Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- PROSECRETARIO DE LA SESIÓN
- Patricio Melero Abaroa
- Pedro Araya Guerrero
- Mario Bertolino Rendic
- PROSECRETARIO DE LA SESIÓN
- XI. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- PERMISO
- Felipe Harboe Bascunan
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Patricio Vallespin Lopez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Edmundo Eluchans Urenda
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Leopoldo Perez Lahsen
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Marisol Turres Figueroa
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Joel Rosales Guzman
- PERMISO
- DEBATE
- XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Javier Ignacio Macaya Danus
- PETICIÓN DE OFICIO : Matias Walker Prieto
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Ascencio Mansilla
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Roberto Delmastro Naso
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristian Monckeberg Bruner
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristian Monckeberg Bruner
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristian Monckeberg Bruner
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Arturo Squella Ovalle
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Ascencio Mansilla
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcela Constanza Sabat Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Mario Bertolino Rendic
- PETICIÓN DE OFICIO : Mario Bertolino Rendic
- PETICIÓN DE OFICIO : Karla Rubilar Barahona
- PETICIÓN DE OFICIO : Carolina Goic Boroevic
- PETICIÓN DE OFICIO : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristina Girardi Lavin
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristina Girardi Lavin
- PETICIÓN DE OFICIO : Rosauro Martinez Labbe
- PETICIÓN DE OFICIO : Rosauro Martinez Labbe
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristian Monckeberg Bruner
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristian Monckeberg Bruner
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Silber Romo
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Silber Romo
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Silber Romo
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Pablo Letelier Morel
- Matias Walker Prieto
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- Carlos Anibal Larrain Pena
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
-
REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS.
- DEBATE
- DESARCHIVO DE PROYECTO.
- INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA
- INTEGRACIÓN
- Cristian Letelier Aguilar
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Karla Rubilar Barahona
- INTEGRACIÓN
-
REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS.
- V. HOMENAJE
- HOMENAJE A EX DIPUTADA SEÑORA MARÍA MALUENDA CAMPOS.
- ANTECEDENTE
- HOMENAJE : Ximena Vidal Lazaro
- HOMENAJE : Carlos Montes Cisternas
- HOMENAJE : Karla Rubilar Barahona
- HOMENAJE : Sergio Ojeda Uribe
- HOMENAJE : Fernando Meza Moncada
- HOMENAJE : Pedro Antonio Velasquez Seguel
- HOMENAJE : Guillermo Leon Teillier Del Valle
- HOMENAJE A EX DIPUTADA SEÑORA MARÍA MALUENDA CAMPOS.
- V. ORDEN DEL DÍA
- ESTANDARIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL PROCESO DE SOLICITUD DE MARCAS Y PATENTES. Modificación de la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Frank Carlos Sauerbaum Munoz
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY N° 19.496, SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Manuel Edwards Silva
- INTERVENCIÓN : Rene Fernando Saffirio Espinoza
- INTERVENCIÓN : Ramon Farias Ponce
- INTERVENCIÓN : Cristian Letelier Aguilar
- INTERVENCIÓN : Lautaro Carmona Soto
- DEBATE
- RESTABLECIMIENTO DEL EJERCICIO DEL DERECHO A RETRACTO DE LOS CONSUMIDORES ANTE CONTRATOS U OFERTAS A DISTANCIA. Modificación de la ley N° 19.496. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Cristina Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Carolina Goic Boroevic
- DEBATE
- INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN, CONSTITUIDA EN INVESTIGADORA DE ACTUACIONES RELACIONADAS CON ACUERDO N° 113, DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2010, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : German Verdugo Soto
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- DEBATE
- ESTANDARIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL PROCESO DE SOLICITUD DE MARCAS Y PATENTES. Modificación de la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial. Primer trámite constitucional.
- VII. PROYECTOS DE ACUERDO
- CALIFICACIÓN DE AEROPUERTO CARRIEL SUR DE TALCAHUANO COMO AEROPUERTO INTERNACIONAL Y LICITACIÓN PÚBLICA PARA SU AMPLIACIÓN. (Votación).
- DEBATE
- PERFECCIONAMIENTO DE NORMAS SOBRE REGULACIÓN DE ACTIVIDAD ASEGURADORA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Rosauro Martinez Labbe
- Mario Bertolino Rendic
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Roberto Leon Ramirez
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Enrique Jaramillo Becker
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Leopoldo Perez Lahsen
- Marcela Constanza Sabat Fernandez
- Gabriel Silber Romo
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- CREACIÓN DE COMITÉ EVALUADOR DE PROYECTOS CULTURALES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marcos Espinosa Monardes
- Gaspar Alberto Rivas Sanchez
- Maria Jose Hoffmann Opazo
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Ramon Farias Ponce
- Ximena Vidal Lazaro
- Marcelo Schilling Rodriguez
- Claudia Nogueira Fernandez
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Marcos Espinosa Monardes
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- SUPRESIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A LAS JUNTAS DE VECINOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marcos Espinosa Monardes
- Fernando Meza Moncada
- Alberto Robles Pantoja
- Jose Perez Arriagada
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Marcelo Schilling Rodriguez
- Guillermo Leon Teillier Del Valle
- Sergio Ojeda Uribe
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- INTERVENCIÓN : Jose Ramon Barros Montero
- ANTECEDENTE
- CALIFICACIÓN DE AEROPUERTO CARRIEL SUR DE TALCAHUANO COMO AEROPUERTO INTERNACIONAL Y LICITACIÓN PÚBLICA PARA SU AMPLIACIÓN. (Votación).
- VIII. INCIDENTES
- FISCALIZACIÓN A PISCICULTORAS EN LOCALIDAD DE CARHUELLO, COMUNA DE PUCÓN. Oficios.
- ADHESION
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Cristian Campos Jara
- Marcos Espinosa Monardes
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Ramon Farias Ponce
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Juan Carlos Latorre Carmona
- ADHESION
- MEDIDAS POR COBROS ABUSIVOS DE EMPRESAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y DE AGUA POTABLE. Oficios.
- ADHESION
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Cristian Campos Jara
- Marcos Espinosa Monardes
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Ramon Farias Ponce
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Juan Carlos Latorre Carmona
- ADHESION
- ELIMINACIÓN DE IMPUESTO ESPECÍFICO A LOS COMBUSTIBLES. Oficios.
- ADHESION
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Cristian Campos Jara
- Marcos Espinosa Monardes
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Ramon Farias Ponce
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Juan Carlos Latorre Carmona
- ADHESION
- IMPUESTO A EMPRESAS FORESTALES PARA REPARACIÓN DE CAMINOS EN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA. Oficios.
- ADHESION
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Cristian Campos Jara
- Marcos Espinosa Monardes
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Ramon Farias Ponce
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Juan Carlos Latorre Carmona
- ADHESION
- ALCANCES SOBRE OFICIO DE RESPUESTA DEL SENADO EN RELACIÓN CON FACULTAD FISCALIZADORA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.
- FACILIDADES PARA REALIZACIÓN DE “LOS SALTOS DEL PETROHUÉ NOS PERTENECEN A TODOS LOS CHILENOS”. Oficios.
- ADHESION
- Cristian Campos Jara
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Marcelo Diaz Diaz
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE CONCESIONES A SALMONICULTORES EN PROVINCIAS DE LLANQUIHUE, CHILOÉ Y PALENA. Oficio.
- ADHESION
- Cristian Campos Jara
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Marcelo Diaz Diaz
- ADHESION
-
INVESTIGACIÓN SOBRE PRESUNTO USO DE RECURSOS FISCALES PARA REALIZACIÓN DE ACTIVIDAD POLÍTICA EN LA SERENA. Oficio.
- ADHESION
- Cristian Campos Jara
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- ADHESION
- RESPUESTA A EXPRESIONES DE DIPUTADO FIDEL ESPINOZA EN DEFENSA DE ALCALDE DE PUERTO OCTAY. Oficios.
-
REGULARIZACIÓN DE PROPIEDAD EN FAVOR DE POBLADOR DE COMUNA DE O´HIGGINS. Oficios.
- ADHESION
- Enrique Van Rysselberghe Herrera
- ADHESION
- CONSTRUCCIÓN DE PASO VEHICULAR EN CHIGUAYANTE. Oficios.
- INVESTIGACIÓN SOBRE ORIGEN DE LLAMARADAS EN REFINERÍA BIOBÍO DE ENAP. Oficios.
- ADHESION
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- ADHESION
- FISCALIZACIÓN A PISCICULTORAS EN LOCALIDAD DE CARHUELLO, COMUNA DE PUCÓN. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- REGULARIZACIÓN DE TÍTULOS DE DOMINO Y CONSTRUCCIÓN DE CALETERA A FAVOR DE VECINOS DE PUERTO VIEJO, REGIÓN DE ATACAMA. Oficios.
- AYUDA A PESCADORES ARTESANALES DE LA HIGUERA, REGIÓN DE COQUIMBO.
- PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN ADMINISTRACIÓN DE CEMENTERIO DE EL TAMBO, COMUNA DE VICUÑA. Oficios
- INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN AMBIENTAL DE ANDACOLLO. Oficios.
- PREOCUPACIÓN POR EVENTUAL CONSTRUCCIÓN DE PISCICULTURA EN COMUNA DE MAULE. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE PROYECTO “CENTRO DE VALORIZACIÓN DE MATERIALES RECICLABLES LOS RÍOS”. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN CONTRACTUAL DE FUNCIONARIOS DE CENTRO DE SALUD MENTAL DE CONSULTORIO LAS ÁNIMAS, DE VALDIVIA. Oficios.
- PREOCUPACIÓN POR DEMORA EN RESOLUCIÓN SOBRE DECLARACIÓN DE INVALIDEZ DE DON RAÚL MONSALVE NÚÑEZ. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- X. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- 15. Informe de la participación del diputado señor Rosauro Martínez en las Reuniones Extraordinarias de las Comisiones de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias y de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado, ambas del Parlamento Latinoamericano, realizadas entre los días 20 y 22 de julio, en Ciudad de Panamá (Panamá).
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Rosauro Martinez Labbe
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- 16. Informe sobre la participación de los diputados señores Sandoval ; Sabag ; Campos ; Monckeberg, don Nicolás y Urrutia , en la 8ª Asamblea Plenaria de FIPA-ParlAmericas, celebrada entre los días 8 y 10 de septiembre de 2011, en Asunción ( Paraguay )
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Cristian Campos Jara
- David Sandoval Plaza
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Ignacio Urrutia Bonilla
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Osvaldo Raul Andrade Lara
- Alfonso De Urresti Longton
- Marcelo Diaz Diaz
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Luis Segundo Lemus Aracena
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Adriana Munoz D'albora
- Denise Pascal Allende
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Sergio Aguilo Melo
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Carlos Montes Cisternas
- Gabriel Silber Romo
- Patricio Vallespin Lopez
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- Matias Walker Prieto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gustavo Hasbun Selume
- Eugenio Bauer Jouanne
- Romilio Gutierrez Pino
- Javier Hernandez Hernandez
- Carlos Recondo Lavanderos
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Felipe Ward Edwards
- Maria Jose Hoffmann Opazo
- Andrea Molina Oliva
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Celso Rene Morales Munoz
- Giovanni Oscar Calderon Bassi
- Enrique Estay Penaloza
- Gustavo Hasbun Selume
- Issa Farid Kort Garriga
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Ivan Norambuena Farias
- Manuel Rojas Molina
- Joel Rosales Guzman
- David Sandoval Plaza
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gustavo Hasbun Selume
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Gonzalo Arenas Hodar
- Romilio Gutierrez Pino
- Javier Hernandez Hernandez
- Issa Farid Kort Garriga
- Celso Rene Morales Munoz
- David Sandoval Plaza
- Enrique Van Rysselberghe Herrera
- Maria Angelica Cristi Marfil
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Giovanni Oscar Calderon Bassi
- Romilio Gutierrez Pino
- Gustavo Hasbun Selume
- Issa Farid Kort Garriga
- Cristian Letelier Aguilar
- Celso Rene Morales Munoz
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 15. Informe de la participación del diputado señor Rosauro Martínez en las Reuniones Extraordinarias de las Comisiones de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias y de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado, ambas del Parlamento Latinoamericano, realizadas entre los días 20 y 22 de julio, en Ciudad de Panamá (Panamá).
- PORTADA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 359ª
Sesión 85ª, en martes 27 septiembre de 2011
(Ordinaria, de 11.07 a 14.48 horas)
Presidencia de los señores Melero Abaroa, don Patricio, Araya Guerrero, don Pedro, y Bertolino Rendic, don Mario.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario accidental , el señor Landeros Perkic, don Miguel.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- HOMENAJE
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- PROYECTOS DE ACUERDO
VIII.- INCIDENTES
IX.- ANEXO DE SESIÓN
X.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XII.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 22
II. Apertura de la sesión 25
III. Actas 25
IV. Cuenta 25
- Remisión de proyecto a Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas 25
- Desarchivo de proyecto 26
- Integración de Comisión Mixta 27
V. Homenaje.
- Homenaje a ex diputada señora María Maluenda Campos 27
VI. Orden del Día.
- Estandarización y mejoramiento del proceso de solicitud de marcas y patentes. Modificación de la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial. Primer trámite constitucional 40
- Modificación del plazo de prescripción contenido en el artículo 26 de la ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores. Primer trámite constitucional 45
- Restablecimiento del ejercicio del derecho a retracto de los consumidores ante contratos u ofertas a distancia. Modificación de la ley N° 19.496. Primer trámite constitucional 51
- Informe de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, constituida en investigadora de actuaciones relacionadas con acuerdo N° 113, de 11 de noviembre de 2010, del Ministerio de Educación y del Consejo Nacional de Educación 55
VII. Proyectos de acuerdo.
- Calificación de Aeropuerto Carriel Sur de Talcahuano como aeropuerto internacional y licitación pública para su ampliación. (Votación) 63
- Perfeccionamiento de normas sobre regulación de actividad aseguradora 64
- Creación de Comité Evaluador de Proyectos Culturales 65
- Supresión del Impuesto al Valor Agregado a las juntas de vecinos 66
VIII. Incidentes.
- Fiscalización a piscicultoras en localidad de Carhuello, comuna de Pucón. Oficios 68
- Medidas por cobros abusivos de empresas de energía eléctrica y de agua potable. Oficios 68
Pág.
- Eliminación de impuesto específico a los combustibles. Oficios 69
- Impuesto a empresas forestales para reparación de caminos en Región de La Araucanía. Oficios 69
- Alcances sobre oficio de respuesta del Senado en relación con facultad fiscalizadora de la Cámara de Diputados 69
- Facilidades para realización de campaña “Los Saltos del Petrohué nos pertenecen a todos los chilenos”. Oficios 71
- Información sobre concesiones a salmonicultores en provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena. Oficio 71
- Investigación sobre presunto uso de recursos fiscales para realización de actividad política en La Serena. Oficio 72
- Respuesta a expresiones de diputado Fidel Espinoza en defensa de alcalde de Puerto Octay. Oficios 73
- Regularización de propiedad en favor de poblador de comuna de O´Higgins. Oficios 74
- Construcción de paso vehicular en Chiguayante. Oficios 75
- Investigación sobre origen de llamaradas en refinería Biobío de ENAP. Oficios 76
IX. Anexo de sesión.
Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes 78
- Regularización de títulos de domino y construcción de caletera a favor de vecinos de Puerto Viejo, Región de Atacama. Oficios 78
- Ayuda a pescadores artesanales de La Higuera, Región de Coquimbo 79
- Presuntas irregularidades en administración de cementerio de de El Tambo, comuna de Vicuña. Oficios 79
- Información sobre estado de avance de plan de descontaminación ambiental de Andacollo. Oficios 80
- Preocupación por eventual construcción de piscicultura en comuna de Maule. Oficios 80
- Información sobre proyecto “Centro de Valorización de Materiales Reciclables Los Ríos”. Oficios 81
- Información sobre situación contractual de funcionarios del centro de salud mental de consultorio Las Ánimas, de Valdivia. Oficios 82
- Preocupación por demora en resolución sobre declaración de invalidez de don Raúl Monsalve Núñez. Oficios 82
X. Documentos de la Cuenta.
- Mensajes de S.E. el Presidente de la República por los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:
1. el que “Modifica el artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.501”. (boletín N° 7948-04) 84
Pág.
2. el que “Regula en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, el valor del gas natural, los valores agregados de distribución del gas, crea los subsidios que indica y establece medidas ante una contingencia de gas”. (boletín N° 7945-08) 85
3. el que “Modifica la Ley N° 20.256, que establece normas sobre pesca recreativa, respecto del valor de las licencias y otras materias.”. (boletín N° 7946-21) 103
4. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual formula indicación al proyecto que “Perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública”. (boletín N° 7822-05) 112
5. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual hace presente la urgencia “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que “Modifica el artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.501”. (boletín N° 7948-04) 116
6. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “Regula en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, el valor del gas natural, los valores agregados de distribución del gas, crea los subsidios que indica y establece medidas ante una contingencia de gas”. (boletín N° 7945-08) 117
7. Oficio de S.E. el Presidente de la República por los cuales hace presente la urgencia “suma”, para el despacho de los siguientes proyectos:
- el que aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos sobre Servicios Aéreos”. (boletín N° 7884-10), y
- el que aprueba el “Acuerdo en materia de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado de Kuwait y su Anexo”. (boletín N° 7885-10) 118
8. Oficio de S.E. el Presidente de la República por los cuales hace presente la urgencia “suma”, para el despacho de los siguientes proyectos:
- el que “Regula la certificación de los artefactos para combustibles de leña y otros productos dendroenergéticos.”. (boletín N° 7141-08);
- el que “Crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia.”. (boletín N° 7408-07);
- sobre “Indulto general.”. (boletín N° 7533-07) (S);
- el que “Modifica el régimen de libertad condicional y establece, en caso de multa, la pena alternativa de trabajos comunitarios.”. (boletín N° 7534-07) (S);
- el que “Establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil.”. (boletín N° 7550-06);
- el que “Aprueba el acuerdo de Libre Comercio entre la República de Chile y Malasia” suscrito en Yokohama, el 13 de noviembre de 2010. (boletín N° 7830-10);
- sobre “Derecho a defensa de los imputados.”. (boletín N° 7854-07) (S);
- el que “Establece el Sistema de Elecciones Primarias para la nominación de candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes.”. (boletín N° 7911-06);
Pág.
- el que “Modifica ley N° 19.039, de Propiedad Industrial, para estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de marcas y patentes.”. (boletín N° 7862-03);
- el que “Regula el tratamiento de la información sobre obligaciones de carácter financiero o crediticio.”. (boletín N° 7886-03);
- el que “Modifica el Código Penal con el objeto de establecer el ocultamiento como una circunstancia agravante.”. (boletín N° 7903-07), y
- el que “Crea la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, fortalece el rol de la Superintendencia de Seguridad Social y actualiza sus atribuciones y funciones.”. (boletín N° 7829-13) 118
9. Oficio de S.E. el Presidente de la República por los cuales hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
- el que “Modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las concesiones de acuicultura.”. (boletín N° 7910-21), y
- el que “Hace exigible el uso de chalecos reflectantes como medida de seguridad para los automovilistas.”. (boletín N° 7175-15) 119
10. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha rechazado las enmiendas al proyecto, iniciado en mensaje, “Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas”. (boletín N° 6811-11) (S) 120
11. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en moción que “Prohíbe a empresas que otorgan créditos exigir seguro de cesantía a jubilados.”. (boletín N° 6980-03) (S) 120
12. Primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, sobre “Indulto general.”. (boletín N° 7533-07) 121
13. Primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto, iniciado en moción que “Elimina el estado civil de separado judicialmente.”. (boletín N° 7870-07) 150
14. Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, que “Regula instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones.”. (boletín N° 4991-15) 154
15. Informe de la participación del diputado señor Rosauro Martínez en las Reuniones Extraordinarias de las Comisiones de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias y de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado, ambas del Parlamento Latinoamericano, realizadas entre los días 20 y 22 de julio, en Ciudad de Panamá (Panamá) 159
16. Informe sobre la participación de los diputados señores Sandoval; Sabag; Campos; Monckeberg, don Nicolás y Urrutia, en la 8ª Asamblea Plenaria de FIPA - ParlAmericas, celebrada entre los días 8 y 10 de septiembre de 2011, en Asunción (Paraguay) 164
Pág.
17. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Castro, Andrade, De Urresti; Díaz, don Marcelo; Espinoza, don Fidel; Jiménez, Lemus y Núñez, y de las señoras diputadas Muñoz, doña Adriana y Pascal, doña Denise, que “Modifica la ley de Isapres, prohibiendo el alza unilateral en los contratos de Salud”. (boletín N° 7938-11) 175
18. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Ascencio, Aguiló, Campos, Carmona; Espinoza, don Fidel; Montes, Silber, Vallespín, Vargas y Walker, que “Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura”. (boletín N° 7939-21) 177
19. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Hasbún, Bauer; Gutiérrez, don Romilio; Hernández, Recondo, Ulloa y Ward y de las diputadas señoras Hoffmann, doña María José; Molina, doña Andrea y Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos del Consumidor incorporando en el artículo 3° una nueva letra g), prohibiendo a los establecimientos de educación seleccionar a sus alumnos a partir de los antecedentes comerciales de sus padres”. (boletín N° 7940-03) 178
20. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Morales, Calderón, Estay, Hasbún, Kort, Macaya, Norambuena, Rojas; Rosales y Sandoval, que “Obliga a gimnasios y centros deportivos a indicar los efectos y personas aptas para realizar las sesiones de entrenamientos impartidas por dichas instituciones”. (boletín N° 7941-03) 179
21. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Hasbún, Álvarez-Salamanca, Arenas; Gutiérrez, don Romilio; Hernández, Kort; Morales, Sandoval y Van Rysselberghe, y de la diputada señora Cristi, doña María Angélica, que “Obliga a las empresas de casinos a indicar los riesgos que implica la práctica compulsiva de juegos y apuestas en los jugadores”. (boletín N° 7942-23) 180
22. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Álvarez-Salamanca, Calderón; Gutiérrez, don Romilio; Hasbún, Kort, Letelier, Morales y Ulloa, y de las diputadas señoras Cristi, doña María Angélica y Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica el artículo 20 de la ley N° 19.620 sobre Adopción de Menores, estableciendo que “podrán adoptar aquellos cónyuges que hayan contraído el vínculo matrimonial según el artículo 102 del Código Civil”. (boletín N° 7943-18) 182
23. Oficio de la Excma. Corte Suprema por el cual remite respuesta al Oficio 9676, de 30 de agosto (Crea el Tribunal Ambiental). (boletín 6747-12) (S) 184
- Oficios del Tribunal Constitucional mediante los cuales remite copia autorizada de las sentencias de control de constitucionalidad referidas a los siguientes proyectos:
24. el “Relativo al procedimiento aplicable para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores”. (boletín 7256-03) (S). Rol 2074-11-CPR. (6656) 185
Pág.
25. el que “Crea el Ministerio de Desarrollo Social.”. (boletín 7196-06(S). Rol 2061-11-CPR. (6659) 186
XI. Otros documentos de la Cuenta.
1. Petición
- De 48 señores diputados quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, N° 1, letra c) de la Constitución Política de la República y el artículo 297 del Reglamento de la Corporación, solicitan la creación de una Comisión Especial Investigadora encargada de “Investigar todos los hechos que rodean la tragedia aérea ocurrida el día 2 de septiembre del 2011, en el Archipiélago Juan Fernández, en que desaparece en las inmediaciones del Aeródromo de la Isla, el avión Casa 212 de la Fuerza Aérea de Chile, con 21 personas a bordo, de las cuales 7 aún se encuentran desaparecidas. Asimismo determinar la intervención que le ha cabido a los organismos de la Fuerza Aérea de Chile y públicos encargados de fiscalizar los vuelos que realizan los aviones de la Fuerza Aérea en la zona, en la planificación, autorización y realización del vuelo y especialmente las causas del accidente del avión que provocó la muerte de 21 personas. Para el cumplimiento del propósito la referida Comisión Especial deberá rendir su informe en un plazo no superior a 120 días y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional”.
2 Oficios
- De la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, por el cual solicita que el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica el Código Penal con el objeto de establecer el ocultamiento como una circunstancia agravante”, (boletín N° 7903-07, pase primero a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas y luego de informado, vuelva a ésta.
- De la Comisión de Régimen Interno mediante el cual informa que el Seminario de Alto Nivel de la OCDE, que se realizaría el día 6 de octubre en París, Francia, en el cual participarían el Presidente de la Corporación y los diputados señores Carlos Recondo, Juan Luis Castro y Pablo Lorenzini, se ha pospuesto para el día lunes 10 de octubre, por lo que acordó que solo el Diputado señor Lorenzini participe (290). Se tomó conocimiento.
- De la Comisión de Régimen Interno mediante el cual informa que a la Convocatoria al XXXIX Período Ordinario de Sesiones del Parlamento Andino , a efectuarse en Bogotá, Colombia, entre los días 26 y 28 de septiembre, asistirán los diputados señores Gabriel Ascencio, Tucapel Jiménez y Joel Rosales (291) Se tomó conocimiento.
3. Notas
- Nota del diputado señor Montes, don Carlos, por la cual solicita el desarchivo del proyecto que “Declara el día 19 de septiembre como feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores de centros comerciales.”. (boletín N° 4445-06.
- Nota del diputado señor Harboe, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 15 de septiembre próximo pasado, para dirigirse a Madrid - España. Se tomó conocimiento.
- Nota del diputado señor Vallespín, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de septiembre próximo pasado, para dirigirse a Colombia. Se tomó conocimiento.
- Nota del diputado señor Eluchans, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 16 de septiembre próximo pasado, para dirigirse a Estados Unidos. Se tomó conocimiento.
- Nota del diputado señor Pérez, don Leopoldo, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 20 de septiembre próximo pasado, para dirigirse a Aruba. Se tomó conocimiento.
- Nota de la diputada señora Turres, doña Marisol, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 23 de septiembre próximo pasado, para dirigirse a Estados Unidos. Se tomó conocimiento.
- Nota del diputado señor Gutiérrez, don Hugo, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 25 de septiembre próximo pasado, para dirigirse a La Paz, Bolivia. Se tomó conocimiento.
- Nota del diputado señor Rosales, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 26 de septiembre próximo pasado, para dirigirse a Colombia. Se tomó conocimiento.
Respuestas a oficios.
Contraloría General de la República:
- Diputado Espinoza don Fidel, Remite nuevos antecedentes relacionados a la denuncia que formuló en enero pasado, relativa al Plan de Desarrollo Comunal de Puyehue, y que se instruya una investigación acerca del medio por el cual fue ingresado a la Municipalidad de Puyehue dicho instrumento, y de la fecha y horario en que ello habría ocurrido, e informe a esa Corporación (56927 al 2507).
- Diputado García don René Manuel, Solicita instruir una investigación, remitiendo sus conclusiones a esta Corporación, sobre eventuales irregularidades ocurridas con motivo de la Feria Expomundo Rural de Villarrica, realizada por el Instituto de Desarrollo Agropecuario, entre los días 3 y 6 de febrero del año en curso. (59047 al 2816).
Ministerio de Interior:
- Diputado Sandoval, Reconsiderar proyecto “Club de Diabéticos del Sol” de la comuna de Chile Chico, Región de Aysén. (19425 al 2350).
- Proyecto de Acuerdo 214, Recursos para búsqueda de desaparecidos de isla Orrego, en Constitución, luego del maremoto del 27 de febrero de 2010 (19820).
Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Proyecto de Acuerdo 381, “Exención de visa entre Chile y Taiwán.” (1).
- Proyecto de Acuerdo 396, “Cese de violencia contra población civil en Siria.” (12467).
Ministerio de Educación:
- Diputado García don René Manuel, Criterios y fundamentos considerados para otorgar a la Universidad de Santiago de Chile, USACH, la capacitación del Programa de Educación Intercultural Bilingüe 2011; y, los motivos de la exclusión del Consejo de Educación Mapuche Azeluwan. (1 al 3770).
- Diputado Velásquez, Solicita se informe sobre la actuación del señor rector de la Universidad del Mar, sede La Serena, en el contrato de arrendamiento del inmueble donde funciona dicha casa de estudios (3174 al 3622).
- Diputado Gutiérrez don Romilio, Solicita informe sobre los requisitos que debe cumplir una determinada persona para acceder al beneficio del bono de reconocimiento post laboral, si se han producido inconvenientes en su aplicación práctica, y si se han recibido reclamos de beneficiarios (452 al 2860).
- Diputado Marinovic, Solicita informar respecto de los montos, desglosados por comunas, que se destinarán, durante el presente año, al subsidio del transporte escolar en la Región de Magallanes y Antártica Chilena. (453 al 4282).
Ministerio de Justicia:
- Diputado Carmona, Posibilidad de flexibilizar los mecanismos administrativos referidos a los traslados y ermutas y considerar la posibilidad de acoger la solicitud de transferencia a la ciudad de Arica formulada por el Teniente 1°, señor Luis Alfonso Velásquez Méndez y el Cabo 2°, señor Cesar Danilo Echeverría (6462 al 1499).
- Proyecto de Acuerdo 256, Otorgamiento de gratificación a egresados de derecho al realizar la práctica profesional. (6523).
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Gutiérrez don Romilio, Solicita informar acerca de los caminos rurales de la Provincia de Linares que se encuentren en mal estado, y sobre la política de mejoramiento de dichos vías; sin perjuicio de, si lo tiene a bien, disponer la realización de obras de reparación del camino L-233, en el sector de la Posada, en dicha provincia. (2139 al 3400).
- Diputado Álvarez-Salamanca, Solicita informe acerca de la situación que afecta a un grupo importante de habitantes de las localidades de Alto Pangue, Maitenhuapi y Huilliborgoa, de la comuna de San Rafael, por los efectos del tránsito en la zona de un número importante de camiones que se dirigen al vertedero ubicado en sus inmediaciones (2140 al 2557).
- Diputado Pérez don José, Solicita ejecutar proyectos de asfaltado de 2 caminos (rutas Q-35 y Q-115) en la provincia del Biobío, dada su alta rentabilidad social. (2142 al 1207).
- Diputado Ascencio, Solicita informar acerca de la situación del proyecto de pavimentación de la Ruta 7, que une Puelche y Hornopirén, en la comuna de Hualaihué, Provincia de Palena , Región de Los Lagos. (2142 al 2949).
- Diputado Ascencio, Solicita se informe sobre la fiscalización ejercida a la empresa encargada del mantenimiento del camino que empalma la ruta 5 con la localidad de Pureo, en la comuna de Queilen, provincia de Chiloé (2144 al 3109).
- Diputado Martínez, Solicita disponer la realización de los estudios necesarios, tendentes a determinar las alternativas de financiamiento para la construcción del embalse la Punilla, en la provincia de Ñuble. (2145 al 1354).
- Diputado Delmastro, Solicita informe sobre la factibilidad de construir un nuevo viaducto para la ciudad de San José de la Mariquina, y otras materias (2147 al 3326).
- Diputado Vallespín, Estado de avance del proyecto de construcción de una dársena en el puerto pesquero de Maullín, existencia de un diseño definitivo, costo y plazo para iniciar su ejecución (2148 al 3376).
- Diputada Pascal doña Denise, Remite copia de su intervención, relativa al destino de las aguas tratadas por las empresas sanitarias (2149 al 1457).
- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Solicita informe acerca de los sesenta puntos críticos, en materia de defensas fluviales, que presenta la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, y qué inversiones se realizarán en ellos (2150 al 3094).
- Diputado Monckeberg don Nicolás, Solicita informe sobre diversos aspectos relacionados con la licitación, y posterior adjudicación, para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada “Sistema Oriente Poniente” (2153 al 3067).
- Diputado Díaz don Marcelo, Solicita se adopten las medidas necesarias y, si fuere del caso, las sanciones contempladas por el Código de Aguas, frente al vertimiento periódico de grandes volúmenes de líquido desde distintos canales en varias arterias de la ciudad de Vicuña, región de Coquimbo, pese a la grave sequía que afecta a la zona (2155 al 1114).
- Diputado De Urresti, Solicita reiterar el oficio de esta Corporación, número 2667, de 17 de marzo del año en curso, en que solicita al señor Director Nacional de Obras Portuarias , a través del señor Ministro de Obras Públicas , informar sobre el proceso de habilitación de los muelles de la Isla del Rey, en la comuna de Corral, Región de Los Ríos; y, en esta oportunidad, además, respecto del proyecto de reposición del muelle del sector “La Posta”; y, asimismo, acerca de los estudios para la instalación de defensas fluviales en dicha zona. (2156 al 3246).
- Diputado Pérez don José, Solicita informe respecto de la responsabilidad de mantener en condiciones de seguridad los cercos ubicados a los costados de las carreteras (2157 al 3384).
- Diputado Urrutia, Solicita dispongan los recursos necesarios para el encauzamiento del Río Longaví, en el sector “La Lancha”, en la provincia de Linares. (2159 al 1353).
- Diputado Jarpa, Solicita una investigación a la Empresa de Servicios Sanitarios del Bío-Bío, sobre el corte del suministro de agua potable que afectó a alrededor del cuarenta por ciento de la población urbana de Chillán el 28 de febrero próximo pasado, y adopte las medidas del caso tendientes a compensar al colectivo afectado (2160 al 2509).
- Diputado Rincón , Solicita remitir una relación detallada de los caminos con antecedentes suficientes para ser declarados públicos, en la Región del Libertador Bernardo O'Higgins. (2161 al 2147).
- Diputado De Urresti, Solicita se informe sobre la etapa en que se encuentra el proyecto de asfaltado del camino que une el sector de Malalhue, en la comuna de Lanco, con las localidades de Quemchue, Antilhue y Chosdoy; como, asimismo, si está considerado incluir en el programa de asfaltos básicos la ruta que une Lanco y Panguipulli con Puquiñe y Lumaco; indicando finalmente, y en tanto la aludida obra se materialice, si está planificado efectuar mejoras en dicho camino, especialmente en los puentes y en la faja, que actualmente es muy estrecha (2162 al 3266).
- Diputado Sabag, Solicita medidas conducentes a la pronta construcción del Embalse Lonquén, comuna de Ninhue, obra de riego de vital importancia para el desarrollo socioeconómico de sus habitantes y del de otros agricultores del secano costero de la Provincia Ñuble (2163 al 2748).
- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Solicita considerar el rediseño del proyecto de la denominada “Carretera de la fruta”, en su paso por el sector del Valle de Quilicura (2164 al 3319).
- Diputado Pérez don José, Solicita mejorar las condiciones actuales de las cuestas Pelan y Zeta, del camino a Ralco, comuna de Alto Biobío (2166 al 739).
- Diputado Marinovic, Copia de su petición, en que solicita a la señora Subsecretaria de Turismo , realizar gestiones para la promoción turística de la Región de Magallanes y Antártica Chilena. (2167 al 1796).
- Diputado Lemus, Solicita informe sobre el estado actual del Cuarto Convenio de Programación, celebrado en 2008, con el objeto de la mantención y construcción de carreteras de la Región de Coquimbo (2168 al 2917).
- Diputado Núñez, Manifiesta su opinión negativa respecto del proyecto de traslado de la actual plaza de peaje del Cristo Redentor al sector de Guardia Vieja , y solicita reevaluar dicha decisión (2169 al 3238).
Ministerio de Bienes Nacionales:
- Diputado Accorsi, Informe a esta Cámara sobre el proyecto denominado “Proyecto Mina Invierno”, que se desarrollará en la ciudad de Punta Arenas; y, acerca de la efectividad de que no habría cumplido con la normativa que protege los sitios históricos. (625 al 4062).
- Diputado Sabag, Solicita informe sobre la factibilidad de construir en el borde costero del sector de Perales, comuna de Coelemu (627 al 2424).
Ministerio de Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Robles, Solicita informar sobre la correcta interpretación y aplicación de las normas laborales sobre feriado legal e indemnización por años de servicios; y, sobre las razones por las que la Dirección del Trabajo no ha emitido un pronunciamiento sobre estas materias solicitado, el día 14 de octubre de 2010, por dirigentes del Sindicato de Trabajadores N° 5 de la Compañía Minera del Pacífico. (3545 al 3338).
Ministerio de Salud:
- Diputado Chahín, Copia de su intervención en que solicita informar sobre la factibilidad de construir una unidad médico-forense en el Hospital de Victoria, incluido un laboratorio básico, que permita la realización de autopsias forenses y clínicas. (2889 al 1991).
- Diputado Sandoval, Solicita disponer se estudie la factibilidad de incorporar a la planta de la Posta de Mallín Grande, en la comuna de Chile Chico, al paramédico señor Víctor Oyarzo Paredes, considerando que ha prestado servicios, a contrata, en dicho recinto asistencial por 24 años. (2890 al 2027).
- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Solicita disponer se complete la dotación de médicos en el Hospital de Peumo, con la incorporación de un sexto facultativo, que contribuya a satisfacer las urgentes necesidades de salud de los habitantes de la zona. (2950 al 1784).
- Diputado Meza, Solicita informar acerca de la forma y oportunidad en que se resolverá el problema de las “listas de espera” en el sistema de salud pública. (2997 al 2702).
- Diputado Accorsi, Solicita remitir información relacionada con el número de camas para atención hospitalaria disponibles en el país. (2999 al 3511).
- Diputado De Urresti, Solicita informar sobre las medidas que el Ministerio de Salud adoptará para eliminar o reducir las listas de espera “no AUGE” en los establecimientos de salud de la Región de Los Ríos, en especial, en el Hospital Clínico Regional de Valdivia; y, asimismo, acerca del porcentaje de pacientes en listas de espera, prolongada y excesivamente prolongada, durante los años 2009 y 2010, y primer trimestre del año 2011, en consultas de especialidades, intervenciones y procedimientos. (3001 al 2901).
- Diputado Díaz don Marcelo, Posibilidad de reponer, a la brevedad, el servicio de buses de acercamiento de pacientes a los centros de salud de la comuna de Vicuña. (3002 al 3506).
- Diputado Accorsi, Grado de ejecución del presupuesto vigente al mes de junio del presente año, expresado en porcentajes, y cuáles son las expectativas que su Ministerio tiene hasta el fin del mismo en relación con esta herramienta financiera (3003 al 3602).
- Diputado Carmona, Crisis sanitaria ocasionada por la vagancia de mascotas abandonadas, los planes de control que se aplican, las medidas previstas y los recursos que se destinarán. (3004 al 3661).
- Diputada Sabat doña Marcela, Solicita informar sobre la relación operacional entre Fono Salud y el Programa Noche Digna (3006 al 4212).
- Diputado Espinoza don Fidel, Motivos de la destitución de su cargo, del médico señor Alexander Ospina Martínez, quien se desempeñaba en el Centro de Salud Familiar de la comuna de Río Negro, en la provincia de Osorno. (3009 al 3907).
- Diputado Ojeda, Solicita disponer el aumento de las máquinas para diálisis en el Centro de Hemodiálisis del Hospital Base de Osorno; y, además, informar a esta Cámara sobre la factibilidad de construir un centro de diálisis para la provincia de Osorno, autónomo e independiente de la infraestructura del mencionado recinto hospitalario. (3042 al 4173).
- Diputado Sandoval, Posibilidad de modificar la fecha de ejecución del proyecto de rediseño de la Posta de la localidad de La Junta, de la comuna de Cisnes, en la Región de Aisén, para transformarla en un Centro Familiar de Salud , asignando los recursos necesarios a la brevedad. (3043 al 4259).
- Diputado Torres , Solicita informar respecto de la adquisición de un equipo “scanner” para el Hospital Claudio Vicuña de la ciudad de San Antonio. (3044 al 4112).
- Diputada Girardi doña Cristina, Solicita informar sobre las instrucciones impartidas por el Ministerio a su cargo, para que en los Servicios de Atención Primaria de Urgencia de la comuna de Cerro Navia, se priorice la atención a los menores de 5 y mayores de 65 años. (3090 al 3372).
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputado De Urresti, Solicita informar acerca del plan nacional de construcción de las denominadas ciclovías; en particular, sobre los plazos, extensión, montos involucrados, empresa consultora y diseños, para el emplazamiento de dichas vías en la ciudad de Valdivia. (3700 al 3535).
- Proyecto de Acuerdo 307, “Establecimiento de un régimen de concesiones del servicio del transporte de pasajeros interprovincial” (3855).
Ministerio Secretaría General de Gobierno:
- Diputado De Urresti, Solicita informar sobre los plazos de entrega, destino de las instalaciones, y estructura administrativa y financiera del Centro de Alto Rendimiento Náutico de la ciudad de Valdivia. (8225 al 4320).
- Proyecto de Acuerdo 337, “Solicita permitir el acceso de reporteros radiales a la zona aledaña al campo de juego en el campeonato de fútbol profesional” (8121).
Ministerio de Planificación y Cooperación:
- Proyecto de Acuerdo 338, ?Solicita se considere pertenecientes al programa ?Chile Solidario? a los damnificados por el sismo de 27 de febrero de 2010? (2336).
Intendencias:
- Diputado Robles, Responsables de las órdenes institucionales que permitieron practicar detenciones, en la ciudad de Copiapó, el día 5 de agosto recién pasado, en el marco de las manifestaciones pacíficas realizadas por dirigentes sociales con ocasión de la visita de S. E. el Presidente de la República a la mina San José. (928 al 4306).
- Diputado Carmona, Se informe a esta Cámara sobre las detenciones efectuadas, en la ciudad de Copiapó, el día 5 de agosto recién pasado, en el marco de las manifestaciones pacíficas realizadas por dirigentes sociales con ocasión de la visita de S. E. el Presidente de la República a la mina San José, individualizando a quienes impartieron las órdenes y los cargos (929 al 4305).
- Diputado Accorsi, Solicita informar sobre la autorización ambiental con que cuenta el vertedero Altos de Cartagena o, en su caso, respecto de este mismo depósito, la forma en que se garantiza la legislación ambiental y las fiscalizaciones instruidas. (773 al 4459).
Servicios:
- Diputado Norambuena, Solicita copia de todos los antecedentes relacionados con el expediente del concurso público para proveer en el Servicio Médico Legal de Concepción el cargo a contrata de Médico Legista Doble Especialidad, y para el cual resultó seleccionado el señor Pedro Gutiérrez Grangier (1142 al 4241).
- Diputado Vallespín, Proyecto de construcción de una dársena en el puerto pesquero de Maullín, existencia de un diseño definitivo, costo y plazo para iniciar su ejecución. (2148 al 1546).
- Diputado Sandoval, Posibilidad de desarrollar un programa de apoyo efectivo a la actividad maderera del país, especialmente a la realizada en la Región de Aysén. (287 al 4255).
- Diputado Carmona, Fiscalización, mediante la aplicación de exámenes médicos, e informe a esta Cámara, sobre el estado de salud de los trabajadores de fundiciones metalúrgicas, quienes se encuentran expuestos a químicos y metales pesados en sus faenas diarias. (3451 al 3803).
- Diputado Rincón , Solicita reiterar oficio No 3515, de 10 de junio de 2011. (7570 al 4689).
- Diputado Robles, Solicita informar sobre las condiciones de seguridad, de higiene, el régimen de faenas y otros, en que se desempeñan los trabajadores de la Empresa Minera Hierro Atacama. (823 al 3938).
- Diputado Rincón , Motivos que justifican la modificación de la política de contratación de vehículos, impulsada por el Servicios Agrícola y Ganadero, que termina con la contratación centralizada a nivel regional; los costos estimados de la nueva modalidad y la cantidad de empresas que están en condiciones de prestar el servicio a nivel nacional (8570 al 3515).
Varios:
- Diputado De Urresti, Solicita disponer las medidas del caso para agilizar, por los motivos que especifica, la tramitación del seguro de invalidez en beneficio de doña Humberta Rivera Vera (20920 al 4234).
- Diputado Pérez don Leopoldo, Contaminación por emanaciones de fuertes olores que provoca la planta de Riles de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones S. A., ubicada en la comuna de Puente Alto, Región Metropolitana (3636 al 3368).
XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- Diputado Sandoval, Informe al señor Atilio Águila González, quien presenta una discapacidad auditiva, el procedimiento para acceder a una solución habitacional en la ciudad de Chile Chico, luego de postular en varias ocasiones sin éxito a una vivienda social, e instruya al Director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Aysén para que estudie el caso. (4609 de 08/09/2011). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Diputado Chahín, Informe respecto al estado de la postulación a la condición de exonerado político, de acuerdo a la denominada Ley Valech, de las personas individualizadas. (4623 de 12/09/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Macaya, Informe si el Área Salud de la Corporación Municipal de San Fernando y la I. Municipalidad de San Fernando han incurrido en incumplimiento de los artículos 49 y 50 de la ley N° 19.378, y si la Corporación antedicha ha presentado a la Contraloría General de la República los documentos necesarios para acreditar su personalidad jurídica. (4624 de 12/09/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Walker, Informe acerca de la existencia y estado de avance de investigaciones realizadas por la Contraloría Regional de Coquimbo respecto de las denuncias sobre irregularidades en el Departamento de Educación de la I. Municipalidad de Río Hurtado. En caso de no existir una investigación en curso, se le solicita instruir que se realice una en consideración a los puntos allí detallados. (4625 de 12/09/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Ascencio, Informe acerca de la legalidad de la orden de la jefatura de la funcionaria del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, señora Galia Díaz Riffo, de trasladarse al archipiélago Juan Fernández, habida cuenta de su condición de madre de un recién nacido y del dictamen N° 44.862 de la Contraloría General de la República. (4626 de 12/09/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputada Molina doña Andrea, Informe acerca de la situación laboral en que se encuentra el carabinero señor Gonzalo Marcial Rojas Ahumada, su hoja de vida y si es efectivo que se inició un sumario interno para determinar su responsabilidad en un accidente automovilístico. (4627 de 12/09/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Delmastro, Informe acerca de la situación laboral de los funcionarios de los centros de salud mental comunitarios de Valdivia, que desde 2007 estarían contratados bajo la modalidad de honorarios y que habrían perdido su derecho a licencias médicas; además de instruir para que se les regularicen sus condiciones contractuales. (4628 de 12/09/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Chahín, Posibilidad de que el médico señor Alan Suazo, preste servicios efectivos en el hospital de Curacautín, lugar en el que se encuentra contratado, a pesar de haber sido asignado al de Ercilla. (4633 de 13/09/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Monckeberg don Cristián, Informe si las personas allí señaladas son beneficiarias del bono por hijo. (4642 de 13/09/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado Monckeberg don Cristián, Informe si las personas allí señaladas son beneficiarias de pensión básica solidaria de vejez. (4643 de 13/09/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado Monckeberg don Cristián, Informe si la señora Lucrecia Mujica Von Mareef es beneficiaria del aporte previsional solidario de vejez. (4644 de 13/09/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado De Urresti, Informe los motivos por los cuales se suspendió el subsidio al proyecto de creación del Centro de Ingeniería de la Innovación asociado al Centro de Estudios Científicos (CECS) de Valdivia; la fecha de la decisión y de cuándo fue informada al intendente de la Región de los Ríos; la cantidad de recursos ya transferidos y de qué manera serán restituidos, al no cumplirse el objetivo para el cual fueron otorgados; lo que sucederá con este proyecto, las medidas que se adoptarán para concretarlo y si se efectuará un convenio con otra institución, además de señalar en qué situación se encuentran los demás centros de innovación regional del país. (4645 de 13/09/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado De Urresti, Informe los motivos por los cuales se suspendió el subsidio al proyecto de creación del Centro de Ingeniería de la Innovación asociado al Centro de Estudios Científicos (CECS) de Valdivia; la fecha de la decisión y de cuándo fue informada al intendente de la Región de los Ríos; la cantidad de recursos ya transferidos y de qué manera serán restituidos, al no cumplirse el objetivo para el cual fueron otorgados; lo que sucederá con este proyecto, las medidas que se adoptarán para concretarlo y si se efectuará un convenio con otra institución, además de señalar en qué situación se encuentran los demás centros de innovación regional del país. (4647 de 13/09/2011). A presidente de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica.
- Diputado De Urresti, Informe si la industria que se instala en el terreno de Serrano 958, Valdivia, cumple con los permisos sanitarios, con la normativa de disposición y manejo de residuos, y de emisión de ruidos propios de esa zona urbana. (4648 de 13/09/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado De Urresti, Informe los motivos para terminar con el financiamiento de los programas de encadenamiento productivo o clúster, y la manera en que se entregará apoyo a los sectores del turismo y de las industrias creativas de la Región de Los Ríos. (4649 de 13/09/2011). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Diputado Squella, Informe sobre los resultados de la implementación y evaluación del programa piloto “Hombres por una Vida sin Violencia”. (4650 de 13/09/2011). A Ministerio de la Mujer.
- Diputado Ascencio, Informe sobre la solicitud de desalojo de los campus clínicos que utiliza la Universidad de Chile para sus prácticas profesionales, y los motivos de esta decisión. (4651 de 13/09/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputada Sabat doña Marcela, Informe acerca de los criterios y factores que se consideran en la evaluación de la ficha de protección social. (4652 de 13/09/2011). A Ministerio de Planificación y Cooperación.
- Diputado Bertolino, Informe acerca de las eventuales sanciones aplicadas al canal de televisión Zona Latina por la emisión del programa en que el ex Senador Nelson Ávila enrolló un papelillo de marihuana y defendió su consumo y plantación. (4653 de 13/09/2011). A presidente del Consejo Nacional de Televisión .
- Diputado Bertolino, Informe acerca de las medidas adoptadas respecto a la actuación del ex Senador Nelson Ávila, quien enrolló un papelillo de marihuana y defendió su consumo y plantación en el programa “Sin Dios ni Late” del canal de televisión Zona Latina, y luego procedió a fumarla en el programa “Sin Filtro” de CanalStream.tv. (4654 de 13/09/2011). A secretaria ejecutiva del Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes.
- Diputada Rubilar doña Karla, Informe sobre la falla del equipo electrógeno del Hospital San José y el uso de los grupos electrógenos de bomberos la noche del 11 de septiembre pasado, además de las consecuencias que esta situación acarreó para los pacientes. (4656 de 13/09/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputada Goic doña Carolina, Informe las acciones que se han realizado y que se realizarán en relación a las peticiones que el conjunto de reservistas 1973-1990 hizo al Estado. (4657 de 13/09/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Marinovic, Informe sobre la procedencia y legalidad de que Enap suscriba contratos de entrega de nuevos bloques de hidrocarburos con privados, en circunstancias que existe en la Contraloría General de la República una denuncia de los trabajadores respecto de estos bloques; envíe copia de las bases de licitación por invitación de Enap y de los documentos suscritos por los oferentes en este proceso de adjudicación, e informe los porcentajes de participación de Enap en cada uno de los cinco bloques en negociación. Asimismo, se le solicita exigir que en los contratos de CEOP la mano de obra contratada sea chilena y local, y copia de dichos contratos. (4700 de 15/09/2011). A Ministerio de Energía.
- Diputada Molina doña Andrea, Informe acerca de los dictámenes emitidos al alcalde de la I. Municipalidad de La Calera respecto a la situación laboral de la directora técnica del Laboratorio Municipal para la Atención Primaria de Salud, señora Claudia Vicencio Bacigalupo. (4701 de 15/09/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputada Girardi doña Cristina, Informe los antecedentes que posea respecto a una denuncia en contra del señor Marcos Aránguiz, mientras se desempeñaba en la Corporación del Deporte de Cerro Navia. (4702 de 15/09/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputada Girardi doña Cristina, Informe sobre la tributación de las diez grandes empresas mineras privadas del país entre los años 2003 y 2010, inclusive, con una línea suplementaria al cuadro, que incluya el impuesto específico a la minería. (4703 de 15/09/2011). A Ministerio de Hacienda.
- Diputado Martínez, Investigue e informe respecto de las sustancias tóxicas acumuladas en el relleno sanitario de la empresa Hera Ecobío, ubicado en el fundo Las Cruces de Chillán Viejo, garantizando la participación de las organizaciones comunitarias en el proceso. (4704 de 15/09/2011). A Ministerio Medio Ambiente.
- Diputado Martínez, Investigue e informe respecto de las sustancias tóxicas acumuladas en el relleno sanitario de la empresa Hera Ecobío, ubicado en el fundo Las Cruces de Chillán Viejo, garantizando la participación de las organizaciones comunitarias en el proceso. (4705 de 15/09/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Monckeberg don Cristián, Informe el monto de las transferencias realizadas por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social a la Fundación Instituto de Estudios Laborales desde el año 2004 a la fecha, sus antecedentes de constitución y financieros, actividades y copia de los trabajos encargados, y los resultados de eventuales fiscalizaciones al respecto por parte de la Contraloría u otros organismos. (4706 de 15/09/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado Monckeberg don Cristián, Informe los montos de las transferencias realizadas por el Estado chileno a la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) desde el año 2000 a la fecha, con especificación de los conceptos por los cuales se realizaron y de las rendiciones de dicho organismo. (4707 de 15/09/2011). A Ministerio de Hacienda.
- Diputado Vilches, Informe la manera en que nuestro país podría usar recursos hídricos comunes o transportados desde Argentina, al amparo de los tratados internacionales sobre la materia, para subsanar la escasez de agua en la provincia de Copiapó. (4709 de 15/09/2011). A Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Diputado Silber, Investigue e informe sobre las eventuales responsabilidades en el fallecimiento de la señora Adriana del Pino Rojas en el Centro de Salud José Bauzá Frau, a quien se le habría suministrado anmiodaroma, pese a constar su alergia a este medicamento. (4710 de 15/09/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Silber, Informe su interpretación sobre la normativa que impide a Tesorería externalizar la cobranza de impuestos o hacerla por vía telefónica; el motivo y el acto administrativo mediante el cual se implementó el proceso de cobranza telefónica y si las personas que desarrollan tal función pertenecen a la institución o a una empresa externa. En este último caso, se le solicita que indique el nombre, licitación y contrato por el que se adjudicó esta tarea. (4711 de 15/09/2011). A Ministerio de Hacienda.
- Diputado Silber, Informe su interpretación sobre la normativa que impide a Tesorería externalizar la cobranza de impuestos o hacerla por vía telefónica; el motivo y el acto administrativo mediante el cual se implementó el proceso de cobranza telefónica y si las personas que desarrollan tal función pertenecen a la institución o a una empresa externa. En este último caso, se le solicita que indique el nombre, licitación y contrato por el que se adjudicó esta tarea. (4713 de 15/09/2011). A Varios.
- Diputado Chahín, Reitera N° 3488, de 9 de junio de 2011. (4714 de 15/09/2011). A Ministerio de Agricultura.
- Diputado Chahín, Reitera Oficios Corporación Nos. 4098, de 21 de julio de 2011; 3337, de 31 de mayo de 2011; 2484, de 2 de marzo de 2011; 2483, 1874, de 9 de noviembre de 2010. (4715 de 15/09/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Chahín, Reitera Oificio N° 4396, de 17 de agosto de 2011 (4716 de 15/09/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Chahín, Reitera oficios Nos 2011, de 30 de noviembre de 2010; 1690, de 7 de octubre de 2010; y 406, de 5 de mayo de 2010. (4717 de 15/09/2011). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Diputado Chahín, Reitera oficio N°. 301, de 21 de abril de 2010. (4718 de 15/09/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado Chahín, Reitera oficios Nos. 3332, de 31 de mayo de 2011 y 1897, de 10 de noviembre de 2010. (4719 de 15/09/2011). A Ministerio de Hacienda.
- Diputado Chahín, Reitera Oficios Nos. 3336, de 31 de mayo de 2011; 3335, de 31 de mayo de 2011; 2218 de 5 de enero de 2011; 2079, de 7 de diciembre de 2010; 1898, de 10 de noviembre de 2010; y, 1533, de 9 de septiembre de 2010. (4720 de 15/09/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Chahín, Reitera oficios Nos. 4101, de 21 de julio de 2011; 3995, de 19 de julio de 2011; 3334, de 31 de mayo de 2011; 3060, de 21 de abril de 2011; 2539, de 8 de marzo de 2011; 2352, de 18 de enero de 2011; 2351, de 18 de enero de 2011; 742, de 10 de junio de 2010; y, 630 de 2 de junio de 2010. (4721 de 15/09/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado Chahín, Reitera oficios Nos. 4229, de 8 de agosto de 2001; 2217, de 5 de mayo de de2011; y, 631, de 2 de junio de 2010. (4722 de 15/09/2011). A Ministerio de Planificación y Cooperación.
- Diputado Chahín, Reitera oficio N° 3996, de 19 de julio de 2011. (4723 de 15/09/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Chahín, Reitera Oficio N° 1534, de 9 de septiembre de 2010. (4724 de 15/09/2011). A Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
- Diputado Chahín, Reitera Oficio N° 3939, de 14 de julio de 2011 (4725 de 15/09/2011). A subsecretaria de Justicia.
- Diputado Chahín, Reitera oficio N° 1785, de 29 de octubre de 2010 (4726 de 15/09/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado Chahín, Reitera oficios Nos. 2820, de 5 de abril de 2011; 2006, de 30 de noviembre de 2010; 303, de 21 de abril de 2010; y, 271, de 20 de abril de 2010. (4727 de 15/09/2011). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (102)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio IND VII 37
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PRI II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Castro González, Juan Luis PS VI 32
Cerda García, Eduardo PDC V 10
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto IND XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Oliva, Andrea UDI V 10
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Morales Muñoz Celso UDI VII 36
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PRI VI 34
Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Diputados en misión oficial señores Gabriel Ascencio Mansilla, Tucapel Jiménez Fuentes, Joel Rosales Guzmán y Mario Venegas Cárdenas.
-Asistieron los senadores señores Juan Pablo Letelier Morel, Ignacio Walker Prieto, Mariano Ruiz-Esquide Jara y Carlos Larraín Peña.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.07 horas.
El señor MELERO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor MELERO (Presidente).- El acta de la sesión 79ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 80ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS.
El señor MELERO ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accederá a la solicitud de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para remitir a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas el proyecto, iniciado en moción, que modifica el Código Penal con el objeto de establecer el ocultamiento como una circunstancia agravante, y luego de informado, vuelva a aquella, por tratarse de una materia propia de su competencia.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
-o-
El señor MELERO ( Presidente ).- En conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, N° 1, letra c), de la Constitución Política de la República y en el artículo 297 del Reglamento de la Corporación, 48 señores diputados y diputadas han solicitado crear una Comisión Especial Investigadora encargada de investigar todos los hechos que rodean la tragedia aérea ocurrida el día 2 de septiembre de 2011, en el archipiélago Juan Fernández, en que desaparece en las inmediaciones del aeródromo de la isla el avión Casa 212 de la Fuerza Aérea de Chile, con veintiuna personas a bordo, de las cuales siete aún se encuentran desaparecidas. Asimismo, le corresponderá determinar la intervención que le ha cabido a los organismos de la Fuerza Aérea de Chile y públicos encargados de fiscalizar los vuelos que realizan los aviones de la Fuerza Aérea en la zona, en la planificación, autorización y realización del vuelo y, especialmente, las causas del accidente del avión que provocó la muerte de esas personas.
Para el cumplimiento del propósito, la referida Comisión Especial deberá rendir su informe en un plazo no superior a 120 días y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.
¿Habría acuerdo para acceder a dicha solicitud?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio para plantear un asunto reglamentario.
El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , en consideración al cúmulo de antecedentes que han surgido desde la fecha de la presentación de esta petición hasta hoy, le he pedido al señor Secretario que excluya mi nombre de la petición, toda vez que, además, existe una investigación en curso del Ministerio Público y me parece que ambas no son compatibles.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa por una cuestión reglamentaria.
El señor ULLOA .- Señor Presidente , informo a la honorable Sala que, a petición del diputado Roberto León -hace dos semanas-, una vez que se recuperaran los cuerpos, la Comisión de Defensa Nacional iniciará un proceso de investigación al respecto, como Comisión especializada.
De manera que estamos en contra de la creación de una nueva investigación que investigue el tema.
He dicho.
El señor MELERO ( Presidente ).- En votación la creación de la Comisión Especial Investigadora.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 31 votos. Hubo 9 abstenciones.
El señor MELERO ( Presidente ).- Rechazada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
DESARCHIVO DE PROYECTO.
El señor MELERO (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a la solicitud del diputado señor Carlos Montes, en orden a desarchivar el proyecto que declara el 19 de septiembre como feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores de centros comerciales.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA
El señor MELERO ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, la Comisión mixta encargada de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional en relación con el proyecto de ley sobre otorgamiento y uso de licencias médicas quedará integrada por los señores Cristián Letelier y Javier Macaya, por la UDI; el señor Víctor Torres, por la Democracia Cristiana; el señor Marco Antonio Núñez, por el PPD, y la señora Karla Rubilar, por Renovación Nacional.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. HOMENAJE
HOMENAJE A EX DIPUTADA SEÑORA MARÍA MALUENDA CAMPOS.
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde rendir homenaje a la ex diputada señora María Maluenda Campos, recientemente fallecida.
En la Tribuna de Honor se encuentran presentes la hija de nuestra homenajeada, Soledad Parada Maluenda, sus nietas María Díaz Parada y Valentina Benavente, y sus nietos Camilo Parada Ortiz y Juan José Parada, acompañados por la Presidenta del Partido por la Democracia, la ex diputada Carolina Tohá, y por la señora Crissé del Rosario Cid y César Traslaviña, amigos de la familia.
En nombre de la Cámara de Diputados, les doy la más cordial bienvenida y mis más sentidas condolencias.
En primer lugar, en representación del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL, doña Ximena (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la bancada del Partido por la Democracia, doy mis más cordiales saludos a Soledad, hija de María Maluenda ; a sus nietas y nietos, familiares; amigas y amigos de nuestra querida María Maluenda , como asimismo a Carolina Tohá , Presidenta del Partido por la Democracia , que hoy nos acompañan en este sentido homenaje.
La vida de María Maluenda me toca muy de cerca, porque en tiempos y espacios distintos hemos tenido trayectorias similares, como actriz, como diputada y como militante del Partido Comunista y del Partido por la Democracia, comprometidas con los ideales de la izquierda chilena.
También me toca como mujer, como madre, como abuela y como depositaria del sentir de miles de chilenos y chilenas que aspiran a vivir en un país con mayor dignidad, igualdad y justicia social. Me toca, porque el dolor de María ha sido también mi dolor y porque su ejemplo de vida ha formado parte de la inspiración cotidiana de las mujeres que integramos este Parlamento, representando a miles de ciudadanos y ciudadanas.
Hablar de la vida de María para homenajearla no es una tarea fácil ni sencilla; hablar de ella es dirigir la mirada y la atención a una mujer multifacética e incansable que entregó siempre lo mejor de sí para el bien de los demás, ya sea sobre la tarima de los escenarios desde muy temprana edad, cuando tomó la decisión de ser actriz y formar, junto a grandes de la escena nacional, el Teatro Experimental de la Universidad de Chile. Allí la acompañaban, entre otros, Pedro de la Barra , Rubén Sotoconil y quien fuera su marido y compañero de andanzas, el añorable y querido Roberto Parada .
Esa fuerza interpretativa la demostró no sólo en el teatro, sino también en la radio y en el cine, en momentos en que las nuevas formas de comunicación comenzaban a masificar la presencia de los actores en el mundo popular. Tal vez fue por esa cercanía, cariño y afecto que María despertaba entre los ciudadanos y ciudadanas que su partido de entonces, el Comunista, decidiera llevarla como candidata a diputada por la séptima agrupación del primer distrito de Santiago y lograr que se transformara en parlamentaria en 1965.
Durante ese período, en momentos de gran actividad política en el Parlamento, María demostró su sabiduría y capacidad en las distintas Comisiones que integró, así como, obviamente, su gran habilidad oratoria, que era recordada por quienes la acompañaron.
Luego del triunfo de la Unidad Popular, María Maluenda fue nominada como encargada de negocios en Vietnam por el Presidente Allende , país en donde se vivía uno de los más cruentos enfrentamientos de la Guerra Fría y en que María, con su temple, logró llevar la misión adelante hasta 1973, año en que se produce el golpe de Estado en nuestro país.
La dictadura militar fue dura para todos los chilenos, pero para algunos, como María Maluenda y Roberto Parada , fue más dura aún, ya que es en esa etapa, en 1985, cuando los aparatos de seguridad del régimen secuestran y degüellan a su hijo, el sociólogo de la Vicaría de la Solidaridad José Manuel Parada, simplemente por ser un trabajador de la causa de los derechos humanos en Chile. De aquel momento doloroso e incomprensible, aún nos queda en la retina el instante en que María Maluenda acude a La Moneda a preguntar dónde está su hijo José Manuel .
^@#@ ^María , a pesar del horror de lo vivido, siguió luchando por la restauración democrática en nuestro país y es así que, en 1987, forma parte de los miles de chilenos y chilenas que fundan el Partido por la Democracia, con el fin de derrotar al dictador en las urnas y recuperar los espacios de libertad que el pueblo reclamaba en las calles. Por ello es que, recuperada la democracia, María Maluenda es elegida como diputada del PPD por el distrito 17, constituido por las comunas de Conchalí, Renca y Huechuraba .
Quienes recuerdan a la diputada María Maluenda señalan que hay una palabra que la describe con absoluta certeza en el momento de abrir el Parlamento en democracia. Esa palabra es “dignidad”, esa dignidad que mostró al momento de abrir la sesión de la Cámara de Diputados luego de casi veinte años de dictadura, dirigiendo la palabra a los representantes elegidos por el pueblo, presidiendo esa primera Sesión Constitutiva y como señalando que se abrían nuevamente los caminos de la tolerancia y la libertad.
Es en ese primer Parlamento en democracia, que funcionaba en este edificio a medio construir, en que María Maluenda se enfoca con decisión y perseverancia en dos comisiones fundamentales: la de Relaciones Exteriores y la de Derechos Humanos. En la Comisión de Relaciones Exteriores, para ratificar las decenas de tratados internacionales en materia de derechos humanos, que no habían sido considerados por el régimen militar, como, por ejemplo, la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Y en Derechos Humanos, para tratar de acelerar investigaciones sobre crímenes y situaciones no resueltas hasta entonces, como la muerte del General Prats.
Es precisamente en este período de restauración democrática en el que, sin los medios actuales, se aprueban más de trescientas cincuenta leyes y cien tratados, entre las cuales se pueden destacar las leyes sobre reparaciones, las franquicias a exiliados, la creación del Sernam, las leyes Cumplido, etcétera. En todas ellas, la voz de María Maluenda se dejó escuchar fuerte y con su timbre característico de acción y pasión.
Después de ser diputada , María se alejó de la política contingente -es justo también decirlo aquí-; se alejó un tanto descontenta, por el rumbo que estaban tomando los acontecimientos. Los cambios no avanzaban por el camino que ella había esperado.
María ya no nos acompaña, pero, sin duda, su vida fue un ejemplo de lucha, dignidad y valentía. Su mirada profunda y cálida ya no recorre los lugares que apreció, quiso y recorrió. Su voz ya no declama la poesía y la prosa de los poetas que tanto amó. El escenario ya no cuenta con la presencia de la monumental actriz que hacía enmudecer al público expectante. Pero no se ha ido; nos queda la presencia de su espíritu infranqueable y la belleza profunda de un ser al que amamos y recordamos.
Hace menos de un mes, compartimos su partida en la sede del Congreso Nacional en Santiago, y el rito de despedida familiar en el Parque del Recuerdo. Fue emocionante ser testigo del inmenso amor que sembró en su gente, en su familia, en sus amigos y en nosotros, las personas que nos inspiramos en sus valores de vida.
La poesía y la política la acompañaron hasta el final de sus días, y seguirán vivas en sus descendientes.
Fue la primera actriz chilena que llegó al Parlamento cuando recuperamos la democracia, como diputada del Partido por la Democracia.
María: gracias por haber integrado nuestro espacio político; nos diste principios y dignidad, valores escasos en la política actual.
Con el retorno a la democracia, el 11 de marzo de 1990, presidió la sesión de instalación de la Cámara de Diputados, como su Presidenta provisional ; sin duda, nos representó en momentos muy significativos de nuestra historia republicana.
Ayer, reconocimos a sus pares en una ceremonia en La Moneda. Hoy, te homenajeamos en este Hemiciclo.
María Maluenda : te queremos, te reconocemos y te recordamos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- En representación del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES (de pie).- Señor Presidente , honorables diputadas y diputados, y familiares de María Maluenda , el 11 de marzo de 1990, una mujer de cabellos blancos, vestida de luto, con la dignidad que poseen quienes han sido capaces de sobreponerse a los más grandes dolores y con la valentía de quienes nunca abandonaron sus principios ni se doblegaron ante la adversidad, presidió un acto de gran simbolismo para nuestro país: reabrió las sesiones de la Cámara de Diputados, después de diecisiete años de dictadura.
En aquella oportunidad, todos los diputados elegidos por el voto ciudadano nos pusimos de pie para el juramento de rigor que nos convertía en representantes de la soberanía popular.
Desde la testera, María Maluenda, la mujer de cabellos blancos, vestida de luto, con voz firme, hizo referencia a los crímenes de la dictadura, representados por el brutal asesinato de su hijo.
Con aquel acto solemne, presidido por una mujer que se había comprometido con la lucha contra la dictadura, la Cámara de Diputados se abría a la democracia.
María Maluenda fue una mujer notable en todos los campos en que participó.
En el campo del arte, conversé con Nissim Sharim , quien me dijo que quería hacer una pequeña evocación para María . Dice: “La historia es el sueño de Dios (Unamuno). La música no se puede contar. Estos cielos azules, este sol de la infancia (Machado). El arte es una forma de vivir más intensamente. El arte es una forma de defenderse de las muchas ofensas de la vida.”.
Agrega Sharim: “Quizás en estas citas esté contenida la razón fundamental por la que prefiero evocar a María Maluenda en mi tiempo de niño adolecente, cuando ya era ubicada su imagen a través de su condición y acción de artista: en el teatro experimental de la Universidad de Chile.
Pero, quizás, sólo algunos conozcamos el efecto que ella causaba en su primera juventud en los niños y adolescentes que intentábamos, embobados, ingresar a la magia del arte, seducidos, entre otras cosas, por la potencia de su enorme atractivo.
Es probable -sigue expresando Sharim- que, en nuestra admiración por María, hayamos descubierto la verdad de lo que más tarde leímos en Ernesto Sábato : “El arte nos alienta a cumplir la utopía a la que hemos sido destinados”.
“Cuando uno sueña, el pensamiento toma formas dramáticas. Somos el autor, el actor, el director, el espectador y el teatro. Somos todo.”, dice Borges.
La fantasía dramática que me viene a la mente, creo que hace más potente esta evocación breve de mi amiga María Maluenda .”. Eso dice Nissim Sharim .
En lo político, junto a Roberto Parada , profundizó su interés y participación, experiencia que la llevó a incorporarse al Partido Comunista de Chile en 1958. Era la época en que las grandes utopías parecían posibles, a través de procesos graduales de reforma. La actividad política de María Maluenda como dirigente comunista y su reconocimiento público le permitieron ser elegida diputada, y llevó a cabo una importante labor legislativa y representativa entre 1965 y 1969. Apoyó con entusiasmo la candidatura a la Presidencia de la República de Salvador Allende , convencida de lo que posteriormente diría Pablo Neruda , al recibir el Premio Nobel de Literatura: “Con una ardiente paciencia, conquistaremos la espléndida ciudad que dará luz, justicia y dignidad a todos los hombres.”.
Bajo la dictadura militar, María Maluenda se comprometió activamente con las iniciativas de recuperación de la democracia y defensa de los derechos humanos. Sus brutales experiencias la llevaron a reflexionar sobre los caminos viables para convertir a Chile en un país democrático. Su convicción fue que las acciones pacíficas y unitarias de todos aquellos que estaban a favor del término de la dictadura eran las que conducirían a tal propósito.
Por ello, su opción fue la creación de un amplio referente político que, a través de la inscripción en los registros electorales y la participación en el plebiscito convocado por la dictadura, lograría concretar las aspiraciones democráticas.
Derrotadas en el plebiscito las intenciones del dictador de continuar gobernando el país por ocho años, hecho que abrió paso a las elecciones de Presidente de la República y de parlamentarios, el Partido por la Democracia levantó la candidatura de María Maluenda , la que triunfó en las elecciones de diputados de 1989.
María Maluenda tenía claro que la consolidación democrática en el país requería de la unidad de la Concertación de Partidos por la Democracia y que había que avanzar por el camino de la consolidación de las instituciones democráticas y buscar la verdad y hacer justicia a través de todos aquellos cuyos derechos fundamentales habían sido conculcados por la dictadura.
María Maluenda Campos fue una mujer de una extraordinaria fortaleza, pues convivió con el terror y el dolor gran parte de su vida.
Es un hecho público y notorio que su amado hijo, don José Manuel Parada Maluenda , sociólogo, miembro de la Vicaría de la Solidaridad, fue víctima, en marzo de 1985, de la peor forma de criminalidad del Estado: fue secuestrado por agentes de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros, desde las puertas del Colegio Latinoamericano de Integración. Éste fue el preludio del horror. Luego fue torturado y, como sabemos, días más tarde fue encontrado degollado en un camino lateral al aeropuerto de Pudahuel.
El terror no siempre cumple sus fines. El terror nada puede hacer frente a la preocupación y solidaridad de las personas. Así lo retrata un episodio relatado por María Maluenda : “Hace unos meses, mientras recorría una población de Santiago, emergiendo desde el fondo de una casa en que vivían varias familias de allegados, un hombre ciego que, desde la oscuridad de su pobreza, desde la oscuridad de sus ojos sin luz, me preguntó, con voz dulce y solidaria, si yo era la madre de José Manuel Parada . En su sola pregunta estaba vivo para mí el hecho, ahora presente, de que quienes han entregado su vida a la solidaridad y al amor, como lo hizo mi hijo, están vivos en el corazón de nuestro pueblo. Gracias por esta actitud de solidaridad, y permítanme que agradezca también a mi hijo por su maravillosa familia y por su hermosa vida.”.
Como bien señala Eduardo Galeano , “la justicia y la memoria son lujos exóticos en los países latinoamericanos; nos han acostumbrado al desprecio de la vida y la prohibición de recordar”. Por eso, el énfasis en comprender que lo distintivo de los crímenes contra la humanidad es que ellos representan una violación de los derechos de la humanidad toda, actualizada en cada persona. Su brutalidad supera la normal capacidad de comprensión humana. De ahí que el verdadero sentido de la actitud de nuestra homenajeada es la conducta persistente de una víctima que, más allá del sufrimiento, se atrevió a hablar fuerte y claro sobre las violaciones sistemáticas a los derechos humanos, de la necesidad de hablar para poder denunciar, pues denunciar en dictadura era cosa de valientes, y éste fue el camino que la vida deparó a María Maluenda : el camino a la defensa de los derechos humanos, el camino que exalta, una y otra vez, los versos de Solzhenitsyn: “Hubiese podido descansar, relajarme, respirar, pero el deber para con los muertos no me da tregua: ellos murieron; tú vives. Cumple con tu deber, a fin de que el mundo sepa todo aquello.”.
Honorables diputados y diputadas, con el fallecimiento de María Maluenda , el país ha perdido a una mujer de excepción, que nos dejó un legado importante y un cúmulo de enseñanzas, entre ellas su convicción democrática y su compromiso con una nación justa y equitativa, así como con el arte y la cultura, manifestaciones concebidas no sólo como instrumentos creadores de belleza, sino también de realización y de liberación humana.
En nombre de la bancada de diputados del Partido Socialista, quiero señalar nuestro más sincero reconocimiento a María Maluenda , por su dedicación y entrega desinteresada al servicio del país, así como por su resuelta vocación política, su delicado espíritu, su actitud honesta y bondadosa y su gran afán libertario y democrático.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- En nombre de las bancadas de Renovación Nacional y de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar.
La señora RUBILAR, doña Karla (de pie).- Señor Presidente , en representación de mi partido, Renovación Nacional, así como también de la Unión Demócrata Independiente, me dirijo a la Cámara de Diputados, a la distinguida familia de María Maluenda y a los miembros de su partido, el PPD, como diputada que representa a las comunas de Conchalí, Renca y Huechuraba , que integran nuestro querido distrito N° 17.
Sin duda, el distrito N° 17 tiene nombre y alma de mujer. Esa tierra ha sabido conocer el liderazgo de preciadas e inestimables mujeres, que han hecho de la política su vocación y a las que recuerdo con respeto, aunque muchas veces no compartiéramos las mismas posturas. Es el caso de la ex diputada señora María Rozas , a quien la Cámara de Diputados rindió homenaje hace sólo unos meses, y el de la ex diputada señora María Maluenda Campos , a quien ahora recordamos. Por algo somos en la actualidad el único distrito en Chile representado por dos mujeres, incluso por dos períodos consecutivos, camino que, sin lugar a dudas, comenzó con éxito María Maluenda .
María tuvo la gracia de confiar siempre en la democracia. Así lo hizo en los difíciles años sesenta, cuando la sociedad chilena se encontraba quebrantada y el entendimiento político era una utopía difusa e inasible. En aquel entonces, la diputada Maluenda representaba al Partido Comunista, el cual se aprestaba a llegar al poder, en 1970, de la mano de la Unidad Popular.
Ella tuvo una vida plena como artista y se consagró como una de las más recordadas actrices del radioteatro chileno. Pero su vocación social fue mucho más fuerte y la llevó a aportar desde la Cámara de Diputados, en tribunas muy diversas, como las Comisiones de Relaciones Exteriores, Salud Pública y Defensa Nacional. Desde esas comisiones, María no dudó en defender sus principios. Si hay algo que hoy debemos destacar en política es justamente el compromiso con las convicciones y la capacidad de defenderlas con fuerza, pero siempre desde la fuerza de las ideas.
A pesar de que le tocó vivir en carne propia lo más duro de la dictadura, tuvo un compromiso inquebrantable con la democracia. En 1985, su hijo, el sociólogo y funcionario de la Vicaría de la Solidaridad José Manuel Parada, murió degollado, junto a otros dos profesionales, a manos de agentes de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros.
Sin duda, ese horroroso crimen, el cual nadie puede intentar siquiera justificar, marcó mi vida a los ocho años de edad y generó en mí un firme compromiso con la defensa de los derechos humanos. Es así que en mi anterior período parlamentario integré, en forma entusiasta, la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía. También tuve el honor de asistir a la inauguración del memorial Tres Sillas, en Renca, recuerdo imborrable del “Nunca Más” que debe regir a las nuevas generaciones.
Ese “Nunca Más” transversal, que debe venir de todos los sectores políticos, en particular del que represento, se lo debemos al dolor de madre de María .
A pesar de ese dolor, que María Maluenda debió cargar hasta el último día de su vida, su genuino compromiso con la democracia la llevó a ser una de las fundadoras del PPD. Luego, en 1989, postuló como candidata a diputada por nuestro distrito.
Para esa época había pasado mucha agua bajo el puente; el país había cambiado bastante, se necesitaba gente de gran corazón y sabiduría, que fuera capaz de dialogar y buscar entendimientos con quien pensaba distinto. María Maluenda no quiso restarse al desafío y dio el sí para integrar el primer Congreso Nacional que tuvimos al regreso a la democracia.
El 11 de marzo de 1990, le correspondió inaugurar, en calidad de Presidenta provisional , la sesión de instalación de la Cámara de Diputados, debido a que en ese momento era la parlamentaria de mayor edad. Ese gesto, el cual constituyó un verdadero homenaje en vida, nos habla también del carisma que tuvo como mujer, puesto que mientras muchos políticos sólo pensaban en el retiro y en la calma que eso conlleva, ella sólo pensaba en seguir contribuyendo al futuro del país.
Con la partida de María Maluenda Campos se ha ido un pedazo de la historia del país y, por supuesto -¡cómo no decirlo!-, de Conchalí, Renca y Huechuraba .
Hoy la recordamos como una mujer íntegra, que quiso mucho a Chile, que trató siempre de luchar por los derechos humanos, por la justicia y por la unidad de los chilenos.
Por eso, hoy, en nombre de las bancadas de los partidos que integran la Coalición por el Cambio, quiero señalar que el mejor homenaje que desde el Congreso Nacional podemos hacer a María Maluenda es continuar por la senda que ella sabiamente caminó, con el objeto de alcanzar un país mejor.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- En representación de la bancada del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, así como en mi calidad de Presidente de la Comisión de Derechos Humanos , Nacionalidad y Ciudadanía, vengo a rendir homenaje a una mujer ejemplar, íntegra, valiente y luchadora: María Adela Maluenda Campos .
Ella nació el 6 de marzo de 1920. El 29 de agosto pasado recibimos la triste noticia de su fallecimiento.
Conocí a María Maluenda el 11 del marzo de 1990, en un día muy especial, solemne y de gran trascendencia histórica y política, cuando el país recién comenzaba, desde sus cimientos, a recomponer nuestra institucionalidad quebrantada.
En ese entonces, le correspondió, en calidad de Presidenta provisional , presidir la sesión de instalación de la Cámara de Diputados e investir al Presidente electo de la Corporación , el diputado señor José Antonio Viera-Gallo .
María Maluenda -¡precisamente ella!-, quien había sufrido el asesinato de su hijo a manos de agentes del Estado, presidió esa sesión con la mayor solemnidad, con lo cual demostró su sentido de Estado, que la acompañó en todas las acciones que le correspondió emprender en las oportunidades en que fue elegida por el pueblo como su diputada .
Luego, casi por derecho propio, por la unanimidad de sus miembros presentes, fue elegida para presidir la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, instancia que se creaba por primera vez en esta Corporación.
Perteneció al Partido Comunista de Chile durante casi treinta años, y en 1987, ingresó al PPD. Dedicó su vida a la defensa de los más desposeídos, de los perseguidos y a luchar por los derechos de toda la gente.
Formó parte del grupo que fundó el Teatro Experimental de la Universidad de Chile. Fue protagonista de la película “Hollywood es así”, dirigida por Jorge Délano , una de las primeras cintas sonoras filmadas en Chile. Además, se desempeñó en el radioteatro y trabajó en la BBC.
A los cinco años de edad, ofreció el primer recital poético, y en 1938 visitó los países sudamericanos del Pacífico, en una gira de divulgación de los poetas chilenos. Combinaba su permanente preocupación por la actividad política militante con su rol de actriz y destacó brillantemente en cada una de esas actividades.
Durante el Gobierno del Presidente Salvador Allende, sirvió como embajadora de Chile en Vietnam, entre 1972 y 1973. Ella se mostraba siempre diferente, grande y decidida. ¡Qué gran líder en un país donde aún hoy se les hace difícil a las mujeres ser protagonistas de primera línea!
Luchó por el respeto a los derechos humanos durante los años más oscuros de la dictadura, sin faltar un solo día a tan noble tarea. Sufrió en carne propia las violaciones de esos derechos. Su hijo, José Manuel Parada , fue asesinado por agentes del Estado, en 1985. Es probable que no haya dolor más grande que la pérdida de un hijo, especialmente si ella se produce de manera tan brutal como ocurrió. Este hecho conmovió al país y, por cierto, golpeó fuertemente a María Maluenda , pero no alteró su acción de lucha diaria, librada periódicamente, incesantemente, para recuperar la democracia. Todo habría justificado esperar de ella resentimiento u odio; sin embargo, su conducta, como diputada y como Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos , fue ejemplar. Soy testigo de cómo fue ella: auténtica, veraz y muy justa.
Jamás utilizó esa instancia para referirse a su dramática situación particular o personal, y no tomó distancia ni fue hostil con los adversarios políticos. Por el contrario, asumió tareas en común con todos los miembros de la Comisión y de esta Cámara en defensa de los derechos humanos y de la democracia, sin renunciar a sus principios o doctrina.
La dignidad de estatura republicana con que ejerció su investidura es un llamado silencioso a tantos que hoy hacen de la actividad política un ejercicio de tono menor, el que ella nunca estuvo dispuesta a seguir.
Fue elegida diputada, por primera vez, en 1965, por la Séptima Agrupación Departamental Santiago, Primer Distrito, en representación del Partido Comunista, por el período 1965-1969. Integró las siguientes comisiones: de Hacienda; de Asistencia, Médico-Social e Higiene; de Relaciones Exteriores, de Gobierno Interior, de Defensa Nacional y de Salud Pública.
En esa época, se preocupó por la defensa de los trabajadores del cobre; por las primeras leyes para favorecer a los artistas; por la defensa de los trabajadores del cuero y del calzado, y sus alusiones a la discriminación racial en los Estados Unidos. Asimismo, se interesó por los conflictos campesinos y los problemas de inestabilidad política en muchos países sudamericanos de aquel entonces, como Brasil, Perú , República Dominicana, etcétera, temas propios del mundo polarizado y de grandes desencuentros sociales y políticos, donde María Maluenda mantuvo una importante y permanente participación para buscar las soluciones.
Con el retorno de la democracia, fue elegida diputada, entre 1990 y 1994, por el distrito N° 17, constituido por las comunas de Conchalí, Renca y Huechuraba.
En su segundo período parlamentario, integró las Comisiones de Relaciones Exteriores, de Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana y de Derechos Humanos y fue delegada ante la Conferencia Parlamentaria del Cono Sur de América Latina.
Una de sus primeras actividades, como Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos , fue viajar a Pisagua. Yo la acompañé y nos constituimos en el lugar donde fueron encontradas veinte osamentas humanas de detenidos desaparecidos que fueron asesinados y, posteriormente, sepultados. Ahí observamos todo su vigor y fortaleza, aparte de presenciar ese cuadro dramático que significó el encuentro de esas osamentas. Allí, pese al dolor que la embargaba, declamó, en un viejo teatro de Pisagua , en una salida informal que hicimos los miembros de la Comisión, los “Veinte poemas de amor y una canción desesperada”, de Pablo Neruda, creando un ambiente mágico que electrizó nuestro cuerpo y nos penetró fuertemente como un rayo y cuyo recuerdo aún me acompaña, hasta ahora.
Fue una mujer eficiente, sacrificada y esforzada. Su preocupación por la abolición de la pena de muerte, la protección integral de la vida; su solicitud de disolución de la Central Nacional de Inteligencia (CNI); la declaración de monumento nacional de la casa de Pablo Neruda y tantas iniciativas más retrataban de cuerpo entero su acentuado espíritu de servicio público y vocación democrática.
Su participación activa en la creación de la Oficina Nacional de Retorno; en la Convención Americana de Derechos Humanos, denominada Pacto de San José de Costa Rica; en la derogación del feriado del 11 de septiembre; en la aprobación de los protocolos adicionales al Convenio de Ginebra; en la autorización para que los chilenos titulados y graduados en el extranjero puedan ejercer su profesión en Chile; en el debate sobre el Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación; en los acuerdos entre Chile y organizaciones internacionales para las emigraciones; en el proyecto de ley que establece beneficios a los exonerados políticos, etcétera, hablan de su inmensa capacidad para participar en las tareas que le parecían relevantes y urgentes.
Intervino en el proyecto de ley sobre violencia intrafamiliar, cuando comenzábamos a legislar por primera vez en esa materia; en el proyecto de ley sobre protección, fomento y desarrollo de los pueblos indígenas, que creó la Conadi.
Concurrió también a la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en representación de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.
En fin, María Maluenda participó en todas las reformas que procuraban democratizar nuestra Constitución Política, que aún perdura y que tratamos de perfeccionar. Muchos códigos orgánicos y leyes se adaptaron a los nuevos tiempos, modernizando nuestra institucionalidad y ordenamiento jurídico. Fue integrante de la Comisión Especial para investigar y estudiar los problemas carcelarios. Integró el Parlamento Latinoamericano, etcétera.
En todas esas acciones fue capaz de desarrollar gestos de reconciliación, junto a su lucha incesante por descubrir la verdad, alcanzar la justicia y lograr una justa reparación. No hay conducta más deleznable que la violación de los derechos humanos, y no hay acción más noble que la defensa de ellos. Y ella fue una mujer noble, generosa, entregada por entero a la gente, porque defendió los derechos humanos. Bajo estas premisas, vivió y trabajó María Maluenda . Ella asumió un compromiso durante la dictadura, como lo hicimos todos, que procuramos cumplir y concretar en democracia, y que hemos logrado en gran parte.
María Maluenda fue una mujer de Chile. El mundo social, político y cultural del país la ungió como una mujer de ese ámbito, que defendió sus colores y la esencia misma de la Patria. Reitero: bajo todas estas premisas, vivió y trabajó María Maluenda . Por ello, hoy, la recordamos y homenajeamos con el respeto que se merece una vida entera entregada al servicio de la Patria, desde el arte, la política y la lucha social.
A su familia y compañeros de partido, nuestro agradecimiento por habernos permitido compartir con una mujer que fue ejemplo de lucha incansable y de amor a Chile, que le valió, ayer y hoy, el cariño de todos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- En nombre del Partido Radical Social Demócrata, rinde homenaje el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA (de pie).- Señor Presidente, estimados colegas, distinguidos familiares y amigos de María Maluenda:
En nombre del Partido Radical Social Demócrata, rindo homenaje a tan distinguida personalidad del ámbito cultural y político de Chile, una de nuestras pares, una mujer que destacó tanto en las artes como en la política, una mujer que encarnó el dolor de Chile y a quien le correspondió presidir la reinstalación de la Cámara de Diputados el 11 de marzo de 1990.
María Maluenda era dueña de una de las voces más hermosas del teatro chileno y su rostro era el preferido para encarnar a las bellas heroínas de las tablas locales. Se sabe que fue pionera en todas sus facetas. Como actriz autodidacta fundó, junto a un pequeño grupo de iluminados, uno de los proyectos teatrales más sólidos del siglo XX: el Teatro Experimental de la Universidad de Chile. En él conoció a Roberto Parada, uno de los grandes actores de todos los tiempos en Chile, con quien se casó. En el escenario del Experimental se sentaron las bases del profesionalismo teatral chileno, con fuerte inclinación política, en una época en que cultura, política y sociedad se fundían y se enlazaban con una sociedad viva y cambiante.
María no sólo era famosa por ser parte de ese tremendo elenco que quería devolver su condición de rama del arte al teatro, sino, además, era protagonista de numerosos radioteatros y una de las primeras actrices llamadas por las industrias de Estados Unidos y del Reino Unido para protagonizar películas del primer mundo.
Pero su vocación social y su sentido de vida en comunidad siempre estuvieron por encima de sus propios intereses o de su propia fortuna. No es extraño, entonces, que relegara a un segundo plano su pasión por el escenario. Lo hizo en 1958, y fue protagonista de la vida política del país: se inscribió formalmente en el Partido Comunista de Chile, al cual representó como diputada por Santiago. En el gobierno de Salvador Allende fue nombrada embajadora de Chile en Vietnam.
Con la llegada de Pinochet al poder, la familia Parada Maluenda sufrió la persecución de un régimen que pretendía acabar con todo rastro de la vida política anterior de Chile. La historia se torció hasta límites no imaginables y colocó al matrimonio al centro de uno de los episodios más tristes de nuestra historia reciente: uno de sus hijos, el sociólogo José Manuel Parada , fue uno de los tres profesionales degollados en 1985, en una operación de agentes del Estado que buscaba borrar huellas que probaban por primera vez la existencia de centros de tortura.
María Maluenda cargó este dolor indescriptible por más de 25 años, con la dignidad que sólo puede entregar una integridad moral a toda prueba.
La misma fuerza la llevó, en 1989, a ser una de las fundadoras del Partido por la Democracia. Por ese partido fue electa diputada nuevamente para integrar la Cámara Baja por el período 1990-1994, tras el retorno a la democracia.
María Maluenda fue una pionera en todo sentido. No volvió a postular a diputada y dedicó sus últimos años a la vida familiar, que siempre pareció disfrutar tanto.
Con su muerte simplemente nos queda un vacío, porque con ella se va una persona digna, como las ha habido pocas en Chile. Su figura resalta notablemente por sobre los cientos de personajes de nuestra historia política y cultural que han intentado hacerse notar bajo cualquier pretexto. Para ella el camino era mucho más simple, aunque más difícil. La consecuencia fue su sello, la verdad fue su arma, y la dignidad, su legado.
A través de estas palabras, que se mezclarán con muchas otras palabras escritas y más voces que se levantarán para recordarla, quiero destacar la altura moral de María, una tremenda persona que se nos va. Con ella parte un pedazo de nuestra historia, pero se quedan sus sueños de construir un Chile más justo, más verdadero y más digno.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- En representación del Comité Partido Regionalista Independiente e Independientes, tiene la palabra el diputado señor Pedro Velásquez.
El señor VELÁSQUEZ .- Señor Presidente , colegas, estimada familia de nuestra ex colega y ex honorable diputada señora María Maluenda:
El miércoles 8 de marzo de 1967, en sesión de la Cámara de Diputados, presidida por don Alfredo Lorca , se celebraba el Día Internacional de la Mujer. En esa ocasión, hizo uso de la palabra la diputada señora María Maluenda , quien inició así su discurso:
“Señor Presidente , los parlamentarios comunistas rendimos homenaje a la mujer en esta sesión, pues, precisamente, el 8 de marzo se celebra el Día Internacional de la Mujer.”.
Y así continúa más adelante:
“En nuestro país, ya en la Conquista, nuestras antepasadas, las mujeres araucanas, se distinguieron en la defensa de su suelo frente al conquistador. En la Independencia, su participación activa puede simbolizarse en nombres queridos para nuestro pueblo, como los de Paula Jaraquemada o Javiera Carrera . Con el tiempo, se ha incrementado la participación de la mujer en la vida social y política del país. Y, desde el nacimiento de las organizaciones obreras, los trabajadores, en su lucha por conquistar mejores condiciones, especialmente las mujeres, que han contribuido con su esfuerzo a las victorias que han permitido abrir el camino para lograr soluciones definitivas para los problemas de nuestra patria.
(…)
Por eso, en este Día Internacional de la Mujer, junto con rendir un homenaje a todas las mujeres que en nuestra patria han contribuido, en una forma u otra, a su progreso y se han incorporado a toda la vida nacional, también hago un llamado a la unidad de acción en torno de estos problemas que, naturalmente, afectan más directamente a las mujeres.”.
Y concluyó su intervención de la siguiente forma:
“Señor Presidente , terminamos estas breves palabras dejando también establecido que lucharemos incansablemente por que se mejoren las condiciones de vida de las mujeres de nuestra patria; por que se terminen las discriminaciones que aún existen, ya que no siempre se le paga a la mujer igual salario que al hombre por igual trabajo; por que se ponga fin a las alzas constantes, que van haciendo cada día más difícil para las mujeres el atender a la alimentación de sus familias; por que se llegue a una pronta solución del problema habitacional; en fin, por que se solucionen todos estos problemas, para permitir que la mujer pueda aportar a la sociedad, a nuestro país, toda su capacidad, construyendo así un Chile en el que se conviertan en realidad aquellas palabras que escribiera Gabriela Mistral en su hermoso poema de las madres, en el que dice que la tierra tiene la imagen de una mujer con un hijo en sus brazos, con su criatura en sus anchos brazos. Deseamos que nuestra tierra y que toda la Tierra sea como una madre que cuida de sus hijos, ofreciéndoles todas las posibilidades para desarrollarse como seres felices, deseosos de trabajar, de progresar, a fin de llevar al hombre, al ser humano, al desarrollo máximo de sus más nobles condiciones.
He dicho, señor Presidente .”.
Ésas fueron sus palabras el miércoles 8 de marzo de 1967.
Estimados colegas y muy especialmente su familia:
Una madre llora sin ningún consuelo y bañándose en lágrimas tanto su alma noble se quebranta, mientras alza su mirada hacia el cielo.
Sus ojos han perdido sus destellos al igual que su fe por el hijo que le arrebataron. Él la dejó abandonada. Por eso a la pobre y triste se le vio sufriendo en silencio el maltrato y el desgarro de haberle quitado a su tesoro, a su pequeño, a su sueño, a su hijo, al soñador y valiente al igual que ella, a José Manuel Parada .
Más allá de su valentía, como madre tuvo una pena que la siguió hasta el final de sus días y que caló su alma como cruel condena al saber que nunca volvería a ver a su hijo y que sólo sus recuerdos, sonrisas y cariño podría atesorar y guardar.
La madre llora y sueña que vuelve el hijo amado, pues anoche ha soñado que volverá muy pronto y espera con dulzura darle el perdón ansiado, como tanto ha soñado, al ver a su hijo prodigo. Piensa en el beso grande que sentirá en sus sienes, porque si el hijo viene borra el dolor de la madre.
Estimada, grande y honorable diputada María Maluenda , hoy representada por tus familiares, hoy ya no lloras y no tienes tristezas. Fuiste al encuentro de tu amado hijo José Manuel y juntos seguirán luchando espiritualmente por su Chile que tanto amaron y que también los vio sufrir.
En nombre de la bancada PRI e Independientes, rendimos homenaje a esta destacada mujer que, estoy seguro, como cristiano, seguirá contribuyendo al desarrollo de nuestro país para que la democracia se fortalezca y nunca más ocurran los hechos tan desgraciados y tan terribles que a ella le tocó vivir como madre.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Finalmente, tiene la palabra el diputado señor Guillermo Teillier, en representación del Partido Comunista.
El señor TEILLIER.- Señor Presidente, en nombre de la bancada del Partido Comunista de Chile me ha correspondido expresar nuestra palabra de homenaje a la ex diputada María Maluenda, recientemente fallecida.
En primer lugar, debo manifestar nuestro saludo y solidaridad con su familia, con todos sus allegados, con quienes la quisieron y, en especial, con su hija Soledad Parada.
Es bien sabido que María Maluenda tuvo una relevante participación en el campo artístico, como actriz de teatro y cine y, a la vez, como divulgadora de la poesía en múltiples escenarios, muchas veces muy modestos. Asumía la cultura como un derecho del pueblo y procedía en consecuencia. Neruda sintió siempre que sus poemas no podrían ser mejor declamados que por María.
En un momento de auge del movimiento popular, expresado en la victoria de Pedro Aguirre Cerda , por 1941, hace 70 años, María Maluenda fue cofundadora del Teatro Experimental de la Universidad de Chile, junto a figuras nacionales como Pedro de la Barra , Rubén Sotoconil , Graciela Álvarez y Roberto Parada , con quien formó familia en 1946.
El arte fue la vía para su compromiso social y político. Ya en esos primeros años de su participación en las tablas, fue participante activa en los movimientos feministas que lucharon y conquistaron los derechos electorales para la mujer, logrados a fines de esa década.
María ingresó al Partido Comunista en 1958 y, en 1965, fue elegida diputada por el Primer Distrito de Santiago, cargo que desempeñó hasta 1969. No fue diputada sólo de Sala; durante ese período se hizo parte de las luchas populares. Jugó un gran rol, junto a Gladys Marín , por ejemplo, en el apoyo a los pobladores sin casa que realizaron, en 1967, la toma de terrenos de Herminda de la Victoria, en la antigua comuna de Barrancas, hoy Cerro Navia. Ya en ese momento, esta justa lucha poblacional tuvo el apoyo y la solidaridad del movimiento estudiantil.
Fue relevante su actividad como miembro de la Comisión Investigadora del Plan Camelot, en 1965, que fue un precedente de la intervención norteamericana en el golpe militar de 1973. Era un plan de intervención de los servicios de inteligencia norteamericanos en los asuntos internos de nuestro país. Su destacado rol en esos eventos decidió su designación, en 1966, como delegada del Partido Comunista de Chile al Congreso del Partido Comunista de Estados Unidos de América. Su contribución fue inestimable para obtener un reclamo formal de instancias del parlamento de los Estados Unidos para exigir el fin de ese programa intervencionista y violador de nuestra independencia, tal cual lo informó el New York Times .
Habiendo dejado sus funciones como parlamentaria, el Gobierno Popular encabezado por Salvador Allende la designó como la primera embajadora de Chile en la República Democrática de Vietnam , entonces sólo del norte.
Ocurrido el golpe militar e instalada la dictadura, María Maluenda decidió permanecer en Chile. Asumió los riesgos de la actuación pública y destacó su valentía y decisión al acompañar, desde el comienzo, ante los tribunales de justicia a los familiares de las víctimas de la represión. En ello estuvo en plena sintonía con su hijo José Manuel Parada , colaborador destacado de la Vicaría de la Solidaridad , centro ejemplar en defensa de los perseguidos por la tiranía.
Por ello, en 1985, María Maluenda debió enfrentar el tremendo dolor de la muerte de su hijo José Manuel , brutalmente asesinado por la dictadura en el llamado “caso de los tres profesionales comunistas degollados”, tal vez uno de los más horrendos crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco del terrorismo elevado a política de Estado.
En el proceso de construir fuerzas para poner fin a la tiranía, decidió ser parte de la formación del Partido por la Democracia. Tuvimos diferencias sobre ello, pero fue una decisión que respetamos y que no puso en cuestión nuestra valoración de su valiente lucha de siempre.
En 1989, fue elegida nuevamente diputada , en representación del Partido por la Democracia, por el mismo distrito popular donde había actuado en apoyo a los sin casa y allegados en las tomas de terreno. Ejerció ese cargo sólo por un período, de manera destacada y digna.
Hace un tiempo, a la muerte de su entrañable amigo Volodia Teitelboim, María solicitó su reincorporación al Partido Comunista. Ese acontecimiento fue comunicado en un acto público y la información fue recibida con emoción y alegría, expresadas en un aplauso unánime y sostenido, que fue más que nada un homenaje a la consecuencia y trayectoria de María Maluenda en todas sus facetas.
María Maluenda quedará para siempre en el recuerdo de quienes la conocimos y servirá de ejemplo para las nuevas generaciones. Tenemos el deber múltiple y diverso de dar a conocer su ejemplo, más aún en este tiempo en que las nuevas generaciones realizan luchas de una formidable envergadura para poner fin al sistema que instaló la dictadura y que todavía fustiga a nuestro pueblo, y cuando jóvenes mujeres están a la cabeza de tan amplio movimiento por cambios democráticos en nuestro país. Lo que hacen esos jóvenes tal vez sea el mejor homenaje para María Maluenda , que luchó toda la vida.
María Maluenda , ¡presente! Ahora y siempre.
He dicho.
-Aplausos.
El señor MELERO ( Presidente ).- De esta forma, la Cámara ha rendido homenaje a quien fuera diputada en dos oportunidades, embajadora y, como se ha dicho, una destacada actriz.
En nombre de la Corporación, una vez más expresamos a su hija Soledad, a sus nietos, a sus familiares y a sus amigos, al Partido Comunista y al Partido por la Democracia, en los cuales militó María Maluenda, nuestro pesar y nuestra compañía frente a su fallecimiento.
Muchas gracias.
-Aplausos.
V. ORDEN DEL DÍA
ESTANDARIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL PROCESO DE SOLICITUD DE MARCAS Y PATENTES. Modificación de la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial. Primer trámite constitucional.
El señor MELERO (Presidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 19.039, de propiedad industrial, para estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de marcas y patentes.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es el señor Carlos Montes.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 7862-03, sesión 69ª, en 11 de agosto de 2011. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, sesión 82ª, en 12 de septiembre de 2011. Documentos de la Cuenta N° 7.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor MONTES (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, paso a informar el proyecto que modifica la ley N° 19.039, de propiedad industrial.
La idea matriz o fundamental del proyecto es modificar la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial, con el propósito de estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de marcas y patentes, mediante la adecuación de la legislación nacional a los tratados internacionales suscritos por Chile sobre la materia.
El proyecto fue aprobado en general por unanimidad.
La Comisión contó con la asistencia y colaboración de ejecutivos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, asesores del Ministerio de Economía y dirigentes de la Asociación Chilena de la Propiedad Intelectual.
La iniciativa en informe es fundamental para adecuar nuestra legislación de propiedad industrial al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes y al Tratado sobre el Derecho de Marcas.
El primero de ellos se adoptó en Washington, Estados Unidos, en 1970, y entró en pleno vigor en 1978; en 2007 ingresó a tramitación para su aprobación por el Congreso Nacional y se promulgó en 2009. Desde el mes de junio de ese año rige en Chile.
Sus ventajas son numerosas: simplifica y hace más eficaz y económico el procedimiento para solicitar la protección por patente para las invenciones en varios países; facilita y acelera el acceso de las industrias y de los demás sectores interesados a la información técnica relacionada con las invenciones y ayuda a los países en desarrollo a acceder a tecnología de punta; incentiva la protección de las invenciones a nivel internacional, lo que redunda en un incremento del desarrollo científico, tecnológico y económico del país; facilita el trámite de la presentación de una solicitud internacional de patente, ya que tiene requisitos de forma preestablecidos; posterga en 18 meses los gastos derivados del pago de las tasas nacionales, en comparación con el sistema tradicional.
Los cambios de adecuación que se proponen son los siguientes:
Una primera modificación se refiere a las normas generales y conceptos que deben ser expresamente señalados. Es así que se hace imprescindible señalar el concepto de “solicitud internacional” para identificarla plenamente con aquellas presentadas conforme al procedimiento alternativo establecido en este tratado.
Por otro lado, es necesario establecer en nuestra legislación la definición de que el Instituto Nacional de Propiedad Industrial actúa como la oficina receptora de las solicitudes del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes en Chile, de acuerdo al artículo 3° del propio tratado.
Se debe establecer el español como idioma oficial de presentación de las solicitudes internacionales.
El Tratado de Cooperación en Materia de Patentes no modifica la tramitación de solicitudes conforme a la ley nacional. Por eso debe señalarse que las solicitudes internacionales de patentes o modelos de utilidad presentadas en Chile en fase nacional se regirán, en lo que respecta a los requisitos de fondo, a las disposiciones de la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial.
Una de las etapas más importantes del procedimiento nacional es la posibilidad de oponerse al registro dentro del plazo de 45 días, a contar de la publicación de la solicitud en el Diario Oficial. Entonces, para cumplir con esta norma, se debe señalar expresamente que, a pesar de la existencia de la publicación internacional, es imprescindible, de acuerdo con el procedimiento nacional, realizar la publicación correspondiente a la del artículo 4º de la ley 19.039, para, de esta forma, permitir que terceros puedan ejercer sus derechos a través de una oposición.
Una segunda gran modificación se refiere a los plazos de entrada en fase nacional y vigencia de los derechos.
A través de una norma legal es necesario aclarar algunos aspectos. Por ejemplo el plazo de entrada en fase nacional de las patentes o modelos de utilidad, de acuerdo al artículo 22 del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, es de 30 meses, contado desde la fecha de prioridad, lo cual se debe señalar expresamente. Además, se explicitan los requisitos para comenzar la tramitación en fase nacional.
Por último, la presentación de la solicitud internacional tiene el mismo efecto que una solicitud presentada en Chile; por lo tanto y de acuerdo con el artículo 11.4 del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, el plazo de vigencia de las patentes y modelos de utilidad debe contarse desde la presentación de la solicitud internacional correspondiente.
Por su parte, el Tratado sobre el Derecho de Marcas se adoptó en 2004 en Ginebra, Suiza, y entró en vigor en agosto de 2006. En enero de 2009, ingresó el proyecto para su ratificación al Congreso Nacional y se aprobó en 2010.
La gran mayoría de las disposiciones del Tratado sobre el Derecho de Marcas se relaciona con el procedimiento ante el Registro de Marcas , que puede dividirse en tres fases principales: la solicitud de registro, los cambios después del registro y la renovación. Las normas aplicables a cada fase están establecidas de tal manera que se sepa claramente qué es lo que una oficina de marcas puede y no puede exigir del solicitante o el titular.
Entre las ventajas que proporciona el Tratado sobre el Derecho de Marcas figura la estandarización de formalidades ante una oficina nacional o regional, lo que permite presentar una solicitud más fácilmente en distintos países. Esta simplificación se manifiesta en un formulario único de presentación, el que puede ser utilizado e impreso gratuitamente, lo que evita a los usuarios incurrir en el pago de formulario de solicitudes.
En lo que respecta a la adecuación de nuestras normas al Tratado sobre el Derecho de Marcas , se abordan dos puntos: eliminación de las formalidades en la presentación de poderes y la división de la solicitud.
Por último, cabe hacer presente que durante la discusión particular de la iniciativa en informe, el número 1) de su artículo único fue rechazado por mayoría de votos, ya que se estimó que la constancia notarial de los actos jurídicos que tengan incidencia en propiedad industrial era del todo conveniente para efectos de dar mayor certeza jurídica. Los restantes números fueron aprobados por asentimiento unánime en iguales términos.
Es todo cuanto puedo informar.
El señor MELERO (Presidente).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Frank Sauerbaum.
El señor SAUERBAUM.- Señor Presidente , con este proyecto de ley se busca modificar la ley N° 19.039, sobre Propiedad Industrial, con el propósito de estandarizar y mejorar los procesos de solicitud de las marcas y patentes, mediante la adecuación de nuestra legislación a los tratados internacionales suscritos por Chile sobre la materia.
Asimismo, busca fomentar la aplicación de una serie de tratados internacionales a los cuales nuestro país ha adherido, puesto que ha pasado un tiempo más que prudente y, en algunos casos, aún no han tenido aplicación práctica, por lo que se requiere un ajuste de nuestra norma para su correcto funcionamiento.
El Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) o el Tratado sobre Derecho de Marcas (TLT) no han podido ser progresivamente implementados hasta el día de hoy, pues para su aplicación requieren de la modificación de algunos procedimientos que existen en nuestra legislación, por lo que se establecen procedimientos paralelos y alternativos distintos, o criterios bajo los cuales nuestra normativa debiese adecuarse. Así, entonces, ha habido una forma de aplicación directa de estos cuerpos legales suscritos por Chile, sin dictar una norma para su funcionamiento.
Lo anterior ha hecho que se detecten algunas problemáticas que se deben resolver para una mejor aplicación, sobre todo en los sistemas de presentación y recepción de las solicitudes. Entonces, se hace necesario dictar reglas legales que ordenen esta situación, lo que otorgará más certeza jurídica a los solicitantes y usuarios del sistema, y hará compatible los estándares exigidos por los tratados y los procedimientos establecidos por nuestra legislación.
Con el proyecto, se pretende dar efectivamente una aplicación en nuestro sistema de registro de marcas y patentes actual a todos los tratados que nuestro país ha suscrito a lo largo de los años que no han tenido los efectos debidos, puesto que no se han incorporado en la forma práctica de solicitar estos registros, lo que los instrumentos internacionales firmados plantean ciertos estándares y no necesariamente la forma de aplicación en los procedimientos o, incluso, procedimientos diversos de los que ya existen en nuestro sistema.
Tal como lo ha enunciado el Banco Mundial, un factor determinante para fomentar la inversión extranjera es, entre otros, la protección de la propiedad industrial, pues con esto se permite, desde el intercambio de altas tecnologías hasta el aumento de las ofertas, lo que introduce una mayor competitividad que, a su vez, permite mejorar la prestación de servicios.
Los Tratados tienen como objetivos fundamentales los siguientes:
El TLT simplificaría, por ejemplo, los procedimientos nacionales para el registro de marcas, busca eliminar las formalidades y establecer un marco regulatorio sobre cuestiones procesales en las solicitudes de marcas, es decir, la estandarización de los requerimientos.
Respecto de este Tratado, se aprecian algunas diferencias con disposiciones de la legislación nacional que generan dificultades, por lo que se hace necesario adecuarlas.
En el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes PCT se aprecian normas más generales y conceptos que deben ser expresamente señalados, que habría que clarificar respecto de la institucionalidad vigente y nuestra legislación, esto para resolver sobre su compatibilidad o respectiva creación.
Además, propone un procedimiento alternativo que debe coexistir con la forma del procedimiento aplicable en nuestro sistema y hacer una clara referencia a las instituciones que se harán cargo de los trámites que se encargan de dicho procedimiento.
Según la intervención del director del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi), quien manifestó que la iniciativa es fundamental para adecuar nuestra legislación de propiedad industrial tanto al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) como al Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT).
Expresó que al día de hoy hay más de 2 millones de solicitudes internacionales de patentes presentadas vía PCT. Ello haría urgente la existencia de una normativa acorde a los mecanismos internacionales de dichos tratados, que faciliten su tramitación.
Entonces, reconocemos que debe crearse también una figura nítida, sobre cuáles serían las solicitudes que se regirán por la normativa actual establecida en la ley N° 19.039, de propiedad industrial, y cuáles deben regirse por la que se adecuará al texto de los tratados enunciados.
En consecuencia, anuncio que la bancada de Renovación Nacional votará favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.- Señor Presidente , si bien se trata de un tema para abogados, además tiene importancia por la petición que se nos hace -entiendo que a usted también, señor Presidente - cuando participamos en organismos internacionales.
Recordemos que la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) tiene su sede en Ginebra.
Hace poco menos de un año se realizó un Seminario auspiciado por el Congreso Nacional y el Ministerio de Relaciones Exteriores sobre este tema. Asistieron el presidente de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el diputado Marcelo Díaz , quien habla y el senador Hernán Larraín . Allí nos comprometimos a buscar cómo mejorar la coordinación con la ley internacional de patentes -como decía el diputado Sauerbaum -, con la ley de propiedad industrial. En esta iniciativa el Ejecutivo ha recogido estos temas. De hecho, se aprobó por unanimidad en la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo y me parece que acá en la Sala se va a resolver del mismo modo, pues queremos establecer claridad.
Chile es un país de inventores. Muchos hacen magia, tienen la creatividad necesaria, no sólo en política la hay, sino también en otras áreas. Mañana podríamos patentar nuestro sistema binominal u otros que son únicos en el mundo.
En ese seminario, el funcionario explicaba que esto partió con 500 solicitudes y hoy hay más de 160 mil en el mundo. Chile no puede quedarse atrás en todo lo que sea tener tranquilidad al registrar un invento, una marca. Una actividad tiene que ser lo más simple posible.
Estos son temas normalmente para abogados; legislativos, no; legales, sí. Sobre todo en regiones, se acercan a uno personas -seguramente, también al diputado Barros - que tienen un pequeño inventito y no saben cómo registrarlo, porque el procedimiento es muy complicado y no tienen plata para financiarlo. El proyecto de ley lo simplifica, con plazos claros, en español -en muchos lados los documentos base que se deben llenar están en otros idiomas-, establece requisitos a prueba de tonto, la vigencia de los derechos. Por eso, me parece un adelanto. Si bien desde el punto de vista legislativo popular, a lo mejor, no tiene mucha atracción, ni es uno de esos proyectos que causan incentivo o aceleramiento, sin duda, tiene un trasfondo mucho más potente de lo que esperamos. Eso se aprecia afuera cuando nos comentan lo bien que está Chile en todos los aspectos; sin embargo, en esto, nos hemos quedado un poco atrás. Por lo tanto, al tenerlo claro, diputado René Manuel García , registrará su creación, pero, si a posteriori alguien de su familia le dice que la cosa está más o menos, puede mejorarla, cambiarla o, por último, renovarla. Temas claros y precisos. Son áreas bastante complejas.
A veces, uno se pierde con el lenguaje de un proyecto pero el de este es simple. Se trata de poner su contenido al alcance del ciudadano normal. Al respecto, reiteradamente hemos criticado a distintos ministros o gobiernos porque se alejan de la ciudadanía, pues el lenguaje no es comprensible. En esta iniciativa es todo lo contrario. Felicito al Ministerio de Economía por haber recogido algo que comprometimos en el gobierno anterior. Ahora se concreta un sistema más eficaz y simple para acelerar el proceso y proteger las invenciones.
Estoy seguro de que el ex senador Errázuriz era muy creativo en esto. Seguramente, no estaba la ley tan avanzada y hoy tiene algunos problemas de interpretación. El proyecto elimina las interpretaciones y pone la materia en el tapete. Al final, uno buscaría -no pasó por la Comisión Hacienda- su difusión.
Muchas veces hacemos buenos proyectos, pero la gente no los conoce. Esta iniciativa debió haber contado con algunos recursos para que el Ministerio de Economía difundiera la nueva forma de acercarnos a los tratados de cooperación en materia de patentes y de derechos de marca.
En la discusión presupuestaria veremos si podemos destinar algunos pesitos extras al Ministerio de Economía para que, sobre todo a través de los seremis, en regiones se cuenta con folletos y alguna bibliografía a la que la gente pueda acceder. Sin duda, el chileno es mucho más creativo de lo que se piensa cuando se le facilita determinada información, pero, sobre todo, cuando se protege su creación y no llegan las multinacionales o quienes andan por el mundo viviendo de la creatividad de otros, al cambiar una letra -el caso más conocido es OMG-, al poner otro nombre, al agregar una coma o una raya a una marca y se quedan con ella.
Me parece que éste es un excelente proyecto de ley que debemos aprobar y, lo vuelvo a señalar, ojalá lo difundamos para hacerlo más popular y la ciudadanía entienda los procedimientos sobre la materia. Incluso, se podría hacer llegar folletos a las universidades, a los futuros profesionales.
Sin lugar a dudas, el contenido de esta iniciativa escapa a lo legal. Aquí se involucran ámbitos como el productivo, el regional, el económico, el financiero. O sea, se trata de un proyecto que parece ser muy simple, pero posee ramificaciones en todos los aspectos de la actividad del país.
Dejo la mencionada tarea al Ministerio de Economía.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor MELERO (Presidente).- Corresponde votar, en general, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial, para estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de marcas y patentes.
Hago presente a la Sala que se trata de normas propias de ley simple o común y que la iniciativa no ha sido objeto de indicaciones.
Asimismo, la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recomienda aprobar la idea de legislar.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 85 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor MELERO ( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY N° 19.496, SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. Primer trámite constitucional.
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el plazo de prescripción contenido en el artículo 26 de la ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos del Consumidor.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es el señor José Manuel Edwards.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 7861-03, sesión 69ª, en 11 de agosto de 2011. Documentos de la Cuenta N° 4.
-Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, sesión 78ª, en 6 de septiembre de 2011. Documentos de la Cuenta N°12.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor EDWARDS (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, paso a informar, en primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia, el proyecto de ley que modifica el plazo de prescripción contenido en el artículo 26 de la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, originado en una moción de las diputadas señoras María José Hoffmann , Andrea Molina , Claudia Nogueira y Mónica Zalaquett , y de los diputados señores Gonzalo Arenas , Cristián Letelier , Javier Hernández , Carlos Recondo , David Sandoval y Enrique van Rysselberghe .
La idea fundamental o matriz del proyecto es modificar la ley N° 19.496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, con el objeto de aumentar a un año el plazo de prescripción de las acciones que persiguen la responsabilidad contravencional.
Este proyecto no incluye normas de carácter orgánico constitucional, ni de quórum calificado ni que deban ser conicidas por la Comisión de Hacienda.
La Comisión contó con la asistencia y colaboración de don Alejandro Arriagada , abogado asesor del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
El inciso primero del artículo 26 de la ley N° 19.496 dispone un plazo de prescripción de seis meses para las acciones que persigan la responsabilidad contravencional que se sanciona en el señalado cuerpo normativo, contado desde que se haya incurrido en la infracción.
Muchos consumidores de nuestra época poseen un conocimiento cabal sobre los derechos que les franquea nuestro ordenamiento jurídicos y, en especial, respecto de las normas contenidas en la ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, de manera tal que, cuando éstos son transgredidos, saben cómo pueden ejercerlos frente a los distintos tipos de proveedores que existen en el mercado, casas comerciales, institutos, universidades y otros.
No obstante lo anterior, aún persisten innumerables situaciones en que los proveedores se han desligado en forma absoluta de toda responsabilidad frente a la mala calidad o publicidad engañosa de los servicios que prestan, amparándose en la prescripción de las acciones que se han pretendido ejercer en su contra, todo ello, de conformidad con lo que establece el artículo 26 de la ley N° 19.496, esto es, el exiguo tiempo de prescripción de tales acciones.
El plazo de prescripción de las acciones que persiguen la responsabilidad contravencional de los proveedores de bienes o servicios regulados en la ley N° 19.496 es tan breve que impide a los consumidores alcanzar a reaccionar frente a las infracciones y exigir su reparación o las sanciones correspondientes en un plazo razonable.
Las normas supletorias en materia civil se encuentran contenidas en nuestro Código Civil, el que al tratar la prescripción de las acciones distingue entre las de corto y las de largo tiempo.
El artículo 2522 del Código establece: “Prescribe en un año la acción de los mercaderes, proveedores y artesanos por el precio de los artículos que despachan al menudeo.
La de toda clase de personas por el precio de servicios que se prestan periódica o accidentalmente; como posaderos, acarreadores, mensajeros, barberos, etc.”.
Esta norma se encuentra directamente relacionada con las acciones que se consagran
en la ley sobre Derechos de los Consumidores, puesto que da un indicio de cómo debe tratarse lo concerniente al plazo de prescripción de las acciones que se relacionan con el precio de los artículos que los mercaderes, proveedores de bienes y artesanos despachan al menudeo, o el de toda clase de personas por el precio de servicios que prestan periódica o accidentalmente.
Se debe considerar, entonces, que el artículo 2522 del citado Código marca las pautas básicas y generales respecto del plazo de prescripción de las acciones. Para esta clase de acciones establece una prescripción de corto tiempo de un año, o sea, el doble del señalado en la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
En consecuencia, y a la luz de la referida disposición legal, la prescripción de las acciones que persigan la responsabilidad contravencional que se sanciona en la ley N° 19.496 no puede tener un plazo menor que el que se establece para la generalidad de los casos en el ordenamiento jurídico. Por tanto, a nuestro juicio, debe ser de un año, contado desde que se haya incurrido en la infracción respectiva, puesto que de poco sirve una ley especial, como la de Derechos de los Consumidores, que establezca un plazo de prescripción de las acciones más corto que el dispuesto en el ordenamiento general para las denominadas prescripciones de corto tiempo.
Éste es un importante paso en cuanto a lograr una mayor protección a los derechos de millones de chilenos que ven frustrada su posibilidad de lograr una sanción frente a abusos flagrantes cometidos por ciertos proveedores. Además, no se divisa la razón por la que se dispuso un plazo tan breve de prescripción y, por ende, es del todo pertinente homologar dicho término al contenido en el Código Civil para las acciones de corto tiempo, por lo tanto, fijarlo, al igual que en el orden general, en un año. De esta forma, se otorga un mayor plazo a las personas para perseguir la responsabilidad contravencional del infractor y evitar que queden impunes las actuaciones de muchos proveedores que ofrecen tanto bienes como servicios de mala calidad.
Sólo me resta agregar que la moción fue perfeccionada en su texto al aprobarse, en forma unánime, una indicación complementaria que establece que tratándose del ejercicio de la acción civil ordinaria ésta se regirá por los plazos de prescripción contemplados en el Libro IV, Título XLII, del Código Civil. Ello, con el propósito de zanjar la discusión en cuanto a qué tipo de prescripción es aplicable en cada caso.
Hago presente a la Sala que el proyecto fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión.
Votaron a favor la indicación los diputados señores Gonzalo Arenas , Fuad Chahín , Carlos Montes , Frank Sauerbaum , Patricio Vallespín , Enrique van Rysselberghe y quien informa.
No hubo artículos ni indicaciones rechazadas por la Comisión.
Tampoco hubo indicaciones declaradas inadmisibles.
Es todo cuanto puedo informar.
El señor MELERO ( Presidente ).- En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , desde mi punto de vista, este proyecto de ley constituye un paso más en la búsqueda de establecer una relación mucho más equilibrada entre el comercio, los servicios y los consumidores.
Sin lugar a dudas, la ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores significó un gran avance, pero aún persisten tremendas dudas sobre las razones que se tuvieron a la vista para fijar un plazo de prescripción de seis meses, contado desde que se haya incurrido en la infracción, término que, en muchos casos, limita absolutamente a los consumidores para recurrir a los tribunales, con lo cual se hace aplicable la norma del artículo 2514 del Código Civil, que señala expresamente que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo.
Estamos ante un muy buen proyecto y espero que sea aprobado en forma unánime por esta Sala. Sin embargo, quiero poner énfasis en una situación que, por distintas razones, me correspondió conocer durante aproximadamente cinco años. Me refiero al conflicto permanente de interpretación que se produce cuando estas disputas llegan a los tribunales de justicia, y tienen que ver con incidentes que se promueven en los tribunales, en cuanto a si la prescripción de la acción civil ordinaria indemnizatoria se rige por la misma norma de los seis meses o por las normas comunes del Código Civil.
Por ello, el diputado Fuad Chahín presentó una indicación -afortunadamente, fue aprobada por la unanimidad de la Comisión- que señala expresamente que, tratándose del ejercicio de la acción civil ordinaria, éste se regirá por los plazos de prescripción contenidos en el Libro IV, Título XLII del Código Civil. Me refiero a los artículos 2514 y siguientes. Esto es un gran avance, porque va a evitar que muchas empresas que abusan de los consumidores, de sus propios clientes, interpongan incidentes para extender irracionalmente los juicios en defensa de sus propios intereses.
Por ello, anuncio mi voto favorable a este proyecto de ley.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Ramón Farías.
El señor FARÍAS.- Señor Presidente , la defensa de los derechos de los consumidores se hace cada día más urgente y necesaria; además de constituir un imperativo legal y moral tender a su protección, sobre todo, por aquellos que desempeñamos la labor de ser sus representantes.
Hoy, bien vale reconocer que los consumidores están más conscientes y responsables de los derechos que la ley les reconoce y el modo de ejercerlos. Sin embargo, todavía resulta necesario darnos a la tarea de poner atajo a situaciones en que dichos derechos se han visto vulnerados por la conducta de proveedores que han contravenido las disposiciones de la ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, ya sea en la venta de un determinado bien, o en la prestación de un servicio.
El plazo que hoy contempla su artículo 26 para perseguir la responsabilidad contravencional de los proveedores es demasiado exiguo, solo seis meses, contado desde que se incurrió en la infracción respectiva. Basta con recordar -me viene a la memoria un caso- los escándalos más recientes ocurrido en Chile, donde un agente económico, como es La Polar, contravino una serie de normas de la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, sin perjuicio de que la responsabilidad penal y civil de sus representantes -que aún se investiga por los órganos competentes- es un ejemplo evidente de la indefensión en que se encuentran los consumidores y los escasos mecanismos que existen para protegerlos.
También demuestra aquello la legislación vigente, en la cual el afectado sólo dispone de un plazo de seis meses para perseguir la responsabilidad contravencional. Más aún, si consideramos que el proveedor dispone de un año para ejercer las acciones de cobro; sin duda, esto es injusto.
En consecuencia, es urgente y necesario igualar los plazos, más aún, pensando en los consumidores más modestos de nuestro país, quienes deben agregar la dificultad de acceder a una defensa jurídica oportuna para hacer frente a estos proveedores monstruosos.
Por ello, considero de toda justicia dar un pequeño paso en dirección a proteger al consumidor y aumentar el plazo a un año para perseguir la responsabilidad del proveedor. De esta forma, vamos terminando con las malas prácticas, como son las cláusulas abusivas, la letra chica y otras que aún tenemos pendientes y que debemos erradicar.
Luego, parece de justicia aumentar el plazo para perseguir la responsabilidad por las contravenciones de los distintos proveedores a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
Por ello, voy a votar a favor de este proyecto de ley.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Cristián Letelier.
El señor LETELIER .- Señor Presidente , es un motivo de mucho honor y orgullo que, por primera vez, vaya a ser prontamente ley de la República un proyecto de nuestra autoría, además de abordar algo tan emblemático, ya que, como bien decía el señor Farías , se trata de que protejamos al consumidor.
Bien sabemos los abogados que la prescripción es una de las instituciones más importantes de nuestro ordenamiento jurídico, sobre todo, porque hace que el transcurso del tiempo vaya matando las acciones. En este caso, bien sabemos que la prescripción de las acciones, en general, son de largo -cinco o más años- y corto tiempo.
Lamentablemente, la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores estableció un plazo muy exiguo de prescripción, de solo seis meses, que casi se compara con la acción quanti minoris de la compraventa del Código Civil. Por eso, los autores del proyecto proponemos su ampliación a un año, sobre todo, pensando en la jurisprudencia y en muchos casos prácticos que llegaron a nuestro conocimiento. Esto va a contribuir a arreglar el problema que tienen los consumidores que, muchas veces, no conocen plenamente todos sus derechos para reclamar por infracciones en las compraventas comerciales, que para ellos son civiles.
Quiero felicitar al diputado Fuad Chahín porque la indicación que propuso viene a solucionar un problema jurisprudencial, ya que algunas sentencias señalan que el plazo de seis meses también es para la acción civil; en cambio, otras indican que deben aplicarse las normas del Código Civil. En este caso, con la modificación que se hace, queda claro que la acción contravencional prescribe en un año contado desde el acto o contrato; para la acción de indemnización civil se aplican las normas generales del Código Civil, o sea, cinco años, también contados desde el acto o contrato.
De manera que estoy muy contento de que este proyecto esté en discusión en esta Sala y espero que sea aprobado por unanimidad.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente , en una sociedad cuyo modelo de desarrollo en todos los planos es neoliberal, donde se exagera el rol del mercado en la relación entre personas y en la convivencia; además, las posibilidades entre ofertante y demandante, entre quienes proveen de bienes y servicios y quienes los consumen, evidentemente genera una relación profundamente desigual.
Desde esa perspectiva, es bueno todo lo que vaya en la dirección de potenciar los derechos de la parte débil en un contrato, en definitiva, en este caso, de los consumidores. En muchas ocasiones, quienes realizan una actividad empresarial ofrecen servicios o bienes de consumo, pero no cumplen con la calidad, presentación e, inclusive, precios ofrecidos. Por eso, los consumidores, que son víctimas de la alteración de los contratos, deben tener la mayor protección legal posible, tarea que a los parlamentarios nos corresponde llevar a cabo.
La relación entre ofertantes y consumidores es la que mejor calza con la popular “ley del embudo”; es decir, la parte más ancha para los proveedores, y la más angosta para los consumidores.
Todo lo que potencie la capacidad de defensa de los consumidores será valorada por nosotros y, por tanto, es positivo ampliar a un año el plazo de prescripción establecido en el artículo 26 de la ley N° 19.496. Sin embargo, todavía es escaso, dado que la persona debe descubrir que el contrato fue adulterado y que no se dio cumplimiento a lo ofrecido. Eso también implica tiempo. En todo caso, no puedo dejar de valorar el hecho de que el proyecto establezca un plazo superior al vigente.
Una de las referencias utilizadas como fundamento para ampliar el plazo fue la educación, en que debe transcurrir un año y no seis meses para satisfacer las demandas de los clientes que, en este caso, serían los estudiantes. No puedo dejar de precisar que, desde mi punto de vista, este ejemplo no serviría, toda vez que no se trata de un bien de consumo -más allá de lo que opine el Presidente de la República -, sino de un derecho inalienable que el Estado debe garantizar a todas las personas que forman parte de nuestra sociedad.
En definitiva, deberíamos establecer que el plazo de un año se debe contabilizar desde que el consumidor o el cliente se da cuenta de la situación, porque no siempre tiene la precaución de leer de inmediato la letra chica relacionada con el vencimiento de un producto o con la garantía que se le ofrece. Debemos legislar en beneficio de los consumidores y aumentar las exigencias a quienes, por voluntad propia, se dedican a una actividad comercial, de manera que cumplan rigurosamente con los contratos comerciales que ellos mismos elaboran y estudian detalladamente.
Por eso, a pesar de nuestras observaciones relacionadas con el plazo, nos parece que este proyecto apunta a fortalecer la posibilidad de que los consumidores puedan demandar. Por eso, va a contar con nuestra aprobación.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde votar, en general, el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el plazo de prescripción contenido en el artículo 26 de la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
Hago presente a la Sala que las normas del proyecto son propias de ley simple o común y que no ha sido objeto de indicaciones.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
El señor MELERO.- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
RESTABLECIMIENTO DEL EJERCICIO DEL DERECHO A RETRACTO DE LOS CONSUMIDORES ANTE CONTRATOS U OFERTAS A DISTANCIA. Modificación de la ley N° 19.496. Primer trámite constitucional.
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, en primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia, que modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, restableciendo el ejercicio del derecho a retracto de los consumidores ante contratos u ofertas a distancia.
Diputada informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es la señora Cristina Girardi.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 7751-03, sesión 49ª, en 23 de junio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, sesión 78ª, en 6 de septiembre de 2011. Documentos de la Cuenta N° 14.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada informante.
La señora GIRARDI, doña Cristina (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo paso a informar sobre el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, restableciendo el ejercicio del derecho a retracto de los consumidores ante contratos u ofertas a distancia.
El proyecto se originó en moción de las diputadas señoras Carolina Goic y Alejandra Sepúlveda , y de los diputados señores Pedro Araya , Gabriel Ascencio , Eduardo Cerda , Fuad Chahín , Jorge Sabag , René Saffirio , Víctor Torres y Matías Walker .
Constancias previas.
1. Idea matriz o fundamental del proyecto.
Modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, con el propósito de permitir a éstos ejercer siempre el derecho a retracto, dentro del plazo de 10 días, contados desde la recepción del producto o contratación del servicio, respecto de los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquellos en que aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.
2. La iniciativa no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado.
3. No requiere trámite de Hacienda.
4. El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad.
Votaron a favor los diputados señores Gonzalo Arenas , Fuad Chahín, José Manuel Edwards , Carlos Montes , Frank Sauerbaum , Patricio Vallespín , Enrique Van Rysselberghe y la diputada que informa.
La Comisión contó con la asistencia y colaboración de don Alejandro Arriagada , abogado asesor del Ministerio de Economía, Fomento y Desarrollo.
La ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, establece el derecho a retracto, esto es, la facultad que tiene el consumidor de poner término de manera unilateral a un contrato de compraventa de bienes y/o servicios, sin expresión de causa y cumpliendo ciertos plazos y requisitos expresamente señalados en la ley, en particular, en sus artículos 3° bis y 3° ter.
Respecto del derecho a retracto establecido en el artículo 3° bis, específicamente en su letra b), es posible identificar una limitación expresa al efectivo ejercicio de este derecho cuando se trata de contratos celebrados mediante medios electrónicos u ofertas hechas a distancia, ya que se permite al proveedor disponer lo contrario, siempre que ello conste en forma expresa. Lo anterior no sólo constituye una inconsistencia al tenor del tratamiento que la ley otorga a este derecho en su texto general, sino que tal limitación también resulta del todo injusta y arbitraria, cuando sólo se hace respecto de los consumidores que celebran dichos contratos o aceptan ofertas, pero no respecto de los demás consumidores señalados en el artículo 3° bis, letra a), y en el artículo 3° ter.
Por tanto, se hace imprescindible restablecer íntegramente el derecho a retracto, tal cual se concibe no sólo en la ley en cuestión, sino en todo nuestro ordenamiento jurídico, permitiendo su efectivo ejercicio por parte de los consumidores que celebran contratos a través de medios electrónicos o aceptan ofertas hechas a distancia.
Una forma de fortalecer el derecho del consumidor es, precisamente, otorgando mayor espacio de libertad en su ejercicio, lo que se traduce en que el proveedor, bajo circunstancia alguna, pueda privar al consumidor del derecho a retracto, respecto de los contratos celebrados por medios electrónicos y en aquellos en que aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.
Sólo me resta señalar que el artículo único del proyecto, que elimina la facultad del proveedor de impedir el ejercicio del derecho de retracto por parte del consumidor, tratándose de contratos celebrados por medio electrónicos o de ofertas a distancia, fue aprobado por unanimidad en los mismos términos propuestos.
No hubo artículos ni indicaciones rechazados por la Comisión ni declarados inadmisibles por la Comisión.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra la diputada señora Carolina Goic.
La señora GOIC (doña Carolina).- Señor Presidente , el proyecto corrige la ley del consumidor en algo que, tal como señalaba la diputada informante , es asimétrico, el derecho a retracto del consumidor en un contrato suscrito a través de medios electrónicos, versus la posibilidad de eliminar este derecho de retracto del consumidor en el caso del proveedor.
Junto al diputado Fuad Chahín analizamos la vulnerabilidad del consumidor en contratos a distancia en una moción que esperamos sea vista luego por la Sala, y en la que establecemos la obligatoriedad de dejar estampada en forma expresa la voluntad de comprar determinados servicios.
Hoy son habituales y todos conocemos casos en que se llama por teléfono, contesta otra persona y, finalmente, se contrata un plan de telefonía o determinado seguro, sin que exista el consentimiento expreso de que se quiere comprar ese servicio.
Espero que luego podamos discutir en la Sala esa moción que está en la Comisión de Economía, para consagrar la obligatoriedad de establecer un registro. Muchas veces, cuando se nos hace una oferta o a una empresa le interesa que se suscriba determinado contrato, incluso van a la casa del consumidor o están afuera de las cajas de compensación.
Incluso, hoy puede expresarse la voluntad del consumidor mediante un mail.
Cuando redactamos la moción, nos dimos cuenta de que en la ley no figura el derecho a retracto, que parece tan lógico cuando se compra por medios electrónicos, ya que el consumidor no tiene la posibilidad de ver físicamente el producto y puede que por internet o en la página de la revista que hace la oferta aparezca algo que no necesariamente tiene las mismas características del producto que finalmente llega a sus manos.
En esas circunstancias, tiene lógica el derecho a retracto dentro de un plazo de diez días de efectuada la compra; es decir, que el comprador, sin expresión de causa, señale que el producto no es el que se suponía que se iba a recibir, por lo tanto, no es lo que se adquirió y se retracta.
Sin embargo, la ley establece que el proveedor expresamente puede disponer lo contrario, o sea, que no existe derecho a retracto.
Esto es lo que los consumidores conocen como la letra chica, que habitualmente no se lee. Cada vez son más las empresas que en sus contratos establecen la eliminación del derecho a retracto, y no puede ser que lo que se consagra en un contrato por medio de la letra chica tenga más peso que la ley y los derechos de los consumidores.
Se trata de un proyecto simple y agradezco la disposición de los miembros de la Comisión de Economía para tramitarlo en forma rápida, como la disposición del director del Sernac , que aportó antecedentes.
Esperamos que la iniciativa continúe su tramitación para que pronto se convierta en ley de la república, porque perfecciona derechos y otorga más garantías a los consumidores que compran por internet, por teléfono o por medios electrónicos, forma que cada vez se extiende más, que si bien facilita las cosas, también conlleva riesgos como ha quedado demostrado.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos.
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde votar, en general, el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, con el objeto de restablecer el ejercicio del derecho a retracto de los consumidores ante contratos u ofertas a distancia.
Hago presente a la Sala que las normas del proyecto son propias de ley simple o común y que la iniciativa no ha sido objeto de indicaciones.
La Comisión recomienda aprobar la idea de legislar.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor MELERO ( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN, CONSTITUIDA EN INVESTIGADORA DE ACTUACIONES RELACIONADAS CON ACUERDO N° 113, DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2010, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN.
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde tratar el informe de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, constituida como investigadora de las actuaciones del Ministerio de Educación y del Consejo Nacional de Educación, que concluyeron en el Acuerdo N° 113, de 11 de noviembre de 2010, en que se aprueba la modificación del plan de estudio para los sectores de aprendizaje obligatorios de la formación general correspondiente a los niveles educacionales de 5° básico a 2° medio.
Diputado informante de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación es el señor Germán Verdugo.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión, sesión 50ª, en 5 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 19.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor VERDUGO (de pie).- Señor Presidente , me corresponde informar respecto del trabajo realizado por la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, constituida como investigadora de las actuaciones del Ministerio de Educación y del Consejo Nacional de Educación, que concluyeron en el Acuerdo N° 113, de 11 de noviembre de 2010, que aprobó la modificación del plan de estudio para los sectores de aprendizaje obligatorios de la formación general correspondiente a los niveles educacionales de 5° básico a 2° medio.
Recordarán los distinguidos colegas que la solicitud para investigar estos hechos fue aprobada en la sesión del 19 de enero de 2011.
En el marco de la decisión del Gobierno de realizar diversas modificaciones al sistema educacional, se incluyeron enmiendas a nivel curricular en planes y programas de estudio, que apuntan a privilegiar la enseñanza de lenguaje, comunicación, matemáticas, idioma extranjero inglés y orientación, manteniendo la carga horaria total, lo que sólo se podía conseguir reduciendo las horas de otras asignaturas tales como historia, geografía, ciencias sociales, ciencias naturales, biología, física, química, educación tecnológica y educación artística.
Esta decisión generó diversas críticas, por cuanto significaba insistir en un modelo de educación que no buscaba un crecimiento integral de los niños y jóvenes y su formación como seres humanos, sino su mero desarrollo cognitivo. En este contexto, enfatiza en determinadas disciplinas como lenguaje y matemáticas, más aún, en este caso, a costa de minimizar otras áreas a las que se reduce su carga horaria.
Respecto de este mandato investigativo, hay que señalar que la Comisión, en su momento, estimó que, en virtud del protocolo de acuerdo suscrito por el Ministerio de Educación con los partidos de la Concertación el 18 de enero de 2011, referido al plan de estudios, entre otros compromisos, hacía innecesario el trabajo de la Comisión.
No obstante lo anterior, la Comisión acordó abocarse a investigar el nivel de cumplimiento a esa fecha del compromiso adoptado por el Ministerio de Educación, en orden a no efectuar modificaciones en el plan de estudio para los sectores de aprendizaje obligatorios de la formación general de 5° básico a 2° medio, y la regulación que rige la modificación del plan de estudio para los sectores de aprendizaje obligatorios de la formación general.
No pretendo referirme a las audiencias, documentos y pormenores del trabajo de la Comisión, cuyos antecedentes obran en el informe respectivo. Creo que es más importante analizar, aunque sea en forma escueta, las consideraciones, conclusiones y proposiciones aprobadas por la Comisión.
1. El Gobierno tiene la facultad de modificar los planes y programas de estudio de aquellos establecimientos que carecen de ellos. De allí la trascendencia que tienen las actuaciones del Ministerio de Educación y del Consejo Nacional de Educación en el diseño y desarrollo del currículum escolar en estos establecimientos y el impacto que tienen en los círculos académicos de formación y perfeccionamiento docente, y en el sistema escolar en general, como también la necesidad de legitimación técnica y social para respaldar los cambios o modificaciones curriculares.
2. Se han cumplido dos años de vigencia de la ley general de educación, que modifica la conformación del Consejo Nacional de Educación, y aún no se han nombrado los nuevos integrantes conforme a lo establecido en la ley.
3. El marco jurídico contenido en los artículos 31 y 86 de la ley General de Educación determina la forma y procedimiento en que el Ministerio de Educación podrá recabar el acuerdo del Consejo Nacional para establecer las bases curriculares y los demás instrumentos de implementación curricular para la educación parvularia, básica y media, en sus diversas modalidades y adecuaciones, y al mismo tiempo, la forma y procedimiento que el Consejo Nacional de Educación debe seguir para efectos de aprobar o no aprobar las propuestas del Ministerio de Educación.
4. La nueva Administración del Ministerio de Educación, en abril de 2010, suspendió la implementación de los planes y programas de estudios que el Consejo Nacional de Educación había aprobado, en enero de 2010, para los establecimientos con Jornada Escolar Completa (JEC). Con ello, interrumpió el proceso de implementación del ajuste curricular con medidas poco consistentes y exigencia indebida. Esto implicó, a la larga, que dichos establecimientos carecieran de planes y programas de estudio alineados con el ajuste del Marco Curricular acordado y decretado en 2009.
Asimismo, la nueva Administración, desde julio de 2010, viene solicitando al Consejo Nacional de Educación diversas modificaciones a los instrumentos de ajuste del Marco Curricular que apuntan a aumentar el número mínimo de horas para los sectores de Matemática, Lenguaje y Comunicación desde 5° Básico a 2° Medio, disminuyendo en los mismos niveles el tiempo a distribuir en el resto de los sectores obligatorios, reduciendo el tiempo de libre disposición en establecimientos con JEC, modificando los tiempos de libre disposición de los establecimientos sin JEC y manteniendo el tiempo mínimo total de trabajo escolar semanal.
En relación con tales iniciativas, el Consejo, inequívocamente, le planteó al Ministerio de Educación durante el año 2010 múltiples y relevantes observaciones, entre las cuales se destacan:
-La necesidad de que el Ministerio fundamente con mayor profundidad los cambios introducidos, permitiendo una mayor comprensión del sentido y enfoque de estas modificaciones.
-Se requiere mayor información para evaluar el impacto que implica mantener las horas totales y el aumento de las horas de Matemática, Lenguaje y Comunicación.
-Es relevante que el Ministerio de Educación diseñe una política de actualización de los profesores en ejercicio, que sea consistente con los cambios que se han introducido en el currículum y en la didáctica.
-Es necesario evaluar la factibilidad de encontrar más docentes en los sectores cuyas cargas horarias aumentan y de enseñar los mismos contenidos mínimos obligatorios y objetivos fundamentales en los sectores del currículum que disminuyen sus horas.
5) No obstante lo anterior, las modificaciones a los Planes de Estudio entre 5° Básico y 2° Medio, en noviembre de 2010 y marzo de 2011, dejaron como resultado un aumento de horas en algunos sectores curriculares a costa de reducir o eliminar otros.
Por último, se debe tener presente que el Consejo Nacional de Educación solicitó al Ministerio de Educación entregar orientaciones, a fin de que los establecimientos educacionales administren voluntariamente sus prioridades y horas adicionales en base a evidencias que avalen y distingan entre ciclos educativos y distintos tipos de escuelas, según su contexto socioeconómico, recursos y logros académicos; y que el sistema escolar se asienta en los principios de libertad de enseñanza, autonomía para la definición y desarrollo de proyectos educativos, y en la flexibilidad curricular para adecuarse a la diversidad de realidades y proyectos institucionales.
Los considerandos que acabo de mencionar permitieron que la Comisión arribara a las siguientes conclusiones:
1. Durante el año 2010, el Ministerio de Educación no consideró en sus propuestas de modificación de planes y programas de estudio mecanismos previos de consulta y participación de los actores académicos y docentes que tomaron parte en el ajuste del Marco Curricular y, en especial, a los docentes que debían implementarlos. Tampoco consideró el rechazo de los actores, lo que restó legitimidad a la medida.
2. Desde una perspectiva de competencia técnica, imparcialidad y coherencia con la nueva arquitectura del sistema educativo, no resulta conveniente prolongar la actual conformación del Consejo Nacional de Educación. La Ley General de Educación (LGE), exige del Consejo Nacional de Educación no sólo el cumplimiento de funciones en materia de educación escolar y superior, sino, también, la renovación de sus miembros.
3. La norma legal que regula la modificación del currículum escolar establece que las observaciones tienen consecuencias. Sin embargo, el análisis de los acuerdos suscritos por el Consejo Nacional de Educación permite inferir que el Consejo ha hecho uso de las observaciones de manera discrecional, con connotaciones y resultados disímiles. En algún caso, ha tenido como consecuencia rechazar la propuesta del Ministerio de Educación, obligándolo a reformular y reingresar la propuesta. En otro caso, utilizando las mismas observaciones, ha aprobado la propuesta y las observaciones han carecido de efecto jurídico.
4. El Consejo Nacional de Educación y el Ministerio de Educación, en estricto rigor y de acuerdo con una interpretación jurídica restrictiva, se ajustaron al marco legal vigente en materia de solicitudes de modificación de planes y programas de estudio, habiendo ejercido el Consejo la sola atribución de aprobar o rechazar dichas solicitudes. La LGE, al no establecer en esta materia que el Consejo tenía la función de formular observaciones vinculantes, abrió un espacio para la discrecionalidad del Consejo, que en un caso, con las mismas observaciones, se permitió rechazar la propuesta del Ministerio de Educación (acuerdos 94 y 95, ambos de septiembre de 2010), y en otro, optó por aprobarla (acuerdo 113, de noviembre de 2010).
5. El Ministerio de Educación ha interrumpido el proceso de implementación de ajuste curricular sin una planificación robusta de los cambios destinados a orientar y conducir al sistema escolar de forma consistente respecto de la implementación al ajuste curricular, toda vez que es necesario hacer visible una conexión con el horizonte de nuevas bases curriculares y nueva estructura curricular para la Educación Básica y Media, previstas en la Ley General de Educación, para ser implementadas plenamente a contar del 1 de marzo de 2017. Asimismo, ha exigido al Consejo aprobar la propuesta de planes de estudios en un plazo de 45 días, lo que es contrario al procedimiento legal, que establece 60 días para efectos de una primera evaluación.
6. Que el Ministerio de Educación ha adoptado decisiones, refrendadas por el Consejo Nacional de Educación, pese a las observaciones señaladas en los puntos anteriores, que tendrán serias implicancias educativas en las áreas disminuidas, en particular, en Educación Tecnológica, afectando la oferta de formación de docentes y la dimensión educativa de los alumnos.
7. El Ministerio de Educación no sólo debe cumplir con su función de elaborar planes y programas de estudios para los establecimientos que carezcan de ellos, sino, también, debe desarrollar capacidades regionales y locales para el diseño y desarrollo curricular, de forma que los propios actores educativos definan e implementen instrumentos curriculares locales o institucionales.
Como corolario de su investigación, la Comisión se permite formular las siguientes proposiciones:
1. La conveniencia de que el Ministerio de Educación se asegure que sus propuestas guarden coherencia con el marco curricular vigente y cuenten con el consenso de los principales actores que tienen opinión e incumbencia en el desarrollo del currículum: instituciones de formación docente, académicos destacados en las distintas áreas del conocimiento y, lo más importante, docentes de aula, con el propósito de que las propuestas posean una base de legitimidad técnica y respaldo social.
2. Solicitar al Ejecutivo la pronta conformación del Consejo, acorde con lo establecido en el nuevo marco legal, con el fin de mejorar sus competencias en el cumplimiento de sus funciones en materia de Educación escolar y superior.
3. Pedir al Consejo Nacional de Educación que haga uso jurídico inequívoco del concepto “observaciones”, conforme a lo expresado en la Ley General de Educación, es decir, aquél que establece que cuando el Consejo formulare “observaciones”, el Ministerio de Educación deberá reingresar la solicitud, demostrando que dichas observaciones han sido subsanadas. Por lo tanto, el Consejo debe reconocer que el término “observaciones” tiene una connotación vinculante, implicando necesariamente el rechazo de la propuesta del Ministerio, y un carácter orientador y prescriptivo, en tanto indica qué debe mejorar el Ministerio de Educación para que la propuesta sea validada por el Consejo.
4. Solicitar al Gobierno que presente a tramitación un proyecto de ley para modificar el artículo 86, letra c), de la Ley General de Educación, para determinar que es función del Consejo no sólo aprobar (o rechazar sin más), sino también “formular observaciones” en relación con los Planes y Programas para la Educación Básica y Media, y para la educación de adultos, elaborados por el Ministerio de Educación, de forma que las observaciones que indique el Consejo en esta materia tengan efecto vinculante y obliguen al ministerio a reingresar su propuesta con las observaciones subsanadas.
5. Solicitar al Ministerio de Educación un plan y cronograma de implementación del ajuste del Marco Curricular aprobado por el Consejo Nacional de Educación en mayo de 2009 que contemple, al menos, lo siguiente:
1) Alineamiento de los Planes y Programas en los diferentes niveles y sectores.
2) Política de perfeccionamiento de los profesores en ejercicio y de regulación de la formación inicial docente, acorde al Marco Curricular.
3) Plazos suficientes para el análisis y la reflexión del Consejo Nacional de Educación, considerando al menos ciento veinte días para la aprobación de una propuesta.
4) Conexión y empalme con los cambios curriculares previstos en la LGE, que deben implementarse a contar de 1 de marzo de 2017.
Sugerimos que lo anterior se realice con mecanismos de consulta y participación que le otorguen consenso y legitimidad a las propuestas.
6. Al mismo tiempo, se propone que se dicte un reglamento que regule las relaciones entre el Consejo Nacional de Educación y el Ministerio de Educación y ordene los criterios y procedimientos para asegurar la calidad técnica de las decisiones que adopte el Consejo.
7. Solicitar al Ministerio de Educación que informe:
1) Impacto del aumento de horas semanales en Matemática y Lenguaje y Comunicación.
2) Impacto de la disminución de las horas de Educación Tecnológica y orientaciones que entregará a los docentes en orden a lograr en una hora semanal de 5° a 8° Básico, lo que antes debían alcanzar en términos de objetivos fundamentales y contenidos obligatorios en dos horas semanales.
3) Impacto de la anulación del Consejo de Curso, como espacio dedicado a la participación y organización de los alumnos.
4) Impacto de la disminución de las horas de libre disposición.
8. Solicitar al Ministerio de Educación una política de desarrollo de capacidades en los sostenedores para promover el diseño y desarrollo de planes y programas propios, acorde con los contextos socioeconómicos, recursos y logros. Asimismo, una política de desarrollo de capacidades de evaluación de dichos planes y programas en las Secretarías Ministeriales de Educación, órganos responsables de su aprobación.
Finalmente, señalo que el informe fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.- Señor Presidente , el tema del marco curricular resulta fundamental en la discusión, porque, precisamente, tiene que ver con el contenido de la educación.
Cabe señalar que se adoptaron una serie de medidas para privilegiar la enseñanza de lenguaje y comunicación y reducir, por ejemplo, el desarrollo artístico, y, en general, todo lo que tiene que ver con las asignaturas de educación tecnológica, historia, geografía, ciencias sociales, etcétera, que, independientemente de los procedimientos adoptados, es una materia que debería ser objeto de discusión. En el fondo, el tema dice relación con lo que deben aprender los niños en el período escolar.
Al respecto, quiero dar a conocer algunas de las consecuencias de lo significaría llevar a cabo estas medidas.
En el informe, hay tres conclusiones que me parecen muy claras e importantes.
Se reconoce la facultad del Gobierno para modificar los planes y programas de estudios -éstos deben ser coherentes con un marco curricular mayor y con planes de formación docente, etcétera-, por lo que no se trata de modificar esta materia por el solo hecho de querer hacerlo.
En segundo lugar -es la mayor debilidad-, aún no tenemos un nuevo Consejo Nacional de Educación. El que existe es anterior a la Ley General de Educación (LGE) y ya llevamos dos años sin un nuevo consejo. Por lo tanto, no se pueden tomar decisiones que recojan nuevas propuestas si aún no existe ese órgano.
En tercer lugar, el Consejo Nacional de Educación debe exigir y usar el concepto de observaciones, como dice la LGE. Es decir, cuando el consejo formule observaciones, el ministerio deberá reingresar la solicitud demostrando que dichas observaciones, han sido subsanadas. Creo que ello no está suficientemente claro. Por eso es importante la forma en que lo plantea la Comisión.
Ahora bien, estas materias no sólo tienen que ver con lo que pasó, sino que con lo que está pasando. La Unidad de Currículum y Evaluación, UCE, del Ministerio de Educación, el 4 de agosto pasado, presentó una propuesta de cambio curricular mayor al Consejo Nacional de Educación, es decir, al antiguo órgano. Se trata de nuevas bases curriculares para la educación básica de primero a sexto año básico. Esto se justificaría si la LGE tuviera ciertos cambios y separara, por ejemplo, el primer ciclo, que es de seis años, y el segundo, con los mismos seis años. Por lo tanto, sólo define objetivos fundamentales de aprendizaje y no objetivos y contenidos mínimos.
Por otra parte, estamos hablando de un cambio mayor, no de un ajuste curricular como el que se realizó en 2009. Por lo demás, es una propuesta bastante parcial, porque sólo se presentan cinco de los diez sectores curriculares de educación básica, dejando varios de los objetivos de la Ley General de Educación sin cumplir. Se dice que más adelante se van a presentar al Consejo Nacional de Educación, sin un argumento de peso que justifique la presentación en dos partes y que impide evaluar la consistencia del conjunto.
Tampoco sé si la Comisión conoce la propuesta de las nuevas bases curriculares que ha hecho el Ejecutivo y que supuestamente se discutieron. Se dijo que en la Comisión fueron consultados muchos docentes, situación que causó polémica en el Colegio de Profesores, por cuanto éste señala que no fue así. Me gustaría saber si la Comisión, en el marco de este informe, tuvo acceso a las propuestas. Personalmente, traté de conseguirlas en más de una ocasión con la señora Loreto Fontaine , porque creo que lo mínimo es conocer su contenido.
Por otra parte, me parece raro que la UCE, del Ministerio de Educación, no sólo envié nuevas bases curriculares para definir qué se enseña y qué deben aprender los estudiantes de primer año básico, sino que, además, entregue programas de estudio de primero a cuarto año básico. Se supone que éstos deben ser coherentes con las bases curriculares en que se fundan; sin embargo, aún no están aprobados ni son oficiales.
Por lo tanto, se intenta una aprobación simultánea de las bases, planes y programas de estudio, en los que el espíritu del debate consta de sólo dos momentos. Estamos hablando de trámites que son claves y que la Ley General de Educación establece como requisitos para que las propuestas se conviertan en oficiales. Por lo demás, el consejo tiene sólo hasta el 3 de octubre próximo para pronunciarse si le parece bien o no el programa que deberán estudiar los niños de primero a sexto año básico, las orientaciones generales, las bases curriculares y los distintos programas de estudio.
Insisto, la propuesta pretende sustituir el ajuste curricular que se hizo en 2009 y que debió iniciar su implementación en 2010. Sin embargo, el ministerio dijo, de manera parcial, que aún no se iba a iniciar, lo que provocó confusión y desconcierto en los colegios. Existe malestar en los establecimientos educacionales, quienes no saben a qué atenerse en relación a lo que se les debe enseñar a los estudiantes.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que los cambios curriculares son de ciclos largos, se producen luego de largos períodos de implementación, por lo que se debe asegurar su estabilidad en el tiempo.
Las reformas anteriores -luego de muchas consultas- se realizaron en 1998, 2003 y 2009. Estos cambios afectan a las políticas públicas en su integridad. El marco curricular es central para la elaboración de los estándares de la calidad de los aprendizajes, para establecer lo que se mide en el Simce, las políticas de recursos educativos y muchas otras de carácter estratégico. El currículum oficial y los estándares constituyen una pieza clave en el nuevo sistema de aseguramiento de la calidad de la educación, pues van a condicionar sus tareas centrales.
Pero, ¿cuál es nuestra preocupación? ¿Por qué planteamos el tema acá? Por la misma razón por la cual propusimos la creación de una comisión investigadora.
El currículum es una herramienta de política educativa de largo plazo y de la mayor importancia. Por lo tanto, no puede convertirse en un objeto de la política contingente. Si se acaba de realizar un ajuste en 2009, con participación de todos los sectores, debe ser una política de Estado ajena a la contingencia nacional; no puede cambiar todos los años. Entonces, legítimamente, surge la pregunta de si este cambio es necesario o no. Para hacerlo, se argumentó el hecho de que lo exigiría la Ley General de Educación, pero eso no es efectivo. En realidad, existe la decisión más bien ideológica de hacerlo. Legalmente se puede hacer, aunque la evidencia indica que no resulta prudente ni necesario. Hay un ajuste reciente, pero, como dije, generó confusión en el sistema escolar.
Lo que está ocurriendo es peligroso y podría perjudicar severamente la calidad de la educación, ya que cambiar este tipo de instrumento, con una celeridad inconveniente, podría vaciarlo del acuerdo amplio y necesario que requiere un instrumento educativo fundamental.
Además, el momento no puede ser más inoportuno. El sistema escolar se encuentra altamente tensionado por las movilizaciones que tienen un alto número de establecimientos municipales paralizados. Aunque son principalmente de educación media, también se encuentran afectados establecimientos de educación básica. Además, en forma indirecta, la totalidad del sistema tiene su atención puesta en el movimiento.
El Ministerio de Educación ha tenido que implementar, incluso, planes de contingencia para que los alumnos no pierdan el año. No parece ser éste el contexto para que los profesores se apropien de un nuevo cambio curricular. Como suele ocurrir, los que están en las peores condiciones para enfrentar un nuevo cambio serán los profesores del sector municipalizado.
En definitiva, este proceso puede fomentar los perjuicios en el corto, mediano y largo plazo, y convertir en un problema contingente algo que debe cuidarse que no lo sea. De concretarse la iniciativa en curso, sin un verdadero debate y consulta amplia, podría ser muy grave para la educación chilena.
Por otra parte, deben ser nombrados los nuevos consejeros. En la LGE se cambió la forma del Consejo Nacional de Educación; se sustituyeron los mecanismos de selección y de designación de los miembros del Consejo, así como la composición del mismo. Antes estaba integrado por militares y personas del Poder Judicial .
Según la LGE, cuatro de los diez consejeros deben ser seleccionados por el Senado, lo cual no se ha hecho; otros, deben surgir del mundo de los profesores, a través del Sistema de la Alta Dirección Pública, y de distintos estamentos, con características distintas.
A pesar de que la ley se aprobó hace dos años, no tenemos un nuevo Consejo, y estamos sometiendo al antiguo Consejo a que considere nuevas bases curriculares y no un programa de estudio. El requisito mínimo exigible es que el nuevo currículo y las bases sean aprobados por el nuevo Consejo. Por su intermedio, señor Presidente , pedimos al ministro de Educación que el nuevo Consejo sea el que apruebe las bases curriculares. Esto está ocurriendo paralelamente con los movimientos estudiantiles. Todo el debate está muy centrado en el financiamiento y en la institucionalidad, pero el contenido de la educación es un tema central, que está avanzando y cambiando sin ningún debate.
El nuevo Consejo, con los nuevos miembros, debería nombrarse cuanto antes y en forma previa a que se pronuncie sobre los méritos de las bases curriculares existentes.
Respecto de los programas de estudio, el procedimiento utilizado es muy ajeno al espíritu de la ley. Por lo mismo, y a todas luces, es recomendable y prudente que las autoridades curriculares nacionales presenten al Consejo el contenido curricular cuando éste tenga carácter oficial. No es posible que se aprueben programas si todavía no están sancionadas las bases curriculares.
Por último, es conveniente que las nuevas bases curriculares de la Ley General de Educación incluyan el total de los sectores curriculares, y no sólo cinco. Son diez. ¡Cómo puede el Consejo pronunciarse sobre bases curriculares parciales y no sobre su conjunto!
Queremos reiterar que el currículo es algo central en el modelo educativo de un país; son los contenidos de la educación, aquello que deben aprender los niños de primero a sexto básico.
El 3 de octubre el Consejo Nacional de Educación antiguo se debe definir en relación con las nuevas bases curriculares. Hay que tener en claro que los contenidos son lo más ideológico de la educación; es muy importante, por lo menos, que haya ciertos niveles de entendimiento y consenso. Creemos que, por la manera en que se ha hecho, no tiene la transparencia ni los requisitos institucionales, dado que no hay un nuevo consejo ni se da la garantía para la base de acuerdos en adelante.
Así como los estudiantes están pidiendo que se discuta y rediscuta la institucionalidad, sería bien interesante que se incorpore, dentro del debate, el contenido de la educación que, en definitiva, va a marcar a muchas generaciones.
Reitero, la Cámara debería aprobar un proyecto de acuerdo en relación con las ideas aquí expuestas. Sería interesante que esta Corporación conociera las nuevas propuestas de bases curriculares y de programas de estudios.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el informe en los siguientes términos:
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde votar el informe de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación constituida como investigadora de las actuaciones del Ministerio de Educación y del Consejo Nacional de Educación, que concluyeron en el Acuerdo N° 113, de 11 de noviembre de 2010, en que se aprueba la modificación del plan de estudio para los sectores de aprendizaje obligatorios de la formación general correspondientes a los niveles educacionales de 5° Básico a 2° Medio.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 61 votos; por la negativa, 7 votos. Hubo 8 abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor MELERO ( Presidente ).- Hago presente a la Sala que sin perjuicio del envío del informe a su excelencia el Presidente de la República , según lo establecido en el artículo 301 del Reglamento de la Corporación, la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, constituida en investigadora, propone, también, remitir el informe al Ministerio de Educación y al Consejo Nacional de Educación.
¿Habría acuerdo para proceder en tal sentido?
Acordado.
VII. PROYECTOS DE ACUERDO
CALIFICACIÓN DE AEROPUERTO CARRIEL SUR DE TALCAHUANO COMO AEROPUERTO INTERNACIONAL Y LICITACIÓN PÚBLICA PARA SU AMPLIACIÓN. (Votación).
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde votar por última vez el proyecto de acuerdo N° 416.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, sido el siguiente resultado: por la afirmativa, 63 votos. No hubo votos por la afirmativa ni abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
PERFECCIONAMIENTO DE NORMAS SOBRE REGULACIÓN DE ACTIVIDAD ASEGURADORA.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del proyecto de acuerdo N° 417.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 417, de los diputados señores Martínez, Bertolino; de la diputada señora Sepúlveda, doña Alejandra; de los diputados señores León, Rincón, Jaramillo, García, don René Manuel; Pérez, don Leopoldo; de la diputada señorita Sabat, doña Marcela, y del diputado señor Silber, que en su parte dispositiva señala:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al señor ministro de Hacienda tenga a bien disponer las modificaciones legales que correspondan, a objeto de perfeccionar las normas que regulan la actividad aseguradora, con el propósito de proteger de manera más eficaz los derechos de los asegurados, en particular respecto de la cláusula que exige inmediatez en la constancia así como en la condición de que ésta se realice en el recinto policial más cercano, considerando para ello la naturaleza, estado, lugar y hora del siniestro, y reemplazando el lugar de la constancia por una declaración notarial en caso de accidentes o colisiones donde no existan heridos.”.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para hablar en contra, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa: 48 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
CREACIÓN DE COMITÉ EVALUADOR DE PROYECTOS CULTURALES.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 419, de los diputados señores Espinosa, don Marcos, y Rivas; de la diputada señora Hoffmann, doña María José; de los diputados señores Marinovic, Torres, Farías; de la diputada señora Vidal, doña Ximena; del diputado señor Schilling; de la diputada señora Nogueira, doña Claudia, y del diputado señor Velásquez, que en su parte dispositiva señala:
“La Cámara de Diputados acuerda oficiar y solicitar a S.E. el Presidente de la República que instruya al Ministerio del Interior, en particular a la Subsecretaría de Desarrollo Regional, para que analice la posibilidad de crear un Comité Evaluador, de carácter técnico y externo, de los gobiernos regionales, con el objeto de determinar los proyectos más idóneos en materia de cultura, los que serán financiados con presupuestos del 2 por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.”.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Marcos Espinosa.
El señor ESPINOSA (don Marcos).- Señor Presidente , a través de este proyecto de acuerdo, por el cual se solicita al Presidente de la República establecer un Comité Evaluador de los proyectos que concursan al 2 por ciento en cada región, se pretende perfeccionar una práctica que ha sido denunciada por muchos gestores y organizaciones culturales y que ya está adquiriendo características atávicas en la designación de fondos para este tipo de proyectos. Aquí, las consideraciones para otorgar dichos fondos son estrictamente informales, no convencionales y no se ajustan a los parámetros, en términos de una mayor rigurosidad, a la hora de examinar los distintos proyectos que concursan para su financiamiento.
Por lo tanto, solicitamos que se cree una comisión técnica, específica, evaluadora de los proyectos que concursan al 2 por ciento del presupuesto para cultura regional, de manera de que quienes conformen dicha comisión sean personas que provengan del mundo de las artes, de la cultura y que posean criterios de definición estrictamente apegados a las normas exigibles, de acuerdo a juicios de selección.
Señor Presidente, por su intermedio, pedimos a nuestros colegas que colaboren para aprobar este proyecto.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para hablar en contra, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
SUPRESIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A LAS JUNTAS DE VECINOS.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 420, de los diputados señores Espinosa, don Marcos; Meza, Robles, Pérez, don José; Marinovic, Jiménez, Schilling, Tellier, Ojeda y Jarpa, que en su parte dispositiva señala:
“La Cámara de Diputados acuerda solicitar a S.E. el Presidente de la República tenga a bien instruir al ministro de Hacienda , en el sentido de analizar la posibilidad de eliminar el impuesto al valor agregado a las juntas de vecinos y se envíe un proyecto de ley sobre el particular.”.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA.- Señor Presidente , es necesario aprobar este proyecto de acuerdo para que el Presidente de la República busque la fórmula para eliminar el impuesto al valor agregado a las juntas de vecinos. Éstas son organizaciones sin fines de lucro que trabajan incesantemente por el bienestar de los vecinos y de las vecinas; sin embargo, en sus actividades e inversiones deben pagar el IVA, lo que, desde luego, va en detrimento de sus activos, de los escasos dineros que logran reunir. Mediante este proyecto de acuerdo se pretende aliviar a las juntas de vecinos, a esas sufridas personas que, muchas veces, no reciben ningún centavo de parte del Estado para su funcionamiento; no obstante, lo hacen en forma altruista y están permanentemente en defensa de los derechos y del progreso de sus organizaciones sociales.
Por ello, señor Presidente , por su intermedio, solicito a la honorable Cámara aprobar este proyecto de acuerdo para que se suprima de la ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, la parte final del inciso primero, del artículo 29, que señala: “con excepción de lo establecido en el decreto ley N° 825, de 1974.”, lo que significaría, en pocas palabras, dejar, reitero, absolutamente libre del pago del IVA a estas organizaciones sociales.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para hablar en contra, tiene la palabra el diputado señor José Ramón Barros.
El señor BARROS .- Señor Presidente , entiendo el buen ánimo de los diputados que patrocinan este proyecto, pero cabe preguntarse lo complejo que significaría para algunas instituciones eliminarles el impuesto. ¿Por qué no extenderlo a los bomberos, a los clubes deportivos, a los clubes de adultos mayores o juveniles? Porque la aplicación de la medida sería tremendamente compleja. Además, las juntas de vecinos no son sujetos de pago del IVA a través del formulario N° 22, sino que solamente respecto de sus consumos. Si una junta de vecinos va a ser una “completada”, ¿la idea es que no pague el IVA del pan? ¿Quién puede discriminar en una panadería sobre qué pan se le vende a quién? Esto es muy enredado. Sería mejor y más lógico redactar un proyecto que fije un aporte fiscal para el funcionamiento de las juntas de vecinos.
Señor Presidente, anuncio que votaré en contra del proyecto.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 3 votos. No hubo abstenciones.
El señor MELERO ( Presidente ).- No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor MELERO ( Presidente ).- Por no haber alcanzado el quórum, la votación del proyecto queda pendiente para la próxima sesión.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es:
http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
VIII. INCIDENTES
FISCALIZACIÓN A PISCICULTORAS EN LOCALIDAD DE CARHUELLO, COMUNA DE PUCÓN. Oficios.
El señor MELERO ( Presidente ).- En el tiempo del Comité Mixto de los partidos Radical Social Demócrata, Comunista y de los Independientes, tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA.- Señor Presidente , quiero referirme al maltrato del medio ambiente que provocan las empresas de piscicultura en la Región de La Araucanía, en particular, en la localidad de Carhuello, comuna de Pucón, en la que esta actividad ha proliferado de manera indiscriminada, ha contaminado los ríos y ha destruido las ilusiones no sólo del vecindario de esa localidad, sino también de quienes llegan desde otras latitudes del país y del extranjero a visitar una zona de turismo absolutamente natural.
Las piscicultoras no utilizan los filtros adecuados. Es más, por las noches abren sus compuertas y vierten los desechos en los ríos. En consecuencia, estamos frente a una situación de suma urgencia medioambiental.
Por lo expuesto, pido que se oficie a la ministra del Medio Ambiente , a fin de que instruya a la seremi de esa cartera de la Región de La Araucanía que fiscalice con mayor asiduidad y vehemencia las piscicultoras de la región y, en particular, las de la zona de Carhuello en la comuna de Pucón.
Hago hincapié en que la comuna de Curarrehue, que se ubica a mayor altura con respecto a las piscicultoras y a Pucón, no cuenta con una planta de tratamiento de aguas servidas. En consecuencia, también vierte desechos y contaminación permanentemente en los ríos, todo lo cual, finalmente, llega hasta los lagos de la zona. Es un verdadero atentado contra el medio ambiente.
Pido que la autoridad ambiental disponga que en el monitoreo de las aguas se utilicen bioindicadores, pues sin ellos no podremos conocer realmente el nivel de contaminación que están provocando las piscicultoras.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviaran los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Juan Luis Castro , Cristián Campos , Marcos Espinosa , Carlos Abel Jarpa , Ramón Farías , Fidel Espinoza , Pedro Velásquez y Juan Carlos Latorre .
MEDIDAS POR COBROS ABUSIVOS DE EMPRESAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y DE AGUA POTABLE. Oficios.
El señor MEZA.- Una vez más levanto una voz en la Cámara de Diputados para defender a los consumidores de agua potable y de energía eléctrica. Los abusos en el cobro por estos servicios siguen cometiéndose en forma indiscriminada. Pareciera que en esta ley de la selva las grandes empresas sanitarias y de electricidad hacen su agosto, durante todo el año y toda la vida, a costa de las chilenas y chilenos que pagan cantidades exorbitantes para recibir estos servicios, muchas veces mal cobrados y mal tarifados.
Pido que se oficie al superintendente de Electricidad y Combustibles y a la superintendenta de Servicios Sanitarios, a fin de que dispongan las medidas pertinentes para que las empresas de suministro de electricidad y de agua potable sean más rigurosas en la lectura y en el cobro de esos servicios.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Juan Luis Castro , Cristián Campos , Marcos Espinosa , Carlos Abel Jarpa , Ramón Farías , Fidel Espinoza , Pedro Velásquez y Juan Carlos Latorre .
ELIMINACIÓN DE IMPUESTO ESPECÍFICO A LOS COMBUSTIBLES. Oficios.
El señor MEZA.- El alza del precio de los combustibles, que hoy nos golpea con especial fuerza, hace necesario, una vez más, que la Cámara de Diputados haga un llamado a su excelencia el Presidente de la República en orden a que no busque medidas de parche cada vez que se produzca dicha alza. Las bencinas y, en especial, la parafina, son combustibles usados más bien por gente de clase media o por personas que tienen problemas económicos.
La solución definitiva consiste en eliminar el impuesto específico a los combustibles, que se estableció en 1985, durante la dictadura militar, para ayudar a paliar los gastos que derivaron del terremoto ocurrido ese año en Chile. Pero parece que este impuesto gustó tanto que todos los gobiernos se acostumbraron a mantenerlo. Su eliminación implicaría que las chilenas y chilenos pagarían 200 pesos menos por litro de combustible, lo que sería un gran alivio.
Por ello, pido que se oficie al Presidente de la República y al ministro de Hacienda, a fin de que consideren la posibilidad de eliminar el impuesto específico a los combustibles.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Juan Luis Castro, Cristián Campos, Marcos Espinosa, Carlos Abel Jarpa, Ramón Farías, Fidel Espinoza, Pedro Velásquez y Juan Carlos Latorre.
IMPUESTO A EMPRESAS FORESTALES PARA REPARACIÓN DE CAMINOS EN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA. Oficios.
El señor MEZA.- Por último, pido que se oficie al Presidente de la República y al ministro de Hacienda , a fin de que dispongan las medidas pertinentes para detener el abuso que cometen las empresas forestales en los caminos de Chile. En la Región de La Araucanía hay miles de kilómetros de caminos, muchos de los cuales son destruidos permanentemente por los camiones de las empresas forestales. Se trata de empresas que ganan millones de dólares por concepto de exportaciones, pero que son incapaces de colaborar en la reparación de los caminos. Incluso más, ni siquiera compran el combustible en la región.
Es necesario que se haga un llamado de atención a dichas empresas y que se establezca que el pago de un impuesto en beneficio de las comunas afectadas por el daño que provocan en sus caminos.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Juan Luis Castro , Cristián Campos , Marcos Espinosa , Carlos Abel Jarpa , Ramón Farías , Fidel Espinoza , Pedro Velásquez y Juan Carlos Latorre .
ALCANCES SOBRE OFICIO DE RESPUESTA DEL SENADO EN RELACIÓN CON FACULTAD FISCALIZADORA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos, quien hará uso del tiempo que le cedió el Comité de Renovación Nacional.
El señor BURGOS.- Señor Presidente , quiero referirme al oficio que con fecha 9 de agosto de 2011 el honorable Senado de la República remitió a esta Corporación, y que tuve la oportunidad de conocer por gentileza de la Mesa. El oficio da respuesta a uno enviado por la Cámara de Diputados, con fecha 12 de julio del presente año, en relación con las facultades fiscalizadoras.
En síntesis, el Senado señala que no ha invadido las facultades fiscalizadoras de la Cámara de Diputados y que no ha tenido intención de hacerlo, pues ha ejercido facultades propias que la Constitución le entrega, sobre todo en lo relativo a las citaciones a los ministros de Estado.
Lamentamos discrepar de la opinión de esa Corporación. Consideramos que las potestades que se entregan por la Constitución a las corporaciones deben respetarse recíprocamente, por una parte, porque si el ejercicio de éstas se deteriora por un mal uso o un uso inadecuado, no pierde la corporación que las tiene asignadas, sino el Congreso Nacional en su conjunto y, por otra, porque en ello va en juego la identidad de cada corporación.
En efecto, nuestra Constitución establece un bicameralismo. Su artículo 46 dispone: “El Congreso Nacional se compone de dos ramas: la Cámara de Diputados y el Senado.”. Esto significa que tienen funciones comunes y funciones exclusivas o propias.
Son funciones comunes concurrir a la formación de las leyes -artículo 46-; aprobar o desechar los tratados internacionales -artículo 54, número 1)-.
Son funciones propias o exclusivas de cada corporación las que lista el artículo 52 para la Cámara de Diputados y el artículo 53 para el Senado.
Mientras la Cámara de Diputados tiene como facultad exclusiva distintiva la de fiscalizar los actos del Gobierno, el Senado tiene la facultad consultiva. Esta última permite al Senado intervenir en los nombramientos de altas autoridades.
La facultad fiscalizadora de la Cámara de Diputados está robustecida como atribución exclusiva por distintas disposiciones de la Carta Fundamental. De hecho, la Constitución la ubica precisamente entre las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados. Así aparece señalado en el encabezado del artículo 52.
En seguida, la Constitución establece expresamente una prohibición de fiscalización amplia respecto del Senado. Ese es el sentido del inciso final de su artículo 53, ubicado justamente al final de las atribuciones exclusivas del Senado. Dicha norma establece: “El Senado, sus comisiones y sus demás órganos, incluidos los comités parlamentarios si los hubiere, no podrán fiscalizar los actos del gobierno ni de las entidades que de él dependan, ni adoptar acuerdos que impliquen fiscalización.”. Dicho sistema revela que cualquier interpretación que lleve directa o indirectamente a que el Senado o los senadores fiscalicen al gobierno es equivocada.
Asimismo, consideramos que las potestades de los distintos órganos del Estado deben interpretarse dentro de un principio de corrección funcional. Esto se traduce en la deferencia hacia las potestades del órgano contrario y a una actuación contenida que no exceda las atribuciones propias.
Por ello, no consideramos correcto que bajo el pretexto de no adoptar acuerdos u observaciones, el Senado actúe como un verdadero órgano fiscalizador.
Tampoco es excusa que el Senado se refugie en que sólo busca conocer problemas que afectan a la sociedad o informarse sobre asuntos para legislar sobre algún aspecto en el futuro. Este argumento es como si la Cámara de Diputados invitara a los candidatos que propone el Gobierno, por el Senado, para ocupar una vacante en la Corte Suprema, en el Banco Central o en el Consejo Nacional de Televisión, con el solo propósito de escuchar sus planteamientos, sin decidir.
Por eso, reiteramos la necesidad de que, con criterio de Estado, con grandeza, cuidemos nuestras corporaciones. Ya tenemos suficiente con el enorme poder que el Ejecutivo tiene dentro del Congreso Nacional como para debilitar nuestras propias facultades por incorrectas interpretaciones. Cuando la facultad fiscalizadora de la Cámara de Diputados se debilita, porque se reparte entre órganos facultados por el derecho y entre órganos que la asumen de hecho, el único triunfador es el debilitamiento de nuestro sistema de frenos y contrapesos. Eso hace al Ejecutivo más poderoso y al Congreso Nacional más débil.
No queremos escalar este conflicto real, que se arrastra desde hace mucho tiempo. Respetemos al Congreso Nacional; no corresponde dañarlo más. No quisiéramos que para que el Senado entendiera lo absurdo de su interpretación, la Cámara tuviera que incursionar en la facultad consultiva del Senado, de un modo indirecto y abusivo. Creemos que ese no es el camino; pero la paciencia se va agotando.
La Constitución nos obliga a respetarla y a garantizar el orden institucional de la República (artículo 6°). Dicho orden tiene como uno de sus componentes básicos el bicameralismo, en que Cámara y Senado tienen funciones comunes y funciones exclusivas. La facultad fiscalizadora es de la Cámara. Sobre esto no puede haber discusión, y tal atribución debe interpretarse de buena fe, con corrección funcional.
Señor Presidente , para el evento de que la Mesa estime contestar la respuesta del Senado, de 9 de agosto de 2011, dejo a disposición mis argumentos, para que acompañen en esa respuesta a los que la Mesa estime pertinentes para los efectos señalados.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Señor diputado , a su intervención adhieren la diputada señora Carolina Goic y los diputados señores Velásquez , Latorre , Hales , Campos, Castro , Melero , Recondo , Sandoval , Van Rysselberghe y Fidel Espinoza .
FACILIDADES PARA REALIZACIÓN DE “LOS SALTOS DEL PETROHUÉ NOS PERTENECEN A TODOS LOS CHILENOS”. Oficios.
El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza, hasta por tres minutos.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , el próximo sábado, junto con 250 dirigentes sociales de la provincia de Llanquihue, daremos inicio, en las afueras de los Saltos de Petrohué, a la campaña que hemos denominado “Los Saltos de Petrohué nos pertenecen a todos los chilenos”. Esto, ante los claros indicios que ha expresado el Gobierno de privatizar este bien de uso público que nos pertenece a todos los chilenos.
Por eso, pido que se oficie al intendente de la Región de Los Lagos , al director Nacional de Conaf y al director Nacional de Sernatur para que otorguen todas las facilidades para la realización de ese evento, en el cual participarán más de 250 dirigentes sociales de la provincia de Llanquihue, a los que se sumarán alcaldes y concejales de todo el espectro político que irán a apoyar la campaña, que, reitero, iniciaremos el próximo sábado en el mismo lugar que se pretende privatizar y entregar a particulares.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados señores Campos, Castro y Díaz.
INFORMACIÓN SOBRE CONCESIONES A SALMONICULTORES EN PROVINCIAS DE LLANQUIHUE, CHILOÉ Y PALENA. Oficio.
El señor ESPINOZA (don Fidel) .- Señor Presidente , pido que se oficie al subsecretario de Pesca para que nos informe sobre la cantidad de concesiones que se pretende entregar en los próximos meses para la salmonicultura en las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena .
En una de las múltiples reuniones sostenidas con pescadores artesanales, nos enteramos de que en la Carretera Austral han comenzado a entregarse nuevas concesiones salmoneras en zonas donde hay caladeros naturales de la pesca artesanal.
Ese hecho nos preocupa enormemente, toda vez que puede impedir la sostenibilidad de una actividad tremendamente relevante para el desarrollo de nuestra región y para más de 20 mil familias de la zona, que en estas actividades tienen el sustento básico de sus hogares.
Señor Presidente , cuando en esta Sala dimos el apoyo irrestricto para que la actividad salmonera se reinventara y tuviera la posibilidad de resurgir de la grave crisis que la afectó, siempre sostuvimos -fue parte de los discursos de los parlamentarios- que debía existir complementariedad y pleno respeto en relación con el desarrollo y sostenibilidad de otras actividades.
Por lo tanto, pido que se nos diga cuántas son las concesiones y en qué lugar específico estarán ubicadas. Apelo a la ley de transparencia para que el subsecretario de Pesca nos haga llegar de manera oficial, dentro de los dos meses que estipula la ley, los antecedentes que estoy solicitando.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Campos, Castro y Díaz.
INVESTIGACIÓN SOBRE PRESUNTO USO DE RECURSOS FISCALES PARA REALIZACIÓN DE ACTIVIDAD POLÍTICA EN LA SERENA. Oficio.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz .
El señor DIAZ .- Señor Presidente , pido que se oficie al Contralor General de la República para que realice una investigación por eventual utilización indebida de recursos fiscales en una reunión celebrada el viernes pasado, en la ciudad de La Serena.
Se trata de una convocatoria del senador designado por la Región de Coquimbo, don Gonzalo Uriarte, dirigida a todos los sostenedores de colegios particulares subvencionados.
La convocatoria se hizo según una base de datos entregada por la Secretaría Regional Ministerial de Educación a la oficina parlamentaria de dicho senador. Se convocó a los invitados a las dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Educación.
El viernes pasado, la Federación de Instituciones de Educación Particular (FIDE) invitó a los diputados Mario Bertolino , Matías Walker y a quien habla a recorrer tres o cuatro colegios particulares subvencionados, precisamente para conocer esos establecimientos en el marco del debate nacional que se está desarrollando sobre la materia.
En mi opinión, es inaceptable que la directiva regional de la UDI, que estuvo presente en esa reunión, y el senador designado Gonzalo Uriarte hayan utilizado la base de datos de una institución pública y su infraestructura para una reunión de carácter político-proselitista.
No he sabido de parlamentarios que hayan citado a reuniones de ese tipo en sedes de instituciones gubernamentales. Reconozco que en esta materia la actuación del Gobierno ha sido de puertas abiertas. El jueves pasado estuve por primera vez, en mis casi seis años de parlamentario, en la sede del Fosis. No acostumbro recurrir a los servicios públicos y mucho menos me atrevería a pedir la sede a uno de ellos para organizar una reunión de carácter privado, parlamentario, político o de cualquier otra índole.
En este caso, corresponde que se investigue si hubo utilización indebida de recursos fiscales. Por lo tanto, pido al Contralor que instruya esa investigación, de manera de determinar, en forma clara y nítida, si corresponde que un parlamentario, que pertenece a otro Poder del Estado, utilice dependencias fiscales con la finalidad denunciada.
Entiendo que el senador Uriarte no conozca la región ni a los actores regionales; también entiendo que no fue su decisión designar a la senadora Matthei como ministra y que ese acto haya dejado un cupo, que fue llenado por él. Todo eso lo entiendo; pero me parece que no corresponde que el Gobierno le haga la pega, porque los recursos de este son para gobernar y no para ayudar a un senador a que trate de entender una región que no conoce.
Por lo tanto, reitero mi petición al contralor general de la República para que realice esa investigación y discierna sobre la eventual utilización indebida de recursos fiscales.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Cristian Campos , Juan Luis Castro y Fidel Espinoza.
RESPUESTA A EXPRESIONES DE DIPUTADO FIDEL ESPINOZA EN DEFENSA DE ALCALDE DE PUERTO OCTAY. Oficios.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo.
El señor RECONDO.- Señor Presidente , el 30 de agosto recién pasado, en la Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes Específicos a los Organismos de la Administración del Estado de esta Cámara, el diputado señor Fidel Espinoza solicitó información y dejó constancia de su molestia por declaraciones formuladas por la fiscal de Río Negro.
En esta oportunidad no me voy a referir a la situación de la fiscal, sino que me haré cargo de otros juicios que el diputado Espinoza emitió en esa instancia especial de solicitudes de información.
Entiendo la posición del diputado Espinoza , en el sentido de asumir la defensa del alcalde de Puerto Octay en cuanto a su desempeño y a la forma como ha dirigido la comuna y el municipio; pero, de paso, señaló que una concejala de la UDI y este diputado habríamos atacado injustamente al alcalde de Puerto Octay , a quien habríamos acusado de situaciones lamentables, como señaló el mencionado diputado .
En esta oportunidad, sólo quiero ratificar una vez más lo que he señalado públicamente. Ninguna de las acusaciones o denuncias en contra del alcalde de Puerto Octay se basan en una crítica política que se nos ocurrió de la noche a la mañana; se basan en informes evacuados por la Contraloría, después de las auditorías que realizó en el municipio de Puerto Octay.
Quiero ser muy claro al respecto. La Contraloría realizó una auditoría especial para investigar el desempeño de ese municipio en el desarrollo de los proyectos del Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL), que se le otorgaron. El resultado de esa investigación señala con claridad que existe una enorme cantidad de anomalías en el desarrollo y ejecución de los proyectos FRIL. Además, el informe de la Contraloría instruye a ese municipio iniciar un conjunto de investigaciones sumarias y de sumarios administrativos para determinar las responsabilidades correspondientes. Asimismo, el informe da inicio a un juicio de cuentas que, como todos sabemos, se realiza cuando no hay claridad respecto del uso de los recursos públicos. Tanto es así, que la resolución de dicho juicio de cuentas estableció que el señor alcalde de Puerto Octay debe restituir más de 5 millones de pesos correspondientes a los proyectos FRIL.
Por lo tanto, aquí no estamos haciendo ninguna afirmación que no se base en el informe de la Contraloría y en el referido juicio de cuentas, en cuya elaboración no intervienen ni la Cámara de Diputados ni diputado alguno, sino la Contraloría General de la República, la cual responsabilizó al señor alcalde de las anomalías, por lo que tiene que devolver recursos que el municipio no aclaró en qué se gastaron.
Señor Presidente , solicito que la Contraloría realice una auditoría a la municipalidad de Puerto Octay, con el fin de constatar si ha realizado todos los sumarios pedidos en el informe que se elaboró después de la investigación de los proyectos FRIL y cuál es el resultado de esos sumarios administrativos que debió realizar dicho municipio.
Señor Presidente , esas irregularidades o anomalías en la municipalidad de Puerto Octay -que, según entiendo, fueron el motivo de la queja del diputado señor Fidel Espinoza - no quedaron solo en eso. En efecto, ahora el Ministerio Público, a través de la fiscalía correspondiente, investiga un conjunto de anomalías -no quiero calificarlas de otra manera- que existen en esa municipalidad. En consecuencia, ese municipio no sólo es cuestionado por las auditorias e informe de la Contraloría, sino, además, por el Ministerio Público, organismo que investiga situaciones irregulares al interior de la municipalidad de Puerto Octay.
Por lo tanto, dados esos antecedentes, no se puede fundamentar aquí que en esa municipalidad se ha hecho una gestión impecable y sobresaliente, ya que las evaluaciones que he dado a conocer señalan algo completamente distinto.
Señor Presidente, solicito enviar copia de mi intervención al alcalde y al concejo de la comuna de Puerto Octay.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que están alzando la mano, de lo que la Secretaría está tomando debida nota.
REGULARIZACIÓN DE PROPIEDAD EN FAVOR DE POBLADOR DE COMUNA DE O´HIGGINS. Oficios.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval.
El señor SANDOVAL .- Señor Presidente , un antiguo poblador de la comuna de O ´Higgins, don Guillermo Orellana Troncoso , del sector del lago O´Higgins, quien vive hace más de cuarenta años en ese lugar absolutamente fronterizo, está tramitando la regularización de una propiedad de alrededor de mil hectáreas en esa zona. Como todos sabemos, O´Higgins es la única comuna en Chile que en el siglo XX vio reducida su superficie, por la pérdida de Laguna del Desierto, como consecuencia de los hechos por todos conocidos.
Señor Presidente , esa regularización fue objetada por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado (Difrol), en atención al tamaño de la propiedad en cuestión.
Lo anterior no deja de ser curioso, pero además refleja un gran desconocimiento de la Difrol respecto de las características económicas y de los suelos de un territorio como ese. No resulta extraño que propietarios de 4 mil o 5 mil hectáreas sólo logren sostener una muy reducida carga animal en sus propiedades, debido a que esos suelos son de los más pobres de nuestro país y tienen muy baja productividad. En consecuencia, es más importante el valor estratégico y de soberanía que tiene su presencia y su ocupación en esos territorios que la superficie que se pretende regularizar.
Por lo tanto, señor Presidente , solicito oficiar a la ministra de Bienes Nacionales , al ministro de Relaciones Exteriores y al director de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, con el objeto de darles a conocer el caso para que se revalúe a la brevedad la solicitud de dicho poblador, que hace soberanía con su presencia y que ha logrado mantener, con esfuerzo y trabajo, una actividad ganadera por más de cuarenta años, lo que le otorga el legítimo derecho de acceder a la propiedad de esos terrenos. Creemos que la objeción de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado debe ser revisada a la brevedad, toda vez que para un poblador aislado en un territorio fronterizo, es una muy mala señal que se le esté limitando esa situación. Solicito que la Difrol informe sobre las razones que tuvo para objetar esa asignación, considerando que se han constituido tremendas propiedades en sectores fronterizos de esa misma zona, con nefastos resultados, situación que, incluso, ha sido objeto de observaciones y de rechazos unánimes por el concejo municipal de la ilustre municipalidad de O´Higgins.
Reitero, esto debe ser revisado y ese poblador debe acceder al título de propiedad, porque le asiste un derecho legítimo, que ha demostrado con su presencia y con su actividad en dicho lugar.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado Enrique van Rysselberghe.
CONSTRUCCIÓN DE PASO VEHICULAR EN CHIGUAYANTE. Oficios.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Van Rysselberghe.
El señor VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente , Chiguayante, de mi Región del Biobío, es la única comuna esencialmente urbana de nuestro país que se encuentra lacerada por una línea férrea que la corta en dos, por lo que más de 10 mil habitantes deben cruzar de un lado al otro de ella para realizar trámites, trabajar, estudiar o acceder a gran parte del comercio existente al otro lado de la comuna.
Peor aún, el paso de un lado al otro de vehículos de emergencia, como ambulancias y los de bomberos, o los de la policía, es largo y, en ocasiones, resta minutos vitales para salvar vidas.
Señor Presidente , la comuna de Chiguayante es como Chile: es larga, posee una extensa costa hacia el río Biobío y en su parte poblada es sumamente angosta. En sus más de 20 kilómetros de largo, esta comuna es atravesada completamente por una línea férrea enrejada en sus costados, y existen muy pocos pasos vehiculares para transitar de un lado hacia el otro de la comuna. Por lo tanto, urge construir un nuevo paso vehicular en un sector idóneo, como es específicamente el paso a nivel a la altura de la calle Libertad. La iniciativa se encuentra tremendamente avanzada, pero, lamentablemente, se ha postergado por prioridades coyunturales. De hecho, hemos superado los inconvenientes presupuestarios, consiguiendo, no sin dificultad, los recursos necesarios para concretarla. Sin embargo, ahora enfrentamos otros obstáculos, como la exigencia de contar con la autorización de la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE) y dar cumplimiento a la normativa sobre señalización de cruces ferroviarios públicos a nivel.
Ya hemos logrado el concurso de las autoridades relacionadas con la construcción del paso vehicular sobre la línea férrea, pero ahora requerimos, junto con los vecinos de Chiguayante y las autoridades comunales y regionales, el apoyo de EFE y del ministro de Transportes y Telecomunicaciones para que no se retrase más el inicio de la tan necesaria obra.
En consecuencia, pido oficiar al gerente general de EFE , a fin de que acelere la revisión técnica que debe hacerse en relación con el proyecto, y al ministro de Transportes y Telecomunicaciones , señor Pedro Pablo Errázuriz , para que, una vez recibidos los resultados de dicha revisión técnica, dé un total sentido de urgencia a la gestión administrativa, con el objeto de que se lleve adelante la promulgación del decreto supremo que autorice la construcción de este tan anhelado paso a nivel, que mejorará la conectividad vial y la calidad de vida de la gente de esa zona de la comuna de Chiguayante.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitamos por su señoría.
INVESTIGACIÓN SOBRE ORIGEN DE LLAMARADAS EN REFINERÍA BIOBÍO DE ENAP. Oficios.
El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- En el tiempo adicional de cinco minutos solicitado por las bancadas del PPD, tiene la palabra el diputado señor Cristián Campos.
El señor CAMPOS.- Señor Presidente , quiero denunciar la permanente conducta irresponsable de la Refinería Biobío de ENAP, en especial de sus ejecutivos, en relación con el gran Concepción y, específicamente, con la comuna de Hualpén.
El pasado sábado 24 de septiembre cerca de las 20.20 horas, los vecinos de la Hualpén advirtieron que había grandes llamaradas. Se trató de cuatro antorchas que, lamentablemente, iluminaron los cielos del Gran Concepción. Hasta el día, lo ocurrido no tiene ninguna explicación lógica. La plana directiva de dicha refinería, en particular su gerente, ha tratado de asociar el apagón que sufrieron algunas regiones con un evento medioambiental que ocurrió en la comuna de Hualpén. Creemos que la versión es poco creíble. En primer lugar, los horarios no coinciden.
En segundo término, se negó cualquier tipo de información, salvo la que se entregó a un solo medio de comunicación, que actuó como relacionador público de la refinería, para explicar a los vecinos lo que estaba ocurriendo.
Es inaceptable que un gerente de una empresa niegue información a las autoridades de una comuna; es inaceptable que tras un evento de esta naturaleza -según señalaron el alcalde de Hualpén , señor Marcelo Rivera , y la presidenta de la junta de vecinos Villa Nueva el Triángulo de dicha comuna, señora Marta Cárdenas , uno de los más lamentables que ha tenido que vivir la ciudadanía de esa comuna desde que llegó a vivir a ese sector, en los años 60- haya transcurrido cerca de una semana y la empresa trate de asociar estos planes de contingencia a lo ocurrido el 27 de febrero de 2010. Al respecto, cabe recordar que desde este Hemiciclo hicimos una presentación en contra de la refinería, porque fue la única empresa del Gran Concepción que no dio a conocer su plan de contingencia tras el terremoto de 8,8 grados Ritcher .
Por eso, en conjunto con la comunidad de Hualpén y su alcalde, señor Marcelo Rivera , y también con gente de Talcahuano, Penco y Tomé, no vamos a dejar pasar lo ocurrido en esta ocasión, que fue la gota que rebalsó el vaso, y vamos a llevar a cabo todas y cada una de las acciones que nos permitan la ley y la acción fiscalizadora, a fin de que este tipo de eventos y esta conducta inapropiada no se vuelvan a repetir.
Por lo tanto, pido oficiar al ministro de Energía y presidente del directorio de la refinería Biobío de ENAP, a fin de que solicite una investigación acerca del horario en que se produjeron los hechos y si tienen alguna relación con los cortes de energía eléctrica que se registraron en otras regiones.
Asimismo, pido oficiar a la ministra del Medio Ambiente , a fin de que inicie un sumario sanitario y haga una investigación profunda de los productos emitidos por la Empresa Nacional del Petróleo en Hualpén, que se habrían extendido hasta las comunas de Talcahuano, Penco y Tomé.
Además, pido oficiar al ministro del Interior y Seguridad Pública para que la Oficina Nacional de Emergencia (Onemi), tanto a nivel nacional como regional, de una vez por todas obligue a la empresa a formar una mesa de trabajo y que dé a conocer sus planes de contingencia a, b, c y d, ante eventos medioambientales como el que tuvimos que vivir y soportar el pasado sábado.
Por último, pido oficiar al Presidente de la República , a fin de que, en su calidad de gerente que hoy encabeza nuestro país -no le ha ido muy bien, según la última encuesta CERC-, adopte las decisiones que permitan que los índices que vemos hoy se acerquen más a lo que quieren los vecinos. Los vecinos de Hualpén no quieren que se repita lo ocurrido; quieren dormir tranquilos y estar tranquilos.
Creemos que los ejecutivos de la Refinería Biobío de ENAP deben dar un paso a un lado y no seguir en sus puestos de trabajo jugando con la gente de Hualpén y del Gran Concepción.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado Fidel Espinoza.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.48 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES.
-Se abrió la sesión a las 14.11 horas.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
REGULARIZACIÓN DE TÍTULOS DE DOMINO Y CONSTRUCCIÓN DE CALETERA A FAVOR DE VECINOS DE PUERTO VIEJO, REGIÓN DE ATACAMA. Oficios.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente , Puerto Viejo, localidad que antes se llamaba Puerto de Copiapó, hoy se encuentra poblada por tres mil familias. En verano, su población supera las 20 mil personas, muchas de las cuales han edificado sus viviendas de playa en casi 20 hectáreas de una tierra llena de historia.
La explosión de proyectos inmobiliarios turísticos al borde de la costa a fines del siglo pasado comenzó a alentar las ambiciones de quienes detentan documentos sobre la propiedad de 22 mil hectáreas de tierra en los denominados Llanos de la Isla, adyacentes a Puerto Viejo.
Cabe señalar que, por la vía de buscar la playa más próxima a Copiapó, se estableció allí un asentamiento que ya tiene, a lo menos, sesenta años de existencia. Por su parte, su Comité Pro Adelanto cuenta con más de 11 años de antigüedad.
Puerto Viejo nunca ha sido abandonado por los atacameños; siempre ha sido refugio para pescadores artesanales, veraneantes, etcétera, quienes buscan allí su lugar de descanso. Ellos se organizaron; se mejoraron los caminos en la zona, se les otorgaron cisternas. Los vecinos se relacionan con la institucionalidad al punto de que cada vez que empieza la temporada de verano, un retén móvil de Carabineros presta servicios en el lugar. Asimismo, el municipio de Caldera se encarga del retiro de la basura en la localidad, servicio que cobra a toda su comunidad.
Sin embargo, desde el pasado tsunami se viene planteando que dicha localidad se ubica bajo las cotas aconsejables. Lo mismo ocurre con otros balnearios de la región y también a nivel nacional. Se ha intentado poner en tela de juicio el problema de falta de un reconocimiento legal por la vía de la regularización de títulos de dominio en dicha localidad.
Quienes habitan el lugar se han reunido en distintas asambleas y han manifiestan toda su disposición y voluntad para que la situación se regularice, como ha sucedido con otros balnearios de la región y en distintos lugares del país, de manera de resolver el problema relativo a la legítima segunda vivienda, estrictamente para una población de origen humilde, de trabajadores.
Por lo tanto, pido que se busque la solución para resolver el problema planteado.
Históricamente, todas las autoridades de la región han reconocido la situación; nadie discute que Puerto Viejo existe y que ahí habita una comunidad.
Por lo tanto, en beneficio de esa población, solicito oficiar al ministro de Vivienda para que nos envíe información que dé cuenta de los fundamentos que no permitan la regularización, tal como se ha hecho con otros asentamientos que, progresivamente, se han ido regularizando en el borde costero y que no contaban con los debidos permisos.
Asimismo, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas en relación con lo siguiente. La construcción de una autopista en el lugar no resolvió el problema de la caletera, situación que obliga a quienes van a Puerto Viejo a pagar, por dos kilómetros, peaje de ida y vuelta, el cual debe ser uno de los más caros en el país.
Por lo tanto, pido que se resuelva la continuación de la construcción de la señalada caletera para que los vecinos puedan circular sin costo por la zona.
Por último, solicito que se envíe copia de ambos oficios al Comité Pro Adelanto de Puerto Viejo, a la unión comunal de junta de vecinos de la localidad, a la CUT provincial de la región, a la que se encuentran afiliados los vecinos del sector, pues allí todos son trabajadores; a los respectivos alcaldes y concejales de la región, como asimismo, a la intendenta y a los consejeros regionales.
He dicho.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, a las que se adjuntará copia de su intervención.
AYUDA A PESCADORES ARTESANALES DE LA HIGUERA, REGIÓN DE COQUIMBO.
El señor DE URRESTI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , solicito oficiar al intendente de la Región de Coquimbo en relación con una petición que le hicimos llegar por carta en mayo de este año, a raíz de una solicitud de ayuda hecha por la señora Adela Flores , de la comuna de La Higuera, a propósito del daño que sufrió su embarcación para la pesca artesanal como consecuencia del tsumani que afectó las costas de la Región de Coquimbo.
No obtuvimos respuesta formal a dicha petición. La reiteramos y nos contactamos con el área social de la intendencia, en las que nos señalaron que habían visitado a los afectados y que estaban a la espera de que llegaran los recursos para apoyarlos. Sin embargo, los pescadores me expresaron que hasta la fecha no se ha recibido ningún tipo de apoyo.
Se trata de 16 embarcaciones que se vieron afectadas por el tsunami. Estamos hablando de una zona donde existen muchas necesidades; de pescadores artesanales que, como el señor Presidente sabe, tienen días buenos y días malos, y a veces los malos son muchos más que los buenos; pero si no tienen embarcación, ni siquiera pueden aprovechar los buenos.
Entonces, pedimos al gobierno regional que apure la entrega de ayuda. Estamos prácticamente en octubre, y esos pescadores la esperan desde marzo. El día del tsunami, vimos un despliegue perfecto y bien desarrollado por parte de la intendencia para prevenir sus consecuencias. Sin embargo, las consecuencias a que me estoy refiriendo, que se manifestaron como resultado de la acción de la naturaleza, no han sido remediadas.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN ADMINISTRACIÓN DE CEMENTERIO DE EL TAMBO, COMUNA DE VICUÑA. Oficios
El señor DÍAZ.- En segundo lugar, pido que se oficie al Contralor General de la República a los efectos de que indague eventuales irregularidades que se puedan estar cometiendo en la administración del cementerio de la localidad de El Tambo, en la comuna de Vicuña.
Desde abril del año pasado venimos solicitando a distintas autoridades comunales y regionales que se hagan cargo del reclamo y del anhelo manifestados por los vecinos en cuanto a que el cementerio sea mejorado.
Hice una visita al cementerio y pude constatar que se encuentra en condiciones indignas para quienes se hallan sepultados en él y para sus familiares.
Según las escrituras que pude ver, el cementerio debiese contar con una superficie superior a los 13 mil metros cuadrados; sin embargo, no llega a los seis mil. Asimismo, no posee ningún tipo de organización interna: se entierran unos cuerpos sobre otros, no obstante que se pagan -como pude evidenciar y ver- derechos municipales tanto por mantener ahí los restos de los deudos como por construir nichos o nuevas sepulturas. No existe lugar en que uno camine en que no esté pisando alguna tumba.
Buena parte del pueblo me contó que cada vez que ellos entierran a alguien, encuentran restos de otros difuntos y tienen que sepultarlos prácticamente unos sobre otros. La ubicación de las cruces da cuenta de eso.
Pero, además, pienso que en esta situación podría estar vulnerándose la Ley Indígena, porque en el cementerio hay restos de personas pertenecientes a la etnia diaguita.
El cementerio tiene una tumba que data de 1800, pero lo curioso es que para ingresar al sector donde se ubica hay que pasar por el pórtico de una empresa privada que se instaló ahí hace algunos años.
Entonces, cabe preguntarse, ¿qué ocurrió para que terrenos públicos derivaran en privados? Se trata de terrenos que, según las respectivas escrituras, pertenecen a dicho cementerio.
La verdad es que la situación de la gente es dramática. Les afecta emocionalmente la condición de indignidad en que son sepultados sus difuntos; la sensación de estar pisando las tumbas los aflige de manera severa; el estado del cementerio es brutal: las paredes no existen. Antes, en el sector vivía una persona que tenía perros y cada vez que enterraban a alguien, como no hay ningún cierre, pues las paredes están destruidas, los perros escarbaban y extraían los cuerpos.
Lo que vimos ahí es inaceptable; los vecinos de El Tambo, que llevan pidiendo por más de ocho que se invierta una mínima cantidad de dinero para reparar y mejorar el cementerio, han sido desoídos.
Por último, solicito que se envíe copia de mi intervención a la junta de vecinos de El Tambo, al intendente regional y al concejo municipal de Vicuña .
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN AMBIENTAL DE ANDACOLLO. Oficios.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , pido que se envíe un oficio a la ministra del Medio Ambiente , al ministro de Salud y al director del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental para efectos de que informen qué sucede con el plan de descontaminación ambiental de la comuna de Andacollo.
Dicha comuna fue declarada zona saturada por contaminación ambiental, por lo cual se formó una mesa de trabajo. Sin embargo, cambió el gobierno, se disolvió la mesa de trabajo y hoy no tenemos ninguna noticia al respecto.
Por tanto, quiero solicitar una información actualizada sobre el estado en que se encuentra la elaboración de dicho plan de descontaminación ambiental, con indicación expresa de los planes y fechas previstos.
He dicho.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
PREOCUPACIÓN POR EVENTUAL CONSTRUCCIÓN DE PISCICULTURA EN COMUNA DE MAULE. Oficios.
El señor DE URRESTI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Pedro Pablo Álvarez-Salamanca.
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA.- Señor Presidente , quiero hacer presente una situación que, de ocurrir, podría afectar a un grupo importante de vecinos de la comuna de Maule, en el sector de San Pedro, camino a Duao, ya que, en ese sector se pretende construir una piscicultura, lo que afectaría en forma considerable la calidad de vida de muchas familias que viven ahí. Ello, porque su construcción implicaría necesariamente la extracción de aguas de las napas subterráneas, las que están muy cerca de los pozos que usan los vecinos para el consumo de agua de sus familias, lo que disminuiría el agua de estas norias, debidamente inscritas.
Otro punto importante que debemos destacar es que ese sector es netamente agrícola. Por lo tanto, también se verían afectados muchos agricultores que viven de la agricultura familiar campesina, ya que los riles de esa empresa serían vaciados directamente sobre el canal con cuyas aguas los agricultores riegan sus tierras, lo que podría producir la eventual contaminación de sus productos.
La Asociación de Regantes del canal Duao-Zapata envió una carta a la empresa Salmones Colbún Limitada, en la cual se manifiesta contraria a este proyecto.
En consecuencia, pido que se envíe un oficio a la seremi de Agricultura de la Región del Maule para que dicho organismo manifieste su opinión respecto del tema e informe sobre cuántos predios y cuántos regantes se podrían ver afectados por esta situación.
Asimismo, pido que se envíe un oficio al director general de Aguas de la Región del Maule para que indique cuáles son los pozos o norias que están inscritos en ese sector y que podrían verse afectados por esta inminente extracción de aguas subterráneas.
Además, pido que se envíe un oficio a la seremi del Medio Ambiente para que también manifieste su posición respecto del tema, por los probables daños ambientales que podría provocar dicho proyecto en el sector.
También pido que se envíe un oficio al encargado del Sistema de Evaluación Ambiental de la Región del Maule para que haga llegar todos los antecedentes presentados por la empresa para la construcción de este proyecto.
Por último, como diputado , no estoy en contra del progreso y de la creación de empleo en zonas específicamente rurales; pero también es necesario que este progreso se ajuste a los derechos ambientales y a los derechos de las personas que viven ahí.
Espero tener una pronta respuesta a los oficios solicitados.
He dicho.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE PROYECTO “CENTRO DE VALORIZACIÓN DE MATERIALES RECICLABLES LOS RÍOS”. Oficios.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Durante la semana distrital, me reuní con vecinos del sector LLancahue, en el kilómetro 7,5 de la ruta Valdivia-Paillaco, que viven alrededor del humedal LLancahue, quienes con natural preocupación han forzado una participación ciudadana para que se informe sobre el proyecto denominado “Centro de Valorización de Materiales Reciclables Los Ríos”.
Se trata de un proyecto que no ha pasado por un estudio de impacto ambiental, sino simplemente por una declaración de impacto ambiental, el cual, claramente, afectará a los vecinos y los tiene tremendamente preocupados, debido a lo cual han formado una agrupación.
Por tanto, pido que se envíe un oficio al director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos para que informe en qué etapa se encuentra este proceso y por qué no se ha acogido a un estudio de impacto ambiental.
Asimismo, pido que se envíe un oficio al ministro de Transportes y Telecomunicaciones para que señale cuáles son los estudios que se han realizado en relación con el conjunto de camiones que transitarán hacia este hipotético centro.
También pido que se oficie al director de la Corporación Nacional Forestal para que informe en qué situación y bajo qué categoría se encuentra regulado este humedal.
Además pido oficiar al director del Servicio Agrícola y Ganadero para que indique si se encuentra en trámite o si se ha realizado un proceso de cambio de uso de suelo en este sector.
Por último, pido el envío de un oficio a la ministra de Bienes Nacionales para que señale quién es el propietario del terreno donde se va construirá este centro, teniendo en consideración, de acuerdo con la información que se nos ha entregado, que sería un terreno que habría sido transferido por el Ministerio de Bienes Nacionales a la municipalidad.
Pido que se envíe copia de mi intervención a doña Mónica Terán y a don Eduardo Aguilar, vecinos que han manifestado una enorme preocupación por el impacto que significará este proyecto para ese importante sector de la ciudad de Valdivia.
INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN CONTRACTUAL DE FUNCIONARIOS DE CENTRO DE SALUD MENTAL DE CONSULTORIO LAS ÁNIMAS, DE VALDIVIA. Oficios.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Pido que se envíe un oficio al ministro de Salud y, por su intermedio, al director del Servicio de Salud de Valdivia , para que informe sobre la situación de más de treinta funcionarios que se encuentran contratados a honorarios hace más de tres años. Ellos trabajan en el centro de salud mental del consultorio Las Ánimas, de la ciudad de Valdivia, dependiente del Servicio de Salud de Valdivia .
Llama tremendamente la atención que profesionales, trabajadores y trabajadoras, lleven más de tres años prestando servicios de manera regular y permanente en esta institución bajo la modalidad de honorarios. Incluso más, a muchos de ellos en el último tiempo se les ha revocado el derecho a licencias médicas y los hacen llevar un registro, lo que vulnera claramente la legislación laboral.
Por ello, pido que me informen sobre el listado de todos y cada uno de los funcionarios que están bajo la modalidad de contrato a honorarios y cuál es la razón para no haber cambiado sus contratos.
Además, pido que se oficie al Contralor Regional de la Región de Los Ríos para que inicie una investigación para ver si procede y se ajusta a la legalidad vigente esta situación que afecta a trabajadoras y trabajadores que prestan servicios en el Servicio de Salud de Valdivia bajo la modalidad de honorarios.
Pido que se envíe copia de mi intervención a los representantes de esos funcionarios que han dado a conocer esta situación.
PREOCUPACIÓN POR DEMORA EN RESOLUCIÓN SOBRE DECLARACIÓN DE INVALIDEZ DE DON RAÚL MONSALVE NÚÑEZ. Oficios.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Pido que se envíe un oficio a la superintendenta de Pensiones para que informe sobre el caso de don Raúl Monsalve Núñez, RUT 5.795.634-8, cuyos antecedentes dejaré a disposición de esta Comisión.
La Comisión Médica Central de Salud ha declarado que tiene una invalidez de 76 por ciento; sin embargo, aún no se dicta la resolución correspondiente, a fin de que don Raúl pueda acogerse efectivamente al beneficio de la pensión de invalidez.
Por eso, es necesario oficiar en forma urgente a la superintendenta de Pensiones, con el objeto de conocer la situación en detalle y
saber por qué existe tanta tardanza en dictar dicha resolución.
Para terminar, pido que se envíe copia de mi intervención a don Raúl Monsalve Núñez, cuya dirección voy a dejar a disposición de la Secretaría.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Presidente accidental).- Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.31 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN
Jefe de la Redacción de Sesiones.
X. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que inicia un proyecto de ley que modifica el artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.501. (boletín N° 7948-04)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto modificar el artículo vigésimo transitorio de la ley 20.501, a fin de prorrogar en sesenta días el plazo para presentar uno o más proyectos de ley por medio de los cuales se aborde la institucionalidad de la educación municipal.
FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA Y CONTENIDO DEL PROYECTO
La educación constituye una de las prioridades de este gobierno y, como muestra de ello, en noviembre del año 2010 presentamos a tramitación en el Congreso Nacional el proyecto de ley de Calidad y Equidad de la Educación, que puso especial énfasis en mejorar la educación pública municipal dotando de mayores atribuciones a los directores de los establecimientos educacionales de esa dependencia, entre otras medidas. Dicho proyecto dio origen a la ley N° 20.501, sobre Calidad y Equidad de la educación, la cual fue publicada en el Diario Oficial con fecha 26 de febrero de 2011.
Esa ley estableció que antes del 30 de septiembre de 2011, el Presidente de la República debía enviar a tramitación al Congreso Nacional uno o más proyectos de ley a través de los cuales se abordaría la institucionalidad de la educación municipal, en plena coherencia con nuestro programa de gobierno que propone medidas para mejorar la educación de cada comuna.
El amplio interés que la ciudadanía ha demostrado tener respecto de la educación de calidad y los medios más idóneos para proveerla, llevan a la conclusión que resulta conveniente postergar el plazo que la ley N° 20.501 estableció para presentar ese proyecto.
En tal sentido, el presente proyecto de ley propone prorrogar el plazo dispuesto por la ley de Calidad y Equidad de la Educación, cuyo vencimiento se fijó para el 30 de septiembre de 2011, ampliándolo en sesenta días, modificando para dichos efectos el artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.501.
En consecuencia y en mérito de lo expuesto precedentemente, someto a vuestra consideración el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Modifícase el artículo vigésimo transitorio de la ley 20.501, sustituyendo la palabra “septiembre” por “noviembre”.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; FELIPE BULNES SERRANO , Ministro de Educación .”
2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que inicia un proyecto de ley que regula en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, el valor del gas natural, los valores agregados de distribución del gas, el valor de los servicios afines, crea los subsidios que indica y establece medidas ante una contingencia de gas. (boletín N° 7945-08)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que regula en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, el valor del gas natural, los valores agregados de distribución del gas, el valor de los servicios afines, crea los subsidios que indica y establece medidas ante una contingencia de gas.
I. ANTECEDENTES
1. Magallanes ?Prima in terra Chilensis?.
La Región de Magallanes y de la Antártica Chilena ha constituido parte fundamental de nuestra historia patria. “Prima in terra chilensis”, como reza su escudo, fue precisamente desde estas tierras que el explorador europeo avistó nuestras costas por primera vez, en el lejano año de 1520. Puesta en las latitudes más australes del continente americano, sus heladas tierras y complejos mares condicionaron diversos intentos de colonización, coronados finalmente con la histórica hazaña del Capitán Williams y sus fieros tripulantes, un 21 de Septiembre de 1843. Desde aquella histórica fecha, Chile reclamó la soberanía de las tierras magallánicas integrándolas a su territorio y proyectando la nación hasta las más recónditas tierras antárticas.
La soberanía conquistada por los padres fundadores es hoy garantizada de forma inmanente por el magallánico y su continuo compromiso de permanecer y hacer patria en la frontera austral. No es posible olvidar que el poblamiento de Magallanes no fue tarea fácil y el asentamiento definitivo se hizo depender en gran medida de la paulatina construcción de centros urbanos, que pudieran proveer de condiciones mínimas de habitabilidad a efectos de sortear las inclemencias de tan extremas latitudes, lo que fue impulsado con mayor fuerza a partir del descubrimiento de reservas de hidrocarburos, presentes en su subsuelo. En efecto, la explotación del gas natural en la región ha prodigado un enorme bienestar a su población y ha empujado con fuerza el crecimiento de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
2. Reconocimiento de un régimen especial para el gas natural producido en Magallanes.
El suministro de gas natural constituye para Magallanes una necesidad básica puesto que no existe actualmente, a diferencia de lo que sucede en otras regiones del país, la posibilidad de acceder a una fuente energética alternativa a valores similares. A lo anterior cabe agregar que su población consume esta primordial fuente energética no sólo en mayor cantidad que en el resto del país, por las bajas temperaturas que presenta la región, sino también durante un período mucho más prolongado de tiempo en el año en comparación a otras zonas. Así, el uso del gas natural es determinante para la vida cotidiana del magallánico y su disponibilidad más necesaria que para cualquier otro chileno.
A los requerimientos energéticos de la población señalados en el párrafo anterior, cabe agregar el hecho de encontrarse ésta aislada del resto del país y de no existir más fuentes energéticas que permitan solventar sus necesidades a precios, a lo menos, similares.
Cabe destacar que ya en el año 1931, la Ley de Servicios de Gas, Decreto con Fuerza de Ley N° 323, del Ministerio del Interior, reconoció las condiciones especiales en que se prestaba el servicio de gas en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, al exceptuar a la región del régimen general de libertad tarifaria respecto de los servicios de las empresas distribuidoras de gas. Las razones para fijar las tarifas en esta región se fundan en las condiciones especiales del mercado del gas, donde el uso de combustibles alternativos resulta económicamente inviable dado su mayor precio relativo y al hecho que la distribución de gas en esa zona es de por sí un monopolio natural.
La producción de gas, por su parte, se ha visto afectada por el hecho que los yacimientos tradicionales descubiertos están declinando, por lo que se debe invertir en la búsqueda de nuevos yacimientos y será necesario iniciar la exploración y explotación del gas no convencional.
Dado el conjunto de antecedentes antes señalados, este Gobierno ha dado especial importancia al establecimiento de la mesa del gas, integrada por autoridades de gobierno y representantes de la colectividad, y al acuerdo del gas suscrito con la comunidad magallánica, estimando que éste constituye un compromiso histórico sin precedentes, que permitió realizar un debate regional de cara a la comunidad.
El Gobierno cumple ahora el compromiso asumido en dicha instancia procediendo no sólo a regular las tarifas del gas en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena sino también a crear un subsidio que permita, de alguna u otra forma, continuar con el apoyo que se ha dado a los magallánicos en los últimos treinta años, por lo menos, pero ahora con mayor formalidad y claridad.
3. El principio de la solidaridad y la Contingencia en el abastecimiento de Gas.
Sin perjuicio de las definiciones que se pretenden asumir en materia de subsidio al Gas Natural producido y consumido en la región, el Ejecutivo ha considerado fundamental prestar especial atención a la necesidad de asegurar el abastecimiento continuo de la población en situaciones de contingencia. De esta forma, se asegurará a la población que el gas producido se utilice en primer lugar para satisfacer los requerimientos de los servicios de utilidad pública, residenciales y comerciales, cuando debido a situaciones puntuales extraordinarias el suministro normal no sea capaz de abastecer la totalidad del consumo. Lo anterior se fundamenta en el reconocimiento de que el gas es un elemento fundamental para la calidad de vida de los magallánicos, por lo que la prioridad debe estar en ellos.
4. La regulación del Valor Agregado de Distribución y las normas sobre medidores.
Fundamental resulta el asegurar a los magallánicos que los servicios de gas concesionados en la región cumplan con los parámetros de transparencia propios de las empresas de servicios básicos, de manera de poder cumplir con el anhelo de contar con un sistema regulado por ley en conformidad a lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 323, de 1931, del Ministerio del Interior, sobre Servicio de Gas.
Como ya se señaló, el Decreto con Fuerza de Ley Nº 323, del Ministerio del Interior, de 1931, Ley de Servicios de Gas, establece como regla general la libertad tarifaria para las empresas en la prestación de servicios de distribución de gas y de servicios afines. Sin perjuicio de lo anterior, el legislador estableció que tal régimen no es aplicable respecto a los suministros y servicios de gas que las empresas distribuidoras de gas de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena efectúen a sus consumidores, caso en el cual las fórmulas tarifarias se deben determinar de acuerdo a un procedimiento reglado.
Sin embargo, la legislación vigente no está perfeccionada de manera de contar con la metodología y procedimiento para la fijación de las tarifas del servicio de gas y servicios afines prestados por las distribuidoras de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Actualmente existe una sola empresa de servicio público de distribución que suministra y presta el servicio de gas y servicios afines en las comunas de Punta Arenas, Puerto Natales y Porvenir, lo que hace necesario regular la forma en que se fijarán las tarifas en dichas zonas en conformidad a lo señalado anteriormente.
II. OBJETIVOS.
El presente proyecto de ley que someto a la consideración de este Honorable Congreso, tiene por objetivos centrales los siguientes:
1. Regular el precio del servicio de gas en Magallanes, sobre la base de definir sus diversos componentes y estructurar la tarifa de este servicio básico.
2. Dar reglas claras a la Región en materia de valor agregado de distribución de manera de contar con un servicio de abastecimiento concesionado que se ajuste a parámetros de eficiencia que garanticen valores de administración controlados y objetivos.
3. Regularizar la situación de los medidores en la región, permitiendo a los usuarios el derecho a optar por diversos regímenes jurídicos.
4. Crear con carácter de permanente un subsidio al consumo de gas natural producido en la región, que considere los montos necesarios para cubrir las diferencias entre el valor del gas al ingreso al sistema de distribución concesionado y los montos cubiertos por los usuarios magallánicos.
5. Establecer un mecanismo de protección al usuario del servicio de gas natural distribuido para casos de contingencia de abastecimiento sobre la base de incorporar a los contratos especiales de operación cláusulas de protección en beneficio de la población.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO.
Para cumplir los objetivos antes mencionados, he considerado incorporar las siguientes medidas y acciones en el proyecto que someto a vuestra consideración.
1. Normas de estructuración del sistema tarifario.
El presente proyecto de ley propone determinar de manera clara la composición del sistema tarifario del servicio de gas de forma que permita comprender a los magallánicos cómo se estructura el valor del gas y de qué manera se reflejará en la factura o boleta al consumidor.
La tarifa distinguirá el valor del gas natural al ingreso del sistema de distribución (VID) representativo del precio promedio ponderado de los contratos de suministro de gas suscritos entre la distribuidora concesionaria y el conjunto de productores de la región que comercialicen gas natural producido en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, más el valor del transporte, si éste no estuviese incluido en los contratos. Para resguardar la transparencia en el proceso, las empresas distribuidoras deberán informar para cada contrato de suministro que celebre, el contenido de las propuestas comerciales de todas las ofertas formuladas por los productores de gas de la región. Se contempla un mecanismo de control de las variables a considerar en las fórmulas de indexación de los componentes del VID, los que serán determinados por el Ministerio de Energía de forma de evitar que se consideren por el productor elementos que no correspondan a la estructura de costos del gas.
2. Normas que regulan el Valor Agregado de Distribución y los Servicios afines de las distribuidoras de gas en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
El proyecto se encarga de desarrollar un mecanismo de fijación de tarifas de distribución, de manera de establecer los precios máximos que podrá(n) aplicar la(s) concesionaria(s) a los consumidores de la región, tanto por el valor agregado de distribución (VAD) como por los servicios afines. Se procede por esta vía a cumplir un antiguo anhelo de la región al contar con una regulación de rango legal, dando cumplimiento además al mandato del Decreto con Fuerza de Ley N° 323, del Ministerio del Interior, de 1931.
La estructura, el nivel y los mecanismos de indexación del valor agregado de distribución y de los servicios afines serán establecidos cada cinco años por el Ministerio, sobre la base del costo total de largo plazo del respectivo servicio, de acuerdo a un procedimiento reglado evitando decisiones que pudieran contener sesgos de discrecionalidad. Los cálculos de los costos a considerar para determinar la tarifa deberán sujetarse a los parámetros de una empresa eficiente. Se incorporan a la ley normas que permiten desvincular de los costos totales aquellos relacionados a servicios no sujetos a fijación de tarifa que tuvieren el carácter de indivisibles, de manera que el consumidor sólo asuma aquella parte de los costos que están vinculados a los servicios sujetos a fijación de tarifas. Asimismo del valor de los costos de inversión de la empresa eficiente deberán descontarse las instalaciones aportadas por terceros.
Los reajustes que aplique la empresa distribuidora no podrán ser superiores a los máximos autorizados y deberán en todo caso ser comunicados a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
El valor agregado de distribución de gas y el valor de los servicios afines se establecerán sobre la base de un estudio de costos que deberá ser realizado por una empresa consultora financiada por la distribuidora, pero contratada por la Comisión Nacional de Energía a través de un proceso de licitación pública. La empresa consultora deberá considerar los criterios de eficiencia antes señalados. En las bases deberá explicitarse también la metodología de cálculo de la tasa de costo de capital, la que en todo caso deberá seguir lo establecido en el artículo 32º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 323, del Ministerio del Interior, de 1931. Los resultados de la consultoría será comunicado por la Comisión Nacional de Energía y en caso de existir divergencias con la distribuidora podrá solicitarse la conformación de una Comisión Pericial para que dirima las observaciones formuladas por la Comisión. Las fórmulas tarifarias así determinadas serán sancionadas por el Ministerio de Energía mediante Decreto Supremo.
El proyecto de ley, además, establece un sistema de solución de controversias de carácter técnico, llenando un vacío que contiene la Ley vigente. En efecto, en la actualidad la solución de conflictos en materias tarifarias como las que se regulan en este proyecto de ley, requiere de conocimientos técnicos especializados. Por ello, en otras materias similares se entrega su resolución a la competencia de los tribunales arbitrales, comisiones periciales o paneles de expertos. Estas instancias han contribuido a prevenir y resolver conflictos de esta índole en forma eficaz y expedita. Por ello, dentro del procedimiento de fijación tarifaria propuesto, se contemplan instancias de comisiones periciales, tanto al inicio, para definir el marco en que se realizará el estudio de costos, como al final del proceso, para dirimir discrepancias en los resultados.
3. Las Normas de Medidores.
Se ha considerado incorporar normas que regulen la situación de los medidores de manera de otorgar mayor claridad para los antiguos y nuevos clientes del sistema. Se ofrece al cliente la posibilidad de adquirir el medidor, arrendarlo con opción de compra o simplemente continuar con el régimen de arriendo vigente a la época de entrada en vigencia del presente proyecto de ley. El título jurídico que detente el cliente respecto del medidor incidirá en el riesgo por la pérdida total del mismo y sobre qué patrimonio pesará la obligación de reponerlo.
Se aclara la calidad jurídica del medidor respecto del inmueble al que se encuentra afecto, de forma que el mismo sea considerado como inmueble por adherencia disponiéndose del mismo con ocasión de la enajenación del inmueble al que accede.
Se clarifica de igual forma que la instalación de los medidores, independientemente que el mismo sea proporcionado por el cliente, será efectuada por la misma distribuidora o por empresas autorizadas y habilitadas para tal efecto por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
4. El Subsidio al Valor del Gas Natural de Magallanes .
Fundamental resulta para la región la incorporación permanente de un mecanismo de subsidio de cargo fiscal aplicable sobre el valor del gas natural explotado en la región. El mismo ha sido establecido en directo beneficio de los consumidores o clientes de las empresas distribuidoras concesionarias de la región a efectos de propender que los magallánicos cuenten con gas natural a valores que permitan el desarrollo de sus actividades bajo parámetros determinados en la ley que se considerarán en la forma establecida por un reglamento del Ministerio de Energía suscrito además por el Ministro de Hacienda .
La ley establece un subsidio al valor del gas natural explotado en la región, de forma de establecer un parámetro claro para las futuras administraciones, que deberán determinar su financiamiento anual con cargo a la Ley de Presupuestos.
El proyecto de ley asegura para el período 2012 a 2016, ambos inclusive, que el subsidio cubre a los clientes o consumidores de las distribuidoras concesionarias la diferencia entre el valor del gas natural determinado por los contratos de suministro de gas natural suscrito con los productores de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y el valor a pagar por dichos consumidores o clientes, que dice relación con los precios considerados en las tarifas en dólares del servicio de gas del período febrero a septiembre de 2011 y ajustados de acuerdo con la variación que experimente el índice de precios al consumidor en Chile.
De la misma forma, establece duras sanciones en contra de actos tendientes a obtener un lucro indebido de los recursos fiscales del subsidio que este proyecto de ley reconoce a los magallánicos.
5. Las Medidas ante una Contingencia en el abastecimiento de Gas Natural.
Asimismo, se considera fundamental para la seguridad de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena el establecer normas claras, que tengan por objeto dar la debida cobertura y protección a la población, en casos que una empresa distribuidora enfrente situaciones de riesgo y continuidad en el suministro de gas, por incumplimientos de los contratos suscritos debido a situaciones puntuales excepcionales, para cumplir con los requerimientos de los servicios de utilidad pública, residenciales y comerciales.
Es por lo anterior que el proyecto establece especiales facultades al Ministerio de Energía para decretar el “Estado de Contingencia” lo que le permitirá adoptar las medidas señaladas en su articulado, debiendo concurrir los contratistas especiales de operación que exploten gas natural en la región, a prorrata de las cantidades que produzcan, a suplir la contingencia de manera que ningún contrato particular pueda sobreponerse a una situación de emergencia, constituyendo la norma de contingencia una limitación muy calificada en resguardo de los magallánicos.
La norma de contingencia, para resultar aplicable, deberá incorporarse en los contratos especiales de operación, más específicamente en los decretos que los autorizan, estableciéndose incentivos para que los contratistas especiales de operación soliciten la incorporación de las referida obligación.
En mérito de lo precedentemente ex-puesto, someto a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Título I
Antecedentes
Artículo 1º.- El valor del gas a empresas distribuidoras que se encuentren en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, el valor agregado de distribución del gas y las tarifas de los servicios afines que éstas presten a todos sus clientes o consumidores, serán determinados de acuerdo a las bases y procedimientos que se establecen a continuación.
Artículo 2º.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por:
1. Comisión: Comisión Nacional de Energía.
2. Contingencia de Gas: Situación excepcional en el suministro de gas declarada por el Estado, a través de Resolución del Ministro de Energía , en casos que, por causa de eventos puntuales extraordinarios, se ponga en riesgo la seguridad y continuidad en el suministro de gas a las empresas distribuidoras concesionadas de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
3. Ministerio: Ministerio de Energía.
4. Región: Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
5. Servicios afines: los servicios prestados a clientes o consumidores por una empresa distribuidora, o por un tercero por cuenta de ésta, asociados al servicio de gas, cuyas tarifas deben ser reguladas de acuerdo a los principios y procedimientos en esta ley, en atención a la escasez de prestadores alternativos para los clientes o consumidores; tales como la realización de empalmes, corte y reposición de servicio, término de servicio, envío de boleta o factura a una dirección especial, intervenciones en empalmes y medidores por requerimientos del cliente, entre otros servicios de similar naturaleza.
6. Superintendencia: Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
7. Valor Nuevo de Reemplazo o VNR: el costo de renovar todas las obras, instalaciones y bienes físicos destinados a prestar el servicio de gas en la respectiva zona de servicio, incluyendo los intereses intercalarios, los derechos, los gastos y las indemnizaciones efectivamente pagadas para el establecimiento de las servidumbres utilizadas, los bienes intangibles y el capital de explotación.
Entre los derechos no se podrán incluir los que haya concedido el Estado a título gratuito, los pagos realizados en el caso de concesiones obtenidas mediante licitación y, en general, todo pago realizado para adquirir una concesión a título oneroso.
Para la determinación del VNR será aplicable lo señalado en los incisos sexto y siguientes del artículo 193 del Decreto con Fuerza de Ley No. 4, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley No. 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica.
8. Valor del gas: el precio del gas al ingreso del sistema de transporte.
Título II
De las tarifas del servicio de gas en la Región
Párrafo 1º
De los componentes de las tarifas del servicio de gas
Artículo 3°.-Las tarifas del servicio de gas en la Región estarán compuestas por la suma del valor del gas al ingreso del sistema de distribución “VID” y el valor agregado de distribución, en adelante e indistintamente “VAD”.
Las tarifas del servicio de gas incorporarán además el subsidio al valor del gas natural a que se refiere el título IV.
Párrafo 2º
Del Valor del Gas al ingreso del sistema de distribución, “VID”
Artículo 4°.-Para los efectos de esta ley, el valor del gas al ingreso del sistema de distribución será el precio promedio ponderado de el o los contratos de suministro de gas suscritos por la empresa distribuidora aplicables para el respectivo período de cálculo, más el valor del transporte, si éste no estuviere incluido en el contrato de suministro de gas.
Artículo 5°.-La empresa distribuidora deberá informar al Ministerio, cada vez que celebre un nuevo contrato de suministro de gas, el contenido de las propuestas comerciales y demás antecedentes que incidieren directamente en las condiciones de las ofertas formuladas por los productores de gas de la Región.
Artículo 6º.- El Ministerio deberá fijar mediante decreto las variables a considerar en las fórmulas de indexación de los componentes del VID, las que en todo caso deberán tener relación con la estructura de costos del gas suministrado y deberán referirse a precios o índices publicados por organismos oficiales o por otros organismos cuyas informaciones publicadas sean de aceptación general.
La empresa distribuidora comunicará a más tardar el último día hábil de cada mes a la Superintendencia el VID reajustado de acuerdo a las fórmulas de indexación contenidas en los respectivos contratos de suministro de gas. En todo caso, este valor sólo podrá reajustarse dentro de los primeros cinco días de cada mes.
Párrafo 3º
Del Valor Agregado de Distribución y de los Servicios Afines
Artículo 7º.- Las tarifas que se fijen para el VAD y para los servicios afines, tendrán el carácter de precios máximos, no pudiendo discriminarse entre consumidores o clientes de una misma categoría en su aplicación. La estructura, nivel y mecanismo de indexación de las tarifas serán establecidos cada cinco años por el Ministerio de acuerdo con los procedimientos que se establecen más adelante y fijados mediante decreto supremo, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República ”.
Artículo 8º.- Para efecto de la fijación de tarifas, la empresa distribuidora respectiva deberá proporcionar toda la información necesaria y pertinente que le solicite la Comisión, en la forma y oportunidad que ésta determine.
Artículo 9º.- La estructura, nivel y mecanismo de indexación de las tarifas del VAD y de los servicios afines serán establecidos sobre la base del costo total de largo plazo del servicio respectivo.
Se entenderá por costo total de largo plazo el monto equivalente a la suma de los costos de explotación y de capital asociados a la atención de la demanda prevista en la zona de servicio durante el horizonte de planificación de la empresa eficiente. El cálculo considerará el diseño de una empresa eficiente que inicia operaciones al comienzo del período tarifario, realiza las inversiones necesarias para proveer a todos los clientes o consumidores de los servicios involucrados e incurre en los costos de explotación propios del giro de la empresa.
Los costos a considerar se limitarán a aquellos indispensables para que la empresa distribuidora pueda proveer en forma eficiente el servicio de gas y los servicios afines en una determinada zona de servicio, incluyendo su expansión futura, de acuerdo a la tecnología eficiente y de menor costo entre las disponibles comercialmente, sujetándose dicha empresa eficiente a la normativa vigente, en particular en lo relativo a la calidad de servicio y seguridad de las instalaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, en el costo total de largo plazo se considerará el valor efectivamente pagado por los derechos de uso y goce del suelo, incluyendo los gastos e indemnizaciones pagadas para el establecimiento de las servidumbres utilizadas, indexado de acuerdo a la variación que experimente el índice de precios al consumidor.
Artículo 10°.- Si, por razones de indivisibilidad o uso conjunto de recursos, la empresa eficiente proveyere, además del servicio de gas y servicios afines, servicios no sujetos a fijación de precios, se deberá considerar sólo una fracción de los costos totales de largo plazo correspondientes, a efectos del cálculo de las tarifas de los servicios sujetos a fijación de precios a las que se refiere el artículo 7°. Dicha fracción se determinará en concordancia con la proporción en que sean utilizados los recursos de la empresa eficiente por los servicios sujetos a fijación de precios y por aquellos no sujetos a fijación. Para efectos de lo señalado en este inciso, en la modelación de la empresa eficiente se deberán considerar al menos los servicios no sujetos a fijación de precios provistos por la distribuidora.
De similar forma, en caso que recursos indivisibles sean compartidos entre el servicio de gas y los servicios afines, los costos de dichos recursos deberán repartirse entre los servicios indicados de acuerdo a la proporción en que sean utilizados por los mismos.
Artículo 11°.- Del valor de los costos de inversión de la empresa eficiente deberá descontarse, finalmente, la proporción del VNR correspondiente a las instalaciones aportadas por terceros en la respectiva zona de servicio. Dicho descuento deberá realizarse durante el tiempo de vida útil de las instalaciones aportadas por terceros que fije la Superintendencia o hasta que la empresa distribuidora haya informado su total reposición en la forma y plazo que establezca la misma.
Artículo 12°.- La tasa de costo anual de capital aplicable a la empresa eficiente será calculada sobre la base de lo establecido en el artículo 32º del DFL Nº 323, de 1931, del Ministerio del Interior, Ley de Servicios de Gas. Las bases del estudio de costo indicadas en el artículo 16° de la presente ley precisarán la metodología de cálculo de la tasa de costo de capital.
La tasa de costo de capital será utilizada como factor de actualización para todas las componentes del valor agregado de distribución y de los servicios afines, así como para la recaudación de la empresa eficiente.
Artículo 13°.- A efectos de calcular el valor del costo total de largo plazo, se considerarán los costos de inversión y de explotación, el valor remanente de las inversiones y los impuestos a las utilidades. Los costos de explotación correspondientes a la empresa eficiente se definirán como la suma de los costos de operación, mantenimiento y todos aquellos directamente asociados a la prestación de los servicios, que no sean costos de inversión. Los gastos financieros y amortizaciones no deberán ser considerados en los costos de explotación. El valor remanente de las inversiones se determinará a partir de la depreciación y la vida útil de los activos.
Artículo 14°.- Las tarifas corresponderán a aquellas que, aplicadas a las demandas previstas para el horizonte de planificación de la empresa eficiente, generen una recaudación actualizada equivalente al costo total de largo plazo respectivo, permitiendo así el autofinanciamiento.
En todo caso, se podrán establecer diferentes sectores tarifarios, cada uno con distintas tarifas de VAD y de servicios afines, las cuales deberán resguardar el autofinanciamiento señalado en el inciso anterior.
Artículo 15°.- La tarifa de cada servicio será indexada mediante su propia fórmula de indexación, la que se expresará en función de los índices de precios de los principales insumos del respectivo servicio. Esta fórmula de indexación será determinada en el estudio de costos mencionado en el artículo 18° y deberá ser construida de forma tal que la estructura de costos sobre la cual se apliquen los coeficientes de variación de los índices de precios de los respectivos insumos sea representativa de la estructura de costos de la empresa eficiente definida para estos propósitos.
Las variaciones que experimente el valor de la fórmula de indexación deberán ser calculadas utilizando siempre los precios o índices publicados por organismos oficiales o por otros organismos cuyas informaciones publicadas sean de aceptación general.
La empresa distribuidora comunicará cada mes a la Superintendencia el valor resultante de aplicar a las tarifas máximas autorizadas la variación de la fórmula de indexación respectiva, y este valor constituirá el precio máximo que se podrá cobrar a los clientes o consumidores.
Cada vez que la empresa distribuidora realice un reajuste de sus tarifas, deberá previamente hacerlas públicas y comunicarlas a la Superintendencia. En todo caso, estas tarifas sólo podrán reajustarse dentro de los cinco primeros días de cada mes y no podrán exceder las tarifas máximas autorizadas debidamente indexadas.
Artículo 16°.- El valor agregado de distribución de gas y el valor de los servicios afines, se establecerán sobre la base de un estudio de costos efectuado por una empresa consultora contratada por la Comisión a través de un proceso de licitación pública. Dicho estudio deberá ceñirse a los criterios de eficiencia señalados en el artículo 9º de la presente ley y será financiado por la empresa distribuidora cuyas tarifas estén siendo fijadas, siendo este costo reconocido en el valor agregado de distribución. Este estudio se realizará de acuerdo al procedimiento a que se refieren los artículos 17 y siguientes. Adicionalmente, el estudio de costos incluirá el cálculo de costo de capital correspondiente al proceso tarifario.
Artículo 17°.- A lo menos 18 meses antes del término del período de vigencia de las fórmulas tarifarias del VAD y de los servicios afines establecidas mediante el decreto señalado en el artículo 7º, la Comisión enviará a la empresa distribuidora las bases técnicas y administrativas preliminares del estudio de costos.
Las bases deberán establecer, a lo menos, los requisitos, antecedentes y la modalidad de presentación de ofertas. Asimismo, deberán especificar el período de análisis u horizonte de planificación de la empresa eficiente, los criterios de proyección de demanda, la metodología de cálculo de la tasa de costo de capital, los criterios de optimización de redes, tecnologías, fuentes de información para la obtención de los costos, fecha base para la referencia de moneda, el listado de los servicios afines, y todo otro aspecto que se considere necesario definir en forma previa a la realización del estudio.
A partir de la fecha de envío de las bases preliminares y dentro del plazo de quince días hábiles, la empresa distribuidora podrá presentar sus observaciones a la Comisión.
Vencido el plazo anterior y en un término no superior a quince días hábiles, la Comisión comunicará las bases corregidas aceptando o rechazando fundadamente las observaciones planteadas.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación de las bases, la empresa distribuidora podrá solicitar a la Comisión mediante requerimiento escrito, la conformación de una Comisión Pericial para que dirima las observaciones que no hubiesen sido acogidas por la Comisión o que hubiesen sido acogidas parcialmente.
La Comisión Pericial estará conformada por tres expertos, uno propuesto por la Comisión, otro propuesto por la empresa distribuidora, y el tercero designado de común acuerdo, los que deberán ser designados dentro de los cinco días hábiles desde la recepción de la solicitud de conformación de la Comisión Pericial. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiere nombrado a alguno de los expertos, éste será designado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia dentro de los cinco días hábiles siguientes al referido vencimiento del plazo. Los peritos no deberán haber prestado servicios a la empresa distribuidora o a la Comisión durante el último año.
Los honorarios de los miembros de la Comisión Pericial serán determinados por la Comisión con consulta a la empresa distribuidora y serán pagados por esta última.
Una vez nombrada la Comisión Pericial, ésta dispondrá de quince días hábiles para evacuar su decisión fundada, la cual será vinculante para todos los que participen en el proceso de fijación de tarifas, sin que proceda en su contra recurso alguno.
Transcurrido el plazo para solicitar la conformación de la Comisión Pericial o una vez que la Comisión Pericial evacue su decisión definitiva si ésta fuera solicitada, la Comisión dispondrá de cinco días hábiles para comunicar las bases técnicas y administrativas definitivas a la empresa distribuidora.
Artículo 18°.- El estudio será licitado, adjudicado y supervisado en conformidad a las bases técnicas y administrativas definitivas señaladas en el artículo anterior, por un comité integrado por un representante del Ministerio, un representante de la empresa distribuidora y un representante de la Comisión, quien además presidirá el referido comité. El llamado a licitación, la adjudicación y firma del contrato lo realizará el comité a través de la Comisión.
Asimismo, la Comisión establecerá el procedimiento para la constitución y funcionamiento de este comité.
El estudio deberá realizarse dentro de un plazo máximo de cinco meses a contar de la total tramitación del contrato licitado. Sin perjuicio de lo anterior, el consultor al que se adjudique el estudio deberá prestar el apoyo que sea necesario hasta la dictación de las correspondientes tarifas.
Artículo 19°.- No podrán participar en la mencionada licitación aquellas empresas consultoras relacionadas, filiales, coligantes o coligadas de la empresa distribuidora, como tampoco aquellas empresas consultoras cuyos socios, directores, gerentes o representantes legales, sean cónyuges o tengan una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con los socios, directores, gerentes o representantes legales de la empresa distribuidora, sus filiales, coligantes o coligadas, o que tengan o hayan tenido una relación contractual de carácter permanente o periódica relevante con las mismas en el último año contado desde la convocatoria a licitación, con excepción de la condición de cliente de la empresa distribuidora.
Artículo 20°.- Los resultados entregados por el consultor del estudio deberán especificar, a lo menos, lo siguiente:
a) El valor de la tasa de costo de capital.
b) Los criterios de dimensionamiento de la empresa eficiente;
c) El valor de los principales componentes de costos del servicio de gas;
d) Los costos de los servicios afines; y
e) Las fórmulas de indexación que permitan mantener el valor real de las tarifas que se establezcan durante su período de vigencia.
Artículo 21°.- La Comisión dispondrá de un plazo de dos meses para elaborar y notificar a la empresa distribuidora el informe técnico basado en los resultados del estudio, el que se contará desde el momento en que el Comité dé su conformidad al estudio.
En caso que la empresa distribuidora tenga observaciones respecto del informe técnico, deberá presentarlas dentro de los quince días hábiles siguientes a que éste le fuere notificado por la Comisión. La Comisión en un plazo de quince días hábiles, deberá responder las observaciones aceptando o rechazándolas fundadamente.
Dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución fundada que rechaza las observaciones formuladas de acuerdo a lo señalado en el inciso anterior, la empresa distribuidora podrá solicitar a la Comisión, mediante requerimiento escrito, la conformación de una Comisión Pericial que dirima todas o algunas de las observaciones presentadas que no hubiesen sido acogidas por la Comisión o que hubiesen sido acogidas parcialmente.
La Comisión Pericial estará conformada por tres expertos nombrados y financiados de igual forma a lo establecido en el artículo 17º.
Una vez conformada la Comisión Pericial, ella dispondrá de veinte días hábiles para evacuar su decisión y su elección de valores y costos a los que se refiere el inciso siguiente, la cual será vinculante para todos los que participen en el proceso de fijación de tarifas, sin que proceda en su contra recurso alguno.
La Comisión Pericial deberá indicar fundadamente cuál de los valores de costo total de largo plazo del valor agregado de distribución deberá utilizarse, pudiendo elegir entre el valor determinado en el informe técnico de la Comisión y el valor que resulte de la aplicación del total de observaciones que hubiese presentado la empresa distribuidora. A su vez, la Comisión Pericial deberá indicar fundadamente cuál valor del costo total de largo plazo de cada servicio afín deberá utilizarse, pudiendo elegir entre el costo determinado en el informe técnico de la Comisión y el costo resultante de la aplicación del total de observaciones que hubiese presentado la empresa distribuidora.
La Comisión Pericial no podrá elegir entre resultados parciales de costos, o entre criterios que se hubiesen presentado como observaciones, sino sólo entre valores finales.
En un plazo no superior a treinta días corridos contados desde la aceptación de las observaciones por parte de la Comisión o del pronunciamiento por parte de la Comisión Pericial a las observaciones que se hayan sometido a su conocimiento, la Comisión emitirá el informe técnico definitivo.
Artículo 22°.- Antes de cuarenta y cinco días hábiles del término del período de vigencia de las fórmulas tarifarias, la Comisión enviará al Ministerio el informe técnico definitivo y propondrá las fórmulas tarifarias para el siguiente período tarifario.
Artículo 23°.- El Ministerio fijará las nuevas fórmulas tarifarias, dictando el decreto supremo correspondiente a lo menos veinte días hábiles antes del término del período de vigencia de las fórmulas tarifarias anteriores.
A más tardar, dentro de los treinta días corridos siguientes a la publicación en el Diario Oficial del respectivo decreto tarifario, la Comisión deberá hacer públicos los contenidos básicos del estudio de costos de distribución del consultor, los informes técnicos elaborados por la Comisión, así como todos los antecedentes relevantes del proceso de fijación de tarifas.
Artículo 24°.- Una vez vencido el período de vigencia de las fórmulas tarifarias, éstas continuarán aplicándose, incluidas sus cláusulas de indexación, mientras no sean fijadas las nuevas fórmulas de acuerdo al artículo anterior.
No obstante, las empresas distribuidoras deberán abonar o podrán cargar a la cuenta de los clientes o consumidores las diferencias producidas entre lo efectivamente facturado y lo que corresponda acorde a las fórmulas tarifarias que en definitiva se establezcan, por todo el período transcurrido entre el día de terminación del quinquenio a que se refiere el artículo 7º y la fecha de publicación de las nuevas fórmulas tarifarias.
Los montos producto de las reliquidaciones que sean procedentes serán reajustados de acuerdo al interés corriente vigente a la fecha de publicación de las nuevas tarifas, por todo el período a que se refiere el inciso anterior. Los montos producto de las reliquidaciones deberán abonarse o podrán cargarse en las boletas o facturas emitidas con posterioridad a la publicación de las tarifas, en el plazo, forma y condiciones que al respecto determine la Superintendencia.
En todo caso, se entenderá que las nuevas fórmulas tarifarias entrarán en vigencia a contar del vencimiento de las tarifas anteriores.
Artículo 25°.- Se aplicará a las empresas distribuidoras de la Región lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 323, de 1931, del Ministerio del Interior, Ley de Servicios de Gas, en todo aquello que no sea contrario a la presente ley.
Título III
De los Medidores
Artículo 26°.- Los medidores podrán ser proporcionados por el cliente o consumidor o por la empresa distribuidora, los que deberán cumplir con las normas sobre calidad y seguridad. En todo caso la empresa distribuidora siempre deberá cumplir con las normas establecidas en el Decreto Supremo N° 67 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y en especial con lo dispuesto en su artículo 31.
Los medidores sólo podrán ser instalados por la empresa distribuidora o por empresas instaladoras de la clase o categoría correspondiente, con licencia vigente de la Superintendencia.
Si la empresa distribuidora proporciona el medidor, deberá ofrecer al cliente su venta o arriendo con opción de compra en las condiciones que se le indiquen por escrito al cliente o consumidor al que se le entrega el servicio de gas.
Si la empresa distribuidora vende el medidor, éste será considerado bien inmueble por adherencia respeto de la propiedad en que se encuentra, en conformidad a lo establecido en el artículo 570 del Código Civil, y se considerará formar parte de ésta para todos los efectos legales. Lo mismo sucederá cuando, concluido el contrato de arriendo, y con ocasión del pago de la última cuota pactada, el cliente o consumidor decidiere optar por la compra del medidor.
En caso que el cliente prefiriere no asumir los riesgos vinculados a la falla o pérdida del medidor por causas no imputables a falta de mantenimiento por la distribuidora y, por tanto, suscribir el contrato arrendamiento, podrá solicitar a la empresa distribuidora, por escrito, mantenerse en dicha calidad mientras se encuentre vigente el contrato de suministro. En este caso, no será aplicable el inciso tercero. El arriendo del medidor podrá ser considerado servicio afín.
Título IV
Del Subsidio al Valor del Gas Natural de Magallanes
Artículo 27°.- Créase un subsidio de cargo fiscal sobre el valor del gas natural explotado en la Región, a ser entregado a una empresa distribuidora concesionaria que preste servicios de gas en ella, para beneficio exclusivo de los consumidores o clientes de dicha empresa.
El monto anual del subsidio en pesos se definirá en la Ley de Presupuestos y no podrá superar al equivalente de cincuenta millones de dólares.
Artículo 28°.- El subsidio para los clientes o consumidores será determinado anualmente mediante un decreto firmado “por orden del Presidente de la República ”, expedido por el Ministerio de Energía, que además será suscrito por el Ministro de Hacienda . La determinación del monto anual del subsidio se realizará a mas tardar el 31 de Diciembre del año anterior tomando en cuenta el presupuesto aprobado y aquellos criterios que en cada período de tiempo sirvan para propender a que la población de Magallanes pueda contar con el gas natural necesario para realizar sus actividades, tomando en cuenta la disponibilidad de la fuente energética y atendiendo las condiciones especiales de dicha región, en especial su carácter de zona extrema y aislada. Dichos criterios serán, entre otros: número de clientes por categoría, volúmenes de consumo por categoría; uso del gas para servicios esenciales tales como transporte público, servicio eléctrico, entre otros; variables socioeconómicas; factores climáticos; ahorro y eficiencia energética; y niveles y estacionalidad del consumo. Un Reglamento del Ministerio de Energía, suscrito además por el Ministerio de Hacienda, establecerá la forma en que se tomarán en cuenta los anteriores criterios para la determinación anual del subsidio a los clientes y consumidores.
Artículo 29°.- El subsidio para los clientes o consumidores se descontará del monto que, sin éste, les correspondería pagar en las respectivas boletas o facturas de cobro del servicio de gas.
La boleta o factura que extienda la empresa distribuidora al consumidor deberá contener separadamente la tarifa del servicio de gas, el valor del gas natural y el subsidio, todas por metro cúbico estándar, y también el valor total del gas natural consumido y el monto total del subsidio.
Artículo 30°.- El subsidio que se crea por esta ley será compatible con cualesquiera otros que reciba el consumidor.
El referido subsidio no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.
Artículo 31°.- La empresa distribuidora concesionaria solicitará mensualmente al Ministerio de Energía el subsidio entregado a sus clientes y consumidores. Para estos efectos, la empresa distribuidora concesionaria deberá remitir a dicha entidad, dentro del mes siguiente a la emisión de la correspondiente boleta o factura, una declaración jurada con los antecedentes que el Ministerio indique que sean necesarios para determinar el monto del subsidio correspondiente a cada mes, los que serán fijados en el reglamento señalado en el artículo 34°.
El Ministerio informará en un plazo de 20 días, contado desde la recepción conforme de la totalidad de los antecedentes requeridos, a la Tesorería General de la República el monto a reembolsar, para que ésta proceda a su pago a la empresa distribuidora concesionaria en un plazo de 10 días desde la recepción de dicha información.
Artículo 32°.- Todo aquel que con el objeto de percibir indebidamente el subsidio de que trata este título, para sí o para terceros, proporcione, declare o entregue a sabiendas datos o antecedentes falsos, incompletos o erróneos, será sancionado con las penas que establece el artículo 467° del Código Penal.
Artículo 33°.- Las empresas distribuidoras concesionarias que percibieren indebidamente el subsidio, deberán devolver el monto del subsidio indebidamente percibido, reajustado de conformidad a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre el mes anterior al de su percepción y el que antecede a su restitución, y podrán ser objeto de la aplicación, por parte de la Superintendencia, de una o más de las siguientes sanciones:
(a) Amonestación por escrito.
(b) Multa, a beneficio fiscal, de hasta el 1000% del monto del subsidio indebidamente percibido, reajustado de conformidad a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre el mes anterior al de su percepción y el que antecede a su restitución.
Las sanciones anteriores se aplicarán sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles y penales que pudieren corresponder al infractor.
La sanción contemplada en la letra b) sólo podrá aplicarse en caso que el infractor haya percibido indebidamente el subsidio como consecuencia de haber presentado antecedentes falsos o manifiestamente erróneos, y para la determinación de su monto se deberán considerar las siguientes circunstancias:
-El beneficio económico obtenido con motivo de la infracción;
-La intencionalidad en la comisión de la infracción; y
-La conducta anterior del infractor.
La aplicación de la sanción deberá fundarse en un procedimiento que se iniciará con la formulación de cargos y su notificación al afectado para que presente su defensa dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación. El procedimiento para efectuar los descargos, presentar las pruebas e interponer los recursos se regulará por los artículos 10 y 11 de la ley No. 20.378.
En lo no previsto por las normas referidas en el inciso anterior así como en materia de plazo y notificaciones resultará aplicable la ley N° 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo 34°.- Corresponderá al Ministerio de Energía asegurar la observancia de las disposiciones sobre el subsidio a que se refiere el presente título.
El Ministerio a través de un reglamento regulará las demás materias contempladas en este título.
Título V
De las Medidas ante una Contingencia de Gas
Artículo 35°.- En caso que una empresa distribuidora concesionaria, por causa no imputable a ésta, no contare con gas suficiente para suplir la totalidad de la demanda de sus clientes, deberá comunicarlo al Ministerio para los efectos de que éste declare estado de Contingencia de Gas y disponga, extraordinariamente, la reasignación del gas producido en la Región hacia los clientes de dicha distribuidora. El estado de Contingencia de Gas tendrá un plazo de hasta 90 días y podrá prorrogarse si las consideraciones extraordinarias para su declaración prevalecen.
Además, la empresa distribuidora concesionaria deberá proponer al Ministerio de inmediato alternativas para superar ésta, ya sea celebrando nuevos contratos con terceros o mediante instalaciones propias de producción, entre otras.
Artículo 36°.- Declarado el estado de Contingencia de Gas y comunicado éste por el Ministerio a los productores de gas de la Región a través de algún medio que les asegure su inmediato conocimiento, éstos deberán responderle a la brevedad posible si tienen disponibilidad para incrementar su producción para los efectos de suplir el suministro faltante de la empresa distribuidora.
En caso que los productores no tengan disponibilidad para incrementar su producción o no la tengan en cantidad suficiente, el Ministerio dispondrá que los productores concurrirán a prorrata de las cantidades que produzcan en la Región, descontando el gas que ya suministren a la empresa distribuidora. Para el cálculo de la prorrata se considerará la producción del mes anterior al mes corriente.
Si a pesar de lo anterior no fuere posible suplir la totalidad de la demanda de la distribuidora, el Ministerio priorizará el consumo para servicios de utilidad pública, residencial y comercial, en dicho orden, por sobre los demás consumos para los efectos de determinar la distribución del gas, sin perjuicio de las demás priorizaciones que establezca por decreto fundado.
Para el cálculo anterior, los valores de producción de gas que se tomarán en cuenta serán los informados por el Ministerio. En caso que una empresa no haya entregado la información de producción al Ministerio, se le considerará el dato de mayor producción mensual de los últimos doce meses.
Artículo 37°.- El precio del gas redireccionado que se suministre en caso de riesgo en la seguridad y continuidad en el suministro a la empresa distribuidora será el valor del gas de los respectivos contratos del gas redireccionado. El pago lo deberá hacer la empresa distribuidora, sin perjuicio de su facultad para repetir en contra de quien resulte responsable de la falta de suministro.
Artículo 38°.- El Presidente de la República , en ejercicio de sus facultades constitucionales, y a objeto de resguardar la seguridad en el abastecimiento de gas de los clientes residenciales y comerciales para casos de contingencia, podrá incorporar en los decretos que fijen las condiciones y requisitos de los contratos especiales de operación petrolera de la Región, la obligación a los contratistas especiales de operación de sujetarse a la totalidad de las normas contempladas en el presente título.
Artículo 39°.- Los titulares de contratos especiales de operación de hidrocarburos de la Región, con contratos vigentes a la fecha de publicación de la presente ley, podrán solicitar al Presidente de la República la modificación de el o los decretos que fijaron las condiciones y requisitos de sus respectivos contratos, para el solo efecto de incorporar en los mismos las disposiciones contenidas en el presente título.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo Primero Transitorio.- La presente ley entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo segundo transitorio.- El Ministerio, previo informe de la Comisión, dictará un decreto bajo la fórmula “por orden del presidente de la República ” estableciendo las fórmulas tarifarias aplicables al VAD y servicios afines que presten las empresas distribuidoras de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Para estos efectos, la Comisión se basará en las fórmulas tarifarias que las empresas distribuidoras hayan aplicado en dicha región al 1° de julio de 2011. Estas fórmulas tarifarias se aplicarán hasta la dictación del decreto con las nuevas fórmulas tarifarias establecido en el artículo 23°.
Artículo tercero transitorio.- El valor del gas natural a cargo del usuario, que corresponde a la diferencia entre el valor del gas natural y el subsidio, a partir del mes de Enero de 2012 y por el período comprendido hasta Diciembre de 2016 se calculará de acuerdo a la reglas siguientes y considerando las condiciones de volumen y tarifas existentes en julio del año 2011:
(a) En el mes de Enero de 2012 el valor del gas natural a cargo del usuario corresponderá al promedio mensual de los meses de febrero a septiembre del año 2011 del valor del gas natural en dólares de Estados Unidos de América de acuerdo a el o los contratos de suministro de gas natural suscrito por la empresa distribuidora concesionaria, multiplicado por el tipo de cambio promedio del dólar observado de Estados Unidos de América de los días 15 de los últimos cuatro meses del año 2011 publicado por el Banco Central, reajustado por la variación del Índice de Precios al Consumidor entre el mes de noviembre de 2010 y noviembre de 2011. En caso de no contarse con el tipo de cambio del dólar observado para alguno de esos días señalados, se considerará la publicación del día anterior más cercano.
(b) Para los meses sucesivos a Enero de 2012 y hasta Diciembre de 2016, el valor del gas natural a cargo del usuario corresponderá al promedio mensual de los meses de febrero a septiembre del año 2011 del valor del gas natural en dólares de los Estados Unidos de América de acuerdo a el o los contratos de suministro de gas natural suscrito por la empresa distribuidora concesionaria, multiplicado por el tipo de cambio promedio del dólar observado de Estados Unidos de América de los días 15 de los últimos cuatro meses, reajustado por la variación del Índice de Precios del Consumidor del mes precedente al anterior y el mes de noviembre de 2011. En caso de no contarse con el tipo de cambio del dólar observado para alguno de esos días señalados, se considerará la publicación del día anterior más cercano.
Las fórmulas que reflejan lo indicado en las letras a) y b) precedentes son:
i) VGCUChenero2012= VGPMUS2011*Tcenero2011*IPCnov2011/IPCnov2010
ii) VGCUChm = VGPMUS2011 * (Tcm)*(IPCm-2/IPCnov2011)
Donde:
1. VGCUChenero2012 es el valor en pesos del gas natural a cargo del usuario para el mes de enero de 2012.
2. VGCUChm es el valor en pesos del gas natural a cargo del usuario para el mes m
3. VGPMUS2011 es el promedio mensual de los meses de febrero a septiembre de 2011 del valor del gas natural en dólares de Estados Unidos de América de acuerdo a el o los contratos de suministro de gas natural suscrito por la empresa distribuidora concesionaria.
4. TCM es el tipo de cambio promedio del dólar observado de Estados Unidos de América de los días 15 de los últimos cuatro meses anteriores al mes m del Banco Central
5. IPC es el Índice de Precios al Consumidor informado por el Instituto Nacional de Estadísticas.
Para el período comprendido entre los años 2012 y 2016, ambos inclusive, el subsidio a que se refiere el Título IV de esta Ley será la diferencia entre el precio promedio ponderado mensual en pesos de el o los contratos de suministro de gas natural suscritos por la empresa distribuidora concesionaria y el valor en pesos del gas natural a cargo del usuario de dicho mes. Dicho subsidio deberá tomar en cuenta los límites que se contemplaban respecto del volumen consumido por cada cliente para determinar el valor en pesos del gas natural a cargo del usuario en el año 2011, de modo tal que:
Sm = PPPGChm - VGCUChm
Donde:
1. Sm es el subsidio en metro cúbico estándar que corresponde al mes m
2. PPPGChm es el precio promedio ponderado mensual en pesos en el mes m de el o los contratos de suministro de gas natural suscrito por la empresa distribuidora concesionaria.
3. VGCUChm es el valor en pesos del gas natural a cargo del usuario durante el mes m.
Artículo Cuarto Transitorio.- Para los efectos de lo señalado en el artículo 26°, la empresa distribuidora tendrá un plazo de 60 días para ofrecer a sus clientes o consumidores diferentes condiciones de venta o arriendo de medidor. En caso que el cliente no optare por alguna de las opciones ofrecidas, dentro de un plazo de 60 días contados desde la recepción de la oferta, mantendrá la calidad jurídica que tenía con anterioridad, sin perjuicio de que con posterioridad manifieste su intención de comprar o arrendar el medidor, con o sin opción de compra, según corresponda.
Artículo Quinto Transitorio.- Los contratistas especiales de operación que efectuaren la solicitud a que se refiere el artículo 38°, podrán condicionar dicha solicitud a que el Presidente de la República modifique en los respectivos decretos que establecen las condiciones y requisitos de sus contratos especiales de operación vigentes, y en los correspondientes contratos, extendiendo en un año el período de exploración de los mismos o la explotación de los yacimientos comerciales de gas, según correspondiere.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; JULIO DITTBORN CORDÚA , Ministro de Hacienda (S); RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO , Ministro de Energía .”
Informe Financiero
Proyecto de ley que regula en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena,
el valor del gas natural, los valores agregados de distribución del gas, el valor
de los servicios afines, crea los subsidios que indica y establece medidas ante una
contingencia de gas
Mensaje N° 181-359
I. Antecedentes:
1. El proyecto de ley propone, en sus cinco Títulos y su articulado transitorio, establecer las bases para la regulación, en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, del valor del gas natural, los valores agregados de distribución de gas y el valor de los servicios afines. A la vez, propone crear los subsidios que indica y establece medidas a implementar ante una contingencia de abastecimiento de gas.
II. Efectos sobre el Presupuesto Fiscal:
2.- A juicio de esta Dirección de Presupuestos, los artículos 16°, 17° y 21° del proyecto en cuestión, que establecen la obligación de realizar los estudios técnicos que se indican, así como el funcionamiento eventual de sendas Comisiones Periciales, no implican mayor gastos fiscal.
3.- Sin embargo, es el artículo tercero transitorio, en directa relación con el 27° del articulado permanente, el que define, en definitiva, el gasto esperado para los próximos años, específicamente hasta el año 2016.
4.- En efecto, en la norma transcrita aludida se define el subsidio al valor del gas natural producto en la Región de Magallanes y Antártica Chilena de cargo del usuario; frente a lo cual, y tomando en consideración el consumo esperado de gas de los beneficiarios de esta ley para el año 2012, así como los precios esperados en esa región para el gas al inicio del sistema de distribución, permiten indicar que el gasto fiscal para el año 2012 será de US$ 15 millones.
5.- Para los años siguientes y, tal como lo dispone el citado Artículo 27°, el monto de subsidio se definirá en la Ley de Presupuestos respectiva.
6.- Respecto de la gestión y administración del subsidio, se estima un gasto permanente en la Subsecretaría de Energía de $ 98.160 miles, más gastos por una vez de $ 18.800 miles, como se detallan a continuación:
Miles de $
Operación
Costo Bruto Mes
Costo Anual
Dos profesionales G° B (1)
3.481
41.776
Viáticos
124
1.484
Traslados
450
5.400
Auditorías
4.125
49.500
Total gastos permanentes
8.180
98.160
(1) Para auditar y asegurar que los procesos de lectura de medidores, facturación, cuentas por cobrar son idóneos; incluidos los costos directos e indirectos que la empresa deba asumir.
Gastos por una vez
Miles de $ 2011
Consultoría inicial (1)
16.500
Equipos
2.300
Total
18.800
(1) Consultoría inicial para establecer el procedimiento interno de control de la Subsecretaría, validar los antecedentes que entregue la distribuidora y diseñar el modelo de auditorías periódicas que deban realizarse.
(Fdo.): ROSANNA COSTA COSTA, Directora de Presupuestos ?.
3. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que inicia un proyecto de ley que modifica la ley N° 20.256, que establece normas sobre pesca recreativa, respecto del valor de las licencias y otras materias. (boletín N° 7946-21)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto modificar la ley N° 20.256, que establece normas sobre Pesca Recreativa, respecto del valor de las licencias y otras materias.
I. ANTECEDENTES.
La Ley N° 20.256, publicada en el Diario Oficial con fecha 12 de abril del año 2008, establece normas sobre pesca recreativa, otorgando a esta actividad pesquera un marco regulatorio independiente de aquella que se realiza con fines comerciales, ya sea en forma artesanal o industrial, regulada en la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Los principios y objetivos de esta ley fueron recogidos en su artículo 2°, señalándose al respecto que éstos corresponden a fomentar la actividad de pesca recreativa, conservar las especies hidrobiológicas y proteger su ecosistema, fomentar las actividades económicas y turísticas asociadas a la pesca recreativa y fortalecer la participación regional.
El artículo 6° de la ley estableció la obligatoriedad para toda persona que realice las actividades de pesca recreativa y caza submarina de estar en posesión de una licencia, personal e intransferible, otorgada por el Servicio Nacional de Pesca, y que debe portarse durante el ejercicio de la actividad y el transporte de las especies capturadas. Esta licencia habilita a su titular para realizar actividades de pesca recreativa en cualquier curso o cuerpo de agua fluvial, lacustre o marítimo, con una vigencia anual, todo lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en el Título IV de la ley.
En relación con el valor de las licencias para poder efectuar la actividad de pesca recreativa, la ley establece el monto que se deberá pagar por éstas, el cual es fijado en 0,7 unidades de fomento para los nacionales y extranjeros residentes y 1,5 unidades de fomento para turistas extranjeros, eximiéndose de su pago (no así de su porte) a los nacionales y extranjeros residentes con discapacidad física o mental que se encuentren inscritos en el registro a que se refiere el artículo 12 de la ley Nº 19.284, a los mayores de 65 años y a los menores de 12 años.
Respecto de los campeonatos de pesca, el artículo 10 de la ley dispone que éstos, incluida la pesca submarina, se regirán por sus respectivas bases, las que deberán ser comunicadas previamente al Director Regional del Servicio que corresponda y en ningún caso podrán contravenir las medidas de administración vigentes. Agrega además la norma que, en todo caso, los participantes en campeonatos de pesca deberán dar cumplimiento a las condiciones generales establecidas en el Título II de la presente ley y sin perjuicio de las demás autorizaciones que corresponda otorgar a otros organismos en el ámbito de su competencia.
Por otra parte, el artículo 49 de la ley tipifica como infracción grave el realizar actividades de pesca recreativa o pesca submarina sin la licencia a que se refiere el artículo 6°.
Adicionalmente, el ejercicio de diversas competencias que la ley establece se encuentra entregado al Director Zonal de Pesca con competencia en el área o región respectiva. En efecto, y sólo de modo ejemplar, corresponde señalar que el inciso 2° del artículo 7° de la ley dispone que las medidas especiales de conservación que establece dicha norma podrán ser establecidas por la Subsecretaría cuando ellas comprendan aguas interiores, mar territorial y zona económica exclusiva, y que corresponderá al Director Zonal de Pesca respectivo adoptar las medidas cuando comprendan aguas terrestres. Del mismo modo, los artículos 17 y 18 de la ley disponen que los planes de manejo para las áreas preferenciales deberán ser aprobados mediante Resolución del Director Zonal de Pesca respectivo, previa consulta al Consejo Regional de Pesca Recreativa . Por último, el artículo 42 de la ley dispone que el Director Zonal de Pesca respectivo creará, cuando proceda, en cada región de la zona que le corresponda, un Consejo de Pesca Recreativa como organismo asesor para el fomento y desarrollo de las actividades de pesca recreativa que se realicen en ella.
II. OBJETIVOS DEL PROYECTO.
El proyecto de ley que se presenta tiene cinco objetivos fundamentales:
a) modificar el monto de las licencias de pesca recreativa, diferenciando su valor sobre la base de dos criterios, a saber, lugar donde se desarrolla la actividad y período de tiempo por el que se realizará dicha actividad (semanal, mensual o anual);
b) otorgar al Servicio Nacional de Pesca la facultad para autorizar, en forma previa a su realización, las bases de los campeonatos de pesca recreativa y submarina, con el objeto de asegurar que éstos cumplen con la normativa vigente;
c) eliminar la obligación de portar una licencia de pesca recreativa respecto de las personas que están eximidas de adquirirla, en consideración a que existen medios fidedignos y simples para acreditar la causal de eximición;
d) adecuar la tipificación de las sanciones referidas a la obtención y porte de la licencia de pesca recreativa, estableciendo una nueva hipótesis punitiva para el caso de no porte de la licencia, la que calificaría como una infracción de menor rango a la ya contemplada en el texto legal, que se aplicaría sólo para el caso de no obtención de la misma; y
e) efectuar adecuaciones en diversas normas de la ley N° 20.256 con el objeto de corregir una omisión en la ley de modo de establecer la autoridad con competencia para aplicar diversas instituciones de la presente ley en la Región Metropolitana
El monto de los valores de la licencia de pesca recreativa previo a la vigencia de la Ley N° 20.256, se encontraba regulado en el D.S. N° 545 de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, determinándose el valor de conformidad con el lugar en donde se realizaba la actividad de pesca, los cuales se reajustaban semestralmente de conformidad con la variación que experimentaba el Índice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas. De esta forma, el valor de la licencia de pesca recreativa vigente entre el 7 de noviembre de 2007 y la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.256 era el siguiente:
Valores de licencias antes de la Ley.
Pesos ($)
XV a IV Regiones - Aguas continentales-
1.502
V a VIII Regiones - Aguas continentales-
2.267
IX a XII Regiones - Aguas continentales-
3.005
^@#@^Aguas Marítimas
1.502
Áreas protegidas
11.978
Extranjeros (no incluye áreas protegidas)
8.277
El fuerte incremento del valor de las licencias, ha provocado un rechazo y descontento general en los segmentos de los pescadores recreativos de menores ingresos, reflejado por un importante aumento de reclamos dirigidos a la OIRS (Oficina de Información Reclamo y Sugerencias) de la Subsecretaría de Pesca, y al SIAC (Sistema Integral de Atención a Clientes, Usuarios y Beneficiarios) del Servicio Nacional de Pesca.
Si se efectúa una comparación entre la situación anterior y posterior a la vigencia de la Ley N° 20.256, puede advertirse que el registro de la venta de licencias a nacionales y extranjeros muestra que durante el primer año de vigencia de la actual ley se otorgaron un total de 17.303 licencias, reduciéndose durante el segundo año a 13.983 licencias, lo que supone una baja promedio del orden del 63% respecto de la demanda antes de la ley (42.034 licencias vendidas). Por su parte, la compra de licencia por parte de extranjeros visitantes disminuyó desde 941 licencias otorgadas antes de la ley (2% del total), a 641 licencias (4% del total) en el primer año de aplicación de la ley, y a 307 licencias (2% del total) en el segundo año de aplicación de la ley, lo que constituye una baja en la compra de licencias del orden del 26% y 67%, respectivamente, en relación con el periodo previo a la actual ley. A lo anterior se suma que un número considerable del comercio que distribuye licencias de pesca recreativa, ha optado por terminar este servicio, debido a los elevados valores de las mismas y a las reacciones negativas de los clientes.
No obstante lo antes expuesto, se observa un incremento en la entrega de licencias respecto de las personas que se encuentran eximidas del pago de éstas. En efecto, las licencias exentas de pago, conforme al artículo 6° inciso 4° de la ley, representaron un 28% y 27%, respectivamente, de las licencias otorgadas el primer y segundo año de vigencia de la actual ley. Considerando que antes de la vigencia de la Ley N° 20.256 no existía la exención de pago para la licencia, se refleja una actitud de la persona que realiza actividad de pesca recreativa de estar en posesión de una licencia, demostrando interés por apegarse a la normativa vigente. Asimismo este hecho muestra que la baja en la venta de licencias se debe exclusivamente a su valor y no a la disminución de interesados en realizar esta actividad recreativa.
Respecto de la recaudación de fondos por la venta de licencias, los resultados muestran un aumento promedio de 30% en los dos últimos años respecto de las recaudaciones registradas antes de la ley, no obstante ésta no supera las 10.000 UF anuales, cantidad en que la venta de licencias a extranjeros representa una fracción menor.
De este modo, y habiendo transcurridos más de dos años desde la entrada en vigencia de la Ley N° 20.256, los resultados muestran claramente una disminución significativa de la compra de licencias de pesca recreativa por parte de los nacionales y extranjeros residentes, lo que se explicaría mayoritariamente por el incremento del valor de la licencia contemplado en la ley. La baja en la venta también se reflejó en la demanda de licencias por parte de los extranjeros visitantes, lo que permite inferir que son sensibles al precio y al igual que los nacionales son reacios a cancelar el actual valor indicado en la ley.
Dado lo anterior, y considerando el escaso incremento de las recaudaciones por vía de estas licencias, resulta insuficiente sostener un sistema de fiscalización eficaz y centralizado, lo que ha conllevado a que en la práctica menos de la mitad de los pescadores recreativos habituales estaría practicando esta actividad de manera legal.
La experiencia de países vecinos en la regulación de los valores de licencias de pesca recreativa nos muestra diseños con mayor flexibilidad, accesibilidad e igualdad a los usuarios de la pesca recreativa y pesca submarina, lo que permitiría mejorar el escenario de manejo y desarrollo de iniciativas de conservación de las especies hidrobiológicas y su entorno, como también facilitar el desarrollo de actividades económicas sustentables en la pesca recreativa en Chile y disminuir el número de pescadores ilegales. En Argentina, por ejemplo, el valor de las licencias de pesca recreativa incluye una diferenciación de precios según el tiempo de uso, fomentando de esta forma su compra por parte de pescadores nacionales y extranjeros, disminuyéndose la práctica ilegal de esta actividad.
Un diseño de licencia que incorpore factores de flexibilidad, accesibilidad e igualdad a los usuarios de la pesca recreativa y pesca submarina, contribuiría a ordenar e incentivar la práctica regulada de esta actividad y como consecuencia un escalamiento económico de la actividad asociada a los servicios de la pesca recreativa y pesca submarina en Chile.
Respecto de la estructura étarea de quienes practican la pesca recreativa y pesca o caza submarina, se estima que entre 65% y 70% de los usuarios se encuentra entre la mayoría de edad (18 años) y la edad de jubilación de hombres y mujeres (65 años en hombres y 60 años mujeres).
Por tanto, el presente proyecto propone los siguientes criterios para definir los precios de las licencias:
-Diferenciación por espacios: marítimos y continentales.
-Diferenciación por periodo: semana, mes y año.
De esta forma el precio de licencias que se propone es el siguiente (expresado en Unidades de Fomento).
Temporalidad
Nacionales y extranjeros residentes
Extranjeros
Aguas marítimas
Aguas continentales
Aguas marítimas y continentales
Semana
0,2
0,1
0,5
Mes
0,2
1,0
Año
0,3
1,5
Año
0,4
Se propone que los nuevos cobros se realicen en función de la Unidad de Fomento del último día del año vencido, ajustados al ciento inmediatamente superior, esto a fin de ajustar los precios de manera oportuna, como también de facilitar el manejo de caja al momento de realizar la venta.
Con esta modificación es posible prever que se volverá, como mínimo, a los niveles históricos de recaudación, previos a la aplicación de la ley, debido a que los precios propuestos para las licencias y la flexibilidad temporal y espacial, producirán una respuesta positiva en el universo de cultores de este pasatiempo.
Respecto de los campeonatos de pesca recreativa y submarina, la actual normativa limita a que se comuniquen previamente las bases al Servicio Nacional de Pesca, por lo que fundado en prever que no se realicen campeonatos sin sujeción a las normas vigentes es necesario modificar la norma estableciendo la competencia del Servicio Nacional de Pesca en orden a autorizar, en forma previa a su realización, las bases de los campeonatos de pesca recreativa y submarina, con el objeto de asegurar que éstos cumplen con la normativa vigente.
Por otra parte, y considerando que la ley sanciona de igual forma el no contar con la licencia de pesca recreativa y el no porte de la misma, el proyecto pretende moderar el marco sancionatorio estableciendo una nueva hipótesis punitiva para el caso de no porte de la licencia, la que calificaría como una infracción de menor rango a la ya regulada en el texto legal
Por último, el proyecto pretende salvar otra omisión contenida en la Ley N° 20.256, que no establece qué autoridad tiene competencia sobre la Región Metropolitana, lo que resulta importante a objeto de determinar el establecimiento de las medidas especiales de conservación que regula el artículo 7° de dicha ley, la creación, si procede, del Consejo de Pesca Recreativa definido en el artículo 42 del mismo texto legal, y la aprobación del plan de manejo de las áreas preferenciales para la pesca recreativa que se ubiquen en dicha Región, ya que dichas facultades son conferidas por la ley al Director Zonal de Pesca correspondiente, en circunstancias que de acuerdo con el artículo 150 de la Ley N° 18.892, no existe un Director Zonal de Pesca con competencia sobre la Región Metropolitana
III. CONTENIDO DEL PROYECTO.
El proyecto de ley consta de un artículo único que comprende cuatro numerales, uno que remplaza los incisos 3° y 4° del actual artículo 6° de la Ley N° 20.256, estableciendo un nuevo valor de las licencias de pesca recreativa, expresados en unidades de fomento, en el cual su valor se determina tomando en consideración los siguientes criterios, a) vigencia de la licencia: anual, mensual o semanal; b) nacionalidad de quienes ejercen la actividad: nacionales (incluyendo los extranjeros residentes) o extranjeros; y c) lugar donde se realiza la actividad: aguas marítimas y/o continentales.
El segundo numeral del proyecto modifica el inciso primero del artículo 10 de la ley N° 20.256, estableciendo que los campeonatos de pesca recreativa, incluida la pesca submarina, se regirá por sus respectivas bases, las que deberán ser aprobadas previamente por el Director Regional del Servicio Nacional de Pesca que corresponda y en ningún caso podrán contravenir las medidas de administración vigentes.
El tercer numeral del proyecto incorpora un literal nuevo al artículo 48 de la ley, calificando como infracción menos grave el realizar actividades de pesca recreativa y pesca submarina sin portar la licencia de pesca recreativa obtenida de acuerdo con el artículo 6° del mismo cuerpo normativo.
El cuarto y último numeral del proyecto incorpora a la Ley N° 20.256 un artículo 61, nuevo, que establece que el Subsecretario de Pesca será la autoridad competente en el ejercicio de todas las competencias que la ley confiere a los Directores Zonales de Pesca respectivos cuando ellas se refieran a la Región Metropolitana.
En conformidad a lo expuesto, y en uso de las facultades que me confiere la Constitución, vengo en presentar a vuestra consideración el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Modifícase la ley N° 20.256 en el sentido siguiente:
1) Reemplázanse los incisos 3° y 4° del artículo 6° por los siguientes incisos nuevos:
“Para los nacionales y extranjeros residentes el valor de la licencia de pesca recreativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el Título IV de la presente ley, será de:
a) 0,2 unidades de fomento para realizar actividades de pesca recreativa en todas las aguas marítimas del país y tendrá una vigencia de un año;
b) 0,3 unidades de fomento para realizar actividades de pesca recreativa en todas las aguas continentales del país y tendrá una vigencia de un año;
c) 0,4 unidades de fomento para realizar actividades de pesca recreativa en todas las aguas marítimas y continentales del país y tendrá una vigencia de un año;
d) 0,1 unidades de fomento para realizar actividades de pesca recreativa en todas las aguas continentales del país y tendrá una vigencia de una semana;
e) 0,2 unidades de fomento para realizar actividades de pesca recreativa en todas las aguas continentales del país y tendrá una vigencia de un mes.
Para los turistas extranjeros el valor de la licencia de pesca recreativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el Título IV de la presente ley, será de:
a) 0,5 unidades de fomento para realizar actividades de pesca recreativa en todas las aguas marítimas y continentales del país y tendrá una vigencia de una semana;
b) 1,0 unidad de fomento para realizar actividades de pesca recreativa en todas las aguas marítimas y continentales del país y tendrá una vigencia de un mes;
c) 1,5 unidades de fomento para realizar actividades de pesca recreativa en todas las aguas marítimas y continentales del país y tendrá una vigencia de un año.
Para los efectos de determinar el valor de la licencia se utilizará el valor de la unidad de fomento correspondiente al último día del año anterior del que se obtenga, ajustada al ciento superior.
Quedarán exentos de la obligación de obtención de la licencia a que se refiere este artículo para realizar las actividades de pesca recreativa o pesca submarina y del pago de derechos, los nacionales y extranjeros residentes con discapacidad física o mental que se encuentren inscritos en el registro a que se refiere el artículo 55 de la ley Nº 20.422, los mayores de 65 años y los menores de 12 años.”.
2) Reemplázase en el inciso 1° del artículo 10 la expresión “comunicadas previamente al” por la frase “autorizadas previamente por el”, y agrégase a continuación de la palabra “corresponda” la expresión “dentro del plazo de 10 días, contados desde su presentación,”.
3) Incorpórase en el artículo 48, el siguiente literal a), nuevo, pasando los actuales literales a) y b) a ser b) y c), respectivamente:
“a) Realizar actividades de pesca recreativa o pesca submarina sin portar la licencia obtenida de conformidad con el artículo 6, debiendo portarla;”
4) Incorpórase el siguiente artículo 61, nuevo:
“Artículo 61.- Corresponderá al Subsecretario de Pesca el ejercicio de todas aquellas facultades que la presente ley confiere al Director Zonal de Pesca respectivo y que deban tener vigencia y/o aplicación en la Región Metropolitana de Santiago”.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; PABLO LONGUEIRA MONTES , Ministro de Economía Fomento y Turismo; FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN , Ministro de Hacienda .”
Informe financiero
Proyecto de ley que modifica Ley Pesca Recreativa
Mensaje N° 128-359
I. Antecedentes.
La Ley N° 20.256 establece normas sobre pesca recreativa, otorgando a esta actividad pesquera un marco regulatorio independiente de aquella que se realiza con fines comerciales, ya sea en forma artesanal o industrial, regulada en la Ley General de Pesca y Acuicultura.
El presente proyecto de ley consta de un artículo único que comprende cuatro numerales. El primero remplaza los incisos 3° y 4° del actual artículo 6° de la Ley N° 20.256, estableciendo un nuevo valor de las licencias de pesca recreativa, expresado en unidades de fomento, y cuyo valor se determina tomando en consideración los siguientes criterios, a) vigencia de la licencia: anual, mensual o semanal; b) nacionalidad de quienes ejercen la actividad: nacionales (incluyendo los extranjeros residentes) o extranjeros; y c) lugar donde se realiza la actividad: aguas marítimas y/o continentales.
El segundo numeral del proyecto modifica el inciso primero del artículo 10° de la ley N° 20.256, estableciendo que los campeonatos de pesca recreativa, incluida la pesca submarina, se regirán por sus respectivas bases, las que deberán ser aprobadas previamente por el Director Regional del Servicio Nacional de Pesca que corresponda y en ningún caso podrán contravenir las medidas de administración vigentes.
El tercer numeral del proyecto incorpora un literal nuevo al artículo 48° de la ley, calificando como infracción menos grave el realizar actividades de pesca recreativa y pesca submarina sin portar la licencia de pesca recreativa obtenida de acuerdo con el artículo 6° del mismo cuerpo normativo.
El cuarto y último numeral del proyecto incorpora a la Ley N° 20.256 un artículo 61, nuevo, que establece que el Subsecretario de Pesca será la autoridad competente en el ejercicio de todas las competencias que la ley confiere a los Directores Zonales de Pesca respectivos cuando ellas se refieran a la Región Metropolitana.
II. Efecto del Proyecto sobre el Presupuesto Fiscal.
Principales supuestos de cálculo:
El cálculo de proyección en las recaudaciones anuales por venta de las licencias de pesca recreativa se sustenta en los siguientes supuestos:
Cantidad de licencias: la implementación de las modificaciones en el cobro de licencias que dispuso la ley vigente trajo una fuerte caída en el número de licencias vendidas, en relación a lo que se registraba previo a la implementación de la Ley ahora en revisión. Las cifras promedio de venta de licencias previo a la Ley vigente (1997 - 2007), llegó a las 44.008 unidades anuales, de las cuales 42.076 corresponden a nacionales y 1.508 a extranjeros.
La meta trazada señala que en un escenario conservador y en un horizonte de 10 años, se retomarían los niveles de licencias vendidas previos a la ley. Lo anterior se entiende como resultado de la implementación de la Política de Pesca Recreativa, actualmente en elaboración, y que señalará las bases sobre las cuales despegaría esta actividad. La proyección, por lo tanto, resulta del proceso de difusión y promoción de acciones de incentivo de la actividad; actividad efectuada aún de manera informal respecto de la importancia socioeconómica que ésta llamada a representar.
Opciones de compra:
a) Extranjeros: Según la publicación “Antecedentes Básicos de Pesca Recreativa Chile” (2006), del Sernatur, los pescadores extranjeros, en su rango más genérico, tienen un promedio de estadía de entre 8 a 10 días, destinando el 60% de estos días a realizar actividades de pesca recreativa.
Por otro lado, según el estudio “Diagnóstico Pesca Deportiva. Evaluación del aporte a las economías regionales”, los pescadores de Lodge, que en su mayoría son extranjeros, tienen una estadía máxima de 8,7 noches1.
Con estos datos se asume, con un supuesto conservador, que un 70% de los pescadores extranjeros adquirirán una licencia por una semana, un 25% por un mes y un 5% por un año.
Variable
Límite inferior
Límite superior
Extranjeros
Chilenos
Extranjeros
Chilenos
Edad
45,6
38,3
52,9
46,9
Días de viaje
4,3
1,5
6,8
3,9
Estadía (días)
7,3
3,2
9,3
4,0
Estadía (noches)
6,8
2,7
8,7
3,3
Gasto total viaje (US$)
4313
1278
5437
1738
Fuente: “Diagnóstico Pesca Deportiva. Evaluación del aporte a las economías regionales”.
b) Nacionales: Según encuesta on line, que mantiene el Sernapesca en su sitio Web, un 44,7% de las personas que contestan la encuesta dicen realizar la actividad los fines de semana, un 27,8% uno o dos veces por año, un 24,3% sólo en vacaciones y un 3,2% nunca.
Con los datos anteriores y bojo el supuesto de que las personas que contestaron la encuesta son todos pescadores nacionales, se asume que un 45% de los pescadores obtendrán una licencia anual, 25% mensual y 28% por una semana.
Por otro lado, para ponderar la elección de compra de licencias, entre aguas Marítimas y Continentales, se utilizó información histórica de ventas de licencias proporcionada por Sernapesca, antes de ser implementada la actual Ley. Obteniéndose un 9% de preferencia en la compra de licencias de aguas marítimas, 66% para aguas continentales y 25% para la combinación aguas marítimas y continentales.
Por lo tanto, para los cálculos se utilizan las siguientes tablas:
Tabla I: Ponderación de preferencias por tipo de licencia.
Nacionales
Extranjeros
Temporalidad
Marítimo
Continental
Marítimo y Continental
Semana
3%
18%
70%
Mes
2%
17%
25%
Año
4%
30%
5%
Año
25
%
Tabla II: Valores de licencias en UF por nacionalidad, área de pesca y temporalidad.
Temporalidad
Nacionales
Extranjeros
Marítimo
Continental
Marítimo y
Continental
Semana
0,1
0,5
Mes
0,2
0,2
1
Año
0,3
1,5
0,4
Ajuste por exención de pago: Las condicionantes de exención se mantienen (menores de 12 años, mayores de 65 años y personas con discapacidad física o mental) razón por la cual se debe tener en cuenta que esta actividad la efectúa un número de usuarios exentos de pago, los cuales se estiman en un 9,5% de las licencias vendidas, cifra que nace de la información de los años 2009 y 2010 (Fuente: Sernapesca). Estas cifras en promedio arrojan exenciones en torno a las 4.200 licencias. El porcentaje surge de aplicar la última cifra sobre la 'cifra meta' de 44.000 licencias a 10 años.
Síntesis de Efectos del Proyecto.
Los efectos de la propuesta de nuevos valores en las licencias de pesca recreativa se miden a través de la variación entre la recaudación anual actual (base 2010) y las recaudaciones proyectadas a un horizonte de 8 años (2012/2019).
Recaudación anual actual y proyectada a ocho años (en UF) y su
variación porcentual en relación al año 2010.
Periodo
Actual (P)
1
2
3
4
5
6
7
8
Año
2011
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
Recaudación (UF) (*)
10.978
6.056
6.684
7.941
8.569
9.197
9.826
10.454
11.082
(*) UF = $ 21.934.-
La propuesta de rebaja en el valor de las licencias de pesca recreativa resultará en que un mayor número de pescadores(as) portará su licencia de pesca, mejorando el control y difusión de la reglamentación vigente. Además, sin perjuicio que en el primer año se observará una caída de+ 44% respecto de la recaudación actual, en los años siguientes se producirán incrementos sucesivos, llegando durante el año 2019 a recaudar montos superiores a lo recaudado antes de la vigencia de la ley actual.
(Fdo.): ROSANNA COSTA COSTA, Directora de Presupuestos ?.
4. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:
Al artículo 1°.-
1) Para agregar los siguientes numerales 1) y 2), nuevos, modificándose la numeración correlativa subsiguiente:
“1) Modifíquese en el artículo vigésimo sexto, el artículo 2° de la Dirección Nacional del Servicio Civil, en el siguiente sentido:
a) Intercálese las siguientes letras p), q) y r) nuevas, pasando las actuales letras p) y q), a ser letras s) y t), respectivamente:
“p) Dictar, previa consulta al Consejo de Alta Dirección Pública, directrices de carácter general sobre la formulación, evaluación y seguimiento de los convenios de desempeño que deberán suscribir los altos directivos públicos.
q) Informar, a lo menos semestralmente, a las Comisiones de Hacienda de la Cámara y del Senado del conjunto de concursos llevados a cabo en el semestre respectivo, especificando cada uno de los cargos llamado a concurso, el nivel jerárquico asociado a los cargos concursados, el Ministerio o Servicio a que correspondan dichos cargos, el resultado que hubieren tenido, su tiempo promedio de duración; los costos asociados a ellos, así como el número de dichos concursos que hayan sido declarados desiertos. En el mismo informe indicado y con el detalle o desglose que sea aplicable en su caso, deberá remitir un calendario de los concursos que se desarrollarán en el semestre siguiente en función de los cargos vacantes informados o los provistos provisoria y transitoriamente cuyo plazo de duración expire en dicho semestre.
r) Informar anualmente, dentro de los sesenta días siguientes a la expiración del año respectivo, a las Comisiones de Hacienda de la Cámara y del Senado de las evaluaciones de los convenios de desempeño suscritos por los altos directivos públicos, así como las desvinculaciones efectuadas en dicho período, especificando el nivel jerárquico asociado a los cargos desvinculados, así como el Ministerio o Servicio a que corresponden dichos cargos y el tiempo de duración de los mismos.”.
2) Elimínese, en el artículo trigésimo sexto, la referencia a los siguientes servicios: Comité de Inversiones Extranjeras; Superintendencia de Seguridad Social; Instituto Nacional de la Juventud; y Servicio Nacional del Adulto Mayor.”.
2) Para introducir en el actual numeral 1), que ha pasado a ser número 3), que modifica el artículo cuadragésimo segundo, las siguientes enmiendas:
a) Agréguense las siguientes letras a) y b), nuevas, modificándose la sucesión correlativa de los literales siguientes:
“a) Sustitúyese la letra c), por la siguiente:
“c) Revisar y aprobar los perfiles profesionales de los candidatos propuestos por el subsecretario, previamente ratificados por el ministro del ramo, que correspondan al jefe de servicio que se requiera proveer, pudiendo para este efecto proponer criterios generales a la Dirección Nacional del Servicio Civil.”.
b) Sustituyese en la letra d), la expresión “entre 3 y 5 de los candidatos”, por “un máximo de cuatro candidatos”.”.
b) Reemplázase en la actual letra a), que ha pasado a ser c), la letra e) que se sustituye, por la siguiente:
“e) Participar en el Comité de Selección de directivos del segundo nivel jerárquico, mediante la designación de uno de sus integrantes de la letra b) del artículo siguiente o de un profesional experto, quien lo presidirá. Un reglamento, que será propuesto por el Consejo y aprobado por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, regulará el procedimiento para designar, evaluar y remover a los profesionales expertos, los que en todo caso, deberán tener reconocidas capacidades en las áreas de administración de personal o de dirección general u otro cargo equivalente y durarán 2 años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos hasta por 2 períodos más.”.
c) Reemplácese en la actual letra c), que ha pasado a ser e), la nueva letra i), que se intercala, por la siguiente:
“i) Preparar un informe anual sobre el estado de avance, fortalezas, debilidades y perspectivas de desarrollo del Sistema de Alta Dirección Pública, a fin de que éste sea presentado por el Presidente del Consejo a las comisiones de Hacienda del Senado y la Cámara de Diputados, y”.
3) Para sustituir en el actual numeral 2), que ha pasado a ser número 4), el inciso segundo que se reemplaza en el artículo cuadragésimo tercero, por el siguiente:
“Para el solo efecto de participar en el proceso de selección correspondiente a un Jefe de Servicio , el Subsecretario del ramo se integrará con derecho a voz exclusivamente en la fase de definición del perfil.”.
4) Para intercalar a continuación del actual numeral 2), que ha pasado a ser numeral 4), el siguiente numeral 5), nuevo, modificándose la numeración correlativa subsiguiente:
“5) Sustitúyese el artículo cuadragésimo séptimo, por el siguiente:
“Artículo cuadragésimo séptimo: No podrán ser designados consejeros los diputados y los senadores, los miembros del Tribunal Constitucional, los Ministros de la Corte Suprema , los consejeros del Banco Central, el Fiscal Nacional del Ministerio Público, ni las personas que conforman el alto mando de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
Los cargos de consejeros son incompatibles con los de ministros de Estado , subsecretarios, intendentes y gobernadores; alcaldes y concejales; consejeros regionales; miembros del Escalafón Primario del Poder Judicial; secretario y relator del Tribunal Constitucional; fiscales del Ministerio Público; miembros del Tribunal Calificador de Elecciones y su secretario-relator; miembros de los tribunales electorales regionales, sus suplentes y sus secretarios-relatores; miembros de los demás tribunales creados por ley; funcionarios de la Administración del Estado, y miembros de los órganos de dirección de los Partidos Políticos.
Igualmente, será incompatible el cargo de consejero con la contratación en la Administración del Estado sea sobre la base honorarios o bajo el Código del Trabajo.
Del mismo modo serán inhábiles los consejeros que por sí, o su cónyuge o sus parientes hasta el primer grado de consanguinidad, tengan control sobre la administración o participen de la propiedad de empresas o instituciones relacionadas con procesos de selección de personal, inscritas en el registro que al efecto mantenga la Dirección Nacional del Servicio Civil.
Asimismo, en el evento que participen en el proceso de selección personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, con el consejero, éste deberá inhabilitarse.”.”.
5) Para reemplazar en el actual numeral 3), que ha pasado a ser numeral 6), que modifica el inciso primero del artículo cuadragésimo octavo, su letra a), por la siguiente:
“a) Sustitúyese la frase que va desde “mediante avisos” hasta “Diario Oficial”, por la siguiente: “mediante avisos en las páginas web de las instituciones involucradas en el concurso y, además, en medios que tengan la mayor audiencia nacional para avisos de empleos directivos, entre los cuales podrán estar el Diario Oficial, medios escritos y electrónicos.”
6) Para introducir en el actual numeral 4), que ha pasado a ser número 7), en el artículo cuadragésimo noveno propuesto, las siguientes modificaciones:
a) Reemplácese en el inciso tercero, en su letra b), la primera oración que comienza con “b) Comunicar por parte del Ministro del ramo”, por la siguiente: “b) Comunicar el nombre del representante del Subsecretario, previa ratificación del Ministro , como la identidad de su representante ante el Comité de Selección.”.
b) Sustitúyese en los incisos cuarto y quinto la palabra “ Ministro ” por “Subsecretario”.
c) Sustituyese el último párrafo del inciso sexto por el siguiente: “El Consejo, por acuerdo unánime y fundado, podrá ampliar el plazo para la apertura de la convocatoria en concursos de primer y segundo nivel, hasta por un máximo de 20 días hábiles, renovables por una sola vez.”.
7) Para introducir en el actual numeral 6), que ha pasado a ser número 10), que modifica el artículo quincuagésimo segundo, las siguientes enmiendas:
a) Reemplácese la letra a), por la siguiente:
“a) Reemplácese en el inciso primero, las expresiones que van a continuación de las palabras “planta directiva” hasta el punto aparte (.) de dicho inciso, por “o del estamento profesional del mismo, un representante del subsecretario del ramo ratificado previamente por el respectivo ministro , y un miembro del Consejo de Alta Dirección Pública o un representante de éste elegido de una lista de profesionales expertos aprobada por el propio consejo.”.
b) Sustitúyese en la letra b), en su nuevo inciso tercero, la expresión “entre tres y cinco”, por “un máximo de cuatro”
8) Para introducir en el actual numeral 7), que ha pasado a ser número 11), el siguiente encabezado nuevo, pasando el actual texto, a ser la letra b):
“11) Modifíquese el artículo quincuagésimo cuarto, del siguiente modo:
a) Sustitúyese en el inciso primero, la frase que va a continuación del punto seguido (.), por la siguiente:
“Los integrantes de ambos organismos podrán entrevistar, a lo menos con dos de sus miembros, a los candidatos que así determinen.”.”.
9) Para agregar en el actual numeral 8), que ha pasado a ser número 12), en el nuevo inciso segundo que se propone por su letra b), al artículo quincuagésimo quinto, a continuación del punto (.) aparte, que pasa a ser punto (.) seguido, la siguiente frase:
“Sin perjuicio de lo anterior, se pondrá a disposición del postulante que así lo requiriere por escrito el puntaje final que él haya obtenido en el proceso de selección a que se refiere el artículo quincuagésimo tercero de la presente ley.”.
10) Para reemplazar en el actual numeral 9), que ha pasado a ser número 13), los nuevos incisos séptimo y octavo que se agregan en el artículo quincuagésimo sexto, por los siguientes:
“Para los efectos de lo dispuesto en el inciso primero se entenderá por cierre del proceso de selección para proveer cargos de Alta Dirección Pública, la conformación de la respectiva nómina de elegibles por el Consejo o Comité o la declaración de desierto del mismo según sea el caso.
El Consejo y la Dirección Nacional del Servicio Civil deberán velar porque en sus actuaciones se garantice la confidencialidad sobre la identidad de el o los reclamantes.”.
11) Para sustituir en el actual numeral 11), que ha pasado a ser número 15), en el nuevo inciso tercero, que se agrega por su letra b) al artículo quincuagésimo octavo, la frase “los tres primeros” que aparece en dicho inciso, por “los primeros cuatro”.
12) Para agregar en el actual número 12), que ha pasado a ser número 16), en el inciso segundo del artículo quincuagésimo noveno, que se sustituye, a continuación del punto seguido (.), la siguiente frase: “Con todo, dicha prórroga deberá contar con la aprobación del Consejo de Alta Dirección Pública.”.
13) Para reemplazar el actual número 14), que ha pasado a ser número 18), por el siguiente:
“18) Modifíquese el artículo sexagésimo primero, del siguiente modo:
a) Reemplácese en el inciso primero, la expresión “ Ministro ”, por la frase “Subsecretario, ratificado por el Ministro ”, las dos veces que aparece.
b) Sustitúyese en el inciso tercero la palabra “cinco”, por “treinta”.”.
14) Para intercalar, a continuación del actual numeral 14), que ha pasado a ser número 18), los siguientes numerales 19) y 20), nuevos, modificándose la numeración correlativa subsiguiente:
“19) Intercálese en el artículo sexagésimo segundo, entre las expresiones “ser comunicados” y “a la Dirección Nacional”, la siguiente frase: “dentro del plazo de 15 días al Consejo de Alta Dirección Pública y”.
20) Reemplácese el inciso segundo del artículo sexagésimo tercero, por el siguiente: “Corresponderá al subsecretario respectivo con la ratificación del ministro del ramo o al jefe superior de servicio, según corresponda, determinar el grado de cumplimiento de los objetivos acordados e informar de esto a la Dirección Nacional del Servicio Civil dentro de los dos meses siguientes de emitida la respectiva evaluación, a efectos de que la Dirección publique anualmente en su página web el porcentaje de cumplimiento de las metas fijadas para el año anterior por el correspondiente convenio de desempeño, de cada uno de los altos directivos.”.”.
15) Para introducir en el actual numeral 15), que ha pasado a ser número 21), que modifica el artículo sexagésimo quinto, las siguientes enmiendas:
a) Agréguese la siguiente letra a), nueva, modificándose la sucesión correlativa de los literales siguientes:
“a) Reemplácese en el inciso segundo la expresión “Subsecretario” por “ Ministro ”.”.
b) Sustitúyese en la actual letra a), que ha pasado a ser la letra b), en las frases adicionales nuevas que se agregan, la expresión “ Ministro ” por “Subsecretario.”.
c) Reemplácese en la actual letra c), que ha pasado a ser letra d), en los nuevos incisos sexto y séptimo que se agregan, la expresión “ Ministro del ramo” las dos veces que aparece, por la de “Subsecretario del ramo.”.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS NUEVOS
16) Para agregar los siguientes artículos tercero, cuarto y quinto transitorios nuevos, pasando el actual artículo tercero y cuarto transitorios, a ser artículos sexto y séptimo transitorios, respectivamente:
“Artículo Tercero Transitorio.- Facúltase al Presidente de la República para que mediante uno o más decretos con fuerza de ley expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, con la firma del Ministro sectorial respectivo, determine para los nuevos servicios afectos al Sistema de Alta Dirección Pública, de conformidad al artículo trigésimo sexto de la ley N° 19.882, modificado por la presente ley, todos los cargos que tendrán la calidad de altos directivos públicos, cualquiera sea la denominación y grado que tengan en la respectivas plantas de personal.
Artículo Cuarto Transitorio.- Al momento de incorporarse un servicio al Sistema de Alta Dirección Pública, los funcionarios que se encuentren desempeñando cargos calificados como de alta dirección pública, conforme el procedimiento del artículo transitorio precedente, mantendrán sus nombramientos y seguirán afectos a las normas que les fueren aplicables a esa fecha, debiendo llamarse a concurso conforme a las disposiciones del título VI de la ley Nº 19.882, cuando cesen en ellos por cualquier causa.
Artículo Quinto Transitorio.- En tanto los cargos calificados como de alta dirección pública no se provean conforme a las normas del Sistema regulado por el título VI de la ley Nº 19.882, los funcionarios que los sirvan continuarán percibiendo las remuneraciones propias del régimen al que se encuentren afectos.
Artículo Octavo Transitorio.- El reglamento al cual se refiere la letra e) del artículo Cuadragésimo Segundo de la ley Nº 19.882, modificado por la presente ley, deberá dictarse dentro del plazo de ciento ochenta días contado desde la publicación de esta última en el Diario Oficial.”.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): RODRIGO HINZPETER KIRBERG , Vicepresidente de la República ; JULIO DITTBORN CORDUA , Ministro de Hacienda (S).”
5. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:
Mensaje 192-359
Modifica el artículo vigésimo transitorio de la ley 20.501
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de los dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario de la Presidencia .”
6. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:
Mensaje 181-359
Regula en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, el valor del gas natural, los valores agregados de distribución del gas, el valor de los servicios afines, crea los subsidios que indica y establece medidas ante una contingencia de gas.
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de los dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario de la Presidencia .”
7. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
7884-10
Aprueba el acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Los Emiratos Árabes Unidos sobre servicios aéreo, suscrito en Santiago, el 13 de diciembre de 2010.
7885-10
Aprueba el acuerdo en materia de servicios aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado de Kuwait y su anexo, suscrito en Santiago, el 27 de julio de 2010.
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de los dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario de la Presidencia .”
8. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
7141 -08
Regula la certificación de los artefactos para combustibles de leña y otros productos dendroenergéticos.
7408-07
Crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia.
7533-07
Proyecto de ley sobre indulto general.
7534-07
Proyecto de ley que modifica el régimen de libertad condicional y establece, en caso de multa, la pena alternativa de trabajos comunitarios.
7550-06
Establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil.
7830-10
Aprueba el acuerdo de Libre Comercio entro la República de Chile y Malasia, suscrito en Yokohama, el 13 de noviembre de 2010.
7854-07
Proyecto de ley sobre derecho a defensa de los imputados.
7911-06
Establece el Sistema de Elecciones Primarias para la nominación de candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes.
7862-03
Modifica ley N° 19.039, de propiedad Industrial, para estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de marcas y patentes.
7886-03
Regula el tratamiento de la información sobre obligaciones de carácter financiero o crediticio.
7903-07
Modifica el Código Penal con el objeto de establecer el ocultamiento como una circunstancia grave.
7829-13
Crea la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, fortalece el rol de la Superintendencia de Seguridad Social y actualiza sus atribuciones y funciones.
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de los dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario de la Presidencia .”
9. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
7910-21
Modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las oncesiones de acuicultura.
7175-15
Hace exigible el uso de chalecos reflectantes como medida de seguridad para los automovilistas.
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de los dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario de la Presidencia .”
10. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 14 de septiembre de 2011.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha rechazado las enmiendas introducidas por esa Honorable Cámara al proyecto de ley sobre otorgamiento y uso de licencias médicas, correspondiente al Boletín Nº 6.811-11.
Corresponde, en consecuencia, la formación de una Comisión Mixta que deberá proponer la forma y el modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras, conforme lo establece el artículo 71 de la Constitución Política de la República. Al efecto, la Corporación designó a los Honorables Senadores miembros de la Comisión de Salud para integrar la referida Comisión Mixta.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 9.541, de 22 de junio de 2011.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): GUIDO GIRARDI LAVIN , Presidente del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA , Secretario General del Senado .”
11. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 14 de septiembre de 2011.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín número 6980-03:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Incorpórase en la ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, el siguiente artículo 16 A, nuevo, pasando los actuales artículos 16 A y 16 B a ser artículos 16 B y 16 C, respectivamente:
“Artículo 16 A.- Los bancos e instituciones financieras y sociedades de apoyo a su giro, establecimientos comerciales, compañías de seguros, cajas de compensación, cooperativas de ahorro y crédito y toda persona natural o jurídica proveedores de productos o servicios financieros podrán ofrecer a personas que tengan el carácter de pensionados, de cualquier régimen previsional, contratos de seguro de cesantía asociados a cualquier producto o servicio financiero sólo si éstos cuentan con un contrato de trabajo vigente o con un contrato de prestación de servicios a honorarios, lo que deberá acreditarse en un anexo del contrato principal, mediante una copia de tales contratos o de un certificado de cotización voluntaria en una administradora de fondos de pensiones o en una institución de salud.
Es nulo todo contrato de seguro de cesantía asociado a un contrato principal que no cumpla con los requisitos exigidos en el inciso anterior, y su nulidad declarada judicialmente dará derecho al afectado a solicitar del proveedor del producto o servicio financiero la restitución de las sumas pagadas por concepto de primas de dicho seguro, más reajuste e interés corriente.”.”.
-o-
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): GUIDO GIRARDI LAVÍN , Presidente del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA , Secretario General del Senado .”
12. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto de ley sobre indulto general. (boletín N° 7533-07 (S)).
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia originado en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República .
Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la colaboración de don Teodoro Ribera Neumann , Ministro de Justicia , doña Patricia Pérez Goldberg , Subsecretaria de Justicia , doña Paulina González Vergara , Jefa de la División Jurídica de ese Ministerio; don Sebastián Valenzuela Agüero , Jefe de la División de Defensa Social del mismo Ministerio , don Diego Moreno Torres , abogado del Departamento de Asesorías y Estudios de la División Jurídica; doña María Ximena Guzmán Führer , abogada del Departamento de Adultos de la Dirección de Defensa Social; don Gonzalo Legal Aguirre , Coordinador del Directorio de la Comisión de Diálogo Parlamentario de la Asociación Nacional de Directivos, Profesionales y Técnicos de Gendarmería de Chile (ADIPGEN); y los dirigentes regionales de esa misma Asociación don David Milla Aguilar , de la Región de Coquimbo; don Raúl Cárdenas , de la Región de Los Lagos; don Eliseo Bastías Rodríguez , de la Región del Biobío, y don Carlos Espinoza Herrera , de la Región de Valparaíso.
Para el despacho de esta iniciativa, el Jefe del Estado ha hecho presente la urgencia, la que ha calificado de suma para todos sus trámites constitucionales, por lo que esta Corporación cuenta con un plazo de quince días corridos para afinar su tramitación, término que vence el 21 de septiembre próximo, por haberse dado cuenta de la urgencia en la Sala el día 6 del mismo mes.
I. IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.
La idea central del proyecto tiene por objeto, con el propósito de disminuir el hacinamiento carcelario y mejorar las condiciones de habitabilidad en los recintos penitenciarios, conceder un indulto general de carácter conmutativo, a determinados grupos de mujeres que se encuentren cumpliendo penas privativas de libertad y, en general, a personas sujetas al beneficio de la salida controlada al medio libre o a la medida alternativa de reclusión nocturna.
Tal idea, la que el proyecto concreta mediante siete artículos que establecen este beneficio, señalan las condiciones para su otorgamiento, las obligaciones que impone a los beneficiados y el listado de delitos que no dan lugar al indulto, es propia de ley al tenor de lo establecido en el artículo 63 N°s. 2 y 16 de la Constitución Política.
II. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
Para los efectos de lo establecido en los números 3°, 4°, 5° y 6° del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1.- Que se aprobó la idea de legislar por mayoría de votos ( 7 votos a favor y 2 abstenciones). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Calderón , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans y Rincón. Se abstuvieron los Diputados señores Cristián Monckeberg y Squella .
2.- Que todos los artículos del proyecto, salvo el 6°, tienen rango de ley que debe aprobarse con quórum calificado, según lo establece el artículo 63, número 16, inciso segundo de la Constitución Política.
El Senado atribuyó a la totalidad del articulado el rango de normas de quórum calificado.
3.- Que ninguna de las disposiciones del proyecto es de la competencia de la Comisión de Hacienda.
4.- Que se rechazaron el artículo 6° del proyecto original y las siguientes indicaciones:
A- Las de los Diputados señores Calderón, Eluchans y Cristián Monckeberg para:
a.- sustituir la denominación del proyecto por la siguiente.
“Proyecto de Ley de conmutación de penas en delitos de baja criminalidad, bajo las condiciones que indica.”.
b.- suprimir en el primer inciso del artículo 1°, la frase “un indulto general, consistente en”.
c.- sustituir el inciso primero del artículo 3° (que pasó a ser 2°), por el siguiente:
“Concédese, asimismo, la conmutación del saldo de las penas privativas de libertad que les resta por cumplir, a los condenados por sentencia ejecutoriada que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren beneficiados con el permiso de salida controlada al medio libre.”.
d.- reemplazar en el inciso segundo del mismo artículo, la expresión “este indulto” por “esta conmutación de pena”.
e.- reemplazar el inciso primero del artículo 4° (que pasó a ser 3°), por el siguiente:
“Concédese la conmutación del saldo de las penas privativas de libertad que les resta por cumplir, a los condenados por sentencia ejecutoriada que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren cumpliendo condena de reclusión nocturna en establecimientos de Gendarmería de Chile.”.
f.- reemplazar en el inciso segundo del artículo 4° (pasó a ser 3°), la frase “este indulto” por “esta conmutación de pena”.
g.-reemplazar en la letra a) del artículo 5° (pasó a ser 4°) , la frase “concesión del indulto conmutativo” por “ concesión de la conmutación de la pena”.
h.-reemplazar en el primer inciso del artículo 7° (pasó a ser 6°) , la frase “ los indultos” por “ las conmutaciones de penas”.
i.- reemplazar en el inciso segundo del artículo 7° (pasó a ser 6°), la frase “estos indultos” por “estas conmutaciones de penas”.
B.- La de los Diputados señores Burgos , Díaz y Schilling para intercalar en el inciso primero del artículo 7°) pasó a ser 6°), entre la palabra “sicotrópicas,” y la frase “y en la ley N° 19.913”, las expresiones “ salvo aquellos tipificados en el artículo 4° de la indicada ley”.
III. DIPUTADO INFORMANTE.
Se designó Diputado Informante al señor Jorge Burgos Varela .
IV. SÍNTESIS DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.
Conforme lo establece el N° 2 del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, el texto aprobado por el Senado puede resumirse en los siguientes términos:
El artículo 1° concede un indulto general conmutativo del saldo de penas privativas de libertad que les falte por cumplir, a las mujeres que a la fecha de vigencia de esta ley se encuentren privadas de libertad en virtud de sentencia ejecutoriada y que cumplan las siguientes condiciones:
1° Hayan enterado dos tercios de la pena, salvo las madres de hijos menores de dos años quienes podrán acceder al beneficio faltándoles seis meses para el cumplimiento de los dos tercios.
2° Haber observado durante los tres últimos bimestres una conducta sobresaliente.
3° Suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
El artículo 2° permite, en el caso de haberse reducido la pena por cualquier causa, computar el plazo de los dos tercios de la pena a partir de la cuantía de la pena ya reducida.
El artículo 3° concede el indulto general conmutativo a quienes estuvieren cumpliendo pena por sentencia ejecutoriada sujetos al beneficio de la salida controlada al medio libre, siempre que suscriban un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
El artículo 4° concede igual beneficio a quienes estuvieren cumpliendo pena sujetos a la modalidad de la reclusión nocturna, siempre que suscriban igual compromiso que el señalado en el artículo 3°.
El artículo 5° señala las condiciones a que quedarán sujetos los indultados de acuerdo a los artículos 1°, 3° y 4°, vale decir:
1° someterse a un período de control y observación mediante firmas mensuales ante el Patronato de Reos o, en su defecto, el establecimiento de Gendarmería más cercano a su domicilio, por el doble del tiempo que le reste para el cumplimiento de su condena, con un tope de tres años a partir de la concesión del indulto.
2° Si volviera a incurrir en un crimen o simple delito en el lapso señalado, deberá cumplir de manera efectiva el saldo de la pena conmutada, sin perjuicio de la que corresponda por el nuevo ilícito.
El artículo 6° señala que respecto de los condenados por el delito de manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, el indulto no alcanzará a las penas accesorias de multa o de suspensión o cancelación de la licencia de conducir.
El artículo 7° señala los delitos respecto de los cuales no será aplicable el indulto, incluyendo en tal listado los delitos consumados de secuestro, violación propia, violación con homicidio, parricidio, femicidio, homicidio calificado, robo con intimidación simple y calificado, robo por sorpresa, robo con fuerza en las cosas, tráfico ilícito de migrantes, trata de personas, delitos de connotación sexual cometidos contra menores de edad, crímenes y simples delitos tipificados en la Ley de Drogas, en la ley que Crea la Unidad de Análisis Financiero y en la ley que determina conductas terroristas.
El artículo 8° encomienda al Jefe de la Sección Control Penitenciario de Gendarmería , verificar la procedencia de los indultos, los que deberán solicitarse ante el alcaide del establecimiento en que se encuentre el condenado o ante el Director Regional de Gendarmería según se trate de una pena privativa o restrictiva de libertad, junto con el compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
Si el indulto fuere procedente, deberá comunicarse por Gendarmería al Tribunal de Ejecución que corresponda, dentro de quinto día.
V. ANTECEDENTES.
El mensaje parte reconociendo como una responsabilidad del Estado velar por las condiciones en que cumplen sus condenas las personas privadas de libertad, motivo por el cual el Gobierno se encuentra desarrollando distintos esfuerzos para mejorar la infraestructura, equipamiento y dotación del sistema penitenciario. No obstante lo anterior, señala que es de público conocimiento el nivel de hacinamiento que existe en los recintos penitenciarios, cuestión que se prolonga por décadas y que no resulta posible solucionar en el corto plazo.
Agrega que enfrentar este problema resulta imperioso, no sólo en resguardo de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad sino que también por motivos de seguridad pública, por cuanto en la medida en que se mejoren las condiciones de habitabilidad, rehabilitación y reinserción, comienza a ser verdaderamente posible crear las condiciones para disminuir los niveles de reincidencia.
Por ello, entonces, se propician una serie de medidas tendientes a mejorar las condiciones en los establecimientos penitenciarios, con miras a brindar a quienes cumplen penas privativas o restrictivas de libertad, un trato digno y humanitario, a la vez que reducir el elevado nivel de hacinamiento existente, el que se acerca al 60% de sobrepoblación.
Señala que uno de los factores fundamentales para el logro de mejores condiciones, lo constituye la necesidad de descongestionar el sistema penitenciario, para lo que se realizan obras de construcción, ampliación y mejora de la infraestructura carcelaria, pero dado que ello significa la inversión de tiempos prolongados, otra de las formas que permite lograr la descongestión, lo constituye la aplicación racional de la institución del indulto, en la medida en que favorezca a cierto tipo de condenados, que ya han cumplido parte importante de sus penas y que su liberación no compromete la seguridad pública.
Explicando, en seguida, el contenido del proyecto, señala que tiene por finalidad otorgar un indulto conmutativo de carácter general:
Primero, a las mujeres que se encuentren condenadas y privadas de libertad, pero sólo en la medida que hubieren cumplido dos tercios de la pena, regla que se relaja un tanto respecto de las que son madres de niños de menos de dos años, caso en el cual el beneficio las alcanza aún si les faltan seis meses para el cumplimiento de ese mínimo, y siempre que hayan observado conducta sobresaliente durante los tres últimos bimestres.
Segundo, a los condenados que se encuentran cumpliendo bajo un régimen de permiso de salida controlada al medio libre, por cuanto éstos ya han dado pruebas fehacientes de rehabilitación y reinserción, puesto que solamente pernoctan en los establecimientos penitenciarios, lo que demostraría que el indulto con que se pretende favorecerlos, no supondría un riesgo adicional para la seguridad pública.
Tercero, a los condenados que cumplieren su pena bajo la modalidad de la reclusión nocturna, toda vez que éstos se encuentran en libertad todo el día y solamente deben recluirse entre las 22.00 horas y hasta las 06.00 horas del día siguiente, lo que pondría de relieve que la concesión de esta medida, no pondría en riesgo la seguridad ciudadana.
En el caso de los condenados por los delitos sancionados en el artículo 196 de la Ley de Tránsito, vale decir, manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes, el indulto no alcanza a las penas accesorias de multa y cancelación o suspensión de la licencia de conducir.
En todo caso, las tres modalidades descritas que darán derecho al indulto, estarán sujetas a dos obligaciones: el compromiso de no volver a delinquir durante los cinco años siguientes a la concesión del indulto; si infringen esta obligación, deberán cumplir de manera efectiva el saldo de la pena conmutada, sin perjuicio de la que corresponda por el nuevo crimen o simple delito, y someterse a un período de control y observación por medio de Gendarmería durante cinco años.
Por último, señala el mensaje un listado de delitos a los que no se hará extensivo el beneficio, tales como el secuestro, el parricidio, el homicidio calificado y otros que indica.
VI. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
a.- Intervenciones recibidas por la Comisión.
1.- Doña Patricia Pérez Goldberg , Subsecretaria de Justicia, efectuó una exposición refiriéndose en general tanto al proyecto en análisis como al que “Modifica el régimen de libertad condicional y establece, en caso de multa, la pena alternativa de trabajos comunitarios.”, boletín 7534-07 (S), señalando que estas iniciativas se insertan en el contexto de fomentar las condiciones de rehabilitación y reinserción social para las personas que están recluidas en los recintos penales. Recordó la complejidad de la situación que afecta al sistema penitenciario, la cual compromete la dignidad de quienes se encuentran privados de libertad y que, en definitiva, entorpece las posibilidades de que, una vez egresados de la cárcel, puedan reinsertarse en la sociedad y no volver a delinquir.
Exhibió el siguiente gráfico, que muestra la evolución de la población penal atendida por Gendarmería de Chile entre los años 1987 y 2011 (marzo):
Dio a conocer que hay 54.195 personas recluidas, de las cuales alrededor del 80% están condenadas por un delito, en tanto que el 20% restante, se encuentra en prisión preventiva. Por otra parte, hay 51.741 condenados a los que se ha aplicado una medida alternativa a la privación de libertad (sistema abierto), de modo tal que actualmente Gendarmería está a cargo de 105.936 personas. Indicó que es posible advertir que del total de la población penal, la mitad está recluida, en tanto que la otra mitad cumple sus condenas en el medio libre, en circunstancias que en otros países, como España y el Reino Unido, el 80% de los condenados está en el medio libre y sólo el 20% está recluido en las cárceles, proporción que nuestro país debería alcanzar en lo futuro.
Acto seguido, mostró el siguiente gráfico, que da cuenta de la condición bajo la cual están recluidas las personas en los establecimientos penitenciarios, en el mismo período:
Explicó que de las 54.195 personas privadas de libertad, 43.545 son condenadas, 162 se encuentran detenidas y 10.488 son imputadas y procesadas. Precisó que el aumento significativo en la cantidad de condenados se produjo como consecuencia del inicio de la aplicación de la reforma procesal penal en Santiago, el año 2005, debido al incremento de la efectividad del sistema, con motivo de la celeridad de los juicios, ya que con anterioridad la mayoría de los recluidos no había sido aún condenada y éstos debían esperar años a que se dictara sentencia en la causa respectiva, en una situación muy similar a la que se presenta actualmente en Panamá y Honduras. Puntualizó que si bien ha habido una adecuada evolución en esta materia, la eficiencia del sistema penal ha traído como consecuencia una gran cantidad de condenados que pueblan las cárceles.
Mostró, luego, el siguiente gráfico en el que se puede apreciar la evolución de la cantidad de condenados que cumplen sus penas en el sistema cerrado, a partir de 1990:
Comentó que el aumento significativo de condenados se produjo en el año 2007, donde se registran alrededor de 43.000, época en la que culminan los primeros procesos iniciados en el marco de la reforma procesal penal. Precisó que otros incrementos han obedecido también a modificaciones a la legislación penal. Señaló que nuestro país se ubica en el tercer lugar del ranking de tasas de población recluida en América Latina, ya que hay 308 personas privadas de libertad por cada 100.000 habitantes, cifra que es superada únicamente por Guyana Francesa y Surinam. En tanto que, a nivel mundial, Chile ocupa el lugar N° 35, tal como se aprecia en las siguientes tablas:
Ranking de tasas de Población recluida por cada 100 mil habitantes en el mundo
Lugar
País
Tasa cada 100 mil habitantes
1
Estados Unidos
760
3
Rusia
624
28
Sudáfrica
329
31
Israel
325
35
Chile
308
61
México
208
64
Nueva Zelanda
195
76
España
164
88
Inglaterra y Gales
153
104
Australia
129
114
China
119
117
Canadá
116
138
Italia
97
140
Francia
96
146
Alemania
90
177
Japón
63
203
India
33
Señaló que a diciembre de 2010, los penales tenían una capacidad para albergar, según su diseño, a 35.910 reclusos, en circunstancias que la población penal ascendía a 52.388 personas privadas de libertad, cifra esta última en la que no están comprendidas las hipótesis de condenados con reclusión nocturna, arrestos diurnos o nocturnos, ni los condenados por faltas, realidad que da cuenta del nivel de hacinamiento de los establecimientos penitenciarios.
Asimismo, hizo presente que al 31 de diciembre de 2010, Gendarmería estaba a cargo de 105.471 personas, de las cuales el 51% estaba en los sistemas abierto y semiabierto, y el 49% restante, en el sistema cerrado.
Exhibió el siguiente gráfico, que evidencia la evolución de la población penal a la cual se ha aplicado una medida alternativa a la privación de libertad en el período comprendido entre 1987 y 2011 (marzo), donde se destaca, en orden descendente, la cantidad de beneficiados con la remisión condicional (34.539), con la libertad vigilada (11.533) y con la reclusión nocturna (5.669), lo que suma un total de 51.741 beneficiados con tales medidas.
Afirmó que el diagnóstico actual del sistema penitenciario se resume en los siguientes aspectos: alta tasa de sobrepoblación y hacinamiento; diferencias en el perfil criminógeno de la población penal recluida y existencia de una suerte de escuela del delito, donde los primerizos, con bajo perfil delictual, reciben las enseñanzas de delincuentes más experimentados, todo lo cual se traduce en escasas o nulas posibilidades de reinserción.
Informó que los ejes de la reforma penitenciaria consisten en el perfeccionamiento de Gendarmería, gracias a la incorporación de 5.000 nuevos funcionarios, en virtud de la ley N° 20.426; la construcción de nuevas cárceles para efectos de segregar a la población penal y posibilitar la existencia de talleres y lugares destinados a la educación; el fortalecimiento de las penas alternativas a la prisión y de las medidas de reinserción y rehabilitación, y la modificación de la legislación para lograr un uso racional de los recintos carcelarios, aspecto este último que guarda relación con los proyectos en análisis y que se traduce en la consecución de los siguientes objetivos:
1. Evitar el contagio criminógeno de personas de bajo perfil delictual.
2.- Disminuir el hacinamiento de la población penal, y
3.- Usar eficientemente las plazas disponibles para condenados de alto y mediano compromiso delictual.
Explicó que las iniciativas legales que se han presentado proponen las siguientes medidas para racionalizar el uso de las cárceles: la modificación al sistema de libertad condicional; la modificación a las sanciones por el no pago de multas, y el otorgamiento de un indulto conmutativo general.
Habiéndose ya incluido en el informe de esta Comisión, recaído sobre el proyecto que “Modifica el régimen de libertad condicional y establece, en caso de multa, la pena alternativa de trabajos comunitarios.”, boletín 7534-07 (S), el comentario sobre los dos primeros puntos señalados, corresponde, en lo que interesa a este informe, resumir lo expuesto por la señora Subsecretaria respecto del tercer punto, es decir, el otorgamiento de un indulto conmutativo general.
Al respecto, señaló que este indulto no extingue la pena, sino que la sustituye por otra y contempla tres grupos de personas favorecidas: mujeres, beneficiados con permiso de salida controlada al medio libre y condenados a reclusión nocturna.
En relación con el primer grupo, enfatizó que hay un gran déficit en lo que respecta al enfoque de género en el sistema penitenciario chileno, pues en general no se ha tomado en cuenta este aspecto en la construcción de las cárceles ni en el establecimiento de medidas especiales que puedan adoptarse en el caso de las mujeres recluidas. Por lo tanto, esta iniciativa legal se enmarca dentro de la idea de otorgar un tratamiento especial a un segmento que es particularmente vulnerable dentro del espectro de los condenados.
En concreto, el proyecto propone que quienes hayan cumplido dos tercios de la pena privativa de libertad y observado una conducta sobresaliente durante los tres últimos bimestres, serán beneficiadas con este indulto debiendo cumplir ciertas condiciones que se establecen. Se contempla una regla especial para las mujeres que fueren madres de hijos menores de dos años, en favor de quienes se reduce, por consideraciones humanitarias el primer requisito, bastándoles que resten seis meses para que cumplan los dos tercios de su condena.
En cuanto a la calificación de la conducta de mujeres condenadas que han cumplido más de 2/3 de su pena, indicó que de un total de 786 reclusas, el comportamiento de 365 ha sido calificado como muy bueno; el de 116, como bueno; el de 111, como regular; el de 105, como malo y el de 89, como pésimo. Puntualizó que, a partir de los requisitos y limitaciones que se establecen en el proyecto, se puede concluir que las mujeres beneficiadas, al 13 de abril de 2011, serían 142. Tales limitaciones están vinculadas, fundamentalmente, a un catálogo de delitos graves que han sido excluidos de la aplicación del indulto, a los que se agregan las figuras delictivas contempladas en la ley N° 20.000, entre los cuales está el tráfico y microtráfico de drogas, delitos por los que una gran cantidad de mujeres ha sido condenada. Precisó que en el total indicado no están incluidas las madres de hijos menores de dos años, cuyo número es bastante marginal.
En relación con el segundo grupo, esto es, los condenados que se encuentran bajo un régimen de permiso de salida controlada al medio libre, hizo saber que el sistema penitenciario contempla el principio de la progresividad, el cual significa que las personas, en función de su comportamiento, pueden acceder a ciertos beneficios intrapenitenciarios cada vez mayores, que comienzan en la salida dominical, prosiguen con el permiso de salida por el fin de semana y culminan con el permiso de salida diaria, que en términos prácticos, implica que el condenado está en el medio libre todo el día y sólo regresa a la cárcel para dormir, en una fórmula parecida a la reclusión nocturna. Estas personas han dado pruebas fehacientes de rehabilitación y reinserción y cumplido una serie de exigencias en lo que respecta al trabajo que desempeñan y al avance en su nivel de escolaridad. Al 28 de febrero de 2011, 875 personas gozaban de este permiso y con las limitaciones relativas a los delitos excluidos, se estima que serían beneficiadas por el indulto, aproximadamente, 860 condenados.
En lo que respecta al tercer grupo, representado por los condenados que estuvieren cumpliendo pena de reclusión nocturna en establecimientos de Gendarmería de Chile, sostuvo que se trata de personas sancionadas por delitos menores, como manejo en estado de ebriedad, daños u otras figuras de poca entidad, quienes deben concurrir a las cárceles a pernoctar entre las 22:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente, de modo que se encuentran libres durante todo el día. Este sistema no es eficiente desde el punto de vista de la racionalización del uso de los establecimientos penitenciarios, como instrumento o espacio de rehabilitación, pues implica la ocupación de plazas que podrían ser destinadas a condenados que deben permanecer en ellos día y noche y estar sometidos a un tratamiento de rehabilitación o a algún tipo de intervención estatal, que es imposible aplicar en el caso de los beneficiados con la reclusión nocturna, dado el brevísimo tiempo por el que se extiende su estadía en las cárceles. Al 31 de marzo de 2011, 5.669 condenados habían sido favorecidos con esta medida alternativa, estimándose que se beneficiarían con el indulto 5.264 personas, considerando los delitos excluidos.
Indicó que las limitaciones que contempla el proyecto para el indulto que se otorga a los tres segmentos son las siguientes:
1. En el caso de los condenados por manejo en estado de ebriedad, el indulto sólo se aplica a la pena privativa de libertad y no se hace extensivo a las penas accesorias de multa, cancelación o suspensión de la licencia para conducir que se les hubieren impuesto.
2.- Se establece que no procederá el indulto respecto de los condenados por los siguientes delitos consumados: secuestro, parricidio, homicidio calificado, delitos sexuales cometidos contra menores de edad, robos (con violencia, con intimidación, por sorpresa, con fuerza en las cosas en lugar habitado), crímenes y simples delitos de la ley N° 20.000, delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, delitos de lavado y blanqueo de activos y delitos terroristas. Estos últimos tres grupos de delitos no estaban considerados en el mensaje original y fueron incorporados, en virtud de indicaciones, al texto aprobado por el Senado.
Señaló que el indulto procede para los condenados de los tres grupos, en la medida en que cumplan con los siguientes requisitos:
1.- Suscribir un compromiso de no volver a delinquir por el lapso correspondiente al doble del tiempo que reste para el cumplimiento de la condena, con un máximo de tres años siguientes a la concesión del indulto conmutativo. La trasgresión de dicho compromiso pondrá al individuo en el deber de cumplir, de manera efectiva, el saldo de pena que le hubiere sido indultada, sin perjuicio de la aplicación de la pena que le corresponda cumplir por el nuevo crimen o simple delito.
2.- Someterse a un período de control y observación a través de Gendarmería de Chile, por el mismo período.
A modo de conclusión, hizo notar que el indulto beneficia a las mujeres, en tanto se considera una medida especial aplicada a un segmento particularmente vulnerable en lo que respecta a las condiciones penitenciarias que le toca vivir, y a los otros dos grupos, en razón de su bajo nivel de compromiso criminógeno.
2.- Don Carlos Espinoza Herrera , Dirigente de la Asociación Nacional de Directivos, Profesionales y Técnicos de Gendarmería de Chile (ADIPTGEN).
Señaló que esta iniciativa legal comparte los propósitos de la relativa a la libertad condicional, cuales son mejorar las condiciones de los establecimientos penitenciarios, brindar un trato digno y humanitario a quienes se encuentran privados de libertad, revertir la situación de inhabitabilidad en las cárceles y disminuir la congestión y hacinamiento de los recintos penitenciarios.
Sostuvo que la letra a) del artículo 5° del proyecto establece que el control y observación del indultado se realizará en los Patronatos o establecimientos más cercanos a su domicilio, entendiéndose por tales a las cárceles. No obstante, sólo hay nueve Patronatos Locales de Reos a lo largo del país, los que están ubicados generalmente en las provincias capitales de región, por lo que actualmente no se constituyen como solución a nivel nacional. De este modo aseguró que no se conseguiría descongestionar el sistema cerrado, ya que, en definitiva, dicho control deberá ser asumido, en razón de este déficit, por las unidades penales que conforman este último, particularmente por personal uniformado que debería cumplir funciones de custodia y no meramente administrativas, como sería la comentada. Indicó que a ello se suma el inconveniente de que en los establecimientos penitenciarios habrá un constante flujo de entrada y salida de personas que, no obstante haber sido indultadas, deben seguir bajo control, lo cual entraña ciertas dificultades y riesgos en materia de seguridad, por la eventual internación de drogas y otros elementos perniciosos.
Hizo hincapié en que los establecimientos del sistema cerrado no cuentan con las condiciones idóneas para llevar a cabo el control de los beneficiados con el indulto, pues no hay espacios físicos, tecnológicos ni personal adecuado para ello. Además, enfatizó en que el objetivo del indulto es descongestionar las cárceles y no desviar el problema provocando una saturación de índole administrativa.
Propuso el arriendo de oficinas para llevar a cabo este control administrativo y la contratación de personal especializado que garantice el éxito de estas iniciativas, es decir, salvaguardar la contratación de profesionales para el acompañamiento y reinserción social de los beneficiados.
Comentó que durante la discusión de esta iniciativa legal en el Senado, se analizó la norma del proyecto que, originalmente, disponía que el control de los indultados debían extenderse por cinco años, aprobándose en dicha Corporación, su reducción a tres años. Planteó que las investigaciones y estudios internacionales sostienen que las personas que reinciden tras haber egresado del sistema cerrado, lo hacen, en un alto porcentaje, en los primeros meses luego de obtener la libertad, de modo que después de dos años es muy difícil que cometan nuevos delitos. Por ello y dado que mantener bajo control durante cinco años a personas beneficiadas con el indulto parece excesivo, sugirió reducir esa cantidad de años a dos y que, una vez finalizado el control, se eliminen los antecedentes prontuariales. Puntualizó que el proyecto no se refiere a la aplicación del decreto ley N° 409, de 1932, en estos casos, el cual otorga a las personas que hayan sufrido cualquier clase de condena y reúnan las condiciones que en él se señalan, el derecho después de dos años de haber cumplido su pena, si es primera condena, y de cinco años, si han sido condenadas dos o más veces, a que por decreto supremo, de carácter confidencial, se les considere como si nunca hubieren delinquido para todos los efectos legales y administrativos y se les indulten todas las penas accesorias a que estuvieren condenadas. Frente a este silencio, no resulta claro si tal plazo debe computarse luego de verificado el período de control a que deben someterse los indultados, en cuyo caso podrían transcurrir como mínimo cinco u ocho años, según sea el caso, de acuerdo con el texto aprobado por el Senado, para que proceda la eliminación de antecedentes, lo que resulta perjudicial para las posibilidades de reinserción laboral. Precisó que este proceso requiere la participación de profesionales especializados en el tema, que acompañen a los beneficiados con el indulto durante el período de control y actúen como coordinadores ante la comunidad.
Por otra parte, consideró conveniente clarificar las cifras manejadas por el Ejecutivo , en relación con la cantidad de mujeres condenadas que serán beneficiadas con el indulto, puesto que, en la práctica, el universo favorecido quedará reducido a su mínima expresión, si se tiene en cuenta que la mayor parte de ellas (alrededor del 85%) se encuentra privada de libertad por infringir la ley N° 20.000, especialmente al incurrir en el delito de microtráfico de drogas, en circunstancias que el proyecto explícitamente excluye del beneficio a quienes hayan sido condenadas por alguna figura contemplada en dicho texto legal.
A su vez, aseguró que el impacto que provoca el otorgamiento del indulto a condenados beneficiarios de salida controlada al medio libre es menor, ya que esta medida se aplicaría a alrededor de 900 personas a nivel nacional, cifra considerablemente inferior a la de quienes cumplen la medida alternativa de reclusión nocturna en Centros Abiertos. Acotó que, lamentablemente, en el país hay un solo Centro Abierto, denominado Manuel Rodríguez , que cuenta con decreto de creación, el cual está ubicado en la Región Metropolitana, y al que se agrega otro centro en Copiapó y en Valparaíso, los que no son considerados como unidades penales, al no haber sido autorizada su creación mediante decreto, con lo cual no reciben recursos.
Expresó que Gendarmería de Chile debe propiciar el otorgamiento de una mayor cantidad de beneficios, teniendo presente el segmento de condenados a los que les resta como saldo de condena menos de un año y que cumplen con los requisitos de optar a beneficios. Para ello, propuso la creación de nuevos Centros Abiertos, que puedan acoger a esta población y evitar que estas personas ocupen una plaza en establecimientos cerrados sobrepoblados, donde además arriesgan la seguridad de los mismos por su tránsito diario.
Planteó que si la intención del Ejecutivo es diversificar el cumplimiento de penas y recurrir a la pena privativa de libertad como excepción, deberían utilizarse los recursos disponibles otorgados por la Ley N° 20.426, de Modernización de Gendarmería, aprobada en 2010, para contratar más personal profesional, técnico y administrativo, toda vez que el espíritu de los citados proyectos de ley está dirigido a potenciar la reinserción social y la descompresión del sistema penitenciario y, por ende, se necesitará la contratación de personal especializado en esta área y menos personal uniformado y/o de vigilancia, dada la eventual reducción de la población privada de libertad y el natural incremento de la población en el medio libre. De este modo, se evitaría una situación similar a la generada con motivo de la aplicación de la ley N° 20.084, sobre responsabilidad penal adolescente, que resulta bastante dificultosa en razón de la carencia de recursos para su implementación.
b.- Discusión general.
Durante la discusión acerca de la idea de legislar, la que se realizó conjuntamente con el proyecto que modifica el régimen de libertad condicional, el Diputado señor Squella manifestó su inquietud por la confusión que parecía existir entre la obligación moral de proporcionar mejores condiciones de vida a las personas que permanecen recluidas y la obligación del Estado de velar por la rehabilitación de las mismas y, por otra parte, la búsqueda de solución al problema del hacinamiento carcelario, por la vía de permitir el egreso de una parte de los internos. Señaló percibir una suerte de disociación en la aplicación de este tipo de política y la mayoritaria aspiración ciudadana, especialmente de los sectores más populares, de contar con la debida protección del Estado frente a los ataques de la delincuencia. A su parecer, no se lograba la satisfacción de esta aspiración ciudadana con legislaciones de esta índole. No veía que el Estado incumpliera su rol de velar por los derechos de las personas privadas de libertad y el respeto a su dignidad, si las mantenía recluidas.
Tampoco concordaba con que a personas que habían delinquido y que al hacerlo podían haber causado mucho daño a las víctimas, se las premiara por no poder pagar la multa que se les aplicara, sustituyendo la pena por los servicios en beneficio de la comunidad, evitando así la privación de libertad. Creía que hasta podría ser conveniente analizar la posibilidad de suprimir las multas aplicadas como penas accesorias.
Por otra parte, manifestó su interés en que, para efectos de otorgar el indulto a las mujeres, se tenga en cuenta su peligrosidad, pues no sirve de mucho la evaluación que se efectúa de su conducta al interior de los penales, que no constituye un indicador efectivo para medir el riesgo que la libertad de las internas representa para la sociedad, en el enfoque que debe asumir el Estado.
No obstante lo anterior, consideró razonable que se conceda la libertad a los reclusos que sufren alguna enfermedad grave y a quienes presentan una edad avanzada, pues en estos casos no existe una gran connotación en lo que respecta a la peligrosidad que estas personas podrían tener al reinsertarse en la sociedad.
El Diputado señor Calderón concordó con el objetivo de racionalizar el uso de las cárceles y analizar las causas de la situación de hacinamiento a que se ha llegado. Sostuvo que la orientación de ambas iniciativas era correcta, por cuanto la privación de libertad debería estar reservada para los infractores que evidenciaran un mayor compromiso criminógeno. Explicó que este último concepto no equivalía a peligrosidad, la que, por lo demás, era de naturaleza subjetiva toda vez que estaba sujeta a la apreciación de un tercero, por lo que, desde el punto de vista doctrinario, no se la podía esgrimir como el fundamento de un castigo. Sostuvo que la racionalización del uso de las cárceles favorecía directamente el combate a la delincuencia, no siendo la privación de libertad el único camino que tendría el Estado para conseguir ese fin.
Concordó, asimismo, con la consideración de criterios técnicos para la aplicación de beneficios como la libertad condicional, pero estimaba que debería avanzarse hacia la consecución de objetivos definitivos como sería la instauración de tribunales de ejecución de penas, que permitirían evitar la dispersión actualmente existente en materia de control de condenas y aplicación de medidas alternativas, en que intervienen distintos organismos con criterios diversos, vale decir, tribunal de conducta de Gendarmería y Secretario Regional Ministerial de Justicia , en circunstancias que todo debería estar en un mismo ente jurisdiccional que decidiera ciñéndose a criterios objetivos, tal como se establece en otras legislaciones.
En relación al indulto conmutativo general, manifestó sus dudas en el caso de los beneficiados con la reclusión nocturna, ya que esta medida alternativa se concede a los condenados a quienes se haya impuesto una pena inferior a tres años, límite que no es menor. Asimismo, declaró compartir la visión del Diputado señor Squella , en lo que respecta a la falta de consideración del compromiso criminógeno para otorgar este tipo de indulto. Planteó que, tratándose de delitos como el manejo en estado de ebriedad, que fue mencionado por la Subsecretaria, la práctica de los tribunales consistía en aplicar la reclusión nocturna cuando la persona era condenada por segunda vez por tal ilícito, ya que la primera vez, se optaba por remitir la pena, y la tercera, significaba la aplicación efectiva de la pena privativa de libertad. Opinó que quien reincide en la comisión de este delito, sin perjuicio de las críticas que puedan formularse acerca de su tipificación, necesita una intervención, por la vía de un programa de rehabilitación. En atención a estos argumentos, sostuvo que deberían especificarse los delitos por los cuales han sido condenados a reclusión nocturna quienes resulten beneficiados por el indulto, habida consideración que esta medida alternativa podría aplicarse a personas que no tienen necesariamente un nivel de compromiso criminógeno que pueda calificarse como bajo.
El Diputado señor Burgos aunque apoyó ambas iniciativas por considerarlas indispensables y urgentes para evitar repeticiones de nuevas tragedias como la de la cárcel de San Miguel, las que estarían en estado latente en muchos otros recintos penitenciarios, estimó un contrasentido que conjuntamente con estos proyectos se tramitaran otros que significaban directamente el incremento de personas privadas de libertad, como era el caso del que aumentaba las penas por robos de cajeros automáticos.
Asimismo, ante el aumento que había experimentado el número de personas privadas de libertad en el último tiempo, quería se le informara si la aplicación de este indulto arrojaría una cantidad de personas liberadas, similar a la que se produjo con motivo del jubileo del año 2000.
Por último, hizo presente que nunca antes se había hecho una diferencia de género para la concesión de este beneficio y, si bien, se había fundamentado el distinto trato en la existencia de peores condiciones carcelarias para las mujeres, no le convencía del todo que se favoreciera sólo a éstas con la exigencia, para acceder al beneficio, de haber cumplido solamente los dos tercios de la condena. Por otra parte, observó que la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad, contempla figuras que no revisten tanta gravedad como para justificar que se excluya, respecto de ellas, la posibilidad de otorgar un indulto.
El Diputado señor Eluchans anunció su apoyo a la iniciativa por cuanto, a su parecer, la cárcel no era el único mecanismo para el cumplimiento de una condena, recordando, de paso, la serie de ineficiencias en el cumplimiento de las penas que se habían puesto de relieve al tratar las modificaciones a la ley N° 18.216 y que justificaban este proyecto y el relativo a la modificación del régimen de la libertad condicional.
El Diputado señor Ceroni manifestó su apoyo a la iniciativa por cuanto la solución al combate contra la delincuencia no podía limitarse sólo al encarcelamiento, debiendo hacerse conciencia en la sociedad acerca de que esta lucha debía abordar aspectos más profundos tales como educación, espacios más adecuados para las familias y oportunidades. En consecuencia, estaba de acuerdo en que no se mantuviera privados de libertad a quienes no revisten mayor peligrosidad en relación a los delitos por los que se les ha condenado, que han observado un buen comportamiento y que les queda poco tiempo para el cumplimiento de sus penas.
Terminó señalando que no creía que esta propuesta fuera una pura y simple desocupación de las cárceles, sin mayor fundamento.
El Diputado señor Díaz manifestó sus esperanzas de que iniciativas como éstas constituyeran un punto de partida a una nueva forma de abordar el problema de la delincuencia, el que no puede limitarse a considerar a las cárceles como la solución para quienes cometen cualquier delito, bajo la excusa de que la sociedad así lo demanda. Señaló que, de acuerdo a los antecedentes proporcionados por el Ejecutivo , Chile era el tercer país con más encarcelados en Latinoamérica, sólo superado por dos Estados que habían sido en sus orígenes colonias penales, algo que parecía difícil de explicar. Señaló que el encarcelamiento se había constituido en el país en una fuente de violaciones a los derechos humanos y de contagio criminógeno y que sólo servía para lograr un relativo apaciguamiento de la presión pública.
Por lo anterior, consideraba necesario que la Corporación se pronunciara sobre la investigación efectuada por esta Comisión acerca del incendio de la cárcel de San Miguel y la situación penitenciaria, lo que podría ayudar al Gobierno en la búsqueda de fórmulas para el uso racional de las cárceles y analizara sus proposiciones entre las que se incluye la posibilidad de instalar jueces de ejecución de penas y la extensión a todo el país del programa de defensa de las personas privadas de libertad que ya aplica la Defensoría Penal Pública.
Estimó muy valorable el cambio de enfoque en materia de política criminal que representaban estas iniciativas, especialmente porque ello contribuiría a evitar la repetición de tragedias como la de la cárcel de San Miguel.
El Diputado señor Rincón planteó la posibilidad de establecer los tribunales de ejecución de penas y de establecer un servicio público distinto de Gendarmería encargado de las funciones de rehabilitación y reinserción, como también sobre la implementación de planes carcelarios que incluyan la construcción de nuevos establecimientos y espacios que permitan el trabajo y estudio dentro de los recintos, por cuanto, a su parecer, ello sería indispensable para evitar que a la vuelta de unos cuantos años, las plazas que a consecuencias de estas disposiciones se desocupen en los recintos penitenciarios, vuelvan a ocuparse, restando eficacia a estas iniciativas.
El Diputado señor Cristián Monckeberg se mostró contrario a la urgencia con que se tramitaban estas iniciativas, las que requerían formarse una total convicción acerca de sus bondades, por cuanto lo normal y esperable, sería que la ciudadanía juzgara la liberación del 10% de los recluidos como una medida en dirección contraria al combate a la delincuencia.
El Diputado señor Cardemil creyó necesario avanzar en la pronta tramitación de los proyectos que conceden beneficios a los adultos mayores y enfermos terminales privados de libertad, agregando que sabía del interés del Ministerio de Justicia sobre dicha materia, manifestando, a la vez, su apoyo a ambas iniciativas, considerando que en el caso específico del indulto no se afectaba la seguridad pública por cuanto se beneficiaba a personas que ya se encontraban en el medio libre y solamente volvían a las cárceles a pernoctar, no obstante lo cual declaró ser partidario de enfrentar con dureza a la delincuencia, pero que las políticas públicas sobre la materia debían garantizar una cierta coherencia entre la rehabilitación, la rigurosidad y un régimen carcelario que respetara la dignidad de los internos, cuestión ésta que podía percibirse en las modificaciones planteadas a la ley N° 18.216 y en las construcciones de establecimientos carcelarios.
Cerrado finalmente el debate, se aprobó la idea de legislar por mayoría de votos (7 votos a favor y 2 abstenciones). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Calderón , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans y Rincón. Se abstuvieron los Diputados señores Cristián Monckeberg y Squella .
c.- Discusión en particular.
Durante el debate artículo por artículo, la Comisión llegó a los siguientes acuerdos:
Artículo 1°.-
Concede un indulto general, consistente en la conmutación del saldo de las penas privativas de libertad que les resta por cumplir, por el cumplimiento de la misma pena en libertad, a las mujeres que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se encuentren privadas de libertad en virtud de una condena por sentencia ejecutoriada y satisfagan las siguientes condiciones copulativas:
a) Tener cumplidos dos tercios de la pena.
Tratándose de mujeres con hijos cuya edad no supere los dos años, se concederá si les faltaren hasta seis meses para el cumplimiento de los dos tercios de la pena;
b) Haber observado, durante los tres últimos bimestres, una conducta sobresaliente, de acuerdo a lo dispuesto en la ley N° 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de observación de buena conducta, y
c) Suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
Ante la consulta formulada por el Diputado señor Burgos , acerca de las razones de la discriminación de género para la concesión del indulto, medida del todo novedosa ya que no se conocían precedentes, los representantes del Ejecutivo explicaron que la medida especial que se proponía en favor de las mujeres, obedecía a que las condiciones de reclusión de ellas son aún peores que las de los hombres, a lo que debía sumarse, además, el virtual abandono que sufren de parte de sus familias o de su entorno afectivo, por el hecho de recibir menos visitas, todo lo cual complica el proceso de rehabilitación y reinserción social. Agregaron que en el Centro de Detención Femenina de Santiago se encontraban alrededor de dos mil trescientas mujeres, en circunstancias que dicho recinto tenía capacidad sólo para trescientas personas, lo que permitía aquilatar las condiciones de hacinamiento extremo que debía soportar este segmento de condenados.
Por otra parte, en lo tocante a la justificación del compromiso a que se refería la letra c) de este artículo, recordaron que el indulto que se proponía tenía el carácter de conmutativo, por lo que si el indultado no cumplía dicho compromiso, debería cumplir efectivamente el tiempo que faltare de su pena anterior y la que correspondiere por la comisión del nuevo ilícito.
En cuanto al número de mujeres que favorecería esta disposición, señalaron que serían de ciento cuarenta y dos a doscientas, por cuanto la mayoría de ellas cumplía condenas por delitos sancionados por la ley N° 20.000, sobre tráfico ilícito de estupefacientes, los que se encontraban expresamente excluidos de estos beneficios.
Por último, en lo que se refería a las razones por las que el beneficio alcanzaba únicamente a las madres de niños menores de dos años y no a mayores de esa edad, como lo planteaban los Diputados señores Burgos y Ceroni , señalaron que ello no solamente obedecía a las condiciones de hacinamiento y a procurar que el niño tuviera un adecuado vínculo con su madre, sino que debido a disposiciones internas de Gendarmería que permite a las mujeres que cumplen condena, estar con sus hijos hasta que éstos cumplen esa edad.
Se presentaron dos indicaciones a este artículo:
1.- La primera de los Diputados señores Calderón , Eluchans y Cristián Monckeberg para suprimir en el inciso primero las expresiones “un indulto general, consistente en”, fundada en que la disposición más que indultar, lo que establecía era una conmutación de penas.
Se rechazó la indicación, en segunda votación, por mayoría de votos (4 votos a favor y 5 en contra).
2.- La segunda del Ejecutivo , para sustituir en el encabezamiento la oración “el cumplimiento de la misma pena en libertad” por la siguiente “la sujeción a la vigilancia de la autoridad en los términos del artículo 5°”.
Los representantes del Ejecutivo fundamentaron esta indicación señalando que ella tenía por objeto reforzar el control del condenado, obligándolo a mantener actualizados los datos de su residencia, lo que guardaría relación con la modificación que se propone para el artículo 5° (pasó a ser 4°).
Puesto en votación el artículo con la indicación, se lo aprobó por mayoría de votos. (7 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans , Rincón y Walker . En contra lo hizo el Diputado señor Squella . Se abstuvo el Diputado señor Cristián Monckeberg .
Reabierto posteriormente el debate, a propuesta de los representantes del Ejecutivo, se sustituyó, por razones de forma, en el párrafo segundo de la letra a), la frase “se considerará” por la siguiente: “se entenderá cumplido este requisito”.
Asimismo, a instancias de dichos representantes, se acordó refundir este artículo con el 2°, por cuanto este último se refiere a la misma materia y no hace otra cosa más que complementar lo expuesto en la letra a).
Finalmente, a instancias del Diputado señor Burgos y a fin de evitar el problema que significa la aplicación de la regla de conversión de las multas impagas por tiempo de privación de libertad, que obligaría a las indultadas que no las paguen a volver al centro de detención, la Comisión acordó incluir en el beneficio a las multas.
De acuerdo a lo anterior, este artículo quedó como sigue:
“Artículo 1°.- Concédese un indulto general, consistente en la conmutación del saldo de las penas privativas de libertad que les resta por cumplir, y, en su caso, de la multa, por la sujeción a la vigilancia de la autoridad en los términos del artículo 4°, a las mujeres que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se encuentren privadas de libertad en virtud de una condena por sentencia ejecutoriada y que satisfagan las siguientes condiciones copulativas:
a) Tener cumplidos dos tercios de la pena.
Tratándose de mujeres con hijos cuya edad no supere los dos años, se entenderá cumplido este requisito si les faltaren hasta seis meses para enterar los dos tercios de la pena;
Si la condenada hubiere obtenido, con anterioridad a la vigencia de esta ley, reducción de su condena por indulto particular u otra causa, el cómputo de los plazos previstos en esta letra se efectuará respecto de la pena ya reducida.
b) Haber observado, durante los tres últimos bimestres, una conducta sobresaliente, de acuerdo a lo dispuesto en la ley N° 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de observación de buena conducta, y
c) Suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.”.
Artículo 2°.- ( se refundió con el 1°)
Establece que si la condenada hubiere obtenido, con anterioridad a la vigencia de esta ley, reducción de su condena por indulto particular u otra causa, el cómputo de los plazos previstos en la letra a) del artículo anterior operará respecto de la pena ya reducida.
No se produjo debate, aprobándoselo en los mismos términos por mayoría de votos (8 votos a favor y 2 abstenciones) Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans , Harboe , Rincón y Walker . Se abstuvieron los Diputados señores Cristián Monckeberg y Squella .
Reabierto, posteriormente el debate, se procedió, a instancias de los representantes el Ejecutivo, por las razones ya señaladas, a refundir este artículo con el anterior.
Artículo 3°.- (pasó a ser 2°).
Concede un indulto general a los condenados por sentencia ejecutoriada que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren beneficiados con el permiso de salida controlada al medio libre.
Su inciso segundo añade que adicionalmente, para acceder a este indulto el condenado deberá suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
Los Diputados señores Calderón , Eluchans y Cristián Monckeberg presentaron una indicación para sustituir el inciso primero por el siguiente:
“Concédese, asimismo, la conmutación del saldo de las penas privativas de libertad que les resta por cumplir, a los condenados por sentencia ejecutoriada que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren beneficiados con el permiso de salida controlada al medio libre.”.
Los mismos señores Diputados presentaron una segunda indicación para reemplazar en el inciso segundo la expresión “este indulto” por “ esta conmutación de pena”.
Por estar relacionadas, ambas indicaciones se votaron conjuntamente, resultando rechazadas por mayoría de votos ( 3 votos a favor y 7 en contra). Votaron a favor los Diputados señores Cardemil , Eluchans y Cristián Monckeberg . En contra lo hicieron los Diputados señores Burgos , Ceroni , Díaz , Harboe , Rincón , Squella y Walker .
Puesto en votación el artículo, se lo aprobó por mayoría de votos ( 8 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans , Harboe , Rincón y Walker . En contra lo hizo el Diputado señor Squella . Se abstuvo el Diputado señor Cristián Monckeberg .
Acordado reabrir, a sugerencia de los representantes del Ejecutivo , el debate, se convino suprimir en el inciso primero, por innecesaria, la expresión “asimismo” e intercalar la frase “respecto de la pena privativa de libertad”, entre las palabras “general” y los términos “ a los condenados”, a fin de limitar el indulto sólo a esa pena, dejando fuera las accesorias, como consecuencia de lo acordado al tratar el artículo 6° original. Igualmente, se acordó suprimir en el inciso segundo la palabra “Adicionalmente”.
Por último, por las mismas razones ya señaladas respecto del artículo 1°, se acordó incluir en el indulto la pena de multa.
Conforme a lo anterior, este artículo quedó como sigue:
“Concédese respecto de la pena privativa de libertad y de la multa, un indulto general a los condenados por sentencia ejecutoriada que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren beneficiados con el permiso de salida controlada al medio libre.
Para acceder a este indulto el condenado deberá suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.”.
Artículo 4°.- (pasó a ser 3°).
Concede un indulto general a las personas que, por sentencia ejecutoriada, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren cumpliendo condena de reclusión nocturna en establecimientos de Gendarmería de Chile.
Su inciso segundo agrega que, en todo caso, para acceder a este indulto, los condenados deberán suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
Los Diputados señores Calderón , Eluchans y Cristián Monckeberg presentaron una indicación para sustituir el inciso primero por el siguiente:
“Concédese la conmutación del saldo de las penas privativas de libertad que les resta por cumplir, a los condenados por sentencia ejecutoriada que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren cumpliendo condena de reclusión nocturna en establecimientos de Gendarmería de Chile.”.
Los mismos señores Diputados presentaron una segunda indicación para reemplazar en el inciso segundo la expresión “este indulto” por “ esta conmutación de pena”.
Por estar relacionadas, ambas indicaciones se votaron en conjunto, siendo rechazadas por mayoría de votos ( 3 votos a favor y 7 en contra). Votaron a favor los Diputados señores Cardemil , Eluchans y Cristián Monckeberg . En contra lo hicieron los Diputados señores Burgos , Ceroni , Díaz , Harboe , Rincón , Squella y Walker .
Sometido a votación el artículo, se lo aprobó por mayoría de votos ( 8 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans , Harboe , Rincón y Walker . En contra lo hizo el Diputado señor Squella y se abstuvo el Diputado señor Cristián Monckeberg .
A instancias de los representantes del Ejecutivo, la Comisión acordó reabrir el debate, procediendo, por las razones ya señaladas respecto del artículo anterior, a intercalar en el inciso primero, entre la palabra “general” y las expresiones “ a las personas” los términos “respecto de la pena privativa de libertad” y a suprimir por redundantes las palabras “ en establecimientos de Gendarmería de Chile.”.
En el inciso segundo, se suprimieron las expresiones “En todo caso”.
Finalmente, por las mismas razones ya señaladas respecto de los dos artículos anteriores, se convino incluir en el indulto la pena de multa.
Artículo 5°.- (pasó a ser 4°).
Señala las condiciones a que quedarán sujetos los condenados a los que se les hubiere conmutado la pena en conformidad a los artículos 1°, 3° y 4°:
a) Someterse a un período de control y observación, mediante firmas mensuales, por el lapso correspondiente al doble del tiempo que les reste para el cumplimiento de su condena, con un máximo de tres años siguientes a la concesión del indulto conmutativo, ante el Patronato de Reos más cercano a su domicilio o, en su defecto, ante el establecimiento de Gendarmería de Chile más cercano al domicilio que registre el condenado. El lugar en que se realizará este control y observación deberá ser precisado por el Jefe de Control Penitenciario de Gendarmería de Chile , en la oportunidad señalada en el artículo 8°.
b) en caso de ser condenados por crimen o simple delito dentro del período señalado en el literal precedente, deberán cumplir de manera efectiva el saldo de pena que se les hubiere conmutado, sin perjuicio de la aplicación de la pena que corresponda por el nuevo crimen o simple delito.
El Ejecutivo presentó una indicación para sustituir este artículo por el siguiente:
“Los condenados a los que se les hubiere conmutado la pena en conformidad a los artículos 1°, 3° y 4°, quedarán sometidos a la sujeción a la vigilancia de la autoridad, consistente en fijar residencia en la oportunidad prevista en el artículo 9° de esta ley, y firmar una vez al mes por el lapso correspondiente al doble del tiempo que les reste para el cumplimiento de su condena, con un máximo de tres años siguientes a la concesión del indulto conmutativo, ante el Patronato de Reos más cercano a su domicilio o, en su defecto, ante el establecimiento de Gendarmería de Chile más cercano al domicilio que registre el condenado. El lugar en que se realizará este control y observación deberá ser precisado por el Jefe de Control Penitenciario de Gendarmería de Chile , en la oportunidad señalada en el artículo 9°.
El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar al cumplimiento efectivo del saldo de la pena conmutada.
En caso de ser condenados por crimen o simple delito dentro del período señalado en el inciso primero, deberán cumplir de manera efectiva el saldo de pena que se les hubiere conmutado, sin perjuicio de la aplicación de la pena que corresponda por el nuevo crimen o simple delito.
Para los efectos de esta ley, no será aplicable lo señalado en el artículo 45 del Código Penal.”.
Los representantes del Ejecutivo explicaron que esta propuesta buscaba reforzar las medidas de control sobre los indultados, exigiéndoles la fijación de un domicilio al momento de firmar la solicitud de indulto ante el alcaide o el Director Regional de Gendarmería , según el caso.
No se produjo mayor debate, aprobándose la indicación por mayoría de votos (7 votos a favor y 3 abstenciones). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans , Harboe y Walker . Se abstuvieron los Diputados señores Cristián Monckeberg , Rincón y Squella .
Reabierto posteriormente el debate a instancias de los representantes del Ejecutivo, se introdujeron en este artículo las siguientes modificaciones:
En el inciso primero, por razones de forma y de concordancia, se suprimieron las expresiones “a la sujeción” y se intercalaron entre las palabras “Jefe de” y “Control” los términos “la Sección”.
En el inciso tercero, se intercaló entre las palabras “delito” y “ dentro del período” el término “ cometido”, a fin de precisar que se trata de delitos perpetrados en el período señalado y no a los cometidos con anterioridad, pero respecto de los cuales la sentencia condenatoria se ha dictado en ese período .
Artículo nuevo.- (pasó a ser 5°).
El Ejecutivo presentó una indicación para intercalar el siguiente artículo:
“Concédese un indulto general, consistente en la conmutación del saldo de la o las penas privativas de libertad que le restan por cumplir, por la pena de extrañamiento especial en su país de origen, a los extranjeros que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se encuentren privados de libertad en virtud de una condena por sentencia ejecutoriada y que satisfagan las siguientes condiciones copulativas:
a) Que no hayan contado, al momento de cometer el delito por el cual se encuentran cumpliendo condena privativa de libertad, con el permiso de permanencia definitiva a que se refiere el artículo 41 del Decreto Ley N° 1.094.
b) Que tengan cumplida:
Un tercio de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad no superior a cinco años.
La mitad de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad superior a 5 años e igual o inferior a diez años.
Tres cuartas partes de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad superior a diez años.
c) Que suscriban un compromiso de no volver a ingresar al país en un período de 10 años contados desde su salida del territorio nacional.
El presente indulto no se aplicará a condenados a las penas de presidio perpetuo y presidio perpetuo calificado.
En caso que el condenado regresare al país dentro del plazo señalado en la letra c) precedente, deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad que se le hubiere conmutado.”
Los representantes del Ejecutivo explicaron los alcances de esta disposición, señalando que ella se aplicaba a los extranjeros que no tenían residencia legal en el país, de tal manera que los que si la tenían podían acogerse a las demás disposiciones aplicables a todos los chilenos.
Asimismo, señalaron que disposiciones similares a la que se proponía, se contemplaban en la legislación española y argentina, pero a diferencia de la primera, la propuesta no se traducía necesariamente en expulsión del condenado, por cuanto éste podría optar en acogerse o no al indulto.
En cuanto al número de personas que podría favorecer, señalaron que las condenadas a menos de cinco años y un día y con un tercio de la pena cumplida, oscilarían entre las 554 a 618 personas; las condenadas a más de cinco años y un día y con la mitad de la pena cumplida, serían alrededor de 682 personas, y las condenadas a más de diez años y un día y con las tres cuartas partes de la pena cumplida, estarían entre las 17 a 100 personas.
Señalaron, igualmente que previendo posibles implicancias internacionales, habían efectuado consultas en el Ministerio de Relaciones Exteriores donde se les había señalado que dicha propuesta no afectaba ninguna obligación internacional que pesara sobre el país.
Ante la consulta del Diputado señor Díaz acerca de las razones por las que no se incluiría en esta disposición a los extranjeros con residencia legal, siendo que la salida del país o la permanencia en él sería opcional, señalaron que no se había querido discriminar entre el residente legal y el nacional y por ello se les aplicaba la misma disposición.
Ante las dudas expresadas por los Diputados señores Burgos , Cristián Monckeberg y Squella acerca de los delitos que impedirían la concesión del indulto a los extranjeros, señalaron que las exclusiones indicadas en el artículo siguiente les eran plenamente aplicables, sin otra excepción que los crímenes y simples delitos relacionados con la Ley de Drogas.
Sobre la base de estas aclaraciones, el Diputado señor Squella sugirió precisar el texto del inciso segundo de este artículo, de tal manera que quede claro que el indulto no se aplicará a los extranjeros sancionados con presidio perpetuo o presidio perpetuo calificado, sin perjuicio de las exclusiones que señala el artículo siguiente, sobre lo cual no se pronunció la Comisión.
Por otra parte, por las mismas razones ya señaladas respecto de los artículos 1°, 2° y 3°, se acordó incluir en el indulto a las multas.
Cerrado el debate, se aprobó la indicación, conjuntamente con la propuesta del Ejecutivo , por mayoría de votos ( 8 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Calderón , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans , Cristián Monckeberg y Walker . En contra votó el Diputado señor Squella . Se abstuvieron los Diputados señores Harboe y Rincón.
Artículo 6°.- (se suprime).
Señala que respecto de los condenados por alguno de los delitos previstos y sancionados en el artículo 196 del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito, el indulto conmutativo que se concede no afectará el cumplimiento de las penas accesorias de multa, de cancelación y de suspensión de licencia para conducir vehículos motorizados, las que deberán ejecutarse siempre en los términos y plazos que fueron impuestos por la sentencia condenatoria respectiva.
Los Diputados señores Calderón , Eluchans y Cristián Monckeberg presentaron una indicación para sustituir la frase “ el indulto conmutativo” por lo siguiente “ la conmutación de la pena”.
El Diputado señor Calderón , explicando el sentido de la indicación, sostuvo que en este caso tenía efectos jurídicos aún más relevantes que en los demás casos, por cuanto el indulto extingue por completo la responsabilidad penal y, en consecuencia, al emplearse los términos “indulto conmutativo”, podría sostenerse por algún abogado que tales expresiones implicaban la extinción total de responsabilidad penal de su defendido. Por ello la expresión que correspondía utilizar era “conmutación de pena”, por cuanto la sanción que reemplazaba a la pena original, era también una pena restrictiva de derechos.
El Diputado señor Squella señaló que este artículo pretendía excluir del indulto a las penas accesorias de los delitos previstos en el artículo 196 de la Ley de Tránsito, por lo que siendo ésta una regla especial, quería saber qué pasaba con las penas accesorias aplicables a los otros delitos que se indultaban.
Ante la respuesta de los representantes del Ejecutivo en el sentido de que la conmutación de penas solamente se restringía a las penas privativas de libertad, de tal manera que las accesorias subsistían, cuestión que en este artículo se había querido destacar especialmente, el que tendría un carácter excepcional, planteó que si tal era la interpretación correcta de esta disposición, simplemente no divisaba cuál sería su justificación.
Al respecto se hizo presente que, si de acuerdo con la explicación de los representantes del Ejecutivo , el indulto solamente conmutaba las penas privativas de libertad y dejaba subsistentes las accesorias no sólo para las aplicables a los delitos sancionados en el artículo 196, sino que a todos los susceptibles de indulto de que trataba esta iniciativa, tal explicación sería correcta solamente para los casos contemplados en el artículo 1°, en que expresamente se señala que la conmutación afecta al saldo de las penas privativas de libertad que resta por cumplir, es decir, sólo se referiría al caso de las mujeres que se encuentran en la situación que señala ese artículo, pero no a los otros casos de indulto contemplados en los artículos 3° y 4° del texto original.
Como consecuencia de este debate, se acordó modificar la redacción de los artículos 2° y 3° (3° y 4° originales), con el objeto de precisar que el indulto comprendía únicamente la pena privativa de libertad.
Posteriormente, a consecuencia de la reapertura del debate acerca de los artículos 1°, 2° y 3° (1°,3° y 4° ), se acordó incluir también en el indulto, la pena de multa.
Cerrado el debate, y a sugerencia de los mismos representantes del Ejecutivo, se procedió a rechazar este artículo, por unanimidad, con los votos de los Diputados señores Burgos , Calderón , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans , Letelier , Squella y Walker .
Artículo 7°.- (pasó a ser 6°).
Se refiere a los delitos excluidos del indulto, señalando que no procederán los indultos contemplados en esta ley respecto de los condenados por los delitos consumados previstos en los artículos 141 incisos tercero, cuarto y quinto (secuestro);142 (sustracción de menores); 361 (violación propia) ; 372 bis (violación con homicidio); 390 (parricidio) (femicidio); y 391 número 1 (homicidio calificado); en los Párrafos 5, 6, 7 y 8 del Título VII del Libro II (violación, estupro, ultrajes públicos a las buenas costumbres), cuando las víctimas fueren menores de edad; en el Párrafo 5 bis del Título VIII del Libro II (tráfico ilícito de migrantes y trata de personas), y en los artículos 433 (robo con violencia o intimidación calificado); 436 ( robo con violencia o intimidación simple) y 440 (robo con fuerza en las cosas en lugar habitado), ni respecto de los condenados por crímenes o simples de delitos tipificados en la ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, y en la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
Su inciso segundo agrega que tampoco procederán estos indultos respecto de los condenados por los delitos contemplados en la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.
El Diputado señor Squella hizo presente que existían importantes delitos que este artículo no excluía del indulto, tales como los contra la seguridad exterior e interior del Estado, contra la fe pública, falsificaciones, atentados contra fiscales, obstrucción a la investigación, asociaciones ilícitas y otros, como también que no veía la razón para que se excluyera del indulto a los delitos mencionados únicamente en calidad de consumados, dejando fuera aquellos que se encontraran en calidad de frustrados.
Por último, creía necesario que se precisara en la norma que la improcedencia del indulto comprendía en los delitos excluidos a todos los grados de participación.
Los representantes del Ejecutivo señalaron que al emplear la palabra “condenados”, sin hacer distinción alguna, se entendían comprendidos todos aquellos que lo estuvieran cualquiera fuera su grado de participación.
Al respecto, se presentaron las siguientes indicaciones a este artículo:
1.- la de los Diputados señores Calderón , Eluchans y Cristián Monckeberg para reemplazar en el primer inciso la frase “los indultos” por “las conmutaciones de pena, y
2.- la de los mismos señores Diputados para sustituir en el inciso segundo la frase “estos indultos” por “estas conmutaciones de pena”.
Ambas indicaciones, que persiguen un mismo objetivo, fueron votadas conjuntamente, siendo rechazadas por mayoría de votos ( 3 votos a favor y 5 en contra). Votaron a favor los Diputados señores Calderón , Eluchans y Squella . En contra lo hicieron los Diputados señores Burgos , Díaz , Harboe , Rincón y Walker .
3.- Los Diputados señores Calderón , Eluchans y Cristián Monckeberg presentaron una tercera indicación para intercalar en el inciso primero, entre las expresiones “391 N° 1°” y la frase “del Código Penal”, los términos “y 2°”.
El Diputado señor Calderón señaló que esta indicación tenía por objeto excluir del indulto al delito de homicidio simple, propuesta que sustentaron los Diputados señores Díaz y Harboe , señalando no percibir las razones para no excluirlo.
Los representantes del Ejecutivo explicaron que para no excluir el homicidio simple del indulto, se había tenido en consideración que, a diferencia de otros delitos, en éste podían concurrir circunstancias muy particulares, como la existencia de atenuantes, citando al efecto el caso de mujeres agredidas que reaccionan frente a los ataques, pero que en el juicio correspondiente no logran acreditar la concurrencia de los requisitos de la legítima defensa. No se trataba, por tanto, de desconocer el valor del bien jurídico protegido sino únicamente tener en cuenta que no siempre tal delito conlleva un alto nivel de peligrosidad en quien lo comete.
Citando, luego, datos estadísticos, señalaron que los condenados por este delito que po-drían acogerse al indulto, siempre que no se lo excluyera, serían, en total 110 personas, distribuidos en 4 mujeres, 37 cumpliendo bajo la modalidad de la reclusión nocturna; 73 con permiso de salida controlada al medio libre y 2 extranjeros.
Cerrado el debate, se aprobó la indicación por mayoría de votos ( 6 votos a favor y 2 en contra). Votaron a favor los Diputados señores Calderón , Díaz , Eluchans , Harboe , Squella y Walker . En contra lo hicieron los Diputados señores Burgos y Rincón.
4.- Los Diputados señores Burgos , Díaz y Schilling presentaron una indicación para intercalar en el inciso primero, entre las palabras “sicotrópicas,” y los términos “y en la ley N° 19.913”, la oración “salvo aquellos tipificados en el artículo 4° de la indicada ley”.
El Diputado señor Burgos explicó que esta indicación pretendía incorporar una contraexcepción a los delitos excluidos, de tal manera que el microtráfico de drogas pudiera ser objeto del indulto.
Estimó que acoger esta indicación sería útil para la consecución de los fines señalados al fundamentar esta iniciativa. En efecto, con ella se buscaba evitar los altos grados de hacinamiento en los establecimientos penitenciarios, especialmente notables en la cárcel de mujeres de Santiago, al extremo que en la etapa prelegislativa que dio origen a este proyecto, se había contemplado hacer extensivo el indulto a estos delitos. A ello se agrega lo ya afirmado, en el sentido de que la cantidad de mujeres favorecidas por el indulto serían pocas en razón, precisamente, de no alcanzar el indulto al microtráfico.
Los representantes del Ejecutivo se mostraron contrarios a esta proposición, por cuanto de acuerdo a análisis efectuados, se había concluido que quienes se dedican al microtráfico, lo hacían intencionadamente sólo para evitar las consecuencias más graves que podría generarles incurrir en figuras penales con mayor sanción. Por lo demás, no consideraban que se tratara de un delito de menor entidad, por cuanto si no se lo sancionara con severidad no sería posible terminar con las redes que operan en el país. Asimismo, de otorgar el indulto a quienes incurren en esta figura, sin precisar si se extiende o no a los reincidentes, creían sería ampliar demasiado el espectro de personas que podrían acogerse a este beneficio.
En cuanto a datos estadísticos acerca del número de personas que podrían beneficiarse en caso de no excluir este delito del indulto, señalaron que serían 346 mujeres; 591 personas con salidas controladas y 4221 cumpliendo bajo la modalidad de reclusión nocturna, cifra esta última sobre la cual no tenían certeza. A la vez, quienes tendrían la calidad de reincidentes serían 21 mujeres y 37 personas con permiso de salida controlada.
El Diputado señor Burgos recordó que en la etapa prelegislativa de este proyecto, se había anunciado que con él se beneficiaría a cerca de diez mil personas, cifra bastante superior a la que se desprende del texto que se propone, por lo que no le causaba extrañeza la cantidad de personas que de acuerdo a los datos aportados respecto del microtráfico, podrían beneficiarse con el indulto.
Por último, los representantes del Ejecutivo sostuvieron que ampliar el número de personas penadas por microtráfico que podrían acceder al indulto, en cinco mil, era una cifra que no se había considerado, sin perjuicio, además, que ello podría constituir una señal errada que podría implicar la consolidación de una práctica existente, como es el microtráfico, porque, como ya se ha dicho, quienes lo practican, se limitan a él sólo para no arriesgar mayores sanciones.
Cerrado finalmente el debate, se rechazó la indicación, en tercera votación, por mayoría de votos (4 votos a favor y 5 en contra). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Ceroni , Díaz y Walker . En contra lo hicieron los Diputados señores Calderón , Cardemil , Eluchans , Letelier y Squella .
5.- El Ejecutivo presentó una indicación para intercalar el siguiente inciso segundo:
“Salvo el caso contemplado en el artículo 6° de esta ley, no procederán los indultos respecto de los condenados por crímenes o simples delitos tipificados en la ley N° 20.000, en la ley N° 19.366 y en la ley N° 18.403, que sancionan el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.”.
Respecto de esta indicación, se hizo presente que ella tenía por objeto excepcionar de la exclusión del indulto, a los extranjeros condenados por crímenes o simples delitos sancionados por la Ley de Drogas, ya que de acuerdo a la regla general establecida en este mismo artículo, tales delitos no serían susceptibles de dicho beneficio.
Asimismo, se señaló que, de acuerdo a la redacción dada a esta excepción, no tenía sentido mantener en el inciso primero la alusión que se hacía a la citada Ley de Drogas.
El Diputado señor Burgos destacó que esta propuesta establecía un privilegio a favor de los extranjeros del que no gozarían los nacionales, sin perjuicio, además, de que la excepción no sólo se limitaba al microtráfico sino que a todo delito sancionado por la Ley de Drogas.
Cerrado el debate, se aprobó la indicación, conjuntamente con la supresión propuesta, por mayoría de votos. (7 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención). Votaron a favor los Diputados señores Burgos , Calderón , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans y Letelier . En contra lo hizo el Diputado señor Squella . Se abstuvo el Diputado señor Walker .
De acuerdo a lo anterior, este artículo quedó como sigue:
“No procederán los indultos contemplados en esta ley respecto de los condenados por los delitos consumados previstos en los artículos 141 incisos tercero, cuarto y quinto; 142; 361; 372 bis; 390 y 391 números 1° y 2° del Código Penal; en los Párrafos 5, 6, 7 y 8 del Título VII del Libro II, cuando las víctimas fueren menores de edad; en el Párrafo 5 bis del Título VIII del Libro II, y en los artículos 433, 436 y 440 del mismo Código, ni respecto de los condenados por crímenes o simples delitos tipificados en la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
Salvo el caso contemplado en el artículo 5° de esta ley, no procederán los indultos respecto de los condenados por crímenes o simples delitos tipificados en la ley N° 20.000, en la ley N° 19.366 y en la ley N° 18.403, que sancionan el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
Tampoco procederán estos indultos respecto de los condenados por los delitos contemplados en la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.”.
Artículo 8°.- (pasó a ser 7°).
Establece que corresponderá al Jefe de la Sección Control Penitenciario verificar la procedencia de los indultos que establece esta ley, previa constatación de los requisitos pertinentes en cada caso. Para tal efecto, cada interesado deberá firmar ante el alcaide del establecimiento en que esté cumpliendo su condena o ante el Director Regional de Gendarmería de Chile, según se tratare de una pena privativa o restrictiva de libertad, la respectiva solicitud, la que irá acompañada del compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
La procedencia del indulto respectivo deberá ser comunicada por Gendarmería de Chile al Tribunal de Ejecución que corresponda, dentro del plazo de cinco días.
Ante la observación que se hiciera en el sentido de que en nuestra legislación no existía el Tribunal de Ejecución, los representantes del Ejecutivo coincidieron en ello, pero como tales expresiones solamente tenían por objeto agrupar la regla de ejecución de los tribunales del nuevo proceso penal con los del antiguo sistema, sugirieron sustituir tales expresiones por las siguientes: “tribunal encargado de la ejecución de penas”.
Igualmente, señalaron que la firma de la solicitud de indulto, a menos que se considerara al Director Regional como ministro de fe, parecía lógico que se efectuara ante la Dirección Regional, cuestión que fue acogida por la Comisión..
No se produjo mayor debate, aprobándose el artículo con las enmiendas señaladas, por unanimidad. Participaron en la votación los Diputados señores Burgos , Calderón , Cardemil , Ceroni , Díaz , Eluchans , Letelier , Squella y Walker .
VII. ADICIONES O ENMIENDAS INTRODUCIDAS POR LA COMISIÓN AL TEXTO PROPUESTO POR EL SENADO.
1ª. En el artículo 1°:
a) Ha sustituido en el encabezamiento los términos “por el cumplimiento de la misma pena en libertad” por lo siguiente: “y, en su caso, de la multa, por la sujeción a la vigilancia de la autoridad en los términos del artículo 4°”, y ha intercalado entre las expresiones “y” y “satisfagan”, la conjunción “que”.
b) en el párrafo segundo de la letra a), ha sustituido la expresión “se concederá” por “se entenderá cumplido este requisito” y la expresión “el cumplimiento de” por “enterar”.
c) ha agregado como párrafo tercero de la misma letra a) el actual artículo 2°, sin más cambios que las de referencia, sustituyendo las expresiones “en la letra a) del artículo anterior” por las siguientes “en esta letra”.
2ª. En el artículo 3°, que ha pasado a ser 2°:
a)Ha sustituido la oración inicial del inciso primero” Concédese, asimismo, un indulto general a los condenados por sentencia ejecutoriada que” por la siguiente. “Concédese respecto de la pena privativa de libertad y de la multa, un indulto general a los condenados por sentencia ejecutoriada que “.
b) Ha suprimido la palabra “Adicionalmente”, inicial del inciso segundo.
3ª. En el artículo 4°, que ha pasado a ser 3°:
a) Ha sustituido el inciso primero por el siguiente: “Concédese un indulto general respecto de la pena privativa de libertad y de la multa, a las personas que, por sentencia ejecutoriada, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren cumpliendo condena de reclusión nocturna.”.
b) Ha suprimido en el inciso segundo las expresiones iniciales “En todo caso”.
4ª. Ha sustituido el artículo 5°, que ha pasado a ser 4°, por el siguiente:
“Los condenados a los que se les hubiere conmutado la pena en conformidad a los artículos 1°, 2° y 3°, quedarán sometidos a la vigilancia de la autoridad, consistente en fijar residencia en la oportunidad prevista en el artículo 7° de esta ley, y firmar una vez al mes por el lapso correspondiente al doble del tiempo que les reste para el cumplimiento de su condena, con un máximo de tres años siguientes a la concesión del indulto conmutativo, ante el Patronato de Reos más cercano a su domicilio o, en su defecto, ante el establecimiento de Gendarmería de Chile más cercano al domicilio que registre el condenado. El lugar en que se realizará este control y observación deberá ser precisado por el Jefe de la Sección Control Penitenciario de Gendarmería de Chile, en la oportunidad señalada en el artículo 7°.
El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar al cumplimiento efectivo del saldo de la pena conmutada.
En caso de ser condenados por crimen o simple delito cometido dentro del período señalado en el inciso primero, deberán cumplir de manera efectiva el saldo de pena que se les hubiere conmutado, sin perjuicio de la aplicación de la pena que corresponda por el nuevo crimen o simple delito.
Para los efectos de esta ley, no será aplicable lo señalado en el artículo 45 del Código Penal.
5ª. Ha intercalado el siguiente nuevo artículo, el que ha pasado a ser 5°:
“Concédese un indulto general, consistente en la conmutación del saldo de la o las penas privativas de libertad que les restan por cumplir y las multas, por la pena de extrañamiento especial en su país de origen, a los extranjeros que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se encuentren privados de libertad en virtud de una condena por sentencia ejecutoriada y que satisfagan las siguientes condiciones copulativas:
a) Que no hayan contado, al momento de cometer el delito por el cual se encuentran cumpliendo condena privativa de libertad, con el permiso de permanencia definitiva a que se refiere el artículo 41 del decreto ley N° 1.094.
b) Que tengan cumplida:
Un tercio de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad no superior a cinco años.
La mitad de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad superior a cinco años e igual o inferior a diez años.
Tres cuartas partes de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad superior a diez años.
c) Que suscriban un compromiso de no volver a ingresar al país en un período de diez años contados desde su salida del territorio nacional.
El presente indulto no se aplicará a condenados a la pena de presidio perpetuo y presidio perpetuo calificado.
En caso que el condenado regresare al país dentro del plazo señalado en la letra c) precedente, deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad que se le hubiere conmutado.
6ª. Ha suprimido el artículo 6°.
7ª. En el artículo 7°, que ha pasado a ser 6°:
a) En el inciso primero ha sustituido las expresiones “391 número 1°” por “391 números 1° y 2°” y ha suprimido la frase “en la ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, y”.
b) Ha intercalado el siguiente inciso segundo:
“Salvo el caso contemplado en el artículo 5° de esta ley, no procederán los indultos respecto de los condenados por crímenes o simples delitos tipificados en la ley N° 20.000, en la ley N° 19.366 y en la ley N° 18.403, que sancionan el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.”.
8ª. En el artículo 8°, que ha pasado a ser 7°:
a) En el inciso primero ha sustituido el término “Director” por “Dirección”.
b) En el inciso segundo ha sustituido las expresiones “Tribunal de Ejecución” por “tribunal encargado de la ejecución de penas”.
-o-
Por las razones señaladas y por las que indicará oportunamente el señor Diputado Informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°.- Concédese un indulto general, consistente en la conmutación del saldo de las penas privativas de libertad que les resta por cumplir y, en su caso, de la multa, por la sujeción a la vigilancia de la autoridad en los términos del artículo 4°, a las mujeres que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se encuentren privadas de libertad en virtud de una condena por sentencia ejecutoriada y que satisfagan las siguientes condiciones copulativas:
a) Tener cumplidos dos tercios de la pena.
Tratándose de mujeres con hijos cuya edad no supere los dos años, se entenderá cumplido este requisito si les faltaren hasta seis meses para enterar los dos tercios de la pena;
Si la condenada hubiere obtenido, con anterioridad a la vigencia de esta ley, reducción de su condena por indulto particular u otra causa, el cómputo de los plazos previstos en esta letra se efectuará respecto de la pena ya reducida.
b) Haber observado, durante los tres últimos bimestres, una conducta sobresaliente, de acuerdo a lo dispuesto en la ley N° 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de observación de buena conducta, y
c) Suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
Artículo 2°.- Concédese respecto de la pena privativa de libertad y de la multa, un indulto general a los condenados por sentencia ejecutoriada que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren beneficiados con el permiso de salida controlada al medio libre.
Para acceder a este indulto el condenado deberá suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
Artículo 3°.- Concédese un indulto general respecto de la pena privativa de libertad y de la multa, a las personas que, por sentencia ejecutoriada, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, estuvieren cumpliendo condena de reclusión nocturna.
Para acceder a este indulto, los condenados deberán suscribir un compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
Artículo 4°.- Los condenados a los que se les hubiere conmutado la pena en conformidad a los artículos 1°, 2° y 3°, quedarán sometidos a la vigilancia de la autoridad, consistente en fijar residencia en la oportunidad prevista en el artículo 7° de esta ley, y firmar una vez al mes por el lapso correspondiente al doble del tiempo que les reste para el cumplimiento de su condena, con un máximo de tres años siguientes a la concesión del indulto conmutativo, ante el Patronato de Reos más cercano a su domicilio o, en su defecto, ante el establecimiento de Gendarmería de Chile más cercano al domicilio que registre el condenado. El lugar en que se realizará este control y observación deberá ser precisado por el Jefe de la Sección Control Penitenciario de Gendarmería de Chile, en la oportunidad señalada en el artículo 7°.
El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar al cumplimiento efectivo del saldo de la pena conmutada.
En caso de ser condenados por crimen o simple delito cometido dentro del período señalado en el inciso primero, deberán cumplir de manera efectiva el saldo de pena que se les hubiere conmutado, sin perjuicio de la aplicación de la pena que corresponda por el nuevo crimen o simple delito.
Para los efectos de esta ley, no será aplicable lo señalado en el artículo 45 del Código Penal.
Artículo 5°.- Concédese un indulto general, consistente en la conmutación del saldo de la o las penas privativas de libertad que les restan por cumplir y las multas, por la pena de extrañamiento especial en su país de origen, a los extranjeros que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se encuentren privados de libertad en virtud de una condena por sentencia ejecutoriada y que satisfagan las siguientes condiciones copulativas:
a) Que no hayan contado, al momento de cometer el delito por el cual se encuentran cumpliendo condena privativa de libertad, con el permiso de permanencia definitiva a que se refiere el artículo 41 del decreto ley N° 1.094.
b) Que tengan cumplida:
Un tercio de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad no superior a cinco años.
La mitad de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad superior a cinco años e inferior o igual a diez años.
Tres cuartas partes de la pena, si se tratare de una pena privativa de libertad superior a diez años.
c) Que suscriban un compromiso de no volver a ingresar al país en un período de diez años contados desde su salida del territorio nacional.
El presente indulto no se aplicará a condenados a la pena de presidio perpetuo y presidio perpetuo calificado.
En caso que el condenado regresare al país dentro del plazo señalado en la letra c) precedente, deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad que se le hubiere conmutado.
Artículo 6°.- No procederán los indultos contemplados en esta ley respecto de los condenados por los delitos consumados previstos en los artículos 141 incisos tercero, cuarto y quinto; 142; 361; 372 bis; 390 y 391 números 1° y 2° del Código Penal; en los Párrafos 5, 6, 7 y 8 del Título VII del Libro II, cuando las víctimas fueren menores de edad; en el Párrafo 5 bis del Título VIII del Libro II, y en los artículos 433, 436 y 440 del mismo Código, ni respecto de los condenados por crímenes o simples delitos tipificados en la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
Salvo el caso contemplado en el artículo 5° de esta ley, no procederán los indultos respecto de los condenados por crímenes o simples delitos tipificados en la ley N° 20.000, en la ley N° 19.366 y en la ley N° 18.403, que sancionan el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
Tampoco procederán estos indultos respecto de los condenados por los delitos contemplados en la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.
Artículo 7°.- Corresponderá al Jefe de la Sección Control Penitenciario verificar la procedencia de los indultos que establece esta ley, previa constatación de los requisitos pertinentes en cada caso. Para tal efecto, cada interesado deberá firmar ante el alcaide del establecimiento en que esté cumpliendo su condena o ante la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, según se tratare de una pena privativa o restrictiva de libertad, la respectiva solicitud, la que irá acompañada del compromiso de no volver a cometer un crimen o simple delito.
La procedencia del indulto respectivo deberá ser comunicada por Gendarmería de Chile al tribunal encargado de la ejecución de penas que corresponda, dentro del plazo de cinco días.
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Sala de la Comisión, a 12 de septiembre de 2011.
Acordado en sesiones de fechas 10, 11, 17 y 29 de agosto y 8 y 12 de septiembre del año en curso, con la asistencia de los Diputados señor Alberto Cardemil Herrera ( Presidente ), señora Marisol Turres Figueroa y señores Jorge Burgos Varela , Giovanni Calderón Bassi , Guillermo Ceroni Fuentes , Marcelo Díaz Díaz , Edmundo Eluchans Urenda , Felipe Harboe Bascuñán , Cristián Monckeberg Bruner , Ricardo Rincón González y Arturo Squella Ovalle .
En reemplazo del Diputado señor Aldo Cornejo González asistió el Diputado señor Matías Walker Prieto y de la Diputada señora Marisol Turres Figueroa asistió el Diputado señor Cristián Letelier Aguilar .
Asistió también a las sesiones el Diputado señor Marcelo Schilling Rodríguez .
(Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO , Abogado Secretario de la Comisión .”
13. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el Proyecto de Ley que elimina el estado civil de separado judicialmente. (boletín N° 7870-07)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción del Diputado señor Ricardo Rincón González y copatrocinado por los Diputados señores Jorge Burgos Varela , Alberto Cardemil Herrera , Eduardo Cerda García , Marcelo Díaz Díaz , Edmundo Eluchans Urenda , Felipe Harboe Bascuñán , Cristián Monckeberg Bruner , Gabriel Silber Romo y Arturo Squella Ovalle .
Dada la sencillez de la iniciativa, la Comisión acordó prescindir del trámite de las audiencias públicas a que se refiere el inciso segundo del artículo 211 del Reglamento de la Corporación.
I. IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.
La idea central del proyecto tiene por objeto suprimir el estado civil de separado judicialmente.
Para los efectos anteriores, modifica el artículo 305 del Código Civil, introduciendo la correspondiente corrección.
Tal idea, la que el proyecto concreta mediante un artículo único, es propia de ley al tenor de lo establecido en el artículo 63 números 2) y 3) de la Carta Política.
II. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
Para los efectos de lo establecido en los números 2°, 4°, 5° y 7° del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1.- Que ninguna de las disposiciones del proyecto requiere de un quórum especial de aprobación.
2.- Que el proyecto no contiene disposiciones que sean de la competencia de la Comisión de Hacienda.
3.- Que se aprobó la idea de legislar por unanimidad. Participaron en la votación los Diputados señores Burgos , Calderón , Cardemil , Díaz , Eluchans , Rincón y Squella .
4.- Que no hubo artículos o indicaciones rechazados.
III. DIPUTADO INFORMANTE.
Se designó Diputado Informante al señor Ricardo Rincón González .
IV. ANTECEDENTES.
1.- Los fundamentos de la moción explican que las personas pueden ser naturales o jurídicas y que la condición de persona lleva aparejada una serie de atributos, propios de la personalidad, que pueden definirse como aquellos “elementos necesarios vinculados a toda persona e indispensables para el desenvolvimiento de ella como sujeto de derechos.”. De acuerdo a don Arturo Alessandri Rodríguez estos atributos son el nombre, el domicilio, la capacidad de goce, el estado civil, la nacionalidad y el patrimonio, siendo el cuarto de los nombrados privativo de las personas naturales.
El artículo 304 del Código Civil define al estado civil como “ la calidad de un individuo en cuanto lo habilita para ejercer ciertos derecho o contraer ciertas obligaciones civiles”, y, por su parte, el tratadista don Manuel Somarriva Undurraga lo explica como “ el lugar permanente de una persona dentro de la sociedad que depende principalmente de sus relaciones de familia y que la habilita para ejercitar ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones.”.
Sobre la base de estas definiciones, se señala que el estado civil, como atributo de la personalidad, se caracteriza por ser uno e indivisible y por ser permanente, es decir, no se pierde mientras no se adquiera otro.
El artículo 305 del Código Civil señala las formas o medios para acreditar el estado civil, indicando que el de casado, separado judicialmente, divorciado o viudo y de padre, madre o hijo se acreditará frente a terceros y se probará por las respectivas partidas de matrimonio, de muerte y de nacimiento o bautismo.
Al respecto, los autores de la moción recuerdan que el estado civil de separado judicialmente fue introducido en el Código por la ley N° 19.947, que establece la nueva Ley de Matrimonio Civil, agregando que dicho estado civil sería un efecto de la separación judicial de los cónyuges, la que implica la cesación de los deberes de fidelidad y cohabitación entre ellos, pero manteniendo todos los demás derechos y obligaciones propios del estado de casados, salvo aquellos que sean incompatibles con la vida de separados. Como consecuencia de lo anterior, el estado de separado judicialmente no habilita para contraer matrimonio con otra persona porque el estado matrimonial se mantiene.
De aquí, entonces, que se concluya que quien detenta el estado civil de separado judicialmente, mantiene, asimismo, el estado de casado, lo que está en contradicción con la característica única e indivisible de todo estado civil en la medida que nazca de un mismo hecho.
Por lo anterior sostienen que proviniendo los estados de separado judicialmente y de casado de un hecho voluntario vinculado al matrimonio, la existencia del primero atentaría contra la naturaleza y características propias del estado civil como atributo de la personalidad. En otras palabras, el estado civil de separado judicialmente, supondría la existencia de un estado previo como es el de casado, lo que sería contrario a derecho y justificaría su supresión.
2.- El artículo 305 del Código Civil dispone en su inciso primero que el estado civil de casado, separado judicialmente, divorciado, o viudo, y de padre, madre o hijo, se acreditará frente a terceros y se probará por las respectivas partidas de matrimonio, de muerte, y de nacimiento o bautismo.
Su inciso segundo agrega que el estado civil de padre, madre o hijo se acreditará o probará también por la correspondiente inscripción o subinscripción del acto de reconocimiento o del fallo judicial que determina la filiación.
Su inciso tercero añade que la edad y la muerte podrán acreditarse o probarse por las respectivas partidas de nacimiento o bautismo, y de muerte.
V. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
El proyecto en análisis fue incluido en la tabla de Fácil Despacho, razón por la que se lo trató en general y en particular a la vez.
El Diputado señor Rincón señaló que esta Comisión había debatido tiempo atrás, conociendo un proyecto de ley elaborado por la Comisión de Familia sobre la base de varios textos refundidos que modificaban las normas sobre el matrimonio, contenidas en la Ley de Matrimonio Civil, en la Ley de Registro Civil y en los Códigos Civil, Penal y Tributario, actualmente pendiente en el Senado, esta misma materia. En esa ocasión, se había aprobado la propuesta de la Comisión de Familia en el sentido de suprimir en el inciso primero del artículo 305 del Código Civil, el estado civil de “separado judicialmente”, por cuanto se trataba de una concepción errónea introducida por la ley N° 19.947 al legislar sobre el divorcio vincular, puesto que la condición de separado judicialmente presupone la preexistencia del estado civil de casado. En consecuencia, la persona sólo puede tener a este respecto el estado civil de casado o de soltero.
Agregó el parlamentario que dada la gran cantidad de modificaciones que el proyecto citado introducía en diversos cuerpos legales, lo más seguro sería que el debate se prolongaría por largo tiempo, razón que lo llevaba a presentar esta iniciativa que, dada su obviedad, sería de fácil despacho.
Planteó, asimismo, a sugerencia del Diputado señor Squella , modificar también en el mismo sentido el artículo 6° transitorio de la ley N° 19.947, disposición incluida, igualmente, en las modificaciones propuestas por el proyecto pendiente en el Senado, el que señalaba que las personas que con anterioridad a la vigencia de dicha ley se hubieran divorciado temporal o perpetuamente, por sentencia ejecutoriada, “tendrán el estado civil de separados, y se regirán por lo dispuesto en ella para los separados judicialmente, respecto del ejercicio de derechos y demás efectos anexos que tengan lugar después de su entrada en vigencia.”.
Cerrado el debate, la Comisión acogió por unanimidad la idea de legislar, conjuntamente con el texto propuesto y la modificación al artículo 6° sugerida por los Diputados señores Rincón y Squella . Participaron en la votación los Diputados señores Burgos , Calderón , Cardemil , Díaz , Eluchans , Rincón y Squella .
-o-
Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor Diputado Informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°.- Elimínase, en el artículo 305 del Código Civil, contenido en el decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Justicia, de 2000, la expresión “ separado judicialmente,”.
Artículo 2°.- Suprímese, en el artículo 6° transitorio de la ley N° 19.947, que establece la nueva Ley de Matrimonio Civil, la oración “tendrán el estado civil de separados, y”.
-o-
Sala de la Comisión, a 14 de septiembre de 2011.
Acordado en sesión de igual fecha con la asistencia de los Diputados señor Alberto Cardemil Herrera ( Presidente ) y señores Jorge Burgos Varela , Giovanni Calderón Bassi , Marcelo Díaz Díaz , Edmundo Eluchans Urenda , Felipe Harboe Bascuñán , Cristián Monckeberg Bruner , Ricardo Rincón González y Arturo Squella Ovalle .
(Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO , Abogado Secretario de la Comisión .”
14. Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que regula la instalación de antenas emisoras y trasmisoras de servicios de telecomunicaciones. (boletín Nº 4991-15-3).
“Honorable Cámara:
La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones pasa a informaros sobre el proyecto de ley, iniciado en un mensaje de S.E. el Presidente de la República , en tercer trámite constitucional, con urgencia calificada de “suma”.
El objetivo que persigue esta iniciativa, es regular la instalación de antenas de telecomunicaciones, para hacer frente al impacto urbanístico y a los eventuales riesgos para la salud, asociados a sus emisiones radioeléctricas.
Para el estudio de este tercer trámite constitucional, la Comisión contó con la colaboración del Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, señor Pedro Pablo Errázuriz Domínguez ; el Subsecretario de Telecomunicaciones , señor Jorge Atton Palma , de la Jefa de Gabinete del subsecretario, señora Daniela González y del Subsecretario (S) señor Roberto Von Bennewitz Álvarez .
-o-
La Cámara de Diputados aprobó en su primer trámite constitucional, el proyecto de ley en referencia y lo comunicó al H. Senado, en su calidad de cámara revisora, mediante oficio N° 8.752, de fecha 19 de mayo de 2010.
Por su parte el Senado de la República, aprobó en segundo trámite constitucional, el mencionado proyecto, introduciéndole una serie de modificaciones al texto aprobado por la Cámara de Diputados, lo que comunicó a esta Corporación mediante el oficio N° 1.155, de fecha 31 de agosto de 2011.
Recibido el proyecto de ley por esta Cámara, en tercer trámite constitucional, la H. Sala acordó remitirlo a esta Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, en virtud de lo dispuesto por el artículo 119 del Reglamento de la Corporación, mediante el oficio N°9.687, de fecha 1° de septiembre de 2011, para que efectúe un estudio de las modificaciones introducidas por el H. Senado.
Por su parte, vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, a objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el citado artículo del Reglamento, acordó darle el siguiente tratamiento:
Recomendar a la H. Sala la aprobación o el rechazo de las siguientes enmiendas introducidas por el Senado.
-En el artículo 1°, aprobado por el Senado, se modifica la Ley General de Urbanismo y Construcción. (Se reemplazan los artículos 1°, 2° y 3° aprobados por la Cámara de Diputados).
Además, mediante este artículo se incorporan los siguientes artículos a la Ley General de Urbanismo y Construcción, a saber:
Artículo 116 bis E. La Comisión después de un breve debate, consideró importante incluir este artículo por el que se plantean normas generales aplicables a las torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones, las cuales podrán instalarse en áreas urbanas y rurales. Además se entenderá que las torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones, corresponden al conjunto específico de elementos soportantes de una antena y sistema radiante de transmisión de telecomunicaciones. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, aprobar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 116 bis F. La Comisión efectuó un debate respecto de esta norma que incorporó el Senado, que señala que toda torre soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones de más de doce metros de altura, incluidos en ello sus antenas y sistemas radiantes, debe requerir un permiso de instalación de la Dirección de Obras Municipales respectiva. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, rechazar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 116 bis G. La Comisión debatió respecto de incorporar este artículo que establece que toda torre soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones de más de tres y hasta doce metros de altura mimetizada, incluidos en ello sus antenas y sistemas radiantes, requerirá de un permiso de instalación del Director de Obras Municipales . Al respecto se determinó que es necesario hacer un reestudio de esta norma. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, rechazar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 116 bis H. La Comisión estimó necesario la incorporación de este artículo, por el que se establece que las torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones, de tres metros de altura o menos, incluidos en ello sus antenas y sistemas radiantes, requerirán de un aviso de instalación a la Dirección de Obras Municipales. Se agrega que para la instalación de aquellas estructuras porta antenas que se levanten sobre edificios de más de cinco pisos y aquellas que se pretendan instalar en zonas rurales, cualquiera fuese su tamaño, también requerirán de dicho aviso. Además, para la instalación de antenas y sistemas radiantes en una torre ya construida, producto de la autorización para colocalizar otorgada por el concesionario, no se requerirá permiso o aviso alguno de la Dirección de Obras Municipales respectiva. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, aprobar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 116 bis I. Después de un debate respecto de la incorporación de este artículo, el que se refiere a lo que se entenderá como un territorio urbano saturado de instalación de estructuras de torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones cada vez que se pretenda instalar una nueva torre dentro del radio de cien metros a la redonda medido desde el eje vertical de cualquiera de las torres preexistentes, cuando aquellas fuesen dos o más y siempre y cuando todas ellas tuviesen una altura de doce metros o más. Agrega que en este caso, el solicitante sólo podrá instalar torres mimetizadas. Al respecto, la Comisión estimó indispensable profundizar sobre esta materia. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, rechazar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 130. El Senado propuso incorporar un número 10 a este artículo, con el objeto de establecer un derecho municipal al otorgamiento de un permiso para la instalación de una torre soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones. Al respecto la Comisión estuvo de acuerdo con dicha disposición. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, aprobar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
-En el artículo 2°, aprobado por el Senado, se modifica la Ley General de Telecomunicaciones. (Este artículo reemplaza el artículo 4° aprobado por la Cámara de Diputados).
Al respecto, en este nuevo artículo 2°, se introdujeron las siguientes modificaciones:
Artículo 7°. La Comisión compartió con lo dispuesto por este nuevo artículo, el que se refiere a las normas de emisión y a las zonas saturadas de los sistemas radiantes. Entre sus disposiciones se establece que le corresponderá al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dictar la normativa tendiente a que todos los equipos y redes que, para la transmisión de servicios de telecomunicaciones, generen ondas electromagnéticas, cualquiera sea su naturaleza, sean instalados, operados y explotados de modo que no causen interferencias perjudiciales a los servicios de telecomunicaciones nacionales o extranjeros ni a equipos o sistemas electromagnéticos o interrupciones en su funcionamiento. Por su parte, le corresponderá al Ministerio del Medio Ambiente dictar las normas de calidad ambiental o de emisión relacionadas con dichas ondas electromagnéticas, conforme a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, aprobar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 14. La Comisión, en un breve debate, consideró positiva las modificaciones efectuadas a las concesiones, las que tienen relación con la instalación, operación y explotación de un sistema radiante y de los equipos asociados sin previo emplazamiento de una torre, que utilicen como soporte edificaciones preexistentes, postes de alumbrado público o eléctrico, elementos publicitarios, señalética, o mobiliario urbano; y sin modificar la zona de servicio, frecuencias, ancho de banda y potencias ya autorizadas, caso en los cuales la autorización debe ser otorgada por una resolución de la Subsecretaría de Telecomunicaciones o el organismo que lo reemplace.
Además, se incorporan algunas normas que señalan que no se admitirá a trámite la solicitud que otorgue o modifique la concesión que considere la ubicación de sistemas radiantes dentro de una zona declarada como saturada. Por otra parte, las solicitudes que digan relación con la instalación, operación y explotación de un sistema radiante, deberán ser acompañadas de un diagrama de radiación de las antenas correspondientes. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, aprobar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 15. La Comisión consideró adecuado modificar el plazo que establece el inciso tercero de este artículo, relativo a los procedimientos que se establecen para otorgar y modificar las concesiones. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, aprobar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 19 bis. La Comisión consideró que resulta inoportuno incorporar este artículo, como está propuesto, para lo cual se acordó que sus disposiciones sean reestudiadas en una futura Comisión Mixta. Esta norma propone que todo concesionario de servicio público e intermedio de telecomunicaciones, antes de proceder a la instalación de los sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones, deberá verificar si existe alguna infraestructura de soporte de otro concesionario o de alguna empresa autorizada en operación, en la que sea factible emplazar dichas antenas o sistemas radiantes y que haya sido autorizada bajo las condiciones establecidas en letra d) del artículo 116 bis F de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, referido a la solución de los conflictos que se puedan suscitar en los casos de la colocalización de antenas. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, rechazar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 36 bis. La Comisión consideró conveniente incorporar la expresión “19 bis”, al inciso primero de este artículo, que es la norma por la cual, se establece un sistema de multas por infracciones cometidas.
Aunque es del caso explicar, que parece inadecuado incorporar la expresión “19 bis” al inciso primero de este artículo 36 bis, en razón de que se propone recomendar el rechazo del artículo 19 bis, pero el objeto es que se pueda mejorar su redacción en la Comisión Mixta. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, aprobar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
(El artículo 5° aprobado en el texto de la Cámara de Diputados, que establecía un fondo concursable para el desarrollo de investigaciones primarias y secundarias sobre el impacto de la operación de sistemas radiantes de telecomunicaciones, con el objeto de apoyar la adopción de políticas públicas, en el estudio de los impactos sobre la salud de las personas y el ámbito urbanístico y ambiental. Fue eliminado por el Senado).
La Comisión consideró, después de un debate respecto de la eliminación de este artículo, que es necesario que en la próxima Comisión Mixta, se estudie la reposición de esta norma.
Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, el rechazo de la supresión hecha por el Senado, del artículo 5° permanente, aprobado por la Cámara de Diputados, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículos transitorios.
(El Senado reemplazo los artículos 1°, 2° y 3° aprobados por la Cámara de Diputados)
Artículo 1°.- La Comisión estuvo de acuerdo en incorporar este nuevo artículo, en el que se dispone que toda solicitud de otorgamiento, renovación o modificación de una concesión o de un permiso de telecomunicaciones, que se encuentre en trámite ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones al momento de la publicación de esta ley en el Diario Oficial, se regirá por la ley vigente al momento de su presentación. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, aprobar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 2°.- La Comisión después de un breve debate, consideró que la exigencia que establece este artículo es inadecuada, por cuanto, dispone que para los efectos de la dictación del reglamento a que se refiere el artículo 19 bis, la Subsecretaría de Telecomunicaciones tendrá un plazo de 90 días contado desde la fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial. A ese mismo plazo estará sujeta la dictación de la resolución del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que define el catálogo de diseños de antenas.
Además, establece que la dictación de las normas a que se refiere el artículo 7° de esta ley, deberá iniciarse dentro del plazo de 120 días, contados desde su publicación en el Diario Oficial. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, rechazar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 3°.- La Comisión determinó que este artículo es necesario modificarlo, por cuanto no compartió que fuera necesario que para que se cumpliera con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 7° de la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, la Subsecretaría de Telecomunicaciones o el organismo que la reemplace deba contar con un plazo de 12 meses, el que se deberá contar a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, rechazar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 4°, nuevo.- La Comisión no estuvo de acuerdo en legislar sobre este régimen retroactivo para territorios saturados de torres, para lo cual, se dispone que los concesionarios de servicios públicos e intermedios de telecomunicaciones que directamente o por encargo hubieren emplazado torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones, de más de doce metros de altura no mimetizadas, en territorios urbanos o en bienes nacionales de uso público, saturados de instalación de estructuras de torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones que puedan acogerse al régimen establecido en el presente artículo, pudiendo optar por otras alternativas, como por ejemplo:
Que puedan minimizar el impacto urbanístico y arquitectónico de la obra, y
Que puedan realizar obras de mejoramiento del espacio público.
Además, que el concesionario deba, dentro de un plazo de 90 días contado desde la entrada en vigencia de la presente ley, informar a la Dirección de Obras respectiva. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, rechazar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Tuma .
Artículo 5°, nuevo.- La Comisión no compartió este nuevo artículo, incorporado por el Senado, que se refiere al régimen retroactivo para las áreas sensibles, por cuanto establece para tal efecto, que los concesionarios de servicios públicos e intermedios de telecomunicaciones, que directamente o por encargo hubieren emplazado torres o soporte de antenas y sistemas radiantes, de más de doce metros en los establecimientos o áreas a que se refiere el inciso sexto del artículo 116 bis E de la Ley general de Urbanismo y Construcciones, dispondrán de un plazo de doce meses para verificar el cumplimiento de los distanciamientos establecidos en el referido inciso sexto del citado artículo. Por lo tanto, la Comisión acordó recomendar a la H. Sala, rechazar la modificación propuesta por el Senado, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth , Hasbún , Latorre , Montes; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra y Tuma .
Finalmente, la Comisión designó como Diputado Informante , al señor Javier Hernández .
Tratado y acordado, conforme se consigna en las actas de fechas 6 y 13 de septiembre de 2011, con la asistencia de los Diputados Hasbún, don Gustavo ( Presidente ); Auth, don Pepe ; García, don René Manuel ; Hernández, don Javier ; Latorre, don Juan Carlos ; Letelier, don Cristián ; Meza, don Fernando ; Montes, don Carlos ; Norambuena, don Iván ; Pérez, don Leopoldo ; Sepúlveda , doña Alejandra ; Tuma, don Joaquín , y Venegas, don Mario .
Se hace constar que los Diputados señores Letelier , don Cristián y Montes, don Carlos , asistieron en reemplazo de los Diputados señores Bobadilla, don Sergio y Pacheco , doña Clemira
Asistieron además, los Diputados señores, Hales, don Patricio , y Monckeberg , don Cristián .
(Fdo.): PATRICIO ÁLVAREZ VALENZUELA , Secretario de la Comisión .”
15. Informe de la participación del diputado señor Rosauro Martínez en las Reuniones Extraordinarias de las Comisiones de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias y de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado, ambas del Parlamento Latinoamericano, realizadas entre los días 20 y 22 de julio, en Ciudad de Panamá (Panamá).
I. INFORME SOBRE LA II REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA Y POLÍTICAS CARCELARIAS (20-22 DE JULIO)
-Presidió la Reunión el H. Diputado Sr. Oscar Alfaro . (Costa Rica).
-Participación chilena H. Diputado Sr. Ricardo Rincón .
Temario:
TEMA I: FOMENTO DE DERECHO DE LA PROTECCIÓN A LA SALUD DE TODA LA POBLACIÓN.
El Diputado Alfaro presenta una exposición con base en los Tratados y Convenciones internacionales en la materia, donde se señala la protección a la salud como un Derecho Humano.
El Dip. Ricardo Rincón señala la importancia de que el tema se trabaje en esta Comisión de DDHH por el enfoque que en este sentido debe darse a la materia.
TEMA II: FORMAS DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DEL DDHH A LOS SISTEMAS DE ATENCIÓN A LA SALUD
El Dip. Alfaro presenta una exposición que se da por incorporada en su totalidad a la presente acta. La conclusión a la que arriba es la necesidad de crear un grupo de trabajo dedicado a este tema, que produzca una Ley Marco para garantizar el DDHH a la salud.
El Dip. Arregui, señala que si bien es un tema de gran especificidad relativo a la Comisión de Salud, no podemos obviar la importantísima vinculación que tiene con DDHH. A tales efectos, propone que el próximo año se realice una reunión conjunta con ambas Comisiones, ello en virtud que de conformidad con la agenda de lo que resta de año no habrá oportunidad de realizaría en 2011.
TEMA III: DERECHOS MIGRATORIOS. SITUACIONES Y ACCIONES A ADOPTAR (SE POSPONE PARA LA PROXIMA REUNIÓN)
TEMA IV: PROYECTO DE LEY MARCO DE ELIMINACIÓN DE TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN CONTRARIA A LA DIGNIDAD HUMANA
La Dip. inchaustegui realiza una exposición basada en los aspectos que deben tomarse en cuenta para la realización del Proyecto de Ley Marco, y consulta a la mesa sobre los diversos tipos de discriminación y su especificidad y si todos ellos deben estar incluidos en el Proyecto.
El Dip. Toledo realiza observaciones a los ítems 2 y 7, sugiriendo que no se dispongan de modo específico los nombres de los organismos creados para la erradicación de prácticas discriminatorias, y que al final de ambos textos se incluya “o cualquier otro que a bien tengan los países de conformidad con sus realidades jurídicas.
La Dip. Inchaustegui propone que se faculte a los organismos regionales para realizar recomendaciones a los países, sin necesidad de esperar por los pronunciamientos de la CIDH o de la Corte Interamericana de DDHH.
INFORME DE LA SUBCOMISION DE DENUNCIAS
En este estado se da lectura integral al acta levantada por la subcomisión de denuncias de la Comisión de DDHH del Parlatino, levantada al concluir la sesión del día 20 julio. Se aprobaron por unanimidad todas las propuestas de resoluciones realizadas por la subcomisión y se da por integrada en su totalidad a la presente acta.
Con relación al caso “Casitas del Sur”, la Dip. Inchaustegui se compromete a recabar la información necesaria y remitirla a la brevedad posible a la Comisión.
INFORME DE LA SUBCOMISION DE POLITICAS CARCELARIAS
El Dip. Ricardo Rincón , en su carácter de Coordinador de la Subcomisión , consigna un Proyecto de Reglamento, el cual fue realizado por él y el Dip. Jaime Trobo , a los fines de su discusión y aprobación en la reunión de mañana 22 de junio. Asimismo informa sobre los países que hasta la fecha han rendido informe de relevamiento de la situación carcelaria son: Argentina, Costa Rica, Chile, México , Perú , Venezuela y Uruguay .
Se da como plazo hasta el 15 de noviembre del presente año a los países que hasta la fecha no han consignado el referido informe para que lo hagan.
El Dip. Jaime Trobo informa que la información levantada será remitida al IIDDHH a los fines de la sistematización de la misma, ello en virtud del convenio existente con el Parlatino.
Los parámetros a tomar en cuenta para la sistematización son los siguientes:
-Hacinamiento.
-Horarios de encierro y desencierro.
-Alimentación.
-Reinserción.
-Condiciones carcelarias higiénicas.
-Sistemas de castigos.
-Sistemas de aislamiento por razones de seguridad.
-Información de muertes por razones violentas dentro de los penales.
Seguidamente el Dip. Teodoro Ursino Reyes, ratifica la invitación a visitar el nuevo modelo de sistema penitenciario de San Francisco de Macorís, fijado para los días 1 y 2 de septiembre.
Los Diputados de la Comisión de DDHH que deseen acudir a esta importante visita, deberán manifestarlo a la Secretaría de Comisiones antes del 15 de agosto del presente año.
TEMA V: DESIGNACIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO PARA EL TEMA DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO Y ECOLOGICAMENTE EQUILIBRADO
Se acuerda solicitar a la Comisión de Ambiente del Parlatino, el trabajo que han adelantado sobre este tema.
TEMA VI.- TORTURAS, TRATOS CRUELES, INHUMANOS Y DEGRADANTES
TEMA VIL- FORTALECER LA INCLUSIÓN SOCIAL EN TEMAS DE DISCAPACIDAD
El Dip. Jaime Trobo da lectura al Proyecto de Reglamento de la Subcomisión de Políticas Carcelarias .
El Dip. Roy Daza , toma la palabra y luego de felicitar el esfuerzo realizado por la Subcomisión, realiza una observación al punto relativo a los Cometidos de la Subcomisión, donde señala que la misma está autorizada para recibir y examinar denuncias de violaciones de DDHH, debido a que dicha atribución corresponde a la Subcomisión de Denuncias.
El Dip. Ricardo Rincón señala que en efecto la observación es valedera y propone la eliminación del señalado cometido. Se aprueba por unanimidad.
Seguidamente el Dip. Toledo, felicita el esfuerzo y señala que el Reglamento debe pautar normas de comportamiento y procedimientos más específicos, no simplemente Remitir al Reglamento de la Subcomisión de Denuncias. Sugiere igualmente revisar los documentos originales de Díaz Mainar. Igualmente considera pertinente que se perfeccione lo relativo a los Acuerdos y Convenciones Internacionales, particularmente lo relativo a las Reglas de Tokio. A tal efecto sugiere que los miembros de la Subcomisión, con base en las observaciones realizadas, continúen en la discusión interna del Proyecto de Reglamento y se presente a discusión de la Comisión en una próxima oportunidad.
La Dip. Inchaustegui indica que, debe quedar clara la obligatoriedad de los países de dar cumplimiento al Pacto de San José, en pro de la vigencia de los DDHH y que la convivencia nuestra, del Parlatino, no puede ponerse por delante de la necesidad de señalar cuando nuestros países no están cumpliendo con la debida garantía de los DDHH.
El Dip. Alfaro felicita el esfuerzo de la Subcomisión, al tiempo que indica que debe afinarse con más detalle lo relativo a los cometidos de la Subcomisión. Propone igualmente la posibilidad de que se continúe trabajando con base en el texto propuesto y se suma a la proposición de que se revisen los documentos de Díaz Maynard.
El Dip. Rincón indica que, la propuesta de la Subcomisión es la que está sobre la mesa, a tal efecto, sugiere que los miembros de la Comisión que tengan observaciones las realicen sobre el documento planteado y se discuta en una próxima reunión. Al tiempo que suscribe en su totalidad lo dicho por la Dip. Inchaustegui.
En otro orden, propone que la Comisión de DDHH estudie la situación carcelaria chilena, donde a tenor de lo que expone el Dip. Rincón, se permiten las celdas solitarias sin posibilidad de servicios higiénicos, luz natural y agua potable.
Con relación a este punto, el Presidente de la Comisión acuerda la petición en el sentido de que el documento de información del sistema carcelario chileno, en el inicio de las sesiones correspondientes al año 2012.
El Dip. Arregui propone que se acuerde lo relativo a la parte de funcionamiento de la Subcomisión. Queda aprobado por unanimidad. El resto del documento continúa en consideración de la Comisión.
La funcionaria Norma Calero transmite una información dada el Dr. Humberto Peláez , quien felicita la iniciativa de los legisladores miembros de la Subcomisión y reconoce el esfuerzo realizado, al tiempo que indica que una vez aprobado pase ad referéndum de la Mesa Directiva.
La Dip. Tournée informa que la invitación a presenciar el sistema penitenciario modelo certificado por la ONU, en República Dominicana, se extiende a toda la Comisión.
TEMA VIII: DISCRIMINACIÓN DE LA MUJER
La Dip. Núñez presenta una exposición detallada del tema, la cual se da por reproducida en su totalidad e incorporada a la presente acta.
La Dip. Inchaustegui destaca una reciente sentencia de la Corte Interamericana de DDHH, en la cual obliga a América Latina toda a garantizar a las mujeres una vida libre de violencia. Igualmente destaca que este tema formará parte importante en la Ley Marco contra todo tipo de Discriminación.
Seguidamente toman la palabra los Dip. Reyes, Alfaro y Thodé, quienes coinciden en señalar la importancia de tratar el tema y que se incorpore a la Ley Marco contra la Discriminación.
TEMA IX: FORTALECER LA INCLUSIÓN SOCIAL EN TEMAS DE DISCAPACIDAD
El dip. Oscar Alfaro consigna un documento que se da por reproducido en su totalidad e incorporado a la presente acta. Al tiempo que propone que el mismo sea remitido a la subcomisión que trabaja el tema de la ley marco contra la discriminación. Se acuerda por unanimidad.
TEMA X: TORTURAS, TRATOS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES
El Dip. Roy Daza señala la necesidad de avanzar en la armonización legislativa al respecto, así como en la posible elaboración de una Ley Marco. igualmente destaca la importancia de educar a nuestros funcionarios policiales y militares en este sentido. Adicionalmente, informa que en la próxima reunión consignará el Proyecto de Ley para Sancionar Crímenes, Desapariciones y otras Violaciones de DDHH por razones Políticas, en el período de 1958 a 1998.
Finalmente, en virtud de la visita a la República Dominicana, la misma se hace extensiva a todos los miembros de la Comisión, en tal virtud de acuerda una reunión extraordinaria, cuyo temario será el siguiente:
-Estudio de la Ley Marco de eliminación de todo tipo de Discriminación contraria a la Dignidad Humana.
-Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz social.
-Género Integración y Discusión de Leyes contra Agresión Sexual y Violencia contra la Mujer.
-Exposición sobre el Derecho a Cuidados y Asistencia Especiales en la Maternidad y en la Infancia, y Exposición del Dip. Rincón, de Chile, Coordinador de la Subcomisión de Políticas Carcelarias sobre El Estado Carcelario en la República de Chile.
-Asimismo, se discutirá una propuesta de temario para las sesiones del año 2012 y algún otro tema pendiente del temario 2011.
II. SOBRE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA, COMBATE Y PREVENCIÓN AL NARCOTRAFICO, TERRORISMO Y CRIMEN ORGANIZADO. (21 Y 22 DE JULIO)
-Presidió la Reunión el H. Senador Sr. Julio Salazar ( Bolivia ).
-Participación chilena: HH. Diputados Sres. Gustavo Hasbún y Rosauro Martínez Labbé .
Hace uso de la palabra el Senador Felipe González y presenta un cuadro comparativo con los proyectos de Uruguay, Cicad , los aportes realizados por los países miembros. Sobre la presentación destaca la intervención, entre otros, del Diputado Rosauro Martínez .
Las intervenciones de los legisladores fueron en el sentido de concretar un documento de consenso, lo que permitió llegar a un documento final que cada delegación someterá a estudio y posterior aprobación en el aproxima reunión. Para ello se aprobó por unanimidad el borrador de la exposición de motivos y el proyecto marco.
TEMA A TRATAR: Lavado de Activos DECLARACIONES:
Se resuelve elevar a la Mesa Directiva una carta que hace mención a la situación creada por la ausencia de la Señora Presidenta y la Vicepresidenta.
TEMAS PENDIENTES EN ESTA REUNION: PROXIMA REUNIÓN: Rio de Janeiro, Brasil PROPUESTA DE PAÍS: Brasil
PROPUESTA DE FECHA: 25 y 26 de Agosto 2011.
TEMARIO A TRATAR:
-Intercambio de Información de los Resultados de la lucha contra el Crimen Organizado.
-Estrategias contra el crimen.
-Como ha afectado el Crimen Organizado en la Seguridad Nacional y soberanía de los Estados.
-Delitos cibernéticos.
-Solicitar a Brasil un experto sobre el Crimen Organizado para que realice una exposición en la reunión de Rio de Janeiro.
Explorar la concreción de una ley de prevención a la violencia y delincuencia.
(Fdo.): ROSAURO MARTÍNEZ LABBÉ , Diputado , vicepresidente del Parlamento Latinoamericano ”.
16. Informe sobre la participación de los diputados señores Sandoval ; Sabag ; Campos ; Monckeberg, don Nicolás y Urrutia , en la 8ª Asamblea Plenaria de FIPA-ParlAmericas, celebrada entre los días 8 y 10 de septiembre de 2011, en Asunción ( Paraguay )
“H. Diputados Participantes:
H. Diputado Jorge Sabag
H. Diputado Cristián Campos H. Diputado David Sandoval
H. Diputado Nicolás Monckeberg H. Diputado Ignacio Urrutia
Se inició el día 08 de septiembre de 2011 con una Sesión Inaugural en el Congreso Nacional con la presencia del Señor Presidente de La República de Paraguay , don Fernando Lugo Méndez , el señor Presidente de Senado Don José Oviedo , el señor Presidente de la Cámara de Diputados y el Presidente de la Corte Suprema .
En dicha sesión intervino el señor Senador don Alberto Grillón representante de Paraguay en el Comité Ejecutivo de ParlAmericas, dando la bienvenida a los distintos países participantes. Luego se realizó una exposición del señor Kevin Casas de Costa Rica con respecto a la seguridad ciudadana en los países de América.
Por la tarde se conformaron cuatro grupos de trabajo:
Grupo N°1:
“Rol Derechos Humanos y el Desarrollo en Relación a la Seguridad Ciudadana” en la cual intervino entre otros el Diputado señor Cristián Campos .
Grupo N°2
?Aspectos Transnacionales de la Seguridad Ciudadana?, en el que intervinieron los Diputados Urrutia y Sabag .
Grupo N°3
?Enfoques Multidimensionales a la Seguridad Ciudadana?, en el que intervinieron los Diputados Monckeberg y Sandoval .
Asimismo se reunión el grupo de mujeres Parlamentarias Grupo N° 4. Grupo N° 4
“Perspectivas de Género en Materia de Seguridad Ciudadana”
Estos cuatro grupos trabajaron en la tarde del día 8 de septiembre y la tarde del día 9 de septiembre, consiguiendo recomendaciones las cuales fueron expuestas en la Sesión Plena del día 10 de Septiembre durante la mañana. Durante la mañana del día 9 de septiembre se realizó una Sesión Plena para discutir cambios de los estatutos, durante esta reunión los parlamentarios chilenos propusimos la integración de Chile al Comité Ejecutivo, proposición que fue aceptada.
Corresponderá a los “Comités Parlamentarios Chilenos “designar el nombre del Diputado que asumirá este cargo.
Adjunto a este informe las discusiones y recomendaciones de los cuatro grupos de trabajo.
VIII ASAMBLEA PLENARIA DEL FORO INTERPARLAMENTARIO DE LAS AMÉRICAS 8, 10 DE SEPTIEMBRE DE 2011, ASUNCIÓN, PARAGUAY
GRUPO DE TRABAJO 1: EL ROL DE LOS DERECHO HUMANOS Y DEL DESARROLLO EN RELACIÓN A LA SEGURIDAD CIUDADANA
DISCUSIONES Y RECOMENDACIONES
Presidente :
Representante Germán Blanco (Colombia)
Expertos:
Carmelo Caballero (Paraguay) Juan Faroppa (Uruguay)
1. Discusiones
Carmelo Caballero responde:
En primer lugar el parlamentario de Colombia , Germán Blanco, habló de políticas de gobiernos y de Estado. Es fundamental instalar procesos que en sus casos tiendan a permanecer a lo largo del tiempo y que estos superen un gobierno determinado. Se busca un mecanismo que asegure que estos procesos iniciados en un gobierno sean irreversibles y no permitan retrocesos en las áreas en las cuáles se ha avanzado.
Los futuros gobernantes de turno –en el futuro- no deberían echar por tierra los progresos que el gobierno anterior consiguió avanzar. La sociedad civil y, sobre todo, los genuinos representantes del pueblo: los parlamentarios, deberían controlar que esto no ocurra.
Respuestas de: Juan Faroppa
Sobre Políticas de gobiernos o Políticas públicas: dijo que es uno de los grandes obstáculos que siguen atravesando nuestros países en este tema. Justamente la imposibilidad de trascender de políticas de gobiernos a políticas de Estado. Lo que se plantea por parte de la OEA es que los Estados diseñen políticas públicas para afrontar el problema. Es un instrumento de planificación. Se debe implementar acciones de corto, mediano y largo plazo; esto requiere de una enorme generosidad de la voluntad política para llegar a ser efectivamente implementadas.
Son temas de debate político electoral, por eso es ingenuo pensar que la clase política se ponga de acuerdo sobre en que, efectivamente, hay cuestiones que van más allá de las cuestiones normales del Estado. Se debe mantener determinados tipos de proyectos o procesos. En nuestros, las políticas públicas sobre salud y educación, no son sustentables. Los gobiernos vienen con sus libritos nuevos y entonces comenzamos otra vez. Una de las herramientas prioritarias para combatir la inseguridad ciudadana es asumir la seguridad pública. Cada estrato de gobierno, alcaldías, gobernaciones, etc. debe revisar su competencia en forma integrada.
Además esa política debe tener un enfoque de derecho. Los derechos humanos contienen obligaciones que el Estado debe cumplir y si no las cumple existen mecanismos internacionales para obligarlo a cumplir y hacer cumplir.
Uruguay ha sido condenado por acciones de la dictadura militar. El debate dice que nadie puede, desde el exterior, venir a decirnos qué hacer como Estado. Sin embargo, el país ha suscrito un tratado, un pacto o una convención soberanamente. Del mismo modo pudieron haberse negado a suscribirlo. Pero una vez suscrito lo deben respetar.
Sobre la violencia familiar ocasionada por los padres: En ninguna norma se dice que quien comete un delito no debe ser castigado. De ninguna manera, al contrario, en algunos países hay niveles de impunidad muy grandes. Castigar un delito no es violar un derecho humano. Cuando no se castiga es cuando se viola los derechos humanos. Los Derechos Humanos, en realidad, lo que hacen es ponerle límites a ciertos tipos de castigos en razón del proceso de humanización. Por eso es que hay que ver en qué condiciones se aplican los castigos. No por estar preso debe estar hacinado y merece torturas.
Sobre el populismo: Lamentablemente los problemas de la delincuencia se han convertido en bandera política. Eso se ha convertido elemento que promueve la política de mano dura etc., que no hace más que retroceder en materia de derechos humanos.
Nuestra generación se caracteriza por la búsqueda de respuestas para evitar la violencia. Estamos cambiando, el mundo ya no es lo que era hace 10 o 14 años atrás. Nos ha tocado vivir formas de violencia inusitada que no guardan relación con el objetivo.
La prevención debe ser vista como una inversión no como un gasto. La gente reclama a las autoridades ¡seguridad ya!. La gente quiere seguridad hoy, no un plan para resolver mi inseguridad para dentro de 5 años. Pero sí no comenzamos con esas políticas hoy, tampoco las habrá en 5 años.
Sobre las Fuerzas Armadas en las calles: Es un tema de profesionalismo. Si algún país piensa que no necesita fuerzas armadas para defender su territorio o soberanía. Sin embargo en los países que sí tiene Fuerzas Armadas, se entiende que su función es resguardar la soberanía, no para sacarlas a las calles, para eso está la policía. Es un principio de especialidad. No conozco ninguna experiencia de un país que haya tenido buenos resultados sacando a las Fuerzas Armadas a las calles. En verdad, la tendencia es tener más policías que militares. Pero tampoco es una cuestión matemática: una ecuación que afirme que cuanto menos policías menos delitos. Es una cuestión de valores sociales, hay que comenzar por concienciar sobre el valor vida.
Sobre la no prohibición de portar armas a los civiles.- Se han recrudecido los niveles de asesinatos. Ya sea porque la victima de asalto mató a su atacante o a la inversa. Creo que la incapacidad del Estado de transmitir que tiene los recursos para prevenir la violencia lleva a las personas a armarse. Pero está comprobado que a mayor cantidad de armas en las calles, mayores niveles de violencia.
Sobre la violencia contra la mujer: Se cree que es un delito menor. Los propios policías minimizan una denuncia de violencia contra la mujer. Se debe reconocer que existen diferentes tipos de delitos contra la mujer, uno de los más preocupantes es la trata de blancas en las fronteras.
Sobre Enviar a prisión a los padres: Las organizaciones que trabajan contra la violencia doméstica tienen discursos contradictorios. Por ejemplo, exigimos mayor presión punitiva contra quienes delinquen y someten a violencia a otras personas. Todo tipo de delito, a mi parecer, debe ser combatido y sus actores castigados; pero hay que responsabilizar con privación de libertad en los casos más graves. Ninguna conducta lesiva de derechos puede quedar impune.
Reflexión de Germán Blanco, Presidente del Grupo de Trabajo : Para abonar la idea del expositor Juan Faroppa , quiero decir que no todos los actos violentos deben tener como sanción la cárcel, pero tampoco pueden quedar impunes. Si bien la seguridad ciudadana es un tema que nos une, cada Estado tiene una connotación que nos distingue y esto genera conductas distintas de Estado. Eso significa que existen diferentes grados de gravedad para cada sociedad con respecto a la violencia que sufren los ciudadanos.
El objetivo debe ser que nosotros nos retroalimentemos de los temas actuales, vinculados con la violencia, que se está tratando en nuestros respectivos países. Debemos encontrar la forma de llevar propuestas a nuestros parlamentos, de figuras jurídicas que han funcionado en algunos países para seguir combatiendo la inseguridad y la violencia.
2. Recomendaciones
1. Contribuir desde el ejercicio parlamentario al diseño e implementación de políticas de Estado sobre seguridad ciudadana como política pública, con enfoque de derechos humanos, tanto en sus aspectos de prevención como de control de la violencia y el delito.
2. Evaluar la incorporación al marco jurídico de los Estados de las Américas las directrices establecidas por los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos (año 2009) y Justicia Juvenil (ario 2011).
3. Fortalecer el respeto permanente de los derechos humanos por parte de los agentes del Estado, como herramienta imprescindible en la búsqueda de una mayor seguridad ciudadana. Ello implica, también, la responsabilidad del Estado de prevenir, investigar y, en su caso, juzgar los hechos de violencia y delitos, evitando la impunidad de los mismos.
4. Generar normas que garanticen los sistemas de selección, formación y actualización en derechos humanos de los funcionarios públicos que integran la institucionalidad estatal en materia de seguridad ciudadana (jueces, fiscales, miembros de las fuerzas de seguridad y operadores penitenciarios).
5. Legislar para regular y supervisar el funcionamiento de las empresas privadas de seguridad, exigiendo la debida formación de sus empleados en materia académica, operativa y de respeto a las garantías de los derechos humanos.
6. Implementar políticas dirigidas a la atención de la primera infancia, con apoyo de parte del Estado al desarrollo personal del niño o la niña en su familia o grupo de crianza, colocando énfasis en la familia monoparental.
7. Fortalecer los sistemas penitenciarios juveniles y de adultos a través de la implementación de programas basados en experiencias exitosas, con apoyo de grupos de trabajo interdisciplinarios, dirigidos a la resocialización y para prevenir la reincidencia.
8. Promover el apoyo a organizaciones de la sociedad civil especializadas en seguridad ciudadana para llevar adelante agendas legislativas, proyectos y programas en dicha materia con respeto a los derechos humanos.
9. Impulsar el funcionamiento de observatorios nacionales e internacionales sobre violencia y delito, como una herramienta fundamental para la producción y análisis de información calificada, a efectos de diseñar políticas públicas de seguridad ciudadana.
10. Priorizar los temas de desarrollo en la agenda legislativa, como contribución a la construcción de sociedades más dignas, integradas y equitativas. Promover y supervisar la aprobación de presupuestos sensibles a procesos de desarrollo basados en el respeto de los derechos de todas las personas.
VIII ASAMBLEA PLENARIA DEL FORO INTERPARLAMENTARIO DE LAS AMÉRICAS 8, 10 DE SEPTIEMBRE DE 2011, ASUNCIÓN, PARAGUAY
GRUPO DE TRABAJO 2: ASPECTOS TRANSNACIONALES DE LA SEGURIDAD CIUDADANA
DISCUSIONES Y RECOMENDACIONES
Presidente :
Senador Rogelio Rueda (México)
Expertos:
Eric Olson (EE.UU.)
Alejandra Mohor (Chile)
1. Discusiones
Ignacio Urrutia (Chile)
Si gastáramos en prevención estaríamos infinitamente mejor. Pero la desigualdad en nuestros países es una de las razones que nos llevan hacia el delito y el crimen. Es mucho más fácil tener lo que se quiere de la peor forma, hoy debemos acostumbrarnos al delito, pero si se reduce la brecha, por lógica, empezarán a desaparecer algunos delitos. Debemos adecuar las leyes que tengamos, deberíamos buscar crear leyes que sean parecidas entre todos los países, con acuerdos como los que nos llevan a los tratados de libre comercio.
Eric Olson (EE.UU.)
La prevención está bien, pero los procesos de prevención deben estar bien seguidos con evaluación y bajo monitoreo. Se han invertido millones de dólares en los EEUU para prevenir el consumo de drogas y se logró que el consumo de marihuana desminuya del 12 al 9%.
Pero debemos estar bien atentos acerca de en qué estamos invirtiendo, pensar en cómo invertir en la gente Místicamente y no aisladamente (drogas, obesidad, etc.). El 80% de la droga en EEUU es consumida por el 20% de adictos, no es un problema de consumo, es de adicción, la prevención deberá ser entonces contra la adicción.
Jorge Sabag (Chile)
Sería importante sugerir algunas recomendaciones o vías a los Estados, como aumentar los presupuestos y asumir roles en ParlAmericas para sugerir cuestiones transnacionales.
Pregunta: ¿se puede decir que la causa principal del delito transnacional en EEUU es el tráfico de drogas?
Eric Olson
No todo empieza y termina en el narcotráfico, pero el volumen económico es demasiado importante. 62mil millones de dólares es el estimado del volumen del mercado en los EEUU, es lo que impulsa todo lo demás... en la medida que el narcotráfico ha ido creciendo, detrás vienen los otros delitos.
Adriana González (México)
Critica al “Estado-Nación” para atender la problemática, no es un problema de orden político, donde se pierde la lucha es en la localidad. El tejido social está roto. La gente solo con-fía en su familia. :
Eric Olson (USA)
Establecer acciones inmediatas y de largo plazo.
Alejandra Mohor (Chile)
No todo consumo está asociado al delito. La adicción es la parte más problemática de intervenir, necesita adherencia, voluntad, etc.
Otro problema es la “rueda giratoria”, donde entran y salen criminales de las cárceles. Se debe eliminar la corrupción.
Rogelio Rueda (México)
Iniciativas de cooperación entre varios países, ver las experiencias compartidas. Hay delitos transnacionales por lo tanto se necesitan abordajes transnacionales.
Construir verdadero diálogo entre los diferentes actores a nivel nacional, fiscalía, policía, etc. Y, desde los parlamentos, tener un seguimiento. Establecer foros para visibilizar nuevas aéreas, otros órdenes de gobiernos subnacionales.
2. Recomendaciones
Una primera observación, recordatorio mas que recomendación, es que utilicemos las distintas opciones de nuestras facultades como parlamentarios.
1.- La estrictamente legislativa, ajustar nuestro marco jurídico.
2.- La supervisión de la labor del Ejecutivo, para verificar la eficaz aplicación de las leyes y el cumplimiento de los objetivos de gobierno, en cuanto a mejorar y resguardar la seguridad ciudadana.
3.- Organizar, convocar y/o participar en foros de análisis discusión que contrasten y acerquen las visiones de las organizaciones sociales, académicas y parlamentarias.
Con estas herramientas se propone: revisar nuestros marcos jurídicos para que tengan presentes los aspectos trasnacionales de las organizaciones criminales (narcotráfico, trata de personas, lavado de dinero, delitos cibernéticos, etc.) y logrando hacer compatibles nuestras legislaciones avanzar en la ejecución de operativos multinacionales que persigan y castiguen los delitos.
De otra parte, hacemos evidente que se requiere aunar al combate de los delitos. Esta prevención requiere ser territorializada: atender a las circunstancias de cada región, de cada localidad.
Es por ello, que se recomienda revisar nuestros marcos jurídicos para que la prevención de los delitos, especialmente los vinculados al consumo de drogas, corresponda a los gobiernos locales. Y, además, que se verifique la asignación de los recursos suficientes para que se pueda atender con eficacia esa responsabilidad, cuidando de establecer que un porcentaje de tales recursos deben aplicarse en la evaluación de los programas de prevención ejecutados.
Conscientes de que se requiere profundizar en la investigación, evaluación y difusión de las prácticas de prevención eficaces, es que recomendamos solicitar a la OEA se establezca una instancia que identifique y canalice los elementos que generan propensión al consumo problemático de drogas, para apoyar la formulación, ejecución y evaluación de los programas locales de prevención.
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GRUPO DE TRABAJO 3 ENFOQUES MULTIDIMENSIONALES A LA SEGURIDAD CIUDADANA
DISCUSIONES Y RECOMENDACIONES
Presidenta :
Senadora Edmonde Beauzile (Haití)
Expertos:
Marco Antonio Rodriguez Corrales ( Bolivia ) Gustavo Beliz (Argentina)
1. Discusiones
PALABRAS DE LA PRESIDENTA.
La subida de las aguas en Haití, tema propuesto por la presidenta. Se formulan preguntas.
Senador de Haití: problema principal, el cambio climático. Subida de aguas de los lagos en Haití, inundaciones. Impacto del cambio climático en Haití. Preocupaciones representante de Haití.
Luego del temblor de 2010 de Haití, conocimos una catástrofe, a pesar de haber previsiones para ello. Canadá es uno de los pioneros en esto en el mundo. Lo que nos preocupa son las movilizaciones de los bloques de hielo y se debe tratar con los demás parlamentarios.
Diputado de Cuba : Armando Torres
El Papel de las instituciones: fortalecer la institucionalidad. Que las instituciones jueguen el papel que les corresponde.
En Cuba se debe movilizar a la ciudadanía a través de los diferentes medios, para posibilitar que no se pierdan vidas humanas y los recursos materiales conjuntamente con las instituciones del Estado.
Marco Antonio Rodríguez
Los países desarrollados han alcanzado sus niveles gracias a la contaminación que han producido y son los países pobres los que sufren las consecuencias.
Se debe reconocer la importancia del rol fiscalizador, así como asumir la responsabilidad de conocer la temática y avances de acuerdos internacionales vinculados al país. Muchos legisladores desconocen estos acuerdos y no participan en los mismos.
Es importante que se conozcan los temas y se involucren para poder cumplir con su rol fiscalizador.
Se dirige al Senador de Haiti- se propone la creación de un fondo internacional, un mecanismo de recursos costeados por los países responsables de producción de gases de carbono y de efecto invernadero. Uso de la tecnología en detección de posibles catástrofes.
Establecer la regla universal:
“EL QUE GENERA RIESGOS DE DESASTRES LOS PAGA.”
Gustavo Beliz
Encuentra analogía entre ecosistema natural y sociedad civil. Vuelve a tratar el tema de la dureza de las penas, en comparación con los niveles de huellas de carbono, ante las 2 situaciones no se toman medidas de control. Recomienda la toma de datos no solamente para la estadística sino para solucionar el problema desde aquellos.
Es importante contar con observatorios de ecología social, para la toma de decisiones posteriores. Conocer experiencias de otros países, ayuda al cambio para llevar adelante los propios parlamentos.
El Salvador
El problema global con efecto local. Si bien el problema es global, la solución es diferencial en cada país. A pesar de tener montos para pagar, eso no basta para cubrir los daños que pueden causar los fenómenos. El daño es irreversible.
En cuanto a la hipocresía de los homicidios, ¿será hipocresía del estado? De las personas vinculadas.
¿Seremos los centroamericanos los que fomentamos la propia violencia en la que vivimos, o, es el mismo estado quien con sus políticas promueve estas actitudes?
Gustavo Beliz
La corresponsabilidad es muy importante, tiene un abordaje global. Centroamérica no puede aislarse de solucionar el problema, tiene que construir la institucionalidad. Los valores sociales reflejan el sistema que se quiere construir.
Síntesis: innovación, buscar caminos alternativos. Enfocarse en la manifestación del fenómeno
Marco Antonio Rodríguez
Se necesita crear una red de mecanismos para fortalecer a la sociedad civil, a los países más vulnerables a las catástrofes. Es importante mantener el concepto de institucionalidad. Se deben tener mecanismos que permitan la inamovilidad de los niveles técnicos en los cargos públicos. El ciudadano debe estar capacitado para poder prevenir, intervenir y fiscalizar las funciones.
¿Qué es el desarrollo y qué esperamos de él?
Se lo vincula con el bienestar como diversos conceptos: salud, seguridad, educación, etc.
David Sandoval , diputado de Chile
Existe en mi país organizaciones civiles de protección, planes de riesgos, desastres, y a pesar de toda esa estructura muy eficiente, no se pueden prever situaciones como el último terremoto ocurrido. Fallecieron muy pocas personas a causa del terremoto, no así del tsunami.
La inseguridad ciudadana es un problema de desarrollo,
Haití
Si el que genera riesgos debe pagar. ¿Quién obligará a pagar?
Cuba
Se debería tratar de utilizar mayormente la ciencia en función de la resolución de los problemas. No se explota la ciencia, la criminología y las ciencias sociales.
Gustavo Beliz
La salud pública es muy importante. El BID organizará un debate con todos los expertos de ciencias sociales, para afrontar el tema de la violencia.
El Banco Interamericano de Desarrollo está creando una agencia para la prevención de la violencia, con profesionales de las distintas ramas de las ciencias sociales, para formar un cuerpo estable en el estado de Costa Rica.
Hay que afrontar el problema con un ejército de trabajadores sociales, no con un ejército de uniformados.
Marco Antonio Rodríguez
Los modelos se están saliendo de los parámetros a causa del cambio climático.
Las soluciones que se proponen en Kyoto, si se cumple a cabalidad y responsablemente tendrán resultado visibles recién de aquí a treinta años.
El desastre es un accidente, no se va a evitar que sucedan pero sí reducir los efectos que provocan. El Salvador:
Las percepciones de los riesgos a la seguridad no son iguales en todos los países.
Presidenta
Tenemos una problemática compleja que necesita de expertos para proponer como parlamentarios las resoluciones a las que se lleguen en esta mesa, para que se transformen en acciones concretas.
Solicita a los parlamentarios venir con propuestas concretas a ser tratadas por los expertos sobre las discusiones de este día.
2. Recomendaciones
1. Integrar de forma conjunta las políticas públicas de seguridad humana y las de gestión del riesgo de desastres y cambio climático a fin de conseguir sinergías en aspectos normativos, institucionales y de organización social.
2. Fortalecer la integración de los países en subregiones y regiones, para la generación de instrumentos comunes, cooperación horizontal transfronterizos, intercambio de información y conocimiento en temas de seguridad, desastres y cambios climáticos.
3. Crear y/o fortalecer la institucionalidad de gestión del riesgo de desastre de manera de favorecer el cumplimiento de Derechos Humanos y contribuir positivamente al mantenimiento de los principios de seguridad humana.
4. Promover la participación ciudadana a partir de fomentar una cultura de prevención y protección civil, basada en los valores de la solidaridad, sin perjuicio de la responsabilidad del Estado en este ámbito.
5. Considerar dentro de los procesos de recuperación y reconstrucción pos desastre elementos dirigidos a fortalecer el capital social y el concepto de seguridad humana.
6. Promover sistemas de registros estadísticos e indicadores comparados sobre crimen y violencia, provenientes de diferentes fuentes, que permitan el monitoreo y evaluación de políticas públicas, incluyendo la participación de la sociedad civil.
7. Consolidar comisiones especializadas a nivel parlamentario, con estabilidad e intercambio con el sector académico y de especialistas interdisciplinarios de prevención de violencia, de modo de garantizar un enfoque integral de las intervenciones, fortaleciendo la institución de la familia, la escuela y la salubridad pública a través de la enseñanza en valores como una dimensión moral y ética de la política.
8. Poner especial énfasis en el análisis de los presupuestos públicos destinados a la prevención de la violencia –tanto en su calidad como en su cantidad- atendiendo a sus variadas causas sociales, fortaleciendo especialmente la institución de la familia, la escuela y la salud pública, promoviendo acciones concretas que signifiquen una pedagogía ética de la acción política.
9. Impulsar legislaciones que promuevan un adecuado control y represión de los flujos financieros vinculados al crimen organizado.
10. Promover el fortalecimiento de las instituciones con el objetivo de que estas jueguen el papel que les corresponde y concreten acciones dirigidas a la prevención social y la preparación de los países para enfrentar los fenómenos naturales, impulsando el uso adecuado de la ciencia y la tecnología aprovechando al máximo las capacidades instaladas en nuestros países.
11. Adecuar, cuando sea pertinente, la legislación al nivel nacional y regional, en función de las nuevas modalidades de crimen y violencia.
12. Considerar en las políticas públicas la cuestión de la seguridad alimentaria en la cuestión del hambre y la seguridad ciudadana.
13. Recomendar una resolución dirigida a la OEA y Naciones Unidas para la creación de un fondo ambiental compensatorio, financiado por los países generadores de graves daños ambientales (por ejemplo el cambio climático), para asistencia a los países más vulnerables.
14. Promover que las empresas transnacionales radicadas en países en desarrollo apliquen las mismas obligaciones ambientales que cumplen en países desarrollados.
15. Promover la organización de trabajadores sociales multidisciplinarios, que contribuyan a las tareas de prevención de las causas sociales generadoras de violencia.
VIII ASAMBLEA PLENARIA DEL FORO INTERPARLAMENTARIO DE LAS AMÉRICAS 8, 10 DE SEPTIEMBRE DE 2011, ASUNCIÓN, PARAGUAY
GRUPO DE MUJERES PARLAMENTARIAS DE LAS AMÉRICAS: PERSPECTIVA DE GÉNERO EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
RECOMENDACIONES
Presidenta :
Asambleísta Linda Machuca ( Ecuador )
Experta:
Teresa C. Ulloa (México)
La séptima reunión del Grupo de Mujeres Parlamentarias de las Américas tuvo lugar durante dos sesiones desarrolladas los días OS y 09 de septiembre en el marco de la VIII Asamblea Plenaria de FlPA-ParlAmericas en la ciudad de Asunción-Paraguay.
El trabajo organizado por el Grupo de Mujeres Parlamentarias se denominó “Perspectiva de género en materia de seguridad ciudadana”, y la experta invitada fue la Maestra Teresa Ulloa, Directora Regional de la Coalición contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe, A.C. (Catwlac).
Considerando.-
Que el Grupo de Mujeres Parlamentarias como parte de ParlAmericas, promueve el respeto de los derechos humanos como base fundamental para garantizar la prosperidad humana y las condiciones de vida digna para todas y todos;
Que defiende y promueve la gobernabilidad, la democracia y la ética en la función parlamentaria, elementos que componen el trabajo de los y las legisladoras del continente.
Recomienda
1. Legislar para lograr paridad y equidad y que estos sean principios que se incorporen en la creación de las leyes en todos los países. La transversalización de género debe reflejarse en la redacción de todas las normas.
2. Crear -desde ParlAmericas, una propuesta de ley marco, o propuesta ley modelo sobre Seguridad Ciudadana que se pueda compartir con todos los países miembro. Este mecanismo de trabajo ya se está utilizando, para determinados temas, por OEA y ONU.
3. Desde el Grupo de Trabajo “Perspectiva de Género en materia de Seguridad Ciudadana”, se promueve e impulsa la idea de crear -desde ParlAmericas, una ley marco, o ley modelo específica en contra de la trata de las personas.
4. Generar una propuesta de ley para la protección de víctimas y testigos observando la Declaración de Estambul.
5. Impulsar Unidades Técnicas de Género al interior de cada parlamento con el apoyo de la cooperación internacional.
6. Renovar el compromiso de elaborar el borrador para protección a víctimas y testigos.
7. Promover la asociación de las parlamentarias y ex parlamentarias, en organizaciones que permitan aprender de la experiencia de quienes ejercieron la legislatura. A fin de que no se pierda la experiencia y el conocimiento adquirido en el ejercicio parlamentario.
8. Crear agendas comunes entre las parlamentarias, sin importar las tendencias ideológicas o partidarias para promover una práctica incluyente, diversa y respetuosa que garantice condiciones para asegurar la transversalización de género en todas las normas.
9. Motivar, en nuestros parlamentos, la creación de equipos de comunicación sensibles a los temas de género, que contribuyan a visibilizar el trabajo de las mujeres parlamentarias, así como las antes agendas de trabajo mencionadas en el punto 8.
10. Luchar dentro de los partidos por la paridad y la alternancia, y así promover desde las organizaciones políticas a las que nos debemos la igualdad.
11. Promover sanciones que se apliquen a quienes promueven el comercio y la explotación sexual a través de la publicidad, así como reconocer y premiar las buenas prácticas que combatan la trata y el tráfico de personas.
Comisión de Redacción:
Gina Godoy ( Ecuador )
Margarita Escobar (El Salvador )
Adriana Gonzáles (México)
Germán Blanco (Colombia)
(Fdo.): JORGE SABAG , diputado ; CRISTIÁN CAMPOS , diputado ; DAVID SANDOVAL , diputado ; NICOLÁS MONCKEBERG , diputado ; IGNACIO URRUTIA , diputado ”.
Moción de los señores diputados Castro , Andrade , De Urresti ; Díaz, don Marcelo ; Espinoza, don Fidel ; Jiménez , Lemus y Núñez , y de las señoras diputadas Muñoz , doña Adriana y Pascal, doña Denise .
Modifica la ley de isapres, prohibiendo el alza unilateral en los contratos de Salud. (boletín N° 7938-11)
“1. Fundamentos.- Tradicionalmente tanto la doctrina nacional y la doctrina comparada, han sostenido que en materia contractual “la voluntad es soberana y ella es la que dicta el derecho”[1], la autonomía de la voluntad es según esto la libertad de que gozan los particulares para pactar los contratos que les plazcan y de determinar su contenido efectos y duración[2]. En virtud de ésta, las partes puedan discutir el contenido de sus estipulaciones, cuestión que -de hecho- no existe, sobre todo tratandose de los contratos que son objeto del presente proyecto de ley, pues, el ejercicio de la referida autonomía supone “un perfecto pie de igualdad jurídica”. Tal es la importancia que asume la idea de acuerdo de voluntades, es por eso que “la doctrina niega el carácter de contratos a los llamados de adhesión”[3], categoría aplicable a los contratos con las instituciones de salud previsional..
Esa es la razón por la cual, el referido principio admite limitaciones pues, las exigencias de la vida social, las transformaciones económicas, hacen necesaria una revisión crítica de este principio, fundado en el hecho irrefutable, que generalmente es uno de los contratantes quién impone las condiciones del contrato (en el caso del contrato de salud las Isapres), a las cuales la otra se limita a adherir, así sucede en los contratos de adhesión, que al decir del profesor Alessandri “hoy día representan la parte más considerable de la vida contractual”.
Los poderes públicos no pueden mirar con indiferencia los contratos que celebran los particulares por sus repercusiones de índole económica y también las injusticias que pueden cometerse, sobre todo respecto de aquellos que actúan en situación de necesidad. Toda intervención legislativa en las relaciones contractuales es saludable, siempre que como dice Josserand, “tienda a organizar el contrato racional y equitativamente”[4].
El precio, corno elemento del contrato de acuerdo al artículo 1.444 del Código Civil5[5], es un elemento esencial del contrato, lo que significa que sin este elemento, el contrato no produce efecto alguno o deriva en un contrato distinto. En virtud de esto, es que el precio, como elemento esencial del contrato, no puede ser objeto de modificación unilateral.
Sin embargo, en el caso particular observamos que la ley establece -sin fundamento plausible-, una facultad en favor de las instituciones de salud previsional, al otorgarles la prerrogativa de poder modificar anualmente, sin el concurso de voluntad de la contraparte, el precio del plan de salud originalmente convenido. Dicha situación vulnera flagrantemente el principio de intangibilidad de los contratos, consagrado en nuestro ordenamiento jurídico en el artículo 1545 del Código Civi1[6], el cual propugna que los contratos, al ser una consecuencia directa del acuerdo de voluntades entre los contratantes, sólo pueden ser modificados por un nuevo acuerdo de voluntades, vale decir en forma bilateral. Esta situación se contradice rotundamente con lo contenido en el inciso 3° del artículo 197 del DFL N° 1, que fijo el texto refundido de la ley N° 18.933[7], el cual, como se señaló precedentemente, faculta a la institución de salud previsional a modificar unilateralmente uno de los elementos esenciales del contrato, esto es, el precio.
2. Ideas matrices.- El proyecto contextualiza la naturaleza de los contratos de salud de las Isapres, como contratos de adhesión, es decir, aquellos que consisten en “una convención realizada por la simple adhesión de una persona a una oferta cuyos términos no ha podido discutir”[8].
De ahí, es que resulta necesario regular la materia de una manera totalmente diferente a la normativa actualmente vigente que autoriza alzas unilaterales de los planes de salud en abierta contravención a los principios clásicos en la materia. Si alguna intervención ha de existir, este debe ser a favor de los usuarios y no de las grandes empresas que regulan este seguro de salud, lo cual excede un principio de equidad en la materia. Es por eso que se establece como causal de nulidad, todas aquellas cláusulas que permitan alzas unilaterales por parte de la Isapre.
Es por eso, que sobre la base de estos antecedentes vengo en proponer a esta H. Cámara el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Art. 1°.- Modífiquese el DFL N°1 de 24 de abril de 2006 que fijo el texto refundido del Decreto Ley N°2763 y de las leyes N°18.933 y N° 18.469 en el siguiente sentido:
1) Sustituyese el inciso tercero del articulo 197 por el siguiente:
“Toda modificación al contrato de afiliación a una institución previsional de salud, deberá realizarse por escrito con el acuerdo expreso de voluntad de las partes contratantes. Cualquier modificación realizada en forma unilateral por cualquiera de las partes o que se refiere esta disposición producirá la nulidad absoluta del contrato respectivo”.
2) Sustitúyase en el inciso quinto la frase “Si el afiliado estimare que los planes ofrecidos no reúnen las condiciones de equivalencia indicadas” por la siguiente:
“Ante cualquier diferencia contractual con las instituciones de salud previsional no resuelta de conformidad con las reglas anteriores el afiliado,”
Artículo Transitorio.- “Esta ley tendrá efecto retroactivo respecto de todas las modificaciones unilaterales de contratos de afiliación realizadas por la instituciones previsionales de salud bajo el imperio de la ley anterior, retrotrayendo a las partes al estado contractual existente al momento de la modificación unilateral del contrato”.
Moción de los señores diputados Ascencio , Aguiló , Campos, Carmona ; Espinoza, don Fidel ; Montes , Silber , Vallespín , Vargas y Walker .
Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura. (boletín N° 7939-21).
“1.- Fundamentos del proyecto de ley
1.- A lo largo de la historia, la actividad de la pesquería bentónica ha sido muy distinta a la pesquería pelágica o demersal, sea artesanal o industrial, sus diferencias están relacionadas principalmente con los tipos de embarcaciones utilizadas, los métodos de captura, las artes de pesca, la forma de organización de sus pescadores, entre otras.
2.- La Ley General de Pesca y Acuicultura ciertamente reconoce estos tres tipos de pesquería, pero con frecuencia realiza un tratamiento homogéneo para estas actividades, particularmente en lo que dice relación al tratamiento administrativo. Esta situación ha perjudicado en algunos casos a los pescadores bentónicos, quienes deben ajustarse a las medidas establecidas primordiamente pensadas en la pesquería pelágica.
3.- Los pescadores bentónicos históricamente han desarrollado su actividad en zonas extensas del territorio marítimo, sin distinguir los límites de la división político administrativa, y desplazándose en áreas en búsqueda de los recursos de mar. Esta razón ha motivado a las distintas organizaciones de pescadores bentónicos, mayoritariamente compuesta por buzos mariscadores, a establecer planes de manejo que exceden geográficamente a una sola región, acogiéndose para ello a la normativa que así lo dispone en la Ley General de Pesca y Acuicultura.
4.- Resulta del todo razonable que una Ley de la República establezca esta diferenciación entre las diferentes actividades pesqueras, distinguiendo a las pesquerías pelágicas y demersales de las pesquerías bentónicas.
5.- También resulta deseable que en la Ley de Pesca y Acuicultura se establezca el reconocimiento expreso del estatus de los planes de manejos existentes a la fecha, respetando y manteniendo las actividades pesqueras en las macrozonas en las que están presentes.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único:
1.- Reemplácese el inciso 52 del artículo 50 de la ley, por el siguiente nuevo inciso 52:
“Podrá extenderse el área de operaciones de los pescadores artesanales a la región contigua a la de su domicilio permanente y base de operaciones, cuando éstos realicen frecuentemente actividades pesqueras en la región contigua”
2.- Agréguese al nuevo inciso 52 del artículo 50 de la ley, a continuación del punto aparte, el que pasa a ser punto seguido, el siguiente párrafo:
“Se reconoce la macrozona donde existen hasta hoy planes de manejo sólo de recursos bentónicos.”
Moción de los señores diputados Hasbún , Bauer ; Gutiérrez, don Romilio ; Hernández , Recondo , Ulloa y Ward y de las diputadas señoras Hoffmann , doña María José ; Molina , doña Andrea y Zalaquett , doña Mónica .
Modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos del Consumidor, incorporando en el artículo 3° una nueva letra g), prohibiendo a los establecimientos de educación seleccionar a sus alumnos a partir de los antecedentes comerciales de sus padres. (boletín N° 7940-03)
“La educación representa una herramienta indispensable para el avance de la sociedad en todos los ámbitos; es así que resulta importante generar una serie de normativas tendientes a inhibir espacios de discriminación que - eventualmente - puedan existir en nuestro país.
Por lo anterior es que los firmantes del presente proyecto de ley, venimos en promover como iniciativa de ley una normativa que claramente se condice con el espíritu de nuestro ordenamiento jurídico positivo y constituyente, que busca repudiar los actos de discriminación existentes en las relaciones humanas e institucionales.
En efecto, nos parece que las circunstancias económicas vinculadas con los antecedentes comerciales o financieros de los padres de los menores, constituyen actos de discriminación arbitraria que la autoridad no puede bajo ninguna circunstancia pasar por alto.
Lo anterior implica la pretensión de fomentar, no sólo la promoción del principio de igualdad en la vida cuotidiana, sino que también la implementación de elementos de solidaridad en las relaciones humanas siempre necesarias. Es así como a nivel educacional estos valores insertos en nuestra sociedad occidental, son siempre atendibles practicarlos, sobre todo con ocasión del ejercicio de la actividad educacional y del deber de los padres de formar y educar a sus hijos en aquellos espacios educacionales más acordes a su desarrollo material y espiritual.
Así las cosas el presente proyecto de ley tiene como objetivo el prohibir a los establecimientos educacionales, especialmente en los de enseñanza básica, la no aceptación de la matrícula por motivaciones de orden económico; vale decir, en el evento de que el padre o apoderado se encuentre incluido en registros de morosidad de alguna entidad como Dicom, por ejemplo.
Pensamos que esta iniciativa legislativa claramente inviste plena consonancia con la apertura de una sana voluntad política, de ir execrando de nuestra legislación abusos y odiosas discriminaciones basadas en los antecedentes comerciales de las personas, constituyendo dicho estado de cosas en un claro círculo vicioso enquistado en nuestra sociedad.
Por lo demás, nuestro ordenamiento jurídico progresivamente a través de normas jurídicas como también de dictámenes de la judicatura, ha ido incorporando principios y normativas fundadas -precisamente- en la observación profunda de la no discriminación en lo social, laboral, económico o comercial.
Los promotores del presente proyecto, guardamos la firme convicción que mayores iniciativas legales como la que proponemos en esta oportunidad, permitirá inhibir odiosas prácticas presentes en nuestra sociedad, situación que se torna más importante y sensible cuando dichas malas prácticas de discriminación se desarrollan en un contexto educacional.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese en el artículo 3 una nueva letra g) en la ley 19.946 del Consumidor la que a continuación se reproduce:
“g) El ingreso de un menor a un establecimiento educacional, no deberá estar condicionado a los antecedentes comerciales del apoderado o sostenedor de éste”
Moción de los señores diputados Morales, Calderón , Estay , Hasbún , Kort , Macaya , Norambuena , Rojas; Rosales y Sandoval .
Obliga a gimnasios y centros deportivos a indicar los efectos y personas aptas para realizar las sesiones de entrenamientos impartidas por dichas instituciones. (boletín N° 7941-03).
“La actividad física representa una buena manera de mantener una salud sin mayores complicaciones, lo que implica una actividad que promueve elementos meritorios para el ser humano, para así mejorar su calidad de vida.
En efecto, una vida sedentaria junto a una mala calidad en la alimentación, conlleva al surgimiento de perniciosos efectos para el organismo, situación que con el correr del tiempo puede llegar a ser fatal para las personas, generando por lo mismo un sin número de consecuencias colaterales de toda índole en el plano personal como en el social.
En resumidas cuentas, y a contrario sensu, una vida de constante actividad deportiva y adecuada alimentación, produciría provechosos efectos en la salud de las personas, mejorando -entre otros aspectos- el sistema cardiovascular, el aumento de la masa corporal, y en general el incremento de un mejor estado físico. Además de lo anterior, se posibilita en el metabolismo de las personas un mejoramiento notable como asimismo en la salud mental de las mismas.
Así las cosas, una de las maneras más habituales para la práctica de ejercicios o deportes (a constituyen los gimnasios o centros de entrenamiento deportivo los cuales proporcionan a las personas convenientes alternativas, fundamentalmente de horarios, a personas que no tienen suficiente tiempo para realizar actividad física.
Frente a esto pensamos que no obstante a existir normativas que regulan la actividad física en nuestro ordenamiento jurídico existe un sensible vacío legal respecto de las personas habilitadas para la práctica de ciertas y determinadas rutinas de ejercicios;
Por ejemplo, en la práctica del. spinning, se puede considerar una actividad no apta para toda clase de personas, ya que se trata de un deporte intenso que requiere una exigencia superior en materia cardiovascular, de manera que eventualmente pudiese generar un perjuicio en todas aquellas personas que posean ciertas anomalías al corazón; o aquellas personas con presión alta; como también en los menores de 15 años, y las mujeres embarazadas.
Frente a lo indicado, pensamos que en la actualidad no existe un sistema que establezca una reglamentación en el sentido de diferenciar las personas que son aptas para la práctica de determinadas sesiones de entrenamiento impartidas en gimnasios, razón por la cual los firmantes del presente proyecto de ley venimos en proponer esta iniciativa, buscando regular ley del consumidor donde existe un claro vacío legislativo al respecto.
Que a partir de lo anterior proponemos la inclusión de una norma que establezca como obligación hacia los gimnasios, el deber de incluir avisos explicativos de los ejercicios que pueden realizarse en tales recintos, con indicación de los efectos que provoca su práctica y quienes no pueden realizarlos, atendido a la naturaleza del entrenamiento.
Confiamos en que iniciativas de este tipo ayudarán a concientizar a las personas de los reales efectos de las rutinas de ejercicio que practican, con el objeto de disminuir tos efectos negativos que pueda acarrear la práctica indiscriminada de ejercicio sin la existencia de la menor supervisión médica.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese un nuevo inciso tercero al artículo 33 de la ley 19.496 sobre protección de los Derechos del Consumidor en el siguiente sentido.
“En los centros de entrenamiento deportivo deberá indicarse mediante instructivos legibles los efectos de la práctica del deporte o ejercicio que se pretende realizar, como también las personas que no si encuentran en condiciones de ejecutarlo”.
Moción de los señores diputados Hasbún , Álvarez-Salamanca, Arenas ; Gutiérrez, don Romilio ; Hernández, Kort ; Morales , Sandoval y Van Rysselberghe , y de la diputada señora Cristi , doña María Angélica .
Obliga a las empresas de casinos a indicar los riesgos que implica la práctica compulsiva de juegos y apuestas en los jugadores. (boletín N° 7942-23).
“La implementación en nuestro país de la nueva ley de casinos ha abierto este mercado en casi la totalidad de las regiones de Chile. Bajo esta perspectiva se han incrementado de una forma importante los puestos de trabajo asociados a esta actividad, como también ha ido en aumento, los beneficios económicos para los municipios en donde tales recintos se encuentran establecidos.
Lo anterior ha propiciado, de un modo evidente, un mayor incremento de la actividad económica; y junto con lo anterior, el mejoramiento integral de las ciudades, fundamentalmente en cuanto a la calidad de vida de los habitantes, situación que genera un claro círculo virtuoso en la sociedad.
Sin perjuicio de lo anterior, nuestra legislación establecida en cuerpos legales como el Código Civil, ven con reticencia a los denominados juegos de azar vinculándolos a los juegos ilícitos, esto es aquellos prohibidos por la ley, contrarios a las buenas costumbres y al orden público.
De esta manera, el legislador considera que la implementación de esta clase de juegos trae aparejado perniciosos efectos para las personas, promoviendo de alguna u otra manera el ocio, la codicia desenfrenada y otros efectos indeseables para La sociedad, situaciones que evidentemente repugnan al legislador.
Así las cosas, el presente proyecto de ley toma los fundamentos anteriormente esgrimidos, pero no desde una perspectiva de prohibición sino desde un punto de vista de advertencia hacia las personas que disfrutan ocasional o continuamente de esta clase de juegos.
En efecto, la presente iniciativa legislativa tiene por objeto advertir a las personas a través de avisos legibles al público que visita estos espacios de juegos, los nocivos efectos que trae aparejado el consumo abusivo y desenfrenado de estas prácticas, como una medida clara de promover la sanidad en las conductas de los jugadores y que en tales circunstancias no se caiga en flagelas nunca bienvenidos y que la sociedad, a través de sus diversas instituciones, pretende execrar.
El juego es definido por la Real Academia Española de la Lengua como el “ejercicio recreativo sometido a las reglas en el cual se gana o se pierde”. Se trata de prácticas presentes desde antiguo, en casi todas las civilizaciones; aunque sin embargo, sólo surgió como patología independiente y a estudiarse como tal en 1975; y sólo en 1980 se produjo su reconocimiento oficial.
Es así como la Ludopatía ha sido definida como un trastorno caracterizado por un pobre control de impulsos que se manifiesta por recurrentes y nocivas conductas de juego.
Las personas que poseen esta condición, manifiestan una progresiva inhabilidad de resistencia a los impulsos de jugar, de tal manera que el juego llega a alterar significativamente su funcionamiento a nivel personal, familiar, financiero, ocupacional y social.
En Chile, en cuanto a su prevalencia, su estudio es escaso ya que no existen datos precisos en la materia; sin embargo se ha estimado que la ludopatía afecta a entre 1 y 3,4% de la población de los Estados Unidos. Esta prevalencia se duplica en áreas donde hay un casino en un radio de 80 Kilómetros.
En cuanto a sus efectos, la ludopatía representa un flagelo cuyos daños son multidimensionales y que abarca ámbitos tan diversos como los familiares, económicos y sociales; existiendo respecto de la personas que lo sufren, una clara segregación de la vida social.
Que atendido a lo indicado el presente proyecto de ley, viene en implementar como normativa obligatoria para las empresas dedicadas al rubro de casino, el indicar a través de avisos claros, los nocivos efectos que trae la ludopatía y la necesidad consecuente de entender al juego como una diversión y no una necesidad.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese una nueva parte final al artículo 9° de la ley 19.995 sobre casino de juegos en el siguiente sentido:
“Sin perjuicio de lo anterior en cada sala de juego deberá indicarse a través de carteles legibles los nocivos efectos que produce la práctica compulsiva de juegos y apuestas en el patrimonio y salud de las personas”.
Moción de los señores diputados Álvarez-Salamanca , Calderón ; Gutiérrez, don Romilio ; Hasbún , Kort , Letelier , Morales y Ulloa , y de las diputadas señoras Cristi , doña María Angélica y Zalaquett , doña Mónica .
Modifica el artículo 20 de la ley N° 19.620, sobre Adopción de Menores, estableciendo que “podrán adoptar aquellos cónyuges que hayan contraído el vínculo matrimonial según el artículo 102 del Código Civil”. (boletín N° 7943-18).
I. ANTECEDENTES.
El acto de adopción consiste en que se tratará legalmente como propio a un hijo que biológicamente no lo es, para brindarle así el afecto y los cuidados necesarios para satisfacer sus necesidades espirituales y materiales.
Las personas aptas legalmente para poder adoptar son; en primer lugar los matrimonios chilenos o extranjeros con residencia permanente en Chile; a falta de ellos, los cónyuges chilenos o extranjeros no residentes en Chile. A falta de matrimonios residentes en Chile o en el extranjero, pueden postular las personas solteros, divorciadas o viudas, chilenas o extranjeras, con residencia permanente en el país. Ahora si hubiere varios interesados solteros o viudos que reúnan similares condiciones, el tribunal preferirá a quien sea pariente consanguíneo del menor de edad, y en su defecto, a quien tenga su cuidado personal.
Para analizar este tema hay que tener presente un principio e interés fundamental el cual tiene por objeto proteger al menor, o sea hay que resguardar siempre el “interés superior del niño”, este principio se encuentra consagrado en el artículo primero de la Ley N° 19620, que señala textual “La adopción tiene por objeto velar por el interés superior del adoptado, y amparar su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no le pueda ser proporcionado por su familia de origen.
La adopción confiere al adoptado el estado civil de hijo respecto del o los adoptantes en los casos y con los requisitos que la presente ley establece”.
El presente proyecto de Ley tiene por objeto regular y resguardar este interés superior plasmado en esta y en otras leyes de familia, como lo es el del “menor'', en este sentido es nuestro deber proteger a estos niños quienes provienen de familias disfuncionales, muchas veces mal tratados y desamparados, por ello es absolutamente necesario dejar de manifiesto que los cónyuges aptos para adoptar deben ser aquellos que hayan contraído el vínculo matrimonial según el Artículo 102 del Código Civil, esto es “Entre un hombre y una mujer.”
Lo que se pretende evitar con el presente proyecto de Ley es la adopción homoparental, la cual consiste en que un niño pueda ser adoptado, y así legalmente sea hijo de los dos miembros de una pareja compuesta por dos personas del mismo sexo.
II. FUNDAMENTOS.
El principal fundamento del presente proyecto de Ley se basa en la lógica interpretación que se debe dar al Artículo 20 de la Ley N° 19620, “Sobre Adopción de Menores”, el cual señala textual; “Podrá otorgarse la adopción a los cónyuges chilenos o extranjeros, con residencia permanente en el país, que tengan dos o más años de matrimonio, que hayan sido evaluados como física, mental, psicológica y moralmente idóneos por alguna de las instituciones a que se refiere el artículo 6°, que sean mayores de veinticinco años y menores de sesenta, y con veinte años o más de diferencia de edad con el menor adoptado. Los cónyuges deberán actuar siempre de consuno en las gestiones que requieran de expresión de voluntad de los adoptantes.”
Para evitar futuras interpretaciones incorrectas o contradictorias en relación a la palabra matrimonio, es pertinente que se introduzca una modificación a dicho cuerpo legal, la cual tiene por objeto plasmar la idea de matrimonio que tuvo en cuenta o en consideración el legislador al momento de redactar dicha Ley, esto es agregar a continuación de la palabra matrimonio lo siguiente “podrán adoptar aquellos cónyuges que hayan contraído el vínculo matrimonial según el artículo 102 del Código Civil”.
Debemos señalar que es de toda lógica salvar esta omisión del legislador, ya que el Código Civil es el cuerpo legal de carácter general en materia de derecho privado, y fue éste concepto de matrimonio el que tuvo en mente el legislador al momento de discutir dicha ley, por ello y para evitar algún tipo de interpretación contradictoria o incorrecta, es de suma relevancia introducir esta modificación en el ya mencionado Artículo 20 de la Ley N° 19620, este concepto se consagra en el Artículo 102 del Código Civil, el que señala textual; “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente”.
En nuestra sociedad el concepto de Matrimonio esta dado por el vínculo contractual entre un hombre y una mujer, quienes se unen entre otros aspectos para procrear, pero como bien es sabido existen muchos matrimonios que por diversos factores no pueden biológicamente ser padres de manera natural, pero si pueden adoptar, por lo que tal cuidado supone evidentemente un vinculo entre padres de distinto sexo, ósea supone per se el trato de “padre-hijo” padre y madre acogedores y el menor, ya que ese trato es propio de la relación biológica natural.
Es fundamental dejar en claro este concepto de matrimonio en dicha Ley, principalmente para proteger el interés superior del menor, ya que en caso de ser adoptado un menor por la figura homoparental, se le privaría deliberadamente al niño del enriquecedor aporte de la diversidad femenino-masculino de la pareja heterosexual y la adjudicación de roles se confundiría. Además se suscitarían problemas de socialización respecto a los niños que mayoritariamente tienen padres y madres de distinto sexo, por ello todo hace prever que los niños adoptados en esas condiciones, tendrán importantes problemas de conducta, adaptación, y rebeldía, entre otros.
El presente proyecto solo tiene por objeto cumplir con este interés superior y además dar estricto cumplimiento a las leyes vigentes y tratados internacionales suscritos por chile, como los siguientes; Decreto N° 830, publicado el día 27-09-1990, Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre Convención Sobre los Derechos del Niño; en su Artículo 3° señala textual; “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”. Decreto N° 1215, publicado con fecha 04-10-1999, Ministerio de Relaciones Exteriores “Sobre la Convención Sobre Protección del Niño y Cooperación en Materia de Adopción Internacional”; establece textualmente; “Los Estados signatarios de la presente Convención, Reconociendo que el niño, para el desarrollo pleno y armónico de su personalidad, debería crecer en un ambiente de familia y en una atmósfera de felicidad, amor y comprensión...”
Todos estos tratados consagran el principio del interés superior del menor, fortaleciéndolo, de lo contrario se transgrediría el principio II de la declaración universal de los derechos del niño, en cuánto establece que al dictar leyes que atañen al niño se tomará exclusivamente el interés de éste como objetivo.
III. OBJETIVOS DEL PROYECTO.
Según los fundamentos planteados anteriormente es de suma relevancia plasmar y consagrar en el Artículo 20 de la Ley N° 19620, el concepto de Matrimonio, que se encuentra consagrado en el Artículo 102 del Código Civil, lo que tiene por objeto evitar futuras interpretaciones erróneas o contradictorias a lo que tuvo en mente el legislador de la época, esto es referirse al matrimonio compuesto entre un hombre y una mujer, tal como lo consagra nuestro Código Civil.
Modificaciones que se proponen en la presente moción:
De acuerdo a lo expuesto, proponemos modificar el artículo 20 de la Ley N° 19620, “Sobre Adopción de Menores”, el cual señala en la actualidad; “Podrá otorgarse la adopción a los cónyuges chilenos o extranjeros, con residencia permanente en el país, que tengan dos o más años de matrimonio, que hayan sido evaluados como física, mental, psicológica y moralmente idóneos por alguna de las instituciones a que se refiere el artículo 6°, que sean mayores de veinticinco años y menores de sesenta, y con veinte años o más de diferencia de edad con el menor adoptado. Los cónyuges deberán actuar siempre de consuno en las gestiones que requieran de expresión de voluntad de los adoptantes.”
Modificación propuesta:
Artículo 20 de la Ley N° 19620: “Podrá otorgarse la adopción a los cónyuges chilenos o extranjeros, con residencia permanente en el país, que tengan dos o más años de matrimonio, que hayan contraído el vínculo según el artículo 102 del Código Civil”.
PROYECTO DE LEY.
Artículo 20 de la Ley N° 19.620: “Podrá otorgarse la adopción a los cónyuges chilenos o extranjeros, con residencia permanente en el país, que tengan dos o más años de matrimonio según el artículo 102 del Código Civil, que hayan sido evaluados como física, mental, psicológica y moralmente idóneos por alguna de las instituciones a que se refiere el artículo 60, que sean mayores de veinticinco años y menores de sesenta, y con veinte años o más de diferencia de edad con el menor adoptado. Los cónyuges deberán actuar siempre de consuno en las gestiones que requieran de expresión de voluntad de los adoptantes.”
23. Oficio de la Excma. Corte Suprema.
?Santiago, 9 de septiembre de 2011.
En sesión de 5 de septiembre en curso el Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema tomó conocimiento del Oficio N° 9676, de 30 de agosto último, en el que la H. Cámara de Diputados, a través de su Presidente , manifiesta no aceptar la imputación de falta de observancia de los plazos establecidos en la Constitución Política y en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que se habría formulado con motivo del informe evacuado por esta Corte respecto del Proyecto de Ley que crea el Tribunal Ambiental (Oficio N° 130-2011), y rechazar, asimismo, una supuesta falta de deferencia con el Máximo Tribunal de la República.
Al respecto cabe señalar que la intención de la Corte Suprema ha sido únicamente advertir una omisión que pudo ser salvada de haberse considerado el informe que corresponde evacuar a este Tribunal antes del despacho del trámite legislativo pertinente. Lo anterior, en concordancia al acuerdo que se lograra, verbalmente, con ocasión de la visita protocolar que el Presidente que suscribe realizara al ex Presidente del Senado , señor Jorge Pizarro Soto , con motivo de su asunción en ese cargo, como asimismo a lo convenido con la ex Presidenta de la Cámara de Diputados , señora Alejandra Sepúlveda Órbenes y los demás integrantes de la mesa directiva de dicha Corporación, con ocasión de la visita protocolar que realizaron a quien suscribe.
La Corte Suprema que presido reitera que en su actuar con los otros Poderes del Estado mantendrá siempre las mejores relaciones y abogará por el cumplimiento de los plazos establecidos en la Constitución y la ley para el despacho de los proyectos que se refieran a la organización y atribuciones de los tribunales de justicia.
Anhelando que esta comunicación clarifique lo ocurrido en pos de la compartida idea de cordialidad cívica que debe primar en las relaciones de ambos poderes del Estado, saluda atentamente a V.E.
(Fdo.): MILTON JUICA ARANCIBIA , Presidente de la Corte Suprema .
AL SEÑOR
PATRICIO MELERO ABAROA
PRESIDENTE
VALPARAÍSO”.
24. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 22 de septiembre de 2011.
Oficio N° 6.656
Remite sentencia.
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 22 de septiembre de 2011 en los autos Rol N° 2.074-11-CPR, proyecto de ley rela-
tivo al procedimiento aplicable para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores. (boletín N° 7256-03).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RAÚL BERTELSEN REPETTO , Presidente ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN , Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO MELERO ABAROA
VALPARAÍSO.”
25. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 22 de septiembre de 2011.
Oficio N° 6.659
Remite sentencia.
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 22 de septiembre 2011 en los autos Rol N° 2061-11-CPR, sobre control de constitucionalidad del proyecto de ley que crea el Ministerio de Desarrollo Social (boletín N° 7196-06).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RAÚL BERTELSEN REPETTO , Presidente ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN , Secretaria.
A S.E. EL
PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO MELERO ABAROA
VALPARAÍSO.”