Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- X. Otros documentos de la Cuenta
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jose Manuel Edwards Silva
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Lautaro Carmona Soto
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- German Verdugo Soto
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- PERMISO
- Felipe Salaberry Soto
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Edmundo Eluchans Urenda
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Eduardo Antonio Cerda Garcia
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Maria Angelica Cristi Marfil
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Maria Antonieta Saa Diaz
- PERMISO
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Felipe Harboe Bascunan
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- PETICIÓN DE OFICIO : Rene Manuel Garcia Garcia
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Perez Arriagada
- PETICIÓN DE OFICIO : Juan Lobos Krause
- PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Accorsi Opazo
- PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Accorsi Opazo
- PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Monsalve Benavides
- PETICIÓN DE OFICIO : Eduardo Antonio Cerda Garcia
- PETICIÓN DE OFICIO : Eduardo Antonio Cerda Garcia
- PETICIÓN DE OFICIO : Eduardo Antonio Cerda Garcia
- PETICIÓN DE OFICIO : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Silber Romo
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Ascencio Mansilla
- PETICIÓN DE OFICIO : Maria Angelica Cristi Marfil
- PETICIÓN DE OFICIO : Karla Rubilar Barahona
- PETICIÓN DE OFICIO : Karla Rubilar Barahona
- PETICIÓN DE OFICIO : Monica Beatriz Zalaquett Said
- PETICIÓN DE OFICIO : Monica Beatriz Zalaquett Said
- PETICIÓN DE OFICIO : Monica Beatriz Zalaquett Said
- PETICIÓN DE OFICIO : Joaquin Godoy Ibanez
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristian Monckeberg Bruner
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcela Constanza Sabat Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcela Constanza Sabat Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Matias Walker Prieto
- PETICIÓN DE OFICIO : Matias Walker Prieto
- PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Jaramillo Becker
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Victor Perez Varela
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- SALUDO A SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE).
- REMISIÓN DE PROYECTOS A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS.
- REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO.
- TRATAMIENTO DE PROYECTO POR COMISIONES UNIDAS DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA Y DE DEFENSA NACIONAL.
- RÉPLICA A ALUSIÓN PERSONAL.
- INTERVENCIÓN : Rosauro Martinez Labbe
- V. ORDEN DEL DÍA
- REGULACIÓN DE ASOCIACIONES MUNICIPALES. Modificación de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades. Proposición de la Comisión Mixta.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : German Becker Alvear
- INTERVENCIÓN : Marcelo Schilling Rodriguez
- INTERVENCIÓN : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Eduardo Antonio Cerda Garcia
- INTERVENCIÓN : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- INTERVENCIÓN : Celso Rene Morales Munoz
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- DEBATE
- INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL ADULTO MAYOR SOBRE PROPOSICIÓN DE MEDIDAS LEGALES Y ADMINISTRATIVAS EN FAVOR DEL ADULTO MAYOR. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Mario Venegas Cardenas
- INTERVENCIÓN : Ernesto Silva Mendez
- INTERVENCIÓN : Orlando Severo Vargas Pizarro
- INTERVENCIÓN : Cristian Letelier Aguilar
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- INTERVENCIÓN : Rosauro Martinez Labbe
- INTERVENCIÓN : Lautaro Carmona Soto
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- DEBATE
- REGULACIÓN DE ASOCIACIONES MUNICIPALES. Modificación de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades. Proposición de la Comisión Mixta.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- ESTUDIO E INCORPORACIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD VIAL EN RUTAS CONCESIONADAS. (Votación).
- DEBATE
- EXENCIÓN DE PAGO DE IVA EN COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS DE CUERPOS DE BOMBEROS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Pedro Araya Guerrero
- Fernando Meza Moncada
- Roberto Delmastro Naso
- Giovanni Oscar Calderon Bassi
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Gaspar Alberto Rivas Sanchez
- Ramon Farias Ponce
- Jose Perez Arriagada
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ACCESO GRATUITO DE PÚBLICO A EDIFICIOS PATRIMONIALES EL ÚLTIMO DOMINGO DE CADA MES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Gaspar Alberto Rivas Sanchez
- Fernando Meza Moncada
- Ramon Farias Ponce
- Pedro Araya Guerrero
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Roberto Delmastro Naso
- Giovanni Oscar Calderon Bassi
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Marta Eliana Isasi Barbieri
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- REPROGRAMACIÓN DE DEUDAS PROVENIENTES DEL FONDO SOLIDARIO DE CRÉDITO UNIVERSITARIO.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Gaspar Alberto Rivas Sanchez
- Ramon Farias Ponce
- Roberto Delmastro Naso
- Fernando Meza Moncada
- Pedro Araya Guerrero
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Giovanni Oscar Calderon Bassi
- Jose Perez Arriagada
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- APLICACIÓN DE MULTAS CURSADAS POR SUPERINTENDENCIA DE MEDIO AMBIENTE EN BENEFICIO DE REGIÓN AFECTADA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Fernando Meza Moncada
- Pedro Araya Guerrero
- Ramon Farias Ponce
- Gaspar Alberto Rivas Sanchez
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Roberto Delmastro Naso
- Giovanni Oscar Calderon Bassi
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- INTERVENCIÓN : Patricio Vallespin Lopez
- INTERVENCIÓN : Juan Lobos Krause
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ESTUDIO E INCORPORACIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD VIAL EN RUTAS CONCESIONADAS. (Votación).
- VII. INCIDENTES.
- APLICACIÓN EN PUNTA ARENAS DE NUEVO FORMULARIO RELACIONADO CON FICHA DE PROTECCIÓN SOCIAL. Oficio.
- PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN AUTORIZACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE CAPTURA DE CRÍAS DE LOBOS MARINOS EN REGIÓN DE MAGALLANES. Oficio.
- PLAN DE FISCALIZACIÓN DE TRANSPORTE INTERURBANO Y RURAL EN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA. Oficio.
- ADHESION
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Adriana Munoz D'albora
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- Enrique Jaramillo Becker
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Cristian Campos Jara
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Carolina Goic Boroevic
- Patricio Vallespin Lopez
- Sergio Ojeda Uribe
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Andrea Molina Oliva
- Alfonso De Urresti Longton
- Nino Baltolu Rasera
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- ADHESION
- PREOCUPACIÓN POR RECORTE DE PRESUPUESTO DE REGIÓN DE LOS LAGOS. Oficio.
- ADHESION
- Patricio Vallespin Lopez
- Cristian Campos Jara
- Carlos Montes Cisternas
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Cristina Girardi Lavin
- ADHESION
- RESTRICCIÓN PRESUPUESTARIA A BECAS DE ALIMENTACIÓN DE LA JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS. Oficios.
- ADHESION
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Patricio Vallespin Lopez
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Enrique Jaramillo Becker
- Carlos Montes Cisternas
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- Cristina Girardi Lavin
- Adriana Munoz D'albora
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE ENTREGA DE DERECHOS DE AGUAS Y SOBRE ANUNCIO DE TRANSVASE DE AGUA AL EMBALSE CULIMO. Oficios.
- ADHESION
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Patricio Vallespin Lopez
- Matias Walker Prieto
- Cristian Campos Jara
- Manuel Monsalve Benavides
- Enrique Jaramillo Becker
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- Cristina Girardi Lavin
- ADHESION
- PREOCUPACIÓN POR INCLUSIÓN DE PUBLICIDAD COMERCIAL EN TEXTOS ESCOLARES. Oficio.
- ADHESION
- Adriana Munoz D'albora
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Enrique Jaramillo Becker
- Cristian Campos Jara
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- Manuel Monsalve Benavides
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- ADHESION
- ALCANCES A EXPRESIONES DE MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE BOLIVIA SOBRE FERROCARRIL ARICA-LA PAZ.
- ANTECEDENTES DE BENEFICIOS Y FUNCIONAMIENTO DE JARDÍN INFANTIL “PASITO SEGURO”, COMUNA DE SAN PEDRO DE LA PAZ.
- ADHESION
- Enrique Jaramillo Becker
- ADHESION
- ANTECEDENTES SOBRE PAGO DEL GOBIERNO A EMPRESA EMBOTELLADORA LLACOLÉN S.A. Oficio.
- ADHESION
- Enrique Jaramillo Becker
- ADHESION
- FELICITACIONES A AUTORIDADES DOCENTES, PROFESORES Y ALUMNOS DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS POR LOGROS EN NIVELES EDUCACIONALES. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- ESTADO DE AVANCE DE CONSTRUCCIÓN DE DEFENSAS FLUVIALES E INSTALACIÓN DE POSTA RURAL EN VILLA PUCLARO, COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
- SANCIONES POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 92 DEL CÓDIGO DE AGUAS Y CAPACITACIÓN A DIRIGENTES DE CANALES DE COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
- RESPETO A SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO DE CANAL VILLA O PARTERA, COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
- REITERACIÓN DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE DEVOLUCIÓN DE RECURSOS AL MINISTERIO DE HACIENDA POR PRESTACIONES AUGE NO EJECUTADAS. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE RIESGOS Y MEDIDAS ADOPTADAS POR FALTA DE SEMÁFOROS EN AVENIDA CARDENAL RAÚL SILVA HENRÍQUEZ, COMUNA DE LA GRANJA. Oficios.
- URGENCIA DE PLAN DE EMPLEO EN COMUNA DE QUELLÓN. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE REPOSICIÓN DE EDIFICIO DE SUBCOMISARÍA DE CARABINEROS EN COMUNA DE QUELLÓN. Oficio.
- NIVELACIÓN DE BONO DE ZONAS EXTREMAS A ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN DE PROVINCIA DE CHILOÉ. Oficio.
- INICIO DE OBRAS DE NUEVA RUTA 5 DE CHILOÉ EN QUELLÓN. Oficio.
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE QUELLÓN. Oficio.
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- ADHESION
- ANTECEDENTES DE INFRACCIONES LABORALES CURSADAS EN 2010. Oficio.
- ADHESION
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Alberto Robles Pantoja
- Jorge Burgos Varela
- ADHESION
- PREOCUPACIÓN POR DECLARACIONES DE DIRECTOR DEL SERVIU DE REGIÓN DE LOS LAGOS RELACIONADAS CON SUBSIDIOS DE VIVIENDA. Oficio.
- ADHESION
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Alberto Robles Pantoja
- Jorge Burgos Varela
- ADHESION
- ANTECEDENTES SOBRE SITUACIÓN LEGAL Y PERJUICIOS TRIBUTARIOS PRODUCIDOS POR LAS SALAS DE JUEGO. Oficios.
- ADHESION
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Alberto Robles Pantoja
- ADHESION
- OBJECIÓN A PARTICIPACIÓN DE SUPERINTENDENTE DE SALUD EN TRAMITACIÓN DE LEY “CORTA” DE ISAPRES. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Enrique Accorsi Opazo
- Rene Alinco Bustos
- Osvaldo Raul Andrade Lara
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Lautaro Carmona Soto
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Fernando Meza Moncada
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Karla Rubilar Barahona
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Denise Pascal Allende
- Carolina Goic Boroevic
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Clemira Pacheco Rivas
- Marcos Espinosa Monardes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Joaquin Godoy Ibanez
- German Becker Alvear
- Pedro Pablo Browne Urrejola
- Cristian Monckeberg Bruner
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Frank Carlos Sauerbaum Munoz
- Karla Rubilar Barahona
- Marcela Constanza Sabat Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gonzalo Arenas Hodar
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Eugenio Bauer Jouanne
- Romilio Gutierrez Pino
- Ivan Moreira Barros
- Manuel Rojas Molina
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Enrique Van Rysselberghe Herrera
- Felipe Ward Edwards
- Marisol Turres Figueroa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gustavo Hasbun Selume
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Javier Hernandez Hernandez
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Ivan Moreira Barros
- Ivan Norambuena Farias
- Jose Manuel Edwards Silva
- Felipe Ward Edwards
- Claudia Nogueira Fernandez
- Marisol Turres Figueroa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- David Sandoval Plaza
- Jose Ramon Barros Montero
- Enrique Estay Penaloza
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Jose Antonio Kast Rist
- Carlos Recondo Lavanderos
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Andrea Molina Oliva
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 359ª
Sesión 9ª, en martes 5 de abril de 2011
(Ordinaria, de 11.08 a 14.06 horas)
Presidencia de los señores Melero Abaroa, don Patricio; y Araya Guerrero, don Pedro. Presidencia accidental del señor Becker Alvear, don Germán
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario accidental , el señor Landeros Perkic, don Miguel.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 17
II. Apertura de la sesión 21
III. Actas 21
IV. Cuenta 21
- Saludo a secretario general de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) 22
- Remisión de proyectos a Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas 22
- Remisión de proyecto a Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano 22
- Tratamiento de proyecto por Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Defensa Nacional 23
- Réplica a alusión personal 23
V. Orden del Día
- Regulación de Asociaciones Municipales. Modificación de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades. Proposición de la Comisión Mixta 24
- Informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor sobre proposición de medidas legales y administrativas en favor del adulto mayor. (Continuación) 32
VI. Proyectos de acuerdo
- Estudio e incorporación de medidas de seguridad vial en rutas concesionadas. (Votación) 44
- Exención de pago de IVA en compras de bienes y servicios de cuerpos de bomberos 45
- Acceso gratuito de público a edificios patrimoniales el último domingo de cada mes 46
- Reprogramación de deudas provenientes del Fondo Solidario de crédito universitario 48
- Aplicación de multas cursadas por Superintendencia de Medio Ambiente en beneficio de región afectada 49
VII. Incidentes
- Aplicación en Punta Arenas de nuevo formulario relacionado con ficha de protección social. Oficio 51
- Presuntas irregularidades en autorización y fiscalización de captura de crías de lobos marinos en Región de Magallanes. Oficio 52
- Plan de fiscalización de transporte interurbano y rural en Región de La Araucanía. Oficio 53
Pág.
- Preocupación por recorte de presupuesto de Región de Los Lagos. Oficio 53
- Restricción presupuestaria para becas de alimentación de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas. Oficios 54
- Información sobre entrega de derechos de aguas y sobre anuncio de transvase de agua al embalse Culimo. Oficios 55
- Preocupación por inclusión de publicidad comercial en textos escolares. Oficio 56
- Alcances a expresiones de ministro de Relaciones Exteriores de Bolivia sobre ferrocarril Arica-La Paz 57
- Antecedentes de beneficios y funcionamiento de jardín infantil “Pasito Seguro”, comuna de San Pedro de La Paz 58
- Antecedentes sobre pago del gobierno a Empresa Embotelladora Llacolén S.A. Oficio 58
- Felicitaciones a autoridades docentes, profesores y alumnos de la Región de Los Ríos por logros en niveles educacionales. Oficios 58
VIII. Anexo de sesión
Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes 60
- Estado de avance de construcción de defensas fluviales e instalación de posta rural en Villa Puclaro, comuna de Vicuña. Oficios 60
- Sanciones por aplicación del artículo 92 del Código de Aguas y Capacitación a dirigentes de canales de comuna de Vicuña. Oficios 60
- Respeto a servidumbre de acueducto de canal Villa o Partera, Comuna de Vicuña. Oficios 61
- Reiteración de solicitud de información sobre devolución de recursos al Ministerio de Hacienda por prestaciones Auge no ejecutadas. Oficio 61
- Información sobre riesgos y medidas adoptadas por falta de semáforos en Avenida Cardenal Raúl Silva Henríquez, comuna de La Granja. Oficios 61
- Urgencia de plan de empleo en comuna de Quellón. Oficios 62
- Información sobre reposición de edificio de Subcomisaría de Carabineros en comuna de Quellón. Oficio 63
- Nivelación de bono de zonas extremas a asistentes de la educación de provincia de Chiloé. Oficio 63
- Inicio de obras de nueva Ruta 5 de Chiloé en Quellón. Oficio 64
- Información sobre proyecto de construcción de edificio de la Policía de Investigaciones de Quellón. Oficio 64
- Antecedentes de infracciones laborales cursadas en Chile en 2010. Oficio 64
- Preocupación por declaraciones de director del Serviu de Región de Los Lagos relacionadas con subsidios de vivienda. Oficio 65
- Antecedentes sobre situación legal y perjuicios tributarios producidos por las salas de juego. Oficios 66
- Objeción a participación de Superintendente de Salud en tramitación de ley “corta” de Isapres. Oficios 66
Pág.
IX. Documentos de la Cuenta
- Mensajes de S.E. el Presidente de la República por los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:
1. que aprueba el “Acuerdo sobre Traslado de Personas condenadas entre las Repúblicas de Chile y del Perú, suscrito en Lima, el 25 de noviembre de 2010.”. (boletín N° 7569-10) 69
2. que “Modifica el Código Civil y otras leyes regulando el régimen patrimonial de sociedad conyugal.”. (boletín N° 7567-07) 73
3. que “Exime, total o parcialmente, de la obligación de cotizar para salud a los pensionados que se indica.”. (boletín N° 7570-11) 89
4. que “Introduce modificaciones, en materia de inscripción de nacimientos, a la ley N° 4808, sobre Registro Civil.”. (boletín N° 7568-07) 97
5. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual formula indicación al proyecto que “Modifica ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, con el objeto de promover las presentaciones de música en vivo.”. (boletín N° 7449-11) 99
6. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “Permite la introducción de la televisión digital terrestre.”. (boletín N° 6190-19) 100
- Oficios de S.E. el Presidente de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia “suma”, para el despacho de los siguientes proyectos:
7. que “Crea el Tribunal Ambiental .”. (boletín N° 6747-12) (S) 101
8. que “Modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y regula las Asociaciones Municipales.”. (boletín N° 6792-06) 101
9. que “Modifica ley N° 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.”. (boletín N° 7502-15) 101
- Oficios de S.E. el Presidente de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
10. que “Regula el contrato de seguro.”. (boletín N° 5185-03) 102
11. que “Modifica la ley N° 18.216, que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad.”. (boletín N° 5838-07) 102
12. que “Modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández.”. (boletín N° 6756-07) (S) 103
13. “Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas”. (boletín N° 6811-11) (S) 103
14. que “Introduce modificaciones a ley N° 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica.”. (boletín N° 7162-08) 103
15. que “Moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero.”. (boletín N° 7440-05) 104
16. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual retira y hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto “Sobre violencia escolar”. (boletín N° 7123-04) (S) 104
Pág.
- Oficios de S.E. el Presidente de la República por los cuales hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
17. que “Regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios.”. (boletín N° 7484-01) 105
18. que “Modifica ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, con el objeto de promover las presentaciones de música en vivo.”. (boletín N° 7449-11) 105
19. que “Modifica ley N° 20.241, que establece un incentivo tributario, a la inversión privada en investigación y desarrollo.”. (boletín N° 7503-19) 106
20. Oficio del Senado por el cual comunica que la Comisión Especial Mixta de Presupuestos ha elegido como su Presidente al Senador señor Eduardo Frei Ruiz-Tagle 106
21. Primer informe de la Comisión de Gobierno Interior recaído en el proyecto, iniciado en moción que “Modifica el artículo 75 de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto de incluir a los técnicos en la excepción a la incompatibilidad del cargo de concejal.”. (boletín N° 7073-06) 106
22. Primer informe de la Comisión de Trabajo recaído en el proyecto, iniciado en mensaje que “Modifica ley N° 19.539, permitiendo a los pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, incorporarse a Cajas de Compensación de Asignación Familiar.”. (boletín N° 7441-13) 113
23. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Accorsi, Alinco, Andrade, Ascencio, Carmona, Castro, Meza, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta y Rubilar, doña Karla, que “Modifica el artículo 65 de la Constitución Política de la República para permitir la iniciativa popular en materias de ley.”. (boletín N° 7560-07) 121
24. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Pascal, doña Denise; Goic, doña Carolina; Isasi, doña Marta; Pacheco, doña Clemira, y del diputado señor Espinosa, don Marcos, que “Modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo un nuevo sistema de reemplazo en caso de vacancia del cargo de alcalde.”. (boletín N° 7561-06) 122
25. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Godoy, Becker, Browne; Monckeberg, don Cristián; Monckeberg, don Nicolás; Sauerbaum, y de las señoras diputadas Rubilar, doña Karla y Sabat, doña Marcela, que “Modifica el artículo 19 del decreto con fuerza de ley N° 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones, presumiendo la responsabilidad del propietario primer vendedor en el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura soportante”. (boletín N° 7562-14) 124
26. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Arenas, Álvarez-Salamanca, Bauer; Gutiérrez, don Romilio; Moreira, Rojas, Urrutia, Van Rysselberghe, Ward, y de la diputada señora Turres, doña Marisol, que “Establece la obligatoriedad, por parte del proveedor de alimenetos vía Internet, de consignar de manera precisa los componentes del poducto objeto de la promoción.”. (boletín N° 7564-03) 126
Pág.
27. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Hasbún, García-Huidobro, Hernández, Macaya, Moreira, Norambuena, Silva, Ward, y de las diputadas señoras Nogueira, doña Claudia y Turres, doña Marisol, que “Establece la obligatoriedad de inspeccionar el kilometraje de un automóvil en el procedimiento de revisión técnica, sancionando su adulteración.”. (boletín N° 7565-15) 127
28. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Sandoval, Barros, Estay, García-Huidobro, Kast, Recondo, Urrutia, Von Mühlenbrock, y de las diputadas señoras Molina, doña Andrea y Zalaquett, doña Mónica, que “Incorpora a los servicios nacionales de menores y adulto mayor en el desarrollo de las políticas públicas relativas a violencia intrafamiliar.”. (boletín N° 7566-18) 128
29. Oficio del Tribunal Constitucional por el cual pone en conocimiento de la Cámara de Diputados el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por 15 señores Senadores al “Proyecto de Ley que regula el derecho de voto de los chilenos en el extranjero”. (boletín 7358-07). Rol 1940-11-CPT. (5692) 129
X. Otros documentos de la Cuenta
1. Oficios
- De la Comisión Pueblos Originarios, por el cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, procedió a elegir como Presidente al Diputado señor Edwards, don José Manuel.
- De la Comisión de Superación de Pobreza, Planificación y Desarrollo Social, por el cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, procedió a elegir como Presidente al Diputado señor Carmona, don Lautaro.
- De la Comisión de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, por el cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, procedió a elegir como Presidente al Diputado señor Verdugo, don Germán.
- De la Comisión de Régimen Interno mediante el cual informa que acordó autorizar al Diputado señor Pablo Lorenzini para participar en el Fórum de celebración de los 50 años de la OCDE, a efectuarse en París, los días 24 y 25 de mayo (9).
- De la Comisión de Defensa Nacional, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para remitir a las Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y Defensa Nacional el proyecto, iniciado en mensaje, sobre delitos militares y sus penas (Bol. 6734-02) , por tratarse de materias propias de su competencia.
- De la Comisión de Defensa Nacional, mediante el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que el proyecto, iniciado en moción, que establece obligación de notificar al Servicio Aerofotogramétrico toda edificación vertical cualquiera sea su naturaleza que supere los sesenta metros de altura (Bol. 6211-02), actualmente en dicha Comisión, le sea remitido a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano, por tratarse de materias propias de su competencia.
- De la Comisión de Defensa Nacional, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que los siguientes proyectos de ley, actualmente en dicha Comisión, sean remitidos a la Comisión de Seguridad Ciudadana, por tratarse de materias propias de su competencia: a) Modifica la ley N° 17.798, sobre control de armas (Boletín N° 5405-02 (b) Modifica ley de control de armas autorizando su importación a la Policía de Investigaciones de Chile (Boletín N° 5254-02 (c) Establece prohibición absoluta para el uso e inscripción de armas de fuego (Boletín N° 5401-02 (d) Modifica ley N° 17.798, incorporando exigencias para el almacenamiento de armas de fuego y establece límites para la adquisición de municiones (Boletín N° 5456-02), e) Modifica la ley N° 17.798, de control de armas y el Código Procesal Penal (Boletín N° 6201-02).
- De la Comisión Especial de Turismo, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, de conformidad con el artículo 17 A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, para refundir los Boletines N°s 7285-06 y 7528-06.
2. Notas
- Del Diputado señor Salaberry, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 23 de marzo próximo pasado, para dirigirse a Argentina.
- Del Diputado señor Velásquez, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 28 de marzo próximo pasado, para dirigirse a San Juan, Argentina.
- Del Diputado señor Eluchans, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 26 de marzo próximo pasado, para dirigirse a Argentina y Uruguay.
- Del Diputado señor Cerda, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 30 de marzo próximo pasado, para dirigirse a Brasil.
- De la Diputada señora Cristi, doña María Angélica, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 02 de abril próximo pasado, para dirigirse a Washington.
- De la Diputada señora Sepúlveda, doña Alejandra, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 03 de abril próximo pasado, para dirigirse a Washington, Estados Unidos.
- de la diputada señora Saa, doña María Antonieta, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 03 de abril próximo pasado, para dirigirse a Washington, Estados Unidos.
3. Comunicaciones
- Del Diputado señor Harboe, quién acompaña licencia médica por la cual acredita que deberá permanecer en reposo por un plazo de 11 días, a contar del 29 de marzo próximo pasado. Se tomó conocimiento.
- De la Dirección General de la Policía de Investigaciones de Chile por la cual remite información relativa a Iniciativas de Inversión autorizadas y su Programa de Ejecución. Subtítulo 31. (Artículo 24 de la Ley de Presupuestos del Sector Público N° 20.481). (180). A la comisión de Hacienda.
Respuestas a oficios. Cuenta sesión 9ª
Contraloría General de la República:
- Diputado Hasbún, Solicita se instruya investigación de la propuesta pública sobre mantención y recuperación de áreas verdes, de los sectores sur y oriente de la comuna de La Florida, Región Metropolitana (15454 al 517).
Ministerio de Interior:
- Diputada Pacheco doña Clemira, Solicita medidas conducentes a la extensión de las redes del servicio de agua potable y alcantarillado a las aldeas de damnificados de las comunas de Coronel, Penco y Tomé (6364 al 2563).
Ministerio de Hacienda:
- Diputado Díaz don Marcelo, Solicita se informe sobre los recursos de la Ley de Presupuestos correspondientes al año 2010 que, a la fecha, han sido reintegrados a fondos generales, por concepto de prestaciones no ejecutadas del Plan AUGE. (331 al 1949).
- Diputado Marinovic, Solicita se informe sobre los ingresos que se han obtenido por derechos de explotación de hidrocarburos, en virtud de un Contrato Especial de Operaciones suscrito con la empresa Geopark Chile Limited; con señalamiento, a la fecha, del total de pagos acumulados por este motivo anualmente por la compañía. (334 al 1921).
- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Solicita se informe sobre la imposibilidad que afectaría a algunas personas para realizar, por vía electrónica, el pago de cotizaciones previsionales en el Banco del Estado de Chile. (336 al 2145).
- Diputado Díaz don Marcelo, Solicita información sobre efectividad de afirmaciones de Seremi de Gobierno en Región de Coquimbo, relativas a eficiencia de gestión de la actual Administración, que permitiría un ahorro fiscal equivalente al costo de dos programas de reconstrucción por el último terremoto (353 al 2286).
- Proyecto de Acuerdo 225, Solicitud al Presidente de la Repúiblica para que presente proyecto de ley sobre seguridad laboral. (339).
- Proyecto de Acuerdo 89, Cumplimiento de los anuncios presidenciales sobre descanso post natal y protección de la maternidad. (340).
- Proyecto de Acuerdo 165, Otorgamiento de bono extraordinario Bicentenario a los funcionarios públicos que indica (342).
- Proyecto de Acuerdo 200, Medidas para desarrollo de la comuna de Alto Bíobío. (344).
Ministerio de Educación:
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre la existencia de una denuncia formulada, en la Seremi de Educación de la V Región, por el señor Carlos Ambrosio Bosisio Honorato (708 al 2425).
Ministerio de Justicia:
- Diputada Sabat doña Marcela, Solicita informe respecto de las medidas adoptadas por esa cartera de Estado, a partir de las peticiones concretas contenidas en el Proyecto de Acuerdo número 586, de 4 de junio de 2008, en orden a permitir la realización de la práctica, a la que se encuentran obligados los postulantes al título de abogado, en organismos distintos de las Corporaciones de Asistencia Judicial (2131 al 2099).
- Diputada Sabat doña Marcela, Solicita informar sobre la eventual modificación a la exigencia de efectuar una práctica profesional gratuita, como uno de los requisitos para obtener el título de abogado. (2131 al 2266).
- Diputado Hasbún, Solicita informar sobre las causas por las que no se investigaron las irregularidades que denunciara, relativas al Servicio Médico Legal; en seguida, las razones por las que, no obstante los hechos denunciados, se mantiene en su cargo al Director Nacional de dicha repartición; y, finalmente, los motivos por los que aún no se ha implementado un sistema de control que garantice la presencia de médicos en ese organismo. (2133 al 1890).
- Diputado Silber, Solicita se ordene la realización de un sumario administrativo, tendiente a establecer las responsabilidades funcionarias comprometidas en la decisión de impedir la participación, en el funeral de don Sergio Alexis Plaza Lucero, fallecido en la tragedia del recinto penitenciario de San Miguel, de su hermano, interno del Penal Santiago Uno, a pesar que su participación habría estado previamente autorizada (2134 al 805).
Ministerio de Defensa Nacional:
- Diputado Rincón , Solicita al ministro de Defensa (General Director de Carabineros ) ampliar el cuartel policial en Coltauco, región de O ´Higgins, como asimismo incrementar su dotación (22 al 677).
Ministerio de Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Castro, Solicita informe acerca de eventuales incumplimientos de la obligación de declarar y pagar las cotizaciones previsionales de los funcionarios de planta y contrata de la Intendencia de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins (6496 al 2366).
- Proyecto de Acuerdo 191, Incorporación de enfermedades osteomusculares como enfermedades profesionales regidas por la ley N° 16.744. (11396).
- Proyecto de Acuerdo 225, Solicitud al Presidente de la Repúiblica para que presente proyecto de ley sobre seguridad laboral. (82).
Ministerio de Salud:
- Diputado Chahín, Solicita información sobre la calidad jurídica del director del hospital de Victoria y acerca de las atribuciones con que cuenta (1029 al 2003).
- Diputado Ascencio, Solicita informe respecto de la efectividad de la existencia de un contrato de arrendamiento, celebrado entre la cónyuge del Gobernador Provincial de Chiloé, sobre un inmueble de su propiedad, ubicado en la ciudad de Castro, y el Servicio de Salud de Chiloé (1032 al 2428).
- Diputado García don René Manuel, Informar la situación laboral de doña María Quepumil Díaz, en especial respecto de las licencia otorgadas en los últimos tres años y del sumario resolución exenta N°3, de 3 de marzo de 2007. (1033 al 219).
- Diputado Robles, Solicita se informe sobre razones médicas por las que cuatro de los treinta y tres mineros atrapados en yacimiento San José, Región de Atacama, durante el año pasado, fueron dados de alta, en tanto que los restantes veintinueve continúan con licencia médica, quedando los primeros sin protección laboral y de salud (15809 al 2199).
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe respecto de los motivos del traslado, desde ese recinto hospitalario a la Clínica Miraflores de Viña del Mar, del paciente Félix Esteban Ayala Figueroa (18 al 2191).
- Diputado Vargas, Informar respecto del plan de financiamiento para la mantención del dispositivo de atención de salud para la población integrada al “Plan de Polimetales”. (911 al 223).
- Diputado Robles, Solicita realizar una fiscalización a las condiciones sanitarias en las que laboran los trabajadores de la empresa Semin Dos Amigos, de la localidad de Domeyko, comuna de Vallenar, particularmente respecto del número y estado de los servicios sanitarios (912 al 2417).
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre las fiscalizaciones o controles realizados por ese organismo a las aguas de consumo humano de la localidad de Loncura, comuna de Quintero, particularmente acerca de sus orígenes y responsabilidades comprometidas (913 al 2379).
- Diputado Burgos, Opinar sobre las declaraciones emitidas por la empresa GlaxoSmithKline en la inserción publicada en el periódico “El Mercurio”, el martes 10 de agosto del año en curso, denominada “Licitación de Vacuna contra Neumococo”,; y sobre lo señalado, el día miércoles 11 de agosto próximo pasado, por el periodista señor Hermógenes Pérez de Arce en el “blog” de su autoría. (919 al 351).
- Proyecto de Acuerdo 237, Indemnización a víctimas de malformaciones causadas por la Talidomida. (1030).
Ministerio de Vivienda y Urbanismo:
- Diputado Monsalve, Solicita estudio de mecánica de suelos en cuatro cerros de Curanilahue, para determinar destino de pobladores del lugar. (172 al 1023).
- Proyecto de Acuerdo 64, Medidas sobre deudas hipotecarias en la zona de catástrofe. (183).
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputado Torres, Solicita se remitan todos los antecedentes que sirvieron de base para la dictación del decreto supremo N° 130, del Ministerio a su cargo, publicado el 4 de octubre de 2010, que modifica el recinto portuario del Puerto de San Antonio, fija sus nuevos límites y deroga los decretos supremos Nos. 39/1998, 82/2001 y 126/2005. (1154 al 2397).
Ministerio de Cultura y de las Artes:
- Diputado Cardemil, Diputado Browne, Recaba antecedentes sobre el costo de edificación del Centro Cultural Gabriela Mistral, en la ciudad de Santiago (281 al 1510).
Presidente del Bancoestado :
- Diputado Gutiérrez don Romilio, Solicita la totalidad de los antecedentes que BancoEstado posee respecto de la situación de una clienta, a quien se le habría retenido parte del dinero, que recibe en calidad de becaria, depositado en su “cuenta rut”, cuestión que se habría motivado, según se le informó, en deudas que mantiene su padre con esa institución bancaria (1 al 2570).
XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- Diputado García don René Manuel, Solicita informar sobre el estado de avance del acceso directo a la Ruta 5 Norte, Km. 328, lado poniente, Sector El Maqui, comuna de Ovalle, Región de Coquimbo, desde el predio Comunidad Agrícola Loteo Costa Dorada. (2736 de 23/03/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado Pérez don José, Solicita realizar una investigación que establezca las circunstancias y determine las responsabilidades a que haya lugar, con ocasión del mal otorgamiento de la Pensión Básica Solidaria, remitiendo posteriormente sus conclusiones a esta Corporación; sin perjuicio de gestionar lo necesario para que no se haga exigible la devolución de los dineros a quienes, por esa causa, recibieron el señalado beneficio. (2737 de 23/03/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado Lobos , Solicita informe sobre la investigación recaída en la denuncia formulada por el señor José Vera Lagos, por los hechos acaecidos durante la disputa del partido de fútbol entre las selecciones de Los Ángeles y Cardenal Caro, el 18 de febrero próximo pasado, en la ciudad de Quintero (2755 de 24/03/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Accorsi, Solicita informe sobre el alza desmedida de un grupo de medicamentos, particularmente de aquellos vinculados a las investigaciones sobre colusión de precios entre laboratorios (2756 de 24/03/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Accorsi, Solicita informe sobre los antecedentes que giran en torno al “precio de venta por distribuidor” de los combustibles derivados del petróleo, desde enero de 2010 hasta la fecha (2757 de 24/03/2011). A Ministerio de Energía.
- Diputado Monsalve, Solicita informar acerca de la situación laboral de la señora Elba Aurora Ibáñez Navarrete, funcionaria del Liceo Politécnico “B” N° 54, Dr. Rigoberto Iglesias, de la comuna de Lebu; y, además, fiscalizar dicho establecimiento con el objeto de determinar las condiciones en que los trabajadores desarrollan sus tareas. (2758 de 24/03/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado Cerda, Solicita informar sobre las causas y los responsables de la intoxicación por gases provenientes de una de las plantas de la División Ventanas de Codelco, que afectó recientemente a alumnos, profesores y apoderados de la Escuela La Greda, en la comuna de Puchuncaví; y, además, señalar las medidas que se adoptarán para precaver la ocurrencia de hechos de similar naturaleza. (2759 de 24/03/2011). A Empresas del Estado.
- Diputado Cerda, Solicita informar sobre las causas y los responsables de la intoxicación por gases provenientes de una planta de la División Ventanas de Codelco, que afectó recientemente a alumnos, profesores y apoderados de la Escuela La Greda, en la comuna de Puchuncaví; y, además, señalar los efectos que provocarán estas emanaciones en la salud de los afectados y las medidas que se adoptarán para precaver la ocurrencia de hechos de similar naturaleza. (2760 de 24/03/2011). A Ministerio Medio Ambiente.
- Diputado Cerda, Solicita informar sobre las causas y los responsables de la intoxicación por gases provenientes de una planta de la División Ventanas de Codelco, que afectó recientemente a alumnos, profesores y apoderados de la Escuela La Greda, en la comuna de Puchuncaví; y, además, señalar los efectos que provocarán estas emanaciones en la salud de los afectados y las medidas que se adoptarán para precaver la ocurrencia de hechos de similar naturaleza. (2761 de 24/03/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Marinovic, Solicita la implementación de una serie de iniciativas, de competencia del Ministerio de Agricultura, orientadas a un mayor y mejor desarrollo de la agricultura y la ganadería en la Región de Magallanes y Antártica Chilena (2762 de 24/03/2011). A Ministerio de Agricultura.
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita una solución a la problemática que afecta a los propietarios de viviendas del Condominio El Solar de Mantagua, comuna de Quintero, quienes no cuentan con un empalme eléctrico regular (2784 de 24/03/2011). A Ministerio de Energía.
- Diputado De Urresti, Solicita informar sobre la situación las siguientes calles, en la ciudad de Valdivia: a) Muñoz Hermosilla, entre Tornagaleones e Italia; b) Carlos Hilcker, entre Santa Lucrecia y San Luis; y, c) San Luis, entre Simpson y Muñoz Hermosilla; sin perjuicio de adoptar las medidas necesarias para su reparación. (2786 de 25/03/2011). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Diputado De Urresti, Solicita informar acerca de la factibilidad de condonar lo adeudado al Fondo Nacional de Salud por la familia del señor Juan Oliva Grandón, fallecido el 7 de enero del año en curso a consecuencias de una insuficiencia renal crónica terminal. (2787 de 25/03/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado De Urresti, Solicita informar sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el D.S. N° 90 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado el 7 de marzo de 2001, por parte de las empresas que descargan sus riles en los ríos Calle Calle y Valdivia, en la Región de Los Ríos; en seguida, si se verifican aumentos de coliformes fecales en las aguas de estas vías fluviales; y, por último, acerca del sistema para evacuación o tratamiento de aguas servidas que poseen las Universidades Austral de Chile y San Sebastián. (2788 de 25/03/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado De Urresti, Solicia informar si al señor Víctor Crisóstomo Opazo Carrillo, quien obtuvo, a principios del año en curso la pensión respectiva como exonerado político, le corresponde percibir alguna suma por la aplicación retroactiva de dicho beneficio. (2789 de 25/03/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado Gutiérrez don Hugo, Solicita remitir información relacionada con un depósito de residuos químicos ubicado en el denominado “recinto amurallado”, en el sector pesquero de la zona franca de la ciudad de Iquique. (2790 de 25/03/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Silber, Diputado Ascencio, Solicita se investigue la ejecución y cumplimento de los contratos de concesión de autopistas urbanas de la Región Metropolitana (2791 de 25/03/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Ascencio, Solicita resolver el corte del suministro de agua potable que afecta a los vecinos del sector de Ayacara, comuna de Chaitén (2792 de 25/03/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputada Cristi doña María Angélica, Solicita informe sobre la factibilidad de construir viviendas sociales en el predio de propiedad del Serviu, ubicado en Avenida José Arrieta N° 7659, Peñalolén (2793 de 28/03/2011). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Diputada Rubilar doña Karla, Solicita informar respecto de lo acaecido en la Escuela La Greda, en la comuna de Puchuncaví, con motivo de la contaminación que afecta a la zona en que se ubica; particularmente, acerca de su actual situación, y sobre todo aquello que diga relación con la rehabilitación de su comunidad educacional. (2794 de 29/03/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputada Rubilar doña Karla, Solicita informar respecto de la contaminación que afecta a la zona en que se ubica la Escuela La Greda, en la comuna de Puchuncaví; particularmente, acerca de su actual situación, su extensión geográfica, efectos en la población y en los alumnos de dicho recinto educacional; y finalmente, sobre los estándares de salud y de calidad de la Refinería Ventanas. (2795 de 29/03/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputada Zalaquett doña Mónica, Solicita informe sobre la efectividad de la existencia de un proyecto para transformar la calle Jorge Délano, de la comuna de Maipú (2796 de 29/03/2011). A Municipalidad de Maipú.
- Diputada Zalaquett doña Mónica, Solicita informe sobre la efectividad de la existencia de un proyecto para transformar la calle Jorge Délano, de la comuna de Maipú (2797 de 29/03/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputada Zalaquett doña Mónica, Solicita informe sobre la efectividad de la existencia de un proyecto para transformar la calle Jorge Délano, de la comuna de Maipú (2798 de 29/03/2011). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Diputado Godoy, Solicita informe sobre diversos aspectos relacionados con la adquisición, por parte de Conaf, de aeronaves Dromader, y del helicóptero PZL Swidnik SW-3A Sokol (2799 de 29/03/2011). A Ministerio de Agricultura.
- Diputado Monckeberg don Cristián, Solicita informe sobre la situación producida en el error en el pago de pensiones básicas solidarias a beneficiarios que no habrían cumplido con los requisitos relacionados con la “Ficha de Protección Social”, (2800 de 29/03/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputada Sabat doña Marcela, Solicita informar sobre el estado en que se encuentra en el Gobierno Regional Metropolitano, el proyecto de “Reposición Colegio República de Costa Rica”, IDI: 30108386-0. (2801 de 29/03/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputada Sabat doña Marcela, Solicita informar sobre las medidas adoptadas por el extravío en la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana de Santiago de antecedentes relacionados con el proyecto “Mejoramiento de Infraestructura Escuela República de Costa Rica”; sin perjuicio de señalar el estado en que se encuentra dicha iniciativa. (2802 de 29/03/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre una serie de fumigaciones llevadas a efecto en sectores rurales de la comuna de Quillota (2803 de 30/03/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre una serie de fumigaciones llevadas a efecto en sectores rurales de la comuna de Quillota (2804 de 30/03/2011). A Ministerio de Agricultura.
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita la opinión del Ejecutivo en torno al proyecto de ley sobre rotulación de alimentos transgénicos (2805 de 30/03/2011). A Ministerio de Agricultura.
- Diputado Walker, Solicita informar acerca de las razones por las que se ha limitado el diseño y construcción de la doble vía en la ruta D 43 al tramo Ovalle-Pan de Azúcar, y no se ha extendido hasta la ciudad de Coquimbo. (2806 de 31/03/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado Walker, Solicita informar sobre las políticas de reasignación de raciones alimenticias y de becas de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas en la Región de Coquimbo; y, en particular, acerca de la existencia de algún instructivo, circular u oficio, en que se indique la necesidad de restringir beneficios a grupos familiares que en la Ficha de Protección Social tengan asignados sobre 7.000 puntos. (2807 de 31/03/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado Jaramillo, Solicita informar sobre las razones por las que no se han cancelado, desde el mes de enero del año en curso, sus remuneraciones a cincuenta trabajadores a honorarios, administrativos y profesionales, de Gendarmería; y, además, la fecha u oportunidad en que ello se hará. (2808 de 01/04/2011). A Ministerio de Justicia.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (113)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos René IND XI 59
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PRI II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Castro González, Juan Luis PS VI 32
Cerda García, Eduardo PDC V 10
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto RN XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Isasi Barbieri, Marta IND I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Oliva, Andrea UDI V 10
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Morales Muñoz Celso UDI VII 36
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz D'Albora, Adriana PPD V 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Silva Mendez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1
Velásquez Seguel, Pedro IND IV 8
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20
-Asistió, además, el senador señor Víctor Pérez Varela.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.08 horas.
El señor MELERO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor MELERO (Presidente).- El acta de la sesión 3ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 4ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
El señor ANDRADE.- Señor Presidente, pido la palabra respecto de la Cuenta.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra, diputado señor Andrade.
El señor ANDRADE .- Señor Presidente , la letra c) del numeral 1 de la Cuenta se refiere al proyecto enviado por el Supremo Gobierno sobre exención de la obligación de cotizar a los pensionados que indica. A ese respecto, solicito que dicha iniciativa se trate en conjunto con otro proyecto que en su oportunidad se presentó en esta Sala, que fue controvertido en cuanto a su admisibilidad, que fue votado y declarado admisible por ésta y que en estos momentos se encuentra radicado en la Comisión de Salud.
El señor MELERO (Presidente).- ¿Ese proyecto se encuentra en la Comisión de Trabajo?
El señor ANDRADE.- No, señor Presidente, en la Comisión de Salud.
Formulo mi petición porque la iniciativa es más o menos parecida a ésta -quizás algo mejor, naturalmente-, y se envió también a la Comisión de Salud.
El señor MELERO ( Presidente ).- Señor diputado , eso se tiene que resolver en la Comisión de Salud, con la concurrencia de los demás autores de la moción a la cual usted ha hecho referencia. Luego, se debe informar al Ejecutivo sobre el procedimiento que se va a seguir.
En la Cuenta de hoy, la Comisión de Salud debe tomar conocimiento del proyecto y ver si decide fusionarlo con la moción a que usted ha hecho referencia, lo cual -repito- debe contar con el concurso de todos los autores. La Mesa no tiene inconveniente al respecto.
El señor ANDRADE .- Señor Presidente , me produce plena satisfacción y alegría el que usted esté dispuesto a recoger mi planteamiento.
El señor MELERO (Presidente).- Sobre la Cuenta, tiene la palabra el diputado señor Aguiló.
-o-
El señor AGUILÓ.- Señor Presidente , pido a la Mesa consultar al ministro de Educación sobre la información aparecida en los medios de prensa respecto de textos escolares con propaganda de empresas transnacionales que está distribuyendo dicha Cartera. Una cosa es que Chile esté siendo administrado por sus propios dueños y otra es distribuir textos con propaganda de empresas.
El señor MELERO (Presidente).- Esa no es materia de la Cuenta, señor diputado. Usted puede referirse al tema durante Incidentes, oportunidad en que puede pedir los oficios de fiscalización correspondientes.
SALUDO A SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE).
El señor MELERO ( Presidente ).- Informo a la Sala que se encuentra en la tribuna de honor el Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), don Ángel Gurría, a quien le damos nuestra especial bienvenida.
Hago presente que lo acompañan en esta visita el embajador de Chile ante la OCDE, don Raúl Sáez; el director del Centro de la OCDE para América Latina, don José Antonio Ardavín; el jefe del Escritorio para las Américas del Centro de Desarrollo de la OCDE, don Jeff Dayton, y la directora subrogante de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, señora Ana Novik.
Debo informar que la Cámara de Diputados ha firmado un muy importante acuerdo y convenio con la OCDE relacionado con la formación del Departamento de Evaluación de la Ley. Chile es el primer país en implementarlo, lo que nos va a permitir ser una nación piloto para el resto de los países miembros. Asimismo, es la primera actividad oficial que se realiza entre la OCDE y el Estado chileno.
El Departamento de Evaluación de la Ley ya está conformado en la Cámara de Diputados e inició gestiones con las Pontificia Universidad Católica de Santiago, la Pontificia Universidad de Valparaíso y la Universidad del Desarrollo, a fin de que dichas instituciones colaboren en el proceso.
En tal sentido, en breves minutos, se va a realizar una importante reunión de trabajo a la cual han sido invitados los Comités y los diputados integrantes de la Comisión de Hacienda.
Le deseo a don Ángel Gurría una muy fructífera reunión de trabajo y aprovecho la oportunidad de felicitar a su organización, porque está pronta a cumplir 50 años de vida. Los miembros del Congreso Nacional de Chile nos sentimos muy orgullosos de formar parte de la OCDE y de haber logrado la firma del referido convenio.
¡Muchas gracias y muy bienvenido, don Ángel!
-Aplausos.
REMISIÓN DE PROYECTOS A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS.
El señor MELERO ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accedería a la petición de la Comisión de Defensa Nacional para remitir a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas los siguientes proyectos: el que modifica la ley N°17.798, sobre control de armas; el que modifica la ley de control de armas autorizando su importación a la Policía de Investigaciones de Chile; el que establece prohibición absoluta para el uso e inscripción de armas de fuego; el que modifica la ley N° 17.798, incorporando exigencias para el almacenamiento der armas de fuego y establece límites para la adquisición de municiones, y
el que modifica la ley N°17.798, de control de armas y el Código Procesal Penal.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO.
El señor MELERO ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se remitirá a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano el proyecto que establece la obligación de notificar al Servicio Aerofotogramétrico toda edificación vertical, cualquiera sea su naturaleza que supere los sesenta metros de altura.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
TRATAMIENTO DE PROYECTO POR COMISIONES UNIDAS DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA Y DE DEFENSA NACIONAL.
El señor MELERO ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accedería a la solicitud de la Comisión de Defensa Nacional para que el proyecto de ley sobre delitos militares y sus penas sea tratado conjuntamente por las Comisiones de Constitución, Legislación y Justicia y de Defensa Nacional, constituidas como Comisiones Unidas.
¿Habría acuerdo para proceder en esa forma?
Acordado.
RÉPLICA A ALUSIÓN PERSONAL.
El señor MELERO ( Presidente ).- De conformidad con el artículo 34 del Reglamento y del numeral 6 de los acuerdos reglamentarios transitorios, el diputado don Rosauro Martínez ha solicitado hacer uso de la palabra, por cinco minutos, para referirse a los cargos que se le han formulado a través de medios de comunicación.
Tiene la palabra el diputado don Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .- Señor Presidente , he solicitado hacer uso de la palabra para referirme a una situación que, probablemente, muchos de mis colegas ya conocen, pues tuvieron oportunidad de enterarse a través de la televisión.
Aprendí -es uno de los valores que más atesoro de las enseñanzas recibidas de mis padres- a enfrentar las cosas de frente, reconocer errores y ofrecer disculpas cuando procede. Traigo a este lugar, donde más allá de nuestras naturales y saludables diferencias existe un clima de respeto, un tema que me afectó profundamente, pues no estoy acostumbrado a la polémica y al cuestionamiento.
El lunes 28 de marzo, en el noticiario central de Televisión Nacional, se emitió un reportaje en el que se me sindicaba como responsable de la sequía que afectaba a los agricultores de la comuna de El Carmen. Pero lo que no dijo el reportaje es que se trata de una sociedad familiar, creada por mi padre hace más de 40 años, de manera que los propietarios son varios y todos con los mismos derechos.
Segundo, si bien la sociedad lleva el nombre de mi padre, todo lo que tiene que ver con su administración, trabajos, proyectos y decisiones recae en uno de mis hermanos, lo que me deja fuera de su marcha cotidiana.
Tercero, hace más de 70 años que este predio se encuentra en poder de nuestra familia y posee derechos de aprovechamiento de agua desde hace muchos años, de manera que el agua que se ocupa está legalmente asignada.
Cuarto, en 2006 se construyó un acumulador de aguas, que es una obra menor, con el objeto de evitar que este recurso se pierda, como es muy común en el campo, y para aprovechar las aguas lluvia.
Señor Presidente, me parece muy bien que los medios de comunicación realicen todas las investigaciones que estimen conveniente, pero deben hacerlas con el rigor y la objetividad que corresponde.
Aquí se pretendió relacionar los efectos de la sequía con la existencia de un acumulador. Si quienes realizaron el reportaje hubieran sido más objetivos, habrían mostrado los predios que se ubican más abajo de los propietarios que fueron entrevistados, donde sí llega agua, como lo demuestra la Sociedad Agrícola San Luis de Pal Pal.
A las personas a quienes entrevistaron -he conversado con algunas de ellas- se les preguntó por la sequía, pero jamás imaginaron que era para sacar conclusiones como las que se dieron a entender en el reportaje.
El campo está abierto para quien quiera verlo y así ha sido siempre, de modo que aquí no hay mala fe ni ocultamiento. Prueba de ello es que cuando regresé a Chillán, llamé al periodista y quedé a su disposición para que revisara todo lo que quisiera ver. Lo que no imaginé fue el carácter del reportaje.
Si bien éste es un proceso que está en las instancias que corresponde, con lo sucedido aprendí que hay que darse un espacio para ver las cosas personales, aunque sea difícil para quienes dedicamos todo nuestro tiempo y energías al servicio público.
Quiero agradecer las expresiones públicas de un colega, al cual conozco hace muchos años, ya que no sólo hemos compartido la representación ciudadana, sino que tenemos una historia común como hijos de la misma tierra, pues nuestros padres, que fueron muy amigos y compartieron ideales, nos enseñaron el valor de la verdad, el respeto y la amistad. Gracias, colega y amigo, Carlos Abel Jarpa , por tu apoyo.
Finalmente, sólo debo decir que durante toda mi vida pública he tenido una conducta intachable, que la gente conoce, lo que me da la tranquilidad y la fuerza para enfrentar este momento y demostrar la corrección de mi proceder.
Muchas gracias.
He dicho.
Un señor DIPUTADO.- ¡Que devuelva el agua, Presidente!
El señor GARCÍA (don René Manuel).- Pido la palabra.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra, señor diputado.
El señor GARCÍA (don René Manuel).- Señor Presidente , me parece de una insolencia increíble lo que se acaba de decir del diputado señor Rosauro Martínez . ¡Esto no puede seguir así! Si alguien quiere decirle algo, que se pare, que sea más hombre y que se lo diga en la cara y no desde las tribunas de enfrente. ¡Eso se llama ser (…)! ¡Perdóneme que lo diga así, señor Presidente!
El señor MELERO ( Presidente ).- Señor diputado , lo llamo al orden. No corresponden los términos utilizados por usted.
-Los puntos suspensivos corresponden a expresiones eliminadas de acuerdo con el artículo 10 del Reglamento.
V. ORDEN DEL DÍA
REGULACIÓN DE ASOCIACIONES MUNICIPALES. Modificación de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades. Proposición de la Comisión Mixta.
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde pronunciarse sobre la proposición de la Comisión Mixta para resolver las diferencias suscitadas entre la Cámara y el Senado, durante la tramitación del proyecto de ley, iniciado en mensaje, con urgencia calificada de “suma”, que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades y regula las asociaciones municipales.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Mixta, boletín N° 6792-06, sesión 8ª, en 24 de marzo de 2011. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , la Comisión Mixta mejoró varios aspectos del proyecto despachado por el Congreso Nacional, en particular, el relativo a la fiscalización e información que deben entregar estas personas jurídicas, toda vez que el proyecto de ley original establece la asociatividad de las municipalidades.
Además, la Comisión Mixta agregó un nuevo Párrafo 3° que regula el proceso de obtención de la personalidad jurídica, facilitando su constitución y especificando los requisitos mínimos que deben contener los estatutos de las respectivas asociaciones que se formen.
Respecto de la fiscalización, más allá de las facultades que poseen los concejos respecto de sus municipios, es importante reconocer la labor fiscalizadora que deben realizar la Subdere y la Contraloría General de la República. La proposición de la Comisión Mixta establece que estas asociaciones, al estar constituidas por organismos públicos, deben ser controladas por los mismos entes que fiscalizan a los municipios. En mi condición de ex concejal, he vivido esta situación y, por eso, me llamó mucho la atención y considero importante esta proposición de la Comisión Mixta.
Lo mismo vale para la obligación que se relaciona con lo que dispone el artículo 8° de la Constitución Política; es decir, la norma que regula el principio de probidad y, por cierto, la transparencia de la función pública. Para tal efecto, se dispone que las asociaciones municipales deberán cumplir con las obligaciones que establece la normativa sobre transparencia activa y pasiva.
Estos asuntos siempre son corregibles y, tal vez, en algún momento, modificables; pero, en la medida en que se implementen, las nuevas asociaciones mejorarán su accionar.
El proyecto tiene una buena finalidad, puesto que se concreta el objetivo que se exigía a los concejales y a quienes representamos a la ciudadanía, en cuanto a que debíamos pensar en el servicio público.
Por lo tanto, por haber formado parte de la Comisión Mixta, estoy de acuerdo con su proposición.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra al diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señor Presidente , de alguna manera, en la Comisión Mixta logramos resolver la controversia que se produjo entre la Cámara y el Senado respecto de tres o cuatro artículos del proyecto. El informe contiene el proyecto aprobado por la Cámara. Quiero recordar a los señores diputados que este proyecto de ley modifica la ley orgánica constitucional de Municipalidades, con el objeto de complementar la ley N° 20.346, sobre asociacionismo municipal. Con este proyecto, materializamos la personalidad jurídica, que es tan necesaria. También debemos recordar que fue una sugerencia de la Contraloría General de la República, para que tenga mayor consistencia y para que las personas puedan contraer obligaciones y ejercer sus derechos como corresponde.
La proposición final de la Comisión Mixta establece que el concejo estará facultado para fiscalizar a las asociaciones municipales, así como también la Contraloría General de la República. Por otra parte, los concejos estaban quedando al margen de la transparencia que debe tener toda función pública.
El tema de la transparencia fue uno de los aspectos que más preocupó e inquietó a diputados y senadores, porque el artículo 149 del proyecto no solucionaba en forma integral esta materia ni la ejecución de programas, planes, inversiones públicas, etcétera.
Nuestra decisión de apoyar el proyecto aprobado por la Cámara -concordamos en ello todos los diputados y senadores integrantes de la Comisión Mixta- tuvo como fundamento la promesa del Ejecutivo de enviar un veto aditivo, con el objeto de complementar lo relativo a la transparencia contenida en el artículo 149. Sobre esta base, aprobamos el informe de la Comisión Mixta y esperamos que la Sala proceda de igual forma.
Éste es un asunto bastante complejo. Las asociaciones municipales han estado funcionando desde 1993 en forma muy precaria, sin consistencia jurídica ni capacidad. Con este proyecto, les damos una real y efectiva existencia jurídica, con el objeto de que puedan funcionar como corresponde y de que cumplan con los objetivos establecidos en el mensaje, es decir, aunar fuerzas mediante la constitución de asociaciones municipales, con lo cual se verán favorecidas las municipalidades más pequeñas.
Seguramente, van a quedar algunas cosas pendientes; pero, toda ley es perfectible. Por ahora, hemos resuelto lo más necesario y relevante para dar inicio al principio de asociacionismo municipal, mediante la creación de asociaciones municipales que, por primera vez, van a formar parte de nuestro ordenamiento jurídico. Estas asociaciones ya existen en muchos países, lo que demuestra que estábamos un poco atrasados.
Para terminar, anuncio que los integrantes de mi bancada vamos a votar a favor la proposición de la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra al diputado señor Germán Becker.
El señor BECKER.- Señor Presidente , sólo para anunciar que la bancada de Renovación Nacional va a aprobar el informe de la Comisión Mixta.
En realidad, dicha Comisión rechazó todas las enmiendas efectuadas por el Senado durante el segundo trámite constitucional del proyecto de ley. Finalmente, acogimos el texto aprobado por la Cámara. Sin embargo, era necesario hacer una adecuación al artículo 149, que no era posible efectuar en la Comisión Mixta, a fin de aplicar las normas de la ley sobre Transparencia a la normativa sobre asociacionismo municipal. Por eso, el Ejecutivo se comprometió a incorporar un veto aditivo al proyecto para que quede absolutamente claro que esa ley será aplicable a las asociaciones municipales, al igual que la fiscalización de los concejos y de la Contraloría General de la República.
Creemos que el proyecto quedará muy bien. Sin embargo, debido a los problemas que se presentaron en la Comisión Mixta para introducir algunos cambios a los artículos que no estaban en discusión, tuvimos que concordar con el Ejecutivo este veto aditivo.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado Marcelo Schilling.
El señor SCHILLING.- Señor Presidente , debido a que el informe de la Comisión Mixta restablece lo aprobado por la Cámara de Diputados y con anterioridad habíamos respaldado, por razones largamente explicadas por todas las bancadas, este proyecto que permite la asociación entre municipalidades, además de que el Ejecutivo se ha comprometido a enviar un veto aditivo relacionado con el artículo 149, por el que se establece el fortalecimiento de las normas de transparencia en el funcionamiento de las asociaciones municipales, me permito anunciar que vamos a apoyar el proyecto.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Fuad Chahín.
El señor CHAHÍN.- Señor Presidente , en discusiones anteriores sobre este proyecto, hemos insistido en mejorar las facultades de fiscalización del concejo municipal respecto de los recursos que administrarían estas asociaciones de municipalidades.
Después de un largo debate, se llegó a la convicción de que era necesario fortalecer esas facultades. Debido al trámite legislativo en que se encuentra el proyecto, el Gobierno se ha comprometido a resolver éste y otro punto a través de un veto aditivo. Esto nos permitirá despacharlo con rapidez y complementarlo por la vía del veto aditivo.
Sabemos la trascendencia que tiene para la gestión municipal contar con asociaciones municipales con personalidad jurídica, que puedan administrar su propio patrimonio para resolver los problemas cotidianos de los vecinos. Me refiero al retiro de la basura, a la coordinación del mejoramiento de los caminos y de un conjunto de temas relevantes. Sin duda, se pueden solucionar de manera más eficaz y coordinada, sobre todo cuando se trata de municipios pequeños, como los del distrito que represento.
Por lo tanto, solicito a los colegas su apoyo a esta iniciativa para que sea despachada por el Congreso Nacional y podamos perfeccionarla por la vía del veto aditivo. La idea es destrabarla por la urgencia que representa para una mejor gestión municipal.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.
El señor MONTES.- Señor Presidente , quiero reiterar lo manifestado por el diputado Schilling , en el sentido de que vamos a votar a favor del informe de la Comisión Mixta, tomando en consideración que el Ejecutivo se ha comprometido al envío de un veto aditivo en relación con el tema del Consejo para la Transparencia.
El veto aditivo puede ser una oportunidad para que el Ejecutivo también resuelva las dificultades para manejar las finanzas y garantizar que haya un control efectivo en lo referente a endeudamientos y acumulación de pasivos.
Hemos tenido otro tipo de instituciones, como las corporaciones pertenecientes a un solo municipio, en las que el concejo tiene facultades fiscalizadoras, pero acumulan un pasivo muy superior al razonable.
Aquí se requieren reglas de control de las finanzas de este tipo de entes que aseguren que están dentro de las normas manejables.
Cuando el municipio de Valparaíso apareció con un pasivo de alrededor de 8 mil millones de pesos, de 10 mil millones dicen otros, debido a una mala gestión, o cuando un conjunto de municipios vive esta situación y no hay capacidad de regular y controlar, en lo que se refiere a las asociaciones que estarán a más distancia de cada municipio, es fundamental que el veto aditivo considere una regla que asegure que eso tendrá un sistema de fiscalización mucho mayor.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Eduardo Cerda.
El señor CERDA.- Señor Presidente , deseo manifestar nuestro apoyo a la proposición de la Comisión Mixta, que reproduce el texto del proyecto aprobado en primer trámite constitucional por la Cámara de diputados, porque es un sentido deseo de las municipalidades del país. La asociación con otras municipalidades les permitirá mejorar sustancialmente su trabajo en distintas áreas, realizar obras de atención de servicios comunes, ejecución de obras de desarrollo local y programas vinculados a la protección del medio ambiente.
Respecto de este último tema, debo decir que represento a una zona muy contaminada, como las municipalidades de Quintero y Puchuncaví y Concón. Las municipalidades podrán constituir una corporación especial para la defensa de su medio ambiente. Asimismo, podrán mejorar la capacitación y perfeccionamiento del personal municipal, de alcaldes y concejales.
Este proyecto fue llevado adelante con el apoyo de la Asociación Chilena de Municipalidades. Por desgracia, por tener trámite de Comisión Mixta, no pudo ser aprobado en enero. Espero que hoy lo sea por unanimidad, a fin de que pueda ser ley de la República a la brevedad.
Por eso, anuncio el apoyo de los diputados de la Democracia Cristiana al informe de la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado Miodrag Marinovic.
El señor MARINOVIC.- Señor Presidente , quiero hacer presente que disiento de todos los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra y anuncio mi voto en contra de la proposición de la Comisión Mixta, porque el tema municipal requiere una cirugía mayor, un cambio profundo de las leyes que regulan los municipios en términos de evitar una serie de situaciones alejadas de los buenos hábitos, que se están dando en muchos municipios.
Conceptualmente, la idea es buena, aceptable y abordable, pero mientras no hagamos una reforma integral en otras materias seguiremos generando institucionalidades que se pueden prestar sólo para malos manejos y errores.
Hoy, la Contraloría General de la República fiscaliza a los municipios, entrega largos y extensos informes que comprueban que dentro de ellos se hacen contrataciones equivocadas, que se suscriben contratos de repartición de basura un 20 ó 30 por ciento más caros, en circunstancias de que el 85 por ciento de las bases de licitación tienen relación directa con el precio de la licitación. La Contraloría informa esta situación y nadie hace nada. Hay concejales contratados en las corporaciones de educación y de salud para prestar asesorías.
Entonces, tenemos una serie de instrumentos y de instituciones en los concejos municipales, que hacen que se estén convirtiendo en cajas pagadoras de favores políticos.
¿Qué quiero decir con esto? Que si bien inspirados y de buena fe creamos una asociación, que legítimamente pensamos que será útil y permitirá a muchos municipios pequeños y medianos abordar un problema real, también debemos sopesar la contraparte, la fiscalización. Debemos evitar que estas nuevas organizaciones se constituyan en elementos pagadores, que servirán de trabajo para dar “pega” a los parientes de los concejales, alcaldes y de las personas que trabajan en los municipios.
Por eso, este proyecto, a pesar de su buena inspiración, no aborda el problema de fondo. Aquí tenemos una cirugía menor. Por ende, debemos entrar al tema municipal con mucha profundidad. No es posible que para sancionar a alcaldes o concejales debamos esperar años sin hacer nada, ante evidencias flagrantes de situaciones e informes de la propia Contraloría.
Por lo tanto, como una señal de protesta respecto de esta materia, votaré en contra del proyecto.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Morales.
El señor MORALES.- Señor Presidente , dentro de la discusión que sostuvimos en la Comisión de Gobierno Interior con respecto al tema, siempre se pensó y se dijo que lo importante era dar la oportunidad de potenciar la capacidad de gestión de los municipios, a través de una asociación de municipalidades con objetivos comunes, especialmente con aquellos que tienen menos recursos.
Quienes hemos sido parte de un gobierno comunal, sabemos lo importante que es dar esta oportunidad, porque existen municipios, especialmente en sectores rurales, que no cuentan con los medios necesarios para llevar a cabo sus proyectos en forma individual, tanto por la escasez de recursos humanos como financieros. De ahí viene la necesidad de tener esta instancia, a fin de aunar fuerzas para llevar adelante objetivos en conjunto.
Sin duda, creemos que es el camino correcto, pero aún se necesita avanzar en el tema de los municipios y sus reformas. Debemos dar las herramientas necesarias para que los gobiernos comunales hagan las cosas como corresponde, cosa que hoy no existe, porque se está haciendo entrega de una serie de obligaciones -incluso sin financiamiento- que los ha hecho caer en errores administrativos y financieros.
Por otra parte, considero que las modificaciones que ha hecho el Senado son importantes. Por eso, desde ya, anuncio mi voto favorable a aquellas que dicen relación con la facultad que se entrega a los concejos para pedir rendiciones de cuentas a estas asociaciones, junto con ampliar las facultades de fiscalización, y la potestad de estos para pedir a las asociaciones que informen cuando exista participación de la municipalidad respectiva, las que sólo podrán referirse al destino de los aportes o subvenciones municipales.
Cabe señalar que se trata de un avance y no de un ideal para solucionar todos los problemas de los municipios. Esperamos que el Ejecutivo haga llegar pronto las reformas que se necesitan para lograr dicho objetivo.
Muchas gracias.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , sólo para decir que doy mi aprobación al proyecto, por cuanto me parece importante y necesario, sobre todo para los pequeños municipios, que deben asociarse con otros para poder potenciarse y lograr objetivos comunes como, por ejemplo, combatir la sequía en el Valle del Itata, que avanza en forma devastadora. Un pequeño municipio es incapaz de levantar su voz, sin el apoyo de otros, como ocurre con la Asociación de Municipalidades de Punilla, donde se ha propuesto la construcción del embalse del mismo nombre. Para ello, se requiere de un trabajo sistemático e institucionalizado, que es lo que se quiere lograr con esta asociación de municipios con personalidad jurídica de derecho privado, que permita lograr objetivos comunes.
Por último, me hago cargo de las aprensiones del diputado Marinovic , en cuanto a que estas asociaciones pueden resultar ser una fuente laboral para cónyuges o familiares de funcionarios de los municipios involucrados. En ese sentido, sería interesante avanzar respecto de las inhabilidades que existen al respecto y que son aplicables a los municipios, a fin de que también lo sean a la asociación, de manera de no desvirtuar su sentido, que es buscar un interés común y colectivo que beneficie a todos, sin fines de lucro.
Ahora bien, como una manera de zanjar la legítima aprensión del diputado Marinovic , sería bueno perfeccionar la ley estableciendo, por ejemplo, que en esta asociación no podrán trabajar los consanguíneos o familiares directos tanto de los alcaldes como concejales, como una forma de garantizar que no sólo se trataría de una fuente laboral, sino que, además, se privilegiaría el objetivo común de los municipios.
Se trata de una iniciativa loable, importante y que constituye un gran avance en materia municipal en nuestro país.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , como parlamentario de la Décima Región, quiero opinar acerca del proyecto, porque considero que es una iniciativa que tiene elementos tremendamente importantes, sobre todo -como aquí se ha manifestado- para aquellos municipios que siendo pequeños no tienen las posibilidades económicas para desarrollar iniciativas que permitan mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
Por su intermedio, señor Presidente , quiero decirle al diputado Marinovic , de Punta Arenas, que no hay que tener una opinión tan pesimista al respecto. Según los elementos que él ha entregado, los 345 municipios del país estarían actuando de esa manera, y creo que no es así, porque la gran mayoría de ellos desarrollan un trabajo realmente importante al servicio de la comunidad y de sus poblaciones, independientemente de los colores políticos. Por lo tanto, gran parte de los alcaldes no actúan de la manera que el diputado Marinovic ha expresado.
El proyecto es un elemento importante de apoyo a aquellos municipios que por sí solos no podrían generar las condiciones para poder, por ejemplo, contratar profesionales que permitan solucionar problemas que día a día se suscitan en la población.
En función de la discusión de la iniciativa, se me viene a la memoria lo que, por ejemplo, ocurre en mi zona con miles de familias que aún viven en los centros urbanos y que no han podido obtener sus títulos de dominio o escrituras, por la sencilla razón de que no cuentan con los mecanismos adecuados para contratar un arquitecto o alguien que les realice los trámites, y muchos municipios tampoco tienen la posibilidad ni los medios para contratar profesionales que se aboquen a dicha tarea. Pienso en Frutillar, en Los Muermos, en Puyehue, en mi zona. En este sentido, las direcciones de Obras respectivas tampoco cuentan con los recursos para ello, a pesar de que cada municipio tiene una dirección con profesionales idóneos para abocarse a esa tan importante tarea.
Por lo tanto, desde ese punto de vista, el proyecto juega un rol importante, en el sentido de que se puede contratar entre varios municipios asociados un equipo de arquitectos que se dediquen específicamente a la tarea que, por ejemplo, acabo de mencionar. Con otro grupo de profesionales o técnicos se podrían solucionar cientos de problemas o inconvenientes que día a día tiene la ciudadanía. Aprovecho la oportunidad de destacar lo bien que lo ha hecho la Municipalidad de Purranque, a través de uno de sus profesionales, Cristián del Río, que ha cumplido una tarea importantísima en la comuna en relación con las labores que he especificado, por supuesto, en conjunto con otros organismos no dependientes del municipio.
Al respecto, podría dar muchos ejemplos de estas características. En otras áreas, hay municipios que se han ido asociando para mantener la electrificación urbana. Por ejemplo, a través del fondo del gobierno regional, han comprado camiones para suplir esas necesidades.
Queremos que el proyecto que modifica la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, que estamos discutiendo, sea un aporte importante, porque va a permitir lo dicho; es decir, que haya un registro y que dos o más municipalidades, que pertenezcan o no a la misma provincia o región, puedan constituir asociaciones municipales. Eso es algo sumamente valioso, importante y decidor.
Ojalá el proyecto cumpla con el propósito central que se ha estado discutiendo ampliamente. Esperamos, también, que se convierta en una importante herramienta para el desarrollo comunal.
No me cabe duda de que los municipios más grandes también van a hacer un aporte a los más pequeños, que no tienen las capacidades técnicas ni económicas para generar soluciones más expeditas a los pobladores.
Por lo tanto, anuncio el voto favorable de la mayoría de mi bancada, por no decir de toda, a este proyecto que consideramos bastante valioso.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Como concluyó el tiempo de discusión, el diputado señor David Sandoval podrá insertar su discurso.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde votar la proposición de la Comisión Mixta, recaída en el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y regula las asociaciones municipales.
Se deja constancia de que el artículo 1° permanente y el artículo transitorio tienen carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo cual para su aprobación se requiere el voto afirmativo de 69 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.
Hago presente que la Comisión Mixta, por la unanimidad de sus integrantes, rechazó las enmiendas incorporadas por el Senado en el segundo trámite constitucional, y propone, como forma y modo de resolver las divergencias producidas entre ambas corporaciones, la aprobación del proyecto de ley consignado en las páginas 5 y siguiente del informe, que reproduce el texto del proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en el primer trámite constitucional.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 2 votos: Hubo 2 abstenciones.
El señor MELERO ( Presidente ).- Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor MELERO (Presidente).- Se deja constancia de que se alcanzó el quórum requerido.
INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL ADULTO MAYOR SOBRE PROPOSICIÓN DE MEDIDAS LEGALES Y ADMINISTRATIVAS EN FAVOR DEL ADULTO MAYOR. (Continuación).
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Corresponde continuar la discusión del informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor encargada de proponer medidas legales y administrativas en favor de este grupo de personas.
Antecedentes:
-El informe de la Comisión Especial del Adulto Mayores sobre Proposición de Medidas Legales en Favor del Adulto Mayo se rindió en la sesión 8ª, en jueves 24 de marzo de 2011 de la actual legislatura.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS (don Mario).- Señor Presidente , felicito a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor y, muy especialmente, a quien la presidió.
Pocas veces he visto un informe de tanta calidad. La Comisión se dio el trabajo de analizar la realidad internacional para confrontarla con los objetivos que perseguimos en Chile, y formular propuestas, las que son de una riqueza notable, sobre todo porque tienen una visión integral, holística, y que se hacen cargo de todos los problemas que tienen relación con la vida de nuestros adultos mayores: salud, ingreso económico, transporte, vivienda, recreación, educación, cultura, etcétera.
Leer sobre la realidad internacional fue un agrado; aprendí muchísimo.
Me olvidé de citar el tema previsional y otros que se consideraron también. Pero, sean mis primeras palabras para felicitar ese gran esfuerzo.
Estuve haciendo un seguimiento de la situación de los adultos mayores en nuestro país. La realidad de hoy es claramente distinta de la de dos o tres décadas. Cuando se revisa la cronología histórica, perfectamente se puede encontrar un punto de partida, una inflexión importante: la ley Nº 19.828, de 2002, creó el Servicio Nacional del Adulto Mayor, con un programa piloto, impulsado por el gobierno del Presidente Ricardo Lagos, en cuatro provincias, a las que se les asignó una determinada cantidad de recursos para generar concursos destinados a financiar proyectos de clubes de adultos mayores, los que estaban organizándose con profusión en todas partes del país.
La experiencia fue exitosa. Hablo con conocimiento de causa porque conocí la realidad de mi provincia, Malleco , que fue piloto. Posteriormente, el Servicio Nacional del Adulto Mayor ha ido incrementando su presupuesto año a año, lo que ciertamente hace muy feliz a los clubes. Para quienes trabajamos con ellos es una enorme satisfacción conseguir financiamiento para sus diversas manifestaciones: paseos, recreación, coros, grupos de danza, etcétera. Además, para mejorar las sedes. Hoy los adultos mayores están extraordinariamente bien organizados y desarrollan muchas actividades.
A partir del hito de septiembre de 2002, hay también una abundante cantidad de decretos y leyes posteriores que han ido configurando una base jurídica y una institucionalidad que nos permiten abordar el tema del adulto mayor de una manera distinta. Allí están el decreto Nº 94, de 2003; el Nº 95, del mismo año, que aprueba el reglamento del Fondo Nacional del Adulto Mayor; el decreto supremo Nº 125, de 2004, que instituye el 1 de octubre como Día del Adulto Mayor; el Nº 134, de 2005, que reglamenta los comités regionales del adulto mayor; la ley Nº 20.255, de 2008, que crea el sistema de pensiones solidarias de vejez; la ley Nº 20.427, de 2010, que introduce como delito el maltrato al adulto mayor; el reglamento de establecimientos de adultos mayores, y la ley Nº 20,459, de 2010, que facilita el acceso a pensiones solidarias a discapacitados y adultos mayores.
Así, tenemos una gran cantidad de leyes y decretos dictados durante los gobiernos de la Concertación, que dan un nuevo trato a los adultos mayores, quienes reconocen los beneficios obtenidos.
Sin embargo, como se establece en el informe, la actual cantidad de adultos mayores y su proyección, cada vez más creciente en la pirámide poblacional, nos presente un desafío que debemos enfrentar, haciéndonos cargo de un conjunto de otras cosas.
Hoy, por ejemplo, los adultos mayores están viviendo más. Pero queremos que no sólo vivan más, sino que vivan bien. En tal sentido, actualmente las expectativas de vida superan la barrera de los ochenta años en el caso de las mujeres, y están muy cerca de los setenta y ocho en el caso de los hombres. Eso demanda desafíos importantes en materias como la previsión y la salud. Debiera estimularse el estudio de geriatría, especialidad médica que atiende los problemas de salud de los adultos mayores.
Recordemos que al hablar de adultos mayores, nos estamos refiriendo a personas de sesenta años o más.
Las interesantísimas proposiciones y sugerencias de la Comisión -por razones de tiempo, no voy a profundizar respecto de ellas- debieran considerarse un aporte de la Cámara de Diputados a las políticas públicas que este Gobierno y los próximos puedan implementar.
En este sentido, de las consideraciones destaco las fortalezas; pero, al mismo tiempo, se plantea la existencia de debilidades, por ejemplo, en el ámbito de la vivienda. Me parece una buena manera de abordar esta materia, porque se habla de fortalezas y de debilidades, a lo que podríamos agregar la existencia de amenazas y de oportunidades, lo que completaría el paradigma y, de esta manera, se podrían establecer políticas públicas, programas y acciones.
En relación con las proposiciones en el ámbito de la vivienda, deseo expresar que ésta, cuando está pensada para el adulto mayor, debe tener características especiales, que se hagan cargo de la realidad, por ejemplo, que los dormitorios y el baño no estén en el segundo piso, por las dificultades que ello implica. Además, es necesario considerar otros aspectos, como el ancho de las puertas, los espacios para desplazamientos, etcétera.
Me valgo de este punto para llamar la atención sobre algo que debiera estar presente en esta Cámara y en el Gobierno. Me refiero a los adultos mayores cuyas viviendas están afectadas como consecuencia del lamentable terremoto de febrero del año pasado. En Angol, ciudad que represento, me reuní, durante la semana distrital recién pasada, con comités cuyos miembros tienen en común haber perdido completamente sus casas, por lo cual deberán construirlas de nuevo. Una constante, en los sectores El Retiro y El Cañón, es la presencia de matrimonios de adultos mayores de más de setenta años de edad que se quedaron sin casa y que hoy están viviendo en mediaguas de emergencia, de 3 metros de ancho por 6 metros de largo, es decir, de 18 metros cuadrados, en las cuales el frío se pasa, son húmedas y se cuela la lluvia, a pesar de la impermeabilización.
En este sentido, quiero hacer un llamado para que las políticas de reconstrucción en materia habitacional que se están llevando a cabo tengan en cuenta esta realidad y prioricen a los adultos mayores. Al respecto, imagino que una pareja joven, de treinta o cuarenta años de edad, está en mejores condiciones para enfrentar esta situación de precariedad que una pareja de adultos mayores de sesenta o setenta años de edad, y, además, de escasos recursos. Pongo el acento en este tema y llamo a que las autoridades de Vivienda lo tomen en cuenta. Algo similar debe ocurrir en materia de salud, aspecto que también amerita ser considerado debido a los problemas que subsisten en los hospitales de distintas regiones.
Finalmente, insisto en que este estudio es un gran aporte. Por eso, invito a todos los diputados a difundirlo en los respectivos distritos. Estoy seguro de que los adultos mayores valorarán la preocupación expresada por la Cámara de Diputados al crear la Comisión, que hizo un excelente trabajo.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.
El señor SILVA .- Señor Presidente , una de las experiencias más interesantes que me ha tocado vivir en este primer año como diputado es integrar la Comisión Especial del Adulto Mayor, instancia en la cual me he topado con muchas sorpresas.
Hoy, el mundo del adulto mayor en Chile es enorme y lo conocemos muy poco. El valor del trabajo de los integrantes de dicha Comisión -especial, en su primera etapa, y esperamos que pronto funcione en forma permanente- es muy importante.
Señor Presidente, quiero referirme a algunos aspectos generales de este informe y hacer algunas reflexiones que surgen del trabajo de la Comisión, que termina en su primera etapa, pero que continuará hacia adelante.
En primer lugar, recojo lo que dijo el Presidente Piñera cuando anunció la reducción o eliminación del 7 por ciento de las cotizaciones de salud de los pensionados. Él planteó un nuevo desafío, un nuevo trato para los adultos mayores, y puso un contenido a ese desafío, cual es que tratemos hoy a los adultos mayores como queremos ser tratados cuando lleguemos a esa edad.
Parte del debate de la Comisión se centró en que el país no ha tomado conciencia de la cantidad de adultos mayores existentes en nuestra sociedad; de la extensión de vida que, afortunadamente, hoy favorece a todas las personas, y de los desafíos que eso implica en materia de salud, de oportunidades laborales, de vivienda, de movilidad y transporte, y de asociatividad, entre muchos otros temas. Tenemos que tomar con fuerza ese llamado. En ese sentido, comparto lo planteado por el diputado Venegas respecto de que debemos difundir este informe, porque en él hay mucha información de interés. Por ejemplo, en materia de vivienda, nos topamos con que hay menos problemas de los que quizá pudimos pensar. Eso no significa que tengamos menos desafíos, sino que son diferentes. Gran parte de los adultos mayores tiene su vivienda pagada o en proceso de pago, y los desafíos son cómo generar nuevas oportunidades o movilidad y posibilidades de que puedan vivir de mejor manera y con mejor calidad. Así como ése hay muchos otros temas.
Durante este primer año del gobierno de la Coalición por el Cambio, han pasado algunas cosas relevantes en materia del adulto mayor.
En primer lugar, el traspaso -ha sido parte de la discusión- del Servicio Nacional del Adulto Mayor desde la Secretaría General de la Presidencia al Mideplan y, posteriormente, al Ministerio de Desarrollo Social. ¿Por qué es importante esto -quizá, los adultos mayores que lo escuchen lo van a entender? Este Servicio estaba radicado en un ministerio más político, no en uno que recogiera la realidad social de la problemática del adulto mayor. Este cambio pone el tema del adulto mayor en el centro, en el corazón del Gobierno, entre las materias de carácter social. Me parece que es una muy buena medida y una señal de la manera en que las autoridades se quieren vincular con ese mundo enorme de dos millones y medio de adultos mayores del país.
En segundo lugar, es de mucho interés el hecho de que se esté discutiendo en la Cámara el proyecto del Ministerio de Desarrollo Social, por cuanto se abarcarán los desafíos desde la infancia hasta la adultez y la adultez mayor en un ministerio que pueda tener una mirada integral.
Señor Presidente , cuando trabajábamos sobre estos temas en la Comisión -varios colegas pueden haber dado cuenta de esto en sus intervenciones, y los que intervengan con posterioridad seguramente lo van a seguir haciendo- nos topábamos con que invitábamos a un ministro o a un subsecretario, y de sus exposiciones podíamos concluir que no necesariamente había coordinación entre lo que un ministerio había hecho en materia del adulto mayor con lo que estaba haciendo otro en materia de transporte, de vivienda o de salud.
Por lo tanto, debemos integrar y tener una mirada compartida de la problemática y también los desafíos en relación con el adulto mayor en Chile. El trabajo de la Comisión es un punto de partida. Nosotros no cerramos el debate, porque el trabajo que podemos seguir haciendo en materia del adulto mayor es infinito.
Quiero mencionar, al menos, cinco elementos que considero relevantes sobre el tema.
El primero es institucionalidad y mirada integral. Desde ese punto de vista, comparto y soy fiel partidario del planteamiento de nuestra Comisión Especial del Adulto Mayor en su informe, en el sentido de pedir al Gobierno que evalúe la dictación de una ley marco donde se puedan agrupar los distintos temas que abordan los desafíos de los adultos mayores, sistematizando su institucionalidad y haciendo notar sus aspectos de coordinación; es decir, una mirada integral en una buena institucionalidad.
El segundo elemento es la participación y la asociatividad. Los diputados y diputadas presentes en la Sala, durante sus semanas distritales o en muchas otras actividades, visitan clubes de adultos mayores y centros de madres, y se dan cuenta de que ese día de la semana, cuando los adultos mayores se reúnen a tomar un té o un café, es de los momentos más importantes que ellos y ellas tienen en el marco de sus actividades; es un momento para olvidar problemas, para compartir alegrías; en definitiva, es un momento para vincularse con otros y mantenerse activos.
Más del 74 por ciento de los adultos mayores no participa en organización alguna. Por eso, tenemos que fortalecer y promover la asociatividad y subsidiar a clubes de adultos mayores o a organizaciones que promueven esa asociatividad con fuerza. Ahí está gran parte del corazón de las oportunidades a favor de nuestros adultos mayores. Más asociatividad, más participación, más oportunidades para estar vinculados y conectados con otros.
El tercer eje que considero relevante tiene que ver con oportunidades y trabajo. En la Comisión se hablaba, a mi juicio de manera equivocada, de la problemática del adulto mayor. ¡No, señores! No se trata de problemática, sino de desafíos y oportunidades. A muchos adultos mayores les queda un largo camino por recorrer. Algunos lo hacen de manera autónoma; otros, en cambio, requieren acompañamiento.
Pero no solo hay que pensar en temas de salud y vivienda. También hay que fomentar la participación de los adultos mayores en otros ámbitos de la sociedad, como la integración a la vida cultural o al trabajo -por ejemplo, en jornada parcial-, donde pueden aportar toda su experiencia. Muchos adultos mayores colaboran en materias educacionales, en colegios u otras instancias. Nos gustaría que también lo hicieran y con mucha fuerza en el sector público, porque son un tremendo capital que hay que aprovechar. Los adultos mayores quieren participar, y nosotros tenemos que preocuparnos de abrirles las puertas para que aporten a la sociedad con toda la energía que tienen.
Institucionalidad; participación y asociatividad, y oportunidades y trabajo, son los tres primeros pilares.
El cuarto pilar dice relación con una nueva cultura. Me siento parte de una nueva generación, de una generación que ingresó a lo público y que, desde acá, quiere empujar con fuerza -ojalá el Congreso Nacional, en el año en que conmemora 200 años desde su instalación, lo haga, en conjunto con el Gobierno y toda la sociedad civil- hacia una nueva mirada del adulto mayor. Pero esto pasa por precisar al menos dos conceptos importantes.
El primero es información. No sabemos cuántos son, en total, los adultos mayores. No hay conciencia de la cantidad de ellos, de sus expectativas de vida, de sus demandas de salud ni del potencial que tienen por aportar. Entonces, reitero, el primer concepto dice relación con información.
El segundo es responsabilidad. Tenemos que hacernos cargo del Chile que viviremos nosotros cuando seamos adultos mayores, y del que enfrentan quienes ya están en esa etapa. Por eso, este cuarto pilar, es decir, avanzar hacia una nueva cultura en esta materia, es central.
En Chile, hemos logrado cambios culturales en algunas materias, quizá no de la relevancia y la fuerza que tiene el tema del adulto mayor, pero sí importantes, como en el consumo de tabaco o el uso del cinturón de seguridad en los vehículos.
Debemos generar una cultura de respeto, dignidad, acompañamiento y reconocimiento al adulto mayor.
El quinto pilar dice relación con nuestra capacidad para sacar adelante los proyectos de ley atinentes al adulto mayor. Nadie podrá entender que quienes hablamos del adulto mayor y elaboramos informes sobre ellos, llegado el momento demoremos el despacho de los proyectos que ingresen a tramitación al Congreso Nacional. Por eso, señor Presidente , pido al Congreso Nacional la mayor celeridad para sacar adelante el proyecto que elimina en forma gradual el 7 por ciento que los jubilados cotizan en salud, que hoy ingresó a tramitación. Espero que más adelante nuestro Gobierno presente a tramitación una iniciativa para eximir o reducir el pago que deben hacer los adultos mayores por concepto de contribuciones de sus viviendas destinadas a casa habitación.
Por último, quiero hacer dos reflexiones. La primera es que durante este año como diputado , y en el tiempo previo que compartí con adultos mayores, mi experiencia me indica que el mayor desafío es enfrentar su soledad, cómo darles compañía, cómo generarles espacios, cómo alegrarles los desafíos que vienen por delante. Estoy convencido de que el camino correcto apunta a fomentar y promover la asociatividad y la organización de la sociedad civil, las comunidades y los centros comunitarios.
Mi segunda reflexión es para valorar el trabajo realizado por la Comisión, y destacar, de manera muy especial, el liderazgo de su Presidente , el diputado David Sandoval de la Unión Demócrata Independiente (UDI), quien hizo un gran trabajo y deberá seguir haciéndolo, porque tiene una responsabilidad muy grande en la conducción de la Comisión.
Aprovecho de valorar el trabajo realizado por la Secretaría de la Comisión, que hizo un gran esfuerzo para sistematizar una enorme cantidad de información fundamental.
En resumen, se hizo un aporte muy importante, que concluyó en muy buen trabajo, y la responsabilidad del Congreso Nacional es sacarlo adelante para producir beneficios concretos y una mayor valoración de la sociedad por los adultos mayores.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Orlando Vargas.
El señor VARGAS.- Señor Presidente , felicito a los integrantes de la Comisión especial, quienes hicieron un gran trabajo y nos entregaron un enorme caudal de información.
A mi juicio, lo importante es enfrentarnos a la realidad de los adultos mayores de mi país.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en el país existen más de 2.005.684 chilenos que superan los sesenta años de edad, cifra que se proyecta en aumento para los próximos cincuenta años. El aumento de las expectativas de vida -para las mujeres, de 81 años y medio, y para los varones, de 75 años y medio-, a lo que se suma la baja de la natalidad en los últimos años, significa que nuestra transición demográfica va derechito al envejecimiento de la población chilena.
Esas cifras serían del todo positivas si tuviéramos un resguardo para que todos nuestros compatriotas adultos mayores tuvieran una calidad vida digna. Sin embargo, junto a los problemas socioeconómicos, aparecen las complicaciones de salud, que transforman los años dorados en años grises.
La Región de Arica y Parinacota, a cuyo distrito represento, tiene más adultos mayores que el promedio nacional. A diario, veo a ariqueños y ariqueñas y a parinacotenses envejecer sin dignidad.
El problema no sólo afecta al individuo, sino también al conjunto de la familia, calando hondo y agudizando los problemas de nuestra sociedad.
Es cierto que muchas organizaciones y clubes reúnen a los adultos mayores, pero no todos éstos reciben los beneficios. Escuchaba decir al diputado Silva que 74 por ciento de los adultos mayores no está organizado. Esto demuestra que a un gran número de ellos no llegan todos los beneficios que debieran recibir de parte del Estado.
Además, hay que mirar con especial dedicación las patologías asociadas al envejecimiento, como los trastornos demenciales del adulto mayor de más de 75 años de edad. Según cifras del Senama, la dependencia del adulto mayor de más de 75 años es de 30 por ciento. Esto significa que por cada adulto mayor dependiente, debe existir un cuidador y el financiamiento respectivo. Imagínense el abandono al que están expuestos los de más escasos recursos.
En Arica, por ejemplo, muchos adultos mayores llegan a los consultorios a sacar número para pedir hora de atención médica, pero se encuentran con un grave problema: pese a levantarse a las cinco de la madrugada, no obtienen atención sea porque esos profesionales están de vacaciones o sencillamente porque no hay médicos.
Por eso, pensamos que deberían existir consultorios exclusivamente para los adultos mayores, de manera que no tuvieran que sufrir ese tipo de vejaciones.
El incremento de la dependencia de los adultos mayores, el crecimiento de los costos asistenciales, el encarecimiento de los remedios y las jubilaciones de hambre que reciben del sistema de la AFP, no nos dejan otra opción que abordar este problema, que, sin duda, es una materia de Estado.
En agosto pasado, presenté un proyecto de acuerdo cuya finalidad era la creación de casas geriátricas o centros diurnos de adulto mayor. Nuestra pretensión era mejorar la calidad de vida de los adultos mayores que, muchas veces, están arrinconados en sus casas o en algunos centros de acogida, en circunstancias de que todavía son personas útiles. Propusimos que los adultos mayores asistieran, de 8 a 17 horas, a centros diurnos, donde podrían ser atendidos por profesionales, como kinesiólogos, traumatólogos, psicólogos y médicos. Así, los adultos mayores volverían a sus casas a las 17 ó 18 horas, donde tendrían el cariño y el contacto diario con sus familiares, lo que les permite tener una mejor calidad de vida.
Entregué el texto de dicho proyecto de acuerdo al ministro Kast y conversé con la directora nacional del Senama , a quien le hice ver lo importante y prioritario que resulta adoptar las medidas que en él se proponen, pero hasta hoy no he tenido respuesta. Por lo tanto, espero que el Ejecutivo tome en consideración dicho proyecto de acuerdo, que tiene como objetivo entregar una mejor calidad de vida a los adultos mayores, respecto de los cuales tenemos una deuda, que luego será con nosotros, porque vamos camino hacia allá.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar.
La señora RUBILAR (doña Karla).- Señor Presidente , quiero felicitar a la Comisión Especial del Adulto Mayor por el trabajo realizado. Voy a leer con detención el informe y espero contribuir a las políticas que se propongan en esta materia.
Deseo plantear una reflexión a la honorable Cámara. En el período pasado, creamos la Comisión Especial de la Juventud. Sin embargo, fue casi imposible sesionar. Muchas sesiones fracasaron por falta de quórum. La Comisión no fue capaz de sacar adelante los proyectos que tenía como desafío.
Espero de todo corazón que, tras la aprobación del proyecto de inscripción automática y voto voluntario, y la aplicación de esa reforma, ojalá, en las próximas elecciones, el Congreso Nacional dedique tanto tiempo, cariño y un gran informe a los jóvenes, tal como se hizo respecto de los adultos mayores.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Cristián Letelier.
El señor LETELIER.- Señor Presidente , atendido el hecho de que la población de adultos mayores crece -próximamente llegará a 3 millones-, creo pertinente no quedarnos sólo en las palabras y en este excelente informe entregado por la Comisión a la que pertenezco, sino adoptar medidas concretas, las cuales se echan de menos.
Pido a la Mesa que, además del informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor de nuestra honorable Cámara de Diputados, se haga un compilado de los textos del ordenamiento jurídico que digan relación con los adultos mayores. De esa manera, junto con el informe, podrían difundirse, a través de las municipalidades, los beneficios con que cuentan actualmente en nuestra legislación. Al estar dispersa esa información, muchas veces los clubes de adultos mayores no tienen la posibilidad de obtener todos los beneficios que hoy entrega nuestro ordenamiento jurídico. Así, por ejemplo, el Senama presenta un conjunto de concursos por medio del Fondo Nacional del Adulto Mayor, los cuales, muchas veces, son desconocidos para este segmento de nuestra sociedad.
Por lo tanto, solicito a la honorable Mesa de la Cámara de Diputados que se sirva estudiar la proposición de este diputado , en el sentido de hacer un compilado de todas las leyes que beneficien a los adultos mayores, material que los diputados podríamos distribuir en las municipalidades de nuestros distritos, junto con el informe de la Comisión, para que los adultos mayores tengan cabal información al respecto y hagan uso de los beneficios que hoy les entrega el país.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
Un señor DIPUTADO .- ¡Una adulta mayor!
La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente , es verdad soy adulta mayor. Lo digo con orgullo, porque soy de las adultas mayores que han tenido la posibilidad de desarrollarse en la vida y llegar a esta edad en óptimas condiciones. Ojalá todos los adultos mayores de nuestro país pudieran tener las mismas oportunidades y ser autovalentes hasta el momento de dejar esta vida.
Me parece muy valido el análisis que hizo la Comisión. Desde hace diez años vengo trabajando a nivel nacional e internacional con agrupaciones de adultos mayores, con la finalidad de que en nuestro país existan avances en esta materia. Creo que logramos grandes progresos desde la creación del Senama, pero, indiscutiblemente, hay que seguir avanzando.
Logramos un sistema de protección social, de manera que obtuvieran subsidios, pero no cabe duda de que aún falta mucho por hacer. También apuntamos a terminar con la violencia intrafamiliar, a que los adultos mayores obtuvieran atención en sus hogares cuando estén enfermos -esto se lleva a cabo en muchos municipios- y a que se mirara a los que están cesantes, a los cuales muchas veces vemos pidiendo limosna en las calles.
La pensión básica solidaria indiscutiblemente contribuyó al aumento de soluciones, al igual que otros programas específicos de participación social.
Durante los últimos veinte años he trabajado a favor de los adultos mayores, primero en los sectores privado y público, cuando no formaba parte de esta Corporación, y hoy, en mi condición de diputada .
Abordamos el problema de la vivienda. En comunas como Melipilla y Talagante, logramos que adultos mayores obtuvieran viviendas. Sin embargo, muchas veces ellos viven solos y, lo que es peor, no tienen comunicación con sus vecinos, porque vivimos en una sociedad no solidaria. Por lo tanto, tenemos que trabajar para que en nuestra sociedad, todos seamos solidarios, desde los jóvenes hasta los adultos mayores.
Coincido con algunos diputados que me antecedieron en el uso de la palabra en relación con la dispersión de leyes relativas a los adultos mayores, vinculadas con diferentes organismos del Estado, como el sector salud, y del sector privado. Incluso más, muchas veces, existe duplicidad de legislación. A mi juicio, resulta importante traspasar la dependencia del Senama al futuro Ministerio de Desarrollo Social.
Existen temas respectos de los cuales no se profundiza en este informe. Por ejemplo, ¿qué pasa con las jubilaciones de los adultos mayores que tienen sus fondos en administradoras de fondos de pensiones? Por el cálculo que hacen las AFP, los fondos acumulados sólo les alcanzarán hasta los 70 ó 75 años. ¿Qué ocurre después? Reciben sólo el subsidio solidario y, por lo tanto, baja su estándar de vida. Por consiguiente, muchas veces vemos a adultos mayores en situaciones complicadas.
Creo que los adultos mayores más vulnerables están más acompañados en la solución de sus necesidades, gracias a los diferentes subsidios existentes y a la manera como los trarta el sector salud. Pero, ¿qué pasa con los adultos mayores de clase media o de situación más acomodada? Muchas veces son abandonados por sus hijos. Así he podido comprobarlo en instituciones que visito frecuentemente -ojalá, los colegas también las visitaran-, donde se pagan sumas elevadas por mantener a los adultos mayores. Ellos viven solos. En esas instituciones se les va acabando la vida, pero sus hijos y sus parientes no van a visitarlos. Quizá vivan en hogares adornados con rosas y llenos de comodidades, pero la soledad los mata.
Nuestra sociedad cree en el desecho. No nos acordamos de que el tiempo transcurre de manera tan veloz. Todo es tan leve, que las novedades que se van produciendo son devoradas y reemplazadas por otras.
Los jóvenes nos dicen a los adultos mayores que no necesitan nuestra experiencia y nos piden que les dejemos espacios, pero olvidan que hemos creado el camino para que ellos puedan desarrollarse.
Creo que es necesaria la convivencia de jóvenes y adultos mayores. En otros países, los adultos mayores tienen espacio entre los jóvenes, incluso, en las guarderías infantiles, donde el niño acompaña al adulto mayor, y el adulto mayor apoya al niño que se está desarrollando.
Hoy, universidades han abierto espacios para los adultos mayores. Así, por ejemplo, en la U3E están estudiando adultos mayores que no tuvieron esa oportunidad cuando jóvenes. Muchos de ellos, de alrededor de 60, 65 ó 70 años, están recibiendo sus títulos. ¿Sabemos eso los diputados o no nos acordamos de eso?
Este informe es maravilloso, pues plantea muchas cosas, pero carece de la sensibilidad de los adultos mayores. Hay que mirar desde adentro; es necesario conocer lo que ellos opinan.
Hoy, existen adultos mayores autovalentes y que trabajan. Es cosa de ver lo que ocurre en universidades, donde muchos profesores tienen sobre setenta años de edad, o en los hospitales, donde muchos médicos tienen sobre sesenta años. Su experiencia los lleva a ser profesores de los jóvenes. Finalmente, creo que es súper importante considerar a los adultos mayores como parte del desarrollo de nuestra sociedad, no sólo como personas no valentes a las cuales hay que entregar una mejor protección. La novedad del pasado se alimenta del olvido de hoy; pero ella nos ha abierto el camino para tener un futuro mejor.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .- Señor Presidente , creo no exagerar al decir que éste es uno de los momentos más gratos que he vivido en la Cámara de Diputados, porque con este informe estamos haciendo justicia y también historia. No es retórica, porque si existe algo que nos motiva e inspira es reconocer a quienes nos han entregado todo. Hay aquí una mirada nacional y unitaria, que refleja muy bien los esfuerzos de muchos colegas presentes en la Sala, como de quienes ya no están con nosotros.
La extensa lista de iniciativas que se han presentado en esta materia refleja que en esta Cámara siempre ha estado presente la preocupación por los adultos mayores. Hemos ido avanzando, quizás no con la celeridad que desearíamos, pero lo que tenemos hoy es muy distinto de lo que existía hace algunos años, y eso nos permite crecer y proyectarnos.
El informe contiene una enorme cantidad de medidas que se constituyen en fuente para una verdadera política de Estado en materia de calidad de vida para el adulto mayor. Muchas de ellas son de fácil aplicación, como la creación de unidades especializadas en los servicios de salud para mejorar los tiempos de detección de patologías y la eficiencia del tratamiento; la creación de programas de formación y capacitación, utilizando para ello la infraestructura y los recursos existentes en los establecimientos educacionales administrados por las municipalidades; la ampliación del programa de tutorías para postrados severos a favor de adultos mayores que presenten alguna discapacidad invalidante; la homologación de las franquicias del pase escolar a todos los adultos mayores beneficiarios de programas sociales; el desarrollo de un programa de educación vial, que incluya capacitación y adecuación paulatina de las señaléticas urbanas y rurales a las necesidades del adulto mayor, con un lenguaje colorido y nítido y una letra de tamaño propicio; la incorporación, dentro de la política habitacional del país, de un subsidio destinado a la implementación de servicios higiénicos en las viviendas donde residen adultos mayores; el establecimiento de normas que aseguren, al momento de la construcción, las dimensiones necesarias para garantizar su acceso y movilidad, e instaurar el sistema denominado “hipoteca invertida”; la coordinación con el Servicio Nacional del Adulto Mayor de las ayudas para el funcionamiento de comedores abiertos, y el fomento a la creación de establecimientos de acogida diurnos y permanentes.
En definitiva, es una muestra que apunta a cada uno de los títulos que se indican y que revela que es posible avanzar rápidamente en muchos ámbitos; en otros, será más lento. Es indudable que estamos en presencia de un instrumento que fundamenta una política para tener una sociedad que entregue respeto, oportunidades y calidad de vida a los adultos mayores.
Por último, felicito a los colegas que integraron la Comisión, por el esfuerzo realizado y por la calidad de su trabajo.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente , sostener un debate como éste en la Cámara de Diputados, referido a cómo construir una legislación que vaya en beneficio del adulto mayor, es de gran significación no sólo desde el punto de vista de los derechos sociales, sino también desde la perspectiva de construir y aportar a una ética, a una escala de valores mayor que sea capaz de reconocer y actuar en consecuencia en la vida cotidiana de quienes están en ese segmento etario y han entregado su aporte a la sociedad chilena. No creo que sea mezquindad hablar en forma muy directa y actuar en consecuencia respecto de contar con una política integral hacia el adulto mayor, que considere sin ninguna inhibición.
En ese sentido, debemos asumir que el adulto mayor no es un segmento que esté excluido de la intensidad y la calidad de vida en la sociedad. La política hacia el adulto mayor debe incorporar y comprender que ellos deben y pueden seguir haciendo un aporte activo en distintos planos para potenciar con sus mejores valores la actividad de nuestra sociedad. Es importante contar con una política que promueva la forma como ellos socializan experiencias y trasladan vivencias, y comprobar, como, muchas veces sobre la base de una experiencia concreta, se constituyen en reserva a nivel del plano cívico de nuestra sociedad. Asimismo, es fundamental que, en forma organizada -desde el punto de vista de una legislación que lo facilite-, se les permita intercambiar experiencias en los distintos establecimientos educacionales, por ejemplo, que muchos de ellos asistan a charlas con estudiantes o tengan la posibilidad de dar a conocer sus intereses y motivaciones en los medios de comunicación masivos de cada región. Por ello, una política integral debe partir de la base de que el adulto mayor constituye un segmento absolutamente necesario, con el cual se debe interactuar, y es necesario apoyar cualquier plan de desarrollo que tengamos como país.
Por otra parte, debe existir una política social que tenga presente sobre todo al sector de adultos mayores, tanto hombres como mujeres, que viven en condiciones más precarias desde el punto de vista material y de infraestructura. En ese sentido, surgen algunas inquietudes sobre la forma como se expresará eso, por ejemplo, en las políticas del transporte público, de preferencias en materia de viviendas sociales y, principalmente, de salud. No es un misterio que, desde el punto de vista de la salud pública, tiene demandas no sólo mayores, sino también más sensibles. Por eso, de no ser atendidas con urgencia, oportunidad y cobertura del caso, el efecto sobre su calidad de vida tiene una repercusión mayor que si se tratara de una persona en edad activa.
Desde esa perspectiva, hace falta privilegiar a los adultos mayores con listas de espera específicas para ellos, de beneficios exclusivos. No pueden repetirse situaciones como las ocurridas en la Región de Atacama, donde las listas de espera para interconsultas son tan largas, que el paciente puede esperar desde un mes hasta un año por un examen o atención del respectivo especialista. Es lo que le ocurrió a la señora Gioconda Oviedo Funes , quien debió esperar un año para recibir la atención de un especialista y tomarse un examen a la cadera. Obviamente, la oportunidad de la atención repercute en la resolución de la necesidad del paciente. Para no repetir esos ejemplos, necesitamos contar con una política específica en el plano de la salud, a la que se debe sumar la batería de medicamentos más requeridos por el adulto mayor, los cuales deben estar disponibles en el tiempo y lugar adecuados. Eso generará una mayor tranquilidad, la que lamentablemente hoy no tienen muchos adultos mayores, según denuncias que recibí en la comuna de Diego de Almagro.
Todo lo que vaya en el sentido de entender al adulto mayor, hombre y mujer, como una persona integral, que también tiene necesidades de recreación, asistir a una obra de teatro, ver una película en el cine, ir al estadio, practicar algún deporte, etcétera, permitirá mejorar la calidad de vida de quienes entregaron tanto a la sociedad chilena.
Más allá del anuncio mediático, la expectativa del adulto mayor sobre este debate se medirá en relación con la implementación de políticas específicas y concretas que les permitan percibir el mejoramiento de su calidad de vida.
Por lo tanto, estaré a favor de toda iniciativa que establezca una política más integral, más completa y de mayor reconocimiento a quienes constituyen el segmento etario del adulto mayor.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA.- Señor Presidente , felicito a los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor y a la Cámara, por este interesante trabajo, que ha establecido en forma exhaustiva la situación que enfrentan los adultos mayores del país, quienes, como se ha dicho, alcanzan aproximadamente a 1.700.000 personas, y que en pocos años más llegarán a representar el 20 por ciento de la población de nuestro país.
Debemos mirar al adulto mayor no como un individuo que está en el ocaso de su vida, sino como un ser humano que es vital para nuestra sociedad, una sociedad que, lamentablemente, está segmentada y es poco solidaria.
El viernes recién pasado, tuve la oportunidad de visitar en un centro abierto del Hogar de Cristo, ubicado en la ciudad de Chillán, donde se celebraba el Día del Voluntariado. Allí pude comprobar que adultos mayores en situación vulnerable eran atendidos gracias a dos programas: uno de recreación y de atención durante el día, y otro de alimentación.
Debo reconocer que en estos años el Estado de Chile ha concretado iniciativas en pro de mejorar las condiciones de vida del adulto mayor, como son la creación del Servicio Nacional del Adulto Mayor y el mejoramiento de las atenciones de salud, a pesar de todos los problemas que tenemos en esta materia, las que han sido señaladas por el diputado Carmona , con quien concuerdo. No obstante, las patologías que se atienden mediante el AUGE corresponden en gran parte a enfermedades que afectan al adulto mayor, que el Estado garantiza que serán atendidas dentro del plazo que establece la ley.
Sin embargo, debo ser muy claro en reiterar lo señalado por el diputado Carmona , cual es que muchas patologías de los adultos mayores que no están en el AUGE se demoran no meses, sino años en ser atendidas.
Otro tema que planteó el diputado Carmona, con el que estoy muy de acuerdo, se refiere a los medicamentos.
El mejoramiento de las condiciones socioeconómicas y el desarrollo de las políticas de salud han permitido aumentar en forma importante el promedio de vida de nuestros habitantes. Este acelerado aumento de la población de adultos mayores también ha producido problemas previsionales, a pesar del importante avance que significó la reforma previsional, que permite que el 60 por ciento de los adultos mayores vulnerables reciban una pensión básica solidaria, cuyo monto esperamos vaya aumentando con los años.
Como dije al inicio de mi intervención, el trabajo realizado por la Comisión fue excelente, por lo que reitero mis felicitaciones.
Nuestro compromiso es elaborar iniciativas legales que permitan dar un trato digno a los adultos mayores del país, quienes, como ya se ha expresado, han permitido el crecimiento económico y el desarrollo de Chile, lo que nos obliga a entregarles todo nuestro respeto y afecto, y, sobre todo, nuestro compromiso de solucionar sus problemas más importantes de salud y de vivienda, y de mejorar sus condiciones de vida; es decir, que tengan la posibilidad de usar su tiempo libre en actividades de recreación y que sean apoyados con diferentes programas.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor en los siguientes términos:
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde pronunciarse sobre el informe de la Comisión Especial sobre el Adulto Mayor, encargada de proponer medidas legales y administrativas a favor de este grupo de personas.
El señor PÉREZ (don Leopoldo).- Señor Presidente, pido la palabra.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra señor Diputado.
El señor PÉREZ (don Leopoldo).- Señor Presidente , pido que recabe la unanimidad de la Sala para aprobar el informe que se somete a su consideración como una señal positiva para la población de adultos mayores.
El señor MELERO (Presidente).- En virtud de la transparencia de esta Corporación, corresponde, al igual que en comisiones, votar el informe.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente, pido la palabra.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra señor Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , marqué mi voto afirmativo, pero no apareció en la pantalla.
El señor MELERO (Presidente).- Se incluirá su voto a favor del informe, señor diputado.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
ESTUDIO E INCORPORACIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD VIAL EN RUTAS CONCESIONADAS. (Votación).
El señor MELERO ( Presidente ).- Por última vez, en votación el proyecto de acuerdo N° 250.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 59 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 1 abstención.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvo el diputado señor
EXENCIÓN DE PAGO DE IVA EN COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS DE CUERPOS DE BOMBEROS.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte resolutiva del siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- El proyecto de acuerdo N° 251 es de las diputadas señoras Marta Isasi y Alejandra Sepúlveda y de los diputados señores Araya, Meza, Delmastro, Calderón, Marinovic, Rivas, Farías y José Pérez, en su parte dispositiva dice lo siguiente:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia el Presidente de la República , el envío de un proyecto de ley al Congreso Nacional, que tenga por objeto modificar el artículo 12 A) del decreto ley N° 825, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, a fin de que los Cuerpos de Bomberos no estén obligados a pagar IVA por la adquisición de bienes y servicios, y que los vendedores y prestadores de ellos puedan compensar la falta de cobro de dicho tributo con el Impuesto a la Renta de Primera Categoría, aplicándolo como un crédito contra sus pagos mensuales obligatorios del período.”.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
El señor ULLOA.- Señor Presidente, pido la palabra.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.- Señor Presidente , se nos convocó a votar mientras estábamos en sesión de una comisión investigadora, y cuando llegamos a la Sala ya habían terminado las votaciones.
Entonces, le pido que recabe el acuerdo de la Sala para incorporar el voto de los diputados de las distintas bancadas que nos encontrábamos en la señalada instancia.
El señor MELERO ( Presidente ).- Diputado señor Ulloa, se entiende que su petición sería exclusivamente respecto de la votación del informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor.
¿Habría acuerdo para proceder en la forma solicitada por el diputado señor Ulloa?
No hay acuerdo.
ACCESO GRATUITO DE PÚBLICO A EDIFICIOS PATRIMONIALES EL ÚLTIMO DOMINGO DE CADA MES.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte resolutiva del siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- El proyecto de acuerdo N° 252, de las diputadas señoras Marta Isasi y Alejandra Sepúlveda y de los diputados señores Rivas, Meza, Farías, Araya, Marinovic, Velásquez, Delmastro y Calderón, en su parte dispositiva dice lo siguiente:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia el Presidente de la República tenga a bien disponer la modificación del Decreto Supremo N° 252, del Ministerio de Educación, del año 2000, que estableció como Día del Patrimonio Cultural de Chile el último domingo del mes de mayo de cada año, a fin de que, sin perjuicio de dicha conmemoración, se permita también el acceso gratuito el último domingo de cada mes, durante todo el año, a todos los edificios, museos y demás instalaciones que tengan la calidad de patrimonio histórico, cultural o arquitectónico del país.”.
El señor MELERO (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Marta Isasi.
La señora ISASI (doña Marta).- Señor Presidente , el fundamento de este proyecto de acuerdo es la necesidad de las familias de disfrutar de nuestra cultura patrimonial; para ello se plantea su libre acceso a los edificios, museos y demás instalaciones que tengan la calidad de patrimonio histórico, cultural y arquitectónico el día indicado.
Por eso, llamo a los distinguidos colegas a votar favorablemente este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
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REPROGRAMACIÓN DE DEUDAS PROVENIENTES DEL FONDO SOLIDARIO DE CRÉDITO UNIVERSITARIO.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte resolutiva del siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- El proyecto de acuerdo N° 253, de las diputadas señoras Marta Isasi y Alejandra Sepúlveda y de los diputados señores Rivas, Farías, Delmastro, Meza, Araya, Marinovic, Calderón y José Pérez, en su parte dispositiva dice lo siguiente:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S. E., el Presidente de la República el envío de un proyecto de ley, que modifique las leyes N°s 19.287 y 19.848, con el objeto de permitir la reprogramación de las deudas proveniente del Fondo Solidario de Crédito Universitario, en condiciones que permita a los deudores satisfacerlas en forma efectiva, posibilitando asimismo el reintegro de dichos recursos al erario.”.
El señor MELERO (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA.- Señor Presidente , el objetivo de este proyecto de acuerdo es que el Presidente de la República envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley que posibilite la reprogramación de las deudas que tienen estudiantes, chilenas y chilenos, generadas en la obtención de créditos del Fondo Solidario para la educación superior.
A los radicales nos embarga una tristeza tremenda cada vez que nos referimos a esta educación que se ha transformado prácticamente en un comercio permanente, como también ocurre con la salud.
Miles de jóvenes, a lo largo y ancho de Chile, sufren el drama de haber contraído una deuda tremenda para estudiar y alcanzar un título universitario que les permita desenvolverse en esta sociedad, donde impera la ley de la selva.
“El hombre es el lobo del hombre”, como he manifestado en otras oportunidades.
Para que estos deudores puedan, de acuerdo a sus reales capacidades económicas, terminar con la morosidad, se hace necesario el envío de un proyecto de ley sobre la materia. Además, la normalización de su situación les permitirá volver a ser sujetos de crédito.
Por eso, solicito a esta honorable Sala que dé su aprobación a este proyecto de acuerdo de iniciativa de la diputada Marta Isasi, otros diputados y de quien habla, con el objeto de solucionar este problema.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente , el problema a que se refiere el proyecto es de larga data. Los ocho diputados que integramos la Cámara desde 1990 seguramente nos acordaremos de que en 1991 o 1992 estaban por rematarles las casas a los padres que habían servido de aval a una inmensa mayoría de chilenas y chilenos para que accedieran al crédito universitario.
Por eso, en forma unánime, la Cámara de Diputados solicitó el envío de un proyecto con urgencia de “discusión inmediata” para parar esos remates. Se arregló el problema. Además, el Congreso Nacional despachó los proyectos que se convirtieron en las leyes Nos 19.287 y 19.848, lo que significó un beneficio para muchas personas que no tenían ninguna posibilidad de financiar sus estudios universitarios.
Por ello, creo que este proyecto de acuerdo ha sido presentado en el momento preciso. Ojala sea aprobado por unanimidad, porque el único que tiene atribuciones para mandar a trámite legislativo un proyecto con urgencia de “discusión inmediata” es el Presidente de la República . Esto va a beneficiar a mucha gente que no pudo cumplir con sus compromisos porque viven en la zona que fue afectada por el cataclismo ocurrido el 27 de febrero de 2010. Por lo demás, todos los días tenemos que soportar verdaderos racimos de sismos de grados superiores a 5,1, lo que obviamente también incide en ello.
Por lo anterior, considero que este proyecto de acuerdo es de justicia y lo vamos a votar favorablemente.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 49 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
APLICACIÓN DE MULTAS CURSADAS POR SUPERINTENDENCIA DE MEDIO AMBIENTE EN BENEFICIO DE REGIÓN AFECTADA.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- El proyecto de acuerdo N° 254, de las diputadas señoras Marta Isasi y Alejandra Sepúlveda y de los diputados señores Marinovic, Meza, Araya, Farías, Rivas, Velásquez, Delmastro y Calderón, en su parte dispositiva dice lo siguiente:
“La Cámara de Diputados acuerda solicitar a su excelencia, el Presidente de la República , el envío de un proyecto de ley, en carácter de urgente y antes de que comience sus funciones el Tribunal Ambiental, con el objeto de modificar el artículo 45 de la ley N° 20.417, que creó la Superintendencia del Medio Ambiente, con el objeto de que las multas que se apliquen por dicho organismo, en el ejercicio de su facultad sancionatoria, sean destinadas a la región afectada por el daño ambiental que conlleva la infracción cometida.”.
El señor MELERO (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Miodrag Marinovic.
El señor MARINOVIC.- Señor Presidente , sólo deseo reafirmar que las multas a beneficio fiscal que tengan relación con daños medioambientales generados por las distintas actividades que se realizan en una zona deben ser reinvertidas en la misma región que sufra las externalidades negativas. Esto es algo muy simple y hoy no está establecido en nuestra legislación.
Por eso, hemos presentado este proyecto de acuerdo que tiene toda una lógica en esta materia. Espero que el Ejecutivo tome esta iniciativa y envíe un proyecto de ley para que todos los ingresos relacionados con multas que se generen en las regiones debido a ciertas externalidades, puedan ser reinvertidos donde se haya provocado el daño ambiental.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Patricio Vallespín.
El señor VALLESPÍN.- Señor Presidente , con la mayor fuerza quiero respaldar y avalar esta propuesta, sobre todo, porque es lo que demuestra la experiencia internacional: donde hay daño al medio ambiente las compensaciones quedan para los territorios afectados, lo que constituiría una innovación muy interesante en nuestra legislación. Espero que esto sea considerado por el Gobierno. Si no se establece su aplicación en favor del territorio afectado por los daños causados por alguien que incumplió una resolución de la legislación ambiental o pasó a llevar las normas, en la comunidad queda la sensación de impunidad.
Por tanto, invito a mis colegas a aprobar este proyecto de acuerdo, ya que será una innovación interesante si el Gobierno la hace suya.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para impugnar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado don Juan Lobos.
El señor LOBOS.- Señor Presidente , a nadie le gusta que su zona sufra un daño ambiental y estoy de acuerdo en que exista una justa reparación; no obstante, no se pueden transgredir los principios básicos del orden jurídico.
Las multas a beneficio fiscal son a beneficio fiscal. Otra cosa es la indemnización. En mi opinión, aquí se debe separar claramente una cosa de la otra. Cuando una empresa provoca un daño ambiental, se debe recurrir a los organismos que corresponda -hoy existe legislación suficiente- para lograr indemnizar o reparar el daño causado. Otra cosa distinta es la multa que el fisco aplique por infringir una norma. Esto, además, puede acarrear un incentivo perverso: que, por esta vía, algún día las indemnizaciones sean denegadas, puesto que podría pretenderse reparar con la multa.
A mi juicio, en este caso, el remedio es peor que la enfermedad. Por eso, llamo a mis colegas a rechazar este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, tiene la palabra la señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente , concuerdo plenamente con lo señalado por el diputado Juan Lobos ; aunque creo que la intención del proyecto de acuerdo es positiva, mañana puede ser negativo para nuestra zona, ya que hoy la reparación tiene que ir directamente al lugar, comuna o provincia afectada. Con una medida como la que propone el proyecto de acuerdo es posible que se revierta la situación y se deje de lado el verdadero derecho que tiene cada comuna de reclamar la indemnización del daño causado en la zona.
Aun cuando considero que la intención es buena, habría que analizar más a fondo la situación y ver de qué forma se pueden proteger las regiones en esta materia.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 7 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
VII. INCIDENTES.
APLICACIÓN EN PUNTA ARENAS DE NUEVO FORMULARIO RELACIONADO CON FICHA DE PROTECCIÓN SOCIAL. Oficio.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- El primer turno corresponde al Comité Independientes-PRI.
Tiene la palabra el diputado Miodrag Marinovic.
El señor MARINOVIC.- Señor Presidente , en la municipalidad de Punta Arenas se ha puesto en práctica un nuevo formulario relacionado con la Ficha de Protección Social.
Me voy a referir brevemente a alguno de los elementos que contiene el formulario.
Respecto de los gastos familiares, en alimentación, se pide establecer un monto promedio diario; se habla del arriendo y las contribuciones; en cuanto a educación, se debe indicar la matrícula y el arancel; en relación con el vestuario, se pide a los vecinos y vecinas hacer una proyección del gasto diario en vestimenta; en salud, señalar promedio mensual en medicamentos; además, el pago de cuotas y muchas otras cosas.
¿Qué hay detrás de esta declaración de gastos mensuales que hoy se está utilizando en la Municipalidad de Punta Arenas para determinar el puntaje de la Ficha de Protección Social? Me da la impresión de que existe una fórmula encubierta para alterar su espíritu, que apunta a establecer la capacidad de generación de ingresos que tienen las personas dentro de sus núcleos familiares.
Entonces, como se trata de una cuestión altamente preocupante, hemos acogido el reclamo y el malestar de muchos vecinos y vecinas de nuestra ciudad que, frente a este nuevo formulario de declaración de gastos mensuales, se sienten imposibilitados de complementarlo en forma clara y precisa.
Por eso, pido que se oficie, al ministro de Planificación , con el objeto de que analice la situación de Punta Arenas y emita un pronunciamiento respecto del nuevo formulario, cuya copia solicito se acompañe al oficio, y de la aplicación de la Ficha de Protección Social.
He dicho.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN AUTORIZACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE CAPTURA DE CRÍAS DE LOBOS MARINOS EN REGIÓN DE MAGALLANES. Oficio.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra la diputada señora Carolina Goic.
La señora GOIC (doña Carolina).- Señor Presidente , en Magallanes, la semana pasada y en los últimos días, hemos sido testigos de la polémica que generó, en extrañas circunstancias, la muerte de veinte crías de lobos marinos. Según los científicos, por hambre.
Atendida la poca claridad que ha existido respecto de los procedimientos seguidos, pido que se oficie al ministro de Economía , a fin de que ordene efectuar una investigación sobre eventuales irregularidades en la autorización y fiscalización de la captura de esas veinte crías de lobos marinos, incluida las acciones realizadas por Sernapesca y por el seremi de Economía regional, y nos informe sus resultados y las sanciones aplicadas a los responsables.
Asimismo, pido que el ministro disponga la revisión y modificación del actual decreto N° 225, de 1995, que establece el tratamiento que se debe dar a los lobos marinos, con el objeto de que sea similar al que recibe el resto de los mamíferos marinos y de que se dejen sin efecto las excepciones relacionadas con su captura.
En virtud de algunas de sus normas, la Ley General de Pesca y Acuicultura vigente considera a los mamíferos marinos como recursos susceptibles de ser explotados en determinadas condiciones. También establece que la Subsecretaría de Pesca podrá autorizar, excepcionalmente y con fines científicos o de exhibición, la captura de lobos marinos.
Se decretó una veda extractiva de treinta años para todos los mamíferos marinos, con excepción de los lobos marinos. Con estas autorizaciones excepcionales ha quedado demostrado que se cometen abusos en la captura de estos mamíferos, situación que no se justifica ni técnica ni científicamente.
Por eso, sin perjuicio de las gestiones y del análisis que estamos realizando para modificar en forma sustantiva la legislación actual que permita proteger a los lobos marinos y al resto de los mamíferos marinos, consideramos necesario revisar las multas que se aplican por incumplimiento de la normativa vigente; hacer extensiva la responsabilidad a las empresas que participan en la captura y traslado de los lobos marinos y mejorar las condiciones de fiscalización y las atribuciones de los organismos del Estado relacionados con esta actividad.
He dicho.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
PLAN DE FISCALIZACIÓN DE TRANSPORTE INTERURBANO Y RURAL EN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA. Oficio.
El señor BECKER (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Fuad Chahín.
El señor CHAHÍN.- Señor Presidente , la semana pasada, la Región de La Araucanía se vio conmovida por un trágico accidente carretero ocurrido en la Ruta 5 Sur, frente al acceso norte de Lautaro.
No obstante estar expresamente prohibido por la normativa vigente, el bus que protagonizó el accidente no sólo llevaba como auxiliar a un menor de edad, sino que exceso de pasajeros, muchos de los cuales iban de pie.
Esto es muy frecuente en la Región de La Araucanía. He recibido múltiples denuncias de personas que se quejan porque deben viajar de pie, como verdaderos animales, al interior de los buses interurbanos, sin que el estado de las máquinas sea fiscalizado ni tampoco si cumplen el límite máximo de pasajeros que pueden transportar, que está fijado por ley o que es autorizado por el seremi de Transportes respectivo.
Si queremos ser coherentes con lo que legislamos hace algunas semanas en cuanto a hacer exigible el uso del cinturón de seguridad en los buses interurbanos, debe existir un plan de fiscalización; de lo contrario, esa iniciativa se transformará en letra muerta, como ocurre con muchas otras normativas que rigen esta actividad.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Transportes y Telecomunicaciones , a fin de que ordene elaborar un plan permanente de fiscalización del transporte interurbano y rural en la Región de La Araucanía; que tiene el mayor número de kilómetros de vías del país, lo que hace extremadamente necesario que la fiscalización sea permanente y no sólo cuando se produce un accidente tan lamentable como el que costó la vida de cinco personas en nuestra región.
He dicho.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión del diputado señor González , de la señora Adriana Muñoz , de los señores Vargas , Jaramillo , Saffirio , Campos y Rincón, de la señora Carolina Goic , de los señores Vallespín , Ojeda y Velásquez , de la señora Andrea Molina y de los señores De Urresti , Baltolu y García-Huidobro .
PREOCUPACIÓN POR RECORTE DE PRESUPUESTO DE REGIÓN DE LOS LAGOS. Oficio.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- En el tiempo que le resta al Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señor Presidente , con el diputado Patricio Vallespín , con mucha preocupación nos hemos informados por los medios de comunicación de que la Región de Los Lagos es la que ha sido objeto del mayor recorte presupuestario.
El recorte presupuestario es absolutamente contradictorio con las necesidades reales de la zona. Además, implica una nueva reducción de su presupuesto. En 2009, se le asignaron 71.500 millones de pesos; en 2010, 56.299 millones; en 2011, 48.800 millones. Se considera que de 2009 a la fecha su presupuesto ha disminuido en 32 por ciento. Hoy, se ha anunciado un recorte presupuestario de 13,30 por ciento, respecto del presupuesto de 2010, lo que nos preocupa sobremanera, porque la región contará con menos recursos.
En la Región de Los Lagos hay una gran cesantía -la provincia de Osorno tiene el mismo problema- y falta mucha infraestructura, de manera que no entendemos el motivo por el cual se ha dispuesto tal recorte presupuestario. Además, porque periódicamente estamos solicitando mayor presupuesto para sus comunas y provincias, a fin de cubrir las necesidades que le afectan.
No sé a título de qué Los Lagos será la región más afectada por el porcentaje más alto de recorte.
Por ello, solicito el envío de un oficio al ministro del Interior , a fin de que instruya al intendente de Los Lagos para que nos informe acerca del porcentaje efectivo de esta disminución de presupuesto, el ítem que afecta, el servicio y el motivo de la medida. Quiero saber si en realidad se justifica el recorte. A mi juicio, es absolutamente injustificado, arbitrario y afectará mucho a la zona.
He dicho.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Vallespín , Campos, Montes, Rincón y señora Cristina Girardi.
RESTRICCIÓN PRESUPUESTARIA A BECAS DE ALIMENTACIÓN DE LA JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS. Oficios.
El señor BECKER (Presidente accidental).- En el tiempo adicional del Partido Demócrata Cristiano, correspondiente al mes de abril, tiene la palabra el diputado Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente , con mucha preocupación hemos recibido el testimonio de miles de padres y apoderados cuyos hijos han sido afectados por los recortes en las becas de alimentación entregadas por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (Junaeb), en los colegios municipales y particulares subvencionados del país.
El año pasado, a cientos y miles de niños se les entregaba su ración de almuerzo de la Junaeb en los establecimientos educacionales. Sus familias han sido notificadas en forma verbal de que este año no la recibirán, precisamente, cuando está subiendo el precio de la canasta básica de alimentos, de los combustibles y de una serie de otros productos.
Por lo mismo, es necesario corregir el Sistema Nacional de Asignación con Equidad, establecido en un instructivo de la Junaeb. La primera prioridad es para los niños de extrema pobreza; la segunda, para los que se encuentran en situación de pobreza y con problemas en el rendimiento escolar; la tercera, para los niños de educación básica y media, dentro del primer quintil de la población, de acuerdo con la Ficha de Protección Social; es decir, limitada a los niños de hogares con hasta 8.500 puntos.
Los colegios, al ver limitadas sus raciones alimenticias, sólo les entregan a los niños ubicados en la primera prioridad. Muchos niños, cuyo grupo familiar pertenece al primer quintil, no están recibiendo su almuerzo ni su ración de leche, sin perjuicio de los problemas de calidad de la alimentación que, para ser justos, proviene desde hace muchos años.
Lo que más nos preocupa es que todo esto habría sido confirmado por el ministro de Hacienda en la Comisión de Hacienda, donde dijo que uno de los ítems que se ajustarían en la ejecución presupuestaria anunciada por el Gobierno es precisamente la alimentación escolar.
Por ello, desde esta tribuna hacemos un llamado para que no se ajuste el presupuesto con cargo al almuerzo y la ración alimenticia de los niños más pobres de Chile.
Por eso, pido oficiar a los ministros de Hacienda y de Educación a fin de que den a conocer en qué consiste esta restricción presupuestaria a la beca Junaeb, cuántos niños, con nombre, apellido y RUT, a los que el año pasado se les entregaba su ración en los colegios municipales y en los particulares subvencionados, hoy no la están percibiendo.
Entendemos que la alimentación escolar debe focalizarse en los niños más vulnerables. Pero familias con ingresos de 180 mil ó 200 mil pesos, también son discriminadas y no reciben este apoyo tan importante.
Hicimos esta denuncia en la Región de Coquimbo. El director regional de la Junaeb lo negó categóricamente. Se nos acusó de atemorizar a los más pobres de Chile con esta denuncia. Pero lo hemos hecho de manera responsable. Hemos recibido el testimonio de miles de familias, entre ellas una del sector Tierras Blancas, de la comuna de Coquimbo, con 2.450 puntos en la Ficha de Protección Social, madre soltera, con tres hijos, a cuya hija mayor de Cuarto Año Básico se le ha restringido este apoyo.
¡Si ésta es la nueva forma de gobernar…! En verdad no entendemos las prioridades de este Gobierno, que dijo que mantendría la política de protección social de la Presidenta Michelle Bachelet y está muy lejos de aquello
No queremos que se discrimine a los niños que tienen necesidad de recibir su alimentación en los colegios, porque es un aporte calórico y proteico esencial en el desarrollo de la jornada escolar completa.
Cuando se creó este sistema durante el gobierno del Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle , la ración de alimentos de la Junaeb pasó a ser un pilar básico. Lamentablemente, el Gobierno lo está desvirtuando. Lo peor es que eso constituye una forma de atentar contra los pilares de la educación municipal.
Esperamos respuesta a los oficios solicitados, al igual que cientos y miles de padres y apoderados en todo el territorio nacional.
He dicho.
El señor VALLESPÍN .- ¡Qué la información sea por región, Presidente!
El señor MONTES.- ¡Es una vergüenza!
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Saffirio , Ortiz , Vallespín , Rincón , Sabag , Jaramillo , Montes, Vargas y de las diputadas Cristina Girardi y Adriana Muñoz .
INFORMACIÓN SOBRE ENTREGA DE DERECHOS DE AGUAS Y SOBRE ANUNCIO DE TRANSVASE DE AGUA AL EMBALSE CULIMO. Oficios.
El señor BECKER (Presidente accidental).- En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).- Señor Presidente , como ocurre en gran parte de nuestro territorio, en la Región de Coquimbo la falta de agua se ha transformado en un drama cotidiano de miles de familias.
Las autoridades regionales y nacionales saben que en el valle del Quilimarí, ubicado en la comuna de Los Vilos, provincia de Choapa, existe tanta escasez hídrica que tiene en una situación de desmedro y de crisis a los pequeños agricultores, a la agricultura familiar campesina, a la ganadería y a empresas agrícolas.
Lo más increíble es que en pleno siglo 21, miles de familias de esa localidad no tienen agua para beber y dependen de la que distribuye la municipalidad, cada 10 ó 15 días, en los camiones aljibes. También en ese sector existe el Embalse Culimo, que hoy no tiene agua -que la suministraba para toda la actividad de la pequeña y mediana agricultura y agricultura familiar campesina-, pese a que, en 2009, el Estado invirtió alrededor de 2.400 millones de pesos para reparar daños estructurales profundos que tenía.
Ahora bien, si uno recorre el valle podrá ver que se encuentra absolutamente seco. Lo contradictorio y sorprendente de esto es que en el mismo recorrido, aguas arriba del embalse Culimo, nos encontramos con otro valle completamente distinto: verde, lleno de plantaciones de arándanos, paltos y con piscinas acumuladoras de aguas. Realmente interesante, pero la pregunta que se hace la comunidad es de dónde aparece tanta agua.
Por esta razón, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas y al director general de Aguas a fin de que nos informen acerca de cuántos derechos de aguas se han entregado desde el embalse Culimo hacia arriba, y específicamente a quién.
En segundo lugar, pido que nos informen sobre un anuncio que hizo el propio director Nacional de Aguas , a través del oficio N°135, donde se establece que el proyecto de transvase de otras aguas del valle del Choapa -muchas se pierden en el mar-, al embalse Culimo con el propósito de tener estas aguas de riego. El director general de Aguas señaló en este oficio que el proyecto se encontraba en estado de estudio de prefactibilidad y de diseño.
Por las razones expuestas, y por tratarse de un anuncio muy importante para la comunidad, pido que se nos comunique si existe o no el proyecto que indica el oficio y si es efectivo que se ha licitado su estudio y diseño.
He dicho.
El BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con las adhesión de los diputados señores Saffirio , Ortiz , Vallespín , Walker , Campos, Monsalve , Jaramillo , Vargas y diputada señora Girardi .
PREOCUPACIÓN POR INCLUSIÓN DE PUBLICIDAD COMERCIAL EN TEXTOS ESCOLARES. Oficio.
El señor BECKER (Presidente accidental).- En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada Cristina Girardi.
La señora GIRARDI (doña Cristina).- Señor Presidente , hace pocos días conocimos la noticia de que los textos escolares aprobados por el Mineduc están incluyendo publicidad para los niños, relacionada con empresas como Claro, BancoEstado, Monarch , Nestlé , Bilz y Pap y otras que aparecen en libros de menores de doce años. Es decir, estamos hablando de niños de tercero, cuarto y quinto año básico.
Una de las personas entrevistadas dice que uno no puede hacer zapping en los libros como en la televisión, donde uno puede optar si quiere ver publicidad o no. En los libros de textos escolares en que está incluida esa publicidad, no existe la posibilidad de hacer zapping.
Ahora bien, no sé cuáles son los criterios educativos que aplicó el Mineduc para apoyar y aprobar estos textos escolares, pero me parece que queda cada vez más claro que para nuestros gobernantes la educación es un negocio. Por lo tanto, queda en evidencia que es parte del sacrosanto mercado y que debe ajustarse a sus códigos. Incluir propaganda en los libros de los niños más pequeños no está destinado precisamente a formar personas con criterio ciudadano, libres y que efectivamente puedan elegir, sino más bien consumidores. Al parecer, ese sería el destino de nuestra educación en Chile. Me parece que rebajar la educación a este nivel es olvidar que ésta tiene que ver con el desarrollo intelectual, psíquico y emocional de nuestros hijos; pero no con hacerlos esclavos de la publicidad y del mercado.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Educación , a fin de que nos informe acerca de cuáles son los criterios pedagógicos que estuvieron detrás de esta aprobación y solicitarle que se retiren de todos los establecimientos escolares estos textos que incluyen publicidad. Así como se sacan de los supermercados los productos que están en mal estado, también se deben retirar los textos escolares que están incluyendo información y publicidad nociva para la formación de nuestros hijos.
He dicho.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de la diputada señora Adriana Muñoz y de los diputados señores Ortiz , Jaramillo , Campos, Vargas , Monsalve y Rincón.
ALCANCES A EXPRESIONES DE MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE BOLIVIA SOBRE FERROCARRIL ARICA-LA PAZ.
El señor BECKER (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Orlando Vargas.
El señor VARGAS.- Señor Presidente , he leído declaraciones del ministro de Relaciones Exteriores de Bolivia , señor Choquehuanca, quien, entre otras cosas, ha dicho que nuestro país no ha cumplido con el Tratado de 1904 en relación con el ferrocarril Arica-La Paz.
Al respecto, quiero hacer algunas aclaraciones, por los cientos de ariqueños que trabajaron en la construcción de ese ferrocarril, que fue parte importante del fomento productivo de mi Región de Arica y Parinacota.
Después de leer estas declaraciones, se puede constatar claramente que se miente, pues la obligación de Chile en este tratado fue precisamente construir un ferrocarril, obra que comenzó en 1904 y concluyó en mayo de 1913.
Es verdad que el ferrocarril dejó de funcionar en noviembre de 2005, porque la empresa boliviana concesionaria de la sección chilena, es decir, de Tambo Quemado hasta Arica, quebró. Por lo tanto, dejó de funcionar durante algún tiempo. Aun más, después vinieron fuertes lluvias en el altiplano que ocasionaron las crecidas del Río Lluta, que destruyeron dos puentes.
Lo malo de todo esto es que la línea férrea ha sufrido contaminación por plomo debido a que la carga boliviana, muchas veces, era a granel. Por lo tanto, toda la línea férrea está siendo mitigada por el Estado chileno. Cabe señalar que el costo de su reconstrucción lo ha asumido íntegramente nuestro país y asciende a alrededor de 32 millones de dólares, es decir, 726 mil Unidades de Fomento.
Según el contrato que se llevó a cabo en abril de 2010 entre la Empresa Portuaria de Arica y Comsa, la empresa encargada de hacer el trabajo de rehabilitación, se ha determinado un plazo de ejecución de 22 meses.
Por otra parte, el ciento por ciento del uso del ferrocarril está destinado a exportaciones e importaciones bolivianas, dado que ninguna de las estaciones intermedias sube o baja carga chilena para ser utilizada en nuestro territorio. Aunque el tren no funciona desde 2005, ello no ha sido impedimento para que Bolivia duplique su carga, de 803.147 a 1.560.596 toneladas métricas, la carga movilizada por el puerto de Arica entre 2005 y 2010, por cuanto es transportada sin ningún problema por la carretera 11-CH, que une a Arica con Tambo Quemado y Chungará y, desde ahí, con La Paz, Oruro , Cochabamba y Santa Cruz .
El uso de los 200 kilómetros de carretera chilena es gratuito, sin peaje alguno, y la carretera es financiada en el ciento por ciento por Chile.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Ha terminado su tiempo, señor diputado .
El señor VARGAS.- Entonces, concluyo mi intervención, señor Presidente.
He dicho.
ANTECEDENTES DE BENEFICIOS Y FUNCIONAMIENTO DE JARDÍN INFANTIL “PASITO SEGURO”, COMUNA DE SAN PEDRO DE LA PAZ.
El señor BECKER (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Cristián Campos.
El señor CAMPOS.- Señor Presidente , en la Región del Biobío, la Junta de Jardines Infantiles (Junji), es dirigida por la señora Liliana Andrea Hermosilla Bravo , cédula de identidad N° 13.955.756-5, educadora de párvulos, quien registra domicilio en calle Las Rosas, N° 1871, en la comuna de San Pedro de la Paz.
Con estos antecedentes introductorios, solicito al vicepresidente ejecutivo de la Junji que me remita los datos que obran en su poder sobre el jardín infantil “Pasito Seguro”, ubicado en la dirección antes mencionada, el cual todavía tiene el mismo RUT de la directora de la Junji de la Región del Biobío , quien, con fecha 10 de marzo del 2011, a través de Gobierno Transparente, aparece mencionada como beneficiaria de un subsidio Sence de contratación de mano de obra.
Solicito que, a la brevedad, se esclarezca si el jardín aludido ha funcionado y sigue funcionando con el RUT legal señalado.
Además, pido que se me informe si existe empadronamiento o autorización de la Junji desde el 2004, para que ese jardín funcione.
Consulto lo anterior porque me parecería muy grave que una persona que no ha cumplido con las normas establecidas por el Gobierno de Chile se encuentre actualmente a cargo de los jardines infantiles de la Región del Biobío.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión del diputado señor Enrique Jaramillo .
ANTECEDENTES SOBRE PAGO DEL GOBIERNO A EMPRESA EMBOTELLADORA LLACOLÉN S.A. Oficio.
El señor CAMPOS.- Señor Presidente , en segundo lugar, solicito que se oficie al ministerio del Interior o al director nacional o regional de la Onemi de la Región del Biobío , con el objeto de que me envíe todos los antecedentes relativos al monto cancelado por el Gobierno a la Empresa Embotelladora Llacolén S.A. después del terremoto del 27 de febrero de 2010 por distribución de agua en la región, en particular en la provincia de Concepción.
He dicho.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión del diputado señor Enrique Jaramillo .
FELICITACIONES A AUTORIDADES DOCENTES, PROFESORES Y ALUMNOS DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS POR LOGROS EN NIVELES EDUCACIONALES. Oficios.
El señor BECKER (Presidente accidental).- En el tiempo que resta al Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , como diputado representante de la Región de Los Ríos , particularmente de las provincias de Ranco y de Valdivia, quiero destacar que desde hace años tenemos una gran preocupación por la educación. No digo que seamos los únicos, porque sé que Chile entero está preocupado por la educación, pero sin duda los somos más que otras regiones. Nuestro desafío en la Región de Los Ríos es y ha sido mantener el alto nivel en que se encuentra la enseñanza.
Hoy, nuevamente, en la ciudad de La Unión, capital de la provincia del Ranco, los
distinguidos educadores y educadoras, han dado una señal al país: que la educación pública también encuentra un espacio que alegra y satisface a quienes la apoyamos.
Desde este Hemiciclo, saludo a quienes desde el 2003 vienen siendo evaluados y logran, una vez más, en la reciente evaluación nacional, el lugar más destacado de la región y uno preferente en el país.
Felicito y doy las gracias a las profesoras y profesores de la capital de la provincia del Ranco ; también saludo a mi liceo Rector Abdón Andrade Coloma y a su director, don Eduardo Toneatti ; a la Escuela Radimadi y a su directora, señora Liliana Mutizábal ; a la Escuela Rural Choroico y a su directora, señora Erica Rodríguez , y al Colegio de Cultura y Difusión Artística y a su director, don David Martínez , por mencionar sólo a algunos.
Especial mención merece, por supuesto, el emblemático director del Departamento Administrativo de Educación Municipal de La Unión , señor Sergio Gallardo Salazar .
Se insiste en que la educación municipal o pública no tiene efectos en el país, pero en la Región de Los Ríos sí tiene un gran efecto, son bien consideradas tanto la educación privada como la municipal.
Felicito también, y muy especialmente, a todos los alumnos.
Finalmente, pido que se oficie al alcalde de la Unión, al director del Departamento Administrativo de Educación Municipal y a los directores de las escuelas mencionadas.
He dicho.
El señor BECKER ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión del diputado señor Cristián Campos .
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.06 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES.
-Se abrió la sesión a las 13.37 horas.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
ESTADO DE AVANCE DE CONSTRUCCIÓN DE DEFENSAS FLUVIALES E INSTALACIÓN DE POSTA RURAL EN VILLA PUCLARO, COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , en primer lugar, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , concretamente a la Dirección de Obras Hidráulicas, para plantear lo siguiente:
El 18 de agosto de 2010, a través de esta Cámara, despachamos un oficio a la Dirección de Obras Hidráulicas a fin de consultarle acerca del estado de avance de los trabajos de defensa fluviales que quedaron pendientes en la localidad d Villa Puclaro, comuna de Vicuña. Villa Puclaro es un asentamiento nuevo que se generó como consecuencia de la erradicación de los habitantes y de sus viviendas ubicadas en el cauce del embalse Puclaro , los cuales fueron trasladados a un costado de la ladera del cerro.
Entre los numerosos compromisos adquiridos a propósito de la erradicación de esos vecinos para la construcción del embalse Puclaro , figuraba la construcción de defensas fluviales en el sector de Villa Puclaro. A esta fecha -es decir, varios meses después-, aún no recibimos respuesta.
También en relación con Villa Puclaro, el 18 de agosto del 2010, oficiamos al ministro de Salud para consultarle acerca de la unidad de atención de salud que existe en dicha villa. Es una estación médica que depende de la posta El Tambo y los vecinos preguntan si el hecho de que ellos sean más de trescientos habitantes les permite optar a una posta rural.
Entiendo que esta materia puede ser de competencia municipal como ministerial, pero es importante que el Ministerio de Salud nos responda.
Además, pido que se envíe copia de mi intervención a la presidenta de la Junta de Vecinos de Villa Puclaro.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se enviará copia de su intervención.
SANCIONES POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 92 DEL CÓDIGO DE AGUAS Y CAPACITACIÓN A DIRIGENTES DE CANALES DE COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , por otra parte, también pido que se envíen oficios al Ministerio de Obras Públicas y a la Dirección General de Aguas para dar cuenta de un hecho que está ocurriendo de manera recurrente en Vicuña.
En la actualidad, la Región de Coquimbo se encuentra bajo un régimen de restricción del recurso hídrico. Se padece una sequía que se ha agudizado y se presentan los niveles de acumulación de agua más bajos de las últimas décadas. Sin embargo, vecinos y ciudadanos de la comuna de Vicuña denuncian que con periodicidad circulan litros y litros de agua por las calles de dicha comuna -a estas alturas, un acto casi criminal-, que son evacuados desde distintos canales.
Corresponde que aquí se apliquen las sanciones que contempla el artículo 92 del Código de Aguas, para evitar que eso siga ocurriendo, porque genera un contrasentido enorme. Es decir, por una parte, en algunos sectores ni siquiera disponen de agua para la vida humana, pero, por otra, se vierte agua en la vía pública, proveniente de canales, que deteriora las calles y afecta el funcionamiento normal de la ciudad, porque el agua escurre de manera incontrolada por la comuna.
Por lo tanto, corresponde que las autoridades tomen cartas en el asunto.
Asimismo, pido que se plantee la necesidad de destinar fondos para capacitar a los dirigentes de los canales, toda vez que las aguas que se evacuan hacia la vía pública de la comuna de Vicuña provienen, precisamente, de los canales. Por lo tanto, es menester formar y capacitar a esos dirigentes.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
RESPETO A SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO DE CANAL VILLA O PARTERA, COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , además pido que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo y al director general de Aguas a objeto de hacerles presente que cerca del canal Villa o Partera se construye un conjunto habitacional, al lado del sector Hierro Viejo, pero que no se estarían respetando las servidumbres de acueductos establecidas para el funcionamiento del citado canal, en la comuna de Vicuña.
Por lo tanto, pido que dichas autoridades se pronuncien sobre esta materia.
Asimismo, pido que se envíe copia de mi intervención al presidente del Canal Villa o Partera, de la comuna de Vicuña.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
REITERACIÓN DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE DEVOLUCIÓN DE RECURSOS AL MINISTERIO DE HACIENDA POR PRESTACIONES AUGE NO EJECUTADAS. Oficio.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , finalmente, hoy recibí respuesta del Ministerio de Hacienda a un consulta formulada el 16 de noviembre de 2010 sobre los recursos devueltos a esa cartera como consecuencia de las prestaciones AUGE no ejecutadas. La respuesta del ministerio es que no disponen de la información en los términos solicitados.
Estimo que Hacienda sí está en condiciones de entregar esas cifras. Nosotros simplemente queremos saber cuánto se asignó en el Presupuesto de 2010 para prestaciones AUGE; cuánto de ese presupuesto se ejecutó y cuánto no se ejecutó.
Por lo tanto, pido que se reitere el oficio al ministro de Hacienda para que conteste la pregunta que se le ha formulado en el ejercicio de la facultad de fiscalización de la Cámara de Diputados.
He dicho.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE RIESGOS Y MEDIDAS ADOPTADAS POR FALTA DE SEMÁFOROS EN AVENIDA CARDENAL RAÚL SILVA HENRÍQUEZ, COMUNA DE LA GRANJA. Oficios.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).- Señor Presidente , nuevamente levanto la voz para reclamar por lo que ocurre en el acceso sur de Santiago, en esta ocasión, en la avenida Cardenal Raúl Silva Henríquez con Manuel Rodríguez , comuna de La Granja. La sensación de inconformidad e impotencia es grande, por lo que exigimos respuestas adecuadas.
Los concejales de la comuna de La Granja y residentes del sector nos han hecho saber que en una intersección de la autopista Acceso Sur, específicamente la avenida Cardenal Raúl Silva Henríquez con calle Manuel Rodríguez , se ha transformado en un cruce de alta peligrosidad, con poca visibilidad, por lo cual se hace necesaria y de manera urgente la instalación de un semáforo.
Sin embargo, como en ocasiones anteriores, surge la pregunta: ¿quién es el obligado a cumplir con esta instalación? Se pasan la responsabilidad unos a otros: que la tiene el Ministerio de Obras Públicas, que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, etcétera. Otros afirman que la concesionaria de la autopista Acceso Sur sería la responsable.
No podemos esperar que el problema se solucione cuando nos enlute un accidente de tránsito, como lo hemos vivido en el último tiempo, y a partir de ese hecho pedir urgentes reformas viales en ese sector. Por esa razón me preocupo ahora del tema.
Tenemos el antecedente de que la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) recomienda, en un documento oficial, realizar los estudios de justificación de semáforos en la zona. Lo anterior es en consideración a la jerarquía de las vías involucradas y a la diversidad de conflictos que se generan, en que el exceso de velocidad es sólo uno de los factores que contribuyen para que se generen accidentes de tránsito. En el estudio está todo dicho y, en consecuencia, las autoridades deben actuar para que se solucione el problema y se respete esa demanda ciudadana.
Por eso, pido que se oficie a los ministros de Obras Públicas y de Transportes y Telecomunicaciones para que informen a esta Cámara y a esta diputada en particular acerca de los problemas y riesgos suscitados por la falta de semáforos para el tramo de la avenida Cardenal Raúl Silva Henríquez , entre Manuel Rodríguez y Santo Tomas, comuna de La Granja, correspondiente a la Autopista de Acceso Sur, y de las acciones que han tomado con ocasión de la falta de herramientas de seguridad vial y de tránsito señaladas.
He dicho.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo manifiestan.
URGENCIA DE PLAN DE EMPLEO EN COMUNA DE QUELLÓN. Oficios.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO.- Señor Presidente , voy a reiterar un tema sobre el cual ya hemos conversado en otras ocasiones. Me refiero a la cesantía que afecta a la comuna de Quellón y el consiguiente sufrimiento de mujeres jefas de hogar, que no tienen trabajo.
El problema lo determinó especialmente la crisis del salmón, por los años 2008-2009. En 2009 hubo una solución transitoria, un paliativo, una mitigación producto del Plan Salmón. Sin embargo, a partir de 2010, el Gobierno recortó los recursos y hoy no tenemos plan especial, salvo algunos cupos del Programa Pro Empleo en Quellón y otros en Ancud.
Como resultado de la gravedad de los hechos, se instaló una olla común en un sitio eriazo, frente a la municipalidad, donde todos los días almuerzan más de cincuenta mujeres. La desesperación llevó a dos trabajadores a iniciar una huelga de hambre, que ya lleva más de tres días, que, obviamente, es una manifestación de la gravedad de lo que está ocurriendo.
Por lo tanto, pido reiterar oficios a la ministra del Trabajo y Previsión Social y al intendente de la Región de Los Lagos, a objeto de pedirles que implementen un plan de empleo, un plan de mano de obra que vaya en ayuda de la gente que necesitan de trabajo en la comuna de Quellón.
Al intendente, para que agilice las obras que se puedan realizar con dineros del Fondo de Desarrollo Regional, y a la ministra del Trabajo y Previsión Social, para que estudie qué recursos tiene disponibles para implementar un plan de empleo en la zona.
También pido que se oficie al gobernador de la provincia de Chiloé, para solicitarle que se constituya en Quellón y, por lo menos, tenga la gentileza de conversar con los trabajadores en huelga de hambre y con las señoras de la olla común, para que ayude también a encontrar una solución al problema.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así manifiestan.
INFORMACIÓN SOBRE REPOSICIÓN DE EDIFICIO DE SUBCOMISARÍA DE CARABINEROS EN COMUNA DE QUELLÓN. Oficio.
El señor ASCENCIO .- Señor Presidente , en segundo lugar, el gobierno regional de Los Lagos aprobó un proyecto de más de 1.500 millones de pesos para la reposición de la Subcomisaría de Carabineros de Quellón.
Sin embargo, la licitación está paralizada, instancia que, de haberse resuelto en su oportunidad, habría permitido que las obras de construcción del edificio se iniciaran a partir de septiembre del año pasado.
Por eso, pido que se oficie al intendente regional de Los Lagos y también al general director de Carabineros para que me informen cuál es la actual situación del proyecto de reposición del edificio de la Subcomisaría de Carabineros y me expliquen por qué, a pesar de que los recursos fueron asignados, aún no se comienza con la construcción del edificio, obra que daría trabajo a una cantidad importante de personas.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así indican.
NIVELACIÓN DE BONO DE ZONAS EXTREMAS A ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN DE PROVINCIA DE CHILOÉ. Oficio.
El señor ASCENCIO.- Señor Presidente , en tercer término, pido que se oficie al subsecretario de Hacienda para solicitarle que inicie, lo antes posible, las conversaciones con los asistentes de la educación de la provincia de Chiloé, con el objeto de nivelar el bono de zonas extremas al cual tienen derecho, que es una promesa realizada durante la discusión de la Ley de Presupuestos del año pasado.
Es muy importante que los asistentes de la educación de Chiloé logren nivelar el monto del bono respecto del que reciben sus pares en otras zonas extremas del país, toda vez que está disminuido injustamente en relación con el que recibe el resto de esos trabajadores de la educación de zonas aisladas.
Por lo tanto, pido al subsecretario iniciar lo antes posible las conversaciones con los dirigentes de los asistentes de la educación para resolver el problema descrito.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así manifiestan.
INICIO DE OBRAS DE NUEVA RUTA 5 DE CHILOÉ EN QUELLÓN. Oficio.
El señor ASCENCIO.- Señor Presidente , en cuarto lugar, pido oficiar al ministro de Obras Públicas , con el objeto de solicitarle que la construcción y reposición de la nueva carretera de la Ruta 5 de Chiloé comience en Quellón y que se destinen lo antes posible los recursos que están asignados para ese proyecto. Precisamente, pido que las obras comiencen en Quellón, con el objeto de resolver en parte la necesidad de trabajo de la gente de esa comuna.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando copia de su intervención, con la adhesión de los señores diputados que lo indican, así como de este Presidente accidental .
INFORMACIÓN SOBRE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE QUELLÓN. Oficio.
El señor ASCENCIO.- Señor Presidente , por último, pido oficiar al señor Marcos Vásquez , director de la Policía de Investigaciones , con el objeto de solicitarle que me informe sobre el proyecto de construcción del edificio de la PDI en Quellón, el personal que destinará a esa comuna y el financiamiento que tendrá. La construcción de ese edificio también significa una posibilidad de oferta de trabajo para los vecinos de la comuna de Quellón.
He dicho.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría y se adjuntará copia de su intervención, con la adhesión de los señores diputados que están levantando la mano y de este Presidente accidental .
ANTECEDENTES DE INFRACCIONES LABORALES CURSADAS EN 2010. Oficio.
El señor ROBLES (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , en primer lugar, pido oficiar a la ministra del Trabajo y Previsión Social , con el objeto de solicitarle que nos informe respecto de una serie de hechos que causan preocupación y que se relacionan con las infracciones laborales en mi región. Pareciera ser que, con el cambio de gobierno, en la Región de Los Lagos se ha ido generando, con mucha más fuerza, una recurrente violación de los derechos de los trabajadores en todos los ámbitos, en las empresas y en el campo.
El fin de semana atendí público en Los Muermos y, de una veintena de casos que revisé personalmente, el 50 por ciento se debía a infracciones laborales graves en contra de los derechos de los trabajadores, en su gran mayoría campesinos. Esto ocurre en las empresas privadas, en las salmoneras -que siguen haciendo de las suyas-, etcétera.
Tengo información desde el interior de la Inspección del Trabajo de mi región que durante el Gobierno del Presidente Piñera se están cursando muchísimas infracciones laborales, pero la gran mayoría están quedando sin efecto. Es decir, la Inspección no está aplicando las multas. Podríamos decir que el nuevo Gobierno está “fiscalizando” mucho, pero que tal fiscalización no tiene ningún efecto en la protección de los derechos de los trabajadores.
Por lo anteriormente expuesto, pido que la ministra me informe sobre el total de infracciones que se han cursado el 2010 en todo el país, región por región, desde que asumió el Presidente Piñera , y que me precise cuántas de esas infracciones cursadas se han dejado sin efecto, cuántas se han rebajado en un 50 por ciento, que es una modalidad de apelación que contempla la ley, y cuántas se han mantenido.
Respecto de aquellas multas que han sido judicializadas, ¿cuántas fueron reclamadas el último año por la Dirección del Trabajo? ¿Cuántas perdió? Según me han informando, algunos datos son brutales, en el sentido de que hay causas judicializadas que se han perdido en esa última instancia, aunque el trabajador haya tenido todo a favor para ganar.
Espero que me hagan entrega de todos estos antecedentes, ojalá en el más breve plazo posible, con el objeto de analizar algunos elementos que pueden ser importantes en defensa de los derechos de los trabajadores.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Alberto Robles , Jorge Burgos , y de quien habla.
PREOCUPACIÓN POR DECLARACIONES DE DIRECTOR DEL SERVIU DE REGIÓN DE LOS LAGOS RELACIONADAS CON SUBSIDIOS DE VIVIENDA. Oficio.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , en segundo lugar, pido oficiar a la ministra de Vivienda y Urbanismo , con objeto de darle a conocer una grave situación: las declaraciones, que considero desafortunadas, del director del Serviu , ex seremi de Vivienda , en Chiloé. Él señaló que se van a perder 4 mil subsidios en la región y culpó por esa situación a los alcaldes de Chiloé, desconociendo muchos de los elementos que forman parte de la manera en que se llega a la casa propia mediante el Programa de Vivienda sin Deuda.
Quiero que la ministra me señale si ella avala las expresiones de ese director del Serviu, los cuales son gravísimas, han causado mucha desazón en la gente de Chiloé y, además, han generado molestia -creo que legítima- en los alcaldes, que juegan un rol tremendamente importante en el apoyo para la consolidación de muchos de los comités que se están desarrollando a lo largo del país. Me refiero a alcaldes de todos los colores políticos. Considero que sus palabras fueron agresivas respecto de todas las autoridades comunales -repito-, desconociendo elementos fundamentales de los procesos de postulación a los programas de vivienda.
¿Cuántos subsidios de vivienda sin deuda se han entregado en la región en el año de Gobierno del Presidente de Piñera? Tengo conocimiento de estimaciones que indican que ha habido una baja brutal de entrega de subsidios, que ya está provocando una congestión de postulantes a la vivienda, algunos materializados en los Serviu respectivos y otros en vías de materializarse.
Asimismo, pido que la ministra me informe si es efectivo que el señor Feres , el director del Serviu , ha incitado a dirigentes a no postular a la vivienda sin deuda, porque que va haber un cambio en la política habitacional, y a postular a la vivienda con deuda del Fondo Solidario de Vivienda II, porque pueden pagar créditos de la banca. Esta situación, que, de ser efectiva, considero gravísima, me la plantearon los propios dirigentes sociales, y les creo. Si esto lo dijo una autoridad, un ex seremi de Vivienda de la región, lo considero de una tremenda gravedad.
Espero que la ministra pueda responderme estas interrogantes, porque es importante que la ciudadanía conozca su posición al respecto.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Alberto Robles , Jorge Burgos y de quien habla.
ANTECEDENTES SOBRE SITUACIÓN LEGAL Y PERJUICIOS TRIBUTARIOS PRODUCIDOS POR LAS SALAS DE JUEGO. Oficios.
El señor ASCENCIO (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.- Señor Presidente , días atrás, don Sergio Puyol , alcalde de la ilustre municipalidad de Macul , me hizo llegar una revista de la Asociación Chilena de Industrias de la Entretención, Achide , según se lee en su portada.
Esta revista, que voy a dejar en la Secretaría de la Comisión, trae en su portada una imagen que imita la figura de Diego Portales y, como título, dice: “Ex ministro fue un Emprendedor de los Juegos de Entretención. Bajo el espíritu de Diego Portales”.
Si uno observa la revista, se encontrará con un editorial del presidente de esa asociación, una serie de fotografías que grafican las gestiones que hacen y algunas fotografías de parlamentarios que probablemente tienen reuniones con representantes de esa asociación, algunas con pies de fotografía con declaraciones que habrían realizado tales parlamentarios. En todo caso, la revista y su contenido no tienen mayor importancia.
Lo que me preocupa es que, conforme a varias leyes, particularmente el artículo 276 del Código Penal y la ley de casinos, en Chile sólo pueden realizarse juegos de azar en virtud de una ley, de disposición legal que los ampare. Cualquier otra situación es ilegal y delictual.
Pero estamos ante la existencia de una asociación de personas, que publica una revista y hace actividades; estamos en presencia de una actividad que está instalada. Algunos podrían decir que está desmadrada. Lo concreto es que -reitero- existe una actividad instalada, respecto de la cual no está pasando mucho, salvo algunas acciones de algunos municipios, particularmente en la Región Metropolitana, donde de repente se han producido algunas requisitorias.
Sin embargo, estimo que llegó la hora de tomar una decisión. Como país, ¿vamos a ampliar la autorización a ese tipo de juegos? Si eso ocurre, me temo que habrá un inconveniente desde el punto de vista de ciertas inversiones extranjeras, que han venido a invertir al país en virtud de una exclusividad. ¿O vamos a tomarnos en serio la necesidad de fiscalizar y punir esas situaciones?
Por lo tanto, además de acompañar esta revista -a lo mejor, ya la tienen en su poder-, solicito que se oficie al ministro del Interior , al superintendente de Casinos de Juegos y al ministro de Hacienda , a fin de que se pronuncien sobre esa situación, porque también ha habido un perjuicio tributario de por medio. Todos los juegos establecidos pagan altos impuestos, que van en beneficio de la comuna, de la región y algunos al erario nacional.
Asimismo, pido que se oficie al presidente del Consejo de Defensa del Estado, a objeto de saber qué opinión tiene respecto de los posibles perjuicios al erario fiscal que se producen por esa situación.
Asimismo, solicito que se envíe copia de esta intervención al alcalde de Macul , quien me motivó a hacer esta presentación.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia íntegra del texto de su intervención, con la adhesión del diputado Alberto Robles y de quien habla.
OBJECIÓN A PARTICIPACIÓN DE SUPERINTENDENTE DE SALUD EN TRAMITACIÓN DE LEY “CORTA” DE ISAPRES. Oficios.
El señor ASCENCIO (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente , la ley de transparencia, que aprobamos hace algún tiempo, obliga a las autoridades a abstenerse de participar en algunos procedimientos que involucran su interés personal en algunas materias. En particular, en este gobierno, el tema de los conflictos de intereses asoma a cada rato y por todos lados.
En la Comisión de Salud se está analizando la ley “corta” de isapres, la cual, como han planteado muchos diputados, beneficia principalmente a las instituciones de salud previsional. Y de acuerdo con el artículo 12 de la ley de probidad, el superintendente de Salud debería abstenerse de intervenir en los procedimientos que están en discusión en relación con dicho proyecto de ley, tanto en términos de entregar opiniones o de proponer su aprobación.
Planteo lo anterior porque el señor superintendente de Salud ejerció el cargo de subgerente general de la isapre Colmena Golden Cross hasta hace poco tiempo. También fue director de la isapre Ferrosalud y de varias clínicas de la red de la Cámara Chilena de la Construcción. En ese sentido, en la última sesión de la Comisión de Salud le planteé que debería abstenerse de opinar, dar respuestas o apoyar el proyecto, dado que es evidente que los intereses de las isapres Colmena y Ferrosalud están incorporados en el proyecto de ley que se está discutiendo.
Como la ley señala que es necesario hacerlo por escrito, solicito formalmente a la autoridad involucrada que se abstenga de participar en la tramitación del proyecto aludido, dado que, según entiendo, le afecta el artículo 12, número 5, de la ley N° 19.880, que establece: “Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cual-
quier circunstancia o lugar.”. Lo cierto es que eso es lo que precisamente ocurre en el caso que señalo.
Actualmente, muchas autoridades provienen del mundo privado, donde trabajaban para defender los intereses de las empresas que hoy -cosa curiosa- les corresponde fiscalizar. En esa medida, al superintendente le corresponde fiscalizar a las isapres, y justamente se da el caso de una situación en la cual el superintendente de Salud manifiesta su visión o postura en relación con un proyecto que beneficia claramente a las isapres Colmena Golden Cross y Ferrosalud.
Como he manifestado durante la tramitación del proyecto, éste no beneficia necesariamente a los afiliados, dado que lo que se busca es solucionar un tema que la justicia ha planteado con absoluta claridad en relación con las distintas tablas de valores que están desarrollando las isapres. Ahora último hemos sabido que las isapres aumentaron el valor de sus planes de salud y, por lo tanto, se elevó el costo para los beneficiarios. En este momento están aplicando un reajuste, que beneficia directamente a las isapres. ¿Y quien se tiene que pronunciar? Justamente, el señor superintendente de Salud , que, como ya mencioné, fue subgerente de una isapre. Por lo tanto, me parece que, en este caso, concurre la inhabilidad, por lo que espero que el señor superintendente se inhabilite de participar.
Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Salud, para que le haga presente mi planteamiento al superintendente de Salud; al presidente del Consejo para la Transparencia y al contralor general de la República, a fin de que se pronuncien al respecto.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia de su intervención.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.08 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República que aprueba el “Acuerdo sobre Traslado de Personas condenadas entre las Repúblicas de Chile y del Perú”, suscrito en Lima, el 25 de noviembre de 2010. (boletín N° 7569-10)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República de Chile y la República del Perú, suscrito en Lima, el 25 de noviembre de 2010.
I. ANTECEDENTES
En el año 1991, se inició entre los Gobiernos de Chile y del Perú las negociaciones tendientes a celebrar un Tratado que regulara la posibilidad de que las personas nacionales condenadas por el otro Estado, pudieran cumplir sus penas en el Estado de origen.
El presente Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas es el resultado de tal iniciativa, y permitirá que los nacionales condenados en el otro país puedan cumplir sus sentencias en su medio social de origen.
II. ESTRUCTURA Y CONTENIDO
El Tratado se estructura sobre la base de un Preámbulo, que da cuenta del interés de ambas Repúblicas de facilitar la rehabilitación social de las personas condenadas y permitir su traslado al país de su nacionalidad, y 23 Artículos los cuales contienen las normas dispositivas y finales del mismo.
1. Definiciones
El Artículo I establece las “Definiciones”, que se estipulan necesarias para la aplicación del Tratado. Se conceptualiza para ello lo que se entenderá por: “Sentencia”, “Nacional”, “Persona Condenada”, “Estado Receptor”, “Estado Trasladante” y “Condena”.
2. Principios Generales
El Artículo II, que se titula “Principios Generales”, consigna aquellos lineamientos básicos que deberán seguir las Partes para el cumplimiento del Tratado. Así, en él se indica que las Partes deben prestarse mutuamente la más amplia colaboración posible en esta materia; que la persona condenada por uno de los Estado Partes, podrá solicitar el traslado al otro para cumplir la pena que se le haya impuesto con arreglo a este Tratado; finalmente, que el traslado lo puede solicitar igualmente tanto el Estado Trasladante como el Estado Receptor.
3. Condiciones para el Traslado
El Artículo III, denominado “Condiciones para el Traslado”, prevé cuales son las condiciones que se requieren para que se pueda aplicar el Tratado. Estas son:
a. Que la persona condenada sea nacional del Estado Receptor.
b. Que la persona no haya sido condenada la pena de muerte, a menos que tal condena haya sido conmutada.
c. Que la parte de la condena de la persona condenada que quede por cumplirse en el momento de formularse la solicitud, sea por lo menos seis meses, al día de la recepción, o indeterminada.
d. Que la sentencia sea firme o definitiva, y que no queden pendientes procedimientos extraordinarios de revisión o que no haya procesos penales pendientes distintos al pedido materia de la solicitud, en el momento de invocar las disposiciones del Tratado.
e. Que la persona condenada consienta el traslado, o lo haga a través de persona autorizada cuando, por razón de su edad o de su estado físico o mental, uno de los Estados Partes así lo requiera.
f. Que el delito por el que se haya impuesto la pena constituya también un delito en el Estado Receptor.
g. Que el Estado Trasladante y el Estado Receptor manifiesten expresamente su acuerdo con el traslado.
h. Que la persona condenada haya cumplido o garantizado el pago a satisfacción del Estado Trasladante, de las multas, reparación civil y condenas pecuniarias de toda índole que corran a su cargo de acuerdo a lo dispuesto en la sentencia condenatoria; o haya sido exonerada de dicho pago de acuerdo a la legislación del Estado Trasladante.
4. Autoridad Central
El Artículo IV, referente a la “Autoridad Central”, indica que las autoridades centrales son las encargadas de ejercer las funciones previstas en el presente Tratado, designándose al efecto al Ministerio Público-Fiscalía de la Nación del Perú y al Ministerio de Justicia de Chile, respectivamente, sin perjuicio de las actuaciones que corresponda realizar por la vía diplomática o consular.
5. Obligación de Facilitar Informaciones
El Artículo V, intitulado “Obligación de Facilitar Informaciones”, en su numeral uno preceptúa que los Estados Partes deben poner el presente Tratado al conocimiento de cualquier persona condenada a quien pudiera aplicársele.
A su turno, el numeral dos, dispone que si un condenado expresa su deseo de ser trasladado, el Estado Trasladante deberá informar de ello al Estado Receptor.
El numeral tres, por su parte, dispone la siguiente información que se debe entregar:
a. El nombre y apellidos, el lugar y la fecha de nacimiento de la persona condenada;
b. En su caso, su dirección en el Estado Receptor;
c. Una exposición de los hechos que hayan originado la condena;
d. La naturaleza, la duración y la fecha de comienzo de la condena;
e. Cualquier otra información que el Estado Receptor pueda requerir, y en todo caso, para permitirle considerar la posibilidad de traslado, así como para informar a la persona condenada y al Estado Trasladante de las plenas consecuencias del Traslado para la persona condenada según su ley;
f. Las disposiciones legales relacionadas a la condena y delito cometido.
Luego, el numeral cuatro añade que si el condenado hubiera expresado su deseo de ser trasladado al Estado Receptor, el Estado Trasladante deberá entregar al mismo la información prevista en el indicado numeral tres.
Seguidamente, el numeral cinco estipula la obligación que tiene tanto el Estado Trasladante como el Estado Receptor de informar por escrito a la persona condenada de cualquier gestión que ellos emprendan o decisión de una petición de traslado.
Finalmente, el numeral seis impone al Estado Trasladante suministrar al Estado Receptor una copia certificada de la sentencia relativa a la persona condenada. Ahora bien, en el caso que el Esta-do Receptor considere que tal información es insuficiente, podrá solicitar, a su costa, las principales partes de las actas de juicio u otra información que estime necesaria.
6. Solicitud de Traslado
El Artículo VI, relativo a la “Solicitud de Traslado”, tiene ocho numerales.
Los primeros tres abarcan aspectos generales del traslado referidas a la solicitud, respuesta, aprobación y entrega de la persona condenada.
A su vez, el numeral cuatro subraya que para poder cumplir con el objetivo de rehabilitación social del condenado, las Autoridades de cada Parte deberán considerar ciertos factores como la gravedad del delito, su estado de salud, y los vínculos que pueda tener con la sociedad de cada Estado Parte.
Más adelante, el numeral cinco establece que si un Estado Parte no aprueba el traslado, deberá notificárselo sin demora al otro Estado.
Por su parte, el numeral seis le brinda la oportunidad al Estado Receptor de verificar que el consentimiento de la persona condenada fue dado de manera voluntaria y con pleno conocimiento de las consecuencias legales inherentes al mismo.
A su turno, el numeral siete indica que los gastos del traslado hasta la entrega para su custodia al Estado Receptor, deberán ser de cargo del Estado Trasladante. En cambio, el numeral ocho regula que los gastos ocasionados por el presente Tratado correrán bajo el Estado Receptor desde el momento que el sentenciado quede bajo su custodia.
7. Documentación Sustentatoria
El Artículo VII trata de la “Documentación Sustentatoria”, que deben intercambiarse entre el Estado Receptor y el Estado Trasladante a los efectos de una solicitud de traslado de una persona condenada. Efectivamente, el numeral uno establece que el Estado Receptor deberá facilitarle al Estado Trasladante, en caso que éste lo pida, los siguientes documentos:
a. Una copia de las disposiciones legales pertinentes del Estado Receptor de las cuales resulta que los actos u omisiones que haya dado lugar a la condena en el Estado Trasladante constituyan una infracción penal con arreglo al derecho del Estado Receptor, o lo constituiría si lo cometieran en su territorio; y
b. Una declaración, con respecto a la persona condenada, del efecto de cualquier ley o reglamento pertinente relativo a su detención en el Estado Receptor después del traslado.
A su vez, el numeral dos prevé que el Estado Trasladante facilite al Estado Receptor, salvo que se haya indicado su desacuerdo al traslado, los siguientes documentos:
a. Una copia de la sentencia y de las disposiciones legales aplicadas;
b. Una indicación de la duración de la condena ya cumplida, incluida la información referente a cualquier detención preventiva, remisión de pena u otra circunstancia relevante al cumplimiento de la condena.
c. Una declaración en la que conste el consentimiento para el traslado a que se refiere el numeral cinco del artículo III; y
d. Cuando proceda, cualquier información médica o social acerca de la persona condenada, cualquier información sobre tratamiento en el Estado Trasladante y cualquier recomendación para la continuación de sus tratamiento en el Estado Receptor.
8. Legalizaciones
El Artículo VIII alude a las “Legalizaciones”, indicando que los documentos que se entreguen en aplicación del presente Tratado estarán exentos de formalidades de legalización.
9. Consentimiento y Verificación
El Artículo IX, denominado “Consentimiento y Verificación”, dispone que el Estado Trasladante hará lo necesario para que el condenado dé su consentimiento en forma voluntaria y que sea consciente de las consecuencias jurídicas de su actuar, al mismo tiempo de otorgar la posibilidad al Estado Receptor de verificar, mediante un Cónsul u otro funcionario asignado, que el indicado consentimiento se ha dado como corresponde.
10. Información acerca del Cumplimiento
El Artículo X, titulado “Información acerca del Cumplimiento”, obliga al Estado Receptor a facilitar información al Estado Trasladante acerca del cumplimiento de la condena: a) Cuando se haya cumplido dicha condena; b) Si la persona condenada se evadiere; o, c) Si el Estado Trasladante le solicitare una información especial.
11. Prohibición de un Nuevo Proceso o Medida Privativa de Libertad contra la Persona Trasladada
El Artículo XI recoge el principio procesal penal denominado “non bis in idem”, ya que la persona trasladada no podrá ser detenida, enjuiciada o condenada nuevamente por el Estado Receptor por el delito que motivó la condena por parte del Estado Trasladante.
12. Jurisdicción
El Artículo XII se refiere a la “Jurisdicción”, indicando que ésta se mantendrá exclusivamente en el Estado Trasladante sobre la condena impuesta y cualquier otro procedimiento de revisión o modificación de las sentencias dictadas por sus órganos judiciales, sin perjuicio de que la ejecución de la pena del condenado que haya sido trasladado deberá regirse por la legislación interna y los procedimientos del Estado Receptor.
13. Cumplimiento
Los Artículos XIII, XIV y XV tratan sobre el cumplimiento de la pena. En ellos se establece que ésta se ejecutará de acuerdo a las normas del régimen penitenciario del Estado Receptor y que no se podrá prolongar la duración de privación de libertad más allá del término de prisión impuesto por la sentencia del tribunal del Estado Trasladante. Igualmente, en caso que el cumplimiento de la pena sea bajo un régimen de libertad condicional u otro beneficio penitenciario, podrá cumplir dicha condena bajo la vigilancia de las autoridades del Estado Receptor.
Además, cada una de las Partes deberá adoptar las medidas y procedimientos necesarios a fin de dar cumplimiento a la sentencia privativa de libertad impuesta por el Estado Trasladante. Por último, el Estado Receptor deberá poner fin al cumplimiento de la condena en cuanto le haya informado el Estado Trasladante de cualquier decisión o medida que tenga como efecto dar por culminada la ejecución de la pena.
14. Aplicabilidad a Menores de Edad
El Artículo XVI, denominado “Aplicabilidad a Menores de Edad”, estipula que el presente Tratado puede aplicarse también a los menores de edad conforme a las leyes de las Partes. Sin embargo, la ejecución de las medidas privativas de libertad que se les aplique a tales menores para el traslado requerirá el consentimiento del menor expresado a través de su representante legal; en todo caso, deberá ser escuchada la opinión del menor y dejar constancia de ello.
15. Facilidades de Tránsito
El Artículo XVII regula las “Facilidades de Tránsito”, instaurando que en caso de que uno de los Estados Partes efectúe un traslado de personas condenadas en un tercer Estado con el cual hayan celebrado un Tratado en la materia, el otro Estado Parte deberá colaborar facilitando el tránsito por su territorio en virtud de dicho tratado. El Estado Parte que tenga la intención de efectuar el traslado deberá dar aviso al otro Estado Parte.
16. Disposiciones Finales
Los Artículos XVIII al XXIII se refieren a las “Disposiciones Finales”. Éstas son: La aplicación temporal, la cual permite que este Tratado se aplique a condenas dictadas ya sea antes o después de su entrada en vigor; la solución de controversias, que serán resueltas mediante negociaciones diplomáticas directas; las enmiendas, que deberán ser formuladas por escrito y acordadas sobre la base del mutuo consentimiento entre las Partes; la duración, que será indefinida; la entrada en vigencia, disponiendo que entrará en vigor a los treinta días posteriores a la fecha que se efectúe el respectivo canje de Instrumentos de Ratificación; y, finalmente, a la denuncia, la que deberá realizarse mediante notificación por vía diplomática y con un plazo de un año de anticipación.
En mérito de lo expuesto, solicito a Vuestras Señorías aprobar el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO
“Artículo único: Apruébase el “Tratado entre la República de Chile y la República del Perú sobre traslado de personas condenadas, suscrito en Lima, el 25 de noviembre de 2010”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; ALFREDO MORENO CHARME , Ministro de Relaciones Exteriores ; FELIPE BULNES SERRANO , Ministro de Justicia .”
2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República que “Modifica el Código Civil y otras leyes regulando el régimen patrimonial de sociedad conyugal.”. (boletín N° 7567-07).
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que modifica el Código Civil y otras leyes, regulando el régimen patrimonial de sociedad conyugal.
I. ANTECEDENTES.
La legislación chilena contempla tres regímenes económicos matrimoniales: sociedad conyugal, separación total de bienes y participación en los gananciales. Ellos son el estatuto jurídico que regla las relaciones pecuniarias de los cónyuges entre sí y respecto de terceros.
Los tres regímenes tienen diferentes orígenes, por lo que no coexistieron desde un comienzo. Nuestro Código Civil de 1855 sólo contempló el régimen de sociedad conyugal, siendo este el más antiguo de nuestro ordena-miento jurídico, influenciado por el derecho español, el cual establecía la potestad marital. Sin embargo, Andrés Bello estableció modificaciones en el derecho chileno, como supresión de los privilegios de la dote, materia sustituida por las normas sobre donaciones por causa de matrimonio; la separación de bienes, extendiéndola al caso de mal estado de los negocios del marido y; la protección de los bienes propios de la mujer, al establecerse la norma de que sólo pueden ser enajenados previa voluntad de la mujer y decreto judicial.
Así, en el Chile de entonces las personas sólo podían contraer matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal y, de modo excepcional, como consecuencia de una sanción o del divorcio, se producía el efecto de la separación total de bienes. En virtud de las capitulaciones matrimoniales, los cónyuges sólo podían pactar la separación parcial de bienes. El marido administraba sin restricciones los bienes sociales, incluso los inmuebles, y la mujer carecía de todo derecho en la administración de los bienes provenientes de su actividad económica independiente.
Esta situación se mantuvo hasta 1925, año en que comienza una evolución con la dictación del Decreto Ley Nº 328, el cual permitió pactar separación total de bienes en las capitulaciones matrimoniales. Desde entonces, el régimen de sociedad conyugal quedó como el régimen legal matrimonial: aquel que regía si los cónyuges no pactaban expresamente separación total de bienes.
Este mismo Decreto Ley consagró el patrimonio reservado de la mujer casada, el cual sufrió modificaciones en el año 1934 por la Ley 5.551, que aumentó la capacidad de la mujer en la libre administración de los bienes obtenidos por su trabajo de forma independiente del marido.
Un nuevo avance se produjo en el año 1943 por la Ley 7.612, la cual permitió sustituir el régimen de sociedad conyugal por el de separación de bienes durante el matrimonio.
La gran última reforma en esta materia se produjo en el año 1994, por medio de la Ley 19.335, que creó el régimen de participación en los gananciales, facultando a los contrayentes para pactarlo antes de la celebración del matrimonio, al momento de ella o bien durante el matrimonio, sustituyendo la sociedad conyugal o separación total de bienes por este nuevo régimen.
No obstante los avances mediante las reformas legales señaladas, la sociedad conyugal mantuvo importantes asimetrías en las facultades de los cónyuges, ya que la regla general siguió siendo que la mujer no administrara sus bienes propios. Dichas asimetrías se mantienen hasta el día de hoy, de modo que sus bienes raíces propios son administrados por el marido como también los bienes muebles aportados al matrimonio o adquiridos a título gratuito durante la vigencia del régimen.
Sin perjuicio de los avances en materia de regímenes matrimoniales, la mujer casada en sociedad conyugal tuvo el tratamiento legal de incapaz hasta 1989, año en el cual la Ley Nº 18.802 reconoció su plena capacidad. Sin embargo, aún existen resabios de incapacidad en las normas sobre administración de la sociedad conyugal.
Esta situación ha llevado a que resulte aconsejable actualizar el estatuto original-mente concebido, a fin de facilitar que ambos cónyuges compartan roles, en la medida de lo posible.
Por todo lo anterior, se hace necesaria la modificación al régimen económico matrimonial de sociedad conyugal, dando a la mujer las mismas facultades de administración que el marido.
II. NECESIDAD DE REFORMAR LA SOCIEDAD CONYUGAL.
Actualmente, la administración de la sociedad conyugal la ejerce el marido. Dicha administración recae sobre los dos haberes o patrimonios que la componen: el absoluto y el relativo. El haber absoluto está compuesto por todos aquellos bienes que ingresan a la sociedad conyugal en forma definitiva y que se dividen por mitades entre marido y mujer como gananciales. Conforman este haber las remuneraciones devengadas durante el matrimonio, los bienes muebles e inmuebles adquiridos a título oneroso por el marido o mujer durante el matrimonio y los frutos tanto de los bienes propios de los cónyuges como de los bienes sociales. El haber relativo está conformado por todos los bienes muebles que ingresan a la sociedad conyugal pero que al momento de la liquidación de la misma se deben recompensar al cónyuge que los aportó, no formando parte de los gananciales. Componen el haber relativo los dineros y bienes que los cónyuges aportan al matrimonio o los que adquieran a título gratuito durante la vigencia del régimen, entre otros. Así el marido administra, por ejemplo, la casa y los ahorros que la mujer tenía antes de casarse o los dineros que hereda.
Además, en el régimen de sociedad conyugal, el marido pasa a tener la administración de los bienes propios de la mujer, como los inmuebles que tenía antes de contraer matrimonio o que adquiere a título gratuito durante la vigencia del régimen. Así, en la actualidad el marido no sólo es el administrador de la sociedad conyugal, sino que también de los bienes propios de la mujer.
Las normas que consagran esta inhabilidad de la mujer para administrar la sociedad conyugal así como sus bienes propios, deben ser modificadas a fin de reconocer la plena capacidad de la mujer y la igualdad de derechos entre ella y el hombre.
III. CONVENIENCIA DE MANTENER LA SOCIEDAD CONYUGAL COMO EL RÉGIMEN SUPLETORIO LEGAL MATRIMONIAL.
El régimen de sociedad conyugal contempla ciertos beneficios favorables para aquellas mujeres que más tiempo han destinado al cuidado de los hijos y a las labores del hogar y que, por lo mismo, han reunido menores ingresos que el marido. Así, las ventajas que para ellas reporta este régimen y que justifica que se mantenga como el régimen legal matrimonial son:
1. El régimen de sociedad conyugal reconoce igual valor al trabajo de ambos cónyuges, al repartir por mitades las ganancias adquiridas durante el matrimonio, valorando el aporte de quien dedica más tiempo al cuidado de los hijos y del hogar.
2. La mujer tiene derecho a la mitad de los gananciales que el marido ha reunido.
3. La mujer administra libremente lo que obtiene producto de su trabajo ejercido de forma independiente del marido, por medio de su patrimonio reservado.
4. La mujer puede elegir el patrimonio más abundante: el reservado o la mitad de los gananciales. Así, si ella ha cuidado mejor su patrimonio que el marido, puede renunciar a los gananciales y quedarse con su patrimonio reservado.
5. Se pueden dejar bienes para que sean administrados de forma independiente por la mujer, mediante el pacto de separación parcial de bienes en las capitulaciones matrimoniales celebradas antes del matrimonio.
6. En caso de administración fraudulenta o descuidada del marido, puede pedir la separación de bienes.
7. Tiene el beneficio de emolumentos: una vez que se disuelve la sociedad conyugal ella va a responder de las deudas sociales sólo hasta la concurrencia de la mitad de lo que haya recibido como gananciales.
8. Puede no responder de las deudas sociales renunciando a los gananciales de la sociedad conyugal.
9. En la liquidación de la sociedad, la mujer tiene derecho a pagarse de las recompensas antes que el marido.
10. Siempre podrán los cónyuges pactar el régimen de separación total de bienes o participación en los gananciales antes o al momento de la celebración del matrimonio como también sustituir durante el matrimonio el régimen de sociedad conyugal por separación total de bienes o participación en los gananciales.
IV. OBJETIVO DEL PROYECTO.
El proyecto de ley se basa en tres principios: (i) igualdad ante la ley de marido y mujer, (ii) plena capacidad de ambos cónyuges y, (iii) protección económica del cónyuge que se ha dedicado al cuidado de los hijos o del hogar o que ha trabajado en menor medida de lo que hubiese querido o podido por estas causas.
Así, el principal objetivo del presente proyecto de ley es establecer la igualdad entre hombre y mujer en la sociedad conyugal, a fin de equiparar sus facultades, velando por ejercicio de todas sus capacidades y derechos mediante la derogación de la calidad de jefe de la sociedad conyugal del marido, de su calidad de administrador ordinario de la sociedad conyugal y sustraer de la sociedad conyugal los bienes propios de la mujer, de forma que puedan ser administrador por ella, independientemente de quien sea el administrador. Por medio de esta reforma se busca que la mujer pueda administrar libremente tanto sus bienes propios -los cuales se verán enriquecidos por aquellos que actualmente integran el haber relativo- como también la sociedad conyugal.
Respecto de la administración de la sociedad conyugal, se busca armonizar la igualdad ante la ley del marido y mujer con la autonomía de los cónyuges y la eficiencia en la administración, asegurando el buen funcionamiento, la responsabilidad y la seguridad de los terceros que contraten.
A su vez, las reformas propuestas buscan modernizar y simplificar la sociedad conyugal, a fin que sea más beneficiosa para ambos cónyuges si trabajan, para quien se dedica principalmente al cuidado de los hijos y del hogar, para los hijos y para los terceros que contratan sobre bienes sociales. Así, se evita que se generen recompensas y se elimina el haber relativo, cuyos bienes pasan a ser propios, quedando la sociedad conyugal con un sólo haber: el social. Respecto del resguardo al cónyuge que más tiempo se ha dedicado al cuidado de los hijos y del hogar, se establecen reformas para asegurar que, en caso de que sea el administrador de la sociedad conyugal, cuente con bienes a administrar y con los cuáles cubrir las necesidades de la familia común, como también que participe de las ganancias del cónyuge no administrador, eliminándole en este caso la posibilidad de renunciar a los gananciales de la sociedad y quedarse con su patrimonio reservado, debiéndolo compartir con el cónyuge administrador.
V. CONTENIDO DEL PROYECTO.
Se propone introducir modificaciones al Código Civil; a la Ley Nº 4.808, sobre Registro Civil ; a la Ley N° 14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias; a la Ley N° 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, las que su texto refundido, coordinado y sistematiza-do fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2000, del Ministerio de Justicia; al Código de Comercio; al Código de Procedimiento Penal y al Código de Minería.
1. Modificaciones al Código Civil.
a. Administración de la sociedad conyugal.
El proyecto modifica las normas de administración de la sociedad conyugal -que actualmente queda entregada al marido-, eliminando el artículo que designa a éste como jefe de la sociedad y como único administrador ordinario de la misma.
En su reemplazo este proyecto faculta a los cónyuges para que elijan de común acuerdo cuál de ellos ejercerá la administración ordinaria de la sociedad conyugal.
El acuerdo que confiere a uno de los cónyuges –marido o mujer- la administración, se puede adoptar antes, durante o después de la celebración del matrimonio, lo que permite cambiar de administrador cuando los contra-yentes o cónyuges lo estimen necesario.
A falta de acuerdo entre los cónyuges sobre quién ejercerá la administración, el proyecto establece una administración supletoria ejercida conjuntamente entre ambos. Sin embargo, siempre existe el derecho a cambiar al cónyuge administrador o a designarlo, por lo que la administración supletoria no configura una situación irreversible.
A fin de dar seguridad jurídica a los terceros, todo cambio en la designación del administrador debe subinscribirse al margen de la inscripción del matrimonio.
b. Administración de bienes sociales.
El proyecto distingue entre bienes propios -cuya administración corresponde exclusivamente al cónyuge propietario- y bienes sociales -cuya administración corresponde al cónyuge administrador de la sociedad conyugal-.
Las responsabilidades que actualmente corresponden al marido como administrador de los bienes sociales pasan a ser del cónyuge que ejerza dicha administración, marido o mujer.
Dentro de los bienes sociales se incluye el aporte que debe hacer el patrimonio reservado del cónyuge no administrador a la sociedad conyugal, a fin de satisfacer las necesidades de la familia común, en proporción a sus facultades. Esto, como una forma de explicitar que son ambos cónyuges quienes deben proveer a las necesidades de la familia y como modo de compensar la disminución de los bienes que conforman la sociedad conyugal, al eliminarse su haber relativo.
Al mismo tiempo, se mantienen las limitaciones a la administración de la sociedad conyugal, como la prohibición de enajenar o gravar voluntariamente o prometer enajenar o gravar los bienes raíces sociales por parte del cónyuge administrador sin autorización del otro, entre otras.
A su vez, se incluye al cónyuge no administrador como titular de la acción de sepa-ración total de bienes en caso de mala administración de la sociedad conyugal por parte del administrador.
c. Bienes propios.
Se entiende por bienes propios de cada cónyuge todos los bienes inmuebles que los cónyuges tienen al momento de casarse y los inmuebles adquiridos a título gratuito durante el matrimonio.
Además, se consideran bienes propios aquellos que en la actualidad ingresan al haber relativo de la sociedad conyugal:
-Los dineros que los cónyuges aporten al matrimonio;
-Los dineros que los cónyuges reciben a título gratuito durante el matrimonio;
-Los bienes muebles que los cónyuges aporten al matrimonio;
-Los bienes muebles que los cónyuges adquieran a título gratuito durante el matrimonio;
-La donación remuneratoria en ciertos casos;
-Los bienes muebles adquiridos a título oneroso durante la sociedad, cuando la causa o el título de la adquisición ha precedido a ella.
En cuanto a la forma de administración de estos bienes, cada cónyuge los administra con absoluta libertad.
De este modo, se elimina el haber relativo de la sociedad conyugal y la sociedad pasa a estar conformada por un sólo patrimonio, integrado por aquellos bienes que actualmente componen el haber absoluto.
d. Patrimonio reservado.
Como marido o mujer pueden ser administradores de la sociedad conyugal, se modifica el actual patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal, en orden a que la titularidad del mismo corresponde a cual-quiera de los cónyuges mientras no ejerza la administración de la sociedad conyugal, manteniéndose intactas las actuales reglas aplicables al patrimonio reservado. Si los cónyuges acuerdan cambio del administrador o ello se decreta judicialmente, el cónyuge que pasa a ser el nuevo administrador deja de tener el patrimonio reservado.
Para realizar el cambio de administrador, se debe hacer previamente un cálculo simulado de liquidación de la sociedad, a fin de que el cónyuge tenga un crédito por lo ganado en el ejercicio de su patrimonio reservado, el cual pueda hacer valer al disolverse y liquidarse la sociedad conyugal.
e. Administración extraordinaria de la sociedad conyugal.
En caso de que el cónyuge que tenga la administración de la sociedad conyugal sea declarado interdicto o se encontrare ausente (se desconoce su paradero o ha dejado de comunicarse con su familia originando perjuicios a ella o a terceros), el otro cónyuge asume la administración de la sociedad conyugal, si es nombrado curador del cónyuge ausente o interdicto.
Con la presentación de la demanda de curaduría y previa autorización judicial, se puede conceder la facultad de asumir provisoriamente la administración de la sociedad conyugal, a fin de que el nuevo administrador pueda disponer de los bienes cuando de la demora se siguiere perjuicios, previo otorgamiento de garantía real o personal.
En caso que el cónyuge obtuviere la administración provisoria y dispusiere de los bienes sociales de mala fe, debe restituir doblados los bienes que hubiese dispuesto.
La administración provisoria debe subinscribirse al margen de la respectiva inscripción matrimonial.
En el mismo sentido, se deroga en la administración extraordinaria el requisito de solicitar autorización al juez para realizar aquellos actos que en la administración ordinaria el cónyuge administrador debe pedirle autorización al que no administra. Así, aquel de los cónyuges que tenga la administración extraordinaria de la sociedad conyugal, puede ejecutar por sí solo los actos para cuya validez el cónyuge administrador de la sociedad conyugal ordinaria necesitaba del consentimiento del cónyuge no administrador. La exigencia de autorización por parte del juez se mantiene para la disposición de los bienes propios del otro cónyuge.
2. Modificaciones a la Ley N° 4.808, sobre Registro Civil .
En concordancia con la modificación propuesta al Código Civil, se deja establecido que en el acto del matrimonio, los cónyuges podrán designar al cónyuge administrador, y que el oficial del Registro Civil debe manifestar a los contrayentes, que si nada dicen, se entenderán casados en sociedad conyugal.
Además, se establece que en el libro de matrimonios debe inscribirse la identificación del cónyuge administrador de la sociedad conyugal.
3. Modificaciones al Código de Comercio.
A efectos de eliminar toda traba en el ejercicio de actividades de comercio por parte de la mujer casada bajo el régimen de sociedad conyugal, y en concordancia con las modificaciones propuestas al Código Civil, se derogan los artículos 14 y 16, que actualmente impiden ser comerciante a la cónyuge casada bajo régimen de sociedad conyugal, por lo que le está permitido ejercer dicha actividad sin necesidad de estar separada de bienes de su marido.
Asimismo, se hace innecesario que el marido autorice a su cónyuge para celebrar el contrato de sociedad colectiva, toda vez que dichas exigencias son eliminadas del artículo 349.
Finalmente, se modifican las normas contenidas en la Ley de Quiebras que hacen referencia al marido en cuanto administrador de la sociedad conyugal.
4. Modificaciones al Código de Procedimiento Penal.
El mandamiento de embargo decretado contra cualquiera de los cónyuges casados bajo régimen de sociedad conyugal se puede trabar sobre los bienes de la sociedad conyugal o sobre los bienes propios del cónyuge deudor.
5. Modificaciones al Código de Minería.
Actualmente, en materia de capacidad para adquirir derechos mineros, el artículo 24 del Código de Minería contiene una norma que solo se justifica en la antigua incapacidad relativa de la mujer casada bajo régimen de sociedad conyugal, puesto que se autoriza a determinadas personas incapaces a hacer pedimento o manifestaciones sin necesidad del consentimiento o autorización de sus respectivos representantes legales.
La mujer casada no necesita ser representada legalmente, puesto que es plenamente capaz, por lo que se elimina toda referencia a la misma que se encuentre contenida en dicho artículo.
En mérito a lo expuesto, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Civil:
1) En el artículo 135, se introducen las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase el inciso primero, por el siguiente: “Por el hecho del matrimonio se contrae sociedad de bienes entre los cónyuges, cuya administración se realizará según las reglas que se expondrán en el título De la sociedad conyugal”.
b) En el inciso segundo se agrega después del punto aparte que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase “Si pactan el régimen de sociedad conyugal, en ese mismo acto deberán expresar el nombre del cónyuge administrador, de lo contrario se entenderá que ambos cónyuges coadministrarán la sociedad conyugal, rigiéndose en ambos casos según las reglas que se expondrán en el título De la sociedad conyugal.”.
2) En el artículo 136, reemplázase la frase que comienza con “El marido deberá, además…” hasta el punto final, por “En el caso que estén casados bajo el régimen de sociedad conyugal, aquel de los cónyuges que tenga la administración deberá proveer al otro de las expensas para la litis que éste siga en su contra, si no tiene los bienes a que se refieren los artículos 150 y 166, o ellos fueren insuficientes.
3) Reemplázase el artículo 137, por el siguiente:
“Artículo 137. Los actos y contratos que celebre el cónyuge no administrador de la sociedad conyugal, solo lo obligan en los bienes que administre según los artículos 150 y 166.
Con todo, las compras que haga al fiado de objetos muebles naturalmente destinados al consumo ordinario de la familia, obligan al cónyuge administrador en sus bienes y en los de la sociedad conyugal; y obligan además los bienes propios del cónyuge no administrador, hasta concurrencia del beneficio particular que le reportara el acto, comprendiendo en este beneficio el de la familia común en la parte en que de derecho haya ella debido proveer a las necesidades de ésta.”
4) En el artículo 138, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el inciso primero, reemplázase la palabra “marido”, por “cónyuge no administrador”;
b) Reemplázase el inciso segundo, por el siguiente:
“Si el impedimento no fuere de larga o indefinida duración, el cónyuge no administrador podrá actuar respecto de los bienes del cónyuge administrador y los de la sociedad conyugal con autorización del juez, con conocimiento de causa, cuando de la demora se siguiere perjuicio. Respecto de los bienes sociales, sólo se necesitará la autorización del juez indicada en aquellos actos en que fuere necesario que concurrieren ambos cónyuges.”;
c) En el inciso tercero, reemplázase la palabra “marido” por “cónyuge administrador”, las dos veces que aparece y la frase “La mujer” por “El cónyuge no administrador”.
5) Derógase el artículo 138 bis.
6) En el artículo 139, reemplázase la frase “El marido” por “El cónyuge”.
7) En el artículo 140, reemplázase la excepción 2, por la siguiente “El ejercitar el cónyuge no administrador una profesión, industria, empleo u oficio.”
8) Reemplázase el artículo 150 por el siguiente:
Artículo 150.- El cónyuge no administrador, que desempeñe algún empleo o que ejerza una profesión, oficio o industria, de forma separada de los del cónyuge administrador, se considerará separado de bienes respecto del ejercicio de ese empleo, oficio, profesión o industria y de lo que en ellos obtenga, no obstante cualquiera estipulación en contrario; pero si fuere menor de edad, necesitará autorización judicial, con conocimiento de causa, para gravar y enajenar los bienes raíces. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el número 3º del artículo 1725.
Incumbe al cónyuge no administrador acreditar, tanto respecto del administrador como de terceros, el origen y dominio de los bienes adquiridos en conformidad a este artículo. Para este efecto, podrá servirse de todos los medios de prueba establecidos por la ley.
Los terceros que contraten con el cónyuge no administrador quedarán a cubierto de toda reclamación que pudieren interponer éste o el administrador, sus herederos o cesionarios, fundada en la circunstancia de haber obrado fuera de los términos del presente artículo, siempre que se haya acreditado por el cónyuge no administrador, mediante instrumentos públicos o privados, a los que se hará referencia en el instrumento que se otorgue al efecto, que ejerce o ha ejercido un empleo, oficio, profesión o industria separados de los del cónyuge administrador.
Los actos o contratos celebrados por el cónyuge no administrador en esta administración separada, obligarán los bienes comprendidos en ella y los que administre con arreglo a las disposiciones del artículo 166, y no obligarán los del administrador sino con arreglo al artículo 161.
Los acreedores del cónyuge administrador no tendrán acción sobre los bienes que el otro cónyuge administre en virtud de este artículo, a menos que probaren que el contrato celebrado por él cedió en utilidad del no administrador o de la familia común.
Disuelta la sociedad conyugal, los bienes a que este artículo se refiere entrarán en la partición de los gananciales; a menos que el cónyuge no administrador o sus herederos renunciaren a estos últimos, en cuyo caso el cónyuge administrador no responderá por las obligaciones contraídas por el primero en su administración separada, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1781.
Si el cónyuge no administrador o sus herederos aceptaren los gananciales, el administrador responderá a esas obligaciones hasta concurrencia del valor de la mitad de esos bienes que existan al disolverse la sociedad. Mas, para gozar de este beneficio, deberá probar el exceso de la contribución que se le exige con arreglo al artículo 1777.
En caso que se pacte cambio de cónyuge administrador y el actual titular del patrimonio reservado pase a ejercer la administración de la sociedad conyugal, los bienes a que se refiere este artículo se regirán por las reglas de administración de la sociedad conyugal y se le aplicarán todas las normas relativas a los bienes sociales. Sin embargo, tendrá derecho a que se determine un crédito a su favor, equivalente a lo que habría obtenido en el supuesto que a la fecha de cambio de cónyuge administrador se hubiese producido la disolución de la sociedad conyugal y hubiera renunciado a los gananciales, en conformidad al artículo 1781. El cónyuge podrá, en la escritura a que se refiere el artículo 1723, optar por ser titular de este crédito, renunciar a él o señalar que no existe. Este crédito, debidamente reajustado, sólo podrá hacerse exigible una vez disuelta la sociedad conyugal y tendrá el mismo tratamiento que se da a los gananciales.
En el caso anterior, las deudas contraídas en el ejercicio del patrimonio reservado podrán ser ejecutadas en los bienes de éste que hayan pasado a ser sociales”.
9) En el artículo 153, reemplázase la frase “La mujer” por “El cónyuge no administrador”.
10) En el artículo 154, reemplázase la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”, y la palabra “autoriza-da” por “autorizado.
11) En el artículo 155, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase la frase “del marido” por “del cónyuge administrador”, todas las veces que aparece;
b) Reemplázase la frase “el marido” por “el cónyuge administrador”;
c) Reemplázase la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”, todas las veces que aparece;
d) En el inciso tercero, a continuación del punto aparte, que pasa a ser coma, agréguese la frase “o mala administración del cónyuge administrador respecto de sus bienes propios.”
12) En el artículo 156, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase la frase “de la mujer” por “del cónyuge no administrador”, todas las veces que aparece tanto en el inciso primero como segundo.
b) En el inciso primero, a continuación de la frase “intereses de”, se reemplaza la palabra “ésta” por “éste”.
13) En el artículo 157, reemplázase la frase “del marido” por “del cónyuge administrador”.
14) En el artículo 158, reemplázase la frase “marido o de la mujer” por “cónyuge administrador o del no administrador”.
15) Reemplázase el inciso segundo del artículo 165 por el siguiente: “Tratándose de separación convencional, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 40 de la Ley de Matrimonio Civil, los cónyuges podrán pactar el régimen de sociedad conyugal o de participación en los gananciales, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 1723.”
16) Reemplázase el artículo 166, por el siguiente:
“Artículo 166.- El cónyuge no administrador se mirará como separado de bienes respecto de la administración de sus bienes propios. En dicho caso, se aplicarán las reglas siguientes:
1º Una vez disuelta la sociedad conyugal, las obligaciones contraídas en su administración separada podrán perseguirse sobre todos sus bienes.
2º Los acreedores del cónyuge administrador no tendrán acción sobre los bienes que administre en virtud de este artículo, a menos que probaren que el contrato celebrado por él cedió en utilidad del cónyuge no administrador o de la familia común.
3º Pertenecerán a la sociedad conyugal los frutos de las cosas que administre separadamente, que se devenguen durante el matrimonio, y todo lo que con ellos se adquiera”
17) Derógase el artículo 167.
18) En el artículo 449, se introducen las siguientes modificaciones:
a) Se reemplaza el inciso primero por el siguiente: “El curador del cónyuge administrador disipador administrará la sociedad conyugal en cuanto ésta subsista. El curador del disipador, sea o no el cónyuge administrador, ejercerá de pleno derecho la guarda de los hijos en caso que el cónyuge no sujeto a curaduría, por cualquier razón, no ejerza la patria potestad.”
b) Se elimina el inciso segundo.
19) En el inciso segundo del artículo 450, reemplázase la frase “La mujer casada en sociedad conyugal cuyo marido disipador sea sujeto a curaduría,” por “Si el cónyuge administrador de la sociedad conyugal es declarado disipador, el otro,”
20) En el artículo 463, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el inciso primero, reemplázase la frase “La mujer curadora de su marido” por “El marido o mujer curador de su cónyuge”
b) En el inciso segundo, reemplázase la palabra “marido” por “cónyuge”.
21) En el artículo 477, reemplázase la frase “Si el ausente ha dejado” por “Si el cónyuge administrador ausente ha dejado marido o”
22) En el artículo 493, elimínase la palabra “marido”, con las comas que la anteceden y preceden.
23) En el artículo 810, se elimina la frase “y el del marido, como administrador de la sociedad conyugal, en los bienes de la mujer” y la frase “y del título De la sociedad conyugal”.
24) Elimínase el inciso cuarto del artículo 1225.
25) En el artículo 1255 se elimina la palabra “maridos,”.
26) En el inciso segundo del artículo 1287, elimínase la frase “y el marido de la mujer heredera, que no esté separada de bienes”.
27) Elimínase el inciso segundo del artículo 1322.
28) Elimínase el inciso segundo del artículo 1326.
29) En el artículo 1579, elimínase la frase “los maridos por sus mujeres en cuanto tengan la administración de los bienes de éstas;”.
30) En el inciso segundo del artículo 1715, agréguese, a continuación de la palabra “pactarse”, la frase “cuál de los cónyuges asume la administración de la sociedad conyugal,”.
31) En el artículo 1719, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase la frase “La mujer” por “El cónyuge no administrador”.
b) Reemplázase la palabra “marido” por “otro”.
32) En el artículo 1720, reemplázase la referencia al artículo “167” por el artículo “166”.
33) En el artículo 1723, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el inciso primero:
i. A continuación de la frase “mayores de edad podrán” agrégase la frase “substituir el cónyuge administrador de la sociedad conyugal y”.
ii. Sustitúyese la frase final por la siguiente: “También podrán substituir la separación total por el régimen de sociedad conyugal o de participación en los ganancia-les”
b) Introdúcese el siguiente inciso cuarto, nuevo, pasando los actuales incisos cuarto y quinto a ser quinto y sexto, respectivamente: “Sin perjuicio de los requisitos establecidos en los incisos precedentes, en la misma escritura de cambio del cónyuge administrador de la sociedad conyugal, cuando hubiere existido patrimonio reservado del cónyuge que pasa a ser administrador, deberá determinarse el crédito a que se refiere el inciso penúltimo del artículo 150 y declararse que se es titular del crédito, se renuncia o no existe, o bien, declarar que no es procedente determinar el crédito ya que no se tiene derecho a él en conformidad a los artículos 150 y 1781.”.
34) Agrégase el siguiente artículo 1724 bis “Artículo 1724 bis.- En caso de insolvencia, administración fraudulenta o mal estado de los negocios por administración errónea o descuidada del cónyuge administrador, podrá el cónyuge no administrador solicitar judicialmente ejercer la administración de la sociedad, si no hubiere acuerdo entre ellos.”
35) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1725:
a) Reemplázase el número 3º por el siguiente “3º. Del aporte que el patrimonio reservado del cónyuge no administrador deba hacer a las necesidades de la familia común, en proporción a sus facultades”.
b) En el número 4º:
i. Reemplázase la frase “Aportare al matrimonio, o durante él adquiriere; quedando obligada la sociedad a pagar la correspondiente recompensa.” por “adquiriere durante el matrimonio.”.
ii. Elimínase su inciso segundo.
36) Elimínase el inciso segundo del artículo 1726.
37) Reemplázase el artículo 1731, por el siguiente:
“Artículo 1731. La parte del tesoro, que según la ley pertenece a quien lo encuentra y aquella que pertenece al dueño del terreno en que se encuentra, se considerará bien propio del cónyuge que corresponda. Si el terreno es bien social, la parte que corresponde al dueño pertenecerá a la sociedad.”.
38) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1732:
a) En el inciso primero, introdúcense antes de la palabra “inmuebles” la frase “muebles o”;
b) Elimínase el inciso segundo.
39) Se elimina el inciso final del artículo 1733.
40) Se elimina el inciso final del artículo 1736.
41) Reemplázase el inciso segundo del artículo 1738, por el siguiente:
“Si la donación remuneratoria es de cosas muebles, éstos no ingresarán al haber social e incrementarán el haber propio del cónyuge donatario, si los servicios no daban acción contra la persona servida o si los servicios se prestaron antes de la sociedad”.
42) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1740,
a) En el número 2º:
i. Reemplázase la frase “el marido, o la mujer con autorización del marido, o de la justicia en subsidio, y que no fueren personales de aquél o ésta” por “cualquiera de los cónyuges y que no fueren personales de ellos,”
ii. En el inciso segundo, reemplázase la palabra “marido” por “cónyuge administrador”
b) En el inciso final:
i. Reemplázase la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”.
ii. Reemplázase la palabra “marido” por “cónyuge administrador”.
43) En el artículo 1749, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el inciso primero:
i. Reemplázase la frase “El marido es jefe de la sociedad conyugal, y como tal administra los bienes socia-les y los de su mujer; sujeto, empero” por “La administración de la sociedad conyugal será ejercida por aquel de los cónyuges que haya sido designado como tal de común acuerdo, sujeto”.
b) Reemplázase el inciso segundo por el siguiente: “A falta de designación, se entenderá que ambos cónyuges administrarán de forma conjunta”.
c) Reemplázase el inciso tercero por el siguiente: “El cónyuge administrador no podrá enajenar o gravar voluntariamente ni prometer enajenar o gravar los bienes raíces sociales sin autorización del otro”.
d) En el inciso quinto, reemplázase la palabra “marido” por la frase “cónyuge administrador”.
e) En el inciso sexto, reemplázase la frase “de la mujer” por “del otro cónyuge”.
f) En el inciso séptimo, elimínase la frase “de la mujer”.
g) En el inciso octavo:
i. Reemplázase la frase “citada la mujer, si ésta” por “citado el cónyuge no administrador, si éste”;
ii. Reemplázase la frase “de la mujer”, por “del cónyuge no administrador”;
iii. Reemplázase la frase “la mujer”, por “el cónyuge no administrador”.
h) Agrégase el siguiente inciso final: “Del mismo modo, cuando la sociedad fuere coadministrada por los cónyuges, se necesitará la concurrencia ambos para celebrar los actos señalados en los incisos precedentes. En el resto de los casos, se presume que los actos realizados por uno de ellos cuentan con la autorización del otro.”.
44) Reemplázase el artículo 1750, por el siguiente:
“Artículo 1750.- El cónyuge administrador es, respecto de terceros, dueño de los bienes sociales, como si ellos y sus bienes propios formasen un solo patrimonio, de manera que durante la sociedad sus acreedores podrán perseguir tanto los bienes de éste como los bienes sociales; sin perjuicio de los abonos o compensaciones que a consecuencia de ello deba el cónyuge administrador a la sociedad o la sociedad a éste.
Podrán, con todo, los acreedores, perseguir sus derechos sobre los bienes del cónyuge no administrador, en virtud de un contrato celebrado por ellos con el cónyuge administrador, en cuanto se probare haber cedido el contrato en utilidad personal del cónyuge no administrador, como en el pago de sus deudas anteriores al matrimonio.”
45) Reemplázase el artículo 1751, por el siguiente:
“Artículo 1751.- Toda deuda contraída por el cónyuge no administrador con mandato general o especial del otro es, respecto de terceros, deuda del cónyuge administrador y por consiguiente de la sociedad; y el acreedor no podrá perseguir el pago de esta deuda sobre los bienes propios del cónyuge no administrador, sino sobre los bienes de la sociedad y sobre los bienes propios del cónyuge administrador; sin perjuicio de los prevenido en el inciso 2º del artículo precedente.
Si el cónyuge no administrador contrata a su propio nombre, regirá lo dispuesto en el artículo 2151.
Los contratos celebrados por el cónyuge administrador y el otro cónyuge de consuno o aquellos en que el no administrador se obligue solidaria o subsidiariamente con el administrador, no valdrán contra los bienes propios del no administrador, salvo en los casos y términos del sobredicho inciso 2º, y sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 137.”
46) Reemplázase en el artículo 1752 la frase “la mujer por sí sola” por “El cónyuge no administrador por sí solo”, y la referencia al artículo “145” por el artículo “138”
47) En el artículo 1753, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el inciso primero:
i. Reemplázase la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”;
ii. Después de la frase “bienes propios” se elimina todo lo que sigue hasta el punto final.
b) En el inciso segundo, reemplázase la frase “de la mujer divorciada o separada de bienes” por “del cónyuge separado judicialmente o separado de bienes.”
48) Se eliminan los artículos 1754, 1755 y 1756.
49) En el inciso primero del artículo 1757, elimínanse las siguientes oraciones:
i.- ?,1754 y 1755?.-
ii.- “y 1756”.
50) Reemplázase el artículo 1758, por el siguiente:
“Artículo 1758.- El cónyuge no administrador que en el caso de interdicción del otro, o por larga ausencia de éste sin comunicación con su familia, hubiere sido nombrado curador del otro, o curador de sus bienes, tendrá por el mismo hecho la administración de la sociedad conyugal.
Si por incapacidad o excusa del cónyuge no administrador se encargaren estas curadurías a otra persona, dirigirá el curador la administración de la sociedad conyugal.”
51) Agréguese el siguiente artículo 1758 bis:
“Artículo 1758 bis.- Solicitada por el cónyuge no administrador la curaduría del cónyuge administrador, el juez podrá conferir la administración provisoria de los bienes sociales y de los bienes propios de éste, a fin de que pueda disponer de ellos, previo otorgamiento de garantía real o personal, cuando de la demora se siguieren perjuicios.
En caso de solicitarse la administración provisoria de mala fe, deberá restituir doblados los bienes de los que hubiese dispuesto.
La resolución que otorgue la administración provisoria deberá subinscribirse al margen de la respectiva inscripción matrimonial.”
52) En el artículo 1759, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el inciso primero:
i. Reemplázase la frase “La mujer que tenga la” por “El cónyuge no administrador que tenga la”;
ii. Reemplázase la frase “el marido” por “el cónyuge administrador”;
b) Reemplázase el inciso segundo, por el siguiente:
“No obstante lo establecido en el inciso anterior, aquel de los cónyuges que tenga la administración extraordinaria de la sociedad conyugal podrá ejecutar por sí solo los actos para cuya validez el cónyuge administrador necesitaba el consentimiento del cónyuge no administrador, respecto de los bienes sociales. En caso que la facultad establecida en este inciso se ejerza de mala fe para perjudicar al otro cónyuge o al haber social, deberá restituir doblados los bienes de que hubiese dispuesto.
c) En el inciso tercero, reemplázase la frase “No podrá tampoco, sin dicha autorización,” por “No podrá”.
d) En el inciso cuarto, reemplázase la palabra “marido” por “cónyuge administrador”.
e) En el inciso sexto:
i. Reemplázase la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”;
ii. Reemplázase la frase “codeudora solidaria, fiadora” por “codeudor solidario, fiador”;
iii. Reemplázase la frase “artículos 150, 166 y 167” por “artículos 150 y 166.”
e) En el inciso séptimo, reemplázase la palabra “marido” por “cónyuge administrador”.
53) En el artículo 1760 se introducen las siguientes modificaciones:
a) Se reemplaza la frase “la mujer administradora” por “el cónyuge no administrador que tuviere la administración extraordinaria”.
b) Se reemplaza la frase “marido” por “cónyuge administrador”.
c) Se reemplaza la frase “la mujer” por el cónyuge no administrador.
54) En el artículo 1761 introdúcense las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase en el inciso primero la frase “La mujer administradora” por “El cónyuge no administrador”; la frase “marido” por “cónyuge administrador”.
b) Reemplázase en el inciso segundo la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador” y la palabra “autorizada” por “autorizado”.
55) En el artículo 1762, reemplázase la frase “La mujer” por “El cónyuge no administrador” y la frase “párrafo 3” por “párrafo 4”.
56) En el artículo 1763, reemplázase la frase “el marido” por “el cónyuge administrador”.
57) En el artículo 1767, reemplázase la frase “La mujer” por “El cónyuge no administrador”.
58) En el artículo 1773, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el inciso primero:
i. Reemplázase la frase “La mujer hará antes que el marido” por “El cónyuge no administrador hará antes que el otro”;
ii. Reemplázase la frase “a la mujer o al marido” por “a uno u otro”;
b) En el inciso segundo:
i. Reemplázase la frase “La mujer” por “El cónyuge no administrador”;
ii. Reemplázase la palabra “marido” por “otro cónyuge”.
59) En el artículo 1777, reemplázase la frase “La mujer” por “El cónyuge no administrador”.
60) En el artículo 1778, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase la frase “El marido” por “El cónyuge administrador”;
b) Reemplázase la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”.
61) Reemplázase el título del Párrafo 6 del Título XXII del Libro IV, por el siguiente: “§ 6. De la renuncia de los gananciales hecha por el cónyuge no administrador después de la disolución de la sociedad”.
62) En el artículo 1781, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase, la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”.
b) Reemplázase la frase “a la mujer” por “al cónyuge no administrador”.
c) Agréguese, a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente frase “Tampoco se permitirá la renuncia en caso que el cónyuge administrador se hubiere dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común y por ello no hubiere podido desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hubiere hecho en menor medida de lo que podía y quería, y el patrimonio reservado del no administrador tuviere más bienes que obligaciones.
63) En el artículo 1782, reemplázase la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”, todas las veces que aparece.
64) En el artículo 1783:
a) Reemplázase la frase “la mujer” por “el cónyuge no administrador”;
b) Reemplázase la palabra “marido” por “cónyuge administrador”.
65) En el artículo 1784, reemplázase la frase “La mujer” por “El cónyuge no administrador”.
66) En el artículo 1785, reemplázase la frase “de la mujer” por “del cónyuge no administrador” y la palabra “marido” por “cónyuge administrador”.
67) En el artículo 1969, elimínase la frase “y del otro cónyuge”.
68) Reemplázase el artículo 2171 por el siguiente: “Artículo 2171.- Si el cónyuge no administrador de la sociedad conyugal ha conferido mandato antes del matrimonio, subsiste el mandato en lo referido a actos o contratos relativos a bienes cuya administración le corresponda.”
69) En el inciso tercero del artículo 2466, elimínase la frase “del marido sobre los bienes de la mujer, ni el”.
70) En el artículo 2481, reemplázase el número 3º por el siguiente: “Los de los cónyuges no administradores por causa de la administración de los bienes sociales sobre los bienes del cónyuge administrador, incluidos los que le correspondan como gananciales, o, en su caso, los que tuvieren los cónyuges como resultado del régimen de participación en los ganancia-les;”.
71) En el artículo 2483, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el inciso primero, reemplázase la frase “la mujer” por “un cónyuge” y la frase “marido” por “cónyuge administrador”.
b) En el inciso segundo, reemplázase la frase “la mujer contra el marido” por “del cónyuge no administrador contra el administrador”.
72) Reemplázase el artículo 2484, por el siguiente:
“Artículo 2484.- Los matrimonios celebrados en país extranjero que deban producir efectos en Chile dará, a los créditos del cónyuge sobre los bienes del otro cónyuge existentes en territorio chileno, el mismo derecho de preferencia que dan los matrimonios celebrados en Chile.”.
73) En el artículo 2509 se introducen las siguientes modificaciones:
a) Se elimina el número 2º del inciso segundo.
b) Se elimina el inciso tercero.
Artículo 2.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 4.808, sobre Registro Civil , cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2000, del Ministerio de Justicia:
1) En el número 4º del artículo 4º, se introducen las siguientes modificaciones:
a) A continuación de la frase “capitulaciones matrimoniales” se agrega la frase “, la identificación del cónyuge administrador en el caso de la sociedad conyugal”;
b) Se reemplaza la frase “a la mujer” por “al cónyuge no administrador” y la frase “marido” por “cónyuge administrador”.
2) En el artículo 38 se introducen las siguientes modificaciones:
a) En el inciso segundo, a continuación del punto aparte, que pasa a ser coma, se agrega la siguiente frase “y designar al cónyuge administrador, en caso de casarse bajo el régimen de sociedad conyugal.”
b) En el inciso tercero, a continuación del punto aparte, que pasa a ser coma, se agrega la siguiente frase “y si no designaren al cónyuge administrador, administrarán los bienes sociales de forma conjunta.
Artículo 3.- Se introduce la siguiente modificación en la ley Nº 14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio de Justicia: En el artículo 19 N° 2 se reemplaza la frase “a la mujer” por “al cónyuge no administrador”.
Artículo 4.- Se introduce la siguiente modificación en la ley Nº 16.271, sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio de Justicia: En el inciso quinto del artículo 7° se reemplaza la palabra “marido” por la frase “cónyuge administrador”.
Artículo 5.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código de Comercio:
1) Deróganse los artículos 14 y 16.
2) En el artículo 22, introdúcense las siguientes modificaciones:
a) En el número 1º, reemplázase la frase “al marido alguna responsabilidad a favor de la mujer”, por “a uno de los cónyuges alguna responsabilidad respecto del otro”.
b) En el número 2º, reemplázase la frase “el marido deba entregar a su mujer divorciada o separada de bienes” por “uno de los cónyuges deba entregar al otro del que se ha separado judicialmente o separado de bienes”.
3) En el artículo 23, elimínase la palabra “marido,”.
4) En el artículo 338, reemplázase el inciso segundo por el siguiente: “Sin embargo, pueden serlo el hijo de familia y el menor emancipado que hubieren cumplido diecisiete años, siendo autorizados expresamente por su padre o curador para contratar con el comitente y desempeñar la factoría”.
5) En el artículo 349, reemplázase sus incisos segundo y tercero por el siguiente: “El menor adulto necesita autorización especial para celebrar el contrato de sociedad colectiva, la cual será conferida por la justicia ordinaria.”.
6) Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 18.175, que modifica la Ley de Quiebras y fija su nuevo texto, incorporada al Libro IV del Código de Comercio:
7) Reemplázase el artículo 48, por el siguiente:
“Artículo 48.- La quiebra de cualquiera de los cónyuges separado total o parcialmente de bienes solo comprenderá sus bienes propios, sin perjuicio de las responsabilidades que tuviere el otro cónyuge o la sociedad conyugal, en su caso.”
8) En el inciso cuarto del artículo 64, reemplázase la frase “personales de la mujer e hijos, de los que tenga el usufructo legal, quedará sujeta a la intervención del síndico mientras subsista el derecho del marido, padre o madre en falencia.”, por la siguiente “sobre los cuales tenga el usufructo legal, quedará sujeta a la intervención del síndico mientras subsista su derecho.”
Artículo 6.- Reemplázase el artículo 384 del Código de Procedimiento Penal por el siguiente: “El mandamiento de embargo decretado contra los bienes del cónyuge casado en sociedad conyugal, se trabará en sus bienes propios, en los de la sociedad conyugal o en los de ambos.”
Artículo 7.- En el artículo 24 del Código de Minería, elimínase la frase “, las mujeres casadas en régimen de sociedad conyugal”.
Artículo 8.- En todas aquellas normas no modificadas específicamente por la presente ley, se entenderá que toda referencia hecha al marido en cuanto administrador de la sociedad conyugal se efectuará al cónyuge administrador de la misma, y que toda referencia hecha a la mujer casada en sociedad conyugal se entenderá hecha al cónyuge no administrador de ésta.
“ARTÍCULOS TRANSITORIOS
Artículo primero transitorio.- Los matrimonios celebrados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, seguirán sometidos a las leyes vigentes al momento de su celebración.
No obstante lo dispuesto en el inciso precedente, los cónyuges casados bajo el régimen de sociedad conyugal, podrán pactar la sustitución del administrador de la sociedad, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1723 del Código Civil.
Dicho pacto no perjudicará en caso alguno los derechos válidamente adquiridos por terceros respecto de la mujer o el marido.
Artículo segundo transitorio.- La presente ley empezará a regir 180 días después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; FELIPE BULNES SERRANO , Ministro de Justicia ; CAROLINA SCHMIDT ZALDÍVAR , Ministra Directora Servicio Nacional de la Mujer .”
3. Mensaje de S.E. el Presidente de la República que “Exime, total o parcialmente, de la obligación de cotizar para salud a los pensionados que se indica.”. (boletín N° 7570-11)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley destinado a eximir, total o parcialmente, de la obligación de cotizar para salud, de forma focalizada y gradual a los pensionados que se indica.
I. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO
Se suele decir que el grado de civilización de un país se mide por la forma como trata a sus niños y adultos mayores. Y es que ambas etapas de la vida, la primera infancia y la tercera edad, corresponden a los períodos de mayor vulnerabilidad, cuando más necesaria se hace la atención y cuidado por parte de terceros.
Respecto de los niños, hace pocos días presentamos a este Congreso Nacional un proyecto de ley tendiente a flexibilizar y extender el descanso maternal e incorporar un permiso parental (boletín N° 7.526-13). Con él, hemos querido rendir un homenaje a todas las madres de Chile, así como apoyar, promover y fortalecer la familia, la maternidad y la infancia. Ahora corresponde dar un paso de similar audacia e importancia en favor de los adultos mayores de menores ingresos y de clase media de nuestro país.
En las últimas décadas, los avances científicos y los progresos de la medicina han contribuido en forma decisiva a prolongar la duración media de la vida humana en todo el planeta. Ello, unido a la disminución de las tasas de natalidad, ha producido una transición demográfica sin precedentes, con un aumento creciente del número de ancianos y una disminución correlativa en la proporción de niños y jóvenes. De este modo, la tradicional pirámide demográfica ha comenzado a invertirse respecto a cómo se mostraba hace sólo algunas décadas.
En todo ello, Chile no ha sido la excepción. Sólo en la próxima década, se estima que la población adulta mayor aumentará en un 45%, mientras que la infanto-juvenil se reducirá en aproximadamente un 2%. No hay dos opiniones: Chile está envejeciendo a pasos acelerados.
Esta verdadera revolución demográfica a la cual estamos asistiendo nos plantea enormes desafíos de orden social, económico, cultural y político para el futuro, cuya urgencia y magnitud no viene al caso entrar a detallar en el presente Mensaje, pero que nuestro Gobierno ya está enfrentando a través de múltiples planes y programas.
En los últimos años, se han dado pasos muy concretos y significativos en beneficio de nuestros adultos mayores. Sin embargo, diversos indicadores sociales confirman que ellos siguen estando rezagados frente a otros segmentos etarios, lo cual justifica ampliamente la realización de esfuerzos adicionales en su favor.
Así, por ejemplo, su nivel de escolaridad es sustancialmente menor y su tasa de analfabetismo, de 13%, ampliamente superior a la del resto de la población, en buena parte debido a que muchos de ellos no alcanzaron a beneficiarse de la universalización de la educación básica y media en nuestro país. Por otra parte, diversos estudios fijan en no menos de 15.000 el número de ancianos que se encuentran abandonados a su suerte, y en 260.000 los que viven como allegados en viviendas que no son aptas para ellos. Sumado a lo anterior, se estima que en Chile cerca de medio millón de adultos mayores sufren violencia psicológica, verbal o, incluso, física. Finalmente, si bien la tasa de pobreza que los afecta es menor a la del resto de la población, no cabe duda que el costo de vida durante la tercera edad aumenta significativamente con la llegada de enfermedades y los malestares físicos y psicológicos propios de la vejez. De hecho, de acuerdo a un estudio reciente del Servicio Nacional del Adulto Mayor ( Senama ), el 65% de los mayores de 80 años en nuestro país tiene dificultades para valerse por sí mismo y requiere de la ayuda de terceros para efectuar diversas tareas cotidianas.
No se trata, por cierto, de percibir a la tercera edad como una etapa de decadencia. Por el contrario, cada época tiene sus bellezas, tareas y desafíos. Así como la infancia y la juventud son los períodos en que se forma la personalidad y el carácter, la tercera edad constituye un tiempo de balances y recuerdos, en que el transcurso de los años permite una mirada más serena y objetiva del camino recorrido y de aquellos con quienes se ha compartido a lo largo de la vida, difuminando muchas veces hasta las situaciones más dolorosas. Por lo mismo, desde tiempos inmemoriales que toda sociedad inteligente recurre a sus ancianos y ancianas para desentrañar su propia memoria colectiva, aprovechar los acervos de experiencias vividas y aprender de quienes gozan de una sabiduría que sólo el trascurso del tiempo puede conceder.
Ahora bien, existe una medida a favor de nuestros adultos mayores que goza hoy del reconocimiento y respaldo de prácticamente toda la sociedad chilena. Nos referimos a la reducción o eliminación gradual del 7% de cotización legal de salud que actualmente afecta a cientos de miles de adultos mayores de bajos ingresos y de clase media de nuestro país.
Se trata de una reforma que hasta ahora había sido sistemáticamente postergada. A veces por razones atendibles. Otras, por la mera imposición de una mentalidad desgraciadamente muy arraigada en nuestra sociedad, que suele poner en primer término la utilidad inmediata y la productividad por sobre otros valores como la solidaridad, la justicia y el respeto.
Para subsanar lo anterior, la presente iniciativa legal que presentamos a este Honorable Congreso Nacional incorpora una eliminación o reducción de la cotización legal de salud, gradualizada según la edad, y focalizada de acuerdo a la condición socioeconómica, de todos aquellos beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias.
El presente proyecto de ley constituye un acto de reconocimiento hacia quienes llevaron en sus manos las riendas de nuestro país en el pasado y escribieron su historia, de la cual las nuevas generaciones son hoy su principal protagonista. Nuestros adultos mayores han pasado toda una vida sembrando. Ahora les corresponde cosechar. En este sentido, esta propuesta no es sino un esfuerzo por reconocer aquel antiguo mandato bíblico de “honrar a tu padre y a tu madre”, que no debe entenderse exclusivamente en un sentido literal sino, más bien, intergeneracional, como un llamado a la solidaridad con quienes puede que hayan dejado de trabajar, pero en ningún caso han dejado de vivir. Al fin y al cabo, aún cuando es cierto que muchos adultos mayores dependen hoy de las generaciones más jóvenes para subsistir, no lo es menos que éstas últimas también dependieron de aquellos en el pasado, y volverán a hacerlo de las generaciones posteriores en el futuro.
En segundo lugar, esta propuesta de reforma a nuestro ordenamiento jurídico es una forma de agradecer el cariño y bondad de nuestros adultos mayores, así como el de tantas chilenas y chilenos que los acompañan, los cuidan y los quieren. Nos referimos a aquellos hijos e hijas que los acogen en sus propios hogares; a esos miles de voluntarios que forman y mantienen centros de acogida; y a aquellas congregaciones y grupos religiosos, de los más diversos credos, que se dedican a asistir a ancianos, especialmente a los más pobres, enfermos y abandonados.
Este proyecto corresponde a sólo una de muchas iniciativas a favor de los adultos mayores que nuestro gobierno ha ejecutado, está llevando a cabo o se apronta a realizar. Al efecto, cabe destacar la creación de un Ingreso Ético Familiar que también va a favorecer a muchos adultos mayores, la incorporación de nuevas enfermedades al Plan Auge y la lucha frontal contra toda forma de violencia en su contra, junto a la continuación del proceso de implementación de la Reforma Previsional, esto es, la extensión de la cobertura del Sistema de Pensiones Solidarias y el incremento de la pensión máxima solidaria, entre muchas otras.
Estas y otras medidas nos van a permitir hacer de Chile un país más acogedor con nuestra tercera edad. Un país en que los adultos mayores puedan sentirse verdaderamente queridos y en que sus derechos sean siempre respetados. Un país que lejos de tratarlos como una carga, les reconozca como lo que realmente son: una bendición para sus familias, un ejemplo de entrega y sacrificio para las nuevas generaciones y una fuente inagotable de sabiduría, cariño y comprensión para la sociedad toda.
II. OBJETO DEL PROYECTO
Tal como se señaló anteriormente, el presente proyecto viene a beneficiar a nuestros adultos mayores en un aspecto tan sensible y significativo para ellos como es el de su salud, eliminando o reduciendo, en forma gradual y según su edad y condición socioeconómica, la cotización legal del 7% para salud que hoy se les exige.
A su vez, la reforma que someto a vuestro conocimiento ha tenido a la vista la estructura del Sistema de Salud actualmente vigente y los principios de seguro colectivo y de financiamiento del Fondo Nacional de Salud (Fonasa). Además, esta propuesta ha tenido en especial consideración el resguardo de la sustentabilidad fiscal del sistema público de salud, cuyo financiamiento depende de manera importante de las cotizaciones de sus afiliados.
En primer lugar, la eliminación o reducción del 7% que se destina para el financiamiento de la salud que propone esta iniciativa corrige las diferencias hoy existentes entre los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias.
En efecto, actualmente la Reforma Previsional, consagrada en la ley N° 20.255, exime del pago de la cotización obligatoria de salud a los beneficiarios de Pensión Básica Solidaria que sean carentes de recursos, beneficio que hoy corresponde a aquellos pensionados que pertenecen al 20% más vulnerable según el puntaje obtenido en la Ficha de Protección Social. Sin embargo, los beneficiarios del Aporte Previsional Solidario que son carentes de recursos no se encuentran eximidos de dicha cotización.
Por ello, la presente iniciativa legal incorpora una exención gradual, según edad, del porcentaje de la cotización legal para salud de aquellos beneficiarios del Aporte Previsional Solidario carentes de recursos, perfeccionando la legislación vigente.
En la especie, a partir del 1 de octubre de 2012, los beneficiarios del Aporte Previsional Solidario carentes de recursos estarán también eximidos de dicha cotización. De esta forma, en la referida fecha todos los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias que sean carentes de recursos estarán eximidos de la cotización legal para salud. Además, dicho beneficio se concederá a quienes tengan 75 años o más a partir de octubre de 2011.
Una vez favorecidos los pensionados carentes de recursos, el proyecto eximirá de la cotización legal de salud a quienes reciben beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias e integran un grupo familiar que se encuentre entre más del 20% y hasta el 40% más pobre de la población. Dicha rebaja será también progresiva según la edad, comenzando a regir el 1 de octubre de 2012 para los pensionados de mayor edad, esto es, respecto de quienes tengan 75 o más años. Posteriormente, el 1 de octubre de 2013 la situación de este sector será, para estos efectos, igual a la de los pensionados carentes de recursos.
En suma, de conformidad a la propuesta en análisis y asegurando el financiamiento de esta reforma, durante el año 2013 todos los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias que integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre, estarán eximidos de la cotización legal de salud. Esto es, dejarán de cotizar el 7% destinado a contribuir al financiamiento del sistema de salud, todos los pensionados de los dos primeros quintiles que reciban una Pensión Básica Solidaria o una pensión complementada con Aporte Previsional Solidario.
Por último, a partir del 1 de octubre de 2013, este proyecto de ley otorga una rebaja en la cotización legal de salud a los adultos mayores beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias que integren un grupo familiar perteneciente al tercer quintil más pobre de la población, llegando con ellos a más pensionados de la clase media de nuestro país. Sobre el particular, se rebaja la mencionada cotización legal de un 7% a un 5%, contribuyendo al bienestar de este importante sector.
En conclusión, cumpliendo con el compromiso adquirido en nuestro Programa de Gobierno, esta propuesta exime focalizadamente y de manera parcial o total de la cotización legal de salud a aquel conjunto de pensionados respecto de los cuales nuestro país ya acordó de manera transversal, con la aprobación de la Reforma Previsional, que eran quienes más necesitaban de nuestro apoyo, esto es, los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias (Pensión Básica Solidaria o Aporte Previsional Solidario). Asimismo, es menester recalcar que este proyecto favorece tanto a los afiliados del Fondo Nacional de Salud como a los de Instituciones de Salud Previsional.
Sobre el particular, cabe destacar que esta iniciativa no modifica los parámetros del Sistema de Pensiones Solidarias, puesto que la propuesta en análisis resulta plenamente consistente con los criterios adoptados al diseñar el referido Pilar. En efecto, el beneficio en comento se entrega gradualmente, de acuerdo a la edad y a la condición socioeconómica de los pensionados, siempre procurando mantener la responsabilidad fiscal que caracteriza a nuestro Gobierno.
Por otro lado, es menester recalcar que los beneficiarios de la exención entregada podrán seguir optando por afiliarse al sistema de salud público o privado de salud. Los beneficiarios que se encuentren en el primer caso, a su vez, podrán continuar eligiendo entre la modalidad de atención institucional o de libre elección.
Por último, resulta necesario hacer presente que el objetivo tras esta iniciativa también ha sido compartido por parlamentarios de diversos sectores. En efecto, cabe recordar, a título ejemplar, el proyecto de ley boletín N°6.933-11, de los Honorables Diputados Señores Alinco , Andrade , Araya , Jiménez , Marinovic , Monsalve , Robles , Saffirio , y Señoras Goic y Muñoz , el que trata la materia en análisis. Además, es menester recordar que los Honorables Diputados Señores Marinovic , Torres, Auth , Álvarez-Salamanca , Browne , Tuma , Santana , Arenas, Martínez , Sauerbaum , Sandoval , Lobos, Macaya , Rojas, Baltolu , Vilches , Von Mühlenbrock , Hernández , Accorsi , Velásquez , Bobadilla , Kast y Sabag , y Sras. Hoffmann , Cristi , Molina e Isasi , recientemente suscribieron diversos proyectos de acuerdo relativos a la modificación de la normativa que regula las cotizaciones de salud de diversos grupos de nuestra sociedad (v.gr., proyectos de acuerdo N°s. 133 y 141, ambos de agosto de 2010, y N°277, de enero del año en curso). Lo anterior, sin perjuicio de las reiteradas manifestaciones y del decidido apoyo brindado por un conjunto de parlamentarios a esta propuesta.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY
El proyecto que se presenta a consideración de este H. Congreso Nacional consta de tres artículos permanentes. En primer lugar, se concede una exención escalonada, diferenciada según edad y características socioeconómicas, del porcentaje de la cotización legal para salud a los siguientes beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias. En segundo lugar, se crea una bonificación de cargo fiscal para contribuir al financiamiento del plan de salud de aquellos beneficiarios de la exención o rebaja que cumplan con los requisitos que se señalan y que opten por afiliarse a Instituciones de Salud Previsional.
a) Beneficiarios de la exención de la cotización legal de salud
a.1) Beneficiarios del Aporte Previsional Solidario carentes de recursos, quienes hoy corresponden a aquellos que pertenecen al 20% más vulnerable de la población, según el puntaje obtenido en la Ficha de Protección Social.
Al efecto, el proyecto de ley define como carentes de recursos a los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias que integren un grupo familiar perteneciente al 20 % más pobre de la población, conforme al instrumento técnico de focalización de dicho sistema. Para este efecto, dicho instrumento comenzará a aplicarse a contar del 1º de enero de 2012.
Ahora bien, la exención al monto de la cotización legal de salud se otorgará a este grupo gradualmente a partir del mes de octubre de 2011, de conformidad a la edad del pensionado. A partir del 1° de octubre de 2012, dicha exención entrará en régimen.
a.2) Beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias que integren un grupo familiar que se encuentre entre más del 20% y hasta el 40% más pobre de la población de Chile, conforme al instrumento de focalización utilizado en dicho sistema.
En este caso, la exención comenzaría a entregarse gradualmente, a partir del 1º de octubre de 2012, beneficiando en primera instancia a los mayores de 75 años de edad que sean beneficiarios de una Pensión Básica Solidaria de Vejez o Aporte Previsional Solidario de Vejez. A contar de octubre de 2013, dicha exención entrará en régimen para los beneficiarios señalados en este numeral.
b) Beneficiarios de la rebaja de la cotización legal de salud
Asimismo, el proyecto contiene una rebaja en la cotización legal de salud destinada a beneficiar a quienes reciban Pensiones Básicas Solidarias o Aporte Previsional Solidario, siempre que integren un grupo familiar que se encuentre entre más del 40% y hasta el 60% más pobre de la población de Chile, conforme al instrumento de focalización utilizado en dicho sistema.
En la especie, a contar del 1° de octubre de 2013, dichos beneficiarios tendrán una rebaja de su cotización legal de salud desde 7% a 5%.
c) Disposiciones Transitorias
En síntesis, en ellas se establece la gradualidad para la implementación de la exención de la cotización legal de salud para aquellos beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias que integren un grupo familiar perteneciente a los dos primeros quintiles más pobres del país. Además se dispone que durante el año 2011 el instrumento técnico de focalización a aplicar será la Ficha de Protección Social.
Asimismo, dichas normas regulan la situación de las personas que están afectas a algunos de los regímenes previsionales administrados por el Instituto de Previsión Social, que tienen derecho a Pensiones Solidarias o al Aporte Previsional Solidario , en virtud de lo dispuesto en los artículos transitorios noveno, décimo y undécimo, todos de la ley N° 20.255. En la especie, tanto la exención como la rebaja de la cotización legal para la salud, incluyen a los referidos beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias, siempre que cumplan con las condiciones que señala el presente proyecto de ley.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.255:
1.- Incorpórase en el inciso primero del artículo 29 a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser punto seguido (.) la oración siguiente: “Además, podrá revisar el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio establecido en el artículo 31.”.
2.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 31:
a) Reemplázase en su inciso primero, la oración que sigue al punto seguido (.) por la siguiente: “Para este efecto, se considerarán carentes de recursos, los beneficiarios que integren un grupo familiar perteneciente al 20% más pobre de la población de Chile, conforme al instrumento técnico de focalización del artículo 32.”.
b) Agréganse los siguientes incisos tercero a noveno, nuevos:
“A contar del 1 de octubre de 2012 o del día 1 del mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial si esta data fuera posterior, tampoco estarán afectos a la cotización legal contemplada en el artículo 85 del decreto ley N° 3.500, de 1980, los beneficiarios del aporte previsional solidario que sean carentes de recursos de conformidad al inciso primero.
Para aquellos beneficiarios que se encuentren en la situación señalada en el inciso anterior y que tengan 75 o más años de edad, dicha exención regirá a contar del 1 de octubre de 2011 o del día 1 del mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial, si esta data fuera posterior.
A contar del 1 de octubre de 2013, también estarán exentos de la cotización legal del artículo 85 del decreto ley N° 3.500, de 1980, los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias que integren un grupo familiar que se encuentre entre más del 20% y hasta el 40% más pobre de la población de Chile, conforme al instrumento técnico de focalización señalado en el artículo 32.
Para aquellos beneficiarios que se encuentren en la situación señalada en el inciso anterior y que tengan 75 o más años de edad, dicha exención regirá a contar del 1 de octubre de 2012.
A contar del 1 de octubre de 2013, la cotización legal establecida en el artículo 85 del decreto ley N° 3.500, de 1980, será del 5% para los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias que integren un grupo familiar que se encuentre entre más del 40% y hasta el 60% más pobre de la población de Chile, conforme al instrumento técnico de focalización señalado en el artículo 32.
Un reglamento que para tal efecto dicte el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, suscrito también por el Ministro de Hacienda , establecerá los umbrales de focalización que determinarán quienes integran un grupo familiar perteneciente al 20% más pobre de la población de Chile; entre más del 20% y hasta el 40%, y entre más del 40% y hasta el 60% más pobre de la población, de conformidad al instrumento de focalización señalado en el artículo 32.
Los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias que se encuentren exentos de la cotización legal de salud señalada en los incisos anteriores y que no sean indigentes o carentes de recursos de conformidad al artículo 160 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469, podrán optar por atenderse de acuerdo con la modalidad de libre elección prevista en el artículo 142 del citado decreto con fuerza de ley.
Artículo 2º.- Los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias señalados en los incisos tercero a séptimo del artículo 31 de la ley Nº 20.255, tendrán derecho a una bonificación, de cargo fiscal, que contribuirá al financiamiento del plan de salud contratado por el pensionado, en un monto igual a la exención o rebaja de la cotización legal del artículo 85 del decreto ley N° 3.500, de 1980, que establecen los incisos tercero a séptimo del artículo 31 de la ley N° 20.255 y el artículo primero transitorio de la presente ley, según corresponda; siempre que se encuentren afiliados al sistema de salud que establece el Libro III del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469.
Artículo 3º.- Las modificaciones introducidas por la letra a) del numeral 2 del artículo 1° de la presente ley, entrarán en vigencia a contar del 1° de enero de 2012.”.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo primero Transitorio.- Desde el 1 de octubre de 2011 o del día 1 del mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial, si esta data fuera posterior y hasta el 30 de septiembre de 2012, el porcentaje de la cotización legal establecida en el artículo 85 del decreto ley N° 3.500, de 1980, será de 3,5% para los beneficiarios del aporte previsional solidario que sean menores de 75 años de edad y que se encuentren en la situación señalada en el inciso tercero del artículo 31 de la ley Nº 20.255.
Entre el 1 de octubre de 2012 y el 30 de septiembre de 2013, el porcentaje de la cotización legal establecida en el artículo 85 del decreto ley N° 3.500, de 1980, será de 3,5% para los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias que sean menores de 75 años de edad y que se encuentren en la situación señalada en el inciso quinto del artículo 31 de la ley Nº 20.255.
En el caso que los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias afectos a lo dispuesto en los incisos primero o segundo de este artículo, cumplan 75 años de edad durante los períodos señalados en dichos incisos, se les aplicará la exención establecida en los incisos cuarto o sexto del artículo 31 de la ley Nº 20.255, según corresponda, desde el día 1º del mes siguiente al del cumplimiento de la referida edad.
Artículo Segundo Transitorio.- Durante el año 2011, el instrumento técnico de focalización para determinar quienes accederán al beneficio establecido en el artículo 31 de la ley N° 20.255 y en el artículo primero transitorio de la presente ley, será la Ficha de Protección Social. Un reglamento dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, suscrito además por los Ministros de Hacienda y de Planificación, fijará los puntajes que determinarán quienes accederán al beneficio antes señalado.
Artículo Tercero Transitorio.- Los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias en virtud de lo dispuesto en los artículos noveno, décimo y undécimo transitorios, todos de ley N° 20.255, tendrán derecho a la exención o rebaja de la cotización legal destinada a financiar las prestaciones de salud, en las mismas condiciones establecidas en el artículo 31 de la ley N° 20.255 y en el artículo primero transitorio de la presente ley, según corresponda.
Los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias mencionados en el inciso anterior, tendrán derecho a la bonificación, de cargo fiscal, del plan de salud señalado en el artículo 2º de la presente ley, en las mismas condiciones que se establecen en el citado artículo y siempre que se encuentren en alguna de las situaciones señaladas en los incisos tercero a séptimo del artículo 31 de la ley Nº 20.255.
Los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias que se encuentren exentos de la cotización legal de salud señalada en el inciso primero de este artículo y que no sean indigentes o carentes de recursos de conformidad al artículo 160 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18469, podrán optar por atenderse de acuerdo con la modalidad de libre elección prevista en el artículo 142 del citado decreto con fuerza de ley.
Artículo Cuarto Transitorio.- El gasto fiscal que represente este proyecto de ley, durante el año 2011, se financiará mediante transferencias con cargo a la partida Presupuestaria Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente.”.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.) SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN , Ministro de Hacienda ; EVELYN MATTHEI FORNET , Ministra del Trabajo y Previsión Social; JAIME MAÑALICH MUXI , Ministro de Salud .”
4. Mensaje de S.E. el Presidente de la República que “Introduce modificaciones, en materia de inscripción de nacimientos, a la ley N° 4808, sobre Registro Civil.”. (boletín N° 7568-07).
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto introducir modificaciones a la ley N°4.808, sobre Registro Civil , cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2000, del Ministerio de Justicia, en lo relativo a la inscripción de los nacimientos.
I. ANTECEDENTES
El Registro Civil e Identificación es el organismo encargado de practicar la inscripción de los nacimientos en el Registro de Nacimientos , que para el efecto lleva y administra. Dicha atribución se encuentra establecida y regulada en el artículo 3° de la ley N° 4.808, cuyo texto refundido se encuentra en el decreto con fuerza de ley N° 1 de 2000, del Ministerio de Justicia, señala:
“En el libro de los nacimientos se inscribirán:
1° Los nacimientos que ocurran en el territorio de cada comuna;
2° Los nacimientos que ocurran en viaje dentro del territorio de la República o en el mar, en la comuna en que termine el viaje o en la del primer puerto de arribada;
3° Los nacimientos de hijos de chilenos ocurridos en el extranjero, estando el padre o madre al servicio de la República. Estos nacimientos deberán inscribirse ante el cónsul chileno respectivo, quien remitirá los antecedentes al Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual certificará la autenticidad de los documentos y los enviará al Conservador del Registro Civil para los efectos de su inscripción en el Registro de la Primera Sección de la comuna de Santiago.
Los hijos de chilenos nacidos en el extranjero, que no se encuentren en el caso del inciso anterior, podrán, asimismo, ser inscritos en el Registro Civil chileno en la forma dispuesta en dicho inciso;
4° Las escrituras públicas de adopción, las que la extingan y las sentencias ejecutoriadas que le pongan término o declaren su nulidad.”
Ahora bien, la materia que ocupa al presente proyecto de ley es, precisamente, modificar el numeral primero de la norma antes citada, de forma que la respectiva inscripción dé cuenta del lugar de origen de los recién nacidos, el que no necesariamente coincide con aquél en donde ocurrió el parto.
II. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO
La circunstancia señalada en el numeral primero del artículo antes citado, a saber, que se inscribirán en el libro de nacimientos aquellos “que ocurran en el territorio de cada comuna”, trae consecuencias que es preciso corregir.
En efecto, en la práctica, dicha norma ha contribuido a la existencia de una desvirtuada realidad e impreciso conocimiento público respecto del origen y procedencia de los niños nacidos en nuestro territorio. Lo anterior se debe a que el lugar de origen o procedencia, en muchos casos no coincide con el lugar en que la madre decide dar a luz, y en el que actualmente debe efectuarse la inscripción del nacimiento. En la especie, este traslado es efectuado principalmente por quienes habitan sectores rurales, quienes generalmente prefieren acercarse a centros urbanos de mayor densidad poblacional, los que cuentan con mayores recursos técnicos en términos asistenciales y de profesionales más especializados, lo que les proporciona un mayor grado de bienestar a las madres y a sus hijos. En consecuencia, aquellos nacimientos, por mérito del numeral primero del artículo antes reproducido, deben ser inscritos en la comuna donde ocurrió el parto y no en el lugar donde, de hecho, habita y procede la familia y madre del niño: su lugar de origen.
En otras palabras, en virtud de la legislación vigente, la inscripción de nacimiento no representa necesariamente el origen del niño nacido. De igual modo, tal inscripción tampoco da cuenta del lugar de procedencia de sus padres.
Por otra parte, cabe hacer presente que el lugar del domicilio de la madre es aquel donde, en general, se produjo la concepción o el posterior desarrollo gestacional de la criatura. Asimismo, en dicho sitio es donde probablemente se desarrollarán los primeros años de su niñez y juventud, pues, lógico resulta que, tras el parto, los padres vuelvan a sus respectivos lugares de procedencia.
A su vez, la situación antes descrita resulta particularmente compleja si se considera el especial sentimiento de apego a las raíces propias que caracteriza e identifica a nuestros pueblos originarios. En efecto, a su respecto es extraordinariamente significativo que en sus partidas figure como lugar de origen la tierra ancestral en que sus padres tienen su domicilio, independientemente de dónde haya ocurrido el parto.
Al efecto, esta situación se ha presentado, en particular, con el pueblo Aimara, que habita mayormente en la zona de San Pedro de Atacama y que muchas veces prefiere enfrentar partos sin la debida asistencia antes que trasladarse al centro urbano más próximo.
Por tanto, ante la realidad expuesta, se vuelve lógico contar con un sistema que junto con otorgar las facilidades para acudir a localidades con mejores condiciones de asistencia para el parto, permita que la respectiva inscripción se efectúe en el lugar del domicilio de la madre, sitio al que pertenecen las costumbres, tradiciones y ancestros de las respectivas familias.
Finalmente, resulta oportuno recordar que la situación antes descrita también ha sido analizada en el contexto del proyecto de ley que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud (boletín 4.398-11). En efecto, tanto los Honorables Diputados Señores Lobos, Monsalve , Palma y Robles , como el Honorable Senador Señor Gómez, en el referido proyecto, han presentado indicaciones que tienen por finalidad concretar el objetivo de esta iniciativa.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO
Como ya se señaló, la actual normativa, bajo los supuestos precedentemente descritos, sólo permite que la inscripción se realice en el lugar de nacimiento, el que muchas veces es del todo ajeno con la realidad y origen de sus familias.
Luego, por todas las consideraciones antes expuestas, es que juzgamos pertinente reemplazar el texto actual del N° 1 del artículo 3° ya citado, de manera que los nacimientos se inscriban en el domicilio de la madre.
En la especie, la reforma que se propone permitirá que la respectiva inscripción de nacimiento se realice en la comuna que efectivamente representa el origen y procedencia de los recién nacidos; lugar donde ha transcurrido su gestación y en el cual probablemente se desarrollarán sus primeros años de vida.
Por todo lo anterior, tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Sustitúyase el número 1° del artículo 3° de la ley N° 4.808, sobre Registro Civil , cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2000, del Ministerio de Justicia, por el siguiente:
“1° Los nacimientos de hijos de madres que tengan su domicilio en el territorio de la comuna.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; JAIME MAÑALICH MUXI , Ministro de Salud ; FELIPE BULNES SERRANO , Ministro de Justicia .”
5. Oficio de S.E. el Presidente de la República,
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular la siguiente indicación sustitutiva al proyecto de ley del rubro, a fin de que sea considerada durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:
AL ARTÍCULO ÚNICO
-Para sustituirlo por el siguiente:
“Artículo Único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas:
1) Agrégase en su artículo 3° letra C), a continuación del punto final, que pasa a ser punto seguido, la siguiente oración:
“Los Restaurantes Diurnos que cuenten con este tipo de patentes podrán realizar espectáculos artísticos consistentes en música en vivo, sin amplificación.”.
2) A continuación de lo señalado en la letra P) del artículo 3º de la Ley Nº 19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, se agrega una nueva letra Q):
“Q) SALONES DE MÚSICA EN VIVO, establecimientos con expendio de bebidas alcohólicas y venta de comidas, según el tipo de patente principal, donde se realicen presentaciones de música en vivo.
Valor Patente: 3,5 UTM.
Esta patente sólo podrá otorgarse como accesoria a los establecimientos que cuenten con alguna de las patentes establecidas en las letras C) y E) de este artículo. Esta patente se concederá en la forma que determina esta ley conforme con lo señalado en el artículo 5° y, previo cumplimiento de los requisitos de zonificación y distanciamiento establecidos en el artículo 8 de esta ley y en las ordenanzas municipales respectivas.”.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN , Ministro de Hacienda ; RODRIGO HINZPETER KIRBERG , Ministro del Interior y Seguridad Pública; JOAQUÍN LAVÍN INFANTE, Ministro de Educación ; LUCIANO CRUZ-COKE CARVALLO , Ministro Presidente Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.”
6. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre (boletín Nº 6190-19).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
7. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de leu que crea el Tribunal Ambiental (boletín 6747-12).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
8. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y regula las Asociaciones Municipales. (boletín 6792-06).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
9. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley número 18168 de 1982, ley general de telecomunicaciones (boletín 7502-15).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
10. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que regula el contrato de seguro. (boletín Nº 5185-03).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
11. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad. (boletín 5838-07)
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
12. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández Boletín Nº 6756-07).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
13. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que sobre otorgamiento y uso de licencias médicas (boletín Nº 6811-11).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
14. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que introduce modificaciones a ley Nº 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica (boletín Nº 7162-08).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
15. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero (boletín 7440-05)
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
16. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley sobre violencia escolar (boletín Nº 7123-04).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el
proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
17. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios. (boletín 7484-01).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
18. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica ley Nº 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, son el objeto de promover las presentaciones de música en vivo. (boletín 7449-11).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
19. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica ley Nº 20.241, que establece un incentivo tributario, a la inversión privada en investigación y desarrollo. (boletín 7503-19)
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDMUNDO PÉREZ YOMA, Vicepresidente de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
20. Oficio del H. Senado
“Valparaíso, 24 de marzo de 2011.
Tengo el honor de comunicaros, para los fines que corresponda, que la Comisión Especial Mixta de Presupuestos ha procedido a elegir como su Presidente al Senador que suscribe.
Dios guarde a la Honorable Cámara de Diputados,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUÍZ-TAGLE , Presidente Comisión Especial Mixta de Presupuestos ; ROBERTO BUSTOS LATORRE , Secretario Comisión Especial Mixta de Presupuestos .
A LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE.”
21. Informe de la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización recaído en el proyecto de ley que modifica el artículo 75 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, a fin de incluir a los técnicos en la excepción a la incompatibilidad del cargo de concejal. (boletín Nº 7073-06)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior y Regionalización pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción, suscrita por los señores Ascencio , Espinoza , Lemus , Ojeda , Sabat doña Marcela , Schilling , Farías , Morales , y Becker , individualizado en el epígrafe.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
En forma previa al análisis del proyecto cabe hacer presente que la iniciativa en informe presenta las siguientes características:
a) la idea matriz de ella es incluir dentro de las excepciones a la incompatibilidad del cargo de concejal, a los técnicos no directivos en educación, salud o servicios municipalizados que se desempeñen en la misma municipalidad y en las corporaciones y fundaciones en que ésta participe.
b) El artículo único del proyecto es de quórum orgánico constitucional, conforme lo exigen los artículos 118 y 119 de la Carta Fundamental.
c) El proyecto no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
d) La iniciativa fue aprobada, en general, por la unanimidad de los miembros presentes al momento de la votación, que coincide con la totalidad de los integrantes de la Comisión señores Becker ( Presidente ), Ascencio , Browne , Campos, Estay , Farías, Hoffmann doña María José , Lemus , Letelier , Morales , Ojeda , Schilling y Ward .
e) Se designó Diputado Informante al señor LETELIER, don Cristian .
II. ANTECEDENTES
A. La moción.-
Sus autores, luego de citar la primera parte del artículo 1° de la Carta Fundamental -que prescribe que “las personas nacen libre en dignidad y derechos”- y el N°2 del artículo 19 de la misma -que consagra la igualdad ante la ley, precisando que en nuestro país no hay personas ni grupos privilegiados, prohibiendo que la ley o cualquier autoridad pudiera establecer diferencias arbitrarias-, afirman que no obstante lo anterior, nuestro sistema jurídico adolece de fallas, que debieran ser corregidos.
Al efecto, hacen referencia al artículo 75 del la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, el que en su inciso primero señala, en términos generales, que son incompatibles los cargos de concejal con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad y en las corporaciones o fundaciones en que ella participe.
Sin embargo, destacan que la misma disposición establece una excepción: la de los cargos profesionales no directivos en educación, salud o servicios municipalizados, la que, a juicio de los patrocinantes, es abiertamente discriminatoria, en la medida que la posibilidad de conservar su empleo, está supeditada a un requisito que no se dispone para el ejercicio del cargo de concejal, toda vez que, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 73, letra b), sólo exige, al efecto, “saber leer y escribir”.
A su vez, hacen referencia al artículo 124 de la Constitución, el que establece como requisitos para ser electo concejal ser ciudadano con derecho a sufragio, cumplir con los demás requisitos de idoneidad que la ley señale y residir en la región, a lo menos, en los últimos dos años anteriores a su elección.
Luego, hacen alusión al principio de que el Estado no puede establecer requisitos que excedan lo que el mismo provee como mínimo, en términos educacionales; de allí que la Constitución señala, en diversas disposiciones, que para ser diputado se necesita “haber cursado la enseñanza media o equivalente” (artículo 48); tratándose de Senador, “haber cursado la enseñanza media o equivalente” (artículo 50); y respecto del Presidente de la República sólo se hace referencia a “poseer las calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio” (artículo 25).
Agregan, que se hace necesario dar señales potentes que rompan el desencanto con la política, toda vez que en nuestro país existen casi 12 millones de personas en edad de votar; sin embargo, el 68% está inscrito en los registros electorales, y en la última elección municipal sólo el 52% de las personas que tenían la posibilidad de inscribirse participó con su voto respecto de alcaldes y, sólo el 47% sufragó para elegir concejales.
Concluyen, afirmando que la actual normativa se constituye en un desincentivo perverso para aquellas personas que siendo líderes de sus comunidades, conociendo en terreno sus necesidades y teniendo la voluntad de servir a sus vecinos, no pueden elegirse como concejal por el legítimo temor de perder sus fuentes de empleo y el sustento para sus familias; lo que los lleva a proponer la inclusión, dentro de las excepciones a la incompatibilidad del cargo de concejal, a los técnicos, sean paradocentes, auxiliares paramédicos y todos aquéllos que deseen servir a sus comunas desde el concejo municipal.
B. Normativa Relacionada
El inciso quinto del artículo 118 de la Carta Fundamental encomienda a una ley orgánica constitucional la determinación de las funciones y atribuciones de las municipalidades.
A su vez, el artículo 119 preceptúa que en cada municipio habrá un Concejo, integrado por concejales elegidos por sufragio universal en conformidad a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; que durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos.
Por otra parte, el artículo 124, inciso primero, de la Constitución establece los requisitos que se requerirán para ser designado intendente o gobernador y para ser elegido consejero regional, alcalde o concejal, consistentes en ser ciudadano con derecho a sufragio, cumplir con los demás requisitos de idoneidad que la ley señale y residir en la región, a lo menos, en los dos últimos años anteriores a su designación o elección, en su caso.
La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 75, hace incompatibles los cargos de concejales con los de miembros de los consejos económicos y sociales provinciales y comunales, así como con las funciones públicas de ministro de Estado , de subsecretario, de secretario regional ministerial, de intendente, de gobernador, de consejero regional, de parlamentario, de miembro del Consejo del Banco Central, de Contralor General de la República; de integrante del Poder Judicial , del Ministerio Público, del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; de miembro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones. De igual modo, hace extensiva la aludida incompatibilidad con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad y en las corporaciones y fundaciones en que ella participe, con excepción de los cargos profesionales no directivos en educación, salud o servicios municipalizados.
III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO
A. General
Durante la discusión en general de la iniciativa legal en informe, la Comisión escuchó a las siguientes autoridades y expertos:
a) Subsecretaría de Desarrollo Regional, representada por el Jefe de la División Jurídico Legislativa señor Claudio Radonich .
Recordó que la disposición del artículo 75 en cuestión y que establece, por una parte, la incompatibilidad entre el cargo de concejal y todo empleo, función o comisión en la misma municipalidad o corporación o fundación en que ésta participe, y, por la otra, una excepción a dicha incompatibilidad, a favor del concejal que, contando con título, se desempeñe a la vez como profesional no directivo en educación, salud o servicios municipalizados, quedó así establecida en virtud de sucesivas modificaciones legales, ocurridas desde al año 2005.
El principio, cual es la más amplia incompatibilidad entre el cargo de concejal y cualquier otro, agregó, obedece a la más estricta necesidad de transparencia y probidad respecto de esta importante función política, pero requiere ser flexibilizada, especialmente si se considera que hay ciertas zonas del país donde el universo de personas capacitadas para asumir la representación política de la comunidad y servir a la vez importantes funciones o empleos públicos, es reducido. Si la incompatibilidad fuera absoluta, se reduce fuertemente el potencial número de candidatos a concejal.
Aclaró sin embargo, que el Ejecutivo se encuentra elaborando un proyecto de modificación integral de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en donde se abordará, entre otras, la materia contenida en el artículo 75, y propuso, en consecuencia, postergar su modificación, a la espera de la señalada iniciativa del Gobierno que, adelantó, significará una verdadera “revolución descentralizadora” que modernizará de forma integral el municipio y potenciará el rol del concejal.
b) Jefe de la División de Municipalidades de la Contraloría General de la República, señor Marcelo Galaz .
Señaló que, considerando las disposiciones legales pertinentes de la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, esto es, sus artículos 40, 75 y 89, el órgano contralor ha emitido una extensa serie de dictámenes que, clara e indubitadamente, establecen la afirmación de que los concejales, pese a que ejercen una función pública, a que integran el concejo, órgano que a su vez, en conjunto con el alcalde, constituye la municipalidad, no revisten el carácter de funcionarios municipales y, por tanto, no se les aplican las normas que rigen a éstos, salvo en materia de responsabilidad civil y penal. Lo anterior no obsta, insistió, a que el concejo constituye un órgano de la municipalidad, de manera que las actuaciones que sus miembros desarrollen en el ejercicio de sus cargos y en representación del mismo, implican el cumplimiento de una función pública.
Por tal razón, explícitamente la ley establece la incompatibilidad del cargo de concejal con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad y en las corporaciones y fundaciones en que ella participe, con la sola excepción de los cargos profesionales no directivos en educación, salud o servicios municipalizados, de aquélla en que ejercen como concejal.
Aclaró que la incompatibilidad a que se refiere el artículo 75 de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades es aún más amplia y, en complemento con las prohibiciones que establece el artículo 74, y lo señalado en la letra f) del artículo 76 de la misma, exigen del concejal dedicación exclusiva, independencia e imparcialidad en la toma de decisiones asociadas a su función. Así lo ha establecido el órgano contralor en una serie de dictámenes relativos a diversos cargos o funciones municipales.
Refiriéndose al propósito y contenido de la modificación legal propuesta en la moción en análisis, por la cual se busca extender a los cargos técnicos la excepción que favorece a los cargos profesionales que se ejercen en las áreas de educación, salud o servicios municipalizados, siempre que sean “no directivos”, detentados por un concejal de la misma municipalidad, objetó que dicha iniciativa no incluya a los cargos administrativos y auxiliares, incurriendo en una discriminación similar a la que motiva a sus autores. Agregó que la moción en comento, que sólo consiste en agregar las palabras “y técnicos”, a continuación de “profesionales”, omite hacer lo propio en la frase final del mismo inciso primero del artículo 75 que modifica, generando así una discordancia al interior del referido inciso. Por otra parte, precisó que, tal como está propuesta la moción, la incompatibilidad entre los cargos de concejal y el ejercicio de otros empleos o funciones en el municipio, continúa siendo alusiva a quienes trabajen en las áreas de servicios traspasados y no en el municipio propiamente tal.
A modo de conclusión señaló que, si lo que se pretende es mantener la incompatibilidad de que se trata sólo respecto de quienes ejerzan tareas directivas en las áreas de servicios traspasados, correspondería sólo omitir del precepto en vigor la expresión “profesionales”, las dos veces que se emplea en el inciso primero del artículo 75 en referencia.
c) Presidente de la Comisión de Concejales de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Carlos Soto.
Señaló que esa entidad gremial no está de acuerdo con los fundamentos y propósitos de la moción en debate, y que, a mayor abundamiento, se declara contraria a la vigencia de la actual excepción a la amplia incompatibilidad del cargo de concejal con otros empleos o funciones en el municipio. Fundamentó esta posición aludiendo al artículo 71 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en cuya virtud el Concejo Municipal es un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, de modo que corresponderá al concejal, en cuanto miembro de dicho cuerpo colegiado, tomar decisiones, solicitar información, fiscalizar y supervisar.
Por otra parte, agregó, la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, exige, en amplios términos y sin distinción, a “las autoridades de la Administración del Estado… dar estricto cumplimiento al principio de la probidad administrativa”, y a ello queda obligado, en consecuencia, tanto el concejo municipal, como sus integrantes, los concejales. Es justamente este imperativo de probidad e independencia, afirmó, el que sirvió de fundamento para establecer la incompatibilidad del cargo de concejal, no solamente con los empleos municipales, sino también con los empleos que se ejerzan en las corporaciones o fundaciones en que participe la municipalidad, incompatibilidad que, a su juicio, no debiera admitir excepción alguna. En particular, señaló, el ejercicio de un empleo o función, sea de orden profesional o técnico, tanto en el mismo municipio como en corporaciones o fundaciones en que éste participe, resulta incompatible con el cargo de concejal, afirmó, debido a que vulnera, por una parte el principio de probidad y, por la otra, afecta a la función que tiene el concejal a la hora de tomar decisión en el concejo o fiscalizar a sus superiores, encargados de las unidades municipales.
En virtud de tales argumentos, propuso, contrariamente al propósito que inspiró la moción en debate, modificar el artículo 75 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en el sentido que el cargo de concejal también sea incompatible con los empleos o funciones, incluso profesionales o técnicos no directivos en educación, salud o servicios municipalizados, de forma que tal incompatibilidad no reconozca, como sí lo hace hoy, excepción alguna.
d) Jefe de la División de Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional , señor Mauricio Cisternas .
Señaló que la actual redacción del artículo 75 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (disposición que ha sufrido sucesivas modificaciones en los últimos años) es claramente discriminatoria, tal como sostienen los diputados autores de la moción en proyecto, por cuanto favorece con exceptuar de la incompatibilidad sólo a profesionales no directivos, y no así a técnicos o administrativos. Ahora bien, la incompatibilidad del cargo de concejal respecto de cualquiera otra función o empleo en el mismo municipio, establecida como regla general, se justifica plenamente, aseguró, por razones de probidad y transparencia las que indican que no es prudente que una persona se desempeñe como concejal y funcionario de la misma municipalidad, a la vez, entre otras razones porque las bases de los concursos que contempla la ley de municipios son aprobadas por el concejo municipal, de forma que, ejemplificó, un funcionario municipal de salud, sea profesional o no, directivo o no, podrá ser llamado a votar, como concejal, las bases de un concurso en que eventualmente él mismo puede ser partícipe; complementó, también a modo de ejemplo, con la situación que se podría dar con un profesor que trabaja en el Departamento de Educación que, en cuanto integrante del concejo, deba fiscalizar las actuaciones de su superior jerárquico, en este caso el Director del señalado Departamento.
El concejo municipal, insistió, detenta una serie de facultades y atribuciones, consagradas en los artículos 65 y 79 de la respectiva ley orgánica, que en caso de ejercerlas personas que, siendo concejales, sean a la vez empleados municipales, cualquiera sea la calidad de esa contratación, afectarán -favoreciéndolas o perjudicándolas- a esas mismas personas, lo que consideró totalmente inconveniente. Por el contrario, agregó, la lógica legislativa de los últimos años, reflejada en leyes como las de probidad en la actuación de los órganos de la administración del Estado, de acceso a la información pública, o de participación ciudadana, hace inconveniente que cualquier funcionario municipal, sin excepción alguna, se desempeñe al mismo tiempo como concejal de esa misma municipalidad. No se justifica la excepción, afirmó, ni respecto de profesionales, ni de técnicos ni de funcionario alguno, y desestimó el argumento que indica que la incompatibilidad afecta a la participación ciudadana, pues incluso en los municipios más pequeños del país existe un amplio universo de potenciales candidatos a concejal, de forma que no se verá comprometida la política en el nivel más inmediato a la ciudadanía.
En consecuencia, y contrariamente a la inspiración del proyecto de ley en cuestión, afirmó que la persona debiera poder optar, libre y espontáneamente, entre ser concejal o bien ser funcionario municipal, y evitar así las confusiones en que pudiera incurrir por tener la doble calidad, por ejemplo al recibir el requerimiento de un vecino frente a un servicio que otorga la municipalidad; esto resulta aún más crítico, y atentatorio contra el principio de igualdad ante la ley, en períodos de campaña municipal, en la medida que el funcionario que es candidato a concejal no deja de ejercer su función y, en cambio, el alcalde que busca la reelección sí debe dejar en suspenso su cargo. Así, para evitar todos esos conflictos de intereses y situaciones discriminatorias, concluyó, la solución más adecuada es, justamente, la contraria a la que se busca con la moción; es decir, cabría consagrar la total incompatibilidad entre el cargo de concejal y cualquier otra función en el municipio, sin admitir ningún tipo de excepción como lo hace el texto vigente del ya comentado artículo 75.
B. Particular
El artículo único del proyecto, que disponía la modificación del artículo 75 de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en términos de agregar, entre el vocablo “profesionales” y la expresión “no directivos”, la frase “y técnicos”, fue motivo de una indicación sustitutiva, suscrita por los señores Becker , Campos, Farías , Letelier , Morales y Ojeda , aprobada con los votos favorables (10) de los señores Becker , Browne , Campos, Estay , Farías , Letelier , Morales , Ojeda , Schilling y Edwards ; y en contra (2) de los señores Ascencio y Lemus , y la abstención (1) de la señora Hoffmann , doña María José , concebida en los términos que se consignan en el texto que esta Comisión somete a la consideración de esta Corporación y que se señalan en la parte final de este Informe.
La iniciativa fue objeto, luego, de una nueva indicación, suscrita por los señores Becker , Browne , Campos, Farías , Morales y Ojeda , aprobada con los votos favorables (12) de los señores Ascencio , Becker , Browne , Campos, Estay , Farías, Hoffmann doña María José , Letelier , Morales , Ojeda , Schilling y Edwards , y la abstención (1) del señor Lemus , en cuya virtud se agrega un artículo transitorio, cuyo texto se señala en la parte final de este Informe.
IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS
El artículo único del proyecto, al ser aprobada una indicación sustitutiva, según se indicara.
Los Diputados señores Ascencio , Campos, Espinoza , Lemus , Ojeda y Schilling suscribieron una indicación del siguiente tenor:
“Para sustituir el artículo único del proyecto por el siguiente:
“Elimínase, en el artículo 75 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades el vocablo “Profesionales” en las dos oportunidades en que se utiliza”.”
Sometida a votación la referida indicación, ésta resultó rechazada por diez (10) votos en contra, de los señores Becker , Browne , Campos, Farías, Hoffmann doña María José , Letelier , Morales , Ojeda , Schilling y Edwards ; dos (2) votos a favor, de los señores Ascencio y Lemus , y la abstención (1) del señor Estay .
IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES
No las hay.
Concluida la discusión y votación particular, la Comisión somete a la consideración de la H. Cámara el siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- “Elimínase, en el artículo 75 de la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el D.F.L. N°1, de 2006, del Ministerio del Interior, su parte final, a partir de la frase “con excepción de los cargos profesionales…” y que concluye con la expresión “facultad de fiscalización”.
Artículo transitorio.- La modificación contenida en la presente ley entrará en vigor a contar del próximo período electoral municipal, esto es, aquél que se inicia el año 2012.”.
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de martes 17 de agosto de 2010, y 11 de enero y 22 de marzo de 2011, con la asistencia de los señores Ascencio, don Gabriel ; Álvarez-Salamanca, don Pedro ; Becker, don Germán ; Browne, don Pedro ; Campos, don Cristián ; Estay, don Enrique ; Farías, don Ramón ; Hoffmann , doña
María José ; Lemus, don Luis ; Letelier, don Cristian ; Morales, don Celso ; Ojeda, don Sergio ; Sabat , doña Marcela ; Schilling, don Marcelo y Ward, don Felipe .
Sala de la Comisión, a 4 de abril de 2011.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión ;
22. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recaído en el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.539, permitiendo a los pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional incorporarse a Cajas de Compensación de Asignación Familiar. (boletín N° 7441-13-1)
?Honorable Camara:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S. E. el Presidente de la República , que modifica la ley N° 19.539, permitiendo a los pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, incorporarse a Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
A la sesión que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron el señor Subsecretario de Previsión Social, don Augusto Iglesias Palau , la señora Superintendenta de Seguridad Social, doña María José Zaldivar Larraín , y el asesor de esa Secretaría de Estado don Francisco Del Río Correa .
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1.- Origen y urgencia.
La iniciativa tuvo su origen en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República y no se le ha hecho presente urgencia.
2.- Discusión general.
El proyecto fue aprobado, en general, por 12 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade ; Baltolu ; Bertolino ; Bobadilla (en reemplazo del señor Salaberry) , Jiménez ; Monckeberg, don Nicolás ; Saffirio y Silva .)
3.- Discusión particular.
Todas sus disposiciones fueron aprobadas por el mismo quórum: 12 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
4.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.
A juicio de vuestra Comisión, el numeral 1) del artículo primero permanente del proyecto de ley contiene normas que requieren ser aprobadas con quórum calificado, en conformidad con lo preceptuado por el artículo 19 N° 18, de la Constitución Política de la República, pues regula materias relativas a la seguridad social.
5.- Diputado Informante .
La Comisión designó al señor Salaberry, don Felipe , en tal calidad.
II. ANTECEDENTES GENERALES.
El proyecto que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social somete a vuestro conocimiento apunta a permitir a los pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, incorporarse a Cajas de Compensación de Asignación Familiar, en las condiciones que más adelante se indican.
1.- Consideraciones preliminares.-
Como lo señala el propio Mensaje, desde su creación, en virtud del decreto con fuerza de ley N° 245, de 1953, del Ministerio de Hacienda, hasta la entrada en vigencia de la ley N° 18.833, las Cajas de Compensación de Asignación Familiar han evolucionado permanentemente.
En efecto, de ser entidades que se limitaban a compensar asignaciones familiares pagadas por los empleadores con las cotizaciones previsionales que éstos debían enterar en aquéllas, las C.C.A.F. se han convertido en administradoras de prestaciones de seguridad social, entre las que se destacan las denominadas prestaciones legales (asignaciones familiares, subsidios de cesantía del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y subsidios por incapacidad laboral de trabajadores cotizantes de Fonasa), como también aquéllas que apuntan al bienestar social, esto es, prestaciones de crédito social, adicionales y complementarias.
Al respecto, cabe señalar que las Cajas de Compensación de Asignación Familiar son entidades de previsión social, constituidas como corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, que tienen como objeto administrar prestaciones de seguridad social.
Dentro del régimen de crédito social, las Cajas de Compensación otorgan préstamos en dinero a sus afiliados.
Por otra parte, agrega el Mensaje, bajo el régimen de prestaciones adicionales, las Cajas pueden brindar a sus afiliados beneficios en dinero, en especies y en servicios. Por ende, a través de esta vía ha sido posible el otorgamiento a éstos de prestaciones tales como: bonos por fallecimiento, matrimonio, nacimiento y escolaridad, además de becas de estudio y convenios médicos.
A su vez, dentro de las prestaciones complementarias, las que son de adscripción voluntaria, las C.C.A.F. han entregado a sus afiliados beneficios de bienestar social en base a aportes convenidos.
2.- Modificaciones al régimen de afiliación a las C.C.A.F.-
Las Cajas de Compensación, con el paso del tiempo, no sólo han ampliado las prestaciones que brindan, sino que el universo de usuarios y beneficiarios de las mismas se ha incrementado.
Es así como, actualmente, la población a la que las Cajas de Compensación pueden dar cobertura incluye a los trabajadores de las empresas del sector privado, de las empresas autónomas del Estado, de aquéllas en que éste o las entidades del sector público tengan una participación mayoritaria y del personal de las Municipalidades que tenga el carácter de profesionales de la educación, en los términos de los artículos 1°, 2º y 19 de la ley N° 19.070 y del regido por la ley N° 19.378. Por otra parte, por disposición del artículo 16 de la ley N° 19.539, se autorizó a los pensionados de cualquier régimen previsional, con exclusión de los de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, para afiliarse individualmente a estas entidades; sólo para los efectos de acceder a los regímenes de prestaciones de crédito social, adicionales y complementarias.
Posteriormente, la ley N° 20.233, en su artículo 40, modificó el artículo 7° de la ley N° 18.833, estableciendo que puede concurrir a la constitución de una C.C.A.F. cualquier entidad empleadora del sector público. Además, dichos organismos pueden, luego de la mencionada modificación, afiliarse a una Caja de Compensación.
Sobre el particular, cabe precisar que la afiliación a una C.C.A.F. de los trabajadores que se desempeñan en entidades empleadoras del sector público, sólo fue consagrada para los efectos de acceder a las prestaciones de los regímenes de prestaciones de crédito social, adicionales y complementarias que estas Corporaciones otorgan de acuerdo con la ley N° 18.833, los reglamentos de dicho cuerpo legal y sus estatutos particulares.
Finalmente, resulta necesario hacer presente que, de conformidad al artículo 90 de la ley N° 20.255, de Reforma Previsional, los trabajadores independientes que se encuentren cotizando para pensiones y salud -de acuerdo al artículo 92 A del decreto ley N° 3.500, de 1980- también podrán afiliarse individualmente a una C.C.A.F. Lo anterior, con la sola finalidad de acceder a las prestaciones de los regímenes de crédito social, adicionales y complementarias y siempre que dichos trabajadores provisionen mensualmente dichas cotizaciones en el respectivo año calendario en la Administradora de Fondos de Pensiones correspondiente.
En la especie, la vigencia de la normativa incorporada por la ley N°20.255 se encuentra establecida en el inciso primero de su artículo vigésimo noveno transitorio, disposición que prescribe que su Título IV -referido a la obligación de cotizar de los trabajadores independientes y que incluye el artículo 90 señalado- entrará en vigencia a contar del día 1º de enero del cuarto año siguiente, contado desde la fecha de su publicación, esto es, desde el 1° de enero de 2012.
Por tanto, en atención al conjunto de beneficios que otorgan las C.C.A.F., nuestro ordenamiento jurídico ha ampliado, a través de diversas normas legales, el número de personas habilitadas para afiliarse a dichas entidades. No obstante, los pensionados de Dipreca y Capredena han permanecido al margen de este proceso.
3.- Objetivo del Proyecto.-
Expresa el Mensaje que, tal como lo señalara el Programa de Gobierno, para construir una auténtica sociedad de seguridades se requiere también disponer de una mayor cobertura y una mejor calidad en la educación, en la salud, en la previsión social y en la vivienda.
En consecuencia, considerando la importancia de ampliar el universo de beneficiarios de los programas de Seguridad Social existentes en nuestro país, los que han contribuido al bienestar de miles de chilenos, es que el presente proyecto de ley propone extender el ámbito de los posibles afiliados a las C.C.A.F., permitiendo que los pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile se incorporen a ellas. De esta manera, dichos sectores tendrán acceso a los regímenes de la ley N° 18.833 relativos a prestaciones adicionales, complementarias y de crédito social.
Asimismo, añade, esta medida significará que la cobertura de los beneficios antes aludidos se extenderá a todos los pensionados de regímenes previsionales del país, incluidos los titulares de Pensiones Básicas Solidarias.
Señala, asimismo, el Mensaje que, en todo caso, los pensionados por gracia, atendida la naturaleza de dicho beneficio, no pueden afiliarse a C.C.A.F.
De este modo, la iniciativa propuesta favorecerá a un importante sector de nuestra población, el de los pensionados de Dipreca y Capredena , quienes, a marzo de 2010, alcanzaban el número de 164.874. Dicho grupo, gracias a esta medida, podrá sumarse al significativo número de pensionados que, en la actualidad, tienen la calidad de beneficiarios del sistema C.C.A.F.
En efecto, el número de pensionados en Chile, excluidos los de Dipreca y Capredena, en marzo de 2010, era de 2.186.588 (correspondiendo 768.442 a pensionados del decreto ley N° 3.500, de 1980; 770.643 a pensionados del antiguo Sistema de Pensiones; 614.697 a pensionados básicos solidarios y 32.806 a pensionados de la ley N°16.744), de los cuales, a esa misma fecha, 1.180.065 se encontraban afiliados al sistema C.C.A.F.
4.- Contenido del proyecto.
a) Afiliación de pensionados.
Con la finalidad de materializar el objetivo señalado precedentemente, la iniciativa en análisis propone modificar la ley N°19.539, permitiendo que los pensionados de Capredena y de Dipreca puedan afiliarse a las C.C.A.F.
b) Limitaciones al privilegio de los créditos sociales.
En conformidad a lo dispuesto por la ley N° 19.539, respecto de los pensionados afiliados, son las entidades pagadoras de pensiones las que deben descontar de aquéllas lo adeudado por concepto de crédito social contraídos con una C.C.A.F, enterando dichas sumas a la institución que corresponda. En la especie, dicha materia se encuentra regida por las normas de ley N° 17.322, sobre pago y cobro de las cotizaciones previsionales.
Por otro lado, de acuerdo a lo prescrito en la ley N° 18.833, los créditos de las mencionadas Instituciones, derivados de las prestaciones de seguridad social de los regímenes que administren, están comprendidos dentro de los créditos de primera clase consagrados en el número 6° del artículo 2472 del Código Civil.
Ahora bien, teniendo en cuenta la especial naturaleza de estos regímenes previsionales, y considerando las atribuciones de los organismos que los administran (Dipreca y Capredena), el proyecto en comento propone limitar la calidad de créditos de la primera clase que tendrán los créditos sociales que obtengan de las Cajas de Compensación los pensionados que puedan acogerse a esta iniciativa. En consecuencia, gozarán de ese privilegio en la parte en que la cuota del crédito social no exceda del 15% de la pensión líquida mensual.
Esta particular norma garantizará el pago armónico de las acreencias de las referidas C.C.A.F. y de Capredena o Dipreca, según corresponda, respecto de sus pensionados, armonizando la normativa existente y previniendo eventuales conflictos.
III. MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.
En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto es permitir a los pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, incorporarse a Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto aprobado por vuestra Comisión en dos artículos permanentes y uno transitorio.
IV. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.
En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, el numeral 1) del artículo primero permanente del proyecto de ley contiene normas que requieren ser aprobadas con quórum calificado, en conformidad con lo preceptuado por el artículo 19 N° 18, de la Constitución Política de la República, pues regula materias relativas a la seguridad social.
V. DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.
Vuestra Comisión recibió al señor Subsecretario de Previsión Social, don Augusto Iglesias Palau , a la señora Superintendente de Seguridad Social , doña María José Zaldivar Larraín , y al asesor de dicha Cartera de Estado, don Francisco del Río Correa , quienes expusieron sus opiniones y entregaron minutas y antecedentes que se encuentran a disposición de las señoras y de los señores Diputados en la Secretaría de la Comisión.
VI. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
A juicio de la Comisión, el proyecto, no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
VII. DISCUSIÓN GENERAL
El proyecto en informe fue aprobado en general, por vuestra Comisión, en su sesión ordinaria de fecha 22 de marzo del año en curso, con el voto favorable (12) de las Diputadas señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y de los Diputados señores Andrade ; Baltolu ; Bertolino ; Bobadilla (en reemplazo del señor Salaberry) , Jiménez ; Monckeberg, don Nicolás ; Saffirio y Silva . No hubo votos en contra ni abstenciones.
En el transcurso de su discusión general, la señora Superintendenta de Seguridad Social, doña María José Zaldívar Larraín , reafirmó los contenidos del Mensaje con que se dio inicio a la tramitación de este proyecto, expresando que el programa de gobierno, se orienta en materia de seguridad social, a construir una auténtica sociedad de seguridades para lo cual se requiere disponer de una mayor cobertura y una mejor calidad en la educación, en la salud, en la previsión social y en la vivienda.
Agregó que, considerando la importancia de ampliar el universo de beneficiarios de los programas de Seguridad Social existentes en nuestro país, es que el presente proyecto de ley propone extender el ámbito de los posibles afiliados a las C.C.A.F., permitiendo que los pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile se incorporen a ellas. De esta manera, dichos sectores tendrán acceso a los regímenes de la ley N° 18.833 relativos a prestaciones adicionales, complementarias y de crédito social.
Asimismo, esta medida significará que la cobertura de los beneficios antes aludidos se extenderá a todos los pensionados de regímenes previsionales del país, incluidos los titulares de Pensiones Básicas Solidarias, alcanzando a un total de 164.874 pensionados. Agregó que, en efecto, el número de pensionados en Chile, excluidos los de Dipreca y Capredena, en marzo de 2010, era de 2.186.588 (correspondiendo 768.442 a pensionados del DL. N° 3.500, de 1980; 770.643 a pensionados del antiguo Sistema de Pensiones; 614.697 a pensionados básicos solidarios y 32.806 a pensionados de la ley N°16.744), de los cuales, a esa misma fecha, 1.180.065 se encontraban afiliados al sistema C.C.A.F.
Añadió que, con la finalidad de materializar el objetivo señalado precedentemente, la iniciativa en análisis propone modificar la ley N°19.539, permitiendo que los pensionados de Capredena y de Dipreca puedan afiliarse a las C.C.A.F. Asimismo, propone limitar la calidad de créditos de la primera clase que tendrán los créditos sociales que obtengan de las Cajas de Compensación los pensionados que puedan acogerse a esta iniciativa. En consecuencia, gozarán de ese privilegio en la parte en que la cuota del crédito social no exceda del 15% de la pensión líquida mensual.
Esta particular norma garantizará el pago armónico de las acreencias de las referidas C.C.A.F. y de Capredena o Dipreca, según corresponda, respecto de sus pensionados, armonizando la normativa existente y previniendo eventuales conflictos.
Por su parte, los señores Diputados integrantes de esta instancia legislativa concordaron con la pertinencia de esta iniciativa legal, toda vez que viene a dar solución a una situación que discriminaba a los pensionados de Capredena y Dipreca en su acceso a las Cajas de Compensación. Sin embargo, algunos de ellos advirtieron sobre dos situaciones que, a su juicio, debían corregirse a través de este proyecto de ley. La primera dice relación con la captación de estos pensionados en lugares públicos distintos a las oficinas de las Cajas de Compensación por parte de los agentes de ventas de ellas y su desafiliación que estimaron debía ser expedita. La segunda, se refiere a establecer un tope máximo para el descuento en las pensiones de los créditos sociales que puedan obtener de dichos instituciones que, proponen, debiera ser el mismo que hoy existe para los trabajadores activos.
VIII. SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACIÓN EN GENERAL.
No hubo en el seno de vuestra Comisión opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación en general.
IX. DISCUSIÓN PARTICULAR.
Vuestra Comisión, en la misma sesión celebrada el día 22 de marzo de 2011, sometió a discusión particular el proyecto de ley adoptándose los siguientes acuerdos respecto de su texto:
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 16 de la ley N° 19.539:
1) Sustitúyase, en su inciso primero, la palabra “excluidos” por “incluidos”.
2) Agrégase el siguiente inciso cuarto, nuevo, pasando el actual inciso cuarto a ser quinto:
“Las cuotas por prestaciones de crédito social adeudadas a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar por uno de sus afiliados que sea pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, constituirán créditos de la primera clase, en conformidad al artículo 2472 N° 6 del Código Civil, sólo en aquélla parte en que no excedan del 15% de la pensión líquida mensual respectiva.”.
-Sometido a votación fue aprobado por 12 votos a favor, 0 en contra y 0 abtenciones.
-(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade ; Baltolu ; Bertolino ; Bobadilla (en reemplazo del señor Salaberry) , Jiménez ; Monckeberg, don Nicolás ; Saffirio y Silva .)
-Las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , y Vidal , doña Ximena , y los señores Alinco , Andrade , Jimenez y Saffirio presentaron indicación para agregar un inciso sexto nuevo al artículo 16 de la ley N° 19.539, del siguiente tenor:
“Con todo, el descuento por créditos otorgados por las Cajas de Compensación, por cualquier concepto, no podrán exceder del 25% de la pensión líquida correspondiente, excepto si se trata de pensiones equivalentes a la Pensión Básica Solidaria o inferior a ella, en cuyo caso no podrá exceder del 15% de la pensión líquida.”.
Dicha indicación fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión por no corresponder a la idea matriz del proyecto, en virtud de lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 267 del Reglamento de la Corporación. Reclamada dicha inadmisibilidad y sometida a votación fue confirmada por 7 votos a favor y 6 en contra.
-Las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , y Vidal , doña Ximena , y los señores Jimenez y Saffirio presentaron indicación para agregar un inciso séptimo nuevo al artículo 16 de la ley N° 19.539, del siguiente tenor:
“La desafiliación a una Caja de Compensación podrá producirse en cualquier momento, a partir de los 60 días corridos, contados desde la fecha de afiliación, siendo suficiente para ello la sola expresión de voluntad por parte del afiliado, por cualquier medio.”.
-Sometida a votación fue rechazada por 7 votos en contra, 6 a favor y 0 abtenciones.
-(Votaron en contra la señora Nogueira , doña Claudia , y los señores Baltolu , Bertolino , Bobadilla (en reemplazo del señor Salaberry) , Monckeberg, don Nicolás , Silva y Vilchez . A favor lo hicieron las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , y Vidal , doña Ximenda , y los señores Andrade , Jimenez y Saffirio ).
Artículo 2°.- La presente ley entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
-Sometido a votación fue aprobado por 12 votos a favor, 0 en contra y 0 abtenciones.
-(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade ; Baltolu ; Bertolino ; Bobadilla (en reemplazo del señor Salaberry) , Jiménez ; Monckeberg, don Nicolás ; Saffirio y Silva .)
Artículo Único Transitorio.- Las Cajas de Compensación de Asignación Familiar dispondrán de un plazo de 6 meses, a contar de la entrada en vigencia de la presente ley, para realizar las adecuaciones normativas que puedan requerir sus estatutos particulares para darle aplicación.
-Sometido a votación fue aprobado por 12 votos a favor, 0 en contra y 0 abtenciones.
- (Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade ; Baltolu ; Bertolino ; Bobadilla (en reemplazo del señor Salaberry) , Jiménez ; Monckeberg, don Nicolás ; Saffirio y Silva .)
X. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.
Se encuentra en esta situación la indicación presentada por las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , y Vidal , doña Ximena , y los señores Alinco , Andrade , Jimenez y Saffirio para agregar un inciso sexto nuevo al artículo 16 de la ley N° 19.539, del siguiente tenor:
“Con todo, el descuento por créditos otorgados por las Cajas de Compensación, por cualquier concepto, no podrán exceder del 25% de la pensión líquida correspondiente, excepto si se trata de pensiones equivalentes a la Pensión Básica Solidaria o inferior a ella, en cuyo caso no podrá exceder del 15% de la pensión líquida.”.
Dicha indicación fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión . Reclamada dicha inadmisibilidad y sometida a votación fue confirmada por 7 votos a favor y 6 en contra.
-o-
Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 16 de la ley N° 19.539:
1) Sustitúyase, en su inciso primero, la palabra “excluidos” por “incluidos”.
2) Agrégase el siguiente inciso cuarto, nuevo, pasando el actual inciso cuarto a ser quinto:
“Las cuotas por prestaciones de crédito social adeudadas a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar por uno de sus afiliados que sea pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, constituirán créditos de la primera clase, en conformidad al artículo 2472 N° 6 del Código Civil, sólo en aquélla parte en que no excedan del 15% de la pensión líquida mensual respectiva.”.
Artículo 2°.- La presente ley entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo Único Transitorio.- Las Cajas de Compensación de Asignación Familiar dispondrán de un plazo de 6 meses, a contar de la entrada en vigencia de la presente ley, para realizar las adecuaciones normativas que puedan requerir sus estatutos particulares para darle aplicación.”.
-o-
Se designó diputado informante , a don Felipe Salaberry Soto .
Sala de la Comisión, a 22 de marzo de 2011.
Acordado en sesión de 22 de marzo del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Goic, doña Carolina ; Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y de los Diputados señores Andrade ; Baltolu , Bertolino ; Bobadilla (en reemplazo del señor Salaberry) , Jiménez ; Monckeberg, don Nicolás ; Saffirio ; Silva ; y Vilches .
Asistió, asimismo, a esta sesión el señor Alinco, don René .
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los señores diputados Accorsi , Alinco , Andrade , Ascencio , Carmona , Castro , Meza , y de las diputadas señoras Isasi , doña Marta y Rubilar , doña Karla . Modifica el artículo 65 de la Constitución Política de la República para permitir la iniciativa popular en materias de ley. (Boletín N° 7560-07)
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley Nº 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que sin perjuicio del derecho de cualquier ciudadano de realizar peticiones a la autoridad, conocido como el derecho de petición, consagrado en el artículo 19, en su numeral 14, nuestra constitución no ha consagrado expresamente, dentro del procedimiento reglado de formación de la ley, la iniciativa popular.
2° Que aún cuando los cargos parlamentarios tienen una labor de representación, y por esta vía los ciudadanos pueden, a través de sus representantes, presentar proyectos de ley, se ha venido planteando, a través de distintos foros, la necesidad de consagrar una fórmula que permita a los ciudadanos, directamente, presentar sus iniciativas.
3° Que nuestra propuesta en materia de iniciativa popular de ley considera dos opciones, como una manera de velar por un mínimo de seriedad de las peticiones, que obviamente demandarán una mayor carga del sistema legislativo. La primera opción es que el proyecto tenga su origen en un grupo de mínimo 100 ciudadanos, en cuyo caso el proyecto deberá ser patrocinado por un abogado, de manera que su redacción cumpla con un mínimo estándar que permita su adecuada inteligencia. Luego, la segunda opción, considera que los proyectos puedan ser presentados por dirigentes vecinales o gremiales, de organizaciones legalmente constituidas, lo que claramente garantiza la seriedad del planteamiento que, como hemos dicho, significará una mayor carga para el sistema legislativo.
Por tanto,
El diputado patrocinante y los demás adherentes que suscriben, vienen en someter a la consideración de este H. Congreso Nacional, el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo único: se intercala en el inciso primero del artículo 65 de la Constitución, a continuación del punto y seguido, la siguiente frase: “Los ciudadanos tendrán también iniciativa popular, pudiendo presentar iniciativas legales a través de abogado, suscritas por, a lo menos 100 ciudadanos, o directamente por las personas que desempeñen un cargo de naturaleza gremial o vecinal de asociaciones legalmente constituidas”
Moción de las diputadas señoras Pascal, doña Denise ; Goic, doña Carolina ; Isasi , doña Marta ; Pacheco , doña Clemira , y del diputado señor Espinosa, don Marcos . Modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo un nuevo sistema de reemplazo en caso de vacancia del cargo de alcalde. (Boletín N° 7561-06)
I. FUNDAMENTOS O CONSIDERANDOS
1. El artículo 62 del DFL N° 1, del 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece el sistema de reemplazo de los alcaldes en caso de generarse la vacancia de su cargo. En virtud de este mecanismo, corresponde al Concejo Municipal elegir al nuevo alcalde de entre sus propios miembros y por mayoría absoluta de los concejales en ejercicio. La norma referida señala una serie de reglas a seguir en el caso de no contar con la mayoría absoluta, pero siempre circunscrito a los miembros del Concejo.
2. Este mecanismo de reemplazo ha sido duramente criticado por no ser representativo de la voluntad popular, y ser más bien una expresión de acuerdos de las dirigencias políticas. Por otra parte, en muchos casos sucede que la mayoría del Consejo Municipal pertenece a una coalición política distinta de la del alcalde.
3. Los autores de este proyecto estimamos que es indispensable perfeccionar nuestra democracia a través de la modificación de este mecanismo, ya que los casos en que se ha debido utilizar el sistema actual, han dejado de manifiesto cuan pernicioso es esta norma de reemplazo, que no se condice con los principios básicos en materia de democracia y derechos ciudadanos consagrados en nuestro ordenamiento jurídico y viene a denostar aún más la alicaída opinión que la ciudadanía tiene de la política.
4. Generada una vacancia del cargo de alcalde, aquél que viene a reemplazarlo debe ser elegido por el voto ciudadano, al menos como fórmula principal, ya que se trata por definición de un cargo de elección popular, permitiendo de ese modo a los propios electores de la comuna decidir quién los representará en su lugar. A mayor abundamiento, el artículo 28 inciso segundo de nuestra Constitución Política establece que, en caso de afectarle al Presidente de la República un impedimento absoluto o que debiere durar indefinidamente, se procederá a una nueva elección. Creemos que si es éste el mecanismo que se aplica tratándose del más importante cargo público de nuestro país, debe ser ese el principio ordenador que rija respecto del resto de las autoridades públicas elegidas mediante elección popular.
5. No obstante lo anterior, esta iniciativa plantea la modificación del sistema actual en dos sentidos, distinguiendo el tiempo que falte para el término del respectivo período del alcalde que ha generado la vacancia, promoviendo las elecciones complementarias cuando falte más de un año para el término del mismo, y en caso contrario, la designación como alcalde de aquél concejal que haya obtenido el mayor número de preferencias en la elección municipal respectiva, y que pertenezca al mismo pacto político que haya declarado la candidatura del alcalde saliente, si se trata de un alcalde miembro de un partido político o un alcalde independiente que se presentó a las elecciones integrando lista con alguna coalición política. Tratándose de un alcalde independiente, y en la misma hipótesis de faltar un año o menos para el término del respectivo período, solo se exigirá a los concejales el primero de los requisitos mencionados, es decir, mayoría de votos en la respectiva elección.
6. La propuesta efectuada para el caso en que reste un año o menos para el término del respectivo período, se justifica por un sentido práctico, si consideramos el poco espacio de tiempo que mediaría entre las dos elecciones, y además si se toma en cuenta que – en los hechos – a un año del acto eleccionario ya se encuentran la mayoría de los candidatos definidos y realizando actos que pueden considerarse parte de una campaña electoral.
II. IDEA MATRIZ DEL PROYECTO
La presente iniciativa legislativa pretende modificar el actual sistema de reemplazo de un alcalde cuando su cargo ha quedado vacante, a fin de hacerlo más compatible y acorde con la voluntad popular, distinguiendo para ello las siguientes situaciones:
a) Si faltare más de un año para el término del respectivo período, el cargo de alcalde se proveerá mediante elecciones complementarias en la comuna.
b) Si faltare un año o menos para el término del respectivo período, se designará como alcalde a aquél de los concejales que haya obtenido el mayor número de preferencias en la elección municipal respectiva, y que pertenezca al mismo pacto político que haya declarado la candidatura del alcalde saliente, si se trata de un alcalde miembro de un partido político. Si se trata de un alcalde independiente que integró lista con alguna coalición política, también se designará en su reemplazo al concejal más votado que forme parte de la lista que integró el alcalde que genera la vacancia. Y si se trata de un alcalde independiente, en esta misma hipótesis, se designará derechamente a aquél de los concejales que haya obtenido el mayor número de preferencias en la elección municipal respectiva, sin atender el pacto o coalición política del que forme parte.
Es sobre la base de estos fundamentos y antecedentes que venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Reemplácese, en el DFL N°1, del 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, los incisos cuarto y quinto del artículo 62°, por los que siguen, que pasan a ser incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, del siguiente tenor:
En caso de vacancia del cargo de alcalde, y siempre que falte más de un año para completar el término del respectivo período, dicha vacancia se proveerá a través de elecciones complementarias que se llevaran a efecto en la comuna según las normas que establezca el respectivo reglamento.
En caso de producirse la vacancia cuando reste un año o menos para completar el término del respectivo período, se designará en su reemplazo a aquél de los concejales que haya obtenido el mayor número de preferencias en la elección municipal respectiva, y que pertenezca al mismo pacto político que haya declarado la candidatura del alcalde saliente. Tratándose de un alcalde independiente que integró lista con alguna coalición política, se designará en su reemplazo a aquél de los concejales que haya obtenido el mayor número de preferencias en la elección municipal respectiva, y que forme parte de la lista que integró el alcalde que genera la vacancia.
En el caso de un alcalde cuya candidatura fue declarada independiente, y en la misma hipótesis a que se refiere en inciso anterior, se designará en su reemplazo a aquél de los concejales que haya obtenido el mayor número de preferencias en la elección municipal respectiva, con independencia del pacto que éste integre.
El nuevo alcalde electo o designado según las normas precedentes, permanecerá en su cargo por el tiempo que faltare para completar el respectivo período.
Moción de los señores diputados Godoy , Becker , Browne ; Monckeberg , don Cristián ; Monckeberg, don Nicolás ; Sauerbaum , y de las señoras diputadas Rubilar , doña Karla y Sabat , doña Marcela . Modifica el artículo 19 del Decreto con Fuerza de Ley 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones, presumiendo la responsabilidad del propietario primer vendedor en el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura soportante. (boletín N° 7562-15)
“FUNDAMENTOS:
-Un fuerte debate a nivel nacional, genero el tema de la responsabilidad de las empresas constructoras con ocasión de daños a inmuebles el pasado año. En relación a esto, la norma antisísmica permite daños estructurales producidos por sismos de intensidad severa, siempre y cuando las empresas hayan respetado las regulaciones de construcción y diseño. Esto último será objeto de discusión y prueba al interior de un proceso judicial, adquiriendo vital importancia la prueba pericial.
-En el año 1976 se publica el Decreto con Fuerza de Ley 458 que contiene la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Esta ley, tal como lo prescriben sus artículos 1° y 2°, regirá en todo el territorio nacional y regula todo lo referente a planificación urbana, urbanización y construcción. También contiene los principios, atribuciones, potestades, facultades, responsabilidades, derechos, sanciones y demás normas que rigen a los organismos funcionarios, profesionales y particulares, en las acciones de planificación urbana, urbanización y construcción.
-De dicho cuerpo legal, se desprenden una serie de responsabilidades como la de los profesionales que participan en el proceso de construcción, la civil frente a los perjuicios causados, la infraccional, y la funcionaria respecto a los funcionarios públicos a quienes se les encomienda una función reguladora.
-Por su parte, el artículo 18 en su inciso primero, incorporado por la Ley 19.472 sobre Calidad de la Construcción de 1996, señala que éste propietario primer vendedor será responsable por todos los daños y perjuicios que provengan de fallas o defectos de ella, sea durante su ejecución o después de terminada, sin perjuicio de su derecho a repetir en contra de quienes sean responsables de las fallas o defectos de construcción que hayan dado origen a los daños y perjuicios.
Ahora, es importante señalar que el mismo artículo 18, en su inciso final establece distintos plazos de prescripción para ser efectiva la responsabilidad de los que deban responder por los perjuicios ocasionados por los errores, defectos o fallas de la construcción.
-En relación a la prescripción antes señalada, para el caso de fallas que afecten la estructura soportante del inmueble, existe un plazo de diez años para hacer efectiva la responsabilidad por defectos en la construcción, desde el otorgamiento de la recepción definitiva de la obra; cinco años, por defectos en los elementos constructivos o de las instalaciones, y tres para las fallas que afecten terminaciones o de acabado de obras.
Si el edificio colapsa, la constructora responderá siempre.
-La institución de las presunciones, ha sido objeto de estudio desde antiguo. En nuestra legislación, el artículo 47 inciso primero del Código Civil define las presunciones expresando que: “Se dice presumirse el hecho que se deduce de ciertos antecedentes o circunstancias conocidas.” Estas pueden ser judiciales o legales.
Las llamadas presunciones legales son aquellas en que la ley determina que, mediante la acreditación de un determinado hecho o circunstancia, se tendrá por probado otro distinto, sin necesidad de que la concurrencia de este último se encuentre realmente verificada en el proceso. En las presunciones legales es el Legislador quien realiza el trabajo de vincular la premisa menor con la conclusión. Estas presunciones se subclasifican en de derecho y simplemente legales.
-Las presunciones de derecho son aquellas que no admiten prueba en contrario, lo que significa que, basta con que se acredite la concurrencia del indicio o base de la presunción. En otras palabras, no puede destruirse la presunción mediante la prueba directa del hecho o circunstancia contraria o excluyente de la presumida de derecho.
Por otro lado, las presunciones simplemente legales, permiten la destrucción del vínculo establecido por la ley.
-Para establecer el valor probatorio de una presunción es necesario atender a su naturaleza. Una presunción legal constituye siempre plena prueba, mientras no sea desvirtuada por otra plena prueba. En cambio, las presunciones judiciales pueden constituir plena prueba, semiplena prueba o ninguna prueba, según la apreciación del juez.
-Para Alessandri , las presunciones simplemente legales, no constituyen realmente medios de prueba, siendo en realidad dispensas o alteraciones de la carga probatoria. Esta doctrina, sostiene que gracias a las presunciones, quien afirma (que será normalmente el obligado a probar) se ve eximido de probar los hechos en que funda su pretensión, bastándole con acreditar el hecho que sirve de base a la presunción, de tal manera que será la parte contraria quien soportará la carga probatoria, alterándose de tal manera el onus probandi.
-Las opiniones técnicas y expertas en materias del cumplimiento de las normas de construcción son vitales para que un juez falle en un sentido u otro. Por ello, es fundamental la producción de informes periciales que puedan sustentar las pretensiones de quienes demandan la responsabilidad civil del propietario primer vendedor.
Estos informes pueden alcanzar valores altísimos, los que son difíciles de soportar en ocasiones para los demandantes. Por otro lado, atendiendo la diferencia patrimonial que existe entre ambas partes, es de toda justicia que quien deba soportar el desembolso que significan estos informes, sea la parte demandada (empresas inmobiliarias o constructoras).
Cabe mencionar que la propia ley, otorga al propietario primer vendedor la posibilidad de repetir en contra de profesionales cuando por su culpa se le condene al pago de una indemnización.
-En atención a lo anterior, el presente proyecto, siguiendo el criterio de Alessandri, establece una presunción simplemente legal, alterando la carga de la prueba y transfiriendo los costos que ello implica al propietario primer vendedor.
Por las consideraciones antes expuestas, venimos en proponer el siguiente proyecto de ley:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agréguese un articulo 19 bis al Decreto con Fuerza de Ley 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones, del siguiente tenor:
“Salvo prueba en contrario, se presumirá la responsabilidad civil del propietario primer vendedor tratándose de fallas o defectos que afecten la estructura soportante del inmueble.”
Moción de los señores diputados Arenas, Álvarez-Salamanca , Bauer ; Gutiérrez, don Romilio ; Moreira , Rojas , Urrutia , Van Rysselberghe, Ward , y de la diputada señora Turres, doña Marisol .Establece la obligatoriedad por parte del proveedor de alimentos vía Internet de consignar de manera precisa los componentes del producto objeto de la promoción. (Boletín N°7564-03)
“En concordancia con los lineamientos de nuestra legislación en materia de protección al consumidor, y junto con la siempre necesaria inquietud de los consumidores en orden a conocer la verdadera y fidedigna composición de los bienes y servicios que adquieren, es imperativo que nuestro ordenamiento jurídico vele por la consecución efectiva de estas finalidades, consagrando una eficaz interdicción a los proveedores de los productos que se vendan por medios masivos.
Considerando además, que el acceso a la información por parte de los ciudadanos representa un principio inspirador de nuestro derecho positivo, que evita el abuso y arbitrariedad que envilecen el poder de las personas al adquirir productos sin tener la adecuada información acerca de las características y componentes del bien que se adquiera.
El actual proyecto de ley viene a reforzar principios inconcusos en el ámbito jurídico, sustentados hace más de 150 años por nuestro legislador civil, en lo referente a la venta de cosas que adolecen de defectos o vicios ocultos, otorgándole al comprador la posibilidad de dejar sin efecto el contrato. Dicha situación se produce, evidentemente, en una época en que la información representaba un bien escaso, en donde los consumidores no tenían la posibilidad de un adecuado acceso.
Actualmente, en una sociedad más democrática, ergo más informada, el legislador debe necesariamente promover iniciativas legislativas más agresivas en torno a las protección de los intereses de los consumidores, otorgándole con ello la opción de elegir los productos que consume de una forma más informada, y con ello propender a una mayor regularidad y seguridad en las relaciones jurídicas y sociales.
El progreso tecnológico trae consigo ventajas y desafíos para las sociedades, optimizando un mayor empoderamiento de las personas. En efecto el uso de la red computacional denominada “internet”, ha generado y generará un mundo de posibilidades insospechadas para los ciudadanos, sobre todo a partir del infinito acceso a la información en las más variadas temáticas. Es por lo anterior que, en la actualidad, la promoción y venta de productos a través de internet no se condice con esta importante característica que posee la red computacional, ya que no existe norma alguna que exija a los vendedores la obligación de consignar la consistencia de los productos que venden, ni menos aún, sus ventajas e inconvenientes.
Por lo tanto es necesaria la introducción, por parte del legislador, de una obligación clara y precisa que fije las características y elementos del producto objeto de la venta. En particular de los alimentos vendidos a través de “internet”, ya que la información nutricional tiene por objeto suministrar a los consumidores un perfil adecuado de los nutrientes contenidos en el alimento y que se consideran son de importancia nutricional.
Esta información al consumidor permite contribuir a seleccionar alimentos saludables, dentro de la promoción de estilos de vida y estimula la aplicación de principios nutricionales en la preparación de alimentos, en beneficio de la salud.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Agréguese un nuevo inciso 3° y el actual 3° pasa a ser 4°al artículo 12 A de la ley 19.496 del consumidor, de la siguiente forma:
“Inciso 3°: En la comercialización de alimentos a través de internet, el oferente deberá señalar con precisión los componentes nutricionales que los componen, en un lugar que pueda ser visto claramente por el consumidor.”
Moción de los señores diputados Hasbún , García-Huidobro , Hernández , Macaya , Moreira , Norambuena , Silva , Ward , y de las diputadas señoras Nogueira , doña Claudia y Turres, doña Marisol . Establece la obligatoriedad de inspeccionar el kilometraje de un automóvil en el procedimiento de revisión técnica, sancionando su adulteración. (Boletín N°7565-15)
“Frente al aumento del parque automotriz, el número de relaciones jurídicas referidas a automóviles ha aumentado de una manera exponencial en las últimas 2 décadas. Las normas legales que regulan la compra y venta de vehículos motorizados no establecen grandes requisitos, de manera que las personas pueden realizar sus contratos sin mayores trabas legales.
Sin embargo, no es menos cierto que en variadas oportunidades, algunos vendedores de vehículos usados utilizan nefastas artimañas para obtener ventajas en los precios de los automóviles que venden, situación que genera un evidente perjuicio a los compradores. Es así como se incurre en la práctica de la alteración del kilometraje del móvil que registra el odómetro, lo que genera en el comprador severos perjuicios, ya que en definitiva se paga un precio mayor al correspondiente, debiendo además costear los gastos de los defectos ocultos que adolece el vehículo y que al momento de la venta eran ignorados.
Este proyecto de ley, pretende prevenir, de una manera efectiva, esta eventual práctica alejada de las más esenciales normas éticas y jurídicas, y de esta forma proteger a la parte más débil de esta relación jurídica y económica, esto es, a la eventual víctima de esta verdadera defraudación.
Se establece entonces, una obligación para los encargados de las plantas de revisión técnica de consignar el kilometraje del automóvil señalado en su odómetro, y junto con lo anterior, se sanciona fuertemente la adulteración del mencionado odómetro, para que de esta forma se disminuya al máximo la posibilidad de una situación fraudulenta a la hora de concretar la venta de un vehículo usado.
PROYECTO DE LEY
Artículo uno: Agréguese al inciso 2° del artículo 89 del la ley 18.290 la expresión “y kilometraje”, cambiándose, en consecuencia, la letra “y” por una coma antes de la frase “combustión interna”
Artículo dos: Agréguese un nuevo inciso tercero al artículo 89 de la ley 18.290 indicando: “Si del examen realizado en la revisión técnica correspondiente se detectara la adulteración del kilometraje del vehículo, se considerara una infracción gravísima de conformidad al artículo 199 de esta ley.”
Moción de los señores diputados Sandoval , Barros , Estay , García-Huidobro , Kast , Recondo , Urrutia , Von Mühlenbrock , y de las diputadas señoras Molina , doña Andrea y Zalaquett , doña Mónica . Incorpora a los servicios nacionales de menores y adulto mayor en el desarrollo de las políticas públicas relativas a violencia intrafamiliar. (Boletín N°7566-18).
“Consideramos que la violencia intrafamiliar representa un cáncer en la sociedad chilena que afecta a muchas familias, especialmente a mujeres, ancianos y menores, a lo largo y ancho de nuestro país.
Que, junto con lo anterior entendemos que la problemática de la violencia intrafamiliar tal como está concebido en el artículo que proponemos modificar, no toma en consideración el problema en toda su dimensión. En efecto, la violencia intrafamiliar afecta a todos los miembros de la familia, incluso al ofensor; en base a tal planteamiento, todos los miembros de la familia de una u otra manera deben participar en la creación y propuesta de las políticas públicas que el ejecutivo implementará.
Así las cosas para los hijos, la desgracia de estar dentro de una familia que sufre el flagelo de la violencia intrafamiliar es clara y manifiesta, no sólo para la formación de su personalidad y desarrollo espiritual sino que además lo marca para sus futuras relaciones sociales y sentimentales por el resto de su vida.
Es por esta razón que se hace necesaria que para la implementación de acertadas políticas públicas, participe formulando propuestas el Servicio Nacional de Menores (SENAME), organismo encargado de canalizar las políticas destinadas a la protección y desenvolvimiento de los menores de nuestro país, que además y junto con lo anterior, es también necesaria la implementación de resguardos a nivel de políticas públicas referidos a los adultos mayores, los que a partir de su debilidad física pueden ser potenciales víctimas de violencia física y sicológica.
Que, junto con lo anterior el presente proyecto de ley guarda clara relación con el articulado de esta ley, el cual en su artículo 5 inciso 2 establece que constituyen además actos de violencia intrafamiliar los que “recaigan sobre una persona menor de edad, adulto mayor”
Así las cosas, el presente proyecto de ley tiene como función entender a la violencia intrafamiliar desde un prisma más extenso, para que a la hora de implementar políticas públicas para su morigeración también se tengan presentes las propuestas e ideas orientadas a la protección de los hijos menores como también a adultos mayores; o sea como políticas destinadas a proteger también a la infancia y la vejez.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Agreguéguese una nueva parte final del inciso último del artículo 5 de la ley 20.066 el que reza:
“En estos casos los Servicios Nacionales de Menores y Adulto Mayor podrán asesorar al Presidente de la Republica para la implementación de políticas públicas orientadas a morigerar los efectos perniciosos sufridos por esta personas con ocasión de los actos de violencia intrafamiliar”
29. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 29 de marzo de 2011.
Oficio Nº 5.692
Remite resolución.
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 29 de marzo de 2011 en el proceso Rol Nº 1940-11-CPT, requerimiento de inconstitucionalidad de 15 señores Senadores del proyecto de ley que regula el derecho de voto de los chilenos en el extranjero. Mensaje 479-358. (boletín Nº 7358-07).
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO MELERO ABAROA
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
VALPARAÍSO.”