doce horas. Probablemente, fue preparado para el inicio del debate del proyecto. Ha sido muy útil, toda vez que da cuenta de realidades tremendamente graves y alarmantes, como que en el país se fuma mucho y que las chilenas son las que más fuman en el mundo. Me parece adecuado que el Estado se haga cargo de esas realidades.
Respecto de los puntos de fondo, un destacado diputado , de quien tengo la mejor opinión, señaló que habría cierta incoherencia entre el proceder de quienes hemos defendido públicamente el derecho a la vida y manifestarnos en contra del proyecto. Quien habla lo votará en contra, porque no veo que sea inconsecuente defender el derecho a la vida y, a la vez, proteger las libertades individuales. Distinguir entre respeto por las libertades individuales y respeto por las garantías fundamentales establecidas en la Constitución es difícil, porque ambas se encuentran separadas por una línea muy delgada.
No es justo señalar que hay incoherencia -creo que esta fue la palabra que se utilizó- en los parlamentarios que hemos defendido el derecho a la vida por querer votar en contra el proyecto. No sé si pone en juego el derecho a la vida una votación en contra. Lo que sí sé es que aquí hay libertades individuales que se pueden estar vulnerando. De parte del Ejecutivo existe la idea de poner freno total, un freno de mano fuerte, a cualquier posibilidad de difundir, a través de los medios de comunicación, algún incentivo o alguna publicidad dirigida a los ciudadanos, para no caer en algo que afecta a la salud. De eso no hay ninguna duda.
Algunos creemos que ese freno de mano es demasiado violento, que esa intención no se logra de forma efectiva con una intervención tan potente del Estado. Hay que buscar el justo equilibrio entre las facultades del Estado y las libertades individuales. En mi opinión, el proyecto se pasa de ese justo equilibrio y afecta profundamente las libertades individuales.
También quiero despejar otro punto, que espero que no salga con mucha frecuencia en los debates.
No sé cómo se habrá ventilado el tema en el Senado, pero aquí se ha sostenido que algunos parlamentarios pueden haber sido presa o víctimas del lobby de las tabacaleras o de haber señalado una opinión en contra con el propósito de favorecerlas. Se trata de algo que hay que señalar con fundamento o con pruebas. Una acusación así no es gratis, no es barata y la rechazo en el plano personal. Nunca he tenido relación con una tabacalera, y mi decisión de votar en contra se basa en principios y no en el bolsillo. Esta es la opinión de la gran mayoría, si no de todos quienes nos manifestamos públicamente en contra del proyecto.
Insisto en que la intención del Ejecutivo es la adecuada; entiendo los argumentos del ministro de Salud y del Presidente de la República , pero las iniciativas deben ser juzgadas por su contenido y no por su origen. No por el hecho de votar en contra un proyecto de ley, que nace del Ejecutivo, que nace del gobierno que uno apoyó, va a ser desleal. Al contrario, si somos capaces de decir con firmeza y respeto que tal o cual proyecto de ley o que tal o cual política pública nos parecen inadecuados, entonces estamos siendo leales con el Gobierno, pero también con la ciudadanía, porque si el Gobierno se equivoca, es nuestro deber decirlo y expresar con respeto, con fundamento y en público, cuando sea necesario, nuestra opinión.
No existe interés en dilatar por dilatar el proyecto; no se trata de un capricho; se trata, simplemente, de contar con información útil para los diputados. No creo que exista conocimiento profundo y cabal de lo que ocurrió ayer en el Senado. Nosotros tenemos nuestra propia agenda legislativa. Ayer en la tarde debimos asistir a Comisiones; hoy en la mañana debemos abocarnos al estudio de proyectos muy importantes que inciden en materias laborales, por lo cual agradecemos la presencia de nuestra querida ministra del Trabajo . Esperamos tener tiempo para debatirlos. El que haya diputados interesados en debatir tiene que ver con esto, con entregar argumentos a la Sala y, ojalá, conocer, de parte de los diputados que conozcan de memoria el proyecto -no conozco las modificaciones del Senado- qué ocurrió, porque luego nos vamos a ver enfrentados al debate público.
Insisto en el argumento que di hace algunos minutos: hay diputados que, luego de votar, advierten no haberse dado cuenta de lo que estaban votando, o que habrían votado en forma distinta. Se argumentó que hubo un lobby de parte de las tabacaleras. Así se dijo cuando este proyecto fue despachado por la Sala, antes de ir al Senado, y de ningún diputado me gustaría volver escuchar este argumento.
Desconozco si hubo lobby de las tabacaleras. Por lo menos, apelo a las garantías fundamentales consagradas en la Constitución, algunas de las cuales se están vulnerando. El proyecto, iniciado en mensaje, sobrepasa el rol del Estado y afecta las libertades individuales; no creo que sea justo hacer el punto en torno al derecho a la vida, entendiendo que una de las ideas matrices que intenta defender el proyecto tiene que ver, justamente, con esto, porque quienes hemos defendido públicamente el derecho a la vida también hemos sido defensores de las libertades individuales. A mi juicio, ambos conceptos no están en conflicto, sino que tienen que vivir en un acuerdo de vida en pareja, en un matrimonio indisoluble -díganlo como quieran-, en un justo equilibrio, que este proyecto sobrepasa.
Señor Presidente , por su intermedio, pido a mis estimados colegas que en sus intervenciones consideren los puntos que hemos intentado poner en discusión. Entendamos que no hay intención de favorecer a una industria, sino que, simplemente, de defender libertades individuales y de conocer en detalle un proyecto sumamente importante. Insisto, el plazo de la urgencia nos permite votar el proyecto de vuelta de la semana distrital, el miércoles 2 de enero del próximo año, a partir de las 17.30, en la sesión que ya está citada.
Las urgencias que nos impone el Gobierno, esto es legislar para aprobar o rechazar, en forma acelerada, un determinado proyecto -creo que eso es lo que estamos haciendo-, desde hace tiempo forman parte del debate de todas las bancadas. Espero que esta circunstancia nos una para tener un debate de fondo, habida consideración de que el proyecto puede perfectamente votarse el próximo 2 de enero. Por lo menos, eso es lo que pido para interiorizarme, en profundidad, de la las modificaciones del Senado, que quien habla desconoce.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).- Señor Presidente , hoy jueves, 20 de diciembre, a días de la Navidad, votar favorablemente este proyecto sería, para los niños y la familia chilena, uno de los mejores regalos que podemos hacer desde nuestro trabajo legislativo. Pero ya está acordado que lo votaremos en enero. Estas son las cosas que molestan y frustran en nuestra labor legislativa.
El proyecto en debate nos involucra a todos y a todas, no solamente desde la salud de las personas, que es la base fundamental de esta iniciativa. Las cifras de muerte impactan, como dijo el ministro de Salud . Nuestros niños y nuestras niñas no tienen voz para decir que son contaminados y contaminadas directamente por el humo del tabaco; que son los más afectados y las más afectadas por la inconsciencia de sus padres.
Tolerancia cero con el alcohol, cuando le hace daño a los demás seres humanos; tolerancia cero con el tabaco, cuando le hace daño a los demás seres humanos. Los defensores de las libertades individuales sin restricciones, para proteger al resto de las personas, no tienen argumentos, al menos racionales, para votar en contra el proyecto.
Se habla del costo del consumo y de los otros costos económicos agregados. ¡Pero si el proyecto no está prohibiendo que los fumadores sigan ejerciendo su derecho! De lo que se trata es que el Estado, desde la perspectiva de la salud pública, haga una inversión social para cuidar a esos enfermos.
El punto es cómo prevenimos. El proyecto, con las modificaciones del Senado, se hace cargo de una discusión que se viene dando desde hace cinco años. Así es que en esta discusión no hay ninguna novedad ni sorpresa. Desde hace cinco años que discute este proyecto, en las diferentes instancias. Así es que llamo a la reflexión para que se garanticen lugares libres de humo de tabaco.
El proyecto de ley apunta a transparentar el negocio del cigarrillo y a que las personas tengan toda la información en su poder para actuar en libertad.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Debo informar a la Sala que se ha agregado a la Cuenta un oficio del Presidente de la República que cambia la calificación de urgencia suma por discusión inmediata al proyecto que figura en el segundo lugar de la Tabla, que dice relación con el pago de un beneficio a favor de trabajadores portuarios, lo que nos obliga a discutirlo en la sesión de hoy.
Por lo tanto, propongo que suspendamos el debate del proyecto sobre ambientes libres de humo de tabaco, para conocer del informe relativo al beneficio que se otorga a los portuarios, con el objeto votar al final el proyecto calificado con discusión inmediata y el relativo a ambientes libres de humo de tabaco, que estamos debatiendo.
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Schilling.
El señor SCHILLING.- Señor Presidente , acabamos de tener una reunión de Comités, que usted presidió, en la que acordamos que se darán a conocer los informes correspondientes a los proyectos concernientes a los beneficios para los trabajadores portuarios y para los asistentes de la educación, y que se votarán sin discusión. En consecuencia, señor Presidente , le pido que no acepte esta maniobra de la UDI.
Iba a saludar la presencia de la ministra del Trabajo ; pero ahora me arrepiento de hacerlo, porque ella salió de la Sala para realizar esta maniobra. Además, los lobbystas de las tabacaleras, el señor Cáceres y otros, andan afuera dando vueltas para hacer presión sobre el proyecto en discusión.
Por lo tanto, si el Parlamento no quiere dar un espectáculo lamentable, en el sentido de ceder a todo tipo de presiones corporativas, le solicito que mantenga la Tabla como está.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Señores diputados, solo quiero recordarles que no hubo acuerdo en la reunión de Comités. Se propuso cambiar el orden de la Tabla para tratar los proyectos signados con los números 2 y 3, en primer y en segundo lugar, respectivamente, sin debate. Como no hubo acuerdo al respecto, se mantuvo el orden de la Tabla.
Además, debo recordar a los señores diputados que en ese momento todos los proyectos estaban calificados con suma urgencia. No obstante, como informé, el Presidente de la República ha cambiado la calificación de suma urgencia del proyecto que establece un beneficio para los portuarios, por discusión inmediata, lo que nos obliga a modificar el orden de la Tabla.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).- Señor Presidente , se debe pedir la unanimidad de la Sala para modificar la Tabla.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra la ministra Evelyn Matthei.
La señora MATTHEI, doña Evelyn ( ministra del Trabajo y Previsión Social).- Señor Presidente , me da lo mismo que el proyecto del bono a los portuarios se trate con discusión o sin discusión. Lo que pido es que ese proyecto de ley, mediante el cual se pretende devolver dineros a los trabajadores portuarios, sea votado hoy, ya que existe un compromiso al respecto que los diputados de Oposición pueden corroborar con la diputada Clemira Pacheco.
El señor MONTES.- Señor Presidente, pido que la ministra respete a la Sala.
La señora MATTHEI, doña Evelyn ( ministra del Trabajo y Previsión Social).- Reitero, lo único que pido es que se vote hoy el proyecto mediante el cual se pretende devolver dineros que pertenecen a los trabajadores portuarios y que han llegado al Estado en forma irregular. No he pedido que se discuta, que se aplace la discusión en otro proyecto ni nada por el estilo.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor WARD.- Señor Presidente , pido que cite a reunión de Comités y que suspenda la sesión.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Cito a reunión de Comités.
Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor De Urresti.
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente , con este proyecto, que modifica la ley N° 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco, vamos a avanzar para consagrar en nuestro país una ley que efectivamente resguarde el derecho de miles de personas que, sin ser fumadoras, enfrentan grandes posibilidades de convertirse en fumadoras pasivas.
La iniciativa -hemos insistido en ello- debe avanzar en la línea de consolidar espacios libres de humo de tabaco para trabajadores como garzones y dependientes, que en la actualidad deben desempeñarse en ambientes saturados de dicho humo.
Durante mucho tiempo hemos visto una importante ofensiva del lobby de las tabacaleras para evitar esta regulación e impedir que la sociedad democrática vaya conteniendo el avance inexorable de los fumadores.
Hace poco recordábamos que en nuestro país en algún momento se fumaba en cualquier lugar: en los buses interurbanos, incluso en las sales de clases; en fin, en distintos espacios. Hoy, por una política de salud pública, pero también de protección y de educación de nuestros niños y niñas, debemos tener una regulación efectiva en la materia y no simplemente quedarnos presos de la publicidad, muchas veces invasiva, de las empresas tabacaleras.
Veíamos en las encuestas los indicadores a que se refirió el ministro . En la actualidad, tenemos el triste récord de ser uno de los países con mayor consumo de cigarrillos en jóvenes de entre 13 y 15 años -escolares-, el país con mayor consumo de cigarrillos en mujeres y el país de América con mayor número de varones fumadores. Son cifras que claramente no debieran enorgullecernos, frente a las cuales nuestra legislación debe reaccionar.
Respeto y libertad para los mayores de edad que quieran fumar. Ningún problema, siempre que sea en el ámbito privado, no como ejemplo, no como referencia a otros sujetos.
Es preciso que podamos entrar a cafés o a bares con nuestros hijos. Muchas veces no se puede ingresar a restoranes, porque son solo para fumadores. No siempre se puede ir con un menor un domingo a mediodía a un restorán, porque numerosos establecimientos privilegian la entrada de quienes fuman.
Reitero, todo el respeto y toda la libertad para los que quieran fumar; pero también todo el respeto y toda la protección para quienes no fuman y quieren desarrollar una vida normal con su familia.
Junto con lo relativo al alcohol, que es otra materia que deberemos abordar, es fundamental tener claro que aquí tiene que haber regulaciones, con las prevenciones adecuadas. Ello es importante en materia de turismo. Esto no debe afectar a ese sector. Según las estadísticas -así lo hemos visto en la legislación comparada, principalmente en la de la Unión Europea, donde se han introducido importantes restricciones-, regulaciones de esta naturaleza no generan una disminución en el turismo, sino una readecuación. Por lo tanto, las terrazas tendrán que readecuarse. Es importante que el señor ministro nos informe sobre el particular.
En suma, aquí tiene que haber una política clara y consistente en materia de regulación, de prevención y, sobre todo, de educación de los niños. Porque, desgraciadamente, de acuerdo con el informe y las estadísticas, que nos entregaron, que son de público conocimiento, hoy los escolares se están iniciando a temprana edad en el consumo de tabaco.
También es importante regular. Al respecto, me parece bien el resguardo, para no sancionar -se planteó-, a numerosos quioscos, pequeños negocios que venden cigarrillos, por no ubicarse a la distancia debida respecto de los establecimientos educacionales, salas cuna, etcétera. En ese sentido, se debe tener claro que en provincia muchas veces esta situación de las distancias es relativa, porque en las pequeñas ciudades todo se concentra en el centro. Al respecto, hago una prevención.
Insisto en que considero fundamental el avance que se logrará con esta legislación. Al respecto, me gustaría que el señor ministro clarificara que este tipo de medidas no afectarán el turismo y la hotelería. Tendrán que buscarse las fórmulas de adecuación para que ello no ocurra.
Se requiere una señal clara y precisa para terminar con el lobby de las tabacaleras.
Asimismo, esperamos que el ministro tenga la misma fuerza y la misma energía para regular la industria de las bebidas alcohólicas. En efecto, es necesario generar una política pública en relación al alto consumo de alcohol, principalmente por la temprana iniciación de nuestros jóvenes tanto en este consumo como en el de cigarrillos.
Por último, anuncio que apoyaremos las modificaciones del Senado a esta iniciativa, que apunta en favor de los fumadores pasivos -muchas veces deben aspirar gran cantidad de humo, por ejemplo, en sus trabajos-, pero especialmente de una sociedad libre de tabaco.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Cristián Letelier.
El señor LETELIER.- Señor Presidente , como integrante de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados debo manifestar que en su momento vimos este proyecto de ley en forma acuciosa, y llegamos a un texto que armonizaba las libertades de las personas con el deseo que tiene el Supremo Gobierno, en particular el ministro de Salud , de modernizar la legislación con la introducción de cambios destinados a reducir el consumo de cigarrillos, en especial en nuestros jóvenes.
Sin embargo, lamentablemente, el honorable Senado ha entrabado la tramitación de esta iniciativa de ley con la introducción de modificaciones que, a nuestro juicio, le hacen mal.
En primer lugar, respecto de la definición de “espacio cerrado”, el Senado cambió el concepto que la Cámara de Diputados había aprobado, volviéndolo ambiguo. En ese sentido, creo que debemos redefinir, replantear, aclarar el tremendo error que cometió la Cámara Alta, pues redujo el término a algo ininteligible.
En seguida, un segundo aspecto respecto del cual me gustaría que hubiera una visión crítica dice relación con la publicidad del tabaco. Resulta que tanto en forma directa como indirecta, nosotros señalamos estar de acuerdo en que se podía hacer publicidad en el punto donde se vende tabaco. El Senado, en cambio, la prohíbe terminantemente.
Pero lo más grave es que se va a situaciones realmente paradójicas cuando el Senado aprueba una disposición que establece que “La prohibición indicada se extiende en los mismos términos y con los mismos efectos a la publicidad indirecta realizada por medio de emplazamiento, donde se muestra en medios de comunicación masiva -como la televisión-el consumo de productos o marcas de productos hechos de tabaco.”.
Al respecto, un periodista me señaló un ejemplo irrisorio: como en ningún canal de televisión puede aparecer gente fumando, puede ocurrir que un periodista esté haciendo un despacho en directo, pero pase alguien fumando, debido a lo cual tendría que cortar la nota realizada en vivo. Esa es una situación extrema, pero es una realidad que se puede producir si se aprueban las modificaciones del Senado. Planteo ese ejemplo para demostrar lo absurdo de esa enmienda.
En tercer término, quiero referirme a la modificación del Senado que establece la prohibición de fumar en las galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Al respecto, creo que para la clase media emergente, en particular para la del distrito que represento -integrado, entre otras, por las comunas de Talagante y Melipilla -, el fútbol es una pasión y un deporte al que asisten las familias los domingos, ocasión en la que para un trabajador agrícola fumarse un cigarrito también puede ser una pasión y un deleite.
Sin embargo, dicha modificación introducida por el Senado establece la prohibición de hacerlo en los lugares señalados, lo cual, a mi juicio, es contrario a la libertad de las personas y, en consecuencia, a la libertad para llevar a cabo la acción que para algunos puede constituir un deleite.
Por lo tanto, creo que la señalada enmienda del Senado va en contra de lo que desea la clase media.
La última observación que quiero hacer dice relación con la modificación del Senado en materia de donaciones. En ese sentido, estimo que si las compañías tabacaleras pueden hacer donaciones a entidades académicas, culturales y organizaciones no gubernamentales, la ley en tramitación debe especificar dichas donaciones, pero no tiene por qué establecer la obligación de que esas compañías deban informar en forma pública el detalle de las donaciones efectuadas, ya que, a mi juicio, eso tiene ribetes de inconstitucionalidad.
En consecuencia, como el Reglamento de la Corporación no permite votar en forma separada algunas disposiciones que el Senado ha modificado de manera sustancial, votaremos en contra las enmiendas introducidas por la Cámara Alta para que el proyecto vaya a comisión mixta, con el objeto de tratar de perfeccionar los aspectos que he mencionado.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , me llama la atención el argumento que han entregado algunos diputados de la UDI respecto de que no se cuenta con la información necesaria para votar este proyecto hoy. Lo planteo porque, además de tener en nuestro poder el texto aprobado por la Cámara de Diputados y las modificaciones propuestas por el Senado, el ministro de Salud nos entregó abundante información respecto del impacto del tabaco en distintos segmento de la población, entre otros, en los trabajadores, en las mujeres y en los hombres.
Sin embargo, como creo que lo que abunda no daña, voy a hacer una breve referencia respecto de las modificaciones que introdujo el Senado, para que veamos de qué manera influyen “sustancialmente” en lo aprobado por la Cámara de Diputados y cuál es el grado de sustentabilidad que tienen los argumentos esgrimidos por la Derecha para no votar hoy y dilatar de nuevo el despacho de este proyecto.
El artículo 3° propuesto por el Senado obliga al establecimiento de mayores y mejores niveles de publicidad respecto del consumo de tabaco, prohibiendo la publicidad bajo las circunstancias que se señalan en el texto.
Al respecto, la pregunta que surge es a quién o a quiénes afecta esa prohibición. Dicha prohibición no solo significa afectar, en forma económica, a las tabacaleras, sino que, de alguna manera, se está cercenando un negocio importante de las agencias de publicidad, de los medios de comunicación, principalmente de la prensa escrita, de la televisión y de los medios digitales.
Entonces, cuando votemos, pongamos en una balanza la importancia que tiene la preservación de ambientes libres de humo de tabaco versus los intereses de las compañías tabacaleras, de las agencias de publicidad y de los medios de comunicación.
En el último inciso del artículo 3° se exige a las tabacaleras una cuestión muy simple: que informen anualmente al Ministerio de Salud el detalle de las donaciones efectuadas por concepto de convenios con organizaciones deportivas, comunitarias, etcétera, y de los gastos por convenios con entidades públicas o privadas de distinta naturaleza.
Esa es una mínima exigencia de transparencia para que los chilenos sepan con qué recursos se están financiando determinadas instituciones, sean estas públicas o privadas. Me parece que en ese aspecto hay un factor importante que destacar, el cual tiene que ver, precisamente, con el origen de determinados recursos provenientes de una industria que, de manera probada, en el mundo entero debe batirse en retirada como consecuencia de restricciones que surgen después de haberse corroborado el perjuicio efectivo que causa el consumo de tabaco en la salud humana.
El artículo 6° obliga a las tabacaleras a hacer advertencias sanitarias en los puntos de venta de productos de tabaco. ¡Por favor! No podemos decir que se trata de una modificación sustantiva a lo aprobado por la Cámara de Diputados, en circunstancias de que se está reiterando una norma que, por lo demás, ya existe. Lo que ocurre es que la hace más específica, y extiende la obligación de hacer esas advertencias en los puntos de venta, por el impacto del consumo de tabaco en la salud humana.
En el artículo 9° se exige a las tabacaleras hacer referencia expresa de las sustancias aditivas que contienen los cigarrillos. Además, se otorga una facultad adicional al Ministerio de Salud para que pueda prohibir el uso de determinados aditivos que causan un daño aún mayor que el que el tabaco, per se, produce en la salud humana.
Según la información que nos entregó el ministro de Salud , 16.701 personas murieron en 2010 por efectos directos o indirectos del consumo de tabaco; el 47,8 por ciento de los estudiantes egresan de cuarto medio con el hábito de fumar incorporado en sus conductas habituales, y el 37,1 por ciento de las mujeres fuma.
Tal vez -esto es solo una suposición-, si se hubiera cumplido con rigurosidad la actual ley, que estableció restricciones, principalmente en establecimientos comerciales, no estaríamos discutiendo un proyecto de ley de esta naturaleza.
Lo que ocurrió -situación que, en lo personal, me causa una profunda irritación- es que, por ejemplo, en restoranes y otros establecimientos comerciales, cuando se estableció la separación que en ellos se debía hacer entre zona de fumadores y de no fumadores, ocurrieron situaciones que eran francamente absurdas y enojosas en relación con la violación de la ley sobre la materia.
En ese sentido, voy a relatar una experiencia personal. Mientras cenaba en un restorán en la ciudad de Temuco, vi en la zona de fumadores a un grupo de, a lo menos, dieciséis personas a las que vinculaba con determinada empresa, entre las cuales a lo menos diez o doce estaban fumando. Hasta ese momento todo estaba perfecto; no había problema. Sin embargo, me percaté de que entre ellas había una madre con su hijo de aproximadamente doce años, porque seguramente no tuvo con quién dejarlo en su hogar. Por lo tanto, ese menor de edad estaba en medio de ese grupo, en el sector para fumadores, es decir, en un ambiente absolutamente contaminado. Hablé con el encargado del establecimiento, al que le representé lo que estaba ocurriendo, y su respuesta fue la siguiente: “Perdóneme, pero no lo pudimos evitar. No podemos rechazar una mesa con doce o dieciséis personas. Es responsabilidad de la madre haber venido con su hijo. No la podemos echar de aquí”.
Entonces, esos absurdos significan que muchos se han reído de la ley que establece restricciones para el consumo de tabaco, que hoy se encuentra vigente.
Para concluir, quiero pedir que tengamos presente que lo que estamos haciendo es legislar para el conjunto de los chilenos. Respeto profundamente la libertad individual de los fumadores; pero esa libertad individual no puede significar que, en su ejercicio, se agreda la libertad individual de aquel que ha optado por no fumar, pero que como fumador pasivo recibe el impacto de los que fumamos.
Por ello, los invito a votar pensando en la salud de las generaciones futuras y no en los intereses de las tabacaleras, de las agencias de publicidad y de los medios de comunicación.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.- Señor Presidente , creo que en este proyecto, que hemos debatido durante tantos años, tenemos un deber para con la ciudadanía chilena. Se dice que no ha habido tiempo suficiente para su estudio, en circunstancias de que este tema se viene debatiendo, por lo menos, desde hace cinco u ocho años.
Las cifras y la evidencia científica son abrumadoras. Nosotros tenemos el peor índice de América en materia de tabaquismo; somos el peor país de América. Tenemos el problema más grande, porque el 25 por ciento de los escolares ya fuma en octavo básico, y la mujer chilena mayor de 15 años de edad es la que más fuma en el mundo.
En el proyecto hay dos aspectos importantes que debemos destacar: por un lado, los que defienden el derecho de los que no fuman y, por el otro, los que defienden los intereses económicos de la industria del tabaco.
En esta materia, quiero hacer un reconocimiento al ministro de Salud , don Jaime Mañalich , porque es muy importante la actitud que ha tomado el Ministerio a su cargo, en el sentido de jugársela por este proyecto tan importante para todos los chilenos y chilenas. Basta decir que en Uruguay, con una ley menos rígida que la nuestra, los infartos se redujeron en 25 por ciento. En Chile, se hizo un estudio de padres fumadores que se comprometieron a no fumar al interior de la casa durante seis meses; luego de transcurridos esos seis meses en que los padres fumaban fuera de la casa, se tomó una muestra a todos los hijos de esas familias, todas las cuales dieron positivo en materia de nicotina.
Reitero, la evidencia científica que existe actualmente es tan abrumadora, que tenemos que ser consecuentes al momento de emitir nuestro voto.
Aquí se dice que los restaurantes han invertido para dividir sectores para fumadores y no fumadores, pero se debe aclarar que toda esa inversión la realizó la industria tabacalera. Por tanto, no fue una inversión de la industria de los restaurantes.
También es muy importante dejar en claro el nivel de contaminación que enfrentan los trabajadores de los restaurantes o de los pubs donde van los fumadores. Una comparación que resulta útil es que en la hora peak de tránsito en el túnel San Cristóbal , la contaminación es menor que la existente en los pubs. Por ello, hago un llamado a tener la conciencia de ver a quién favorecemos con nuestro voto.
Enfermedades no transmisibles, como el alcoholismo, el tabaquismo y la drogadicción, le cuestan al país una cantidad de miles de muertos al año y, además, 10.000 millones de dólares anuales. Nosotros aprobamos una reforma tributaria para conseguir mil millones de dólares para educación, pero estos tres factores, que son tan importantes desde el punto de vista sanitario, nos cuestan 10 mil millones de dólares al año.
Con todo respeto, quiero preguntar a los colegas que defienden el tema del tabaco lo siguiente: Cuando una familia va al estadio y el hijo se sienta al lado de una persona que fuma, ¿con qué derecho tiene que fumar en forma pasiva un niño que va con su familia a recrearse en un espectáculo deportivo?
Se acaba de presentar un proyecto de ley muy importante para Chile, que crea el sistema Elige vivir sano; pero acá hay una inconsecuencia, porque, por una parte, se apoya dicho proyecto, pero, por otra, se quiere votar en contra un proyecto que busca mejorar la salud de todos los chilenos y las chilenas.
Quiero dejar en claro lo que significa el proyecto de ley en discusión. Quienes están a favor de él, defienden la salud y la calidad de vida de las personas; en cambio, los que votan en contra -para que la ciudadanía lo sepa-, están defendiendo los intereses de la industria tabacalera. Así de claro. En la mañana de hoy hemos visto con mucha vergüenza, la importante y descarada presión de la industria tabacalera, cuyos representantes se hallan ahí afuera; ahí están haciendo lobby para que este proyecto de ley no se apruebe. Su intención es que el proyecto se vaya a comisión mixta, porque quieren que se caigan varias modificaciones que introdujo el Senado.
Por eso, entrego todo mi apoyo al ministro de Salud por este proyecto, que realmente honra a quienes estamos a favor de mejorar la salud, sobre todo, de los jóvenes de Chile, de manera que puedan vivir en un ambiente libre de humo de tabaco.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Issa Kort.
El señor KORT.- Señor Presidente , después de la lectura de la Cuenta, solicité que las modificaciones del Senado a este proyecto fueran remitidas a la Comisión de Salud, porque pienso que corresponde.
Nosotros, como Cámara de Diputados, tenemos que buscar que se concrete una legislación acorde con las realidades técnicas y jurídicas que la Constitución nos entrega. En ese sentido, me parece que, desde el punto de vista técnico -lo conversé con el diputado Javier Macaya , Presidente de dicha Comisión-, es necesario que las modificaciones del Senado sean estudiadas por esa instancia.
En primer lugar, es bueno recordar que la Comisión de Salud de la Cámara estudió originalmente este proyecto, lo aprobó de determinada forma, y después la Sala le entregó su respaldo. Con posterioridad, el proyecto pasó al Senado, donde le introdujeron importantes modificaciones, que desconocemos.
El proyecto figura en primer lugar de la Tabla. Al respecto, si bien tenemos el texto comparado que preparó la Secretaría de la Cámara de Diputados, no sé si algún colega habrá tenido el tiempo para darse cuenta sobre los detalles de los trascendentales cambios que ha hecho el Senado respecto de lo que aprobó originalmente la Cámara de Diputados.
Por lo anterior, considero una irresponsabilidad votar un proyecto de ley sin conocer los detalles. Muchas veces, la ciudadanía nos demanda un mejor ejercicio legislativo, lo que no ocurre en esta oportunidad, porque no conocemos el detalle de las modificaciones del Senado. No creo que otros colegas conozcan realmente el detalle al estudiar el texto comparado.
Pedí la remisión de la iniciativa a la Comisión de Salud en el momento oportuno, pero no hubo voluntad política. La idea no es evitar la discusión; todo lo contrario, queremos discutir, pero de manera correcta.
En segundo lugar, he escuchado con qué soltura de cuerpo algunos diputados han planteado que aquí hay lobby de los representantes de las tabacaleras. La verdad de las cosas es que, en lo personal, no he recibido ningún tipo de presión de ninguna persona, institución o empresa tabacalera para hablar en favor o en contra del proyecto. Todo lo contrario, creo que se tienen que buscar las formas para representar a todos los sectores.
El lunes pasado, en mi distrito, la ciudad de Rancagua, se me acercó una persona y me preguntó si conocía los detalles del proyecto de ley que modifica la ley del tabaco. Le respondí que no los conocía porque todavía estaba en el Senado. Pero ¿qué respuesta podré entregar ahora a personas de Rancagua si se vota hoy el proyecto, cuya urgencia fue calificada de suma, y solo hemos contado, a partir de las 10.00 de la mañana, con un texto comparado? Me parece una irresponsabilidad y una falta de decoro para con el Congreso Nacional cuando se plantean este tipo de situaciones.
En tercer lugar, se habla sobre la defensa de la vida. Efectivamente, nosotros estamos por la defensa de la vida desde el momento de la concepción en adelante, y no vamos a claudicar a ese respecto. Creemos que la defensa de la vida tiene que ser corporativa, real y con sentido incluso filosófico para quienes creemos que la vida humana y la libertad de las personas son fundamentales y algo que no podemos transar.
Aquí se pretende hacer una defensa de la vida, y nosotros estamos por la defensa de la vida; pero también debemos velar por la defensa de la libertad de las personas. En este sentido, cuando hablamos de defender la libertad de las personas, tenemos que ser sumamente responsables y darnos cuenta de que la actual ley del tabaco establece que las personas mayores de 18 años -es decir, quienes son legalmente mayores de edad y, por lo tanto, pueden elegir a sus autoridades- tienen derecho a ejercer la libertad mínima y básica de que no se les coarte la opción de decidir qué hacer con su vida. Apoyo el programa Elige vivir sano, a través del cual el Estado entrega herramientas que sirven para hacer un llamado de atención sobre lo pernicioso que es el tabaco para la salud de las personas. Sin embargo, también debemos ser realistas y defender la libertad de las personas.
Por último, es importante analizar esta materia desde un punto de vista laboral y comercial. Estoy de acuerdo con defender los derechos de los trabajadores -creo que no hay que claudicar en ello; por el contrario, debemos seguir incrementando sus derechos-, pero también debemos preocuparnos de defender las fuentes de trabajo.
Felicito a la ministra del Trabajo , Evelyn Matthei , presente en la Sala, porque gracias a las políticas impulsadas por el Gobierno existe, prácticamente, pleno empleo. Pero me preocupa el futuro, cuando no haya pleno empleo, cuando no tengamos una situación económica como la que estamos viviendo hoy, cuando no haya fuentes de trabajo y cuando con algunas leyes coartemos las posibilidades laborales. Es necesario escuchar a las personas y darles seguridad en su trabajo.
Desde ya, anuncio mi voto en contra de las modificaciones del Senado, porque considero necesario que sean analizadas por la Comisión de Salud de la Cámara. Nosotros confiamos en nuestras comisiones técnicas porque en ellas están representados todos los partidos políticos y allí se expresan las distintas visiones políticas y técnicas.
Insisto en que, por lo menos, es una falta de decoro y de respeto a la Cámara de Diputados haber colocado las modificaciones del Senado en el primer lugar de la Tabla, sin haberlas discutido y analizado. Esto está indicando que la decisión final la estaría tomando el Senado y que nosotros diremos sí o no, sin aportar mayores argumentos al debate legislativo.
Por lo tanto, reitero mi voto en contra de las modificaciones del Senado, a la espera de que podamos tener una ley que asegure la libertad de las personas y la calidad legislativa.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente , hace algunos años, el país avanzó en un cambio fundamental, desde el punto de vista social.
Recuerdo que, cuando era niño, mi abuelo médico era un fumador empedernido; fumaba en el auto, en la casa, en todas partes. Recuerdo también que fumar era algo absolutamente normal y considerado parte de las costumbres de la sociedad; era un hábito normal.
Con el tiempo, la ciencia médica logró demostrar que el tabaco le hacía mal a las personas porque podía producir, entre muchas otras enfermedades, cáncer y, en consecuencia, la muerte. Pero, la sociedad entendía que eso les ocurría solo a los fumadores; de manera que las personas podían determinar, de acuerdo con su libre albedrío, si se exponían a este agente nocivo que, además, era una droga que producía adicción. Pero, como digo, eran libres para fumar porque con ello solo dañaban su salud, no la de los demás.
Pero, como la ciencia médica avanza, hoy está absolutamente comprobado que el fumador afecta no solo su salud, sino que, también, pasivamente, la de la gente que está a su alrededor, a personas inocentes, como ocurre con los niños, y con otros seres humanos aún más inocentes, como el feto que está dentro del vientre de una mujer embarazada que fuma. Por cierto, la sociedad empieza a tener una actitud y una visión distinta porque si esta droga lícita afecta la salud de otras personas, entonces, su derecho es más relevante que el del que fuma.
Esto ha hecho que en Chile hayamos avanzado en una legislación y que se haya promulgado la ley N° 19.419, que incorpora algunas medidas. Ahora, vamos a avanzar en los derechos de los no fumadores, con el objeto de que la sociedad proteja el derecho de dos grupos societariamente importantes: el de los fumadores, para que, según su libre albedrío, tengan libertad para fumar, y el de los no fumadores, para que su ambiente no sea contaminado y no sufra los efectos de la adicción al tabaco.
En esta materia se ha avanzado bastante en nuestra sociedad, y se ha llegado a cierto consenso; pero, por cierto, cuando los profesionales avanzan en los estudios epidemiológicos, la autoridad sanitaria en su evaluación y la sociedad, en la educación y el conocimiento de sus derechos, la ley vigente resulta insuficiente.
Quiero felicitar al gobierno en este tema, porque me parece sumamente importante que, con un espíritu sanitario que nada tiene que ver con aspectos político-partidistas ni de defensa de las empresas, haya avanzado en un proyecto de ley, concordado con muchos actores -por cierto, tiene diferencias con algunos-, que apunta a resguardar la salud pública y los derechos de los no fumadores.
Las cifras que maneja la Organización Mundial de la Salud y todas las organizaciones que hacen estudios sobre esta materia indican con claridad que esta droga lícita, respecto de cuyos efectos los individuos tienen cada vez más información, debe ser permitida, en primer lugar, para que las personas -repito, según su libre albedrío- tomen la decisión de fumar, pero la sociedad tiene que precaver y asegurar que la educación llegará en forma completa para que sea el individuo adulto quien adopte la decisión, y, en segundo lugar, para proteger a la juventud, a los niños y a las personas que, libre y soberanamente, decidieron no fumar, atendidos los efectos nocivos del tabaco. En este sentido, me parece que estamos dando un paso relevante.
Evidentemente, hay diferencias entre lo aprobado por la Cámara de Diputados y el Senado. En realidad, estoy de acuerdo con algunas modificaciones del Senado porque, efectivamente, avanza en una mirada importante en algunos artículos respecto de los cuales no hubo acuerdo en la Cámara. Por ejemplo, el Senado incorporó un inciso final, nuevo, en la letra h) del numeral 10) del artículo único, que dispone que el director del establecimiento hospitalario determinará los lugares en los cuales se puede fumar. En mi opinión, por lógica, en estos establecimientos no se debiera fumar en ningún lado, porque son los actores de la salud los que están diciendo que el tabaco es dañino, que puede producir cáncer y una gran cantidad de enfermedades. Por lo tanto, los médicos debieran ser los primeros en dar el ejemplo. Pero, entendiendo que hay muchos colegas médicos adictos al tabaco, la ley estableció que se podía fumar en algunos patios, al aire libre, en los recintos hospitalarios.
El Senado plantea algo interesante: que el director deberá definir claramente esos espacios, para que no se contaminen los recintos hospitalarios cerrados. Además, al director se le entrega la facultad de determinar si en su recinto se puede fumar. Me imagino que una decisión de esta naturaleza se adoptará con la participación de todos los funcionarios del hospital.
Por eso, me parecen adecuadas las modificaciones del Senado que incorporan restricciones un poco más complejas. Sin embargo, quiero rescatar algo que se ha dicho aquí y que es relevante. Habría sido oportuno que la Mesa hubiese enviado el proyecto a la Comisión de Salud, que es la comisión técnica, para la discusión, análisis y debate de los cambios más relevantes que introduce el Senado, a fin de llegar a la Sala con una especie de consenso que nos permitiera acercar posiciones. En particular, estoy de acuerdo con lo que ha hecho el Senado, pues creo que hay que avanzar en esta materia y el país merece que sanitariamente nos pongamos de acuerdo. Aquí no hay ninguna diferencia política que haga que uno tenga miradas distintas sobre la materia.
Quiero llamar a la reflexión al diputado Kort que planteó que iba a votar en contra, y se lo digo por una razón muy simple. En términos globales la iniciativa modificada por el Senado avanza en el sentido de cuidar la salud de los chilenos, en disminuir los gastos en que el Estado debe incurrir para curar enfermedades que son perfectamente prevenibles. Aquí discutimos acerca de una mejor calidad de vida. Por cierto, aquellos que no fuman tienen una expectativa de vida mucho mayor y una calidad de vida mucho mejor que aquellos que sí lo hacen.
Por eso, concuerdo con las modificaciones del Senado y voy a aprobarlas. Creo relevante pedir a la Sala que avancemos en estas materias, porque son de beneficio social y ciudadano.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Schilling.
El señor SCHILLING.- Señor Presidente , desde hace mucho tiempo la medicina y, en general, la gente sabe que el consumo del tabaco es nocivo para la salud, pero no solo eso, sino que, además, la medicina, la ciencia y todas las personas saben que la industria tabacalera le agregó a la materia prima sustancias que la hacen artificialmente más adictiva, y también se sabe, universalmente y desde hace ya largo tiempo, que el tabaco no solo daña al que fuma, sino que a quienes lo acompañan en los espacios que comparten.
Dicho esto, se arguye en contra de este proyecto de ley que busca proteger la salud de los chilenos por la vía de hacer más drásticas las prohibiciones de fumar en público, que se estaría afectando gravemente una libertad. Ya lo he dicho antes en esta Sala: somos partidarios de la autodeterminación del ser humano integral y no solo de maquillaje, en consecuencia, también somos partidarios de su libertad.
Por eso, por su intermedio, señor Presidente , les pregunto a los nuevos liberales que hemos descubierto en este debate, los que representan al campo, por ejemplo, Melipilla , modelos de liberalismo, ¿se puede ser liberal siendo adicto? Creo que no. Aquí se dicen cosas con absoluta ligereza, con una superficialidad que parece indicar que pasaron por la universidad, pero arrancando de carabineros y no porque hayan estudiado ahí.
Ciertamente, si existe esta tensión entre la libertad del ser humano y la salud, y aquí hemos descubierto nuevos liberales melipillanos, que nos dicen que están a favor de la libertad, la última consecuencia de las afirmaciones de ese señor es que también estará a favor de la eutanasia, por lo que espero que prontamente presente un proyecto de ley que diga que uno puede suicidarse fumando, pero también porque se aburrió de la vida y quiere ponerle término. ¡A ver si es de verdad liberal!
Las modificaciones del Senado mejoran sustantivamente este proyecto, lo hacen más preciso y más drástico. Felicito la presencia del ministro de Salud en la Sala para hablar a favor de las modificaciones que ha hecho el Senado al proyecto de ley.
Algunos diputados han advertido que podría haber algunos problemas económicos con esta iniciativa. Creo que el único problema económico que se avizora en el horizonte es que la caja del Instituto Libertad y Desarrollo o las campañas de la UDI, y no sé cómo se irá a comportar Renovación Nacional, se verán afectadas en la próxima elección parlamentaria y presidencial.
Al respecto, recuerdo que cuando se dijo que prohibíamos manejar bajo el efecto del alcohol, también hubo anuncios graves en relación con la industria del alcohol ¡Y no ha ocurrido nada! Ni siquiera en los restoranes, al contrario, aumentaron algunos emprendimientos económicos.
Me alegro de que el ministro Mañalich esté del lado de los esfuerzos de la esposa del Presidente Piñera por elegir vivir sano. Pero lamento observar, de acuerdo a lo ocurrido en la Sala, que no todos están de acuerdo con ella en esta campaña, puesto que maniobran en la Sala para impedir que, de una vez por todas, se voten las modificaciones, se aprueben y el proyecto se convierta en ley.
La contradicción es demasiado evidente y estoy seguro de que el Presidente Piñera en esto está del lado del ministro Mañalich y no de la ministra Matthei .
Finalmente, le pido formal y solemnemente, después de ya más de seis intervenciones respecto de este proyecto se proceda a consultar a la Sala sobre el cierre del debate para votar ahora mismo el término del humo en todos los establecimientos y lugares públicos de Chile.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Corresponde votar el cierre del debate, pero como no existe el quorum requerido. Se está llamando a los señores parlamentarios mediante los timbres.
El señor LEÓN.- Señor Presidente , lo que corresponde reglamentariamente es que someta a votación la petición de cierre del debate o, sencillamente, suspenda por cinco minutos, pero no puede seguir con el debate.
El señor MEZA.- Señor Presidente, hace rato que planteé que las intervenciones fueran de solo tres minutos por diputado.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Lo que corresponde es votar la petición de cierre del debate, pero para hacerlo tiene que haber quorum. Mientras se logra aquello, le damos la palabra al diputado Sandoval y, a continuación, procederemos a votar la petición de cierre del debate.
El señor SANDOVAL .- Señor Presidente , pareciera ser que los temores del fin del mundo están afectando el raciocinio, el pensamiento y los temperamentos. En ese sentido, lamento las expresiones virulentas del diputado Schilling , porque no sé quien llenará las cajas al Partido Socialista. Tampoco sé cómo, de repente, estamos a favor del tabaco y a favor del aborto, y hablamos de la salud y de la protección de la vida. ¡Qué curiosidad! ¡Qué contrasentido conceptual!
A pesar de todo, estoy a favor de la idea de aprobar este proyecto y comparto absolutamente sus disposiciones y planteamientos. Quiero felicitar a nuestro Gobierno, a mi gobierno, y al ministro de Salud , presente en la Sala, por esta iniciativa que nos va a llevar por un camino que es absolutamente necesario.
De repente uno piensa si debería legislarse acerca de estas materias. En realidad, no deberíamos hacerlo. Sin embargo, cuando las cosas quedan al libre albedrío de la gente, realiza cosas que sin querer propician el daño personal, incluso, a terceros.
Por eso, nos obligamos a decir por ley lo que la gente, culturalmente, no asimila como una realidad objetiva. Ahí están los problemas con el sedentarismo, con la obesidad o con la ingesta de alimentos inocuos para nuestra salud.
A veces debemos legislar sobre iniciativas relativas a diferentes áreas, como la de la actividad física, en circunstancias de que todos sabemos que esta es importante para la salud, para evitar las consecuencias del sedentarismo, la obesidad, etcétera. Basta recordar que actualmente existe libertad para que los establecimientos educacionales aumenten de dos a cuatro horas de actividad física; sin embargo, son contados con los dedos de las manos los que han optado por ese camino.
Necesaria y obligatoriamente debemos dictar normas que, aunque nos cueste entender y aceptar, a veces son el único camino para lograr determinadas conductas como respuesta de la gente.
Por ejemplo, sabemos que conducir en estado de ebriedad es malo, porque expone al conductor y a terceros. Sin embargo, se tuvo que dictar una ley para consagrar ciertos mecanismos de prohibición, lo cual ha permitido, a Dios gracias, reducir significativamente el número de muertos en accidentes.
Desde nuestro propio nivel de percepción, deberíamos entender culturalmente las cosas buenas o malas, pero estamos obligados a legislar, aunque no lo queramos, porque sabemos que es la única vía para lograr acciones concretas.
En Chile, según cifras muy bien presentadas por el Ministerio de Salud, 46 personas mueren por causas relacionadas con el tabaquismo.
A lo mejor no nos gusta legislar sobre esta materia porque se limita la libertad, pero se valoriza un bien común mucho más general.
Lamentablemente, cosas que deberían nacer de la autoconciencia, para lograrlas debemos intervenir, como ya lo expresé. Al parecer, nuestras comunidades necesitan esta forma de fijar ciertas conductas absolutamente viables, a fin de resguardar la seguridad y la salud propias y del entorno.
Estoy en contra de las imputaciones que se han formulado en esta Sala, porque en nuestro sector pensamos que es tan válido legislar a favor del tabaco como en contra del aborto.
Anuncio que voy a votar a favor de las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- En votación la solicitud de cierre del debate.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 35 votos. Hubo 4 abstenciones.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Rechazada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia.
El señor URRUTIA.- Señor Presidente , algunos parlamentarios han dicho, mañosamente, que quienes voten en contra de este proyecto que ha sido modificado por el Senado apoyan a las tabacaleras. Al respecto, quiero decir que quienes voten a favor de él, están en contra de los agricultores del país.
Eso es lo que hacen, porque aquí hay muchos intereses de distinta naturaleza. Por ejemplo, al diputado León le digo que en Curicó hay muchos agricultores, sobre todo pequeños, que siembran tabaco, y que con este proyecto se quedarán sin el sustento para sus familias.
Eso ocurre, principalmente, en las regiones del Libertador General Bernardo O’Higgins y del Maule, las cuales están llenas de pequeños agricultores que siembran tabaco. Gracias a ese cultivo, tienen la opción de subsistir con sus familias. Con esta iniciativa, eso se les va a acabar.
Aquí se ha dicho, mañosamente, que hay gente que está con las tabacaleras. No, señor; yo estoy con los agricultores del país. En el Congreso los he defendido siempre y lo seguiré haciendo.
Voté en contra del proyecto en su primer trámite constitucional. Hoy, debemos pronunciarnos sobre las modificaciones del Senado. Propongo votarlas en contra para que tengamos una buena ley. Las enmiendas del Senado son malas, ya que perjudican sobremanera. No ayudan en nada sobre lo que se ha planteado por distintos diputados. Necesitamos una buena ley, que favorezca y ayude a todos. Por eso, la Comisión Mixta es la única alternativa para lograrla.
También me llama mucho la atención oír a algunos diputados, verdaderos talibanes en este tema, que plantean que quieren evitar que la gente muera de cáncer. Pero esos mismos parlamentarios están dispuestos a matar a las guaguas al estar a favor del aborto. Y han presentado proyectos.
¡Eso es absolutamente inconcebible! Por una parte, quieren salvar a la gente mayor y, por la otra, matar a las guaguas. ¿Quién los entiende? Si deseamos salvar vidas, salvemos la vida de todos, pero no la de unos y sí la de otros. Eso no tiene razón de ser.
También están los que desean legalizar la marihuana. Es decir, buscan eliminar el consumo de tabaco, y permitir el de marihuana. ¡Es absolutamente insólito!
La mayoría de los congresales que han apoyado con más fuerza el proyecto en discusión, son los que están de acuerdo con el aborto y con la legalización de la marihuana. ¡Qué curioso, por decir lo menos!
Siempre y en todo orden de cosas debemos ser consecuentes. Si queremos salvar la vida de mucha gente, salvemos la vida de todos y no solo de unos pocos. Así es como debe ser.
Si la Comisión Mixta llega a acuerdo, aun cuando voté en contra del proyecto en el trámite anterior y rechazaré las modificaciones del Senado, voy a votar a favor su informe si propone una buena solución que beneficie a todos los actores, no solo a unos pocos.
Tal como viene del Senado, el proyecto se convertiría en una ley dantesca, mala. Desde ningún punto de vista, las modificaciones del Senado sirven para solucionar el problema.
Por eso, me allano plenamente a que vaya a Comisión Mixta, a fin de que perfeccione el proyecto y así tengamos una ley como corresponde, que beneficie y ayude a todos los chilenos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente , con la tramitación de este proyecto de ley queda clara la necesidad de avanzar en la regulación del lobby. Lo hemos visto durante el tratamiento de la modificación de la Ley de Pesca; también, en el estudio del proyecto de ley recientemente votado que termina con algunos privilegios de los notarios y conservadores, y también de las tabacaleras en el proyecto en discusión. Acá mismo, en la cafetería, en los pasillos del Congreso Nacional.
Felicito al ministro de Salud , señor Jaime Mañalich , por su persistencia en la tramitación del proyecto. Lamento mucho que esa persistencia no haya sido acompañada por otros ministros ni por parlamentarios de Gobierno.
Vamos a aprobar las modificaciones del Senado porque el despacho del proyecto no debe dilatarse más.
Quiero recordar, además, que por un lamentable error en la votación de muchos parlamentarios, en el primer trámite, se rechazaron las normas más importantes que dicen relación con el acto de fumar en espacios cerrados.
Al respecto, quiero señalar -algo se ha dicho- que todo lo que se refiere a la definición de espacios cerrados, a la prohibición total de publicidad, a los ambientes libres de humo de tabaco, a las advertencias sanitarias y a los aditivos se ha elaborado minuciosamente y siguiendo las recomendaciones de la OMS. A veces, somos muy celosos en seguir las recomendaciones de la OCDE en materia de comercio, de libertad económica, pero ¡por Dios! que nos cuesta seguir las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Al respecto, parece que no existe el mismo criterio.
En cuanto a la definición de espacios cerrados, la propuesta recoge la redacción de las directrices de la Organización Mundial de la Salud sobre ambientes libres de humo de tabaco, y se relaciona con la prohibición de fumar en terrazas techadas en los locales de esparcimiento. Nadie prohíbe fumar en terrazas abiertas.
Pero, aprovechando la presencia de la ministra del Trabajo, hay que pensar en los trabajadores de restaurantes y pubs, que son fumadores pasivos. Por eso, se prohíbe fumar en terrazas techadas, que finalmente no son terrazas, sino que siguen la regla general de ser recintos con espacios cerrados.
Respecto de la absoluta prohibición de publicidad, se siguen las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, y se prohíbe totalmente. Es lógico que la normativa se aplique a la publicidad en televisión y en los dominios web y .cl. Por eso hemos visto lobby no solamente de la industria tabacalera, sino que del mundo de la publicidad y de la televisión. Todo el negocio de los medios de comunicación se ha coludido para hacer un lobby en contra del proyecto.
Respecto de los ambientes libres de humo de tabaco, efectivamente se termina con la posibilidad de fumar en lugares de esparcimiento de menos de cien metros cuadrados y de elegir espacios para fumadores o no, y de lugares de más de cien metros cuadrados para habilitar zonas para fumadores.
A partir de la promulgación de la ley, en todo lugar cerrado -nos parece muy bien- y de esparcimiento estará prohibido fumar. Es una normativa que protege a los no fumadores, especialmente a los trabajadores como mozos, camareras y todo el personal que trabaja en los pubs.
Por otra parte, se permite fumar en espacios al aire libre, salvo algunas restricciones, como al interior de recintos deportivos. Es lógico. Para los que nos gusta el fútbol y no fumamos, sabemos lo desagradable que resulta estar dos horas viendo un partido de fútbol con una persona fumando al lado. Pero, naturalmente, debemos aceptar que en otros espacios abiertos se pueda fumar.
Me parece bien aumentar el número de advertencias sanitarias y fortalecer la norma que permite al Ministerio de Salud prohibir aditivos que se incorporan al tabaco en el proceso de fabricación, en especial cuando tales aditivos y sustancias aumentan los niveles de adicción, daño o riesgo para los consumidores.
Espero que votemos el proyecto. Todas las opiniones son válidas, pero los parlamentarios debemos asumir, con carácter, nuestras posiciones a favor o en contra. ¡Que se vote, no más maniobras dilatorias!
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el ministro de Salud, señor Jaime Mañalich.
El señor MAÑALICH ( ministro de Salud ).- Señor Presidente , respecto de los comentarios de algunos parlamentarios, debo señalar ciertas precisiones.
Primero, respecto de los estadios -recién el diputado señor Felipe Harboe se refirió a ello- quiero enfatizar que contrariamente al espíritu original del proyecto, que era más estricto y rígido, ahora se permite un lugar separado para aquellas personas adictas al tabaco a fin de que puedan reunirse y ver el partido o el espectáculo sin ninguna dificultad.
Segundo, quiero destacar el adecuado equilibrio que se logró en el Senado, respecto de lo que se denominó en la Cámara de Diputados como placement. Lo único que quedó prohibido es mostrar en vivo imágenes de líderes de opinión de programas juveniles fumando mientras el programa es emitido. Esto no obstaculiza la transmisión de programas envasados que muestren a personas fumando, telenovelas, series, etcétera. Repito, lo único que se prohíbe es que un líder de opinión aparezca en un programa juvenil o infantil, a las seis o siete de la tarde, haciendo apología del tabaco, ya sea fumando o mostrando productos derivados del tabaco.
Respecto de los temas de fondo, quiero recordar que durante la tramitación en el Senado se evaluó el proyecto en la Comisión de Agricultura, y se llegó a pleno acuerdo con el Ministerio de Agricultura y con los productores, al restringir, entre, los aditivos prohibidos el azúcar. Ello, básicamente, porque el productor debe desecar la hoja de tabaco antes de entregarla a la compañía tabacalera, y tiene que volver a agregarle azúcar para recuperar sus propiedades. Ese es el único aditivo que se negoció, que se consideró importante por los agricultores, y quedó eliminado de la norma.
Desde el punto de vista constitucional, el proyecto, a solicitud del senador señor Hernán Larraín pasó a la Comisión de Constitución, donde se analizaron profusamente las restricciones a la publicidad. Se presentó un informe en derecho de la honorable abogada señora Ángela Vivanco y de don Patricio Zapata, quienes estimaron -se señala en el informe de la Comisión de Constitución del Senado- que este proyecto no vulneraba las garantías constitucionales.
Por último, se ha puesto énfasis en el tema de las terrazas, de los espacios cerrados. Y perdón que use mis manos para explicar cuál es el compromiso que firmó Chile en la Organización Mundial de la Salud y que está reflejado en el articulado que señala que no se puede fumar en un espacio abierto de un recinto cualquiera de acceso público -no hablo de domicilios particulares- cuando pegado a un muro hay un techo con continuidad inmediata que permite la circulación del humo de tabaco. Si en ese espacio libre, en esa terraza de restaurante, hay un toldo o un techo separado del muro, o esta terraza no tiene techo, son espacios, por definición, en los que se puede consumir humo de tabaco. Lo único que se limita en el acuerdo que Chile suscribió con la Organización Mundial de la Salud es que se considere como espacio abierto a aquel que no permite la libre circulación del humo de tabaco. ¿Por qué? Porque -insisto- hay una terraza, o cualquier otro espacio, que tiene continuidad entre su techo y el muro que la afirma. El ejemplo más concreto son los toldos que se repliegan o los plásticos que se extienden desde los techos, los que permiten que el humo siga circulando sin ser expulsado libremente al aire.
Insisto, como planteé al inicio de mi intervención, con la tramitación de este proyecto en el Senado, que ha sido muy intensa, han quedado resueltos los problemas que la Cámara de Diputados planteó en la discusión en la Sala cuando lo despachó al Senado. En ese sentido, nos parece un proyecto equilibrado, que respeta las libertades individuales, pero que, a la vez, logra con éxito lo más importante: proteger a los niños de la iniciación en el hábito de fumar, con todas las consecuencias que se han señalado.
Muchas gracias.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente , estamos dando un triste espectáculo, lo cual es malo para la política en general.
Todos tenemos la voluntad de que hoy votemos el proyecto referido al tabaco. Pero, en Tabla hay otros dos proyectos muy vitales, como el relativo a los trabajadores portuarios eventuales, en primer trámite constitucional, y el que otorga un bono al personal asistente de la educación, en tercer trámite constitucional.
Estuve analizando los informes de las comisiones de Trabajo y de Hacienda -de esta última soy diputado informante - sobre el proyecto relativo a los trabajadores portuarios eventuales, que beneficia a 22.000 personas. En ese sentido, como faltan 13 minutos para el término del Orden del Día, si hay acuerdo unánime de la Sala, sugiero no rendir los informes correspondientes y votar los tres proyectos señalados a las 12.45 horas.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Señor diputado , ¿usted sugiere que los proyectos señalados en los números 1, 2 y 3 de la Tabla sean votados al final del Orden del Día sin rendir el informe en el último caso?
El señor ORTIZ.- Sí, señor Presidente.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- ¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías.
El señor FARÍAS.- Señor Presidente , es una lástima que los diputados de la UDI no hayan dado la unanimidad para votar el proyecto.
Me alegro mucho de que en el proyecto se haya establecido lo referido a la creación artística, en el sentido que planteamos, a fin de no consagrar en la ley una especie de censura. También me alegra haber escuchado al ministro decir que ello efectivamente es así. Por lo tanto, eso quedará en la historia fidedigna del establecimiento de la ley, y espero que no sea objeto de interpretaciones por algún grupo de personas para tratar de impedir que aparezca, en caso de requerirlo, gente fumando en algunas creaciones artísticas. Me satisface que se haya dado un paso en ese sentido. De manera que estoy absolutamente de acuerdo con el proyecto y que la ley sea restrictiva en torno al cigarrillo y a los lugares donde eventualmente se pudiese fumar.
Sin embargo, me llama la atención la intervención del diputado Ward , por cuanto hizo una defensa que más bien parece una defensa a las compañías tabacaleras que a las personas. A él no le importa que los meseros que atienden en los restaurantes tengan que inhalar el humo del cigarrillo de las personas que ocupan los lugares aptos para fumadores; no obstante, habla sobre la defensa a la vida. Me parece que está pensando más en el negocio de las tabacaleras que en el buen negocio que significa que las personas tengan buena salud, que puedan vivir más años y que sean más felices.
Él también se ha referido al respeto a las libertades individuales, a propósito de que se prohíbe fumar en los recintos cerrados. Miren qué contradictorio es el diputado Ward respecto de ese tema. Es decir, para que las libertades individuales no se vean conculcadas, yo tendría que permitir que alguien fumara a mi lado y me ahogara con el humo de su cigarrillo, lo cual, sin duda, conculca mis propias libertades individuales. Sin embargo, a él no le importa eso, porque las empresas tabacaleras van en la dirección de que ojalá las personas fumaran en la mayor cantidad de lugares. Insisto, su discurso es contradictorio, porque señala que quienes estamos a favor de impedir que la gente fume, estamos en contra de las libertades individuales.
Por su intermedio, señor Presidente , me gustaría consultar al diputado Ward y al resto de los diputados de la UDI, que, al parecer, quieren votar en contra el proyecto, por qué se debe respetar la libertad individual del fumador que echa humo de cigarrillo a otra persona y no podemos respetar dicha libertad respecto de dos personas del mismo sexo que quieren convivir juntos o conformar un matrimonio. ¿Por qué en este caso debemos conculcar la libertad individual y no respecto del que fuma al lado de una persona que no tiene ese hábito, con lo cual la convierte en fumadora pasiva y potencial enferma de cáncer? ¿Por qué a los fumadores no se les conculca la libertad individual, pero sí a las personas que no hacen nada que cause daño a alguien, porque son felices como son, se pueden desarrollar normalmente y la sociedad les da un espacio?
Me parece increíble el discurso de la UDI; sus diputados acostumbran a decir una cosa y a hacer otra en sentido contrario. Le dicen a la gente que estaban a favor de tal o cual proyecto, en circunstancias de que lo votaron en contra. Eso ocurre muy usualmente. He visto en distintos lugares, en terreno, que la gente se sorprende de las votaciones que realizan las diputadas y los diputados de la Derecha, después de haber escuchado sus intervenciones en la Sala o en las comisiones. Eso ocurrió hace poco en relación con algunos temas debatidos en la Cámara.
Debemos avanzar rápidamente en la línea de respetar la vida y no seguir defendiendo la muerte. Por ello, invito al diputado Ward y a todos los demás a defender la vida y a votar a favor las modificaciones del Senado al proyecto, a fin de dar más salud a todos los chilenos.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Para plantear un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , las diferencias surgidas con ocasión de las modificaciones del Senado al proyecto de ley sobre ambientes libres de humo de tabaco provocarán que el debate se extienda y que dentro de cinco minutos no estemos en condiciones de resolver sobre los proyectos números 2 y 3 de la Tabla, relacionados con los trabajadores portuarios y con los asistentes de la educación.
Por ello, le pido que proponga nuevamente el cierre del debate, a fin de que podamos votar estos tres proyectos, o, en su defecto, que nos aboquemos a la votación de los dos últimos que mencioné. No podemos dejar de tomar una decisión respecto de los trabajadores portuarios y del personal asistente de la educación.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Ward.
El señor WARD.- Señor Presidente , existe acuerdo respecto de la segunda parte de la propuesta del señor diputado . Obviamente, no podemos dejar sin votación proyectos que son importantes y que cuentan, posiblemente, con la unanimidad de la Sala.
Si hay más diputados inscritos y ha terminado el Orden del Día, le pido que aplique el Reglamento, en el sentido de que las modificaciones del Senado al proyecto sobre ambientes libres de humo del tabaco se voten a la vuelta de la semana distrital. Pero no podemos dejar sin votación los proyectos signados con los números 2 y 3 de la Tabla.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- ¿Habría acuerdo para acceder a la propuesta del diputado señor Felipe Ward, en el sentido de votar, al final del Orden del Día, los proyectos números 2 y 3 de la Tabla y que quede pendiente la votación de las modificaciones del Senado al proyecto sobre ambientes libres de humo de tabaco?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, estoy de acuerdo en que todos los proyectos se voten hoy. Pero me parecería una irresponsabilidad si no expreso lo que quiero decir sobre el tema laboral-tributario del segundo proyecto de la Tabla.
Por ello, solicito dos minutos para enviarle un recado al Ministerio de Hacienda, algo siquiera, sobre una materia tan importante como esa, que no deberíamos dejar sin discusión.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Señor diputado, no hubo acuerdo para tratar esos proyectos a continuación.
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Ward, para plantear un punto de Reglamento.
El señor WARD.- Señor Presidente , entiendo que se ha modificado la urgencia del proyecto que aparece en el segundo lugar de la Tabla. Le pido que recabe la unanimidad de la Sala para que se dé cuenta de esa modificación. Entiendo que ahora la urgencia ha sido calificada de “discusión inmediata”.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- No hay unanimidad para ello, señor diputado .
Para continuar con el debate, tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señor Presidente , solo para pronunciarme a favor de las modificaciones del Senado a este proyecto, porque favorecen la salud y el ambiente. Nada más relevante que legislar a favor de la salud y de la vida. Lo más importante en la vida es la salud, y este proyecto tiende a favorecerla.
Me impresionan y dan fuerza los datos estadísticos que nos acompañan: 16.701 personas murieron en 2010 por causas atribuibles al tabaco; 600.000 personas mueren en el mundo por causa del humo de tabaco ajeno. De manera que la prohibición que se establece permite defender el ambiente de los demás.
Reitero, aquí estamos defendiendo el derecho a la vida y a la salud, dos derechos fundamentales de la persona humana, consagrados perentoriamente en las garantías constitucionales contenidas en nuestra Constitución Política del Estado. De modo que con este proyecto modificado por el Senado no se están invadiendo ni restringiendo las libertades individuales; el Estado chileno está cumpliendo con su obligación de proteger la salud de sus habitantes, de los que fuman, de los fumadores indirectos y de los fumadores pasivos.
Por lo demás, somos signatarios de tratados internacionales que deben cumplirse. En 2003, Chile suscribió y ratificó un tratado para el control del tabaco, a través de la Organización Mundial de la Salud, de manera que vamos en la dirección correcta.
Muchos de los diputados presentes participamos en la elaboración del primer proyecto, que se convirtió en la ley N° 19.419, en 1995, para comenzar a combatir el consumo del tabaco y, posteriormente, en su modificación en 2006. En el mensaje se señalan los nombres de muchos diputados que han suscrito proyectos de esta naturaleza.
Insisto, estoy de acuerdo con las modificaciones del Senado a este proyecto, porque van en la dirección correcta. Mucho escándalo se hizo cuando se aprobó el proyecto que aumentaba las sanciones por manejo en estado de ebriedad, que establecía el 0,3 por ciento de gramos del alcohol por litro de sangre como límite inferior. La presente iniciativa corona un esfuerzo, un combate, ante el verdadero vicio que es el consumo del tabaco, que provoca enfermedades y una serie de otros efectos adversos para la salud.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Ha concluido el Orden del Día y hay varios diputados inscritos. La urgencia del proyecto vence el 3 de enero de 2013. Por lo tanto, su discusión continuará a la vuelta de la semana distrital.
El señor ROBLES.- Señor Presidente, le pido que recabe la unanimidad para prorrogar el Orden del Día. Es perfectamente posible.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor José Antonio Kast.
El señor KAST.- Señor Presidente , pido que cite a reunión de Comités para analizar la posibilidad de votar los dos últimos proyectos de la Tabla, de modo que podamos avanzar, salvo que algún diputado no dé la unanimidad.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Señor diputado, he recabado el acuerdo para esos efectos en reiteradas oportunidades y no ha habido asentimiento.
Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.
El señor SILVA .- Señor Presidente , usted recabó la unanimidad de la Sala para que se diera cuenta sobre la modificación de la urgencia al segundo proyecto de la Tabla. Le pido que nos explique si efectivamente se requiere unanimidad para ello, cuál es la norma del Reglamento que lo dispone, y si dicha petición puede someterse a votación.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Señor diputado , el Reglamento establece que para poder incorporar algún documento a la Cuenta, después de que esta ya fue entregada, se requiere el acuerdo de la Sala, salvo respecto de los retiros de urgencia.
En este caso, se trata de una solicitud para incorporar en la Cuenta una nueva urgencia, lo cual requiere del acuerdo de la Sala; pero ésta no dio su acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.
El señor SILVA .- Señor Presidente , ¿es posible someter a votación ese acuerdo? Entendí que dijo “acuerdo”, no “unanimidad”. Por eso le consulto.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Señor diputado, se requiere unanimidad para ello.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
OTORGAMIENTO DE TITULARIDAD EN EL CARGO A PROFESORES CONTRATADOS A PLAZO FIJO POR MÁS DE TRES AÑOS.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del proyecto de acuerdo N° 679.
El señor LANDEROS (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo N° 679, de los diputados señores Robles, Teillier, Jarpa, Carmona y De Urresti, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
La Cámara de Diputados acuerda solicitar a su excelencia el Presidente de la República que estudie, analice y envíe a la brevedad un proyecto de ley que establezca, por única vez, por el solo ministerio de la ley, la calidad de titulares de la dotación docente, dependiente de un mismo municipio o corporación educacional municipal, a los profesionales de la educación parvularia, básica o media que, a la fecha de esta ley, se encontraren incorporados a ella en calidad de contratados y que se hayan desempeñado como tales en la misma durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos, por un mínimo de veinte horas cronológicas de trabajo semanal.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto, tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente, lamento que no hayamos podido votar el proyecto de ley que recientemente se discutió, como tampoco el que establece el pago de un beneficio en favor de los trabajadores portuarios eventuales que indica. Me parece que es un error de la Sala no haber tratado y resuelto esas materias.
Señor Presidente, en relación con el proyecto de acuerdo, existen dos temas relevantes.
El artículo 25 del Estatuto Docente dispone claramente que los profesores podrán ser contratados en calidad de titulares o en calidad de contratados. Su inciso tercero señala: “Tendrán la calidad de contratados aquellos que desempeñan labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares.”.
Hoy, prácticamente todos los municipios no están cumpliendo con la ley, puesto que hay una cantidad muy importante de profesores que llevan años en calidad de contratados, pero que no desempeñan labores docentes transitorias.
Por ello, mediante este proyecto de acuerdo, se solicita al Presidente de la República que, en uso de sus facultades y potestades, resuelva esta situación legal. Me parece inconcebible que nuestro país mantenga a sus profesores en esta indefensión. El Primer Mandatario puede enviar un proyecto que establezca, por única vez, por el solo ministerio de la ley, que todos aquellos profesores de educación parvularia, básica o media que a la fecha de hoy se encontraren incorporados en calidad de contratados y que se hayan desempeñado como tales durante, al menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos, pasen a ser trabajadores de planta de cada municipio.
Estamos pidiendo que se dignifique el trabajo de los profesores y que se cumpla la ley que despachamos en el Congreso Nacional en relación con su situación laboral. Se trata de profesores y profesoras que han cumplido religiosamente con su función de educadores, pero que han sido mantenidos por los municipios -no sé cuál es la razón- en calidad de contratados, los que los priva de los beneficios que establece el Estatuto Docente. Todos ellos han trabajado regularmente en el ejercicio de su profesión. No lo han hecho ni experimentalmente, ni por un plazo determinado, ni como suplencia, ni nada por el estilo. Son profesores que prestan servicios regulares.
Pido que este proyecto de acuerdo sea aprobado por la Sala, pues permitirá que en todos los municipios del país, independientemente de su color político, los profesores sean ingresados como titulares. De esa forma dignificaremos a los docentes que han desarrollado una labor importante durante estos últimos años en los respectivos establecimientos municipales.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS.- Señor Presidente , aun cuando no me encuentro entre los diputados que patrocinaron este proyecto de acuerdo del diputado Alberto Robles, no puedo sino estar de acuerdo con su objetivo y entregar argumentos a favor de esta solicitud que se hará a su excelencia el Presidente de la República .
Tal como se señala en los fundamentos del proyecto de acuerdo, la ley se vulnera con demasiada frecuencia en el ámbito municipal, porque esta establece que el número de horas correspondientes a docentes en calidad de contratados en una misma municipalidad o corporación educacional, no podrá exceder del 20 por ciento del total de horas de la dotación de las mismas. Conozco casos de distinguidos docentes, tanto varones como mujeres, que llevan años en esa condición.
El problema es que nunca tienen la tranquilidad respecto de la continuidad de su trabajo. Todos los años, precisamente en esta época, para ellos es un verdadero calvario no tener certeza de si van a continuar en la calidad de contratados el año siguiente.
No desconozco que existía una tradición en nuestro sistema, cual es que la titularidad de los cargos se ganaba por concurso público y por concurso de oposición de antecedentes, lo que comparto. No obstante, para ninguno debería ser desconocido que aquello se ha perforado. Por eso, me parece interesante que se revise lo que ocurre y se busque una solución para los profesores en calidad de contratados.
Comparto lo que propone el proyecto de acuerdo e invito a mis colegas a votarlo a favor.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- No hay quorum.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Nuevamente, no hay quorum.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- La votación del proyecto de acuerdo queda pendiente para la próxima sesión ordinaria.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es:
http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
VII. INCIDENTES
HOMENAJE A LICEO NACIONAL DE MAIPÚ EN CONMEMORACIÓN DE SU 10° ANIVERSARIO. Oficio.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth.
El señor AUTH.- Señor Presidente , hace casi 10 años, un 23 de diciembre de 2002, comenzó a funcionar el Liceo Nacional de Maipú, el cual es parte de la Corporación de Educación Municipal de la comuna de Maipú, más conocida como Coeduc, encargada de educar a más de 21 mil estudiantes, distribuidos en 26 escuelas y liceos.
En esa época, Maipú no presentaba mejores resultados en gestión educacional que el promedio de las comunas de Chile. Sin embargo, gracias a la buena administración de la Coeduc, Maipú se ha puesto a la delantera a nivel nacional en materia de gestión educativa y está empezando a ver los frutos de las ambiciosas metas planteadas por la Corporación, las que se están logrando a pesar de las dificultades institucionales y del marco normativo que rige la educación municipal.
El mejor ejemplo de ello es precisamente el Liceo Nacional de Maipú, dirigido por el señor Carlos Fernández , profesor, único director de su historia, que se ha propuesto como meta ni más ni menos que transformarlo en el mejor liceo de Chile, comprometiendo en ese objetivo a los profesores, a los
estudiantes y a toda la comunidad educativa. Ello también involucra el compromiso vivo de los padres y apoderados que consideran un privilegio participar en la educación impartida por el Liceo Nacional de Maipú.
En su corta historia, este establecimiento ha obtenido resultados sorprendentes que lo ubican entre los tres mejores liceos públicos de Chile. Este año cuatro de sus alumnos obtuvieron puntajes nacionales en la PSU.
Esa es una prueba palmaria de que la educación pública de excelencia no tiene que estar restringida solo a los liceos públicos tradicionales, como el Instituto Nacional, el Liceo de Aplicación o aquel que me formó: el Internado Nacional Barros Arana.
¿Cómo se explican estos buenos resultados? Por una buena administración de los recursos entregados por el Estado, un estricto seguimiento y medición de los objetivos, un énfasis en la profesionalización de la gestión, la participación e inclusión de los padres, el liderazgo de un director, el esfuerzo y sacrificio de los profesores y asistentes de la educación, el compromiso vivo de los padres y apoderados y, por supuesto, la disposición activa a hacer de los estudiantes que ingresan al Liceo Nacional de Maipú los mejores.
Es cierto que nuestra educación pública requiere más recursos; pero eso no es todo; ni siquiera es lo fundamental.
Lo que hace la diferencia con este liceo es la buena gestión y, sobre todo, el compromiso de todos los actores que conforman su comunidad educativa. Eso demuestra que es posible -reitero: es posible- entregar una buena educación desde la administración municipal, si los recursos se invierten de manera adecuada y si existe un trabajo comprometido.
El éxito no solo es cuestión de recursos, sino también de administrarlos bien y de comprometerse en el objetivo común. Chile necesita que su sistema de educación pública tenga la fortaleza para ser un factor de integración que favorezca la movilidad social y la inclusión.
La experiencia del Liceo Nacional de Maipú nos demuestra que el éxito de la educación pública es posible, incluso, en una realidad social compleja, en la que conviven alumnos de distintos estratos sociales. De hecho, el Liceo Nacional de Maipú está enclavado en Maipú Poniente, el sector más popular de la comuna.
La posibilidad de acceder a una educación gratuita y de calidad, demanda nacional compartida por toda la ciudadanía hoy día, debe estar garantizada para todos los jóvenes chilenos. Por eso, al alba de los 10 años del Liceo Nacional de Maipú, corresponde rendir homenaje a todos aquellos que contravienen las limitaciones del sistema y no se conforman solamente con ser buenos, sino que trabajan para ser los mejores. Así reza el himno del Liceo Nacional: “No me conformo con ser bueno, siempre debo aspirar a ser el mejor”.
Vaya mi homenaje a los 10 años del Liceo Nacional de Maipú.
Señor Presidente , pido que se envíe copia de mi intervención y mis felicitaciones al director, don Carlos Fernández , y a toda la comunidad educacional del Liceo Nacional de Maipú.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo manifiestan a la Mesa.
REFLEXIONES SOBRE IMPLEMENTACIÓN EN CHILE DE RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente , entre el 1 y el 4 de octubre, el Estado chileno, representado en Ginebra por la ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer , Carolina Schmidt , defendió el informe del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (Cedaw), periodo 2006-2010. En dicha sesión, también se encontraban presentes organizaciones chilenas de la sociedad civil, como el Centro de Estudios de la Mujer (Cedem); la Red Chilena Contra la Violencia Doméstica y Sexual; la Corporación Domos; el Observatorio de Género y Equidad; el Centro de Estudios de la Mujer (CEM); el Observatorio Ciudadano y la Corporación Humanas, las cuales redactaron un informe alternativo al del Estado de Chile. Cabe agregar que la Organización de Transexuales por la Dignidad de la Diversidad (OTD) estuvo presente en la 53° sesión de la Cedaw, denunciando violaciones a los derechos humanos de mujeres bisexuales, lesbianas y transexuales en Chile. Lamentablemente, nuestro Congreso Nacional estuvo ausente en esa sesión.
Quiero recordar que la Cedaw es la convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, suscrita por Chile en 1980 y ratificada en 1989, lo cual significa integrar a nuestro ordenamiento jurídico, de manera sistemática y continua, compromisos que nuestro Estado contrajo para ir mejorando, en forma progresiva, el bienestar y la participación política de las mujeres en las distintas sociedades.
Entre los compromisos de la Cedaw, cabe señalar:
1. Legislar, modificar o derogar leyes apropiadas con el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio, como también generar sanciones correspondientes que prohíban toda discriminación de la mujer.
2. Asegurar el desarrollo político, social, económico y cultural de cada una de las mujeres, con el objeto de garantizar el ejercicio y goce de los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.
3. Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos.
4. Tomar medidas adecuadas para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer.
5. Tomar medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país, garantizando la igualdad de condiciones con los hombres.
6. Adoptar medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo, a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos.
7. Adoptar medidas apropiadas para eliminar la discriminación en la esfera de la atención médica, a fin de asegurar, en condiciones de igualdad, a hombres y mujeres, al acceso a servicios de atención médica y planificación familiar.
8. Tomar medidas adecuadas frente a los problemas a que hace frente la mujer rural en nuestro país, asegurando con igualdad su participación en el desarrollo rural.
9. Adoptar medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares, asegurando la igualdad entre hombres y mujeres.
El Estado de Chile, representado por la ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer, Carolina Schmidt, presentó ante el Comité de la Cedaw avances sustantivos para el desarrollo de las mujeres en nuestro país. Estos son:
-Normas de protección a la maternidad.
-Protección laboral para las trabajadoras de casa particular y para las temporeras.
-Disminución de la mortalidad materna, colocando a Chile en el segundo lugar con la tasa más baja en América Latina.
-Reformas legales para la sanción de la violencia intrafamiliar como delito, y medidas de protección a las víctimas.
-Ley de femicidio, que sanciona con la máxima pena este tipo de delitos, presentada por la diputada señora Adriana Muñoz y por quien habla.
-Reducción anual de femicidios, pasando de 55, en 2009, a 40 en 2011.
-Ley de trata para el combate del tráfico con fines de prostitución de mujeres y niñas, también presentada por la diputada señora Adriana Muñoz y por quien habla.
-Post natal que aumenta a seis meses el beneficio a las mujeres.
-Ley antidiscriminación.
En las observaciones finales de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, Chile tendrá que informar en 2014 avances sustantivos, que durante estos cuatro años no se han realizado.
Los convenios internacionales nos recomiendan avanzar en el desarrollo integral de la mujer. Por lo mismo, quiero dar cuenta de que la Cedaw lamentó el informe del Estado de Chile, porque carece de datos estadísticos, desagregados por sexo, y datos cualitativos sobre la situación de las mujeres. También recuerda la obligación del Estado de aplicar de manera sistemática y continúa todas las disposiciones de la Convención.
El Comité de la Cedaw también lamenta el rol de los parlamentarios, como promotores de dicha Convención. En este punto quiero recordar que le escribimos a la Mesa para colocar en discusión en Sala proyectos de ley que promuevan la participación de la mujer en la esfera política…
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Ha terminado su tiempo, señora diputada .
La señora SAA (doña María Antonieta).- ¿No le queda ningún minuto a la bancada del PPD?
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- No, señora diputada .
La señora SAA (doña María Antonieta).- Entonces continuaré en la próxima sesión.
FELICITACIONES A NUEVA ALCALDESA Y AL ELECTO CONCEJO DE COMUNA DE ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Regionalista, tiene la palabra el diputado señor Pedro Araya.
El señor ARAYA.- Señor Presidente , en primer lugar, pido que se oficie al municipio de Antofagasta , para hacerle llegar mis felicitaciones a su nueva alcaldesa, la señorita Karen Rojo , y al nuevo cuerpo de concejales.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Jorge Sabag, Sergio Ojeda y Enrique Jaramillo.
PREOCUPACIÓN POR ESTADO DE ABANDONO DE LA PLAZA BICENTENARIO DE LA REPÚBLICA, DE ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor ARAYA.- Señor Presidente , en segundo término, pido que se oficie a la alcaldesa de Antofagasta , para manifestarle la siguiente preocupación.
Me he reunido con los vecinos de la población Bonilla, que se ubica cerca de la Plaza Bicentenario de la República, quienes
están muy preocupados por el estado de abandono de la Plaza Bicentenario de la República . Específicamente, me han planteado que los baños están absolutamente inutilizables y que los juegos infantiles se encuentran en estado catastrófico. Los vecinos han enviado reiteradas cartas a la administración municipal, para pedirle que se haga cargo de la adecuada mantención de esa plaza, una de las más grandes de la ciudad de Antofagasta.
En tal virtud, pido que la alcaldesa tome conocimiento de esa preocupación y disponga, ojalá a la brevedad, un plan de recuperación y mantención de ese espacio público, sobre todo los juegos infantiles para los niños y los servicios higiénicos, que son muy utilizados por las personas que concurren a la plaza.
Asimismo, pido que el municipio disponga un adecuado plan de manejo de las áreas verdes del sector, ya que, según me manifestaron los vecinos y lo constaté en las visitas que realicé al lugar, están bastante abandonadas.
La población Bonilla es una de las más grandes y populosas de Antofagasta, y necesita espacios públicos para la importante cantidad de niños que residen en ella y que van a jugar a esa plaza. Por eso, dadas las condiciones en que se encuentra la Plaza Bicentenario, se necesita un plan de recuperación y mantención de parte de la municipalidad.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Jorge Sabag, Sergio Ojeda y Enrique Jaramillo.
PREOCUPACIÓN POR DIFÍCIL SITUACIÓN ECONÓMICA DE CHILENOS RESIDENTES EN ESPAÑA. Oficios.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señor Presidente, me voy a referir a un tema bastante especial y delicado.
He recibido correos de múltiples personas desde España, quienes me han dado a conocer la situación de aflicción en que se encuentran. Muchos chilenos han perdido su trabajo, no tienen viviendas y, lo que es peor, han perdido la autorización de residencia y sus coberturas médicas, como consecuencia de la grave crisis económica por la que atraviesa el país ibérico. Se informa que 10.668 chilenos figuran entre las personas sin recursos que han quedado sin tarjetas sanitarias, porque no se les ha renovado el permiso de residencia.
La situación de esos compatriotas es bastante delicada, sobre todo porque, además, se ha anunciado la suspensión de la Convención de doble nacionalidad chileno-española y otras medidas que el gobierno español adoptará en el futuro.
He recibido correos que me envían muchas familias chilenas que residen en España, quienes, según me informan, solicitan ayuda al Gobierno chileno para regresar a Chile, para lo cual han pedido la elaboración de un plan de retorno.
La situación es complicada y cada vez se agrava más, al igual que la crisis económica que vive España. Cuando esas familias se fueron a ese país, la situación económica española era muy promisoria, pero ahora esos chilenos no tienen ninguna protección ni ayuda.
El 1 de septiembre de este año, el gobierno español anunció a todos los inmigrantes la suspensión de la tarjeta sanitaria, que era una gran ayuda; además, se han facilitado los despidos y no se pagan los desahucios. Es decir, hay un ambiente de mucha inseguridad para esos chilenos.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Relaciones Exteriores , con el objeto de solicitarle que informe sobre la grave situación que sufren los chilenos residentes en España, que se estudie la elaboración de un plan de retorno para las familias en situación grave y un programa de ayuda en Chile para las familias retornadas, que intervenga ante el gobierno español para que se haga valer el artículo 7° del Convenio de Doble Nacionalidad entre Chile y España y por los actos de reciprocidad que deben adoptarse entre los Estados, que se repongan las tarjetas sanitarias, que se instruya a la embajada y a los consulados para que apoyen y se relacionen con las agrupaciones de chilenos y con diversas asociaciones para canalizar la ayuda, y que los consulados hagan visitas itinerantes por España y se vinculen estrechamente con los chilenos.
Asimismo, pido que se oficie a la ministra del Trabajo y Previsión Social , con el objeto de solicitarle que informe si ha tenido vinculaciones con ese grupo de chilenos en materia laboral, en virtud del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, y que informe si ha intervenido en esta situación, y si no lo ha hecho, que lo haga cuanto antes, porque es necesario que nuestro gobierno adopte todas las medidas necesarias para proteger a nuestros compatriotas que están en esa situación delicada.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados Ortiz, Sabag, De Urresti y Walker.
AUMENTO DE DOTACIÓN DE CARABINEROS PARA SUBCOMISARÍA DE COELEMU. Oficios.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , pido oficiar al ministro del Interior y Seguridad Pública y al general director de Carabineros de Chile , con el objeto de solicitarles mayor dotación de personal para la subcomisaría de Coelemu, ubicada en la provincia de Ñuble, Región del Biobío, comuna que tiene 16.000 habitantes y un territorio de 342 kilómetros cuadrados, por lo que su dotación actual, de dieciséis carabineros, resulta absolutamente insuficiente para cumplir con las labores de vigilancia y de resguardo de la seguridad pública de esa comuna tan extensa, que va desde la cordillera de la Costa hasta el océano Pacífico, incluyendo no sólo el radio urbano, sino también comunidades costeras como Perales, Meipo , Ranguelmo , Guarilihue y Magdalena , entre otras.
Es importante aumentar la dotación de carabineros así como elevar la subcomisaría de Coelemu a la categoría de comisaría, dado el gran aumento de población que ha tenido la comuna y el incremento de su dinámica actividad económica, especialmente vinculada con la producción de vinos, todo lo cual hace necesario una mayor dotación de personal de Carabineros.
Solicito enviar copia de los oficios al concejo municipal, que preside la alcaldesa señora Laura Aravena.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados Ortiz, Ojeda, Walker y De Urresti.
INCLUSIÓN DE CONTENIDOS DE FINANZAS PERSONALES EN MALLA CURRICULAR ESCOLAR DE CHILE. Oficio.
El señor SABAG.- Señor Presidente , en segundo lugar, pido oficiar al ministro de Educación , con el objeto de solicitarle la inclusión de contenidos relacionados con las finanzas personales, junto con Educación Cívica, en la malla curricular de la educación escolar de nuestro país, ya que para nadie es novedad el grado de endeudamiento en que viven los chilenos, situación que se ha profundizado con la entrega de tarjetas de crédito en forma indiscriminada y sin mayores exigencias que realizan las casas comerciales, lo que ha generado un gran endeudamiento en los chilenos.
Por eso, considero importante que, desde pequeños, aprendamos a manejar de mejor manera nuestras finanzas personales y nuestro endeudamiento, para tener una visión más realista de nuestra economía personal y una mejor calidad de vida.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados Ortiz, Ojeda, Walker y De Urresti.
INFORMACIÓN SOBRE FUNDAMENTOS DE RECHAZO DE LICENCIAS MÉDICAS DE SEÑORA GRACIELA PEÑA BUSTOS POR PARTE DE LA COMPIN DE CONCEPCIÓN. Oficios.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente, cuando uno tiene paciencia infinita, pareciera que mucha bondad es digna de desprecio.
Una vez más, soy Presidente de la Tercera Subcomisión Mixta de Presupuestos , al menos hasta marzo del próximo año, y soy integrante de ella desde hace muchos años. Por mi estilo de hacer política, siempre hago gestiones directas con quien corresponde para buscar soluciones a las situaciones difíciles, complicadas o traumáticas que me plantean las personas que habitan en las comunas de Concepción, Chiguayante o San Pedro de La Paz, luego de comprobar, ya sea personalmente o por medio de mis asesores, que el reclamo es razonable.
Este lunes me di cuenta de que era cierto lo que expresé al comienzo de mi intervención. Hice una gestión con el señor secretario regional ministerial de Salud , a través de una nota, y también con la persona que está reemplazando a la directora de la Superintendencia de Seguridad Social , a quien llamé por teléfono.
Este lunes me informaron de la triste realidad que sucede con las licencias médicas presentadas por la señorita Graciela Irene Peña Bustos , RUT 5.852.523-5, domiciliada en Ainavillo N° 1050, pasaje Millaray 1729 , de mi ciudad de Concepción, desvinculada de la Corporación de Estudio, Capacitación y Empleo, de la Cámara de Comercio de Concepción. Dos de esas licencias médicas fueron rechazadas por la Compin de Concepción. En su resolución, la Compin indica, como fundamento, que fueron rechazadas en virtud de que el peritaje médico no acreditó incapacidad laboral, por lo que no se justifica el reposo, en circunstancias de que nunca fue evaluada por la correspondiente Compin .
Hago la denuncia aquí y también la haré directamente ante el ministro de Salud , porque se está llegando a límites increíbles.
Es cierto que a raíz de una investigación que realizó la Compin de Concepción se detectó que había profesionales médicos que, al día, emitían 50 licencias y algunos hasta 60 -fueron dos casos-, pero eso no significa que tanto la Comisión como las isapres puedan darse el lujo de rechazar todas las licencias médicas. Es decir, al final, pagan justos por pecadores. Como no han dado respuestas, voy a fundamentar el caso de esa señora.
¡Cómo no va a estar enferma una persona cuya salud se ha venido deteriorando en forma progresiva, tanto síquica como físicamente, desde febrero de 2010, a causa del terremoto del día 27!
En agosto de 2010, a raíz de la intensa angustia que sufría, la señora Peña se incorporó al programa GES y fue atendida por la doctora Carla Florio Bassaletti -la profesional se vincula con la salud estatal-, quien le diagnosticó un trastorno depresivo severo, con un cuadro clínico de difícil manejo, debido al severo deterioro de su funcionamiento.
En agosto de 2011, el psiquiatra señor Ramón Caamaño le solicitó un electroencefalograma digital con privación del sueño en vigilia, examen que arrojó como conclusión, según consta en los documentos que tengo a la mano, “Trazado moderadamente agudo y sincrónico con marcada tendencia paroxística bilateral de predominio fronto temporo central simétrico o levemente mayor a izquierda”.
Fuera de eso, la señora Peña también se realizó una resonancia magnética del cerebro, cuya conclusión señala, textualmente: “Lesiones de sustancia blanca supratentorial inespecíficas, presuntamente en relación a microangiopatía y hallazgo de compromiso inflamatorio etmoidal bilateral y signos de sinusitis crónica maxilar izquierdo”.
En enero de 2012, fue intervenida quirúrgicamente.
En febrero de 2012, la señora Peña nuevamente fue atendida por la doctora Carla Florio Bassaletti , quien le ratificó el diagnostico de trastorno depresivo severo. Y lo que más le indicó fue continuar con tratamiento de sicoterapia.
Todo lo anterior consta en documentos: certificados, exámenes médicos, etcétera.
A la señora Graciela se le extendieron varias licencias médicas: una por 15 días, desde el 9 al 23 de febrero de 2012; otra por 15 días, desde el 24 de febrero al 9 de marzo de 2012; una tercera, de 15 días, desde el 10 al 24 de marzo de 2012, y una cuarta, por 15 días, desde el 25 de marzo al 8 de abril de 2012.
Puesto que la señora Peña se encontraba muy mal de salud, hizo un esfuerzo personal y se atendió con un médico particular, el señor Juan Lizama Arias , médico psiquiatra clínico y legista.
Todo esto ha continuado. Sin embargo, con liviandad, la Compin, que ni siquiera la evaluó, le rechazó las licencias.
Se trata de una mujer que está viendo cómo jubilarse y que prácticamente tendría que encontrarse en extrema gravedad para lograrlo.
Por lo tanto, solicito oficiar al seremi de Salud de Concepción para que me explique el rechazo de las licencias médicas de la señora Graciela Peña . Esto lo estoy pidiendo a través del canal que corresponde, y él se encuentra obligado a responderme.
De igual forma, pido oficiar a la superintendenta de Seguridad Social de Concepción , quien en este instante se halla haciendo uso de licencia postnatal, pero seguramente alguien la está reemplazando, para que me informe si a la señora Graciela Peña se le hicieron los exámenes correspondientes, porque se presentó un recurso de reposición a la Compin.
Asimismo, pido oficiar al ministro de Salud, para que tome conocimiento de esta situación.
Es cuanto quería plantear, porque en materia de licencias médicas se está llegando a un nivel increíble. Algunos habrán hecho abuso de ellas, pero el resto de la gente se encuentra enferma de verdad. Lamentablemente, pareciera que todos están coludidos. Las isapres también rechazan prácticamente todas las licencias.
Por último, haré entrega de una copia de los documentos oficiales a la Secretaría.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE PLAN DE CONTINGENCIA EN AYUDA DE COMERCIANTES DE VALDIVIA AFECTADOS POR INCENDIO. Oficios.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- El Comité Socialista ha pedido hacer uso de su tiempo adicional de cinco minutos.
Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente , solicito oficiar al intendente de la Región de Los Ríos y al ministro Secretario General de la Presidencia en relación con el siguiente tema.
El 28 de septiembre de este año, se produjo un grave incendio que afectó a comerciantes y trabajadores del sector céntrico de Valdivia. En su oportunidad, el Gobierno comprometió recursos y un plan de acción que, a la fecha, de acuerdo a los afectados, no se ha concretado.
Además, la Cámara de Diputados aprobó, de manera unánime, el proyecto de acuerdo N° 745, con la finalidad de solicitar medidas especiales de apoyo para los comerciantes afectados, sin que a la fecha ello se traduzca en apoyo efectivo.
En octubre, el Consejo Regional de Los Ríos aprobó, de forma unánime, el plan de apoyo, coordinación y reactivación por el incendio en Galerías Nass y multitienda Taboada. Para los 46 locatarios afectados, se estimó un aporte de 350 millones de pesos, con la entrega de entre 500.000 y 6 millones de pesos por emprendedor para la reactivación económica, para compra de capital o herramientas, así como para el arrendamiento de inmuebles.
De lo comprometido y aprobado no existen resultados a la fecha. Obviamente, hay molestia y desilusión, porque para los comerciantes era fundamental poder contar con la reactivación para el mes de diciembre, época de compras navideñas, así como para enero, febrero y marzo, fechas fundamentales para poder recuperar el capital perdido en el siniestro.
Por lo anterior, pido que el señor intendente remita a esta Cámara el plan de contingencia elaborado por el Gobierno para ayudar a los comerciantes damnificados y se informe sobre su estado de ejecución. Además, me interesa que se detallen todas las gestiones efectuadas por el intendente de Los Ríos, el Gobierno Regional, los ministerios de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social para respaldar dicho programa.
Asimismo, pido que se oficie al ministro Secretario General de la Presidencia , a objeto de que me dé a conocer cuáles son las medidas adoptadas tras la aprobación del proyecto de acuerdo N° 745, de 2012, respecto a la solicitud de ayuda a los comerciantes afectados.
Por último, pido que se envíe copia de mi intervención a los señores Ramón Castillo , presidente de la Cámara de Comercio Detallista y Turismo de Valdivia; Miguel Ramírez , afectado; al propietario de la panadería La Oma y otras instituciones siniestradas, cuyos antecedentes dejaré a disposición de la Secretaría.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención en los términos solicitados.
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE CONSTRUCCIÓN DE ESTADIO MUNICIPAL N° 2 DE VALDIVIA Y DE CUMPLIMIENTOS LABORALES DE EMPRESA CONSTRUCTORA A CARGO DE DICHAS OBRAS. Oficios.
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente , en otro orden de cosas, pido que se oficie al director regional del Instituto Nacional de Deportes , al Gobierno Regional de Los Ríos y al alcalde de la Ilustre Municipalidad de Valdivia , por lo que detallaré a continuación.
Se encuentra en desarrollo la construcción del Estadio Municipal N° 2 de Valdivia, una obra ampliamente anhelada por la comunidad deportiva de la ciudad, un proyecto por más de 560 millones de pesos, adjudicado a la empresa constructora Sur 2000 S.A., dentro del programa de cofinanciamiento de la Red de Estadios del IND.
Con mucha alegría, hemos visto cómo se avanza en esas obras, pero en el último tiempo hemos podido observar la existencia de problemas en el pago de los sueldos de los trabajadores y tenemos antecedentes de otros incumplimientos laborales.
Por lo anterior, quiero que las autoridades antes señaladas me informen sobre el estado de avance de las obras del referido estadio, el cumplimiento y en qué estado se encuen-
tran los pagos de las remuneraciones de los trabajadores que allí laboran, en especial los pagos de las cotizaciones previsionales.
Asimismo, me interesa saber cuál es el plazo de entrega de las obras comprometidas.
Considero fundamental que obras de esta naturaleza, tan esperadas por el mundo deportivo y por un sector poblacional tan importante como la zona sur de Valdivia, tengan el máximo estándar de cumplimiento en la obra, pero también la plena observancia de las normas laborales de quienes trabajan en ella.
Finalmente, pido que se envíe copia de mi intervención a la presidenta de la CUT de la provincia de Valdivia.
He dicho.
El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión del diputado señor José Miguel Ortiz .
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.30 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES
-Se abrió la sesión a las 12.59 horas.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
ALTERNATIVAS DE PROVISIÓN DE ENERGÍA A COMITÉ DE ALLEGADOS DE LOCALIDAD DE EL MOLLE, COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , pido que se oficie al ministro de Vivienda y Urbanismo , al intendente de la Región de Coquimbo , al seremi de Vivienda y al director del Serviu de la Región de Coquimbo , con el objeto de que me informen sobre la situación en que se encuentra el Comité de Allegados de la localidad de El Molle, comuna de Vicuña.
Los integrantes de ese comité han ido avanzando en el cumplimiento de los requisitos, en la reunión de los recursos, en la recopilación de los antecedentes que les exigen; sin embargo, hay un problema que no han podido resolver: que muchas viviendas del sector no cuentan con energía eléctrica y, en consecuencia, no tienen luz.
La idea de ellos es postular a viviendas definitivas que resuelvan su problema; mientras tanto, están viviendo en condiciones precarias, especialmente debido a la ausencia de energía eléctrica.
Algunos miembros del comité nos han solicitado que estudiemos una solución en conjunto con el Gobierno -es el motivo de este oficio-, hasta que ese proyecto se concrete. Por ejemplo, mediante la instalación de paneles solares, de generadores o de cualquiera otra forma técnicamente viable, podrían contar con energía, hasta el momento en que se les adjudiquen las viviendas definitivas. Sería una solución transitoria que mejoraría sustantivamente su calidad de vida en el período que medie entre el presente, en que enfrentan severas dificultades, y la materialización del proyecto.
Finalmente, pido que se envíe copia de mi intervención al Comité de Allegados de El Molle, porque algunos de sus integrantes se han acercado a mí, para los efectos de darme a conocer su situación.
He dicho.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
INVESTIGACIÓN DE EXCESIVA DEMORA EN PAGO DE LICENCIAS MÉDICAS POR PARTE DE LA COMPIN DE ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente, en primer lugar, pido que se oficie al ministro de Salud, con el objeto de que el director del Servicio de Salud y la Compin de Antofagasta resuelva un problema que considero relevante.
El señor Emilio Eduardo Riarte Callejas , RUT 15.490.652-5, está esperando el pago de sus licencias médicas desde mayo del presente año. Tiene varias licencias impagas, sigue transcurriendo el tiempo, pero aún no se le responde.
Los trabajadores tienen derechos, uno de los cuales -más que derecho, es una condición humana- es el de enfermarse, y cuando ello ocurre, el Estado les permite hacer uso de una licencia médica que es emitida por un facultativo. Si una persona está enferma, por cierto, no puede ir a trabajar. El Estado ha establecido que una forma de apoyar a ese ciudadano que no puede trabajar es a través del pago de una licencia médica que, por lo demás, está cubierta con el pago de las imposiciones que realiza el mismo trabajador. Por lo tanto, tiene derecho a que se le pague la licencia del mes correspondiente, porque tiene compromisos familiares, debe financiar su alimentación, los gastos domésticos, etcétera.
De manera que no es aceptable que el Estado de Chile, en este caso, a través de la Compin de Antofagasta, no cumpla con su deber de pagarle las licencias médicas.
Si la Compin tiene dudas de que el trabajador tiene realmente un problema de salud, está obligado a resolverlo en forma oportuna y adecuada. En este caso, desde mayo no le aprueban las licencias y, como expresé, tiene un importante número de licencias impagas, a pesar de que existe un problema de salud que está corroborado por un facultativo. Si existen dudas, la Compin tiene las herramientas para resolver la situación.
Espero que el Ministerio de Salud, a través del director del Servicio de Salud de Antofagasta , me responda claramente cuándo se le van a pagar las licencias.
Asimismo, pido que se oficie al contralor general de la República y al contralor regional de Antofagasta , que debe revisar la parte administrativa, para que dentro de su labor contralora investigue la demora tan evidente que se produce en muchos casos para pagar las licencias médicas. Sería necesario que realizara una auditoría de la planificación de ese organismo, porque se trata de un problema importante que es necesario resolver.
Hay un proyecto de ley, que aún no ha sido despachado por el Congreso Nacional, que mejora y moderniza el trabajo de las Compin, porque no podemos dejar a nuestros trabajadores sin el pago de sus licencias.
El señor DÍAZ ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
REITERACIÓN DE OFICIO POR NO PAGO DE BONO BODAS DE ORO A MATRIMONIO QUE CUMPLE CON LOS REQUISITOS. Oficio.
El señor ROBLES.- Señor Presidente , en el tiempo que me resta, quiero reiterar el caso de don Armando Díaz Díaz , debido a lo cual pedí que se oficiara al ministro de Desarrollo Social , a fin de que me informara por qué esta persona no ha recibido el Bono Bodas de Oro.
El 31 de julio del presente año, hice una larga exposición sobre la materia. En esta oportunidad, quiero reiterar el envío del oficio para que el ministro me responda. Deseo recordarle que, en cumplimiento de la Constitución Política, está obligado a responder mi oficio, dentro de 30 días. Como aún no ha respondido, nuevamente solicito que lo haga. De no hacerlo, haré uso de las facultades que la Constitución Política entrega a la Cámara de Diputados en su condición de ente fiscalizador.
El señor DÍAZ ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
Por haber cumplido con su objetivo, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.07 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
10. Moción del señor diputado Ulloa
Establece procedimiento para que los Cuerpos de Bomberos regularicen la propiedad de los inmuebles destinados a cuarteles, como legítimos ocupantes de los mismos. (boletín N° 8741-22).
“Honorable Cámara:
Se requiere de una mirada de doble significación, y aquella en primer término es la que se refiere a la legislación en torno a los Bomberos, es decir el punto de derecho del informe, y la otra el punto de hecho, que es la destrucción total o parcial de los cuarteles de los Bomberos producto del terremoto y posteriores maremotos del día 27 de febrero de 2010, y las dificultantes que han encontrado los Bomberos para las reconstrucción.
En el primer aspecto que hemos señalado, requiere para una mejor comprensión, una necesaria distinción que es aquella que surge en virtud de la “Ley Marco de los Bomberos de Chile”, que es la Ley 20.564 publicada en el Diario Oficial 03 de febrero de 2012.
Así podemos describir la legislación para la constitución, organización, régimen de beneficios por accidentes, y en el reconocimiento para el Cuerpo de Bomberos como organización y para los Bomberos en particular, en un antes y en un después de la Ley 20.564.
En el antes, constatamos un muy reducida legislación que se resume en cuatro tópicos en orden cronológico: a) Beneficios por accidentes: Ley 13.076 publicada en el Diario Oficial del día 21 de octubre de 1958, substituida por los beneficios de accidentes y enfermedades a los miembros de los Cuerpos de Bomberos contenida en el Decreto Ley 1.757 publicado en el Diario Oficial del día 7 de abril de 1977 y sus modificaciones posteriores; b) Día del Bombero: establecido para el 30 de junio de cada año por la Ley 14.866 publicada en el Diario Oficial del día 30 de junio de 1962; c) Exención de impuestos: Ley 17.328 publicado en el Diario Oficial del día 26 de agosto de 1970, y Ley 18.959 en el Diario Oficial del día 24 de febrero de 1990; d) Fondos especiales para ciertos cuerpos de bomberos: establecidos por la Ley 17.381 publicada en el Diario Oficial del día 04 de noviembre de 1970; y e) Estatuto tipo para Cuerpos de Bomberos: que fue fijado por el Decreto 663 del Ministerio de Justicia publicado en el Diario Oficial del día 25 de septiembre de 1998.
Sorprende que para una institución de más de 160 años de su nacimiento en Chile, que llena de orgullo a los chilenos, ejemplar por su entrega y su carácter voluntario, haya tenido tan bajo interés por el colegislador.
Pero la situación anterior, sufre un cambio mediante la moción parlamentaria de un grupo de diputados, contenida en el Boletín 7897-22, ingresada por la Cámara de Diputados en primer trámite constitucional en la Legislatura 359, y que se concreta en la Ley 20.564 publicada en el Diario Oficial del día 03 de febrero de dos mil doce, que constituye la Ley Marco de los Bomberos de Chile.
En el orden del análisis, nos cabe ahora recordar el dolor y sufrimiento que padecieron muchos compatriotas el día 27 de febrero de 2010, en cual en horas de la madrugada de aquel fatídico día todo el sector centro-sur de nuestro país fue afectado por una de las catástrofes más graves de la que se tiene memoria, como resultado de un sismo que alcanzó los 8,8 grados en la escala de Richter y luego en horas de la mañana además fue azotada por cuatro violentas entradas de mar, parte de una serie de maremotos que se produjeron en un importante número de localidades costeras de la Regiones del Libertador Bernardo O'Higgins, del Maule y del Bío Bío, con consecuencias físicas, emocionales y materiales que hasta hoy se prolongan.
Entre las secuelas físicas se encuentran la destrucción total o parcial de Cuarteles de Cuerpos de Bomberos en las zonas afectadas por los fenómenos de la naturaleza del pasado 27 de febrero de 2012.
Analizando la Ley Marco de los Bomberos de Chile, establece en el numeral 4to. de su artículo 3°, que unos de los requisitos para la organización de un Cuerpo de Bomberos: el “Que cuente con un local para la instalación y funcionamiento del Cuerpo de Bomberos de las Compañías y Brigadas que lo conformen”.
Más adelante en la letra “d” del artículo 6° nos indica que los Cuerpos de Bomberos, podrán financiarse además de la ley anual del presupuesto del sector público, con: “los bienes que conforman su patrimonio”.
Finalmente el artículo 9° de la Ley Marco de los Bomberos de Chile, nos expresa que serán inembargables los cuarteles... de propiedad de los Cuerpos de Bomberos, necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Pero en el correcto, muy legítimo y necesario reconocimiento legal al Cuerpo de Bomberos de Chile, el colegislador que por moción parlamentaria primero e indicaciones substitutivas del ejecutivo al final que dió origen a la ley 20.564, únicamente se procuró un sistema de regularización de la posesión y dominio de los vehículos motorizados de los Cuerpos de Bomberos, como lo expresan los artículos primero y segundo transitorios, y no consideró u omitió en la prisa de las urgencias de la tramitación parlamentaria, la regularización de los inmuebles, locales y los cuarteles que forman parte del patrimonio de los Cuerpos de Bomberos.
Pero la omisión de reglamentación legal para la regularización de los inmuebles de los Cuerpos de Bomberos, resulta hoy de una urgente solución legislativa, en a lo menos dos grandes razones, por un lado, el completar o complementar la excelente legislación permanente que hoy es la Ley Marco de los Bomberos, y por otro lado brindar una vía o remedio eficaz, eficiente y oportuno para que los Cuerpos de Bomberos con cuarteles dañados o destruidos por los eventos de la naturaleza del pasado 27 de febrero de 2010, puedan obtener en forma individual y definitiva los subsidios o ayuda económica directa para recuperar, reconstruir o remodelar con dignidad los cuarteles.
El reconocimiento legal de legítimo ocupante”, que pretende el proyecto de ley, no es una completa innovación en derecho chileno, sino que nuestro ánimo es continuar con una tradición legislativa que surge tiempo tras tiempo con los periódicos desastres naturales que asolan nuestro querido país.
Así, los llamados “legítimo ocupantes” o “simplemente ocupantes” de inmuebles, son reconocidos entre otros por los siguientes cuerpos normativos: Artículo 26 inciso 5to y artículo 34 del D.L 3.063 de 1979 sobre rentas municipales, incorporados por la Ley 19.749; Ley 16.741 sobre poblaciones declaradas en situación irregular; artículo 5° del DFL N°5 de 1968 de Agricultura sobre comunidades agrícolas; artículo 5° del Reglamento sobre la Ley 19.749 conforme texto refundido por el Decreto 102 de 2002 de Hacienda sobre normas para la creación de microempresas familiares; Ley N°19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria; Decreto N°46 de 1998 de Vivienda Reglamento de la Ley 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria de la Ley 19.537; D.F.L N°336 de 1953 sobre administración, tuición y disposición de bienes del Estado, del Ministerio de Tierras y Colonización, Texto refundido por el Decreto Ley N°574 de 1974; Título 1 de la Ley 16.282 sobre disposiciones permanentes para los casos de sismos o catástrofes, texto refundido por el Decreto 104 de '1977 de Interior; y Ley 17.564 que crea las corporaciones de desarrollo que indica, establece normas para la reconstrucción de la zona afectada por los sismos de 8 de julio de 1971 y modifica la ley 16.282.
Existen inmuebles en que los Cuerpos de Bomberos no son propietarios, pero sí son legítimos ocupantes de aquellas propiedades que las poseen materialmente en forma legítima exenta de violencia, clandestinidad u otro vicio, como poseedores regulares, tanto por ser asignatarios por sucesión por causa de muerte de los propietarios pero sin poseer una declaración de posesión efectiva intestada definitivamente tramitada conforme a las normas de la Ley 19.903 y su reglamento ante el Servicio de Registro Civil e Identificación; o por no haber aún obtenido sentencia que concede la posesión efectiva de herencia testadas ante la justicia ordinaria; o por gozar de algún derecho aún no declarado administrativa o judicialmente o imperfectamente constituido; o por encontrarse pendiente o en tramitación su regularización de la pequeña propiedad raíz del Decreto Ley 2.695 de 1979; o por ser miembros de una comunidad hereditaria aún indivisa; o por donaciones imperfectamente materializadas; o por entregas realizadas por administración central, regional o municipal para la construcción de un Cuartel de Bomberos; o por cualquier otro título.
Que la solución legal que se propone, se hace con la absoluta conciencia que se dirige a estas excepcionales y prestigiosas organizaciones formadas por:
“beneméritos servidores públicos, .. como un reconocimiento de su espíritu de sacrificio y abnegación para con la comunidad toda”[1].
Ciertamente es un agrado saber que nuestro esfuerzos beneficia a:
“Una institución indispensable, insustituible para velar por la seguridad, la integridad, la vida de nuestros compatriotas pero además de eso, yo quiero decirles que Bomberos de Chile se ha ganado la gratitud, el cariño, el afecto de nuestros compatriotas, a lo largo de toda su historia y con los mejores argumentos que se pueden poner arriba de la mesa. Uno a veces se pregunta ¿por qué nuestro país quiere, respeta y admira tanto a nuestros bomberos? Y yo podría responder a esa pregunta, con otra pregunta. ¿Qué sería de Chile sin nuestros bomberos? Es una institución que sin duda ha prestado servicios muy valiosos a nuestro país a lo largo de toda su historia Lo recordaba el presidente nacional: 38 mil voluntarios activos, 4.100 de ellos son mujeres; 1.100 compañías; 311 son los Cuerpos de Bomberos que viven en nuestro país desde Arica hasta Magallanes. Pero el servicio que han prestado a lo largo de su historia es tan grande como el cariño y gratitud que los chilenos le tenemos a nuestros bomberos”[2].
De todas formas, entendiendo que es un régimen excepcional, y restrictivo, el proyecto de ley no afectará los derechos de terceros poseedores o propietarios de inmuebles, y no afectará los derechos del Fisco de Chile sobre inmuebles.
Para ser expedito y eficaz el régimen excepcional y transitorio, los Cuerpos de Bomberos que recurran a él se beneficiarán con privilegio de pobreza, por el sólo ministerio de la ley, esto es, sin que se requiera la promoción de un incidente especial o intervención judicial, para todas las gestiones, trámites y actuaciones ante Notarios Públicos y Conservadores de Bienes Raíces.
Las razones extraordinarias para proponer un régimen excepcional en el proyecto de ley en favor del Cuerpo de Bomberos, no significará alterar en forma alguna la legislación permanente y general.
Por lo tanto,
El Honorable Diputado Jorge Ulloa Aguillón patrocinante y los demás adherentes que suscriben, vienen en someter a la consideración de este H. Congreso Nacional, el siguiente:
“PROYECTO DE LEY
“Artículo 1°.- Únicamente los Cuerpos de Bomberos de Chile de la Ley N°20.564, que ocupan inmuebles en forma legítima, exenta de violencia, clandestinidad u otro vicio, como poseedores regulares, tanto por ser asignatarios hereditarios por sucesión por causa de muerte de los propietarios pero sin poseer una declaración de posesión efectiva de herencia intestada definitivamente tramitada conforme a las normas de la Ley 19.903 y su reglamento ante el Servicio de Registro Civil e Identificación; o por no haber aún obtenido sentencia que concede la posesión efectiva de herencia testadas ante la justicia ordinaria; o por gozar de algún derecho aún no declarado administrativa o judicialmente o imperfectamente constituido; o por encontrarse pendiente o en tramitación su regularización de la pequeña propiedad raíz del Decreto Ley 2.695 de 1979; o por ser miembros de una comunidad hereditaria aún indivisa; o por entregas realizadas por administración central, regional o municipal para la construcción de un Cuartel de Bomberos; o por cualquier otro título, podrán obtener el reconocimiento legal de su condición de legítimo poseedor, y transcurrido el plazo de 6 meses se inscribirá el inmueble en el Conservador de Bienes Raíces respectivo a nombre del Cuerpo de Bomberos, mediante el procedimiento que se indica en los artículos siguientes.
Artículo 2°.- Para acreditar la calidad de legítimo ocupante, el Cuerpo de Bomberos de la ley 20.564, deberá requerir la incorporación en el protocolo o registro de instrumentos públicos de un notario público, de una cualquiera de los siguientes documentos:
a.- Certificado de la Dirección de Obras Municipales que indicando su ubicación, dirección, superficie, deslindes y rol de avalúos, declare que la propiedad o inmueble tiene un Cuartel de Bomberos construido en el mismo.
b.- Certificado de la Dirección de Obras Municipales que indicando su ubicación, dirección, superficie, deslindes y rol de avalúos, que declare que la propiedad o inmueble tiene un Cuartel de Bomberos que fue:
1) Dañado;
fi) Dañado en forma irreparable;
iii) Destruido en forma total;
iv) Que deberá ser demolido; o
y) Que ya fue demolido.
Todo esto como consecuencia directa del terremoto o maremotos del día 27 de febrero de 2010.
Artículo 30.- Transcurrido 6 meses, desde la fecha cierta que significa la incorporación en el protocolo o registro de instrumentos públicos de un notario público de la comuna respectiva, el Cuerpo de Bomberos concurrirá ante el Juez de Letras que sea territorialmente competente, y solicitará que se dicte sentencia que ordene al Conservador de Bienes Raíces, la inscripción del inmueble a nombre del Cuerpo de Bomberos respectivo.
El Cuerpo de Bomberos deberá acompañar a su solicitud una copia autorizada del documentos protocolizado del artículo anterior, y acreditar tener personalidad jurídica vigente.
Dentro de décimo día hábil de recibida la solicitud y los documentos, el juez de letras procederá, sin forma de juicio, bilateralidad, citación, o audiciencia, a dictar una sentencia que ordene al Conservador de Bienes Raíces inscribir el inmueble a nombre del Cuerpo de Bomberos respectivo, singularizándolo con su ubicación, dirección, superficie, deslindes y rol de avalúos. Siendo esta sentencia el título respectivo para todos los efectos legales.
Artículo 4°.- El inmueble que sea regularizado por las disposiciones de la presente ley, quedará sujeto a una prohibición legal absoluta de destino exclusivo para Cuartel de Bomberos de la ley 20.564. El Conservador de Bienes Raíces, deberá inscribir ésta prohibición en el registro de interdicciones y prohibiciones.
En caso de disolución del Cuerpo de Bomberos que sea titular de un inmueble regularizado por la presente ley, pasará de pleno derecho al dominio de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de la ley 20.564, sujeto igual a la prohibición señalada en el inciso primero.
Articulo 50.- Los Cuerpos de Bomberos que recurran al procedimiento establecido en la presente ley, se beneficiarán con el privilegio de pobreza, por el sólo ministerio de la ley, esto es, sin que se requiera la promoción de un incidente especial o intervención judicial, para todas las gestiones, trámites y actuaciones ante Notarios Públicos y Conservadores de Bienes Raíces a que se refiere esta ley”.-
11. Moción de los señores diputados Vallespín, Accorsi, Chahín, Delmastro, Gutiérrez, don Romilio; Sabag, Walker, y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina; Molina, doña Andrea y Sepúlveda, doña Alejandra.
Modifica la ley N° 20.422, estableciendo que las instituciones de educación superior deben contar con un sistema de admisión, permanencia y progreso para personas con discapacidad. (boletín N° 8742-31)
“Considerando:
1° Que, de acuerdo a la 1ª -y única- Encuesta Nacional de Discapacidad en Chile, realizada por Fonadis e INE, el año 2004, nuestro país tiene entre sus habitantes un importantísimo número de personas con discapacidad (PcD). A la época de tal encuesta, el país tenía un total de 2.068.072 de PcD, representando un 12,9% de toda la población a nivel nacional. De referida cifra, un total de 1.150.133 PcD correspondían a grado de discapacidad leve (7,2%); otras 513.997 con grado de discapacidad moderada (3,2%) y; otras 403.942 a grado de discapacidad severa (2,5%).
Ahora bien, en cuanto a las variables educación y PcD, la señalada Encuesta de 2004 nos da a conocer que las personas que se encuentran actualmente estudiando representan el 27.5% de la población total, mientras que en el caso de las PcD solamente alcanzan el 8.5%. Por otra parte, las PcD estudian casi 2 años menos que las demás personas (1,9 años).
Para el caso de la Educación Superior, dicha encuesta señala que solo el 5,7% de PcD han tenido acceso a la Universidad o a algún Instituto de Formación Profesional, mientras que menos de un 1% ha accedido a algún Centro de Formación Técnica.
2°Que, a partir de la Ley N° 20.422 Sobre Igualdad de Oportunidades e Integración Social de las Personas con Discapacidad, en su Párrafo 2° De la educación y de la inclusión escolar, nuestro legislador en su artículo 39, le entrega al Ministerio de Educación el deber de cautelar la participación de las PcD los programas relacionados con el aprendizaje, desarrollo cultural y el perfeccionamiento. Por su parte, en el inciso 2° del señalado artículo 39, se explicita que las instituciones de educación superior deberán contar con mecanismos que faciliten el acceso de las PcD, así como adaptar los materiales de estudio y medios de enseñanza para que dichas personas puedan cursar las diferentes carreras.
Por último, el artículo 42 del señalado cuerpo legal preceptúa que los establecimientos educacionales deberán, progresivamente, adoptar medidas para promover el respeto por las diferencias lingüísticas de las PcD sensorial, sean sordas, ciegos o sordo-ciegas, en la educación básica, media y superior, con el fin que aquellas puedan tener acceso, permanencia y progreso en el sistema educativo.
3° Que, sin perjuicio de lo señalado en el numeral anterior, la evidente preocupación por la integración escolar de las PcD no ha ido aparejada de una igual preocupación en la educación superior, lo que se manifiesta, entre otros, en la falta de mecanismos o sistemas especiales de admisión para el ingreso de estas personas -en su calidad de estudiantes- a las instituciones de educación superior, sean Universidades, Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica. Efectivamente, pese a lo expresado -en lo pertinente-en el inciso 2° del artículo 39 de la Ley N° 20.422, respecto que “las instituciones de educación superior deberán contar con mecanismos que faciliten el acceso de las personas con discapacidad (..,)”, la norma no es clara, pues no explícita que se trata de mecanismos o sistemas de admisión a las instituciones de educación superior.
Es más, si nos remitimos a la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el Estado de Chile mediante Decreto N° 201 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 17 de septiembre de 2008, en su artículo 9, la voz “accesibilidad” se refiere estrictamente al acceso a espacios físicos, como puede observarse del texto del referido artículo (El subrayado es nuestro):
Artículo 9: Accesibilidad
A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a:
a) Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo;
b) Los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia.
Y por último en este punto, debe señalarse que la Oficina Regional de Educación de la Unesco para América Latina y el Caribe (Orealc/UNESCO Santiago), en la traducción del Index de Inclusión[1], expone que la inclusión no tiene que ver sólo con el acceso de los/as estudiantes con discapacidad a las escuelas comunes, sino con eliminar o minimizar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación de todo el alumnado, por cuanto debe involucrar las dimensiones de la cultura, políticas y prácticas inclusivas.
4. Que, más allá de las normas legales, en los hechos las instituciones de educación superior del país no disponen de mecanismos o sistemas especiales de admisión a las carreras técnicas y/o profesionales que imparten.
De acuerdo al Estudio sobre Inclusión de las PcD en la Educación Superior en Chile, hecho por el Ministerio de Educación (Mineduc) en 2011, se arriba a una de las siguientes conclusiones, a saber: “Si bien existe una reglamentación general que hace alusión a la inclusión de las personas en situación de discapacidad en la educación superior, ésta no da cuenta de un reglamento que norme los procesos de acceso, permanencia y progreso de estas personas en la educación superior”.
Además dicho estudio, en su pregunta N° 5, referida a si la institución de educación superior contaba con un protocolo de admisión para el alumnado en situación de discapacidad, 54 señalaron que no y solo 22 respondieron que SI. En particular, 12 de 19 Universidades del Cruch informaron que tenían mencionado protocolo; 4 de 17 Universidades Privadas expresaron que no; 4 de 20 Institutos Profesionales expresaron que no y; 2 de 20 Centros de Formación Técnica respondieron que NO. Es decir, de 76 instituciones de Educación Superior que respondieron a la pregunta en cuestión, solo 22 disponían de un protocolo de admisión para el alumnado en situación de discapacidad.
Cabe señalar que el señalado estudio de Mineduc le solicitó responder el cuestionario a 174 instituciones de educación superior y solo 76 de ellas las respondieron efectivamente.
En todo caso y como un caso de excepción a lo señalado precedentemente, existen hoy y desde el año 2007 algunas instituciones de educación superior que han desarrollado un trabajo de visibilización de los estudiante con discapacidad (EcD) en la Educación Superior a fin de que las diversas Casas de Estudio puedan dar respuestas ajustadas a las Necesidades Educativas Especiales (N.E.E) que presentan, asegurando así no sólo su ingreso sino el progreso en su formación profesional, en igualdad de condiciones. Nos referimos a la Red Regional de Educación Superior Inclusiva (RESI)[2] de la región de Valparaíso, que a través de su experiencia ha identificado como nudos críticos de la inclusión educativa en este nivel, las etapas de ingreso, permanencia y progreso, siendo relevantes en estas materias la organización institucional para la inclusión de estudiantes en situación de discapacidad en torno a ejes administrativos, de accesibilidad al currículum, apoyos especializados de profesionales y especialistas en diversas áreas de discapacidad, entre otros.
En síntesis, pese a la normativa nacional e internacional que regula el derecho de las PcD a la educación y en especial a la educación superior, técnica y profesional, no existe norma expresa que obligue a las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica de nuestro país, para que dispongan de un sistema especial de admisión, permanencia y progreso de tales personas.
Cabe señalar que en el marco de aplicación de la Ley N° 20.422 Sobre Igualdad de Oportunidades e Integración Social de las Personas con Discapacidad, se pretenda reglamentar lo señalado en el inciso 2° del artículo 39, sin embargo para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a la educación superior de las PcD, sería altamente conveniente establecerlo a nivel legal, más que reglamentario, provocando la reforma de este cuerpo legal en los términos que a continuación proponemos los Diputados y las Diputadas abajo firmantes:
“PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Modifíquese la Ley N° 20.422 Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad, Párrafo 2° De la educación y de la inclusión escolar, reemplazando el actual inciso segundo del artículo 39, por el siguiente nuevo inciso:
“Las instituciones de educación superior dispondrán de un sistema especial de admisión, permanencia y progreso para las personas con discapacidad, proveerán los servicios de apoyo especializados tanto humanos como materiales y adaptarán los materiales de estudio y medios de enseñanza para aquellas que puedan cursar las diferentes carreras técnicas o profesionales”.
12. Moción de las diputadas señoras Girardi, doña Cristina; Muñoz, doña Adriana; Sepúlveda, doña Alejandra, y de los diputados señores Accorsi, González, Monsalve, Schilling y Venegas, don Mario.
“Modifica la ley N° 20.370, General de Educación, con el objeto de asegurar una educación de calidad”. (boletín N° 8743-04)
“Vistos: Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; k prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que, la presente ley regula, entre otros, aspectos de suma relevancia cuales son los derechos y deberes de la comunidad educativa con el objeto de tener un sistema educativo caracterizado por la equidad y calidad de su servicio, según consta en el artículo 1° de este cuerpo legal.
2° Que, el sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, conforme lo consigna el artículo 3° del mismo cuerpo normativo
3° Que, este mismo artículo, refiere que el sistema educativo chileno se inspira, además, en los siguientes principios: letra b) Calidad de la educación; cuestión esta última que ha venido en un claro y continuo desmedro con especial énfasis en la última década.
4° Que, en cuanto al rol del Estado, a este le compete otorgar especial protección al ejercicio del derecho a la educación toda vez que, conforme refiere el artículo 4° de la presente ley, a educación es un derecho de todas las personas
5° Que, por otro lado, se refuerza este deber del Estado en lo preceptuado en el artículo 6° de esta norma toda vez que infiere que “Es deber del Estado propender a asegurar una educación de calidad y procurar que ésta sea impartida a todos, tanto en el ámbito público como en el privado”. En lo tocante a la seguridad del bien social calidad, claramente el sistema educacional, específicamente en el nivel superior, se ha venido desmoronando abruptamente ocasionando graves baches en los procesos educativos de los futuros profesionales del país
6° Que, atendiendo a los sensibles momentos que un número considerable de ciudadanos Chilenos atraviesa a la espera de la resolución de uno de los órganos mandatados para administrar el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación junto con el Ministerio de Educación, cual es el Consejo Nacional de Educación -inciso primero del artículo 6° de dicho cuerpo normativo- se encuentra ansiosamente aguardando con la incertidumbre de no saber con exactitud cuál sería la solución frente a un eventual cierre de su casa de estudios (U. del Mar)
7° Que, la circunstancia de no contar con un modelo o plan estratégico de implementación durante la evaluación de “cierre” de una universidad para enfrentar sus consecuencias con antelación, con el afán de cautelar y con un sentido de urgencia , pone en grave riesgo la continuidad de estudios de los alumnos de una institución universitario en “evaluación de cierre” por cuanto, como es evidente hoy, no se convoca a los procesos de matricula a fin de cada año y, a su vez, arriesgan seriamente las posibilidades de quedar a la deriva, sin cupos de postulación a otra casa de estudios por no encontrarse zanjada su situación actual y no disponer de sus antecedentes académicos concluidos como es en la práctica con el caso emblemático de la Universidad del Mar.
8° Que, como es sabido en el mundo jurídico-legislativo, el argumento “a fortiori” es un principio básico del derecho, materializado en el aforismo de que, quien puede lo más, puede lo menos; es decir, si quien puede por medio de una resolución determinar el cierre de una institución de estudios superiores -medida de última instancia, entendiéndose como la más severa-por cierto que podrá implementar una medida que solvente las consecuencias de tamaña resolución y ello no es otra cosa que retrotraer a los afectados al estado en que se encontraban hasta antes de la verificación del hecho constituyente de una resolución tan drástica como el cierre de una Universidad.
9° Que, por otra parte, ha sido motivo de incansables jornadas de debate y reflexión al interior de la H. Comisión de Educación de la Cámara de Diputados el comprender qué información concreta nos proporciona esta ley respecto del Consejo Nacional de Educación (CNED) al referirse, por ejemplo, en su artículo 54 letra g) que debe apoyar el Ministerio de Educación en la “la administración de los procesos de cierre de las instituciones de Educación Superior autónomas”; más aun, cuando adiciona: `especialmente en lo que dice relación con los procesos de titulación de los estudiantes que se encuentran en esa etapa de sus estudios”. Todo lo anterior es un claro indicativo de que el Consejo Nacional de Educación (CNED) no solo delibera sobre el requerimiento de pronunciarse por parte del Ministro de Educación sino, que además debe velar por asesorar al MINEDUC en los procesos de titulación de los estudiantes de dichas casas de estudios.
10° Que, el numeral anterior, no puede ser interpretado de otra manera diferente que, corresponde al Ministerio de Educación, apoyado por el CNED “cautelar y promover, de manera prioritaria, la calidad de la educación escolar y de la educación superior.”[1] -como claramente además lo señala como información oficial en su portal web aludiendo a su misión institucional-. No es imprescindible ser un erudito ni un letrado para comprender que el término cautelar, en su sentido natural y obvio, no es otra cosa que “una medida destinada a prevenir la consecución de determinado fin o precaver lo que pueda dificultarlo”[2]. Por tanto, no cabe duda de que debe aplicarse el conocido aforismo “cuando el legislador no distinga no es lícito al intérprete distinguir”. Ello, en buen español, implica que, la circunstancia de que esta norma no detalle el alcance que implica que el CNED determine -como órgano resolutivo que es- el cierre de una institución de estudios superiores, no deba apoyar al Ministerio de Educación, toda vez que es resorte de este último, en la función de cautelar a través de medidas concretas, las consecuencias de su veredicto.
11° Que, a su turno y, a mayor abundamiento, cuando la norma refiere a que el CNED apoya al Ministerio de Educación en los procesos de cierre, es evidente que un proceso no consiste en un solo acto, sino que en una consecución de sucesos. Así lo especifica la RAE[3], que refiere sobre el término de diversas formas, a saber:
a) Conjunto de fases sucesivas de un fenómeno natural o de una operación artificial.
b)loc. verb. Der.: Formarlo con todas las diligencias y solemnidades requeridas por derecho.
En lo tocante a esta letra, es abundante aclarar que, en este caso - Universidad del Mar-, las diligencias requeridas por derecho, no es otra cosa que dar estricto cumplimiento a lo mandatado por la garantía constitucional y legal de que el sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
12° Que, a su vez, la función de administración del CNED en los procesos de cierre de las instituciones de Educación Superior Autónomas implica, no únicamente resolver sobre el requerimiento de pronunciamiento que formule el Ministro de Educación frente a casos como el del cierre de la Universidad del Mar, sino también:
a) Ordenar, disponer, organizar”[4] (la relocalización del alumnado desvinculado de la institución ad portas de un cierre)
b) Suministrar, proporcionar[5]. (en este caso solución frente a un cierre, aun, cuando sea eventual)
c) Desempeñar o ejercer un oficio. (en este caso particular, no es otro que el de cautelar -como le señala la propia institución[6] - de manera prioritaria la calidad de la educación superior y ello, no es meramente y en forma circunstancial resolver si ha o no lugar el cierre de una universidad a petición formulada por el Ministro de Educación de turno, sino que excede ese parámetro ya que la garantía no es meramente desechar aquellas instituciones carentes de condiciones que avalen la calidad de la educación, sino generar las condiciones que certifiquen este valor constitucional.
“PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Se introducen las siguientes modificaciones al Título IV, titulada “Del Consejo Nacional de Educación” de la Ley 20.370 Ley General de Educación.
1.- Agregase, en la letra g) del artículo 54 de dicha ley, a continuación del punto aparte, un nuevo párrafo del tenor que sigue
“Se entenderá iniciado este proceso, para todos los efectos, desde que el Ministerio de Educación, como órgano a cargo de la administración del proceso de cierre de las universidades requiere el pronunciamiento del Consejo respecto del cierre de una institución. Para ello, con el apoyo del CNED , el Ministerio deberá elaborar un plan de contingencia destinado a cautelar los derechos de los estudiantes, académicos, trabajadores y a asegurar que todos ellos logren los objetivos académicos, profesionales que el estado garantizó al otorgar el reconocimiento oficial, la acreditación institucional o por carreras de la casa de estudios afectada. Lo anterior, con independencia de la resolución final que el Consejo adopte.
Este plan de contingencia deberá ser elaborado por el Ministerio de Educación dentro del plazo máximo de 30 días desde que éste requiere el pronunciamiento del Consejo”:
“DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Artículo primero transitorio.- “Lo señalado en la presente /y regirá no sólo para los procesos de cierre de Universidades que se inicien a partir de la publicación de la misma, sino que también respecto de los procesos de cierre ya iniciados a la misma ficha”.
13. Moción de los señores diputados Velásquez, Delmastro, Gutiérrez, don Hugo; Ojeda, Pérez, don Leopoldo; Robles, Rojas, Sabag, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta y Vidal, doña Ximena.
Modifica la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en materia de autoría de mociones. (boletín N° 8744-07).
“Vistos: Lo dispuesto en los Artículos 1°, 19°, 63° y 65° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que, el derecho de propiedad intelectual busca proteger la autoría de una obra. De esta manera, una moción parlamentaria podría (eventualmente), ser considera como tal, lo cual implicaría que un parlamentario o grupo de ellos se adjudique la propiedad de una determinada Moción.
2° Que, de acuerdo a la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, ésta se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos[1].
En Chile, la Ley N° 17.336 sobre propiedad intelectual, “protege los derechos que, por el solo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores de. obras de la inteligencia en los dominios literarios, artísticos y científicos, cualquiera que sea su forma de expresión, y los derechos conexos que ella determina (...)[2]”.
La ley no define “obra”. Así, Zapata[3], plantea que los requisitos de toda obra protegida por la propiedad intelectual son, en breve, los siguientes:
Ser una creación integral, humanamente perceptible y completa: Debe ser una idea (conocimiento de una cosa y su representación en la mente).
Debe tener una individualidad. Ser completa y autónoma (debe significar algo). Se plasma en un soporte material (el que, por sí solo, no es la obra).
Es decir, deben coexistir ambos elementos.
2. Que sea original y novedosa: Es un requisito que supone una obra de algo que antes no existía, sin embargo ello se matiza ante la realidad. La originalidad no totalmente nueva, ella suele estar influenciada por otras obras (de ahí que se protejan las obras nuevas y las derivadas de otras).
La protección que la Ley N° 17.336 otorga a los creadores de obras no requiere su inscripción o registro en el Registro de Propiedad Intelectual de Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. En efecto, el artículo 1 de la Ley citada dispone que el amparo se produce de manera automática por el sólo hecho de la creación. Sin embargo, la inscripción es importante porque preconstituye un medio de prueba en favor del autor, para demostrar el carácter original o primigenio de la obra[4].
3° Que, el proceso de formación de la ley posee diversas etapas, que van desde la iniciativa hasta su publicación[5].
Una iniciativa es el acto mediante el cual se somete a la consideración del Congreso un determinado proyecto de ley. Tienen iniciativa de ley los Diputados, Senadores y el Presidente de la República. Cuando una iniciativa es presentada por los parlamentarios se denomina Moción y cuando es presentada por el Presidente de la República, Mensaje. Una Moción no puede ser firmada por más de diez diputados ni más de cinco senadores[6].
Específicamente, una Moción es una propuesta legislativa destinada a ser discutida en el Congreso Nacional. Su propósito es normar las conductas de los ciudadanos y las relaciones de éstos con el Estado[7]. Supone una idea que la motiva. Si cumple con los requisitos de una obra protegida por la Propiedad Intelectual (creación integral, humanamente perceptible, completa, original y novedosa) podría ser inscrita en el Registro respectivo sin perjuicio que goza de protección por el mero hecho de su creación[8].
Sin embargo, la Moción es solamente el inicio del trámite legislativo, el cual incluye varias instancias antes de convertirse o no en una ley. A lo largo del proceso, la moción original es alterada por las intervenciones, discusiones y propuestas de los demás parlamentarios.
4° Que, existirían dos formas de interpretar la posibilidad de registrar la propiedad intelectual de una moción parlamentaria. Por un lado, mediante una vía jurídica-normativa. Por otro, desde una perspectiva política y práctica.
En el ámbito jurídico, Chile ha suscrito diversos convenios internacionales en materia de Propiedad Intelectual[9]. Uno de ellos es el Convenio de Berna de 1971 (promulgado en 1975). El artículo 2, número 4 del Convenio dispone que: “Queda reservada a las legislaciones de los países de la Unión la facultad de determinar la protección que han de conceder a los textos oficiales de orden legislativo, administrativo o judicial, así como a las traducciones oficiales de estos textos”. El ordenamiento jurídico nacional no ha establecido una protección especial para las mociones (como texto oficial legislativo); lo cual deja abierta la posibilidad de establecer algún tipo de regulación.
Desde una perspectiva política-práctica, el registrar una Moción a partir de un autor individual o de un grupo reducido de parlamentarios resulta más complejo. Si bien las mociones -en el caso de Chile- pueden ser presentadas a título personal o colectivamente[10], su registro queda supeditado a la cámara de origen.
Lo anterior también es advertido en los distintos parlamentos a nivel mundial. Como se constata en Argentina, España, Estados Unidos, Francia, México y Reino Unido, por mencionar solo algunos[11], en todos estos casos, no existen mecanismos que vinculen la propiedad intelectual individual con la moción parlamentaria. No obstante, sobretodo en Chile, uno de los países más legalistas del mundo, ello no es fundamento para que los parlamentarios omitan registrar sus mociones pues éstas tienen un efecto político gravitante en la gestión de un congresista.
Así, en casos como el de Reino Unido, donde existe una amplia definición del “Derecho de autor parlamentario”[12], este es utilizado para registrar iniciativas individuales de acuerdo a su cámara de origen y se ajusten a una serie de normas sobre el uso de las leyes elaboradas en la institución[13].
También en Estados unidos, país caracterizado por la defensa de la propiedad intelectual y el desarrollo de una institucionalidad legal sobre la materia, la propiedad de los proyectos de ley queda en función de donde ésta emana[14].
Esta perspectiva obedece a un elemento político clásico, vinculado con los principios básicos de una democracia representativa.
De esta manera, resulta importante registrar la autoría de un proyecto de ley. Siendo Chile, como se citó, un país extremadamente legalista, la autoría de los proyectos de ley es gravitante para vincular políticamente al autor de la moción con la misma. Además, establecer una norma que evite la copia de proyectos de ley aumenta la eficiencia de la discusión de las mociones toda vez que se evitará el estudio de iniciativas idénticas o muy similares, hecho que hoy en día ocurre con injustificada cotidianeidad.
Por tanto:
Los diputados que suscriben vienen en someter a vuestra consideración el siguiente,
“PROYECTO DE LEY: MODIFICA LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO NACIONAL EN MATERIA DE AUTORÍA DE MOCIONES
ARTÍCULO ÚNICO: Agrégase los siguientes incisos, segundo y final, al artículo 12 de la, ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional:
“Una vez presentada una moción no podrá copiarse la misma por parte de otro parlamentario. Se entiende que hay copia cuando se ha transcrito la totalidad o parte sustancial del proyecto, con el fin de presentarlo como propio.
En caso de incumplimiento del requisito señalado en el inciso anterior, la iniciativa no será recibida a tramitación”.
14. Moción de los señores diputados Velásquez, Araya, Jarpa, Gutiérrez, don Hugo; Robles, Rojas, Sabag, Sandoval, y de las diputadas señoras Vidal, doña Ximena y Zalaquett, doña Mónica.
Modifica la Constitución Política de la República, estableciendo que el Palacio de Gobierno, la Corte Suprema y el Congreso Nacional deben emplazarse en la misma ciudad. (boletín N° 8745-07).
“Visto:
Lo dispuesto en los Artículos 1°, 19°, 63° y 65° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que, más de quince años se ha demorado un pronunciamiento concreto del Congreso Nacional respecto a la ciudad en que debe estar su sede definitiva y realizar sus sesiones.
2° Que, hasta la fecha dicha discusión no ha podido realizarse porque se ha tratado por diferentes medios de evitar un debate serio sobre esta importante materia.
3° Que, la determinación de fijar la sede del Congreso Nacional en Valparaíso obedeció a un mero capricho del gobierno autoritario; resolución inconsulta que sólo pretendía mantener al Poder Legislativo ajeno a la contingencia política de nuestro país.
4° Que, los intentos por resolver este asunto siempre se han encontrado con la negativa del Poder Ejecutivo en orden a facilitar la discusión del tema, aduciendo que es un problema que comprende únicamente al Congreso Nacional evitando inmiscuirse, de ese modo, en la cuestión debatida so pretexto de una neutralidad que no se condice con la tradición republicana de nuestra Nación.
5° Que, la imposibilidad que le asiste al Congreso Nacional de discutir el lugar más propicio para establecer su sede es un oprobio que ha tenido que enfrentar este Poder del Estado por la regulación legal y constitucional impuesta en la Constitución de 1980. Dicha situación desvalorizada del Poder Legislativo quedó refrendada por el fallo rol N° 242 del Tribunal Constitucional, fundado en consideraciones sumamente cuestionables, que impidió la tramitación de un proyecto de ley, iniciado en moción, sobre traslado del Congreso Nacional.
6° Que, todo lo anterior generó un clima de inestabilidad respecto al lugar de sesión del Poder Legislativo que perjudica a la propia ciudad de Valparaíso; la que ha sido incapaz de generar un entorno adecuado al edificio del Congreso, el cual tampoco ha sido un factor de fomento de las inversiones públicas o privadas en la ciudad.
7° Que, resulta obvio y connatural a la autonomía del Parlamento que éste pueda decidir cual será su sede definitiva (Valparaíso, Santiago o cualquier otra ciudad de la República). Rescatar al Congreso Nacional de la interdicción ejercida por el gobierno militar es un asunto que dice relación con la importancia que le asignamos a este Poder del Estado dentro del orden institucional de la República, lo cual implica que la determinación de su sede definitiva es un asunto que requiere resolverse de manera ponderada y teniendo todos los antecedentes y la información que pueda recabarse al respecto para adoptar la mejor decisión que convenga a los intereses del país.
8° Que, el Viernes 4 Julio de 2008, el entonces Presidente de la Cámara, Diputado Juan Bustos, encabezó la ceremonia de recepción de las nuevas oficinas de la Cámara en el edificio del Congreso Nacional en Santiago. El citado acto dejó de manifiesto que existe un edificio adecuado y reacondicionado para recibir las sesiones del Congreso Nacional y que, por tanto, el aludido argumento del gasto fiscal requerido para modificar la ciudad sede del Parlamento pasa a ser obsoleto y cuestionable desde todo punto de vista. Lo cierto es que un eventual cambio de lugar de sesiones del Congreso no acarrearía mayor gasto al fisco de la nación y, es más, probablemente repercuta en un ahorro a las arcas fiscales. Más aún, contar en una misma ciudad con el Palacio de la Moneda, las oficinas Ministeriales, la Corte Suprema y el Congreso Nacional asegura un incremento en el grado de eficiencia de la gestión pública desarrollada por las mencionadas entidades y, consecuentemente, en el desarrollo del país.
Los diputados que suscriben vienen en someter a vuestra consideración el siguiente,
“PROYECTO DE LEY: MODIFICA LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA ESTABLECIENDO QUE EL PALACIO DE GOBIERNO, LA CORTE SUPREMA Y EL CONGRESO NACIONAL DEBEN EMPLAZARSE EN LA MISMA CIUDAD.
ARTÍCULO UNICO: Introdúzcase el siguiente inciso final al artículo 3° de la Constitución Política de la República:
“Con todo, el palacio de Gobierno, el Congreso Nacional y la Corte suprema se emplazarán en la misma ciudad de la república. Una ley determinará la localidad en la que éstas instituciones finalmente se establecerán”.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Mientras el Congreso Nacional, en uso de las facultades que la Constitución Política de la República y las leyes le otorgan, no apruebe un proyecto de ley que establezca la sede en que debe celebrar sus sesiones la Corporación y hasta el plazo máximo de un año contado desde la derogación o modificación de la ley N° 18.678, el Congreso Nacional tendrá su sede y celebrará sus sesiones en la ciudad de Valparaíso y/o Santiago.
15. Moción de los señores diputados Velásquez, Araya, Delmastro, De Urresti, Farías, Gutiérrez, don Hugo; Ojeda, Robles, Rojas y Sandoval.
Modifica el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, reservando a las empresas del Estado o aquellas en las que éste tenga participación, la exploración y explotación del mineral litio. (boletín N° 8746-07).
“Vistos:
Lo dispuesto en los Artículos 1°, 19°, 63° y 65° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que, el mineral Litio es angular en el desarrollo de componentes tecnológicos. Celulares, computadores, cámaras digitales, IPods y todos los productos tecnológicos recargables, incluyendo la próxima generación de baterías de automóviles, lo requieren para su funcionamiento y/o fabricación ¿El motivo? Este mineral que posee una alta capacidad de conducción de calor y electricidad pero, por sobre, de almacenaje de energía.
2° Que, desde que en 1800 Alessandro Volta presentase ante la Royal London Society la primera pila eléctrica, diversos minerales o aleaciones se han ido cargando y descargando en la historia de las baterías. El invento de Volta era una serie de discos de cinc y cobre separados por cartón e impregnados de salmuera en un tubo de 3 cm de diámetro. La idea es que el líquido sea un conductor de iones que generan energía cambiando las polaridades de los metales que contiene.[1]
El inventó estimuló que se probaran cuanto líquido, metal o mineral sirvieran de conductores. Tuvieron su época pilas a base de ácido nítrico, de carbón, hidrógeno, cloruro amónico, óxido de silicio, mercurio o de mezclas entre cinc y el dióxido de manganeso. Todas serían destronadas por el níquel de cadmio (Ni-Cd), que en las últimas décadas dominó el mercado hasta que en 1985, Akira Yoshino ideó una batería a base de iones de litio. Ganó por paliza al acumular mucha mayor carga, pesar menos y descargarse poco. Una celda de una pila de Litio está cargada con 3,7 voltios, lo mismo que tres baterías Ni-Cd.
A su vez, el Litio desde el siglo XIX integra el arsenal de medicamento para la depresión. También se utiliza en la industria del vidrio y la cerámica, por sus capacidades de reducir la temperatura de fusión de los materiales, lo que ahorra energía.
La actual demanda mundial del mineral es de 140 mil toneladas, lo que es avaluado en U$800 millones. Desde el 2009 su precio se disparó y se estima que aumenta en un 8% cada año. Hoy se cotiza la tonelada del mineral en 6 mil dólares.
Los pocos países del mundo que tienen Litio lo cuidan como hueso de santo. La “Arabia Saudita del Litio” se le ha llamado al triángulo entre el norte de Argentina y Chile y el sur de Bolivia. Allí están el 83% de las reservas mundiales de Litio. El Salar de Atacama tendría 26,5 millones de toneladas, seguido por el Salar de Uyuni, con 29,1 millones de toneladas.
Pese al promisorio panorama, el gobierno de Sebastián Piñera está pronto a rematar al mejor postor la explotación de las reservas de Litio chilenas. El negocio sería sacarlo, trasladarlo al puerto más cercano y allí embarcarlo como materia prima; de vuelta compraríamos el mineral envasado en autos, teléfonos o computadoras. Ese modo, y simplemente, Chile se queda con un modelo de desarrollo que en el caso de otros minerales, permite que el cobre sea explotado en un 70% por transnacionales mineras, las que a lo más se esfuerzan en fabricar cátodos del metal rojo.
La explotación sería a través de Contratos Especiales de Operación de Litio (CEOL), que permitirán explotar 100 mil toneladas en 20 años a las empresas que se les entrega el negocio. El argumento dado por el ministro de Economía, Pablo Longueira, es que el país no posee ni los expertos ni la tecnología para darle valor agregado a su explotación.
En aquel entonces, el ahora ex -subsecretario de Minería, Pablo Wagner, andaba de gira por Estados Unidos, Canadá y Australia “buscando inversionistas” que concursaren en los CEOL. El 24 de Septiembre el gobierno presentó oficialmente a las empresas que se adjudicarán su explotación, por las que el Ejecutivo espera recaudar unos 350 millones de dólares.
3° Que, hoy Chile satisface el 41% de la demanda de Litio mundial y se calcula que su explotación alcanza para 1.500 años más. Se calcula que Chile tiene una reserva de 7 millones 500 mil toneladas del mineral, las que tienen un costo de extracción menor al de otros países. Los costos calculados en el Salar de Atacama fluctúan entre los US$0,4 y los U$ 0,5 por libra.
Pese a que el Decreto 2.886 de 1979 declaró el mineral como reserva del Estado por su interés estratégico, debido a sus aplicaciones en centrales de fusión y ojivas nucleares, se permitió su explotación a quienes tenían concesiones anteriores al decreto.
Esto permitió que su producción este monopolizada por la Sociedad Química de Chile (Soquimich), la que produce el 24% del litio del mundo; y la alemana Chemetall, que explota el 16%.
A través de Corfo, que figura nominalmente como propietaria de los yacimientos, se entregó en 1984 la concesión para la explotación del mineral a la Sociedad Chilena del Litio por 200 mil toneladas en un plazo de 30 años, plazo que fue prorrogado en 1993. La compañía fue comprada en 1998 por Chemetall y los datos del 2008 que reporta la compañía muestran que de las ventas de magnesio y cloruro extrajo en 2008 un 13% de Litio. Por ello pagó 1,4 millones de dólares en concepto de 'alquiler' a Corfo.
Soquimich, que tiene una concesión por 180.100 toneladas, es el reinado de Julio Ponce Lerou, quien fuera yerno de Pinochet antes de separarse de Verónica Pinochet Hiriart. Su carrera bajo la dictadura partió en 1978 como presidente de Celulosa Constitución (Celco), cuando aún estaba en manos del Estado. Un año después tras la privatización de Celco, Ponce Lerou fue designado gerente de la Compañía de Teléfonos (CTC) y la Industria Azucarera Nacional (Iansa). En 1980 es nominado como presidente de Soquimich y en abril de 1983 llega a ser gerente general de Corfo, cargo del que se ve obligado a renunciar tras un escándalo por el rápido aumento de su fortuna personal.
Cuando Soquimich se privatiza, Ponce Lerou queda como dueño. Sólo por ser parte del directorio de Soquimich, Julio Ponce Lerou recibió en 2008 un sueldo de $480.651.826, según una investigación de la periodista María Olivia Mtinckeberg. El subgerente de Soquimich es Patricio de Solminihac, hermano del ministro de Minería, Hernán, quien tuvo que inhibirse de participar en el proceso de las CEOL. Sebastián Piñera también tuvo parte de sus acciones en la empresa antes de ser presidente. Pese al conflicto de interés, el ministro sostuvo antes de inhabilitarse que “estamos a favor de un amplio consenso que posibilite un cambio en la regulación del litio y que permita a Chile mantener y fortalecer su liderazgo”[2].
Otra empresa menor es la estadounidense Simbalik, que tiene concesiones en el Salar de Maricunga que comparte con Codelco. Simbalik puede explotar 50 mil toneladas.
Entre los años 2003 y 2009 las exportaciones de Litio crecieron a una tasa de un 13% anual. En 2011 las ganancias de las productoras locales de Litio llegaron a los US$204 millones[3].
4° Que, la licitación del mineral es a través de un Decreto Supremo del Código de Minería, lo que a juicio del economista del Comité de Defensa del Cobre, Julián Alcayaga, viola la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras. El gobierno calcula entre US$250 y US$500 millones el costo de iniciar proyectos de explotación del mineral y el subsecretario Wagner espera que las empresas seleccionadas inviertan entre 300 y 500 millones por cada concesión. En la licitación también participará Codelco, según anunció su presidente ejecutivo. El Estado recibiría un royalty de un 7% de las ventas anuales. O sea, si aplicamos la cifra del año pasado de US$204 millones generados por la industria del Litio, el país se quedaría con U$14,28 millones.
El senador Mariano Ruiz-Esquide compara la situación con el cobre: “Luego de su privatización Chile ha perdido 80 mil millones de dólares con los ingresos del cobre. El Litio es chileno como lo debió ser el cobre. Codelco, empresa estratégica del Estado, en ocho años de producción ha entregado 68 mil millones de dólares para el país”.
En Argentina la explotación del Litio tiene un impuesto a la renta de un 35% y un royalty que alcanza el 7%; en Australia, donde los minerales son del Estado, es de un 30 y 5% respectivamente; en Bolivia de un 25 y 12,5%; en Canadá de un 16,5 y entre 10 y 16%; y en Estados Unidos el impuesto fluctúa entre un 15 y un 35%. De aprobarse la reforma tributaria de Piñera, Chile pasaría de gravar la renta de un 17 a un 19%,
5° Que, a diferencia de Chile, Argentina y Bolivia optaron por tener un control de la explotación del Litio en un contexto en el que se estiman alrededor de 90 proyectos de explotación del Litio alrededor del mundo. Compañías como Mitsubishi, Sumitomo, Samsung o Bolloré están con los dientes afilados para tener sus propias plantas productoras.
El gobierno de Evo Morales ha invertido 6 millones de dólares en el Salar de Uyuni en una planta piloto para tratar el mineral y apuesta a que su explotación sea estatal. Como no tienen la experticia ni los recursos tecnológicos, proponen a empresas, como Mitsubishi y Sumitomo, y a los gobiernos de Corea del Sur, Rusia, China y Brasil, acuerdos cuidando el interés nacional.
Argentina declaró al Litio que posee en los salares de Catamarca, Salta y Jujuy, un mineral estratégico para el desarrollo. En función de ello creó una Unidad de Gestión Ambiental y a través del Ministerio de Industria impulsa la producción local de baterías de litio y para más adelante poder fabricar automóviles sustentables con energía eléctrica.
Rodolfo Tecchi, director de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica del Ministerio de Ciencia del país trasandino, incluso propone que los tres países creen una instancia parecida a la Organización de Países Productores de Petróleo (Opep) para controlar la producción del mineral.
Pese al promisorio panorama la investigación sobre el Litio en Chile es inferior al 1% de los fondos de desarrollo tecnológicos en Chile, según reconoce el director de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (Conicyt), Mateo Budinich: De las 1.100 postulaciones a fondos concursables el 2011, sólo 2 proyectos estaban vinculados al Li.
6° Que, se estima que unos 50 modelos de autos eléctricos saldrán a las calles en los próximos años y que para el año 2015 serán 1.700.000 los carros de este tipo que andarán circulando. China promete ser el mayor mercado mundial de este tipo de vehículos y la industria automotriz está en carrera para ampliar el rango de las baterías hechas del mineral, las que necesitan de 15 kilos de carbonato de Litio para su fabricación.
La sociedad chilena consiente de los recursos que el país perdería ha generado campañas a través de Internet y realizado marchas exigiendo la nacionalización del Litio y de los recursos mineros. La que más ha prendido es la campaña “Chile se pone las pilas”, la que además de acusar el secretismo del gobierno de Piñera, critica a los presidentes de la Concertación por no haber hecho nada para desarrollar la industria del preciado mineral.
La Federación de Sindicatos de Supervisores y Profesionales de Codelco (Fesuc), que agrupa a 2.000 profesionales de Codelco, llamó a “hacer todos los esfuerzos posibles para impedir que el litio se explote por empresas privadas, sean chilenas o extranjeras”. Por su parte, el presidente de la Confederación de Trabajadores del Cobre(CTC), Cristian Cuevas, propone la creación de “una instancia a través de Codelco para desarrollar la exploración y explotación del litio (...) lo que solamente va a ser posible si hay una presión social, una presión de los trabajadores”.
En una sesión del Parlamento, Jaime Salas, Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear(Cchen), contó que en Chile “se han desarrollado proyectos de diseño y fabricación de baterías de litio, materiales avanzados para uso de reactores de fusión, separación isotópica de litio vía láser y liberación de tritio”.
Salas agregó que ha habido proyectos auspiciados por el Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico (Fondef), para elaborar derivados del litio para su aplicación en baterías, en procesos en minería no metálica y la aplicación del mineral para mejorar las propiedades del cemento y el hormigón. A su juicio “desde un punto de vista estratégico los esfuerzos deberían enfocarse en la creación de una institucionalidad relativa al mineral que permitiera la expansión de una industria nacional a su respecto”.
Mientras el litio sube su valor, la economía del petróleo va en declive. Se estima que en 50 arios se acabarán las reservas de crudo. Un gran problema considerando que el combustible fósil constituye la fuente energética del 100% del transporte, ítem que se come el 25% de la energía del mundo. Es decir, todo indica que el Litio es el nuevo oro blanco.
7° Que, finalmente, esta propuesta legislativa no atenta contra la inversión extranjera toda vez que los inversionistas podrán siempre asociarse con el Estado de Chile para explorar o explotar el mineral.
Por tanto:
Los diputados que suscriben vienen en someter a vuestra consideración el siguiente,
“PROYECTO DE LEY: MODIFICA EL ARTÍCULO 19 N° 24 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA RESERVANDO A LAS EMPRESAS DEL ESTADO O AQUELLAS EN LAS QUE ÉSTE TENGA PARTICIPACIÓN, LA EXPLORACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN DEL MINERAL LITIO.
ARTÍCULO ÚNICO: Agrégase el siguiente párrafo final al inciso décimo del artículo 19, número 24, de la Constitución Política de la República:
“Con todo, se reserva a las empresas del Estado o aquellas en las que éste tenga participación la exploración y explotación del mineral litio.”
16. Moción de los señores diputados Velásquez, Delmastro, Farías, Ojeda, Robles, Rojas, Sandoval, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta; Nogueira, doña Claudia y Zalaquett, doña Mónica.
Sanciona la inducción al pánico y la alarma pública mediante la utilización de medios de comunicación masivos. (boletín N° 8747-07).
“Vistos:
Lo dispuesto en los Artículos 1°, 19°, 63° y 65° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que, el artículo 6° de la Constitución Política de la República establece: “Los órganos de Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella. Los preceptos de de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo. La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley.”
2° Que, el artículo 19 n° 1 de la Constitución Política de la República consagra el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
3° Que, Chile es un país sísmico, ubicado en la zona de contacto entre las placas Sudamericana y de Nazca. Se ubica en el Cinturón de Fuego del Pacífico y se caracteriza por ser un país de activo vulcanismo y que presenció el sismo histórico más grande del mundo (Isla Mocha, 1960).
Por otro lado, la catástrofe que afectó a Chile el 27 de Febrero de 2010 ha dejó cuantiosas pérdidas en lo humano y económico. Es más, sólo el daño patrimonial en la zona afectada equivale al 13% del Producto Interno Bruto. No obstante, las secuelas psicológicas que esta catástrofe produjo en nuestros conciudadanos son incuantificables. Miles de personas perdieron a sus seres queridos y ello escapa a la estimación de cualquier dato estadístico. Más aún, la recuperación emocional de quienes vieron sus vidas afectadas y truncadas para siempre es lenta y, en muchos casos, imposible. Sin embargo, hay quienes pretenden sacar ventaja y beneficio de esta sensible situación; circunstancia que es ABSOLÚTAMENTE inadmisible por quien escribe y, ante ello, es menester adoptar rápidas medidas para evitar que sigan sufriendo aquellos que, desde ya, han soportado demasiado
4° Que, en la actualidad, y como se viene mencionando, numerosos charlatanes, timadores, estafadores y, en definitiva, delincuentes han abarrotado los medios de comunicación y las redes sociales con anuncios de supuestas catástrofes sobrevinientes. Utilizan la plataforma que los medios mencionados proporcionan para vaticinar los más atroces eventos y se aprovechan descaradamente de la sensibilidad de nuestra población a los desastres naturales (producto del terremoto acaecido el 27 de Febrero de 2010), para lucrar y obtener réditos mediáticos. Sumado a ello, los siempre inescrupulosos directivos de canales de televisión y radios incentivan la aparición de estos embaucadores para abultar el rating de los programas que componen las respectivas parrillas de trasmisión. Esta actitud, que permite y estimula el anuncio de desastres facilitando horas al aire para el efecto, es igualmente reprochable pues lucra del mismo modo con el dolor de todos nuestros conciudadanos que aún sufren los estragos del terremoto. Y ello es, sencillamente, intolerable.
5° Que, particularmente y a vía de ejemplo, el grupo brasileño denominado Quake Red Alert (QRA), ha sido noticia esta último semestre en Chile debido, precisamente, al tema que estamos tratando. Es tanta la atención que captaron, que el viernes 20 de abril los cuatro miembros de QRA fueron traídos a Chile y estuvieron repartidos entre los programas matinales de televisión explicando su “método”. No obstante, al ser confrontados con científicos y especialistas en el tema, quedó en evidencia que esta agrupación brasileña fue incapaz de fundamentar y exponer adecuadamente el funcionamiento de su procedimiento predictivo. A mayor ahondamiento, y en base a los datos arrojados por el servicio de sismología de Chile, la tasa de aciertos de QRA para anuncios de movimientos telúricos en Chile es de apenas un 14.55%. Eso es el equivalente a acertar en la predicción de un sismo en 1 de cada 7 anuncios. Este porcentaje, como se puede observar a simple vista, está bastante lejos del 80% anunciado por QRA en los medios de comunicación donde tienen la puerta abierta de par en par para elucubrar con sus anuncios de catástrofes sísmicas. Y nótese que esta baja tasa de aciertos sólo explica los errores de “falsos positivos”, es decir, los casos donde QRA hace un anuncio de futura ocurrencia de un sismo, pero este no ocurre. Si además tomáramos todos los sismos entre dos anuncios que figuran en esa planilla de cálculo, por ejemplo, entre el 04 de enero de 2012 (anuncian un sismo, no hubo) y el 16 de enero de 2012 (anuncian un sismo, no hubo), las cosas podrían ser aún peores para QRA.
Cómo podemos apreciar, los argumentos de este tipo de personas que, supuestamente, manejan información relevante para vaticinar desastres naturales son insostenibles y en extremo precarios. Queda de manifiesto, por tanto, para quien escribe, que detrás de estos anuncios y apariciones no hay más que un ánimo enfermizo por obtener ganancias económicas profiriendo, positivamente, daño en la salud psíquica de un pueblo sumamente golpeado por circunstancias naturales ajenas a cualquier tipo de predicción, hecho que no puedo menos que catalogar como delito y que a continuación propongo se tipifique como tal.
Por tanto:
Los diputados que suscriben vienen en someter a vuestra consideración el siguiente,
“PROYECTO DE LEY: SANCIONA LA INDUCCIÓN AL PÁNICO Y LA ALARMA PÚBLICA MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN MASIVOS.
ARTÍCULO ÚNICO: Agregase los siguientes incisos segundo y tercero al artículo 268 bis del Código Penal:
“La persona que difundiere, por cualquier medio de comunicación, una falsa alarma pública de terremoto u otro desastre natural, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado máximo.
La misma pena será aplicable a los dueños y ejecutivos de los medios de comunicación a través de los cuales se difunda la información falsa.”
17. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Velásquez, Andrade, Delmastro, Gutiérrez, don Hugo; Ojeda, Rojas, Sandoval, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta; Muñoz, doña Adriana y Nogueira, doña Claudia.
Crea una nueva Comisión Parlamentaria denominada “Chile Futuro”, encargada de identificar los próximos desafíos de nuestro país con el objeto de proponer políticas públicas y proyectos tendientes a enfrentar anticipadamente dichos retos. (boletín N° 8748-16)
“Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1°, 19°, 63° y 65° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados-
Considerando:
1° Que, el artículo 1° inciso 4 de la Constitución Política de la República establece: “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”.
2° Que, una de las características más negativas que exhibe el sistema jurídico continental al que adherimos (entendido como el sistema jurídico derivado de aquél aplicado en Europa continental, cuyas raíces se encuentran en el Derecho romano, germano y canónico y en el pensamiento de la Ilustración, y que es utilizado en gran parte de los territorios europeos y en aquellos colonizados por éstos a lo largo de su historia. Se suele caracterizar porque su principal fuente es la ley, antes que la jurisprudencia, y porque sus normas están contenidas en cuerpos legales unitarios, ordenados y sistematizados (códigos). El otro gran sistema jurídico europeo es el Derecho anglosajón o Common Law), es la reactividad implícita que acarrea su funcionamiento. Más aún, en un país extremadamente legalista como Chile la reactividad del sistema jurídico está asegurada. De ese modo, las leyes que se aprueban en nuestro parlamento son meras reacciones a situaciones de contingencia. En otras palabras, primero deben presentarse los desajustes para que reactivamente el parlamento tome medidas; esperar un adelantamiento y preparación a futuros hechos desfavorables a nuestra comunidad es, por tanto, impensado. Y es así como, e un panorama como el descrito, primero debe abusarse horrorosamente de niños preescolares para que la autoridad legislativa tome cartas en el asunto y regule el tema, como, asimismo, es necesario que casi 50 mujeres mueran al año producto de la violencia intrafamiliar para tipificar el delito de femicidio u, homólogamente, deban morir cientos de personas para endurecer las penas por conducción en estado de ebriedad, etc.
3° Que, de acuerdo a las conclusiones obtenidas en el Seminario realizado en 1999, organizado por el Instituto Latinoamericano y del Caribe, de Planificación Económica y Social, que se contienen en el artículo del profesor asociado de la Universidad de Cali, Javier Medina Vásquez, “Experiencias significativas de pensamiento a largo plazo”, junto a la evaluación de planes, programas y proyectos y la coordinación de políticas públicas, la función de pensamiento a largo plazo fue considerada un eje estructurador para los procesos de modernización del Estado y transformación productiva con equidad en el continente.
Para aquellos que estiman que el pensamiento a largo plazo equivale a construir castillos en el aire, debemos decir que el futuro no está en el más allá: se construye aquí y ahora. Es la consecuencia de nuestro actuar presente. El pensamiento de largo plazo nos da la posibilidad de construir proyectos futuros y enriquecer nuestro presente con mejores decisiones. También contribuye a la formulación de una visión estratégica de un país, de una institución, de una empresa o grupo. Finalmente, el pensamiento a largo plazo implica la puesta en marcha de un proceso dinámico y flexible para identificar los objetivos, y perseguir su consecución, a pesar del cambio del entorno.
Pese a todo lo expuesto, es factible sostener que esta línea de pensamiento no resulta aplicable al Poder Legislativo. Como respuesta, debemos citar un caso en que un Parlamento cambió de paradigma y como respuesta a una crisis transversal, acordó la constitución de una comisión cuya función primordial era ejercer la función del pensamiento a largo plazo, con excelentes resultados. Es el caso del parlamento finlandés.
4° Que, en 1992, en medio de una crisis socioeconómica severa, la mayoría de los miembros del parlamento finlandés aprobó un movimiento legislativo que sugería que el Gobierno proveyera al Parlamento de un informe referente a tendencias a largo plazo nacionales de desarrollo y a opciones relacionadas. El informe fue proporcionado en el mes de octubre de 1993, y en ese mismo año se designó a la comisión, con carácter temporal, para efectos de la evaluación y de contestar a las decisiones del Gobierno.
De acuerdo con el trabajo de la Comisión, el parlamento decidió que el Gobierno debe presentar un informe de los futuros al Parlamento, por lo menos una vez durante cada período electoral.
Esta resolución ha generado un diálogo político único entre el Gobierno y el Parlamento con respecto a las decisiones del futuro, relacionadas con los temas centrales de la nación.
Entre las tareas más relevantes desarrolladas por esta Comisión, se pueden señalar las siguientes: Elaboración de documentos parlamentarios, como respuesta del Parlamento al “reporte sobre el futuro” elaborado por el Gobierno; emisión de declaraciones a otras comisiones parlamentarias, referidas a los asuntos relacionados al futuro, cuando se le solicite, como por ejemplo, la política del clima, política de la población, política energética y política de la sociedad de la información.
También le correspondió discutir los asuntos que se refieran a los factores del desarrollo y a los modelos futuros de desarrollo; emprender los análisis e investigar con miras al futuro, con inclusión del desarrollo de la metodología adecuada y cooperar como órgano parlamentario, responsable de evaluar el desarrollo tecnológico y sus consecuencias para la sociedad.
Esta comisión funcionó temporalmente hasta el año 2000, plazo al cabo del cual, después de una reforma constitucional, el Parlamento de Finlandia decidió conceder a la comisión un status permanente, que se materializó a contar de ese mismo año 2000.
Entre los informes de evaluación tecnológica que ha desarrollado dicha comisión, podemos destacar: Tecnología de genes en las plantas para la producción de alimentos; tecnología de la información y las comunicaciones en la enseñanza y el aprendizaje; administración del conocimiento; política futura, promoviendo la vida independiente en la tercera edad; energía 2010, fuentes de energía renovables en Finlandia, para el año 2030; actividades de innovación regional en Finlandia; desafíos sociales y legales del genoma humano e investigación de células madre; desafíos de la información de la sociedad global; liderazgo de ambiente de innovación y organizaciones; el futuro de la asistencia médica finlandesa (estrategias y escenarios para asegurar los servicios asistenciales en el futuro); capital social, tecnología de información y comunicaciones y el desarrollo del capital social de niños.
En la actualidad la citada comisión coopera con el Gobierno y los ministerios finlandeses; los parlamentos extranjeros; organizaciones parlamentarias internacionales y organizaciones internacionales e instituciones que se especializan en el examen de las tendencias y de las opciones futuras del desarrollo.
La comisión por el futuro ha sido capaz de crear un innovador foro investigativo de potenciales problemas futuros y la manera de resolverlos, y gracias a su competencia para acceder al material interdisciplinario que no es cubierto por sistema de pronósticos del Gobierno, ha fortalecido el liderazgo del Parlamento sobre el desarrollo futuro del país.
Por tanto:
Los diputados que suscriben vienen en someter a vuestra consideración el siguiente,
PROYECTO DE LEY:
Crea una nueva comisión parlamentaria denominada “Chile Futuro”, encargada de identificar los próximos desafíos de nuestro país con el objeto de proponer políticas públicas y proyectos tendientes a enfrentar anticipadamente dichos retos.
ARTÍCULO ÚNICO: Modificase el artículo 2° de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, intercalándose, a continuación del inciso cuarto, un nuevo inciso, del siguiente tenor:
“Con el carácter de Comisión Bicameral, integrada por cinco Senadores y cinco Diputados, existirá una Comisión denominada “Chile Futuro”, que tendrá como principal función identificar y analizar cuáles son los principales desafíos que Chile deberá enfrentar en las próximas décadas, con el objetivo expreso de proponer todas aquellas políticas públicas orientadas a enfrentar anticipadamente dichas coyunturas . Su quórum para sesionar será el mismo señalado en el inciso precedente, al igual que la adopción de acuerdos, que debe ser por mayoría absoluta. Actuará como Secretario de esta Comisión Bicameral, el Secretario de la Comisión de Régimen Interior del Senado.”.
18. Moción de los señores diputados Alinco, Accorsi, Campos, Carmona, De Urresti, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza y Pérez, don José.
Modifica el Código del Trabajo y establece sistema de elección directa en las organizaciones sindicales. (boletín 8750-13).
“En la actualidad la mayor parte de las Federaciones, Confederaciones y Centrales de Trabajadores han establecido en sus estatutos un sistema de votación indirecta. Es decir los directores de los sindicatos miembros de estas organizaciones sindicales votan la aprobación, modificación de los estatutos y la elección del cuerpo directivo de las Federaciones, Confederaciones y Centrales de Trabajadores, en proporción al número de trabajadores afiliados a su respectivo sindicato. La diferencia la marca, sin duda, la ANEF, que se rige por un sistema de votación universal en la elección de sus dirigentes.
Este sistema de votación indirecta ha provocado diversos cuestionamientos, y con el tiempo muchas veces se ha desvirtuado la real representación. La CUT, que es la Central de Trabajadores más importantes de Chile, mantiene un sistema donde no existe la elección directa de autoridades bajo la consabida fórmula una persona, un voto. En cambio, los sufragios tienen una ponderación distinta, que resulta de la división del número de asociados de una organización, por el número de dirigentes de la misma. Por ejemplo, si un sindicato de trabajadores tiene 450 socios y 3 dirigentes, cada sufragio equivale a 151 votos.
Es importante señalar que la idea de establecer un sistema que de más representatividad a las organizaciones sindicales, y que permita a los trabajadores de base elegir directamente a sus representantes ha sido manifestada por destacados dirigentes como el presidente de la ANEF Raúl de la Puente, que en referencia a la CUT ha señalado “somos fervientes partidarios de un sistema que de más legitimidad a los dirigentes sindicales, posibilitando que cada trabajador de base los elija directamente y no sea a través de una representación. Cada afiliado o miembro de un sindicato debe elegir a sus autoridades sindicales”
Es por todo lo expresado, y con el fin de mejorar la democracia sindical y fortalecer el trabajo que vienen haciendo las organizaciones sindicales en Chile, es que resulta necesario establecer una fórmula que permita transparentar y evitar sobredimensionar a las organizaciones sindicales pequeñas, asegurando la voluntad de los trabajadores en la búsqueda de la representatividad, estableciendo por Ley la obligación de votación Universal en la aprobación, modificación de estatutos y en las elecciones de las Federaciones, Confederaciones y Centrales de Trabajadores.
Por tanto, venimos en presentar ante esta Honorable Cámara, el siguiente:
“PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO Y ESTABLECE SISTEMA DE ELECCIÓN DIRECTA EN LAS ORGANIZACIONES SINDICALES.
ARTÍCULO 1° Remplaza el artículo 270 por el siguiente:
“Los Estatutos de las Federaciones y Confederaciones establecerán que la aprobación y reforma de los mismo, así como la elección del cuerpo directivo deberá realizarse en votación secreta, directa y universal, garantizando la adecuada participación de las minorías y de cada uno de los trabajadores afiliados a las organizaciones sindicales miembros de la Federación o Confederación”
ARTÍCULO 2° Remplaza el inciso segundo del artículo 278, por el siguiente:
“Con todo, los estatutos deberán contemplar que la aprobación y reforma de los mismo, así como la elección del cuerpo directivo, deberán hacerse ante un ministro de fe, en votación secreta, directa y universal, garantizando la adecuada participación de las minorías y de cada uno de los trabajadores afiliados a las organizaciones sindicales miembros de la Central”
19. Moción de los señores diputados Alinco, Auth, Campos, Carmona, De Urresti, Espinoza, don Fidel; Lemus, Marinovic, Meza y Pérez, don José.
Reforma Constitucional que consagra dominio público sobre los recursos genéticos y reconoce derechos sobre conocimientos a comunidades indígenas. (boletín 8751-07).
“De manera sistemática, durante los viajes de exploración y conquista de los europeos en el siglo XV, estos exploradores, comerciantes y viajeros en general, tenían como misión recolectar y llevar a Europa nuevas plantas, especias y animales que pudieran usarse, investigarse, domesticarse y comercializarse. Ciertamente, en estos tiempos no había necesariamente regímenes legales, prohibiciones o restricciones específicas que regularan este flujo de materiales. Difícilmente podría alegarse una ilegalidad en sentido estricto en la medida que estos flujos respondían a un intercambio donde plantas y animales procedentes de Europa también se incorporaban a la vida y actividades de las nuevas tierras visitadas en el Lejano Oriente, África y América.
Sin embargo, hoy la contribución de países como el nuestro, rico en flora y fauna silvestre, y rico demás en conocimientos propios de nuestros pueblos originarios, toma mayor relevancia en la industria farmacéutica, cosmética, en la agroindustria y en la biotecnología. Sin ir más lejos, existen estudios que señalan el impacto económico, social, cultural y político que tuvieron productos como el algodón, la papa, el azúcar y el té, en la sociedad global, en los que se demuestra, que estas plantas provenientes de países tan diversos como Pakistán, la polinesia, Perú, y China, cambiaron las estructuras de la economía, y de la sociedad en todo el mundo.
Por otra parte la ciencia y la tecnología han jugado un papel fundamental en la transformación, y uso de las riquezas biológicas en actividades comerciales, en la ingeniería genética y la biotecnología, permitiendo transformaciones y usos más eficientes. En este sentido es importante saber que más del 80% de las patentes en el mundo, concedida o en trámite, respecto de invenciones biotecnológicas se encuentran bajo el control de empresas de Estados Unidos, Europa o Japón.
En cuanto a la Biopiratería, no hay una definición clara o universalmente aceptada, ni existe instrumento jurídico internacional que utilice tal concepto. Sin embargo, diversos autores han intentado darle un contenido sustancial que permita definir de mejor forma su alcance, así el Rural Advancement Foundation Internacional (RAFI) en los años 90, señalo que la biopiratería era “el uso de leyes de propiedad intelectual (patentes y derechos de obtentor) para tener el control monopólico sobre recursos genéticos que se basan en el conocimiento y la innovación de agricultores y pueblos indígenas”[1].
Por su parte Joseph Vogel ha sostenido” que más que biopiratería hay que referirse a “biofraude” pues lo central en el fenómeno es que los interesados no pagan por una renta económica (derivada de la información genética y los conocimientos tradicionales) que aprovechan libremente[2].
La organización RAF1, hoy el Action Group on Erosion,Technology and Concentration (ETC Group),y Genetic Resources Action International (GRAIN) define hoy la biopiratería como a... la apropiación del conocimiento y los recursos genéticos de comunidades indígenas y de agricultores por individuos e instituciones que buscan control exclusivo (a través de patentes o propiedad intelectual) sobre dichos conocimientos y recursos. ETC Group considera que la propiedad intelectual resulta predatorla de los derechos y el conocimiento de estas comunidades”[3].
La fuerza del concepto radica en su contenido político de reivindicación de una causa donde claramente grandes intereses comerciales transnacionales aprovechan la tecnología que ellos mismos generan para obtener nuevo productos sin reconocer el origen de los mismo, ni establecer mecanismos efectivos para compartir de manera justa los beneficios.
Este problema muchas veces intenta relativizarse, señalando que no es un fenómeno recurrente ni de implicancias económicas importantes, sin embargo en los últimos años se han documentado una multiplicidad de casos en el extranjero, y también en Chile. Un ejemplo concreto es el caso del hongo Rapamune típico de la isla Isla de Pascua, de este hongo se extrae una droga llamada rapamicina, considerada como el inmunosupresor de mayor éxito en el mundo, es decir que es la mejor droga para evitar y prevenir el rechazo de órganos en pacientes trasplantados. Sin embargo el rapamune esta patentizado (número de patentes 5,100,899*PED y 5,212,155*PED) por la empresa farmacéutica estadounidense Wyeth Pharms Inc. Estas patentes fueron registradas el 15 de septiembre de 1999, y durará hasta el 2014 y es posible que se prolongue su vigencia. Este como otros casos, solo buscan privatizar de manera directa o indirecta recursos y conocimientos provenientes de nuestra diversidad biológica y conocimientos ancestrales.
En el caso de nuestro país, las autoridades no han asumido una postura proactiva, hoy cualquier empresa o investigador extranjero puede venir a Chile, obtener y sacar del país cualquier material genético, el que posteriormente estudiado puede generar una patente. Es así, como actualmente en la oficina de patentes de Estados Unidos, existirían derechos de propiedad intelectual en a lo menos 11 compuestos o procesos derivados de 9 especies chilenas, tales como el streptomyces higroscopicus, hongo propio de isla de pascua de donde deriva la rapamicyina; el tomate silvestre, el boldo, el quillay, avellano, quínoa, entre otras.
Por otra parte, en la experiencia comparada, podemos ver que se ha constituido el denominado Régimen Andino de Acceso a Los Recursos Genéticos. Este régimen involucra a cinco países, que tienen en común el tener una alta diversidad biológica. Se trata de Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia, quienes al amparo de la Comunidad Andina han sido capaces de concordar un sistema común de acceso a sus recursos genéticos.
Al respecto, consideramos que nuestro país, debe hacer suyo el patrimonio genético propio de nuestra nación, y que es común a todos los chilenos, y que se encuentra radicado en sus especies vegetales y animales, además del genoma de sus habitantes, y no pueden ni deben ser patentados ante terceros estados y menos por transnacionales, y cualquier tipo de aprovechamiento que se realice de esta riqueza genética nacional de ser en el marco dado por la Convención sobre Diversidad Biológica. Así, lo han hecho países como Brasil, Costa Rica, Filipinas, India, Perú, entre otros, quienes de una u otra forma han regulado la el acceso a los recursos genéticos y los conocimientos asociados a estos.
Es por todo lo anterior, que esta moción tiene por objeto principal el prevenir el uso ilegal de recursos genéticos y conocimientos ancestrales de nuestros pueblos originario, estableciendo el principio de que las propiedades bioquímicas y genéticas de los recursos biológicos silvestres o domesticados, el conocimiento asociado, son públicos, por lo que corresponde al Estado autorizar la exploración, la investigación, la bioprospección, el uso y el aprovechamiento de los mismos.
Por ello vengo en presentar el siguiente:
"PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL CONSAGRA DOMINIO PÚBLICO SOBRE LOS RECURSOS GENÉTICOS Y RECONOCE DERECHOS SOBRE CONOCIMIENTOS ANCESTRALES A COMUNIDADES INDIGENAS"
ARTÍCULO ÚNICO.- Agréguese al artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República: los siguientes incisos 12, 13 y 14, de esta forma:
“El Estado de Chile, tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de los recursos genéticos, de sus propiedades bioquímicas, y de sus derivados, en relación a animales y vegetales de carácter endémico que se encuentren en su territorio
Una ley Orgánica Constitucional, regulara el acceso a estos recursos, velando por salvaguardar los intereses de la nación, y por la participación justa y equitativa de los beneficios de los recursos genéticos.
El Estado reconoce y ampara el derecho de sus comunidades indígenas sobre sus conocimientos y practicas ancestrales, asociadas a recursos genéticos y sus derivados.”
20. Moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza, Pérez, don José, y Vargas.
Modifica la ley N° 19.947, sobre matrimonio civil con el objeto de facilitar el trámite de divorcio de común acuerdo. (boletín 8752-07).
“La entrada en vigencia en Chile, de la Ley 19.497 sobre Matrimonio Civil 19.947, estableció nuevos mecanismos e instancias orientados a poner término a las diferencias entre conyugues, promoviendo de esa forma la estabilidad de la familia. Sin embargo, y pese a que estos cambios fueron recibidos por la ciudadanía como un gran avance, la aplicación práctica ha generado mucha frustración por las dificultades que la legislación vigente pone a quienes desean obtener una sentencia de divorcio, muchas veces esperada por largos años.
Es por lo anterior, que esta moción viene en proponer la modificación de la figura del Divorcio por Mutuo Consentimiento, ratificando su naturaleza no contenciosa, con lo que creemos se facilitara el procedimiento en esta materia, lo que además colaborara con la descongestión de los tribunales de Familia.
Como es sabido, el procedimiento de divorcio de común acuerdo contenido en el artículo 55 de la ley N2 19.968, se inicia mediante una solicitud de los cónyuges, quienes deben acreditar el cese efectivo de la convivencia, debiendo acompañar un acuerdo completo y suficiente que regule sus relaciones mutuas y respecto de los hijos comunes.
Por otra parte, uno de los temas complejos para solicitar el divorcio en la actual legislación, son las formas para acreditar el cese de la convivencia. Así el artículo 22 de la Ley de Matrimonio Civil señala como instrumentos que otorgan fecha cierta del cese de la convivencia, la escritura pública o acta protocolizada y extendida ante notario, acta extendida ante oficial del Registro Civil o la transacción aprobada judicialmente. Dichas formulas son aplicables a los Matrimonios Celebrados desde la entrada en vigencia de la Ley de Matrimonio Civil. Por su parte, los matrimonios celebrados con anterioridad pueden probar dicho cese de convivencia por cualquier medio, lo que claramente representa una ventaja, toda vez que está claro que la regla general es que toda separación es un proceso complejo y muchas veces doloroso para las parejas que viven tal situación, por lo cual en la mayoría de los casos lo último en que se piensa es en generar los medios de prueba del cese de convivencia que señalamos establece la ley de matrimonio civil, por lo que al momento de iniciar el trámite de divorcio se encuentran con que pese a que los plazos establecidos por la ley ya han transcurrido, les resulta imposible acreditarlo.
Es por lo anterior, que proponemos modificar el artículo 22 a objeto de ampliar los medios de prueba del cese de convivencia, facilitando de dicho modo la acreditación de un requisito indispensable para solicitar el divorcio; Así mismo proponemos modificar el artículo 55, explicitando el carácter no contencioso de la solicitud de divorcio por mutuo acuerdo. Con lo anterior, proponemos modificar el artículo 87 con el objeto regular de mejor forma las reglas de competencia de los tribunales de familia en los casos de divorcios de mutuo acuerdo.
Por tanto venimos en proponer a esta Cámara, el siguiente:
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY 19.947, SOBRE MATRIMONIO CIVIL, CON EL OBJETO DE FACILITAR EL TRAMITE DE DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO.
Artículo Único: Modifíquese la Ley 19.947 del modo que indica:
- En el artículo 22, reemplazase el inciso segundo por el siguiente:
“Sin perjuicio de lo anterior, el cese de la convivencia podrá acreditarse por cualquier medio de prueba.”
En el artículo 55, sustitúyase en el inciso primero el punto final por una coma y agréguese la siguiente frase:
“en cuyo caso, la solicitud de divorcio se tramitará conforme a las normas del procedimiento no contencioso contempladas en el párrafo tercero del título cuarto de la Ley 19.968.”
En el artículo 87, agréguese el siguiente inciso segundo:
“Tratándose de solicitudes de separación, nulidad o divorcios en que los solicitantes concurren de común acuerdo, será competente el juzgado con competencia en materias de familia del domicilio de cualquiera de los solicitantes, a elección de estos”.
21. Moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic y Meza.
Modifica diversos cuerpos legales estableciendo normas de protección animal. (boletín 8753-12).
“El proyecto de ley que venimos en presentar hace frente a las deficiencias existentes en la actual ley 20.380 sobre protección animal, y modificar otros cuerpos legales, lo que resulta necesario para una eficaz protección animal.
Consideramos que las leyes vigentes en nuestro país presentan importantes vacios, que impiden una efectiva protección animal, por ello con este proyecto buscarnos adecuar nuestra legislación a estándares internacionales mejorando la protección de los animales como seres sintientes no humanos,
Si bien la ley 20.380 sobre protección animal, es una norma bastante nueva en nuestra legislación, esta omitió tratar puntos que resultan de gran importancia para la protección de los animales, y así lo señalaron durante la discusión de dicha ley las organizaciones animalistas. Por ello proponemos modificar los artículos 4, 10 y 16 del cuerpo legal citado, estableciendo nuevas normas para el traslado de los animales, y dictando prohibiciones respecto a la realización de vivisección en escuelas o liceos agrícolas, y respecto a la participación de animales en actividades deportivas o culturales, cuando estas implican maltrato o crueldad. Así mismo, planteamos la inclusión de dos nuevos artículos a esta ley, a objeto de establecer la obligación del estado en la promoción del control ético de la sobrepoblación animal, y la inclusión de los animales en los protocolos de evacuación y rescate en caso de desastres o emergencias naturales.
Por otra parte, en nuestro código civil se encuentra establecida la clasificación clásica de las cosas existentes en el mundo, en términos de diferenciar entre personas y cosas. Esta clasificación claramente no satisface la realidad actual, ni tiene relación con el conocimiento de nuestros días. Por lo cual mediante esta moción buscaremos modificar dicha clasificación, estableciendo que los animales no son cosas, sino que corresponden a una clasificación intermedia de “seres sintientes no humanos”. Con esta clasificación adecuamos a nuestra legislación a los postulados de la ciencia, que por años, han dado fe de la capacidad de sentir y sufrir que tienen los animales.
Del mismo modo, recogemos la experiencia de la legislación comparada que ha enmendado esta clasificación clásica que establece hasta hoy nuestra legislación civil, es el caso de países como Austria, Alemania y Suiza, que complementando una acertada legislación de protección animal, han modificado sus cartas fundamentales y su legislación civil. Ejemplo de lo anterior es la modificación al código civil austriaco de 1999, que señala “Los Animales no son cosas”, con lo que se establece una coherencia con el reconocimiento de la capacidad de padecer que tienen los animales de acuerdo a la legislación austriaca.
En relación a nuestra legislación penal, consideramos necesario mejorar la norma que tipifica el delito de maltrato animal, en primer término consideramos que esta amplia la posibilidad material de cometer este delito y tan altos los niveles de crueldad en los casos más graves, que resulta necesario ampliar el mínimo de pena aplicable, como una necesidad de política criminal, desincentivar la comisión de estos hechos y evitar que el Ministerio Publico aplique el principio de oportunidad en estos casos abandonando la investigación o simplemente no iniciándola.
El fundamento para el castigo adecuado de las conductas de maltrato animal, radica en aquella igualdad moral de los seres humanos con aquellos seres sintientes no humanos, reconociendo en ellos la capacidad de padecer, cuyo sustento científico radica en diversos estudios sobre la materia, que avalan la capacidad de los animales de padecer sufrimiento, y por tanto ser afectados por la acción u omisión del hombre.
Por otra parte, establecemos la obligación de que los Médicos Veterinarios, deben siempre estar atentos, en sus funciones a la observancia de las leyes vigentes, y frente a un animal que evidencia haber sufrido una intervención de un tercero causando maltrato, deben obligatoriamente denunciar esta conducta a la justicia,
Por otra parte, y siguiendo la línea de la persecución de estos delitos, actualmente, las organizaciones animalistas, están imposibilitados de querellarse frente a delitos contra animales, ya que el artículo 111 del Código Procesal Penal, solo autoriza a las víctimas de delitos y a quienes la ley faculte expresamente para concurrir como querellantes.
Es sabido que los animales maltratados aun sobreviviendo no podrían en ningún caso instar por la persecución penal, y siendo estas instituciones las que asumen representar sus intereses resulta de toda lógica que pueda permitirse que presenten querellas criminales en estos casos. Hacer suyos los intereses de un desamparado es uno de los actos de compasión que esta sociedad debe amparar para procurar enaltecer los valores de la caridad y la bondad de los ciudadanos.
Es por todo lo anterior, que venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES, ESTABLECIENDO NORMAS DE PROTECCIÓN ANIMAL.
Artículo 1° Modifíquese la Ley N°20.380, sobre protección animal, de la siguiente forma:
Agréguese el siguiente inciso segundo al artículo 4°, quedando el actual inciso segundo como tercero:
“para el traslado de animales se deberán emplear procedimientos que no impliquen crueldad, malos tratos, fatiga extrema o carencia de descanso, bebida y alimentación para los animales transportados, debiendo brindarse especial atención a los animales enfermos”
-Agréguese el siguiente inciso 3 al artículo 10
“Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, en las Escuelas o Liceos Agrícolas no podrá en ningún caso llevarse a cabo el acto o práctica de hacer operaciones quirúrgicas en animales vivos con el propósito de realizar una investigación o experimento”
-Reemplazase el artículo 16, por el siguiente
“Prohíbase la participación de animales en actividades deportivas o culturales, que impliquen actos de crueldad, o maltrato a los animales”
Agréguese el siguiente articulo 20
“El Estado deberá fomentar programas de control ético de la sobrepoblación canina y felina, teniendo como eje la esterilización y la educación de la tenencia responsable”
-Agréguese el siguiente articulo 21 “En caso de desastres naturales y emergencias, para zonas rurales y urbanas, el organismo gubernamental ONEMI o el organismo público que corresponda, incorporará a los animales en los procedimientos de evacuación y rescate. Los animales deberán ser evacuados con sus respectivos dueños, si los tuvieren, debiendo estos facilitar la operación a los rescatistas. Los animales sin dueño conocido deberán ser rescatados y puestos al cuidado de organizaciones animalistas o protectoras de animales.”
Artículo 2° Modifíquese el artículo 567 del Código Civil de la siguiente forma:
-Elimínese del inciso primero la frase: “como los animales (que por eso se llaman semovientes)”.
-Introdúzcase el siguiente inciso tercero:
“Los animales no son cosas, corresponden a una categoría intermedia entre persona y cosa, son seres sintientes no humanos. Sin embargo, podrán ser objeto de derechos según el régimen jurídico de los muebles, con las limitaciones y sanciones que establezca la legislación vigente”
Artículo 3° Modifíquese el código penal de la siguiente forma:
-Sustitúyase el actual artículo 291 bis del Código Penal por el siguiente:
“Artículo 291 bis:
El que cometiere actos u omisiones de maltrato o crueldad con animales, será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de cuatro a veinte unidades tributarias mensuales, además del comiso del animal objeto del delito, y la pena accesoria de prohibición de tenencia de animales por el tiempo que determine el tribunal.
Son circunstancias agravantes del delito tener el autor una posición de garante, cuidador o protector respecto del animal; someterlo a trabajos excesivos; ejecutar el acto u omisión de maltrato, o el abandono del animal mediando recompensa, en despoblado, de noche, estando el animal enfermo, herido o imposibilitado de sobrevivir a tal evento.
Se aumentará la pena del delito en un grado a partir de su mínimum en caso que a consecuencia del maltrato el animal muriera.
Los médicos veterinarios, técnicos y profesionales que estén en contacto con animales tienen la obligación de denunciar a la autoridad pública los actos u omisiones de los que conozcan en el ejercicio de su actividad que puedan constituir delito de maltrato o crueldad con animales, según lo establecido en el artículo 175 del Código Procesal Penal”
- Agréguese el siguiente artículo 291 bis a)
“Se consideraran actos de maltrato animal, entre otros, los siguientes:
a) No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;
b) Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;
c) Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;
d) Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;
e) Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;
f) Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas. “
- Agregue el siguiente artículo 29.1 bis b)
Serán considerados actos de crueldad contra !os animales, entre otros, los siguientes:
g) Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello;
h) Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad;
i) Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;
j) Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia;
k) Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;
1) Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato;
m) Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad;
n) Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.
Artículo 4º Incorpórese el siguiente inciso 49 al artículo 111 del Código Procesal Penal
“En los delitos de maltrato o crueldad con animales, faltas e infracciones contra animales, podrán querellarse las organizaciones con personalidad jurídica vigente que tengan por finalidad la protección y bienestar de los animales, y cualquier persona capaz de comparecer en juicio”
22. Moción de los señores diputados Alinco, Campos, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza y Vargas.
Reforma Constitucional que establece obligatoriedad de celebrar elecciones primarios para nominar candidatos a elecciones populares. (boletín 8754-07).
“Tiene que ver con la vida interna de los partidos políticos, y en especial los sistemas de generación y selección de candidatos, lo cual ha contribuido con los años a mermar el imagen de los partidos, afectando la credibilidad y los vínculos de estos con la ciudadanía.
Y es que en la actualidad se ha instalado la idea de que los candidatos son elegidos entre cuatro paredes, y muchas veces a dedo por los caudillos «controladores” de cada partido, estableciéndose un verdadero sistema de clientelismo político, que no le hace nada bien a los partidos ni al sistema político en general, pues aleja a la ciudadanía de los procesos electorales y de la participación político partidista.
Una de las medidas que sin duda podrían remediar la situación señalada es el establecimiento de elecciones primarias obligatorias para la designación de toda clase de candidatos a cargos de elección popular, esto es, candidaturas presidenciales, parlamentarias, de alcaldes y de concejales, con el objeto de desalentar el clientelismo en las elecciones internas de los partidos.
En nuestro país el primer intento en este sentido fue en el año 1998, el 1 de julio de ese año el Gobierno de la época ingreso un proyecto de ley que establecía un sistema de primarias para candidatos a presidente de la republica (Boletín N°2194-06). El proyecto no prospero debido a un pronunciamiento del Tribunal Constitucional, a requerimiento de parlamentarios, declarándose que se requería una reforma constitucional para instaurar un sistema de este tipo.
El proyecto no prosperó, entre otros motivos, debido a un pronunciamiento del Tribunal Constitucional que estableció que este tipo de iniciativas debía ser materia de una reforma constitucional.
En este mismo sentido el Gobierno de Michelle Bachelet impulso una reforma a la Constitución en orden a que ésta autorizara a la ley hacer la regulación. En la tramitación dicha reforma constitucional, en particular en el primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, los representantes del Ejecutivo explicaron que “esta proposición obedecía a la necesidad de habilitar al legislador para dictar una ley que estableciera el mecanismo de las elecciones primarias, por cuanto cuando tiempo atrás se quiso establecer este sistema, el Tribunal Constitucional, a requerimiento de un grupo de parlamentarios, había señalado que se trataba, en cuanto tenía por objeto seleccionar candidatos para cargos de elección popular, de una votación popular, las que estaban señaladas en forma taxativa y en las que participaba el pueblo en asuntos de interés para la comunidad, razón por la que se requería para su implementación una reforma constitucional.”
De manera lamentable la Comisión acordó otorgarle a las primarias el carácter de voluntarias, decisión que a juicio nuestro desvirtúa absolutamente el planteamiento que inspiró la norma original, y constituye un error y una pésima señal hacia la ciudadanía, toda vez que la decisión de someterse a primarias queda entregada a los partidos, los que bien podrían decidir no someterse a elecciones primarias y seguir designando a dedo o entre cuatro paredes a sus candidatos, por lo que en la práctica dicha reforma podría convertirse en letra muerta.
Es por lo anterior y en aras de la recuperación de la fe ciudadana en el sistema de generación de candidaturas que venimos en presentar este proyecto de reforma constitucional que establece la celebración de primarias obligatorias al interior de los partidos políticos para generar candidatos a cargos de elección popular.
Por tanto,
En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de la ley N° 18.918 en concordancia con el Reglamento interno de la H. Cámara de Diputados vengo en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE OBLIGATORIEDAD DE CELEBRAS ELECCIONES PRIMARIAS PARA NOMINAR CANDIDATOS A ELECCIONES POPULARES.
ARTÍCULO ÚNICO: Reemplazase en el inciso quinto del articulo 19 N°15 la expresión “que podrá ser” por la expresión “Obligatorias que será utilizado”
23. Moción de los señores diputados Alinco, Campos, Marinovic, Meza, Pérez, don José, y Vargas
Modifica el Código Penal, estableciendo una nueva figura del delito de daños a la propiedad, por el rayado no autorizados en la propiedad pública o particular y en bienes de valor histórico o patrimonial. (boletín 8755-07).
“Hace años se ha venido instaurando en nuestro país la tendencia de ensuciar las ciudades con rayados, símbolos, dibujos, mensajes, entre otros, que se estampan generalmente en muros, mobiliario urbano, buses de locomoción colectiva, lo que provoca daño a la propiedad y disminuye su valor relativo.
Daño similar es el que se provoca con estos “rayados” a monumentos, y bienes que forman parte del patrimonio cultural o histórico de la nación, y en algunos casos en bienes que han sido declarados patrimonio de la humanidad, todo lo cual causa grave daño, el que incluso a veces no puede repararse o su reparación es de alto costo.
Estos “rayados” no debemos confundirlos con aquellas manifestaciones artísticas que cuentan con la debida autorización de la autoridad, la comunidad o los propietarios de los bienes en que estas expresiones de arte se manifiesten. Estas expresiones de arte urbano deben ser fomentadas y facilitarse su expresión.
En cuanto a los rayados no autorizados, que es lo que nos ocupa, no existen reglas únicas o de aplicación general, ya que estamos hablando de un asunto relacionado con normas de aseo y ornato contenidas en ordenanzas municipales, las que suelen ser distintas entre sí. Por otra parte, nuestro Código Penal establece figuras que podrían asemejarse a las conductas que se busca sancionar por medio de este proyecto, sin embargo estas no resultan suficientemente precisas. Por ello resulta necesario establecer normas de aplicación general, claras y unívocas que permitan sancionar estas conductas.
El proyecto que venimos en presentar tiene por objeto modificar nuestro código penal, estableciendo una categoría específica para la sanción de estas conductas, proponiendo la revisión del catálogo de los daños mediante la incorporación de una nueva hipótesis en la figura calificada, así como el establecimiento de un criterio objetivo sobre responsabilidad civil, mediante una regla especial de responsabilidad de los padres por los hechos de los hijos menores, atendida que en muchos casos la responsabilidad en estos hechos recae en menores de edad y el sistema seguido de nuestro código de culpa presumida sumado a los efectos que se atribuye a la cláusula de exoneración que establece el Art. 2320 del Código Civil, requiere de un tratamiento especial.
Así mismo, se establece una diferenciación en la penalidad atendiendo a si la propiedad afectada tiene un mayor valor histórico o patrimonial, con lo que se da una fuerte señal en el sentido de que existe un especial interés del Estado y la sociedad en proteger estos bienes cuyo aporte cultural o histórico pertenece a todos los chilenos.
Es por lo anterior que venimos en presentar, el siguiente
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, ESTABLECIENDO UNA NUEVA FIGURA DEL DELITO DE DAÑOS A LA PROPIEDAD, POR EL RAYADO NO AUTORIZADOS EN LA PROPIEDAD PÚBLICA O PARTICULAR Y EN BIENES DE VALOR HISTÓRICO O PATRIMONIAL.
Artículo único.- Agrégase un nuevo artículo 486 bis al Código Penal, con el siguiente tenor:
“El que mediante carteles, avisos, u otros medios impresos, o sirviéndose de pinturas de cualquier tipo, procediera a la fijación de mensajes, firmas, rayados, dibujos, u otras figuras y expresiones, en bienes muebles o inmuebles ya sea públicos o privados, sin contar con autorización, serán sancionados con la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de 5 a 20 Unidades Tributarias Mensuales.
Si se tratase de bienes que hayan sido declarados por la autoridad como patrimonio cultural, monumentos públicos, monumentos históricos o patrimonio de la humanidad, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado medio a máximo y multa de 30 a 60 unidades tributarias mensuales.
Tratándose de los hechos establecidos en los incisos precedentes el padre, y a falta de éste la madre, es responsable civilmente de los hechos de los hijos menores. Asimismo el tutor o curador es responsable de la conducta del pupilo que vive bajo su dependencia y cuidado.
En todo caso, el tribunal podrá, con acuerdo del condenado, conmutar la pena por la realización de trabajos determinados en beneficio de la comunidad o a la reparación del daño causado, señalando expresamente el tipo de trabajo, el lugar o institución donde deba realizarse, su duración y la persona o entidad encargada de controlar su cumplimiento. La sanción tendrá una extensión mínima de treinta horas y máxima de ciento ochenta y, en el caso de los menores de edad, no podrá exceder del límite establecido en el artículo 11 de la ley N° 20.084, sobre Responsabilidad de los Adolescentes por Infracciones a la Ley Penal. Los trabajos se realizarán, de preferencia, sin afectar la jornada laboral o de estudio que tenga el infractor, con un máximo de ocho horas semanales. La no realización cabal y oportuna de los trabajos determinados por el tribunal dejará sin efecto la conmutación por el sólo ministerio de la ley, deberá cumplirse íntegramente la sanción originariamente aplicada y no procederán las medidas alternativas de remisión condicional de la pena y reclusión nocturna.”
24. Moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza, Pérez, don José y Vargas
Sobre “Reforma Constitucional, que establece límites a la reelección de diputados y senadores”. (boletín N° 8756-07)
“La moción que venimos en presentar tiene por objetivo modificar la Constitución Política, estableciendo limitaciones a la reelección de cargos de Diputados y Senadores, lo cual resulta, a nuestro juicio, relevante para el mejoramiento y profundización de nuestra democracia.
Esta materia ha suscitado importantes debates en el último tiempo, tanto así que desde 1992, se han venido presentando una serie de mociones con el objetivo de establecer límites a la reelección de parlamentarios, lo que denota una preocupación del mundo político en la materia. Y es que es sabido que algunos parlamentarios, a través de reelecciones consecutivas, dominan electoralmente distritos sin representar adecuadamente los intereses y necesidades reales de las personas insertas en el contexto cultural y político que nos rodea.
Con lo anterior, tenemos la firme convicción de que una importante limitante en la renovación política, y particularmente en la renovación del Congreso Nacional, tiene relación con la inmensa dificultad que existe para un simple ciudadano el triunfar electoralmente frente a un parlamentario en ejercicio, dado los recursos económicos y el privilegiado espacio que ocupa dicha autoridad en cualquier acto publica, la tribuna que tienen frente a los medios de comunicación, todo lo cual termina incidiendo en eventuales riesgos de corrupción, falta de renovación de las elites, el debilitamiento de la política y el favorecimiento de vínculos “clientelares” y caudillismos. Por ello la rotación es de gran necesidad para le renovación política y la profundización del sistema democrático, pues permite alternancia y renovación de rostros e ideas.
En el derecho comparado podemos encontrar algunas experiencias que van justamente en el sentido de limitar la reelección, es el caso de México que en su Carta Fundamental señala el artículo 59 “Los Senadores y Diputados al Congreso de la Unión no podrán ser reelectos para el periodo inmediato”
Asimismo, en el caso de Costa Rica, su Constitución Política en el artículo 107, nos expresa: “Los Diputados durarán en sus cargos cuatro años y no podrán ser reelectos en forma sucesiva.”
Por su parte nuestra Carta Fundamental de 1980, establece actualmente la reelección indefinida de los parlamentarios. Tampoco se contemplo en la Constitución de 1925 ninguna norma que limitara la reelección, ni lo hicieron sus antecesoras.
Es por todo lo expresado que consideramos imprescindible introducir en nuestra Constitución limites a la reelección de Diputados y Senadores, fijándose el límite de tres periodos para el caso de los Diputados y 2 para los Senadores, con lo que los primeros alcanzarían a ejercer como tales un máximo de 12 años y los segundos un máximo de 16 años, para lo cual venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE LIMITES A LA REELECCION DE DIPUTADOS Y SENADORES
Artículo 1° Reemplazase la segunda oración del inciso segundo del artículo 512, por la siguiente: “Los Diputados podrán ser elegidos en forma consecutiva en sus cargos hasta por tres períodos, mientras que los Senadores sólo podrán serlo consecutivamente, por dos períodos.”
Artículo 2° Incorpórese la siguiente nueva vigésimo sexta disposición transitoria:
Vigésima sexta: Las modificaciones dispuestas en el artículo 51º inciso segundo, se aplicarán respecto de los Diputados y Senadores en ejercicio, a partir de las siguientes elecciones parlamentarias, considerando para tales efectos que el período que actualmente ejercen es el primero.”.
25. Moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza y Pérez, don José.
Modifica el Código de Trabajo, eliminando el límite a indemnización por años de servicios. (boletín 8757-13).
“Actualmente las normas vigentes sobre terminación del contrato de trabajo se encuentran contenidas en el articulo 159 y siguientes del Código del Trabajo, que disponen, de modo general, que:
a. El término de la relación laboral debe ser causado, debiendo por tanto el empleador expresar la causa y los hechos que la configuran[1], comunicándolo por escrito al trabajador, personalmente, o por carta certificada. Están exceptuados de esta norma, o sea libre desahucio, los trabajadores que tengan poder para representar a los empleadores, tales como gerentes, subgerentes, agentes y apoderados, siempre que estén dotados de facultades generales de administración [2].
b. Existen causales de despido que eximen de pago de indemnización, establecidas en el artículo 159 y 160 del Código.
c. Por su parte, el artículo 161 inciso del Código permite el término del contrato de trabajo por “necesidades de la empresa” tales como las derivadas “de la racionalidad o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores”. Esta enumeración que no es taxativa, pues utiliza la expresión “tales como”
d. De conformidad con lo dispuesto por el inciso 2 del artículo 163 del Código, el empleador que ponga término a la relación laboral fundándose en el artículo 161 debe pagar una indemnización por años de servicios, correspondiente al pago de una indemnización de 30 días por cada años de servicio y fracción superior a 6 meses, y con tope de 330 días de remuneración.
e. Son requisitos de procedencia: que exista terminación del contrato por necesidades de la empresa o desahucio del contrato de trabajo por el empleador; contrato de trabajo vigente por más de un año; que las partes no hubieren pactado individual o colectivamente una indemnización por años de servicio, o de haberlo hecho fuera inferior a 30 días de la última remuneración por cada año de servicio y fracción superior a seis meses[3].
II. EVOLUCIÓN HISTÓRICA
En esta evolución histórica de la indemnización de años de servicio, se distinguen cuatro periodos, en cada uno de los cuales se presentan sus aspectos regulatorios y sus modificaciones legales.
1. Periodo de 1924 a 1966
Este periodo se marca con el hito de la dictación del Código del Trabajo de 1931 cuyo ámbito de aplicación era para los empleados particulares y que consagró el instituto de la indemnización por años de servicios.
Esta institución tiene sus antecedentes legislativos en el sector público, que consistía en un beneficio establecido en distintas leyes a favor de todos los empleados públicos[4], que se denominaba desahucio.
Un antecedente importante del Código fue la Ley N° 4.059 de 1927. Esta fue una de las leyes sociales y constituyó parte de un proyecto del Código del Trabajo, pero que nunca entró en vigencia. En ella se regulaba el contrato de trabajo de los empleados particulares y se establecía una “gratificación por desahucio” que correspondía al empleado que hubiese servido más de un año, y que se pone fin al contrato, siendo equivalente a tantos sueldos mensuales como fueran los años completos servidos[5].
Este Código de 1931 estableció el libre despido que podía efectuar el empleador, denominado también libre desahucio[6]. Con un aviso de 6 días de anticipación tratándose de un obrero o de 30 si era empleado, el empleador podía poner término al contrato de trabajo[7], En el evento, que no efectuase tal notificación debía pagarles una indemnización equivalente a 6 6 30 días de remuneración, en el caso de obreros o empleador respectivamente.
Según señalan los autores[8], la indemnización contemplada por el Código fue derivando en un mecanismo previsional. Así las leyes Ley N° 6.020 de 1937, y la Ley N° 7.064, ambas refundidas por las Leyes N° 7.174 y N° 7.295 de 1942, crearon un aporte patronal, a fin de crear un fondo de indemnización[9], que debía ser enterado en la caja de empleados particulares o en el organismo previsional correspondiente.
Otro hito importante en este periodo fue la dictación del Decreto con Fuerza de Ley N° 243, 1953 que reconoció el derecho a indemnización por años de servicio a los obreros. Era indemnizable todo el periodo que el obrero tenga imposiciones a partir de enero de 1954, y las mitad de este por el anterior a 10 años. Su monto no estaba determinado por días de salario, sino que por cuota de salario[10].
Cabe señalar, que hasta la dictación del Decreto con Fuerza de Ley en comento, fueron las negociaciones o contratos colectivos de los obreros por las cuales obtuvieron beneficios por los años servidos, a modo ejemplo el contrato colectivo de empresas petroleras, ferrocarriles particulares, entre otros[11].
2. Periodo de 1966 a 1978
Destaca en este periodo la Ley N° 16.455, norma para la terminación del contrato de trabajo, dictada durante el gobierno de Eduardo Frei Montalva, conocida como ley de inamovilidad, que estableció, junto con una relativa estabilidad en el empleo, una regulación a la indemnización por años de servicio.
Con esta ley se estableció que el despido debía ser causado. Por ello, si empleador despedía sin causa, o no se configuraba específicamente la causal, el juez podía ordenar la reincorporación y a pagar una indemnización de un mes por año servido en la empresa (compatible con otras indemnizaciones pactadas en los instrumentos colectivos)[12].
De esta manera, esta ley terminó con el desahucio como causal del terminación y señaló las causales por las cuales se podía poner término al contrato de trabajo, que eran igualmente aplicables para obreros y empleados, ya que el artículo 12 dispuso que cuando se usa el termino trabajador se refiere a “empleados y obreros”[13].
Para los profesores William Thayer y Patricio Novoa, esta ley no estableció la inamovilidad, sino una movilidad relativa[14], por cuando estableció que el despido debía ser causado.
Cabe señalar, que respecto al despido de 10 o más trabajadores se continuó aplicando el artículo 86 del Código del Trabajo, que establecía en estos casos debía solicitarse la autorización expresa al Ministerio de Trabajo, y Fomento y Reconstrucción.
3. Periodo de 1978-1999
Este periodo comienza con la dictación del Decreto Ley N° 2.200 de 1978 que, para algunos autores como el profesor Francisco Walker[15], constituyó una desregulación en el empleo y, para otros, una norma de carácter intermedio entre el desahucio libre y la inamovilidad[16].
Este Decreto Ley estableció que si no hay causales objetivas (vencimiento del plazo, conclusión del trabajo, o servicio que dieron origen al contrato; caso fortuito o fuerza mayor), o subjetivas (muerte o incapacidad del trabajador o renuncia), el empleador queda sujeto a las siguientes normas:
a. El empleador que efectúa el desahucio a un trabajador debe darlo por escrito con 30 días de anticipación, con copia a la Inspección del Trabajo, salvo que pague una indemnización en dinero equivalente a la última remuneración del trabajador [17].
b. Si el trabajador tiene más de un año en la empresa, el empleador debe pagar una indemnización extraordinaria equivalente a la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción, sin tope. Indemnización compatible con la indemnización por el aviso previo [18].
c. Estas reglas de desahucio no eran aplicables a ciertos trabajadores, a saber: aquellos con capacidad para representar al empleador, trabajadores de casa particular, aquellos con menos de unos años de servicio; y los de exclusiva confianza del empleador. A ellos el empleador podía poner término cuando lo estimare conveniente, dando el aviso correspondiente de 30 días o la indemnización sustitutiva correspondiente.
Posteriormente se introdujeron una serie de modificaciones al Decreto Ley N° 2.200, destacando:
a. Ley 18.018 de 1981, en materia de indemnizaciones dispuso que si el contrato de trabajo hubiese terminado por libre desahucio del empleador se debía pagar al trabajador la indemnización que las partes hayan convenido individual o colectivamente, cualquiera que sea su monto. Sólo a falta de esta estipulación, el empleador debía pagar al trabajador una indemnización equivalente a 30 días de la última remuneración mensual devengada por cada año, de servicios y fracción superior a 6 meses prestados continuamente a dicho empleador. Esta indemnización tenía un límite máximo de 150 días de remuneración (5 meses).
b. Ley N° 18.372 de 1984, que dispone un ajuste al sistema de indemnización por años de servicio, señalando que la indemnización que se haya convenido individual o colectivamente por desahucio del empleador debe ser de un monto superior al mínimo legal y, además, que la época en que esta debe cancelarse es “al momento de la terminación” del contrato de trabajo.
En el año 1987 la Ley N° 18.620 aprobó el nuevo Código del Trabajo, siendo este una recopilación de una serie de normas que se encontraban dispersas en el derecho laboral chileno [19].
Así, el código estableció, siguiendo la misma línea de las leyes comentadas, el libre desahucio de los empleadores para despedir a los trabajadores (sin invocar causal alguna), debiendo dar un aviso de 30 días y pagar una indemnización de un mes de remuneración por año de servicio, con un tope de 150 días para los trabajadores contratados después de 14 de agosto de 1981, y sin tope para los contratados antes de esa fecha [20].
4. Periodo de 1990- en adelante
Desde 1990 en adelante, se dieron lugar una serie de reformas, que según Campero en estudio publicado por Cieplan trataron de conjugar los derechos fundamentales de trabajadores y empleadores con los requisitos de una nueva institucionalidad laboral que respondiera a las exigencias de un desarrollo con crecimiento sostenido en un marco de alta competitividad [21].
En el ámbito legislativo las leyes modificatorias [22] al Código del Trabajo, buscaron en general conjugar tres principios: más equidad en las relaciones de trabajo; más y mejor participación autónoma de los actores en la formación de decisiones colectivas sobre sus condiciones de trabajo y empleo en las empresas y; más eficacia para el Trabajo.
Respecto al tema de las indemnizaciones por años de servicio, según Errázuriz existieron tres opiniones [23]: los que consideraban que no debían existir indemnizaciones por años de servicio, y de existir debían ser mínimas; los que estimaban que las normas de terminación del contrato significaban un profundo retroceso social; y los admitían que habían existido avances en la materia pero que era necesario modificar algunos aspectos. El resultado del debate de la época fue una modificación parcial a la regulación del sistema de indemnizaciones, con la Ley N° 19.010 de 1990.
Dicha ley no es modificatoria del Código del Trabajo vigente en la época (Ley N° 18.620), sino que reguló las normas sobre Terminación del Contrato del Trabajo y Estabilidad en el Empleo y derogó el Título V del Libro I que contenía las disposiciones pertinentes y vigentes en esa época. Dicha norma entró en vigencia parcialmente el 1 de diciembre de 1990 y el resto el 1 de enero de 1991. En virtud de la Ley N9- 19.250 se facultó al Presidente de la República para refundir, en un solo texto, varias leyes que se referían a materias laborales y que no se habían incorporado al Código del Trabajo.
Dicho código fue aprobado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y se publicó el 24 de enero de 1994. El contenido del artículo 52 de la Ley 19.010 se incorporó en el artículo 163 de dicho código.
Posteriormente, la Ley N° 19.759 facultó al Presidente de la República para fijar un nuevo texto refundido del Código del Trabajo, aprobado por Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado el 16 de enero de 2003, y cuyo contenido sigue en el artículo 163, el cual, desde su establecimiento como artículo 52 de la Ley
N° 19.010 no ha sufrido modificación alguna.
Las principales modificaciones de la Ley N° 19.010[24] han sido entre otras:
a. Derogación del desahucio unilateral del empleador contemplado en el artículo 155 letra F) del Código de Trabajo.
Según lo dispone el mensaje de la citada ley, tal derogación tenía por objeto “avanzar en la calidad de la relación laboral, eliminando una facultad discrecional de una de las partes en el sentido de que ésta ponga término a dicha relación sin expresión de causa ni en vinculación a hecho objetivo alguno que la experiencia del trabajador pueda reconocer como el motivo de pérdida de su fuente de trabajo y eventualmente, un período de cesantía”[25].
b. Establecimiento, en reemplazo de la norma derogada, de la causal de necesidades de la empresa que se justifica, entre otros motivos, en la “racionalización o modernización de las empresas, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores, y la falta de adecuación laboral o técnica del trabajador”.
c. Derecho del trabajador a una indemnización, por aplicación de esta causal, equivalente a un mes por cada año de servicio y fracción superior a seis meses.
d. A diferencia de la legislación anterior que no contempla reclamación alguna, la causal de necesidades de la empresa podría ser reclamada por el trabajador ante el tribunal competente “si la estimare injustificada con el fin de lograr una mayor indemnización”[26].
e. Aumento del tope de la indemnización por años de servicio de 150 a 330 días (es decir de siete a once meses)[27].
IV. HISTORIA Y ANTECEDENTES DEL CAMBIO TOPE A LA INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO
Revisada la historia de la Ley N° 19.010 da cuenta que la iniciativa legal, iniciada por mensaje, no se contemplaba un tope para esta indemnización; es más, proponía la eliminación del límite máximo de ciento cincuenta días de remuneración establecido para tales indemnizaciones, ello con el “ objeto de incentivar una mayor estabilidad en el empleo, en especial para los trabajadores con mayor antigüedad en la empresa, asegurar una mejor protección económica durante el período de cesantía y superar la discriminación entre los trabajadores contratados antes y con posterioridad al 14 de agosto del año 1981”[28].
Sin embargo, en su primer trámite constitucional, Senado, se despachó el proyecto con un tope de diez meses para los trabajadores de empresas con menos de cincuenta trabajadores, y de doce meses para los trabajadores de empresas que tengan más de cincuenta [29].
Posteriormente, en su segundo trámite constitucional ante la Cámara de Diputados, se acordó, por unanimidad, uniformar el tope de indemnizaciones a un mes por años de servicio, con un tope de once meses, independientemente del tamaño de las empresas.
En su tercer trámite constitucional (Senado), se aprobaron las modificaciones de la Cámara revisora, fijándose para la indemnización un límite máximo de trescientos treinta días de remuneración (11 meses), desechando la distinción respecto del número de trabajadores permanentes que ocupe la empresa.
En la actualidad creemos no existe justificación para mantener topes a la indemnización por años de servicio, por el contrario la estabilidad económica del país, nos obliga a incentivar una mayor estabilidad en el empleo, en especial para los trabajadores con mayor antigüedad en la empresa, asegurar una mejor protección económica durante el período de cesantía, resulta necesario y justo eliminar dicho tope.
Es por lo anterior, que venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO ELIMINANDO EL LIMITE A LA INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO
ARTICULO UNICO. Elimínese en el inciso segundo del Artículo 163 del Código del Trabajo, la oración “Esta indemnización tendrá un límite máximo de trescientos treinta días de remuneración”.
26. Moción de los señores diputados Alinco, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic y Meza.
Reforma Constitucional, que establece el referendo revocatorio para cargos de elección popular que indica. (boletín 8758-07).
“El sistema electoral o técnicas electorales son los medios a través de los cuales el pueblo, como depositario del poder soberano, determina a los candidatos y a los partidarios que deberán representarlo en el Parlamento y en el Gobierno”[1]. Lo anterior asume implícitamente la necesidad de que las técnicas electorales permitan que los resultados de una elección reflejen honrada y exactamente la voluntad de los electores.
Históricamente, la doctrina de la representación política adquiere relevancia a partir de la experiencia independentista americana y la revolución francesa hacia fines del Siglo XVIII, sin perjuicio de las diversas doctrinas que explican su naturaleza, “la representación es la acción de representar, que significa la relación que se establece entre los miembros de un grupo humano jurídicamente organizado (representado) con un órgano (representante), en cuya virtud la voluntad de este último se considera como expresión de la voluntad de aquel”[2]. De este modo, la representación engloba dos características estructurales en el ámbito de las democracias, por una parte es el reflejo de la reproducción de los mandatarios o autoridades públicas, ya en forma directa como cuando votamos por un Presidente, Diputado, Senador o Alcalde, ya por medios indirectos toda vez que el Presidente -elegido por los ciudadanos- elige a una persona para el cargo de Ministro de la Corte Suprema. Por otra parte, es la expresión de una relación directa entre iguales con la finalidad de responder a intereses de los electores. Ahora bien, esa representación no tiene ni puede tener otro fundamento que no sea la de traducir los intereses del electorado en actos de gobierno.
Los detractores de un aspecto tan radical de la autonomía democrática de un pueblo, sostendrán que ello lo único que generará será inestabilidad, por lo que a cambio de un interés supuestamente superior y anterior a los individuos, inmanente, deducido por ellos, disponen una mecánica de invariabilidad que imposibilita el ejercicio del mandato o la representación democrática con el fin de garantizar la estabilidad. Existen dictaduras que son muy estables y no por eso se transforman en países o sociedades en la que deseamos vivir, ni diremos que sus sistemas de selección de gobernantes son democráticos. Sin embargo, en democracia el poder político se legitima continuamente, desde su asunción hasta su deceso, por la voluntad de los electores. Esto es tan así, que todos los gobiernos, para revisar su legitimidad, sondean los niveles de satisfacción del electorado. Quienes gobiernan, ejercen un mandato que emana de los ciudadanos. Sin embargo, dicho mandato es irrevocable y las actuales causales de revocación operan sólo en razón de criterios preestablecidos, por lo general a nivel constitucional, vinculados a cierta inaptitud moral o física sobreviniente de los gobernantes para desempeñar el mandato conferido. Si bien la voluntad ciudadana es directa y crucial para conferir el mandato, resulta intrascendente para revocarlo, generándose mecanismos de indisposición de los gobernantes muchas veces paternalistas y antidemocráticos, independientes a la voluntad popular.
Ante el auge y desarrollo de la democracia “los ordenamientos constitucionales han adoptado ciertos mecanismos dirigidos a incorporar más estrechamente al ciudadano al proceso de adopción de decisiones políticas”[3], tales son las que en doctrina se denominan instituciones de democracia semidirecta, las que consisten en un conjunto de técnicas mediante las cuales se consulta al cuerpo electoral sobre asuntos especificas de trascendencia política, tales como un texto normativo, una decisión política o la manifestación de confianza a un gobernante, es en este contexto que se encuentra la denominada “destitución popular” o “revocatoria” o “recale' que es la facultad del cuerpo electoral para solicitar que se someta a la consulta de la ciudadanía la expiración del mandato de un gobernante antes del término de su período, si el resultado de la consulta es adverso este debe cesar en sus funciones de inmediato. Como bien expresa el profesor Bidart, “la destitución puede ser individual cuando se limita a revocar el mandato de un funcionario o colectiva, cuando se dirige a disolver un cuerpo pluripersonal”[4]. La revocación del mandato conferido, en tanto mecanismo de control de las actividades de la administración, debe ser devuelto a quienes han conferido el poder, para que las autoridades no olviden que son los ciudadanos ante quienes deben responder y a cuyo servicio, por otra parte, se encuentra. Con esta finalidad, el referéndum revocatorio se presenta como una posibilidad cierta y oportuna de los ciudadanos de manifestar su descontento y revocar el mandato conferido, si los mandatarios no han obrado en conformidad a las expectativas de los gobernados.
La presente propuesta no es novedosa en el ámbito comparado, pues, otras legislaciones han contemplado este mecanismo y se aplica a muy diversas autoridades: desde representantes locales y regionales, hasta jueces y presidentes. Existen distintas experiencias en materia de revocación de mandato en Latinoamérica, entre ellas podemos citar a México, donde en alguna de las Constituciones de sus Estados miembros se contempla el sistema de revocación del mandato, así, por ejemplo, el artículo 27 de la Constitución Política de Chihuahua prescribe que: “Es revocable el mandato de los funcionarios públicos electos mediante voto. La solicitud de revocación del mandato deberá ser suscrita cuando menos por el 10% de los ciudadanos del estado, municipio o distrito, según sea el caso y podrá presentarse una vez transcurrido una tercera parte del período para el cual fue electo el funcionario”. A su vez, es interesante el caso del artículo 30 de la Constitución del Estado de Yucatán, fracción XLI, que contempla un mecanismo matizado de revocación, donde es el Congreso quien se encuentra facultado para disponer la revocación una vez que le sea solicitado por el 75% de los electores.
En la Argentina existen, por su parte, la revocación de mandato en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las Constituciones de Misiones y Neuquén, la de Tierra del Fuego de mayo de 1991. El mismo instituto se halla también especialmente contemplado en las Constituciones del Chaco, Chubut (ambas de octubre de 1994) y La Rioja (agosto de 1986, reformada en 1998 y 2002). El Estatuto Organizativo de la Ciudad de Buenos Aires dispone para la segunda parte de la revocación, consistente en una votación electoral, que esta sólo se verificará en el caso de que se alcance un número de votos favorables a la iniciativa que supere el cincuenta por ciento (50%) de los inscritos en el padrón respectivo
El caso Venezolano, es digno de atención, en su artículo 72, la Constitución regula este sistema de revocación señalando que: “Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor de veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria a un referendo para revocar su mandato. Cuando igual o mayor número de electores y electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de la revocatoria, siempre que haya concurrido al referendo un número de electores y electoras igual o superior al veinticinco por ciento de los electores y electoras inscritos, se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución y la ley. La revocación del mandato para los cuerpos colegiados se realizará de acuerdo con lo que establezca la ley. Durante el período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria no podrá hacerse más de una solicitud de revocación de su mandato” Como se sabe, en Agosto de 2004, y aplicándose las normas mencionadas, se votó el referendo revocatorio al que fue llevado el Presidente Chávez, quien finalmente mantuvo su cargo.
Pero no sólo Latinoamérica posee consultas revocatorias; existen disposiciones constitucionales y legales en 26 estados de los Estados Unidos que facultan a los electores para pedir la destitución de todos o algunos funcionarios públicos, introduciendo la pregunta respectiva en la papeleta de un referéndum antes de la finalización de su período.
Resulta interesante considerar la distinción hecha por algunas cortes norteamericanas en el sentido de desentrañar el sentido de la consulta: si es sancionatoria o si sólo produce un efecto político. En el primer caso el acusado tiene derechos asociados a todo acusado, defensa, prueba y fallo razonado, pero si la revocación es solo política fundada en el descontento, el funcionario no tiene derecho a defensa y opera solo la voluntad de Dios. Ahora bien, al parecer la corrupción gubernamental y la falta de representatividad de las instituciones del gobierno, durante el período inmediato después de la guerra civil de los Estados Unidos, generaron varios movimientos de reforma incluyendo a los populistas cuya agenda pretendía devolver a los ciudadanos el control del gobierno. Ellos sugerían el referéndum de destitución, de iniciativa y de protesta. Los últimos dos fueron autorizados por primera vez por una enmienda constitucional en Dakota del Sur en 1898. La primera entidad gubernamental en adoptar la destitución fue la ciudad de Los Ángeles, cuyo estatuto de 1902, también incluyó la iniciativa y el referendo.
Suiza, por su parte, posee consultas revocatorias en sus cantones para ciertos representantes, aunque en general regulado en el ámbito constituyente, desde 1848.
Aunque es difícil determinarlo con exactitud, se parte del supuesto que la existencia de la destitución estimula a los funcionarios públicos a ser más responsables con sus electores. La amenaza del uso de la destitución puede hacer reflexionar más a los funcionarios electos, sobre sus posiciones y conductas en determinados temas; y a la vez animar a los votantes a jugar un rol de supervisión más activo en relación a los funcionarios electos.
A este respecto, útil resulta recordar una frase de Jean Jacques Rousseau:
“El pueblo inglés cree que es libre, se equivoca; solamente es libre cuando elige a sus representantes al Parlamento. Tan pronto como son electos éstos, el pueblo se convierte en esclavo, ya no es nada. Durante los breves momentos de su libertad, el uso que hace de ella merece que la pierda”.
Es necesaria la propuesta de reforma, en la búsqueda de acortar la distancia entre la ciudadanía y las instituciones de representación y de gobierno, transitar de la periódica participación de los electores en los procesos comiciales, a la participación ciudadana en un sentido más pleno. Aunque se ha dicho que al ser el sistema de elección impersonal o secreto no hay manera de saber si los electores, quienes por reglas predispuestas han logrado imponer su opinión por sobre los otros, se encuentran efectivamente disconformes con la gestión de su mandatario. Sin embargo, a pesar de poder considerar plausibles las críticas, nuestra posición es que el gobernante es un mandatario de los ciudadanos, un delegado a quien se le encomienda la tarea de gobernar, de forma que si la confianza depositada en él decae significativamente, el pueblo, su mandante, tiene la legítima aspiración de destituirlo, expresando su opinión en una forma prescrita por la Constitución y las leyes, consagrando el mecanismo de revocación, desarrollado en el ámbito de las formas de democracia semi directas, sobre la base del procedimiento indicado en el articulado que se desarrolla más adelante.
Es por eso que sobre la base de estos antecedentes vengo en proponer el siguiente proyecto de ley:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE EL REFERENDUM REVOCATORIO PARA LOS CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR QUE SE INDICACN.
ARTÍCULO UNICO: Reemplazase el actual artículo 125 de la Constitución Política, por el siguiente:
“El Presidente de la Republica, Los Parlamentarios, Concejeros Regionales, Alcaldes, Concejales, y cualquier otra autoridad elegida por medio de votación popular, cesaran en su cargo por revocación del mandato en referendo especialmente convocado a solicitud de al menos el 10% de los electores correspondientes al distrito, comuna o región, que represente el parlamentario, concejero regional, alcalde o concejal, según corresponda, al cual se pretenda revocar el mandato. Tratándose del Presidente de la Republica, dicho porcentaje se entenderá de carácter nacional.
Solo podrá revocarse el mandato tratándose de autoridades que hayan ejercido su cargo, a lo menos, la mitad del periodo por el cual fueron elegidos.
La revocación del mandato de cualquiera de las autoridades antes señaladas, sólo se verificará en el caso de que en el correspondiente referéndum se alcance un número de votos favorables a la iniciativa que supere el cincuenta por ciento de los votos válidamente emitidos.
Una ley orgánica constitucional regulara la forma en que se organizara y llevara a cabo el referéndum revocatorio.
Las leyes orgánicas constitucionales respectivas establecerán las demás causales de cesación en los cargos de Alcalde, Concejero Regional y Concejal.”
27. Moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza, Pérez, don José, y Vargas.
Introduce modificaciones al libro IV del Código de Comercio, ley de quiebras, en materia de despido de trabajadores. (boletín 8759-13).
“Considerando:
1.- Que, la quiebra o el juicio de quiebra es definido por el artículo 1° de la actual ley de quiebras como aquél que “...tiene por objeto realizar en un solo procedimiento los bienes de una persona natural o jurídica, a fin de proveer al pago de sus deudas, en los casos y en la forma determinados por la ley”.
2.- Que, por otra parte, y sin perjuicio de la definición anterior, se entiende que la quiebra es un estado excepcional del orden jurídico, en el cual una persona natural o jurídica pierde la administración de sus bienes, la que pasa a un síndico, para proceder éste a la realización del activo y el pago del pasivo, en la forma y de acuerdo a las preferencias que dispone la ley
3.- Que este estado excepcional del orden jurídico, se detona por regla general cuando una determinada persona ha caído en insolvencia en la administración de sus bienes, de tal forma que su pasivo es superior a su activo (sin perjuicio de que nuestra ley establece causales objetivas para la quiebra, que no exigen necesariamente insolvencia), sin que los acreedores puedan satisfacer íntegramente sus créditos como sucedería en una situación normal. En este estadio de cosas, la administración de los bienes del fallido pasa de pleno derecho a manos del síndico, quien pasa a representarlo judicial y extrajudicialmente.
4.- Que, en virtud de esta representación que inviste el síndico, procede a la realización del activo y pago del pasivo, determinando simultáneamente el destino de los contratos celebrados por el fallido, dentro de los cuales se insertan aquellos propios del ámbito laboral. Así, el síndico puede poner término a los contratos de trabajo, de aquellos trabajadores que el fallido hubiere contratado antes de la declaratoria de quiebra.
5.- Que, en la mayor parte de los casos, el síndico pondrá término a los contratos de trabajo mientras se determina si se continúa o no el giro del fallido, para así no seguir incrementando los costos que para la masa de acreedores significan las remuneraciones, recontratando con posterioridad sólo a aquellos trabajadores que fueran indispensables para la continuidad del giro del fallido.
Ahora bien, son distintos los conflictos jurídicos que trae el despido de los trabajadores durante la quiebra de la empresa, así, por ejemplo, la jurisprudencia ha determinado que la quiebra no es una causal de despido, que pueda asilarse en la conclusión del trabajo o la fuerza mayor, causales establecidas en los números 5 y 6 del artículo 159 del Código del Trabajo, luego de un largo debate al respecto, y pese a la oposición de parte de la doctrina.
6.- Que, sin embargo, existe una materia de igual o mayor trascendencia, sobre la cual hay pronunciamientos encontrados entre los distintos actores del derecho laboral, a saber, la aplicación de la llamada ley Bustos - Seguel al despido de los trabajadores de las empresas declaradas en quiebra.
Sobre el particular ha señalado la Dirección del Trabajo, mediante ORD. N° 3999 / 253, del 07 de agosto de 2000, que la causal invocada para poner término al contrato de trabajo, “...sólo podrán producir el efecto jurídico de poner término a tales contratos si la empresa fallida se encontraba al día en el pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores afectados, hasta el último día del mes anterior al despido,..”, de lo contrario, “...forzoso resulta concluir que los despidos no han podido legalmente poner término a los respectivos contratos de trabajo”.
7.- Que, lo anterior, no se ve alterado por haberse declarado la quiebra de la empresa, “,..si las normas legales en estudio no hacen ninguna excepción al respecto, y si se considera, por otro lado, que tanto la empresa, como sus bienes, obligaciones y derechos siguen existiendo, mientras no sean liquidados por el Síndico si la quiebra, al tenor del artículo 1° de la ley 18.175, es únicamente un procedimiento legal que tiene por objeto realizar los bienes de una persona natural o jurídica, a fin de proveer al pago de sus deudas, y por su parte, el Síndico, según el artículo 27 de la ley indicada, es quien, representando legalmente los intereses generales de los acreedores y al mismo tiempo los derechos de la fallida, pasa a administrar de pleno derecho todos los bienes de ésta, reemplazándola íntegramente al efecto, para los fines de la declaratoria de quiebra. Es decir, las obligaciones que pudieren recaer sobre la empleadora fallida pasan a ser asumidas por el Síndico, como representante y administrador de sus bienes, lo que resulta plenamente válido en materia laboral.”[1].
8.- Que, por otra parte, nuestra Excelentísima Corte Suprema, ha establecido que “...en el caso de la quiebra no puede tener aplicación el artículo 162 del Código del Trabajo en lo concerniente a mantener vigente el vinculo contractual laboral de la empresa fallida y sus dependientes, mientras no se comunique a estos trabajadores su situación provisional y, más aún, estar al día en el pago de las cotizaciones (... ), Que para sostener la tesis, es del caso tener presente en primer lugar, que el Código del Trabajo, en su capítulo VI, del Libro I, contiene una serie de normas destinadas a proteger las remuneraciones; así, el artículo 81, impone, entre otras, la siguiente obligación: “....EI empleador deberá deducir de las remuneraciones los impuestos que las graven, las cotizaciones de seguridad social.”. Por ello, “...se puede sostener que la cotización previsional es parte de la remuneración del trabajador que el empleador debe descontar y luego enterar al sistema previsional al cual se encuentra afiliado el asalariado”, por lo tanto, se señala, que “...en este contexto, la deuda provisional que mantenga una empresa, para con sus trabajadores y el ente provisional, debe tener un tratamiento diferente según si continua funcionando normalmente o si ha caído en quiebra; en efecto, esta última situación debe ser tratada por las normas que le son propias al procedimiento concursas, pues los acreedores deben ser pagados en la forma y orden de preferencia que la ley establece (...), sostener lo contrario, importaría desconocer desde un principio los efectos propios de la quiebra, cual es realizar en un solo procedimiento los bienes de una persona natural o jurídica, a fin de proveer al pago de sus deudas, en los casos y en la forma determinados por la ley, situación que se da en la especie desde el momento mismo que los créditos que emanan de deudas provisionales gozan del privilegio de primera clase, como ya se dijo”.
Finalmente, sostiene que “.., entender que en el caso de la quiebra de una empresa, pueda mantenerse vigente la obligación de remunerar a los trabajadores hasta que el empleador cumpla con la obligación de ponerse al día en su pago y comunicar tal situación a sus dependientes, en razón de que existe deuda previsional, importaría gravar la masa con mayores créditos que aumentarían día a día, más aún importaría generar una desigualdad entre los acreedores y sus preferencias y, a la vez, desconocer lo previsto en el artículo 66 de la ley de Quiebras, en cuanto a que la sentencia que declara la quiebra fija irrevocablemente los derechos de todos los acreedores en el estado que tenían en día de su pronunciamiento.”[2]
9.- Que, domo podemos ver, las interpretaciones dadas son totalmente contradictorias, y en este mismo sentido se pronuncia la doctrina, por cuanto no hay acuerdo sobre la aplicabilidad de la normativa laboral a la quiebra, fundamentalmente por la carga que para la masa representaría, y la fijación irrevocable de los derechos de los acreedores que se produce por ella.
10.- Que, sin embargo, quienes suscriben la presente iniciativa, creen necesario reestablecer el eje de la discusión sobre la materia, la que debe centrarse en los efectos que la atribución de jerarquía a una u otra norma puede tener sobre la sociedad. Pues no podemos desconocer la frecuencia con que se producen las quiebras de las empresas en nuestro país, siendo finalmente los más perjudicados, los trabajadores de la empresa, quienes pierden su fuente laboral (generalmente sin derecho a indemnización, pues materialmente, no consiguen su pago), y eventualmente también sus cotizaciones provisionales. Por lo anterior, debe reforzarse el fin de la iniciativa y establecer mediante la ley, la completa aplicabilidad de la norma del inciso 5° del artículo 162 del Código del Trabajo, en caso de despido del trabajador, aún cuando la empresa respectiva se encuentre en quiebra.
Lo anterior, con el objeto de proteger los recursos de los trabajadores, y obtener la restitución a su patrimonio de fondos retenidos por el fallido, e imponer al síndico el deber legal de velar por el integro de los mismos a los fondos previsionales respectivos como requisito para el despido.
Ahora bien, nuestra postura, se sustenta no sólo en la primacía del Derecho Laboral sobre las normas de la Ley de Quiebras, sino que también la posibilidad que este último cuerpo le entrega al legislador en su artículo 66, para hacer excepción a la igualdad en el tratamiento de los acreedores, todo lo cual ha de entenderse, sin perjuicio de la posibilidad que tiene el síndico para convalidar el despido mediante el integro de las cotizaciones adeudadas con posterioridad al despido.
Por lo tanto, los diputados que suscriben vienen a someter a la consideración de este H. Congreso Nacional el siguiente:
Proyecto de Ley que Introduce modificaciones al libro IV del Código de Comercio, ley de quiebras, en materia de despido de trabajadores
Artículo único.- Incorpórese el siguiente inciso final al artículo 64 del Libro IV del Código de Comercio, ley de quiebra:
“En caso de que el síndico, en atención a las facultades que le concede el presente artículo, proceda al despido de los trabajadores que hubieren sido contratados por el fallido, se aplicará lo dispuesto en el inciso 5° del artículo 162 del Código del Trabajo.”
28. Moción de los señores diputados Alinco, Campos, Carmona, Espinosa, don Marcos; Jiménez, Marinovic, Meza, Pérez, don José, y Vargas.
Garantiza el derecho a acceso a los contenidos de interés relevante. (boletín 8760-19).
“Existe una serie de actividades, desde la Copa Libertadores, Copa América, Sudamericana, Juegos Olímpicos, hasta torneos de tenis en que un Deportista o un Equipo Chileno pueden participar e incluso llegar a instancias decisivas, y estas actividades muchas veces sólo se ven por cable.
Al respecto, hay que señalar que la idea es garantizar los derechos de exclusividad que una empresa pueda tener, pero resguardando que esto no deje a los ciudadanos privados de estos eventos deportivos o culturales. Simplemente no es posible que un ciudadano no pueda acceder a un contenido de carácter relevante por no contar con los medios económicos para acceder a la contratación de empresas de cable o televisión satelital. Hay que entender que los acontecimiento relevantes, ya sean deportivos, culturales o artísticos, deben estar abiertos a toda la población.
La existencia de derechos exclusivos en la transmisión de eventos deportivos, culturales y en general aquellos de interés relevante para la población, no sólo conlleva la exclusión de parte de la población al pleno ejercicio del derecho de acceso, sino que además implica una potencial restricción del mercado, por cuanto impiden la concurrencia de otros actores, y por ende, se restringe de manera poco razonable las vías de emisión y retransmisión de este tipo de eventos.
Es importante señalar la relevancia que tienen para la ciudadanía este tipo de acontecimientos, en particular los de naturaleza deportiva, por lo cual es función y obligación del Estado articular los mecanismos para que este derecho al acceso no implique en su ejercicio una afectación del desarrollo del evento o bien una afectación patrimonial de las entidades que deben facilitar los medios para permitir estas emisiones o retransmisiones. Por lo cual, en este proyecto, no sólo se da prevalencia al derecho a la información por sobre cualquier derecho exclusivo que pudiera ser alegado, sino que además se establecen garantías de gratuidad para determinados tipos de transmisiones.
PROYECTO DE LEY QUE GARANTIZA EL DERECHO AL ACCESO A LOS CONTENIDOS DE INTERES RELEVANTE
ARTICULO 1°. - Derecho de acceso. Se garantiza el derecho al acceso universal -a través de los servicios de comunicación audiovisual- a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos, de encuentros futbolísticos, culturales u otro género o especialidad.
El Consejo Nacional de Televisión adoptara las medidas necesarias para que el ejercicio de los derechos exclusivos para la retransmisión o emisión televisiva de determinados acontecimientos de interés general de cualquier naturaleza, como los deportivos y culturales, no perjudique el derecho de los ciudadanos a seguir dichos acontecimientos en directo y de manera gratuita, en todo el territorio nacional.
En el cumplimiento de estas previsiones, el Consejo Nacional de Televisión deberá elaborar un listado anual de acontecimientos de interés general para la retransmisión o emisión televisiva, respecto de los cuales el ejercicio de derechos exclusivos deberá ser justo, razonable y no discriminatorio.
ARTICULO N° 2.- Listado. Criterios. Para la inclusión en el listado de acontecimientos de interés general deberán tenerse en cuenta, al menos, los siguientes criterios:
a) Que el acontecimiento haya sido retransmitido o emitido tradicionalmente por televisión abierta;
b) Que su realización despierte atención de relevancia sobre la audiencia de televisión;
c) Que se trate de un acontecimiento de importancia nacional o de un acontecimiento internacional relevante.
ARTÍCULO TERCERO.- Cesión de derechos. Ejercicio del derecho de acceso.
La cesión de los derechos para la retransmisión o emisión, tanto si se realiza en exclusiva como si no tiene tal carácter, no puede limitar o restringir el derecho a la información.
Para hacer efectivos tales derechos, los titulares de emisoras de radio o televisión dispondrán de libre acceso a los recintos cerrados donde vayan a producirse los mismos.
El ejercicio del derecho de acceso a que se refiere el párrafo anterior, cuando se trate de la obtención de noticias o imágenes para la emisión de breves extractos libremente elegidos en programas informativos no estarán sujetos a contraprestación económica cuando se emitan por televisión, y tengan una duración máxima de tres minutos por cada acontecimiento o, en su caso, competición deportiva, y no podrán transmitirse en directo.
Los espacios informativos radiofónicos no estarán sujetos a las limitaciones de tiempo y de directo contempladas en el párrafo anterior.
La retransmisión o emisión total o parcial por emisoras de radio de acontecimientos deportivos no podrá ser objeto de derechos exclusivos”.