Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- X . Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Claudia Nogueira Fernandez
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Marcela Constanza Sabat Fernandez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- XI . Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- PETICIÓN DE OFICIO : Gustavo Hasbun Selume
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Clemira Pacheco Rivas
- PETICIÓN DE OFICIO : Clemira Pacheco Rivas
- PETICIÓN DE OFICIO : Clemira Pacheco Rivas
- PETICIÓN DE OFICIO : Clemira Pacheco Rivas
- PETICIÓN DE OFICIO : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Pepe Auth Stewart
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Clemira Pacheco Rivas
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN INVESTIGADORA DE LAS EVENTUALES IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS PREVISIONALES A EXONERADOS POLÍTICOS
- DEBATE
- ENVÍO DE PROYECTO DE SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL A COMISIÓN DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN.
- CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN INVESTIGADORA DE LAS EVENTUALES IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS PREVISIONALES A EXONERADOS POLÍTICOS
- V. ORDEN DEL DÍA
- AUMENTO DE PLANTAS EN GRADO DE CONTRAALMIRANTE. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Alejandro Santana Tirachini
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- DEBATE
- DEBATE
- PROYECTO APROBATORIO DEL PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rene Fernando Saffirio Espinoza
- INTERVENCIÓN : Jose Manuel Edwards Silva
- DEBATE
- PROYECTO APROBATORIO DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO RELATIVO AL DESEMPEÑO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS POR PARTE DE FAMILIARES DEPENDIENTES DE SUS FUNCIONARIOS EN CHILE. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rene Fernando Saffirio Espinoza
- DEBATE
- INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA SOBRE INVESTIGACIÓN RELATIVA A EVENTUALES RESPONSABILIDADES POLÍTICAS O ADMINISTRATIVAS EN INCENDIO DEL CENTRO DE DETENCIÓN PREVENTIVA DE SAN MIGUEL.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Arturo Squella Ovalle
- INTERVENCIÓN : Guillermo Leon Teillier Del Valle
- INTERVENCIÓN : Ernesto Silva Mendez
- INTERVENCIÓN : Felipe Harboe Bascunan
- INTERVENCIÓN : Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- INTERVENCIÓN : Arturo Squella Ovalle
- INTERVENCIÓN : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- DEBATE
- AUMENTO DE PLANTAS EN GRADO DE CONTRAALMIRANTE. Segundo trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- CREACIÓN DE CENTROS RESIDENCIALES PARA ADULTOS MAYORES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Jose Perez Arriagada
- Enrique Accorsi Opazo
- Guillermo Leon Teillier Del Valle
- Ramon Farias Ponce
- Marcos Espinosa Monardes
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Fernando Meza Moncada
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Felipe Harboe Bascunan
- Ximena Vidal Lazaro
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Jose Perez Arriagada
- INTERVENCIÓN : Pedro Antonio Velasquez Seguel
- ANTECEDENTE
- PROGRAMA GUBERNAMENTAL DE AYUDAS TÉCNICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Marcela Constanza Sabat Fernandez
- Andrea Molina Oliva
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Enrique Accorsi Opazo
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Pedro Araya Guerrero
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Leopoldo Perez Lahsen
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Victor Marcelo Torres Jeldes
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- CREACIÓN DE CENTROS RESIDENCIALES PARA ADULTOS MAYORES.
- VII. INCIDENTES
- INVESTIGACIÓN DE NEGLIGENCIA MÉDICA EN CONSULTORIO DE EL MONTE Y APOYO A FAMILIA DE JOVEN AFECTADO. Oficios.
- PREOCUPACIÓN POR INDISCRIMINADA EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS DESDE LECHO DE RÍO BIOBÍO. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE PRIORIDAD DE PAVIMENTACIÓN O ASFALTADO DE CAMINOS DE PROVINCIA DE BIOBÍO. Oficios.
- AYUDA PARA POBLADORES EN RIESGO SOCIAL QUE DEBEN ABANDONAR SUS INMUEBLES A CAUSA DE REPARACIONES. Oficios.
- ADHESION
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Felipe Harboe Bascunan
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- PREOCUPACIÓN POR REITERADOS CORTES EN EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN LOCALIDADES DE COMUNA DE COPIAPÓ. Oficios.
- FISCALIZACIÓN DE OBRAS ILEGALES Y EVALUACIÓN DE DAÑO AMBIENTAL EN SITIO ARQUEOLÓGICO DE MONTE VERDE, EN PUERTO MONTT. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Pepe Auth Stewart
- Sergio Bobadilla Munoz
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Juan Carlos Latorre Carmona
- Jose Perez Arriagada
- Leopoldo Perez Lahsen
- Matias Walker Prieto
- Carolina Goic Boroevic
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 359ª
Sesión 92ª, en jueves 6 de octubre de 2011
(Ordinaria, de 10.11 a 13.29 horas)
Presidencia de los señores Araya Guerrero, don Pedro, y Bertolino Rendic, don Mario Presidencia accidental del señor Ascencio Mansilla, don Gabriel
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián. Prosecretario accidental , el señor Landeros Perkic, don Miguel
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 10
II. Apertura de la sesión 13
III. Actas 13
IV. Cuenta 13
- Constitución de Comisión Investigadora de las eventuales irregularidades en el proceso de otorgamiento de beneficios previsionales a exonerados políticos 13
- Envío de proyecto de subvención escolar preferencial a Comisión de Educación, Deportes y Recreación 14
V. Orden del Día.
- Aumento de plantas en grado de contraalmirante. Segundo trámite constitucional 17
- Proyecto aprobatorio del protocolo adicional al tratado constitutivo de Unasur sobre compromiso con la democracia. Primer trámite constitucional 26
- Proyecto aprobatorio del acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo relativo al desempeño de actividades remuneradas por parte de familiares dependientes de sus funcionarios en Chile. Primer trámite constitucional 31
- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia sobre investigación relativa a eventuales responsabilidades políticas o administrativas en incendio del Centro de Detención Preventiva de San Miguel 33
VI. Proyectos de acuerdo.
- Creación de centros residenciales para adultos mayores 50
- Programa gubernamental de ayudas técnicas para personas con discapacidad en situación de dependencia 51
VII. Incidentes.
- Investigación de negligencia médica en consultorio de El Monte y apoyo a familia de joven afectado. Oficios 53
- Preocupación por indiscriminada extracción de áridos desde lecho de río Biobío. Oficios 54
- Información sobre prioridad de pavimentación o asfaltado de caminos de provincia de Biobío. Oficios 55
- Ayuda para pobladores en riesgo social que deben abandonar sus inmuebles a causa de reparaciones. Oficios 55
Pág.
VIII. Anexo de sesión.
Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes 57
- Preocupación por reiterados cortes en el suministro de agua potable en localidades de comuna de Copiapó. Oficios 57
- Fiscalización de obras ilegales y evaluación de daño ambiental en sitio arqueológico de Monte Verde, en Puerto Montt. Oficios 58
IX. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto que “Fortalece el resguardo del orden público.”. (boletín N° 7975-25.) 60
2. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto que “Establece elección directa de los Consejeros Regionales.”. (boletín N° 7923-06.) 60
3. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, con modificaciones, el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, que “Fomenta el Mercado de Cruceros Turísticos.”. (boletines N°s 7528-06 y 7285-06 (Refundidos).) 61
4. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en mensaje sobre el “Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Consejo Federal Suizo sobre el ejercicio de actividades remuneradas por parte de los familiares dependientes de miembros de las misiones diplomáticas, representaciones consulares y misiones permanentes”, suscrito en Santiago, Chile, el 16 de marzo de 2011.”. (boletín N° 7775-10) (S) 62
5. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos, el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, que “Denomina Ruka Moñen Tayu Folil, Juan Cayupi Huechicura al Museo Folclórico Araucano Juan Antonio Ríos.”. (boletín N° 7023-24) 62
6. Primer informe de la Comisión de Trabajo recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, que “Crea la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, fortalece el rol de la Superintendencia de Seguridad Social y actualiza sus atribuciones y funciones.”. (boletín N° 7829-13) 63
7. Moción de los diputados señores Torres, Auth, Bobadilla, García, don René Manuel; Latorre, Pérez, don José; Pérez, don Leopoldo, y Walker y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina, y Sepúlveda, doña Alejandra, que “Incorpora obligatoriedad en el uso de sillas por menores de edad en buses interurbanos”. (boletín N° 7985-15) 90
- Oficios del Tribunal Constitucional por los cuales pone en conocimiento de la Cámara de Diputados los siguientes requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad:
8. artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. Rol 2034-11-INA. (6695). 91
9. artículo 41 del DFL 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas. Rol 2043-11-INA. (6698). 92
X. Otros documentos de la Cuenta.
1. Petición de 54 señores diputados quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, N° 1, letra c) de la Constitución Política de la República y el artículo 297 del Reglamento de la Corporación, solicitan “Mandatar a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para que se constituya en Comisión Investigadora, con el objeto de indagar acerca de posibles irregularidades en el proceso de otorgamiento de beneficios previsionales a Exonerados Políticos, por parte de la autoridad competente, y las eventuales participaciones de parlamentarios, ex parlamentarios, ministros, subsecretarios, funcionarios públicos, jefes de servicio y cualquier otra autoridad pública que de alguna manera haya participado en dicho proceso. Para estos efectos, la referida Comisión podrá investigar todo lo relacionado con el beneficio creado en 1993 por la Ley N° 19.234, incluyendo las modificaciones introducidas por las leyes Nos 19.582 y 19.881. Para cumplir con su objetivo, la Comisión tendrá un plazo de 60 días desde su constitución y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional”.
2. Comunicación de la diputada señora Nogueira, doña Claudia, quién acompaña licencia médica por la cual acredita que deberá permanecer en reposo por un plazo de 02 días, a contar del 06 de octubre en curso.
3. Oficios:
- De la Comisión Especial de Turismo, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que le sea remitido el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica la ley N° 19.995, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego, en materia de prevención de la adicción al juego.”, actualmente en la Comisión de Gobierno Interior. (boletín N° 6096-06) (S).
- De la Comisión Especial de la Juventud, por el cual informa que procedió a constituirse y a elegir como Presidenta a la diputada señora Sabat, doña Marcela. Solicita, además, el asentimiento de la Sala para celebrar sus sesiones ordinarias los días jueves de 11:00 a 12:00 horas, en consideración a que no existe otra disponibilidad de horario, debido a la cantidad de Comisiones actualmente en marcha.
Respuestas a oficios Cuenta 92ª
Ministerio de Interior:
- Diputado De Urresti, Solicita informar sobre el estado del proyecto para la construcción del cuartel de la Quinta Compañía de Bomberos de Valdivia, en la Región de Los Ríos. (2295 al 4443).
Ministerio de Justicia:
- Diputado Harboe, Número de internos de las galerías 4 y 5 de la ex penitenciaría que han sido trasladados a otros recintos. (6925 al 3976).
- Diputado Schilling, Determinación adoptada o por adoptar respecto de las funciones de las Corporaciones de Asistencia Judicial, particularmente en la atención integral a las víctimas de delitos violentos y las medidas dispuestas para su puesta en práctica, especialmente en lo relativo a las reparaciones (6927 al 3717).
- Diputado Vargas, Posibilidad de otorgar un indulto particular a la pastora aymara Gabriela Blas (6963 al 2234).
Ministerio de Defensa Nacional:
- Diputada Molina doña Andrea, Informe el detalle de las naves que desembarcaron los días 30 y 31 de agosto en Ventanas, la investigación realizada y sus conclusiones, además de los movimientos en las fechas indicadas del navío Bow Andino. (8730 al 4618).
Ministerio de Agricultura:
- Diputado García don René Manuel, Solicita informar sobre eventuales irregularidades ocurridas con motivo de la Feria Expomundo Rural de Villarrica, realizada por el Instituto de Desarrollo Agropecuario, entre los días 3 y 6 de febrero del año en curso. (721 al 2817).
- Diputado Espinoza don Fidel, Remite copia de su intervención, y de una carta dirigida a S.E. el Presidente de la República por la comunidad indígena Nielay Mapu, en la que solicita la restitución a dominio fiscal de una superficie de 3.020 hectáreas, en la comuna de Puyehue, en la provincia de Osorno, en actual posesión del Club Andino de Osorno, para luego ser distribuida entre aquellos de sus socios que no poseen tierras; y, además, solicita instruir a la Corporación Nacional Forestal remitir a esta Cámara un informe, en los términos referidos en la intervención anexa, sobre la concesión de un complejo turístico perteneciente a dicha entidad, en la comuna antes señalada. (723 al 2203).
Ministerio de Bienes Nacionales:
- Diputado Díaz don Marcelo, Solicita gestionar la entrega, por la vía legal pertinente, del edificio de la ex estación de trenes de El Molle, en la comuna de Vicuña, para el establecimiento en él de la sede social del club de adultos mayores de la mencionada localidad. (649 al 2190).
Ministerio de Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Marinovic, Solicita agilizar, con el mérito de los antecedentes acompañados, la tramitación de pensiones de gracia para los estibadores de la Región de Magallanes y Antártica Chilena (12383 al 817).
Ministerio de Salud:
- Diputado Robles, Solicita informar sobre las medidas adoptadas para asegurar la continuidad en el tratamiento y rehabilitación por consumo de drogas de pacientes beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, afectados por el problema de traspaso de recursos desde el Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes a los diferentes centros del país encargados de esa tarea. (3288 al 2542).
- Diputada Pacheco doña Clemira, Solicita medidas tendientes a la renovación del convenio que permite mantener el funcionamiento las veinticuatro horas del día del SAPU -servicio de atención primaria de urgencia- de Dichato, y que se monitoree la calidad de las aguas que consumen las aldeas de damnificados de las comunas de Coronel, Penco y Tomé, cuyo abastecimiento se realiza mediante camiones aljibes y estanques de acopio, y se realicen fumigaciones en los predios donde se emplazan, particularmente en el Campamento Coihueco de Penco (3289 al 2562).
- Diputada Pascal doña Denise, Razones tenidas en consideración para eliminar el programa de atención domiciliaria de pacientes, del hospital de Melipilla, dejando fuera de cobertura médica a cera de 200 enfermos. (3292 al 4356).
Ministerio de Cultura y de las Artes:
- Diputado Latorre, Informe a esta Cámara sobre la existencia de presuntas irregularidades, que constituirían infracción a las normas del estatuto de protección de la maternidad, en el Consejo de la Cultura y las Artes. (1028 al 4603).
Intendencias:
- Diputado De Urresti, Solicita remitir información relacionada con los fondos del gobierno regional provenientes de la recaudación de los impuestos que genera el Casino de Juegos Dreams. (2314 al 4554).
XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- Diputado Hasbún, Informe si el procedimiento de detención de la señora Gabriela Patricia Garcés Hidalgo se ajustó a la legalidad y, de no ser así, aplique las medidas correspondientes. (4779 de 28/09/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado De Urresti, Estudie e informe sobre la factibilidad de convertir en un retén el actual Centro de Atención Inmediata de Carabineros de Chile en Las Ánimas, y avance en la mayor dotación e infraestructura de esta institución en la zona. (4796 de 28/09/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputada Pacheco doña Clemira, Informe la existencia de recursos comprometidos por el Ministerio de Planificación para la reparación o reconstrucción de templos afectados por el terremoto; las sumas traspasadas para estos fines y sus destinatarios, por comuna; la forma acordada con las agrupaciones de iglesias para su distribución local, y la existencia de recursos aún no distribuidos, con la forma, plazo y condiciones en que serán entregados y sus destinatarios. (4805 de 30/09/2011). A Ministerio de Planificación y Cooperación.
- Diputada Pacheco doña Clemira, Informe la existencia de recursos comprometidos por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública para la reparación o reconstrucción de templos afectados por el terremoto; las sumas traspasadas para estos fines y sus destinatarios, por comuna; la forma acordada con las agrupaciones de iglesias para su distribución local, y la existencia de recursos aún no distribuidos, con la forma, plazo y condiciones en que serán entregados y sus destinatarios. (4806 de 30/09/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputada Pacheco doña Clemira, Informe la existencia de recursos comprometidos por el Ministerio de Obras Públicas para la reparación o reconstrucción de templos afectados por el terremoto; las sumas traspasadas para estos fines y sus destinatarios, por comuna; la forma acordada con las agrupaciones de iglesias para su distribución local, y la existencia de recursos aún no distribuidos, con la forma, plazo y condiciones en que serán entregados y sus destinatarios. (4807 de 30/09/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputada Pacheco doña Clemira, Informe la existencia de recursos comprometidos por el Ministerio de Defensa Nacional para la reparación o reconstrucción de templos afectados por el terremoto; las sumas traspasadas para estos fines y sus destinatarios, por comuna; la forma acordada con las agrupaciones de iglesias para su distribución local, y la existencia de recursos aún no distribuidos, con la forma, plazo y condiciones en que serán entregados y sus destinatarios. (4808 de 30/09/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Marinovic, Fiscalice la seguridad de los trabajadores en la forma y en los volúmenes de producción de la empresa Methanex e informe respecto a lo solicitado en el oficio 1.129 de 6 de abril de 2011. (4809 de 30/09/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado Auth, Informe si obran en su poder antecedentes de la situación de los alumnos del Colegio Rubén Darío de Maipú, si existe un procedimiento administrativo en contra de este establecimiento y, de ser así, si es efectivo que los alumnos se encuentran imposibilitados de aprobar el año escolar. (4810 de 30/09/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado Sandoval, Informe los argumentos esgrimidos por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado para oponerse a la tramitación de la propiedad del señor Guillermo Orellana Troncoso. (4811 de 04/10/2011). A Ministerio de Bienes Nacionales.
- Diputado Sandoval, Informe los motivos por los cuales el señor Lindor Enrique Velásquez Uribe fue el único peticionario no considerado para los arrendamientos oficiales del predio Río Maullín, y sus opciones para poder acceder a parte de los terrenos que aún no tienen ocupantes. (4812 de 04/10/2011). A Ministerio de Bienes Nacionales.
- Diputado Sandoval, Informe los motivos por los cuales el señor Lindor Enrique Velásquez Uribe fue el único peticionario no considerado para los arrendamientos oficiales del predio Río Maullín, y sus opciones para poder acceder a parte de los terrenos que aún no tienen ocupantes. (4812 de 04/10/2011). A señor Lindor Enrique Velásquez Uribe.
- Diputada Pacheco doña Clemira, Informe sobre el estudio de factibilidad de construcción en el terreno del Serviu tomado por 30 familias de la población Villa Louta, y quién lo realizó. (4814 de 04/10/2011). A director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Biobío.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (107)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Alinco Bustos René PRO XI 59
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PRI II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Cerda García, Eduardo PDC V 10
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto IND XIV 53
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
Kort Garriga, Issa Farid UDI VI 32
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Rosales Guzmán, Joel UDI VIII 47
Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Oliva, Andrea UDI V 10
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Morales Muñoz Celso UDI VII 36
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PRI VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1
Velásquez Seguel, Pedro IND IV 8
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20
-Por encontrarse en misión oficial no estuvieron presentes los diputados señores Patricio Melero y Carlos Recondo. -
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.11 horas.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- El acta de la sesión 86ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 87ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
-o-
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- La Comisión Especial de Turismo solicita el asentimiento de la Sala para que se le remita el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 19.995, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego, en materia de prevención de la adicción al juego, actualmente en la Comisión de Gobierno Interior. (Boletín N° 6096-06(S).
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
-o-
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- La Comisión Especial de la Juventud solicita el asentimiento de la Sala, para celebrar sus sesiones ordinarias los días jueves, de 11.00 a 12.00 horas, en consideración a que no existe otra disponibilidad de horario, debido a la cantidad de comisiones actualmente en funcionamiento.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN INVESTIGADORA DE LAS EVENTUALES IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS PREVISIONALES A EXONERADOS POLÍTICOS
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Recabo el asentimiento de la Sala, en orden a acceder a la petición de cincuenta y cuatro señores diputados, quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, N° 1, letra c) de la Constitución Política de la República y el artículo 297 del Reglamento de la Corporación, solicitan mandatar a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para que se constituya en Investigadora de las posibles irregularidades en el proceso de otorgamiento de beneficios previsionales a Exonerados Políticos, por parte de la autoridad competente, y la eventual participación de parlamentarios, ex parlamentarios, ministros, subsecretarios, funcionarios públicos, jefes de servicio y cualquier otra autoridad pública que, de alguna manera, haya participado en dicho proceso.
Para estos efectos, la referida Comisión podrá investigar todo lo relacionado con el beneficio creado en 1993 por la ley N° 19.234, incluyendo las modificaciones introducidas por las leyes N°s 19.582 y 19.881. Para cumplir con su objetivo, la Comisión tendrá un plazo de sesenta días desde su constitución y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.
No hay acuerdo.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Lemus Aracena Luis; Rosales Guzmán Joel; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
ENVÍO DE PROYECTO DE SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL A COMISIÓN DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Cornejo.
El señor CORNEJO.- Señor Presidente , solicito que el proyecto de ley, que figura en el primer lugar de la Tabla, que modifica la ley N° 20.248, de subvención escolar preferencial, sea enviado a la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, para que cumpla su trámite, sobre la base de dos fundamentos principales.
Como se recordará, por unanimidad, la Cámara envió un oficio al señor Contralor General de la República , con el objeto de que investigara -cuestión que está haciendo- el uso de estos recursos destinados a la subvención escolar preferencial, fundado en los dichos vertidos en la Comisión de Educación por el propio presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades de la época, donde expresó que en diversos municipios -sin señalar cuáles- se habían ocupado estos recursos para fines distintos de los que establece la ley.
En esta materia, hay algunas modificaciones que introdujo el Senado al proyecto, particularmente al artículo 15 transitorio, que establece una norma que autoriza el gasto de un porcentaje de los recursos para fines distintos de los establecidos en la ley.
En consecuencia, me parece del todo razonable que, habiendo una petición unánime de la Cámara de Diputados, más la investigación que está realizando la Contraloría General de la República, se revise la introducción de esta norma que, de algún modo, puede cambiar el acuerdo primitivo de esta Cámara en cuanto a la petición efectuada a Contraloría.
Me parece prudente obtener información detallada de algún miembro de la Comisión de Educación respecto de aquellos artículos que introdujo el Senado a través de sus modificaciones y que no hemos conocido, o bien, que alguien nos explique en forma pormenorizada, antes de votar, cuáles son los alcances y el sentido de lo que vamos a sancionar.
Por otra parte, el ministro de la Cartera no está presente en la sesión, no obstante que se trata de un tema de mucha relevancia, particularmente ahora, cuando todo el mundo está preocupado de la educación, de su financiamiento y del mejoramiento de la calidad de la misma.
Por último, dado que aquí hay aumento de recursos, o al menos recursos involucrados, tengo la duda de si debiera haber o no un pronunciamiento de la Comisión de Hacienda de la Cámara sobre el proyecto. No tengo certeza sobre ello, pero me parece que sería prudente. En todo caso, aún tenemos tiempo para examinar la materia.
He dicho.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra la diputada señora María José Hoffmann.
La señora HOFFMANN (doña María José).- Señor Presidente , quiero aclarar al diputado Cornejo y a la Sala su duda y, a la vez, hacer una propuesta.
Efectivamente, se trata de un proyecto importante, sobre todo, porque sabemos la crisis que estamos viviendo. Este proyecto entró a tramitación legislativa hace casi un año y fue aprobado por amplia mayoría en ambas Cámaras.
Por lo tanto, propongo que se recabe el acuerdo de la Sala para que ingrese el subsecretario de Educación , a fin de que explique los cambios propuestos por el Senado, los que se generaron en conjunto con la Oposición. El proyecto va en beneficio del 40 por ciento de los niños que se encuentran en situación más vulnerable.
Estamos a punto de cumplir un año de tramitación del proyecto y las municipalidades han perdido miles de millones de pesos ya que no han podido recibir estos beneficios porque nosotros no hemos sido capaces de ponernos de acuerdo.
Por tanto -repito-, solicito que se recabe el parecer de la Sala para que ingrese el subsecretario de Educación. Es importante aprobar estos recursos que, como he dicho, beneficia a una importante cantidad de niños. Eso es jugarse por la educación.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.
El señor MONTES.- Señor Presidente , como aquí se ha dicho, éste es un proyecto muy importante. La Cámara de Diputados lo despachó en menos de tres meses. La Derecha forzó las cosas para que así fuera y no hubo tiempo siquiera para debatir, porque tenía urgencia. Ingresó en enero al Senado y recién en octubre estamos tratando las modificaciones que esa cámara le introdujo. Por tanto, es legítimo que algunos diputados planteen la posibilidad de analizar bien los cambios, lo que no va a alterar mayormente el tiempo, porque se podría haber puesto urgencias distintas hace dos, tres o cuatro meses.
Creo que es legítimo lo que se plantea, pero me parece muy complejo que hayamos entrado a la discusión sin el respectivo informe de Hacienda . Aquí hay un incremento de gastos; por tanto, deberíamos tener el informe financiero anterior y el actual para ver el delta que se genera.
Encuentro legítimo lo que se plantea. Reconozco que si hubiera estado presente el ministro la situación hubiera sido distinta; sin embargo, éste no se encuentra presente en la Sala.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Sergio Bobadilla.
El señor BOBADILLA.- Señor Presidente , sin el ánimo de polemizar, pienso que estamos postergando las posibilidades de entregar beneficios directos a los niños en condición más vulnerable. Muchos hablan de la vulnerabilidad y de la falta de recursos, pero cuando estamos frente a un proyecto que efectivamente quiere enfrentar el tema con oportunidad, tenemos que lamentar las peticiones que aquí se hacen para seguir postergando y dilatando la entrega de estos beneficios que, sin duda, van a beneficiar a miles de alumnos en condición de vulnerabilidad a lo largo del país.
Por tanto, sugiero que demos al proyecto la tramitación más rápida posible para no seguir postergando la entrega de estos recursos a los municipios.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado don José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente , quiero ser muy preciso: por este tipo de situaciones la Cámara de Diputados obtiene adhesiones tan bajas en las encuestas. Debemos respetarnos como institución. Una demora de veinticuatro horas más para votar este proyecto no va a significar nada.
Por tanto, propongo que se forme una Comisión Unida de Educación y de Hacienda que funcione el martes 11 de octubre en la mañana. De ese modo, el miércoles 12 el proyecto estará en condiciones de ser examinado por la Sala en el primer lugar de la Tabla.
Tenemos que analizar las cifras que se proponen. Además, hay que tener respeto por la comisión técnica, que es la Comisión de Educación. Creo que la “pega” hay que hacerla. Nosotros la hicimos y trabajamos hasta altas horas con mucho esfuerzo; pero nueve meses en el Senado es igual que un parto.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Aldo Cornejo.
El señor CORNEJO.- Señor Presidente, lamento profundamente que se me haya entendido mal o, probablemente, me expliqué mal.
No estoy cuestionando la urgencia del proyecto. Nadie está cuestionando la importancia de la subvención escolar preferencial que, por lo demás, fue creada durante el Gobierno anterior y se le ha dado particular importancia. Lo que estoy planteando es un tema distinto. Lo que estoy diciendo no tiene que ver con juicios de valor respecto del mérito y urgencia del proyecto. Lo que estoy diciendo es que la Cámara de Diputados, por unanimidad, aprobó que el Contralor General de la República investigara el uso de la subvención escolar preferencial. Ese acuerdo unánime se adoptó en una sesión presidida por el diputado señor Becker .
En segundo lugar, aquí hay normas cuyo alcance no conocemos. Una de ellas -no fue aprobada por la Cámara de Diputados en su momento, pero sí por por el Senado- permite el uso de esos recursos en un 15 por ciento para fines distintos de los que establece la ley.
En consecuencia, lo que estoy diciendo es que no me parece adecuado que tengamos que votar un proyecto sin que lo haya examinado la Comisión de Educación, a fin de que esa instancia nos explique el sentido y alcance de las modificaciones introducidas por el Senado. Además, pregunté sobre la necesidad de que la iniciativa fuera examinada por la Comisión de Hacienda. Nada va a cambiar si nos demoramos tres o cuatro días más.
En agosto de 2011, el gasto en subvención escolar preferencial alcanzó a 37 por ciento. No veo cuál es el problema si nos demoramos tres o cuatro días más para tener plena claridad respecto de lo que vamos a votar. No hay ningún parlamentario en esta Sala que no esté de acuerdo con el incremento y con el buen uso de la subvención escolar preferencial, porque apunta a los sectores más vulnerables y a mejorar la calidad de la educación. Eso está fuera de dudas. Lo que estoy planteando es un tema formal. Si no hay acuerdo sobre la materia, pido que cite a reunión de Comités.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado don José Antonio Kast.
El señor KAST.- Señor Presidente , acaba de llegar el subsecretario de Educación . Por tanto, creo que sería muy prudente y razonable que pudiera estar presente en la Sala a fin de resuelva las preguntas que pudieran ir surgiendo, porque se trata de una iniciativa urgente de despachar.
Por lo tanto, pido que recabe la unanimidad de la Sala para que pueda ingresar a la Sala el subsecretario de Educación.
He dicho.
El señor CORNEJO.- Señor Presidente , pido reunión de Comités
.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Cito a reunión de Comités.
Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Continúa la sesión.
Los Comités han acordado retirar de la Tabla de hoy el proyecto de subvención escolar preferencial, el que será tratado en la sesión del próximo martes, en paralelo con la Comisión de Educación. Se votará al término del Orden del Día.
Asimismo, se acordó citar a dicha sesión al ministro de Educación .
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , según entendí, lo que acordaron los Comités fue que la Comisión de Educación sesionará en la mañana del martes, no simultáneamente con la Sala, y que el proyecto se tratará el día martes, en el transcurso del día, luego de lo cual se procederá a la votación, con la presencia del ministro .
Le ruego que me aclare la situación.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Señora diputada , efectivamente, el martes sesionará la Comisión de Educación y el proyecto se votará ese mismo día, al término del Orden del Día, con la presencia del ministro .
V. ORDEN DEL DÍA
AUMENTO DE PLANTAS EN GRADO DE CONTRAALMIRANTE. Segundo trámite constitucional.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Corresponde ocuparse del proyecto, iniciado en mensaje, en segundo trámite constitucional, sobre aumento de plazas en el grado de contraalmirante.
Diputados informantes de las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda son los señores Ignacio Urrutia y Alejandro Santana, respectivamente.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín N° 7687-02, sesión 60ª, en 21 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 12.
-Informe de la Comisión de Defensa Nacional, sesión 75ª, en 30 de agosto de 2011. Documentos de la Cuenta N° 11.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 91ª, en 5 de octubre de 2011. Documentos de la Cuenta N° 5.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia, informante de la Comisión de Defensa Nacional.
El señor URRUTIA (de pie).- Señor Presidente , paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley sobre aumento de plazas en el grado de contraalmirante, iniciado en mensaje de su excelencia, el Presidente de la República .
El proyecto no ha sido calificado con urgencia.
Constancias reglamentarias previas.
1. La idea matriz o fundamental del proyecto es otorgar una mayor flexibilidad en la conformación y estructura de un escalafón moderno de ejecutivos e ingenieros navales y del alto mando naval, aumentando las plazas de contraalmirantes y disminuyendo las de capitanes de navío, con la finalidad de satisfacer la creciente demanda de la actividad naval y los nuevos desafíos de la institución.
2. Normas de carácter orgánico constitucional.
No hay.
3. Normas de quórum calificado.
No hay.
4. Normas que requieren trámite de Hacienda.
Se encuentra en esta situación el artículo 2° del proyecto en informe.
5. El proyecto fue aprobado, en general, por mayoría, en sesión 44ª, de fecha 16 de agosto del año en curso.
Fundamentos del proyecto.
El mensaje señala que en los últimos años ha existido un aumento significativo del quehacer del país en diferentes áreas de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional, de las cuales no ha estado ajena la Armada.
Añade que la iniciativa legal busca otorgar una mayor flexibilidad en la conformación y estructuración de los Escalafones y del Alto Mando Naval , facilitando la proposición de ascenso de Oficiales Superiores y su posterior nombramiento en un cargo del nivel de mando y administración institucional, que en la actualidad requiere de un oficial general.
Lo propuesto se fundamenta en dos razones:
1. Reorganización de las Zonas Navales y creación de la Quinta Zona Naval, con puerto base en la ciudad de Puerto Montt, que cuenta con la organización de apoyo de la actual dotación del ex distrito naval de Chiloé. Explica que hoy en día la Comandancia en Jefe de la V Zona Naval está al mando de un Capitán de Navío.
2. Desafíos de gestión de la Dirección General de Finanzas de la Armada, referidos a este organismo y a sus órganos técnicos asociados, que son los responsables de la administración superior de todos los recursos financieros institucionales y de tener la representatividad para el cumplimiento de su misión en la conducción y operación de los elementos funcionales logísticos, permitiendo brindar apoyo de servicios de excelencia a las Fuerzas Navales y Conjuntas cuando deban operar en esos escenarios, todo lo cual supone tomar decisiones de alto nivel estratégico, que requieren la presencia de un oficial general.
La creación de las dos nuevas plazas de Contraalmirante posibilitará que el Comandante en Jefe de la Armada pueda, mediante la aplicación de las normas legales vigentes, efectuar proposiciones flexibles para conformar el Alto Mando, y otorgar a las autoridades de Gobierno una estructura militar moderna, con un rol protagónico y activo en la conducción de los delicados asuntos marítimos financieros y logísticos, que contribuyan al cumplimiento de la misión de la Armada.
Resumen del contenido del proyecto aprobado por el Senado.
El proyecto de ley aprobado por el Senado está constituido por tres artículos, cuyo contenido es el siguiente:
El artículo 1° establece los aumentos y disminuciones de las plazas en el Escalafón de Ejecutivos e Ingenieros Navales, para lo cual modifica el decreto con fuerza de ley (G) Reservado N° 1, de 1998, que reemplazó la planta de Oficiales de la Armada , en orden a aumentar en dos plazas el grado de Contraalmirante y disminuir en tres plazas el grado de Capitán de Navío de este Escalafón.
El artículo 2° adecua la ley N° 20.156, que establece que cada vez que se requiera aumentar el número de Capitanes de Navío sobre 100 y hasta 120 Oficiales, debe disminuir el de Capitanes de Fragata y/o de Capitanes de Corbeta en la cantidad que sea necesaria para absorber el costo monetario que signifique el aumento de Oficiales Superiores por el mismo lapso. La presente iniciativa legal modifica esa normativa, en el sentido de establecer que el aumento de Capitanes de Navío surtirá efecto cuando sea “sobre 99 y hasta 119”.
Finalmente, el artículo 3° señala que la fuente de financiamiento en la aplicación de las disposiciones de esta ley será de cargo del presupuesto de la Armada de Chile y no irrogará un mayor gasto fiscal.
Discusión general.
Sometido a votación en general el proyecto se aprobó por 5 votos a favor y 2 abstenciones.
Votaron por la afirmativa los diputados señores Barros, don Ramón ; Martínez, don Rosauro ; Pérez, don José ; Urrutia, don Ignacio, y Ulloa, don Jorge .
Se abstuvieron los diputados señores Burgos, don Jorge , y Hales, don Patricio .
Durante la discusión, el director del Personal de la Armada de Chile , Vicealmirante señor Jorge Ibarra y el Jefe del Departamento de Planificación y Desarrollo de la Dirección de Personal de dicha institución, Capitán de Navío, señor Jorge Terzago , hicieron una detallada exposición acerca del contenido y alcance del proyecto de ley.
Discusión particular.
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazar el artículo 1°.
El fundamento de la indicación radica en que la Secretaría de la Comisión hizo presente que el artículo 2° del texto despachado por el honorable Senado modifica la ley N° 20.156, modificatoria del artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1998, y no el inciso segundo del artículo 2° del referido decreto con fuerza de ley, cuyo texto vigente ya contiene la modificación introducida por la ley N° 20.156.
El Ejecutivo también formuló indicación para suprimir el artículo 2°, por estar contenido en el artículo 1°.
El artículo 3° pasó a ser artículo 2°, sin modificaciones.
Por lo expuesto, la Comisión de Defensa Nacional recomienda la aprobación del proyecto en informe.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Para rendir el informe de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el diputado Alejandro Santana.
El señor SANTANA (de pie).- Señor Presidente , en el nombre de la Comisión de Hacienda paso a informar el proyecto de ley sobre aumento de plazas en el grado de contraalmirante, cuyo propósito es otorgar mayor flexibilidad en la conformación y estructura de un Escalafón moderno de Ejecutivos e Ingenieros Navales y del Alto Mando Naval , en respuesta a los nuevos desafíos institucionales.
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Alfonso Vargas , ministro (S) de Defensa; Andrés Tavolari , abogado del Ministerio de Defensa Nacional; Jorge Ibarra , Vicealmirante, director de Personal de la Armada , y Jorge Terzago , Capitán de Navío, jefe del Departamento de Planificación y Desarrollo de la Dirección de Personal de dicha institución.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 8 de noviembre de 2010, señala que la aplicación del proyecto será de cargo del presupuesto de la Armada de Chile y no significará un mayor gasto fiscal, toda vez que el costo monetario del aumento de dos plazas de Contraalmirantes será absorbido con la disminución de tres plazas de Capitanes de Navío.
En el debate de la Comisión, el señor Alfonso Vargas explicó que el proyecto tiene por objeto aumentar en 2 contraalmirantes la planta del escalafón ejecutivos e ingenieros navales y disminuir 3 plazas de capitán de navío, en el mismo escalafón.
El señor Jorge Terzago señaló que el objetivo de la iniciativa es otorgar una mayor flexibilidad en la estructura y composición del Alto Mando Naval , al poder traspasar, por aplicación de la ley N° 19.960, de 2004, plazas de oficiales generales al escalafón infante de marina, abastecimiento y litoral para la conducción y administración institucional, como también a nivel conjunto, que requieren de un oficial general.
En resumen, el señor Terzago señaló que el proyecto tuvo su génesis en la composición del Alto Mando Naval 2010, donde se considera la creación de una nueva zona naval (quinta zona) y la necesidad de contar con un segundo oficial de abastecimiento, como director general de finanzas. A la fecha, habiéndose conformado el Alto Mando Naval 2011, la distribución de plazas de oficiales generales ha debido reestructurarse considerando otros puestos de mayor relevancia, manteniendo, por necesidades institucionales, 2 plazas de oficial general ejecutivo e ingeniero naval en otros escalafones (abastecimiento y litoral), además de cubrir puestos a nivel conjunto. Por lo anterior, la aprobación del proyecto en análisis permitirá optimizar la composición y estructura de los puestos del Alto Mando Naval para una mejor gestión al estar a cargo de oficiales generales.
El señor Jorge Ibarra sostuvo que la necesidad de contar con 2 contraalmirantes en el escalafón ejecutivo se debe a los puestos que se están cubriendo con almirantes en el Estado Mayor Conjunto, que son 2 este año y 3 el próximo por el cargo en la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos del Ministerio de Defensa Nacional, (Anepe) y por los cargos de relevancia que están siendo cubiertos por almirantes.
La Comisión de Defensa Nacional dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del artículo 2° del proyecto aprobado por ella. Por su parte, la Comisión de Hacienda agregó a su consideración el artículo 1°, en conformidad con el numeral 2°, inciso segundo del artículo 220 del Reglamento de la Corporación.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
Sometidos a votación los artículos 1° y 2° del proyecto de ley, fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes, señores Auth , Godoy , Jaramillo , Macaya , Ortiz , Recondo , Silva y quien habla.
Tratado y acordado en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2011, con la asistencia de los diputados señores Godoy , Auth , Jaramillo , Lorenzini , Macaya , Marinovic , Montes , Ortiz , Recondo , Silva , Von Mühlenbrock y quien habla, según consta en el acta respectiva.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi.
La señora CRISTI (doña María Angélica).- Señor Presidente , mi intervención es para apoyar el proyecto que aumenta las plazas en el grado de contraalmirante en el escalafón de ejecutivos e ingenieros navales, disminuyendo en tres plazas la de capitán de navío en el mismo escalafón.
Esta proposición se basa en un fundamento del mensaje enviado por el Ejecutivo , ya que en los últimos años ha existido un aumento significativo en el quehacer del país en diferentes áreas de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional, de las cuales no ha estado ajena la actividad que le corresponde cumplir a la Armada de Chile.
En este contexto, se encuentra la justificación de la iniciativa que se propone, ya que ella busca una mayor flexibilidad en la conformación y estructuración del escalafón aludido, como también del alto mando naval. Asimismo, facilita la proposición de ascenso de los oficiales superiores y su posterior nombramiento en el cargo a nivel de mandos y administración institucional, que en la actualidad requiere de un oficial general.
La nueva estructura del referido escalafón se fundamenta en dos razones. Primero, la reorganización de zonas navales y, segundo, la creación de la nueva zona naval -quinzona-, como bien han informado los diputados informantes del proyecto, además de los desafíos de gestión en la Dirección General de Finanzas de la Armada.
Es importante destacar que este aumento de las plazas en el grado de contraalmirante no irroga un mayor gasto fiscal, toda vez que es a costa de la disminución de tres plazas en el grado de capitanes de navío, equivalentes en recursos, como también se ha informado, siendo de cargo directo al presupuesto de la Armada.
La Comisión de Defensa ha acogido esta solicitud, con el propósito de cumplir los requerimientos de la Armada para ejercer una mejor función en su quehacer nacional y de apoyo a nuestro país en las tareas que ejecuta con tanta eficiencia.
Por lo tanto, hago un llamado a los señores diputados y a las señoras diputadas a apoyar el proyecto, que va en ayuda de nuestro país y de la propia Armada, y que, como dije, no irroga ningún gasto a nuestro sistema financiero.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , nunca dejan de ser interesantes para el país los temas relacionados con las Fuerzas Armadas, incluso, para aquellos que no tenemos mucho que ver con el tema. Digo que el tema es interesante, porque, constantemente, nuestro país ha estado apoyando a las Fuerzas Armadas, con el objeto de estar precavidos por las diferentes situaciones que nos ha tocado vivir.
En cuanto al proyecto en discusión, cabe preguntarse por qué la Comisión de Hacienda participa en aquello que no tiene costo o no irroga gastos. Como bien señala el proyecto y el diputado informante , señor Santana , el costo monetario de aumentar en dos plazas los contraalmirantes será absorbido con la disminución de tres plazas de capitanes de navío. Sin embargo, cabe preguntarse por qué es necesario disminuir esas tres plazas. La ley N° 20.156 establece que cada vez que se requiera aumentar la cantidad de capitanes de navío sobre cien -incluso habla de hasta ciento veinte-, deberá ser disminuido en el número que sea necesario para absorber el costo monetario que signifique el aumento de capitanes de navío.
Personalmente, no estoy de acuerdo con esta modificación, pero como se trata de un proyecto que debe ser despachado rápidamente -y, por alguna razón, no quedó estipulado en la Comisión el comentario que estoy haciendo- no puede absorberse el costo monetario que signifique el aumento, en este caso de los contraalmirantes, con lo costos que irroga mantener tres capitanes de navío. Como sabemos, los capitanes de navío, de corbeta y de fragata son absolutamente necesarios. Creo que estamos haciendo algo que debió haber sido elaborado con un informe financiero diferente.
Quiero dejar claro el tema, porque no podemos vestir a un santo y desvestir a tres. No estoy de acuerdo con ello. Sin embargo, repito, por la premura y la urgencia del proyecto, era preferente una opinión afirmativa sobre el mismo. Sin embargo, quiero dejar establecido, para la historia fidedigna de la ley, que no es positivo que capitanes de navío tengan que suplir las deficiencias en gasto a la hora de aumentar las plazas de contraalmirantes o almirantes que determine el alto mando de la Armada. Insisto, los capitanes de corbeta, de fragata y de navío son absolutamente necesarios.
En el próximo estudio del Presupuesto de la Nación haré notar que esta situación no me parece, porque, como dije, es desvestir santos para vestir a otro.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.- Señor Presidente , sólo para reafirmar mi abstención al proyecto, que fue la misma posición que sostuve durante la votación que se llevó a cabo en la Comisión.
No me logro convencer de la necesidad y procedencia del proyecto para aumentar estas plazas. Mi falta de convencimiento se debe más bien a la lógica que hay detrás de todo esto, más allá del tema financiero que, como se dijo, no tiene impacto alguno en las arcas fiscales, y si es que lo tuviera, sería mínimo.
Uno entiende que las Fuerzas Armadas, en este caso en particular la Armada, son instituciones piramidales. Es decir, quienes llegan a la parte más alta de la pirámide son los mejores y los menos, como ocurre en todas las instituciones jerárquicas, cuestión que por lo demás es de toda lógica. Sin embargo, suelen presentarse problemas cuando esta pirámide se rompe y en el medio de ésta existen grandes cantidades de cargos de menor rango. Los llaman “bolsones”. Este proyecto, aunque de menor manera, produce ese efecto. Se baja el número de plazas de un cargo inferior al que se quiere aumentar. En otras palabras, menos capitanes de navío y más contraalmirantes. Debería ser exactamente lo contrario. Dicha razón explica mi voto de abstención.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.- Señor Presidente, este proyecto de ley se ha venido conversando desde hace mucho tiempo.
Nuestra preocupación comenzó cuando el gobierno de la Presidenta Bachelet envío a trámite legislativo el proyecto de ley que modificó el Ministerio de Defensa Nacional, el cual aprobamos entusiastamente, porque no teníamos un ministerio técnicamente hablando.
En dicha oportunidad creamos en el Ministerio de Defensa unidades muy importantes, por lo cual se pasó a requerir una mayor cantidad de oficiales generales. En las instituciones de la Defensa Nacional se habla de oficiales generales cuando se trata de generales de brigada, generales de división y, naturalmente, de la máxima autoridad, que es el comandante en jefe del Ejército ; se habla de oficiales generales en la Armada cuando se trata de contraalmirantes, vicealmirantes y del comandante en jefe.
La necesidad de contar con más oficiales generales nació, entonces, de la modificación al Ministerio de Defensa Nacional.
Sin embargo, por prudencia y por la magnitud del cambio, no se hizo la petición de inmediato, la que viene en plasmar una verdadera necesidad cuando se echa a andar la V Zona Naval. Ella tiene una importancia relevante. Chile, durante largos años, contó sólo con tres zonas navales: la I Zona Naval, que abarcaba desde la línea de la Concordia hasta poco más allá del Maule; la II Zona Naval, hasta Chiloé , y la III Zona Naval. En la década del 80 se creó la IV Zona Naval, con asiento en Iquique.
Los señores diputados y señoras diputadas compartirán que, a partir de los 90, el fuerte crecimiento en materia de pesca y acuicultura, especialmente del recurso salmón, hicieron imprescindible la creación de la V Zona Naval, que, a partir del año pasado, tiene su asiento en el antiguo distrito naval Chiloé , es decir, Puerto Montt, donde se requiere la presencia en el mando de un oficial general con el grado de contraalmirante.
La necesidad de contar con dos oficiales generales nuevos viene, por una parte, del establecimiento de la V Zona Naval, que fue una demanda producto del enorme crecimiento del tráfico marítimo. Además, hay que agregar un elemento muy relevante: la necesidad dice relación también con los nuevos desafíos, no sólo para la Marina, sino para todas las instituciones del Estado, cual es ejercer un mayor control en materia de finanzas. En tal sentido, se hace necesario contar con más de un oficial general especializado en finanzas.
Se hace imprescindible que, en materia de finanzas, no sólo la Armada, sino también otras instituciones del Estado, tengan la suficiente visión para establecer un buen control sobre éstas. La necesidad de trasparencia y de un correcto ejercicio en las finanzas hacen imprescindible que la Armada haya resuelto, con la venia del Presidente de la República y del ministro de Defensa Nacional , enviar el proyecto a trámite legislativo, porque, en suma, requiere administrar mejor la institución no sólo para la defensa, sino también para los demás intereses del país.
Desde esa perspectiva, quiero ser claro. Se dice: “Mire, es mala la idea de reducir los capitanes de navío.”. Y es cierto. Si uno lo pensara en términos exactos es así. Durante las administraciones de los gobiernos anteriores hicimos crecer el número de capitanes de navío, y como los hicimos crecer hasta 120, no necesariamente todos los cargos quedaron cubiertos.
Por lo tanto, se busca racionalizar el mando. Sobre esa base, se estima pertinente no copar tres plazas de capitanes de navío, con el propósito de asumir financieramente el costo de lo que significan estos dos nuevos almirantes o contraalmirantes. En realidad, se les dice almirantes a todos.
El diputado señor Jaramillo me pide una interrupción, la que, si lo tiene a bien, señor Presidente, concedo con gusto.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , como el señor Jorge Ulloa ha profundizado bien el tema, pido que me aclare un punto.
Cuando se dice que deberá ser disminuido en el número de capitanes de navío para absorber el costo monetario del aumento de las plazas de contraalmirante, me asalta una duda.
No podemos disminuir el número de oficiales pertinentes, debido a que es necesario absorber el costo. Ahí, me queda la gran duda. Acaso, ¿cada vez que haya que hacer un aumento de cargos, el costo será absorbido mediante la disminución del número de capitanes de corbeta, de fragata o de navíos?
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Retoma el uso de la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.- Señor Presidente, voy a tratar de aclarar la duda.
En reiteradas oportunidades, cuando hemos tenido que efectuar readecuaciones de planta -las últimas, durante las dos administraciones anteriores-, se aumentó la planta de capitanes de navío. Para decirlo de otra manera, no se establecía un límite, pero eso no significaba que el límite necesariamente debía ser cubierto.
En tal sentido, lo que busca el proyecto es establecer un mayor grado de flexibilidad en la conformación y estructura de los escalafones y del alto mando naval, con el objeto de posibilitar una adecuación entre capitanes de corbeta, de fragata y de navío, y también con la figura inmediatamente superior en el escalafón de la Armada, la de los contraalmirantes.
En general, los altos mandos de las instituciones de la Defensa Nacional deben quedar establecidos entre septiembre y octubre, o, a más tardar, en noviembre de cada año. El proyecto fue aprobado por el Senado y en la Comisión de Defensa de4 la Cámara se le introdujo sólo una modificación, porque se citó mal una norma. Por lo tanto, su tramitación calza justo en el tiempo. Esa es la razón por la cual se requiere que el Congreso Nacional le preste su pronta aprobación, de manera de dar satisfacción al establecimiento del nuevo alto mando naval para el 2012.
Quiero recordar que el proyecto tiene su fundamento en tres grandes razones: el establecimiento de un nuevo Ministerio de Defensa Nacional, la reorganización de las zonas navales, y hacer frente a los desafíos de gestión y control de la Dirección General de Finanzas de la Armada.
La iniciativa en discusión es sencilla, pero resulta relevante para el quehacer de la Armada, en especial para la nueva Quinta Zona Naval y para cumplir con las exigencias de control financiero que hoy se exige en todos los estamentos del Estado.
En consecuencia, por las razones señaladas, en mi calidad de Presidente de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados, invito a la Sala a aprobar el proyecto.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Corresponde votar en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mensaje, sobre aumento de plazas en el grado de Contraalmirante.
Hago presente a las señoras diputadas y señores diputados que las normas del proyecto son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 61 votos; por la negativa, 5 votos. Hubo 8 abstenciones.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Corresponde votar el proyecto en particular, con las adiciones o enmiendas aprobadas por la Comisión, en los términos indicados en la página 11 del informe.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 64 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 9 abstenciones.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Despachado el proyecto.
PROYECTO APROBATORIO DEL PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA. Primer trámite constitucional.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, que aprueba el protocolo adicional al Tratado Constitutivo de Unasur sobre Compromiso con la Democracia, suscrito en Georgetown, República Cooperativa de Guyana, el 26 de noviembre de 2010.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor René Saffirio.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 7754-10, sesión 50ª, en 5 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 75ª, en 30 de agosto de 2011. Documentos de la Cuenta N° 9.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor SAFFIRIO (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, paso a informar sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el protocolo adicional al Tratado Constitutivo de Unasur sobre Compromiso con la Democracia, suscrito en Georgetown, República Cooperativa de Guyana, el 26 de noviembre de 2010.
El proyecto se encuentra sometido a la consideración de la honorable Cámara en primer trámite constitucional, sin urgencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1, de la Constitución Política de la República.
Como lo señala mensaje, el protocolo adicional tiene por objeto aprobar y ratificar la importancia de la defensa y protección del orden democrático, así como manifestar la voluntad de los Estados miembros de consolidar la institución de la democracia en América del Sur, de modo que constituye un instrumento necesario para preservar el orden democrático en la región.
Como antecedente, en el informe se señala que la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) fue creada por su tratado constitutivo, suscrito en Brasilia, el 23 de mayo de 2008, instrumento internacional que vino a fortalecer la relación existente entre los Estados que integran América del Sur, sobre la base del convencimiento de que mediante la integración se podrá desarrollar la política, la economía, la cultura y la paz social en la región.
Posteriormente, con ocasión de la reunión extraordinaria de jefas y jefes de Estado y de Gobierno de Unasur, celebrada en Buenos Aires, el 1 de octubre de 2010, se concordó una declaración que aludía a la situación producida en Ecuador. Específicamente, en su numeral 6 se acordó adoptar en la IV Cumbre Ordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, a celebrarse el 26 de noviembre de 2010, en Georgetown, República Cooperativa de Guyana, un protocolo adicional al Tratado Constitutivo de Unasur , con el objeto de aportar medidas concretas para mantener la institucionalidad democrática.
Como se señala en el informe, el protocolo adicional consta de un preámbulo y 9 artículos, los que han sido refrendados por la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
En el estudio del proyecto de acuerdo, la Comisión contó con la asistencia y colaboración del subsecretario de Relaciones Exteriores subrogante , señor Alfonso Silva Navarro , quien, además de refrendar los fundamentos del mensaje que le dio origen, explicó que el protocolo adicional, que fue impulsado decididamente por el actual Gobierno, ratifica la importancia de la defensa y protección del orden democrático, y constituye un instrumento necesario para preservar la democracia en la región.
Asimismo, señaló que ese instrumento surge como respuesta a la situación de inestabilidad política vivida en Ecuador en el año 2010 y como respaldo al gobierno constitucional del Presidente Correa, de manera que constituye un avance respecto del protocolo de Ushuaia y de la Carta Democrática de la Organización de Estados Americanos, pues no sólo reconoce la obligación de respeto a la estabilidad democrática y a los regímenes constitucionales, sino que agrega elementos que dicen relación con los derechos humanos y con las libertades de prensa y de asociación, y, sobre todo, establece sanciones específicas para los países que vean amenazada su estabilidad democrática o que se constituyan en gobiernos de facto.
Respecto de la interpretación de expresiones como “violación al orden constitucional” y “los valores y principios democráticos”, el señor Silva señaló que durante la discusión del protocolo se acordó interpretar dichas expresiones no sólo como la limitación de las garantías individuales de los ciudadanos, sino también como la amenaza al equilibrio de los tres poderes del Estado, no necesariamente por una amenaza externa al gobierno políticamente constituido, sino que, incluso, podría interpretarse como la interrupción o usurpación de las atribuciones de alguno de los poderes del Estado por otro.
Por su parte, las señoras diputadas y los señores diputados presentes expresaron, en forma unánime, su decisión favorable a la aprobación del protocolo adicional, el cual ratifica y eleva la importancia de la defensa y protección del orden democrático y el respeto irrestricto que se debe tener por los derechos humanos, recogiendo la inquietud planteada por vastos sectores políticos del país, en orden a aportar medidas concretas para la mantención de la institucionalidad democrática.
Por ello, por 9 votos a favor, ningún voto en contra y cero abstenciones, prestaron su aprobación al proyecto de acuerdo en informe.
Por último, la Comisión no calificó como normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado precepto alguno contenido en el proyecto de acuerdo y determinó que ninguno de ellos debe ser conocido por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Edwards.
El señor EDWARDS.-
Señor Presidente, los chilenos, en general, creemos muy fuertemente en la democracia; creo que todos debemos defenderla.
¡Qué duda cabe que los sistemas democráticos son los que entregan un desarrollo armónico a la sociedad! No sólo representan y respetan los derechos humanos o de cualquier otro tipo, de las mayorías, sino también los de las minorías.
Cuando el orden democrático se ve amenazado, no solamente es ese orden el que está en peligro, sino también el respeto a los derechos humanos, como lo hemos vivido en innumerables ocasiones en los países miembros de la Unasur. Por lo tanto, su defensa es importante en todo el mundo, pero, en especial, en nuestra zona.
Además, debemos reafirmar que los países latinoamericanos están tomando acciones concretas para defenderse de los intentos de algunos de llegar el poder por medios no legítimos o que no consideran la voluntad popular. Pero, además, debemos ser capaces de defender la democracia, entendiendo que ésta implica independencia de poderes. Eso es muy importante. Los poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo deben ser independientes.
La Unasur fue creada el 23 de mayo de 2008, a través de su Tratado Constitutivo, con el propósito de que sus Estados parte fortalecieran la integración entre ellos, la política, la economía, la cultura y la paz social en la región.
Sin embargo, especialmente en Chile, su Senado y los chilenos en general consideramos que existía la necesidad de mejorar el Tratado Constitutivo de la Unasur , porque en él no había ninguna referencia sobre la defensa de la democracia en nuestros países y los tratados que la gran mayoría de los países latinoamericanos hemos suscrito respecto de materias tan importantes como, por ejemplo, los derechos humanos. Hubo un gran liderazgo de nuestro país en considerar este Tratado adicional, que hoy tratamos, para que se incluyera una cláusula democrática. En consecuencia, votaremos un protocolo adicional al Tratado, que se origina -como bien lo dijo el diputado informante - en la amenaza del orden democrático en Ecuador, hace algún tiempo. Es una defensa contra la idea de ruptura o amenaza del orden democrático y favorece el ejercicio legítimo del poder.
Además, se establecen varias medidas en caso de intento de derrocar la democracia, como la suspensión del derecho a participar en los distintos órganos e instancias de la Unasur; el cierre parcial o total de las fronteras de ese país con el resto de los países de la Unasur; la promoción de la suspensión del Estado afectado en el ámbito de otras organizaciones regionales e internacionales, y la promoción, ante terceros países y/o bloques regionales, de la suspensión de derechos y/o beneficios de los países que no respeten la democracia. Esto, sin duda, es un avance.
Hay una frase de mucha importancia que figura en el artículo 1, la cual constituye un gran avance. Dice: “Ruptura o amenaza del orden democrático, de una violación al orden constitucional o de cualquier situación que ponga en riesgo el legítimo ejercicio del poder y la vigencia de los valores y principios democráticos.”. Por consiguiente, todos quienes quieran efectuar, por ejemplo, un golpe de Estado, en Unasur se encontrarán con una nueva valla. Eso rige también para los presidentes que, de manera ilegal, utilizan resquicios legales para obtener de a poco el poder total.
Acá también se está protegiendo el orden constitucional, por ejemplo, cuando haya presidentes autoritarios que quieran limitar la independencia del Poder Judicial . Tenemos el caso del presidente de un país, quien ha nombrado a la totalidad de los jueces del Poder Judicial , y todos ellos son de libre remoción. Por lo tanto, es evidente que en ese país, Venezuela, no existe una independencia razonable del Poder Judicial . Con esta cláusula, por lo menos será posible plantear el hecho de que la independencia de los poderes y los principios democráticos no se están respetando.
Existe una debilidad en el Tratado. Es un avance, pero hay que mejorar algunas cosas, por ejemplo, en cuanto a quién tendrá potestad para llamar a reunión extraordinaria del Consejo, a fin de decidir sobre la aplicación de las referidas medidas para defender la democracia. Eso estará a cargo de la Presidencia Pro Tempore de la Unasur , la que podrá actuar de oficio o a solicitud de algún Estado afectado.
En el futuro, sería importante que los chilenos interpusiéramos nuestros buenos oficios para lograr que esto no se limite a la Presidencia Pro Tempore , sino que se faculte, por ejemplo, a los poderes del Estado que se vean afectados en su independencia. Así, por ejemplo, que el poder judicial de un país que vea afectada su independencia, podría llamar al Consejo de la Unasur para solicitar la aplicación de medidas a su presidente de la República si éste afecta la independencia de los poderes.
A mi modo de ver, se avanzó, pero no suficientemente, en la condena a los presidentes que, utilizando ciertas medidas o prácticas discutibles, por ejemplo, su popularidad, cuestionan o limitan la libertad de prensa por medio de plebiscitos. En este caso, también se puede hacer algún tipo de reclamo. Parece bastante interesante que el Tratado Constitutivo sobre Compromiso con la Defensa de la Democracia, que los países latinoamericanos redactaron con ocasión de la defensa de la democracia en Ecuador, sirva asimismo respecto de quien hace un plebiscito, coarta la libertad de prensa y remueve jueces a su antojo.
Espero que en el futuro seamos capaces de ser más tajantes en la defensa de la democracia respecto de todos los que quieran tomarse el poder por las armas o mediante alguna ruptura, pero también respecto de presidentes que van tomándose el poder de a poco.
En este mismo Congreso Nacional, hace algunas semanas se conmemoró el X Aniversario de la Carta Democrática de la OEA. Se discutió sobre sus mejoras, alcances y reformas, y uno de los puntos que generó mayor interés fue el consenso en torno de reentender el concepto de amenaza o ruptura de la democracia. Dicha carta, lamentablemente, sólo condena rupturas de la democracia, pero no defiende a los países en que el presidente o el Ejecutivo se va tomando de a poco el poder.
Espero que en el futuro -como se propuso ese fin de semana- tendamos a una evaluación inter pares, de manera que en la OEA, en la Unasur y en todos los organismos que defienden la democracia en nuestro continente y en el mundo, otros poderes del Estado puedan citar a reuniones, a fin de que se adopten las sanciones que correspondan en relación con presidentes que se toman el poder de a poco.
Ésa fue la interpretación del Tratado, de acuerdo con lo que nos explicaron -está en la historia de la ley- los invitados que asistieron a la Comisión de Relaciones Exteriores. No es lo que uno quisiera; habríamos esperado una declaración más tajante. No puede ser que en un país que se diga democrático, todos los jueces hayan sido nombrados por el Ejecutivo y puedan ser removidos por éste. Es más, hay algunos jueces que han sido apresados por el Ejecutivo. Por consiguiente, ahí hay una violación al orden democrático.
Espero que, en el futuro, todos los tratados y protocolos de acuerdo que defiendan la democracia, lo hagan de una manera un poco más tajante.
Aunque tímido aún, este avance va por el camino correcto. Por eso, la iniciativa cuenta con mi aprobación y la de la bancada de Renovación Nacional.
Finalmente, quiero destacar el liderazgo asumido por senadores y diputados chilenos en la obtención de este protocolo de acuerdo para la defensa de la democracia, del orden constitucional y de la independencia de los poderes. Fue liderado, básicamente, por la Cancillería chilena, por senadores chilenos y por el Presidente de la República , señor Sebastián Piñera .
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de acuerdo en los siguientes términos:
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar el proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de Unasur sobre Compromiso con la Democracia, suscrito en Georgetown, República Cooperativa de Guyana, el 26 de noviembre de 2010.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 77 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Despachado el proyecto de acuerdo.
PROYECTO APROBATORIO DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO RELATIVO AL DESEMPEÑO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS POR PARTE DE FAMILIARES DEPENDIENTES DE SUS FUNCIONARIOS EN CHILE. Primer trámite constitucional.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo aprobatorio del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) relativo al desempeño de actividades remuneradas por parte de familiares dependientes de sus funcionarios en Chile, suscrito en Santiago, el 6 de enero de 2011.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, en reemplazo de la diputada señora Andrea Molina, es el diputado señor René Saffirio.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 7755-10, sesión 50ª, en 5 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 75ª, en 30 de agosto de 2011. Documentos de la cuenta N° 10.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor SAFFIRIO (de pie).-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, me corresponde informar sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo relativo al desempeño de actividades remuneradas por parte de familiares dependientes de sus funcionarios en Chile, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo, en Santiago, el 6 de enero del 2011.
El proyecto se encuentra sometido a la consideración de la honorable Cámara, en primer trámite constitucional, sin urgencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1, de la Constitución Política de la República.
Como señala el mensaje que lo acompaña, el acuerdo tiene por objeto facilitar el desarrollo de actividades remuneradas por parte de familiares dependientes de funcionarios del BID, lo que permitirá su inserción en plenitud a la sociedad chilena. Este instrumento se suma a otros de igual naturaleza que nuestro país ha celebrado con distintos organismos internacionales con sede en Chile.
El acuerdo, estructurado sobre la base de seis artículos, que contienen las normas dispositivas y finales del mismo, fue refrendado por la Comisión, como consta en el informe que los honorables colegas tienen en su poder, por lo cual voy a omitir su referencia.
En el estudio del proyecto de acuerdo, la Comisión contó con la asistencia y colaboración del subsecretario de Relaciones Exteriores subrogante, don Alfonso Silva Navarro , quien, además de refrendar los fundamentos del mensaje que le da origen, explicó que el acuerdo tiene por objeto permitir que familiares dependientes de funcionarios del BID puedan insertarse en plenitud a la sociedad chilena, desarrollando actividades remuneradas y sometiéndose enteramente a la legislación nacional.
Por su parte, las señoras diputadas y los señores diputados presentes expresaron unánimemente su decisión favorable a la aprobación de este acuerdo, reconociendo la importancia de permitir que los familiares de funcionarios internacionales, en este caso, del BID, puedan insertarse en plenitud en a sociedad chilena, desarrollando actividades remuneradas. Por ello dieron su aprobación al proyecto de acuerdo en informe por 10 votos a favor; no hubo votos en contra ni abstenciones.
Por último, me permito hacer presente que la Comisión no calificó como norma de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado ningún precepto contenido en el proyecto de acuerdo en informe. Asimismo, determinó que ninguna de sus disposiciones debe ser conocida por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de acuerdo en los siguientes términos:
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar el proyecto de acuerdo aprobatorio del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) relativo al desempeño de actividades remuneradas por parte de familiares dependientes de sus funcionarios en Chile, suscrito en Santiago el 6 de enero de 2011.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 77 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).-
Despachado el proyecto de acuerdo.
INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA SOBRE INVESTIGACIÓN RELATIVA A EVENTUALES RESPONSABILIDADES POLÍTICAS O ADMINISTRATIVAS EN INCENDIO DEL CENTRO DE DETENCIÓN PREVENTIVA DE SAN MIGUEL.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Corresponde tratar el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en cumplimiento del mandato entregado por la Corporación para investigar las eventuales responsabilidades políticas o administrativas en el incendio que afectó al Centro de Detención Preventiva de San Miguel.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Arturo Squella.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión de Constitución, sesión 54ª, en 12 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor SQUELLA (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia paso a rendir el informe emanado en cumplimiento del mandato que le fuera entregado por la Corporación, con fecha 14 de diciembre de 2010, para investigar las eventuales responsabilidades políticas o administrativas en el incendio que afectó al Centro de Detención Preventiva de San Miguel.
Con fecha 8 de diciembre de 2010, se produjo un incendio de proporciones en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel, que arrojó un saldo de 81 internos fallecidos y de 26 heridos, además de cuantiosos daños materiales. Dada la gravedad de la situación, cincuenta diputados solicitaron a la Corporación que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia se constituyera como investigadora de lo sucedido y se pronunciara frente a las eventuales responsabilidades políticas o administrativas que pudieran existir. Asimismo, se le encomendó que tomara conocimiento de las acciones emprendidas por la actual administración y las propuestas que ha diseñado en materia carcelaria en el corto, mediano y largo plazo.
Por último, se acordó que la citada Comisión analizara la forma en que ha operado en las dos últimas décadas el proceso de construcción y modernización de los recintos penitenciarios y su capacidad, las condiciones de hacinamiento actualmente imperantes en la población penal, las políticas de reinserción social y de penas, y cualquier otro antecedente que permitiera constatar el desarrollo o estancamiento del sistema penitenciario.
Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión celebró un total de trece sesiones, cinco de ellas en Santiago, una en Comité, y realizó una visita inspectiva al Centro de Detención Preventiva de San Miguel.
El informe evacuado por la Comisión se encuentra estructurado en veintiún capítulos. A continuación, me voy a referir a los aspectos más relevantes contenidos en ellos.
Respecto del hacinamiento, la Comisión hizo presente que actualmente el sistema penitenciario en régimen cerrado tiene una capacidad máxima de 34 mil personas, aproximadamente, pero que la población penal recluida a septiembre de 2010 ascendía a 53.372 internos, con lo que la tasa de hacinamiento alcanza al 60 por ciento, en promedio, a nivel nacional.
Las razones que han incidido en la tasa de hacinamiento se encuentran, en parte, en la creciente demanda social por mayor seguridad ciudadana, lo que durante los últimos años se ha traducido en un endurecimiento de la política criminal, que generalmente está asociada a un incremento de las penas privativas de libertad.
También repercute en las altas tasas de hacinamiento que se registran, el brusco descenso en el otorgamiento de la libertad condicional y de beneficios intrapenitenciarios. A pesar del crecimiento de la población penal, el otorgamiento de beneficios intrapenitenciarios ha ido disminuyendo drásticamente: de 4.682 en 1995 a 1.193 en 2006. Por su parte, la libertad condicional también ha descendido bruscamente: de 1.519 en 1999 a 876 en 2008.
Respecto de la infraestructura carcelaria, cabe señalar que no sólo no ha tenido la misma proporción de crecimiento que la población penal, sino que, además, los actuales recintos no se han mantenido adecuadamente y, en su gran mayoría, están en precarias condiciones para albergar a seres humanos.
Si bien a partir de 2000 se impulsó un ambicioso programa de inversión en infraestructura penitenciaria, bajo el nuevo sistema de cárceles concesionadas, no ha sido suficiente para alcanzar la tasa de crecimiento de la población penal. Tal programa, que en su momento fue objeto de importantes cuestionamientos, que incluso motivaron la conformación de una comisión investigadora en esta Corporación, ha significado que se generen importantes diferencias en la calidad de vida entre los internos de penales concesionados respecto de quienes permanecen en los recintos tradicionales.
No cabe duda de que los niveles de confort que presenta el sistema concesionado cumplen de mejor manera con otorgar al interno un trato justo y humano.
En relación con la situación del personal de Gendarmería, en las conclusiones se destaca que cuesta hallar en el sector público a funcionarios que se desempeñen en circunstancias más difíciles y extremas que aquellas en las que desarrolla sus funciones Gendarmería de Chile. La falta de personal, con la consiguiente sobrecarga laboral, junto con la constante tensión en la que deben desempeñarse, ha redundado en que se presente un significativo número de licencias médicas. Según los invitados, es uno de los servicios de la administración del Estado que presenta mayor número de ellas.
Por otra parte, como se señaló en reiteradas oportunidades ante la Comisión, el personal destinado a labores de reinserción de los internos resulta claramente insuficiente.
En materia de capacitación, diversos invitados hicieron presente que los funcionarios de Gendarmería no han sido preparados para enfrentar contingencias como la ocurrida en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel.
Quienes se han perfeccionado -de acuerdo con lo expuesto por ellos-, lo han hecho destinando sus propios recursos, en virtud de acuerdos suscritos por las propias asociaciones con diversas casas de estudio.
En materia de reinserción y rehabilitación, la Comisión acordó hacer presente que, de acuerdo con la información recabada, la principal labor que hoy desarrolla Gendarmería se centra en las tareas de custodia, vigilancia y control, pasando a un segundo plano aquellas referidas a la reinserción y la rehabilitación, en circunstancias de que estas últimas tienen tanto o más importancia que las primeras y constituyen un deber irrenunciable e inexcusable para el Estado.
La Comisión constató que los Centros de Educación y Trabajo (CET), herramienta de gran utilidad en materia de rehabilitación y reinserción de los penados, se encuentran subutilizados. De acuerdo con la naturaleza de los CET, el mayor o menor éxito que puedan tener está dado por una más activa participación del sector privado. A la fecha son insuficientes los incentivos para que un particular decida invertir en dichos centros, ya que si bien la capacidad de trabajo de los internos es alta y competitiva, las barreras asociadas a las características propias de un recinto con acceso restringido dificultan la actividad fabril o industrial.
Esta Comisión estima que, dado el reconocido aporte que dichos centros otorgan en materia de reinserción social a partir de la capacitación y trabajo remunerado, se deben generar los incentivos suficientes para que la actividad empresarial incluya dentro de sus plantas a personal que se encuentre cumpliendo condena, sea en régimen abierto o cerrado.
En relación con la alimentación al interior de los penales y con el uso de gas, la Comisión considera que la implementación del sistema de cárceles concesionadas ha generado la existencia de dos categorías de internos, en atención a las evidentes diferencias que existen en los niveles de confort entre el mencionado sistema y el tradicional.
Hasta la fecha del lamentable incendio en San Miguel, el costo de la ración diaria para los internos del sistema tradicional ascendía a 940 pesos, aproximadamente, mientras que en el sistema concesionado el costo promedio de la ración es de unos 1.455 pesos. Cabe hacer presente que en este último sistema, la distribución de los alimentos también ha sido concesionada.
La existencia de cocinillas y, por ende, de balones de gas al interior de los penales del sistema tradicional, responde básicamente a esta razón.
La Comisión no puede, no obstante, dejar de observar la ocurrencia de prácticas indebidas, como la señalada, lo que desde hace largo tiempo ha sido aceptado por las autoridades, teniendo en consideración ciertas costumbres impuestas por la “jerarquía” existente dentro del mundo delictual, especialmente en lo que respecta a la recepción de las raciones alimenticias.
Asimismo, destaca el hecho de que la Dirección de Gendarmería haya abordado el tema, implementando un plan para el retiro gradual de los balones de gas existentes en los penales del país, incluyendo una mejora sustantiva en las raciones entregadas, cuyo costo llega en la actualidad a 1.500 pesos en promedio, equiparándose de esta forma con el régimen de los recintos concesionados.
Respecto de la responsabilidad del personal de Gendarmería, cabe señalar que la determinación de las eventuales responsabilidades penales escapa a la competencia de esta Comisión. Sin embargo, más allá de los resultados a que se llegue en la investigación que está efectuando el Ministerio Público, esta Comisión considera que lo ocurrido en San Miguel es, en gran medida, reflejo del calamitoso estado del sistema penitenciario.
En relación con las obras de mejoramiento en las redes húmeda y seca, cabe destacar que éste fue uno de los aspectos que motivó mayor debate al interior de la Comisión.
Tanto en el capítulo respectivo como en el destinado a las conclusiones, se reproducen una serie de oficios y normas legales y reglamentarias que dan cuenta de la existencia de irregularidades en lo que dice relación con las obras de mejoramiento de las redes contra incendio ejecutadas en diversas unidades penales de la Región Metropolitana.
El actual director nacional de Gendarmería excusa su responsabilidad en los hechos expuestos, en atención a que la recepción provisoria de las obras ocurrió durante la pasada administración, atribuyendo a la recepción definitiva de las mismas, ocurrida durante su administración, un carácter meramente administrativo.
Por su parte, el señor Alejandro Jiménez Mardones , ex director nacional de Gendarmería , se desliga de toda responsabilidad, en atención a que la recepción definitiva de las obras no ocurrió durante su administración, sino en la actual.
La Comisión estimó necesario oficiar a la Contraloría General de la República para que ésta emitiera un pronunciamiento sobre el alcance de las recepciones provisoria y definitiva en contratos de obras públicas.
La Contraloría sostuvo, en lo medular, que “La autoridad que adjudicó el contrato debe proceder a designar la comisión de recepción provisional, la que una vez verificada la correcta ejecución de la obra, dará curso a dicha recepción.
Si de la verificación efectuada por la comisión resulta que los trabajos no están terminados o ejecutados en conformidad con los planos, especificaciones y reglas técnicas, o que se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, no se dará curso a la recepción provisional y la comisión debe evacuar un informe detallado proponiendo un plazo para que el contratista ejecute a su costa los trabajos o reparaciones que se determinen.”.
Finaliza la Contraloría su informe señalando que si bien “la recepción provisoria supone la conformidad preliminar de la Administración con los trabajos ejecutados, dicha actuación no libera al contratista de la obligación de responder por los defectos que le fueren imputables y que se adviertan a partir de la explotación de la obra, y, por su parte, la recepción definitiva da cuenta de la correcta ejecución de la obra luego de transcurrido el período de garantía, previsto -ha de entenderse- para detectar la eventual existencia de imperfecciones no advertidas en la primera recepción o desperfectos sobrevinientes, constituyendo ambas recepciones partes de un solo proceso destinado a verificar la adecuada realización y funcionalidad de la obra.”.
De los antecedentes reunidos y dada la propia naturaleza de los hechos que han dado origen a esta investigación, queda de manifiesto que existe una evidente responsabilidad del Estado de Chile en la ocurrencia del siniestro que causó la muerte de 81 personas en la cárcel de San Miguel.
En efecto, no puede escapar al criterio de esta Comisión que es el Estado el que, por medio de Gendarmería, ejecuta su política penitenciaria y se responsabiliza por la custodia de quienes se encuentran privados de libertad, razón por la cual tiene responsabilidad en los acontecimientos ocurridos en dicho recinto penal el pasado 8 de diciembre de 2010.
Más allá de lo ocurrido con las recepciones provisoria y definitiva de las obras antes individualizadas, cabe hacer presente que en Gendarmería existía conocimiento del mal estado de las redes contra incendio del Centro de Detención Preventiva de San Miguel, como lo demuestra una serie de comunicaciones internas entre diversas autoridades administrativas de dicho servicio, a las cuales la Comisión tuvo acceso. Entre éstas se cuentan las siguientes:
-Oficio de fecha 31 de agosto de 2010, dirigido por el alcaide de la cárcel de San Miguel al director regional metropolitano.
-Oficio de fecha 12 de octubre de 2010, enviado por el jefe (S) del Departamento de Seguridad de Gendarmería al jefe de la Unidad de Asesoría Operativa de dicha institución.
-Oficio del director regional metropolitano al jefe de la Unidad de Asesoría Operativa , de fecha 3 de noviembre de 2010.
En esta última comunicación se afirma que “…efectuado un recorrido por todo el interior del penal, se pudo apreciar claramente que ésta (la red seca) se encuentra en pésimas condiciones e inoperable ante una emergencia”. Añade que se dispuso la adquisición de mangueras y de carros portamangueras “con la finalidad de poder proceder como primera intervención ante el inicio de un amago de incendio”.
Finalmente, entre los antecedentes acompañados a la Comisión, aparece que la orden de compra de las citadas mangueras e implementos para hacer frente a emergencias se efectuó el 30 de noviembre de 2010, esto es, ocho días antes del incendio, y se facturó el 10 de diciembre, esto es, dos días después de la tragedia.
El Capítulo XX comprende las decisiones adoptadas por la Comisión.
Luego de analizar los antecedentes reseñados, la Comisión coincidió, por mayoría de votos (10 votos a favor y 1 en contra), en las proposiciones que se hacen en el capítulo siguiente. Votaron a favor las diputadas señoras Carolina Goic y Marisol Turres y los diputados señores Alberto Cardemil , Guillermo Ceroni , Edmundo Eluchans, René Manuel García , René Saffirio , Arturo Squella , Pedro Velásquez y Carlos Vilches . En contra, lo hizo el diputado señor Marcelo Díaz .
El Capítulo XXI se refiere a las proposiciones aprobadas por la Comisión. Entre las principales se cuentan las siguientes:
1.- Instar al Gobierno para que aumente los recursos destinados a mejorar la actual infraestructura carcelaria. Los nuevos recintos que se construyan deben permitir la aplicación de políticas de segregación en los penales.
2.- Hacer presente al Ejecutivo y al Congreso Nacional la necesidad de considerar la situación de hacinamiento penitenciario al momento de legislar sobre temas de carácter penal que pudieran redundar en el aumento de la población carcelaria.
3.- Solicitar al Poder Ejecutivo un aumento sustantivo en los recursos que se destinan a rehabilitación y reinserción, potenciando los Centros de Educación y Trabajo (CET) a través de incentivos al ingreso del sector privado.
4.- Separar las funciones de vigilancia y reinserción que hoy desempeña Gendarmería de Chile, en dos servicios públicos distintos, manteniendo las labores de vigilancia y custodia de los internos en Gendarmería y asignando las de rehabilitación y reinserción a una nueva entidad. En consecuencia, debiera crearse, al efecto, un Servicio de Reinserción Social, en atención a la diversidad de objetivos que se persiguen.
5.- Generar, junto con lo anterior, indicadores técnicos de la satisfacción de los derechos de los internos, de modo de efectuar un análisis comparativo no sólo de orden cronológico, sino también para cotejar tales indicadores entre diversos recintos penales.
6.- Crear un Código de Ética Penitenciaria, de modo tal que el funcionario de Gendarmería tenga meridiana claridad respecto a qué comportamientos o patrones de conducta son aceptados o promovidos por el Servicio y cuáles están prohibidos.
7.- Fortalecer el cumplimiento alternativo de condenas para quienes no constituyan peligro para la sociedad, particularmente a través de los servicios en beneficio de la comunidad, la libertad vigilada y el control telemático de personas.
Asimismo, la Comisión comparte la imperiosa necesidad de aumentar el número de delegados de libertad vigilada.
8.- Mejorar las condiciones laborales en que se desempeña el personal de Gendarmería, procurando disminuir los turnos extenuantes y fortalecer la capacitación de su personal, particularmente en manejo de crisis.
9.- Solicitar a Gendarmería de Chile que incorpore en la denominada “transparencia activa” todos aquellos aspectos relacionados con eventuales ilícitos cometidos al interior de los penales, número de denuncias efectuadas, sumarios a que den lugar las citadas denuncias, número de internos lesionados y fallecidos que se registran en cada penal del país, entre otras materias.
10.- Prescindir, en materia de beneficios intrapenitenciarios y en la concesión de libertad condicional, de la intervención discrecional de los secretarios ministeriales de Justicia en el proceso de otorgamiento de libertad condicional.
11.- Avanzar en el estudio de la incorporación de la figura de un juez de ejecución penal y en la creación de programas de defensa o control interno en el ámbito de ejecución de la pena, a cargo de la Defensoría Penal Pública.
12.- Avanzar, en lo que se refiere a la alimentación al interior de los penales, en uniformar las raciones que se brindan en el sistema tradicional con las que se entregan en el sistema penitenciario concesionado, de modo tal de eliminar completamente el uso de cocinillas a gas por parte de los internos.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En discusión el informe.
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Teillier.
El señor TEILLIER.- Señor Presidente, me parece un muy buen informe, por lo que felicito a la Comisión.
Sin embargo, me parece que hubo una falla fundamental en su trabajo: no se entrevistó a familiares de internos víctimas del incendio, lo que deja una laguna muy grande para conocer mucho más de cerca la tragedia que vivieron estas personas, sus familiares y una comunidad completa, la de San Miguel y de todas las comunas aledañas, de donde son la mayoría de los reclusos de ese penal.
Ha pasado un año desde el incendio. He visitado un par de veces la cárcel de San Miguel. Hace un mes estuve allí y conversé con el alcaide y con el personal. Quiero manifestar que, a pesar del esfuerzo que ha hecho el personal de Gendarmería y el que tiene que ver con la rehabilitación de los reos, que me consta, en esa cárcel las cosas no han cambiado mucho.
No sé cuánto se ha avanzado en la instalación de las redes seca y húmeda, pero las condiciones de los presos siguen siendo infrahumanas, porque el espacio es muy pequeño. Al momento del incendio había aproximadamente 2.200; ahora creo que hay 1.800 aproximadamente; en circunstancias de que ese recinto, al parecer, fue construido para 700. Entonces, hay un problema de hacinamiento.
Invitaría a algunos diputados, incluso a quienes conformaron esta comisión, para que visitaran la cárcel, para que se dieran cuenta de su estado, a fin de que tomemos conciencia de que son justas y adecuadas todas las propuestas que hace el informe de la Comisión Investigadoras, pero hay que llevarlas a la práctica, ya que, de lo contrario, va a ser letra muerta y la situación seguirá igual.
Por ejemplo, hay tremendos problemas de salubridad. Hemos tenido que hacer trabajo voluntario para paliar de alguna manera las necesidades de atención médica. Eso lo tendría que hacer el Estado. Hay falta de espacio para llevar adelante labores culturales, de educación, deportivas, las que, indudablemente, inciden en la rehabilitación de los reos. Hay allí una permanente actividad de la municipalidad, que es la única que financia y mantiene una escuela dentro del penal, pero que tampoco basta. Es decir, debería existir una política más general, que incentivara mucho más a los reclusos a estudiar, a lograr títulos dentro de las cárceles, a tener profesiones, para que, cuando cumplan su pena puedan reinsertarse en la comunidad.
Otro aspecto que es muy difícil de solucionar es que las empresas puedan contratar a personas que hayan delinquido y cumplido sus condenas. No sé si habrá que aumentar los incentivos a la empresa privada. No conozco las estadísticas; pero por lo que me contaban los reos y sus familiares, cuando salen, nadie los toma en cuenta y, por lo tanto, vuelven a delinquir y regresan a la cárcel.
Por otra parte, hay un plan de construcción de cárceles, pero el problema es dónde construirlas. Cada vez que se anuncia la construcción de una cárcel en una comuna, prácticamente se paraliza, porque sus habitantes rechazan su instalación en ella. Conozco el caso de San Miguel. Allí quieren que la cárcel salga de esa comuna, que esta en medio de la población. Incluso, en la misma manzana donde está ubicada, hay casas que colindan con la cárcel y sus habitantes sufren toda las consecuencias de los mensajes que mandan los familiares a los presos a través de globos, pelotas de pimpón, de tenis, etcétera, las lanzan, se suben a los techos de las casas y, además, en la zona ha aumentado el temor de la población no sólo por el incendio, sino que, además, porque se han incrementado los actos delictuales en el entorno.
Entonces, es muy urgente conocer los planes de construcción de cárceles nuevas, dónde se van a instalar, porque ninguna comunidad quiere que se construyan recintos penitenciarios en medio del lugar donde vive.
En este caso, el Estado debe determinar claramente lugares aislados y no en sectores donde habita la población para instalar cárceles, pero, al mismo tiempo, contemplar formas de acceso fácil para que los familiares puedan visitar a los internos.
Otro problema muy serio es que con la manera como sigue creciendo la delincuencia, resulta difícil solucionar el hacinamiento de las cárceles y enfrentar la rehabilitación y la reinserción de los condenados. Pero la delincuencia va a seguir existiendo mientras haya una situación de desigualdad tan grande como la que tenemos en el país. Falta trabajo seguro y formal. Las personas trabajan informalmente, ganan muy poco y se ven tentadas a delinquir, los jóvenes a vender un papelillo de droga y con eso ganan mucho más que trabajar diez o veinte días. En definitiva, resuelven su situación de manera particular.
Entonces, también tiene que haber una preocupación del Estado por los jóvenes y por su educación, lo que no está sucediendo hoy y que se manifiesta por la falta de trabajo para los jóvenes, pues no hay incentivos.
Por último, quiero plantear que es necesario preocuparse, como lo dice el informe, de la situación de los gendarmes. Lo que ganan no dice relación con el sacrificio que hacen en el desempeño de sus funciones. En la práctica el gendarme es otro preso más, que sufre malos tratos, sin embargo, tiene una tremenda responsabilidad, como quedó de manifiesto con el incendio de la cárcel de San Miguel. Es evidente que tiene que cambiar el trato hacia el gendarme.
Por otra parte, también tiene que cambiar el trato hacia los internos. Las personas deben ser tratadas como seres humanos. En general, eso no se da en las cárceles chilenas.
Por último, hay una cuestión que no está en el informe. ¿Qué pasa con los familiares de las víctimas? No hay ninguna recomendación para que el Estado repare a las familias de las víctimas, pues tengo la impresión que la responsabilidad de este incendio, la muerte de tantos internos y el dolor de tantas familias recae en el Estado, en sus instituciones. Hasta ahora, nadie ha dicho una sola palabra sobre la materia.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.
El señor SILVA .- Señor Presidente , en primer término, felicito a la Comisión por el trabajo que realizó. No todos los informes de las comisiones investigadoras tienen la calidad que he visto en éste. Lo digo derechamente. Me parece que es un buen trabajo. Hubo un buen análisis de la información recopilada, lo que permitió extraer conclusiones sólidas y bien planteadas y formular propuestas.
El objeto de la Comisión fue analizar las responsabilidades asociadas al lamentable accidente ocurrido en la cárcel de San Miguel. Al observar su trabajo y sus conclusiones, me parece que, en muchos aspectos, su análisis es generalizable a la realidad carcelaria de Chile. Por lo tanto, este informe es de mucha utilidad y espero que la Cámara de Diputados lo difunda como un elemento relevante, como hoja de ruta en el trabajo y desarrollo de la problemática carcelaria que tanto agobia al país por la cantidad de reclusos, de infraestructura carcelaria y de todas las situaciones que acá se han planteado. Por eso, este documento debe constituirse en un elemento orientador para el Ministerio de Justicia y para la priorización que haga el Gobierno en la asignación de recursos.
En segundo término, sus conclusiones abarcan las distintas áreas de la problemática carcelaria y me parecen bien orientadas. De los temas planteados, me referiré a algunos en particular.
El primero, sobre la reinserción, que aborda el punto 3) de las proposiciones de este informe. Como lo señaló el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, la reinserción laboral y las oportunidades de los internos se transforman en un pilar fundamental para que la problemática carcelaria se trabaje bien. En ese sentido, valoro la tercera proposición y planteamiento de la Comisión, en cuanto a potenciar los Centros de Educación y Trabajo (CET), a través de incentivos al ingreso del sector privado y de la comunidad, para formar alianzas con los establecimientos de reclusión, a fin de que los internos puedan trabajar.
Con el liderazgo del diputado Arturo Squella , quien rindió el informe, recorrimos distintos Centros de Educación y Trabajo (CET), para entender la dinámica de las oportunidades laborales de los reclusos. Son escasas. Hay muy poca energía destinada a trabajar la reinserción laboral. Por eso, planteamos al ministro de Justicia de ese entonces, señor Bulnes , una propuesta sobre cómo enfocar la reinserción laboral para facilitar la incorporación del sector privado en alianzas con las cárceles, la vinculación con la comunidad y un cambio de mirada en su enfoque. Por ejemplo, a los pocos cupos que existen en los Centros de Educación y Trabajo (CET) acceden personas que han cumplido dos tercios de su condena en penas más largas. Creemos que tienen mayor oportunidad de reinserción laboral aquellas personas que están en su primera etapa en el sistema carcelario, pues se puede intervenir más adecuadamente en su rehabilitación. Esto hay que hacerlo crecer. Para eso, visitamos los recintos de reclusión de Santiago Centro, Colina I , el diputado Squella el de Valparaíso, y nos hemos formado la impresión de que aquí se puede avanzar.
Destaco la conclusión y recomendación del informe, en el sentido de hacer crecer las oportunidades en materia de reinserción, a través de la educación y trabajo y, ojalá, en alianzas con el sector privado, como lo ha dicho recientemente el diputado Teillier .
En el punto 4), se plantea separar las funciones de vigilancia y reinserción. Eso está muy bien. Significa, como se señala en el informe, crear dos servicios públicos distintos. Mantener a Gendarmería en la vigilancia y crear otro en la reinserción, o bien revisar cómo se asignan roles entre las instituciones existentes. Pero lo que se plantea, en el corazón de esta mirada, es que uno supervigile y otro ponga su energía en la reinserción, en preparar bien el camino para que esas personas tengan una nueva oportunidad en la sociedad.
Con el diputado Squella vamos a presentar al ministro de Justicia, señor Teodoro Ribera, nuestro documento que promueve la reinserción y trabajo en alianza y con incentivos al sector privado.
Creemos que hay una oportunidad importante. Esto no va a ser solo más cárceles, ni solo mejorar las condiciones de trabajo de Gendarmería, sino también generar condiciones para que los internos trabajen, aprendan y tengan oportunidades para insertarse una vez que egresen del sistema.
Felicito el trabajo de la Comisión, el trabajo del diputado informante y espero, como he señalado, que sus conclusiones y análisis ayuden y sean una más de las hojas de ruta relevantes en la estrategia para enfrentar la dramática situación carcelaria que vive Chile.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Harboe.
El señor HARBOE.- Señor Presidente , ciertamente, el informe que llega a la Sala, elaborado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, constituida en Comisión Investigadora, respecto del incendio de la cárcel de San Miguel, resulta satisfactorio, en primer lugar, porque su texto concitó amplia mayoría.
En segundo lugar, destaco el trabajo de la Comisión, en particular de alguno de sus diputados, dentro de los cuales por cierto cabe destacar al diputado Arturo Squella . Como bien decía el colega que me antecedió en el uso de la palabra, no sólo participó activamente en la elaboración de las conclusiones de este informe, sino que, además, recorrió un conjunto de centros de reclusión, a fin de observar en terreno la realidad del sistema penitenciario.
El informe tiene la virtud de hacerse cargo de la evolución de nuestro sistema de seguridad y penitenciario. Obviamente, ha habido un divorcio entre el desarrollo de nuestro país en ámbitos de infraestructura, económico y social, con la construcción de recintos penitenciarios. En Chile hay 317 personas privadas de libertad por cada cada cien mil habitantes, nos ubicamos en el tercer lugar del continente americano, y en el 35 del mundo. Algunos podrían estar orgullosos, con una alta población privada de libertad, lo cual reflejaría, supuestamente, una mejora en la seguridad interior. Ciertamente, puede haber algo de ello, pero las condiciones carcelarias no son adecuadas para cumplir el objetivo que implica una sanción privativa de libertad.
Cuando hace más de cien años el Código Penal consignó las penas privativas de libertad, lo hizo pensando en un mecanismo excepcional para delitos que afectaban bienes jurídicos de alta protección en la sociedad -la vida, la integridad física, la propiedad y la libertad sexual de las personas- y en que el ingreso de un condenado a un recinto penitenciario y su privación de libertad debían significar una sanción y un escarmiento, pero a su vez, la forma de facilitar su reinserción.
Lamentablemente, las condiciones de privación de libertad no sólo no facilitan la reinserción en la sociedad y no permiten lograr el objetivo buscado, la fractura de la carrera delictual, es decir, señalarle al delincuente que el camino del delito no debe ser su forma de vida, sino que tiene que optar por uno distinto. Ese objetivo no se cumple, al contrario. Hoy, lamentablemente, producto del rápido aumento y evolución de la población penal y la tardía inversión en infraestructura y en capacidad de atención, la cárcel se ha transformado más bien en un mecanismo de reforzamiento de la condición delictual, de aprendizaje de nuevos ilícitos y, muchas veces, en vejación y humillación de los internos.
Hace algunos años conversé con un juez, quien me dijo lo siguiente después de recorrer algunos recintos penitenciarios: “yo era juez del crimen y renuncié cuando tuve que condenar al primer delincuente a una pena privativa de libertad, porque entendía que el Código Orgánico de Tribunales me facultaba para ejercer la labor de la justicia y aplicar sanciones a quien había delinquido, pero no para mandarlo a un lugar donde yo sabía, a ciencia cierta, que por razones ajenas a mi función, podía ser vulnerado en sus derechos esenciales.” No soportó ejercer esa función cuando supo que al privar de libertad a alguien, esa persona iba a sufrir humillaciones, vejaciones y violaciones a sus derechos esenciales.
Luego, si el sistema penitenciario -como señala este informe- no logra revertir la carrera delictual, lo que requiere es un conjunto de medidas destinadas a cambiarlo.
A partir del año 2000 y producto de la escasez de recursos públicos destinados a este tipo de inversiones, se creó un sistema distinto, bajo el régimen de concesión, que buscaba establecer una diferenciación y una separación entre delincuentes de distinta peligrosidad para evitar lo que se denomina el contacto criminógeno o la victimización terciaria.
Ciertamente, como ha dicho el diputado informante , es muy distinta la condición actual de los internos en recintos concesionados a la de los internos en recintos tradicionales. Santiago , mi comuna, alberga la más tradicional y antigua de las cárceles, la llamada Penitenciaría, que supera con creces la capacidad original y también la ampliada, lo que genera lamentablemente, un foco de contacto criminógeno que, lejos de ayudar a la rehabilitación, fortalece el rol delictual y, en muchos casos, lo incrementa.
El informe, luego de un diagnóstico, entra en el caso de la cárcel de San Miguel. Pero el análisis del incendio que la afectó no queda fuera respecto de todo el sistema penitenciario. En gran parte de los recintos se pudo constatar, por ejemplo, la existencia de balones de gas para cocinar alimentos. Pero como el incendio en la cárcel de San Miguel tuvo su origen en un balón de gas, en la Comisión se planteó la necesidad de reestudiar el tema. Por eso, se ha hecho un conjunto de planteamientos al Gobierno en esta materia.
Quiero destacar que en materia de propuestas el informe insta al Gobierno, en primer lugar, a aumentar los recursos destinados a mejorar la actual infraestructura. Espero que en el presupuesto para 2012 venga un incremento muy importante para materializar los proyectos de cárceles concesionadas y para mejorar las condiciones de habitabilidad de las que hoy existen.
El informe hace presente al Ejecutivo y al Congreso Nacional la necesidad de considerar el hacinamiento penitenciario al momento de legislar. Ese es un punto importante, puesto que hemos visto recientemente el envío de un proyecto de ley -sobre orden público- que, luego de un acabado estudio, en el existen lo que los juristas denominamos el concurso real de tipos penales y, desde el punto de vista del aumento de la población penal, puede ser extremadamente delicada la consecuencia.
Se propone solicitar al Poder Ejecutivo un aumento sustantivo de recursos humanos y materiales que se destinan a la rehabilitación y reinserción y potenciar los centros de educación y trabajo…”. Ya lo decía el diputado Silva . La educación que hoy está en discusión a nivel nacional no es sólo una herramienta de promoción social, sino también de reinserción y de rehabilitación. Y qué más oportuno que fortalecer el trabajo de educación y trabajo al interior de los recintos penales como mecanismo de quiebre de la tendencia delictual.
También se sugiere “Separar las funciones de vigilancia y reinserción que hoy desempeña Gendarmería de Chile”. Al respecto, se genera un debate que a veces incomoda a algunos, pero siempre he planteado que tal como está concebida Gendarmería de Chile es un híbrido, ya que, por un lado, desarrolla una labor de celadores con carácter policial o uniformado y, por otro, un papel más bien de protectores y de reinsertores con trabajo social. No siempre confluyen esos dos roles en una institución como Gendarmería para lograr sus fines, más allá de la buena voluntad de todos los funcionarios. Pero creo que ahí hay que hacer una modificación y sincerar el sistema a fin de dar una adecuada cobertura para motivar la reinserción en forma efectiva.
A este respecto, creo que también se establece la necesidad de aumentar los recursos y la protección de los gendarmes. No es aceptable que hoy Gendarmería de Chile no tenga una cobertura de salud adecuada, bajo el sistema de Dipreca, para enfrentar los riesgos a los cuales se ven expuestos en forma permanente.
Luego, en materia de conclusiones y para evitar dobles interpretaciones, se propuso lo siguiente, cito textual: “La Comisión concluye en que existe responsabilidad política por parte del ex Director Nacional de Gendarmería de Chile, señor Jiménez , así como del actual Director Nacional de dicho Servicio, señor Masferrer , en lo relativo al estado de la red seca y húmeda de la cárcel de San Miguel, correspondiendo a la Contraloría General de la República determinar las responsabilidades administrativas que de ello se puedan derivar.”.
Es importante señalar que estuvimos de acuerdo en el diagnóstico, en las decisiones, en las conclusiones y también en las propuestas, porque entendemos que Chile no puede aumentar los niveles de reclusión o privación de libertad, si no somos capaces de hacer inversiones tendientes a evitar el contacto criminógeno y el círculo vicioso del delito que, lamentablemente, el actual sistema penitenciario perpetúa.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).- Señor Presidente , me sumo a quienes han felicitado a la Comisión por este informe que, sin duda, si se llevan a la práctica sus proposiciones, serán un gran aporte para prever crisis carcelarias -esperamos que no se produzcan- como la que significó la muerte de muchos jóvenes en el penal de San Miguel.
Me gustaría que nos hiciéramos cargo de una de las proposiciones que se plantean en el informe, la cual no puede quedar en el tintero, porque son muchos los diputados que lo suscriben. Considero que antes de hacer extensiva la responsabilidad penal, por ejemplo, a los mayores de 12 años, o de aumentar las penas a quienes cometan delitos terroristas, o de modificar la Ley de Control de Armas, o de crear presunciones legales de abigeato que rayan en la inconstitucionalidad, o de proponer mayores penas que impliquen que más personas vayan a la cárcel o de presentar proyectos para que a los jóvenes que interrumpen el tránsito o que ocupan establecimientos educacionales se les impongan penas de tres años, lo que debemos hacer es, precisamente, asumir las proposiciones contenidas en el informe, en particular, una de ellas.
La proposición está dirigida directamente a nosotros. Es la número 2 y dice textualmente: “Hacer presente al Ejecutivo y al Congreso Nacional -es decir, nosotros, los legisladores- la necesidad de considerar la situación de hacinamiento penitenciario, al momento de legislar sobre temas de carácter penal que pudieran redundar en el aumento de la población carcelaria.”
Como digo, es una proposición que está dirigida a nosotros, y me habría gustado que se hubiera formulado con antelación a toda la chorrera de delitos que hemos creado durante este período parlamentario -digo hemos tipificado, porque también soy diputado , aunque he votado en contra de todas las iniciativas relacionadas con la materia-; a todas las modificaciones introducidas al Código Penal para aumentar las penas para que las personas queden privadas de libertad, o a todas las eventuales modificaciones legales que se aprueben para restringir aun más la libertad provisional.
Considero que el Congreso Nacional es, en parte, responsable de la crisis carcelaria y debemos asumirla, lo digo con toda honestidad. La proposición en comento da cuenta de que somos responsables de la crisis penitenciaria, porque si no la ligamos a la política criminal, la mesa queda coja. Y así será si seguimos aprobando proyectos que crean delitos que impliquen privación de libertad para las personas. Si no somos capaces de darnos cuenta de que el indulto que se nos propone es una medida que, no obstante no ser la más adecuada, es un mecanismo que permite terminar con el hacinamiento en las cárceles, también seremos responsables de la crisis por esta razón.
Por eso, debemos hacernos cargo muy en serio de lo que plantea el informe y recordar en forma permanente y recordarle al Poder Ejecutivo que la senda correcta no es seguir aumentando las penas ni creando tipos penales, sino, por el contrario, asumir otra recomendación -me parece que es la correcta- porque permite solucionar el problema carcelario: “Solicitar al Poder Ejecutivo un aumento sustantivo en los recursos humanos y materiales que se destinan a la rehabilitación…”.
De manera que el camino no es seguir tipificando delitos, aumentando las penas o insistiendo en que ahora hay que sancionar a los mayores de 12 años, porque ya estamos encarcelando a los mayores de 14 años. El informe indica cuál es el camino que debemos recorrer: debemos asumir lo que nos plantea y no insistir en tipificar nuevos delitos.
Estoy muy de acuerdo con lo que se ha dicho aquí, en cuanto a que la crisis penitenciaria debe ser vinculada a la política criminal. De lo contrario, vamos a seguir por el camino -insisto majaderamente- de crear nuevos tipos penales.
En la discusión del Presupuesto de la Nación, debemos aprobar más recursos para las cárceles. Cuando uno las visita y conversa con los psicólogos, con los jefes de unidad y con los jefes de seguridad interna nos dicen que quieren educar y rehabilitar, pero que les faltan recursos. Como digo, el camino es la rehabilitación, que la persona que por equis motivo delinquió, tenga otra oportunidad.
Si seguimos estas proposiciones, podemos solucionar el problema. El objetivo de la Comisión Investigadora es que no vuelvan a ocurrir accidentes o eventuales crímenes en nuestras cárceles. Todos queremos, de buena fe, que no vuelva a ocurrir lo que pasó con esos jóvenes en el penal de San Miguel.
Entiendo que lo que plantea el informe es para que lo asumamos todos. ¡Asumámoslo y hagámoslo nuestro!
Es necesario hacer presente al Ejecutivo y al Congreso Nacional la necesidad de vincular la crisis penitenciaria a la política criminal. Si seguimos esa senda, en nuestro país, no volverán a ocurrir “accidentes” como el que sucedió en la cárcel de San Miguel. De lo contrario, es decir, si se continúa con la obsesión de encarcelar, incluso, a niños y jóvenes, sin rehabilitarlos una vez que estén encarcelados, vamos a seguir lamentando más muertes en las cárceles chilenas. ¡Créanme, si no seguimos el camino que nos indica el informe, la responsabilidad será nuestra!
He dicho.
El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Arturo Squella.
El señor SQUELLA.- Señor Presidente , también quiero destacar -me atrevería a decir- el profundo trabajo que realizaron los integrantes de la Comisión Investigadora, el cual se ve reflejado en el informe.
Asimismo, quiero resaltar que, si bien no hubo unanimidad, el informe fue aprobado por amplia mayoría, porque sólo fue rechazado por un diputado ; pero no porque no estuviera de acuerdo con lo medular, sino porque no le gustaba uno de los puntos que buscan, precisamente, establecer responsabilidades. Desde la perspectiva del diputado que votó en contra, tenían que darse nombres y apellidos; pero, desde el punto de vista de la mayoría, ello no correspondía, de acuerdo con los antecedentes que manejábamos. Por lo demás, hablamos de cuestiones criminales sobre las cuales hay una investigación abierta en el Ministerio Público que esperamos, ojalá en un tiempo breve, nos dé luces respecto de quiénes son los responsables.
Cabe también destacar, la inspección que hicimos a distintos penales del país -al de Valparaíso entre ellos-, no sólo a la cárcel de San Miguel. Como ya dijo el diputado Silva , estuvimos en varios centros de educación y trabajo; también tuve la oportunidad de cotejar y ver las impresionantes diferencias entre una cárcel de sistema tradicional y una cárcel concesionada. El mejor ejemplo, para quien le interese, son las de San Miguel, son vecinas, y uno puede graficar las diferencias existentes entre ambas.
Conocí un ejemplo de cárcel, funciona con los mejores estándares en Chile, la de Punta Arenas.
En definitiva, de acuerdo con el trabajo que se hizo en la Comisión, pudimos darnos cuenta de que, en términos generales, el hacinamiento no es un simple número, que, por lo demás, ya ese simple número espanta, sino que una realidad. Uno conversa con las personas privadas de libertad, y siente que en este caso el Estado está al debe, y nosotros somos parte de ese Estado, somos autoridades y nos debemos hacer cargo de la situación. Es importante destacar las proposiciones.
Al mismo tiempo, en relación con las propuestas del informe, creo justo decir que ha habido avances. Hace un tiempo dejamos de sesionar, no se había puesto en Tabla la rendición de este informe para su discusión y votación, pero terminamos el trabajo hace unos seis meses. Entretanto, se ha avanzado muchísimo.
En el informe que me tocó rendir ya se decía que se igualó en 1.500 pesos el valor de las raciones entre el sistema penitenciario tradicional y el concesionado.
También se ha avanzado a pasos agigantados en la eliminación de los cilindros de gas, lo que va muy de la mano con el mejoramiento de las raciones alimenticias.
En algunos lugares se les ha permitido el uso de calefacción; desde esa perspectiva, todavía faltan obras mayores.
Respecto de las proposiciones del informe, el Poder Legislativo también ha avanzado. Hace dos semanas votamos el término de la intervención de los seremis en el otorgamiento de la libertad condicional. No viene al caso profundizar en este tema, porque todos estamos de acuerdo en que no corresponde que una persona que no hace un análisis técnico intervenga en algo tan delicado como otorgar o no la libertad a una persona.
En lo que se refiere al uso racional de las cárceles, hemos avanzado y hay un proyecto despachado por la Cámara al Senado, que introduce una modificación a la ley N° 18.216, sobre medidas alternativas. Se cambia la reclusión nocturna por reclusión parcial; la libertad vigilada se sustituye por la libertad vigilada intensiva; se establece -se venía pidiendo hace mucho tiempo- un mayor número de delegados para supervigilar a las personas a las que se les otorga la libertad; se dispone la utilización de brazaletes electrónicos, en fin. No cabe duda de que nos iremos haciendo cargo de implementar lo que resta.
Por otra parte, cuando hablamos de otorgamiento de justicia y le asignamos una pena a quien ha actuado en contra de una persona o de la sociedad toda, la pena, precisamente, consiste en la privación de libertad, pero el Estado debe velar por recuperar a esa persona. Cuando hablamos de rehabilitación, nos referimos precisamente a eso.
Tuve la oportunidad de profundizar, tal como dijo el diputado Silva , en los esfuerzos que se hacen en materia de rehabilitación y de reinserción a partir del trabajo. Al respecto, la labor de los Centros de Educación y Trabajo (CET), es espectacular, muy buena, pero, lamentablemente, no tenemos ni una sola evaluación, ni un solo seguimiento de las personas que han salido de esos talleres que, por lo demás, tienen externalidades bastante positivas. Ellos recibían una remuneración por el trabajo que hacían, parte de ella se la entregaban a sus familias, que los seguían visitando. Una vez que recuperaban la libertad, aunque parezca un poco práctico o pragmático, tenían un lugar al que llegar, la familia estaba intacta, habían aprendido un oficio y podían encontrar trabajo. Pero, no hay incentivos suficientes para que la empresa, particularmente la privada, se fije y contrate a esas personas.
No tengo dudas de que una persona que ha pasado por la cárcel, que ha estado privado de libertad por un tiempo importante, si se le da la posibilidad de trabajar en un lugar adecuado, optará por ello, va a hacerlo, depende de nosotros que se den los incentivos necesarios. En eso tenemos un gran desafío.
Por último, me sumo a las expresiones del diputado Harboe, en el sentido de que éste es un gran momento para tratar y votar el informe, precisamente porque estamos cercanos a discutir el proyecto de Ley de Presupuestos.
Hasta antes del incendio de la cárcel de San Miguel, lamentablemente, la sociedad y en gran medida las autoridades, no se habían dado cuenta de lo urgente y necesario que es agotar los esfuerzos -y cuando hablo de esfuerzos, me refiero también a los económicos- para mejorar sustantivamente las condiciones en que funcionan nuestras cárceles.
Ese es el desafío de quienes están discutiendo en las Comisiones respectivas y también de nosotros, que en pocas semanas más nos va a corresponder pronunciarnos sobre el presupuesto, que viene con un incremento importante. Vamos a revisar en profundidad si es suficiente, pero no me cabe duda de que luego del incendio de la cárcel de San Miguel, a todo Chile le ha quedado claro que se deben agotar los esfuerzos económicos para que nunca más ocurra una tragedia de la magnitud de la sucedida en la cárcel de San Miguel, que le costó la vida a 81 compatriotas.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado Ricardo Rincón .
El señor RINCÓN .- Señor Presidente , quiero manifestar mi total respaldo al informe y también compartir públicamente las aprensiones que algún colega parlamentario puede haber expresado en la Comisión, porque permanentemente señalé y creo, con total convicción hasta el día de hoy, que existen claras responsabilidades políticas de quienes han dirigido Gendarmería.
Cuando me refiero a quienes han dirigido Gendarmería, lo hago porque no quiero radicarla exclusivamente en su actual director que, por cierto, tiene responsabilidades políticas; sino a quienes en los últimos años han dirigido Gendarmería.
Eso como primera aclaración, porque no aparece en el informe, que en lo global, concita acuerdo transversal y constituye un aporte serio, decidido y profundo en cuanto al análisis de lo que ocurrió en la cárcel de San Miguel.
A veces se dice que nuestras Comisiones investigadoras terminan sin informar, cosa que no es cierta; o se sostiene que se dilatan los informes que mandata la Sala, y aquí tenemos un trabajo serio, profundo, acucioso, que implicó muchas horas de trabajo y que es una contribución concreta que debería ser recogida por las actuales autoridades, para los efectos de subsanar en parte las deficiencias del sistema penitenciario nacional.
Por lo demás, a nuestro colega Pedro Araya le consta el trabajo que realizó la Comisión, porque es miembro de ella, además de haber presidido gran parte, sino todas las sesiones que se dedicaron a la investigación.
Incluso, nos constituimos en la Cárcel de San Miguel. Fue una experiencia bastante dolorosa ver las condiciones en que se encuentra ese penal, que tal vez representa la realidad de todos los penales del país, salvo la de los que se han construido al amparo de la ley de concesiones, que son más modernos.
Tengo la profunda convicción de que no es suficiente con potenciar a Gendarmería. Debemos generar un acuerdo transversal para llevar a cabo un profundo cambio en el sistema penitenciario.
Si no somos capaces de establecer un sistema totalmente distinto al que hay, donde la capacitación, la educación y el trabajo sea índice de un ocio cero como elemento fundamental del quehacer al interior de los penales; si no recogemos las claras recomendaciones internacionales en esta materia y que ya algunos países han comenzado a diseñar, no habrá posibilidades de rehabilitación ni de reinserción.
De hecho, hace muy poco tuvimos un diálogo con el ministro de Justicia de Chile y su homólogo de la República Dominicana, donde se instauró el sistema modelo de las Naciones Unidas, con una tasa de reincidencia de 2.7 por ciento.
Este es un guarismo sorprendente, si se compara con el de nuestro país, que no baja del 50 por ciento, creo que se está situando en alrededor del 60 por ciento, porque al interior de nuestros penales no hay educación, ni capacitación técnica, ni posibilidades reales de oportunidades laborales. Si eso no se da, no hay posibilidad de tratamiento, ni de rehabilitación, ni de reinserción social.
No se trata solo de un problema de hacinamiento, uno de los principales males de nuestras cárceles, sino de que no hay oportunidad de hacer algo.
Al interior de los penales de Chile se va a marcar el paso, a contar los minutos, las horas, los días; nada más, no hay probabilidades de realizar otra cosa.
Independientemente de los esfuerzos aislados que se hacen, de algunos programas o convenios con empresas -no quiero desconocerlos, porque los conozco-, de algunas posibilidades de estudio para los presos, de educación física, de alternativas de deporte o de recreación, no existe un programa sistémico, integral para que en las cárceles se pueda estudiar, superar el analfabetismo, tener acceso a programas de formación técnica, capacitación, lectura, estudios, trabajo o manualidades para hombres y mujeres.
La realidad de los menores encarcelados es una vergüenza más. Debemos asumirla y decirlo, porque, como sociedad, vivimos de espalda a ella.
¿Cuál es el problema que enfrentamos? Pasar de un grupo penitenciario de delincuentes a uno de criminales. Con las condiciones de nuestros recintos penales, eso es totalmente posible. Con una población carcelaria -la tercera en América Latina y la 35ª en el mundo que lo único que hace es crecer, estamos al borde de nuevos hechos, como los vividos en San Miguel. Hay casi 56 mil internos. Tales condiciones significan una bomba de tiempo permanente para nuestra sociedad.
Luego, independiente del aporte que brinda nuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, que integro, que reconozco y aplaudo, se trata de entender que lo que está ocurriendo en los penales debe ser abordado con una política pública integral y de Estado.
Con acuerdo de todos los sectores políticos, se debe comenzar de cero un sistema totalmente distinto, que permita lograr lo que han obtenido otros países, como República Dominicana, con una tasa de reincidencia del 2,7 por ciento, el sistema modelo de las Naciones Unidas, y así ha sido declarado. Es necesario un nuevo sistema que dé posibilidades reales de tratamiento y de reinserción a los internos.
La realidad de la República Dominicana, que en parte ha conocido el ministro de Justicia, no es un invento. Por eso, ha sido declarada sistema modelo de las Naciones Unidas.
Espero que este informe, al recoger e implementar algunas de sus recomendaciones, contribuya a mitigar la realidad de los actuales penales del país. Pero ello servirá sólo para eso.
El cambio profundo, total, de base, la reingeniería que se requiere, está pendiente. Si como sociedad no somos capaces, de construir un acuerdo transversal que así lo permita y generar los recursos para ello, no podremos avanzar y lamentaremos las cifras de aumento permanente de nuestra población penal.
Ojalá no llegue el día en que en vez de decir que tenemos 56 mil internos, nos veamos obligados a reconocer que hay 60 mil, 70 mil, 80 mil, 90 mil o 100 mil en las cárceles, porque las cifras varían sólo en forma ascendente, en las condiciones lamentables en que se encuentran actualmente nuestros penales.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Ha concluido el tiempo destinado al Orden del Día.
El diputado Osvaldo Andrade ha pedido hacer uso de la palabra.
¿Habría acuerdo de la Sala para concederle unos minutos?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado Osvaldo Andrade.
El señor ANDRADE .- Señor Presidente , agradezco la benevolencia de esta honorable Cámara; da gusto participar en un espacio como éste.
Sólo quiero expresar que me llama la atención que este informe, que es muy acucioso, nos dé un conjunto de indicaciones sobre lo que se debe hacer. Ello me parece muy bien, porque lo importante es lo que se debe hacer, pero no puedo olvidar que murieron más de 80 reos y que existe alguna responsabilidad detrás de ese hecho.
En su página 124, figura una insinuación de responsabilidad política, que la Comisión votó y rechazó, que se refiere al actual director nacional de Gendarmería de Chile y al anterior.
Con mucha franqueza, quiero decir que me parece extraño que, dada la contundencia del informe, de la totalidad de intervenciones que hubo y del conjunto de apreciaciones e insinuaciones que se hacen respecto del futuro, no se establezca ningún tipo de responsabilidad política.
¡No le hace bien a la política ni a las instituciones que se soslaye ese tipo de situaciones!
Agradezco a la Sala por el tiempo concedido para hacer presente ese detalle.
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el informe en los siguientes términos:
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Corresponde votar el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia evacuado en cumplimiento del mandato entregado por la Corporación para investigar las eventuales responsabilidades políticas o administrativas en el incendio que afectó al Centro de Detención Preventiva de San Miguel.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 9 abstenciones.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvieron los diputados señores:
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
CREACIÓN DE CENTROS RESIDENCIALES PARA ADULTOS MAYORES.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte resolutiva del proyecto de acuerdo N° 434, que solicita la creación de centros residenciales para adultos mayores.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 434, de los diputados señores José Pérez, Accorsi, Teillier, Farías, Espinosa, don Marcos; Ortiz, Meza, Jarpa, Harboe y de la diputada señora Ximena Vidal, que en su parte resolutiva expresa:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Oficiar y solicitar a su excelencia el Presidente de la República para que estudie, analice y envíe a la brevedad un proyecto de ley que determine la creación de Centros Residenciales para Adultos Mayores en los cuales reciban la correspondiente asistencia médica y psicológica, apoyo a la integración social y, además, considere este gasto social dentro del proyecto de Ley de Presupuestos para el 2012.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Para intervenir a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor José Pérez.
El señor PÉREZ (don José).- Señor Presidente , por todos es sabido que la población de adultos mayores va creciendo de manera importante en nuestro país y, a través de los medios de comunicación, especialmente de la televisión, hemos sido informados de muchos casos en que los adultos mayores, en los hogares en que son recibidos, no cuentan con una atención adecuada e, incluso, se les da un pésimo trato. Con el correr de los años, quedan solos y abandonados, tanto por sus propios hijos, que en ciertos casos se van fuera del país, lejos de donde residen, o bien porque fallece uno de los cónyuges.
El proyecto de acuerdo dice relación con algo que hace algunos años se había conversado con la ex directora nacional del Senama , señora Paula Fortes , quien inició la creación de residenciales para los adultos mayores, centros destinados a que los atiendan y traten con dignidad, en los que se cuente con médicos y psicólogos. También es importante que el Estado haga un aporte para incrementar el fondo que se necesita para su adecuada atención.
Ése es el motivo del proyecto de acuerdo, y cada día que pasa es más necesario. Sabemos que existen miles de adultos mayores que están sufriendo la soledad, en circunstancias de que sus últimos días de vida deberían pasarlo de mejor forma. Así como nos preocupamos de los más pequeños, de las salas cunas y de los niños de nuestro país, también debiéramos preocuparnos de las personas que entregaron una vida entera al servicio de la Patria y que necesitan vivir y morir con dignidad.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Pedro Velásquez.
El señor VELÁSQUEZ .- Señor Presidente , felicito al colega José Pérez Arriagada por presentar este proyecto de acuerdo que viene a recoger las aspiraciones de todos los parlamentarios que conocemos las condiciones en que se encuentran nuestros adultos mayores, especialmente de los sectores más vulnerables.
Existe una cantidad importante de clubes de adultos mayores, donde se reúnen, una vez al mes, en sedes sociales y en condiciones muy precarias. Muchas veces, deben costearse hasta sus propias onces; incluso, deben hacer rifas y una serie de otras actividades para solventar sus gastos.
Los grandes problemas que tienen son fundamentalmente en el área de la salud, específicamente cuando deben someterse a alguna operación o bien cuando se encuentran en situación de abandono. Por ello, se requieren centros integrales, para que el adulto mayor pueda dejar su casa en la mañana, para compartir con sus pares y recibir un apoyo integral, en cuanto a salud y en el ámbito social.
Por las razones expuestas, llamo a mis colegas a votar a favor el proyecto de acuerdo. Para ello, reitero al Presidente de la República que tenga a bien generar los fondos necesarios y disponer que se fortalezcan aquellos que ya funcionan en el país -que son muy pocos- para crear verdaderos centros de integración para nuestros adultos mayores.
Todos apuntamos -unos más, otros menos- hacia la misma meta: llegar a una vejez más digna y sentir que en algo hemos aportado al país.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Ofrezco la palabra para intervenir en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
¿Habría acuerdo para aprobarlo por unanimidad?
Acordado.
PROGRAMA GUBERNAMENTAL DE AYUDAS TÉCNICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte dispositiva del proyecto de acuerdo N° 435, que solicita un programa gubernamental de ayuda técnica para personas con discapacidad en situación de dependencia.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 435, de las diputadas señoras Alejandra Sepúlveda, Marcela Sabat, Andrea Molina y de los diputados señores Torres, Accorsi, Sabag, Araya, Velásquez, René Manuel García y Leopoldo Pérez, que en su parte resolutiva expresa lo siguiente:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia el Presidente de la República para que, en uso de sus atribuciones constitucionales y atendidas las materias de su iniciativa exclusiva, pueda formular, implementar, ejecutar y evaluar un Plan de Ayuda para las personas en situación de dependencia que pertenezcan al 40 por ciento más pobre de la población, que considere, a lo menos, los siguientes aspectos:
a) Que se contemple la posibilidad de que las personas con discapacidad en situación de dependencia no tengan que postular a las respectivas ayudas técnicas, bastando sólo la inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad , la certificación del grado de discapacidad que la califique en situación de dependencia y que pertenezca al 40 por ciento más pobre como resultado de la aplicación de la Ficha de Protección Social o instrumento que la reemplace.
b) Que las ayudas técnicas otorgadas a estas personas sean financiadas íntegramente por el Servicio Nacional de la Discapacidad, directamente o a través de las instituciones que trabajan para ellas o con ellas.
c) Que las ayudas técnicas se concentren principalmente en sillas de ruedas, cojines antiescaras, colchones antiescaras, pañales, entre otros elementos de primera necesidad y uso cotidiano.
d) Que se evalúe la posibilidad de incluir entre las ayudas técnicas los implantes cocleares, los que actualmente no son considerados por su alto costo.”.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Para intervenir a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , me he reunido con muchas organizaciones sociales que representan a familiares y personas con discapacidad y he constatado que una de las complicaciones más grandes se relaciona con la forma en que llegan las ayudas técnicas, porque se han producido muchos retrasos.
Sostuve una reunión con la directora del Senadis y he llegado a la convicción de que las complicaciones administrativas son muchas cuando se trata de financiar y acelerar los procesos de entrega de esas ayudas, la mayor parte de las cuales tiene relación con la calidad de vida de las personas. Por ejemplo, son urgentes las sillas de ruedas y los cojines antiescaras, especialmente para las personas postradas por años, que sufren muchas complicaciones. También son muy necesarias las ayudas técnicas, como los implantes cocleares. Como dije, se requiere un sistema de entrega de ayudas técnicas mucho más diligente.
Me interesa revisar la ejecución presupuestaria del Senadis para el próximo año, porque tengo la impresión de que, respecto de las personas de menores recursos, incluso del Programa Chile Solidario, no tenemos un nivel de socialización de las ayudas técnicas y de los programas en los cuales pueden participar, por lo que debería existir una vía más rápida.
Proponemos el estudio de un sistema de entrega más rápido, más ejecutivo y con una mayor capacidad para llegar, sobre todo, a las familias que más lo necesitan y que no cuentan con toda la información. Me refiero fundamentalmente a los sectores rurales y a las personas postradas. Ojalá podamos contar con ayuda diferenciada para las personas postradas. Lamentablemente, sólo podemos proporcionarles ayuda a través del Servicio de Salud.
En consecuencia, pido a mis colegas aprobar el proyecto de acuerdo, con el objeto de que ese programa se haga realidad en el Presupuesto de la Nación.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Víctor Torres.
El señor TORRES.- Señor Presidente, me sumo a las palabras de la diputada Alejandra Sepúlveda.
En Chile, aproximadamente el 13 por ciento de la población padece algún grado de discapacidad, ya sea física o mental. Más o menos el 35 por ciento de los hogares de nuestro país tiene un familiar con algún grado de discapacidad y más de 400 mil personas sobrellevan lo que se denomina discapacidad grave: son las personas postradas.
El objetivo del proyecto de acuerdo es solicitar al Gobierno que, a través del Servicio Nacional de la Discapacidad, se pueda implementar un sistema mucho más ágil, que no implique la postulación a estos fondos de las personas del 40 por ciento más vulnerable de la población, entendiendo, primero, lo que significa tener en la casa, o dentro de los familiares, a una persona con discapacidad de esta naturaleza y las complicaciones que ello conlleva dentro del núcleo familiar, fundamentalmente de orden económico.
Es muy importante que la gente que requiera apoyo o ayudas técnicas, como colchones o cojines antiescaras, así como camas o catres clínicos o, eventualmente, implantes cocleares, fundamentalmente por el alto costo que tienen para las personas con discapacidad auditiva. Es preciso establecer un sistema mucho más ágil, que tenga un financiamiento ciento por ciento estatal, fundamentalmente para el 40 por ciento de las personas más vulnerables del Registro Nacional de la Discapacidad .
Por todo lo expuesto, pido a la honorable Sala que apruebe el proyecto de acuerdo, porque lo que se solicita irá en beneficio de mucha gente y tiene una mirada más integradora de nuestra sociedad.
He dicho.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Ofrezco la palabra para intervenir en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- No hay quórum.
Se repite la votación.
En votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 25 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Nuevamente, no hay quórum.
La votación queda pendiente para la próxima sesión ordinaria.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es:
http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
VII. INCIDENTES
INVESTIGACIÓN DE NEGLIGENCIA MÉDICA EN CONSULTORIO DE EL MONTE Y APOYO A FAMILIA DE JOVEN AFECTADO. Oficios.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido Socialista.
Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise) .- Señor Presidente , en esta oportunidad me referiré a un caso muy complicado que afecta a una familia completa de mi distrito.
Don José Olivares , vecino de la comuna de El Monte, frente a los extraños y constantes síntomas que afectaban a su hijo Ángelo, de dieciséis años, en enero del presente año se vio obligado a concurrir al consultorio municipal de El Monte , donde sólo le preguntaron qué le sucedía al menor. Sin mediar ningún examen para verificar o ratificar las causas de los vómitos constantes del muchacho, le diagnosticaron bulimia y, consecuentemente con ese diagnóstico, le recetaron medicamentos para tratar ese trastorno alimenticio, proveyéndole, incluso, atención psicológica y siquiátrica por su enfermedad.
Sin embargo, como los vómitos continuaban cada vez de manera más persistente, en junio, por insistencia de los padres, le realizaron un examen de sangre, gracias al cual un médico del consultorio se percató, por primera vez, que estaba frente a otra patología y confirmó que lo que padecía el joven era anemia aguda. En esa oportunidad, le señalaron a los padres que debía hacerse otros exámenes más especializados, pero no le asignaron la urgencia debida al caso.
A los pocos días, en el mismo mes de junio, frente a una grave crisis del menor, los padres concurrieron desesperados al Hospital de Talagante, donde los médicos, luego de examinarlo exhaustivamente, se percataron de que había perdido sus dos riñones a causa de una enfermedad que no fue detectada a tiempo en el consultorio, desde donde tampoco fue derivado a una institución de salud más especializada.
Claramente, estamos frente a un caso patente de negligencia médica del consultorio municipal de El Monte, puesto que sus médicos no realizaron ningún esfuerzo para determinar la verdadera dolencia que afectaba al menor, y sólo la trataron como un trastorno alimenticio, sin efectuar ningún examen u otro procedimiento.
Hoy nos encontramos con que esos cinco meses de diagnóstico errado significaron que un joven de dieciséis años perdiera sus riñones y tenga que dializarse cada dos o tres días. Además, se ha diagnosticado que, si no se le hace un trasplante de riñones en forma urgente, lo más probable es que ese niño pierda la vida.
Estamos cansados de enterarnos de que a las personas no se les entrega un trato digno en una materia tan importante como es la atención de salud. En muchas oportunidades hemos sabido de actos de negligencia en dicho consultorio. En variadas ocasiones, en los consultorios, los padres han insistido para que deriven a sus hijos a hospitales, pero lamentablemente ello no ocurre y les entregan cualquier remedio; ni siquiera les hacen exámenes. ¿Cómo es posible que una enfermedad de esa gravedad no haya sido detectada a tiempo?
Los profesionales de la salud tienen la responsabilidad de brindar un estándar de atención que promueva el bienestar de sus pacientes. Lamentablemente, cuando ello no ocurre, estamos frente a una negligencia médica que es necesario investigar, especialmente en casos como el que denuncio, en que se afectó a un niño de dieciséis años, que hoy debe dializarse regularmente y que, si no se realiza un urgente trasplante de riñones, probablemente pierda la vida.
Por lo anteriormente expuesto, pido que se oficie al ministro de Salud , a la seremi de Salud de la Región Metropolitana , señora Rosa Oyarce Suazo ; a la directora del Área Occidente de Salud y a la Corporación de Salud de El Monte, a fin de solicitarles que efectúe una investigación del caso y se apoye a la familia afectada, con el objeto de que el joven aparezca prontamente en la lista de enfermos que necesitan un trasplante de riñones con urgencia, para que pueda sobrevivir.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
PREOCUPACIÓN POR INDISCRIMINADA EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS DESDE LECHO DE RÍO BIOBÍO. Oficios.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).- En el tiempo del Comité Mixto Partido Radical Social Demócrata, Partido Comunista e Independientes, tiene la palabra el diputado señor José Pérez.
El señor PÉREZ (don José).- Señor Presidente , como es de conocimiento nacional, la Octava Región tiene ríos muy caudalosos, cuyas crecidas invernales, en algunas ocasiones, han causado tragedias muy lamentables. Basta recordar las inundaciones que se produjeron en 2006, a raíz de las cuales murieron varias personas y cientos de animales, entre ellos, vacas y cerdos, y muchas casas, junto con sus enseres, fueron arrastradas río abajo.
Con el correr del tiempo, se han adoptado algunas medidas tendientes a evitar que esa situación se repita. Sin embargo, nos llama poderosamente la atención que en los bordes o en los lechos de algunos ríos muy importantes de nuestra provincia, como Biobío, Duqueco y Mulchén , diversas empresas hayan instalado enormes equipos para la extracción de áridos, con los que han comenzado a socavar sus bordes y lechos y a acumular montañas de áridos.
En algunos casos, esos trabajos ni siquiera cuentan con autorización municipal. Sin embargo, no debería bastar ese permiso. Personal altamente calificado de la Dirección Nacional de Obras Hidráulicas debería ser el que autoriza o niega la autorización para la extracción de áridos en determinados lugares.
Si no se adoptan esas medidas, en forma urgente, estaremos expuestos a que se produzca un cambio en el cauce del Biobío en algunos sectores. La situación reviste enorme gravedad, de manera que, si no se llevan a cabo las correcciones pertinentes, se ocasionarán nuevas inundaciones en un futuro no lejano.
Por consiguiente, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , al director nacional de Obras Hidráulicas , al intendente de la Octava Región , al seremi de Obras Públicas de la Región del Biobío y al director regional de Obras Hidráulicas , para que tomen debida nota de la grave situación que estoy denunciando, que afecta al borde del río Biobío y a varios sectores cercanos -los mismos que fueron afectados por la inundaciones que se produjeron en 2006-, desde los que se están extrayendo áridos en forma indiscriminada, con el objeto de que se corrija ese problema, y para que el otorgamiento de los permisos para efectuar esas faenas sea hecho en forma más profesional.
El señor ASCENCIO ( Presidente en ejercicio).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE PRIORIDAD DE PAVIMENTACIÓN O ASFALTADO DE CAMINOS DE PROVINCIA DE BIOBÍO. Oficios.
El señor PÉREZ (don José).- Señor Presidente , una de las características de la provincia de Biobío es que por sus caminos se lleva a cabo el tránsito más intenso de vehículos pesados del país. No en vano, en ella se han instalado, entre otras, varias empresas forestales e industrias papeleras y de celulosa, las que generan el tránsito de camiones de alto tonelaje. Eso provoca el rápido deterioro de los caminos, cuya reparación no siempre es oportuna, porque faltan recursos para atender esa red vial.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas y al director nacional de Vialidad, a fin de que nos informen sobre la prioridad que hay en este momento para llevar adelante los trabajos de pavimentación o asfaltado de los caminos de la provincia de Biobío, algunos de los cuales, incluso, cuentan con los respectivos estudios para iniciar esas obras.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
En el turno del Partido Renovación Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
AYUDA PARA POBLADORES EN RIESGO SOCIAL QUE DEBEN ABANDONAR SUS INMUEBLES A CAUSA DE REPARACIONES. Oficios.
El señor ASCENCIO (Presidente en ejercicio).- En el tiempo adicional de cinco minutos de la bancada del Partido por la Democracia, el cual puede ser solicitado por todas las bancadas una vez cada tres semanas, tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth.
El señor AUTH.- Señor Presidente , quiero aprovechar esta oportunidad para dar a conocer un problema originado a raíz del terremoto de 27 de febrero de 2010, movimiento telúrico de proporciones que remeció al país y provocó daños severos en 414 departamentos de un conjunto habitacional histórico, de gran significación arquitectónica y social, como es la Villa Portales, de Estación Central.
Varios de los bloques de departamentos que integran ese conjunto habitacional histórico han sido incorporados al Programa de Recuperación de Barrios. Luego de un año y medio, finalmente, el Gobierno logró encontrar una solución para reparar esos daños, lo que permitirá que las familias que habitan esos inmuebles dejen de padecer las condiciones de inestabilidad e inseguridad en que han vivido desde ese 27 de febrero de 2010.
Se han destinado 11 mil millones de pesos al Programa de Recuperación de Barrios, recursos que serán administrados por la Municipalidad de Estación Central. Por su parte, bajo la supervisión del Serviu, se efectuará la licitación de las obras de reparación de esos 414 departamentos, las que demorarán entre seis y ocho meses.
Muchas de las familias que habitan en ese conjunto habitacional pertenecen al 60 por ciento más vulnerable de la población; entre ellas hay muchos adultos mayores, que viven de sus pensiones básicas solidarias o de exiguas pensiones, complementadas por el aporte previsional solidario.
Por lo tanto, mientras se efectúan los trabajos de reparación, por razones de seguridad -debido al traslado y operación de máquinas, entre otras-, no se puede dejar que permanezcan en sus viviendas, lo que ha sido desaconsejado y prohibido por el propio Serviu . Pero tampoco se les debe enviar a la calle, para que pasen seis u ocho meses en la miseria, mientras arreglan sus departamentos.
Consideramos que el Estado tiene la responsabilidad de hacerse cargo del problema. Sin embargo, se debe efectuar la respectiva calificación de los casos en que eso corresponde, a través de los instrumentos de segmentación social, con el objeto de dar a esas familias la oportunidad de trasladarse a una vivienda digna, habilitada por el Serviu, o que se les entregue un subsidio, a fin de ayudarlas a encontrar dónde vivir durante ese proceso de reparación.
Por eso, pido que se oficie al ministro de Planificación , señor Joaquín Lavín , y al delegado presidencial para la Reconstrucción, señor Felipe Kast , con el propósito de que requieran al Serviu y a la Ilustre Municipalidad de Estación Central los antecedentes relacionados con el proyecto de reparación de Villa Portales, y para que dispongan la elaboración de un estudio para hallar una solución alternativa para todas las personas en riesgo social de ese conjunto habitacional que deberán abandonar sus departamentos.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente en ejercicio).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Harboe , Núñez , Rincón y de quien habla.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.29 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES.
-Se abrió la sesión a las 13.20 horas.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En el nombre de Dios y de la Patria, de abre la sesión.
PREOCUPACIÓN POR REITERADOS CORTES EN EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN LOCALIDADES DE COMUNA DE COPIAPÓ. Oficios.
El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente , la grave crisis hídrica que se está manifestando en diferentes regiones ha significado que, en el caso de la región de Atacama, uno de los lugares más afectados corresponde a la localidad de Paipote, sector urbano ubicado en la comuna de Copiapó.
Este sector ha sido víctima de reiterados y largos cortes en el suministro de agua potable por parte de la empresa a cargo del sistema: Aguas Chañar. Esa empresa sanitaria informó que los cortes señalados se habían originado con motivo de la realización de una serie de trabajos para optimizar el servicio, los que se mantendrían sólo hasta el 21 de agosto. Pero, respecto de los cortes de los días 28 y 29 de agosto, que significaron la suspensión total del servicio de agua potable para esos sectores, lo que motivó la protesta masiva de los consumidores afectados, Aguas Chañar explicó que se debieron a la ruptura de una bomba de uno de los pozos del sector Paipote.
Entre las diferentes acciones que han llevado a cabo los vecinos se encuentra una presentación al Servicio Nacional del Consumidor, Sernac , en septiembre, que coincide con los numerosos reclamos que han efectuado de modo directo. El director regional del Sernac , señor Miguel Vargas , recibió esa presentación firmada por los vecinos y se comprometió a exigir a Aguas Chañar una compensación por los cortes prolongados de agua y bajas de presión en sectores como Llanos de Ollantay y de Paipote. Además, se manifestó esperanzado en que la empresa entregue una propuesta compensatoria justa para todos los afectados.
El Sernac ha recibido más de 750 reclamos de consumidores que se han visto perjudicados por la mala calidad del servicio entregado por la empresa Aguas Chañar . Asimismo, la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y la Asociación de Consumidores y Usuarios, de Copiapó, interpusieron un reclamo colectivo por cortes de agua y baja presión en distintos sectores.
Estos casos se sumaron a la mediación colectiva iniciada por el Sernac, ya que la magnitud del problema ha afectado, según la propia empresa, a 2 mil clientes.
En el contexto de la actual crisis del agua en Paipote, toda inestabilidad en el sistema se traduce en un corte en el servicio a esa localidad y, en particular, a sectores como Villa Estación N° 2, debido a la carencia de estanques que logren regularizar el servicio. La construcción de estos estanques no se ha efectuado, a pesar de que existen recomendaciones técnicas de la junta de vecinos para su localización.
Debo aclarar que nuestra región es una de las que aparece con el más bajo gasto o implementación del Fondo de Desarrollo Regional; por consiguiente, hace falta que se agilicen las medidas y se utilice parte de esos recursos para dar respuesta a las justas pretensiones de los pobladores mencionados.
Es necesario que el Sernac informe a los pobladores que hicieron esas presentaciones sobre cuáles serían las proporciones y el trámite en que se encuentra la petición de compensaciones por los daños denunciados.
En conocimiento de estos antecedentes, que ilustran el hecho de que existen localidades con permanentes cortes en el suministro de agua como una forma habitual de vida y que las medidas de fondo no se toman por las entidades involucradas, para llevar tranquilidad a esos vecinos, solicito que se oficie a la señora intendenta de la Región de Atacama , para que dé cuenta de las medidas asumidas por el gobierno regional tendientes a superar esa situación que afecta gravemente a los vecinos de Paipote, y al director regional del Sernac , para que informe acerca de las medidas a que me he referido.
Además, pido que se remita copia de este oficio al Seremi de Obras Públicas, a la empresa Aguas Chañar , a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Copiapó, a las respectivas uniones vecinales de Paipote, a la Central Unitaria de Trabajadores de la provincia de Copiapó, a los consejeros regionales y al alcalde y concejales de Copiapó.
He dicho.
La señora TURRES , doña Marisol ( Presidenta accidental ).- Se enviarán lo oficios solicitados por su señoría.
FISCALIZACIÓN DE OBRAS ILEGALES Y EVALUACIÓN DE DAÑO AMBIENTAL EN SITIO ARQUEOLÓGICO DE MONTE VERDE, EN PUERTO MONTT. Oficios.
La señora TURRES, doña Marisol ( Presidenta accidental ).- Mi intervención de hoy dice relación con el daño ambiental que estaría afectando a Monte Verde , el sitio arqueológico más importante de América y famoso a nivel mundial, situado a sólo 30 kilómetros de Puerto Montt, como consecuencia de la construcción de un vertedero ilegal.
El concejal de Puerto Montt señor Leopoldo Pineda denunció que un particular habría desviado las aguas del legendario estero Chinchihuapi -en cuyas orillas se asentó una cultura humana hace 12.500 años-, poniendo en peligro un área que aún falta por excavar, lo que podría originar -reitero- un daño ambiental y patrimonial invaluable.
La empresa, al parecer, dueña de esos terrenos es Acuaplus S.A., cuyo representante legal sería el señor Mauricio Canales Doizi.
Me pregunto cómo es posible que un particular construya un camino sin autorización del Ministerio de Obras Públicas y que tale árboles sin un plan de manejo de la Conaf. ¿Cómo es posible que el mismo particular haya desviado el curso del estero Chinchihuapi para canalizar sus aguas hacia piscinas que construyó sin autorización de la Dirección de Aguas del MOP? ¿Cómo es posible que todo eso lo haya hecho en las cercanías de ese sitio arqueológico, Monte Verde , lo que podría alterar la erosión del lugar que falta por excavar y llegar, incluso, a la destrucción de la evidencia científica más importante de arquitectura de América?
El concejal agrega que las pruebas permiten deducir que la intención de este particular sería construir un vertedero en un sector cercano a la línea de aterrizaje de aviones, en la pista del aeropuerto El Tepual. Eso también pondría en peligro la seguridad de las turbinas de los aviones, puesto que un vertedero provoca la llegada de distintas aves.
La prensa local informó que el alcalde Quinteros determinó una visita inspectiva de funcionarios municipales, quienes constataron el corte ilegal del bosque nativo, el desvío ilegal del estero, la construcción ilegal de caminos e instalaciones para una posible actividad industrial ilegal. En definitiva, comprobaron un irreparable daño ambiental cerca de Monte Verde. Insisto en que éste constituye un patrimonio arqueológico tremendamente importante para nosotros.
En ese contexto, solicito que se oficie a las siguientes autoridades para efectos de que se constituyan a la brevedad en terreno y hagan uso de sus facultades fiscalizadoras:
Al señor ministro de Obras Públicas , a fin de que las direcciones de Vialidad y de Aguas fiscalicen la construcción de caminos y el desvío del curso del estero mencionado.
Al señor ministro de Agricultura, con el objeto de que, por una parte, el Servicio Agrícola y Ganadero verifique el uso ilegal del terreno agrícola y, por otra, que el director de la Conaf haga uso de sus facultades fiscalizadoras por la tala ilegal de bosque nativo.
A la señora ministra del Medio Ambiente, para que los servicios que de ella dependen evalúen el daño ambiental causado.
Al señor intendente regional de Los Lagos, a través del ministro del Interior, con el propósito de que coordine las acciones de los servicios en esta materia e informe.
Al Consejo de Defensa del Estado, para que estudie el inicio de acciones indemnizatorias por el daño ambiental causado.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.28 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
7975-25
Fortalece el resguardo del orden público.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia .”
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
7923-06
Establece elección directa de los Consejeros Regionales.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia .”
3. Oficio del H. Senado.
“Valparaíso, 5 de octubre de 2011.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que fomenta el mercado de cruceros turísticos, correspondiente a los Boletines Nº s. 7.528-06 y 7.285-06, refundidos, con las siguientes modificaciones:
Artículo 1°.-
Número 2)
Lo ha suprimido.
Número 3)
Ha pasado a ser número 2).
Artículo 63 bis
Ha reemplazado su inciso segundo por el siguiente:
“La autorización de operación y explotación de juegos de azar otorgada por aplicación de este artículo tendrá una duración de cinco años, renovables por períodos iguales. La autorización podrá ser denegada, revocada o no renovada, según corresponda, por incumplimiento de las disposiciones del presente artículo y en caso de que el operador de juegos de azar o sus representantes legales hayan sido sancionados por delito que merezca pena aflictiva o de aquéllos señalados en la ley N° 20.393, en virtud de una sentencia condenatoria penal en un proceso nacional, o que merezca una pena privativa de libertad de 3 años y 1 día o superior en un proceso extranjero, que se encuentren ejecutoriadas. La forma de la solicitud de operación será determinada en un reglamento contenido en un decreto supremo expedido por el Ministerio de Hacienda.”.
Artículo 63 ter
a) Ha suprimido, en el inciso primero, la expresión “nacionales y”, y sustituido la frase “a los artículos 63 y 63 bis,” por “al artículo 63 bis”.
b) Ha eliminado, en el inciso segundo, la locución “nacionales y”, la primera vez que aparece.
c) Ha reemplazado, en el inciso tercero, la frase “los artículos 63 y 63 bis” por “el artículo 63 bis”.
d) Ha suprimido los incisos cuarto y quinto.
Artículo 2°.-
Letra a)
Ha reemplazado la referencia al “inciso noveno” por otra al “inciso séptimo”.
Letra b)
Ha sustituido la mención “inciso décimo” por “inciso octavo”.
-o-
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 9.516, de 4 de agosto de 2011.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): GUIDO GIRARDI LAVÍN , Presidente del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA , Secretario General del Senado .”
4. Oficio del H. Senado.
“Valparaíso, 5 de octubre de 2011.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín N° 7.775-10:
PROYECTO DE ACUERDO:
“Artículo único.- Apruébase el “Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Consejo Federal Suizo sobre el Ejercicio de Actividades Remuneradas por parte de los Familiares Dependientes de Miembros de las Misiones Diplomáticas, Representaciones Consulares y Misiones Permanentes”, suscrito en Santiago, Chile, el 16 de marzo de 2011.”.
-o-
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): GUIDO GIRARDI LAVÍN , Presidente del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA , Secretario General del Senado .”
5. Oficio del H. Senado.
“Valparaíso, 5 de octubre de 2011.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que denomina Ruka Moñen Tayu Folil , Juan Cayupi Huechicura al Museo Folklórico Araucano Juan Antonio Ríos , correspondiente al Boletín N° 7.023-24.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 9.023, de 7 de octubre de 2010.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): GUIDO GIRARDI LAVÍN , Presidente del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA , Secretario General del Senado .”
6. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto de ley que crea la intendencia de seguridad y salud en el trabajo, fortalece el rol de la Superintendencia de Seguridad Social y actualiza sus atribuciones y funciones. (boletín N° 7829-13-1).
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República , que crea la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, fortalece el rol de la Superintendencia de Seguridad Social y actualiza sus atribuciones y funciones. Este proyecto se encuentra calificado con urgencia “suma” desde el día 26 de septiembre del año en curso.
A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, doña Evelyn Matthei Fornet , el señor Subsecretario de Previsión Social, don Augusto Iglesias Palau , la señora Superintendenta de Seguridad Social, doña María José Zaldívar Larraín , y el asesor de esa Secretaría de Estado, don Francisco Del Río Correa .
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1.- Origen y urgencia.
La iniciativa tuvo su origen en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República y se encuentra calificada con urgencia “suma” desde el día 26 de septiembre de 2011.
2.- Discusión general.
El proyecto fue aprobado, en general, por 11 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Baltolu, don Nino ; Bertolino, don Mario ; Jiménez, don Tucapel ; Kort, don Issa ; Salaberry, don Felipe , y Vilches, don Carlos) .
3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.
A juicio de vuestra Comisión, el texto del proyecto en informe no contiene normas orgánicas constitucionales o que requieran ser aprobadas con quórum calificado.
4.- Diputado Informante .
La Comisión designó al señor Kort, don Issa , en tal calidad.
II. ANTECEDENTES GENERALES.
El proyecto que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social somete a vuestro conocimiento apunta a crear la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, a fortalecer el rol de la Superintendencia de Seguridad Social y a actualizar sus atribuciones y funciones, con el objeto de adecuar nuestra legislación y mejorar las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
1.- Consideraciones preliminares.-
Señala el mensaje que el derrumbe de la mina San José , ocurrido el jueves 5 de agosto de 2010, que dejó atrapados por 70 días a 33 mineros a unos 700 metros de profundidad, ha resaltado la necesidad de mejorar la protección de la vida y salud de los trabajadores y ha impulsado a realizar cambios en el sistema de seguridad laboral para tener un Chile más seguro.
En efecto, prosigue, se ha estimado prioritario revisar las atribuciones de las distintas entidades que hoy tienen responsabilidades en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
La experiencia de naciones más desarrolladas sugiere que nuestro país puede reducir, aun más, la tasa de accidentes y la tasa de fatalidad en el trabajo.
Al efecto, expresa el Mensaje, nuestra legislación requiere adaptarse a los cambios que se han producido en las características de los procesos productivos. Además, la efectividad del esfuerzo que se está haciendo en materia de prevención y fiscalización, puede ser aumentada.
Por tanto, manifiesta, con el objeto de avanzar rápidamente en la actualización de los mecanismos existentes y en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo, el Gobierno decidió convocar, durante el año 2010, a una Comisión Asesora Presidencial a la que se pidió preparar un diagnóstico del sistema de seguridad y salud laboral y elaborar propuestas que contribuyeran a su perfeccionamiento.
Hace presente, a continuación, que conforme al análisis realizado, la referida Comisión propuso, entre otros cambios, fortalecer el rol de la Superintendencia de Seguridad Social en el ámbito de la seguridad y salud laboral. Para esto, se planteó la creación de una Intendencia de Seguridad y Salud Laboral que coordinara la elaboración de propuestas de estándares en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Además, se planteó que dicha Intendencia debía preparar normas en la materia, realizar estudios, y campañas de prevención, manteniendo la función de fiscalizar a los Organismos Administradores de la ley N° 16.744.
Del mismo modo, continúa, la mencionada Comisión propuso construir un Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo, administrado por la Superintendencia de Seguridad Social, con el objeto de registrar e integrar información de todas las entidades administradoras, incorporando antecedentes sobre trabajadores independientes, enfermedades profesionales, gestión de entidades fiscalizadoras, prevención y capacitación.
Dichas propuestas, señala el Mensaje, fueron recogidas por el Gobierno en el presente proyecto de ley, cumpliendo de este modo el compromiso adquirido de promover todas aquellas reformas que sean necesarias para asegurar a todos los chilenos un empleo digno, con las debidas condiciones de seguridad y salud en sus puestos de trabajo.
2.- Marco normativo.-
Tal como lo señala el Mensaje, la Superintendencia de Seguridad Social es una institución descentralizada con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Ejecutivo a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por intermedio de la Subsecretaría de Previsión Social. Además, integra las Instituciones Fiscalizadoras a que se refiere el artículo 2° del decreto ley N° 3.551, de 1980.
Su actual estatuto orgánico está contenido en la ley N° 16.395 y, con posterioridad, diversas leyes le han conferido atribuciones adicionales.
La legislación le señala a este Organismo Fiscalizador un conjunto de funciones que se refieren al ejercicio del rol de superintendencia, esto es, el control, regulación y orientación politécnica general, dentro del marco de la ley, respecto de los siguientes subsistemas de seguridad social, con exclusión del ámbito que compete a las Superintendencias de Pensiones y de Salud:
a) Seguro Social contra Riesgos por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales;
b) Prestaciones Sociales de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar;
c) Licencias Médicas y Subsidios por Incapacidad Laboral del Régimen de Salud Común;
d) Subsidios Maternales;
e) Sistema Único de Prestaciones Familiares;
f) Subsidio Familiar;
g) Subsidio de Cesantía, del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;
h) Subsidio al Empleo para los Trabajadores Jóvenes establecido en la ley N° 20.338;
i) Subsidio para personas con discapacidad mental, que sean menores de 18 años de edad, contemplado en el artículo 35 de la ley N° 20.255;
j) Sistema de Servicios de Bienestar de la Administración Pública;
k) Bono que se otorga a quienes cumplan cincuenta años de matrimonio, conforme a la ley N° 20.506, y
l) Los demás regímenes de seguridad social que las leyes incluyan en el ámbito de competencia de la Superintendencia.
El ejercicio de las labores antes descritas comprende, además, la fiscalización, control y auditoría contable y de gestión de los organismos administradores de los subsistemas de seguridad social antes referidos, así como la calificación de la legalidad y conveniencia de sus actuaciones en los casos y forma que determine la ley.
Comprende, asimismo, el ejercicio del contencioso de seguridad social, correspondiendo a la Superintendencia la resolución, en sede administrativa, de los derechos que amparan a los trabajadores y pensionados en aquellas áreas que son de su competencia. Asimismo, los dictámenes que emite la Superintendencia en cumplimiento de estas atribuciones, son vinculantes para las entidades sometidas a su supervigilancia.
La Superintendencia cumple, además, funciones de estudio e investigación acerca del funcionamiento del Sistema de Seguridad Social, de asesoría a las autoridades superiores de Gobierno y de difusión de los principios y técnicas de la Seguridad Social.
Al respecto, cabe precisar que, conforme al ordenamiento jurídico vigente, se encuentran sometidas a la fiscalización integral de la Superintendencia de Seguridad Social las siguientes entidades:
a) Mutualidades de Empleadores de la ley N° 16.744.
b) Instituto de Seguridad Laboral.
c) Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
d) Servicios de Bienestar del Sector Público.
e) Comités Paritarios de Higiene y Seguridad del Sector Público.
f) Comisión Médica de Reclamos de la ley N° 16.744.
g) Comisión Revalorizadora de Pensiones. A su vez, existen instituciones que están sujetas a la fiscalización de la Superintendencia en materias específicas, tales como:
a) Caja de Previsión de la Defensa Nacional, Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, Administradoras de Fondos de Pensiones y Compañías de Seguros de Vida, en relación con las prestaciones familiares de los pensionados.
b) Servicio de Tesorería, en relación con prestaciones familiares de los funcionarios públicos de servicios centralizados.
c) Instituciones de Salud Previsional, en relación con subsidios maternales y por enfermedad del hijo menor de un año.
d) Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez -seremi de Salud- Servicios de Salud, en relación con licencias médicas, subsidios por incapacidad laboral, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y ciertas declaraciones de invalidez.
e) Empresas con administración delegada de la ley N°16.744, en relación con el seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
f) Intendencias regionales, en relación con el subsidio para personas con discapacidad mental, que sean menores de 18 años de edad, a que se refiere el artículo 35 de la ley N° 20.255.
g) Municipalidades, en relación con subsidios familiares.
h) Servicios públicos descentralizados, en relación a las prestaciones familiares de los funcionarios.
i) Instituto de Previsión Social, respecto de las prestaciones familiares, del subsidio para personas con discapacidad mental, que sean menores de 18 años de edad -prestación a que se refiere el artículo 35 de la ley N° 20.255-, del bono que se otorga a quienes cumplan cincuenta años de matrimonio, conforme a la ley N° 20.506, del subsidio de cesantía y de los subsidios familiares.
j) Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, respecto del Subsidio al Empleo para los Trabajadores Jóvenes establecido en la ley N° 20.338.
Asimismo, hace presente el Mensaje, que la ley N° 16.395, publicada en el Diario Oficial de 28 de enero de 1966, tiene un antigüedad superior a los 44 años y prácticamente no ha sufridos cambios, lo que hace aconsejable su adecuación, incorporando las distintas funciones que leyes especiales le han asignado en forma aislada, para dar respuesta a la multiplicidad de situaciones que se plantean en el complejo sistema que compete a la Superintendencia de Seguridad Social.
En efecto, agrega, el ámbito de sus atribuciones dice relación no sólo con regímenes previsionales sino que también con los nuevos desafíos en seguridad y salud en el trabajo, materia en la que resulta especialmente necesario avanzar.
3.- Contenido del Proyecto.-
A) Funciones
El Mensaje señala que se ha estimado necesario revisar y actualizar, dentro de los estándares de exigencia aplicables a los servicios públicos, las funciones que corresponden a la Superintendencia de Seguridad Social, destacando entre ellas:
1. Fijar, en el orden administrativo, la interpretación de las normas legales y reglamentarias de seguridad social de su competencia;
2. Dictar las circulares, instrucciones y resoluciones a las entidades sometidas a su supervigilancia, en tanto sean necesarias para el ejercicio de las funciones y atribuciones que le confiere esta ley, y
3. Resolver las presentaciones, apelaciones y reclamos de usuarios, trabajadores, pensionados, entidades empleadoras, organismos administradores de la seguridad social y otras personas, ya sean naturales o jurídicas, en materias que no sean de carácter litigioso.
Por otra parte, también se otorga particular realce a aquellas facultades que se relacionan directamente con la seguridad y salud en el trabajo, por lo que se incorporan como nuevas funciones de esta Superintendencia:
1. Sistematizar y proponer la estandarización de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, propendiendo a su uniformidad y su revisión periódica, y
2. Administrar y mantener el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo. Este Sistema deberá contener, a lo menos, la información de las denuncias de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales, los diagnósticos de enfermedad profesional, los exámenes y las evaluaciones realizadas, las calificaciones de los accidentes y enfermedades, y las actividades de prevención y fiscalización que correspondan, asegurando la privacidad de los datos personales y sensibles.
3. Elaborar la Memoria Anual del Sistema Nacional de Seguridad y Salud Laboral, que incluirá los resultados alcanzados, los principales hitos en el desarrollo de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y los avances que se registren en el logro de los objetivos, indicando niveles de cumplimiento de los mismos y perspectivas para el futuro. Además, recopilará, consolidará y sistematizará la información que proporcionen los organismos administradores de la Ley Nº 16.744 y las diversas instituciones públicas con competencias en materias de seguridad y salud laboral, directamente o a través del Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo.
B) Organización y Estructura
Expresa el Mensaje que la Superintendencia de Seguridad Social se estructurará orgánica y funcionalmente en la Fiscalía, la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, y la Intendencia de Beneficios Sociales
Además, el Superintendente, junto a los cargos de Fiscal y de Intendentes, serán designados mediante el Sistema de Alta Dirección Pública.
A su vez, y en conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado ha sido fijado mediante el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Superintendente , con sujeción a la planta y la dotación máxima de personal, establecerá la organización interna de la entidad en análisis, y determinará las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de sus unidades.
B.1) Intendencias
Con el objeto de optimizar el desempeño de la Superintendencia de Seguridad Social y considerando las variadas materias que se encuentran en el ámbito de sus atribuciones, se ha considerado necesario establecer dos Intendencias que actúen como las instancias ejecutivas de las funciones de dicho Servicio.
Recogiendo las propuestas de la Comisión Asesora Presidencial, se crea la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual, entre sus funciones principales deberá realizar el estudio, análisis, evaluación, examen y fiscalización de los Organismos Administradores de la ley N° 16.744, sobre Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y sistematizar y proponer la estandarización de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo.
Por su parte, a la Intendencia de Beneficios Sociales le corresponderá realizar el estudio, análisis, evaluación, examen y fiscalización de las entidades y regímenes fiscalizados por la Superintendencia, como por ejemplo las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, las licencias médicas y los subsidios por incapacidad laboral, y de la administración de los Fondos Nacionales de Prestaciones Familiares y Subsidio Familiar.
B.2) Sistemas de Información
Para el ejercicio de las funciones que se le otorgan en el marco de su reformulación, y en particular en lo que se refiere a la seguridad y salud en el trabajo, se ha estimado necesario establecer que la Superintendencia deberá administrar el Sistema de Información del Seguro Social contra Riesgos por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Cabe destacar que, por mandato legal, la Superintendencia deberá adoptar todos los resguardos necesarios para asegurar la privacidad de los datos personales y sensibles contenidos en el referido Sistema de Información.
B.3) Facultades Generales de Fiscalización
Se establece que en el ejercicio de la labor fiscalizadora, la Superintendencia deberá informar a la entidad respectiva acerca de la materia específica objeto de la fiscalización y de la normativa pertinente.
Para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, la Superintendencia podrá inspeccionar una serie de documentos y requerir explicaciones. Igualmente, podrá solicitar la entrega de antecedentes, sin alterar el desenvolvimiento normal de las actividades del afectado.
También la Superintendencia podrá requerir a los organismos fiscalizados que le proporcionen la información a través de medios electrónicos, como asimismo que se le otorgue acceso a los sistemas de información que posean estas instituciones, en los casos que determine a través de sus instrucciones y adoptando todas las medidas para asegurar el resguardo de la confidencialidad de la información sensible.
C) Auditorías y Procedimiento Sancionatorio
Respecto de la modernización de los procesos de fiscalización y sanción que debe implementar la Superintendencia, se ha estimado pertinente otorgarle la facultad de ordenar que se realicen auditorías o, instruir los procedimientos sancionatorios que correspondan a las instituciones públicas sometidas a su fiscalización, para acreditar las infracciones y las responsabilidades en los hechos investigados, sin perjuicio de las facultades que sobre la misma materia tienen los Jefes de Servicios respectivos.
En el caso de las demás entidades fiscalizadas, la Superintendencia podrá ordenar que se realicen auditorías o instruir los procedimientos sancionatorios pertinentes para acreditar las infracciones y las responsabilidades en los hechos investigados.
Al efecto, la entidad fiscalizada deberá informar los resultados de dicha auditoría y las medidas correctivas aplicadas en caso de ser necesarias, conforme a lo instruido por la Superintendencia.
El sentido de estas auditorías es otorgar a las entidades fiscalizadas la posibilidad de detectar y corregir por sí mismas las irregularidades que se detecten, aplicando todas las medidas que sean necesarias. Lo anterior, siempre y cuando las mismas no revistan la gravedad suficiente como para requerir que, ya sea después de completarse la auditoría interna o incluso sin que ella llegue a realizarse, sea la Superintendencia la que resuelva que debe aplicarse un procedimiento sancionatorio.
Asimismo, se asegura que el proceso sancionatorio se desarrolle considerando las garan-tías que se desprenden de la Constitución Política de la República.
Adicionalmente, se ha estimado necesario eliminar la obligación de consignar el monto de la multa aplicada como requisito previo para poder recurrir de reclamación en contra de lo resuelto por la Superintendencia ante la Corte de Apelaciones respectiva, teniendo presente lo resuelto por el H. Tribunal Constitucional, y se ha actualizado el procedimiento de ese recurso.
Finalmente, se entrega a la Tesorería General de la República la facultad de proceder a la cobranza de aquellas multas impagas.
D) Adecuación Normativa
Con la finalidad de adecuar el texto de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Seguridad Social a sus nuevas funciones y estructura, como asimismo a los cambios que se han producido en nuestro sistema de seguridad social en los últimos 44 años, se ha estimado oportuno derogar en forma expresa aquellas disposiciones que hacen referencia a entidades gestoras de la seguridad social o instituciones públicas o privadas que ya no existen ( Confederación Mutualista de Chile, Comisión Central de Reclamos de Medicina Preventiva , Comisión de Reclamos a que se refiere el artículo 9° de la ley N° 10.383) o cuya fiscalización corresponde a otras entidades públicas (v.gr., las ex Cajas de Previsión Social y sus organismos auxiliares, y las compañías de seguros).
En el mismo sentido, se derogan expresamente todas aquellas disposiciones de la ley N° 16.395 que se refieren a la planta de la Superintendencia de Seguridad Social, considerando que resultan inaplicables por encontrarse actualmente definida la planta de este Servicio en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
E) Requerimientos de Personal
Con el objeto de poder enfrentar nuevas funciones y complementar la estructura definida, se ha estimado necesario modificar la planta de la Superintendencia, creando un cargo de Intendente.
Asimismo, se aumenta la dotación de la institución en comento en catorce funcionarios profesionales.
Para tales fines, el proyecto se estructura sobre la base de dos artículos permanentes que contienen treinta y ocho numerales, el primero, por los cuales se introducen diversas modificaciones a la ley N° 16.395, y cuatro el segundo, por las que se introducen modificaciones al artículo primero del D.F.L. N° 2, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y cuatro artículos transitorios. Por el primero, determina el financiamiento del mayor gasto fiscal que representa el proyecto; por el segundo, se aumenta la dotación de la Superintendencia de Seguridad Social en 15 cupos; y por el tercero y cuarto se precave la situación de los funcionarios de la Superintendencia de Seguridad Social que se encuentren desempeñando cargos calificados como de Alta Dirección Pública.
III. MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.
En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto es crear la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, fortalecer el rol de la Superintendencia de Seguridad Social y actualizar sus atribuciones y funciones.
Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto aprobado por vuestra Comisión en dos artículos permanentes y cuatro transitorios.
IV. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.
En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales ni que requieran ser aprobadas con quórum calificado.
V. DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.
Vuestra Comisión, además de los representantes del Ejecutivo señora Ministra del Trabajo y Previsión Social , doña Evelyn Matthei Fornet , señor Subsecretario del Previsión Social, don Augusto Iglesias Palau , señora Superintendenta de Seguridad Social, doña María José Zaldívar Larraín , y señor Asesor de esa Secretaría de Estado , don Francisco Del Río Correa , recibió al señor Eusebio Pérez Gutiérrez , Presidente de la Asociación de Cajas de Compensación, al señor Director Nacional del Instituto de Seguridad Social , don Héctor Jaramillo Gutiérrez , al Presidente de la Asociación de Mutuales , don Rodolfo García Sánchez .
VI. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
A juicio de la Comisión, los artículos primero, segundo y cuarto transitorios del proyecto, requieren ser conocidos por la Comisión de Hacienda, por tener incidencia en materia financiera y presupuestaria del Estado.
VII. DISCUSIÓN GENERAL
El proyecto en informe fue aprobado en general, por vuestra Comisión, en su sesión ordinaria de fecha 4 de octubre del año en curso, con el voto favorable (11) de las Diputadas señoras Goic, doña Carolina ; Muñoz , doña Adriana ; Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y de los Diputados señores Andrade ; Baltolu ; Bertolino ; Jiménez ; Kort ; Salaberry y Vilches . No hubo votos en contra ni abstenciones.
En el transcurso de su discusión general, el Ejecutivo , tanto a través de la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, doña Evelyn Matthei Fornet , como del Subsecretario de Previsión Social , don Augusto Iglesias Palau , y de la señora Superintendenta de Seguridad Social, doña María José Zaldívar Larraín , además de refrendar los fundamentos contenidos en el Mensaje que dio origen a este proyecto en informe, hicieron hincapié en que éste fortalece el rol de la Superintendencia en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, otorgándole nuevas atribuciones y funciones, además de ser el primero de un conjunto de proyectos de ley que tenderán a modernizar la seguridad laboral y la salud en el trabajo.
Agregaron que el proyecto posibilita la creación de una nueva Intendencia de Seguridad Laboral para fortalecer el rol normativo y de fiscalización de la SUSESO en materia de Seguridad Laboral. Asimismo, la SUSESO realizará estudios, preparará una Memoria Anual de Seguridad Laboral en Chile, y desarrollará y administrará un Sistema Nacional de Información de Seguridad Laboral, todo lo cual se desarrollará en concordancia con las funciones propias de la Superintendencia.
Asimismo, expresaron, el proyecto otorga a la Superintendencia la facultad de Sistematizar y proponer la estandarización de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, propendiendo a su uniformidad, mediante revisiones periódicas. Asimismo, deberá administrar y mantener el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo, que deberá contener, a lo menos, la información que se incluye en las denuncias de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales; los diagnósticos de enfermedad profesional; los exámenes y las evaluaciones realizadas; las calificaciones; y las actividades de prevención y fiscalización que correspondan, y, por último, deberá elaborar la Memoria Anual del Sistema Nacional de Seguridad y Salud Laboral.
Del mismo modo, enfatizaron, el proyecto otorga a la Superintendencia nuevas facultades de fiscalización, consistentes en que podrá inspeccionar todos los documentos de las instituciones sometidas a su supervigilancia, que sean necesarios para los fines de fiscalización, y requerir los antecedentes y explicaciones que juzgue necesarios para su información. Igualmente, podrá solicitar la entrega de los documentos o libros o antecedentes que sean necesarios para fines de fiscalización, sin alterar el desenvolvimiento normal de las actividades del afectado. Asimismo, la Superintendencia podrá requerir a los organismos fiscalizados que le proporcionen la información necesaria para desarrollar sus funciones a través de medios electrónicos y/o que se le otorgue acceso a los sistemas de información que posean estas instituciones, en los casos que determine a través de sus instrucciones y adoptando las medidas de resguardo de la confidencialidad de la información sensible. Hicieron presente, además, que en el ejercicio de la labor fiscalizadora, la Superintendencia deberá siempre informar a la entidad respectiva acerca de la materia específica objeto de la fiscalización y de la normativa pertinente, realizando las diligencias proporcionadas al objeto de la fiscalización.
En otro orden de ideas, señalaron, el proyecto otorga a la Superintendencia la facultad de ordenar que se realicen auditorías o instruir los procedimientos sancionatorios que correspondan a las instituciones públicas sometidas a su fiscalización, para acreditar las infracciones y las responsabilidades en los hechos investigados, sin perjuicio de las facultades que sobre la misma materia tienen los Jefes de Servicios respectivos (ordenar sumarios administrativos y aplicar las sanciones que establece el Estatuto Funcionario correspondiente, si se configura una falta administrativa). En las demás entidades fiscalizadas, la Superintendencia podrá ordenar que se realicen auditorías o instruir los procedimientos sancionatorios pertinentes para acreditar las infracciones y las responsabilidades que correspondan en los hechos investigados.
Por su parte, el señor Pérez Gutiérrez, don Eusebio , Presidente de la Asociación de Cajas de Compensación; manifiestó que la Superintendencia es un órgano que requiere de una modificación sustancial en el ámbito de la Seguridad Social; sin embargo, observó los montos de las multas que el proyecto pretende imponer a los directores de las diversas instituciones. Cabe destacar que en el año 2009 la propia Superintendencia definió un monto máximo de multa de 1000 Unidades de Fomento, lo cual pretende aumentarse a 15000 UF. Agregó al respecto que, tomando en consideración que las Cajas de Compensación están constituidas jurídicamente como corporaciones de derecho privado sin fines de lucro y que la remuneración máxima de un director corresponde a 5 ingresos mínimos mensuales, dicha multa haría impracticable que un trabajador o empresario quisiera asumir la responsabilidad como director de una Caja de Compensación. En otras palabras, no existe, a su juicio, consonancia entre el monto de los honorarios y las obligaciones de los directores de la Caja de Compensación.
El señor Jaramillo Gutiérrez, don Héctor , Director Nacional del Instituto de Seguridad Social ; expresó que la Superintendencia debería realizar estudios de ingeniería en el ámbito de higiene y seguridad debido a que este tipo de estudios regularmente van a ser requeridos para todos los procesos de modificación normativa, por ejemplo, en los límites máximos permisibles en las condiciones de los ambientes de trabajo. Por otra parte, criticó los requisitos de ingreso y promoción en la planta y del personal a contrata del servicio, en la medida en que el sistema produce que personas con post-títulos, quienes no cuentan con experiencia laboral precisamente por haberse encontrado estudiando, quedan inferiormente calificados que una persona que lleva 5 años trabajando en el servicio, de manera tal que se desincentiva que un profesional calificado quiera ingresar a la Superintendencia.
Finalmente, el señor García Sánchez, don Rodolfo , Presidente de la Asociación de Mutuales señaló que el proyecto apunta en la dirección correcta; sin embargo, no concuerda con los sistemas de apelación existentes respecto a las resoluciones de la Superintendencia. En efecto, el proyecto contempla un sistema de apelación en primera instancia ante la misma Superintendencia y luego ante la Corte de Apelaciones respectiva. Al respecto, estima que el proyecto debería contemplar el mismo sistema de apelación que tienen las Isapres, quienes pueden recurrir ante la Corte de Apelaciones y luego ante la Corte Suprema.
Por su parte, las señoras y señores Diputados integrantes de esta instancia legislativa concordaron con la pertinencia de esta iniciativa legal, toda vez que viene a reforzar el rol de la Superintendencia de Seguridad Social modernizando su normativa orgánica y otorgándole nuevas atribuciones y funciones, de manera de fortalecer el rol de ella en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, sin perjuicio de las modificaciones o adecuaciones realizadas a su texto original y de las que se da cuenta más adelante.
VIII. SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACIÓN EN GENERAL.
No hubo en el seno de vuestra Comisión opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación en general.
IX. DISCUSIÓN PARTICULAR.
Vuestra Comisión, en la sesión celebrada el día 4 de octubre del presente año, sometió a discusión particular el proyecto de ley adoptándose los siguientes acuerdos respecto de su texto:
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 16.395:
1) Sustitúyese el artículo 1°, por el siguiente:
“Artículo 1°.- La Superintendencia de Seguridad Social, en adelante la Superintendencia, es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por intermedio de la Subsecretaría de Previsión Social.
La Superintendencia tendrá, para todos los efectos legales, el carácter de institución fiscalizadora, en los términos del Título I del decreto ley N° 3.551, de 1981.
La Superintendencia constituirá un servicio público de aquellos regidos por el Sistema de Alta Dirección Pública, establecido en el Título VI de la ley N° 19.882.
Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas regionales que el Superintendente establezca en otras ciudades del país.
Le corresponderá a la Superintendencia la supervigilancia y fiscalización de los regímenes de seguridad social, como asimismo de las instituciones que los administren, dentro de la esfera de su competencia y en conformidad a la ley.”.
2) Reemplázase el artículo 2°, por el siguiente:
“Artículo 2°.- Son funciones de la Superintendencia las siguientes:
a) Fijar, en el orden administrativo, la interpretación de las normas legales y reglamentarias de seguridad social de su competencia;
b) Dictar las circulares, instrucciones y resoluciones a las entidades sometidas a su supervigilancia, en tanto sean necesarias para el ejercicio de las funciones y atribuciones que le confiere esta ley.
Asimismo, deberá impartir instrucciones a las instituciones sometidas a su fiscalización sobre los procedimientos para el adecuado otorgamiento de las prestaciones que en cada caso correspondan.
Previamente a dictar circulares o instrucciones de carácter general, la Superintendencia podrá convocar a un proceso de consulta pública y recepción de comentarios. Dicho proceso se realizará por medios electrónicos u otros que se fijen al efecto. Los comentarios que se reciban serán evaluados, sin ser vinculantes;
c) Resolver las presentaciones, apelaciones y reclamos de usuarios, trabajadores, pensionados, entidades empleadoras, organismos administradores de la seguridad social y otras personas, ya sean naturales o jurídicas, en materias que no sean de carácter litigioso;
d) Asesorar al Ministerio del Trabajo y Previsión Social en materias de su competencia y proponer las reformas legales y reglamentarias que la técnica y experiencia aconsejen;
e) Realizar estudios e informes sobre aspectos médicos, actuariales, financieros o jurídicos, referidos a materias de su competencia;
f) Sistematizar y proponer la estandarización de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, propendiendo a su uniformidad, mediante revisiones periódicas;
g) Administrar y mantener el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo, el que deberá contener, a lo menos, la información de las denuncias de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales, los diagnósticos de enfermedad profesional, los exámenes y las evaluaciones realizadas, las calificaciones de los accidentes y enfermedades, y las actividades de prevención y fiscalización que correspondan, asegurando la privacidad de los datos personales y sensibles;
h) Evacuar los informes técnicos que soliciten los Tribunales de Justicia, en materias propias de su competencia;
i) Velar porque las instituciones fiscalizadas cumplan con las leyes y reglamentos que las rigen y con las instrucciones que la Superintendencia emita, sin perjuicio de las facultades que pudieren corresponder a otros organismos fiscalizadores;
j) Examinar, calificar y observar los estados contables y financieros de las entidades sometidas integralmente a su fiscalización, los que, según una norma de general aplicación que establezca la Superintendencia, deberán presentarse debidamente auditados por auditores externos inscritos en el registro de empresas de auditoría externa de la Superintendencia de Valores y Seguros;
k) Ordenar la realización de auditorías o, en casos calificados, instruir los procedimientos sancionatorios a las entidades fiscalizadas, procediendo a la aplicación de las sanciones que corresponda, sin perjuicio de la facultad de formular denuncias y querellas ante el Ministerio Público y los tribunales que correspondan por las eventuales responsabilidades de ese carácter que afectaren a aquéllas o a sus directores, ejecutivos o trabajadores;
l) Impartir instrucciones de carácter general a los organismos fiscalizados, para que publiquen con la periodicidad que la Superintendencia señale, información suficiente y oportuna de interés para el público, sobre su situación jurídica, económica y financiera;
m) Elaborar y publicar las estadísticas referentes a los regímenes de seguridad social dentro del ámbito de su competencia;
n) Elaborar la Memoria Anual del Sistema Nacional de Seguridad y Salud Laboral, que incluirá los resultados alcanzados, los principales hitos en el desarrollo de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y los avances que se registren en el logro de los objetivos, indicando niveles de cumplimiento de los mismos y perspectivas para el futuro. Además, recopilará, consolidará y sistematizará la información que proporcionen los organismos administradores de la ley Nº 16.744 y las diversas instituciones públicas con competencias en materias de seguridad y salud laboral, directamente o a través del Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Dicha Memoria se remitirá al Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a más tardar el mes de mayo de cada año.
ñ) Difundir los principios técnicos y sociales de seguridad social, mediante la divulgación de los textos legales correspondientes y del resultado de su aplicación, y
o) Desempeñar las demás funciones que le encomienden las leyes.”.
3) Modifícase su artículo 3° del siguiente modo:
a) Sustitúyese, en su inciso primero, la palabra “control” por “fiscalización”, y
b) Reemplázase en su inciso segundo la expresión “El control”, por “La supervigilancia”.
4) Sustitúyese el artículo 4°, por el siguiente:
“Artículo 4°.- Un funcionario con el título de Superintendente de Seguridad Social es el Jefe Superior de la Superintendencia y tiene la representación legal, judicial y extrajudicial de la misma.
El Superintendente de Seguridad Social , el Fiscal y los Intendentes, serán nombrados por el Presidente de la República de conformidad a lo establecido en el Título VI de la ley Nº 19.882. Al efecto, el Superintendente tendrá el grado 1°, de la escala de fiscalizadores correspondiente al primer nivel jerárquico, y los cargos de Fiscal e Intendentes, grado 2° de la escala de fiscalizadores, correspondientes al segundo nivel jerárquico.
Corresponderá al Superintendente , especialmente:
a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento de la Superintendencia;
b) Establecer oficinas regionales o provinciales cuando las necesidades del Servicio así lo exijan y existan las disponibilidades presupuestarias;
c) Dictar los reglamentos e instrucciones internas necesarias para el buen funcionamiento de la Superintendencia;
d) Celebrar los convenios y ejecutar los actos necesarios para el cumplimiento de los fines de la Superintendencia. En el ejercicio de estas facultades podrá administrar, adquirir y enajenar bienes;
e) Ejercer respecto del personal de la Superintendencia, todas las atribuciones que corresponden a un jefe superior de servicio;
f) Encomendar a las Intendencias de la Superintendencia, a su Fiscalía, y a las unidades que componen su organización interna, las funciones que estime necesarias;
g) Aplicar las sanciones que señalen las leyes;
h) Conocer y resolver los recursos que la ley establece;
i) Rendir cuenta anualmente de su gestión, con el objeto de permitir a las personas efectuar una evaluación continua y permanente de los avances y resultados alcanzados por la Superintendencia, y
j) Las demás que establezcan las leyes y reglamentos.”.
5) Derógase el artículo 6°.
6) Sustitúyese el artículo 7°, por el siguiente:
“Artículo 7°.- El personal de la Superintendencia se regirá por la ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda.
El personal a contrata de la Superintendencia podrá desempeñar funciones de carácter directivo o de jefatura, las que serán asignadas, en cada caso, por el Superintendente. El personal que se asigne a tales funciones no podrá exceder del 7% del personal a contrata de la institución.”.
7) Sustitúyase el artículo 8°, por el siguiente:
“Artículo 8°.- La Superintendencia se estructurará orgánica y funcionalmente en la Fiscalía, la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Intendencia de Beneficios Sociales.
En conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Superintendente , con sujeción a la planta y la dotación máxima de personal, establecerá su organización interna y determinará las denominaciones y las funciones que correspondan a cada una de sus unidades.”.
8) Deróganse los artículos 9° y 10.
9) Modifícase el artículo 11 del siguiente modo:
a) Elimínase la frase “de la planta”.
b) Sustitúyase la oración “de las entidades que fiscalice”, por “en las entidades que fiscalice”.
10) Deróganse los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20.
11) Modifícase el artículo 23 del siguiente modo:
a) Sustitúyese la expresión “el artículo 15° del decreto con fuerza de ley 245, de 1953”, por la siguiente: “la ley N° 18.833”, y
b) Reemplázase la expresión “al control”, por “a la supervigilancia”.
12) Deróganse los artículos 26, 28 y 29.
13) Sustitúyase en el artículo 30 la oración “seguro sobre accidentes del trabajo se regirá por las disposiciones pertinentes de las leyes de previsión social”, por “Seguro Social contra Riesgos del Trabajo y Enfermedades Profesionales que se rige por la ley N° 16.744 y sus reglamentos”.
14) Derógase el artículo 31.
15) Deróganse los artículos 33 y 34.
16) Sustitúyese el artículo 35, por el siguiente:
“Artículo 35.- En el ejercicio de su labor fiscalizadora, la Superintendencia deberá siempre informar a la entidad respectiva acerca de la materia específica objeto de la fiscalización y de la normativa pertinente, realizando las diligencias proporcionales al objeto de la fiscalización.
Para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, la Superintendencia podrá inspeccionar todas las operaciones, bienes, libros, cuentas, archivos y documentos de las instituciones sometidas a su supervigilancia, y requerir de ellas o de sus administradores, asesores, auditores o personal, los antecedentes y explicaciones que juzgue necesarios. Igualmente, podrá solicitar la entrega de los documentos o libros o antecedentes que sean necesarios para fines de fiscalización, sin alterar el desenvolvimiento normal de las actividades del afectado.
La Superintendencia, mediante resolución, determinará aquellos libros, archivos y documentos de las entidades fiscalizadas que deberán estar permanentemente disponibles para su examen en su domicilio o en la sede principal de su actividad.
También la Superintendencia podrá requerir a los organismos fiscalizados que le proporcionen la información necesaria para desarrollar sus funciones a través de medios electrónicos, como asimismo que se le otorgue acceso a los sistemas de información que posean estas instituciones, en los casos que determine a través de sus instrucciones y adoptando todas las medidas necesarias para asegurar el resguardo de la confidencialidad de la información sensible.
Además, podrá solicitar declaración por escrito o citar a declarar a los jefes superiores, representantes, administradores, directores, asesores, auditores y dependientes de las entidades o personas fiscalizadas, en los casos en que lo estime necesario para el cumplimiento de sus funciones. No estarán obligadas a concurrir a declarar las personas indicadas en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, a las cuales la Superintendencia deberá pedir declaración por escrito.”.
17) Deróganse los artículos 36 y 37.
18) Modifíquese el artículo 38 del siguiente modo:
a) Agrégase en el párrafo inicial, a continuación de la frase “instituciones de previsión social”, la siguiente “sometidas a su fiscalización”;
b) Elimínase en la letra b), la expresión “los funcionarios de”;
c) Derógase la letra c), pasando las siguientes a ser letras c), d) y e), respectivamente, y
d) Sustitúyese la letra f), que pasa a ser letra e), por la siguiente:
“e) Fijar la interpretación de las leyes y reglamentos de previsión social y ordenar a las instituciones sometidas a su fiscalización que se ajusten a esta interpretación.”.
19) Reemplázase el inciso primero del artículo 39, por el siguiente:
“Artículo 39.- La Superintendencia de Seguridad Social tendrá competencia para investigar, examinar, revisar y pronunciarse sobre todos los actos de las gestiones administrativas y técnicas de las instituciones fiscalizadas, en las materias de su competencia, y en el otorgamiento de los beneficios a sus asegurados; establecerá si se han cumplido las leyes vigentes referentes a inversiones y otorgamiento de beneficios y, en especial, conocerá los gastos e inversiones de las entidades sometidas integralmente a su supervigilancia.”.
20) Agrégase en el artículo 40, a continuación de la expresión “y servicios”, la palabra “públicos”.
21) Deróganse los artículos 41, 42 y 43.
22) Elimínase en el artículo 45 la oración “ésta litigará en papel simple”.
23) Sustitúyese el artículo 46, por el siguiente:
“Artículo 46.- El Superintendente deberá observar todo acuerdo de los Directorios o Consejos de las instituciones fiscalizadas que estime contrario a las leyes vigentes o al interés de las instituciones. Esta facultad deberá ejercerla por escrito y dentro del plazo de siete días hábiles, contado desde la fecha en que conste la recepción del acuerdo en la Superintendencia.
Los Directorios o Consejos de las entidades cuyos acuerdos hayan sido observados por el Superintendente en razón del interés de dichas entidades, podrán, con los votos de los dos tercios de sus integrantes, insistir en dicho acuerdo, en cuyo caso deberá cumplirse.”.
24) Derógase el artículo 47.
25) Modifíquese el artículo 48 del siguiente modo:
a) Sustitúyase el inciso primero por los siguientes, que pasan a ser primero y segundo respectivamente:
“Artículo 48.- Será facultad de la Superintendencia de Seguridad Social ordenar que se realicen auditorías o instruir los procedimientos sancionatorios que correspondan a las instituciones públicas sometidas a su fiscalización, para acreditar las infracciones y las responsabilidades en los hechos investigados, sin perjuicio de las facultades que sobre la misma materia tienen los Jefes de Servicios respectivos.
En las demás entidades fiscalizadas, la Superintendencia podrá ordenar que se realicen auditorías o instruir los procedimientos sancionatorios pertinentes para acreditar las infracciones y las responsabilidades que correspondan en los hechos investigados.”.
b) Agrégase en el inciso segundo, que pasa a ser tercero, entre las palabras “instituciones” y “fiscalizadas”, la palabra “públicas”.
26) Reemplázase el artículo 50, por el siguiente:
“Artículo 50.- De conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 35, los Consejeros, Directores, Vicepresidentes y Administradores de las instituciones sujetas a la fiscalización de la Superintendencia estarán obligados a prestar declaración en los casos en que sean requeridos y, si no lo hicieren, previa aplicación del procedimiento sancionatorio y mediante resolución fundada se les podrá aplicar una multa de hasta cincuenta Unidades de Fomento.”.
27) Sustitúyese el artículo 51, por el siguiente:
“Artículo 51.- El Superintendente podrá requerir a las entidades fiscalizadas o al jefe de servicio respectivo evaluar la suspensión de sus funciones a los Consejeros, Directores, Vicepresidentes y Administradores, hasta por 30 días, como medida preventiva durante la tramitación de un procedimiento sancionatorio, cuando estime que esta medida es indispensable para el desarrollo y buen resultado de las diligencias decretadas.”.
28) Reemplázase el artículo 52, por el siguiente:
“Artículo 52.- Si de los procedimientos sancionatorios resultare comprometida la responsabilidad de algún Consejero , Director , Vicepresidente o Administrador de las instituciones sometidas a su fiscalización, se aplicarán las sanciones del artículo 57 de esta ley.”.
29) Modifíquese el artículo 53 del siguiente modo:
a) En el inciso primero, reemplázase la frase “el correspondiente sumario” por “el procedimiento sancionatorio que corresponda,”, y
b) Sustitúyese el inciso segundo, por el siguiente:
“Las sanciones que resulten del procedimiento indicado se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad civil de los Directores, Consejeros, Vicepresidentes o Administradores de las instituciones sometidas a su fiscalización, que responderán, solidariamente, con arreglo a las leyes, por los perjuicios que hayan irrogado a la institución o a los beneficiarios de los regímenes de seguridad social que administren, por la aplicación del acuerdo insistido.”.
30) Reemplázase el artículo 54, por el siguiente:
“Artículo 54.- En caso de realizar auditorías, las instituciones fiscalizadas deberán informar a la Superintendencia los resultados de la misma y las medidas correctivas aplicadas en caso de ser necesarias, conforme a lo instruido por dicho Servicio.”.
31) Sustitúyese el artículo 55, por el siguiente:
“Artículo 55.- La instrucción del procedimiento sancionatorio se realizará por un funcionario de la Superintendencia que recibirá el nombre de instructor. Dicho procedimiento se iniciará con una formulación precisa de los cargos, los que se notificarán al presunto infractor por carta certificada, remitida al domicilio que éste tenga registrado ante la Superintendencia, confiriéndole un plazo de 15 días para formular los descargos.
La formulación de cargos señalará una descripción clara y precisa de los hechos que se estimen constitutivos de infracción y la fecha de su verificación, las leyes, reglamentos, estatutos y demás normas que las rijan o a las instrucciones o dictámenes emitidos por la Superintendencia en uso de sus atribuciones en que se habría incurrido, y la sanción asignada.
Recibidos los descargos o transcurrido el plazo otorgado para ello, la Superintendencia examinará el mérito de los antecedentes, y podrá ordenar la realización de las pericias e inspecciones que sean pertinentes y la recepción de los demás medios probatorios que procedan.
Los hechos investigados y las responsabilidades de los infractores podrán acreditarse mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho, los que se apreciarán conforme a las reglas de la sana crítica.”.
32) Reemplázase el artículo 56, por el siguiente:
“Articulo 56.- Cumplidos los trámites señalados en el artículo anterior, el instructor del procedimiento sancionatorio emitirá, dentro de cinco días hábiles, un dictamen fundado en el cual propondrá la absolución o sanción que a su juicio corresponda aplicar.
Emitido el dictamen, el instructor del procedimiento elevará los antecedentes al Superintendente , quien resolverá en el plazo de quince días hábiles, dictando al efecto una resolución fundada en la cual absolverá al infractor o aplicará la sanción, en su caso.
No obstante, el Superintendente podrá ordenar la realización de nuevas diligencias o la corrección de vicios de procedimiento, fijando un plazo para tales efectos. En este caso deberá dar audiencia al investigado.
Ninguna persona podrá ser sancionada por hechos que no hubiesen sido materia de cargos.”.
33) Modifíquese el artículo 57 del siguiente modo:
a) Sustitúyese en el inciso primero el numeral “1.000”, por “15.000”, y
b) Agrégase en el artículo 57, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero:
“En todo caso, los Consejeros, Directores, Vicepresidentes y Administradores de las instituciones sometidas a la fiscalización de la Superintendencia que hubieren sido sancionados de acuerdo al N° 3 del artículo 28 del decreto ley Nº 3.538, de 1980, no podrán ser nuevamente designados ni elegidos en los cargos señalados anteriormente, por el período de cinco años.”.
34) Modifícase el artículo 58 del siguiente modo:
a) Reemplázase en el inciso primero el vocablo “diez” por “quince”;
b) Elimínase su inciso segundo, y
c) Sustitúyese el inciso tercero, que pasa a ser segundo, por el siguiente:
“La reclamación se tramitará en cuenta y con preferencia, previo informe de la Superintendencia de Seguridad Social, que deberá remitirse en el plazo de seis días hábiles. Vencido este plazo, el tribunal procederá a la vista de la causa y resolverá sin más trámite. En contra de la resolución que dicte la Corte, no procederá recurso alguno.”.
35) Reemplázase en el artículo 59 la palabra “transcrita” por “notificada”.
36) Sustitúyese el artículo 60 por el siguiente:
“Artículo 60.- Las resoluciones de la Superintendencia que apliquen una multa tendrán mérito ejecutivo.
El monto de las multas impuestas por la Superintendencia será a beneficio fiscal, y deberá ser pagado en la Tesorería General de la República, dentro del plazo de diez días contado desde la fecha de notificación de la resolución respectiva, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 58°.
El pago de toda multa aplicada de conformidad a esta Ley deberá ser acreditado ante la Superintendencia, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que ésta debió ser pagada.
La cobranza de las multas impagas corresponderá a la Tesorería General de la República, que para estos efectos aplicará los procedimientos administrativos y judiciales establecidos por el Código Tributario para el cobro de los impuestos morosos.
Si el infractor fuere una persona jurídica, las personas naturales que la representen legal o convencionalmente serán subsidiariamente responsables del pago de la multa.
El retardo en el pago de toda multa que aplique la Superintendencia, devengará los inte-reses establecidos en el artículo 53 del Código Tributario. Si la multa no fuere procedente y, no obstante hubiese sido enterada, la Superintendencia o la Corte en su caso, deberán ordenar que se devuelva debidamente reajustada en la forma que señalan los artículos 57 y 58 del citado Código .”.
37) Deróganse los artículos 61 y 65.
38) Reemplázase el artículo 66 por el siguiente:
“Artículo 66.- El patrimonio de la Superintendencia estará formado por:
a) El aporte que se contemple anualmente en la Ley de Presupuestos;
b) Los recursos otorgados por leyes especiales;
c) Los bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales que se le transfieran o adquiera a cualquier título;
d) Los frutos de sus bienes;
e) Las donaciones que se le hagan y las herencias y legados que acepte, lo que deberá hacer con beneficio de inventario. Dichas donaciones y asignaciones hereditarias estarán exentas de toda clase de impuestos y de todo gravamen o pago que les afecten. Las donaciones no requerirán del trámite de insinuación;
f) Los ingresos que perciba por los servicios que preste;
g) Los aportes de la cooperación internacional que reciba a cualquier título, y
h) Otros recursos que establezcan las leyes.”.
-Sometido a votación fue aprobado por 11 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.
(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Baltolu, don Nino ; Bertolino, don Mario ; Jiménez, don Tucapel ; Kort, don Issa ; Salaberry, don Felipe , y Vilches, don Carlos) .
Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
1) Agréguese a continuación de la expresión “JEFE SUPERIOR DE SERVICIO” la frase “Primer Nivel Jerárquico”.
2) Sustitúyese la frase “De exclusiva confianza”, por “Segundo Nivel Jerárquico”.
3) Reemplázase la palabra “Subdirector” por “Intendentes”, y, en el número de cargos frente a dicha denominación, sustitúyase el guarismo “1” por “2”.
4) Reemplázase la denominación “Subdirector Fiscal” por “Fiscal”.
-Sometido a votación fue aprobado por 11 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.
(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Baltolu, don Nino ; Bertolino, don Mario ; Jiménez, don Tucapel ; Kort, don Issa ; Salaberry, don Felipe , y Vilches, don Carlos) .
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo primero transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley, se financiará con cargo al presupuesto vigente de la Superintendencia de Seguridad Social y, en lo que faltare, con los recursos que se traspasen de la Partida Presupuestaria Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público.
-Sometido a votación fue aprobado por 11 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.
(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Baltolu, don Nino ; Bertolino, don Mario ; Jiménez, don Tucapel ; Kort, don Issa ; Salaberry, don Felipe , y Vilches, don Carlos) .
Artículo segundo transitorio.- Auméntase la dotación máxima de personal de la Superintendencia de Seguridad Social en 15 cupos.
-Sometido a votación fue aprobado por 6 votos a favor, cuatro en contra y una abstención.
(Votaron a favor la señora, Nogueira , doña Claudia , y los Diputados señores Baltolu, don Nino ; Bertolino, don Mario ; Kort, don Issa ; Salaberry, don Felipe , y Vilches, don Carlos . En contra lo hicieron las señoras Goic, doña Carolina , Muñoz , doña Adriana , y los señores Andrade y Jiménez . Se abstuvo la señora Vidal , doña Ximena) .
Artículo tercero transitorio.- Al momento de entrar en vigencia la presente ley, los funcionarios de la Superintendencia de Seguridad Social que se encuentren desempeñando cargos calificados como de Alta Dirección Pública, mantendrán sus nombramientos y seguirán afectos a las normas que les fueren aplicables a esa fecha, debiendo llamarse a concurso conforme a las disposiciones del Título VI de la ley N° 19.882 cuando cesen en ellos por cualquier causa.
-Sometido a votación fue aprobado por 11 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.
(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina ; Muñoz , doña Adriana ; Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Baltolu, don Nino ; Bertolino, don Mario ; Jiménez, don Tucapel ; Kort, don Issa ; Salaberry, don Felipe , y Vilches, don Carlos) .
Artículo cuarto transitorio.- En tanto los cargos calificados como de Alta Dirección Pública no se provean conforme a las normas del Título VI de la ley N° 19.882, los funcionarios de la Superintendencia de Seguridad Social que los sirvan continuarán percibiendo las remuneraciones propias del régimen al que se encuentren afectos.”.
-Sometido a votación fue aprobado por 8 votos a favor, dos en contra y ninguna abstención.
(Votaron a favor las señoras Goic, doña Carolina ; Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y los Diputados señores; Baltolu, don Nino ; Jiménez, don Tucapel ; Kort, don Issa ; Salaberry, don Felipe , y Vilches, don Carlos . Votaron en contra la señora Muñoz , doña Adriana , y el señor Andrade, don Osvaldo) .
X. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.
No existen disposiciones en tal carácter.
-o-
Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente la señora Diputada Informante , vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 16.395:
1) Sustitúyese el artículo 1°, por el siguiente:
“Artículo 1°.- La Superintendencia de Seguridad Social, en adelante la Superintendencia, es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por intermedio de la Subsecretaría de Previsión Social.
La Superintendencia tendrá, para todos los efectos legales, el carácter de institución fiscalizadora, en los términos del Título I del decreto ley N° 3.551, de 1981.
La Superintendencia constituirá un servicio público de aquellos regidos por el Sistema de Alta Dirección Pública, establecido en el Título VI de la ley N° 19.882.
Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas regionales que el Superintendente establezca en otras ciudades del país.
Le corresponderá a la Superintendencia la supervigilancia y fiscalización de los regímenes de seguridad social, como asimismo de las instituciones que los administren, dentro de la esfera de su competencia y en conformidad a la ley.”.
2) Reemplázase el artículo 2°, por el siguiente:
“Artículo 2°.- Son funciones de la Superintendencia las siguientes:
a) Fijar, en el orden administrativo, la interpretación de las normas legales y reglamentarias de seguridad social de su competencia;
b) Dictar las circulares, instrucciones y resoluciones a las entidades sometidas a su supervigilancia, en tanto sean necesarias para el ejercicio de las funciones y atribuciones que le confiere esta ley.
Asimismo, deberá impartir instrucciones a las instituciones sometidas a su fiscalización sobre los procedimientos para el adecuado otorgamiento de las prestaciones que en cada caso correspondan.
Previamente a dictar circulares o instrucciones de carácter general, la Superintendencia podrá convocar a un proceso de consulta pública y recepción de comentarios. Dicho proceso se realizará por medios electrónicos u otros que se fijen al efecto. Los comentarios que se reciban serán evaluados, sin ser vinculantes;
c) Resolver las presentaciones, apelaciones y reclamos de usuarios, trabajadores, pensionados, entidades empleadoras, organismos administradores de la seguridad social y otras personas, ya sean naturales o jurídicas, en materias que no sean de carácter litigioso;
d) Asesorar al Ministerio del Trabajo y Previsión Social en materias de su competencia y proponer las reformas legales y reglamentarias que la técnica y experiencia aconsejen;
e) Realizar estudios e informes sobre aspectos médicos, actuariales, financieros o jurídicos, referidos a materias de su competencia;
f) Sistematizar y proponer la estandarización de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, propendiendo a su uniformidad, mediante revisiones periódicas;
g) Administrar y mantener el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo, el que deberá contener, a lo menos, la información de las denuncias de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales, los diagnósticos de enfermedad profesional, los exámenes y las evaluaciones realizadas, las calificaciones de los accidentes y enfermedades, y las actividades de prevención y fiscalización que correspondan, asegurando la privacidad de los datos personales y sensibles;
h) Evacuar los informes técnicos que soliciten los Tribunales de Justicia, en materias propias de su competencia;
i) Velar porque las instituciones fiscalizadas cumplan con las leyes y reglamentos que las rigen y con las instrucciones que la Superintendencia emita, sin perjuicio de las facultades que pudieren corresponder a otros organismos fiscalizadores;
j) Examinar, calificar y observar los estados contables y financieros de las entidades sometidas integralmente a su fiscalización, los que, según una norma de general aplicación que establezca la Superintendencia, deberán presentarse debidamente auditados por auditores externos inscritos en el registro de empresas de auditoría externa de la Superintendencia de Valores y Seguros;
k) Ordenar la realización de auditorías o, en casos calificados, instruir los procedimientos sancionatorios a las entidades fiscalizadas, procediendo a la aplicación de las sanciones que corresponda, sin perjuicio de la facultad de formular denuncias y querellas ante el Ministerio Público y los tribunales que correspondan por las eventuales responsabilidades de ese carácter que afectaren a aquéllas o a sus directores, ejecutivos o trabajadores;
l) Impartir instrucciones de carácter general a los organismos fiscalizados, para que publiquen con la periodicidad que la Superintendencia señale, información suficiente y oportuna de interés para el público, sobre su situación jurídica, económica y financiera;
m) Elaborar y publicar las estadísticas referentes a los regímenes de seguridad social dentro del ámbito de su competencia;
n) Elaborar la Memoria Anual del Sistema Nacional de Seguridad y Salud Laboral, que incluirá los resultados alcanzados, los principales hitos en el desarrollo de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y los avances que se registren en el logro de los objetivos, indicando niveles de cumplimiento de los mismos y perspectivas para el futuro. Además, recopilará, consolidará y sistematizará la información que proporcionen los organismos administradores de la ley Nº 16.744 y las diversas instituciones públicas con competencias en materias de seguridad y salud laboral, directamente o a través del Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Dicha Memoria se remitirá al Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a más tardar el mes de mayo de cada año.
ñ) Difundir los principios técnicos y sociales de seguridad social, mediante la divulgación de los textos legales correspondientes y del resultado de su aplicación, y
o) Desempeñar las demás funciones que le encomienden las leyes.”.
3) Modifícase su artículo 3° del siguiente modo:
a) Sustitúyese, en su inciso primero, la palabra “control” por “fiscalización”, y
b) Reemplázase en su inciso segundo la expresión “El control”, por “La supervigilancia”.
4) Sustitúyese el artículo 4°, por el siguiente:
“Artículo 4°.- Un funcionario con el título de Superintendente de Seguridad Social es el Jefe Superior de la Superintendencia y tiene la representación legal, judicial y extrajudicial de la misma.
El Superintendente de Seguridad Social , el Fiscal y los Intendentes, serán nombrados por el Presidente de la República de conformidad a lo establecido en el Título VI de la ley Nº 19.882. Al efecto, el Superintendente tendrá el grado 1°, de la escala de fiscalizadores correspondiente al primer nivel jerárquico, y los cargos de Fiscal e Intendentes, grado 2° de la escala de fiscalizadores, correspondientes al segundo nivel jerárquico.
Corresponderá al Superintendente , especialmente:
a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento de la Superintendencia;
b) Establecer oficinas regionales o provinciales cuando las necesidades del Servicio así lo exijan y existan las disponibilidades presupuestarias;
c) Dictar los reglamentos e instrucciones internas necesarias para el buen funcionamiento de la Superintendencia;
d) Celebrar los convenios y ejecutar los actos necesarios para el cumplimiento de los fines de la Superintendencia. En el ejercicio de estas facultades podrá administrar, adquirir y enajenar bienes;
e) Ejercer respecto del personal de la Superintendencia, todas las atribuciones que corresponden a un jefe superior de servicio;
f) Encomendar a las Intendencias de la Superintendencia, a su Fiscalía, y a las unidades que componen su organización interna, las funciones que estime necesarias;
g) Aplicar las sanciones que señalen las leyes;
h) Conocer y resolver los recursos que la ley establece;
i) Rendir cuenta anualmente de su gestión, con el objeto de permitir a las personas efectuar una evaluación continua y permanente de los avances y resultados alcanzados por la Superintendencia, y
j) Las demás que establezcan las leyes y reglamentos.”.
5) Derógase el artículo 6°.
6) Sustitúyese el artículo 7°, por el siguiente:
“Artículo 7°.- El personal de la Superintendencia se regirá por la ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda.
El personal a contrata de la Superintendencia podrá desempeñar funciones de carácter directivo o de jefatura, las que serán asignadas, en cada caso, por el Superintendente. El personal que se asigne a tales funciones no podrá exceder del 7% del personal a contrata de la institución.”.
7) Sustitúyase el artículo 8°, por el siguiente:
“Artículo 8°.- La Superintendencia se estructurará orgánica y funcionalmente en la Fiscalía, la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Intendencia de Beneficios Sociales.
En conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Superintendente , con sujeción a la planta y la dotación máxima de personal, establecerá su organización interna y determinará las denominaciones y las funciones que correspondan a cada una de sus unidades.”.
8) Deróganse los artículos 9° y 10.
9) Modifícase el artículo 11 del siguiente modo:
a) Elimínase la frase “de la planta”.
b) Sustitúyase la oración “de las entidades que fiscalice”, por “en las entidades que fiscalice”.
10) Deróganse los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20.
11) Modifícase el artículo 23 del siguiente modo:
a) Sustitúyese la expresión “el artículo 15° del decreto con fuerza de ley 245, de 1953”, por la siguiente: “la ley N° 18.833”, y
b) Reemplázase la expresión “al control”, por “a la supervigilancia”.
12) Deróganse los artículos 26, 28 y 29.
13) Sustitúyase en el artículo 30 la oración “seguro sobre accidentes del trabajo se regirá por las disposiciones pertinentes de las leyes de previsión social”, por “Seguro Social contra Riesgos del Trabajo y Enfermedades Profesionales que se rige por la ley N° 16.744 y sus reglamentos”.
14) Derógase el artículo 31.
15) Deróganse los artículos 33 y 34.
16) Sustitúyese el artículo 35, por el siguiente:
“Artículo 35.- En el ejercicio de su labor fiscalizadora, la Superintendencia deberá siempre informar a la entidad respectiva acerca de la materia específica objeto de la fiscalización y de la normativa pertinente, realizando las diligencias proporcionales al objeto de la fiscalización.
Para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, la Superintendencia podrá inspeccionar todas las operaciones, bienes, libros, cuentas, archivos y documentos de las instituciones sometidas a su supervigilancia, y requerir de ellas o de sus administradores, asesores, auditores o personal, los antecedentes y explicaciones que juzgue necesarios. Igualmente, podrá solicitar la entrega de los documentos o libros o antecedentes que sean necesarios para fines de fiscalización, sin alterar el desenvolvimiento normal de las actividades del afectado.
La Superintendencia, mediante resolución, determinará aquellos libros, archivos y documentos de las entidades fiscalizadas que deberán estar permanentemente disponibles para su examen en su domicilio o en la sede principal de su actividad.
También la Superintendencia podrá requerir a los organismos fiscalizados que le proporcionen la información necesaria para desarrollar sus funciones a través de medios electrónicos, como asimismo que se le otorgue acceso a los sistemas de información que posean estas instituciones, en los casos que determine a través de sus instrucciones y adoptando todas las medidas necesarias para asegurar el resguardo de la confidencialidad de la información sensible.
Además, podrá solicitar declaración por escrito o citar a declarar a los jefes superiores, representantes, administradores, directores, asesores, auditores y dependientes de las entidades o personas fiscalizadas, en los casos en que lo estime necesario para el cumplimiento de sus funciones. No estarán obligadas a concurrir a declarar las personas indicadas en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, a las cuales la Superintendencia deberá pedir declaración por escrito.”.
17) Deróganse los artículos 36 y 37.
18) Modifíquese el artículo 38 del siguiente modo:
a) Agrégase en el párrafo inicial, a continuación de la frase “instituciones de previsión social”, la siguiente “sometidas a su fiscalización”;
b) Elimínase en la letra b), la expresión “los funcionarios de”;
c) Derógase la letra c), pasando las siguientes a ser letras c), d) y e), respectivamente, y
d) Sustitúyese la letra f), que pasa a ser letra e), por la siguiente:
“e) Fijar la interpretación de las leyes y reglamentos de previsión social y ordenar a las instituciones sometidas a su fiscalización que se ajusten a esta interpretación.”.
19) Reemplázase el inciso primero del artículo 39, por el siguiente:
“Artículo 39.- La Superintendencia de Seguridad Social tendrá competencia para investigar, examinar, revisar y pronunciarse sobre todos los actos de las gestiones administrativas y técnicas de las instituciones fiscalizadas, en las materias de su competencia, y en el otorgamiento de los beneficios a sus asegurados; establecerá si se han cumplido las leyes vigentes referentes a inversiones y otorgamiento de beneficios y, en especial, conocerá los gastos e inversiones de las entidades sometidas integralmente a su supervigilancia.”.
20) Agrégase en el artículo 40, a continuación de la expresión “y servicios”, la palabra “públicos”.
21) Deróganse los artículos 41, 42 y 43.
22) Elimínase en el artículo 45 la oración “ésta litigará en papel simple”.
23) Sustitúyese el artículo 46, por el siguiente:
“Artículo 46.- El Superintendente deberá observar todo acuerdo de los Directorios o Consejos de las instituciones fiscalizadas que estime contrario a las leyes vigentes o al interés de las instituciones. Esta facultad deberá ejercerla por escrito y dentro del plazo de siete días hábiles, contado desde la fecha en que conste la recepción del acuerdo en la Superintendencia.
Los Directorios o Consejos de las entidades cuyos acuerdos hayan sido observados por el Superintendente en razón del interés de dichas entidades, podrán, con los votos de los dos tercios de sus integrantes, insistir en dicho acuerdo, en cuyo caso deberá cumplirse.”.
24) Derógase el artículo 47.
25) Modifíquese el artículo 48 del siguiente modo:
a) Sustitúyase el inciso primero por los siguientes, que pasan a ser primero y segundo respectivamente:
“Artículo 48.- Será facultad de la Superintendencia de Seguridad Social ordenar que se realicen auditorías o instruir los procedimientos sancionatorios que correspondan a las instituciones públicas sometidas a su fiscalización, para acreditar las infracciones y las responsabilidades en los hechos investigados, sin perjuicio de las facultades que sobre la misma materia tienen los Jefes de Servicios respectivos.
En las demás entidades fiscalizadas, la Superintendencia podrá ordenar que se realicen auditorías o instruir los procedimientos sancionatorios pertinentes para acreditar las infracciones y las responsabilidades que correspondan en los hechos investigados.”.
b) Agrégase en el inciso segundo, que pasa a ser tercero, entre las palabras “instituciones” y “fiscalizadas”, la palabra “públicas”.
26) Reemplázase el artículo 50, por el siguiente:
“Artículo 50.- De conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 35, los Consejeros, Directores, Vicepresidentes y Administradores de las instituciones sujetas a la fiscalización de la Superintendencia estarán obligados a prestar declaración en los casos en que sean requeridos y, si no lo hicieren, previa aplicación del procedimiento sancionatorio y mediante resolución fundada se les podrá aplicar una multa de hasta cincuenta Unidades de Fomento.”.
27) Sustitúyese el artículo 51, por el siguiente:
“Artículo 51.- El Superintendente podrá requerir a las entidades fiscalizadas o al jefe de servicio respectivo evaluar la suspensión de sus funciones a los Consejeros, Directores, Vicepresidentes y Administradores, hasta por 30 días, como medida preventiva durante la tramitación de un procedimiento sancionatorio, cuando estime que esta medida es indispensable para el desarrollo y buen resultado de las diligencias decretadas.”.
28) Reemplázase el artículo 52, por el siguiente:
“Artículo 52.- Si de los procedimientos sancionatorios resultare comprometida la responsabilidad de algún Consejero , Director , Vicepresidente o Administrador de las instituciones sometidas a su fiscalización, se aplicarán las sanciones del artículo 57 de esta ley.”.
29) Modifíquese el artículo 53 del siguiente modo:
a) En el inciso primero, reemplázase la frase “el correspondiente sumario” por “el procedimiento sancionatorio que corresponda,”, y
b) Sustitúyese el inciso segundo, por el siguiente:
“Las sanciones que resulten del procedimiento indicado se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad civil de los Directores, Consejeros, Vicepresidentes o Administradores de las instituciones sometidas a su fiscalización, que responderán, solidariamente, con arreglo a las leyes, por los perjuicios que hayan irrogado a la institución o a los beneficiarios de los regímenes de seguridad social que administren, por la aplicación del acuerdo insistido.”.
30) Reemplázase el artículo 54, por el siguiente:
“Artículo 54.- En caso de realizar auditorías, las instituciones fiscalizadas deberán informar a la Superintendencia los resultados de la misma y las medidas correctivas aplicadas en caso de ser necesarias, conforme a lo instruido por dicho Servicio.”.
31) Sustitúyese el artículo 55, por el siguiente:
“Artículo 55.- La instrucción del procedimiento sancionatorio se realizará por un funcionario de la Superintendencia que recibirá el nombre de instructor. Dicho procedimiento se iniciará con una formulación precisa de los cargos, los que se notificarán al presunto infractor por carta certificada, remitida al domicilio que éste tenga registrado ante la Superintendencia, confiriéndole un plazo de 15 días para formular los descargos.
La formulación de cargos señalará una descripción clara y precisa de los hechos que se estimen constitutivos de infracción y la fecha de su verificación, las leyes, reglamentos, estatutos y demás normas que las rijan o a las instrucciones o dictámenes emitidos por la Superintendencia en uso de sus atribuciones en que se habría incurrido, y la sanción asignada.
Recibidos los descargos o transcurrido el plazo otorgado para ello, la Superintendencia examinará el mérito de los antecedentes, y podrá ordenar la realización de las pericias e inspecciones que sean pertinentes y la recepción de los demás medios probatorios que procedan.
Los hechos investigados y las responsabilidades de los infractores podrán acreditarse mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho, los que se apreciarán conforme a las reglas de la sana crítica.”.
32) Reemplázase el artículo 56, por el siguiente:
“Articulo 56.- Cumplidos los trámites señalados en el artículo anterior, el instructor del procedimiento sancionatorio emitirá, dentro de cinco días hábiles, un dictamen fundado en el cual propondrá la absolución o sanción que a su juicio corresponda aplicar.
Emitido el dictamen, el instructor del procedimiento elevará los antecedentes al Superintendente , quien resolverá en el plazo de quince días hábiles, dictando al efecto una resolución fundada en la cual absolverá al infractor o aplicará la sanción, en su caso.
No obstante, el Superintendente podrá ordenar la realización de nuevas diligencias o la corrección de vicios de procedimiento, fijando un plazo para tales efectos. En este caso deberá dar audiencia al investigado.
Ninguna persona podrá ser sancionada por hechos que no hubiesen sido materia de cargos.”.
33) Modifíquese el artículo 57 del siguiente modo:
a) Sustitúyese en el inciso primero el numeral “1.000”, por “15.000”, y
b) Agrégase en el artículo 57, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero:
“En todo caso, los Consejeros, Directores, Vicepresidentes y Administradores de las instituciones sometidas a la fiscalización de la Superintendencia que hubieren sido sancionados de acuerdo al N° 3 del artículo 28 del decreto ley Nº 3.538, de 1980, no podrán ser nuevamente designados ni elegidos en los cargos señalados anteriormente, por el período de cinco años.”.
34) Modifícase el artículo 58 del siguiente modo:
a) Reemplázase en el inciso primero el vocablo “diez” por “quince”;
b) Elimínase su inciso segundo, y
c) Sustitúyese el inciso tercero, que pasa a ser segundo, por el siguiente:
“La reclamación se tramitará en cuenta y con preferencia, previo informe de la Superintendencia de Seguridad Social, que deberá remitirse en el plazo de seis días hábiles. Vencido este plazo, el tribunal procederá a la vista de la causa y resolverá sin más trámite. En contra de la resolución que dicte la Corte, no procederá recurso alguno.”.
35) Reemplázase en el artículo 59 la palabra “transcrita” por “notificada”.
36) Sustitúyese el artículo 60 por el siguiente:
“Artículo 60.- Las resoluciones de la Superintendencia que apliquen una multa tendrán mérito ejecutivo.
El monto de las multas impuestas por la Superintendencia será a beneficio fiscal, y deberá ser pagado en la Tesorería General de la República, dentro del plazo de diez días contado desde la fecha de notificación de la resolución respectiva, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 58°.
El pago de toda multa aplicada de conformidad a esta Ley deberá ser acreditado ante la Superintendencia, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que ésta debió ser pagada.
La cobranza de las multas impagas corresponderá a la Tesorería General de la República, que para estos efectos aplicará los procedimientos administrativos y judiciales establecidos por el Código Tributario para el cobro de los impuestos morosos.
Si el infractor fuere una persona jurídica, las personas naturales que la representen legal o convencionalmente serán subsidiariamente responsables del pago de la multa.
El retardo en el pago de toda multa que aplique la Superintendencia, devengará los inte-reses establecidos en el artículo 53 del Código Tributario. Si la multa no fuere procedente y, no obstante hubiese sido enterada, la Superintendencia o la Corte en su caso, deberán ordenar que se devuelva debidamente reajustada en la forma que señalan los artículos 57 y 58 del citado Código .”.
37) Deróganse los artículos 61 y 65.
38) Reemplázase el artículo 66 por el siguiente:
“Artículo 66.- El patrimonio de la Superintendencia estará formado por:
a) El aporte que se contemple anualmente en la Ley de Presupuestos;
b) Los recursos otorgados por leyes especiales;
c) Los bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales que se le transfieran o adquiera a cualquier título;
d) Los frutos de sus bienes;
e) Las donaciones que se le hagan y las herencias y legados que acepte, lo que deberá hacer con beneficio de inventario. Dichas donaciones y asignaciones hereditarias estarán exentas de toda clase de impuestos y de todo gravamen o pago que les afecten. Las donaciones no requerirán del trámite de insinuación;
f) Los ingresos que perciba por los servicios que preste;
g) Los aportes de la cooperación internacional que reciba a cualquier título, y
h) Otros recursos que establezcan las leyes.”.
Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
1) Agréguese a continuación de la expresión “JEFE SUPERIOR DE SERVICIO” la frase “Primer Nivel Jerárquico”.
2) Sustitúyese la frase “De exclusiva confianza”, por “Segundo Nivel Jerárquico”.
3) Reemplázase la palabra “Subdirector” por “Intendentes”, y, en el número de cargos frente a dicha denominación, sustitúyase el guarismo “1” por “2”.
4) Reemplázase la denominación “Subdirector Fiscal” por “Fiscal”.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo primero transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley, se financiará con cargo al presupuesto vigente de la Superintendencia de Seguridad Social y, en lo que faltare, con los recursos que se traspasen de la Partida Presupuestaria Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público.
Artículo segundo transitorio.- Auméntase la dotación máxima de personal de la Superintendencia de Seguridad Social en 15 cupos.
Artículo tercero transitorio.- Al momento de entrar en vigencia la presente ley, los funcionarios de la Superintendencia de Seguridad Social que se encuentren desempeñando cargos calificados como de Alta Dirección Pública, mantendrán sus nombramientos y seguirán afectos a las normas que les fueren aplicables a esa fecha, debiendo llamarse a concurso conforme a las disposiciones del Título VI de la ley N° 19.882 cuando cesen en ellos por cualquier causa.
Artículo cuarto transitorio.- En tanto los cargos calificados como de Alta Dirección Pública no se provean conforme a las normas del Título VI de la ley N° 19.882, los funcionarios de la Superintendencia de Seguridad Social que los sirvan continuarán percibiendo las remuneraciones propias del régimen al que se encuentren afectos.”.
-o-
Se designó diputado informante , a don Issa Kort Garriga .
Sala de la Comisión, a 4 de octubre de 2011.
Acordado en sesiones de 9 y 30 de agosto y 4 de octubre del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Goic, doña Carolina ; Muñoz , doña Adriana , Nogueira , doña Claudia , y Vidal , doña Ximena , y de los Diputados señores Andrade ; Baltolu , Bertolino ; Jiménez ; Kort ; Monckeberg, don Nicolás ; Saffirio ; Salaberry y Vilches .
Asistieron, asimismo, a dichas sesiones los señores Alinco, don René ; Chahín, don Fuad , y Browne, don Pedro .
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ; Abogado, Secretario de la Comisión .”
Moción de los diputados señores Torres , Auth , Bobadilla , García, don René Manuel ; Latorre , Pérez, don José ; Pérez, don Leopoldo , y Walker y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina , y Sepúlveda , doña Alejandra .
Incorpora obligatoriedad en el uso de sillas por menores de edad en buses interurbanos. (Boletín N° 7985-15).
“Con fecha 18 de abril del año 2011, se promulgó la ley 20.508 que establece la obligatoriedad del uso de cinturones de seguridad en buses de transportes interurbanos públicos o privados de pasajeros.
Es de público conocimiento, el gran número de niños y niñas que viajan en compañía de sus padres o de un adulto utilizando este medio de transporte ya sea de forma pública o privada.
En la actualidad ya está establecida la obligatoriedad del uso de sillas en vehículos livianos para menores de cuatro años, pero no se encuentra regulada la situación en que dichos menores viajen como pasajeros de transporte público o privado.
Según la Conaset, el uso del cinturón de seguridad y sillas de protección para infantes reducen el riesgo de muerte significativamente ante un eventual impacto. En Chile las tasas de uso del cinturón de seguridad en los asientos delanteros son bajas y, prácticamente nulas, en los asientos posteriores. El 80% de los buses interurbanos a la fecha tienen este elemento de seguridad incorporado.
El incremento en tasas de uso del cinturón ha mostrado reducciones de hasta 45% en fatalidades de conductores y pasajeros.
Se ha hecho imprescindible analizar la posibilidad de modificar la Ley de Tránsito para establecer la obligatoriedad del uso de sillas por menores de edad en buses que presten servicios de transporte interurbano público o privado de pasajeros, debiendo la empresa proveer de tales sillas, y que la infracción a estas obligaciones constituya una falta conforme al artículo 200, N° 41, da le Ley de Tránsito, que se refiere en forma genérica al inciso final del artículo 75.
La obligación del uso obligatorio de sillas para niños menores de cuatro años está regulada en el artículo 75, inciso cuarto, del D.F.L. N° 1, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, y que dispone:
“Los conductores, serán responsables del uso obligatorio de sillas para niños menores de cuatro años que viajen en los asientos traseros de los vehículos livianos, de acuerdo a las exigencias y el calendario que fijará el reglamento. Se exceptúan de esta obligación, los servicios de transporte de pasajeros en taxis, en cualquiera de sus modalidades.”.
Los Vehículos Motorizados Livianos, aludidos por la norma recién transcrita, son definidos por el artículo 1° del D.S. N° 211 de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones: “Son todos aquellos vehículos con un peso bruto de menos de 2.700 kg. Excluidos los de tres o menos ruedas. Los vehículos livianos, se califican en vehículos de pasajeros y comerciales.”.
Por otra parte, el artículo 75 de la Ley de Tránsito no distingue entre vehículos livianos de pasajeros o comerciales, al establecer la obligatoriedad del uso de sillas para niños menores de cuatro años. Por otra parte, la única norma que excluye expresamente a los menores es el mismo artículo 75, inciso cuarto, en la parte que señala: “Se exceptúan de esta obligación, los servicios de transporte de pasajeros en taxis, en cualquiera de sus modalidades.”.
En virtud de lo expuesto, los Diputados abajo firmantes vienen en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones al artículo 75 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito:
A) Incorpórese en el inciso cuarto, a continuación de la palabra “livianos” la siguiente frase “y en buses que presten servicios de transporte interurbano público o privado de pasajeros” precedida de una coma (,).
B) Incorpórese en el inciso séptimo, a continuación de la palabra “asientos” la siguiente frase “y de sillas para niños menores de cuatro años”, precedida por un punto seguido (.).
C) Agréguese el siguiente inciso octavo “En caso de menores de edad que se nieguen a usar la silla, la multa que procediere será aplicable a la persona mayor de edad que se haga responsable de este, si el menor, viajase solo o acompañado de otro menor de edad será de exclusiva responsabilidad de la empresa de transporte.”
D) Agréguese el siguiente inciso final “El costo para un menor de edad no podrá exceder en ningún caso el 50% del valor real del pasaje.”
8. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 29 de septiembre de 2011.
Oficio N°6.695
Remite resolución.
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 29 de septiembre de 2011, en el proceso Rol N° 2.034-11-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovida ante este Tribunal en los autos Rol N° 9202-2009, sobre recurso de casación en la forma y en el fondo, de que conoce esa Corte Suprema, a los efectos que indica. Asimismo, acompaño copia del requerimiento de fojas 1 y de la resolución que declaró su admisibilidad.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RAÚL BERTELSEN REPETTO , Presidente ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN , Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO MELERO ABAROA
VALPARAÍSO.”
9. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 29 de septiembre de 2011.
Oficio N° 6.698
Remite resolución.
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 29 de septiembre de 2011, en el proceso Rol N° 2.043-11-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovida ante este Tribunal en los autos Rol N° 3819-2010, sobre cobro de pesos en juicio de hacienda caratulada “Fisco de Chile con Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.” de que conoce actualmente la Corte de Apelaciones de Santiago, a los efectos que indica. Asimismo, acompaño copia del requerimiento de fojas 1 y de la resolución que declaró su admisibilidad.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RAÚL BERTELSEN REPETTO , Presidente ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN , Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO MELERO ABAROA
VALPARAÍSO.”