Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- V.
ORDEN DEL DÍA
- MODERNIZACIÓN DE MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Jorge Patricio Arancibia Reyes
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- INTERVENCIÓN : Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Andres Allamand Zavala
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Guillermo Vasquez Ubeda
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Jorge Patricio Arancibia Reyes
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- DEBATE
- DEBATE
-
INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN Y PRESTACIONES EN MATERIA DE REGULACIÓN DE FERTILIDAD
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Maria Soledad Alvear Valenzuela
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Maria Soledad Alvear Valenzuela
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Maria Soledad Alvear Valenzuela
- MODERNIZACIÓN DE MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.
- VI.
INCIDENTES
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
-
REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE MATERIALES ATÓMICOS Y EL LITIO. RESPUESTA A EDITORIAL DE
EL MERCURIO
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
-
ATENTADO CONTRA LIBERTAD DE EXPRESIÓN POR MEDIDA DE INTENDENCIA DE MAGALLANES CONTRA CANAL DE TELEVISIÓN REGIONAL. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
-
RETIRO DE TABLA DE PROYECTO SOBRE RESPONSABILIDAD JURÍDICA POR ACCIÓN DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
DESCARGA SUBMARINA DE RESIDUOS DE CELULOSA NUEVA ALDEA EN OCTAVA REGIÓN. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
INQUIETUD ANTE FIJACIÓN DE ARANCELES UNIVERSITARIOS. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
DEPORTACIÓN POR ISRAEL DE CIUDADANA CHILENA DE ORIGEN PALESTINO. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
INFORMACIÓN SOBRE ACCIDENTES NUCLEARES EN CHILE. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 357ª
Sesión 76ª, en miércoles 16 de diciembre de 2009
Ordinaria
(De 16:13 a 18:51)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES JOVINO NOVOA VÁSQUEZ, PRESIDENTE,
CARLOS BIANCHI CHELECH, VICEPRESIDENTE, Y ALEJANDRO NAVARRO BRAIN, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y MARIO LABBÉ ARANEDA, SUBROGANTE
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.....................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN.............................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS.............................................
IV. CUENTA............................................................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que moderniza el Ministerio de Defensa Nacional (3994-02) (se aprueba en particular)¿¿¿
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de fertilidad (6582-11) (se aprueba en particular).................
VI. INCIDENTES:
Petición de oficio (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿.
Reforma constitucional sobre materiales atómicos y el litio. Respuesta a editorial de . (observaciones del Senador señor Núñez)...............
El Mercurio
Atentado contra libertad de expresión por medida de Intendencia de Magallanes contra canal de televisión regional. Oficios (observaciones del Senador señor Bianchi).........
Retiro de tabla de proyecto sobre responsabilidad jurídica por acción de animales potencialmente peligrosos. Oficios (observaciones del Senador señor Navarro)...
Descarga submarina de residuos de celulosa Nueva Aldea en Octava Región. Oficios (observaciones del Senador señor Navarro)................
Inquietud ante fijación de aranceles universitarios. Oficios (observaciones del Senador señor Navarro)................
Deportación por Israel de ciudadana chilena de origen palestino. Oficio (observaciones del Senador señor Navarro)................
Información sobre accidentes nucleares en Chile. Oficios (observaciones del Senador señor Navarro)................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Bianchi Chelech, Carlos
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Flores Labra, Fernando
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Longueira Montes, Pablo
--Matthei Fornet, Evelyn
--Muñoz Aburto, Pedro
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Vásquez Úbeda, Guillermo
--Zaldívar Larraín, Adolfo
Concurrieron, además, los Ministros de Defensa Nacional, señor Francisco Vidal Salinas; Secretario General de la Presidencia , señor José Antonio Viera-Gallo Quesney, y de Salud, señor Alvaro Erazo Latorre; la Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer , señora Carmen Andrade Lara; el Subsecretario de Guerra , señor Gonzalo García Pino; la Subsecretaria de Marina , señora Carolina Echeverría Moya, y los Subsecretarios de Aviación, señor Raúl Vergara Meneses, y de Investigaciones, señor Ricardo Navarrete Betanzo.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:13, en presencia de 14 señores Senadores.
El señor NOVOA (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor NOVOA ( Presidente ).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 71ª, ordinaria; 72ª, extraordinaria; 73ª y 74ª, ordinarias, en 18 y 25 de noviembre y 1 y 2 de diciembre del año en curso, respectivamente, que no han sido observadas.
IV. CUENTA
El señor NOVOA (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
Cuatro de la Honorable Cámara de Diputados:
Con los tres primeros comunica que ha prestado su aprobación a las siguientes iniciativas:
1.- Proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo Suplementario sobre el Comercio de Servicios del Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Popular China (boletín N° 6.715-10).
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores y a la de Hacienda, en su caso.
2.- Proyecto de ley que modifica el artículo 195 del Código del Trabajo, en relación con el permiso laboral al padre en caso de nacimiento de un hijo (boletín N° 6.675-13).
3.- Proyecto de ley que establece derechos de los trabajadores frente a la quiebra de una empresa (boletín N° 6.164-13).
--Pasan a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Con el cuarto comunica que ha aprobado la enmienda propuesta por el Senado, en el segundo trámite constitucional, al proyecto que impide la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas, en virtud del artículo 4° transitorio de la ley N° 20.017, de 2005, en determinadas zonas o áreas (boletín N° 6.681-01).
--Se toma conocimiento y se manda archivar el documento junto con sus antecedentes.
De la Excelentísima Corte Suprema, mediante el cual emite su parecer respecto del proyecto de ley que crea el Tribunal Ambiental (boletín N° 6.747-12).
--Se toma conocimiento y se remite el documento junto a sus antecedentes.
De la señora Ministra de Bienes Nacionales , por medio del cual responde un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Alvear, con el que requiere información respecto del dominio de un inmueble ubicado en el sector de Las Lomas II, en la ribera del río Mapocho, de la comuna de Lo Barnechea.
Del señor Subdirector de Racionalización y Función Pública, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relativo a las dificultades existentes para el pago de beneficios de la ley N° 20.158 y del Estatuto Docente para los profesores acogidos a retiro voluntario.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre protección a los refugiados, con urgencia calificada de "suma" (boletín Nº 6.472-06).
De las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, unidas, recaído en el oficio de Su Excelencia el Vicepresidente de la República , mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para autorizar la permanencia de las tropas y medios nacionales fuera del territorio de la República , con el objeto de continuar integrando la Operación Militar de Gestión de Crisis de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina (Operación ALTHEA), con la urgencia del inciso segundo del N° 5 del artículo 53 de la Carta Fundamental (boletín N° S 1.214-05).
--Quedan para Tabla.
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la Cuenta.
El señor ROMERO.- Pido la palabra, señor Presidente, para plantear una moción de orden.
El señor NOVOA (Presidente).- La tiene, Su Señoría.
El señor ROMERO.- Señor Presidente , los Comités habíamos acordado poner en el primer lugar de la tabla el proyecto que moderniza el Ministerio de Defensa, del cual quedó pendiente un artículo.
Sin embargo,...
El señor PROKURICA.- ¡No hay quórum para votar!
El señor ROMERO.- Desde luego que no, porque es calificado.
Como ayer quedó pendiente la discusión y votación del asunto de la "píldora del día después", tal vez sería razonable que la Mesa recabara el acuerdo unánime de la Sala para cambiar el orden de la tabla y terminar el tratamiento de tal iniciativa.
El señor NOVOA (Presidente).- Señor Senador, hay un acuerdo en el sentido de despachar hoy día lo relativo al Ministerio de Defensa.
El señor ROMERO.- No tengo problema al respecto, pero lo que señalé es, simplemente, una propuesta para que sea sometida a la Sala.
El señor NOVOA (Presidente).- Quiero que nos situemos en el contexto, pues ya habíamos acordado despachar hoy día el proyecto de Defensa.
El Senador señor Romero plantea comenzar con la iniciativa de la "píldora del día después" y, luego, seguir con la del Ministerio de Defensa, lo cual implica mantener el acuerdo de terminarlo hoy.
Por lo tanto, habría que finalizar el despacho de ambos proyectos.
El señor ROMERO.- Señor Presidente , si hay problemas retiro la propuesta.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- No doy acuerdo.
El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente , tenemos que ser prácticos: entiendo que tanto la Unión Demócrata Independiente cuanto la Concertación celebran sendos actos políticos en Santiago. Entonces, si adoptamos un acuerdo para despachar una iniciativa en un tiempo determinado y a las 18 quedamos libres, no habría inconveniente en tratar una u otra.
El señor NOVOA (Presidente).- En la del Ministerio de Defensa, debe terminarse el debate de un artículo y votarlo.
El señor ROMERO.- ¡Tratemos lo de Defensa entonces!
El señor VÁSQUEZ.- Hagámoslo hasta las 17 y luego votamos. Posteriormente, tratamos lo de la "píldora del día después".
La señora MATTHEI.- ¡Con mordaza...! Porque si no, no lo vamos a despachar.
El señor NOVOA ( Presidente ).- De no tener posibilidad de resolver el proyecto de la "píldora del día después", pediríamos al Ejecutivo el retiro de la urgencia de "discusión inmediata", y lo pondríamos en el primer lugar de la tabla del próximo lunes.
V. ORDEN DEL DÍA
MODERNIZACIÓN DE MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Corresponde continuar la discusión del proyecto de ley que moderniza el Ministerio de Defensa Nacional, con segundo y nuevo segundo informe de la Comisión de Defensa Nacional e informe de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3994-02) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 47ª, en 2 de septiembre de 2008.
Informes de Comisión:
Defensa Nacional, sesión 11ª, en 15 de abril de 2009.
Defensa Nacional (segundo), sesión 47ª, en 9 de septiembre de 2009.
Hacienda, sesión 47ª, en 9 de septiembre de 2009.
Defensa Nacional (nuevo segundo), sesión 61ª, en 3 de noviembre de 2009.
Discusión:
Sesiones 12ª, en 28 de abril de 2009 (se aprueba en general); 50ª, en 15 de septiembre de 2009 (vuelve a Comisión); 62ª, en 4 de noviembre de 2009 (queda pendiente votación particular); 71ª, en 18 de noviembre de 2009 (se trata en sesión secreta y queda pendiente discusión particular).
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Solicito autorización para que puedan ingresar a la Sala la Subsecretaria de Marina, señora Carolina Echeverría; el Subsecretario de Aviación , don Raúl Vergara; el Subsecretario de la Policía de Investigaciones , señor Ricardo Navarrete, y don Gonzalo García, Subsecretario de Guerra .
--Se autoriza.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para el despacho del proyecto y la calificó de "suma".
Cabe recordar que en sesión del 18 de noviembre se votaron tres de las cuatro enmiendas resueltas por mayoría en la Comisión de Defensa Nacional, quedando pendiente solo aquella al artículo 26 del proyecto que Sus Señorías pueden consultar en el boletín comparado.
Esta materia tiene el carácter de norma orgánica constitucional, por lo que requiere para su aprobación el voto conforme de 22 señores Senadores.
Corresponde señalar, finalmente, que respecto de la enmienda mencionada se puso en votación la solicitud de enviarla a la Comisión de Constitución, la cual resultó rechazada por 17 votos contra 8 y 2 abstenciones.
El señor NOVOA (Presidente).-
Continúa la discusión particular del proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Allamand.
El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente , quiero solicitar votación separada de distintas partes del artículo 26.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Todavía no lo hemos puesto en votación, señor Senador.
Si mal no recuerdo, esta norma comenzó a discutirse en la última sesión en que se trató este asunto. Por lo tanto, lo que procede es continuar su discusión.
El señor ALLAMAND.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente , ocurre lo siguiente: la sesión donde efectivamente empezamos el debate de este artículo tuvo el carácter de secreta. Entonces, enfrentamos el problema de que, si en definitiva vamos a continuar la discusión, algunos de los argumentos van a poder exponerse públicamente y otros no. No sé cómo se puede resolver ese aspecto desde el punto de vista reglamentario.
Lo consulto a la Mesa, porque tengo la impresión de que, por lo menos, debiera haber un procedimiento para exponer públicamente los argumentos.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Tiene razón, señor Senador.
Por tanto, corresponde abrir la discusión sobre el artículo en esta sesión. Porque gran parte del debate pasado estuvo referida a un problema de tipo formal: si iba o no a la Comisión de Constitución.
Se ofrece la palabra sobre el artículo.
El señor ARANCIBIA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente , sobre esta norma podría hablar mucho -incluso he hecho llegar por escrito a los señores Senadores mi pensamiento sobre el particular después de una experiencia de vida-, pero solo quiero plantear lo siguiente.
Respecto del artículo 26, que tiene varios incisos, queda solo una cuestión pendiente: la relativa a si son tres o cuatro estrellas. El resto fue aprobado por unanimidad en la Comisión y la Sala hizo lo propio al comienzo del debate.
En otras palabras, hoy cabe pronunciarse únicamente sobre la mitad del inciso segundo de este artículo.
No me pueden decir que "no", porque el resto fue aprobado por unanimidad en la Comisión. Lo que hemos estado discutiendo en estas sesiones es lo relativo a las tres o cuatro estrellas.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Señor Senador , en el informe de la Comisión aparece que este artículo fue aprobado por mayoría de 4 votos contra 1.
El señor ALLAMAND .-
Entonces, corresponde pronunciarse sobre el artículo completo.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Me informa la Secretaría que tiene razón el Senador señor Arancibia .
La primera parte del inciso segundo fue aprobada por unanimidad. La votación dividida se pidió respecto de la segunda, que dice: "simultáneamente con su designación" (del Jefe del Estado Mayor Conjunto) "será ascendido al grado de General de Ejército , Almirante o General del Aire ,".
Pongo discusión lo anterior.
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , entramos entonces a la discusión del artículo.
Sobre esa materia aquí, legítimamente, ha habido diversas opiniones. Algunos planteamos desde un principio que, a nuestro juicio, para que esta norma fuese viable, se requeriría una reforma a la Carta Fundamental.
Por otra parte, se ha hecho cuestión también del efecto que tendría en los oficiales generales de mayor antigüedad que el designado para desempeñarse como Jefe del Estado Mayor Conjunto tenga una menor. Porque, si se les aplicasen las normas generales sobre ascenso y retiro, bien podría interpretarse que todos ellos deberían pasar a retiro al ser ascendido a un grado superior un oficial menos antiguo.
Si se produjese esa situación, podría implicar un retiro forzoso y eventualmente masivo de los oficiales sobrepasados, incluso en forma tridimensional, no siendo ese -presumo- el espíritu de la norma. Por lo tanto, se requeriría incorporar una disposición que evite esta situación.
Por mi parte, le consulté privadamente al Subsecretario de Guerra respecto de este tema, y él me señaló que existiría esa norma. Yo espero que se aclare el punto en el curso del debate. Mientras tanto, me quiero referir al primer asunto que planteé: el requerimiento de una reforma constitucional previa.
El artículo 26 del proyecto establece: "El Jefe del Estado Mayor Conjunto será designado por el Presidente de la República de entre el conjunto de los Oficiales Generales que tengan el grado de General de División, Vicealmirante o General de Aviación, el que simultáneamente con su designación será ascendido al grado de General de Ejército , Almirante o General del Aire.".
Ese es el último punto que está en discusión en este momento.
A mi juicio, dicha norma sería inconstitucional -y, desde luego, hago expresa reserva de constitucionalidad en esta materia-, por las siguientes razones.
En primer lugar, porque otorgaría al Jefe del Estado Mayor Conjunto un grado reservado hoy a los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, dado que el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas señala: "El mando superior de cada una de las instituciones de las Fuerzas Armadas será ejercido por el Comandante en Jefe, con el grado de General de Ejército, Almirante o General del Aire, según corresponda.".
En segundo término, ocurre que el Jefe del Estado Mayor Conjunto pasa a tener a través del grado militar un rango equivalente al del Comandante en Jefe -o de casi Comandante en Jefe, por así decir-, lo que no estaría previsto por la Constitución. En otras palabras, en la práctica se estaría creando una figura no prevista en ella.
En tercero -y en relación con la carrera en virtud de las modificaciones del artículo 38-, el Jefe del Estado Mayor Conjunto no forma parte de la base de selección para la Comandancia en Jefe de la respectiva rama, lo que generaría tensiones, ya que alteraría la carrera militar en un sistema ajeno a la estructura de la Constitución.
En cuarto lugar -a mayor abundamiento-, hay un proyecto de reforma constitucional -según entiendo, se encuentra en la Comisión de Constitución- que no ha seguido en tramitación y que fue enviado por el Gobierno en su oportunidad con el evidente objetivo de salvar todo reparo constitucional de esta figura. El Ejecutivo estimó que se lograba ese propósito cambiando la base de selección del Jefe del Estado Mayor Conjunto, pero se mantiene el problema expuesto en relación con el mando operativo de carácter imperativo que el proyecto le entrega sobre las fuerzas militares, como se explica más adelante. Algo tampoco previsto por esta normativa.
Las disposiciones constitucionales antes citadas agotan el sistema de mandos militares y solo podría crearse una cuarta autoridad castrense en virtud de una reforma a la Carta.
Entender que mediante una ley se podrían establecer autoridades militares distintas de las mencionadas en la Constitución dejaría sin sentido el hecho de que esta se preocupa de regular en detalle lo relativo a los Comandantes en Jefe del Ejército , de la Armada y de la Fuerza Aérea; su nombramiento y remoción, otorgando especiales facultades al Presidente de la República .
Dado que la existencia del Jefe del Estado Mayor Conjunto afectaría las atribuciones del Primer Mandatario, estimamos...
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Terminó su tiempo, Su Señoría.
Tiene la palabra por un minuto, para finalizar su intervención.
El señor ROMERO.-
Muchas gracias.
Como decía, estimamos que ello demandaría una reforma constitucional.
Señor Presidente , no quiero abundar más en la materia, por el escaso tiempo de que dispongo. Solo deseo agregar que esta reserva de constitucionalidad debería integrar todo el debate. Porque una parte de la argumentación se dio en sesión secreta, la cual no podemos repetir en este momento, y otra la tenemos que entregar -cosa bastante curiosa- en una discusión abierta.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR.-
Señor Presidente , lo planteado por el Honorable señor Romero me satisface en parte. Creo que ha situado bien el problema al manifestar que aquí hay dos razones para sostener una visión no positiva del cambio propuesto.
Una se refiere a la constitucionalidad.
En este punto, claramente, la forma que se establece para el nombramiento del Jefe del Estado Mayor Conjunto pugna con la Carta Fundamental y con la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas.
Y por ese vicio, también haré reserva de constitucionalidad.
En cuanto al fondo del asunto, como ya hemos discutido al respecto pienso que insistir en ello sería redundar en argumentos ya vertidos.
Señor Presidente, la fórmula de nombramiento que se propone no es buena para el mando militar, porque se pretende que coexistan dos oficiales de igual rango en una misma rama.
Ello no lo encuentro conveniente. El mando se tiene o no se tiene. Alterar eso, en instituciones como las Fuerzas Armadas, va en contra de su esencia.
Por eso, insisto en el planteamiento que expresé en la sesión anterior en el sentido de que el Jefe del Estado Mayor Conjunto debe ser un general de 3 estrellas -o como se lo denomine-, y no equivalente al Comandante en Jefe de una institución. Se trata de cosas distintas.
Además, quiero dejar en claro, porque parece que algunos señores Senadores no lo saben con certeza, que no será un cargo decorativo, pues se tiene en vista que sea operativo. Tendrá mando de tropa.
En tal sentido, estimo que una designación de esta naturaleza (considerando un eventual problema de nuestro país en este ámbito) no recoge la necesidad que puede darse en un momento dado. Esto se deja como una visión única, en circunstancias de que para nuestra seguridad podría haber dos.
En consecuencia, pensar en la existencia de un solo Jefe del Estado Mayor Conjunto es una voluntariedad respecto a la posibilidad de conflictos.
En cuanto al proceso de selección, creo adecuado que el Jefe del Estado Mayor Conjunto se escoja entre los oficiales que se mencionan, pero repito que debe permanecer como un general de 3 estrellas, de la manera en que se propone, porque cualquiera otra decisión, además de no ser conveniente militarmente, no estaría en conformidad con el ordenamiento constitucional que nos rige.
La modificación para el nombramiento de un oficial de estas características debe ser de rango constitucional. De otra manera -insisto-, no se asimilaría a la forma como se han determinado estos cargos. Una Carta Fundamental no se consigue en una botica, con una receta, o en un almacén, sino que obedece a una lógica jurídica que debe respetarse.
Por lo anterior, señor Presidente, no soy partidario de la forma que se propone y, formulo reserva de constitucionalidad en el mismo sentido manifestado por el Honorable señor Romero.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Allamand.
El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero reafirmar los argumentos expuestos por los Honorables señores Romero y Zaldívar en torno a la insalvable dificultad constitucional que presenta la disposición que nos ocupa.
Sobre esta materia, recientemente se publicó un interesante artículo del constitucionalista señor Arturo Fermandois , quien razona en la misma línea de los Senadores antes nombrados.
Más aún, durante el debate de la Comisión de Defensa Nacional, en su segundo informe, cuando se analizó la creación de un "supercomandante en Jefe" -por así decirlo-, se llegó unánimemente a la conclusión de que era indispensable una reforma constitucional para establecer la figura del Jefe del Estado Mayor Conjunto sobre la base de -y leo textualmente- "normar su designación y remoción," (ello solo es asimilable al sistema utilizado hoy para los Comandantes en Jefe. No se aplica a ningún otro oficial) "como atribución especial del Presidente de la República ; fijar su duración en el cargo y el régimen de incompatibilidades y de llamado a retiro con arreglo al inciso primero del artículo 104 de la Carta Fundamental".
Es decir, en opinión de la unanimidad de la Comisión, las mismas condiciones que se norman a través del proyecto que nos ocupa requieren una reforma constitucional.
Y es de total coherencia que donde existe la misma razón, debe existir la misma disposición, según decimos los abogados.
Cuando dicho órgano técnico estimó que el Jefe del Estado Mayor Conjunto precisaba las atribuciones que se plantean, también señaló que se necesitaba una reforma a la Carta para su establecimiento. No obstante, ahora, en opinión del Ejecutivo, no se requiere una modificación de tal envergadura.
Desde el punto de vista de la hermenéutica constitucional, resulta evidente, por las razones dadas, que para la incorporación de un oficial de estas características se precisa una reforma, más allá de su mérito o de si esa figura es necesaria o no lo es.
Más aún, ello no solo se requiere por tratarse de una modificación en el alto mando de las Fuerzas Armadas, sino también, como veremos en la discusión en particular, porque aquí se afectan las facultades del Primer Mandatario.
Además de lo expuesto, señor Presidente, deseo dejar constancia de lo siguiente:
En esta misma Sala -entiendo que persiste hasta este minuto y es importante consignarlo para la historia fidedigna del establecimiento de la ley- hubo voluntad mayoritaria de los señores Senadores para arribar a una fórmula de consenso en esta materia. Y el Honorable señor Romero propuso una en tal sentido.
Pero quiero dejar testimonio de que hasta ahora ha sido imposible obtener una respuesta del Ministro de Defensa . Porque lo he llamado repetidamente durante los últimos días y ni siquiera he recibido una respuesta de su parte, cuando bastaría con que contestara el teléfono. Me imagino que ha tenido demasiadas ocupaciones como para contestar el llamado de un Senador con el fin de buscar una fórmula de entendimiento.
Por lo tanto, que quede constancia de que aquí hubo voluntad mayoritaria para buscar una solución de consenso, y que quien se opone a ello es, precisamente, el Ejecutivo.
Una última consideración.
En esta materia -algo se insinuó en las argumentaciones anteriores-, existe un grave problema no solo de constitucionalidad, sino además de estructuración de la carrera militar.
Cuando se designe a un oficial superior para ocupar este cargo, inmediatamente se le va a mutilar la posibilidad de que en el futuro sea Comandante en Jefe.
Se trata de un gravísimo error.
Lo lógico es que el Jefe del Estado Mayor Conjunto, un oficial superior, sea una persona de alta capacitación. Si ello es así, no habrá ninguna razón para que, con posterioridad, se le niegue la posibilidad de ser Comandante en Jefe.
Aquí se está planteando algo absurdo. Que se les pida a oficiales de gran proyección, en una etapa temprana de sus carreras, que escojan entre ser Jefe del Estado Mayor Conjunto y nunca Comandante en Jefe o, a la inversa, no ser Jefe del Estado Mayor, no usar sus atributos, para poder optar a la Comandancia en Jefe.
Lo anterior -repito- constituye un error grave, que debe ser reparado. Por ello, en el momento pertinente solicitaremos votación separada.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , aquí hay dos diferencias, después de un proceso de discusión muy largo en la Comisión de Defensa para resolver de la mejor manera la materia que tenemos por delante.
La primera discrepancia es de carácter constitucional, procedimental, no apunta al fondo del asunto.
En ella hay dos posiciones.
Una es la que yo sostengo. Creo que en Derecho hay suficientes argumentos para afirmar que este asunto es propio de la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, y no necesariamente de la Carta Fundamental.
En efecto, cuando estábamos en el proceso de debate en la Comisión de Defensa, en algún momento se planteó el envío -incluso casi se prerredactó- de un proyecto de reforma constitucional, como señaló el Senador señor Allamand .
Pero como Su Señoría seguramente no ha podido seguir la discusión con la misma acuciosidad con que lo hicimos quienes asistimos a la Comisión, quiero aclarar que eso ocurrió cuando se planteó que el Jefe del Estado Mayor Conjunto fuera uno de los Comandantes en Jefe en ejercicio, con lo cual se habría generado una cuestión no prevista, porque se afectaban las funciones de aquellos, que se encuentran prescritas en la Constitución.
En ello no tuvimos unanimidad, pero sí mayoría.
Aquí no se trata de una cuestión entre Gobierno y Oposición. Quiero decirle al Senador señor Allamand que el informe de mayoría de la Comisión viene acordado por un Senador de la UDI que, además, fue Jefe de Estado Mayor de la Defensa Nacional , así que algún conocimiento y práctica tiene sobre estos asuntos, en su forma actual, y por el Honorable señor Prokurica , quien pertenece a Renovación Nacional.
Por lo tanto, aquí no ha habido una confrontación entre Gobierno y Oposición, sino una diferencia, muy legítima, en la Comisión.
Entonces, primero está el asunto constitucional. Y no quiero abundar en esto, pues estoy por que esta materia se vote ahora. Además, de todas maneras, tratándose de una ley orgánica, se haga o no reserva de constitucionalidad, el Tribunal Constitucional tendrá que definir de oficio si lo que acordamos, en el caso de aprobarse la fórmula propuesta por la mayoría, es constitucional o no.
En consecuencia, propongo no desgastarnos ahora en un debate que no va a ser resuelto en esta instancia, cualesquiera que sean las circunstancias de la votación, porque, como digo, corresponde a una materia relativa a una ley orgánica constitucional que deberá ser revisada por el Tribunal antes mencionado.
Lo que sí ha de zanjar el Senado es lo sustantivo. Porque, si resolvemos en el sentido que propongo, y el Tribunal Constitucional señala que debe realizarse la reforma, tendremos que hacerlo, y se solucionará el punto.
¿Cuál es el argumento que se da? Que se produciría una suerte de confusión entre las funciones y jerarquías de los Jefes de las ramas de las Fuerzas Armadas y las del Jefe del Estado Mayor Conjunto.
Y en esto -lo digo con todo respeto- mis Honorables colegas están confundidos.
Esa es la equivocación esencial que se produce cuando se plantea que ese cargo no puede ser desempeñado por un general del mismo grado que los Comandantes en Jefe porque supondría una superposición de funciones o la coexistencia de dos generales de cuatro estrellas en una misma rama.
No. El Jefe del Estado Mayor Conjunto, cuyas funciones son muy importantes y se hallan definidas en la ley, no sustituye ni en la guerra, ni en la paz, a los Comandantes en Jefe. Ejercen labores distintas, claramente establecidas en la legislación. Por tanto, el Jefe del Estado Mayor no disminuye ni aumenta ninguna de las funciones o atribuciones de los Comandantes en Jefe de cada una de las ramas de las Fuerzas Armadas.
El Estado Mayor Conjunto que proponemos es una figura nueva en nuestro ordenamiento legal, y todo el sentido de la reforma del Ministerio de Defensa apunta a enfatizar una dimensión que hoy es deficitaria en la organización de nuestras Fuerzas Armadas: el elemento conjunto. En efecto, hay total consenso acerca de su debilidad en el ordenamiento institucional que nos rige, lo cual tiene graves consecuencias en la disuasión. Y quiera Dios que nunca enfrentemos un escenario de guerra...
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Concluyó su tiempo, Su Señoría.
Tiene la palabra por un minuto más.
El señor GAZMURI.-
Muchas gracias.
Ahí radica el punto de fondo. Claro, eso rompe ciertas culturas tradicionales.
El Jefe del Estado Mayor Conjunto , que tiene la función de planificar, coordinar estratégicamente, asesorar al Ministro , dirigir las operaciones conjuntas y las fuerzas en caso de crisis o de guerra, debe ostentar una gran jerarquía, precisamente para interactuar con los Comandantes en Jefe, que ejercen funciones muy delimitadas. Además, las de la Junta de Comandantes en Jefe son definidas por ley, que en este sentido es bien rigurosa.
No hay posibilidad alguna de confusión. Reitero que se trata de funciones distintas, y, tomando en consideración la jerarquía de las del Estado Mayor y el reforzamiento de lo conjunto, se requiere que su Jefe, cualquiera que sea la rama de la que provenga, tenga las mismas estrellas, cuestión que en la cultura y en la jerarquía tradicional importa...
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Terminó su tiempo, señor Senador.
Le concederemos otro minuto adicional.
El señor GAZMURI.-
Gracias.
Decía que la cuestión de fondo es si queremos darle a lo conjunto la importancia que requiere la organización de la defensa nacional.
Eso es todo: si deseamos fortalecer lo conjunto o debilitarlo.
A mi juicio, la ley en proyecto apunta a robustecer un elemento claramente deficitario en nuestra organización de la defensa. Y no voy a argumentar aquí respecto a las consecuencias que tendría no hacerlo, porque ya lo planteamos en sesión secreta.
Solo quiero agregar que, en último término, no es banal la decisión que debemos adoptar. Se dirige al centro de lo que persigue la iniciativa legal.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente, quiero partir haciendo una diferencia en el rol del Jefe del Estado Mayor Conjunto en tiempos de guerra y de paz.
En tiempos de guerra es obvio que asume el comando, es el jefe y ordena todas las fuerzas. Esto nunca se ha cuestionado. Y en ese momento, dará lo mismo cuántas estrellas tenga, porque ejercerá el mando.
Las Fuerzas Armadas están acostumbradas a ello, porque, por ejemplo, cuando un general va de pasajero en un avión pilotado por un teniente, el que manda es este, no aquel. El teniente decide si se despega, si se espera, si se aterriza y dónde. El general, por muchas más estrellas que ostente, no tiene nada que decir al respecto.
En tiempos de guerra, el que ejerce el mando comanda, y los demás lo siguen. Pero en tiempos de paz la coordinación es un problema.
Sin embargo, quiero señalar que esto no solo ocurre entre las distintas ramas de las Fuerzas Armadas. También es un problema, por ejemplo, al interior de una empresa entre diferentes gerencias.
La gerencia de producción quiere realizar una cosa, la de comercialización, otra; y la de finanzas, una opuesta. Lo mismo puede suceder entre las distintas facultades de una universidad, en que algunas desean crear un bachillerato y las otras no.
En definitiva, la coordinación siempre es difícil. Es uno de los problemas que presenta la administración moderna.
Tengo la impresión de que aquí se ha pensado que esta coordinación sería difícil porque los Comandantes en Jefe, en el fondo, no "inflarían" a un coordinador (Jefe del Estado Mayor Conjunto) por tener tres estrellas. Pero el inconveniente no radica en el número de estrellas, sino en que cada persona, en cualquier ámbito de la vida, trata de defender las prerrogativas del cargo que ocupa, pues no le gusta que venga gente de afuera a entrometerse en sus funciones.
Por lo tanto, el problema de la coordinación siempre estará presente, y la única forma de resolverlo es que haya una persona por encima de todas que "corte el queque".
Por eso, he insistido en que quien debe decidir finalmente no es el Jefe del Estado Mayor Conjunto, sino el Ministro de Defensa Nacional . Para eso existe; ese es su rol. Él debe saber si los equipos tecnológicos de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas pueden conversar entre ellos o no; o determinar si la postura de una de ellas es más razonable que la de otra. Y el Jefe del Estado Mayor Conjunto tiene que buscar la información, presentarla, dar argumentos, pero quien debe "cortar el queque" es el superior, o sea, el Ministro .
Me parece que al darle cuatro estrellas a este coordinador las dificultades aumentarán y no van a disminuir. Porque la defensa de las prerrogativas será aun más fuerte cuando los altos mandos de las instituciones castrenses perciban la amenaza de una disminución de ellas.
Cuando un Comandante en Jefe vea que otro señor de cuatro estrellas habla con el Ministro y, luego, empieza a tomar decisiones que afectan a su propia entidad, defenderá sus prerrogativas más ferozmente.
Por lo tanto, la coordinación se dificultará con un general de cuatro estrellas, no va a ser más fácil.
Señor Presidente , lo que señalo se da en todas las organizaciones. Es cosa de leer un poco sobre Administración para darse cuenta que conciliar las distintas gerencias, departamentos, dentro de una institución es lo más complicado que hay. Para eso existen, por ejemplo, los directorios, el gerente general.
Y aquí, mientras el Ministro de Defensa no asuma su rol, ninguna de estas figuras que se proponen van a resultar en tiempos de paz. Porque en tiempos de guerra toda persona entrenada en fuerzas armadas sabe perfectamente que quien manda es el superior a cargo, y el personal lo sigue.
Pero el problema se generará desde el mismo minuto en que los Comandantes en Jefe vean a otro señor con cuatro estrellas.
Yo me pregunto qué ocurriría, por ejemplo, si para tratar de mejorar las dificultades de comunicación que se presentan con la Cámara de Diputados y, a veces, también con la Biblioteca nombráramos a una persona que estuviera por sobre las autoridades de las tres instituciones. ¿Eso ayudaría algo? ¡Para nada! Porque el Secretario del Senado trataría de defender las prerrogativas de la Corporación que dirige, al igual que lo haría el de la otra rama legislativa, y la persona que viene de afuera no será tomada en cuenta.
La única forma de solucionar el inconveniente planteado es recurriendo a alguien que esté por sobre los Comandantes en Jefe, y esa persona es el Ministro . Porque el general de cuatro estrellas propuesto no se hallará por encima de ellos, pero representará una amenaza.
A mi juicio, lo propuesto no constituye una buena salida desde el punto de vista institucional. Se trata de un asunto extensamente tratado en todos los textos de Administración. La única solución es que haya alguien por encima de aquellos, y ese es el Ministro del ramo.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente, hace rato estoy esperando.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Excúseme, Su Señoría, estaba alternando las intervenciones de uno y otro sector.
Después del Honorable señor Vásquez le corresponderá su turno.
El señor PROKURICA.-
Gracias, señor Presidente.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente , después de escuchar al Honorable señor Arancibia , que ha vivido el problema por haber desempeñado los dos cargos -lo cual es importante, pues la práctica nos dice cuándo conviene una solución u otra-, creo que su opinión no es una más.
Su argumento me convenció, y lo digo con mucha honestidad.
Por lo tanto, voy a votar a favor de la norma.
Al respecto, debo señalar acá dos cosas. La primera es que mi decisión de aprobarla la tomé teniendo presente los problemas de constitucionalidad señalados.
Sin embargo, sin ser constitucionalista, quiero manifestar que a nadie se le podría exigir inventar la ampolleta antes del descubrimiento de la electricidad. Si lo que estamos analizando ahora, el 2009, es la creación de un cargo distinto, nuevo, con funciones especializadas, ello no era exigible en 1980.
En consecuencia, el artículo 104 de la Constitución, que señala la forma de nombramiento de los Comandantes en Jefe, no impide en absoluto que haya un mecanismo similar para otros cargos distintos. Porque el artículo 105 establece que: "Los nombramientos, ascensos y retiros de los oficiales de las Fuerzas Armadas y Carabineros, se efectuarán por decreto supremo, en conformidad a la ley orgánica constitucional correspondiente,". Y lo que aquí se está haciendo en realidad es generar una ley orgánica constitucional, ya que estamos votando el precepto con el quórum así requerido.
Por eso, no me parece -y dejo la constancia pertinente para la historia de la ley- que la norma en comento sea inconstitucional, porque hay una ley orgánica constitucional, que crea el cargo de Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, y determina las formas de nombramiento.
De otro lado, podríamos concluir que si dicha jefatura tuviera las mismas facultades, las mismas funciones, que los Comandantes en Jefe, entonces, por el hecho de haber sido nombrado de manera distinta, sería contrario a la Carta Fundamental. O sea, nos vamos por el lado de la forma y no del contenido.
En consecuencia, señor Presidente, sostengo que la norma es constitucional y, por ello, la votaré a favor.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , hoy día la discusión se ha dado en dos planos. El primero ha girado en torno a la constitucionalidad del precepto en debate, cuyos argumentos no repetiré, porque considero que de alguna manera existen disposiciones del Texto Fundamental que se vulneran con la nueva figura que se propone.
Estoy de acuerdo en eso. De ahí que me parecía interesante la proposición de mandar el proyecto a la Comisión de Constitución. Pero no se acordó tal procedimiento.
No me referiré a dicho asunto, respecto del cual coincido con lo planteado aquí por algunos señores Senadores que me han precedido en el uso de la palabra. En cambio, quiero abordar la materia que se transformado en la discusión de fondo.
Uno de los principales objetivos del proyecto es agregar a la actual condición formidable de medios que poseen las fuerzas de aire, mar y tierra de nuestro país, que es -sin duda- la mejor de su historia, un elemento no menor: la coordinación para que tales fuerzas tanto en su preparación como en su utilización sean lo más eficaces y eficientes posibles.
Y eso queda en evidencia en los ejércitos modernos. Porque hay algunos que, disponiendo de todos los recursos del mundo, son derrotados producto de la falta de coordinación, o terminan con más muertos por el fuego propio que por el ajeno.
Entonces, hoy día no estamos hablando de los ejércitos de hace 10, 20 ó 30 años, sino de instituciones armadas extraordinariamente sofisticadas, en las que la coordinación vale tanto como los medios con que cuentan.
En tal virtud, aquí se plantean dos tesis. Una se refiere a que el Jefe del Estado Mayor Conjunto sea de tres estrellas y no de cuatro, lo cual significa dejar las cosas como en la actualidad. Hoy día, si se evalúa la coordinación de nuestras Fuerzas Armadas -lamentablemente ahora nos encontramos en sesión pública y no secreta-, podemos observar que todavía queda mucho por recorrer y avanzar en este ámbito. Y no solo en cuanto al uso de las Fuerzas Armadas -situación que por suerte, como se ha planteado aquí, no nos ha tocado vivir-, sino también, a su preparación y a lo que significa la compra de materiales, combustibles, de medios y de todo lo necesario para tal coordinación.
Si pretendemos que esta sea mejor -y en este aspecto no coincido con la señora Senadora que me antecedió en el uso de la palabra-, deberíamos permitir que el coordinador tuviera más espaldas para hacer su trabajo.
Ya hemos escuchado al Honorable señor Arancibia , cuya opinión también, por supuesto, me hace fuerza porque, como ninguno en esta Sala, conoce sobre la materia desde adentro.
Me parece que hacer un cambio para dejar las cosas como están no producirá ningún efecto positivo. Por el contrario, pienso que con la creación del cargo de Jefe del Estado Mayor Conjunto se procura, sin duda, tener una mayor coordinación.
Por otro lado, deseo despejar un punto respecto al cual, a mi juicio, algunos señores Senadores están equivocados.
El inciso quinto del artículo 26 del proyecto establece claramente las funciones del Jefe del Estado Mayor Conjunto -como ya señaló el Senador señor Gazmuri -, y dice que "ejercerá el mando militar de las fuerzas terrestres, navales, aéreas y conjuntas asignadas a las operaciones". De modo que ese oficial no va a tener mando sobre las ramas de las Fuerzas Armadas. No sigamos con ese argumento, porque no es real. Aquí no habrá un cuarto Comandante en Jefe, sino que será un Oficial General que no tendrá mando sobre las Fuerzas y cuya misión consistirá en asesorar al Ministro de Defensa .
En definitiva, quien tomará las decisiones -como sostuvo la señora Senadora que me antecedió en el uso de la palabra- será dicho Secretario de Estado . Porque el Jefe del Estado Mayor Conjunto será su principal asesor y no quien dirija las fuerzas de aire, mar y tierra, ni en tiempos de paz ni en tiempos de guerra, sino que ejercerá el mando militar de las fuerzas en operaciones que se le designen.
Por eso, estimo que despejar esa duda ayuda mucho a las decisiones que podamos tomar.
Por último -como dije denantes-, aquí está pendiente un asunto constitucional que me gustaría que se aclarara, a fin de no darnos "cabezazos contra la muralla" en el Tribunal Constitucional. Y ojalá lo pudiéramos resolver antes.
Y aunque no sea posible aquello, yo voy a votar a favor del proyecto, porque de esa manera se avanza, se da un paso adelante para lograr el perfeccionamiento que han conseguido otras Fuerzas Armadas de países modernos. Esto no significa mantener las cosas al mismo nivel actual. Y no es que ahora estemos mal, pero creo que podemos estar mejor y ponernos a la altura de los medios que el Estado ha dispuesto para poder enfrentar la preparación y la guerra, si es que en algún minuto se presentara.
El señor NOVOA (Presidente).-
Solicito la unanimidad de la Sala para que intervenga el señor Subsecretario de Guerra, quien ha pedido la palabra, e, incluso el Senador señor Romero le hizo una consulta.
Si no hay objeción, se procederá en tal sentido.
--Así se acuerda.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Subsecretario de Guerra.
El señor GARCÍA ( Subsecretario de Guerra ).-
Gracias, señor Presidente .
Voy a referirme a la cuestión constitucional, porque otras intervenciones resuelven el tema de la Defensa en términos estructurales y de la necesidad de esa función.
El argumento constitucional en contra del proyecto ha oscilado entre dos vertientes. Una, sostiene que es inconstitucional porque le priva o le usurpa atribuciones al Presidente de la República; y otra, que lo es porque le resta facultades al Comandante en Jefe. Y los planteamientos formulados aquí apoyan una y otra posición.
La primera argumentación tiene que ver, aparentemente, con sustituir la función del Jefe de Estado en orden a ser Generalísimo de las Fuerzas Armadas. En esto quiero ser muy claro: la iniciativa de ley no toca ni en lo más mínimo la atribución del Presidente de la República en esta materia.
Cabe indicar -y este punto lo sostuvo antes un constitucionalista- que el artículo 3° de la ley N° 18.002 otorga al Primer Mandatario la condición de "Generalísimo de las Fuerzas Armadas". Y el proyecto mantiene lo anterior en la estructura de grados.
Respecto a la función de Generalísimo, es claro que las potestades del Presidente de la República son especiales y no exclusivas. Por lo mismo, perfectamente pueden ser reguladas mediante una ley. Y para eso, hay dos modos de entender dicho artículo.
En primer término, el artículo 1° de la iniciativa -que ya fue aprobado- concentra todas las atribuciones constitucionales en materia de Defensa del Primer Mandatario . Si los señores Senadores repasan esa disposición, se darán cuenta de que es una reivindicación de sus facultades.
En segundo lugar, se sostuvo que el Primer Mandatario no podía delegar las potestades de organizar y distribuir las fuerzas de aire, mar y tierra. Sin embargo, dicha atribución figura en el inciso segundo del artículo 24 de la Constitución Política, y perfectamente puede ser regulada por ley.
Dicho precepto señala: "Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y de la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes.". O sea, es materia legal la posibilidad de considerar otras soluciones a la actual dimensión de Defensa.
Por lo tanto, lo primero que se debe sostener es que el proyecto, más que debilitar o usurpar las facultades del Presidente, en realidad, lo que hace es fortalecerlas.
Respecto al segundo argumento, se sostuvo que la iniciativa tendría vicios de inconstitucionalidad, porque el Jefe del Estado Mayor Conjunto se asimilaba a la figura de un cuarto Comandante en Jefe. Pero aquí se señaló con mucha claridad que, desde el punto de vista técnico, ello no es posible. Pero se sigue sosteniendo lo mismo.
Pues bien, la creación de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto es competencia del legislador orgánico constitucional. Como dijo Raúl Bertelsen en las Actas de la Carta Fundamental que nos rige, justamente se dispone la existencia de normas orgánicas constitucionales para que el sistema no caiga en un excesivo rigidismo y en disposiciones de detalle. Y, por eso, las de esta naturaleza, por muy importantes que sean, se configuran en el ámbito de lo orgánico constitucional. Y aquí se está creando una función nueva.
Adicionalmente -y con esto concluyo-, se intenta establecer que el Estatuto del Jefe del Estado Mayor Conjunto se asimila al del Comandante en Jefe.
Cabe destacar que los siguientes asuntos están definidos en el proyecto.
Primero, el grado, que es una materia regulada en el artículo 36 de la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas. Es decir, todo lo relativo al grado reviste ese mismo carácter.
Segundo, el rango, que es una cuestión que el artículo 43 de la misma ley orgánica entrega a un reglamento. O sea, no es necesario, desde ningún punto de vista, definir en la Carta Fundamental un rango con relación a las atribuciones de los Comandantes en Jefe.
Tercero, las potestades del Comandante en Jefe se mantienen incólumes en el proyecto. En su texto no se encuentra ninguna norma que afecte las facultades vigentes, las cuales, por lo demás, se hallan en el artículo 47 de la citada ley orgánica constitucional.
Adicionalmente, el Estatuto del Personal del Jefe del Estado Mayor Conjunto es asimétrico respecto del de un Comandante en Jefe. Tienen diferencias en los sistemas de nombramiento, en las bases de selección, y se especifica como únicos puntos de referencia los del retiro y la remuneración, por la importancia de los cargos. En suma, se trata de funciones nuevas y no hay una estructura de alteración de la jerarquía militar.
Quiero precisar un último asunto. ¿Por qué no se otorga el derecho y la potestad de ser futuro Comandante en Jefe al Jefe del Estado Mayor Conjunto? Porque de lo que se trata es de establecer la idea de lo Conjunto hasta el final, ya que el gran déficit institucional es la inexistencia de la dimensión conjunta. Y para que exista la dimensión conjunta, alguien debe abstenerse de mirar de reojo a su institución al momento de definir potestades militares. Y para ello su carrera concluye en el rango conjunto.
¿Significa eso que se traspasan antigüedades según alguna norma? En realidad, no se traspasan antigüedades, porque se crea una línea que solo afecta al Jefe del Estado Mayor Conjunto: la línea conjunta. Por ende, cuando una persona es nombrada en esa condición, se sustrae de su propia perspectiva de carrera militar la posibilidad de ser Comandante en Jefe.
Por lo demás, en algún momento se definió aquí que parecía excesivo que una autoridad castrense de tal naturaleza tuviera durante tanto tiempo determinada jerarquía militar.
En consecuencia, los argumentos desde ese punto de vista no son entendibles.
Cierro mi exposición con el siguiente argumento, señor Presidente.
¿Dónde está la posibilidad de privar al Jefe del Estado Mayor Conjunto de la opción de ser Comandante en Jefe?
La propia Carta Fundamental la franquea en el artículo 104, conforme al cual no basta encontrarse entre las cinco primeras antigüedades, sino que además deben reunirse las calidades que exijan los respectivos estatutos institucionales. Y lo que hemos hecho en este proyecto es fijar aquellas en la ley orgánica constitucional respectiva.
Opino que el argumento constitucional se debilita profundamente cuando se sugiere una fórmula de composición. Porque lo que antes era inconstitucional no puede volverse constitucional mediante una fórmula de composición donde las cuatro estrellas valen para determinado período.
Ese es el argumento para los efectos de alcanzar una solución en el Tribunal Constitucional.
Gracias, señor Presidente.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Arancibia.
El señor SABAG .-
¿Me permite plantear una moción de orden, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).-
Sí, pero a continuación...
El señor SABAG .-
Solo quiero solicitar que se abra la votación.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se abrirá la votación después de que intervenga el Senador señor Arancibia .
El señor ARANCIBIA .-
Conforme. Yo iba a pedir lo mismo.
--Así se acuerda.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Arancibia.
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente , espero que Sus Señorías me disculpen, pero nuevamente intervendré, ahora en forma muy breve, porque ya he dicho lo suficiente y esta tarde ha quedado bastante despejado el aspecto constitucional por los aportes tanto del señor Subsecretario de Guerra como de los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra.
Hay, sí, un punto que deseo reforzar: en el texto final que se propone a la Sala viene la corrección que permite, sobre la base de la norma constitucional donde se hace referencia a "los respectivos estatutos institucionales", negarle al oficial nombrado Jefe del Estado Mayor Conjunto la opción de ser Comandante en Jefe.
Ahora, señor Presidente, me haré cargo de algunas afirmaciones que se han reiterado. Yo las he contestado varias veces. Pero, como hoy vamos a votar, no quiero dejarlas pasar.
Se ha hablado de "mutilar la carrera militar".
En la estructura castrense, cuando se designa a un Comandante en Jefe, quien ejercerá el cargo durante cuatro años, se mutila la carrera militar de las tres generaciones que le siguen, a menos que se les aplique la mal llamada o bien llamada "ley Canessa".
Entonces, el que exista una posibilidad más de ascenso resulta bueno para las tres instituciones; no significa mutilación de la carrera.
En este momento, por ejemplo, nombrado Comandante en Jefe de la Armada el Almirante González, tres generaciones de Almirantes no pueden ascender.
A mí me tocó coexistir 16 años con el Almirante Merino y 8 con el Almirante Martínez como Comandante en Jefe. Yo fui el primero en ocupar este cargo por cuatro años. Eso me significó permanecer en calidad de Almirante 24 años, durante los cuales -insisto- existieron solo tres Comandantes en Jefe.
Ahí hubo mutilación de carrera.
En este caso se está abriendo una opción adicional.
Quería dejar más o menos claro ese punto, señor Presidente.
Me alegro de que la Senadora señora Matthei esté de acuerdo en que cuando en tiempo de guerra se asigne el mando al Jefe del Estado Mayor Conjunto sea él quien lo ejerza en plenitud, con tres, cuatro, siete estrellas. Y es bueno que avancemos en ese aspecto, porque resulta esencial que quien conduzca las operaciones tenga más rango que otros.
Así, hoy es factible que sea Comandante de Teatro -cargo que existe- un General de tres estrellas; Comandante en Jefe de la Escuadra, un Vicealmirante, y Comandante del Comando Aéreo de Combate, un General del Aire.
Entonces, es bueno que quien mande a esas tres autoridades de tres estrellas tenga cuatro.
Concordando con la señora Senadora, estoy feliz por esa situación en tiempo de combate.
Ahora, ¿cuál es la ventaja de contar con un Jefe del Estado Mayor Conjunto en tiempo de paz?
Me explico.
El debate que estamos desarrollando aquí es entre pares. Podemos coincidir en algunos aspectos y sacarnos los ojos en otros; pero lo hacemos con personalidad absoluta.
Si tengo que defender una posición y mi destino depende de la opinión de uno de mis colegas Senadores, antes de exponer mis planteamientos de la manera vehemente en que lo estoy haciendo consulto con él.
Deseamos que el Ministro de Defensa, quien va a "cortar el queque", reciba el mejor apoyo de aquellos que lo asesoran: los tres Comandantes en Jefe, más el Jefe del Estado Mayor Conjunto, quien, en un conflicto bélico, conducirá las operaciones militares, para lo cual estamos aceptando que tenga cuatro estrellas.
Señalo aquello porque me parece extraordinariamente significativo.
¡Cómo voy a defender con vehemencia algo si no me he puesto de acuerdo con mi jefe el día anterior!
Aquí se está planteando la existencia, no de jefes, sino de argumentos, convicciones, análisis, planes, información en virtud de los cuales cuatro oficiales generales le van a hacer una propuesta al Ministro de Defensa , quien, a su vez, le formulará una proposición a la Presidenta de la República para que "corte el queque" sobre el plan que se llevará adelante.
Quiero ser enfático en esto, señor Presidente.
No sé qué más podría aportar. Ya me referí a la mutilación de la carrera.
Yo ejercí los dos cargos. Y me habría encantado ser oficial de cuatro estrellas.
Un señor Senador me preguntaba recién si, como Comandante en Jefe, me habría molestado que existiera un Jefe del Estado Mayor Conjunto de cuatro estrellas. Le respondí que por ningún motivo, porque las actividades de uno y otro no tienen nada que ver. Son distintas, pero ejercidas por autoridades del más alto rango. Y, además, el último tendrá que coordinar su propuesta con el Subsecretario de Defensa , autoridad a la que se potencia.
Por lo tanto, para los efectos de los equilibrios dentro del mismo Ministerio, es conveniente que el Jefe del Estado Mayor Conjunto sea un oficial general de la más alta jerarquía.
Es cuanto puedo decir, señor Presidente.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
En votación el reemplazo del inciso segundo del artículo 26 propuesto por la Comisión.
--(Durante la votación).
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN .-
Señor Presidente , la norma que nos ocupa es en extremo compleja. Por razones que no es del caso mencionar, no participé en el debate realizado anteriormente.
El señor GAZMURI .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor LARRAÍN.-
Sí, con la venia de la Mesa.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GAZMURI .-
Señor Presidente , entiendo que votar "sí" significa aprobar el inciso segundo propuesto por la Comisión y, por lo tanto, que el Jefe del Estado Mayor Conjunto tendrá cuatro estrellas.
El señor NOVOA (Presidente).-
Exacto.
El señor GAZMURI .-
O sea, el "sí" implica cuatro estrellas, y el "no", tres.
El señor NOVOA (Presidente).-
Así es. Y se trata de una norma orgánica constitucional.
Puede continuar el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN .-
Señor Presidente , como decía, sin haber tenido mucho tiempo para participar en el debate anterior y menos todavía para interiorizarme de las cuestiones constitucionales aquí planteadas -me parecen de sumo interés, pues siempre son discutibles (porque las leyes y la Carta no son exactas) y, por consiguiente, susceptibles de interpretación-, pienso que hay un punto complejo y que está siendo objeto, para los efectos de su resolución, de una fórmula que no es la más adecuada.
Esto de las tres o cuatro estrellas, en último término, es la discusión sobre cómo se efectúa la coordinación de instituciones que son profesionales y jerarquizadas.
En mi concepto, poner a una persona en el mismo nivel jerárquico de otras que son cabezas de serie de entidades muy fuertes configura una situación bastante difícil de explicar y constituye, en definitiva, la peor de las soluciones.
Si se encuentra debajo, probablemente carecerá de poder para influir sobre las otras personas y la coordinación habrá de ser muy activa y quizás -como decía la Senadora señora Matthei -, al final, su fuerza dependerá del respaldo y del aval del Ministerio de Defensa.
Y si su nivel jerárquico es mayor, si tiene cinco estrellas -por decirlo con el lenguaje "astronómico" que estamos utilizando hoy-, sin lugar a dudas tendrá efectividad sobre los tres mandos restantes.
Me parece que la solución intermedia -es decir, que el Jefe del Estado Mayor Conjunto sea un igual y los Comandantes en Jefe mantengan su soberanía al interior de sus respectivas instituciones pero sujetos a la coordinación de aquel nuevo Jefe (nuevo en cuanto a las atribuciones y facultades que tendrá)- va a generar conflictos sin límites.
Porque, señor Presidente , la naturaleza de la coordinación no es asesora. No se trata de una tarea que implique decir, por ejemplo, "¿Qué les parece que nos juntemos aquí para hacer esto?". No. El que coordina posee mando. En consecuencia, un igual va a tener mando sobre tres instituciones distintas.
No sé si esa es la mejor fórmula.
Estoy seguro de que en el ámbito empresarial -como indicaba la Senadora señora Matthei - no ocurre así, sino al revés.
La modalidad sugerida, entonces, restará eficiencia y provocará diversos tipos de celos y dificultades institucionales.
Por lo demás, la tendencia moderna es a que el Jefe del Estado Mayor Conjunto sea de cinco estrellas y tenga mando sobre las tres instituciones. Eso es claro, nítido. Y creo que refleja un espíritu efectivo de ejecutoriedad en las decisiones y de coordinación real.
Le preguntaba al Honorable señor Arancibia qué le parecía aquella solución, a la cual tienden las Fuerzas Armadas contemporáneas, y me expresaba que, dada la cultura local, sería muy difícil aplicarla en nuestro país.
Pero pienso que esa misma cultura local hará difícil lo de las cuatro estrellas: un igual que coordina pero no manda.
No sé cómo se dirime la cuestión.
Estimo que, por resolver algo que entiendo necesario, cual es que el Jefe del Estado Mayor Conjunto tenga más efectividad en su función para que la coordinación entre las instituciones castrenses mejore y no haya errores -por ejemplo, hablaba el Senador señor Arancibia sobre las diferentes estructuras de tecnología comunicacional existentes en las tres ramas de las Fuerzas Armadas, lo que parece inconcebible, pues cada cual "anda para su santo"-, lo de las estrellas no se zanja bien en el proyecto que nos ocupa.
No creo que igualar a los Comandantes en Jefe sea solución. Más bien, entorpecerá el asunto. Prefiero tres o cinco estrellas. Y me tientan mucho las cinco, pues en tal caso deberíamos tener un cuerpo armado orgánico, bien pensado y con la efectividad que queremos para Fuerzas Armadas caminando hacia un futuro de acciones conjuntas.
No se ve hoy lo que en otros tiempos, cuando cada rama podía tener roles tan distintos que casi no se necesitaba hacer la diferenciación. Ahora la integración es total. El Ejército requiere desplazamientos aéreos; la Armada, también; la Fuerza Aérea precisa infantería, en fin. Todas las ramas van requiriéndose e integrándose entre sí.
Estimo que deberíamos pensar en dar el paso final, porque de lo contrario vamos a perjudicar la funcionalidad y la operatividad que se buscan.
En ese escenario, la opción de las tres estrellas es casi mejor que la de las cuatro.
Sin embargo, señor Presidente, creo que estamos comprando un problema y no resolviendo el fondo del asunto en cuestión.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ALLAMAND.-
¿Cómo es la votación, señor Presidente?
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Votar que sí significa aprobar la norma donde se contiene la proposición del grado de cuatro estrellas, para lo cual se requiere quórum orgánico constitucional.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Reitero: ¿algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Por no reunirse el quórum constitucional requerido, se rechaza el inciso segundo de reemplazo propuesto por la Comisión de Defensa Nacional para el artículo 26 (21 votos a favor, 7 en contra y una abstención).
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Arancibia, Bianchi, Coloma, Escalona, Flores, Gazmuri, Girardi, Gómez, Letelier, Longueira, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Núñez, Orpis, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag y Vásquez.
Votaron por la negativa la señora Matthei y los señores Allamand, García, Horvath, Larraín, Romero y Zaldívar.
Se abstuvo el señor Kuschel.
El señor GAZMURI.-
¿Cuántos votos se necesitaban para aprobar la norma, señor Presidente?
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Veintidós.
El señor GAZMURI.-
¿Y la abstención no se suma a la mayoría?
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
No tiene incidencia, señor Senador.
El señor ALLAMAND.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente , solo deseo hacer presente que el rechazo del inciso segundo de reemplazo sugerido para el artículo 26 conlleva necesariamente, por una simple cuestión de razonamiento, que los incisos tercero, cuarto y quinto se entiendan desechados. De lo contrario, no habrá coherencia normativa alguna.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Señor Senador, reglamentariamente, la redacción de las normas que resultan incoherentes con lo resuelto por la Sala queda entregada a la Secretaría.
INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN Y PRESTACIONES EN MATERIA DE REGULACIÓN DE FERTILIDAD
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Corresponde continuar la discusión particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad, con segundo informe de la Comisión de Salud e informe de la de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y urgencia calificada de "discusión inmediata".
6582-11
--Los antecedentes sobre el proyecto (6582-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 35ª, en 28 de julio de 2009.
Informes de Comisión:
Salud, sesión 59ª, en 27 de octubre de 2009.
Salud (segundo), sesión 69ª, en 17 de noviembre de 2009.
Constitución, sesión 69ª, en 17 de noviembre de 2009.
Discusión:
Sesiones 59ª, en 27 de octubre de 2009 (se aprueba en general); 75ª, en 15 de diciembre de 2009 (queda pendiente su discusión particular).
El señor NOVOA (Presidente).-
Debo hacer presente a la Sala que restan dos votaciones.
La primera emana de una solicitud que formuló el Honorable señor Ruiz-Esquide para pronunciarse separadamente sobre la norma de la Comisión de Constitución que establece las condiciones para la distribución de la "píldora".
La segunda corresponde a una disposición vinculada con la obligación de denunciar determinado delito, que fue objeto de votación dividida en una de las Comisiones.
Atendida la "discusión inmediata", le propongo a la Sala omitir el debate de las normas pertinentes e ir directamente a la votación, partiendo por el inciso en que recae la solicitud del Senador señor Ruiz-Esquide.
¿Les parece a Sus Señorías proceder en esos términos?
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra, señor Senador.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Únicamente quiero señalarle a la Mesa que resta solo una votación.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
No, señor Senador. El artículo 5º, nuevo, fue aprobado en la Comisión de Salud por mayoría, no por unanimidad.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Muy bien.
El señor NOVOA (Presidente).-
Entonces, ¿procedemos en los términos indicados?
--Así se acuerda.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Según lo resuelto por la Sala, corresponde votar el siguiente inciso final propuesto por la Comisión de Constitución para el artículo 4º: "En todo caso, no se considerarán anticonceptivos, ni serán parte de la política pública en materia de regulación de la fertilidad, aquellos métodos cuyo objetivo o efecto directo sea provocar un aborto.".
El señor NOVOA (Presidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , solo quiero puntualizarle al Senado que Chile tiene una política de planificación familiar que fue pionera a nivel mundial en la década de los sesenta, particularmente durante el Gobierno del Presidente Eduardo Frei Montalva . Y en ese período nuestro país inició el uso de los dispositivos intrauterinos.
Debo advertir -me parece responsable hacerlo- que las regulaciones excesivas, innecesarias, inadecuadas, como las que se están planteando, solo conseguirán que en Chile se comience a cuestionar el principal instrumento de regulación de la fertilidad: el dispositivo intrauterino.
El inciso propuesto no le hará mella a la "píldora del día después", no la afectará, porque queda claro -así se desprende de todos los consensos internacionales y de los debates registrados a nivel planetario- que no es abortiva. Empero, pondrá en cuestión la "te" de cobre, pues existe un debate -legítimo- en el sentido de que entre sus mecanismos de acción -algunos, de barreras; otros, de sustancias químicas que impiden el paso de los espermios- estaría también la generación de un proceso inflamatorio que impediría la implantación de un óvulo fecundado.
Yo solo quiero señalar que, de aprobarse el inciso en comento, algunos Senadores van a ser responsables de que empiece a perseguirse a las mujeres para que se saquen la "te" de cobre, que es el método más inocuo y de mayor uso en el país (lo utiliza sobre 45 por ciento de la población femenina).
Así como alguna vez este Parlamento, de manera absolutamente equívoca, impidió la regulación de la fertilización asistida y del manejo de embriones -decisión del todo aberrante, a tal punto que difícilmente se practicarán esos procedimientos aquí; y ella provocó que los principales expertos de algunas clínicas tuvieran que salir de Chile-, estamos cometiendo nuevamente un error, que irá en desmedro de las mujeres y solo generará embarazos no deseados y abortos. A mi juicio, es preciso asumir la responsabilidad correspondiente.
La disposición resulta absolutamente innecesaria. En Chile no existe ningún método que se pueda registrar como abortivo. Por lo tanto, es superfluo señalarlo. Pero, al expresarse lo que dice el texto, se cuestionará un instrumento que data de hace muchos años, respecto del cual nuestro país posee una larga experiencia: la "te" de cobre.
Si lo que se quiere es que las chilenas se tengan que sacar ese dispositivo, dígase ello directamente. Asumamos, en una discusión franca, que algunos aquí lo rechazan. Porque ese será el resultado de agregar algo a lo cual en la Comisión de Salud, como estamos preocupados de los temas sanitarios, nos opusimos.
Ahora bien, no comparto la idea de que el proyecto debe aprobarse como venga.
Y afirmo que también habrá una responsabilidad del Ejecutivo si en el futuro les sacan a las mujeres la "te" de cobre. La compartirán el Gobierno y los parlamentarios que voten a favor de la norma.
Lo expongo porque me parece que ese será un debate central en la historia del país, con relación al instrumento de anticoncepción más eficaz, más inocuo, más usado, más barato y que ha demostrado la mayor aptitud para la disminución del embarazo no deseado, de la mortalidad infantil y del aborto.
Deseo consignar lo anterior porque estas serán las consecuencias de aprobar una norma aberrante, que considero -perdónenme mis Honorables colegas- arcaica e innecesaria. ¿Por qué? Porque contamos con toda una legislación en la materia que la hace superflua. Solo provocará problemas que hoy no existen.
Y, evidentemente, se generará un grave cuestionamiento respecto de un método con muchas décadas de uso, incorporado profundamente en la cultura sanitaria y que, además, es el preferido por las mujeres adultas, por las casadas. Porque, desde luego, no es el que usan las adolescentes: es el que emplean las mujeres que ya han tenido hijos, que ya han pasado por partos.
Entonces, me parece que nos encontramos ante un tema de fondo. Y solo quiero subrayar lo que estamos votando.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente , quisiera llamar especialmente la atención respecto del inciso que nos ocupa, por cuanto la situación destacada por quien me antecedió en el uso de la palabra es exactamente la contraria a lo que se establece, habiendo sido aprobada la norma -dicho sea de paso- por la unanimidad de la Comisión de Constitución.
Invito al Honorable señor Girardi y a los demás señores Senadores a leerlo. Dispone que "En todo caso, no se considerarán anticonceptivos, ni serán parte de la política pública en materia de regulación de la fertilidad, aquellos métodos cuyo objetivo o efecto directo sea provocar un aborto.".
Ello justamente despeja cualquier duda acerca del dispositivo intrauterino, porque la mujer que lo utiliza no lo hace para provocarse un aborto, sino para impedir un embarazo, de modo que la idea es exactamente la contraria de lo sostenido por quien me precedió en el uso de la palabra. Es algo que, conforme a la norma, se preserva y regula en la ley, por si el día de mañana alguien afirmara que no es posible utilizar ese método.
Insisto en que se lea bien la disposición, porque persigue exactamente el objetivo contrario al que se ha señalado. Y resulta importante tener en cuenta que precisamente la incorporamos para evitar que el día de mañana se pudiera plantear que no es posible recurrir al sistema a que he hecho referencia.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , estimados colegas, pedí una votación separada por considerar que la larga frase que se contempla constituye una incoherencia, en sí misma.
He leído muy bien el inciso, como lo pidió la señora Senadora que me precedió en el uso de la palabra, y si uno lo hace llega, en primer lugar, guste o no, a la conclusión mencionada, porque algo, o es anticonceptivo o es abortivo. No puede ser ambas cosas simultáneamente. El anticonceptivo impide una...
El señor ORPIS .-
Concepción.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
... opción de embarazo y el abortivo conduce, una vez registrada la implantación, a la salida del óvulo por métodos externos.
Ahora bien, entiendo que algunos consideran -y en eso es preciso considerar la opinión de ciertas iglesias- que "todo aquello que va a ser ya es". Por lo tanto, la definición de aborto se plantea de otra manera. En ese caso -para ser claro-, no existiría jamás un anticonceptivo: todos los métodos serían, por definición, abortivos.
Y se puede llegar al extremo de estimar que cualquier daño que sufran, por separado, el óvulo o el espermatozoide también es abortivo, porque lo que ya es va a serlo después y el espermatozoide se encuentra presente expresamente para generar un embarazo.
Entonces, primero que nada, aquí se observa una incoherencia. Y no me gusta aprobar una de ellas -por lo menos, las que entiendo como tales-, de modo que votaré en contra.
Sé que lo anterior no es compartido por algunos señores Senadores -resulta obvio-, porque es algo que se encuentra en la definición que ha impulsado todo nuestro debate en estas materias durante diez años.
Pero, además, si se aprobara la norma, sería una puerta abierta para que cualquier mecanismo, instrumento o fármaco pudiera ser llevado ante el Tribunal Constitucional, con lo cual se generaría precisamente un efecto que varios integrantes de la Comisión de Legislación quisieron prevenir. A mi juicio, la frase "aquellos métodos cuyo objetivo o efecto directo sea provocar un aborto" permitirá que cualquiera afirme, si mañana aparece un medicamento, que tendrá lugar tal consecuencia y que reclame ante ese organismo. O sea, el inciso es incoherente en sí mismo y, al mismo tiempo, abre un espacio para que se originen alegatos que, en definitiva, paralizarán cualquier mecanismo o política que queramos impulsar en este ámbito.
Tratando de ser lo más objetivo que puedo, señor Presidente , el propósito que se persigue es el que también consigné ayer: evitar absolutamente toda posibilidad de aborto.
En virtud de lo expuesto -por eso pedí la votación separada-, me pronunciaré en contra del inciso.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , me alegro de la indicación que se presentó en la materia, que partió originalmente por la intervención del Senador señor Larraín con ocasión del debate y que posteriormente fue materializada a través de un acuerdo unánime, según entiendo, en la Comisión de Constitución.
Y digo que me alegro de ella por pensar que ha puesto lo principal en el centro del debate: no se trata de la píldora, sino del aborto.
El señor PROKURICA .-
Así es.
El señor ORPIS.-
Lo que hace la norma, entonces, es establecer claramente la diferencia. Es algo que, por lo menos, quiero plantear de manera categórica. Lo que se está señalando es que resulta válido cualquier método que impida la concepción, porque, una vez que esta se materializa, todo aquel que se utilice es abortivo. Y aquí estamos velando por la vida.
Por lo tanto, se coloca este último límite, que me parece que es el natural. ¿Estamos o no por la vida? Creo que esa es la pregunta de fondo.
¿Estamos o no por evitar el aborto? Si una vez materializada la concepción, se interrumpe la vida -y por métodos artificiales-, ello recibe tal denominación.
¿Dónde tiene que efectuarse la demostración? Donde corresponde, que son los tribunales de justicia. Ahí debe probarse si un determinado sistema de anticoncepción es o no abortivo.
¿Quién tiene que resolver? Los jueces.
Eso es lo lógico.
En consecuencia, señor Presidente , pienso que se ha puesto en el debate la cuestión central, que es lo relativo a la vida, al aborto. Y ello tendrá que verificarse, tal como lo señalé, ante los tribunales.
El asunto no dice relación a los embarazos no deseados, que no se resuelven a través del aborto. Son otros los mecanismos para hacerlo, mucho más humanos, entre ellos la adopción, que es el principal. Existen alternativas distintas.
Por lo tanto, reitero que estamos abordando un aspecto central. La cuestión no radica en la píldora, sino en el aborto, en la vida. Y ello es algo que tendrá que demostrarse en los tribunales de justicia.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN .-
Señor Presidente , me alegro de que la indicación presentada por la Senadora señora Alvear , por una parte, y la formulada por mí, por la otra, respecto del problema abortivo hayan sido acogidas por la Comisión de Constitución, porque eso nos permite poner las cosas en su lugar.
Como muy bien lo manifestó el Honorable señor Orpis , es una discusión equivocada la de que una norma general sobre la anticoncepción se centre en un método específico y determinado, porque estos últimos cambian, y lo que tenemos que definir es qué sistemas, previos o posteriores a las relaciones sexuales, resultan compatibles con nuestro ordenamiento jurídico. Si este defiende la vida del que está por nacer y ella se define desde el momento de la concepción, tales mecanismos son todos aquellos que tienen lugar antes de darse ese instante específico. No le corresponde a la ley definir este último, que es algo propio de la ciencia. Lo único que nosotros debemos hacer es preservar un valor: el de la vida. Por lo tanto, da lo mismo el método, sea anterior o posterior, pues lo único que importa es que sus efectos no sean abortivos. Y eso, en lo esencial, se recoge en la norma propuesta.
Es preciso entender que el texto constituye, en consecuencia, una excepción: se autorizan todos los métodos que el Ministerio de Salud autorice y regule, pero siempre dentro del marco de que no pueden generar efectos directos sobre la vida. Es decir, no es posible que provoquen un aborto.
A lo que estamos haciendo referencia, en seguida, es a procedimientos anticonceptivos. Pero, obviamente -como bien lo aclaró la Senadora señora Alvear -, de lo que estamos preocupados, para estos fines, no es de los sistemas previos a la relación sexual que tienen como objetivo evitar la concepción. Mal podrían surtir efectos abortivos, ya que la primera aún no ha tenido lugar.
En ese sentido, es falaz el argumento de mi estimado amigo el Senador señor Ruiz-Esquide en orden a que "todo lo que ya es puede ser", porque el espermio puede ser, efectivamente, pero evitar una relación sexual a través de un preservativo, por ejemplo, no provoca un efecto abortivo, en la medida en que la concepción jamás se producirá solo por la potencia de llegar a ser. Entonces, impedir que un espermio llegue a un óvulo no presenta ninguna consecuencia atentatoria contra la vida, pues si bien ello es y puede llegar a ser, solo podrá ser si acaso existe una relación sexual plena y absoluta. En tal caso, eso no ocurre. El argumento, por lo tanto, carece de validez.
Lo único que vale es si lo que estamos haciendo permite o no, una vez verificada la relación sexual, que existan fórmulas, cualesquiera que sean, hormonales o no hormonales, que, con preservación de la naturaleza humana, por decirlo en forma amplia, impidan la concepción sin afectar la vida del que está por nacer. Si ello es así, ¡santo y bueno! Pero si ya existe vida, si ya se concretó la concepción, no puede autorizarse un método, porque este ya no sería anticonceptivo, sino abortivo.
En ese sentido, me parece razonable advertir que lo que se está rechazando no se puede considerar un método anticonceptivo, porque si reviste ese carácter se trata de algo previo a la concepción, y de lo que se trata es de evitar procedimientos que, una vez registrada esta última, causen un efecto que impida la continuidad del ser concebido.
Eso es lo esencial. Y si lo entendemos bien, entonces estamos dando paso a la solución de un problema que, a mi juicio, se ha orientado y discutido equivocadamente, porque lo que importa es defender la vida, no evitar la concepción. Este último es un problema que se halla en la conciencia de las personas.
Las religiones podrán decir lo que quieran, y cada uno podrá asumirlo, mas en nuestro ordenamiento legal las cuestiones de fe no se pueden imponer por ley. Y nadie puede pretender hacerlo.
Sin embargo, la legislación contempla un límite respecto de las concepciones personales o religiosas de cualquier orden: que se respete la vida. Y esta comienza en el momento de la concepción. Por lo tanto, todo método anticonceptivo puede encontrarse muy bien fundamentado, pero, sea o no anticonceptivo, es preciso tener presente si provoca un efecto directo sobre un ser concebido, sobre vida humana, desde el momento en que ello se determine. No sé si este es el de la relación sexual; si son 24 ó 36 horas después. Eso lo señalará la ciencia. No somos nosotros los llamados a precisarlo. Lo que sí estamos llamados a definir es cuándo, frente a la vida, podemos dejar de considerar un método como anticonceptivo...
Pido un minuto más, señor Presidente .
El señor NOVOA (Presidente).-
Puede continuar, Su Señoría.
El señor LARRAÍN .-
Gracias.
Destacaba cuándo podemos dejar de hacer referencia a una cuestión anticonceptiva: solo cuando se concreta la concepción. Por lo tanto, está bien planteado que se exprese que no se considerarán anticonceptivos "aquellos métodos cuyo objetivo o efecto directo sea provocar un aborto.". Ese es el punto central.
Cualquier procedimiento que pase como anticonceptivo pero afecte a una vida ya concebida y pueda causar un aborto se encuentra prohibido, porque no es posible autorizar algo que vaya en contra de un bien jurídico protegido por nuestro ordenamiento penal, constitucional y civil.
Expresaré una última consideración, señor Presidente . Cuando se presenten reclamaciones, las cuales serán judiciales, no constitucionales -se podrá recurrir de protección frente a una resolución que autorice un sistema determinado-, se analizará en ese momento el método en particular. Y serán los científicos quienes expresarán si este genera efectos abortivos, es decir, si provoca consecuencias químicas al interior del ser humano con posterioridad a la concepción. Si la conclusión es afirmativa, se tendrá que evitar. Si determinan que es previo a la concepción, bienvenido sea. De esta forma se evitará una discusión que, a mi juicio, ha sido mal conducida.
La reclamación judicial conducirá a la autorización o negación del método. Y lo que se va a cuestionar será la resolución, no un caso específico.
Por lo tanto, me parece que la solución, entendida como una excepción y habiéndose comprendido bien qué es un método anticonceptivo y cuál es el carácter y la naturaleza de las reclamaciones judiciales, sobre la base del espíritu que he planteado, creo que zanja la cuestión. Y al Senador que habla, por lo menos, que propició una indicación que fue recogida en la norma, lo deja plenamente satisfecho.
Votaré que sí.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , costaba explicarse el porqué de la introducción de la indicación hasta escuchar detenidamente a los Senadores señores Orpis y Larraín .
Hemos dicho que la norma conducirá a que Jorge Reyes y la institución en que participa recurran, al día siguiente de aprobada la ley en proyecto, al Tribunal Constitucional, que ya rechazó una presentación de 36 parlamentarios para declarar la "te" como abortiva, entre otras cosas.
Lo que aquí se está haciendo es incorporar en una normativa mecanismos anticonceptivos que pueden ser calificados como abortivos o ser parte de una política pública.
Se va a abrir una gran discusión al respecto.
Y como manifestó el Senador Orpis, esto lo van a zanjar los tribunales. Ellos dirán: "Ustedes aprobaron una ley que nos faculta para calificar un método como abortivo o no". Y así se producirá un debate judicial avalado por esta futura ley.
Pero el asunto ya se encuentra resuelto. El Tribunal Constitucional no acogió a tramitación una presentación respecto de la "te" de cobre.
La verdad es que la acusación respecto de este dispositivo es grave. Equivale a señalar: "Los Gobiernos de la Concertación han consentido durante muchos años un método que es abortivo".
Se pretende abrir un debate sobre un punto que se halla absolutamente zanjado.
Siento que el inciso en comento no expresa el debate de fondo, el cual se explicitará en la discusión jurídica de tipo judicial que se va a generar acerca de si tal método anticonceptivo es o no abortivo.
Pero ese debate en materia de salud pública ya está saldado. Y cientos de miles de mujeres chilenas usan dicho dispositivo como método anticonceptivo.
Me parece que, de aprobarse la norma en votación, se va a facilitar, con un aval legislativo, la estrategia para recurrir en contra de ese método de aquí en adelante.
Por lo tanto, el argumento que el Tribunal Constitucional ya rechazó será retomado.
En esta materia hay que tener una gran responsabilidad, porque, al momento de votar la disposición, los Senadores deben sopesar el debate posterior que se producirá. Se va a decir: "Los parlamentarios votaron a favor o en contra de que se pueda cuestionar un elemento anticonceptivo de salud pública al permitir que se abra debate respecto de si es o no abortivo".
Vamos a reemplazar la discusión sobre el acceso a la "píldora del día después" por una relativa a si la "te" de cobre es abortiva o no.
En definitiva, tendremos un nuevo enfrentamiento valórico en esta materia.
A mi juicio, esa discusión será estéril, ya que todos queremos combatir y evitar el aborto.
El debate sobre fertilidad, particularmente en lo relativo a la "píldora", se centró en impedir que las niñas menores de 14 años aborten. Voté a favor de ello porque no participo de tal posibilidad. Y ese fue el gran debate que sostuvimos ayer. Hay que buscar una salida para proteger la vida del que está por nacer y de la adolescente.
La norma que nos ocupa apunta a otro ámbito: al cuestionamiento de una política pública que el Estado chileno -el señor Ministro de Salud podrá confirmarlo- ha llevado a cabo durante muchas décadas y que ha demostrado cierta eficacia en el control de la natalidad, en especial por parte de mujeres que no pueden pagar anticonceptivos y que utilizan un dispositivo de bajo costo, que es distribuido por los consultorios públicos. Sin embargo, hoy día ese método podría ser cuestionado.
No estoy por abrir debate sobre el asunto.
Creo que las políticas públicas de salud deben facilitar -¡facilitar!- el acceso a los métodos anticonceptivos para las mujeres que conscientemente quieran utilizarlos.
Sin embargo, en virtud de un inciso que se halla fuera de las ideas matrices del proyecto, de repente alguien podrá cuestionar tales métodos y generar una discusión al respecto. La norma en cuestión fue propuesta en forma legítima por algunos señores Senadores, pero podría terminar desvirtuando el objetivo central de la iniciativa y operando exactamente en su contra.
Por tal motivo, votaré en contra, señor Presidente.
Además, deseo preguntar al señor Ministro y a sus asesores acerca de las implicancias de dicha disposición en el uso de la "te" de cobre. No sé si contamos con mayoría para rechazar el inciso; al parecer, el pronunciamiento es transversal. Preciso saber qué significaría en materia de salud pública para las mujeres de Chile el que pudiera ser cuestionado -y eventualmente retirado- tal dispositivo.
Es muy importante conocer esa opinión a la hora de votar.
Advierto que dicha norma va a servir de preámbulo para iniciar acciones tanto en el Tribunal Constitucional como en los tribunales de justicia para determinar la condición abortiva o no abortiva de la "te" de cobre, en particular, y de otros anticonceptivos.
He dicho.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Si me permiten, deseo expresar dos cosas.
Primero, el inciso en votación no genera problemas de tipo constitucional, porque no tiene tal rango.
Y segundo, se le formuló una consulta al señor Ministro de Salud para que estableciera una precisión. Con la venia de la Sala, sería pertinente que él aclarara el alcance de la norma de inmediato.
Con ese propósito, tiene la palabra el señor Ministro.
El señor ERAZO ( Ministro de Salud ).-
Señor Presidente , en primer lugar, dejo constancia de que el proyecto en discusión nunca pretendió abordar el problema del aborto en Chile. Porque este ya se encuentra regulado en la legislación vigente.
Siempre dijimos durante todo el debate, en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y después en el Senado, que en nuestro ordenamiento legal -Código Penal (artículos 342 y 345) y Código Sanitario (artículo 119)- están perfectamente establecidos los recursos para que en Chile no se pueda incorporar a las políticas públicas de salud ninguna práctica o método que favorezca o promueva el aborto. En segundo término, en todos los argumentos presentados durante el debate de Comisión por parte de los expertos de las sociedades científicas chilenas -particularmente de la Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología y del Instituto de Medicina Reproductiva- quedó claro que el levonorgestrel no constituye una sustancia abortiva.
Lo resumo en una frase extremadamente simple desde el punto de vista argumental pero con un tremendo peso científico: Horacio Croxatto planteó que si una mujer toma la "píldora" antes de la ovulación, evitará el embarazo, pero que si lo hace después, se embarazará igual. O sea, no existe ninguna prueba científica -nunca la hubo- que indique que la "píldora" es abortiva. La evidencia actual demuestra que no lo es.
Tales antecedentes fueron entregados en el largo debate que sostuvimos respecto de si ese método es o no abortivo.
No se abordó lo relativo al aborto en la iniciativa, no por eludir el peso de alguna prueba sino porque el resguardo constitucional sobre el punto y lo establecido en los Códigos mencionados ya contemplan la materia.
También hicimos mención al dispositivo intrauterino, en torno al cual entregamos argumentos.
La evidencia actual en el mundo demuestra que dicho método anticonceptivo no es abortivo. Por ende, cualquier relativismo que pueda surgir en contra de este dispositivo carece de destino.
Además, el Tribunal Constitucional ya falló sobre el particular.
En consecuencia, los fundamentos que hemos defendido como autoridades de salud por largo tiempo se basan en la certeza de que dicho método no es abortivo.
Existen mecanismos preestablecidos acerca de este asunto, que entregaremos como antecedentes para la historia fidedigna de la ley.
También cabe mencionar que resulta evidente que el debate sobre el aborto constituye una cuestión ajena a la idea matriz del proyecto, la cual se limita a regular la información, orientación y prestación en materia de fertilidad.
El problema del aborto está bien resguardado en la legislación nacional.
Por último, hago presente que buscar un mecanismo para cuestionar procedimientos que algunos consideren abortivos producto de diferencias de criterio y opinión no tiene ningún fundamento, porque al final es el Ministerio de Salud -eso está avalado también por el Tribunal Constitucional- el que define la política tendiente a proteger el principio de la vida.
Por lo tanto, a nuestra juicio, la discusión básicamente debe apuntar a procurar que el procedimiento en cuestión sea inocuo y a que se hallen establecidos los deberes y derechos de las personas.
Insisto: la legislación vigente salvaguarda el principio de la vida y evita el aborto en todos los ámbitos de las políticas públicas de salud.
De ser necesario proteger aún más tal principio, estamos absolutamente disponibles para encontrar la mejor manera de asegurar que nuestros métodos de regulación de fertilidad resguardan ese principio consagrado en la legislación vigente.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Gracias, señor Ministro .
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Seré muy breve, señor Presidente .
En primer lugar, debo decir que es evidente que la "píldora del día después" no es abortiva.
Los cinco miembros de la Comisión de Constitución, quienes representan a distintas bancadas, presentamos y aprobamos por unanimidad la indicación que nos ocupa precisamente para precaver el hecho de que por la vía jurisprudencial -en el caso de que esto se lleve a tribunales- se cuestionen métodos anticonceptivos, salvo que -según señala con mucha claridad la norma- tengan como objetivo o efecto directo provocar un aborto.
Si el día de mañana un abogado, como se ha expresado aquí, interpusiera un recurso en contra del dispositivo intrauterino, no conseguiría su meta, porque -lo reitero- la "te" de cobre no tiene por finalidad provocar el aborto, sino prevenir el embarazo. Este principio es el que busca justamente reafirmar la disposición.
Por último, resalto que en la Comisión también tuvimos presente que esta misma discusión se dio en Argentina.
¡No podrán decir que el Congreso trasandino es muy conservador...!
Para zanjar el debate, los invito a leer la ley argentina Nº 25.673, de 30 de octubre de 2002, sobre salud sexual y procreación responsable, que legisló en la misma dirección que plantea la indicación que la unanimidad de los Senadores de la Comisión de Constitución presentamos: impedir, ante eventuales recursos, que se echen abajo políticas de salud y de prevención del embarazo que tienen larga data en nuestro país.
El señor NOVOA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, luego de dar la palabra para fundar el voto a quienes están inscritos, se la concederé por dos minutos a quienes ya lo hicieron y quieren argumentar nuevamente.
Acordado.
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , en conversación con el Ministro señor Viera-Gallo , me señaló que una disposición muy parecida a la que nos ocupa se encuentra vigente en nuestro ordenamiento jurídico desde hace 20 años.
En efecto, en la ley Nº 18.826, de 15 de septiembre de 1989, se reemplazó el artículo 119 del Código Sanitario por el siguiente: "No podrá ejecutarse ninguna acción cuyo fin sea provocar un aborto.".
Dicha normativa rige desde hace dos décadas. De manera que, si alguien hubiese querido cuestionar la "te" de cobre por considerarla abortiva, podría haberlo planteado desde hace muchos años.
Por tanto, en mi opinión, y tal como lo expresó la Honorable señora Alvear , no tiene ningún sentido preocuparse de que esto vaya a echar abajo el uso de los dispositivos intrauterinos.
Voto a favor del inciso final propuesto para el artículo 4º, pues clarifica las cosas y no implica riesgo de que quede fuera de la ley algún método anticonceptivo hoy en uso.
El señor NOVOA (Presidente).-
El Senador señor Letelier está inscrito para fundar su voto, pero no se encuentra en la Sala.
Tiene la palabra el Honorable señor Girardi por dos minutos.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , por la misma razón que señaló la Senadora señora Matthei , es absolutamente innecesario dejar establecido dicho inciso en este proyecto.
A mayor abundamiento, reitero que los 36 Diputados que recurrieron al Tribunal Constitucional contra la "te" de cobre no lo hicieron solo porque tenían intuiciones.
Puedo decir con absoluta claridad que nunca he visto una evidencia seria de ninguna sociedad ginecológica o científica mundial que señale que la "píldora del día después" presenta efectos abortivos.
Pero sí es controvertido el tema de la "te" de cobre. Depende de lo que uno considere aborto. Si se piensa que es impedir la implantación de un óvulo fecundado, sí puede originarse un legítimo debate sobre la materia. Si se estima que el aborto implica erradicar un óvulo fecundado implantado, entonces el punto se halla fuera de la discusión.
Estoy seguro de que la Senadora señora Matthei y los demás colegas presentes no van a recurrir a los juzgados para cuestionar la "te" de cobre, porque todos sabemos el beneficio social que la política diseñada en torno de ella ha significado para la sociedad chilena. Pero no podríamos impedir que otras personas, con legítimo derecho, en virtud de una concepción debatible respecto de cuándo comienza la vida y de cuándo se produce el aborto, recurrieran al Tribunal Constitucional o a los juzgados ordinarios de justicia.
Así se va a precarizar uno de los instrumentos más importantes de política social -ni siquiera hablo de regulación de la natalidad- que ha tenido el país.
Me parece innecesario incluir el inciso propuesto, porque, como se ha dicho aquí, su contenido está suficientemente regulado en otros cuerpos legales.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , ha quedado claro que la norma en comento no debiera contenerse en esta iniciativa.
No veo por qué estamos discutiendo acerca del aborto, ni mucho menos sobre cuándo se inicia la vida. ¡Si el proyecto se refiere a otro asunto!
Esa es una discusión pendiente, con otras dimensiones y diferentes raíces filosóficas y biológicas. Pero la disposición que nos ocupa nada tiene que hacer en la ley en proyecto.
Por esa razón, voto en contra.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide por dos minutos.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , primero, cabe reconocer que este es un asunto sobre el cual ha habido una larguísima discusión en los medios científicos. En la Medicina, desde hace no menos de 100 a 150 años se debate acerca de cuándo comienza la vida y cuándo se produce el aborto.
En segundo lugar, hay una diferencia entre las concepciones médica y religiosa sobre el punto.
En tercer término, entiendo que todos estamos por la vida.
Pedí dos minutos para intervenir porque, con el debido respeto a todos los aspectos del debate, no me gusta -y reclamo por ello con toda energía- que quienes piensan de determinada manera argumenten que son los únicos que están por la vida.
¡Por favor! Aquí nadie está llamando al aborto masivo ni a buscar un subterfugio para propiciar el aborto. ¡No! ¡Categóricamente, no! Y quiero que quede claramente establecida mi opinión a este respecto.
En cuarto lugar, respeto todas las opciones. Y pienso que la iniciativa probablemente se va a aprobar tal como viene. Pero hago presente que aquí estamos partiendo de una base esencial. Por eso hay discusión, pues algunos no la aceptan.
Para mí no existe diferencia entre la "te" de cobre y la píldora llamada "de emergencia", puesto que las dos impiden que se produzca la conjunción. Y eso no constituye aborto, salvo -vuelvo a repetir- que lleguemos hasta la exageración -el señor Senador que me precedió en el uso de la palabra en forma muy lúcida no puede aceptar esta tesis- de decir que todo lo que impide que se produzca la simbiosis es abortivo. En tal caso, quedarían los gametos y los espermatozoides aislados.
Si llegamos a ese extremo, nunca vamos a entender el asunto y no nos pondremos de acuerdo.
En consecuencia, creo que la norma propuesta más bien va a confundir. Se producirá un debate en los tribunales, y al final de cuentas la futura ley será menos útil de lo que uno quisiera.
¡Lo que yo no deseo es que haya más muertes de niños!
El señor NOVOA (Presidente).-
Finalmente, tiene la palabra el Senador señor Larraín por dos minutos.
El señor LARRAÍN .-
Señor Presidente , el problema en discusión en realidad corresponde a los métodos posrelaciones sexuales. Con anterioridad a ello, todos los métodos son, por definición, anticonceptivos.
Por eso, obviamente, la "te" de cobre, cuyo objetivo no es provocar una situación posterior, sino previa, queda fuera de esta discusión. Y, además, el Tribunal Constitucional ya zanjó el debate. Por lo tanto, ese no es el punto.
El problema de fondo radica en los métodos que se pueden usar una vez consumada la relación sexual, lo cual se halla indisolublemente ligado al aborto. Así que no se puede sostener que la norma se encuentra fuera de las ideas matrices. Con esta excepción, no se habla de un método o de otro. No nos corresponde a nosotros afirmar si tal o cual de ellos es anticonceptivo o antiabortivo. Eso hay que dejarlo a la ciencia.
Si no se establece esta excepción, al revés de lo que se piensa, el asunto será materia del Tribunal Constitucional. Con la excepción, en cambio, deja de ser materia de esta instancia y pasa a ser objeto de un recurso judicial ordinario (de protección o el que se intente), pero, como digo, deja de ser una cuestión de carácter constitucional. Porque lo que interesa es, precisamente, que sea la ciencia la que defina el momento de la concepción.
En consecuencia, si la "pastilla del día después" es o no es abortiva es un problema de la ciencia y de los tribunales de justicia, no de la ley. La legislación no puede autorizar o sancionar métodos específicos, ya que estos cambian. La ciencia es muchísimo más dinámica que la ley. Por tanto, no rigidicemos esta última disponiendo que se autoriza este método o que se prohíbe este otro. ¡No! Lo que interesa es que el método anticonceptivo que se quiera usar con posterioridad a una relación sexual no afecte la vida del que está por nacer, si se ha producido ya la concepción. Y serán la ciencia y los tribunales -estos últimos, con informes científicos- los que determinen cuándo hay concepción y cuándo se afecta la vida.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).
- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso tercero y final del artículo 4° (19 votos por la afirmativa y 7 por la negativa).
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Allamand, Bianchi, Coloma, Espina, Flores, García, Kuschel, Larraín, Longueira, Novoa, Orpis, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
Votaron por la negativa los señores Escalona, Gazmuri, Girardi, Letelier, Navarro, Núñez y Ruiz-Esquide.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Seguidamente, la Sala debe pronunciarse sobre el artículo 5°, que en la Comisión de Salud fue aprobado con los votos a favor de los Senadores señores Arancibia , Kuschel y Ruiz-Esquide y los contrarios de los Honorables señores Girardi y Ominami .
El señor NOVOA ( Presidente ).-
En votación el artículo 5°.
--(Durante la votación).
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente , solo deseo precisar qué se está votando.
En el artículo 5°, la Comisión de Constitución únicamente introdujo una pequeña modificación, consistente en agregar, al final, la frase: "sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 198 del Código Procesal Penal", con el objeto de hacer aplicables las normas procesales respectivas. No se cambió para nada el texto aprobado por la Comisión de Salud, que la de Constitución acogió por unanimidad, con la enmienda recién indicada.
El señor NOVOA (Presidente).-
Como estamos en votación, pido la anuencia de la Sala para que pueda hablar el Ministro señor Viera-Gallo.
Acordado.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VIERA-GALLO (Ministro Secretario General de la Presidencia).-
Señor Presidente, desgraciadamente, va a quedar una incongruencia en el proyecto.
El artículo 5° dispone: "Si al momento de solicitarse la prescripción médica de un método anticonceptivo de emergencia o de solicitarse su entrega en el sistema público o privado de salud, fuese posible presumir la existencia de un delito sexual en la persona del solicitante o para quien se solicita," -ayer vimos que cualquier relación sexual con una menor de 14 presume la llamada "violación impropia"- "el facultativo o funcionario que corresponda deberá poner los antecedentes a disposición del Ministerio Público y, si fuese menor de dieciocho años, en conocimiento inmediato de los padres". Esto último fue justamente lo que se discutió ayer, aunque de otra manera. Se dijo que se podría dar aviso no solo a los padres, sino también a un tercero adulto. Y se habló de menores de 14 años, porque, si la persona tiene menos de 18 y solo hay una relación sexual, no se configura delito, salvo que se cometa otro tipo de conductas reñidas con la ley.
Entonces, señor Presidente , como ese problema quedó clarificado en otra norma después de la larga discusión de ayer, lo lógico sería suprimir en el artículo 5° la frase "y, si fuese menor de dieciocho años, en conocimiento inmediato de los padres".
El señor NOVOA (Presidente).-
Parece razonable eliminar la referencia a la edad, dejando algo que es obvio, como es que, si hay evidencia de delito, se debe hacer la denuncia al Ministerio Público.
¿Le parece a la Sala?
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
¿Se mantendría la frase final aprobada por la Comisión de Constitución: "sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 198 del Código Procesal Penal"?
El señor NOVOA (Presidente).-
Sí. Ella tiene por objeto mantener la norma general del procedimiento penal.
En consecuencia, se eliminaría, por unanimidad, la frase indicada por el señor Ministro.
--Así se acuerda, y queda despachado el proyecto en este trámite.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Informo a Sus Señorías que, tal como acordaron los Comités a principio de año, la próxima semana el Senado sesionará el lunes y el martes. Para este último día cité en la mañana, y agradeceré a los señores Senadores concurrir, porque luego habrá un cóctel de fin de año con los funcionarios del Senado.
VI. INCIDENTES
PETICIÓN DE OFICIO
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Ha llegado a la Mesa una petición de oficio.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- Se le dará curso en la forma reglamentaria.
--El oficio cuyo envío se anuncia es el siguiente:
Del señor HORVATH:
Al señor Ministro de Relaciones Exteriores, a fin de que informe sobre DENUNCIA DE SECTOR PESQUERO POR INGRESO A PUERTOS CHILENOS DE BUQUES EXTRANJEROS PARA CAPTURA DE JUREL SIN RESTRICCIONES EN ALTA MAR.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Socialista.
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE MATERIALES ATÓMICOS Y EL LITIO. RESPUESTA A EDITORIAL DE EL MERCURIO
El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente , el editorial El Mercurio de de fecha 9 de diciembre de 2009, titulado "Litio: reforma constitucional regresiva", se opone al proyecto de reforma constitucional que yo presentara junto a los Senadores señores Letelier y Escalona , el cual declara a los materiales atómicos naturales y al litio como sustancias no concesibles de valor estratégico y reserva al Estado su exploración, explotación y beneficio.
Para ello, ese matutinose basa en los siguientes argumentos:
1.- El proyecto implica un retroceso gigantesco en los consensos alcanzados sobre cómo desarrollar la actividad económica de nuestro país.
2.- Reflota la añeja y ambigua nomenclatura de materiales "estratégicos", que ya parecía superada.
3.- Se condena al país a explotar estas riquezas al ritmo, disponibilidad de inversión, ineficiencia y susceptibilidad de presión y captura política a que naturalmente está sujeto el Estado.
4.- Las empresas del Estado, como CODELCO, tienen dificultades para mantener la producción de sus actuales minas y lo hacen con menor productividad y eficiencia.
5.- Por último, el mismo periódico dice que si prospera una propuesta de esta naturaleza, intrínsicamente ideológica, acarrearía graves perjuicios al país.
Al respecto, habría que señalar lo siguiente:
1.- El Mercurio supone de manera errónea que habría un consenso nacional sobre cómo desarrollar la actividad económica del país. Se olvida el editorialista que el modelo imperante tiene como fundamento un orden público económico impuesto a través de la Constitución de 1980 y que, en lo esencial, otorga al Estado un rol subsidiario en la materia.
A partir de la recuperación democrática, los Gobiernos de la Concertación han tratado de reformar el referido modelo a objeto de que el Estado tenga un papel más protagónico y activo. Lamentablemente, la profundidad de estas reformas se ha visto limitada no solo por la falta de mayorías parlamentarias, sino que, en modo especial, por la "camisa de fuerza" que impone la propia Carta. Por ello, ha sido la Concertación, a través de su candidato presidencial, don Eduardo Frei Ruiz-Tagle , la que ha puesto en el debate programático la necesidad de superar el techo ideológico del actual texto constitucional, para así dar cabida a otras formas de entender la economía y el rol que le cabe al Estado en la promoción del desarrollo nacional.
2.- Extraña que ese matutino, tan defensor de la Dictadura Militar y de la institucionalidad heredada, dé por añeja, ambigua y superada la nomenclatura de materiales estratégicos. Ello, porque leyes "dictadas" durante ese régimen y en actual vigor, otorgan valor estratégico a estos materiales. Solo bastaría que el editorialista revisara la ley orgánica constitucional sobre concesiones mineras de 1982 o las modificaciones que la propia Dictadura introdujo a la ley que crea la Comisión Chilena de Energía Nuclear, para saber que fue el propio régimen de Pinochet quien no solamente declaró de valor estratégico el torio y el uranio a nivel legal, sino que también dispuso que por exigirlo el interés nacional estos materiales y el litio no pueden ser objeto de ningún negocio si no cuentan con la autorización del Estado.
Lo que pretende la moción que hemos presentado y que preocupa tanto al mencionado medio de comunicaciónes solamente garantizar constitucionalmente esa calidad a minerales tan significativos para el futuro del país.
3.- La visión de El Mercurio sobre el rol del Estado es, por decir lo menos, conservadora y poco moderna.
Después de la crisis financiera mundial, el consenso alcanzado por las naciones más desarrolladas -incluso gobernadas por partidos o coaliciones de Derecha- es que el Estado debe tener un rol protagónico y activo en la conducción de los asuntos económicos de un país, regulando e interviniendo en la economía, como una forma de garantizar el bien común. Es más, la postura editorial del diariono se condice con el programa de Gobierno del candidato de Derecha, que precisamente otorga al Estado un rol más activo no solamente en asuntos económicos, sino también en los ámbitos de protección social, de los consumidores, etcétera.
4.- El Mercurio se olvida que precisamente gracias a que CODELCO está en manos del Estado es que hemos podido financiar importantes políticas públicas que han permitido reducir la extrema pobreza, el déficit de viviendas, instaurar el Plan AUGE, aumentar en forma considerable la infraestructura educacional del país.
Pero hay un dato muy concluyente y que refuta categóricamente el juicio del editorialista mercurial. El aporte promedio de la minería estatal al Fisco, entre 1990 y 2003, fue de 816 millones de dólares anuales; en cambio, la minería privada aportó en promedio y en el mismo período la exigua cantidad de 58 millones de dólares. Igualmente, el aporte promedio de la minería estatal entre los años 2004 y 2006 fue de 5.263 millones de dólares anuales; en cambio, la minería privada aportó un promedio de 1.535 millones de dólares anuales.
5.- Pretender que sea el Estado quien explote una riqueza que pertenece a todos los chilenos para que sus beneficios queden en manos de todos y no solo de algunos pocos, para El Mercurio significa una propuesta intrínsicamente ideológica que acarrearía graves perjuicios para el país, según lo establecido por ellos mismos. Pareciera que el ideologismo está precisamente en la editorial mercurial, ya que de plano, sin mirar el interés nacional, sin análisis técnicos, pretende asegurar un negocio a unos pocos, privilegiando la riqueza individual por sobre la colectiva.
Reservar para el Estado la explotación y beneficio de los materiales atómicos naturales y, en especial, el litio, implica hacer una apuesta estratégica para el desarrollo nacional, toda vez que no solamente se trata de obtener una ganancia directa fruto de su explotación, sino que hacer un esfuerzo país para generar investigación, ciencia e innovación en esta área y, al mismo tiempo, generar las condiciones para formar capital humano avanzado.
6.- Al finalizar, solo me resta recordar que El Mercurio , a fines del siglo XIX, fue un firme opositor del presidente José Manuel Balmaceda , precisamente porque este pretendía nacionalizar el salitre que en la época se encontraba en manos de capitales ingleses. Pareciera que de nuevo este diario quiere encabezar una suerte de "cruzada" para impedir que los chilenos y chilenas nos beneficiemos de una riqueza que nos pertenece a todos y asume la defensa de intereses particulares, de negocios privados que solo rentan a unos pocos, pretendiendo hacernos creer que el defender y privilegiar el bien común no sería moderno.
El señor NAVARRO ( Presidente accidental ).- ¿Su Señoría no va a solicitar oficios?
El señor NÚÑEZ.- No, señor Presidente .
El señor NAVARRO ( Presidente accidental ).- El Comité Demócrata Cristiano e Independiente no hará uso de su tiempo.
En el turno del Comité Independientes, tiene la palabra el Senador señor Bianchi.
ATENTADO CONTRA LIBERTAD DE EXPRESIÓN POR MEDIDA DE INTENDENCIA DE MAGALLANES CONTRA CANAL DE TELEVISIÓN REGIONAL. OFICIOS
El señor BIANCHI.- Señor Presidente , en la última semana el canal de televisión de la Región de Magallanes, ITV Patagonia, fue afectado por prácticas que atentan contra la libertad de expresión por parte del Intendente de Magallanes, don Mario Maturana .
En primer lugar, una resolución del Tribunal de Garantía, dictada en virtud del requerimiento formulado por el Fiscal Adjunto, don Juan Agustín Meléndez , con ocasión de haber recibido la fiscalía un oficio suscrito por el Intendente Regional, don Mario Maturana , determinó una medida de CLAUSURA del canal si transmitía el sábado 12 de diciembre un espacio concurso alusivo, supuestamente, a una candidatura política.
Es necesario precisar que nunca los organismos, tanto gubernamentales como judiciales competentes, consultaron a los ejecutivos del canal aludido acerca de la efectividad del contenido del volante adjunto por el señor Intendente, en cuanto a la participación del canal de televisión con contenido propagandístico en la transmisión del sorteo que se estaba publicitando. Por ende, operó la CENSURA PREVIA, aspecto que en este país había quedado en el pasado.
Señor Presidente , el pasado domingo 13 de diciembre, en plena transmisión del proceso electoral, la Inspección del Trabajo efectuó una visita inspectiva que calificaron de "rutina", dejando un acta de requerimiento de documentos y una citación, además de advertir verbalmente que el personal que laboraba en el canal anteriormente señalado (ITV Patagonia), con jornadas de trabajo entre lunes y sábado, no podía, de modo alguno, trabajar el día domingo.
Esta medida la considero insólita y el canal de televisión la entiende como una persecución emanada de las autoridades de Gobierno y con fines insospechados, pues se eligió un día en que históricamente los medios de comunicación del país trabajan con todo su personal -porque la situación así lo requiere- para entregar la información oportuna a la ciudadanía.
La situación descrita obligó a que el canal modificara la programación planificada y debió enlazarse en forma permanente con otro de transmisión nacional.
Debo agregar que el propio señor Intendente, entrevistado por ITV Patagonia el domingo a las 7:15 de la mañana, manifestó desconocer estos hechos, expresando que no podía emitir opinión por tratarse de un asunto judicial. No obstante, él mismo había solicitado la investigación ante la Fiscalía.
Curiosamente, al no operar la clausura judicial, el gobierno regional, en una nueva arremetida, utilizó a un ente fiscalizador con dedicación exclusiva solo para el canal en cuestión.
Con estos antecedentes, señor Presidente , no puedo sino manifestar mi molestia por el grave perjuicio que sufrió el canal, más aún, si consideramos que afectó el desarrollo normal de medios de comunicación que deben funcionar sin presiones ni persecuciones y en total libertad, porque es un DERECHO de la información pública.
La labor de los medios de comunicación no es cualquier trabajo, sino, en gran medida, el oxígeno de la democracia.
Se pidió la clausura de un canal de televisión regional debido a un supuesto programa que, en la práctica, nunca se llevó a cabo. Y esto se hizo sin requerir antecedentes previos y sin que nadie solicitara información sobre el supuesto programa. Sin embargo, hubo una petición anticipada de clausura.
Por ello, solicito por su intermedio, señor Presidente , que se oficie a la Presidenta de la República y al señor Ministro del Interior , a fin de dar cuenta de esta situación tan anómala y especial.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- En el tiempo de los Comités Partido Por la Democracia e Independientes y Partido Renovación Nacional, tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
RETIRO DE TABLA DE PROYECTO SOBRE RESPONSABILIDAD JURÍDICA POR ACCIÓN DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS. OFICIOS
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , solicito que se oficie a la señora Presidenta de la República y al señor Ministro Secretario General de la Presidencia a fin de que accedan a que se retire de tabla la iniciativa sobre responsabilidad jurídica por acción de animales potencialmente peligrosos hasta que culmine la mesa de trabajo presidida por el señor Ministro de Salud , en la que participan diversos estamentos de la sociedad civil y académica.
En dicha instancia, que tiene por objeto mejorar, corregir y acotar diversos aspectos de la iniciativa legal y que se encuentra en pleno proceso, participan, entre otros, el Colegio Médico Veterinario; la Sociedad de Médicos Veterinarios Especialistas en Pequeños Animales (MEVEPA); las Facultades de Medicina Veterinaria de la Universidad Mayor y de la Universidad de Chile, y representantes de organizaciones de bienestar animal, como ProAnimal Chile y la Coalición por el Control Ético de la Fauna Urbana (CEFU).
En opinión de quienes componen esa mesa, el proyecto en actual tramitación no se condice con el texto original, que fue reemplazado mediante la indicación sustitutiva Nº 936-357, enviada por el Ejecutivo. En efecto, esta transformó el espíritu y el objetivo principal del proyecto inicial, derivándolos de la persecución de la responsabilidad civil ante daños ocasionados por animales potencialmente peligrosos al control de la población canina basado en información incompleta, no sustentada en estudios científicos y sin bases de proyección de dinámica poblacional.
La iniciativa, además, contiene errores que provocan, entre otros problemas, contiendas de competencia entre los juzgados de policía local y los de garantía, lo que ha sido manifestado en dos oportunidades por la propia Corte Suprema, según consta en los informes respectivos.
Por lo tanto, le solicito al Ejecutivo acoger la petición formulada por Karina Ramírez, de MEVEPA ; Patricia Cocas , Presidenta de ProAnimal Chile ; Fabián Espínola , Director del Centro de Salud Veterinaria (CESAVE), y Alejandra Cassino , Directora Ejecutiva de la CEFU .
Ello permitiría que la mesa antes mencionada terminara su labor y pudiéramos disponer de un proyecto sobre la base de lo conformado por el propio Gobierno: una instancia para legislar adecuadamente.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
DESCARGA SUBMARINA DE RESIDUOS DE CELULOSA NUEVA ALDEA EN OCTAVA REGIÓN. OFICIOS
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , tras una demora de más de un año, comenzaron a llegar a la costa de Ñuble, a través de un ducto submarino, los residuos provenientes de la planta de celulosa Nueva Aldea. Estos desechos, previamente tratados, eran derivados hasta hace poco al río Itata.
La noticia fue confirmada por el director de la COREMA del Biobío, quien señaló, además, que se ha destinado un equipo de profesionales para la supervigilancia del proceso de vaciado de los líquidos.
Se espera que el ducto esté en marcha blanca durante algunas semanas antes de que entre en régimen en forma definitiva.
Nueva Aldea, a través de Guillermo Mendoza, confirmó el inicio de la operación, recalcando que en las primeras semanas los riles irán mezclados con agua utilizada para mantener limpia la tubería.
Los desechos industriales de la celulosa van a recorrer 50 kilómetros, aproximadamente, desde Nueva Aldea, comuna de Ránquil, hasta la zona de Mela, en la comuna de Treguaco.
Durante todo el proceso de aprobación y construcción del proyecto los pescadores artesanales manifestaron inquietud por el impacto que tendrán los desechos industriales sobre el medio acuático marino.
De acuerdo a los informes de la COREMA, la zona será monitoreada en forma permanente por un equipo de profesionales de varias universidades, encabezado por investigadores de la de Concepción.
En concreto, se monitorearán 48 parámetros, entre los que se encuentran compuestos orgánicos, dioxinas, furanos, ácidos de diversos tipos, que pudieran estar presentes en peces, crustáceos, gasterópodos y moluscos.
Además, se evaluarán en forma permanente el oxígeno, los sulfatos, los cloratos, el fierro, los metales pesados.
La red de monitoreo comprende tres estaciones costeras y diez terrestres, que permitirán que el río Itata, en más de 50 kilómetros, y el borde costero sean estudiados.
Señor Presidente , quiero solicitar a la COREMA y al Servicio de Salud de la Octava Región ; a la Subsecretaría de Pesca , y al Servicio Nacional de Pesca que lo relativo a las redes y estaciones de monitoreo así como a la investigación de los efectos de este efluente en el medio marino sea informado oportunamente a todos quienes participaron en el estudio de impacto ambiental. Es necesario fiscalizar que se cumplan la ley y las normas reglamentarias; que los 48 parámetros de investigación sean evaluados de manera correcta, y que la información sea de la máxima transparencia y asertividad.
Claramente, se requiere publicar esos datos. Entiendo que quedarán en línea de modo permanente y serán accesibles a todos los ciudadanos que deseen confirmar su veracidad. Sin embargo, es clave que la certeza que den quienes se hallan involucrados en la investigación -en especial la Universidad de Concepción- sea a toda prueba.
Señor Presidente , solicito que los antecedentes del monitoreo sean enviados a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales de esta Corporación y al Senador que habla. En particular, me interesa que la COREMA y los organismos pertinentes de fiscalización hagan llegar los datos provenientes de la marcha blanca a todas las organizaciones que tomaron parte en el proceso de participación ciudadana que dio inicio al proyecto en comento, que hoy entra en una fase crítica.
Se van a recibir los riles en la zona acuática y existe mucha preocupación entre los pescadores artesanales por el impacto que ello puede causar. Las garantías están dadas por el monitoreo y la fiscalización. Pero creo que también deben fiscalizar los ciudadanos. Todas las organizaciones tienen derecho a acceder a los datos, a pedir información, e incluso, a ampliar la investigación que entregue en su momento la propia autoridad.
Señor Presidente, espero contar con los antecedentes antes mencionados y que también sean remitidos a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
INQUIETUD ANTE FIJACIÓN DE ARANCELES UNIVERSITARIOS. OFICIOS
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , quiero referirme a la gran preocupación que han manifestado muchas federaciones de estudiantes, particularmente de las universidades públicas -la de Chile, la del Bío-Bío y otras- por el hecho de que la fijación de aranceles ha tenido una relación directa con el reajuste para el sector público, lo que ha obligado a incrementarlos para financiar el aumento en los sueldos de académicos y trabajadores.
Ha habido paros de casi un mes en la Universidad del Bío-Bío, con problemas fuertes en el ámbito de la relación con los alumnos.
La Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile (FECH) también ha manifestado reiteradamente su preocupación por ese problema.
Es claro que el sector público de educación superior sufre un grave desmedro y que los rectores están realizando malabares para establecer aranceles que permitan el autofinanciamiento. Se trata de un problema de gestión, así como de financiamiento.
La Universidad del Bío-Bío, por ejemplo, de adecuada y eficiente gestión, fijó un reajuste de 2,5 por ciento para los alumnos antiguos y de 4,5 para los nuevos. Aun así, la situación es grave, pues más de 75 por ciento de los estudiantes son de escasos recursos. Según ha señalado esa casa de estudios, 86 por ciento de los alumnos recibe ayuda a través de becas o créditos.
¡Esas son las universidades públicas!
Allí se carece de financiamiento adecuado.
La Universidad de Chile, estatal por excelencia y la más grande de nuestro país, recibe del Estado 18 por ciento de su presupuesto. ¿En cuánto se reajustó? En 1,5 por ciento. Este plantel educacional gasta alrededor de 80 por ciento de su presupuesto total en remuneraciones, las cuales se incrementaron en 4,5 por ciento.
Y una situación parecida ocurrió en la Universidad del Bío-Bío.
Señor Presidente , necesitamos aumentar con urgencia el financiamiento de la educación superior pública.
Tengo en mis manos una noticia que apareció hoy, miércoles 16 de diciembre, en "La Tercera" y que ha sido recogida por diversos diarios del resto del mundo: "Sarkozy lanza plan de US$27 mil millones para reimpulsar a las universidades francesas". Se destinarán 16 mil millones de dólares a la edificación de diez nuevos campus y 11 mil millones a la investigación en un ámbito que actualmente pasa por una importante crisis debido a falta de financiamiento.
El 96 por ciento de los estudiantes de educación superior franceses asiste a universidades públicas gratuitas y solo el 4 por ciento a planteles particulares pagados.
El Presidente de Francia, representante de la Derecha neoliberal, ha tomado una opción preferencial por las universidades públicas, que presentan los siguientes graves problemas.
1. Sobrepoblación estudiantil
Las universidades públicas francesas reciben a la mayor parte de los estudiantes que egresan de la educación secundaria, lo que hace muy difícil entregar una educación de calidad. ¡Me suena parecido a lo que sucede en Chile...!
2. Equipamiento
Los centros estudiantiles superiores galos se hallan afectados por importantes problemas de infraestructura. ¡También me suena parecido...!
3. Carencias en la investigación
La investigación en las universidades pasa por una grave crisis debido a falta de fondos. ¡Me suena parecido igualmente...!
4. Sistema anticuado
Según explicó un experto en asuntos sociales franceses de la Universidad de Oxford, la enseñanza gala "es anticuada tanto en lo pedagógico como en lo intelectual".
Señor Presidente , la educación superior en nuestro país adolece, en la práctica, de los mismos problemas que las universidades francesas. ¿Y qué ha hecho el Presidente Sarkozy ? Ha impulsado un plan millonario de inyección de recursos fiscales para que las universidades públicas puedan tener calidad, competitividad. Porque en el ranking de las 50 mejores universidades del mundo solo aparecen dos casas de estudio francesas. Y no sé si algunas de Chile figuran en él; no lo consigna la nota de prensa que he comentado.
Por eso, solicito oficiar al Consejo de Rectores para que nos informe sobre la calificación de las universidades chilenas en el ámbito internacional, a fin de saber si forman parte de tal reconocimiento en mérito a su calidad.
Además, señor Presidente , es necesario revisar la fijación de aranceles universitarios y hacer coherente el financiamiento de la educación superior, con el objeto de evitar el alza desmedida de tarifas. Los planteles que las ajusten más allá del incremento de los del sector público debieran percibir menos recursos, y los que se esfuercen por efectuar reajustes menores, más.
Claramente, se debe realizar una evaluación -el Consejo de Rectores la tiene- sobre cuánto se necesita inyectar al sistema para contar con una educación de calidad en el sector público.
Eso lo discutimos con ocasión de la Ley de Presupuestos. No es nuevo.
La Ministra de Educación , señora Mónica Jiménez , es una campeona de la educación privada y no se interesa en la pública. Ella proviene del sector privado. Tuvo colegios particulares de enseñanza secundaria; fue rectora de una universidad privada, y -repito- no le interesa la educación pública. No hay posibilidad de sostener diálogo alguno con ella durante el presente Gobierno para mejorar la situación de nuestras universidades estatales.
Espero que las crisis que vivieron los planteles de educación superior, particularmente aquellos donde los estudiantes mantuvieron un prolongado paro, con costos extraordinarios no solo para la universidad sino también para los estudiantes, sean considerados por el actual Ministerio como un llamado de atención a fin de buscar en este Gobierno -ojalá antes de marzo- un mejor trato económico y la entrega de los recursos necesarios para enfrentar el 2010.
Señor Presidente , en 2007 presenté un proyecto de ley titulado "Transparencia e información en materia de aranceles universitarios". Se requiere legislar en ese ámbito. Pero no se ha podido.
Presidí la Comisión de Educación del Senado en momentos muy duros de la discusión de la LEGE, cuando creíamos que podíamos eliminar el lucro y contar con una normativa de verdad.
Ello no fue posible en dicha oportunidad, pero estoy convencido de la necesidad de aprobar la iniciativa antes mencionada -radicada actualmente en la Comisión de Hacienda del Senado-, que regula la fijación de aranceles.
Esto opera igual que al adquirir un bien. Es decir, al momento de firmar con una universidad un documento, este pasa a ser un contrato de servicio; y es necesario saber cuánto cuesta verdaderamente una carrera. Cuando se compra una casa, un automóvil o un servicio, uno conoce su precio. Pero hoy no sabemos a cuánto ascenderá el reajuste de los aranceles; entonces, desconocemos el valor de las carreras. Por tanto, se trata de un contrato abierto.
No sabemos cuánto cuesta Medicina en la Católica, en la Chile, en la Universidad de Concepción o en una entidad privada -por ejemplo, la Diego Portales, la San Sebastián -, porque los aranceles son variables y dependen, básicamente, de la discrecionalidad y arbitrariedad de sus autoridades superiores.
En tal sentido, al momento de acceder a la educación superior a través de un contrato de prestación de servicios educacionales se debiera tener claridad sobre cuánto costará una carrera de 4 ó 5 años, dependiendo de la capacidad del estudiante.
Cuando uno adquiere un servicio, conoce su valor al término del pago. En el caso de los planteles de educación superior, no.
Por ello, se requiere regular urgentemente la fijación de aranceles. De no ser así, continuarán las movilizaciones estudiantiles, porque los padres solo pueden pagarlos mediante un fuerte endeudamiento. Y esto tiene un tope. ¡Las familias chilenas están llegando al límite de su endeudamiento!
En tal línea, señor Presidente , si bien espero hacerle presente la situación de esta iniciativa a la Comisión de Educación, le solicito al Ministerio de Educación, y particularmente a la División de Educación Superior, un informe completo respecto a la fijación de aranceles por plantel, tanto del sector público como del privado -si existe la información pertinente-; las resoluciones adoptadas por el Consejo de Rectores, y, en especial, los métodos de compensación para los graves déficits que se producirán en las universidades a las que, pese a realizar ajustes de gestión extraordinarios, no les alcancen los recursos inyectados por el Estado.
Traspasar ese costo a los estudiantes me parece absolutamente impropio. Ello significa transferir a sus familias un financiamiento que debiera solventar el Estado, como lo hace Sarkozy en Francia y tal cual se procede en Argentina y en muchas otras partes del mundo, para mantener un sistema de educación superior como el actual, que tiene cerca de un millón de estudiantes.
Lo he dicho y lo reitero: los Presidentes Aylwin , Frei y Lagos y la Presidenta Bachelet estudiaron gratis en la universidad. ¡Gratis! Y de esto no hace mucho tiempo.
En verdad, la educación superior y su sistema de financiamiento van a hacer crisis, porque el endeudamiento de las familias es insostenible.
Solicito los informes antes mencionados al Consejo de Rectores y al Ministerio de Educación, a fin de compartir la información y prepararnos para lo que viene en marzo, porque, de lo contrario, la situación será extraordinariamente compleja.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
DEPORTACIÓN POR ISRAEL DE CIUDADANA CHILENA DE ORIGEN PALESTINO. OFICIO
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , hemos tomado conocimiento, a través de la Federación Palestina, de la situación sufrida el lunes 14 de diciembre por la ciudadana chilena Nadia Silhi Chahín , quien fue retenida e interrogada ilegal y arbitrariamente en el cruce Rey Hussein (también conocido como Allenby), para luego ser deportada a Ammán, Jordania , de donde había salido para ingresar a territorio palestino ocupado.
Nadia, estudiante de Derecho de la Universidad de Chile, viajaba por primera vez a Palestina para participar en un encuentro de la Red de Jóvenes Palestinos. La decisión de las autoridades de Israel afecta gravemente sus derechos como ciudadana chilena. Además, pone en entredicho el compromiso real de ese país con el proceso de paz y las promesas de reciprocidad que ha asumido con el Estado de Chile.
Por otro lado, esa deportación, lejos de ser la primera que un ciudadano chileno sufre por parte de Israel, contrasta notablemente con el trato que Chile dispensa a los naturales de esa nación cuando visitan nuestra tierra, donde pueden circular libremente, sin tropiezos de ninguna especie.
No resulta extraño que los agentes del Mossad (servicio secreto israelí) acostumbren adoptar la apariencia de apacibles turistas mientras realizan sus labores de inteligencia.
En los últimos 5 años, otros ciudadanos chilenos han recibido tratos vejatorios y racistas similares en Israel: Elisa Abedrapo , Nadia Hasan y Xavier Abu-eid fueron detenidos y deportados en más de una oportunidad.
Ese trato discriminatorio, señor Presidente , no contribuye a un proceso de paz. Siempre hemos dicho que somos partidarios de un Estado Palestino y del Estado de Israel. Ambos tendrán que aprender a convivir. Pero las situaciones que afectan a ciudadanos de origen palestino que viven en un país como el nuestro, que alberga a más de 300 mil personas de ese origen, deben ser reguladas por las autoridades chilenas.
Ese tipo de vejaciones demandan y ameritan que nuestro Gobierno formule una protesta ante el de Israel, a fin de que ponga término a tales abusos.
Señor Presidente , solicito oficiar en mi nombre al Ministerio de Relaciones Exteriores para que nos haga llegar un informe sobre la gravísima situación que ha afectado, esta vez, a Nadia Silhi Chahín , y que se represente al Gobierno israelí la situación de atropello permanente a ciudadanos chilenos de origen palestino que intentan visitar a familiares que permanecen en territorio palestino.
--Se anuncia el envío del oficio pertinente, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
INFORMACIÓN SOBRE ACCIDENTES NUCLEARES EN CHILE. OFICIOS
El señor NAVARRO.- Por último, señor Presidente , solicito oficiar a los Ministerios de Defensa y de Salud a fin de que nos informen sobre los accidentes nucleares ocurridos en Chile desde 1979 hasta la fecha, en particular, durante los últimos 10 años.
El señor Marcelo Tokman se manifestó satisfecho con la evaluación del Organismo Internacional de Energía Atómica para el desarrollo de un eventual programa energético en nuestro país.
Por lo tanto, quiero saber si la seguridad nuclear, la protección radiológica, física y el manejo de desechos radioactivos están funcionando en Chile.
Existen denuncias de que soldados conscriptos que han estado cuidando instalaciones nucleares de las Fuerzas Armadas se encuentran con graves problemas de salud.
Deseo saber los reportes que han recibido los Ministerios de Salud y del Trabajo, las Fuerzas Armadas y los organismos competentes en materia nuclear respecto de accidentes que hayan afectado a personas por falta de medidas de seguridad, a fin de comprobar si se han tomado las providencias de resguardo necesarias en los pasos que está dando el país en cuanto al desarrollo de ese tipo de energía.
Hemos señalado que si alguien desea investigar acerca de la factibilidad del uso de energía nuclear que lo haga, pero con plata de los privados. El Estado ha de realizar estudios tendientes a desarrollar la energía eólica, solar, mareomotriz, y métodos alternativos.
Debemos establecer parámetros de seguridad frente a todo proceso de investigación y desarrollo en materia de energía nuclear en nuestro país.
He dicho.
¡Patagonia sin represas!
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión
--Se levantó a las 18:51
Manuel Ocaña Vergara
Jefe de la Redacción