Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- SECRETARIO
- Adrian Alvarez Alvarez
- SECRETARIO
- IX. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- PERMISO
- Mario Bertolino Rendic
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Roberto Delmastro Naso
- PERMISO
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Carlos Recondo Lavanderos
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Marcos Espinosa Monardes
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Lautaro Carmona Soto
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- X. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A, ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- PETICIÓN DE OFICIO : David Sandoval Plaza
- PETICIÓN DE OFICIO : Felipe Ward Edwards
- PETICIÓN DE OFICIO : Clemira Pacheco Rivas
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- PAREOS.
- PAREO
- Alberto Robles Pantoja
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Cristian Campos Jara
- Juan Lobos Krause
- Juan Carlos Latorre Carmona
- Andrea Molina Oliva
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- Mario Bertolino Rendic
- Rosauro Martinez Labbe
- Rene Alinco Bustos
- Ramon Farias Ponce
- Pedro Pablo Browne Urrejola
- Carolina Goic Boroevic
- Rene Manuel Garcia Garcia
- PAREO
- INTEGRACIÓN DE COMISIONES INVESTIGADORAS.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Lautaro Carmona Soto
- Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- Jose Manuel Edwards Silva
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Enrique Estay Penaloza
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Enrique Jaramillo Becker
- Ivan Norambuena Farias
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Joaquin Tuma Zedan
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Sergio Aguilo Melo
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Giovanni Oscar Calderon Bassi
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Marcos Espinosa Monardes
- Gustavo Hasbun Selume
- Carlos Recondo Lavanderos
- Felipe Salaberry Soto
- Alejandro Santana Tirachini
- Jorge Tarud Daccarett
- Gonzalo Uriarte Herrera
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- PAREOS.
- V. ORDEN DEL DÍA
- ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN FINANCIERA ENTRE CHILE Y EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- DEBATE
- NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. Tercer trámite constitucional. (Sobre Tabla).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Bobadilla Munoz
- INTERVENCIÓN : Mario Venegas Cardenas
- INTERVENCIÓN : Sergio Bobadilla Munoz
- INTERVENCIÓN : Cristina Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Javier Ignacio Macaya Danus
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- INTERVENCIÓN : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
- INTERVENCIÓN : Luis Segundo Lemus Aracena
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE PLAZO PARA REINTEGRO PARCIAL POR CONCEPTO DE IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIÉSEL PARA EMPRESAS DE TRANSPORTE DE CARGA. Primer trámite constitucional. (Sobre Tabla).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Javier Ignacio Macaya Danus
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Carlos Recondo Lavanderos
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DEL TRABAJO EN MATERIA DE DESCUENTOS A REMUNERACIONES CON FINES EDUCACIONALES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Raul Andrade Lara
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Roberto Leon Ramirez
- INTERVENCIÓN : Jose Ramon Barros Montero
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Perez Lahsen
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Raul Andrade Lara
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Hugo Humberto Gutierrez Galvez
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Marisol Turres Figueroa
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Raul Andrade Lara
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Nicolas Monckeberg Diaz
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Osvaldo Raul Andrade Lara
- Carlos Montes Cisternas
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Manuel Rojas Molina
- Ernesto Silva Mendez
- INDICACIÓN
- DEBATE
- ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN FINANCIERA ENTRE CHILE Y EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- AMPLIACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LAS NORMAS TRANSITORIAS DE LA LEY DE PESCA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Gustavo Hasbun Selume
- German Verdugo Soto
- Gonzalo Arenas Hodar
- Sergio Bobadilla Munoz
- Pepe Auth Stewart
- Matias Walker Prieto
- Orlando Severo Vargas Pizarro
- Roberto Leon Ramirez
- Ignacio Urrutia Bonilla
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- CAMPAÑA INFORMATIVA SOBRE MEDIDAS Y ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE DESASTRES NATURALES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Jose Perez Arriagada
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Fernando Meza Moncada
- Marcos Espinosa Monardes
- Enrique Jaramillo Becker
- Pablo Lorenzini Basso
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Sergio Ojeda Uribe
- Jose Ramon Barros Montero
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Marcos Espinosa Monardes
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- INSTALACIÓN DE OFICINAS DE LAS SUPERINTENDENCIAS DE VALORES Y SEGUROS Y DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS EN TODAS LAS REGIONES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Enrique Van Rysselberghe Herrera
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Eugenio Bauer Jouanne
- Carlos Recondo Lavanderos
- Enrique Estay Penaloza
- Ignacio Urrutia Bonilla
- David Sandoval Plaza
- Claudia Nogueira Fernandez
- Andrea Molina Oliva
- Arturo Squella Ovalle
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Enrique Van Rysselberghe Herrera
- INTERVENCIÓN : Mario Venegas Cardenas
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- AMPLIACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LAS NORMAS TRANSITORIAS DE LA LEY DE PESCA.
- VII. INCIDENTES
- RENOVACIÓN INTEGRAL DEL CAMINO A MELIPILLA. Oficios.
- SOLUCIONES PARA RECONSTRUIR LOS CUARTELES DE BOMBEROS DESTRUIDOS POR EL TERREMOTO.
- ANTECEDENTES SOBRE PROYECTO DE CONSERVACIÓN DE CAMINOS DE LA PROVINCIA DE LINARES. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ivan Moreira Barros
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Gonzalo Arenas Hodar
- German Becker Alvear
- Gustavo Hasbun Selume
- Patricio Melero Abaroa
- Jorge Tarud Daccarett
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- German Becker Alvear
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Enrique Estay Penaloza
- Ivan Moreira Barros
- Sergio Ojeda Uribe
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marcos Espinosa Monardes
- Alfonso De Urresti Longton
- Patricio Vallespin Lopez
- Ximena Vidal Lazaro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ivan Moreira Barros
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Gonzalo Arenas Hodar
- German Becker Alvear
- Gustavo Hasbun Selume
- Patricio Melero Abaroa
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Jorge Tarud Daccarett
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ivan Moreira Barros
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Gonzalo Arenas Hodar
- German Becker Alvear
- Gustavo Hasbun Selume
- Patricio Melero Abaroa
- Jorge Tarud Daccarett
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ivan Moreira Barros
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Gonzalo Arenas Hodar
- German Becker Alvear
- Gustavo Hasbun Selume
- Patricio Melero Abaroa
- Jorge Tarud Daccarett
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Monica Beatriz Zalaquett Said
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Javier Hernandez Hernandez
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Sergio Bobadilla Munoz
- Romilio Gutierrez Pino
- Ivan Norambuena Farias
- Manuel Rojas Molina
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Felipe Ward Edwards
- Maria Jose Hoffmann Opazo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Javier Hernandez Hernandez
- Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
- Sergio Bobadilla Munoz
- Romilio Gutierrez Pino
- Manuel Rojas Molina
- Ivan Norambuena Farias
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Felipe Ward Edwards
- Maria Jose Hoffmann Opazo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- PORTADA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 358ª
Sesión 50ª, en jueves 8 de julio de 2010
(Ordinaria, de 10.36 a 13.22 horas)
Presidencia de la señora Sepúlveda Orbenes, doña Alejandra, y del señor Moreira Barros, don Iván.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario accidental , el señor Landeros Perkic, don Miguel.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 7
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Pareos 11
- Integración de comisiones investigadoras 11
V. Orden del Día.
- Acuerdo Marco de Cooperación Financiera entre Chile y el Banco Europeo de Inversiones. Primer trámite constitucional 11
- Normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales. Tercer trámite constitucional. (Sobre Tabla) 17
- Modificación de plazo para reintegro parcial por concepto de impuesto específico al petróleo diésel para empresas de transporte de carga. Primer trámite constitucional. (Sobre Tabla) 23
- Modificación del Código del Trabajo en materia de descuentos a remuneraciones con fines educacionales. Primer trámite constitucional 33
VI. Proyectos de acuerdo.
- Ampliación de beneficiarios de las normas transitorias de la ley de pesca 44
- Campaña informativa sobre medidas y acciones a seguir en caso de desastres naturales 45
- Instalación de oficinas de las Superintendencias de Valores y Seguros y de Bancos e Instituciones Financieras en todas las regiones 47
VII. Incidentes.
- Renovación integral del camino a Melipilla. Oficios 49
- Soluciones para reconstruir los cuarteles de bomberos destruidos por el terremoto. 50
- Antecedentes sobre proyecto de conservación de caminos de la provincia de Linares. Oficios 50
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual retira y hace presente la urgencia “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que “Modifica plazo para el reintegro parcial por concepto del impuesto específico al petróleo diésel, para las empresas de transporte de carga, establecido en la ley N° 19.764.”. (boletín N° 7019-05) 52
Pág.
2. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, con enmiendas, el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “discusión inmediata”, que “Establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales”. (boletín N° 6968-04) 52
3. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en moción que “Permite la aplicación del procedimiento de demandas colectivas en los juicios por daños o perjuicios en la calidad de las construcciones”. (boletín N° 6841-14) 53
4. Informe de las Comisiones Unidas de Hacienda y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, que “Modifica plazo para el reintegro parcial por concepto del impuesto específico al petróleo diésel, para las empresas de transporte de carga, establecido en la ley N° 19.764.”. (boletín N° 7019-05) 55
5. Moción de los diputados señores Moreira, Álvarez-Salamanca, Arenas, Becker, Hasbún, Melero, Tarud, Uriarte y de la diputada señora Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica el D.F.L. N° 1, de Minería, de 1978, con el objeto de permitir la clausura de los establecimientos de distribución de combustibles que adulteren sus productos.”. (boletín N° 7051-08) 60
6. Moción de los diputados señores Becker, Álvarez-Salamanca, Ascencio, Estay, Moreira, Ojeda y de la diputada señora Sepúlveda, doña Alejandra, que “Exceptúa de multa a los ciudadanos mayores de 75 años que no voten.”. (boletín N° 7052-06) 62
7. Moción de los diputados señores Espinosa, don Marcos; De Urresti, Vallespín y de la diputada señora Vidal, doña Ximena, que “Fortalece la exhibición de música nacional en bibliotecas públicas.”. (boletín N° 7053-24) 63
8. Moción de los diputados señores Moreira, Álvarez-Salamanca, Arenas, Becker, Hasbún, Melero, Ortiz, Tarud, Ulloa y de la diputada señora Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica el Código Penal endureciendo las penas contra quienes agredan a miembros del Cuerpo de Bomberos.”. (boletín N° 7054-22) 64
9. Moción de los diputados señores Moreira, Álvarez-Salamanca, Arenas, Becker, Hasbún, Melero, Tarud, Uriarte y de la diputada señora Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida privada, armonizando las fechas de prescripción de la información comercial”. (boletín N° 7055-07) 65
10. Moción de los diputados señores Moreira, Álvarez-Salamanca, Arenas, Becker, Hasbún, Melero, Tarud, Uriarte y de la diputada señora Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica la ley de Tránsito agravando el atentado a pedradas a vehículos en marcha.”. (boletín N° 7056-15) 66
11. Moción de los diputados señores Hernández, Álvarez-Salamanca, Bobadilla, Gutiérrez, don Romilio; Norambuena, Rojas, Urrutia, Von Mühlenbrock, Ward y de la diputada señora Hoffmann, doña María José, que “Establece penas accesorias al delito de abigeato.”. (boletín N° 7058-07) 67
Pág.
12. Moción de los diputados señores Hernández, Álvarez-Salamanca, Bobadilla, Gutiérrez, don Romilio; Rojas, Norambuena, Urrutia, Von Mühlenbrock, Ward y de la diputada señora Hoffmann, doña María José que “Faculta a la autoridad sanitaria para proceder a la investigación del delito de abigeato.”. (boletín N° 7059-07) 69
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
- Del diputado señor Bertolino, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 07 de julio en curso, para dirigirse a Panamá a reuniones del Parlatino.
- Del diputado señor Delmastro, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 13 de julio en curso, para dirigirse a Australia.
- De la Presidenta de la Corporación mediante la cual informa que el diputado señor Carlos Recondo participará en la Reunión Parlamentaria de la UIP sobre “Aspectos Legislativos del SIDA en relación a las poblaciones afectadas”, a realizarse en Viena, Austria, el día 20 de julio de 2010.
- Del Jefe de Bancada de Diputados de Comité Mixto PRSD-PC-IND , por la cual informa que procedió a designar al diputado señor Espinosa, don Marcos, para integrar la Comisión investigadora del gasto de fondos públicos asignados a organizaciones no Gubernamentales (ONG) durante los años 2006-2010.
- Del Jefe de Bancada de Diputados de Comité Mixto PRSD-PC-IND , por la cual informa que procedió a designar al diputado señor Carmona, para integrar la Comisión Investigadora del Funcionamiento del Programa Orígenes entre el 2006 al 2010 .
2. Oficios:
Ministerio de Justicia:
- Diputada Molina doña Andrea, informar acerca del estado en que se encontraría la cárcel de La Ligua, en especial respecto de las mejoras realizadas y si existe planificación de las obras por realizar.
Ministerio de Minería:
- Diputado Sabag, nuevo estudio geológico en el lugar en que se emplazará el “Embalse Punilla”.
- Diputado Ward, informar acerca del convenio suscrito entre Codelco con la Empresa Sensei Ambiente S.A., indicando los nombres de las personas autorizadas para firmar dicho instrumento.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputado Schilling, informar acerca del proceso de caducidad que afecta a la radio comunitaria del Centro Cultural Nuevo Amanecer, de la comuna de Quilpué, V Región de Valparaíso.
Ministerio de Planificación y Cooperación:
- Diputado Edwards, informar acerca de la tenencia y uso de la vivienda abandonada de la Fundación Indígena, Fundei, ubicada en la Avenida Thiers 114, comuna de Imperial.
Ministerio Medio Ambiente:
- Diputado Meza, estudio de las medidas adoptadas para terminar con la contaminación en Talcahuano y Padre Las Casas.
- Diputado Accorsi, remitir las actas de fiscalización y los informes de evaluación de los organismos mencionados en los antecedentes que se adjuntan, desde que se encuentra vigente el plan de descontaminación en las comunas de Puchuncaví y Quintero. Asimismo, enviar los informes de auto monitoreo de las empresas.
X. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A, ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- Diputado Sandoval, solicita informe acerca de la factibilidad de que la comunidad de Amengual, en la XI Región del General Carlos Ibáñez del Campo, sea incorporada a la conexión de fibra óptica. (918). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Diputado Ward, solicita informe respecto del número y detalle de beneficios carcelarios otorgados a los militares y civiles condenados o sometidos a proceso por causas de derechos humanos y el porcentaje que estos representan del total de beneficiados en relación al resto de los delitos. (917). A Ministerio de Justicia.
- Diputada Pacheco, solicita informe respecto del número de viviendas de emergencia entregadas al 30 de junio pasado, en las comunas de Coronel, Florida, Hualqui, Penco, Santa Juana, Tomé y Talcahuano, en la VIII Región del Biobío. (916). A Ministerio del Interior.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (105)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo IND VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PRI II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Castro González, Juan Luis PS VI 32
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahin Valenzuela, Fuad PDC IX 49
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto RN XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Isasi Barbieri, Marta IND I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Lemus Aracena, Luis PRI IV 9
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Morales Muñoz Celso UDI VII 36
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz D'Albora, Adriana PPD V 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PRI VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Silva Mendez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Vargas Pizarro, Orlando IND XV 1
Velásquez Seguel, Pedro IND IV 8
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20
-Concurrieron, además, el ministro de Hacienda , señor Felipe Larraín; el ministro de Educación , señor Joaquín Lavín, y el ministro secretario general de la Presidencia , señor Cristián Larroulet.
-Por encontrarse en misión oficial no estuvieron presentes los diputados señores Mario Bertolino, Cristián Campos, Rosauro Martínez, y Ricardo Rincón.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.36 horas.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- El acta de la sesión 45ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 46ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
PAREOS.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- El señor Secretario va a dar lectura a los pareos.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).- Se han registrado en la Secretaría los siguientes pareos para la sesión de hoy: el señor Robles con el señor Vilches; el señor Campos con el señor Lobos; el señor Latorre con la señora Andrea Molina; el señor Rincón con el señor Bertolino; el señor Martínez, don Rosauro, con el señor Alinco; el señor Farías con el señor Browne, y la señora Carolina Goic con el señor René Manuel García.
INTEGRACIÓN DE COMISIONES INVESTIGADORAS.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Propongo integrar la Comisión Investigadora del funcionamiento del programa Orígenes entre los años 2006 y 2010 con los siguientes diputados: señores Arenas, Carmona, Chahín, Edwards, Espinoza, don Fidel; Estay, García, Jaramillo, Norambuena, Saffirio, Tuma, Urrutia y Von Mülhenbrock.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
También propongo a la Sala integrar la Comisión investigadora del gasto de fondos públicos asignados a organizaciones no gubernamentales durante los años 2006 a 2010, con los diputados señores Sergio Aguiló, Gabriel Ascencio, Giovanni Calderón, Alberto Cardemil, Guillermo Ceroni, Aldo Cornejo, Marcos Espinosa, Gustavo Hasbún, Carlos Recondo, Felipe Salaberry, Alejandro Santana, Jorge Tarud y Gonzalo Uriarte.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN FINANCIERA ENTRE CHILE Y EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES. Primer trámite constitucional.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación Financiera entre la República de Chile y el Banco Europeo de Inversiones, suscrito en Luxemburgo, el 9 de marzo de 2010.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Pablo Lorenzini.
Recuerdo a la Sala que en la sesión ordinaria de ayer, el diputado señor Roberto Delmastro rindió informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión de Hacienda, boletín N° 6963-10, sesión 48ª., en 7 de julio de 2010. Documentos de la Cuenta N° 7.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Para rendir informe de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señora Presidenta , originalmente le correspondía informar este proyecto de acuerdo al diputado Pablo Lorenzini . Sin embargo, en estos momentos, él se encuentra participando en la Comisión Mixta encargada de resolver las divergencias surgidas entre el Senado y esta Cámara durante la tramitación del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país, por lo que me ha correspondido cumplir dicha función.
Por lo tanto, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación Financiera entre la República de Chile y el Banco Europeo de Inversiones, suscrito en Luxemburgo, el 9 de marzo de 2010.
Tal como informara ayer el diputado Roberto Delmastro , el Acuerdo Marco está compuesto de un Preámbulo y de 39 artículos, y si bien no implica compromisos fiscales, contiene exenciones tributarias que pueden significar menor ingreso fiscal, por lo que también debe ser informado por la Comisión de Hacienda.
El propósito de la iniciativa es aprobar el Acuerdo Marco de Cooperación Financiera entre la República de Chile y el Banco Europeo de Inversiones.
Ese Convenio Marco le permitirá al Banco Europeo de Inversiones efectuar operaciones en nuestro país, dando cumplimiento a lo expresado en el párrafo 2 del artículo 53 del Acuerdo, por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, y la República de Chile, que fue aprobado por este Congreso en 2003.
Recuerdo a los señores diputados que cuando aprobamos el Acuerdo con la Comunidad Europea, en 2003, a la Comisión de Hacienda, que en ese entonces presidía el diputado que habla, le correspondió participar en la conformación de la Comisión Parlamentaria Mixta Unión Europea-Congreso Nacional de Chile, que actualmente preside el diputado Pablo Lorenzini y en la que participan seis diputados y tres senadores. Desde 2003 a la fecha se suceden los encuentros en Europa y en Chile. Sin ir más lejos, durante los próximos días nos visita la delegación del Congreso europeo.
La aplicación del Acuerdo Marco permitirá que el Banco Europeo de Inversiones desarrolle sus operaciones en Chile en iguales condiciones a las que nuestro país ha otorgado a otros organismos financieros internacionales que operan en Chile, como el Banco Interamericano de Desarrollo y otros similares.
El Banco Europeo de Inversiones (BEI) se creó en 1958, por el Tratado de Roma, como una institución de financiamiento de largo plazo de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo. Si bien, su misión principal es contribuir a la integración, al desarrollo equilibrado y a la cohesión económica y social de los Estados Miembros de la Unión, el BEI también tiene entre sus funciones el apoyar proyectos en países no miembros de la Unión Europea.
Las operaciones de préstamos del BEI otorgadas fuera de la Unión Europea están definidas por mandatos específicos que periódicamente determina la misma Unión. El actual mandato, que cubre el período 2007-2013, autoriza al banco a prestar en América Latina hasta 2,8 mil millones de euros, en apoyo de la estrategia de cooperación de la Unión Europea. Chile, desde luego, se encuentra entre los países de la región elegibles para operaciones del BEI.
Las áreas en que el BEI puede efectuar operaciones son las siguientes:
1. Apoyo a la presencia de la Unión Europea en la región mediante el financiamiento de operaciones de inversión extranjera directa o de transferencia de tecnología y conocimiento europeos, a condición de que los proyectos contribuyan al desarrollo económico del país. Para ello, el BEI financia proyectos realizados por filiales de empresas de la Unión Europea. Normalmente, los países cuidan su ciencia y a sus grandes profesionales. Éste es un ejemplo que tenemos que imitar, porque las cosas buenas hay que imitarlas.
También financia proyectos realizados por empresas mixtas en que participan empresas de la Unión Europea y aquellos que involucran una transferencia sustancial de tecnología y conocimiento originarios de la UE.
2. Financiamiento de proyectos relativos a la sustentabilidad ambiental, incluyendo la mitigación del cambio climático, aun cuando no participen empresas de la Unión Europea.
3. Financiamiento de proyectos relacionados con la seguridad del abastecimiento energético, aun cuando no participen empresas de la Unión Europea.
El Banco Europeo de Inversiones otorga préstamos a mediano y largo plazos, pero también apoya operaciones a través de la adquisición de obligaciones -es decir, deudas- o de la concesión de garantías. Sin embargo, no participa en la propiedad del capital de empresas ni otorga ayudas no reembolsables en América Latina. Es decir, no hay subsidios para esta parte del continente.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, de 1 de julio de 2010, señala que las obligaciones fiscales, los activos del Banco, los intereses y cualquier otro pago debido al Banco que se derive de las actividades contempladas en el Acuerdo, así como los ingresos del Banco y los pagos que el mismo deba realizar en relación con dichas actividades y sus activos, estarán exentos de impuestos. También, de manera similar a otros organismos financieros internacionales, sus bienes y activos estarán exentos de todo registro, requisa, confiscación o expropiación, excepto por causa de utilidad pública o interés nacional calificado por ley.
En el informe financiero, la Dirección de Presupuestos estima que, en el presente año, el Acuerdo no implica menores ingresos fiscales, por cuanto las exenciones no representan una disminución efectiva de los ingresos tributarios y arancelarios para el 2010, dado que este banco no ha iniciado sus actividades en nuestro país. Si los hubiese para los años siguientes, éstos serán considerados en las leyes de Presupuestos de los años respectivos.
En la discusión de este proyecto de acuerdo, que se vio en forma íntegra el 6 de julio pasado, dos colegas parlamentarios solicitaron que quedara constancia de sus inquietudes en la historia fidedigna del mismo.
El diputado Enrique Jaramillo , a propósito de las exenciones tributarias permitidas por el Acuerdo, preguntó si se aplica a todos los bancos internacionales, es decir, si los organismos bancarios internacionales tienen los mismos privilegios y exenciones tributarias en nuestro país. Tal como les señalé, el ministro de Hacienda ratificó que así es, porque es una norma para toda esta actividad.
Por otro lado, el diputado Ernesto Silva planteó su inquietud respecto del alcance que tendría la facultad del Gobierno para oponerse sin expresión de causa respecto de los proyectos que se pretendan realizar en Chile, conforme al numeral 2 del artículo 10. Sobre el particular, el representante del Ministerio de Hacienda expresó que esto constituía una cláusula estándar, en términos de permitir que el Estado de Chile pueda tener la libertad de rechazar el financiamiento a una empresa, lo que consideró razonable, toda vez que al otorgarse el crédito se genera una responsabilidad solidaria por parte del Estado respecto de la deuda en que se incurre. Agregó que, como el crédito constituye, a su vez, deuda pública, va a requerir autorización de Hacienda.
Teniendo presente los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones expuestas en la Comisión, fueron revisados los artículos pertinentes y sometido a votación el artículo único del proyecto de acuerdo, siendo aprobado por la unanimidad de los diputados presentes: los señores Joaquín Godoy , Enrique Jaramillo , Pablo Lorenzini , Javier Macaya , Nicolás Monckeberg , José Miguel Ortiz, Carlos Recondo , Alberto Robles , Ernesto Silva y Gastón Von Mühlenbrock .
En consecuencia, la Comisión de Hacienda recomienda aprobar este proyecto de acuerdo que aprueba este Acuerdo Marco, porque es beneficioso para nuestro país.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
En discusión el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señora Presidenta , ante un informe tan bien explicado y adecuadamente resumido, que invita a todos a aprobarlo, no queda otra opción que sumarse a la opinión expresada sobre lo que Chile está haciendo hoy.
Quiero recordar lo que Chile ha vivido en el ámbito económico. En la década de los 80, nuestro país había tenido prácticamente un sismo en su tablero económico. Me refiero a lo que vivieron en esos años sectores tan importantes como la agricultura. Chile se había paralizado con la crisis de los años 80.
Lo informado por los diputados señores Roberto Delmastro y José Miguel Ortiz, de las comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda, respectivamente, nos invita a comentar lo que Chile es actualmente.
En 2003, entró en vigencia el Acuerdo de Asociación entre nuestro país y la Unión Europea, el tercer tratado internacional más importante firmado luego de la constitución de la alianza continental europea. Hay que recordar que Chile había firmado antes dos tratados con la Unión Europea: primero, en 1990, y luego, en 1996. Finalmente, el Acuerdo de Asociación de 2002, que consumó los hechos y que ha sido considerado uno de los más trascendentes, por el gran número de materias que trata, y un tratado de cuarta generación, ya que aborda tres importantes tipos de acuerdo: el diálogo político, el tratado de libre comercio y el acuerdo de cooperación.
En ese marco, el acuerdo de cooperación estableció que se permitiría que el Banco Europeo de Inversiones realizara operaciones en Chile. Se debe tener presente que dicho banco es una institución que permite el financiamiento a largo plazo con la Unión Europea y su misión principal es contribuir a la cohesión económica en el proceso de integración de los estados miembros de la Unión Europea. No obstante, también realiza inversiones en los países en que la Unión Europea tiene interés. Ése es el caso de Chile, asociado a los países de Europa, aunque no sea parte de la Unión Europea. Por eso, nuestro interés de ingresar en ella.
El Banco Europeo de Inversiones apoya la presencia de la Unión Europea en la región mediante el financiamiento de operaciones de inversión extranjera directa o de transferencia de tecnología, proyectos relativos a la sustentabilidad ambiental y relacionados con la seguridad del abastecimiento energético, situación que mencionó el diputado Roberto Delmastro al entregar el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
Cuando se trata de inversiones de filiales de empresas de la Unión Europea, se encuentran dentro de los objetivos globales de la Unión, como, por ejemplo, los medioambientales, por su enorme importancia, y la seguridad energética, aun cuando la empresa no necesariamente esté ligada a la Unión Europea.
Chile permite a este banco operar en similares condiciones a las que otorga a otros organismos financieros internacionales, como, por ejemplo, el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial. Sin embargo, en aquellas actividades que el banco realice con personas naturales o jurídicas no contempladas en el acuerdo marco, el banco se someterá a la legislación vigente en Chile, ya sea como acreedor o deudor. A eso se refería mi consulta, mencionada por el diputado José Miguel Ortiz . En esos casos, el banco tendrá el trato con esas instituciones como corresponde a la legislación vigente, en especial en lo que se refiere a nuestro sistema económico.
Un punto importante son las exenciones tributarias que se otorgan al banco para el pago de impuestos. Chile le otorga una exención tributaria a sus activos, a los intereses y a cualquier otro pago, debido a que están contempladas en el Acuerdo.
En definitiva, con la suscripción de este acuerdo, viene a agregarse un nuevo instrumento y una variable de financiamiento internacional para los objetivos de desarrollo que persigue el Chile de hoy.
En consecuencia, espero que pueda cumplir beneficiosamente esa labor, de acuerdo con nuestras prioridades nacionales, porque nuestro país es un actor interesante en la vida económica del planeta. ¡Ése es el Chile de hoy! Por eso, me alegra comentar este proyecto.
Por lo tanto, su aprobación no podría ser sino en forma unánime, tal como ocurrió en las comisiones.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.-
Señora Presidenta , valoro este Acuerdo Marco de Cooperación Financiera entre la República de Chile y el Banco Europeo de Inversiones, puesto que se abren las puertas para que recursos financieros de la Unión Europea puedan ser aprovechados también por organizaciones chilenas para ciertos fines importantes de reforzar en nuestro país, como la transferencia de tecnología y conocimiento -know how-, puesto que el nivel de inversión en Chile en materia de tecnología no pasa del 1 por ciento, mientras que toda nación desarrollada, como Finlandia, Irlanda u otros países están cerca del 3,5 por ciento del producto interno bruto. Por lo tanto, son altamente valorables todos los recursos frescos que puedan llegar para fomentar la transferencia tecnológica o adquirir más conocimientos para la producción.
Es interesante que dentro de las prioridades de este Banco Europeo de Inversiones haya proyectos que digan relación con proveer capital de riesgo a la pequeña y mediana empresa, en cooperación con el sector financiero europeo. Está considerado como una prioridad absoluta, de manera que nuestro país, donde hacemos un esfuerzo para que la pequeña y mediana empresas puedan salir de su sobreendeudamiento, tengan un desarrollo armónico. De más está decir que el mayor porcentaje del empleo en nuestro país lo proveen las pymes. Ojalá como Italia, en que la pequeña y mediana empresas son pilares de la economía, todos los proyectos que se financien en esa línea tengan una prioridad absoluta dentro del Banco Europeo de Inversiones .
El aval de todos estos proyectos es el Estado de Chile, lo que está morigerado por el hecho de que la visación del crédito debe contar con la autorización del Ministerio de Hacienda, lo cual nos da tranquilidad, por cuanto se tiene que evaluar a empresas u organizaciones solventes, para que den las suficientes garantías de que, al final, no va a ser el Estado el que tendrá que pagar cuando el deudor caiga en insolvencia. Sin embargo, en última instancia, si tuviera que hacerlo, los proyectos o la línea de proyectos que se van a financiar, en definitiva, son de alta relevancia pública, como proveer de capital de riesgo a las pequeñas y medianas empresas y la transferencia tecnológica, que es algo que el Estado de Chile debería estar haciendo en mayor medida. Por lo tanto, si llegáramos a esa instancia, el Estado estaría cumpliendo con su deber.
En consecuencia, vamos a votar favorablemente este proyecto de acuerdo, que sólo implica cumplir con el convenio que se firmó en 2002 entre el Estado de Chile y la Unión Europea, que va en la línea de estar en sintonía con la comunidad europea, que tiene ingresos pér capita por sobre los 20 mil dólares, lo cual es una meta para nuestra sociedad.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señora Presidenta , no sé si interpreté mal lo que recién señaló mi colega Sabag .
Aquí no paga “Moya”. Cuando se trata de empréstitos de personas naturales o jurídicas, eso se hace de acuerdo a las condiciones vigentes de cada país. Allí no entra el aval del Estado. El acuerdo se refiere a situaciones diferentes, igual a los otros acuerdos que hemos firmado con distintos bancos, como el Banco Mundial y Banco Interamericano de Desarrollo.
Solamente quería precisar ese punto.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación Financiera entre la República de Chile y el Banco Europeo de Inversiones, suscrito en Luxemburgo, el 9 de marzo de 2010.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. Tercer trámite constitucional. (Sobre Tabla).
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Por haberse hecho presente la urgencia de discusión inmediata, corresponde que la Cámara considere las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, Boletín N° 6968-04. Documentos de la Cuenta N° 2, de esta sesión.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
En discusión las modificaciones del Senado.
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Bobadilla.
El señor BOBADILLA.-
Señora Presidenta , este proyecto tiene como finalidad destinar recursos a las zonas afectadas por el terremoto y consta de tres artículos. Considera la flexibilización del pago de la subvención por la jornada escolar completa. Estos tres artículos fueron aprobados por esta honorable Sala. Sin embargo, se introduce una modificación al artículo 3º, que dice relación con la utilización de la subvención preferencial con fines de reconstrucción. Desde ese punto de vista, quiero hacer dos o tres comentarios.
Lo más importante de las modificaciones que introduce el Senado dicen relación con establecer mayores exigencias a los sostenedores en relación con el uso de los recursos destinados a la subvención preferencial. Éstos deberán presentar un proyecto valorizado que considere reparación o construcción y, por cierto, la reposición de equipamiento. A la vez, establece la exigencia de que el sostenedor que haga uso de estos recursos debe hacer la rendición de cuentas como corresponde.
Un tercer aspecto que establece la modificación del Senado es entregar al Ministerio de Educación la obligación de velar por el buen uso de los recursos destinados con estos fines.
Por lo tanto, este proyecto prácticamente mantiene en un ciento por ciento el objetivo que se perseguía originalmente. Lo único que hace la modificación del Senado es establecer mayores precisiones respecto de cómo se deben utilizar estos recursos y que el sostenedor que haga uso de ellos los debe rendir de acuerdo con las exigencias que corresponden.
Por último, en nombre de mi bancada, anuncio el voto favorable, pues creemos que estos recursos deben estar a disposición de los sostenedores a la brevedad posible, de manera de dar una solución oportuna y eficaz a todos los establecimientos afectados por la catástrofe del 27 de febrero.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Informo a la Sala que los documentos correspondientes se encuentran en sus pupitres electrónicos y que la votación del Senado fue de 32 votos a favor.
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Aguiló.
El señor AGUILÓ.-
Señora Presidenta , efectivamente, no tenemos los informes impresos, aunque usted aclaró que están disponibles en nuestros computadores.
En el primer trámite constitucional, la Sala aprobó el proyecto, que se despachó al Senado para su segundo trámite, que ha vuelto a la Cámara para su tercer trámite, pero, como no se analizó en la Comisión de Educación, solicito al Presidente de dicha comisión, quien ya dio una visión general del proyecto y habló en nombre de la UDI, que nos pueda explicar la modificación del Senado al artículo 3°, que, según entiendo, es el único cambio que le hizo.
Solicito que la señora Presidenta recabe la unanimidad de la Sala para otorgar más tiempo al diputado Sergio Bobadilla para que nos dé esa explicación.
Por otra parte, veo que ese diputado tiene un comparado en su mano. ¿Es posible que se nos entregue una copia de ese documento?
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Señor diputado , usted tiene ese documento en su pupitre electrónico. Es conveniente que todos los señores parlamentarios aprendan a usarlo.
Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS.-
Señora Presidenta , como se ha señalado, el artículo 3° del proyecto de ley estableció requisitos para destinar, sólo durante 2010 y 2011, los recursos de la subvención escolar preferencial para la reparación y construcción de infraestructura y para la adquisición de equipamiento y mobiliario.
Diversos diputados hicieron reparos muy razonables al señalar que se estaría distorsionando el espíritu de la ley original que estableció la subvención escolar preferencial al abrir la puerta para destinar esos recursos a un fin distinto del mejoramiento de la calidad o de los procesos de enseñanza y aprendizaje de los alumnos más vulnerables del sistema.
Precisamente, la modificación del Senado impide el mal uso eventual de esos dineros, porque restringe y condiciona su uso más allá de lo que disponía el artículo original, que exigía que se podría destinar esos dineros para la reparación y construcción de infraestructura y a la adquisición de equipamiento y mobiliario, siempre y cuando se hiciera a través de resolución exenta del subsecretario de Educación , previo informe favorable del seremi de cualquiera de las seis regiones contempladas en el decreto N° 150. Es así que el Senado cambió la frase “y a la adquisición de equipamiento y mobiliario, u otras finalidades que garanticen la normalización del servicio educativo.” por “y a la reposición de equipamiento y mobiliario sujeta a las siguientes condiciones:” y agrega cuatro condiciones.
Con esa modificación, el Senado deja claramente establecido que el destino de esos fondos sólo se podrá usar para reparar lo destruido por el terremoto, con el objeto de que no se haga un aprovechamiento de las circunstancias para comprar, por ejemplo, cuarenta computadores que no se justifican para agregarlos a los otros cuarenta que ya existen.
Las cuatro condiciones que se agregan son: acompañar un proyecto sobre las obras y la reposición de equipamiento, rendición de los recursos utilizados en esos fines, otorga facultades al Ministerio de Educación para velar por el cumplimiento de las obligaciones y compromisos que establece el artículo 3° y que el incumplimiento de los compromisos a que se refiere el artículo se consideraran infracciones graves.
La indicación del Senado mejora el artículo en forma sustancial y deja más tranquilos a quienes, como el distinguido colega Aguiló , plantearon en la Comisión su preocupación por el uso de esta subvención especialmente creada para mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje de los alumnos más vulnerables.
Por lo tanto, invito a los colegas a que aprobemos las modificaciones del Senado.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Bobadilla.
El señor BOBADILLA.-
Señora Presidenta , creo que el diputado Aguiló ya tiene claridad respecto del tema que legítimamente planteó.
Reitero que el Senado mantuvo sin alteraciones los dos primeros artículos que aprobó la Cámara y que en el artículo 3° sólo agregó las condiciones ya señaladas, o sea, que el sostenedor debe presentar un proyecto de las obras que se realizarán, que deberá rendir cuenta y que el Ministerio de Educación debe velar por que los recursos se utilicen para los fines que se señalan en el proyecto.
Por lo tanto, considero que debiéramos aprobar la modificación del Senado por las consideraciones señaladas y porque los establecimientos educacionales dañados por el terremoto están imposibilitados de prestar un servicio como todos quisiéramos, lo que hace apremiante que esos recursos se destinen con urgencia para esos fines.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Cristina Girardi.
La señora GIRARDI (doña Cristina).-
Señora Presidenta , cuando el proyecto se discutió en la Comisión, el artículo 3° dividió la votación, ya que los recursos de la subvención escolar preferencial están destinados a mejorar la calidad de la educación, que las escuelas no podrán destinar a ese fin si se utilizan en la reconstrucción o reparación de los establecimientos educacionales.
A nuestro juicio, el Gobierno debiera asegurar que esas platas se recuperaran para generar los proyectos de mejoramiento de la educación. No nos oponemos a la reconstrucción de los establecimientos educacionales, ya que puede que no existan los dineros para destinarlos de inmediato a la reconstrucción, lo que impediría la utilización de la subvención escolar preferencial. Lo que proponemos es que se recuperen los dineros de la SEP que se destinen a la reconstrucción para que, una vez instalada o reparada la infraestructura del establecimiento educacional, se concreten los proyectos de mejoramiento de la calidad de la educación, que es tan importante -o quizás más- como las paredes o la infraestructura de las escuelas. Si en el proyecto sólo se dice que esas platas se destinarán a la reconstrucción o a la reparación de las escuelas, jamás se podrán recuperar para aplicarlas en el objetivo original, cual es mejorar la calidad de la educación.
Quise reiterar en la Sala la duda que planteamos en la Comisión sobre la materia. Sin embargo, es importante señalar que el proyecto mejora mucho con la modificación del Senado. Ojalá que el Gobierno haga un esfuerzo para restituir esos recursos de la SEP que las escuelas van a utilizar para infraestructura, con el objeto que se destinen para mejorar la calidad de la educación.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Javier Macaya.
El señor MACAYA.-
Señora Presidenta , sólo quiero puntualizar algunos aspectos en la misma línea de lo señalado por el Presidente de la Comisión , el diputado Bobadilla .
Cuando el proyecto fue discutido la semana pasada, sólo generó diferencias el artículo 3°, que originalmente imponía sólo tres requisitos para cautelar el uso de una subvención escolar preferencial que, como dijo la diputada Girardi , fue creada para mejorar la calidad de la educación.
Las tres exigencias del proyecto original eran: la resolución exenta del subsecretario de Educación, un informe favorable del seremi al respecto y que el establecimiento educacional hubiese sido dañado por el terremoto.
La modificación del Senado al artículo 3° -que, reitero, fue la única norma que generó cierta discusión- exige un proyecto que contemple los trabajos que se van a realizar, las obras y las medidas de mejoramiento de infraestructura dañada por el terremoto, y un informe respecto al estado de avance de las obras que se vayan realizando. Además, dispone que se considerará como infracción grave a la ley de subvenciones el mal uso o el empleo de esos dineros en algo distinto a lo dispuesto, porque se estaría en presencia de mal uso de recursos fiscales.
Quiero hacer presente que -en esto concordamos todos- la subvención escolar preferencial tiene otro origen, otro fin. Lamentablemente, en estos casi cuatro meses en esta Cámara nos ha tocado legislar en un momento de emergencia, marcado por el 27 de febrero. Por lo mismo, ante esa emergencia, sin paredes en los colegios no solamente no tenemos calidad, sino que tampoco se pueden hacer las clases.
En esa línea, las modificaciones introducidas por el Senado mejoran el proyecto y van en la línea de cautelar el uso de los recursos públicos.
También recojo el hecho de que, a futuro, la SEP tiene que seguir mejorando y volver a la línea para lo que fue concebida: mejorar la calidad de la educación.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Sergio Aguiló.
El señor AGUILÓ.-
Señora Presidenta , primero, agradezco las explicaciones del Presidente de la Comisión de Educación que, a pesar de ser de la UDI, como se ha podido constatar, es un diputado muy despierto. Hemos recibido una explicación muy completa sobre la materia.
Efectivamente, los dos primeros artículos fueron aprobados por la Cámara y el Senado y no ameritan ninguna consideración adicional.
Pero el artículo 3° -como muy bien han explicado distintos parlamentarios y el Presidente de la Comisión- tiene condicionamientos. En eso, comparto lo que han dicho la diputada señora Girardi y el diputado señor Macaya , en el sentido de que debiéramos hacer un esfuerzo para que los recursos de la SEP sean efectivamente gastados en el mejoramiento de la educación. Eso es muy importante y decisivo.
Entendemos que aquí hay una excepcionalidad, y hubiésemos preferido resolverla por otra vía; sin embargo, el Senado, por lo menos, ha condicionado y cualificado la forma en que los recursos se gasten, transitoriamente, en la reconstrucción de las escuelas dañadas por el terremoto.
En virtud de esas consideraciones, los diputados socialistas vamos a votar a favor las modificaciones del Senado.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Fuad Chahín.
El señor CHAHÍN.-
Señora Presidenta , cuando el proyecto se trató en la Cámara, en su primer trámite, fui uno de los diputados que lo aprobó, incluso con el polémico artículo 3°, porque, de alguna manera, busca una solución transitoria para los sostenedores públicos y privados que hoy están en una situación muy compleja con sus establecimientos educacionales dañados, con pérdida de mobiliario y con dificultades objetivas físicas para funcionar. Sin duda, eso es un piso mínimo para garantizar una adecuada calidad de la educación dentro del establecimiento.
Sabemos que el objeto de esta subvención es distinto; sin embargo, estamos en una situación excepcional. Y ante la solicitud, fundamentalmente de alcaldes de la Región de La Araucanía, de contar con esos recursos para hacer las urgentes reparaciones de los establecimientos educacionales, ante la demora del Gobierno para buscar una solución distinta que permitiera resolver este problema con recursos frescos, era la única alternativa que teníamos.
Además, nos alegramos de que en el Senado se incorporen modificaciones que acotan más la utilización de esa subvención, porque generan mayor control y establecen sanciones para el uso indebido de los recursos, lo que, de alguna manera, nos da mayor tranquilidad.
Quizás no es la mejor solución. La solución ideal habría sido contar con recursos frescos que permitieran hacer este mismo tipo de obras; pero, ante la negativa y la demora del Gobierno en dar una solución, esta alternativa va a permitir a los sostenedores -en mi caso, a los sostenedores públicos, es decir, los municipios de la Región de La Araucanía- tener un alivio para que muchos alumnos puedan estar en sus salas de clases en las condiciones mínimas de dignidad que se merecen los alumnos que se educan en el sistema municipalizado, que es lo que más nos interesa.
Por eso, respaldaré las modificaciones.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Luis Lemus.
El señor LEMUS.-
Señora Presidenta, esto nació de una solicitud de los alcaldes de las comunas afectadas por el terremoto.
Muchos municipios que han vivido esta emergencia -hay que ponerse en su lugar- la están pasando muy mal.
Efectivamente, el proyecto persigue aliviar un poco su situación. La reliquidación que se va a hacer de la subvención es absolutamente pertinente, lo que fue aprobado prácticamente por unanimidad en la Cámara de Diputados y en el Senado.
El punto fundamental es la utilización de estos dineros que estaban destinados a un programa especial de mejoramiento educacional. Nos habría gustado que eso no ocurriera, pero estamos viviendo una emergencia y eso amerita actuar rápidamente. Con estas medidas vamos a aliviar la situación de los municipios que lo necesitan, y no sólo en esta materia.
Los municipios están pidiendo recursos especiales para enfrentar la emergencia. Sus compromisos fueron más allá de los límites permitidos por la propia ley, para enfrentar la emergencia. Tenemos el deber, sobre todo el Ejecutivo , de actuar lo más rápido posible para entregar a los municipios del país recursos especiales para la emergencia y la reconstrucción.
Por eso, como diputado independiente que forma parte de la bancada del Partido Socialista, me sumaré a la aprobación de las modificaciones del Senado.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones introducidas por el Senado en los siguientes términos:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 60 votos; por la negativa, 34 votos. Hubo 1 abstención.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo la diptuada señora
MODIFICACIÓN DE PLAZO PARA REINTEGRO PARCIAL POR CONCEPTO DE IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIÉSEL PARA EMPRESAS DE TRANSPORTE DE CARGA. Primer trámite constitucional. (Sobre Tabla).
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Por haberse hecho presente la urgencia de discusión inmediata, corresponde considerar también el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, que modifica el plazo para el reintegro parcial por concepto del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, establecido en la ley N° 19.764.
Diputado informante de las Comisiones Unidas de Hacienda y de Obras Públicas, Transportes y telecomunicaciones es el señor Javier Macaya.
Antecedentes:
-Mensaje, Boletín Nº 7019-05, sesión 42ª, en 29 de junio de 2010. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de las Comisiones Unidas de Hacienda y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones. Documentos de la Cuenta N° 4, de esta sesión.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor MACAYA (de pie).-
Señora Presidenta , hago presente a la Sala que me corresponde emitir el informe en reemplazo del diputado informante originalmente designado señor Gastón Von Mühlenbrock , quien en este momento se encuentra en la Comisión Mixta encargada de resolver las divergencias surgidas entre el Senado y esta Cámara durante la tramitación del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país.
Las Comisiones Unidas de Hacienda y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones informan, en primer trámite constitucional y reglamentario, el proyecto de ley que modifica el plazo para el reintegro parcial por concepto del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, establecido en la ley N° 19.764.
Durante el estudio de la iniciativa, asistieron a las Comisiones Unidas los señores Felipe Larraín , ministro de Hacienda ; Felipe Morandé , ministro de Transportes y Telecomunicaciones ; Rodrigo Álvarez , subsecretario de Hacienda , y Jaime Salas , abogado de esta última cartera.
En el mensaje se señala que, en conformidad a lo prescrito en el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.360, que modificó transitoriamente el artículo segundo de la ley N° 19.764, los transportistas de carga tienen la posibilidad de recuperar, hasta el 30 de junio de 2010, un porcentaje de las sumas pagadas por dichos vehículos por concepto del impuesto específico al petróleo diésel, de acuerdo a tramos porcentuales asociados a los ingresos anuales expresados en Unidades Tributarias Mensuales.
En este contexto y para efectos de la renovación de este beneficio, se ha estimado pertinente establecer un mecanismo que contemple un sistema de recuperación, que prescinda del factor relativo a los ingresos de las empresas y, en cambio, vincule los porcentajes de recuperación a los montos efectivamente pagados por concepto del referido tributo.
El mensaje propone que, a contar del día 1 de julio de 2010 y por un plazo de 16 meses, las empresas de transporte de carga indicadas en el artículo 2º de la ley Nº 19.764 puedan acceder, mensualmente, a una recuperación de 80 por ciento del gasto en impuesto específico, por las primeras 5,4 UTM pagadas por este concepto y, por lo pagado sobre 5,4 UTM, los contribuyentes puedan recuperar el 25 por ciento del monto pagado por impuesto específico, sin tope.
El sistema de devolución establecido en la ley N° 20.360 venció el pasado 30 de junio, de manera que, de no presentarse un mecanismo alternativo, se vuelve al método dispuesto en la ley N° 19.764, con el 25 por ciento de devolución parejo. A esto se debe la urgencia de legislar sobre el particular, ya que hoy estamos a 8 de julio.
Ante eso, el Gobierno presentó un proyecto de ley, cuyo articulado es sustituido en virtud de una indicación del Ejecutivo, luego de lograrse un acuerdo tanto con la Confederación Nacional de Dueños de Camiones como con la asociación gremial Chile Transporte.
El acuerdo considera, además, la creación de una mesa de trabajo compuesta por representantes de los gremios, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Hacienda, que abordará los problemas y desafíos del sector con una mirada de largo plazo.
Es importante enfatizar que prácticamente todos los parlamentarios destacaron la rapidez y eficiencia del Ejecutivo en lograr un acuerdo en esta materia en breve plazo.
Mediante la indicación sustitutiva N° 195-358, de 6 de julio de 2010, el Ejecutivo reemplaza la fórmula de recuperación del impuesto estableciendo que, por un plazo de 16 meses, a contar del día 1 de julio de 2010, las empresas podrán acceder, mensualmente, a una recuperación de 63 por ciento del gasto en impuesto específico cuando sus ventas anuales sean menores o iguales a 18.600 UTM; de 39 por ciento, cuando sean superiores a 18.600 UTM y no excedan de 42.500 UTM, y de 29,65 por ciento, cuando sean superiores a 42.500 UTM.
Esa medida significará un mayor gasto fiscal respecto de la situación que existiría en ausencia del presente proyecto. La estimación del costo anual adicional de dicha medida se presentó en el informe financiero, que señaló que el costo fiscal durante el 2010 será de 8.444 millones de pesos; en 2011, de 14 mil 73 millones de pesos, lo que hace un total 22.517 millones de pesos entre los dos años.
Intervino el señor ministro de Hacienda , quien manifestó que la devolución del impuesto específico a las empresas de transportes comenzó a discutirse el 2000.
La ley Nº 19.764, del 19 de octubre de 2001, estableció el reintegro parcial del pago de peajes y del impuesto específico realizado por las empresas que utilicen vehículos pesados. Este cuerpo legal establece mecanismos de reintegro del gasto incurrido en peajes, en el caso de las empresas de transporte de pasajeros, y del pago de impuesto específico al diésel, en el caso de las empresas de transporte de carga. Para estas empresas se estableció una tabla de recuperación que partía en 10 por ciento, en 2002, y terminaba en 25 por ciento, en julio de 2006.
Asimismo, el señor ministro argumentó que debido al fuerte incremento que experimentó el precio del crudo durante el primer semestre de 2008, cuando llegó a niveles récord de 140 dólares por barril, que afectó fuertemente a los transportistas, se dictó la ley N° 20.278, que contempló un aumento transitorio en el porcentaje de recuperación del gasto incurrido por las empresas de transporte de carga por concepto de impuesto específico al diésel, de 25 a 80 por ciento, mayor devolución que regiría entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009.
Una vez terminado el boom de precios de los commodities e iniciada la crisis económica, el precio del crudo cayó hasta 40 dólares por barril, encontrándose en 70 dólares por barril a la fecha de término de la vigencia de la ley N° 20.278, lo que ya no justificaba el reintegro del 80 por ciento. Sin embargo, el escenario de crisis planteaba la necesidad de instrumentos de apoyo a las empresas, por lo que volver al esquema del 25 por ciento establecido en la ley N° 19.764 no fue considerado aceptable.
El asunto se zanjó con la introducción de un artículo en la ley N° 20.360, de junio de 2009, que establecía un sistema escalonado de devolución, y que regiría desde el 1 de julio de 2009 hasta el 30 de junio de 2010. Este mecanismo de reintegro tomaba en cuenta los ingresos anuales del contribuyente, estableciendo tres tramos: hasta 18.600 UTM, la devolución era del 80 por ciento del impuesto específico al diésel; entre 18.600 y 42.500 UTM, de 50 por ciento, y superior a 42.500 UTM, el reintegro era de 38 por ciento.
El sistema propuesto actualmente toma en consideración los ingresos anuales del contribuyente y crea tres tramos: hasta las 18.600 UTM, una devolución del 63 por ciento del impuesto específico al diésel; entre 18.600 y 42.500 UTM, de 39 por ciento, y superior a 42.500 UTM, de 29,65 por ciento.
Tal mecanismo implica una rebaja pareja del orden del 22 por ciento en comparación con el sistema de la ley N° 20.360, con un costo fiscal similar a la propuesta original del Ejecutivo de 98 millones de dólares por los 16 meses propuestos, el cual se debe comparar con los 53 millones de dólares que implica volver al sistema establecido en la ley N° 19.764.
De ese modo, el señor ministro finalizó su intervención señalando que el 96 por ciento de las empresas quedarán con una devolución de 63 por ciento; el 2 por ciento, con un reintegro de 39 por ciento, y el 2 por ciento restante, con una devolución de 29,65 por ciento.
Sometido el proyecto a votación general y particular a la vez, se aprobó la indicación sustitutiva del Ejecutivo por la unanimidad de los diputados presentes, la señora Pacheco , doña Clemira , y los señores Auth, don Pepe ; García, don René Manuel ; Hernández, don Javier ; Jaramillo, don Enrique ; Montes, don Carlos ; Norambuena, don Iván ; Ortiz, don José Miguel ; Recondo, don Carlos ; Robles, don Alberto ; Silva, don Ernesto ; Tuma, don Joaquín ; Von Mühlenbrock, don Gastón , y quien habla.
Es todo cuanto puedo informar a la Sala.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señora Presidenta , sin lugar a dudas, ésta es una materia sensible, porque todos los parlamentarios tienen transportistas en sus regiones.
Por lo tanto, si no se hubiera llegado a un acuerdo habría sido bastante complicado para cada uno de nosotros. Así que, enhorabuena, el Gobierno pudo lograr consenso en esta materia.
Lo que tal vez no me gusta de este acuerdo es el período que abarca. Que se llegue a un acuerdo por un solo año no me parece razonable. Creo que lo acertado es buscar acuerdos que abarquen más allá de ese período. De lo contrario, en 2011 vamos a tener el mismo problema, esto es si se les entrega o no a los transportistas la posibilidad de rebajar el impuesto específico. Lo ideal es tratar de negociar esto a un mayor plazo.
En esta materia hay algo sumamente claro: muchos rubros de nuestra economía pueden descontar el impuesto específico; sin embargo, de acuerdo con la ley original, los transportistas tienen esa posibilidad en un 25 por ciento, lo cual no me parece que sea lo que corresponde.
Por eso, el año pasado se aprovechó la crisis económica y se hizo una corrección en esa materia, lo que permitió a los transportistas descontar un porcentaje mayor al impuesto específico, que es lo mismo que se está proponiendo este año con la prórroga del beneficio mediante un sistema de cálculo distinto al anterior, pero que va en la misma línea de descontar un mayor porcentaje del impuesto a los transportistas más pequeños y disminuyéndolo de acuerdo con las ventas de cada cual.
Además, desde un principio, el Gobierno de Sebastián Piñera ha manifestado que se la va a jugar fuertemente por las pymes. Y la gran mayoría de los transportistas en Chile son pymes. Los grandes son muy pocos. La gran mayoría son pequeños transportistas, pequeños camioneros.
El Presidente demuestra que se la está jugando por ellos con este proyecto que prorroga -reitero, con porcentajes distintos a los del año pasado- la posibilidad de descontar el impuesto específico al diésel, para que los transportistas tengan una menor carga tributaria.
Ahora, como señalé, lo ideal en este tipo de iniciativas es buscar consensos a más largo plazo. Espero que de aquí al próximo año, antes del vencimiento del plazo de vigencia de esta ley, el Gobierno logre algún tipo de acuerdo con los transportistas, pero es importante que sea un acuerdo duradero, que no mantenga a los transportistas en la incertidumbre y a los parlamentarios en una tensión permanente.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado don Carlos Recondo.
El señor RECONDO.-
Señora Presidenta , en primer lugar, quiero recordar brevemente el origen de la devolución del impuesto específico al petróleo diésel, porque creo que es necesario conocer cuáles han sido las condiciones generales en que se ha generado esta devolución.
Debo recordar a esta Sala que la devolución del impuesto específico al petróleo diésel a las empresas de transporte comenzó en 2000. Ahí se estableció un reintegro parcial del pago de peajes y del impuesto específico al diésel.
Lo que hacía esta ley era establecer un mecanismo de reintegro del gasto incurrido en peajes, en el caso de las empresas de transporte de pasajeros, y el pago del impuesto específico al petróleo diésel, en el caso de las empresas de transporte de carga.
En ese entonces, se estableció como recuperación por parte de la empresa, un sistema de reintegro que llegaba al 25 por ciento de la facturación. Debemos recordar que durante el primer semestre de 2008 estábamos en una situación de crisis y el precio del crudo llegó a niveles récord, alcanzando 140 dólares por barril. Esa alza de precios llevó a los transportistas a insistir en la devolución del impuesto específico al petróleo diésel, lo que se resolvió mediante la dictación de la ley N° 20.278, de junio de 2008, que estableció un aumento transitorio en el porcentaje de la recuperación del gasto incurrido por las empresas de transporte por el concepto del impuesto específico al petróleo diésel. Se estableció un reintegro desde un 25 por ciento hasta un 80 por ciento. Esta mayor devolución rigió entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009. Luego, cuando se acercó la fecha en que vencía ese porcentaje de reintegro, la realidad internacional había cambiado y el boom de precios de los commodities había terminado y, en ese momento, el precio del petróleo ya no era de 179 dólares el barril, sino que había caído a 40 dólares por barril, encontrándose en ese minuto en 70 dólares por barril, que es más o menos el precio que hasta la fecha ha mantenido el petróleo.
Con esos precios no se justificaba un reintegro del 80 por ciento. Sin embargo -repito-, estábamos en un escenario de crisis económica para 2009, con una caída de la demanda y con los transportistas en problemas. En ese escenario de crisis se planteó la necesidad de mantener ese instrumento de apoyo a las empresas de transporte de carga.
En esas circunstancias, volver al esquema del 25 por ciento aparecía como completamente inviable desde el punto de vista de los transportistas y se acordó, introduciendo un nuevo artículo en la ley respectiva, establecer un sistema escalonado de devolución, que rigió hasta el 30 de junio de 2010. Este sistema escalonado establecía tres tramos: aquellos que facturaban hasta 18.600 unidades tributarias mensuales, tenían un 80 por ciento de devolución; sobre las 18.600 UTM y hasta las 42.500 unidades tributarias mensuales, tenían un 50 por ciento de devolución, y sobre 42.500 unidades tributarias mensuales, tenían un 38 por ciento de devolución.
Este sistema venció el 30 de junio de 2010, por lo tanto, de no presentarse un mecanismo alternativo, como el que estamos discutiendo ahora, el reintegro hubiese regresado al 25 por ciento que regía antes del sistema de tramos que comenté recién.
El Gobierno presentó una indicación al proyecto que establece un mecanismo transitorio de devolución, el cual fue consensuado con los transportistas y con los camioneros. Establece tres tramos, pero con porcentajes distintos de devolución.
En el primer tramo, las 18.600 unidades tributarias mensuales de facturación van a tener un 63 por ciento de reintegro; sobre las 18.600 y hasta 42.500 unidades tributarias mensuales, van a tener un 39 por ciento, y sobre las 42.500 unidades tributarias mensuales, van a tener un 29,65 por ciento.
Es importante lo que se ha señalado acá. El acuerdo al que llegó el Gobierno con los transportistas considera, también, la creación de una mesa de trabajo más permanente para abordar los temas de largo plazo. El diputado señor Urrutia señalaba la inconveniencia de que este sistema de devolución fuera transitorio y se tuviera que estar revisando cada vez, con la presión de una fecha de vencimiento y una discusión legislativa a veces complicada.
Por lo tanto, ha habido un acuerdo. El Gobierno no sólo concordó los tramos y los niveles de devolución, sino que también instaló la creación de una mesa de trabajo que aborde los problemas y desafíos del sector con una mirada de largo plazo.
De manera que a mí me parece una buena noticia que esto se haya logrado a través de un consenso amplio, de un acuerdo y los nuevos tramos que he señalado comiencen a regir a partir del 1 de julio de 2010.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado don Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señora Presidenta , no puedo inclinarme por callar debido a la trascendencia de esta iniciativa.
Agradezco el informe conciso y preciso entregado por el diputado Javier Macaya , el cual no merece mayores argumentos; asimismo, lo que acaba de argumentar el diputado Carlos Recondo también fue de una claridad absoluta. Nos llena de orgullo tener economistas en la Comisión de Hacienda que lo hagan tan bien.
Quiero hacer notar, sí, el porqué de esta iniciativa y por qué se modifica esta disposición legal.
El mundo vive momentos difíciles cuando los actores energéticos se involucran en las economías de los países, especialmente, en aquellos no productores de petróleo, entre los cuales está Chile. Entonces, a los no productores esto les provoca una crisis económica interna, al contrario de los países productores de petróleo, los cuales se enriquecen cuando el precio del crudo es mayor.
Hoy Chile no vive ninguna crisis, a pesar del sismo que nos afectó y que ha contribuido a sentirnos con un cierto daño en lo económico, al margen de toda la tragedia que significó la pérdida de vidas humanas. Repito, hoy Chile no vive crisis; por tanto, habría que ver hacia dónde apunta esta modificación. Esto es un apoyo hacia un sector de la economía, como es el transporte. Eso es lo que tenemos que tener claro. Estamos apoyando el transporte porque Chile lo puede hacer puesto que la economía del país está sana. Actualmente, hay una gobernabilidad económica de elite en nuestro país: ayer, Nicolás Eyzaguirre y Andrés Velasco ; hoy, otro de los grandes, el ministro Felipe Larraín . Hay que considerar lo que significa para Chile que estos grandes economistas estén liderando nuestra economía. Nos hace bien, nos agrada y, como legisladores, también nos podemos sentir respaldados cuando tenemos que tomar decisiones como la de hoy.
Reitero lo que dije al comienzo: esto no es consecuencia de una crisis; lo que sucede es que nuestra economía está en condiciones de apoyar a sus sectores, y esta modificación apunta a apoyar al transporte de carga.
Agradezco al ministro de Hacienda , Felipe Larraín , su presencia aquí, a pesar de todo el trabajo que debe realizar con otros sectores de la economía. Estamos bien gracias a los economistas que han liderado nuestro proceso, en el caso actual, el ministro Felipe Larraín .
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Ofrezco la palabra al diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señora Presidenta , uno suele escuchar con atención a los colegas, y a mí me tocó participar en las Comisiones Unidas de Hacienda y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, en mi calidad de Presidente de esta última.
Aquí se ha hablado de un país que puede ayudar y que está ayudando al gremio de transporte de carga. En realidad, no hace falta ser economista para darse cuenta de que si no se soluciona el problema que estamos analizando, el IPC se va a disparar. Si usamos nuestro sentido común, nos daremos cuenta de que con este proyecto de ley se está ayudando a todos los chilenos.
¿Qué pasa si no se aprueba este proyecto y no se aplica el reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel? ¿Acaso a los transportistas les importa esto? Seamos honestos. ¿Les importa a los comerciantes? Claramente, no, porque ellos, simplemente, van a incluir en sus costos el alza de los combustibles. En consecuencia, si el combustible sube 30, 40 ó 50 pesos, y el transporte de productos que llegan a los locales comerciales sube 10 por ciento, ¿qué van a hacer los comerciantes? También subirán en el mismo porcentaje los productos que venden. Por lo tanto, somos todos los chilenos los que terminamos pagando el alza de los combustibles en nuestra calidad de consumidores.
De manera que este proyecto no constituye una ayuda al transporte de carga, sino a todos y cada uno de los chilenos, evitando que suba el IPC, los fletes y los productos.
Quiero aprovechar la presencia del ministro de Hacienda para hacerle un alcance. Hoy, en el transporte de carga no existe competencia. ¿Cómo se soluciona esto? Los parlamentarios hemos pedido muchas veces que se reactive el servicio de carga de Ferrocarriles del Estado, de manera que exista una alternativa. En un terremoto anterior quedamos, prácticamente, aislados porque se cortaron los puentes; el país quedó cortado. Por eso, es preciso tener otro medio de transporte de carga para que haya una competencia sana. No estoy diciendo que los transportistas no merezcan esta ayuda; todo lo contrario, porque han sido los puntales del país, porque han transportado los productos que necesitamos.
Entonces, aquí se dice que el país puede favorecer a un sector; no, lo que estamos haciendo es favorecer a los 16 millones de chilenos que son los que consumen los productos que mueve el transporte de carga.
Por eso, este proyecto no ha sido objeto de una discusión mayor; por eso, fue aprobado por unanimidad en las Comisiones Unidas; por eso, el Gobierno llegó a un acuerdo con los transportistas, en el bien entendido de que es lo mejor para la comunidad. Éstos son los acuerdos a los cuales tenemos que llegar. Ojalá se hubiera logrado lo mismo respecto del royalty. Y voy a decir por qué no ocurrió lo mismo: porque eso sólo dependía de la buena voluntad de las empresas mineras y porque quedó amarrado en los gobiernos pasados.
Me gustaría que el ministro de Hacienda me contestara lo siguiente: si las mineras no están de acuerdo con el aumento del royalty y recurren a los tribunales, indudablemente, van a ganar, porque existe un acuerdo país al respecto. Por eso, eran importantes los 400 ó 600 millones de dólares; hay que entenderlo. Así como hoy se llegó a un acuerdo respecto del reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel, el país requiere muchos acuerdos más, porque, en verdad, en estos momentos difíciles es cuando conocemos el criterio de las personas. Aquí no se trata de un problema del Gobierno o de la Oposición, sino de favorecer a los chilenos, que necesitan un Gobierno y un Congreso Nacional que satisfagan sus necesidades reales. Eso es lo que estamos haciendo hoy.
Por eso, señor ministro , lo felicito por haber llegado a un acuerdo tan rápido con los gremios del transporte de carga.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).-
Señor diputado , le ruego que se dirija a la Mesa.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Siempre lo hago por su intermedio, señora Presidenta ; no me atrevería a cometer el error de saltarme a su persona. Sería trágico para la Cámara que me saltara a una persona tan agradable como su señoría.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).-
Muchas gracias, señor diputado .
Puede continuar.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señora Presidenta , nos complace tremendamente que los gremios del transporte de carga y el ministro de Hacienda hayan llegado a este acuerdo tan importante para nuestro país.
Ojalá que esto sirva de ejemplo para las futuras negociaciones a que se verán enfrentados el Gobierno, la Oposición y los gremios, por el bien de todo un país que hoy pide a gritos unidad.
Para terminar anuncio que vamos a votar favorablemente este proyecto de ley.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Ofrezco la palabra al ministro de Hacienda .
El señor LARRAÍN (don Felipe).-
Señora Presidenta , en primer lugar, quiero presentar mis excusas a la honorable Cámara de Diputados por haber llegado atrasado a la sesión. Ello se debe a que estuve participando en la Comisión Mixta que estaba analizando el proyecto sobre royalty, que acaba de rechazarlo. Lo informo para conocimiento de quienes no lo sabían. Dentro de ese análisis, no será necesario hacer consulta alguna a las empresas mineras, porque no habrá proyecto sobre la materia.
A continuación, quiero explicar los elementos que están detrás del acuerdo a que arribamos con los gremios del transporte de carga, y agradecer las palabras de los diputados Jaramillo y García, que fueron las únicas intervenciones que alcancé a escuchar.
Este acuerdo fue el resultado de un largo proceso de reuniones con los gremios de los transportistas de carga, representados por sus dos principales federaciones, la Confederación Nacional de Dueños de Camiones y la Asociación Gremial Chile Transporte, con las cuales llegamos a un completo acuerdo sobre la materia.
Entonces, me gustaría comentarles los antecedentes que tuvimos en consideración para llegar a este acuerdo, que justifican la propuesta del Gobierno y lo que, finalmente, se acordó.
La ley N° 19.764, primer acto sobre este tema, estableció la devolución del impuesto específico a los combustibles. La discusión partió en 2000 y la ley fue aprobada el 19 de octubre de 2001, estableciendo el reintegro parcial, tanto del pago de peajes a los transportistas de pasajeros, como del pago del impuesto específico a los combustibles a los transportistas de carga.
Los mecanismos de reintegro se referían, por supuesto, al impuesto específico al petróleo diésel, para el caso de las empresas de transporte de carga. Partía con una tasa del 10 por ciento de reintegro en 2002, terminando con el 25 por ciento en julio de 2006.
Luego de esto ocurrió una situación internacional especial que todos ustedes recordarán: el alza del precio de los combustibles, cuando el barril de petróleo llegó a 140 dólares en los mercados internacionales. Esto generó negociaciones y los transportistas consideraron que el reintegro no era suficiente. De alguna manera, el hecho de que el precio de los combustibles hubiera llegado a tales niveles, generó las negociaciones a que me referí. Finalmente, estas conversaciones terminaron con la dictación de la ley N° 20.278, en junio de 2008, que estableció un reintegro parejo de 80 por ciento del impuesto específico del petróleo diésel, sin diferenciación.
Esta devolución rigió por el período que va del 1 de julio de 2008 al 30 de junio de 2009. El proceso volvió a repetirse cuando estaba a punto de caducar dicha ley transitoria. Entonces, empezaba a regir la ley permanente, que establece un reintegro de 25 por ciento. Volvieron a activarse las conversaciones y negociaciones con el Ejecutivo , las cuales culminaron con la dictación de la ley N° 20.360.
¿Qué se arguyó en ese momento? Las circunstancias habían cambiado. Era junio de 2009, momento en el cual el precio del petróleo no era de 140 dólares el barril, sino que la mitad, pues había caído 70 dólares. En todo caso, la economía se encontraba en recesión; por lo tanto, ya no se justificaba el reintegro del 80 por ciento. Pero los transportistas argumentaron que la situación era distinta y que, por lo tanto, atendida la recesión, debía existir cierto reintegro. Finalmente, se consensuó una tabla que fue la que estuvo vigente hasta el 30 de junio, es decir, hasta hace pocos días, que establecía tres esquemas de reintegro: 80, 50 y 38 por ciento, dependiendo del tamaño de la empresa en términos de ventas: hasta 18.600 UTM de ventas, 80 por ciento; entre 18.600 y 42.500, 50 por ciento, y superior a las 42.500, 38 por ciento.
Nosotros tuvimos en consideración algunos elementos para este cambio. El primero de ellos es que el precio del petróleo ya no es de 140 dólares, sino que virtualmente se encuentra en la mitad, entre 70 a 75 dólares para ser precisos.
Tampoco la economía está en recesión, sino que retomando su crecimiento en forma vigorosa.
En tercer lugar, el fisco tiene obligaciones importantes en materia de financiamiento de la reconstrucción. Con estos tres elementos hicimos la propuesta.
Como todos saben, la ley venció el 30 de junio, y de no presentarse un mecanismo alternativo habría caído, como en este momento, al 25 por ciento de reintegro parejo para todos.
El Gobierno presentó un proyecto que, como recordarán los que han seguido esta discusión, establecía 80 por ciento para los transportistas pequeños y 25 por ciento para el resto. Esto no resultó aceptable para las asociaciones gremiales del sector y nos sentamos nuevamente a la mesa de negociaciones para reiniciar las conversaciones con el gremio del transporte. Finalmente, acordamos un esquema que mantuvo virtualmente el costo fiscal de la medida para el fisco, pero estableció una distribución distinta del reintegro.
El acuerdo, logrado también en un muy buen clima, considera la creación de una mesa de trabajo, integrada por representantes del gremio de transportistas, del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Transportes, para abordar todos los problemas que son importantes para el sector.
Quiero añadir que uno de los problemas que más preocupa al sector transportista, aparte de definir un esquema permanente en términos de reintegro y el tema tributario, es justamente la competencia desleal. Según ellos arguyen, algunos transportistas utilizan combustible que ha sido obtenido por empresas que tienen devolución del ciento por ciento del impuesto específico al diésel, lo que constituye, ciertamente, competencia desleal para quienes cumplen con sus obligaciones tributarias como está establecido en la ley.
Por lo tanto, vamos a abocarnos -y ése es otro tema- a la fiscalización, en forma eficiente, de que los combustibles que se utilicen sean los adecuados y que lo mismo ocurra con los impuestos que se paguen.
La propuesta que finalmente acordamos consiste en establecer, en vez del 80-25, una reducción pareja para los tres tramos. Mantener los tramos, pero aplicar aproximadamente un 22 por ciento de reducción en la tasa de reintegro en cada tramo, con lo cual queda el porcentaje de devolución, en el primer tramo en 63 por ciento; en el segundo tramo en 39 por ciento, y en el tercer tramo en 29,65 por ciento.
El primer tramo, que daba 62 por ciento y fracción, se redondeó a 63 por ciento para favorecer al tramo menor, lo que significa que el esquema de reintegro es como el que figura en el gráfico de acuerdo con el volumen de ventas.
El costo de la propuesta está en términos de 16 meses, porque aquí hay un tema importante, cual es que nosotros hemos acordado que esto rija por ese tiempo, es decir, hasta el 30 de noviembre de 2011. Nuestra intención es que, si podemos hacerlo legalmente, esto rija a partir del 1 de julio, porque lo que existen hoy- ése es el espíritu- es un reintegro de 25 por ciento.
Por tanto, el costo para los 16 meses es 98, pero quiero decir que para 12 meses es de 73; nuestra propuesta inicial tenía un costo de 72, por lo tanto, en nuestra negociación decidimos, fundamentalmente, distribuir en forma distinta el esquema de reintegro.
El 96 por ciento de las empresas del sector quedan con una devolución de 63 por ciento; dos por ciento queda con una devolución de 39 por ciento, y el dos por ciento más grande de las empresas, con una devolución de 29,65 por ciento.
El costo de la propuesta se debe comparar con 53 millones de dólares, costo del sistema establecido en la ley permanente. Para que tengan una referencia, el costo de 73 millones de dólares hay que compararlo con los 93,7 ó 93,5 millones de dólares que costaba el esquema anterior; por lo tanto, el fisco está ahorrando 20 millones de dólares en recursos con esta propuesta.
Adicionalmente, esto hay que compararlo, en tasa anual, con los 40 millones de dólares que cuesta el reintegro del 25 por ciento.
Muchas gracias.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señora Presidenta , queremos sumarnos a lo que acordaron las Comisiones Unidas. Nos parece bastante talentoso el desempeño del Gobierno, al menos en esta materia. Habría sido ideal que en el royalty hubieran hecho algo parecido.
Aquí se logran dos cosas: se rebajan 20 millones de dólares, se redistribuye de manera equitativa entre los distintos tramos y se evita un conflicto con los camioneros; pero, además, se constituye una mesa hasta 2011 para resolver a fondo el tema, porque ésta no es la mejor fórmula.
Valoramos el accionar talentoso del Gobierno en el tema y reivindicamos ese mismo talento para resolver problemas como el del royalty, que se acaba de rechazar en la Comisión Mixta.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el plazo para el reintegro parcial por concepto del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, establecido en la ley N° 19.764.
Hago presente a la Sala que las Comisiones Unidas de Hacienda y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones han informado que el proyecto no contiene normas que requieran quórum especial para su aprobación.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 2 abstenciones.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, también queda aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DEL TRABAJO EN MATERIA DE DESCUENTOS A REMUNERACIONES CON FINES EDUCACIONALES. Primer trámite constitucional.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Corresponde tratar el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en materia de descuentos a las remuneraciones para fines educacionales.
Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Osvaldo Andrade.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 6880-13, sesión 12ª, en 8 de abril de 2010. Documentos de la Cuenta N° 4.
-Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sesión 47ª, en 6 de julio de 2010. Documentos de la Cuenta N° 9.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Andrade.
El señor ANDRADE (de pie).-
Señora Presidenta , en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, paso a informar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de las diputadas señoras Muñoz , doña Adriana y Pascal , doña Denise , y de los diputados señores Andrade, Cornejo , De Urresti , Jiménez , Lemus , León y Ortiz , que modifica el Código del Trabajo en materia de descuentos a las remuneraciones para fines educacionales.
En el marco del derecho de cada trabajador, por cuenta ajena, a recibir una justa remuneración por su trabajo, el Código del ramo considera la remuneración de lo que se denomina la protección de las remuneraciones, capítulo cuya incorporación se sostiene sobre la base de que el legislador entiende que la remuneración constituye la base casi exclusiva de la manutención de su titular, esto es, la remuneración posee una naturaleza alimentaria que obliga a su protección normativa.
En ese contexto, el tratamiento normativo considera, entre otras materias, el tema de los descuentos o deducciones a las remuneraciones.
Podrán observar en el informe el texto del artículo 58 del Código del Trabajo que las regula.
Del inciso segundo se infiere que sólo con acuerdo del empleador y del trabajador, es decir, del consorcio de sus voluntades, que deberá constar por escrito, podrá deducirse de las remuneraciones sumas destinadas a efectuar pagos de cualquier naturaleza, hasta un máximo del 15 por ciento de la remuneración total del dependiente.
En ese escenario, los autores de la iniciativa proponen crear un sistema para que los empleadores puedan “prestar” dinero sin interés a sus trabajadores, pero sólo con fines educacionales, los que serán descontados de sus remuneraciones totales.
En la especie, se propone autorizar que el empleador, a solicitud escrita del trabajador, pueda otorgar a este último un mutuo o préstamo sin interés, cuando el objeto exclusivo de éste sea financiar, total o parcialmente, los estudios de educación superior del mismo trabajador, de uno o más de sus hijos, o de su cónyuge.
En este caso, el empleador podrá hacerse pago del préstamo deduciendo hasta un 30 por ciento del total de la remuneración mensual del trabajador. Sin embargo, y con el objeto de evitar licuar las remuneraciones del trabajador o el uso torcido de este mecanismo, el empleador sólo podrá realizar tal deducción si paga directamente a la institución de educación superior.
Es necesario resaltar que el proyecto en informe fue aprobado, en general, por vuestra Comisión en sesión especial de fecha 29 de junio del año en curso, por la unanimidad de las diputadas y diputados presentes, esto es, con el voto favorable de las diputadas señoras Muñoz , doña Adriana , y Goic, doña Carolina , y de los diputados señores Alinco , Andrade, Bertolino , Jiménez , Salaberry , Saffirio , Silva , Urrutia y Vilches .
El Ejecutivo , a través de su ministra del Trabajo y Previsión Social y de su asesor legislativo, durante el estudio de esta iniciativa legal, manifestó que, en general, se encuentra de acuerdo con el proyecto en discusión, dado que aborda diferentes aspectos que es necesario revelar.
El primero de ellos, señaló, apunta al hecho de que en el marco de una relación laboral es saludable que trabajador y empleador puedan establecer un diálogo sobre diversas materias, entre las que se cuentan las preocupaciones que nacen de la resolución de problemas como el financiamiento de la educación de los hijos del trabajador.
Por su parte, las señoras y señores diputados manifestaron su parecer conforme con la iniciativa, señalando que resulta positivo generar una regulación, al menos general, relativa al pacto de descuentos de remuneraciones con fines educacionales entre empleador y trabajadores.
Valoraron, asimismo, el hecho de que los autores de la iniciativa consideraron que los pagos se realicen directamente a la institución prestadora del servicio educacional, puesto que ello se constituye en garantía del destino adecuado de los descuentos, y evita la generación de maniobras tendientes a licuar las remuneraciones en perjuicio de terceros.
Asimismo, la Comisión, en sesión ordinaria celebrada el mismo 29 de junio del año en curso, sometió a discusión particular el proyecto de ley.
En esa oportunidad, se conoció la indicación de las diputadas señoras Muñoz , doña Adriana , y Goic, doña Carolina , y de los diputados señores Alinco , Andrade, Bertolino , Jiménez , Salaberry , Saffirio , Urrutia y Vilches , para reemplazar el inciso cuarto nuevo, propuesto, con el objeto de rebajar el límite máximo de los descuentos que pueden hacerse de las remuneraciones, independientemente del origen de los mismos, a un 45 por ciento.
Puesta en votación la indicación, conjuntamente con el resto del articulado, fue aprobada por once votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.
Como consecuencia de lo expuesto, y por las consideraciones contenidas en el informe, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recomienda a la Sala la aprobación del proyecto de ley.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señora Presidenta , reconozco en este proyecto la certeza de haber identificado un problema que sufren muchos trabajadores que no cuentan con un préstamo que apunte directamente a la educación, sea de los hijos o de la cónyuge.
El diputado Andrade, autor original del proyecto, plantea bien la cuestión, en el sentido de otorgar un instrumento, una posibilidad de dar una vía expedita, un acceso directo para que los trabajadores tengan esa fuente de financiamiento.
También es muy importante que se haya simplificado su mecánica y establecer que el pago será directo a la institución de educación, para evitar cualquier desvío o mal uso del dinero.
Se trata de una iniciativa simple, que apunta a cosas concretas para mejorar la calidad de vida de muchas trabajadoras y trabajadores.
Sin embargo, echo de menos, como paso superior, luego de su aprobación, avanzar en algo que también debiéramos proteger, materia de discusión, sanción y consenso en la Cámara; me refiero al pago de las imposiciones por parte de los empleadores.
Así como vamos a tener la posibilidad de que el empleador llegue a acuerdo con los trabajadores en esta materia -el día de mañana puede ser a través del sindicato o de la negociación colectiva-, ojalá también exista la capacidad de fiscalizar por parte de los trabajadores y de los sindicatos el no pago de las imposiciones a miles y miles de trabajadores.
No obstante la existencia de la ley Bustos, que ha permitido perseguir y sancionar por la vía de las indemnizaciones de un mes por año a quienes no han pagado, son enormes las cantidades de dinero en manos de empresarios inescrupulosos que, so pretexto de cualquier cosa, no pagan las imposiciones. De esa manera, se apropian directamente de los fondos de los trabajadores, afectando su rentabilidad y la capacidad de que les sean devueltos.
En concreto, anuncio mi voto favorable al proyecto y felicito a su autor. Es de esperar que sea un incentivo para que los trabajadores y sus hijos cuenten con vías de financiamiento para estudiar y continuar su formación.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señora Presidenta , como decía el diputado De Urresti , el proyecto tiene un sentido bastante positivo, pues busca la capacitación y el perfeccionamiento de los trabajadores a través de este descuento o préstamo que se propone.
Vamos a contribuir con el voto favorable en eso. Pero me asiste una duda relacionada con el descuento correspondiente. Me gusta-ría saber cuál es la prelación que hay respecto del descuento que se le hará al trabajador, específicamente cuando alguno puede tener descuentos legales desde el punto de vista judicial, como las retenciones judiciales.
Según el artículo único, el empleador puede hacerse pago del préstamo de inmediato. ¿Qué pasará con las prioridades de los otros descuentos contraídos con anterioridad?
Tengo esa duda. Me gustaría saber cómo se realizará el descuento respectivo, porque quien presta tiene el derecho a resarcirse del préstamo, y con seguridad lo hará con prioridad uno. Pero ¿qué pasará, por ejemplo, con en el cobro de las pensiones alimenticias? A lo mejor, el porcentaje se disminuirá al máximo y no las podrá descontar ni el mismo empleador. Tal vez, sea una traba para hacer los préstamos correspondientes.
A pesar de esa incertidumbre, el proyecto me parece correcto, porque da los incentivos necesarios para que los trabajadores se capaciten y perfeccionen a través de un aporte efectuado por el sostenedor.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señora Presidenta , el proyecto me parece muy valioso y realmente ayuda. Pero me gustaría que el diputado informante me aclare dos dudas.
La primera se refiere al tratamiento contable del préstamo. Esta disposición se puede prestar para muchas irregularidades, en la medida en que se planteen préstamos por esta vía para descontar la base tributaria de la empresa. Eso le da una franquicia de 17 por ciento en la medida en que disminuye sus utilidades.
Me gustaría saber si se discutió en la Comisión el tratamiento contable de esto y si se efectuaran consultas al Servicio de Impuestos Internos. Aquí hay un préstamo de la empresa que, en definitiva, se traduce en disminución de utilidades.
La segunda consulta va en la línea de la duda del diputado Rojas . Sería bueno saber cuál es la sanción que se aplicará al empresario que no cumpla con el pago de las obligaciones contraídas por el trabajador en otras esferas.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
El diputado Osvaldo Andrade podrá contestar al final de todas las consultas.
Tiene la palabra el diputado señor Roberto León.
El señor LEÓN.-
Señora Presidenta , el diputado Andrade me invitó a patrocinar este muy buen proyecto, que no se relaciona sólo con el tema de los trabajadores.
Creo que todos los diputados hemos escuchado en nuestros distritos a trabajadores decir que sus hijos, por distintas razones, no han tenido acceso a becas y préstamos y que tienen problemas para estudiar. Por eso, seguramente esta iniciativa será de gran ayuda.
Sin embargo, con los estudios que uno va haciendo a través del tiempo, me asaltó otra duda, que tiene que ver con la inembargabilidad. El artículo 57 del Código del Trabajo se refiere a las remuneraciones y cotizaciones inembargables, así como a la pensión alimenticia. El punto es si el empleador va a tener derecho a retener la cifra. Tengo la impresión de que, si queremos proteger más al trabajador, deberíamos dejar salvada la situación que considera el monto de la embargabilidad.
Me explico: si el empleador va a retener hasta el 30 por ciento de la remuneración, si el total de descuentos puede llegar hasta 50 por ciento, y si de los embargos copan otro 50 por ciento, ¿qué le va a quedar al trabajador y a su familia para vivir?
Sin duda, el proyecto constituye un beneficio, pero deberíamos declarar inembargables determinados segmentos de la remuneración, de modo que cuando un trabajador, su señora o hijo estén estudiando, se sepa bien qué segmentos remuneracionales pueden ser embargables.
De repente, nos podemos encontrar con un escenario en que, por cualquiera de las razones contempladas en el artículo 57 del Código del Trabajo, al embargar, se cree un doble problema, porque también se embargaría la cuota de estudios.
Me gustaría plantear a la Sala, y también al diputado señor Osvaldo Andrade , que esa norma deberíamos incorporarla, y que la cuota que se paga por estudios, para todos los efectos, sea inembargable, de suerte tal que el líquido que eventualmente se podría embargar sea más pequeño.
Ésas son mis dudas.
Por último, anuncio que daré mi aprobación a la iniciativa.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Ramón Barros.
El señor BARROS.-
Señora Presidenta , a todas luces, el proyecto me parece muy loable. Sin embargo, cuando se hace un análisis en profundidad, y se plantean los casos concretos, comienzan a surgir algunas dudas. ¿Qué pasa si se termina la relación laboral? Al menos, me gratifica que se vaya a ahorrar el impuesto de timbres y estampillas. En las pequeñas empresas el trabajador tiene una carga, producto de la incursión de las casas comerciales, hasta en el último predio -a usted, señora Presidenta , le debe pasar lo mismo en su distrito-, por lo tanto, muchos trabajadores tienen comprometida parte importante de sus ingresos en casas comerciales.
Entonces, me asaltan dudas.
Sin entrar a calificar, porque el proyecto, como dije, es muy loable, no vaya a ser cosa que, al final, estemos dando una suerte de crédito y, después, las personas entren en una especie de espiral que las complique aún más.
Me gustaría darle una vuelta más al asunto, antes de dar una opinión y votar.
Muchas veces votamos proyectos y hacemos fe de muchas cosas. En este caso, tengo dudas, pese a entender que se trata de un proyecto loable, pero, en la práctica, es complejo.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Pérez.
El señor PÉREZ (don Leopoldo).-
Señora Presidenta, el proyecto viene a apoyar a la familia y a los trabajadores, toda vez que entrega la posibilidad de consensuar, hasta donde entiendo, y de acuerdo con lo que el diputado informante ha señalado, de pactar con su empleador un préstamo sin intereses para seguir estudios de educación superior. Mi consulta al diputado informante apunta a dos temas puntuales.
Primero, en el evento que el trabajador, hijo o cónyuge, por alguna razón determinada, no continúa los estudios para los cuales se otorgó el préstamo, ¿cómo va a seguir la relación que se daría en términos de devolución o de término del acuerdo?
Segundo, ¿quién va a fiscalizar?
Tercero, me sumo a lo manifestado por el diputado señor Carlos Montes respecto del tema tributario y contable de la norma.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Para responder las consultas, tiene la palabra el diputado informante , señor Osvaldo Andrade.
El señor ANDRADE.-
Señora Presidenta , tengo la sensación de que algunas consultas exceden los alcances del proyecto y requieren de una asesoría.
En el mismo orden de ideas, a propósito de la consulta sobre el pago de pensiones alimenticias, quiero señalar que las resoluciones judiciales tienen prelación respecto de otro tipo de prestaciones. En consecuencia, no debería significar ningún problema.
El proyecto tiene que ver con la posibilidad de que el trabajador y su empleador, en una relación de asociatividad, puedan convenir un mecanismo para acceder a servicios educativos que, de otra manera, no podrían realizar, por ser caros o generar altos intereses.
Quiero recordar que esta medida ha operado. Hoy, hay un sistema vigente de préstamos para los efectos de créditos hipotecarios en las mismas condiciones, y que permiten un descuento de hasta un 30 por ciento de la remuneración mensual del trabajador.
El proyecto establece la deducción. De esa forma, se evita, como se dijo, que el trabajador se quede sin liquidez. Por lo tanto, de ningún modo el conjunto de descuentos podrá exceder del 45 por ciento de la remuneración. Eso señala el proyecto. Incluso, fue materia de indicación, como se indica en el informe previo.
En consecuencia, no hay problema de inembargabilidad, porque, en estricto rigor, se cumple con las rigurosidades completas de las normas laborales respecto de la remuneración del trabajador, la que es inembargable por disposición de la ley.
Si termina la relación laboral, ocurre lo mismo que al término de cualquier relación laboral: se hace un finiquito en que se indican las cuestiones previas que hay que resolver. Si hay deudas, éstas se deducen, normalmente, por la vía del acuerdo. Al respecto, no hay ningún cambio. Si se deja de estudiar, sucede exactamente lo mismo. La deuda habrá que consolidarla en función de la situación que se establezca. En esto, no hay ningún tratamiento distinto.
Respecto de quién fiscaliza, debo señalar que habría que determinar qué se debe fiscalizar. Si es el cumplimiento de la norma laboral, esa función la realizará el órgano pertinente. Esto es sólo para aquellos trabajadores que se rigen por el Código del Trabajo. Con ello, doy respuesta a un colega que me consultó directamente sobre la materia.
Respecto del tratamiento contable, para que opere el mecanismo, la empresa paga el valor directamente al establecimiento que presta el servicio educacional del servicio. En consecuencia, no hay ningún cambio en la situación contable, ni menos impositiva, porque se va a recuperar el préstamo.
Es decir, significa el adelanto de un pago. Como no genera intereses, porque es una característica central del mecanismo, tampoco hay rentabilidad del crédito, toda vez que la empresa va a recuperar exactamente la misma cifra que prestó. Por ello, no debería haber ninguna alteración contable o tributaria. En consecuencia, no incide en materia de utilidades ni en nada por el estilo.
Por último, quiero formular un comentario general. La idea del proyecto, que se ha calificado de loable, y agradezco esa calificación, tiene que ver con una cosa muy simple: si un trabajador quiere estudiar, debe endeudarse con el sistema financiero o con las instituciones que prestan el servicio.
En muchos lugares, la imposibilidad de exceder del 15 por ciento, limitación que establece la ley, impide que el empleador, de buena manera y con la mejor intención, quiera hacerse cargo de esa obligación, en tanto cuanto entiende que si el trabajador se educa, también mejora la productividad de su empresa.
Esta iniciativa surgió a propósito de una solicitud que tiempo atrás me hicieron los sindicatos de Chilectra, empleador que tiene la disposición de hacerlo, pero existe esta limitación.
Entonces, lo que estamos haciendo es ampliar en 30 por ciento esta limitación en las condiciones que se han planteado. No es más ni menos que eso.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidente ).-
Diputado Andrade, muchas gracias por su aclaración.
En su segundo discurso, tiene la palabra el diputado Rojas.
El señor ROJAS.-
Señora Presidenta , por su intermedio, agradezco también al diputado Andrade , quien ha aclarado en parte las inquietudes planteadas. Como comprendemos su espíritu, presentamos una indicación, así este proyecto vuelve a la Comisión y se elabora un segundo informe. La normativa debe considerar algunos temas, como la sanción cuando el empleador no paga. Ha ocurrido, lo hemos vivido, especialmente con descuentos a los profesores en corporaciones educacionales. Ellos han confiado en que su empleador -el sostenedor- pagará la deuda, y no ha sido así.
Por lo tanto, dado el buen espíritu del proyecto, sería conveniente que lo profundizáramos y perfeccionáramos, porque, efectivamente, falta la sanción, la prelación de pago y todo lo que es inembargable.
Este proyecto, por muy simple que sea, puede perfeccionarse con una indicación a su artículo único, para rescatar como corresponde el espíritu planteado por el diputado Andrade .
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).-
Señora Presidenta , sin duda, uno no puede menos que estar de acuerdo con este proyecto, pero me gustaría saber si sobre su contenido fue consultada la Central Unitaria de Trabajadores; si los trabajadores fueron escuchados. Siempre es importante saber, cuando uno quiere beneficiar a alguien, si esa persona quiere ser beneficiada; de lo contrario, uno estará apoyando a alguien, pero no sabe si quiere que lo ayuden. A la postre, puede que esa ayuda no sea del todo requerida, sobre todo cuando los niveles de endeudamiento en Chile son altísimos. Todos sabemos que, según la Encuesta Casen, los encuestados del quintil de más bajos ingresos dedica sobre el 60 por ciento de sus ingresos al servicio de deudas. Si con lo que se propone se les descontará el 40 ó 45 por ciento, ¿con qué va a salir esa gente a la calle a dar una vuelta?
Por eso, quiero saber si los trabajadores fueron escuchados, si se conoció su opinión sobre este tema.
Además, todos tenemos interés en que el cónyuge sea favorecido, pero, también queremos, cada día, dar más cobertura a las relaciones de hecho, sobre todo a las que tienen hijos. En consecuencia, sería conveniente establecer como favorecido por esta proposición, no sólo al trabajador, a uno de sus hijos o a su cónyuge, sino también a la conviviente con hijos o al conviviente con hijos, sobre todo si queremos ayudar a superar la pobreza. Sin duda, de esa manera estaremos contribuyendo a la conformación y consolidación de la familia.
Sería interesante ampliar esta cobertura, que es adecuada, sobre todo si queremos mejorar la calidad de vida de la familia, que hoy no sólo es aquella que está constituida por el vínculo del matrimonio, sino también por la convivencia con hijos, que cada día se reconoce más, incluso, ya hay leyes que lo hacen.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Robles.
El señor ROBLES.-
Señora Presidenta , cuando uno lee el proyecto entiende su intención relativamente importante, en cuanto a entregar al trabajador la posibilidad de financiar estudios superiores, como también a su cónyuge e hijos. Pero, comparto la inquietud del diputado Gutiérrez en dos sentidos:
Primero, la gran mayoría de los trabajadores de la clase media chilena está tremendamente endeudada con la banca o con las multitiendas. Tal es así que muchos hacen uso de créditos alternativos para cubrir obligaciones. En definitiva, la baja remuneración se va en pagar diferentes préstamos.
A eso hay que sumar el hecho de que los empleadores no pagan los descuentos que hacen a sus trabajadores. De hecho, un porcentaje muy importante de ellos ni siquiera enteran las cotizaciones a las AFP o los aportes para la salud. Muchos tienen deudas importantes con el sistema previsional.
Otros empleadores, incluso, públicos, como muchos municipios, les dan a sus funcionarios la posibilidad de asociarse a algunas entidades como la Coopeuch, por ejemplo, que descuentan de los sueldos los recursos que deben pagar a esas instituciones; pero, no las enteran y dejan la responsabilidad de la deuda a los trabajadores.
Entiendo la intención de esta iniciativa. Me parece muy buena. Sin embargo, el mecanismo no es muy razonable. El Estado es el que tiene que hacerse cargo de dar facilidades a la gente para estudiar, sobre todo a los trabajadores y a sus hijos; el Estado debe financiar la educación superior y otorgar para ello créditos sin intereses, sin avales, etcétera; el Estado debe entregar la educación a sus ciudadanos, sobre todo educación superior, gratuitamente como se hace en muchos países desarrollados. Así estudiamos muchos de nosotros. Pero, desde que apareció el mundo privado y el lucro en nuestro sistema, dejó de existir esta posibilidad. Incluso, hoy, en las universidades públicas no se estudia en forma gratuita como en el pasado.
En esta misma Sala hay numerosos profesionales que, de acuerdo a sus capacidades o potencialidades, estudiaron en forma gratuita. A mi juicio, ésa es una función del Estado; no del empleador ni del sistema de mercado.
Por lo tanto, si bien estoy muy de acuerdo con la intención que hay detrás de este proyecto, me parece que no es la forma de solucionar el problema y buscaría una fórmula, desde Estado, para financiar en forma adecuada a todos aquellos hombres y mujeres que, teniendo talento, desean desarrollar sus capacidades en un nivel superior.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señora Presidenta , este proyecto de ley, que modifica el Código del Trabajo en materia de descuentos a las remuneraciones para fines educacionales, está dirigido a dar respuesta adecuada a las necesidades de la cultura que hoy vivimos, tiempo y espacio que nos exige completar y mejorar los procesos de aprendizaje para enfrentar los desafíos laborales del mundo actual. Además, colabora en el desarrollo de las buenas relaciones laborales entre empleadores y trabajadores.
La aprensión por el riesgo de endeudamiento de los trabajadores se limita con la indicación que fija en 45 por ciento el nivel de descuento de la remuneración mensual. Por eso, conviene que el proyecto vuelva a Comisión para segundo informe.
Felicito a los autores de esta moción, que une el requerimiento de los trabajadores, que quieren mejorar sus estudios o el de sus familias, y el apoyo de los empleadores para ayudarlos a superar la falta de herramientas educacionales.
Independiente de que vuelva a Comisión, hay que votar favorablemente iniciativas como ésta, que apuntan en la dirección correcta de las políticas públicas que necesitamos en el área laboral y educacional.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señora Presidenta , el proyecto en debate tiene varias bondades. En más de una oportunidad, hemos sabido de jóvenes que no pueden seguir sus estudios por problemas económicos y de padres desesperados, que no tienen recursos ni capacidad crediticia para solventar esa formación. Por eso, de alguna manera esta iniciativa puede ser una solución.
Siempre legislamos para la realidad, para el día a día de los chilenos. Lo señalo, porque recuerdo el caso de un mediano empresario de Puerto Montt, que fue sancionado por la inspección del trabajo por descontar de la remuneración de un trabajador parte de un crédito que le había otorgado para cubrir una necesidad urgente. Este empresario asistía a sus trabajadores con una suerte de préstamos de auxilio para cubrir necesidades urgentes, como las que ocasionan las enfermedades, dineros que después recuperaba a través de cuotas mensuales que descontaba de sus remuneraciones. Pero tras ser multado por la inspección del trabajo, terminó con esta asistencia. Para cualquier trabajador que no tuviera los recursos para afrontar una enfermedad grave o solventar los gastos que implican la capacitación personal o los estudios de algún familiar, este sistema era de gran ayuda.
Comparto las aprensiones del diputado señor Rojas, quien me antecedió en el uso de la palabra, en cuanto a que el proyecto no pone límite al rango de endeudamiento. Recordemos que los descuentos para el pago de pensiones alimenticias pueden alcanzar el 50 por ciento de la renta del alimentante. Entonces, ¿en qué quedamos? ¿Acaso el empleador va a entregar préstamos con cargo al 50 por ciento restante de la remuneración del trabajador?
Con todo, el ámbito del proyecto podría ampliarse para casos de enfermedades graves, cuando se necesitan recursos inmediatos, frescos, sin la dilación que significa pedir un crédito en una institución financiera. Respecto de los resguardos de que hablaba el diputado señor Rojas, el Código Penal sanciona la apropiación indebida de dineros. En este caso el ilícito se daría si el empleador realiza los descuentos al trabajador sin antes haber pagado a la institución de educación superior que haya prestado o vaya a prestar los servicios educacionales.
Debemos buscar algún mecanismo que asegure que esos recursos, que van a ser descontados al trabajador, lleguen a la institución correspondiente y que evite que el empleador pueda apropiarse de esos dineros.
Estamos ante una muy buena iniciativa, que abre las puertas al desarrollo de relaciones más estrechas de colaboración y compromiso entre empleadores y trabajadores, y tenemos que velar para que ello sea así. Pero para esto, debemos dar certeza de que los recursos llegarán al establecimiento respectivo y no quedará la puerta abierta para apropiaciones indebidas, como ha sucedido, incluso, con la Dirección de Administración de Educación Municipal (DAEM) de muchos municipios, que no pagan las cuotas de créditos por convenios con casas comerciales y bancos, pese a haber descontado de los sueldos de los trabajadores los dineros correspondientes para servir esas deudas.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el señor Osvaldo Andrade, diputado informante del proyecto en debate.
El señor ANDRADE.-
Señora Presidenta, dado el conjunto de aportes que han hecho los diputados y las diputadas, es absolutamente razonable que el proyecto vuelva a Comisión para hacernos cargo de ellos. Aprovecho, entonces, de pedirles que presenten las indicaciones.
Haré un par de comentarios generales. Tienen razón quienes se preocupan por el endeudamiento de los trabajadores; pero si no tienen acceso a préstamos de esta naturaleza, la alternativa es recurrir a créditos comunes y corrientes, con todos los intereses que implican. En consecuencia, sólo les facilitamos el acceso a un crédito blando y que, por su naturaleza, genera una externalidad absolutamente positiva, una relación de confianza con su empleador. ¡Y vaya que hace falta!
En seguida, y a propósito de la última intervención. No es posible hacer deducciones si antes no se ha pagado el servicio educacional. Es decir, el riesgo de apropiación indebida de un descuento no es viable, porque la deducción sólo es posible en tanto cuanto el empleador haya pagado a la institución de educación superior el servicio educacional correspondiente.
Por último, sólo me resta recabar la misma voluntad manifestada en el debate de esta moción para legislar, de una vez por todas, sobre la apropiación indebida de las cotizaciones previsionales, cuestión a la que se han referido algunos diputados, y sobre el mecanismo de declaración y no pago.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código del Trabajo en materia de descuentos a las remuneraciones para fines educacionales.
Hago presente a la Sala que todas las normas del proyecto requieren quórum de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-
Por haber sido objeto de indicaciones, vuelve a la Comisión para un segundo informe.
-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Artículo único
Al nuevo inciso segundo propuesto
1) Del señor Monckeberg, don Nicolás, para reemplazar, la expresión “tal deducción” por “tal préstamo”
2) de la señora Sepúlveda, doña Alejandra y los señores Andrade, don Osvaldo y Montes, don Carlos * Aparentemente es la primera vez que aparece.
3) Del señor Rojas, don Manuel y del señor Silva, don Ernesto, para reemplazarlo por el que sigue:
“Asimismo, con acuerdo del empleador y del trabajador que deberá constar por escrito, el empleador podrá descontar de las remuneraciones cuotas destinadas al pago de la adquisición de viviendas, cantidades para ser depositadas en una cuenta de ahorro para la vivienda y sumas destinadas a la educación del trabajador, su cónyuge o alguno de sus hijos. Para estos efectos, se autoriza al empleador a otorgar al trabajador mutuos o créditos sin interés, respecto de los cuales, el empleador podrá hacerse pago, deduciendo hasta el 30% del total de la remuneración mensual del trabajador. Sin embargo, el empleador sólo podrá realizar tal deducción si paga directamente la cuota del mutuo o crédito a la institución financiera o servicio educacional respectivo.”.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
AMPLIACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LAS NORMAS TRANSITORIAS DE LA LEY DE PESCA.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 70, de los diputados señores Álvarez-Salamanca, Hasbún, Verdugo, Arenas, Bobadilla, Auth, Walker, Vargas, León y Urrutia, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Considerar en un proyecto de ley, como beneficiarios de los subsidios establecidos en el anterior proyecto de acuicultura, a los agentes, recolectores y algueros de orilla de mar, quienes están en la más absoluta indefensión, otorgándoles los medios necesarios para la implementación de estudios que determinen dónde se ubican las nuevas abundancias y se fomente el emprendimiento de estos trabajadores de mar.”
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Para apoyar el proyecto, tiene la palabra el diputado señor Pedro Álvarez-Salamanca.
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA .- Señor Presidente , el proyecto de ley que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura y que establece normas transitorias para enfrentar la catástrofe del 27 de febrero del presente año, tiene por objeto solucionar varios aspectos, entre ellos, que aquellos que han perdido sus embarcaciones puedan operar en el tiempo más corto posible; beneficiar a los pescadores artesanales y, finalmente, establecer los mecanismos encaminados a flexibilizar las normas para las plantas de proceso de recursos hidrobiológicos.
Pero el proyecto no aborda un problema que afecta a muchos trabajadores de orilla de mar y algueros. En este sentido, es imperioso aprobar el presente proyecto de acuerdo, debido a que la iniciativa de ley no considera como beneficiarios a los agentes recolectores y algueros de orilla de mar, los cuales vieron afectados su fuente laboral, no por la pérdida de sus materiales de trabajo, sino por una modificación ambiental en su espacio operacional, ya que en las zonas afectadas por el terremoto gran parte de la costa se levantó un promedio de 3,5 metros, lo que provocó una variación en la distribución y abundancia de los recursos, los que ahora son escasos. Sobre la materia existen estudios que señalan que recursos -bivalvos y algas- que vivían en la orilla, están en tierra, por ende no son extraíbles por estos trabajadores de recolección, ya que se queman rápidamente. En este mismo sentido debo precisar que científicos han señalado que los procesos de recolonización tardan un período de tiempo que media entre cuatro y cinco años, por lo que la fuente laboral de estos trabajadores ya no existe.
Cabe destacar que el día 2 de junio del presente año un periódico de circulación
nacional consigna en su titular: “Maremoto también dejó damnificados y víctimas en la flora y fauna marina, mariscos que vivían bajo el mar quedaron al aire”.
Por lo tanto, solicito que un proyecto de ley considere como beneficiarios de los subsidios establecidos en el proyecto de ley indicado, a los agentes recolectores y algueros de orilla de mar, quienes están en la más absoluta indefensión, otorgándoles los medios necesarios para la implementación de estudios que determinen dónde se ubican las nuevas abundancias y se fomente el emprendimiento de estos trabajadores de mar.
He dicho.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
CAMPAÑA INFORMATIVA SOBRE MEDIDAS Y ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE DESASTRES NATURALES.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo Nº 71, de los diputados señores Pérez, don José; Sabag, Meza, Espinosa, don Marcos; Jaramillo, Lorenzini, Ortiz, Jarpa, Ojeda y Barros, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Oficiar y solicitar a su excelencia el Presidente de la República , Sebastián Piñera, para que instruya al Ministerio del Interior, cartera de la cual depende la Oficina Nacional de Emergencia, encargada de ejecutar el Plan Nacional de Protección Civil; para que desarrolle e implemente planes de información y educación de la población civil a través de medios de comunicación como televisión, prensa escrita, Internet y otros medios afines que indiquen, enseñen y presenten de manera didáctica las acciones a seguir y medidas a adoptar en caso de terremotos, maremotos y otros desastres naturales.”.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Marcos Espinosa.
El señor ESPINOSA (don Marcos).- Señor Presidente , nuestro país es altamente sísmico por estar ubicado en el cinturón de fuego del Pacífico. Por ello, resulta indispensable adoptar todas las medidas preventivas, de conocimiento e información hacia la ciudadanía no sólo para el caso de un terremoto, sino también de un temblor de magnitud considerable.
Reconocemos que para estos efectos las autoridades de nuestro país han diseñado un conjunto de protocolos y medidas, a fin de informar a la ciudadanía. Sin embargo, el terremoto del 27 de febrero último, como el ocurrido hace dos años en la ciudad de Tocopilla, evidencian que todas estas medidas son insuficientes y no se han masificado en toda la ciudadanía.
Asimismo, como en los ministerios de Salud y de Obras Públicas existen campañas ciudadanas de alto impacto a nivel de los medios de comunicación social, creemos necesario que el Ministerio del Interior diseñe una campaña de difusión en la implementación de las medidas, con el objeto de prevenir situaciones no deseadas.
Por lo tanto, queremos oficiar al Presidente de la República para que instruya al ministro del Interior , del cual depende la Oficina Nacional de Emergencia, adoptar las políticas de medios de comunicación social más activas y efectivas, a fin de informar a los ciudadanos qué hacer en caso de terremoto o de temblores de gran magnitud.
He dicho.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente, firmamos este proyecto de acuerdo a fin de que se cree una campaña informativa respecto de las medidas y acciones a seguir en el caso de cataclismos, terremotos, tsunamis y desastres naturales.
Estamos a 8 de julio de 2010 y en este mes la Dirección de Presupuestos, del Ministerio de Hacienda, empieza a recabar información de los diferentes ministerios sobre posibles programas especiales a fin de integrarlos en el proyecto de Presupuestos de la Nación, que luego se convierten en ley, lejos la más importante que despacha el Congreso Nacional. El último día de septiembre se cumple el plazo definitivo para que ingrese este proyecto y comience su tramitación en octubre y, a más tardar, el 25 de noviembre se publique en el Diario Oficial.
Los parlamentarios que representamos a la zona cero solicitamos a las respectivas autoridades del Ministerio del Interior que hagan a Hacienda la respectiva solicitud. Por nuestra parte, quienes somos miembros de la Comisión de Hacienda y de la Comisión Mixta de Presupuestos defenderemos el financiamiento de programas como el señalado, sobre todo porque nuestro país, tal como dijo el distinguido colega que me antecedió en el uso de la palabra, es uno de los más sísmicos del mundo.
Por lo tanto, votaremos a favor de este proyecto de acuerdo, pues es una gran señal, especialmente para tantos damnificados de las zonas afectadas por el terremoto del 27 de febrero pasado.
He dicho.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
INSTALACIÓN DE OFICINAS DE LAS SUPERINTENDENCIAS DE VALORES Y SEGUROS Y DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS EN TODAS LAS REGIONES.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo Nº 74, de los diputados señores Van Rysselberghe, Von Mühlenbrock, Bauer, Recondo, Estay, Urrutia, Sandoval; de las diputadas señoras Nogueira, doña Claudia, y Molina, doña Andrea, y del diputado señor Squella, que en su parte resolutiva, dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia el Presidente de la República que instruya al Ministro de Hacienda para que se busquen los mecanismos necesarios para dotar a cada región del país de una oficina de la Superintendencia de Valores y Seguros y de una de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, de forma tal de dotar al país de estos organismos fiscalizadores, donde los ciudadanos puedan recurrir a efectuar sus denuncias y consultas de forma personal y cercana.”.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Enrique Van Rysselberghe.
El señor VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente , soy representante del distrito integrado por Concepción, Chiguayante y San Pedro de la Paz, corazón del terremoto, y he comprobado en terreno las lamentables conductas de las compañías de seguros con quienes fueron afectados por esta catástrofe. Esto se debe, entre otras cosas, a que no es efectivo el procedimiento para hacer las denuncias que actualmente rige en regiones. La gente que se ha visto afectada por conductas inapropiadas de las compañías de seguros debe hacer las denuncias exclusivamente en las oficinas de la Superintendencia en Santiago.
Por ello, pido a la Sala que apoye este proyecto para que el Presidente de la República revise la factibilidad de que la Superintendencia abra oficinas en regiones, de modo de facilitar las denuncias de quienes sean afectados por las conductas, no sólo de las compañías de seguros, sino de todas las empresas que fiscaliza dicha Superintendencia.
He dicho.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS.- Señor Presidente , en primer lugar, felicito a los autores de este proyecto de acuerdo. No lo firmé, pero lo comparto plenamente, toda vez que su principal aporte es profundizar en la descentralización de dos instituciones muy importantes.
En segundo lugar, con esta medida, se haría más fácil el acceso de los ciudadanos, particularmente de aquellos más modestos que tienen una barrera de entrada al sistema en estos organismos que tienen un rol fiscalizador y de defensa en los ciudadanos.
El hecho de que la Superintendencia tenga sede sólo en Santiago se transforma en un impedimento para recurrir a ella en situaciones como las que ha señalado el diputado señor Van Rysselberghe , de manera que la iniciativa es interesante y, ojalá, el Gobierno la apoye. De ese modo, tendríamos, al menos, presencia regional de estas dos superintendencias.
En consecuencia, me parece un buen proyecto de acuerdo y cuenta con todo mi apoyo.
He dicho.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Para impugnar el proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VII. INCIDENTES
RENOVACIÓN INTEGRAL DEL CAMINO A MELIPILLA. Oficios.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- En el tiempo del Comité del Partido Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora Mónica Zalaquett.
La señora ZALAQUETT (doña Mónica).- Señor Presidente , quiero abordar un problema que no sólo afecta a los vecinos de mi distrito, sino también a habitantes de Santiago Centro y Padre Hurtado. Además, según me ha manifestado el diputado Uriarte , también perjudica mucho a los vecinos de las provincias de Melipilla y Talagante, así como a todas las personas que transitan por el llamado Camino a Melipilla, ex-Ruta 78, el cual se encuentra en pésimo estado y en una situación cada día más precaria.
A diario, miles de personas utilizan esa vía para desplazarse hacia sus trabajos o lugares de estudio, pero deben soportar sus deficiencias: hoyos, pavimento desigual, falta de mantención ornamental, suciedad en el canal aledaño y deficiencias en la señalización vial, entre otras.
El estado del camino se traduce en aumento de la congestión, tacos e, incluso, en accidentes por el gran flujo de vehículos particulares y de transporte público que circula por la arteria mencionada.
Si bien se han realizado arreglos parches durante años, nunca se ha hecho una renovación completa de su carpeta, con excepción del Corredor Pedro Aguirre Cerda, entre Exposición y Esquina Blanca. De hecho, uno de los tramos más abandonados es el ubicado entre ésta última calle y el ingreso a Ciudad Satélite, sector que en época de invierno se convierte en un verdadero río debido a las inundaciones.
Situaciones como éstas evidencian la falta de integración que experimenta nuestra ciudad al momento de crecer, lo que queda demostrado en la desigual dotación de infraestructura vial santiaguina.
Dotar de mayor y mejor seguridad, de movilización y de calidad de vida a todos los usuarios del Camino a Melipilla no es un capricho, es una necesidad.
Por ello, solicito una solución a corto plazo. Espero que las autoridades del Ministerio de Obras Públicas, del Serviu, de las municipalidades de Maipú y de Padre Hurtado tomen, de una vez por todas, cartas en el asunto. Existen proyectos para abrir terceras pistas, construir caleteras, instalar luminarias, limpiar el entorno, emplazar mobiliario urbano moderno, entubar canales de riego, pavimentar accesos interiores, entre otros “sueños urbanísticos”; pero, al parecer, todos han sido postergados.
Por lo tanto, pido oficiar al ministro de Obras Públicas , a las autoridades del Serviu y de las ilustres municipalidades de Maipú y de Padre Hurtado , para solicitarles el impulso a la brevedad de un proyecto de renovación integral de esa vía y realizar para ello las coordinaciones pertinentes entre esas instituciones. Asimismo, pido se informe a la Cámara de las gestiones que se realicen en ese sentido.
He dicho.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
SOLUCIONES PARA RECONSTRUIR LOS CUARTELES DE BOMBEROS DESTRUIDOS POR EL TERREMOTO.
El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Van Rysselberghe.
El señor VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente , hace algunos días dijimos desde esta misma tribuna que la situación de los bomberos de las comunas de San Pedro de la Paz, Chiguayante y Concepción era, luego del terremoto del 27 de febrero, francamente lamentable.
Por esa razón, junto con los superintendentes de Bomberos de las citadas comunas de la Región del Biobío, visitamos al ministro del Interior , señor Rodrigo Hinzpeter .
Sobre la materia, en estos días hemos recibido respuesta del subsecretario del Interior , señor Rodrigo Ubilla . En términos muy concretos se establecieron dos criterios para abordar el grave problema, que siguen el ejemplo que el gobierno ha planteado en materia de reconstrucción de viviendas: por una parte, debemos concentrarnos en abordar los efectos directos y urgentes de la emergencia y, por otra, trabajar en las soluciones de largo aliento y definitivas, para lo que debemos hacernos cargo de toda la magnitud financiera que esto último involucra.
Para la emergencia se empleará el Fondo Social Presidente de la República , dependiente del Ministerio del Interior. Incluso, si los proyectos presentados a ese fondo son ingresados esta semana en la gobernación de mi provincia, el cheque estará -tenemos el compromiso- en la compañía de bomberos a fin de mes.
Con respecto a la solución definitiva, quiero señalar que ayer oficié al ministro del Interior para que el gobierno incluya en el proyecto de ley de Presupuestos para 2011 un fondo de reconstrucción para Bomberos de Chile, con un responsable directo y específico que lo gestione, con el objeto de financiar el levantamiento de los cuarteles que cayeron tras el terremoto del 27 de febrero.
La idea es proceder como se hizo en la reconstrucción de viviendas, para lo cual existe un responsable directo, que es la ministra de Vivienda, que cuenta con un fondo cuantioso para abordar la emergencia, o como también se hace en educación, donde el ministro es el responsable para reconstruir escuelas.
Por lo tanto, quiero destacar desde esta tribuna que después de recurrir al ministro del Interior, señor Rodrigo Hinzpeter, tenemos hoy respuestas concretas, un camino de solución y un horizonte de tiempo definido para resolver el problema de los bomberos de mi zona y de los de todos los lugares que fueron afectados por el terremoto.
También quiero destacar que no sólo hemos recibido buenas respuestas, sino también la visita del subsecretario del Interior , quien estuvo en Concepción, Chiguayante y San Pedro , vio en terreno la magnitud del problema y reforzó el serio compromiso de nuestro Gobierno en este crítico momento que atraviesan nuestros queridos bomberos.
He dicho.
ANTECEDENTES SOBRE PROYECTO DE CONSERVACIÓN DE CAMINOS DE LA PROVINCIA DE LINARES. Oficios.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado Romilio Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Romilio).- Señor Presidente , pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , a fin de que envíe antecedentes sobre el proyecto de conservación de caminos de la provincia de Linares, con cargo al Fondo de Compensación de la Región del Maule.
El proyecto tiene un financiamiento superior a los 1.686 millones de pesos y se lo adjudicó la empresa Quinguz.
En particular, solicito antecedentes de dos obras en comunas de mi distrito:
En primer lugar, de la Ruta L-250, Las Hornillas-El Emboque, ubicada en la comuna de Linares, cuyo trabajo consistía en la ejecución de un sello asfáltico y reparación del camino en general, trabajo que ha quedado en muy mal estado y hoy se encuentra abandonado, con grave riesgo para el tránsito vehicular y la seguridad de los peatones del sector.
En segundo lugar, del camino Yerbas Buenas-Abranquil , comuna de Yerbas Buenas.
Además, pido enviar copia de esos oficios al intendente de la Región del Maule, a los alcaldes de las respectivas comunas, a
los presidentes de las uniones comunales de juntas de vecinos y a las juntas de vecinos de cada uno de esos sectores.
He dicho.
El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de los mismos en la forma solicitada.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.22 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica plazo para el reintegro parcial por concepto del impuesto específico al petróleo diésel, para las empresas de transporte de carga, establecido en la ley N° 19.764. (boletín N° 7019-05).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 7 de julio de 2010.
Tengo a honra comunicar a vuestra excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales, correspondiente al Boletín Nº 6968-04, con la siguiente enmienda:
Artículo 3º.-
Lo ha sustituido por el siguiente:
“Artículo 3º.- El Ministerio de Educación podrá exceptuar, mediante resolución exenta del Subsecretario de Educación, previo informe favorable del Secretario Regional Ministerial de Educación , a establecimientos educacionales ubicados en las Regiones de Valparaíso, del Libertador General Bernardo O’Higgins, del Maule, del Biobío, de La Araucanía y Región Metropolitana, cuyo sostenedor haya suscrito el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa a que se refiere el artículo 7º de la ley Nº 20.248, que establece la subvención escolar preferencial, del cumplimiento de lo previsto en la letra e) de su artículo 6º, cuando como consecuencia de la catástrofe requiera aplicar, durante los años escolares 2010 y 2011, la subvención y los aportes que contempla dicha ley a la reparación y construcción de infraestructura y a la reposición de equipamiento y mobiliario sujeta a las siguientes condiciones:
1) La solicitud para la excepción a que se refiere este artículo deberá ir acompañada de un proyecto que contemple las obras de reparación o construcción de infraestructura y la reposición de equipamiento y mobiliario que se desarrollarán, explicitando los valores comprometidos en cada ítem así como el plazo en el caso de ejecución de las obras que contemple el proyecto.
2) Los sostenedores exceptuados en virtud de este artículo deberán presentar informe del uso de los recursos que destinen a labores de reparación o construcción de infraestructura y a la reposición de equipamiento y mobiliario, debiendo contemplar la rendición de todos los recursos que hayan destinado a dicho fin.
3) El Ministerio de Educación velará por el cumplimiento de los compromisos y obligaciones que establece este artículo, gozando al efecto de las facultades a que se refiere el párrafo 5° de la ley N° 20.248, en lo que fueren pertinentes.
4) El incumplimiento de los compromisos y obligaciones a que se refiere este artículo se considerarán infracciones graves a los efectos del artículo 34 de la ley N° 20.248.”.
-o-
Lo que comunico a vuestra excelencia en respuesta a su oficio Nº 8.836, de 30 de junio de 2010.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a vuestra excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
3. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 7 de julio de 2010.
Tengo a honra comunicar a vuestra excelencia que, con motivo de la Moción, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Modifícase el artículo 19 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, del siguiente modo:
A) Reemplázase, en el inciso primero, la frase “el inciso final del artículo 18,” por “el artículo anterior”.
B) Agrégase un inciso tercero, nuevo, del siguiente tenor:
“En caso de que el inmueble de que se trata comparta un mismo permiso de edificación y presente fallas o defectos de los señalados en el artículo anterior, será aplicable el procedimiento especial para protección del interés colectivo o difuso de los consumidores establecido en el Párrafo 2° del Título IV de la ley N° 19.496, con las siguientes salvedades:
1.- Será competente para conocer de estas demandas el juez de letras correspondiente al domicilio del inmueble de que se trate.
2.- El número de consumidores afectados bajo un mismo interés a que se refiere la letra c) del N° 1 del artículo 51 de la ley N° 19.496 no podrá ser inferior a 6 propietarios.
3.-No regirá lo dispuesto en los artículos 51 Nº 9, 52 y 53 de la ley N° 19.496.
4.- Las indemnizaciones podrán extenderse al lucro cesante y al daño moral. Tanto éste como la especie y monto de los perjuicios adicionales sufridos individualmente por cada demandante serán determinados de acuerdo a lo establecido en los incisos segundo y tercero del artículo 54 C de la ley N° 19.496. Mientras se sustancia el juicio quedará suspendido el plazo para demandar este daño.
5.- La sentencia definitiva producirá efectos respecto de todas las personas que tengan el mismo interés colectivo. Aquellas personas a quienes les empece la sentencia definitiva pero que no hayan ejercido la acción podrán acreditar el interés común en conformidad al inciso primero del artículo 54 C de la ley N° 19.496, previo abono de la proporción que les correspondiere en las costas personales y judiciales en que hayan incurrido las personas que ejercieron la acción.
6.- En caso de no ser habido el demandado, se podrá practicar la notificación de la demanda conforme a lo establecido en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, en el domicilio que haya señalado el propietario primer vendedor en las escrituras de compraventa suscritas con los demandantes y, en caso de ser varios, en cualquiera de ellos.
7.- Se acumularán al juicio colectivo los juicios individuales que se hubieren iniciado, a menos que en éstos se haya citado a las partes para oír sentencia.
8.- Acogida total o parcialmente la demanda deberán imponerse las costas a la parte demandada y, si son varios los demandados, corresponderá al tribunal determinar la proporción en que deberán pagarlas.
9.- Serán aprobadas por el tribunal las propuestas de conciliación para poner término al proceso formuladas por la parte demandada, siempre que ellas cuenten con la aceptación de los dos tercios de los demandantes, que se ofrezcan garantías razonables del efectivo cumplimiento de las obligaciones que se contraen, si no fueren de ejecución instantánea y que no se contemplen condiciones discriminatorias para alguno de los actores.
10.- En los contratos que se perfeccionen a partir de la publicación de esta ley no será impedimento para demandar colectivamente el que se haya pactado compromiso de arbitraje, el cual quedará sin efecto por el solo hecho de la presentación de la demanda colectiva.”.”.
-o-
Hago presente a vuestra excelencia que el número 1 de la letra B) del artículo único, incorporado durante la discusión en particular, fue aprobado con el voto afirmativo de 36 señores Senadores, de un total de 38 en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.
Dios guarde a vuestra excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
4. Informe de las Comisiones Unidas de Hacienda y Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recaído en el proyecto de ley que modifica el plazo para el reintegro parcial por concepto del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, establecido en la ley N° 19.764. (boletín Nº 7019-05)
“Honorable Cámara:
Las Comisiones Unidas de Hacienda y Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones informan, en primer trámite constitucional y en primero reglamentario, con urgencia calificada de “discusión inmediata” y “suma”, según el caso, el proyecto mencionado en el epígrafe, iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República .
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, lo siguiente:
1°) Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe consiste en modificar temporalmente el esquema de reintegro parcial por concepto de impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga.
2°) Que el articulado de esta iniciativa no contiene normas calificadas de orgánico constitucionales o de quórum calificado.
3°) Que el proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los diputados presentes señores Auth, don Pepe ; García, don René ; Hernández, don Javier ; Jaramillo, don Enrique ; Macaya, don Javier ; Montes, don Carlos ; Norambuena, don Iván ; Ortiz, don José Miguel ; Pacheco, doña Clemira ; Recondo, don Carlos ; Robles, don Alberto ; Silva, don Ernesto ; Tuma, don Joaquín , y Von Mühlenbrock, don Gastón .
4°) Que diputado informante se designó al señor Von Mühlenbrock, don Gastón .
-o-
Asistieron a las Comisiones Unidas durante el estudio del proyecto los señores Felipe Larraín , Ministro de Hacienda ; Felipe Morandé , Ministro de Transportes y Telecomunicaciones ; Rodrigo Álvarez , Subsecretario de Hacienda , y Jaime Salas , Abogado de dicha cartera de Estado.
II. ANTECEDENTES GENERALES.
A. Antecedentes de hecho y de mérito que justifican la iniciativa
En el mensaje se señala que, en conformidad a lo prescrito en el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.360 que modificó transitoriamente el artículo segundo de la ley N° 19.764, los transportistas de carga tienen la posibilidad de recuperar, hasta el 30 de junio de 2010, un porcentaje de las sumas pagadas por dichos vehículos, por concepto del impuesto específico al petróleo diésel, de acuerdo a tramos porcentuales asociados a los ingresos anuales expresados en Unidades Tributarios Mensuales.
En este contexto y para efectos de la renovación de este beneficio, se ha estimado pertinente establecer un mecanismo que contemple un sistema de recuperación, que prescinda del factor relativo a los ingresos de las empresas y, en cambio, vincule los porcentajes de recuperación a los montos efectivamente pagados por concepto del referido impuesto.
B. Disposiciones legales que se modifican por el proyecto
El artículo 2° de la ley N° 19.764 que permite a las empresas de transporte de carga que indica recuperar un porcentaje de las sumas pagadas por dichos vehículos por impuesto específico al petróleo diésel establecido en el artículo 6° de la ley N° 18.502.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO PRESENTADO EN EL MENSAJE
Se propone, a contar del día 1° de julio de 2010, y por un plazo de 18 meses, que las empresas de transporte de carga indicadas en el artículo 2º de la ley Nº 19.764 puedan acceder, mensualmente, a una recuperación de 80% del gasto en impuesto específico, por las primeras 5,4 UTM pagadas por este concepto y, por lo pagado sobre 5,4 UTM, los contribuyentes puedan recuperar el 25% del monto pagado por impuesto específico, sin tope.
IV. ANTECEDENTES PRESUPUESTARIOS O FINANCIEROS
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 24 de junio de 2010, señala que el proyecto de ley considera que por un plazo de 18 meses, a contar del 1 de julio de 2010, las empresas de transporte de carga indicadas en el artículo 2° de la ley N° 19.764 podrán acceder, mensualmente, a una recuperación de 80% del gasto en impuesto específico, para las primeras 5,4 UTM pagadas por este concepto (equivalente a una recuperación de hasta $ 200.000 aproximadamente) y, por lo pagado sobre 5,4 UTM, los contribuyentes podrán recuperar el 25% del monto pagado por impuesto específico.
Esta medida significará un mayor gasto fiscal respecto a la situación que existiría en ausencia del proyecto de ley. La estimación del costo anual adicional de esta medida se presenta en la siguiente tabla:
Año
Costo fiscal
(Millones de pesos de junio de 2010)
2010
8.055
2011
16.109
Total
24.164
Mediante un informe financiero sustitutivo relativo a la indicación N° 195-358, de 6 de julio de 2010, que reemplaza la fórmula de recuperación del impuesto, estableciendo que por un plazo de 16 meses, a contar desde el día 1 de julio de 2010, las empresas podrán acceder, mensualmente, a una recuperación de 63% del gasto en impuesto específico, cuando sus ventas anuales sean menores o iguales a 18.600 UTM, de 39% cuando sus ventas anuales sean superiores a 18.600 UTM e iguales o inferiores a 42.500 UTM, y de 29,65% cuando sus ventas sean superiores a 42.500 UTM.
Esta medida significará un mayor gasto fiscal respecto a la situación que existiría en ausencia de este proyecto. La estimación del costo anual adicional de esta medida se presenta en la siguiente tabla:
Año
Costo fiscal
(Millones de pesos de junio de 2010)
2010
8.444
2011
14.073
Total
22.517
V. DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO
A. Discusión general
Intervino el señor Ministro de Hacienda señalando que el tema de la devolución del impuesto específico a las empresas de transportes comenzó a discutirse el año 2000. La ley Nº 19.764, de 19 de octubre 2001, estableció el reintegro parcial del pago de peajes y del impuesto específico realizado por las empresas que utilicen vehículos pesados. Esta ley establece mecanismos de reintegro del gasto incurrido en peajes para el caso de las empresas de transporte de pasajeros y del pago de impuesto específico al diésel (IED) para el caso de las empresas de transporte de carga. Para estas empresas se estableció una tabla de recuperación que partía en 10% en 2002 y terminaba en 25% en julio de 2006.
Argumentó que debido al fuerte incremento que experimentó el precio del crudo durante el primer semestre de 2008, cuando llegó a niveles record de 140 US$/bl, lo que afectó fuertemente a los transportistas, se dictó la ley N° 20.278 que contempló un aumento transitorio en el porcentaje de recuperación del gasto incurrido por las empresas de transporte de carga por concepto de IED, de 25% a 80%, mayor devolución que regiría entre el 1º de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009.
Una vez terminado el “boom” de precios de los “commodities” e iniciada la crisis económica, el precio del crudo cayó hasta 40 US$/bl, encontrándose en 70 US$/bl a la fecha de término de la vigencia de la ley N° 20.278, por lo que ya no se justificaba un reintegro de 80%. Sin embargo, el escenario de crisis planteaba la necesidad de instrumentos de apoyo a las empresas, por lo que volver al esquema de 25% establecido en la ley N° 19.764 no fue considerado aceptable. El tema se zanjó introduciendo un artículo en la ley N° 20.360, de junio de 2009, que establecía un sistema escalonado de devolución, vigente desde el 1° de julio de 2009 hasta el 30 de junio del año 2010. Este mecanismo de devolución tomaba en cuenta los ingresos anuales del contribuyente, estableciendo 3 tramos: hasta las 18.600 UTM, la devolución era del 80% del IED; entre 18.600 UTM y 42.500 UTM 50% y superior a 42.500 UTM el reintegro era de 38%.
Este sistema de devolución establecido en la ley N° 20.360 venció el 30 de junio de 2010, de manera que de no presentarse un mecanismo alternativo se vuelve al sistema establecido en la ley N° 19.764 con el 25% de devolución parejo. Ante esto, el Gobierno presentó la semana pasado un proyecto de ley, cuyo articulado es sustituido en virtud de una indicación luego de lograrse un acuerdo, tanto con la Confederación Nacional de Dueños de Camiones como con la Asociación Gremial Chile Transporte. Dicho acuerdo, considera, además, la creación de una mesa de trabajo compuesta por representantes de los gremios, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Hacienda, que abordará los problemas y desafíos del sector con una mirada de largo plazo.
El mecanismo propuesto toma en consideración los ingresos anuales del contribuyente y establece tres tramos: hasta las 18.600 UTM, la devolución es del 63% del IED; entre 18.600 UTM y 42.500 UTM 39% y superior a 42.500 UTM el reintegro es de 29,65%. Este sistema implica una rebaja pareja del orden del 22% en comparación con el sistema de la ley N° 20.360 con un costo fiscal similar a la propuesta original del Ejecutivo. El costo fiscal es de US$ 98 MM por los 16 meses propuestos, costo que se debe comparar con los US$ 53MM que cuesta volver al sistema establecido en la ley N° 19.764.
De esta manera, finalizó expresando el señor Ministro , el 96% de las empresas quedan con una devolución del 63%, el 2% de las empresas quedan con una devolución de 39% y el 2% de las empresas quedan con una devolución de 29,65%.
B. Discusión particular
El Ejecutivo formuló la siguiente indicación sustitutiva:
Artículo 1°.- Excepcionalmente, durante el período comprendido entre el 1 de julio del año 2010 y el 30 de noviembre del año 2011, ambas fechas inclusive, el porcentaje a que se refiere el inciso segundo del artículo 2° de la ley Nº 19.764, será el que resulte de la aplicación de la escala siguiente, en función de los ingresos anuales del contribuyente durante el año calendario inmediatamente anterior:
a) 63% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a 18.600 UTM.
b) 39% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 18.600 y no excedan de 42.500 UTM.
c) 29,65% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales sean superiores a 42.500 UTM.
Tratándose de contribuyentes que al momento de acogerse a este beneficio no tuvieren ingresos por el período de 12 meses inmediatamente anterior al mes en que se impetre el beneficio, se considerará que los ingresos anuales corresponden a la suma de los ingresos acumulados, según su proyección a doce meses, para lo cual los ingresos obtenidos en él o los meses respectivos deberán dividirse por el número de meses en que hubiere registrado ingresos efectivos y multiplicarse por 12. En el momento en que el contribuyente ya haya completado sus primeros 12 meses de ingresos, se considerarán éstos para establecer el porcentaje de recuperación que le corresponda, según el inciso anterior durante lo que resta del año.
Para estos efectos, los ingresos de cada mes se expresarán en unidades tributarias mensuales, según el valor de ésta en el mes respectivo y se descontará el impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas y servicios de cada período.
Para determinar el monto de los ingresos y establecer el porcentaje de recuperación a que se tiene derecho, el contribuyente deberá sumar a sus ingresos el total de los obtenidos por las empresas con las que esté relacionado y que realicen actividades de transporte de carga, en conformidad a las reglas de relacionamiento establecidas en número 1°, letra b), del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el decreto ley N° 824, de 1974.
Lo dispuesto en este artículo se aplicará al impuesto específico que se encuentre recargado en facturas emitidas por las empresas distribuidoras o expendedoras del combustible, a partir del 1 de julio de 2010 y hasta el 30 de noviembre de 2011.”.
Sometido el proyecto a votación general y particular a la vez, se aprobó por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth, don Pepe ; García, don René ; Hernández, don Javier ; Jaramillo, don Enrique ; Macaya, don Javier ; Montes, don Carlos ; Norambuena, don Iván ; Ortiz, don José Miguel ; Pacheco, doña Clemira ; Recondo, don Carlos ; Robles, don Alberto ; Silva, don Ernesto ; Tuma, don Joaquín , y Von Mühlenbrock, don Gastón .
VI. TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN
En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , la Comisiones Unidas de Hacienda y Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recomiendan la aprobación del siguiente texto, con modificaciones formales:
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Excepcionalmente, durante el período comprendido entre el 1 de julio del año 2010 y el 30 de noviembre del año 2011, ambas fechas inclusive, el porcentaje a que se refiere el inciso segundo del artículo 2° de la ley Nº 19.764, será el que resulte de la aplicación de la escala siguiente, en función de los ingresos anuales del contribuyente durante el año calendario inmediatamente anterior:
a) 63% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a 18.600 UTM.
b) 39% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 18.600 y no excedan de 42.500 UTM.
c) 29,65% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales sean superiores a 42.500 UTM.
Tratándose de contribuyentes que al momento de acogerse a este beneficio no tuvieren ingresos por el período de 12 meses inmediatamente anterior al mes en que se impetre el beneficio, se considerará que los ingresos anuales corresponden a la suma de los ingresos acumulados, según su proyección a doce meses, para lo cual los ingresos obtenidos en él o los meses respectivos deberán dividirse por el número de meses en que hubiere registrado ingresos efectivos y multiplicarse por 12. En el momento en que el contribuyente ya haya completado sus primeros 12 meses de ingresos, se considerarán éstos para establecer el porcentaje de recuperación que le corresponda, según el inciso anterior durante lo que resta del año.
Para estos efectos, los ingresos de cada mes se expresarán en unidades tributarias mensuales, según el valor de ésta en el mes respectivo y se descontará el impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas y servicios de cada período.
Para determinar el monto de los ingresos y establecer el porcentaje de recuperación a que se tiene derecho, el contribuyente deberá sumar a sus ingresos el total de los obtenidos por las empresas con las que esté relacionado y que realicen actividades de transporte de carga, en conformidad a las reglas de relacionamiento establecidas en número 1°, letra b), del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el decreto ley N° 824, de 1974.
Lo dispuesto en este artículo se aplicará al impuesto específico que se encuentre recargado en facturas emitidas por las empresas distribuidoras o expendedoras del combustible, a partir del 1 de julio de 2010 y hasta el 30 de noviembre de 2011.”.
Tratado y acordado en sesión de fecha 7 de julio de 2010, con la asistencia de los Diputados señores Von Mühlenbrock, don Gastón ( Presidente ); Auth, don Pepe ; García, don René ; García-Huidobro, don Alejandro ; Hasbún, don Gustavo ; Hernández, don Javier ; Jaramillo ,
don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Macaya, don Javier ; Marinovic, don Miodrag ; Monckeberg, don Nicolás ; Montes, don Carlos ; Norambuena, don Iván ; Ortiz, don José Miguel ; Pacheco, doña Clemira ; Pérez, don Leopoldo ; Recondo, don Carlos ; Robles, don Alberto ; Silva, don Ernesto , y Tuma, don Joaquín .
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de las Comisiones Unidas ?.
5. Moción de los diputados señores Moreira , Álvarez-Salamanca , Arenas , Becker , Hasbún , Melero , Tarud , Uriarte y de la diputada señora Zalaquett , doña Mónica .
Modifica el D.F.L. N° 1, de Minería, de 1978, con el objeto de permitir la clausura de los establecimientos de distribución de combustibles que adulteren sus productos. (boletín N° 7051-08)
“La Ley N° 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, sanciona administrativamente y de manera genérica la venta de combustibles líquidos adulterados, con penas que van desde amonestación por escrito hasta clausura temporal o definitiva del establecimiento, dependiendo de la gravedad de la conducta. Esta, a su vez depende del resultado del hecho, acto, u omisión, regulando la pena aplicable al caso concreto, según la importancia del daño causado o del peligro ocasionado, el porcentaje de usuarios afectados por la infracción, el beneficio económico obtenido con motivo de la infracción, la intencionalidad en la comisión de la infracción y el grado de participación en el hecho, acción u omisión constitutiva de la misma, la conducta anterior y la capacidad económica del infractor, especialmente si se compromete la continuidad del servicio prestado por el afectado.
Por ello se estima que es posible tipificar la venta de combustibles líquidos adulterados de modo más concreto en cuanto a la conducta sancionada, y asignándole una pena más alta.
La Ley N° 18.410 (SEC), no sanciona específicamente la venta de combustibles líquidos adulterados, pero en su artículo 15 tipifica genéricamente esta conducta, junto con aquellas que afectan a los mercados de electricidad y de otros combustibles como una infracción gravísima, grave o leve, según el resultado producido. Los artículos 16 y 16 A de la ley sancionan esta conducta con penas que van desde amonestación por escrito hasta clausura temporal o definitiva del establecimiento, dependiendo de la gravedad de la conducta, la que a su vez depende del resultado del hecho, acto, u omisión.
En cuanto a la gravedad de la pena, el artículo 16 A de la ley establece que sin perjuicio de las sanciones que establezcan leyes especiales, las infracciones tipificadas por esta ley podrán ser sancionadas de la siguiente manera:
-Infracciones gravísimas: multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), revocación de autorización o licencia, comiso o clausura.
-Infracciones graves: multa de hasta 5.000 UTA, revocación de autorización o licencia, comiso o clausura.
-Infracciones leves: multa de hasta 500 UTA o amonestación por escrito.
En cuanto a la pena de clausura, esta puede ser temporal o definitiva. En la ley señalada no se establece específicamente cuando la clausura debe ser definitiva o temporal, y en este último caso, no se señalan los lapsos de tiempo a aplicar.
En concreto, el artículo 16, inciso segundo, de la ley, ordena considerar las siguientes circunstancias para determinar la pena aplicable:
a) La importancia del daño causado o del peligro ocasionado.
b) El porcentaje de usuarios afectados por la infracción.
c) El beneficio económico obtenido con motivo de la infracción.
d) La intencionalidad en la comisión de la infracción y el grado de participación en el hecho, acción u omisión constitutiva de la misma.
e) La conducta anterior.
f) La capacidad económica del infractor, especialmente si se compromete la continuidad del servicio prestado por el afectado.
Las sanciones por estas conductas son aplicadas por la SEC, según lo dispuesto en los artículos 305 y 306 del Decreto N° 160, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
El procedimiento sobre aplicaciones de sanciones en esta materia está regulado en detalle en el Decreto N° 119, de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de sanciones en materia de combustibles.
Según lo señalado, se observa que es posible tipificar la venta de combustibles líquidos adulterados de modo más concreto que la regulación actual, en cuanto a la conducta sancionada, y asignarle una sanción de clausura más determinada y probablemente más alta que la actual.
Ello es posible de hacer, incluyendo la conducta señalada, en el artículo 15 de la Ley N° 18.410, en un nuevo inciso cuarto (pasando el actual inciso cuarto a ser el quinto, y el actual quinto, a ser el sexto), contemplándolo como infracción gravísima, con lo que la pena aplicable sería de multa de hasta 10.000 UTA, revocación de autorización o licencia, comiso o clausura.
Se propone la creación de este nuevo inciso cuarto, en vez de agregar simplemente un nuevo N° 7 al actual inciso tercero, debido a que el actual inciso tercero sanciona conductas como gravísimas, atendiendo al resultado ocasionado. En cambio, la conducta que se quiere sancionar, lo es en base al peligro que implica, sin atender a un resultado concreto. Por ello se estima que la creación de un nuevo inciso cuarto, en que se sancione como gravísima una nueva conducta, en base al peligro de la conducta, y no en base al resultado, es menos disruptiva de la estructura normativa actual.
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Reemplácese el inciso primero del artículo decimoprimero del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del Ministerio de Minería, de 1978, que deroga el Decreto N° 20 de 1964, por el siguiente:
“El que defraudare en la venta, comercialización, distribución o entrega de los productos a que se refiere el presente decreto con fuerza de ley, ya sea en el precio, calidad, sustancia, procedencia, peso o medida, será sancionado con clausura no inferior a quince días, de la oficina, local, establecimiento o sucursal en que se hubiere cometido la infracción, cada uno de los cuales será considerado como establecimiento distinto para estos efectos, y con una multa que se duplicará en caso de reincidencia.”
6. Moción de los diputados señores Becker , Álvarez-Salamanca , Ascencio , Estay , Moreira , Ojeda y de la diputada señora Sepúlveda , doña Alejandra .
Exceptúa de multa a los ciudadanos mayores de 75 años que no voten. (boletín N° 7052-06)
“Considerando:
1.- Que, la ley N° 20.337, del 4 de abril de 2009, modificó los artículos 15 y 18 de la Constitución Política, estableciendo la inscripción automática y voto voluntario.
2.- Que, esta reforma no se encuentra vigente, ya que, el número 3 del artículo único de la ley citada anteriormente, introdujo en la Constitución la disposición vigésimatercera transitoria que establece: “Las reformas introducidas a los artículos 15 y 18 sobre voluntariedad del voto e incorporación al registro electoral por el solo ministerio de la ley, regirán al momento de entrar en vigencia la respectiva ley orgánica constitucional a que se refiere el inciso segundo del artículo 18 que se introduce mediante dichas reformas”.
3.- Que, atendido lo señalado en la disposición constitucional y que no se ha dictado la ley correspondiente, se encuentra vigente la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que establece la obligatoriedad del sufragio al disponer en el artículo 60 que: “Son electores, para los efectos de esta ley, los ciudadanos y extranjeros que figuren con inscripción vigente en los Registros Electorales y que tengan cumplidos dieciocho años de edad el día de la votación. Todo ciudadano está obligado a sufragar, y el que no lo hiciere sufrirá la pena que señala el artículo 139, con las excepciones que prevé el mismo artículo.”
4.- Que, la ley sanciona con multa a beneficio municipal, de media a tres unidades tributarias mensuales, al ciudadano que no vote. Las excepciones contempladas en el artículo 139 son: enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día de la elección o plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare inscrito o por otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente.
5.- Que, los ciudadanos de edad avanzada no están exceptuados de la multa en caso de no cumplir con esta obligación.
6.- Que, existe una tendencia mundial en considerar los 75 años como edad límite para desarrollar ciertas actividades. Es así como los obispos de la Iglesia Católica deben renunciar a sus diócesis cuando cumplen 75 años, en tanto que, en Chile, la Constitución establece que diversas autoridades deben acogerse a retiro a esa misma edad. Entre ellos podemos citar: los jueces, los fiscales, los miembros del Tribunal Constitucional y el contralor general de la República .
7.- Que, imponer multa a los ciudadanos mayores de 75 años que no concurren a votar contradice las normas básicas de consideración con nuestros adultos mayores v se les somete a riesgos innecesarios al obligarlos a concurrir a los locales de votación, normalmente con gran asistencia de público, lo que se puede traducir accidentes tales como caídas, alzas de presión, etc.
8.- Que, la ley reconoce que la edad es un factor que tiene que ser considerado. Es así como el artículo 44, número 4, de la ley N° 18.700, contempla expresamente que tener más de 70 años de edad está comprendido entre las excusas fundadas para no ser vocal de mesa.
9. Que, dado que la carga que se le impone a un vocal de mesa es mayor que la de ir a votar, proponemos exceptuar de la multa a los ciudadanos mayores de 75 años que no concurran a votar.
Por tanto,
Venimos en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Modifíquese el artículo 139 de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, de la siguiente forma:
Incorpórese en el inciso segundo entre la palabra “por” y el vocablo “enfermedad” la frase “tener más de 75 años de edad.”
7. Moción de los diputados señores Espinosa, don Marcos ; De Urresti, Vallespín y de la diputada señora Vidal , doña Ximena .
Fortalece la exhibición de música nacional en bibliotecas públicas. (boletín N° 7053-24)
“Considerando:
1. Que la ley N° 19.928, estableció de manera formal el apoyo y fomento de la música nacional por parte del Estado de Chile estableciendo, entre otras medidas, la obligatoriedad por parte del Registro de la Propiedad Intelectual de entregar a la Biblioteca Nacional uno de los ejemplares de las obras musicales, impresos o grabados, para archivar, proteger, investigar, difundir y exhibir la producción musical nacional.
2. Que si bien existe esta obligación, esta no resulta efectiva por cuanto no existe una política atractiva por parte de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos de promocionar la música nacional; y estos ejemplares señalados sólo pasan a llenar estanterías sin tener un lugar destacado para los usuarios de las Bibliotecas.
3. Que en términos prácticos para cumplir con este requerimiento basta con una redistribución de los recursos ya existentes y no requiere una mayor inversión de parte de la red de Bibliotecas Públicas.
4. Que actualmente por parte de la mayoría de las personas existe una visión de las Bibliotecas como lugares poco atractivos, y por ende resulta conveniente generar programas de promoción de la música existente en sus registros y así hacer más atrayente las visitas a estos establecimientos
5. Que restringir la obligatoriedad sólo a la Biblioteca Nacional no permite descentralizar la cultura y hacerla llegar a todos los ciudadanos corno sí debe ser deber del estado.
6. Por todo lo antes mencionado, en suma, venimos a presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY.
Artículo único: Modifíquese la ley N° 19.928, sobre Fomento de la Música Nacional en lo que sigue:
1.- Modifíquese el artículo 16 agregando en su inciso primero, entre la frase “Biblioteca Nacional” y la coma que le sigue, lo siguiente: “y a lo menos a una Biblioteca Pública por Región, perteneciente a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas”
2.- Modifíquese el artículo 16 agregando en su inciso primero después del punto aparte que pasa a ser punto seguido lo que sigue: “La exhibición de dichas producciones deberá ser practicada en forma que sea atractiva y visible para todos los usuarios de la Biblioteca, ya sea a través de campañas publicitarias o de algún punto de promoción llamativo dentro del establecimiento”.
8. Moción de los diputados señores Moreira , Álvarez-Salamanca , Arenas , Becker , Hasbún , Melero , Ortiz , Tarud , Ulloa y de la diputada señora Zalaquett , doña Mónica .
Modifica el Código Penal endureciendo las penas contra quienes agredan a miembros del Cuerpo de Bomberos. (boletín N° 7054-22)
“La ley N° 19.830, viene en modificar el Código Penal para proteger la Seguridad de los Voluntarios de los Cuerpos de Bomberos en actos de servicio, y en virtud de la cual se prescribe que se incurrirá en la pena de presidio menor, en su grado mínimo a medio, el que impidiere o dificultare la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinados a combatir un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas.
En nuestro concepto esta legislación responde a una iniciativa necesaria, en virtud de la cual la sociedad entiende y comprende que es necesario entregar algún grado de resguardo punitivo a estos voluntarios cuando sean agredidos, y por la otra dar una señal precisa y evidente a los delincuentes o desadaptados que puedan justificar de alguna manera una conducta agresiva en contra de aquellos Bomberos u otros servicios de utilidad pública que han concurridos a un siniestro determinado para prestar sus servicios a favor de los que lo necesita.
Sin embargo, y en ningún caso tratándose de desconocer los importantes avances efectuados por la ley señalada precedentemente y en consideración a que su entrada en vigencia va a cumplir ya ochos años, creemos que es imperioso analizar la efectividad, eficiencia y grado de disuasión en el cuerpo social que ella ha tenido desde que fue conocida y obligatoria para todo los habitantes de la República. En efecto y sólo para tener un antecedente inmediato, pero que se ha repetido en el tiempo, transcribo la siguiente información publicada en la página web del Cuerpo de Bomberos de Santiago el 17 de junio del presente año: “El Cuerpo de Bomberos de Santiago (CBS) interpondrá una querella contra quienes resulten responsables de las agresiones que recibieron siete bomberos de las Compañías 12ª y 21ª durante el incendio de una casa en la Población Lo Velásquez N° 5 de la comuna de Renca, el viernes 11 de junio.
Para el Superintendente de esta institución, Juan Enrique Julio , “el Cuerpo de Bomberos de Santiago hará todos los esfuerzos para que se aplique la ley número 19.830 a quienes agredan a sus voluntarios en actos de servicio”.
Respecto a lo ocurrido en Renca, la máxima autoridad bomberil señala que “el clima bastante hostil por parte de algunos vecinos de la población interfirió en nuestro trabajo, impidiendo que se realizara una labor aún más efectivo dadas las circunstancias de la emergencia”.
Este hecho se suma a las agresiones ocurridas en Lo Barnechea durante el verano, donde un voluntario sufrió una fractura en un brazo al ser golpeado con un bate y cuyo agresor se encuentra con orden de detención”.
Que estos hechos de violencia hacia bomberos no son actos aislados, sino muy por el contrario cada cierto tiempo nos encontramos con hechos de esta naturaleza por lo que hacemos evidente esta situación y creemos que se hace necesario readecuar la ley a fin de que ella cumpla con los fines para los cuales fue dictada.
En efecto la norma en comento sanciona con la pena de presidio menor, en su grado mínimo a medio, es decir el tiempo que comprende toda la pena va desde los 61 días a los tres años. Entonces puede suceder que en la práctica esta pena puede no cumplirse en términos efectivos, ya que por esta penalidad asignada al delito y por las disposiciones establecidas en las normas sobre Remisión Condicional de la Pena, Reclusión Nocturna y Libertad Vigilada Del Adulto, como substitutos a las penas de prisión de corta duración para sujetos sin antecedentes penales previos, el infractor no será privado de libertad finalmente por el delito cometido.
Es decir, la señal dada a los desadaptados sociales que violenten a Bomberos u otros servicios de utilidad pública ya que para nosotros no hay cárcel por ello. Por esa esta moción pretende actualizar las penas y que este hecho punible no sea objeto de beneficios carcelarios.
Proyecto de Ley:
Artículo único para modificar el inciso segundo del artículo 269 del Código Penal en el siguiente sentido:
“incurrirá en las penas de presidio menor, en sus grados medio a máximo, el que impidiere o dificultare la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a combatir un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas, el condenado por este delito no podrá acceder a las formas alternativas de cumplimiento establecido en la ley N° 18.216.....”
9. Moción de los diputados señores Moreira , Álvarez-Salamanca , Arenas , Becker , Hasbún , Melero , Tarud , Uriarte y de la diputada señora Zalaquett , doña Mónica .
Modifica la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida privada, armonizando las fechas de prescripción de la información comercial. (boletín N° 7055-07)
“El plazo de 5 años que actualmente establece el citado artículo fue reducido a ese número de años en virtud de una modificación introducida por la ley N° 19.812. Antes el plazo era de 7 años.
Cabe hacer presente que, de conformidad con la historia de la ley N° 19.812, la iniciativa en cuya virtud se rebajó el plazo a 5 años se fundó en los altos índices de cesantía vigentes a la fecha de su presentación (julio de 2001), que derivaron de la crisis económica que afectó a Chile desde el año 1998.
Que Chile, al igual que la gran mayoría de los países, se encuentra actualmente en el mismo escenario post crisis que motivó la modificación descrita precedentemente. A lo que debe sumarse el impacto en la economía nacional producido por el terremoto de febrero pasado.
Superar el actual estado de la economía nacional y, específicamente, de las economías familiares pasa, en parte, por establecer, ajustar y flexibilizar la normativa vigente que de manera directa o tangencialmente afectan la recuperación económica.
Rebajar el plazo de publicación de las obligaciones exigibles no cumplidas de 5 a 2 años constituya una medida en tal sentido, que permitiría a personas afectadas por una publicación limpiar su registro y convertirse, más fácilmente, en sujetos de crédito.
A lo anterior, se suma el hecho de que el plazo de cinco años es incluso mayor que el de ciertas prescripciones de corto plazo, establecidas en el artículo 2.522 y siguientes del Código Civil, dándose la paradoja que, en ocasiones, una obligación prescrita en virtud de la ley, se mantenga vigente en el registro, afectando a su titular.
En nuestro concepto estas disposiciones del Código Civil, son claves para entender por qué esta moción parlamentaria trata de armonizar las prescripciones de la ley N° 19.628, con las establecidas en la legislación Civil y que dispone, la prescripción de 1 año para ejercer la acción a los mercaderes, proveedores y artesanos por el precio de los artículos. Es evidente entonces que en la situación actual no parece razonable que la comunicación por el no cumplimiento de una obligación deba permanecer 5 años en un registro determinado, pero si encontramos más equitativo que el deudor permanezca un tiempo no superior a 2 años en estas bases de datos.
Reforzando esta tesis, se debe recordar que es la propia Ley N°19.628, la que prescribe que si el “deudor paga” debe salir inmediatamente de los registros de datos, situación que en la práctica tampoco ocurre ya que debe transcurrir un tiempo aún no determinado para que esta liberación opere.
Es por lo anterior, que el presente proyecto de ley busca modificar el plazo durante el cual los registros de datos personales pueden comunicar obligaciones económicas, financieras, bancarias y comerciales exigibles, reduciéndolo, de cinco a dos años. Para ello, se propone modificar el artículo 18 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada.
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Modifícase el artículo 18 de la ley N° 19.628, sobre protección a la vida privada, de la siguiente forma:
Reemplácese, en el inciso primero, el guarismo “cinco” por “dos”.
10. Moción de los diputados señores Moreira , Álvarez-Salamanca , Arenas , Becker , Hasbún , Melero , Tarud , Uriarte y de la diputada señora Zalaquett , doña Mónica .
Modifica la ley de Tránsito agravando el atentado a pedradas a vehículos en marcha. (boletín N° 7056-15)
“El artículo 196 H, de la ley N° 18.290, ley de Tránsito, sanciona como delito el atentado a pedradas o de otra forma similar a vehículos en marcha, de la siguiente manera:
“Artículo 196 H.- El que atentare contra un vehículo motorizado en circulación, apedreándolo o arrojándole otros objetos contundentes o inflamables o por cualquier otro medio semejante, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo.
Si a consecuencias del atentado se causare la muerte o se lesionare a alguna persona, se aplicarán las penas señaladas al delito de que se trate, aumentadas en un grado.
Si sólo se produjeren daños en las cosas, se aplicará la pena del inciso primero, aumentada en un grado.”.
La norma recién transcrita sanciona tres hipótesis distintas, de la siguiente manera:
a. Atentado contra vehículo motorizado en circulación, de los modos señalados, sin resultado perjudicial en las cosas o en las personas: 61 a 540 días de prisión.
b. Atentado con resultado de muerte o lesiones: diversas penas, desde 61 días a 20 años de prisión, según el resultado de la lesión, y 10 años y 1 día a 20 años de presidio en caso de homicidio sin agravantes. En caso de lesiones u homicidios con agravantes, se aplica la pena correspondiente, aumentada en uno o más grados, según el caso en particular.
c. Atentado con resultado de daños en las cosas: 541 días a 3 años de prisión.
Las sanciones penales deben responder, por una parte, al sistema punitivo general contenido en el Código Penal y en otras leyes penales, de forma tal que guarden la debida proporcionalidad entre ellas y, por otra, a las necesidades de política criminal, en cuanto se hace indispensable reprimir con mayor severidad conductas que llegan a hacerse más frecuentes y a causar por ello mayores daños o alarma pública. Un ejemplo de este último caso lo constituye el hecho de que con demasiada frecuencia se lanzan pedradas contra vehículos en movimiento, especialmente en carreteras, lo que en varios casos, ha producido daños y sobre todo legiones graves o gravísimas en las personas transportadas en su interior.
El proyecto no sólo responde a hechos coyunturales. Si bien éstos muchas veces ayudan a iluminar una situación particular, el problema es más de fondo. Al respecto, en los últimos años se han construido, a gran ritmo, una serie de autopistas producto de lo cual se han multiplicado los problemas que afectan a los usuarios, uno de los cuales son las pedradas a los automovilistas, muchas veces con resultados muy graves para ellos.
Proyecto de ley
“Artículo único.- Introdúcese la siguiente modificación en la ley N° 18.290, ley del tránsito:
Agrégase el siguiente artículo 196 H:
“Artículo 196 H.- El que atentare contra un vehículo motorizado en circulación, apedreándolo o arrojándole otros objetos contundentes o inflamables o por cualquier otro medio semejante, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio.
Si a consecuencias del atentado se causare la muerte o se lesionare a alguna persona, se aplicarán las penas señaladas al delito de que se trate, aumentadas en un grado. Si la pena aplicable fuere la de presidio perpetuo, no se aumentará ésta, pero se agravará con una o más de las penas accesorias procedentes, a arbitrio del tribunal, que podrán imponerse hasta por el máximo del tiempo que permite el artículo 25.
Si sólo se produjeren daños en las cosas, se aplicará la pena de presidio menor en grado medio a máximo.”
11. Moción de los diputados señores Hernández , Álvarez-Salamanca , Bobadilla , Gutiérrez, don Romilio ; Norambuena , Rojas , Urrutia , Von Mühlenbrock , Ward y de la diputada señora Hoffmann , doña María José .
Establece penas accesorias al delito de abigeato. (boletín N° 7058-07)
“Las cifras más recientes muestran que durante la última década las denuncias por abigeato pasaron de 1.715 a 4.615 al año; es decir, casi se triplicaron. Sin embargo paradójicamente, los detenidos disminuyeron de 398 a 384 al año.
Dentro de ese panorama, la situación que sufren los ganaderos de diferentes localidades del país es muy delicada, un ejemplo es la Región de La Araucanía la cual registra el mayor número de robos, pese a que ni siquiera es la zona con la mayor masa ganadera del país. En 1997, los afectados de esta región denunciaron 258 casos, y en 2008, 991. Pese a ese explosivo aumento, los detenidos aumentaron sólo de 69 a 83.
Estos cuatreros modernos están generando millonarias pérdidas a los ganaderos del país, situación que ahora se ve facilitada por una legislación laxa que en el pasado por la falta de denuncias y por la capacidad de organización que muestran las bandas dedicadas a este delito.
Sólo en la Región de Magallanes, por ejemplo, cada año se pierden del orden de 70 mil cabezas de ovino, cuyo valor promedio es de $27 mil. Esta situación rara vez termina con los autores en la cárcel, puesto que la mayoría de los ganaderos no denuncia, y cuando lo hacen, la diligencia resulta inconducente.
Si se considera que un vacuno de raza puede costar unos $500 mil, los ganaderos de la región pierden unos $1.500 millones al año, sin considerar los equinos de raza chilena que tienen algunos agricultores y que también han sido faenados en los propios predios.
Una de las posibilidades que concitan más apoyo entre los ganaderos es aplicar sanciones parecidas a las que contemplaba la “Ley del Loco”, la que permitía a la autoridad incautar los vehículos y herramientas que utilizaban las personas que infringían la veda de este molusco.
La semana pasada, de hecho, los ganaderos de Los Lagos se reunieron con el fiscal regional y le hicieron ver que este delito ya no es cometido sólo por personas pobres que roban para comer, sino por bandas bien organizadas y que tienen como principal canal de distribución los mataderos ilegales y las ferias libres de las ciudades.
Quienes cometen estos delitos ya no son los cuatreros de antaño, a caballo, que arrean los animales robados hacia la cordillera. Ahora son delincuentes especializados, que no ocupan caballos sino vehículos motorizados y que ya no llevan al ganado a la cordillera, sino que los sacrifican y faenan en el mismo sitio, dejando solamente la piel y los huesos de las reses.
Es por lo anterior que se necesita tomar medidas concretas que permitan desincentivar el robo de animales, con penas severas que no solo los afecten con una detención sino que se tome todo el circuito delictual de los cuatreros, de manera que todos aquellos que participaron en el ilícito sean condenados.
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agregase un nuevo inciso final en el artículo 448 quáter, de la siguiente forma:
Se considerara como penas accesorias a los autores o cómplices en la Comisión del delito de abigeato las siguientes:
a. El empresario de transporte y el conductor de dicho vehículo serán solidariamente responsables del costo de mantención y cuidado de los animales incautados por la fuerza pública, los que serán entregados en depósito a un recinto que el Servicio Agrícola y Ganadero considere apropiado para estos fines.
b. El vehículo de transporte empleado en la comisión del delito deberá quedar en un depósito municipal por un período no inferior a 6 meses y/o por el tiempo que dure la investigación.
c. Al conductor del vehículo
El retiro o suspensión de su licencia, permiso o autorización para conducir vehículos por un periodo de 6 meses a un año, si es condenado como autor o cómplice del delito de abigeato; y de uno a dos años en caso de reincidencia.
d. El vehículo motorizado utilizado para la comisión del delito de abigeato quedará imposibilitado a perpetuidad para efectuar trabajos de transporte de ganado o carne en general. Para lo anterior, el tribunal ordenará al Servicio Agrícola y Ganadero eliminar al vehículo motorizado del registro de vehículos autorizados para transporte de ganado; y a la Autoridad Sanitaria caducar la autorización para el transporte de carne.
12. Moción de los diputados señores Hernández , Álvarez-Salamanca , Bobadilla , Gutiérrez, don Romilio ; Rojas , Norambuena , Urrutia , Von Mühlenbrock , Ward y de la diputada señora Hoffmann , doña María José .
Faculta a la autoridad sanitaria para proceder a la investigación del delito de abigeato. (boletín N° 7059-07)
“El abigeato, a pesar de lo que se pueda pensar, es un delito de común ocurrencia en las zonas rurales de nuestro país, en especial entre las VI y X Regiones. Basta con revisar periódicos de la zona para poder comprender el aumento de esta clase de delitos, que no solo afecta a grandes propietarios ganaderos, sino también a los más pequeños. En estos últimos los efectos económicos son aún más graves que en los primeros, ya que se ven expuestos a perder todo o buena parte de su capital con un solo hurto o robo.
En zonas rurales, especialmente próximas a poblaciones o centros urbanos, sucede cada vez con mayor frecuencia que los animales existentes en predios y parcelas son objeto del delito de abigeato, previsto y sancionado en el artículo 448 del Código Penal.
Sin embargo, la norma penal aludida en nada disuade a los delincuentes que en bandas especializadas cometen abigeato como una manera de obtener regularmente ingresos ilegítimos. Es más, la práctica ordinaria consiste en carnear al animal en el potrero mismo, dejar allí los restos inservibles y llevarse la carne en un vehículo para ser comercializada en el mercado negro en condiciones higiénicas por lo demás peligrosas para la salud.
Uno de los principales riesgos de comprar esta carne en lugares no autorizados, es que algunos de los animales robados pueden haber estado bajo tratamiento con antibióticos y otros productos utilizados frecuentemente por los veterinarios y que pueden provocar serios daños a la salud de las personas.
PROYECTO DE LEY
Artículo único: intercálese en el inciso final del artículo 448 quáter, después de la palabra “proceda,” y la palabra “y al Servicio” la siguiente oración:
“a la Autoridad Sanitaria para que instruya el sumario sanitario correspondiente”.