Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
ENMIENDA A CÓDIGO PROCESAL PENAL EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DE DERECHOS DE IMPUTADOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- DEBATE
-
REGULACIÓN DE USO DE PABELLÓN PATRIO
- ANTECEDENTE
- DEBATE
-
FACILITACIÓN DE DEFENSA DE INTERESES COLECTIVOS Y DIFUSOS Y OBLIGATORIEDAD DE CONCILIACIÓN
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- DEBATE
-
NULIDAD DE DESPIDOS PARA RECONTRATACIÓN DE TRABAJADORES POR UNA REMUNERACIÓN INFERIOR
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ximena Rincon Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Carlos Ignacio Kuschel Silva
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
-
ACCESO DE CONGRESO NACIONAL A INFORMACIÓN EN MATERIA PRESUPUESTARIA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Carlos Anibal Larrain Pena
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Gomez Urrutia
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Carlos Anibal Larrain Pena
- INTERVENCIÓN : Ricardo Lagos Weber
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- DEBATE
-
PERMISO A PADRES O A CUIDADORES DE MENORES DISCAPACITADOS PARA AUSENTARSE DE TRABAJO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ximena Rincon Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- DEBATE
-
EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN REGIÓN DE LOS RÍOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
-
ENMIENDA A CÓDIGO PROCESAL PENAL EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DE DERECHOS DE IMPUTADOS
- VI.
TIEMPO DE VOTACIONES
- CREACIÓN DE ÁREA MARINA PROTEGIDA EN ARCHIPIÉLAGO JUAN FERNÁNDEZ. PROYECTO DE ACUERDO
- VALORACIÓN DE PROCESO DE CONSULTAS SOBRE INSTITUCIONALIDAD INDÍGENA. PROYECTO DE ACUERDO
-
PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Pedro Hector Munoz Aburto
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Rincon Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Rincon Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Rincon Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Rincon Gonzalez
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- 8. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LARRAÍN FERNÁNDEZ, CANTERO, ESPINA, QUINTANA Y ZALDÍVAR, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL PARA ASEGURAR LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN (7867-04)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Hernan Larrain Fernandez
- Carlos Cantero Ojeda
- Alberto Espina Otero
- Jaime Quintana Leal
- Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 9. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR CHAHUÁN, SEÑORA VON BAER Y SEÑORES LAGOS, NAVARRO Y QUINTANA, CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 20.272, RESPECTO DE MONUMENTO EN MEMORIA DE SU SANTIDAD JUAN PABLO II (7868-04)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Ena Von Baer Jahn
- Ricardo Lagos Weber
- Alejandro Navarro Brain
- Jaime Quintana Leal
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 10. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES NAVARRO, GÓMEZ, LAGOS Y QUINTANA, RELATIVO A LA RATIFICACIÓN DEL CONVENIO N° 79 DE LA OIT, SOBRE EL TRABAJO NOCTURNO DE LOS MENORES (S 1394-12)
- AUTOR PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Ricardo Lagos Weber
- Jaime Quintana Leal
- AUTOR PROYECTO DE ACUERDO
- 8. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LARRAÍN FERNÁNDEZ, CANTERO, ESPINA, QUINTANA Y ZALDÍVAR, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL PARA ASEGURAR LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN (7867-04)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 359ª
Sesión 44ª, en martes 16 de agosto de 2011
Ordinaria
(De 16:32 a 19:26
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES GUIDO GIRARDI LAVÍN, PRESIDENTE,
Y JUAN PABLO LETELIER MOREL, VICEPRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR, Y
JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités.................................¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre derecho a defensa de los imputados (7854-07) (se aprueba en general y en particular)....................................
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, relativo al uso del pabellón patrio (7273-06, 7095-06 y 7195-06, refundidos) (se aprueba la enmienda).......................
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, relativo al procedimiento aplicable para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores (7256-03) (se aprueban las modificaciones).............................
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre nulidad de despidos realizados para recontratar a un trabajador por una remuneración inferior (7633-13) (vuelve a la Comisión de Trabajo para un nuevo informe)...............................
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre información al Congreso Nacional en materia presupuestaria (7414-05) (se aprueba en particular)................
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede permiso a las madres de hijos discapacitados para ausentarse del trabajo (6725-13) (se aprueba en general y en particular)...............................................................
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, en materia de explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos (7575-03) (queda aplazada la votación).................................................................................
VI. TIEMPO DE VOTACIONES:
Creación de área marina protegida en archipiélago Juan Fernández. Proyecto de acuerdo (S 1392-12) (se aprueba)....................................................
Valoración de proceso de consultas sobre institucionalidad indígena. Proyecto de acuerdo (S 1393-12) (queda aplazada la votación)..................................
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Larraín Peña, Carlos
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Muñoz Aburto, Pedro
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Tuma Zedan, Eugenio
--Von Baer Jahn, Ena
--Uriarte Herrera, Gonzalo
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrió, además, el Ministro Secretario General de la Presidencia , señor Cristián Larroulet Vignau.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario , el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:32, en presencia de 35 señores Senadores.
El señor GIRARDI (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Las actas de la sesiones 41ª y 42ª, ambas ordinarias, en 9 y 10 de agosto del presente año, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor GIRARDI (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Dos de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero comunica, con relación al proyecto de ley sobre violencia escolar (boletín N° 7.123-04), que no hará uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política.
--Se toma conocimiento y se mandó comunicar al Excelentísimo Tribunal Constitucional.
Con el segundo hace presente la urgencia, calificada de "suma", acerca del proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables señor Espina, señora Alvear y señores Gómez, Larraín Fernández y Walker, don Patricio, sobre derecho a defensa de los imputados (boletín N° 7.854-07).
--Queda presentada la urgencia y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Oficios
Cuatro de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que prestó su aprobación, con la enmienda que indica, al proyecto de ley relativo al uso del pabellón patrio (boletines N°s 7.273-06, 7.095-06 y 7.195-06, refundidos) (con urgencia calificada de "suma").
--Queda para tabla.
Con los tres últimos comunica que aprobó los asuntos que se señalan a continuación:
1.- Proyecto que modifica la ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, con el objeto de promover las presentaciones de música en vivo (boletín N° 7.449-11) (con urgencia calificada de "suma").
--Pasa a la Comisión de Salud.
2.- Proyecto que modifica los incisos primero y segundo del artículo 50 de la ley N° 19.712, del Deporte, en la forma que indica (boletines N°s 3.455-04, 4.522-29, 4.783-29, 4.871-29, 5.519-29, 6.143-04, 7.230-29 y 7.378-29, refundidos) (con urgencia calificada de "simple").
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
3.- Proyecto de ley que crea circunscripción senatorial de la Región de Arica y Parinacota (boletín N° 7.260-06).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y a la de Hacienda, en su caso.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Remite copia autorizada de las resoluciones dictadas en las acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 38, 38 bis y 38 ter de la ley N° 18.933; 2° de la ley N° 20.015; 199 del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2005; 88 de la ley N° 16.744; 36 B, letra a), de la ley N° 18.168, y 15 y 18 de la ley N° 18.858.
--Se toma conocimiento y se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores:
Da respuesta a acuerdo del Senado, adoptado a proposición de los Honorables señores Prokurica, García, Bianchi, Cantero, Chahuán, Gómez, Horvath, Larraín Peña, Orpis y Rossi, sobre promulgación por el Gobierno de la República de Bolivia de una ley sobre saneamiento de vehículos (boletín Nº S 1.371-12).
Del señor Ministro de Economía , Fomento y Turismo:
Responde solicitud de información, remitida en nombre del Honorable señor Navarro, relativa a la venta por la Corporación de Fomento de la Producción de un paquete accionario de Aguas Andinas S.A.
Del señor Ministro de Agricultura :
Da respuesta a petición de antecedentes, cursada en nombre del Honorable señor Horvath, respecto a medidas para evitar la desafectación y venta de las hijuelas San Francisco y Las Casas, comprendidas en la reserva nacional Lago Peñuelas.
Del señor Subsecretario de Vivienda y Urbanismo:
Atiende solicitud de información, requerida en nombre del Honorable señor Muñoz Aburto, sobre motivos para excluir de la entrega de subsidios de aislamiento térmico a los vecinos del sector Natales Antiguo.
Del señor Alcalde de la Municipalidad de Tomé:
Entrega información de obras realizadas y planes de inversión para mantenimiento y conservación de caminos que unen las localidades de Pellín, Chupallar y Menque, de la citada comuna, solicitada en nombre del Honorable señor Navarro.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones (boletín N° 4.991-15) (con urgencia calificada de "suma").
Dos de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaídos en los siguientes asuntos:
1.- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables señor Ruiz-Esquide, señora Alvear y señores Muñoz Aburto y Pizarro y del entonces Senador señor Vásquez, en primer trámite constitucional, que instituye el 27 de septiembre de cada año como "Día del Dirigente Sindical" (boletín N° 6.728-13).
2.- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo, en materia de descuentos a las remuneraciones para fines educacionales (boletín N° 6.880-13).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Honorables señores Larraín Fernández, Cantero, Espina, Quintana y Zaldívar (don Andrés), con la que inician un proyecto de reforma constitucional para asegurar la calidad de la educación (boletín N° 7.867-04).
De los Honorables señor Chahuán, señora Von Baer y señores Lagos, Navarro y Quintana, con la que dan inicio a un proyecto que modifica la ley N° 20.272, respecto de monumento en memoria de Su Santidad Juan Pablo II (boletín N° 7.868-04).
--Pasan a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Proyecto de acuerdo
De los Honorables señores Navarro, Gómez, Lagos y Quintana, relativo a la ratificación del Convenio N° 79 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre el trabajo nocturno de menores (boletín Nº S 1.394-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria respectiva.
Comunicación
Del Honorable señor Bianchi, mediante la cual retira su firma de los siguientes asuntos:
1.- Proyecto de acuerdo referido a las consultas indígenas en el marco del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (boletín Nº S 1.391-12).
2.- Proyecto de acuerdo sobre consulta y participación indígena en el marco del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (boletín Nº S 1.393-12).
--Se toma conocimiento.
El señor GIRARDI (Presidente).- Terminada la Cuenta.
Tiene la palabra el señor Secretario para dar a conocer los acuerdos de Comités.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- En reunión celebrada el día de hoy, los Comités acordaron lo siguiente:
1.- Retirar de la tabla de la presente sesión ordinaria el proyecto signado con el número 8 en el Orden del Día, esto es, el que crea el Servicio Nacional Forestal.
2.- Que se traten en esta oportunidad, como si fueran de Fácil Despacho, el proyecto signado con el número 3, sobre derecho a defensa de los imputados, y el relativo al uso del pabellón patrio.
3.- Retirar del Tiempo de Votaciones el proyecto de acuerdo signado con el número 1, referido a las consultas indígenas en el marco del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
4.- Colocar en el primer lugar de la tabla de la sesión ordinaria de mañana, miércoles 17 de agosto, el proyecto de ley sobre requisitos de funcionamiento de universidades no estatales, en relación con el lucro.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA.- Señor Presidente , quisiera preguntar, en relación con los acuerdos de Comités, cuál es el proyecto retirado del Tiempo de Votaciones, porque son dos los que dicen relación con la consulta a los pueblos originarios: el número 1 pide suspenderla y el número 3 -suscrito por el Senador que habla, entre otros- apunta a valorarla y agilizarla.
Y lo planteo, además, porque concurrí a la reunión de Comités del martes recién pasado precisamente para pedir que quedara nula la votación del primero de ellos, ya que, en mi opinión, se encuentra viciada. En efecto, aparezco pronunciándome en circunstancias de que no estuve en la Sala, sino en la Comisión de Economía, debidamente autorizada para sesionar simultáneamente. Tengo de testigos a su Presidente , el Senador señor Zaldívar, y a mis Honorables colegas Tuma, Pérez Varela y Espina. Mal podría haber estado en dos partes al mismo tiempo. Sobre la base de ese vicio, la unanimidad de los Comités presentes resolvió que se pusiera nuevamente en votación el proyecto de acuerdo.
En consecuencia, señor Presidente , deseo saber, en primer lugar, cuál es aquel que se saca del Tiempo de Votaciones, y en seguida, cuál es la razón de ello, por supuesto.
Gracias.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Efectivamente, Su Señoría, el que se excluye de la tabla es el número 1 y se votará el que usted suscribe.
Lo que sucede es que hoy día, en la reunión de Comités, varios Senadores formularon una objeción al proceder registrado en la anterior por lo que usted había señalado y solicitado con el compromiso de consultar a quienes presentaron el proyecto de acuerdo acerca de la posibilidad de retirarlo para que ahora se volviera a votar.
Varios Comités y quienes plantearon el texto discreparon de ello y manifestaron -así lo defendieron los Honorables señores Zaldívar y Gómez, a los que les daré la palabra en seguida- que no correspondía que una sesión de Comités revisara una votación de la Sala; que existía un procedimiento y que la verificación se debía hacer en el momento inmediato del acto, pero que no era pertinente que en esa otra instancia se cumpliera tal función y se anulara ya sea un proyecto de acuerdo o de ley.
Esas fueron las razones que se tuvieron en cuenta.
Voy a ofrecer la palabra sobre el particular a los Senadores señora Allende y señores Gómez, Muñoz Aburto, Quintana y Zaldívar.
La señora ALLENDE.- Discúlpeme, señor Presidente , pero no me voy a referir a esa materia, porque la tratamos en Comités y será abordada por mi Honorable colega Gómez.
Me inscribí para intervenir porque se comunicó de manera incompleta el acuerdo en cuanto a retirar del Orden del Día el proyecto que crea el Servicio Nacional Forestal, respecto del cual pedí especialmente que se viera una semana después de la semana regional próxima. Por lo tanto, cabría que quedara en tabla para el 8 de septiembre, lo que fue determinado hoy día en Comités -repito- ante una petición expresa de mi parte.
Quería solicitar, entonces, que se ampliara la información para que tuviéramos claro cuándo nos ocuparemos de la iniciativa.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- El señor Secretario General explicará el punto.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Efectivamente, la iniciativa se retiró del Orden del Día conforme a lo acordado, sin dejarla para el martes 30 del mes en curso, sino con la fecha abierta, y el señor Presidente verá oportunamente, en el ejercicio de sus facultades, cuándo se incorporará a la tabla.
La señora ALLENDE.- Creí que se había fijado el 8 de septiembre para tal efecto.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Quedamos de mantener una comunicación con el señor Ministro justamente por los planteamientos que usted hizo, señora Senadora , a fin de determinar en qué momento se discutirá el proyecto.
La señora ALLENDE.- Solo quisiera ratificar algo que también hice presente: que ello no sea inmediatamente después del período señalado, porque deseo que se celebren al menos una o dos sesiones de Comisiones unidas antes de debatir el asunto en la Sala.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Los Comités acordaron hacerle esa sugerencia al señor Ministro .
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , me gustaría dividir en dos aspectos lo referido al proyecto de acuerdo.
Uno de ellos es la cuestión puntual planteada por el Senador señor García, en el sentido de haber expuesto en Comités que apareció votando sin encontrarse en la Sala. Ese es un hecho grave y que deberá ser investigado, porque, sin duda, si lo dice -y no tengo por qué no creerle-, significa que existe un sistema vulnerable y que será preciso corregir, además de considerarse el caso en particular.
Lo que sí deseo subrayar es que la anulación de una decisión soberana de la Sala por los Comités no se halla establecida en ningún artículo del Reglamento ni en ninguna norma legal. Así como se podría pensar que la votación es nula, cualquier Senador perfectamente podría ir después a las reuniones que ellos celebraran y expresar: "No me pronuncié y aparezco haciéndolo, y quiero anular la votación del proyecto de ley". Ello generaría un muy grave problema de precedentes.
Por eso, al margen del punto en particular, me parece que el Senado tiene que tomar la decisión dispuesta por su propio Reglamento. El artículo 177 expresa:
"Una vez anunciado por el Secretario el resultado de la votación, el Presidente procederá a proclamarla.
"No procederá reclamo alguno después de proclamada la votación.".
Repito que, al margen de la situación particular, que creo que debe ser investigada, me parece que si llegamos a darles a los Comités facultades para resolver por una mayoría circunstancial en la que varios podemos no participar, significa que se abriría la posibilidad de anular votaciones de la Sala, lo que no se encuentra contemplado en el Reglamento y estimo -y por eso se determinó que no podía ser así- irregular.
Distinta es la presentación de un nuevo proyecto de acuerdo, como el incluido en el Tiempo de Votaciones de hoy, suscrito por los Senadores señor Espina, señoras Pérez San Martín y Von Baer, y señores Cantero, Chahuán, Coloma, García, Horvath, Kuschel, Larraín Fernández, Orpis, Pérez Varela y Prokurica, sobre consulta y participación indígena en el marco del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Atendido lo anterior, ese texto se tendrá que votar. Se aprobará o no conforme a la mayoría en el Hemiciclo. Pero el proyecto anterior ya fue enviado, además, al Presidente de la República , en comunicación oficial, por oficio Nº 1026, de 3 de agosto de 2011. O sea, el Senado haría el papelón de decirle: "Es preciso que se devuelva lo que aparece aprobado por la Sala, porque no corresponde a lo que se definió", en circunstancias de que no es así.
Existe, entonces, un proyecto de acuerdo presentado por los señores Senadores que mencioné, el cual se tendrá que votar, hoy o el día que proceda para tal efecto. Se acogerá o rechazará y se enviará o no al Primer Mandatario.
Las normas que nos rigen y tanto las legales como las constitucionales impiden un acto de nulidad del texto aprobado por la Sala, más aún si a un Comité le corresponde una representatividad parcial, en este caso. Estimo que, para los efectos del proceso futuro del Senado, sería un precedente muy grave. Por lo tanto, se consideró, ante lo que discutimos hoy día, que el otro proyecto fue aprobado por la mayoría establecida en ese minuto, y, en ese caso, el Senador señor García tendrá que ser omitido de la votación. Pero un acuerdo de la Sala no puede ser anulado.
Gracias.
)----------(
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente , no me referiré a la Cuenta, pero deseo exponer el punto que consigno a continuación.
Como integrante de la Comisión de Trabajo, solicito que esta vea el proyecto que está discutiendo la Comisión de Salud sobre la eliminación del descuento del 7 por ciento a los pensionados, porque aquellos correspondientes a CAPREDENA, DIPRECA y exonerados que no se consideran en la iniciativa pidieron ser escuchados. Y como esto no será posible en la Comisión de Salud, queremos entrevistarnos con ellos en la de Trabajo.
Gracias, señor Presidente.
La señora ALLENDE.- Está bien.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
La señora ALLENDE.- Tiene que solicitar el acuerdo de la Sala, señor Presidente.
El señor NAVARRO.- Presidente,...
La señora ALLENDE.- ¿En qué quedó la petición recién formulada?
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Allende.
La señora ALLENDE.- Señor Presidente , el Senador Muñoz Aburto presentó una solicitud formal, y la Mesa debe recabar el acuerdo de la Sala al respecto.
Yo encuentro razonable que la iniciativa en comento pase a la Comisión de Trabajo, con el objeto de que sean escuchadas las organizaciones mencionadas por él.
Eso deseaba manifestar.
El señor GIRARDI (Presidente).- Si le pareciera a la Sala, procederíamos de esa forma.
El señor RUIZ-ESQUIDE.- ¡No!
El señor GIRARDI ( Presidente ).- No hay acuerdo.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente , creo que la Mesa podría requerir a los Comités una resolución sobre dónde se pueden enviar los proyectos que se encuentran en discusión.
Ya existe un acuerdo para que la referida iniciativa sea vista por la Comisión de Salud a las 17:30. Y ahora, intempestivamente, se ha pedido un cambio de organismo técnico para discutir un tema que es estrictamente...
El señor GIRARDI ( Presidente ).- No, señor Senador, que vaya después a la Comisión de Trabajo.
El señor RUIZ-ESQUIDE.- Entonces, quiero saber qué se resolvió.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Excúseme, señor Senador.
Se ha solicitado que dicho proyecto, luego de ser visto por la Comisión de Salud, sea conocido por la de Trabajo.
Esa fue la petición concreta.
El señor RUIZ-ESQUIDE.- Ello no quedó tan claro, a mi entender.
En todo caso, vuelvo a reiterar que se trata de una materia relativa a salud, y nada tiene que ver el hecho de que algunos Senadores deseen entrevistarse con determinadas personas o ver el asunto en la Comisión de Trabajo. Porque la verdad es que así continuará pasando por una seguidilla de Comisiones y terminará informándose tardíamente.
Gracias.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Antes de ofrecer la palabra a los Senadores Navarro y Quintana, quiero expresar lo siguiente.
Tenemos una dificultad: la iniciativa en comento tiene "discusión inmediata". Y el Ejecutivo deberá evaluar si cambia o no tal calificación, pues de lo contrario no alcanzará a trabajar en ella la Comisión de Salud, ya que el plazo vence hoy.
Ante esa situación puntual, dicho órgano técnico tendrá que funcionar, probablemente, en paralelo con la Sala, motivo por el cual recabo la autorización para tal efecto, a partir de las 17:30.
--Se autoriza.
)---------------------(
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , el 3 de agosto pasado la Sala aprobó un proyecto de acuerdo en que se solicitaba al Ejecutivo el cumplimiento de las normas internacionales respecto de la consulta previa a los pueblos originarios; la suspensión de una irregular -a mi juicio- consulta indígena, y la derogación inmediata del Decreto Nº 124, de 2009, que reglamenta esta materia.
El documento aprobado apuntaba a corregir un proceso anómalo, que, de proseguir, podría provocar graves conflictos. Sin embargo, un grupo de Senadores de Derecha exigió la anulación de lo acordado y presentó un nuevo texto que otorga respaldo a la cuestionada consulta indígena gubernamental.
El proyecto de acuerdo original fue propuesto por Senadores de Oposición, acogiendo el llamado de decenas de organizaciones de pueblos indígenas y las recomendaciones del Instituto Nacional de Derechos Humanos respecto al imperativo del Estado de Chile en orden a cumplir las normas internacionales sobre consulta previa a los pueblos originarios y a la constatación empírica de que tales disposiciones no se respetan en la llamada "Gran Consulta Indígena", impulsada por el Ministerio de Planificación.
Debo señalar que el año 2009 le planteé ese mismo argumento a un Gobierno de distinto signo, haciendo presente la inconstitucionalidad del mecanismo de consulta utilizado,...
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Disculpe, señor Senador, pero como estamos viendo algo relativo al Tiempo de Votaciones , le pido...
El señor NAVARRO.- Precisamente por lo mismo, señor Presidente.
El señor LETELIER (Vicepresidente).-... que se remita al punto, pues lo que se informó fue que un grupo de Senadores presentó un nuevo proyecto de acuerdo al respecto.
El señor NAVARRO.- Me referiré a ese asunto.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Solo quiero entregar una información.
El proyecto de acuerdo aprobado válidamente la semana pasada ya fue enviado al Ejecutivo. Por eso, solicito no adelantar la discusión respecto del presentado por otros señores Senadores.
El señor NAVARRO.- Termino inmediatamente, señor Presidente .
La iniciativa antes citada se aprobó por 12 votos a favor y 6 en contra. El Senador García pidió la nulidad de la votación.
En definitiva, podríamos experimentar un chascarro internacional de proporciones. Porque, de aprobarse el texto que propone la Derecha, habría dos proyectos de acuerdo completamente contradictorios. Y eso no habla bien de la seriedad del Senado. Hubo posibilidad para defender la línea opuesta el 3 de agosto. No se hizo, y mediante un resquicio legal se intenta revertir lo obrado.
Yo solo quiero llamar a la cordura. Porque, si se acogiera lo ahora sugerido -no sé qué mayoría tendremos al momento de la votación-, se presentaría un problema grave.
He dicho.
¡Patagonia sin represas!
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Quintana, y luego pasaremos al Orden del Día.
El señor QUINTANA.- Señor Presidente , en la misma línea de lo recién planteado, debo señalar que soy uno de los autores del proyecto de acuerdo en comento, y, por lo tanto, en uso de mis atribuciones legales y reglamentarias, he pedido su retiro del Tiempo de Votaciones -todavía aparece en el número 1-, por las razones dadas por los Senadores Gómez y Navarro en orden a que los Comités carecen de competencia para declarar nula una votación.
Incluso más: el voto en cuestión tampoco influye en el resultado final. Porque es importante recordar que en la sesión 40ª, del 3 de agosto, el resultado de la votación de la iniciativa, que presentamos junto a los Senadores Tuma, Escalona, Navarro, Sabag, Muñoz Aburto, Lagos, Letelier, Girardi, señoras Alvear, Rincón y Allende y señores Rossi y Patricio Walker, fue de 12 votos a favor y 6 en contra, por lo que no tendría incidencia que estos quedaran en 5.
Quiero insistir en que estaríamos sentando un pésimo precedente si por la vía de los Comités se pudieran anular votaciones relacionadas con proyectos de ley o de reforma constitucional. Me parece que ese no es el propósito y que su decisión no se apega al Reglamento.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Disculpe, señor Senador.
Por última vez me referiré a este asunto.
La votación llevada a cabo la semana antepasada es válida. No se halla en discusión ese punto. Así que pido no repetir los argumentos en tal sentido.
El día en que ella se verificó hubo problemas con el sistema electrónico de votación, que presentó varias fallas.
Lo único que se ha planteado es el retiro del proyecto de acuerdo consignado con el número 1 del Tiempo de Votaciones, porque ya fue votado y aprobado. Además, se informó que algunos Senadores presentaron otra iniciativa sobre la materia.
Debemos entrar al Orden del día, donde tenemos que tratar dos proyectos como si fueran de Fácil Despacho.
Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente , considero positivo ir aclarando los temas y terminando las discusiones respectivas.
Acá se plantearon dos asuntos completamente distintos, por lo que resulta necesario tomar las resoluciones pertinentes a partir de lo propuesto por los señores parlamentarios.
En primer término, es preciso formular algunas aclaraciones respecto del proyecto de acuerdo a que se hizo alusión: una iniciativa similar fue rechazada en una primera votación; al día siguiente se presentó otra concerniente a la misma materia, se incluyó sobre tabla y resultó aprobada, sin saber los señores Senadores que iba a ser votada en esa sesión. Además, en tal ocasión se registraron problemas con el sistema computacional.
Por lo tanto, hay que ser categórico sobre el particular. Es bueno aclarar lo ocurrido.
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El señor CHAHUÁN.- En segundo lugar, con respecto a la solicitud de los Senadores señora Allende y señor Muñoz Aburto para que el proyecto sobre eliminación del 7 por ciento de cotización de salud a los jubilados también sea visto por la Comisión de Trabajo, deseo señalar lo siguiente.
El Gobierno acogió el planteamiento de los pensionados de CAPREDENA y DIPRECA, y presentará una iniciativa distinta, separada, a los efectos de reducir el descuento que hoy los afecta. Esto incluso fue mencionado en el discurso del 21 de mayo...
La señora ALLENDE.- ¿Y los exonerados?
El señor CHAHUÁN.- Esa es otra materia.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Pido que se dirija a la Mesa, señor Senador.
El señor CHAHUÁN.- ¡Pero si están interrumpiéndome, señor Presidente!
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Le solicito...
El señor CHAHUÁN.- ¡O sea, para un solo lado, señor Presidente ...!
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Estoy pidiendo que podamos abocarnos al Orden del Día, Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.- ¡Mire para los dos lados...!
Lo que ocurrió fue que el Presidente de la Comisión de Salud , Senador señor Rossi, no puso en tabla el martes pasado un proyecto con "discusión inmediata": el relativo a la eliminación del descuento de 7 por ciento. Luego accedió a colocarlo en una sesión posterior, a las 17:30. Agradecemos que lo haya puesto en tabla.
En definitiva, lo que hoy corresponde es que la Comisión lo despache, conforme a la urgencia presentada por el Ejecutivo.
He dicho.
El señor ROSSI.- Pido la palabra.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Hay que pasar al Orden del Día.
El señor ROSSI.- Deseo hacer uso de mi derecho a vindicación, señor Presidente .
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ROSSI.- Señor Presidente , como fui aludido, quiero precisar que a la iniciativa mencionada el Gobierno le fijó urgencia de "discusión inmediata" el jueves pasado.
Gracias.
V. ORDEN DEL DÍA
ENMIENDA A CÓDIGO PROCESAL PENAL EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DE DERECHOS DE IMPUTADOS
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Conforme a lo acordado por los Comités, corresponde tratar como si fuera de Fácil Despacho el proyecto, iniciado en moción de los Senadores señor Espina, señora Alvear y señores Gómez, Hernán Larraín y Patricio Walker, en primer trámite constitucional, sobre derecho a defensa de los imputados, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7854-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Espina, señora Alvear y señores Gómez, Larraín (don Hernán), y Walker (don Patricio)):
En primer trámite, sesión 41ª, en 9 de agosto de 2011.
Informe de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 41ª, en 9 de agosto de 2011.
Discusión:
Sesión 42ª, en 10 de agosto de 2011 (queda para segunda discusión).
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- En la sesión anterior en que se trató, la iniciativa quedó para segunda discusión.
Su objetivo principal es fortalecer los derechos de la persona imputada de delito, precisando la oportunidad a partir de la cual el Estado debe proporcionarle un defensor y consignando una fórmula preestablecida para informarle sobre su derecho a guardar silencio y las consecuencias de su renuncia a él.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento discutió el proyecto en general y en particular, por ser de artículo único, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señora Alvear y señores Espina, Hernán Larraín y Patricio Walker). Con la misma votación lo aprobó también en particular.
Su texto, que modifica el Código Procesal Penal, se transcribe en las páginas pertinentes del primer informe de la Comisión.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- En la segunda discusión, tiene la palabra el Senador señor Escalona.
El señor ESCALONA.- Señor Presidente , en la sesión del miércoles recién pasado, solicité segunda discusión respecto de esta iniciativa.
En ese momento me llamó la atención que en menos de veinticuatro horas un proyecto de ley que regula una garantía fundamental fuera ingresado a trámite; luego, informado por una Comisión; después, puesto en discusión en general y en particular a la vez; y, posteriormente, tratado como si fuera de Fácil Despacho.
Reitero: todo ello en menos de veinticuatro horas.
Tras haber tenido la ocasión de estudiar la iniciativa y el informe de la Comisión de Constitución y de recibir la opinión de especialistas, he confirmado mi primera intuición: su texto presenta debilidades que deben corregirse, y de él surgen dudas que conviene aclarar.
En primer lugar, recordemos que, según sus autores, la idea de legislar del proyecto dice relación con cumplir el mandato constitucional en orden a fijar en la ley la oportunidad en que el Estado ha de proporcionar un abogado defensor al imputado de delito, sugiriendo que aquella sea el momento en que el imputado comparece ante el juez.
Sin embargo, tal punto parece encontrarse adecuadamente resuelto en las normas vigentes del Código Procesal Penal. En efecto, sus artículos 8°, 93 y 102 ya señalan clara y reiteradamente que "desde la primera actuación del procedimiento" o "desde los actos iniciales de la investigación" el imputado tendrá derecho a ser asistido por un defensor o a designar con libertad uno o más defensores.
Es decir, de acuerdo a lo anterior, la idea de legislar no está claramente justificada.
Antes que cumplir un mandato constitucional, pareciera que la iniciativa buscara más bien una reforma al Código Procesal Penal para retrasar el momento en que el imputado que carezca de recursos para contratar un abogado particular pueda exigir que la Defensoría Penal Pública asuma su defensa.
En segundo término, la fórmula concreta, o sea, la redacción sugerida por el informe, plantea que la obligación del Estado de proveer de defensor al imputado se hará exigible "a más tardar desde la primera audiencia judicial a la que comparezca".
Señor Presidente , no entiendo dicha redacción. ¿Se quiere decir a más tardar "en" la primera audiencia o "desde", esto es, "a partir" de la primera audiencia? Parece necesario aclarar este punto porque, lógicamente, la preposición "desde" alude al punto o tiempo en que comienza a contarse una cosa; en cambio, la expresión "a más tardar" denota el término del tiempo para hacer algo.
En tercer lugar, la segunda modificación propuesta por el informe elimina la función del Ministerio Público que obliga a esta entidad precisamente a solicitar al juez que se designe abogado defensor para el imputado que no lo posee.
Esa supresión parece ir en contra de la garantía constitucional aprobada hace pocas semanas. ¿Se debe o no designar abogado defensor para el imputado que no cuenta con uno? Si la respuesta es afirmativa, ¿por qué se elimina un camino obvio que la ley vigente contempla para ello?
La modificación que se propone aprobar parece ser contraria al objetivo central del proyecto.
Respecto de esta segunda enmienda, cabe destacar dos cuestiones adicionales.
Por una parte, ¿por qué se suprime una función de los fiscales sin siquiera consultar al Ministerio Público? ¿No convendría oír a este organismo antes de cercenarle una de sus obligaciones?
De otro lado, cabe también preguntarse si los parlamentarios tenemos iniciativa legislativa para eliminar funciones de entes públicos.
Desde otro punto de vista, estimo pertinente plantear una cuestión más de fondo.
La reforma constitucional aprobada hace pocas semanas, que introdujo un nuevo párrafo cuarto al N° 3º del artículo 19 de la Constitución Política para consagrar el derecho del imputado a contar con un abogado defensor, constituye un avance en el sistema de garantías de las personas. En cambio, pretender limitar el ejercicio de ese derecho a partir de cierto momento (realización de la primera audiencia judicial) ¿no significa, acaso, restringir la norma constitucional?
Considero que para proceder de esa forma es necesario modificar la propia Carta Fundamental, o al menos dictar una ley interpretativa en cuanto a tal punto.
De hecho, así lo planteó un grupo de Senadores en una moción que ingresó a trámite legislativo hace un par de semanas. Me refiero al proyecto de ley interpretativo de la Constitución, sobre derecho a defensa judicial (boletín N° 7.820-07).
Propongo, en consecuencia, que la iniciativa vuelva a la Comisión de Constitución para un mejor estudio. De esta manera, habrá oportunidad de conocer la opinión del Ministerio Público y el parecer del Poder Judicial. Aunque no es obligatorio consultar a este último, puede aportar mucho en una materia que dice relación con un punto central del funcionamiento de los tribunales...
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor ESCALONA.- ¿Me concede un minuto adicional, señor Presidente ? Me faltan dos párrafos.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Continúe, Su Señoría.
El señor ESCALONA.- Gracias.
No puedo terminar mi intervención sin formular una reflexión que estimo de la mayor importancia.
La persona imputada de delito, cuando es presentada ante el juez, tiene la posibilidad de controvertir la imputación; de demostrar su inocencia; de hacer valer pruebas; de contar con medios para defenderse; de enfrentar a la autoridad que, justamente, tiene como misión "decir el derecho".
En consecuencia, la irrenunciabilidad del derecho a disponer de un abogado defensor es más necesaria que nunca "antes" de comparecer ante el juez, "antes" de la realización de la primera audiencia judicial.
Por lo tanto, el proyecto que se nos propone aprobar se equivoca al establecer que la irrenunciabilidad se hace exigible solo "desde" el momento en que el imputado comparece ante el juez y no "desde antes" de que dicha comparecencia ocurra.
He dicho.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Antes de ofrecer la palabra -la iniciativa se está tratando como si fuera de Fácil Despacho-, hago presente que un Comité ha solicitado que el proyecto vaya a segunda discusión a la Comisión.
El señor LARRAÍN.- Eso ya se pidió.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Estoy informando acerca de lo que acaba de solicitar un Comité: un segundo primer informe.
El señor LARRAÍN.- No es lo mismo.
El señor COLOMA.- En efecto.
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El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Debo recabar autorización de la Sala para que la Comisión de Educación pueda sesionar simultáneamente con ella, a partir de las 19. A esta reunión se encuentran invitados rectores de diversas universidades.
--Así se acuerda.
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El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , lo que antes indujo a confusión fue haber señalado que se pidió segunda discusión.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Se solicitó enviar el proyecto a Comisión para segundo primer informe.
El señor LARRAÍN .- Así es.
Pero, ¿se pidió segunda discusión?
Me parece que corresponde votar la iniciativa.
Deseo aclarar lo mencionado por el Honorable señor Escalona , porque da la impresión de que hay un malentendido.
Efectivamente, como recuerda el señor Senador , la ley N° 20.516 modificó la Constitución Política, agregando un párrafo cuarto al numeral 3° del artículo 19, del siguiente tenor:
"Toda persona imputada de delito tiene derecho irrenunciable a ser asistida por un abogado defensor proporcionado por el Estado si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley.".
¡En la oportunidad establecida por la ley!
Entonces, queda claro que hay para el legislador el mandato constitucional de fijar ese trámite procesal, en el cual se hace exigible al Estado nombrar un abogado defensor para el imputado.
Si bien el Código Procesal Penal -como bien recordaba el Senador señor Escalona - establece el derecho del inculpado a que le dé asistencia un defensor público -lo que puede ejercerse desde el primer acto del procedimiento-, dicho Código no precisa el momento a partir del cual eso pasa a ser una obligación exigible al Estado, si este no ha designado a un defensor particular.
Por otra parte, el Senador antes nombrado citó el artículo 102 del mismo Código que, efectivamente, indica que el nombramiento del defensor "deberá tener lugar antes de la realización de la primera audiencia a que fuere citado el imputado".
Asimismo, ese cuerpo legal, antes de la mencionada reforma constitucional, ya contemplaba el plazo en el cual debería designarse al abogado defensor proporcionado por el Estado. Cabe recordar que la Carta Fundamental establecía el derecho a la defensa jurídica gratuita, y fijaba ¿por eso la reforma procesal penal va de la mano con la que creó la Defensoría Pública- el momento en que ese derecho debería cumplirse; esto es, en la primera audiencia.
Y la moción que considera la Sala sostiene que el nombramiento de un defensor tiene que ser "a más tardar desde la primera audiencia judicial a la que comparezca".
Es decir, estamos haciendo coherente el artículo 102 del Código Procesal Penal, en el sentido de que la designación debe tener lugar antes de realizarse la primera audiencia, con la norma que dice que el imputado tiene el derecho irrenunciable a ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado, a más tardar, desde la primera audiencia judicial a que comparezca.
En consecuencia, estamos fijando exactamente el mismo período. Sin embargo, eso no obsta a que la designación de un abogado se pueda efectuar en cualquier minuto, a partir del inicio del proceso. Por consiguiente, no se cambian los plazos, sino que se aclara desde cuándo es exigible para el Estado cumplir su obligación y proporcionar el defensor.
Por si fuera poco, a lo anterior hemos agregado una disposición que complementa como es debido el planteamiento anterior, pensando, precisamente, en la situación del imputado. En tal caso, se le otorga una obligación que, en cierto sentido, ya tiene, pero que se hace expresa en la letra g) del inciso segundo del artículo 93, que regula el derecho del imputado a guardar silencio y, en caso de consentir en prestar declaración, a no hacerlo bajo juramento.
Igualmente, el proyecto incorpora el deber del fiscal o de la policía, según corresponda, de señalarle lo siguiente: "Tiene derecho a guardar silencio. Si renuncia a él, todo lo que manifieste podrá ser usado en su contra.". Además, se obliga a dejar constancia en un registro de haberse leído ese derecho al imputado.
De ese modo quedará registrado el cumplimiento de ese derecho, el cual hoy día existe genéricamente, pero que no se cumple o, por lo menos, no hay constancia escrita de su observancia.
Por lo tanto, señor Presidente , aquí se está regulando la oportunidad en que el imputado debe recibir asistencia jurídica gratuita, en el período señalado, todo lo cual es coincidente con lo que indica actualmente el Código Procesal Penal, precisando que desde la primera audiencia judicial el imputado debe contar con un abogado defensor proporcionado por el Estado.
Y para asegurar que ese derecho sea efectivo, se pone la exigencia de que cualquier autoridad que participe en el proceso de investigación -la policía o el fiscal, según el caso-, debe informar al imputado sobre su derecho a guardar silencio y dejar registro de ello. Entonces, si no quiere declarar, porque no tiene un abogado, ha de exigir que le nombren uno.
Con las modificaciones introducidas mediante el proyecto se asegura que las diligencias por cumplir en los primeros momentos de cometido un delito tengan validez, y no queden legalmente nulas por el hecho de no haberse realizado algún trámite, cuya fecha es indeterminada, de acuerdo a la reforma constitucional pertinente. Porque la Carta establece que ese derecho es exigible cuando la ley lo determine. Y es eso, precisamente, lo que estamos fijando ahora.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Recuerdo a Sus Señorías que estamos tratando la iniciativa como si fuera de Fácil Despacho.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente , la explicación proporcionada por el Senador señor Hernán Larraín fue muy completa. Y solo deseo agregar algunos antecedentes adicionales.
Al debate en la Comisión asistió el abogado señor Leonardo Moreno , representante de la Defensoría Penal Pública de la Región Metropolitana, quien coincidió absolutamente con la redacción del proyecto.
De manera que no imagino que una persona que ocupa ese cargo pudiera redactar una norma que perjudique a quien debe defender.
Cabe destacar que el proyecto ha sido firmado en forma transversal por el que habla y los Senadores señores Hernán Larraín , Gómez , Patricio Walker y señora Alvear .
Anteriormente, estuvo la idea de presentar un proyecto interpretativo de la Constitución, al que se había sumado el Honorable señor Muñoz Aburto , a quien agradezco haberlo hecho en su momento, pero, posteriormente, nos dimos cuenta de que no era necesario.
Respecto a la inquietud del Senador señor Escalona de por qué la Defensoría Pública no designa al abogado defensor, es necesario mencionar que esa norma nunca se ha aplicado. Además, hay unanimidad en los defensores -¡en los defensores!- en que resulta absurdo que sea el ministerio público quien solicite que se nombre un defensor penal público al imputado, porque esa labor corresponde al juez de garantía.
Se trata, entonces, de un error del Código Procesal Penal. Y en la Comisión hubo unanimidad para corregirlo, porque ese magistrado tiene la obligación de velar por las garantías y los derechos de los imputados y no el fiscal. Este es el encargado de llevar adelante los procesos en contra de aquellos.
Por lo tanto, esa fue una corrección que se hizo y que en nada altera las disposiciones vigentes, pero aprovechamos la oportunidad de hacerla para poner las cosas en su lugar.
Reitero algo que ya explicó el Senador señor Larraín , en el sentido de que la reforma constitucional a que alude la iniciativa en debate, junto con establecer la forma en que las personas naturales víctimas de delitos dispondrán de asesoría y defensa jurídica gratuita, agregó una norma respecto de los imputados que dice:
"Toda persona imputada de delito tiene derecho irrenunciable a ser asistida por un abogado defensor proporcionado por el Estado si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley.".
Por tanto, corresponde que el legislador establezca la oportunidad en que el Estado debe nombrar al abogado defensor.
Y, contrariamente a lo señalado por el Senador señor Escalona, nuestro deber es fijar esa oportunidad. Y el proyecto de ley, precisamente, lo hace para no generar una duda en perjuicio del imputado.
En consecuencia, la iniciativa permite decir: "Mire, la oportunidad que usted tiene para que se le designe un abogado defensor por parte del Estado, es cuando se inicie la tramitación de su causa ante los tribunales, pero tiene derecho a un defensor penal público desde el primer momento en que se inicia el proceso en su contra.".
Esa ha sido la interpretación unánime de los miembros de la Comisión y de los invitados que concurrieron a ella.
Por consiguiente, señor Presidente , las normas que garantizan la adecuada defensa de una persona están claramente establecidas hoy día en el Código Procesal Penal, precisa y categóricamente, en sus artículos 91, 93 y siguientes.
Creo que esta iniciativa reviste enorme importancia, pues evita que se produzca un vacío legal que pueda provocar posteriores dificultades.
Por las razones expuestas, solicito aprobar el proyecto. De lo contrario, el vacío indicado terminará perjudicando a las partes involucradas en el juicio.
Me quedo muy tranquilo, y quiero felicitar a quienes nos asesoraron en la Comisión, que representan nada más ni nada menos que a la Defensoría Penal Pública, como asimismo a los abogados que concurrieron a exponer distintas opiniones sobre la materia y que son nuestros colaboradores habituales.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- De acuerdo con el artículo 87 del Reglamento, se ha cumplido el tiempo para discutir la iniciativa.
Recuerdo que, terminado ese lapso, se debe cerrar el debate y votar de inmediato el proyecto.
En consecuencia, queda cerrado el debate.
En votación la idea de legislar.
--(Durante la votación).
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Para fundamentar el voto, tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Yo me abstendré porque, lamentablemente, cuando pedí la palabra el señor Presidente cerró el debate y puso en votación el proyecto.
Mi intención era solicitar que se votara solamente en general y que volviera a la Comisión de Constitución para zanjar las dudas planteadas por el Senador Escalona.
Dado que no fue posible solicitarlo en su momento, prefiero abstenerme.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- El texto se encuentra en votación general.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (27 votos contra 1 y 3 abstenciones).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votó por la negativa el señor Escalona.
Se abstuvieron los señores Muñoz Aburto, Navarro y Rossi.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- El Honorable señor Muñoz Aburto solicita que para el segundo informe la iniciativa vuelva a la Comisión de Constitución.
¿Habría acuerdo?
El señor COLOMA.- No procede.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- ¿Cómo que no procede? Otra cosa es que no se quiera aceptar tal petición.
Consulto al Honorable señor Muñoz Aburto si ya redactó el texto de la indicación.
El señor LARRAÍN.- Corresponde dar por despachado el proyecto, señor Presidente.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- La Mesa procura respetar el derecho de los señores Senadores.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente , la indicación para incorporar las precisiones que señaló el colega Escalona la podríamos presentar en media hora más.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- ¿Habría voluntad de la Sala para otorgar a Su Señoría el tiempo necesario para formular la indicación anunciada?
Entiendo que ella se refiere a la expresión "a más tardar desde", contenida en la oración que se propone agregar al final del inciso primero del artículo 8° del Código Procesal Penal.
Se trata de una enmienda meramente formal.
El señor NAVARRO.- Yo tengo otra.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Cualquier Comité tiene derecho a pedir plazo para formular indicaciones, señor Presidente .
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- El señor Secretario acota que cualquier Comité tiene derecho a solicitar que se abra un plazo para indicaciones.
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , en mi calidad de Comité, pido fijar plazo -el más conveniente- para presentar indicaciones.
A todos nos interesa que el proyecto se despache; solo queremos formular indicaciones. Y si esto fuera factible ahora, contribuiríamos a lograr ese objetivo.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- ¿Habría acuerdo para fijar dicho plazo hasta las 19 de hoy?
Tiene la palabra la Honorable señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente , la ley en estudio, sobre los imputados, dice relación también a la defensa de las víctimas. Se ha trabajado largamente en ella y es muy esperada.
Por lo tanto, como en la reunión de Comités no se aludió a plazo para indicaciones ni ninguno planteó el punto, solicitamos que la normativa se vote en particular y despache en seguida.
Para eso llegó a la Sala y no para abrir un plazo ni siquiera de horas para formular indicaciones.
La forma de analizar el proyecto ya se determinó por los Comités. Allí nadie aludió a aquella eventualidad. Así que, invocando el Reglamento, pido que se vote en particular de inmediato.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Efectivamente, el requerimiento a los Comités fue tratar esta iniciativa como si fuera de Fácil Despacho. Sin embargo, como a mi parecer la Sala debería facilitar los acuerdos sobre los asuntos que le corresponde tratar, llamo a permitir que se realice la precisión aludida.
Si existe objeción acerca del texto y se puede obviar autorizando para que algún señor Senador ejerza su facultad de presentar indicación, pienso que se debería acceder a ello.
En este caso, un Comité requirió plazo para tal efecto.
¿Habría acuerdo para fijar ese término hasta las 19 de hoy?
El señor CHAHUÁN.- ¡No, pues, Presidente!
El señor PROKURICA.- No corresponde. La iniciativa se trató como de Fácil Despacho.
La señora PÉREZ (doña Lily).- Sí. Y por eso yo dije que el Reglamento era claro.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- El acuerdo de Comités fue tratarlo como si fuera de Fácil Despacho.
El señor NOVOA.- Pido la palabra, para una cuestión de Reglamento, señor Presidente.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor NOVOA .- Señor Presidente , el punto no radica en si la iniciativa es de Fácil Despacho o no, sino en lo dispuesto por el artículo 126 del Reglamento, que expresa lo siguiente:
"En la discusión general y particular a la vez, no habrá lugar al segundo informe de Comisión. Por la sola aprobación general del proyecto, se entenderán aprobados todos los artículos que no hayan sido objeto de indicaciones y el Presidente lo declarará así.".
Este es un proyecto de artículo único.
El señor PROKURICA.- Así es.
El señor NOVOA.- Por lo tanto, se discute en general y en particular a la vez.
Si alguien deseaba formular indicaciones, debería haberlo hecho antes de la votación.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Por eso requerí el asentimiento de la Sala, señor Senador.
Por última vez, solicito el acuerdo de la Sala para abrir la posibilidad de que se formulen indicaciones...
El señor NOVOA.- No se trata de solicitar el acuerdo de la Sala, sino la unanimidad, señor Presidente.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Estoy pidiendo el acuerdo...
El señor NOVOA.- Debe ser unánime.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- ...unánime del Senado para posibilitar que se presenten indicaciones.
La señora PÉREZ (doña Lily).- No.
El señor NOVOA.- Me opongo.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- No hay acuerdo.
--Queda aprobado en particular el proyecto, con la votación anunciada, y despachado en este trámite.
REGULACIÓN DE USO DE PABELLÓN PATRIO
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Conforme a lo resuelto por los Comités, corresponde tratar, como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, relativo al uso del pabellón patrio, con urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7273-06, 7095-06 y 7195-06, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
1) Proyecto (mensaje del Ejecutivo ): sesión 61ª, en 26 de octubre de 2010.
2) Proyecto (moción Senador señor Longueira): sesión 38ª, en 3 de agosto de 2010.
3) Proyecto (moción Senadores señores Bianchi y Chahuán): sesión 47ª, en 7 de septiembre de 2010.
En tercer trámite, sesión 44ª, en 16 de agosto de 2011.
Informe de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 35ª, en 19 de julio de 2011.
Discusión:
Sesión 36ª, en 20 de julio de 2011 (se aprueba en general y en particular).
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- A esta iniciativa, que inició su tramitación en el Senado, la Cámara de Diputados le introdujo una sola enmienda, consistente en rechazar el artículo 5°. Tal disposición sanciona con presidio menor, en su grado mínimo a medio, el mal uso o uso indebido del pabellón patrio con el propósito de causar escarnio.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado sobre la materia.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En discusión la modificación.
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , esperamos que esta iniciativa sea tratada efectivamente como si fuera de Fácil Despacho.
En el primer trámite constitucional el Senado la aprobó por unanimidad, pero la otra rama legislativa rechazó el artículo 5°.
La Comisión de Gobierno, Regionalización y Descentralización analizó el texto y sus integrantes estamos absolutamente de acuerdo en aceptar el rechazo de dicho precepto, porque en realidad la pena para quien hiciera mal uso de la bandera nacional era muy dura: un año a 3 años y un día de presidio.
El señor BIANCHI .- ¡Un poquito mucho!
El señor SABAG.- Así es. Era como mucho.
En consecuencia, estamos totalmente de acuerdo con la enmienda propuesta por la Cámara Baja y esperamos que se vote en forma inmediata.
El señor BIANCHI.- "Si le parece", señor Presidente .
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba la enmienda sugerida por la Cámara de Diputados, consistente en rechazar el artículo 5º (28 votos favorables), y queda despachado el proyecto en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, García-Huidobro, Gómez, Kuschel, Larraín (don Hernán), Letelier, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Rossi, Sabag, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
FACILITACIÓN DE DEFENSA DE INTERESES COLECTIVOS Y DIFUSOS Y OBLIGATORIEDAD DE CONCILIACIÓN
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En el primer lugar del Orden del Día figura el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señora Pérez San Martín y señores Espina y García y de los entonces Senadores señora Matthei y señor Allamand, en tercer trámite constitucional, relativo al procedimiento aplicable para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores, con informe de la Comisión de Economía y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7256-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Espina, señora Pérez San Martín y García, y de los entonces Senadores señora Matthei y señor Allamand):
En primer trámite, sesión 58ª, en 6 de octubre de 2010.
En tercer trámite, sesión 32ª, en 12 de julio de 2011.
Informes de Comisión:
Economía: sesión 75ª, en 14 de diciembre de 2010.
Economía (segundo): sesión 13ª, en 3 de mayo de 2011.
Economía (tercer trámite): sesión 42ª, en 10 de agosto de 2011.
Discusión:
Sesiones 77ª, en 15 de diciembre de 2010 (se aprueba en general); 21ª, en 31 de mayo de 2011 (se aprueba en particular).
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- La Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, efectuó dos enmiendas al proyecto despachado por el Senado. La primera consiste en suprimir la referencia al carácter supletorio del procedimiento ordinario, y la segunda, en explicitar que respecto de la resolución que declare admisible la demanda por afectación del interés colectivo o difuso de los consumidores no procederá el recurso de casación.
La Comisión de Economía aprobó ambas enmiendas por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señores Espina, García, Pérez Varela, Tuma y Zaldívar) y propone a la Sala proceder en idénticos términos.
Finalmente, cabe hacer presente que la modificación recaída en el numeral 2 del artículo único tiene el carácter de norma orgánica constitucional, por lo cual requiere para su aprobación el voto conforme de 22 señores Senadores.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- En discusión las enmiendas de la Cámara Baja.
Tiene la palabra la Senadora señora Allende.
La señora ALLENDE.- Señor Presidente , discúlpeme, pero tengo una confusión.
Conforme a los acuerdos de los Comités, vimos como si fueran de Fácil Despacho dos iniciativas. Sin embargo, no entiendo por qué no seguimos la secuencia del Orden del Día y, en cambio, nos abocamos a un proyecto que no responde a esa organización.
Entonces, si lo tuviera a bien, me gustaría que la Mesa aclarara esa situación.
El señor LARRAÍN.- Estamos en el primer proyecto de la tabla, señora Senadora.
La señora ALLENDE.- ¿El primero?
El señor COLOMA.- Así es.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Este proyecto ocupa el primer lugar del Orden del Día.
Lo que ocurre es que el sistema de los pupitres digitales no está funcionando adecuadamente.
Tiene la palabra el señor Presidente de la Comisión de Economía , Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente , ya discutimos en la Sala de esta Corporación la presente iniciativa, cuyo propósito es resolver una situación muy importante en los días que vivimos: la manera como hacer efectivo el derecho de los consumidores cuando se presentan reclamaciones o demandas colectivas.
Conforme a lo que se indicó en aquella oportunidad, primero se analiza la admisibilidad de la acción. ¿Cuál es el problema? Que ese proceso muchas veces demora dos, tres y cuatro años, razón por la cual la demanda pierde eficiencia. Recién ahí se debería entrar a estudiar el tema de fondo. Pero, en general, este es examinado junto con la admisibilidad.
Esta iniciativa, nacida de una moción presentada por varios Senadores -entre ellos, el Honorable señor Espina-, fue debatida y aprobada en la Comisión de Economía. Representa un buen avance, porque cambia el sistema: declara la admisibilidad como una cuestión de forma y ordena resolverla en un plazo muy breve, para que automáticamente se pase a discutir el tema de fondo, con lo cual se da eficiencia a las demandas colectivas en materia de defensa del consumidor.
Por lo tanto, pienso que se trata de un excelente proyecto, y así se lo hice saber a sus autores.
¿Qué sucedió? Pasó a su segundo trámite en la Cámara Baja, que le introdujo dos correcciones que son totalmente correctas.
La primera, recaída en el número 1 del artículo único, elimina la referencia a las normas del juicio ordinario. ¿Por qué? Porque no es necesario establecerlo -la Corte Suprema emitió un informe al respecto-, dado que la regla general es que en todos los procedimientos se apliquen, en forma supletoria, las disposiciones del juicio ordinario.
Por consiguiente, la referencia resulta innecesaria y es correcta su supresión.
Asimismo, en el inciso tercero del artículo 52 se efectúa una precisión, hecha presente por la Corte Suprema, en el sentido de eliminar el recurso de casación dentro de las posibilidades de recurrir a los tribunales superiores de justicia -como sucede en todas las normativas-, puntualizando que "no procederá el recurso de casación, procediendo el recurso de reposición y el de apelación en el solo efecto devolutivo".
Ambas modificaciones -repito- apuntan en la dirección correcta y lo lógico es que la Sala les preste su aprobación, para despachar cuanto antes una iniciativa legal que, como he dicho, facilitará mucho más la defensa de los consumidores en las acciones de tipo colectivo.
Gracias.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente , solo quiero ratificar los planteamientos que expresó el Senador Zaldívar .
Si uno mira el texto que aprobó el Senado algunas semanas atrás, al cual la Cámara de Diputados le introdujo dos pequeñas modificaciones, es posible deducir que su elemento central se orienta a consagrar un procedimiento acotado en relación con las demandas colectivas y el interés difuso de los consumidores, el cual se va estructurando no solo a través del procedimiento sumario, sino también por la vía de apurar todas y cada una de las etapas del proceso.
Así como se contemplan normas para que la contestación de la demanda se realice en un plazo determinado (diez días) y la apelación se interponga en un lapso limitado, a efectos de que todos y cada uno de los pasos del procedimiento sean acotados, también pretendemos que los tribunales resuelvan las reclamaciones tendientes a proteger los intereses de los consumidores en tiempos razonables.
La experiencia recogida con el procedimiento vigente indica que los fallos superan latamente los doce meses y, por tanto, se genera una sensación de indefensión en lo que respecta a los derechos de los consumidores, que tanto la ley N° 19.496 como las modificaciones aprobadas por el Senado están llamadas a tutelar.
Tal como puntualizó el Senador Zaldívar, las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados son meramente formales, como la recaída en el número 1 del artículo único, mediante la cual se elimina la frase "y, en lo no previsto en ellas, a las normas del juicio ordinario".
¿Qué razón se tuvo en vista para esta supresión? Según las reglas generales, en todo aquello no cubierto por las normas del procedimiento sumario y por las especiales contempladas en la Ley del Consumidor, operan, supletoriamente, las disposiciones del juicio ordinario.
Se trata, en consecuencia de una modificación exclusivamente formal.
La segunda enmienda contenida en el informe comparado que Sus Señorías tienen a la vista reemplaza, en el inciso tercero del artículo 52, la frase aprobada por el Senado ("procederán el recurso de reposición y el de apelación en el solo efecto devolutivo") por la siguiente: "no procederá el recurso de casación, procediendo el recurso de reposición y el de apelación en el solo efecto devolutivo". Y esto, porque también las reglas generales disponen que los recursos utilizables en este tipo de procedimientos son aquellos dos.
Por ende, señor Presidente, al aprobar hoy las modificaciones de la Cámara de Diputados, meramente formales -reitero-, estaremos estructurando un procedimiento acotado en el tiempo para las demandas colectivas, de manera que, en un plazo razonable, los tribunales puedan conocer y fallar causas que siempre son de interés de los consumidores.
Creo que es una medida sana que permite equilibrar los poderes que existen entre el proveedor y los consumidores y que se complementa en forma muy adecuada con el proyecto del SERNAC financiero, cuyo estudio viene concluyendo la Comisión de Economía en las últimas semanas.
He dicho.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Se ha solicitado abrir la votación.
Si le parece a la Sala, así se hará.
Acordado.
En votación las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados.
--(Durante la votación).
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , en los seis años que han transcurrido desde la modificación de la ley N° 19.496, el SERNAC, algunas asociaciones de consumidores y abogados no vinculados a estas últimas han presentado 53 demandas colectivas. Sin embargo, existe consenso en que no se han logrado los resultados esperados. Hay bastante desilusión.
Basta señalar que la primera demanda colectiva, interpuesta por CONADECUS contra el Banco del Estado, cumplió ya cinco años desde su inicio sin que todavía se haya podido obtener sentencia en primera instancia, lo cual, por cierto, hace poco creíble que se esté en presencia de una ley que proteja a los usuarios -en este caso, de las cuentas de ahorro de esa entidad bancaria-, si efectivamente tarda tanto tiempo en concluir la primera instancia.
Aparte de la demanda interpuesta en Arica por ASOCOT contra la Universidad del Mar, no se conocen otras sentencias en juicios de interés colectivo presentados en los tribunales hasta la fecha.
Las respuestas a las consultas formuladas por las 14 asociaciones de consumidores y las intervenciones realizadas en el Seminario sobre los Derechos Colectivos nos permiten resumir los temas que han generado las diferentes dificultades que enfrenta la normativa vigente.
En primer término, las limitaciones que impone la ley para la rápida resolución de las demandas colectivas por los tribunales son numerosas. Una de ellas es la referida a la admisibilidad, que es el asunto que aborda este proyecto.
La normativa de la admisibilidad permite el ejercicio de prácticamente todos los recursos, lo cual transforma esta etapa, que por naturaleza debería ser sencilla y de rápida resolución, en una verdadera instancia del proceso. En los hechos, la podríamos asimilar a la cuestión previa de la acusación constitucional. Es decir, se debate todo. No hay una diferenciación entre los aspectos de forma y de fondo. El estudio de la admisibilidad ya contiene una resolución sobre el problema sustantivo, dado el largo tiempo transcurrido.
La resolución de la admisibilidad demora, en promedio, dos años, y es común que llegue hasta la Corte Suprema.
Aquí hay distinguidos abogados, constitucionalistas, miembros de la Comisión de Justicia. Yo quisiera saber por qué se produce ese retardo y en qué proceso llega la admisibilidad a la Corte Suprema.
Por cierto, el proyecto ayuda a eliminar esta situación aberrante desde el punto de vista del ejercicio de los derechos.
Por ejemplo, la facultad del juez para recibir a prueba la admisibilidad se ha utilizado por el demandado -la industria, la empresa, el proveedor- para dilatar el proceso, por cuanto, si no existen hechos sustanciales controvertidos, el demandante se encuentra en la disyuntiva de aceptar el término probatorio, o apelar, con igual pérdida de tiempo en ambos casos.
Sin embargo, la demora más importante se produce por el hecho de que la resolución que declara la admisibilidad es apelable en ambos efectos (artículo 52, inciso tercero, de la ley mencionada), disposición que hace imposible la continuación del proceso que versa sobre el fondo. De allí la dilación.
Señor Presidente , si bien, como ha planteado el Senador Zaldívar, este proyecto va a proveer una admisibilidad que permitirá pasar más rápido a la resolución del asunto de fondo, hay aspectos importantes que no están contenidos en él. Y se lo hice presente a mi colega. Yo hubiera querido que una iniciativa de esta naturaleza, que busca proteger los derechos de los consumidores, abordara el tema del daño moral.
Una de las grandes limitaciones que impone la ley a la plena reparación del daño experimentado por los consumidores es la norma contenida en el artículo 51, número 2, que establece que las indemnizaciones que se determinen en este procedimiento "no podrán extenderse al daño moral sufrido por el actor". En las asociaciones de consumidores encuestadas hay unanimidad de opinión en cuanto a que dicha disposición debiera eliminarse.
Por cierto, si hay daño moral y este ha sido provocado por una acción del proveedor, no debiera existir tal limitante, sobre todo si aquel efectivamente se comprueba.
Además, no se permite financiar las demandas con subsidios del Fondo Concursable.
¿Quién protege, entonces, al consumidor? ¿Quién le presta atención cuando es víctima de un abuso, tratándose de un caso justificable?
Todas las asociaciones coinciden en que las demandas colectivas son altamente costosas. ¡Algunas duran cinco años!
Esta situación podría afrontarse mediante subsidios del Estado, que debiera buscar la protección del consumidor. Pero en Chile no hay ombudsman y, en consecuencia, existe mayor desamparo.
La disposición que prohíbe enfrentar esta circunstancia con dineros del Fondo Concursable es el artículo 11 bis de la citada normativa, que excluye el financiamiento de actividades de las asociaciones de consumidores que signifiquen representar el interés colectivo y difuso de estos ante las autoridades jurisdiccionales.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Ha concluido su tiempo, señor Senador.
El señor NAVARRO.- Termino en un minuto, señor Presidente.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Conforme.
El señor NAVARRO.- Por lo tanto, estamos abordando solo una parte del problema. Ahora habrá un proceso de admisibilidad rápido, pero la verdad es que nadie garantiza su tiempo de duración; más aún, no se podrá establecer el daño moral, y no será posible financiar las demandas con aportes del Fondo Concursable. Como cada día hay, afortunadamente, más asociaciones de consumidores, los recursos se distribuyen entre más partes y, por consiguiente, disminuyen.
Señor Presidente , por cierto, voy a votar a favor. Hay otros proyectos de ley que pueden perfeccionar la normativa sobre protección de los derechos de los consumidores. Esta es una modificación parcial, positiva, que deja pendientes los temas que he señalado. Y además el del desconocimiento de los interesados acerca de las normas correspondientes, lo cual hace deseable la existencia de una campaña de educación permanente, a cargo del Estado, del SERNAC, con los recursos necesarios.
Voto que sí, dejando constancia de las insuficiencias del proyecto y de cómo nos hubiera gustado que fuera aprobado.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución ahora, señor Presidente!
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueban las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados (30 votos afirmativos), dejándose constancia de que se cumple el quórum constitucional exigido, y queda despachado el proyecto en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Sabag, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
NULIDAD DE DESPIDOS PARA RECONTRATACIÓN DE TRABAJADORES POR UNA REMUNERACIÓN INFERIOR
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Escalona y Muñoz Aburto, en primer trámite constitucional, sobre nulidad de despidos realizados para recontratar a un trabajador por una remuneración inferior, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y en segunda discusión.
--Los antecedentes sobre el proyecto (7633-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Escalona y Muñoz Aburto):
En primer trámite, sesión 16ª, en 10 de mayo de 2011.
Informe de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 37ª, en 2 de agosto de 2011.
Discusión:
Sesión 41ª, en 9 de agosto de 2011 (queda para segunda discusión).
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Cabe recordar que el objetivo principal de la iniciativa es establecer la nulidad del despido de un trabajador cuando este se realice con el fin de contratarlo nuevamente, ya sea en forma inmediata o en un período próximo, por una remuneración inferior a la pactada.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió este proyecto solamente en general y aprobó la idea de legislar por tres votos a favor (Senadores señora Rincón y señores Bianchi y Muñoz Aburto) y uno en contra (Senador señor Kuschel).
La primera discusión de esta iniciativa se llevó a efecto en la sesión del día 9 de agosto.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En la segunda discusión, ofrezco la palabra.
Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.
La señora RINCÓN.- Señor Presidente , estimados colegas, el proyecto de ley que estamos debatiendo en esta Sala tiene un objetivo -señalado explícitamente en el informe de la Comisión de Trabajo- que nos debería unir a todos y a todas: establecer la nulidad del despido de un trabajador cuando este se realice con el fin de contratarlo nuevamente, ya sea en forma inmediata o en un período próximo, por una remuneración inferior a la pactada.
Durante la discusión en la Comisión de Trabajo, contamos con la presencia de los autores de esta iniciativa legal: mis colegas Pedro Muñoz y Camilo Escalona , quienes expresaron con claridad que el propósito de ella es evitar que los trabajadores sean despedidos para luego ser recontratados por el mismo empleador con idénticas funciones, pero con una remuneración inferior a la que percibían al momento de su desvinculación.
Dicha situación representa una flagrante vulneración a los derechos fundamentales de los trabajadores y, lamentablemente, es de ordinaria ocurrencia en la realidad laboral de nuestro país, como señaló en su oportunidad el Senador Pedro Muñoz.
Déjenme decirles, estimados colegas, que comparto de manera plena lo expresado por él. Me ha tocado ver esta situación en las comunas de la Región del Maule Sur. Desgraciadamente, tal figura legal es de común acaecimiento. Es más, el martes 9 de agosto, el Presidente de la Federación de Sindicatos de Supermercados "Bigger", Roberto Nahuelpán , denunció que en las Regiones de Los Ríos y Los Lagos iban, a la fecha, cerca de 1.200 trabajadores despedidos por parte de la empresa conforme a la figura de una supuesta "reestructuración". Se ha marginado a personal con contrato indefinido, cambiándoselo por uno a tiempo parcial, precarizando aún más las condiciones de empleo que, en muchas de esas grandes tiendas, son abusivas y conocidas por todas y todos los que estamos acá. Ello figura en los medios de prensa; no es una invención mía.
En efecto, el mecanismo de despedir a los empleados para recontratarlos por un salario menor se ha vuelto una herramienta común y se usa como un elemento de presión para obligarlos a aceptar la disminución de sus remuneraciones. De esta forma, ante el temor de ser despedidos, se les rebajan los salarios bajo un aparente consenso entre las partes, el que claramente no es tal. Así se desvincula transitoriamente al trabajador para después recontratarlo, consignando en el nuevo contrato un sueldo inferior en virtud de un supuesto "acuerdo". Y pierde no solo parte de su remuneración, sino también los años acumulados, que sirven para determinar la indemnización que le corresponde por ley, como la que se otorga por años de servicio.
En la Comisión de Trabajo escuchamos al Senador Escalona, quien destacó que "el propósito del proyecto es hacer frente a una práctica que ha sido denunciada -especialmente en la Región de Los Lagos, provincia de Llanquihue- por los trabajadores y las organizaciones sindicales vinculadas a empresas del área de la salmonicultura, en las cuales, durante los meses de marzo y abril recién pasados, se registraron más de 200 despidos, recontratando posteriormente a los mismos trabajadores pero en condiciones laborales distintas y desmejoradas en relación con las originalmente pactadas", lo que fue ratificado por el Senador Kuschel.
Por su parte, la Ministra del ramo manifestó en la Comisión que el Ejecutivo comparte el propósito de evitar los abusos; pero para ello sería necesario analizar qué fórmulas resultan viables al efecto. Sugirió, por ejemplo, revisar las normas en materia de simulación o subterfugio, ya que tal vez en ese orden sería posible hallar la solución esperada, sancionándose el engaño y las malas prácticas laborales. Y recalcó que comparte el objetivo planteado; sin embargo, dijo que le parecía conveniente afinar la redacción de la normativa.
En la sesión de la Comisión de Trabajo, uno de los autores de la de iniciativa argumentó que la idea es aprobarla en general, a fin de que en la discusión particular, una vez fijado el plazo para presentar indicaciones, se puedan introducirles las modificaciones pertinentes. Fue así como acogimos el proyecto en dicho órgano técnico, el que contó con el voto mayoritario de los Senadores, porque sabemos que esta práctica es demasiado común y se requiere ponerle término.
En el fondo, señor Presidente , la iniciativa legal en análisis busca una finalidad que debería ser compartida por todas y todos los Senadores aquí presentes.
Terminar con los abusos de las empresas es un clamor que hoy, en este Chile, se escucha con claridad y que el otro día se oyó nítidamente a las 9 de la noche con los cacerolazos en todo el país, y que se viene sintiendo todas las noches en la plaza Ñuñoa -también en las plazas de Linares y de otras comunas de nuestro país-, que paradójicamente corresponde a la comuna más representativa de la clase media. ¡La plaza Ñuñoa está hoy movilizada!
Estas prácticas, que se han hecho usuales ya no solo con los trabajadores sino también con los consumidores, con los estudiantes, indican que es necesario que la Cámara Alta vaya dando señales políticas -a mi juicio, deben ser claras- en orden a cómo representamos a nuestros ciudadanos y ciudadanas. Y tenemos el deber ético y moral de hacer valer sus demandas en el Senado de la República.
Ellos nos han elegido para representar sus anhelos, su esperanzas y sus sueños; para escucharlos, y al mismo tiempo, para proponer soluciones que terminen con abusos que son demasiado evidentes y que no podemos seguir haciendo como que no existen, mucho menos todavía en el momento que estamos viviendo como país, donde hombres y mujeres, niños y niñas y jóvenes cada vez más nos exigen que seamos consecuentes con ellos y sus necesidades.
Señor Presidente, por lo expuesto anteriormente, respaldo este proyecto de ley.
He dicho.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente , quiero formular algunas precisiones en relación con la iniciativa en estudio, cuya autoría me pertenece en conjunto con el Senador Escalona .
Su objetivo, indudablemente, es evitar el despido y posterior recontratación de los trabajadores en una misma faena y lugar por un sueldo inferior.
A todas luces -como ya lo he señalado-, eso constituye una burla de los principios y normas del Derecho del Trabajo, una maniobra abusiva que persigue ahorrar recursos a los empleadores, quienes se aprovechan del temor que existe al desempleo para afectar las remuneraciones y condiciones laborales.
En tal caso, el consentimiento formal del trabajador a través de su firma resulta cuestionable. Está claramente viciado por la presión a perder su ocupación, como lo manifestó la Senadora Rincón .
Por esa razón, aquel tipo de situaciones excepcionales han sido prohibidas en el derecho comparado o revestidas de especiales condiciones.
Y lo dije también la vez anterior: ese es el caso de la Constitución Política de la República Federativa del Brasil, que contempla como derecho de los trabajadores "la irreductibilidad de salario, salvo lo dispuesto en convenio o acuerdo colectivo." O sea, no se pueden reducir los salarios.
Lamentablemente, en nuestro país no disponemos de normas similares. La primacía del principio de la autonomía de la voluntad hace que, excepto que las presiones pudieran probarse por otras vías o que el despido o renuncia fuera inhábil o injustificado, el contrato sea tenido como válido, aun cuando resulte evidente que él implica un fraude a la ley al burlar la irrenunciabilidad de los derechos.
Por tal motivo -como lo expresé-, junto con el Senador Escalona, y a consecuencia de una situación concreta ocurrida en la Región de Los Lagos, promovimos esta moción.
Durante la discusión de la iniciativa en la Comisión de Trabajo, y también en esta Sala, han surgido ciertas inquietudes acerca de su aplicación práctica, entre ellas, la exigencia de algún plazo luego del cual sí se permitan las recontrataciones o alguna forma de aplicar la nulidad, teniendo en cuenta que se trata de juicios que probablemente duren un tiempo prolongado.
Creemos que esas objeciones pueden salvarse.
Al respecto, pienso que la solución sería establecer como regla general la nulidad que estamos proponiendo, sin perjuicio de crear excepciones que superarían las observaciones expuestas. Estas apuntarían a que las recontrataciones podrían resultar válidas si el empleador logra probar la existencia de hipótesis plausibles, que tal vez concurrirían de modo similar a las existentes para acreditar las necesidades de la empresa, esto es, bajas en la productividad o cambios en las condiciones del mercado o la economía y requerirse la aprobación de nuevas condiciones en una asamblea sindical.
Ello generaría una normativa clara que, al tiempo de constituir una señal sobre la irrenunciabilidad de derechos y la irreductibilidad del salario, tuviese la suficiente flexibilidad para atender situaciones excepcionales.
Por lo anterior, junto con manifestar mi voto favorable al proyecto y solicitar su aprobación, vengo en anunciar que formularé una indicación en tal sentido.
Por último, deseo señalar en esta Sala que la Ministra del Trabajo se halla de acuerdo con la iniciativa en debate siempre y cuando se le puedan introducir las modificaciones tendientes a clarificar lo relativo a la nulidad de los despidos, cosa que he hecho en esta presentación.
Gracias, señor Presidente.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente , sin duda, en la intervención del Senador que me antecedió queda de manifiesto cuál es el problema efectivo y real que presenta la normativa propuesta. Porque nadie puede estar en desacuerdo que, frente a una acción abusiva, engañosa, a una simulación determinada, se deba sancionar a quien ha incurrido en ella.
Y, por lo tanto, a mí me parece válido el hecho de declarar nulo el contrato abusivo o el despido conforme al cual se pretende perjudicar al trabajador. El problema radica en que lo propuesto dice relación con una norma general.
Por consiguiente, como reconoce uno de los autores de la moción, existirían algunas excepciones relacionadas con situaciones económicas, presupuestarias o de mercado, a las que se podrían ver enfrentados un empleador o una empresa y que harían necesario contar con una norma de esta naturaleza para proteger al trabajador.
Por ende, aquí estamos frente a una dificultad.
Nos encontramos absolutamente disponibles para apoyar una disposición que sancione la simulación, el engaño, y de manera drástica la actitud abusiva. Pero es muy difícil estar a favor de una norma que se establece para un conjunto de situaciones, para la normalidad. Porque ante un cambio en el mercado o por necesidades de la empresa, se va a despedir al trabajador y se va a contratar a otra persona, a alguien distinto. En ese sentido, va a ser perjudicial para quien labora con determinado empleador o empresa.
Yo no sé si la indicación a que hace referencia el Senador Muñoz Aburto podrá solucionar adecuadamente lo que aquí se plantea, pues lo que se debe sancionar de manera específica es la conducta abusiva.
Reitero: de la sola lectura del nuevo artículo 64 que se busca incorporar al Código del Trabajo, se desprende que se sanciona toda posibilidad de recontratación, lo cual genera indefensión en los trabajadores y un perjuicio que será del todo evidente.
Hay montones de ejemplos que dan cuenta de que la situación del mercado o el contexto económico de determinada empresa podrían requerir ciertos ajustes.
La norma vigente estipula que a la persona despedida se le tiene que pagar una indemnización y se la puede volver a contratar. Si tal circunstancia fuese abusiva, no hay duda de que debe ser castigada. Pero si ella responde a una necesidad, con el fin de que la empresa siga funcionando y mantenga su planta, estaría en directa relación con la protección de los trabajadores.
Algunos Honorables colegas de la UDI expresaron sus objeciones en la sesión pasada y el hecho de que el propio Senador Muñoz Aburto haya pedido segunda discusión para la iniciativa en comento auguraba que íbamos a contar con una propuesta mucho más concreta en su redacción, cuya perfección se lograría en el trabajo de la Comisión, para que pudiéramos suscribir la indicación y votar favorablemente la norma.
Repito: hay consenso en cuanto a que si la situación es abusiva, producto de una simulación, de un engaño, es preciso aplicar una sanción. Pero existen otros aspectos -el Senador Muñoz Aburto los ha dado a conocer- que hacen necesario, para la protección del trabajador, que a este se le pueda despedir, pagarle sus indemnizaciones y volverlo a contratar.
En consecuencia, el artículo en cuestión requiere una profunda modificación -insistimos en ello- para votarlo a favor. Es menester que la iniciativa vuelva a la Comisión para redactar en conjunto una norma que, como bien ha señalado Su Señoría, hasta la propia Ministra del Trabajo estaría disponible a respaldar.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Kuschel.
El señor KUSCHEL.- Señor Presidente , quiero reiterar lo que expresé en la Comisión, en el sentido de que el propósito de este precepto, así como se inspira, me parece totalmente loable. No obstante, mi impresión es que se puede lograr un efecto totalmente adverso, de modo particular en algunas ciudades de la zona sur, que son las que se pretende favorecer, donde hay una o dos empresas que a veces, debido a los ciclos económicos, entran en dificultades financieras, lo cual genera problemas sociales y de todo orden.
Por eso voté en contra en la Comisión.
Aquí se han señalado también aspectos técnicos que habría que considerar, pero mi voto es contrario porque creo que puede ser contraproducente, especialmente si una empresa en un momento dado se ve enfrentada a dificultades y luego reactiva su ciclo económico. Y, de ocurrir esto último, solo podría recurrir a trabajadores especializados en el área propia de su rubro, los cuales serían los mismos que antes empleó. En tal evento, al tenor de la propuesta que se nos hace, ello se consideraría como una maniobra para disminuir sus remuneraciones.
En todo este tiempo, me ha tocado ver a muchas empresas que han debido soportar problemas económicos -en ocasiones han debido cambiar de dueños-, pero que finalmente se reactivan.
Por eso, insisto en que lo mejor es revisar el proyecto, pues no vaya a ser que el remedio nos resulte peor que la enfermedad.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .- Señor Presidente , creo que la intervención del Senador Muñoz Aburto fue bastante clara en cuanto a que debemos perfeccionar la norma.
Me preocupa la situación de los trabajadores de aquellas empresas con obras determinadas (la construcción de un edificio, por ejemplo), porque estas, una vez concluidas las faenas, pueden obtener un nuevo contrato en otra Región, bajo otra modalidad. Y en tal caso, hay que ponerse en la realidad de las personas, dado que la situación económica o los contratos de las constructoras son distintos.
Lo pongo como ejemplo, porque me causa inquietud justamente que a través de una disposición de este tipo podamos impedir que los trabajadores de una misma empresa tengan continuidad laboral en distintas obras. El precepto en debate, a la larga, afectaría el empleo, incentivaría a las empresas para contratar a otros trabajadores e impediría que los que ya laboran en ellas -incluso podrían ser especialistas- tengan la posibilidad de continuar en su trabajo.
A mi juicio, lo planteado por los Senadores Muñoz Aburto y Pérez Varela va en el sentido correcto: es preciso perfeccionar esta normativa porque, sin duda, evita los abusos. Pero lo que no queremos es que el propio trabajador se vea afectado el día de mañana al no poder seguir laborando en la misma empresa.
De otra parte, hay un aspecto que debemos analizar.
La Ministra del Trabajo y Previsión Social , señora Matthei , señaló que hay ciertas dudas cuando se judicializan estas situaciones. En realidad, el trabajador queda en un escenario bastante complejo durante un tiempo.
Tenemos que rechazar el abuso. Y entiendo perfectamente la posición de los autores de la moción, en cuanto buscan impedirlo, pero sin desconocer la realidad económica que nos puede afectar en un momento determinado, como es una recesión.
Incluso, señor Presidente, es interesante examinar qué ocurre en el sector público con las personas que trabajan a honorarios o a contrata. Muchas veces las cambian de labor no obstante que su empleador es el mismo.
Por lo tanto, esta es una materia que debemos estudiar con mayor profundidad.
Entiendo cuál es el objetivo del proyecto y espero que por la vía de las indicaciones se pueda mejorar para que se convierta en ley de la República.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente , tenemos conciencia de que esta iniciativa va en la línea de proteger a los trabajadores ante situaciones abusivas tales como ponerle término a su contrato con el objeto de asignarles una remuneración menor. Pero, conforme han señalado sus autores, es un tema que se debe perfeccionar para lograr dicho objetivo.
Se quiere dictar una normativa de protección, pero, a su vez, evitar los efectos negativos que podrían producirse de acuerdo con su actual tenor.
A lo mejor el camino es volver la iniciativa a la Comisión para su revisión y perfeccionamiento, en el sentido que le esceuché al Senador Muñoz Aburto .
Incluso, aplicando el Reglamento, deberíamos aprobarlo en general y particular, y, en consecuencia, no tendríamos la oportunidad de revisión que brinda el segundo informe.
Por lo tanto, teniendo conciencia de que el objetivo es proteger al trabajador frente al abuso, me parece que deberíamos volver la iniciativa a Comisión; trabajarla en la línea señalada por sus autores, y, con el aporte de todos, despachar un buen texto, que es el sentido de lo que se ha sugerido.
Hago esa proposición al objeto de que la Sala resuelva.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Les informo a Sus Señorías que la Comisión planteó que se vote solo en general; en ningún caso en general y particular.
Haciendo uso de sus facultades, de acuerdo al artículo 127 del Reglamento, la Mesa va a someter a votación únicamente la idea de legislar, entendiendo que el proyecto volverá a la Comisión de Trabajo, pues se fijará plazo para presentar indicaciones.
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .- Señor Presidente , yo soy partidario de que la iniciativa vuelva a Comisión para un nuevo primer informe, porque votarla en general tal como está en algunos casos podría forzar un pronunciamiento negativo.
Ahora bien, este proyecto de ley supone la existencia de acuerdo entre empleador y trabajador.
¿Y por qué digo que supone la existencia de acuerdo? Porque es evidente que, de no haberlo, el despido va a ser reclamado ante los tribunales.
No hay una causal válida para despedir a alguien con el objeto de bajarle la remuneración.
Entonces, el tribunal puede declarar injustificado el despido, establecer una sanción y fijar una indemnización alta.
Por consiguiente, la hipótesis de estar actuando contra la voluntad del trabajador no es muy clara.
Si existe un acuerdo -puede ser forzado; no lo desconozco-, la norma sugerida podrá burlarse fácilmente.
De haber acuerdo, ¿qué va a ocurrir? El trabajador renunciará. Y la iniciativa dice que será nulo "el despido", no "el término de la relación" para después establecer otra.
En consecuencia, si hay disposición favorable, estoy de acuerdo en que el proyecto vuelva a Comisión y se elabore un texto cuya idea central considere todos los planteamientos hechos. De lo contrario, vamos a terminar aprobando en general una idea que -yo creo-, claramente, no es la que en esta Sala consideramos idónea para solucionar los eventuales abusos registrados.
Al final, puede pasar que se realicen los despidos y no se recontrate a la persona. Y eso implicaría causar un daño que, obviamente, no está en las intenciones de los autores de la moción.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Algunos Senadores pidieron volver el proyecto a la Comisión de Trabajo para un nuevo primer informe.
Si le parece a la Sala, procederemos de esa forma, fijando un plazo de 15 días para informar.
El señor QUINTANA.- Hasta la primera semana de septiembre.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- ¿Les parece?
--Así se acuerda.
ACCESO DE CONGRESO NACIONAL A INFORMACIÓN EN MATERIA PRESUPUESTARIA
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Gómez, Escalona, Frei, Lagos y Navarro, en primer trámite constitucional, sobre información al Congreso Nacional en materia presupuestaria, con segundo informe de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (7414-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Gómez, Escalona, Frei (don Eduardo), Lagos y Navarro):
En primer trámite, sesión 81ª, en 4 de enero de 2011.
Informes de Comisión:
Hacienda: sesión 27ª, en 21 de junio de 2011.
Hacienda (segundo): sesión 41ª, en 9 de agosto de 2011.
Discusión:
Sesión 32ª, en 12 de julio de 2011 (queda pendiente su discusión en general); 33ª, en 12 de julio de 2011 (se aprueba en general).
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- La iniciativa fue aprobada en general en sesión de 12 de julio y cuenta con segundo informe de la Comisión de Hacienda, la que deja constancia de haber aprobado una indicación formulada por el Ejecutivo para sustituir el artículo único de la moción original por otro que agrega a la ley sobre responsabilidad fiscal un Título nuevo, denominado "NORMAS SOBRE INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA". Dicha indicación fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes, Honorables señores Frei, Lagos y Novoa.
Cabe tener en cuenta que la referida modificación debe ser votada sin discusión, salvo que algún señor Senador solicite debatirla.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En la discusión particular, ofrezco la palabra.
El señor GÓMEZ.- ¿Cuántos votos se necesitan, señor Presidente?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- La iniciativa es de quórum simple, Su Señoría.
Tiene la palabra el Senador señor Escalona.
El señor ESCALONA.- Señor Presidente , solo deseo informar a la Sala que la redacción definitiva del texto sugerido fue trabajada con los representantes del Ejecutivo , específicamente del Ministerio de Hacienda, y más específicamente aún, de la Dirección de Presupuestos.
Se hizo una labor larga, detallada y minuciosa, que tomó como base la moción original, perteneciente al Senador Gómez, la cual se fue trabajando con vistas a entregar a la Sala, a partir de su redacción, una propuesta definitiva que pudiese satisfacer tanto al Ejecutivo como a los Senadores involucrados en este debate, con el propósito de contar con una información mejor, más oportuna, más detallada, y por supuesto, con un mejor instrumento desde el punto de vista de la ejecución presupuestaria.
Y es este, finalmente, el trabajo que se entrega al Senado.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Ofrezco la palabra.
El señor WALKER (don Ignacio).- "Si le parece".
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , cuando discutimos en general esta iniciativa manifestamos que estábamos completamente de acuerdo con ella porque la mayor parte de lo que planteaba tenía que ver con lo que habitualmente se pide mediante indicaciones durante el debate del proyecto de Ley de Presupuestos de la Nación.
Yo diría que, de 3 mil indicaciones, 2 mil 500 plantean peticiones de información. Y lo que pretende esta iniciativa es que durante la tramitación del proyecto de Ley de Presupuestos no debamos formular proposiciones sobre transparencia, sino que se manden los antecedentes por imperativo legal o conforme a solicitudes formuladas a través de la Oficina de Informaciones o de la Oficina de Asesoría Presupuestaria.
Estimo altamente pertinente la ley en proyecto, ya que nos evitará analizar miles de indicaciones de aquella índole. Entonces, me parece muy conveniente aprobarla, ojalá de inmediato.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Debo recordar que, como la enmienda pertinente no fue objeto de votación dividida, reglamentariamente podríamos darla por aprobada.
En ese contexto, ofrezco la palabra.
Puede hacer uso de ella el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.- Señor Presidente, la verdad es que esta iniciativa debería votarse sin debate.
Yo solo quiero señalar, al igual como lo hicieron los Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra, que su texto fue consensuado en la Comisión de Hacienda con el Ejecutivo -particularmente con la Directora de Presupuestos-, de manera de hacer permanente lo que cada año se pide durante la discusión del proyecto de Ley de Presupuestos.
El Congreso recibe del Ejecutivo una cantidad enorme de información. El problema que tenemos es la falta de capacidad del Parlamento para procesarla.
Se ha señalado desde todos los sectores la necesidad de que el Poder Legislativo tenga una unidad de análisis presupuestario que pueda debatir técnicamente durante la tramitación del proyecto de Ley de Presupuestos en condiciones similares a las del Ejecutivo , y también, fiscalizar el cumplimiento de los compromisos.
Ojalá que en algún momento podamos hacer realidad esa aspiración, que han manifestado todos los sectores.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Reitero que este proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión y que, en consecuencia, se podría dar por aprobado.
Tiene la palabra el Senador señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- Señor Presidente , en Renovación Nacional estamos -si se puede usar la palabra- filosóficamente de acuerdo con este incremento en el control por el Parlamento del gasto fiscal. Estimamos que se trata de un resorte importante para ver que los dineros públicos se gasten y se inviertan como corresponde.
Tengo dudas, eso sí -y voy a pedir votación separada-, respecto al inciso segundo del artículo 17, atinente a las iniciativas de inversión de ejecución futura. Como el Congreso carece de personal para asesoría que le posibilite efectuar un análisis de los programas de inversión, me parece que tal norma es de incierta utilidad.
Al mismo tiempo, me permito señalar que la iniciativa que nos ocupa, así como en general el tratamiento del proyecto de Ley de Presupuestos, se plantean de manera muy inequitativa.
Hay dos modos de ocultar las cosas: no diciendo nada o diciendo demasiado. Y, por la experiencia política que he adquirido, sé que de pronto llega al Parlamento un metro cúbico de papeles con una cantidad de información absolutamente inabordable por personas normales.
Por lo tanto, si la ley en proyecto no va acompañada de la creación de un equipo de apoyo de auditoría y contabilidad para el Congreso Nacional, será de escasa aplicación.
La principal ley periódica es la de Presupuestos. Y es la que permite medir la eficacia del Gobierno: si este se desvía o no de los propósitos de bien general.
En consecuencia, hay que acoplar esta iniciativa a una destinación de personal adecuado para poder hacer el trabajo propio de los Parlamentos que se respetan.
Por un accidente, conocí al Presidente de la Comisión del Presupuesto de la Cámara de los Comunes. Tenía a la sazón un equipo de 108 auditores contadores, quienes seguían semana a semana el cumplimiento de la Ley de Presupuestos en un país donde el Ejecutivo tiene la obligación -emanada de la propia Cámara de los Comunes, por lo demás- de rendir la información necesaria.
He dicho.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señor Senador , ¿podría repetir qué norma solicita votar por separado?
El señor LARRAÍN (don Carlos).- El inciso segundo del artículo 17, que se refiere a las iniciativas de inversión futuras.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Muchas gracias.
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.- Señor Presidente , como lo planteó el Senador Carlos Larraín , nosotros somos partidarios de que haya transparencia en la administración de los recursos del Estado. Y votaremos a favor de la obligación de informar con relación a la Ley de Presupuestos, para saber cómo se están gastando los dineros públicos; nos parece una muy buena idea.
Sin embargo, quiero llamar la atención del Senado sobre otro punto.
Yo fui Diputado durante tres períodos, y de quienes presentaron este proyecto nunca recibí apoyo -a pesar de que en Chile existe democracia- para que, no obstante los oficios con 40 firmas remitidos, se me indicara cuáles eran los sueldos de los directores de CODELCO, de los directores de Televisión Nacional, de los directores de la ENAMI. Si no hubiera sido porque un presidente ejecutivo de CODELCO dijo que, pese a no estar obligado, iba a entregar la información pertinente, hasta el día de hoy nadie sabría lo que pasa en dicha empresa.
¡No se puede tener ese doble estándar!
Debemos hacer transparencia, pero transparencia total.
Aquí hay varios ex Diputados -el señor García-Huidobro , la señora Lily Pérez , el señor García , el señor Coloma , además del ahora Ministro señor Longueira ; también se halla en la Sala el actual Diputado señor Vilches - que podrán corroborar lo que expresé: jamás nos fue factible saber lo que ganaban los directores de las referidas empresas del Estado.
Señor Presidente , lo pregunto derechamente: ¿no sería bueno, junto con este esfuerzo, que transparentáramos también la forma como se invierten y manejan los recursos en las mencionadas empresas?
Recuerdo que, cuando discutimos el proyecto sobre gobierno corporativo de CODELCO, precisamente quienes firmaron la moción que dio origen a la iniciativa que nos ocupa esta tarde expresaron una gran oposición a que la Corporación Nacional del Cobre fuera fiscalizada por la Contraloría General de la República.
¿Por qué?
Sinceramente, no lo entiendo.
Entonces, señor Presidente, sería muy importante que en esta materia hiciéramos un debate amplio y no presentaciones circunstanciales convenientes en determinado minuto.
Si queremos transparencia, debemos procurarla en todo orden de cosas.
Hoy día siguen existiendo espacios opacos, especialmente en empresas públicas donde se administran grandes sumas de dinero.
Los Senadores García-Huidobro y Carlos Larraín me apuntan que también habría que incluir a las empresas descentralizadas del Estado, que tienen igualmente un régimen distinto.
Todo ello plantea aspectos que, en mi opinión, dan lugar a un debate pendiente.
De una vez por todas, en la administración de los recursos del Estado se debe poner fin a la opacidad o a los lugares donde no hay transparencia.
Se lo digo a los autores de la moción, señor Presidente.
Vamos a aprobar el proyecto en análisis. Y ojalá que en el Gobierno del Presidente Piñera nunca se dé el doble estándar consistente en no informar cuando se administran los fondos estatales, o bien, mandar una carretilla llena de papeles que no se pueden entender, o contratar con recursos públicos a abogados que no proporcionan ningún antecedente.
Con el entonces Diputado García-Huidobro tuvimos que ir a un juicio. Al final, ganamos en una instancia. Sin embargo, todavía el Consejo de Defensa del Estado está litigando para que no se entregue la información requerida.
Pienso que hay que poner término a esa situación. Y, al respecto, las propias empresas del Estado debieran hacer lo suyo.
En todo caso, me gustaría contar con el apoyo de los parlamentarios que cuando fueron Gobierno nunca nos respaldaron.
El señor COLOMA.- Votemos.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se ha solicitado la apertura de la votación.
¿Les parece?
El señor NAVARRO.- Pero manteniendo los tiempos.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Al parecer, existe oposición.
¿Habría acuerdo?
Tiene la palabra el Senador señor Gómez.
El señor GÓMEZ.- ¿Tenemos más proyectos en tabla?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Sí, señor Senador.
El señor GÓMEZ.- ¿Y son de quórum especial?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Déjeme ver.
El señor GÓMEZ.- Si alguno lo es, yo no doy el acuerdo.
El señor LARRAÍN.- Hay que votar.
El señor NAVARRO.- Estamos preocupados con el Gobierno de la agenda legislativa.
El señor PROKURICA.- ¡Se nota...!
El señor GÓMEZ.- Queremos votar los proyectos...
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señor Senador, el proyecto siguiente es de quórum simple, y el subsiguiente, de quórum calificado. Las dos últimas iniciativas del Orden del Día son orgánicas constitucionales, pero se acordó tratar una en la sesión de mañana y retirar la otra.
Entonces, si les parece, abriré la votación.
El señor COLOMA.- Sí.
La señora RINCÓN.- Claro.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En votación la enmienda, acogida por unanimidad en la Comisión de Hacienda, consistente en sustituir por otro el artículo único aprobado en general, con excepción del inciso segundo del artículo 17 propuesto para la ley N° 20.128.
--(Durante la votación).
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Escalona para fundar su voto.
El señor ESCALONA.- Señor Presidente , no quisiera entusiasmarme con el debate que nos sugiere el Senador Prokurica. Porque podemos discutir un proyecto de ley concreto y apoyarlo con relación a un texto que nos posibilite llegar a acuerdo, como lo hicimos en el caso que nos ocupa con el Senador Gómez y otros colegas de la Concertación.
Nosotros propusimos una redacción; el Ejecutivo acogió la idea; se estudió la iniciativa palabra por palabra; se cambiaron párrafos y textos, y finalmente llegamos a un acuerdo. Por tanto, hubo un trabajo que permitirá avanzar en cierta dirección.
Ahora, debo puntualizar que, para la iniciativa que nos ocupa esta tarde, el inciso segundo del artículo 17 es fundamental.
Lo que ahí se sugiere -afortunadamente, alcanzamos acuerdo quienes estamos en la Oposición y quienes son Gobierno; en consecuencia, él refleja un punto de vista del conjunto del sistema político- es que el Ejecutivo que se encuentre en funciones no pueda hacer mal uso de los programas de inversiones por la vía de dar a conocer en época de campaña, por ejemplo, proyectos que después no se van a realizar y que única y exclusivamente obedecen al clima político transitorio o momentáneo.
Acá se está generando un mecanismo que permitirá que, a través de la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, se conozcan las iniciativas de inversión que se proyecta ejecutar el año siguiente. En consecuencia, quienes estamos hoy en la Oposición tendremos garantías suficientes respecto de lo que se va a ejecutar un año, con elecciones o sin ellas; y al revés, aquellos que son hoy Gobierno y que mañana pueden estar en la Oposición gozarán exactamente de lo mismo. Es decir, la redacción apunta en una dirección que al conjunto del sistema político le resulta conveniente y necesaria: que las inversiones sean debidamente consignadas, conocidas, evaluadas, conversadas, discutidas oportunamente en el Congreso Nacional, y que, por lo tanto, su implementación corresponda al interés del conjunto del país.
He dicho.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Dejo establecido que se vota todo el proyecto, con excepción del inciso segundo del artículo 17 que se agrega, respecto del cual el Senador señor Carlos Larraín pidió pronunciarse por separado.
Puede intervenir el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , habiendo conversado con el señor Senador mencionado, no sé si este concordará con lo que expondré a continuación.
Lo que establece dicha norma es lo que explicó con claridad quien me precedió en el uso de la palabra y lo que le preocupa a mi Honorable colega es que no dispongamos de los medios necesarios. Pero se trata de una definición del Congreso Nacional. Perfectamente podemos establecer un equipo de seguimiento profesional y capaz para recibir la información.
A lo mejor, logro convencer con esa idea a Su Señoría, para el efecto que nos ocupa, y así no se requerirá votar separadamente.
No quisiera, a propósito del proyecto, entrar en el debate planteado por el Senador señor Prokurica , porque creo que la iniciativa presenta una virtud interesante -no lo digo por ser uno de sus autores-, que no tiene que ver ni con Oposición ni con Gobierno, sino con la función del Congreso. Finalmente, esta última resulta bastante disminuida, desde el punto de vista de la información con que uno cuenta para conocer cómo se ejecuta el Presupuesto, qué se hace, qué se dice y cuál es la realidad, y darla a conocer a sus representados, en las Regiones y comunas. Porque es difícil trabajar al respecto de la manera como se entrega hoy.
Así que lo relevante es que podemos disponer de una norma acordada con el Ejecutivo . Por lo tanto, existe un acuerdo transversal con respecto a cuál es el sentido del proyecto y la posibilidad cierta de que ello le permite al Congreso cumplir una obligación que se torna muy difícil en condiciones distintas.
Quise intervenir, señor Presidente , solo para los efectos de ver si mi Honorable colega Larraín retira su petición.
He dicho.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA .- Señor Presidente , en primer lugar, deseo consignar que hoy día le llega al Congreso toda la información: o ello ocurre regularmente por hallarse establecido así en las distintas glosas de la Ley de Presupuestos, o se encuentra en la página web de la Dirección de Presupuestos, o simplemente se solicita, vía oficio, a las distintas instancias. La dificultad radica -como lo han dicho varios señores Senadores- en cómo procesarla, ya que es bastante voluminosa.
Por lo tanto, tal vez cabe dirigir la primera petición a la Mesa, en el sentido de que urge reforzar la Unidad de Asesoría Presupuestaria de esta Corporación.
Si no ocurre así, todos los antecedentes que se reciban -en adelante será por el mandato de que se trata- quedarán sin poder ser procesados, analizados; sin que puedan llegar un poco más digeridos y de acuerdo con los intereses de cada uno de los Senadores, pensando en las Regiones que representamos, en las Comisiones en que participamos, en los distintos proyectos de acuerdo que solicitan información, etcétera.
Lo segundo que deseo plantear, señor Presidente, tiene que ver con lo dispuesto por el artículo 20 que se agrega, materia con la que estoy muy de acuerdo, aunque solo quisiera hacer una precisión.
Dicho precepto señala que "Las comisiones o los parlamentarios debidamente individualizados en sesión de Sala, o de Comisión, podrán solicitar a través de la Oficina de Informaciones de la respectiva Corporación o de la Oficina de Asesoría Presupuestaria del Senado, vía oficio, información relacionada con el presupuesto de la Nación, a los distintos organismos de la Administración Central del Estado como a las Empresas del Estado consideradas en el presupuesto vigente.".
Y aquí es donde quiero llamar la atención. La verdad es que no queda claro qué entenderemos sobre el particular, porque, en general, las empresas estatales no se contemplan en el Presupuesto de la Nación.
El señor PROKURICA .- Así es.
El señor GARCÍA .- Lo que nos entregan, en cuanto a la revisión que hacemos del cálculo de ingresos generales, son -por así decirlo- las metas de aporte fiscal que tienen que cumplir, por ejemplo, el BancoEstado o CODELCO, pero que revisten un carácter meramente indicativo. Entonces, ¿vamos a pedir información solo respecto de tales entidades?
A mi juicio, ese no es el espíritu de la norma. Este debe ser el de que el Congreso pueda solicitar información respecto de todas las empresas del Estado: las creadas por ley, las que forman parte del Comité de Empresas Públicas, las que son propiedad de CORFO a través de acciones.
Considero importante efectuar esta precisión, señor Presidente, porque es cierto lo manifestado por mi Honorable colega Prokurica. Se ha registrado, históricamente, mucho oscurantismo respecto de lo que hacen las empresas del Estado.
El señor PROKURICA .- Así es.
El señor GARCÍA .- Y dado que ellas, en toda su expresión, a veces pueden llegar a significar incluso más recursos que los del propio Presupuesto, resulta indispensable que el Congreso disponga de toda la información que sea necesaria, para usarla, obviamente, con el buen criterio que se requiere, porque, muchas veces, no podemos revelar la de tipo comercial.
Esa es la precisión que deseaba realizar en cuanto al contenido del artículo 20, respecto de las empresas del Estado.
He dicho.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , la verdad es que la iniciativa en debate pondrá coto a un número importante de indicaciones a glosas del proyecto de Ley de Presupuestos, tendientes a solicitar información adicional por cada Partida, y ello sistematizará la información, que será evaluable. Es decir, el Congreso deberá disponer de estadísticas que permitan ser consultadas rápidamente. Y, por cierto, será un adelanto en la tarea propia de conocer cómo se ejecuta el Presupuesto.
Este último cuerpo legal es la "ley estrella", la fundamental, la que determina el curso de la Nación.
Muchas indicaciones se han presentado en relación con glosas, y, a mi juicio, ello seguirá ocurriendo en la búsqueda de una mayor participación del Congreso en la elaboración del Presupuesto.
Sin embargo, la iniciativa en examen ahorrará mucha energía, proporcionará bastante más claridad y sistematizará la información, como dije.
Cabe recordar que la Ley de Presupuestos, si bien es "estrella" -repito-, tiene poca participación de los Senadores.
Uno ya quisiera encontrarse en la situación del Senado de los Estados Unidos, donde el Presidente Obama tiene que recurrir a la ciudadanía para pedirle apoyo con el objeto de aprobar su Ley de Presupuestos, ya que el Congreso cuenta con la autonomía suficiente para cuestionarla, retardarla, desecharla.
Nosotros no tenemos esa capacidad hoy día. Ante el rechazo de una Partida, rige el presupuesto del año anterior y no existe ninguna atribución para vetar. Siempre se registra armonía con el Ejecutivo , respecto a la Oposición, para ver qué partidas se acomodan, y existe la facultad de disminuir los gastos, jamás de aumentarlos.
Recientemente conocimos modificaciones presupuestarias en Educación. El Presidente Piñera anunció la disminución de 92 mil millones de pesos en ese Ministerio, dando cuenta de una generalidad en orden a que se van a invertir en 2012 y a que eran recursos extraordinarios correspondientes a infraestructura no ejecutada en relación con el terremoto.
Uno quisiera plantear que no solo las reasignaciones debieran conocerse, sino también otras enmiendas presupuestarias, como las condonaciones.
Lo digo porque, siendo Felipe Sandoval presidente de la Corporación de Fomento de la Producción , se dispuso esa última medida con relación a 500 millones de dólares, cartera vencida que se vendió al BancoEstado al 13 por ciento, resolviéndose la situación de más de 7 mil empresas -muchas de ellas, por cierto, con un nombre de ficción-, las cuales, en definitiva, no pagaron sus deudas a la CORFO y permitieron un saneamiento de la entidad, pero sin decir "agua va".
Mi pregunta a los integrantes de la Comisión de Hacienda es si el Estado puede condonar deudas sin consultar al Senado.
El señor ESCALONA .- Ello solo se puede hacer por ley.
El señor NAVARRO.- Si es así, entonces también cabe proceder por la vía de la Ley de Presupuestos. Lo señalo porque, en muchas ocasiones, la posibilidad de una discusión de fondo en asuntos económicos y presupuestarios se da claramente con motivo de ese cuerpo legal, no de leyes especiales. Cuesta demasiado impulsar una iniciativa que, si es de condonación, requiere el patrocinio del Ejecutivo. Y quisiera que, en esta materia, las Comisiones se abrieran a la posibilidad del debate; de condonar, cuando ello fuere justificado, no necesariamente en esas otras normativas, sino también en la Ley de Presupuestos.
Lo hago presente por lo que viene en relación con el crédito fiscal, con los deudores habitacionales, con quienes han demandado al Estado la disminución de débitos.
El artículo 18 que se agrega dispone que se deberá dar a conocer lo asociado a la ejecución financiera de los subtítulos de gasto de las "respectivas partidas presupuestarias, incluyendo información desagregada a nivel regional que se encuentre disponible.".
La verdad es que habría esperado la referencia a la información regional, pero quiero interpretar la expresión "que se encuentre disponible", no como la negación de entregarla, sino como una postergación. Puede no encontrarse disponible en el mes en curso, por ejemplo, pero sí en un tiempo prudente. La condición no puede significar una negativa. Si se halla disponible, tiene que proporcionarse, porque la ejecución presupuestaria cobra sentido pleno para los parlamentarios cuando conocemos la desagregación regional del gasto. Y, por tanto, quisiera entender estas palabras -ojalá los integrantes de la Comisión de Hacienda lo hayan discutido sobre esa base- en el sentido de que no significa que la información no se entregará si a la fecha no se encuentra disponible. No. Ella deberá ser enviada cuando lo esté.
Entonces, conviene enfatizar ese sentido.
Por su parte, el artículo 20 que se agrega expresa que "los parlamentarios debidamente individualizados en sesión de Sala, o de Comisión, podrán solicitar a través de la Oficina de Informaciones de la respectiva Corporación o de la Oficina de Asesoría Presupuestaria del Senado, vía oficio, información relacionada con el presupuesto de la Nación".
Deduzco que la mención de la Sala dice relación con la hora de Incidentes, salvo que en una discusión acerca de una iniciativa determinada exista la posibilidad de solicitar oficios, en medio del debate, respecto de un informe financiero que no fuere del todo completo o suscitare dudas. Es decir, en medio del análisis de un proyecto y tratándose de una normativa con incidencia financiera, podemos demandar información sea en el Orden del Día o en la hora de Incidentes. Como esta última exhibe una curva bastante irregular, tiendo a pensar que la referencia se hace a la tramitación de un proyecto determinado o al inicio de la sesión. De otro modo, ¿en qué momento la pedimos, si los antecedentes son necesarios, dado que se dice "en sesión de Sala, o de Comisión"? Las posibilidades -reitero- son tres: en la hora de Incidentes, durante la discusión de un proyecto o al inicio de la sesión, cuando los parlamentarios, debidamente individualizados, ejerzan la facultad de solicitarla.
Pido que los integrantes de la Comisión de Hacienda aclaren el punto, ya que si la limitación va a ser en ese sentido, ello permite flexibilidad para pedir información.
Porque, hasta donde tengo conocimiento, cada vez que discutimos un proyecto de ley se requiere la aprobación de la Sala para enviar un oficio, es decir, si requiero información dentro del debate, esta última debe acceder a que sea despachado. Si ese es el procedimiento, no habrá oficios, porque no siempre van a coincidir Gobierno y Oposición en que se envíen aquellos de indagación presupuestaria en medio del tratamiento de un proyecto de ley. Y, por lo tanto, deduzco que al mencionarse la sesión de Sala se obvia la exigencia del acuerdo para poder solicitar antecedentes.
No sé si me he explicado, señor Presidente , pero la aclaración es muy importante, pues queremos que el derecho consagrado en el artículo sea efectivo para los parlamentarios y que la información pueda ser solicitada.
He dicho.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- Señor Presidente , no deseo alargar el debate, pero quiero precisar que mi alcance tiene que ver sobre todo con la posibilidad de darle verdadera eficacia a la propuesta. No significa que esté en contra de que el Congreso disponga de facultades para el control sobre la ejecución del Presupuesto.
Lo que sí me merece duda es que pueda analizar, con algún provecho, proyectos de inversión. Estos se estudian normalmente más de un año por un equipo de técnicos y profesionales que laboran en las reparticiones del Ejecutivo. Pero pueden ser más de cinco años. Conozco casos de algunos que llevan diez años en elaboración.
Puede ocurrir, con motivo de la discusión acerca del propósito de las inversiones, de su destino, que se inicie una sesión de intercambio de proyectos entre parlamentarios: el de la zona X requiere un puente; el de la zona Y, otro tanto. Y, en definitiva, la aprobación de estas leyes puede pasar a ser una especie de intercambio de logros individuales, Región por Región, distrito por distrito, circunscripción por circunscripción, como quiera decirse.
Ese es el alcance de lo que he comentado. Me permito precisarlo.
Ahora, también debemos entender que la iniciativa -así, en abstracto- es de muy poca utilidad si no se halla acoplada a la existencia de un equipo de asesoría contable efectivo que permita verificar el cumplimiento de lo establecido en el Presupuesto, que es, como decía recién el Senador señor Navarro , la "estrella" de las leyes, la más importante y la que permite controlar el buen uso de los fondos públicos y si acaso el bien común se está persiguiendo de manera medianamente seria.
Por este camino podemos evitar, por ejemplo, excesos de gasto presupuestario del orden del 19 por ciento, como ocurrió en 2009, lo que hace dudar mucho de la utilidad de la aprobación de una Ley de Presupuestos.
Creo, al mismo tiempo, que la propuesta de mi Honorable colega Prokurica en el sentido de que la información esté también disponible con relación a los entes descentralizados del Estado es absolutamente crucial, porque, por la vía de crearlos, se puede sortear cualquier forma de control, como ha ocurrido muchas veces, desgraciadamente.
Gracias.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.- Señor Presidente , seré muy breve, porque creo que la discusión se ha agotado. Pero veo, por el número de Honorables colegas que han intervenido, que se justificaba algo que parece tan nimio, abstracto y árido como es requerir antecedentes sobre la ejecución presupuestaria de la nación.
Creo que la cuestión es motivo de interés. Y lo es porque nos lleva a un proceso en el cual hemos ido avanzando sustantivamente en los últimos quince años respecto a la transparencia en el uso de los recursos públicos.
Lo relativo al Presupuesto es algo no ajeno. La Comisión Especial Mixta de Presupuestos es una institución relativamente reciente en la República y cumple un rol que antes no jugaba y que hoy día, afortunadamente, desempeña cada vez mejor.
Eso, asociado a prácticas relativamente sanas al interior de la Administración Pública.
Quería hacerme cargo de un comentario del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, cuya interpretación tal vez no es la más adecuada. No se trata de pedir información respecto de solicitudes concretas de inversión. Creo que las decisiones respectivas, al final, las toman los Gobiernos central o regionales.
Lo que estamos planteando en el proyecto de ley es, primero, que se sepa si median enmiendas en el Presupuesto respecto a ciertas iniciativas de inversión; segundo, que se identifiquen a priori cuáles son los criterios para determinar ciertas definiciones en la materia y qué proyectos, cosa de que, tercero, si existen modificaciones a lo largo del año sepamos cuál fue la razón y cuáles son.
No me ha tocado, al menos, el caso particular de que se pida un puente -sé que Su Señoría se expresó en sentido figurado-, pero deseo consignar que lo que ha perseguido el Senador que habla, por lo menos, como autor de la iniciativa, es lograr claridad respecto a si ha existido una decisión de invertir en un determinado puente; si se materializa o no; si se lleva a cabo una reformulación del proyecto, que se informe dentro de cierto tiempo para estar preparados y conocer sobre su marcha.
Y tiene toda la razón el Senador Carlos Larraín en el sentido de que nosotros no estamos en condiciones de evaluar lo que realizan los técnicos (por lo menos, yo no lo estoy, como tampoco Su Señoría), pero sí de poder dar nuestra opinión en caso de que un proyecto de inversión no se materialice o se cambie por otro.
Dicho lo anterior, anuncio que votaré favorablemente la normativa en estudio, la cual representa un tremendo avance en el tema presupuestario, algo árido, un poco aburrido, pero importante.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente, solo quiero aclarar al Senador Carlos Larraín que, generalmente, las inversiones se deciden en las Regiones, de acuerdo a las facultades que les hemos ido traspasando.
Jamás aquí, en el Parlamento, ha habido intercambio de obras: "que este camino por este otro; que tal puente por aquel". ¡Nunca!
Pero no puedo decir lo mismo respecto de lo que ocurre en el resto del país. Yo diría que en las Regiones sí existe un intercambio muy fuerte en ese aspecto. Y, a lo mejor, en un momento determinado tendremos que analizar tal situación.
Con todo, repito que acá no ha pasado nunca algo como lo descrito.
Por otro lado, creo que el proyecto que estamos votando es altamente pertinente.
Eso sí, debo dejar en claro que los Presidentes de las Subcomisiones y de la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, lisa y llanamente, no deberán aceptar indicaciones en materia de petición de información, las cuales se formulan en gran cantidad. Porque, al quedar establecido lo que se propone de manera permanente en la normativa general, ellas serán inadmisibles.
Además, quiero hacer presente que también podrán pedir antecedentes en materia presupuestaria las Comisiones y los parlamentarios, debidamente individualizados en sesiones de Sala o de Comisión, a través de las Oficinas de Información o de Asesoría Presupuestaria del Senado, vía oficio. O sea, no será necesario que tal solicitud pase por la Sala, será factible efectuarla en cualquiera de las instancias descritas.
Asimismo, quiero recordar que, tratándose de peticiones de información, de mayor transparencia, el Parlamento siempre ha aprobado todas las indicaciones formuladas. Y con lo propuesto ahora agilizaremos mucho más el despacho de la Ley de Presupuestos, que es lo que esperamos con esta normativa.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba la enmienda acogida por unanimidad en la Comisión de Hacienda (27 votos afirmativos), consistente en sustituir el artículo único aprobado en general, con excepción del inciso segundo del artículo 17 propuesto para la ley N° 20.128.
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Sabag, Tuma y Zaldívar (don Andrés).
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Correspondería pronunciarse respecto del inciso segundo del artículo 17, que el Senador Carlos Larraín pidió votar en forma separada.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- ¿Puedo retirar mi petición, señor Presidente?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Sí, por cierto.
--Queda retirada la solicitud de votación separada.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Entonces, si le parece a la Sala, se aprobará la norma en cuestión con la misma votación anterior.
--Con la misma votación anterior (27 votos a favor), se aprueba el inciso segundo del artículo 17 propuesto para la ley N° 20.128.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .- Señor Presidente , el Senador Gómez formuló una sugerencia, que me parece bastante pertinente, en el sentido de eliminar, si existiera unanimidad en la Sala, la frase del artículo 20 que dice "consideradas en el presupuesto vigente.", en relación con las empresas del Estado.
Gracias.
El señor PROKURICA.- "Si le parece", señor Presidente .
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Técnicamente, para tal efecto tendría que existir acuerdo unánime de la Sala a fin de que se pudiera presentar la indicación pertinente.
El señor PROKURICA.- Sí existe, señor Presidente .
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Permítame dirigir la sesión, Senador Prokurica.
El señor PROKURICA.- Consulte a la Sala, señor Presidente.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Eso haré, Su Señoría.
¿Habría acuerdo en la Sala para aceptar una indicación en tal sentido?
El señor ESCALONA.- No lo doy, señor Presidente.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Por lo tanto, queda despachado el proyecto en este trámite.
El señor GARCÍA.- Está bien.
El señor ESCALONA.- ¡Tenemos un acuerdo con la Directora de Presupuestos, que debemos hacer valer!
El señor PROKURICA.- ¡Pero es malo!
PERMISO A PADRES O A CUIDADORES DE MENORES DISCAPACITADOS PARA AUSENTARSE DE TRABAJO
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede permiso a las madres de hijos discapacitados para ausentarse del trabajo, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6725-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 43ª, en 17 de agosto de 2010.
Informe de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 41ª, en 9 de agosto de 2011.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- El objetivo principal de la iniciativa es establecer el derecho a un permiso para ausentarse del trabajo por el número de horas equivalentes a diez jornadas ordinarias de trabajo al año, distribuidas a elección en jornadas completas, parciales o en combinación de ambas, para los padres o quien tenga a su cargo el cuidado personal de un menor con discapacidad, debidamente inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad , o, siendo menor de 6 años de edad, con la determinación diagnóstica del médico tratante. Igual derecho se contempla en el caso de personas mayores de 18 años con discapacidad mental o que presenten dependencia severa.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió este proyecto en general y en particular, por ser de artículo único, y le dio aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Honorables señores Bianchi, Kuschel y Muñoz Aburto).
En cuanto a la discusión particular, realizó tres enmiendas, las que fueron acordadas también unánimemente por los señores Senadores ya mencionados.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado, donde se transcribe el texto que se propone a la Sala.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra la Honorable señora Rincón.
La señora RINCÓN.- Señor Presidente , estimados colegas, la iniciativa que estamos analizando busca establecer el derecho a un permiso a fin de ausentarse del trabajo, en los mismos términos del artículo 199 bis del Código Laboral, para los padres o el cuidador -conforme a la ley Nº 20.422- de un menor con discapacidad, debidamente inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad , o, si es menor de 6 años de edad, con la determinación diagnóstica del médico tratante.
Igual derecho se contempla en el caso de personas mayores de 18 años con discapacidad mental, por causa psíquica o intelectual y multidéficit.
El proyecto de ley incide en el artículo 199 bis del Código Laboral, el cual regula el permiso contemplado a favor de la trabajadora -y, en determinados casos, del trabajador- para ausentarse de su lugar de trabajo cuando la salud de un hijo menor de 18 años de edad requiera la atención personal de sus padres.
En la discusión de la iniciativa contamos con la presencia de la Diputada María Angélica Cristi , en su calidad de autora, quien nos explicó sus principales aspectos y los fundamentos en que se sustenta.
La propuesta legislativa reviste especial importancia para las familias donde hay un hijo afectado por una discapacidad, particularmente en razón de que se trata de personas no autovalentes y, por tanto, necesitan los cuidados de alguien en forma permanente.
Sin embargo, la vida cotidiana presenta a veces inconvenientes que dificultan o impiden esa asistencia y, en tales casos, resulta imperioso que los padres de estos menores permanezcan junto a ellos, con el fin de socorrerlos y atenderlos debidamente.
La iniciativa legal en discusión hace procedente para esas situaciones el permiso especial contemplado en el artículo 199 bis del Código Laboral, el cual autoriza a la madre trabajadora -y, en determinadas circunstancias, al padre trabajador- para ausentase del trabajo cuando la salud de un menor de 18 años requiera la atención personal de sus progenitores en razón de un accidente grave, o de una enfermedad terminal en su fase final, o de una enfermedad grave, aguda y con probable riesgo de muerte.
Dicho permiso, al tenor de la norma en comento, puede extenderse por el número de horas equivalentes a diez jornadas ordinarias de trabajo al año, distribuidas a elección de la madre en jornadas completas, parciales o en combinación de ambas, las que se consideran como trabajadas para todos los efectos legales. Este tiempo DEBE SER RESTITUIDO de acuerdo a los mecanismos que al efecto también establece la ley, esto es, mediante su imputación al feriado anual o a días administrativos, con trabajo en jornadas extraordinarias o, incluso, con descuentos en las remuneraciones.
Durante la tramitación de este proyecto la Ministra del Trabajo reiteró que el Ejecutivo comparte su propósito y los fundamentos que lo justifican.
Quienes tienen un hijo con discapacidad, efectivamente enfrentan muchas dificultades para el desenvolvimiento regular de su vida cotidiana y, por tanto, necesitan contar con ciertas prerrogativas que faciliten dicha tarea, como el permiso especial en cuestión.
En tal virtud, el Gobierno propuso una modificación al texto aprobado consistente en señalar que dicho permiso no solo procederá tratándose de personas mayores de 18 años con discapacidad mental, por causa psíquica o intelectual y multidéficit, sino también respecto de quienes presenten una dependencia severa de sus padres o de las personas que los cuidan.
Con ello, según se apuntó, la ley se haría cargo de una situación real, ya que incluiría a los individuos que, no obstante ser mayores de edad, no pueden valerse por sí mismos atendida su discapacidad y precisan la permanente asistencia de sus progenitores.
Los miembros de la Comisión, por tanto, estuvimos contestes en apoyar la idea de legislar al coincidir con el objetivo de la iniciativa y con el fundamento que la sustenta.
Sin perjuicio de lo anterior, concordamos con la pertinencia de perfeccionar el proyecto en estudio a fin de que el instrumento que contempla constituya un efectivo aporte a la problemática que se intenta resolver.
Así, compartimos la propuesta del Ejecutivo en la medida que ella recoge la inquietud expresada en el sentido de aclarar en el texto de la iniciativa qué tipo de discapacidad habilitará para impetrar el beneficio laboral que se consagra, cuando se trate de discapacitados mayores de edad.
En consecuencia, los integrantes de la Comisión acordamos incorporar en el inciso sexto que el proyecto propone agregar al artículo 199 bis del Código del Trabajo una mención que haga expresa referencia a las personas que, siendo mayores de edad, presenten una dependencia severa de quienes los cuidan y asisten.
Otro tema en que coincidimos con el Ejecutivo dice relación con que el plazo de 48 horas contemplado en el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados podría resultar demasiado extenso para los efectos de dar aviso al empleador, toda vez que ello implicaría aceptar la posibilidad de que el trabajador no se presentara a cumplir sus labores de improviso y sin comunicar el motivo de su inasistencia hasta prácticamente dos días después.
Consideramos lógico que el empleador tome conocimiento oportuno de dicha circunstancia. Lo contrario podría ser especialmente riesgoso para el propio trabajador si se considera que, de acuerdo al Código Laboral, su no concurrencia al lugar de trabajo sin causa justificada durante dos días seguidos constituye una causal de despido sin derecho a indemnización alguna.
En consecuencia, parece más adecuado establecer un plazo máximo de 24 horas.
Conforme a lo anterior, la Comisión resolvió reemplazar, en el inciso séptimo que la iniciativa propone incorporar al artículo 199 bis del Código del Trabajo, el lapso de 48 horas por el de 24.
Señor Presidente, estimo que los aportes legislativos del Ejecutivo en esta materia han sido muy importantes para mejorar la redacción del proyecto en análisis, a fin de tratar de abarcar la mayor cantidad de beneficiarios.
En Chile hay más de dos millones de personas discapacitadas, de las cuales más de 160 mil son menores de edad. Según los datos del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), en nuestro país hay 26 mil 891 menores con discapacidad severa, 111 mil en grado de leve y 24 mil en el de moderada. En tanto, entre los mayores de edad, hay 377 mil 51 personas con discapacidad severa, y 489 mil con moderada.
Todos los que nos encontramos en esta Sala sabemos que una discapacidad va asociada muchas veces a vulnerabilidad, y en algunas ocasiones, a condiciones de pobreza.
Mediante la normativa en debate les damos estabilidad laboral y certeza jurídica a los padres de hijos discapacitados, quienes podrán contar con cierta cantidad de días y horas, imputables a sus vacaciones, en caso de que un miembro directo de su familia padezca una enfermedad grave.
Creo que la presente iniciativa, de la Diputada señora Cristi , merece nuestro respaldo. Por ello, la Comisión la aprobó. Y, desde ya, anuncio mi voto favorable.
He dicho.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Si le parece a la Sala, se abrirá la votación, pues varios señores Senadores deben concurrir a Comisiones.
Acordado.
Cerrado el debate
En votación.
--(Durante la votación).
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA .- Señor Presidente , la presente iniciativa, formulada por la Diputada señora Cristi , me parece tremendamente necesaria.
A la vez, desde el punto de vista de la protección del trabajo para las mujeres, en este caso concreto para las madres de menores con discapacidad, no conlleva ningún riesgo mayor en el sentido de que no puedan acceder a empleos o de que sean eventualmente discriminadas frente a una mamá que no sufra el problema que las afecta.
Menciono lo anterior porque el artículo 199 bis del Código del Trabajo consagra que el tiempo no laborado deberá ser restituido por el trabajador mediante imputación a su próximo feriado anual, desarrollando horas extraordinarias o a través de cualquier forma que convengan libremente las partes.
El nuevo derecho que se establece para los padres que tengan a su cuidado personal un menor con discapacidad, debidamente registrado en el Servicio Nacional de la Discapacidad o con determinación diagnóstica del médico tratante, al encuadrarse en lo que dispone el referido artículo 199 bis, resulta enteramente plausible.
Por lo tanto, voto a favor.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Solicito que se pronuncien quienes aún no lo han hecho. Varios colegas están en Comisiones.
¿Se encuentra aquí algún miembro de la Comisión de Trabajo? Al parecer, no.
Si me lo permite la Sala, deseo formular una consulta técnica, legal.
Se plantea el concepto de la discapacidad, que va a guiarse por el Código del Trabajo, de quienes "presenten dependencia severa". Es decir, se dispone que el beneficio también se aplicará "tratándose de personas mayores de 18 años con discapacidad mental, por causa psíquica o intelectual, multidéficit, o bien presenten dependencia severa.".
¿Eso está definido en alguna ley?
El señor PROKURICA.- Sí.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Dejo la pregunta, porque no sé si eso aparece en la ley sobre discapacidad.
El señor PROKURICA.- La misma frase está en el Código del Trabajo. Pero hay que revisar el punto de todas maneras.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (24 votos a favor) y, por no haber sido objeto de indicaciones, se aprueba también en particular, y queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Gómez, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pizarro, Prokurica, Quintana, Sabag, Tuma y Zaldívar (don Andrés).
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El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Gómez, para un asunto de Reglamento.
El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , debo concurrir a la Comisión de Minería y no quiero dejar de mencionar lo siguiente, pues lo estuve comentando con el Honorable señor García .
En nuestra Corporación nunca se ha dado la circunstancia de que se vote por un Senador que no está en la Sala. Y en el caso particular del proyecto de acuerdo sobre consultas indígenas se cometió una equivocación.
Lo quiero explicar porque creo que resulta importante, para que no quede en la historia de nuestra institución que ocurrió un hecho que debe ser investigado, cuando no es así.
En el Diario de Sesiones del Senado de la sesión 40ª, de la Legislatura 359ª, efectivamente se señala que votaron por la negativa la señora Pérez ( doña Lily ) y los señores Coloma , García , Kuschel , Larraín (don Hernán ) y Uriarte . Y la verdad es que quien votó en este caso fue el Honorable señor García-Huidobro .
Por eso se produjo una confusión, en el sentido de que el Senador señor García pensó que había aparecido votando él.
Revisamos la votación, y en el documento que tengo en mi poder por supuesto no figura el Honorable señor García . Quería dejar constancia de ello.
En consecuencia, la investigación cuya realización habíamos planteado no es necesaria, pues el asunto se encuentra totalmente aclarado.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En tal virtud, recabo la autorización de la Sala para que se elimine de la Versión Oficial de la presente sesión cualquier referencia que pudiese llevar a confusión sobre la materia.
--Así se acuerda.
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El señor LETELIER (Vicepresidente).- Corresponde tratar el siguiente proyecto del Orden del Día.
El señor COLOMA.- Quedan cinco minutos para el inicio de la sesión de la Comisión de Educación.
El señor LAGOS.- Tenemos que concurrir a ella.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- La iniciativa es bastante sencilla y se podría despachar en los próximos doce minutos. Como es de quórum calificado, necesita para su aprobación los votos favorables de la mayoría de los Senadores en ejercicio: 20 votos.
Su texto se refiere a la explotación artesanal de los recursos pesqueros en la Región de Los Ríos.
El señor KUSCHEL.- ¡Es inconstitucional! ¡Atenta contra la libertad de trabajo!
EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN REGIÓN DE LOS RÍOS
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Carlos Larraín y Prokurica, en materia de explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos, con informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
--Los antecedentes sobre el proyecto (7575-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Larraín Peña y Prokurica):
En primer trámite, sesión 7ª, en 6 de abril de 2011.
Informe de Comisión:
Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura: sesión 42ª, en 10 de agosto de 2011.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- El objetivo principal de la iniciativa es derogar los artículos 14 y 15 de la Ley que crea la Decimocuarta Región de Los Ríos y la provincia de Ranco, de manera de volver al régimen general en materia de zonas contiguas y regular, además, las áreas de manejo.
La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura discutió esta iniciativa en general y en particular, por ser de artículo único, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Horvath, Orpis y Sabag). En cuanto a la discusión en particular, realizó dos enmiendas, que también fueron acordadas unánimemente por sus miembros presentes (Honorables señores García-Huidobro, Horvath y Rossi).
El texto que se propone aprobar a la Sala se transcribe en la parte pertinente del primer informe del órgano técnico.
Corresponde señalar que el proyecto requiere para su aprobación los votos conformes de 20 señores Senadores.
El señor KUSCHEL.- ¡Votemos no más, señor Presidente!
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En discusión general.
Tiene la palabra el Senador señor Horvath.
Ruego a Sus Señorías guardar silencio para que quienes estén interesados en la materia puedan escuchar.
El señor HORVATH.- Señor Presidente , yo podría informar la iniciativa y su justificación; sin embargo, percibo que no tenemos quórum para aprobarla.
Por lo tanto, solicito que se recabe la anuencia de la Sala para aplazar la votación, y así poder explicar su objetivo a un mayor número de Senadores.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Cabe recordar que reglamentariamente cualquier Comité puede pedir aplazamiento de la votación.
Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente , el Comité Renovación Nacional solicita, formalmente, postergar el pronunciamiento acerca de este proyecto. Es muy importante y todos deben estar bien informados antes de emitir su voto.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- ¿Habría acuerdo en la Sala en acceder a lo solicitado?
El señor KUSCHEL.- No, señor Presidente.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señor Senador, como lo está pidiendo su Comité, no queda otra opción.
--Queda pendiente la votación del proyecto.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.- Señor Presidente , como se demandó que esta iniciativa fuese tratada como de Fácil Despacho, debería colocarse en los primeros lugares de la tabla de la sesión de mañana.
Se tiene que resolver a la brevedad el problema surgido entre esas dos Regiones. Y una manera de ayudar a zanjar la situación consiste en no dejar el proyecto -aprobado por unanimidad en la Comisión- en las últimas posiciones del Orden del Día, porque podría suceder lo mismo de ahora.
De manera que hago tal sugerencia.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Con todo respeto, debo informar que es facultad de la Mesa fijar la tabla de cada sesión.
Pasamos al Tiempo de Votaciones .
VI. TIEMPO DE VOTACIONES
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Pido a Secretaría que avise a los señores Senadores que se encuentran en las Comisiones de Minería y Energía; de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y de Salud.
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, los proyectos de acuerdo se votan sin debate. Por lo tanto, se requiere la presencia del número necesario de Senadores en la Sala, a menos que se suspenda la sesión hasta que lleguen
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se suspende la sesión por 5 minutos.
Solicito hacer sonar los timbres.
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--Se suspendió a las 19:12.
--Se reanudó a las 19:19.
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El señor LETELIER (Vicepresidente).- Continúa la sesión.
CREACIÓN DE ÁREA MARINA PROTEGIDA EN ARCHIPIÉLAGO JUAN FERNÁNDEZ. PROYECTO DE ACUERDO
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señores Chahuán y Lagos.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1392-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 42ª, en 10 de agosto de 2011.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo del proyecto de acuerdo es solicitar a Su Excelencia el Presidente de la República el establecimiento de un "área marina protegida de múltiples usos" en el archipiélago Juan Fernández, que alcance 12 millas alrededor del territorio insular.
En la referida área, se deberían excluir las artes de pesca destructivas y conformar cinco zonas en su interior, que tengan como finalidad preservar los montes submarinos; asentar al lobo endémico de Juan Fernández, y proteger los ambientes costeros y las zonas de nidificación de aves marinas.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto de acuerdo (27 votos contra 1).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Navarro, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).
Votó por la negativa el señor Muñoz Aburto.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se ha representado a la Mesa el tiempo de espera para llevar a efecto la votación.
Quiero explicar que se activaron los timbres para llamar a la Sala a los señores Senadores por cinco minutos, los que aún no se cumplían cuando comenzó esta parte de la sesión. Quienes se encontraban en Comisiones informaron que habían suspendido las respectivas sesiones para acudir a votar, y se dio plazo para ello.
VALORACIÓN DE PROCESO DE CONSULTAS SOBRE INSTITUCIONALIDAD INDÍGENA. PROYECTO DE ACUERDO
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señor Espina, señoras Pérez San Martín y Von Baer y señores Cantero, Chahuán, Coloma, García, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Orpis, Pérez Varela y Prokurica, relativo al proceso de consultas sobre institucionalidad indígena.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1393-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 42ª, en 10 de agosto de 2011.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es expresar a Su Excelencia el Presidente de la República la alta valoración que el Senado da al proceso de consultas que se está llevando a cabo en lo que respecta a la institucionalidad indígena.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente, ¿se puede solicitar segunda discusión?
El señor ESPINA.- ¡No, los proyectos de acuerdo se votan sin debate!
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se está planteando una consulta reglamentaria, Senador señor Espina.
El señor CHAHUÁN.- No corresponde abrir debate.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Puede continuar el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente, solo quiero saber si reglamentariamente es factible pedir postergar la votación o segunda discusión.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, en opinión de esta Secretaría, no procede segunda discusión respecto de un proyecto de acuerdo, por cuanto el artículo 100 del Reglamento establece lo siguiente:
"En esta parte de la sesión -se refiere al Tiempo de Votaciones de Primera Hora- no habrá lugar a discusión.".
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Pero sí se puede requerir el aplazamiento de la votación.
El señor LARRAÍN.- Exacto.
El señor NAVARRO.- El Honorable señor Hernán Larraín fue Presidente del Senado y concuerda en que se puede pedir aplazamiento de la votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Con relación al aplazamiento de la votación, el artículo 135 del Reglamento no consigna que no se pueda solicitar. Solo expresa que no procede este derecho "cuando su ejercicio pueda perjudicar el despacho del asunto dentro del plazo constitucional, legal o reglamentario establecido para su resolución.".
No hay más normas sobre el particular.
La señora RINCÓN.- Entonces, es posible aplazar la votación.
El señor QUINTANA.- En efecto.
El señor NAVARRO.- Por lo tanto, señor Presidente, como Comité, solicito formalmente aplazamiento de la votación.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- No se puede pedir segunda discusión, sino, directamente, el aplazamiento de la votación.
El señor LARRAÍN.- El colega tiene derecho a ello.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Bien.
--Queda aplazada la votación del proyecto de acuerdo.
PETICIONES DE OFICIOS
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor NAVARRO:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública, requiriendo información sobre TARDANZA EN RECONSTRUCCIÓN DE 3ª COMISARÍA DE COMUNA DE BULNES;
al señor Ministro de Defensa Nacional, para que informe respecto de CONCESIONES MARÍTIMAS EN COMUNA DE CORONEL Y DENUNCIAS POR DENEGACIÓN DE PASO A ORILLA DE MAR Y POR ESCOMBROS EN PLAYAS;
al señor Ministro de Educación, a fin de que se proporcionen antecedentes acerca de DENUNCIAS CONTRA COLEGIO SAN MATEO, DE OSORNO, POR EVENTUALES COBROS INDEBIDOS DE SUBVENCIONES Y CUOTAS;
a la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, para que se informe sobre FISCALIZACIONES Y MULTAS A NIT CHILE S.A., CON NOMBRE DE FANTASÍA POLYMONT CHILE S.A.
Al señor Ministro de Energía, pidiéndole información sobre LICITACIONES DE ENAP PARA REPARACIÓN, REVISIÓN Y MANTENCIÓN DE OLEODUCTOS EN LINARES, MAIPÚ, SAN BERNARDO Y CHILLÁN Y CONTRATOS CON EMPRESA NIT CHILE S.A., y requiriéndole antecedentes relativos a MEDIDAS SANITARIAS, MEDIOAMBIENTALES Y DE EMISIÓN DE RUIDOS ADOPTADAS POR ENAP EN SECTOR EL TRIÁNGULO, COMUNA DE HUALPÉN;
a la señora Ministra del Medio Ambiente, a fin de que solicite a la CONAMA COPIA DE ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Y EMPRESA MITSUBISHI MOTORS CHILE PARA DESARROLLO DE AUTOS ELÉCTRICOS O DE CERO EMISIÓN;
al señor Alcalde de Bulnes, para que entregue información sobre MONTOS TOTALES POR ARRIENDO DE INMUEBLE DONDE FUNCIONA 3ª COMISARÍA DE CARABINEROS EN ESA COMUNA DESDE 2010 (Octava Región), y
al señor Presidente Ejecutivo de CODELCO, a fin de solicitarle antecedentes relativos a BASES DE LICITACIÓN PARA TRASLADO DE RESIDUOS ARSENIACALES Y SUSPENSIÓN TEMPORAL DE ÉL DESDE DIVISIÓN EL TENIENTE A REGIÓN DE BIOBÍO Y EVENTUAL NEGATIVA DE EMPRESA A PRESENTACIÓN DE PROYECTO SOBRE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE SU TRASLADO A COMUNA DE PUDAHUEL.
Del señor MUÑOZ ABURTO:
Al señor Ministro de Salud, con el objeto de requerirle ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE PAGO DE JORNADAS DE URGENCIA EN HOSPITAL DE PORVENIR (Región de Magallanes).
Del señor PROKURICA:
Al señor Contralor General de la República, solicitándole comunicar medidas adoptadas y enviar informes elaborados en relación con SUPUESTAS IRREGULARIDADES EN EJECUCIÓN DE PROYECTO "VILLA CULTURAL PUEBLO HUNDIDO", COMUNA DE DIEGO DE ALMAGRO (Tercera Región);
al señor Director Nacional de DIPRECA, con el propósito de que dé a conocer acciones decretadas acerca de CORRECCIÓN DE IRREGULARIDADES, BÚSQUEDA DE RESPONSABLES Y REDUCCIÓN DE DEUDA INSTITUCIONAL, así como en materia de AUMENTO EN COBERTURA LOCAL DE SALUD PARA BENEFICIARIOS DE REGIONES, y
al señor Presidente Ejecutivo de CODELCO, a fin de que dé cuenta sobre INICIATIVAS PUESTAS EN PRÁCTICA, A CONTAR DE JUNIO DE 2001, PARA REDUCIR NIVELES DE CONTAMINANTES AL INTERIOR DE FUNDICIÓN POTRERILLOS (Región de Atacama).
De la señora RINCÓN:
Al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo, para que informe sobre SOLICITUD DE SUBSIDIO HABITACIONAL DE SEÑORA MARÍA RODRÍGUEZ ALARCÓN, y
al señor Ministro de Planificación, requiriéndole REEVALUACIÓN DE PUNTAJE DE FICHA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SEÑORA MARÍA RODRÍGUEZ ALARCÓN.
Al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo, pidiéndole informar sobre PÉRDIDA DE EXPEDIENTE DE SEÑORA MARÍA RODRÍGUEZ ALARCÓN, POSTULANTE A SUBSIDIO POSTERREMOTO, y
al señor Director del Servicio de Impuestos Internos, planteándole RETASACIÓN DE INMUEBLE A SOLICITUD DE SEÑORA MARÍA RODRÍGUEZ ALARCÓN.
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El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:26.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
8. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LARRAÍN FERNÁNDEZ, CANTERO, ESPINA, QUINTANA Y ZALDÍVAR, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL PARA ASEGURAR LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN (7867-04)
1. Antecedentes de contexto:
Existe un amplio consenso en la sociedad chilena sobre el alto impacto positivo que tiene en la sociedad la educación, ya que es el instrumento de movilidad social más relevante y la mejor manera de que los sectores hasta ahora más desposeídos puedan superar sus niveles de pobreza. Además, ella constituye hoy día una aspiración expresamente declarada por todos los actores sociales interesados en el proceso educativo, y especialmente, por las autoridades de Gobierno, los profesores y los estudiantes.
En este sentido, cabe destacar que la última evidencia disponible para nuestro país (Sapelli, 2011) muestra que, en materia de acceso a la educación, hemos dado pasos significativos en las últimas décadas, lo que se traduce en que, por ejemplo, si comparamos el porcentaje de personas que tienen algo de educación secundaria en Chile para toda la población es más bajo que el mismo indicador para la OECD; pero si se compara este promedio sólo con el grupo que hoy tiene entre 25 y 35 años, Chile tiene un porcentaje de cobertura más alto. Así, como país, debemos tener una mirada optimista respecto del avance en el combate para reducir la desigualdad y mejorar la movilidad social: ella es posible y lentamente comienzan a verse resultados concretos entre los más jóvenes.
Por otro lado, si se analizan los aumentos de cobertura en materia de educación superior también han sido muy significativos los logros de nuestro país en las últimas décadas. Hoy en día cerca de un millón de chilenos asisten a alguna institución de educación superior, sea esta en alguna de las universidades del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH) o privadas, o bien en un centro de formación técnica o un instituto profesional. En 1980 el número de estudiantes en la educación superior ascendía a 118.000.
Con todo, y tal cual lo ha planteado el actual Gobierno, no hay desafío más relevante que invertir decididamente en la educación pre-escolar. Es aquí donde estarán concentrados nuestros esfuerzos como sociedad en el corto plazo, ya que sabemos es aquí donde mayores éxitos podremos lograr para contrarrestar las diferencias que se producen como consecuencia del origen socioeconómico de los estudiantes.
2. Marco normativo: el derecho fundamental a la educación
La evidencia empírica antes mencionada pone en el centro de la discusión la naturaleza jurídica que reviste la educación en las sociedades modernas. En todos los ámbitos, nacionales e internacionales se reconoce a la educación como un derecho humano y se definen las consecuencias de dicha categorización.
De esta forma, en Chile el artículo 19, numeral 10, reconoce a todas las personas el derecho a la educación, disponiendo expresamente que la educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida. Y si consideramos que el desarrollo de la persona está encargado al Estado en virtud del inciso tercero del artículo 1° de la CPR, pues éste “está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual, debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible”, uno de los mandatos primordiales es propender a una educación que satisfaga esos requerimientos.
Asimismo, el artículo 13 del Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales de las Naciones Unidas, dispone que “1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.” (el destacado es nuestro).
De su lectura se puede desprender con claridad que el acento está puesto en que la educación debe otorgar capacidades a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, fijando con ello estándares de calidad que van más allá de la mera cobertura educativa (educación gratuita a todas las personas). Lo anterior se ve corroborado en el párrafo final del artículo 13, que prescribe “4. Nada de lo dispuesto en este artículo se interpretará como una restricción de la libertad de los particulares y entidades para establecer y dirigir instituciones de enseñanza, a condición de que se respeten los principios enunciados en el párrafo 1 y de que la educación dada en esas instituciones se ajuste a las normas mínimas que prescriba el Estado.” (el destacado es nuestro) Por consiguiente, será el Estado el sujeto obligado a fijar normas o estándares mínimos obligatorios para todos aquellos que presten servicios educacionales, sin afectar por ello la libertad de enseñanza.
Es tal la relevancia que se reconoce al derecho fundamental a la educación que en las Observaciones Generales del Comité de Derecho Económicos, Sociales y Culturales, contenido en el documento Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1999, respecto el artículo 13 antes citado, se dispuso que “La educación es un derecho humano intrínseco y un medio indispensable de realizar otros derechos humanos. Como derecho del ámbito de la autonomía de la persona, la educación es el principal medio que permite a adultos y menores marginados económica y socialmente salir de la pobreza y participar plenamente en sus comunidades. La educación desempeña un papel decisivo en la emancipación de la mujer, la protección de los niños contra la explotación laboral, el trabajo peligroso y la explotación sexual, la promoción de los derechos humanos y la democracia, la protección del medio ambiente y el control del crecimiento demográfico. Está cada vez más aceptada la idea de que la educación es una de las mejores inversiones financieras que los Estados pueden hacer, pero su importancia no es únicamente práctica pues dispone de una mente instruida, inteligente y activa, con libertad y amplitud de pensamiento, es uno de los placeres y recompensas de la existencia humana.” (el destacado es nuestro)
En el mismo sentido y ratificando lo antes señalado, la declaración del Comité de la Conferencia Consultiva Internacional sobre educación en la escuela, contenida en el documento En el mismo sentido y ratificando lo antes señalado, la declaración del Comité de la Conferencia Consultiva Internacional sobre educación en la escuela, contenida en el documento “ Temas sustantivos que surgen al implementar el Convenio Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, adoptado en Madrid, con fecha 12 de noviembre de 2001, estableció que “en conclusión, el Comité reafirma las palabras iniciales del Comentario General N° 13: “La educación es, a la vez un derecho humano en sí mismo, y un medio indispensable para la realización de otros derechos humanos. Como un derecho que empodera a otro, la educación es el vehículo principal por el cual adultos y niños social y económicamente marginados pueden salir de la pobreza y obtener los medios suficientes para participar en plenitud en sus comunidades. La Educación es uno de los instrumentos más poderosos para el mundo pueda superar el racismo, la discriminación social la xenofobia y otras intolerancias. Por ello, una estrategia esencial para la eliminación de la discriminación es un compromiso renovado, sustentado en los recursos que se requieran, para realizar el derecho a la educación contenido en el Convenio Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales”.
Por tanto, este derecho humano a la educación, amparado tanto en los textos internacionales como en nuestra Carta Fundamental, exige al Estado un rol protagónico, por constituir una poderosa herramienta para superar la marginalidad económica y social, permitir el pleno desarrollo de la persona y capacitarlas para participar en una sociedad libre, y ser, también, el medio indispensable para el ejercicio efectivo de otros derechos. En concreto, el Estado está convocado a fijar las normas o estándares mínimos para que ello se transforme en un abanico de nuevas posibilidades para todas las personas.
3. El principal desafío pendiente en Chile: la calidad de la educación
A nivel internacional, desde el año 2004, se ha venido haciendo hincapié en esta problemática nacional, tal como se dejó constancia en la Compilación de observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre países de América Latina y el Caribe (1989-2004). El referido Comité señaló respecto de Chile que “Aunque tiene en cuenta los progresos realizados en la cobertura de educación, el Comité está preocupado por la calidad dispar de la educación que se imparte en las escuelas públicas y privadas, así como por las tasas de deserción relativamente altas, especialmente entre las adolescentes.” (el destacado es nuestro).
Por tanto, “El Comité recomienda al Estado Parte que siga intensificando sus esfuerzos por mejorar la calidad de la educación en las escuelas públicas y que aborde la cuestión de la deserción, especialmente entre las adolescentes, por ejemplo prestando el apoyo adecuado a las madres adolescentes para que puedan seguir sus estudios.” (el desatacado es nuestro).
4. Fundamentos de la reforma constitucional al artículo 19 N°10 de la CPR
Por tanto, rescatando los avances que ha hecho Chile en materia de cobertura y considerando las recomendaciones internacionales, hoy nuestra sociedad ha querido avanzar también en materia de calidad de la educación. Como sabemos, la calidad no es una meta que se pueda obtener mediante alguna medida aislada o que baste para ello aunar buenas intenciones. Se hace necesario contar con medidas coherentes, con voluntad política y con instancias de colaboración y coordinación de todos los sectores.
De acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, las acciones de gobierno y de los particulares se apoyan generalmente en una norma jurídica, dictada con el expreso propósito de producir los efectos que la sociedad requiera en una determinada encrucijada del devenir nacional. A su vez, las normas jurídicas deben mantener entre sí mecanismos de complementariedad y de jerarquización, de forma tal que formen un todo orgánico que facilite su interpretación y aplicación.
Nuestra institucionalidad comienza en el nivel constitucional. Es allí donde descansan, en último término, las grandes aspiraciones nacionales, cual es el caso, precisamente, de la convicción lograda ya hace tiempo y potenciada mediante declaraciones y movilizaciones estudiantiles, sobre la calidad de la educación. En el reciente gobierno de la ex Presidenta Michelle Bachelet se lograron importantes acuerdos en materia educacional, que se incluían enun todo legislativo de gran alcance, constituido por proyectos sobre la creación de una Superintendencia de Educación, una Agencia de Calidad, así como la Ley General de Educación y la ley de Subvención Preferencial, ya vigentes. Todas estas iniciativas se inspiraban en el mismo propósito de lograr un proceso educativo de calidad.
Ahora bien, darle un sustento constitucional específico a esta aspiración, que tiene su base en observaciones hechas a nivel internacional, es el propósito del presente proyecto de reforma constitucional. En un marco de realismo y responsabilidad, sin caer en demagogia que pueda desprestigiar nuestra carta fundamental, se consagra constitucionalmente la entrega de las garantías o estándares básicos que permitan otorgar una educación de calidad mediante una ley que las desarrolle, mecanismo diseñado por excelencia para entrar a especificar estas garantías, tal cual existe en materia de salud con las garantías de tipo AUGE. Éste es, por lo demás, el camino que han seguido las constituciones de las naciones que presentan los mejores indicadores internacionales en materia educacional en las pruebas PISA y TIMSS, como son Finlandia, Holanda, Corea del Sur y Japón.
Asimismo, este reconocimiento de estándares de calidad para el ejercicio del derecho fundamental a la educación hace necesario la creación, con rango autónomo constitucional, de un órgano público llamado a promover este derecho y, en especial, las normas mínimas que lo garanticen, mediante la implementación de políticas públicas a largo plazo. Para ello se propondrá la creación de un órgano, que podría adoptar la estructura del actual Consejo Nacional de Educación, dotándolo de herramientas de autonomía necesarias para el cumplimiento de su misión institucional, el que pasaría a llamarse Consejo Nacional de Calidad de la Educación.
Sin perjuicio de lo anterior, se debe tener presente que no basta la consagración de una norma jurídica para producir, por sí misma, los efectos que se quieren lograr. Es necesario desarrollar, o continuar desarrollando, los instrumentos específicos que el nivel normativo reclama en sus niveles inferiores a la Constitución, y de la cual proceden otros textos, como los frutos de un árbol sustancioso. Así, al incluir la calidad de la educación en el nivel constitucional, se obliga también a todas las autoridades de Gobierno, a los legisladores, a los tribunales que interpretan la ley y a todos los sectores nacionales, incluyendo a los sostenedores, rectores de establecimientos, asesores pedagógicos y muy especialmente al profesorado. Son éstos los que verán reflejada en el texto constitucional una aspiración compartida por todos, de lograr la calidad de la educación que, en último término, responde en su mayor medida al trabajo de aula del personal docente, ya que es ahí donde finalmente debe darse el verdadero cambio en la educación, más que en la modificación de textos jurídicos.
En este sentido, las acciones y regulaciones legales que se puedan adoptar para potenciar su labor, encontrará en el mandato constitucional -y luego en las leyes- un fuerte respaldo, que hará al cuerpo docente del país asumir el desafío que con tanta insistencia se ha venido planteando. Pocas profesiones tienen una tan clara vinculación con la normativa constitucional, como la va a tener, a partir de esta reforma, la actividad docente, ya no solamente en relación a la libertad de enseñanza y al derecho a la educación, sino primordialmente al elemento esencial del proceso educativo, cual es la calidad del servicio que se entrega a cada niño del país, lo que deberá lograrse sin otras discriminaciones que no sean las que provengan de la capacidad individual de cada alumno.
En mérito de lo que antecede, venimos en presentar el siguiente proyecto de:
REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al N°10 del artículo 19 de la Constitución Política de la República:
a) Agréguese en el inciso sexto, después de la expresión “fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles” la frase “mediante el establecimiento de estándares de calidad”.
b) Reemplácese en el inciso final, el punto y coma por un punto aparte.
c) Incorpórese el siguiente inciso final nuevo:
“El Consejo Nacional de Educación, organismo autónomo y con personalidad jurídica, será el encargado de fijar los estándares de calidad de la educación y velar por su cumplimiento. Una ley orgánica constitucional señalará la organización y demás funciones y atribuciones del referido Consejo y determinará las garantías básicas que permitan otorgar una educación de calidad;”.
(Fdo.): Hernán Larraín Fernández, Senador.- Carlos Cantero Ojeda, Senador.- Alberto Espina Otero, Senador.- Jaime Quintana Leal, Senador.- Andrés Zaldívar Larraín, Senador.
9. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR CHAHUÁN, SEÑORA VON BAER Y SEÑORES LAGOS, NAVARRO Y QUINTANA, CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 20.272, RESPECTO DE MONUMENTO EN MEMORIA DE SU SANTIDAD JUAN PABLO II (7868-04)
Con fecha 26 de Junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial, la Ley Nº 20.272, originada en una moción de los entonces Diputados Roberto Sepúlveda Hermosilla, Sergio Ojeda Uribe, Eduardo Saffirio Suárez y Francisco Chahuán Chahuán, mediante la cual se autorizó erigir un monumento en memoria de Su Santidad Juan Pablo II en la ciudad de Viña del Mar.
Dicho texto legal estableció en su artículo 4º la creación de una Comisión Especial Ad Honorem, compuesta por un Senador y un Diputado, que representen en el Congreso Nacional a la ciudad de Viña del Mar; el Obispo de la Diócesis de Valparaíso; el Alcalde de Viña del Mar y el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales, los que deben cumplir las funciones que se enumeran en su artículo 5º.
Con posterioridad a la publicación de esta ley, se efectuó la sesión constitutiva de la Comisión Especial Ad Honorem dispuesta por la referida ley, a la que asistieron el entonces Senador Jorge Arancibia Reyes, el entonces Diputado Francisco Chahuàn Chahuán, la Alcaldesa de Viña del Mar Virginia Reginato Bozzo y el Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales Oscar Acuña Poblete, y en dicha oportunidad, se acordó, en conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 4º de la citada ley, elegir como Presidenta de la Comisión, a la Alcaldesa de Viña del Mar, anteriormente individualizada.
No obstante que en esa sesión constitutiva se acordó celebrar una nueva sesión de trabajo dentro de los dos meses siguientes, es del caso señalar que por diversos motivos hubo muchas dificultades para reunir nuevamente a sus miembros, lo que no ha sido posible hasta ahora, sin perjuicio de que debe procederse a una nueva designación, por parte de sus respectivas Cámaras, del Senador y Diputado que integran esta Comisión, en razón de haber cesado en sus cargos pertinentes, quienes habían sido nombrados anteriormente para tal efecto.
Por otra parte, cabe agregar que el artículo 7º de la citada ley dispone que el monumento señalado debe erigirse en el plazo de tres años, contado desde la publicación de la misma, de modo que tal exigencia no ha podido cumplirse, al haber expirado el mencionado plazo, el día 26 de junio del presente año 2011.
En tal virtud, y existiendo plena voluntad para llevar a cabo la ejecución de este monumento, dado el simbolismo que representa para la ciudad de Viña del Mar, en la que incluso se creó hace dos años el “Parque de la Familia”, lugar en el que se emplazará el monumento, se hace necesario otorgar un plazo adicional para dicho propósito, el que para ejecutar cabalmente la obra, se estima en unos tres años más.
Por tal razón, es menester sustituir, en el texto del artículo 7º ya aludido, la expresión numérica “tres” por “seis”.
En mérito a lo anteriormente expuesto, sometemos a la aprobación del Senado de la República, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: Modifícase el texto del artículo 7º de la Ley Nº 20.272, sustituyéndose la expresión numérica “tres” por “seis”.
(Fdo.): Francisco Chahuán, Senador.- Ena von Baer Jahn, Senadora.- Ricardo Lagos Weber, Senador.- Alejandro Navarro Brain, Senador.- Jaime Quintana Leal, Senador.
10. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES NAVARRO, GÓMEZ, LAGOS Y QUINTANA, RELATIVO A LA RATIFICACIÓN DEL CONVENIO N° 79 DE LA OIT, SOBRE EL TRABAJO NOCTURNO DE LOS MENORES (S 1394-12)
Considerando:
1. Que la Conferencia General de la OIT, convocada en Montreal el 19 septiembre 1946 en su vigésima novena reunión, después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la limitación del trabajo nocturno de los menores en trabajos no industriales y después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de un convenio internacional, adoptó, con fecha 9 de octubre de 1946 el Convenio sobre el Trabajo Nocturno de los Menores.
2. Que este Convenio se aplica a los menores, empleados en trabajos no industriales, que perciban un salario o una ganancia directa o indirecta. A los efectos de dicho Convenio, la expresión trabajos no industriales comprende todos los trabajos que no estén considerados por las autoridades competentes como industriales, agrícolas o marítimos.
3. Que para ello la autoridad competente determinará la línea de demarcación entre el trabajo no industrial, por una parte, y el trabajo industrial, agrícola o marítimo, por otra. La legislación nacional podrá exceptuar de la aplicación del presente Convenio: el servicio doméstico ejercido en un hogar privado; y el empleo en trabajos que no se consideren dañinos, perjudiciales o peligrosos para los menores, efectuados en empresas familiares en las que solamente estén empleados los padres y sus hijos o pupilos.
4. Que según este Convenio los niños menores de 14 años que sean admitidos en el empleo a jornada completa o a jornada parcial, y los niños mayores de 14 años que estén todavía sujetos a la obligación escolar de horario completo, no podrán ser empleados ni podrán trabajar de noche durante un período de catorce horas consecutivas, como mínimo, que deberá comprender el intervalo entre las 8 de la noche y las 8 de la mañana.
5. Que sin embargo, el Convenio considera que la legislación nacional, cuando las condiciones locales lo exijan, podrá sustituir este intervalo por otro de doce horas, que no podrá empezar después de las 8.30 de la noche ni terminar antes de las 6 de la mañana.
6. Que los niños mayores de catorce años que no estén sujetos a la obligación escolar a horario completo, y los menores que no hayan cumplido dieciocho años, no podrán ser empleados ni podrán trabajar de noche durante un período de doce horas consecutivas, como mínimo, que deberá comprender el intervalo entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana.
7. Que cuando circunstancias excepcionales afecten a una determinada rama de actividad o a una región determinada, la autoridad competente, previa consulta a las organizaciones interesadas de empleadores y de trabajadores, podrá decidir que para los menores empleados en esa rama de actividad o en esa región el intervalo entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana se sustituya por el intervalo entre las 11 de la noche y las 7 de la mañana.
8. Que el Convenio estipula que en los países donde el clima haga singularmente penoso el trabajo diurno, el período nocturno podrá ser más corto que el fijado en los artículos precedentes, a condición de que durante el día se conceda un descanso compensador.
9. Que según este Convenio el Gobierno podrá suspender la prohibición del trabajo nocturno, en lo que respecta a los menores que hayan cumplido 16 años, en los casos particularmente graves en que el interés nacional así lo exija.
10. Que la legislación nacional podrá confiar a una autoridad apropiada la facultad de conceder permisos individuales de carácter temporal, a fin de que los menores que hayan cumplido 16 años puedan trabajar de noche, cuando razones especiales de su formación profesional así lo exijan. Sin embargo, el período de descanso diario no podrá ser inferior a 11 horas consecutivas.
11. Que asimismo la legislación nacional podrá confiar a una autoridad apropiada la facultad de conceder permisos individuales, a fin de que los menores que no hayan cumplido 18 años puedan figurar como artistas en funciones nocturnas de espectáculos públicos, o participar por la noche, en calidad de actores, en la producción de películas cinematográficas. La legislación nacional determinará la edad mínima a la que podrá obtenerse el mencionado permiso.
12. Que el Convenio señala que no podrá concederse ningún permiso cuando a causa de la naturaleza del espectáculo o de la película cinematográfica, o a causa de las condiciones en que se realicen, la participación en el espectáculo o en la producción de la película sea peligrosa para la vida, salud o moralidad del menor.
13. Que para la concesión de los permisos se deberán observar las siguientes condiciones: el período de empleo no podrá continuar después de las 12 de la noche; habrán de dictarse medidas estrictas para proteger la salud y la moral del menor, garantizar su buen trato y evitar que el empleo nocturno perjudique su instrucción; el menor deberá gozar de un descanso de 14 horas consecutivas, como mínimo.
14. Que entre los países que ya han ratificado este Convenio se encuentran Argentina, Bulgaria, Cuba, España, Rusia, Guatemala, Israel, Italia, Luxemburgo, Paraguay, Perú, Polonia y Uruguay.
15. Que por cierto, ninguna de las disposiciones del Convenio menoscabará en modo alguno las leyes, sentencias, costumbres o acuerdos celebrados entre empleadores y trabajadores que garanticen condiciones más favorables que las prescritas en este Convenio.
El Senado acuerda:
Solicitar al Sr. Presidente de la República, que instruya a los ministerios de Relaciones Exteriores y del Trabajo y Previsión Social, para que, a la mayor brevedad posible, y en el contexto de la tramitación del Proyecto de Ley en lo relativo a la prohibición del trabajo nocturno de los menores en establecimientos industriales y comerciales, Chile ratifique el Convenio N°79 sobre el Trabajo Nocturno de los Menores, de 1946.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- José Antonio Gómez Urrutia, Senador.- Ricardo Lagos Weber, Senador.- Jaime Quintana Leal, Senador.