Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- IX. Otros documentos de la Cuenta.
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Antonio Coloma Correa
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- VI. HOMENAJE
- HOMENAJE EN MEMORIA DE EX DIPUTADO LUIS FUENTEALBA MEDINA.
- ANTECEDENTE
- HOMENAJE : Manuel Monsalve Benavides
- HOMENAJE : Ivan Norambuena Farias
- HOMENAJE : Jose Miguel Ortiz Novoa
- HOMENAJE : Jose Perez Arriagada
- HOMENAJE EN MEMORIA DE EX DIPUTADO LUIS FUENTEALBA MEDINA.
- V. ORDEN DEL DÍA
- RESGUARDO DEL DERECHO A LA IGUALDAD DE REMUNERACIONES. Modificación del Código del Trabajo. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Jose Ramon Barros Montero
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Pablo Galilea Carrillo
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- INTERVENCIÓN : Jaime Mulet Martinez
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA, EN MATERIA DE ACUICULTURA. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Recondo Lavanderos
- INTERVENCIÓN : Raul Sunico Galdames
- INTERVENCIÓN : Clemira Pacheco Rivas
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- INTERVENCIÓN : Carolina Goic Boroevic
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Rene Alinco Bustos
- INTERVENCIÓN : Claudio Alvarado Andrade
- INTERVENCIÓN : Pablo Galilea Carrillo
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTERVENCIÓN : Marisol Turres Figueroa
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- RESGUARDO DEL DERECHO A LA IGUALDAD DE REMUNERACIONES. Modificación del Código del Trabajo. Tercer trámite constitucional.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 357ª
Sesión 32ª, en miércoles 20 de mayo de 2009
(Ordinaria, de 10.36 a 15.05 horas)
Presidencia de los señores Álvarez Zenteno, don Rodrigo; Vargas Lyng, don Alfonso, y Súnico Galdames, don Raúl.
Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ACUERDOS DE LOS COMITÉS
VI.- HOMENAJE
VII.- ORDEN DEL DÍA
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
V. Acuerdos de los Comités 9
VI. Homenaje.
- Homenaje en memoria de ex diputado Luis Fuentealba Medina 9
VII. Orden del Día.
- Resguardo del derecho a la igualdad de remuneraciones. Modificación del Código del Trabajo. Tercer trámite constitucional 16
- Modificación de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en materia de acuicultura. Primer trámite constitucional 30
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. la Presidenta de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que “regulariza construcción de bienes raíces destinados a microempresas y equipamiento social”. (boletín N° 6531-14) 71
- Oficios de S. E. la Presidenta de la República por los cuales retira la urgencia que hiciera presente para el despacho de los siguientes proyectos:
2. “Establece el Estatuto Especial de Gobierno y Administración para el territorio de la Isla de Pascua”. (boletín N° 5940-06) 76
3. “Modifica la ley de concesiones de obras públicas y otras normas que indica”. (boletín N° 5172-09) 76
- Oficios de S. E. la Presidenta de la República por los cuales hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
4. “Moderniza Gendarmería de Chile, incrementado su personal y readecuando las normas de su carrera funcionaria”. (boletín N° 6447-07) 76
5. “Modifica la ley general de pesca y acuicultura en materia de áreas de manejo y Registro Pesquero Artesanal”. (boletín N° 6391-21) 77
6. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado los proyectos, iniciado en mensaje y en moción, respectivamente, con urgencia de “discusión inmediata”, que reforman la Constitución Política de la República para “facultar al estado de Chile para ratificar el Estatuto de Roma”, y el crea “la Corte Penal Internacional”. (boletines N°s 2912-07 y 3491-07 refundidos) 77
Pág.
7. Primer informe de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “suma”, que “modifica la ley General de Pesca en materia e acuicultura”. (boletín N° 6365-21 78
8. Primer informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “suma”, que “modifica la ley General de Pesca en materia e acuicultura”. (boletín N° 6365-21) 147
9. Primer informe de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente recaído en el proyecto que “modifica el decreto con fuerza de ley N° 340, de 1960, sobre concesiones marítimas, con el objeto de establecer la obligación de los concesionarios de preservar el medio ambiente marítimo y acuático libre de contaminación”. (boletín N° 6347-123) 153
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
Contraloría General de la República:
- Diputado Sepúlveda don Roberto (Art. 52), proceso de licitación pública de asesoría de inspección técnica Normalización del Hospital de Arica, del Servicio de Salud de Arica .
- Diputado Fuentealba, demora en el trámite de toma de razón de los decretos que autorizan a los gobiernos regionales a gastar.
- Diputado Fuentealba, mérito de las licencias médicas de los concejales como justificación de inasistencia a sesiones del concejo.
- Diputado González, investigación administrativa en relación con la Clínica de Corta estadía del Centro de Atención de Menores Lihuén de Limache.
- Diputado Palma, cumplimiento de las normas jurídicas, el resguardo del patrimonio público y la probidad administrativa en el municipio de Villa Alegre.
Ministerio de Interior:
- Diputado Recondo, extensión de Plan Cuadrante de Puerto Montt, a ciudad de Puerto Varas.
- Diputado Araya, elevar a rango de comisaría la actual subcomisaría que se encuentra en el sector norte de Antofagasta.
- Diputada Valcarce, tramitación de la solicitud de permanencia definitiva de señor que indica.
- Diputado Aedo, situación de señor que indica quien postuló al Programa de Reconocimiento al Exonerado Político.
- Diputado Lorenzini, reactivación de proyectos públicos en Región del Maule.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:
- Diputado Jaramillo, fiscalización a tendidos eléctricos en la comuna de La Unión.
- Proyecto de Acuerdo 734, creación de Comisión de Expertos destinada a proponer medidas que aseguran la libre competencia.
- Proyecto de Acuerdo 750, condena a actos de colusión efectuados por grandes cadenas farmacéuticas.
- Proyecto de Acuerdo 751-B, medidas para mejorar acceso a productos farmacéuticos.
Ministerio de Justicia:
- Diputada Soto, explotación sexual comercial infanto-adolescente ( Escia ) en Valparaíso.
Ministerio de Defensa Nacional:
- Diputado De Urresti , varamiento de sardinas en litoral de la localidad de Queule.
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Jaramillo, avance de Proyectos en la Región de Los Ríos.
- Diputada Isasi, detalles técnicos del proyecto de pavimentación del camino Moquella-Calatambo, comuna de Camiña.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Álvarez, demora de pago de bono postlaboral a funcionarias jubiladas del Servicio de Salud Valdivia.
- Diputado Quintana, solución que afecta a familias de los Comités de Vivienda Villa San Pablo y Villa La Libertad, Región de la Araucanía.
- Diputada Pacheco, programas de empleo en las comunas de Coronel, Penco y Tomé.
Ministerio de Salud:
- Proyecto de Acuerdo 726-A, campaña de donación de sangre.
Ministerio de Minería:
- Diputado Espinosa don Marcos, verificación de resultados de pruebas realizadas a minerales específicamente cobre.
- Diputado Norambuena, falta de cumplimiento del acuerdo de "Protección Social" para los ex mineros del carbón.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputado Díaz don Marcelo, antecedentes sobre contratos de publicidad suscritos por la firma Invía.
Subsecretaría de Marina:
- Diputado Delmastro, medidas respecto a catamarán anclado en muelle de la Isla Teja en Valdivia.
Superintendencia de Electricidad y Combustible:
- Diputado De Urresti , limpieza de la faja de transmisión eléctrica del sector Quilo Quilo-Cuyinhue, comuna de San José de la Mariquina.
Caja de Previsión de la Defensa Nacional:
- Diputado Arenas, número de causantes de asignación familiar que habrían perdido esa calidad entre 2006 y 2008.
BancoEstado:
- Diputados De Urresti y Quintana, adecuada infraestructura para la atención a los adultos mayores.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (108)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Pérez San Martín, Lily RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro IND II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto RN X 53
Díaz Del Río, Eduardo PRI IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10
Escobar Rufatt, Álvaro IND RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PRI III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PRI RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván PS I 1
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernández, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban IND VI 32
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistieron, también, los ministros: Directora del Sernam , doña Laura Albornoz; del Trabajo y Previsión Social, doña Claudia Serrano; de la Secretaría General de la Presidencia don José Antonio Viera-Gallo, y de Economía, Fomento y Reconstrucción, don Hugo Lavados.
-Concurrió, además, el senador señor Juan Antonio Coloma.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.36 horas.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- El acta de la sesión 27ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 28ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ, don Adrián ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
V. ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Reunidos los Comités Parlamentarios, han acordado:
1. Celebrar sesión especial legislativa de 15.30 a 17.30 horas, con el objeto de tratar lo siguiente:
Proyectos de reforma constitucional que autoriza al Estado de Chile para aprobar el Estatuto de Roma, que crea la Corte Penal Internacional, y el que permite el reconocimiento de la jurisdicción de los tribunales internacionales, y
Modificaciones del Senado al proyecto sobre protección al empleo y fomento a la capacitación laboral.
En consecuencia, las Comisiones no sesionarán el día de hoy.
2. Dedicar la sesión de hoy al tratamiento, hasta su total despacho, de los proyectos que modifican el Código del Trabajo y la ley General de Pesca y Acuicultura.
3. Suspender el tratamiento de proyectos de acuerdo y de la hora Incidentes.
4. Mantener abiertas las oficinas parlamentarias el 21 de mayo para el acceso de los señores diputados, sin atención de público.
VI. HOMENAJE
HOMENAJE EN MEMORIA DE EX DIPUTADO LUIS FUENTEALBA MEDINA.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Corresponde rendir homenaje a quien fuera un destacado servidor público, el ex diputado don Luis Fuentealba Medina, recientemente fallecido.
Se encuentran en la tribuna de honor la señora Laura Ayala viuda de Fuentealba, junto a sus hijos, familiares y amigos del homenajeado.
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Monsalve.
El señor MONSALVE (de pie).- Señor Presidente , en primer lugar, saludo a la señora Laura Ayala Vásquez viuda de Fuentealba; a las señoras Teresa y Ángela Fuentealba Ayala , hijas de don Luis; a los nietos y familiares de don Luis; a las concejalas y concejales de la Ilustre Municipalidad de Lota señoras Aurelia Ormeño , Angélica Huerta y señores Víctor Tiznado y Anselmo Peña , y al secretario comunal del Partido Comunista señor Julio Salazar . Muchas gracias por acompañarnos.
Saludo a mis colegas presentes y agradezco a la bancada del Partido Socialista por solicitar este homenaje y a las bancadas de la Concertación por permitirme hablar en su representación.
Hoy, la Cámara de Diputados rinde homenaje a un hombre que durante toda su vida construyó un vínculo indestructible de compromiso con su pueblo, con la patria y, en forma muy particular, con la zona del carbón y los trabajadores chilenos. Me refiero a don Luis Fuentealba Medina , ex diputado , que nació en el sur de Chile, en la comuna de Carahue. Pero que, a poco andar, se radicó en la comuna de Lota, desde donde alzó su voz para defender con fuerza y pasión los derechos de los mineros y las aspiraciones de más justicia y desarrollo para un territorio de Chile caracterizado por la pobreza y la exclusión, pero que ha sido emblemático en la historia del movimiento obrero y de la lucha social en Chile.
Don Luis Fuentealba Medina nació en el fundo El Peral, de Carahue, el 8 de diciembre de 1933. Sus padres fueron don José Fuentealba y la señora Teresa Medina . En la escuela Santa Celia , de la misma comuna, cursó hasta tercero básico. Luego, empezó a trabajar en actividades agrícolas.
Sin embargo, en 1948, se desplazó en dirección de su amada comuna de Lota, en sus palabras, “al lugar más hermoso de mi patria. Estaba enamorado del lugar más lindo y más rebelde de mi patria”. Relata que en Lota, zona minera, llegó en tiempos en que los obreros luchaban por sus derechos, subsistencia y mejores sueldos.
En 1950, ingresó al trabajo de minero en Lota, donde se desempeñó como apir y barretero hasta 1969. Allí, comenzó a construirse su rebeldía y su lucha contra la explotación, que era el pan de cada día de los mineros, que lo marcó y lo transformó en un hombre que dedicó su vida a la tarea de hacer de Chile un país más justo.
En medio de manifestaciones y de huelgas, se sellaría su compromiso permanente con la causa de los trabajadores y de los más humildes de la patria.
Durante ese período, contrajo matrimonio con doña Laura Ayala Vásquez , su permanente compañera, con quien tuvo seis hijos. En una reseña autobiográfica, describió ese momento de la siguiente manera: “Un 10 de junio por fin tomé decisiones. Fui con mucho coraje, que en ese tiempo se necesitaba, y pedí, como todo un caballero, la mano de mi amada, y con suerte, ella dijo sí”. Su matrimonio se selló el 23 de junio de 1956.
En 1960, se incorporó a las filas del Partido Comunista de Chile, al cual llegó guiado por Isidoro Carrillo . Relata ese hecho de la siguiente manera: “Con honor y mucho orgullo pasé a ser un simpatizante de las filas del partido, jurando siempre luchar por la clase obrera, por sus trabajadores, aceptar a las personas respetando su origen y su forma de pensar”.
En su partido, encontró una casa en la que compartiría sueños, tareas y luchas junto a sus compañeros. Muchos años después, dijo: “Soy comunista; ésa es mi camiseta de ayer, de hoy y de siempre”.
Esa relación con el Partido Comunista y la importancia que tuvo en su vida, se ve plasmada en el poema de Pablo Neruda que se refiere al partido y que dice:
“Me hiciste adversario del malvado y muro del frenético.
Me has hecho ver la claridad del mundo y la posibilidad de la alegría.
Me has hecho indestructible porque contigo no termino en mi mismo.”
Así, Luis Fuentealba Medina se hizo indestructible, porque se incorporó a la historia política y obrera de Chile, a la historia del Partido Comunista, pero, sobre todo, se incorporó a esos hombres que forman parte de la historia de sus pueblos y su nombre y legado están enraizados en la vida de Lota y de los mineros del carbón.
Ese legado se construyó como presidente del Sindicato Industrial de Lota , como integrante de la honorable Junta Conciliadora de las Industrias Carboníferas de Chile, como director de la Federación Nacional Minera de Chile, como presidente del Sindicato de Mineros del Carbón y, muy especialmente, como diputado entre los años 1970 y 1973.
Respecto de este hecho, dice: “Fue la alegría más importante de mi vida llegar al Parlamento y representar a mis mineros de Lota. Levantarme en representación de un pueblo sufrido y, en nombre de los mineros, entregaba mi voto al elegido Presidente Salvador Allende , quien a pocos días de asumir, nacionalizaba las minas del carbón, cumpliendo con los deseos del pueblo. Luego, vendría la disminución de la jornada de trabajo de los mineros del carbón de 12 a 8 horas y el logro de la instalación de una universidad técnica para sus hijos”.
La causa que defiendo y que defenderé siempre es la más justa, la más noble y la más humana. Este pensamiento de don Luis fue el hilo conductor de su trabajo social y político.
En la Cámara de Diputados integró las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social, Economía y Especial Investigadora de intervenciones decretadas por el Ejecutivo en diversas ramas de la actividad nacional entre los años 1970 y 1972.
Entre las mociones presentadas que más tarde fueron ley de la República, figuran la ley Nº 17.740, del 17 de octubre de 1972, que estableció un impuesto en beneficio de las municipalidades donde existía industria carbonífera; la ley 17.737, de 19 de octubre de 1972, que transfería un terreno desde la Empresa Ferrocarriles del Estado al Club Deportivo Ferroviario Arturo Fernández Vial.
En 1973, se hizo cargo de la Secretaría Provincial de la Central Única de Trabajadores. Desde el 11 de septiembre del mismo año, fue perseguido por la dictadura militar y detenido el 17 de septiembre para luego ser enviado a la isla Quiriquina.
En la barcaza que lo traslada iba junto a Danilo González , alcalde de Lota , e Isidoro Garrillo , gerente general de la Empresa Nacional de Carbón.
Fue acusado como encubridor del delito de fabricación, almacenamiento, transporte de explosivos y formación de grupos armados. A pesar de ser inocente, fue condenado a ocho años de prisión. Exiliado, vivió en la República Democrática Alemana, entre 1976 y 1988.
Cuando regresó a Chile, se sumó a la lucha por la democracia y reinició su vida vinculada al servicio público y a su pueblo, que lo llevó a ocupar el cargo de concejal de la Ilustre Municipalidad de Lota.
Su voluntad transformadora y su claridad respecto de las prioridades siguen siendo un llamado para todos nosotros, como se expresa en uno de sus pensamientos: “Si estuviera en mis manos cambiar el mundo, empezaría por los niños. He sembrado semillas y esas semillas han vuelto a florecer. Es como las rosas de mi jardín, cada vez más hermosas.”
Esta reseña, sin duda, no puede dar cuenta de la magnitud de la vida de un hombre que tomó en sus manos las banderas que de mano en mano, de generación en generación, en el curso de nuestra historia han cargado hombres valientes y comprometidos, que instalaron en la conciencia social y política de nuestra patria la lucha por la democracia y la justicia social.
Por eso, permítanme terminar este homenaje con parte de un poema de Pablo Neruda, que expresa cómo la vida y el legado del ex diputado Luis Fuentealba Medina refleja y reflejará su huella indestructible:
No soy un hombre solo.
Nací en el sur.
De la frontera
traje las soledades y el galope
del último caudillo.
Pero el Partido me bajó del caballo
y me hice hombre, y anduve
los arenales y las cordilleras
amando y descubriendo.
Pueblo mío,
¿es verdad que en primavera
suena mi nombre en tus oídos
y tú me reconoces
como si fuera un río
que pasa por tu puerta?”.
Así, Luis Fuentealba Medina fue un río que entró por la puerta de la historia, y permanecerá por siempre en la memoria de Lota, de los mineros y de los trabajadores chilenos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Iván Norambuena.
El señor NORAMBUENA (de pie).- Señor Presidente , distinguida familia de don Luis Fuentealba, señora Laura Ayala e hijos, distinguidas autoridades de la comuna de Lota que nos acompañan, estimados amigos, honorable Cámara:
La bancada de parlamentarios de la Alianza por Chile, Renovación Nacional y UDI, me han distinguido con el honor de rendir un merecido homenaje a don Luis Fuentealba Medina , ex concejal de Lota y ex diputado .
Queremos destacar a este hombre que nació en Carahue el 8 de diciembre de 1933, y que fue sumamente respetado y admirado por todos quienes lo conocieron.
En este homenaje puedo señalar que nuestras ideas con las de don Luis tenían enfoques bastante distintos. Él era un destacado miembro y dirigente del Partido Comunista desde 1960, y yo, un diputado que representa a la Unión Demócrata Independiente.
Pero, mi admiración por este hombre pasa por reconocer, en su figura, la consecuencia entre su pensamiento y su actuar.
Don Luis se forjó a puro ñeque. A partir de los siete años estaba inserto en el mundo laboral, y supo del rigor de las necesidades económicas para él y su familia. Es decir, se repite en don Luis la historia de muchos habitantes de nuestra zona minera.
Sin duda, estas adversidades forjaron su inquietud por la cuestión social, para que a todos se les diera lo justo, para que se respetaran las leyes laborales y sociales; por todos, incluido el Estado.
Creo sinceramente que su capital humano fue incuestionable, tanto por sus seguidores como por sus detractores. Nadie en su sano juicio podría haber cuestionado su actuar, siempre fiel a sus pensamientos y a sus convicciones colectivas enfocadas al bien común y no al bien personal. Jamás antepuso algún interés político partidista por sobre los intereses de la gente que representaba.
Por ello, los hombres y mujeres de Tomé, Concepción, Talcahuano, Yumbel y Coronel reconocen su importante labor en favor de los más necesitados de esas comunas.
En el ámbito político, puedo comentar una anécdota personal. Tal era su capacidad para escuchar a sus adversarios políticos que, en 1994 -cuando la UDI, mi partido, tenía una actividad muy incipiente en la comuna de Lota-, cumpliendo su palabra de caballero, aceptó e intercedió para que los concejales y el alcalde de Lota de la época se reunieran con la directiva nacional de la UDI, que estaba en actividades en Lota, y que, en ese entonces, encabezaba el senador Jovino Novoa , hoy actual presidente del Senado , y el presidente comunal de Lota, don Iván Roca Sáez , a fin de plantear soluciones a los problemas del ámbito local.
En el plano más íntimo, pido que acepten un recuerdo. Quiero señalar que su hermana Magdalena , a quien con mucho cariño llamamos “la Nenita” y que conocí personalmente, fue una mujer con la cual mantuve estrechos lazos de amistad y cariño, pues tenía un especial afecto por mi persona. Esta amistad era tomada con humor y simpatía por quienes conocían las posiciones políticas de don Luis y las mías, pero jamás se escuchó de su boca algún comentario adverso a esa bonita y sana amistad, lo cual dio muestras, una vez más, de su amplitud de criterio, por cuanto fue capaz de separar la actividad política del plano personal.
Señora Laura e hijos, en especial, Teresita, presentes en las tribunas, al igual que con tu padre, mantenemos nuestras diferencias políticas, pero reconozco en ti y en tu familia el sello que don Luis les transmitió: la amplitud de criterio y la necesidad de valorar a las personas por lo que son y no por lo que piensan.
Ésa era la visión del ex diputado señor Luis Fuentealba , a quien no le interesaba el color político de la gente. Le daba lo mismo de qué partido eran. Lo fundamental para él era que la autoridad presentara ideas o proyectos en beneficio de la comunidad, incluso aunque aquella no fuera afín a su pensamiento político.
Lota ha perdido a un servidor público, a un dirigente de elite, a una persona consecuente hasta el final con su pensamiento y con su actuar. Sin duda, nuestro país necesita del ejemplo de personas como don Luis Fuentealba Medina .
Quizás muchas de las discusiones pequeñas, que ayudan al desprestigio de nuestra actividad política, se evitarían si tuviéramos el convencimiento de seguir ese estilo de actuar en política.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ (de pie).- Señor Presidente , don Rodrigo Álvarez ; señor Vicepresidente, don Raúl Súnico ; señor Secretario General de nuestra Corporación; estimada señora Laura Ayala Vásquez viuda de Fuentealba; concejales de la comuna de Lota; dirigentes máximos del Partido Comunista -en una parte importante, vital y con tradición, como es el sector de Lota, Región del Biobío-, compañeros de ideales, y de principios de don Luis Fuentealba Medina que nos acompañan en este postrer homenaje que se le rinde en este importante Poder del Estado:
A muchos de mis estimados colegas les ha llamado la atención que comenzara mi intervención nombrando a quienes tienen el honor y la alta responsabilidad de dirigir esta Corporación; en forma especial, a su Secretario General , porque es parte de la historia de la Cámara y conoció a mi ex colega parlamentario, don Luis Fuentealba Medina . Nosotros pasamos, pero los funcionarios quedan, como es lógico, porque la institucionalidad debe estar vigente.
Rindo este homenaje, en nombre de la Democracia Cristiana, mi partido de toda la vida, pero, particularmente como hijo de Concepción, de la Región del Biobío.
En el largo transcurrir del quehacer público, me tocó varias veces estar con este ex diputado . Para quienes amamos de verdad a la Cámara, los que han sido diputados por uno, dos, tres o los períodos que sean, incluso los que estuvieron en esta Corporación sólo meses desde el 21 de mayo al 10 de septiembre de 1973, siguen siendo parlamentarios.
Luis Fuentalba Medina , tal como lo expresaran el compañero socialista Manuel Monsalve y el diputado de la UDI Iván Norambuena, nació el 8 de diciembre de 1933 en Carahue -algo muy típico en los mineros-, vale decir, en el campo de la Novena Región de La Araucanía. Fue hijo del señor José Arnulfo Fuentealba Nesbet y de la señora Teresa Medina Silva . Contrajo matrimonio, hace más de cincuenta años con la señora Laura Ayala Vásquez . Juntos vivieron muchos vía crucis.
¿Por qué hice hincapié en que nació en una región agrícola? Porque me llama profundamente la atención que trabajadores agrícolas lleguen a sectores mineros, o que mineros, cuando tienen la posibilidad de abandonar sus faenas, se vayan al campo. Es cosa de analizar los sectores rurales de nuestra región, donde me he encontrado con muchos de ellos.
Luis Fuentealba Medina , con gran esfuerzo, estudió hasta tercera preparatoria en la escuela rural Santa Celia , ubicada a 18 kilómetros de Carahue. Sin embargo, con los años, tuvo la oportunidad de realizar estudios de perfeccionamiento en la Academia Hermann Matrens , en la ex República Democrática Alemana, donde obtuvo el título de soldador al oxígeno.
El ex colega diputado , que en paz descanse, a temprana edad, cuando tenía sólo siete años, quedó huérfano, por lo que debió comenzar a trabajar en actividades agrícolas en Carahue. Ello le significó, al inicio de su vida, tener claro que nunca debía entregarse o rendirse ante la adversidad. Estuvo hasta los 15 años en su ciudad natal. Entre 1950 y 1969 se desempeñó como apir y barretero en Lota. En ese tiempo, empezó a germinar en él un profundo sentido social y el deseo de cumplir sueños, metas, objetivos, de creer en la igualdad entre los seres humanos, y se dedicó el servicio público. En 1960, como dijo Manuel -quien es parte de la provincia de Arauco y de Lota- ingresó al Partido Comunista, en el cual militó hasta que falleció.
Para los que creemos en las ideologías o visiones de país, eso es importante en la vida. ¡Qué importante es que haya personas que, después de llegar hasta los más altos cargos de sus partidos, cuando ya no los ejercen, sigan militando en ellos con la misma consecuencia! Esos son ejemplos, especialmente para muchas generaciones jóvenes.
Además, Luis Fuentealba fue integrante de la honorable Junta Conciliadora de las industrias carboníferas del país. También entre 1964 y 1969, fue director de la Federación Nacional Minera de Chile, organismo máximo de los mineros. Simultáneamente, entre 1965 y 1968, se desempeñó como presidente del Sindicato Minero del Carbón .
Fue diputado por la provincia de Concepción -de acuerdo con la Constitución de 1925-, desde 1969 hasta 1973, y fue parte -le correspondía como líder sindical- de las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social, de Economía, especial investigadora de intervenciones decretadas por el Ejecutivo en diversas ramas de la actividad nacional, entre 1970 y 1971.
Es importante recalcar lo que significaron esos cuatro años de su paso por este poder del Estado. Entre las mociones que presentó y que llegaron a ser leyes están la ley Nº 17.740, del 7 de octubre de 1972, que estableció un impuesto en beneficio de municipalidades carboníferas, ello representó un financiamiento específico para Lota y Coronel; la ley N° 17.737, del 19 de octubre de 1972. Y aquí hay otro tema que me une con él. Me crié en el barrio Estación y soy socio del club Arturo Fernández Vial que, aunque esté en tercera B, pago las cuotas como corresponde. Mediante esta última norma legal se transfirió un terreno de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado al Club Deportivo Ferroviario Arturo Fernández Vial, uno de los clubes más emblemáticos y, aunque vivamos de los recuerdos, esperamos que cambie su suerte.
Por ser diputado del Partido Comunista hasta 1973, obviamente, sufrió los rigores del gobierno militar y se vio obligado a abandonar el país. Se exilió en la República Democrática Alemana de entonces, entre 1976 y 1988. Durante ese tiempo trabajó como mecánico, lo que es una paradoja en su vida, puesto que, después de ser diputado , de legislar, volvió a su profesión, a lo que debe agregarse la crudeza de encontrarse fuera del país.
Al volver de Europa, sintió que aún tenía mucho que dar y, de inmediato, asumió el cargo de secretario político del Partido Comunista, en Lota. Pero, repentinamente, pasó algo que permite apreciar los talentos y las capacidades de los líderes. Él asumió cargos de responsabilidad en Lota. En 1992, fue presidente de la junta de vecinos del sector de Polvorín ; vicepresidente de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y vicepresidente de la Corporación de Desarrollo. Vale decir, lo que le interesaba no eran los honores de los cargos, sino que servir de verdad.
Estoy convencido de que éste es un justo homenaje. Felicito a Manuel y a la bancada del Partido Socialista por su iniciativa. Éste es el momento preciso para rendir un homenaje a personas que han pasado por esta Corporación, especialmente a aquellas que han vivido situaciones muy difíciles y complicadas.
No es el momento de señalar la pertinencia o no de actuaciones o juicios de uno u otro lado; pero, Luis Fuentealba tuvo la valentía de corazón de plantear sus convicciones, de dar a conocer lo que pensaba que, según mi parecer, es el pensamiento de todos los políticos: el bien común para nuestra gente, para nuestra tierra, que el presente y el futuro sean lo mejor para nuestros hijos y nietos.
Por eso, hoy, rendimos un homenaje a Luis Fuentealba Medina , hombre sencillo y trabajador que vivió en pos de un sueño.
Su recuerdo ya es ejemplo -se nota en las tribunas- para que las generaciones venideras, de todos los colores políticos y visiones valóricas, sepan que la política es una noble vocación, es una forma de alcanzar la felicidad para todos, sin importar lo que uno cree.
Por eso, un gran saludo a su viuda, a sus hijos y a sus compañeros de partido.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Tiene la palabra el diputado señor José Pérez.
El señor PÉREZ, don José (de pie).- Señor Presidente , señora Laura Ayala , distinguidos familiares del ex diputado don Luis Antonio Fuentealba Medina y queridos amigos del Partido Comunista de Chile, en nombre de la bancada del Partido Radical Social Demócrata, tengo el privilegio de rendir homenaje a un hombre de vuestras filas y que forma parte importante del la historia del Congreso Nacional.
Tuve la suerte de conocer a don Luis y también su notable legado, orientado siempre al desarrollo de su Lota querida y de los trabajadores del carbón, y que recoge los anales de nuestra Cámara de Diputados.
Don Luis fue un hombre de esfuerzo. Ante la falta de sus padres, a los siete años se vio en la necesidad de vislumbrar su destino, primero laborando en los campos de Carahue, su cuidad natal, y posteriormente en Lota, ciudad que lo vio crecer como persona, como minero, como dirigente sindical y como político.
En Lota, don Luis Fuentealba comenzó desde abajo, como barretero, una de las tareas más sacrificadas en la minería del carbón de la época, en los años cincuenta. Con una especie de picota pequeña, el barretero atacaba las vetas para llenar los carros de mineral. Parecía sencillo, pero se trataba de un trabajo que exigía fuerza y destreza, amén de ser muy riesgoso, sobre todo por las condiciones en que se desarrollaba la actividad en esos años.
Fueron esas condiciones laborales paupérrimas las que llevaron a don Luis a unirse a otros trabajadores y formar los grandes movimientos obreros que dieron paso a las huelgas de la zona del carbón. En este contexto, don Luis fue presidente del Sindicato Industrial Minero de Lota ; integrante de la Junta Conciliadora de las Industrias carboníferas del país; director de la Federación Nacional Minera de Chile y presidente del Sindicato de Mineros de Carbón . Eran los tiempos en que los sindicatos contaban con más de 15 mil socios y la lucha era incansable.
Es en esa época, entre los años 1950 y 1969, don Luis , junto a otros dirigentes del carbón, impulsa la llamada “ley de la Lámpara”, que determinó los turnos de faenas en la mina, a fin de evitar que las labores se realizaran durante largas y duras jornadas, dureza que hoy es difícil de imaginar.
Abrazó los ideales comunistas, Partido que lo acompañó hasta el final de su vida.
Con su lucha por los trabajadores del carbón, don Luis fue elegido diputado para el período 1969-1973, en representación de la 17º agrupación departamental de Tomé, Concepción, Talcahuano, Yumbel y Coronel.
En el Congreso jamás olvidó sus orígenes de trabajador del carbón. Como miembro de la Comisión de Trabajo impulsó numerosas iniciativas relacionadas con la minería del carbón. Entre ellas, la ley Nº 17.740, que estableció un impuesto en beneficio de las municipalidades de la industria carbonífera. En esta misma etapa se nacionalizó el carbón, hecho que también tuvo como protagonista a don Luis.
En 1973, como muchos otros líderes, se vio afectado por el abuso, la injusticia y el destierro. Era un momento de la historia en que Chile no era de todos los chilenos. Fue exiliado a la República Democrática Alemana, país en el que volvió, con orgullo, a ser obrero. Allá obtuvo su título de soldador al oxígeno y trabajó de mecánico.
Con la vuelta de la democracia, don Luis regresa a Chile. Aquí retoma su labor dirigencial, como presidente de la junta de vecinos del sector el Polvorín de Lota; luego, es vicepresidente de la Unión Comunal de Junta de Vecinos y vicepresidente de la Corporación de Desarrollo, siempre en su Lota querida.
En el ocaso de su caminar, don Luis Fuentealba no perdió las fuerzas. Fue concejal de su adorada comuna de Lota por dos períodos, durante los años 1992 y 2000, cargo desde donde una vez más no tuvo reparos para alzar su voz en defensa de los trabajadores del carbón.
Cuando Enacar cerró sus puertas, fue el primero en oponerse y en advertir la decadencia de esa tierra. El carbón daba fuego y pan a quienes vivían de la mina; hoy, con tristeza, Lota no es más que recuerdos de aquellos tiempos.
El nombre de don Luis Fuentealba Medina quedará grabado en los anales de la historia de Lota y del Congreso Nacional.
Este modesto homenaje y las palabras vertidas en esta Sala representan el sentir de nuestra bancada, pero también el de quienes vieron en don Luis al líder indiscutido de su querida Lota y de los esforzados trabajadores de las minas de carbón.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- De esta forma, concluye el homenaje al ex diputado don Luis Antonio Fuentealba Medina. Renovamos para su familia, en particular para su viuda, doña Laura Ayala, e hijos los profundos sentimientos de pésame y todo el afecto de la Cámara de Diputados.
V. ORDEN DEL DÍA
RESGUARDO DEL DERECHO A LA IGUALDAD DE REMUNERACIONES. Modificación del Código del Trabajo. Tercer trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde tratar las modificaciones del Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código del Trabajo para resguardar el derecho a la igualdad en las remuneraciones.
Antecedentes:
-Oficio del Senado, boletín N° 4356-13, sesión 30ª, en 14 de mayo de 2009. Documentos de la Cuenta N° 3.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Según lo acordado por los Comités, para la discusión de las modificaciones del senado se dispondrá de un tiempo máximo de 60 minutos.
En discusión las modificaciones del Senado.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, el mérito del proyecto y de las modificaciones propuestas por el Senado no pueden dejar de ser comentados.
Nuestra Constitución, en su artículo 1º, reconoce que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Esta declaración, tan simple y tantas veces recordada en distintas alocuciones envuelve en sí un tremendo significado, ya que está reconociendo el principio de igualdad ante la ley y establece, entre otras cosas, el principio a la no discriminación elevado al rango constitucional. Este mismo principio viene siendo reconocido hace ya más de un siglo por distintos cuerpos del derecho internacional y por la Organización Internacional del Trabajo, OIT. En nuestro ordenamiento se plasma en N° 16° del artículo 19 de la Constitución, que asegura la libertad de trabajo y de contratación; además prohíbe cualquier tipo de discriminación que no se base en la capacidad e idoneidad personal.
A mayor abundamiento, el artículo 2º del Código del Trabajo declara contrario a los principios de las leyes laborales los actos de discriminación, que son las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, sexo, estado civil, religión, etcétera. Es decir, en el ordenamiento legal internacional, constitucional y laboral se encuentra establecido el principio de igualdad y de no discriminación.
Sin embargo, los hechos, los porfiados hechos, que quedan demostrados en decenas de estudios y de investigaciones realizadas por diferentes entes privados y gubernamentales, nos demuestran que en Chile y en otras latitudes, los distintos tipos de discriminación existen, en especial uno que es materia del proyecto: la diferencia de remuneraciones entre los sexos, lo que afecta principalmente a la mujer, respecto de lo cual hemos sido informados por los medios de prensa. De hecho, se señala que un hombre por igual función gana aproximadamente 25 por ciento más que una mujer.
Ante esta realidad constatada por los estudios e investigaciones, varios colegas decidieron presentar este proyecto a fin de que el principio de la no discriminación en materia de remuneraciones no solamente se encuentre declarado en los diversos textos legales y constitucionales, sino que también quede regulado y se establezcan mecanismos de protección, con el objeto de hacerlo realidad en nuestra legislación.
Sin duda alguna, el proyecto, que ya discutimos en esta Sala en su primer trámite constitucional, representa un avance en nuestra legislación, al establecer con claridad la prohibición de aplicar diferencias arbitrarias en materia de remuneraciones entre hombres y mujeres, aceptándose solamente las que provengan de la mayor capacitación, idoneidad u otras permitidas por la ley. Además, fija algunos mecanismos efectivos de publicidad de las escalas remunerativas, a fin de prever eventuales diferencias.
Considero que cuando debatimos proyectos de esta categoría o sus modificaciones, los representantes del Ejecutivo deberían estar atentos a los argumentos de los diputados. No obstante, estimo que es culpa de los propios parlamentarios que se produzca esta situación, ya que se acercan a los ministros y otras autoridades para plantearles diversos problemas, por lo que hacen caso omiso de lo que señalamos respecto de los proyectos.
Solicito que mi reclamo se tome en cuenta y quede en la historia fidedigna del establecimiento de la ley, ya que el Ejecutivo no debe acceder a las peticiones que le hacen los diputados y que no tienen nada que ver con la materia en debate.
Por eso, señora ministra, por intermedio del señor Presidente , espero que tengamos la posibilidad de conversar sobre las modificaciones introducidas por el Senado cuando esté atenta a las discusión.
Las modificaciones del Senado son adecuadas y van en la dirección correcta, ya que, al igual que la iniciativa, apuntan a establecer un mayor criterio de justicia laboral entre hombres y mujeres, por lo que estimo deben ser aprobadas por la Sala.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra la ministra Laura Albornoz.
La señora ALBORNOZ ( ministra del Servicio Nacional de la Mujer ).-
Señor Presidente , frente las discriminaciones que afectan a las mujeres, especialmente en sus relaciones de familia y en el mundo laboral, no cabe un rol pasivo del Estado. Es preciso adoptar medidas que permitan que hombres y mujeres participen en igualdad de condiciones en la vida nacional. Así lo entendieron la diputada Alejandra Sepúlveda y los diputados Mulet, Araya, Díaz, Walker, Ojeda, Ascencio, por mencionar sólo a algunos, al presentar esta moción que intenta eliminar la brecha salarial entre hombres y mujeres.
El debate legislativo que incentivó la discusión cultural, permitió que la injusta diferencia salarial entre hombres y mujeres se constituyera, primero, en un comportamiento ilegítimo y, muy pronto, en una práctica ilegal.
El proyecto da un paso necesario e ineludible en las transformaciones culturales que es necesario estimular en las relaciones de trabajo, al consagrarse el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres por un mismo trabajo y que pasa a informar todas las relaciones laborales, cualquiera sea el tamaño de la empresa.
Un aporte fundamental del Senado consistió en precisar que la infracción al principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres quedará sometida al procedimiento de tutela de derechos fundamentales, que la nueva justicia laboral ya aplica en buena parte del territorio nacional y que el próximo 31 de agosto regirá también en la Región Metropolitana.
El Senado mantuvo la preocupación de la cámara por instar a las empresas de más de diez trabajadores a formalizar espacios de diálogo para enfrentar y modificar estas prácticas culturales.
Asimismo, el Senado hizo suya la preocupación de la Cámara por una mayor transparencia en los cargos o funciones en las empresas y de sus características esenciales, a fin de enfrentar y resolver de mejor modo la discriminación salarial en razón del sexo. Para ello, se otorga un plazo de seis meses a fin de que las empresas de 200 o más trabajadores generen dicha información.
Propusimos que esa obligación de transparencia, que de manera mucho más intensa ya cumple el Estado, hubiese comprometido a un mayor número de empresas. En cualquier caso, valoramos tremendamente la primera decisión pública por enfrentar esta realidad.
Luego de recoger la propuesta del diputado Ramón Barros y que hiciera suya la Comisión de Familia, el Senado no sólo consagró responsabilidades y mecanismos de control, sino también busca estimular comportamientos y valorar las buenas prácticas empresariales. Por ello, se autoriza a la Dirección del Trabajo a disminuir el monto de las multas originadas en infracciones a la ley laboral de menor gravedad.
Lo establecido en la iniciativa se extiende también al sector público, al prohibirse a las autoridades toda discriminación de trato entre funcionarios y funcionarias, autorizándose el control de legalidad por parte de la Contraloría General de la República en caso de reclamaciones individuales.
El texto aprobado por la Cámara y perfeccionado por el Senado ofrece un camino e inicia un proceso que permite garantizar a las mujeres su derecho al trabajo con una justa remuneración.
Por todo lo anterior, solicito que el proyecto sea aprobado en esta sesión.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente , me alegro de que el proyecto haya vuelto a la Cámara.
Por otra parte, agradezco a las dos ministras presentes, sobre todo a la del Sernam, por tratar de agilizar en forma permanente el despacho de esta iniciativa, que pone en el tapete público la gran diferencia de remuneraciones entre hombres y mujeres por igual tipo de trabajo, responsabilidad y capacidad, que alcanza el 30 por ciento.
Como lo planteó la ministra del Sernam , en la actualidad el 40 por ciento de las mujeres son jefas de hogar y el único sustento de sus familias son sus ingresos, 30 por ciento inferiores respecto de los hombres. La diferencia es aún mayor en mujeres con nivel educacional alto que, según las estadísticas, demuestran que están mucho mejor preparadas que antes para asumir el rol de jefas de hogar.
Junto con los diputados Araya, Eduardo Díaz, Mulet, Ojeda y Olivares, entre otros, fui autora de la moción que estamos tratando.
Al respecto, quiero transmitir una preocupación a las ministras del Sernam y del Trabajo, lo que ya hice antes de la sesión: en la Cámara acordamos que empresas con más de cincuenta trabajadoras lleven registros de ello, mientras que el Senado propuso que fueran las que tuvieren más de 200. Por lo tanto, en consideración a la información que nos dio la Biblioteca del Congreso, pregunto: ¿Qué proporción de mujeres trabaja en el estrato de empresas grandes? Tal vez, es bastante menor que lo que podríamos pensar. Para los autores de la moción, la utilidad de esos registros es que haya transparencia, lo cual permitiría a las trabajadoras reclamar por las diferencias remuneratorias entre ellas y los hombres en caso de igual calificación, tipo de trabajo y responsabilidad, las que sólo se podrían comprobar a través de tales registros.
La brecha entre las remuneraciones de hombres y mujeres es grave, porque constituye una gran injusticia social.
Tuve la tentación de pedir votación separada para la proposición del Senado, a fin de rechazarla y llevarla a comisión mixta. Pero, en una conversación informal con la ministra y algunas diputadas, surgió la idea de aprobar la iniciativa a la brevedad y buscar una solución posterior.
Lo más importante es que estamos dando una señal de que hay una injusticia que queremos que termine mediante este proyecto y otros que se propondrán en el futuro, porque una cosa es la ley y otra la práctica cotidiana.
Además, podrán reclamar ante la justicia, en los tribunales laborales, por la referida desigualdad, por la infracción de un derecho fundamental.
Por lo tanto, los autores del proyecto vamos a votar a favor, aunque las modificaciones no nos hayan gustado mucho.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra la ministra del Trabajo, señora Claudia Serrano.
La señora SERRANO ( ministra del Trabajo ).-
Señor Presidente , para el Gobierno de la Presidenta Bachelet, llevar adelante un proyecto de ley que elimine la brecha entre las remuneraciones de hombres y mujeres es un aporte sustantivo a la igualdad y a la incorporación plena de éstas al mercado de trabajo en condiciones satisfactorias que permitan su realización.
En nuestro país, sólo el 36 por ciento de la fuerza laboral de mujeres tiene empleo, porque el tipo de trabajo al que acceden es poco motivador y porque tradicionalmente enfrentan el esquema de discriminación salarial.
No voy a ahondar más en el tema, pues la ministra del Sernam ha sido sumamente clara respecto de la importancia de esta iniciativa.
Agradezco la pregunta de la diputada Sepúlveda, ya que la medida es para las trabajadoras en todas las empresas, independientemente de su tamaño.
El aporte del Senado es proponer un registro, parte del organigrama de la empresa, pero sólo en las de mayor tamaño y con gran número de trabajadores, con el objeto de no complicar la demanda de especificación del organigrama y de desempeño de funciones en las de menor tamaño.
Esa medida se complementa con otras respecto de las cuales el Ministerio del Trabajo tiene cierta tolerancia cuando se trata de empresas pequeñas para estar en régimen, por ejemplo, en la recientemente aprobada sobre seguro de invalidez para éstas, la que no se propuso para las grandes.
Quiero ser muy precisa: la demanda de igualdad de remuneraciones entre mujeres y hombres es para todas las empresas; la única diferencia es respecto de una presentación administrativa del organigrama y de definición de cargos que hace aplicable la norma.
Eso coincide con otras excepciones respecto de las cuales estimamos que hay que llevar a cabo un proceso paulatino para que las empresas más precarias y pequeñas puedan cumplir con esos requisitos administrativos.
Muchas gracias.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ramón Barros.
El señor BARROS.-
Señor Presidente , espero que hoy, con la aprobación unánime de las modificaciones del Senado, la tramitación legislativa del proyecto llegue a su fin.
Si bien es cierto que a algunos las modificaciones del Senado nos dejan con gusto a poco, es de gran valor buscar la reducción de la brecha salarial entre hombres y mujeres por iguales trabajos, la cual en Chile está absolutamente acreditada.
Muchos dijeron que esto es sólo testimonial. En la discusión en la Comisión de Familia nos fuimos dando cuenta de lo significativo de la iniciativa, más allá del testimonio. El punto es que hay que concretarlo, de manera que en las empresas se vaya sintiendo la importancia del trabajo bien hecho y remunerado de igual manera para hombres y mujeres.
Agradezco a la ministra su mención a la indicación que introdujimos como una forma de incentivar a las distintas empresas a que vayan avanzando en el cumplimiento de esta normativa, que espero se apruebe hoy, y que tenía por objeto incluir un incentivo, una forma de condonación de multas, siempre que no se trate de infracciones graves como políticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales de los trabajadores, para estimular el cumplimiento de la normativa y principios que rigen este proyecto de ley.
Además, me siento honrado de que el Senado haya acogido esta propuesta, que es bastante moderna, en el sentido de ir estableciendo incentivos para buscar un mayor grado de cumplimiento a favor de las mujeres trabajadoras de Chile. Espero que aprobemos por unanimidad las modificaciones del senado a este proyecto.
Voy a votar a favor del proyecto, al igual que mi partido, y espero se convierta en ley a la brevedad.
Agradezco una vez más la mención de la ministra, y me siento honrado porque una idea de estas características haya sido acogida tanto por el Ejecutivo como por el Senado de la República.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Señor Presidente , la aprobación de este proyecto es un avance enorme.
Reconocer que las mujeres por su trabajo merecen el mismo salario, y así consagrarlo en una ley de la República, es explicitar algo de estricta justicia y equidad.
Culturalmente, el trabajo de la mujer no ha sido considerado como trabajo. Incluso, el derecho a trabajar de la mujer en algunos momentos estuvo en manos de su marido, quien debía autorizarla para que trabajara fuera de la casa, pero dentro de ella lo hacía sin salario ni horario. Este reconocimiento en la sociedad ha sido difícil. Siempre se consideró la remuneración de la mujer como un complemento del salario familiar.
Escuché el otro día en la televisión a una señora que decía que su marido trabajaba y que ella ayudaba en la casa. Es decir, no hay una conciencia clara de que las mujeres tienen el derecho al trabajo, a la igualdad de remuneraciones y a que sus ingresos no sean considerados un complemento de la remuneración del marido. La diferencia de sueldos entre hombres y mujeres alcanzan el 30 por ciento. Eso es grave en una sociedad democrática.
Esto se da no sólo a nivel de los trabajos manuales, por así decirlo, sino que también en los profesionales, para lo cual han debido estudiar igual número de años y se les exigen los mismos currículos y el mismo rendimiento. Así como en las empresas periodísticas, en los canales de televisión.
Este impedimento cultural, esa idea que está metida en la cabeza, hace que ante un mismo trabajo las mujeres tengan distintos salarios. Entonces, es importante que introduzcamos este cambio en la ley.
El programa de Naciones Unidas para el Desarrollo nos pone muy mala nota en la igualdad de género. Eso es algo que a todos nosotros nos debería preocupar, porque no es un detalle, se refiere a la mitad de la población. La mala nota es porque hay mucha inequidad y desigualdad.
Iniciativas de ley que avanzan hacia la igualdad han estado trece años estancadas. Es lo que sucede con la desigualdad de las mujeres al interior de la sociedad conyugal, donde el marido es el jefe, y eso no tendría por qué ser.
¿Cómo es posible que el despacho de un proyecto de ley demore trece años? Eso sucede porque en nuestro Congreso no hay sensibilidad. Por ello, me alegro mucho de que la haya habido en este proyecto de ley.
La señora ministra habló del perfeccionamiento del proyecto en el Senado, pero creo que no es perfeccionar subir el número a 200 trabajadoras para hacer el registro, ni tampoco subir de tres a seis meses la aplicación de la ley. Eso es demorar un poco las cosas.
El Senado, con todo el respeto que me merece, pone escollos profundos a la igualdad de género. Así pasó con las pensiones alimenticias y con muchos proyectos, como la igualdad del patrimonio en el matrimonio, el cambio del orden de los apellidos -para usar el materno, que podría ser un honor-, la trata de personas, en fin.
Es muy importante lo que se ha dicho. Aunque hay cosas que no me gustan, estoy de acuerdo con despachar ahora el proyecto, porque si va a una Comisión Mixta capaz que retrocedamos. Tenemos el pájaro en la mano y es muy importante avanzar en esta concepción.
Los empresarios deben tomar conciencia de que el trabajo de una mujer es igual y muchas veces mejor que el de un varón. No necesariamente es inferior o de menor calidad.
Siempre se presta para chistes este punto, para festinar, pero, objetivamente, el rendimiento de la mujer es bueno, a pesar de que tenemos que realizar dos tipos de trabajo, porque hemos avanzado poco en compartir las tareas domésticas con nuestros compañeros. Quiero felicitar al diputado Ramón Barros, que hizo ese importante alcance.
Sigamos avanzando para no tener el triste récord de ser los que tenemos la peor nota en América Latina en la igualdad de género.
Anuncio que voy a votar a favor de las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente , los elogios para el diputado Ramón Barros , que se pronunció a favor del proyecto.
Me siento muy honrado de ser uno de los autores de esta moción parlamentaria, que resguarda el derecho de las mujeres a la igualdad de las remuneraciones.
Con esto, de alguna manera avanzamos y, sobre todo, respondemos a las críticas que a nivel internacional se nos hacen de repente en materia de derechos humanos. El consejo técnico de las Naciones Unidas acaba de enjuiciarnos porque todavía no estamos en una situación aceptable en igualdad de género.
Esta iniciativa responde a la petición del organismo internacional, porque la mujer ha ido ganando espacios no porque nosotros lo hayamos querido, sino por su capacidad y su aptitud, las que le han permitido insertarse en el trabajo, en el avance y en el progreso de nuestra nación.
La igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres era una necesidad que debía ser establecida legalmente. Sin embargo, esta igualdad no es suficiente para colocarnos a la par con aquellos países que están a la vanguardia en la igualdad de género. En Chile, no hay igualdad de acceso al trabajo para hombres y mujeres, ni tampoco un tratamiento igualitario digno y acorde dentro del trabajo mismo. La diputada María Antonieta Saa se refirió al derecho a trabajar de la mujer, situación que debemos ir consolidando como país.
El Congreso Nacional dio un paso histórico al reformar el artículo 1º de la Constitución Política, que decía: “Los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos.”, sustituyendo la expresión “Los hombres” por “Las personas”, pues esta última expresión incluye por igual a mujeres y a hombres.
El proyecto nos satisface enormemente, porque contribuye a terminar con las desigualdades sociales arbitrarias y discriminatorias. Las personas deben acceder a un puesto de trabajo en virtud de su capacidad e idoneidad, sin otra consideración. La discriminación por género es algo obsoleto, arcaico, que debemos dejar en el pasado.
Respecto de las modificaciones del Senado no sé cuál habrá sido la razón para eliminar la letra a) del número 1 del artículo 1º, que definía los actos discriminatorios en las remuneraciones que, a mi juicio, era bastante acertada. El texto aprobado por la Cámara de Diputados señalaba: “las diferencias en las remuneraciones en trabajos de igual valor basadas en criterios distintos de las características y naturaleza del trabajo que se realiza”. No obstante, a lo mejor, ese concepto quedó establecido tácitamente, al deducir la discriminación de la interpretación del artículo pertinente.
Por otra parte, valoro que se disponga la obligación del empleador de velar por el cumplimiento del principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que realizan un mismo trabajo. Las diferencias deben ser objetivas, por capacidad, calificación, idoneidad, responsabilidad o productividad, como lo señala el artículo 62 bis.
La diputada Alejandra Sepúlveda manifestó su objeción al cambio de guarismo entre el texto aprobado por la Cámara de Diputados y las modificaciones del Senado, en el número 6 del artículo 154, que pasó de “en el caso de empresas de cincuenta trabajadores o más,” a “en el caso de empresas de doscientos trabajadores o más,”, ello para los efectos de llevar “un registro que consigne los diversos cargos o funciones de la empresa y sus características técnicas esenciales,”, las explicaciones ya fueron dadas, por lo que estamos en condiciones de aprobar este proyecto que honra al Congreso Nacional, porque damos un paso muy importante en establecer la igualdad de las personas, de acuerdo a los principios universales en materia de derechos humanos y a la naturaleza y espíritu de la persona humana.
Mis felicitaciones a la ministra del Sernam , señora Laura Albornoz , y a la ministra del Trabajo y Previsión Social , señora Claudia Serrano , por el excelente trabajo que han llevado a cabo en este proyecto que se ve muy simple, muy sencillo, de sólo dos o tres artículos, pero cuya significación es enorme. Se trata de un pequeño paso que nos acerca más a la ansiada meta de establecer la verdadera y real igualdad de género entre el hombre y la mujer.
Anuncio mi voto favorable a las modificaciones del Senado, a pesar de las objeciones señaladas.
He dicho.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Galilea.
El señor GALILEA.-
Señor Presidente , ¿hay algo más lindo para los hombres que las mujeres? ¿Hay algo más maravilloso para una mujer que dar a luz? ¿Hay algo más necesario para una madre que el derecho a un prenatal y a un posnatal? Ahora, si su hijo no alcanza aún el desarrollo suficiente o presenta problemas de salud, se hace necesario que la madre obtenga una licencia médica que, ojalá, pueda unir a las vacaciones para estar así más tiempo con su hijo.
Sin embargo, debemos reconocer que, desde el punto de vista de la empresa, esa situación significa mayores costos y el mercado, lamentablemente, así lo reconoce, produciéndose esta diferencia de sueldos entre hombres y mujeres. Por lo tanto, la situación es más compleja que imponer mediante una ley que, frente a iguales responsabilidades, hombres y mujeres obtengan los mismos sueldos.
Ahora bien, hay muchos empleos en los que las mujeres tienen la primera opción por sus habilidades naturales y donde a los hombres no nos reciben ni siquiera haciendo gratis el trabajo, porque nuestras habilidades son distintas y eso lo reconoce, de alguna manera, el mercado.
Mi aprensión es que esta imposición decretada por ley de pagar por igual a hombres y mujeres provoque una disminución de las oportunidades de trabajo femeninas, porque la ley no establece que necesariamente los empleadores tengan que contratar mujeres y, en ese sentido, podemos perjudicarlas, lo que lamentaría mucho. Espero equivocarme y que las oportunidades laborales de las mujeres no se vean disminuidas a causa de las disposiciones contenidas en este proyecto que hoy esperamos aprobar y despachar.
Pese a mis aprensiones, votaré favorablemente el proyecto, porque no tengo ninguna manera de imponer a quienes contratan que no marquen una diferencia entre un hombre y una mujer. Desde el punto de vista del empleador, pudiera significar un costo mayor en algunos trabajos, pero como ya lo señalé los hombres tampoco somos cotizados en ciertos empleos porque no tenemos las habilidades necesarias para desempeñarlos.
Reitero, votaré favorablemente el proyecto de ley, a pesar de mis aprensiones. Muchas veces aquí, sobre todo en un año electoral, se hace demagogia y se les promete a las mujeres situaciones irreales.
Nuestro deseo es que efectivamente los sueldos sean iguales para los hombres y las mujeres en trabajos similares, incluso, donde exista la alternativa y la decisión del empleador de decidir por uno o por otro.
Por último, felicito a la ministra del Sernam , señora Laura Albornoz , y a la ministra del Trabajo , señora Claudia Serrano , por el empeño puesto en el éxito de este proyecto. Sin embargo, no podía dejar de manifestar mi aprensión. Ojalá me equivoque y el proyecto no se traduzca en una disminución de oportunidades laborales para las mujeres.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi.
La señora CRISTI (doña María Angélica).-
Señor Presidente , nadie podría oponerse ni cuestionar este proyecto que modifica el Código del Trabajo, que persigue resguardar el derecho a la igualdad en las remuneraciones entre hombres y mujeres.
Pero sorprende que, a pesar de que en nuestra legislación existen normas relativas a esta materia, tanto en la Constitución Política de la República, en los artículos 1º y 19, números 2º y 16º, como en el artículo 2º del Código del Trabajo, que consigna la prohibición de los actos de discriminación en el trabajo, tengamos que discutir una iniciativa adicional para evitar la desigualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres. Es recurrente que cuando las normas no se aplican discutamos y aprobemos un nuevo proyecto, y así nos pasamos generando una ley tras otra, sin que se respeten las ya existentes.
Sin embargo, es necesario ser realistas. Como mujer, debería aplaudir de pie este proyecto. De hecho, estoy de acuerdo con él, pero es imprescindible considerar la realidad de nuestra sociedad.
¿Cómo se determina un criterio objetivo? Es importante que se aplique un criterio objetivo y no uno compasivo, de manera que exista igualdad, porque en el futuro los hombres podrían reclamar que las mujeres están ganando mejores sueldos, aunque quizás en muchos casos dicha diferencia podría justificarse plenamente. Recordemos que el promedio de escolaridad de las mujeres chilenas es de 11,8 años, mientras que el de los hombres es de 10,7. Por lo tanto, muchas mujeres tienen mejor preparación que muchos hombres. De hecho, al hacer el simple ejercicio de recordar la realidad laboral que me rodea, constato que la mayor parte de las mujeres que conozco gana más que sus maridos, probablemente porque ellas tienen más capacidad o más preparación. Pero, en el caso puntual de este proyecto, entiendo que hablamos de un mismo tipo de trabajo.
Es importante reconocer cuáles son las razones que explican esta brecha y los mecanismos para acortarla. La ministra del Trabajo y Previsión Social expresó que se produce menor concurrencia de mujeres al mundo laboral -las cifras indican que es de más de 30 por ciento-, porque hay poca motivación. Pero la peor motivación para una mujer es no poder conseguir un trabajo. Una madre necesita trabajar, porque tiene que alimentar a sus hijos, porque está sola o abandonada, etcétera. En esos casos, lo primero que quiere es un trabajo. Obviamente, después de que lo ha logrado, lo que corresponde es que tenga un trato justo y, por lo tanto, si su desempeño es igual al de los hombres, debería recibir la misma remuneración que ellos.
Sin embargo, es preciso considerar una situación real: esta mayor inclusión de las mujeres en el mundo del trabajo y la discriminación de la que es objeto se produce en aquellas que gozan de sueldos más altos, en niveles gerenciales, más que en las más modestas o pobres, lo que está estadísticamente probado. Es decir, las mujeres que tienen más capacidad de negociación serán quienes más luchen por la aplicación de esta norma, porque tienen más preparación y alternativas para elegir.
Nuestra preocupación debería centrarse en analizar cómo ayudamos a las mujeres más modestas, a las madres que necesitan trabajar para mantener a sus hijos, a que sean bien remuneradas y disfruten de un sueldo justo.
Siempre es mejor tener un trabajo que no tenerlo. Pero también hay que considerar otras situaciones. ¿Qué podemos hacer para introducir, definitivamente, la flexibilización laboral? Esto todavía no lo hemos logrado imponer en nuestro país, por eso me alegra contar hoy con la presencia de la ministra del Trabajo y Previsión Social.
Las mujeres de todos los estratos sociales -alto, mediano, bajo o de pobreza extrema- necesitan disponer de flexibilidad laboral, para compartir más con su familia, con sus hijos, especialmente en un mundo en el que la mayor parte de éstos están solos. No podemos obligar a las mujeres a estar atadas a un trabajo de horario fijo. Debemos luchar por una normativa flexible que reconozca la capacidad, el profesionalismo y la dedicación de las mujeres, pero que, además, les permita trabajar en un horario flexible de mercado, sin tanta restricción y rigidez. Todas las rigideces laborales siempre perjudican a las mujeres.
Además, en el proyecto se aprecian cambios que suscitan preguntas. Aparentemente, según las modificaciones del Senado, las empresas de doscientos trabajadores o más tendrían la obligación de informar sobre esta situación. ¿Y qué pasa con las pymes? El 80 por ciento de los trabajadores y la mayor parte de las mujeres laboran en las pequeñas y medianas empresas, -no en las grandes-, que generalmente pagan lo que pueden. ¿Qué ocurrirá con las temporeras? ¿Vamos a exigir que las empresas en las que muchas mujeres consiguen un trabajo de temporada, tengan registros y que, eventualmente, puedan ser sancionadas? Pareciera ser que lo que se dispone genera trabas al empleo. Queremos que las mujeres accedan a un trabajo digno y bien remunerado que, obviamente, no sea discriminatorio, pero tengamos la precaución de no poner obstáculos que dificulten la aplicación y el cumplimiento de la ley.
Para avanzar en el desarrollo de posibilidades de conciliar las responsabilidades laborales y familiares, siempre es necesario recalcar que es ineludible reformular la legislación laboral vigente, a fin de dar más flexibilidad a las trabajadoras, con el debido cuidado de no afectar la oferta laboral.
Lo positivo de esta iniciativa es que crea una cultura empresarial -es decir, en quienes pueden contratar- para evitar la discriminación.
Por otra parte, el Senado propone que lo dispuesto en la letra a) del numeral 2 del artículo 1º comience a regir seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, lo que me parece razonable, porque en reiteradas oportunidades ha ocurrido que, por apurar la implementación de alguna norma, al final se aplica mal.
Por su intermedio, señor Presidente , pregunto a la señora ministra del Trabajo y Previsión Social: ¿Esto será retroactivo, incluso para todas aquellas personas que ya trabajan en las empresas y que gozan de un determinado sueldo, que ya está negociado y fijado? ¿Los empleadores deberán renegociar las remuneraciones, revisar cada contratación y aplicar criterios objetivos y no subjetivos, como los que considera la ley? En la práctica, ¿Cómo se aplicará esta normativa?
Finalmente, anuncio que votaré favorablemente el proyecto, pero pido que no se implementen normas que, a la larga, terminen afectando y no beneficiando a las mujeres. En muchos casos, por tratar de ayudarlas, se las perjudica.
He dicho.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , en primer lugar saludo cordialmente a las ministras -no ministros, lo cual revela una faceta de los cambios culturales que hemos tenido durante los últimos años, lo que constituye una buena señal- del Trabajo y Previsión Social y del Sernam.
Fui uno de los autores de la moción que originó este proyecto; por eso, estoy muy contento con su discusión y con las modificaciones e indicaciones presentadas por muchos parlamentarios y por el Ejecutivo. Recuerdo que presentamos la moción con Alejandra Sepúlveda , Pedro Araya , Gabriel Ascencio , Eduardo Díaz , Sergio Ojeda , Carlos Olivares , Jorge Sabag , Mario Venegas y Patricio Walker , por iniciativa especial del diputado Eduardo Díaz y de la diputada Alejandra Sepúlveda -no hay que olvidar ese detalle, que me parece muy importante y justo-, quienes invitaron a participar a los demás. Muchos de esos diputados hemos seguido juntos en proyectos comunes después de que la vida política separara a ese grupo de diez parlamentarios. Sin embargo, por distintos caminos, mantenemos el interés por progresar en ciertos aspectos.
Éste no es un avance social, sino que se relaciona, más bien, con la justa evolución de la historia, que debe seguir su desarrollo, para mejorar significativamente y alcanzar una sociedad superior, tanto material como espiritualmente.
Hoy, no hay diferencias de derecho por el color de la piel de las personas. Gracias a Dios, esa discriminación se superó en las últimas décadas del siglo pasado. Es decir, evolucionamos correctamente. Hace algunos siglos, existía la esclavitud, en que los esclavos prácticamente eran de propiedad de algunos.
Las desigualdades de género que han existido y existen aún en nuestra sociedad constituyen, sin lugar a dudas, una injusticia grave. Por eso los avances en esta materia son muy importantes.
Antes las desigualdades eran tremendas en educación, salud y remuneraciones, y a pesar de que en los últimos veinte años ha habido un gran avance, han seguido existiendo problemas y discriminaciones. Por ejemplo, no hemos podido erradicar la diferencia brutal de los planes de salud para las mujeres en edad fértil, los que tienen un costo mucho mayor. Es un hecho gravísimo. Por eso, debemos analizar de qué manera terminamos con esa desigualdad en razón del género.
Otra desigualdad importante que aún existe es la remuneracional. Todos los estudios hechos por el Sernam y por organismos internacionales y de Gobierno indican que la desigualdad en este aspecto ha sido brutal. De manera que este proyecto va por el camino correcto y apunta a terminar con esa diferencia en razón del género.
Aquí se ha fundamentado bien. Algunos han expresado dudas porque consideran que se puede afectar a sectores productivos. Les pido no tenerlas. Hay que hacer esto porque es justo. El orden natural es que un hombre y una mujer que realizan el mismo trabajo tengan igual remuneración y no sé por qué se tienen dudas sobre eso. Quizás, hace 100 ó 200 años algunos tenían dudas respecto de la existencia de la esclavitud y lo lógico es que hoy ya no las tengan. ¿A quién le podría caber alguna duda de que un hombre de color tiene los mismos derechos que un hombre blanco?
Debo reconocer que a veces cuesta lograr estos avances. No obstante, es un proyecto que va por el camino correcto. Por eso, celebro que hoy estemos llegando a su trámite final en esta Corporación y que, una vez más, demos una señal potente para intentar terminar con las desigualdades entre hombres y mujeres en razón del género.
A estas alturas de mi vida hasta siento vergüenza de que existan esas desigualdades aun cuando debo ser honesto, ya que lo más probable es que hace diez o quince años no pensaba igual, no porque mirara esto con naturalidad, sino porque más bien no me daba cuenta. Pero creo que el trabajo activo de miles de mujeres ha puesto estos temas en el tapete y ha permitido que la sociedad chilena evolucione por la vía correcta. Tanto he evolucionado también en lo personal que, junto a otros colegas parlamentarios, soy autor de este proyecto de ley.
Felicito a las ministras presentes, sobre todo a la ministra del Sernam , quien ha trabajado en este proyecto desde el inicio, cuando aún compartíamos un proyecto político común. De todas maneras, debo reconocer que las autoridades del Sernam han realizado un trabajo de primer nivel en esta materia. La iniciativa apunta a terminar con la brecha salarial que aún existe y que no habíamos podido abordar en forma definitiva.
Por su parte, la ministra del Trabajo ha hecho un trabajo importante para implementar este proyecto de ley desde el punto de vista práctico que, sin lugar a dudas, genera ciertas dificultades y nuevas obligaciones para los empresarios.
Quiero agradecer el apoyo a esta iniciativa durante su tramitación y expreso mi alegría por sentirme parte de la evolución de nuestra legislación para construir un Chile más justo, más igualitario y en el que ojalá terminen luego las diferencias, las desigualdades e injusticias.
He dicho.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Fernando Meza.
El señor MEZA.-
Señor Presidente, para la bancada radical este proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de resguardar el derecho a la igualdad de remuneraciones entre los hombres y las mujeres, es de extrema importancia y, desde ya, anunciamos nuestro voto favorable a las modificaciones del Senado.
Podríamos hablar mucho sobre las discriminaciones de que han sido objeto las mujeres y los hombres en materia laboral en Chile. Pero desde tiempos inmemoriales, la mujer ha debido realizar los trabajos más duros, sobre todo en la industria textil y la agricultura, sin recibir los mismos emolumentos que los hombres.
Sé de casos de diferencias remuneracionales, por ejemplo, que una educadora de párvulos gane menos que un profesor de educación básica, en circunstancias de que el trabajo que realizan es similar, tiene que ver con la educación de los niños, y ambos tienen título profesional.
Quiero insistir en la necesidad de que el empresariado chileno tome conciencia de lo que significa para nuestro país avanzar en temas como éste. Debemos considerar que lo que se quiere aprobar en este hemiciclo puede desaparecer en el espíritu y en la aplicación porque con frecuencia las personas no denuncian situaciones que las afecta por temor a perder los trabajos, lo que deja a las mujeres, en este caso, en una cierta indefensión a la hora de reclamar sus derechos. Por tanto, el resultado de la aplicación de esta iniciativa, va a depender en gran medida de la buena voluntad, de la ética, de la responsabilidad y de la honestidad del empresariado chileno. Está claro que el Gobierno va a cumplir con la norma legal porque es su obligación; estoy convencido de que no vamos a tener ministras y ministros ganando distintos sueldos; ni subsecretarios y subsecretarias, ni seremis mujeres y seremis hombres en esa situación.
La Presidenta de la República señaló hace unos días que, cuando ella hablaba de paridad y de la necesidad de dar las mismas oportunidades y responsabilidades a las mujeres y a los hombres en su Gobierno, no se refería a un número exacto de ministros y ministras, sino que a la oportunidad para desarrollar este tipo de tareas.
Las discriminaciones que hemos conocido en Chile son terribles. Algunos recordarán que, hace un tiempo, en los ofrecimientos de trabajo de secretaria en las publicaciones de los periódicos de mayor circulación nacional se exigía acompañar una fotografía en los currículo, lo que significaba una discriminación absoluta, ya que se buscaba la figura, el sexo y la exposición de la belleza en lugar de fijarse en los valores y las capacidades técnicas o profesionales. Hoy se sigue actuando de esa manera, a pesar de que hemos legislado al respecto. Es evidente la cantidad de casting que se realizan para contratar a una persona, más allá de sus capacidades profesionales, en relación con su aspecto físico.
Por otra parte, es evidente la discriminación a la hora de dar trabajo a las mujeres casadas respecto de las mujeres solteras; también existe discriminación respecto de su aspecto físico y de la edad. Aquí es muy difícil que una mujer que haya cumplido determinados años consiga un trabajo cuando una persona de menos edad opta al mismo cargo.
Son muchas las cosas que tienen que ver no tanto con leyes, sino más bien, con disposición y responsabilidad cívica del empresariado y del Ejecutivo. Se debe terminar con las discriminaciones laborales que sufren las mujeres en relación con los hombres, porque hay cientos de miles de mujeres chilenas -lo hemos dicho hasta el cansancio- que son jefas de hogar, por lo tanto, tienen toda la responsabilidad económica en sus hogares: deben alimentar y educar a sus hijos y, además, como lo dijo hace un momento la diputada María Antonieta Saa , muchas veces, deben hacer doble trabajo, porque aparte de llevar el dinero que ganan en su fuente laboral, deben mantener el hogar en las mejores condiciones posibles.
En consecuencia, todas las consideraciones que estamos haciendo esta mañana deben apuntar, fundamentalmente, a crear conciencia en todos los chilenos y chilenas de que estamos en condiciones de ofrecer un puesto de trabajo a una mujer.
Aquí se han mencionado -aprovecho de reiterarlo- muchas otras deudas que tenemos y que tiene el actual Gobierno con las mujeres. Por ejemplo, el aumento del período posnatal a seis meses -así se lo representamos a la Presidenta Michelle Bachelet -, con el objeto de que nuestros niños y nuestras niñas crezcan en condiciones de salud y desarrollo intelectual que les permitan enfrentar la vida en mejor forma.
Con este proyecto espero que se pague dentro de poco tiempo una de las deudas con las mujeres, para que tengan la posibilidad de dedicarle más tiempo a sus hijos y mejorar su apego a ellos. Muchas veces los empresarios rechazan a las mujeres que están en edad fértil, y cuando alguna está embarazada, también debe sufrir discriminación y mal trato de su parte.
Finalmente, quiero recordar que las asesoras del hogar -nuestras populares nanas- también son discriminadas desde el punto de vista de los salarios que reciben, puesto que no son equivalentes al ingreso mínimo. Las autoridades de Gobierno nos han dicho que dentro de dos años se irán equiparando progresivamente con el ingreso mínimo.
En esta oportunidad, con bastante satisfacción y alegría, vamos a aprobar las modificaciones del Senado, con la esperanza de que todas las normas del proyecto sean aplicadas realmente, y así nuestra sociedad sea más honesta, fraterna, solidaria, tolerante y moderna.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Ha concluido el tiempo previsto para la discusión de las modificaciones del Senado, pero aún no han intervenido cuatro señores diputados que están inscritos.
¿Habría acuerdo para conceder tres minutos a cada uno?
No hay acuerdo.
Entonces, los diputados inscritos podrán insertar sus discursos.
El señor VENEGAS (don Mario).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor VENEGAS (don Mario).-
Señor Presidente , soy uno de los autores de este proyecto de ley y estaba inscrito en quinto lugar para intervenir. Con posterioridad, se inscribió un número indeterminado de diputados. Pues bien, se me ha negado reiteradamente la posibilidad de hacer uso de la palabra.
Me parece que es algo que no corresponde; incluso, no se condice con el espíritu de los acuerdos adoptados por los Comités.
Considero que debería existir más ecuanimidad, puesto que se les concedió la palabra a dos diputados de una misma bancada; pero yo fui excluido, a pesar de que he estado esperando pacientemente varias horas para que se me conceda la palabra. Me parece que eso no está bien.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Señor diputado, se ha procedido de acuerdo con el Reglamento y no se ha pretendido afectar su derecho a intervenir.
Nuevamente, pido el acuerdo unánime de la Sala para concederle tres minutos al diputado señor Mario Venegas.
No hay acuerdo.
El señor VENEGAS (don Mario).-
Quiero que quede constancia de que el diputado que se opone no ha permanecido en la Sala ni ha participado en la discusión del proyecto. Me parece que es injusto que se oponga.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Señor diputado , solicité dos veces la unanimidad de la Sala para concederle la palabra, pero no hubo acuerdo.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto, en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Corresponde votar la modificaciones introducidas por el honorable Senado al proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, resguardando el derecho a la igualdad en las remuneraciones.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Despachado el proyecto.
MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA, EN MATERIA DE ACUICULTURA. Primer trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, en primer trámite constitucional, que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura, en materia de acuicultura.
Diputados informantes de las comisiones de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos y de Hacienda son los diputados Carlos Recondo y Raúl Súnico, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 6365-21, sesión 125ª, en 15 de enero de 2009. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Primeros informes de las Comisiones de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos y de Hacienda. Documentos de la Cuenta N°s 7 y 8, de esta sesión.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos.
El señor RECONDO.-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos paso a informar el proyecto de ley, de origen en mensaje, en primer trámite constitucional y reglamentario, que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura, en materia de acuicultura, y para cuyo despacho, con fecha 13 de mayo, el Ejecutivo hizo presente la urgencia y la calificó de “suma”.
Con motivo del estudio del proyecto, la Comisión contó con la asistencia y participación de las siguientes autoridades y representantes del sector público y privado: el ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, don Hugo Lavados ; el subsecretario de Pesca , don Jorge Chocair ; el presidente de la Mesa del Salmón , señor Felipe Sandoval ; la asesora del ministro secretario general de la presidencia, señora Jessica Fuentes ; el director de Sernapesca , señor Félix Inostroza ; el gerente general de la Asociación de Bancos, señor Alejandro Alarcón ; el asesor de esa entidad, señor Jorge Claro ; el presidente de SalmonChile , señor César Barros ; los personeros de esa organización, señores Víctor Hugo Pucci y Carlos Vial , ex presidentes de ésta; el gerente general, señor Rodrigo Infante ; el abogado asesor, señor Álvaro Varela ; la Presidenta de la Asociación de Mitilicultores , señora Patricia Sanzana ; la presidenta y asesor legal de la Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile (Conapach), señora Zoila Bustamante -procedente de la caleta Estaquilla de la importante comuna de Los Muermos- y el señor Cristián Tapia , respectivamente; el vicepresidente y el tesorero de la Confederación Nacional de Federaciones de Pescadores Artesanales de Chile, señores Humberto Chamorro y Juan Morales , respectivamente; el presidente de la Federación de Trabajadores Industriales del Salmón , señor Javier Ugarte ; representantes de asociaciones de empresas proveedoras de insumos y servicios de la referida industria, la ministra del Trabajo y Previsión Social, señora Claudia Serrano, y el subsecretario del Trabajo , señor Mauricio Jélvez.
Además, hay una larga lista de invitados y participantes que sería largo enumerar, que abarcaron la totalidad de los intereses y preocupaciones de la industria de la acuicultura, como es el caso de empresas proveedoras del cluster del salmón.
Constancias reglamentarias previas.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar lo siguiente:
1) Las ideas matrices del proyecto en informe son las siguientes:
-Modificar el modelo de otorgamiento y operación de los centros de cultivo acuícolas, a fin de lograr mejoramiento de las condiciones ambientales y sanitarias en que se desarrollan.
-Proveer mecanismos adecuados para facilitar y otorgar certeza a la constitución y ejecución de garantías sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura.
-Fortalecer las facultades fiscalizadoras del Sernapesca.
-Incrementar el monto de la patente única de acuicultura en forma gradual.
2) El proyecto fue aprobado en general por unanimidad. Participaron en la votación las diputadas señoras Goic, doña Carolina , y Pacheco , doña Clemira , y los diputados señores De Urresti , Galilea , Melero , Norambuena , Recondo y Ulloa .
3) La iniciativa es de quórum simple.
4) Los artículos 1º permanente, numerales 12) y 16), y 1º transitorio requieren ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
Antecedentes.
En 2007, la cosecha total de productos de la acuicultura superó las 800 mil toneladas, en los que se destacaron las truchas y los salmones, con alrededor del 70 por ciento del valor exportado, que ascendió a un total de 2.494 millones de dólares. En 2006, los salmónidos representaron el 60 por ciento del valor global de nuestras exportaciones en productos acuícolas y pesqueros.
Particular mención merece dentro de la industria acuícola la actividad de la salmonicultura, especialmente en la Región de Los Lagos, donde se concentra la mayor cantidad de empresas y servicios que reúnen, no sólo a los acuicultores propiamente tales, sino también a las empresas de servicios ligadas al rubro, como el transporte, el lavado de redes, las plantas de proceso, los laboratorios, etcétera, lo que produce un fuerte impacto en la creación de empleos directos e indirectos, que sólo en las regiones australes generan cerca de 50 mil puestos de trabajo, en el denominado cluster de la industria.
Sin embargo, y como es de público conocimiento, el último año, la situación de la industria salmonera se ha visto fuertemente impactada, debido a la aparición del virus ISA, que produce una alta mortalidad de los salmones en cultivo y, cuando ello no ocurre, provoca de todas maneras efectos nocivos como pérdida del nivel de calidad del producto y disminución del ritmo de crecimiento de los ejemplares. Esta situación ha impuesto la necesidad de dictar estrictas medidas sanitarias.
Discusión general del proyecto.
Las exposiciones de las autoridades del Ejecutivo y de la industria, representada por los ejecutivos de la asociación gremial que los agrupa, en este caso SalmonChile, fueron coincidentes al destacar el nivel de desarrollo alcanzado por esta industria, en especial en las regiones de Los Lagos y de Aisén.
El Secretario de Estado , ministro Lavados , explicó que el proyecto dice relación con una industria fundamental para dichas regiones, por el empleo que entrega. Ha sostenido que la industria de la acuicultura ha tenido un notable crecimiento desde la década del 90 y especialmente en los últimos cinco años. Se estima que en 2008 fue cercano al 8 por ciento.
Agregó que, dada la gravedad de la situación generada por el virus ISA, es imposible, mientras dure la crisis, que las empresas mantengan a todos sus trabajadores.
El proyecto no apunta a solucionar el problema laboral existente, sino a establecer nuevas exigencias para el desarrollo ulterior de la acuicultura, de modo que pueda seguir compitiendo exitosamente en los mercados externos y seguir creciendo en todos los sentidos.
SalmonChile realizó al comienzo de su exposición una breve reseña de la importancia de la industria acuícola, poniendo de relieve la difícil situación por la que ella atraviesa. Cabe recordar que en 2006 las exportaciones de salmónidos alcanzaron su punto más alto, con alrededor de 2.400 millones de dólares, situándose como el tercer producto en importancia, tras el cobre y la celulosa. El 60 por ciento del salmón vendido al exterior correspondió al tipo atlántico, seguido por la trucha, con 24 por ciento y el salmón coho, 13 por ciento.
En ese sentido, si bien las exportaciones siguen aún en un alto nivel -en 2008 se exportaron 445 mil toneladas, por un valor de 2.392 millones de dólares-, la crisis que ha provocado el virus ISA se ve reflejada en un dato muy elocuente: los centros de cultivo han disminuido de 502 a 298 entre marzo de 2007 y marzo de 2009, lo que se explica por la circunstancia de que el virus afecta a la principal variedad de salmón que se cultiva, en este caso, el atlántico.
Se comparte, además, esta visión catastrófica de los efectos del virus en los niveles de producción y empleo de la industria. De acuerdo a sus estimaciones, el empleo se podría recuperar recién el segundo semestre de 2009. En cuanto a la producción, recién en cuatro o cinco años más se lograría el nivel alcanzado en 2006.
También se comparte una visión más crítica del desarrollo de esta industria, en particular en las organizaciones de pescadores artesanales, Conapach, Corepa y otras, y las organizaciones de trabajadores.
Al respecto, el presidente de la Conatrasal , Javier Ugarte , manifestó en la Comisión que los principales responsables de la crisis por la que atraviesa la industria acuícola son los empresarios, que no tomaron a tiempo las medidas adecuadas para prevenir o, al menos, mitigar los efectos del virus ISA, que tiene postrado al sector. Agregó que esta situación pudo haberse previsto, porque había antecedentes de catástrofes similares en otros países, como Noruega, también afectado por el aludido virus.
Lo que sucedió fue que el empresariado procuró maximizar las ganancias a costa del descuido del medio ambiente. Actualmente hay 150 centros de cultivo infectados con el virus, cuatro plantas de procesamiento cerradas y 17 mil trabajadores despedidos, según información entregada por los propios trabajadores.
También se constató un alto nivel de coincidencias en una visión crítica del rol que le compete al Estado en materia de regulación de la industria, en especial en materia sanitaria, ambiental, de bioseguridad y de fiscalización.
La actual institucionalidad pública del sector de la acuicultura no da cuenta del tamaño que ha alcanzado la industria.
Los objetivos de la iniciativa impulsada por el Ejecutivo son los siguientes:
Cambiar el modo de operación de la industria de un manejo por centro a un manejo por área, en lo que se ha denominado por barrios, que ya han sido creados por reglamento.
Paralizar el otorgamiento de concesiones hasta que sean creados formalmente los barrios.
Fortalecer las facultades fiscalizadoras del Sernapesca y crear sanciones administrativas más severas.
Aumentar el monto de la patente única de acuicultura a los centros de peces en forma gradual a partir de 2010.
Mejorar los mecanismos de transferencia de las concesiones. Se cambia la actual autorización de la Subsecretaría de Marina, que demora años, por un mecanismo sólo de registro.
Eliminar eventuales causales de caducidad de la concesión mientras ella se ejecuta, hasta por un plazo de dos años.
En conclusión, el proyecto permitirá una recuperación más rápida del sector frente a la crisis del virus ISA, disminuyendo el impacto en el empleo.
En segundo lugar, implica continuar en forma sustentable con una industria que crea miles de puestos de trabajo, estableciendo fuertes sanciones para quienes no cumplan la reglamentación.
Finalmente, el proyecto se encuadra en un conjunto de medidas que está adoptando el Gobierno para enfrentar esta crisis.
Puesto en votación general el proyecto, fue aprobado por unanimidad.
En cuanto a la discusión particular, el proyecto consta de seis artículos permanentes y tres transitorios, respecto de los cuales la Comisión adoptó los acuerdos que paso a consignar en forma breve y resumida.
El artículo 1º se subdivide en 18 numerales, que proponen diversas modificaciones a la ley Nº 18.892, general de Pesca y Acuicultura. Su N° 1, agrega los numerales 52 y 53 al artículo 2° de la ley. Hago especial mención al numeral 52 propuesto, que incorpora el concepto de Áreas de Manejo Sanitario (AMS), entendiendo por tales las declaradas por la Subsecretaría de Pesca y que presentan características epidemiológicas, oceanográficas, operativas o geográficas que justifican su manejo sanitario coordinado, respecto de las cuales el Sernapesca establecerá medidas de operación coordinada a todos los centros de cultivo que se encuentren en ellas, debiendo el reglamento determinar la distancia que deberá mantenerse entre las AMS, y entre éstas y las concesiones acuícolas. Esto define el concepto más común que hemos escuchado de barrios.
Esta definición permite configurar estos barrios, junto con la adecuación al régimen de concesiones en materias tales como transferencia y relocalización, para adecuar los sistemas de producción a las exigencias de bioseguridad que establecen los nuevos reglamentos sanitarios y ambientales de la industria, de manera de hacerla sustentable en el tiempo y permitir en lo inmediato su sobrevivencia y recuperación del actual estado de shock pos brote del virus ISA.
El numeral 7 flexibiliza notablemente la norma, cambia las exigencias de autorización de transferencia por registro de transferencia. Esta facilidad permite hacer flexible el atributo del dominio para permitir formar los barrios con una mayor facilidad.
Hoy resulta difícil saber quién es el titular de la concesión, porque el trámite burocrático de la transferencia demora una eternidad, pero en los hechos es mucho más rápido. Por lo tanto, esta modificación es muy importante para la adecuación que requiere la industria.
El numeral 11, que pasa a ser 10, propone incorporar un artículo 81 bis, que mereció a la Comisión el siguiente tratamiento:
El inciso primero consagra: “Sin perjuicio de otros negocios jurídicos, podrá constituirse hipoteca sobre la concesión o autorización de acuicultura, la que deberá otorgarse por escritura pública e inscribirse en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces que tenga competencia en la comuna en la que se encuentre ubicada la concesión o autorización de acuicultura. La hipoteca se someterá a las disposiciones contenidas en el Título XXXVIII del Libro IV del Código Civil denominado “De la Hipoteca”, en lo que no se opongan a las disposiciones de esta ley.”.
Esto permite entregar las concesiones en hipoteca, y garantizar los acreedores ante las instituciones financieras los recursos necesarios para continuar las operaciones y recuperar a la industria.
El numeral 12 modifica el inciso primero del artículo 84 de la ley de pesca. En su redacción actual estipula: “Los titulares de concesiones y autorizaciones de acuicultura pagarán anualmente una patente única de acuicultura, correspondiente a dos unidades tributarias mensuales por hectárea”.
Agrega que si la superficie fuere inferior a una hectárea, se pagará la proporción que corresponda.
El objetivo de la modificación, según se explicó, es aumentar la patente única de acuicultura a 10 UTM por hectárea y en un artículo transitorio se establece la gradualidad del incremento en el tiempo.
El numeral 13 modifica el artículo 86 de la ley de Pesca, que en su texto en vigor señala, en síntesis, que el Ministerio de Defensa dictará un reglamento que establecerá las medidas de protección y control para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo y especies que constituyan plagas, aislar su presencia en caso de que éstas ocurran, evitar su propagación y propender a su erradicación.
De esta manera se establecen normas sanitarias y de control mucho más rigurosas para evitar en el futuro episodios como el que estamos viviendo causado por el virus ISA.
El Ejecutivo presentó indicación para introducir el siguiente numeral 14, nuevo, que incorpora el artículo 86 bis, que señala que la Subsecretaría podrá establecer, por resolución, densidades de cultivo para las áreas de manejo sanitario que se hubieren fijado, de conformidad con el procedimiento que dispone. Tal mecanismo es muy relevante para el futuro desarrollo de esta industria. En la práctica, eso significa disponer una cantidad tope de kilos por metro cúbico que podrán producir esos barrios; elemento que debe compatibilizarse con las condiciones económicas necesarias para que siga siendo viable.
Por el Nº 14, que pasa a ser 15, se introduce un artículo 87 ter, que estatuye que los instrumentos de evaluación ambiental y sanitaria que se requieran por los reglamentos establecidos en las disposiciones que cita la ley, deberán ser elaborados por las personas naturales o jurídicas inscritas en el registro a que se refiere el artículo 122, letra l).
Con esto se pretende otorgar mayor calidad a las evaluaciones ambientales y sanitarias que se practiquen, de acuerdo con los reglamentos respectivos.
Por el Nº 15, que pasa a ser 16, se propone agregar un artículo 118 ter.
Su inciso primero señala que serán sancionados los titulares de las concesiones y autorizaciones de acuicultura que incurran en las infracciones que detalla. A saber, sembrar ejemplares en el centro de cultivo sin contar con la información ambiental evaluada por el Sernapesca, y no dar cumplimiento a las condiciones de densidad, siembra, cosecha o descanso en los centros de cultivo, o la coordinación de las mismas en las áreas de manejo sanitario.
El inciso segundo precisa que la sanción aplicable al titular del centro de cultivo en los casos precedentes será una multa de 3.000 UTM.
Durante la discusión el Ejecutivo propuso sustituir, en este inciso segundo, la expresión “multa de 3.000 UTM” por “multa entre 2.000 y 3.000 UTM.”. Con ello, introdujo la posibilidad de flexibilizar el monto de la multa a aplicar.
El Nº 16, que pasa a ser Nº 17, modifica en diversos aspectos el artículo 122 de la ley en referencia, que en su texto actual establece, en resumen, que la fiscalización del cumplimiento de las normas contenidas en ella será de competencia del Sernapesca y también, en lo que corresponda, de Carabineros y de la Armada.
En el inciso segundo agrega que, en el ejercicio de la facultad fiscalizadora de la actividad pesquera, los funcionarios del mencionado servicio y el personal de la Armada tendrán la calidad de ministros de fe.
En el inciso tercero, enuncia las atribuciones específicas de que estará investido el Sernapesca.
También exige el uso de un sistema de posicionamiento automático a las embarcaciones que realizan el transporte de especies hidrobiológicas provenientes de cultivo.
El Nº 17, que pasa a ser Nº 18, modifica el artículo 142 de la ley que, según se adelantó, consigna las causales de caducidad de las concesiones y autorizaciones de acuicultura.
La reforma al precepto se traduce en la propuesta de incorporar dos causales, que merecieron a la Comisión el trato del que da cuenta el informe.
Se explicó que, a fin de evitar que los centros de cultivo incurran en causales de caducidad no imputables a sus titulares, se establecen dos normas:
1) Los plazos de inactividad serán suspendidos en los casos en que la autoridad hubiese dispuesto descansos obligatorios, esto es que en virtud de razones sanitarias, como desinfección y eliminación de patógenos, se disponga que el centro no puede operar por un cierto plazo.
2) La ampliación de plazo hasta por un año será posible extenderla por todo el tiempo que dure el evento que constituya la fuerza mayor o el caso fortuito.
Antes de proceder a la votación de este numeral se presentaron tres indicaciones parlamentarias. La primera de los diputados señores Melero y Recondo para agregar al final del inciso tercero de la letra e), después de un punto seguido, lo siguiente: “Se considerará como evento de fuerza mayor, entre otros, la paralización de actividades que se justifique por la situación sanitaria de la zona aledaña a la concesión o autorización de que se trate.”.
Esta indicación fue aprobada por la Comisión por seis votos a favor, uno en contra y dos abstenciones.
La segunda indicación fue presentada por los diputados señores Alinco , De Urresti , Espinoza , Vallespín y la diputada señora Pacheco para incorporar la siguiente letra k) en el artículo 142:
“k) Haber sido condenado en tres ocasiones, en un plazo de tres años, contados desde la primera sentencia ejecutoriada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.”.
Esta indicación fue aprobada por la Comisión por seis votos a favor, cuatro en contra y una abstención. Sin embargo, esta misma indicación, fue rechazada en la Comisión de Hacienda como se expondrá en el informe correspondiente. Por eso, tendrá un tratamiento especial en la Sala.
La tercera indicación, presentada por los diputados señores Alinco , Espinoza , Galilea , Recondo, Ulloa , Vallespín y la diputada señora Goic , tuvo por objetivo agregar la siguiente letra l):
“l) En el caso de los centros de cultivo que en virtud de esta ley se mantengan en operación en lagos, incurrir por tres veces en condición anaeróbica, de conformidad con el reglamento a que se refiere el artículo 87.”
Esta indicación fue aprobada por la Comisión por once votos y constituye una nueva causal de caducidad.
En el artículo 4º del proyecto, el Ejecutivo presentó indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 4º.- Suspéndese el ingreso de solicitudes de nuevas concesiones y el otorgamiento de concesiones en la XII región mientras no se modifiquen las áreas apropiadas para la acuicultura estableciéndolas por grupos de especies hidrobiológicas, de conformidad con los incisos siguientes.
En el plazo de tres meses contados desde la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial , el Gobierno Regional de la XII Región, deberá remitir a la Subsecretaría de Pesca, la propuesta de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en la comuna de Timaukel. En los tres meses siguientes corresponderá a la comuna de Porvenir y en los tres meses siguientes a las comunas de Punta Arenas, Cabo de Hornos, Río Verde y Natales.
A la fecha de vencimiento de cada uno de los plazos antes señalados, la Subsecretaría de Pesca emitirá una resolución que se publicará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, contándose con un plazo de 15 días hábiles para formular opiniones y 15 días hábiles para responderlas y emitir el informe técnico respecto de las áreas propuestas para la comuna respectiva. Dicho informe se remitirá al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina para que en el plazo de 10 días hábiles emita el decreto respectivo para la comuna correspondiente.
Una vez emitido el decreto de establecimiento de las áreas apropiadas para la acuicultura, la Subsecretaría fijará áreas de manejo sanitario para la comuna respectiva conforme a las cuales se reanudará el ingreso de solicitudes y el otorgamiento de concesiones de acuicultura.
Vencidos los plazos señalados para que el Gobierno Regional proponga modificaciones a las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en los términos antes señalados, quedará sin efecto la suspensión del ingreso de solicitudes de nuevas concesiones y el otorgamiento de concesiones.”.
La diputada señora Carolina Goic y los diputados señores Melero y Recondo presentaron una indicación para reemplazar el inciso segundo y siguientes de este artículo en los términos que se señalan a continuación:
“En el plazo máximo de doce meses, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, el Gobierno Regional de la XII Región deberá remitir a la Subsecretaría de Pesca , las propuestas de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en las comunas de Timaukel, Porvenir, Punta Arenas, Cabo de Hornos, Río Verde y Natales .
Dichas propuestas podrán ser entregadas por comunas o grupo de comunas conforme avance el proceso de zonificación.
Recibida la propuesta por comuna o grupo de comunas, la Subsecretaría de Pesca emitirá una resolución que se publicará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, contándose con un plazo de 15 días hábiles para formular opiniones y 15 días hábiles para responderlas y emitir el informe técnico respecto de las áreas propuestas para la comuna de que se trate. Dicho informe se remitirá al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, para que en el plazo de 10 días hábiles emita el decreto respectivo para la comuna correspondiente.
Una vez emitido el decreto de establecimiento de las áreas apropiadas para la acuicultura, la Subsecretaría fijará áreas de manejo sanitario para la comuna o grupo de comunas conforme a las cuales se reanudará el ingreso de solicitudes y el otorgamiento de concesiones de acuicultura.
Vencido el plazo máximo señalado para que el Gobierno Regional proponga modificaciones a las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en los términos antes señalados, quedará sin efecto la suspensión del ingreso de nuevas solicitudes y el otorgamiento de concesiones.”.
La Comisión acordó aprobar este artículo, con la indicación citada, por once votos.
En cuanto a las disposiciones transitorias, una de las más importantes es al artículo 1º, que establece el alza de patentes entre los años 2010 y 2013, que iría en forma gradual desde las 4 UTM hasta las 10 UTM.
Además, se establece el incentivo de rebaja a la patente de las empresas que hayan utilizado hasta el 90 por ciento de las franquicias de capacitación.
En el artículo 6º, transitorio, el Gobierno, a través de la ministra del Trabajo , se comprometió a proponer “una normativa especial que regule los efectos laborales que se produzcan por aplicación de la presente ley”.
Se agregó un artículo 7º, transitorio, del siguiente tenor:
Artículo 7º.- Mientras no se dicte el reglamento que establecerá la definición de caladero de pesca, su determinación para efectos del establecimiento de áreas apropiadas para la acuicultura se realizará considerando la información técnica disponible acerca de los sectores en que dichos caladeros se ubican, la que será complementada con aquélla proveniente del sector pesquero.
El proyecto que se propone a la Sala, fue tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 20 de enero; 10, 11, 18 y 31 de marzo; 1, 8, 14, 15, 28 y 29 de abril; 6, 12 y 13 de mayo del año en curso, con la asistencia de los señores Norambuena, don Iván , ( Presidente ); Alinco, don René ; De Urresti, don Alfonso ; Errázuriz, don Maximiano ; Galilea, don Pablo ; señora Goic, doña Carolina ; Espinoza, don Fidel ; Melero, don Patricio ; señora Pacheco , doña Clemira ; Recondo, don Carlos; Súnico, don Raúl ; Ulloa, don Jorge , y Vallespín, don Patricio.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Para rendir el informe de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el diputado señor Raúl Súnico.
El señor SÚNICO.-
Señor Presidente , la iniciativa tiene los siguientes objetivos: 1) modificar el modelo de otorgamiento y operación de los centros de cultivo acuícolas; 2) proveer mecanismos adecuados para facilitar y otorgar certeza a la constitución y ejecución de garantías sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura; 3) fortalecer las facultades fiscalizadoras del Sernapesca, y 4) incrementar el monto de la patente única de acuicultura en forma gradual.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 13 de enero de 2008, señala que los tres primeros objetivos no generan mayor gasto fiscal. Respecto al aumento del monto de la patente única de acuicultura a los centros de cultivo de peces, operará de forma gradual a partir del año 2010; esto es, al momento en que se espera hayan realizado los ajustes que se pretenden, tanto por normativa reglamentaria como por el proyecto, y superado la actual crisis provocada por el virus ISA.
El aumento señalado en el costo de las patentes implicará, en régimen, es decir a partir del año 2013, mayores ingresos fiscales por aproximadamente 105.000 UTM ($ 4.000.000 miles anuales), distribuidos en igual porcentaje entre el Fondo Nacional de Desarrollo Regional y las municipalidades de las comunas en que estén ubicadas las concesiones o autorizaciones de acuicultura.
Se incorpora, además, un sistema de sanciones a los titulares de las concesiones y autorizaciones de acuicultura que incurran en las siguientes infracciones:
a) Sembrar ejemplares en el centro de cultivo sin contar con la información ambiental evaluada por el Servicio, dentro del plazo establecido en el reglamento.
b) No dar cumplimiento a las condiciones de densidad o descanso en los centros de cultivo o la coordinación de las mismas en las áreas de manejo sanitario, dispuestas de conformidad con la ley y sus reglamentos.
En los casos antes señalados, el titular del centro de cultivo objeto de la infracción será sancionado con multa entre 2 mil y 3 mil UTM.
El artículo 1º transitorio establece que el aumento del monto de la patente por concepto de concesiones o autorizaciones de acuicultura, cuyo proyecto técnico considere peces, que por esta ley se establece en el numeral 12 del artículo 1º, entrará en vigencia de acuerdo al siguiente calendario:
a) En el año 2010: 4 UTM por hectárea;
b) En el año 2011: 6 UTM por hectárea;
c) En el año 2012: 8 UTM por hectárea, y
d) A partir del año 2013: 10 UTM por hectárea.
Durante los años 2010 a 2015, los titulares de concesiones o autorizaciones de acuicultura de peces que hayan utilizado, en el año calendario anterior, la franquicia tributaria para capacitación de sus trabajadores hasta por el 90 por ciento del total del 1 por ciento a que se refiere el artículo 36 de la ley Nº 19.518, tendrán derecho a un descuento en el cargo por concepto de pago de la patente única de acuicultura para el año respectivo, equivalente a 33 por ciento de la diferencia resultante entre el valor de la patente que se deba pagar, de conformidad con el inciso anterior, y el valor de la patente vigente al 1 de enero de 2009, multiplicada por el número de hectáreas por el cual el titular del centro de cultivo pagó la patente el año calendario anterior. En el caso de que el descuento sea superior al cargo que corresponda pagar por concepto de patente el año respectivo, el saldo expresado en UTM se imputará al pago de la patente del año o años siguientes, según corresponda.
La Comisión de Hacienda, con votaciones divididas en un par de indicaciones, recomienda la aprobación del proyecto de ley.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
En virtud del artículo 81 del Reglamento, tiene la palabra el ministro de Economía , señor Hugo Lavados.
El señor LAVADOS ( ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente, sólo quiero reiterar la importancia que para el Gobierno reviste este proyecto de ley, en especial por su relación con tres regiones del sur, en cuanto a generación de empleos y actividad económica.
El proyecto establece algunas exigencias a los empresarios para que su actividad sea completamente reformulada, de manera de permitir un mayor desarrollo a futuro sobre bases sustentables y adecuadas desde el punto de vista sanitario.
Lo anterior es correlativo con el incremento de facultades a la autoridad que regula y fiscaliza al sector, pues es la única manera que consideramos apropiada para que esta actividad pueda desarrollarse.
Además, quiero enfatizar la relevancia del llamado estatuto laboral para los trabajadores del sector. Se trata de un compromiso asumido por la ministra del Trabajo , con el cual estamos absolutamente de acuerdo, que se agregó en la discusión de la Comisión de Pesca. Al respecto, consideramos necesario definir con precisión las condiciones de trabajo en esos centros, y fundamentalmente contar con el apoyo de los trabajadores para efectuar los cambios que requiere la industria.
Por último, se está desarrollando un conjunto de tareas para atenuar el problema de la desocupación generado a consecuencia de la crisis existente en la industria de la salmonicultura.
Por todo lo anterior, consideramos fundamental el rápido despacho del proyecto de ley.
El Ejecutivo reconoce la labor de las comisiones, que estudiaron la iniciativa en breve tiempo. Al respecto, cabe recordar, que ingresó a trámite legislativo el 15 de enero.
Reconocemos la colaboración de todos. En muchos casos, algunos señores diputados han cedido en sus posiciones, que en una primera etapa parecían irreductibles. Tengo la convicción de que lo hicieron con el propósito de avanzar en un tema que reviste la mayor relevancia para los trabajadores y, en general, par la comunidad de esas regiones.
Asimismo, mi agradecimiento a los trabajadores, quienes también cedieron en sus posiciones con el objeto de lograr avances.
Para llegar al actual estado de cosas, se generaron algunas situaciones que no fueron las mejores. En ese sentido, existen responsabilidades desde el punto de vista de la autoridad reguladora y fiscalizadora, y también de las empresas. Es necesario explicitarlo. Sin embargo, una vez dicho, no tiene demasiado sentido quedarse en ello, puesto que lo que se requiere es avanzar y crear nuevas condiciones de trabajo a fin de que la crisis no se repita.
Finalmente, esperamos que la honorable Cámara apruebe el proyecto de ley, de manera que pase al Senado, donde también esperamos su rápida tramitación.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra la diputada la señora Clemira Pacheco.
La señora PACHECO (doña Clemira).-
Señor Presidente, el proyecto que analizamos se enmarca dentro de los graves problemas que, desde hace mucho tiempo, afectan a la salmonicultura, en especial a causa del virus ISA.
La salmonicultura es una industria que creció y se desarrolló en forma explosiva y que generó muchos recursos y fuentes de trabajo.
Sin embargo, lo hizo explotando de manera intensa los recursos naturales y con una mínima preocupación por la sustentabilidad ambiental. Además, lo hizo con políticas laborales bastante cuestionables y, en general, con una relación bastante hostil hacia otras actividades económicas que utilizan el mismo espacio, como la que desarrollan los pescadores artesanales.
Quiero decirlo derechamente: la salmonicultura es responsable de su crisis. No aprovechó el boom que experimentó para realizar las inversiones productivas que pudieron ponerla a salvo de las dificultades por las que atraviesa. Cabe señalar que fue advertida sobre los posibles riesgos. En muchas ocasiones, organizaciones ecologistas, pescadores artesanales, etcétera, se lo hicieron presente. Pero hubo bastante soberbia y oídos sordos de parte de ella, que optó por maximizar utilidades y minimizar riesgos.
Hoy, el resultado es desolador, pues se produjo una fuerte caída de la producción y, en consecuencia, en el empleo.
Este proyecto de ley apunta al rescate de la industria salmonera. No hay otra explicación.
Durante años se ha pedido el ordenamiento territorial y la protección sanitaria de la industria que aquí se plantean, pero sólo se los considera indispensables ahora, cuando el desastre que ha significado el virus ISA hace necesaria la relocalización de algunas plantas.
Las medidas sanitarias y medioambientales contempladas en el proyecto son insuficientes y me parecen sólo un maquillaje.
Señor Presidente, quiero referirme al corazón del proyecto -mantengo algunas observaciones al respecto- que se refiere a la prenda sin desplazamiento, ahora llamada hipoteca. Muchas organizaciones de pescadores, ecologistas y ciudadanos interesados en esta materia ven como una privatización del mar. Se les ha respondido que las concesiones existen y hace mucho tiempo. En verdad, es así; pero jamás se les dio el carácter que pretende otorgárseles ahora. Al amparo de la libertad para contratar, se ha podido hacer negocios y establecer garantías sobre ellas, pero lo que acá se pretende es dar un estatuto jurídico temporalmente inmutable a esas garantías, que permita a las empresas conseguir los créditos para realizar las innovaciones productivas y sanitarias que en pleno boom no fueron capaces de llevar a cabo.
¿Qué es lo grave de esto? Que la figura jurídica que se crea suspende las facultades del Estado para caducar las concesiones con ocasión de un embargo. Vale decir, que un conflicto comercial entre privados por el incumplimiento de una obligación provoca la renuncia, por dos años, de las facultades del Estado sobre un bien público. Eso es inaceptable.
Señor Presidente , anunció mi voto a favor en general, pero mi rechazo a toda disposición por medio de la cual se pretenda vulnerar los derechos de los chilenos respecto del mar en beneficio de unos pocos. Por lo tanto, pido votación separada de los numerales 10) y 11) del artículo 1º; de la frase final de la letra b) del numeral 7) del artículo 1º; de la oración final del inciso cuarto del artículo 81, contenido en el numeral 9) del artículo 1º, y de la oración final del artículo 5º, que empieza así: “Por el solo ministerio de la ley,”.
Señor Presidente, en relación con otro punto, presentamos una indicación que dice relación con las causales de caducidad de las concesiones acuícolas. Su texto es el siguiente: “K) Haber sido condenado en tres ocasiones, en un plazo e tres años, contados desde la primera sentencia ejecutoriada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador”. Seguimos así la orientación que el Congreso Nacional acogió casi en forma unánime en su momento para impedir que los sancionados por este tipo de infracciones sean proveedores del Estado. Incluso, dicha norma es mucho más drástica, pues basta una sola condena para que exista una suspensión por dos años.
Un alto ejecutivo de Marine Harvest y algunas personas de SalmónChile expresaron, a través de El Mercurio y de otros medios de comunicación, que esta indicación pone en riesgo la salmonicultura, y que los diputados que la propusimos somos ignorantes e insensatos.
Señor Presidente , en ningún caso se pone en riesgo a las empresas de salmonicultura, sino solamente a los malos empleadores, a quienes quieren abusar de sus trabajadores y los privan de su elemental derecho a organizarse. No somos ignorantes e insensatos. Precisamente porque conocemos muy bien las prácticas que imperan al interior de algunas empresas presentamos esa indicación.
Además, efectuamos un estudio que la Comisión de Pesca entregó a la Cámara con respecto a derechos sanitarios, ambientales y laborales. Por esa razón, presentamos esa indicación como causal de caducidad.
Señor Presidente, ésta es la gran oportunidad para decirle al sector económico de la salmonicultura que esperamos que se recupere y que Chile le está dando una mano; pero queremos que respete el medio ambiente con prácticas sanitarias sustentables y que, además, respete, fundamentalmente, los derechos de los trabajadores.
Por lo tanto, considerando las diferencias de criterio que se suscitaron en ambas Comisiones, pido que se vote en forma separada la indicación de la Comisión de Hacienda para suprimir la letra K) numeral 18 del artículo 1°.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Se acoge su solicitud de votación separada.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , antes de hacer un comentario sobre el proyecto de ley, quiero hacer notar que el informe de la Comisión de Pesca contiene una indicación, presentada por los colegas Espinoza y De Urresti , para agregar en el inciso primero del artículo 3º transitorio, a continuación de la frase “las regiones X, XI y XII”, el número “XIV”. Pero no se hizo lo mismo en el artículo 2º y en otros donde se mencionan las regiones productoras de salmones, truchas, etcétera.
En consecuencia, señor Presidente, por su intermedio, solicito que el señor ministro, quien estuvo presente en la discusión de esta iniciativa, entregue una aclaración sobre el particular.
El país, muchas veces, vive de espaldas al mar, abocado a labores extractivas de la silvoagricultura y de la agricultura. Modernamente, la prestación de servicios tiene una vocación marítima indudable o, como dirían algunos eruditos en francés, malgré lui. Chile posee más de cuatro mil doscientos kilómetros de costa y una superficie de mar, económicamente explotable en forma exclusiva -según escuché decir ayer al presidente de la Mesa del Salmón , señor Felipe Sandoval -, de 3,15 millones de kilómetros cuadrados. Sumemos a esta gran dádiva o fortuna que tiene Chile, las buenas condiciones naturales de su costa, lo que nos da un escenario donde ha surgido con fuerza la actividad acuícola en las últimas décadas. Se dice que en apenas cuatro lustros hemos pasado a tener uno de los niveles de producción más altos del mundo. Incluso, en algún momento el país estuvo en segundo lugar. En 2007 -lo dijeron con mucha claridad los diputados informantes del proyecto-, antes de la crisis del virus ISA, se cosecharon más de 800 mil toneladas de productos acuicolas. De ellos destacaron salmones y truchas, que representaron alrededor del 70 por ciento del valor exportado, que alcanzó a 2.500 millones de dólares.
Por eso, hay que tomar muy en serio la preocupación por este sector, uno de los más importantes de la economía del país. El proyecto, con el cual se busca modificar la forma de otorgar y operar los centros de cultivo, debe establecer los mecanismos que faciliten la constitución y ejecución de los derechos de terceros sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura. Asimismo, contempla incrementar las facultades fiscalizadoras del Servicio Nacional de Pesca. Es el gran tema que nos inquieta. Además, a partir del año que viene se aumentará, en forma gradual, el monto de la patente única de acuicultura.
Según los antecedentes tenidos a la vista, se reconocen cinco temas fundamentales.
En primer lugar, las áreas fijadas como apropiadas para la acuicultura.
En segundo lugar, la concesión de acuicultura.
En tercer lugar, la normativa ambiental.
En cuarto lugar, la normativa sanitaria.
En quinto lugar, la necesidad de un cambio de enfoque en la regulación de la acuicultura.
Me voy a referir al primero de ellos -dice directa relación con el distrito Nº 54, que orgullosamente represento en esta Cámara- que es la piedra fundante sobre la cual se sustenta la construcción posterior de este proyecto.
El distrito Nº 54 forma parte de la recientemente creada XIV Región de Los Ríos que, paradójicamente, no obstante su denominación, tiene más lagos que la vecina Región de Los Lagos. Así, sólo la comuna de Panguipulli, por ejemplo, cuenta con siete lagos.
En relación con la definición de áreas apropiadas para la acuicultura, el artículo 67 de la ley Nº 18.892 señala que sólo pueden otorgarse concesiones o autorizaciones en las áreas fijadas como apropiadas para la actividad. En seguida, determina que las áreas que pueden ser fijadas como apropiadas para la acuicultura son los ríos, los lagos y las aguas marinas, incluyendo playas, rocas y terrenos de playa fiscal. Marca una diferencia, eso sí, entre lagos y ríos navegables y no navegables, al ser sólo los primeros susceptibles de ser concesionados.
Solicité a la Biblioteca del Congreso Nacional un informe para ayudarnos en el entendimiento de este proyecto de tanta importancia. En una de sus partes nos dice que puede hacerse efectiva en ríos y lagos no navegables. Aquí hay un problema al no descartar los ríos. El diputado señor Melero me señaló ayer en la Comisión de Hacienda, que felizmente los lagos quedaron fuera. Esto se agradece en nombre de los habitantes de la Región de Los Ríos, porque son nuestra gran riqueza turística.
Actualmente no existe ningún río o lago declarado apto para la acuicultura. En consecuencia -nos agrega el informe- desde el año 1991, fecha en que se introdujo el concepto de área apropiada, sólo subsisten en los lagos aquellos centros de cultivo que habían sido autorizados para ello con antelación a dicho año, es decir, 1991. Esto es de tremenda satisfacción, porque la petición de concesiones y la existencia de balsas jaulas merman día a día, lo que le hace muy bien a nuestra región.
El proyecto consultó una modificación al artículo 67, que intercala una frase según la cual la determinación de los espacios aptos para el desarrollo de la acuicultura deberá hacerse en el decreto respectivo por “grupo o grupos de especies hidrobiológicas”. Afortunadamente, se acogió una indicación de varios diputados para eliminar la expresión “y lagos”. Aprovecho de reiterar nuestro agradecimiento a los diputados Melero y Recondo , dos de los autores de la indicación, que para nosotros es de tremenda importancia, toda vez que así estaremos salvando a los hermosos lagos de las regiones de Los Lagos y de Los Ríos, habida consideración que este tipo de actividad es muy dañina en aguas con poca circulación, como son las de los lacustres, amén de dañar otro tipo de actividades menores.
También es interesante comentar una sanción de caducidad de la concesión vigente en lagos, cuando se incurra por tres veces en condición anaeróbica, de conformidad con el reglamento a que se refiere el artículo 87.
Respecto del establecimiento de nuevas áreas apropiadas para la acuicultura, con el objeto de otorgarlas en concesión a organizaciones de pescadores artesanales o de trabajadores despedidos de la industria de la acuicultura, nuevamente hubo que intercalar la región Décima Cuarta a las consultadas primariamente, es decir, Décima, Undécima y Duodécima. Por lo tanto, celebro esta afortunada indicación, que permitirá desarrollar esta actividad económica a pescadores artesanales y a comunidades de nuestra Región de Los Ríos.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Señor diputado, ha terminado su tiempo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, el proyecto en debate amerita dedicación, toda vez que está en juego una de las actividades más importantes para nuestra economía.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para votar ambos proyectos las 14.45 horas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente, cuatro cifras para ilustrar de qué estamos hablando: 36 por ciento de la producción mundial de salmones durante 2007; exportaciones entre 450 mil y medio millón de toneladas; 2 mil 400 millones de dólares de venta, el tercer valor detrás del cobre y la celulosa y 55 mil empleos, entre directos e indirectos, amén de las ventajas naturales únicas en materia de temperatura, de desarrollo geográfico y de capital humano que posee nuestro país.
La pregunta que cabe hacer es cómo un país y cómo un Congreso Nacional permiten que la industria del salmón, que genera ventajas sociales, económicas y productivas tremendamente importantes, deje de recibir estos enormes beneficios. La respuesta está en entregar a este nuevo marco normativo los elementos para que esta industria siga prosperando y generando empleos, pero también para que salve de manera adecuada los problemas sanitarios y los errores cometidos.
Por eso, lo primero es entender que se trata de establecer un marco normativo y regulatorio asociado al manejo sanitario, clave para facilitar el acceso al crédito que dará viabilidad en el tiempo a una industria que ha creado mucho empleo y generado muchos ingresos para el país, y que deberá seguir haciéndolo en razón de las ventajas comparativas que tiene, aunque ahora deberá hacerlo en armonía con el medio ambiente y con estricto respeto a las leyes laborales y a la normativa que el país se ha dado a través de la ley de pesca y acuicultura, toda vez que no existe razón alguna que justifique el abuso o el no cumplimiento de las normas.
Pocos países en el mundo no creen que el motor del crecimiento y del desarrollo económico permiten superar los problemas de la pobreza. La economía de mercado ha sacado de la pobreza a más de 2 mil millones de personas. Y qué decir de las regiones Décima, Undécima , Duodécima y de la Décima Cuarta, que han tenido un cambio social impactante. Basta ver las cifras de la encuesta Casen; basta comparar las tasas de analfabetismo y la infraestructura caminera, educacional y sanitaria de ayer, cuando esta industria aún no se desarrollaba, con lo existente hoy. La industria del salmón le ha cambiado la vida a una enorme cantidad de chilenos.
De manera que hay que entender el proyecto en esa dimensión. El ministro nos llamaba más a hurgar en los errores, que sin duda los hubo y muchos, o en la falta de fiscalización, que sin duda la hubo, a tener una mirada de futuro.
Así, entonces, entiendo que la crisis es una oportunidad para que, de ahora en adelante, las cosas se hagan de mejor manera en relación con lo que se venía haciendo. Para esto es menester resguardar los dos elementos fundamentales del proyecto.
El primero, que haya garantías para que el crédito fluya. La industria necesita alrededor de 2 mil millones de dólares para salir de atolladero en que está y realizar las inversiones y cambios necesarios. El segundo, tener un modelo productivo acorde con las nuevas exigencias sanitarias.
Ésas son, por así decirlo, las dos columnas vertebrales fundamentales. Creo que el proyecto de ley las establece y las resguarda bien. Señor Presidente, quiero hacerme cargo de algunos elementos colaterales o que se han ido adicionando, que son quizás secundarios respecto de los dos pilares fundamentales, pero no por ello dejan de tener importancia.
Me refiero en particular a la incorporación de la prohibición absoluta de instalar nuevas concesiones de acuicultura en los caladeros de pesca. Éste ha sido un anhelo largamente planteado por los pescadores artesanales, por la comunidad científica, por numerosas autoridades y también por los parlamentarios. En consecuencia, bien hace esta iniciativa de ley en establecer esa prohibición y disponer en el reglamento qué es un caladero y cómo se protegerán esas zonas. Nadie en su sano juicio podría pretender la instalación de una concesión de acuicultura en un caladero de pesca o en una reserva natural de pesca. En segundo lugar, también se incorpora por primera vez el concepto de densidad de peces por metro cúbico en el manejo sanitario. Éste fue un tema largamente discutido; es difícil establecer un guarismo, ya que algunos dicen que la cifra está en torno a los dieciséis kilos por metro cúbico y otros manifiestan que en Noruega llegan hasta veinticinco kilos por metro cúbico. Algunos señalan que gran parte de la responsabilidad de la crisis se debió a que metieron muchos peces en las jaulas. Los estudios que se hagan deberán determinar la densidad por centro productivo. El proyecto en discusión establece que este aspecto se regula mediante un proceso participativo en que intervendrán el operador y la autoridad. Me parece que incorpora un adecuado ingrediente de manejo ambiental.
Sería bueno que la autoridad explicara por qué éste es el único sector productivo en Chile al que le suben las patentes, en este caso de dos a diez UTM, en circunstancias de que vemos que el gobierno de la Concertación rebaja los gravámenes del resto de las actividades productivas. Es así que redujo el impuesto de timbres y estampillas, el impuesto a la gasolina y una serie de cargas tributarias para favorecer a la pequeña y mediana empresa. Espero que esto se arregle, porque los tributos siempre tienen que ser proporcionales y justos.
Quiero hacerme cargo de la norma de la letra k) del artículo 142, introducida por medio del numeral 18 del artículo 1°, que mencionaron algunos diputados, que señala que se perderá la concesión en el siguiente caso: “Haber sido condenado en tres ocasiones, en un plazo de tres años, contados desde la primera sentencia ejecutoriada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador”.
Señor Presidente , voté esta norma pensando si era beneficiosa o perjudicial para los trabajadores. Tengo el íntimo convencimiento, mientras alguien no me convenza de lo contrario, de que esto va a terminar perjudicando a los trabajadores, porque es muy fácil sortear esta norma, ya que basta generar empresas distintas, es decir, empresas productivas y otras que no lo son. En nuestro Código del Trabajo existen normas que hacen que esto sea letra muerta.
Si queremos instalar el concepto de que una persona, nacional o extranjera, que recibe una concesión que, por así decirlo, es de propiedad de todos los chilenos, tiene que operar con prácticas laborales adecuadas, por lo que no podrá realizar conductas antisindicales, me parece que la norma no es correcta, porque no protege ni consagra ese derecho. Además, genera un efecto indeseado, cual es que los bancos, a la segunda sanción de este tipo, ejecutará la concesión respectiva, porque no correrá el riesgo de que el acreedor la pierda.
Reitero, se producirán sólo efectos adversos con esta norma, a pesar de las buenas intenciones de sus autores. Se eludirá lo que ella establece, porque la legislación permite crear distintas empresas para esos fines. Además, no se solucionará el problema por la vía de la subcontratación y se pondrá a la banca sobre alerta para que ejecute la concesión a la segunda vez que el concesionario infrinja la norma.
Por último, señor Presidente , quiero referirme brevemente, porque me queda poco tiempo, al artículo 6º transitorio, que dice: “Se propondrá una normativa especial que regule los efectos laborales que se produzcan por aplicación de la presente ley”.
Señor Presidente, por su intermedio, deseo expresar a los señores diputados que una no prestigia al Congreso Nacional ya que las leyes son para establecer derechos, incentivos, multas; pero no pueden ser declarativas.
Invité a la ministra del Trabajo a firmar mañana un acuerdo entre el Gobierno y la Oposición para sacar adelante una legislación o un estatuto especial para los trabajadores del salmón. ¿Cómo me voy a oponer a una cosa de ese tipo? Pero la redacción de dicho artículo da para cualquier cosa. Que no ocurra que por querer entregar una falsa situación de tranquilidad al mundo del trabajo, al final terminemos generando una expectativa que nos va a rebotar en contra.
Envíen al Congreso Nacional el estatuto especial para los trabajadores, con el objeto de que lo analicemos en detalle; pero no nos presenten artículos declarativos como ése, que no tiene nada que ver con la ley, que desprestigia la función legislativa y, al final, puede terminar generando el efecto absolutamente contrario del que se desea.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Carolina Goic.
La señora GOIC (doña Carolina).-
Señor Presidente, estamos discutiendo una regulación absolutamente necesaria para una industria, que se ha desarrollado sin los resguardos necesarios y a la que la naturaleza le pasó la cuenta.
Me parece que esta regulación es necesaria. Lo señalo como representante de una región donde se va a expandir o a trasladar esa industria después de los problemas que tuvo en las regiones Décima y Undécima.
Quiero ser clara en señalar que esto no es de responsabilidad del Gobierno, como han expresado muchos empresarios, quienes ahora dicen que la regulación es insuficiente. Aquí quedó demostrado que el mercado no se autorregula y que quienes estaban a cargo de proteger esa actividad fueron incapaces de establecer normas básicas que permitieran tomar los resguardos ambientales, de densidad y de ubicación, que ahora serán obligatorios por ley.
Reitero, uno hubiera esperado que quienes se estaban beneficiando con esta actividad hubieran sido capaces de generar esta autorregulación para protegerla. Como eso no funcionó, hoy lo hacemos por ley, porque, insisto, son absolutamente necesarios los resguardos sanitarios y ambientales para el desarrollo de otras actividades.
Un punto muy importante relacionado con lo anterior es establecer plazos para lograr una zonificación adecuada que permita que esta industria se desarrolle, pero no a costa de otras, en particular de la industria turística o del desarrollo de la pesca artesanal. Además, tenemos que ser capaces de lograr que esta actividad se desarrolle con relativa armonía en las áreas que se declaren aptas para la acuicultura, en particular en los lugares donde se desplazará esa industria. Eso significa aprender de la mala experiencia. Desgraciadamente, tuvimos que pagar un costo alto como país para darnos cuenta de eso, lo que hoy nos obliga a aprobar el proyecto.
Lo mismo sucede en el ámbito laboral. Al respecto, quiero plantear una opinión distinta a la del diputado Melero .
Así como en materia ambiental y sanitaria se requiere una regulación, la experiencia nos indica que en el ámbito laboral también se requiere una regulación especial. Por eso hemos trabajado este proyecto en conjunto con representantes de los trabajadores de distintas regiones, quienes se han visto afectados por situaciones que no tienen que ver con el ámbito legislativo. Así, por ejemplo, hemos logrado mejorar la propuesta que se presentó inicialmente para generar instrumentos de apoyo o alternativas de trabajo o de capacitación para los hombres y mujeres que han quedado desempleados debido a la crisis del salmón, como se ha llamado, debido a la irrupción del virus ISA y lo que ello ha implicado.
Ellos han insistido en que resulta necesario señalar en la ley que se propondrá una normativa especial que regule los efectos derivados de la aplicación de las normas en discusión, debido a que existen plazos de espera en la rotación de las concesiones donde se ubican las jaulas.
¿Qué va a implicar eso en la continuidad del trabajo? ¿Cómo vamos a resguardar eso? Debemos proteger los derechos de los trabajadores de posibles abusos que se podrían producir. Asimismo, me parece que no podemos retrasar la aprobación de este proyecto para incorporar todo eso en un mismo cuerpo legal; pero sí tenemos que resguardar que el Congreso Nacional lo hará cuando corresponda. Me alegro de la disposición que tiene la ministra del Trabajo al respecto. En mi condición de presidenta de la Comisión de Trabajo, he dicho que estamos dispuestos y que es necesario hacer esa discusión. Pero hay que dejarlo establecido en la ley sin mayor especificidad. Buscamos una redacción que calzara con el cuerpo legal, la cual fue modificada.
Por otra parte, cuando se pregunta por qué no tomar en cuenta las sentencias ejecutoriadas por prácticas antisindicales, no se trata sólo de una denuncia. Revisemos las cifras, que no son alarmantes en el sentido de que todas las empresas podrían perder sus concesiones por ese motivo. Pero, ¿por qué no elevar el estatus de esa norma? Así como lo hacemos en materias ambientales, el resguardo de los derechos de los trabajadores es muy importante.
Por eso, si hablamos de la existencia de sentencia ejecutoriada en tres ocasiones, debe ser un motivo para perder la concesión.
Recordemos que hace dos años, en este Congreso Nacional se aprobó una norma que establece que ninguna empresa sancionada por prácticas antisindicales podrá realizar contratos con el Estado, por lo cual hoy no pueden participar en el sistema de ChileCompra.
Si lo hacemos para muchas otras empresas respecto de las cuales está demostrado que incurren en prácticas antisindicales, lo cual impide que contraten con el Estado, corresponde aún más en esta actividad.
Hay que ser consistentes en esta materia. A mi juicio, mirado desde el otro lado, esto obligará a que no existan prácticas antisindicales. Ese es el incentivo de la norma. No se trata de esperar la segunda sentencia ni de estar a punto de la tercera para perder la concesión. La idea es que exista respeto por el movimiento sindical y por los derechos laborales en esa actividad.
En el caso de la Región de Magallanes , me alegro de que haya quedado establecido el plazo máximo de un año, durante el cual se suspenderá la tramitación de concesiones, porque eso garantizará que el proceso de zonificación se respete. La idea es que, al cabo de un año, se investigue cuáles son las áreas aptas para la acuicultura y que se haga mediante un proceso participativo. En suma, la idea es definir las áreas que se resguardarán para el turismo, para la pesca artesanal y para la acuicultura. Eso permitirá partir con la cancha rayada, ordenada, de manera que esas tres actividades se desarrollen sin problemas.
Señor Presidente , por su intermedio, deseo plantear al señor ministro que también es importante entregar señales concretas, por ejemplo, desafectar el canal de Las Montañas, maravillosa zona de riqueza natural y paisajística de la provincia de Última Esperanza, respecto de la cual se podrían solicitar concesiones. A todas luces, es un lugar que debe ser resguardado para el turismo. Es una señal potente que se puede dar de inmediato.
Insisto en que queremos que la industria acuícola se desarrolle, pero con cuidado del medio ambiente, con respeto de las normas laborales y a quienes se desempeñan en ella, y procurando que no se repita la triste experiencia que hemos visto en las regiones Décima y Undécima.
He dicho.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, me parece increíble que la discusión se centre en el empleo y en las leyes laborales. Existe regulación de éstas no sólo en relación con los trabajadores de la industria salmonera. El rubro de la construcción tiene una ley especial, la que regula la seguridad, como el uso de cascos. Es bueno que los trabajadores se sientan protegidos, trabajen a gusto y sientan seguridad en sus labores. Eso ni siquiera debería mencionarse, porque los empresarios que no respetan a sus trabajadores o no tienen una buena convivencia con ellos nunca progresarán.
Es importante que no haya prácticas contra los trabajadores, pero lo mismo debe ser respecto de los empresarios. Sin éstos, una empresa no funciona; menos sin trabajadores. Por lo tanto, debe existir un complemento.
He escuchado a muchos diputados decir que se han perdido muchas vidas en el caso de los buzos. Es cierto que eso no debería ocurrir y que habría que tomar más resguardos. Tal vez sería más caro, pero la vida humana no tiene precio, lo cual siempre debe tomarse en cuenta.
Al analizar el proyecto, uno se da cuenta de que propende a que existan resguardos y trabajo.
Se ha criticado que los salmoneros no adoptaron resguardos necesarios, pero estamos en tiempo de crisis. Por eso se habla de una ley especial, como tantas que se han tramitado en el Congreso Nacional. Llegará el momento en que todos tendrán rentabilidad y no necesitarán este tipo de apoyo, pues saldrán adelante con créditos. No se trata de que les regalen dinero, sino que las tasas sean bajas.
Después de escuchar algunos discursos, uno puede relacionar lo ocurrido en el sector agrícola. Es exactamente lo mismo. Ojalá que la ministra de Agricultura tenga la misma fuerza que el ministro de Economía y envíe a tramitación un proyecto que favorezca a la agricultura con condiciones similares a las que considera la iniciativa en estudio. Quizás vive mucho más gente de ésta que de la pesca. Por eso, no hay que cuestionar la iniciativa. Mientras más podamos ayudar a que los momentos de crisis sean mucho más fáciles para los trabajadores, será mejor. Ése es el fondo del problema.
Recordemos que cuando aquí se escuchaba hablar acerca del calentamiento global, del derretimiento de los glaciares, de la contaminación de los ríos, se veía como algo tremendamente lejano; sin embargo, en la actualidad vemos que era un problema que teníamos delante de la nariz y que no nos dábamos cuenta de lo que estaba pasando. Por ejemplo, algunos diputados hablan de los lagos. Es indudable que deben existir excepciones. Hay zonas de interés turístico, y sería patético que dentro de ellas se instalara la industria salmonera. Hay que cuidar ese patrimonio, porque el turismo es una industria sin chimeneas y una de las que más recursos están entregando al país.
No imagino los lagos Colico , Caburga y Villarrica llenos de salmones. No lo digo porque esté en contra de los salmoneros; todo lo contrario. En Melipeuco y en Cunco hay grandes salmoneras instaladas con sus pisciculturas, entre ellas, la de Agrosuper, que es muy grande y da trabajo a mucha gente.
Entonces, cuidemos la parte sanitaria.
Cuando se habla del virus ISA, se dice que están las ovas infectadas. Pero, para abaratar costos, se arrastraban los salmones, de un lugar a otro, en jaulas debajo de los barcos cuando iban a ser sacrificados. Pero si tenían el virus ISA, infectaban todas las jaulas colindantes. Es algo sabido.
En consecuencia, no tapemos el sol con un dedo. Ahí está la parte sanitaria. Se atrevían a hacer eso, porque no sabían que iban a contaminar y provocar la tremenda crisis al sector salmonero. En la actualidad no lo harían. Felizmente, eso va a estar regulado para la industria salmonera, que deberá tener gran cuidado en el traslado de salmones.
Se habla de tanta exigencia, pero se está haciendo un favor a esa industria. Seguramente, será más caro, pero quienes viven de ella no tendrán que soportar las plagas del infierno ni lamentar las tremendas pérdidas que han debido enfrentar.
Señor Presidente, por su intermedio deseo expresar al señor ministro dos cosas que me preocupan.
En primer lugar, la norma relativa a la pesca artesanal. Ella se practica en varias regiones de Chile, como ocurre, por ejemplo, en la zona costera de la Novena Región. Me pregunto, qué pasará con las millas marinas que corresponden a la pesca artesanal. Si se otorgan concesiones de acuicultura en esa zona, se verá afectada la gente que vive de la pesca artesanal. Por eso es necesario delimitar muy bien ese aspecto en el proyecto de ley. No sé cómo se arreglará ese problema.
El otro problema que me preocupa, sobre todo pensando en la comuna de Toltén, de la Novena Región -me imagino que colegas de la Región de Los Ríos tendrán otros problemas similares-, dice relación con que el Congreso Nacional aprobó hace algún tiempo los derechos consuetudinarios de los lafquenches. Quiero saber si esas áreas están determinadas. Se otorgó una concesión marítima a las comunidades lafquenches, que han vivido toda la vida de un complemento entre la agricultura y el mar. Por eso, si ahora se otorgan concesiones acuícolas en esa zona, se podrían violar los derechos de esta gente.
Me gustaría que el señor ministro nos aclarara el punto, porque podemos comprar una batalla legal gratuita si no se respetan esos derechos.
Hago presente el tema porque me han llamado algunas comunidades para hacerme ver ese eventual problema. Lo pongo sobre el tapete porque después no me gustaría que ellas nos dijeran que les entregamos un derecho y que hoy se lo estaríamos quitando.
Además, me pidieron que hiciera especial mención al hecho de que existen sectores que ellos consideran lugares históricos o sitios sagrados.
Señor Presidente, por su intermedio le pido al señor ministro que revise esos antecedentes para que exista claridad sobre el tema y después no tengamos problemas con esas comunidades.
También se habla de actuar “en nombre de la ciencia”. Los abusos que se cometen en nombre de la ciencia son una vergüenza. Me refiero a la pesca para fines científicos. De esa forma se capturan miles de toneladas, en circunstancias de que todos sabemos que es una falsedad que se comete muchas veces a costa de los pescadores artesanales.
Por lo tanto, pido que el ministro aclare qué se entiende por pesca científica, que en muchos lugares supera varias veces lo que capturan los pescadores artesanales.
Pienso que la mano que se está entregando a los salmoneros es justa, porque de dicha actividad dependen miles de personas. La Constitución dice que somos iguales en derechos, y los derechos de esa gente hay que respetarlos y no atropellarlos.
Señor Presidente , el diputado Galilea me contó que en Coihaique también existen estos problemas. En mi distrito, ellos se concentran en la caleta de Queule; es el caso del colega De Urresti , en Mehuín, y en el de los colegas Tuma y Meza , en la costa. Espero que se otorgue el mismo trato a los pescadores artesanales y a los lafquenches que a la gente relacionada con las concesiones acuícolas.
Finalmente, pido que, en nombre de la ciencia, no se abuse más de las cinco millas y no se violen más los derechos de los pescadores artesanales, a los que tanto hemos defendido.
He dicho.
El señor SÚNICO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, quiero hacer un par de comentarios en relación con cosas que se han dicho en esta oportunidad.
En primer lugar, respecto de la fiscalización, a la que se refirieron el diputado Melero y otros colegas. Estoy de acuerdo en que falta fiscalización; pero el que debe portarse bien es el responsable de hacer bien las cosas. Entonces, guardemos la debida proporción entre los elementos.
Hoy, en el cuerpo C de El Mercurio aparece lo siguiente: “Aunque Zalaquett admitió que hay una responsabilidad de los municipios al no haber pagado este bono a los profesores -un millón de pesos a cada uno de los 80 mil afiliados-, aseguró que el error es compartido: “Si no habíamos entregado las platas para que se pagaran, el ministerio debió haber retenido subvenciones. No hizo nada y dejó acumular una deuda”.”.
Por lo tanto, guardemos las proporciones. Aquí hay una responsabilidad, en este caso, de los municipios, y en el otro, de los productores, pero no se puede hacer responsable de esto al fiscalizador.
Comparto con el diputado Melero que es necesario perfeccionar la relación entre las prácticas antisindicales y las concesiones. Estoy por votar a favor el proyecto, tan como figura en el informe de la Comisión técnica, pero obviamente la redacción de esta materia es muy imperfecta.
Es necesario asegurar una relación virtuosa y que el objetivo que se quiere lograr se consiga, es decir, que no exista práctica antisindical. Sin embargo, es necesario perfeccionar la disposición, porque tal como está resulta totalmente impracticable y no tendrá el resultado esperado.
Quiero decir una cosa de otra naturaleza. No tengo conocimiento del sector pesca y menos del relacionado con el salmón, pero quiero manifestar mi opinión mirando el problema desde afuera.
Como han dicho distintos diputados, la industria salmonera ha sido un factor muy importante para el crecimiento y desarrollo que ha experimentado el país, con gran producción, 55 mil cupos de empleo -según se dice-, exportaciones, y también con grandes utilidades para sus propietarios.
Entramos en un período de crisis como consecuencia de un virus, lo que refleja problemas de gestión y sanitarios de la industria. Entiendo que el proyecto busca contribuir a racionalizar el sector salmón y crear condiciones para enfrentar los problemas financieros. En términos generales, eso es lo fundamental.
Todo el mundo habla de una crisis que abarcará un período de tres a cinco años, que esto seguirá, que el proceso de recuperación será lento, y después la industria volverá a tener el potencial que tuvo en el pasado.
En este marco, me resulta muy difícil entender dos temas que deberían estar presentes en la política pública. Todo lo que tiene que ver con el impulso a la innovación tecnológica, el marco respectivo y la orientación en ese sentido, no está presente en este proyecto de ley; tampoco lo está el salto en capacitación. Me cuesta entenderlo. O sea, esto debe ser no sólo para salir de la crisis, sino también para enfrentar el escenario poscrisis.
Al hablar con representantes del Ejecutivo , dicen que estos dos elementos se están conversando. En verdad, en momentos en que tramitamos una iniciativa legal que busca enfrentar la crisis de un sector y proyectarlo hacia delante, es fundamental tener presente los aspectos tecnológico y de capacitación. Al respecto, lo que aborda el proyecto en materia de capacitación es muy limitado. Plantea un incentivo al uso de la franquicia tributaria para capacitación, relacionada con la disminución del valor de la patente. Pero estamos hablando de un modelo de capacitación Sence , respecto del cual todos coincidimos que es muy imperfecto, pues no asegura calidad ni pertinencia de la capacitación.
En la Comisión, un grupo de parlamentarios, de manera transversal -junto al diputado Von Muhlenbrock y otros colegas-, presentamos una indicación inadmisible, pero que dejó constancia del problema. Ella buscaba que el gobierno regional, junto con las empresas salmoneras y las organizaciones de los trabajadores, propusieran alternativas al modelo de capacitación Sence preexistente.
Señor Presidente, por su intermedio deseo expresar al señor ministro que este problema debe resolverse durante la tramitación de la iniciativa en el Senado.
En las regiones salmoneras hay universidades, existe capacidad para abordar esta materia. Se requiere articular esto en una especie de instituto de capacitación del salmón, en conjunto con las empresas y los trabajadores, que asegure que la formación de profesionales, técnicos y trabajadores sea del mejor nivel, así como los sistemas de control sanitarios para el sector, de manera de contar con una industria acorde al nivel mundial que se requiere.
Muchas veces falta audacia y fuerza para decir que aquí estamos ante una apuesta país de envergadura y que, por lo tanto, es necesario pensar en la capacitación, porque hay un proyecto de largo plazo en materia de formación de recursos humanos, de modernización del sector y también en el campo tecnológico.
Sin ser especialista ni conocedor del sector, quiero destacar la importancia de incorporar esos temas en el segundo trámite constitucional en el Senado.
He dicho.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Alinco.
El señor ALINCO.-
Señor Presidente , voy a comenzar mi intervención dando lectura a un documento del Consejo de Organizaciones de la Pesca Artesanal de los Fiordos y Archipiélagos de Aisén, que señala lo siguiente: “Lo hemos dicho en distintos tonos y con distintos medios, bienvenido el capital a nuestra región, el progreso para nuestra gente. Pero, con el respeto que se merece, no es posible que nosotros los aiseninos abramos las puertas de nuestra región, bendecida por la mano de Dios, por su pureza y abundancia de recursos naturales, a grandes capitales que no agradecen nuestra hospitalidad. Una brutal experiencia hemos vivido con la llegada masiva de la actividad salmonicultora, ya que desde su llegada al litoral lo han hecho avasallando a la pesca artesanal, a nuestra comunidad pesquera artesanal. Sólo viendo el mapa de Sernapesca, en 1996, se vislumbraba lo que venía. Dos mil alfileres de cabeza roja daban cuenta de la invasión salmonera. Para nosotros, la comunidad pesquera artesanal, estas concesiones representan hoy una importante pérdida de nuestro territorio litoral ancestral.
Hoy existen quinientas cuarenta concesiones otorgadas y se otorgarán quién sabe cuántas más, lo que obviamente nos ha puesto en alerta, dado que ya la contaminación visible -bolsas, plásticos, cajas, cartones, tubos, redes, fierros, peces muertos y un cuanto hay-, está cerca de nuestras áreas de manejo establecidas y por establecer. Las balsas se instalan sobre bancos naturales, ocupan nuestros puertos de abrigo. Se enferman sus peces y tratan de sanitizarlos con químicos que, probablemente, matan toda la microfauna que nace y se desarrolla allí.”
Por medio de este documento se refleja la opinión de los pescadores artesanales y de los hombres de mar de esa región, que piden la dictación de una ley que favorezca a todos los sectores, pero que principalmente proteja nuestro mar.
Algunos políticos expertos han hablado sobre la posibilidad de convertir esta crisis en una oportunidad. Me pregunto, ¿una oportunidad para qué o para quiénes?
Al tercer o cuarto día desde que surgió el problema del virus ISA, la entidad que agrupa a los salmoneros se presentó ante la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados, a la que pertenezco, para pedir socorro y apoyo económico. Obviamente, esa solicitud empresarial fue bien recibida, y mi gobierno apoyó de manera directa e indirecta al sector industrial de los salmoneros. Al respecto, existía un compromiso de caballeros de no realizar despidos masivos, que era el gran pretexto del señor Barros y sus acompañantes ese día para solicitar ayuda al Gobierno. Sin embargo, a pesar del apoyo recibido, los despidos masivos igual se produjeron. Eso demuestra la insensibilidad de la gran mayoría de los industriales del sector -no de todos- a los que les importa un comino ocasionar cesantía, hambre y miseria.
El proyecto de ley que se discute en este momento obedece a un trabajo realizado por la Mesa del salmón, creada para buscar soluciones a esta crisis. La iniciativa refleja, sin lugar a dudas, lo que se discutió y acordó en ella. A mi juicio, una de las fallas fundamentales de este proyecto es que las concesiones existentes y las futuras se realizarán, como dijo un diputado de Derecha hace pocos minutos, dentro de las cinco millas correspondientes a la pesca artesanal. Se va a realizar todo este proceso de inversión y proyectos -concesiones, barrios, etcétera- dentro de las cinco millas territoriales de los pescadores artesanales.
Este proyecto, lisa y llanamente, está consolidando la privatización del mar chileno. Seguramente, tal como ha ocurrido con otros proyectos, se pretenderá tecnificar la discusión y elevarla, pero en esencia los pescadores artesanales y los trabajadores de la industria no tendrán ninguna protección.
Aquí se echa de menos un proyecto que proteja y asegure el trabajo de los hombres y mujeres que laboran en la industria del salmón y en la pesca en general. ¡Eso no está! El Gobierno se comprometió a entregar, en un plazo de sesenta días, un estatuto que proteja a los trabajadores. Esperamos que eso ocurra y que cuente con el apoyo necesario.
La industria del salmón vive una crisis a raíz del virus ISA, cuya aparición, dicho sea de paso, no fue culpa de los trabajadores del salmón ni de los pescadores artesanales, sino que es de exclusiva responsabilidad de los dueños de la industria, que no tomaron las medidas sanitarias pertinentes para proteger la pureza de nuestras aguas y de nuestro mar. Pero quienes están pagando los platos rotos son todos los chilenos.
El proyecto consolida la privatización de nuestro mar porque, lisa y llanamente, las concesiones son prácticamente indefinidas. Se paga alrededor de 60 mil pesos al año por una concesión o un par de hectáreas. Por lo tanto, son casi perpetuas. Es más, a través de este proyecto se pretende que las concesiones sean un bien que se podrá hipotecar. Obviamente, tendrán derecho a hipotecar los sindicatos que cuenten con algunas concesiones y no tienen el poder ni la capacidad económica. La banca privada impondrá las reglas. Por tanto, de aquí a un par de años más, será dueña de la gran mayoría de las concesiones entregadas a trabajadores y a organizaciones sindicales.
Hago un llamado a los diputados y diputadas a votar en contra el proyecto. Si realmente pretenden proteger las riquezas naturales de nuestro país y ayudar a los verdaderos dueños del mar, como son los pescadores artesanales, quienes por generaciones han permanecido en esta actividad y a los cuales ahora se pretende exterminar, es necesario votar en contra.
La iniciativa tiene algunas cosas mínimas que nos favorecen; pero, tal como ha sucedido con otros proyectos, nos dan migajas. Al menos el diputado que habla, a sugerencia de muchas organizaciones sindicales de su región, no está dispuesto a seguir aceptando migajas en pro del progreso o de evitar una crisis mayor.
Para mí la situación es clara: es necesario elaborar un proyecto que entregue soluciones de fondo, en que estén representados todos los intereses, es decir, los de los industriales y los de los pescadores artesanales y de la gente de mar.
Por lo tanto, llamo a votar en contra del proyecto de ley.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente, escuché atentamente al diputado Alinco, quien expresó un reclamo y expuso un análisis respecto de la privatización del mar.
Sin embargo, recuerdo al colega Alinco que la ley general de pesca y acuicultura, aprobada hace muchos años por el Congreso Nacional, define precisamente la concesión de acuicultura como “el acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Defensa Nacional otorga a una persona los derechos de uso y goce, por tiempo indefinido…”. Por lo tanto, esa definición concreta no se incorpora en el proyecto en discusión, sino que está establecida en la normativa aludida desde hace mucho tiempo.
Además, al parecer el colega Alinco olvida que existen muchas agrupaciones de pescadores artesanales que trabajan en el mar como consecuencia de concesiones de acuicultura. Existen concesiones de algas y áreas de manejo, y este proyecto establece alrededor de 300 hectáreas, que se definirán como nuevas zonas aptas para las personas que han tenido que dejar su trabajo en las empresas salmoneras, de manera que puedan emprender a través de estas concesiones.
También el colega señala, en forma categórica y decidida, que en un tiempo más la banca será propietaria de todas las concesiones. ¡Qué poca confianza en los trabajadores del mar! Estamos hablando de organizaciones que tienen como norte generar ingresos y a las cuales se les entrega la posibilidad de tener una concesión. Si la trabajan bien, no veo por qué podrían perderla.
No hay que demonizar un proyecto de ley que, precisamente, tiene como objetivo fundamental reabrir las posibilidades de trabajo en zonas que hoy se encuentran tremendamente deprimidas debido a la caída de una actividad importante, que durante muchos años generó, en forma progresiva y sucesiva, muchos puestos de trabajo y desarrollo en muchas localidades pequeñas.
Represento a las comunas de la provincia de Chiloé y de Palena y puedo dar fe de cómo muchas comunas se desarrollaron bajo el alero de la industria del salmón. Hoy, una de esas comunas, Quellón , se encuentra en una profunda paralización de actividades, con serios problemas laborales, porque no hay fuentes ni alternativas de trabajo. Las fuentes y alternativas de empleo transitorias no se pueden asegurar por ley, pero sí se pueden mitigar los costos a través de políticas públicas, mientras se supera la crisis.
Este proyecto permite dar un reimpulso a una industria que lo está pasando mal. Las responsabilidades serán compartidas, pero no es el minuto de analizarlas ni de profundizar sobre ellas. Ya lo hemos hecho antes en la Cámara de Diputados, en una Comisión investigadora constituida gracias al voto favorable de la mayoría de los diputados, en que se discutieron los problemas de este sector productivo.
A lo mejor, el crecimiento desmedido pasó la cuenta y la naturaleza cobró la factura. Por lo tanto, será necesario corregir. Pero eso no justifica que se llame a rechazar un proyecto de ley que tiene como objetivo volver a generar puestos de trabajo.
Como señaló un diputado , el salvataje de una industria no pasa sólo por la defensa de los propietarios de ella, sino fundamentalmente por dar una oportunidad, a través de esos emprendedores, a la gente que ha perdido su trabajo y que lo único que quiere es que el día de mañana se supere esta crisis para tener una opción laboral.
En ese sentido, comparto las medidas que establece esta iniciativa, con el propósito de que existan los resguardos sanitarios que, a futuro, eviten la generación de factores o elementos como los que llevaron a esta crisis de la industria del salmón. Por lo tanto, existirá una conducta grupal asociada entre todas las empresas, con el propósito de trabajar los barrios o áreas sanitarias y otorgar los descansos adecuados a los sitios. De esa forma, no se verá interrumpida la producción, como ha sucedido en los últimos meses.
Respecto de las garantías, el hecho de que se facilite y se dé certeza jurídica a un activo constituye una buena medida. Hoy para las empresas es necesario tenerlo como garantía ante las instituciones financieras, para así nuevamente disponer de los flujos de caja que les permitan reiniciar la producción y generar puestos de trabajo y, de esa manera, poco a poco regresar a la normalidad.
Con mucho cariño y respeto, aclaro al diputado Alinco que esto no tiene absolutamente nada que ver con la privatización del mar.
En cuanto a los compromisos a favor de los trabajadores, el proyecto recoge esa preocupación. El artículo 6º transitorio lo señala claramente. Dice: “Se propondrá una normativa especial que regule los efectos laborales que se produzcan por aplicación de la presente ley”. Se trata de un acuerdo suscrito por las partes involucradas, que el proyecto respeta, el cual permitirá que prácticas que no han sido las mejores, las adecuadas ni las correctas se puedan mejorar gracias a esas prevenciones.
Como diputado de una zona en que la industria del salmón ha tenido un constante y sistemático desarrollo, cuya crisis actual afecta a miles de trabajadores, manifiesto que lo único que podemos aportar hoy es nuestro voto favorable para que este proyecto pueda ser ley a la brevedad posible y así resurja una actividad que, si bien no ha estado exenta de errores, ha sido beneficiosa para la zona sur austral del país.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Galilea.
El señor GALILEA.-
Señor Presidente, voy a comenzar mi intervención con la lectura de algunas opiniones que entregaron en la Comisión y han expresado públicamente el ministro de Economía, señor Hugo Lavados, y la subsecretaria de Marina, señora Carolina Echeverría .
El ministro Lavados señaló que “sin este proyecto de ley, sería imposible mantener una industria del salmón sana, capaz de generar empleo y contribuir al desarrollo de tres regiones del país”. Y agregó: “Si tenemos un sector que está concentrado en parte significativa de una región, y en buena parte de otra, y que genera cerca de 50 mil empleos, la mirada tiene que ser fundamentalmente social desde el punto de vista de esos empleos”.
Por su parte, la subsecretaria de Marina manifestó que “siempre ha existido una gran demanda de tramitación de concesiones acuícolas, superior a la que finalmente se otorga. En la Décima Región ya no es posible ampliar el otorgamiento de concesiones y, por lo tanto, se requiere hacer el ordenamiento sanitario, que le dé sustentabilidad a las empresas que operan, y que haya un incentivo para que no emigren y abandonen la región, dejando una estela de desempleo”.
He citado esas palabras porque sorprende ver la cantidad de “palitos” que se han puesto en el camino, principalmente por parlamentarios de la Concertación, a un proyecto del Gobierno que ingresó a esta Corporación el 15 de enero del presente año y que podría haber sido despachado mucho antes si no hubiese existido tan poca disposición de los representantes de ese conglomerado para avanzar en esta importante iniciativa, que revitalizará la industria salmonera, hoy bastante alicaída.
A grandes rasgos, los contenidos principales del proyecto dicen relación con las áreas de manejo sanitario, la relocalización de concesiones, el mejoramiento de los mecanismos de transferencia de las concesiones y de los actos de cesión de derechos, el ordenamiento de la acuicultura regional basado en las áreas de manejo sanitario, las áreas fijadas como apropiadas para la acuicultura y una parte que, a mi juicio, es una de las más importantes: las garantías constituidas sobre las concesiones de acuicultura, lo que, sin duda, podrá inyectar a ese sector el capital de trabajo que hoy se requiere para que esta industria pueda salir a flote nuevamente.
Luego contempla la normativa ambiental y sanitaria, el fortalecimiento de las facultades fiscalizadoras del Sernapesca; el aumento de las sanciones administrativas y el aumento de las patentes únicas de acuicultura.
Estos temas técnicos se discutieron muy poco en la Comisión. Más bien se llevó a efecto fue una discusión política, en la que se exigían -a lo mejor con legítimo derecho y con razón- algunas compensaciones en el ámbito de la legislación laboral. Eso hizo entrampar el proyecto, en circunstancias de que pudo haberse abordado a través de otro cuerpo legal.
Esta industria lleva 22 años de crecimiento sostenido, con un innegable progreso social. Hoy, comunas y localidades enteras del sur austral de Chile viven gracias a esta actividad. Esta industria llegó a 2.400 millones de dólares de exportación, prácticamente la misma cantidad de divisas que se exporta por concepto de la celulosa, y generó 50 mil empleos, entre directos e indirectos. Se trata de una industria que abrió el camino para soñar con que, algún día, Chile se convertirá en una potencia alimentaria mundial. Éstas no son migajas -me refiero a lo señalado por el diputado Alinco -, sino algo muy importante para la economía, el progreso y el desarrollo de las regiones australes de Chile, principalmente para mejorar la calidad de vida de nuestra gente y superar la pobreza.
El 2006, último año normal, la foto de la industria muestra que el 60 por ciento de la producción de salmones en Chile fue de salmón del Atlántico, que es la especie que está principalmente afectada por el virus ISA, lo que ha hecho que la base comercial de la industria esté gravemente afectada y sin que exista ninguna posibilidad para recuperarla antes de tres o cuatro años. Por más empeño que le pongamos y pese a esta legislación, que espero se apruebe hoy, eso no ocurrirá antes de ese período de tiempo. Eso ha dañado el corazón de la industria y ha llevado a que se produzcan miles de despidos, y, lamentablemente, los afectados no encuentran fuentes alternativas de trabajo. En el largo plazo, no veo que esas regiones, por sus ventajas comparativas y las posibilidades de otros sectores económicos, puedan absorber la mano de obra que hoy puede quedar cesante, lo que nos obliga a mejorar la legislación para recuperar estos empleos, mejorar la calidad de los mismos y proteger nuestro medio ambiente.
Hoy están en juego los empleos de los trabajadores de esta industria. La importancia de este sector como generador de riqueza y la posibilidad de superar la pobreza no sólo para las regiones del sur y austral de Chile, sino para el país, nos obliga a mejorar esta legislación.
Pese a ello, hemos encontrado en parlamentarios de la Concertación una discusión, a mi juicio, un poco absurda y contradictoria. Digo absurda, porque están en juego las fuentes de empleo que aún se mantienen. Por lo tanto, en la medida en que nos demoremos en la tramitación de este proyecto -hace bastante rato se podría haber despachado si hubiésemos abordado nuestras legítimas preocupaciones por el tema laboral, como dije anteriormente, a través de otro cuerpo legal-, no se podrá dar solución a esos trabajadores.
Durante la tramitación del proyecto, un grupo importante de colegas diputados se negó a analizar las materias ambientales o económicas, como la relacionada con las garantías, mientras no se incorporaran aspectos laborales, lo que, no obstante ser importante, es contradictorio, puesto que la demora sólo contribuyó a seguir perdiendo empleos. Por tanto, esa preocupación, más que ayudar a los trabajadores, los perjudicó.
Después de varias semanas, se logró la incorporación del estatuto del trabajador de la industria del salmón. Aunque muy bien intencionado, es un cuerpo que no tiene contenido, el cual se incorporará -según lo señalado por la ministra del Trabajo - en otro cuerpo legal. Por tanto, las presiones que se hicieron no tuvieron mayor sentido.
Es importante reconocer la creación del programa especial de intermediación, empleo, emprendimiento y capacitación para los trabajadores y trabajadoras de la industria del salmón en la Región de Los Lagos. Pero, además de haber sido considerado insuficiente por los propios trabajadores de dicha región, también es discriminatorio, porque aproximadamente el 20 por ciento de la producción de salmones de Chile está en la Región de Aisén, en la cual no se ha implementado ningún programa especial. Por ello, hace pocos días, cuando la Presidenta Bachelet anunció su visita a la región, un grupo importante de trabajadoras se tomó la intendencia para pedir más empleo, pero el gobierno regional no pudo acceder a dichas peticiones porque no contaba con las herramientas que se le entregaron a la Región de Los Lagos.
Por tanto, señor Presidente, por su intermedio pido al ministro evaluar la posibilidad de establecer los mismos programas de trabajo en la Región de Aisén, con el objeto de que exista una situación de igualdad a favor de una región que, en proporción, es importante para la industria salmonera y, por tanto, en lo que respecta a la contratación de trabajo.
Quiero aprovechar esta posibilidad para decir que no sólo algunos se preocupan por los trabajadores. Hoy existe un compromiso de la Presidenta Bachelet y del ministro de Justicia con la Región de Aisén , en el sentido de crear tribunales laborales para defender los derechos de los trabajadores, compromiso que ha quedado pendiente en un momento en que la región está pasando por una difícil situación de desempleo. Por eso, por intermedio de la Mesa, pido al ministro de Economía , aquí presente, que interceda ante el Gabinete para que dicho compromiso se cumpla.
Pueden existir muchas opiniones sobre la culpa o responsabilidad de quien ha provocado los efectos medioambientales y la contaminación por el virus ISA. Algunos pueden enrostrar la responsabilidad a los empresarios que, por cierto, la tienen; pero aquí también hay una responsabilidad del Estado, porque en 20 años no ha estado presente; se carece de institucionalidad -es otro de los grandes temas presentes-, y la que existe es dispersa. Por eso, entre todos debemos hacer un esfuerzo para que el Estado cumpla un mayor rol, cosa que hasta ahora no ha ocurrido; por el contrario, ha estado ausente.
Por último, creo que ésta es una oportunidad para mejorar las relaciones entre la pesca artesanal y la industria salmonera. Ahí hay un gran desafío pendiente. Además, el proyecto debe permitirnos mejorar el aspecto ambiental y la calidad y cantidad de los trabajos que esta industria tenía.
Por tanto, invito a los colegas a votar a favor el proyecto.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente, en innumerables oportunidades he utilizado los micrófonos de la Cámara y de esta Sala en particular para hablar de la situación de la salmonicultura en la Décima Región de Los Lagos.
Asumí como parlamentario en marzo de 2002. Desde entonces -como podrá comprobarse en la historia fidedigna del establecimiento de la ley- he puesto sobre la mesa los problemas relacionados con mi región y, en particular, los que aquejan hoy a la salmonicultura, como los medioambientales y laborales.
En esta misma Sala en su momento denuncié las prácticas antisindicales que llevaban a cabo gran parte de los empresarios. Recibí por ello un sinnúmero de descalificaciones. No sólo diputados de la Oposición, sino también algunos de mi propia coalición, me consideraron un enemigo de la empresa. Sin embargo, lo hice porque entendí que si bien se trataba de una industria generadora de empleo, estaba transgrediendo la normativa laboral de manera permanente.
En cuanto a los problemas medioambientales ni que hablar. Lo señalé desde un primer momento. Recurrí a especialistas y doctores en las materias referidas al ámbito medioambiental, quienes auguraron un nefasto desenlace para la industria del salmón si no se adoptaban a tiempo las medidas que pudiesen paliar los efectos de este desarrollo desenfrenado de la actividad. Mientras el único objetivo que tenían en su mente y en sus bolsillos los señores empresarios del salmón era ganar, ganar y ganar millonarias sumas de dinero, para otros era absolutamente necesario poner un freno para evitar que se desencadenara esta situación.
Sin duda, hubo más de un factor que produjo la crisis que hoy está viviendo la actividad salmonera. No podríamos endosarle toda la responsabilidad a los empresarios del salmón; pero no nos cabe duda alguna de que por lo menos el 80 por ciento de la grave crisis que está afectando a esa industria y que ha provocado el despido de 17 mil trabajadores de sus fuentes laborales, vinculadas a la empresa del salmón, se debe a la arrogancia y a la altanería de los empresarios del salmón. Además, los abusos cometidos por ellos han sido elementos detonantes y gatilladores del problema que hoy estamos viviendo. Pero no hubo ni un solo mea culpa por la forma en que estaban actuando, ni una sola frase de apaciguamiento ante esa forma arrogante de ver las cosas que, en algún momento, se vio reflejada en las declaraciones del presidente de SalmonChile , quien señaló que, si no fuera por la actividad salmonera, Puerto Montt sería Muerto Montt, y que la Región de Los Lagos no sería la Décima Región, sino la Pésima Región. Son frases que quedarán para la historia.
Quiero decir de verdad y con mucho respeto por mis colegas que lamento tales expresiones. En el Congreso Nacional hay muchas bancadas: la bancada por la vida, que se creó hace poco, la bancada verde, que se ocupa de los temas medioambientales, y la bancada naranja, que es la de los salmoneros y cuyo presidente es el diputado Patricio Melero . Ellos han defendido durante años las atrocidades cometidas por la industria salmonera en el sur de nuestro país. Esa industria, que para algunos era el símbolo del modelo de crecimiento económico chileno, no sólo ha ocasionado en estos años más de 70 trabajadores muertos, sino que, como lo han dicho especialistas, entre ellos Héctor Coll , preparó su propio deceso al cometer una serie de errores, que han sido la causa de que hoy tengamos que estar discutiendo en esta Sala un proyecto que es un salvavidas para las empresas salmoneras. Eso y no otra cosa es este proyecto, que tenemos que aprobar; pero no para favorecer a los empresarios del salmón, sino a los trabajadores que todavía están laborando al interior de las empresas y que suman más de 33 mil.
Como decía hace un instante, se nos acusó de todo; sin embargo, desde mi punto de vista y según lo planteado por el propio Héctor Coll -coincido plenamente con él-, sus mayores detractores no hemos sido nosotros. En una de las famosas cenas de los empresarios del salmón a las cuales asisten muchos parlamentarios de la bancada naranja, el señor César Barros nos catalogó como enemigos de nuestras regiones y dijo que quienes formulábamos críticas a las empresas salmoneras estábamos en contra del progreso, del empleo y de la modernidad. En esa misma cena, César Barros agregó que, cada día, seis millones de personas en el mundo comían un trozo de salmón chileno y que esperaba que dentro de diez años, esos seis millones se transformaran en doce millones. Pero nunca dijo que el costo de ello eran las prácticas antisindicales y el grave deterioro que ha sufrido nuestro medio ambiente, en particular, el mar, los ríos y los lagos.
Por eso, he sido crítico de la industria salmonera. Estoy dispuesto a aprobar gran parte del articulado de este proyecto, porque creo que es necesario -repito-, pero no para salvar los bolsillos de los empresarios que durante los últimos años han ganado sumas millonarias, sino para generar una actividad distinta que, ojalá, en el futuro no siga cometiendo los atropellos laborales y medioambientales en que ha incurrido hasta ahora.
Quiero aprovechar la presencia del ministro de Economía para decirle que nosotros valoramos los esfuerzos que, una vez más, está haciendo el Gobierno para salvar la industria salmonera. Sin embargo, debo decirle también que en nuestra región hubo servicios que no estuvieron a la altura de las circunstancias en relación con la fiscalización; que el Sernapesca es una vergüenza, que el director de dicho servicio, el señor Fernández , es un pro salmonero que jamás se ha preocupado de fiscalizar a los grandes empresarios; por el contrario, se ha preocupado de perseguir a los empresarios más pequeños que dan empleo a 30 ó 40 trabajadores y que todos los meses tienen exiguos ingresos. Esto también tiene que cambiar con las modificaciones que introduce el proyecto a la ley de pesca y acuicultura, a las cuales voy a dedicar los últimos tres minutos de mi intervención.
Por ejemplo, nunca más vamos a tener balsas jaula, que hoy afectan el turismo en nuestra Región de Los Lagos. Espero que, en el Senado, los señores salmoneros no hagan lobby con la bancada naranja -allá también existe- para destruir lo que hemos logrado avanzar. Ya en la Comisión de Hacienda destruyeron algunos artículos que beneficiaban a los trabajadores. Pero, como digo, en Los Lagos nunca más habrá balsas jaula ni nuevas concesiones. Como, por ley, no podemos sacar de allí las que existen, que sepan los señores salmoneros que las modificaciones que estamos introduciendo a la ley establecen que el incumplimiento de las normas medioambientales será causal de caducidad de la concesión.
Además, vamos a aumentar -es un gran logro de la Concertación, porque algunos diputados no querían aprobarlo- las exiguas y ridículas patentes que están pagando: dos UTM por hectárea concesionada; es decir, 70 mil pesos al año. Eso es lo que pagan los salmoneros por ocupar y destruir nuestros lagos desde el punto de vista medioambiental. Paga más el señor Gutiérrez por un quiosco que tiene en la población Bustamante , de Fresia: 90 mil pesos al año por su patente. Con esto lo digo todo. De acuerdo con las modificaciones que le estamos introduciendo a la ley de pesca y acuicultura, de aquí al 2013, tendrán que pagar 10 UTM por hectárea, y esos recursos, a diferencia de lo que ha ocurrido hasta hoy, quedarán en nuestras regiones. Éste es un gran logro, porque significará más proyectos y más obras sociales en beneficio de la gente.
No dispongo de tiempo suficiente para referirme en profundidad al estatuto laboral, que esperamos que sea un avance que salvaguarde los derechos de los trabajadores. No podré referirme en detalle al acuerdo a que llegamos con el Gobierno para que más comunas de la región sean incorporadas a los planes de empleo o a los proyectos salmoneros. Así, donde haya un cesante de la industria del salmón, también habrá un proyecto que lo beneficiará y no como se había señalado al principio, en cuanto a que sólo algunas comunas, como Puerto Montt, Maullín y Calbuco , serían beneficiadas con proyectos salmoneros.
En el último minuto de que dispongo quiero referirme a la vergüenza que sentí cuando algunos diputados no querían aprobar el artículo que establece que el hecho de que las empresas salmoneras que tengan concesiones acuícolas no respeten los derechos laborales -así lo aprobamos en la Comisión de Pesca-, será causal de caducidad de la concesión.
Lamento profundamente que la Comisión de Hacienda haya rechazado ese artículo que resguardaba los derechos de los trabajadores. ¿Acaso esto quiere decir que estamos dispuestos, una vez más, a entregarles a las empresas salmoneras un cheque en blanco para que sigan violando los derechos laborales, atacando a los trabajadores, violentando a sus dirigentes y haciendo prácticas antilaborales?
El señor Álvaro Jiménez, director de Marine Harvest para Chile, señaló que quienes presentamos la indicación a que me referí demostramos nuestro absoluto desconocimiento de la realidad de la industria salmonera. Quiero decirle a ese señor que conocemos la realidad de su industria; que sabemos que Marine Harvest es el peor ejemplo de respeto de los derechos laborales porque, incluso, instala cámaras para vigilar a los trabajadores. No sé si para el señor Jiménez esto sea desconocer la realidad, pero es la práctica que algunos empresarios utilizan con sus trabajadores y que queremos evitar en el futuro.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra la honorable diputada señora Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente, no quiero referirme al aspecto legal o a la forma en que está cambiando la legislación, porque ya escuchamos un resumen muy detallado del diputado Recondo sobre esta materia.
Por eso, quiero hacer otro tipo de consideraciones y explicar qué significa hoy y lo que significará en el futuro la industria del salmón para la zona que represento. De sus comunas, hay tres donde la importancia de esta industria ha sido vital: Cochamó, Puerto Montt y Calbuco .
Si hacemos un balance de la industria salmonera, sin duda ha sido un aporte para el desarrollo de nuestras regiones. Siempre me he sentido muy orgullosa de que, no obstante que el trabajo femenino en nuestro país ha tenido cifras muy bajas, en nuestra región siempre estaba sobre la media, bordeando el 40 por ciento o más, lo que se debe en gran parte a la industria del salmón. Muchas mujeres de distintas edades, sin importar su apariencia física o sus estudios, han tenido la oportunidad de trabajar y, de esa manera, han podido ayudar a sus hijos y mejorar la calidad de vida de sus familias. Por lo tanto, se trata de una zona donde muchas jefas de hogar han visto en ello una oportunidad.
No lo digo en el aire, sino porque he visitado muchas plantas de proceso y he hablado con muchas mujeres que están muy agradecidas por las oportunidades que se les han brindado, incluso de terminar sus estudios.
Sin embargo, el desarrollo explosivo de esta industria se encontró con tremendos problemas que no le competía a ella resolver. Las regiones Décima y Undécima son zonas que lamentablemente, por estar lejos de la Región Metropolitana, han sido tremendamente abandonadas en cuanto a estructura vial, infraestructura portuaria y capacitación de sus trabajadores y de su gente. Por lo tanto, llevar a cabo y desarrollar esta industria no ha sido un proceso fácil.
Mucho se critica que estuvieran tan cerca unos de otros centros de cultivo. Efectivamente, es una crítica válida. Pero, ¿dónde iban a instalar centros de cultivo si no había manera de llegar a ciertos sectores? A lo mejor existían condiciones ideales para de-sarrollar la industria, pero no se contaba con caminos, rampas ni manera de producir en la zona; o bien se trataba de zonas que no contaban con la cantidad suficiente de habitantes para dar empleo a gente de las cercanías.
Además, durante estos años ha habido una oposición permanente de la pesca artesanal. Ello se debe a la existencia de una autoridad indolente que no ha ejercido sus atribuciones para dilucidar diversos conflictos que se han originado en estas dos áreas de producción que, a mi juicio, pueden coexistir perfectamente.
Existe un conflicto artificial que a algunos les ha servido y del que han sacado mucho provecho. Me refiero a dirigentes sindicales y políticos de izquierda que permanentemente se han dedicado a prender incendios en esas dos actividades.
El populismo aquí ha hecho su parte. La industria no ha estado exenta de infracciones...
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
¡Muestra tu cuenta!
La señora TURRES (doña Isabel).-
Señor Presidente, por su intermedio, quiero decir a los diputados Espinoza y De Urresti que escuché con toda atención sus intervenciones, de manera que exijo respeto. Pido que se descuente de mi tiempo estas interrupciones.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Diputada señora Marisol Turres, continúe con su intervención.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Apenas se callen los dos diputados de la bancada de enfrente.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Diputada señora Marisol Turres, continúe con su intervención.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente, decía que el populismo ha hecho su parte. La industria no ha estado exenta de infracciones a leyes medioambientales y, en algunos casos, a la legislación laboral. Eso es verdad, pero no ha sido la regla general. No podemos decir que toda la industria ha ejercido prácticas antisindicales o ha deteriorado nuestro medio ambiente. Aquí ha habido de todo.
Insisto en que en las visitas que he hecho a plantas de proceso y centros de cultivo, he constatado beneficios a sus trabajadores. Sin embargo, también he visto que en algunas empresas no existe ese respeto. En esos casos, la autoridad a la que le corresponde ejercer sus atribuciones ha estado absolutamente ausente.
Algunos se preguntan cómo es posible que sigan subsistiendo empresas donde no se respetan los derechos laborales ni el medio ambiente. Sin embargo, ahí están. ¿Por qué? ¿Será para entregarle algún argumento válido a algunos personajes a los que les encanta hacer gárgaras con las infracciones, en vez de luchar por que este tipo de prácticas termine de una vez por todas, de manera que los trabajadores tengan un empleo como corresponde y en las condiciones que la ley exige?
Quiero distinguir que en esta materia hay de todo, como en todas partes. Pero también hay legislación y hay autoridad, y al Gobierno le corresponde parte de la pega, que no ha hecho. Es importante decirlo.
Asimismo, en este punto quiero detenerme en algo que para mí, en especial como mamá y como mujer, es importante. Las empresas salmoneras trabajan por turnos, de día y de noche. Los turnos de noche muchas veces deben desempeñarlos mujeres que tienen hijos pequeños, que quedan muy descuidados. Existen salas cuna para las que tienen hijos menores de dos años; pero sacarlos en mitad de la noche para llevarlos a la sala cuna o volver a su hogar, considerando las condiciones climáticas de la región, es un sacrificio demasiado grande para esas mujeres y para sus niños.
Desde este hemiciclo, quiero hacer un llamado a la industria del salmón para que tome mayor conciencia de lo que significa el trabajo de la mujer en mi región. Es un trabajo súper sacrificado, y no creo que esto se pueda regular por ley. No pretendo que haya menos empleo femenino; todo lo contrario, quiero empleo para las mujeres. Esta industria se lo ha dado; pero espero que esa calidad de empleo les permita mantener un equilibrio entre su labor como trabajadora, mamá, dueña de casa y jefa de hogar.
Hace un rato me referí a la pesca artesanal. En esta área, subsiste y está muy presente un resentimiento muy grande en contra de este sector. Aquélla ha visto el desarrollo de esta industria, que ha crecido y generado ganancias. Sin embargo, pasan los años y la situación de los pescadores artesanales sigue exactamente igual.
Hoy, los pescadores están convencidos de que la industria del salmón ha recibido miles de millones de dólares del Gobierno para salvar la actual situación. Al respecto, es importante decir que hasta el día de hoy dicha industria no ha recibido ni un solo peso, ni un solo dólar. Han existido anuncios, como el del proyecto que debatimos ahora, que demoró algo su tramitación, pero la industria del salmón no ha recibido recursos.
También es importante hacer presente que hoy la pesca artesanal está pasando por un momento económico particularmente difícil. Se lo hice saber al ministro en la Comisión de Pesca, a la que no pertenezco, pero a la cual asistí en forma especial con esa finalidad. En este momento difícil, los pescadores artesanales esperan una preocupación similar de parte del Gobierno, sobre todo en materia de solución al endeudamiento que mantienen con algunos bancos.
Espero que la autoridad medie ante los bancos, de manera de encontrar soluciones reales que permitan a cada uno de esos trabajadores pagar sus deudas y seguir ejerciendo sus actividades.
Para terminar, quiero plantear al Ejecutivo algunas cosas que, a mi juicio, son muy importantes.
En nuestro país supimos de la existencia del virus ISA hace dos años. Sin embargo, tengo la sensación de que, no obstante saber de su existencia, no se hizo ningún esfuerzo mayor para conocer su posible vía de ingreso y, de esa forma, prepararnos para cualquier eventualidad a futuro. Es como si ingresara al país la mosca de la fruta -perdónenme los agricultores, que entienden de esto más que yo- y el SAG se dedicara a cazar moscas en lugar de tener claro de dónde proviene el contagio para evitarlo en el futuro.
Aquí ha pasado lo mismo. Por eso hice una denuncia ante el Ministerio Público para efectos de que, ante un hecho tan importante como éste, se investigue y ojalá se llegue a la verdad.
Asimismo, a este respecto no basta con una ley. Ella podrá mejorar las condiciones de desarrollo de la industria, pero, sin duda, no matará el virus ISA. Algunos laboratorios han trabajado buscando una vacuna que sea inocua respecto del medio ambiente, pero que permita la solución que requerimos hoy. Al respecto es necesario saber cómo matar el virus ISA. Sé que se han presentado solicitudes al SAG para probar las vacunas. Sin embargo, hasta el día de hoy nada ha pasado.
La sola ley no sirve. Por eso, mientras no se hagan mayores esfuerzos por matar el virus, por conocer su origen y por dar un empleo de calidad para paliar esta tremenda crisis, en lugar de tener a mujeres con palos y picotas en Puerto Montt, el problema no se solucionará.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Informo que los diputados Gastón von Mühlenbrock, Jorge Ulloa y Carlos Recondo pueden insertar sus discursos.
Finalmente, tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, quiero abordar este proyecto, discutido latamente en la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, desde la perspectiva del ámbito laboral. Varios colegas se han referido a los diversos instrumentos que consigna para realizar un salvataje de la industria del salmón, ante la crisis que le afecta en la actualidad.
Para la historia fidedigna de la ley, es importante referirse a un informe que elaboró la Comisión de Pesca, en 2006, constituida en Comisión investigadora para conocer las condiciones laborales y ambientales de la industria del salmón.
Por iniciativa de algunos diputados, entre los cuales figuran el diputado Fidel Espinoza y otros, nos constituimos en Puerto Montt, en Melinka y en Puerto Chacabuco; recorrimos las empresas, nos reunimos con los ejecutivos y dueños de las plantas salmoneras, y también con los sindicatos, con representantes de organizaciones medioambientales y con pescadores artesanales.
En esa oportunidad elaboramos un informe que anticipaba la crisis que se produciría. ¿Qué recibimos? Descalificaciones por parte de la derecha,…
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor DE URRESTI.-
…, de diputados de la Alianza y de algunos otros que adhirieron, porque consideraron que ésa era una visión catastrofista y sesgada, y que estábamos afectando una industria exitosa, que exportaba 2.400 millones de dólares y representaba el 34 por ciento de la producción de salmón a nivel mundial.
Nos encontramos con empresarios arrogantes.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, por su intermedio pido respeto a los colegas de la Alianza y que no se constituyan en defensores de los empresarios.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Ruego a los señores diputados evitar los diálogos.
Continúa con el uso de la palabra el diputado señor De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, la historia está en este informe. Hicimos ver que las condiciones laborales y ambientales de la industria del salmón no eran sostenibles.
No era una visión catastrofista. Queríamos poner en perspectiva que esa industria no era sustentable en las condiciones en que estaba trabajando.
Dimos a conocer la enorme cantidad de prácticas antisindicales, lo que pasaba con las salas cuna nocturnas en las cuales las trabajadoras dejaban a sus niños, las dificultades para fiscalizar esos centros de cultivo y de qué manera se estaba sobreproduciendo en ellos. Pero existió obcecación de parte de algunos, que no quisieron aceptar lo que estaba ocurriendo.
Por eso hoy nos enfrentamos a esta crisis.
Ahora, la industria pide un salvataje al Gobierno y clama por una ley que resuelva esa situación. Al respecto, con mucha fuerza sostengo que son los mismos empresarios arrogantes que nos expresaron que esa Comisión carecía de sentido y que esa industria era la más exitosa del mundo, los mismos que nos preguntaron por qué fiscalizábamos. El tiempo nos dio la razón.
Queremos contribuir a que le vaya bien a la industria del salmón. Pero nos gustaría que se hiciera con respeto a los trabajadores, a los pescadores artesanales y al medio ambiente. Deseamos que esa industria se sustente en el tiempo y no sólo asegure ganancias millonarias durante corto tiempo, debido a lo cual hoy existen más de 15 mil trabajadores despedidos.
Es menester avanzar en soluciones. Por eso, pido votación separada del artículo 6º transitorio. Junto con brindar salvataje a la industria y hacerla viable en el tiempo, es necesario establecer un estatuto especial para los trabajadores de la industria del salmón. No puede ser que el costo lo paguen los trabajadores y que la industria obtenga mejores garantías en la banca para continuar con su labor.
Un acuerdo laboral dispuso que en el plazo de dos meses contados desde la aprobación de esta futura ley, se enviaría un proyecto para establecer un estatuto especial para los trabajadores desvinculados de la industria del salmón. Asimismo, que en las próximas concesiones acuícolas de las regiones de Los Ríos, Los Lagos, Aisén y Magallanes se debe entregar un porcentaje de ellas a los sindicatos de pescadores y de trabajadores desvinculados de la industria.
Son aspectos fundamentales; no eludamos la discusión. Esta crisis, provocada por el empresariado de la industria del salmón debido a su forma de ver el mundo, no puede ser pagada a costa de los miles de trabajadores despedidos. Aquí debemos poner el acento el Gobierno, el Estado y los legisladores para que esto nunca más vuelva a ocurrir.
Por eso, pido al ministro de Economía poner en perspectiva lo que viene. No queremos tener que constituirnos nuevamente en comisión investigadora para denunciar las condiciones laborales y medioambientales de la industria del salmón, y anticipar lo que vendrá. La vez pasada no existió reacción. Por lo tanto, alguna institucionalidad del Estado no funcionó.
Con mucha fuerza, digo que los órganos fiscalizadores del Servicio Nacional de Pesca no estuvieron a la altura ni vigilantes para hacer respetar lo consignado sobre las concesiones y sobre la densidad y volumen de peces por cada centro de cultivo. Queremos una ley que avance y que la industria progrese, pero no a costa de los trabajadores ni del medio ambiente.
Por eso, reitero mi petición de votación separada del artículo 6º transitorio.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
El señor LAVADOS ( ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente, sólo quiero hacer presente la importancia que reviste este proyecto para el Gobierno. Asimismo, aclarar algunas consultas que se han formulado durante el debate. Responderé algunas bilateralmente y otras serán aclaradas durante la discusión en el Senado. Finalmente, deseo reiterar el compromiso que asumió el Gobierno con los trabajadores respecto del estatuto laboral, que será presentado 60 días después de la promulgación de la ley en tramitación. Esperamos que esto ocurra lo antes posible.
Respecto del artículo que dice relación con las prácticas antisindicales, deberá ser perfeccionado en el Senado, como señalaba el diputado señor Carlos Montes. Desde ya, advierto que vamos a prestarle nuestro apoyo, puesto que para el Gobierno el tema laboral reviste prioridad.
He dicho.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley que modifica la ley general de pesca y acuicultura, en materia de acuicultura.
-Durante la votación:
El señor BARROS.-
Señor Presidente, de conformidad con lo expresado en los artículos 5º B de la ley orgánica del Congreso Nacional y 145 del Reglamento de la Corporación, me voy a abstener de votar.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Se deja constancia de ello, señor Barros.
El señor ALINCO.-
Señor Presidente, ¡la bancada completa debería abstenerse por sus intereses! ¡Solicito que los parlamentarios con intereses en el mar se abstengan de votar!
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 92 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 5 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alvarado Andrade Claudio; Pérez San Martín Lily; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Paya Mira Darío; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Votó por la negativa el diputado señor Alinco Bustos René.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Accorsi Opazo Enrique; García García René Manuel; Girardi Briere Guido; Soto González Laura; Valenzuela Van Treek Esteban.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto se declara aprobado también en particular, con las siguientes excepciones: la frase final de la letra b) del numeral 7) del artículo 1º; la oración final del inciso cuarto del artículo 81, contenido en el numeral 9) del artículo 1º; los numerales 10) y 11) del artículo 1º; la letra k) del número 18) del artículo 1º, que la Comisión de Hacienda propone suprimir; la oración final del artículo 5º, y el artículo 6º transitorio, cuyas votaciones separadas han sido requeridas.
En primer lugar, corresponde votar la frase final de la letra b) del numeral 7) del artículo 1º, a la cual va a dar lectura el señor Secretario.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Dice: “Asimismo, no será exigible dicho requisito para la constitución de hipoteca sobre la concesión o autorización”.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 60 votos; por la negativa, 34 votos. Hubo 4 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Bauer
Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Paya Mira Darío; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Silber Romo Gabriel; Súnico Galdames Raúl; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Pérez San Martín Lily; Araya Guerrero Pedro; Ceroni Fuentes Guillermo; Díaz Díaz Marcelo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt
Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Girardi Briere Guido; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Jiménez Fuentes Tucapel; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Olivares Zepeda Carlos; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Valenzuela Van Treek Esteban; Vargas Lyng Alfonso.
-Se abstuvieron los diputados señores:
De Urresti Longton Alfonso; Espinoza Sandoval Fidel; García García René Manuel; Saa Díaz María Antonieta.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde votar la oración final del inciso cuarto del artículo 81, contenido en el numeral 9) del artículo 1º, a la cual va a dar lectura el señor Secretario .
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Dice: “Al acreedor hipotecario no le serán oponibles dichos actos, salvo los contratos de arrendamiento que hayan sido inscritos en el Registro de Propiedad de Concesiones o Autorizaciones con fecha anterior a la de inscripción de la hipoteca en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces que corresponda”.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 62 votos; por la negativa, 25 votos. Hubo 7 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Paya Mira Darío; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Silber Romo Gabriel; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Pérez San Martín Lily; Araya Guerrero Pedro; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Olivares Zepeda Carlos; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Valenzuela Van Treek Esteban.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Espinoza Sandoval Fidel; García García René Manuel; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Jiménez Fuentes Tucapel; Martínez Labbé Rosauro; Muñoz D’Albora Adriana.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde votar los numerales 10) y 11) del artículo 1º.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 61 votos; por la negativa, 29 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Aprobados.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Bauer Jouanne Eugenio;
Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Espinoza Sandoval Fidel; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Paya Mira Darío; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Silber Romo Gabriel; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Pérez San Martín Lily; Araya Guerrero Pedro; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Girardi Briere Guido; González Torres Rodrigo; Jiménez Fuentes Tucapel; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Olivares Zepeda Carlos; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Valenzuela Van Treek Esteban.
-Se abstuvieron los diputados señores:
García García René Manuel; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde votar la indicación de la Comisión de Hacienda para suprimir la letra k) del número 18 del artículo 1º.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 9 votos; por la negativa, 61 votos. Hubo 22 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Rechazada.
En consecuencia, en esa materia se aprueba el proyecto en la forma planteada por la Comisión de Pesca.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Zenteno Rodrigo; Bauer Jouanne Eugenio; Bobadilla Muñoz Sergio; Correa De La Cerda Sergio; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Paya Mira Darío; Salaberry Soto Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Alvarado Andrade Claudio; Pérez San Martín Lily; Araya Guerrero Pedro; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; Girardi Briere Guido; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Valenzuela Van Treek Esteban; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Bertolino Rendic Mario; Cubillos Sigall Marcela; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde votar la oración final del artículo 5º, a la cual va a dar lectura el señor Secretario .
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Dice: “Por el solo ministerio de la ley, la hipoteca que grave una concesión se extenderá a aquella que la reemplace de conformidad a lo previsto en el presente artículo, conservando la fecha de constitución de la hipoteca sobre la concesión original”
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 60 votos; por la negativa, 32 votos. Hubo 4 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Andrade Claudio; Pérez San Martín Lily; Álvarez Zenteno Rodrigo; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Espinoza Sandoval Fidel; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Paya Mira Darío; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Araya Guerrero Pedro; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Girardi Briere Guido; González Torres Rodrigo; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Núñez Lozano Marco Antonio; Olivares Zepeda Carlos; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Valenzuela Van Treek Esteban.
-Se abstuvieron los diputados señores:
García García René Manuel; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Muñoz D’Albora Adriana.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
La última votación separada, solicitada por el diputado De Urresti, dice relación con el artículo 6º transitorio.
Se va a votar el texto de ese artículo.
Tiene la palabra el diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, aquí hay una confusión. El artículo 6º transitorio dice: “Se propondrá una normativa especial que regule los efectos laborales que se produzcan por aplicación de la presente ley”.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , el texto que despachó la Comisión de Pesca tenía esa misma redacción, pero establecía un plazo de dos meses, que ahora no se incluye en el artículo. Por lo tanto, solicitamos la reposición del artículo que aprobó la Comisión de Pesca.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Señor diputado, no podemos hacer eso, porque es una indicación distinta. Su señoría nos pidió votar el artículo en forma separada.
Además, no podemos hacerlo debido a la urgencia que tiene este proyecto.
En consecuencia, corresponde votar el artículo 6º transitorio tal como viene en los informes de ambas Comisiones.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 9 votos. Hubo 15 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Aprobado.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alvarado Andrade Claudio; Pérez San Martín Lily; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Bauer Jouanne Eugenio; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Montes Cisternas Carlos; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Valenzuela Van Treek Esteban; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Espinosa Monardes Marcos; Jaramillo Becker Enrique; Palma Flores Osvaldo; Soto González Laura; Tuma Zedan Eugenio.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Bertolino Rendic Mario; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; Girardi Briere Guido; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Díaz Nicolás; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Paya Mira Darío; Rubilar Barahona Karla; Sepúlveda Hermosilla Roberto.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 15.05 horas
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN
Jefe de la Redacción de Sesiones
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. la Presidenta de la República con el que inicia un proyecto de ley que regulariza construcción de bienes raíces destinados a microempresas y equipamiento social. (boletín Nº 6531-14)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley mediante el cual se facilita la regularización de edificaciones destinadas a microempresas y a equipamiento social.
I. FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA.
1. Edificaciones y ampliaciones sin los permisos de la Dirección de Obras Municipales.
Se ha detectado un alto porcentaje de edificaciones y ampliaciones de éstas que se ejecutan sin obtener los permisos correspondientes de la Dirección de Obras Municipales. Esta condición afecta no sólo la capacidad de los microempresarios y las organizaciones comunitarias para desarrollar sus actividades, sino que podría afectar la seguridad de las personas que dan uso a estas edificaciones, si no cumplen con las mínimas normas de habitabilidad y seguridad.
Asimismo, se ha detectado que en algunos casos una vez construidas estas edificaciones no pueden obtener la recepción final porque no cumplen con las exigencias establecidas por la ley General de Urbanismo y Construcciones, su Ordenanza General o las de los Planes Reguladores.
2. Moción parlamentaria.
El presente proyecto de ley que someto a vuestra consideración, tiene su origen en una moción de los diputados Jorge Burgos , Carlos Montes , Gonzalo Duarte , Fidel Espinoza , Jorge Insunza , Antonio Leal ; Manuel Monsalve y Marcelo Schilling , que fue declarada inadmisible por la Cámara de Diputados, requiriéndose el patrocinio del Ejecutivo.
3. Crisis económica internacional y la actividad microempresarial.
La crisis económica internacional exige que en nuestro país se adopten un conjunto de medidas, estrategias y políticas destinadas a facilitar la creación y mantención de empleos. Como Gobierno hemos hecho importantes avances en la materia, mediante un conjunto de medidas e inversiones; no obstante, estimamos se puede avanzar en otras líneas, una de ellas es la que proponemos y que tiene por objeto favorecer la actividad microempresarial, permitiéndoles regularizar, a través de un procedimiento simplificado, las edificaciones que albergan esas actividades evitando de esa manera que ellas sean desarrolladas informalmente. Esta regularización permitirá el acceso a créditos y otras formas de apoyo del Estado, así como asegurar la seguridad de las personas.
Las microempresas, desarrollan principalmente actividades de subsistencia de carácter extractivas, industriales, de comercio, transporte y servicios, que se ejecutan generalmente dentro de viviendas o en pequeños recintos anexos o dependientes, dando origen a edificaciones y a cambios de destino no autorizados.
La imposibilidad de muchos microempresarios de cumplir con complejos trámites administrativos para dar cumplimiento a normas sobre urbanismo y construcción, sanitarias, tributarias, laborales y previsionales, entre otras, y el costo económico derivado del pago de derechos, genera un estado de informalidad o ilegalidad en el desarrollo del proceso productivo y acarrea un permanente estado de incertidumbre e inseguridad laboral que afecta material y sicológicamente, no sólo a quienes desarrollan estas actividades, sino que también a sus núcleos familiares.
En definitiva, el propósito fundamental del presente proyecto de ley es autorizar en forma excepcional y por una sola vez mediante un procedimiento administrativo simplificado, la regularización definitiva de ampliaciones o edificaciones que alberguen las actividades microempresariales a que se refiere la iniciativa legal que se propone.
4. La participación ciudadana y el equipamiento social.
Uno de los objetivos capitales de mi Gobierno, se traduce en promover la participación ciudadana. Una de las formas más concretas para estimular esa participación, es removiendo los obstáculos que dificultan la formalización de sus organizaciones.
Dentro de esas dificultades, se comprende la falta o precariedad de la infraestructura física que cobije esa actividad comunitaria. Por ello la presente iniciativa, aborda la regularización de las edificaciones destinadas a equipamientos sociales, toda vez que con ello se permite que la comunidad pueda contar con inmuebles para el desarrollo de sus actividades, incentivándose de esta manera una efectiva participación ciudadana.
II. CONTENIDO DEL PROYECTO.
La presente iniciativa legal, comprende el siguiente contenido específico:
1. Regularización de edificaciones ocupadas por microempresas.
A través de un procedimiento simplificado, se autoriza la regularización de las edificaciones que albergan actividades de microempresa inofensiva, esto es toda actividad industrial, comercial o de servicios, excluidas las de salud y de educación, cuyas edificaciones destinadas al desarrollo de la actividad no excedan los doscientos metros cuadrados edificados, que no produzca daños ni molestias a las personas, comunidad o entorno, controlando y neutralizando los efectos del proceso productivo o de acopio, siempre dentro del propio predio e instalaciones, resultando su funcionamiento inocuo.
2. Regularización de equipamiento social.
En segundo lugar, la presente iniciativa legal propone un procedimiento simplificado de regularización para aquellas edificaciones que estén destinadas a equipamiento social que no excedan de 400 metros cuadrados edificados, esto es los establecimientos destinados principalmente a actividades comunitarias, tales como: sedes de juntas de vecinos, centros de madres, clubes sociales y locales comunitarios.
3. Plazo y procedimiento simplificado de regularización.
Para la regularización propuesta, se establece un plazo de dos años, contado desde la fecha de publicación de la ley, y un procedimiento en el que básicamente se disminuyen las exigencias de los planes reguladores y las normas técnicas, a las siguientes:
a. Disposiciones de los planes reguladores referidas a zonas de riesgo o protección, declaraciones de utilidad pública.
b. Normas técnicas de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de las instalaciones interiores de electricidad, y, cuando corresponda, de agua potable, alcantarillado y gas.
Enseguida, se dispone que el cumplimiento de dichas disposiciones y normas, sea certificado sólo por el profesional competente que suscriba la solicitud del permiso de edificación y de recepción de obras.
Luego, se dispone que los interesados deberán presentar ante la Dirección de Obras Municipales respectiva una solicitud acompañada de los siguientes documentos:
a. Croquis de ubicación a escala 1:500;
b. Planos de arquitectura elaborados por un profesional competente a escala 1:50, salvo que el Director de Obras Municipales autorice una escala distinta;
c. Especificaciones técnicas resumidas, y
Tratándose de microempresas, certificado de calificación de actividad inofensiva, extendido por la autoridad sanitaria correspondiente
4. Adecuaciones a la normativa sobre regularización permanente.
Finalmente, para resolver materias pendientes referidas a la regularización de edificaciones en general, el proyecto modifica el artículo 166 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, cuyo texto vigente fue establecido por la ley N° 20.251, que generó un régimen permanente para facilitar la obtención de permisos de edificación para la ampliación de viviendas de carácter social, de manera que no sea necesario posteriormente regularizarlas.
La citada ley N° 20.251, omitió mencionar a las ampliaciones de viviendas cuyo valor de tasación de la construcción no sea superior a 520 unidades de fomento, calculado conforme a la tabla de costos unitarios por metro cuadrado de construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que si aparecen señaladas en el artículo transitorio de la mencionada ley N° 20.251.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1°.- Los propietarios de bienes raíces que hayan sido construidos con o sin permiso de edificación y que no cuentan con recepción definitiva o que hayan materializado de hecho el cambio de destino de las edificaciones existentes en forma no concordante con los usos de suelo permitidos por los planes reguladores, podrán dentro del plazo de dos años, a contar desde la fecha de publicación de esta Ley, regularizar su situación de acuerdo a las normas de edificación y al procedimiento simplificado que se señala más adelante.
Artículo 2º.- Podrán acogerse a esta ley, las edificaciones construidas antes de la fecha de su publicación, que estén destinadas a microempresas inofensivas, siempre que las edificaciones destinadas al desarrollo de esa actividad no excedan los doscientos metros cuadrados edificados y aquellas edificaciones que estén destinadas a equipamiento social, que no excedan de 400 metros cuadrados edificados.
Artículo 3º.- Podrán acogerse a estas disposiciones, las edificaciones señaladas en el artículo anterior, siempre que no se emplacen en zonas de riesgo o protección, o en franjas declaradas de utilidad pública.
Para la regularización de estas edificaciones, sólo les serán aplicables las disposiciones de los planes reguladores y las normas técnicas que se indican a continuación:
a) Disposiciones de los planes reguladores referidas a zonas de riesgo o protección, declaraciones de utilidad pública.
b) Normas técnicas de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de las instalaciones interiores de electricidad, y, cuando corresponda, de agua potable, alcantarillado y gas.
El cumplimiento de dichas disposiciones y normas será certificado sólo por el profesional competente que suscriba la solicitud del permiso de edificación y de recepción de obras.
Para estos efectos, los interesados deberán presentar ante la Dirección de Obras Municipales respectiva, una solicitud acompañada de los siguientes documentos:
a) Croquis de ubicación a escala 1:500;
b) Planos de arquitectura elaborados por un profesional competente a escala 1:50, salvo que el Director de Obras Municipales autorice una escala distinta;
c) Especificaciones técnicas resumidas, y
d) Tratándose de microempresas, certificado de calificación de actividad inofensiva.
Artículo 4º.- Para los efectos de esta ley, se entiende por microempresa toda actividad industrial, comercial o de servicios, excluidas las de salud y de educación, cuyas edificaciones destinadas al desarrollo de la actividad no excedan los doscientos metros cuadrados edificados.
Se entenderá como inofensiva aquella microempresa que no produce daños ni molestias a las personas, comunidad o entorno, controlando y neutralizando los efectos del proceso productivo o de acopio, siempre dentro del propio predio e instalaciones, resultando su funcionamiento inocuo, lo que será certificado por la autoridad sanitaria correspondiente.
Asimismo, para efectos de esta ley se entiende por equipamiento social a las edificaciones destinadas principalmente a actividades comunitarias, tales como: sedes de juntas de vecinos, centros de madres, clubes sociales y locales comunitarios.
Los Municipios que en conformidad a esta ley regularicen las construcciones destinadas a microempresas, deberán otorgar las patentes correspondientes.
Artículo 5º .- Las Direcciones de Obras Municipales, con el solo mérito de los antecedentes presentados, y acreditado el pago de los derechos municipales, procederán, dentro del plazo de ciento ochenta días a contar de la fecha de presentación de la totalidad de los antecedentes exigidos por esta ley, a otorgar, si procediere, el correspondiente certificado de regularización.
En lo referido a la aplicación de esta ley, los funcionarios municipales quedarán exentos de lo dispuesto en el artículo 22 del decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre responsabilidad de los funcionarios.
Para efectos de esta ley, se entiende por regularización el acto administrativo del Director de Obras Municipales por el cual se otorga simultáneamente el permiso de edificación y la recepción final de la edificación.
Artículo 6º.- Los derechos municipales que menciona el artículo anterior, serán aquellos a que se refiere el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en un porcentaje del cincuenta por ciento.
Artículo 7°.- Incorpórese en el inciso primero del artículo 166 del D.F.L. N° 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, a continuación de la coma (,) que sigue a la expresión “sanitarias”, la siguiente oración: “y a las ampliaciones de viviendas cuyo valor de tasación de la construcción no sea superior a 520 unidades de fomento, calculado conforme a la tabla de costos unitarios por metro cuadrado de construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo,“.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; EDMUNDO PEREZ YOMA , Ministro del Interior ; ANDRÉS VELASCO BRAÑES , Ministro de Hacienda ; PATRICIA POBLETE BENNETT , Ministra de Vivienda y Urbanismo.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE REGULARIZA LA CONSTRUCCIÓN
DE BIENES RAÍCES DESTINADOS A MICROEMPRESAS
Y EQUIPAMIENTO SOCIAL
Mensaje N° 151-357
El presente proyecto de ley tiene por objeto autorizar en forma excepcional y por una sola vez, mediante un procedimiento administrativo simplificado, la regularización definitiva de ampliaciones o edificaciones que alberguen las actividades microempresariales y aquellas destinadas a equipamiento comunitario.
Se entenderá por actividad microempresarial toda actividad que no produzca daños ni molestias a las personas, a la comunidad, ni al entorno, de tipo industrial, comercial o de servicio, excluidas las de salud y de educación, cuyas edificaciones no excedan de doscientos metros cuadrados.
Se entenderá por equipamiento social aquellas edificaciones que no excedan de cuatrocientos metros cuadrados destinados principalmente a actividades comunitarias, tales como: sedes de juntas de vecinos, centros de madres, clubes sociales y locales comunitarios.
Para la regularización respectiva se propone establecer un plazo de dos años, contado desde la fecha de publicación de la ley, y un procedimiento en el que básicamente se disminuyen las exigencias de los planes reguladores y las normas técnicas a las siguientes:
a) Disposiciones de los planes reguladores referidas a zonas de riesgo o protección, declaraciones de utilidad pública.
b) Normas técnicas de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de las instalaciones interiores de electricidad, y cuando corresponda, de agua potable, alcantarillado y gas.
En el proyecto de ley se dispone que el cumplimiento de dichas disposiciones y normas, sea certificado sólo por el profesional competente que suscriba la solicitud del permiso de edificación y de recepción de obras.
Los derechos municipales asociados a las regularizaciones objeto del proyecto de ley en comento, serán las establecidas en el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en un porcentaje del cincuenta por ciento.
Considerando que la mayoría de estas regularizaciones no se materializarían sin el procedimiento simplificado propuesto, la rebaja del cincuenta por ciento de los derechos municipales no constituye una disminución en los ingresos municipales. Por lo expuesto, este proyecto no tiene impacto fiscal.
(Fdo.): ALBERTO ARENAS DE MESA, Director de Presupuestos ?.
2. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley que establece el Estatuto Especial de Gobierno y Administración para el territorio de Isla de Pascua. (boletín N° 5940-06).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley de concesiones de obras públicas y otras normas que indica. (boletín N° 5172-09).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
4. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que moderniza Gendarmería de Chile, incrementando su personal y readecuando las normas de su carrera funcionaria (boletín N° 6447-07).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
5. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de Áreas de Manejo y Registro Pesquero Artesanal (boletín N° 6391-21).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
6. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 19 de mayo de 2009.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, Moción, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
“Artículo único.- Introdúcese la siguiente disposición transitoria Vigésimocuarta, nueva, en la Constitución Política de la República:
“Vigésimocuarta. El Estado de Chile podrá reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en los términos previstos en el tratado aprobado en la ciudad de Roma, el 17 de julio de 1998, por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de dicha Corte.
Al efectuar ese reconocimiento, Chile reafirma su facultad preferente para ejercer su jurisdicción penal en relación con la jurisdicción de la Corte. Esta última será subsidiaria de la primera, en los términos previstos en el Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional.
La cooperación y asistencia entre las autoridades nacionales competentes y la Corte Penal Internacional, así como los procedimientos judiciales y administrativos a que hubiere lugar, se sujetarán a lo que disponga la ley chilena.
La jurisdicción de la Corte Penal Internacional, en los términos previstos en su Estatuto, sólo se podrá ejercer respecto de los crímenes de su competencia cuyo principio de ejcución sea posterior a la entrada en vigor en Chile del Estatuto de Roma.”.”.
-o-
Hago presente a vuestra Excelencia que este proyecto de reforma constitucional fue aprobado tanto en general, cuanto en particular, con el voto favorable de 34 señores Senadores, de un total de 37 en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo prescrito en el artículo 127 de la Constitución Política de la República.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): JOVINO NOVOA VÁSQUEZ , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”.
7. Informe de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, recaído en el proyecto de ley que modifica la ley general de pesca en materia de acuicultura. (boletín Nº 6365-21-1)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en mensaje, en primer trámite constitucional y reglamentario, y para cuyo despacho el Ejecutivo hizo presente la urgencia con fecha 13 de mayo, calificándola de “suma”.
Con motivo del estudio del proyecto de ley, la Comisión contó con la asistencia y participación de las siguientes autoridades y representantes del sector público y privado: Ministro de Economía , don Hugo Lavados ; abogado de esa Cartera, señor Carlos Rubio ; Subsecretario de Pesca , don Jorge Chocair ; Subsecretaria (s) de Pesca, doña María Angela Barbieri ; asesores jurídicos de dicha repartición, señores Martín Manterola y Felipe Palacios ; Presidente de la Mesa del Salmón , señor Felipe Sandoval ; asesora del Ministro Secretaría General de la Presidencia , señora Jessica Fuentes ; Director del Sernapesca , señor Félix Inostroza ; gerente general de la Asociación de Bancos, señor Alejandro Alarcón ; asesor de esa entidad, señor Jorge Claro ; Presidente de SalmonChile , señor César Barros ; personeros de esa organización, señores Víctor Hugo Pucci y Carlos Vial (ex presidentes), Rodrigo Infante (Gerente General) y Álvaro Varela (abogado); Presidenta de la Asociación de Mitilicultores , señora Patricia Sanzana ; presidenta y asesor legal de la Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile (Conapach), señora Zoila Bustamante y Cristián Tapia , respectivamente; vicepresidente y tesorero de la Confederación Nacional de Federaciones de Pescadores Artesanales de Chile (Confepach), señores Humberto Chamorro y Juan Morales , respectivamente; presidente de la Federación de Trabajadores Industriales del Salmón , señor Javier Ugarte ; y los representantes de las siguientes asociaciones de empresas proveedoras de insumos y servicios a la referida industria: -Señora Soledad Zorzano, gerente técnico de la Asociación Gremial de Talleres de Redes (Atared A.G.); -Señor Héctor Henríquez , presidente de Armasur , y señores Mauricio Labra y Jorge Pacheco , directores de esa entidad; -Señor Fernando Flores , de la Asociación de Laboratorios Veterinarios (Alavet); -Señor Esteban Chamorro , presidente de la Asociación de Buzos (Adeb), y Alfredo Labbé , de la misma organización; -Dirigentes de la Federación de Pescadores Artesanales Sur de Magallanes y la Antártica Chilena, señores José Hernández , Erardo Muñoz , Gabriel Sánchez y Raúl Toledo ; -De la Corepa X Región, señores Jorge Bustos , Héctor Morales y Marcelo Soto ; Dirigentes de pescadores artesanales de la Región de Aisén, señores Iván Fuentes , Misael Ruiz , Néstor Müller y José Pichuncheo ; Del Instituto Libertad y Desarrollo, señores Pablo Kangiser y Jaime Salas ; De la Asociación de Productores de Salmón de la Región de Magallanes , señores Drago Covacich y Alejandro Fernández ; Ministra del Trabajo y Previsión Social, doña Claudia Serrano ; Subsecretario del Trabajo , señor Mauricio Jélvez Maturana , y la Directora Ejecutiva de la Fundación Terram, señora Flavia Liberona ,
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar lo siguiente:
1) Las ideas matrices del proyecto en informe son las siguientes
-Modificar el modelo de otorgamiento y operación de los centros de cultivo acuícolas, a fin de lograr un mejoramiento en las condiciones ambientales y sanitarias en que se desarrollan.
-Proveer mecanismos adecuados para facilitar y otorgar certeza a la constitución y ejecución de garantías sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura.
-Fortalecer las facultades fiscalizadoras del Sernapesca.
-Incrementar el monto de la patente única de acuicultura en forma gradual.
2) El proyecto fue aprobado en general, por unanimidad. Participaron en la votación las señoras Goic (doña Carolina) y Pacheco ( doña Clemira ), y los señores De Urresti , Galilea , Melero , Norambuena , Recondo y Ulloa .
3) La iniciativa legal es de quórum simple.
4) Los artículos 1° permanente, en sus numerales 12) y 16); y 1° transitorio, requieren ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
5) Se designó Diputado informante al señor Recondo, don Carlos.
II. ANTECEDENTES.
a) El mensaje.
Éste comienza destacando que Chile es un país marítimo por excelencia, ya que cuenta con una costa continental de más de 4.200 km. y una superficie de 3,15 millones de km2 en su zona económica exclusiva, lo que sumado a las buenas condiciones naturales de las costas ha permitido que la actividad acuícola haya tenido un considerable desarrollo en un escaso lapso. Un importante papel le cupo en la materia al marco normativo dictado en 1991, que al promover la industria en comento le permitió a ésta alcanzar un nivel de producción, en apenas 20 años, que está dentro de los más altos del mundo.
En 2007 la cosecha total de productos de la acuicultura superó las 800.000 toneladas, destacando las truchas y los salmones con alrededor del 70% del valor exportado, que fue en total US$ 2.494 millones. El año 2006 los salmónidos representaron el 60% del valor global de nuestras exportaciones en productos acuícolas y pesqueros.
Agrega que los centros de cultivo marinos se emplazan principalmente en las regiones de Atacama, Coquimbo, Los Lagos, Aisén y Magallanes , donde la acuicultura constituye una de las actividades económicas regionales, aportando fuentes laborales y posicionándose, en el caso de las regiones australes, como una de las más relevantes en cuanto a su impacto económico y social.
Particular mención merece dentro de la industria acuícola la actividad de la salmonicultura, especialmente en la Región de Los Lagos, donde se concentra la mayor cantidad de empresas y servicios, que reúnen no sólo a los acuicultores propiamente tales, sino también a las empresas de servicios ligadas al rubro, como el transporte, el lavado de redes, las plantas de proceso, los laboratorios, etc., generando de este modo un fuerte impacto en la creación de empleos directos e indirectos.
Sin embargo, y como es de público conocimiento, la situación de la industria se ha visto fuertemente impactada el último año debido a la aparición del virus Isa, que genera una alta mortalidad en los salmones en cultivo y, cuando ello no ocurre, provoca de todas maneras efectos nocivos, como la pérdida del nivel de calidad del producto y una disminución en el ritmo de crecimiento de los ejemplares. Esta situación ha impuesto la necesidad de dictar estrictas medidas sanitarias para conseguir controlar el virus, habiéndose constatado a la fecha que los instrumentos existentes para hacer frente a este tipo de enfermedades deben ser complementados. Sin embargo, la medida más importante consiste en cambiar el emplazamiento de los centros de cultivo y las condiciones de operación de los mismos. En efecto, la cercanía entre algunos de dichos centros, con la consiguiente influencia o impacto de unos sobre otros debido a las corrientes marinas, sumado a la falta de coordinación en la operación, ha propiciado la diseminación de la enfermedad antes mencionada, con nefastas consecuencias económicas y sociales para quienes forman parte de la actividad en las regiones de Los Lagos y de Aisén.
A continuación, y en otro orden de consideraciones, el mensaje se refiere a los aspectos principales que aborda la actual normativa sobre acuicultura (principalmente la ley N° 18.892), y que se estructura en los siguientes ejes temáticos:
i) Áreas fijadas como apropiadas para la acuicultura.
Conforme al artículo 67 de la citada ley, sólo pueden otorgarse concesiones o autorizaciones de acuicultura en las áreas fijadas como apropiadas para la actividad, lo que se traduce en un decreto del ministerio de Defensa Nacional, previo informe técnico de la subsecretaría de Pesca, que debe consultar a los organismos públicos con competencia sobre los usos alternativos de las aguas que se desee destinar a la acuicultura, tomando en cuenta especialmente la existencia de recursos hidrobiológicos o de aptitudes para su producción y la protección del medio ambiente. Asimismo, para efecto de la concesión o autorización deben considerarse las actividades pesqueras extractivas artesanales y sus comunidades, los accesos y salidas de puertos y caletas, las áreas de fondeo de la escuadra nacional y de ejercicios navales, las áreas de desarrollo portuario, los aspectos de interés turístico y las áreas protegidas que constituyen Parques Nacionales, Reservas y Monumentos Nacionales.
Las áreas que pueden ser fijadas como apropiadas para la acuicultura son los ríos, lagos y aguas marinas, incluyendo las playas, rocas y terrenos de playa fiscal.
Mientras la concesión de acuicultura es otorgada por el ministerio de Defensa, a través de la subsecretaría de Marina, y recae sobre aguas marinas, rocas, terrenos de playa fiscal y ríos y lagos navegables, la autorización es conferida por la subsecretaría de Pesca, y puede hacerse efectiva en ríos y lagos no navegables. Actualmente no existe ningún río o lago declarado apto para la actividad en mención. En consecuencia, desde el año 1991 -en que se introdujo el concepto de área apropiada-, sólo subsisten en los lagos aquellos centros de cultivo que habían sido autorizados para ello con antelación a dicho año.
Por otro lado, en ningún caso pueden otorgarse concesiones o autorizaciones de acuicultura en sectores en que existan bancos naturales de recursos hidrobiológicos.
Las áreas apropiadas para la acuicultura no son excluyentes de otras actividades, sino que su objetivo simplemente es acotar el espacio dentro de la cual puede desarrollarse.
Por su parte, la Política Nacional de Uso del Borde Costero, establecida por el D.S. N° 475, de 1994, del ministerio de Defensa, incorporó un instrumento orientador y ordenador de las actividades que se desarrollan en dicho borde. Se trata del concepto de “zonificación”. Conforme a ello, los gobiernos regionales, a través de procesos participativos, con integración pública y privada regional, establecen los espacios en que preferentemente pueden ser desarrolladas las actividades en el borde, velando siempre por la compatibilidad de usos, la prevención de conflictos entre usuarios y el desarrollo de las legítimas aspiraciones regionales.
En este contexto, las regiones han comenzado -e, incluso, algunas culminado- el proceso de zonificación, por lo cual surgió la necesidad de compatibilizar dicho instrumento con las áreas apropiadas para la acuicultura (Aapa). De este modo, en los casos necesarios se ha previsto la modificación de tales áreas, para ajustarlas a la zonificación del borde costero respectivo, utilizando el mismo procedimiento contemplado en la ley general de pesca para su fijación, lo que, por su complejidad, suele tomar bastante tiempo, lo que indudablemente afecta las expectativas de conciliación oportuna entre ambos instrumentos.
ii) Concesión de acuicultura.
Conforme a la ley N° 18.892, la concesión de acuicultura es el acto administrativo mediante el cual el ministerio de Defensa otorga a una persona los derechos de uso y goce, por tiempo indefinido, sobre determinados bienes nacionales, para que realice en ellos actividades acuícolas.
La concesión o autorización de acuicultura tiene por objeto la realización de actividades de cultivo en el área concedida, respecto de la especie o grupo de especies hidrobiológicas indicadas en la resolución o autorización que la otorga, y permite a su titular el desarrollo de actividades, sin más limitaciones que las expresamente establecidas en la ley de pesca y sus reglamentos. Tanto la concesión como la autorización son transferibles y, en general, susceptibles de negocio jurídico, otorgando al titular los derechos que la ley prescribe.
Cabe destacar que a partir de 2006, cuando a través de la ley N°20.091 se modificó la ley de pesca, se incorporaron limitaciones a la facultad de enajenar las concesiones y se restringió la posibilidad de constituir derechos a favor de terceros sobre determinado tipo de aquéllas.
A pesar de la citada ley, los nuevos requisitos de operación no permiten otorgar certeza a quien desea celebrar contratos sobre la base de los derechos emanados de la concesión. En efecto, si bien es factible entregar en garantía una concesión, se presentan una serie de problemas prácticos para su efectiva ejecución, y que son los siguientes: -Existen titulares de centros de cultivo que tienen sus concesiones a nombre de otras personas, debido a que se encuentra pendiente el trámite de autorización de la transferencia. En esos casos, los acreedores no pueden considerar el derecho que otorga la concesión como un activo de la empresa; -En el evento de iniciarse la ejecución, el incumplimiento de las obligaciones por parte del concesionario puede traer aparejada la configuración de causales de caducidad que perjudicarán al ejecutante, ya que éste no puede operar la concesión; -En la ejecución eventual, una institución financiera no podría adjudicarse la concesión mientras la enajena a un acuicultor, debido a que no tiene el giro propio de la actividad; arriesgándose, además, a que se configuren causales de caducidad por la no operación en el tiempo que demore en ser adjudicada a un tercero.
iii) Normativa ambiental.
Conforme a la ley de pesca, en el concesionario recae la responsabilidad de mantener la limpieza y el equilibrio ecológico en la zona concedida. Asimismo, los centros que explotan concesiones y autorizaciones de acuicultura deben operar en niveles compatibles con la capacidad de los cuerpos de agua lacustres, fluviales y marítimos.
Sobre esta materia, conviene tener presente la normativa sectorial para la acuicultura, que se encuentra en el reglamento ambiental para la acuicultura (RAMA), plasmado en el D.S. N° 320, de 2001, del ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. A continuación se describen los elementos esenciales del reglamento:
-Se establece la necesidad de realizar en forma previa a la aprobación técnica de una concesión de acuicultura una caracterización preliminar del sitio de cultivo (CPS). Conforme con los resultados de ese examen, se otorga o deniega el permiso ambiental sectorial de competencia de la subsecretaría de Pesca.
-Los centros de cultivo en operación deben entregar anualmente la información ambiental (Infa), que da cuenta de los resultados de las mediciones efectuadas en los sitios de cultivo, para comprobar si el impacto ocasionado al medio se mantiene dentro de los límites de aceptabilidad, esto es, si no se exceden los márgenes que se han estimado razonables. Dicho límite está dado por la existencia de determinado nivel de oxígeno en el fondo, esto es, una condición aeróbica.
-En caso de comprobarse que se ha excedido aquél, es decir, cuando se constata una condición anaeróbica, la autoridad debe comunicarlo al titular del centro de cultivo, quien puede seguir operando un año más. En el evento que por segunda vez se comprueben dichas condiciones, debe aplicarse al titular la medida consistente en reducir la producción en un 30%, rebaja que se repetirá en forma sucesiva y anualmente mientras se mantenga la condición anaeróbica.
-Tanto la caracterización preliminar del sitio como la información ambiental deben ser elaboradas por personas que tengan experiencia en materias ambientales o marinas.
El reglamento antedicho se encuentra complementado por la resolución N° 3411, de 2006, de la subsecretaría de Pesca, que establece las metodologías de análisis para elaborar la CPS y la Infa.
A la luz de los antecedentes expuestos, el mensaje señala que uno de los elementos que se ha constatado, y que debe ser revisado, es el carácter de mitigación y no preventivo del reglamento. En efecto, se adoptan medidas sólo una vez que se constata la configuración de una situación indeseable, lo que limita las posibilidades de recuperación de las condiciones ambientales del sitio de cultivo.
Asimismo, se ha considerado la conveniencia de revisar los límites de aceptabilidad establecidos, a fin de ajustarlos a la necesidad de adoptar medidas oportunamente. Del mismo modo, resulta importante asegurar la idoneidad de quienes tienen bajo su responsabilidad la ejecución de los instrumentos de evaluación ambiental sectorial, como son la CPS y la Infa.
Finalmente, resulta urgente en esta materia revisar el sistema sancionatorio, de manera de asegurar que se cumplan las condiciones ambientales exigidas por la normativa, ya que en la actualidad aquél no es lo suficientemente persuasivo para inducir a su cumplimiento.
iv) Normativa sanitaria.
Ésta se encuentra contenida en el reglamento sobre medidas de protección y control para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo y especies que constituyan plagas, aislar su presencia en caso de que éstas ocurran, evitar su propagación y propender a su erradicación, también conocido como reglamento sanitario (RESA), dictado a través del D.S. N° 319, de 2001, del ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Reconociendo que el estatus sanitario depende de la prevención y del control en las diversas etapas críticas de la operación para la diseminación de los patógenos, el reglamento establece la clasificación de las enfermedades de alto riesgo, las condiciones básicas que deben ser cumplidas por los centros de cultivo, los centros de experimentación, las plantas de procesamiento de recursos hidrobiológicos, los medios de transporte de recursos de éstos, los viveros y centros de matanza, la importación de especies hidrobiológicas, la producción de ovas a nivel nacional y el sistema de certificación sanitaria. También establece las condiciones y tareas que deben cumplir los laboratorios de referencia y de diagnóstico.
No obstante las exigencias que consagra el reglamento, el enfoque de esta normativa ha sido materia de discusión. Ello, en atención a que existe actualmente una clara influencia recíproca entre los centros de cultivo que desarrollan su actividad en un área determinada. Lo anterior se traduce en que el inadecuado comportamiento del titular de un centro desde el punto de vista sanitario o, simplemente, la adopción errada o inoportuna de medidas sanitarias puede tener, con un alto grado de probabilidad, un impacto en la actividad de sus “vecinos”. Esta situación se ha confirmado con la actual crisis del Isa.
En consecuencia, la mirada individual de los problemas sanitarios en que se basa el reglamento, con una regulación apenas incipiente de la zonificación de enfermedades, impide que se adopten de forma coordinada, eficaz y oportuna medidas en todos los centros que pueden verse potencialmente afectados por la diseminación de una enfermedad. A esto se suma el hecho que no todas las actividades relacionadas con la acuicultura se ven sometidas íntegramente a sus regulaciones y, por ende, existen ámbitos sobre los cuales ni el reglamento ni la autoridad pueden tomar medidas, lo que obviamente dificulta el control.
v) Necesidad de un cambio de enfoque en la regulación de acuicultura.
Dada la situación generada por los eventos sanitarios que se han producido y, particularmente, con la diseminación del virus Isa, se estimó oportuno conformar a nivel de gobierno un grupo de tareas, con la participación de los órganos públicos relacionados con la acuicultura, que analizara el estado de la industria sobre el particular, identificando las tareas prioritarias que fuese necesario emprender para proyectar la actividad. Este grupo, encabezado por el ministerio de Economía, estuvo integrado por las subsecretarías de Marina y de Pesca, por la Comisión Nacional del Medio Ambiente, por el Servicio Nacional de Pesca y por la Corfo.
Uno de los tópicos que se abordó con mayor urgencia fue la revisión del marco regulatorio de la acuicultura, su aplicación práctica y su eficacia para enfrentar eventos de la magnitud de los descritos. Asimismo, se realizó un análisis del emplazamiento de los centros de cultivos nacionales, su forma de operación y de las actividades relacionadas, principalmente de los servicios, constatándose la necesidad de asumir a la brevedad un cambio de enfoque.
Como resultado de dicho trabajo, se elaboraron modificaciones a los reglamentos ambiental y sanitario, actualmente en tramitación. Empero, se constató que un cambio profundo en la reorientación de la actividad debe ir complementado, necesariamente, con las modificaciones pertinentes a la ley general de pesca y acuicultura, que consagren los nuevos instrumentos para el desarrollo de la actividad y, paralelamente, aseguren su eficacia mediante un adecuado sistema sancionatorio.
b) Normativa relacionada con el proyecto
El artículo 19 N° 21 de la Carta Fundamental consagra el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen.
En lo que atañe a la actividad pesquera y acuícola, dicha regulación está contenida, principalmente, en la ley N° 18.892. Su título I (artículos 1° y 2°) contiene disposiciones generales aplicables a la actividad pesquera en general y/o a la acuicultura en particular, según el caso. De especial importancia son las definiciones que consagra el artículo 2° de la ley, que el proyecto propone modificar, según se verá más adelante.
En lo que se refiere al presente proyecto, resulta pertinente referirse al título VI de la ley (artículos 67 al 90 ter), que trata de la acuicultura, reglando aspectos tales como las concesiones y autorizaciones correspondientes y el procedimiento para su obtención, materias sobre las cuales la iniciativa legal en informe propone innovaciones sustantivas.
Por otro lado, cabe recordar que el artículo 65 inciso tercero N° 2 de la Carta Fundamental otorga al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que dicen relación con la creación de servicios públicos y la determinación de sus funciones y atribuciones. En este sentido, cabe referirse a diversas disposiciones de la iniciativa legal en informe. El artículo 1° numerales 1) y 4) de ésta encomienda nuevas facultades a la subsecretaría de Pesca en materia de declaración de áreas de manejo sanitario y de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura, respectivamente; como asimismo en cuanto a la imposición de sanciones a los titulares de concesiones y autorizaciones acuícolas que incurran en determinadas infracciones (numeral 15). Por otro lado, se crea un Registro de Propiedad y Transferencias de concesiones o autorizaciones de acuicultura, bajo la responsabilidad de la subsecretaría de Marina o de Pesca, según el caso (numeral 10). Además, el citado artículo 1° del proyecto confiere nuevas atribuciones fiscalizadoras al Sernapesca (numeral 16).
III. IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.
Las ideas matrices del proyecto en informe son las siguientes:
a) Modificar el modelo de otorgamiento y operación de los centros de cultivo, particularmente los de peces, a fin de lograr un mejoramiento en las condiciones ambientales y sanitarias en que se desarrollan, mediante las áreas de manejo sanitario.
b) Otorgar mecanismos adecuados para facilitar y otorgar certeza a la constitución y ejecución de garantías sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura.
c) Fortalecer las facultades fiscalizadoras del Servicio Nacional de Pesca en relación a la actividad acuícola, de modo de contar con los instrumentos adecuados que permitan controlar eficazmente el cumplimiento de las disposiciones ambientales y sanitarias que deben cumplir los centros de cultivo y prevenir el acaecimiento de eventos indeseados.
d) Aumentar el monto de la patente única de acuicultura a los centros de cultivo de peces, en forma gradual, a partir del año 2010.
IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN.
A) General
Durante la discusión del proyecto, la Comisión escuchó a las siguientes autoridades y expertos en el tema:
a) Ministro de Economía, don Hugo Lavados.
El secretario de Estado explicó que el proyecto de ley dice relación con una industria que es fundamental para las regiones de Los Lagos y de Aisén, ya que provee en ambas alrededor de 45 mil empleos directos e indirectos. La acuicultura ha tenido un notable crecimiento desde la década de 1990, y especialmente en los últimos cinco años. Se estima (pues aún no hay cifras oficiales) que en 2008 dicha tasa fue del 8%.
Como es de público conocimiento, el sector se ha visto seriamente afectado por el virus Isa, que es altamente infeccioso y ataca al salmón del Atlántico. Sólo se transmite en el ambiente marino, por cohabitación con salmones infectados o material biológico como heces, sangre, desechos del centro de cultivo, equipos sin desinfectar, etc. No tiene capacidad de replicarse en mamíferos ni en seres humanos, pero provoca la mortalidad entre los salmónidos, en una tasa que fluctúa entre el 2 y el 50% en un ciclo productivo. Actualmente, la situación en esta materia en la región de Los Lagos es la siguiente: hay centros con brote del virus, otros sospechosos y una tercera categoría “en descanso”. A nivel mundial, hay antecedentes del Isa en Noruega (1984), Canadá (1996), Escocia (1998 y 2008) e islas Faroe (2000), por citar algunos ejemplos. Hasta ahora no se ha encontrado una cura para la enfermedad y la estrategia internacional para combatirla ha consistido en el manejo integrado de áreas, la regulación para el transporte de peces vivos, la desinfección de aguas sangre y de todo material biológico y equipos, la prohibición del movimiento de peces en las zonas infectadas, la cuarentena y la eliminación obligatoria de los stocks contaminados.
Agregó que, dada la gravedad de la situación generada por el virus Isa, es imposible, mientras dure la crisis, que las empresas mantengan a todos sus trabajadores. El proyecto no apunta a solucionar el problema laboral existente, sino a establecer nuevas exigencias para el desarrollo ulterior de la acuicultura, de modo que pueda seguir compitiendo exitosamente en los mercados externos y, así, seguir creciendo en todos los sentidos.
os objetivos de la iniciativa legal impulsada por el Ejecutivo son los siguientes:
Cambiar el modo de operación de la industria: de manejo por centro a manejo por área (“barrios”), que ya fueron creados por reglamento.
Sobre este aspecto, destacó que la situación actual es que cada centro genera su propio sistema de transporte de servicios, alimentos, mortalidades, etc. Además, siembra y cosecha según su propia planificación. No existe un “descanso” coordinado en los centros de cultivo y, por ende, el virus sigue en el agua mientras existan ejemplares en ella.
En cambio, el manejo por áreas presenta las siguientes ventajas: el conjunto de centros genera un sistema de transporte mancomunado de servicios, alimentos, mortalidades, etc. (disminuyendo así el número de viajes y las posibilidades de diseminación del virus); los centros siembran y cosechan coordinadamente; se establece un descanso de iguales características, con lo cual el área queda libre de ejemplares y del virus; los centros utilizan un puerto limpio y otro sucio para las embarcaciones de transporte. Habrá mecanismos de control y, asociado a lo anterior, sanciones para quienes no cumplan con las prácticas que fije la autoridad.
Se crearán 16 barrios o áreas sanitarias en la región de Los Lagos, con 3 millas de distancia, como mínimo, entre cada uno de ellos. La estructura de barrios va a generar, desde su perspectiva, las condiciones adecuadas para la subsistencia de las empresas medianas, descartando por consiguiente que este modelo de operación favorezca la concentración de la propiedad de las concesiones en pocas manos. Otro efecto positivo es que habrá más proveedores de insumos y servicios. Por otro lado, el nuevo sistema va a significar una mayor inversión de las empresas, que estiman entre US$ 400 y 500 millones; como también un incremento en los costos de producción, debido -entre otros factores- a que en el futuro los centros de cultivo trabajarán con menores densidades.
Paralizar el otorgamiento de concesiones hasta que sean creados los barrios.
Al respecto, la iniciativa legal propone las medidas que se indican a continuación:
a) Paralizar el otorgamiento de concesiones en las regiones de Los Lagos y de Aisén, mientras se crean aquéllos.
b) Aplicar análogo procedimiento respecto de Magallanes, sumándose en este caso el requisito de la zonificación.
c) Otorgar nuevas concesiones en Aisén y Magallanes sólo bajo la modalidad indicada.
d) Permitir la relocalización de concesiones ya otorgadas para formar barrios.
Fortalecer las facultades fiscalizadoras de Sernapesca y crear sanciones administrativas. Respecto a las primeras, cabe mencionar las que siguen:
-Llevar un registro de quienes realizan certificaciones ambientales y sanitarias, sometidas a requisitos técnicos y financieros, con la posibilidad de eliminarlas de aquél si no cumplen sus tareas o incurren en falsedad.
-Exigir posicionador satelital a las embarcaciones de transporte de centros de cultivo.
-Controlar las plantas de alimentos de especies hidrobiológicas.
-Autorizar labores inspectivas fuera de horario, pagadas por el fiscalizado, conforme a un arancel.
En cuanto a las sanciones, ellas apuntan a los casos más graves de incumplimiento ambiental y sanitario. Se encomienda a la subsecretaría de Pesca, es decir, a la autoridad administrativa, la imposición de aquéllas, previo informe del Servicio y audiencia del interesado.
Aumentar el valor de la patente para los centros de peces, en forma gradual, a partir del 2010.
Mejorar los mecanismos de transferencia de las concesiones. Se cambia la actual autorización de la subsecretaría de Marina, que demora años, por un mecanismo de registro.
Eliminar eventuales causales de caducidad de la concesión mientras ella se ejecuta, hasta por un plazo de dos años.
En conclusión, el proyecto de ley permitirá una recuperación más rápida del sector frente a la crisis del virus Isa, disminuyendo el impacto en el empleo. En segundo lugar, implica continuar en forma sustentable con una industria que crea miles de puestos de trabajo, estableciendo fuertes sanciones para quienes no cumplen la reglamentación. Finalmente, el proyecto se encuadra en un conjunto de medidas que está adoptando el gobierno para enfrentar la crisis.
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Cabe señalar que la intervención precedente del señor ministro de Economía fue complementada durante la discusión del proyecto por aportes del secretario de Estado sobre aspectos puntuales. He aquí una síntesis de tales planteamientos, comentarios y precisiones:
Tanto los empresarios, que no adoptaron las medidas necesarias y oportunas para, al menos, paliar la crisis sanitaria provocada por el virus Isa, como el Estado, que no generó una normativa fiscalizadora acorde con los desafíos del sector, son los grandes responsables de la situación por la que atraviesa la salmonicultura.
Junto con el texto legal propositivo, el gobierno ha tomado medidas administrativas, y seguirá haciéndolo, en cuanto las circunstancias así lo aconsejen, para reorientar la industria acuícola, particularmente en nuevos métodos de producción que protejan el medio ambiente.
En el plano financiero, la Corfo aprobó un Fondo de Garantía para las empresas del rubro, y que contempla recursos por US$ 120 millones. Lo anterior significa que el gobierno garantizará hasta el 60% de los créditos que reciban los empresarios para la recuperación del sector, con un tope de US$ 8 millones. La garantía operará sólo en el evento de que no se pague el crédito. De acuerdo a estimaciones, la banca podría comprometer recursos para la industria acuícola del orden de los US$ 450 millones. Hasta ahora no se ha recurrido al mencionado Fondo. Vinculado a este tema, el señor ministro señaló que la alternativa de la capitalización de la deuda de los empresarios acuícolas por parte de las entidades acreedoras, como una posible solución al problema del endeudamiento, no tiene mayor acogida en el gobierno, pues la difícil situación actual de tales empresas las coloca en un pie de desequilibrio en cuanto a poder negociador.
Respecto al tema laboral, dada la magnitud de la crisis y la reducción de la producción de salmónidos, es inevitable que haya ajustes en la materia. Con todo, el Ejecutivo realizará todos los esfuerzos que estén a su alcance para recuperar el nivel de empleo en la zona afectada por el virus Isa, dado el impacto socioeconómico de la acuicultura en aquélla y que alcanza incluso a la región del Biobío, donde hay varias plantas procesadoras de productos salmónidos. Tampoco es ajena a su preocupación la delicada situación por la que atraviesan las empresas proveedoras de insumos a la acuicultura. En esta perspectiva, el gobierno apuntará a mitigar los efectos del desempleo, brindando programas de apoyo a los trabajadores cesantes. En este sentido, se ha trazado un plan de acción, que contempla las siguientes medidas: en primer lugar, apoyo a los trabajadores del sector, el que se canalizará a través del intendente de la Región de Los Lagos y de la subsecretaría del Trabajo. Lo anterior se replicará en Aisén. Por otro lado, se crearán 16 mil empleos con programas en el área de obras públicas, vivienda, etc., de los cuales 2 mil favorecerían a gente desempleada del sector acuícola, principalmente hombres. En tercer lugar, hay 600 cupos de apoyo al emprendimiento; y otros 250 de empleo directo, vía inversión en la comunidad. También se consideran 250 cupos por concepto de bonificación a la contratación ( Sence ). Asimismo, se instalarán dos oficinas de intermediación laboral en Llanquihue y Chiloé; y, por último, cabe la posibilidad de priorizar el pago a trabajadores ante el eventual finiquito, lo que está avalado por la justicia.
Otro aspecto en que hizo hincapié el secretario de Estado fue el de asegurar la sustentabilidad de esta actividad económica en el mediano y largo plazo. Al respecto, señaló que el proyecto de ley se inscribe en la necesidad de mejorar la regulación y la fiscalización del sector, estableciendo altos estándares medioambientales y sanitarios, que llevan aparejadas severas sanciones contra los infractores, y que pueden llegar a la caducidad de la concesión, sin perjuicio de las multas que fueren aplicables. Sobre este mismo punto, es importante tener presente que los mercados internacionales serán también cada vez más estrictos en la verificación del cumplimiento de ciertos requisitos. Dada la premura por introducir cambios sustantivos en este orden, el gobierno ya envió a la Contraloría General de la República las modificaciones pertinentes al Rama y al Resa, que se basan en la experiencia de países como Noruega, Escocia y Canadá en el control del virus Isa, aunque adaptando esa normativa a nuestra realidad. Por otro lado, se regulará la densidad de peces por jaula, que actualmente es de alrededor de 30 kilos por metro cúbico. La idea es bajar ese guarismo a 14. Asimismo, se normará, a través de un decreto del Sernapesca, el uso de antibióticos en la industria en comento. El Ejecutivo ha estimado no conveniente regular estas materias en una norma de rango legal, dada la relativa rigidez y el tiempo que demora el procedimiento de aprobación de una ley, en contraposición a la vía reglamentaria, que es más expedita y se ajusta mejor a los requerimientos de un sector muy dinámico.
Finalmente, indicó que el gobierno está consciente de que la estructura de barrios debe ser flexible, dado el distinto tamaño de las empresas. También ha considerado la logística de funcionamiento de aquéllos.
b) Presidente de la Mesa del Salmón , señor Felipe Sandoval , y asesora señora Jessica Fuentes .
El señor Sandoval explicó que el proyecto de ley en estudio, si bien no fue “negociado” con los sectores interesados -empresarios, pescadores artesanales, ONG y proveedores-, recoge algunas de las inquietudes que ellos plantearon a la Mesa.
Agregó que el sistema de barrios que se va a implementar en los centros de cultivo de peces apunta básicamente a la parte operativa (densidades, manejo de mortalidades, sistema de transporte, etc.). En este orden de ideas, la intención es que, con el objeto de mejorar la gestión sanitaria de aquéllos, la circulación se efectúe en dirección este-oeste, y no norte-sur, como ha sido lo tradicional. Dicha medida se pondrá en vigencia de manera gradual. Precisó que las multas y sanciones se aplicarán a los titulares de concesiones que incurran en la infracción, individualmente considerados. Respecto al cambio sustantivo que se incorpora en materia de sanciones, refirió que obedece a la lentitud del procedimiento judicial en vigor. De ahí que se optara por una vía más expedita, que es la administrativa, quedando a salvo la posibilidad de que el afectado apele ante la justicia ordinaria. Acerca del sistema de garantía, en que el proyecto establece innovaciones importantes, puntualizó que al agilizar el mecanismo de transferencia de las concesiones las instituciones financieras van a estar más abiertas a recibir aquéllas en garantía, lo que actualmente no es frecuente. No se trata de dar un beneficio a los titulares de concesiones con el nuevo procedimiento de transferencia propuesto, sino de agilizar las transacciones jurídicas en este rubro.
Al concluir, señaló que el proyecto presentado por el Ejecutivo resuelve cuestiones muy delicadas que deben abordarse con prontitud, pues de lo contrario el cuadro de la industria salmonera tenderá a complicarse con el ingreso de más solicitudes de concesión, el aumento de las densidades de producción en los centros de cultivo, etc., lo que redundaría en último término en el empeoramiento de la situación del empleo.
Ante las inquietudes planteadas por diversos parlamentarios respecto a las medidas que adoptará el Ejecutivo para enfrentar el problema de desempleo que afecta a los trabajadores de la industria salmonera, en la sesión de fecha 15 de abril, el señor Sandoval hizo entrega de un documento denominado “Programa Especial de Intermediación, Empleo, Emprendimiento y Capacitación para los trabajadores de la industria salmonera de la Región de Los Lagos” en el cual se establece que la propuesta del Gobierno para enfrentar la crisis del salmón en dicha región será implementada por el Gobierno Regional, coordinada su acción por el Intendente, con el apoyo directo de la Subsecretaría del Trabajo. Esta propuesta fue explicada detalladamente por el señor Subsecretario del Trabajo en una sesión posterior.
Por su parte, la abogada señora Fuentes precisó que la concesión mantiene su carácter de bien nacional de uso público; por lo tanto, ella otorga un derecho de uso, de carácter incorporal, sobre la columna de agua, y no la propiedad respecto de ella. Al entregarse en garantía la concesión, lo que se hace es permitir que un tercero haga uso del mencionado bien, sin afectar su naturaleza jurídica. El cambio en el sistema de transferencia de las concesiones no implicará que la autoridad deje de intervenir en el tema, sino que las causales de caducidad se comprobarán a través del correspondiente certificado del registro.
En otro plano, señaló que la posibilidad de relocalizar las concesiones, al tenor de lo estipulado en el proyecto, constituye una posibilidad que puede reportar beneficios a los pequeños acuicultores. Precisó asimismo que el sistema de barrios está concebido no sólo para los grandes empresarios, sino también para los demás actores de esta actividad y, de hecho, la autoridad ha conversado sobre el tema con unos y otros.
Otra modificación importante que propone el proyecto se refiere al mecanismo de infracciones, dado que el vigente ha demostrado tener falencias. Es por ello que se ha tomado el modelo administrativo de aplicación de sanciones que rige para el límite máximo de captura, que es una herramienta eficaz. En todo caso -aclaró- este procedimiento se aplicaría sólo para las infracciones más graves, quedando siempre a salvo la vía judicial de reclamación.
Finalmente, la señora asesora manifestó que, si bien el proyecto suspende el otorgamiento de nuevas concesiones, lo que afectaría a las actualmente en trámite, debe tenerse en cuenta que aquéllas constituyen una mera expectativa y no un derecho adquirido. Distinta es la situación de las solicitudes que ya se han sometido, aprobándolo, el procedimiento de impacto ambiental, que la iniciativa legal sí ampara.
c) Presidente de SalmonChile , señor César Barros , y demás representantes de esa entidad, individualizados en la primera página de este informe.
SalmonChile realizó al comienzo de su exposición una breve reseña de la importancia de la industria acuícola, poniendo de relieve la difícil situación por la que ella atraviesa. Cabe recordar que en 2006 las exportaciones de salmónidos alcanzaron su punto más alto, con alrededor de US$ 2.400 millones, situándose como el tercer producto en importancia, tras el cobre y la celulosa. El 60% del salmón vendido al exterior correspondió al tipo atlántico, seguido por la trucha (24%) y el salmón coho (13%). En este sentido, si bien las exportaciones siguen aún en un alto nivel (en 2008 se exportaron 445 mil toneladas, por un valor de US$ 2.392 millones), la crisis que ha provocado el virus Isa se ve reflejada en un dato muy elocuente: los centros de cultivo han disminuido de 502 a 298, entre marzo de 2007 y marzo de 2009, lo que se explica por la circunstancia de que el virus afecta a la principal variedad de salmón que se cultiva (el atlántico, según se dijo). Por otro lado, se prevé una disminución de la producción del orden del 30% para este año, tendencia que se mantendrá el 2010, lo que inevitablemente se traducirá en despidos. Hasta ahora ellos suman 7.500, pero 5.000 de esas personas fueron recontratadas para la cosecha que tuvo lugar a fines de 2008. De acuerdo a sus estimaciones, el empleo se recuperaría recién en el segundo semestre del año en curso. En cuanto a la producción, recién en 4 ó 5 años más se lograría el nivel alcanzado en 2006. Otra de las consecuencias que traerá aparejada el replanteamiento del sector es que se incorporará aún más valor al producto, para paliar el descenso en la producción. En el plano laboral, y coordinando las medidas del caso, se disminuirán las horas de trabajo y se capacitará en las horas libres. Por otro lado, el foco de atención de las empresas serán las trabajadoras jefas de hogar, procurando mantenerles su fuente de ingreso. Ellas constituyen el 28% del total de trabajadores, pero esa participación se eleva al 46% en las plantas de procesamiento.
A juicio de los empresarios, la importación de ovas es un tema sobre el cual debe tenerse especial cuidado, por el alto riesgo que conlleva para la propagación de enfermedades. El sector ha manifestado a la autoridad su aprensión sobre el particular desde hace unos 8 años. Sin embargo, se les ha señalado que, por ser Chile un país cuyo modelo de desarrollo se basa en las fronteras abiertas al comercio exterior, no se puede impedir el ingreso de ovas. Por ello, se ha optado por la producción nacional de éstas, la que cubre actualmente más del 60% de la demanda.
El proyecto en comento aborda aspectos muy importantes, destacando entre ellos el nuevo enfoque sanitario para la industria acuícola, que se plasma en el establecimiento de los barrios, lo que sin duda va a coadyuvar a un manejo más adecuado del tema, conforme a los desafíos actuales. Va haber un tránsito de un enfoque individual hacia otro grupal del sistema de producción. Naturalmente, lo anterior incrementará los costos en general, aunque resulta inevitable para la viabilidad de la industria en el largo plazo. En síntesis, la iniciativa legal consagra el marco jurídico para que la acuicultura se adapte a cambios sustantivos impostergables.
Existe una profunda preocupación por el deterioro financiero de las empresas acuícolas, que hoy día están expuestas a la presión de los bancos por el pago de sus deudas. En tal perspectiva, es muy relevante, y positivo a la vez, que el proyecto regule el tópico de la transacción de las concesiones, facilitando el comercio jurídico de las mismas, incluyendo su otorgamiento en garantía. Lo anterior está íntimamente vinculado con el adecuado funcionamiento del nuevo sistema de barrios.
Sin embargo, el proyecto tiene un gran vacío, y es que no se hace cargo de las carencias institucionales. Resulta evidente que el aparato público necesita más recursos humanos y económicos para responder de mejor forma a los requerimientos de un sector muy complejo. Si ya es notorio que la institucionalidad vigente es inadecuada, es lógico concluir que bajo el nuevo escenario que plantea el proyecto tal deficiencia se hará más aguda. A este respecto, es importante consignar que, debido precisamente a la precariedad del sector público, ha sido la propia industria la que ha tenido que cumplir una parte de las funciones que incumben a aquél.
A juicio de SalmonChile, el sistema de barrios que se implementará va a permitir bajar la carga viral de los centros de cultivo, gracias al mecanismo de “descanso”, de carácter obligatorio, asociado a aquél. Este último aspecto implica un cambio radical de enfoque, ya que hoy día los descansos son una decisión de resorte de cada empresa, individualmente considerada. Además, va a condicionar la época de la cosecha.
Respecto al sistema sancionatorio que plasma la iniciativa legal, estiman que debería haber una proporcionalidad en la materia, atendiendo a la gravedad de la infracción. Igualmente, hace falta una instancia ante la cual puedan entablarse reclamaciones frente a lo resuelto por la vía administrativa. En cuanto a la fiscalización, el proyecto contiene reformas sustanciales, pues confiere importantes atribuciones al Sernapesca. A este respecto, sería interesante que se permitiese a los centros operativos contar con una normativa propia, sin perjuicio, naturalmente, de la irrenunciable potestad pública. Tocante al aumento del valor de la patente, consideran que no es adecuado desde el punto de vista tributario.
d) Presidenta de la Asociación de Mitilicultores , señora Patricia Sanzana .
Señaló que a la agrupación que preside le preocupa cierta vaguedad en la nomenclatura que utiliza el proyecto, que induce a confusión sobre los reales alcances de éste. En particular, estiman que no está claro si la iniciativa legal esta orientada hacia la acuicultura, en general, lo que naturalmente abarca el cultivo de mitílidos, o específicamente a la salmonicultura y, dentro de ésta, el sistema de barrios que se propone instaurar. Agregó, en otro plano, que la crisis por la que atraviesa la industria salmonera ha afectado de alguna manera también a los mitilicultores, quienes, frente a los despidos registrados en aquélla, han sentido la “presión” de los cesantes por ser contratados. Por último, criticó la facultad excesivamente amplia -a su juicio- que confiere el proyecto al Sernapesca en materia fiscalizadora, al punto que se le permitiría ejercer tal atribución fuera del horario de la jornada de trabajo.
e) Vicepresidente y tesorero de la Confepach, señores Hugo Arancibia y Juan Morales , respectivamente.
A juicio de los dirigentes individualizados, el proyecto en referencia imprime un “sello” preventivo al desarrollo de la actividad acuícola, lo que es digno de realzar. Este nuevo enfoque contrasta con el que ha regido hasta ahora, de carácter más bien mitigador de los efectos de dicha industria. El sistema de barrios que se propugna implementar significa un adelanto, indudablemente, porque va a contribuir a la disminución de la propagación de enfermedades entre centros de cultivo vecinos. Además, se prevé la adopción coordinada de medidas ante cualquier emergencia sanitaria o ambiental. Sin embargo, sobre este tema la Confepach tiene ciertas observaciones o sugerencias. En primer lugar, deben darse facilidades a los titulares de las concesiones para la relocalización de las mismas, ya que de lo contrario se entrabaría el manejo sanitario. En segundo término, la autoridad ha de ser muy rigurosa en la implementación del plan de ordenamiento de la actividad acuícola basado en las áreas de manejo sanitario, de manera de no incurrir en los graves errores que se han observado hasta ahora. En este sentido, es loable que, de acuerdo al proyecto de ley, no se otorguen nuevas concesiones mientras no se determinan tales áreas. Por otra parte, la Confepach valora la propuesta de que las concesiones puedan constituirse en garantía, pues de esta manera los titulares de aquéllas no podrán ampararse en las causales de caducidad para eximirse de su responsabilidad ante contingencias sanitarias o ambientales.
Asimismo, estiman muy positiva la norma que consagra el proyecto, en orden a que la información y las tareas de certificación en materia acuícola sean realizadas por terceros, los que tendrán que acreditar su experiencia ante la autoridad (Sernapesca), que llevará un registro para tal efecto. Igualmente, cabe celebrar que se le confieran al mencionado órgano nuevas facultades fiscalizadoras.
Respecto al tema de las sanciones administrativas, la iniciativa legal contempla un incremento de las multas por infracciones, lo que se justifica, pues los montos actuales de aquéllas son casi simbólicos, dado el poder económico de las grandes empresas del rubro.
Por último, en cuanto al incremento escalonado del valor de la patente acuícola, a partir del año 2010, que estipula el proyecto, su opinión es que, si bien es justo cobrar un derecho por el uso del borde costero, éste debería ser diferenciado, según el poder adquisitivo del titular de la concesión.
f) Presidenta y asesor jurídico de la Conapach, señora Zoila Bustamante y señor Cristián Tapia , respectivamente.
Los representantes de la Conapach señalaron que el establecimiento de áreas aptas para la acuicultura, a partir de la dictación de la ley general de pesca, significó la instalación de centros de cultivo en caladeros y bancos naturales, mermándose así los espacios ocupados por los pescadores artesanales en sus actividades extractivas. Si bien está prohibido otorgar concesiones acuícolas sobre tales bancos, la ausencia de un procedimiento adecuado para determinar la existencia de éstos, sumada a otros factores, han hecho que en la práctica la referida prohibición sea “letra muerta”. Por otro lado, en cuanto a los caladeros la ley no contempla ninguna protección especial. De este modo, la ocupación de zonas de trabajo de los pescadores artesanales por parte de empresas salmoneras se ha convertido en el principal conflicto entre ambos sectores en las regiones X y XI.
Destacaron, por otro lado, que sólo en la Región de Los Lagos la pesca artesanal factura US$ 100 millones anuales en exportaciones, que van en beneficio de miles de familias, lo que da una idea de la importancia de la actividad en esa zona.
En cuanto al proyecto de ley mismo, formularon las siguientes observaciones:
i) Se permite la relocalización de concesiones sobre espacios que no son aptos para la acuicultura y que hoy día son utilizados por la pesca artesanal, con las graves consecuencias que ello traerá consigo. Cabe agregar sobre este punto que en enero de 2009 el Sernapesca zonificó las Regiones de Los Lagos y de Aisén para el control del Isa. Dicha zonificación no coincide con el área apta para la acuicultura, sobrepasando a esta última. Lo anterior podría provocar conflictos con la pesca artesanal.
ii) Se contempla únicamente la relocalización de concesiones de peces, en perjuicio de aquéllas de mitílidos y de otros usos alternativos del borde costero.
iii) No se establecen instancias ni procedimientos que permitan evitar la ocupación de áreas de trabajo propias del sector artesanal.
iv) La constitución de garantías sólo beneficiaría a las concesiones de peces, quedando marginadas las demás (mitílidos, algas, etc.).
v) Las medidas de zonificación y relocalización que se pretenden llevar a cabo no están debidamente justificadas desde el punto de vista del control y del manejo sanitario, ante la constatación de que las especies silvestres están contaminadas y pueden, por lo tanto, ser agentes transmisores del virus Isa.
vi) La propuesta de fijar áreas aptas para la acuicultura con indicación de las especies que se podrán cultivar, importa una discriminación respecto a otras actividades acuícolas.
A juicio de la Conapach, es dudoso que, a través de las medidas de control sanitario que contempla el proyecto, se consiga realmente controlar el Isa. Tales aprensiones se fundamentan en que hay muchos vectores de dicho virus. De hecho, ya se ha detectado su presencia en especies como la sardina y el robalo. La zonificación y relocalización de concesiones difícilmente rendirán los resultados esperados si no tienen un sustento científico sólido, basado en estudios de mareas, corrientes, etc.
Ante este cuadro, la Conapach formuló las siguientes sugerencias:
1º No permitir la relocalización de concesiones fuera de las actuales áreas aptas para la acuicultura. Para tales efectos se propuso reemplazar en el artículo 5º inciso primero del proyecto la frase “área de manejo sanitario fijada por la Subsecretaría o el Servicio, según corresponda” por “las áreas aptas para la acuicultura”
2º Establecer una moratoria en las regiones X, XI al establecimiento de nuevas áreas aptas para la acuicultura. En esta materia sugirieron incorporar el siguiente nuevo artículo 7º permanente: “Artículo 7º.- A partir de la publicación de la presente ley se suspenderá, en las regiones X y XI, el establecimiento de nuevas áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura por 10 años.”
3º Establecer un procedimiento de determinación de caladeros o áreas de pesca y bancos naturales obligatorio y previo a la autorización de una concesión o a la relocalización de concesiones. Para ello, se propuso incorporar en el artículo 67 el siguiente nuevo inciso 6º
“El Servicio deberá verificar a través de una evaluación directa la circunstancia de existir un banco natural en el área solicitada o tratarse de un área de pesca, dictando la respectiva resolución la que deberá publicarse en un diario de circulación regional y notificarse a los miembros del respectivo Consejo Zonal de Pesca . Cualquier particular o institución podrá dentro del plazo de 30 días de efectuadas las notificaciones señaladas reclamar ante el Director Nacional de Pesca , pudiendo acompañar los antecedentes que justifiquen su presentación.”
Además, sugirieron reemplazar en el inciso 4º del artículo 67 la expresión “sus comunidades” por “sus áreas de pesca”
Finalmente, se mostraron partidarios de reemplazar en el inciso 5º del artículo 67 el punto por una coma y agregar a continuación: “, como también, no se otorgarán concesiones ni autorizaciones de acuicultura en las áreas de pesca explotadas por la pesca artesanal”
4º Establecer que la realización de los Informes Ambientales sean realizados por un ente público que asegure la independencia y autonomía de la empresa titular del centro de cultivo. Para tales efectos, propusieron reemplazar la letra l) del artículo 122 propuesto por el siguiente: “El Servicio será el responsable de la elaboración de los instrumentos de evaluación ambiental y sanitaria de que trata esta ley, pudiendo licitar la elaboración de dichos instrumentos en personas naturales y jurídicas previamente acreditadas.”
g) Presidente de la Confederación de Trabajadores de la Industria del Salmón ( Conatrasal ), señor Javier Ugarte ; y otros dirigentes de la misma organización.
El presidente de la Conatrasal manifestó que los principales responsables de la crisis por la que atraviesa la industria acuícola son los empresarios, que no tomaron a tiempo las medidas adecuadas para prevenir o, al menos, mitigar los efectos del virus Isa, que tiene postrado al sector. Agregó que esta situación pudo haberse previsto, porque había antecedentes de catástrofes similares en otros países, como Noruega, también afectado por el aludido virus. Lo que sucedió fue que el empresariado procuró maximizar las ganancias, a costa del descuido del medio ambiente. Actualmente hay 150 centros de cultivo infectados con el virus, 4 plantas de procesamiento cerradas y 17 mil trabajadores despedidos. Por otra parte, hay una evidente falta de fiscalización no sólo sanitaria, sino además laboral, lo que se ha traducido en una desprotección de los trabajadores y en la persistencia de un alto índice de accidentes, algunos de ellos con consecuencias fatales. En contraste con esto último, el proyecto de ley en examen se ocupa solamente de solucionar el problema financiero que aqueja a los empresarios, sin abordar la dramática situación de los trabajadores ni tampoco cuestiones tan relevantes como la capacidad de carga de los centros de cultivo.
h) Gerente general de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif), señor Alejandro Alarcón ; y asesor de la entidad, señor Jorge Claro .
El señor Alarcón expresó que la posición mayoritaria de los bancos frente a la crisis que afecta a los productores de salmón, y en particular el tema del endeudamiento de ese sector, es que debe buscarse una solución de largo plazo que permita la supervivencia de una industria que es muy importante para el país y, sobre todo, para las regiones de Los Lagos y de Aisén, donde genera 50 mil puestos de trabajo. Por otro lado, y así lo demuestra el vertiginoso desarrollo que ha experimentado la acuicultura en las últimas dos décadas, el país ofrece innegables ventajas naturales para este tipo de actividad. No obstante, la crisis de la acuicultura, y señaladamente de la salmonicultura, hace imprescindible un nuevo enfoque, con miras a la sustentabilidad de ésta. En este sentido, deberá ponerse un acento en la bioseguridad. También habrá que modificar ciertos aspectos jurídicos, en orden a que las garantías por los créditos que reciban los empresarios sean acordes con los riesgos de la actividad, y que son diversos: ciclo productivo prolongado, mareas, enfermedades, fluctuaciones del precio del salmón, hurtos, etc. Estos elementos permiten concluir que la industria en comento no podrá seguir operando tal como lo venía haciendo hasta que se detectó la presencia del virus Isa. Agregó que una de las alternativas que ha considerado la banca para hacer frente al delicado momento financiero por el que atraviesan las empresas del rubro, y que incluso concita el mayor respaldo en el seno de la ABIF, consiste en la capitalización de las deudas, porque ha demostrado ser una fórmula exitosa en otras experiencias de crisis. Actualmente hay 12 bancos con créditos otorgados a los empresarios acuícolas. Por último, indicó que es muy importante que no se interrumpa la cadena de pagos en esta actividad y, por ende, que sigan operando las empresas proveedoras de insumos y servicios a la referida industria.
Por su parte, el asesor de la Abif, señor Jorge Claro , expresó en primer lugar que Chile tiene indiscutibles ventajas comparativas para el desarrollo de la acuicultura: temperaturas óptimas, extensión costera, etc. Incluso frente a Noruega, el principal competidor, nuestro país tiene un elemento a su favor, y es que puede agregarle mayor valor al producto. Durante muchos años los empresarios salmoneros tuvieron amplio acceso al financiamiento, con una garantía riesgosa pero aceptada por los acreedores, cual es la biomasa (los peces en el agua). Este cuadro varió radicalmente con la aparición del virus Isa, que provocó una alta mortandad en los centros de cultivo. Afortunadamente, el proyecto de ley se hace cargo de este escenario, y propone una nueva modalidad de garantía, que es la concesión misma. Lo anterior beneficiará indudablemente la posición negociadora de los empresarios frente a la banca. Respecto a la deuda de la industria acuícola, debe distinguirse la directa de la indirecta. La primera asciende a unos US$1.600 millones, mientras que la segunda, que comprende a los proveedores del sector, es de aproximadamente US$400 millones.
Sin embargo -agregó el señor Claro-, dada la profundidad de la crisis, resulta insoslayable tomar otras medidas de fondo. Una de ellas es el cambio en el sistema productivo, con mayor énfasis en la bioseguridad. Por otra parte, la industria acuícola del futuro deberá realizar mayores inversiones y, asociado a ello, incrementar los costos operacionales. Asimismo, el Estado, principalmente a través del Sernapesca, tendrá que asumir un papel fiscalizador mucho más activo del que ha tenido hasta ahora. Si se conjugan todos estos elementos, el sector va a retomar la senda del crecimiento con menores riesgos y la banca, a su vez, participará en la actividad, brindando el apoyo financiero, a cambio de garantías sobre las concesiones mismas y no ya sobre la biomasa, que dejó de ser un activo. Además, es indudable que los bancos van a hacer un seguimiento mucho más cercano de todo el proceso productivo y es muy probable que sólo comprometan un apoyo económico sólido cuando se inicie un nuevo ciclo sano en la actividad salmonera. También es muy posible que las entidades financieras designen representantes en cada una de las empresas del rubro de que sean acreedoras. Dentro de este cuadro, cabe señalar como un elemento positivo (y suponiendo que se apruebe el proyecto), el hecho de que la garantía sobre la concesión no determinará la caducidad de esta última, como sí sucede en la actualidad.
A su juicio, no antes de septiembre de 2009 existirían las condiciones para el repunte de la actividad. Si, por el contrario, no se da el mejor escenario, las empresas tendrán que financiarse con capital propio y posiblemente se produciría una excesiva concentración de la propiedad en el negocio, con una alta participación de capitales extranjeros.
El señor Claro subrayó que el robustecimiento del Sernapesca como ente fiscalizador de la actividad acuícola constituye uno de los pilares del proyecto de ley en comento, pues hace viable al sector en el largo plazo. Respecto a la incidencia del virus Isa en el desempleo, indicó que es prácticamente imposible mantener todas las plazas de trabajo si disminuye la biomasa, como ha ocurrido. El esfuerzo de la industria debería centrarse, entonces, en capacitar a los trabajadores que se desempeñan en jornada parcial.
i) Presidente de Armasur , señor Héctor Henríquez , y directores de esa asociación, señores Mauricio Labra y Jorge Pacheco .
El surgimiento y ulterior desarrollo que han alcanzado las empresas proveedoras de servicios a la industria acuícola se explican por la creciente complejidad que ha alcanzado ésta. En efecto, en sus orígenes los mismos empresarios organizaron los aspectos productivos y logísticos asociados al rubro, pero desde hace unos 10 años han debido recurrir a servicios especializados en distintos ámbitos. Es así que actualmente existen unos 10 tipos de empresas que, desde sus respectivas especialidades, coadyuvan al desenvolvimiento de la acuicultura.
Armasur agrupa a 15 asociados, que se ocupan de la conectividad marítima entre las Regiones de Los Ríos y de Magallanes. Ellas, en conjunto, proveen unos 3.500 empleos. En el ámbito de la acuicultura, los integrantes de Armasur participan en el transporte de peces vivos, materiales e insumos, alimento, traslado de personal, actividades de fondeo, buceo, plantas de proceso primario, etc.
En cuanto al proyecto de ley, estiman que la creación de las áreas de manejo sanitario (AMS) constituye un gran avance. No obstante, se omite la complejidad logística derivada de las necesidades de la industria. En relación con el tema de las AMS, las modificaciones propuestas apuntan a mitigar los efectos del Isa, pero no se pone el suficiente énfasis en la prevención del virus, y que abarca un sinnúmero de aspectos, tales como los tipos de piscicultura, la importación de ovas, los criterios productivos, las distancias entre los centros y las densidades, la siembra, la alimentación y la cosecha, el cambio de redes, las relaciones con la pesca artesanal y la mitilicultura, etc.
Con todo, el proyecto es positivo en distintos aspectos. Así, el modelo de barrios constituye una propuesta interesante y valiosa, aunque el número de aquéllos que se implementaría, 58, parece excesivo, y podría dificultar el manejo sanitario, dada la cercanía que existiría entre algunos de ellos. Este punto es de suyo importante. Al parecer, la idea de crear tal número de barrios se fundamenta en el modelo noruego, en que cada uno de éstos cuenta con su propia logística, pero lo anterior no es aplicable en Chile, pues se precisaría de una logística especial y de cuantiosas inversiones. Actualmente, tal modelo es inviable desde el punto de vista de los requerimientos de abastecimiento continuo de alimentos, si se toma en cuenta el hecho de que la infraestructura portuaria es limitada, concentrándose en un 90% en la zona de Puerto Montt-Pargua. La propuesta de Armasur en lo referente al sistema de barrios consiste en dividir los servicios en penetrantes y fronterizos, entendiendo por los primeros aquéllos que deben llegar al borde de la jaula; y por fronterizos los que se desplazan hasta estaciones de transferencia, que funcionan como auténticas “aduanas” sanitarias.
Otro tópico relevante es el que dice relación con los reglamentos sanitario y ambiental. Lamentablemente, no se conocen, o bien no existen los programas sanitarios específicos que regulan cada una de las actividades y que dan coherencia al modelo que se busca poner en práctica.
En lo que se refiere al aumento de las atribuciones del Sernapesca, como también de las sanciones, que propone la iniciativa legal, Armasur considera que es una medida necesaria, pero al mismo tiempo observan que podría producirse un traslape de funciones entre el mencionado organismo y otras reparticiones, que hay que evitar. Sobre las sanciones, ellas deben guardar proporcionalidad con la magnitud del negocio.
El proyecto de ley propone también un incremento en el valor de la patente acuícola, lo cual, desde su perspectiva, debería postergarse hasta que la industria se recupere.
Un aspecto muy positivo del proyecto radica en que se otorga mérito ejecutivo a las concesiones, lo cual es necesario tanto para la adecuada operación de los barrios como para que aquéllas constituyan una garantía real para los bancos.
Finalmente, la relocalización de concesiones y la suspensión del otorgamiento de nuevas constituyen medidas necesarias frente a la crisis sanitaria que aqueja al sector.
j) Gerente técnico de la Asociación Gremial de Talleres de Redes (Atared), señora Soledad Zorzano .
Explicó que Atared agrupa a 11 empresas que proveen trabajo directo a unas 1.200 personas y realizan inversiones del orden de los $15 mil millones.
En su opinión, el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo al Parlamento representa una respuesta sólo parcial a la crisis por la que atraviesa la salmonicultura, y que necesita una mirada de más largo plazo. Aunque el problema está centrado hoy día en el virus Isa, hay otros puntos que deben abordarse.
Respecto al contenido en sí del proyecto, señaló que dentro de los aspectos positivos se encuentran el fortalecimiento de las facultades fiscalizadoras del Sernapesca y la creación de un mecanismo adecuado que facilitará y otorgará certeza a la constitución y ejecución de garantías sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura. En cuanto al aumento del valor de la patente, una parte de esa mayor recaudación debería destinarse al Sernapesca, para que ese organismo opere con las atribuciones y disponga de los recursos equivalentes a los del SAG.
Por otro lado, se incorpora la noción de áreas de manejo sanitario (AMS), que apunta en la dirección correcta, aunque presenta un error conceptual desde su perspectiva, pues trata la materia bajo una óptica epidemiológica, lo que no se ajusta al concepto de “barrio”. En otros términos, la propuesta del Ejecutivo en el tópico de las AMS está hecha “a la medida” del Isa y excluye otras especies de peces. Dada la gravedad de la crisis, el ordenamiento de la salmonicultura ha de basarse en la relocalización de concesiones, distanciando los centros de cultivo pertenecientes a distintas empresas. En tal sentido, ha de modificarse la reglamentación que rige la materia.
Acerca de la suspensión del otorgamiento de nuevas concesiones acuícolas en la Región de Los Lagos, según el proyecto, Atared considera que debería ser una medida de tipo transitorio, y no permanente, como se estipula en aquél. La suspensión debería regir por un año, tal como se prevé para la Región de Aisén, mientras se efectúa un ordenamiento en la materia, pues de lo contrario se atentaría contra proyectos futuros que contemplen el cultivo de otros peces, como merluza, bacalao, mero, etc.
En lo que concierne a la información ambiental y sanitaria, ella debe ser provista por terceros, bajo el estricto control del Sernapesca. Sobre este punto, sería muy útil e importante a la vez incorporar los conceptos de capacidad de carga y de densidad óptimas.
Por último, Atared comparte el acápite del proyecto que se refiere a las sanciones administrativas, con el alcance de que ellas se hagan extensivas no sólo a las aludidas AMS, sino a las actividades de cultivo en general. Además, debería incluirse una sanción específica a los productores que entregan información falsa, incompleta o extemporánea, que afecte a terceros.
k) Presidente de la Asociación de Buzos A.G. (Adeb), señor Esteban Chamorro , e integrante de dicha entidad, señor Alfredo Labbé .
La crisis provocada por el virus Isa ha tenido un fuerte impacto en las dos empresas que conforman la Asociación, lo que se refleja en la brusca disminución de trabajadores, pasando de 2.000 a alrededor de 1.000 en menos de un año. Una de las preocupaciones del gremio es la injerencia de la autoridad marítima en la regulación de la actividad del buceo, lo que a su juicio no es adecuado. Otro aspecto que les interesa especialmente, y que debería normarse, es el no uso de algunas concesiones, o utilización para efectos de “mera soberanía” de las mismas. Lo anterior debería conllevar la sanción de caducidad, pero hay que perfeccionar la ley en la materia. Este punto es de suyo relevante, porque un uso de la concesión en la forma señalada convierte a ésta en un potencial foco infeccioso, cuestión que trata precisamente de prevenir el proyecto a través de un nuevo enfoque sanitario. Junto con lo expresado, la iniciativa legal debería abordar lo relativo al plan de manejo de la actividad acuícola, exigiendo idealmente una certificación. Por último, habría que conferir más atribuciones al Sernapesca en lo que concierne al control mismo de la producción.
l) Secretario de la Asociación de Laboratorios Veterinarios (Alavet), señor Fernando Flores .
El representante de Alavet explicó que a dicha asociación le interesa especialmente que el nivel mínimo de oxígeno que debe existir en los centros de cultivo se especifique en el proyecto, aunque admitió que el tema, por su naturaleza, escapa al ámbito legal. Agregó que es muy relevante que el reglamento precise cuándo se va a verificar el “muestreo” en los centros de cultivo. En su opinión, ello debería tener lugar en el momento en que aquél tiene la mayor carga animal. Destacó, por otro lado, el estricto control a que son sometidos los productos elaborados por los laboratorios, y cuyo estándar supera al que rige para la propia industria acuícola. A efectos de una adecuada fiscalización, el Sernapesca debe lograr un liderazgo en el papel fiscalizador, y en esta perspectiva es positivo y encomiable que el proyecto fortalezca a dicho organismo. En otro plano, valoró que el proyecto regule la temática de las áreas de manejo, advirtiendo, eso sí, que aún no se aborda la problemática del Isa en agua dulce. A este respecto, hay que tener presente que la trucha es un vector del virus. Por ende -concluyó-, dicha especie debería tener el mismo trato epidemiológico que el salmón del atlántico.
m) Dirigentes de la pesca artesanal de la Región de los Lagos (Corepa), señores Jorge Bustos, Héctor Morales y Marcelo Soto.
El señor Bustos ( presidente de la Corepa X Región) expresó que el sector artesanal ha advertido desde hace unos diez años sobre los riesgos medioambientales y sanitarios que implica el desarrollo de la industria acuícola. Su experiencia como buzo le hizo ver el negativo impacto de ésta en el ecosistema. En tal sentido, instó a mejorar la calidad de los estudios de impacto ambiental que se realizan para la acuicultura, y que ellos sean elaborados por órganos públicos de reconocido prestigio, y no por entidades que designan los propios empresarios.
Respecto al proyecto, les preocupa especialmente lo concerniente al sistema de barrios que se propone, acerca del cual carecen de mayores antecedentes, pues podría tener repercusiones en la pesca artesanal. Se hace necesario una amplia discusión en torno a este asunto, particularmente en la X Región, donde la acuicultura presenta claros signos de saturación. A su juicio, para que la industria sea viable, debería reducir su producción en un 75%.
Agregó que la Corepa es partidaria de establecer una moratoria en la X Región para la declaración de nuevas áreas aptas para la acuicultura (AAA), al menos por cinco años, mientras se resuelve la crisis sanitaria. Por otro lado, debería prohibirse crear tales áreas en caladeros o áreas de pesca. También debería limitarse la relocalización de concesiones al interior de las actuales AAA. Abogó, asimismo, por fijar un procedimiento obligatorio para determinar los bancos naturales, previo a la autorización o relocalización de una concesión. En otro orden, propuso elevar las sanciones que den certeza al cumplimiento del plan de manejo sanitario. Por último, solicitó la exclusividad de la captación de semillas de recursos hidrobiológicos para la pesca artesanal.
Por su parte, el señor Morales dijo que la pesca artesanal es una actividad que data de, a lo menos, 11 mil años; en tanto que la acuicultura se ha desarrollado sólo en los últimos 30, lapso en el cual ha provocado un efecto negativo en el medioambiente. Sin embargo, la responsabilidad por esta crisis no es atribuible solamente a los empresarios, sino también a la autoridad, y en especial el Sernapesca, que no tomó los resguardos sanitarios adecuados, autorizando -por ejemplo- la importación de ovas. Destacó, también, la escasa información que han recibido de parte del gobierno en torno a la mecánica operatoria del modelo de barrios que se desea implementar en la acuicultura, asunto de suyo importante, por sus implicancias en la preservación de los bancos naturales y caladeros. También se ignora los parámetros que deberán cumplir los elementos químicos que se podrán utilizar en el nuevo sistema productivo que se propicia. Al respecto, subrayó que cada año se emplean más de cien toneladas de antibióticos en la mencionada industria. Agregó que en la X Región ya no queda espacio para el otorgamiento de nuevas concesiones. El deterioro del ecosistema es evidente, al punto que en ciertas áreas el agua ha perdido el 75% del oxígeno, debido a la salmonicultura. Al margen de lo anterior, el desarrollo de esta industria ha provocado la muerte de varios buzos “intemedios”, categoría esta última hecha “a la medida” de los empresarios.
Finalmente, el señor Soto señaló que, en su desarrollo, la industria acuícola ha invadido bancos naturales y caladeros que, históricamente, pertenecieron al sector artesanal, el cual siempre explotó los recursos con un sentido de preservación del medio. La difícil situación por la que atraviesan muchas familias de pescadores que han quedado sin trabajo, ha determinado que un número importante de aquéllos hayan sido empleados por la acuicultura. Acotó, respaldando lo expresado por el señor Bustos , que les preocupa el tema del funcionamiento de barrios, materia sobre la cual hace falta más información.
n) Dirigentes de la Federación de Pescadores Artesanales Sur de Magallanes y la Antártica Chilena, señores José Hernández , Erardo Muñoz , Gabriel Sánchez y Raúl Toledo .
Los dirigentes señalaron que el virus Isa ha afectado seriamente a la industria acuícola en Magallanes. Lamentablemente, la autoridad no aplicó los controles preventivos necesarios para evitar que se propagara aquél. A su juicio, el proyecto de ley en examen procura sustentar una actividad que carece de viabilidad y que se halla en una crisis muy profunda. Esto último se explica porque en Chile, a diferencia de lo que sucede en otros países, la salmonicultura se desarrolla de manera altamente concentrada, donde los desechos de los centros de cultivo tienen un mayor potencial de interactuar, lo que conlleva riesgos de alteraciones de envergadura en los ecosistemas. Por otro lado, señalaron que el proceso de zonificación costera no ha contado en su región con la participación de la comunidad organizada. En su opinión, deberían suspenderse indefinidamente tanto el otorgamiento de nuevas concesiones acuícolas en la zona austral como el proceso de zonificación aludido.
En cuanto al contenido del proyecto, indicaron que la declaración de áreas de manejo no debería recaer únicamente en la subsecretaría de pesca, como se propone, sino también en la autoridad del ramo. Además, falta conocer en profundidad el sistema de funcionamiento de los barrios.
Al concluir, reiteraron su rechazo de plano al proyecto en comento, fundamentando dicha actitud en que la autoridad no ha dado señales de un acercamiento a la problemática que aqueja al sector artesanal.
ñ) Investigadores del Instituto Libertad y Desarrollo, señores Pablo Kangiser y Jaime Salas .
El señor Kangiser formuló en primer lugar una apreciación general sobre el contexto del proyecto en referencia, destacando que en la Ley General de Pesca confluyen diversos inte-reses legítimos, cuyo equilibrio se ha procurado mantener a través de las diversas reformas que ha sufrido ese cuerpo normativo. Una de las últimas enmiendas incorporada a éste fue a través de la ley N° 20.091, de 2006, que estableció dos tipos de concesiones acuícolas, plasmadas en los artículos 80 bis y 80 ter de la ley general: una gratuita, pero que impone restricciones al titular, y otra sujeta a un cobro o patente, pero que facilita la explotación y enajenación de la concesión; situación que criticó en su oportunidad. El actual proyecto atenúa ese esquema, pero no le pone fin, como sería deseable, fijando un sistema único en la materia, tal como existía hasta la mencionada reforma.
Agregó que, en líneas generales, Libertad y Desarrollo comparte la orientación y el fin que persigue el proyecto impulsado por el Ejecutivo. Con todo, y sin perjuicio de la observación previa, estiman que debería perfeccionarse en ciertos aspectos. Uno de ellos dice relación con la facultad que se le confiere a la subsecretaría de pesca de declarar áreas no disponibles para la acuicultura, y que desde su perspectiva habría que acotar, pues se trata de un tema muy delicado, en que podría incurrirse en una excesiva burocracia, o afectarse el principio de probidad. Asimismo, criticó la disposición que propone una sanción única de 3.000 UTM para el caso de incurrir en alguna de las prohibiciones que se especifican (por ejemplo, no dar cumplimiento a las condiciones de densidad), ya que es muy rígida y, por ende, debería graduarse conforme a determinados parámetros, como podría ser el capital en giro del infractor.
A su vez, el señor Salas expuso los siguientes comentarios y reparos -entre otros- al contenido del proyecto. En primer lugar, señaló que existe consenso en la necesidad de modificar el sistema de concesiones, a fin de adaptarlo a los requerimientos actuales y, en especial, para poder enfrentar epidemias como el virus Isa. Dentro de los aspectos positivos del proyecto está el enfoque coordinado de la actividad, que se traduce en la momificación y en las áreas de manejo sanitario que se propone implementar. Igualmente, es destacable que se asuma una actitud de tipo preventivo respecto de la aparición de condiciones ambientales y sanitarias no deseadas. Actualmente, prevalece un criterio más bien reactivo frente a situaciones de crisis. En tercer lugar, es positivo que, en materia de fiscalización, se consagren facultades que hoy sólo están plasmadas en el nivel reglamentario. Enseguida, el proyecto fortalece los derechos de los titulares de las concesiones, facilitando la transferencia de éstas, ya que se elimina la autorización previa de la subsecretaría para tal efecto. Por otro lado, se establece un sistema registral similar al de los Conservadores de Bienes Raíces. Por último, también es destacable que se faculte otorgar la concesión en garantía, lo que facilitará el acceso al crédito. A fin de hacer más efectiva dicha garantía, se consagran excepciones a la caducidad de las concesiones sobre las cuales se haya trabado embargo o dictado una medida prejudicial o precautoria fundada en la prenda. En cuanto a los aspectos que le merecen críticas del proyecto, ellos son los siguientes: a) Se faculta a la subsecretaría de Pesca para declarar ciertas zonas como actualmente no disponibles para el otorgamiento de nuevas concesiones por falta de espacio, sin precisar cómo se ejercerá dicha atribución. De acuerdo al artículo 19 N° 21 de la Carta Fundamental, la ley debería determinar, al menos genéricamente, las condiciones objetivas para efectuar la mencionada declaración; b) Análoga observación cabe respecto de la facultad que se entrega al Sernapesca para eliminar especies hidrobiológicas en cultivo: la ley debería fijar ciertas pautas para la actuación de la autoridad en esta materia. Por otro lado, si el Estado ordena eliminar peces pertenecientes a un particular, debería responder por el daño patrimonial causado si se demuestra posteriormente que tal decisión fue errónea; c) El proyecto incorpora un artículo 118 ter, que agrega dos sanciones para el evento de no cumplirse ciertas condiciones que no precisa, vulnerándose así el artículo 19 N°3 de la Constitución Política, que señala que ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sancione esté expresamente descrita en ella. Además, no parece adecuado fijar una multa única de 3.000 UTM, sino que debería facultarse al juez para graduar aquélla, según la gravedad de la infracción; d) Aunque las restricciones asociadas a eventos sanitarios son razonables (condiciones de densidad, siembra, cosecha, etc.), ellas no deberían afectar el derecho de los concesionarios de administrar autónomamente su negocio; e) La declaración de áreas de manejo sanitario puede derivar en la relocalización de concesiones y en la imposición de otros gravámenes, por lo que es necesario que la ley señale con cierto detalle las características y requisitos que deben darse para que la subsecretaría efectúe tal declaración. En caso contrario, se contravendría el artículo 19 N° 21 de la Ley Fundamental, al hacer una delegación genérica en un reglamento que regulará materias que afectan el ejercicio de una actividad económica; f) La suspensión del ingreso de solicitudes y el otorgamiento de nuevas concesiones acuícolas en las Regiones X (en forma permanente) y XI (por un año), salvo respecto de las solicitudes que cuenten con proyectos técnicos aprobados es una medida desproporcionada , ya que -según se vio más arriba- el propio proyecto consagra la facultad de declarar una zona no disponible para el otorgamiento de concesiones.
o) Dirigentes de la Asociación de Productores de Salmón de la Región de Magallanes (Apst), señores Drago Covacich y Alejandro Fernández .
La referida Asociación agrupa a seis empresas del rubro acuícola, que en 2007 produjeron 9.723 toneladas de salmónidos. Esa cifra cayó abruptamente a 6.000 toneladas en 2008, por efecto del virus Isa, lo que pone de manifiesto el devastador efecto de aquél en Magallanes. Con todo, esta región, a diferencia de lo que sucede en las de Los Lagos y de Aisén, donde hay un problema de saturación reconocido por todos los actores, tiene un gran potencial en la materia. Sin embargo, y pese a tener la XII región un borde costero de 49 mil kilómetros, sólo 490 de ellos (es decir, el 1%) corresponden a áreas aptas para la acuicultura (AAA). Actualmente, en Magallanes sólo hay 26 concesiones vigentes para la salmonicultura, contra 519 en la X región y 367 en la XI. Lamentablemente, la acuicultura de está desarrollando en la región más austral del país en condiciones de real hacinamiento y de enorme riesgo sanitario, pues está focalizada en dos zonas de tamaño más bien reducido.
Los productores de Magallanes, sin excepción, valoran y quieren que se aplique el nuevo modelo productivo diseñado por la Mesa que preside don Felipe Sandoval , siempre que se cumpla una condición indispensable, cual es que existan concesiones. Con el actual número de éstas y las áreas geográficas disponibles, tal modelo es inaplicable. Además, la moratoria que consagra el proyecto retrasaría en dos años la tramitación de las concesiones pendientes. Ello implicará que la actividad en su conjunto (producción, inversión y empleo) se va a estancar o, peor aún, disminuir. De acuerdo a sus estimaciones, si no hubiera moratoria la producción total de salmones y truchas en Magallanes podría alcanzar las 68,8 miles de toneladas en 2013, proveyendo un total de 5.177 empleos directos e indirectos. En cambio, de aplicarse tal medida la producción párale mencionado año sería 14,3 miles de toneladas y las plazas de trabajo apenas 495.
El hacinamiento a que se hizo alusión más arriba determinó una rápida propagación del Isa en Magallanes, dañando en forma grave a cuatro centros de engorda. Se estima que debido a dicho virus dejarán de cosecharse 12 mil toneladas entre agosto de 2009 y septiembre de 2010. La pérdida económica se avalúa en US$ 14 millones. En cuanto al empleo, cabe señalar que a marzo de 2009 la acuicultura generaba 600 puestos de trabajo, pero esa cifra se reduciría a partir de agosto del año en curso a 250 personas, como consecuencia del Isa.
Respecto a las solicitudes pendientes de concesiones acuícolas en la XII Región, hay 512 que han pasado a la etapa de evaluación de la subsecretaría de Pesca, con el siguiente desglose por provincia: 246 en Última Esperanza, 155 en Magallanes, 15 en Tierra del Fuego y 68 en la Antártica Chilena.
Por otra parte, los dirigentes se refirieron a la labor realizada entre los años 2003 y 2004 por la Comisión Técnica de Uso del Borde Costero en la mencionada región. El fruto de esa labor fue la modificación del decreto N°340/94, desafectando áreas para desarrollar la acuicultura en 55 sectores, distribuidos en 8 macroáreas geográficas, y priorizando la pesca artesanal y el turismo.
En síntesis, para la Apst es fundamental, por un lado, que se sigan tramitando las solicitudes de concesiones acuícolas que ya han ingresado; y, por el otro, eliminar la moratoria para esta actividad, pues sólo así la producción y el empleo continuarán creciendo, según queda explicado.
p) Dirigentes de la pesca artesanal de la Región de Aisén, señores Iván Fuentes , Misael Ruiz , Nestor Müller y José Pichuncheo .
El señor Fuentes expresó que existen muchos problemas que resolver en la pesca artesanal, sobre todo en la necesidad de diversificar la pesca que realizan ya que ellos son fundamentalmente monoproductores.
Afirmó que no sólo en la XI Región sino que en general en la pesca que se realiza en Chile se ha ido de depredación en depredación. Quieren salir de esa situación y para ello se debería hacer una “cirugía de cuerpo y alma” en la pesca artesanal, de manera que el pescador pueda tener una mayor diversidad de productos en los cuales trabajar y no sea monoproductor como lo ha sido históricamente. En alguna época se ha dedicado a las machas, luego a los locos y hoy de la merluza. Tal situación debería cambiar.
Añadió que la idea es que las áreas de manejo no sean un sueño sino que una realidad y que la acuicultura a pequeña escala sea una fórmula en la cual ellos puedan ser parte de un mercado.
Agregó que entienden que el sector de la salmonicultura está dañado y ellos esperan que les vaya bien. Sostuvo que el problema actual de la salmonicultura no es el que afecta a la pesca artesanal, cuyo mal natural es la marea roja. Se trata de una herida que se auto infirieron y que deriva de la irresponsabilidad con que han trabajado, situación que deben enmendar.
Afirmó que si los salmonicultores no hubiesen sido tan irresponsables en su trabajo no se habrían visto afectados por el virus Isa. Por otra parte, si el Gobierno hubiese efectuado una adecuada fiscalización no se estaría produciendo esta catástrofe en la Región.
Expresó que en la zona se creció, pero en forma desmedida, avasallando a la pesca artesanal, instalando las concesiones de salmonicultura en sectores muy cercanos a los que ellos tienen asignados.
Sostuvo que existe la posibilidad de una sana convivencia, pero ella debe ir acompañada de un respeto mutuo. Desean que les vaya bien a los salmonicultores, pero no por esa razón la pesca artesanal debe morir en el olvido. Necesitan tener sus espacios, la posibilidad de ser una alternativa distinta en el mercado mundial. Cuando los salmonicultores produzcan transgénicos, que es parte de su negocio, probablemente los pescadores artesanales puedan producir orgánicos para apoderarse de otro pedazo del mercado.
Agregó que el virus Isa está provocando un gran golpe a la economía del país, en especial de dos grandes regiones como son la X y XI. Incluso, también se está viendo afectada la ciudad de Punta Arenas, en la XII Región.
Cree que los salmonicultores pudieron haber cooperado mucho con la pesca artesanal, de manera de tener una sana convivencia. Sin embargo, les miraron desde lejos, esperando que desaparecieran. Lo cual no ocurrió, ni ocurrirá, ya que son un grupo grande, sus hijos están creciendo y se incorporan a esta actividad.
Manifestó que los pescadores artesanales esperan un impulso pequeño por parte del Gobierno. No quieren que se hagan cargo de su pobreza o de sus problemas, sino que requieren simplemente de un impulso para tener la tecnología que les permita salir adelante.
El señor Ruiz expresó que no desean que este proyecto se vea con urgencia porque necesitan entender qué es el tema de los barrios, ya que no se les ha explicado con claridad. Se especula mucho sobre esta materia. Por ejemplo, se dice que la salmonicultura contará con un sector privilegiado en el cual las lanchas deberán pasar controles sanitarios.
Requieren que se respete su entorno y la pesca artesanal que ha sido avasallada por la salmonicultura. Incluso, dijo, se están apoderando de las aguas interiores que les corresponden a sus representados.
Agregó que en la actualidad existe un alto nivel de toxinas en el mar, debido a los elementos químicos que se han tirado a las aguas para combatir el virus Isa.
El señor Fuentes manifestó que el año pasado sobraron 285 toneladas de la cuota asignada para la explotación de la merluza austral. Ello se produjo no porque los pescadores no la quisieran extraer, sino debido a que el mercado ya venía dañado y porque, además, las condiciones climáticas no lo permitieron.
Expresó que, adicionalmente, había 161 toneladas que el Subsecretario “les devolvió” el año pasado porque existía un 5% que estaba pendiente, pero que, sin embargo, este año se les volvió a descontar, lo cual les causa un efecto en contra de, a lo menos, 500 toneladas en pérdidas en la región.
Estimó necesario que se establezca un plan de administración uniforme, de manera que no sea cada sindicato el que lo presente. Recordó que la aprobación de ese plan tarda varios meses lo que entrampa su trabajo ya que la cuota asignada se debe sacar en once meses, lo cual trae como consecuencia igual número de salidas y de gastos. Se quiere minimizar ese efecto, y por ello, propone que se pueda extraer la cuota asignada en menos tiempo, de manera que en los meses restantes se puedan explotar otros productos.
q) Subsecretario del Trabajo y Previsión Social, señor Mauricio Jélvez Maturana .
En la sesión de 28 de abril de 2009, el señor Jélvez expuso acerca del “Programa Especial de Intermediación, Empleo, Emprendimiento y Capacitación para los trabajadores y trabajadoras de la industria salmonera de la Región de Los Lagos” señalando que, actualmente, Chile es el segundo productor mundial de salmón, con un 38,2% del total de la producción mundial del salmón y trucha de cultivo.
Expresó que el sector aporta el 4.5 % de las exportaciones totales del país, representando el 56% de aquéllas de índole exportaciones pesquera.
La industria salmonera emplea aproximadamente 50.000 personas en forma directa e indirecta, de las cuales el 60% es mano de obra femenina, concentrándose principalmente en los centros de proceso y empaque.
Afirmó que, para contextualizar la situación actual de la industria del salmón, es necesario hacer referencia a que, desde el año 2007, se viene viviendo un proceso de reestructuración en innovación tecnológica como consecuencia de las exigencias de los mercados internacionales y de la propia viabilidad del sector industrial.
Junto con lo anterior, a mediados del año 2007, las investigaciones científicas detectan la presencia de un virus que impacta significativamente en la calidad de los productos, lo cual coloca una voz de alerta en los mercados de destino, éste es el virus ISA, el cual ha generado un 20% de disminución en la producción de salmón. En la actualidad, existe sobreproducción por cuanto se ha adelantado la cosecha del 2009 y se estima que aumentará la baja de la producción del orden del 30 a 35 %, aproximadamente.
Sostuvo que, a pesar de las dificultades señaladas, la tasa de despido, logró detenerse transitoriamente, debido al referido adelantamiento, durante los meses de diciembre 2008, enero y febrero 2009, actividad que requiere de uso intensivo de mano de obra especializada y de temporada.
Agregó que los efectos que en el tiempo tendrán estos ajustes productivos son variables, mientras en el corto plazo se podría hablar de un incremento del salmón procesado en centros (por la cosecha anticipada), paralelamente se comienzan a cerrar centros de cultivo y, posteriormente, ello afectará inevitablemente la producción y el proceso mismo. La situación de “baja productividad” se extenderá -a lo menos- hasta todo el 2010, existiendo períodos excepcionales en la cosecha y procesamiento de las otras especies (salmón cojo y trucha, en los lapsos comprendidos entre octubre y enero). La merma productiva y, consiguientemente, la crisis laboral de la actividad se constituye en una realidad fuerte para las empresas, las que desde sus balances 2008 expresan pérdidas significativas y abultadas disminuciones patrimoniales. Aunque la situación sea variable por empresa, ya sea por su tamaño y propiedad, su especialización productiva y localización de sus centros de cultivos y plantas de proceso, puede hablarse de una crisis generalizada del sector salmonero.
Expresó que la situación a marzo de 2009 es tal, que nadie duda respecto de la necesidad de ir hacia nuevas formas de cultivo y procesamiento de salmón y de lo esencial que resulta avanzar en términos ambientales y biológicos, como también en la cadena de controles y fiscalizaciones, que tanto las empresas como las agencias gubernamentales deben efectuar. La experiencia noruega es relevante al respecto. En las Islas Faroe, incluso, se estableció una veda total a la actividad por un tiempo determinado. Últimamente las empresas consideran que es necesario “coexistir con el ISA”, (a “la noruega”, conformando barrios productivos) pero en condiciones ambientales de muy riguroso control.
Lo anterior, dijo, lleva a una transformación tecnológico-productiva de gran escala y a una revisión profunda de procedimientos. De ello deberá surgir, en un plazo que se estima entre “18 meses a tres años” una nueva modalidad productiva (salmón 2.0).
Añadió que las acciones realizadas por el gobierno en forma multisectorial, tendrán un impacto directo a contar del mes de abril. Aquéllas de coordinación en lo referente al impacto en el empleo son apoyadas por los Ministerios del Trabajo y Economía, quedando la ejecución del Plan y la interlocución con los trabajadores y la industria radicada a nivel del Gobierno Regional.
Indicó que, a contar de octubre del 2008, se constituyó una mesa de trabajo entre trabajadores de la industria, representados por la Conatrasal y CUT de las provincias de Llanquihue y Chiloé, e instituciones públicas regionales, presidida por el Intendente Regional.
Señaló que se abordaron las problemáticas del virus y sus consecuencias y se analizaron las medidas adoptadas por la industria y Sernapesca, como a la vez se comenzaron a activar los programas de los distintos Servicios Públicos, para responder a las demandas de los trabajadores.
Posteriormente, dijo, a solicitud de estos últimos, esta mesa se dividió, de acuerdo a los distintos intereses, en las provincias de Llanquihue y de Chiloé, presididas por sus respectivos Gobernadores.
Explicó que cada una de estas mesas provinciales trabaja en 3 comisiones de trabajo, sesionando una vez al mes:
1) Comisión de vivienda.
2) Comisión de fomento productivo.
3) Comisión de capacitación, empleo y educación.
Sostuvo que, con fecha 15 de abril, el Subsecretario del Trabajo anunció públicamente el Plan para los trabajadores/as de Puerto Montt.
Con fecha 21 de abril, se reúne con el Intendente de la Región de Los Lagos y todo el equipo del Gobierno Regional, involucrado en la implementación del Plan Salmón en la Región, para determinar su cronograma. Además lo hizo con los Sindicatos de la Provincia de Llanquihue, para anunciarles el Plan, comprometiéndose los trabajadores a reiniciar las conversaciones con el Gobierno Regional y así sacar adelante las propuestas.
Con fecha 22 de abril, se reunió en una asamblea con los Sindicatos y trabajadores/as de la Provincia de Chiloé, con el mismo propósito anterior.
Manifestó que las cifras de despidos estimadas por la industria ascienden a 10.000, entre los meses de marzo y diciembre del presente año. Este impacto será compensado por la recontratación de unos 1.500 trabajadores entre los meses de septiembre y octubre, por lo que el efecto neto esperado ascendería a 8.500 puestos de trabajo perdidos.
La propuesta del Gobierno para enfrentar la crisis del salmón en la Región de Los Lagos será implementada por el Gobierno Regional, bajo la coordinación del Intendente Regional, con el apoyo directo de la Subsecretaría del Trabajo.
Esta propuesta contiene 4 componentes: Intermediación laboral, Empleo, Emprendimiento y Capacitación.
En materia de Intermediación Laboral, respondiendo a la demanda de los trabajadores y entendiendo que, en un proceso masivo de despido, es clave la información en detalle de cada trabajador para responder con oportunidad y poder canalizar eficientemente la oferta pública hacia ellos, es que se ha implementado un Plan de Fortalecimiento de las Oficinas de Intermediación Laboral; un Plan de Fortalecimiento de las Omil de Puerto Montt, Ancud, Castro , Calbuco , Osorno y Purranque; se ha creado la Oficina Regional de Intermediación Laboral, en oficinas del Sence Regional; se ha creado la Oficina Provincial de Intermediación Laboral en la Provincia de Chiloé, en dependencias de la Gobernación, para atención preferencial de trabajadores desvinculados de la industria del salmón; se han contratado 4 gestores territoriales, para apoyar el trabajo de intermediación en toda la Región.
Respecto al Empleo sostuvo que, con el fin de responder en forma rápida a la crisis que vive un trabajador al momento de ser despedido, el Gobierno pone a su disposición cuatro instrumentos:
a) Bonificación a la Contratación de mano de obra: Los trabajadores desvinculados, que se puedan insertar en un nuevo puesto de trabajo dependiente, ofertarán a la empresa una bonificación a su contratación de un 40% de un salario mínimo, por un período de 4 meses, y un bono para su capacitación de $ 50.000. Este beneficio se tramita en las oficinas del Sence Regional.
Para dar inicio al Programa se contempla una Cobertura de 250 bonificaciones, las que estarán operativas a contar del 30 de mayo.
b) Programa Aprendices: Los trabajadores jóvenes (hasta 25 años) desvinculados, que se puedan insertar en un nuevo puesto de trabajo dependiente, ofertarán a la empresa una bonificación a su contratación de un 50% de un salario mínimo, hasta por 12 meses, y un bono para su capacitación de 10 UTM. Este beneficio también se tramita en las oficinas de Sence Regional.
Se cuenta con una cobertura de 400 beneficiarios.
c) Inversión en la comunidad: La Intendencia regional, en conjunto con los municipios, deberá presentar proyectos a la Subsecretaría del Trabajo, destinados a realizar obras en el ámbito local que presenten un beneficio comunitario y que se adecuen a las competencias laborales de los trabajadores desvinculados de la industria salmonera.
Se cuenta con una cobertura inicial de 250 beneficiarios, a contar del 1 de junio, en la Intendencia Regional .
d) Fondo Regional de Inversión Local (Fril) especial: Este instrumento regional está destinado al financiamiento de proyectos de infraestructura urbana para los municipios, administrados directamente por éstos y dirigidos exclusivamente para contratar a los trabajadores desvinculados del sector salmonero. Se pueden postular iniciativas de hasta M$ 50.000 de acuerdo a Formato y Requisitos del Gobierno Regional.
La cobertura de este programa es para 2.000 trabajadores y se encontrará disponibles a contar del mes de junio en adelante, en el Gobierno Regional.
Cabe señalar que esta propuesta no considera el impacto que tendrá en la región, en términos de generación de nuevas oportunidades de empleo, el reforzamiento de la cartera de proyectos de inversión pública, asociado a los presupuestos regulares, tanto sectorial como regional y sus respectivos incrementos como consecuencia del Plan del gobierno de reactivación económica anunciado en enero del presente año.
Las estimaciones efectuadas por el Gobierno Regional indican que se generarían del orden de 11.575 puestos de trabajo producto de la ejecución de estos proyectos. En consecuencia, es dable estimar que aproximadamente el 30% de estos empleos podría direccionarse a trabajadores del sector salmonero, es decir, 2.500 empleos.
Respecto al Emprendimiento, dijo que en el caso de aquellos trabajadores desvinculados, que deseen optar por una iniciativa independiente, el Gobierno pone a su disposición dos instrumentos de microemprendimiento; “Apoyo al Emprendimiento, Capital Semilla”, administrado por Sercotec Regional, el que contempla un aporte directo de hasta $ 1.000.000 por cada iniciativa más $ 500.000 como aporte de asistencia técnica y “Microemprendimiento”, administrado por Fosis Regional, el que contempla un aporte máximo de $ 500.000 por cada iniciativa.
En el caso de los Emprendimientos de Sercotec, el 15 de mayo vence la postulación a ellos, dándose los resultados el día 15 de junio, comenzando las asignaciones de recursos a partir del mismo mes.
En el caso de los Emprendimientos de Fosis, éstos tienen una fecha de inicio a contar de junio.
En la capacitación, aquellos trabajadores desvinculados que opten por reconvertirse laboralmente o desarrollar nuevas competencias laborales, el Gobierno pone a su disposición cuatro instrumentos: Jóvenes Bicentenario, Becas Franquicia Tributaria (Otic), Programa Nacional de Becas y Becas Mype, todos ellos administrados por Sence Regional y cada curso se determinará entre este servicio y los beneficiarios.
Los Programas de capacitación tienen un plazo de implementación de aproximadamente 10 días, después de que sean pactados los cursos con los trabajadores y, luego, completados. Sólo en el caso de las becas OTIC, éstas tienen un tiempo de implementación de un máximo de 3 meses, luego de pactados los cursos de capacitación.
CUADRO RESUMEN
OFERTA PÚBLICA
Empleo
Programa
Tipología
Institución
Cobertura
Inversión
m$
Inversión en la comunidad
Empleo
Subtrab
250
207.378
Bonificación a la contratación de mano de obra
Empleo/
capacitación
Sence
250
76.100
Aprendices
Empleo/
capacitación
Sence
400
338.000
Fril especial
Empleo
Subdere
2.000
2.400.000
Subtotal
2.900
3.021.478
Emprendimiento
Apoyo al emprendimiento (capital semilla)
Microemprendimiento
Sercotec
500
750.000
microemprendimiento
microemprendimiento
Fosis
200
100.000
Subtotal
700
850.000
Capacitación
Jóvenes bicentenario
Capacitación
Sence
150
240.000
Becas franquicia tributaria (Otic)
Capacitación
Sence
1.000
464.500
Programa nacional de becas
Capacitación
Sence
150
97.000
Becas mype
Capacitación
Sence
250
162.500
Subtotal
1.550
964.000
Total
5.150
4.835.478
Finalmente, entregó las siguientes consideraciones:
1) Este Plan contempla la respuesta del Gobierno para atender la situación laboral que afecta a los trabajadores del sector salmón y que no está directamente asociada a la crisis económica mundial. Lo que queda refrendado en el informe INE, correspondiente al trimestre de Dic- Feb 2009, que registra un desempleo de sólo un 5.1% a nivel regional. Es un esfuerzo de coordinación intergubernamental para proporcionar una oferta programática que dé cuenta de múltiples instrumentos y cuya aplicación será de responsabilidad del Gobierno Regional, atendiendo específicamente a las características del mercado laboral de este sector y, especialmente, dando cobertura a mujeres jefas de hogar.
2) El Gobierno Regional coordinará la información entregada por las empresas, en relación al cronograma de despidos, para garantizar la eficiencia y oportunidad de la oferta pública.
3) La industria se ha comprometido a revisar cada situación de despido, priorizando la mantención de aquellos trabajadores en situación de mayor vulnerabilidad social. Lo que se pretende con este compromiso es priorizar la conservación del empleo en el caso de mujeres jefas de hogar, matrimonios o parejas que estén trabajando en la industria (sólo se despedirá a uno) u otras modalidades. La primera concreción de este acuerdo se ha expresado en la decisión de la empresa AquaChile.
4) Complementariamente, el Gobierno espera que las empresas salmoneras hagan efectiva la voluntad de conservar el empleo a 2.400 mujeres, ante lo cual aquél se compromete a financiar su capacitación, de manera de mejorar sus competencias de acuerdo a los nuevos requerimientos de la industria.
5) Con respecto a la petición de los trabajadores para que las empresas sólo realicen los descuentos asociados a las deudas con las Cajas de Compensación, al momento del pago de sus finiquitos, en caso de voluntad expresa del trabajador, se ha informado que los Dictámenes de la Dirección del Trabajo ratifican este mismo criterio, razón por la cual, y apoyados en aquéllos, corresponde que las empresas apliquen la medida solicitada.
El Gobierno, a través del Ministerio de Economía y de la Subsecretaría del Trabajo, se encuentra disponible para coordinar las acciones que sean necesarias, entre los trabajadores y la industria, para realizar el plan de quienes no serán desvinculados de ésta.
La señora Flavia Liberona , Directora Ejecutiva de la Fundación Terram .
Luego de exponer acerca del crecimiento que tuvieron las exportaciones de la Industria Salmonera entre los años 1990 y el año 2008 y de recordar que la crisis sanitaria del virus ISA comienza en julio de 2007, hizo una breve referencia al marco regulario de esta actividad, tanto a nivel de la Constitución Política de la República como de la Ley General de Pesca y Acuicultura y de los respectivos reglamentos, centró su análisis en las siguientes propuestas concretas que sugiere incorporar en el actual proyecto de ley:
1) Levantamiento de línea de base ambiental en las áreas de manejo sanitario (AMS) o barrios a utilizar y la elaboración de planes de manejo asociados a las características físicas particulares de cada zona.
2) Proceso de recalificación de las Áreas Apropiadas para la Acuicultura.
3) Recalificación de Áreas Apropiadas para la Acuicultura y concesiones que sean coherentes con el sistema de evaluación de impacto ambiental (Seia) y las áreas de manejo sanitario AMS (barrios).
4) Eliminación o reubicación del las concesiones que estén fuera de las Áreas Apropiadas para la Acuicultura.
5) Mecanismos de caducidad de autorizaciones y concesiones en ríos y lagos.
6) Avanzar hacia un sistema de cultivo en tierra para pisciculturas de ovas a alevín.
7) Erradicación de concesiones de bancos naturales y Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos (Amerb).
8) Avanzar en la zonificación del borde costero para evitar conflictos de intereses entre las distintas actividades que se desarrollan. Por tanto, incluir un artículo que establezca un plazo y proceso para zonificar Los Lagos y Magallanes.
9) Frenar la entrega de concesiones hasta que se armonice la Zonificación de Borde Costero (ZBC), las Áreas apropiadas para la Acuicultura, las concesiones y la información ambiental.
10) Iniciar un proceso para sacar las balsas jaulas del borde costero de los parques y reservas nacionales.
11) Establecer modificaciones que vinculen de forma efectiva y eficiente la normativa ambiental y sectorial.
12) Regular y fiscalizar el uso de antibióticos y otros productos químicos.
13) Normar y fiscalizar escapes de salmones.
14) Revisar la normativa sobre desechos (orgánicos y no orgánicos, líquidos y sólidos).
15) Las aguas son bienes nacionales de uso público, es rol del Estado cautelarlas para uso de todos los habitantes.
16) Se debe establecer mecanismos para que el Estado pueda reasignar concesiones y evaluar su utilización.
17) Establecer una nueva base mínima de cobro por volumen concesionado.
18) Cobro de rentas económicas y aplicación de impuestos ambientales a la producción.
19) Se propone que las concesiones de porción de agua y fondo tengan una duración definida. Establecer 4 ciclos de vida/cultivo completos por concesión, con el entendido de que la siembra será de ejemplares coetáneos, bajo un sistema all in-all out y con límites máximos de cosecha establecidos.
Después de eso se debería proceder a la recalificación de las concesiones de acuerdo al cumplimiento de la normativa, lo cual permite mantener la posesión del bien en manos del Estado
-o-
Puesto en votación en general el proyecto fue aprobado por unanimidad. Votaron favorablemente las Diputadas señoras Goic y Pacheco , y los Diputados señores De Urresti , Galilea , Melero , Norambuena , Recondo y Ulloa .
B) Particular
El proyecto consta de seis artículos permanentes y tres transitorios, respecto de los cuales la Comisión adoptó los acuerdos que pasan a consignarse.
Artículo 1°
Éste se subdivide en 18 numerales, que proponen diversas modificaciones a la ley N° 18.892, general de pesca y acuicultura:
N° 1
El numeral supra agrega dos numerales -52) y 53)- al artículo 2° de la ley, que en su texto vigente establece una serie de definiciones.
-El numeral 52) propuesto incorpora el concepto de Áreas de Manejo Sanitario (AMS), entendiendo por tales las declaradas por la subsecretaría de Pesca y que presentan características epidemiológicas, oceanográficas, operativas o geográficas que justifican su manejo sanitario coordinado, respecto de las cuales el Sernapesca establecerá medidas de operación coordinada a todos los centros de cultivo que se encuentren en ellas, debiendo el reglamento determinar la distancia que deberá mantenerse entre las AMS, y entre éstas y las concesiones acuícolas.
Sobre el alcance de esta disposición, el Ejecutivo indicó que las AMS se ubicarán dentro de las actuales áreas aptas para la acuicultura, ya que no se van a crear otras. Dichas áreas -precisó- pueden comprender peces, pero también mitílidos, algas u otros recursos. Por lo tanto, no existe en la materia una discriminación en beneficio de los primeros. Análogo comentario es aplicable a las medidas sanitarias que estipula el proyecto; ellas abarcan la actividad acuícola en su conjunto y en sus distintas fases, sin excepciones ni privilegios. Ello explica las amplias facultades fiscalizadoras que se otorgan al Sernapesca, y que se consignan en otra parte del proyecto. Hizo presente, además, que el reglamento pertinente, contenido en el decreto N° 290, de 1993, prohíbe establecer concesiones sobre bancos naturales, correspondiendo al Sernapesca verificar en terreno que se cumpla esta norma.
El Ejecutivo presentó una indicación para modificar en el numeral 1°, el inciso primero N° 52), que se agrega al artículo 2°, en el sentido siguiente:
a) Reemplázase la oración “medidas de operación coordinada a” por “períodos de descanso coordinado y medidas profilácticas y tratamientos terapéuticos para”.
Se fundamentó la indicación diciendo que se ha constatado que el objeto de coordinación entre los centros de cultivo que conforman las áreas de manejo sanitario es el período de descanso, esto es, el plazo dentro del cual ningún centro de cultivo del área deberá tener peces, con el fin de evitar que si existen patógenos de Isa en el agua u otro que se requiera impide, no tengan peces en los cuales permanecer y de este modo se controla su diseminación. Asimismo, la aplicación de tratamientos terapéuticos (para curar) y de medidas profilácticas (para prevenir) deben también coordinarse para enfrentar o evitar un evento de brote.
Además, se ha estimado que el resto de las condiciones que mencionaba el artículo propuesto excedía el objeto antes descrito, por lo cual se hizo necesario ajustarlo en el sentido indicado.
b) Agrégase la siguiente oración después del punto aparte que pasa a ser seguido: “En ningún caso las medidas antes señaladas se aplicarán a quienes ejercen actividades distintas a la de los centros de cultivo del grupo de especies sobre las cuales operan los centros a que sea aplicable el área de manejo sanitario, salvo que se trate de la prestación de servicios a los mismos centros.”.
Se afirmó que el objetivo de esta propuesta es aclarar que las medidas no son aplicables a la pesca artesanal ni a otros cultivos no mencionados en la norma.
La Comisión aprobó este numeral, con la citada indicación, por seis votos a favor y una abstención.
-El numeral 53), a su vez, introduce el concepto de Zonificación, y lo define como el proceso de ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el borde costero del litoral, cuyo objeto es determinar el territorio y establecer sus múltiples usos, expresados en forma preferente, y graficados en planos que identifiquen los aspectos que se especifican, en conformidad con lo dispuesto en la Política Nacional de Uso del Borde Costero.
Los Diputados señores Melero , Recondo , Ulloa y Vallespín presentaron una indicación para intercalar en este numeral, antes de la expresión “y graficados en planos que identifiquen”, la frase seguida de una coma, “los que no serán excluyentes”.
La Comisión aprobó este numeral, con la citada indicación, por siete votos a favor y una abstención.
N° 2
Éste modifica el inciso primero del artículo 67 de la ley en mención, que en su texto en vigor señala, en síntesis, que en las áreas de playa de mar, terrenos de playa fiscales, porciones de agua y fondo, como asimismo en los ríos y lagos navegables por buques de más de cien toneladas, fijadas como apropiadas para la acuicultura por uno o más decretos supremos del ministerio de defensa, existirán concesiones para la mencionada actividad.
La enmienda, consiste en intercalar una frase según la cual la determinación de los espacios aptos para el desarrollo de la acuicultura deberá hacerse en el decreto respectivo por “grupo o grupos de especies hidrobiológicas”,
El Ejecutivo presentó una indicación para reemplazar este numeral por el siguiente:
“2) Modifícase el artículo 67 en el sentido siguiente:
a) Intercálase en el inciso primero, antes de la expresión “por uno o más decretos”, la frase seguida de una coma “por grupo o grupos de especies hidrobiológicas”.
b) Agrégase en el inciso cuarto, a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente frase: “Asimismo se considerará para el establecimiento de las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura a los caladeros de pesca.”.
c) Agrégase en el inciso quinto, a continuación del punto aparte que pasa a ser seguido, la siguiente oración:
“En los casos de solicitudes de concesión de acuicultura en que se determine que no existen bancos naturales de recursos hidrobiológicos en el sector solicitado, la Subsecretaría publicará en su sitio electrónico el informe técnico que así lo establezca. En el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación, cualquier interesado podrá reclamar del contenido del informe técnico con antecedentes fundados ante el Subsecretario de Pesca , el que deberá resolver la presentación en el plazo de 10 días.”.
Se explicó por el Ejecutivo que, actualmente, las áreas apropiadas para la acuicultura, donde pueden solicitarse concesiones y que son fijadas por decreto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina , tienen por objeto la acuicultura en general. Sin embargo, uno de los objetivos hacia los que debería tenderse es a instaurar áreas por grupos de especies (por ejemplo, áreas de salmones, áreas de mitílidos, etc) de modo de evitar que compartan el mismo espacio centros de cultivo de distintas especies, porque ello dificulta la adopción y aplicación de medidas sanitarias, ya que los patógenos y las condiciones de cultivo difieren sustancialmente unos de otros. Entonces, se propone que las nuevas áreas apropiadas para la acuicultura que puedan llegar a establecerse lo sean por grupos de especies.
Se incorpora, dentro de los elementos a considerar para el establecimiento de las áreas apropiadas para la acuicultura, los caladeros de pesca, que es una necesidad planteada por la pesca artesanal a fin de evitar la interferencia entre dicha actividad y la acuicultura. También se elimina el artículo transitorio que se refería al reglamento.
Indicaron que se trata de establecer un procedimiento por el cual cada vez que, con ocasión de una solicitud de concesión de acuicultura, se determine que no existe un banco natural de recursos hidrobiológicos, pueda reclamarse de esa conclusión mediante antecedentes fundados. Esto otorga una posibilidad de oposición a quienes estiman que se ha cometido un error en la apreciación de la existencia de bancos naturales y que podría perjudicar la existencia y explotación de dichos recursos, por el otorgamiento de una concesión en el mismo sector.
La Comisión votó separadamente cada una de las letras de este numeral y acordó lo siguiente:
1) Aprobar la letra a) de la indicación del Ejecutivo, en los mismos términos propuestos, por ocho votos a favor y uno en contra.
2) Aprobar una indicación de los Diputados señores Espinoza don Fidel , De Urresti , Galilea , Melero , Recondo , Vallespín y señora Goic , para eliminar en los incisos primero y tercero del artículo 67 las expresiones “y lagos”.
3) Reemplazar la letra b) de la indicación del Ejecutivo por otra presentada por los Diputados señores Espinoza , Galilea , Melero , Norambuena , Recondo , Ulloa , Vallespín y señora Goic , cuyo tenor es el siguiente: “Agrégase en el inciso cuarto, a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente frase:
“Asimismo, se excluirán para el establecimiento de las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura, los caladeros de pesca que se establezcan en la forma que defina el reglamento.”.
4) Aprobar una norma que se incorpora como artículo 7°, transitorio, relacionado con la anterior, de los Diputados señores Espinoza don Fidel , Galilea , Melero , Vallespín y señora Goic , del siguiente tenor: Artículo 7°.- Mientras no se dicte el reglamento que establecerá la definición de caladero de pesca, su determinación para efectos del establecimiento de áreas apropiadas para la acuicultura se realizará considerando la información técnica disponible acerca de los sectores en que dichos caladeros se ubican, la que será complementada con aquélla proveniente del sector pesquero.
La Comisión aprobó las disposiciones referidas en los números 2), 3) y 4) por 10 votos.
Finalmente, se rechazó, por tres votos a favor y siete en contra, la indicación propuesta en la letra c) de la indicación del Ejecutivo, transcrita anteriormente.
N° 3
El numeral en referencia incorpora una modificación al inciso tercero del artículo 69 bis de la ley, que -en su redacción actual- señala que el titular de una concesión o autorización de acuicultura podrá paralizar las operaciones por dos años consecutivos, pudiendo solicitar la ampliación de dicho plazo hasta por un máximo de cuatro.
La reforma propuesta, de alcance formal, y que precisa la autoridad a quien debe elevarse la petición correspondiente, fue aprobada por nueve votos a favor y una abstención.
Adicionalmente, la Comisión aprobó, por once votos, dos indicaciones de los Diputados señores Melero , Recondo y Ulloa al mencionado artículo 69 bis.
La primera, agrega al final del inciso segundo, después del punto seguido, lo siguiente: “Además, se entiende que existe operación cuando el centro debe entrar en descanso o paralización por resolución de autoridad.”.
La segunda, añade al final del inciso tercero, después de una coma, lo siguiente: “como también el plazo que corresponda a un período de descanso o paralización por resolución de autoridad.”.
N° 4
Este número modifica el artículo 76 de la ley en referencia, que señala que los interesados en obtener concesiones o autorizaciones de acuicultura deberán efectuar una presentación por escrito ante la subsecretaría respectiva.
La reforma propuesta al precepto de marras consiste en agregar los siguientes incisos.
El nuevo inciso segundo que se propone, establece que la autoridad declarará un área apropiada para el ejercicio de la acuicultura como actualmente no disponible para nuevas solicitudes de concesión o autorización de acuicultura, sea totalmente o por tipo de actividad, en los casos en que dictamine que, con el número de concesiones o autorizaciones otorgadas y solicitudes presentadas a la fecha en el área respectiva, no quedan espacios disponibles.
La Comisión aprobó este inciso por ocho votos a favor y una abstención.
A su vez, el nuevo inciso tercero propuesto estipula que la subsecretaría efectuará la declaración de marras mediante resolución que se publicará en la forma que se señala, previo informe técnico, y afectará un área debidamente delimitada, conforme ciertas especificaciones cartográficas.
La Comisión estuvo de acuerdo con este inciso y lo aprobó con la misma votación que el anterior.
El inciso cuarto que se pretende incorporar puntualiza que la declaración en comento afectará a todas las solicitudes que se encuentren pendientes de ingreso a trámite ante el Sernapesca, las que no deberán ser consideradas en el informe técnico para efectos de la declaración de no disponibilidad.
Este inciso se aprobó con el voto favorable de ocho señores Diputados y una abstención.
El inciso quinto que se propone agregar al artículo 76 estatuye que la declaración de no disponibilidad será dejada sin efecto cuando, como resultado del término de trámite de las solicitudes que la determinaron, o por efecto de la caducidad de las concesiones o autorizaciones otorgadas en la respectiva área, se constate que quedan espacios disponibles de ser otorgados en concesión o autorización; y acota que en esos casos se dictará la resolución correspondiente, que se publicará según se indica.
La Comisión lo aprobó también por ocho votos a favor y una abstención.
El inciso final que se incorpora al artículo precitado expresa que sólo se recibirán nuevas solicitudes de acuicultura para el sector, cuya no disponibilidad fue levantada conforme lo señalado en el inciso anterior, una vez transcurrido el plazo que se consigna.
Este inciso se aprobó con la misma votación que el resto del articulado.
N° 5
Este numeral modifica el artículo 79 de la ley, que en su texto vigente establece que una vez verificada por la subsecretaría de Pesca la ausencia de superposición de concesiones y autorizaciones de acuicultura y el cumplimiento de los requisitos previstos en los artículos 87 y 88, deberá remitir los antecedentes con un informe técnico a la subsecretaría de Marina, para su pronunciamiento definitivo.
La reforma a la disposición de marras, que consiste en intercalar la referencia al artículo 86, de modo tal que también deberá constatarse el cumplimiento de las exigencias contempladas en aquél (esto es, en síntesis, las medidas de protección y control para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo y especies que constituyan plagas) antes de remitir la solicitud a la autoridad aludida.
La Comisión aprobó este numeral por ocho votos a favor y una abstención.
N° 6
Este número agrega un inciso final al artículo 80, que en su redacción actual establece que compete al ministerio de Defensa, a través de la subsecretaría de marina, otorgar mediante resolución la concesión de acuicultura de que se trate, y regula a continuación diversos aspectos vinculados con aquélla.
La enmienda propuesta consiste en agregar un inciso al artículo, que estipula que en el plazo de un mes, contado desde la entrega material de la concesión, la autoridad marítima deberá informar esta circunstancia a la subsecretaría de Marina, la que deberá inscribir la concesión en el Registro de Propiedad de Concesiones de Acuicultura .
La Comisión compartió la propuesta y la aprobó por ocho votos a favor y una abstención.
N° 7
Este numeral modifica el artículo 80 bis de la ley, que en su texto vigente consagra los derechos del titular de una concesión o autorización de acuicultura que se someta a la regulación establecida en dicho precepto.
La enmienda incide en la letra a), que establece la facultad de transferir o celebrar otro negocio jurídico respecto de aquélla, requiriéndose la autorización de la subsecretaría pertinente para efectuar la transferencia u arriendo.
La reforma consiste en suprimir la oración que señala la exigencia referida.
El Ejecutivo presentó una indicación para modificar el numeral 7) en el sentido de agregar la siguiente letra b) pasando su actual contenido a ser letra a):
“b) Intercálase en el inciso segundo del artículo 80 bis, a continuación del punto seguido, lo siguiente:
Respecto del ejercicio de los derechos señalados en la letra a), se exceptúa de esta exigencia a los titulares de las concesiones de acuicultura ubicadas en áreas de manejo sanitario. Asimismo, no será exigible dicho requisito para la constitución de hipoteca sobre la concesión o autorización.”.
Explicó el Ejecutivo que actualmente existen dos regímenes conforme a los cuales puede obtenerse una concesión de acuicultura: 80 bis y 80 ter de la ley. El objetivo de dichos regímenes era regular la especulación con las concesiones de acuicultura, lo que perjudicaba seriamente a quienes realmente requerían obtener una concesión para ejercer la actividad y no sólo para venderla. La acumulación excesiva de expedientes ante los órganos administrativos que tramitaban las concesiones, complicaba la oportunidad del trámite. De allí que, en el año 2006, se dictó la ley Nº 20.091 que estableció dichos regímenes, los que se basan en exigir a quien transfiere una concesión, haber operado previamente con ella por determinados períodos.
La norma propuesta, se dijo, pretende eximir de la exigencia de operación previa a quienes requieren transferir una concesión para facilitar la operación de áreas de manejo sanitario, así como para la constitución de la hipoteca sobre la concesión, de modo de no impedir el acceso al crédito.
Las exigencias de operación se mantienen para el resto de los casos (otros cultivos o cultivos fuera de áreas de manejo sanitario).
La Comisión acordó aprobar este numeral con las indicaciones propuestas por el Ejecutivo por ocho votos a favor y dos abstenciones.
Adicionalmente, se aprobó, por siete votos a favor y cuatro abstenciones una indicación de los Diputados señores Melero , Recondo y Ulloa que modifica el inciso segundo, en el sentido de sustituir la expresión “tres años consecutivos” por la frase “un año”.
N° 8
Éste modifica el artículo 80 ter, que consigna los derechos del titular de una concesión o autorización de acuicultura que se someta a la regulación establecida en el mismo.
La reforma, que se traduce en incorporar un inciso, con arreglo al cual el titular tendrá la opción de cambiar el régimen al que se encuentra sometida su concesión, efectuando la consignación de que trata el artículo 77, inciso segundo, fue aprobada por siete votos a favor y dos abstenciones.
N° 9
Este numeral modifica el inciso primero del referido artículo 80 ter, que en su texto en vigor estipula que en el evento de que el titular de una concesión o autorización acuícola no haya ejercido la opción de realizar la consignación que regula el artículo 77 de la ley, sólo podrá transferir o arrendar la concesión previa autorización de la subsecretaría correspondiente, y cumpliéndose los requisitos que se especifican (por ejemplo, que hayan transcurrido, como mínimo, seis años desde la entrega material).
La reforma, que consiste en suprimir la exigencia de contar con la anuencia de la subsecretaría para efecto de poder celebrar alguno de los actos jurídicos a que se hizo mención, fue aprobada por siete votos a favor y dos abstenciones.
-o-
Se hace presente que los numerales 8 y 9 precedentes, por referirse a modificaciones al mismo artículo fueron refundidos en uno solo, quedando, en consecuencia, como numeral 8,
-o-
N° 10 (que pasa a ser numeral 9)
Éste reemplaza el artículo 81 de la ley, que en texto actual prescribe, en síntesis, lo siguiente. El inciso primero señala que las transferencias de las concesiones acuícolas deberán contar con la autorización previa del ministerio de Defensa, y agrega que la solicitud ha de presentarse a la subsecretaría de marina, que resolverá dentro de sesenta días. El inciso segundo estipula que sólo mediante resolución fundada dicha subsecretaría podrá denegar la transferencia. Por su parte, el inciso tercero establece que la resolución que autorice la transferencia deberá, también, ser fundada. El inciso final prescribe que el ministerio en referencia remitirá a la aludida subsecretaría copia de las resoluciones dictadas, conforme a lo indicado precedentemente.
El texto sustitutivo propuesto para el artículo de marras fue objeto del siguiente trato:
El inciso primero estipula, en lo principal, que las transferencias, arriendos y, en general, todos los actos que impliquen la cesión de derechos de las concesiones o autorizaciones acuícolas deberán inscribirse en el Registro que llevará la subsecretaría de Marina o de Pesca , según corresponda, en la forma que detalla la disposición.
El Ejecutivo presentó una indicación para eliminar en este inciso primero, la expresión “y Transferencias” y reemplazar la oración “que dé cuenta de la transferencia” por “o el instrumento que dé cuenta del acto respectivo, según corresponda,”
Explicaron que, con ello, se pretende hacer más amplia la denominación del Registro de Propiedad de Concesiones o Autorizaciones de Acuicultura y de allí que se elimina la expresión “transferencia”, de modo que en dicho registro puedan inscribirse otros actos de cesión de derechos sobre las concesiones y autorizaciones.
El inciso segundo precisa que sólo se inscribirán las transferencias que den cumplimiento al régimen a que se encuentra sometida la concesión, de acuerdo a los artículos 80 bis u 80 ter, devolviéndose los antecedentes al peticionario en caso de no cumplirse los requisitos ahí estipulados.
El inciso tercero preceptúa que si han transcurrido dos meses desde la fecha de la solicitud correspondiente y no se ha practicado la inscripción pertinente, se entenderá aceptada aquélla.
El Ejecutivo presentó una indicación reemplazar la oración “Transcurridos el plazo de dos meses desde la fecha de la solicitud de la inscripción” por “Transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha del ingreso de la solicitud de inscripción” y elimínase la frase “antes señalado.”.
La indicación, se dijo, es una precisión en torno al cómputo de plazo que ha de efectuarse desde la presentación de la solicitud de inscripción y no desde la fecha de la solicitud.
Por su parte, el inciso cuarto señala que la transferencia de que se trate no será oponible a terceros mientras no se haya efectuado la inscripción.
El Ejecutivo propuso, posteriormente, reemplazar este inciso por el siguiente “Los actos de transferencia, arriendo y cualquier otro que implique la cesión de derechos sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura no serán oponibles a terceros mientras no sean inscritos de conformidad con los incisos anteriores. Al acreedor hipotecario no le serán oponibles dichos actos, salvo los contratos de arrendamiento que hayan sido inscritos en el Registro de Propiedad de Concesiones o Autorizaciones con fecha anterior a la fecha de inscripción de la hipoteca en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces que corresponda”.
Esta indicación, afirmaron, ajusta la disposición al cambio efectuado respecto de los actos que se inscriben en el registro de propiedad de concesiones y autorizaciones de acuicultura, que ahora no se limita a las transferencias. Además, para evitar errores o confusiones en torno a los actos que afectan al acreedor hipotecario, se aclara que lo harán sólo los actos que hayan sido inscritos en el registro de propiedad con anterioridad a la inscripción de la hipoteca en el registro Conservador.
El inciso quinto, por otro lado, puntualiza que el adquirente deberá cumplir con los requisitos que consigna el artículo 71 de la ley (esto es, acreditar, tratándose de personas naturales, ser chileno o extranjero con permanencia definitiva; y, en el caso de las personas jurídicas, deberán ser chilenas y constituidas de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional); y acota que del cumplimiento de tales exigencias se dejará constancia en la escritura de transferencia.
Respecto de este inciso, el Ejecutivo presentó una indicación para agregar, a continuación de la frase “El adquirente” la oración, precedida de una coma, “arrendatario o mero tenedor” y reemplazar la frase “de transferencia” por “o el instrumento que corresponda.”.
Esta indicación, se anunció, implica un cambio meramente formal a aquella disposición que ahora se refiere a otros actos que serán inscritos en el registro de propiedad, no sólo a las transferencias, como fue señalado en su momento.
Finalmente, el Ejecutivo propuso agregar el siguiente inciso final:
“Sin perjuicio de lo anterior, los interesados podrán requerir a la Subsecretaría de Marina o de Pesca , según corresponda, la inscripción de los demás actos o contratos que tengan por objeto la concesión o autorización de acuicultura.”.
La idea de esta indicación, según explicaron, es que voluntariamente puedan inscribirse todos los actos que afectan a las concesiones como medida de publicidad frente a terceros.
La Comisión aprobó este numeral con todas las indicaciones propuestas por el Ejecutivo por ocho votos a favor y una abstención.
N° 11 (que pasa a ser numeral 10)
Éste propone incorporar un artículo 81 bis, que mereció a la Comisión el tratamiento que pasa a exponerse:
El inciso primero establece que, sin perjuicio de los demás actos jurídicos que recaigan sobre la concesión o autorización acuícola, la prenda sin desplazamiento deberá constituirse por escritura pública e inscribirse en el Registro de Prenda sin Desplazamiento del Servicio de Registro Civil e Identificación , sometiéndose en lo demás a las normas de la ley que cita.
El Ejecutivo afirmó que la norma supra, que permite dar en garantía la concesión, es de carácter amplio, y por lo tanto comprende tanto aquélla que consiste en peces, como la concesión de mitílidos, algas, etc.
No obstante lo anterior, con posterioridad el Ejecutivo presentó una indicación para modificar este numeral en el sentido siguiente:
a) Reemplázase el inciso 1° del artículo 81 bis por el siguiente:
“Artículo 81 bis.- Sin perjuicio de otros negocios jurídicos, podrá constituirse hipoteca sobre la concesión o autorización de acuicultura. La hipoteca sobre las concesiones o autorizaciones de acuicultura deberá otorgarse por escritura pública e inscribirse en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces que tenga competencia en la comuna en la que se encuentre ubicada la concesión o autorización de acuicultura. La hipoteca se someterá a las disposiciones contenidas en el Título XXXVIII del Libro IV del Código Civil denominado “De la Hipoteca”, en lo que no se opongan a las disposiciones de esta ley.”.
Se indicó que se cambia la figura de la prenda sin desplazamiento por la de la hipoteca, debido a que la ley que regula la primera no se encuentra aún vigente y eso atenta contra la certeza que desea otorgarse a las garantías sobre la concesión, particularmente porque de ello depende la obtención de créditos por parte de la industria para efectos de superar la situación de crisis que se vive actualmente.
Por su parte, se agregó, la hipoteca es una figura regulada en el Código Civil, de aplicación y con un régimen que otorga la certeza necesaria a los acreedores.
En consecuencia, se plantea la necesidad de realizar este cambio de figura de garantía, sometiéndola al régimen general previsto en el Código Civil.
La Comisión acordó aprobar este inciso con la indicación del Ejecutivo por ocho votos a favor y uno en contra.
Asimismo, se acordó, por siete votos a favor, dos en contra y una abstención, aprobar una indicación de los Diputados señores Melero , Norambuena , Recondo y Ulloa , para agregar al final de este inciso primero, lo siguiente, después del punto seguido: “La hipoteca no se extiende a los peces, redes ni jaulas existentes en las concesiones o autorizaciones de acuicultura.”.
El inciso segundo, por su parte, estatuye que no se aplicarán las causales de caducidad de las concesiones y autorizaciones de acuicultura respecto de las cuales se haya trabado embargo o dictado una medida prejudicial o precautoria fundada en la prenda, entre la fecha de notificación de la resolución judicial correspondiente y la de la inscripción de la concesión o autorización del nuevo titular que se la haya adjudicado en venta forzada; y agrega que este beneficio no se extenderá por más de dos años .
El Ejecutivo presentó una indicación para reemplazar en este inciso segundo la expresión “prenda, entre la fecha de la notificación de las actuaciones judiciales antes señaladas” por “hipoteca, entre la fecha de la resolución que los decrete” y sustituir la oración “Este beneficio en ningún caso podrá exceder de dos años” por la siguiente “La misma norma se aplicará en los casos de declaración de quiebra o presentación de convenio preventivo del titular de la concesión o autorización de acuicultura hipotecada.”.
Se manifestó que se trata de realizar el cambio formal de la prenda por la hipoteca y, por otra parte, establecer que el beneficio de no aplicación de las causales de caducidad rige desde la dictación de la resolución judicial que decreta el embargo o la medida precautoria.
Además, se amplían las hipótesis que hacen procedente la no aplicación de las causales de caducidad, extendiéndola al caso de la declaración de quiebra y de la presentación del convenio preventivo. El objetivo de esta parte de la indicación es permitir que, ante este tipo de eventos, el acreedor hipotecario también quede resguardado frente a la inactividad del titular de la concesión que enfrenta este tipo de circunstancias y que podría hacer incurrir a la concesión en causal de caducidad (por ejemplo, dejar de operar por el período que exige la ley), perdiéndose de este modo la garantía.
La Comisión aprobó esta disposición, con la respectiva indicación, por ocho votos a favor y uno en contra.
Adicionalmente, el Ejecutivo , presentó una indicación para intercalar los siguientes incisos 3°, 4°, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º al artículo en mención.
“El beneficio de que trata el inciso anterior, no podrá exceder de dos años, salvo que el adjudicatario de la concesión o autorización sea un Banco, en cuyo caso el beneficio se extenderá por un plazo adicional equivalente a aquél en que el Banco deba enajenar el bien adquirido en remate judicial de conformidad con el artículo 84, N° 5, letra b) del D.F.L. Nº 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Bancos. La aplicación de causales de caducidad comenzará nuevamente a regir desde la fecha del vencimiento de este último plazo o a partir de la fecha de la enajenación de la concesión o autorización, lo que ocurra primero.
En caso que se hubiese convenido que la concesión o autorización hipotecada no puede gravarse o enajenarse, deberá inscribirse en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces respectivo y su infracción dará derecho al acreedor para exigir su inmediata realización, considerándose la obligación caucionada como de plazo vencido.
Si vencido el plazo de no aplicación de las causales de caducidad, se encontrare pendiente la realización de la hipoteca, el acreedor hipotecario podrá pedir su inmediata realización, aunque se hubieren opuesto excepciones.
El juez deberá decretar la inmediata realización de la hipoteca, solicitando al acreedor hipotecario que caucione previamente las resultas del juicio.
Sin perjuicio de lo anterior, el juez no podrá decretarla si el deudor hubiere fundado su oposición en alguna de las siguientes excepciones:
1) Pago de la deuda;
2) Prescripción;
3) No empecer el título al ejecutado. En este caso, no podrá discutirse la existencia de la obligación hipotecaria, y para que sea admitida a tramitación deberá fundarse en algún antecedente escrito y aparecer revestida de fundamento plausible. Si no concurrieren estos requisitos, el tribunal la desechará de plano.
En estos casos la oposición se tramitará como incidente. La apelación de las resoluciones que se dicten en contra del demandado se concederá en el solo efecto devolutivo. El tribunal de alzada podrá decretar a petición de parte, la suspensión del cumplimiento de la sentencia del tribunal de primera instancia mientras se encuentre pendiente la apelación si existieren razones fundadas para ello, lo que resolverá en cuenta.
Desechada la oposición formulada se procederá al remate de la concesión o autorización hipotecada.”.
Se explicó que, en primer lugar, se regula la duración del beneficio, incorporando una ampliación excepcional en el caso que el acreedor sea un banco y se haya adjudicado él mismo la concesión en remate. La idea es permitir que el banco siga gozando de la no aplicación de causales de caducidad durante el tiempo que la Ley de Bancos le permite mantener la concesión en sus manos.
Por su parte, se señaló que, a fin de evitar que el acreedor se vea perjudicado por la falta de cumplimiento de sus obligaciones por parte del deudor, se regulan dos hipótesis de realización anticipada de la hipoteca: a) en los casos en que se haya violado una prohibición convencional de gravar o enajenar la concesión o autorización de acuicultura y ella estuviere inscrita en el Registro respectivo y, b) en los casos en que ha vencido el plazo de no aplicación de las causales de caducidad y se encuentra pendiente la realización de la hipoteca.
La realización anticipada, se agregó, no procede ante cualquier evento o por la mera voluntad del banco sino sólo cuando ha vencido el plazo por el cual no se aplican las causales de caducidad. Esto, porque si el banco está beneficiado con la no aplicación de causales de caducidad, no corre el riesgo de perder el objeto de la garantía y, por ende, no se justifica facilitar la realización anticipada. En cambio, vencido el plazo del beneficio de no aplicación de causales de caducidad, el banco se ve expuesto a perder la garantía y, de allí, que se establece la posibilidad de realización anticipada.
Conforme con lo anterior, afirmaron que la realización anticipada puede proceder, aún habiéndose opuesto excepciones, en cuyo evento, deberá el acreedor caucionar las resultas del juicio. Lo importante es que el deudor tiene establecidas tres tipos de excepciones mediante las cuales puede oponerse a la realización inmediata de la hipoteca: pago, prescripción y no empecer el título al deudor. Esta regulación y el resto de la indicación es una adecuación de la norma que existe en la Ley General de Bancos y que da derecho al banco, ante el evento de incumplimiento de las obligaciones de pago, a solicitar realización anticipada. Esto es necesario para facilitar el otorgamiento de créditos que actualmente requiere la industria.
El inciso tercero original del proyecto precisa que el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y sus reglamentos seguirán siendo de cargo del titular o del ejecutante, según corresponda, mientras no se adjudique la concesión o autorización a un tercero.
El inciso cuarto de la propuesta inicial señala que la norma contenida en el inciso segundo (esto es, la no aplicación de las causales de caducidad) no regirá en los casos en que el ejecutante o el adquirente en venta forzada sea la misma persona natural o jurídica titular de la concesión o autorización de acuicultura, o personas vinculadas a ella, entendiendo por estas últimas tanto a las naturales como a las jurídicas, según detalla.
El inciso final establece que se entenderá como concesión o autorización de acuicultura nueva, para los efectos del artículo 142 de la ley (que consigna las causales de caducidad), aquélla inscrita como resultado de una venta forzada, con excepción de lo señalado en el inciso anterior.
La Comisión votó en conjunto los nuevos incisos que se intercalan y el resto del articulado de este numeral, procediendo a aprobarlos por siete votos a favor, uno en contra y una abstención.
Además, se acordó aprobar una indicación de los Diputados señores Melero y Recondo que reemplaza en el inciso tercero de este artículo 81 bis el guarismo “dos” por “tres”, y que tiene por objetivo ampliar el plazo en que no se aplicarán las causales de caducidad de las concesiones y autorizaciones de acuicultura sobre las cuales se haya trabado embargo o dictado una medida prejudicial o precautoria, fundada en la hipoteca, entre la fecha de la resolución que los decrete y la fecha de inscripción de la concesión o autorización del nuevo titular que se la haya adjudicado en venta forzada; norma que también se aplicará en los casos de declaración de quiebra o presentación de convenio preventivo del titular de la concesión o autorización de acuicultura hipotecada.
El Ejecutivo , a su vez, presentó una indicación para agregar al artículo 81 bis en análisis, el siguiente inciso final:
“En cualquier caso, el adquirente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 71 de esta ley. El procedimiento de ejecución no habilitará la adquisición de la concesión por parte de una persona jurídica que no tenga dentro de su objeto social la actividad de acuicultura, salvo en el caso que se trate de un Banco y para el sólo efecto enajenar la concesión de conformidad con el artículo 84, N° 5, letra b) del D.F.L. Nº 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Bancos.”.
Se explicó que se trata de aclarar que el adquirente en remate siempre tiene que ser acuicultor y que el banco sólo puede adquirir la concesión para enajenarla, conforme a la Ley de Bancos.
La Comisión acordó aprobar esta indicación por ocho votos a favor y uno en contra.
Finalmente, se aprobó, por siete votos a favor, uno en contra y una abstención, una indicación de los Diputados señores Melero , Norambuena , Recondo y Ulloa que intercala en el inciso final de este artículo 81 bis, entre la frase “venta forzada” y las expresiones “con la excepción de lo señalado en el inciso anterior.” lo siguiente “o efectuada de conformidad al Libro IV del Código de Comercio, denominado “De las Quiebras”.
N° 11 (nuevo)
Durante la discusión en particular, el Ejecutivo presentó una indicación para intercalar el siguiente numeral, que pasa a ser numeral 11, cuyo tenor es el siguiente:
“12) Agrégase el siguiente artículo 81 ter:
| Artículo 81 ter. La inscripción de la hipoteca contendrá:
a) El nombre, apellido y domicilio del acreedor y su profesión si tuviere alguna; y las mismas designaciones respecto del deudor y de los apoderados o representantes legales del uno o del otro, requieran la inscripción.
Las personas jurídicas serán denominadas por su nombre legal y por el lugar de su establecimiento; y se extenderá a sus personeros lo que se dice de los apoderados o representantes legales en el inciso anterior;
b) La fecha y naturaleza del contrato a que accede la hipoteca, y el archivo en que se encuentra.
Si la hipoteca se ha constituido por acto separado, se expresará también la fecha de este acto, y el archivo en que se encuentra;
c) La ubicación del centro de cultivo, indicando sector, comuna, provincia y región;
d) La superficie del centro de cultivo y coordenadas geográficas que lo delimitan y las especies o grupo de especies objeto del cultivo;
e) El número de la resolución que otorgó la concesión o autorización, fecha y autoridad de la que emana y fecha de su publicación en el Diario Oficial;
f) La suma determinada a que se extiende la hipoteca en el caso de haberse limitado a determinada cantidad; y
g) La fecha de la inscripción y la firma del Conservador.”.
Se manifestó que, a fin de permitir que la constitución de hipotecas empiece a operar desde la entrada en vigencia de la ley, se establecen las menciones que deben incorporarse en el registro respectivo para otorgar mayor claridad a los usuarios del sistema.
La Comisión acordó aprobar esta indicación por ocho votos a favor y dos abstenciones.
N° 12
Éste modifica el inciso primero del artículo 84 de la ley en referencia, que en su redacción actual estipula que los titulares de concesiones y autorizaciones de acuicultura deberán pagar anualmente una patente por el valor de dos unidades tributarias mensuales (UTM, en adelante) por cada hectárea; y agrega que cuando la superficie fuere inferior a una hectárea se pagará la proporción que corresponda.
La reforma al precepto se traduce en intercalar una oración en virtud de la cual, si la concesión o autorización consiste en un proyecto técnico que considere peces, el valor a pagar será de 6 UTM por hectárea.
El Ejecutivo presentó una indicación para reemplazar el guarismo “6” por “10”.
El objetivo de la indicación, según se explicó, es aumentar la patente única de acuicultura a 10 UTM por hectárea y en un artículo transitorio se establece la gradualidad del aumento en el tiempo.
La Comisión acordó aprobar la norma, con la indicación del Ejecutivo, por diez votos a favor y una abstención.
Esta disposición se aprobó en conjunto con el artículo primero transitorio -al que se aludió precedentemente- y que fue objeto de modificaciones, según se analiza más adelante en este informe, conforme al ordenamiento del mismo.
N° 13
Este numeral modifica el artículo 86 de la ley en comento, que en su texto en vigor señala, en síntesis, que el ministerio de Defensa dictará un reglamento que establecerá las medidas de protección y control para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo y especies que constituyan plagas, aislar su presencia en caso de que éstas ocurran, evitar su propagación y propender a su erradicación.
La reforma consiste en intercalar dos incisos, que fueron objeto del siguiente trato.
El nuevo inciso segundo propuesto prescribe que las medidas antes aludidas podrán incluir la eliminación de las especies en cultivo, el establecimiento de condiciones de operación, tanto para las actividades acuícolas propiamente tales como para el transporte, procesamiento, desinfección y demás relacionadas con el cultivo; y acota que el reglamento fijará las condiciones y el procedimiento para la determinación de las áreas de manejo sanitario y las de plagas, en su caso.
El Ejecutivo presentó una indicación para reemplazar en el inciso segundo que en el Mensaje proponía intercalar al artículo 86, la expresión “de operación” por “sanitarias”.
Se hizo presente que el artículo 86 es el que sirve de fundamento para la dictación del reglamento sanitario en materia de acuicultura. En esta indicación se pretende acotar las facultades de la autoridad, aclarando que dicho reglamento se refiere a la posibilidad de imponer condiciones sanitarias a los titulares de los centros de cultivo y no condiciones de operación como propone el proyecto, porque ello extiende, más allá del objetivo de la norma, la potestad pública alcanzando, en una interpretación amplia, a condiciones de producción no asociadas al objetivo de resguardo del patrimonio sanitario.
A su vez, el nuevo inciso tercero propuesto estipula que los procedimientos específicos y las metodologías de aplicación de las medidas en referencia serán establecidos mediante programas dictados por resolución del Sernapesca.
La Comisión aprobó el numeral propuesto, con la indicación del Ejecutivo, por diez votos a favor y una abstención.
N° 14 (nuevo)
El Ejecutivo presentó una indicación para introducir, el siguiente numeral:
“14) Incorpórase el siguiente artículo 86 bis:
Artículo 86 bis.- La Subsecretaría podrá establecer, por resolución, densidades de cultivo para las áreas de manejo sanitario que se hubieren fijado, de conformidad con el siguiente procedimiento.
La Subsecretaría formulará una propuesta preliminar de densidad de cultivo mediante informe técnico que será remitido en consulta al Servicio y al Instituto de Fomento Pesquero. Emitido el pronunciamiento de ambas instituciones y analizadas e incorporadas, en lo que corresponda, las observaciones formuladas, se remitirá en consulta la propuesta de densidad de cultivo a los titulares de las concesiones de acuicultura que se encuentren dentro de cada una de las áreas de manejo sanitario. Dichos titulares tendrán el plazo de un mes para remitir sus observaciones aportando los antecedentes que las funden.
Vencido el plazo antes señalado, la Subsecretaría fijará, por resolución fundada que se publicará en el Diario Oficial, la densidad de cultivo para cada una de las áreas de manejo sanitario.
Dentro del plazo de 10 días contados desde la fecha de la publicación en el Diario Oficial, se podrá reclamar la densidad de cultivo fijada, ante el Ministerio, acompañando los antecedentes que funden el reclamo, el que deberá resolverse en el plazo de 10 días hábiles.
Al término del ciclo productivo, será revisada la densidad de cultivo, a petición de cualquiera de los titulares de las concesiones de acuicultura integrantes del área de manejo sanitario respectiva, atendiendo a los antecedentes que den cuenta de la condición sanitaria del área de manejo respectiva.
Se considerará densidad de cultivo la biomasa de peces existente por área utilizada con estructuras de cultivo, al término del ciclo productivo. El reglamento establecerá la fórmula de cálculo de la densidad de cultivo.”.
El Ejecutivo explicó que, para el control de las enfermedades, una situación particularmente compleja es la cantidad de peces que se incorporan a los centros de cultivo, debido a que mientras más peces (volumen) exista por balsas jaulas, más se estresan, creando condiciones favorables para que se enfermen o que aparezcan brotes epidémicos. Si se maneja adecuadamente dicho volumen, es posible que aún existiendo patógenos en el agua, la enfermedad no se manifieste o sea más fácil tratarla.
De allí que una de las medidas de mayor importancia en materia de resguardo de buenas condiciones sanitarias en los centros de cultivo es lo que se denomina la densidad de siembra. Dicha medida relaciona la biomasa de peces (volumen que ocupan en el agua) por la superficie utilizada. Atendido que esta medida se relaciona con las posibilidades de producción del centro de cultivo y, por ende, tiene una connotación económica, se plantea un procedimiento en el que se complementan los antecedentes técnicos con aquéllos que provienen de la industria y que atenderán a la viabilidad de aplicación de la densidad.
Asimismo, y dado que las condiciones sanitarias son diversas entre las distintas áreas, dependiendo de que las condiciones ambientales de un sitio determinado y el desempeño sanitario puede ser mejor o peor, se plantea la posibilidad de realizar una revisión de la densidad de cultivo al término de cada ciclo productivo, a fin de ajustarla conforme con los antecedentes recogidos acerca del desempeño sanitario del centro.
La Comisión acordó aprobar, por diez votos a favor y una abstención, el numeral en estudio, acogiendo una propuesta de algunos señores Diputados y que hizo suya el Ejecutivo , por la cual se reemplazó en el inciso primero del artículo 86 bis, que se propone, la expresión “podrá” por “deberá”.
Con la misma votación se aprobó la indicación de los Diputados señores De Urresti , Espinoza , Galilea , Melero , Recondo y Diputada señora Goic para agregar en el inciso segundo de este artículo 86 bis, a continuación de la expresión “informe técnico”, las expresiones “económico y ambiental”.
N° 14 (que pasa a ser numeral 15)
Éste introduce un artículo 87 ter, que estatuye que los instrumentos de evaluación ambiental y sanitaria que se requieran por los reglamentos establecidos en las disposiciones que cita de la ley, deberán ser elaborados por las personas naturales o jurídicas inscritas en el registro a que se refiere el artículo 122, letra l).
El Ejecutivo presentó una indicación para intercalar, entre las expresiones “sanitaria” y “que se requieran” la frase, precedida de una coma, “así como las certificaciones”.
Se destacó que, entre las facultades que se otorgan al Servicio Nacional de Pesca en el proyecto, está llevar el registro de personas que realizan evaluación de los instrumentos ambientales y sanitarios que deben ser presentados por los centros de cultivo y que están exigidos en los reglamentos de la ley. Sin embargo, el proyecto de ley omitió referirse a las tareas de certificación que se llevan a cabo, por ejemplo, por laboratorios de diagnóstico en materia de enfermedades y de allí que la indicación subsana dicha omisión.
La Comisión aprobó la disposición del proyecto con la indicación por nueve votos a favor y una abstención.
N° 15 (que pasa a ser numeral 16 antiguo 15)
Este numeral propone agregar un artículo 118 ter y fue objeto del siguiente trato por parte de la Comisión:
Su inciso primero señala que serán sancionados los titulares de las concesiones y autorizaciones de acuicultura que incurran en las infracciones que detalla (sembrar ejemplares en el centro de cultivo sin contar con la información ambiental evaluada por el Sernapesca; y no dar cumplimiento a las condiciones de densidad, siembra, cosecha o descanso en los centros de cultivo, o la coordinación de las mismas en las áreas de manejo sanitario).
El Ejecutivo presentó una indicación para eliminar, en la letra b), la frase entre comas “siembra, cosecha” argumentando que en conformidad con la modificación a las áreas de manejo sanitario, en que se restringió el alcance y tipo de medidas que pueden ser adoptadas en virtud de su establecimiento, la infracción también debe ser modificada eliminando acá, también, la referencia a la siembra y cosecha.
La Comisión aprobó este inciso con su indicación por ocho votos a favor y dos abstenciones.
El inciso segundo precisa que la sanción aplicable al titular del centro de cultivo en los casos precedentes será una multa de 3.000 UTM.
Durante la discusión el Ejecutivo propuso sustituir, en este inciso segundo, la expresión “multa de 3000 UTM” por “multa entre 2.000 y 3.000 UTM.”.
El objetivo perseguido es establecer un margen de apreciación para la aplicación de la multa, fijando un rango y no una cifra única.
El inciso tercero señala que en el evento de incurrirse, por segunda vez, en alguna de las infracciones antes señaladas, dentro del plazo de cuatro años, el titular del centro de cultivo objeto de la infracción será sancionado con la suspensión de operaciones por el plazo de tres años; y agrega que se caducará la concesión o autorización, según corresponda, al titular que no dé cumplimiento a tal suspensión.
El inciso cuarto estipula que la suspensión se hará efectiva a partir de la fecha de notificación de la resolución que la impone, pero en los casos en que existan ejemplares en cultivo en dicho momento, la medida será aplicada a partir de la cosecha de aquéllos, quedando prohibido el ingreso de otros.
El Ejecutivo propuso intercalar en este inciso cuarto, entre las expresiones “resolución” y “que la impone” la frase “de la Subsecretaría”.
El sentido de esta modificación es subsanar una omisión del proyecto de ley original, en el sentido que en él no se indica qué organismo impone la sanción.
El inciso quinto estipula que el plazo de suspensión de operaciones no se computará para los efectos de tipificar la causal de caducidad prevista en el artículo 142 letra e) de la ley, es decir, no iniciar operaciones dentro del plazo de un año o paralizar las actividades por más de dos años consecutivos.
El inciso sexto prescribe que se declarará la caducidad de la concesión de acuicultura si se configura una tercera infracción de las señaladas precedentemente, en el plazo de tres años, contados desde el cumplimiento de la segunda infracción, respecto del centro de cultivo objeto de la medida en comento.
El inciso final estipula que las infracciones contempladas en este artículo no se someterán al procedimiento establecido en el párrafo 2° del Título IX (artículo 122 y siguientes), sino que serán sancionadas por resolución de la subsecretaría de Pesca, previo informe del Sernapesca y audiencia del interesado.
En este inciso final del artículo 118 ter, el Ejecutivo propuso agregar, a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente oración:
“Podrá reclamarse de la resolución que impone la infracción ante el Ministerio en el plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución. El Ministerio deberá resolver en el plazo de 15 días hábiles.”.
Se indicó que, a fin de dar la posibilidad de discutir la multa administrativamente, se fija un plazo para interponer la reclamación administrativa ante el Ministerio.
La Comisión aprobó desde el inciso segundo en adelante de este artículo, con las indicaciones del Ejecutivo, por nueve votos a favor y una abstención.
N° 16 (que pasa a ser N° 17)
Éste modifica en diversos aspectos el artículo 122 de la ley en referencia, que en su texto actual establece, en resumen, que la fiscalización del cumplimiento de las normas contenidas en ella será de competencia del Sernapesca y también, en lo que corresponda, de Carabineros y de la Armada; agrega luego, en el inciso segundo, que en el ejercicio de la facultades fiscalizadora de la actividad pesquera los funcionarios del mencionado servicio y el personal de la Armada tendrán la calidad de ministros de fe; y enuncia a continuación -en el inciso tercero- las atribuciones específicas de que estará investido el Sernapesca.
Las enmiendas propuestas al referido artículo dicen relación con las siguientes normas de aquél.
i) La letra a) del inciso tercero, que -en su redacción en vigor- consigna la atribución de registrar plantas de transformación de especies hidrobiológicas, así como naves, aeronaves, vehículos, contenedores, etc., cuando se presuma fundadamente que en ellos se encuentran especies o elementos adquiridos con infracción a la normativa pesquera, o hayan servido para cometer tales infracciones; pudiendo el servicio, en el evento de oposición al registro, requerir el auxilio de la fuerza pública.
Se propone sustituir el texto de la letra a) del artículo de marras por una norma que confiere al Sernapesca la facultad de inspeccionar y registrar inmuebles, naves, aeronaves, centros de cultivo, centros de matanza, embalajes, etc., donde se produzcan, elaboren, procesen, almacenen, distribuyan o comercialicen especies hidrobiológicas y sus productos derivados; y acota que, en caso de oposición al registro o inspección, los funcionarios de la mencionada repartición podrán recabar el auxilio de la fuerza pública, que estará autorizada para descerrajar, si fuese necesario, con el fin de ingresar a lugares cerrados que no constituyan morada.
ii) la letra b) del mismo inciso del artículo precitado, en síntesis enuncia la atribución del Sernapesca de controlar la calidad sanitaria de los productos de importación que se destinan a carnada, a usos alimenticios o medicinales de los recursos hidrobiológicos.
La reforma propuesta a esta disposición se traduce en incorporar una frase, con arreglo a la cual se agrega la facultad del mencionado organismo de controlar la calidad sanitaria de los materiales de importación usados, destinados a la acuicultura.
El Ejecutivo presentó una indicación para intercalar en el numeral 16, en la letra b) del artículo 122, entre las palabras “Intercálase” y “entre” la frase “en la letra b)”.
Con esta propuesta se subsana un error formal del proyecto de ley que no señala a qué letra se introduce la modificación.
iii) Se propone agregar las siguientes letras al referido inciso tercero del artículo 122 de la ley, y que se traducen en el otorgamiento de sendas atribuciones al Sernapesca:
j) Autorizar la ejecución de labores inspectivas en horarios que excedan de la jornada laboral, con cargo a un arancel fijado anualmente, cuyo objetivo sea solventar el costo adicional en que deba incurrirse, el que será pagado por el fiscalizado.
k) Registrar plantas de elaboración de productos alimenticios destinados a las especies hidrobiológicas y requerir, bajo declaración jurada, informes de producción, declaraciones de stock de productos elaborados y destino de los mismos.
l) Llevar un registro de las personas naturales o jurídicas acreditadas para elaborar los instrumentos de evaluación ambiental y sanitaria de que trata la ley y los reglamentos correspondientes. El reglamento establecerá los requisitos técnicos y financieros que deban cumplir aquéllas, con el fin de velar por la calidad, confiabilidad e idoneidad de sus funciones, las normas relativas al cumplimiento de éstas y las garantías que deberán rendir para su correspondiente inscripción. El servicio eliminará del registro, por el plazo de cinco años, a quienes pierdan uno o más requisitos establecidos en el reglamento para la inscripción; como también a quienes le remitan los instrumentos fuera de plazo dos veces en un año, los elaboren deliberadamente sin someterse a los procedimientos y metodologías establecidas al efecto por la normativa vigente, o entreguen información falsa en ellos. La eliminación del registro afectará a la persona jurídica y a sus socios personalmente considerados, quienes no podrán volver a inscribirse mientras dure la sanción, sea directamente o a través de otra persona jurídica de la que formen parte. Finalmente, se señala que la inscripción en el registro tendrá una vigencia de tres años y podrá ser renovada a petición del interesado.
Acerca de la disposición arriba consignada, el Ejecutivo señaló que la creación del registro mencionado recoge una sentida aspiración de diversos actores, entre ellos los pescadores artesanales, e indudablemente contribuirá a mejorar la calidad científica de los informes de evaluación ambiental.
m) Exigir el uso de un sistema de posicionamiento automático a las embarcaciones que realizan el transporte de especies hidrobiológicas provenientes de cultivo.
La Comisión aprobó por nueve votos a favor y una abstención el texto contenido en cada una de las letras en referencia, con las indicaciones que presentó el Ejecutivo .
N° 17 (que pasa a ser N° 18 antiguo 19)
Este numeral modifica el artículo 142 de la ley que, según se adelantó, consigna las causales de caducidad de las concesiones y autorizaciones de acuicultura.
La reforma al precepto se traduce en la propuesta de incorporar dos causales, que merecieron a la Comisión el siguiente trato:
i) La primera de ellas, plasmada en la nueva letra i) del artículo precitado, consiste en haber infringido la suspensión de operaciones dispuesta en el artículo 118 ter que se pretende incorporar a la ley.
ii) La otra causal de caducidad, materializada en la nueva letra j) del mismo precepto, consiste en no dar cumplimiento, por tercera vez, a lo dispuesto en el referido artículo 118 ter.
El Ejecutivo presentó una indicación para eliminar en este numeral la frase “del artículo 142” e intercalar la siguiente enumeración, pasando su contenido a ser letra c):
a) Agrégase al inciso primero de la letra e), la siguiente oración final:
“Los plazos antes señalados se suspenderán en los casos en que la autoridad hubiese dispuesto descanso obligatorio de conformidad con el reglamento a que se refiere el artículo 86.”.
Se explicó que, a fin de evitar que los centros de cultivo incurran en causales de caducidad no imputables a sus titulares, se establecen dos normas:
1) Los plazos de inactividad serán suspendidos en los casos en que la autoridad hubiese dispuesto descansos obligatorios, esto es, en virtud de razones sanitarias (desinfección y eliminación de patógenos) se disponga que el centro no puede operar por un cierto plazo.
2) La fuerza mayor que actualmente faculta para otorgar una ampliación de plazo hasta por un año, sea posible extenderla por todo el tiempo que dure el evento que constituye la fuerza mayor.
Adicionalmente, el Ejecutivo propuso reemplazar en el inciso tercero de la letra e), la oración “por una sola vez, ampliación de plazo, de hasta un año” por “una ampliación de plazo por el tiempo de duración del evento que configure la fuerza mayor o caso fortuito.”.
Indicaron que la suspensión de ingreso de solicitudes y de otorgamiento de concesiones de acuicultura se justifica en la necesidad de crear áreas de manejo sanitario. Se constató que la suspensión es necesaria tanto en la X como en la XI región, por lo cual la nueva indicación así lo establece.
Antes de proceder a la votación de este numeral se presentaron tres indicaciones parlamentarias. La primera de los Diputados señores Melero y Recondo para agregar al final del inciso tercero de la letra e), después de un punto seguido, lo siguiente: “Se considerará como evento de fuerza mayor, entre otros, la paralización de actividades que se justifique por la situación sanitaria de la zona aledaña a la concesión o autorización de que se trate.”.
Esta indicación fue aprobada por la Comisión por seis votos a favor, uno en contra y dos abstenciones.
La segunda indicación fue presentada por los Diputados señores Alinco , De Urresti , Espinoza , Vallespín y Diputada señora Pacheco para incorporar la siguiente letra k):
“k) Haber sido condenado en tres ocasiones, en un plazo de tres años, contados desde la primera sentencia ejecutoriada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.”.
Esta indicación fue aprobada por la Comisión por seis votos a favor, cuatro en contra y una abstención.
La tercera presentada por los Diputados señores Alinco , Espinoza , Galilea , Recondo , Ulloa , Vallespín y la Diputada señora Goic , tuvo por objetivo agregar la siguiente letra l):
“l) En el caso de los centros de cultivo que en virtud de esta ley se mantengan en operación en lagos, incurrir por tres veces en condición anaeróbica, de conformidad con el reglamento a que se refiere el artículo 87.”
Esta indicación fue aprobada por la Comisión por once votos.
Las restantes disposiciones de este numeral, incluyendo las indicaciones del Ejecutivo presentadas a ellas, fueron aprobadas por diez votos a favor y una abstención.
Artículo 2°
Éste fue objeto del siguiente trato:
Su inciso primero suspende, desde la fecha de publicación de la presente ley, el ingreso de solicitudes y el otorgamiento nuevas concesiones de acuicultura cuyo proyecto técnico considere peces; así como de solicitudes de ampliación en las regiones X y XI, salvo las que a dicha fecha cuenten con un proyecto técnico aprobado por la subsecretaría de Pesca y aquéllas cuyos titulares se encuentren en la situación que indica.
El Ejecutivo presentó una indicación para intercalar en el inciso primero, a continuación de la palabra “suspéndase”, la expresión “en las regiones X y XI” y eliminar en el mismo, la frase “así como de solicitudes de ampliación en las regiones X y XI” y la coma que la antecede.
Se afirmó que la suspensión de ingreso de solicitudes y de otorgamiento de concesiones de acuicultura se justifica en la necesidad de crear áreas de manejo sanitario. Se constató que la suspensión es necesaria tanto en la X como en la XI regiones, por lo cual la nueva indicación así lo establece.
La Comisión aprobó el inciso con la indicación por diez votos a favor y uno en contra.
El inciso segundo señala que en la X región sólo se permitirá la relocalización de concesiones de conformidad con el artículo 5° de esta ley; y agrega que en la XI región sólo se otorgarán nuevas concesiones después del establecimiento de las áreas de manejo sanitario, de conformidad con lo que señala el artículo siguiente.
El Ejecutivo puntualizó que la relocalización de concesiones sólo se hará dentro de las áreas aptas para la acuicultura.
Durante la tramitación del proyecto, el Ejecutivo presentó una indicación para reemplazar este inciso segundo por los siguientes:
“En las regiones antes señaladas, sólo se tramitarán las solicitudes de ampliación de área presentadas al 31 de diciembre de 2008 y los cambios de proyectos técnicos. Además se permitirá la relocalización de las concesiones de conformidad con el artículo 5° de esta ley.
Vencido el plazo de dos años contados desde la fecha de publicación de esta ley, se reiniciará en la XI región, el ingreso de solicitudes de nuevas concesiones y el otorgamiento de las mismas.”.
Se explicó por el Ejecutivo que se incorpora una norma de excepción que permite tramitar las solicitudes de ampliación de áreas de las concesiones otorgadas ingresadas a trámite hasta el 31 de diciembre de 2008, lo que va en directa relación con la necesidad de asegurar que los centros de cultivo operan en mejores condiciones sanitarias. En efecto, en la medida que los centros de cultivo deberán cumplir con densidad de cultivo, esto es, bajar el volumen de peces por superficie, requerirán más superficie para poder desarrollar sus actividades y de allí que las solicitudes de ampliación de áreas puedan ser tramitadas. Asimismo, se aclara que el congelamiento de la tramitación de solicitudes de concesión no afecta la de otro tipo de solicitudes, como las de cambio de proyectos técnicos.
Además, se agrega un inciso en que se aclara que el congelamiento en la XI región se mantendrá por un plazo de dos años, a partir de la publicación de la ley.
Los Diputados señores Norambuena y Ulloa presentaron una indicación para reemplazar en el inciso segundo la fecha 31 de diciembre de 2008 por la de “31 de enero de 2009”.
La Comisión aprobó el resto del articulado con las indicaciones del Ejecutivo y la anteriormente indicada, por diez votos a favor y uno en contra.
Artículo 3°
Éste mereció a la Comisión el trato que pasa a consignarse:
El inciso primero establece que en el plazo de un año la subsecretaría de Pesca deberá establecer, mediante resolución fundada, áreas de manejo sanitario de centros de cultivo de peces dentro de las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en las regiones X y XI.
El inciso segundo prescribe que mientras no se determinen las referidas áreas de manejo sanitario mantendrán su vigencia las que hubieran sido establecidas por el Sernapesca y las que fije encontrándose pendiente el plazo señalado en el inciso 1°, de conformidad con la normativa que corresponda.
El inciso tercero señala que dentro de cada área sólo se permitirá la relocalización o el otorgamiento de nuevas concesiones, según corresponda, para el cultivo de especies hidrobiológicas del grupo respectivo.
El Ejecutivo presentó una indicación para reemplazarlo por el siguiente:
Artículo 3°. Se considerarán áreas de manejo sanitario de centros de cultivo de peces en las regiones X y XI, las áreas en que el Servicio Nacional de Pesca haya establecido medidas coordinadas a la fecha de publicación de esta ley, de conformidad con el reglamento a que se refiere el artículo 86 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
La modificación o eliminación de estas áreas se someterá al procedimiento previsto en el artículo 2°, N° 52, y 86 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.”.
Se afirmó por el Ejecutivo que se reconocen en el proyecto de ley las áreas de manejo sanitario que, a la fecha, está estableciendo el Servicio Nacional de Pesca en virtud del reglamento respectivo, sin perjuicio que las nuevas que se lleguen a crear o las modificaciones de las existentes a la fecha de entrada en vigencia de la ley se sometan al procedimiento previsto en el proyecto.
La Comisión aprobó este artículo por diez votos a favor y una abstención.
Artículo 4°
Éste fue objeto del siguiente trato:
Su inciso primero expresa que en el plazo de un año deberá establecerse, a través de decreto de los ministerios de Defensa Nacional y de Economía, la modificación de las áreas apropiadas para la acuicultura en la XII región.
El inciso segundo precisa que en dicho decreto se fijarán las áreas apropiadas para la acuicultura en el marco de la zonificación que haya efectuado el Gobierno Regional.
El inciso tercero estipula si hubiere vencido el plazo en comento sin que se hayan modificado las áreas apropiadas para la acuicultura, se procederá de acuerdo a la norma contenida en el párrafo siguiente, ciñéndose a las áreas apropiadas para el desarrollo de la actividad vigentes a la fecha.
El inciso cuarto estipula que dentro de seis meses, computados desde el vencimiento del plazo señalado en el inciso 1°, la subsecretaría de Pesca deberá establecer, por resolución fundada, y dentro de las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en la XII región, áreas de manejo sanitario por grupo de especies hidrobiológicas.
El inciso final prescribe que, mientras se hallen pendientes los plazos antes señalados, se suspenderá el ingreso de solicitudes y el otorgamiento de nuevas concesiones de acuicultura, o la ampliación de las otorgadas; y agrega que, transcurridos tales plazos, sólo se otorgarán nuevas concesiones de conformidad con las áreas de manejo sanitario declaradas.
Durante la tramitación de esta iniciativa, el Ejecutivo presentó una indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 4°.- Suspéndese el ingreso de solicitudes de nuevas concesiones y el otorgamiento de concesiones en la XII región mientras no se modifiquen las áreas apropiadas para la acuicultura estableciéndolas por grupos de especies hidrobiológicas, de conformidad con los incisos siguientes.
En el plazo de tres meses contados desde la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial , el Gobierno Regional de la XII Región, deberá remitir a la Subsecretaría de Pesca, la propuesta de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en la comuna de Timaukel. En los tres meses siguientes corresponderá a la comuna de Porvenir y en los tres meses siguientes a las comunas de Punta Arenas, Cabo de Hornos, Río Verde y Natales .
A la fecha de vencimiento de cada uno de los plazos antes señalados, la Subsecretaría de Pesca emitirá una resolución que se publicará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, contándose con un plazo de 15 días hábiles para formular opiniones y 15 días hábiles para responderlas y emitir el informe técnico respecto de las áreas propuestas para la comuna respectiva. Dicho informe se remitirá al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina para que en el plazo de 10 días hábiles emita el decreto respectivo para la comuna correspondiente.
Una vez emitido el decreto de establecimiento de las áreas apropiadas para la acuicultura, la Subsecretaría fijará áreas de manejo sanitario para la comuna respectiva conforme a las cuales se reanudará el ingreso de solicitudes y el otorgamiento de concesiones de acuicultura.
Vencidos los plazos señalados para que el Gobierno Regional proponga modificaciones a las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en los términos antes señalados, quedará sin efecto la suspensión del ingreso de solicitudes de nuevas concesiones y el otorgamiento de concesiones.”.
Con esta indicación se cambia el procedimiento propuesto para la XII región debido a que implicaba una larga espera para continuar con el trámite de las solicitudes de concesión de acuicultura. De allí que se plantea un procedimiento en que el Gobierno Regional va emitiendo su pronunciamiento sobre las áreas que podrán ser destinadas a acuicultura, en forma gradual, por comunas, lo que implica que se inicia la modificación de las áreas apropiadas respecto de dicha comuna y se pueden empezar a tramitar las solicitudes sin necesidad de esperar tener el pronunciamiento de toda la región. Además, en las áreas apropiadas para la acuicultura, en este caso, se requerirá definir a qué grupo de especies se destinarán dichas áreas (por ejemplo, salmones, mitílidos, etc).
La Diputada señora Goic y los Diputados señores Melero y Recondo presentaron una indicación para reemplazar el inciso segundo y siguientes de este artículo en los términos que pasan a indicarse:
“En el plazo máximo de doce meses, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, el Gobierno Regional de la XII Región deberá remitir a la Subsecretaría de Pesca , las propuestas de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en las comunas de Timaukel, Porvenir, Punta Arenas, Cabo de Hornos, Río Verde y Natales .
Dichas propuestas podrán ser entregadas por comunas o grupo de comunas conforme avance el proceso de zonificación.
Recibida la propuesta por comuna o grupo de comunas, la Subsecretaría de Pesca emitirá una resolución que se publicará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, contándose con un plazo de 15 días hábiles para formular opiniones y 15 días hábiles para responderlas y emitir el informe técnico respecto de las áreas propuestas para la comuna de que se trate. Dicho informe se remitirá al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, para que en el plazo de 10 días hábiles emita el decreto respectivo para la comuna correspondiente.
Una vez emitido el decreto de establecimiento de las áreas apropiadas para la acuicultura, la Subsecretaría fijará áreas de manejo sanitario para la comuna o grupo de comunas conforme a las cuales se reanudará el ingreso de solicitudes y el otorgamiento de concesiones de acuicultura.
Vencido el plazo máximo señalado para que el Gobierno Regional proponga modificaciones a las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en los términos antes señalados, quedará sin efecto la suspensión del ingreso de nuevas solicitudes y el otorgamiento de concesiones.”.
La Comisión acordó aprobar este artículo, con la indicación citada, por once votos.
Artículo 5°
Éste recibió el siguiente tratamiento:
Su inciso primero preceptúa que los centros de cultivo de peces situados en las regiones de Los Lagos y de Aisén podrán relocalizarse dentro de un área de manejo sanitario fijada por la subsecretaría de Pesca o el Sernapesca, según corresponda, o cambiarse a otra, siempre que cumplan con los requisitos que se especifican (por ejemplo, mantener el grupo de especies hidrobiológicas y el área de la concesión autorizada).
El Ejecutivo presentó una indicación para modificarlo en el sentido siguiente:
a) Intercálase en el inciso primero, a continuación de la expresión “podrán relocalizarse” la frase entre comas “en la misma región”.
b) Intercálase en la letra c), entre las expresiones “deberá” y “dar cumplimiento” la siguiente oración “ubicarse dentro de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura y”.
c) Agrégase en el inciso tercero, a continuación del punto aparte que pasa a ser seguido la siguiente oración: “Por el sólo ministerio de la ley, la hipoteca que grave una concesión se extenderá a aquella concesión que la reemplace de conformidad a lo previsto en el presente artículo, conservando la fecha de constitución de la hipoteca sobre la concesión original.”.
Afirmó el Ejecutivo que se perfeccionan ciertas normas referidas a la relocalización. En primer lugar, se aclara que la relocalización un concesión debe realizarse en la misma región y no puede, en consecuencia, al renunciar a una concesión en la X región, por ejemplo, relocalizarla en la XII. Además, se adiciona que la relocalización debe realizarse siempre dentro de áreas apropiadas para la acuicultura y no fuera de ellas. Finalmente, se aclara que si la concesión original estaba hipotecada, dicha hipoteca se entiende constituida respecto de la concesión que reemplaza a la anterior en virtud de la relocalización.
El inciso segundo faculta al titular de dos concesiones para juntarlas, sometiéndose a las condiciones antes señaladas.
El inciso final señala que la concesión de reemplazo quedará sometida al mismo régimen al que estaba sometida la original.
En este inciso, el Ejecutivo propuso agregar, a continuación del punto aparte que pasa a ser seguido la siguiente oración: “Por el sólo ministerio de la ley, la hipoteca que grave una concesión se extenderá a aquella concesión que la reemplace de conformidad a lo previsto en el presente artículo, conservando la fecha de constitución de la hipoteca sobre la concesión original.”.
La Comisión aprobó la totalidad del artículo con sus indicaciones por nueve votos a favor y dos abstenciones.
Artículo 6°
Este precepto señala que, para los efectos de los artículos 2°, 3°, 4° y 5° de esta ley, se entenderá por áreas de manejo sanitario aquéllas definidas de conformidad con el numeral 52) del artículo 2°, que se propone incorporar a la ley del rubro.
La Comisión aprobó esta disposición por once votos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 1°
Éste consigna el calendario de aplicación gradual de la patente de acuicultura consagrada en el artículo 1° numeral 12 del presente proyecto, y que contempla un valor de 3 UTM por hectárea el año 2010, llegando al tope de 6 UTM a partir de 2013.
El Ejecutivo presentó una indicación para modificarlo en el sentido siguiente:
a) Reemplázase en su inciso 1°, las letras a) a d) por las siguientes:
a) En el año 2010: 4 UTM por hectárea;
b) En el año 2011: 6 UTM por hectárea:
c) En el año 2012: 8 UTM por hectárea;
d) A partir del año 2013: 10 UTM por hectárea.
b) Agrégase el siguiente inciso final:
“Durante los años 2010, 2011 y 2012, los titulares de concesiones o autorizaciones de acuicultura de peces que hayan utilizado en el año calendario anterior la franquicia tributaria para capacitación de sus trabajadores por el total del 1%, a que se refiere el artículo 36 de la Ley N° 19.518, y les fuere aplicable lo dispuesto en el artículo 42 de la misma ley, tendrán derecho a un descuento en el cargo por concepto de pago de la patente única de acuicultura para el año respectivo, equivalente a un 33% de la diferencia resultante entre el valor de la patente que se deba pagar de conformidad con el inciso anterior y el valor de la patente vigente al 1 de enero del año 2009, multiplicada por el número de hectáreas por el cual el titular del centro de cultivo pagó la patente el año calendario anterior. En el caso que el descuento sea superior al cargo que corresponda pagar por concepto de patente el año respectivo, el saldo expresado en UTM se imputará al pago de la patente del año o años siguientes, según corresponda.".
Se explicó que se modifica la gradualidad del pago de la patente, ya que se cambió la propuesta a 10 UTM por hectárea.
Además, se agrega un incentivo para que los titulares de centros de cultivo inviertan en capacitación, por la vía de descontar un 33% del incremento de la patente cuando se haya utilizado el 100% de la franquicia Sence por capacitación a los trabajadores.
Durante la discusión de este artículo, y a petición de varios miembros de la Comisión, el Ejecutivo accedió a presentar una nueva indicación que amplía hasta el 2015 el plazo establecido en el inciso final y, además, a disminuir de un 100 a un 90 por ciento la utilización de la franquicia Sence para acceder al incentivo que allí se establece.
La Comisión aprobó este artículo por diez votos a favor y una abstención.
Artículo 2°
Este artículo puntualiza que la declaración de áreas de manejo sanitario por grupos de especies hidrobiológicas que realice la subsecretaría de Pesca no afectará la actual ubicación de las concesiones otorgadas a la fecha de publicación de la presente ley, pero sus titulares deberán dar cumplimiento a las condiciones de operación que se establezcan.
La Comisión lo aprobó por once votos
Artículo 3°
Éste señala que mientras no entre en vigencia la Ley N° 20.190 (que modificó diversos cuerpos legales, como la ley de impuesto a la renta, y dictó normas sobre prendas sin desplazamiento, creando un registro sobre la materia), las prendas sin desplazamiento que se constituyan sobre concesiones o autorizaciones de acuicultura se inscribirán en el Registro de Prenda Industrial del Conservador de Bienes Raíces de la comuna en que se ubiquen aquéllas.
El Ejecutivo presentó una indicación para reemplazarlo por los siguientes artículos 3°, 4° y 5° transitorios:
“Artículo 3°.- En el plazo de un año contado desde la fecha de publicación de esta ley, se establecerán áreas apropiadas para la acuicultura en las regiones X, XI y XII cuyo objetivo será el otorgamiento de concesiones de acuicultura exclusivamente a organizaciones de pescadores artesanales o de trabajadores despedidos de la industria de la acuicultura.
Las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura que se establezcan deberán permitir acceder hasta un máximo de 30 concesiones por región, cada una de las cuales no podrá exceder de 12 hectáreas.
Las organizaciones de pescadores artesanales que soliciten concesiones en estas áreas deberán haberse constituido con anterioridad al 1 de enero de 2009 y sus socios estar inscritos en el Registro Pesquero Artesanal, antes de dicha fecha, en la región respectiva.
Las organizaciones de trabajadores a que se refiere el inciso primero, deberán acreditar que sus integrantes fueron despedidos de centros de cultivo que se encontraban en operación al 1 de julio de 2007 en alguna de las regiones antes señaladas, mediante finiquito que cuente con fecha cierta, de conformidad con las disposiciones del Código del Trabajo.
En el plazo de seis meses contados desde la fecha de publicación de esta ley, deberá establecerse el reglamento conforme al cual se determine la forma y los criterios de asignación de las concesiones de que trata este artículo. Para tales efectos, el reglamento se someterá a la consulta de los integrantes del Consejo Nacional de Pesca que representen a las organizaciones de la pesca artesanal.
Las concesiones de que trata este artículo serán intransferibles, no serán susceptibles de negocio jurídico alguno ni sometidas a los regímenes de los artículos 80 bis y 80 ter y estarán exentas del pago de la patente única de acuicultura por los tres primeros años, contados desde la entrega material de la concesión. A partir del cuarto año, estas concesiones pagarán 2 unidades tributarias por hectárea.
Las concesiones de que trata este artículo se someterán en lo demás a la Ley General de Pesca y Acuicultura y sus reglamentos.”.
Se indicó que se elimina el artículo 3º transitorio del proyecto de ley debido a que se reemplazó la prenda sin desplazamiento por la hipoteca, por lo cual ya no es necesario y se incorporan tres nuevos artículos transitorios.
Se incorpora como nuevo artículo 3° transitorio uno que crea un régimen especial para que organizaciones de pescadores artesanales y de trabajadores despedidos de la industria de la acuicultura puedan acceder a concesiones de acuicultura intransferibles y con exención de patente por tres años.
Los Diputados señores Espinoza y De Urresti presentaron una indicación para agregar en el inciso primero, a continuación de la frase “las regiones X, XI y XII” el número “XIV”.
Esta indicación fue aprobada por seis votos a favor, dos en contra y tres abstenciones.
Los Diputados señores Alinco , De Urresti , Espinoza , Vallespín y la Diputada señora Goic presentaron una indicación para reemplazar, en el inciso segundo, la frase “de 30 concesiones por región, cada una de las cuales no podrá exceder de 12 hectáreas” por la siguiente: ”360 hectáreas para concesiones por región”, la cual fue aprobada por diez votos a favor y una abstención.
El Diputado señor Melero presentó una indicación para eliminar en el inciso quinto la frase: “que representen a las organizaciones de la pesca artesanal”, la cual fue aprobada por nueve votos a favor y dos en contra.
El resto del artículo 3° fue aprobado por diez votos a favor y una abstención.
Artículo 4°.- Prohíbese el otorgamiento de nuevas autorizaciones para la operación de viveros de peces o centros de acopio de los mismos y la renovación de las concesiones marítimas otorgadas a la fecha de publicación de esta ley para la operación de los mismos.
El Ejecutivo sostuvo que, a fin de propender a la eliminación de los viveros de peces autorizados a la fecha, esta norma prohíbe el otorgamiento de nuevas autorizaciones para dichos efectos, como, asimismo, renovar las concesiones marítimas que se hayan otorgado para su operación. De esta forma, al no poder contar con el título concesional respectivo, deberán dar término a sus operaciones.
La Comisión acordó aprobar este artículo por once votos.
Artículo 5°.- El plazo de paralización de actividades en que hubieren incurrido las concesiones de acuicultura, entre el plazo comprendido entre el 1 de julio de 2007 y el 31 de diciembre de 2011, no se contabilizará para efectos de la configuración de la causal de caducidad prevista en el artículo 142, letra e), de la Ley General de Pesca y Acuicultura.”.
El Ejecutivo explicó que debido a la situación absolutamente irregular que se ha vivido en los últimos años debido a la crisis del Isa, del caligus, los problemas de mercado de las concesiones de mitílidos (choritos) y pectínidos (ostiones) entre otros, se establece la no contabilización, para efectos de la caducidad de las concesiones de acuicultura, de los plazos de inactividad que se hubieren producido entre el 1 de julio de 2007 y el 31 de diciembre de 2011.
La Comisión acordó aprobar este artículo por once votos.
El Ejecutivo presentó una indicación para agregar el siguiente artículo 6° transitorio nuevo.
Artículo 6°.- En el plazo de dos meses contados desde la fecha de publicación de esta ley se establecerá una normativa que regule los efectos laborales que se produzcan por aplicación de la presente ley. Dicha normativa deberá ser elaborada con participación de las organizaciones de trabajadores de la industria de la acuicultura del salmón.”.
Se explicó que se establece un plazo dentro del cual deberá establecerse una normativa que se haga cargo de regular los impactos de carácter laboral que provocará la implementación de esta ley. Esto porque la nueva forma de operación de los centros de cultivo imponen obligaciones ambientales y sanitarias no existentes en la actual normativa y es previsible que ello repercutirá en las condiciones de trabajo. Por ejemplo: la obligación de descanso de los centros de cultivo por tres meses, la imposibilidad de sembrar si no existe información ambiental con resultados positivos, etc.
En la última sesión en que se analizó este proyecto concurrió la Ministra del Trabajo , señora Claudia Serrano , quien explicó una indicación presentada por el Ejecutivo para reemplazar el artículo 6° transitorio, que se había propuesto, indicando que ella tenía por objetivo hacerse cargo de los impactos laborales que provocará la entrada en vigencia de la ley, por cuanto introduce modificaciones a las condiciones en que se desarrollarán los cultivos.
Considerando lo anterior, afirmó que el Gobierno se ha comprometido a que, en un plazo de dos meses, se elaborará una normativa que regulará en forma específica la labor que desarrollan estos trabajadores, la cual contará con la participación de las organizaciones laborales de la industria de la acuicultura del salmón.
Luego de producido un debate en torno a esta propuesta por parte de los miembros de la Comisión, la señora Serrano comprometió sus esfuerzos para que en la elaboración de este proyecto sean escuchadas todas las partes involucradas.
Indicó que la propuesta es del siguiente tenor:
“Artículo 6°.- Se propondrá una normativa especial que regule los efectos laborales que se produzcan por aplicación de la presente ley.”.
La Comisión aprobó este artículo por once votos.
-o-
V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS.
1) Del Ejecutivo para modificar el numeral 2, del artículo 1°, del proyecto que agrega en el inciso 5° del artículo 67, a continuación del punto aparte que pasa a ser seguido, la siguiente oración:
“En los casos de solicitudes de concesión de acuicultura en que se determine que no existen bancos naturales de recursos hidrobiológicos en el sector solicitado, la Subsecretaría publicará en su sitio electrónico el informe técnico que así lo establezca. En el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación, cualquier interesado podrá reclamar del contenido del informe técnico con antecedentes fundados ante el Subsecretario de Pesca , el que deberá resolver la presentación en el plazo de 10 días.”.
2) De los Diputados señores Melero , Recondo y Ulloa para agregar el siguiente numeral 5, al artículo 1°, modificándose la numeración de los que siguen:
“5) Agréguese al final del inciso primero del artículo 74, a continuación del punto, lo siguiente: “Todo lo anterior sin perjuicio de los requerimientos de seguridad de las instalaciones del centro de cultivo, pudiendo para tal efecto el concesionario o titular de la autorización, instalar los fondeos, anclaje u otros medios en conformidad a la proyección que resulte de tales requerimientos, de conformidad al Reglamento”.”
3) De los Diputados señores Melero y Recondo para modificar el numeral 13 del artículo 1°, que intercala nuevos incisos al artículo 86, en el sentido de agregar al final del primero de los propuestos lo siguiente: “Asimismo, el reglamento establecerá el procedimiento y los quórum para que los concesionarios de un área de manejo sanitario establezcan coordinación respecto de materias de interés común.”.
4) De los Diputados señores Melero y Recondo para modificar el numeral 15, del artículo 1°, en el sentido siguiente:
a) Reemplázase en la letra a) del artículo 118 ter. la frase “contar con la información ambiental evaluada por el Servicio dentro del plazo establecido en el Reglamento”, por “cumplir con los requisitos habilitantes que se establezcan en el reglamento a que se refiere el artículo 87.”.
b) Reemplázase en el inciso cuarto, del artículo 118 ter., el término “resolución” por “sentencia”.
c) Reemplázase en el inciso cuarto, del artículo 118 ter., la frase “notificación señalada”, por “sentencia correspondiente”.
5) De los Diputados señores Melero y Recondo para modificar el numeral 17 del proyecto, intercalando en el artículo 142, el siguiente inciso segundo, pasando el actual a ser tercero y así sucesivamente:
“En caso que la concesión o autorización estuviere hipotecada, la Subsecretaría de Marina o de Pesca, según corresponda, deberá comunicar al o a los acreedores hipotecarios de la respectiva concesión o autorización, cuyas hipotecas se encuentren debidamente inscritas en el Conservador de Bienes Raíces que corresponda y en el Registro de Propiedad de Concesiones o Autorizaciones de Acuicultura que lleve la Subsecretaría de Marina o Pesca, según el caso, el acaecimiento de cualquier de los hechos que constituyen causales de caducidad en conformidad a este artículo, comunicación que deberá enviarse por carta certificada al domicilio del acreedor hipotecario señalado en la inscripción. A contar de la fecha del envío de la carta certificada, el acreedor hipotecario tendrá derecho para exigir la inmediata realización de la hipoteca, considerándose la obligación caucionada como de plazo vencido. En este caso, no podrá declararse la caducidad de la concesión o autorización sino una vez transcurrido un plazo de noventa días hábiles contado desde el envío de la carta certificada y siempre que no se haya producido la suspensión de aplicación de causales de caducidad de conformidad a lo dispuesto en el artículo 81 bis.”
6) De los Diputados señores Melero y Recondo para agregar al final del inciso primero del artículo 3° la frase: “y pequeños o medianos empresarios y trabajadores proveedores de la industria del salmón que hayan caído en quiebra en el periodo comprendido entre el 1° de enero del 2009 y el 31 de diciembre de 2010”.
VI. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.
1) Del Diputado señor Robles para modificar el numeral 10 del Artículo 1° en el siguiente sentido:
a) Intercálese entre la palabra “sometidas” seguida de una coma y la frase “se inscribirán”, la frase “y de las concesiones marítimas”.
b) Intercálase entre la palabra “acuicultura” y la frase “que llevara”, la frase “o en el Registro de Propiedad y Transparencia de Concesiones Marítimas”
c) Intercálase al inciso segundo entre la palabra “transparencias” y la frase “que den cumplimiento”, la palabra “de acuicultura
d) Incertálase al inciso cuarto, entre la palabra “acuicultura” y la frase “no será oponible”, la frase “y concesiones marítimas”
e) Sustitúyanse del inciso cuarto, la frase “será oponibles”, por la frase “serán oponibles”.”
2) Del Diputado señor Robles para introducir las siguientes modificaciones al numeral 11 del Artículo 1°.
a) intercálese entre la palabra “acuicultura” y la coma seguida de la frase “deberá constituirse”, la frase “ o sobre la concesión marítima”.
b) Intercálese al inciso segundo entre la palabra “acuicultura” y la frase “sobre las cuales”, la frase “o concesiones marítimas”.
3) Del Diputado señor Robles para modificar el artículo 3°, transitorio, intercalando entre la palabra “acuicultura” y la frase “se inscribirán”, la frese “ y sobre concesiones marítimas”.”
4) Del Diputado señor Robles para incorporar el siguiente artículo nuevo:
“Artículo 1° bis.- Modifícase el Decreto con Fuerza de Ley N° 340 Sobre Concesiones Marítimas y sus modificaciones, en el sentido que indica:
1) Agréguese el siguiente inciso al artículo 6°.-
Se exceptúan de esta prohibición aquellas concesiones marítimas sobres las cuales se encuentren emplazadas industrias pesqueras, las que se someterán en cuanto al procedimiento de transferencia, arriendo y todo acto que implique la cesión de derechos a lo dispuesto por la Ley General de Pesca y Acuicultura, en todo aquello que por la naturaleza de su negocio no sea contraria a ella.”
5) De los Diputados señores De Urresti , Espinoza , Vallespín y Diputadas señora Goic y Pacheco para modificar el numeral 16, en el sentido de agregar al artículo 122, la siguiente letra j):
“j) Realizar, por cuenta y costo de los titulares de centros de cultivo a cualquier título, la información ambiental que acredite que el centro está operando de conformidad con el artículo 87 de esta ley. El Servicio Nacional de Pesca podrá encomendar esta labor, previa licitación, a personas naturales o jurídicas, inscritas en el registro.
Los resultados de los muestreos efectuados conforme a este literal, constituirán plena prueba, salvo que se constate la acreditación de un hecho falso o inexistente el que será sancionado de conformidad con los artículos 194 y 196 del Código Penal. Asimismo, quienes hubieren tenido participación en calidad de autor, cómplice o encubridor quedarán inhabilitados por el plazo de 5 años a participar de cualquier forma en la elaboración de información ambiental de que trata este literal.”.
6) De la Diputada señora Pacheco para agregar el siguiente artículo 7° nuevo:
“La extracción y captación de semillas, de recursos hidrobiológicos, sólo podrá efectuarse en áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos o en bancos naturales sometidos a planes de manejo por pescadores artesanales debidamente inscritos en la región respectiva”.
-o-
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que dará a conocer el señor Diputado Informante , la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos recomienda la aprobación del siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo 1°. Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura, Nº 18.892, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido que se indica:
1) Agréganse en el artículo 2° los siguientes numerales 52) y 53):
“52) Áreas de manejo sanitario: las declaradas por la Subsecretaría de Pesca y que presentan características epidemiológicas, oceanográficas, operativas o geográficas que justifican su manejo sanitario coordinado y en las que el Servicio establecerá períodos de descanso coordinado y medidas profilácticas y tratamientos terapéuticos para todos los centros de cultivo que se encuentren en ellas, de conformidad con el reglamento del artículo 86. En ningún caso las medidas antes señaladas se aplicarán a quienes ejercen actividades distintas a la de los centros de cultivo del grupo de especies sobre las cuales operan los centros a que sea aplicable el área de manejo sanitario, salvo que se trate de la prestación de servicios a los mismos centros.
El reglamento determinará la distancia que deberá mantenerse entre las áreas de manejo sanitario y entre éstas y las concesiones de acuicultura.
53) Zonificación: proceso de ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el borde costero del litoral, que tiene por objeto definir el territorio y establecer sus múltiples usos, expresados en usos preferentes, los que no serán excluyentes, y graficados en planos que identifiquen, entre otros aspectos, los límites de extensión, zonificación general y las condiciones y restricciones para su administración, en conformidad con lo dispuesto en la Política Nacional de Uso del Borde Costero establecida en el D.S. (M) Nº 475, de 1994, del Ministerio de Defensa Nacional o la normativa que lo reemplace.”.
2) Modifícase el artículo 67 en el sentido siguiente:
a) Intercálase, en el inciso primero, antes de la expresión “por uno o más decretos”, la frase seguida de una coma “por grupo o grupos de especies hidrobiológicas” y eliminase la expresión “y lagos”.
b) Elimínase, en el inciso tercero, la expresión “y lagos”.
c) Agrégase en el inciso cuarto, a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente frase: “Asimismo, se excluirán para el establecimiento de las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura los caladeros de pesca que se establezcan en la forma que defina el reglamento.
3) Modifícase el artículo 69 bis en el siguiente sentido:
a) Agrégase al final del inciso segundo, después del punto seguido, lo siguiente: “Además, se entiende que existe operación cuando el centro debe entrar en descanso o paralización por resolución de autoridad.”.
b) Intercálase en el inciso tercero, entre las expresiones “solicitar” y la frase “la ampliación”, la frase entre comas “a la Subsecretaría de Marina o de Pesca, en su caso”.
c) Agrégase al final del inciso tercero, después de una coma, lo siguiente: “como también el plazo que corresponda a un período de descanso o paralización por resolución de autoridad.”.
4) Introdúcense los siguientes incisos al artículo 76:
“Se declarará un área apropiada para el ejercicio de la acuicultura como actualmente no disponible para nuevas solicitudes de concesión o autorización de acuicultura, sea totalmente o por tipo de actividad, en los casos en que la Subsecretaría determine que con el número de concesiones o autorizaciones otorgadas y solicitudes presentadas a la fecha en el área respectiva, no quedan espacios disponibles.
La declaración deberá efectuarse, previo informe técnico, por resolución de la Subsecretaría, la cual será publicada en el Diario Oficial y en un diario de circulación regional, y afectará un área debidamente delimitada conforme la cartografía en que se encuentre establecida la respectiva área apropiada para el ejercicio de la acuicultura.
La declaración afectará a todas las solicitudes que se encuentren pendientes de ingreso a trámite ante el Servicio Nacional de Pesca, las que no deberán ser consideradas en el informe técnico para efectos de la declaración de no disponibilidad.
La declaración de no disponibilidad será dejada sin efecto en los casos en que, como resultado del término de trámite de las solicitudes que la determinaron o de la caducidad de las concesiones o autorizaciones otorgadas en la respectiva área, se constate que quedan espacios disponibles de ser otorgados en concesión o autorización de acuicultura. En dicho evento se dictará una resolución que así lo disponga, la que será publicada en el Diario Oficial y en un diario de circulación regional.
Sólo se recibirán nuevas solicitudes de acuicultura para el sector cuya no disponibilidad fue levantada conforme a lo señalado en el inciso anterior, transcurridos 10 días hábiles contados desde la fecha de la última publicación.”.
5) Intercálase en el artículo 79 entre la palabra “artículos” y el guarismo “87”, el número “86” seguido de una coma.
6) Agrégase el siguiente inciso final al artículo 80:
“En el plazo de un mes, contado desde la entrega material, la Autoridad Marítima deberá informar esta circunstancia a la Subsecretaría de Marina , la que deberá inscribir la concesión en el Registro de Propiedad de Concesiones de Acuicultura .”.
7) Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 80 bis:
a) Elimínase en la letra a) del inciso primero la oración “Para transferir las concesiones y autorizaciones se requerirá la autorización previa otorgada por la Subsecretaría de Marina o de Pesca, según corresponda. Al mismo trámite quedará sometido el arriendo de las concesiones.”.
b) Intercálase en el inciso segundo, a continuación del punto seguido, lo siguiente:
“Respecto del ejercicio de los derechos señalados en la letra a), se exceptúa de esta exigencia a los titulares de las concesiones de acuicultura ubicadas en áreas de manejo sanitario. Asimismo, no será exigible dicho requisito para la constitución de hipoteca sobre la concesión o autorización.”.
c) Modifícase el inciso segundo, en el sentido de sustituir la expresión “tres años consecutivos” por la frase “un año”.
8) Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 80 ter:
a) Elimínase, en el inciso primero, la oración “Previa autorización otorgada por la Subsecretaría de Marina o de Pesca, según corresponda,”.
b) Agrégase el siguiente inciso final: “Sin perjuicio de lo anterior, podrá cambiarse el régimen a que se encuentra sometida la concesión o autorización de acuicultura, efectuando la consignación a que se refiere el artículo 77.”.
9) Sustitúyese el artículo 81 por el siguiente:
“Artículo 81.- Las transferencias, arriendos y todo acto que implique la cesión de derechos de las concesiones o autorizaciones de acuicultura, cualquiera sea el régimen a que se encuentren sometidas, se inscribirán en el Registro de Propiedad de Concesiones o Autorizaciones de acuicultura que llevará la Subsecretaría de Marina o de Pesca, según corresponda, con el solo mérito de la solicitud que contenga el certificado de operación emitido por el Servicio que dé cuenta que no se ha incurrido en la causal de caducidad del artículo 142, letra e); de la escritura pública o del instrumento en que conste del acto respectivo, en su caso, y del certificado de vigencia de las partes contratantes, si correspondiere, debiendo acreditar encontrarse al día en el pago de la patente de acuicultura.
Sólo se inscribirán las transferencias que den cumplimiento al régimen a que se encuentra sometida la concesión señalado en los artículos 80 bis u 80 ter. En el evento que no se cumpla con dichos requisitos, se devolverán los antecedentes al peticionario.
Transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha del ingreso de la solicitud de inscripción, sin que ésta se haya efectuado, se entenderá ella aceptada.
Los actos de transferencia, arriendo y cualquier otro que implique la cesión de derechos sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura no serán oponibles a terceros, mientras no sean inscritos de conformidad con los incisos anteriores. Al acreedor hipotecario no le serán oponibles dichos actos, salvo los contratos de arrendamiento que hayan sido inscritos en el Registro de Propiedad de Concesiones o Autorizaciones con fecha anterior a la de inscripción de la hipoteca en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
El adquirente, arrendatario o mero tenedor deberá dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 71, de los que deberá dejarse constancia en la escritura pública o el instrumento que corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los interesados podrán requerir a la Subsecretaría de Marina o de Pesca , según corresponda, la inscripción de los demás actos o contratos que tengan por objeto la concesión o autorización de acuicultura.”.
10) Agrégase el siguiente artículo 81 bis:
“Artículo 81 bis.- Sin perjuicio de otros negocios jurídicos, podrá constituirse hipoteca sobre la concesión o autorización de acuicultura, la que deberá otorgarse por escritura pública e inscribirse en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces que tenga competencia en la comuna en la que se encuentre ubicada la concesión o autorización. La hipoteca se someterá a las disposiciones contenidas en el Título XXXVIII del Libro IV del Código Civil, denominado “De la Hipoteca”, en lo que no se opongan a las disposiciones de esta ley. La hipoteca no se extiende a los peces, redes ni jaulas existentes en las concesiones o autorizaciones de acuicultura.
No se aplicarán las causales de caducidad de las concesiones y autorizaciones de acuicultura sobre las cuales se haya trabado embargo o dictado una medida prejudicial o precautoria fundada en la hipoteca, entre la fecha de la resolución que los decrete y la fecha de inscripción de la concesión o autorización del nuevo titular que se la haya adjudicado en venta forzada. La misma norma se aplicará en los casos de declaración de quiebra o presentación de convenio preventivo del titular de la concesión o autorización de acuicultura hipotecada.
El beneficio de que trata el inciso anterior no podrá exceder de tres años, salvo que el adjudicatario de la concesión o autorización sea un banco, en cuyo caso el beneficio se extenderá por un plazo adicional, equivalente a aquél en que el banco deba enajenar el bien adquirido en remate judicial, de conformidad con el artículo 84, N° 5, letra b), del D.F.L. Nº 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Bancos. La aplicación de causales de caducidad comenzará nuevamente a regir desde la fecha del vencimiento de este último plazo o a partir de la fecha de la enajenación de la concesión o autorización, según cual sea el evento primero en ocurrir.
En caso que se hubiese convenido que la concesión o autorización hipotecada no puede gravarse o enajenarse, deberá inscribirse en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces respectivo, y su infracción dará derecho al acreedor para exigir su inmediata realización, considerándose la obligación caucionada como de plazo vencido.
Si vencido el plazo de no aplicación de las causales de caducidad, se encontrare pendiente la realización de la hipoteca, el acreedor hipotecario podrá pedir su inmediata realización, aunque se hubieren opuesto excepciones.
El juez deberá decretar la inmediata realización de la hipoteca, solicitando al acreedor hipotecario que caucione previamente las resultas del juicio.
Sin perjuicio de lo anterior, el juez no podrá decretarla si el deudor hubiere fundado su oposición en alguna de las siguientes excepciones:
1) Pago de la deuda;
2) Prescripción;
3) No empecer el título al ejecutado. En este caso, no podrá discutirse la existencia de la obligación hipotecaria, y para que sea admitida a tramitación deberá fundarse en algún antecedente escrito y aparecer revestida de fundamento plausible. Si no concurrieren estos requisitos, el tribunal la desechará de plano.
En estos casos, la oposición se tramitará como incidente. La apelación de las resoluciones que se dicten en contra del demandado se concederá en el solo efecto devolutivo. El tribunal de alzada podrá decretar, a petición de parte, la suspensión del cumplimiento de la sentencia del de primera instancia mientras se encuentre pendiente la apelación, si existieren razones fundadas para ello, lo que resolverá en cuenta.
Desechada la oposición formulada, se procederá al remate de la concesión o autorización hipotecada.
El cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y sus reglamentos seguirán siendo de cargo del titular o del ejecutante, según corresponda, mientras no se adjudique la concesión o autorización a un tercero.
La no aplicación de las causales de caducidad antes señaladas no regirá en los casos en que el ejecutante o el adquirente, en venta forzada, sea la misma persona natural o jurídica titular de la concesión o autorización de acuicultura o personas vinculadas a ella. Se entenderá por personas vinculadas, las personas naturales que tengan la calidad de cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad inclusive o quienes sean directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores de la sociedad, así como toda entidad controlada, directa o indirectamente, por cualquiera de ellos; sus socios, si se trata de una sociedad de personas, sea que participen directamente o a través de otra persona vinculada, sea ésta natural o jurídica; las sociedades de personas que tengan uno o más socios en común, directamente o en la forma señalada precedentemente; las entidades del grupo empresarial al que pertenece la sociedad; las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada a que se refiere el Título VIII de la ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas, y toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación conjunta, pueda designar al menos un miembro de la administración de la sociedad o controle un 10% o más del capital o del derecho a voto.
Se entenderá como concesión o autorización de acuicultura nueva para los efectos del artículo 142, aquélla que sea inscrita como resultado de una venta forzada o efectuada de conformidad al Libro IV del Código de Comercio, denominado “De las Quiebras”, con la excepción de lo señalado en el inciso anterior.”
En cualquier caso, el adquirente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 71 de esta ley. El procedimiento de ejecución no habilitará la adquisición de la concesión por parte de una persona jurídica que no tenga dentro de su objeto social la actividad de acuicultura, salvo en el caso que se trate de un banco y para el solo efecto de enajenar la concesión, de conformidad con el artículo 84, N° 5, letra b), del D.F.L. Nº 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Bancos.”.
11) Agrégase el siguiente artículo 81 ter:
“Artículo 81 ter. La inscripción de la hipoteca contendrá:
a) El nombre, apellido y domicilio del acreedor y su profesión, si tuviere alguna; y las mismas designaciones respecto del deudor y de los apoderados o representantes legales del uno o del otro, que requieran la inscripción.
Las personas jurídicas serán denominadas por su nombre legal y por el lugar de su establecimiento; y se extenderá a sus personeros lo que se dice de los apoderados o representantes legales en el inciso anterior;
b) La fecha y naturaleza del contrato a que accede la hipoteca, y el archivo en que se encuentra.
Si la hipoteca se ha constituido por acto separado, se expresará también la fecha de este acto, y el archivo en que se encuentra;
c) La ubicación del centro de cultivo, indicando sector, comuna, provincia y región;
d) La superficie del centro de cultivo y coordenadas geográficas que lo delimitan y las especies o grupo de especies objeto del cultivo;
e) El número de la resolución que otorgó la concesión o autorización, fecha y autoridad de la que emana y fecha de su publicación en el Diario Oficial;
f) La suma determinada a que se extiende la hipoteca en el caso de haberse limitado a determinada cantidad; y
g) La fecha de la inscripción y la firma del Conservador.”.
12) Intercálase en el inciso primero del artículo 84, a continuación del punto seguido que pasa ser coma, la siguiente oración “salvo en el caso de concesiones o autorizaciones de acuicultura cuyo proyecto técnico considere peces, las que pagarán 10 UTM por hectárea.”.
13) Introdúcense los siguientes incisos segundo y tercero al artículo 86:
“Dichas medidas podrán incluir la eliminación de las especies hidrobiológicas en cultivo, el establecimiento de condiciones sanitarias para las actividades de acuicultura, así como para el transporte, procesamiento, desinfección y demás relacionadas con el cultivo de especies hidrobiológicas. El reglamento establecerá las condiciones y el procedimiento para el establecimiento de las áreas de manejo sanitario y las de plagas, en su caso.
Los procedimientos específicos y las metodologías de aplicación de las medidas antes señaladas serán establecidos mediante programas generales y especiales dictados por resolución del Servicio.”.
14) Incorpórase el siguiente artículo 86 bis:
“Artículo 86 bis. La Subsecretaría deberá establecer, por resolución, densidades de cultivo para las áreas de manejo sanitario que se hubieren fijado, de conformidad con el siguiente procedimiento.
La Subsecretaría formulará una propuesta preliminar de densidad de cultivo mediante informe técnico, económico y ambiental que será remitido en consulta al Servicio y al Instituto de Fomento Pesquero. Emitido el pronunciamiento de ambas instituciones y analizadas e incorporadas, en lo que corresponda, las observaciones formuladas, se remitirá en consulta la propuesta a los titulares de las concesiones de acuicultura que se encuentren dentro de cada una de las áreas de manejo sanitario. Dichos titulares tendrán el plazo de un mes para remitir sus observaciones aportando los antecedentes que las funden.
Vencido el plazo antes señalado, la Subsecretaría fijará, por resolución fundada que se publicará en el Diario Oficial, la densidad de cultivo para cada una de las áreas de manejo sanitario.
Dentro del plazo de 10 días, contados desde la fecha de la publicación en el Diario Oficial, se podrá reclamar la densidad fijada ante el Ministerio, acompañando los antecedentes en que se funde el reclamo, el que deberá resolverse en el plazo de 10 días hábiles.
Al término del ciclo productivo, será revisada la densidad de cultivo, a petición de cualquiera de los titulares de las concesiones de acuicultura integrantes del área de manejo sanitario respectiva, atendiendo a los antecedentes que den cuenta de su condición sanitaria.
Se considerará densidad de cultivo la biomasa de peces existente por área utilizada con estructuras de cultivo, al término del ciclo productivo. El reglamento establecerá su fórmula de cálculo.”.
15) Intrudúcese el siguiente artículo 87 ter:
“Artículo 87 ter. Los instrumentos de evaluación ambiental y sanitaria, así como las certificaciones que se requieran por los reglamentos establecidos en los artículos 12, 86, 87, 87 bis y 90 bis deberán ser elaborados por las personas naturales o jurídicas inscritas en el registro a que se refiere el artículo 122, letra l).”.
16) Incorpórase el siguiente artículo 118 ter:
“Artículo 118 ter.- Serán sancionados los titulares de las concesiones y autorizaciones de acuicultura que incurran en las siguientes infracciones:
a) Sembrar ejemplares en el centro de cultivo sin contar con la información ambiental evaluada por el Servicio, dentro del plazo establecido en el reglamento;
b) No dar cumplimiento a las condiciones de densidad o descanso en los centros de cultivo o la coordinación de las mismas en las áreas de manejo sanitario, dispuestas de conformidad con la ley y sus reglamentos.
En los casos antes señalados, el titular del centro de cultivo objeto de la infracción será sancionado con multa entre 2.000 y 3.000 UTM.
En el evento que se incurra en una segunda oportunidad en alguna de las infracciones antes señaladas en el plazo de cuatro años, el titular del centro de cultivo objeto de la infracción será sancionado con la suspensión de operaciones por el plazo de tres años. Se caducará la concesión o autorización respectiva, al titular de la misma que no dé cumplimiento a la suspensión de operaciones antes indicada.
La suspensión se hará efectiva a partir de la fecha de notificación de la resolución de la Subsecretaría que la impone. No obstante, en los casos en que existan ejemplares en cultivo a dicha fecha, la suspensión será aplicada a partir de la cosecha de éstos, quedando prohibido el nuevo ingreso de ejemplares.
El plazo de suspensión de operaciones dispuesto en virtud de este artículo no se computará para los efectos de tipificar la causal de caducidad prevista en el artículo 142, letra e), de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Se declarará la caducidad de la concesión de acuicultura, si se configura una tercera infracción de las señaladas precedentemente, en el plazo de tres años contados desde el cumplimiento de la segunda infracción respecto de este centro de cultivo.
Las infracciones de este artículo no se someterán al procedimiento establecido en el párrafo 2° del Título IX. Tales sanciones serán impuestas por resolución de la Subsecretaría, previo informe del Servicio y audiencia del interesado. Podrá reclamarse de la resolución que impone la sanción ante el Ministerio en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución, el que deberá resolver en el plazo de 15 días hábiles.”.
17) Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 122.
a) Sustitúyese su letra a) por la siguiente:
“a) Inspeccionar y registrar inmuebles, establecimientos, centros de cultivo, viveros, centros de matanza, recintos, naves, aeronaves, trenes, vehículos, cajas, embalajes o envases donde se produzcan, elaboren, procesen, almacenen, distribuyan y comercialicen especies hidrobiológicas y sus productos derivados.
En el evento de oposición al registro o inspección, los funcionarios del Servicio podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública, la que contará con la facultad de descerrajar, si fuere necesario, para ingresar a lugares cerrados que no constituyan morada.”.
b) Intercálase en la letra b), entre las expresiones “calidad sanitaria” y “de los productos”, la frase, seguida de una coma, “de los materiales de importación usados destinados a la actividad de acuicultura”.
c) Agréganse las siguientes letras j), k), l) y m):
“j) Autorizar, excepcionalmente, la ejecución de labores inspectivas en horarios que excedan de la jornada laboral, con cargo a un arancel fijado anualmente, cuyo objetivo sea solventar el costo adicional en que deba incurrirse, el que será pagado por el fiscalizado.
k) Registrar plantas de elaboración de productos alimenticios destinados a las especies hidrobiológicas y requerir, bajo declaración jurada, informes de producción, declaraciones de stock de productos elaborados y destino de los mismos.
l) Llevar un registro de las personas naturales o jurídicas acreditadas para elaborar los instrumentos de evaluación ambiental y sanitaria de que trata esta ley o los reglamentos dictados conforme a ella. El reglamento establecerá los requisitos técnicos y financieros que deban cumplir, con el fin de velar por la calidad, confiabilidad e idoneidad de sus funciones, las normas relativas al cumplimiento de éstas y las garantías que deberán rendir para su correspondiente inscripción. Los inscritos en el registro tendrán la obligación de remitir al Servicio copia fidedigna de los instrumentos elaborados dentro del plazo de cinco días, contados desde su emisión.
El Servicio eliminará del registro, por el plazo de cinco años, a quienes pierdan uno o más requisitos establecidos en el reglamento para la inscripción. Asimismo, se eliminará del registro por el mismo plazo a quienes remitan al Servicio los instrumentos fuera de plazo por dos veces en un año, los elaboren deliberadamente sin someterse a los procedimientos y metodologías establecidas al efecto por la normativa vigente o entreguen información falsa en ellos.
La eliminación del registro afectará a la persona jurídica y a sus socios personalmente considerados, quienes no podrán inscribirse por el mismo plazo de la eliminación, ya sea directamente o a través de otra persona jurídica de la que formen parte.
La inscripción en el registro tendrá una vigencia de tres años y podrá ser renovada a petición de los interesados.
m) Exigir el uso de un sistema de posicionamiento automático a las embarcaciones que realizan el transporte de especies hidrobiológicas provenientes de cultivo, de conformidad con las disposiciones del Título V de esta ley.”.
18) Modifícase el artículo 142 en el sentido siguiente:
a) Incorpórase al inciso primero de la letra e), la siguiente oración final:
“Los plazos antes señalados se suspenderán en los casos en que la autoridad hubiese dispuesto descanso obligatorio, de conformidad con el reglamento a que se refiere el artículo 86.”.
b) Reemplázase en el inciso tercero de la letra e), la oración “por una sola vez, ampliación de plazo, de hasta un año” por “una ampliación de plazo por el tiempo de duración del evento que configure la fuerza mayor o el caso fortuito.”.
c) Agrégase al final del inciso tercero de la letra e), después de un punto seguido, lo siguiente: “Se considerará como evento de fuerza mayor, entre otros, la paralización de actividades que se justifique por la situación sanitaria de la zona aledaña a la concesión o autorización de que se trate.”.
d) Agréganse las siguientes letras i), j) k) y l) al inciso primero.
“i) Haber infringido la suspensión de operaciones dispuesta de conformidad con el artículo 118 ter.
j) Incurrir en una tercera infracción de conformidad con lo dispuesto con el artículo 118 ter.
k) Haber sido condenado en tres ocasiones, en un plazo de tres años, contados desde la primera sentencia ejecutoriada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
l) En el caso de los centros de cultivo que en virtud de esta ley se mantengan en operación en lagos, incurrir por tres veces en condición anaeróbica, de conformidad con el reglamento a que se refiere el artículo 87.”.
Artículo 2°.- Desde la fecha de publicación de la presente ley, suspéndese en las regiones X y XI el ingreso de solicitudes y el otorgamiento de nuevas concesiones de acuicultura cuyo proyecto técnico considere peces, salvo las solicitudes que, a dicha fecha, cuenten con proyecto técnico aprobado por la Subsecretaría de Pesca y aquéllas a cuyos titulares se les hubiera enviado carta para los efectos establecidos en el artículo 14 del D.S. N° 290, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
En las regiones antes señaladas, sólo se tramitarán las solicitudes de ampliación de área presentadas al 31 de enero de 2009 y los cambios de proyectos técnicos. Además, se permitirá la relocalización de las concesiones de conformidad con el artículo 5° de esta ley.
Vencido el plazo de dos años, contados desde la fecha de publicación de esta ley, se reiniciará en la XI región el ingreso de solicitudes de nuevas concesiones y el otorgamiento de las mismas.
Artículo 3°.- Se considerarán áreas de manejo sanitario de centros de cultivo de peces en las regiones X y XI, aquéllas en que el Servicio Nacional de Pesca haya establecido medidas coordinadas a la fecha de publicación de esta ley, de conformidad con el reglamento a que se refiere el artículo 86 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
La modificación o eliminación de estas áreas se someterá al procedimiento previsto en los artículos 2°, N° 52, y 86 de la referida ley.
Artículo 4°. Suspéndese el ingreso de solicitudes de nuevas concesiones y el otorgamiento de concesiones en la XII región mientras no se modifiquen las áreas apropiadas para la acuicultura, estableciéndolas por grupos de especies hidrobiológicas, de conformidad con los incisos siguientes.
En el plazo máximo de doce meses, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, el Gobierno Regional de la XII Región deberá remitir a la Subsecretaría de Pesca las propuestas de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en las comunas de Timaukel, Porvenir, Punta Arenas, Cabo de Hornos, Río Verde y Natales .
Dichas propuestas podrán ser entregadas por comunas o grupo de comunas conforme avance el proceso de zonificación.
Recibida la propuesta por comuna o grupo de comunas, la Subsecretaría de Pesca emitirá una resolución que se publicará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, contándose con un plazo de 15 días hábiles para formular opiniones y 15 días hábiles para responderlas y emitir el informe técnico respecto de las áreas propuestas para la comuna de que se trate. Dicho informe se remitirá al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, para que en el plazo de 10 días hábiles emita el decreto respectivo para la comuna correspondiente.
Una vez emitido el decreto de establecimiento de las áreas apropiadas para la acuicultura, la Subsecretaría fijará áreas de manejo sanitario para la comuna o grupo de comunas conforme a las cuales se reanudará el ingreso de solicitudes y el otorgamiento de concesiones de acuicultura.
Vencido el plazo máximo señalado para que el Gobierno Regional proponga modificaciones a las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en los términos antes señalados, quedará sin efecto la suspensión del ingreso de nuevas solicitudes y el otorgamiento de concesiones.
Artículo 5°.- Los centros de cultivo de peces en las regiones de Los Lagos y de Aisén podrán relocalizarse, en la misma región, dentro de un área de manejo sanitario fijada por la Subsecretaría o el Servicio, según corresponda, o cambiarse a otra, cumpliendo con los siguientes requisitos:
a) Mantener el grupo de especies hidrobiológicas y área de la concesión autorizada;
b) Presentar una renuncia a la concesión de que es titular, condicionada al otorgamiento de la concesión de reemplazo en la relocalización; y
c) La solicitud de concesión de reemplazo deberá ubicarse dentro de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura y dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 79 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
El titular de dos concesiones podrá juntarlas sometiéndose a las condiciones antes señaladas.
La concesión de reemplazo quedará sometida al mismo régimen que la concesión original. Por el solo ministerio de la ley, la hipoteca que grave una concesión se extenderá a aquélla que la reemplace de conformidad a lo previsto en el presente artículo, conservando la fecha de constitución de la hipoteca sobre la concesión original.
Artículo 6°.- Para los efectos de los artículos 2°, 3°, 4° y 5° de esta ley se entenderá por áreas de manejo sanitario aquéllas definidas de conformidad con el numeral 52), del artículo 2°, de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 1º.- El aumento del monto de la patente por concepto de concesiones o autorizaciones de acuicultura, cuyo proyecto técnico considere peces, que por esta ley se establece en el numeral 12 del artículo 1º, entrará en vigencia de acuerdo al siguiente calendario:
a) En el año 2010: 4 UTM por hectárea;
b) En el año 2011: 6 UTM por hectárea:
c) En el año 2012: 8 UTM por hectárea;
d) A partir del año 2013: 10 UTM por hectárea.
Durante los años 2010 a 2015, los titulares de concesiones o autorizaciones de acuicultura de peces que hayan utilizado, en el año calendario anterior, la franquicia tributaria para capacitación de sus trabajadores hasta por el 90% del total del 1%, a que se refiere el artículo 36 de la ley N° 19.518, tendrán derecho a un descuento en el cargo por concepto de pago de la patente única de acuicultura para el año respectivo, equivalente a un 33% de la diferencia resultante entre el valor de la patente que se deba pagar, de conformidad con el inciso anterior, y el valor de la patente vigente al 1 de enero del año 2009, multiplicada por el número de hectáreas por el cual el titular del centro de cultivo pagó la patente el año calendario anterior. En el caso que el descuento sea superior al cargo que corresponda pagar por concepto de patente el año respectivo, el saldo expresado en UTM se imputará al pago de la patente del año o años siguientes, según corresponda.
Artículo 2º.- La declaración de áreas de manejo sanitario por grupos de especies hidrobiológicas que se realice por la Subsecretaría de Pesca, no afectará la actual ubicación de las concesiones otorgadas a la fecha de publicación de la presente ley, pero deberán dar cumplimiento a las condiciones de operación que en virtud de ellas se establezcan.
Artículo 3°.- En el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de esta ley, se establecerán áreas apropiadas para la acuicultura en las regiones X, XI, XII y XIV cuyo objetivo será el otorgamiento de concesiones de acuicultura exclusivamente a organizaciones de pescadores artesanales o de trabajadores despedidos de la industria de la acuicultura.
Las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura que se establezcan deberán permitir acceder hasta un máximo de 360 hectáreas para concesiones por región.
Las organizaciones de pescadores artesanales que soliciten concesiones en estas áreas deberán haberse constituido con anterioridad al 1 de enero de 2009 y sus socios estar inscritos en el Registro Pesquero Artesanal, antes de dicha fecha, en la región respectiva.
Las organizaciones de trabajadores a que se refiere el inciso primero, deberán acreditar que sus integrantes fueron despedidos de centros de cultivo que se encontraban en operación al 1 de julio de 2007 en alguna de las regiones antes señaladas, mediante finiquito que cuente con fecha cierta, de conformidad con las disposiciones del Código del Trabajo.
En el plazo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de esta ley, deberá establecerse el reglamento conforme al cual se determine la forma y los criterios de asignación de las concesiones de que trata este artículo. Para tales efectos, el reglamento se someterá a la consulta de los integrantes del Consejo Nacional de Pesca.
Las concesiones de que trata este artículo serán intransferibles, no serán susceptibles de negocio jurídico alguno ni sometidas a los regímenes de los artículos 80 bis y 80 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, y estarán exentas del pago de la patente única de acuicultura por los tres primeros años, contados desde la entrega material de la concesión. A partir del cuarto año, estas concesiones pagarán 2 UTM por hectárea.
Las concesiones de que trata este artículo se someterán, en lo demás, a la Ley General de Pesca y Acuicultura y sus reglamentos.
Artículo 4°.- Prohíbese el otorgamiento de nuevas autorizaciones para la operación de viveros de peces o centros de acopio de los mismos y la renovación de las concesiones marítimas otorgadas a la fecha de publicación de esta ley para la operación de aquéllos.
Artículo 5°. El plazo de paralización de actividades en que hubieren incurrido las concesiones de acuicultura, en el plazo comprendido entre el 1 de julio de 2007 y el 31 de diciembre de 2011, no se contabilizará para efectos de la configuración de la causal de caducidad prevista en el artículo 142, letra e), de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Artículo 6°.- Se propondrá una normativa especial que regule los efectos laborales que se produzcan por aplicación de la presente ley.
Artículo 7°.- Mientras no se dicte el reglamento que establecerá la definición de caladero de pesca, su determinación para efectos del establecimiento de áreas apropiadas para la acuicultura se realizará considerando la información técnica disponible acerca de los sectores en que dichos caladeros se ubican, la que será complementada con aquélla proveniente del sector pesquero.
-o-
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 20 de enero; 10, 11, 18 y 31 de marzo; 1, 8, 14, 15, 28 y 29 de abril; 6, 12 y 13 de mayo del año en curso, con la asistencia de los señores Norambuena, don Iván ; ( Presidente ); Alinco, don René ; De Urresti, don Alfonso ; Errázuriz, don Maximiano ; Galilea, don Pablo ; señora Goic, doña Carolina ; Espinoza, don Fidel ; Melero, don Patricio ; señora Pacheco , doña Clemira ; Recondo, don Carlos ; Súnico, don Raúl ; Ulloa, don Jorge ; y Vallespín, don Patricio .
Sala de la Comisión, a 15 de mayo de 2009.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión ”.
8. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que modifica la ley general de pesca en materia de acuicultura. (boletín Nº 6365-21)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda informa el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.
CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
1.- Origen y urgencia
La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un mensaje de S.E. la Presidenta de la República calificada de “suma” urgencia para su tramitación legislativa.
2.- Disposiciones o indicaciones rechazadas
-Indicación de los Diputados señores Dittborn y Tuma al artículo 6° transitorio.
3.- Indicaciones declaradas inadmisibles
-Indicación parlamentaria al artículo 1° transitorio.
4.- Disposiciones o indicaciones que no fueron aprobadas por unanimidad
-Indicación del Diputado señor Dittborn a la letra k) del numeral 18) del artículo 1°.
5.- Se designó Diputado Informante al señor Súnico, don Raúl .
-o-
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Felipe Sandoval y Juan José Soto , asesores en materias de acuicultura del Ministerio de Economía; Carlos Rubio , Asesor Legislativo del Ministerio de Economía; David Noé , Asesor del Ministerio de Hacienda; y la señora Jessica Fuentes , Asesora de la Secretaría General de la Presidencia .
La iniciativa tiene los siguientes objetivos: 1) modificar el modelo de otorgamiento y operación de los centros de cultivo acuícolas; 2) proveer mecanismos adecuados para facilitar y otorgar certeza a la constitución y ejecución de garantías sobre las concesiones y autorizaciones de acuicultura; 3) fortalecer las facultades fiscalizadoras del Sernapesca, y 4) incrementar el monto de la patente única de acuicultura en forma gradual.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 13 de enero de 2008, señala que los tres primeros objetivos no generan mayor gasto fiscal. Respecto al aumento del monto de la patente única de acuicultura a los centros de cultivo de peces, operará de forma gradual a partir del año 2010, esto es, al momento en que se espera hayan realizado los ajustes que tanto por normativa reglamentaria como por el proyecto se pretenden y superado la actual crisis provocada por el virus Isa.
El aumento señalado en el costo de las patentes implicará, en régimen, es decir a partir del año 2013, mayores ingresos fiscales por aproximadamente 105.000 UTM ($ 4.000.000 miles anuales), distribuidos en igual porcentaje entre el Fondo Nacional de Desarrollo Regional y las Municipalidades de las comunas en que estén ubicadas las concesiones o autorizaciones de acuicultura.
En el debate de la Comisión el señor Felipe Sandoval explicó que el proyecto modifica la Ley de Pesca en materia de acuicultura y responde, fundamentalmente, a la crisis provocada por el virus Isa en el salmón. Comentó que existen tres tipos de salmones en la industria chilena: atlántico, cojo y trucha. La producción del primero, que representa el 50% del total, bajará 70% respecto a la cima alcanzada en 2006, producto del virus. El salmón atlántico es justamente el que más efecto tiene en el empleo, por exportarse con mayor valor agregado. Sostuvo que es urgente la aprobación del proyecto, pues los productores se encuentran a la espera de la operación de los barrios (nuevo esquema productivo), la negociación con los bancos y la vacuna necesaria.
Manifestó que la industria se recuperará en no menos de dos ciclos (cuatro años). Explicó que el mayor gasto se hace al comienzo del ciclo productivo, por lo que la venta es rentable recién cuando el salmón alcanza los 3,5 kilogramos. Comentó que actualmente los productores están vendiéndolos con menor peso para generar liquidez. Por lo anterior, el Ejecutivo ha estimado necesario tomar medidas administrativas y también legislativas para contrarrestar ciertos efectos de la crisis. Sin embargo, aclaró que estas medidas sólo aminoran los riesgos de propagación del virus Isa, pues hasta hoy es imposible impedirlo, para lo cual ejemplifica con las Islas Feroe, que eliminaron toda su producción salmonera y aún así han aparecido nuevos brotes. Las vacunas tienen una duración limitada, indicó, hasta que los peces generan su antivirus.
Expuso que el proyecto establece una administración coordinada de los productores por barrios pues, hasta hoy, al ser ésta individual, no existían incentivos para cumplir las normativas sanitarias, ya que el vecino podía contaminar la producción propia sin ser mayormente sancionado. Por ello, se aumentan además las multas y se aplicarán antes de que se puedan reclamar en tribunales. Agregó que se regulan el transporte y los períodos de extracción común, con descansos de tres meses para sanear el lugar.
Informó que se limita la autorización de nuevas concesiones salmoneras en la Décima Región, se limita por dos años en la Décimo primera, y se estudiará la factibilidad exclusiva en la Décimo segunda, ya que en las dos anteriores, las zonas están mezcladas con la extracción de choritos y algas.
Señaló que estas concesiones tienen un valor inferior al que podrían tener si fueran garantizables, posibilidad que contempla el proyecto. Aclaró que lo anterior no tiene que ver con la propiedad de las concesiones. Éstas son indefinidas, pero con el proyecto las causales de caducidad se vuelven más estrictas. Resaltó que se descuenta hasta el 33% del aumento del costo de la patente si se usa a lo menos el 90% de la franquicia tributaria en capacitar a los trabajadores. Este beneficio es intransferible a otras industrias, afirmó.
Puntualizó que el proyecto contempla que se caduque la concesión con tres informes negativos respecto a la condición anaeróbica (índice de oxígeno) de los lagos en que se practique la acuicultura. Agregó que las concesiones existentes son indefinidas en estos espacios, pero que se espera que en un plazo de diez años hayan caducado, como en el resto del mundo consciente de su impacto ecológico.
Respondió a consultas que se le formularon que el efecto en la deuda en la industria salmonera se provocó porque los bancos prestaron contra una producción de pescado que no constituyó, en razón del virus, una garantía efectiva.
El Diputado señor Melero planteó a la Comisión el compromiso del Ejecutivo de responder a la propuesta de que las prendas constituidas sobre autorizaciones o concesiones anteriores a la entrada en vigencia de la ley, se entiendan con ella de pleno derecho acogidas al régimen de hipoteca, si se inscriben en los registros correspondientes. Argumentó que así se ayudaría a las empresas mientras negocian con los bancos.
El señor Sandoval manifestó que le parece razonable la propuesta si ambas partes estuvieran de acuerdo, pero si una sola la acepta, se aumentaría fácticamente el valor de la prenda, pues en el mercado es más barata que la hipoteca.
La Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento de los numerales 12) y 16) del artículo 1° y del artículo 1° transitorio. Por su parte, la Comisión de Hacienda incorporó a su conocimiento el artículo 3° transitorio, la letra k) del numeral 18 del artículo 1° y el artículo 6° transitorio por haber sido objeto de indicaciones, conforme con el artículo 220 del Reglamento de la Corporación.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
En el artículo 1° del proyecto, se modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, Nº 18.892, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido que se indica:
Por el numeral 12), se intercala en el inciso primero del artículo 84, a continuación del punto seguido que pasa ser coma, la siguiente oración “salvo en el caso de concesiones o autorizaciones de acuicultura cuyo proyecto técnico considere peces, las que pagarán 10 UTM por hectárea.”.
Por el numeral 16), se incorpora el siguiente artículo 118 ter:
“Artículo 118 ter.- Serán sancionados los titulares de las concesiones y autorizaciones de acuicultura que incurran en las siguientes infracciones:
a) Sembrar ejemplares en el centro de cultivo sin contar con la información ambiental evaluada por el Servicio, dentro del plazo establecido en el reglamento;
b) No dar cumplimiento a las condiciones de densidad o descanso en los centros de cultivo o la coordinación de las mismas en las áreas de manejo sanitario, dispuestas de conformidad con la ley y sus reglamentos.
En los casos antes señalados, el titular del centro de cultivo objeto de la infracción será sancionado con multa entre 2.000 y 3.000 UTM.
En el evento que se incurra en una segunda oportunidad en alguna de las infracciones antes señaladas en el plazo de cuatro años, el titular del centro de cultivo objeto de la infracción será sancionado con la suspensión de operaciones por el plazo de tres años. Se caducará la concesión o autorización respectiva, al titular de la misma que no dé cumplimiento a la suspensión de operaciones antes indicada.
La suspensión se hará efectiva a partir de la fecha de notificación de la resolución de la Subsecretaría que la impone. No obstante, en los casos en que existan ejemplares en cultivo a dicha fecha, la suspensión será aplicada a partir de la cosecha de éstos, quedando prohibido el nuevo ingreso de ejemplares.
El plazo de suspensión de operaciones dispuesto en virtud de este artículo no se computará para los efectos de tipificar la causal de caducidad prevista en el artículo 142, letra e), de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Se declarará la caducidad de la concesión de acuicultura, si se configura una tercera infracción de las señaladas precedentemente, en el plazo de tres años contados desde el cumplimiento de la segunda infracción respecto de este centro de cultivo.
Las infracciones de este artículo no se someterán al procedimiento establecido en el párrafo 2° del Título IX. Tales sanciones serán impuestas por resolución de la Subsecretaría, previo informe del Servicio y audiencia del interesado. Podrá reclamarse de la resolución que impone la sanción ante el Ministerio en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución, el que deberá resolver en el plazo de 15 días hábiles.”.
Por el numeral 18), se modifica el artículo 142 en el sentido siguiente:
k) Haber sido condenado en tres ocasiones, en un plazo de tres años, contados desde la primera sentencia ejecutoriada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
El Diputado Dittborn presentó la siguiente indicación: para suprimir la letra k) del numeral 18 del artículo 1º.
Fundamentó la indicación señalando estar de acuerdo con penalizar a quien no cumple la ley laboral, pero considera que está fuera del dominio del banco tener la información del comportamiento de su cliente en esa área. Además, la mención a los derechos fundamentales le parece demasiado amplia.
El señor Sandoval argumentó que la norma no será fácil de aplicar, porque la industria operará probablemente con dos empresas, una de concesiones y otra de plantas de procesos. La Ley de Subcontratación, en tanto, no afecta a la caducidad de las concesiones. Presumió que el banco mismo establecerá en sus contratos un castigo a los clientes que incurran en dos faltas a la normativa laboral.
Puesta en votación la indicación precedente fue aprobada por 6 votos a favor y 4 votos en contra.
Por el artículo 1º transitorio, se dispone que el aumento del monto de la patente por concepto de concesiones o autorizaciones de acuicultura, cuyo proyecto técnico considere peces, que por esta ley se establece en el numeral 12 del artículo 1º, entrará en vigencia de acuerdo al siguiente calendario:
a) En el año 2010: 4 UTM por hectárea;
b) En el año 2011: 6 UTM por hectárea;
c) En el año 2012: 8 UTM por hectárea;
d) A partir del año 2013: 10 UTM por hectárea.
Durante los años 2010 a 2015, los titulares de concesiones o autorizaciones de acuicultura de peces que hayan utilizado, en el año calendario anterior, la franquicia tributaria para capacitación de sus trabajadores hasta por el 90% del total del 1%, a que se refiere el artículo 36 de la ley N° 19.518, tendrán derecho a un descuento en el cargo por concepto de pago de la patente única de acuicultura para el año respectivo, equivalente a 33% de la diferencia resultante entre el valor de la patente que se deba pagar, de conformidad con el inciso anterior, y el valor de la patente vigente al 1 de enero del año 2009, multiplicada por el número de hectáreas por el cual el titular del centro de cultivo pagó la patente el año calendario anterior. En el caso que el descuento sea superior al cargo que corresponda pagar por concepto de patente el año respectivo, el saldo expresado en UTM se imputará al pago de la patente del año o años siguientes, según corresponda.
Los Diputados Montes, Von Mühlenbrock , Delmastro , Jaramillo , Ortiz , Súnico y Tuma presentaron la siguiente indicación: para agregar el siguiente inciso tercero:
“El Gobierno Regional en conjunto con las empresas salmoneras y los trabajadores podrán proponer alternativas de capacitación distintos al artículo 36 de la ley Nº 19.518.”.
Los Diputados señores Montes y Von Mühlenbrock manifestaron su insatisfacción ante la sola premiación del gasto de la franquicia para una industria que volverá a ser de punta en cuatro años más, en vez de proponer una capacitación de mayor nivel con distintos rangos de especialización universitaria y técnica.
El Presidente de la Comisión declaró inadmisible la indicación por ser materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República .
Por el artículo 3° transitorio, se establece que en el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de esta ley, se establecerán áreas apropiadas para la acuicultura en las regiones X, XI, XII y XIV cuyo objetivo será el otorgamiento de concesiones de acuicultura exclusivamente a organizaciones de pescadores artesanales o de trabajadores despedidos de la industria de la acuicultura.
Las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura que se establezcan deberán permitir acceder hasta un máximo de 360 hectáreas para concesiones por región.
Las organizaciones de pescadores artesanales que soliciten concesiones en estas áreas deberán haberse constituido con anterioridad al 1 de enero de 2009 y sus socios estar inscritos en el Registro Pesquero Artesanal, antes de dicha fecha, en la región respectiva.
Las organizaciones de trabajadores a que se refiere el inciso primero, deberán acreditar que sus integrantes fueron despedidos de centros de cultivo que se encontraban en operación al 1 de julio de 2007 en alguna de las regiones antes señaladas, mediante finiquito que cuente con fecha cierta, de conformidad con las disposiciones del Código del Trabajo.
En el plazo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de esta ley, deberá establecerse el reglamento conforme al cual se determine la forma y los criterios de asignación de las concesiones de que trata este artículo. Para tales efectos, el reglamento se someterá a la consulta de los integrantes del Consejo Nacional de Pesca.
Las concesiones de que trata este artículo serán intransferibles, no serán susceptibles de negocio jurídico alguno ni sometidas a los regímenes de los artículos 80 bis y 80 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, y estarán exentas del pago de la patente única de acuicultura por los tres primeros años, contados desde la entrega material de la concesión. A partir del cuarto año, estas concesiones pagarán 2 UTM por hectárea.
Las concesiones de que trata este artículo se someterán, en lo demás, a la Ley General de Pesca y Acuicultura y sus reglamentos.
En el artículo 6° transitorio, se estipula que se propondrá una normativa especial que regule los efectos laborales que se produzcan por aplicación de la presente ley.
Los Diputados señores Dittborn y Tuma presentaron la siguiente indicación: para eliminar el artículo 6º transitorio.
El Diputado señor Melero explicó que, aunque le parece positivo apoyar a los trabajadores de un sector con características tan especiales como el salmonero, una norma exclusivamente declarativa desprestigia al Parlamento y sienta un peligroso precedente a ser exigido por otras áreas productivas.
Puesta en votación la indicación precedente fue rechazada por 4 votos a favor, 4 votos en contra y 2 abstenciones.
Sometidos a votación los numerales 12 y 16 del artículo 1º, y los artículos 1º y 3º transitorios fueron aprobados por la unanimidad de los Diputados presentes.
Tratado y acordado en sesión de fecha 19 de mayo de 2009, con la asistencia de los Diputados señores Dittborn, don Julio ( Presidente ); Aedo, don René ; Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Delmastro, don Roberto ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Sunico, don Raúl ; Tuma, don Eugenio , y Von Mühlenbrock, don Gastón , según consta en el acta respectiva.
También asistieron los Diputados no miembros de la Comisión, señores Melero, don Patricio y Recondo, don Carlos.
Sala de la Comisión, a 19 de mayo de 2009.
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
9. Informe de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente recaído en el proyecto de ley que modifica el decreto con fuerza de ley Nº 340, de 1960, sobre concesiones marítimas, a fin de establecer la obligación de los concesionarios de preservar el medio ambiente marítimo y acuático libre de contaminación. (boletín Nº 6347-12)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente pasa a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley referido, iniciado en una moción de los Diputados señores Enrique Accorsi Opazo ; Francisco Chahuán Chahuán ; Álvaro Escobar Rufatt ; Osvaldo Palma Flores y Roberto Sepúlveda Hermosilla .
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
1) La idea matriz o fundamental del proyecto: Establecer la obligación de los concesionarios de preservar el medio ambiente marítimo y acuático libre de contaminación.
2) Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado: No hay normas que requieran un quórum especial de aprobación.
3) Normas que requieren trámite de Hacienda: Esta iniciativa no requiere ser conocida por la Comisión de Hacienda.
4) El proyecto fue aprobado, en general, por la mayoría de los Diputados presentes, con el voto favorable de los señores Accorsi , Chahuán , León, Lobos, Palma y Sepúlveda , don Roberto y los votos en contra del señor Bauer y de la señora Cubillos .
5) Diputado Informante : señor Francisco Chahuán Chahuán .
Durante el análisis de esta iniciativa legal la Comisión contó con la colaboración de la Ministra Presidenta de la Comisión Nacional de Medio Ambiente señora Ana Lya Uriarte y de los asesores de ese organismo señor Luis Cordero y Ximena Insunza .
Asimismo, se contó con la participación del Capitán de Navío Humberto Ramírez Navarro, Jefe de Gabinete de la Subsecretaría de Marina , y del Capitán de Navío (JT) Ignacio Arevalo Cid , Jefe Jurídico de ese Subsecretaría .
II. ANTECEDENTES
a) Fundamentos del proyecto contenidos en la moción.
Los autores de la iniciativa legal, destacan la importancia que tiene para el desarrollo económico del país, el otorgamiento de concesiones marítimas, especialmente en los ámbitos pesquero y acuícola. Asimismo, acotan que no se advierte en el texto de la ley que regula el otorgamiento de las concesiones la obligación que los concesionarios deben tener en orden a preservar el medio ambiente marítimo y acuático libre de contaminación, concepto que resulta de suma importancia, ya que dicho deber no solo corresponde al Estado, conforme lo preceptúa la Constitución Política, sino que también resulta exigible a quienes usen de forma particular determinadas porciones del territorio marítimo o acuático, en virtud de dichas concesiones.
El otorgamiento de concesiones marítimas se encuentra regulado en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 340, de 1960, en cuyo artículo 2º se establece que es facultad privativa del Ministerio de Defensa, a través de la Subsecretaría de Marina, conceder el uso particular en cualquier forma, de las playas y terrenos de playas fiscales dentro de una faja de 80 metros de ancha, medidos desde la más alta marea de la costa del litoral; como asimismo la concesión de rocas, fondos de mar, porciones de agua dentro y fuera de las bahías; y también las concesiones en ríos o lagos que sean navegables por buques de más de 100 toneladas, o en los que no siéndolo, siempre que se trate de bienes fiscales, en la extensión en que estén afectados por las mareas, de las playas de unos y otros y de los terrenos fiscales riberanos hasta una distancia de 80 metros medidos desde comienza la ribera.
Por su parte, el artículo 3º señala que son concesiones marítimas, las que se otorgan sobre bienes nacionales de uso público o bienes fiscales cuyo control, fiscalización y supervigilancia corresponde al Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Subsecretaría de Marina, cualquiera sea el uso a que se destine la concesión y el lugar en que se encuentren ubicados los bienes.
Asimismo, la citada norma prescribe que tienen el carácter de permiso o autorizaciones aquellas concesiones marítimas de escasa importancia, de carácter transitorio y que solo son otorgadas por el plazo de un año, correspondiéndole su otorgamiento de la Dirección General del Territorio y Marina Mercante.
En síntesis, existen tres tipos de concesiones marítimas en el Borde Costero; aquellas que se refieren a todas las actividades posibles de realizar en esos espacios, con excepción de la Acuicultura y que conservan su nombre genérico de Concesiones Marítimas, aquellas, que se refieren exclusivamente a la actividad acuícola, entendiéndose por tal, la producción artificial de recursos hidrobiológicos y que se denominan Concesiones Acuícolas y las Destinaciones a otros organismos del Estado.
Las Concesiones Marítimas constituyen contratos de uso renovables, para un propósito definido, con plazos que van hasta 50 años según sea el monto de la inversión, están sujetas a término anticipado sin expresión de causa cuando se trate de un interés nacional y pueden ser gratuitas u onerosas, según su propósito sea de beneficio ciudadano o persiga fines de lucro.
Se denominan concesiones marítimas mayores a aquellas cuyo plazo de otorgamiento excede los diez años, o consideran una inversión superior a 2500 unidades tributarias mensuales.
Se definen como concesiones marítimas menores aquellas que se otorgan por un plazo entre uno y diez años o que consideran una inversión igual o inferior a 2500 unidades tributarias mensuales.
Por último, los permisos o autorizaciones de uso, son aquellas concesiones marítimas de escasa importancia y carácter transitorio cuyo plazo no excede un año y que se otorgan en virtud de un permiso o autorización de la autoridad marítima.
Normas constitucionales y legales que tienen, directa o indirectamente, relación con el proyecto de ley.
a) Constitución Política de la República, artículo 19, N° 8°.
b) Decreto con Fuerza de Ley N° 340, de 1960, sobre concesiones marítimas.
c) Decreto N° 2; de 2006, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas.
III. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO DE LEY.
En definitiva, la idea matriz o fundamental del proyecto es establecer la obligación de los concesionarios de preservar el medio ambiente marítimo y acuático libre de contaminación.
IV. ESTRUCTURA DEL PROYECTO.
Esta iniciativa legal consta de un artículo único que proponía agregar en el artículo 4°, del Decreto con Fuerza de Ley N° 340, de 1960, un inciso final que señalaba que “Todos los concesionarios estarán obligados a preservar el medio ambiente marítimo y acuático, libre de contaminación.”.
IV. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
a) Discusión general.
Antes de iniciar la discusión general de esa iniciativa legal los diputados señores Accorsi , Chahuán , Escobar , Palma , Sepúlveda y Vallespín presentaron una indicación sustitutiva del proyecto proponiendo modificar el artículo 3° del Decreto con Fuerza de Ley N° 340, de 1960, agregando un inciso final con el propósito de establecer que los concesionarios se deben someter a toda la legislación ambiental pertinente, en especial, al sistema de evaluación de impacto ambiental establecido por la Ley 19.300, Ley de Bases del Medio Ambiente y su Reglamento, ello con el objetivo de que estén obligados a preservar el medio ambiente marítimo y acuático, libre de contaminación.
La Ministra Presidenta de la Comisión Nacional del Medio Ambiente manifestó que concordaba en que establecer la misma obligación para los todos concesionarios, para todos por igual, constituye un avance en el sentido que los titulares de concesiones marítimas y acuícolas, sin distinción, quienes deberán tener un mayor cuidado para el cumplimiento irrestricto de la normativa vigente en materia medio ambiental.
Precisó, eso sí, que existirán distintos mecanismos de resolución ante un eventual incumplimiento de las normas medio ambientales, ya que al incorporar esta obligación para los concesionarios marítimos y acuícolas de preservar el medio ambiente, las infracciones que se produzcan atribuibles a aquellos que no han sido objeto de una Resolución de Calificación Ambiental, RCA, serán de competencia serán fiscalizadas con la de competencia de la Subsecretaría de Marina, y podrían llegar a ser sancionados con la caducidad de la concesión. Por el contrario, en los casos que exista una Resolución de Calificación Ambiental quedarán sometidos al procedimiento fiscalizador, que de acuerdo con lo que será la nueva institucionalidad medio ambiental, estará a cargo de la Superintendencia de Medio Ambiente.
Asimismo, explicó que para determinar la responsabilidad del concesionario es necesario fijar la línea de base en estos proyectos, en caso de existir contaminación y si la concesión marítima cuenta con Resoluciones de Calificación Ambiental, y por lo tanto está evaluada por el Sistema de Evaluación Ambiental y las que no hayan sido objeto de ellas, lo que significa que hay concesiones marítimas que tendrán sólo el decreto de Concesión y aquellas que tendrán el Decreto de Concesión y la Resolución de Calificación Ambiental. Esto se traduce en que la concesión que tiene esta Resolución de Calificación Ambiental podrá ser sancionada por la Superintendencia de Medio Ambiente, estableciéndose el hecho que ha producido contaminación del medio marino, producto del ejercicio de su actividad o por acciones que atentan contra la preservación del medio marino. En el caso de no tener RCA, será objeto de fiscalización por parte de la Dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante, Directemar , y de las sanciones que pueda aplicar la Subsecretaría de Marina, las que incluso pueden llegar, a la caducidad de la concesión.
Por su parte el Comandante Humberto Ramírez, Jefe del Gabinete de la Subsecretaria de Marina , informó que en los últimos 5 años, en lo que se refiere al borde costero, las solicitudes de concesión han aumentado un doscientos por ciento, lo que implica la tarea de zonificar el borde costero, de manera de poder tener buenos concesionarios.
Agregó que el tema medioambiental se maneja de acuerdo a la normativa vigente, y los estudios de impacto ambiental se solicitan en las concesiones mayores, de alta inversión que implican una intervención en el medio ambiente. El mecanismo es que una vez que se otorga la concesión marítima y el concesionario está obligado a realizar el estudio de impacto ambiental.
Destacó que a la Subsecretaría de Marina , le parecía propicio este proyecto de ley, sobretodo porque el ente técnico para los estudios de impacto ambiental, está dado por la institucionalidad medio ambiental, con sus equipos técnicos, los que poseen la capacidad para evaluar los impactos ambiental, aun cuando el ente fiscalizador en estas materias está radicado en la Dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante ( Directemar ). Por último, señaló que la aprobación de esta iniciativa, implicará un cambio en la regulación existente, dado que quedará como obligación para el solicitante a quien se le ha aprobado la concesión, el presentar junto con sus antecedentes para la solicitud de concesión marítima y/o acuícolas, el estudio de impacto ambiental, materia de gran importancia, dado que, según observó, de un tiempo a esta parte han aumentado las oposiciones a las concesiones, fundamentadas principalmente en motivos medio ambientales.
El asesor jurídico de la Ministra Presidenta de Conama , señor Luis Cordero , recalcó que actualmente no todas las concesiones ingresan al Estudio de Impacto Ambiental , en vista de lo cual este proyecto plantea una solución sólo respecto de aquellas solicitudes que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de manera que para cubrir todas las concesiones debe hacerse una referencia más amplia en ese sentido.
El Diputado señor Lobos manifestó que era necesario establecer que la responsabilidad se debía limitar a las acciones propias de la actividad del concesionario, dado que no se le puede imputar responsabilidad a quien desarrolla una actividad empresarial, por daños que digan relación con otro tipo de acciones.
Votación general del proyecto.
La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración por los autores de la moción, y luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas precedentemente, que permitieron a sus miembros formarse una idea de la conveniencia de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la mayoría de los Diputados participantes en la votación. Votaron por la afirmativa los Diputados señores Accorsi , Chahuán , León, Lobos, Palma y Sepúlveda , don Roberto y en contra el señor Bauer y la señora Cubillos .
b) Discusión particular.
La señora Pascal y los señores Chahuán , Sepúlveda , don Roberto , y Palma y la señora Pascal , formularon la siguiente indicación sustitutiva:
1.- Incorporase, en el artículo 4° del Decreto con Fuerza de Ley N° 340, sobre Concesiones Marítimas, el siguiente inciso final:
“Todos los concesionarios estarán obligados a preservar el medio ambiente marítimo y acuático, libre de contaminación.”.
2.- Agregáse, en el artículo 7°, la siguiente letra d):
“d) El incumplimiento de las normas de carácter ambiental, así como las condiciones y medidas establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental, cuando corresponda.”.
N° 1.
Incorpora, en el artículo 4° del Decreto con Fuerza de Ley N° 340, sobre Concesiones Marítimas, un inciso final con el objeto de establecer que todos los concesionarios estarán obligados a preservar el medio ambiente marítimo y acuático, libre de contaminación.
Dando respuesta a una consulta, el asesor jurídico de la Ministra de Conama , Luis Cordero, explicó que el concepto de contaminación, está normado, de manera que no podrá alegarse que exista vaguedad en la disposición ya que además, la entidad de la infracción y el procedimiento de sanciones y de apelación están regulados en el artículo 7° del decreto con fuerza de ley sobre concesiones marítimas.
Puesto en votación, el número 1 fue aprobado por 7 votos a favor y 2 en contra.
El señor Lobos formuló la siguiente indicación:
-Para intercalar en el número 1, entre las expresiones “obligados” y “a preservar”, la siguiente oración: “, en el ejercicio de su actividad,”
Fundamentó la indicación en la necesidad de precisar que la eventual contaminación por la cual el concesionario debe ser producto del ejercicio de la actividad propia de la concesión y no por otras causas.
Puesta en votación, la indicación fue aprobada por 8 votos y 2 abstenciones.
N° 2.
Agrega, en el artículo 7° una letra d) señalando que será causal de caducidad el incumplimiento de las normas de carácter ambiental, así como las condiciones y medidas establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental, cuando corresponda.
Sin debate, puesto en votación el número 2 fue aprobado por 7 votos a favor y 2 en contra.
-o-
Cabe hacer presente que, en virtud del artículo 15 del Reglamento de la Corporación, se efectuaron algunos cambios en la puntuación y redacción, que no se explicitan en la discusión, y que no alteran en forma alguna el sentido de lo aprobado por la Comisión.
V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.
Artículos rechazados.
No hay.
Indicaciones rechazadas.
De los diputados señores Vallespín , Escobar , Sepúlveda, don Roberto , Chahuán , Accorsi y Palma , para agregar en el artículo 3° el siguiente inciso final: “Asimismo, deberán someterse a toda la legislación ambiental pertinente en especial aquellos proyectos que deban someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental establecido por la Ley 19.300, Ley de Bases del Medio Ambiente y su Reglamento D.S. Nº 95 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de manera tal, que todos los concesionarios estén obligados a preservar el medio ambiente marítimo y acuático, libre de contaminación.”.
-o-
Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor Diputado Informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:
PROYECTO DE LEY
“Artículo único: Modifíquese el Decreto con Fuerza de Ley N° 340, de 1960, sobre Concesiones Marítimas, de la siguiente manera:
1.- Incorporáse en el artículo 4°, el siguiente inciso final:
“Todos los concesionarios estarán obligados, en el ejercicio de su actividad, a preservar el medio ambiente marítimo y acuático, libre de contaminación.”.
2.- Agregáse en el artículo 7°, la siguiente letra d):
“d) El incumplimiento de las normas de carácter ambiental, así como las condiciones y medidas establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental, cuando corresponda.”.”
-o-
Se designó Diputado Informante al señor Francisco Chahuán Chahuán .
Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión del día 13 de mayo de 2009, con la asistencia de las Diputadas señoras Marcela Cubillos Sigall y Denise Pascal Allende , y de los Diputados señores Enrique Accorsi Opazo , Eugenio Bauer Jouanne , Francisco Chahuán Chahuán , Álvaro Escobar Rufatt ; Roberto León Ramírez, Juan Lobos Krause , Osvaldo Palma Flores , Roberto Sepúlveda Hermosilla ( Presidente ).
Asistió, también, a la sesión de la Comisión en que se discutió este proyecto de ley, el Diputado señor Alejandro García-Huidobro Sanfuentes .
(Fdo.): MARÍA TERESA CALDERÓN ROJAS, Abogada Secretaria de la Comisión