Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- MOCIÓN INADMISIBLE
- Maria Soledad Alvear Valenzuela
- MOCIÓN INADMISIBLE
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V. FÁCIL DESPACHO
-
ESTABLECIMIENTO DE FERIADO LEGAL PARA ELECCIONES PARLAMENTARIA Y PRESIDENCIAL 2009
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- DESIGNACIÓN DE SIETE INTEGRANTES DE CONSEJO NACIONAL DE PESCA
-
ESTABLECIMIENTO DE FERIADO LEGAL PARA ELECCIONES PARLAMENTARIA Y PRESIDENCIAL 2009
- VI.
ORDEN DEL DÍA
-
NORMAS ESPECIALES PARA EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO. VETO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Guillermo Vasquez Ubeda
- INTERVENCIÓN : Jorge Pizarro Soto
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- DEBATE
-
CONCESIÓN DE NACIONALIDAD, POR ESPECIAL GRACIA, A SEÑOR FREDERICK JOSEPH HEGARTY KEANE
- ANTECEDENTE
- DEBATE
-
PRÓRROGA PARA CALIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD COMO DE AUTOGESTIÓN EN RED
- DEBATE
-
HOMOLOGACIÓN DE SISTEMAS DE SALUD Y DE PREVISIÓN EN MATERIA DE DECLARACIÓN DE COTIZACIONES Y COBRANZA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- DEBATE
-
CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE TORTUGAS MARINAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Jorge Pizarro Soto
- DEBATE
-
NORMAS ESPECIALES PARA EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO. VETO
- VI.
TIEMPO DE VOTACIONES
- TRANSFORMACIÓN DE ENAP EN EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA. PROYECTO DE ACUERDO
- ACUERDO SOBRE PREVENCIÓN, IMPEDIMENTO Y ELIMINACIÓN DE PESCA ILEGAL, NO DECLARADA Y NO REGLAMENTADA. PROYECTO DE ACUERDO
-
ENVÍO DE PROYECTO ACLARATORIO SOBRE SITUACIÓN DE SUBDIRECTORES E INSPECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- BENEPLÁCITO POR FIRMA DE TRATADO DE MAIPÚ ENTRE CHILE Y ARGENTINA. PROYECTO DE ACUERDO
- REITERACIÓN DE LLAMADO A PLENO RESTABLECIMIENTO DE ESTADO DE DERECHO EN HONDURAS. PROYECTO DE ACUERDO
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXOS
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES NÚÑEZ, ESCALONA Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DECLARA A MATERIALES ATÓMICOS NATURALES Y AL LITIO COMO SUSTANCIAS NO CONCESIBLES DE VALOR ESTRATÉGICO Y RESERVA AL ESTADO SU EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO (6781-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ricardo Nunez Munoz
- Camilo Escalona Medina
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO CIVIL EN RELACIÓN CON LA PRELACIÓN DE CRÉDITOS EN CASOS DE QUIEBRA (6782-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, POR MEDIO DE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PROCESAL PENAL EN LO REFERIDO A TESTIGOS HÁBILES (6785-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PARA ESTABLECER EL SÁBADO COMO DÍA INHÁBIL PARA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES PROCESALES (6783-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES NAVARRO Y MUÑOZ ABURTO, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO A FIN DE PROHIBIR LAS DENOMINADAS “LISTAS NEGRAS” DE TRABAJADORES (6784-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NARANJO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE SANCIONA AL EMPLEADOR QUE OBLIGUE A SUS TRABAJADORES AGRÍCOLAS A REINGRESAR A SUS LABORES ANTES DE CUMPLIRSE EL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA REANUDACIÓN DE FAENAS EN SECTORES TRATADOS CON PLAGUICIDAS (6787-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Naranjo Ortiz
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES BIANCHI Y PROKURICA, POR MEDIO DEL CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.857, QUE AUTORIZA ESTABLECIMIENTO DE EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (6788-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- Baldo Prokurica Prokurica
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES NARANJO Y LETELIER, CON EL QUE SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EXPRESAR LA PROTESTA DEL ESTADO CHILENO AL GOBIERNO DE JAPÓN POR EL ZARPE DE NAVES PESQUERAS DESDE ESE PAÍS CON EL FIN DE CAZAR BALLENAS EN LA ANTÁRTICA (S 1213-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Jaime Naranjo Ortiz
- Juan Pablo Letelier Morel
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES NÚÑEZ, ESCALONA Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DECLARA A MATERIALES ATÓMICOS NATURALES Y AL LITIO COMO SUSTANCIAS NO CONCESIBLES DE VALOR ESTRATÉGICO Y RESERVA AL ESTADO SU EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO (6781-07)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 357ª
Sesión 73ª, en martes 1 de diciembre de 2009
Ordinaria
(De 16:15 a 17:49)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR JOVINO NOVOA VÁSQUEZ, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.....................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN.............................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS.............................................
IV. CUENTA............................................................................
Acuerdos de Comités¿¿¿¿¿¿..
V. FÁCIL DESPACHO:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece feriado legal para día de elecciones parlamentarias y presidencial de 2009 (6779-06) (se aprueba en general y particular).............
Designación de siete integrantes de Consejo Nacional de Pesca (S 1208-05) (queda para segunda discusión)..................
VI. ORDEN DEL DÍA:
Observación, en segundo tramite constitucional, al proyecto de ley que fija normas especiales para empresas de menor tamaño (5724-26) (se rechaza)..........
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que concede por especial gracia nacionalidad chilena al sacerdote Frederick Joseph Hegarty Keane (6713-07) (se aprueba en general y particular)............
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que posterga fecha para calificación de establecimientos de salud no calificados como de autogestión en red (6727-11) (se aprueba en general y particular)............
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que incorpora presunción de declaración y no pago de cotizaciones de salud en sistema de isapres, y homologa interés penal y multa por no pago de tales cotizaciones a los contemplados en DL. Nº 3.500 y en la ley Nº 17.322 (6312-11) (se aprueba en general)................
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba Convención Interamericana para Protección y Conservación de Tortugas Marinas (6394-10) (se aprueba en general y particular)............
VII. TIEMPO DE VOTACIONES:
Transformación de ENAP en Empresa Nacional de Energía. Proyecto de acuerdo (S 1201-12) (se rechaza)...............
Acuerdo sobre prevención, impedimento y eliminación de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. Proyecto de acuerdo (S 1204-12) (se rechaza).........
Envío de proyecto aclaratorio sobre situación de subdirectores e inspectores de establecimientos educacionales. Proyecto de acuerdo (S 1205-12) (se aprueba)........
Beneplácito por firma de Tratado de Maipú entre Chile y Argentina. Proyecto de acuerdo (S 1206-12) (se aprueba)...............
Reiteración de llamado a pleno restablecimiento de Estado de Derecho en Honduras. Proyecto de acuerdo (S 1210-12) (se aprueba)...............
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Arancibia Reyes, Jorge
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Flores Labra, Fernando
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matthei Fornet, Evelyn
--Muñoz Aburto, Pedro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Romero Pizarro, Sergio
--Sabag Castillo, Hosaín
--Vásquez Úbeda, Guillermo
--Zaldívar Larraín, Adolfo
Concurrieron, además, el Ministro Secretario General de la Presidencia , señor José Antonio Viera-Gallo Quesney, y la Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer , señora Carmen Andrade Lara.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:15, en presencia de 13 señores Senadores.
El señor NOVOA (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor NOVOA ( Presidente ).- Las actas de las sesiones 64ª, especial; 65ª, extraordinaria; 66ª y 67ª, especiales, en 11 de noviembre; 68ª y 69ª, especiales, en 17 de noviembre, y 70ª, especial, en 18 de noviembre, todas del año en curso, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor NOVOA (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
De Su Excelencia la Presidenta de la República , con el que comunica que no hará uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política en relación con el proyecto de ley que establece un sistema de incentivos para la sustentabilidad agroambiental de los suelos agropecuarios (boletín N° 6.580-01).
--Se toma conocimiento y se mandó comunicar el proyecto al Excelentísimo Tribunal Constitucional.
Siete de Su Excelencia el Vicepresidente de la República:
Con el primero retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el carácter de "discusión inmediata", acerca del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño (boletín N° 5.724-26).
Con el segundo hace presente la urgencia, calificada de "suma", en cuanto al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas que incentivan la calidad de la atención al contribuyente por parte del Servicio de Impuestos Internos (boletín N° 6.498-05).
Con el tercero retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el carácter de "suma", con relación al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece feriado legal para el día de las elecciones parlamentarias y presidencial de 2009 (boletín N° 6.779-06).
Con los tres siguientes retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el carácter de "simple", respecto de las siguientes iniciativas:
1.- Proyecto de ley, en trámite de Comisión Mixta, sobre inscripciones de inmuebles en nuevos conservadores de Bienes Raíces (boletín Nº 4.670-07).
2.- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Ministerio del Deporte y de la Juventud (boletín N° 5.697-29).
3.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura (boletín Nº 6.365-21).
Con el último retira la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que moderniza el Ministerio de Defensa Nacional (boletín N° 3.994-02).
--Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
De Su Excelencia la Presidenta de la República , con el que comunica que se ausentará del territorio nacional los días 26 de noviembre a 3 de diciembre en curso para asistir a la audiencia papal por la conmemoración de Vigesimoquinto Aniversario de Tratado de Paz y Amistad, en Ciudad del Vaticano; para participar en Cumbre Iberoamericana, y en visita de Estado a Estoril y Lisboa, República Portuguesa.
Informa, además, que durante su ausencia la subrogará, con el título de Vicepresidente de la República , el Ministro titular de la Cartera del Interior , señor Edmundo Pérez Yoma.
--Se toma conocimiento.
Siete del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Con el primero remite copia autorizada de la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 501 del Código del Trabajo.
Con el segundo y el tercero envía copia autorizada de las resoluciones recaídas en las acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 38, 38 ter y 199 del decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Salud.
--Se toma conocimiento y se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Con el cuarto, quinto y sexto envía copia autorizada de las sentencias recaídas en las siguientes iniciativas:
1.- Proyecto de ley que establece normas que permiten el acceso a la información bancaria por parte de la autoridad tributaria (boletín N° 6.477-05).
2.- Proyecto que modifica el artículo quinto transitorio de la ley N° 19.665 a efectos de extender el funcionamiento de los tribunales que indica (boletín N° 6.750-07).
--Se toma conocimiento y se manda archivar los documentos junto con sus antecedentes.
3.- Proyecto que modifica la Ley de Concesiones de Obras Públicas y otras normas que indica (boletín N° 5.172-09).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la República.
Con el séptimo remite copia autorizada de la sentencia recaída en la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 147 y 714 del Código Civil y 106 de la Ley General de Bancos.
--Se toma conocimiento y se manda archivar el documento.
Del señor Ministro del Interior , con el cual contesta un oficio enviado en nombre del Honorable señor Kuschel, en relación con el reforzamiento de la vigilancia en la comuna de Chaitén.
Del señor Secretario General de Carabineros de Chile, por medio del cual responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Romero, sobre la reposición de los retenes de Ventanas, Zapallar, Petorca y Putaendo.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo con el propósito de impedir descuentos indebidos en las remuneraciones de los trabajadores (boletín N° 4.663-13).
Segundo informe de la Comisión de Economía e informe de la Comisión de Hacienda recaídos en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que establece un sistema institucional para el desarrollo del turismo y modifica el decreto ley N° 1.224, que crea el Servicio Nacional de Turismo, y otras normas legales (boletín N° 5.687-23).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Honorables señores Núñez, Escalona y Letelier, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que declara los materiales atómicos naturales y al litio como sustancias no concesibles de valor estratégico y reserva al Estado su exploración, explotación y beneficio (boletín N° 6.781-07).
--Pasa a la Comisión de Minería y Energía.
Tres del Honorable señor Navarro, con las que da inicio a los siguientes proyectos:
1.- El que modifica el Código Civil respecto de la prelación de créditos en caso de quiebra (boletín N° 6.782-07).
2.- El que modifica el Código Procesal Penal en lo referido a los testigos hábiles (boletín N° 6.785-07).
3.- El que modifica el Código de Procedimiento Civil a efectos de establecer el sábado como día inhábil para la realización de actuaciones procesales (boletín N° 6.783-07).
--Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De los Honorables señores Navarro y Muñoz Aburto, con la que dan inicio a un proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo a fin de prohibir las denominadas "listas negras" de trabajadores (boletín N° 6.784-13).
Del Honorable señor Naranjo, mediante la cual da inicio a un proyecto de ley que sanciona al empleador que obligue a sus trabajadores agrícolas a reingresar a las labores antes de cumplirse el plazo establecido para la reanudación de faenas en sectores tratados con plaguicidas (boletín N° 6.787-13).
--Pasan a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
De los Honorables señores Bianchi y Prokurica, por medio de la cual inician un proyecto que modifica la ley Nº 19.857, que autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada (boletín N° 6.788-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
Declaración de inadmisibilidad
Moción de la Honorable señora Alvear con la que inicia un proyecto de ley que exige la aprobación de la autoridad laboral para el despido colectivo de trabajadores.
--Se declara inadmisible por corresponder a una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia la Presidenta de la República , de conformidad con lo dispuesto en el número 2° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política.
Proyecto de acuerdo
De los Honorables señores Naranjo y Letelier, por medio del cual solicitan a Su Excelencia la Presidenta de la República expresar la protesta del Estado chileno al Gobierno de Japón por el zarpe de naves pesqueras desde ese país con el fin de cazar ballenas en la Antártica (boletín N° S 1.213-12).
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.
Permiso constitucional
Solicitud del Honorable señor Vásquez para ausentarse del país entre los días 2 y 4 de diciembre en curso.
--Se accede.
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la Cuenta.
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente , solicito que se oficie al Ejecutivo para pedirle patrocinar la moción de mi autoría que acaba de ser declarada inadmisible.
El señor NOVOA (Presidente).- Si le parece a la Sala, así se hará.
--Así se acuerda.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Los Comités, en reunión celebrada hoy, acordaron por unanimidad lo siguiente:
1.- Retirar del Orden del Día de la presente sesión los siguientes proyectos de ley:
a) El que moderniza el Ministerio de Defensa Nacional;
b) El relativo a información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad, y
c) El que garantiza el acceso universal e igualitario a la pensión de vejez.
2.- Que se discutan y despachen en la sesión ordinaria del martes 15 del mes en curso las iniciativas señaladas en las letras a) y b) anteriores.
3.- Que el proyecto de ley que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, signado con el número 4 en el Orden del Día, sea tratado como si fuera de Fácil Despacho.
4.- Abrir un nuevo plazo para formular indicaciones, hasta las 17 de hoy -deberán presentarse en la Secretaría de la Comisión de Hacienda-, acerca de los siguientes proyectos de ley:
a) El relativo a la modernización del Servicio de Impuestos Internos, y
b) El que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura.
5.- Que se trate y despache en la próxima sesión ordinaria el proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio entre Chile y Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal con relación a los impuestos a la renta y su Protocolo.
V. FÁCIL DESPACHO
ESTABLECIMIENTO DE FERIADO LEGAL PARA ELECCIONES PARLAMENTARIA Y PRESIDENCIAL 2009
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece feriado legal para el día de las elecciones parlamentarias y presidencial de 2009, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (6779-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 72ª, en 25 de noviembre de 2009.
Informe de Comisión:
Gobierno, sesión 73ª, en 1 de diciembre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- El objetivo principal de la iniciativa es establecer que el feriado legal fijado por el artículo 169 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios será irrenunciable para los trabajadores del comercio que no laboran en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica los días en que se realicen las elecciones de parlamentarios y de Presidente de la República de 2009, en los actos eleccionarios que corresponda y hasta las 14 horas del respectivo día de la elección.
Con todo, se excepcionan de dicha disposición los dependientes de expendio de combustibles, de farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización aprobó el proyecto tanto en general cuanto en particular con los votos de los Honorables señores Bianchi, Núñez y Sabag. Posteriormente, se reabrió el debate y el texto fue nuevamente sometido a votación, oportunidad en que se abstuvieron los Senadores señores Bianchi y Núñez y votó a favor el Honorable señor Sabag. Conforme al Reglamento, se repitió la votación y se obtuvo idéntico resultado, de suerte que la iniciativa debe entenderse aprobada.
La Comisión informante dejó testimonio, además, de que la frase "en ambas votaciones si correspondiera", que emplea el proyecto, dice relación con la eventualidad de la segunda vuelta presidencial y, en consecuencia, tiene por objeto precisar que el feriado se extiende tanto al día de la primera votación como al de la segunda.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión general y particular la iniciativa.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , no sé si interpretaré de manera adecuada al Senador señor Bianchi sobre las razones que tuvimos para abstenernos en la segunda reunión de la Comisión, a la que convoqué como su Presidente , pero considero positivo que la Sala tenga presente lo siguiente.
La Cámara de Diputados nos ha sometido a una situación que, a mi juicio, es altamente atentatoria contra el espíritu de la Constitución y de la Ley Orgánica del Congreso Nacional. Porque desde el mismo momento en que declaró, comillas, el feriado -"feriado" no es exactamente la palabra más adecuada, pero ahora no se me ocurre ninguna otra-, dejó al Senado prácticamente en la obligación de acoger el proyecto en los mismos términos en que ella lo despachó.
En este caso, se trata de una modificación relevante, relacionada nada menos que con las próximas elecciones.
En consecuencia, creo que, en primer lugar, deberíamos hacer presente -tal como lo hice yo, públicamente, en alguna oportunidad- la situación recién descrita, a pesar de que la comprendo a la perfección, pues todos hemos estado en la circunstancia de que se avecina una elección y es urgente tratar de ganar votos a última hora.
Entonces, quedamos ante un panorama absurdo. Porque, yendo al fondo del asunto, algunos sostenemos que siempre debiera declararse feriado el día de una elección -¡siempre!- y no solo para una oportunidad determinada. Lo lógico habría sido que el texto declarara feriado, para todos los chilenos, la fecha en que se convoque a elecciones parlamentarias, presidenciales, de alcaldes e incluso, en el futuro, de consejeros.
Segundo: dadas las actuales circunstancias, estamos impedidos de efectuar cualquier modificación, por muy lógica que nos pareciera, como parte de la necesidad de ir perfeccionando en forma adecuada los procedimientos, sobre todo cuando se trata de ejercer un derecho ciudadano como el voto.
La Cámara de Diputados aumentó en dos horas -de las 12 a las 14- el plazo de término del feriado. Y lo hizo de manera discriminatoria, pues no todos van a tener la posibilidad de concurrir a votar, ya que, como bien indicó el señor Secretario , algunos trabajadores de bombas de bencina, de farmacias, en fin, no tendrán la facilidad que la disposición otorga.
Esas fueron las razones por las cuales nos abstuvimos.
El debate sostenido en la Comisión -como le consta al señor Ministro - fue de fondo. Nuestra intención no es obstruir lo que el espíritu y la norma del proyecto buscan, pero -repito- el debate fue de fondo. Sin embargo, no se puede producir una situación anómala de carácter constitucional como la descrita, porque hasta el 12 de diciembre el Senado debe seguir funcionando. Y aquí también hay candidatos. Veo a varios colegas que van a la reelección y, no obstante, han venido a cumplir su tarea.
La señora MATTHEI .-
¡Desde acá no veo a muchos candidatos...!
El señor NÚÑEZ.-
Y con mayor razón deben hacerlo los que no lo son, quienes tienen doble obligación de estar acá presentes al no hallarse enfocados en la búsqueda de votos.
En consecuencia, me parece que la situación que se ha producido con la Cámara de Diputados es absolutamente anómala. Creo que rompe el adecuado equilibrio del sistema bicameral imperante en nuestro país. Si hubiese un sistema unicameral o una de las Cámaras tuviera ciertas atribuciones y otra no, lo entendería. Pero, en este caso, necesariamente el proyecto tenía que pasar por el Senado.
Esa es la razón fundamental -hay otras menores en términos de significación jurídica- por la cual tanto el Senador señor Bianchi como el que habla nos abstuvimos en la segunda sesión a que me permití convocar.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
¿Algún señor Senador desea apoyar la iniciativa?
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag, quien votó a favor en la Comisión.
El señor LETELIER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).-
Cuando ponga en votación el proyecto, puede fundamentar su voto, señor Senador.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , mis Honorables colegas se abstuvieron en la Comisión, pero yo voté a favor, porque pienso que el Ejecutivo envió a tramitación la iniciativa para dar facilidades a muchos empleados que el día de la votación se los obliga a trabajar.
Como en algunas partes se eligen Diputados y Presidente de la República , y en otras, además, Senadores, el proceso, a veces, es más o menos lento, por lo que las dos horas de permiso para cumplir con ese deber cívico no son suficientes, ya que muchas personas tienen que trasladarse a localidades distintas a las de su morada. Debido a eso, consideré que el proyecto era razonable. Además, ya viene aprobado por amplia mayoría en la Cámara Baja y cualquier modificación que le pudiéramos introducir nosotros -como todos sabemos, la otra rama del Parlamento no está sesionando- significaría que no habría ley sobre la materia. De modo que lo estimé pertinente y adecuado.
Asimismo, quedó claramente establecido que el feriado no es solo para el 13 de diciembre, sino también para la segunda vuelta, es decir, el 17 de enero próximo.
En consecuencia, voté favorablemente en la Comisión y espero que los Honorables colegas hagan lo mismo en la Sala, porque falta este trámite, con el objeto de que miles de miles de trabajadores tengan las facilidades para cumplir en buena forma con su deber cívico en ambas fechas.
El señor NOVOA (Presidente).-
Hay diversos señores Senadores inscritos para fundamentar el voto.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, voy a votar a favor del proyecto, sin perjuicio de hacer presente dos críticas de fondo.
La primera se refiere a que la iniciativa establece una discriminación, y si alguien la llevara al Tribunal Constitucional, se podría demostrar que en ella se observa una desigualdad frente a la ley, una inconstitucionalidad: algunas personas el día de los comicios no tienen que trabajar, mientras que otras sí.
Si esta materia hubiese surgido de una reflexión más profunda, debería haber ocurrido que los trabajadores, en ciertas fechas, tuviesen feriados legales y descansaran, sin perjuicio de las excepciones de los servicios de urgencia o de primera necesidad, donde habría un sobresueldo de por medio.
Hace muchos años que vengo promoviendo que, incluso, el comercio cierre los domingos, como ocurre en otros lugares donde se defiende un valor superior: la familia. Por desgracia, en nuestro país ella es parte del discurso, de la retórica, sin estar dispuesto a legislar para defenderla.
En ese contexto, aquí se ha sostenido que, con motivo de las próximas elecciones, se debe dar medio día de asueto para que la gente vaya a votar. Pero ya existe una norma legal que permite que otras personas no laboren. ¿Por qué no se aplica a todos los trabajadores? Pues como señala el dicho popular "la ley pareja no es dura". ¿Por qué media jornada y no completa?
Señor Presidente, ese problema nos preocupa inmensamente a algunos.
No vamos a votar en contra, por cuanto media jornada es algo. Pero sí pediría que en el Senado hubiese la voluntad manifiesta de legislar correctamente, de establecer que todos los días de elecciones populares -como sostuvo el Senador señor Núñez - sean declarados feriados. El país no pierde en productividad, porque en esas fechas ella es baja. Tampoco pierde la democracia. Al contrario, se profundiza algo que es fundamental en tales fechas: que todos seamos iguales ante la ley en cuanto a emitir nuestros votos y también en nuestra capacidad de participar plenamente en actos que determinan el rumbo del país.
Repito: votaré a favor, pero con la reserva de que el proyecto de ley establece discriminación. La Confederación de Trabajadores del Comercio ha manifestado que realmente hay una tremenda injusticia, porque a algunos se les da feriado y a otros, no.
A mi juicio, incluso, es muy poco delicada la forma como surgió el proyecto.
A algunos nos inquieta que se produzca este tipo de debates sobre una materia que es más de fondo y que dice relación a cómo entendemos el mundo laboral. En él debería haber feriados, pero no para que las personas tengan facilidades para ir a votar, sino para que exista igualdad ante la ley, ya que los empleadores no laboran en días de votación ni tampoco ciertos trabajadores. Entonces, debe establecerse un criterio de igualdad para todos.
Reitero que me pronunciaré favorablemente, reconociendo que en este caso hay discriminación. Conversé con los dirigentes de la Confederación de Trabajadores del Comercio sobre este asunto, y están muy inquietos.
Señor Presidente, pido que, por su intermedio, se solicite al Ejecutivo su apoyo y que se comprometa a enviar en enero próximo al Parlamento un proyecto, con la urgencia debida, a fin de que los días de elecciones sean feriados para los trabajadores.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Señor Presidente , en un comienzo, por respeto a la Comisión que integro y que preside el Senador señor Núñez , hicimos ver al Gobierno la forma tan poco feliz en que viene redactado el proyecto. Por eso, acogimos la petición de su Presidente de realizar una nueva votación, en la cual me abstuve porque justamente quería que fuese discutido en la Sala
En relación con lo señalado por el Honorable colega que me antecedió en el uso de la palabra, cabe mencionar que en nuestro país la gran mayoría de los empleadores son pequeños emprendedores, muchos de los cuales sí trabajan los feriados, y lo hacen durante todos los días del año. De manera que un gran número de ellos, dueños de pequeñas empresas, están dedicados a sus tareas el año completo.
Pero, a pesar de que comparto otros criterios planteados aquí, no estoy de acuerdo con que tengamos un discurso para sostener que ninguna persona en el país trabaje en días de elecciones. Deben tenerse presentes los servicios especiales. ¿Cómo hacer para que no se atienda en los hospitales?
El señor LETELIER .-
¡Hay que establecer excepciones!
El señor BIANCHI.-
Son excepciones también las que establece el proyecto de ley en debate.
El señor NOVOA (Presidente).-
Evitemos los diálogos, señores Senadores.
El señor BIANCHI.-
Aquí se exceptúan las personas que trabajan en bombas de bencinas, en farmacias. Son servicios de primera necesidad.
Por lo tanto, es entendible -y estoy de acuerdo- que los trabajadores tengan la oportunidad de compartir con su familia, para lo cual disponen de escasas ocasiones. En mi opinión, es un hecho que nadie puede rechazar, y en el que hay consenso. Pero dar un discurso con la pretensión de que todos debieran tener el día libre, implicaría dejar sin atención a ciertos servicios del país, inclusive a los de mayor urgencia, lo cual, obviamente, es absolutamente inviable.
Señor Presidente , respecto al proyecto mismo, sostengo que su redacción es poco feliz. Por eso, con el Senador señor Núñez , Presidente de la Comisión de Gobierno , tuvimos dudas.
¿Dónde está el problema? En que la iniciativa hay que votarla sí o sí, porque la Cámara de Diputados no está sesionando. Y, por ser un sistema bicameral, nosotros requeríamos que la otra rama legislativa funcionara a fin de que hubiese un tercer trámite.
Ese es el asunto.
Por eso, en la Comisión de Gobierno, tanto su Presidente como el Senador que habla, quisimos dar una señal y dijimos: "Bueno, aquí estamos obligados -¡obligados!- a aprobar este texto, que no es un buen proyecto de ley, simplemente, porque la otra rama legislativa no se encuentra en actividad, lo cual no nos permite llevarlo a un tercer trámite".
Comparto el criterio de que nunca es malo y siempre es bueno que los trabajadores tengan las máximas instancias -¡las máximas instancias!- para poder compartir con la familia, con los seres queridos; tener las facilidades de traslado, etcétera. Pero, obviamente, como ocurre con toda actividad, resulta necesario que haya vehículos de transporte disponibles, para lo cual se requieren personas que los operen. Además, deben estar funcionando los servicios de urgencia en los distintos lugares, y las policías, ya que es indispensable la presencia de Carabineros. En fin, hay servicios con los que resulta absolutamente imposible no contar, por todo lo que el acto eleccionario conlleva.
Señor Presidente , voy a votar a favor de la iniciativa, dejando establecido que lamento mucho que no haya tenido una discusión más a fondo, sencillamente porque la Cámara Baja no está sesionando.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO.-
Señor Presidente , yo también me pronunciaré a favor del proyecto, aunque su contenido me parece pésimo, por tres razones que paso a explicar.
En primer término, porque la solución para los trabajadores del comercio que no se desempeñan en centros comerciales se aborda de modo equivocado, pues lo que se pretende es favorecer su participación y dar facilidad y apoyo al espíritu cívico.
Ese objetivo, en las condiciones actuales, no se satisface con medio día feriado. Implica un avance respecto de las dos horas de que hoy dispone ese sector, pero sigue siendo insuficiente.
Las elecciones son ocasionales, a nivel tanto presidencial como parlamentario, y se efectúan cada cuatro años. No veo impedimento para que, derechamente, se otorgue a los trabajadores de que se trata un día completo destinado a tal efecto. Y la explicación dada para oponerse es absurda. Se dice que "la cercanía de la Navidad hace que sea una época propicia para el comercio". ¿A alguien le asiste alguna duda de que quien compre un regalo el 13 por la tarde no lo hará igual cualquier día hasta el 24? Y es más: en la práctica, la inmensa mayoría de chilenas y chilenos el día de la elección, por distintos motivos -interés por los resultados o temor de que algo pase-, se retira temprano a sus casas.
En segundo lugar, porque la técnica legislativa es sumamente mala. No se necesita una ley especial con un artículo único, separado del Código del Trabajo -al cual se alude-, referido solo a las elecciones del presente año.
Si se quiere obtener el efecto mencionado, la norma propuesta debería haber excluido de lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 38 de dicho Código a las personas que se desempeñen en los establecimientos de comercio no solo en cuanto a las elecciones 2009, sino a todas las venideras. Porque el principio por resguardar es el mismo, más aún si el voto se hace voluntario y se requiere dar mayores facilidades.
En tercer término, porque la normativa es discriminatoria, tanto con respecto a los dependientes del comercio, a quienes se diferencia entre los que laboran o no en malls o centros comerciales, como al resto de los trabajadores.
En la comuna de Primavera, de Tierra del Fuego, muchas personas que ejecutan faenas en la ENAP se hallan inscritas en Punta Arenas. Lo mismo sucede con las que trabajan en estancias en toda esa provincia y también hacia el norte, en las comunas de Laguna Blanca o Río Verde. A todas ellas, dos horas o medio día de feriado no les sirven para nada, ya que a veces solo pueden regresar por la noche en los buses dispuestos al efecto por el Ministerio del Interior.
Si la idea es evitar que algunos trabajadores sean discriminados, entonces otorguemos el mismo derecho a aquellos cuyos servicios no son de emergencia ni de extrema necesidad y que ni aun en virtud de este proyecto podrán sufragar.
Por último, señor Presidente , debo señalar que, en otros países, el día en que se celebra una elección popular es muy importante y se declara feriado para prácticamente todos los trabajadores, con el propósito de que acudan a votar, con la sola excepción de los que atienden servicios de emergencia.
¿Por qué Chile ha de ser distinto a otras naciones del mundo, como Alemania o Estados Unidos? ¿Acaso somos superiores a los alemanes o a los estadounidenses?
Es preciso terminar con las discriminaciones involucradas en la iniciativa, como a la que se refirió el Senador señor Letelier, la cual incluso puede ser inconstitucional.
Sin embargo, señor Presidente , me pronuncio a favor.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , por los argumentos dados aquí y por otros más, el proyecto no es perfecto. No cabe ninguna duda. Pero me ahorran mucho tiempo las palabras del Senador señor Bianchi -quien me antecedió en el uso de la palabra- porque, no obstante tal hecho, lo que su texto establece es mucho mejor que lo existente y genera un espacio para que trabajadores que no podían concurrir a votar puedan hacerlo.
Me sorprende que algunos colegas sostengan que aquí habría una discriminación, pues, en verdad, toda la legislación nacional, y no solo la laboral, exceptúa -por razones obvias de la naturaleza de las diversas actividades- a algunos trabajos que no pueden suspenderse porque prestan un servicio a la salud, al abastecimiento, a la energía eléctrica y a muchos otros.
El presente caso no constituye una excepción. Es indudable que al respecto se debe recoger la realidad en que vivimos. Y si se acogiera lo que algunos señores Senadores proponen, tendríamos un país paralizado, sin energía, sin combustibles, sin atención de salud, sin transporte ni otros servicios.
Entonces, no cabe sostener lo que se pretende probar.
De otro lado, es menester considerar la razón de fondo, que ya se ha señalado y sobre la cual no voy a insistir.
Cualquiera que sea la decisión del Senado, ¡la Cámara de Diputados no está funcionando! Por lo tanto, si llegáramos a una conclusión distinta de lo ya establecido en el proyecto, este no podría ser ley y, por ende, no beneficiaría a nadie.
Señor Presidente , el Honorable señor Letelier me está pidiendo una interrupción; no tengo inconveniente en concedérsela, por su intermedio.
Votaré a favor del proyecto, no por considerarlo perfecto sino porque es mejor que lo existente y, además, porque una eventual modificación de lo aprobado por la otra rama del Congreso lo dejaría en nada.
Frente a esa realidad, creo que debemos aprobar la iniciativa, para que esos trabajadores chilenos puedan participar en el proceso eleccionario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (20 votos a favor y 3 abstenciones); por no haberse presentado indicaciones, se aprueba también en particular, y queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Allamand, Arancibia, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Escalona, Gómez, Kuschel, Muñoz Aburto, Novoa, Ominami, Orpis, Pizarro, Prokurica, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
Se abstuvieron los señores Letelier, Núñez y Romero.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente , solo deseo dejar constancia en la Versión Oficial de que el Senador señor Prokurica quizá malentendió algunas de mis afirmaciones.
Nosotros no tenemos problema con las excepciones relativas a los trabajadores de distintas actividades: bombas de bencina o servicios de urgencia. Nuestra objeción dice relación a que quienes se desempeñan en los malls no se encuentran incluidos en el feriado. Y no hay razón alguna para ello.
¿Por qué el día de las elecciones han de permanecer abiertos los malls?
Esa situación es incongruente, absurda, porque el resto de los dependientes de comercio tendrá derecho a medio día feriado -al parecer, el Honorable colega no lo entendió así-; y ella se genera por la forma en que está redactado el proyecto.
Ese es el punto. Porque el texto expresa: "...que no laboran en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica,". Por ejemplo, las personas que trabajan en el mall Alto Las Condes no tendrán derecho al feriado.
El señor PROKURICA .-
¡No es así!
El señor CANTERO .-
¡Está equivocado, Su Señoría!
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LETELIER.-
La iniciativa tiene la incongruencia referida. Por tal motivo, no nos gusta.
Ya fue aprobada y se convertirá en ley, pero discrepo de tal aspecto. Lo he conversado con los dirigentes. Esa es la situación.
El señor NOVOA (Presidente).-
Vale la pena aclarar el punto. Pero el proyecto ya se despachó.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VIERA-GALLO (Ministro Secretario General de la Presidencia).-
Señor Presidente, deseo precisar lo siguiente.
Los trabajadores de comercio que atiendan público en los malls, no laborarán durante todo el día de las elecciones.
Mediante el proyecto se extiende dicho beneficio, pero solo hasta las 2 de la tarde, a quienes laboren en establecimientos comerciales no ubicados en un mall.
Ahora, el Gobierno hubiese querido que se pusieran de acuerdo la Cámara de Comercio con los sindicatos del ramo, lo cual no ocurrió. Y por eso finalmente envió esta iniciativa.
Es muy probable que, como manifestaron varios señores Senadores, en definitiva, se busque una norma de aplicación general. Esta vez, al menos, se les da mayores facilidades a los trabajadores del comercio que no se desempeñan en los malls -donde tienen todo el día libre- a fin de que puedan concurrir a votar, con excepción de aquellos que laboran en farmacias y en lugares de expendio de combustibles.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
En este momento ha llegado a la Mesa un informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Convenio entre Chile y Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal con relación a los impuestos a la renta, y su Protocolo (boletín Nº 6.451-10).
Cabe recordar que esta iniciativa también cuenta con un informe -favorable, por lo demás- de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Conforme a lo resuelto por los Comités, queda para la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria de mañana.
DESIGNACIÓN DE SIETE INTEGRANTES DE CONSEJO NACIONAL DE PESCA
El señor NOVOA ( Presidente ).- Solicitud de Su Excelencia la Presidenta de la República en orden a obtener el acuerdo del Senado para designar como integrantes del Consejo Nacional de Pesca a la señora Beatriz Corbo Atria y a los señores Andrés Couve Rioseco, Eduardo Tarifeño Silva, Osvaldo Carvajal Rondanelli, Carlos Merino Pinochet, Sergio Pulido Roccatagliata y Tomás Flores Jaña, con informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura y la urgencia establecida en el inciso segundo del número 5) del artículo 53 de la Constitución Política.
--Los antecedentes sobre el oficio (S 1208-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Se da cuenta en sesión 63ª, en 10 de noviembre de 2009.
Informe de Comisión:
I. Marítimos, Pesca y Acuicultura, sesión 72ª, en 25 de noviembre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Su Excelencia la Presidenta de la República expresa en su solicitud que los Consejeros nominados por decretos supremos, de 2005 y 2008, respectivamente, cesarán en sus funciones en diciembre de este año, con excepción del señor Merino, quien concluirá su período en marzo de 2010, razón por la cual se ha considerado pertinente incluir a su reemplazante en este proceso de designación.
El señor NOVOA (Presidente).- Hago presente a la Sala que se ha pedido segunda discusión.
En la primera discusión, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
--La solicitud queda para segunda discusión.
VI. ORDEN DEL DÍA
NORMAS ESPECIALES PARA EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO. VETO
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Conforme a lo acordado por los Comités, corresponde ocuparse en la observación de Su Excelencia el Vicepresidente de la República , en segundo trámite constitucional, formulada al proyecto de ley que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, con informe de la Comisión de Economía y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (5724-26) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 87ª, en 20 de enero de 2009.
Observaciones en segundo trámite, sesión 64ª, en 11 de noviembre de 2009.
Informes de Comisión:
Economía, sesión 4ª, en 18 de marzo de 2009.
Economía (segundo), sesión 59ª, en 27 de octubre de 2009.
Hacienda, sesión 59ª, en 27 de octubre de 2009.
Economía (observaciones), sesión 69ª, en 17 de noviembre de 2009.
Discusión:
Sesiones 5ª, en 31 de marzo de 2009 (se aprueba en general); 60ª, en 28 de octubre de 2009 (se aprueba en particular).
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
La observación persigue el propósito de suprimir el artículo décimo tercero despachado por el Congreso Nacional, cuyo texto pueden consultar Sus Señorías en el boletín comparado.
El informe deja constancia de la opinión del señor Ministro Secretario General de la Presidencia respecto del veto supresivo, la cual, en síntesis, plantea que la norma citada entraría en colisión con tratados internacionales suscritos por nuestro país, al establecer una excepción a los derechos de autor o conexos.
La Comisión rechazó la observación presidencial por tres votos en contra (Honorables señores Coloma, Flores y García) y uno a favor (Senador señor Pizarro).
Cabe consignar que la Cámara de Diputados, en sesión de 10 de noviembre recién pasado, le dio su aprobación al veto supresivo.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Como la iniciativa se va a tratar como si fuera de Fácil Despacho, corresponde que intervengan un señor Senador que defienda el rechazo de la Comisión y otro que sustente la posición contraria.
Puede intervenir el señor Ministro .
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , solo deseo reiterar que el Gobierno está de acuerdo con la norma que se incluyó en el proyecto llamado "de propiedad intelectual". Lo que ha ocurrido es que una disposición que en ese texto fue retirada o rechazada -no recuerdo bien- se hizo revivir en la iniciativa de protección a la pequeña y mediana empresa afectando derechos de autor que datan de 1938. Eso es lo referente al fondo del asunto.
Además, insisto en que se presentan algunas dificultades respecto a compromisos suscritos por Chile en diversas instancias internacionales.
Como una observación que se relaciona con el procedimiento, dejo establecido que, habiendo aprobado ya la Cámara de Diputados el veto supresivo, lo que resuelva el Senado no reviste mayor trascendencia jurídica.
Gracias.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente , formo parte de la Comisión de Economía, mas la semana pasada estuve con permiso constitucional, de modo que no participé en ella. Pero habría votado con la mayoría por dos razones.
La primera de ellas es que la norma fue producto de un acuerdo político alcanzado en las Comisiones unidas de Educación y de Economía cuando se estudiaba el proyecto de ley de propiedad intelectual. Fue una decisión de mayoría, entre paréntesis, porque no todos los señores Senadores mantuvieron esa posición.
El señor PIZARRO .-
Eso sí.
El señor VÁSQUEZ.-
¿De qué se trata, en definitiva? La disposición expresa, respecto de las empresas de menor tamaño, que no se considere la aplicación del derecho de propiedad intelectual de autores, compositores y artistas en el caso de la recepción de frecuencias abiertas de televisión o de radio en los locales como acompañamiento de la actividad, sea para escuchar noticias o, como lo reclaman los propios comerciantes, para controlar la publicidad que contratan.
Por lo tanto, ello no alcanza de manera alguna, por ejemplo, a los sistemas de música ambiental especialmente contratados, la televisión por cable o un medio que no corresponda a los de libre frecuencia.
Ahora, la importancia de la cuestión estriba en que al acuerdo se arribó en función de que los derechos de propiedad intelectual ya se encuentran pagados, pues las radioemisoras y los canales de televisión abierta los cancelan por la música que emiten. En consecuencia, se registraría el extraño fenómeno de cobrar dos veces.
Más aún, si la radio de frecuencia libre pasa por Internet, las sociedades de gestión cobran por la emisión de la frecuencia y por la correspondiente a Internet.
En ningún caso media una desprotección, entonces, de los derechos de propiedad intelectual.
Además, en las Comisiones unidas que analizaron el proyecto de ley sobre esa última materia y en la Comisión de Economía hice presente que tiene lugar el siguiente fenómeno: la entidad de gestión con la mayor cantidad de protección intelectual, que es la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, cobra lo mismo por un metro cuadrado que por veinticinco. Constituye un monto fijo; pero en el caso de los locales con mayor superficie, sobre 500 metros cuadrados, el metro cuadrado es objeto de un pago descendente. Es decir, en proporción, mientras más grande sea el establecimiento, menos se cancela.
Ello demuestra lo señalado por la Corte Suprema en una sentencia, en el sentido de que la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, en la fijación de tarifas, es una institución monopólica. En su momento, el antecedente se acompañó a las Comisiones.
En consecuencia, señor Presidente , de haber podido concurrir la semana pasada a la Comisión de Economía, habría votado con la mayoría, pues las que he expuesto son las consideraciones por las cuales la norma no se aprobó en el proyecto de ley de propiedad intelectual, ya que se tuvo en cuenta la protección de las empresas de menor tamaño.
Esa es la razón por la cual me pronunciaré por el rechazo.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro, quien, según entiendo, va a sostener la posición contraria.
El señor PIZARRO.-
Así es, señor Presidente.
Debo reconocer que, hasta ahora, no entiendo lo que el Ministro señor Viera-Gallo ha ratificado durante el trámite, porque si no reviste ninguna importancia cómo votemos, al haberse aceptado ya la observación en la Cámara de Diputados, entonces no es mucho más lo que tenemos que discutir acá.
Como se realizó igual el debate en la Comisión, mi aprobación del veto -a pesar de que quedé solo- fue, en lo fundamental, para mantener el derecho de propiedad intelectual de los autores frente a la norma.
El Senador señor Vásquez tiene razón cuando ejemplifica lo que puede parecer una situación extrema, como la de exigir el cobro del derecho de autor a un taxista que va escuchando la radio porque conduce con un pasajero. Pero la verdad es que a ese taxista nunca se le ha cobrado absolutamente nada.
Distinto es cuando pequeñas empresas o instituciones usan música, video u otros elementos, que tienen autores reconocidos y a los cuales se les debería pagar un derecho, como un gancho o atractivo que les facilita lucrar. Claramente ahí hay un cambio en las reglas del juego respecto a lo que se aprobó. Además, a propósito de las sociedades de gestión de nuevos autores, los cálculos que ellos hacen es que la norma puede significar una merma incluso de casi un tercio de los ingresos que les permiten mantener sociedades de gestión orientadas a garantizar que los derechos de los autores se cumplan.
Entonces, en la práctica, no se está protegiendo un derecho que ya se encuentra reconocido por setenta, ochenta años. Y, asimismo, estamos cercenando un derecho adquirido y propiciando condiciones para que se genere una merma en los ingresos que hacen posible la existencia de sociedades de derechos de autor.
Esa es la razón por la cual, a pesar de que el Ministro señor Viera-Gallo siempre señala que no sirve para nada lo que nosotros votamos acá, he querido dejar esta constancia tanto en la Comisión como en la Sala.
El señor NOVOA (Presidente).-
Lo que plantea el señor Ministro es que se produce el siguiente efecto.
La Cámara de Diputados, al aceptar el veto, no aprobó norma alguna. De modo que nosotros no sacaríamos nada con rechazar la observación de Su Excelencia el Vicepresidente de la República porque existiría desacuerdo entre ambas ramas legislativas. Y, al haberlo, no habría norma.
Entiendo que ello es consecuencia de un tecnicismo legal, pero eso no...
El señor VÁSQUEZ .-
¡No habría norma expresa, señor Presidente!
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Sí. Pero, como digo, eso no menoscaba en nada ni las atribuciones ni la dignidad del Senado.
En consecuencia, pondré en votación la observación del Ejecutivo , sin perjuicio del derecho de Sus Señorías a fundamentar el voto.
El señor PIZARRO.-
¿Se vota el informe o el fondo del asunto?
El señor NOVOA (Presidente).-
El informe, señor Senador.
Votar que sí significa aprobar el informe, que rechaza el veto; votar que no, lo contrario.
El señor PIZARRO.-
Entonces, voy a votar que no.
El señor NOVOA (Presidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente , voy a votar a favor del veto, a pesar de que no es una posición compartida aquí ni por mi vecina ni por mis vecinos.
El punto es el siguiente.
Nosotros discutimos largamente esta materia con motivo del proyecto sobre propiedad intelectual, que este mismo Senado aprobó hace no más de un mes y medio o dos meses, a propósito de una norma que es distinta de la que hoy día se está analizando.
Allí se acordó no establecer limitaciones a los pagos de derechos de autor para ninguno de los usuarios.
Lo explicó muy bien el Senador señor Pizarro , pero quiero reiterarlo a raíz de lo expuesto por el Honorable señor Vásquez .
La norma dice relación a locales comerciales establecidos, los cuales, por su carácter, necesitan público para obtener sus rentas, legítimamente.
No escapará a los señores Senadores preguntarse por qué esos locales comerciales tienen televisión, radio o reproductores de audio. No los tienen porque les gusta el ruido o la música, sino porque constituye un incentivo a los efectos de obtener mayor renta: para que ingrese más gente, para generar un ambiente determinado. En el fondo, utilizan distintos medios a fin de lograr rentas comerciales.
Y esa es la razón: para obtener una renta propia, yo no puedo utilizar el bien de un tercero sin recompensarlo.
Lo que pasa, señor Presidente, es que nos cuesta mucho comprender que el derecho de autor es un bien de este, un bien de su propiedad, no de la sociedad ni de un todo colectivo.
Es exactamente igual que la pintura que le venden a una persona en un local comercial; es igual a las mesas, a las bebidas, a lo que ese establecimiento vende. Si el autor recibió el pago de una radio es porque esta produce renta con el ejercicio de su derecho de autor. Si después un tercero utiliza esa radioemisora para obtener renta, el autor nuevamente tiene derecho a que se le pague.
Es exactamente igual a otro bien. Lo que sucede es que nos cuesta mucho entender que la propiedad intelectual o la creación artística es un bien que tiene dueño. El que crea una canción es su dueño, y si a través de su utilización un tercero obtiene rentas, obviamente su autor tiene derecho a ser recompensado.
Si el Estado quiere beneficiar a las pymes, a pequeños locales comerciales, ningún problema. ¡Fantástico que lo haga! Pero que lo haga con sus propios recursos; como dispone la ley, que a aquellos locales comerciales que facturen cierta cantidad de dinero, que pueden ser calificados como minipymes o pymes, les otorgue un beneficio para que puedan difundir música.
¡Fantástico! Sería muy bueno que así se hiciera. ¡Pero por qué lo va a pagar el autor, el creador de determinada obra musical!
Y como a veces cuesta comprender este concepto, que vengo defendiendo desde el proyecto sobre propiedad intelectual, se producen, no confusiones, pero sí una distorsión en el sentido de decir: "¡Para qué se les va a cobrar esta vez!" o "¿Por qué no los liberamos del pago de los derechos?".
¡No, señor Presidente! La obra artística tiene dueño, y este tiene derecho a que se le pague por su obra cuando un tercero la ocupa precisamente para obtener un beneficio comercial, como es lo que ocurre en la situación en análisis.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , tengo una posición distinta de la de quien me antecedió, por un tema técnico sobre el cual resulta perfectamente legítimo reflexionar.
Desde mi perspectiva al menos, nadie está planteando que no se pague el derecho de autor. El problema es cuántas veces se paga.
Obviamente, cada vez que una radioemisora transmite la canción de determinado cantante, se le cancela al autor el derecho respectivo. Pero extender ese cobro infinitamente, por ejemplo -soy testigo de esta situación y por eso me interesé en la materia-, al dueño de un taller de bicicletas en Talca, que durante la realización de sus labores sintoniza una radio, me parece un exceso. Eso ya está pagado. Además, si Sus Señorías observan, en casos como ese la música no tiene nada que ver con el ingreso por ventas al titular de la empresa y no forma parte del giro o de los bienes o servicios dispuestos para la adquisición por los clientes, lo cual, evidentemente, sería una situación distinta.
Si la persona usara la música como parte de la forma de percibir sus ingresos -vendiendo elementos vinculados a la retransmisión, por ejemplo-, el cobro me parecería razonable.
Y estamos hablando de pequeños empresarios, no de los grandes.
Entonces, al final no me gustaría que al Senador Chadwick le cobraran por tararear una canción en la calle...
El señor NOVOA ( Presidente ).-
¡Su Señoría tendría que pagar...!
El señor COLOMA.-
¡Sería una aplicación estricta de la norma...!
Yo entiendo el derecho de autor, señor Presidente . Por eso fuimos muy precisos en la legislación respectiva en lo referido a la exigencia del cobro. Y eso está debidamente resguardado. Pero no me parece que ello impida que la gente oiga, cante o siquiera se atreva a silbar música.
Por ello, voto a favor del informe de la Comisión.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LETELIER.-
¿Puedo hacer una consulta, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).-
Sí, señor Senador.
El señor LETELIER.-
Primero, quiero dar disculpas por haber llegado un poco atrasado al debate.
El Ministro señor Viera-Gallo desde hace tiempo que viene participando en la discusión de este tema, en el cual he compartido, en ciertos momentos, el juicio del Senador señor Vásquez . Pero digo "en ciertos momentos", por cuanto existen normas especiales para empresas de menor tamaño con las que estoy de acuerdo. Sin embargo, no creo que sea bueno contaminar esta legislación, relativa a esa materia, con un debate que tiene que ver con derechos de autor.
El señor NOVOA (Presidente).-
Excúseme, señor Senador.
Debo hacerle presente que hay otro punto importante, como es que esta votación es un trámite. La Cámara ya aprobó el veto y, consecuentemente, la supresión de la norma, de manera que, aun cuando el Senado actuara de otro modo, no habría acuerdo para mantener la disposición.
El señor LETELIER .-
Entonces, ¿para qué es la observación?
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Para suprimir la norma. Y, como digo, la Cámara de Diputados ya aprobó tal supresión. Por lo tanto, nosotros no sacaríamos nada con rechazar el veto, pues igual no habría acuerdo para el establecimiento del precepto.
El señor NÚÑEZ .-
Cualquiera que sea la votación que se obtenga aquí.
El señor NOVOA (Presidente).-
Así es.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Resultado de la votación: 12 votos por aprobar el informe de la Comisión, 7 en contra y 5 abstenciones.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Bianchi, Coloma, Kuschel, Novoa Núñez, Orpis, Prokurica, Vásquez y Zaldívar.
Votaron por la negativa los señores Allamand, Cantero, Chadwick, Escalona, Gómez, Pizarro y Sabag.
Se abstuvieron los señores Girardi, Letelier, Muñoz Aburto, Ominami y Romero.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Las abstenciones influyen en el resultado, porque si se suman a los votos negativos se produce empate.
El señor NOVOA (Presidente).-
Se repetirá la votación.
Votar "sí" significa aprobar el informe de la Comisión y, por tanto, rechazar el veto; votar "no", oponerse al informe y acoger la observación del Ejecutivo.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Resultado de la votación: 10 votos por aprobar el informe, 6 en contra y 4 abstenciones.
Votaron por la afirmativa la señora Matthei y los señores Arancibia, Bianchi, Coloma, Novoa, Núñez, Orpis, Prokurica, Vásquez y Zaldívar.
Votaron por la negativa la señora Alvear y los señores Allamand, Chadwick, Gómez, Pizarro y Romero.
Se abstuvieron los señores Girardi, Letelier, Muñoz Aburto y Ominami.
El señor NOVOA (Presidente).-
Las abstenciones se suman a la mayoría.
Por lo tanto, queda aprobado el informe, que rechaza el veto del Ejecutivo.
--Queda rechazada la observación de Su Excelencia el Vicepresidente de la República (14 votos contra 6).
El señor VÁSQUEZ.-
La aprobación debe ser por los dos tercios.
El señor NOVOA (Presidente).-
No, señor Senador. Se suman las abstenciones a la mayoría.
Queda rechazado...
El señor LETELIER.-
Es que no hay dos tercios.
El señor NOVOA (Presidente).-
No, señor Senador. Para insistir en el proyecto aprobado se requieren dos tercios.
CONCESIÓN DE NACIONALIDAD, POR ESPECIAL GRACIA, A SEÑOR FREDERICK JOSEPH HEGARTY KEANE
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional e iniciado en moción de los Honorables señores Kuschel y Sabag, que concede por especial gracia la nacionalidad chilena al señor Frederick Joseph Hegarty Keane, con informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6713-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los Senadores señores Kuschel y Sabag).
En primer trámite, sesión 52ª, en 29 de septiembre de 2009.
Informe de Comisión:
Derechos Humanos, sesión 65ª, en 11 de noviembre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
La Comisión deja testimonio en su informe de que el señor Hegarty, nacido en 1927 en Estados Unidos, es hijo de campesinos irlandeses que emigraron a dicho país en búsqueda de una mejor vida.
En 1953 fue ordenado sacerdote y enviado a Chile, fecha desde la cual se dedicó a desarrollar su vocación en el mundo rural, dando vida al Instituto Nacional de Pastoral Rural y participando en grupos de enseñanza cristiana y en organizaciones sociales.
Asimismo, en 1995 creó la Fundación de Servicios Solidaridad Misionera Rural, la cual se ha destacado por la formación de líderes jóvenes en sectores campesinos pobres.
La Comisión informante, teniendo en vista los antecedentes recién mencionados, aprobó el proyecto tanto en general cuanto en particular por dos votos a favor, de los Honorables señores Kuschel y Sabag, y la abstención de la Senadora señora Matthei.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto (15 votos a favor y 4 abstenciones), y queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Arancibia, Coloma, Escalona, Girardi, Kuschel, Letelier, Muñoz Aburto, Orpis, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
Se abstuvieron la señora Matthei y los señores Bianchi, Cantero y Novoa.
PRÓRROGA PARA CALIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD COMO DE AUTOGESTIÓN EN RED
El señor NOVOA ( Presidente ).- Proyecto de ley, en primer trámite constitucional e iniciado en moción de los Senadores señores Arancibia, Ominami y Ruiz-Esquide, que posterga la fecha para la calificación de los establecimientos de salud no calificados como de autogestión en red, con informe de la Comisión de Salud.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6727-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los Senadores señores Ruiz-Esquide, Arancibia y Ominami).
En primer trámite, sesión 54ª, en 6 de octubre de 2009.
Informe de Comisión:
Salud, sesión 65ª, en 11 de noviembre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- El objetivo principal de la iniciativa es prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2012 el plazo fijado en el artículo decimoquinto transitorio de la ley Nº 19.937 a fin de que los establecimientos hospitalarios señalados en dicha disposición legal que no hayan sido calificados como de autogestión en red pasen a tener dicha calidad por el solo ministerio de la ley.
La Comisión discutió el proyecto tanto en general cuanto en particular, por ser de artículo único, y le dio su aprobación por tres votos a favor, de los Senadores señores Arancibia, Ominami y Ruiz-Esquide, y uno en contra, del Honorable señor Kuschel.
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (20 votos favorables y una abstención) y, por no haberse formulado indicaciones, queda aprobado también en particular y despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Girardi, Gómez, Letelier, Muñoz Aburto, Novoa, Núñez, Orpis, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
Se abstuvo el señor Kuschel.
HOMOLOGACIÓN DE SISTEMAS DE SALUD Y DE PREVISIÓN EN MATERIA DE DECLARACIÓN DE COTIZACIONES Y COBRANZA
El señor NOVOA ( Presidente ).- Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que incorpora la presunción de declaración y no pago de cotizaciones de salud en el sistema de isapres y homologa el interés penal y la multa por el no pago de tales cotizaciones a los contemplados en el decreto ley Nº 3.500 y en la ley Nº 17.322, con informe de la Comisión de Salud.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6312-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 81ª, en 23 de diciembre de 2008.
Informe de Comisión:
Salud, sesión 65ª, en 11 de noviembre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- El principal objetivo del proyecto es evitar problemas de interpretación del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2006, que regula los organismos públicos de salud, el régimen de prestaciones de salud y el sistema de las isapres, y homologar el mecanismo de cobranza de las cotizaciones de salud de los afiliados a estas instituciones al que rige las de carácter previsional.
La Comisión aprobó el proyecto en general por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Arancibia, Kuschel y Ruiz-Esquide), y el texto pertinente figura en su informe.
Con todo, pese a que se trata de la aprobación en general, dicho órgano técnico sugiere a la Sala la realización de tres enmiendas formales, consistentes en sustituir, en el artículo primero, las palabras "Incorpórese" y "Reemplácese" por "Incorpórase" y "Reemplázase", respectivamente; y, en el artículo segundo, la frase final "a partir de esta fecha" por "a partir de la misma fecha".
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión la idea de legislar.
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.- Señor Presidente , nosotros solicitamos el envío de este proyecto mientras se estudiaba la Reforma Previsional, y en ese momento el Ejecutivo se comprometió a ello.
Me alegra que la iniciativa haya sido revisada por la Comisión de Salud y deseo sugerir que en la discusión particular también sea analizada por la de Trabajo y Previsión Social, porque en realidad su contenido se refiere a materias relativas a cotizaciones y a qué sucede cuando su pago se atrasa. Es decir, no tiene tanto que ver con prestaciones de salud, sino más bien con asuntos previsionales y las normas que los rigen.
Por eso, señor Presidente , si a usted y a la Sala les pareciera, desearía que la iniciativa fuera analizada también por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, porque alude claramente a una materia de su competencia.
En todo caso, anuncio que votaré a favor del proyecto.
El señor NOVOA (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Pondré en votación general el proyecto...
El señor PIZARRO.- Señor Presidente , ¿votar que "sí" implica que el proyecto vuelva a la Comisión?
El señor NOVOA ( Presidente ).- No. Para el segundo informe, propondré que pase a la Comisión de Trabajo, porque la de Salud ya lo analizó.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (19 votos a favor) y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el lunes 21 de diciembre, a las 12.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Girardi, Gómez, Kuschel, Letelier, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag y Vásquez.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Propongo que en su segundo informe el proyecto pase a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y no a la de Salud, pues se planteó que ello no era necesario.
--Así se acuerda.
CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE TORTUGAS MARINAS
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas y sus Anexos, con informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6394-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 34ª, en 15 de julio de 2009.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 71ª, en 18 de noviembre de 2009.
Hacienda, sesión 71ª, en 18 de noviembre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la Convención es promover la protección, conservación y recuperación de las poblaciones de tortugas marinas y de los hábitats de los cuales dependen.
La Comisión de Relaciones Exteriores aprobó el proyecto de acuerdo por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Gazmuri, Larraín, Pizarro y Romero) en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Por su parte, la Comisión de Hacienda adoptó igual resolución, con los votos favorables de los Senadores señora Matthei y señores Escalona, García, Ominami y Sabag.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
La señora MATTHEI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , esta Convención es superimportante. Las tortugas son animales maravillosos, y muchas veces son aniquiladas sencillamente porque con su caparazón se produce carey. Ellas merecen ser protegidas, dado que se encuentran en alto peligro de extinción.
Por lo tanto, me alegra muchísimo que vayamos a aprobar este proyecto de acuerdo.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente , esta Convención se suma a otros instrumentos internacionales, en particular del Derecho interamericano, sobre protección a especies en peligro de extinción o que son objeto de una caza indiscriminada.
El año pasado la iniciativa de la Presidenta Bachelet llevó a fijar unilateralmente en nuestras aguas una zona libre de caza de todos los cetáceos, lo que abarca a más de 42 especies. Por ello, hoy se han presentado acciones para garantizar que otros no sigan con la matanza de esas especies.
Con relación a las tortugas marinas, hemos notado que existe una piratería internacional dramática, que ha ido extinguiendo a cierto tipo de ellas, como ocurre en torno a las islas Galápagos .
De la misma forma, en una futura convención abordaremos lo relativo a algunas variedades de tiburones. Porque, debido al comercio ilegal de sus aletas -muy cotizadas en el Asia-, han sido objeto de matanzas masivas que alteran ecosistemas únicos en el planeta.
Vamos a aprobar el presente proyecto de acuerdo, entendiendo que la Tierra que habitamos en conjunto con otras especies requiere equilibrios para su sustentabilidad en el tiempo.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , la iniciativa que nos ocupa fue aprobada por unanimidad tanto en la Comisión de Relaciones Exteriores como en la de Hacienda. Su propósito es acoger la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas y sus Anexos, adoptados en Caracas, Venezuela, el 1º de diciembre de 1996.
El mensaje del Ejecutivo señala que se trata del único instrumento internacional dedicado exclusivamente a las tortugas marinas, estableciendo parámetros para la conservación de estos animales y sus hábitats, en actual peligro de extinción.
Resulta evidente que nadie caza a las tortugas. La Convención está motivada por el embargo a la importación de camarones, debido a que al capturarlos las mallas también arrastran a las tortugas. Por eso, muchos países que se dedican a esta actividad han fijado una veda. Entonces, para protegerlas, se decidió establecer este Tratado.
La Convención estuvo abierta a la firma desde 1996 hasta 1998, y en varias naciones entró en vigor a contar de mayo de 2001.
Creo que es altamente conveniente aprobarla. ¡Si nos hemos demorado tanto tiempo en hacerlo, es precisamente porque se refiere a la tortuga, que anda muy lento...! Y ahora le estamos haciendo justicia.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente, evidentemente a nadie le cabe duda acerca de la necesidad de aprobar la presente iniciativa.
Pero, claro, resulta simple pronunciarse a favor de proyectos cuando no tienen que ver con la realidad nacional. Hay varios asuntos domésticos en Chile respecto a los cuales no existen los mismos estándares y criterios.
Concuerdo con lo planteado por el Senador señor Letelier . Yo mismo fui uno de los autores de algunos proyectos que dieron origen al establecimiento de un santuario ballenero, es decir, de que en el territorio marítimo chileno existiera una prohibición clara para la caza de cetáceos por parte de japoneses, noruegos e islandeses, quienes bajo el pretexto de la caza científica asesinan dos mil ballenas por año.
Hemos solicitado hoy, junto con ambientalistas, que se presente una queja ante esos países por usar un subterfugio brutal. Porque para desarrollar investigación científica evidentemente no se requiere matar dos mil ballenas. Realizamos investigación científica usando seres humanos sin necesidad de matarlos. Hoy se dispone de la tecnología que lo permite.
En Chile hay distintas especies de la fauna y la flora en peligro de extinción, y no observo la misma preocupación por ellas. Cuando se discutió la iniciativa sobre creación del Ministerio del Medio Ambiente ni siquiera se aprobó que las zonas endémicas o en peligro se sometieran a estudios de impacto ambiental. No hubo ningún interés de la autoridad, ni de esta Sala, para garantizarlo. En consecuencia, es muy fácil pedir garantías para afuera, pero dentro del país no se hace.
Estamos tramitando un proyecto de ley sobre protección animal y se ha establecido la eutanasia como instrumento de regulación de la población de mascotas. Espero que ello no se apruebe cuando se vote en la Sala del Senado.
Ya vivimos una situación dramática en el pasado cuando se privatizaron las aguas. Nuestro país es el único del mundo en donde el vital elemento es propiedad privada.
Y ahora, para favorecer malas prácticas de la salmonicultura, se quiere privatizar el borde costero y los mares de Chile, permitiendo, como garantía para que los bancos le presten a dicha industria, el establecimiento de concesiones hipotecables. Estas serán hipotecadas por bancos transnacionales y rematadas al mejor postor, y nuestro país perderá su soberanía.
La salmonicultura, con su manera de operar, ha sido un factor fundamental en la depredación del fondo marino, de los recursos marinos. Y justamente hay especies en extinción producto de las malas prácticas de la salmonicultura.
Entonces, quisiera que el mismo estándar -yo lo comparto- lo aplicáramos no solo cuando es fácil hacerlo, por tratarse de especies emblemáticas y que se encuentran fuera de Chile. También me gustaría ver a las autoridades preocupadas con la misma fuerza, con la misma intensidad por nuestras especies. En el país existen muchas especies en peligro, amenazadas y en vías de destrucción producto de las malas políticas.
En consecuencia, espero que esto también se haga extensivo a las políticas nacionales.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor NOVOA (Presidente).-
Solicito a quienes se hallan en las tribunas no efectuar manifestaciones.
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , deseo aclarar un poco más lo que significan las medidas establecidas en esta Convención, de las que se ha hablado bastante.
En dicho instrumento se contempla, además, la prohibición de la captura, retención o muerte intencionales de las tortugas marinas, así como del comercio doméstico de ellas, de sus huevos, partes o productos.
Se estatuye el cumplimiento de las obligaciones consignadas en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, en lo relativo a tortugas marinas, sus huevos, partes o productos.
Se prescribe la restricción de las actividades humanas que puedan afectar gravemente a esas especies, sobre todo en los períodos de reproducción, incubación y migración.
Se dispone la protección, conservación y, según proceda, la restauración del hábitat y de los lugares de desove de las tortugas marinas, así como el establecimiento de las limitaciones que sean necesarias en cuanto a la utilización de esas zonas.
Esto último, señor Presidente, es sumamente importante. Y de ello no se ha hablado mucho o no conocemos lo suficiente, porque en realidad constituye una novedad para nosotros.
Actualmente, se realizan verdaderos tours a las áreas de desove, donde el nacimiento de las tortugas se transforma en una real empresa turística que moviliza a mucha gente. Hay playas completas en las que se promueve el turismo orientado a ver el proceso de desove, convirtiéndolo en una actividad que, si es bien manejada, no tendría inconveniente alguno, por cuanto sería una atracción más. El problema se produce cuando no existe control y se incentiva la participación del ser humano en las playas donde las tortugas desovan, generando una mortandad mucho mayor que la ocasionada naturalmente.
En tal sentido, en la presente Convención se consagran normas de protección, de conservación y de intervención, justamente, para evitar que la acción humana mal entendida vaya en contra del resguardo de las tortugas marinas.
Asimismo, se contempla el fomento de la investigación científica relacionada con esas especies, con sus hábitats y con otros aspectos sobre el particular, que genere información fidedigna y útil para la adopción de las medidas referidas en el artículo pertinente.
También se establece la promoción de esfuerzos para mejorar las poblaciones de tortugas marinas, etcétera.
Nos parece que dicho instrumento internacional reviste gran importancia, y es muy positivo que Chile lo asuma en forma plena.
El señor NOVOA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo (17 votos favorables) y queda terminada su discusión en este trámite.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Cantero, Chadwick, Escalona, Girardi, Gómez, Kuschel, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag y Vásquez.
El señor COLOMA.-
Pido que se agregue mi voto, señor Presidente.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Se dejará constancia en la Versión Oficial del pronunciamiento favorable de Su Señoría.
Terminado el Orden del Día.
VI. TIEMPO DE VOTACIONES
TRANSFORMACIÓN DE ENAP EN EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA. PROYECTO DE ACUERDO
El señor NOVOA (Presidente).- Corresponde ocuparse del proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señores Muñoz Aburto, Escalona, Gazmuri, Letelier, Naranjo y Núñez.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1201-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 54ª, en 6 de octubre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es solicitar a Su Excelencia la Presidenta de la República que se estudie la posibilidad de ampliar el giro de la Empresa Nacional del Petróleo, a fin de que pueda participar, directamente o mediante sociedades, en actividades de exploración, explotación y comercialización de otras fuentes de energía, especialmente renovables no convencionales, transformándose así en una empresa nacional de energía.
El señor NOVOA (Presidente).- En votación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el proyecto de acuerdo (9 votos contra 7 y una abstención).
Votaron por la negativa la señora Matthei y los señores Arancibia, Cantero, Chadwick, Kuschel, Novoa, Orpis, Prokurica y Romero.
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Escalona, Girardi, Gómez, Muñoz Aburto, Pizarro y Vásquez.
Se abstuvo el señor Sabag.
ACUERDO SOBRE PREVENCIÓN, IMPEDIMENTO Y ELIMINACIÓN DE PESCA ILEGAL, NO DECLARADA Y NO REGLAMENTADA. PROYECTO DE ACUERDO
El señor NOVOA (Presidente).- Proyecto de acuerdo suscrito por los Honorables señores Navarro, Girardi y Ominami.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1204-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 59ª, en 27 de octubre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- La iniciativa tiene por finalidad solicitar a Su Excelencia la Presidenta de la República que se suscriba el "Acuerdo sobre medidas del estado rector del puerto para prevenir, evitar y eliminar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada", para luego remitirlo al Congreso Nacional.
El señor NOVOA (Presidente).- En votación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el proyecto de acuerdo (7 votos contra 2 y 4 abstenciones).
Votaron por la negativa la señora Matthei y los señores Arancibia, Cantero, Kuschel, Novoa, Orpis y Sabag.
Votaron por la afirmativa los señores Escalona y Gómez.
Se abstuvieron la señora Alvear y los señores Chadwick, Pizarro y Romero.
ENVÍO DE PROYECTO ACLARATORIO SOBRE SITUACIÓN DE SUBDIRECTORES E INSPECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. PROYECTO DE ACUERDO
El señor NOVOA (Presidente).- Proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señores Prokurica, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Naranjo, Navarro, Orpis, Vásquez y Zaldívar.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1205-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 60ª, en 28 de octubre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- El propósito de la iniciativa es solicitar a Su Excelencia la Presidenta de la República que envíe a tramitación legislativa un proyecto que aclare la situación de los subdirectores e inspectores de establecimientos educacionales en relación con lo establecido en el artículo 25 del Estatuto Docente.
La señora MATTHEI.- ¿A qué se refiere el proyecto de acuerdo, señor Presidente? ¿Podemos ver el texto?
El señor NOVOA (Presidente).- El señor Secretario dará lectura al documento pertinente.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- El texto dice lo siguiente:
"1. En el último tiempo se ha tenido noticia de una diferencia de criterios entre la interpretación administrativa de la Dirección del Trabajo y la jurisprudencia administrativa que emite la Contraloría General de la República, a propósito de la aplicabilidad de la Ley N° 19.979, publicada en el Diario Oficial con fecha 6 de noviembre de 2004, y que introdujo un nuevo inciso final al artículo 25 del Estatuto Docente, estableciendo que las vacantes para ejercer la función docente-directiva siempre serán provistas por concurso público y el nombramiento o designación tendrá una vigencia de 5 (cinco) años.
"2. En efecto, la Contraloría General de la República (por ejemplo en el Dictamen N° 45.246) ha establecido repetidamente que los cargos de subdirectores e inspectores generales tienen la naturaleza de cargos docentes directivos, lo que no los haría indefinidos, estando sujetos a una vigencia o plazo de duración de 5 años. Al no existir una disposición especial para quienes desempeñaban esos cargos antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 19.979, no existiría razón alguna para excepcionar de lo antes expuesto a ese grupo.
"3. Es del caso señalar, sin embargo, que dicha interpretación produce algunos efectos negativos, como la notoria diferencia que existiría en el caso de los Subdirectores e Inspectores Generales, respecto de los Directores, al no establecerse en parte alguna su acceso a los derechos dispuestos por el artículo 32°," -debe ser 32- "del Estatuto Docente, en virtud del cual en la eventualidad de perder en el concurso destinado a proveer su cargo, es posible optar entre la indemnización o permanecer en la dotación docente manteniendo la carga horaria.
"Sin ir más lejos, se hace eco de esa interpretación la propia Dirección del Trabajo, la que en su Dictamen N° 2792/047, señala que el inciso final del artículo 25 del Estatuto Docente sólo es aplicable a los directores de establecimientos del sector municipal contratados con anterioridad al 6 de noviembre de 2004, pero no a los demás docentes directivos, esto es, en el caso en cuestión, los subdirectores e inspectores generales. Ello, como resultado de la aplicación del principio protector o tutelar, en especial la regla de la condición más beneficiosa.
"5. Es claro que la disposición contenida en la Ley N° 19.979, de entenderse que aplica, no extiende beneficios que se establecen para quienes indudablemente sí se encuentran sujetos a tal disposición, como los Directores, lo que plantea una discriminación arbitraria y odiosa. Por otro lado, son claras las demandas de los afectados por tal interpretación, en el sentido de no serles aplicable, fundando sus peticiones incluso en un dictamen administrativo de la autoridad de gobierno competente. Todo lo anterior, requiere de una directriz superior, de rango legal y para la cual tiene iniciativa exclusiva S.E. la Presidenta de la República.".
Y, en seguida, viene el proyecto de acuerdo al que di lectura, señora Senadora.
La señora MATTHEI.- ¿Puedo hacer una pregunta, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).- Por supuesto, aunque no hay debate sobre el tema.
El señor PROKURICA.- Yo le puedo explicar la situación a Su Señoría.
La señora MATTHEI.- Deseo saber si también se quiere aplicar a los subdirectores e inspectores generales la norma mediante la cual, si pierden el concurso, reciben el sueldo de por vida. ¿Es así?
El señor PROKURICA.- No, señora Senadora.
El asunto es muy simple.
Yo hablé con la Ministra de Educación. Y ella dice que se encuentra elaborado el proyecto de ley para evitar un problema que se ha producido con los subdirectores y los inspectores que postularon con anterioridad a esa normativa legal. Ellos obtuvieron mediante concurso público cargos por tiempo indefinido; pero después la ley Nº 19.979 estableció que todos duraban cinco años.
Eso no me parece justo porque, si postularon bajo ciertos requisitos, tienen que respetarles las condiciones en que ganaron el concurso público.
El señor PIZARRO.- ¡No diga eso!
El señor PROKURICA.- Se presentaron, al igual que cualquier funcionario, a un concurso público; lo ganaron, y deben respetarles las condiciones.
El señor PIZARRO.- ¡No!
El señor PROKURICA.- ¿Por qué no?
El señor PIZARRO.- ¡Porque no nomás!
El señor NOVOA (Presidente).- En todo caso, los antecedentes de este proyecto de acuerdo, se supone, se encuentran en el escritorio de cada señor Senador.
El señor GÓMEZ.- ¡Votemos, señor Presidente!
El señor NOVOA (Presidente).- En votación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto de acuerdo (7 votos a favor, 1 en contra y 5 abstenciones).
Votaron por la afirmativa los señores Arancibia, Chadwick, Gómez, Kuschel, Prokurica, Romero y Vásquez.
Votó por la negativa la señora Matthei.
Se abstuvieron los señores Cantero, Flores, Núñez, Pizarro y Sabag.
BENEPLÁCITO POR FIRMA DE TRATADO DE MAIPÚ ENTRE CHILE Y ARGENTINA. PROYECTO DE ACUERDO
El señor NOVOA (Presidente).- Proyecto de acuerdo presentado por los Honorables señores Bianchi, Cantero, Chadwick, Gazmuri, Kuschel, Muñoz Aburto, Naranjo, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1206-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 60ª, en 28 de octubre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- La iniciativa tiene por finalidad manifestar el beneplácito del Senado por la firma del Tratado de Integración y Cooperación entre Chile y Argentina, que se llevó a efecto el 30 de octubre en los Campos de Maipú.
El señor NOVOA (Presidente).- El proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado ya fue sometido a discusión y votación en el Senado.
Por tanto, si le pareciera a la Sala, se aprobaría la iniciativa por unanimidad.
--Se aprueba en forma unánime el proyecto de acuerdo.
REITERACIÓN DE LLAMADO A PLENO RESTABLECIMIENTO DE ESTADO DE DERECHO EN HONDURAS. PROYECTO DE ACUERDO
El señor NOVOA (Presidente).- Por último, corresponde pronunciarse sobre el proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señores Larraín y Romero.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1210-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 65ª, en 11 de noviembre de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- El propósito de la iniciativa es reiterar el llamado al pleno restablecimiento del Estado de Derecho en Honduras.
El señor NOVOA (Presidente).- En votación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto de acuerdo (15 votos afirmativos).
Votaron la señora Matthei y los señores Arancibia, Chadwick, Coloma, Flores, Gómez, Kuschel, Novoa, Núñez, Orpis, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag y Vásquez.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, tiempo atrás presentamos un proyecto de acuerdo referido a los géiseres de El Tatio; se remitió a la Comisión de Medio Ambiente para agregarle un par de ideas que se discutieron en la Sala.
Sin embargo, ya llevamos casi un mes sin que ese proyecto se vea.
Por tanto, quiero pedirle que en la próxima sesión...
La señora MATTHEI.- ¿Cuál proyecto?
El señor GÓMEZ.- El de los géiseres de El Tatio.
El señor NOVOA (Presidente).- Reglamentariamente, si la Comisión no lo ha despachado, en 15 días debería volver a la Sala.
Me voy a preocupar de ese asunto, señor Senador.
El señor GÓMEZ.- Gracias, señor Presidente.
El señor NOVOA (Presidente).- Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 17:49
Manuel Ocaña Vergara
Jefe de la Redacción
ANEXOS
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES NÚÑEZ, ESCALONA Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DECLARA A MATERIALES ATÓMICOS NATURALES Y AL LITIO COMO SUSTANCIAS NO CONCESIBLES DE VALOR ESTRATÉGICO Y RESERVA AL ESTADO SU EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO (6781-07)
Honorable Senado:
1. Perspectivas del escenario energético mundial y nacional.
Según la Agencia Internacional de Energía (IEA), "El sistema mundial de energía está en una encrucijada. Las tendencias actuales del suministro y el consumo de energía son claramente insostenibles, tanto desde el punto de vista ambiental como del económico y social. Estas tendencias pueden -y deben- ser modificadas; todavía hay tiempo para cambiar de rumbo. No es exagerado decir que el futuro de la prosperidad de la humanidad depende de la manera en que sepamos responder a los dos principales que se nos plantean en la actualidad en materia de energía: asegurar un suministro de energía fiable y asequible, y pasar rápidamente a un nuevo sistema de suministro de energía con bajas emisiones de carbono, eficiente y respetuoso del medio ambiente. Lo que hace falta no es nada menos que una revolución energética.".1
Igualmente, la IEA, ha señalado que "para evitar daños catastróficos e irremediables al clima mundial se requiere en última instancia una importante descarbonización de las fuentes de energía del mundo. De persistir las tendencias actuales, las emisiones de dióxido de carbono (CO2) relacionadas con la energía y de otros gases de efecto invernadero aumentarán inexorablemente, causando una elevación de la temperatura media mundial en el largo plazo de hasta 6° C.".2
En el caso de Chile, según estudios de la Comisión Nacional de Energía, la demanda eléctrica media del SIC se más que triplicará, pasando de 5.000 MW el 2007 a casi 17.000 MW el 2030 y la máxima de casi 7.500 MW a 22.000 MW en el mismo .período. Para el SING, la demanda media (máxima) se duplicará, pasando de 1.400 MW (2.000 MW) a casi 2.700 MW (3.750 MW) en el período.
En este escenario, los países desarrollados y emergentes están llevando a cabo ingentes esfuerzos por diversificar sus matrices energéticas, especialmente a través de la incorporación de energías renovables no convencionales.
De igual modo, el desarrollo de tecnologías cada vez más seguras y eficientes referidas a la generación nucleoeléctrica, ha llevado a diversos países a replantearse las posibilidades de su uso luego del estancamiento que viviera la industria europea y norteamericana de energía nuclear durante los años 70 y 80 por no ser competitiva con las fuentes fósiles. Así, la alternativa nuclear adquiere cada vez más relevancia debido que los costos de producción de energía son altamente competitivos en relación a otras fuentes y a que las centrales no emiten gases de efecto de invernadero contribuyendo a disminuir el peligro del calentamiento global a que se encuentra expuesto el planeta.
Los países con mayor número de plantas en funcionamiento son Estados Unidos con 104, Francia con 59, Japón 56 y España 8.
Según la IEA, en la Unión Europea el 38% de la energía eléctrica producida es nuclear. En Francia es el 78, 5%, en Lituania es de 69,6%, en Eslovaquia de 56,1%, Bélgica el 55,6%, en Ucrania es de un 48,5%, Suecia el 44,9%, en Alemania el 31% y en España el 19%. En América Latina Argentina genera el 6,9%, México el 5,0% y Brasil el 2,5%.
A nivel mundial la generación de electricidad a partir de la tecnología nuclear se ha estabilizado en el orden del 16% según el ingeniero chileno Julio Vergara. No obstante, el mundo está tomando esta opción como una real alternativa a futuro.
Actualmente, varios países desarrollados están reactivando sus programas de energía nuclear, mientras que algunos países en desarrollo consideran la adopción de uno de estos programas. Prueba de ello, es el programa nuclear que llevará a cabo Argentina, la Iniciativa de Cooperación Nuclear entre Estados Unidos e India y el acuerdo recientemente celebrado entre el país del norte e Italia que tiene por objeto reducir las emisiones contaminantes a través de las energías nuclear y renovables y que significará el desarrollo de una docena de reactores. Italia es el único país miembro del G-8 sin capacidad nuclear. Ahora, el objetivo es que un cuarto de la energía consumida por los italianos proceda de centrales atómicas, lo que ayudaría a reducir la dependencia de las importaciones de combustibles fósiles y reduciría las emisiones de dióxido de carbono.
Sin embargo, este desarrollo se encuentra limitado, entre otras razones, debido a las dificultades y peligros que encierran la disposición de los residuos de uranio enriquecido (radioactividad). Por ello, los países que cuentan con mayor capacidad de generación nuclear se encuentran abocados al desarrollo de plantas nucleoeléctricas que utilicen como combustible el torio y también de reactores nucleares de fusión que utilizarían al litio como generador de combustible.
2. Importancia de los materiales atómicos naturales (Torio y Uranio) y el Litio para la humanidad y en particular para Chile.
En los últimos años el aumento de la población, la disminución progresiva de las reservas de hidrocarburos, el desarrollo económico de países populosos, la inestabilidad política de algunas regiones y la percepción de un cambio climático asociado a las emisiones derivadas del aumento en la tasa de uso de los hidrocarburos, ha tenido como resultado un considerable aumento del costo de la energía.
A consecuencia de esta situación se está buscando soluciones en diversas direcciones, como energía solar, eólica, hidráulica, termal, carbonífera, gas libre o asociado al petróleo, gas asociado al carbón, biomasa, energía asociada a mareas y oleaje, fisión nuclear, fusión nuclear y disminución del consumo de energía a través de cambios en los estilos de vida que fomenten el uso eficiente de la energía.
A pesar de una cierta aversión pública hacia el desarrollo masivo de la energía nuclear, mayormente debida a los accidentes de Three Mile Island en los Estados Unidos, el desastre de Chernobyl en Ucrania y recientemente en Japón, su bajo impacto ambiental debido al hecho de que no tiene emisiones que aporten al efecto invernadero, han dado lugar a un renacimiento del apoyo a la núcleo-electricidad. De especial interés es el hecho de que el costo de la núcleo-electricidad depende poco del costo del combustible.
Se está desarrollando actualmente la tercera generación de reactores nucleares (Hore-Lacy, 2006). La primera generación ocurrió en los años 1950-1960. La segunda generación está tipificada por los reactores que usa la fuerza naval e los Estados Unidos, la cual es la base para la tercera generación. La cuarta generación está apenas comenzando y no tendrá productos antes del año 2020 ( Hore-lacy, 2006).
La tercera generación de reactores tiene en la actualidad diseños estándar, costos reducidos de capital, menor tiempo de construcción y obtención de permisos, más solidez en sus instalaciones, la incorporación de medidas "pasivas" de seguridad y, en algunos casos, construcción por módulos.
Pareciera que la núcleo-electricidad va a tener un papel mundialmente importante en los próximos decenios. El combustible para los reactores previsibles es el uranio, aunque la India está desarrollando un reactor basado en el uso del torio como combustible, ya que no cuenta con importantes reservas de uranio. A su vez, ya se trabaja en el primer reactor de fusión experimental (ITER) que se espera esté en operación a partir del año 2017 y en el reactor demostrativo (DEMO) de 2,0 GW de potencia que será el primer reactor de fusión en generar electricidad, proveyéndose de Tritio a partir de generadores de litio.
3. El valor estratégico de los materiales atómicos naturales y el Litio.
a. El Uranio
El Uranio es un mineral que se encuentra en la naturaleza bajo 150 formas diferentes. Es así como se puede presentar en forma primaria (como Uranita), en forma oxidada, o en forma refractaria. También se le puede encontrar como subproducto en la fabricación de fosfatos, en las minas de Cobre o en el agua de mar.
La composición del Uranio natural es de aproximadamente 99,3% en el isótopo del Uranio 238, y de un 0,7% en Uranio 235.
Las mayores reservas de Uranio se encuentran en África, específicamente en Namibia, Níger, Gabón y Sudáfrica. En Sudamérica destacan las reservas de Argentina y Brasil.
Sin embargo, los principales productores de uranio, en cifras del año 2007, son Canadá (23%), Australia (20%), Kazajstán (16%), Namibia (9%), Federación de Rusia (8%), Níger (7%), Uzbekistán (5%) y Estados Unidos (4%).
El año 2008, el Organismo Internacional de Energía Atómica de la ONU y la AEN/OCDE publicaron conjuntamente la última actualización del "Libro Rojo" bienal sobre recursos, producción y demanda de uranio. La producción mundial de uranio en 2007 fue de 42 500 toneladas (t U), lo que representa un incremento del 7% en comparación con el año 2006. En 2008 la producción registró un aumento similar y las previsiones indican que la producción mundial total será de más de 45 000 t U.
El uranio recién extraído permitió satisfacer alrededor de las dos terceras partes de las necesidades mundiales para los reactores de potencia, cifradas en -68 000 t U. El resto de la demanda se cubrió con fuentes secundarias, como las reservas civiles y militares, la degradación de UME de uso militar, el uranio reprocesado a partir de combustible gastado, el combustible de mezcla de óxidos (MOX) con uranio 235 parcialmente sustituido por plutonio 239 a partir de combustible gastado reprocesado, y el nuevo enriquecimiento de residuos de uranio empobrecido.
En el referido Libro Rojo se señala que, al ritmo de consumo actual, los recursos alcanzarían para 83 años, y los resultados preliminares de un proyecto para analizar la oferta de uranio en 2060 indican que en ese entonces habría recursos naturales de uranio en cantidad suficiente, No obstante, en el futuro el acceso a dichos recursos estará en función de las fuerzas del mercado y la aceptación del público.
b.- El Torio.
Por su parte, el torio es una sustancia química radiactiva que ocurre naturalmente en el ambiente. En el medio ambiente, el torio existe en combinación con otros minerales tal como sílice. Hay pequeñas cantidades de torio en las rocas, el suelo, el agua, y en plantas y animales. El suelo contiene un promedio de cerca de 6 partes de torio por millón de partes de tierra (6 ppm). Es uno de los elementos de la serie de los actínidos. Es radiactivo con una vida media de aproximadamente 1.4 x 1010 años.
De acuerdo al catedrático de Física Atómica, Molecular y Nuclear de la Universidad de Sevilla, Manuel Lozano "si se hace un balance de masa y energía, resulta que cierta cantidad de torio ofrece unas 40 veces más energía que la misma de uranio" además, "el torio resulta que es prácticamente inútil para la proliferación de armas nucleares y que sus fragmentos de fisión y los transuránicos que produce su absorción de neutrones representan unos residuos mucho menos radioactivos que los del uranio."
En efecto, comparado con ciclos de combustible de uranio, usando torio como combustible nuclear no produce plutonio y menores cantidades de otros isótopos transuránicos.
El Reporte de mayo 2000 de la Agencia Internacional de Energía Atómica (IAEA) ha identificado muchas incentivas recomendando el uso de torio, incluyendo asuntos de preocupación del público acerca del uso de desechos de alta radioactividad y larga vida además de las grandes reservas de plutonio que pueden usarse para la proliferación de armamentos nucleares. También se consideraron otros aspectos del ciclo de combustible basado en torio incluyendo la posibilidad de producir 233U y incinerar isótopos radioactivos tóxicos de larga vida, y las motivaciones económicas necesarias para que él dueño / operador invierta en hacer cambios comerciales.
El Instituto de Elementos Transuránicos ha dicho que el concepto del ampliador de energía con combustible torio crea un reactor que genera mucho menos desechos de actinida transuránico y reduce substancialmente el riesgo de proliferación de armamentos nucleares.
De acuerdo al US Geological Survey, Mineral Commodity Summaries, de enero de 1999, las principales reservas conocidas de torio se encuentran en Australia (300.000) e India (t290.000) y le siguen Noruega, EE.UU., Canadá, Sudáfrica y Brasil.
c. El Litio
El litio es un elemento metálico, el tercero en la Serie Periódica de Elementos, con un peso atómico igual a 6.939. Es el elemento metálico más liviano que se conoce, siendo su peso específico de 0.534 a 20° C. Su punto de fusión es de 180° C y hierve a 1.336°, presentando así el mayor rango líquido entre los metales alcalinos.
Asimismo, el litio posee el átomo más pequeño y más liviano de todos los metales, sólo dos elementos, hidrógeno y helio, ambos gases, tienen átomos más livianos.
En los últimos 15 años el uso del litio se encuentra directamente asociado a la tecnología, industria que está en permanente expansión. Los principales rubros que utilizan este metal están todos vinculados de modo directo o indirecto con la energía. En efecto, sus usos son baterías basadas en materiales que contienen litio, las aleaciones de litio-aluminio y el uso del litio como alimentador en la producción de tritio para los reactores de fusión nuclear.
Las baterías basadas en materiales que contienen litio por se más duraderas y desarrollar más potencia que las baterías convencionales de plomo-ácido, constituyen una tecnología que en la actualidad alimenta los llamados automóviles híbridos y que seguramente cuando se desarrolle completamente permitirá la construcción crecientemente masiva de automóviles eléctricos reemplazando así al motor de combustión de hidrocarburos, con los consiguientes impactos económicos y ecológicos.
A su vez, el litio en aleación con aluminio, produce un metal mucho más resistente y liviano que las aleaciones de acero y titanio que actualmente se utilizan en la construcción de la estructura de los aviones. Según el Departamento de Energía de los Estados Unidos, la próxima generación de aviones comerciales estará construida de aleaciones litio-aluminio, permitiendo de esa forma ahorros importantes de combustible.
El uso del litio como generador de tritio en los reactores nucleares de fusión está en plena etapa de investigación. Dado que el tritio se encuentra en cantidades despreciables en la naturaleza, se ha determinado que una de las formas comerciablemente más viables de producirlo es a partir del litio en un reactor de fusión.
Estudios realizados por la Comisión Chilena de Energía Nuclear, en particular el informe elaborado por el Dr. Marcelo Zambra, el 12 de agosto de 2008, denominado "Importancia del Litio en el Futuro Proceso Comercial de la Fusión Nuclear", indican que "La producción a gran escala de energía eléctrica a partir de reactores de fusión nuclear estaría consolidada al año 2100." y que "Según los pronósticos de uso y consumo de Litio para los reactores de fusión, sería necesario entre 6,3 y 8,9 toneladas anuales de Litio para generar 1,5 GW durante 8000 Hrs.". Concluyendo que, "Se desprende del análisis de este informe que el Litio debería ser catalogado como material estratégico.".
No obstante estos tres importantes y estratégicos usos del litio vinculados estrechamente con la energía, la mayor demanda actual de litio se encuentra en la producción de aluminio, fabricación de materiales cerámicos, vidrios, grasas lubricantes y en productos químicos y farmacéuticos.
4. Presencia del Litio, el Uranio y el Torio en Chile.
a. Producción de litio en Chile
De los 10 millones de toneladas métricas de reservas conocidas de litio que existen en el planeta, cerca de nueve millones están ubicados en Bolivia, Argentina y Chile. De esas reservas, cerca del 45% están ubicadas en Chile, en el Salar de Atacama, en forma de salmueras, siendo el Salar de Uyuni, en Bolivia la principal reserva mundial conocida.
La demanda de litio ha aumentado entre un 7% y 8% anual durante los últimos 10 años, lo que ha llevado a que el precio del carbonato de litio haya aumentado desde los US$ 1.760 por tonelada hasta los US$ 6.000, equivalentes a poco más de 3 millones de pesos.
Según el Banco Central, entre 1998 y 2008 las exportaciones mineras de este metal han crecido desde los US$39,3 millones a los US$220,2 millones, lo que equivale a un 460,3%.
Chile y Argentina entregan hoy poco más del 55% del litio que demandan los países industrializados, abasteciendo los requerimientos de Estados Unidos casi completamente.
En Chile, sólo dos compañías producen este mineral: SQM, líder en este mercado (55%), y la Sociedad Chilena del Litio, empresa filial de la compañía alemana Chemetall. Entre ambas produjeron unas 12 mil toneladas el año 2008.
b. Presencia del Uranio en Chile:
De acuerdo a información de prensa existiría uranio en nuestro país en cantidad suficiente como para su explotación comercial. El uranio se encuentra en bajas concentraciones en el suelo, el agua y asociado a diversos minerales, principalmente la uranünita y también es un subproducto de la producción del cobre, oro y fosfatos.
En prospecciones realizadas por la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN) con el apoyo de la Agencia Internacional de Energía Atómica, los informes preliminares habrían sido auspiciosos, faltando mayores investigaciones.
En 1985, la CCHEN presentó una carta pronóstico que abarca desde Tarapacá hasta Rancagua, señalando que "Chile presenta condiciones para la explotación de uranio que van de medianamente favorables a favorables".
Uno de los sondeos exitosos efectuados para llevar a cabo ese estudio tuvo lugar en la "Productora", en la región de Atacama. Asimismo, se ha determinado que la mina de fosforita al sur de Bahía Inglesa podría obtener hasta 300 toneladas de uranio como un derivado del ácido fosfórico, aunque esa planta no cuenta con el circuito para recuperarlo.
En algunos yacimientos de la gran minería se produce concentración de uranio en los circuitos primarios de lixiviación, aunque tampoco se extrae.
Informaciones recientes, octubre de 2009, señalan que la minera australiana Aragón Resources anunció la compra de la empresa júnior Hot Chili Limited, cuyo principal activo era la propiedad de algunos prospectos de minería de uranio en territorio chileno Los prospectos mineros (Productora, Los Mantos y Chile Norte) están ubicados cerca de la cordillera de la costa de la zona centro-norte del país, cercano a las minas de cobre Candelaria y Mantos Blancos.
Igualmente, el año 2007, la compañía inglesa U3o8 Holdings anunció el descubrimiento de importantes concentraciones de uranio cerca de Concepción, pero con el tiempo fue relativizando su relevancia, y hoy, de cinco prospectos que mantenía bajo su propiedad, sólo estaría desarrollando tres.
c. Presencia de Torio en Chile
La minera canadiense Polar Star Mining, al sur de Calama en la región de Antofagasta, cuenta con un yacimiento con potencial de uranio y torio. Con 19 concesiones de exploración y 5.000 hectáreas, el proyecto Tulipán ha sido analizado con un espectrómetro de rayos gama Exploranium GS135 y ha encontrado uranio y torio con valores de entre 15 ppm y 250 ppm y 200 ppm y 1.100 ppm respectivamente.
5. Régimen jurídico de los materiales atómicos naturales y del Litio.
a.- Estatuto Jurídico de los materiales atómicos naturales
De acuerdo al artículo 19 N° 24 de la Constitución el uranio y el torio son sustancias susceptibles de concesión minera. No obstante lo anterior y en virtud del artículo 15 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras, que otorga valor estratégico a los productos minerales en los que el torio o el uranio tengan presencia significativa, su explotación está sujeta a un régimen de regulación especial establecido en el artículo 10 del Código de Minería que otorga al Estado, al precio y modalidades habituales del mercado, el derecho de primera opción de compra de los productos mineros originados en explotaciones mineras desarrolladas en el país en los que el torio o el uranio tengan presencia significativa.
Por su parte, la ley 16.319 que crea la Comisión Chilena de Energía Nuclear, en su artículo 3° letra d), expresa que son facultades de esta Comisión, entre otras, la de "fomentar...la exploración, la explotación y el beneficio de materiales atómicos naturales", definiendo al uranio y el torio como un material atómico natural en su artículo 2°.
A su vez, el artículo 8° de la citada ley, expresa que por exigirlo el interés nacional "los materiales atómicos naturales -como el uranio y el torio- y el litio extraídos, y los concentrados, derivados o compuestos de aquellos y éste, no podrán ser objeto de ninguna clase de actos jurídicos sino cuando ellos se ejecuten o celebren por la Comisión Chilena de Energía Nuclear, con ésta o con su autorización previa.".
b. Estatuto jurídico del litio
Constitución Política de la República
La Constitución Política de la República, establece en el artículo 19° N° 24 inciso sexto, que "El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, comprendiéndose en éstas las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y las demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales, no obstante la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas. Los predios superficiales estarán sujetos a las obligaciones y limitaciones que la ley señale para facilitar la exploración, la explotación y el beneficio de dichas minas.".
A su vez, el inciso séptimo de la misma norma constitucional, en su primera parte, señala: "Corresponde a la ley determinar qué sustancias de aquellas a que se refiere el inciso precedente, exceptuados los hidrocarburos líquidos o gaseosos, pueden ser objeto de concesiones de exploración o explotación.".
Por su parte, el inciso décimo del mismo artículo 19° N° 24, señala que: "La exploración, la explotación o el beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no susceptibles de concesión, podrán ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo. El Presidente de la República podrá poner término, en cualquier tiempo, sin expresión de causa y con la indemnización que corresponda, a las concesiones administrativas o los contratos de operación relativos a explotaciones ubicadas en zonas declaradas de importancia para la seguridad nacional".
Ley orgánica constitucional sobre concesiones mineras de 1982.
El artículo 3º de este cuerpo legal, establece que:” No son susceptibles de concesión minera los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el litio, los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional ni los yacimientos de cualquier especie situados en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional con efectos mineros, sin perjuicio de las concesiones mineras válidamente constituidas con anterioridad a la correspondiente declaración de no concesibilidad o de importancia para la seguridad nacional. No se consideran sustancias minerales las arcillas superficiales, las salinas artificiales, las arenas, rocas y demás materiales aplicables directamente a la construcción, todas las cuales se rigen por el derecho común o por las normas especiales que a su respecto dicte el Código de Minería.".
Código de Minería de 1983.
El artículo 7° del Código de Minería establece: "No son susceptibles de concesión minera los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el litio, los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional ni los yacimientos de cualquier especie situados, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional con efectos mineros, sin perjuicio de las concesiones mineras válidamente constituidas con anterioridad a la correspondiente declaración de no concesibilidad o de importancia para la seguridad nacional.".
A su vez, el artículo 8° señala que: "La exploración o la explotación de las sustancias que, conforme al artículo anterior, no son susceptibles de concesión minera, podrán ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo.".
Por su parte, el artículo 9°.establece que "Podrá constituirse concesión minera sobre las sustancias concesibles de un yacimiento, aunque éste contenga también sustancias no concesibles. Se deberá comunicar al Estado la existencia de las sustancias no concesibles que se encuentren con ocasión de la exploración, de la explotación o del beneficio de las sustancias procedentes de pertenencias. El Estado podrá exigir a los productores que separen, de los productos mineros, la parte de las sustancias no concesibles que tengan presencia significativa en el producto, es decir, que sean susceptibles de ser reducidas o separadas desde un punto de vista técnico y económico, para entregársela o para enajenarlas por cuenta de él. Mientras el Estado no formule esa exigencia al productor, se presumirá de derecho que las sustancias no concesibles contenidas en los productos mineros respectivos no tienen presencia significativa en ellos.
El Estado deberá reembolsar, antes de la entrega, los gastos en que haya incurrido el productor para efectuar la reducción y entrega y, además, deberá costear las modificaciones y las obras complementarias que fuere necesario realizar para operar la reducción o separación en el país, caso en el cual también pagará las indemnizaciones de los perjuicios que se ocasionen con motivo de la realización de esas modificaciones y obras complementarias. Estas últimas obras serán de propiedad estatal.
El incumplimiento de las obligaciones que este artículo impone a los productores les hará incurrir en una multa, que aplicará el juez sujeta, en lo demás, a las normas del artículo 11.
En todo caso, si se enajenan sustancias no concesibles cuya entrega haya exigido el Estado conforme al inciso segundo, el monto de la multa será la cuarta parte del valor de las sustancias enajenadas, sin perjuicio de la obligación de entregarle su precio sin deducción alguna.
Las referencias al Estado de este artículo se entenderán hechas a la Comisión Chilena de Energía Nuclear, tratándose del litio; y al Ministerio de Minería, tratándose de hidrocarburos líquidos o gaseosos.
Todas las cuestiones que suscite la aplicación de este artículo serán resueltas por el juez respectivo.".
Decreto ley N° 2.886 de 14 de noviembre de 1979.
El artículo 5° de este decreto señala que: "Por exigirlo el interés nacional, desde la fecha de vigencia de este decreto ley, el litio queda reservado al Estado.
Se exceptúa de lo dispuesto en el inciso anterior solamente:
a) El litio existente en pertenencias constituidas, sobre litio o sobre cualquiera de las sustancias del inciso primero del artículo 3° del Código de Minería, que, a la fecha de publicación de este decreto ley en el Diario Oficial, tuvieren su acta de mensura inscrita, se hallaren vigentes, y cuya manifestación, a su vez, haya quedado inscrita antes del 1° de Enero de 1979.
b) El litio existente en pertenencias que, a la fecha de publicación de este decreto ley en el Diario Oficial, estuvieren en trámite y que lleguen a constituirse sobre litio o sobre cualquiera de las sustancias del inciso primero del artículo 3° del Código de Minería, siempre que el proceso de constitución de tales pertenencias se hubiere originado en una manifestación que haya quedado inscrita antes del 1° de Enero de 1979.
Una ley regulará la forma en que el Estado ejercerá los derechos que le corresponden sobre el litio que se le reserva en virtud de este artículo.".
A su vez, el artículo 6° de este decreto ley, sustituye el artículo 8° de la Ley N° 16.319, que crea la Comisión Chilena de Energía Nuclear, estableciendo que: "Por exigirlo el interés nacional, los materiales atómicos naturales y el litio extraídos, y los concentrados, derivados y compuestos de aquéllos y éste, no podrán ser objeto de ninguna clase de actos jurídicos sino cuando ellos se ejecuten o celebren por la Comisión Chilena de Energía Nuclear, con ésta o con su autorización previa. Si la Comisión estimare conveniente otorgar la autorización, determinará a la vez las condiciones en que ella se concede. Salvo por causa prevista en el acto de otorgamiento, dicha autorización no podrá ser modificada o extinguida por la Comisión ni renunciada por el interesado". .
6. Alcances sobre el estatuto jurídico del litio y los materiales atómicos naturales en Chile.
A la luz de las normas expuestas es evidente que el litio sólo tiene el carácter de sustancia no concesible, en virtud de la ley orgánica constitucional de concesiones mineras y el Código de Minería, más no de la Constitución Política de la República.
En efecto, la Constitución solamente se encarga de otorgar el carácter de no concesible, de un modo directo y literal, a los hidrocarburos líquidos y gaseosos y señalar genéricamente que habrán sustancias no susceptibles de concesión y que la exploración, la explotación o el beneficio de ellas, podrá ejecutarse por el Estado de un modo directo o por sus empresas o a través de concesiones administrativas o contratos especiales de operación.
De igual modo, el carácter estratégico del litio sólo se encuentra indirectamente amparado en la legislación orgánico-constitucional y más particularmente en el ya referido decreto de ley.
En consecuencia, bastaría una reforma a ley orgánica constitucional respectiva para que el litio perdiera su condición de sustancia no concesible y que por tanto, pudiera estar afecta al régimen normal de concesiones mineras que establece la propia Constitución.
Por su parte, tanto el uranio como el torio tienen el carácter de sustancias libremente concesibles. Sin embargo, dado el valor estratégico que les asigna la ley orgánica constitucional sobre concesiones mineras, el Estado tiene, por disposición del Código de minería, en este caso, la opción preferente de compra. Sin perjuicio de ello, el artículo 8° de la ley que crea la Comisión Chilena de Energía Nuclear, establece expresamente que "Por exigirlo el interés nacional, los materiales atómicos naturales y el litio extraídos, y los concentrados, derivados y compuestos de aquéllos y éste, no podrán ser objeto de ninguna clase de actos jurídicos sino cuando ellos se ejecuten o celebren por la Comisión Chilena de Energía Nuclear, con ésta o con su autorización previa.",
En virtud de los fundamentos expuestos, y en especial del carácter estratégico que tendrían los materiales atómicos naturales y el litio para el desarrollo nacional y mundial, vengo en presentar el siguiente proyecto de reforma constitucional
Reforma Constitucional
1. Agréguese en el artículo 19, número 24, inciso séptimo, a continuación de la coma (,) que sigue a la palabra "gaseosos", la siguiente frase: "los materiales atómicos naturales y el litio,".
2. Agréguese en el artículo 19, número 24, a continuación del inciso décimo, el siguiente inciso nuevo: "Por exigirlo el interés nacional, los materiales atómicos naturales y el litio quedan reservados al Estado. La exploración, explotación o el beneficio de éstos, sólo podrá ejecutarse directamente por el Estado o sus empresas.".
(Fdo.): Ricardo Núñez Muñoz, Senador.- Camilo Escalona Medina, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador.-
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO CIVIL EN RELACIÓN CON LA PRELACIÓN DE CRÉDITOS EN CASOS DE QUIEBRA (6782-07)
Honorable Senado:
Es de público conocimiento que en periodos de crisis, las empresas individuales, las de responsabilidad limitada y las sociedades anónimas, tienen una alta probabilidad de caer en cesación de pagos, lo que conlleva el riesgo de que se les solicite la quiebra o bien opten por la autopetición de quiebra.
Cualquiera sea la forma en que se declara la quiebra, son los trabajadores quienes más sufren con este flagelo, pierden su fuente laboral, no reciben el pago de sus remuneraciones y sus indemnizaciones por años de servicio son limitadas por un periodo de diez años, quedando lo no cubierto por el periodo como crédito quirografario o valista, con el siguiente perjuicio en contra de los trabajadores.
La evidencia ha demostrado que son los síndicos de quiebra y sus asesores, quienes debido a la preferencia que estable el Código Civil se ven más favorecidos con los procedimientos concursales, desde que sus honorarios y los de sus asesores gozan de la preferencia del Nº 4 del Artículo Nº 2.472 del Código Civil, por sobre la preferencia de las remuneraciones de los trabajadores, quienes gozan de la preferencia del Nº 5 del citado dispositivo legal.
El presente proyecto pretende cambiar el orden de preferencia, estableciendo una clara preferencia a favor de los trabajadores, obligando a los síndicos a que sean buenos administradores de los concursos, para que en definitiva producto de una muy buena gestión, sean capaces de generar excedentes para el pago de sus honorarios y de sus asesores:
Por tanto, vengo en proponer el siguiente
Proyecto de Ley
Artículo único: modifíquese el artículo Nº 2.472 del Código Civil, en los siguientes términos:
1. En el actual Nº 2, a continuación de la palabra difunto eliminase el punto y coma, el que se reemplaza por una coma, y agréguese íntegramente lo señalado en el actual Nº 3, quedando el nuevo numeral 2 propuesto, de la siguiente forma:
“2. Las expensas funerarias del deudor difunto, los gastos de enfermedad del deudor. Si la enfermedad hubiere durado más de seis meses, fijará el juez, según las circunstancias, la cantidad hasta la cual se extienda la preferencia.”
2. El numeral 3 queda con el siguiente texto nuevo: “Las remuneraciones de los trabajadores”
3. El numeral 5 queda con el siguiente texto nuevo: “Las asignaciones familiares”
(Fdo.): Alejando Navarro Brain, Senador.-
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, POR MEDIO DE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PROCESAL PENAL EN LO REFERIDO A TESTIGOS HÁBILES (6785-07)
Honorable Senado:
A raíz de un proceso criminal de alta connotación pública que se ventila en uno de los Juzgados de Garantía de Santiago, un Juez, a petición de la defensa, ordenó la declaración como testigo de un Fiscal del Ministerio Público, quien había llevado en tal calidad una causa que dice relación directa con lo debatido en aquella. Con ello se generó un revuelo tal, que incluso paralizó la normal tramitación de dicho proceso, a través de la interposición de numerosos recursos procesales por parte del Ministerio Público.
La regla fundamental en el actual Procedimiento Penal, es que no existen testigos inhábiles. Así lo señala expresamente el actual Artículo N° 309 del Código Procesal Penal que señala en su inicio: "En el procedimiento penal no existirán testigos inhábiles". Se trata en la especie de una carga pública, de la cual nadie puede estar exento, sin que medie una causa legal, expresión ésta última que fuera utilizada por el Sr. Presidente subrogante de la E. Corte Suprema, Ministro don Milton Juica
Arancibia, quien fue consultado a raíz del caso en cuestión.
A nuestro entender el fin último de todo proceso es encontrar la verdad, ya que sólo a partir de la verdad se puede reparar el infortunio, y a esa búsqueda permanente de la verdad, apunta el concepto de carga pública mencionado por el Sr. Presidente subrogante de la E. Corte Suprema.
Con el fin de salvaguardar que se produzcan inconvenientes como el detallado, vengo en proponer la modificación del actual Artículo N° 309 del Código Procesal Penal, incorporando expresamente que los Fiscales Públicos puedan declarar como testigos en causas relacionadas con un procedimiento en actual tramitación:
Por tanto, vengo en proponer el siguiente
Proyecto de Ley
En el Artículo N° 309 del Código de Procedimiento Penal a continuación de la palabra "inhábiles", reemplácese el actual punto seguido por una coma, y a continuación agréguese la siguiente frase:
"dado el carácter de carga pública que implica testificar, salvo que mediare una excusa legalmente fundada."
(Fdo.): Alejando Navarro Brain, Senador.-
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PARA ESTABLECER EL SÁBADO COMO DÍA INHÁBIL PARA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES PROCESALES (6783-07)
Honorable Senado:
Es de público conocimiento en el foro que el día sábado que el actual Código de Procedimiento Civil contempla en su Artículo N° 66 como día hábil, para los términos de emplazamiento no es tal, por cuanto los Tribunales Civiles no atienden público en este día, lo que le resta a la parte que es emplazada, en términos reales, es un día para realizar sus descargos o examinar documentos, en especial cuando se trata de un término de citación que proviene de una resolución dictada el día viernes, la que es "bloqueada" por el Tribunal al cierre de la atención del mismo, esto es alrededor de las 14:00 horas.
Con el fin de adecuar el Código de Procedimiento Civil a la realidad que significa que el día sábado no cuenta para la parte emplazada, parece pertinente y necesaria la modificación del actual Artículo N° 66 del Código de Procedimiento Civil.
Por tanto, vengo en proponer el siguiente
Proyecto de Ley
En el Artículo 66 del Código de Procedimiento Civil, agregase a continuación de la palabra "feriados" la expresión "y el día sábado".
(Fdo.): Alejando Navarro Brain, Senador.-
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES NAVARRO Y MUÑOZ ABURTO, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO A FIN DE PROHIBIR LAS DENOMINADAS “LISTAS NEGRAS” DE TRABAJADORES (6784-13)
Honorable Senado:
1. Listas negras: Destrucción de vidas y veto eterno a sus integrantes.
Quisiéramos abordar una situación absolutamente reñida con los derechos de los trabajadores como son la existencia de las listas negras de trabajadores en distintos sectores de la economía.
Persecuciones contra trabajadores por defender sus derechos, por pertenecer a sindicatos o negociaciones colectivas a través de listas negras, es muy similar a la estrategia del Senador republicano Joseph Macarthy en los años 50 del siglo pasado. Su persecución dejó sin trabajo a muchos trabajadores por la mera sospecha de ser comunistas, o de pensamientos de izquierda, todo esto durante la guerra fría.
Y donde más hizo daño la existencia de estas listas es en la industria del cine, lo que enlodó la reputación de Elia Kazan, famoso Director de películas de Hollywood, tales como "Viva Zapata" y "Un tranvía llamado deseo". Elia Kazan fue autor de una lista negra que destruyó la vida y las carreras de muchos excelentes trabajadores y creadores del séptimo arte.
Por supuesto, hubo víctimas famosas, como el Director Dalton Trumbo, quien estuvo detrás de la famosa película "Espartaco". Trumbo, con la película "The brave one", que firmó con el pseudónimo de Robert Rich, consiguió el Osear al Mejor Guión en 1957, pero al estar su nombre real vetado por la industria no pudo recibirlo. El premio le fue entregado finalmente el 2 de mayo de 1975.
Las listas negras hacen mucho daño. Esto es una persecución injustificada sólo por la forma de pensar o de actuar, injusta, y obedece a un ánimo de enlodar la reputación de personas, calificándolas a priori como "revoltosos" o "conflictivos", sólo por ejercer los derechos que les reconoce la ley.
La existencia de listas negras convierte las relaciones laborales sanas en una simple "guerra sucia".
2. Listas negras: única sanción conocida.
Como candidato presidencial tuve la oportunidad de viajar a Puerto Montt durante el mes de mayo de 2009. Ahí fui abordado por trabajadores de la industria del salmón, quienes me denunciaron la existencia de una lista negra de trabajadores. De inmediato ordené a mis asesores a abordar el asunto. En efecto, en Noviembre del año 2008, se efectuó una publicación en la pagina web del Estudio Jurídico Abogados Shirmer & Asociados de la ciudad de Puerto Montt, de un listado de personas que han interpuesto demanda en contra de sus empleadores o han sido objeto de querella por parte de la empresa, detallando los nombres apellidos y números de cédulas de identidad, y funciones: jefes y administrativos, embarcados, operarios y dirigentes sindicales.
El referido estudio jurídico representa a varias empresas salmoneras o sus derivados dentro de las cuales se encuentran las siguientes: Pesquera Los Fiordos, Trusal, Aguas Claras, Antarfood, Salmones Ice Val, Productos Mar Ventisquero, entre otras.
Es así que los trabajadores Jeanette Gallardo Loyola; Rosa Pérez Coñuecar; Claudia Ojeda Soto; Álvaro Jara Muñoz; Pedro Cayupe Levineri; Manuel Alvarado Uribe; Alvaro Garrido Miranda; Jezar Igor Monsalve; Carlos Levicoy Levicoy; Jorge Cuitiño Oyarzo; Ángel Gallardo; y José Ulloa presentaron, con el apoyo de la asesoría jurídica de este senador, un Recurso de Protección en contra de la sociedad de Abogados Shirmer & Asociados, por la publicación de la lista señalada. Denunciamos que ello atenta contra la intimidad de las personas que aparecen en le listado haciendo publicaciones de sus nombres y mas aun señalando en detalle cuales son los cargos que ocupan en sus trabajos. Además argumentamos que con esta acción se esta infringiendo de forma arbitraria e ilegal la Libertad de Trabajo consagrada en la Constitución Política de la República y en Tratados Internacionales ratificados por Chile, toda vez que, no se entiende cual es el sentido del Estudio Jurídico de efectuar este tipo de publicaciones sino otro que es de perjudicar a los trabajadores que allí aparecen. "Todo lleva a concluir que con posterioridad si las personas buscan otros trabajos no podrían encontrar uno nuevo o tendrían dificultades en que los aceptaran en un nuevo empleo, por que se considerarían quizás como trabajadores problemáticos por que demandan a sus empleadores. Existe un exposición por parte del estudio jurídico absolutamente innecesaria, que no tiene sentido alguno sino mas que el perjuicio de un grupo de personas que se han visto vulnerados en sus derechos", señaló el recurso.
La llustrísima Corte de Puerto Montt1, en fallo dividido, resolvió en duros términos esta denuncia, calificando a la conducta de los abogados como "arbitraria". Asimismo, en el considerando QUINTO de la sentencia se señala que: "los antecedentes aportados por los recurrentes y la recurrida, en especial de la copia de la publicación en la pagina web que rola de fojas 2 a 4 y de fojas 6 a 10, es posible arribar a la convicción que tal publicación no tuvo la finalidad que expone la recurrida al contestar el recurso, puesto que ya del sólo titulo de la misma se evidencia que la finalidad perseguida es mantener una lista de trabajadores de distinta categoría que han demandado a sus empleadores; en efecto bajo el titulo "Demandantes Noviembre 2008", se señala "Han interpuesto demanda en contra de sus empleadores o han sido objeto de querella parparte de la empresa, los siguientes trabajadores", y luego se procede a una lista en las que se les separa por secciones bajo el titulo de "jefes y administrativos", "Embarcados", "Operarios", y "Dirigentes sindicales", esto es, no se trata de un servicio de información del estado de las causas tramitadas a sus clientes como lo argumenta la recurrida, sino directamente de un listado de personas que han presentado demandas en contra de su empleadores o han sido objeto de querellas por sus empleadores".
Incluso la Corte de Puerto Montt, en el considerando sexto, hace suya en el fallo el concepto de Lista Negra: "en consecuencia, la publicación de tal información, en su página web, sea de acceso público o restringido a sus clientes principalmente empresarios de la industria de pesca y salmonicultura- es un acto arbitrario, por cuanto con su actuar la sociedad de abogados recurrida, perturba la libertad de trabajo de los recurrentes al publicitario una verdadera "lista negra" de empleados v operarios, que han demandado a sus empleadores o han sido objeto de querellas por parte de estos, actuación que aparece revestida de una caprichosa intencionalidad de poner sobre aviso a sus clientes, sobre el nombre de potenciales trabajadores conflictivos, lo que no puede tener otra finalidad que desincentivar su contratación, amagando en definitiva el derecho de estos a optar a un trabajo en igualdad de condiciones con los demás postulantes, en otras palabras amagándose su libertad de trabajo y el derecho a la libre elección y contratación".
Finalmente,, los abogados Ronald Schirmer Prieto, Gabriel Brunetti Barroso y Javier Tampe Rehbein, fueron condenados a quitar la cuestionada información de internet. La misma sentencia fue confirmada por la Excelentísima Corte Suprema.
Todo fue de mal en peor para el abogado Schirmer, cuando se descubrió que además, no era abogado habilitado para ejercer la profesión en Chile, y fue detenido cuando presuntamente abandonaba el país para huir de la justicia.
3. Casos de listas negras y la carencia de instrumentos legales eficaces para sancionar esta conducta.
Pero esta sentencia es un solo caso. Vemos que la debilidad de la ley laboral es grande, pues las listas negras han existido desde siempre, y son de difícil represión por la ley laboral.
Veamos algunos casos:
a.- Presunta lista negra en Antofagasta:
El Diario El Mercurio de Antofagasta, de fecha 17 de agosto de 2007, informa que: "Impacto e incredulidad en distintos ámbitos de la actividad productiva regional (Antofgasta) causó la aparición de una lista negra de trabajadores mineros. La nómina dada a conocer ayer por el vocero de la Federación Minera de Chile (FMC), Pedro Marín, será entregada mañana a la autoridad del Trabajo, la que anunció una profunda investigación.
Efectivamente, durante las primeras horas de la mañana de ayer Radio Digital FM informó respecto de la recepción en la sede de la FMC, de un pormenorizado listado de trabajadores calificados como conflictivos, nómina que habría llegado hasta la sede sindical desde una de las empresas contratistas de la gran minería donde ésta era supuestamente utilizada.
La noticia fue confirmada por el seremi del Trabajo, Julio Manques, quien anunció una exhaustiva investigación una vez que recibiera los antecedentes. Mientras, la FMC evitaba ratificar la información hasta después de una improvisada reunión de su directorio.
A eso de las 16 horas, la organización gremial entregó finalmente un comunicado donde resume su posición, calificando el documento como una "muestra irrefutable" que terminaba con el mito respecto de este tipo de prácticas.
Según Marín, esta lista negra le fue proporcionada "por trabajadores de los Sindicatos Interempresa de Trabajadores Contratistas (Sintrac), lista que data del 2002 e indica como fuente a la empresa Tecsa SA, una gigante en el ambiente de la construcción, el negocio inmobiliario, además de la venta y arriendos de maquinarias para la industria y en especial la minería".
Según el vocero de la FMC, ese listado -elaborado en planilla Excel-, incluye datos como los nombres completos, Rut, última faena en que se empleó el trabajador, el oficio o profesión, además del motivo de su exclusión. Entre los nombrados en el listado destacan "alrededor de 87 dirigentes y delegados sindicales, además de muchos trabajadores que en su momento se decidieron por establecer algún tipo de denuncia en las Inspecciones del Trabajo", explicó Marín".
Los trabajadores denunciaron que "la planilla contiene los nombres de 2 mil 854 personas, "padres de familia que por defender sus derechos quedan imposibilitados de acceder a un empleo, situación aberrante, abusiva y altamente discriminatoria"".
b) Presunta lista negra en Costanera Center:
El Diario La Nación del día 11 de mayo de 2009, informa que "Miguel Nazal, presidente del Sindicato de Trabajadores Unidos de Costanera Center, denunció que: "Muchos compañeros cuentan que ha sido muy difícil encontrar trabajo en alguna obra de esta constructora, y no sólo por la crisis económica, sino que por haber estado en el sindicato de Costanera Center. Esto queda de manifiesto porque pasan todas las pruebas de selección sin ningún problema, pero al momento de enterarse que estuvieron en la obra de Cencosud son eliminados y esto ha pasado en varios proyectos de la empresa", recalcó Nazal.
Según los dirigentes, esta acción -que está sancionada por ley como práctica antisindical- no sólo sucede en SalfaCorp, sino que en varias otras empresas constructoras, lo cual se ha profundizado por la actual coyuntura económica.
"Estar en pantalla" es el término que las empresas ocupan para designar a los obreros que están bajo la lupa por ser conflictivos y por guiarse bajo las normas de un sindicato. Eso es lo que actualmente ocurre en varías constructoras del país. En esa línea, Nazal argumentó que "existen listas negras con los nombres de los obreros sindicalizados. Si un trabajador aparece, no es contratado por revoltoso. Además, las constructoras se pasan las nóminas entre sí con tal de protegerse". Nazal insistió en que "todas las empresas pertenecen a la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), por tanto (ellos) tienen el conocimiento de todos estos movimientos".
Para el presidente del Sindicato de la Construcción de la Región Metropolitana y dirigente de la Coordinadora de Sindicatos de Santiago, José Santos, "con esta situación el empresariado sienta un precedente para que los trabajadores no se movilicen, ni luchen por sus derechos, ya que el miedo se apodera de los obreros".
El director del Sindicato Nacional Interempresas de Trabajadores Contratistas y Subcontratistas (Sintrac), Luis Duran, que realiza faenas en la Torre Titanium, afirmó que "el megaproyecto de Vitacura -que pertenece a las constructora Señoreo 5. A.- no está contratando a obreros que vengan del Costanera Center por estar tachados como revoltosos y conflictivos". A su vez, reafirmó la postura de sus pares y señaló que "esta situación afecta a todos los trabajadores sindicalizados y esas listas son conocidas por varias empresas, por eso nos uniremos con la coordinadora para abordar esta problemática".
Para ver la debilidad de la legislación laboral actual, en este caso, veamos lo que ocurrió: "el sindicato encabezado por Nazal se reunió con el asesor jurídico de la Dirección del Trabajo, Jorge Guzmán. Según el dirigente, la cita era tripartita, pero los representantes de SalfaCorp se excusaron, pues "no había nada que conversar".
Para Nazal, la idea era plantear que, por ejemplo, en la construcción del nuevo Teatro Teletón -a cargo de SalfaCorp- los sindicalizados que trabajaron en el Costanera están siendo rechazados sólo por el hecho de haber estado en las obras de Cencosud.
"Le informamos de la discriminación que son parte los maestros, es un tema grave que seguiremos abordando y evaluaremos las próximas acciones, porque no podemos aceptar que sigan existiendo listas negras".
Desde la dirección comunicaron que la reunión se realizó, pero que no se logró establecer ninguna conclusión, debido a que la empresa no se hizo presente.
Este tema para el presidente del Sindicato de Construcción de la Región Metropolitana y dirigente de la Coordinadora de Sindicatos de Santiago, José Santos, "es cierta manteniéndose durante todo el año, y un reflejo de ello es lo que sucede en esta faena del Teatro Teletón, donde el jefe de obra les dijo explícitamente que ninguno del Costanera iba a entrar señalando su exclusión”.
Es decir, el caso quedó en nada.
4. Necesidad de sancionar penalmente las listas negras:
La existencia de sanciones criminales para infracciones penales ya ha sido postulada en el senado. Los senadores Juan Pablo Letelier y Pedro Muñoz Aburto presentaron u proyecto de ley al respecto el año 2006, referido al castigo criminal de las prácticas antisindicales.
El senador Muñoz señaló en la época que "hay que penalizar y poner sanciones más duras a estas empresas que están dispuestas a cancelar las multas y que persisten en estas prácticas antisindicales".
El proyecto de ley mencionado, reconoce que existe un déficit de normas penales en el Código del Trabajo: "En el derecho comparado existen diversos cuerpos legales que introducen ilícitos penales que tutelan a los trabajadores, tal sistema puede apreciarse en el Código penal español de 1995 (artículos 311 a 318, Título XV, bajo la rúbrica de los delitos contra los derechos de los trabajadores, modelo seguido en esta propuesta), el Código Penal Francés (Capítulo V, sección 3a, sobre las condiciones de trabajo contrarias a la dignidad de la persona, artículos 225-13 a 225-16), el Código punitivo del Perú de 1991 (Capítulo Vil, bajo la denominación de la violación a la libertad de trabajo en su artículo 168) y como último ejemplo significativo, entre otras legislaciones, el Código Penal Argentino (Título V de los delitos contra la libertad, sección cuarta artículos 158 y 159, como delitos contra la libertad de trabajo y de asociación). Por otra parte en nuestro país, hace más de cuatro décadas, existían diversas disposiciones que protegían la libertad de trabajo, el derecho a huelga, delitos defraude al salario y otros atentados contra el sistema de seguridad y previsión social, normas derogadas como consecuencia del planteamiento carente de un sistema reforzado de garantías y protección, en las sucesivas leyes del trabajo posteriores"
La inexistencia de normas penales puede explicar la general impunidad, la sanción excepcional y la amplia práctica de este ilícito de las listas negras.
Claramente, las listas negras pueden calificarse en determinados supuestos como práctica antisindical, pero no siempre es así, particularmente cuando los trabajadores postulan a un trabajo nuevo, o cuando son despedidos trabajadores en virtud de su pasado sindical, sin que actualmente pertenezcan a uno.
El procedimiento de amparo de derechos dentro de la reforma procesal laboral aprobada el año 2006, tampoco aborda todos los ribetes del fenómeno de las listas negras, pues en caso de existir una de ellas, puede accionar el trabajador, pero si este no es despedido, sino que se rechaza su contratación, no podrá demandar por este procedimiento (no es trabajador). Lo haría el sindicato, pero el índice de sindicalización en Chile sigue siendo bajo. No obstante que también puede demandar la Inspección de Trabajo, sabemos que es un órgano con déficit de funcionarios, y que por cierto, está limitado en sus funciones investigadoras y fiscalizadoras.
Paralelamente, las listas negras no siempre se encuentran disponibles en las empresas. Muchas veces son terceros, como oficinas de abogados (caso Schirmer), o empresas mercerizadas, las que confeccionan, venden difunden o utilizan estas listas. Ellos no pueden ser demandados por amparo de derechos, ni por práctica antisindical. Queda un eventual recurso de protección, pero sólo cuando el infractor sea tan torpe que haga pública la lista negra.
Todo hace pensar que la sanción penal es la más idónea, si reparamos además, en que las facultades investigadoras del Ministerio Público son las más eficaces a la hora de indagar acerca de la existencia de una lista negra oculta, o guardada bajo siete llaves, que es lo usual.
Creemos que este delito debe ser sancionado con pena de presidio menor en su grado medio, que va desde 541 días a tres años de presidio.
Por tanto, vengo en proponer el siguiente
Proyecto de Ley
Artículo único: Intercalase el siguiente nuevo inciso séptimo al artículo 2° del Código del Trabajo, reordenándose la numeración correlativa de los restantes:
"El que mantenga, confeccione, difunda o utilice listas de eventuales trabajadores que puedan destinarse a rechazar su contratación, bajo cualquier régimen o denominación, sea mediando contrato de trabajo o prestación de servicios, en virtud de cualquiera de las circunstancias señaladas en el inciso cuarto y siete de este mismo artículo, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio, sin perjuicio de las sanciones laborales vigentes. Agravará la pena el recibir remuneración o favor o pagar por estas listas. También será considerada circunstancia agravante el hecho de que el empleador o sus representantes o dependientes utilicen estas listas con motivo de la contratación de trabajadores o su despido, en virtud de que el trabajador o prestador haya constituido o ayudado a constituir sindicatos, o por pertenecer o haber pertenecido a ellos, haber participado en negociaciones colectivas o convenios colectivos, o haber demandado o denunciado a las empresas en las que ha desempeñado funciones por infracción a las leyes laborales, ambientales, tributarias o contables, o por haber sido demandado por empresas o empleadores".
(Fdo.): Alejando Navarro Brain, Senador.- Pedro Muñoz Aburto, Senador.-
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NARANJO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE SANCIONA AL EMPLEADOR QUE OBLIGUE A SUS TRABAJADORES AGRÍCOLAS A REINGRESAR A SUS LABORES ANTES DE CUMPLIRSE EL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA REANUDACIÓN DE FAENAS EN SECTORES TRATADOS CON PLAGUICIDAS (6787-13)
Honorable Senado:
Fundamentos:
Nuestra Constitución Política de la República establece como una garantía fundamental, en su artículo 19 N° 1, el derecho a "la vida y a la integridad física" de todas las personas, la cual ha de ser irrestrictamente protegida por los poderes del Estado de Chile, como asimismo, por las Leyes, Decretos y otros instrumentos normativos que rijan a sus ciudadanos. Así, nuestro país ha firmado múltiples Tratados y Convenciones Internacionales orientados a proteger la vida y la salud humana, de manera de cumplir con su mandato constitucional.
En dicho sentido, la Protección Agrícola, como una de las actividades fundamentales para el desarrollo de nuestro país, se encuentra regulada por el Decreto Ley N° 3557 del año 1981, el que contiene, entre otras materias, la normativa dirigida a determinar la fabricación, comercialización, y aplicación de plaguicidas. Lo cual no es menor, ya que su uso constituye un inminente peligro, no sólo para el medio ambiente, sino que también, para la salud de las personas que están en constante exposición a sus efectos dañinos.
Este decreto, en su artículo 34 establece la obligación de que los usuarios o adquirentes de plaguicidas los empleen de acuerdo a las normas técnicas señaladas en la etiqueta o en su folleto adjunto, adoptando las medidas de seguridad que en ella se indiquen, tanto en el uso como en la eliminación de residuos y destrucción de los envases vacíos, respetando también los plazos que deben transcurrir entre la última aplicación y la cosecha, y los plazos correspondientes al periodo de reingreso de las personas a los sectores tratados.
La sanción a la infracción de este deber se encuentra establecida en el artículo 42 del mismo decreto, el cual señala que el responsable será sancionado con una multa que puede ir de las 5 a las 150 Unidades Tributarias Mensuales, la cual aumenta en caso de reincidencia.
A nuestro parecer, dicha multa no es realmente disuasiva, y no representa un castigo efectivo para los infractores, dejando desprotegida de tal forma, la salud de los que se desempeñan como trabajadores agrícolas, los cuales muchas veces se ven obligados a reingresar a sus faenas antes de que transcurra el plazo establecido en las instrucciones del plaguicida respectivo.
Lo que no es asunto menor, ya que el empleador, a sabiendas del daño nocivo que les puede causar, los expone consciente y deliberadamente al efecto dañino del tóxico, lo que ha ocurrido en los hechos más de una vez, donde cientos de trabajadores han sufrido diversos grados de intoxicaciones que atenían contra su salud, no sólo a corto, sino que también a mediano y largo plazo. En este aspecto, los empleadores anteponen sus intereses económicos a la salud de las personas, pues muchas veces, les resulta de mayor rentabilidad pagar las multas que suspender las faenas.
Basta recordar que sólo en el mes de noviembre, mas de 400 trabajadores de la comuna de Longaví, en la provincia de Linares, resultaron gravemente intoxicados, con distintas consideraciones y compromisos gastrointestinales, situación que se ha repetido en otras regiones del país, como por ejemplo, en la Región de O'higgins, sin que éstas empresas agrícolas infractoras se hayan visto sancionadas como debería ser. Ni que exista la conciencia de la verdadera gravedad del asunto.
Si bien es cierto, existen actualmente en el Congreso Nacional proyectos destinados a modificar la normativa legal existente, éstos apuntan principalmente a aumentar las multas, lo que no es suficiente.
Es así que consideramos que dicha situación debe corregida a la brevedad posible, y de tal forma, proteger más efectivamente al trabajador agrícola, para lo cual, se proponen dos vías.
1.- En primer lugar, como bien se han orientado el resto de los proyectos, a aumentar las multas irrisorias que contempla el Decreto Ley mencionado, agravándolas considerablemente al establecerlas por trabajador.
2.- En segundo lugar, estableciendo sanciones penales al empleador que, a sabiendas del riesgo inminente para la salud de sus trabajadores, los obligue a reingresar a sus faenas antes del plazo requerido por el plaguicida utilizado.
Respecto a este segundo punto, si bien podría argumentarse que son aplicables las normas generales del Derecho Penal, contenidas en su Código, no es menos cierto que los artículos que establecen los delitos contra la salud pública exigen la concurrencia de un dolo especial, el que no sólo es muy difícil de probar, sino que también, su tipo penal, en particular la figura contenida en el artículo 316 del Código Penal, requiere que exista "el propósito de producir una enfermedad".
Por estas consideraciones, los Senadores firmantes venimos en proponer a este honorable Senado el siguiente proyecto de ley.
Proyecto de Ley
Artículo único: Modifíquese el Decreto Ley n° 3557 del año 1981 del Ministerio de Agricultura, que establece disposiciones sobre protección agrícola, en el siguiente sentido.
a) Agréguese al inciso primero del artículo 42, a continuación del punto, la siguiente frase "Dicha suma se aplicará, en el caso del artículo 34, a propósito de la obligación de esperar los plazos establecidos para reingreso de personas en los sectores tratados con plaguicidas, por cada trabajador que vea comprometida su salud a causa de su infracción".
b) Intercálese un nuevo inciso segundo al artículo 42, pasando el actual a ser el tercero y así sucesivamente. "Asimismo, en el caso del artículo 34, el empleador que a sabiendas que aún no se ha cumplido el plazo establecido por la etiqueta o folleto del plaguicida, no dé cumplimiento a su deber y obligue a sus trabajadores a volver a sus faenas, será sancionado con presidio menor en su grado mínimo en caso de aquellos resulten con daños importantes para su salud, y con presidio menor en su grado medio si existe resultado de muerte”.
(Fdo.): Jaime Naranjo Ortiz, Senador.-
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES BIANCHI Y PROKURICA, POR MEDIO DEL CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.857, QUE AUTORIZA ESTABLECIMIENTO DE EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (6788-03)
Honorable Senado:
La ley N° 19.857, publicada en el Diario Oficial el 11 de febrero de 2003, autorizó el establecimiento en el país de empresas individuales de responsabilidad limitada.
Las ideas matrices del proyecto de ley que impulsó la legislación sobre esta materia, estaban constituidas fundamentalmente por el imperativo de adecuar nuestro derecho de sociedades a las más modernas figuras del Derecho Comparado, y a la vez de estimular mediante la creación de esta figura legal a la micro y pequeña empresa, que son motores esenciales de la economía nacional, dotándolas así de una estructura legal dinámica, adecuada a sus necesidades.
Luego de algunos años de vigencia de dicha ley, la práctica comercial ha demostrado la necesidad de reformar la redacción de algunos artículos de este cuerpo normativo, puesto que muchos de sus objetivos iniciales habían demostrado no ser tan eficaces sobretodo en relación a estimular y facilitar la labor de los pequeños empresarios.
Una primera medida que ha surgido es que rebajar los costos asociados a su constitución, puesto que resultan todavía excesivos. Estos costos podrían verse disminuidos sustancialmente, eliminándose, sin riesgo de la fe pública, el requisito de la publicación del extracto en el Diario Oficial anexo a la actual inscripción de la constitución de estas empresas en el Registro de Comercio del domicilio en que se constituyen. Con este mismo fundamento, parece innecesario que cuando se otorguen mandatos, éstos deben inscribirse y anotarse al margen de la inscripción social, bastando para efectos de publicidad, la sola anotación marginal de estos documentos.
En esta misma dirección, los constituyentes de estas personas jurídicas tropiezan con otro obstáculo relativo al objeto social, toda vez que debe ser uno y específico, siendo que en la práctica cotidiana del comercio, las microempresas normalmente tiene más de un giro no advirtiéndose el motivo por el cual se les obligue a constituir en forma separada una empresa individual por cada actividad económica que decidan emprender.
Conviene asimismo, a fin de equipararlo con otros tipos sociales, simplificar los requisitos del nombre de la empresa.
Consecuente con la reforma propuesta, y a fin de evitar el saneamiento de aquellas Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada constituidas con anterioridad a este proyecto de ley modificatorio, resulta a todas luces convenientes, corregir por medio de este proyecto de ley, los defectos legales de aquellas EIRL en que sus estatutos contemplen uno o más giros u objetos.
Por las razones anteriores es que vengo en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Primero: Modifíquese la ley número 19.857 que autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada de la manera siguiente:
1.- Sustitúyase el artículo 3 por el siguiente artículo 3 nuevo:
"Articulo 3 La constitución se hará por escritura pública, en la cual constará el estatuto de la empresa, que se inscribirá con arreglo a los artículos 4° y 5°"
2.- Sustitúyase la letra b del artículo 4 por la siguiente letra b nueva
b) El nombre de la empresa, que contendrá el nombre y apellidos del constituyente, y deberá concluir con las palabras "empresa individual de responsabilidad limitada" o la abreviatura "E.I.R.L.". La empresa podrá tener también un nombre de fantasía.
3.- Sustituyese la letra d del artículo 4 por la siguiente letra d nueva:
d) El o los objetos específicos o giros de la empresa y el o los ramos o rubros específicos en que dentro de ella se desempeñará.
4.- Sustituyese el artículo 5 por el siguiente artículo 5 nuevo:
"Artículo 5 Un extracto de la escritura pública, autorizado por el notario ante quien se otorgó, se inscribirá en el registro de comercio del domicilio de la empresa, dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la escritura. El extracto deberá contener un resumen de las menciones señaladas en el artículo anterior"
5.- Sustituyese el artículo 9 por el siguiente artículo 9 nuevo:
Artículo 9: Son actos de la empresa los ejecutados bajo el nombre y representación de ella por su administrador.
La administración corresponderá al titular de la empresa, quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición.
El titular, o su mandatario debidamente facultado, podrán designar un gerente general, que tendrá todas las facultades del administrador excepto las que excluya expresamente, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción estatutaria. Lo dispuesto en este inciso no obsta a la facultad del titular de conferir mandatos generales o especiales para actuar a nombre de la empresa, por escritura pública que se anotará en la forma señalada en este inciso.
Las notificaciones judiciales podrán practicarse indistintamente al titular de la empresa o a quien éste hubiere conferido poder para administrarla, sin perjuicio de las facultades de recibirlas que se hayan otorgado a uno o más gerentes o mandatarios.
Artículo Segundo: "En aquellas Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada constituidas con anterioridad a la vigencia de esta ley, se considerará cumplido el requisito del artículo 4D de la ley 19.857, a pesar que sus estatutos contemplen uno o más objetos sociales, giros o actividades económicas.
(Fdo.): Carlos Bianchi Chelech, Senador.- Baldo Prokurica Prokurica, Senador.-
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES NARANJO Y LETELIER, CON EL QUE SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EXPRESAR LA PROTESTA DEL ESTADO CHILENO AL GOBIERNO DE JAPÓN POR EL ZARPE DE NAVES PESQUERAS DESDE ESE PAÍS CON EL FIN DE CAZAR BALLENAS EN LA ANTÁRTICA (S 1213-12)
Honorable Senado:
Considerando
1.- Que el 18 de noviembre pasado zarpó desde Japón una flota pesquera integrada por el barco factoría Nisshin Maru y los barcos Shonan Maru y Yushin Maru 2 y 3, con el fin de cazar, con supuestos "fines científicos", a 1.000 ballenas.
2.- Que desde 1986, fecha en que se implemento la moratoria sobre la caza comercial de ballenas, pesqueros japoneses han asesinado a más de 8.000 ballenas con supuestos fines científicos. Misma conducta que realiza Islandia y Noruega con fines comerciales.
3.- Que Chile, en conjunto con numerosos países, ha suscrito diversos tratados internacionales con el fin de proteger a las ballenas ante la caza indiscriminada de éstos cetáceos. De tal forma, la caza de ballenas en Chile fue suspendida por primera vez el año 1984 a través del Decreto Supremo N° 50 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objetivo de dar cumplimiento la Convención Internacional para la Caza de ballenas.
4.- Que con posterioridad, se elaboraron diversas normas legales, cuya culminación es la Ley N° 20.293 promulgada el 25 de octubre de 2008, cuyo objetivo era "avanzar en la consolidación de un marco jurídico coherente y eficaz que consagre el uso no letal de cetáceos, de manera tal que ninguna actividad económica, recreativa, cultural o de investigación justifique dar muerte o causar intencionalmente daño a estos mamíferos".
5.- Que dicha Ley asimismo establece que todas las aguas que se encuentren bajo la jurisdicción de Chile son zonas libre de caza de cetáceos. Para lo cual, todas las naves que transiten por mar o por aire deben abstenerse de cazar ballenas.
6.- Que ni la comunidad internacional ni Chile puede aceptar más que este país asiático siga utilizando mañosamente el argumento de la "caza científica" para asesinar fuera de todo mecanismo de control e impunemente a miles de ballenas cada año.
7.- Que nuestro gobierno debe realizar todo lo que este a su alcance para impedir el accionar de la flota ballenera que recientemente zarpó de Japón, la cual actuará justamente en el denominado "Santuario Ballenero Austral".
8.- Que por los motivos anteriormente expuestos, los Senadores firmantes proponemos a este Honorable Senado que apruebe el siguiente Proyecto de Acuerdo:
Proyecto de Acuerdo.
El Senado de la República acuerda:
A) Solicitar a Su Excelencia la Presidente de la República señora Michelle Bachel&t, si lo tiene a bien instruya a:
Al Ministro de Relaciones Exteriores señor Mariano Fernández para que:
Exprese al gobierno de Japón nuestra más enérgica protesta por el zarpe de una flota pesquera integrada por el barco factoría Nisshin Maru y los barcos Shonan Maru y Yushin Maru 2 y 3, con el fin de cazar, con supuestos "fines científicos", a 1.000 ballenas, en la Antártica.
Se coordine con los países latinoamericanos que son miembros del Grupo Buenos Aires para denunciar esta situación en distintos organismos internacionales.
A Otras autoridades de gobierno para que:
Implementen todas las medidas necesarias para hacer cumplir nuestra ley y de esa forma impedir la caza de ballenas en aguas jurisdiccionales chilenas así como en aguas internacionales del Santuario Ballenero Austral.
B) Manifestar al Senado de Japón su más enérgico rechazo a la caza de ballenas en aguas jurisdiccionales chilenas por parte de barcos de dicho país
(Fdo.): Jaime Naranjo Ortiz, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador.-