Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- MOCIÓN INADMISIBLE
- Camilo Escalona Medina
- MOCIÓN INADMISIBLE
- DEBATE
- PERMISO
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- PERMISO
- INTERVENCIÓN : Francisco Chahuan Chahuan
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
MAYORES ATRIBUCIONES EN MATERIAS FINANCIERAS A SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
-
ESTABLECIMIENTO DE SISTEMA DE PLEBISCITOS Y CONSULTAS DE CARÁCTER COMUNAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Gomez Urrutia
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Gomez Urrutia
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Carlos Anibal Larrain Pena
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Gomez Urrutia
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
-
MAYORES ATRIBUCIONES EN MATERIAS FINANCIERAS A SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
-
PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Francisco Chahuan Chahuan
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Rincon Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Rincon Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Rincon Gonzalez
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXOS
- 7. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR RUIZ-ESQUIDE, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE EL ANATOCISMO (8007-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 8. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR BIANCHI, CON LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE SOMETE A CEMENTERIOS AL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (8015-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 9. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES NAVARRO, GÓMEZ Y QUINTANA, SOBRE MEDIDAS A FAVOR DE LA EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL (S-1420-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Jaime Quintana Leal
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 10. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES NAVARRO, GÓMEZ Y QUINTANA, RELATIVO A LA PREVENCIÓN DEL TRAUMA ACÚSTICO EN LA POBLACIÓN JUVENIL (S 1421-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Jaime Quintana Leal
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 11. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑOR BIANCHI, SEÑORA PÉREZ SAN MARTÍN Y SEÑORES CHAHUÁN, GARCÍA, GARCÍA-HUIDOBRO, HORVATH, MUÑOZ ABURTO, PROKURICA, RUIZ-ESQUIDE Y WALKER (DON IGNACIO), SOBRE MEJORAMIENTO DE PRESTACIONES DE SALUD DEL PERSONAL EN RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS (S 1422-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- Lily Perez San Martin
- Francisco Chahuan Chahuan
- Jose Garcia Ruminot
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Antonio Horvath Kiss
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Baldo Prokurica Prokurica
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- Ignacio Walker Prieto
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 12. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑOR BIANCHI, SEÑORA PÉREZ SAN MARTÍN Y SEÑORES CHAHUÁN, GARCÍA, GARCÍA-HUIDOBRO, HORVATH Y MUÑOZ ABURTO, REFERENTE A AMPLIACIÓN DE VIGENCIA DE LEYES SOBRE CASINOS MUNICIPALES (S 1423-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- Lily Perez San Martin
- Francisco Chahuan Chahuan
- Jose Garcia Ruminot
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Antonio Horvath Kiss
- Pedro Hector Munoz Aburto
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 7. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR RUIZ-ESQUIDE, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE EL ANATOCISMO (8007-03)
Notas aclaratorias
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- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 359ª
Sesión 65ª, en miércoles 2 de noviembre de 2011
Ordinaria
(De 16:19 a 18:3)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR GUIDO GIRARDI LAVÍN, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités.................................¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para dotar de atribuciones en materias financieras, entre otras, al Servicio Nacional del Consumidor (7094-03) (se aprueba en particular)...........................................................................................
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre plebiscito y consultas de carácter comunal (7308-06) (queda para segunda discusión)....................................
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Larraín Peña, Carlos
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Muñoz Aburto, Pedro
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Tuma Zedan, Eugenio
--Uriarte Herrera, Gonzalo
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros de Hacienda , señor Felipe Larraín Bascuñán; Secretario General de la Presidencia , señor Cristián Larroulet Vignau y de Economía, Fomento y Turismo, señor Pablo Longueira Montes. Asimismo, estuvo presente el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Miguel Flores Vargas.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario subrogante, el señor Julio Cámara Oyarzo.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:19, en presencia de 16 señores Senadores.
El señor GIRARDI (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Las actas de las sesiones 63ª y 64ª, ambas ordinarias, en 18 y 19 de octubre del presente año, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor GIRARDI (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor CÁMARA ( Prosecretario subrogante ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Siete de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero solicita, en virtud de la facultad que le confiere el artículo 68 de la Constitución Política, en relación con el inciso final de su artículo 127, que se envíe a la Honorable Cámara de Diputados, para efectos de la insistencia establecida en la primera de esas disposiciones, el mensaje con el que dio inicio a un proyecto de reforma constitucional sobre voto de chilenos en el extranjero (boletín N° 7.335-07).
--Se toma conocimiento y se manda remitir los antecedentes a la Honorable Cámara de Diputados.
Con el siguiente da inicio a un proyecto de ley sobre pesca de investigación, pesquerías artesanales, manejo de recursos bentónicos y cuota global de captura (boletín N° 8.010-03) (con urgencia calificada de "suma").
--Pasa a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
Con el tercero retira la urgencia y la hace presente nuevamente, calificada de "discusión inmediata", respecto de las siguientes iniciativas:
1.- Proyecto de ley que facilita el proceso de inscripción electoral automática (boletín N° 7.962-06).
2.- Proyecto que modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para dotar de atribuciones en materias financieras, entre otras, al Servicio Nacional del Consumidor (boletín N° 7.094-03).
Con el cuarto retira la urgencia y la hace presente nuevamente, calificada de "suma", con relación a los asuntos que se exponen a continuación:
1.- Proyecto de reforma constitucional que reconoce a los pueblos indígenas de Chile (boletines N°s 5.324-07 y 5.522-07, refundidos).
2.- Proyecto que modifica el Código Orgánico de Tribunales y la ley N° 19.665, en las materias que indica (boletín N° 6.244-07).
3.- Proyecto de ley sobre responsabilidad en daños ocasionados por animales potencialmente peligrosos (boletín N° 6.499-11).
4.- Proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre (boletín N° 6.190-19).
5.- Proyecto de ley sobre inscripción automática, Servicio Electoral y sistema de votaciones (boletín N° 7.338-07).
6.- Proyecto de ley sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad (boletín Nº 4.921-11).
7.- Proyecto que modifica la ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, con el objeto de promover las presentaciones de música en vivo (boletín Nº 7.449-11).
8.- Proyecto de ley que crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece registro de ellas (boletín N° 6.952-07).
9.- Proyecto de ley que crea el Tribunal Ambiental (boletín N° 6.747-12).
10.- Proyecto de ley que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales (boletín N° 7.328-03).
11.- Proyecto de ley que aumenta las penas del delito de robo de cajeros automáticos (boletín Nº 7.689-07).
12.- Proyecto de ley que regula el contrato de seguro (boletín N° 5.185-03).
13.- Proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas el 11 de noviembre de 1989 (boletín N° 6.152-10).
14.- Proyecto de ley sobre otorgamiento y uso de licencias médicas (boletín N° 6.811-11).
15.- Proyecto que modifica la ley N° 20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo (boletín N° 7.503-19).
16.- Proyecto de ley sobre derechos de empaquetadores de supermercados u otros establecimientos comerciales (boletín N° 7.592-13).
17.- Proyecto de ley que mejora la fiscalización para la prevención del delito de abigeato (boletín Nº 7.411-01).
18.- Proyecto de ley que establece normas especiales sobre publicidad y reserva de las actuaciones procesales, tratándose de ciertos ilícitos, y un reforzamiento de las sanciones en materia de delitos contra los miembros de las policías (boletín N° 7.217-07).
19.- Proyecto de ley que crea juzgados de policía local en las comunas que indica (boletín N° 5.906-07).
20.- Proyecto de ley que modifica límites intercomunales entre Combarbalá y Punitaqui, en la Región de Coquimbo, y entre Puerto Varas y Puerto Montt, en la Región de Los Lagos (boletín N° 6.733-06).
21.- Proyecto aprobatorio del Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Chile y Malasia, suscrito en Yokohama el 13 de noviembre de 2010 (boletín Nº 7.830-10).
22.- Proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia (boletín Nº 7.408-07).
23.- Proyecto de ley que modifica el régimen de libertad condicional y establece, en caso de multa, la pena alternativa de trabajos comunitarios (boletín N° 7.534-07).
24.- Proyecto que modifica la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial, para estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de marcas y patentes (boletín N° 7.862-03).
25.- Proyecto de ley sobre reprogramación de créditos universitarios (boletín N° 7.874-04).
26.- Proyecto que modifica la ley N° 18.216, que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad (boletín N° 5.838-07).
27.- Proyecto de ley que autoriza el levantamiento de secreto bancario en investigaciones de lavado de activos (boletín N° 4.426-07).
28.- Proyecto de ley sobre indulto general (boletín N° 7.533-07).
29.- Proyecto de ley que traspasa al Fondo Nacional de Salud la tramitación de las licencias médicas que indica (boletín Nº 7.899-11).
30.- Proyecto de ley que modifica plazos sobre muerte presunta y establece normas sobre comprobación judicial de muerte (boletín Nº 7.973-07).
31.- Proyecto de ley que regula la certificación de artefactos para combustibles de leña y otros productos dendroenergéticos (boletín Nº 7.141-08).
Con el mismo mensaje hace presente la urgencia, calificada de "suma", para el despacho de los siguientes asuntos:
1.- Proyecto de ley que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones (boletín N° 4.991-15).
2.- Proyecto aprobatorio del Acuerdo Relativo al Desempeño de Actividades Remuneradas por Parte de Familiares Dependientes de sus Funcionarios en Chile entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), suscrito en Santiago el 6 de enero de 2011 (boletín N° 7.755-10).
3.- Proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de UNASUR sobre Compromiso con la Democracia, suscrito en Georgetown, República Cooperativa de Guyana , el 26 de noviembre de 2010 (boletín N° 7.754-10).
4.- Proyecto de acuerdo que aprueba el "Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Letonia sobre Exención del Requisito de Visa para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y de Servicio", suscrito en Nueva York el 23 de septiembre de 2010 (boletín N° 7.726-10).
5.- Proyecto aprobatorio del "Acuerdo entre la República de Chile y el Reino de España sobre la Participación en las Elecciones Municipales de los Nacionales de cada País Residentes en el Territorio del Otro", adoptado por canje de Notas fechadas el 12 de mayo de 2009 en Madrid y en Santiago, respectivamente (boletín N° 7.584-10).
Con el quinto retira la urgencia y la hace presente nuevamente, calificada de "suma", con relación al proyecto de ley sobre fomento de la pesca artesanal, Comisión Nacional de Acuicultura y Consejos Zonales de Pesca (boletín N° 7.947-03).
Con el sexto retira la urgencia y la hace presente nuevamente, calificada de "simple", en cuanto al proyecto aprobatorio del "Acuerdo entre la República de Chile y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), sobre los privilegios e inmunidades de la OPAQ", suscrito en La Haya el 30 de octubre de 2007 (boletín N° 7.685-10).
Con el mismo mensaje hace presente la urgencia, calificada de "simple", para el despacho del proyecto que modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, y establece normas especiales para la representación en juicio de adultos mayores (boletín N° 7.507-18).
Con el último retira la urgencia que hizo presente para el despacho del proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, creando el sistema de licencias de conducir con puntaje (boletín Nº 3.376-15).
--Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
De Su Excelencia el Presidente de la República , con el que comunica su ausencia del territorio nacional entre los días 25 y 29 de octubre del año en curso para realizar visitas de Estado a las Repúblicas de Paraguay y Oriental del Uruguay y participar en la Cumbre Iberoamericana en la ciudad de Asunción.
Informa, además, que durante su ausencia lo subrogará, con el título de Vicepresidente de la República , el Ministro titular de la Cartera del Interior y Seguridad Pública, señor Rodrigo Hinzpeter Kirberg.
--Se toma conocimiento.
Tres de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que prestó su aprobación, con la enmienda que indica, al proyecto de ley que facilita el proceso de inscripción electoral automática (boletín N° 7.962-06) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
--Queda para tabla.
Con el segundo señala que aprobó el proyecto de ley que regula la certificación de los artefactos a combustible de leña y otros productos dendroenergéticos (boletín Nº 7.141-08) (con urgencia calificada de "suma").
--Pasa a la Comisión de Minería y Energía y a la de Hacienda, en su caso.
Con el tercero comunica la nómina de los Honorables Diputados que integrarán la Comisión Mixta que debe formarse con relación al proyecto de ley que crea el Tribunal Ambiental (boletín N° 6.747-12) (con urgencia calificada de "suma").
--Se toma conocimiento.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Remite copia autorizada de resoluciones dictadas en las acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 2331 del Código Civil; 41 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas; 38 de la ley N° 18.933; 2° de la ley N° 20.015; 22 de la Ley sobre Efecto Retroactivo de las Leyes; 70 del Código de Minería, y segundo de la ley N° 19.573.
--Se toma conocimiento y se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Ministro del Interior y Seguridad Pública:
Responde una solicitud de información enviada en nombre del Honorable señor Walker (don Ignacio), sobre traslado de la plaza de peaje del complejo Los Libertadores.
Contesta consulta cursada en nombre del Honorable señor Muñoz Aburto, respecto a la factibilidad de aplicar el régimen de jornada continua al sector Salud en Punta Arenas.
Atiende dos consultas formuladas en nombre del Honorable señor Horvath, referentes, la primera, al aumento de recursos del Fondo Común Municipal a la Municipalidad de Guaitecas para absorber gastos de generación eléctrica en Melinka, y la segunda, a la conveniencia de que los proyectos hidroeléctricos HidroAysén y Energía Austral incorporen una visión integral de sus potenciales de desarrollo para la macrorregión Aysén-Palena.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores:
Da respuesta a un acuerdo del Senado, adoptado a proposición de los Honorables señor Navarro, señora Allende y señores Lagos, Sabag y Quintana, que insta a la incorporación progresiva de Chile en las Conferencias Internacionales de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad (boletín Nº S 1.380-12).
Del señor Ministro de Defensa Nacional:
Responde petición de antecedentes enviada en nombre del Honorable señor Navarro, en cuanto a cantidad de concesiones marítimas otorgadas en la comuna de Coronel a empresas que señala y solicitudes en actual tramitación formuladas por estas.
Remite antecedentes requeridos en nombre del Honorable señor Horvath, atinentes a condiciones de barcazas que realizan servicio de transbordo a zona austral.
Atiende petición de antecedentes cursada en nombre del Honorable señor Navarro, relativa a accidente aéreo ocurrido en el mes de septiembre recién pasado en el archipiélago Juan Fernández.
Del señor Ministro de Economía , Fomento y Turismo:
Da respuesta a un acuerdo del Senado, adoptado a proposición de los Honorables señores Chahuán y Lagos, que solicita el establecimiento de un área marina protegida en el archipiélago Juan Fernández (boletín Nº S 1.392-12).
Del señor Ministro de Planificación :
Responde petición de antecedentes enviada en nombre de los Honorables señores Escalona, Frei (don Eduardo) y Lagos, relativa a la ejecución presupuestaria de la glosa 08 asociada al Sistema de Protección Social Chile Solidario para financiar el ingreso ético familiar.
Del señor Ministro de Educación:
Da respuesta a acuerdo del Senado, adoptado a proposición de los Honorables señor Prokurica, señoras Alvear, Pérez San Martín y Von Baer y señores Bianchi, Coloma, Espina, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín Fernández, Larraín Peña, Letelier, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Quintana, Ruiz-Esquide, Sabag y Uriarte, sobre Premio Nacional de las Artes Plásticas póstumo al destacado pintor Claudio Bravo (boletín Nº S 1.390-12).
Contesta petición, efectuada en nombre del Honorable señor Horvath, para que esa Secretaría de Estado analice la situación de licenciados en ciencias, cuya carrera universitaria dura ocho semestres y los habilita para cursar posgrados, pero no para su contratación como personal directivo en la Administración del Estado.
Del señor Ministro de Salud :
Atiende petición de antecedentes formulada en nombre del Honorable señor Prokurica, acerca de becas otorgadas a médicos generales en la Región de Atacama.
Da respuesta a petición de información enviada en nombre del Honorable señor Frei (don Eduardo), tocante a acuerdos alcanzados por esa Secretaría de Estado con personeros de la Confederación Nacional de Funcionarios de la Salud Municipalizada.
Expresa, en respuesta a una solicitud de información remitida en nombre del Honorable señor Rossi, las razones que motivaron el retiro de la urgencia del proyecto de ley que restringe el consumo de tabaco en lugares públicos.
Del señor Ministro de Agricultura :
Responde solicitud de información enviada en nombre de la Honorable señora Rincón, en cuanto a reducción presupuestaria al Servicio Agrícola y Ganadero en la Región del Maule.
Del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones:
Atiende petición de antecedentes cursada en nombre del Honorable señor Horvath, concerniente a condición de barcazas que realizan servicio de transbordo a zona austral.
De la señora Ministra de Bienes Nacionales:
Remite antecedentes requeridos en nombre del Honorable señor Horvath, en cuanto a solicitud de concesión de uso de predio fiscal situado en el sector El Azul, comuna de O`Higgins, Región de Aysén, presentada por Las Margaritas S.A.
Del señor Fiscal Nacional del Ministerio Público:
Informa sobre curso dado a denuncia interpuesta por el señor Presidente del Senado respecto de los hechos de público conocimiento ocurridos el día 20 de octubre pasado en el interior del edificio del Congreso Nacional en Santiago.
Del señor Director General de Aeronáutica Civil:
Responde una consulta cursada en nombre del Honorable señor Walker (don Patricio), relativa a la veracidad de datos publicados en la prensa sobre complejidad de las pistas de los aeródromos de Tortel, Villa O`Higgins y Puerto Aguirre.
Del Jefe de Gabinete del Subsecretario de Pesca:
Remite copia de la resolución que autorizó a la Universidad de Concepción a realizar pesca de investigación y además adjunta, en archivo digital, nómina de personas que han obtenido similar autorización desde 2003 a la fecha, con las resoluciones respectivas, información pedida en nombre del Honorable señor Navarro.
Del señor Director General del Consejo para la Transparencia:
Da respuesta a solicitud de información enviada en nombre del Honorable señor Navarro, con relación a posible conflicto de intereses por razón de parentesco entre los señores Ministro de Minería y Subgerente General de SQM .
Remite copia de la decisión final recaída en una solicitud de amparo del derecho de acceso a la información de la Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285, en la que el Consejo declaró su incompetencia legal para conocer de reclamaciones en contra del Congreso Nacional.
Del señor Superintendente de Pensiones (s):
Responde a una petición, remitida en nombre del Honorable señor Walker (don Ignacio), respecto de las variables incidentes en la determinación de pensiones de vejez.
De la señora Directora del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Valparaíso:
Responde consulta, formulada en nombre del Honorable señor Walker (don Ignacio), sobre ejecución de obra de ampliación de segundo piso del Comité Villa Suecia, comuna de La Cruz.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea juzgados de policía local en las comunas que indica (boletín N° 5.906-07) (con urgencia calificada de "suma").
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables señoras Alvear y Allende y señores Bianchi, Frei (don Eduardo) y Muñoz Aburto, en primer trámite constitucional, que instituye el 6 de octubre de cada año como "Día Nacional del Trabajador Ferroviario" (boletín N° 7.974-13).
--Quedan para tabla.
Censura
Comunicación de los Honorables señores Chahuán y Uriarte, en representación de los Comités Renovación Nacional y Unión Demócrata Independiente, respectivamente, mediante la cual presentan, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento del Senado, un voto de censura al Presidente de la Corporación .
--Se toma conocimiento y queda para ser votada inmediatamente después de la Cuenta de la sesión ordinaria siguiente.
Mociones
Del Honorable señor Ruiz-Esquide, con la que da inicio a un proyecto de ley que prohíbe el anatocismo (boletín Nº 8.007-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
Del Honorable señor Bianchi, con la que inicia un proyecto de ley que somete a cementerios al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (boletín Nº 8.015-12).
--Pasa a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
Declaración de inadmisibilidad Moción del Honorable señor Escalona --Se declara inadmisible por tratarse de un asunto que debe tener su origen en la Cámara de Diputados, según lo establecido en el inciso segundo del artículo 65 de la Constitución Política, y por corresponder a una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República , de conformidad a lo dispuesto en los numerales 1° y 2° del inciso cuarto de dicho artículo.
Proyectos de acuerdo
Dos de los Honorables señores Navarro, Gómez y Quintana, respecto de los siguientes asuntos:
1.- Sobre medidas en favor de la educación técnico-profesional (boletín Nº S 1.420-12).
2.- Relativo a la prevención del trauma acústico en la población juvenil (boletín Nº S 1.421-12).
De los Honorables señor Bianchi, señora Pérez San Martín y señores Chahuán, García, García-Huidobro, Horvath, Muñoz Aburto, Prokurica, Ruiz-Esquide y Walker (don Ignacio), sobre mejoramiento de prestaciones de salud del personal en retiro de las Fuerzas Armadas (boletín Nº S 1.422-12).
De los Honorables señor Bianchi, señora Pérez San Martín y señores Chahuán, García, García-Huidobro, Horvath y Muñoz Aburto, referente a ampliación de vigencia de leyes sobre casinos municipales (boletín Nº S 1.423-12).
--Quedan para el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria respectiva.
Comunicación
Informe de la delegación de parlamentarios que concurrieron a la Centésimo Vigésima Quinta Asamblea de la Unión Interparlamentaria y reuniones conexas, desarrolladas en Berna, Suiza, entre el 14 y el 19 de octubre de 2011.
--Queda a disposición de los señores Senadores.
Permiso constitucional Solicitud del Honorable señor Frei (don Eduardo --Se accede.
El señor GIRARDI (Presidente).- Terminada la Cuenta.
El señor ESCALONA.- Pido la palabra sobre la Cuenta.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor ESCALONA.- Señor Presidente , se ha dado a conocer la declaración de inadmisibilidad de una iniciativa legal de mi autoría tendiente a entregar a los municipios, por un período de tres años, las atribuciones establecidas en el decreto ley Nº 2.695 para el Ministerio de Bienes Nacionales, en lo relativo a la entrega de títulos de dominio.
Este es el fondo de la cuestión.
En la Región de Los Lagos, centenares o miles de familias tienen pendiente ese trámite durante ya decenas de años, con las graves consecuencias que ello conlleva: por ejemplo, no poder postular a subsidios sociales y beneficios de esa índole.
Hay casos aparentemente imposibles de resolver, como el de los llamados "palafitos", en la comuna de Castro y otras, que incluso proporcionan una imagen del país en el exterior, pero, paradójicamente, sus ocupantes no cuentan con un título de dominio para poder acceder a una mejor calidad de vida.
Por ese motivo presenté la moción, aunque estoy consciente de que se trata de una facultad del Ejecutivo.
En consecuencia, pido que se oficie al Presidente de la República para pedirle que otorgue su patrocinio al proyecto de ley, con el propósito de que sea admisible y, en consecuencia, se cumpla un trámite legal que posibilite una solución para miles de personas.
El señor GIRARDI (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviará el oficio solicitado.
--Así se acuerda.
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El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente , tal como se expuso hace unos minutos, los Comités Renovación Nacional y Unión Demócrata Independiente presentamos un voto de censura a su respecto.
En ese sentido, nos parece del todo conveniente poder avanzar en términos de explicarles a los Senadores, a través de una investigación interna, los hechos acaecidos hace dos semanas que condujeron a la suspensión o interrupción de una sesión del Congreso, en particular de la Subcomisión Mixta de Presupuestos encargada de la Partida Ministerio de Educación, que tenía por objeto escuchar a estudiantes y rectores de universidades.
En tal contexto, hacemos propicia la oportunidad que brinda la presente sesión de Sala para pedir que una investigación interna determine si hubo o no responsabilidades de personal de la Corporación, si se tomaron o no todas las medidas de seguridad correspondientes, porque creemos que lo sucedido fue grave y no debería constituir un precedente para la interrupción de otras sesiones del Congreso. Cabe calificarlo, además, como un ilícito penal.
En suma, señor Presidente, solicito que se adopten las medidas del caso para indagar los sucesos acaecidos un par de semanas atrás.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Ya se tomaron, Su Señoría. Así que, cuando esté terminado el sumario, se darán a conocer las conclusiones de este a los señores Senadores.
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El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.- Señor Presidente , pido a la Mesa recabar la autorización para que la Comisión de Pesca pueda proseguir, en forma simultánea con la Sala, la sesión que inició a las 15, sin perjuicio de venir a votar los proyectos como corresponde. A la reunión que celebra concurren organizaciones de pescadores artesanales de distintas Regiones.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Si no hay objeciones, ella se otorgará, pero con el compromiso, por incluirse en el Orden del Día proyectos que requieren quórum especial,...
El señor HORVATH.- De bajar a votar.
El señor GIRARDI (Presidente).- ...de que sus integrantes concurran a pronunciarse cuando sean avisados, a fin de poder despachar, fundamentalmente, dos iniciativas, entre ellas la del SERNAC Financiero.
--Se accede.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- En sesión de hoy, los Comités adoptaron los siguientes acuerdos:
1) Que se trate en el primer lugar del Orden del Día el proyecto signado con el número 4, esto es, el que modifica la ley Nº 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para dotar de atribuciones en materias financieras, entre otras, al Servicio Nacional del Consumidor.
2) Que, al inicio de la sesión respectiva, se rinda homenaje al señor Roberto Matta Echaurren el 9 de noviembre; al ex Senador señor Gabriel Valdés Subercaseaux el 16 de noviembre, y 23 de noviembre, al ex Senador señor Jorge Martínez Busch.
V. ORDEN DEL DÍA
MAYORES ATRIBUCIONES EN MATERIAS FINANCIERAS A SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para dotar de atribuciones en materias financieras, entre otras, al Servicio Nacional del Consumidor, con segundo informe de la Comisión de Economía e informe de las Comisiones de Hacienda y de Economía, unidas.
--Los antecedentes sobre el proyecto (7094-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 90ª, en 1 de marzo de 2011.
Informes de Comisión:
Economía: sesión 13ª, en 3 de mayo de 2011.
Economía (segundo): sesión 64ª, en 19 de octubre de 2011.
Hacienda y Economía, unidas: sesión 64ª, en 19 de octubre de 2011.
Discusión:
Sesión 15ª, en 4 de mayo de 2011 (se aprueba en general).
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor 7 ( Secretario General ).- La iniciativa fue aprobada en general por el Senado en su sesión del 4 de mayo del año en curso y cuenta con un segundo informe de la Comisión de Economía y un informe de las Comisiones unidas de Hacienda y de Economía.
Ambas Comisiones dejan constancia, para los efectos reglamentarios, de que los artículos 2° permanente y tercero transitorio no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. El artículo 2° permanente crea cargos en la planta del SERNAC y el artículo tercero transitorio está directamente relacionado con la disposición recién señalada.
Estas normas deben darse por aprobadas, salvo que algún señor Senador, con acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- La Comisión de Economía efectuó una serie de enmiendas al texto despachado en general, las que fueron aprobadas por unanimidad, con excepción de tres de ellas, que serán puestas en votación.
Por su parte, la Comisión de Hacienda realizó diversas modificaciones al texto despachado por la Comisión de Economía, las que acordó por unanimidad, con excepción de cuatro de ellas, que serán puestas en votación oportunamente.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador solicite su discusión y votación o existan indicaciones renovadas. De estas modificaciones unánimes, las recaídas en los artículos 17 E y 59 bis, contenidos en el artículo 1° del proyecto, requieren el voto conforme de 22 señores Senadores.
Finalmente, la Secretaría indica que la Sala debería, además, acordar una modificación de referencia en el artículo 10 de la Ley sobre Protección de los Consumidores, en el sentido de suprimir la frase "de conformidad a lo dispuesto en el artículo 55", ya que el artículo que se menciona corresponde a un texto derogado por la ley N° 19.955, de 2004. Además, la iniciativa en discusión agrega un artículo 55 que dice relación con otra materia.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Entonces, en primer lugar, se pondrán en votación las enmiendas aprobadas por unanimidad, incluidas las que requieren quórum especial.
En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueban las modificaciones acogidas en forma unánime, incluidas las que requieren quórum especial (26 votos a favor), dejándose constancia de que se reúne el quórum constitucional exigido.
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Navarro, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Se deja constancia en la Versión Oficial de la intención de voto favorable del Senador señor Carlos Larraín, quien, estando presente, no pudo votar.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- A continuación, corresponde pronunciarse sobre las modificaciones acordadas por mayoría en las Comisiones.
Según el boletín comparado, la primera de ellas es para intercalar, en la letra a) del inciso segundo, nuevo, del artículo 3°, antes del punto y coma, la frase ", y ser informado por escrito de las razones del rechazo a la contratación del servicio financiero, las que deberán fundarse en condiciones objetivas".
Esta enmienda fue aprobada por 3 votos a favor (Senadores señores Escalona, Frei y Tuma) y dos votos en contra (Senadores señores Kuschel y Novoa).
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor LONGUEIRA ( Ministro de Economía , Fomento y Turismo).- Señor Presidente , tengo una duda.
No sé qué informe se vota primero. Porque en la Comisión de Economía esta modificación fue rechazada 3 votos contra 2, y después, en la de Hacienda -no en las Comisiones unidas- se aprobó por 3 votos contra 2.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Conforme al boletín comparado, estamos en el inciso segundo, letra a), que no me aparece rechazado por la Comisión de Economía, ni en una primera o segunda votación aprobado.
Sí me figura en el comparado la modificación introducida por las Comisiones de Hacienda y de Economía, unidas, mediante la cual se aprueba por unanimidad el reemplazo de una referencia, y a continuación, la intercalación de la frase que leí, aprobada solo por mayoría de votos, tal como se señaló.
Repito: se intercala en la letra a) del artículo 3°, antes del punto y coma, la frase: ", y ser informado por escrito de las razones del rechazo a la contratación del servicio financiero, las que deberán fundarse en condiciones objetivas". Se refiere a los derechos del consumidor de productos o servicios financieros.
Esta intercalación fue aprobada por tres votos a favor (Senadores señores Escalona, Frei y Tuma) y dos en contra (Senadores señores Kuschel y Novoa).
El señor GIRARDI ( Presidente ).- En votación la enmienda a la letra a) del inciso segundo, nuevo, del artículo 3°.
El señor LAGOS.- ¿Cómo se vota?
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Quienes estén de acuerdo con la modificación introducida en las Comisiones unidas deben votar "sí"; quienes se hallen en desacuerdo, "no".
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Resultado de la votación: 13 votos a favor y 13 en contra.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Escalona, Frei (don Eduardo), Girardi, Gómez, Lagos, Letelier, Rossi, Sabag, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa la señora Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, García, García-Huidobro, Horvath, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Pérez Varela, Prokurica y Uriarte.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Se ha producido un empate.
Reglamentariamente, se debe repetir la votación.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- En consecuencia, en votación otra vez la referida intercalación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba la intercalación introducida en la letra a) del inciso segundo, nuevo, del artículo 3° (14 votos a favor y 13 en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Escalona, Frei (don Eduardo), Girardi, Gómez, Lagos, Letelier, Navarro, Ruiz-Esquide, Sabag, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa la señora Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, García, García-Huidobro, Horvath, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Pérez Varela, Prokurica y Uriarte.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Quintana, ya que su preferencia no quedó registrada en la pantalla.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- En el artículo 17 B, letra b), la Comisión de Economía resolvió intercalar la palabra "legales" a continuación de la expresión inicial "Las causales". Por su parte, las Comisiones unidas acordaron suprimir el término "legales" que se había incorporado, por cuatro votos a favor (Senadores señores Escalona, Frei, Novoa y Tuma) y una abstención ( Senador señor Kuschel).
El señor GIRARDI ( Presidente ).- En votación la supresión del término "legales".
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba la supresión del término "legales" en la letra b) del artículo 17 B (29 votos favorables).
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Navarro, Novoa, Pérez Varela, Prokurica, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor GIRARDI (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable de los Senadores señores Orpis, Kuschel y Espina.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- A continuación, en el inciso primero del artículo 55, las Comisiones unidas acordaron, respecto del texto despachado por la Comisión de Economía, sustituir el término "podrá" por "deberá", y agregar, entre el término "financiero" y el punto aparte, que se reemplaza por dos puntos, la siguiente oración: ", cuando dichas entidades lo soliciten y demuestren cumplir con las siguientes condiciones".
Lo anterior fue aprobado en las Comisiones unidas por cuatro votos a favor (Senadores señores Carlos Larraín, Hernán Larraín, Tuma y Zaldívar) y una abstención ( Senador señor Escalona).
El señor GIRARDI (Presidente).- En votación las enmiendas al inciso primero del artículo 55.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueban las modificaciones al inciso primero del artículo 55 (28 votos a favor y una abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Navarro, Novoa, Pérez Varela, Prokurica, Quintana, Rossi, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Se abstuvo el señor Escalona.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- La otra modificación al inciso segundo de la misma disposición se aprobó también por igual mayoría a la señalada antes, cuatro votos a favor y una abstención; y es consecuente con la enmienda recién acogida. En consecuencia, ya no sería necesario el encabezado que contenía.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se aprobará la norma en cuestión con la misma votación que se acaba de registrar.
--Con la misma votación anterior (28 votos a favor y una abstención), se aprueba la enmienda al inciso segundo del artículo 55.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- En seguida, la Comisión de Economía aprobó con los votos a favor de los Senadores señores Espina, García, Pérez Varela y Zaldívar y la abstención del Honorable señor Tuma, la siguiente modificación al inciso segundo del artículo 55 A: "Excepcionalmente, y previa solicitud fundada del Servicio Nacional del Consumidor, el Ministro de Economía , Fomento y Turismo, mediante resolución exenta, podrá extender este plazo hasta por ciento ochenta días adicionales, si el número de contratos sometidos a su consideración excede la capacidad de revisión detallada del referido Servicio.".
El señor GIRARDI (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba la modificación al inciso segundo del artículo 55 A (29 votos favorables).
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Larraín (don Hernán), Letelier, Navarro, Novoa, Pérez Varela, Prokurica, Quintana, Rossi, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- A continuación, en el mismo artículo 55 A, la Comisión de Economía consideró el siguiente inciso tercero: "Si el Servicio Nacional del Consumidor no se pronuncia en el plazo indicado en el inciso primero o, en su caso, dentro del plazo extendido conforme al inciso anterior, el o los contratos sometidos a su conocimiento contarán con Sello SERNAC por el solo ministerio de la ley.".
Dicha enmienda fue aprobada con los votos a favor de los Senadores señores Espina, Pérez Varela y Tuma y dos en contra de los Honorables señores García y Zaldívar.
El señor GIRARDI (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba la modificación al inciso tercero del artículo 55 A (21 votos a favor, 4 en contra y una abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Larraín (don Carlos), Letelier, Novoa, Pérez Varela, Prokurica, Quintana, Rossi, Tuma y Uriarte.
Votaron por la negativa la señora Rincón y los señores Sabag, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés)
Se abstuvo la señora Alvear.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Por último, la Comisión de Economía introdujo un nuevo texto del artículo 62, cuyo inciso primero dice lo siguiente: "El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo dictará uno o más reglamentos para regular las disposiciones de la presente ley. Tratándose de materias regidas por leyes especiales, el reglamento correspondiente llevará, además, la firma del Ministro del respectivo sector.".
La primera oración se aprobó por unanimidad. Pero la segunda, vale decir, la que comienza por "Tratándose de materias regidas por leyes especiales...", se acogió por tres votos a favor de los Honorables señores García, Pérez Varela y Zaldívar y dos en contra de los Senadores señores Espina y Tuma.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- En discusión la segunda oración.
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente , no voy a cuestionar a la Secretaría porque no corresponde. Pero hasta donde recuerdo -y así me lo hace presente el Honorable señor Pérez Varela - yo propuse esta norma. Por lo tanto, mal podría haber votado en contra después de sugerirla.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Tuma.
El señor TUMA.- Señor Presidente , me permito recordar al Senador señor Espina que en el debate estuvimos de acuerdo en que el Ministro de Economía , Fomento y Turismo sea el que dicte uno o más reglamentos para regular las disposiciones de la presente ley.
Sin embargo, tratándose de materias regidas por leyes especiales, teníamos que recurrir a solicitar la firma al Ministro respectivo, lo que le quitaba total independencia al titular de Economía .
Por esa razón, voté en contra de que el reglamento correspondiente incluyera la firma de otro Secretario de Estado distinta a la del Ministro de Economía.
Así ocurrió, y el Honorable señor Zaldívar lo secundó en su postura.
El señor GIRARDI (Presidente)- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente , en forma excepcional, no estuve de acuerdo con el Honorable señor Tuma .
En verdad creo que, cuando se dicta un reglamento en el que se involucra a uno o más Secretarios de Estado, lo lógico es que ellos concurran a firmarlo. No bastaría solo la rúbrica del Ministro de Economía , por mucho respeto que le tengamos y que se encuentre presente en la Sala.
Pero, como buena práctica administrativa, es conveniente que el Ministro del respectivo sector suscriba el reglamento que se dictará. Debe tener su opinión y firma.
El señor GIRARDI (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor TUMA.- ¿Se pidió votación separada igual que en la Comisión?
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Debo indicar que solo la segunda oración de la citada norma fue objeto de aprobación por mayoría. Es decir, la primera parte, que señala: "El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo dictará uno o más reglamentos para regular las disposiciones de la presente ley.", de acuerdo al informe de la Comisión de Economía, fue acogida por la unanimidad de los cinco miembros de ella
Por consiguiente, corresponde votar la segunda parte, referente al tratamiento de materias regidas por leyes especiales, en que el reglamento correspondiente deberá llevar, además, la firma del Ministro del respectivo sector, disposición aprobada por mayoría de tres votos a favor y dos en contra.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba la segunda oración del inciso primero del artículo 62 que se agrega a la ley Nº 19.496 (25 votos contra 5), y queda despachado el proyecto en este trámite.
Votaron a favor las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Horvath, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Novoa, Pérez Varela, Prokurica, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron en contra los señores Girardi, Lagos, Navarro, Quintana y Tuma.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor LONGUEIRA ( Ministro de Economía , Fomento y Turismo).- Señor Presidente , agradezco sinceramente el trabajo realizado por la Comisión de Economía respecto del proyecto sobre SERNAC Financiero. Se logró un acuerdo unánime en prácticamente casi todos los artículos.
Deseo recordar que en la discusión sostenida en la Comisión el Senador señor Tuma solicitó al Ejecutivo enviar un proyecto que abordara la tasa máxima convencional. Lo señalo, porque el Gobierno cumplió su palabra: ingresó la iniciativa y esta Corporación ya la está analizando.
Quería mencionar lo anterior, debido a que ello es fruto del acuerdo que se logró en la Comisión.
Con posterioridad, en la de Hacienda también hubo una labor muy intensa, en un comienzo como órgano especializado, pero de lo que hubo poco, al abordar todo el proyecto de nuevo. Pero debo reconocer que lo perfeccionó. Y luego lo analizaron ambas Comisiones, unidas.
El hecho de que una iniciativa de esta naturaleza se despache prácticamente por unanimidad en la forma en que fue aprobada ahora valora el trabajo de los señores Senadores, lo que no puedo dejar de señalar. Ojalá otros proyectos de este tipo puedan ser despachados con este mismo grado de acuerdo, lo que, a mi juicio, prestigia especialmente al Senado y en general al Congreso Nacional.
En consecuencia, agradezco a los Senadores que participaron en la tramitación de la iniciativa.
ESTABLECIMIENTO DE SISTEMA DE PLEBISCITOS Y CONSULTAS DE CARÁCTER COMUNAL
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje, sobre plebiscito y consultas de carácter comunal, con segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7308-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 66ª, en 10 de noviembre de 2011.
Informes de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 37ª, en 2 de agosto de 2011.
Gobierno, Descentralización y Regionalización (segundo): sesión 63ª, en 18 de octubre de 2011.
Discusión:
Sesión 40ª, en 3 de agosto de 2011 (se aprueba en general).
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Recuerdo a Sus Señorías que asumimos el compromiso de levantar la sesión a las 18, a fin de que funcione la Comisión Especial Mixta de Presupuestos.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
La urgencia del proyecto vence mañana.
La iniciativa se aprobó en general en sesión de 3 de agosto y cuenta con segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, la cual deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que los artículos Segundo y Tercero, que adecuan textos legales referidos al plebiscito comunal, no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones, por lo que deben darse por aprobados, salvo que algún señor Senador, con la unanimidad de los presentes, solicite su discusión y votación.
El artículo Segundo requiere los votos conformes de 22 señores Senadores para ser aprobado.
La Comisión realizó diversas enmiendas al texto despachado en general, las que acordó en forma unánime. Estas modificaciones deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador solicite su discusión o existan indicaciones renovadas. Requieren los votos conformes de 22 señores Senadores para ser aprobadas.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado que en la tercera columna transcribe las propuestas de la Comisión.
El señor GIRARDI (Presidente).-
En discusión particular.
Tiene la palabra el Senador señor Gómez.
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente , pido votar por separado el nuevo texto del artículo 100, que se introduce mediante el número 2 del artículo Primero del proyecto.
El inciso primero del mencionado artículo establece que para llamar a plebiscito debe contarse con la firma del 10 por ciento de los ciudadanos que concurrieron a sufragar en la última elección de alcalde. Hoy se requiere el 5 por ciento. Creo que la idea de la ley en proyecto es facilitar la realización de tal consulta y no dificultar que las personas puedan pedir al municipio su realización, tan importante desde el punto de vista ciudadano.
Y en el caso del inciso segundo, solicito una precisión del órgano técnico.
El inciso primero de la norma señalada dispone: "Para la procedencia del plebiscito a requerimiento de la ciudadanía, deberá concurrir con su firma ante notario público, oficial del Registro Civil o funcionario habilitado del Servicio Electoral, a lo menos el 10% de los electores inscritos con derecho a sufragio (...), debiendo acreditarse dicho porcentaje mediante certificación que expedirá el Director Regional del Servicio Electoral .".
Y en el inciso siguiente dispone: "El funcionario habilitado del Servicio Electoral será designado por el Director Regional y certificará las firmas de los electores a solicitud de los interesados, quienes sólo deberán pagar derechos equivalentes a los costos de traslado y a horas extraordinaria, según determine el Director del Servicio Electoral .".
Mi pregunta a la Comisión apunta a saber si las firmas requirentes están consideradas de forma gratuita. Eso no se señala en la norma.
Entonces, mi preocupación -quiero que quede en la historia de la ley- radica en la necesidad de que las firmas -sean del 5 o del 10 por ciento de los ciudadanos- sean gratuitas; o sea, que no haya obligación de pago.
Respecto del Registro Civil y del Servicio Electoral es posible que lo establezca el Ejecutivo. Y en el caso de los notarios se podría incorporar en la normativa como una carga.
En consecuencia, como no está dispuesto así, salvo en lo correspondiente a los pagos para el oficial del Servicio Electoral, deseo que se me informe si la ley futura preceptúa la gratuidad para las firmas que deben recolectar los ciudadanos, tanto en el Registro Civil como en el Servicio Electoral y en las notarías.
Por estas razones pedí votación separada.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , como la Sala del Senado sabe, los plebiscitos comunales se encuentran establecidos en nuestra legislación y, por lo tanto, tienen plena vigencia. Durante todos estos años se han realizado oficialmente solo tres: uno en la comuna de Las Condes, otro en la de Vitacura y un último en la de Zapallar. Claramente, de la sola mención de dichas comunas se infiere que el problema principal para que este instrumento de participación ciudadana pueda llevarse a cabo en plenitud radica en los costos que conlleva.
En consecuencia, el proyecto presentado por el Ejecutivo busca dar facilidades para que se sometan a consulta plebiscitaria distintas materias de orden comunal.
Por el escaso tiempo de que disponemos, me referiré a cuatro o cinco medidas mediante las cuales se logra lo anterior.
Una es la mencionada por el Senador señor Gómez . Actualmente, las firmas son solo ante notario, quienes cobran por ello. El proyecto incorpora un delegado del Servicio Electoral. Y esta entidad solo podrá cobrar los derechos de traslado y horas extraordinarias de ese funcionario. No se deberá cancelar por cada una de las firmas que se acrediten ante dicho delegado.
La segunda disposición que facilita la celebración de un plebiscito modifica la norma conforme a la cual el llamado a celebrarlo tiene que publicarse en el Diario Oficial y en un diario de los de mayor circulación en la comuna. Se agrega que también se publicitará en el sitio electrónico institucional de la municipalidad.
Por lo tanto, también vemos que hay un avance sustancial en esta materia.
La otra disposición que, a mi juicio, facilita la participación ciudadana es la que propone que los plebiscitos comunales serán vinculantes si en ellos vota "más de un 40% del total de electores que haya sufragado en la última elección de alcalde". Tal condición respecto del resultado permitirá que sea mucho más factible cumplir el objetivo de la consulta que con la norma en vigor, que establece carácter vinculante si vota "más del 50% de los ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna", cuestión extraordinariamente difícil de alcanzar.
La cuarta modificación que facilita la realización de plebiscitos comunales es la que plantea la posibilidad de llevarlos a cabo el día de las elecciones presidenciales. La actual normativa señala que no podrán celebrarse plebiscitos comunales dentro del mismo año en que corresponda efectuar elecciones municipales, y establece una serie de limitaciones en los años en que se realicen elecciones populares de otro tipo.
Aquí se mantiene la restricción para el año en que se celebren elecciones municipales, pero se autoriza el mismo día de las presidenciales o parlamentarias efectuar consultas comunales sobre determinada materia, lo cual hace mucho más sencilla la convocatoria ciudadana.
Y la quinta enmienda es la principal.
La ley hace prácticamente imposible que cualquier comuna pueda efectuar un plebiscito, pues la norma correspondiente le hace aplicable el Título VI, "Del Orden Público", de la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios. O sea, se debe designar a un oficial de Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea o de Carabineros, para que ejerza el mando de la fuerza encargada de mantener el orden público durante todo el período eleccionario, igual que en una elección presidencial.
Ante ello, se propone una modificación sustancial: que no opere lo dispuesto en dicho Título VI en la realización de los plebiscitos comunales. Si bien las otras enmiendas también son relevantes, esta última, a mi juicio, hace toda la diferencia, porque facilita en forma importante la concreción de tales consultas.
Otra materia que incorpora el proyecto es lo relativo a las consultas no vinculantes, las cuales incluso pueden ser por sectores o barrios de determinada comuna.
En consecuencia, la iniciativa que nos ocupa, enviada por el Gobierno, viene a facilitar la aplicación de una ley que el Congreso Nacional estableció como necesaria hace unos 10 años, pero que hasta ahora no ha tenido ejecución práctica.
Las enmiendas que aprobemos hoy -espero- por unanimidad van a ser realmente aplicables; por tanto, tendremos plebiscitos comunales no en forma excepcional, sino de manera mucho más cotidiana.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Solicito a la Sala la autorización para que ingrese el señor Miguel Flores, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
--Se autoriza.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Gómez y luego, el señor Ministro Larroulet.
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente , como va a intervenir el señor Ministro , quisiera que se aclarara un punto importante.
El artículo 100 de la ley N° 18.695 se refiere a los plebiscitos comunales. Establece lo siguiente: "Para la procedencia del plebiscito a requerimiento de la ciudadanía, deberá concurrir con su firma, ante notario público u oficial del Registro Civil , a lo menos el 5% de los ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna al 31 de diciembre del año anterior, debiendo acreditarse dicho porcentaje mediante certificación que expedirá el Director Regional del Servicio Electoral .".
A continuación, el artículo 104 señala: "La realización de los plebiscitos comunales, en lo que sea aplicable, se regulará por las normas establecidas en la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, con excepción de lo dispuesto en el artículo 175 bis.
"En todo caso, el costo de los plebiscitos comunales será de cargo de la municipalidad respectiva.".
Se establece entonces que tales consultas son de cargo de los municipios.
Sin embargo, en el artículo 100 que se propone, se introduce una carga al convocante que no existía en la legislación. De ahí surge mi preocupación.
El inciso segundo de dicho artículo dice:
"El funcionario habilitado del Servicio Electoral será designado por el Director Regional y certificará las firmas de los electores a solicitud de los interesados, quienes sólo deberán pagar derechos equivalentes a los costos de traslado y a horas extraordinaria, según determine el Director del Servicio Electoral .".
Entonces, aquí se está agregando una carga no al municipio, sino al convocante de los plebiscitos. O sea, se lo está obligando a pagar una suma de dinero, exigencia que antes no existía.
Además, el texto propuesto no indica con claridad que la certificación de las firmas que recolecten los convocantes será gratuita para ellos.
Esa es mi pregunta, señor Ministro , a efectos de que el proyecto favorezca la participación y no genere una carga imposible de cumplir.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor LARROULET ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , como se ha señalado, esta iniciativa es trascendental para facilitar la participación ciudadana en asuntos relevantes para la vida de las comunidades locales. En parte importante, aquella recoge una serie de proyectos que habían sido presentados sobre la materia en el pasado.
Asimismo, a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización concurrieron representantes de la Asociación Chilena de Municipalidades, de diversas comunidades y de juntas de vecinos. Por tanto, el texto propuesto contó con el apoyo de todos los sectores involucrados.
Además, la idea de legislar fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de dicho órgano técnico.
Durante el debate en la Comisión se plantearon indicaciones que, desde nuestra perspectiva, no cambian la naturaleza y el propósito final del proyecto, cual es, facilitar la realización de los plebiscitos comunales. En ese sentido, no se modifica lo propuesto al agregar restricciones adicionales.
En todo caso, una de las preocupaciones manifestadas por el Ejecutivo fue que la iniciativa no significara nuevas cargas económicas a los gobiernos comunales ni a los convocantes.
Un ejemplo muy concreto de ello lo constituye una de las reformas más prácticas del proyecto. Hoy día no se autorizan plebiscitos comunales en la fecha en que se efectúa una elección parlamentaria o presidencial. Y la mayoría de los países del mundo en tales elecciones nacionales agrega consultas sobre materias de interés para la comunidad local. Tal convocatoria claramente no implica una carga adicional.
Ahora, señor Presidente , respecto a lo planteado por el Senador señor Gómez , preferiría que el señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo diera la explicación pertinente.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Con acuerdo de la Sala, tiene la palabra el señor Subsecretario.
El señor FLORES (Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo).-
Gracias, señor Presidente .
Haré un comentario general y dos particulares, a fin de dar respuesta a la consulta del Honorable señor Gómez.
El primero es que se mantiene la norma que dispone que los costos de los plebiscitos son de cargo de los municipios respectivos. Ese criterio general no se modifica.
Respecto del costo para los ciudadanos que convocan a plebiscito -entiendo que esa es la pregunta-, cabe precisar que se mantiene también la disposición legal referida al costo que se cobra por la firma ante el notario pertinente. Esto tampoco se enmienda en la iniciativa propuesta.
La única situación diferente es que, como se incorpora a un funcionario del Servicio Electoral para certificar las firmas de los ciudadanos que convocan a plebiscito, se incluyó una disposición mediante la cual se establece que el costo de traslado de aquel será de cargo de los convocantes.
Esa es la única carga -por así decirlo- adicional.
Por otra parte, se amplía la posibilidad de contar con funcionarios públicos habilitados para certificar la recepción de las firmas, lo que constituye un avance.
En definitiva, el costo adicional dice relación con el traslado y las horas extraordinarias que le significarán a tal funcionario tener que ir a una localidad aislada, más pequeña, que aquella donde tiene su asiento el Servicio Electoral, que habitualmente -entiendo- es la capital regional.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , tengo la sensación de que estamos perdiendo una gran oportunidad al tratar un tema tan sensible como el plebiscito de carácter comunal.
¡No tenemos acuerdo para consultas a nivel nacional!
Yo demando al Gobierno definiciones sobre el plebiscito en el plano nacional: participación de todos los ciudadanos no solo en las materias atinentes a la comuna, sino en la totalidad de los asuntos de interés público.
Estamos perfeccionando el ejercicio de un derecho en el ámbito comunal, pero negamos el derecho a nivel nacional.
Me mueve el afán de que existan consultas ciudadanas en el país entero, no solo en las comunas. Por tanto, siento que queda pendiente un debate.
Algunos parlamentarios, después de la tan bullada ocupación de la sede del Senado en Santiago, nos comprometimos, a través de la firma de un documento -yo voy a cumplir; seré fiel a mi palabra-, a presentar un proyecto de ley para reformar la Constitución a fin de instaurar el plebiscito de carácter nacional; o sea, a avanzar un poco en quitarle poder a la "monarquía presidencial".
Ahora, con relación a la iniciativa que nos ocupa sobre plebiscito y consultas de carácter comunal, me surge una pregunta: ¿cuál es el gran avance respecto de la legislación vigente?
Actualmente se exige la concurrencia de a lo menos el 5 por ciento de los ciudadanos inscritos para poder efectuar la convocatoria. En el texto original se hablaba de "ciudadanos"; en la propuesta de la Comisión dice "electores". ¿Cuál es la diferencia entre electores y ciudadanos habilitados para votar?
Yo esperaría un proyecto que buscara posibilitar, dinamizar, estimular la participación ciudadana. Sin embargo, hasta ahora lo que les decimos a los electores es que tendrán que pagar los gastos.
O sea, esta será una ley para comunas ricas. Lo manifestó el Senador Pérez Varela : Zapallar , Vitacura y Las Condes son las únicas comunas que se han atrevido a efectuar plebiscitos. Las demás no los realizan, porque implica un costo inherente.
Otras comunas, como Concepción, inventaron una modalidad para consultar a la ciudadanía, pero no era legal. Lo mismo hizo Lota, sobre materias de educación.
Señor Presidente, desde ya anuncio mi voto negativo a cualquier propuesta que conlleve costo para los electores.
¡El Estado debe financiar la democracia!
Si ahora me dicen que los ciudadanos tendrán que pagar su participación en un plebiscito, entonces estamos analizando el asunto desde una perspectiva distinta. Claramente, el Estado financia las votaciones populares en todos los niveles. ¿Por qué no habría de aplicarse la misma norma para las consultas comunales?
Es decir, si con platas públicas se financia a los candidatos a Presidentes de la República , a senadores, a diputados, a alcaldes, a concejales, y también el proceso electoral completo -esos son miles y miles de millones de pesos-, ¿por qué razón a los ciudadanos de una comuna que quieren participar para decidir acerca de su entorno, del plan regulador o de un conjunto de ordenanzas les decimos: "Ustedes deben hacerse cargo de pagar los costos de traslado del funcionario habilitado, según lo determine el Director Regional del Servicio Electoral "?
Señor Presidente , no sé cuál es la idea matriz del proyecto -no tengo a la vista el informe-, pero estoy por pedir segunda discusión, porque, además de lo expuesto, considero que también debiera abordar un tema emergente: el relativo al conflicto que se ha suscitado en la comuna de Peñalolén -tal vez algunos Senadores lo conocen-, producto de una convocatoria a plebiscito para ratificar el plan regulador.
Allí, Claudio Orrego , un extraordinario alcalde, llamó a dicha consulta con acuerdo del concejo. Fue un largo proceso de participación ciudadana, según me explicó él personalmente. Sin embargo, Lautaro Guanca , gran concejal de la misma comuna, reunió las firmas necesarias y convocó también a un plebiscito, pero con preguntas y determinaciones diferentes.
Ante ese conflicto, es preciso dirimir cuál de las dos convocatorias tiene prioridad. Las dos son legítimas y autorizadas por la ley, tal como lo dispone el artículo 99: "El alcalde, con acuerdo del concejo, a requerimiento de los dos tercios de los integrantes en ejercicio del mismo y a solicitud de dos tercios de los integrantes en ejercicio del consejo comunal de organizaciones" -habla de "organizaciones"- "de la sociedad civil, (...) someterá a plebiscito", etcétera.
¿Cuál de las dos convocatorias tiene preeminencia?
Tal controversia provocó un fuerte debate con la Contraloría. Y esta emitió una respuesta, que no conozco pero que fue más bien salomónica.
¿Cuál es la consulta que prevalece frente a una disyuntiva entre el concejo municipal, el alcalde y los ciudadanos sobre el mismo objetivo?
La iniciativa en debate debiera resolver esa situación, ya sea por la fecha en que se realizaron las convocatorias, ya sea por la cantidad de preguntas.
¡Tenemos un caso latente!
Si dejamos pasar esta oportunidad y no aprendemos de la situación de Peñalolén a través de una discusión para dirimirla, esto va a generar polémica entre Gobierno y Oposición.
Algunos alcaldes no han querido hacer plebiscito. Nos pasó con el jefe comunal de Penco , Guillermo Cáceres , respecto a una termoeléctrica: la ciudadanía quería convocar; el alcalde , no.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor NAVARRO.-
Pido un minuto para terminar, señor Presidente.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Bien.
Puede continuar, Su Señoría.
El señor NAVARRO.-
En definitiva, no sé cuál de las dos soberanías se prioriza cuando existe acuerdo para realizar un plebiscito pero no concordancia respecto a las preguntas, y se convoca a dos consultas de manera paralela.
Planteadas tales dudas (primero, que no hay normas que estimulen la participación; segundo, que existen disposiciones que gravan a los electores que quieran participar en el plebiscito, y tercero, que no se abordan situaciones como el conflicto surgido en Peñalolén respecto al plan regulador, donde la Contraloría ha tenido que resolver a medias), debiéramos aprovechar el debate de este proyecto para profundizar en la materia, en lugar de despachar un texto sin dichas precisiones.
Por lo tanto, señor Presidente , pido al señor Subsecretario de Desarrollo Regional que se refiera a las inquietudes planteadas. Y si su respuesta no fuera satisfactoria, me vería en la necesidad de pedir segunda discusión, para intentar determinar con los miembros de la Comisión tales alcances.
Yo estoy de acuerdo con la ley en proyecto. Sin embargo, siento que faltan elementos imprescindibles.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
Señor Presidente , deseo manifestar mi respaldo, en general, a las normas de esta iniciativa sobre plebiscito y consultas de carácter comunal, por razones opuestas a las esbozadas por el Senador que me antecedió en el uso de la palabra.
El proyecto tiene la peculiaridad de que se refiere a asuntos concretos, de alcances limitados, perceptibles por la comunidad próxima.
Yo ejercí como concejal durante muchos años, hasta hace cinco meses, y como alcalde por un período corto. Resulta relevante ver cómo los vecindarios -por llamarlos de algún modo- se interesan por los asuntos que perciben como más cercanos.
En cambio, la idea del plebiscito sobre temas universales y, más bien, difusos, que hoy día se esgrime, es muy distinta.
En los cantones suizos el plebiscito se efectúa un día domingo con una convocatoria específica sobre asuntos concretos. Y esa es una expresión válida de la soberanía popular, mucho más que la que se orienta a cuestiones de carácter universal, como sería reformar el Texto Constitucional, tal cual se viene esgrimiendo en el país de un tiempo a esta parte.
Llama particularmente la atención lo dicho en esta Sala en cuanto a que esa consulta pudiera ser la antesala, la sinopsis o el proemio -para usar una palabra aún más compleja- de un sistema de democracia plebiscitaria, que ha sido practicado, con grave daño para las libertades públicas, en nuestra hermana República de Venezuela.
En Chile soplan grandes vientos reformistas sobre las instituciones políticas, incluso desde lugares inesperados, insólitos. Pero los alegatos en favor del plebiscito sobre asuntos de carácter constitucional y constituyente provienen generalmente de la Izquierda, salvo la excepción a la cual me acabo de referir.
Por lo tanto, aquí hay un ejercicio legítimo de la soberanía popular en temas específicos, concretos, comprensibles.
La única reserva que podría esgrimir en mi condición de ex alcalde , tras haber redactado de puño y letra el plan regulador de Las Condes -y no me jacto de ello-, es que los planes reguladores significan hoy día una nomenclatura sumamente compleja, llena de siglas y términos derivados de disciplinas que son difícilmente asibles, incluso por quienes estábamos metidos en su redacción. Actualmente, tal conocimiento es casi esotérico.
Salvo ese alcance, me parece que la idea en general tiene ese carácter concreto, diametralmente opuesto al que caracteriza a las democracias plebiscitarias mediante las cuales las personas dedicadas a sus ocupaciones propias empiezan a opinar, por ejemplo, sobre la libertad de enseñanza manifestándose en las calles de maneras -digamos- peculiares.
Por eso me atrevo a sostener que la iniciativa en debate es favorable a la expansión de la democracia en áreas concretas.
Ahora bien, el Senador que me antecedió en el uso de la palabra, mientras se discutía este proyecto, se mostró partidario de la intervención de notarios, quienes naturalmente, por su oficio y por el desempeño de su actividad, perciben remuneraciones, lo cual encarece el proceso de plebiscito universal.
En cambio, los Senadores de este lado del Hemiciclo estuvieron a favor de que la labor de ministros de fe pública fuera desempeñada por delegados del SERVEL, quienes la realizan como parte de su obligación de funcionarios públicos.
Por lo tanto, aquí ya noto una pequeña contradicción, cosa que no debiera espantarnos mayormente en este caso.
En definitiva, manifiesto mi parecer favorable a esta iniciativa, a pesar de que algunas personas puedan entender que esto constituye una pequeña introducción a una película para mayores que se estaría preparando desde ciertos ámbitos de la Concertación.
Por último, no puedo dejar de referirme a un hecho que...
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminó su tiempo, señor Senador.
Tiene un minuto más.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
Decía que no puedo dejar de señalar que el criterio favorable a este proyecto se encuentra inducido por la ocupación ilegítima e ilegal de una sala del Senado ocurrida hace poco por una delegación de generación espontánea.
Realmente eso constituye una contradicción para una formalización de los pareceres de los ciudadanos, pues considero que ambas cosas están muy reñidas entre sí.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente, insisto en que esta iniciativa es muy significativa.
Si estuviéramos en la época de los pipiolos y los pelucones, a lo mejor un proyecto de esta naturaleza carecería de importancia porque aquellos eran muy poquitos y los que tenían recursos podían hacer este tipo de consultas.
Sin embargo, si hoy día estamos pensando en propiciar un espacio de participación ciudadana comunal -no diré "nacional" para que no se ponga nervioso mi amigo, el Senador Carlos Larraín -...
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
Comunal.
El señor GÓMEZ.-
Claro, comunal.
Por ejemplo, en una comuna de cien mil habitantes se requiere el 10 por ciento, o sea, 10 mil firmas. Si el notario cobra mil pesos por cada una, estamos hablando de diez millones de pesos que deben cancelar los convocantes. Y aquí algunos colegas me dicen: "No, es que para eso están el Registro Civil y el Servicio Electoral".
Yo conozco ambos servicios -me imagino que Sus Señorías también- y debo recordarles que no es fácil para estos contar con el tiempo y con los funcionarios necesarios para recibir 10 mil firmas de modo gratuito.
Yo presenté una indicación, que fue declarada inadmisible -lo cual no me parece correcto-, para reemplazar la frase ", quienes sólo deberán pagar derechos equivalentes a los costos de traslado y a horas extraordinarias, según determine el Director del Servicio Electoral .", por la siguiente oración: "La inscripción de las firmas requeridas en el presente artículo, independiente de si el trámite se efectúa ante notario público, oficial del Registro Civil o funcionario habilitado del Servicio Electoral, tendrá el carácter de gratuito para los interesados.".
Como entendí que la gratuidad no era posible establecerla en función de órganos públicos, supuse que estaba bien declarada la inadmisibilidad. Sin embargo, el propio Ministro Secretario General de la Presidencia y el señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo me han dicho que esa materia se halla contemplada en la ley y, por ende, la gratuidad en esos órganos está consagrada en la legislación.
Y la fijación de gratuidad en el caso de las notarías no puede ser declarada inadmisible porque no se trata de entes públicos, sino de instituciones que cobran por los servicios que prestan.
En consecuencia, la indicación en comento tiene que haber sido declarada admisible y debe votarse.
Por lo tanto, a efectos de discutir realmente el concurso de la población en materia de plebiscitos comunales, tenemos que otorgar las facilidades del caso y no imponer un gravamen de tal naturaleza a la ciudadanía que deba juntar 10, 5 o 2 millones de pesos, en circunstancias de que se trata -estoy hablando de comunidades grandes y pequeñas- de que haya participación ciudadana.
Por las razones expuestas, señor Presidente, creo que la inadmisibilidad es equívoca y, por ende, le pido a la Mesa que declare la indicación admisible y que se vote.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez.
El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , deseo responder las intervenciones tanto del Senador señor Navarro como del Honorable señor Gómez .
Ante todo, debo recordar que los plebiscitos comunales fueron establecidos en la década de los 90, ocasión en la cual el Senador Navarro votó para que tal mecanismo solo pudiera realizarse ante notarios, quienes evidentemente cobran.
Acá, por el contrario, se incorpora una norma en la cual se dispone que un funcionario delegado por el Servicio Electoral será designado para certificar las firmas, con el objeto de que dicho trámite no irrogue costo para los solicitantes.
¿Qué se va a pagar? Naturalmente ese funcionario tendrá que incurrir en gastos de traslado y trabajará horas extraordinarias. Esos son los costos que se deberán asumir.
Lo que aquí se está haciendo, efectiva y realmente, es modificar las normas para facilitar el ejercicio de un instrumento de participación ciudadana como son los plebiscitos.
El plebiscito comunal que se consagró en la década de los 90 -que contó con el voto favorable del Senador Navarro- exigió la aplicación íntegra del Título VI (del Orden Público) de la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, esto es, encargar el resguardo del orden público a las Fuerzas Armadas y Carabineros, nombrar un oficial que asuma el mando de estas, proceder al cierre del comercio, establecer zona seca, todo lo cual hacía inviable este ejercicio en muchas comunas del país.
¿Qué hace el proyecto en debate? Elimina las obligaciones que recaen en las comunas.
Asimismo, el plebiscito comunal establecido en los años 90 exige que la convocatoria o llamado se realice mediante la publicación en el Diario Oficial o en un periódico de circulación nacional. Ambos requisitos son eliminados a través del proyecto, posibilitando la divulgación en un diario de circulación comunal e incluso en portales de Internet para facilitar que los municipios o las personas puedan convocar a plebiscito.
Por lo tanto, yo no veo que las modificaciones propuestas complejicen las cosas. Al contrario: la normativa vigente es extraordinariamente compleja y hace inviable la factibilidad de los plebiscitos. Con razón los alcaldes se oponían al ejercicio de este mecanismo porque significaba costos mayores a las disponibilidades reales de los municipios. Sin embargo, en adelante será perfectamente posible llevarlo a cabo.
Con respecto al caso de Peñalolén, quiero aclararle al Senador Navarro que el proyecto no innova en cuanto a los requisitos establecidos en la década de los 90 para proceder a plebiscito, ya sea que lo convoque el alcalde con el acuerdo del concejo municipal, a requerimiento de los dos tercios de los concejales o por iniciativa de un número determinado de ciudadanos, y se hace conforme a las actuaciones legales correspondientes a un municipio, es decir, a través de un decreto que fija la consulta.
Si alguien en la comuna desea objetar dicho decreto, debe concurrir ante los tribunales electorales, que son los encargados de resolver, tal como dispone la normativa aprobada en los años 90.
Por lo tanto -vuelvo a señalar-, aquí no se está incorporando ninguna exigencia adicional. Todo lo contrario. Se están sacando requisitos, se están sacando obligaciones, se están sacando costos para que estos plebiscitos se puedan realizar. Y, a mi juicio, aquí se da un paso gigantesco en el desarrollo de la democracia a nivel de las comunas. En adelante, nuestros alcaldes y concejales, las organizaciones sociales, los ciudadanos van a poder participar a través de un instrumento serio, como el plebiscito comunal, en las decisiones relativas a su vida diaria.
Por eso, señor Presidente , yo terminaba mi primera intervención señalando que hoy día los plebiscitos comunales son la excepción. Con esta norma, me parece que vamos a tenerlos de una manera mucho más cotidiana.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , no cabe duda de que este proyecto de ley pretende favorecer la ocurrencia de los plebiscitos comunales. En 20 años de vigencia de la normativa que los rige ha habido solo tres, y únicamente en comunas pudientes, como se ha señalado aquí, que dispusieron de recursos para financiarlos.
Lo que se procura ahora es darle mayor participación a la ciudadanía en las materias que son posibles de llevar a plebiscito. Porque, evidentemente, no se puede interferir en la parte económica del municipio, cuya injerencia le corresponde al alcalde , como en la Región al Intendente y, a nivel nacional, solamente al Presidente de la República y al Ejecutivo . Sí se puede influir en las decisiones sobre planos reguladores, límites de las comunas, etcétera.
El propósito de la iniciativa es flexibilizar la normativa para que se puedan masificar las consultas plebiscitarias. Antes era muy difícil hacerlas. De las tres que se han efectuado, una sola tuvo su origen en la ciudadanía; las otras dos fueron convocadas por las municipalidades.
Por ello, se permite que un notario, un oficial del Registro Civil o, incluso, un funcionario habilitado del Servicio Electoral concurra a la comuna, se instale ahí y recoja las firmas sin pago, salvo los gastos de traslado, de alimentación o el viático que corresponda. Si en la actualidad hay que pagar mil pesos por cada firma al notario o al oficial, este otro sistema va a costar mucho menos, y esa es la finalidad del proyecto en debate.
Nosotros lo aprobamos por unanimidad en la Comisión, luego de hacer las consultas correspondientes con los alcaldes que vinieron a dar su opinión al respecto, y ya se acogió también en general por la Sala; solo resta la votación en particular.
Gracias, señor Presidente.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , para que no tengamos confusión respecto a las voluntades -a propósito del discurso del Senador Pérez Varela-, está claro que existen avances; así ocurre en todas las leyes. Pero también hay retrocesos. Le consulté al Senador Gómez, quien presentó la indicación: hoy día se requiere la firma del 5 por ciento de los ciudadanos habilitados para votar. El proyecto sube esa exigencia al 10 por ciento de ellos. O sea, existe un incremento del cien por ciento en este requisito y del cien por ciento en los costos, y más ahora, cuando se mantiene lo de los notarios.
Yo ingresé al Parlamento el 95, como recordará el Senador Pérez Varela . Hay otros que están desde el 90 y ya llevan cinco períodos. No sé de qué fecha es la modificación, pero lo importante es que por lo menos el Movimiento Amplio Social no está disponible para duplicar el número de electores que deben inscribirse para poder demandar un plebiscito. Claramente, es una exigencia que ha sido una barrera enorme de entrada. Por eso, solo en los municipios ricos ha habido consultas. Aumentar del 5 por ciento al 10 por ciento es absolutamente inaceptable.
En segundo lugar, se requiere gratuidad. Qué cara vamos a poner en las comunas para decirles: "El Estado financia toda la próxima elección parlamentaria y además me da 375 millones de pesos para realizar mi campaña, pero usted, estimado vecino, cuando quiere consultar sobre los temas de su comuna, tiene que meterse la mano al bolsillo y pagar".
¡Pagar por ejercer el derecho democrático a hacer una consulta! O sea, ¡pagar por la democracia!
Está bien que algunos crean que nada en la vida es gratis o que todo tiene un precio, pero ¡cómo vamos a decirles a los ciudadanos de las comunas que deberán pagar por ejercer la democracia!
Señor Presidente , estamos ratificando a los notarios. El Senador Gómez ha sido claro: ¡gratuidad para la democracia! La participación no puede tener costo. Si lo tiene, es barrera de entrada. Y lo más notable es que solo ha habido plebiscitos en las comunas ricas: Zapallar , Vitacura y Las Condes. Allí la democracia es posible. En el resto, donde efectivamente hay ciudadanos que no pueden cancelar, ¡más barreras de entrada!
Yo exijo coherencia. Y, por cierto, este es un debate que debiera tener mucho más atención, porque estamos a punto de poner una barrera de entrada. Bajo el argumento de fomentar la participación ciudadana, al final terminamos creándole más dificultades.
Por lo tanto, señor Presidente , en nombre del Comité MAS, quiero solicitar segunda discusión. Pero, al mismo tiempo, antes de ello, deseo preguntarle al Ministro Larroulet , o al Subsecretario de Desarrollo Regional , cuál es el problema de renovar la urgencia y no hacer la votación hoy día. Están todos trabajando en las Comisiones de Presupuesto. Debiéramos profundizar más estos dos temas. Porque, si nos anima el deseo de que la gente participe, hay dos puntos que saldar: uno, el porcentaje de electores, que sube del 5 al 10, lo que es inaceptable; y dos, los costos. O sea, cuánto vale.
Una buena idea sería que esto fuera de costo de los Senadores. Porque alguien tiene que pagar. No me parece que el Estado brinde gratuidad para todo tipo de elecciones y que en las elecciones vecinales, comunales les impongamos una carga económica a los ciudadanos electores.
Esto es disuasivo. En el caso de las comunas pequeñas, pobres, cuando el peso cuenta, cuando la gente gana 180, 200, 250 lucas, imponerles cargas, además del trabajo de organizarse, me parece absolutamente inapropiado.
Por consiguiente, le señalo al Gobierno, a través del Ministro y del Subsecretario presentes: todos queremos legislar, todos queremos avanzar. Por eso, para evitarnos la segunda discusión, propongo retirar la urgencia y profundizar en estos temas a ver si tenemos acuerdo. Si no, votaremos. Ese es el juego de las mayorías. Pero siento que este aspecto, más el que he señalado de la situación concreta de Peñalolén, ameritan darnos un tiempo más. Sería muy bueno ver la jurisprudencia que ahí se formó, la resolución de la Contraloría, qué pasa cuando el alcalde y los ciudadanos llaman a consulta en forma paralela para un mismo tema pero con preguntas diferentes.
Eso no está resuelto en el proyecto, y yo siento que cada vez que legislamos con premura cometemos errores. La ley tiene que dar respuesta a estos problemas; es ella y no la Contraloría la que debe resolver la situación de la doble convocatoria, que aparece como una condición absolutamente negativa desde el punto de vista de la transparencia de este procedimiento. No puede haber dos elecciones paralelas; tiene que ser una. En ese sentido, esta es la oportunidad de legislar, señor Presidente .
Por eso, pido al Gobierno y a los Comités que se pronuncien sobre esta solicitud. Si no, voy a pedir segunda discusión, lo que nos obligaría a sesionar mañana jueves. Pero lo importante es sacar una buena ley y aclarar estas dudas.
¡Nueva Constitución ahora, señor Presidente ! ¡Ese es el fondo!
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, quisiera partir por despejar las dos inquietudes que planteó el Senador Navarro.
Respecto de la primera, en el tema de la gratuidad se avanza muchísimo. El solo hecho de tener la posibilidad de que certifique el proceso un funcionario habilitado del Servicio Electoral, al que solo se le paguen los gastos de traslado y las horas extraordinarias, constituye una situación radicalmente distinta de la actual.
Sería importante, a lo mejor, que el proceso fuera cien por ciento gratuito. Pero estamos contestes en que el costo es bastante marginal.
En cuanto al porcentaje -subir del 5 al 10-, el Senador Pérez Varela ha hecho una larga lista de cómo se facilitan hoy los plebiscitos comunales. Por mi parte, quisiera plantearlo desde la siguiente perspectiva: lo que busca este proyecto de ley es que los plebiscitos sean vinculantes. Ese es el mérito que tiene. Es decir, se trata de poder llamar respecto de un tema relevante que afecte a una comunidad y que el resultado sea vinculante. Y para esto último se necesita obtener un porcentaje bastante alto de sufragios, no uno menor.
Por lo tanto, el margen de la convocatoria, dadas las facilidades que se otorgan, también debe ser representativo. Yo creo que las comunas no pueden estar permanentemente en procesos electorales. En ellas también deben ejercerse otras funciones.
Entiendo que el plebiscito no se halla destinado a resolver cualquier tema, sino asuntos importantes, relevantes. Porque para aquellos que no presentan esa dimensión existe la opción de la consulta, referida a territorios más acotados, a materias más locales dentro de la propia comunidad.
Entonces, me parece que el aumento del número de electores va en línea directa con la mayor cantidad de facilidades que se otorgan, y con que efectivamente el plebiscito apunte a resolver aspectos fundamentales de las comunas. Y para que esto sea vinculante, se exige un porcentaje de electores bastante alto.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , el Senador Navarro preguntaba con qué cara él les haría presente a las comunidades la situación de los plebiscitos. Yo diría que con la misma con que lo ha hecho en estos últimos diez años,...
El señor NAVARRO .-
¡Por eso no los hay!
El señor PÉREZ VARELA.-
...al señalarles que para efectuarlos se debe acudir a un notario, quien cobra por ello; designar al jefe de la fuerza encargada del orden público; hacer la publicación pertinente en un diario de circulación nacional y en el Diario Oficial.
Eso le ha dicho el Senador Navarro a la gente durante todo este tiempo.
Sin embargo, de acuerdo con este proyecto no se tendrán que cumplir ninguno de esos requisitos, porque se quitan exigencias, obligaciones y costos para llevar a cabo un plebiscito.
No nos engañemos: en todas las elecciones, cuando el colega Navarro ha inscrito su candidatura, ha tenido que pagarle a un notario. Y lo mismo ha debido hacer con la inscripción de su Partido MAS en las distintas Regiones. Este costo lo evitamos ahora con respecto a las personas que soliciten la realización de un plebiscito. ¿Cómo? Nombrando a un delegado del Servicio Electoral, con lo que se minimiza al máximo el valor de ello.
En consecuencia, no es efectivo lo expresado por él en orden a que para los Senadores, Diputados y Presidentes la elección es gratis y que la celebración de plebiscitos comunales implica costos.
¡Eso no es cierto!
¡Las cosas se deben decir tal como son!
Cuando usted, señor Senador, inscribió su Partido MAS tuvo que pagar por ello a los respectivos notarios. Y acá solo se trata de la inscripción. Por consiguiente, los ciudadanos no tendrán que cancelar absolutamente nada para participar. No lo harán por publicar en el Diario Oficial ni en un periódico de circulación nacional, como tampoco pagarán los costos establecidos originalmente en esta legislación.
El Senador Navarro tiene derecho a pedir segunda discusión. Puede que hoy día no votemos. Pero, por cierto, aquí no se puede sostener que a través de esta iniciativa les estamos complicando la vida a las personas. Todo lo contrario, se le facilita a la ciudadanía el poder expresarse mediante plebiscitos, al eliminarse requisitos de alto costo y exigencias de compleja resolución.
Es más, para que el plebiscito sea vinculante -como decía el Senador Orpis- se rebaja el número de electores a 40 por ciento de las personas que votaron en la última elección de alcalde. Es decir, se están tomando todas y cada una de las medidas para que el mecanismo del plebiscito tenga una expresión.
Por lo tanto, señor Presidente , no utilicemos aquí argumentos engañosos.
La situación actual hace inviable que los plebiscitos se concreten. Y por eso se han llevado a cabo solo tres, en las comunas de más altos ingresos de nuestro país.
Pero esta legislación va a permitir que comunas pequeñas y medianas, con recursos y sin recursos, con pobladores y profesionales puedan utilizar dicho instrumento.
A mi juicio, eso constituye un progreso importante.
Vuelvo a repetir: el Senador Navarro tiene pleno derecho a pedir segunda discusión. Pero eso no cambiará las cosas, porque la facilitación esencial ya se encuentra establecida. Y, por lo tanto, el avance, si es que consigue algo, será del todo mínimo: ¡pagar el viático o las horas extraordinarias de un funcionario público!
Todos sabemos -porque se ha discutido en varias oportunidades en esta Sala- que esos son los costos mínimos en que deben incurrir quienes desean ratificar firmas para solicitar la realización de un plebiscito.
En consecuencia, señor Presidente, el objetivo de fondo de este proyecto de ley es abrirles una puerta -la puerta ancha- a los vecinos para que utilicen un mecanismo de participación: los plebiscitos a nivel comunal.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Se ha pedido segunda discusión para la iniciativa.
Le concederé la palabra al señor Ministro , y después podrán intervenir los Senadores señores Quintana y Lagos.
El señor LARROULET ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , deseo señalar en primer lugar que todo lo que pretende este proyecto es facilitar la realización de los plebiscitos comunales. Por consiguiente, no hay barreras de entrada para la participación ciudadana si se considera la legislación vigente. Por el contrario, ella se posibilita a través de distintos instrumentos.
Primero, la solicitud presentada por los ciudadanos se podrá certificar ante funcionarios pertenecientes a las instituciones públicas que se mencionan, quienes cobrarán un valor diferente del que se les paga a los notarios. Por lo tanto, se reducirá ese costo.
Segundo, la consulta y el plebiscito se podrán efectuar en una elección de carácter nacional. Por ende, se rebajará ese costo.
Tercero, el porcentaje de personas que deberán solicitar la realización de un plebiscito comunal será el mismo que considera la legislación vigente. Por consiguiente, no se sube el costo ni se colocan barreras de entrada.
En suma, señor Presidente , estamos ampliando la opción de efectuar plebiscitos comunales.
Y, con respecto a la petición de segunda discusión que se ha formulado, deseo manifestar que el Ejecutivo está abierto a eso, lo cual entiendo que significaría debatir la iniciativa la próxima semana.
Muchas gracias.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Gracias a usted, señor Ministro .
--El proyecto queda para segunda discusión.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
Del señor BIANCHI:
Al señor Ministro de Hacienda , en coordinación con el Ministro de Educación , a fin de solicitar LIBERACIÓN DE FONDOS ESTATALES PARA UNIVERSIDADES RETENIDOS HASTA LA FECHA;
y al señor Ministro de Educación , pidiendo PRESENTACIÓN DE PLAN DE EMERGENCIA, JUNTO CON CONSEJO DE RECTORES, PARA PAGO DE REMUNERACIONES A TRABAJADORES DE UNIVERSIDADES.
Del señor CANTERO:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública , recabándole URGENTE TRAMITACIÓN DE MODIFICACIONES A LEY Y A REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA.
Del señor CHAHUÁN:
Al señor Presidente del Consejo de Defensa del Estado , requiriéndole antecedentes relativos a DEUDA QUE AFECTA A DON CARLOS MANZANO ABARCA POR ENTREGA DE CHEQUE EN GARANTÍA PARA ATENCIÓN DE DON JORGE ALBERTO MEDINA EN HOSPITAL MILITAR DEL NORTE (Región de Antofagasta).
De la señora RINCÓN:
Al señor Ministro de Obras Públicas , solicitándole información relativa a POSIBILIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE PUENTE SOBRE ESTERO "LOS HUALLES", SECTOR LA TOSCA;
al señor Ministro de Salud , pidiéndole AGILIZACIÓN EN ENTREGA DE HORA PARA OPERACIÓN DE SEÑORA MARISOL HERNÁNDEZ MUÑOZ EN HOSPITAL DE TALCA;
y al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo , requiriéndole antecedentes sobre SITUACIÓN DE EDIFICIO PLAZA BLOCK 2 EN COMUNA DE CAUQUENES (todos de la Región del Maule ).
--Se levantó la sesión a las 18:3.
Patricio Fernández Ruiz-Tagle
Jefe de la Redacción subrogante
ANEXOS
7.MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR RUIZ-ESQUIDE, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE EL ANATOCISMO (8007-03)
Antecedentes
Las operaciones de créditos de dinero en nuestro país se rigen por la ley N° 18.010, publicada en el Diario Oficial del 27.06.1981, aunque en realidad es un DL, ya que en esa fecha, regía el país una Junta Militar que había concentrado el poder total. Esta norma, reemplazó al DL 455 de 25.05.1974 que estableció normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que aún rigen, con una modificación, la Ley 19.951 del 26 de junio del 2006, que redujo en parte los excesivos abusos que bancos y financieras cometen contra los clientes.
Sin embargo, no han tenido éxito iniciativas que buscan la eliminación de las normas que permiten el cobro de intereses.
Desde el retorno a la democracia, se han presentado diversos proyectos de ley para modificarla, sin embargo, han fracasado otras iniciativas que buscaban eliminar la institución del anatocismo. En Chile primó por muchos años una legislación que prohibía el pago de intereses sobre intereses, ya que las concepciones liberales en lo económico eran morigeradas por una visión cultural religiosa y humanista laica que repudiaba la usura.
Por las razones indicadas, vengo en presentar el siguiente proyecto de ley:
Artículo único:
1.- MODIFICA EL CÓDIGO CIVIL:
Se sustituye el artículo 2206 del Código Civil por el siguiente:
“Artículo 2206: “Se prohíbe estipular intereses sobre intereses”.”.
2.- Modifícase la ley Nº 18.010 en la forma que se indica:
a).- Derógase el artículo 9° de la ley Nº 18.010 y cualquier otra norma que permita el cobro de intereses sobre intereses sobre la base de los créditos que otorgan las entidades financieras en su más amplia expresión.
Recién en 1871 el decreto de cementerios establece la sepultura sin distinción de credo en un espacio debidamente separado para los disidentes y permite la creación de cementerios laicos con fondos fiscales o municipales que debían ser administrados por el Estado o el Municipio. Esta diferenciación entre Cementerios católicos y laicos tuvo su fin luego de una aguda polémica que dividió a nuestro país hacia finales del siglo XIX con la promulgación el 2 de agosto de 1883 de la Ley de cementerios civiles (como parte de las leyes laicas) bajo la Presidencia de Domingo Santa María González. (Fdo.): Mariano Ruiz-Esquide Jara, Senador.
8.MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR BIANCHI, CON LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE SOMETE A CEMENTERIOS AL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (8015-12)
En los comienzos de la vida republicana el Director Supremo Bernardo O’higgins Riquelme inauguró el Cementerio General el 9 de diciembre de 1821.
Las leyes de aquella época sólo permitían la inhumación de personas católicas por lo que originalmente no se podían enterrar a los protestantes, llamados disidentes en esa época, y recién en 1854 se crea en dicho Cementerio el Patio de los Disidentes Nº 1.
Dicha ley estableció la administración de los cementerios públicos por el Estado o los Municipios retirándose cualquier administración o incumbencia eclesiástica en materia de cementerios y el claro principio de no discriminación en la sepultura de los difuntos, además de prohibir el entierro en los terrenos de las Iglesias.
La actual legislación vigente en materia de cementerios la constituye el Código Sanitario y el Decreto número 357 de 1970 que establece el Reglamento General de Cementerios.
En materia de Cementerios, nuestro país ha experimentado en los últimos 20 años un gran crecimiento de un tipo particular de Cementerios de propiedad de privados que se caracterizan por la construcción de sepulturas en nichos en tierra que son las que permiten la inhumación de uno o más cadáveres en terrenos especialmente destinados a este objeto.
El reglamento de cementerios establece que dichas sepulturas deben tener dos metros veinte centímetros de largo por noventa centímetros de ancho, cuando son destinados a adultos y un metro cuarenta y tres centímetros por setenta centímetros cuando son destinados a niños menores de 10 años. En ambos casos la profundidad de la fosa será de un metro treinta.
Creemos que la explosiva aparición de este tipo de Cementerios ha dejado a la legislación existente en materia de Cementerios desfasada de este fenómeno, sobre todo en lo que dice relación con el cumplimiento de las necesarias medidas de seguridad sanitaria que los Cementerios deben cumplir.
Es por esto que como una manera de iniciar una completa revisión y actualización de la normativa sobre Cementerios de nuestro país es que venimos en proponer algunos cambios legislativos que creemos necesarios establecer a fin de que luego los Reglamentos se ajusten a dichos cambios
El primer cambio dice relación con la ley que regula el sistema de evaluación de impacto ambiental.
El artículo 10 de dicha ley contempla en sus varias letras una serie de proyectos o actividades que deben someterse de manera obligatoria al Sistema de evaluación de impacto ambiental que lleva adelante el Servicio de evaluación de impacto ambiental (SEIA)
Creemos necesario como primera medida incorporar a los proyectos de construcción de cementerios al sometimiento obligatorio de evaluación de su cumplimiento de la normativa ambiental correspondiente, para de esta forma asegurar que estos no pongan en riesgo bajo ninguna medida la salubridad y salud de la población.
El otro cambio dice relación con las características de los terrenos que son destinados a la construcción de Cementerios.
El actual Reglamento General de Cementerios hace referencia a dos materias que dicen relación con los terrenos destinados a Cementerios y la eventual presencia de cursos de aguas en sus cercanías.
La primera disposición dice relación con la eventual construcción de un cementerio en un terreno “impermeable” en cuanto a exigir la construcción de un “adecuado” sistema de drenaje.
Hacemos ver en primer lugar que el Reglamento incurre en un error al expresar la palabra impermeable, puesto que la correcta es “permeable”.
El establecimiento de dicha disposición, claramente no tuvo a su vista la construcción de nichos de tierra de profundidades que pueden llegar a los tres metros, puesto que ningún sistema de drenaje asegura que las aguas que puedan estar en el terreno no lleguen al contacto con los cadáveres que se encuentran en dichos nichos, con el consiguiente riesgo de que las aguas que son drenadas desde el cementerio salgan con algún tipo de contacto con cadáveres que por su natural proceso de descomposición traen aparejadas una serie de bacterias que sin duda constituyen un riesgo para la salud y salubridad pública.
En directa relación con dicha disposición está otra establecida en el reglamento de cementerios que establece que el área destinada a sepultación de los cementerios no podrá estar situada a una distancia menor de treinta metros de la ribera de un río, manantial, acequia, pozo u otra fuente que pueda abastecer de agua para la bebida o el riego.
Creemos también que el establecimiento de dicha disposición no tuvo a la vista la proliferación de la construcción de cementerios con nichos en tierra, puesto que dichos nichos pueden fácilmente por su construcción entrar en contacto con pozos u napas que formen parte de una hoya hidrográfica, por lo que lo prudente sería establecer para este tipo de Cementerios una distancia de 100 metros a una fuente de agua.
Por las razones anteriores es que venimos en presentar el siguiente:
Proyecto de Ley
Artículo Primero: Incorpórese en el artículo 10 de la ley 19.300 sobre bases generales del medio ambiente la siguiente letra s) nueva:
s) Proyecto de construcción de Cementerios tanto públicos como privados.
Articulo Segundo: Modifíquese el Código Sanitario incorporando el siguiente artículo 136 bis:
136 bis: No se podrá autorizar la instalación ni el funcionamiento de cementerios que contemplen la construcción de nichos en tierra que permitan la inhumación de uno o más cadáveres en terrenos especialmente destinados a este objeto, en terrenos que sean permeables al agua, ni que se encuentren a menos de 100 metros de la ribera de un río, manantial, acequia, pozo u otra fuente que pueda abastecer de agua para la bebida o el riego.
(Fdo.): Carlos Bianchi Chelech, Senador
9.PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES NAVARRO, GÓMEZ Y QUINTANA, SOBRE MEDIDAS A FAVOR DE LA EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL (S-1420-12)
Considerando:
1. Que en la discusión del Presupuesto 2011 el Ejecutivo propuso reducir en un 51,3% respecto del Presupuesto 2010, los recursos destinados al Equipamiento de los Liceos Técnico-Profesionales, justificando esta medida en la ausencia de evidencia que demuestre el impacto de las medidas de fortalecimiento de la Educación Técnico-Profesional (ETP) en la empleabilidad de los egresados, en el desarrollo de las competencias necesarias para acceder a la Educación Superior (ES), así como la inexistencia de una política global que aborde la formación técnica-profesional.
2. Que otra consideración tenida en cuenta por el gobierno para explicar esta reducción presupuestaria fue que en ninguna etapa del proceso de ejecución del ítem equipamiento, durante los años anteriores, se consideró la pertinencia de los equipos adquiridos en relación a los sectores productivos de las respectivas regiones.
3. Que el Mineduc presentó un documento señalando la existencia de una percepción de crisis de la ETP, pues no prepararía ni para la ES ni para el mercado del trabajo; un aumento creciente de las expectativas de ES en los alumnos, padres, profesores y directores; egresados de ETP con un currículum que les ofrece menores oportunidades de formación; y que pese al aumento de cobertura, la mayoría de los egresados de la ETP no acceden a la ES.
4. Que de acuerdo a este documento preliminar del Mineduc, luego de un año, un 40,9% de los egresados de ETP trabaja; un 5,3% trabaja y estudia, un 13,2% sólo estudia, mientras que un 40,6% se encuentra inactivo. El segundo año tras el egreso un 45,4% trabaja, un 14,8% trabaja y estudia, un 18,4% sólo estudia, mientras que un 21,4% se encuentra inactivo.
5. Que a partir de este diagnóstico el Mineduc ha propuesto tres líneas de intervención desde el currículum que son: Balance entre la formación general y diferenciada, añadiendo más horas de Lenguaje, Matemáticas y Ciencias Naturales o Sociales, Inglés y Educación Física; Redefinición de la oferta por sectores y/o especialidades, fusionando algunas ya existentes y creando nuevas y disminuyendo el número de especialidades; Redefinición de la práctica profesional, eliminándola con posterioridad al egreso de Cuarto Medio, incluyéndola entre 3 y 4 año bajo el concepto de “formación en lugares de trabajo”, siendo obligación del colegio impartirla a todos los alumnos.
6. Que a partir de lo anterior el Gobierno ha propuesto redefinir las especialidades considerando: muebles y terminaciones de madera, forestal, agropecuaria, gastronomía, elaboración industrial de alimentos, técnico en construcción, terminaciones en construcción, instalaciones sanitarias, mecánica industrial, construcciones mecánicas, mecánica automotriz, electricidad, electrónica, acuicultura, explotación minera, metalurgia extractiva, diseño gráfico, asistente de administración, auxiliar de enfermería, auxiliar de párvulos, asistente químico, prevención de riesgos y medio ambiente, asistente de turismo, conectividad y redes, y programación.
7. Que la Asamblea Coordinadora de Estudiantes de Liceos Técnico Profesionales convocó a un primer paro nacional el martes 4 de octubre, demandando un sueldo para los estudiantes en práctica donde exista proporcionalidad entre trabajo y salario cuando se realice un reemplazo; que existan prácticas duales dignas y remuneradas; la existencia de protección laboral para las prácticas estudiantiles, con un seguro especial para el practicante de tipo escolar y laboral; asegurar el 100% de las prácticas de los colegios técnicos con fiscalización estatal, estableciendo un plazo máximo de 2 años para poder ejercerla y 4 años en casos excepcionales como accidentes, enfermedades, embarazos, entre otros, con los certificados correspondientes que avalen esto.
8. Que otras demandas de los estudiantes de ETP son el aseguramiento de aprendizaje mínimo en prácticas duales y laborales con la implementación de bitácoras por parte del practicante y de las empresas, con fiscalización del Mineduc y de la Dirección del Trabajo; contemplar el derecho a sindicalización; establecer una reforma a las mallas curriculares, con un año común y mallas específicas a partir del segundo año; implementar el ramo de Legislación Laboral; permitir la convalidación de ramos en la ES; realizar un análisis de mercado de la inserción laboral para cada especialidad, determinando la continuidad de éstas e integrando nuevas especialidades.
9. Que otras demandas de los estudiantes de este sector son: que el Estado asegure el equipamiento y la infraestructura necesaria para impartir las especialidades de la ETP; implementar una renovación constante del equipamiento e infraestructura, dependiendo del campo laboral y necesidades de las especialidades; garantizar un aporte presupuestario anual para las necesidades de cada establecimiento de ETP; asegurar que quienes implementen e impartan la ETP sean docentes técnicos que cuenten con 2 años de estudios pedagógicos correspondientes; la creación de un sistema especial de ingreso a la ES; práctica profesional incluida en 4° medio.
10. Que en 1998, los 349.142 estudiantes de ETP representaban el 45,1% de la matrícula en enseñanza media, mientras que el 2006, los 395.406 estudiantes en ETP constituían un 37,9% de la matrícula total en la enseñanza media. En Chile existen 945 colegios de ETP. El 65% de la matrícula de esos establecimientos corresponde a estudiantes integrantes de familias que provienen de los dos quintiles de menores ingresos; el porcentaje llega a 83,5% si se le suma el tercer quintil
11. Que algunos resultados de diversos estudios realizados señalan que 5 años después de terminados los estudios, un 82% de los egresados había hecho la práctica profesional y un 69% había obtenido el título de técnico de nivel medio, un 80% estaba trabajando (sólo un 5% con salario mínimo), y un 30% estaba realizando o había efectuado estudios superiores.
12. Que la desregulación de los años 80 produjo un crecimiento exagerado e inorgánico de especialidades en la ETP con una gran diversificación de planes y programas de estudio donde la innovación lograda fue escasa, ya que pesó más el uso de los recursos humanos y materiales disponibles que su adecuación al desarrollo regional y su relevancia para los alumnos.
El Senado acuerda:
Solicitar al Ministro de Educación, Felipe Bulnes, que en relación a la Educación Técnica Profesional pueda considerar la adopción de las siguientes medidas:
1. Que se atiendan, en general, las demandas planteadas por la Asamblea Coordinadora de Estudiantes de Liceos Técnico Profesionales, prestando especial consideración a los temas de equipamiento y condiciones para las prácticas profesionales y reemplazos laborales.
2. Que, particularmente, se garantice que el acceso y la admisión a la Educación Superior de estudiantes en posesión de un título técnico-profesional será sin la exigencia del requisito de rendición de la PSU.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- José Antonio Gómez Urrutia, Senador.- Jaime Quintana Leal, Senador.
10.PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES NAVARRO, GÓMEZ Y QUINTANA, RELATIVO A LA PREVENCIÓN DEL TRAUMA ACÚSTICO EN LA POBLACIÓN JUVENIL (S 1421-12)
Considerando:
1. Que de acuerdo a un reciente estudio realizado por la Escuela de Fonoaudiología de la Universidad Andrés Bello, cuyos resultados son coincidentes con otras investigaciones previas, alertan acerca de que el 42,5% de los estudiantes universitarios presenta un trauma acústico debido al uso de reproductores de música, por mucho tiempo y a un volumen muy alto.
2. Que según las cifras del citado estudio, que evaluó a un grupo de estudiantes universitarios de entre 18 y 25 años, casi la mitad de los jóvenes sometidos a exámenes presentó un trauma acústico en la frecuencia de los 6.000 Hz.
3. Que de acuerdo a los antecedentes del estudio el oído es sensible a las frecuencias de sonido que van entre los 20 y los 20.000 Hz. El estudio específica que los 6.000 Hz. Es la frecuencia que se altera al escuchar música y que la frecuencia de 4.000 bHz en cambio es la que se ve más afectada por el ruido laboral.
4. Que el trauma acústico es la disminución del umbral de audición debido a un ruido que supera los niveles considerados normales, que es sobre los 80 decibeles (una conversación oscila en torno a los 50 decibeles). Aunque esta pérdida de audición puede ser momentánea, y se recupere a los dos o tres días, también puede volverse crónica cuando la exposición al ruido es continua y prolongada en el tiempo.
5. Que según el estudio de la UNAB el 37,5% de los encuestados dijo escuchar música a un volumen elevado (75% o más del volumen máximo del reproductor), un promedio de más de dos horas al día (60% de los entrevistados). A eso hay que sumar que el 72,5% comenzó a usar un reproductor de música hace más de tres años.
6. Que los datos proporcionados por esta investigación concuerdan con otro denominado “Estudio sobre la audición de la población chilena”, realizado por la empresa CAES en 2010, en el que se advierte que el 38% de los jóvenes reconoce escuchar música a un volumen alto, mientras que el 12,4% lo hace a un nivel muy alto.
7. Que un gran inconveniente para crear conciencia es que, al principio, el daño no es perceptible, pues se estima que el daño se hace evidente recién pasados los 35 años. De hecho se reconoce que ya estamos existen niveles de hipoacusia (disminución auditiva) y presbiacusia (pérdida de la audición asociada al paso de los años) a edades menores, en personas de 40 o 45 años, probablemente debido a su exposición a aparatos de reproducción de música en su juventud.
8. Que otro estudio, desarrollado el año pasado por el Departamento de Otorrinolaringología de la Universidad Católica, concluye que uno de cada tres jóvenes de entre 16 y 26 años, están expuestos a niveles no recomendables de ruido por usar MP3, IPod o celulares para escuchar música.
9. Que cuando esta exposición a música a alto volumen además ocurre en ambientes ruidosos, como el Metro, la micro o la calle, el volumen suele aumentar. Los estudios señalan que el 80% de los jóvenes dijo escuchar música en esos sitios.
10. Que a lo anterior se suma el hecho de que tres cuartas partes de los encuestados dijo escuchar música considerada ruidosa, estimándose que alcanzan promedios mayores a los 110 decibeles.
11. Que para reducir el riesgo de problemas auditivos, los especialistas aconsejan escuchar música a no más del 75% del volumen del reproductor, por períodos cortos y usando audífonos supraauriculares (con cintillo), que se ha visto son menos dañinos que los intraauriculares, pues disminuyen la intensidad del sonido en 12 decibeles y atenúan mejor el ruido ambiental.
El Senado acuerda:
Solicitar al Sr. Presidente de la República, Sebastián Piñera, pueda instruir al Sr. Ministro de Salud, Jaime Mañalich, para que teniendo a la vista los resultados de los diferentes estudios y mediciones sobre el impacto del uso de reproductores de música y otros, especialmente entre los jóvenes, pueda disponer la realización de campañas educativas preventivas de hipoacusia, presbiacusia y de traumas acústicos que junto con reducir el aumento actual del número de casos, permita reducir los impactos futuros en la vida laboral, en la calidad de vida y en la salud de muchos de ellos.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- José Antonio Gómez Urrutia, Senador.- Jaime Quintana Leal, Senador.
11. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑOR BIANCHI, SEÑORA PÉREZ SAN MARTÍN Y SEÑORES CHAHUÁN, GARCÍA, GARCÍA-HUIDOBRO, HORVATH, MUÑOZ ABURTO, PROKURICA, RUIZ-ESQUIDE Y WALKER (DON IGNACIO), SOBRE MEJORAMIENTO DE PRESTACIONES DE SALUD DEL PERSONAL EN RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS (S 1422-12)
La Ley 16.258 del año 1965 estableció en su artículo 9 el denominado Fondo de Revalorización de Pensiones de la Fuerzas Armadas, como un Fondo destinado a compensar el deterioro de las pensiones a causa de la desvalorización monetaria y reliquidarlas de acuerdo a las disposiciones establecidas en la misma ley.
Dicho Fondo es financiado según el artículo 10 de la misma ley con un una imposición del 0,5% establecido sobre los sueldos, salarios, pensiones de retiro y montepíos del personal afecto a la caja de Previsor de la Defensa Nacional.
Luego de más de 50 años del establecimiento de dicho fondo, muchos cambios legislativos al sistema de pensiones existente en nuestro país, han cambiado totalmente las condiciones que motivaron la creación del fondo de revalorización de pensiones.
Una muestra clara de ello está en el hecho que la mayoría de los artículos de la ley 16.258 han sido expresamente derogados por leyes posteriores, en especial por el Decreto con fuerza de Ley número 4 de 1968.
Respecto a lo anterior el hecho más relevante que ha transformado en totalmente inútil el denominado fondo y a los descuentos que se realizan para financiarlo es el mecanismo de reajustabilidad automática de las pensiones según la variación experimentada por el índice de Precios del Consumidor (IPC), establecido por el Decreto Ley 2.547 de 1979.
Todos estos antecedentes han dado lugar a la teoría de la derogación tácita de las disposiciones que crearon dicho Fondo, así como también del artículo que establece el descuento del 0,5 %.
Sin embargo, dicho descuento se continúa efectuando sobre todo en las pensiones de retiro y montepíos del personal afecto a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
Este irregular y perjudicial descuento, provocó que el actual Presidente de la República comprometiera en su campaña presidencial, en sus “propuestas para el sector pasivo de la Defensa Nacional” la derivación del actual descuento del 0,5% al financiamiento de las prestaciones de salud que recibe el personal en retiro de las Fuerzas Armadas.
Toda esta modificación requiere de un proyecto de ley que cumpla dichos fines por lo que mediante este proyecto de acuerdo solicitamos que:
Proyecto de acuerdo
Solicitar a S.E. Presidente de la República don Sebastián Piñera Echenique, el envío de un Proyecto de Ley que derogue el Artículo 10 de la Ley 16.258 y que destine los recursos existentes en el “Fondo de Revalorización de Pensiones” al mejoramiento de las prestaciones de Salud del personal en retiro de las Fuerzas Armadas.
(Fdo.): Carlos Bianchi Chelech, Senador.- Lily Pérez San Martín, Senadora.- Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- José García Ruminot, Senador.- Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Senador.- Antonio Horvath Kiss, Senador.-Pedro Muñoz Aburto, Senador.- Baldo Prokurica Prokurica, Senador.- Mariano Ruiz-Esquide Jara, Senador.- Ignacio Walker Prieto, Senador.
12.PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑOR BIANCHI, SEÑORA PÉREZ SAN MARTÍN Y SEÑORES CHAHUÁN, GARCÍA, GARCÍA-HUIDOBRO, HORVATH Y MUÑOZ ABURTO, REFERENTE A AMPLIACIÓN DE VIGENCIA DE LEYES SOBRE CASINOS MUNICIPALES (S 1423-12)
La ley 19.995, promulgada el año 2005 legisló sobre normas para el establecimiento y operación de casinos privados introduciendo una serie de modificaciones al sistema de casinos existente hasta esa fecha en el país.
En primer lugar, mediante dicha ley se facultó a la Administración del Estado para otorgar hasta 24 permisos de operación en el país, no pudiendo establecerse más de 3 casinos por Región.
En segundo lugar, en las disposiciones transitorias de dicha ley se establece que el año 2015 se derogará las leyes que amparan el establecimiento de los casinos municipales.
Esta disposición transitoria ha sido interpretada por la Superintendencia de Casinos de Juego en el sentido de que, a partir de esa fecha caduca el derecho de esos municipios a tener casinos, por lo que las licencias podrán ser otorgadas a particulares.
Esta interpretación significaría para una ciudad como Viña del Mar, por ejemplo, que de cada $100 pesos que ingresan al casino, y de los cuales $50 pesos los percibe hoy como dueña del mismo, luego del año 2015 sólo podría aspirar a recibir $8 pesos -equivalente a la mitad del impuesto específico- los otros $8 pesos de impuesto específico irían al Gobierno Regional.
Con esta medida se produce, entonces, un caso de privatización regresivo, en que se toman recursos municipales afectando a finalidades públicas esenciales, para entregarlas gratuitamente a un particular que se quedaría con, al menos, $34 pesos de cada $100 que se ingresa a un casino como el de Viña del Mar.
El modelo de casinos Municipales ha tenido en nuestro país, desde el año 1928, dos importantes funciones y hasta la fecha han traído una serie de beneficios sociales para las comunas en las que están emplazados por lo que claramente con la caducidad de su derecho a tener casinos habrá un perjuicio económico de una magnitud enorme para ciudades como Iquique: Viña del Mar, Coquimbo y Puerto Natales, que debido a esta norma transitoria perderán, sin duda, su reconocido protagonismo turísticos y más grave aún que eso, la importante función de proveer servicios sociales municipales perderá un importantísimo apoyo, que de seguro afectará de manera importante a la población de menores ingresos.
Por las razones anteriores es que este Senado acuerda:
PROYECTO DE ACUERDO
Solicitar a S.E. el Presidente de la República, don Sebastián Piñera Echenique, el envío de un Proyecto de Ley que modifique el artículo 3° transitorio de la ley número 19.995 ampliando hasta el año 2030 el plazo máximo de vigencia de las leyes que amparan el establecimiento de casinos municipales.
(Fdo.): Carlos Bianchi Chelech, Senador.- Lily Pérez San Martín, Senadora.- Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- José García Ruminot, Senador.- Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Senador.- Antonio Horvath Kiss, Senador.-Pedro Muñoz Aburto, Senador.