Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- X. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- PERMISO
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Claudia Nogueira Fernandez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Pedro Pablo Browne Urrejola
- PERMISO
- DEBATE
- XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Abel Jarpa Wevar
- PETICIÓN DE OFICIO : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Guillermo Ceroni Fuentes
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Ascencio Mansilla
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Manuel Edwards Silva
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Manuel Edwards Silva
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Manuel Edwards Silva
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Manuel Edwards Silva
- PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Van Rysselberghe Herrera
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE LOS COMITÉS.
- DESARCHIVO DE PROYECTOS.
- CUMBRE DE LAS AMÉRICAS Y EL CARIBE SOBRE PREVENCIÓN DE LA OBESIDAD.
- V. ORDEN DEL DÍA
- PERFECCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Joaquin Godoy Ibanez
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Pepe Auth Stewart
- INTERVENCIÓN : Ernesto Silva Mendez
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Carolina Goic Boroevic
- INTERVENCIÓN : Lautaro Carmona Soto
- PERFECCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- RESTITUCIÓN DE IMPUESTO ÚNICO DE SEGUNDA CATEGORÍA A TRABAJADORES PORTUARIOS EVENTUALES. (Preferencia).
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Clemira Pacheco Rivas
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Marcos Espinosa Monardes
- Lautaro Carmona Soto
- Alfonso De Urresti Longton
- Pepe Auth Stewart
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Guillermo Leon Teillier Del Valle
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Clemira Pacheco Rivas
- INTERVENCIÓN : Victor Marcelo Torres Jeldes
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- MODIFICACIÓN DE NORMATIVA RELATIVA A OTORGAMIENTO DE PREMIOS NACIONALES. (Votación).
- DEBATE
- INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS EN FISCALIZACIÓN A CALIDAD DE VIVIENDAS SOCIALES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Adriana Munoz D'albora
- Cristina Girardi Lavin
- Andrea Molina Oliva
- Marcos Espinosa Monardes
- Pedro Araya Guerrero
- Alejandro Santana Tirachini
- Leopoldo Perez Lahsen
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Rodrigo Gonzalez Torres
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- MEJORAMIENTO DE CONDICIONES LABORALES DE FUNCIONARIOS DE JUNTAS INSCRIPTORAS DEL SERVICIO ELECTORAL.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Gaspar Alberto Rivas Sanchez
- Frank Carlos Sauerbaum Munoz
- Marcela Constanza Sabat Fernandez
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Cristian Campos Jara
- Jose Perez Arriagada
- Eduardo Antonio Cerda Garcia
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Gaspar Alberto Rivas Sanchez
- INTERVENCIÓN : Pedro Antonio Velasquez Seguel
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- RESTITUCIÓN DE IMPUESTO ÚNICO DE SEGUNDA CATEGORÍA A TRABAJADORES PORTUARIOS EVENTUALES. (Preferencia).
- VII. INCIDENTES
- SOLUCIÓN A PROBLEMA DE AGUA POTABLE EN POBLACIÓN VILLA RÍO PUDETO, COMUNA DE ANCUD. Oficios.
- SOLUCIÓN A PROBLEMAS DE INFRAESTRUCTURA EN JARDIN INFANTIL “SONRISITAS DEL VALLE” Y EN COLEGIO “JOAQUÍN VICUÑA”, COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
- ADHESION
- Sergio Aguilo Melo
- ADHESION
- RESPONSABILIDAD POLÍTICA DE GOBERNADOR DE COPIAPÓ POR ABUSOS DE CARABINEROS EN CONTRA DE ESTUDIANTES MENORES DE EDAD. Oficios.
- ADHESION
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Carlos Montes Cisternas
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Sergio Aguilo Melo
- Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
-
INFORMACIÓN SOBRE CAMBIO DE CRITERIO EN RELACIÓN CON FONDO DE DESARROLLO SUSTENTABLE ASOCIADO A PROYECTO PASCUA LAMA. Oficios.
- ADHESION
- Manuel Monsalve Benavides
- Alfonso De Urresti Longton
- Marcelo Diaz Diaz
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE SISTEMA RECLAMO EXPRESS DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO. Oficios.
- DENUNCIA POR EVENTUAL NEGLIGENCIA EN ATENCIÓN A PACIENTE EN HOSPITAL DE VICUÑA. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE REPARACIÓN DE PUENTES DE CURANILAHUE. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE INVERSIÓN EN CONSTRUCCIÓN DE MUROS DE CONTENCIÓN Y GAVIONADOS EN CURANILAHUE. Oficios.
- RETRASO EN PAGO DE REMUNERACIONES A TRABAJADORES EN CONTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE TRIBUNALES DE FAMILIA EN COMUNA DE LOS LAGOS. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE PLAGA DE GORGOJO DEL EUCALIPTO. Oficios.
- SALUDO A CLUB DEPORTIVO INÉS DE SUÁREZ CON MOTIVO DE SU 52° ANIVERSARIO. Oficio.
- RESOLUCIÓN SOBRE DESIGNACIÓN DE FISCAL REGIONAL DE LOS LAGOS. Oficios.
- REITERACIÓN DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE MONTOS PAGADOS POR EXPROPIACIONES EN REGIÓN DE LOS LAGOS. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE CÁLCULO DE MONTO POR EXPROPIACIÓN DE TERRENOS DE DOUGLAS TOMPKINS. Oficios.
-
INFORMACIÓN SOBRE CAMBIO DE CRITERIO EN RELACIÓN CON FONDO DE DESARROLLO SUSTENTABLE ASOCIADO A PROYECTO PASCUA LAMA. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- 3. Informe sobre reunión conjunta de las Comisiones de Asuntos Laborales, Previsión Social y Asuntos Jurídicos y de Equidad, Género , Niñez y Juventud del Parlamento Latinoamericano, efectuada en Oranjestad, Aruba , el día 22 de septiembre de 2011.
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Rosauro Martinez Labbe
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- 4. Informe sobre XV Reunión la comisión de Asuntos Laborales, Previsión Social y Asuntos Jurídicos del Parlamento Latinoamericano, efectuada en la ciudad de Oranjestad, Aruba , el día 22 de septiembre de 2011.
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Rosauro Martinez Labbe
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- 5. Informe sobre la XVI Reunión de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlamento Latinoamericano, efectuada en la ciudad de Oranjestad, Aruba , el día 22 de septiembre de 2011.
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Rosauro Martinez Labbe
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- 6. Informe sobre la XVI Reunión de la Comisión de Equidad de Género, Niñez y Juventud del Parlamento Latinoamericano, efectuada en la ciudad de Oranjestad, Aruba , los días, 22 y 23 de septiembre de 2011
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Rosauro Martinez Labbe
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- 3. Informe sobre reunión conjunta de las Comisiones de Asuntos Laborales, Previsión Social y Asuntos Jurídicos y de Equidad, Género , Niñez y Juventud del Parlamento Latinoamericano, efectuada en Oranjestad, Aruba , el día 22 de septiembre de 2011.
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 359ª
Sesión 97ª, en martes 18 de octubre de 2011
(Ordinaria, de 11.11 a 13.50 horas)
Presidencia de los señores Melero Abaroa, don Patricio, y Araya Guerrero, don Pedro.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario accidental , el señor Landeros Perkic, don Miguel.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 12
II. Apertura de la sesión 15
III. Actas 15
IV. Cuenta 15
- Acuerdos de los Comités 15
- Desarchivo de proyectos 15
- Cumbre de Las Américas y El Caribe sobre prevención de la obesidad 16
V. Orden del Día.
- Perfeccionamiento del sistema de Alta Dirección Pública. Primer trámite constitucional 16
VI. Proyectos de acuerdo.
- Restitución de impuesto único de segunda categoría a trabajadores portuarios eventuales. (Preferencia) 42
- Modificación de normativa relativa a otorgamiento de premios nacionales. (Votación) 45
- Incorporación de tecnologías en fiscalización a calidad de viviendas sociales 45
- Mejoramiento de condiciones laborales de funcionarios de juntas inscriptoras del servicio electoral 48
VII. Incidentes.
- Solución a problema de agua potable en población Villa Río Pudeto, comuna de Ancud. Oficios 50
- Solución a problemas de infraestructura en jardín infantil “Sonrisitas del Valle” y en colegio “Joaquín Vicuña”, comuna de Vicuña. Oficios 50
- Responsabilidad política de gobernador de Copiapó por abusos de carabineros en contra de estudiantes menores de edad. Oficios 51
VIII. Anexo de sesión.
Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes 53
- Información sobre cambio de criterio en relación con fondo de desarrollo sustentable asociado a proyecto Pascua Lama. Oficios 53
- Información sobre sistema Reclamo Express, de la Dirección del Trabajo. Oficios 54
Pág.
- Denuncia por eventual negligencia en atención a paciente en hospital de Vicuña. Oficios 55
- Información sobre estado de avance de reparación de puentes de Curanilahue. Oficio 55
- Información sobre inversión en construcción de muros de contención y gavionados en Curanilahue. Oficios 56
- Retraso en pago de remuneraciones a trabajadores en construcción de edificio de tribunales de familia en comuna de Los Lagos. Oficios 57
- Información sobre plaga de gorgojo del eucalipto. Oficios 58
- Saludo a Club Deportivo Inés de Suárez con motivo de su 52° aniversario. Oficio 58
- Resolución sobre designación de fiscal regional de Los Lagos. Oficios 58
- Reiteración de petición de información sobre montos pagados por expropiaciones en Región de Los Lagos. Oficio 59
- Información sobre cálculo de monto por expropiación de terrenos de Douglas Tompkins. Oficios 60
IX. Documentos de la Cuenta.
1. Informe de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano mandatada como Especial Investigadora sobre las posibles irregularidades que se hubieren producido con motivo de la construcción del corredor Pedro Aguirre Cerda, en la Región Metropolitana, a cargo de la Empresa Kodama. 61
2. Nuevo primer informe de la Comisión de Gobierno Interior recaído en el proyecto, iniciado en moción que “Modifica el artículo 75 de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto de incluir a los técnicos en la excepción a la incompatibilidad del cargo de concejal.”. (boletín N° 7073-06. En estado de Tabla) 130
3. Informe sobre la participación del diputado señor Rosauro Martínez en la Reunión Conjunta de las Comisiones de Asuntos Laborales, Previsión Social y Asuntos Jurídicos con la Comisión de Equidad de Género, Niñez y Juventud del Parlamento Latinoamericano, celebrada el día 22 de septiembre de 2011, en Oranjestad (Aruba) 136
4. Informe sobre la participación del diputado señor Rosauro Martínez en la XVI Reunión de la Comisión de Asuntos Laborales, Previsión Social y Asuntos Jurídicos del Parlamento Latinoamericano, llevada a cabo los días 22 y 23 de septiembre de 2011, en Oranjestad (Aruba) 137
5. Informe sobre la participación del diputado señor Rosauro Martínez en la XVI Reunión de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlamento Latinoamericano, realizada el día 22 de septiembre de 2011, en Oranjestad (Aruba) 141
6. Informe sobre la participación del diputado señor Rosauro Martínez en la XVI Reunión de la Comisión de Equidad de Género, Niñez y Juventud del Parlamento Latinoamericano, realizada entre los días 22 y 23 de septiembre de 2011, en Oranjestad (Aruba) 146
X. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficio y notas
- Oficio del señor diputado Ascencio, quién solicita el desarchivo de los proyectos que “Modifica la ley N° 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios para corregir el sistema de elección binominal de diputados y senadores.”. boletín N° 3976-06 y “Reforma Constitucional para sustituir el inciso primero del artículo 43 de la Constitución Política de la República”. boletín N° 3977-07, conforme a lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de la Corporación.
- Nota del Diputado señor Jarpa, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 13 de octubre próximo pasado, para dirigirse a Suiza. Se tomó conocimiento.
- Nota de la diputada señora Nogueira, doña Claudia, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 13 de octubre próximo pasado, para dirigirse a Berna, Suiza. Se tomó conocimiento.
- Nota del diputado señor Marinovic, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 13 de octubre próximo pasado, para dirigirse a Suiza y Croacia. Se tomó conocimiento.
- Nota del diputado señor Browne, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 17 de octubre próximo pasado, para dirigirse a Europa. Se tomó conocimiento.
Respuestas a oficios
Contraloría General de la República:
- Diputado Burgos, Solicita informe sobre licitud de compra de obsequios a ejecutivos de BancoEstado con recursos públicos (63295 al 2194).
Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Diputado Díaz don Marcelo, Solicita informar sobre los límites que incluyen los ecosistemas dependientes y asociados a la antártica chilena, para los efectos de determinar el ámbito de aplicación del Protocolo de Protección Ambiental del Tratado Antártico y, consecuentemente, las obligaciones que en relación con esta materia tiene el país. (13335 al 4176).
- Proyecto de Acuerdo 408, “Apertura de paso internacional cardenal Samoré al tránsito de vehículos de todo tipo.” (1330).
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo:
- Diputado Jaramillo, Factibilidad de implementar y reconocer temporalmente el Plan ZOIT de Panguipulli. (10610 al 4388).
- Diputado Araya, Solicita copia de la totalidad de los antecedentes considerados para los efectos de suscribir los acuerdos suscritos con la empresa Aguas Antofagasta S.A., en el marco de las compensaciones que recibirán los habitantes de Antofagasta que sufrieron el corte del suministro de agua potable, entre el 26 de febrero y el 2 de marzo del presente año (16829 al 3095).
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe a esta Cámara sobre el número de concesiones de salmonicultura que se entregarán, en los próximos días, en las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena. (2605 al 4767).
- Proyecto de Acuerdo 363, “Solicita rectificar las políticas públicas de fomento a la actividad pesquera” (10614).
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Díaz don Marcelo, Solicita informar respecto de la postulación al concurso público convocado por la Dirección de Vialidad de la Región de Coquimbo, para proveer el cargo de experto en prevención de riesgos, en el que participó el señor Gino Pastorini Moya; y, asimismo, sobre los criterios de evaluación utilizados en el proceso de selección. (2477 al 3048).
Ministerio de Bienes Nacionales:
- Diputado Schilling, Solicita informe sobre diversos aspectos relacionados con el denominado proceso de ?saneamiento express?, para los damnificados del terremoto de 27 de febrero de 2010 (695 al 4021).
Ministerio de Trabajo y Previsión Social:
- Diputado De Urresti, Solicita informar sobre la modificación del estatus jurídico del personal civil del Ejército, y los eventuales efectos en sus derechos laborales. (3945 al 4463).
Ministerio de Energía:
- Diputada Pacheco doña Clemira, Solicita información sobre los siguientes aspectos: a) Razones para postergar el proyecto de dotar de energía eléctrica, a través de un cable submarino, a la Isla Santa María, en la VIII Región; b) Alternativas que se han estudiado para el objetivo antes señalado; y, c) Estado del proyecto, vía cable submarino u otra, y las fechas probables para su implementación. (1601 al 1395).
- Diputado Ascencio, Solicita informe sobre las medidas destinadas a dar una solución definitiva a la situación que afecta a alrededor de ciento veinte familias que habitan la Isla Quehui, Comuna de Castro, Provincia de Chiloé, que carecen del servicio de energía eléctrica (1602 al 2488).
- Diputado Sandoval, Solicita informe sobre el proceso de selección para el cargo de director de la oficina de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en la Región de Aysén, particularmente de los requisitos exigidos, la fecha de la convocatoria, remuneraciones consideradas, y copia de la resolución (1604 al 2179).
- Diputado Alinco, Solicita se informe acerca de los estudios realizados por dicho organismo, relativos a la factibilidad de implementar sistemas de energía eólica en la localidad de Puerto Gala, comuna de Puerto Cisnes, Provincia de Aysén. (1605 al 2321).
- Diputado Accorsi, Grado de ejecución del presupuesto vigente al mes de junio del presente año, expresado en porcentajes, y cuáles son las expectativas que su Ministerio tiene hasta el fin del mismo en relación con esta herramienta financiera (1606 al 3597).
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputada Zalaquett doña Mónica, Solicita disponer se adopten las medidas necesarias para dotar a la Villa Hernán Díaz Arrieta, ubicada en el sector de Los Bosquinos, en la comuna de Maipú, de acceso y locomoción pública que facilite su conectividad con el camino a Melipilla; sin perjuicio de informar a esta Corporación las gestiones realizadas con el propósito antes señalado. (4386 al 2704).
Ministerio de Planificación y Cooperación:
- Diputada Turres doña Marisol, Disponga un estudio de impacto ambiental sobre la solicitud de ampliación de biomasa del centro de cultivo de salmones ubicado en el sector de Punta Chaica, seno de Reloncaví, presentada con el N° 206101139 por la empresa Granja Marina Tornagaleones S. A., en atención a que afectaría los caladeros naturales de pesca artesanal de la zona, informando a esta Cámara. (2524 al 4501).
Ministerio de Cultura y de las Artes:
- Proyecto de Acuerdo 429, ?Incorporar la fiesta religiosa de Guadalupe de Ayquina como Patrimonio Cultural inmaterial de Chile y de la humanidad.? (1078).
Intendencias:
- Diputado Carmona, Copia de su intervención, en la que solicita al señor Gobernador de Copiapó que informe a esta Cámara sobre las instrucciones impartidas a Carabineros de Chile para actuar frente a las manifestaciones de pobladores de la localidad de Paipote, de Copiapó, efectuadas el día 30 de agosto en la ruta C-37, en protesta por la falta de agua potable en el sector; y, si tenía conocimiento de la presencia del concejal señor Christián Guzmán, quien sufrió lesiones durante el operativo. (1009 al 2441).
- Diputado Chahín, Solicita disponer se fiscalice el cumplimiento de las instrucciones emanadas del sumario sanitario instruido con motivo de los problemas sanitarios que afectan a las villas Vista Hermosa, Las Termas y Los Caciques, en la comuna de Curacautín, vecinas a la medialuna de la localidad; y, además, para que se investigue la situación de un predio colindante con estas poblaciones que, igualmente, les originaría inconvenientes sanitarios; y, en su caso, la adopción de las medidas paliativas o correctivas a que haya lugar. (1509 al 2547).
- Diputado Carmona, Remite copia de su intervención, relativa a la instalación de una planta desalinizadora de la empresa Anglo American Chile, División Mantoverde, en el sector Las Piscinas de la localidad de Flamenco, comuna de Chañaral (2065 al 2074).
- Diputado Ascencio, Solicita informar sobre las razones que han impedido la entrega de los recursos aprobados para el proyecto “Conservación Avenida Pedro Montt”, BIP 30111364 - CIRC. 33 y, asimismo, acerca de la oportunidad en que los respectivos fondos estarán disponibles. (3286 al 4048).
- Diputado Ascencio, Solicita gestionar la disposición de los recursos necesarios para dotar con siete cámaras de seguridad adicionales al sector céntrico de la ciudad de Castro. (3287 al 2077).
- Diputado Ascencio, Solicita informar sobre las razones que han impedido la entrega de los recursos aprobados para el proyecto “Conservación diversos caminos de la comuna de Dalcahue”, BIP 30102396 y, asimismo, acerca de la oportunidad en que los respectivos fondos estarán disponibles. (3288 al 4059).
- Diputado Ascencio, Monto de los recursos transferidos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional a los Ministerios, durante el presente año, individualizando los programas o proyectos financiados. (3343 al 4147).
- Diputado Ascencio, Solicita informar sobre las razones que han impedido la entrega de los recursos aprobados para el proyecto “Construcción multicancha Isla Metahue”, BIP 30071573 y, asimismo, acerca de la oportunidad en que los respectivos fondos estarán disponibles. (3344 al 4046).
- Diputado Ceroni, Posibilidad de dejar sin efecto el cierre del cruce ferroviario Paine - Longaví, por el aislamiento que producirá a los habitantes de la zona, informando a esta Cámara. (1421 al 4535).
Servicios:
- Diputado De Urresti, Solicita informar sobre el estado de la solicitud presentada por el señor Juan Eduardo Chávez Gutiérrez, para reemplazar su actual pensión por el beneficio que se concede a los exonerados por motivos políticos. (11869 al 4552).
- Diputado Chahín, Solicita disponer se investiguen eventuales irregularidades ocurridas en la realización de un curso de formación de garzones y “barmen”, impartido en la comuna de Curacautín, con recursos del Servicio Nacional de Capacitación e Empleo, por la consultora Nexo Comunicaciones; y, además, para que informe acerca de las fiscalizaciones que el servicio a su cargo realiza a estos cursos. (1563 al 4600).
Varios:
- Diputado De Urresti, Informe los motivos por los cuales se suspendió el subsidio al proyecto de creación del Centro de Ingeniería de la Innovación asociado al Centro de Estudios Científicos (CECS) de Valdivia; la fecha de la decisión y de cuándo fue informada al intendente de la Región de los Ríos; la cantidad de recursos ya transferidos y de qué manera serán restituidos, al no cumplirse el objetivo para el cual fueron otorgados; lo que sucederá con este proyecto, las medidas que se adoptarán para concretarlo y si se efectuará un convenio con otra institución, además de señalar en qué situación se encuentran los demás centros de innovación regional del país. (801 al 4647).
Municipalidad de El Monte:
- Diputada Pascal doña Denise, Solicita informe respecto de la forma en que se llevó a cabo el proceso de postulación al subsidio de reparación, por los daños originados en el sismo de 27 de febrero de 2010, de los habitantes de la comuna de El Monte (595 al 3791).
Municipalidad de Longaví:
- Diputado Urrutia, Informe bajo qué premisas se autorizó la extracción de áridos del río Longaví, si se han realizado fiscalizaciones periódicas, si existen reclamos por parte de agricultores de la ribera norte que se encuentren afectados, y a cuánto asciende el valor de la patente anual que pagan quienes efectúan la extracción. (573 al 4620).
XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- Diputada Molina doña Andrea, Informe los factores tomados en cuenta y las políticas implementadas por su Ministerio, tendientes a la explotación racional de los recursos y a mitigar los efectos de la sequía en la población. (4906 de 12/10/2011). A Ministerio de Agricultura.
- Diputado Jarpa, Informe los motivos por los cuales los 27 profesores calificados con excelencia pedagógica en la región del Biobío no han obtenido aún el beneficio del computador portátil comprometido, y la fecha estimativa en que lo recibirán. (4907 de 12/10/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado Marinovic, Informe el gasto efectivo realizado en 2010 y 2011 y el de la ley de presupuestos para 2012 en los programas Promoción Turística, Vacaciones de Tercera Edad y Giras de Estudio para la región de Magallanes y Antártica Chilena. (4908 de 12/10/2011). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Diputado Marinovic, Informe el gasto efectivo realizado en 2010 y 2011 y el de la ley de presupuestos para 2012 en los programas Promoción Turística, Vacaciones de Tercera Edad y Giras de Estudio para la región de Magallanes y Antártica Chilena. (4908 de 12/10/2011). A intendente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe las exigencias establecidas en la evaluación del proyecto de construcción de la planta de almacenamiento de combustible Pureo, que permitan implementar medidas de mitigación y de reparación por parte de la empresa a los afectados por el derrame de aproximadamente 30 mil litros de petróleo. (4931 de 13/10/2011). A directora regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe las medidas que ha tomado para ayudar a los habitantes, agricultores y pescadores afectados por la construcción y pintado de los estanques de la planta de almacenamiento de combustible Pureo, y su reciente derrame de aproximadamente 30 mil litros de petróleo. (4932 de 14/10/2011). A Intendencias.
- Diputado Ceroni, Reitera oficio N° 4344, de 10 de agosto de 2011, en atención a que dicha solicitud fue respondida por el Instituto de Desarrollo Agropecuario. (4933 de 14/10/2011). A Servicios.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe los resultados de las fiscalizaciones respecto a las trizaduras en la estructura de la planta de almacenamiento de combustible Pureo, y a su reciente derrame de aproximadamente 30 mil litros de petróleo; además del detalle de las medidas de mitigación y de reparación adoptadas, y si su servicio cursará multas. (4934 de 14/10/2011). A Servicios.
- Diputado Espinoza don Fidel, Informe los resultados de las fiscalizaciones respecto a los daños estructurales de la planta de almacenamiento de combustible Pureo, y a su contaminación, que incluye el reciente derrame de aproximadamente 30 mil litros de petróleo; además de las medidas adoptadas al respecto, y si su servicio cursará multas. (4935 de 14/10/2011). A Varios.
- Diputado Ascencio, Solicita efectuar las gestiones necesarias destinadas a la conservación de los palafitos de la comuna de Castro, informando lo realizado a esta Corporación. (4941 de 14/10/2011). A Intendencias.
- Diputado Espinoza don Fidel, Remita copia de los antecedentes e informes que elaboró la Dirección General de Aguas durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto de la planta de almacenamiento de combustible Pureo, en lo referido a la existencia de napas subterráneas. (4942 de 14/10/2011). A Servicios.
- Diputado Edwards, Remitir el informe de auditoría realizado al “Programa de Empleos de Emergencia P.E.E. año 2011”, ejecutado por la Corporación Nacional Forestal en la Región de La Araucanía, sus conclusiones, procedimiento aplicado, ejecutores y período de aplicación; además, informar respecto de las medidas adoptadas, aplicadas y planificadas conforme a los resultados de la mencionada auditoría; y, también, remitir información relacionada con los Programas de Empleo, regulares o de emergencia -en especial con el “Programa de Empleos de Emergencia P.E.E. año 2011”-, aplicados y en aplicación en la señalada región, entre los años 2009 y 2011. (4943 de 14/10/2011). A Intendencias.
- Diputado Edwards, Remitir el informe de auditoría realizado al “Programa de Empleos de Emergencia P.E.E. año 2011”, ejecutado por la Corporación Nacional Forestal en la Región de La Araucanía, sus conclusiones, procedimiento aplicado, ejecutores y período de aplicación; además, informar respecto de las medidas adoptadas, aplicadas y planificadas conforme a los resultados de la mencionada auditoría; y, también, remitir información relacionada con los Programas de Empleo, regulares o de emergencia -en especial con el “Programa de Empleos de Emergencia P.E.E. año 2011”-, aplicados y en aplicación en la señalada región, entre los años 2009 y 2011. (4944 de 14/10/2011). A secretario regional ministerial del Trabajo y Previsión Social de la Región de La Araucanía .
- Diputado Edwards, Remitir el informe de auditoría realizado al “Programa de Empleos de Emergencia P.E.E. año 2011”, ejecutado por la Corporación Nacional Forestal en la Región de La Araucanía, sus conclusiones, procedimiento aplicado, ejecutores y período de aplicación; además, informar respecto de las medidas adoptadas, aplicadas y planificadas conforme a los resultados de la mencionada auditoría; y, también, remitir información relacionada con los Programas de Empleo, regulares o de emergencia -en especial con el “Programa de Empleos de Emergencia P.E.E. año 2011”-, aplicados y en aplicación en la señalada región, entre los años 2009 y 2011. (4945 de 14/10/2011). A director de la Corporación Nacional Forestal de la Región de La Araucanía.
- Diputado Edwards, Remitir el informe de auditoría realizado al “Programa de Empleos de Emergencia P.E.E. año 2011”, ejecutado por la Corporación Nacional Forestal en la Región de La Araucanía, sus conclusiones, procedimiento aplicado, ejecutores y período de aplicación; además, informar respecto de las medidas adoptadas, aplicadas y planificadas conforme a los resultados de la mencionada auditoría; y, también, remitir información relacionada con los Programas de Empleo, regulares o de emergencia -en especial con el “Programa de Empleos de Emergencia P.E.E. año 2011”-, aplicados y en aplicación en la señalada región, entre los años 2009 y 2011. (4946 de 14/10/2011). A director del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo de la Región de La Araucanía.
- Diputado Van Rysselberghe, Informe si avala o justifica la violencia como instrumento de acción sindical o si, por el contrario, estima oportuno sancionar la acción del señor Álex Iturra, presidente regional de la Central Unitaria de Trabajadores , quien atacó su sede parlamentaria. (4948 de 14/10/2011). A presidente nacional de la CUT.
- Diputado Chahín, Considere hacerse parte en la investigación que realiza la Fiscalía Metropolitana Centro del Ministerio Público en causa RUC 1000477771-4, relativa al delito de usura y otros que involucraría a la Caja de Ahorro de Empleados Públicos; e informe su decisión al suscrito. (4954 de 14/10/2011). A presidente del Consejo de Defensa del Estado .
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (113)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio IND VII 37
Alinco Bustos René PRO XI 59
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PRI II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Castro González, Juan Luis PS VI 32
Cerda García, Eduardo PDC V 10
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto IND XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
Rosales Guzmán, Joel UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Oliva, Andrea UDI V 10
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Morales Muñoz Celso UDI VII 36
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PRI VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1
Velásquez Seguel, Pedro IND IV 8
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20
-Diputadas y diputados en misión oficial señoras María Angélica Cristi, María Antonieta Saa Díaz, Claudia Nogueira Fernández, y señores Carlos Abel Jarpa Wevar, Roberto León Ramírez y Miodrag Marinovic Solo de Zaldívar.
-Asistió el ministro de Hacienda , señor Felipe Larraín Bascuñan.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.11 horas.
El señor MELERO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor MELERO (Presidente).- El acta de la sesión 91ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 92ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
ACUERDOS DE LOS COMITÉS.
El señor MELERO ( Presidente ).- El señor Secretario informará sobre los acuerdos de los Comités.
El señor ÁLAVAREZ ( Secretario accidental ).- Reunidos los jefes de los Comités Parlamentarios, bajo la presidencia del señor Patricio Melero, adoptaron los siguientes acuerdos:
1. Tomar conocimiento de las Tablas de la semana, documento que se acompaña en anexo.
2. Autorizar al ministro de Hacienda para presentar un power point, en la sesión ordinaria de hoy, durante la discusión del proyecto de ley que perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública.
3. Autorizar la presentación de un power point por parte del Comité del Partido por la Democracia durante la sesión especial pedida para el miércoles 19 de octubre, con el objeto de analizar la forma de asegurar el pleno ejercicio del derecho de reunión y manifestación de los ciudadanos, el rol que le compete a la autoridad política y administrativa, como asimismo la forma en que deben actuar las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y los órganos persecutores y defensores en caso de producirse alteraciones al orden público con ocasión de la realización de movilizaciones sociales.
4. Autorizar a la Comisión Especial de la Juventud para celebrar sus sesiones ordinarias los días jueves, de 10.30 a 11.30 horas, simultáneamente con la Sala.
5. Considerar sobre tabla, en la sesión de hoy martes 18 de octubre, el proyecto de acuerdo N° 478, que solicita restitución del impuesto único de segunda categoría a trabajadores portuarios eventuales.
6. Considerar sobre tabla, en la sesión de mañana miércoles 19 de octubre, el proyecto de acuerdo N° 474, que solicita la creación de la Subsecretaría del Adulto Mayor.
DESARCHIVO DE PROYECTOS.
El señor MELERO ( Presidente ).- Honorable Cámara, recabo el asentimiento de la Sala para acceder a la petición formulada por el diputado señor Gabriel Ascencio, quien solicita el desarchivo de los siguientes proyectos: el que modifica la ley N° 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, para corregir el sistema de elección binominal de diputados y senadores (boletín N° 3976-06), y el de reforma constitucional para sustituir el inciso primero del artículo 43 de la Constitución Política (boletín 3977-07), conforme a los establecido en el artículo 17 del Reglamento de la Corporación.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
CUMBRE DE LAS AMÉRICAS Y EL CARIBE SOBRE PREVENCIÓN DE LA OBESIDAD.
El señor MELERO ( Presidente ).- Honorable Cámara, informo que, en paralelo a esta sesión, se sigue desarrollando el Seminario de la Cumbre de las Américas y el Caribe sobre Prevención de la Obesidad, organizada por la Cámara de Diputados y el Senado, en el marco del Bicentenario del Congreso Nacional, que ha congregado a más de 1.200 inscritos, que incluye parlamentarios de cuarenta lugares distintos, como también a profesionales e investigadores del más alto nivel mundial. Esta jornada se inició ayer con especial éxito.
Invito a participar en este seminario, que está en pleno desarrollo.
V. ORDEN DEL DÍA
PERFECCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA. Primer trámite constitucional.
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje, que perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Pablo Lorenzini.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 7822-05, sesión 60ª, en 21 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 86ª, en 28 de septiembre de 2011. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
Cito a reunión de Comités, sin suspensión de la sesión.
El señor LORENZINI (de pie).- Señor Presidente, veo que este tema no interesa a muchos.
También observo que se están haciendo cambios en esta Cámara. Los informes son rendidos por los diputados que designan las comisiones, pero me he informado de que se ha autorizado al ministro para que haga una presentación en power point. Por lo tanto, voy a leer poco; quizás lo podemos nombrar Presidente de la Comisión de Hacienda . Así el presupuesto sería aprobado en forma inmediata y no habría ningún debate ni discusión.
No me parece adecuada la autorización visada por los Comités Parlamentarios, porque parece que los ministros van a reemplazar a los diputados informantes. Como no tengo preparado un documento en power point, entonces, voy a pedir que se suspenda la sesión para que el Secretario de la Comisión de Hacienda me prepare uno. Éste es debate parlamentario, no de exposiciones en power point o de teorías. El ministro viene a responder preguntas y no a hacer presentaciones. Si se está cambiando el sistema, me parece que eso debe ser informado a los diputados y ser planteado como corresponde.
Entiendo que un informe es el producto del trabajo hecho en la comisión por todos los diputados y que refleja lo que en ella sucedió. Pero si vamos a volver a escuchar informes de los ministros, ahora en la Sala, entonces mejor sólo expongo por un minuto. Me parece que esto no corresponde y no tiene ningún sentido.
Se trata de un proyecto de ley muy profundo, que cambia las cosas en la Alta Dirección Pública, en lo que respecta a quienes manejan y dirigen nuestro país, salvo las autoridades electas.
Este proyecto se discutió profundamente -se celebraron alrededor de diez o doce sesiones-, que implicó mucho trabajo. La conclusión de muchos es que se trata de una ley corta, que algo avanza, moderniza y es positiva, pero el proyecto de verdad, prometido por el señor ministro , que aún no llega -parece que viene sólo para presentar el power point-, aún no se presenta.
La iniciativa se aprobó con la abstención de quien habla y de otros diputados, y con el voto en contra del diputado Marinovic. Aunque hubo mucho debate, una parte de los miembros consideraron que el proyecto debe tener un segundo informe, que el tema no está agotado y que hay mucho que avanzar.
En las tribunas nos acompaña el señor Carlos Williamson, quien estuvo presente en todo el debate.
No estoy disponible para rendir un informe sin la presencia del ministro, para que después él presente la teoría.
Es todo lo que tengo que informar.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Diputado Lorenzini, los acuerdos reglamentarios permiten que los diputados informantes puedan utilizar power point, si así lo desea.
El ministro solicitó poder exponer un documento en power point para mayor comprensión de los diputados que no pudimos participar del debate en la Comisión de Hacienda.
Si usted no va a informar, pondré en discusión el proyecto sin el informe de la Comisión de Hacienda.
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).- Señor Presidente , entiendo la molestia del diputado Lorenzini y el que no haya preparado un documento en power point, pero el 99 por ciento de los diputados nos encontramos esperando que se rinda el informe para saber qué resolvió la Comisión de Hacienda. Esto es lo mismo que si no tuviéramos el informe sobre la mesa.
Por lo tanto, como diputado informante de la Comisión de Hacienda , el señor Lorenzini tiene la obligación de informar el proyecto -esto no es un asunto personal-, y estoy esperando esa rendición del informe para que podamos iniciar el debate correspondiente.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.- Señor Presidente , reglamentariamente, no es exigible la presencia de los señores ministros para la rendición de informes en la Sala, aunque es deseable. Comparto que se trata de un hecho conveniente, pero en ninguna parte se constituye como exigencia.
De manera que le pido que haga cumplir el Reglamento y, por lo tanto, que se rinda el informe de la Comisión de Hacienda. Me da lo mismo si lo hace uno u otro integrante de dicha Comisión, pero, como diputado, exijo que el informe se rinda.
He dicho.
El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- Diputado señor Lorenzini, ¿rendirá el informe de la Comisión de Hacienda? De lo contrario, deberá hacerlo otro integrante de la Comisión.
El señor LORENZINI.- Lo haré, señor Presidente.
Le pido al diputado Ulloa que no haga exigencias. Éste es el Parlamento. Aquí, las cosas se solucionan entre nosotros, conversando. Las exigencias las hace el Ejecutivo .
Informaré el proyecto, ya que, por lo menos, llegó el ministro .
Como es obvio, este informe no tiene la calidad de un power point preparado por asesores. Sin embargo, los parlamentarios de la Comisión de Hacienda nos hemos esforzado en en análisis del proyecto.
En la Comisión expusieron el ministro Felipe Larraín ; el subsecretario de la Cartera y ex diputado , señor Julio Dittborn ; el director del Servicio Civil y presidente del Consejo de la Alta Dirección Pública , señor Carlos Williamson ; los miembros del Consejo de ADP, señores Rafael Blanco y Rodrigo Egaña ; el presidente del Consejo para la Transparencia , señor Raúl Urrutia ; la presidenta subrogante de la ANEF, señora Nury Benítez ; el director ejecutivo de Seminarium , señor Rafael Rodríguez ; el presidente de la Asociación de Funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas , señor Jorge Thibaut , y el presidente de la Asociación de Funcionarios del Servicio de Impuestos Internos , don Carlos Insunza , entre otros.
Como la Sala lo recordará, la ley que se busca perfeccionar data de 2003, y fue creada en la idea de potenciar la calidad, la idoneidad, el bagaje técnico del personal por encima de las confianzas políticas en los cargos de exclusiva confianza. Así comenzó el Sistema de Alta Dirección Pública.
Sin embargo, con los años, se detectó una serie de deficiencias, las que se intenta corregir en el presente proyecto de ley corta. Esta iniciativa sólo mejora algunos aspectos, pero no va al fondo del asunto. El Ejecutivo enviará -supongo que el ministro de Hacienda lo ratificará-, en los próximos meses, y no años, un proyecto mucho más profundo, más amplio, más completo. El sentimiento que quedó entre los miembros de la Comisión fue que esto era un avance, pero, lógicamente, el sistema racional y razonable de Alta Dirección Pública para el país todavía no se halla determinado.
De los 127 servicios públicos, la ley originalmente incluyó 99 al sistema y 28 quedaron fuera. A través de una moción -luego la comentaré-, se logró incorporar a tres o cuatro servicios más. Sin embargo, 25 o 26 servicios aún no están incorporados al sistema.
Respecto de los nombramientos, existe un pequeño flujo. En 2007, se nombraron 120 altos directivos; el 2008, 163; el 2009, 195. Y, por supuesto, el 2010 -hubo cambio de gobierno, y eso debe tener su norma razonable-, 115. Por lo tanto, año a año se ha ido cambiando y adecuando la estructura a este nuevo sistema.
Y se ha hecho lo mismo en cuanto al segundo nivel jerárquico.
Sin embargo, lo importante es que esto se hará -lo señala el mensaje- en dos etapas: a corto plazo, a través de esta legislación; y a largo plazo, mediante una reforma mucho más completa.
Entre los principales aspectos debatidos del proyecto se encuentra la publicación de convocatorias mediante medios electrónicos. Eso se aceptó. Pero se volvió al sistema que no sólo incluye a los medios electrónicos, porque algunos parlamentarios manifestaron que en sus distritos, especialmente rurales, todavía no existe amplia disponibilidad de medios electrónicos. Entonces, la referida publicación se realizará también en periódicos regionales u otros medios locales, pero con el correspondiente avance hacia páginas web y medios electrónicos.
Se limita el tiempo para los cargos de primer nivel estableciendo un plazo máximo de 20 días para que el ministro comunique la vacancia de un cargo y envíe, para la aprobación del Consejo, la propuesta de perfil profesional que se requiere para la asignación. O sea, esto no queda abierto.
Reitero que la mayoría de los asuntos fueron propuestos por parlamentarios de Gobierno y de Oposición, y el Ejecutivo tuvo la buena voluntad de adoptar y transformar la mayoría de las indicaciones -algunas eran inadmisibles- en propuestas suyas. Pero lógicamente éstas eran de parlamentarios, quienes contaron con dicho respaldo.
También se fijó la duración del período de postulación para que no fuera indeterminado. Entre apertura y cierre: máximo 30 días corridos. Es decir, 20 días para la vacancia y un plazo máximo de 30 días para la postulación.
En cuanto a la inclusión en futuras nóminas de quienes integraron una nómina rechazada previamente, se precisa que una persona que integró una nómina rechazada no queda inhabilitada en forma indefinida para ser incluida en una nueva para proveer el mismo cargo. Es decir, haciendo el símil con un diputado que perdió una elección, éste no quedaría inhabilitado para presentarse nuevamente al cargo y podría postular otra vez en la próxima elección, a efectos de no castigar de por vida a quien por alguna razón no obtuvo una calificación aceptable en una primera postulación.
También se autoriza al Consejo para establecer un procedimiento dirigido a completar nóminas cuando no haya un número suficiente de candidatos para conformarlas. Así también lo decía su presidente : que a veces no se reúne el número de postulantes necesarios para llenar las nóminas de inicio. En este caso, el Consejo fijará un procedimiento para completarlas en número suficiente de candidatos a los efectos de que pueda operar.
El proyecto señala que se dictará un Reglamento por parte la Dirección Nacional del Servicio Civil y suscrito por el ministro de Hacienda para tales concursos, lo cual es positivo. Y se aprobó -hubo acuerdo con el Ejecutivo al respecto- que este Reglamento se dicte en el plazo de 180 días, contados desde la entrada en vigencia de la ley. Porque a veces los reglamentos no son dictados debido a otras prioridades y, por lo tanto, el procedimiento formal no funciona al no contar con el mencionado Reglamento.
Otra materia debatida por la Comisión fue el carácter reservado, confidencial del proceso de selección.
Muchos pensamos que se debían resguardar los antecedentes básicos del postulante; pero se trata de un proceso público y la ciudadanía debe conocer quién gano, quién no y por qué. Al respecto se realizó un debate bastante amplio. Se propuso, y así se determinó, mantener reserva de la identidad de los postulantes y secreto del proceso hasta diez años después de terminado el mismo. Como manifesté, ése fue uno de los aspectos del proyecto más debatidos por la Comisión. No me cabe duda de que la Sala continuará su discusión.
Sin embargo, si la persona que no fue seleccionada lo solicita, se le entregarán los respectivos antecedentes para que comprenda las razones por las que quedó fuera del proceso.
Ya me referí al plazo, la confidencialidad y la integración de listas cuando no hay suficientes postulantes; otro punto importante es la indemnización por despido.
Hubo cambio de Gobierno y va a seguir ocurriendo. Por ello, se analizó la posibilidad de que alguna persona renuncie en forma voluntaria, que es lo que ocurrió mayoritariamente con el último cambio de Gobierno. Entonces, para aquellos que quieran alejarse por distintas razones, se establece una indemnización por renuncia voluntaria de un mes por año, con un tope de seis meses, el equivalente a un gobierno y medio, y en forma proporcional si se trata de un período menor a un año. Se establece esta norma para aquellas personas que deciden trabajar a alto nivel con el sector público, que deben tener un respaldo cuando desean retirarse en forma voluntaria, lo cual fue aprobado.
Otro tema que se ha conversado a nivel de opinión pública, y también entre los parlamentarios con el Ejecutivo , se refiere a los nombramientos transitorios o provisionales. En casos de subrogancia en que no hay todavía una lista de postulantes y se nombra a alguien “a dedo”, se estableció una serie de requisitos, plazos y fechas para que opere, pero acotado, para que no se transforme en un sistema de reemplazo fuera de lo que es el objetivo de este proyecto de ley. Por ello, para los nombramientos transitorios y provisionales se estableció un plazo máximo de seis meses, prorrogable por una sola vez.
Además, se modifica el Estatuto Administrativo para los concursos de cargos directivos de tercer nivel, jefes de departamento, con el fin de aumentar el grado de competencia y para dar más oportunidades de ascenso al personal calificado de tercer nivel, de manera que la búsqueda de nuevos postulantes no sólo sea externa o entre los mismos jefes calificados en lista uno, sino que se extienda a los que estén calificados en lista dos para que también puedan acceder a estos concursos para lograr un ascenso.
El ministro Larraín realizó una detallada defensa del proyecto, a la cual no me voy a referir, porque él trae un power point más entretenido, que va a ser incorporado al informe. A futuro, quizás sea un buen sistema juntar ambos informes: el del diputado informante y el del ministro . Quizás sería conveniente que cada uno utilice quince minutos para exponer y, luego, juntar los dos informes. Al parecer, se viene esa modalidad.
En cuanto a la opinión de los parlamentarios, el diputado don Enrique Jaramillo objetó el hecho de que se prive de participar en las futuras nóminas para un cargo similar al postulante que no haya ganado un concurso determinado. A raíz de eso, se propuso establecer un período intermedio y que dicho postulante pueda postular a futuro, aunque no en forma inmediata, siempre que reúna ciertos requisitos.
El diputado Alberto Robles consideró razonable introducir cambios en el Sistema de Alta Dirección Pública, porque reconoce que, tanto anteriormente como en la actualidad, los postulantes a dichos cargos se están nombrando discrecionalmente por la autoridad competente, de acuerdo con el grado de confianza. Por lo tanto, propuso -a lo cual se sumó el diputado Montes y otros parlamentarios- la implementación de un sistema más completo y profundo para evitar ese tipo de situaciones, independientemente de quien gobierne.
El diputado Joaquín Godoy sostuvo que siempre habrá elementos subjetivos en la elección de candidatos a directivos; no obstante, es importante explicitar en mejor forma las condicionantes de los futuros miembros de la Alta Dirección Pública.
El diputado Ernesto Silva consideró que este sistema es un cambio muy relevante que partió el año 2003; sin embargo, su implementación ha sido lenta y no ha permitido medir en forma eficiente el desempeño de quienes son nombrados en los distintos cargos. Aquí entramos al principal tema de la segunda ley, en cuanto a que lo importante no es sólo contratar bien, con transparencia y más allá del gobierno de turno, sino que es fundamental que el postulante cumpla con los requisitos establecidos. El problema está en cómo se controla la gestión.
En el debate parlamentario surgieron apreciaciones en cuanto a que no se explicita bien la forma de medir los resultados por gestión, a propósito de los premios por gestión, ya que se considera que, a veces, los requisitos para lograr las metas que se le ponen a algunos de estos directivos del Sistema de Alta Dirección Pública son muy pocos y suaves, para obtener el pago correspondiente al premio por gestión.
Por lo tanto, aquí hay un tema para la ley larga que habrá que afinar mucho más para que la gestión en los diferentes ámbitos sea controlable, medible, quizás no por la misma autoridad, sino que por algún comité o entidad externa.
El señor Williamson mostró las cifras de cómo hemos ido mejorando esta situación; asimismo, hizo ver su esperanza en que esto redunde en un avance. Con todo, señaló que esta iniciativa debiera ser objeto de un estudio más adelante, para seguir mejorando el sistema en algunos aspectos, entre los cuales desatacó la ampliación de cargos de Alta Dirección Pública, ojala con la incorporación de esos 25 o 26 servicios que hoy no están incluidos. Habría que verlo de manera más sistémica y no en forma puntual.
Además, puntualizó que debería revisarse el sistema de renta e incentivos en estos cargos, porque es difícil encontrar postulantes idóneos, debido a las falencias en ese orden de cosas.
Desde el punto de vista de la discusión particular, hubo varias indicaciones presentadas por los diputados Auth , Montes , Robles , quien habla y otros, las cuales, luego de algún debate, fueron incorporadas y aceptadas por el Ejecutivo . En esto, debo reconocer que hubo una discusión un poco distinta de las habidas respecto de otros proyectos, ya que se hizo un trabajo más integrado, dejando de lado las banderas de Gobierno o de Oposición.
También se aceptó una indicación que presenté, que fue apoyada por varios parlamentarios, en orden a incluir en el Sistema de Alta Dirección Pública al Comité de Inversiones Extranjeras, a la Superintendencia de Seguridad Social, al Instituto Nacional de la Juventud y al Servicio Nacional del Adulto Mayor. Algunos parlamentarios sugirieron incluir más superintendencias, pero, finalmente, estos cuatro o cinco nuevos servicios pasan a engrosar la lista de los casi cien que hoy pertenecen al sistema.
Desde el punto de vista del informe financiero, se señaló que este año se pretende gastar 30 millones de pesos para cargos del primer nivel y 136 millones de pesos para cargos del segundo nivel, cifras que serán muy parecidas para el 2012.
El diputado Saffirio consultó qué iba a pasar el 2014, ya que habrá cambio de Gobierno, pero no hubo muchos antecedentes para proyectar cifras hasta esa fecha con tanta anticipación. Por lo tanto, nos quedamos con que en 2011, 2012 y 2013 las cifras van a girar en torno a 180 millones a 200 millones de pesos, tomando en cuenta las indemnizaciones y los cambios desde el punto de vista monetario.
Se presentaron indicaciones de los diputados señores Auth, Jaramillo, Montes, Ortiz, Robles y quien habla, y otra del diputado Silva, que fueron rechazadas por la Comisión; unas no contaron con los votos suficientes; otras fueron declaradas inadmisibles; no obstante, en este caso, repito, hubo voluntad del Ejecutivo para dar su respaldo a una de las anteriores, que fue presentada como indicación del Ejecutivo.
Algunos artículos no fueron aprobados por unanimidad, entre las cuales se encuentra uno presentado por los diputados Auth , Jaramillo , Montes , Ortiz , Robles y quien habla.
El proyecto fue aprobado por diez votos a favor, de los diputados señores Auth , Godoy , Jaramillo , Macaya , Robles , Silva , Montes , Recondo , Santana y Ortiz ; asimismo, hubo una abstención de quien habla, el diputado Lorenzini y un voto en contra del diputado señor Marinovic .
El proyecto fue trabajado en ocho sesiones, tras un intenso trabajo.
En resumen, aun cuando esto significa un avance, se considera -se dijo en la Comisión de Hacienda por muchos parlamentarios- necesario pedir al Ejecutivo el retiro de la urgencia, calificada de suma, a fin de que tengamos un segundo informe para ver si se pueden incorporar en esta iniciativa algunas materias que quedaron pendientes para la ley larga, para mejorar este proyecto de ley.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el ministro de Hacienda, don Felipe Larraín.
-El ministro Larraín complementa su intervención con una presentación en power point.
El señor LARRAÍN ( ministro de Hacienda ).- Señor Presidente , en primer lugar, quiero hacer un reconocimiento al buen espíritu que primó en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados durante el tratamiento de este proyecto; asimismo, agradezco las numerosas observaciones y comentarios formulados, que permitieron enriquecer el proyecto, que fue informado por el diputado Lorenzini. Esto es complementario a la presentación del diputado informante .
Simplemente, para conocer el itinerario reciente de este proyecto que perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública, quiero informar que el 2 de noviembre de 2010, con el objeto de fortalecer el sistema ADP, se dictó un instructivo presidencial que abreviaba el proceso, creaba plazos máximos y, además, regulaba el rol de los directivos provisionales y transitorios.
Esto reflejó la confianza del Gobierno en el sistema de ADP, en la posibilidad de profundizarlo y, a través de este proyecto, de acelerarlo, de hacerlo más eficiente y de autolimitar las atribuciones que la ley le entregaba al Ejecutivo, en particular respecto de los directivos provisionales y transitorios.
En diciembre de 2010, comenzó un estricto control del cumplimiento de este instructivo y se logró abreviar los concursos. Es decir, ésa fue una primera etapa.
Durante el debate del proyecto de Ley de Presupuestos para 2011, el Gobierno ratificó su compromiso de enviar un proyecto de ley corta del sistema ADP, que es el que estamos discutiendo hoy.
Quiero hacer presente a los honorables diputados que, tal como lo planteó el diputado Lorenzini, vamos a presentar un proyecto de ley largo ADP, una vez que sea aprobado el que estamos conociendo, porque creemos que éste, no obstante ser un avance importante, no agota el perfeccionamiento del sistema.
El 20 de enero de este año, el Gobierno ingresó el proyecto al Senado. El 21 de julio, después de retirarlo de esa rama del Congreso, porque su tramitación había experimentado escaso avance, debido a que había muchos proyectos en Tabla, por distintas razones, el Ejecutivo lo reenvió, pero esta vez ingresó a la Cámara de Diputados.
Entre agosto y septiembre de 2011, se ha producido un extenso debate en la Comisión de Hacienda de esta Cámara, en el que el Ejecutivo acogió numerosas observaciones que se plantearon en dicha Comisión, las cuales quedaron plasmadas en dos extensas indicaciones que se presentaron posteriormente. El resultado de estos acuerdos es el que estamos conociendo en esta sesión.
Permítanme resumir los principales elementos del proyecto.
En primer lugar, se agilizan los procesos. La iniciativa reduce de dos meses a tres semanas el plazo principal del proceso de selección, que va desde la vacancia del cargo hasta el cierre de la convocatoria. Por lo tanto, ya esa medida significa que estamos acortando el período que existe en la actualidad en alrededor de cinco semanas, sin afectar la calidad de los concursos. ¿Cómo se logra este avance sin afectar la calidad de los concursos? Se establece que algunos requisitos del concurso se pueden cumplir en forma simultánea y se especifican las distintas etapas del proceso.
En la convocatoria pública, los postulantes deben cumplir cuatro requisitos: proponer un perfil, aprobar el perfil, definir la asignación de alta dirección y los lineamientos a las consultoras ofertantes. El punto importante es que, después de que están cumplidos tales requisitos, se puede abrir la convocatoria, lo que demora entre 15 y 21 días, es decir, entre dos y tres semanas.
¿Qué proponemos para hacer más expedito el proceso? Los requisitos pueden haberse cumplido, ya sea por haber trabajado antes de la convocatoria o bien por una actualización, que sería permanente, de los requisitos, perfiles y definiciones de alta designación. Es decir, esto se podría hacer a través de varios procesos; la idea es reducir el plazo.
La autoridad siempre tendrá la prerrogativa de nombrar un directivo transitorio, pero sólo aquel nombrado después del cierre de la convocatoria podrá participar del proceso de selección y, eventualmente, ser designado. ¿Cuál es la idea que está detrás de esta medida? No inhibir la participación de buenos candidatos en los concursos; si participa alguien antes del cierre de la convocatoria, el directivo interino no podría participar. Después del cierre de la convocatoria podrá hacerlo, porque ya no tendrá efecto en la convocatoria, porque ésta ya estará cerrada.
Conformada la nómina, se limita el plazo para el nombramiento. Si el directivo transitorio no quedó en ella, está impedido de participar en futuras nóminas para ese cargo. Ésta es otra de las restricciones que se establecen.
Se proponen cambios relacionados con la reserva y la indemnización. Se pretende clarificar y reforzar el carácter reservado del proceso, a fin de atraer a los mejores postulantes. Se establece un período largo de reserva, que ya fue descrito, para que la postulación de una persona que está cumpliendo un determinado cargo no sea revelada a su empleador en el corto plazo. Como digo, esto permitirá la participación de buenos postulantes.
Se crea la figura de la indemnización por renuncia voluntaria y se mejora la indemnización por despido. Actualmente, cuando una persona es despedida antes del año, no tiene derecho a indemnización. Lo que hace el proyecto es establecer la figura de la indemnización por despido en forma proporcional: un mes de sueldo por año o proporcional, si es menor a un año, de manera que si una persona que lleva once meses en el cargo y es despedida, tenga derecho a once doceavos de un mes de remuneración. Se trata de que la indemnización no sea igual a cero.
Asimismo, se crea la figura de la indemnización por renuncia voluntaria, que antes no existía, estableciéndose un mes de sueldo, si ocurre dentro de los primeros tres meses -es lo que propuso el Ejecutivo-, pero que, por acuerdo de la Comisión, se elevó a cuatro meses. De manera que si dentro de los cuatro primeros meses de un cambio de gobierno una persona renuncia a su cargo, tiene derecho -no es una obligación- a recibir una indemnización de un mes.
La aceptación de esta indemnización será incompatible con un cargo ADP dentro de doce meses; de manera que si una persona se cambia de un puesto a otro, no tendrá derecho a indemnización. Ahora, si una persona no la acepta, conservará la antigüedad ganada en el primer cargo de ADP, aunque se cambie a otro.
También interesa otro tema relacionado con la flexibilidad en el tercer nivel del estamento directivo. Éste es un punto importante, porque hoy existen casi 1.800 directivos de tercer nivel que no son ADP, sino jefes de departamento, en el Estado central, que tienen gran incidencia en la productividad de los recursos del Estado porque son los colaboradores directos de los funcionarios ADP de segundo nivel. Como decía, estos funcionarios no son ADP, sino funcionarios de planta; es decir, son inamovibles, excepto en casos extremos de mala calificación. Estos puestos de planta son los únicos del Estatuto Administrativo cuyo concurso está abierto a postulantes de otros servicios y ministerios. Es decir, tienen movilidad horizontal dentro del sector público. Pero, por la forma en que está planteada, esta movilidad es sólo parcial. Lo que intentamos hacer es concretar una mayor movilidad.
¿Cuáles son las trabas a la movilidad efectiva que el proyecto propone cambiar? Primero, existe una excesiva restricción. ¿Por qué? Porque la categorización es sólo en dos niveles, de modo que si esta categorización se une a la prelación, en que tiene precedencia la persona que viene del mismo servicio, entonces se inhibe la movilidad horizontal. En general, las calificaciones quedan en nivel 1 y, como sólo son dos niveles, si llegan dos personas con la misma calificación, tiene precedencia la que viene del mismo servicio, lo que inhibe esa movilidad.
¿Qué se propone hacer? Sustituir la calificación en sólo dos niveles por una escala más fina de calificaciones que permita discriminar efectivamente por méritos. Por lo tanto, esto quedaría determinado por un reglamento, manteniéndose la prelación en favor del postulante local -es decir, del que viene del mismo servicio-, pero estableciendo una categorización más fina.
Hay servicios pequeños en los que no existe una junta calificadora porque no hay suficientes funcionarios de primer y segundo nivel para integrarla. Entonces, se propone autorizar al jefe del servicio para que solicite al ministro del ramo que nombre funcionarios de otros servicios de su ministerio para conformar la Junta Calificadora.
Respecto de los directivos provisionales y transitorios, se mantiene la facultad del Ejecutivo de designar interinos porque, muchas veces, la subrogación legal impone, por algunos meses, a personas inadecuadas a las necesidades de dirección que tiene el servicio, lo que es parte de la intención original del legislador en el proyecto de ADP de 2003; sin embargo, también se entiende que un uso excesivo de esas designaciones debilita los concursos.
Por eso, se propone restringir el nombramiento y las facultades, con el objeto de estimular la convocatoria y reforzar el sistema.
1. Sólo podrán concursar los directivos provisionales y transitorios que hayan sido designados después del cierre de la convocatoria, no antes.
2. Si el directivo provisional y transitorio no forma parte de la primera nómina, queda privado de participar en futuras nóminas para el cargo.
3. Se limitan las facultades de los directivos provisionales y transitorios para nombrar y remover directivos de segundo nivel.
Hay otras propuestas detalladas, que paso a exponer rápidamente.
1. Se faculta al Consejo de ADP para reglamentar el nombramiento, evaluación y remoción de los profesionales expertos del Consejo de Alta Dirección.
2. En caso de concursos simultáneos para cargos similares, permite ahorrar costos mediante la creación de procedimientos especiales para completar nóminas y generar nóminas conjuntas.
3. De desistirse integrantes de una nómina después de la entrega de ésta, se permite designar a otro miembro de la nómina, siempre que subsistan al menos dos en la nómina. Esto se establece para no tener que llamar a nuevo concurso, si es que existen suficientes postulantes, aunque se desistan postulantes que están en la nómina.
4. Reduce el plazo para que la autoridad comunique a un ADP su decisión de renovarlo o no para el período siguiente, desde 90 a 30 días antes del período actual.
5. Amplía de 5 a 30 días el plazo para proponer al alto directivo el convenio de desempeño. Cinco días parece un período muy breve.
6. Permite que una persona que integró una nómina rechazada pueda ser incluida en otra para proveer el mismo cargo, si cambió la autoridad que rechazó.
7. En un Comité de Selección de segundo nivel, permite que el representante del jefe de servicio no sea de planta directiva.
8. Perfecciona el procedimiento de reclamo de un candidato en un proceso de selección, frente a eventuales irregularidades.
9. Reemplaza la obligación de publicar las convocatorias en medios de circulación nacional por publicación en la versión electrónica de los medios cuya sección de empleos tenga mayor lectoría, incluyendo el Diario Oficial. Por lo tanto, aquí también hay una mejora y un ahorro de costos, considerado en el informe financiero.
El Ejecutivo presentó una indicación, que incluye quince acuerdos, entre los cuales destacamos:
1. Incorpora al sistema de ADP a cuatro nuevos servicios: el Servicio Nacional del Adulto Mayor, el Comité de Inversiones Extranjeras, la Superintendencia de Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Juventud.
2. Se define al subsecretario como la autoridad que se relaciona con el sistema de ADP, para concentrar en él la responsabilidad por la gestión, pero involucrando al ministro , pues en varias facultades debe contar con su ratificación previa.
3. Faculta a la Dirección Nacional de Servicio Civil a dar directrices de carácter general sobre los convenios de desempeño.
4. Eleva la categoría de los profesionales expertos que representan al Consejo de la Alta Dirección Pública en los comités de selección de los directivos de segundo nivel, creando un reglamento que norme su designación, evaluación y remoción.
5. Se pondrá a disposición del postulante que lo requiera por escrito el puntaje final que haya obtenido en el proceso de selección.
6. Obliga a publicar anualmente el porcentaje de cumplimiento de las metas fijadas para el año anterior por el correspondiente convenio de desempeño de cada uno de los altos directivos.
Eso es, en síntesis, el proyecto que se presenta a la Sala, con las principales indicaciones surgidas del trabajo conjunto con la Comisión de Hacienda.
Respecto del informe financiero, quiero comentar que, en términos anuales, los costos directos estimados de la concursabilidad de 45 nuevos cargos por ADP, que son los de las cuatro nuevas instituciones que se pliegan al sistema de ADP, son del orden de 350 millones de pesos.
Respecto del establecimiento de un mes de indemnización, en promedio, el costo para un cargo de nivel 1 es de 4.731.000 pesos y de 3.088.000 pesos para un cargo de nivel 2.
Por su parte, la eliminación de la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial generará algunos ahorros, que estimamos en términos anuales en un monto cercano a los 15 millones de pesos.
Reitero el reconocimiento a la buena disposición con que se trabajó con la Comisión de Hacienda, lo que hoy nos ha permitido llegar con el proyecto y sus indicaciones a la Sala.
Muchas gracias.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , por su intermedio, agradezco el informe rendido por el diputado Lorenzini , un relato explicativo más allá de lo que nos ha dado a conocer el ministro , tema conocido por quienes integramos la Comisión de Hacienda, donde trabajamos no sólo un par de sesiones, sino que nos demandó mucho trabajo, y eso que se trata del proyecto de ley corta. De manera que esperamos que esta futura ley corta, que no me ha convencido mucho, esté vigente durante un período breve, y que pronto se presente el proyecto de ley definitiva.
Cuando aprobamos el proyecto que estableció el Sistema de Alta Dirección Pública, ley N° 19.882, lo hicimos con la convicción de que con ella se otorgaba mayor transparencia a los procesos de selección de personal para los altos cargos en la Administración Pública.
Además, pensábamos que a través de este sistema se permitiría una menor injerencia de lo político por sobre lo técnico en los nombramientos que involucraban al personal que tiene a su cargo el manejo de los servicios del Estado.
Cuando aprobamos la iniciativa, también lo hicimos con la convicción de que se trataba de un sistema que debía mejorarse a través del tiempo, ya que, como toda institucionalidad que recién comienza a aplicarse en el país, debe someterse a correcciones, de acuerdo con lo que nos enseña la experiencia y la aplicación práctica de la institucionalidad, como bien ha dicho el señor ministro .
Sin embargo, hago presente mis temores, inquietudes y consideraciones como diputado ante algo que no vi con agrado. No esperaba que este sistema, que fue creado con la mejor de las intenciones, fuera tan vapuleado y desprestigiado en los primeros meses de asumido el actual Gobierno, ya que para nadie es un misterio que se comenzó a despedir directivos y personal de servicios públicos que habían obtenido sus cargos por medio de este método de selección que hoy pretendemos mejorar, establecido en este sistema, bajo el pretexto de que se trataba de personas que no postulaban los credos ideológicos del Gobierno que comenzaba a instalarse. Es decir, al inicio del actual Gobierno, se produjo la exoneración masiva de personas que habían probado su valía técnica y profesional a través de ese proceso de selección simplemente por no ser afines al gobierno de turno, que había obtenido poco más de la mitad de los votos en la elección.
He realizado esta introducción debido a que el proyecto que analizamos se plantea como objetivo el perfeccionamiento del Sistema de Alta Dirección Pública, introduciéndole correcciones a fin de agilizar sus procesos y de mejorar algunas falencias detectadas a través de su implementación, porque efectivamente ha presentado -lo tengo que reconocer- esas falencias.
Sin embargo, observo que entre las normas que se proponen no existe ninguna que asegure que la persona que gane un concurso para ejercer un cargo de Alta Dirección Pública tenga la suficiente seguridad -en esto quiero ser sumamente preciso, para que aquellos que postulan tengan claridad- de que no se encontrará expuesto a la pérdida del puesto, simplemente porque la autoridad política gobernante de turno lo considera no afín a su pensamiento político social. Insisto en que hablo de la autoridad de turno, del presente o del futuro. Es necesario considerar, además, que esos cargos están destinados a entidades que ejecutan políticas públicas u otorgan servicios a la ciudadanía y no a aquellas que definen dichas políticas. Es decir, está destinado para cargos de un nivel de ejecución y no de definición de políticas públicas, lo que quedó muy claro en la discusión, lo que no deja de preocuparme.
Acepto y tolero lo que, como ley corta -reitero-, queda en el presente, y espero que a futuro el proyecto definitivo no se demore mucho, para corregir las falencias que pudiera presentar esta futura ley corta durante su aplicación.
Después de escuchar al colega Pablo Lorenzini , no me voy a referir mayormente al contenido del proyecto, que fue largamente explicitado por el diputado informante . Sin embargo, quiero dejar expresamente establecidas las constancias anteriormente señaladas, que han sido preocupación de tanta gente a lo largo de Chile, a fin de que este sistema, llamado a dar transparencia y competencia en la selección de personal que debe cumplir funciones en el Estado, no sea burlado nunca más por el criterio político del gobierno de turno. Son aplicaciones que todos los ciudadanos debemos entender, para que no se repita lo que considero un error político, que ha sido clamor a lo largo del país.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente , el presente proyecto de ley sólo constituye un maquillaje -seamos objetivos y serios- al Sistema de Alta Dirección Pública, porque se trata de cambios menores.
¿Por qué afirmo lo anterior? Durante la discusión que sostuvimos en la Comisión de Hacienda, tuvimos la oportunidad de escuchar no sólo al jefe de la Alta Dirección Pública , sino también a los consejeros. Siempre pedimos que fuera uno y uno, o dos y dos. Mis distinguidos colegas de la Comisión de Hacienda reconocieron que la ley N° 19.882, que se dictó el 23 de junio de 2003, fue el cuerpo legal más moderno en relación con la Administración Pública.
El objetivo era comenzar a transparentar los nombramientos de los tres primeros niveles de la Administración Pública. Por eso, es bueno recordar en qué se basó la historia fidedigna del proyecto.
Entre otros propósitos, la normativa buscaba potenciar la calidad e idoneidad técnica del referido personal, por sobre la confianza política. Debido a ello, hubo una gran modificación, porque se disminuyó el personal de exclusiva confianza, en este caso, de un gobierno de la Concertación. Se creó la Alta Dirección Pública y se estableció un premio anual por excelencia institucional. Asimismo, se buscó hacer más transparente la toma de decisiones vinculadas a la carrera funcionaria.
Otro objetivo fue incrementar la participación, de modo que los comités de selección pudieran tener representantes del personal y que los programas de gestión fueran consultados e informados a los funcionarios.
La Alta Dirección Pública es un sistema de reclutamiento y de gestión para los jefes de servicio y para el segundo nivel jerárquico de dichos órganos.
Las elecciones efectuadas por un órgano externo y plural asegura la idoneidad, integridad y capacidad, y la gestión se materializa en convenios de desempeño, estabilidad por tres años y en el pago de una asignación especial.
Uno de los objetivos que se tuvo en cuenta con este Sistema de Alta Dirección Pública fue, precisamente, profesionalizar y tecnificar esos cargos. Se creó un mecanismo competitivo, abierto y de amplia difusión de selección de profesionales para asumir las diferentes jefaturas o subdirecciones de los servicios.
La crítica que se nos hizo desde el 2003 al 11 de marzo de 2010 -en todo caso, sigo siendo un defensor de los veinte años de gobiernos de la Concertación- es que, al final, se institucionalizó políticamente. ¡Qué falso de falsedad absoluta! ¿Y saben por qué es falso? Porque el servicio tiene dos órganos fundamentales: en primer lugar, el director del servicio, un funcionario de exclusiva confianza del Presidente de la República , a quien le corresponde dirigirlo y administrarlo; en segundo lugar, el Consejo de Alta Dirección Pública, un órgano colegiado y autónomo, compuesto por cinco consejeros, cuatro de los cuales son propuestos por el Presidente de la República , ratificado por cuatro séptimos de los senadores en ejercicio, que son elegidos por pares, alternadamente, cada tres años. El quinto, lógicamente, es el director del servicio.
Hasta el 11 de marzo de 2010, de los cuatro consejeros, dos de la Concertación y dos de la Oposición -actualmente Gobierno-, dos son mujeres muy destacadas, con una gran capacidad profesional y política. Por el mundo de Renovación Nacional, estaba la actual jefa del segundo piso de La Moneda, la señora María Luisa Brahm , y por la UDI, la señora Rossana Costa , actual directora de Presupuestos . ¿Ustedes creen que estas dos mujeres no se preocuparon de que, producto de los concursos -que fueron cientos-, a esos cargos llegaran las personas idóneas desde el punto de vista profesional? ¡Claro que se preocuparon!
Hemos consultado a muchas personas que participaron, que reconocieron que durante la entrevista personal siempre hubo un representante de cada lado y que se hacían todas las preguntas necesarias. Por supuesto, estoy hablando de los que pasaron el perfil psicológico, a cargo de una empresa externa, por lo que nadie puede tener dudas sobre su idoneidad. ¡Ésa es la verdad!
Pero, ¿qué pasó después del 11 de marzo de 2010? Aunque esas personas participaron de ese proceso, algunos podrán decir que, al final, el Gobierno decidió. Pero, por rara casualidad -me lo dijeron funcionarios del ex INP, actual IPS-, a todos los cargos seleccionados por la Alta Dirección Pública les pusieron término.
A lo mejor, el pecado fue pensar con una visión de Estado, de país, de lo que podía ser el servicio público. ¡Ése fue el pecado!
En cuanto al Servicio de Registro Civil e Identificación, puedo señalar que, hasta antes de que “cortaran” a todos los que seleccionaron por el Sistema de Alta Dirección Pública, era un servicio de prestigio -lo es todavía- que tuvo metas increíbles. Su pecado fue el mismo que acabo de mencionar.
No digamos que no se ha actuado con criterio político. Los cargos de Alta Dirección Pública duran tres años; después, se renuevan por tres años más.
El año pasado, una señora de mucho prestigio fue nombrada, mediante el Sistema de Alta Dirección Pública, tesorera general de la república. Muchos militantes de partidos de la Concertación no entendían que la hubiesen nombrado, pese a que se trataba de una mujer profesional ciento por ciento y sin pensamiento político. Otros militantes consideraban legítimas las opciones de la Centroderecha.
También reconocieron que, el año pasado, a pesar del cataclismo del 27 de febrero, los ingresos tributarios aumentaron. Pero parece que pasó algo extraño, porque no la mantuvieron en el cargo. No sé qué pecado, desde el punto de vista de la institucionalidad pública, habrá cometido.
Dejaron a la persona que había ganado, mediante el Sistema de Alta Dirección Pública, el cargo de fiscal, al que, por derecho propio, le compete la subrogancia. ¡Y lo hizo extraordinario!
Escuché, de parte del gremio de Tesorería, que el ministro de Hacienda y, en especial, el subsecretario de la época, don Rodrigo Álvarez -administrativamente, esos servicios dependen del subsecretario-, expresar un reconocimiento a la ex tesorera general de la República, que terminó su período el 31 de diciembre del año pasado, a quien no se le renovó por tres años más.
Después se produjo un conflicto muy serio con los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, de la Tesorería General de la República y de otros servicios, que comenzó el 1 de diciembre, junto con el reajuste de remuneraciones de sector público, y la persona a cargo realizó una labor como corresponde a una democracia y a las ideas de quienes creemos en el bien común y en la igualdad, así como de quienes participamos en una labor tan hermosa como es la política. Escuchó a los gremios, siguió los conductos y la línea…
El señor MELERO ( Presidente ).- Ha concluido su tiempo, señor diputado .
El señor ORTIZ.- Termino de inmediato, señor Presidente.
En resumen, esa persona lo hizo extraordinariamente bien en el cargo, como subrogante, y la confirmaron por tres años más, pero al mes le dijeron: “Hasta aquí llegó”. Probablemente entregó una opinión que no les gustó.
Asimismo, está pendiente el tema del Servicio de Aduanas, que quiero destacar, pues escuchamos al presidente del gremio. Lamentablemente, por razones de tiempo, no puedo profundizar en el tema.
Voté a favor del proyecto, porque presentamos algunas indicaciones que mejoraron el texto, y porque espero que pronto ingrese el proyecto de ley larga, que signifique, en forma definitiva, que la gente gane los concursos por sus condiciones técnicas y profesionales y no en función de la simpatía política.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Godoy.
El señor GODOY.- Señor Presidente , éste es uno de los proyectos que muestran el carácter de este Gobierno de querer solucionar un problema que, a todas luces, era evidente.
A diferencia de lo dicho por el diputado José Miguel Ortiz , a muchos nos tocó observar cómo muchísimas personas que postulaban a cargos que se proveían por el Sistema de Alta Dirección Pública no entendían por qué quedaban afuera, pese a tener todos los méritos necesarios para ocupar esos cargos.
¿Qué hizo el Gobierno? El Gobierno se dio cuenta de las falencias del sistema, el cual, a nuestro juicio, trajo muchos beneficios y constituyó un avance en el camino de erradicar la práctica de privilegiar la política por sobre la calidad de las personas que trabajan en los organismos públicos.
Lamentablemente, siempre se inventa la trampa, práctica que, en su momento, aplicó la Concertación. ¿Cuál era la trampa número uno? Recurrir a los directivos provisionales y transitorios en forma prolongada.
¿Qué ocurría? Cuando dentro de la terna no había gente del color político de turno, se declaraba nulo el concurso y se extendía la permanencia en el cargo de ese directivo provisional, que sí era del color político del gobierno de turno.
Por lo tanto, se hacía politiquería; no era lo que buscaba el Sistema de Alta Dirección Pública: tener a los mejores en cargos que, en definitiva, eran técnicos.
¿Por qué este gobierno demuestra ese carácter que mencioné? Porque no sólo recurre a este proyecto de ley para salvar ese punto, sino que crea un reglamento interno para impedir que eso ocurra.
Hagamos un poco de historia: este proyecto de ley es el resultado de un reglamento interno que dictó este gobierno para limitar la posibilidad de que en cargos técnicos se ubique a personas por consideraciones políticas y no por su calidad técnica. Por eso partí diciendo que esta iniciativa demuestra el carácter que todos -creo- los que estamos en este Hemiciclo queremos del Gobierno: que privilegie la calidad de las personas que trabajan en el servicio público por sobre la ideología política, porque, al final, lo que se logra es entregar un mejor servicio a las personas. Por lo tanto, no podemos votar en contra del proyecto.
Además, incorpora una cláusula que, al principio, algunos miembros de la Comisión de Hacienda no vimos con tanta claridad: que muchas veces, ante un cambio de gobierno, algunas personas no quieren continuar trabajando con el nuevo gobierno, porque su ideología se los impide. Hoy, este proyecto piensa en esas personas y, por lo tanto, se les entrega una pequeña indemnización, que a todos nos gustaría que fuera mucho mayor. Es decir, se crea algo mucho mejor que lo que existía antes. Si esa persona renunciaba, simplemente quedaba en la calle y no tenía derecho a ningún “colchoncito”. Pero hoy lo tiene. Por lo tanto, hasta en ese detalle pensó este proyecto, que considero muy relevante.
Igualmente, se entregan mayores atribuciones al Consejo de Alta Dirección Pública que, como muy bien dijo el diputado José Miguel Ortiz , no está teñido de un solo color político, sino que, por el contrario, está conformado de manera transversal, con personas de distintos colores políticos.
Queremos que ese Consejo tenga la mayor injerencia posible, porque de esa manera se evita que las decisiones se tomen por consideraciones políticas en lugar de la calidad de los postulantes.
El diputado Pablo Lorenzini puso el énfasis en un punto que nos parece muy válido respecto de la información que debe guardarse en secreto. Finalmente, quien habla llegó a la convicción de que si queremos personas con calidad profesional para que ocupen esos cargos, que hoy están en otro trabajo, pero que quieren postular al servicio público, entonces debemos garantizar la reserva de sus datos personales. Eso parece razonable.
Pero la persona seleccionada para el cargo por el Sistema de la Alta Dirección Pública tiene que transparentar totalmente sus datos a la ciudadanía. Así se evita que ocupe el cargo una persona que no cumpla todas las condiciones que se requieren.
Por lo tanto, está totalmente subsanada la incertidumbre en cuanto a la transparencia y a la tranquilidad que deben tener los ciudadanos respecto de las capacidades de quien ocupará un determinado cargo.
Asimismo, se soluciona un problema práctico, que el ministro explicó muy bien: que muchas veces no se logra conformar las ternas, luego de un segundo llamado, y, por lo tanto, cuando eso ocurre, el proyecto considera que se pueda elegir entre dos postulantes, procedimiento que nos parece bastante razonable, siempre y cuando se haya cumplido con todo el proceso previo.
Al mismo tiempo, se establecen mayores garantías para los funcionarios que pertenecen al servicio para el que se buscan postulantes, lo que parece muy razonable, porque apunta a beneficiar a los trabajadores que han hecho carrera y cuya mayor experiencia puede constituirse en un gran aporte.
La iniciativa también propone ampliar el rango de participación de otros estamentos públicos a un determinado cargo a través del Sistema de Alta Dirección Pública, medida que es muy positiva, porque generará movilidad y mayor competencia en el sistema.
El Gobierno ha hecho un compromiso que nos deja tranquilos, el cual dice relación con una inquietud que el diputado señor Montes planteó en reiteradas ocasiones en la Comisión de Hacienda, en el sentido de que había que hacer un seguimiento de los resultados que tenían los funcionarios elegidos por medio del Sistema de Alta Dirección Pública.
Luego de estas modificaciones, que constituyen una legislación de corto plazo, deberá tramitarse una reforma mayor, a la cual se refirió el ministro de Hacienda , quien hizo alusión a una ley larga sobre el Sistema de Alta Dirección Pública. En ese sentido, nos deja tranquilos que el Gobierno también se quiera hacer cargo de un aspecto que para todos es relevante.
Hago un llamado a los colegas para aprobar el proyecto, tal como nos comprometemos a hacerlo los diputados de Renovación Nacional, pues establece normativas que mejoran la política pública y subsanan algunas de las grietas del sistema, como privilegiar a determinadas personas por su color político, en lugar de hacerlo por su mérito, valor por el que debemos velar.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente , uno de los objetivos que el país trató de alcanzar con el acuerdo político suscrito entre el entonces Presidente Ricardo Lagos y la Oposición de ese momento, liderada por el Jefe de Bancada de la UDI de esa época y actual ministro de Economía , Fomento y Turismo, señor Pablo Longueira , fue buscar un sistema que pudiera tecnificar -por decirlo de alguna forma- la política y la selección de los aspirantes a ocupar los cargos de exclusiva confianza que el Presidente de la República nombra en uso de sus facultades.
Eso dio lugar a la creación del Sistema de Alta Dirección Pública, cuya finalidad era la búsqueda de profesionales idóneos, con prescindencia de su posición política, para que, en una primera línea, dirigieran los servicios públicos a nivel nacional y regional. Con posterioridad, en forma paulatina, se incorporaron varios servicios, en lo que constituyó una segunda línea de decisión, a través de los subdirectores de los distintos servicios nacionales, así como algunos a nivel regional.
El problema que se produjo -hay que decirlo con todas sus letras- es que, más allá de la intención que tuvo ese acuerdo político, los directores nacionales y regionales y los cargos de segunda línea obedecían al criterio de la autoridad que los designaba en sus cargos, pues era evidente que no podía abstraerse de su rol político en la dirección del Estado.
Por eso, al final de cuentas, los directores nacionales y regionales obedecían, en general, a un claro criterio de head hunters, de búsqueda de personas idóneas para ocupar esos cargos y, al final, se terminaba en la propuesta de una terna o una quina, y el ministro de turno o el jefe nacional del servicio incorporaba la mirada política del gobierno de turno.
Por ello, no era de extrañar que en los cargos a nivel nacional y regional se nombrara a alguien de la tendencia política del gobierno de turno. Eso es lo que ha ocurrido en el Gobierno actual. Prácticamente todos los jefes de servicios nacionales han sido cambiados por gente que piensa políticamente como el Gobierno, lo cual no me llama la atención.
No quiero ponerme ninguna anteojera. Entiendo que un gobierno tiene que gobernar y que debe hacerlo con aquellos que piensan como el Presidente de la República. Me parece lógico que las coaliciones gobiernen desde su punto de vista político y que nombren a sus mejores representantes.
En la discusión llevada a cabo en la Comisión de Hacienda, el diputado Auth consultó, en forma insistente -no una, sino varias veces-, si el Gobierno estaba dispuesto a efectuar una discusión sobre el fondo del proyecto, respecto de cuál es el nivel técnico que se debe exigir para nombrar a los funcionarios. Lo planteó porque los cambios que se hagan deben basarse en evaluaciones sobre gestión técnica, con el objeto de separar esa decisión de otra con carácter netamente político, que tiene que ver con la decisión de gobierno a nivel de todos los servicios. Ésa es la labor que se encomienda al Sistema de Alta Dirección Pública.
Me parece una discusión bizantina si esta es una ley corta que de algún modo permitirá avanzar o si se requerirá de una ley larga para llegar al fondo del tema. Al final de cuentas, estamos en presencia de un proyecto de ley que el Gobierno ha sometido a tramitación en la Cámara de Diputados, porque aquí tiene mayoría, de manera que es muy probable que se apruebe. No obstante, tal como ocurrió con la iniciativa sobre la eliminación del 7 por ciento para los jubilados y con la que proponía el aumento del postnatal a seis meses, espero que en el Senado se lleve a cabo una discusión de fondo sobre el proyecto, respecto del nivel técnico que el país requiere en cuanto a la selección de quiénes ocuparán altos cargos públicos a nivel nacional.
Para muestra, un botón. Hace aproximadamente cuatro meses, terminó la decisión técnica, efectuada a través del Sistema de Alta Dirección Pública, para nombrar al director de un servicio eminentemente técnico: el Servicio de Registro Civil e Identificación. A través de concurso público, fue nombrado como su director el señor Rodrigo Durán López . ¿Qué ha hecho el señor Rodrigo Durán López a menos de cuatro meses de haber asumido el cargo? Ha pedido la renuncia a los directores regionales, los que también habían sido seleccionados por el Sistema de Alta Dirección Pública, debido a que no tenían su misma posición política. Les pidió el cargo a personas que estaban altamente valoradas, que habían hecho una buena gestión, que estaban muy bien evaluados y cuyos servicios regionales se encontraban entre los mejores del país. ¿Por qué? Porque no obedecían al color político del señor Durán .
¡Para qué nos engañamos entre nosotros! Evidentemente, debemos llevar a cabo una discusión de fondo sobre la materia, que el ministro de Hacienda quiso obviar al ingresar a tramitación la iniciativa en la Cámara de Diputados. Pero recordemos que primero presentó el proyecto en el Senado. Sin embargo, como allí se le planteó que querían ver el fondo del tema, el secretario de Estado la retiró y la ingresó en esta Cámara. ¿Para qué? Para que aquí avanzara y se aprobara. El proyecto se va a aprobar, porque el Gobierno tiene mayoría en la Cámara de Diputados. Sin embargo, espero que ocurra lo mismo que con la iniciativa que proponía aumentar a seis meses el postnatal: que el proyecto que ingresó sea absolutamente modificado, porque espero que prime la cordura y que se llegue al fondo del tema, a fin de no tener que tratar esta materia en una segunda oportunidad.
El gran problema no es si los plazos se acortan para poder nombrar al director; o si permitimos que un suplente o no suplente asuma la dirección por un rato, mientras tanto, para después concursar al cargo o no; o si permitimos que concurse en la terna o no, etcétera. Ése no es el problema. El problema es determinar cuál será la definición y el corte que vamos a establecer para los cargos políticos y cuál para los cargos técnicos. Si en ese corte no estamos de acuerdo como Estado, como sociedad, difícilmente vamos a ponernos de acuerdo en cómo vamos a avanzar para hacer estos pequeños ajustes que se necesitan.
Lo que mencioné hace un momento sucedió este fin de semana. Por lo tanto, es evidente que al gobierno no le interesa tanto la modificación global, sino que una visión de su posición para maquillar un sistema que necesariamente tenemos que cambiar. Estoy absolutamente disponible para que los cargos políticos sean nombrados políticamente y para que se haga responsable de la política del servicio quienes están en esos cargos. No tengo inconvenientes en eso. Clarifiquemos, por ejemplo, que los cargos de las direcciones regionales y nacionales sean políticos; pero si de ahí para abajo los cargos son técnicos, entonces apliquemos un sistema eminentemente técnico, en que no haya influencias políticas de ninguna especie, en que se consideren sólo los méritos de las personas, de modo de poder tener un Estado adecuado, desde el punto de vista de la gestión, a los tiempos en que vivimos. Pero no considero que sea positivo que avalemos este maquillaje que se quiere aplicar.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Pepe Auth.
El señor AUTH.- Señor Presidente , quiero remontarme a los orígenes, a la situación que nos llevó a establecer una ley que creara el Sistema de Alta Dirección Pública.
Todos, sin excepción, transversalmente, evaluamos como un hecho necesariamente modificable que toda vez que alguien arribaba al poder del gobierno central cambiaba desde el presidente hasta el júnior de la última de las oficinas. Y ese cambio brutal y masivo, que se producía cada vez que una coalición o partido político llegaba al gobierno, naturalmente, restaba continuidad y eficiencia a las políticas públicas, y generaba una relación clientelar completamente negativa, porque intereses corporativos terminan capturando al Estado en función de sus propios intereses, a veces contradictorios con el interés general.
Eso llevó a la decisión de buscar modos de modernizar el Estado, de manera de ir separando, cada vez más nítidamente, lo que constituye el segmento de dirección política del Estado del segmento de dirección civil profesional. Hay países en los que esta práctica está extremadamente desarrollada.
Por ejemplo, cuando fui embajador en Suecia, asistí a la derrota electoral de la Socialdemocracia después de setenta años continuos en el poder y observé que nadie lloraba. Me remonté a la posibilidad de que eso nos ocurriera en Chile -entonces gobernaba la Concertación-, pero, naturalmente, pensé que aquí la reacción sería completamente distinta. Y cuando hurgué en la razón de esa conducta, me encontré con que era muy simple: sólo doscientas personas, en toda Suecia, dependían del resultado de la elección. Es decir, sólo estaba en juego el empleo de doscientas personas que, además, gozaban de la tranquilidad de que tenían un fuero de un año de salario para poder reconvertirse e instalarse en otros ámbitos del desempeño público o privado.
Sin duda, cambiar la cultura es extremadamente difícil; pero establecimos un Sistema de Alta Dirección Pública que buscaba profesionalizar el Estado, separar el segmento de la dirección política del de la dirección civil. Esto fue muy difícil para la Concertación, porque hubo que desembarazarse de muchos prejuicios. Pero tengo que reconocer -y digno sería que todos lo hiciéramos- que los momentos posteriores del Sistema de Alta Dirección Pública eran mucho más independientes que los iniciales. Muchos militantes de la Concertación no comprendían que se nombrara como director nacional del Fosis al hermano del presidente de un partido político de Oposición. Ésa era una prueba de que el sistema estaba avanzando en la dirección correcta.
Pero este gobierno -lo digo con toda claridad- le propinó un golpe a la validez social del Sistema de Alta Dirección Pública que significó un retroceso gigantesco. En la discusión en la Comisión de Hacienda, pregunté insistentemente si lo que había señalado la entonces senadora Matthei , hoy ministra, en la discusión presupuestaria del año pasado era o no la filosofía del gobierno.
Me explico. La senadora Matthei dijo que el espíritu de la ley que creó el Sistema de Alta Dirección Pública no era seleccionar a los mejores para cumplir un rol profesional en el Estado, sino que era seleccionar a los mejores cuadros del partido o coalición gobernante. Si esa fuera la filosofía, más vale una ley de financiamiento de partidos políticos y que el Estado traslade los recursos al Instituto Libertad y Desarrollo, a fin de que seleccione los mejores cuadros para asumir roles de dirección en el Estado.
La verdad es que, cuando una directora nacional del Sernatur, recién asumido su rol, decide en un solo acto reemplazar a los quince directores regionales, muchos de ellos nombrados hace poco, sin relación con ninguna evaluación técnica o profesional, sino simplemente por el hecho de no compartir el credo político de la directora, estamos ante un retroceso gigantesco a la legitimidad social del Sistema de Alta Dirección Pública.
En la Región de La Araucanía, el director del Serviu , nombrado en las postrimerías del gobierno de la Concertación, fue conminado a renunciar y fue reemplazado después de unos meses. Se efectuó un nuevo concurso y, se reclutó a un nuevo director de ese servicio, pero resultó que no le gustó al intendente, por su libertad política, y al rato fue substituido, con la mano -no a través de otro concurso-, por el pariente de una senadora que postuló por esa misma región, pero que terminó siendo designada por una circunscripción de la Región Metropolitana. Eso es un retroceso tremendo.
El proyecto, en sí, efectivamente constituye un avance respecto de lo que hay; pero convengamos en que no estamos en condiciones de consagrar, de legitimar, un sistema que ha sido distorsionado en su orientación principal. Insisto: prefiero derechamente que terminemos con la ficción y que financiemos al Instituto Libertad y Desarrollo, y a sus equivalentes, para que recluten a los mejores cuadros de dirección política, de manera que sean igualmente profesionales, pero no engañemos al país, a la gente, haciéndole creer que se puede postular a cargos de dirección del Estado sin comulgar con la ideología del gobierno de turno.
No voy a votar a favor, porque no quiero consagrar esta ficción y porque permanecen los cargos de segundo nivel de dirección. Uno podría pensar que los cargos del primer nivel, que algo tienen que ver con la dirección política de un gobierno, deben compartir el credo político de ese gobierno. Pero a quienes ocupan los cargos del segundo nivel del Serviu, del Fosis y de otros organismos del Estado, el director recién nominado les pedirá la renuncia. ¿Y se pretende que consagremos un Sistema de Alta Dirección Pública que, supuestamente, busca separar el servicio civil de la dirección política del Gobierno? No estoy para consagrar ficciones como si fueran realidades.
Por lo anteriormente expuesto, no votaré a favor del proyecto, a pesar de que soy un ferviente partidario de que el Estado de Chile tenga una continuidad profesional y técnica muy separada de la dirección política del país.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.
El señor SILVA .- Señor Presidente , con la misma pasión que mostró quien me antecedió en el uso de la palabra, anuncio que votaré a favor del proyecto, porque creo que es una muy buena contribución a la modernización del Estado y de la Alta Dirección Pública.
Quiero analizar algunos temas asociados a la evolución que ha tenido el sistema.
Si uno mira históricamente el Sistema de Alta Dirección Pública, comprobará que su creación fue el resultado de una crisis. El Estado tuvo que hacer crisis para que se produjera un cambio. Quiero recordar a los diputados y a las diputadas que en 2003 había dos proyectos que abordaban lo relativo a la creación de un Sistema de Alta Dirección Pública o de gerencia pública: el primero, elaborado desde el propio gobierno, fue el proyecto de reforma y modernización del Estado, y el Comité Interministerial, y el segundo fue desarrollado por el Centro de Estudios Públicos. Esas iniciativas avanzaban y avanzaban pero no llegaban a puerto. Y fue necesario -reitero- que se produjera una crisis institucional grave durante el gobierno del entonces Presidente Lagos para que se generara un conjunto de acuerdos que se tradujo en la aprobación de la agenda corta de modernización del Estado, en 2003, que fue muy fructífera porque no solo significó que se aprobara el proyecto que se transformó en la ley N° 19.882, sino también el financiamiento de la política, el sistema de compras públicas y la simplificación de procedimientos administrativos, en un muy breve plazo y con amplio acuerdo. Ojalá hoy tuviéramos ese nivel de acuerdo para avanzar en este y en otros temas. Esa disposición y ese liderazgo para generar acuerdos hacia adelante no están presentes. Hoy el país necesita esos liderazgos, y los echo de menos. Es necesario que la Oposición tenga liderazgos que permitan construir acuerdos, como los que se alcanzaron en 2003.
Después vino la etapa de implementación, que tuvo una característica: los consejeros tenían liderazgo. Los diputados Ortiz y Jaramillo hicieron mención a los consejeros que había en el origen del sistema. En ese caso uno advierte la diferencia entre si hay ética pública y si no la hay. Ese grupo de consejeros, con su liderazgo, fue capaz de implementar y de llevar adelante la primera etapa del Sistema de Alta Dirección Pública, en un proceso de transición que comenzó en 2004 y avanzó hasta 2010, en que se fueron incorporando gradualmente los servicios públicos. Asimismo, fueron capaces de diagnosticar qué estaba bien y qué había que perfeccionar en este sistema. Lo hicieron presente por escrito y lo plantearon a los ministros y al Congreso Nacional.
Tanto fue así que la Presidenta Bachelet envió un proyecto de ley en 2007, pero que durmió en el Congreso Nacional porque no hubo voluntad para ponerse de acuerdo, a pesar de que todos estaban conscientes de que había que avanzar. En esa época, quien habla no era diputado , pero sí participé en la discusión de ese importante proyecto. Sin embargo -reitero-, no fuimos capaces de avanzar, porque la modernización del Estado tiene costos, porque significa que quienes gobiernan deben renunciar a cuotas de poder, porque la Alta Dirección Pública implica menos discreción. Por eso y por otros motivos, no hubo acuerdo. Pero sí quedó claro que debía haber mejoras y que era necesario avanzar.
Y después sucedió lo que todos vimos, y que se hizo presente en la discusión del presupuesto de la nación durante el año pasado -por eso creo que ha faltado una perspectiva histórica para analizar el tema-: se produjo el primer tránsito de una coalición política a otra bajo un sistema de gestión de altos directivos. Lo que sucedió en marzo de 2010 no fue algo normal. Después de la instalación de un sistema de altos directivos, que fue la innovación más importante en materia de modernización del Estado en Chile, se produjo un cambio de coalición, que sometió a tensión ese sistema. Y debemos aprender de un tránsito como ése.
En la discusión presupuestaria del año pasado se condicionó la aprobación del presupuesto de la Alta Dirección Pública a que se hicieran modificaciones. Quiero agregar un juicio sobre esa exigencia: fue bueno que ello ocurriera. Valoro lo que hizo la Concertación en el fondo, aunque no en la forma, porque permitió que avanzáramos y diéramos pasos relevantes. Eso se tradujo en algo inaudito: que el Gobierno, sin que hubiera ley, se autolimitó y dictó un instructivo para que los directores interinos y provisionales no tuvieran todas las facultades que un director en plenitud, de modo que no pudieran remover a personas de cargos inferiores. Lo hizo por su propia decisión.
Este proyecto es la respuesta a esa demanda y se traduce en dos objetivos: primero, cumplir un compromiso contenido en el protocolo de la ley de presupuestos -que, a propósito, se ha cumplido en el ciento por ciento- de presentar un proyecto de ley que contenga mejoras al sistema y, segundo, avanzar en lo que se ha denominado ley corta de Alta Dirección Pública.
En la Comisión aprendí que esto de elaborar una ley corta o ley larga no es relevante; lo importante es avanzar. A veces, para un gobierno no es fácil avanzar en leyes cortas o en leyes largas. Pero -reitero- lo importante es avanzar. Como eso no lo permitió el Senado, hubo que retirar el proyecto y traerlo a la Cámara de Diputados para iniciar su discusión.
Al respecto, quiero hacer dos reflexiones. La primera es que valoro la disposición a discutir la materia de parte de todos los integrantes de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, tanto de quienes van a apoyar el proyecto como de quienes lo van a rechazar. Creo que el debate que tuvo lugar en esa Comisión fue muy positivo.
El diputado Auth ha planteado una reflexión crítica en orden a rechazar el proyecto. No obstante, la pregunta que él formula es legítima: ¿qué sistema queremos para los altos directivos en Chile? Mi visión es que debemos tener a los mejores, evaluarlos con los más altos sistemas de calidad y conducir la gestión del Estado hacia los mayores niveles de excelencia al servicio de las personas. Ésa es la motivación de la Alta Dirección Pública; no un pedacito más para un sector o un pedacito menos para un gobierno. Es mejor calidad para los servicios.
Por eso, valoro que la discusión desarrollada en la Comisión de Hacienda pusiera transparencia en las miradas que teníamos sobre este sistema, que a la Concertación no le gustó al principio, pero que hoy valoran muchos de sus actores.
También quiero destacar un tema del Gobierno. En la Comisión de Hacienda mejoramos mucho este proyecto. Cualquiera que tome el informe y lo revise se dará cuenta de que se plantearon muchas indicaciones y perfeccionamientos, que el Gobierno acogió. Ese debate hizo que este proyecto de ley corta se transformara en uno de ley intermedia, camino a uno de ley larga, porque se lograron dos objetivos: primero, discutir los temas que va a contener la discusión del proyecto de ley larga, pero también avanzar en algunos de sus aspectos.
En ese sentido, quiero referirme a dos o tres puntos que dan los primeros pasos. No voy a entrar a los detalles del proyecto, porque han sido muy bien planteados por el diputado informante y por otros colegas parlamentarios.
El proyecto aborda el rol de los subsecretarios y de los ministros. Se abrió el debate al respecto y se hicieron ciertos cambios. El gran problema era determinar a quién responden, quién controla y quién revisa la gestión de los jefes de servicio y funcionaros de ADP. Ése es el corazón del problema: a quién deben responder y rendir cuentas. Esta iniciativa aborda esa temática al disponer que no sólo deben enfrentar a los ministros; también asigna un rol a los subsecretarios.
En segundo término, quiero destacar la modificación -puede que ésta sea la innovación que menos se note, pero puedo asegurar que será las más relevante del proyecto- que se introdujo al inciso segundo del artículo sexagésimo tercero de la ley N° 19.882. Los ministros y subsecretarios tendrán que publicar las evaluaciones que hagan de sus subordinados; tendrán que dar la cara por las evaluaciones de los convenios de desempeño. Actualmente, no sabemos bien qué sucede. En definitiva, tendrán que hacerse cargo. A mi juicio, éste es, quizás, el cambio más importante que habrá en la gestión del Sistema de Alta Dirección Pública.
Ahora me interesa plantear algunas inquietudes. En primer lugar, qué esperamos para la ley larga. Con el corazón, quiero plantear dos temas al ministro de Hacienda : Primero, los convenios de desempeño y lograr mejores resultados, y segundo, la institucionalidad de la Alta Dirección Pública, ya que la relación entre el Consejo y la Dirección del Servicio Civil hoy no responde a los requerimientos de un Estado moderno.
La pregunta que debemos plantearnos es la siguiente: ¿Qué queremos para la modernización del Estado y de sus recursos humanos? Al respecto, pienso que la modificación que se introduce al tercer nivel tiene que ser el punto de partida para entender que lo que necesitamos no es mejorar la Alta Dirección Pública, sino mejorar, con decisión y liderazgo, la modernización y la gestión del Estado.
Ojalá existan los liderazgos para tomar acuerdos en esos temas, porque como vamos hasta ahora no es suficiente.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.- Señor Presidente, estamos discutiendo sobre un tema bastante profundo e importante, que se relaciona con el concepto de Estado. La claridad de este concepto es un problema de la Izquierda y de la Centroizquierda.
Durante estos años hemos tratado de suplir un concepto más armado y más maduro de Estado, creando una serie de cosas raras, como las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) o las Asistencias Técnicas Educativas (ATES), y un conjunto de instrumentos intermedios, que terminaron siendo una carga para el Estado, porque ha debido pagarles bastante, amén de que se ha gastado mucho en cuidarlas. En definitiva, estos instrumentos han terminado siendo más caros, si los miramos con una racionalidad puramente económica.
En el proyecto de la Izquierda y de la Centroizquierda hay pendiente una discusión de fondo sobre el concepto de Estado. El enfoque neoliberal del Estado mínimo llevó a privatizar todos los servicios públicos, con todo lo que eso conlleva. Incluso más, en algunos casos los resultados no han sido los esperados. Frente a esa visión, sigue estando la inercia estatista, que para todo es más Estado, sin especificar qué, o sea, toda esta visión tan estatalista.
Este debate es clave. Este no es un problema sólo de Chile, sino de carácter global; es un problema de nivel mundial. La socialdemocracia lo tiene como uno de sus temas principales de debate -como dice Tony Judt, por ejemplo- para resolver su proyecto para Europa.
Quizás, este es uno de los temas que más distancia genera entre la ciudadanía y la política: no ver un Estado que esté a la altura de las complejidades y de los problemas del mundo actual. Es algo que no hemos logrado resolver adecuadamente.
Uno de los avances en esta materia tiene que ver con la forma como llenar los puestos mediante la Alta Dirección Pública. Existe el intento de modernizar y mejorar la calidad de los altos directivos públicos y, por lo tanto, de los servicios públicos. Sin duda, este es un avance; la forma de seleccionar directivos disminuye el riesgo asociado al desempeño y estimula la participación de personas de mejor nivel.
Ricardo Lagos trató que este fuera uno de los temas centrales de su campaña presidencial. Lamentablemente, su proyecto no fue entendido en ese momento y, por lo tanto, no estuvo en el centro del debate. Para ese proyecto, no basta seleccionar buenos directivos, porque es fundamental acompañar a esos buenos directivos y evaluarlos a través de un dispositivo suficientemente objetivo, que no sea sólo su mando, de tal manera de asegurar que quien sea seleccionado por su estándar de calidad, mantenga esa calidad en el desempeño del cargo, gracias a la existencia de un sistema de acompañamiento y evaluación. Desgraciadamente, todo lo que tenemos como sistema se limita a buscar y seleccionar, sin esta otra dimensión, que es fundamental
El Gobierno nos plantea un proyecto que recoge cosas que se vienen discutiendo hace rato y que parten de constatar que el sistema actual tiene problemas. Lo dijo muy lúcidamente el diputado señor Auth . El sistema está perdiendo legitimidad fuertemente, lo que se expresa, entre otras cosas, en que gente muy capaz y muy buena prefiere no presentarse a un sistema que esta cargado en una determinada dirección y que no responde a una visión de un Estado en que estén los mejores, como se quiere decir acá.
El Gobierno nos plantea una agenda corta para perfeccionar los procedimientos y una agenda larga para consolidarlos. Durante el debate, en el que todos los diputados de la Oposición tratamos de contribuir y aportar, dijimos que muchos de los cambios que aquí se han destacado son un aporte; que la circular del Gobierno, hoy expresada en normas legales, es un avance; pero que, en definitiva, son cambios pequeños. Nosotros, como Oposición, tenemos que aportar legitimidad al sistema, en la medida en que las cuestiones de fondo, estructurales del sistema, respondan a lo que queremos. Esa es nuestra preocupación.
Por eso, durante toda la tramitación del proyecto en la Comisión Hacienda manifestamos que nuestra preocupación es avanzar en los cambios de fondo.
Ya lo dijeron los diputados Robles y Auth . La clave es a quién se elige. Tal vez, a los mejores dentro de un sector político -se ha usado todo tipo de sensibilidad política, se han usado distintas versiones de eso- o a los mejores, independientemente de su sensibilidad política. Este debate no quedó resuelto. La pérdida de legitimidad del sistema tiene que ver con la ausencia de opciones más nítidas, más claras en esta materia.
Nos han entregado argumentos muy discutibles. Nos dijeron que el actual Gobierno sólo ha despedido a 30 o 35 personas -no sé cuantas, no recuerdo bien- de las que estaban en la Alta Dirección Pública. ¡Pero si no se trata de cuántos despiden! Los que siguen trabajando tienen miedo de ser despedidos en cualquier momento si no responden a lo que sus jefes creen, y no a su desempeño como profesionales. El sistema tiene aquí un vacío muy grande.
Ese tema, que era el de fondo, hasta ahora no está resuelto. Le pedimos al Ejecutivo que intentáramos avanzar, que intentáramos perfilar ciertas cosas en esa dirección. Lamentablemente, en esto no logramos avanzar.
En otros temas tampoco logramos avance. Es el caso de las indemnizaciones. Nos parece muy inadecuado que a personas que ingresaron a la Alta Dirección Pública con normas de la Contraloría que establecían una indemnización equivalente a un mes por cada año de servicio en el sector público, después se les cambiaron las condiciones. En efecto, al cabo de dos o tres meses de este Gobierno, el mismo órgano contralor cambió su dictamen y sostuvo que la indemnización se paga sólo a quienes se han desempeñado en la Alta Dirección Pública. Debido a ello, mucha gente que se vino a trabajar a este sistema, perdió su historia en el aparato de Estado. Aunque hemos insistido en esto, no quedó resuelto.
El entonces subsecretario de Hacienda, Rodrigo Álvarez, estaba muy consciente que había que resolver el problema de las indemnizaciones, porque es irregular cambiar en el camino normas estipuladas al momento de ingresar al sistema.
Otro tema que se discutió parcialmente, aunque tampoco está resuelto, dice relación con que se ha transformado en un lugar común que cada vez que hay que seleccionar a alguien, sin importar el puesto, se dice que hay que hacerlo por medio de la Alta Dirección Pública. El sistema no resiste si no se lo potencia y no crece. En enero se estableció que los directivos de colegios del sector público iban a pasar por un sistema en el cual la Alta Dirección Pública sería central. Es absolutamente imposible que se realice con rigor en las 345 comunas donde corresponde hacerlo.
En fin, hay que fijar los límites. Hay acuerdos de los directivos de la Alta Dirección Pública y de la Dirección Nacional del Servicio Civil, pero aquí es clave que no se sigan creando responsabilidades al Servicio Civil que no se correspondan con sus reales capacidades.
Señor Presidente , tengo una duda de cómo votar el proyecto; o sea, respecto de si las cuestiones menores que en él se mejoran dan como para legitimar este modelo o si tenemos que solicitar al Ejecutivo que incorpore ciertos cambios estructurales mayores. Nosotros quisiéramos que en el proyecto hubiese cambios mayores en el seguimiento y en la evaluación, porque ésa es la clave para tomar decisiones, para pedir mejor nivel y para dar un salto hacia la modernidad. No basta con seleccionar a los candidatos adecuadamente, sino que después debemos asegurarnos de que siguen rindiendo como corresponde. No voy a repetir los casos que aquí se han señalado. Algunas personas no han alcanzado a estar mucho tiempo en sus cargos cuando se ha comprobado que no cumplen como corresponde, pero no hay credibilidad respecto de si la persona que evalúa lo está haciendo de manera objetiva y seria.
En síntesis, lo primero se refiere al seguimiento y la evaluación.
En segundo lugar, se ha dicho que hay que diferenciar el nivel de selección de los cuadros en el Estado, porque está claro que en el primer nivel es más o menos razonable que provengan de la alianza de gobierno y, por lo tanto, que los mejores de esa alianza ocupen determinados cargos de primer nivel, que tienen un impacto en la conducción del Estado; pero respecto del segundo nivel, se supone que deben ser personas con las condiciones y la calidad necesarias para desempeñarse en él, porque se trata de funciones que tienen otro carácter. O sea, un director regional del Servicio de Tesorerías, por ejemplo, no tiene por qué ser de la alianza de gobierno, sino que tiene que ser una persona que reúna un conjunto de condiciones necesarias para el cargo. Así como ése, hay muchos otros ejemplos.
Señor Presidente, considero que el proyecto tiene que ser mejorado significativamente; no me convence esto de mandarlo al Senado para mejorarlo. Debiéramos pedir al Ejecutivo que retirara la suma urgencia, con el objeto de que discutamos en comisión esos temas relacionados con los cambios estructurales necesarios para mejorar el proyecto.
Por lo tanto, no votaré a favor el proyecto con su actual redacción. Creo que es posible avanzar más. Hay mayores niveles de consenso y, por lo tanto, inadecuado mejorar sólo los procedimientos, que, sin duda, mejoran, sin adoptar un concepto más global que fortalezca y vigorice en legitimidad y modernice el Estado.
Reitero, no debemos votar a favor el proyecto si no se incorporan cambios estructurales.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Carolina Goic.
La señora GOIC (doña Carolina).- Señor Presidente, anuncio mi voto en contra del proyecto.
Después de la reflexión a que nos invitó el diputado Montes respecto del Estado, que me parece es el tema de fondo, quiero justificar mi decisión desde el punto de vista del sentido común, desde lo que la gente entiende que estamos haciendo.
Varios colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, recordaron la historia del surgimiento de la Alta Dirección Pública y del acuerdo que se generó. Además, el diputado Silva habló de la grave crisis institucional.
Sin embargo, considero que en la actualidad hay bastante consenso respeto de que el objetivo inicial no se cumplió.
Tal como plantea el informe, la idea matriz o fundamental del proyecto es hacer reformas menores al Sistema de Alta Dirección Pública; es decir, se trata de legitimar algo que no funciona bien y que no cumple con su objetivo inicial.
¿Por qué dije que justificaría mi decisión desde el punto de vista del sentido común? Muchos dicen coloquialmente que esto es como leerse la suerte entre gitanos, es como tratar de maquillar algo y no reconocer que las decisiones se siguen tomando políticamente. Aquí se han entregado cifras que señalan que, con la llegada del actual Gobierno, se cambió más de la mitad de los altos ejecutivos nombrados por la Alta Dirección Pública.
Entonces, ¿por qué se usan recursos de todos los chilenos para hacer un proceso que después se tira al tacho de la basura? Seamos más honestos y sinceros: reconozcamos que esos cargos son de designación política o avancemos a un sistema que permita contratar funcionarios del Estado y no del gobierno de turno, y que elimine la arbitrariedad.
En la Ley de Presupuestos se destinan 6.593 millones de pesos a la Alta Dirección Pública.
Ayer discutimos el presupuesto del Servicio Nacional del Adulto Mayor, que no aumenta un peso; al contrario, disminuye. ¡Cómo me gustaría que esos 6.500 millones de pesos se destinaran para mantener abiertos los hogares de ancianos que hoy está cerrando el Hogar de Cristo, en vez de botarlos en un proceso en que nadie cree! Muchos profesionales jóvenes capacitados dicen que no postularán a los cargos definidos por el sistema de Alta Dirección Pública, porque saben que no ganarán o que llegarán a la terna, pero que el concurso se declarará desierto.
Entonces, ¿por qué ponemos la tierra debajo de la alfombra, en lugar de barrer y ordenar la casa como corresponde? Me encantaría que tomásemos esa decisión. Cuando uno compara lo que cuesta un proceso de selección de personal y contratar una empresa de head hunters privada, versus lo que sale el mismo proceso en Alta Dirección Pública, puede comprobar que éste último es más caro. Además, en la Alta Dirección Pública se externaliza y se contrata una empresa privada para que haga ese proceso de selección, pero ni siquiera se dan garantías de que se cumplirán los requisitos mínimos. Puedo mencionar el caso del director el hospital de Punta Arenas, quien no duró cincuenta días en el cargo, lo que no se debió a motivos políticos, sino a que ni siquiera se cumplieron los procesos mínimos para garantizar la idoneidad de esa persona para el cargo. Por lo menos ésa fue la justificación que se entregó. Eso se hizo, insisto, con recursos de todos los chilenos.
¿Cuántas ternas se rechazan y por qué se rechazan? Todos conocemos la respuesta. La gente que nos evalúa como políticos, sabe la respuesta. Los profesionales que quieren hacer sus aportes en buena ley porque les gusta la función pública, también saben la respuesta.
Entonces, los cambios menores que introduce el proyecto sólo son una fórmula para facilitar que una persona que fue nombrada por la Alta Dirección Pública, se pueda ir ante un cambio de gobierno. “¿De qué estamos hablando?” Modifiquemos el sistema.
Dadas las condiciones actuales y los muchos casos que hemos conocido, considero que es mejor eliminar este sistema; porque, de lo contrario, mantenemos un sistema que se financia con recursos de todos los chilenos, el cual estamos avalando de alguna manera con nuestros votos. Además, la mantención de un sistema como éste no nos prestigia, y la ciudadanía no evaluará bien nuestro trabajo. Considero que es mucho mejor que seamos francos y honestos, y digamos: “Estamos por la designación política de estos cargos y éstas son las reglas del juego, o respetamos la función pública y hacemos una modificación de fondo al sistema, que todos vamos a mantener y respetar”.
Señor Presidente , reitero mi rechazo a la iniciativa. Ojalá que lo que hemos planteado acá sirva para ir a una discusión más de fondo y para utilizar nuestro tiempo en crear un sistema sin arbitrariedades, que sea más productivo y permanente en el tiempo, y que respete la función pública y el aporte que hacen muchos profesionales al Estado en forma permanente.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente , comparto que es necesario introducir modificaciones en la legislación relacionada con el sistema de Alta Dirección Pública, en tanto permitan que los cargos de los servicios de la Administración Pública los ocupen las personas mejor dotadas desde el punto de vista profesional, ya que la única orientación de ese sistema debiera ser buscar la máxima profesionalización de quienes tienen esa significativa responsabilidad. No obstante, a mi juicio, la propuesta del Ejecutivo no va en esa dirección.
Señor Presidente , debemos concluir que con las actuales normas de selección, ningún gobierno tendrá dificultad alguna para imponer al candidato que le garantice la confianza deseada, con lo cual se rompe el principio o aspiración de que las autoridades políticas elijan entre una terna generada con apego a un proceso transparente, al cual concurran profesionales capacitados y habilitados estrictamente por su currículo y experiencia. La capacidad profesional debiera ser el único factor que determinara la selección, y no cualquier medida proselitista que busque ordenar en función de la identidad política que tenga tal o cual persona.
Este sistema ha dejado sistemáticamente fuera a profesionales que han desarrollado una carrera funcionaria al interior de los servicios, quienes por esa vía, son profundos conocedores de los procesos administrativos y de gestión de sus servicios. Es decir, profesionales que, respecto de otros, tienen a su haber la capacitación que da la experiencia en el cargo, pero que quedan sin la posibilidad de concursar a cargos de Alta Dirección Pública.
Si se quisiera favorecer de verdad esa contribución, la experiencia adquirida en el cargo debería ser un factor que ayudara a resolver.
Me parece indispensable acoger la aspiración de las organizaciones de los funcionarios, en el sentido de modificar el artículo cuadragésimo tercero a fin de agregar, entre los integrantes del Consejo de Alta Dirección Pública, a un dirigente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).
Del mismo modo, se hace necesario agregar en el Comité de Selección, a un dirigente sindical de la asociación mayoritaria en el servicio respectivo, con derecho a voz, al igual que el subsecretario.
La remoción de altos directivos públicos debe ser fundada en causales limitadas y debe haber expresión de razones al momento de pedir esas renuncias, a fin de limitar el nivel de discrecionalidad en el cambio de esos directivos por causales ajenas a su desempeño, tras un proceso de selección costoso y profesionalizado.
La incorporación de este tipo de indemnizaciones es gravosa para el fisco y no puede ser cargada la responsabilidad política de una acción de solicitud de renuncia de este tipo. Es un pésimo antecedente, que se parece mucho a las indemnizaciones que se autoentregan directivos de algunas compañías fallidas.
Es necesario terminar con el subterfugio de los directivos transitorios y provisionales, pues es una señal de preselección evidente que debe ser eliminada. El plazo de gestión de un año es excesivo; significa un daño enorme a un servicio, por cuanto representa un cuarto del tiempo que tiene un período presidencial.
Tampoco es racional que un directivo transitorio y provisional provea cargos de segundo nivel, porque podría pedir a todos los funcionarios su renuncia y así modificar el conjunto del servicio para dejarlo a un nuevo directivo recién nombrado. Eso es absurdo. Debe ser eliminada esa posibilidad. Esa responsabilidad debe recaer en el subsecretario, sólo para cargos vacantes antes del momento de la vacancia del director de servicio; lo demás debe posponerse hasta el nombramiento del nuevo director.
La legislación debe reconocer la preferencia por los candidatos provenientes de los cargos de planta y a contrata del mismo servicio o ministerio, y, luego, de otros servicios. Es una protección de la carrera y la preparación en favor de la ciudadanía.
Se hace necesario eliminar cargos de segundo nivel del Servicio de Alta Dirección Pública para organismos fiscalizadores, reguladores u otros que, en general, ejerzan jurisdicción. Estos cargos, por su naturaleza, deben provenir de la carrera funcionaria.
Comparto lo señalado por las organizaciones de los funcionarios en el sentido de que no pueden ser calificados como altos directivos públicos quienes desempeñen cargos de intendentes, gobernadores y embajadores. Tampoco es correcto que se incorporen a este sistema cargos que tienen como requisito ser servidos exclusivamente por oficiales en servicio activo de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones.
Se hace necesario incorporar medidas de control de conflicto de intereses, agregando un inciso segundo a la disposición respectiva, que señale que la selección será un proceso técnico de evaluación de los candidatos, que incluirá, entre otros aspectos, la verificación de los requisitos y la evaluación de los factores de mérito y de las competencias específicas.
El proceso de selección deberá requerir que cada postulante realice una declaración de patrimonio e intereses que pudieren configurar conflictos de intereses con el cargo en concurso, de acuerdo con lo establecido en la ley de Bases Generales de la Administración del Estado, el Estatuto Administrativo y la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
El Comité de Selección deberá pronunciarse respecto de dichas incompatibilidades y fundar su decisión de nominación en caso de que existan. La evaluación se debe expresar en un sistema de puntajes.
Comparto la legítima aspiración de los funcionarios, en el sentido de que es necesario eliminar el inciso final del artículo quincuagésimo séptimo, para permitir concursar, sin perder la carrera, a funcionarios de los propios servicios.
Me parece que la cantidad de ausencias, vacíos y contradicciones que tiene el proyecto en discusión son suficientes para sostener que lo votaremos en contra.
He dicho.
El señor MELERO ( Presidente ).- Honorable Cámara, ha terminado el Orden del Día.
Hay varios señores diputados inscritos. Dado que el plazo de la urgencia vence mañana miércoles, en la sesión ordinaria de ese día se procederá a terminar su discusión y a su votación.
Si algún señor diputado se quiere inscribir para el debate de mañana, lo puede hacer.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
RESTITUCIÓN DE IMPUESTO ÚNICO DE SEGUNDA CATEGORÍA A TRABAJADORES PORTUARIOS EVENTUALES. (Preferencia).
El señor MELERO (Presidente).- En virtud del acuerdo de los Comités, corresponde tratar con preferencia el proyecto de acuerdo N° 478.
El señor Prosecretario va a dar lectura a su parte dispositiva.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 478, de la diputada señora Clemira Pacheco y de los diputados señores Torres, Espinosa, don Marcos; Carmona, De Urresti, Auth, Vargas, Cornejo y Teillier, que en su parte dispositiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al ministro de Hacienda y a la ministra del Trabajo y Previsión Social disponer la adopción de medidas que permitan:
a) Restituir a los trabajadores portuarios las sumas indebidamente retenidas por concepto de impuesto único de segunda categoría, desde 1981 a la fecha.
b) Disponer la precisión del método de cálculo de dicho tributo, la ejecución de acciones de capacitación a los empleadores y las medidas de fiscalización que eviten definitivamente que estos errores se sigan cometiendo.”
El señor MELERO (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Clemira Pacheco.
La señora PACHECO (doña Clemira).- Señor Presidente , el sector portuario es uno de los pilares del modelo económico chileno por las exportaciones de materias primas, pero ha sufrido grandes transformaciones en diversos cuerpos legales. Se reemplazó la propiedad y administración pública de los principales terminales por un sistema mixto, y se separaron las funciones de gestión e infraestructura, y el almacenaje de las faenas de estiba, desestiba, transferencia y porteo.
En materia laboral, hay cesantía, subcontratación y precariedad.
Los trabajadores portuarios eventuales son la forma más brutal del trabajo temporal, porque solamente se realiza por horas. Es inestable, desprotegido en materia de cotizaciones, vacaciones y negociación colectiva, y con salarios bajos. Pero a esto se agrega la anomalía en la retención del impuesto único de segunda categoría, que se prolonga desde hace más de treinta años.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha procurado clarificar el alcance de esta normativa, que está vigente, con la circular N° 61, de 2010, con mecanismos de cálculo, declaración y pago. Pero aún persiste el problema de descuentos excesivos, a título de retención, que no son devueltos a los trabajadores.
La circular N° 61 reconoce el error, en el sentido que los trabajadores no percibieron parte de sus remuneraciones debido a la retención del impuesto único de segunda categoría, problema que se prolonga desde 1981.
Por eso, mediante el presente proyecto de acuerdo solicitamos al ministro de Hacienda y a la ministra del Trabajo y Previsión Social la adopción de algunas medidas:
Primero, restituir a los trabajadores portuarios las sumas que indebidamente se les retuvo por concepto de impuesto único de segunda categoría, desde 1981 a la fecha.
Segundo, disponer la precisión del método de cálculo de dicho tributo, la ejecución de acciones de fiscalización y capacitación para evitar que continúen los errores en este cálculo, que daña a los trabajadores portuarios, que son los parientes pobres de este exitoso modelo económico de exportación que tiene nuestro país.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Torres.
El señor TORRES.- Señor Presidente , a modo de complemento de lo expresado por la diputada Clemira Pacheco, debo señalar que en Chile una de las actividades que presenta más complicaciones desde la perspectiva laboral es precisamente el trabajo que realizan los trabajadores marítimo-portuarios eventuales.
Es increíble que hoy, en pleno siglo XXI, aún existan trabajadores con contratos que duran siete horas y media, sin que ellos se sepan si volverán a ser contratados al día siguiente.
Esa forma de trabajo que se lleva a cabo en los puertos de Chile no se condice con la realidad que actualmente vive el país en otros ámbitos, donde ha evolucionado la materia laboral.
Indistintamente de la situación contractual por día-turno laborado que sufren nuestros trabajadores portuarios, cabe mencionar que desde 1981 se ha venido realizando un cálculo de retención respecto del impuesto de segunda categoría, lo cual ha significado la entrega de plata al Estado chileno por parte de dichos trabajadores muy por encima de lo que corresponde, según las remuneraciones que perciben mensualmente como promedio de los distintos turnos que realizan.
Por tal razón, apoyamos el proyecto de acuerdo, de toda justicia, presentado por la diputada Pacheco y al cual hemos adscrito como coautores. Ello, insisto, en la posibilidad de hacer un acto de justicia respecto de trabajadores chilenos que hoy están aportando al Estado muchos más recursos de los que corresponden, en el entendido de que se trata de un impuesto que se aplica a quienes ganan menos, lo que no se condice con lo que ocurre en otras actividades, en que muchas veces los ingresos superan los tramos más bajos y no necesariamente se pagan los impuestos respectivos.
Invito a la Sala a apoyar este proyecto de acuerdo, de modo de hacer justicia a los trabajadores portuarios eventuales de Chile.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 58 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
MODIFICACIÓN DE NORMATIVA RELATIVA A OTORGAMIENTO DE PREMIOS NACIONALES. (Votación).
El señor MELERO ( Presidente ).- Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo N° 441.
El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- El proyecto de acuerdo respectivo solicita al Presidente de la República el envío de un proyecto de ley que modifique la normativa sobre el otorgamiento de premios nacionales, restableciendo la anualidad que poseían antes de 1974, y restableciendo, además, el derecho de la Sociedad de Escritores de Chile a formar parte del jurado que dirime el otorgamiento del Premio Nacional de Literatura .
El proyecto se votó dos veces en la última sesión ordinaria, y ahora corresponde votarlo por última vez.
El señor MELERO (Presidente).- En votación el proyecto de acuerdo.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 55 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS EN FISCALIZACIÓN A CALIDAD DE VIVIENDAS SOCIALES.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del proyecto de acuerdo N° 442.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 442, de las diputadas señoras Alejandra Sepúlveda, Adriana Muñoz, Cristina Girardi y Andrea Molina, y de los diputados señores Marcos Espinosa, Araya, Santana, Leopoldo Pérez, Saffirio y González, que en su parte dispositiva dice lo siguiente:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que, en uso de sus atribuciones constitucionales y atendidas las materias de iniciativa exclusiva del Ejecutivo , pueda disponer de las medidas y recursos necesarios para la incorporación y/o ampliación de tecnologías que permitan fiscalizar la calidad en la construcción de viviendas sociales, que contemple a lo menos los siguientes aspectos:
a) Tales medidas y recursos sean canalizados a través del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu).
b) Considere de forma especial aquella tecnología que permita escanear la calidad de la construcción de las viviendas, sobre todo sus materiales.
c) La incorporación y/o ampliación de la tecnología en cuestión debe ser priorizada en las regiones, comunas y localidades cuyas viviendas resultaron destruidas por efecto del terremoto y maremoto.
d) La referida tecnología y su financiamiento sea materia de evaluación técnica y financiera en el marco de la discusión del Presupuesto de la Nación para el año 2012.”
El señor MELERO (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , a raíz del último terremoto, de 27 de febrero de 2010, muchas viviendas de sectores urbanos y rurales sufrieron diversas complicaciones desde el punto de vista de su construcción, desde dificultades en cuanto a su habitabilidad hasta su completa destrucción. Sin embargo, no teníamos certeza en cuanto a la calidad de la construcción de las que quedaron en pie, si podrían soportar un tiempo más, sí había que repararlas; en el fondo, no teníamos claridad sobre el diagnóstico que debíamos realizar al respecto.
Debido a algunas situaciones vividas en el Serviu de la Sexta Región, se invirtió en una tecnología nueva: un sistema de escáner que permite medir, entre otros aspectos, la calidad de la construcción, los materiales empleados, etcétera.
Para nosotros fue muy interesante la posibilidad de incorporar, con un grupo de arquitectos y constructores civiles, este tipo de tecnología para revisar no sólo lo relacionado con el terremoto, sino también las construcciones que están realizando los Serviu de las distintas regiones. Se trata de una forma de innovación, de una manera distinta de emplear la tecnología para no tener que intervenir en la construcción de un modo más agresivo.
En la actualidad, el sistema de escáner se está empleando en El Bosque y 18 de Septiembre, importantes poblaciones de San Fernando, para determinar si se puede proceder a la construcción de segundo piso, de acuerdo al programa de ampliación de viviendas.
Así, mediante este proyecto de acuerdo pedimos que se estudie la posibilidad de incluir esta innovadora tecnología, que permitirá entregar certeza a la fiscalización del Serviu, de manera de garantizar que las casas entregadas por este Servicio a través de subsidio habitacional tengan la calidad comprometida por las constructoras y las EGIS.
Ojalá que todos los diputados apoyen este proyecto de acuerdo, para que el Serviu pueda contar lo antes posible con los recursos requeridos para la mencionada fiscalización.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente, este proyecto de acuerdo, apunta a una necesidad en relación con lo que hemos sufrido quienes vivimos en las regiones terremoteadas.
Ayer, en la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, el ministro de Vivienda señaló que se están tomando las medidas necesarias para que las viviendas que se adquieren a través de los subsidios que entrega el Estado, cuenten con la tecnología antisísmica respectiva.
En esa oportunidad, le recordé al ministro de Vivienda que nosotros aprobamos la iniciativa que se convirtió en la ley que establece un impuesto específico a la actividad minera -ya está operando-, lo que permite que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, aparte del presupuesto que le aprobamos, gaste 35 millones de dólares anuales durante los años 2011, 2012, 2013 y 2014, lo que da un total de 140 millones de dólares en cuatro años, de los cuales el 90 por ciento está destinado a la compra de terrenos.
Voy a votar a favor de este proyecto de acuerdo. No obstante, es importante que exista preocupación sobre la calidad de los terrenos, sobre todo considerando que están los recursos necesarios para ello. Creo que se pueden complementar ambas cosas.
Sería muy positivo que existiera acuerdo unánime respecto de este proyecto de acuerdo, porque sería una señal potente, precisamente cuando estamos viendo el presupuesto para el 2012, de manera que se tomen las providencias del caso para que nunca más vuelva a suceder lo que vemos hasta el día de hoy: que más de ochenta mil familias afectadas por estos fenómenos de la naturaleza estén todavía en aldeas o campamentos durante dos inviernos. Esperamos que no tengan que pasar otro invierno en esas condiciones.
La colega Alejandra Sepúlveda señaló algo muy importante. El ministro expresó que están realizando una supervisión a las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) y que pondrán término a un importante número de autorizaciones, ya que, al parecer, no estarían cumpliendo con la norma.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 58 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
MEJORAMIENTO DE CONDICIONES LABORALES DE FUNCIONARIOS DE JUNTAS INSCRIPTORAS DEL SERVICIO ELECTORAL.
El señor MELERO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 443, de los diputados señores Rivas, Sauerbaum, de la diputada señorita Marcela Sabat, y de los diputados señores Velásquez, González, Rincón, Campos, Pérez, don José; Cerda y Sabag, en cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al Ejecutivo una revisión de la situación laboral que afecta a los funcionarios de las juntas inscriptoras del país, quienes realizan su labor en situación irregular, sin contar con contrato de trabajo ni beneficios laborales, como derecho a licencias médicas, feriado legal, pago de imposiciones ni beneficios por antigüedad.
Solicitar, a la vez, un estudio de la actual remuneración que reciben dichos funcionarios por un trabajo que se extiende de lunes a sábado, en jornada completa, y que, en muchos casos, se traduce en pagos por debajo del salario mínimo, pese a la importancia del trabajo realizado, con el fin de que se pueda revertir esta situación y mejorar sustancialmente la calidad laboral de los miembros de las juntas inscriptoras.”
El señor MELERO (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Gaspar Rivas.
El señor RIVAS .- Señor Presidente , todos sabemos que en un sistema democrático, los votantes son tremendamente importantes; pero en una votación no sólo se necesita su participación, ya que, previo a eso, se necesita también la organización de las personas que van a sufragar, a demostrar su preferencia en este sistema democrático. En ese sentido, tienen una importancia trascendental las personas -ciudadanos y votantes- que hacen funcionar esta maquinaria que es el Servicio Electoral en nuestro país.
Desgraciadamente, desde hace muchos años estas personas tienen -ni siquiera me atrevo a hablar de condiciones laborales, porque en los hechos no lo son- condiciones de funcionamiento absolutamente incoherentes con toda la normativa legal laboral que constantemente se está dictando y modificando en nuestro país. No tienen un contrato de trabajo; sin embargo, el gravamen que establece el Estado sobre ellas, como es la obligación de tener que participar en las juntas inscriptoras electorales, es algo que les absorbe toda la jornada, de lunes a sábado, lo que no les da tiempo para desarrollar otro tipo de labor remunerada. Se trata de una actividad en la que no tienen contrato de trabajo, beneficios laborales, derecho a licencias médicas, vacaciones y, en suma, absolutamente nada.
En pleno siglo XXI, no podemos permitir que un trabajo tan importante para todos y cada uno de los que estamos aquí y en general para todos los ciudadanos de nuestro país, no tenga una condición laboral mínima.
Por tanto, invito a todos y cada uno de los colegas de las distintas bancadas a apoyar este proyecto de acuerdo y, de esa manera, solicitar al Presidente de la República la generación de un nuevo estatuto o una modificación legal que permita que quienes laboran en las juntas inscriptoras electorales de nuestro país, puedan tener una remuneración al nivel que corresponde, al igual que derechos laborales, y que no siga ocurriendo que simplemente estén sobrepasados por un gravamen impuesto por el Estado, es decir, que no exista una reciprocidad como corresponde por una labor tan importante.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Pedro Velásquez.
El señor VELÁSQUEZ .- Señor Presidente , el principal objetivo de este proyecto de acuerdo es generar una vez más la alerta frente a un Estado que es el principal responsable de la situación laboral de miles de chilenos, ya sea por los contratos a honorarios en el servicio público o en otros servicios en los que, luego, las personas salen por distintas circunstancias y quedan en la más absoluta orfandad.
En el caso específico de los trabajadores de las juntas inscriptoras electorales del país, resulta casi irrisorio que profesionales que tienen una tremenda responsabilidad, en cuanto a hacer funcionar los procedimientos para las elecciones, de lo cual quienes estamos en este Hemiciclo somos los beneficiados, hoy no tengan derecho a un contrato de trabajo, a una licencia médica, a vacaciones y, finalmente, estén en tierra de nadie.
Por tanto, es conveniente que la Cámara dé su apoyo unánime a este proyecto de acuerdo para solicitar al Ejecutivo que cambie el sistema, de manera que esas personas que hoy prestan un servicio al país y muy especialmente a la clase política, puedan tener los derechos mínimos que requiere cualquier chileno para subsistir.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 48 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 3 abstenciones.
El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es:
http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
VII. INCIDENTES
El señor MELERO ( Presidente ).- El primer turno corresponde al Comité de Renovación Nacional.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
SOLUCIÓN A PROBLEMA DE AGUA POTABLE EN POBLACIÓN VILLA RÍO PUDETO, COMUNA DE ANCUD. Oficios.
El señor MELERO ( Presidente ).- El turno siguiente corresponde al Comité Socialista.
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , hace aproximadamente quince años, los integrantes de la junta de vecinos de la población Villa Río Pudeto, de la comuna de Ancud, lograron la aprobación de un proyecto de autoconstrucción de viviendas Serviu.
Los vecinos de la población, constituida por más de treinta viviendas, es decir, más de cien personas, han luchado por largos años, tanto en los gobiernos anteriores como en el actual, por solucionar un grave problema que los afecta, relacionado con la falta de agua potable.
En la actualidad, todo el abastecimiento del vital elemento para satisfacer sus necesidades básicas de higiene y alimentación proviene de un pozo que, por lo general, se seca durante noviembre, lo que obliga al municipio a llevar el agua en camiones aljibe, a fin de paliar la difícil y dramática situación que están viviendo las más de cien personas de la población señalada, sin que, hasta la fecha, el alcalde haya hecho gestiones -tampoco las hizo el anterior- para solucionar el problema, mediante la presentación de un proyecto a la Subsecretaría de Desarrollo Regional, en virtud del Programa Mejoramiento de Barrios.
Por lo tanto, pido que se envíe un oficio al subsecretario de Desarrollo Regional , con copia de mi intervención a la presidenta de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Ancud , con el objeto de que la Subdere considere la situación que he planteado, porque los vecinos están viviendo una crítica situación sanitaria, debido a lo cual han manifestado su gran preocupación por ese problema que los sigue aquejando y que se ve acrecentado entre los meses de noviembre y marzo.
Para terminar, pido que también se envíe copia de mi intervención al alcalde y a cada uno de los miembros del honorable concejo de la comuna de Ancud.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que lo están solicitando.
SOLUCIÓN A PROBLEMAS DE INFRAESTRUCTURA EN JARDIN INFANTIL “SONRISITAS DEL VALLE” Y EN COLEGIO “JOAQUÍN VICUÑA”, COMUNA DE VICUÑA. Oficios.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , en primer lugar, quiero pedir que se oficie a la directora de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), a fin de darle a conocer la situación que afecta al jardín infantil “Sonrisitas del Valle”, comuna de Vicuña.
Se trata de un jardín infantil que se instaló en 2006, vía transferencia de fondos. Desde hace cuatro años que los docentes están pidiendo al alcalde que les resuelvan el problema de la techumbre que los afecta cada vez que llueve. De hecho, durante las últimas lluvias -el señor Vicepresidente lo sabe porque es diputado por el mismo distrito-, que fueron bastante intensas, quedaron inundadas prácticamente todas las salas.
Además, han entrado a robar, debido a que el cierre perimetral está hecho con una simple malla Raschel , es decir, prácticamente, no existe. No cuenta con juegos infantiles, juguetes ni material didáctico apropiado, por lo que las tías deben arreglárselas para confeccionarlo y solicitar aportes a los apoderados para poder enseñar a los niños. Además, las fosas de los baños del jardín están tapadas, lo que genera mal olor en el ambiente escolar.
En suma, las condiciones que existen allí son absolutamente inapropiadas para el funcionamiento de un jardín infantil. Sin embargo, no ha habido respuesta a las necesidades planteadas ni de la directora provincial de la Junji ni del alcalde.
Pido que se envíe copia de mi intervención al concejo de la comuna de Vicuña.
En segundo lugar, en la misma comuna hay otro problema, relacionado con el colegio “ Joaquín Vicuña ”.
La sala N° 2 del establecimiento tiene vidrios quebrados, hay daños en las duchas de varones, las puertas de los baños del primer y segundo piso están destrozadas, en los baños de damas las llaves están en mal estado y hay vidrios quebrados, el cerco perimetral de un sector del colegio está muy bajo, lo que permite el ingreso de personas desde el exterior, produce riesgo de derrumbes y facilita la fuga de algunos alumnos. Además, el guardia del colegio está contratado con recursos de la ley SEP, por lo que no se está dando cumplimiento al deber de resguardar el establecimiento.
En síntesis, existe un conjunto de problemas que afectan al colegio y que requieren urgente solución. Como el señor Vicepresidente lo sabe, ese establecimiento atiende a una población muy significativa de la comuna de Vicuña, razón por la cual debiera ser objeto de consideración y atención.
Por lo tanto, pido que se oficie al alcalde de la comuna de Vicuña en el sentido indicado.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de la bancada del Partido Socialista y del diputado Sergio Aguiló .
RESPONSABILIDAD POLÍTICA DE GOBERNADOR DE COPIAPÓ POR ABUSOS DE CARABINEROS EN CONTRA DE ESTUDIANTES MENORES DE EDAD. Oficios.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- El turno siguiente corresponde al Comité Mixto Partido Radical Social Demócrata, Partido Comunista e Independientes.
Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente , en esta oportunidad quiero denunciar graves hechos represivos llevados a cabo por Carabineros de Chile en Copiapó, a fin de que se establezca la responsabilidad política del gobernador provincial.
El pasado 13 de octubre, a propósito de la celebración del primer año del rescate de los 33 mineros atrapados en la mina San José , se inauguró un monumento llamado “Diosa de la Paz”. En la oportunidad, concurrieron personas de distintos sectores de la comunidad, entre ellas, una numerosa delegación de estudiantes que, como lo vienen haciendo desde hace cinco meses, dieron a conocer sus demandas relacionadas con educación pública gratuita y de calidad.
En ese acto, no se hizo esperar la represión de Carabineros, que detuvo a varias personas, entre otras, a Angie Cuello de 17 años, vocera de la Federación de Estudiantes de Copiapó (Fesco), estudiante de la Escuela Técnico-Profesional de la ciudad, y a Iris Díaz , adolescente también de 17 años, estudiante del colegio Sagrado Corazón.
Después de su detención, las jóvenes fueron trasladas a la comisaría, donde fueron desnudadas y una de ellas mantenida allí para ser trasladada a la Fiscalía, al día siguiente. Me refiero a la estudiante Iris Díaz , de 17 años, que permaneció detenida hasta el día siguiente, es decir, durante 24 horas, lapso en el cual no se le asignó un lugar para dormir, dejándola en un espacio destinado exclusivamente a menores de edad.
Al momento de su detención, fueron maltratadas, situación que fue denunciada por Verónica Barrera, debido a lo cual ésta recibió reiterados golpes en la cara de parte de un funcionario de Carabineros que no quiso identificarse. Verónica Barrera, que acreditó los golpes recibidos con certificado médico, señaló a los medios de comunicación que, como se dice en la campaña publicitaria del Sernam, le manifestó al carabinero que la golpeó y que no se quiso identificar, que recordara la frase: “Maricón es el que golpea a una mujer”.
Doy a conocer estos hechos porque con ellos queda en evidencia el atropello a los derechos de la infancia. En la práctica, esa estudiante de 17 años fue torturada; una vez detenida, fue desnudada y sometida a vejámenes que comprobó, al día siguiente, no obstante estar esposada.
Por tal razón, creo que el gobernador de Copiapó debe hacerse responsable de sus afirmaciones, ya que, en vez de criticar el actuar de Carabineros, asumiendo como interlocutor a quien habla, me decía: “Parece que el diputado quiere violencia; por diputado que sea, no está por sobre la ley”. El gobernador debería asumir tales afirmaciones en forma explícita y formal, porque lo que está ocurriendo, con su anuencia, es que Carabineros de Chile está atropellando reiteradamente los derechos en general y, en particular, de los menores de 18 años.
Junto con exponer estos hechos y la gravedad que revisten, pido que se oficie al gobernador de Copiapó , con copia al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con representación en Chile -aprovechando la presencia de la Comisionada-, a la directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos , a la intendenta regional, a los consejeros regionales, a los alcaldes y concejales de las comunas de la Región de Atacama, a los presidentes de los centros de padres y apoderados, a los presidentes de los centros de alumnos, a los dirigentes de la Federación de Estudiantes de Copiapó, a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y a los presidentes de las CUT provinciales, para que, en definitiva, la autoridad política se haga cargo de su responsabilidad en el actuar de Carabineros como fuerza represiva; de lo contrario, que precise cuál es la autonomía de Carabineros para actuar frente a menores de la manera en que lo hace.
He dicho.
El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Saffirio , Montes , Castro , Aguiló y Hugo Gutiérrez .
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.50 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES.
-Se abrió la sesión a las 13.43 horas.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
INFORMACIÓN SOBRE CAMBIO DE CRITERIO EN RELACIÓN CON FONDO DE DESARROLLO SUSTENTABLE ASOCIADO A PROYECTO PASCUA LAMA. Oficios.
El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente , hace bastante tiempo, en la provincia del Huasco se autorizó el desarrollo del proyecto Pascua Lama de propiedad de la Compañía Minera Nevada, filial en Chile de Barrick Gold.
Como sabemos, el proyecto fue aprobado en forma bastante conflictiva. Conocemos cómo ha sido la tónica en relación al mismo y las distintas dificultades y controversias que ha significado para la gente de la zona. Incluso más, una canción ganadora del Festival de Viña del Mar se refirió al proyecto Pascua Lama .
Después de constatar con asombro lo que está ocurriendo, pido al Contralor General de la República y al Contralor Regional de dicho organismo que realicen una investigación sumaria respecto de los hechos que a continuación pasaré a detallar. Asimismo, que esta información sea enviada a la ministra del Medio Ambiente y a la intendenta regional para que nos informen sobre su posición al respecto.
La resolución exenta N° 24, de 15 de febrero de 2006, estableció que uno de los requisitos para la aprobación del proyecto Pascua Lama era la constitución de un Fondo de Desarrollo Sustentable. En efecto, la Compañía Minera Nevada debía aportar diez millones de dólares y dicho fondo sería administrado por una fundación, con domicilio en Vallenar. La administración de dicha fundación sería ejercida por un directorio compuesto por representantes de la empresa, autoridades regionales y representantes de la comunidad del valle del Huasco. Dicho directorio, en conjunto priorizaría y decidiría a qué proyectos destinaría el fondo de desarrollo sustentable.
La resolución dice que el sector público estaría representado por las instituciones que la Corema establecerá; el sector privado, por el proponente, es decir, la Compañía Minera Nevada, y la comunidad, por representantes de organizaciones comunitarias con personalidad jurídica que den cuenta de los diferentes actores sociales, tales como la CUT, el Colegio de Profesores, la Asociación de Agricultores, las uniones comunales de juntas de de vecinos, las uniones comunales de adultos mayores, las uniones comunales de clubes deportivos, etcétera. La idea era que las organizaciones comunitarias estuvieran presentes en la decisión sobre los proyectos que se financiarían con este fondo, los cuales irían en directo beneficio del desarrollo sustentable del valle del Huasco.
Sin embargo, hace casi un año, el 26 de octubre de 2010, mediante un documento que recién conocemos, firmado por el director regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama , se cambió esta figura, debido a lo cual el famoso Fondo de Desarrollo Sustentable deja de ser manejado por la fundación. Al parecer, este señor, a solicitud de don Rodrigo Rivas , representante legal de la Compañía Minera Nevada, autorizó la modificación de esta resolución y, según los antecedentes presentados por el señor Rivas , se elimina toda referencia a la fundación como ente administrador del Fondo de Desarrollo Sustentable. Se fija, en cambio, un mecanismo de asignación de los recursos del fondo con una estructura distinta, a saber, la asignación de recursos y las facultades para ejercer la toma de decisiones en cuanto a su destino final recaerá directamente en la Compañía Minera Nevada. Es decir, no se toma en cuenta la opinión de las comunidades, como se estableció en la primera resolución, que aprobó el fondo de desarrollo sustentable.
Ahora bien, para que la Compañía tome las respectivas decisiones, se crea un consejo consultivo que la asesorará -como su nombre lo dice, es sólo consultivo-, con la finalidad de apoyar y ejercer control sobre la asignación de los recursos. Dicho consejo estaría compuesto por la intendenta, el gobernador y representantes de la municipalidad y de la provincia del Huasco.
Señor Presidente , me llama la atención que el director regional del Servicio de Evaluación Ambiental tenga la facultad de cambiar una resolución que estaba acordada en el estudio de impacto ambiental. Me parece poco criterioso y poco razonable que la empresa intente cambiar la dinámica sobre la forma como asignar los recursos de este fondo, de acuerdo con esta nueva modalidad.
Por las razones expuestas, pido que se oficie al Contralor General de la República y a la contralora regional de Atacama para solicitar que se inicie la respectiva investigación sumaria. Asimismo, pido oficiar a la intendenta regional, para que nos informe acerca de qué ha pasado con este fondo, cuáles son los recursos que han obtenido y dónde y en qué se han gastado. También pido oficiar a la ministra del Medio Ambiente , a fin de conocer cuál es su política en relación con el tema. Finalmente, pido que se remita copia de mi intervención a alcaldes y concejales de las comunas de Alto del Carmen, de Vallenar, del Huasco y de Freirina, y, por cierto, a la CUT y a las representaciones que anuncié, que deberían tener participación en la asignación de esos recursos.
He dicho.
El señor MONSALVE ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores De Urresti , Díaz , Fidel Espinoza y de quien habla.
INFORMACIÓN SOBRE SISTEMA RECLAMO EXPRESS DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO. Oficios.
El señor MONSALVE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , el presidente del sindicato de trabajadores de la Universidad del Mar, sede La Serena, me informa que trabajadores presentan denuncias a través del sistema Reclamo Express, de la página web de la Dirección del Trabajo, y esperan que sean tramitadas como corresponde a una denuncia de carácter laboral.
Sin embargo, el Ministerio del Trabajo notifica a la empresa que se ha presentado una reclamación en contra de ella y le informa el nombre del denunciante.
La ministra del Trabajo , a través de oficio, respondió ante la reclamación del reclamo del presidente del sindicato, en el sentido de que el procedimiento no permite tener en reserva la identidad del trabajador. Por lo tanto, el empleador conoce la identidad de quien interpone la denuncia en reclamo en línea, y no es multado el empleador que corrige las eventuales fallas a la normativa laboral que se reportan a través de reclamo en línea. En suma, esto da cuenta de que el mecanismo no contempla la privacidad del denunciante.
Me parece que si bien la respuesta es correcta desde el punto de vista formal -la revisé y comprobé que no hay precisión al respecto-, la reserva de información es fundamental, toda vez que se trata de relaciones siempre desiguales, entre trabajador y empleador. Por lo tanto, si la Dirección del Trabajo habilita un mecanismo de denuncia a través de una página web, debe establecer, de manera clara e inequívoca, las condiciones de esa denuncia, particularmente si se reserva o no la identidad del denunciante, de manera que si un trabajador emplea esa vía para formular la denuncia, lo haga a sabiendas de las eventuales consecuencias. Por lo tanto, pido que se oficie a la ministra del Trabajo para que informe sobre la modalidad y las normas que rigen el sistema Reclamo Express, de manera que se hagan las correcciones necesarias si parece pertinente, y que se revise el caso planteado por don César Guisado Aránguiz , presidente del sindicato de trabajadores de la Universidad del Mar, sede La Serena.
Finalmente, pido que se adjunte copia de mi intervención al señor César Guisado Aránguiz .
He dicho.
El señor MONSALVE ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, a los cuales se adjuntará copia de su intervención.
DENUNCIA POR EVENTUAL NEGLIGENCIA EN ATENCIÓN A PACIENTE EN HOSPITAL DE VICUÑA. Oficios.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , pido que se oficie al ministro de Salud y al director del Servicio de Salud de Coquimbo , en relación con la denuncia que formuló y la carta que recibió -de la cual voy a dejar copia a disposición de la Secretaría de la comisión- la señora Zunilda Morgado Morgado , en relación con lo que considera una mala atención del hospital de Vicuña a su hermana Verónica Torres Morgado , quien, en julio del presente año, sufrió un accidente vascular que le dejó secuelas. La señora Zunilda Morgado tiene la convicción de que el hospital no actuó como corresponde, que en él no atendieron a su hermana en forma apropiada y que las prestaciones médicas brindadas no corrigieron el problema de salud sufrido por su hermana.
Cuando formuló la respectiva reclamación al seremi de Salud de Coquimbo, éste le contestó que carece de atribuciones y de competencia en materia asistencial para pronunciarse al respecto.
Por lo tanto, decidí hacerme cargo de la denuncia, la cual pido que se transmita al ministro de Salud y al director del Servicio de Salud de Coquimbo , a fin de que den respuesta a la señora Zunilda Morgado , para quien pido se remita copia de mi intervención. Dejo sus antecedentes a disposición de Secretaría.
He dicho.
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se remitirá copia de su intervención a la señora Zunilda Morgado .
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE REPARACIÓN DE PUENTES DE CURANILAHUE. Oficio.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Manuel Monsalve.
El señor MONSALVE.- Señor Presidente , pido oficiar al ministro de Obras Públicas respecto de una profunda preocupación en relación con un problema que afecta a una comuna tan simbólica y relevante como Curanilahue, de la provincia de Arauco, que cuenta con más de treinta mil habitantes. Me refiero a lo siguiente: Los puentes que permiten la conectividad con el centro urbano de dicha comuna están en una situación inaceptable, lo que afecta la dignidad de Curanilahue y de sus habitantes, y su desarrollo urbano.
Solicito al ministro que nos informe si los cuatro puentes a los que me refiero están en etapa de diseño de ingeniería, si están con la recomendación técnico-económica en orden y si está realizada y adjudicada la licitación. En suma, que nos informe en qué etapa del proceso de inversión se encuentran.
Los puentes son los siguientes: La Máquina , ubicado a un costado del Hospital de Curanilanue. Dicho puente presenta daños, debido a los cual actualmente sólo se permite el tránsito de vehículos menores.
El puente Caupolicán, muy simbólico en la comuna. Se supone que tiene la recomendación técnico-económica. Por lo tanto, queremos saber qué pasa que no se inician las obras.
El puente del sector estero Plegarias, que conecta el centro urbano con el sector poblacional de Chillancito. Al respecto, se me informó que el Ministerio de Obras Públicas pidió que el municipio realizara un sondaje, pero, al parecer, éste todavía no contrata los servicios respectivos. Actualmente, hay un puente mecano en ese lugar, arrendado por el municipio, lo que implica un permanente gasto de recursos, en lugar de que el Ministerio de Obras Públicas se haga cargo de la respectiva reposición.
Finalmente, el puente Prat , que permite la conectividad del centro urbano con la población Eleuterio Ramírez . Me han informado que su diseño estaría listo, que el sondaje se realizó y que contaría con la recomendación técnico-económica. Sin embargo, no se sabe por qué no se ha ejecutado la obra; tampoco si ha habido licitación y si se cuenta con los recursos necesarios.
En consecuencia, pido que el ministro de Obras Públicas nos informe sobre las etapas de inversión de dichos puentes. Si hay dificultades, quiero saber cuáles son y qué hará esa cartera para solucionarlas, de manera de entregar la conectividad urbana que merece Curanilahue.
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE INVERSIÓN EN CONSTRUCCIÓN DE MUROS DE CONTENCIÓN Y GAVIONADOS EN CURANILAHUE. Oficios.
El señor MONSALVE.- Señor Presidente , pido que el ministro de Obras Públicas nos informe, a través de la Dirección de Obras Hidráulicas, respecto de dos situaciones que afectan a Curanilahue. En ella hay varios ríos, entre ellos, el río de Curanilahue que, cada cierto tiempo, produce inundaciones en la comuna.
Las riberas de dicho río requieren la construcción de muros de contención y muros gavionados, lo que resulta de imperiosa necesidad, a fin de evitar las inundaciones. En dos sectores no se han construido muros gavionados. En primer lugar, en el sector de Galvarino, donde faltan noventa metros de dichos muros. Nadie sabe por qué la Dirección de Obras Públicas no ha construido los muros que se requieren. Deseo saber qué está haciendo el ministro de Obras Públicas al respecto.
En segundo término, la junta de vecinos del sector de Sargento Aldea me hizo saber que en un tramo de doscientos metros de ese sector falta un muro gavionado, lo cual pone en riesgos a la población, no sólo de socavamientos de terrenos, sino también ante eventuales inundaciones,
Por lo tanto, pido que el ministro de Obras Públicas nos informe en qué parte del proceso de inversión se encuentra la construcción de los muros gavionados para esos sectores.
Espero que el señor ministro de Obras Públicas nos responda con prontitud, ya que Curanilahue, comuna muy importante, fue muy golpeada duramente por el terremoto. Esperábamos que el Gobierno actuara con eficiencia y rapidez, a fin de recomponer la conectividad de esa comuna, lo que no ha ocurrido.
Finalmente, pido que se envíe copia de mi intervención al concejo de Curanilahue y, a través del municipio, a los dirigentes de la junta de vecinos del sector de Galvarino, en especial a su presidenta, y a los dirigentes de la junta de vecinos del sector de Sargento Aldea.
He dicho.
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, a los cuales se adjuntará copia de su intervención.
RETRASO EN PAGO DE REMUNERACIONES A TRABAJADORES EN CONTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE TRIBUNALES DE FAMILIA EN COMUNA DE LOS LAGOS. Oficios.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente , quiero denunciar un problema que afecta a gran cantidad de trabajadores que laboran en la construcción del edificio de los tribunales de familia en la ciudad de Los Lagos. Muchos son trabajadores de otros lugares, como Valdivia, otros son de Los Lagos, etcétera. Ellos se encuentran contratados por la empresa Bauen , a cargo de la ampliación de la edificación de los tribunales de justicia de esa ciudad.
Durante meses, los afectados vienen realizado movilizaciones, porque no les han pagado sus sueldos como corresponde.
La semana pasada, con dirigentes como Manuel Vio y Rolando Guajardo , con el concejal Miguel Moya y con Néstor Berrocal , presidente del sindicato de la construcción de Valdivia , concurrimos a la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia para denunciar esa situación, ocasión en la que nos enteramos de que a la empresa se le han aplicado multas por más de 20 millones de pesos.
Considero inadmisible que en una obra de esa naturaleza, como es la construcción de los tribunales de familia de Los Lagos, la cual se está llevando a cabo con dineros del Poder Judicial, se otorgue un trato tan indigno a quienes trabajan en ella.
Por lo tanto, pido que se oficie al Presidente de la Corte Suprema, con el objeto de que la Corporación Administrativa del Poder Judicial nos informe si se han retenido los respectivos estados de pago, a fin de satisfacer los pagos de las remuneraciones de esos trabajadores.
Asimismo, pido que se oficie a la directora del Trabajo, para que la respectiva Inspección del Trabajo nos haga saber las acciones que se han realizado en este caso, las multas que se han aplicado a dicha empresa y si ella ha sido objeto de otras sanciones en la Región de Los Lagos o en el resto del país.
En el mismo sentido, pido que se oficie al ministro de Justicia, porque estimo inadmisible que no se tenga conocimiento respecto de esa situación y que no se hayan adoptado las medidas correspondientes para proteger a esos trabajadores, que laboran en la construcción de esos tribunales.
Finalmente, solicito que se envíe copia de mi intervención a los dirigentes mencionados del sindicato al que pertenecen esos trabajadores, así como al concejal señor Miguel Moya , de la comuna de Los Lagos, quien, en forma permanente, ha actuado en su defensa.
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE PLAGA DE GORGOJO DEL EUCALIPTO. Oficios.
El señor DE URRESTI.- En segundo lugar, pido que se oficie al director nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y al director ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal para que informen sobre el estado de control de la plaga de gorgojo del eucalipto, insecto que fue detectado en 1998 y que impide el crecimiento de esa especie.
Esa plaga, que se extiende desde la Región de Atacama hasta la Región de Los Lagos, afecta enormemente a esas plantaciones, situación que hemos dado a conocer en la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente de la Cámara de Diputados. A nuestro juicio, la excesiva densidad, las amplias extensiones y el monocultivo de esa especie arbórea han provocado el surgimiento de plagas como la del gorgojo del eucalipto.
Por lo tanto, solicito que el director nacional del SAG y el director ejecutivo de la Conaf nos informen sobre la extensión de la plaga, los procedimientos está llevando adelante el respectivo comité técnico y la incidencia económica que ha tenido esa situación en la sociedad.
Solicito que se envíe copia de mi intervención a la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo, organización que, en forma permanente, ha denunciado que el monocultivo en amplias extensiones de nuestro territorio facilita el ingreso de distintas plagas, como la mencionada.
El señor ESPINOZA don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
SALUDO A CLUB DEPORTIVO INÉS DE SUÁREZ CON MOTIVO DE SU 52° ANIVERSARIO. Oficio.
El señor DE URRESTI.- Por último, pido que se oficie a la directiva del club deportivo Inés de Suárez, institución que el pasado 12 de octubre cumplió 52 años desde su fundación.
El señalado club deportivo es una gran institución, y al momento de celebrar su 52° aniversario, cuenta con una sede social nueva y existen muchos proyectos deportivos, sociales y recreativos en curso.
Por lo tanto, quiero enviar mis saludos a su presidente , señor Patricio Beroíza , y, por su intermedio, a la directiva que encabeza,
Vaya para ellos nuestro reconocimiento, porque Inés de Suárez es un club histórico en Valdivia, que cuenta con gran cantidad de seguidores, que ha brindado muchos triunfos y satisfacciones a la ciudad y que, de manera estratégica, se encuentra emplazado en el barrio que lleva el mismo nombre: la población Inés de Suárez .
Finalmente, pido que se envíe una copia de esta intervención al presidente del club deportivo Inés de Suárez , señor Patricio Beroíza .
He dicho.
El señor ESPINOZA, don Fidel ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
RESOLUCIÓN SOBRE DESIGNACIÓN DE FISCAL REGIONAL DE LOS LAGOS. Oficios.
El señor DE URRESTI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , en la Región de Los Lagos, en la que se encuentra ubicado el distrito que represento, desde hace más de cuarenta días existe total confusión y hermetismo respecto de la designación del nuevo fiscal regional.
Como es de conocimiento público, para tal cargo fue nominado, hace más de cuarenta días, el señor Marcos Emilfork . No obstante, un senador y un diputado solicitaron a la Contraloría General de la República que no procediera a la toma de razón de su designación, entre otras razones, porque su nombramiento atentaría contra los principios de probidad y lealtad que impone el cargo, lo que ha impedido que esa situación se resuelva.
Más allá de involucrarme en la polémica o de exteriorizar una opinión a favor o en contra del nominado, quiero apelar a otra razón: es inconcebible que a estas alturas no se haya adoptado una resolución respecto de esa designación y que hasta la fecha aún tengamos un fiscal subrogante en la Región de Los Lagos, con las consiguientes dificultades que eso genera.
Por lo tanto, pido que se oficie al Fiscal Nacional, señor Sabas Chahuán , y al Contralor General de la República , señor Ramiro Mendoza , con el objeto que de una vez por todas resuelvan esa situación, ya sea mediante la confirmación del señor Emilfork como fiscal regional titular o bien mediante la nominación de otra persona. Tal como señalé, es inconcebible que desde hace más de un mes, nuestra región no tenga un fiscal regional que esté atento y que se haga cargo de todos los problemas que en materia de justicia se presentan, pues hay víctimas y personas que a diario sufren problemas que requieren justicia.
Uno de ellos es un caso que hasta ahora la fiscalía regional de Los Lagos no logra resolver, situación por la que he venido luchando desde hace tiempo: la violación de que fueron objeto dos menores por parte de su padre en la comuna de Hualaihué, quien ni siquiera ha sido sometido a prisión preventiva como eventual autor de ese delito. Los informes médicos respectivos detallan y dan cuenta de esa grave situación que he denunciado. Como ese caso, debe de haber muchos otros.
En consecuencia, solicito que de una vez por todas se resuelva la situación y que el Contralor General de la República entregue un pronunciamiento oficial respecto de lo que ocurrirá con esa designación, ya sea mediante la ratificación o bien la rectificación de la nominación del señor Emilfork como fiscal regional de Los Lagos, puesto que la región no puede seguir pagando los efectos de una situación que no compete a sus habitantes, sino a los órganos que deben velar por que los procesos que dicen relación con la administración del Estado se cumplan de manera cabal.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
REITERACIÓN DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE MONTOS PAGADOS POR EXPROPIACIONES EN REGIÓN DE LOS LAGOS. Oficio.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Por otro lado, por tercera vez en la Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , con el objeto de que nos informe respecto de los montos pagados por el ministerio que encabeza, a través del departamento respectivo, por las expropiaciones que se han llevado a cabo en los últimos tres años en la Región de Los Lagos, a causa de las obras que para su ejecución han requerido que se efectuara tal procedimiento, situación que ha afectado a muchos habitantes.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE CÁLCULO DE MONTO POR EXPROPIACIÓN DE TERRENOS DE DOUGLAS TOMPKINS. Oficios.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Por último, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , para que se nos informe sobre los montos que se pretenden pagar por concepto de expropiaciones al señor Douglas Tompkins, en la Provincia de Palena , desde Fiordo Largo a Leptepu, zona que comprende 10,7 kilómetros de extensión. Se trata, aproximadamente, de 60 hectáreas, terrenos que se van a expropiar para la construcción de la ruta que brindará mayor conectividad a esa territorio.
Quiero que se nos haga saber cuáles son los montos que se están contemplando para tal objetivo, cómo se llevarán a cabo los procesos de expropiación y por qué a las 350 familias que viven entre las localidades de Buil y Poyo no se les pagó ni un peso cuando se construyeron los caminos respectivos. Con justa razón, esa gente está indignada, porque al señor Douglas Tompkins, que es millonario, con recursos del Estado se le pagará por
esas expropiaciones -más allá del monto de que se trate-, pero a la gente más humilde, a los pequeños agricultores y a los pescadores artesanales que vivían en esos sectores, no les pagó ni un solo peso, a pesar de que se utilizaron franjas importantes de sus muy precarias extensiones territoriales, para la construcción de caminos.
Solicito que copia de mi intervención se remita al alcalde y a los concejales de la comuna de Chaitén, como también a los presidentes de la juntas de vecinos Buil y de Poyo, de la provincia de Palena.
He dicho.
El señor DE URRESTI ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.10 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Informe de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano, constituida en especial investigadora, sobre las posibles irregularidades que se hubieren producido con motivo de la construcción del corredor Pedro Aguirre Cerda, en la Región Metropolitana, a cargo de la Empresa Kodama.
Honorable Cámara:
La Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano constituida en especial investigadora sobre las posibles irregularidades que se hubieren producido con motivo de la construcción del corredor Pedro Aguirre Cerda , en la Región Metropolitana, a cargo de la Empresa Kodama, cumple con emitir su informe -según la competencia que le fuera asignada por acuerdo de la Cámara de Diputados-, planteando las conclusiones y recomendaciones que al final se indican.
De conformidad con lo prescrito en el artículo 301 del reglamento de la Corporación, corresponde consignar lo siguiente:
I. COMPETENCIA DE LA COMISIÓN.
En su sesión Nº 20, de 03 de mayo de 2011, la Cámara de Diputados ante la solicitud de cuarenta y nueve Diputados, y en virtud de lo señalado en la letra c) del N° 1 del artículo 52 de la Constitución Política de la República, acordó la creación de una Comisión Especial, conforme a los antecedentes y objetivos referidos en el Oficio N° 9439, que es del tenor que sigue:
“En virtud de lo dispuesto en los artículos 52, N° 1, letra c) de la Constitución Política de la República, y 297 y siguientes del reglamento de la Corporación, ha dado su aprobación a la petición de 49 señores Diputados, para que la Comisión que US. preside se constituya en calidad de investigadora “con el objeto de verificar las posibles irregularidades que se hubieren producido con motivo de la construcción del corredor Pedro Aguirre Cerda , en la Región Metropolitana, a cargo de la empresa Kodama, como parte de las obras para el sistema de transporte urbano del Gran Santiago, conocido como Transantiago.
Esta revisión abarcará desde el año 2006 a la fecha. La referida Comisión deberá rendir su informe en un plazo no superior a 120 días desde su constitución, y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional”.
II. RELACIÓN DEL TRABAJO EFECTUADO POR LA COMISIÓN.
La Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano se integró con las siguientes señoras Diputadas y señores Diputados:
^@#@ ^Browne, don Pedro
García, don René Manuel
Girardi , doña Cristina
Gutiérrez, don Romilio
González, don Rodrigo (reemplaza a Diputado Vargas)
Hales, don Patricio
Jarpa, don Carlos Abel
^@#@ ^Latorre, don Juan Carlos
Lobos, don Juan
León, don Roberto
Nogueira, doña Claudia
Norambuena, don Iván
Pascal, doña Denise
Salaberry, don Felipe
Vargas, don (reemplaza a Diputada Girardi)
Velásquez, don Pedro .
La Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano se constituyó en Especial Investigadora el día 04 de mayo abril de 2011, siendo su Presidenta la Diputada doña Claudia Nogueira Fernández .
La Secretaría de la Comisión estuvo integrada por el Abogado Secretario de Comisiones don Roberto Fuentes Innocenti ; el abogado Ayudante de Comisiones don Álvaro Halabí Diuana , y la Secretaria Ejecutiva doña Mabel Mesías Chacano .
Asimismo, la Comisión contó con la cooperación permanente de la funcionaria de la Biblioteca del Congreso Nacional, doña Verónica de la Paz, arquitecta.
Cabe precisar que la Comisión celebró un total de 15 sesiones.
Igualmente, la Comisión acordó el despacho de diversos oficios sobre materias relacionadas con la investigación, los que se consideran con indicación de si hubo o no respuesta.
A) Personas recibidas.
Don Ramiro Mendoza , Contralor General de la República , junto a Osvaldo Vargas , jefe de la División de Infraestructura y Regulación, doña Dorothy Pérez , subjefa de la División de Auditoría Administrativa, doña Alexandra Guaita , Contralor Regional de Valparaíso , y don Luis Carlos Prieto , abogado
^@#@ ^Don Sergio Urrejola , Presidente del Consejo de Defensa del Estado
Don Andrés Montes , Fiscal Regional Metropolitano Centro Norte y don José Morales, Fiscal adjunto jefe, Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad .
Don Mario Fernández , Director de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y Alfonso Ugarte, fiscal de esa secretaría de Estado.
Don Ananías Gonzalez , Jefe del Departamento de Fiscalización y Control del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu).
Don Daniel Johnson , ex Jefe División Finanzas y control del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu).
Don Benjamín Dávila , experto en concesiones viales, asesor del Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Don Felipe Bahamondes , Gerente General de la Dirección de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de la Pontificia Universidad Católica de Chile (Dictuc),
Don Fernando Yáñez , Director del Centro de Investigación , Desarrollo e Innovación de Estructuras y Materiales (Idiem) de la Universidad de Chile.
Don Ricardo Trincado , ex director del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) Metropolitano.
B) Documentos recibidos.
Oficio N° 165.
Institución: Servicio de Vivienda y Urbanización Región Metropolitana, ex Director , don Andrés Silva G.
Materia: Invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 18 de mayo con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta: Sesión 39ª en 18.05.11, correo electrónico mediante el cual excusa inasistencia por compromisos laborales y profesionales contraídos con bastante anterioridad y manifiesta su disposición a asistir en una nueva fecha fijada al efecto, y comunicársela con mayor anticipación, sugiriendo los días miércoles 8 ó 22 de junio de 2011.
Oficio N° 169.
Institución: Servicio de Vivienda y Urbanización Región Metropolitana, ex Director , don Andrés Silva G.
Materia: Invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 08 de junio con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta: Sesión 41ª en 08.06.11, carta de fecha 06.06.11 excusa su inasistencia y da su opinión por escrito.
Oficio N° 170.
Institución: Servicio de Vivienda y Urbanización, Región Metropolitana, don Daniel Johnson Rodríguez , Director (PT).
Materia: Se sirva informar sobre las obras licitadas en el período 2006- 2011, los contratos a que dieron origen, sus plazos, montos comprometidos y grado de cumplimiento a esta fecha.
Respuesta : Sesión 47ª en 10.08.11 Oficio 5539 de 01.08.11 por el que remite CD, que contiene planilla, en formato Excel, en la cual se detallan las obras licitadas durante el período 2006-2011, los contratos a que dieron lugar, los plazos, montos comprometidos y el grado de cumplimiento a la fecha.
Oficio N° 171.
Institución: Servicio de Vivienda y Urbanización Región Metropolitana, ex Director , don Andrés Silva G.
Materia: Invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 15 de junio con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta: Sesión 42ª en 15.06.11 reitera excusas enviadas en sesión 41 ª. Oficio N° 176.
Institución: Ministerio de Obras Públicas, Ministro don Hernán De Solminihac Tampier .
Materia: Se sirva remitir a ésta la información requerida, y que guarde atingencia con el cometido propio de esa Secretaría de Estado.
Respuesta: Sesión 53ª en 05.10.11 Ord. 2379 de 29.9.11, por el que remite diversos antecedentes relacionados con su actuación en la licitación del corredor Transporte Público Avenida Pedro Aguirre Cerda, comuna de Estación Central, Santiago , Cerrillos y Maipú .
Oficio N° 179.
Institución: Consorcio Construcciones Kodama Ltda., Director don Seiji Kodama .
Materia: Se acordó invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 22 de junio, con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta: Sesión 43ª en 22.06.11 “dado que este caso y su investigación se encuentra en conocimiento y a cargo de los tribunales de justicia”, por lo que estiman inconveniente su comparecencia.
Oficio N° 186.
Institución: Abogado don Darío Calderón .
Materia: Se acordó invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 22 de junio, con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta: Sesión 43ª en 22.06.11, excusa su inasistencia en atención a que los hechos están siendo analizados por la justicia.
Oficio N° 190.
Institución: Abogada, doña Carolina Arrau .
Materia: Se acordó invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 06 de julio, con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta: Sesión 44ª en 06.07.11, correo electrónico de 28.06.11, excusa inasistencia por motivos impostergables.
Oficio N° 191.
Institución: Abogado señor Albaro Baeza .
Materia: Se acordó invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 06 de julio, con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta: Sesión 44ª en 06.07.11, correo electrónico de 05.07.11, imposible asistir por razones profesionales impostergables.
Oficio N° 192.
Institución: Abogado don Rafael Marambio .
Materia: Se acordó invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 06 de julio, con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta: Sesión 44ª en 06.07.11, correo electrónico de 01.07.11, de acuerdo a las normas que regulan la comparecencia a dichas comisiones, sumado el hecho de que existe actualmente una investigación penal en curso, a cargo de la Fiscalía Centro Norte, quienes son en definitiva los encargados de establecer las responsabilidades en este caso, no considero oportuna mi concurrencia a dicha instancia. Sin perjuicio, de que en un futuro próximo puedan contar con toda la cooperación que pueda brindar.
Oficio N° 213.
Materia: Solicitarle que remita copia de todos los documentos mencionados en la demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado en contra de esa entidad y del Consorcio Construcciones Kodama, rol N° 18714-2001 ante el 16 juzgado civil de Santiago.
Respuesta : Sesión 52ª en 28.09.11. Ord. 6501, de fecha 07.09.11. (Serviu) por el que remite los siguientes antecedentes solicitados: 1.- Convenio Mandato de fecha, 06 de julio de 2006, suscrito por la Dirección Nacional de Vialidad y el Serviu Metropolitano; 2.- Resolución Exenta N° 2 3994, de fecha 10 de agosto de 2006, del Serviu Metropolitano; 3.- Resolución N° 625, de fecha 06 de octubre de 2006, del Serviu Metropolitano; 4.- Oficio N° 7206, de fecha 29 de noviembre de 2006, del Serviu Metropolitano; 5.- Resolución N° 921, de fecha 30 de noviembre de 2006, del Serviu Metropolitano, en la que se especifican los términos contractuales para la ejecución de las obras de Construcción Habilitación Corredor de Transporte Público Avenida Pedro Aguirre Cerda, comuna de Santiago, Estación Central, Cerrillos y Maipú ; 6.- Formulario de Oferta Económica de la Empresa Consorcio Construcciones Kodama Ltda; 7.- Acta de entrega de Terreno, de fecha 29 de diciembre, de 2006; 8.- Modificaciones de Contrato establecidas por las Resoluciones N° s 1123, de fecha 21 de diciembre de 2007, 0134, de fecha 16 de febrero de 2010 y por Resolución Exenta N° 7569, de fecha 2 de diciembre de 2008; 9.- Convenio ad referéndum N° 1, de 29 de noviembre de 2007, suscrito por Consorcio Construcciones Kodama Ltda. y el Serviu Metropolitano; 10.- Resolución Exenta N° 7569, de fecha 02 de diciembre de 2008, del Serviu Metropolitano, 11.- Resolución Exenta N^ 3688, de fecha 07 de mayo de 2009, del Serviu Metropolitano; 12.- Convenio Ad Referéndum N° 3, de fecha 26 de junio de 2009, suscrito por Consorcio Construcciones Kodama Ltda. y el Serviu Metropolitano; 13.- Resolución Exenta N° 9631, de fecha 31 de diciembre de 2009, del Serviu Metropolitano.
Oficio N° 217.
Institución : Ministerio de Vivienda y Urbanismo, ex ministra doña Magdalena Matte L.
Materia : Se acordó invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 31 de agosto, con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta : Sesión 50ª en 08.09.11, correo electrónico mediante el cual excusa su inasistencia por encontrase fuera del país.
Oficio N° 221.
Institución : Ministerio de Vivienda y Urbanismo, ex ministra doña Magdalena Matte L.
Materia : Se acordó invitar a la sesión que celebrará el día miércoles 28 de septiembre, con el objeto de que se sirva exponer sobre la materia contenida en el mandato.
Respuesta : Sesión 52ª en 28.9.11, carta mediante la cual excusa su inasistencia por razones familiares, y manifiesta su completa y total disposición para responder por escrito cualquier consulta.
Oficio N° 222.
Institución : Contraloría General de la República, Contralor don Ramiro Mendoza Z.
Materia : Se acordó dirigir oficio a US. con el objeto que se sirva iniciar una investigación complementaria a la que ese ente contralor realizara mediante informe N° 27-2011, esta vez referida a la revisión del proceso de licitación del corredor Transporte Público Avenida Pedro Aguirre Cerda, comuna de Estación Central, Santiago , Cerrillos y Maipú , llevado a cabo por el Serviu Metropolitano, el 28 de noviembre de 2006, específicamente en lo relativo a una eventual alteración en los horarios de apertura de las propuestas y cómo ello habría afectado el referido proceso.
Respuesta : Sesión 53ª en 05.10.11. Oficio 184.899/11 de fecha 29.9.11. por el que informa que, en relación a nuestra solicitud de iniciar una investigación complementaria a la que ese ente contralor realizara mediante informe N° 27- 2011, esta vez referida a la revisión del proceso de licitación del corredor Transporte Público Avenida Pedro Aguirre Cerda, comuna de Estación Central, Santiago , Cerrillos y Maipú , llevado a cabo por el Serviu Metropolitano, el 28 de noviembre de 2006, específicamente en lo relativo a una eventual alteración en los horarios de apertura de las propuestas y cómo ello habría afectado el referido proceso, ese organismo indica que esa materia se encuentran siendo analizada en el marco del sumario administrativo que se ha ordenado instruir mediante resolución exenta N° 1.971, de 2011.
III. SÍNTESIS DE LAS PONENCIAS REALIZADAS EN EL SENO DE LA COMISIÓN.
A continuación, se hace un resumen de las exposiciones vertidas en el seno de la Comisión.
Don Ramiro Mendoza , Contralor General de la República .
Su presentación estuvo centrada en seis puntos, a través de los cuales analizó los antecedentes de la denuncia, los antecedentes del contrato y algunas modificaciones relevantes, los antecedentes de la demanda y de la transacción, las modificaciones que tuvo este contrato, un análisis bien detallado del informe de auditoría y elevó algunas conclusiones.
La Denuncia
Señaló que la denuncia surge como consecuencia de la presentación que el senador Alejandro Navarro hizo el 17 de marzo de 2011 ante la Contraloría General de la República, en la que acompañó escritura pública de transacción. El senador Navarro hizo una denuncia bastante fundada respecto de reproches de ilegalidades que él observaba en la transacción respecto de la cual adjuntó la documentación correspondiente.
A raíz de ello, en atención a que la Contraloría General tiene que dar prioridad a las denuncias de los parlamentarios, de conformidad con lo que establece su ley orgánica, empezaron a hacer una auditoría que resultó bastante centrada. Agregó no haber podido entregar la otra auditoría solicitada por el Diputado Juan Carlos Latorre , pues como se refiere a miles de subsidios ha presentado una dificultad mayor.
Dijo que la transacción a Kodama puso término a un litigio que se había originado en el cobro de mayores gastos generales por la construcción del corredor Pedro Aguirre Cerda . Explicó que en la presentación dejada a la Comisión están cada uno de los documentos linkeados, o sea, se puede encontrar allí la denuncia, los antecedentes de ésta y toda la información.
Antecedentes del contrato.
Relató que el 6 de julio de 2006 se firmó el convenio mandato entre la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y el Serviu de la Región Metropolitana. Sin embargo, es necesario destacar que la ley N° 18.091, que se refiere a determinadas materias de carácter financiero, entre algunas de sus disposiciones considera la figura de los convenios mandatos. ¿Por qué el Ministerio de Obras Públicas encargó un convenio mandato de esa naturaleza? Porque surge esencialmente de dos ejes legislativos de conocimiento público, en uno de los cuales se le restó facultades a los Serviu para actuar como constructor directo en la pavimentación de calles. Esta resta legislativa se formuló hace algunos años, y mediante ella se entregó la atribución de pavimentación, a través de convenios mandato, a los gobiernos regionales, los que no tienen ninguna capacidad operativa ni técnica para llevar a cabo esa labor.
Ese encargo se hizo, esencialmente, porque a raíz de los problemas que se suscitaban en materia de infraestructura del Transantiago, el Ministerio de Obras Públicas recibía una asignación presupuestaria a través de la ley de Presupuestos respectiva y se le permitía intervenir las calles, que no es su ruta natural, pues ese ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en la ley N° 15.840, orgánica del Ministerio de Obras Públicas, tiene como destino principal la inversión en carreteras y en caminos públicos, pero no en calles. Sin embargo, como se permite a esa cartera intervenir a través de esa asignación presupuestaria, el Ministerio de Obras Públicas necesita un organismo técnico ejecutor que lleve a cabo esas obras, y ese es el rol del convenio mandato.
Esto es trascendente en el desarrollo de lo que viene a continuación, porque el Ministerio de Obras Públicas asume, a través del convenio mandato, una obligación esencial, que es el aporte dinerario al Serviu. Este último recibe el mandato y el aporte financiero para construir con la responsabilidad financiera que no es de él, sino del Ministerio de Obras Públicas. A partir de allí, se hace el convenio mandato entre la Dirección de Vialidad del MOP y el Serviu en el marco del programa de mejoramiento del transporte público del Transantiago.
Con posterioridad, se llama a una licitación por el Serviu de la Región Metropolitana. Hay algunos proponentes en esta licitación, y el informe de auditoría está con bastante desarrollo y detalle.
De los proponentes, algunos son excluidos en razón de que, lisa y llanamente, no tienen ninguna capacidad financiera ni cumplen con las bases generales y especiales de esa licitación, y queda un grupo muy pequeño de tres proponentes en condiciones de participar en la oferta económica, pero en el desarrollo del análisis de los antecedentes, lo que dice relación con la ponderación de la oferta económica, los otros dos proponentes que hay quedan excluidos, porque tienen la capacidad financiera comprometida. Por lo tanto, queda un solo proponente en condiciones de adjudicarse la obra, en este caso, el Consorcio Kodama, el cual llevaba una oferta que era 40 por ciento más alta que el presupuesto oficial de la obra. Sin embargo, como no había otro proponente, seguramente la premura del tiempo hizo que se decidiera la adjudicación al único proponente que quedaba en condiciones de viabilidad económica, es decir, al consorcio Kodama.
Se le adjudica esa obra mediante la resolución N° 921, de 2006, del Serviu metropolitano. El contrato es por aproximadamente 25 mil millones de pesos, incluidos unos valores de proforma por 196 millones de pesos. Los valores proforma son inalterables y constituyen una consideración de precios que llevan a que el contratante tenga que gastarlos sí o sí en determinadas condiciones.
Ese contrato tuvo una serie de modificaciones, entre las cuales, una de las más importantes es la del 21 de diciembre de 2007, mediante la cual se autorizaron variaciones de obras que elevaron el costo a aproximadamente 31 mil millones de pesos. Eso es importante tenerlo en cuenta, porque gran parte de lo que ha pasado en relación con la discusión de los montos de las indemnizaciones a que hubiere lugar está relacionado con los aumentos de plazo, en cuanto a si ellos generaban o no indemnizaciones. Es una modificación importante porque a partir de la fecha señalada se autorizan variaciones de obras, se eleva el monto del contrato y se amplía el plazo en 300 días, con lo que se fija como fecha de término el 25 de septiembre de 2008.
Cuando habla de resolución exenta se refiere a que está exenta del trámite de toma de razón, y cuando dice que una resolución es afecta se refiere a que está afecta a ese procedimiento.
El 2 de diciembre de 2008 el Serviu de la Región Metropolitana, mediante resolución exenta autorizó otro aumento de obras ordinarias y extraordinarias y amplió el plazo del contrato por 250 días corridos más, lo que da una nueva fecha de término: septiembre de 2009.
En 2010 se produjo una participación importante de la Contraloría General de la República en relación con ese contrato, que asignaba un aumento del plazo y de los gastos generales dispuestos por el Serviu, los que ascendían a 959.410 millones de pesos. La Contraloría devolvió esa resolución afecta, debido a que la base de cálculo usada era errónea, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del decreto N° 236, de 2002, del Minvu. Se hizo presente que no eran aproximadamente 959 millones de pesos, sino que alrededor de 90 millones de pesos.
Acto seguido, el Serviu modificó la resolución representada, por las razones explicadas, la enmienda físicamente, establece la cifra de 95 millones de pesos y la Contraloría General de la República procede a la toma de razón.
Todo eso se produce en el marco de una serie de reclamaciones, sin perjuicio de lo cual cree que lo importante es que adviertan que hay una serie de actos administrativos que se concursan en el procedimiento de ejecución del contrato. Algunos de esos actos, por no decir la mayoría, fueron aumentos de obras y reconocimiento de determinados derechos, en todos los cuales el contratante fue aceptando sin hacer reserva.
Es importante saber si el contratante hizo o no reserva para los efectos de las impugnaciones posteriores. Gran parte de lo que después fue objeto de litigio o de cobro judicial había sido, de una u otra manera, desde el punto de vista de su concursabilidad administrativa, aceptado sin reservas por su parte.
El 15 de diciembre de 2010, Kodama demandó al Serviu de la Región Metropolitana ante el 10° Juzgado Civil de Santiago por la suma de 41.556.630.908 pesos, más IVA e intereses y costas.
El Minvu y el Serviu contestaron esa demanda. El 25 de enero de 2011, es decir, poco más de un mes después, el Serviu de la Región Metropolitana celebró escritura pública de transacción con Kodama, pactándose que el servicio debía pagar 16.636.412 pesos, en tanto que la empresa renunciaba a realizar acciones legales y cedía dos propiedades al Serviu metropolitano.
Además, se sanean multas que pertenecían a otro corredor construido por Kodama, caso en el que todavía hay multas pendientes. Reiteró, que debido a esta transacción se sanean multas que se refieren a personas jurídicas distintas, a obras distintas y a entidades y prestaciones distintas.
Modificaciones al contrato.
El contrato sufrió seis modificaciones. La resolución que tiene las observaciones es la modificación N° 6, la cual dice relación con la resolución afecta N° 134, cursada el 16 de febrero de 2010.
En la presentación se ven las modificaciones realizadas. Allí se observa que las dos primeras modificaciones del cuadro, así como la última, corresponden a resoluciones afectas, mientras que las restantes son resoluciones exentas del Serviu.
Las modificaciones 1, 2 y 5 se realizaron a través de convenios ad referéndum y señalan expresamente que no darán lugar a formular cobros ni indemnizaciones por mayores gastos generales. Todas invocan el artículo 82 del decreto N° 236, que es la norma que regla este tipo de decisiones del Serviu por ser de cargo de la Dirección de Vialidad del MOP. Eso está en armonía con que el convenio mandato que se da del MOP al Serviu tiene relación estrictamente con las obligaciones financieras que pesan o recaen sobre la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. Además, en ese convenio mandato, el Serviu se obliga específicamente a dar cuenta al MOP de todas las circunstancias que ocurrieran durante el contrato, aspecto que también es importante dejarlo presente.
Acciones de la Contraloría.
Informó que la Contraloría desecha la solicitud de prescripción presentada por el senador Navarro , quien sostiene que el Serviu no alega judicialmente y que no pone una excepción de prescripción.
En realidad, el Serviu no podía poner la excepción de prescripción, porque efectivamente habían sucedido los hechos que interrumpen, al menos administrativamente, el acaecimiento de la prescripción. A saber, el último reclamo formal de Kodama fue en agosto de 2010 y la demanda fue presentada en diciembre de 2010.
La prescripción que establece el decreto supremo N° 236 es de muy dudosa constitucionalidad, porque es una prescripción de seis meses y se encuentra establecida en un reglamento. Sin embargo, hasta donde se sabe, las bases jurídicas mínimas indican que la pérdida o la adquisición de los derechos sobre la base de la prescripción es materia de ley, pero en realidad la legislación no establece el plazo, sino que lo hace el decreto supremo N° 236. Como sea, si en la tesis más estatista se dijera que aquí hay un plazo de prescripción de seis meses, la verdad es que Kodama ejerció las acciones administrativas antes del acaecimiento del plazo de prescripción.
Desde esa perspectiva, la Contraloría no podía subirse a una tesis como la planteada por el senador Navarro , porque habrían sido inconsistentes con la tesis que han reconocido desde el punto de vista de la interrupción administrativa cuando alguien va y reclama en sede administrativa el ejercicio de su derecho.
¿Qué actos relativos a la transacción hay que tener a la vista?
El 8 de junio de 2010, la entonces ministra de Vivienda se reunió con representantes de Kodama.
El 3 de agosto de 2010, el Serviu Región Metropolitana recepcionó un reclamo de Kodama por mayores gastos, lo cual, les impedía acceder a la prescripción.
El 4 de octubre de 2010, el Serviu emitió el oficio ordinario N° 7.246, que atiende determinadas reclamaciones de Kodama.
El 5 de noviembre de 2010, se llevó a cabo una reunión entre las autoridades del Serviu y los representantes de Kodama. En ese mes se empezaron a realizar una serie de sesiones, de las cuales se hicieron actas, todas las cuales se acompañan entre los antecedentes que puso a disposición de la Comisión.
El 15 de diciembre de 2010, Kodama demandó al Serviu Región Metropolitana ante el 10° Juzgado Civil de Santiago .
El 7 de enero de 2011, el Serviu Región Metropolitana contestó la demanda y desechó todos los argumentos de la petición judicial de Kodama.
El 13 de enero de 2011, Kodama presentó la réplica.
El 18 de enero de 2011, el Serviu Región Metropolitana presentó su dúplica.
El 21 de enero de 2011, el director el Serviu, señor Antonio Llompart , envió un oficio a la ministra de Vivienda para informarle el establecimiento de bases de un acuerdo con el consorcio Kodama. Además, le señaló los puntos en que incidiría el acuerdo y le pide la autorización, de conformidad con lo que dispone la ley orgánica del Serviu.
Explicó que si bien los Serviu son servicios descentralizados, es decir, personas jurídicas de derecho público, requieren una aprobación del ministro de Vivienda para transigir. De manera que, en este caso, lo que hizo el director fue enviar oficio a la ministra, para que se le autorizara a transigir. Este oficio también está en el informe de auditoría que dejó en poder de la Comisión, que en el acápite relativo a los antecedentes, se indica que no hay antecedentes. Entonces, se envía un oficio con una impresión verbal sobre la conveniencia de transigir un juicio, el cual es recibido por la ministra.
El 25 de enero de 2011, la ministra, después de recibir ese oficio, dicta el decreto exento N° 8, que autoriza la transacción en los términos solicitados por el director del Serviu. Ese mismo día se suscribe la transacción ante notario, la cual posteriormente se presenta ante el tribunal en la audiencia de conciliación que se celebra el 26 de enero, y el tribunal lo tiene por aprobado en cuanto sea conforme a derecho.
El 8 de abril de 2011, la ministra interpone una denuncia en contra de Kodama ante la Contraloría General de la República.
Ese es un tema que les preocupa mucho y que está en sintonía con las conclusiones que formula este informe.
En alguna parte se formula una especie de curiosidad, por una expresión que se utiliza particularmente en la página 38 del informe, en cuanto a que aquí se está ante la existencia de un ardid. Algunos han hecho una reclamación desde el punto de vista de las competencias de la voz “ardid”, es decir, como si esa expresión sólo fuera patrimonio del derecho penal.
En ese sentido, sacó de la página web de la Real Academia Española el significado de dicha expresión. Ninguna de sus acepciones dice relación con un contenido específico de una voz penal. La acepción inicial indica lo siguiente: “1. adj. desus. Mañoso, astuto, sagaz”. Asimismo, la tercera acepción, que es la que más representa el sentido en que está utilizada esa voz, señala: “3. m. Artificio, medio empleado hábil y mañosamente para el logro de algún intento.” Como había manifestado, el desarrollo de las actas, las declaraciones que éstas contienen, las afirmaciones que se hacen en torno a eludir los controles y los actos que sean representativos del deber jurídico de obtener la toma de razón, dichos prácticamente de manera expresa, no son sino un ardid. Desde ese punto de vista, esa expresión es totalmente consistente con lo que pasa en el desarrollo de la ejecución de este contrato. De hecho, en el acta N° 4 se señala lo siguiente: “Kodama manifestó que “va a ayudar a Serviu RM, que nunca ha querido discutir con Contraloría, sino resolver todo de una vez.”.”. Luego, agrega: “Kodama entiende que existen dos temas:
1.- ¿Cómo presentar internamente y frente a Contraloría?
2.- Determinar el monto justo, para explicar a la ministra, y cómo se llega a él”.
Cuando se va viendo el desarrollo de las actas, el abogado del Serviu RM indica que “este tema no pasará por Contraloría, no habrá resolución.” O sea, lo que se buscó fue no hacer una resolución administrativa que diera cuenta de una transacción que, siendo extrajudicial, habría tenido que pasar, necesariamente, por el monto comprometido, ante la Contraloría General, y se buscó hacer una transacción y llevarla a la aprobación judicial para los efectos de no emitir un acto administrativo -pero hay una cosa más compleja-, además de obtener una imputación al ítem variable, como es el de cumplimiento de sentencia, distinta a la de la Dirección de Vialidad.
Sin embargo, eso no se podría haber hecho, porque, a la larga, como la obligación patrimonial es de dicha Dirección, del Ministerio de Obras Públicas, esa secretaría de Estado no habría podido concursar a ese ítem respecto de una obligación en la cual no había participado. O sea, había un camino corto, pero éste era igual de peligroso para el despeñadero. Sin duda, esa cuestión se iba a frenar en algún minuto, porque, desde el punto de vista de la asignación presupuestaria y de los montos presupuestarios involucrados, no se habrían podido concursar por el camino largo ni por el corto.
Dentro de los antecedentes que se ponen a disposición de la ministra -no hay antecedentes, sino que está la fórmula de conveniencia que explica el director del Serviu de ese momento-, cuando se empiezan a producir los hechos después de esa situación, se comienza a elaborar el informe del contrato de construcción.
Dicho documento no estaba en el momento que se reenvían los antecedentes a la ministra. Lo que había eran opiniones de riesgo, que pueden ser muy válidas, y no antecedentes en materia técnica ni de derecho, desde el punto de vista de las reflexiones jurídicas, que se materializaran en un instrumento que fuera resorte de análisis por parte de las autoridades del sector. Todo ese documento se construye con posterioridad y llega a una cifra que está en armonía con lo que se manifiesta en las actas. En las actas se acuerda una determinada cifra para efectos de la indemnización. Da la impresión de que todo el documento se construye para llegar a la cifra que se había dado en las reuniones anteriores. Se desglosa una serie de conceptos y gastos que no son pertinentes. De hecho, en el informe se puede ver el desarrollo de cuáles son los ítems que conforman el decreto supremo N° 236, sobre el reglamento del sector, para saber cuáles son pertinentes de aplicar y cuáles no.
La Contraloría tampoco hace en el informe de auditoría una determinación valórica desde el punto de vista del justiprecio, sino una descripción aplicativa del ordenamiento jurídico aplicable al sector. Esa aplicación significa que puedo considerar ciertos ítems y ciertas partidas y no las otras.
Entonces, una cosa muy importante es que en las actas hay una descripciyn en términos de “llegar al valor justo, al mejor valor.” La Contraloría no está llamada ni tiene competencia para determinar valores justos. Se acerca al ordenamiento jurídico sobre la base de confrontación a la juridicidad, y en esa confrontación hay una serie de valores en la fórmula de cálculo que formula ese informe, y en la fórmula de cálculo que después se acompaña en otro informe, que es el informe del Dictuc, que tampoco pueden objetar.
Lo único que pueden hacer es aplicar el ordenamiento jurídico en lo que les corresponde aplicar, y en ese ordenamiento jurídico son bastante estrictos en lo que dice relación con lo que son las partidas hechas, con lo que genera indemnización, con las renuncias que se habían hecho respecto de ciertas modificaciones del contrato.
Muestra una diapositiva que corrobora su explicación. No había antecedentes sustentatorios de la transacción.
El informe fue confeccionado con posterioridad al acto administrativo que autorizó la transacción.
En el informe de auditoría la Contraloría constata que no hubo un informe técnico, jurídico o financiero que respaldara el monto del acuerdo y hacen un alcance desde el punto de vista del derecho, en el sentido de que si no hay antecedentes justificatorios jurídicos ni técnicos, de acuerdo a su jurisprudencia y a lo que involucran los principios de racionalidad, de coordinación y el deber de motivación de los actos administrativos, claramente llegan a la conclusión de que aquí había ciertas transgresiones a los principios jurídicos básicos que les corresponden a los funcionarios públicos en sus actuaciones. Explicó que se refiere a los funcionarios públicos, porque sabe que la Comisión tiene la duda de si dentro de esos principios puede involucrar a personas que, sin ser funcionarios públicos, estén adscritos a regímenes donde les sean aplicables esos principios. Se refería particularmente a las personas a honorarios, que en términos generales están abstraídos de la aplicación de los principios funcionariales aplicables a los funcionarios públicos. Pero en términos particulares, cuando obedecen a la aplicación de glosas presupuestarias, que los consideran en su contratación como agentes públicos, les son aplicables las reglas de los principios fundamentales del funcionamiento y de los funcionarios públicos.
También, en las actas hay constancias y declaraciones posteriores en que se omite y se releva a la contralora interna cuando hace ciertas observaciones. La contraloría interna recibe una orden directa de no seguir participando, de “no seguir interviniendo”.
No la dejan intervenir en los actos administrativos de control, y eso es lo que ella reclama.
Además, hay algunas reflexiones que son redundantes y que explican lo que el subdirector jurídico del Serviu durante sus declaraciones formuló ante la Contraloría, que el monto sería mucho mayor si pierden el juicio.
Hay un aspecto que es muy importante que es que el Serviu nunca comunicó a la Dirección de Vialidad las reclamaciones del Consorcio Kodama en virtud del convenio mandato, en circunstancias de que, de acuerdo con el convenio mandato, debiesen haberlo puesto en conocimiento del MOP.
Ahora, para no ser injusto, el MOP tampoco nunca más preguntó cómo iba su mandato.
Mandante y mandatario tienen obligaciones mínimas de cuidado para los dos lados, lo que es usual. El MOP nunca pregunta cómo van sus mandatos. Es una regla de trabajo donde está la norma, pero normalmente nunca se cumple.
No se requirieron antecedentes. Cuando el director del Serviu envía los antecedentes para la dictación de la resolución Nº 8 por parte de la ministra, el director del Serviu no envía antecedentes ni técnicos, jurídicos ni financieros para definir el monto de la transacción, sino que sólo hace presente que tienen antecedentes verbales.
Se le requirió a la ministra con una síntesis las concesiones, sin la mayor motivación.
La ex contralora interna del Serviu fue relevada de sus labores de control sobre este proceso y se le impidió que cumpliera el deber de velar por la observancia de la normativa.
Hay una eventual transgresión a los principios de probidad administrativa, eficiencia, eficacia, coordinación y transparencia.
Mostró otra transparencia en que se ven algunas de las actuaciones concretas de Rafael Marambio, que era subdirector jurídico. Surgen esas observaciones del contexto de las actas y de las interrogaciones a otros funcionarios intervinientes del Serviu. Aquí llegan a una conclusión similar a la anterior, y después hay una referencia.
Ahora, sobre el asesor de la ex ministra, señor Álvaro Baeza , que es un agente público, una persona contratada a honorarios, él estuvo en todo momento en conocimiento de los detalles del proceso negociador y no ilustró a la ex ministra acerca de aspectos que eran relevantes.
En declaraciones formuladas ante la Contraloría General declara no conocer el contenido del decreto supremo N° 236, pese a que estaba contratado como un asesor especialista en la materia.
Según declaraciones que se formulan y que se reproducen en los antecedentes entregados a la Comisión, varias personas señalan haber sido presionadas por el señor Baeza para apurar la tramitación de esta operación.
Principales conclusiones.
Algunos servidores del Serviu y del Ministerio de Vivienda decidieron definir el monto del pago sin sujetarse al control de juridicidad de la Contraloría.
Adoptaron conductas para obtener rápidamente la autorización del Minvu para celebrar un contrato que permitiera pagar al Consorcio Kodama sin antecedentes técnicos.
El Serviu no cumplió su obligación de comunicar a la Dirección de Vialidad las actuaciones y decisiones que estaban llevando en la transacción.
Se pretendió radicar en el Serviu una obligación dineraria que debía ser asumida por el MOP.
Se buscó llevar la transacción a sede judicial para los efectos de financiar los recursos públicos que fueran necesarios para el pago de esa obligación, de conformidad con lo que establece el subtítulo 26, que precisamente dice relación con el cumplimiento de sentencias judiciales.
Cree que eso es lo más demostrativo del ardid. O sea, no va a sacar esto del subtítulo ni de la partida que le corresponde, porque no tiene recursos financieros. La única partida que tiene con asignación de recursos financieros es la ley de Presupuestos, subtítulo 26, porque el 26 es un ítem que si lo tiene abierto, es una partida que si la abre, y la tienen abierta a todos los servicios, particularmente los entes descentralizados, como es cumplimiento de sentencia judicial es variable. Entonces, puede sacar recursos y cargar esa partida sin problema, y esa es la maravilla del subtítulo 26.
El informe justificatorio de los montos fue elaborado con posterioridad al contrato de transacción.
La Contraloría dice que sólo corresponde pagar, de acuerdo al contrato, de acuerdo con los antecedentes que hay y que tuvieron a la vista, 131.353 millones de pesos, esencialmente sobre la base de dos capítulos.
Un capítulo referido a unas facturas que pudieron haber sido respecto de compras que hizo el Consorcio Kodama para los efectos de dar cumplimiento a la construcción de un puente que después no se hizo. Las compras de esos productos se mandaron a hacer antes de que el Serviu diera la orden de no construir haciendo el puente de Melipilla, que es un puente ferroviario.
La otra cantidad obedece esencialmente a la fórmula que ellos entienden que de aplicarse, en relación con un aumento de obra, faltarían 129 millones de pesos, que también están desarrollados en el informe.
Eso a la Contraloría le da 131 millones de pesos, y, seguramente, la duda que la Comisión es por qué al Idiem le da más de 131 millones de pesos, aunque el Instituto manifiesta que está en sintonía con la Contraloría.
Efectivamente, si se revisan las cifras, hay que considerar la fecha que utiliza el Idiem para hacer el cálculo de la indemnización.
Finalmente, informó que La Contraloría está haciendo un sumario sobre la materia, que ya tiene una buena cantidad de tomos, y debiera ser instruido hasta que la investigación se agote.
Aclaró que ninguna autoridad objetó el uso de la palabra “ardid”, pero un académico de un instituto señaló que la Contraloría había utilizado la acepciyn “ardid”, que era propia del Derecho Penal. Pero el vocablo “ardid” no es propio del Derecho Penal, sino que bien representativo de una expresión que obedece a la causalidad y a la tipicidad de las actuaciones que se realizaron en este caso. Siguiendo la definición de la RAE significa “artificio, medio empleado hábil y mañosamente para el logro de algún intento”, en el caso investigado, como no se logró, significa que fue un intento. Cosa distinta sería que se hubieran llevado la indemnización. Al margen de lo anterior, hay otras palabras en el diccionario de la Real Academia Española que a la gente le sorprenden por su vulgaridad, pero que están allí recopiladas, como el vocablo “pichulear”, que está en la RAE desde 1999. Sobre esta expresión, señala: En Chile, dícese de obtener algún privilegio. Es más o menos lo que todos entendemos que significa esa expresión. Pero si uno lleva esas palabras a la ciencia penal, se provoca una situación complicada. Sin embargo, él cree que la palabra fue utilizada en los términos que corresponden exactamente al diccionario, porque lo que hubo acá fue un ardid, para evitar entrar a la Contraloría General con un decreto o resolución que dispusiera el pago y para lograr la imputación presupuestaria en una partida que no era la que correspondía. Pero como no resultó, fue un intento, es decir, un ardid. En la Contraloría hay un sumario administrativo en curso que determinará las responsabilidades de los involucrados.
La naturaleza jurídica del Serviu.
Dijo que el Serviu es una persona jurídica de derecho público y como tal tiene un vínculo de supervigilancia con el Ministerio, pero aquí hay que hacer una distinción. La supervigilancia es el vínculo de coordinación o de control que tiene el poder central, llámese Presidente de la República , quien lo ejerce a través de algún ministro , como en este caso en particular, respecto del ente descentralizado. No todos los servicios descentralizados aprueban sus transacciones mediante autorizaciones del poder central, como los servicios de Salud, en el contexto del DFL N° 1 de Salud; los servicios de Vivienda y Urbanismo, en fin; pero hay muchos otros que resuelven sus transacciones sin ninguna autorización del poder central.
Entonces, aquí hay algo que resulta ser muy complejo y bastante atípico. Primero, con esta autorización hay una gran descentralización, pero en este caso la autonomía transaccional del Serviu y su autorización, se cumplen sólo respecto de los actos que, en virtud de esa autonomía, están haciendo inversión o gasto público propio.
Es decir, el Serviu, eventualmente, hasta antes de las modificaciones legales podía pavimentar. Hoy, el Serviu sólo puede pavimentar por convenios. En consecuencia, cuando pavimentaba y necesitaba expropiar o transigir, siempre requería la autorización del Ministerio de Vivienda, pero en este caso particular, como él es un mandatario, no obstante que tiene la autorización del Ministerio de Vivienda, de la ministra, necesariamente, requiere de algo más. Por eso, si bien el camino era corto, también era indiciario de que iba a ir a un precipicio, porque cuando pidiera la asignación presupuestaria extraordinaria, a los efectos de hacer la imputación, obtenida ésta, en algún momento tendría que sacar 14 mil o 15 mil millones de pesos, que no tiene disponibles en términos residuales regulares. O sea, el Serviu, no obstante tener esta autorización, tendría que haber ido a la Dipres a obtener la asignación presupuestaria para que le transfirieran recursos y sacarlos el 26, pero hasta ahí hubiese llegado.
En realidad, era la ilusión hecha pedazos; era una ilusión de apuro. Coincidió en que todo fue hecho rápido, lo que es poco frecuente, desde el punto de vista de los trámites, pero de igual modo se hubieran pegado el encontronazo con la asignación presupuestaria de la Dipres.
Es cierto, tiene un sentido: el de la supervigilancia de un ministro sobre un servicio descentralizado que tiene que cumplir la ley. Pero hay otro sentido, que es el de los recursos financieros que no estaban disponibles presupuestariamente en el Serviu y que habrían tenido que obtenerse de alguna parte. Los recursos públicos sólo se obtienen de Hacienda.
La Contraloría tiene un trabajo, en materia de control externo y preventivo, representado lo primero por la auditoría y lo segundo por la toma de razón, que es bien concursal al tipo de desarrollo de políticas públicas que se hacen. Por otro lado, tiene un trabajo que es extraordinariamente aplicativo de la legislación que conlleva ese desarrollo de políticas públicas. Entonces, si se pudiera analizar desde la medicina veterinaria, habría que partir con el ejemplo del conejo, que se refiere a que es muy difícil dibujar un conejo cuando no se lo conoce. Seguramente, uno va a encontrar un pedazo de cola, un pedazo de oreja, un pedazo de patita de conejo, pero si uno tiene un gato como concepto de conejo, va a terminar en una mezcla en que, quizás, tendrá una cola, pero que no es representativa del lugar que corresponde, o dientes que no son representativos del tamaño debido.
Aunque parezca una pedantería hay un desacomodo entre lo que el Congreso legisla, lo que la administración aplica y lo que la Contraloría fiscaliza, bien o mal, conforme a los recursos con que cuenta. En eso hay un valor representativo de una integración que a veces es bien elogiada. Es decir, a veces, la aplicación o interpretación de la ley que queda incompleta o medio coja es subsumida por la potestad interpretativa de la Contraloría. En ese caso recibe elogios.
Otras veces se acercan a la interpretación y les dicen: “No, la Contraloría está legislando”. En eso tienen un tremendo problema. Pueden hacer miles de recomendaciones, pero hay una desarmonía o una verdadera cultura desarmónica entre lo que se entiende que fue el mensaje que llevó a la dictación de la ley, en como el Congreso intervino en ella, y lo que termina aplicando la administración en procura de la ley.
Hay tres estadios: los gobiernos regionales, los gobiernos comunales, que son los municipios, y el gobierno comunal de la Municipalidad de Santiago, que es otro municipio.
Hay una ley de pavimentación de la década del 30, que es para la comuna de Santiago. Todavía existe la Dirección de Pavimentación del Servicio de Vivienda y Urbanismo, servicio que tiene la calidad técnica de concursar como mandante-mandatario en los convenios de mandato para la ejecución de las calles.
En el número 2 del artículo 1 ° de la ley N° 20.035 se establecieron las disposiciones señaladas con anterioridad.
Lo que quiso explicar es que el Ministerio de Obras Públicas hoy dice: yo no tengo ninguna responsabilidad, salvo ser una caja pagadora, como si en algún tiempo hubiesen habido otras cajas pagadoras, pero la verdad es que en la administración no hay cajas pagadoras. Si se revisa la página 43 del informe de auditoría al que se está refiriendo, se verá que les señalan todas las obligaciones que les corresponden como mandante, y no sólo éstas. Lamentablemente, en Chile a la gente se le olvida.
El artículo 5º de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado obliga a los organismos estatales a actuar de manera coordinada. Sin embargo, hay una serie de textos legales que muchas veces no conversan entre sí, debido a lo cual de una u otra manera permiten o amparan que en su debido momento cada servicio público pueda decir que determinada materia no le corresponde, sino al otro, lo que se transforma en el juego antiguo del corre el anillo, en el que hago correr el anillo y al que le toca empieza a defenderse.
Aquí, el tema es el Transantiago, la legislación que dice relación con la implementación de éste, la implementación de la legislación sobre las competencias de los ministerios intervinientes y las irrupciones de comisiones administrativas, las que, de una u otra manera, sobre la base legal, comienzan a tener un rol. Se refería al Comité de Ministros del Transantiago que, en algún minuto, ha tomado decisiones más bien propias del legislador que de un comité de ministros, lo que ha incidido en costos financieros importantes y en contratos que dicen relación con la implementación del Transantiago.
Como ejemplo, la competencia para intervenir las calles -porque de eso se trata el Transan-tiago, la cual le correspondía de manera muy directa a un ministerio, particularmente a un servicio descentralizado, que era el Serviu, con excepción de la Municipalidad de Santiago, pues hay una ley de los años treinta que otorga una atribución especial a dicha municipalidad para actuar directamente en materia de pavimentación; el resto correspondía al Serviu.
Los municipios pueden intervenir, pero en cuanto gastan recursos y utilizan el Serviu, a veces, de manera particularmente aislada, con la tuición técnica de éste. Allí comienza a generarse todo un problema de formas de trabajo y de hacer inversión pública.
El Ministerio de Obras Públicas tiene los recursos financieros y, por regla general, el Ministerio no tiene competencias para intervenir dentro de calles. El Ministerio de Obras Públicas interviene caminos públicos, pero no calles, salvo que haya una declaración de camino público respecto de una calle. Por ejemplo, la avenida Libertador General Bernardo O’Higgins es una calle, pero es un camino público por una declaración. La avenida Presidente Kennedy se transformó en camino público para lograr hacer las concesiones que dicen relación con su uso. Además, cada declaración da origen a otra serie de situaciones jurídicas normativas particulares. En el fondo, todo esto tiene una enorme complejidad. Cuando uno trata de explicar esto parece bien demencial. En consecuencia, el MOP recibe los recursos financieros y debe encargárselo a una unidad técnica, que son los Serviu, a quienes les encarga la construcción de los corredores.
La intervención de las calles corresponde a los gobiernos regionales, pero como no hay una asignación presupuestaria ni una regla especial, interviene el Serviu con el convenio mandato. La primera reacción del Ministerio de Obras Públicas es decir que no tiene ninguna responsabilidad, ya que sólo es una caja pagadora.
En la página 43 del informe de auditoría se dice que el hecho de que sea un convenio mandato no releva ni excluye las obligaciones principales de un mandante ni el principio de eficiencia y eficacia que le corresponde a un servicio. Por lo tanto, el Ministerio de Obras Públicas tiene que ser eficiente y eficaz con los recursos financieros que entrega, eficiencia y eficacia en los términos del mandato, reglado por los artículos 2116 y siguiente del Código Civil, significan que el mandante, cuando encarga, tiene que hacerse responsable de ver cómo se está cumpliendo el cometido encargado, con independencia del Ministerio de Transportes. Alguien podría señalar que Transportes no tiene nada que ver. Sin embargo, ese ministerio sí tiene algo que ver, porque las modificaciones introducidas a su ley lo incluyeron como unidad técnica y ejecutora en materia del Transantiago. Si bien el Ministerio de Transportes no tiene idea de construir caminos ni calles, le dieron atribuciones legales para que lo hiciera. Siendo así, ¿a quién se va a entregar la ejecución de las calles? Convenios mandatos, ley Nº 18.091, para los efectos de que las construyan quien tiene la experiencia, cual es la Dirección de Pavimentación de los Serviu que van a seguir siendo insustituibles en el tema de la pavimentación.
Los auditores internos, técnicamente, están reglados desde el punto de vista de su competencia y de sus funciones por la Contraloría General de la República, según el artículo 18 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
Por otra parte, los auditores internos del Serviu tienen una particularidad, en el sentido de que no sólo están regidos por el decreto supremo que regula la Auditoría Interna General de Gobierno, sino que están reconocidos en el estatuto orgánico del Serviu. En consecuencia, esencialmente, el auditor del Serviu depende técnica y normativamente de la Contraloría.
En el artículo recién referido hay una norma que dice que si el auditor interno les hace presente algo, la Contraloría nosotros puede suspender la materialización o intervenir en los actos, lo que no se hizo. En general, los auditores internos tienen miedo. Es muy raro que asuman el costo administrativo funcionarial de hacer un acto de auditoría interna que le signifique un reemplazo o una contienda con su superior jerárquico desde el punto de vista de la fiscalización. En otras palabras, el auditor interno tiene temor no sólo cuando, en este caso, sus cargos están reconocidos, sino, incluso, cuando son inamovibles.
Según la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, los auditores internos que actúan como contralores internos municipales, cuando no son de planta, tienen asignación de funciones; pero cuando lo son, tienen respeto reverencial a los alcaldes. Entonces, el funcionamiento de la auditoría interna es muy difícil.
A lo mejor, lo que la Contraloría debería exigir a los funcionarios públicos es una prueba de cojones que está más cercana al heroísmo que al ejercicio normal del desempeño de un cargo público. Tendría que exigir una conducta heroica: que vayan y que asuman lo que significa hacer la denuncia.
Lo normal es que los servicios públicos no transijan. La Contraloría es bien restrictiva con las transacciones. Desde luego, la propia Contraloría se hizo una trampa en la resolución 1.600, porque en ella dice que distingue entre transacciones judiciales y extrajudiciales. Las extrajudiciales tienen que representarse en una resolución que va a toma de razón. Entonces, los servicios se hicieron una trampa, porque están diciendo indirectamente que cuando se haga una transacción judicial, no se acuda a Contraloría.
Por eso, todos buscan la transacción judicial, pero, en realidad, el contrato de transacción, en los términos de los artículos 2.446 y 2.448 del Código Civil, no distingue si es judicial o extrajudicial. Es de transacción, y no es muy frecuente. ¿Cuándo se usan las transacciones? Normalmente, cuando se quiere eludir el control.
Un ejemplo concreto es el decreto ley N° 3.501. La interpretación de la Contraloría General de la República es que no se aplica a los funcionarios municipales lo establecido en el dictamen N° 8.466, de 2008. Ya lo dijo en 1998 y cuando comenzó a regir el decreto ley N° 3.501, el 28 de febrero de 1981. Sin embargo, un grupo de funcionarios municipales, incluidos en él algunos alcaldes, entendió que la Contraloría había cambiado su criterio, a raíz de lo cual empezó a pagarse la diferencia de la asignación del decreto ley N° 3.501. Pero no sólo empezó a pagarse un equipamiento remuneratorio, al cual, por cierto, no tiene derecho, sino, además, algunos alcaldes empezaron a pagarse el beneficio.
Pero cuando se encuentra un forado, no se trata sólo de pagarse el beneficio, sino, como éste prescribe, comenzaron a pagarse hacia atrás. Por ello, algunos alcaldes se pagaron seis meses hacia atrás; otros, doce, y algunos hasta 18 meses, llevándose “marraquetas” que iban desde los 100 mil pesos hasta los 24 millones de pesos.
¿Qué hizo la Contraloría? En primer lugar, señaló que eso no se podía seguir haciendo, que estaba mal y que había que devolver el dinero. Un grupo de alcaldes ya lo ha hecho; pero otro decidió entablar juicios; se demandan ellos mismos: los funcionarios municipales y los alcaldes; y una vez que lo hacen, llegan a transacciones.
Las transacciones son un riesgo desde el punto de vista de las competencias y de los recursos públicos. Por eso, están excluidas por regla general. Debido a ello, hay cierto temor. Tanto es así que para que Chile pudiera transigir en los términos internacionales, que se referían a la serie de litigios que los tenían acogotados a raíz de la nacionalización del cobre y, por ende, de sus consecuencias patrimoniales y de la renegociación de la deuda de los bancos, en las décadas de los 70 y de los 80, debió dictarse con mucho cuidado un decreto ley especial, para que Chile pudiera transigir en el orden internacional bajo ciertas formas.
La Contraloría tiene mucho respeto a las transacciones; son un buen modo de terminar un juicio, pero también un gran riesgo desde el punto de vista de la discrecionalidad envuelta, en la forma de determinación del monto y a quién beneficia el Estado.
Cuando la Contraloría inició esta auditoría, pidió los antecedentes al Ministerio. Entonces, se dieron cuenta que había un Sumario. El sumariante era Eduardo Contreras , jefe del Área de Pavimentación , una de las personas que denunció las irregularidades del informe técnico. La Contraloría, basada en su ley orgánica, decidió quitárselo. Por lo tanto, sólo hay un sumario, en el cual se han recibido 50 declaraciones; cinco tomos de antecedentes. Seguramente, en el transcurso de los meses venideros habrá resultados importantes.
Don Osvaldo Vargas , Jefe de la División de Infraestructura y Regulación de la Contraloría General de la República.
Explicó las discrepancias de montos entre el Dictuc y el Idiem de la Universidad de Chile. El Dictuc, al hacer su análisis, lo hace sin tener a la vista la normativa aplicable a esos contratos, específicamente, el decreto N° 236, que establece la regulación aplicable a los mismos. En esa medida, el análisis que hace el Dictuc pasa por otras consideraciones, y omite tener a la vista esa regulación, que es la que, a fin de cuentas, define pormenorizadamente todo lo que dice relación con los contratos de obras públicas que celebra el Serviu y que, naturalmente, deben ser aplicados por esas entidades.
En el caso del Idiem, la diferencia es bastante menor y simple de explicar. Tiene que ver con la base de cálculo para los efectos de determinada indemnización por ampliación de plazos y mayores gastos generales.
Al respecto, tal como señaló el contralor, en febrero de 2010, el Serviu dictó una resolución disponiendo una ampliación de plazo de 90 días con derecho a indemnización por mayores gastos generales por un monto de 950 y tantos y millones de pesos. Esa resolución fue representada por la Contraloría por no ajustarse a la normativa, fundamentalmente por dos razones: una, porque la obra extraordinaria de la que se trataba era el colector Lo Errázuriz , y el análisis determinó que la construcción de un colector no tenía que ver directamente con una obra de pavimentación de un corredor de transporte público. Entonces, la primera observación que hizo la Contraloría fue que esa obra extraordinaria no fue tal, sino que debió ser celebrada a través de un contrato distinto, sujeto a licitación o, eventualmente, a una propuesta privada, en la medida en que se hubieron dado las condiciones que hicieran procedente esa excepción.
Entonces, el primer reparo tiene que ver con la circunstancia de que se acuerden esas obras extraordinarias como parte de ese contrato, en circunstancias de que no debieron serlo.
La segunda razón de la representación que se hizo respecto de esa resolución consistía en que el monto de la indemnización estaba siendo calculado sobre la base del valor total del contrato, en circunstancias de que, si estaba calificada como obra extraordinaria, no podía sino ser considerada como una etapa, o como una obra distinta. Naturalmente, para los efectos de este cálculo, no podía considerarse el valor total del contrato, que era del orden de los 25 mil millones de pesos, versus esta obra, que era de una cifra considerablemente inferior.
Entonces, lo que se dijo fue que no correspondía a ese monto, porque, para los efectos de esa indemnización, tenía que considerarse el valor de esa obra extraordinaria, considerándola como un tramo o una etapa distinta.
Se hizo esa representación, y el Serviu no insistió en su predicamento; corrigió la resolución y, a fin de cuentas, en lugar de los 956 millones que estaba pagando como indemnización por esa resolución, la corrigió, y dispuso el pago de un poco más de 90 millones de pesos, considerando esos dos elementos.
Del análisis de todos los antecedentes y de todas resoluciones modificatorias del contrato que aparecen mencionadas en el informe, hay una de ellas que concede una ampliación de plazo, por 212 días, y no contiene la expresiyn “sin derecho a indemnización”. Si se revisa los antecedentes de esa ampliación de plazo, se llega a la conclusión de que tiene que ver exactamente con las mismas circunstancias que justificaban la ampliación de plazo a que se refería la otra resolución y que, a fin de cuentas, tiene que ver con que no se pudo entregar el terreno para los efectos de la construcción de este colector, en atención a que la concesionaria de la Autopista del Sol no había dado las autorizaciones pertinentes, conforme a lo que tenía que concordar con la Dirección de Vialidad, que es su contraparte para esos efectos. Por lo tanto, se determinó que hubo un problema por parte del Serviu, en el sentido de no entregar esos terrenos para la realización de esa obra extraordinaria, concretamente, el colector, Por lo tanto, esa ampliación de plazo es procedente con indemnización, porque la responsabilidad de la no entrega es del Servicio.
¿Cuál es la diferencia con el Idiem?
Aplicando el mismo criterio contenido en el oficio de representación, la Contraloría dice que corresponde a la indemnización. Pero, de los 212 días, por una parte, hay que restar los 90 días que ya fueron indemnizados a través de esta otra resolución, y por otra, el monto de la base de cálculo no puede sino ser la misma que se tuvo a la vista respecto de la otra resolución. Eso no corresponde al monto total del contrato, sino al valor de esa obra extraordinaria, considerada como una etapa o zona concreta.
Eso justifica o explica mejor la diferencia entre los valores a los que llegan el Idiem y la Contraloría. El Idiem hace un ejercicio en el sentido de aplicar la normativa que corresponde a esos contratos, razón por la cual las cifras son bastante más cercanas. La diferencia está dada fundamentalmente por ese concepto.
El segundo concepto de diferencia se refiere a la consideración o no de la indemnización de un premio por el cambio de proyecto a propósito del denominado Puente de Melipilla a que se refirió el Contralor. El Idiem estimó en su primer informe que la indemnización era procedente, pero en su segundo informe señaló que no lo era. En el informe de la Contraloría cumplieron con el procedimiento, porque no se daban las condiciones que justificaban ese premio, toda vez que no se trataba propiamente de un cambio de proyecto. El primer proyecto consideraba la construcción de un puente ferroviario y cambiar toda la vialidad de ese sector, atendidos los costos que eso significaba para el Serviu por el cambio de las líneas férreas. Finalmente, se determinó no hacerlo, y lo único que se hizo fue rebajar un poco la superficie de la calle y mejorar los virajes en ese sector. Por lo tanto, de una obra cuyo valor era de alrededor de 2.400 millones de pesos, se rebajó a aproximadamente 130 y tantos millones. Entonces, propiamente no se hizo un cambio de proyecto, sino que, en definitiva, se hizo otra cosa. No se trata de que se haya mejorado el proyecto para construir un mejor puente que resultara más barato y que justificara el premio, sino que se desestimó esa construcción y sólo se hicieron esas otras mejoras.
Por último, en lo que se refiere a las multas, en el informe de la Contraloría hacen presente que se prevé una serie de pagos por concepto de multas que estarían mal aplicadas. Como se señala en el informe, de acuerdo con los antecedentes de que disponían, hay una serie de multas que están aplicadas. Una pocas de ellas fueron objeto de reclamos por parte de la empresa en su momento y en varias otras no hay antecedentes de que haya habido reclamos. En verdad, ese tema está regulado específicamente en el reglamento, tanto en lo que se refiere a la posibilidad de impugnar las multas como en lo que se refiere a la posibilidad de impugnar los estados de pago, que es donde se materializan aquéllas, sin que eso se hubiese concretado por parte del consorcio Kodama. En esa medida, no existían elementos suficientes como para estimar que las multas se podían levantar.
^@#@ ^Don Sergio Urrejola , Presidente del Consejo de Defensa del Estado .
Señaló que existe información que no puede entregar por la reserva, que consta en el artículo 61 de la Ley del Consejo y por la Ley del Secreto Profesional. El Consejo tampoco ha entregado a la opinión pública información al respecto. Entrega a la Comisión el texto de la demanda que entabló el Consejo. Es el juicio ordinario por la nulidad absoluta del contrato de transacción firmada entre el Servicio de Vivienda y Urbanismo y la empresa Kodama que fue notificada la semana recién pasada, tanto a Kodama el día jueves, como al Serviu el día viernes. Ésta ya es pública y por ello la puede entregar.
En la demanda está claro cuáles son todas las causas jurídicas por las que se pide la nulidad, no obstante, hizo un breve resumen para explicar en qué consiste el hecho de por qué pedir la nulidad.
Petición de nulidad.
Señaló que el que firmó el contrato, es decir, la licitación de este corredor, fue el Serviu, en representación del Ministerio de Obras Públicas. Todas las preguntas en la licitación se hicieron también al Ministerio de Obras Públicas, representado por el Serviu.
El contrato fue firmado por el Serviu en representación del Ministerio de Obras Públicas. El mandante era el Ministerio de Obras Públicas y esta transacción y el juicio que dio motivo a esta transacción fue un juicio que demandó Kodama al Serviu, pero no al Serviu en representación del Ministerio de Obras Públicas. El Consejo está pidiendo la nulidad de este contrato puesto que el Serviu no estaba obligado al pago. El Serviu no era el mandante y, por consiguiente, la transacción adolece de ciertos vicios. Ése es el tema central.
Precisó que en la demanda está claro cada uno de los vicios en los cuales se incurrió, para los efectos de la explicación, que es pública; está aquí y puede servir como antecedente. Son las cosas que expuso el Consejo para pedir esta nulidad. Está corriendo el plazo de 15 días para que se conteste. El Consejo, como demandante, tiene la esperanza de terminar rápido este pleito para sacar este pasivo que tiene el Estado de esta supuesta obligación de pago, de modo que no se pague un peso.
La responsabilidad de cada una de las personas que actuaron es un tema penal que el Consejo está estudiando. No se ha resuelto todavía presentar alguna querella, pero está en estudio y muy pronto va a hacerse en la parte penal.
En el juicio civil, el Serviu -como señala la demanda- se habría obligado a algo que no estaba obligado. Ésa es la demanda en que el Fisco señala que el Serviu no está obligado a pagar una obligación que tomó sin estar obligado al pago, porque no representa a quien era su mandante; no se podía obligar con una obligación que no era de su competencia. Porque el competente para obligarse era el Ministerio de Obras Públicas y la contraparte de Kodama era el Ministerio de Obras Públicas.
En la demanda están bien explicados cada uno de los motivos de por qué el Consejo, después de estudiarlo, y no por poco tiempo, resolvió entablar esta demanda de esta forma, porque veía que el único camino que existía para que el Estado no estuviera obligado a pagar esta obligación era pedir la nulidad de esta supuesta transacción.
En la demanda, están expuestos las causales y los argumentos que el Consejo sostiene para señalar que este contrato adolece de nulidad absoluta. Respecto de las personas que puedan haber cometido algún ilícito, su responsabilidad quedará expuesta en la querella que pueda entablar el Consejo.
Si se lee detalladamente la demanda, se verá que el Consejo no exculpa a nadie, sino que señala hechos por los que en la parte civil el fisco no está obligado a pagar esta obligación. Eso es lo que ha hecho el Consejo: buscar la forma legal de demandar a la institución que se obligó a pagar un compromiso y que, según el Consejo, se extralimitó en sus facultades.
Lo que quieren es que ese contrato que ambas partes suscribieron y se obligaron a pagar quede sin efecto, ya sea por la vía judicial o porque las partes se allanen a la demanda.
Al Consejo le interesa ver que un pasivo que tiene el fisco con un título ejecutivo firmado en escritura pública no sea cobrado, sin perjuicio de que con posterioridad se busquen las acciones y las responsabilidades civiles o penales de cada una de las personas que intervinieron en esta situación. Esta es la parte civil. En la parte penal no se ha presentado ninguna querella; está en estudio y debiera ser resuelto en las próximas semanas.
Para entender los argumentos del Consejo, de la Contraloría y los documentos que han recabado y recibido, se debe leer la información que dejó a disposición de la Comisión, en la que se señala claramente cada una de las actuaciones de las personas y por qué consideran que existe una nulidad absoluta en el contrato que firmaron y los motivos cuyas causales están. Al leer -si bien es cierto, es bastante técnico- el relato de los hechos, se ve que están muy claras las irregularidades que el Consejo ha detectado y los vicios que se cometieron al hacer este contrato de transacción.
La defensa de los intereses del Estado.
Pidió que antes que se critique la actuación del Consejo de Defensa del Estado se tome en cuenta la deferencia que ha habido en términos de dar a conocer la demanda a la Comisión que no ha sido entregada a nadie aún, ni la han filtrado a la prensa, puesto que están obligados a guardar reserva en sus actuaciones. Pidió que lean la demanda con detención, porque cuando se hace una demanda se usan adjetivos calificativos para calificar los hechos, y ello no sólo porque hay que darlos a conocer, sino porque hay que ser convincente para ganar un juicio.
Si la Comisión lee las páginas del documento, como es el caso de la 15, podrán ver que el Consejo emite opinión respecto de las actuaciones de las personas que pudieran estar involucradas en esto. Cree que el documento es objetivo y quiere defender los intereses del Estado en dos formas: en la parte civil y cuando hay defraudación o intento de defraudación al Fisco. Está en estudio la querella, que es una cuestión distinta a esta actuación. Son dos cosas distintas. Si bien cuando se interpone una demanda se realizan imputaciones y se califican hechos, algunos de los cuales, incluso, están calificados en la Contraloría, lo que no se puede hacer son imputaciones al resto de los demandados, porque también tienen derecho a algo tan legítimo como es defenderse.
¿Y cómo se defendían mejor los intereses del Fisco, y del Estado? Los 12 consejeros lo delegaron en una Comisión y buscaron a los mejores dentro del Consejo para que estudiaran el problema. Seguidamente, presentaron esta demanda al Consejo, la cual fue aprobada por la unanimidad de los 12 consejeros, para ser presentada en estos términos.
En ocasiones, cuando se quiere demandar algo, lo más difícil de decidir es la acción a entablar, por cuanto, a veces, cuesta emprender una acción. Por ejemplo, no se puede incoar una acción contra una de las partes en un contrato, y lo que les importa es defender, lo mejor posible, los intereses del Fisco, y con esta demanda, que está muy bien fundamentada, esperan ganar, como todo aquel que demanda.
¿Cuándo se gana? Hay dos formas de lograrlo, con una sentencia que demore mucho tiempo o que ambas partes se den cuenta de lo que hicieron -bien o mal, con errores, de buena o mala fe; hay otra etapa en que se califica el hecho- y les digan que el contrato es nulo. Entonces, ya tendrían ganada para el Fisco por lo menos esa cuantiosa demanda, y ya no se pagarían los 17 mil millones más IVA.
Otra cuestión es si en esas actuaciones, para llegar a ese contrato, se cometieron actos ilícitos, materia que se aborda mediante una querella penal.
-Palabras finales.
Recordó que trajeron esta demanda recién ahora, porque recibieron la invitación de la Cámara de Diputados hace dos semanas. Tenían otra invitación, de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, para el miércoles anterior, pero no podían venir. Si hubieran venido, no habrían traído la demanda, porque aún no estaba notificada, y mientras no estuvieran notificadas las partes no podían darla a conocer. Por suerte, la demanda fue notificada el jueves y el viernes anteriores, a Kodama y al Serviu, respectivamente, de manera que ya pueden dejar una copia. Y han tenido especial preocupación para que no se filtrara a los medios, porque querían entregárselas a la Comisión primero, hacerla pública en la Comisión que está investigando estos hechos que han causado preocupación en muchos sectores de la población y en el Gobierno -imagino-, dado que la ministra renunció y asumió un nuevo titular.
En las páginas 3, 4, 5 están cada una de las resoluciones exentas del Serviu y los antecedentes por las cuales se fue modificando el contrato. Ahí, está numerada cada una de las resoluciones. Si la Comisión quiere verlas, las pueden pedir, porque están todas y cada una de ellas. Hay diecisiete antecedentes numerados uno tras otro.
Don Carlos Mackenney , Consejero del Consejo de Defensa del Estado .
Expuso que ellos tienen cierta experiencia para saber que frente a cualquier hecho de la naturaleza de lo ocurrido en el Ministerio de la Vivienda, Serviu y Kodama, surgen tres tipos de responsabilidades: civil, penal y administrativa.
Ciertamente, las responsabilidades administrativas no son materia que les incumba determinar, por cuanto es propia de la competencia y jurisdicción de la Contraloría, pero sí son de su competencia el ámbito civil y penal, en tanto cuanto el hecho sea responsabilidad de funcionarios públicos. En lo particular, derechamente no les corresponde, salvo cuando hay afectación del patrimonio fiscal.
Las razones por las cuales el Consejo presentó la demanda están plasmadas en el documento. Lo sabe porque forma parte del comité civil, el cual estudió fundamentalmente la demanda que tenía el mismo carácter.
Una lectura rápida del mismo permite advertir que las causales de nulidad invocadas, de nulidad absoluta, no son solamente aquéllas a las cuales se han referido, como la falta de mandato del MOP para transigir al Serviu, sino que hay otras, que se relacionan con el objeto ilícito, con el ardid, con el error, etcétera, naturalmente, materias que son propias de la ponderación de un juzgado civil.
Esto se debatió en el Consejo, y fueron muy cuidadosos en que ninguna afirmación que se hiciera en la demanda civil complicara, complejizara o dificultara la investigación que actualmente realiza el Ministerio Público, respecto de la cual el Consejo está encima hace ya bastante tiempo.
La eventual presentación de acciones penales se realiza después de la ponderación adecuada de los antecedentes que obran en el Ministerio Público y de las respectivas declaraciones indagatorias. Ciertamente, están en el tiempo de adoptar esa decisión y, como lo señaló el presidente del Consejo del Estado , es un asunto que se encuentra pendiente de análisis, para hacerlo de la manera más responsable posible, lo cual no significa, bajo ninguna circunstancia, que el Consejo de Defensa del Estado analice el tema bajo la lógica de una estrategia distinta a la jurídica propiamente tal. Para los efectos de la demanda civil se consideró un elemento fundamental: el informe de la Contraloría.
Se demandó al Serviu y a Kodama, porque ambos fueron los firmantes del contrato de transacción que se presentó al tribunal civil.
Agregó que el Consejo, con posterioridad al conocimiento de esa información, asumió la defensa de otra demanda de Kodama en contra del Serviu por encargo del propio Serviu , una vez que se produjo esa situación. Ese juicio lo están defendiendo en el área civil, con la competencia propia de sus abogados.
Entonces, la demanda civil no tiene por objeto eliminar la factibilidad, la posibilidad de la indagación penal; todo lo contrario, si se hizo, fue con la seriedad suficiente para que ni de su texto ni de lo que pueda suceder en el proceso civil pueda inferirse alguna conclusión en la línea de lo que actualmente investiga el Ministerio Público, institución a la cual le corresponde la persecución penal pública.
Don Andrés Montes Cruz , fiscal de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte.
Antecedentes Generales.
Comentó que asiste en representación del Fiscal Nacional, señor Sabas Chahuán , toda vez que la investigación que se asocia al mandato de esta Comisión está radicada en la Fiscalía Centro Norte de la Región Metropolitana.
Este proceso se inició por una denuncia presentada el 8 de abril de 2011 por la entonces ministra de Vivienda y Urbanismo, señora Magdalena Matte, en la cual dio cuenta de una serie de hechos.
Antes de profundizar en la descripción de la investigación y de hacer algunos alcances de interés para la Comisión, precisó que la Fiscalía está sujeta a una serie de restricciones en cuanto a entregar información, básicamente, debido a lo que dispone el artículo 182 del Código Procesal Penal, que establece que la investigación es secreta para terceros ajenos a la misma.
Éste es un caso de alta complejidad, en tanto da cuenta de un hecho grave ocurrido en el ámbito de la administración de los recursos públicos y que merecía ser investigado con el máximo de acuciosidad. De allí que se haya asignado a una fiscalía especial de la Fiscalía Centro Norte, como es la Fiscalía de Casos de Alta Complejidad, cuyo fiscal jefe es el señor José Morales quien está a cargo de la investigación. Para ello ha formado un equipo de trabajo que le permite enfrentar de mejor manera la voluminosa cantidad de antecedentes que se han recopilado, según el mismo dará cuenta.
Autonomía de la Fiscalía.
Esta investigación se va a desarrollar usando plenamente la autonomía constitucional de la cual goza el Ministerio Público. Cualquier acción, sea civil o penal, ejercida por el Consejo de Defensa del Estado es un antecedente adicional, pero de ninguna forma afecta la apreciación a la cual pueda llegar el Ministerio Público a lo largo de la investigación. De hecho, se están investigando todas las aristas posibles y han definido como ámbito de análisis no solamente el proceso verificado este año y la transacción a la cual se arribó en enero, sino que también todo el proceso previo, partiendo incluso desde la adjudicación, con el objeto de clarificar la racionalidad económica que había detrás de todo el contrato, de modo que no quede ninguna duda respecto de cuál era la razonabilidad que había en cada uno de los pagos que fueron materia de ese contrato.
Por lo tanto, aseguró que con prescindencia de cuál sea la apreciación del Consejo en uno u otro sentido, ellos siguen una investigación penal que va a llegar a la conclusión a la que los lleven los hechos que están investigando.
La Fiscalía no ha visto la querella. La querella se presentó ante el Tribunal de Garantías y probablemente va a transcurrir un lapso antes de que sea recibida por la Fiscalía. Por lo tanto, no tenían en ese momento la referencia exacta respecto de cuáles son los nombres ni los delitos que se le atribuye a cada una de las personas que han sido objeto de la querella. De hecho, es parte importante de la pericia que han encargado a la Universidad Católica de Valparaíso, que dice relación con todo ese proceso.
En el mismo sentido, se han tomado algunas declaraciones vinculadas al proceso de adjudicación, pero sin duda que falta seguir tomando otras. El proceso se verificó en noviembre de 2006, de manera tal que en noviembre de este año se cumplirían los cinco años que es el plazo de prescripción para un eventual delito; por lo tanto, están focalizados en esa arista con cierta urgencia.
El caso tiene prioridad y relevancia toda vez que se trata de recursos públicos. De ahí que se han desplegado todos los recursos necesarios para realizar esta investigación en los términos más rigurosos posibles.
Esperan tener una visión bien clara dentro del último trimestre de este año, o en el caso en el primer trimestre del próximo, acerca de lo que ocurrió en todo este caso, con el objeto de tomar una decisión respecto de cuál va a ser el curso a seguir.
A ello hay que sumar, por lo que ha trascendido en la prensa, que el día anterior se tomó la decisión, por parte del Consejo, de presentar una querella contra ciertas personas, pero cuyo contenido todavía no conocen, de manera tal que no pueden emitir ningún tipo de comentario u opinión al respecto. Ni siquiera saben contra quién exactamente iría dirigida esa querella.
Don José Morales, Fiscal a cargo de Delitos de Alta complejidad en la Fiscalía Metropolitana Centro Norte.
Denuncias y querellas.
Señaló que esta causa se originó en una denuncia que presentó la ex ministra Magdalena Matte , el 8 de abril del presente año. A propósito de esa denuncia, la Fiscalía constituyó un equipo investigativo que le ha correspondido liderar, en el cual participa un grupo de abogados especialistas en análisis financiero. Asimismo, cuentan con la colaboración del OS-9 de Carabineros y con información que les ha proporcionado la Contraloría General de la República y otra que proviene de las diversas diligencias de investigación que han realizado.
El caso lo han dirigido en particular contra seis personas imputadas de los delitos de fraude al fisco y de cohecho. Además se tomó declaración a otras quince personas, todas las cuales han sido bastante extensas. La prensa ha dado cuenta de algunas de esas declaraciones, que han durado de 5 a 7 horas, por la gran cantidad de antecedentes que han debido proporcionar esos testigos.
Quienes se encuentran involucrados en calidad de imputados son tanto funcionarios o personas que en su momento tuvieron la calidad funcionarios públicos, como también particulares, en específico los abogados de la empresa Kodama.
Agregó que, tal como señaló el Fiscal Regional, en la investigación, además, han contado con la colaboración del Ministerio de Vivienda y del Servicio de Vivienda y Urbanismo, cada vez que han sido requeridos, en conformidad con la facultad que el artículo 19 del Código Procesal Penal confiere al Ministerio Público, y han entregado a la brevedad posible todos los antecedentes que han solicitado. Por lo tanto, en ese aspecto su colaboración ha sido de gran utilidad para nuestra investigación.
En esta causa se presentaron algunas querellas por parte de un grupo de diputados del Partido Socialista y otras de diputados de la Democracia Cristiana. También hay una querella del senador Alejandro Navarro , que tiene la particularidad de añadir un elemento distinto, cual es buscar la responsabilidad penal de la empresa Kodama, como persona jurídica, aspecto que les interesa y que forma parte de las diligencias de investigación relativa a si esta empresa, o los ejecutivos principales de la misma, cometieron el delito de cohecho en beneficio de la empresa Kodama. Es lo que requiere la ley en este caso.
Hasta el momento el Consejo de Defensa del Estado no ha presentado querella. Por lo menos, no ha sido notificada a la Fiscalía la resolución respecto de la querella. De hecho, se enteraron la víspera de la asistencia a la sesión de la Comisión por la prensa que los consejeros habían aprobado una querella respecto de determinadas personas.
Información utilizada.
Han contado, además, con diversa información proporcionada por el Ministerio de Vivienda, que proviene tanto de los informes técnicos que en su oportunidad fueron encargados por ellos, en particular de uno que elaboró el instituto técnico especializado de la Universidad de Chile, el Idiem, aunque no reúne las características de un peritaje. Ese informe llegó a una conclusión determinada respecto de los montos que en su concepto debieron haberse pagado. Para una mejor ilustración, esos montos dicen relación con que toda la contratación de una obra pública en el país debe regirse por el decreto supremo N° 236, que establece una serie de requisitos tanto para la adjudicación del contrato como para el período de ejecución del mismo y para las diversas controversias que se puedan generar durante la ejecución del mismo, en relación con mayores plazos, con las reclamaciones, imprevistos que van sucediendo en el transcurso de las obras, etcétera.
A propósito de eso es que la Fiscalía encargó una diligencia que aún está pendiente. Es un peritaje que está elaborando el Centro de Estudios de Asistencia Legislativa de la Universidad Católica de Valparaíso, CEAL, al cual se le pidió un estudio que dice relación precisamente con estos tres puntos: análisis de la adjudicación y ejecución de las obras, dirimir si el informe presentado por la Dictuc tiene o no los montos correctos, es decir, si para el cálculo de los montos se aplicó el decreto supremo N° 236 y, en definitiva, cómo se utilizó para obtener la aprobación del decreto supremo N° 8. Este es un aspecto bastante importante para la Fiscalía.
El contrato.
Este contrato fue adjudicado en noviembre 2006, bajo la anterior administración, y su proceso de licitación se sometió a lo dispuesto en el decreto supremo N° 236.
A la Fiscalía les interesa saber qué es lo que pasó en definitiva en ese período, es decir, cómo se adjudicó el contrato a la empresa, qué es lo que la empresa debió o no debió considerar en este contrato, etcétera.
En cuanto al período de ejecución, les interesa revisar cómo se fueron realizando las diversas ampliaciones al contrato. Hubo seis ampliaciones, cinco de las cuales se hicieron con mayores gastos generales.
Incluso, un informe de la Contraloría se pronunció sobre que en una de las ampliaciones se debió haber realizado una licitación, por cuanto no era una obra complementaria, sino una distinta, atendido los montos involucrados. Por lo tanto, es algo que les interesa, porque también deben considerar si eso forma parte o no de los eventuales delitos que se pueden haber cometido, como el cohecho o fraude al fisco, uno de los más graves y que en este caso tiene una pena bastante grande, por los montos involucrados.
Una de las partes de la investigación dice relación con el proceso que se llevó a cabo en el 10° Juzgado Civil , en relación con la demanda que interpuso la empresa Kodama y la contestación de la demanda que se realizó durante un escaso tiempo por parte del Serviu Metropolitano.
Otra cosa que han investigado es la regularidad de ese tipo de actuaciones en la Administración Pública, es decir, si ésta realiza o no regularmente transacciones en tan corto plazo, cuántas eran las transacciones judiciales que se habían realizado durante esa administración, etcétera. Además, cabe considerar que la facultad de transigir, aplicada por el director del Serviu , se encontraba establecida en el decreto supremo N° 355, que regula las facultades del Serviu, y requiere un decreto supremo del ministro para aprobar esa transacción. Pero también es un aspecto que les interesa dilucidar y forma parte de las aristas de la investigación.
Según los antecedentes que han recopilado en la investigación, hay una información bastante interesante, que, incluso, los representantes de la Dictuc podrían entregar.
El informe de la Dictuc, encargado por la empresa Kodama y sólo con antecedentes aportados por ésta, el cual se refiere a los gastos efectivos en que incurrió esa empresa a propósito de la construcción del corredor Pedro Aguirre Cerda . La diferencia radica en que el informe del Idiem, de la Universidad de Chile, considera el de la Dictuc y un segundo informe menos conocido, elaborado por los señores Rafael Marambio y Franz Greve y hecho una vez dictado el decreto supremo N° 8, el cual trata de explicar, en derecho y con fundamentos técnicos, por qué se había llegado a 17 mil millones de pesos.
El informe del Idiem procesa los mayores gastos efectivos, pero a la luz del decreto supremo N° 236. Sin embargo, el problema de dicho informe, como ellos mismos lo señalan, es que no se trata propiamente de un peritaje, porque no hace un análisis detallado de cada una de las partidas o los mayores gastos generales, ni de los libros de obras, ni de una a una de las ampliaciones, etcétera.
Por lo tanto, considerando el estándar de convicción que se requiere en un eventual juicio oral para decidir o no la condena de una persona, es decir, que un perito debe ir a un tribunal de juicio oral y exponer de acuerdo a sus conocimientos técnicos, junto con hacer un análisis pormenorizado de la situación y una exposición, es que nosotros consideramos, de oficio, que lo mejor era hacer un análisis por una institución independiente, y a propósito de eso se sostuvieron conversaciones con la gente de la Universidad Católica de Valparaíso y se llegó a la conclusión de elaborar un informe en los términos que ya habíamos expuesto anteriormente, porque también hay que considerar que lo de lo Contraloría no es un informe que reúne las características del informe pericial establecido en el Código Procesal Penal.
Lo que se puede decir es que precisamente una de las cosas que la Contraloría cuestionó a la transacción es que había un pronunciamiento previo de ese órgano sobre lo que debían ser los mayores gastos generales, los cuales debían ser aplicados en proporción a lo que representaban respecto del total del contrato y no en su totalidad. De hecho, en febrero de 2010 rebajó de 959 millones de pesos a 95 millones de pesos lo que se señalaba se debía pagar por concepto de demoras. Sin embargo, ese antecedente de la Contraloría es uno más de los que han considerado para los efectos de investigar. El objeto de hacerlo en tres periodos, de adjudicación, ejecución y resolución del mandato, dice relación con lo que corresponde para investigar un delito de esa naturaleza, con el que defrauda al Fisco, considerando además que cada una de las partes estaba directamente relacionada con las otras.
Don Ricardo Trincado , ex director del Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana .
Su trayectoria.
Sostuvo que en los cuatro años en que estuvo a cargo del Serviu Metropolitano, entre 2004 y principios de 2008 se destacaron dos grandes hitos:
1.- El cambio de la política de vivienda, que fue gigantesco desde el punto de vista de la modalidad de construcción de viviendas sociales y de las exigencias de calidad y cantidad de colocación de subsidios.
Fue un cambio brutal en Chile, y en particular en la Región Metropolitana, donde vive casi la mitad de la población del país y donde se concentra casi la mitad de la demanda, casi la mitad del déficit habitacional, etcétera.
Los planes de infraestructura para el Transantiago requirieron grandes intervenciones en toda la ciudad, como la construcción de corredores segregados. Pero no sólo eso, pues también hubo que hacer una actualización general de la infraestructura de la ciudad, a fin de que el sistema pudiera funcionar medianamente bien.
Como el Serviu es la herramienta precisa para esa clase de intervenciones dentro de las ciudades, le tocó canalizar una gigantesca cantidad de obras durante ese período. Para exponerlo en cifras, se pasó de un promedio de 8 mil millones de pesos anuales en el ámbito de vialidad y aguas lluvia a un promedio cercano a los 100 mil millones de pesos anuales, y con los mismos recursos humanos, por supuesto.
Dentro de las tareas que tuvo que abordar en materia de infraestructura estuvo la licitación y construcción de los corredores de transporte público. Entre otros, licitaron y se inició la construcción del corredor Pedro Aguirre Cerda , que es el que se investiga; del corredor Las Industrias, del tramo 4 de Vicuña Mackenna, de dos de los tramos de avenida Grecia , del corredor de avenida Dorsal, en el anillo interior. También quedó preparada la licitación del corredor de Departamental; se intervino el resto de la ciudad para establecer vías segregadas de buses, no mediante una intervención física, sino que estableciendo pistas demarcadas para el tránsito exclusivo de buses. Además, hubo que instalar 5 mil paraderos del Transantiago, aproximadamente, en treinta días y después iluminarlos. Hubo que ejecutar las estaciones de trasbordo de parte de la red del Transantiago; una parte fue licitada y la otra fue hecha por obra pública. Ésas fueron algunas de las obras principales que se realizaron en esos cuatro años.
Procedimientos de licitación.
Preciso que estos procedimientos, en el caso del Serviu metropolitano están regulados por el decreto supremo N° 236. Además, hay una serie de otras normas que deben seguirse y tenerse presentes, como son las instrucciones de la Contraloría y las de la Dirección de Presupuestos. Pero el decreto supremo N° 236 es la matriz que regula la actuación del Serviu a la hora de licitar, determina cuándo licitar, de qué manera contratar y cómo establecer las relaciones con los contratistas.
Cuando se llama a licitación un proyecto, en primer término hay que preparar las bases de licitación, con las que contará cada una de las empresas para presentar sus ofertas. Estas bases son preparadas dentro del servicio y deben ser sometidas a una primera revisión por parte de la Contraloría para que tome razón y las autorice antes de su publicación.
¿Qué verifica la Contraloría General de la República? que las bases cumplan la legalidad vigente, esto es, que cumplan con lo establecido en el decreto supremo N° 236 y en el resto de la normativa que regula una licitación.
En este caso, todos los plazos del proceso los habían reducido al mínimo posible. ¿Cuál era el propósito de esa reducción de plazos? Contratar a la brevedad la construcción de esos corredores de transporte público, debido a la necesidad que tenía el sistema del Transantiago de disponer de vías para disminuir los tiempos de viaje de los buses. Pasaron cerca de sesenta días entre la publicación y la apertura.
Luego, se reciben las ofertas técnicas y económicas de cada una de las empresas en fechas que están estipuladas en las mismas bases, las que deben ser establecidas públicamente y, de manera simultánea, con el sistema ChileCompra. Como en este caso se licita un proyecto con una ingeniería determinada, lo relevante de estas licitaciones son las ofertas económicas.
Las empresas entregan sus ofertas el día que está establecido. Una vez cumplido ese trámite, el Serviu tiene un mecanismo bien particular, establecido por la persona que tuvo su cargo antes que él: la unidad que tiene interés en la licitación, por ejemplo la unidad de Pavimentación, traspasa los antecedentes al departamento de control del Serviu metropolitano, quien se hace cargo completamente del proceso de licitación. Ese departamento que recibe los antecedentes es quien los revisa. ¿Qué se revisa? Que se produzca el cumplimiento contractual con las bases de licitación. Para este caso, él pidió la máxima celeridad en la revisión de los antecedentes.
¿Qué se hace con la revisión de antecedentes y las conclusiones? La unidad revisora remite un informe a la unidad contratante. En este caso, la unidad de Pavimentación, que era la que tenía bajo su responsabilidad llevar adelante estas contrataciones, recibe el informe de esta unidad distinta -por tanto, se produce un control cruzado, que es lo particular y lo interesante que tiene este procedimiento-, y de conformidad con ese informe y esas recomendaciones, se propone una resolución para la respectiva adjudicación.
Reiterando el procedimiento: se llama a licitación, cuyas bases tienen la toma de razón de la Contraloría, se reciben las ofertas, se revisa que las empresas oferentes cumplan las especificaciones de las bases; la unidad que revisa informa a la unidad que contrata y ésta, a su vez, propone una adjudicación. Ése es el sistema que se ocupa en el Serviu metropolitano.
El caso en estudio.
En este caso se trata de una obra mandatada por el Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección Nacional de Vialidad. Previo a dictar la resolución que propone la adjudicación, dado que se está actuando por mandato, se debe consultar a quien lo ha mandatado para ver si está de acuerdo en proceder a la adjudicación respectiva. Esto se hace a través de oficios, es decir, hay un oficio del Serviu metropolitano a la Dirección Nacional de Vialidad, en el que le indica que en virtud del convenio se está procediendo a adjudicar la obra a tal empresa, con tales antecedentes, con una oferta de tal magnitud. Esto debe ser así porque el mandatario tiene una responsabilidad principal como es asegurarse de tener los recursos para pagar el contrato.
El convenio es con la Dirección Nacional de Vialidad, aunque los Serviu son efectivamente instituciones regionales y autónomas; las direcciones regionales de Vialidad no son direcciones regionales, sino una delegación de facultades del director nacional. Las direcciones regionales de Vialidad no tienen presupuesto propio, a diferencia del Serviu metropolitano que sí lo tiene. ¿Por qué? Porque posee una estructura jurídica como Serviu metropolitano, con un director nombrado expresamente por el Presidente de la República , con patrimonio propio y con personalidad jurídica distinta del Fisco. Hay un Serviu en cada una de las 15 regiones.
Por lo tanto, si los convenios no están expresamente delegados como facultad al director regional de Vialidad por parte del director nacional, ese director regional no los puede suscribir, no tiene atribuciones para hacerlo. El director regional de Vialidad sólo puede hacer aquello que le haya delegado el director nacional.
Además, dada la particularidad de la forma como se estructuró el financiamiento del Transantiago, la principal responsabilidad de la Dirección Nacional de Vialidad era asegurar que se adjudicara en el marco de los presupuestos disponibles. ¿Por qué? Porque cada peso comprometido en estos contratos sale, en definitiva, del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Por eso, se puede ver, en las resoluciones que adjudican estos contratos, que no afecta el presupuesto. La resolución del Serviu dice que no afecta el presupuesto, porque en realidad afecta el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Por lo tanto, la responsabilidad de la Dirección Nacional de Vialidad es verificar si hay o no presupuesto. Ésa es la principal responsabilidad, aunque puede hacer todas las verificaciones adicionales que estime pertinente.
Se informa por oficio, se les contesta por oficio, y con esos antecedentes -el informe de la unidad que evalúa, el informe de la unidad que contrata, el visto bueno de la Dirección Nacional de Vialidad- se arma un legajo que se convierte en una resolución que va a la Contraloría de nuevo. ¿Para qué? Para que la Contraloría haga la revisión que corresponde y otorgue su toma de razón, si lo estima pertinente, para proceder a la contratación respectiva.
Los plazos.
La adjudicación, entendida como adjudicación con toma de razón, duró aproximadamente de 30 días.
El plazo contractual que tiene el Serviu Metropolitano es de hasta 60 días para proceder a adjudicar y el mínimo dependerá de lo rápido que se puedan revisar los antecedentes.
El proceso en el Serviu Metropolitano, entre que se abrió la oferta y salió la resolución rumbo a la Contraloría fue de dos días. No fue más que eso.
Cuando la resolución llega a manos de la Contraloría, ésta puede tomarse el tiempo que estime conveniente. Se pide suma urgencia, pero eso nunca se cumple. Los servicios pueden pedir que la Contraloría tramite en cinco o quince días, pero por alguna razón eso no ocurre.
Una vez que se otorga toma de razón, se protocoliza esta resolución ante notario y se hace la entrega de terreno y comienza la contabilidad del plazo total de la obra.
Relación con el MOP respecto de los convenios.
Expresó que los convenios están regulados en una norma expresa que establece que un servicio público puede mandatar a otro para realizar labores cuando este otro tenga cierta especialidad en el ámbito.
Los convenios son con la Dirección Nacional de Vialidad, y cuando estos convenios sufren modificaciones, esas modificaciones deben ser, en el Ministerio de Obras Públicas, aprobadas por la Dirección General de Obras Públicas.
De hecho, tal como se produjeron modificaciones en los contratos, también se produjeron en los convenios que mandataban los contratos. Los convenios entre la Dirección Nacional de Vialidad y el Serviu Metropolitano fueron modificados, en el caso del MOP, con intervención de la Dirección General de Obras Públicas. Esos son el conjunto de organismos que participan de este proceso.
La labor que le correspondió al Ministerio de Obras Públicas fue visar la disponibilidad presupuestaria.
La responsabilidad técnica respecto de aquello que se estaba contratando es del Serviu Metropolitano. Se les mandató por tener una especialidad, por tener cierta capacidad para desarrollar las obras.
Entonces, es posible que legalmente haya una responsabilidad de algún tipo.
Él gestionó estos contratos asumiendo la responsabilidad de que si le mandata un organismo público para realizar una actividad, él debe ser capaz de dar una opinión final respecto de la calidad técnica de aquello que se está contratando; de la necesidad técnica de hacer tal o cual cosa. En el caso del Ministerio, es el tema presupuestario.
^@#@^Desarrollo de las obras de infraestructura del Transantiago.
En términos muy generales, para desarrollar las obras de infraestructura del Transantiago se ocuparon dos grandes caminos. Primero, se desarrollaron algunas obras por el sistema de concesiones. Por ejemplo, el corredor Santa Rosa es concesionado. La estación intermodal La Cisterna es concesionada y también algunas estaciones de transbordo. Esas fueron obras concesionadas.
La otra vía para generar la infraestructura necesaria del Transantiago fue la obra pública tradicional, y allí el ejecutor casi exclusivo fue el Serviu Metropolitano.
Acerca de la capacidad económica.
Señaló que es importante distinguir tres cosas. Primero, las capacidades económicas reales de una empresa. Se ha comentado que determinadas empresas no tienen capacidad económica en circunstancias que es de todos conocidos la magnitud de sus recursos profesionales y económicos.
La capacidad económica es un concepto técnico, regulado en el decreto supremo N° 236, y corresponde a lo que las empresas estimen declarar al Ministerio de Vivienda como capacidad económica, para efectos de cumplir con los requisitos del registro nacional de contratistas, que exige capacidades económicas diferenciadas para participar en distintos niveles de propuestas. Cada empresa decide, por su arbitrio, qué capacidad económica declara al Ministerio de Vivienda, y eso le permite estar o no en determinados registros.
La capacidad económica es de conocimiento público, puesto que son antecedentes públicos declarados.
Un segundo elemento es la capacidad económica disponible. A la capacidad económica declarada se debe restar, al momento de adjudicar, un porcentaje de los compromisos públicos y privados de la empresa.
Por lo tanto, la capacidad económica se transforma en capacidad económica disponible, desde luego menor, y es lo que permite determinar si se puede adjudicar cierto contrato.
Las empresas, al momento de la licitación, concurren con un certificado del registro nacional del Ministerio de Vivienda que indica cuál es su capacidad económica.
Sería grave que se hubiera conocido con anticipación la oferta de la empresa. Sería una cosa extraña, rara y grave. Además, es responsabilidad de las empresas cuidar la confidencialidad de sus propias ofertas.
La capacidad económica con la que van las empresas, es un documento público, que está en un certificado del registro nacional de contratistas que, además, puede pedirlo cualquier persona.
Las empresas, en el momento de la oferta, deciden con cuál oferta participan, y llevan dos o tres, dependiendo de quienes más hayan concurrido.
Si se está en un proceso de licitación y una empresa dijera que no va a esperar hasta el último día y va a mostrar antes su precio no se podría invalidar legalmente esa licitación.
La adjudicación.
Se adjudicó a Kodama, la única empresa que quedó con oferta válida.
En relación con el supuesto intento de engaño que habría indicado el abogado en una entrevista en el diario La Segunda, es un despropósito dedicarle tiempo en esta Comisión. En buena hora se han construido kilómetros de colectores en Chile por los que no ha pasado agua en alguna etapa de la vida de ese colector. Y eso ha permitido construir una red que finalmente funciona y evita que se inunden las ciudades. Es perfectamente posible que se construya sólo una etapa de un colector. Sin ir más lejos, en Rancagua un colector ha estado once años esperando que le entre agua. Es bueno que esté construido porque va a ser parte de una red.
No es posible que si hay necesidad de evacuar aguas lluvia, haya que construir una red completa de una sola vez. Se construye por parte y para ello se van aprovechando distintos contratos. Es cierto que a veces a algunos colectores no les entra agua. Pero, en buena hora se construyeron, y eso jamás debe ser entendido como un intento de engaño a la Contraloría, como lo sugiere la mente retorcida de un abogado.
En este caso tres empresas distintas llegaron con ofertas, todas con un 35 y 40 por ciento por sobre el presupuesto oficial estimativo.
En el Serviu, en el presupuesto oficial estimativo, se evaluó el riesgo que tenía ese contrato. Por alguna razón las otras tres llegan por arriba del presupuesto. Son tres empresas distintas que no tienen que ver nada entre ellas; son muy serias. El problema es que dos de esas empresas quedaron fuera porque completaron su capacidad económica. Entonces quedó una corriendo sola y fue a la que se adjudicó.
El Presupuesto Oficial Estimativo, aspecto que se ha prestado para algunas declaraciones equivocadas, en este caso no era conocido por las empresas al momento de hacer sus ofertas. Sin embargo, es interesante la reflexión que aquí se ha planteado, porque hay distintas estrategias para el establecimiento de ese presupuesto.
El Presupuesto Oficial Estimativo también está regulado en el Decreto Supremo Nº 236, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el que se señala que dicho presupuesto, como su nombre lo indica, es una mera referencia y no puede servir de base para adjudicar o no una propuesta. A modo de ejemplo, aunque en este proceso no es el caso, una propuesta podría superar en 60 por ciento el Presupuesto Oficial Estimativo, pero la diferencia respecto del POE no es óbice, no es causa ni puede ser razón para dejar desierta una propuesta, salvo que esté expresamente establecido así en las bases.
No obstante, se debe considerar que hay restricciones, porque algunos podrían preguntar, con toda la razón del mundo, si acaso no había límites o si se podía haber adjudicado a cualquier precio, sin importar la propuesta que llegara, que en este caso era una.
Añadió que en materia de restricciones, se debe analizar si hay disponibilidad presupuestaria, es decir, si se dispone de recursos para acometer la obra en relación con el monto de la oferta y, en segundo lugar, si está de acuerdo con la disposición de la Ley de Presupuestos que indica que los proyectos han debido ser sometidos a una evaluación social previa. Las instrucciones en esta materia disponen que si la oferta genera un cambio en los valores con los que se ha evaluado determinado proyecto, de manera tal que produce un cambio en su rentabilidad social, entonces no se puede adjudicar y debe ser objeto de reevaluación por parte de Mideplan. Es más, no se puede superar o modificar el 10 por ciento del valor que se tuvo a la vista para hacer la evaluación social.
Esos son los límites que tiene la administración pública para efectos de licitar. Puede que se tengan recursos para solventar, pero eso no basta. Sólo se llevará a cabo una obra está saliendo con un presupuesto más alto de lo previsto si la rentabilidad social sigue siendo positiva. Si ésta última es negativa, el proceso se detiene.
Por lo tanto, se debe verificar que la ficha EBI que contiene la evaluación y las estadísticas básicas de inversión del proyecto que tiene establecida la rentabilidad social, siga vigente.
En este caso específico, se cumple que el valor al cual se adjudica no cambia la rentabilidad social del proyecto en los términos en que estaba evaluado en Mideplan.
Como hay presupuesto para llevarlo a cabo y sigue siendo socialmente rentable, se puede proceder a adjudicar, de manera que la diferencia respecto del Presupuesto Oficial Estimativo no puede ser enarbolada como razón para adjudicar o no hacerlo. En ese sentido, llama mucho la atención que haya personas, en especial autoridades, que estén expresando ese concepto, porque lo que se debe hacer surge de la lectura directa de lo que dispone el Decreto Supremo Nº 236, el cual regula esa materia.
Precisó que siempre todas las empresas tienen más información, incluso, que el servicio público, para calcular la capacidad económica disponible con la que se presentan a una oferta. Se requiere de dos elementos para que una empresa sepa si tendrá capacidad económica o si va a quedar fuera por dicha razón: la oferta que va a presentar y la capacidad remanente que tenga en el registro de contratistas. Esa información la proporciona la empresa, pues informa los contratos que tiene, lo que lleva al día, lo que constituye información clave de una empresa constructora, en el sentido de saber cuál es su capacidad económica disponible. Además, lo señalado es información pública, puesto que se puede pedir en cualquier momento, y las empresas la llevan al dedillo.
Otra variable es la oferta, pues quién si no la propia empresa conoce mejor la oferta que va a realizar.
Respecto de por qué no se declaró desierto el concurso, los directores de los Serviu tienen facultades para adjudicar, como se dijo, no a la menor oferta, si fuese necesario, o pueden declarar desierta una licitación. En los últimos dos casos, cuando no se adjudica a la menor oferta y cuando declaran desierta una licitación, debe haber razones fundadas.
En este caso, tres pueden ser las razones fundadas, dos de las cuales son muy claras: no había presupuesto para financiar la oferta o que ésta cambió la rentabilidad social del proyecto. La tercera razón podría atribuirse a un cambio de política, en términos de que ya no se requiere de determinado proyecto, pero esa razón no es tan objetiva, pues una empresa podría sostener que se la hizo trabajar de más. La Contraloría es estricta cuando se declara desierta una licitación, pues pide que se fundamente, porque entiende que se generó una expectativa en las empresas que participaron en la licitación. Además, es un trabajo que involucra altos recursos.
Entonces, se pudo dejar desierta la licitación, pero, ¿cuáles hubiesen sido las razones? En este caso, que los competidores no tenían la capacidad, pero dejémosla de lado, pues se podría entender que se quiere favorecer a aquellos que no tuvieron la capacidad en su minuto. Una razón podría ser que era muy cara respecto del presupuesto oficial, pero el presupuesto oficial no puede ser considerado como un elemento para adjudicar una obra, salvo que las bases lo mandaten expresamente. Ese mecanismo, referido al presupuesto oficial, se ocupa en ocasiones en licitaciones de consultorías, pero rara vez en licitaciones de obras.
Salvo que las bases digan que si se produce cierta diferencia del Presupuesto Oficial Estimativo se declarará desierta la licitación, no se puede enarbolar ese argumento como razón porque le pareció o para ahorrar plata al Fisco, pues la Contraloría lo objetaría de inmediato.
Entonces, si la diferencia con el presupuesto oficial no puede ser, quedan los siguientes elementos: ¿Había presupuesto? Sí. ¿Había social vigente? También. Razones para no adjudicar, ¿cuáles serían los fundamentos?: no hay. Por lo tanto, se adjudica. Es la transparencia que se le pide a las instituciones públicas con los oferentes particulares.
La adjudicación no puede ser un juego en el que se da o no. Cuando una persona se juega en una licitación pública, las partes, el público y el privado, quieren reglas claras hasta el final. Por eso la necesidad de los fundamentos, en los que tanto énfasis ha puesto la Contraloría.
Control de avance del tiempo de la obra.
Según la inspección técnica y una asesoría en inspección técnica, la cual apoya al inspector, la obra avanzó ni mejor ni peor que el resto de los corredores. Avanzó con las dificultades propias de construir en una zona urbana consolidada; tenía las dificultades de los cambios de servicio, las dificultades de la disposición de los lotes expropiados, las dificultades del entorno, los comerciantes, el Barrio Meiggs, en donde les decían que venía la Pascua y no querían que les intervinieran la calle y que después venía marzo y la venta de útiles escolares y tampoco querían que les intervinieran la calle. Después, la Contraloría hizo una auditoría al contrato a petición del alcalde de Estación Central por las demoras, por los cambios de obra, por la poca información, porque no se ha construido el colector oportunamente, etcétera. La Contraloría General de la República en el dictamen 30.052, respondió al Alcalde , a julio de 2008. La Contraloría es categórica al expresar que el contrato tenía las dificultades propias de cualquier contrato de ese tipo, ni más ni menos.
Costo trabajos adicionales.
Los trabajos adicionales y sus costos estaban dentro de los valores que correspondía. En estos casos se ocupan dos elementos, los precios de la oferta o del presupuesto compensado para efectos de fijar. Todo ítem que tiene un presupuesto conocido en la oferta se vuelve a replicar cuando hay una obra adicional, pero se ocupa un precio que ya pasó por un mecanismo de mercado y aquellos ítems que no están hay que negociarlos. ¿Cómo se negocian? Sobre la base de los valores de mercado.
Esa modificación, en la que se aprobaron los precios y los nuevos plazos, que tienen como origen la construcción del paso bajo nivel hacia el camino Lo Boza que cruza, llega y muere en Pedro Aguirre Cerda . El Ministerio de Obras Públicas les encargó hacer el cruce desnivelado. Estaban interviniendo Lo Boza con Pedro Aguirre Cerda . No haberlo acometido en ese minuto era para que les hubiesen dicho: ¿Cómo se le ocurre pasar pavimentando y un año después volver a romper para hacer el paso desnivelado? Es del todo razonable que se haya encargado.
Critican y con toda la razón del mundo el hecho de que no es posible estar haciendo obra sobre obra, que debe hacerse de una sola vez. En este caso, sí se hizo, lo que significó un incremento importante en la primera modificación, aunque tomó razón después la Contraloría y el paso bajo nivel Lo Boza es el elemento que explica esa modificación. Sobre todo eso la Contraloría se pronunció en la época, y hay un dictamen categórico en que indica que la obra estaba gestionada adecuadamente. El alcalde de la época preguntó si los recursos estaban siendo bien utilizados y la Contraloría respondió que sí, aunque merecen un tirón de orejas, porque no haberse comunicado adecuadamente. Sin embargo, en lo medular, está revisado por la Contraloría y la modificación con toma de razón. Se fueron nuevamente todos los documentos a la Contraloría indicando que iban a modificar la obra en esos precios y por esa razón. Contraloría dijo: Ok, tomo razón de esta modificación.
Se ha ido cambiando la modalidad, pero en esa época si el contrato matriz tuvo toma de razón el resto de los procedimientos asociados, grandes o pequeños, también tenían que ir a toma de razón. Por lo tanto, hubo filtros por todos lados. Eso es con respecto a los valores adicionales.
Por otra parte, como mandante, el Ministerio de Obras Públicas debió pagar las transacciones judiciales. La Contraloría en su último informe establece con claridad que si hay una transacción judicial en un contrato mandatado, es el mandante quien debe pagar los costos. Eso es lo que establece.
Efectivamente, el mecanismo de transacción judicial se aplica en el Serviu, pero sometido al visto bueno de la Contraloría, no directamente con un particular ante un juez. Ese es el mecanismo que se ocupaba cuando se efectuaban las transacciones que están permitidas en la ley.
Es rechazable por la Contraloría, ya que ésta puede encontrar que no hay fundamentos para una transacción o que se está generando un perjuicio para el fisco y no la autoriza. Ahora, una vez autorizada, tiene el peso que tiene en los tribunales.
¿Por qué las empresas se presentan sin capacidad económica? Lo que pasa es que no se han presentado sin capacidad económica, sino que estaban apostando a más de una obra, pero les alcanzaba sólo para una. En el fondo, estaban apostando a que cayera una de ellas.
Por consiguiente, una vez que se adjudican una obra, copan su capacidad económica y las deja fuera del juego del resto. Sin embargo, ¿por qué las empresas apuestan sobre su capacidad económica? No es ilegal hacerlo, pues ellos sólo están apostando. Apostaron en más de una licitación, pero, probablemente, en el análisis ex post alguien puede preguntarse por qué no tenían la capacidad económica mayor disponible. Probablemente, porque no era necesario o porque no se licitaban obras tan grandes. En resumen, tienen la capacidad económica, pero cuando se adjudican una obra, la copan, de manera que para una segunda ya no les alcanza.
Presupuesto versus presupuesto estimativo.
El presupuesto oficial estimativo, concepto regulado en el decreto supremo 236, tiene por objeto determinar la categoría de los oferentes. Cuando el presupuesto oficial estimativo es de 8 mil UF o más, las propuestas siempre deben ser públicas. Se permite propuesta privada o trato directo a presupuestos oficiales estimativos mucho menores, pero, en este caso, todos son sobre 8 mil UF.
¿Para qué sirve el Presupuesto Oficial Estimativo? En primer lugar, para determinar si la propuesta es pública o privada. Aquí, fueron todas públicas. En segundo lugar, para armar el presupuesto compensado. Ello tiene que ver con que el Serviu estructura un presupuesto estimativo o referencial, que tiene todas las partidas de la obra y con un precio que el Serviu cree pueden costar. Lo más relevante de ese análisis no es tanto el precio, sino el cómo se distribuye el peso del precio total en cada partida. En el fondo, este tipo de presupuesto pretende evitar una distorsión que puede ocurrir en una oferta, donde el oferente -hablando a suma alzada y no de licitación por series de precios unitarios- sobrevalore las partidas que ejecuta primero y disminuya su valoración de las partidas que ejecuta al final. ¿Con qué propósito hace todo esto? Con el objeto de hacer caja. El primer mes mueve dos piedras y recibe una tremenda cantidad de dinero. Eso puedo ocurrir, no es ilegal y, además, es una tendencia que está muy analizada en las ofertas.
El estado de avance va a estar bien, porque va a decir: “dos piedras. Ahora, vamos a ir al presupuesto del oferente puro y esas dos piedras van a valer oro, por lo que tiene que pagárselas”. Entonces, ¿qué hace la administración pública para evitar ese fenómeno que es muy conocido?
El presupuesto compensado ocupa el Presupuesto Oficial Estimativo y éste, de alguna manera, filtra, regula y modula el presupuesto del oferente y los peaks que puede tener en determinadas partidas, puesto que los corta y los distribuye a lo largo de todo el contrato.
La segunda utilidad del Presupuesto Oficial Estimativo es estructurar el presupuesto compensado.
Esas son las tres funciones del Presupuesto Oficial Estimativo. Determinar si corresponde contratar por propuesta pública -artículo 14 del Decreto Supremo 236, del Minvu-, elaborar el presupuesto compensado - artículo 2º del mismo decreto- y determinar la categoría de los participantes, artículo 22 del decreto supremo señalado.
Es un error seguir comparando el Presupuesto Oficial Estimativo con las ofertas y con las decisiones que se tomaron para adjudicar o no. Por supuesto que corresponde que se pregunte: ¿cómo cuidó su presupuesto?, ya sea del Serviu o del MOP, lo que es absolutamente legítimo, pero ello no tiene nada que ver con el Presupuesto Oficial Estimativo.
Pull de varias licitaciones.
Señaló que no se debe tomar un pull de licitaciones Si se hiciera, sería como decir que en un caso se va a favorecer a tal empresa y en otro a tal otra.
Cada una de las licitaciones debe resolverse en su mérito. Se cuenta con un procedimiento en virtud del cual una unidad, que lleva adelante el proceso desde la publicación de las bases hasta la revisión de las ofertas, hace sus propios análisis. En este caso, los equipos profesionales de esa unidad realizaron revisiones paralelas, esto es, que un equipo revisó una oferta, otro equipo revisó otra oferta, y otro, otra; todos simultáneamente.
Esa unidad genera informes en una secuencia correlativa. No es que genere un informe con un pull de licitaciones, sino uno para cada licitación. Ese informe va a la unidad contratante.
En la administración pública sólo se puede hacer aquello que está expresamente autorizado, y lo que está autorizado en el decreto N° 236 para el presupuesto oficial estimativo es determinar si corresponde contratar vía propuesta pública o no, elaborar el presupuesto compensado y determinar las categorías de los participantes. No puede ocuparse para otra finalidad.
Se consultó también por qué no sé pidió la opinión del Departamento Jurídico del Serviu respecto de si había alguna razón para declarar desierta esta licitación. Básicamente, fue porque quien lleva adelante la conducción de un servicio y los funcionarios que trabajan con él deben conocer bien la ley. Hipotéticamente, podrían haber consultado a muchas personas y buscar argumentos para declarar desierta la licitación; pero no correspondía, porque se cumplían las condiciones para adjudicar. Ésa no es una práctica que él hubiese recomendado ayer ni recomendaría hoy, aun con el antecedente de lo que ha pasado. Cree que no se daban los fundamentos y no había razón para que alguien buscase un argumento que permitiera declarar desierta la licitación. Eso no estaba en las prácticas que él acostumbraba.
Informó que la Contraloría revisó la legalidad de esa adjudicación. En los considerandos de la resolución de la adjudicación, él dijo expresamente a la Contraloría: “Éstas fueron las ofertas. Estos dos están sin capacidad económica. Éste es el presupuesto oficial. Ésta es la diferencia respecto al presupuesto oficial.”. Se lo dijeron a la Contraloría antes de adjudicar. Con todo aquello a la vista, la Contraloría tomó razón. Es más, en mayo, en su informe final, la ratificó.
Entonces, el procedimiento que siguieron está archirrevisado. No consultaron a su unidad jurídica, pero sí a la Contraloría General de la República, y ésta dijo que todo estaba bien.
¿Por qué la celeridad? Porque era y sigue siendo urgente llevar adelante la construcción de los corredores. Es una cantidad enorme de obras. Para quienes están en la administración pública, el proceso de sacar adelante un proyecto, ayer y hoy, es tortuoso, larguísimo. Las buenas intenciones, las programaciones, las planificaciones se topan con miles de problemas en el camino. Una de las responsabilidades de quien está a cargo de dirigir un servicio público es tratar de apurar las cosas. Si las dejaban al ritmo habitual de la administración, todavía estarían sin los corredores, y, como se ha podido ver en el caso de aquellos que ya están en funcionamiento, el beneficio que prestan a la ciudad es enorme.
La urgencia, la celeridad de ese análisis tuvo que ver con que tenían y tienen un compromiso en orden a sacar adelante, en el contexto del programa del Transantiago, todos los corredores establecidos. Eran doscientos los kilómetros que debían construir.
Además, hay otras consideraciones, que tienen que ver con el término del año presupuestario y con el inicio del siguiente. Cuando no se adjudica dentro del año presupuestario, no puede retomar el trámite hasta abril del año siguiente, por lo que se pierde casi medio año. Además, si se pueden hacer las cosas bien y rápidamente, como ha quedado acreditado, puesto que esto se ha revisado en múltiples instancias, no hay razón para tomar más tiempo por una duda.
La rentabilidad social del proyecto no cayó. El monto por el que se avaluó ese proyecto el 22 de junio de 2006 fue de 33.907 millones de pesos. En todo caso, en esa licitación estaban ejecutando 4/5 del proyecto, no la totalidad, porque en esa cantidad estaba considerada la unión desde Esquina Blanca hasta la plaza de Maipú, que sumaron, al día de hoy -porque ya se ejecutaron las obras-, unos 5.000 millones de pesos. Si se restan a los 33 mil millones esos 5 mil millones, la propuesta queda bajo el valor que tenían previsto para la ejecución en la evaluación social.
Esos números y los de la identificación presupuestaria dan cuenta de las cifras reales que tenían en mente para ejecutar esa obra, y no el presupuesto oficial estimativo, que sirve para otra cosa. Los 33 mil millones de pesos estaban previstos, por lo que la rentabilidad social del proyecto no se modificó.
¿Por qué no se ocupó un criterio más riguroso para esa licitación en particular? Porque se ocupa el mismo criterio riguroso para todas. No porque le salga más barato al Fisco se revisa más livianamente; al contrario.
En realidad, es raro el decreto supremo N° 236, porque cuando la oferta es de 15 por ciento inferior al presupuesto oficial, ese decreto pide garantías adicionales, porque puede haber ofertas temerarias. Está bien que se cautelen los intereses del Estado. Revisaron bien todas las obras que adjudicaron bajo y sobre el presupuesto oficial estimativo.
La razón para adjudicarla es que cumplía las bases de licitación. Sólo por incumplimiento de la normativa legal vigente se puede declarar desierta una licitación, lo cual no ocurría en ese momento. La administración pública no puede actuar arbitrariamente al adjudicar una obra o no hacerlo; debe haber razones fundadas para rechazarla.
Respecto de los trámites de expropiación, se hizo una innovación en el caso de los corredores del Transantiago. Lograron que los recursos de expropiación fueran liberados antes que los recursos de obras, lo cual constituye una pelea histórica en la administración pública. Los recursos de expropiación se liberan junto con los recursos de obras, lo cual es una locura. En este caso, lograron partir un poco antes, porque, a pesar de que no todos los terrenos estaban liberados, comenzaron a trabajar en paralelo.
Hay una situación que siempre debe tenerse presente en el caso de la expropiación. La lógica dice que primero hay que completar la expropiación y después adjudicar la obra, pero cuando el Fisco realiza la totalidad de la expropiación, previamente a la concreción de la obra, en los 6, 8 ó 12 meses que se necesitan para licitar y adjudicar esos predios expropiados, ocurren tomas ilegales. Los abogados presentes saben que es mucho más difícil acabar con una toma ilegal que tomar posesión material de un lote expropiado.
Por eso, siempre conviene que la empresa constructora vaya detrás de la expropiación, que tome posesión inmediata del lote; de lo contrario, el terreno expropiado se convierte en un microbasural, o se producen tomas de terreno y no se saca más a la gente. Entonces, si bien es cierto que había un avance en las expropiaciones, no se había logrado la totalidad, lo que obligó a reprogramar. Por lo tanto, en vez de partir en un frente, se tuvo que partir en otro, dependiendo de cómo se iban liberando los terrenos.
En cuanto al reclamo acerca de la modificación de obra que inició a fines de 2007, la Contraloría tomó razón en 2008, ratificando las modificaciones de obras, aumento de plazos y el convenio de referéndum, en que la empresa dice que no tiene cargos que formular al Serviu metropolitano por concepto de gastos generales.
El cobro actual de Kodama.
Dijo que la política respecto de gastos generales en el caso del Serviu metropolitano, por lo menos en el tiempo que él lo dirigió, era que nunca había que pagar mayores gastos generales. Puede haber aumento de plazos por dificultades en la ejecución de obras.
Es difícil determinar objetivamente los gastos generales en los que incurrió una empresa. Mientras estaban esperando el lote para la expropiación, ¿la empresa mantuvo los camiones y máquinas? ¿Mantuvo a todos los obreros? ¿Mantuvo a todo el staff profesional esperando? En ese caso, podrían cobrar los gastos generales, pero nadie hace eso. Las empresas son eficientes, redestinan sus recursos a otras obras, etcétera. Entonces, cuantificar los gastos generales es algo muy difícil de hacer, como se ha visto. Por la misma razón, en la época en que le tocó gestionar, nunca abrieron la puerta a convenir el gasto general. Se puede hacer, ya que lo permite el decreto supremo N° 236, pero es muy difícil determinar el valor. Por lo tanto, la empresa expresó por escrito que no tiene cargos que cobrar al Serviu por concepto de gastos generales.
La forma de selección de una propuesta.
El equipo que revisa eso emite un informe por escrito. La comisión pasa esto a un equipo de profesionales para que revise una oferta; un equipo diferente revisa otra y otro revisa otra. Cada equipo -esa es la gracia en la administración pública, para bien o para mal- emite un informe por escrito con una recomendación. No tiene la posibilidad de ver lo que hace el equipo del lado; sólo hace su análisis y emite su informe.
Después, esos informes, en secuencia, se van convirtiendo en resoluciones. En ninguna parte del proceso hubo dudas respecto de por qué se adjudica una, o de cambiar el orden. Nadie en el Serviu estaba en condiciones de elegir, dentro de las cinco ofertas, cuál iba primero y cuál después.
Presupuesto Oficial Estimativo.
El presupuesto oficial estimativo permite determinar si la propuesta es pública o no, determinar la categoría, hacer el presupuesto compensado. El presupuesto oficial estimativo no permite decidir si se adjudica o no. Lo dice la reglamentación, el decreto supremo N° 236.
Eso es respecto del presupuesto, pero no del presupuesto oficial estimativo.
El presupuesto es el que ha sido cautelado absolutamente. El presupuesto oficial estimativo es el que se utiliza, respecto del decreto supremo N° 236. Son cosas totalmente distintas, por lo que confundirlas es un error grave. Eso genera una imagen equivocada respecto de que aquí se adjudicó livianamente una oferta más cara. En estricto rigor, el mercado indicó lo que indicaron las ofertas. Las ofertas andaban entre 21 mil millones y 25 mil millones. Eso es lo costaba el proyecto.
Orden de adjudicación.
El orden relevante para efecto de la adjudicación son las resoluciones que dicen “adjudíquese”. Y ese orden deberá ser consistente con las decisiones que van en las mismas resoluciones.
Ésa es la secuencia de adjudicación, que incluso podría haber cambiado porque la Contraloría podría no haber tomado razón de alguna. Pero ése es el documento relevante. Antes de eso, el informe de pavimentación, y antes de eso los informes de recomendación de la unidad que revisó estas propuestas.
Al finalizar, expresó que las empresas declaran explícitamente conocer las condiciones no sólo de la documentación, sino también las de terreno, al momento de presentarse a una oferta.
Declarar que se encontraron con esa cantidad de sorpresas, la verdad es que genera una vergüenza respecto de la propia empresa, que, al parecer, representa ese señor.
Las condiciones no son fáciles para los contratistas, y tampoco para el Serviu Metropolitano. Trabajar en zonas urbanas consolidadas es muy complejo, pero las empresas saben exactamente el tipo de trabajo en el que están incorporadas.
Hay materias que aún no están bien reguladas. Por ejemplo, se corren los postes, pero quedan los antiguos con las telecomunicaciones, y empiezan los problemas de si se paga o no se paga. Al final, es un tira y afloja que nos tiene con calles terminadas y postes en el medio.
No es fácil construir; no es fácil para los contratistas ni para los Serviu; pero, en definitiva, la reglamentación permite regular esa contingencia.
En el período en que le tocó gestionar en el Serviu, cada uno de los procesos está revisado, validado por la Contraloría con toma de razón, en cada uno de los procesos en que participaron las empresas, con la suscripción de la empresa en términos de su entendimiento, responsabilidad y no cobros adicionales. Esos son los documentos oficiales y válidos que existen.
Don Daniel Johnson Rodríguez , ex jefe de División de Finanzas y control del Servicio de Vivienda y Urbanización.
Su trayectoria.
Ejerció el cargo de Jefe de la División de Finanzas desde marzo de 2010 hasta mayo de 2011, y participó tangencialmente en alguno de los hechos relativos a Kodama, porque en la estructura del Ministerio de Vivienda, y como está establecido en el decreto supremo 355 que reglamenta la operación de los Serviu, éstos son independientes en la ejecución de su gasto. La División de Finanzas define los presupuestos, hace las modificaciones presupuestarias y las identificaciones presupuestarias, pero no participa en todas las gestiones de gasto. Eso lo hacen directamente los Serviu y, por lo tanto, sin el conocimiento necesariamente de la División de Finanzas.
En el caso particular del corredor en cuestión, todo el proceso de licitación, la posterior contratación, el período de construcción con todas las modificaciones que hubo en el contrato, las reevaluaciones para obtener nuevos RS con distintos valores, etcétera, fue un proceso que transcurrió dentro del Serviu y no con el conocimiento de la División de Finanzas.
El caso Kodama.
Consignó que se enteró del caso Kodama a partir de una copia que le llegó de la Resolución Exenta Nº 8, de 2011, que era la autorización para transigir con la empresa Kodama, para el Director del Serviu . Se preocupó dado el monto que tenía esta autorización, porque si bien esto se iba a pagar por una línea excedible del presupuesto, significa también que de todas maneras hay que regularizarlo posteriormente y de forma casi inmediata.
Por lo tanto, esto les iba a significar un impacto presupuestario y tendrían que buscar la forma de financiarlo ellos o ir a la Dipres a pedir alguna fuente de financiamiento para ellos poder hacerse cargo del monto que había que pagar en este acuerdo.
Ésa fue su participación. Cuando conoció este documento, acudió a su superior jerárquico, que en ese momento era el subsecretario señor Andrés Iacobelli . Le presentó los antecedentes. Él no estaba al tanto de la transacción ni de este acuerdo, lo que gatilló todo el proceso que generó la instrucción de la ministra de suspender el pago y todo el proceso de investigación que transcurrió después.
Aclaró que la función del Ministerio, es decir del nivel central, es la supervigilancia de la ejecución presupuestaria, pero de la supervisión del gasto, por lo tanto, no es extraño que el Ministerio no tuviera antecedentes antes de esto, porque fue el momento en que tuvo un efecto presupuestario.
Como excedía el presupuesto que ellos tenían en ese minuto para esa línea presupuestaria en el Serviu, tenía un efecto presupuestario porque había que buscar fuentes de financiamiento.
En ese minuto, cuando vieron que iban a tener que ver cómo buscar la fuente de financiamiento, pidieron mayores antecedentes. Posteriormente, encontraron que los antecedentes que llegaron no cumplían con los requisitos mínimos para poder aprobar ese pago o hacer la solicitud. En ese instante se paralizó finalmente el pago por parte de la ministra, con el objeto de contar con mayores antecedentes de respaldo para tomar bien la decisión del pago. Este caso no ocurría normalmente, los casos en que se “transige” son muy pocos dentro de la gestión del Ministerio.
Respecto de los 8 decretos, los 7 anteriores no se refieren al mismo tema, corresponden a una variedad. El decreto exento Nº 8 tiene tanto la firma del subsecretario subrogante -el titular, Andrés Iacobelli , estaba de vacaciones- como también la firma de la ministra.
-La adjudicación.
Aunque él no estaba en el ejercicio del actual cargo en ese momento, ha recopilado alguna información y considera que esta licitación, que se hizo en noviembre de 2008, cuando se abrieron las propuestas, fue adjudicada un 46 por ciento más alta sobre el contrato de referencia; un valor bastante alto.
Como hizo un seguimiento al proceso, considera que el hecho de que haya habido sólo cuatro oferentes es poco comprensible, ya que es una cantidad mínima si se tiene en cuenta que la propuesta ascendía a 40 millones de dólares. Debía haber sido atractiva para muchas empresas. Sólo postularon cuatro, de las cuales, una tuvo problemas con los antecedentes, por lo que quedó fuera de bases, lo mismo que otras dos, por no tener capacidad económica para hacerse cargo del proyecto, a pesar de que dicha capacidad económica había sido modificada por otras propuestas abiertas ese mismo día, que tampoco siguieron el orden establecido en las bases de licitación.
Aclaró que para que las empresas puedan postular para ganar una propuesta del Serviu, deben demostrar que tienen la capacidad económica para hacerse cargo de la obra posteriormente. Tal capacidad se va modificando en la medida en que se adjudica obras. Por eso, si postula a tres obras distintas, puede que gane la primera con una capacidad económica determinada, pero no necesariamente las siguientes, dado que la capacidad se va consumiendo con cada adjudicación. Que una empresa quede con capacidad económica para una o más licitaciones, dependerá del orden en que se abran las propuestas.
En este caso, hubo horas de apertura preestablecidas, pero las cambiaron, por lo cual las propuestas fueron abiertas en un orden distinto, por eso las otras dos empresas participantes quedaron sin capacidad económica, porque se adjudicaron otras obras, que, en teoría, debieron ser abiertas posteriormente. Finalmente, aprobaron la asignación de esta propuesta a la empresa Kodama, con un 46 por ciento sobre el presupuesto de referencia.
Esto no le parece normal, no es algo que se repita habitualmente. Es más, a raíz de esto, se introdujeron modificaciones en los procesos del Serviu, con el objeto de prevenir que se repitan situaciones como ésta. Por eso, en estos momentos están abocados a revisar el proceso completo.
Otro problema fue que, al momento en que se adjudicó la propuesta, no estaba todo resuelto para construirlo a través de un proceso normal. Es muy importante que las propuestas estén bien afinadas, para evitar la mayor cantidad de sorpresas al momento de la construcción.
Por ejemplo, se dieron cuenta que en el proceso de referencia había un presupuesto proforma para el movimiento de las redes de servicio, es decir, el Serviu paga lo que valga después. O sea, en la propuesta solamente ponen un valor de referencia, que, para el caso, fue sobre los 190 millones de pesos. Sin embargo, al final, sumado el movimiento de todos los servicios, el valor ascendió a más de 4 mil millones de pesos, lo cual significa que el valor proforma no fue bien calculado o que después hubo muchas sorpresas, porque el valor fue muy distinto.
Esto también ocasionó modificaciones en los procesos licitatorios actuales, pues ahora piden cotizaciones a cada una de las empresas de servicios que tendrán que hacer corrimientos de redes, con el fin de no encontrarse con sorpresas.
Acerca de las expropiaciones.
Indicó que odas las licitaciones y los contratos se hacen bajo el alero del decreto N° 236, propio del Ministerio de Vivienda, que establece cómo se hacen las licitaciones y cuáles son las cosas que se pueden o no se pueden hacer frente a los contratos de construcción de obras de los Serviu.
En ese decreto no está establecido explícitamente que todos los terrenos deben estar expropiados, pero en los contratos sí se establece el compromiso de entregar los terrenos en una cierta fecha, para poder construir. Algunas veces, en los contratos se establecen multas, en el evento de que una parte no cumpla, y otras veces no. El decreto N° 236 no establece explícitamente que, en esos casos, se debe cobrar una multa. Eso es algo que se establece en los contratos.
En el caso de Kodama y del corredor de Pedro Aguirre Cerda, el contrato no se hizo así. Las expropiaciones se fueron haciendo en paralelo y eso ocasionó gran parte del problema. Ahora están cobrando multas a la empresa Kodama, por el corredor Santa Rosa, y en el caso del corredor Pedro Aguirre Cerda hubo multas que se cobraron.
Muchas veces, son predecibles los problemas de las expropiaciones y se deben incorporar en las bases de licitación y los contratos. Hay que separar dos cosas: una, que no se pueda terminar la obra, quizá, por un proceso de expropiación y, otra, que se empiecen a desordenar los contratos, porque no tienen considerados esos problemas, y alargar los plazos.
En este caso, hubo muchas expropiaciones que no se hicieron con antelación y por eso paralizaron el proceso constructivo. En consecuencia, esto es parte importante del problema que se generó. En el proceso de construcción hubo anormalidades que impidieron el avance de las obras.
En efecto, el orden de las aperturas no fue el previsto en las bases de licitación, donde aparece señalado el horario de apertura de cada propuesta. Por lo tanto, no sabe si hubo algún perjudicado o alguien que se hubiera opuesto al proceso. Esto ocurrió en 2008, en consecuencia, tampoco pudo decir si fue un acuerdo entre las empresas. No quiso emitir juicios, sólo plantear un hecho concreto, que hace revisable el proceso.
Ante una apertura distinta, que tuvo su efecto final sobre la adjudicación de la propuesta, el proceso es revisable, y es lo que están haciendo hoy, como Serviu, por eso lo expuso a la Comisión, porque es uno de los hechos que ya ha salido a la luz en el proceso de investigación.
Lo que se está haciendo hoy es expropiar primero todo lo posible y si no se logra expropiar, porque a veces se puede predecir que ciertos terrenos no se podrán expropiar, se deja el contrato de construcción de obras partido en dos partes, con el fin de asegurarse y no encontrar sorpresas. Entonces, se deja aislada la expropiación o se deja establecido en el contrato que si la expropiación no ha ocurrido tal día, el contrato se entiende partido en dos y se realiza sólo la primera parte. Ésa es la precaución que ahora se considera recomendable.
La disponibilidad presupuestaria.
Las propuestas se abrieron el 28 de noviembre de 2006 y todos los decretos de pago tienen un certificado de disponibilidad presupuestaria, pero en este caso no se está frente a un decreto de pago, sino a un acuerdo judicial. El documento que se aprobó es una autorización para transigir y no un decreto de pago. No es lo mismo.
Entonces, no tendría sentido un certificado de disponibilidad presupuestaria previo, porque no se podría certificar que existen recursos disponibles. Se supone que son para hacerse cargo de sentencias judiciales o cosas que uno no puede evitar.
Dado que es muy difícil predecir los problemas que se puedan presentar, uno debe tomar las precauciones necesarias para que los contratos contemplen esos eventos, tener vías de salida y no encontrarse después entrampados en el proceso de construcción.
Don Mario Fernández , Director de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas .
Vinculación del MOP con la Dirección de Vialidad en relación con las obras del Transantiago.
Sostuvo que estas obras, las administra, maneja y ejecuta el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana. Para ejecutarlas se rige por un convenio mandato que se firma contrato a contrato, amparado en la ley Nº 18.091, artículo 16, cuyo párrafo correspondiente leyó: “... podrán encomendar a los organismos técnicos del Estado, por medio de un mandato completo e irrevocable, la licitación, adjudicación, celebración de los contratos y la ejecución de estudios, proyección, construcción y conservación de obras de cualquier naturaleza que hayan sido previamente identificadas...” “... y el mandante...” -en este caso la Dirección de Vialidad- “... se obligará a solventar, dentro del plazo de tres días hábiles, salvo casos especiales previamente acordados en el mandato, los estados de pago que le formule la entidad técnica.”
Con esto quiso dejar establecido que la responsabilidad del llamado a licitación, de la elección de las obras a licitar, del proceso de adjudicación, de la administración del contrato, léase inspección fiscal, modificaciones de obras e incluso de la recepción, son entera responsabilidad del mandatario, en este caso el Serviu Metropolitano.
La única responsabilidad que tiene el Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección de Vialidad, es asegurar que estén los fondos disponibles para pagar oportunamente las obras que les indica el Serviu, a través de los estados de pagos que les llegan regularmente.
Sobre el visto bueno para la adjudicación del contrato a la empresa Kodama.
Respondió que, efectivamente, hubo varias obras que se abrieron ese día y es cierto que hay varios oficios que emite el Servicio de Vivienda y Urbanismo con fecha 29 de noviembre y uno de ellos lo visó él. Pero que haya salido el 29 de noviembre no significa que haya llegado ese mismo día a la Dirección de Vialidad.
Aunque estos documentos el Serviu los llevaba por mano a la Dirección de Vialidad, no los llevaba todos juntos. Los llevaban de a uno, en la medida en que iban sacando sus resoluciones de adjudicación.
Como director subrogante, está impedido de poner un visto bueno si está presente el director titular. Legalmente, no puede. La única forma en que puede ejercer la subrogancia es si el director titular de Vialidad no está.
Si se ven las comisiones de servicio de la época, el señor Vicente Pardo , director titular de la época, estuvo el 29 y el 30, y no estuvo el 1 de diciembre, porque se encontraba en comisión de servicio en Temuco, lo que se encuentra acreditado por el sistema en Recursos Humanos. La única forma en que él haya podido poner ese visto bueno es que le haya llegado el 1 de diciembre.
Esos documentos son de fines de noviembre de 2006, época en que estaba muy cerca de iniciarse el funcionamiento del Transantiago y había un gran apuro por sacar rápidamente esto. Los documentos se llevaban por mano, no ingresaban por la Oficina de Partes. Así lo puede acreditar la persona que los llevaba por mano, que era el subdirector de Pavimentación.
¿Qué hacían con dichos documentos?
Dijo que el documento que llegó, tal como llegaban todos los demás, dice: ordinario número equis con la fecha. Antecedentes: No hay. Materia: licitación pública, construcción, habilitación corredor de transporte público Avenida Pedro Aguirre Cerda . No incluye nada. No venía el acta de apertura, ni el presupuesto oficial. Solo este papel que dice: “En relación a la licitación pública señalada en la materia...” -el corredor de transporte público Pedro Aguirre Cerda - “..., y al convenio mandato celebrado entre esa dirección nacional y este servicio, informo a usted que la oferta más conveniente, revisados los antecedentes técnicos y económicos presentados, resultó ser el Consorcio Construcciones Kodama Limitada, por un monto de 25.567.058.561 pesos. Por ello, solicito su conformidad para proceder a su adjudicación si no es otro su mejor parecer”. Este es el único elemento de juicio, el único antecedente, que tenía Vialidad para poner un visto bueno.
-¿Qué significaba ese visto bueno?
Señaló que significaba que, como había un mandato, la obligación del Director de Vialidad era comprobar que ese monto, por el cual se pretendía adjudicar a la empresa, tenía respaldo presupuestario.
El respaldo presupuestario se ve a través de un convenio. El contrato tenía un convenio de fecha julio de 2006, y allí se establecía el monto que se reserva para la construcción del corredor. Tenía un monto autorizado por sobre 26 mil millones. Por lo tanto, si tenía esa cantidad y llega una proposición para adjudicar por 25.567 millones, significa que, presupuestariamente, no tenía ningún problema para hacerlo.
El único elemento para tomar la decisión es ese oficio y él no tenía conocimiento del presupuesto oficial.
Si se ve e texto del mandato, se observa que aparecen claramente estipuladas las obligaciones del mandatario y cuáles son las obligaciones del mandante, cuyo párrafo correspondiente señala que el mandante -en este caso la Dirección de Vialidad- encomienda, en forma completa e irrevocable, al mandatario, la construcción de la habilitación del Corredor de Transporte Público Avenida Pedro Aguirre Cerda, específicamente entre Alameda y Pajaritos . Agrega que el cumplimiento de ese mandato quedará sujeto a los procedimientos, normas técnicas y reglamentarias que dispone el mandatario para el desarrollo de sus propias actividades.
Es decir, se rigen por el reglamento del Serviu, no por el del contrato de Obras Públicas con el cual ellos contratan la obra. El financiamiento estaba autorizado por un monto 26.602 millones. Sin embargo, afirmó que él no podía responder por qué el monto oficial era de 18 mil millones de pesos y el convenio se hizo por 26 mil millones de pesos. Sólo lo puede responder el Serviu que fue el que hizo el proyecto y calculó el presupuesto oficial.
La información que les proporcionaba el Serviu y sobre la que debían chequear que estuviera con el respaldo presupuestario suficiente para emitir la resolución de adjudicación y poder enviarla a la Contraloría para la toma de razón, normalmente se enviaba por mano.
Hay que entender eso desde el punto de vista de una formalidad, porque los decretos son públicos, de manera que cualquier persona dentro del sistema los puede ver o puede pedirlos por la Ley de Transparencia, para saber cuáles son los que están con plata. De hecho, actualmente, ni siquiera se les pide ese visto bueno, sino que sólo les informan el nombre del adjudicado.
Distinta es la situación cuando se trata de los estados de pago, pues para cancelar se sigue un conducto regular, es decir, deben chequear que venga la factura, el respaldo del inspector fiscal, el avance de la obra y la orden de pago que deben cursar para emitir el cheque. Eso entra por el sistema formal, que es un oficio del director del Serviu dirigido al Ministerio de Obras Públicas, a la Dirección de Vialidad.
Ellos no conocen el presupuesto oficial; sólo el nombre de la empresa y el monto de la oferta más conveniente para los intereses del Estado. No sabía cuántas empresas se presentaron a la licitación, tampoco cuales eran los montos que presentaron las demás empresas, cuáles quedaron dentro o fuera de base, ni cuales estaban bajo o sobre el presupuesto oficial. Sabía todo eso estaba estudiado por el Serviu, que es un organismo serio y competente, y que luego de los análisis llegan a una conclusión, que es la que se informa a Vialidad, donde lo que hacen es verificar si existe el respaldo presupuestario de acuerdo con lo que les ordena el mandato. En el caso que haya modificaciones del contrato, supongo que es muy similar a lo que hace el Serviu con los contratos que administra la Dirección de Vialidad.
Efectivamente, este contrato tuvo modificaciones, lo que significa que cada una de ellas debe materializarse a través de un complemento, un adendum, al convenio firmado originalmente, donde van los mayores recursos. Esos mayores recursos, como también lo hace la Dirección de Vialidad, deben estar respaldados. ¿En qué sentido? Primero, que las obras que se van a hacer, que se van a modificar, que se van a aumentar estén plenamente justificadas, y, segundo, que la rentabilidad siga vigente; o sea, debe mantener el RS.
Agregó que en la Dirección de Vialidad, por ejemplo, cuando hay una obra que supera el 10 por ciento, necesariamente se debe ir a Mideplan a revalorizar el proyecto y obtener nuevamente el RS, pues, de lo contrario, el Ministerio de Hacienda, la Dipres, no otorga los fondos para proceder con la modificación. Ése trámite también lo debe cumplir el Serviu, en el sentido de que si se requieren mayores recursos, porque las obras sí son necesarias, obligadamente tiene que hacer una reevaluación con ese RS. Ellos están en condiciones, como organismo financiero, de dirigirse a la Dipres y pedir nuevos ingresos, suplementando los fondos. Esos fondos salen del Transantiago, que en los últimos años maneja del orden de 100 mil millones de pesos que están alojados dentro del presupuesto de la Dirección de Vialidad, y son reasignaciones que ellos deben hacer dentro de su propio presupuesto que, reitera, está alojado en la Dirección de Vialidad.
Por lo tanto, cuando hay una modificación de obra, tienen que ver cómo financian esa mayor obra, que, entiende, está plenamente justificada.
En este contrato, efectivamente, hubo modificaciones, hubo aumentos de contrato, y tuvieron que hacer modificaciones al convenio original para aumentar los montos.
El hecho de que el presupuesto esté alojado en la Dirección de Vialidad, montos del Transantiago, también trae algunos problemas de orden práctico, porque tienen metas, indicadores de desempeño, deben cumplir con cierto nivel de ejecución presupuestaria; por ejemplo, los PMG. Y siempre deben hacer el alcance de que en esto dejan fuera al Transantiago. Son responsables de los recursos que administran, de las obras que contratan, fiscalizan y reciben. No pueden hacerlos responsables de montos que están en su presupuesto, pero de los cuales no tienen responsabilidad en su administración y en su ejecución.
Finalmente aclaró que ellos no hacen la liquidación de contrato, sino el Serviu cuando han terminado las obras y las han recibido. Tampoco participan en la comisión de recepción de las obras. En cuanto a las boletas de garantías, siempre están alojadas en el Serviu, no están en el Ministerio de Obras Públicas.
Don Alfonso Ugarte , Fiscal Nacional del Ministerio de Obras Públicas.
Sostuvo que, en efecto, las obras del Transantiago, por el hecho de realizarse dentro del radio urbano, corresponden al Serviu. El hecho de que esos fondos estén colocados en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas responde a una lógica presupuestaria que emana de una glosa de la Ley de Presupuestos.
Qué significa un mandato.
Ocurre que cuando se mandata a alguien, se hace dentro del ámbito de las facultades e intereses del mandante para que un tercero desarrolle la actividad que se le encomienda.
Aquí hay una situación bien sui géneris, bien particular. Los mandatos normalmente se otorgan cuando el ente naturalmente competente para desarrollar una acción es el mandante y su ejecución se le encarga al mandatario. Pero, en este caso, ocurre que el ente naturalmente competente para desarrollar una acción es el Serviu, porque se trata del desarrollo de una obra urbana. De manera que el mandato que otorga el Ministerio de Obras Públicas sólo tiene su origen en el direccionamiento de ciertos recursos presupuestarios en dicho ministerio, pero no corresponde a sus competencias naturales realizar obras de corredores del Transantiago.
En consecuencia, en una municipalidad es natural que, en el ámbito de sus competencias, se mandate a un tercero para que desarrollen algunas acciones. Pero, éste es un caso sui géneris, porque no está dentro del ámbito de las competencias naturales del Ministerio de Obras Públicas ejecutar este tipo de obras.
Ésa es una demostración más de que se trata de una lógica presupuestaria que compromete a todas las gestiones anteriores, incluyendo a ministros y parlamentarios que aprueban la Ley de Presupuestos. Se decide establecer en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas la administración y la gestión de ciertos recursos destinados al Transantiago, para que el MOP oficie, en la administración de los recursos, como ente intermediario entre el presupuesto de la Nación y la entidad encargada de ejecutar tales obras. Eso es lo que hay detrás de esto: una decisión presupuestaria, que corresponde a una lógica presupuestaria que escapa al Ministerio de Obras Públicas, que decide que en la lógica presupuestaria se contemple una glosa para que el Ministerio de Obras Públicas intermedie en la asignación de esos recursos con el ente que naturalmente puede ser competente.
Señaló que si el Ministerio de Obras Públicas normalmente actuara simplemente como un visador de recursos, sobre la base de un solo papel, habría un problema muy delicado. Esto ocurre sólo cuando eventualmente se contemplan estas lógicas presupuestarias excepcionales, donde la misión que asigna la ley es sólo la de intermediar recursos entre una asignación, que se hace presupuestariamente, y el ente que competentemente desarrolla la función.
Don Ananías González , Jefe del Departamento de Fiscalización y Control del Servicio de Vivienda y Urbanización, Serviu .
Antecedentes generales.
Explicó que ingresó al Serviu Metropolitano en 2008 en calidad de suplente del Departamento de Fiscalización, ya que el titular había fallecido. Luego, concursó a un cargo público que ganó en 2009 y tiene contrato de planta por tres años, período que culmina en 2012. Las funciones del departamento que dirige se dividen en dos áreas: extrajudicial y judicial. En el área extrajudicial ven algunos tipos de contratos relacionados con el giro del Servicio como arrendamientos, compraventas y comodatos y, en la parte judicial, son los encargados de asumir la defensa del Servicio ante los Tribunales de Justicia, salvo las expropiaciones que las ve una unidad distinta. Dentro del organigrama del Servicio depende del Subdirector Jurídico del Serviu .
Respecto del caso de presuntas irregularidades en el caso Kodama, su participación como jefe de departamento se limita a la parte judicial, donde llega la demanda que interpone Kodama.
En 2008, cuando ingresó al Serviu, su departamento no tenía ningún antecedente sobre Kodama. El contrato es del 2006, y fue fiscalizado por la sección de pavimentación. El Serviu es enorme con muchas competencias específicas.
Ahora bien, como departamento judicial, y también como sección jurídica, se enteraron de esta situación en el momento en que los demandaron. Cree que este contrato nunca pasó por la sección jurídica. De hecho, a la época de la demanda, existían abogados propios de pavimentación, que dependían de su Subdirector. Ellos veían sus cuestiones particulares, pero cuando ya se judicializaban, llegaban a su departamento. Respecto de la discusión del contrato y su control, no recibieron ningún antecedente de parte de la subdirección.
Las demandas.
Hay dos demandas: una por el corredor Pedro Aguirre Cerda y otra por el Corredor Santa Rosa; en ambas la empresa dedujo demanda de cobro de pesos en contra del Servicio por montos bastante elevados -40 mil y 21 mil millones de pesos- y en ambas le corresponde coordinar la defensa jurídica del Servicio.
El caso del corredor Pedro Aguirre Cerda se trata de una demanda bastante compleja porque da cuenta de una serie de irregularidades que se habrían producido en el transcurso del contrato.
Cuando llegó la demanda de cobro de pesos, notificada el miércoles 22 de diciembre de 2010, conversó con el Subdirector Jurídico, señor Rafael Marambio , para ponerlo en conocimiento de esto.
Le pareció que la demanda era gigantesca en virtud del monto demandado -41 mil millones y fracción más IVA- y muy compleja. Por eso, sugirió que lo viera un estudio externo o bien el Consejo de Defensa del Estado, pero el Subdirector le planteó que la demanda debía ser contestada por el Serviu, pues había fallado la mesa de trabajo conformada con anterioridad, la cual estaba integrada por Rafael Marambio , Subdirector Jurídico de la época; por el señor Franz Greve , Subdirector de Pavimentación, y por gente de la empresa Kodama.
Esa mesa funcionó por cuatro o cinco meses y se constituyó a petición del nivel central. Según lo que se le informó, el coordinador fue Álvaro Baeza , abogado asesor de la Ministra Matte . Él suponía que esa mesa de trabajo aún estaba trabajando para buscar una posible de salida, pero como había fallado sólo les quedaba enfrentar el escenario judicial. La demanda era bastante compleja, por eso su sugerencia de que se viera en conjunto por el equipo judicial que él dirige y con los abogados de la sección de pavimentación, ya que se trataba de un contrato de construcción gigantesco que había contratado esa unidad, por lo que ellos eran los expertos para abordar el contrato y la normativa aplicable; en este caso, el reglamento 236, que regula la contratación de este tipo de obras.
El caso Kodama tiene varias aristas. Una de ellas es la penal, en virtud de la cual se está investigando a nivel de Ministerio Público. En segundo lugar, el Consejo de Defensa del Estado interpuso una demanda, aproximadamente hace 3 ó 4 semanas, en contra del Serviu y en contra de Kodama, en la cual se pide la nulidad de la transacción judicial. Ese juicio fue contestado por el Serviu, la empresa Kodama interpuso excepciones dilatorias, y el juicio está vigente.
La defensa.
Se preparó una minuta y en conjunto con el área de pavimentación expusieron la estrategia de defensa. Entre esos tópicos estaba la prescripción, que la demanda estaba mal planteada, que era muy enredada. El Director dijo que tenía que discutir la minuta con el nivel central, y entendió que era con Álvaro Baeza . Esa minuta se hizo 5 ó 6 días después de que llegó la notificación de la demanda. Su Jefe habló con el nivel central y luego de eso lo convocó a una reunión para plantearle que la contestación tenía que ser realizada casi en un 80 por ciento basado en la minuta, pero obvió algunas partes relacionadas con el tema de la prescripción.
Aclaró que la prescripción está contemplada en el reglamento 236 a petición administrativa, y aunque los Tribunales de Justicia no siempre la acogen, ellos la plantean. Hizo presente que le parecía que si alguien debía decir que la prescripción no procedía debía ser un juez de la República y no ellos, pero el Subdirector Jurídico, era quien fijaba las directrices de la opinión jurídica del Servicio y que se hacía responsable.
Frente a esa situación, se reunió con su equipo judicial, que estaba molesto, porque no les pareció que los estuvieran “pauteando”. Debido a esto, sugiriy que enviaran un correo al Jefe diciendo que la defensa no contenía dos puntos importantes: la prescripción administrativa y la demanda mal planteada. Hay constancia de ese correo que después fue acompañado a la Fiscalía.
Con posterioridad, el 22 de diciembre hubo una serie de reuniones con el equipo de trabajo para discutir las estrategias de defensa, y la demanda se contestó el viernes 7 de enero. Había 15 de días de plazo para ser contestada y lo hicieron el día 12 de enero. Hubo presión por parte de la jefatura para contestar a la brevedad posible y el argumento era que como pronto él saldría de vacaciones prefería dejar firmada la contestación. Ellos querían tener todas las pruebas a mano para enfrentar lo que venía, ya que pensaban que era un juicio de lato conocimiento, por lo que hubo mails e intercambios de información con la gente de pavimentación para que entregaran toda la documentación y así estar preparados para la etapa de la prueba.
Por eso, les pareció muy extraño cuando el Jefe les dijo que había resurgido la posibilidad de llegar a acuerdo, que la mesa de trabajo había resurgido, que ya lo había conversado con el nivel central y que la idea era llegar a una transacción en la audiencia de conciliación. De acuerdo a los plazos, estábamos próximos al feriado judicial por lo que resultaría casi imposible, ya que en esa época los tribunales se dedican a redactar fallos que no han sacado en todo el año y no se preocupan de otra cosa. De todas maneras, me encargó redactar el oficio, en virtud del cual se pedía permiso a la Ministra para transigir, ya que como Servicio no están facultados para transigir sin previo Decreto de la Ministra .
Él le señaló cuáles eran las condiciones de esta transacción, la que era bastante simple en los aspectos jurídicos sobre el monto, por lo que se siguió avanzando en la etapa judicial. Es por eso que en el fondo hay dos árboles, uno que corresponde a la parte judicial, en el sentido que se contestó dentro de plazo, la contraparte replicó, luego ellos duplicaron, y se llegó a la instancia de la conciliación.
En paralelo, a él se le encargó hacer el oficio para transigir. El fin de semana del 7 de enero su Jefe viajó al extranjero y le encomendó redactar el oficio en base a algunas instrucciones.
Los correos electrónicos intercambiados con su Jefe obran en su poder y preparó el formato de la transacción, en base a sus indicaciones, pero sin el monto.
Al mismo tiempo, intercambiaba correos con los abogados de la contraparte porque necesitaba bastantes insumos de parte de ellos, sobre todo, relacionados con una de las condiciones recíprocas que establecía que la empresa Kodama había comprado unos inmuebles porque Serviu no los expropiaba, por lo tanto, lo que ahí hubo fue una transferencia de dominio de esos inmuebles, y necesitaba detalles de ellos para poder colocarlos en el oficio.
El jefe lo presionaba hasta que logró hacer el oficio y él, a través de mensaje de texto, le envió el monto de la transacción. Por otro lado, también recibía presión del señor Franz Greve , de Pavimentación, para saber cuándo salía el oficio.
Cuando lo tuvo, lo conversó con Franz Greve y estuvo de acuerdo. Luego se llevó el oficio al director, que es abogado, quien lo revisó e hizo algunas correcciones. Además señaló que lo tenía que revisar el señor Álvaro Baeza , asesor de la ministra.
Luego de ello, Franz Greve le pidió que lo acompañara al Ministerio y se le presentó al señor Baeza el oficio de base de transacción. Lo lee, da su consentimiento verbalmente, y se ingresa el oficio en el nivel central.
El nivel central se demoró alrededor de dos días en sacar el Decreto que autorizaba al servicio a transigir. En virtud de ello, se hace una escritura pública, que en el fondo es un copy-paste del oficio -del decreto- pero en formato de escritura pública.
Se le instruye ir a la audiencia de conciliación, en la cual estaba el abogado de la contraparte con el dueño de la empresa. Se celebra la audiencia de conciliación, se acompaña la escritura de la transacción y se puede terminar el juicio.
Posteriormente, cuando se le piden los recursos al nivel central, el Director de Finanzas de la época manifiesta que no tenía idea de esto y que tenía que pedir este dinero a la Dipres. Además, pide que le expliquen bien este asunto.
En el fondo es ahí cuando se gatilla el problema, porque el nivel central no sabía todo lo que estaba sucediendo y tampoco se le informó. Eso generó todo lo que hoy se sabe.
Siempre le dijeron que la mesa de trabajo que se conformó, antes y después, había sido evaluada por la unidad de Pavimentación, pues son temas que les competen a ellos, como unidad; ellos son los competentes y las personas aptas para hacerla. Si le hubieran dicho que lo hiciera, él jamás podría haberlo hecho, pues es malo para las matemáticas, como todo abogado.
Le dijeron que había un resultado de esta mesa de trabajo, que fue contrastado con un informe del Dictuc. Con posterioridad, se enteró de que el informe del Dictuc había sido encargado por la empresa. Pero el Dictuc es una institución seria.
Al momento de redactar el oficio, en virtud del cual se pedía a la Ministra bases para transigir, además de hacerlo fundado en las instrucciones, preguntó qué documentos acompañarían -porque era pertinente acompañarlo con algún tipo de documento-, y tanto el director de Pavimentación como el Subdirector le dijeron que como el tema estaba acordado en el nivel central, que lo tenían muy claro y que se los habían explicado antes, el oficio debía ir solo.
Como tiene que obedecer instrucciones del nivel superior, el oficio se fue tal como se lo pidieron.
Aclaraciones finales.
En cuanto al perjuicio, en su opinión, aún no lo hay por cuanto no se ha pagado un peso, no obstante que la empresa Kodama aún tiene un título ejecutivo, que es la copia de transacción que fue sacada ante un Tribunal. Sin embargo, la empresa no ha ejercido ninguna acción de cobro.
En principio aquí hay dos causas, una es la que motiva a esta Comisión y la otra es Santa Rosa, que está vigente y en tramitación, y su defensa fue asumida por el Consejo de Defensa del Estado.
Reiteró que es Jefe de Departamento , funcionario de planta, y que su superior jerárquico en la época era Rafael Marambio , quien lideró antes, durante y después, la mesa de trabajo.
En un principio, él daba cuenta que ésta era una instrucción del nivel central, sin nombrar a persona alguna. Con posterioridad, él hizo mención al señor Álvaro Baeza , y él era el interlocutor entre el nivel central y Serviu .
Expresó que no puede decir si la Ministra sabía o no sabía. No le consta. Tampoco le consta en relación al Subsecretario de hecho, entiende que cuando esta cosa explota, lo tiene el Jefe de Finanzas de esa época, el señor Daniel Johnson , pues él ya estaba como Subsecretario Subrogante , porque era época de vacaciones. En esa oportunidad, él le comenta al Subsecretario de la época, señor Iacobelli , el hecho, lo que llevó a que se gatillara el tema.
Añadió que no le tocó participar en ninguna reunión tendiente a alcanzar el acuerdo. Pero con posterioridad, cuando el acuerdo estaba al menos verbalmente adoptado, se reunió con el señor Franz Greve , ex Subdirector de Pavimentación del Serviu , y con el abogado de la empresa. Su objetivo fue requerir de la contraparte los antecedentes de dominio de los inmuebles para transcribirlos a la transacción. Pero, en el fondo, no obedeció a una mesa de trabajo o de acuerdos.
En su calidad de funcionario público tiene la obligación de representar las ilegalidades, pero, honestamente, en el transcurso de este procedimiento nunca vio alguna. Sin embargo, como abogado, puede decir que el asunto estaba mal hecho, pero eso no implica una ilegalidad. O sea, siempre le pareció que hubo una especial preocupación porque esta cuestión saliera rápido, pero no podría atribuirlo a mala fe, porque aquí se conjugan dos principios: uno humano, que es confiar en la gente, y otro, de derecho, que es el de la buena fe. Entonces, nunca vio nada ilegal, por lo que no había nada que representar, salvo el tema en cuestión referido a la defensa. Pero, hay estrategias de defensa, y la ruta de la defensa judicial la establece el Subdirector.
Respecto al monto: el decir que el Serviu estaba demandado por 40 mil millones, más IVA, es decir un monto menor no le hizo dudar. Si hubiese sido más dinero, habría visto en ello una ilegalidad.
Como planteó al principio, ésta es una demanda muy técnica; son 150 páginas, de las cuales 130 corresponden a temas técnicos y numéricos, y las restantes, unas 20, a cuestiones de derecho.
Participación del señor Alvaro Baeza .
Explicó que hizo mención de la participación del señor Baeza en el cuerpo de la minuta, y en la conclusión se refirió a las personas, funcionarios públicos, del Serviu, que validaron el oficio que le encargaron redactar, y que posteriormente fue enviado a la señora Ministra , encargada de autorizar el Decreto. En el fondo, se refiere al procedimiento orgánico que debe seguir el oficio, que no es diferente a otros procedimientos en virtud de los cuales se ha transigido.
A él le correspondió llevar el oficio al señor Baeza para que lo revisara. En el fondo, él no debió revisarlo, no le correspondía, era asesor de la Ministra . Pero, en definitiva, visaron los documentos quienes debían visarlos.
Los Convenios-Mandato de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas no pasan por la unidad que dirige el señor González . Pero en este caso su Jefatura, le dijo que el Convenio-Mandato con el Ministerio de Obras Públicas no venía al caso en cuestión, por cuanto el Serviu -comparte esa opinión- es demandado por hechos propios; el Serviu fue demandado por haberse demorado en entregar las fajas de terreno o no entregar los proyectos eléctricos. El hecho es que, a punto de contestar la demanda, le dijeron que se iba a llegar a un acuerdo, lo dice la minuta, y le dijeron que no insistiera, porque había instrucciones del nivel central y que con esta gente se iba a llegar a acuerdo en la etapa de la conciliación.
Tiene dudas en cuanto a si, efectivamente, correspondía que el Ministerio de Obras Públicas fuera el demandado. Pero eso deberá determinarlo un juez. Aunque estaba la instrucción de que aquí se debía transigir. Ya les habían cortado las alas con el tema de la prescripción y otras situaciones, y este caso, obviamente, también iba a ser tijereteado.
Agregó que, sacándose la camiseta del Serviu, podría decir que la empresa tiene una pretensión válida. El contrato tiene varios defectos: duraba 300 días, pero terminó durando 1.200. O sea, dejando a un lado cualquier pasión, eso ya es un hecho extraño, que devela que algo se hizo mal, pero ignora qué se hizo mal.
Reiteró que detectaron algunos hechos al momento de revisar la demanda y recabar antecedentes a nivel interno, pues hubo problemas con la entrega de las fajas de terreno. Para construir el corredor Pedro Aguirre Cerda , que es gigantesco, obviamente, el Juan Lobos servicio debía expropiar una cantidad inconmensurable de propiedades, pero eso no se entregó en la fecha que debía entregarse; también hubo un atraso por parte del Serviu, como servicio, en la entrega de los proyectos relacionados con la red eléctrica.
Dijo que carece de la competencia técnica en cuestiones numéricas para saber sobre los perjuicios, pero cree que hay un perjuicio válido. Sobre el monto, no se pronunció por no competerle.
Insistió en que hubo una mala ejecución del contrato y no es responsable de ello, porque la ejecución es técnica y no jurídica. Además, ese contrato fue revisado técnica y legalmente por otra subdivisión, la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, que aún existe y en esa época, esa subdivisión, tenía técnicos y abogados que reportaban al subdirector.
El contrato ya se ha ido pagando, de acuerdo a los Estados de Pago, aunque desconoce el monto total pagado a la fecha. De lo demandado no se ha pagado nada.
Don Benjamín Dávila , asesor del Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Comentó que Su experiencia es de aproximadamente 35 años en obras viales, en un inicio como constructor y después como consultor. Sus labores dentro del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, durante aproximadamente once meses, han sido relacionadas con un estudio de opciones de terrenos en Cerrillos, así como varios otros proyectos durante el año 2010, como la recuperación del teleférico del Parque Metropolitano y el Parque Bicentenario de la Infancia . A partir de febrero de 2011 recibió el encargo de estudiar algunos antecedentes del corredor Transantiago de Pedro Aguirre Cerda por la constructora Kodama.
Proceso de adjudicación de la licitación del corredor Pedro Aguirre Cerda .
Revisó el proceso de adjudicación de esa propuesta a partir del reclamo que había, que fue hecho simultáneamente en un mismo día con otras tres propuestas. Después, encontró que había cinco propuestas en un mismo día, de distintas horas. Finalmente, ha logrado juntar antecedentes de catorce propuestas del Transantiago, desde 2006 a 2009. En particular, esta propuesta no tiene las mismas características que las trece restantes.
Según un cuadro que preparó, en casi todas las propuestas había un número aproximado de diez o trece empresas -en la menor había siete empresas- que compraron bases. En la mayor parte de ellas se presentaron seis, ocho o diez ofertas, pero en ésta sólo tres. En realidad, había cuatro ofertas, pero una de ellas fue declarada nula, porque tenía un error numérico, de manera que no fue considerada. Las tres que quedaron tenían valores muy altos respecto del presupuesto oficial y se adjudicó a la más alta. Pero, después advirtió que se esgrimió una falsedad en la resolución del Serviu que la adjudicó, porque se dijo que las otras dos ofertas habían quedado fuera del presupuesto por haberse adjudicado otras propuestas el mismo día. Pero eso no es efectivo, por cuanto las otras dos ofertas no eran válidas debido a que no tenían capacidad económica por sí solas. En su opinión, no era necesario que se hubiera adjudicado otras para perder la capacidad económica, lo cual está mencionado en un documento del Departamento de Propuestas del Serviu.
Su experiencia de 35 años radica principalmente en obras públicas, con todas sus especialidades, entre otras, aeropuertos, puertos, carreteras, tranques, así como el Metro de Santiago y concesiones. En el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, según sus usos y costumbres, tiene la experiencia de un año, pero es muy similar.
El mandante en este caso es el Ministerio de Obras Públicas, que hizo un mandato al Serviu, pero no tiene claro, porque la cantidad de documentos es enorme, si era un mandato único o si había mandatos para cada una de las propuestas.
En este contrato no ha encontrado ningún antecedente de participación del Ministerio de Obras Públicas, salvo el hecho de poner el visto bueno cuando el Ministerio de la Vivienda le solicitó autorización para adjudicar. Cree que se produjo una confusión, porque hay un documento, de unos meses antes, que establece un presupuesto del orden de 26 mil millones de pesos para esa obra.
Después, al momento de abrir la propuesta, la cual algunas personas con quienes ha hablado le dijeron que había sido postergada, de modo que tenía al Ministerio de la Vivienda bajo una presión muy grande por la inauguración próxima del Transantiago, resultó que el presupuesto oficial que hizo el Serviu en ese caso era de 18 mil millones, lo que no coincide mucho con los 26 mil millones.
Lo que pasa es que al ver después las catorce propuestas que tiene, resulta que el mismo corredor Pedro Aguirre Cerda tiene otra propuesta, que fue llamada en el tramo Las Torres-Pajaritos, el 5 de septiembre de 2008, por 7.300 millones.
Entonces, si se sumaba los 18 mil millones de presupuesto oficial de esta, más esos 7 mil, andaba muy cerca de los 26 mil millones de pesos.
No ha encontrado ningún documento ni ninguna participación documentada del Ministerio del Obras Públicas durante todo el período de ejecución de esta obra.
Por otra parte, respecto de la adjudicación, considera que es prácticamente imposible que en un solo día se evalúen, se revisen y se adjudiquen cinco propuestas. Es la primera vez en su vida que vio algo así, pese a haber trabajado 18 años para el Metro de Santiago, de manera que sabe que se demoran entre tres y cinco semanas para adjudicar propuestas de a una, con informe al directorio, etcétera. Por eso, cinco propuestas en un solo día es algo muy extraño.
Hay otros casos de propuestas, como ésta del corredor Pedro Aguirre Cerda , de septiembre de 2008, en las que el Ministerio de Vivienda se demoró seis meses en adjudicarlas. Es decir, la resolución de adjudicación salió en marzo de 2009, habiendo abierto la propuesta en septiembre de 2008.
Entonces, en algún caso adjudicó en un día y en otro caso adjudicó en seis meses, y cuando adjudicó en seis meses le pidió a la Contraloría que tramitara en cinco días la resolución.
Respecto de la capacidad económica, hay un documento del Departamento de Revisión de Propuestas del Serviu que dice que en este caso las otras ofertas no son válidas, sin mencionar para nada las demás, independientemente de las otras. Es matemáticamente muy sencillo, porque el factor es quince. Entonces para poder adjudicarse una propuesta de más de 20 mil millones, cualquier oferente debía tener una capacidad económica sobre 3 mil millones, y los otros dos tenían capacidad económica de 2 mil y tantos millones.
Entonces, en este documento, que se hizo exactamente al día siguiente, el jefe del Departamento de Programación Física y Control señala al subdirector de Pavimentación de Obras Viales que la oferta de Dragados por aproximadamente 21.400 millones tenía una capacidad económica negativa de 984 millones.
La siguiente, de BCF, de 21.629, tenía una capacidad económica negativa de 784 millones. Por lo tanto, en las observaciones se señala que no poseen capacidad económica y se rechazan sus ofertas, sin mencionar para nada las otras propuestas del mismo día, y es la misma capacidad económica que presentaron ambas empresas en los tres casos.
Ahora, al tener una capacidad económica de 2 mil y tantos millones, podrían adjudicarse una oferta de 8 mil millones, pero no una de 21 mil millones. Y el Consorcio Kodama dice que tenía 640 de capacidad económica disponible.
Cuando se ve que en catorce propuestas el promedio de los descuentos bordea el 10 por ciento del precio ofertado por el que gana, sólo una está sobre el 10 por ciento. En este caso, es de 40 por ciento. Es un problema de criterio del servicio, porque nunca había visto, en ningún organismo público ni privado, adjudicar bajo esas condiciones.
Se llamó a cinco propuestas en un día y esas cinco propuestas tenían sus respectivos presupuestos oficiales, de 9 mil, 11 mil, 13 mil, y ésta, que era la más grande, de 18.000 millones. Sumaban 64.000 millones las de ese día, y las otras cuatro fueron adjudicadas: 9.31 por ciento bajo el precio oficial; 8.81 por ciento bajo el precio; 6.74 por ciento bajo el precio oficial; y ésta, de 41.16 por ciento sobre el precio oficial, y la última, 9.92 por ciento bajo el precio oficial.
Al ser todas llamadas el mismo día, hace suponer que el equipo que preparó lo presupuestos oficiales usó un criterio homogéneo. Por lo tanto, es muy extraño.
Existe un dato interesante, a saber, que todos los oferentes de esas cinco propuestas, al momento de llegar con sus ofertas, en teoría, no conocían el presupuesto oficial. Pero existía un documento, varios meses antes, para el caso de Pedro Aguirre Cerda , que decía 26.000 millones. Es un decreto, que puede ser público, por lo tanto lo entregó a la Comisión.
El hecho que se dé el presupuesto oficial con anterioridad, puede inducir a que las empresas constructoras pudieran tener un precio más alto de lo que quisieran. Pero si hay suficiente número de empresas, la licitación es transparente y hay buena competencia, dentro del Ministerio de Obras Públicas se producen precios notablemente más bajos que el presupuesto oficial, a tal punto, que el reglamento de Obras Públicas obliga a entregar garantías adicionales, por esa diferencia, si existe una oferta bajo el 75 por ciento del presupuesto oficial.
Originalmente, el contrato era más o menos típico. En marzo, sostuvo, al menos, dos reuniones con el señor Kodama, cuando estaban en buenas relaciones, pero después sus abogados le pidieron que no hablara más con él. Él le explicó que el contrato tenía tres o cuatro factores que lo complicaron, y que son los mismos que siempre complican al 80 a 90 por ciento de todos los contratos de vialidad urbana, esto es, los cambios de servicios, las expropiaciones y las obras nuevas que aparecen.
En este caso, aparece una obra nueva que es de muchísima importancia. Al respecto, el Ministerio de Obras Públicas notificó al Serviu, en esa oportunidad, que en vez de hacer un semáforo en el cruce de camino a Lonquén, había que hacer un paso desnivelado que costaba más de cinco mil millones de pesos. En consecuencia, este contrato se vio muy afectado por esa obra. Ése es uno de los factores.
El otro factor correspondió a las expropiaciones. En este sentido, agregaron una debido a la cual la Fuerza Aérea tuvo que contraerse hacia los terrenos de Cerrillos. En principio, en el Serviu pensaron que como era una institución fiscal no provocaría problemas, pero resultó un asunto muy complicado. El desplazamiento se requirió para dejar una vereda de catorce metros de ancho para instalar unas obras de arte. Son unas pelotas enormes, unos cilindros y unas vigas. En todo caso, si alguien hubiese querido hacer rápidamente ese corredor, podría haberlo hecho con una vereda reducida y después haber extendido el resto.
Pero lo más complicado, siempre, son los cambios de servicio. Éste es un problema que hace sufrir tanto al Serviu como al Ministerio de Obras Públicas, porque las empresas de servicio, como las de agua, de luz y de gas, les cobran y los complican. Por eso a este contrato se le habían otorgado, seis ampliaciones de contrato, pagándoseles todas las horas extraordinarias a unos precios que fueron altamente convenientes. Por lo tanto, si el Serviu hubiera manejado bien su defensa un buen porcentaje de los diecisiete mil millones no hubiera procedido.
Hay obras públicas cuya ejecución debería demorar dos años, pero se toman diez. Tal es el caso del acceso sur a Santiago, el longitudinal, donde, por un error de apreciación, no se expropiaron unas casas. Podrían haberlas comprado todas, pero no lo hicieron a tiempo y la obra demoró ocho años en ser terminada.
Otro ejemplo son las cárceles: grupo de cárceles dos, tres; concesiones. Hizo un estudio especial al respecto, por razones profesionales. Pero no pasa sólo en Chile, también sucede en otras partes del mundo. En consecuencia, que las obras demoren mucho, suele suceder. No es lo deseable ni lo más común, pero sucede. Ahora bien, nunca le había tocado ver una propuesta adjudicada en tales condiciones; él no la habría adjudicado, por ningún motivo.
Por haber habido un solo oferente y haber sido un 40 por ciento más cara, teniendo otras cuatro propuestas, ese mismo día, y 10 por ciento más baratas.
El cuadro final que él se hace es que las 14 propuestas fueron adjudicadas 4 por ciento bajo el presupuesto oficial. Si se excluye la de Kodama y se analiza sólo las 13 restantes, fueron adjudicadas con un 11.37 por ciento bajo el presupuesto. Ésa es la tendencia. Por eso, cree hubo una impresionante falta de celo funcionario, pues no se resguardaron los fondos públicos.
Él le envió el presupuesto a un amigo, sin darle detalles de la obra ni de la fecha, y recibió una comunicación que decía que el presupuesto oficial era realmente conveniente, lo cual confirma lo que pasó en las otras ofertas. Si se hubiera vuelto a licitar, la obra podría haber sido ejecutada hasta con un 5 ó 10 por ciento menos del presupuesto oficial. Después le envió la oferta de la constructora y le respondió que eso era espectacular. Ofreció entregar el nombre de la persona que le entregó esa información. Por lo tanto, en su opinión, el presupuesto oficial estaba bueno.
Indicó que ha trabajado 18 años para el Metro de Santiago y ha trabajado en más de 70 propuestas, quizá 100 y, en promedio, en todas, sin eliminar ninguna, la adjudicación cuando se termina la obra sale por sobre un 9 por ciento, y un 13 por ciento de mayor plazo. Habló con la experiencia de 18 años de licitaciones y llevando un control estricto.
En dos oportunidades aparecieron ofertas distintas, en el primer caso, ocurrido en 1994, hubo un 17 por ciento sobre lo oficial y la licitación se declaró desierta; dos meses después se relicitó y salió con un 2 por ciento bajo el oficial, el cual se mantuvo. En el segundo caso, ocurrido en 2004, es decir, diez años después, ocurrió lo mismo y se recibió una propuesta de 18 por ciento sobre el presupuesto oficial, pero como tenían una sucesión en donde constantemente salían en un promedio de menos 2 ó 3 por ciento, el proceso se dividió en dos; haciéndose una propuesta de estación y otra de túneles, lográndose así un 1,5 por ciento sobre el presupuesto oficial.
Es decir, en dos oportunidades se tomó la precaución de relicitar y se logró que salieran al precio oficial. Hubo dos grandes modificaciones del contrato. Una de ellas es el paso inferior camino a Lonquén, con un costo de 5 mil millones de pesos.
Respecto de esa obra, alguien -Transantiago, el Ministerio de Obras Públicas, la programación, Sectra u otro-determinó que era necesario. Sin embargo, se le llamó y pidió precio a Kodama y se pactó como ampliación de Kodama.
Al pactar una ampliación dentro de un contrato funcionando, normalmente es el Fisco el que pierde, porque el contratista le cobra caro y realiza el proyecto muy rápido, sin tomar todas las precauciones. Eso es lo que efectivamente aquí sucedió, por ejemplo, una biblioteca de la municipalidad quedó con un acceso peligroso y no pueden pasar las personas; también había una expropiación de Esmapa -empresa de agua potable- que no fue realizada por la cual les cobraron un cantidad enorme de dinero. Es decir, aparentemente esa obra, a muy poco andar, se determinó que era necesaria, pero se contrató en forma muy rápida, se presentó un mal proyecto y resulto cara.
La otra gran obra fue el famoso colector Lo Errázuriz , que tuvo un costo de alrededor de 2.500 millones de pesos -la mitad del otro proyecto- y que en realidad es una obra que se supone que algún día iba a tener que ejecutarse, con el fin de desaguar las 15 mil viviendas que se iban a construir en los terrenos de Cerrillos. Por lo tanto, se hacía necesario construir unos 100 metros por debajo del corredor para no tener que romperlo después, de tal forma de dejar hecho ese pedazo y luego la continuidad.
En su opinión no era en absoluto necesario hacerlo y cree que sí justificó darle plazo a Kodama. Cree que para la empresa Kodama, bien manejada la obra, más todo el sobreprecio que llevaba desde el primer día, esto no debió haber sido lo catastrófico que reclama.
Al respecto, hay un antecedente que quizá es el más importante que le toca ver a cada rato que las empresas constructoras, o sus asesores y abogados, reclaman con una cierta lógica, que la empresa incurrió en mayores costos y, por lo tanto, le piden al mandante que le reembolse esos mayores costos. Si bien es razonable que lo pidan, no lo es que se les pague, porque cuando el Estado o un ministerio ha hecho una propuesta por suma alzada, con los antecedentes que ha entregado, todos los errores en el estudio son de responsabilidad de la constructora.
Por lo tanto, si la constructora creía que iba a tener un rendimiento de mano de obra X, que le iban a rendir 20 y le rindieron 10, ese doble precio de la mano de obra no lo puede cobrar porque es de su cargo; incluso, si creía que las máquinas o los camiones le iban a rendir tantos metros cúbicos por hora. A uno lo emocionan, lo llenan de facturas y cobros y le dicen: “Yo incurrí realmente en los sobrecostos”. Sí, estamos de acuerdo, pero no corresponde pagarlos.
En este caso, la propuesta debió haberse declarado desierta y haberse hecho de nuevo. Eso es lo razonable.
Kodama 2 no escapa a lo que debe ser el corredor Santa Rosa y todos los otros que no ha podido revisar en detalle. Sin embargo, ha visto y revisado personalmente en Concepción, en Los Carrera, Prat y otros lugares una serie de ejes, y pudo decir que en todo Chile ha habido problemas. Cree que en el período del Kodama 2, en la adjudicación del colector, a lo mejor las autoridades del Serviu no fueron suficientemente astutas como para quitarle pedazos de la obra, sin embargo, también el contratista en un determinado momento alega que la obra había sido entregada al uso y, por lo tanto, agrega que le corresponde que le paguen gastos generales cuando ya la había entregado, en circunstancias de que lo único que le faltaba era cambiar unos cuantos postes, semáforos, asientos o pinturas, por lo tanto, mal puede estar cobrando gastos generales a razón de alrededor de 10 millones de pesos diarios, tal como aparecía en el informe del Dictuc.
El Serviu reconoció un hecho que a lo mejor, desde un punto de vista legal, es como una especie de tapón a las demandas de Kodama, cuando en el último reclamo que hizo, el Serviu sí accedió a pagarle gastos generales por los que pidió 900 millones, pero la Contraloría los rebajó a 95 millones.
El Serviu reconoce que en ese caso correspondía pagar, por lo tanto, -y la lógica hace entender- en los otros casos es un tema que se trató.
Planteó que, extraoficialmente, entre el mandante y el mandado muchas veces se negocia; y en vez de pagarle gastos generales, se le otorgan más días para que no caiga en multa.
Por ejemplo, si una persona encarga la construcción de una casa en la playa y el constructor le dice que se la hace en seis meses, pero luego dice que se va a demorar siete meses, se le podría decir que tiene que pagar un mes de multa, sin embargo, eso no se hace y, en cambio, se le dice que haga otras obras mientras termina la obra principal. En el fondo, que haga otras obras en vez de pagar la multa, pero también que no le cobre los gastos generales del mes adicional. Es como decir que se los da, pero sin pago.
En el último aumento el Serviu reconoce, porque en ese caso era inevitable. En realidad, se trataba de una acción de terceros, pues el Ministerio de Obras Públicas y la concesionaria Autopista del Sol le impedían pasar una pequeña parte del colector por debajo de la autopista, que está como tres o cuatro kilómetros lejos de este contrato.
Cree que el Serviu en ese momento determinó que no se podía terminar la obra, pues ya le había otorgado el colector y debían completarlo, pero se veían interrumpidos por la Autopista del Sol, por lo que reconoció el pago de gastos generales. Por lo tanto, si en el sexto o séptimo convenio reconoció el derecho a pago de gastos generales, ¿por qué no los reconoció antes, si es que correspondía? De acuerdo al decreto 236, al reglamento habitualmente usado, no correspondía, y es lo que dictaminó la Contraloría.
Refiriéndose a lo sucedido en el Kodama 2, durante la obra, ellos señalan que en cada uno de los aumentos de plazo les daban una cantidad mayor de obra, lo que les compensaba una parte de los gastos generales y, por lo tanto, quedaba un saldo de gasto general que no les pagaban y es lo que quieren cobrar a razón de 10 millones de pesos diarios. El informe del Dictuc lo reconoce. No así el Idiem ni la Contraloría.
En Kodama 3 hay 9.500 millones de los 17 mil millones que son de gastos generales. En el primer ítem, cerca del 60 por ciento no es obra. Después, hay una serie de ítems que conversó con la gente y no corresponden. Hay uno de 800 millones de pesos de premio por el puente Melipilla , pero según un dictamen de la Contraloría, realizado en la mitad de la obra, se establecía que eso no fue una mejora de proyecto, sino una disminución de obra. El puente Melipilla , que es el puente bajo el ferrocarril del sur, no se ejecutó. Está dicho en un informe de Contraloría de 2008, es decir, durante la mitad de la obra. La idea era ensanchar el puente Melipilla para que pasara el tren, lo que tenía un costo de 1.800 millones de pesos.
Al final, no se hizo, sólo se bajó el nivel de la calle para que el techo de los buses no tocara el puente, pero no se hizo el ensanche.
Por lo tanto, esgrime la empresa, que en vez de hacer una obra por 1.800 millones de pesos se hizo un rebaje por 200 millones de pesos, por lo que hubo un ahorro de 1.600 millones de pesos y, según la empresa, se les debía pagar un premio de 800 millones de pesos.
Eso es lo que pide Kodama y avala el Dictuc. Pero en ese mismo período hay un informe de la Contraloría que dice claramente que esa obra no se ejecutó, porque la Empresa de Ferrocarriles del Estado les quería cobrar por otros ítems, que no estaban considerados, 1.500 millones de pesos más. Por lo tanto, de común acuerdo, esa parte fue una buena decisión no hacerla, pero no corresponde pagar un premio.
Don Felipe Bahamondes , Gerente General Dirección de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de la Pontificia Universidad Católica de Chile (Dictuc).
Breve historia de la Dictuc.
Católica. En 1994, se crea Dictuc S.A, una sociedad anónima cerrada filial de la Universidad Católica, en la cual la universidad tiene el 99 por ciento de su propiedad, mientras que el 1 por ciento restante corresponde a Empresa UC.
Dictuc es el puente entre la escuela de Ingeniería y los diversos sectores productivos al ser la agencia de transferencia de conocimientos y tecnología de esta escuela.
¿Qué servicios presta Dictuc? Asesorías, certificación, experimentación, capacitación y apoyo a actividades de proyectos de innovación y emprendimiento. Tiene 37 áreas productivas y centros de investigación y desarrollo, con dotación profesional, técnica y administrativa perteneciente a Dictuc. Todas estas áreas son dependientes de departamentos de Ingeniería UC o liderados por profesores de la misma escuela. La dotación actual de Dictuc es de 800 personas.
En ocasiones, un área Dictuc se transforma en una empresa derivada, como una forma de transferir el conocimiento y la innovación, generados en la Escuela de Ingeniería UC, de manera más rápida y efectiva.
Una de esas empresas derivadas de Dictuc es Sistemas Productivos de Gestión S.A., SPG, fundada en 1997 y liderada por el profesor de Ingeniería y Gestión de la Construcción, señor Alfredo Serpell , empresa a través de la cual hicieron un estudio para la empresa Kodama.
Respecto del estudio propiamente tal, a fines de 2009, Kodama se contactó con SPG-Dictuc, solicitando ejecutar un estudio en el cual se evaluara el impacto en términos de plazos y costos de las modificaciones de obras y dificultades en la construcción del corredor de transporte público Pedro Aguirre Cerda .
SPG-Dictuc entregó la propuesta definitiva de trabajo, aceptada por Kodama, el 19 de enero de 2010.
La propuesta fue hecha a través de Dictuc, no SPG, pues así se establece en el protocolo de funcionamiento de Dictuc y sus empresas derivadas para la ejecución de reclamos.
¿Qué características tenía la propuesta presentada por Dictuc y aceptada por Kodama?
El objetivo era agregar una opinión técnica para estimar los mayores costos y gastos reales que habrían sido soportados por Kodama durante la ejecución del proyecto corredor Pedro Aguirre Cerda .
Cuando fuera posible se identificaría el origen o causa material del mayor costo. El trabajo de Dictuc se realizaría sobre la base de antecedentes aportados por Kodama.
El trabajo Dictuc concluiría con la entrega de dos documentos: un informe de mayores plazos y un informe de mayores costos.
La propuesta incluida en el contrato, que originalmente se firmó, establecía que el pago por los servicios de consultoría que prestaría Dictuc no estaría condicionado, en modo alguno, a un tipo de resultado en particular, sino a la correcta ejecución del trabajo solicitado.
Los informes resultantes del estudio podrían ser usados por Kodama como antecedente adicional en la presentación de su reclamación.
Siempre se estableció que correspondía a una instancia distinta, por ejemplo, arbitral o judicial, determinar quién debía asumir o solventar ese mayor costo.
El plazo de ejecución estimado inicial fue de tres meses, pero finalmente demoró 8 meses.
El costo del estudio alcanzó a las 1.500 unidades de fomento, un poco más de 32 millones de pesos. Ése fue el monto fijo, independiente de los resultados a los que llegaran los estudios, y se firmó un contrato de prestación de servicios entre Consorcio de Construcciones Kodama Limitada y Dictuc el 1 de marzo de 2010 para la ejecución de este trabajo.
La metodología para este tipo de trabajos ha sido desarrollada en el equipo de Dictuc a lo largo de 15 años, sobre la base de prácticas y conocimientos nacionales e internacionales y la experiencia del equipo de trabajo, habiendo ejecutado, hasta este momento, más de 50 estudios con ese carácter.
La metodología es de tipo exhaustiva, esto es, analizar la mayor cantidad de documentos relativos a la construcción de la obra en cuestión. Se ha desarrollado y perfeccionado a lo largo de los años.
Resumidamente, el trabajo incluyó las siguientes etapas: Reuniones de coordinación entre Dictuc y la empresa contratista Kodama; recopilación de la documentación del proyecto; confección de base de datos relativa a la documentación del proyecto; estudio de la información recopilada y de antecedentes de los distintos problemas presentados por Kodama; planteamiento de problemas y análisis de los mismos; estimaciones de atrasos parciales de cada causal; responsabilidades y conclusiones.
En cuanto al estudio de mayores plazos, con los antecedentes disponibles, proporcionados por Kodama, se identificaron las situaciones que pudiesen haber afectado al normal desarrollo del proyecto en cuanto a sus plazos.
Se emitió una opinión sustentada sobre el impacto que dichas situaciones habrían tenido sobre el proyecto.
El análisis se representó a través de una carta Gantt impactada, que reflejaba la realidad observada en la obra sobre la base de los antecedentes revisados por Dictuc y aportados por Kodama.
El estudio de mayores costos consistió en la estimación de los mayores costos que se habrían debido a los efectos en el contrato por mayores plazos, mayores obras, deficiencias en los planos del proyecto, aumentos en los proforma estimados, aceleraciones de obras y otros.
Para la valorización de dichas partidas el equipo Dictuc empleó las metodologías utilizadas normalmente en estudios de ese tipo.
Es importante tener a la vista que los estudios de Dictuc son técnicos y, por lo tanto, sólo identifican las causas materiales de los mayores costos. Establecer la responsabilidad legal sobre quién debe asumir esos mayores costos corresponde a otras instancias, por ejemplo, a instancias judiciales, lo que excede el alcance de su trabajo, aspecto que fue un tema que siempre estuvo en conocimiento del mandante Kodama.
Durante el trabajo, la interacción de Dictuc con Kodama se orientó principalmente a la recopilación de la documentación por un equipo de apoyo de Kodama, de acuerdo con los antecedentes solicitados por Dictuc. La documentación así revisada incluyó el estudio del contrato y del proyecto en sus condiciones originales, la revisión de las especificaciones técnicas, con sus respectivas aclaraciones, los análisis de la planificación original del proyecto, la revisión de las comunicaciones entre el contratista y el mandante y otros antecedentes relevantes.
Se reconstruyó la historia de la ejecución de la obra en cuanto a la planificación original, que formaba parte integrante del contrato inicial entre Kodama y el Serviu, agregando las precedencias adecuadas por parte de la constructora y la determinación del cronograma de actividades realizadas y hechos, según la información disponible, identificando las potenciales causas de las variaciones producidas.
Se revisaron más de 2.500 documentos proporcionados en su totalidad por la empresa Kodama, incluyendo el decreto 236, de 2002, y otros antecedentes legales, además de libros de obras, cartas de la empresa Kodama a Serviu, ordinarios de Serviu a Kodama, bases de licitación, aclaraciones y adiciones al proyecto, subcontratos, estados de pago, presupuestos, planos y la inspección física en terreno, en conjunto con los ingenieros de Kodama.
En cuanto a las conclusiones, el informe de Dictuc se presentó en dos documentos: I) Análisis de los impactos en plazos. Estudio de Mayores Plazos y II) Análisis de los impactos en costos. Estudio de Mayores Costos.
De acuerdo con los antecedentes que se tuvo a la vista, los hechos más relevantes que impactaron en los costos adicionales incurridos por la constructora fueron la demora en las expropiaciones, la demora en el traslado de servicios, la aparición de interferencias durante la ejecución de las obras, la aceleración de obras y el aumento del valor de los distintos contratos proforma, lo que implicó una mayor gestión sobre los mismos y la existencia de obras adicionales.
Respecto de la carta Gantt impactada, se tiene 910 días corridos de atraso hasta el 28 de mayo de 2010 y 759 días corridos de atraso si se considera sólo el efecto sobre el contrato original. Por lo tanto, las obras adicionales contribuyen con 151 días corridos en la ruta crítica, los que coinciden con etapas terminales del proyecto.
Según lo anterior, a su juicio, existiría un perjuicio económico para la empresa contratista, cuestión que es analizada y estimada en el informe Dictuc de costos, informe que es complementario a este informe de mayores plazos.
En cuanto al estudio de mayores costos, estimó, a través de distintas metodologías, una cantidad de 17 mil 313 millones de pesos en costos adicionales incurridos por la constructora, cuya pertinencia de pago debería ser dirimida por una instancia judicial o arbitral.
El informe preliminar se entregó en noviembre de 2010, que incluía las conclusiones que indicó antes, y los informes definitivos, firmados por el representante legal de la Dictuc y los responsables técnicos del proyecto, se entregaron el 4 de enero de 2011.
Los informes definitivos explicitan tanto la metodología utilizada como el supuesto asumido, las fuentes de información consideradas y los objetivos perseguidos, de acuerdo con la propuesta de trabajo presentada por la Dictuc y aceptada por la constructora en marzo de 2010.
Respecto de la participación que tuvieron en reuniones con el Serviu Metropolitano, el equipo de trabajo de la Dictuc fue invitado, a comienzos de noviembre de 2010, a una reunión en la que participaría Serviu y Kodama, para explicar los detalles técnicos de los informes realizados. Dicho equipo asistió a esa reunión para explicar específicamente la carta Gantt impactada y los criterios técnicos utilizados para elaborarla.
El jefe de proyecto de la Dictuc asistió a una segunda reunión para aclarar las posibles dudas de los funcionarios del Serviu sobre ese tema, pero no se le hicieron preguntas.
La Dictuc no participó en negociaciones de ningún tipo, desconociendo el detalle de las conversaciones entre las partes involucradas. De ese detalle se enteraron posteriormente, a través de la prensa y con mayor precisión, en el informe de la Contraloría de mayo de 2011.
A modo de síntesis.
El trabajo de la Dictuc para Kodama, realizado en base a la información aportada por esa constructora, consistió en un estudio técnico para calcular mayores plazos y costos incurridos por la empresa en la construcción del corredor Pedro Aguirre Cerda .
De acuerdo al contrato firmado, el resultado del trabajo de la Dictuc sería utilizado por Kodama como antecedente adicional en la presentación de su reclamación.
El trabajo realizado por la Dictuc para Kodama no establece responsabilidades legales para asumir los mayores costos calculados ni tampoco el monto que eventualmente correspondería pagar a la empresa. Determinar las responsabilidades legales y el monto del eventual pago, corresponde a una instancia judicial o arbitral, lo cual excedía el alcance de su trabajo.
La Dictuc no participó en negociaciones entre Kodama y Serviu, de manera que desconoce el detalle de las conversaciones entre ambas partes, de lo cual se enteraron por la prensa y por el informe de la Contraloría en mayo de este año.
Ninguno de los ejecutivos, directivos o ingenieros de la Dictuc mencionó en un momento alguna declaración en cuanto al trabajo que estaba haciendo el Idiem, porque cuando lo estaban ejecutando no tenían claro el alcance de lo que estaban haciendo. Una vez que fue evacuado su informe, si bien las cifras son muy distintas, los alcances de los dos trabajos son bastante diferentes. En resumen, ellos calcularon el total de gastos en que había incurrido la constructora. Lo que hizo el Idiem fue tomar esos gastos y ver cuáles estaban explícitamente considerados como pertinentes de pagar en el decreto N° 236. O sea, eran encargos de distinto alcance.
En cuanto a la relación de SPG con Dictuc, aquélla es una empresa derivada de la Dictuc. Ésta posee un 35 por ciento de su propiedad. El profesor responsable y otros profesionales que trabajaron con él en la generación del área tienen el 65 por ciento restante de la propiedad. Ellos realizan trabajos relativos a ese tipo de claims o reclamaciones desde hace mucho tiempo y, además, han desarrollado una metodología para estimar mayores plazos y costos en la ejecución de obras. De alguna forma, consideran que es una metodología aprobada y que ha sido usada durante más de 15 años. Si bien tradicionalmente se entiende que su rol es de ingeniería dura, de materiales, de mecánica, de estructura, la gestión de la construcción también está dentro del alcance de lo que se enseña en la escuela de ingeniería y en lo que se transfiere a través de la Dictuc y su empresa derivada.
La contraparte en Kodama en la Dictuc era un equipo técnico. Kodama es una constructora que tiene bastante años en el rubro y los contrató especialmente para el análisis de materiales, como la toma de testigos, análisis de muestras de hormigón y trabajos similares.
Era un cliente menor, en comparación con el volumen de actividades de la Dictuc. Tienen una relación desde hace bastante tiempo, pero en forma esporádica, no continua.
El equipo técnico contraparte de Kodama era del área de ingeniería de la empresa. Respecto del pago final, los tres meses iniciales se extendieron a ocho, pero no hubo ningún pago adicional por eso. Ello se debió, fundamentalmente, a que Kodama tenía problemas para reunir los antecedentes que se le solicitaban. Entonces, como su equipo técnico estaba trabajando en otros proyectos, no se cobraba como lo haría un taxímetro, sino que era un monto fijo. De hecho, se suponía que se iba a pagar después de dos meses de finalizado el trabajo y terminó siendo pagado tres meses antes.
Dictuc más que analizar la parte contractual legal, analizó los mayores gastos y costos incurridos por la constructora.
En ese sentido, de estas partidas que se analizaron en los mayores costos, que son partidas que se examinan siempre en este tipo de estudio, hay algunas en que está explícitamente incluida la forma de cálculo en el decreto Nº 236 y otras que no están incluidas explícitamente, y cuando no estaban, se dejó claro en el informe.
No hay un uso selectivo del decreto, sino que cuando establecía una forma explícita, se utilizaba, y si no, se utilizaba otra metodología equivalente.
Ahora, cuando el decreto Nº 236 establece una fórmula explícita para calcularlo, la utilizan. Cuando no, utilizan metodologías alternativas, que fueron explicitadas en el informe. Pero es normal usar esa metodología alternativa.
Para el cálculo de las boletas de garantía, la tasa de interés que consideraron, como un costo financiero, es el costo financiero adicional por incremento de tasa en la renovación de boletas de garantía, más allá del plazo original. No es por la extensión del plazo, sino por incremento de las tasas en la extensión del plazo, y según lo que recordaba, en el informe usaron una tasa, para las boletas de garantía, del 0.5 por ciento mensual.
Para que el Dictuc calculara el plazo de mayores gastos generales se construyó una carta Gantt impactada, que era fundamentalmente la misma programación de actividades que había presentado la constructora al comienzo de la obra, cuando se licitó, cuando se programó al comienzo, y fueron viendo cómo se cumplían los distintos hitos en la medida en que avanzaba el tiempo y se reflejaba el atraso que se produce en las distintas actividades. De esa manera se observa cómo se impacta la ruta crítica.
Finalmente, la última actividad ocurrió 910 días después de lo que debió haber ocurrido en la planificación original.
La metodología es exhaustiva para reconstruir la realidad que hubo en la obra. En ese caso el decreto Nº 236 no fue un elemento, sino que es lo que pasó en la realidad en la obra y que tiene que ver con el encargo que les hicieron, esto es, los mayores gastos en los cuales habría incurrido la constructora. No necesariamente los que tenía derecho a reclamar.
El decreto Nº 236, para la partida de gastos generales, establece una fórmula específica para determinar lo que es una milésima parte. Hay una fórmula diaria, de 10 millones diarios, en este caso, que multiplicado por los 910 días de atraso da los 9 mil 700 millones de gastos generales que estimaron como sobrecosto.
Respecto al tema del plazo, es normal que estos trabajos o estudios se demoren más de lo planificado, y eso muchas veces tiene que ver, y este caso no fue la excepción, con la demora del mandante en entregarles la información que le vayan solicitando. Eso los detiene y hace que el trabajo que ejecutan tenga tiempos muertos entre medio. Por eso de tres a ocho meses, y mientras existieron esos tiempos muertos, su gente trabajó en otros proyectos, por lo cual tampoco cobraron una tarifa adicional. Por supuesto, si esto hubiese durado dos años, habrían tenido que revisar el tema, pero no fue el caso.
No entregaron un informe con el total de gastos, ni de mayores plazos ni de mayores gastos, hasta noviembre, pero sí entregaban informes de avance, los cuales arrojaban resultados parciales que se obtenían en la medida en que se iban evaluando las distintas partidas, eso, para consideración de ellos y para que su trabajo no fuera una caja negra. Es algo normal en todo tipo de trabajo. Les iban entregando resultados, pero no oficiales. Es documentación no tiene ninguna firma y ningún tipo de foliación legal.
De acuerdo a lo que ellos analizaron y con los antecedentes que han tenido a la vista, que no han sido más de los que entregaron en el estudio, está seguro de que la empresa gastó del orden de los 17.300 millones de pesos adicionales. No están diciendo qué es lo que se les debe pagar.
Dictuc contó con los antecedentes aportados por la empresa. Cuando consideraron que la información era parcial, puede que se haya debido a que hubo una serie de partidas que, en definitiva, no cuantificaron, por falta de información. En estos estudios es normal.
En las primeras conversaciones, la constructora planteó una serie de conceptos por los cuales habría que reclamar mayores gastos, pero no hubo información suficiente que los respaldara y ellos la descartaron.
Dictuc no citó a ninguna reunión al Serviu durante la ejecución del estudio. Toda la información fue entregada por Kodama. La única interacción que tuvieron con el Serviu, o con el Ministerio de Vivienda, fue antes de entregar el informe final oficial, pero después de que ya habían entregado las conclusiones del estudio a Kodama, en noviembre, Kodama los invitó a una reunión en la que había personas del Serviu.
No sabía qué personas del Serviu estaban. Cree que estaba su director, pero no tiene claro quién más. Sabe que de Kodama estaba presente Kenji Kodama, el jefe técnico, de quien no recuerda su nombre, pero fue la contraparte de su equipo en el estudio, y cree que también estaban los abogados de Kodama.
En dicha reunión, a lo único que se limitó su equipo fue a extender en la mesa la carta Gantt impactada y explicar cómo se había obtenido; responder algunas preguntas técnicas, como las que le ha planteado la Presidenta de la Comisión en esta oportunidad.
Después de esa reunión, fueron invitados a una segunda reunión para aclarar dudas respecto de la carta Gantt impactada, pero no hubo preguntas. Luego de ésa, no han ido a ninguna reunión más.
Reiteró que cuando Kodama los contrató fue para calcular los mayores costos y gastos en los que habían incurrido. La evaluación de la pertinencia de reclamar esos gastos o costos, era una instancia jurídica que no tenía que ver con su trabajo.
Lo que se encargó a Idiem, a la luz de su informe de mayores costos, fue determinar los que eran pertinentes o explícitamente considerados en el decreto Nº 236. Ellos calcularon lo que había gastado la empresa y lo que era pertinente pagar.
Cree que lo que hizo la Contraloría en su informe de mayo fue lo mismo: determinar cuánto correspondería pagar, lo que es distinto de lo que les encargaron a ellos.
El Idiem tuvo a la vista un poco más de 45 documentos. Lo que hizo Idiem tiene dos partes: una de análisis de su informe, relativo a mayores costos, y otra de un informe interno del Serviu, que no tenía fecha, en el cual se calculaba el monto a pagar.
Ellos entienden que lo que hizo el Idiem, a la luz del decreto Nº 236 y de su informe, fue determinar las partidas que era pertinente pagar. La Contraloría hizo lo mismo, pero no en base a su informe, sino a otros antecedentes.
El Idiem no cuestionó el trabajo del Dictuc, sino que lo tomó como input para elaborar el encargo que le hizo el Minvu.
Cuando se ve en las redes sociales y en los diarios que el organismo dependiente de la Universidad Católica dice que eran aproximadamente 17 mil millones de pesos y el que depende de la Universidad de Chile que eran más de 2 mil millones de pesos, dan muchas ganas de salir a defender a la institución. Sin embargo, entendieron que no eran ellos los que tenían que hacerlo. En ningún momento cuestionaron su trabajo. No son conclusiones distintas; son peras y manzanas. El Dictuc calculó cuánto gastaron, tal como si una persona dijera lo que debería cobrar en horas extras por el trabajo realizado en la semana, y lo que hicieron fue calcular, a la luz del respectivo contrato, un monto en horas extras. Lo que hizo el Idiem fue determinar lo que corresponde pagar. Son temas distintos.
Lo que pasa es que a la opinión pública se le mostró como que era lo mismo, la que entendió que ellos habían dicho que el Serviu tenía que pagar a Kodama 17 mil millones. Ellos dijeron que Kodama había gastado 17 mil millones adicionales, pero no que había que pagarlos.
Si ese trabajo hubiera seguido su curso normal, eso lo habría hecho un juez, un árbitro o una instancia distinta a ellos. Probablemente, se habría determinado que no correspondía pagar 17 mil millones, sino otro monto.
Normalmente pasa eso en este tipo de trabajo. En los 50 informes que han hecho siempre ha sido así. Ellos estiman mayores costos, pero finalmente es el juez o el árbitro es quien determina pagar otra cantidad.
Don Fernando Yáñez , Director del Centro de Investigación , Desarrollo e Innovación de Estructuras y Materiales (Idiem) de la Universidad de Chile.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo les pidió que analizaran los informes del Dictuc y del Serviu. Este último es un informe interno.
Les proporcionó 48 documentos, entre ellos, los dos mencionados. La petición era determinar, a partir de las partidas de estos informes -en especial el del Dictuc-si esas partidas pasaban los test del decreto supremo Nº 236, de 2002, que corresponden a las bases generales reglamentarias de contratación de obras para los servicios de vivienda y urbanización.
A partir de la información proporcionada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, analizaron las partidas de esos documentos, los que clasificaron en tres posibilidades para cada una de las partidas. Al respecto, los montos que utilizaron eran los mismos que el Dictuc había determinado que eran cobrables por Kodama.
Ello está expreso en su informe, en el sentido de que no forma parte de su trabajo determinar esas cifras en forma independiente.
Clasificaron los ítems en tres.
En primer lugar, cobros válidos en su concepto de valor; es decir, que están contemplados en el decreto supremo Nº 236 o en el contrato entre Kodama y el SEP, y su valor, de acuerdo a su entender, está correctamente calculado.
La segunda clasificación se refiere a cobros válidos en su concepto, pero no en su valor. O sea, ellos tenían dudas o insuficiente información para validar esos datos.
Finalmente, está el ítem referido a cobros que no son válidos en su concepto, es decir, que no estaban contemplados dentro de los contratos ni dentro del decreto Nº 236.
De todo esto, se les pidió hacer una estimación máxima. En ningún momento se les pidió determinar la cifra precisa, sino sólo los valores máximos a los que el decreto Nº 236 y los contratos podrían dar origen a pagar. De los 16 ítems, lograron establecer que, en el caso de los aumentos de gastos generales, el concepto era válido, pero no el monto, pues el documento establecía la suma de 9.700 millones, y ellos llegaron a 2.132 millones. Respecto del resto de los ítems, que son 16 y que están explicados en detalle, determinaron que no eran válidos en su concepto, o sea, que no estaban contemplados en el decreto supremo N° 236 ni en las bases de los contratos, con excepción de los costos por aumento de obra, los cuales si bien eran válidos en su concepto, hechos los cálculos llegaron a que el máximo a pagar también era menor.
Ése es el fondo de la participación del Idiem en esta controversia; fue basada en documentos que les proporcionaron el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el Dictuc y el Serviu respecto del decreto supremo N° 236.
Don Eduardo Sanhueza , Sub Director del Idiem :
Indicó que se afirmó que el Idiem había sostenido que se debía pagar alrededor de 2.100 millones de pesos. En todas partes aparece lo mismo. Dejó claro que el monto máximo que se podría pagar era de 2.100 millones. Les preguntaron cuál era el monto máximo que se tendría que pagar, y dieron esa cifra. Incluso, podría decir que hay multas que se tendrían que cobrar.
Por lo tanto el monto podría bajar, pero lo que les preguntaron era el monto máximo a pagar. Incluso, podría pasar a negativo por cobro de multa. Eso es lo que determina su informe en base al decreto supremo 236, aunque no es lo que ellos creen.
En la prensa se dice que el Idiem dijo 2.100 millones, pero nunca dijo eso, pues se refiere al monto máximo. Además, se debe determinar a través de un peritaje o de un estudio formal. Pero lo que dijeron es respecto del monto máximo, porque era lo que estaba en juego.
Por otra parte, el encargo era verificar en función del decreto supremo N° 236. Por lo tanto, tomaron el informe del Dictuc y del Serviu. A partir de ellos determinaron lo que correspondía. Incluso, hubo muchos en que ni siquiera se metieron en el monto, porque el decreto supremo N° 236 no considera muchas cosas. Por ejemplo, costos por pérdida de rendimiento; costo financiero; costos puente Melipilla ; costos por aceleración; por mantención de boleta de garantía; por aumento de plazos. Todos esos están detallados. Son 14 ítems que, de acuerdo al decreto supremo N° 236, no corresponden, independientemente de que la empresa haya incurrido en esos gastos; pero eso es otro tema.
A grandes rasgos, ésa es la explicación de los 14 ítems que no concuerdan con el decreto supremo N° 236. Por lo tanto, no tuvieron que entrar al detalle de si el monto estaba bien o no. Eso no correspondía, porque cuando se postula a una licitación pública, se sabe que debe ser de acuerdo a una determinada reglamentación y bases de licitación. Por lo tanto, si se está postulando bajo determinada reglamentación, se calcula el valor a cobrar a un determinado mandante, en este caso, el Serviu. Lo que quiso decir es que, después de terminado un contrato, cualquier constructora puede decir que gastó equis cantidad adicional; pero ese no es el tema. Por algo se presentó a una licitación y debe asumir ciertos riesgos. Hay una reglamentación para cobrar y, en función de ella, les encargaron determinar lo que se debe pagar, y no en función de lo que la empresa declara haber hecho o si incurrió o no el costo adicional.
Entonces, los dos grandes ítems o la mayor diferencia que tienen es el aumento de gasto general. Sostuvo que, de acuerdo al decreto supremo N° 236, correspondería su cobro, ya que dicho decreto supremo dice con toda claridad que cuando el mandante incurre en algún problema dentro de la obra que no es atribuible al contratista, se debe indemnizar, y la forma de hacerlo es a través de gastos generales. Hay una fórmula que se refiere a que los días de atraso que son atribuibles al mandante se deben pagar al 0,5 por mil del valor del contrato. Eso es lo que dice el decreto supremo N° 236. Por lo tanto, bajo esa óptica, dijo que el gasto como ítem corresponde, pues el contrato decía 336 días, pero duró más de 1.000.
Debe quedar claro que para definir el monto a pagar como indemnización por atrasos atribuibles al mandante, había que determinar, por todo el atraso, que es del orden de 900 días, los días atribuibles al mandante. En función de eso, dijeron que el concepto corresponde, porque hubo atraso. La pregunta es: ¿cuánto? Para determinarlo, se deben establecer los días de atraso atribuibles al mandante.
De acuerdo a los antecedentes analizados, hay 200 días que podrían ser atribuibles al mandante. Entonces, al multiplicar 200 días por los 10.000.000, lo que da el 0,5 por mil del monto del contrato, da 2.000 millones. Esa es la mayor diferencia. Dijeron 200 días y no 900, que son lo que en realidad constituyeron el retraso, porque sostiene que los otros días, poco más de 700, no son atribuibles al mandante, ya que, durante el transcurso de la obra, la constructora nunca los cobró, ni tampoco el Serviu cobró como multa. Por lo tanto, en ese momento no fueron cuestionados.
Otro tema importante es que el aumento de plazo se fue dando formalmente a través de distintos convenios y resoluciones, en los que la constructora declaraba explícitamente que renunciaba a gastos generales y a indemnizaciones. Por lo tanto, dijeron que eso no correspondía de acuerdo al decreto supremo N° 236.
El mandato del Idiem era considerar todos los gastos en que se había incurrido. Hubo aumento de obras en los que daba aumento de plazos, lo que era de común acuerdo, y quedaba explícitamente dicho esto. Por lo tanto, dijeron: primero, se renuncia explícitamente; segundo, además de eso, que es lo más importante, durante todo el transcurso de la obra, salvo que les entregaran ahora el antecedente; no encontraron ningún antecedente que dijera: “señores, necesito que me indemnicen por el gasto general, porque me estoy atrasando”. Es más, todavía no les entregan ningún documento que nos diga eso.
Segundo, si efectivamente había un atraso durante el transcurso de la obra, una cosa es que la constructora le dijera al mandante que tuviera que pagarle una multa porque se está atrasando. Nunca lo hizo.
Tercero, el Serviu nunca cobró multas, porque los atrasos de una obra no son a consecuencia del medio ambiente; son atribuibles al mandante o al contratista. Si el mandante se atrasa, usted le paga a la constructora y se cobra 0,5 por mil. Si la constructora se atrasa, el Serviu tiene todo el derecho de cobrar una multa del 1 por mil.
Entonces, la multa que tiene que cobrar Serviu en caso de atraso es uno por mil. Por ello, creen que el monto máximo de 2.100 se puede transformar en un cobro de multa a la constructora, porque hay 200 días de atraso, cuyo motivo no conocen. No saben si es de la constructora o del mandante. El monto a pagar por el Serviu es de 200 por 0,5 por mil. Si les preguntan por el monto a cobrar como multa, podría ser de 200 por 1 por mil; o sea, 200 por 20 millones. Es decir, 4 mil millones que podrían cobrar por multa en el caso de que esos 200 días sean atribuibles a la constructora.
Ese es el análisis crudo de los antecedentes, independientemente de que la constructora haya incurrido en gastos, lo que es otro tema.
El Idiem descartó 700 días y no emiten un juicio de si es responsabilidad de la empresa o del Serviu porque los 700 días están totalmente formalizados, a través de los convenios 1 y 2. O sea, que el Serviu diera los aumentos de plazos no significa que hayan terminado el contrato y que se les haya dicho que debían formalizar todos esos aumentos de plazos. Durante el transcurso de la obra se iban formalizando aumentos de obra con aumentos de plazos, lo que quedaba reflejado en distintos convenios que se firmaron.
Se firmó el convenio N° 1, por 300 días; el convenio N° 2, por 250 días. Se firmó la resolución N° 3.688, por 30 días. Fueron formalizaciones del aumento de plazos. En ninguna ellas se dice que se renunciaba al gasto general.
Entonces, para Idiem, esos 700 días ni siquiera implicaron cuestionamiento de si la constructora tuvo que incurrir en gastos. En la constructora se daban aumentos de plazos formales; nunca se dieron en forma unilateral, también se fueron formalizando en el momento.
Eso les permite decir, con toda seguridad, que, a lo más, lo que se debería discutir son 200 días que. De esos 200 días, hay que determinar quién genera el atraso, si el mandante o el contratista.
IV. CONSIDERACIONES Y CONCLUSIONES APROBADAS POR LA UNANIMIDAD DE LOS DIPUTADOS PARTICIPANTES EN LA VOTACIÓN.
Votaron a favor la Diputada señora Claudia Nogueira y los Diputados señores José Antonio Kast (en reemplazo del Diputado señor Romilio Gutiérrez) , Nicolás Monckeberg (en reemplazo del Diputado señor Pedro Browne) , Felipe Salaberry e Ignacio Urrutia (en reemplazo del Diputado señor Iván Norambuena ).
La Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputados recibió el mandato de la Sala para constituirse como Investigadora con el objeto de revisar los alcances de los problemas vinculados al desarrollo del Corredor de Transporte Público Avenida Pedro Aguirre Cerda y la participación de la empresa Kodama en hechos que podrían constituir actos irregulares. A la luz de los antecedentes recogidos por la Comisión constituida como Investigadora, es posible concluir lo siguiente:
I. DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES.
1.- Las obras correspondientes al Corredor de Transporte Público Avenida Pedro Aguirre Cerda, en adelante “Corredor PAC”, forman parte del Plan de Transporte Urbano del Gran Santiago, o Programa de Mejoramiento al Transporte Público de Santiago, conocido también como Transantiago. Tuvieron como mandante a la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, y como mandatario al Serviu Metropolitano, organismo que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, con independencia de la relación jerárquica que tiene con la Subsecretaría de Vivienda y con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El Serviu Metropolitano actuó como mandatario de la Dirección de Vialidad con arreglo a lo preceptuado en el artículo 16 de la Ley nro. 18.091, que Establece Normas Complementarias de Incidencia Presupuestaria, Personal y Administración Financiera, y sobre esa base las partes suscribieron el Convenio Mandato entre la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, y el Serviu RM, sancionado mediante resoluciones exentas 2.244/2006 de la Dirección General de Obras Públicas, y 3.994/2006 de Serviu RM.
Esta Cámara de Diputados ha sostenido que no hubo gradualidad en la puesta en marcha del Programa de Mejoramiento de Transporte Público de Santiago , tal como se manifestó en las conclusiones de la Comisión Investigadora respectiva, según los términos que explicaron en las conclusiones respectivas que a continuación se destacan:
-Los antecedentes conocidos por la Comisión Investigadora sobre el sistema de Transporte Público de Santiago, permiten concluir que Transantiago fue un proyecto que no se implementó por etapas sino que la puesta en marcha global se concentró para el día 10 de Febrero.
-Aún cuando se pretendió hacer creer que la distinción si existió y que el plan abordaba distintas etapas, la verdad es que el conjunto de elementos que debía entrar en funcionamiento el 10-F, de por sí, constituían un desafío de alta complejidad que conforme a la experiencia internacional y a una racional planificación era necesario implementar gradualmente.
-Esta gradualidad, no se refiere a la división artificiosa que se pretendía con el cambio de propiedad en una fecha y la puesta en ejecución en otra. La verdadera gradualidad implicaba la puesta en marcha por zonas de la ciudad, probando la efectividad de la tecnología y subsanando los errores que podrían surgir. Ello permitiría, asimismo, concientizar a la población con respecto a los cambios y evitar la radical transformación que significó el esquema planteado.
-También se concluye, que la decisión de llevar adelante este proyecto de la forma en que se hizo fue una determinación establecida en el diseño del nuevo sistema. Una vez que el proyecto comenzó, el 22 de octubre de 2005, los plazos y exigencias empezaron a correr y una cancelación de esta programación era inviable dadas las condiciones económicas y políticas impuestas por la administración anterior.
-Sin perjuicio de todo esto, menos se justifica la puesta en marcha definitiva, si no se cuentan con todos y cada uno de los elementos dispuestos para su operación. Si ya es difícil concebir una gran transformación como ésta, es imposible pensar en cualquier éxito con las evidentes deficiencias que existían.
En virtud de la falta de gradualidad de la aplicación de las fases de ese programa de transporte urbano, que se hizo constar en el referido informe, es que se explica el mandato y encargo de la Dirección de Vialidad al Serviu RM. Además, en la precipitación que se observa para la ejecución de las obras de un sistema de transporte que se había puesto en marcha sin la ejecución de obras civiles destinadas a una adecuada aplicación, es posible explicarse las siguientes circunstancias:
1.1. Que en el mes de octubre de 2006, el Serviu RM, por cuenta de la Dirección de Vialidad, llamara a una licitación pública mediante resoluciones 625, 688 y 707 de 2006, para la ejecución de la obra “Construcción Habilitación Corredor Transporte Público Avenida Pedro Aguirre Cerda, Comunas Estación Central, Santiago , Cerrillos y Maipú ”.
1.2. Que esta Comisión observa que la capacidad económica de dos de los tres oferentes se conoció el día 28 de noviembre de 2006, día de la apertura de la propuesta, no así en el caso de la empresa Kodama, cuya capacidad económica fue establecida en un documento del Serviu de día 14 de noviembre de 2006, esto es, catorce días antes de la apertura de la licitación.
1.3. Que de lo anterior puede inferirse, que era de público conocimiento cuál iba a ser la oferta que catorce días después iba a realizar la empresa Kodama, o por lo menos el Serviu tenía conocimiento de aquello.
1.4. Que el día 28 de noviembre de 2006 tuvo lugar la apertura de cinco contratos de la red de obras del Transantiago, de los cuales cuatro resultaron ser adjudicados con valores por debajo del presupuesto oficial y solamente uno, el de PAC, de la empresa Kodama resulto ser un 41% más caro que el presupuesto oficial estimado. Si bien no existe certeza para la Comisión de que al momento de la apertura de la licitación, no se alterase el orden de este proceso y que ello podría haber ocurrido aún de manera casual, queda sin justificación el hecho de que no se recurriese a las alternativas legales para declarar desierta la licitación y convocar a una nueva, evitando el sobreprecio de 41% señalado. En efecto, de acuerdo al Decreto Supremo N° 236 que regula este tipo de contratación “la adjudicación de las propuestas corresponderá al Director del Serviu , pudiendo, si existen razones para ello, rechazar por resolución fundada todas las propuestas, sin derecho a indemnización de ninguna especie” (Art. 40).
1.5. Los ordinarios de adjudicación de estos cinco contratos fueron enviados por el Director del Serviu al MOP el día 29 noviembre. Los ordinarios fueron devueltos contestados, en el caso de los cuatro contratos que tuvieron valores por debajo del presupuesto oficial por el Director de Vialidad, mientras que el correspondiente al corredor PAC, de la empresa Kodama, fue contestado por el Director de Vialidad subrogante.
1.6. Adjudicación a Kodama. Retardo en entrega de terrenos imputable al mandante, pese a respuestas dadas en el proceso de licitación
2.- La Comisión estimó que las instituciones responsables del proceso de licitación y fiscalización durante el proceso de construcción del Corredor Pedro Aguirre Cerda, correspondían tanto al Serviu Metropolitano como al Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección de Vialidad. Esto, porque el Convenio Mandato establece estrictamente que las modificaciones financieras recaen sobre la mencionada Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, y por la obligación de Serviu de dar cuenta a dicho ministerio de todas las circunstancias que ocurrieran durante el contrato.
3.- De la revisión y exposición de los informes técnicos del Instituto de Investigaciones y Ensayos de Materiales (Idiem) de la Universidad de Chile y de la División de Ingeniería y Gestión de la Construcción (Dictuc) de la Pontificia Universidad Católica de Chile, se concluye que constituyen un marco de referencia y no estudios basados en la legislación respecto del finiquito económico de los contratos vigentes entre Kodama y el Serviu Metropolitano.
El informe elaborado por Dictuc, a solicitud del Consorcio Kodama, se centra en los gastos en que incurrió la empresa a propósito de estos contratos contabilizando para este efecto un monto final de 17.313.439.903.
El informe desarrollado por Idiem, por petición del Ministerio de Vivienda, corresponde a un estudio estimativo respecto de los montos y la pertinencia de los cobros imputados por el mencionado consorcio ante el Serviu Metropolitano, y se establece un moto final de 2.830.391.772.
En definitiva, la evidente diferencia que se constata en las conclusiones de ambos estudios se debe a los distintos objetivos que ellos plantean, por lo que resulta complejo compararlos e inferir a partir de ello algún tipo de irregularidad.
4.- En cuanto a la participación de funcionarios públicos en las acciones previas y posteriores a la firma del Decreto Exento N° 8, mediante el cual se autorizo al Serviu RM para transigir judicialmente con la empresa Kodama, por la suma de $16.636.412.630 por concepto de gastos mayores, es preciso señalar:
- Antonio Llompart , ex Director del Serviu RM, fue quien celebró la transacción con el Consorcio Kodama Ltda., sin requerir para ello de informes escritos técnicos, financieros o jurídicos que respaldaran su actuar. Con su acción el ex Director habría impedido que la Contraloría Interna del Serviu efectuara la debida revisión.
- Rafael Marambio , ex Subdirector Jurídico del Serviu RM , en razón de su cargo le correspondía velar por el cumplimiento cabal de las leyes y reglamentos vigentes que atañen a Serviu y tenía el deber de representar u observar los actos y resoluciones del Director que no se ajusten a la normativa vigente. El ex Subdirector fue quien dio a conocer a la empresa Kodama la disponibilidad de transigir por la suma de $14.000.000.000
- Franz Greve , ex Subdirector de Pavimentación y Obras Viales del Serviu RM, fue quien junto con el ex Subdirector Jurídico propuso el monto para transigir, cifra respecto de la cual no sólo se incluyeron los conceptos contenidos en el DS N° 236 sino también otros valores reclamados por la firma y derechos que habían sido renunciados por la misma, pero no se tuvo a la vista el Dictamen que previamente había emitido la Contraloría al respecto. Asimismo, se habría considerado en el monto a transigir una multa que el Servicio debía cobrar a la empresa, por otro contrato de obras.
- Álvaro Baeza , asesor de la ex Ministra de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo a las funciones que le fueron atribuidas, es posible deducir que incurrió en un incumpliendo de funciones al no mantener al tanto de los aspectos relevantes de la negociación con Kodama a la máxima autoridad del ministerio. Asimismo, fue quien ordenó tener un criterio amplio en la negociación.
II. PROPUESTAS
1. Respecto a aspectos generales para el buen desempeño de la Administración Pública.
-Los hechos conocidos por la Comisión dejan en evidencia la necesidad de establecer mecanismos de coordinación, control y corrección de los procesos por los distintos órganos del Estado. Ellos deben resguardar de manera adecuada, permanente y en tiempo real el patrimonio nacional y deben impedir la repetición de situaciones como éstas cuyos alcances dañan no sólo la confianza en las instituciones, sino la adecuada relación del Estado con la empresa privada.
-A pesar de que aún se encuentra pendiente de resolver el conflicto judicial suscitado por los hechos investigados en esta Comisión, y las consecuencias económicas que podrían derivarse para el Estado de Chile, se hace evidente la necesidad de regular los casos en que órganos del Estado puedan establecer negociaciones judiciales y la necesidad de que estas situaciones no se constituyan en formas de evadir los controles vigentes, ni en mecanismos que permitan la utilización de otras fuentes de financiamiento no dispuestas para este efecto.
2. Respecto a los procesos de licitación y los convenios entre instituciones públicas y privadas.
-Revisar los mecanismos que posibilitan este tipo de convenios entre las instituciones y que se establezcan de manera explícita los alcances y responsabilidades que le caben a cada uno de los responsables de llevarlos a cabo. Esto de manera que los procesos aseguren los principios de probidad, transparencia y publicidad administrativa que deben regir los actos del Estado.
-Revisar el procedimiento que rige la elaboración de los presupuestos oficiales de las obras del Estado, cuyo objetivo es reflejar el precio real de una obra, y por tanto ser referencia de los costos finales que debe alcanzar una licitación
-Implementar un proceso de revisión de las ofertas, a efectos de que en aquellos casos en que se supere el presupuesto oficial, en un porcentaje establecido, sea causal para declarar desierto el procedimiento y se inicie un nuevo proceso de licitación.
3. Respecto a los mecanismos de control técnico-financiero aplicable a las obras públicas.
-La profunda diferencia obtenida en los análisis desarrollados por dos instituciones de reconocido prestigio, la que se explica en virtud de los distintos objetivos a los que cada uno apuntaba, dejan en evidencia la fragilidad del sistema de control y regulación de una obra de esta envergadura por parte del Estado, así como la carencia de adecuados mecanismos de control y fiscalización técnico-financiera de los proyectos, que permitan el control en tiempo real y ajustado del proceso. Dicha situación debiera representar un desafío esencial a desarrollar entre los actores públicos y privados, en consideración a las obras que demandan los niveles de desarrollo que nuestro país está alcanzando.
4. Respecto a la participación y acciones de funcionarios públicos.
-A la fecha no ha habido defraudación de recursos del Estado, sin perjuicio que existe un litigio en curso sobre la materia. Al respecto el Consejo de Defensa del Estado ha solicitado una acción de nulidad de derecho público, a fin de dejar sin efecto la firma del contrato - y sus alcances- respecto de lo suscrito entre Consorcio Kodama y Serviu Metropolitano.
Esto sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y legales que les correspondan a los involucrados y que deriven de las acciones vigentes tanto por parte de la Contraloría y los sumarios instruidos, como de las acciones legales en curso.
-La Comisión estima que tanto el Serviu Metropolitano como el Minvu deben realizar una revisión de los procesos de licitación de una obra y su proceso de construcción, desde el punto de vista técnico. Esto de manera de establecer puntos críticos en su desarrollo, que no puedan ser superados si no implican el cumplimiento a cabalidad de determinados aspectos y que eviten situaciones como las acontecidas en esta obra.
-La Comisión constata la evidente necesidad de una revisión de los procesos y mecanismos de control que operan al interior del Serviu Metropolitano y del Minvu. Estos posibilitaron que tanto durante el proceso de licitación, construcción, como durante la negociación final llevada a cabo por Serviu Metropolitano con el Consorcio Kodama, se produjeran situaciones anómalas, que no fueron adecuadamente advertidas y controladas al interior de esta institución.
-Respecto del accionar de los funcionarios del Serviu y del Ministerio de Vivienda que se vieron involucrados en los hechos investigados por la Comisión, queda de manifiesto la impericia con que abordaron la resolución de la situación presentada, ello sin perjuicio de sus eventuales responsabilidades administrativas y judiciales por tales hechos.
Se designó diputada informante a doña Claudia Nogueira Fernández .
Tratado y acordado en sesiones de fechas 04, 11 y 18 de mayo , 01, 08, 15 y 22 de junio, 06, 13 y 20 de julio, 03,10, 17 y 31 de agosto, 07 de septiembre, y 14 de octubre de 2011, con asistencia de las Diputadas señoras Claudia Nogueira ( Presidenta ) y Denise Pascal , y de los Diputados señores Pedro Browne, René Manuel García , Romilio Gutiérrez , Patricio Hales , Carlos Abel Jarpa , Juan Carlos Latorre , Roberto León , Iván Norambuena , Felipe Salaberry , Orlando Vargas y Pedro Velásquez y ex Diputado don Juan Lobos .
Asimismo, en diversas sesiones hubo los siguientes reemplazos: Diputado señor Turna a Diputado señor Hales , Diputado señor Montes a Diputada señora Pascal , Diputado señor Letelier , a Diputado señor Norambuena , Diputado señor Urrutia a Diputado señor Salaberry , Diputado señor Calderón a Diputado señor Salaberry , Diputado señor Van Rysselberghe a Diputada señora Nogueira .
Asiste además el Diputado señor Carlos Montes ,
Sala de la Comisión, a 17 de octubre de 2011.
(Fdo.): ROBERTO FUENTES INNOCENTI, Secretario de la Comisión”.
2. Nuevo primer informe de la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización recaído en el proyecto de ley que modifica el artículo 75 de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, a fin de incluir a los técnicos en la excepción a la incompatibilidad del cargo de concejal. (boletín Nº 7073-06-B).
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior y Regionalización pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción, suscrita por los señores Ascencio , Espinoza , Lemus , Ojeda , Sabat doña Marcela , Schilling , Farías , Morales , y Becker , individualizado en el epígrafe.
Cabe hacer presente que la Comisión emitió un primer informe de la iniciativa en referencia el 4 de abril del año en curso, el que fue conocido por la Sala en sendas sesiones de fechas 13 y 19 del mismo mes, la que dispuso, en esta última, reenviarla a esta Comisión a un nuevo informe, luego de un largo debate, conjuntamente con las indicaciones en ella presentadas, según se verá. En tal virtud debe entenderse que el presente Informe reemplaza a aquel emitido con fecha 4 de abril de 2011.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
En forma previa al análisis del proyecto cabe hacer presente que la iniciativa en informe presenta las siguientes características:
a) la idea matriz de ella es incluir dentro de las excepciones a la incompatibilidad del cargo de concejal, a los técnicos no directivos en educación, salud o servicios municipalizados que se desempeñen en la misma municipalidad y en las corporaciones y fundaciones en que ésta participe.
b) El artículo único del proyecto es de quórum orgánico constitucional, conforme lo exigen los artículos 118 y 119 de la Carta Fundamental.
c) El proyecto no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
d) La iniciativa fue aprobada, en general, por la unanimidad de los miembros presentes al momento de la votación, que coincide con la totalidad de los integrantes de la Comisión señores Becker ( Presidente ), Ascencio , Browne , Campos, Estay , Farías, Hoffmann doña María José , Lemus , Letelier , Morales , Ojeda , Schilling y Ward , con fecha 22 de marzo de 2011.
e) Se designó Diputado Informante al señor ASCENCIO, don Gabriel .
II. ANTECEDENTES
A) La moción.-
Sus autores, luego de citar la primera parte del artículo 1° de la Carta Fundamental -que prescribe que “las personas nacen libre en dignidad y derechos”- y el N° 2 del artículo 19 de la misma -que consagra la igualdad ante la ley, precisando que en nuestro país no hay personas ni grupos privilegiados, prohibiendo que la ley o cualquier autoridad pudiera establecer diferencias arbitrarias-, afirman que no obstante lo anterior, nuestro sistema jurídico adolece de fallas, que debieran ser corregidos.
Al efecto, hacen referencia al artículo 75 del la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, el que en su inciso primero señala, en términos generales, que son incompatibles los cargos de concejal con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad y en las corporaciones o fundaciones en que ella participe.
Sin embargo, destacan que la misma disposición establece una excepción: la de los cargos profesionales no directivos en educación, salud o servicios municipalizados, la que, a juicio de los patrocinantes, es abiertamente discriminatoria, en la medida que la posibilidad de conservar su empleo, está supeditada a un requisito que no se dispone para el ejercicio del cargo de concejal, toda vez que, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 73, letra b), sólo exige, al efecto, “saber leer y escribir”.
A su vez, hacen referencia al artículo 124 de la Constitución, el que establece como requisitos para ser electo concejal ser ciudadano con derecho a sufragio, cumplir con los demás requisitos de idoneidad que la ley señale y residir en la región, a lo menos, en los últimos dos años anteriores a su elección.
Luego, hacen alusión al principio de que el Estado no puede establecer requisitos que excedan lo que el mismo provee como mínimo, en términos educacionales; de allí que la Constitución señala, en diversas disposiciones, que para ser diputado se necesita “haber cursado la enseñanza media o equivalente” (artículo 48); tratándose de Senador, “haber cursado la enseñanza media o equivalente” (artículo 50); y respecto del Presidente de la República sólo se hace referencia a “poseer las calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio” (artículo 25).
Agregan, que se hace necesario dar señales potentes que rompan el desencanto con la política, toda vez que en nuestro país existen casi 12 millones de personas en edad de votar; sin embargo, el 68% está inscrito en los registros electorales, y en la última elección municipal sólo el 52% de las personas que tenían la posibilidad de inscribirse participó con su voto respecto de alcaldes y, sólo el 47% sufragó para elegir concejales.
Concluyen, afirmando que la actual normativa se constituye en un desincentivo perverso para aquellas personas que siendo líderes de sus comunidades, conociendo en terreno sus necesidades y teniendo la voluntad de servir a sus vecinos, no pueden elegirse como concejal por el legítimo temor de perder sus fuentes de empleo y el sustento para sus familias; lo que los lleva a proponer la inclusión, dentro de las excepciones a la incompatibilidad del cargo de concejal, a los técnicos, sean paradocentes, auxiliares paramédicos y todos aquéllos que deseen servir a sus comunas desde el concejo municipal.
B.- Normativa Relacionada
El inciso quinto del artículo 118 de la Carta Fundamental encomienda a una ley orgánica constitucional la determinación de las funciones y atribuciones de las municipalidades.
A su vez, el artículo 119 preceptúa que en cada municipio habrá un Concejo, integrado por concejales elegidos por sufragio universal en conformidad a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; que durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos.
Por otra parte, el artículo 124, inciso primero, de la Constitución establece los requisitos que se requerirán para ser designado intendente o gobernador y para ser elegido consejero regional, alcalde o concejal, consistentes en ser ciudadano con derecho a sufragio, cumplir con los demás requisitos de idoneidad que la ley señale y residir en la región, a lo menos, en los dos últimos años anteriores a su designación o elección, en su caso.
La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 75, hace incompatibles los cargos de concejales con los de miembros de los consejos económicos y sociales provinciales y comunales, así como con las funciones públicas de ministro de Estado , de subsecretario, de secretario regional ministerial, de intendente, de gobernador, de consejero regional, de parlamentario, de miembro del Consejo del Banco Central, de Contralor General de la República; de integrante del Poder Judicial , del Ministerio Público, del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; de miembro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones. De igual modo, hace extensiva la aludida incompatibilidad con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad y en las corporaciones y fundaciones en que ella participe, con excepción de los cargos profesionales no directivos en educación, salud o servicios municipalizados.
III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO
A.- General
Durante la discusión en general de la iniciativa legal en informe, la Comisión escuchó a las siguientes autoridades y expertos:
a) Subsecretaría de Desarrollo Regional, representada por el Jefe de la División Jurídico Legislativa señor Claudio Radonich .
Recordó que la disposición del artículo 75 en cuestión y que establece, por una parte, la incompatibilidad entre el cargo de concejal y todo empleo, función o comisión en la misma municipalidad o corporación o fundación en que ésta participe, y, por la otra, una excepción a dicha incompatibilidad, a favor del concejal que, contando con título, se desempeñe a la vez como profesional no directivo en educación, salud o servicios municipalizados, quedó así establecida en virtud de sucesivas modificaciones legales, ocurridas desde al año 2005.
El principio, cual es la más amplia incompatibilidad entre el cargo de concejal y cualquier otro, agregó, obedece a la más estricta necesidad de transparencia y probidad respecto de esta importante función política, pero requiere ser flexibilizada, especialmente si se considera que hay ciertas zonas del país donde el universo de personas capacitadas para asumir la representación política de la comunidad y servir a la vez importantes funciones o empleos públicos, es reducido. Si la incompatibilidad fuera absoluta, se reduce fuertemente el potencial número de candidatos a concejal.
Aclaró sin embargo, que el Ejecutivo se encuentra elaborando un proyecto de modificación integral de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en donde se abordará, entre otras, la materia contenida en el artículo 75, y propuso, en consecuencia, postergar su modificación, a la espera de la señalada iniciativa del Gobierno que, adelantó, significará una verdadera “revolución descentralizadora” que modernizará de forma integral el municipio y potenciará el rol del concejal.
b) Jefe de la División de Municipalidades de la Contraloría General de la República, señor Marcelo Galaz .
Señaló que, considerando las disposiciones legales pertinentes de la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, esto es, sus artículos 40, 75 y 89, el órgano contralor ha emitido una extensa serie de dictámenes que, clara e indubitadamente, establecen la afirmación de que los concejales, pese a que ejercen una función pública, a que integran el concejo, órgano que a su vez, en conjunto con el alcalde, constituye la municipalidad, no revisten el carácter de funcionarios municipales y, por tanto, no se les aplican las normas que rigen a éstos, salvo en materia de responsabilidad civil y penal. Lo anterior no obsta, insistió, a que el concejo constituye un órgano de la municipalidad, de manera que las actuaciones que sus miembros desarrollen en el ejercicio de sus cargos y en representación del mismo, implican el cumplimiento de una función pública.
Por tal razón, explícitamente la ley establece la incompatibilidad del cargo de concejal con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad y en las corporaciones y fundaciones en que ella participe, con la sola excepción de los cargos profesionales no directivos en educación, salud o servicios municipalizados, de aquélla en que ejercen como concejal.
Aclaró que la incompatibilidad a que se refiere el artículo 75 de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades es aún más amplia y, en complemento con las prohibiciones que establece el artículo 74, y lo señalado en la letra f) del artículo 76 de la misma, exigen del concejal dedicación exclusiva, independencia e imparcialidad en la toma de decisiones asociadas a su función. Así lo ha establecido el órgano contralor en una serie de dictámenes relativos a diversos cargos o funciones municipales.
Refiriéndose al propósito y contenido de la modificación legal propuesta en la moción en análisis, por la cual se busca extender a los cargos técnicos la excepción que favorece a los cargos profesionales que se ejercen en las áreas de educación, salud o servicios municipalizados, siempre que sean “no directivos”, detentados por un concejal de la misma municipalidad, objetó que dicha iniciativa no incluya a los cargos administrativos y auxiliares, incurriendo en una discriminación similar a la que motiva a sus autores. Agregó que la moción en comento, que sólo consiste en agregar las palabras “y técnicos”, a continuación de “profesionales”, omite hacer lo propio en la frase final del mismo inciso primero del artículo 75 que modifica, generando así una discordancia al interior del referido inciso. Por otra parte, precisó que, tal como está propuesta la moción, la incompatibilidad entre los cargos de concejal y el ejercicio de otros empleos o funciones en el municipio, continúa siendo alusiva a quienes trabajen en las áreas de servicios traspasados y no en el municipio propiamente tal.
A modo de conclusión señaló que, si lo que se pretende es mantener la incompatibilidad de que se trata sólo respecto de quienes ejerzan tareas directivas en las áreas de servicios traspasados, correspondería sólo omitir del precepto en vigor la expresión “profesionales”, las dos veces que se emplea en el inciso primero del artículo 75 en referencia.
c) Presidente de la Comisión de Concejales de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Carlos Soto.
Señaló que esa entidad gremial no está de acuerdo con los fundamentos y propósitos de la moción en debate, y que, a mayor abundamiento, se declara contraria a la vigencia de la actual excepción a la amplia incompatibilidad del cargo de concejal con otros empleos o funciones en el municipio. Fundamentó esta posición aludiendo al artículo 71 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en cuya virtud el Concejo Municipal es un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, de modo que corresponderá al concejal, en cuanto miembro de dicho cuerpo colegiado, tomar decisiones, solicitar información, fiscalizar y supervisar.
Por otra parte, agregó, la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, exige, en amplios términos y sin distinción, a “las autoridades de la Administración del Estado… dar estricto cumplimiento al principio de la probidad administrativa”, y a ello queda obligado, en consecuencia, tanto el concejo municipal, como sus integrantes, los concejales. Es justamente este imperativo de probidad e independencia, afirmó, el que sirvió de fundamento para establecer la incompatibilidad del cargo de concejal, no solamente con los empleos municipales, sino también con los empleos que se ejerzan en las corporaciones o fundaciones en que participe la municipalidad, incompatibilidad que, a su juicio, no debiera admitir excepción alguna. En particular, señaló, el ejercicio de un empleo o función, sea de orden profesional o técnico, tanto en el mismo municipio como en corporaciones o fundaciones en que éste participe, resulta incompatible con el cargo de concejal, afirmó, debido a que vulnera, por una parte el principio de probidad y, por la otra, afecta a la función que tiene el concejal a la hora de tomar decisión en el concejo o fiscalizar a sus superiores, encargados de las unidades municipales.
En virtud de tales argumentos, propuso, contrariamente al propósito que inspiró la moción en debate, modificar el artículo 75 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en el sentido que el cargo de concejal también sea incompatible con los empleos o funciones, incluso profesionales o técnicos no directivos en educación, salud o servicios municipalizados, de forma que tal incompatibilidad no reconozca, como sí lo hace hoy, excepción alguna.
d) Jefe de la División de Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional , señor Mauricio Cisternas .
Señaló que la actual redacción del artículo 75 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (disposición que ha sufrido sucesivas modificaciones en los últimos años) es claramente discriminatoria, tal como sostienen los diputados autores de la moción en proyecto, por cuanto favorece con exceptuar de la incompatibilidad sólo a profesionales no directivos, y no así a técnicos o administrativos. Ahora bien, la incompatibilidad del cargo de concejal respecto de cualquiera otra función o empleo en el mismo municipio, establecida como regla general, se justifica plenamente, aseguró, por razones de probidad y transparencia las que indican que no es prudente que una persona se desempeñe como concejal y funcionario de la misma municipalidad, a la vez, entre otras razones porque las bases de los concursos que contempla la ley de municipios son aprobadas por el concejo municipal, de forma que, ejemplificó, un funcionario municipal de salud, sea profesional o no, directivo o no, podrá ser llamado a votar, como concejal, las bases de un concurso en que eventualmente él mismo puede ser partícipe; complementó, también a modo de ejemplo, con la situación que se podría dar con un profesor que trabaja en el Departamento de Educación que, en cuanto integrante del concejo, deba fiscalizar las actuaciones de su superior jerárquico, en este caso el Director del señalado Departamento.
El concejo municipal, insistió, detenta una serie de facultades y atribuciones, consagradas en los artículos 65 y 79 de la respectiva ley orgánica, que en caso de ejercerlas personas que, siendo concejales, sean a la vez empleados municipales, cualquiera sea la calidad de esa contratación, afectarán -favoreciéndolas o perjudicándolas- a esas mismas personas, lo que consideró totalmente inconveniente. Por el contrario, agregó, la lógica legislativa de los últimos años, reflejada en leyes como las de probidad en la actuación de los órganos de la administración del Estado, de acceso a la información pública, o de participación ciudadana, hace inconveniente que cualquier funcionario municipal, sin excepción alguna, se desempeñe al mismo tiempo como concejal de esa misma municipalidad. No se justifica la excepción, afirmó, ni respecto de profesionales, ni de técnicos ni de funcionario alguno, y desestimó el argumento que indica que la incompatibilidad afecta a la participación ciudadana, pues incluso en los municipios más pequeños del país existe un amplio universo de potenciales candidatos a concejal, de forma que no se verá comprometida la política en el nivel más inmediato a la ciudadanía.
En consecuencia, y contrariamente a la inspiración del proyecto de ley en cuestión, afirmó que la persona debiera poder optar, libre y espontáneamente, entre ser concejal o bien ser funcionario municipal, y evitar así las confusiones en que pudiera incurrir por tener la doble calidad, por ejemplo al recibir el requerimiento de un vecino frente a un servicio que otorga la municipalidad; esto resulta aún más crítico, y atentatorio contra el principio de igualdad ante la ley, en períodos de campaña municipal, en la medida que el funcionario que es candidato a concejal no deja de ejercer su función y, en cambio, el alcalde que busca la reelección sí debe dejar en suspenso su cargo. Así, para evitar todos esos conflictos de intereses y situaciones discriminatorias, concluyó, la solución más adecuada es, justamente, la contraria a la que se busca con la moción; es decir, cabría consagrar la total incompatibilidad entre el cargo de concejal y cualquier otra función en el municipio, sin admitir ningún tipo de excepción como lo hace el texto vigente del ya comentado artículo 75.
B.- Particular
El artículo único del proyecto, que disponía la modificación del artículo 75 de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en términos de agregar, entre el vocablo “profesionales” y la expresión “no directivos”, la frase “y técnicos”, fue motivo de sendas indicaciones sustitutivas, suscritas por los señores Ascencio y Rincón , respectivamente, aprobada con los votos favorables (7) de los señores Ascencio , Campos, Farías , Lemus , Ojeda , Rosales y Schilling ; y en contra (3) de los señores Becker , Browne y Ward , concebida en los términos que se consignan en el texto que esta Comisión somete a la consideración de esta Corporación y que se señalan en la parte final de este nuevo Informe.
La iniciativa fue objeto, en su oportunidad, de una indicación, suscrita por los señores Becker , Browne , Campos, Farías , Morales y Ojeda , aprobada con los votos favorables (12) de los señores Ascencio , Becker , Browne , Campos, Estay , Farías, Hoffmann doña María José , Letelier , Morales , Ojeda , Schilling y Edwards , y la abstención (1) del señor Lemus , en cuya virtud se agrega un artículo transitorio, cuyo texto se señala en la parte final de este Informe.
IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS
-El artículo único del proyecto, al ser aprobada una indicación sustitutiva, según se indicara.
-Una indicación presentada en la Sala por el señor Robles del siguiente tenor:
Para sustituir el artículo único por el siguiente:
“Artículo único.- Reemplázase el inciso primero del artículo 75 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, por el siguiente:
“Los cargos de concejales serán incompatibles con los de miembro de los consejos económicos y sociales provinciales y comunales, así como con cualquier otra función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad, con excepción de los cargos: profesionales no directivos, técnicos, administrativos y auxiliares, en educación, salud o servicios municipalizados.”.”. (7x3)
V. ARTÍCULOS E INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES
No las hay.
Concluida la discusión y votación particular, la Comisión somete a la consideración de la H. Cámara el siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Elimínase, en el artículo 75 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el D.F.L. N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, el vocablo “profesionales” las dos veces que aparece.
Artículo transitorio.- La modificación contenida en la presente ley entrará en vigor a contar del próximo período electoral municipal, esto es, aquél que se inicia el año 2012.”.
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de 17 de agosto de 2010, 11 de enero, 22 de marzo y 11 de octubre de 2011, con la asistencia de los señores Ascencio, don Gabriel ; Álvarez-Salamanca, don Pedro ; Ascencio, don Gabriel ; Becker, don Germán ; Browne, don Pedro ; Campos, don Cristián ; Estay, don Enrique ; Farías, don Ramón ; Hoffmann , doña María José ; Lemus, don Luis ; Letelier, don Cristian ; Morales, don Celso ; Ojeda, don Sergio ; Rosales, don Joel ; Sabat, doña Marcela ; Schilling, don Marcelo y Ward, don Felipe .
Sala de la Comisión, a 13 de octubre de 2011.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión .”
3. Informe sobre reunión conjunta de las Comisiones de Asuntos Laborales, Previsión Social y Asuntos Jurídicos y de Equidad, Género , Niñez y Juventud del Parlamento Latinoamericano, efectuada en Oranjestad, Aruba , el día 22 de septiembre de 2011.
Presidieron la reunión los congresistas: Diputada Marilyn Vallarino ( Presidenta Comisión Equidad de Género , Niñez y Juventud) y Diputado Alfredo Asti , (2do Vicepresidente Comisión de Asuntos Laborales , Prevención Social y Asuntos Jurídicos).
Participación chilena: HH. Diputados Sres. Pedro Álvarez Salamanca y Rosauro Martínez Labbé .
TEMA: DIFERENCIA EN LA SEGURIDAD SOCIAL ENTRE HOMBRES Y MUJERES
Exposición de María del Carmen Liesegang- Mujeres de Negro.
Mujeres de negro nace en el año 88 en Jerusalén, donde un grupo de mujeres se juntaron para manifestarse silenciosamente. Se oponían a la situación bélica vivida en Oriente Medio. Son colectivos autónomos, cuyo objetivo denominador es la eliminación de la violencia, el incentivo de la paz y la equidad de género. Luchan por los derechos de las mujeres. Tomaron como símbolo la mariposa, que es diversa, pero al mismo tiempo resistente, es libre, con capacidad de “resiliencia” y de amor. Hemos tejido una red de sonoridad y hermandad en la cual vamos contando con otros lenguajes lo que somos y los que proponemos.
Onumujer ha reconocido que históricamente la mujer ha sido discriminada y ha emprendido una lucha para eliminar la discriminación de las féminas, se elabora la Cedaw, donde se incorpora el concepto de “igualdad sustantiva” para comprometer a los Estados a tomar medidas para eliminar las formas de discriminación en situaciones cotidianas y también para contemplar la voluntad política por parte de los gobiernos.
CONCLUSIONES:
En la Reunión Conjunta de las Comisiones de Asuntos Laborales, Prevención Social y Asuntos Jurídicos y de Equidad de Género Niñez y Juventud, se realizó una valoración en la que los representantes de los distintos países aportaron aspectos positivos, negativos o carencias de las que adolecen sus respectivas legislaciones en materias de seguridad laboral, sobre todo en lo que atañe a minorías como mujeres, niñas, niños, adolescentes, jóvenes, discapacitados, indígenas y adultos mayores. Se planteó la necesidad de promover principios universales que apuntalen la búsqueda de equidad e inclusión.
Se propuso promover una Ley Marco desde el Parlamento Latinoamericano con la finalidad de impulsar y coadyuvar al esfuerzo de los países miembros en la promulgación de leyes que contemplen la seguridad social de grupos vulnerables para que gocen de derechos plenos en apego a los derechos universales y tratados internacionales, situación que redundaría en beneficio de la sociedad en su conjunto, creando las condiciones para un desarrollo pleno tanto en la social, humano como económico.
(Fdo.): ROSAURO MARTÍNEZ LABBÉ , Diputado Vicepresidente del Parlamento Latinoamericano ”.
4. Informe sobre XV Reunión la comisión de Asuntos Laborales, Previsión Social y Asuntos Jurídicos del Parlamento Latinoamericano, efectuada en la ciudad de Oranjestad, Aruba , el día 22 de septiembre de 2011.
Presidió la reunión el Diputado Alfredo Asti ( Uruguay ).
Participación chilena: H. Diputado Sr. Pedro Álvarez Salamanca .
TEMA I. Trabajo Informal
Se señala que los parlamentos latinoamericanos podrían hacer mucho para adecuar sus legislaciones en cuanto al trabajo informal. Uno de los problemas más importantes está relacionado con la productividad, tienen que existir recompensas e incentivos para los trabajadores que se capaciten y se esfuercen más.
Hay que buscar equilibrio entre los jóvenes que se incorporan a la masa laboral con quienes ya están y eso puede lograrse con la capacitación.
América Latina está atrapada en el problema del desempleo, a pesar del crecimiento hay problemas serios con el empleo, se ha originado “empleo informal”. Existe un problema educativo en la región, hay atraso tecnológico y científico que impide insertar a América Latina en el mercado mundial.
Es necesario promover las relaciones intercomerciales en América Latina.
Se deben buscar fórmulas para evitar que los ciudadanos no crucen la línea de la pobreza extrema, el Estado debe operar como un garante de condiciones mínimas de vida, tomando medidas de seguridad social y generando políticas económicas acertadas.
Hay que buscar la forma desde el Parlamento Latinoamericano para hacer valer la voluntad política de entender el problema del desempleo como de suma importancia.
TEMA II. Nuevas Normas Internacionales para los trabajadores y las trabajadoras domésticas.
Ponente. Dra. Geraldine González . Directora adjunta para América Latina y el Caribe de la OIT
Hay más de 14 millones de mujeres que trabajan de forma remunerada para una familia, es una de las ocupaciones con peor calidad de empleo, hay extensas jornadas de trabajo y no permiten una vida digna.
14 de cada 100 mujeres son trabajadoras del hogar, menos de un tercio de las trabajadoras domésticas está registrado, la proporción que accede a la jubilación es aún menor, en países con más educación llega a un tercio de lo que ganan los trabajadores de un país.
Las trabajadoras migrantes, las afrodescendientes e indígenas perciben remuneraciones inferiores. Las remuneraciones de las mujeres no alcanzan los niveles de los ingresos de los hombres que desempeñan tareas similares.
El trabajo infantil doméstico en casa de terceros es una de las formas más comunes de trabajo infantil. En muchos países el derecho de protección a la maternidad es casi imposible de ejercer. En la migración se esconde la trata de personas.
El trabajo doméstico está invisibilizado y es escasamente valorado, la protección legal es inadecuada, los trabajadores domésticos son vulnerables al abuso de sus derechos humanos fundamentales.
TEMA III. Trabajadoras del Hogar. Trabajo Doméstico no dependiente de carácter familiar.
Ponentes: Los diputados Trineo Condori de Bolivia y José Álvaro Cornejo de El Salvador.
Antes de iniciar las intervenciones de los diputados ponentes, los demás asistentes expusieron la situación de las trabajadoras domésticas en sus países, en su mayoría manifestaron que no hay legislación específica que regule este tema.
El trabajo doméstico no remunerado no está incluido en los principales indicadores económicos y sociales. No existen regulaciones y/o normativas. La migración hacia países más desarrollados para realizar trabajo doméstico no remunerado, especialmente de mujeres, pero también en condiciones salariales inadecuadas, sin acceso a la seguridad social. Se genera un círculo vicioso, que gira en torno a la pobreza, la falta de educación y la inestabilidad laboral.
La OIT Hace la solicitud para que suministren datos oficiales acerca de este tema, sugiere respetuosamente la idea de ratificación por parte de todos los países, a través de sus máximos órganos legislativos del convenio 189 y que se puedan comenzar a generar estadísticas acerca del trabajo doméstico y sus condiciones de sus Institutos Nacionales de Estadísticas.
TEMA IV. Primer Empleo Juvenil.
Expositor: Diputado Reginaldo Rivera De La Torre (México) . Presenta la ponencia Juventud, Empleo y Desarrollo.
Da cuenta del panorama general mexicano, donde cerca de 9 millones de jóvenes no estudian ni trabajan. Indica que México tiene 5.5% de mujeres jóvenes desocupadas. La mujer mexicana supera en 2.1% al hombre desocupado.
Ley de Fomento al Primer Empleo en México, se trata de otorgar beneficios fiscales a los patronos para el incentivo de creación de empleo joven.
Es necesario que se destine por los gobiernos un mayor presupuesto a la Educación básica y profesional, que se reconozca con rango constitucional la obligatoriedad de la educación media superior.
Es necesario que el Parlamento Latinoamericano, la ONU y la OEA promuevan la Cumbre Latinoamericana para el Empleo de los Jóvenes, que debe concluir en la celebración de un tratado internacional de Latinoamérica para el empleo joven.
Todos los países de América Latina presentan una problemática común y el empleo juvenil no es la excepción. La falta de empleo joven incentiva la migración de esta población a otros países.
TEMA V. Presentación de proyecto de Resolución a elevar a la Mesa Ejecutiva y a la XVII Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano.
Se incorporan las sugerencias al punto dos del acuerdo realizadas por la OIT.
Se aprueba por unanimidad el acuerdo con algunas modificaciones, las cuales serán redactadas conjuntamente por el presidente encargado Alfredo Asti, la representante de la OIT y la secretaria de actas designada para la sesión diputada Delsa Solórzano
TEMA VI. Reforma a la legislación procesal laboral de América Latina y El Caribe.
Expositor: Diputado Nicolás Sosa .
Se expusieron los antecedentes para la elaboración de la Ley Procesal Laboral en el seno del Parlamento Latinoamericano.
Se hizo un ejercicio de legislación comparada de los distintos países de América Latina en cuanto a la materia procesal laboral, al tiempo que se hace comparación de mecanismos alternos de resolución de conflictos. Se ha hecho de igual forma un análisis comparativo de normas de seguridad social en los distintos países.
En la mayoría de los países miembros la materia laboral, (que incluye tanto el derecho sustantivo como el derecho adjetivo del trabajo), tiene una base constitucional.
En la legislación procesal de la mayoría de los países consultados los principios comunes, (presentes en casi todas las legislaciones), son los de la supremacía constitucional, normas favorables a los trabajadores, irrenunciabilidad de los derechos, concentración, oralidad y gratuidad.
En la mayoría de los países su legislación procesal recoge disposiciones contenidas en convenios internacionales, principalmente, los convenios de la OIT.
En el proceso laboral, de los países incluidos en la muestra, se observan los principios contenidos en convenios internacionales, especialmente, el acceso al proceso, la igualdad de género, derecho a la sindicación, a la huelga, prohibición del trabajo forzoso, trabajo de las mujeres, trabajos de los niños y adolescentes, así como las garantías de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre el proceso, esto es, la oralidad, concentración, inmediación, buena fe, gratuidad.
En los países consultados predomina una legislación procesal laboral autónoma, manifestada a través de leyes especiales y tribunales especiales del trabajo.
Un número importante de países exige el cumplimiento previo de un trámite administrativo para acceder a la jurisdicción laboral.
En la región se observa que las organizaciones sindicales pueden intervenir en el proceso laboral. Asimismo que los derechos de los trabajadores del sector público y el procedimiento para ejercerlos y defenderlos están consagrados en una ley especial o estatuto
En la mayoría de los países latinoamericanos los tribunales laborales tienen competencia para conocer de los asuntos relacionados con la seguridad social, son nacionales, con competencia territorial de acuerdo con su ubicación geográfica. Hay dos instancias procesales y el recurso de casación que no es una instancia.
En pocos países se aplican principios de economía procesal en el sistema de justicia laboral y los jueces tienen facultades inquisitorias en el proceso laboral.
Se presenta y consigna el Proyecto de Ley Marco Procesal Laboral para América Latina. La ley consta de 8 títulos, 22 capítulos y 192 artículos
Se propone que cada país, representado en el Parlatino, analice el proyecto, lo compare con la legislación interna y destaque lo que constituyen las ventajas y desventajas del proyecto y presente las recomendaciones que estimen convenientes para que en la reunión que se efectúe en el año 2012, se apruebe de manera definitiva el proyecto.
Acuerdo: Se incorpora como punto de agenda para la próxima reunión traer las consultas a todos los países del proyecto de Ley Marco, para lo cual los miembros de la Comisión se comprometen a hacer circular el proyecto entre las centrales obreras y patronales, así como en las cátedras constitucional, laboral y procesal. Se acuerda invitar a la OIT.
TEMA VI. Actualización e integración de la Subcomisión de Asuntos Jurídicos y otros grupos de trabajo.
Quedan constituidos de la siguiente manera:
Comisión de Asuntos Jurídicos:
Diputado Alfredo Asti ( Uruguay )
Diputada Delsa Solórzano (Venezuela)
Asambleísta Vicente Taiano (Ecuador)
Comisión de Migración
Diputado Eduardo Vera Bejarano (Paraguay)
Diputado Carlos trineo Condori ( Bolivia )
Diputado Walter Varri (Uruguay)
Grupo de Trabajo conjunto con la Comisión de Etnias y Pueblos Indígenas
Diputado Alfredo Rodríguez y Pacheco (México)
Diputada Dalia Herminia Yánez (Venezuela)
Diputadóislic9lás Sosa (Venezuela)
La constitución de estos grupos y comisiones de trabajo queda abierta para la próxima incorporación e los diputados de la Comisión de asuntos laborales, preví ión social y asuntos jurídicos que a bien tenga sumarse a los equipos.
Finalmente, la representante de la OIT tiene un acuerdo firmado con el Parlamento Latinoamericano en tal sentido, se pone a la orden para colaborar de modo permanente con esta comisión.
(Fdo.): ROSAURO MARTÍNEZ LABBÉ , Diputado vicepresidente del Parlamento Latinoamericano ”.
5. Informe sobre la XVI Reunión de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlamento Latinoamericano, efectuada en la ciudad de Oranjestad, Aruba , el día 22 de septiembre de 2011.
Presidió la Reunión el H. Senador Sr. Carlos Sotello García (México) .
Participación chilena: H. Diputado Sr. Leopoldo Pérez Lahsen .
TEMA I. Acciones concretas de Cooperación con Flacma. Elaboración de un Estudio Comparado de las legislaciones latinoamericanas y una Propuesta de Bases Mínimas para una legislación en la materia por parte del Parlatino.
La premisa expuesta es el reconocimiento de las comunidades locales y sus gobiernos más cercanos, como espacio idóneo para la atención de las necesidades fundamentales de un núcleo social y la promoción del desarrollo.
H. Diputado Sr. Leopoldo Pérez (Chile): Expone sobre la importancia de implementar y conducir políticas públicas con un enfoque preventivo, y fomentar actividades en materia de desarrollo social, recreativa y deportiva, para dar una sensación y propiciar un clima de bienestar y de seguridad, sin centrarse en políticas represivas o restrictivas.
Una vez que se tomara razón de las observaciones realizadas por los integrantes de la Comisión, y registradas las modificaciones y adiciones al documento, se da lectura del proyecto final, quedando en los siguientes términos:
Declaratoria sobre Bases Mínimas para la Gobernanza Local
Consideraciones
El Municipio es la organización de una comunidad local asentada en un territorio determinado, que cuenta con un gobierno y tiene facultades para gestionar los intereses propios de esa comunidad.
El municipio constituye el espacio natural donde se realizan actos de carácter político, jurídico, económico, cultural y recreativo, y donde idealmente se satisfacen las necesidades básicas de los individuos.
Es en el municipio donde los ciudadanos tienen su contacto más cercano con la autoridad y demandan atención y solución a sus problemas inmediatos derivados de la vida vecinal.
En conclusión, es el municipio el ámbito natural donde se producen las relaciones humanas y el espacio desde donde debe impulsarse el desarrollo, la democracia y el bienestar social.
De acuerdo al informe elaborado por la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones de Gobiernos Locales (Flacma), en los últimos 30 años los municipios de la región han tenido importantes avances.
En 1980, solo 6 países de la región elegian democráticamente a sus gobernantes. En la actualidad en toda Latinoamérica se elige democráticamente a las Autoridades Locales.
En el mismo periodo se ha incrementado el porcentaje de recursos que los gobiernos centrales transfieren a los municipios en un 8% en promedio.
Se ha incrementado considerablemente la inversión local, aumentando la provisión de servicios públicos en la gran mayoría de municipios de la región.
Se han consolidado asimismo los mecanismos de participación social, y con esto, la inclusión de sectores históricamente marginados como son los indígenas, las mujeres y grupos vulnerables.
En la gran mayoría de los países latinoamericanos se han constituido asociaciones nacionales de municipios, que trabajan permanentemente en la defensa y promoción de la autonomía y el desarrollo local
Todos estos cambios han ido acompañados de significativas reformas legislativas y procesos de descentralización que han incrementado las facultades y competencias del régimen local.
La región está creciendo y su democracia progresa, sin embargo las carencias siguen afectando a muchos millones de sus habitantes. La realidad que viven la mayoría de municipios latinoamericanos, demandan que los legisladores, autoridades y ciudadanos redoblen sus esfuerzos, ya que América Latina parece ser la región más desigual del mundo.
Según el indicador de desigualdad del ingreso más generalizado, el índice de Gini, cinco de los diez países más desiguales del mundo se encuentran en América Latina, y no parece haber encontrado una estrategia sólida para reducir la pobreza y la desigualdad, y para lograr mayor inclusión de los ciudadanos más pobres dentro del sistema político y económico. Esta situación afecta particularmente a los municipios y pone en riesgo la estabilidad política, haciendo más difícil la atracción de la inversión necesaria para el crecimiento económico.
Existen importantes rezagos en el desarrollo de la economía; en el bienestar social y el ingreso; en el acceso de los jóvenes a oportunidades de desarrollo; en la prevención de adicciones; en la participación de la sociedad civil y comunitaria en las decisiones del gobierno; en el combate a la corrupción gubernamental y social; en el combate a la impunidad y el acceso igualitario a la procuración e impartición de justicia, y desde luego la seguridad ciudadana.
A pesar de los esfuerzos desplegados por los gobiernos centrales, la violencia relacionada con el narcotráfico y delincuencia organizada ha continuado en ascenso en América Latina; llevando el municipio la peor parte de este drama. En muchas localidades la autoridad se ha visto rebasada y el territorio local se ha convertido en campo de batalla, donde el ciudadano ha sido siempre la principal víctima.
Merced a lo anterior, y en virtud de la iniciativa presentada ante el Parlamento Latinoamericano, en el marco de la última reunión de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración, llevada a cabo en Quito, Ecuador , en el mes de junio de 2011, en cuyo marco interviniera la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones de Gobiernos Locales (FLACMA), se determinó la necesidad de elaborar de manera conjunta una Declaratoria Latinoamericana de Bases Mínimas para la Gobernanza Local, cuyos postulados puedan servir de parámetro en la definición de políticas públicas que promuevan e incentiven la productividad de las comunidades y la participación ciudadana, detonando con ello el desarrollo de los países a partir de las acciones de sus partes integrantes.
Por lo expuesto, y en concordancia con lo establecido en la Agenda 21 de las Naciones Unidas, en el sentido de considerar a los gobiernos locales como contrapartes efectivas en programas y actividades para el desarrollo económico y social, es menester de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlamento Latinoamericano y de la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones de Gobiernos Locales (Flacma), proponer para su aprobación y posterior presentación el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO- El Parlamento Latinoamericano, reconociendo la diversidad de las comunidades latinoamericanas y sus gobiernos más cercanos, así como la problemática y la amplia gama de necesidades que atañen a los ciudadanos en su espacio natural de convivencia, proclamamos la presente:
Declaratoria sobre Bases Mínimas para la Gobernanza Local
1. La participación decidida de las ciudades, municipios y autoridades locales de los países latinoamericanos, constituye un factor determinante en la posibilidad de enfrentar con éxito y superar los rezagos sociales, económicos, ambientales e institucionales que padecen nuestras naciones, por lo que debe considerase su inclusión en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas y programas de estado para tales efectos.
2. La autonomía local es una condición indispensable para el desarrollo, y debe ser apoyada y fortalecida con políticas, programas y mecanismos institucionales, cuya implementación y promoción constituye un menester preponderante del Estado, que debe salvaguardarla y garantizarla en el marco jurídico constitucional.
3. La participación ciudadana es un proceso fundamental para la gobernabilidad democrática, que debe promover el Estado en el ámbito municipal, ya que a través de esta los distintos sujetos sociales, en función de sus respectivas necesidades e intereses, intervienen en la marcha de los asuntos colectivos con el fin de mantener, reformar o transformar el orden social y político, más allá de los procesos electorales, reconociendo con ello el derecho de los ciudadanos para incidir en las decisiones públicas que afectan su calidad de vida.
4. La autonomía municipal se garantiza con el acceso a recursos, competencias y tiempos de gestión adecuados a sus necesidades, conforme a las siguientes bases:
a) Un periodo mínimo de gobierno de tres años, susceptible de reelección inmediata, contribuye al empoderamiento ciudadano, potencia la gestión y posibilita la evaluación de las autoridades locales.
b) La asignación de atribuciones y competencias debe atender a las realidades diversas que prevalecen en las comunidades, y obedecer al principio de subsidiariedad, privilegiando la cercanía de las decisiones públicas a los ciudadanos, y permitiendo que los gobiernos locales cuenten con atribuciones para la gobernanza conforme a sus capacidades y posibilidades.
c) Los recursos para el financiamiento de las funciones y servicios públicos, así como para la promoción del desarrollo local, deben atender a las necesidades de las propias comunidades, y obtenerse en principio a partir del ejercicio de las potestades tributarias de los gobiernos municipales para imponer gravámenes, asi como para determinar las tasas y bases gravables, debiendo estar facultados para recaudar contribuciones vinculadas a la actividad económica local.
d) Los sistemas de transferencias de recursos a los gobiernos locales deben corresponder, tanto a las necesidades básicas insatisfechas de las comunidades, como al reconocimiento del esfuerzo y la gestión local, y entregarse, preferentemente, en forma directa a las instancias municipales, procurando la reducción de la desigualdad social y el fomento de las capacidades institucionales.
5. Los derechos de la autoridad local demandan de esta, la correlativa obligación de comprometerse con el desarrollo profesional del servicio público, la transparencia y la rendición de cuentas, sujetándose en todo momento a los mecanismos de fiscalización y control social que al efecto se impongan en las leyes.
6. El desarrollo local requiere de una visión de futuro que oriente y articule los esfuerzos de todos los actores comprometidos con el mismo, por lo que es necesario disponer de un marco jurídico que asegure mecanismos de planeación participativa con enfoque territorial.
7. Es atribución de las autoridades locales fomentar e impulsar las Asociaciones Nacionales de municipios para la defensa y promoción de sus intereses comunes; así como la creación de inter municipalidades con el objeto de proveer servicios públicos de manera mancomunada, por lo que la legislación deberá asegurar, estimular y facilitar estos procesos.
8. La legislación nacional debe proveer los mecanismos jurídicos que protejan los derechos de los gobiernos locales en el ejercicio de sus competencias y atribuciones.
9. Para el seguimiento y cumplimiento de estos propósitos, el Parlamento Latinoamericano se compromete a:
a) Diseñar y promover las reformas orientadas a la construcción de un marco jurídico adecuado para el logro de los objetivos mencionados en la presente declaración;
b) Mantener un dialogo permanente entre legisladores y autoridades locales, que permita identificar las acciones y políticas que contribuyan a la autonomía, democracia y desarrollo local; y
c) Monitorear en forma permanente los avances, y elaborar un informe anual de los mismos, con relación a los temas expresados en la presente declaratoria.
Acuerdo:
Por unanimidad, se resuelve:
Primero: Se tiene por recibido el documento “ Estudio Comparativo de Leyes del Régimen Local en América latina”, presentado por el senador Ramón Galindo Noriega , en virtud de los trabajos realizados en coordinación con la subcomisión de Asuntos Municipales, a cargo del asambleísta Paco Moncayo , y la Federación Latinoamericana de ciudades, municipios y asociaciones de gobiernos locales, para su valoración, análisis y comentarios de los miembros de la comisión, así como para su integración a las documentales que conforman el archivo del parlamento latinoamericano.
Segundo: se aprueba en los términos consensuados la “Declaratoria sobre Bases Mínimas para la Gobernanza Local”, para ser turnada a la Junta Directiva del Parlamento Latinoamericano para su aprobación, y analizada que sea en la asamblea respectiva para los efectos conducentes.
Tercero: se acuerda por los integrantes de la Comisión, solicitar a la Junta Directiva del Parlamento Latinoamericano, la presentación de la Declaratoria de cuenta en la ciudad de Juárez, Chihuahua, México , en la Conferencia Internacional que se realizara los días 9 a 11 de noviembre del presente año, denominada: “Gobernanza, Libertad y Democracia Local: ruta crítica para el desarrollo”
TEMA II. Gobiernos locales y nuevas políticas de participación ciudadana. Hacia la construcción de una agenda para América latina y el Caribe.
Acuerdo: Por unanimidad, se resuelve:
• “Se tiene por recibida la ponencia del asambleísta Paco Moncayo , con el valioso aporte que presenta para el enriquecimiento de la información relativa al fortalecimiento de los gobiernos locales, las figuras de participación ciudadana y las disposiciones en materia de desarrollo fronterizo, para su integración a las documentales que conforman el archivo del Parlatino”.
TEMA III. Proceso de integración en América Latina y el Caribe. El Parlamento Latinoamericano frente a la constitución de la comunidad de estados latinoamericanos y caribeños (Celac).
El Presidente de la Comisión informa el interés en que se constituya el Parlamento Latinoamericano, como órgano colegiado, en Asamblea Legislativa de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac).
Acuerdo: Por unanimidad, se resuelve:
“Los integrantes de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlamento Latinoamericano, son conformes en comprometerse a promover, tanto mediante el pronunciamiento o solicitud correspondiente a través de sus respectivas asambleas y congresos, como por medio de las gestiones que sean pertinentes ante los jefes de estado de los países que representan, para concretar que se admita que el parlamento latinoamericano se erija en asamblea legislativa de la comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños”.
TEMA IV. Situación de Aruba-Derecho de Autodeterminación.
Se explica que hay tres temas principales que son de competencia del Reino de Holanda, a saber: Asuntos Internacionales, Defensa y lo relativo a la Nacionalidad. Seguidamente refiere que el tema de la autonomía de los países se encuentra en el artículo 3 de la Constitución.
H. Diputado Leopoldo Pérez (CHILE): Considera que no es el Parlamento Latinoamericano instancia para el tratamiento de la situación de Aruba, y que un posicionamiento al respecto podría parecer una intromisión.
Elías Castillo , Presidente del Parlamento Latinoamericano : Manifiesta su beneplácito en integrarse a la mesa de discusión, saludando a los presentes y reconociendo la importancia de que se debatiera el tema de la autodeterminación del pueblo de Aruba. En tal virtud, propone, y sumariamente concede, pasar a la cortesía de sala en la Junta Directiva del Parlatino. De igual manera informa que, siendo en el mes de diciembre, los días 1 y 2, que se reunirá la cumbre de Jefes de Estado de CELAC, a partir de ello, podrá tomar el tema la comunidad latinoamericana.
La Comisión, por acuerdo unánime de los presentes, resuelve: “Se ratifica el acuerdo tomado en la Reunión realizada en Quito, Ecuador , los días dos y tres de junio de dos mil once, integrándose una carpeta que contenga todos los aspectos e información que al efecto sean requeridos para dar continuidad al análisis y debate del tema relativo a los derechos de autodeterminación de Aruba”.
Asuntos Varios.
Roy Daza (Venezuela: Presenta un artículo en materia de integración y solicita que se distribuya entre los miembros de la comisión, para su valoración, análisis y comentarios.
Solicitud presentada por la Senadora Gabriela Montaño: Se acuerda por unanimidad, lo siguiente: Se da vista de la solicitud presentada por la senadora Gabriela Montaño , de Bolivia, a la Junta Directiva del Parlamento Latinoamericano, para que a la brevedad posible se provea lo conducente respecto de la posibilidad de constituirse en observador del proceso para la elección de las autoridades judiciales en dicho país, a realizarse del próximo 16 de octubre de 2011.
Ramón Galindo Noriega (México): Para solicitar se registre como evento del Parlatino, el que se realizará en Ciudad Juárez, Chihuahua, México , los días 9 a 11 de noviembre de los corrientes, estando invitados, desde luego, todos los integrantes de la Comisión.
Ana Elisa Osorio (Venezuela): Para invitar a los presentes al evento que se realizará con motivo del tratamiento del Derecho Humano al agua, que se aborda como tema ético de la gestión pública, y será los días 7 y 9 de noviembre.
Carlos Sotelo ( Méxio ): Recapitula sobre los temas pendientes a tratar en la próxima reunión. Medios de Comunicación y Democracia en América Latina, Integración a la Celac (será tema permanente), Gobiernos y gobernanza locales (seguirá abierto), e impacto de la crisis económica y política mundial en el proceso de la integración.
(Fdo.): ROSAURO MARTÍNEZ LABBÉ , Diputado Vicepresidente del Parlamento Latinoamericano ”.
6. Informe sobre la XVI Reunión de la Comisión de Equidad de Género, Niñez y Juventud del Parlamento Latinoamericano, efectuada en la ciudad de Oranjestad, Aruba , los días, 22 y 23 de septiembre de 2011
Presidió la Reunión la H. Diputada Sra. Marylin Vallarino . República de Panamá.
Invitada: María del Carmen Liesegang Uruguay - Mujeres de Negro.
TEMARIO:
Visita de Campo al Centro de Jóvenes y Mujeres (Cedehm) y a la Fundación de Mujeres en Dificultad (F HMD)
Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras
Falta de oportunidades laborales y educativas para los jóvenes
Conclusiones:
Se comprobó la importancia que tiene para el Estado arubiano la mujer.
Se apreció el avance que se ha dado en los últimos años respecto al tema de igualdad entre hombres y mujeres y la cercanía que tiene con la ciudadanía, lo que le permite conocer los problemas más sensibles que pueden afectar al tejido social, como la migración y las drogas.
Se visitó también la Fundación “Hende Mujer en Dificultad” que atiende directamente a las y los que son víctimas de violencia doméstica. Es un centro de acogida para que las mujeres y hombres tengan un lugar para recuperarse del maltrato físico y sicológico del cual son víctimas.
(Fdo.): ROSAURO MARTÍNEZ LABBÉ , Diputado Vicepresidente del Parlamento Latinoamericano ”.