Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Eugenio Tuma Zedan
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Carlos Cantero Ojeda
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Alejandro Navarro Brain
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Baldo Prokurica Prokurica
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
FACULTAD A PADRE Y MADRE, INDISTINTAMENTE, PARA APERTURA DE CUENTAS DE AHORRO A FAVOR DE HIJOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Carlos Ignacio Kuschel Silva
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Maria Soledad Alvear Valenzuela
- INTERVENCIÓN : Ximena Rincon Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Ricardo Lagos Weber
- DEBATE
-
EXACTITUD, ACTUALIZACIÓN Y VERACIDAD DE INFORMACIÓN DE PREDICTORES DE RIESGO COMERCIAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- DEBATE
-
MECANISMO TRANSITORIO PARA ADOPCIÓN DE ACUERDOS EN CONDOMINIOS AFECTADOS POR TERREMOTO Y MAREMOTO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
-
ACCESO UNIFORME A LICENCIAS PROFESIONALES DE LEY DE TRÁNSITO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- DEBATE
-
MEDIDAS PARA CORRECTO OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Fulvio Rossi Ciocca
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Uriarte Herrera
- INTERVENCIÓN : Ximena Rincon Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Francisco Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Fulvio Rossi Ciocca
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- Maria Isabel Allende Bussi
- Ximena Rincon Gonzalez
- Juan Pablo Letelier Morel
- INDICACIÓN
- DEBATE
-
FACULTAD A PADRE Y MADRE, INDISTINTAMENTE, PARA APERTURA DE CUENTAS DE AHORRO A FAVOR DE HIJOS
- VI.
TIEMPO DE VOTACIONES
- SOLICITUD DE PROYECTO SOBRE ASIGNACIÓN FAMILIAR PARA CÓNYUGES DE PENSIONADOS PERCEPTORAS DE INGRESOS ACOTADOS. PROYECTO DE ACUERDO
- PETICIÓN DE INICIATIVA SOBRE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE GENDARMERÍA. PROYECTO DE ACUERDO
-
PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Rincon Gonzalez
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO
- 8. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN, KUSCHEL Y LARRAÍN (DON CARLOS), CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY SOBRE JORNADA DE TRABAJO DE LOS ADULTOS MAYORES(7548-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Carlos Anibal Larrain Pena
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 9. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN, KUSCHEL Y LARRAÍN (DON CARLOS),CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE EL CONTRATO DEL TRABAJADOR ADULTO MAYOR (7549-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Carlos Anibal Larrain Pena
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 10. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LETELIER, SEÑORA ALLENDE Y SEÑORES GÓMEZ Y NAVARRO, POR MEDIO DE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE COHECHO EN GESTIONES ANTE LA AUTORIDAD AMBIENTAL (7551-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Pablo Letelier Morel
- Maria Isabel Allende Bussi
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 11. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LETELIER, SEÑORA ALLENDE Y SEÑORES GIRARDI Y GÓMEZ, CON LA CUAL DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY SOBRE BENEFICIOS Y PUBLICIDAD RESPECTO DE PROYECTOS EN PROCESO DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL (7552-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Pablo Letelier Morel
- Maria Isabel Allende Bussi
- Guido Girardi Lavin
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 12. PROYECTO DE ACUERDO PRESENTADO POR LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN Y LARRAÍN (DON HERNÁN), SOBRE RESTABLECIMIENTO DE DERECHO EN BENEFICIO DEL SINDICATO DE FOLKLORISTAS Y GUITARRISTAS DE CHILE (S 1342-12)
- AUTOR PROYECTO DE ACUERDO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Hernan Larrain Fernandez
- AUTOR PROYECTO DE ACUERDO
- 13. PROYECTO DE ACUERDO PRESENTADO POR LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN Y GIRARDI, REFERIDO A LA INCLUSIÓN DE LA ENFERMEDAD DE CROHN EN EL RÉGIMEN DE GARANTÍAS EXPLÍCITAS DE SALUD (S 1343-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Guido Girardi Lavin
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 8. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN, KUSCHEL Y LARRAÍN (DON CARLOS), CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY SOBRE JORNADA DE TRABAJO DE LOS ADULTOS MAYORES(7548-13)
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 359ª
Sesión 4ª, en martes 22 de marzo de 2011
Ordinaria
(De 16:18 a 19:21)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES GUIDO GIRARDI LAVÍN, PRESIDENTE,
Y JUAN PABLO LETELIER MOREL, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités.................................¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que permite al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos (7519-05) (se aprueba en general)..................................................................................................................
Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, con el objeto de garantizar que la información contenida en los predictores de riesgo comercial sea exacta, actualizada y veraz (6800-03) (se aprueba en general)..............................................
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea mecanismo transitorio de adopción de acuerdos de los copropietarios en los sectores medios (7320-14) (queda para segunda discusión).................................................................................
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite el acceso uniforme a las licencias profesionales cumpliendo los requisitos exigidos en la Ley de Tránsito (7212-15) (se aprueba en general)..............................................................
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre otorgamiento y uso de licencias médicas (6811-11) (se aprueba en particular).............................................
VI. TIEMPO DE VOTACIONES:
Solicitud de proyecto sobre asignación familiar para cónyuges de pensionados perceptoras de ingresos acotados. Proyecto de acuerdo (S 1326-12) (se aprueba).....................................................................................................................
Petición de iniciativa sobre fortalecimiento y modernización de Gendarmería. Proyecto de acuerdo (S 1323-12) (se aprueba)..........................................................
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿..............
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chadwick Piñera, Andrés
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Larraín Peña, Carlos
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Muñoz Aburto, Pedro
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Tuma Zedán, Eugenio
--Uriarte Herrera, Gonzalo
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros Secretario General de la Presidencia , señor Cristián Larroulet Vignau y de Salud, señor Jaime Mañalich Muxi.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario , el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:18, en presencia de 20 señores Senadores.
El señor GIRARDI (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Las actas de las sesiones 1ª y 3ª, ambas ordinarias, en 15 y 16 de marzo del presente año, y de la sesión 2ª, especial, en 16 de marzo, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor GIRARDI (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Dos de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero retira y hace presente la urgencia, calificada de "suma", respecto del proyecto de ley que regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados (boletín N° 7.194-05).
Con el segundo retira la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Orpis, que establece el "Día de la adopción y del que está por nacer" (boletín N° 7.254-07).
--Quedan retiradas las urgencias, se tiene presente la nueva calificación y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Cinco de la Honorable Cámara de Diputados:
Con los dos primeros informa que aprobó los siguientes asuntos:
1.- Proyecto que introduce, en la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, normas para fortalecer el trabajo parlamentario (boletín N° 7.127-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
2.- Proyecto de ley que regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados, con urgencia calificada de "suma" (boletín N° 7.194-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.
Con el tercero comunica que ha tomado conocimiento del rechazo del Senado al proyecto de ley que establece un programa de intervención en zonas con presencia de polimetales en la comuna de Arica y remite la nómina de los señores Diputados que integrarán la Comisión Mixta (boletín N° 6.810-12).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento con sus antecedentes.
Con el cuarto informa que ha prestado su aprobación a las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que otorga un bono a los cónyuges que cumplan cincuenta años de matrimonio (boletín N° 7.074-05).
Con el último comunica que aprobó la designación del contador auditor del Comité de Auditoría Parlamentaria.
--Se toma conocimiento y se manda archivar los documentos junto a sus antecedentes.
De la Excelentísima Corte Suprema, con el que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política, emite su parecer respecto del proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Navarro, Gómez y Muñoz Aburto, sobre competencia de los tribunales militares tratándose de delitos establecidos en el Código Aeronáutico (boletín N° 7.432-07).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Tres del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Con los dos primeros remite copia autorizada de las resoluciones dictadas en las acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 2°, inciso primero, de la ley N° 20.285; 38 ter de la ley N° 18.933; 2°, incisos segundo y final, de la ley N° 20.015; 199 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, y 22 de la Ley sobre Efecto Retroactivo de las Leyes.
--Se toma conocimiento y se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Con el último envía copia autorizada de la sentencia definitiva dictada en el ejercicio del control de constitucionalidad del proyecto de ley que tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal (boletín N° 3.778-18).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
De la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, con el que da respuesta al requerimiento de antecedentes enviado en nombre de la Senadora señora Rincón, en relación con el monto de los subsidios entregados a 23 beneficiarios de viviendas, en la ciudad de Talca.
De la señora Ministra de Bienes Nacionales , con el que contesta la petición de antecedentes remitida en nombre del Senador señor Navarro, en lo referente al avance de las solicitudes de entrega de títulos de dominio en Isla Santa María, comuna de Coronel.
Del señor Subsecretario General de la Presidencia , con el que responde a una petición enviada en nombre del Senador señor Bianchi, para dar trámite legislativo a un proyecto de ley que exime del impuesto al valor agregado a los prestadores de servicios básicos domiciliarios de las Regiones Undécima y Duodécima.
De la señora Secretaria Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, con el que atiende a la solicitud de antecedentes remitida en nombre de la Senadora señora Alvear, relativa a la persistencia de malos olores que afectan a la comuna de Paine.
Del señor Director del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Aysén , con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, respecto de la situación que afecta a la empresa Comercial Mañihuales, de esa Región.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta a los Ministerios de Relaciones Exteriores; Hacienda; Economía, Fomento y Turismo, y al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, para integrarse al Directorio de la Fundación Imagen de Chile , con urgencia calificada de "suma" (boletín N° 6.759-10)).
Segundo informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que implementa la medida de conservación 10-8 (2006), de la Comisión de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, con urgencia calificada de "simple" (boletín N° 7.309-21).
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de los Senadores señores Larraín (don Hernán), García, Letelier, Sabag y Pérez Varela, en primer trámite constitucional, sobre negociación colectiva y derecho a huelga de los funcionarios públicos (boletín N° 7.293-07).
--Quedan para tabla.
De la Comisión de Salud, recaído en el proyecto de acuerdo de los Senadores señores Navarro, Lagos, Quintana y Rossi, con el que solicitan al Ejecutivo adoptar medidas respecto del uso de extintores de incendio (boletín Nº S 1.331-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria respectiva.
Mociones
Dos del Senador señor Chahuán, con las que da inicio a los siguientes asuntos:
1.- Proyecto de ley sobre jornada de trabajo de los adultos mayores (boletín N° 7.548-13).
2.- Proyecto de ley que establece el contrato del trabajador adulto mayor (boletín N° 7.549-13).
--Pasan a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
De los Senadores señor Letelier, señora Allende y señores Gómez y Navarro, por medio de la que inician un proyecto de ley sobre cohecho en gestiones ante la autoridad ambiental (boletín N° 7.551-12).
De los Senadores señor Letelier, señora Allende y señores Girardi y Gómez, con la cual dan inicio a un proyecto de ley sobre beneficios y publicidad respecto de proyectos en proceso de calificación ambiental (boletín N° 7.552-12).
--Pasan a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
Proyectos de acuerdo
De los Senadores señores Chahuán y Larraín (don Hernán), sobre restablecimiento de derecho en beneficio del Sindicato de Folkloristas y Guitarristas de Chile (boletín Nº S 1.342-12).
De los Senadores señores Chahuán y Girardi, referido a la inclusión de la enfermedad de Crohn en el Régimen de Garantías Explícitas de Salud (boletín Nº S 1.343-12).
--Quedan para el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria respectiva.
Comunicaciones
De la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, con la que informa que eligió como su Presidente al Honorable señor Ruiz-Esquide.
De la Comisión de Relaciones Exteriores, con la que señala que eligió como su Presidente al Honorable señor Tuma.
De la Comisión de Minería y Energía, con la que expresa que eligió como su Presidente al Honorable señor Cantero.
De la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, con la que manifiesta que eligió como su Presidente al Honorable señor Navarro.
De la Comisión de Defensa Nacional, con la cual indica que eligió como su Presidente al Honorable señor Prokurica.
--Se toma conocimiento.
El señor GIRARDI (Presidente).- Terminada la Cuenta.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor GIRARDI ( Presidente ).- El señor Secretario dará lectura a los acuerdos de Comités.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Los Comités, en reunión celebrada el día de hoy, acordaron por unanimidad lo siguiente:
1.- Fijar un nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto de ley sobre antenas emisoras de servicios de telecomunicaciones, hasta el lunes 4 de abril, a las 13.
Las indicaciones tienen que presentarse en la Secretaría de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
2.- Celebrar una sesión especial el miércoles 6 de abril, de 11:30 a 14, con la finalidad de recabar antecedentes y analizar los alcances de un conjunto de acciones del actual Gobierno en relación con el desarrollo, la promoción y el incentivo de la energía nuclear, e invitar a ella al señor Biministro de Minería y Energía y al Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear .
3.- Comunicar que los Comités Unión Demócrata Independiente y Renovación Nacional rendirán homenaje al ex Senador señor Jaime Guzmán con motivo del vigésimo aniversario de su fallecimiento, en la sesión ordinaria del martes 5 de abril, a continuación de la Cuenta,
4.- Disponer que, una vez presentados los proyectos de acuerdo, se voten directamente por la Sala en la sesión ordinaria que corresponda, salvo que, al momento de dar cuenta de ellos, un Comité solicite que sean informados por una Comisión. En este último caso, si la Comisión no emitiera su informe en el plazo de 15 días hábiles, el proyecto de acuerdo se incluirá en la tabla de la sesión ordinaria respectiva.
Sin perjuicio de lo anterior, si en la sesión en que se dé cuenta de uno de estos proyectos de acuerdo un Comité solicita que se vote, ello se resolverá de inmediato por la Sala.
Por último, se recomienda a los señores Senadores que al firmar un proyecto de acuerdo coloquen su apellido, con el objeto de facilitar su individualización.
5.- Tratar en esta sesión, como si fueran de Fácil Despacho, los proyectos signados con los números 7 y 9.
6.- Tratar, en primer lugar del Orden del Día, la iniciativa que figura en el número 3, esto es, la que crea un mecanismo transitorio de adopción de acuerdos de los copropietarios en los sectores medios; y, en segundo término, el proyecto que se encuentra en el número 5, que permite el acceso uniforme a las licencias profesionales cumpliendo los requisitos exigidos en la Ley de Tránsito, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
7.- Poner en el primer lugar del Orden del Día de la sesión ordinaria de mañana el proyecto que figura en el número 2 de la tabla de hoy.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente , no entendí cómo quedó finalmente la tabla. ¿Cuándo se verá el proyecto sobre otorgamiento y uso de licencias médicas?
El señor LARRAÍN.- ¡Ahora, en tercer término!
El señor GIRARDI (Presidente).- Se verá hoy, en ese lugar, señor Senador.
El señor PIZARRO.- Entonces, ¿con cuál partimos?
El señor GIRARDI (Presidente).- Con el proyecto que figura en el número 7 para seguir con el 9. Después el 3 de la tabla.
)------------(
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , se retiró de la tabla el proyecto que se hallaba en el número 2, esto es, el que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Quedó para ser analizado en el primer lugar de la sesión ordinaria de mañana, señor Senador.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , ¿es posible que tal iniciativa también sea vista por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales?
Lo pregunto porque esta no solo es una materia relativa a minería; fundamentalmente dice relación a impacto ambiental. Y en la Comisión correspondiente no la hemos conocido.
En consecuencia, pido que el proyecto en cuestión se envíe a la Comisión de Medio Ambiente, a objeto de que lo analice antes de que sea votado por la Sala.
Entiendo que se encuentra en su segundo trámite. Es susceptible de indicaciones. De lo contrario, tendríamos que presentarlas en la Sala.
Señor Presidente , creo pertinente que, por tratarse del cierre de faenas -no hablamos de explotación, sino de cierre, materia que siempre ha estado condicionada a parámetros medioambientales-, ello sea visto por la Comisión de Medio Ambiente.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi.
El señor ORPIS.- Señor Presidente , en relación con el proyecto sobre cierre de faenas e instalaciones mineras, me gustaría hacer los siguientes comentarios.
El señor ROSSI- ¡Señor Presidente , solicité la palabra!
El señor ORPIS.- En primer lugar, nos hallamos en la discusión particular; es decir, ya se aprobó la idea de legislar y el plazo para presentar indicaciones se agotó.
En segundo término, se formó un equipo técnico, integrado por miembros de la Concertación y de la propia Alianza, quienes trabajaron junto con el Gobierno.
Además, el proyecto fue aprobado unánimemente tanto por la Comisión de Minería como por la de Hacienda.
Entonces, aunque la petición a mi juicio es válida, es completamente extemporánea.
Se trata de una iniciativa fundamental para abordar lo relativo a los pasivos ambientales en materia minera.
De manera que me opongo a que vaya a la Comisión de Medio Ambiente, por encontrarnos en la etapa final de la tramitación.
Las Comisiones -como señalé- aprobaron el proyecto en forma unánime, y su texto obedece a un acuerdo político de todos los sectores.
El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi.
El señor ROSSI.- Señor Presidente , hay un serio problema con el sistema de audio -podría arreglarse-, porque, al fallar el micrófono, produce confusión en el uso de la palabra.
Me llama la atención que, una vez más, el proyecto de ley que figura en primer lugar fuese pospuesto, por lo que su despacho será dilatado, ya que antes de él se tratarán dos iniciativas como si fueran de Fácil Despacho. Me refiero a la normativa sobre otorgamiento y uso de licencias médicas.
No sé cuál será la razón para ello, señor Presidente . Porque se trata de una materia superimportante.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Quiero hacer una aclaración, señores Senadores: si bien habría sido interesante que el proyecto al que se refirió el Senador Navarro fuera visto por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, los Comités acordaron en forma unánime -Su Señoría participó en esa reunión- incorporarlo en el primer lugar del Orden del Día de mañana.
Por consiguiente, las indicaciones deberán presentarse en esa oportunidad.
Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.
El señor BIANCHI.- Señor Presidente , en la misma línea planteada por Su Señoría, debo decir que el acuerdo fue adoptado hace poco rato por los Comités en forma unánime.
Es más, el Senador Hernán Larraín pidió expresamente tratar el proyecto en el primer lugar del Orden del Día de mañana en presencia -lo que es probable- del propio Biministro de Minería y Energía.
A ello hay que agregar que todas las indicaciones fueron consensuadas y recogidas por el Ejecutivo. De modo que mañana -según entiendo- corresponde votar.
El señor GIRARDI ( Presidente ).- Señores Senadores, el artículo 19 del Reglamento dispone: "Ningún Senador podrá oponerse a los acuerdos adoptados, dentro de su competencia, por la unanimidad de los Comités.".
A lo mejor, en su momento, el asunto debió haber sido visto también por la Comisión de Medio Ambiente. Pero eso no fue solicitado así; y ahora existe un acuerdo para votarlo mañana.
Tiene la palabra el Senador señor Horvath.
El señor HORVATH.- Señor Presidente , quiero aclarar a la Sala que esta iniciativa se refiere -como me informan miembros de la Comisión- a la regulación del cierre de faenas mineras, la que se plantea para las futuras instalaciones y para las que actualmente se hallan funcionando. No busca resolver la situación de los pasivos ambientales. Para ello se requiere un proyecto distinto. Entiendo que en tal materia hay trabajos comprometidos: confeccionar un listado, un registro; darle prioridad al asunto, y actuar respaldados por la Ley de Presupuestos.
Gracias.
V. ORDEN DEL DÍA
FACULTAD A PADRE Y MADRE, INDISTINTAMENTE, PARA APERTURA DE CUENTAS DE AHORRO A FAVOR DE HIJOS
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Según lo acordado por los Comités, corresponde tratar en primer lugar, como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto de ley, iniciado en moción de las Senadoras señoras Rincón, Allende, Alvear y Pérez San Martín, que permite al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos, con informe de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (7519-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de las Senadoras señoras Rincón, Allende, Alvear y Pérez San Martín).
En primer trámite, sesión 93ª, en 9 de marzo de 2011.
Informe de Comisión:
Hacienda: sesión 3ª, en 16 de marzo de 2011.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
El objetivo principal de la iniciativa es establecer que, independiente de quien tenga la patria potestad, tanto el padre como la madre podrán abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos menores de edad.
La Comisión de Hacienda discutió el proyecto solamente en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus integrantes, Senadores señores Escalona, Frei (don Eduardo), Kuschel, Lagos y Novoa.
El texto de la iniciativa se transcribe en el informe correspondiente.
Finalmente, cabe señalar que el mencionado órgano técnico deja constancia de que al inicio de la discusión particular recibirá en audiencia a los representantes de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, de la Asociación Nacional de Bancos y del BancoEstado.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Senador señor Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , antes de entregar la Presidencia de la Comisión de Hacienda al Honorable señor Frei , me correspondió encabezar la sesión donde se analizó este proyecto, iniciado en moción de cuatro señoras Senadoras -tanto de Gobierno como de Oposición-, mediante la cual buscan subsanar una omisión legal que provoca un menoscabo a la madre al no permitirle abrir cuentas de ahorro para sus niños.
Dicha moción plantea incluir un nuevo artículo 156 bis en la Ley General de Bancos, del siguiente tenor: "Las cuentas de ahorros para menores de edad (...) podrán ser abiertas por el Padre o por Madre independiente de quien tenga la patria potestad del menor de edad.".
La propuesta, que fue bien recibida por la Comisión y aprobada por la unanimidad de sus miembros, constituye un aporte de las parlamentarias tendiente a avanzar hacia la modernización de nuestra legislación y la superación, no solo de odiosas discriminaciones explícitas en diferentes cuerpos legales del país, sino también de omisiones en la ley, igualmente odiosas.
Por lo tanto, la presente normativa, además de ayudar a la apertura de cuentas de ahorro, causando un bien inmediato y pecuniario a los hijos, significa un avance civilizador, por cuanto un cuerpo legal que establecía una situación de disparidad en perjuicio de la madre se modifica con un criterio de equidad de género.
Por tal motivo, la Comisión de Hacienda aprobó por unanimidad el proyecto, iniciado en moción de las Senadoras señoras Rincón, Allende , Alvear y Pérez San Martín .
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Kuschel.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , el proyecto que nos ocupa tuvo su origen en un reclamo que recibió una señora Senadora por parte de una madre que no pudo abrir una libreta de ahorro en el Banco del Estado, en circunstancias de que sí se puede en otras entidades bancarias.
Por eso las Honorables colegas presentaron la moción, cuyo contenido, a mi juicio, aclara la situación descrita para todos los casos.
Por otra parte, solicito que se mejore la redacción del nuevo artículo 156 bis -lo hice presente en la Comisión, pero veo que el texto comparado no lo consigna- a fin de que diga: "podrán ser abiertas por el Padre o por la Madre" -falta el artículo "la"- "independiente de quien tenga la patria potestad del menor de edad.".
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente , lamento haber llegado un poco tarde. Me encontraba en una reunión con un Ministro . Pero alcancé a escuchar la parte final de la intervención del Senador señor Escalona . Y, por supuesto, adhiero a sus palabras.
Junto con las Senadoras Alvear, Rincón y Pérez San Martín , con mucho entusiasmo presentamos la moción que dio origen al proyecto en debate, que persigue algo muy simple, como aquí se ha explicado: modificar la legislación para señalar expresamente que, independiente de quien tenga la patria potestad, tanto el padre como la madre podrán abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos menores de edad.
Esto, que parece un cambio tan sencillo, reviste gran relevancia. No hay ninguna duda -y cualquier estudio lo demostraría- de que a las madres, en general, les cabe una tremenda responsabilidad con sus hijos. Ellas están bastante más vinculadas a todo lo concerniente al cuidado de los niños. Por tanto, constituía una enorme injusticia que los bancos, discriminando, no aceptaran que pudieran abrirles cuentas de ahorro.
Considero que la iniciativa es un avance notable, una forma de igualar un derecho. Pero, sobre todo, favorece a los niños.
No me cabe duda -reitero- de que, si se realizara una encuesta rápida, resultaría evidente que las madres están más preocupadas del cuidado de los niños, de su educación y de su futuro. No digo que los padres no lo estén, pero en nuestro sistema la corresponsabilidad en este plano, en general, no es tan equitativa. Más bien, la obligación la asume la madre.
Por lo mismo, nos pareció adecuado que algo tan sencillo como lo planteado quedara consignado en la ley.
Señor Presidente , nos alegramos muchísimo de que la Comisión de Hacienda haya aprobado la idea de legislar, y por unanimidad. Y pedimos a la Sala que proceda de igual modo, para así despachar el proyecto rápidamente.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Señor Presidente, participo de modo entusiasta de la idea propuesta, que llama poderosamente la atención.
Sin embargo, de lo señalado por el Senador señor Kuschel , me asalta una duda. Si entendí bien -pido que se me corrija si estoy equivocado-, Su Señoría manifestó que una madre acudió al BancoEstado -ya no es "del Estado": ¡seguramente le borraron el "del" para después colocarle "S.A."...!; pero ese es otro tema- y allí se le negó la posibilidad de abrir una cuenta de ahorro, pero sí pudo hacerlo en otro banco de la plaza.
Entonces, no sé si el problema de prohibir que una mamá abra una cuenta a un hijo es solo del BancoEstado o de toda la banca.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente, el proyecto de ley en discusión es de gran importancia.
Todos hemos conocido varios casos al respecto. En lo personal, me han llegado muchos de ellos, por razones obvias. En temas que afectan a la mujer, normalmente las personas se acercan a las Senadoras. Por eso la moción lleva las firmas de la totalidad de las parlamentarias de la Cámara Alta.
Resulta completamente absurdo al día de hoy, cuando existe un número significativo de mujeres que trabajan, que la madre no pueda abrir una cuenta de ahorro a favor de su hijo. ¡Es completamente absurdo!
¡Cómo no va a ser mejor para el niño! Desde el punto de vista de su interés superior, ojalá el papá abra una y la mamá, otra. Porque ello va a significar un futuro mejor para el hijo, dado que se le está ahorrando para su educación, etcétera.
Entonces, tal inhabilidad de la madre para abrir una cuenta bancaria es del todo ilógica.
Además, en nuestro país existe una gran cantidad de mujeres jefas de hogar que no tienen regularizada la tuición de sus hijos. Ellas también se ven afectadas por dicha situación.
Detectado el hecho descrito, tan obvio y perjudicial para tantas mujeres, las Senadoras, encabezadas por la colega Rincón, presentamos la moción que dio origen al proyecto. Esperamos que reciba el apoyo, ojalá unánime, de la Sala, con el objeto de subsanar un problema que, cuando se revisa, parece tan absurdo.
Probablemente ha sido una dejación de todos no haberlo advertido y no modificar las normas respectivas para resolverlo.
Por ello, señor Presidente, sería del mayor agrado, no solo para quienes nos encontramos aquí presentes, sino para tantas mujeres interesadas en la materia, que la iniciativa se aprobara, espero que por unanimidad, en la Sala.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.
La señora RINCÓN.-
Señor Presidente , un colega me decía hace un rato: "Yo no he tenido inconveniente para abrirles cuentas de ahorro a mis hijos". ¡Claro, es hombre! El problema se les presenta a las mujeres. ¿Por qué? Por una interpretación errada de la norma pertinente.
No me voy a extender al respecto. Ya lo han mencionado otros Senadores. Se confunde la tuición de los menores con la facultad aludida. Los bancos no ahondan mayormente en ello. Por eso se da la paradoja de que las mujeres no pueden abrir cuentas de ahorro a sus hijos, de manera especial en el BancoEstado, como señaló el Honorable señor Bianchi .
En todo caso, la apertura de ese tipo de cuentas (con seguros asociados, para los estudios futuros de los menores) es una idea que está proliferando en otras instituciones bancarias.
Se trata de una iniciativa bastante sencilla. Fue discutida por la Comisión de Hacienda la semana pasada, donde se acordó citar para el debate en particular a los representantes del BancoEstado, de la Asociación Nacional de Bancos y de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, a fin de conocer su opinión sobre la materia.
Más allá de eso, señor Presidente , la realidad constatada hoy es que las madres trabajadoras no pueden abrir cuentas de ahorro a sus hijos, lo cual representa un problema, no solo para ellas y sus niños sino para todas las familias.
Que el Ejecutivo envíe un proyecto de ley respecto del posnatal, donde se establece la posibilidad de que los padres también ejerzan tal derecho, creemos que apunta en la línea correcta: hacer a hombres y mujeres responsables del cuidado de los niños, compartir la paternidad y la maternidad; pero, obviamente, en igualdad de condiciones.
La iniciativa en debate también se orienta en el sentido correcto.
Por eso abordamos el tema las Senadoras. Y hacían bromas algunos colegas por esta unión de mujeres legisladoras.
Tal propuesta puede parecer muy insignificante o pequeña, pero, una vez corregida por el Parlamento marcará una diferencia en la vida de miles de familias.
Por lo tanto, pedimos que se apruebe la idea de legislar. Todas las correcciones que se requiera introducir -como la señalada por el Honorable señor Kuschel- se realizarán durante el debate en particular.
He dicho.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Recuerdo a Sus Señorías que se acordó discutir este proyecto como si fuera de Fácil Despacho.
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, solo deseo dejar una constancia.
La existencia de una norma que discrimina es inconstitucional. La Carta Fundamental establece que no debe haber discriminaciones arbitrarias. En la Cámara de Diputados se discutió hace unos años un proyecto de mi autoría muy similar al que nos ocupa.
Sin embargo, lo que provoca indignación no es solo el impedimento a las mujeres para abrir una cuenta de ahorro a sus hijos, sino también el constatar que los padres sí tienen el derecho a ello y que las madres no pueden intervenir en nada. Es decir, la legislación bancaria en nuestro país considera a las mujeres incapaces respecto de un conjunto de materias.
Lo dramático es que la Superintendencia de Bancos no haya tomado cartas en el asunto, pues, una vez aprobada la reforma constitucional respectiva, no pidió a las entidades bancarias modificar internamente esas prácticas tan vergonzosas para Chile.
Felicito a las Senadoras que han puesto este tema en discusión. Puede parecer nimio, una cosa menor, pero no lo es para la vida cotidiana de nuestro país, donde una de cada cuatro mujeres es jefa de hogar.
Resulta indignante que en pleno siglo XXI estemos legislando sobre el particular en razón de que todavía se mantienen esas prácticas inadecuadas.
En consecuencia, vamos a votar a favor del proyecto.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , en primer lugar, felicito a nuestras colegas por la iniciativa en estudio, que en realidad -como dijo el Senador Letelier- aborda un aspecto que se nos escapó. Porque ya aprobamos la igualdad de derechos entre mujeres y hombres en todo lo relativo al ámbito patrimonial.
Recuerdo que una de mis secretarias me dijo hace varios años: "Mi papá me dejó muchos bienes, ¡pero mi marido me los vendió hace años!". Esto ocurría porque el esposo tenía la potestad completa.
Tal situación ya cambió. Nosotros modificamos la ley pertinente. Pero se nos quedó pendiente la materia que nos ocupa.
No obstante, me asalta una duda -espero que sea respondida o tenida en cuenta para la discusión particular-: asumiendo que la mamá puede abrir la cuenta y deposita, ¿quién gira? ¿El papá?
La señora RINCÓN.-
Efectivamente.
El señor SABAG.-
Entonces, la madre deposita en la cuenta de ahorro de su hijo y el padre es el único autorizado para retirar la plata.
Habrá que aclarar bien ese aspecto.
Me gustaría que tal situación se tuviera presente -a lo mejor se pueda corregir mediante una indicación- durante el debate en particular.
Con todo, aprobaremos la iniciativa en general con mucho agrado.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , tengo claro que se acordó tratar el proyecto como si fuera de Fácil Despacho, pero debo citar el inicio del inciso tercero del artículo 35 del decreto ley Nº 2.079, de 1978, del Ministerio de Hacienda. Dice: "La cuenta abierta a nombre del impúber que tenga la calidad de hijo natural o simplemente ilegítimo". Según entiendo, tales categorías ya no existen en nuestra legislación.
Por lo tanto, podría aprovecharse esta oportunidad para corregir ese error. Si actualizamos la ley pertinente, deberíamos hacer lo mismo con el referido inciso tercero, eliminando tales denominaciones.
Eso es todo, señor Presidente.
¡Patagonia sin represas!
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente , en la discusión en particular podremos analizar con más detalle el texto planteado.
No me cabe ninguna duda de que todos aprobaremos el proyecto.
Se ha hecho un esfuerzo tremendo por la igualdad de género y por terminar con las discriminaciones contra las mujeres.
Pero quiero llamar la atención sobre algo que dijo el Senador Sabag, adelantándose un poco al debate. Lo que está en el trasfondo del asunto es la tuición de los niños y la administración de sus bienes, materia regulada en el Código Civil.
En consecuencia, se puede dar la facultad a la mujer de abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos, pero la pregunta es: ¿quién tiene la tuición sobre ellos y la administración de sus bienes?
Si no modificamos con mayor amplitud la legislación, nos encontraremos, no solo con el problema descrito sino también con otra serie de limitaciones.
Acá no hay una cosa perversa. El punto es que no está resuelto lo relativo a la tuición.
A modo de ejemplo, saco a colación algo que ocurría hace 20 años, que hoy, afortunadamente, ya no sucede. Para que un niño pudiera salir del país, si salía acompañado del padre bastaba mostrar el carné de identidad y listo. Si iba con la madre, se requería el permiso notarial del papá otorgado mediante escritura pública. Y eso cambió. En la actualidad se entiende que un menor puede abandonar el país con cualquiera de sus padres.
Entonces, el asunto es más de fondo, de naturaleza jurídica. La madre podrá abrir una cuenta de ahorro y depositar dinero, pero habrá un solo administrador. Por lo tanto, a menos que se establezcan dos administradores, lo que es de suyo complejo, seguiremos enfrentando esta situación.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Cerrado el debate.
En votación general.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (31 votos a favor y un pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Bianchi, Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Rossi, Tuma, Uriarte y Walker (don Patricio).
No votó, por estar pareado, el señor Walker (don Ignacio).
El señor GIRARDI (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se fijará como plazo para formular indicaciones hasta el 5 de abril, a las 13.
--Así se acuerda.
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El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, que presido, pido que se abra un nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto de reforma constitucional que adecúa los plazos vinculados a las elecciones presidenciales (boletín No 6.946-07).
Hoy estuvimos revisando la iniciativa y nos dimos cuenta de que hay que introducir algunos perfeccionamientos. Por ello, solicitamos abrir un nuevo plazo para formular indicaciones, hasta el lunes 4 de abril, a las 12.
El señor GIRARDI (Presidente).-
¿Habría acuerdo en tal sentido?
--Se accede a lo solicitado.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente , si me permite, debo agregar una segunda petición.
La Comisión de Constitución solicita autorización para discutir en general y en particular en el trámite de primer informe el proyecto que excluye a los menores de edad de la legislación sobre conductas terroristas (boletín No 7.529-07).
Ya lo explicaremos en su oportunidad. Sin embargo, aprobar rápidamente la iniciativa mencionada significará que nuestros tribunales no emitan fallos donde apliquen la Ley sobre Conductas Terroristas en lugar de la normativa sobre Responsabilidad Penal Adolescente, como fue el espíritu y la letra de la ley que despachamos hace un tiempo. Pero esta se ha interpretado mal. Por eso queremos tramitar con urgencia el proyecto a que he hecho referencia.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
Acordado.
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EXACTITUD, ACTUALIZACIÓN Y VERACIDAD DE INFORMACIÓN DE PREDICTORES DE RIESGO COMERCIAL
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Corresponde tratar, como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley sobre Protección de la Vida Privada, para garantizar que la información contenida en los predictores de riesgo comercial sea exacta, actualizada y veraz, con informe de la Comisión de Economía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6800-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 81ª, en 12 de enero de 2010.
Informe de Comisión:
Economía: sesión 3ª, en 16 de marzo de 2011.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El objetivo de la iniciativa es modificar el artículo 9o de la Ley sobre Protección de la Vida Privada, estableciendo la prohibición de realizar rankings o predictores de riesgo comercial que se basen en variables relativas a la frecuencia de consulta de los datos personales contenidos en un registro o banco de datos asociados a determinado individuo.
La Comisión de Economía discutió el proyecto solo en general, en atención a que es necesario y conveniente introducir precisiones en su redacción, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores García, Kuschel, Tuma y Andrés Zaldívar).
El texto propuesto se transcribe en las páginas pertinentes del primer informe de la Comisión.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Honorable señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , el proyecto en análisis se encuentra en segundo trámite constitucional. Fue aprobado por unanimidad en la Sala de la Cámara de Diputados, después del trámite en las respectivas Comisiones. Y lo mismo está ocurriendo en el Senado, donde la Comisión de Economía lo acogió en general.
La iniciativa busca resolver la arbitrariedad e injusticia en que incurren las empresas que manejan y administran información de datos económicos de las personas.
La ley No 19.628 establece un marco normativo suficientemente claro para identificar cuáles datos son públicos y cuáles solo pueden adquirir dicha calidad con la autorización del titular.
Sin embargo, la amplitud de la definición de "datos personales" ha permitido a las empresas que realizan tratamiento de datos construir, a partir de la información recolectada, los denominados predictores de riesgo -rankings o scores-, que, como su nombre lo indica, son instrumentos que aspiran a predecir el comportamiento futuro de un individuo sobre la base de la historia de su conducta anterior, considerando además su nivel educativo, patrimonio, nivel de ingresos y endeudamiento, entre otras variables, incluyendo el número de veces que terceros han consultado por su información.
En el caso particular de la empresa DICOM, el predictor establece un nivel de riesgo en razón de tres factores principales: 1) el número de protestos que posee la persona; 2) el número de morosidades, y 3) el número de consultas de sus antecedentes por parte de terceros. Este predictor se gradúa de cero a mil puntos, siendo "cero" el más riesgoso y "mil" el menos riesgoso.
Es posible -se da el caso- que haya personas que jamás han tenido ni protestos ni morosidades pero que, por el solo hecho de haber recibido consultas respecto de su comportamiento en el cumplimiento de sus obligaciones, se les califica en un nivel de riesgo que en muchos casos ha impedido que accedan a un crédito en la banca, en financieras o en casas comerciales.
Por consiguiente, el proyecto persigue impedir que estas empresas recolectoras de datos o predictoras de riesgo utilicen factores que son absolutamente subjetivos, que no dependen del deudor. Esto sí se aplica cuando este último no cumple de manera oportuna una obligación, o cuando tiene un protesto o una morosidad. Pero no depende de él que terceros hagan consultas. Esto puede dañar. De hecho, se ha utilizado, al efectuar reiteradas consultas para menoscabar el prestigio y la honra de personas que nunca han caído en un incumplimiento, solo para aumentarles el riesgo. Eso ocurre mucho con los servidores públicos y con quienes poseen alguna connotación pública.
Recientemente, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección contra la empresa "DICOM EQUIFAX", en que recoge precisamente los fundamentos de la moción que inició el proyecto en informe, y ha fallado que el predictor de riesgo de la recurrida vulnera las garantías constitucionales consagradas en los números 2°, 4° y 26 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Y agrega la sentencia que "no obstante la conciencia de estos sentenciadores en cuanto al efecto relativo de las sentencias, no puede omitir el dejar constancia de su parecer en el sentido de que resultan tan obvias las ilegalidades y arbitrariedades que comete la recurrida," -es decir, la empresa que informa respecto de los riesgos- "con la elaboración y puesta a disposición del público del denominado `predictor de riesgo', que estiman se trata de una práctica a la que debiera ponerse término, para evitar así el poder llegar a dañar injustamente el crédito y la imagen de las personas, sin que exista autorización legal que lo permita, ni razones objetivas que lo avalen".
Señor Presidente , estamos ante un proyecto originado en moción de los Diputados señoras Carolina Goic y María Antonieta Saa y señores Felipe Harboe , Jorge Burgos , Guillermo Ceroni , Marcelo Díaz , Ramón Farías y Alberto Robles , y del Senador que habla, entonces Diputado .
La iniciativa se encuentra en segundo trámite. Y esperamos que sea apoyada, en función del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago y de lo que ha acogido la Comisión de Economía.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , voy a argumentar en el mismo sentido del planteamiento formulado por el Senador Tuma, quien fue uno de los autores del proyecto presentado en la Cámara Baja cuando era Diputado .
En la Comisión, la unanimidad de sus miembros estimamos que debe regularse la utilización de determinados datos personales, sobre todo con relación a la llamada "predicción de riesgo".
Como bien señaló el Honorable colega, estas empresas muchas veces parten de elementos subjetivos para definir un hecho objetivo; es decir, si una persona es o no riesgosa en cuanto a su capacidad de crédito.
Por lo tanto, pensamos que, aparte de normar este aspecto, es necesario prohibir el empleo de esos parámetros para realizar tales predicciones.
Por lo demás, el reciente fallo de la Corte Suprema, a que se hizo referencia, va en la línea de lo aprobado en la Cámara de Diputados, que nuestra Comisión de Economía acogió en los mismos términos.
Ahora, dicho órgano técnico recomienda abrir un plazo para la recepción de indicaciones, más que nada para introducir algunas aclaraciones.
En lo personal, considero que el texto es suficiente tal como está. Sin embargo, es bueno que si algún colega desea precisar más el alcance del proyecto tenga la oportunidad de hacerlo en el lapso que se fije. Y si no se presentaran indicaciones, se dará por aprobado reglamentariamente.
Señor Presidente , urge despachar la iniciativa, ya que existe un reclamo bastante generalizado sobre la materia. Y ha habido expresiones públicas en las cuales, incluso, se le ha adjudicado al Senado cierta incapacidad para tratarla con la rapidez que corresponde.
Si bien el proyecto se originó en una moción, por lo cual no tuvo la posibilidad de que el Ejecutivo le colocara urgencia, sería conveniente despacharlo con premura.
Por ello, pido establecer un plazo breve para la formulación de indicaciones, de manera que la iniciativa vuelva cuanto antes a la Sala para su discusión en particular. Y así contribuiremos a que se transforme pronto en ley de la República.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , quiero anunciar la voluntad de los Senadores de Renovación Nacional de votar favorablemente el proyecto.
En verdad, resulta incomprensible que para elaborar predictores de riesgo financiero se considere, por ejemplo, el número de veces que una persona se cambia de casa o -peor aun- la cantidad de consultas que registra su RUT.
Todos sabemos que cuando alguien postula a un trabajo, las distintas empresas recaban antecedentes sobre las deudas que él pueda tener. Pero eso no lo transforma en más riesgoso.
Por lo tanto, esta iniciativa más el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que se mencionó, vienen a poner las cosas en su lugar.
A mi juicio, la medición de la capacidad financiera de una persona tiene que hacerse sobre la base de los ingresos que perciba, el endeudamiento que registre, su capacidad o incapacidad para contraer nuevos compromisos. Pero no como ocurre hoy. Porque el número de consultas al RUT no significa que tal persona sea mejor o peor pagadora, ni más ni menos riesgosa desde el punto de vista del cumplimiento de sus compromisos.
Concuerdo con los colegas Andrés Zaldívar y Tuma en cuanto a que se fije un plazo breve para presentar indicaciones. Podría ser hasta el mediodía del lunes venidero, de tal modo que, si las hubiere, la Comisión de Economía las analizara en su próxima sesión.
En realidad, se trata de un texto bastante simple. Lo único que queríamos revisar en el órgano técnico era que la redacción correspondiera exactamente al propósito que se persigue: que no se construyan predictores de riesgo sobre la base del número de consultas al rol único tributario de la gente.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , creo que este es un buen proyecto. Porque varias personas me han dicho: "Por el hecho de que han consultado sobre mi situación económica o laboral diez veces, ahora tengo un alto factor de riesgo. ¿Por qué consultan tanto?". Y solo por eso, prácticamente no les dan crédito o consideran que poseen elevados factores de riesgo.
Nosotros estamos de acuerdo con la iniciativa y, por supuesto, la vamos a aprobar. Sin embargo, observamos que no contempla ninguna multa pecuniaria para quienes incurran en esta clase de faltas o abusos, salvo que el afectado ejerza algún tipo de acción, lo cual implica gasto y pérdida de tiempo.
Al igual que los colegas referidos, soy partidario de establecer un plazo breve para formular indicaciones. Y ojalá en ese término algún Senador presente alguna -yo también estudiaré tal posibilidad- en orden a que a aquellos que cometan abusos de esa índole se les aplique una sanción pecuniaria.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la idea de legislar.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (26 votos favorables).
Votaron las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Bianchi, Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, Girardi, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Quintana, Rossi, Sabag, Walker (don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor GIRARDI (Presidente).-
Debemos establecer un plazo corto para presentar indicaciones.
¿Qué fecha sugiere, Senador señor Zaldívar?
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
La próxima semana corresponde a trabajo en Regiones.
Entonces, propongo el lunes subsiguiente, a las 12.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se fijará plazo para formular indicaciones hasta las 12 del lunes 4 de abril.
--Así se acuerda.
MECANISMO TRANSITORIO PARA ADOPCIÓN DE ACUERDOS EN CONDOMINIOS AFECTADOS POR TERREMOTO Y MAREMOTO
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea mecanismo transitorio de adopción de acuerdos de los copropietarios en los sectores medios, con segundo informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7320-14) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 73ª, en 7 de diciembre de 2010.
Informes de Comisión:
Vivienda y Urbanismo: sesión 85ª, en 11 de enero de 2011.
Vivienda y Urbanismo (segundo): sesión 1ª, en 15 de marzo de 2011.
Discusión:
Sesión 86ª, en 12 de enero de 2011 (se aprueba en general).
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
La iniciativa se aprobó en general en sesión de 12 de enero pasado.
En su segundo informe la Comisión deja constancia de que se presentó una sola indicación, para sustituir el artículo único, la que fue aprobada, con algunas enmiendas, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Letelier, Tuma y Uriarte.
Dicha modificación consiste, principalmente, en establecer que los copropietarios de condominios cuyas propiedades fueron declaradas inhabitables como consecuencia del terremoto y maremoto del año pasado, podrán adoptar los acuerdos, respecto de materias que deben abordarse en sesiones extraordinarias, por la mayoría absoluta de los derechos del condominio.
Asimismo, dispone que la ley tendrá una vigencia de tres años, contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Cabe recordar que las enmiendas acogidas por unanimidad en el órgano técnico deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador solicite que se discuta alguna de ellas.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).-
En discusión particular.
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , los Senadores de Renovación Nacional concurriremos con nuestros votos a la aprobación de este proyecto de ley, que viene a llenar un vacío que se produjo respecto de numerosas familias de clase media que viven en departamentos, que todavía están pagando, situados en edificios incluso no muy antiguos pero que sufrieron tal nivel de daños con motivo del terremoto del 27 de febrero de 2010 que debieron ser declarados inhabitables. Y la rebaja de quórums prevista por esta iniciativa se requiere precisamente para que los copropietarios puedan emprender distintas acciones y tomar diversas decisiones con relación al futuro de sus viviendas.
Por lo tanto, creo que se trata de una medida tremendamente significativa.
Sé que numerosas familias de Viña del Mar, Valparaíso , Santiago , Concepción están afectadas por la situación que se procura resolver, pues muchas veces no se logra juntar a todos los copropietarios y, al no reunirse los quórums exigidos para el efecto por el reglamento de copropiedad, es imposible adoptar determinadas decisiones.
Pensando que la ley en proyecto va a ser muy útil para tomar una resolución definitiva acerca de qué ocurrirá con los edificios y los departamentos en cuestión, reitero nuestra votación favorable.
El señor LETELIER (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , después del terremoto que asoló a las Regiones del Maule, del Biobío y de La Araucanía, principalmente, y afectó a parte importante del resto del país, son innumerables los casos en que la Ley sobre Copropiedad Inmobiliaria ha debido ser revisada y, en muchas ocasiones, recién conocida por los copropietarios.
Tenemos un grave problema de difusión de esa normativa legal.
Uno piensa que quien compra una vivienda ubicada dentro de un condominio o en un edificio sabe que se rige por una ley. Sin embargo, acerca de esta hay amplio desconocimiento.
En la gran mayoría de los casos no existe una adecuada divulgación de dicha legislación. Al inicio de la venta, la empresa constructora establece un reglamento y fija condiciones especiales susceptibles de modificación con posterioridad.
Tenemos una tarea pendiente. Hay que determinar qué institución del Estado trabajará firmemente en generar una difusión particular sobre los derechos de los copropietarios de casas en condominios o de departamentos en edificios de altura, que se regulan sobre la base de compartir espacios comunes, en fin.
Señor Presidente , ahora estamos facilitando todo un proceso conducente a la toma de decisiones en el ámbito de la reconstrucción para que las empresas aseguradoras respondan, pues en algunos casos han demorado bastante más de la cuenta.
Ha habido sanciones especiales. Hemos concurrido con varios copropietarios a la superintendencia respectiva para hacer las denuncias.
Siento que si la modificación en debate, como lo han manifestado los Senadores en la Sala, contribuye a facilitar todos los procedimientos y trámites habilitantes para restaurar los bienes destruidos y posibilita que las compañías aseguradoras cumplan lo contratado, esta iniciativa legal será un paso adelante.
Ahora bien, me gustaría que alguien me explicara por qué a la ley en proyecto se le da vigencia de tres años.
Uno podría preguntarse: ¿Demorará tres años el pago de los seguros? ¿No es necesaria una modificación permanente a la ley? ¿Una norma permanente debiera generar respuestas especiales cuando existieran condiciones especiales?
Aprobar una disposición transitoria, con vigencia por solo tres años, nos pone frente al evento de que, si ocurre otra catástrofe -nadie la quiere, nadie la desea-, tendremos que modificar de nuevo la ley.
Entonces, mi pregunta a la Comisión que analizó el proyecto es por qué se establece una vigencia de tres años y no una norma permanente para casos excepcionales, de manera que no debamos modificar la ley ante situaciones como las que motivaron la enmienda que hoy día estamos realizando.
He dicho.
¡Patagonia sin represas!
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , este proyecto -lo estudiamos en la Comisión de Vivienda y Urbanismo, a la cual pertenezco-, como se ha señalado, crea un mecanismo transitorio para la adopción de acuerdos de copropietarios de sectores medios.
Se contempla en él un artículo único que pretende modificar el quórum para adoptar acuerdos en los condominios gravemente afectados por el terremoto y el tsunami del 27 de febrero de 2010 y que hubieren sido declarados inhabitables.
En consecuencia, la iniciativa modifica la ley Nº 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.
El plazo de la ley en proyecto es por tres años, y esta solo tendrá vigor en las viviendas emplazadas en las Regiones que se hubiesen declarado en estado de catástrofe: Quinta, Sexta, Séptima , Octava, Novena y Metropolitana.
Reitero: se trata de una legislación especial, aplicable únicamente en las zonas que fueron objeto de tal declaración.
La idea es permitir que, en los condominios declarados inhabitables a consecuencia del terremoto, los copropietarios puedan adoptar los acuerdos a que se refiere el artículo 17, números 1 a 7, de la ley Nº 19.537 por la mayoría absoluta de los derechos del condominio, quórum que también será suficiente para la constitución de la respectiva asamblea y para las presentaciones de naturaleza administrativa que digan relación con la liquidación de los seguros comprometidos sobre los bienes comunes.
En los hechos, este proyecto rebaja del 80 al 50 por ciento de los copropietarios el quórum para las materias señaladas en los ya referidos números 1 al 7.
Para acreditar los quórums bastará con el acta suscrita por todos los copropietarios asistentes a la asamblea que se cite al efecto, "protocolizada ante notario" (no suscrita ante notario o reducida a escritura pública); o sea, será suficiente agregarla al final del protocolo del notario.
En la Comisión de Vivienda aprobamos por unanimidad esta iniciativa. De manera que les pedimos a nuestros colegas que la acojan en la misma forma, pues el terremoto ocurrió hace más de un año y todavía muchos condominios presentan los problemas descritos.
He dicho.
El señor LETELIER ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , efectivamente, este proyecto es muy necesario.
Desde el terremoto, ha pasado ya más de un año -como dijo el Senador señor Sabag -, y mucha gente no ve solución a los problemas que enfrenta en los condominios.
Por más voluntad que se ponga, incluso por el propio Gobierno, situaciones como las descritas constituyen hoy trabas que debemos tratar de aliviar para permitir que los copropietarios afectados recuperen sus viviendas.
El único objeto de mi intervención es instar nuevamente al Ejecutivo a que estudie la posibilidad de establecer el subsidio colectivo, porque, muchas veces, con el individual la reconstrucción en edificios se hace muy difícil, sobre todo cuando se trata de reparación.
Para esos casos -tal vez son pocos, pero la medida es necesaria- debiera haber un subsidio colectivo destinado a la restauración de la estructura misma del edificio, de manera que la reparación de cada departamento sea hecha por su propietario, con cargo a aquel.
En numerosas situaciones todavía se discute si los edificios serán declarados habitables o inhabitables.
En la población Manuel Larraín , de Talca -en total son 18 edificios-, se ha generado un conflicto muy grande. ¿Por qué? Porque algunas personas son propietarias de más de un departamento en el mismo edificio, no porque sean gente rica -muchos son jubilados-, sino porque adquirieron otra vivienda con el fin de hacer una pequeña inversión de renta. Sin embargo, el hecho de tener dos propiedades las deja fuera de la posibilidad de acceder a subsidio. Y, como no cuentan con este y existen cien o más propietarios, no se puede lograr la reparación de la estructura.
Entonces, vuelvo a insistir en la necesidad de estudiar la posibilidad de que haya subsidios colectivos para ese tipo de emergencias, pero no como norma permanente. Porque, según dije durante la sesión especial sobre reconstrucción que celebró el Senado, ante situaciones excepcionales hay que aplicar normas excepcionales.
Y reitero: creo que el Parlamento debiera estar en condiciones incluso de entregarle facultades extraordinarias al Gobierno para que se eliminen todas las trabas que se presentan en la tramitación, aplicación y operación de los subsidios.
Cabe mencionar lo relativo a las sucesiones, a las posesiones de hecho.
Hoy día se está llevando a cabo un proceso de expropiación en el borde costero. Por supuesto, algunas personas tienen títulos porque regularizaron varias propiedades ubicadas en esa área. En muchos casos se trata de propiedades provenientes, no de sucesión ni de compraventa, sino de transferencias o concesiones hechas por el Fisco a particulares. Algunos pudieron regularizar oportunamente el dominio y, por lo tanto, tienen derecho a reclamar indemnización. Pero a numerosos otros poseedores de terrenos, a veces por decenas de años, si se los expropia, el Estado no podrá pagarles nada porque no acreditan dominio.
En consecuencia, se debería buscar una salida a todas esas situaciones.
Me parece muy bien este proyecto de ley, por cuanto significa un avance en el sentido de que facilita las soluciones. Pero -insisto- lo concerniente a la reconstrucción requiere normas excepcionales para resolver problemas también excepcionales.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , en mi calidad de miembro de la Comisión de Vivienda, y ahora como su Presidente , daré mi opinión acerca de este proyecto, que, a mi juicio, se traduce en un problema menos para muchísimas familias que hoy no pueden acceder a la reparación de sus viviendas porque la norma general sobre administración de bienes comunes establece que los copropietarios deberán reunir altos quórums -en algunos casos, hasta cuatro quintos de los derechos del condominio- para tomar una decisión que importa modificar la estructura de un edificio o hacer en él una restauración mayor.
Lo anterior, de hecho, está ocurriendo en muchas partes del país con edificios o construcciones dañados por el terremoto y que se declararon inhabitables.
Tal como lo indica su redacción, el artículo único se refiere a las propiedades que fueron declaradas inhabitables. No se está otorgando la facultad de bajar el quórum en términos generales. Es solo -reitero- para las propiedades que cumplan el requisito de haber recibido daños con motivo del terremoto y haber sido objeto de tal declaración.
El Senador Navarro consultó por qué se fijaba un plazo tan largo.
En verdad, no se trata únicamente de la recuperación de los seguros, sino también de la realización de las reparaciones. Y es factible que una comunidad no disponga de los recursos indispensables para ejecutarlas y que las decisiones se tomen al cabo de un año y medio o de dos o tres años.
Fijamos el plazo de tres años para la vigencia de la ley en proyecto -es un norte bastante largo- en la esperanza de que en ese período sea posible que la mayoría absoluta de los comuneros tome todos los acuerdos a que se refiere el artículo único. Y con eso se resolverán muchísimos problemas que actualmente les impiden a los afectados por el terremoto reconstruir sus viviendas.
Con relación a la sugerencia hecha por el Senador Zaldívar, creo que excepcionalmente, para casos de edificios donde hay bienes comunes y que resultaron dañados por el terremoto, el Estado debería prever un subsidio colectivo que beneficiara a muchos copropietarios que no tienen cómo aportar al resto de la comunidad los dineros necesarios para la reparación.
Si bajamos el quórum pero algunos comuneros no disponen de los recursos requeridos para reparar, por ejemplo, la caja de escaleras o el ascensor, ¿quién efectuará los aportes en reemplazo de esas personas?
En determinados casos y cuando haya justificación desde los puntos de vista social y económico, debería otorgarse un subsidio, pero para que sea recibido, no por los copropietarios, sino por conjunto habitacional.
Termino señalando, señor Presidente , que este proyecto no solo baja en forma transitoria el quórum con que la comunidad debe adoptar ciertos acuerdos, sino que se enmarca dentro de los lineamientos de la reconstrucción, la que no se efectúa únicamente con recursos, sino también con cambios de la modalidad legislativa a los efectos de facilitarles la vida a quienes colectivamente desean efectuar las reparaciones necesarias pero hasta ahora, por razones administrativas y de impedimentos de la legislación, no pueden hacerlo.
Por tanto, invito a votar a favor de esta iniciativa.
He dicho.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Víctor Pérez.
El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , este proyecto, en la mayoría de los casos a que se refiere -numerales 1 a 7 del artículo 17 de la Ley sobre Copropiedad Inmobiliaria-, resuelve adecuadamente diversos problemas que hoy día viven copropietarios de un condominio que fueron afectados por el terremoto del 27 de febrero de 2010.
Empero, tengo la impresión de que, conforme al texto final que estamos tratando, en lo que respecta a las "presentaciones de naturaleza administrativa que digan relación con la liquidación de los seguros comprometidos sobre los bienes comunes", al requerirse un quórum de mayoría absoluta de los propietarios se está subiendo la exigencia a ese trámite.
Lo anterior, porque todas las resoluciones de carácter administrativo que deban resolver los copropietarios se adoptan en una sesión ordinaria o en una extraordinaria. Y las sesiones ordinarias tienen un quórum distinto, mucho menor; de hecho, para las aprobaciones en segunda citación se considera a los copropietarios que concurran.
Ahora bien, al requerirse la mayoría absoluta de los copropietarios, al trámite administrativo de la liquidación de los seguros le estamos subiendo la exigencia.
¡Ojo!
Este proyecto resuelve adecuadamente los numerales 1 al 7 del artículo 17, vinculados con resoluciones que se deben tomar en asambleas extraordinarias. Pero el trámite administrativo de la liquidación de seguros se halla dentro de las resoluciones que se adoptan en asambleas ordinarias. Entonces, a este respecto se está subiendo el quórum.
El señor NAVARRO.-
¿Se está subiendo?
El señor PÉREZ VARELA.-
Sí, en el caso del trámite administrativo de la liquidación de seguros, en que para la resolución basta la sesión ordinaria. Y, en segunda citación, la aprobación puede tener lugar con el pronunciamiento de la mayoría de los copropietarios que concurran. Sin embargo, aquí se exige un quórum de mayoría absoluta.
Por ende, considero pertinente buscar la unanimidad que nos permita solucionar ese punto, pues se está incurriendo en un error técnico.
Insisto: el proyecto aborda bien lo relativo a las materias que deben resolverse en asamblea extraordinaria. Pero lo concerniente a las cuestiones administrativas vinculadas con los seguros se puede solucionar en asambleas ordinarias, en las cuales el quórum es mucho más benigno.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , sin entrar al fondo del planteamiento formulado por el Senador Víctor Pérez, estimo que no se necesita ni indicación ni acuerdo unánime. Solo bastaría con pedir votación separada de la frase que dice "Lo anterior también será aplicable respecto de aquellas presentaciones de naturaleza administrativa...".
El señor TUMA .-
Así es.
El señor NOVOA .-
O sea, si efectivamente se está elevando el requisito para que surtan efecto las liquidaciones de seguros, bastaría con solicitar que esa frase se votara separadamente, y, al no quedar aprobada, se resolvería el problema referido por el Senador señor Pérez Varela .
En todo caso, lo dejo pedido, porque podría ser la forma de solución si efectivamente la situación es tal como la expone Su Señoría.
Gracias.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , me sumo al planteamiento del Senador señor Novoa en orden a una votación separada.
Estábamos viendo que otra alternativa podrían ser las indicaciones, porque el Honorable señor Pérez Varela tiene razón. Estimo que el proyecto presenta un par de problemas.
El primero de ellos lo puntualizó el Senador señor Navarro . Me parece que los tres años van a ser insuficientes. Lo he visto en algunas comunas de la Región que represento -en Angol y, particularmente, en Traiguén, afectadas de manera seria-, donde esta es una más de las dificultades que los vecinos en copropiedad tienen que asumir al momento de tomar decisiones. No es la principal, por cierto.
Me parece que, a lo mejor, seis meses atrás no estábamos viendo la situación, y, probablemente, en un año más van a surgir otras que se relacionen con la forma como los vecinos han de resolver. Aquí -lo expresó bien mi Honorable colega Tuma -, la decisión puede ser, a veces, si reconstruir o no. Y, en verdad, los quórums se han transformado en un obstáculo.
En Temuco, por ejemplo, es bastante conocido el caso de las dos torres en calle Thiers que se le colapsaron a una empresa de la Región del Biobío que las construyó -la cual, entre paréntesis, está ganando hoy día muchas licitaciones en el plano local-, y una de las cuestiones planteadas, en definitiva, fue que los vecinos partieron para otros lados, con toda la desolación que significó haber vivido el terremoto del 27 de febrero del año recién pasado, y que les ha costado mucho juntarse. Es lo que han dicho.
Entonces, se trata de una dificultad adicional a las muchas que han tenido que padecer los afectados.
Por lo tanto, me parece que la modificación relacionada con los números 1 a 7 del artículo 17 de la ley Nº 19.537 se orienta en un sentido de facilitar las cosas al permitir, mediante el quórum de la mayoría absoluta, que los vecinos enfrenten una traba menos para la toma de decisiones.
Pero cabe insistir en que ello va a ser insuficiente. Ha transcurrido más de un año del terremoto y en muchos lugares aún no se hace nada, de tal forma que en dos o tres años más, a mi juicio, vamos a encontrarnos frente a la necesidad de ampliar el plazo. Es algo que debió quedar indefinido.
En segundo lugar, con relación a lo planteado por el Senador señor Pérez Varela , estamos elevando los quórums, efectivamente. Vamos a dificultar la resolución de los aspectos de liquidación y administrativos que las aseguradoras también han expuesto como un impedimento.
Creo que, de todos modos, esta es una iniciativa que tenemos que aprobar. Constituye un avance importante -reitero- en un ámbito que no habíamos apreciado previamente y da cuenta de la voluntad del Senado de llevar adelante todas las modificaciones de orden legislativo necesarias para que el proceso de reconstrucción avance de una manera ojalá un poco más rápida.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente , estimados colegas, pienso que se está generando una confusión en el debate del proyecto y que ella es inconducente.
Voy a partir de atrás para adelante.
Respecto al plazo, los tres años son para que las personas puedan tomar las decisiones que se necesitan. En verdad, es un término bastante laxo. La mayoría de los condominios quieren resolver hoy, pero la gran traba es el quórum de constitución para tomar acuerdos. Lo que hace la iniciativa es facilitarlo.
Por su intermedio, señor Presidente , deseo compartir con los señores Senadores que manifestaron la inquietud respectiva que la experiencia, durante toda la discusión -incluso, esta se ha alargado-, es que el plazo no configura el problema, el cual radica, en los condominios, en los quórums de constitución. El proyecto, procedente de la Cámara de Diputados, viene precisamente a resolver este primer punto.
Lo segundo que incluye el texto en estudio es lo relativo a cuáles son los beneficiarios. La redacción original, que consideraba a "los condominios gravemente afectados", se relativizó. Se eliminó el concepto de que hubieran sido evacuados transitoria o permanentemente, por no existir un instrumento jurídico para verificarlo. Es decir, se elaboró una redacción de forma tal que sea posible acogerse al procedimiento en el caso de todos "aquellos condominios cuyas propiedades fueron declaradas inhabitables", lo que sí corresponde a un verificador legal. Ello permite identificar en cuáles se puede usar.
Y respecto a la inquietud manifestada por el Honorable señor Pérez Varela , mantenemos una diferencia de interpretación sobre si el sistema genera o no mayores dificultades. En ningún caso significa un perjuicio. En ningún caso dificulta que las personas resuelvan sobre los seguros. ¡Disculpen, Sus Señorías, pero ese no es el punto!
Lo que hace la ley en proyecto es facilitar el proceso de constitución. Y en muchos condominios el proceso de toma de decisión requiere el acuerdo del 80 por ciento de los propietarios y no de la mayoría. Lo que se hace ahora es reducir los quórums en uno y otro caso. Y la forma como está redactado el texto incluso facilita, con mucho, la configuración de las mayorías al permitirse que se delegue la representación de propietarios en otros. Aquí se facilitan -repito- los quórums mencionados, y mi impresión es que así resulta más expedito.
Si hubiera dudas, señor Presidente , sugiero pedir segunda discusión y que el texto se traiga mañana nuevamente a la Sala, para poder despejar la interrogante que entiendo que se le plantea al Senador señor Pérez Varela , porque lo que queremos todos es resolver bien. La cuestión se puede despejar en concreto en la Comisión de Vivienda.
He dicho.
El señor NAVARRO.-
Que quede para segunda discusión, señor Presidente.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , estimo realmente que existe una confusión, y, a lo mejor, la Comisión podría presentar una redacción más detallada mañana, porque el artículo único del proyecto hace referencia a los números 1 a 7 del artículo 17 de la ley Nº 19.537, pero no se modifica el inciso cuarto del artículo 19 de ese cuerpo legal, norma que expresa lo siguiente:
"Las asambleas extraordinarias para tratar modificaciones al reglamento de copropiedad que incidan en la alteración del porcentaje de los derechos de los copropietarios sobre los bienes de dominio común, requerirán para constituirse la asistencia de la unanimidad de los copropietarios y los acuerdos se adoptarán con el voto favorable de la unanimidad de los copropietarios.".
Por lo tanto, esa parte no ha sido tocada y se mantiene plenamente vigente.
Pienso que valdría la pena que pudiéramos estudiar el asunto en la Comisión de Vivienda, señor Presidente , pero no sé si mañana habrá tiempo para hacerlo.
Gracias.
--El proyecto queda para segunda discusión.
)-------------(
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , solicito a la Mesa recabar la anuencia de la Sala para que se autorice la constitución de la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, que debe regularizar su funcionamiento, a las 18.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo?
--Se autoriza.
ACCESO UNIFORME A LICENCIAS PROFESIONALES DE LEY DE TRÁNSITO
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite el acceso uniforme a las licencias profesionales cumpliendo los requisitos exigidos en la Ley de Tránsito, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7212-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 87ª, en 18 de enero de 2011.
Informe de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 3ª, en 16 de marzo de 2011.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la iniciativa es posibilitar a los conductores -específicamente, a los de buses- que cumplan con los requisitos legales el acceso igualitario y uniforme a la obtención de todas las clases de licencias profesionales.
La Comisión discutió el proyecto solo en general y, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Rincón y señores Chahuán, Novoa y Prokurica, aprobó la idea de legislar.
El texto propuesto se transcribe en el primer informe.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , como su nombre lo indica, la iniciativa tiene por objeto posibilitar un acceso igualitario y uniforme a los conductores que, cumpliendo las exigencias generales y especiales que procedan, aspiren a la obtención de todas las clases de licencia profesional contempladas en la Ley de Tránsito.
Se busca fijar en forma clara y expresa los requisitos particulares que deberán cumplir los postulantes que, encontrándose en posesión de licencia de conductor profesional clase A-4 o A-5, o licencia de conductor A-2 obtenida con anterioridad al 8 de marzo de 1997, deseen obtener licencia de conductor profesional clase A-3. La misma norma se aplicará para aquellos postulantes que, hallándose en posesión de licencia de conductor profesional clase A-2 o A-3, deseen obtener la de clase A-5.
La Ley de Tránsito se refiere a distintos aspectos relativos a la conducción de vehículos motorizados o a tracción animal y los regula, disponiendo que ninguna persona podrá llevarla a cabo sin poseer una licencia expedida por el Director del Departamento del Tránsito y Transporte Público Municipal de una municipalidad autorizada al efecto.
Determina, entonces, la existencia de las siguientes clases de licencia: clase A, para conductor profesional; clases B y C, para conductor no profesional; y las especiales clases D, E y F.
A su vez, la licencia profesional registra cinco subclases, existiendo por ello las correspondientes a las clases A-1, A-2, A-3, A-4 y A-5, cada una de las cuales habilita para conducir distintos vehículos.
En disposiciones transitorias reconoce las licencias clases A-1 y A-2 otorgadas antes de 1997, fecha en que se empezaron a exigir nuevos requisitos.
Por otra parte, su artículo 13 establece y regula los requisitos generales que han de cumplir los postulantes a licencia de conductor y los requisitos especiales para cada clase de licencia en particular.
Es así como en el número 4) de su inciso segundo se señala como requisito para obtener licencia clase A-3 que los postulantes hayan estado en posesión de licencia profesional clase A-1 o A-2 durante a lo menos dos años; y para la clase A-5, la posesión de licencia profesional clase A-4 durante a lo menos dos años.
Del tenor literal de la norma legal citada se deduce que no se contempla la posibilidad de obtener directamente licencia profesional clase A-3 para aquellos conductores que posean licencia profesional clase A-4 o A-5, ni la clase A-5 para quienes tengan la clase A-2 o A-3, aun en el evento de que cumplan los restantes requisitos generales de la Ley de Tránsito y los especiales que procedan.
En tal contexto, si bien los titulares de licencia profesional A-4 o A-5 se encuentran facultados solo para la conducción de vehículos de carga, y los titulares de licencia profesional clase A-2 o A-3, para vehículos de transporte de personas, no se divisa un impedimento de carácter técnico para que, efectuado el curso destinado a obtener licencia profesional clase A-3 o A-5 en una escuela de conductores profesionales debidamente regulada en la propia Ley de Tránsito y su Reglamento Ejecutor, contenido en el decreto supremo N° 251, de 1998, del Ministerio del ramo, puedan optar a licencia profesional que permita la conducción de vehículos considerados en estas clases de licencia, vinculadas al transporte de pasajeros y de carga, respectivamente.
En ese mismo sentido, si bien los titulares de una licencia de conductor clase A-2 otorgada con anterioridad al 8 de marzo de 1997 pueden obtener de forma directa, excepcionalmente, la licencia profesional A-5 acreditando haber aprobado un curso de capacitación reglamentado por el decreto supremo N° 61, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, al igual que en el caso señalado en el párrafo anterior, no se distingue inconveniente de carácter técnico para que puedan optar por realizar el curso de capacitación destinado a la obtención de la licencia de conductor profesional clase A-3 en un organismo técnico de capacitación debidamente autorizado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (30 votos favorables), y se fija el lunes 4 de abril, a las 12, como plazo para formular indicaciones.
Votaron las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Escalona, Frei (don Eduardo), García, Girardi, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
MEDIDAS PARA CORRECTO OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Proyecto de ley, iniciado en mensaje, en primer trámite constitucional, sobre otorgamiento y uso de licencias médicas, con segundo informe de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Salud, unidas, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (6811-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 79ª, en 5 de enero de 2010.
Informes de Comisión:
Salud: sesión 57ª, en 5 de octubre de 2010.
Trabajo y Previsión Social: sesión 57ª, en 5 de octubre de 2010.
Trabajo y Previsión Social y de Salud, unidas (segundo): sesión 1ª, en 15 de marzo de 2011.
Discusión:
Sesiones 60ª, en 13 de octubre de 2010 (queda para segunda discusión); 61ª, en 26 de octubre de 2010 (se aprueba en general).
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Las Comisiones unidas dejan constancia, para los efectos reglamentarios, que el artículo 1º no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones, esto es, conserva el mismo texto aprobado en general, de manera que debe darse por aprobado, salvo que algún señor Senador, con la unanimidad de los presentes, solicite su discusión y votación.
--Se aprueba reglamentariamente.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Las Comisiones unidas efectuaron una serie de modificaciones al proyecto aprobado en general. Varias de ellas fueron acogidas por unanimidad y otras solo por mayoría. Estas últimas serán puestas en votación oportunamente.
Cabe tener presente que las enmiendas acordadas en forma unánime deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador solicite su discusión o existan indicaciones renovadas. De estas modificaciones aprobadas por unanimidad, el inciso cuarto del artículo 6°, que pasó a ser 7°, tiene el carácter de norma orgánica constitucional, por lo que requiere para su aprobación el voto conforme de 21 señores Senadores.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado donde se consigna el texto aprobado en general por el Senado, las modificaciones efectuadas por las Comisiones unidas y el texto final que se propone de aprobarse dichas enmiendas.
El señor GIRARDI (Presidente).-
En discusión particular el proyecto.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , la Coalición por el Cambio, por intermedio de los Comités Renovación Nacional y Unión Demócrata Independiente, va a dar la unanimidad a fin de que se pueda presentar una indicación que pretende formular la Concertación, para los efectos de darle curso progresivo a la iniciativa y votarla.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Se considerará cuando corresponda.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
En primer lugar, habría que ocuparse de la modificación al inciso segundo del artículo 2°, que fue acogida por mayoría de 5 votos contra 1.
El texto aprobado por las Comisiones unidas es el siguiente:
"La inasistencia injustificada y repetida a las citaciones, como también la negativa reiterada a la entrega o la no remisión de los antecedentes solicitados, en los plazos fijados al efecto, los que no podrán exceder de siete días corridos, habilitarán a la Comisión para que, mediante resolución fundada, sancione al profesional con multas a beneficio fiscal de hasta 10 unidades tributarias mensuales. Además, en casos calificados, podrá suspenderse tanto la venta de formularios de licencias médicas, como la facultad para emitirlas, hasta por 15 días. Dicha suspensión podrá renovarse mientras persista la conducta del profesional. Las notificaciones de las resoluciones que apliquen las referidas sanciones se realizarán mediante carta certificada, entendiéndose practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. A este procedimiento se aplicarán supletoriamente las normas de la ley N° 19.880".
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , este es un tema que se viene arrastrando desde hace varios años, desde que se creó el sistema de licencias médicas, donde, naturalmente, se han detectado numerosos fraudes de parte de médicos y otros intervinientes.
Pero, sin perjuicio de que el proyecto busca investigar, sancionar y, eventualmente, separar de sus cargos a los facultativos que emitan licencias médicas fraudulentas, como lo hemos visto en reiteradas ocasiones y experiencias -hay estadísticas que así lo avalan, y por eso me alegro de que estemos abordando el problema, aunque sea quizás un tanto tarde-, la óptica utilizada es solo sancionatoria (para quien comete un fraude) y prescinde de la perspectiva de los trabajadores que presentan, con justificación, una licencia médica por enfermedad grave -cáncer, por ejemplo-, por 30 días, y luego por otros 30, que una COMPIN deniega y vuelve a denegar. En algunos casos, entre la apelación, las reclamaciones y la autorización del pago pueden pasar cinco meses.
Se actúa como si los trabajadores recibieran ingresos permanentes, independientes del salario que tienen y que se halla suspendido porque no concurren a sus lugares de trabajo. Y tampoco les pagan sus licencias pues se encuentran bajo sospecha.
En definitiva, después de cinco o seis meses, cuando les reconocen que efectivamente ameritaba pagárselas, ¿quién les repara el daño en su calidad de vida durante el tiempo de espera? Y eso además significa un maltrato a los más vulnerables: los trabajadores enfermos.
Así que, señor Presidente , estamos ante una legislación exclusivamente sancionatoria, que no apunta a la búsqueda de la reparación del daño que miles de trabajadores sufren diariamente en las oficinas de COMPIN y de FONASA, haciendo largas colas, con interminables esperas, cuando ni siquiera tienen plata para pagar la locomoción que les permita concurrir a efectuar sus reclamaciones por la falta de pago de sus licencias médicas.
Hay falta de profesionales, de personal en las COMPIN, de un sistema en línea. Respecto de esto último, espero que el señor Ministro acoja una petición que le hemos formulado parlamentarios de la Novena Región en orden a establecer, como plan piloto, un sistema de licencias médicas electrónicas que incorpore a empleadores, FONASA y médicos y que permita acortar los tiempos necesarios para comprobar lo que un facultativo prescribió y por qué.
Yo, señor Presidente , siento que este proyecto sataniza a los enfermos, a los trabajadores, a los médicos, y sin perjuicio de que busca sancionar a quienes cometen fraude, no resuelve el problema de aquellas personas que se acogen al espacio que brinda la ley para recibir un reposo necesario y a las cuales después no les pagan los días que han interrumpido su asistencia laboral.
Tal situación no queda resuelta. El proyecto se enfoca únicamente en sancionar a quienes cometen fraude, sin contemplar una norma cuyo objeto sea compensar o reparar el daño que sufren trabajadores que pasan meses y meses sin remuneración y que siguen con la misma enfermedad por la cual se les otorgó una licencia que al inicio se consideró justificada. Al final, tanto la Superintendencia como otros organismos contralores rectifican y dicen: "Sí, estaba correcta; hay que pagarla". Pero el problema es que se paga cuando el afectado, o ya falleció, o ha experimentado un agravamiento producto de no haber contado con recursos para recibir un adecuado tratamiento.
Por eso, junto con aprobar la iniciativa, quiero hacer un llamado al señor Ministro para que presente otro proyecto que incorpore lo que miles de trabajadores están reclamando en todo el territorio nacional.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente, la verdad es que el proyecto que nos ocupa no pretende resolver todos los problemas relacionados con el otorgamiento del subsidio por incapacidad laboral, temporal o transitoria, que es en el fondo la licencia médica.
La licencia médica implica un permiso laboral y a la vez un subsidio que se otorga al paciente para que trate su enfermedad, y el reposo se considera parte del tratamiento.
Por eso es tan grave -lo decía el Senador Tuma - cuando a un enfermo se le modifica -cuando ello ocurre, se acorta su duración- o se le rechaza de manera arbitraria, unilateral y, obviamente, injusta una licencia médica, porque de esa forma se altera su proceso de recuperación. Por lo demás, los trabajadores y trabajadoras de Chile pagan mensualmente una cotización a un seguro de salud, público o privado, con el fin de acceder a un tratamiento, en caso de requerirse, y a una licencia, a un permiso laboral con subsidio.
El énfasis de la iniciativa no está puesto en defender a los pacientes que sufren el trato antes señalado por parte de su seguro de salud en cuanto a rechazos injustificados de licencias o a tardanzas en su pago, situación que, lamentablemente, afecta a muchos chilenos y chilenas. El énfasis está puesto, claramente, en mejorar la fiscalización y en sancionar el otorgamiento de licencias médicas fraudulentas, es decir, aquellas que se emiten para personas que no la requieren o que se extienden más allá de lo necesario, de acuerdo al tipo de enfermedad y a la gravedad de esta.
Desde esa perspectiva, hay consenso en todos los sectores políticos acerca de que no es posible tolerar que recursos de todos los chilenos -porque, finalmente, alguien paga la cuenta- se despilfarren a través de este fraude, de esta verdadera estafa.
Yo, en todo caso, tengo el convencimiento de que los médicos que actúan de ese modo no son la mayoría. Pero, efectivamente, hay un grupo -lo hemos visto- que concentra gran cantidad de licencias médicas absolutamente injustificadas y que debe ser sancionado. Esa es la señal que tenemos que dar, mejorando la fiscalización.
Eso es lo que contempla el proyecto.
Evidentemente, a él han de sumarse otros -lo conversamos con el señor Ministro- que apunten a entregar más recursos, sobre todo a las COMPIN, para que puedan realizar bien su tarea y no perjudiquen los intereses de los pacientes que reciben una licencia correctamente emitida.
Dicho lo anterior, anuncio que vamos a presentar una indicación que busca establecer un trato espejo. Al igual como se sanciona a quienes emiten licencias fraudulentas, a quienes engañan con recursos que no son propios, a quienes defraudan, también debe castigarse a las entidades o las personas que rechacen una licencia médica bien emitida a un paciente enfermo, perjudicando su reposo, su rehabilitación y, en definitiva, el tratamiento de su enfermedad.
Pensamos que eso es lo que corresponde: mano dura para los que cometen fraude, para los que cometen abusos, que engañan, que mienten, pero también mano dura para los que, de manera arbitraria, unilateral, injusta, sin ver siquiera al paciente, rechazan una licencia.
Por desgracia, señor Presidente , muchas veces vemos que licencias bien emitidas sufren una modificación sin que los pacientes hayan sido examinados por un médico; prácticamente, se les pone un timbre. Y es llamativo que lo habitual sea que los supuestos errores se deban a haberse otorgado más días de reposo y nunca menos. ¡Es raro! Siempre son por haberse concedido más días y por eso las licencias se acortan.
De ahí que también queremos sancionar, cuando corresponda, a los que las revisan, sea el contralor de una isapre, sea una COMPIN. La idea es que la Superintendencia pueda iniciar una investigación cuando se presente una denuncia y sancionar a quienes resulten responsables.
Por último, quiero recordarle al Ministro de Salud que él tiene un compromiso con nosotros, los Senadores y Senadoras, en el sentido de resolver una injusticia histórica que afecta a mucha gente hoy día en Chile, relacionada con la famosa carestía de los tres primeros días de las licencias médicas otorgadas por diez o menos días. Sus Señorías saben que esas licencias solo se pagan a partir del cuarto día. Incluso, creo que eso muchas veces lleva a que un médico, en vez de dar siete u ocho días, dé once, porque a partir del undécimo la licencia se paga íntegramente. Y nosotros pensamos que si un paciente padece una enfermedad que amerita tres, cuatro, cinco días de reposo, hay que darle una licencia por tres, cuatro o cinco días, con un subsidio por igual lapso.
Esperamos que el señor Ministro envíe en las próximas semanas -ojalá- o en los próximos meses un proyecto de ley que venga a reparar esa injusticia histórica -insisto- que afecta a mucha gente, especialmente en lo referido a patologías que requieren reposo por menos de diez días.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , la verdad es que cada vez que se inicia una campaña en contra de los profesionales inescrupulosos que otorgan licencias médicas sin cumplir los requisitos básicos, yo veo detrás de ello una iniciativa muy clara de las isapres y de ciertas instituciones que piden rigurosidad respecto a la entrega de licencias, pero que no dan ninguna explicación cuando las niegan.
Entonces, este es un proyecto absolutamente sesgado.
Y le quiero pedir al señor Ministro de Salud que, en definitiva -como dijo el Senador Rossi-, todas las exigencias que hoy día se imponen a los médicos que otorgan licencias también rijan para las instituciones, es decir, las COMPIN, las isapres, las mutuales, porque cuando estas niegan una licencia no explican las razones.
Se establece un conjunto de requisitos que lo único que hará es intimidar a los médicos a dar licencia a trabajadores aquejados por una enfermedad. Cientos de licencias por enfermedades profesionales son rechazadas por las mutuales de seguridad aduciendo que, o son consecuencia de una enfermedad crónica, o que los trabajadores se hallan en condiciones de realizar su tarea. Y mandan a trabajar, por ejemplo, a conductores con bota de yeso.
Me extraña mucho que esta iniciativa, enviada por el Gobierno -este o el anterior, pero no es moción parlamentaria- no diga ni una palabra con respecto al tema de los usuarios, de los trabajadores, de los enfermos, que tienen los mismos derechos.
En los diarios aparecen páginas y páginas y portadas cuando se trata de denunciar licencias -entre comillas- "falsas", "abusivas", pero ni una línea cuando los usuarios y los trabajadores denuncian haber sido objeto de abusos por parte de mutuales o de una COMPIN.
Por eso, señor Presidente , en este mismo proyecto debería incluirse una norma espejo -como dijo el Senador Rossi- en cuanto a que a las instituciones se les impongan las mismas obligaciones que a los médicos, de manera que cuando una mutual, una isapre o una COMPIN rechace una licencia, los usuarios, es decir, los trabajadores -que cotizan- puedan demandarles una explicación en las mismas condiciones.
De no ser así, estaremos creando un mecanismo férreo de defensa de dichas instituciones, que denuncian solo cuando son objeto de un ilícito, como lo es el otorgamiento de licencias falsas, pero nunca cuando son objeto de demanda por incurrir en graves faltas.
Señor Presidente , el texto está forjado a fuego contra los profesionales que emiten licencias. ¡Aquí pagan justos por pecadores! Hay un conjunto de médicos -en mi opinión, la inmensa mayoría- que tiene vocación y es profesional. Pero en algunos que conozco ya he empezado a percibir que, como con este proyecto se encienden las luces, lo pensarán dos o tres veces antes de autorizar un permiso.
Por lo tanto, estamos ante un mecanismo que inhibe un derecho consagrado en la Constitución de la República: el derecho a la salud. Porque, en verdad, constituye una amenaza.
No sé cuántas licencias deberá otorgar un médico para que se consideren abusivas, ni cuándo habrá que iniciar una investigación o pedir antecedentes.
Se establece que si los médicos no entregan los que les solicite una institución, se procederá a multarlos. Pero también se dispone que se podrá pedir informes complementarios de respaldo.
El artículo 4° dice: "Un reglamento dictado a través del Ministerio de Salud" -es una facultad privativa muy importante, que debe ser bien usada- "y suscrito además por el Ministro del Trabajo y Previsión Social, establecerá respecto de determinadas patologías, protocolos referenciales relativos a los exámenes, informes y antecedentes que deberán respaldar la emisión de licencias médicas".
Me pregunto quién va a pagar todo esto. Si a un trabajador se le exigen protocolos alternativos para los exámenes, ¿quién los va a pagar? ¿El afectado?
Creo que tenemos que darle más vueltas a esta materia.
Por cierto, yo rechazo el abuso de los médicos que, faltando a su código de ética, otorgan licencias sin que haya una enfermedad real, pero también rechazo el abuso que cometen las instituciones en contra de los trabajadores, de los usuarios y enfermos a quienes les niegan licencias justificadas.
O hay una ley espejo, que establezca las mismas obligaciones, señor Presidente , o este proyecto no puede salir.
He dicho.
¡Patagonia sin represas!
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Rincón.
La señora RINCÓN.-
Señor Presidente , el Senador señor Ruiz-Esquide me ha solicitado intervenir antes que yo.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , en las Comisiones unidas llegamos a algunos acuerdos en ciertos casos, pero en otros no fue posible. Los resolvimos hoy en la tarde con el señor Ministro . Gracias a ello, estamos en condiciones de concretar lo que yo llamaría "un paso importante", pero que exige, de una u otra manera, que nos demos un tiempo para abordar a fondo el problema.
La licencia es un acto médico dentro del tratamiento. Naturalmente, tiene una repercusión en el mundo laboral. Sin embargo, es, en esencia, un acto médico como otros: prescripción de un medicamento, de un examen o, en definitiva, de reposo más o menos prolongado. Por lo tanto, es extremadamente difícil colocar en un mismo plano todas las circunstancias que se producen.
Señor Presidente , vamos a aprobar el proyecto. Sin perjuicio de ello, presentaremos una indicación -la firmamos algunos parlamentarios de la Concertación- para resolver la contradicción planteada por quien me antecedió en el uso de la palabra.
En su texto proponemos una nueva redacción para el artículo 10, a fin de que, en definitiva, se garantice que las sanciones que se establecen para los médicos sean similares a las que reciban los contralores de las isapres en materia de licencias.
Eso, por dos razones. Primero, porque no hay motivo alguno para que reciban un tratamiento distinto. Y segundo, porque los contralores, hasta la fecha, no tenían ni siquiera existencia legal. Entonces, se convino con el señor Ministro en la necesidad de confeccionar una lista de ellos, con nombre y apellido, a lo largo del país.
Para poder tratar en su conjunto todo lo que involucra el tema de las licencias, deberíamos partir por las acciones que es preciso corregir en las instancias interrelacionadas, que son básicamente las empresas o empleador, los médicos y proveedores de licencias y las isapres o quienes deben revisarlas.
Además, no puede mantenerse un sistema -por eso avanzamos ahora en hacer un catastro- en que alguien en definitiva pasa a ser juez y parte. No hay sistema en Chile que garantice esa cosa tan excepcional de que pueda ser juez y parte quien está llamado a corregir la acción de los contralores.
Se ha discutido mucho -y el Gobierno lo ha sostenido así- la afirmación de que los médicos, cuando faltan a la ética, cometen un delito, mientras que los contralores solo incurren en un juicio equivocado. Personalmente, no pienso así. Eso me basta para fundamentar lo que vengo diciendo en el sentido de que nadie puede ser juez y parte en un acto de salud. Pero, además, esto se ha prestado para muchas conductas inadecuadas, especialmente de las isapres.
Otro asunto que debemos tomar en consideración en este proyecto -se lo hemos pedido formalmente al Ministro , y quizá en el trámite en la Cámara pueda abordarse- es el de los tres días de carencia. No tienen justificación médica.
Todo se hace en virtud de poner cortapisas al abuso. Por mi parte, estoy absolutamente de acuerdo en que eso sea así. Pero, como digo, esos días de carencia no se justifican ni tienen sujeción a norma médica alguna. Y eso es lo que provoca a ciertos profesionales que no poseen la ética adecuada.
En este último punto, otra observación: creo que aquí todos estamos contestes en que los médicos involucrados en estas prácticas son una minoría. Pero hay que sancionarlos. Lo que no me parece adecuado es que se sancione -como lo aprobamos en un momento determinado para poder llegar a algún acuerdo- privando a un facultativo de la capacidad de otorgar una licencia. Eso va a perjudicar solo a los pacientes. Y soy partidario -incluso así se lo he dicho al Ministro - de colocar la máxima sanción para los médicos; pero ello requiere recoger la idea de la obligatoriedad de los colegios profesionales, de modo que la orden, en un momento determinado, pueda quitar la posibilidad de ejercer la profesión.
Es decir, aquí no estamos defendiendo a aquellos profesionales que sean culpables de la actitud inadecuada de que se les acusa -sabemos que son un porcentaje pequeño-, pero también hay que equilibrar la sanción respecto de quien controla.
Señor Presidente, esta ha sido una discusión bastante larga. Va a seguir, obviamente, porque el tema es muy extenso. Yo espero que en la Cámara el Ministro recoja alguna de las insinuaciones y propuestas que hemos hecho para mejorar el proyecto.
Deseo agradecer a la Senadora señora Rincón por permitirme hablar antes que ella, ya que debo retirarme de la Sala. Esta es una materia que va a resolverse dentro de un largo período de tiempo, porque incluye aspectos extraordinariamente controvertidos.
Agradezco, también, a los Honorables colegas que han firmado la indicación que nos permite resolver uno de los puntos más difíciles.
Señor Presidente , hemos trabajado con el máximo de esfuerzo para mejorar lo más posible la iniciativa en un aspecto muy difícil y que significa, por un lado, garantizar el correcto uso de las licencias y, por otro, impedir que las personas sean abusadas por los médicos o por las instituciones de salud previsional, porque -insisto- lo que se ha hecho hasta la fecha es realmente inadecuado para los trabajadores.
Por eso, señor Presidente, voy a apoyar el proyecto en los términos señalados.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente , como se ha expresado, este proyecto viene del Gobierno de la Presidenta Bachelet , quien, como consta públicamente, mostró preocupación por lo que se ha venido detectando con el tiempo: el abuso -llamémoslo así- de las licencias fraudulentas por parte de algunos médicos, que, aunque pocos, provocan un daño muy grande.
Hemos podido observar reportajes televisuales que muestran cómo un pequeñísimo y reducido grupo de facultativos incluso se asocian para dar curso a licencias de manera fraudulenta. Con esto no podemos estigmatizar, en absoluto, al cuerpo médico en general ni, mucho menos, considerar que nos hallamos ante una práctica generalizada entre ellos. Estamos hablando de un grupo muy pequeño de personas que, evidentemente, ocasionan un gran daño. Hoy el Ministro de Salud nos mencionó cifras gigantescas: más de 250 millones de dólares. Yo no sé si realmente se puede llegar a tanto; pero, de ser así, lo que pierde el Estado por este mal uso de las licencias equivale, incluso, a la construcción de un hospital.
Entonces, entendemos el origen y el propósito del proyecto. Sin embargo, como lo han expresado varios señores Senadores, no podemos sino manifestar nuestro malestar por el hecho de que aún no logremos hacer un cambio sustantivo en relación con los tres primeros días de la licencia, que no son pagados. Ello constituye algo realmente lesivo para los trabajadores, por cuanto no pueden hacer uso correcto de legítimas licencias cuando corresponde, porque no tienen garantizados esos primeros días.
Señor Presidente , no dejan de llamar la atención las palabras expresadas por el propio Presidente de la Comisión de Salud del Senado, el Honorable señor Rossi , quien además es médico. Su Señoría señaló que precisamente por el hecho de restarse el pago de esos tres primeros días, los médicos emiten la licencia por más de diez, para que el trabajador pueda usarla en su totalidad.
Entonces, aquí nos hallamos frente a un problema que este proyecto no resuelve. Esperamos que a futuro -se encuentra presente el Ministro Mañalich- el Gobierno tome cartas en el asunto y compruebe la efectividad de lo que constituye un perjuicio para los trabajadores.
Pero si bien aplicaremos mano dura a esos pocos médicos, pero que hacen un daño tan grande al conjunto del país por el uso fraudulento de la licencia médica o mal uso de ella -en esto radica la importancia de lo que se ha dicho acá-, lo menos que podemos hacer es exigir también dar garantías de que esa mano dura se aplique rigurosamente a los contralores y se los fiscalice debidamente, pues en definitiva son ellos los que autorizan o rechazan la licencia. Nos parece sumamente condenable que muchas veces denieguen la emitida correctamente sin siquiera contar con los antecedentes.
Por lo tanto, creo que el Senado no debiera dudar acerca de la justeza de decir que esta situación es grave, por lo que no podemos aceptar el mal uso de la licencia médica. Pero también lo es que haya contralores que sean incapaces de establecer un criterio apropiado para su rechazo.
Esa fue la razón que motivó presentar la indicación mencionada que claramente mejora el proyecto y equilibra la situación. En especial ella es un llamado a la responsabilidad de quienes deben emitir la licencia médica, pero también a la de aquellos que deben fiscalizar el sistema y aceptarla o rechazarla.
Señor Presidente , insisto nuevamente en el daño que se hace a los trabajadores, cuestión que espero se pueda modificar a futuro. La indicación recogió tal inquietud, y el Gobierno se abrió a que la presentáramos.
Entonces, pensamos que, en esas condiciones, el proyecto puede ser aprobado.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señor Presidente , en muy pocos días más -probablemente, en el transcurso de abril-, se debiera inaugurar el nuevo hospital, ya terminado, de Punta Arenas, que costó 120 millones de dólares.
Con el costo total que representan para el país las licencias médicas fraudulentas, podrían construirse anualmente dos hospitales como el que señalo. Asimismo, sería factible edificar otros como el que se levantará en Talca (150 millones de dólares), y tres, como el por hacer en Ovalle, en la provincia del Limarí de la Cuarta Región.
El costo de las licencias médicas fraudulentas es demasiado caro para Chile. ¡250 millones de dólares es mucho dinero!
Por esa razón, hay que aprobar el proyecto, y rápido. Todos debemos hacer un esfuerzo por despacharlo pronto, y ojalá hoy. En primer lugar, porque asegura el otorgamiento y uso de licencias médicas; porque fortalece las facultades que deben tener los órganos públicos en materia de control y de fiscalización; porque acrecienta las atribuciones de la COMPIN, lo que obviamente mejorará el control de los médicos eventualmente licenciosos.
Es una gran iniciativa, pues, además, permitirá a la Superintendencia de Seguridad Social -si corresponde, obviamente- iniciar investigaciones en contra de médicos inescrupulosos que habitualmente ejercen su profesión con el claro propósito de defraudar al Fisco y al sistema. Por lo mismo y porque en ella se disponen multas y un régimen muy robusto de sanciones, solo resta aprobarla.
Por ese motivo y por el hecho de que se establece un gran y sabio desincentivo a las malas prácticas y a la comisión de ilícitos, anuncio nuestro voto favorable.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.
La señora RINCÓN.-
Señor Presidente , durante cinco años fui Superintendenta de Seguridad Social, donde me correspondió no solo fiscalizar este sistema, sino también administrar los recursos asociados a él, en el caso de enfermedad grave del hijo menor de un año.
Pude apreciar todo tipo de situaciones, desde aquellas descritas por el Senador Uriarte, como las que constituyen abusos reiterados que significan restar anualmente al país la posibilidad de aumentar el número de hospitales, o como las dadas a conocer por colegas como el Senador Navarro, que implican tramitar en forma innecesaria y dilatoria a los trabajadores para la obtención de un legítimo beneficio.
¡De todo hay en la viña del Señor!
El proyecto en debate pretende hacerse cargo de tales anomalías. Su texto actual es el resultado de un extenso debate en las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Salud, unidas, donde se recogieron las apreciaciones e inquietudes de los distintos actores legislativos y, por cierto, se escuchó a diversas personas.
Se acogió la inquietud planteada por algunos Senadores en orden a sancionar duramente a los médicos que emiten licencias injustificadas y, también, a los contralores que las rechazan sin fundamento.
La indicación que presentamos -y se agradece la participación de las bancadas de la UDI y de Renovación Nacional- pretende homologar las sanciones: al médico que emita una licencia sin base no solo con multas, sino también con la suspensión de la facultad para emitirlas; y al contralor que restrinja o rechace sin fundamento el beneficio se le castiga no solo con multas, sino también con el término de la facultad de visar las licencias. Y es más: serán solidariamente responsables la isapre y la COMPIN cuando no concurran como corresponde.
Este, señores Senadores, es solo el principio, porque lo relativo a esta materia es una parte del problema.
Conversé con los Ministros de Salud y del Trabajo; con los Subsecretarios y con la Superintendenta de Seguridad Social acerca de la necesidad de modificar el sistema.
El Senador Tuma dijo que tenemos un problema en la tramitación de los documentos. Debiera estar operando la licencia médica electrónica - cuestión que compartimos con el Ministro - que hoy solo se utiliza en las isapres, lo cual permitiría tener información bastante importante acerca del comportamiento del beneficio.
Pero ello no ocurre en el sistema público. Creemos que ahí, señor Ministro , es donde debe hacerse un esfuerzo.
En la Concertación estamos trabajando una propuesta, y quisiéramos que también participaran los Senadores de la Alianza. Porque todos conocemos lo que ocurre en la realidad y cómo los distintos sistemas no conversan.
El Senador señor Navarro dio a conocer que a un trabajador que sufre un accidente del trabajo no le reconocen la naturaleza de este y lo derivan al sistema común, donde no le dan la tramitación expedita que requiere.
Conversamos este asunto con la ex Senadora Matthei, hoy día Ministra, quien coincidió en ello.
Pensamos que sobre el particular debe hacerse un esfuerzo importante.
Señor Presidente, tenemos la convicción de que el proyecto que hoy discutimos en particular debe ser aprobado en forma rápida.
¡Necesitamos mandar una señal clara y categórica!
Y, en tal sentido, me gustaría sugerir a la Sala -hablé con el Ministro , quien está de acuerdo- que se hagan tres votaciones: aquellas normas aprobadas por unanimidad o mayoritariamente en las Comisiones unidas, que sean votadas todas en un solo acto; las disposiciones de quórum especial -entiendo que es una, el señor Secretario puede ratificarlo-, y finalmente, la indicación consensuada con el señor Ministro de Salud , la que hemos presentado a consideración de la Sala para homologar la sanción de los médicos infractores con la de los contralores que rechacen licencias médicas en forma injustificada.
De esta manera podremos cumplir con lo señalado por el Senador señor Uriarte: la necesidad de aprobar en forma rápida el presente proyecto de ley, que ha sido largamente debatido en las Comisiones de Trabajo y de Salud, unidas.
He dicho.
El señor LETELIER (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , el proyecto que nos ocupa es muy importante. Lo planteamos algunos parlamentarios hace mucho tiempo.
Se busca establecer una regulación contra el fraude que cometen ciertos médicos, que son muy pocos.
Pero también se debe abordar lo que denunciamos muchas veces: que las isapres deniegan licencias médicas a pacientes que de verdad están enfermos. Ello implicaba una cantidad de recursos muy relevante: casi 20 mil millones de pesos al año. En función de esto, nos parecía primordial modernizar todos los procedimientos vinculados con dichas instituciones.
Y el Ejecutivo presentó esta iniciativa.
En mi opinión, acá ha habido un largo y profundo acuerdo con el Gobierno respecto a la necesidad de legislar sobre la materia, en orden a establecer los mismos criterios de sanción tanto para el doctor que otorga una licencia de manera fraudulenta y el paciente que la pide como para los contralores de las isapres que deniegan la licencia a personas que efectivamente se hallan enfermos.
Ambos fraudes nos parecen atentatorios contra derechos humanos fundamentales, porque se distraen recursos que debieran ir a la atención de gente que de verdad los necesita.
Asimismo, hago presente que todavía nos queda una cuestión pendiente: la eliminación de los tres primeros días de carencia cuando la licencia médica dura menos de once. ¡Es un impuesto al enfermo! No tiene ningún sentido que a un paciente se le denieguen esos días, pues está pagando por su derecho a reposo, el cual es esencial para que recupere su salud.
Señor Presidente , estimo que, de resultar afirmativa la votación del proyecto, daremos un gran paso a fin de garantizar un mejor cuidado de los recursos públicos y también -con más fuerza- los derechos y el acceso a la salud de los chilenos, particularmente de los más pobres.
He dicho.
El señor LETELIER (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , Honorable Sala, el objetivo principal del proyecto de ley que nos ocupa es combatir el fraude que se ha podido comprobar en el último tiempo con relación al otorgamiento de licencias médicas. Aquel consiste en que muy pocos doctores prescriben, a gran escala, un descanso que no se justifica. Se simula que determinada persona padece una patología, para la cual se le concede un reposo médico que da derecho a un subsidio estatal, lo que no resulta procedente pues ello produce un perjuicio al Estado, que, como bien nos ha explicado el Ministro del ramo, asciende a una suma de dinero anual de tal magnitud que con ello se podría equipar un hospital de nivel medio.
Entonces, se hace indispensable poner término pronto a este tipo de conductas constitutivas de fraude, que afectan sobre todo a quienes sí requieren descanso médico, por hallarse afectados realmente por una patología.
Asimismo, durante el extenso tratamiento de la iniciativa tanto en la Comisión de Salud como en las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Salud, unidas, tuvimos la oportunidad de escuchar la opinión de expertos sobre la otra cara de la medalla en esta materia: cuando los contralores de las instituciones de salud previsional reducen injustificadamente las licencias otorgadas por médicos, quienes, dentro de su ámbito de competencia y con estricto apego a la lex artis, han estimado que cierto paciente necesita un reposo prolongado.
Durante el análisis del proyecto, nos preocupamos de afinar hasta en sus más mínimos detalles los procedimientos administrativos a que las situaciones descritas pudieran dar origen. Lo mismo en el aspecto penal, cuando se ha actuado dolosamente, de modo de garantizar un justo y racional procedimiento para quienes hagan mal uso de los beneficios, tanto en su otorgamiento como en su aprovechamiento indebido.
Asimismo, hemos abordado el perjuicio pecuniario que significa para el erario fiscal el otorgamiento ilícito de licencias médicas: deberán ser restituidos los recursos públicos percibidos en forma fraudulenta e improcedente por efecto del mal uso de dicho instrumento.
Es indudable que el derecho a reposo médico se encuentra inserto dentro del principio constitucional del derecho a la vida y a la integridad física. Pero siempre y cuando se ejerza en forma racional y no con el fin de causar un perjuicio a las arcas fiscales mediante el uso torcido de este beneficio, al que legítimamente tiene derecho una persona que padece una enfermedad específica.
Por tal motivo, sin entrar en el detalle de las medidas que contempla el proyecto, contenido en el informe que los colegas tienen a su disposición, estimamos que se cumplen plenamente los objetivos que han inspirado la iniciativa legal que nos ocupa: hacer buen uso del reposo médico por el plazo que corresponda a la dolencia de que se trate.
En todo caso, estamos contestes en que se hace necesario introducir mayores reformas en esta materia, como la extensión de la licencia electrónica o el pago del subsidio cuando el reposo sea inferior a tres días. Tales medidas se analizarán en una nueva iniciativa gubernamental, ya que la situación que se aborda en el proyecto en examen urge ser remediada cuanto antes. Por algo se le ha aplicado urgencia "suma".
Por ese motivo, los miembros de las Comisiones unidas pedimos justamente al señor Ministro de Salud que estudiara lo relativo al período de carencia de tres días, a los efectos de poder resolver el punto más adelante.
Me permito instar a los colegas a que demos nuestra aprobación al proyecto, a fin de que se transforme en ley a la mayor brevedad, de modo que no se sigan dilapidando los recursos fiscales mediante uso doloso o indebido de este tipo de beneficios.
En consecuencia, voto favorablemente el proyecto.
No deseo concluir mi intervención sin antes señalar que, cuando vimos por primera vez la iniciativa en la Comisión de Salud, los parlamentarios de la Concertación no querían que aquella viera la luz del día. Luego, los representantes de la Oposición en la Comisión de Trabajo y Previsión Social se abrieron a la posibilidad de que se aprobara la idea de legislar.
Agradezco a los Senadores de las Comisiones de Salud y de Trabajo y Previsión Social, unidas, la generosidad de responder favorablemente a un proyecto que, sin lugar a dudas, busca atacar una situación en que hay dolo manifiesto de parte de unos pocos profesionales médicos, quienes de manera poco racional y claramente fraudulenta otorgan gran cantidad de licencias médicas.
Señor Presidente , con esta iniciativa se pretende satisfacer una necesidad de racionalización de los recursos públicos. Pero, de forma adicional, quedó en la mesa el compromiso del Ministro de Salud de revisar el término del período de carencia, con el propósito de evitar el incentivo perverso de otorgar licencias por más de diez días.
He dicho.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Daré la palabra al señor Ministro y después, a los dos Senadores que están inscritos.
La Mesa propone que posteriormente se proceda a votar: primero, las enmiendas aprobadas por unanimidad en las Comisiones unidas -varias de ellas requieren quórum especial-; luego las acordadas por mayoría, y, al final, la indicación a que se ha hecho referencia.
Haré tocar los timbres desde ya para contar con la cantidad necesaria de Senadores en la Sala al momento de votar.
Tiene la palabra el Ministro de Salud .
El señor MAÑALICH ( Ministro de Salud ).-
Señor Presidente , señores Senadores, no quiero repetir lo que ya se ha dicho acá hasta el cansancio respecto de la magnitud del problema que enfrentamos cuando se habla del Fondo Único de Salud -como por lo demás ha sancionado el Tribunal Constitucional-, del cual se destinan recursos para la atención de personas enfermas y, a la vez, para el subsidio de incapacidad laboral (licencia médica curativa).
Quiero destacar que en esta materia hemos llegado a un extremo verdaderamente grave.
El fondo que administra FONASA hoy día se constituye en 40 por ciento con las cotizaciones obligatorias en salud y en 60 por ciento con impuestos generales de la nación. Si el gasto en licencia médica uno lo indexara al 7 por ciento de la cotización obligatoria, cabría señalar que 2,7 puntos porcentuales de ella se ocupan en dicho beneficio.
La gravedad de ello está a la vista.
Sin embargo, llama profundamente la atención que, a pesar de los esfuerzos realizados a través de los medios de comunicación y de las denuncias hechas ante la justicia ordinaria en años pasados tanto por los Ministros de Salud anteriores como por mí, no se haya producido ningún efecto para quebrar esa tendencia. De hecho, en 2010 la tasa de otorgamiento de licencias médicas se incrementó en 18 por ciento, lo cual es muy delicado al analizar las cifras mencionadas.
Además, en 8 años los subsidios por incapacidad laboral -considerando una moneda del mismo valor- se han multiplicado en 230 por ciento, tendencia que no tiene cómo amortiguarse.
Por eso surge este proyecto de ley, que fue iniciado por la entonces Presidenta Bachelet .
En el mensaje ella usa la figura de fraude, de organización para el fraude. Son palabras muy duras, pero, en nuestra opinión y de acuerdo a los informes que hemos recibido sobre acontecimientos ocurridos en los últimos meses, se corresponden exactamente con la realidad, dado que algunos grupos de profesionales, incluso ciertas empresas, se coordinan o coluden para producir un daño patrimonial a los trabajadores chilenos que contribuyen, vía impuestos generales o cotización obligatoria de salud, a generar el referido Fondo.
De otro lado, se ha mencionado la incapacidad de las COMPIN para realizar su función. Yo quiero ser cauto en esta materia, porque, para que estas pudieran fiscalizar el beneficio en los últimos años, deberían haber aumentado sus plantas en aproximadamente 5 veces.
De hecho, tales comisiones, que son las contraloras por esencia del otorgamiento de licencias médicas, en el ámbito privado (las isapres) no pueden lisa y llanamente cumplir con su cometido.
Ilustro a Sus Señorías con un ejemplo: las COMPIN, que son dependientes de los seremis del ramo, en el año 2006 fiscalizaron 2,6 millones de licencias médicas, y en 2010, 4 millones, y con prácticamente la misma planta de personal.
En consecuencia, cuando se pide que dichas comisiones médicas actúen eficazmente para vigilar lo que ocurre con los contralores de las isapres, se debe comprender que se requiere dar un paso previo: disminuir significativamente el volumen de licencias médicas que aquellas deben revisar. Porque, con la actual demanda, no tienen la capacidad para hacer un trabajo eficaz.
También debo manifestar, a manera de ejemplo, que la proporción de licencias médicas otorgadas en el marco del seguro público que las COMPIN alcanzan a revisar cada año es decreciente: el 20 ciento del total de licencias fiscalizadas -dichas entidades no actuaron como meros buzones, sino que ejercieron su tarea- se ha reducido en la actualidad a 12 por ciento. Ello -insisto-, producto del intenso tráfico de licencias que tales comisiones deben manejar.
En cuanto al empleo de la licencia médica electrónica, hemos llamado a licitación -ya están entregándose propuestas- para implementar un sistema de uso generalizado en el país. Sin embargo, debo hacer presente que, al menos en el mundo privado, su aplicación ha sido extraordinariamente compleja, porque, si bien todas las isapres disponen de dicho sistema, solo el 30 por ciento de las licencias médicas se tramitan por esa vía. Existe una resistencia sistemática, cultural o de otro orden, por parte de los prestadores (los doctores) para utilizar el mecanismo electrónico en la tramitación del reposo médico. Prefieren seguir usando los papeles o formularios comprados en las COMPIN.
Por lo tanto, anticipo que exigiremos a los prestadores públicos en hospitales y consultorios usar como único mecanismo para otorgar licencias médicas, en un plazo de dos años luego de concluida la licitación, el sistema electrónico. De lo contrario, no habrá manera de sacar provecho, como manifestó el Senador señor Tuma , a este tremendo instrumento de gestión.
El proyecto, como se dijo, fue trabajado intensamente por las Comisiones de Salud y de Trabajo, unidas. Y creo que llegamos a un buen final.
Me animaría a señalar, en el ánimo de avanzar rápido en la aprobación en particular, que la indicación anunciada por la Senadora señora Rincón, que, en mi humilde opinión, es equilibrada y consistente con las discusiones sostenidas en diferentes instancias -específicamente en los órganos técnicos mencionados-, debiera ser acogida, a fin de que el proyecto siga su tramitación en la Cámara de Diputados.
De ese modo, al fin se podrá contar con un instrumento que, por un parte, libere la carga de trabajo actual de las COMPIN -hoy no pueden realizar bien su labor de fiscalizar el trámite de las licencias médicas de los beneficiarios públicos ni las que otorgan o deniegan los prestadores privados- y, por otra -insisto-, permita sancionar jurídicamente de manera específica a médicos, matronas, dentistas o quienes fuere que se organicen para entregar licencias médicas en cantidades abismantes.
Al respecto, sabemos de profesionales -son pocos- que dan una licencia cada dos minutos. Ante esa realidad, hemos pedido al Servicio de Impuestos Internos que nos informe si ello se corrobora con las declaraciones de tales personas.
Y eso sucede en la consulta médica privada mucho más que en el sector público, incluso para beneficiarios de este último. En efecto, alguien que no obtiene una licencia en el hospital público, cruza al centro médico de enfrente -lugar conocido por la entrega sistemática de dicho beneficio- para comprarla. Ahí el médico firma formularios a destajo, incluso estando de vacaciones -como hemos denunciado-, y la secretaria pone los timbres respectivos y cobra la venta de la licencia médica.
De esta forma se provoca un daño patrimonial enorme a los trabajadores del país.
Sugiero no perder la perspectiva de lo que hemos hablado acá.
Los recursos entregados a través de la Ley de Presupuestos al sector de la salud son crecientes y significativos. Pero tenemos la obligación inexcusable, no de ahorrarlos, sino de usarlos en condiciones de mayor beneficio para la gente. Y, claramente, el fraude en el otorgamiento de licencias médicas por 250 millones de dólares constituye un mal uso de tales dineros.
Ello nos hace disparar "de chincol a jote" -si me permite la expresión, señor Presidente ; ignoro si es conocida acá-, con lo que se daña de manera innecesaria el prestigio de profesionales de buen comportamiento, quienes, debido a toda esta batahola comunicacional, incluso pueden ver inhibida su capacidad de otorgar licencias médicas responsablemente cuando corresponda.
El asunto es grave y requiere una solución urgente.
Se debe garantizar una buena utilización de los recursos en quienes lo necesitan.
Por eso, pido a los señores Senadores formalmente -por intermedio de la Mesa- la aprobación en particular de la iniciativa.
Gracias.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente , me referiré de manera breve a tres temas.
El debate sobre las licencias médicas se puede abordar desde varias perspectivas. Solo quiero recordar que, más allá del proyecto, quedará pendiente una de las dimensiones del problema, la más vergonzosa: el descuento a los adultos mayores de parte de sus pensiones para pagar las licencias médicas de los trabajadores activos.
Hay que resolver no solo la situación fraudulenta que cometen quienes mal usan un instrumento necesario en el país, sino, además, el asunto de cómo se financia el sistema. Y espero que la iniciativa que se envíe para reducir el aporte en salud de los jubilados considere la eliminación de la carga destinada a cubrir el gasto en licencias médicas.
En segundo término, queremos un proyecto equilibrado.
Creo que lo propuesto es sin duda un primer esfuerzo en esa dirección: sancionar drásticamente a los profesionales que de manera ilegítima, con fines ajenos a la salud, usan un instrumento que se ha puesto en sus manos.
Pero necesitamos, y recojo las palabras del señor Ministro de Salud en tal sentido, abordar la responsabilidad del Estado -no digo del Gobierno, sino del Estado- en orden a modernizar las comisiones médicas preventivas. Porque no resulta justo lo que sucede en particular con los sectores más desprotegidos, como son los trabajadores, que muchas veces no poseen formación profesional o técnica. Estos presentan licencias médicas entregadas después de mucho tiempo por facultativos de los consultorios, de los hospitales públicos, las que en la abrumadora mayoría de los casos están bien otorgadas. No obstante, muchas veces las COMPIN se las rechazan porque no tienen la capacidad de evaluarlas correctamente, dado que no cuentan con el personal ni con la infraestructura correspondientes.
La indicación que hemos presentado apunta a establecer un equilibrio en la responsabilidad del Estado tanto para asegurar que se sancione a los profesionales que entregan malas licencias médicas como para garantizar a los trabajadores el ejercicio de un derecho, es decir, que efectivamente se les pague la licencia cuando corresponda y no que por falta de personal o de modernización de las COMPIN se les prive de aquel derecho.
Por último, creo que todos tenemos la voluntad de generar las condiciones para la modernización de la COMPIN, para mejorar los mecanismos de supervisión, a fin de que se garantice un sistema de licencias médicas y que no se distorsione, como ha ocurrido en el último tiempo. En la cultura de nuestro país existe el concepto de "tiré licencia médica", es decir, constituye una costumbre para muchos abusar de este instrumento. Y pienso que todos queremos poner fin a ello.
Saludo el esfuerzo de las Comisiones de Salud y de Trabajo, del actual Gobierno, del de la Presidenta Bachelet . Me parece que en esta materia necesitamos mantener un trabajo de consenso.
He dicho.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , votemos.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Quedan dos inscritos. Se han ido sumando algunos Senadores entusiastamente.
El señor WALKER (don Ignacio).-
Pero abra la votación.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Es que se deben efectuar votaciones de diverso tipo.
Entonces, les solicito que sean breves para así poder poner en votación el proyecto.
El señor PROKURICA.-
¡Eso es imposible...!
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Escalona, que es el último inscrito, pues el Honorable señor Muñoz Aburto ha colaborado y no intervendrá.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , valoro la labor desarrollada por los colegas de las Comisiones de Salud y de Trabajo, así como el esfuerzo realizado tanto por el Gobierno de la Presidenta Bachelet como por el que encabeza Sebastián Piñera .
Sin embargo, no soy de las personas que consideran que este proyecto sea definitivo o perfecto.
Creo que se trata de una iniciativa débil en cuanto a las sanciones que establece. Es decir, claramente pienso que el proyecto no se encuentra a la altura del mal que aquí se ha diagnosticado, para hacer la metáfora médica.
Se está hablando de una industria para la fabricación de licencias médicas fraudulentas.
Según los datos de la Superintendencia de Seguridad Social, que asumió esta responsabilidad durante la Administración de la Presidenta Bachelet y entregó las primeras listas que causaron impacto en la opinión pública respecto de este fraude, en 2009 -en una industria con un florecimiento progresivo- el Estado perdió más de 50 millones de dólares por licencias médicas fraudulentas. Y si consideramos que el proyecto que tanta conmoción pública está generando, que dice relación con la ampliación del llamado "posnatal", implica un costo de 88 millones de dólares, podemos establecer una adecuada relación acerca del impacto que significa aquella industria mafiosa en el sistema de protección social del país.
Independientemente de que las multas se hacen mucho más fuertes y de que se determinan incluso sumarios con la sanción de destitución, si tomáramos en cuenta que cerca de 500 médicos son investigados por la justicia y que cerca de 115 entregaron más de 200 mil licencias -en lo que uno podría fijar como el centro industrial de esta práctica mafiosa-, claramente se echa de menos en el proyecto la sanción de término de la licencia para ejercer como médico a quienes llevan adelante esta actividad industrial como una práctica de enriquecimiento ilícito.
Digo lo anterior porque no cabe ninguna duda de que estas personas se dedican a ello y no a la medicina. Han encontrado en la perversión del ejercicio de la profesión una fuente de ganancia a costa de la protección social del país, sacando recursos del Estado para su enriquecimiento ilícito, en circunstancias de que estos debiesen ser destinados al mejoramiento de la salud de la gente.
En consecuencia, si los datos son tan categóricos, si la propia Superintendencia de Seguridad Social ha señalado que 115 facultativos entregaron más de 200 mil licencias, existen los antecedentes prácticos y concretos que permitirían establecer que esas personas debiesen perder su licencia como médicos.
Esta sanción no se considera en el proyecto.
Entiendo que se ha hecho un esfuerzo para llegar a acuerdos, con el propósito de viabilizar la iniciativa. Me parece bien, y los respaldaré.
Pero, siendo tan altamente rentable esta actividad, tan profundo el problema que se ha generado, transformándose el uso fraudulento de la licencia médica en una práctica de enriquecimiento ilícito de un puñado de personas, afectando con ello seriamente la protección social del país, creo que el Estado tiene plena legitimidad para establecer que esos profesionales no pueden seguir usando su licencia de médicos con tal objeto.
Pero de todas maneras entiendo que el proyecto constituye un avance. Hay otras materias que no alcanzaron a ser tratadas en él. Uno no puede pretender que en una iniciativa se resuelvan todos los problemas de inmediato. Sin embargo, he sentido la obligación de señalar que ha quedado un aspecto pendiente. Me atrevo a decir que se trata de una omisión. Y si la Cámara de Diputados la resolviera, creo que sería mejor para el fortalecimiento de los sistemas de salud público y privado en el país.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Cerrado el debate.
Se dará inicio a la votación particular.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
En primer término, corresponde pronunciarse acerca de las modificaciones aprobadas por unanimidad en las Comisiones unidas, entre las cuales se encuentra la norma de quórum orgánico constitucional, que es el inciso cuarto del artículo 6o del proyecto, que pasó a ser 7°.
El señor GIRARDI (Presidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , ¿por qué no hacemos una sola votación?
El señor GIRARDI (Presidente).-
¿Para todas las enmiendas?
El señor ORPIS.-
Exacto.
El señor CHADWICK.-
Sí, votemos todo en un solo acto.
La señora RINCÓN.-
Por nuestra parte, no habría problema.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
No es posible, señor Presidente.
Se encuentran en votación las modificaciones aprobadas unánimemente por las Comisiones unidas, entre las cuales figura una que requiere quórum especial.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Bien.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban (34 votos favorables), dejándose constancia de que se reunió el quórum de ley orgánica constitucional requerido por la enmienda al inciso cuarto del artículo 6°, que pasó a ser 7°.
Votaron las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Bianchi, Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
En seguida, corresponde pronunciarse acerca de las enmiendas que las Comisiones unidas aprobaron por mayoría (según el boletín comparado, con un voto en contra y, en un caso, con dos abstenciones).
El señor GIRARDI (Presidente).-
En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban (34 votos a favor).
Votaron las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Bianchi, Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Ahora se va a votar la indicación formulada por algunos señores Senadores de la Concertación, producto de un acuerdo entre esta y el señor Ministro de Salud .
El señor WALKER (don Patricio).-
¿Con quiénes llegó a acuerdo el Ministro ?
El señor PROKURICA.-
Sí, ¿con cuáles colegas?
¿Y participó el MAS?
El señor GIRARDI (Presidente).-
El señor Secretario procederá a leerla.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
La indicación consta de dos números.
"1.- Se propone una nueva redacción para el ARTÍCULO 10 del proyecto de ley en los siguientes términos:
"Artículo 10.- En caso que el profesional médico, enfermera universitaria o matrona que ejerza como contralor médico u otro cargo similar en una institución de salud previsional (ISAPRE), cuya función sea la autorización, modificación o rechazo de las licencias médicas que presenten los afiliados a dicha ISAPRE, ordene bajo su firma o la de su delegado, postergar su resolución, rechazar o modificar una licencia médica, sin justificación médica apropiada al caso o sin expresión de causa, podrá ser denunciado por el afiliado afectado por la medida o su representante, ante la Superintendencia de Seguridad Social, a fin que ésta realice una investigación de los hechos denunciados.
"En caso que de la investigación realizada se concluya que el profesional médico o enfermera universitaria, que ejerza como contralor médico u otro cargo similar en una institución de salud previsional (ISAPRE), ha postergado injustificadamente su resolución, ha rechazado o ha modificado una licencia médica injustificadamente o sin expresión de causa, la Superintendencia de Seguridad Social podrá imponer a dicho profesional alguna o algunas de las siguientes sanciones:
"1) Multa a beneficio fiscal de hasta 7,5 unidades tributarias mensuales. La multa podrá elevarse al doble, en caso de constatarse que la postergación de la resolución, el rechazo o la modificación de la licencia médica sin fundamento médico ha sido reiterada.
"2) Suspensión por treinta días de la facultad para visar el otorgamiento de licencias médicas en el sistema ISAPRE y una multa a beneficio fiscal de hasta 15 Unidades de Fomento, en caso de reincidencia dentro del período de tres años contados desde la fecha de la notificación de la resolución que impone la primera sanción.
"3) Suspensión por noventa días de la facultad para visar el otorgamiento de licencias médicas en el sistema ISAPRE y una multa a beneficio fiscal de hasta 30 Unidades de Fomento, en caso de segunda reincidencia dentro del período de tres años contados desde la fecha de la notificación de la resolución que impone la primera sanción.
"4) Suspensión por un año de la facultad para visar el otorgamiento de licencias médicas en el sistema ISAPRE y una multa a beneficio fiscal de hasta 60 Unidades de Fomento, en caso de tercera reincidencia dentro del período de tres años contados desde la fecha de la notificación de la resolución que impone la primera sanción.
"La resolución que aplique alguna de las sanciones señaladas, deberá ser fundada y dictada previo informe del profesional involucrado.
"Por su parte, la Superintendencia de Seguridad Social, junto con sancionar al profesional responsable de la contraloría médica de la ISAPRE, ordenará a esta institución de salud el pago inmediato del subsidio por incapacidad laboral respectivo o la parte de éste que dejó de ser pagado injustificadamente.
"Del mismo modo, la ISAPRE a la que represente el profesional sancionado, será solidariamente responsable del pago de la multa que se le imponga como sanción.
"El profesional sancionado o la ISAPRE respectiva tendrán diez días hábiles, desde la notificación de la resolución que aplica la sanción, para remitir a la Superintendencia su informe, pudiendo solicitar que se le otorgue una audiencia para realizar descargos, a la que podrán asistir los organismos administradores que correspondieren, el colegio profesional y las sociedades científicas respectivos, previa citación.
"Transcurrido el plazo de diez días señalado o realizada la audiencia indicada, la Superintendencia resolverá de plano la procedencia de la sanción.
"La solicitud de informe, la citación a la audiencia de descargos y la resolución, deberán ser notificadas por carta certificada.
"El profesional de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez o unidad de licencias médicas que incurra en la conducta descrita en el inciso 1 será sometido a sumario administrativo, el que podrá provocar la destitución de su cargo, y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez o unidad de licencias médicas, podrá ser sancionada con las mismas multas establecidas en este artículo en los números 1, 2, 3 y 4.
"2.- Se propone ingresar una nueva palabra en el ARTÍCULO 11 del proyecto de ley en los siguientes términos:
"-Establecer luego de las palabras artículo 5 las palabras `ARTÍCULO 10'."
Vale decir, serían aplicables las sanciones a que se refieren los artículos 5° y 10 de la iniciativa.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Hay que hacer una aclaración, señores Senadores: todas las multas deben establecerse en unidades tributarias mensuales. Porque en algunas partes del texto se habla de "unidades de fomento".
La señora RINCÓN.-
Muy buena la aclaración, señor Presidente .
El señor GIRARDI (Presidente).-
En votación la indicación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la indicación (34 votos favorables), y queda despachado el proyecto en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Bianchi, Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor GIRARDI (Presidente).-
Felicito a esta Sala y al Ejecutivo, porque el proyecto de ley que se acaba de despachar es un importante avance en la materia.
Terminado el Orden del Día.
VI. TIEMPO DE VOTACIONES
SOLICITUD DE PROYECTO SOBRE ASIGNACIÓN FAMILIAR PARA CÓNYUGES DE PENSIONADOS PERCEPTORAS DE INGRESOS ACOTADOS. PROYECTO DE ACUERDO
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Corresponde pronunciarse sobre un proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señores Chahuán, Horvath, Prokurica y Rossi.
--Los antecedentes sobre el proyecto (S 1326-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 85ª, en 11 de enero de 2011.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El propósito del proyecto de acuerdo es solicitarle a Su Excelencia el Presidente de la República el envío de un proyecto de ley que les permita a las cónyuges de pensionados acceder al beneficio de asignación familiar aun cuando disfruten de rentas o ejerzan labores remuneradas que tengan como máximo el equivalente a un ingreso mensual de 464 mil 823 pesos.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto de acuerdo (16 votos a favor, una abstención y un pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Chahuán, Coloma, Escalona, Gómez, Horvath, Larraín (don Hernán), Navarro, Prokurica, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Se abstuvo el señor Pizarro.
No votó, por estar pareado, el señor Walker (don Ignacio)
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La señora ALVEAR.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, concédale la palabra a la señora Senadora antes de entrar al siguiente proyecto de acuerdo.
La señora ALVEAR.- Solo deseo formular una consulta, señor Presidente.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Estamos votando los proyectos de acuerdo, Su Señoría.
La señora ALVEAR.- Sí, lo sé. Pero sucede que no alcanzamos a tratar el proyecto de ley que crea una Comisión Permanente de Coordinación del Sistema de Justicia Penal (figura en la tabla con el número 4).
No tengo claro si ello obedeció a un acuerdo de Comités o si, simplemente, la iniciativa quedó para la sesión de mañana.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- No, señora Senadora: terminó el Orden del Día y pasamos al Tiempo de Votaciones.
Esperamos incluir ese proyecto en la tabla de la sesión ordinaria de mañana.
La señora ALVEAR.- Muchas gracias, señor Presidente.
PETICIÓN DE INICIATIVA SOBRE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE GENDARMERÍA. PROYECTO DE ACUERDO
El señor LETELIER (Vicepresidente).- En seguida, corresponde votar un proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señor Bianchi, señoras Alvear y Rincón y señores Frei, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Hernán Larraín, Navarro, Pérez Varela, Prokurica, Tuma y Andrés Zaldívar, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (S 1323-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Se da cuenta en sesión 81ª, en 4 de enero de 2011.
Informe de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 1ª, en 15 de marzo de 2011.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El propósito de la iniciativa es solicitarle a Su Excelencia el Presidente de la República el envío a tramitación legislativa de un proyecto sobre fortalecimiento y modernización de Gendarmería de Chile que incluya, entre otras medidas, el otorgamiento de una asignación de riesgo y el reconocimiento de la Escuela de Gendarmería como establecimiento autorizado para otorgar títulos profesionales.
La Comisión de Constitución acordó, por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señora Alvear y señores Chadwick y Larraín), informar que la iniciativa no le merece reparos ni observaciones.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto de acuerdo (17 votos favorables).
Votaron las señoras Allende y Alvear y los señores Chahuán, Coloma, Escalona, Girardi, Gómez, Horvath, Larraín (don Hernán), Navarro, Pizarro, Quintana, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
PETICIONES DE OFICIOS
El señor LABBÉ (Secretario General).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor BIANCHI:
A la señora Intendenta de Magallanes, pidiéndole antecedentes sobre ELECCIÓN DE LAGO FAGNANO Y CALETA MARÍA COMO POLO TURÍSTICO DE TIERRA DEL FUEGO,
y a la señora Secretaria Regional Ministerial de Salud de Magallanes, solicitándole MEDIDAS PARA MEJORAMIENTO DE ESTADO SANITARIO DE FOSAS Y NICHOS EN CEMENTERIO PARQUE CRUZ DE FROWARD, DE PUNTA ARENAS.
Del señor GARCÍA:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública, para que informe sobre ESTADO DE TRAMITACIÓN DE POSTULACIONES A PENSIÓN PARA EXONERADO POLÍTICO;
a la señora Ministra Secretaria General de Gobierno, consultándole acerca de RESULTADOS DE INVESTIGACIONES EN INSTITUTO NACIONAL DEL DEPORTE;
al señor Ministro de Obras Públicas, pidiéndole antecedentes en cuanto a ESTADO DE PROYECTO "TERCER PUENTE TEMUCO-PADRE LAS CASAS",
y a la señora Ministra de Bienes Nacionales, para que informe respecto a DESAFECTACIÓN DE TERRENO PARA NUEVO HOSPITAL DE PADRE LAS CASAS.
Del señor HORVATH:
A la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, al señor Contralor General de la República y al señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, para pedir INVESTIGACIÓN POR PROBLEMAS EN PROYECTO CNT "GENERANDO PUERTAS POR UN FUTURO HOGAR", EN OBRAS EN ESCUELA GABRIELA MISTRAL Y EN ALCANTARILLADO DE POBLACIÓN PEDRO AGUIRRE CERDA (PUERTO AYSÉN).
De la señora RINCÓN:
Al señor Contralor General de la República, pidiéndole información concerniente a PROBLEMA DE SEÑOR EDUARDO IBARRA ARAVENA (COMUNA DE PARRAL) POR ATRASO EN ENTREGA DE SUBSIDIO HABITACIONAL.
El señor LETELIER (Vicepresidente).- Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión
--Se levantó a las 19:21
Manuel Ocaña Vergara
Jefe de la Redacción
ANEXO
8. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN, KUSCHEL Y LARRAÍN (DON CARLOS), CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY SOBRE JORNADA DE TRABAJO DE LOS ADULTOS MAYORES(7548-13)
El sistema jurídico internacional ha reconocido directa e indirectamente una protección especial a la población conformada por adultos mayores, a través de diversas Declaraciones, Pactos y Tratados Internacionales. Uno de los ámbitos en los que recae dicha protección dice relación con el fomento a la inserción laboral de este segmento de la población.
Así por lo demás se observa en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, conocido como “Protocolo de San Salvador”, el que desarrolla y perfecciona el régimen internacional de protección de los derechos económicos, sociales y culturales reconocidos por la Convención Americana de Derechos Humanos y derivados de los principios reconocidos por la Carta de la Organización de Estados Americanos, de manera complementaria al que ofrece el derecho interno de los Estados singularmente considerados.
El referido Protocolo, se encuentra en tramitación legislativa en Chile en la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional (Boletín Nº 4.087-10), que consagra en su artículo 17 el derecho a una protección especial durante la ancianidad. Con tal objeto, los Estados Partes del Protocolo de San Salvador, se comprometen a ejecutar programas laborales específicos, para conceder a los adultos mayores, la posibilidad de realizar una actividad productiva adecuada a sus capacidades, respetando su vocación o deseos.
Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a través de su Recomendación Nº 162 sobre los trabajadores de edad de 1980, busca avanzar en la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores de edad, tanto en su protección en el empleo, como en la preparación y acceso al retiro.
Su aplicación está orientada a los trabajadores que, por el avance de su edad, se hallan expuestos a dificultades para encontrar empleo, correspondiendo a cada país definir a qué trabajadores se aplica. La Recomendación Nº 162 de la OIT promueve medidas destinadas a asegurar que los trabajadores de edad, puedan continuar ejerciendo un empleo satisfactorio. Asimismo, impulsa a identificar las dificultades y necesidades de adaptación del empleo en relación con el envejecimiento, para tomar medidas tales como: modificar la forma de organización del trabajo, ordenar horario, limitar horas extras; reducir duración normal del trabajo diario y semanal en actividades peligrosas; reducir progresivamente de la duración del trabajo, a solicitud del interesado, con anticipación a la oportunidad en que debe acceder a la pensión de vejez y; permitir que el mismo trabajador organice el tiempo de trabajo y el tiempo libre, facilitando el empleo a tiempo parcial y horarios flexibles.
En Chile, la población adulta mayor se encuentra en continuo crecimiento. Según la Encuesta Casen 2009, en ese mismo año la población adulto mayor aumentó dos puntos porcentuales respecto del 2006 (15,0% versus 13,0%). Actualmente, las personas mayores de 60 años en Chile representan el 15,0% (2.541.607 personas). De ese total, el 56,4% son mujeres y el 43,6% hombres.
En relación a la condición de actividad de la población adulta mayor, la Casen distingue las siguientes categorías: ocupada: 23,9% (607.956 personas); desocupada: 1,2% (29.473 personas) e; inactiva: 74,9% (1.904.178 personas).
La población entre 60 y 64 años se encuentra en porcentajes muy similares en las categorías de ocupada (47,1%) e inactiva (50,1%). Es a partir de los 65 años que se produce una brecha entre la población de adultos mayores ocupada (26,8%) e inactiva (72,1%), lo que se explica porque a dicha edad se genera (para los hombres) el derecho a acceder a la pensión de vejez.
La actividad laboral cesa al cumplirse la edad para acceder a la pensión de vejez, lo que puede deberse a que los adultos mayores no se representan la posibilidad de continuar activos laboralmente (los que así lo deseen) toda vez que se consideran como “jubilados”.
La difusión y promoción del empleo o actividades remuneradas para adultos mayores podría impactar en dicha apreciación aumentando las cifras de adultos mayores ocupados pese a haber cumplido la edad para acceder a la pensión de vejez.
El Programa de Gobierno para el período 2010-2014 del Presidente Sebastián Piñera contempla como iniciativa hacia los adultos mayores, la promoción de empleos a tiempo parcial, con contrato simplificado, para adultos mayores que, habiendo jubilado, deseen continuar trabajando en empleos por horas o de media jornada.
En nuestro país el contrato a tiempo parcial se encuentra regulado en el Código del Trabajo desde el año 2001, con la incorporación de los artículos 40 bis a) a 40 bis d). La modificación tuvo por objeto promover el ingreso de grupos vulnerables al mercado del trabajo, especialmente de mujeres, jóvenes, y personas con alguna discapacidad
La ley modificatoria no definió expresamente este tipo de contratación, sino que se limitó a autorizar la celebración de los contratos a tiempo parcial, entendiendo por tales aquéllos en que se ha convenido una jornada de trabajo no superior a dos tercios de la jornada ordinaria, (siendo esta última de 45 horas semanales), es decir, 30 horas semanales. De esta manera, la referencia a la jornada ordinaria semanal, constituye la esencia que define la presencia de esta modalidad de contratación.
La modalidad de trabajo a tiempo parcial, ya regulado en nuestro ordenamiento jurídico, puede ser un instrumento eficaz para fomentar la creación de puestos de trabajo, adaptar los tiempos de trabajo, y compatibilizar la vida familiar con el trabajo, pero su desarrollo efectivo en Chile ha sido bajo.
Una medida para fomentar su utilización en la contratación de los adultos mayores, es permitir para éste colectivo una modalidad flexible de trabajo a tiempo parcial, con diferentes alternativas de distribución de jornada de trabajo, no necesariamente vinculada a la jornada semanal, sino que a un período semestral o anual, entre otros.
Para este efecto, se requiere de una normativa nueva al interior de la regulación de los contratos especiales del Código del Trabajo, que regule la contratación de este sector de la población, en jornada parcial, de acuerdo a las disposiciones que se proponen.
En mérito a lo expuesto, sometemos a la aprobación del Senado de la República, el siguiente
Proyecto de Ley
Artículo único.- Modificase el Código del Trabajo, agregándose el siguiente artículo 40 bis E nuevo:
“Artículo 40 bis E.- El trabajador adulto mayor, definido en la Ley Nº 19.828 que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor, podrá pactar con el empleador una determinada cantidad de horas a trabajar, las que se podrán distribuir en un periodo superior a tres meses e inferior a un año.
El número máximo de horas a contratar a través de esta modalidad, no podrá superar el resultado de multiplicar 30 por el número de semanas o fracción de semanas hábiles del período respectivo.
La distribución de las horas de cada semana por el periodo de tiempo pactado, podrá ser en jornadas diarias de un máximo de 8 y un mínimo de 5 horas, distribuidos hasta en 6 días.
La remuneración en esta modalidad se pagará mensualmente sobre la base del total de horas trabajadas durante el mes.
En todo lo no regulado en los incisos precedentes, serán aplicables a esta modalidad de contratación, los demás artículos de este párrafo, en lo que no se contrapongan”
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Carlos Kuschel Silva, Senador.- Carlos Larraín Peña, Senador.
9.MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN, KUSCHEL Y LARRAÍN (DON CARLOS),CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE EL CONTRATO DEL TRABAJADOR ADULTO MAYOR (7549-13)
El sistema jurídico internacional ha reconocido directa e indirectamente una protección especial a la población conformada por adultos mayores los que recae dicha protección dice relación con el fomento a la inserción laboral de este segmento de la población.
Así por lo demás se observa en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, conocido como “Protocolo de San Salvador”, el que desarrolla y perfecciona el régimen internacional de protección de los derechos económicos, sociales y culturales reconocidos por la Convención Americana de Derechos Humanos y derivados de los principios reconocidos por la Carta de la Organización de Estados Americanos, de manera complementaria al que ofrece el derecho interno de los Estados singularmente considerados.
El referido Protocolo, se encuentra en tramitación legislativa en Chile en la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional (Boletín Nº 4.087-10), que consagra en su artículo 17 el derecho a una protección especial durante la ancianidad. Con tal objeto, los Estados Parte del Protocolo de San Salvador, se comprometen a ejecutar programas laborales específicos, para conceder a los adultos mayores, la posibilidad de realizar una actividad productiva adecuada a sus capacidades, respetando su vocación o deseos.
Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a través de su Recomendación Nº 162 sobre los trabajadores de edad de 1980, busca avanzar en la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores de edad, tanto en su protección en el empleo, como en la preparación y acceso al retiro.
Su aplicación está orientada a los trabajadores que, por el avance de su edad, se hallan expuestos a dificultades para encontrar empleo, correspondiendo a cada país definir a qué trabajadores se aplica. La Recomendación Nº 162 de la OIT promueve medidas destinadas a asegurar que los trabajadores de edad, puedan continuar ejerciendo un empleo satisfactorio. Asimismo, impulsa a identificar las dificultades y necesidades de adaptación del empleo en relación con el envejecimiento, para tomar medidas tales como: modificar la forma de organización del trabajo, ordenar horario, limitar horas extras; reducir duración normal del trabajo diario y semanal en actividades peligrosas; reducir progresivamente de la duración del trabajo, a solicitud del interesado, con anticipación a la oportunidad en que debe acceder a la pensión de vejez y; permitir que el mismo trabajador organice el tiempo de trabajo y el tiempo libre, facilitando el empleo a tiempo parcial y horarios flexibles.
En Chile, la población adulta mayor se encuentra en continuo crecimiento. Según la Encuesta Casen 2009, en ese mismo año la población adulto mayor aumentó dos puntos porcentuales respecto del 2006 (15,0% versus 13,0%). Actualmente, las personas mayores de 60 años en Chile representan el 15,0% (2.541.607 personas). De ese total, el 56,4% son mujeres y el 43,6% hombres.
En relación a la condición de actividad de la población adulta mayor, la Casen distingue las siguientes categorías: ocupada: 23,9% (607.956 personas); desocupada: 1,2% (29.473 personas) e; inactiva: 74,9% (1.904.178 personas).
La población entre 60 y 64 años se encuentra en porcentajes muy similares en las categorías de ocupada (47,1%) e inactiva (50,1%). Es a partir de los 65 años que se produce una brecha entre la población de adultos mayores ocupada (26,8%) e inactiva (72,1%), lo que se explica porque a dicha edad se genera (para los hombres) el derecho a acceder a la pensión de vejez.
La actividad laboral cesa al cumplirse la edad para acceder a la pensión de vejez, lo que puede deberse a que los adultos mayores no se representan la posibilidad de continuar activos laboralmente (los que así lo deseen) toda vez que se consideran como “jubilados”.
La difusión y promoción del empleo o actividades remuneradas para adultos mayores podría impactar en dicha apreciación aumentando las cifras de adultos mayores ocupados pese a haber cumplido la edad para acceder a la pensión de vejez.
El Programa de Gobierno para el período 2010-2014 del Presidente Sebastián Piñera contempla como iniciativa hacia los adultos mayores, la promoción de empleos a tiempo parcial, con contrato simplificado, para adultos mayores que, habiendo jubilado, deseen continuar trabajando en empleos por horas o de media jornada.
Una medida para fomentar la contratación de adultos mayores es la creación de una regulación específica que les asegure el respeto de los derechos laborales.
Para este efecto, se requiere una normativa nueva al interior de la regulación de los contratos especiales del Código del Trabajo, que regule la contratación de este sector de la población.
En mérito a lo expuesto, sometemos a la aprobación del Senado de la República, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único: Agregase el siguiente Capítulo VIII en el Título II del Libro I del Código del Trabajo:
“Capítulo VIII Del contrato del trabajador adulto mayor.
Art. 152 quater.- Se regirá por las normas de este capítulo el contrato individual del trabajador adulto mayor que se acoja voluntariamente a éste régimen. Para estos efectos, se entiende por trabajador adulto mayor toda persona mayor de 60 años, en conformidad al artículo 1, inciso 2° de la Ley Nº 19.828 que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor.
Las funciones y faenas podrán ser realizadas por trabajadores permanentes y/o por otros trabajadores eventuales.
Art. 152 quater A.- El contrato del trabajador adulto mayor no podrá aplicarse para prestar servicios que habitualmente la autoridad considera como perjudiciales para la salud o como trabajos pesados.
Para estos efectos se entenderá, especialmente, como perjudicial para la salud todo trabajo que:
a) obligue a levantar, arrastrar o empujar grandes pesos;
b) exija un esfuerzo físico, incluido el hecho de permanecer de pie largo tiempo;
c) obligue a permanecer a la intemperie durante más del 60 por ciento de su jornada laboral.
Art. 152 quater B. La jornada de trabajo podrá someterse a las reglas generales del artículo 22, o bien podrá ser por día o por turno, o pactarse una determinada cantidad de horas de trabajo dentro de un periodo determinado.
Art. 152 quater C.- Si se determina que la jornada sea diaria o por turno ésta deberá pactarse por escrito dentro un plazo no inferior a ocho horas ni superior a doce, contadas desde el inicio del turno respectivo, y tendrá la duración que las partes convengan y no podrá ser superior a ocho ni inferior a cuatro horas diarias.
El pago de las remuneraciones deberá efectuarse dentro de las veinticuatro horas siguientes al término del turno o jornada respectiva, exceptuándose para el cómputo de este plazo las horas correspondientes a días domingo y festivos.
Art. 152 quater D.- Tratándose de contratos en que se pacte una determinada cantidad de horas a trabajar, se deberá indicar en el respectivo contrato la cantidad de horas por las cuales se contrata y el período dentro del cual se prestarán los servicio, el que no podrá ser inferior a un trimestre ni superior a un año.
El número máximo de horas a contratar a través de esta modalidad, no podrá superar el resultado de multiplicar 45 por el número de semanas o fracción de semanas hábiles del período respectivo.
La distribución de las horas de cada semana por el periodo de tiempo pactado, podrá ser en jornadas diarias de un máximo de 10 y un mínimo de 5 horas, distribuidos hasta en 6 días.
La remuneración en este tipo de contrato se pagará mensualmente sobre la base del total de horas trabajadas durante el mes.
El límite máximo de gratificación legal previsto en el artículo 50 podrá reducirse proporcionalmente conforme a la relación que exista entre el número de horas trabajadas mensualmente y el de la jornada ordinaria de trabajo.
Art. 152 quater E - Los beneficios otorgados por el Estado u otros de diverso tipo que les corresponda recibir o que se encuentren actualmente percibiendo no se perderán por prestar servicios conforme con un contrato de trabajo regido por este Capitulo.
Art. 152 quater F - Los trabajadores contratados conforme a este capítulo no podrán realizar horas extraordinarias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 29 de este Código.
Art. 152 quater G- Los trabajadores que, conforme a lo dispuesto en el artículo 152 quater tengan o adquieran la calidad de adulto mayor y que se encuentren contratados bajo las reglas generales o especiales de otro contrato de trabajo regido por este Código, seguirán rigiéndose por ellas hasta su término. Con todo, terminado un contrato de trabajo de un trabajador adulto mayor regido por las reglas generales o especiales de este Código, no se le podrá recontratar por su antiguo empleador, bajo las reglas de este Capítulo, sino hasta dentro de un plazo de seis meses contado desde la firma del respectivo finiquito o del instrumento que haga las veces de aquel.
Art. 152 quater H- Estos trabajadores gozarán de todos los demás derechos que contempla este Código”.
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Carlos Kuschel Silva, Senador.- Carlos Larraín Peña, Senador.
10.MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LETELIER, SEÑORA ALLENDE Y SEÑORES GÓMEZ Y NAVARRO, POR MEDIO DE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE COHECHO EN GESTIONES ANTE LA AUTORIDAD AMBIENTAL (7551-12)
1. Fundamentos.- El delito de cohecho es un delito de mera actividad que se encuentra regulado en el párrafo 9 del Título V de libro II del Código Penal, y entre sus diversas modalidades es posible distinguir delitos de cohecho pasivo, que a su turno admiten diversas nomenclaturas y por otro lado el denominado cohecho activo o soborno, no obstante su discutible denominación atendida la actual estructura típica en el Código. En general como explica la doctrina comparada se configura como objeto jurídico de tutela en el delito de cohecho “el respeto al principio de imparcialidad, que debe ser entendido como ausencia de interferencias en la adopción de decisiones públicas, que únicamente deben estar guiadas por los fines que legal mente justifican su desempeño. El menoscabo del citado principio se produce en el momento en que se constata un «acuerdo» o «trato» entre funcionario v particular, dirigido a la obtención de un acto o resolución determinado o determinable”.
Desde el punto de vista socio cultural la experiencia a nivel internacional, ha demostrado que los caminos para enfrentar este problema deben ser múltiples y basados en planes de largo plazo. Así las cosas entonces, confiar sólo en la represión penal es un error de perspectiva, porque con la creación de nuevos tipos penales o con el endurecimiento de los existentes, sin la implementación de programas preventivos, sólo generaría una respuesta simbólica. El primer paso es de carácter cultural. Así lo sostiene el profesor CURY, refiriéndose al tráfico e influencias, o sea, una de las manifestaciones de la corrupción, ya que “en la mayoría de los países iberoamericanos no solo ha contado con la tolerancia de la sociedad, sino que, incluso ha estado rodeado de un cierto halo de prestigio. «Tener influencia», «Encontrarse próximo a las autoridades», estar en situación de «Hablar con un amigo para facilitar un trámite» o «para conseguir una situación favorable», son características personales que se aprecian y acrecientan la influencia de sus portadores”. Por tanto, la sociedad toda debe identificar este fenómeno como un mal social. Sobre la base de ello, una estrategia debe ser la de fomentar la denuncia, tratando de que ésta sea responsable y con el debido respeto de todas las garantías. En el ámbito administrativo, es necesaria una modernización de las estructuras organizacionales del Estado, trasparentando y publicitando las actuaciones de los entes públicos, perfeccionando los controles y facilitando a los administrados el acceso a la información.
Es en el ámbito del denominado cohecho del particular, mas específicamente en un ámbito referido al cohecho antecedente es decir, aquella situación en que el beneficio económico se ofrece para la ejecución de un acto futuro del o los funcionarios, es que la actual regulación dificulta encuadrar ciertas conductas desplegadas por las empresas en el contexto de proyectos sujetos a Evaluación de Impacto Ambiental de conformidad con la ley de bases generales del medio ambiente. Es así que en muchos proyectos de índole energética es posible observar la entrega ex ante de diversos beneficios a la comunidad, bajo una apariencia de ánimo filantrópico.
2. Ideas Matrices.- En el ámbito estrictamente penal, lo que se busca es establecer en forma precisa ciertas conductas que se incardinan a un proceso de evaluación administrativa de orden ambiental, a objeto de sancionar toda conducta que otorgue beneficios a terceros (la comunidad) por parte de los interesados en la aprobación de un proyecto de esta naturaleza. Lo que pretende este proyecto es reforzar la penalidad de una modalidad de soborno, consistente en ciertas conductas previas en el contexto de un proceso de evaluación de impacto ambiental de conformidad a la ley de bases generales del medio ambiente, específicamente, incorporar en el delito de soborno (cohecho del particular), el mismo criterio de penalización utilizado para la figura básica, en este caso referido a los actos de tentativa, que se realizan con ocasión del estudio de un proyecto en materia ambiental
Es por eso que sobre la base de estos antecedentes vengo en proponer el siguiente:
Art. 1º.- Agréguese en el artículo 250 del Código Penal el siguiente inciso final:
El que con ocasión de gestiones administrativas ante la autoridad ambiental de conformidad con la ley núm. 19.300, efectuare promesas, ofrecimientos, entregare presentes o realizare actividades en beneficio económico de terceros con la finalidad de inducir que se realice alguna de las acciones u omisiones señaladas en los artículos. 248, 248 bis y 249 será castigado con las penas a que se refiere el inciso primero de este artículo.
(Fdo.): Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- Isabel Allende Bussi, Senadora.- José Antonio Gómez Urrutia, Senador.- Alejandro Navarro Brain, Senador.
11.MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LETELIER, SEÑORA ALLENDE Y SEÑORES GIRARDI Y GÓMEZ, CON LA CUAL DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY SOBRE BENEFICIOS Y PUBLICIDAD RESPECTO DE PROYECTOS EN PROCESO DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL (7552-12)
Antecedentes
En la actualidad nuestro país está viviendo un momento de toma de conciencia respecto de la importancia en compatibilizar el desarrollo del país y la preservación del medio ambiente, en lo que se ha denominado crecimiento o desarrollo sustentable. Sin embargo, existen una serie de proyectos, tanto en materia de energía hidráulica como en aquella por combustión de fósiles, que han levantado una enorme atención social, principalmente de una gran mayoría que se opone al funcionamiento de estos proyectos energéticos, como ocurre en los casos particulares de hidroaysén y la termoeléctrica Castilla.
De acuerdo a lo anteriormente expuesto, es importante advertir que esta situación irá creciendo con el transcurso del tiempo, desarrollándose cada vez más proyectos de esta envergadura, que harán que se debata latamente respecto de la conveniencia o no de su desarrollo. En este sentido, es absolutamente conveniente, con miras a una resolución adecuada y en conciencia del organismo competente, que los interesados se abstengan de desarrollar una serie de actividades o labores que pueden ir en directo beneficio de la aprobación o bien puedan ejercer algún grado de presión en el referido órgano resolutivo.
No resulta ajeno ni lejano ver como ciertos proyectos energéticos desarrollan una serie de publicidad en los medios de comunicación, sean escritos o audiovisuales, tratando de influenciar a la opinión pública respecto de sus bondades y de los inconvenientes que produciría su no aprobación. Es más aún, otros optan por desarrollar una política de beneficios para la comunidad que soportará el impacto ambiental, previo a la aprobación del referido proyecto, con el objeto de cambiar la percepción social mediante este sistema de regalías y evitar de esta manera que éste se rechace.
Desde este punto de vista, resulta fundamental que nuestro ordenamiento jurídico contenga el deber de abstención, de los interesados en la aprobación del proyecto energético, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley núm. 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, de una serie de conductas destinadas a condicionar la decisión del órgano competente a favor de un determinado resultado. Este deber de abstención debe referirse a efectuar promesas u ofrecimientos, entregar presentes o realizar actividades en beneficio económico de terceros con la finalidad de inducir la decisión del órgano competente, así como, realizar publicidad en medios de comunicación de cualquier índole, en beneficio del correspondiente proyecto energético, con el objeto de influir decididamente en la opinión pública. En definitiva, se pretende que el interesado no pueda ejercer ningún tipo de influencia, principalmente a través de, medios económicos, sobre la opinión pública con el objeto de obtener la aprobación del referido proyecto. La situación adecuada, en este tipo de situaciones, es que el interesado solo pueda poner información del proyecto respectivo a disposición de la comunidad en la medida que ésta lo solicita y crea oportuno informarse, y no a través de publicidad de carácter comercial, que sólo entregue una mirada parcial del proyecto, creando una visión distorsionada de los hechos, tal como ocurre en la actualidad.
Ideas matrices
El presente proyecto de ley tiene por objeto limitar el accionar de los interesados, en materia de publicidad y de beneficios que se otorgan a terceros, en la aprobación de un determinado proyecto energético que tenga impacto ambiental. Este deber de abstención se traduce en la imposibilidad, de los interesados en la aprobación de un proyecto energético que tenga impacto ambiental, de efectuar promesas u ofrecimientos, entregar presentes o realizar actividades en beneficio económico de terceros con la finalidad influir en la decisión del correspondiente órgano competente. Además, este deber comprende la acción de realizar publicidad en medios de comunicación de cualquier índole con el objeto de influir o dar sólo una visión parcial del proyecto en la opinión pública.
Es por eso que sobre la base de los siguientes antecedentes vengo en proponer el siguiente proyecto de ley:
Proyecto de ley
1. Artículo Único. Agréguese un nuevo artículo 24° bis a la ley núm. 19.300 del siguiente tenor:
“Los titulares de los proyectos o actividades a que se refieren los artículos 10° y 11° de la presente ley, antes de la resolución a que se refiere el artículo anterior, deberán abstenerse de realizar ofrecimientos, efectuar promesas, entregar presentes o realizar actividades en beneficio económico de la comunidad donde se desarrollará el impacto ambiental. Así mismo, tampoco podrán desarrollar ningún tipo de publicidad, a través de medio de comunicación alguno, respecto del proyecto en vías de evaluación.
La contravención a la prohibición contenida en el inciso anterior obligará a la autoridad competente, mediante la resolución a que se refiere el artículo anterior, a rechazar el proyecto o actividad correspondiente sin más fundamento que la ocurrencia de la señalada contravención.”
(Fdo.): Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- Isabel Allende Bussi, Senadora.- Guido Girardi Lavín, Senador.- José Antonio Gómez Urrutia, Senador.
12.PROYECTO DE ACUERDO PRESENTADO POR LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN Y LARRAÍN (DON HERNÁN), SOBRE RESTABLECIMIENTO DE DERECHO EN BENEFICIO DEL SINDICATO DE FOLKLORISTAS Y GUITARRISTAS DE CHILE (S 1342-12)
1°.-Que la ley Nº 19.889, publicada el 24 de septiembre de 2003, incorporó un nuevo Capítulo IV al Título II del Libro I del Código del Trabajo, regulando, en sus artículos 145-A, al 145-K, las condiciones de trabajo y contratación de los trabajadores de artes y espectáculos, lo que indudablemente constituyó una innovación en la materia, porque con anterioridad al establecimiento de este conjunto normativo, no existían estas regulaciones, que era una antigua aspiración de dicho sector laboral, que tanto contribuye a la cultura de nuestro país.
2°.-Que en el año 2010, se presentó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley, cuya autora principal es la Diputada Ximena Vidal, y que tiene por objeto precisar en mejor forma, la aplicación de la normativa anteriormente citada, a fin de no vulnerar los derechos laborales de dichos trabajadores, moción que actualmente se encuentra radicada en la Comisión de Trabajo y Previsión Social de dicha Corporación, bajo el Boletín Nº 7.258-13.
3°.-Que sin embargo, ni la ley Nº 19.889 ni la moción ya citada, modifican o derogan la ley Nº 17.439, publicada el 19 de Junio de 1971, que establece que en los espectáculos artísticos de números vivos que indica, el ochenta y cinco por ciento de los artistas que se expresen en el idioma castellano, a lo menos, deberán ser chilenos.
4°.-Que este mismo cuerpo legal establecía en su artículo 3° que los contratos de trabajo que celebren los folkloristas y guitarristas, además de ser extendidos por escrito debían ser visados por el Sindicato Profesional de Folkloristas y Guitarristas de Chile o por la Inspección del Trabajo, y que estos contratos estaban afectos a un derecho sindical equivalente al tres por ciento del monto del contrato, que corresponderá pagar por partes iguales al empresario y al artista.
5°.-Que este artículo 3° fue derogado, en virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 3355, publicado el 17 de Mayo de 1980, desconociéndose las razones precisas que hayan motivado la eliminación de esta norma.
6°.-Que estimamos que debe restituirse la existencia del pago de este derecho en favor del mencionado sindicato, que desde su creación, el 11 de junio de 1954, se ha caracterizado por la valoración, rescate y difusión del folklore nacional, contribuyendo de este modo al resguardo de nuestro patrimonio cultural y preservación del mismo para las futuras generaciones.
7°.-Que para tal efecto, se requiere de un proyecto de ley de iniciativa presidencial, atendida la materia sobre la cual incide.
En mérito a lo expuesto,
EL SENADO DE LA REPÚBLICA ACUERDA:
Solicitar a S.E., el Presidente de la República, el envío al Congreso Nacional de un proyecto de ley que modifique la ley Nº 17.439, restituyéndose su artículo 3°, que fuera derogado, en virtud de la dictación del Decreto Ley Nº 3355 de 1980, con un texto del siguiente tenor:
“Artículo 3°. Los contratos de trabajo que celebren los folkloristas y guitarristas, estarán afectos a un derecho sindical en favor del Sindicato de Folkloristas y Guitarristas de Chile, equivalente al tres por ciento del monto del contrato, que corresponderá pagar por partes iguales al empresario y al artista”.
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Hernán Larraín Fernández, Senador.
13.PROYECTO DE ACUERDO PRESENTADO POR LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN Y GIRARDI, REFERIDO A LA INCLUSIÓN DE LA ENFERMEDAD DE CROHN EN EL RÉGIMEN DE GARANTÍAS EXPLÍCITAS DE SALUD (S 1343-12)
1°.-Que con fecha 3 de Septiembre de 2004, se publicó la Ley Nº 19.966, que establece un Régimen de Garantías en Salud, como un instrumento de regulación sanitaria que forma parte del Régimen de Prestaciones de Salud a que se refiere el artículo 4° de la Ley Nº 18.469, elaborado de acuerdo al Plan Nacional de Salud, estableciendo las prestaciones de carácter promocional, preventivo, curativo, de rehabilitación y paliativo y los programas que dicho Fondo Nacional debe cubrir a sus respectivos beneficiarios, en su modalidad de atención institucional, conforme a lo establecido en la citada ley Nº 18.469.
2°.-Que dicho cuerpo ley estableció un régimen de Garantías Explícitas en Salud, relativas al acceso, calidad y protección financiera y oportunidad con que deben ser otorgadas las prestaciones, asociadas a un conjunto priorizado de programas, enfermedades o condiciones de salud que señale el decreto correspondiente, debiendo el Fondo Nacional de Salud y las Instituciones de Salud Previsional, asegurar obligatoriamente dichas garantías a sus respectivos beneficiarios.
3°.-Que a la fecha, y en virtud de lo dispuesto en dicha ley y lo establecido en el Decreto Supremo Nº 44 del año 2007, del Ministerio de Salud, se han incluido sesenta y nueve patologías, de diversa naturaleza, en el citado régimen de Garantías Explícitas.
4°.-Que se requiere incluir en el señalado régimen a la denominada “enfermedad de Crohn”, patología que en nuestro país afecta a miles de personas, en la cual el sistema inmunitario de la persona ataca su propio intestino, produciendo inflamación, y frecuentemente ataca al íleon o tramo final del intestino delgado, aún cuando la enfermedad puede aparecer en cualquier sector del tracto digestivo.
5°.-Que esta patología, cuyos síntomas normalmente se manifiestan en personas jóvenes (entre 15 y 35 años de edad), no tiene cura, pero es controlable, para lo cual requiere de un tratamiento de muy alto costo, ya que en una primera etapa se aplican corticoides, inmunomoduladores y antibióticos para los abscesos y fístulas que suelen aparecer, y cuando dicho tratamiento se torna ineficaz, debe darse inicio a una segunda etapa en el tratamiento, denominada terapia biológica, que precisa de fármacos de costo mucho más elevado.
6°.-Que por estas razones, se hace necesario que esta patología sea incluida en el régimen de Garantías Explícitas en Salud ya mencionado, lo que permitirá a los pacientes que se encuentran afectados por la misma, tener acceso a tratamientos adecuados, y de costo razonable.
En mérito a lo expuesto precedentemente,
EL SENADO DE LA REPÚBLICA ACUERDA:
Solicitar al Ministro de Salud, que tenga a bien disponer se incluya a la denominada “enfermedad de Crohn”, en el listado de patologías que contempla el Régimen de Garantías Explícitas de Salud, establecido en la Ley Nº 19.966, regulado por el Decreto Supremo Nº 44 de 2007, del Ministerio de Salud.
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Guido Girardi Lavín, Senador.