Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- X. Otros documentos de la Cuenta.
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Antonio Coloma Correa
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- V. ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- SALUDO A REPRESENTANTES DE GRUPO DE AMISTAD FRANCIA-CHILE.
- VI. ORDEN DEL DÍA
- REAJUSTE DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rene Aedo Ormeno
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTERVENCIÓN : Jose Perez Arriagada
- INTERVENCIÓN : Rene Aedo Ormeno
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Jaime Mulet Martinez
- INTERVENCIÓN : Claudio Alvarado Andrade
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Sergio Correa De La Cerda
- DEBATE
- DEBATE
- ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Esteban Valenzuela Van Treek
- INTERVENCIÓN : Edmundo Eluchans Urenda
- INTERVENCIÓN : Marcelo Diaz Diaz
- INTERVENCIÓN : Lily Perez San Martin
- INTERVENCIÓN : Guillermo Ceroni Fuentes
- INTERVENCIÓN : Pedro Araya Guerrero
- INTERVENCIÓN : Alejandro Miguel Sule Fernandez
- INTERVENCIÓN : Gabriel Silber Romo
- DEBATE
- REAJUSTE DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL. Primer trámite constitucional.
- VII. PROYECTOS DE ACUERDO
- RESPALDO A DECISIÓN DEL GOBIERNO ANTE DEMANDA PERUANA EN LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Juan Masferrer Pellizzari
- Enrique Accorsi Opazo
- Marcelo Diaz Diaz
- Jorge Tarud Daccarett
- Maria Isabel Allende Bussi
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Roberto Leon Ramirez
- Ivan Moreira Barros
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- RESPALDO A DECISIÓN DEL GOBIERNO ANTE DEMANDA PERUANA EN LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- FISCALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN POR ACOSO LABORAL Y SEXUAL EN EL INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS. Oficio.
- RECUPERACIÓN DE OSAMENTAS DE CEMENTERIO PEHUENCHE. Oficio.
- INQUIETUDES DE ASOCIACIÓN DE CRIANCEROS DE ANDACOLLO. CUARTA REGIÓN. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 357ª
Sesión 43ª, en miércoles 17 de junio de 2009
(Ordinaria, de 10.38 a 13.57 horas)
Presidencia del señor Álvarez Zenteno, don Rodrigo, y Vargas Lyng, don Alfonso.
Presidencia accidental del señor Ulloa Aguillón, don Jorge.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- ACUERDOS DE LOS COMITÉS
VII.- PROYECTOS DE ACUERDO
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
- Autorización a Comisión para sesionar simultáneamente con la Sala 9
V. Acuerdos de los Comités 9
VI. Orden del Día.
- Reajuste del ingreso mínimo mensual. Primer trámite constitucional 10
- Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Segundo trámite constitucional 38
VII. Proyectos de acuerdo.
- Respaldo a decisión del Gobierno ante demanda peruana en la Corte Internacional de Justicia de La Haya 52
VIII. Anexo de sesión.
Comisión Especial de solicitudes de información y antecedentes 54
- Fiscalización e investigación por acoso laboral y sexual en el Instituto de Seguridad del Trabajo de la Región de Los Lagos. Oficio 54
- Recuperación de osamentas de cementerio pehuenche. Oficio 55
- Inquietudes de Asociación de Crianceros de Andacollo. Cuarta Región. Oficios 56
IX. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, con modificaciones, el proyecto iniciado en mensaje, “sobre reforma constitucional en materia de transparencia, modernización del Estado y calidad de la política”. (boletín N° 4716-07) 58
2. Primer informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia de “discusión inmediata”, que “reajusta monto del ingreso mínimo mensual, reajusta la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar”. (boletín N° 6568-05) 60
3. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana recaído en el proyecto de acuerdo, iniciado en mensaje y con urgencia “suma”, que Aprueba el “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”, adoptado el 17 de julio de 1998. (boletín N° 6560-10) (S) 66
Pág.
4. Oficio del Tribunal Constitucional por el cual remite copia autorizada de la sentencia recaída en el proyecto, aprobado por el Congreso Nacional, que “tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra”. (boletín N° 6406-07). Rol N° 1403-09-CPR. (Oficio N° 3166) 83
X. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios.
Ministerio de Hacienda:
- Diputada Rubilar, estudio de costos y beneficios de extender el período de reposo maternal de post natal a 6 meses.
- Diputado Urrutia, procedimiento para renegociar deuda de persona que indica en comuna de Parral.
- Diputada Pérez doña Lily, funcionamiento de centro de pago de pensiones en la ciudad de Catemu.
- Proyecto de Acuerdo 725, medidas que el BancoEstado debe implementar para pago de pensiones.
- Proyectos de Acuerdo 714 y 714-A, establecimiento de IVA diferenciado.
- Proyectos de Acuerdo 694 y 694-A, eliminación del tributo anual que pagan los pescadores artesanales. .
Ministerio de Educación:
- Diputada Turres, obligación de acreditar idoneidad sicológica para desempeñar la función de asistente de la Educación.
Ministerio de Defensa Nacional:
- Diputada Turres, autorizaciones emitidas durante el presente año en el aeropuerto El Tepual de Puerto Montt.
- Diputado Robles, derrame de petróleo ocurrido en el puerto de Huasco por fallas en la Central Termoeléctrica Guacolda S. A..
Ministerio de Agricultura:
- Diputado Estay, deuda de la Asociación Indígena Servicios Agrícolas Tricoimapu con el Indap, e informe crediticio de la Asociación Maquehue.
- Diputado Jaramillo, paralización de aportes de Indap relacionados con el Programa para la Recuperación de Suelos Degradados (Sirsd) en la Región de Los Ríos.
- Diputado Recondo, aumento del presupuesto del Programa de Recuperación de Suelos Degradados (Sirsd).
- Diputada Pascal, autorización de uso de biosólidos en suelos agrícolas en comuna de María Pinto.
- Diputado Urrutia, solución de caso de parcelera que indica, en comuna de Longaví.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Robles, tasas de interés que pueden cobrar las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, C.C.A.F. a los requerimientos que les pueden hacer a los adultos mayores.
Ministerio de Salud:
- Diputado Silber, estudio de la Red Asistencial del Servicio de Salud Norte. (1767 al 9303).
- Diputado Monsalve, financiamiento para Proyecto Construcción Edificio Consistorial de SS. Arauco.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputado Delmastro, legislación sobre vehículos de bicicletas adaptadas con “motor mosquito”.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia:
- Diputado Accorsi, proyecto de ley destinado a prevenir y sancionar la conducción bajo la influencia del alcohol.
Ministerio Público:
- Diputado Hernández, información referente al delito de abigeato en la provincia de Osorno..
Subsecretaría de Carabineros:
- Diputado Ojeda, posibilidad de que subcomisaría del sector Rahue Alto de Osorno lleve el nombre del ex General Director de Carabineros , don José Bernales Ramírez..
- Diputada Pérez doña Lily, posibilidad de mejorar las condiciones del Retén de Carabineros de Horcón y disponer de mayor dotación..
- Diputada Pérez doña Lily, analizar elevar al grado de Comisaría a la actual Subcomisaría de Carabineros de Llay Llay y aumentar la dotación.
- Diputado Chahuán, falta de motoristas habilitados en la Tenencia de Forestal de Viña del Mar. (1385 al 9276).
Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras:
- Diputado Olivares, tramitación con urgencia del proyecto de ley que asimila las operaciones con tarjetas de crédito a las operaciones crediticias en dinero, reguladas en la ley N° 18.010. (2492 al 9474).
Intendente Regional de Arica y Parinacota:
- Diputada Valcarce, antecedentes respecto a Planes de Empleo que se vienen aplicando en la Región de Arica y Parinacota.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (97)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Pérez San Martín, Lily RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro IND II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto RN X 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco IND V 10
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PRI III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PRI RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Paredes Fierro, Iván PS I 1
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernández, Alejandro PRSD VI 33
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban IND VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Concurrieron, además, los ministros de Hacienda , señor Andrés Velasco; del Trabajo y Previsión Social, señora Claudia Serrano, y de la Secretaría General de la Presidencia, señor José Antonio Viera-Gallo.
-Asistió, también, el senador señor Juan Antonio Coloma.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.38 horas.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor VARGAS (Vicepresidente).- El acta de la sesión 38ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 39ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor VARGAS (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ, don Adrián ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).- La Comisión Especial de Turismo solicita autorización para sesionar simultáneamente con la Sala hoy, a contar de las 11.30 horas.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
No hay acuerdo.
El señor GONZÁLEZ.- Señor Presidente, pido la palabra.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra, señor diputado.
El señor GONZÁLEZ.- Señor Presidente , dicha Comisión tiene invitados al ministro de Economía y al director del Servicio Nacional de Turismo . En atención a una situación muy urgente, relacionada con un congreso internacional muy importante, la cual requiere un tratamiento especial, pide la venia para sesionar en forma simultánea con la Sala.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- Recabo nuevamente la unanimidad de la Sala.
No hay acuerdo.
El señor GONZÁLEZ.- Señor Presidente, solicito que se vote.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- Señor diputado, se requiere la unanimidad de la Sala. Así lo establece el Reglamento.
El señor GONZÁLEZ.- Señor Presidente , nuevamente pido que recabe la unanimidad, a fin de que la Comisión Especial de Turismo sesione en forma simultánea con la Sala.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Señores diputados, ¿habría acuerdo para acceder a la solicitud de la Comisón Especial de Turismo.
Acordado.
V. ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Señores diputados, informo que debido a la importancia del proyecto de acuerdo que aprueba el “Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional”, los Comités acordaron lo siguiente: Primero, extender el Orden del Día.
Segundo, conceder la palabra al diputado informante y, a continuación, asignar cinco minutos por bancada para su discusión.
Tercero, con posterioridad, votaremos el proyecto de ley que reajusta el ingreso mínimo mensual y el proyecto de acuerdo que aprueba el “Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional”.
Cuarto, a continuación procederemos a votar el proyecto de acuerdo Nº 798, que respalda actuaciones del Gobierno frente a demanda peruana ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
Por último, se suspende el tratamiento de proyectos de acuerdo e Incidentes.
El señor GARCÍA (don René Manuel).- Señor Presidente , ¿también se suspende la sesión de la Comisión Especial de Solicitudes de Información y Antecedentes?
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- No, señor diputado .
La Comisión funcionará normalmente al final de las votaciones.
SALUDO A REPRESENTANTES DE GRUPO DE AMISTAD FRANCIA-CHILE.
-El Presidente , señor Rodrigo Álvarez, anuncia la presencia en las tribunas de una delegación compuesta por miembros del Grupo de Amistad Francia-Chile y de la Asamblea Nacional de Francia, encabezada por el honorable diputado Christian Bateille, acompañada por la embajadora de Francia en Chile, señora Maryse Bossiere, a quienes brinda un afectuoso saludo.
VI. ORDEN DEL DÍA
REAJUSTE DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL. Primer trámite constitucional.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que reajusta monto del ingreso mínimo mensual, reajusta la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor René Aedo.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 6568-05, sesión 41ª, en 16 de junio de 2009. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N° 2 de este boletín de sesiones.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor AEDO (de pie).-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su excelencia la Presidenta de la República , que reajusta monto del ingreso mínimo mensual, reajusta la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar.
El proyecto fue calificado con urgencia de discusión inmediata y fue analizado ayer en la Comisión de Hacienda.
Durante su estudio, asistieron a la Comisión, entre otros, el ministro de Hacienda , señor Andrés Velasco ; la ministra del Trabajo y Previsión Social , señora Claudia Serrano ; el director de Presupuestos , señor Alberto Arenas , y el presidente de la CUT , señor Arturo Martínez .
Con respecto a los antecedentes generales, es preciso señalar que el ministro de Hacienda justificó los montos que establece la iniciativa basándose en la situación económica mundial. Indicó que, por primera vez en más de 50 años, el producto interno bruto del mundo caerá el 2009, fenómeno que se ha extendido a Chile. Manifestó que la caída en el mundo es de un 1,3 por ciento y que Asia había tenido un crecimiento de 0 por ciento, excluyendo a China, que tuvo un crecimiento de 6,5 por ciento. Agregó, que los efectos de la crisis mundial en la economía se reflejan en una contracción de 2,5 % en 2009. Añadió que se ha producido una contracción de la actividad económica, tanto a nivel internacional como nacional, y una caída de la inflación, la cual en los últimos 11 meses en Chile alcanza el 1,5 por ciento. Dado que la proyección para la inflación de junio es de 0,1 por ciento, la inflación acumulada desde el último reajuste del salario mínimo a la fecha es de 1,6 por ciento.
Por último, indicó que la expectativa de crecimiento del país para este año se estima entre el 0,75 % y -0,25 %.
El proyecto inicialmente proponía un aumento del ingreso mínimo de 159 mil a 163 mil pesos, lo que significaba un aumento de 2,5 por ciento y un incremento real de 0,9 por ciento, tomando como base una inflación de 1,6 por ciento.
Por su parte, el presidente de la CUT consideró insuficiente el incremento y, además, indicó que la recomendación de la OIT para enfrentar esta crisis, en el sentido de que es necesario moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo - Colombia y México , por ejemplo, reajustaron el salario sólo de acuerdo con el costo de la vida-, es sólo para los países que negocian colectivamente, lo que no corresponde en el caso de Chile.
Puntualizó que la mayoría de las personas que ganan el ingreso mínimo no compran productos incorporados a la canasta que mide el IPC, dado que sólo consumen productos básicos, y además, no tienen capacidad de ahorro. Consideró que el reajuste es necesario para mejorar el poder adquisitivo de esas personas y reactivar el mercado.
Los señores diputados admitieron la consistencia de las cifras presentadas por el ministro de Hacienda, pero consideraron que los antecedentes no eran completos al desestimar las realidades expuestas por el presidente de la CUT. Por lo tanto, se pidió al ministro modificar el monto del ingreso mínimo.
Durante la discusión en particular, se analizaron dos indicaciones presentadas por diputados, las cuales fueron declaradas inadmisibles, por tratarse de materias de iniciativa exclusiva de la Presidenta de la Republica.
La primera, de los diputados señores Aguiló, don Sergio ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto , y Tuma, don Eugenio , para sustituir en los artículos 1º y 2º, el guarismo “163.000” por “166.950”.
La segunda, de los diputados señores Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Dittborn, don Julio ; Salaberry, don Felipe , y Von Mühlenbrock, don Gastón , para modificar el artículo 12 del decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Uno de los objetivos de dicha modificación apuntaba a reemplazar el inciso segundo por el siguiente:
“El trabajador contratado por una jornada superior a una jornada parcial que establece el artículo 40 bis del Código del Trabajo, percibirá la asignación completa; en tanto que el trabajador contratado por dicha jornada parcial o menos, tendrá derecho a los dos tercios de la asignación.”
Posteriormente, el ministro de Hacienda, en representación del Ejecutivo, presentó algunas indicaciones al proyecto.
La primera, para sustituir el artículo 1º por el siguiente: “Artículo 1º.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de 159.000 pesos a 165.000 pesos el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.
Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de 118.690 pesos a 123.176 pesos el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.
Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de 102.558 pesos a 106.435 pesos.”
La segunda, para sustituir el artículo 2º por el siguiente:
“Artículo 2º.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2009, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:
“Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:
De 6.500 pesos por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de 170.000 pesos.
De 4.830 pesos por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los 170.000 pesos y no exceda los 293.624 pesos.
De 1.526 pesos por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los 293.624 pesos y no exceda los 457.954 pesos.
Las personas que tengan acreditados o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a los 457.954 pesos no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.”
La tercera, para sustituir en el artículo 3° el guarismo “5.909” por “6.500”.
Sometidos a votación los artículos 1° al 4°, con dichas indicaciones, fueron aprobados por 11 votos a favor y una abstención.
De la misma forma, se preceptúa que el mayor gasto que represente durante el 2009 la aplicación de los artículos 2° y 3° de la presente ley en tramitación, se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos establece que el costo total del proyecto de ley durante el presente año asciende a 13.979 millones de pesos.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , la fijación del salario mínimo es un tema de gran importancia y que se relaciona con el nivel de empleo del país. De hecho, hay economistas que recomiendan no fijarlo, por cuanto provocaría trastornos en la economía de un país ordenado. Pero hay que ser realistas.
La desaceleración de las economías a nivel mundial y nacional, nos lleva a algunos a pensar en no fijar este índice, que establece el porcentaje de ingreso de los que menos tienen. Sin embargo, Chile no forma parte de los países que estiman que el ingreso debe congelarse. El sello de protección social del gobierno de la Concertación no es conciliable con esta idea de algunos economistas.
Sin hacer eco de estas posiciones extremas, no podemos olvidar los nocivos efectos que puede causar su fijación en márgenes muy elevados y fuera del contexto económico presente. Al respecto, la triste experiencia de la crisis asiática, en que primó el criterio meramente político por sobre el técnico, debe servirnos de recordatorio. Durante casi tres años vivimos momentos difíciles en materia de desempleo.
Al igual que el resto de las naciones, nuestro país se ha visto afectado por una crisis económica internacional de magnitud inusitada, la peor que hemos enfrentado en más de cincuenta años. Como resultado de la caída del producto mundial, cayó el producto interno bruto, y el país pasó de un crecimiento de 3,2 por ciento el año pasado, a uno estimado para este año entre 0,75 y menos 0,25 por ciento.
Tal es la gravedad de la situación, que el Banco Central estima que durante este año la inflación alcanzará un cifra de 0,6 por ciento. Sobre el particular, cabe considerar la acumulada en los últimos once meses alcanzará a 1,5 por ciento, y para junio se proyecta una inflación de 0,1 por ciento. En consecuencia, la inflación acumulada desde el último reajuste del salario mínimo sería de 1,6 por ciento, que concuerda perfectamente con la estimación de inflación futura.
Piedra angular de la discusión es la prudencia, la que debe guiar a la compatibilización de dos objetivos igualmente válidos y necesarios: por un lado, que los trabajadores que perciben el ingreso mínimo -aproximadamente 400 mil y fracción- no vean mermado su poder adquisitivo y, por otro, que el alza del monto de dicho ingreso no genere una presión en el mercado del trabajo que desemboque en un mayor desempleo.
De allí que la prudencia de nuestro Gobierno y de quien dirige la economía de este país, el ministro Andrés Velasco , ha sido de una importancia relevante. Durante la discusión, existieron diferencias de opinión, por cuanto algunos queríamos un incremento mayor, pero el rector de la economía dijo que eso podría provocar un problema de desempleo que después tendríamos que lamentar.
Por eso, una vez más, el equipo económico de este gobierno tendrá que ser considerado en la historia del avance hacia el crecimiento, con la salvedad de que ahora estamos en los peores momentos de la economía mundial.
La Organización Internacional del Trabajo ha formulado una serie de recomendaciones para enfrentar la crisis financiera internacional, entre las que destaca lo señalado en materia de fijación del ingreso mínimo. En efecto, dicho organismo internacional planteó que es necesario moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo.
Por lo tanto, este período de crisis sería recomendable moderar ese incremento, de manera de proteger el poder adquisitivo de los salarios y afianzar la recuperación alcanzada. De esa forma, se estaría consolidando la recuperación del salario mínimo logrado en estos años, al tiempo que se limitarían las presiones sobre la capacidad de pago de las empresas.
Hubo una interesante discusión en la Comisión para llegar a consensos. Por ejemplo, se dijo que Chile no puede asumir como fundamento de la discusión la recomendación de la Organización Internacional del Trabajo, por cuanto ello apunta a países en que se negocia en forma colectiva, realidad que no se condice con la situación del país. En Chile un mínimo de trabajadores, que no alcanza al 10 por ciento, está sindicalizado.
En el escenario actual, con una inflación de 1,6 por ciento y una tasa de desempleo que casi bordea los dos dígitos, la CUT solicitó un incremento nominal de 13,2 por ciento, tal vez basada en el pasado crecimiento del país y en las reservas con que cuenta.
Acceder a aspiraciones legítimas, pero desconectadas con la realidad nacional, podría provocar efectos desastrosos, según lo analizado con los representantes de las pymes. Conversé con el diputado Rodrigo González sobre lo que podría provocar cesantía en las pymes.
Recordemos que, en plena crisis asiática, los incrementos reales del salario mínimo -de 5,9 por ciento en 1998, de 8,9 por ciento en 1999 y de 7,7 por ciento en 2000- fueron de la mano de una tremenda alza en el desempleo, de triste recuerdo, que se elevó a 6,4 por ciento en el primer año, a 10,1 por ciento en el segundo y a 9,7 por ciento en el tercero. No digo que hubo un mal manejo de la economía, sino que, a veces, la mano blanda produce esos efectos.
Por ello, en el ánimo de conciliar las exigencias de la nueva realidad económica, originada por la crisis, con la necesidad de resguardar el poder adquisitivo de los trabajadores y el empleo, en el seno de la Comisión de Hacienda se acordó, por unanimidad, un alza de casi 4 por ciento -situación que se veía muy difícil o imposible de lograr al inicio de la discusión-, que dio como resultado la cifra de 165 mil pesos. Así se mantiene -creemos- el poder adquisitivo de sectores postergados de la sociedad, al tiempo que ese incremento no representa presiones al mercado laboral, que podrían aumentar el desempleo.
Aprovecho esta oportunidad para abogar por la extensión de la negociación colectiva, tema que, en algún momento, deberá analizarse como una forma de garantizar que los acuerdos entre trabajadores y empleadores nazcan de un entendimiento sincero, reglado y exento de presiones políticas que buscan dividendos inmediatos. Felizmente, aquí esto no ha pasado.
Por lo que conocemos de la economía de Europa y de países desarrollados, contrariamente a lo que ocurre en nuestro país, el derecho laboral nacido por esta vía representa un porcentaje mayor respecto al legislado.
Estoy satisfecho por este logro, que los trabajadores han decidido aceptar, porque creen en su país y en la conducción seria y responsable del Gobierno.
Sin duda, el proyecto será aprobado.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , todos sabemos que se está desarrollando una gran crisis a nivel mundial.
Si analizamos los discursos que se pronuncian todos los años, comprobaremos que siempre encontramos que los reajustes son insuficientes. Lamento profundamente que se aumente el salario mínimo en sólo 6 mil pesos. Quizás puede ser contraproducente.
La pregunta que permanentemente me formulo cuando discutimos el reajuste del ingreso mínimo es por qué siempre pagan la crisis quienes más necesitan. Entendemos que existe una crisis, pero cabe preguntarse si alguna empresa quebrará porque el salario mínimo aumenta en 6 mil pesos. Todas las bancadas políticas han manifestado que hay que conservar los empleos y que debemos hacer esfuerzos gigantescos para que los trabajadores no queden cesantes. Indudablemente, todos estamos de acuerdo con ese objetivo, pero no se ha considerado que el problema no radica en producir -todo el mundo puede hacerlo-, sino en vender lo que producen las empresas.
Entonces, estamos enfrentados a una gran disyuntiva: ¿qué hacemos ante esta realidad? ¿El aumento debe ser pequeño? ¿Son correctas las explicaciones? Pero lo concreto es que no tenemos mayores alternativas, porque sólo podemos aprobar o rechazar el reajuste o, simplemente, disminuirlo. Obviamente, nadie en esta Sala está pensando en reducirlo.
Considero justo hacer un llamado: cuando el país mejore y se supere la crisis, las empresas -que también han realizado esfuerzos- debieran compensar a los trabajadores. Se habla mucho de la relación que debe existir entre el empleador y el trabajador. Sin duda, es un elemento importante, porque ninguna empresa puede surgir si sus trabajadores no están contentos -ésta es una regla de oro en las empresas-, con sus imposiciones al día, sus asignaciones pagadas, sus remuneraciones sin retrasos, etcétera.
Insisto en que los diputados no podemos hacer mucho, porque no nos queda más que aprobar este proyecto de reajuste del ingreso mínimo que estamos discutiendo.
Por ejemplo, la comuna de Loncoche sufrió una fuerte crisis cuando se cerraron las empresas que había allí, pero hoy vemos, con alegría, que se está inaugurando la planta de Surlat en esa comuna con la presencia de la Presidenta de la República . ¡Cuánto me habría gustado estar presente en ese acto, para entregar mi apoyo a esos trabajadores que tendrán una nueva oferta de trabajo, y para ver cómo Loncoche se empieza a recuperar de esa gran crisis que la afectó! Pero debo estar presente aquí, en la Cámara de Diputados, cumpliendo mi deber, tratando de hacerlo lo mejor posible y apoyando este reajuste que, por lo menos, dará un pequeño alivio.
El proyecto eleva el monto del ingreso mínimo mensual en 6 mil pesos, pues pasa de 159 mil a 165 mil pesos. Si hiciéramos el ejercicio de ilustrar sobre los bienes que se pueden comprar con ese incremento, podríamos considerarlo un chiste de mal gusto, porque una familia podrá comprar, por ejemplo, seis kilos más de pan. ¡Seis kilos! ¡Eso significa el reajuste que se propone!
Me da pena negra que tengamos que aprobar el porcentaje de aumento que se acordó en la negociación, pero desgraciadamente no podemos hacer nada más, porque estamos en un período de crisis mundial. En la Región de La Araucanía existe 13,3 por ciento de cesantía, la más alta del país. Esa región es fundamentalmente agrícola, pero tiene la tasa más alta de cesantía del país.
¿Qué nos está diciendo ese dato? Que cada región -lo he repetido hasta el cansancio en todos mis discursos y en todas las conversaciones sostenidas- tiene que ser analizada en su mérito. Mientras no se active el aspecto agrícola de esta región, no podremos hacer nada para generar empleos y para sacar de la crisis a la región más rica del país, que -¡miren qué contradicción!- también es la más pobre. Posee los mejores campos, es la mejor zona ganadera, tiene lecherías, bosques, es zona turística, etcétera, pero no se entregan incentivos para que se active la actividad económica.
Cuando se habla del ingreso mínimo, es necesario precisar algunas cosas. Como su nombre lo dice, ningún trabajador mayor de 18 años y hasta de 65 años podrá ganar menos de 165 mil pesos. Vale decir, éste es un piso y no un techo. Los trabajadores y los empleadores podrán negociar alguna regalía o beneficio adicional que podría aumentar la remuneración. Por lo tanto, en momentos de crisis, como la que estamos sufriendo, no nos queda otra alternativa que aprobar este reajuste.
Para los trabajadores mayores de 65 años y menores de 18 años, el monto del ingreso mínimo mensual se eleva en menos de 5 mil pesos, de 118.690 a 123.176 pesos.
Lo siento por los trabajadores, que han sido comprensivos y han llegado a un acuerdo de reajuste, que es el que la Cámara de Diputados se ve en la obligación de aprobar. Es un pequeño alivio. Pero como el aumento no ha sido lo que todo el mundo esperaba, hago un llamado a todos los empresarios de Chile para que traten de conservar a sus trabajadores. Una empresa se desangra y retrocede cuando se van sus trabajadores, después de haber recibido capacitación durante años.
Por ello, se debe hacer un último esfuerzo, sobre todo porque el ministro de Hacienda y los economistas nos han señalado que la economía empezará a repuntar el próximo año. Faltan sólo seis meses. Es el último sacrificio que le pedimos a la gente que tiene trabajadores para que los mantenga y no haga economía a cuenta de ellos.
Vamos a apoyar este proyecto -no tenemos otra alternativa-, pero con esa misma fuerza, cuando se activen las economías mundiales y la chilena, esperamos que todos hagamos un esfuerzo para lograr un sueldo un poco más decente para todos los trabajadores.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente , difiero de lo que aquí se ha dicho, porque el Congreso Nacional tiene alternativa y si realmente -como lo hicimos ayer- tuviera disposición para ejercer sus poderes y facultades, sería mucho más activo, no sólo respecto de las cosas negativas, sino también de las positivas.
Ayer se dio un hecho que nunca se había dado en la Cámara de Diputados. La CUT, que representa a los trabajadores, no llegó a acuerdo con el Gobierno, lo que ocasionó que los trabajadores -que son quienes nos eligen- nos encargaran a los diputados la obtención de un reajuste adecuado. En ese sentido, debemos agradecer y reconocer la actitud de los ministros de Hacienda y del Trabajo, y del director de Presupuestos y sus asesores, en términos de sentarse a conversar.
En el futuro, debemos efectuar correcciones e incorporar a la Oposición en esta materia. El diputado Delmastro manifestó su molestia al respecto y concuerdo con él. Esta vez se hizo con los parlamentarios de la Concertación, pero nuestro deber era incorporar a los parlamentarios de Oposición porque en estos temas estamos por encima de la coyuntura política.
Ayer en la tarde se realizó un gran esfuerzo y se debatió en profundidad a efectos de buscar un equilibrio entre lo que el Gobierno, a través del ministro de Hacienda , estimaba razonable desde el punto de vista de la coyuntura económica, y lo que los parlamentarios, mandatados por los trabajadores, creemos que es lo correcto.
En este sentido, debemos desmitificar una serie de cosas que se dicen, pero que no son verdad. Los doctores a la medicina, los abogados a los tribunales y los economistas a los números. Hay materias que deben ser analizadas por especialistas. Aquí no hay un impacto en la pequeña y mediana empresa. La gran mayoría de los que reciben el salario mínimo son temporeros, sobre todo trabajadoras contratadas a tiempo parcial; también están las personas que trabajan en los supermercados. Arturo Martínez entregó cifras que, más allá de la certeza, en el principio que involucran, compartimos muchos diputados.
Me parece ridículo el temor al desempleo por el reajuste del ingreso mínimo en 2.000 pesos al mes. Si algún empresario despidiera a una persona que lleva años trabajando, porque tendrá que subir en 2.000 ó 3.000 pesos el sueldo mensual, quiere decir que ahí no hay política ni economía, sino inmoralidad y falta a la ética, y no creo que eso ocurra en este país.
Por lo tanto, hay que ver qué estamos buscando. Ayer -lo señaló en parte también el diputado García - se señaló que desde un punto de vista legal nosotros no podemos contribuir. Eso es cierto, pero con nuestro voto y con la dureza que requiere el diálogo, podemos hacerlo. Ayer lo hicimos. Hubo una contribución importante, ya que la oferta del Gobierno era de 163 mil pesos. Presenté una indicación, que fue apoyada por los parlamentarios de la Concertación, para aumentar en 5 por ciento este reajuste, lo que daba una cantidad de 167 mil pesos. Sobre ese piso empezamos a trabajar.
Tal vez, con otro ministro de Hacienda , con otro equipo y a lo mejor en otro gobierno, nos hubieran dicho lo que señaló el diputado García ; es decir, que en esto no debemos opinar porque es inadmisible y que se debe votar lo que presentaron ellos. Pero en ese caso lo habríamos votado en contra, aun a riesgo de no tener reajuste. Entonces, el ministro , entendiendo que estamos en otra etapa, de colaboración entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional, nos hizo saber las razones económicas que se tuvieron en cuenta. Nadie va a dudar de la exposición económica que hizo el ministro , porque fue perfecta; pero aquí no se trata sólo de mirar los números, porque tenemos un Gobierno humanista que piensa en la gente y no sólo en los empresarios, a quienes ya les hemos dado bastante, puesto que en Chile no ha quebrado ninguna empresa, banco, compañía de seguros o supermercado. También hemos aportado a las pymes. Están los 40.000 pesos que entregarán en agosto, que corresponden a 160 mil millones de pesos; además, hay una serie de beneficios tributarios. A los que usan diésel se les devuelve el 80 por ciento del impuesto específico; paramos la subida del impuesto específico a las gasolinas. Entonces, nadie puede decir que no se ha entregado nada al resto de los sectores. Sin embargo, el sector que recibe el ingreso mínimo -y en eso concuerdo con el diputado García - es el que menos gana y no podíamos sacrificarlo. El ministro así lo entendió.
En este sentido, el Congreso Nacional sí puede hacer algo, y lo hizo ayer en forma casi unánime, salvo por la protesta -que comparto- del diputado Delmastro , pero más bien por la forma en que se dio. Aquí se logró un acuerdo que, a la distancia, el presidente de la CUT aceptó, porque si bien tuvimos que bajar nuestra aspiración del 5 por ciento a 165 mil pesos, logramos algo adicional que quizás es mucho más potente. Se reajusta una parte de las asignaciones familiares en más de 11 por ciento y se extiende el número de personas que la reciben, el tramo medio en 7 por ciento y el resto en lo que aparece en el proyecto. Por lo tanto, existe un enfoque potente dirigido hacia las madres y los niños.
Compensando una cosa por otra, debemos reconocer que ésta fue una negociación impecable en la que participaron las bancadas de la Concertación y de la Alianza, que finalmente se sumó a esto. Se llevó a cabo con la dureza que el caso reviste. En ella participan, también, los trabajadores, que les dijeron a sus parlamentarios que confían en ellos, y el Gobierno, que aceptó que el Congreso Nacional tuviera decisión más allá de los tecnicismos legales que declaran admisible o inadmisible la forma en que se procede.
Una vez terminadas las reuniones, en quince minutos, con la firma de la Presidenta de la República , el Gobierno aceptó nuestras propuestas y se llegó a este resultado final. Pero esto no puede dejar de hacernos pensar en que hay que cambiar el sistema. No puede ser que cada año estemos en esta misma tontera. Lo que hay que hacer es crear un consejo consultivo, en el cual participen representantes de los grandes y pequeños empresarios, de la Presidencia de la República , de la CUT y ojalá académicos, que en forma permanente evalúen lo que pasa; porque aquí aunamos criterios, pero no tenemos estudios que nos digan cuál es el impacto del aumento del ingreso mínimo en el empleo o en el poder de compra. ¿Acaso es el IPC sacado del Banco Central, institución en la cual no creo nada, porque proyectó 2 por ciento y fue 8 por ciento ó 9 por ciento, y después cero hacia arriba o hacia abajo? Esa cifra no me da seguridad. Aún más, en el caso de estos trabajadores la canasta no tiene que ver con el IPC promedio, puesto que ellos no ocupan gasolina ni tienen televisor, lo que hace que su canasta sea distinta. Hay que hacer una canasta especial para los trabajadores que reciben el ingreso mínimo, ya que sólo pagan gastos básicos y la inflación de éstos es mucho más alta que la que se obtiene en promedio.
El consejo consultivo permanente que propongo crear debe evaluar los impactos en la canasta familiar por regiones, en el empleo de hombres y mujeres, y una vez al año entregar al Congreso Nacional una apreciación técnica, pero con cifras que tienen que ver con este sistema. Espero que en el próximo gobierno exista un sistema distinto, ya que llevamos muchos años analizando la negociación en 24 ó 48 horas, lo que no tiene ninguna lógica. Debemos contar con los antecedentes necesarios para que el Congreso Nacional pueda hacer una evaluación y se pueda involucrar en forma positiva. Debemos conformar ese consejo de manera que estén integrados todos, para no discutir a ciegas, y contar con los datos no sólo del Ejecutivo , sino con los que, en forma responsable, provengan de este Consejo, que ojalá también se integre con representantes de regiones.
El costo total del proyecto de ley para el presente año es de casi 14 mil millones de pesos, recursos que seguramente se destinarán al consumo y activarán a muchos pueblos pequeños; en suma, significarán demanda, y, por tanto, tendrán un efecto colateral. Por lo tanto, me parece bien.
Sé que para el ministro de Hacienda y el director de Presupuestos fue difícil aceptar las propuestas de los parlamentarios, pero ese ánimo de debate, de discusión y de escucharnos unos a otros nos potencia y permitirá que en el futuro el Ejecutivo y el Congreso Nacional, respecto de otros proyectos, tengan una mejor disposición. No se trata de presidencialismo exacerbado ni de parlamentarismo, pero los parlamentarios somos elegidos por la gente, y en esta oportunidad los trabajadores nos pidieron que los defendiéramos.
Agradecemos la disposición del Gobierno y me parece que, dentro de lo esperable, el proyecto es un gran logro.
Por lo tanto, anuncio que la bancada de la Democracia Cristiana lo votará a favor.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente , no voy a repetir los aumentos en los montos del ingreso mínimo, de las asignaciones familiar y maternal y del subsidio único familiar, a lo cual ya se refirió el diputado informante , sino que quiero hacer algunas consideraciones en relación con el proyecto.
La primera de ellas es tratar de explicar a la ciudadanía por qué, siempre que discutimos sobre el ingreso mínimo, surge en nosotros un conflicto respecto del monto en que debe aumentarse. Al respecto, cabe recordar que casi medio millón de chilenos percibe hoy ese ingreso.
Obviamente, a todos nos gustaría aumentarlo lo suficiente para dar mayor bienestar a los chilenos menos capacitados que ganan el ingreso mínimo. Lamentablemente, debemos concluir algo muy obvio, que todos los chilenos con sentido común sabemos: la pobreza no se puede terminar por ley. Si eso fuera posible, no le quepa duda a nadie de que ya lo habríamos hecho hace mucho tiempo; pero ello no es posible.
Entonces, cada vez que discutimos sobre el monto del ingreso mínimo, tenemos un conflicto en el que debemos considerar al menos dos aspectos: por un lado, uno sabe que la gente que gana el ingreso mínimo no tiene posibilidades reales de negociar con su empleador. Dicho ingreso lo reciben las personas con menor nivel educacional y menor capacitación, que no tienen ningún poder negociador. Por lo tanto, el ingreso mínimo constituye un piso que ayuda a quienes no tienen poder de negociación real con su empleador. En ese sentido, valoramos el guarismo de 165 mil pesos que hoy aprobaremos.
Por otro lado, está el hecho de que, como legisladores, que tenemos la responsabilidad de decidir al respecto, debemos preocuparnos también de los chilenos que no tienen empleo; porque así como medio millón de chilenos gana el ingreso mínimo, en Chile existe aproximadamente veinte por ciento de desempleo juvenil, de gente que no encuentra trabajo ni siquiera para ganar el ingreso mínimo. En efecto, hay un veinte por ciento de jóvenes para los cuales dicho ingreso constituye un muro que no les es posible franquear. Se trata de personas que tienen una productividad muy baja y para las cuales el ingreso mínimo constituye un impedimento para encontrar un empleo estable.
Ésos son los dos elementos que siempre están en conflicto: por un lado, entregar poder de negociación o un piso a quienes no tienen poder de negociación, y por el otro, no exacerbar el problema de desempleo de los chilenos que tienen muy baja productividad, a los cuales -debemos reconocerlo- les estamos limitando sus posibilidades de encontrar empleo al aumentar el monto del ingreso mínimo.
Por eso, cuando aquí se dice que el ingreso mínimo constituye una política social -lo dijo el diputado Jaramillo -, me asaltan dudas. Por un lado es social, porque constituye un piso para quienes no pueden negociar colectivamente, pero, por el otro, puede causar un daño a quienes tienen una muy baja productividad y no encuentran trabajo ni siquiera para percibir el ingreso mínimo.
Ése es el conflicto y su solución no es fácil. Por eso, la Unión Demócrata Independiente dijo en la Comisión de Hacienda que estábamos dispuestos a aprobar el monto que el Gobierno estimara prudente. Sabemos que este año tendremos una inflación muy baja, del orden del 0,6 por ciento, y sabemos que existe un desempleo creciente. Economistas de prestigio, como don Vittorio Corbo , han dicho que el desempleo seguirá aumentando hasta el invierno de 2010; es decir, no estamos ante el peor año en materia de desempleo, porque al parecer el 2010 será peor que el 2009. No sé si eso es cierto, pero la persona que lo afirma me da garan-tías de seriedad.
En 2009 el PIB será negativo por primera vez en muchos años. Entonces, estamos en un año en que debemos mantener un piso para quienes no pueden negociar, pero también debemos cuidar que los chilenos de baja productividad no queden marginados de la posibilidad de encontrar empleo.
El monto del ingreso mínimo que se propone es prudente y consistente con la realidad que estamos viviendo. Por eso, anuncio que vamos a apoyar el proyecto de ley.
La solución de fondo a la pobreza no pasa por el aumento del ingreso mínimo, sino por mejorar la calidad de la educación, especialmente de la educación pública. Por eso, lamentamos las denominadas tomas culturales, que significan el destrozo de los liceos más emblemáticos del país. Eso sí que duele, porque la mala educación es la fuente principal de la pobreza y de la desigualdad. El día en que en Chile tengamos una educación pública de excelencia, daremos un paso gigantesco para combatir la pobreza y en favor de la igualdad.
Finalmente, quiero decir que presentamos una indicación al proyecto, pero la que retiramos para no demorar su tramitación. Sin embargo, pedimos al Gobierno su estudio. Se trata de que hoy la asignación familiar se paga íntegra sólo a las personas que trabajan más de 25 días en el mes; es decir, un temporero o una persona que trabaja, por ejemplo, cinco, ocho o quince días en el mes, no recibe el ciento por ciento de la asignación familiar que le corresponde según sus ingresos. Eso no nos parece razonable, porque la asignación familiar es un subsidio que se otorga al niño chileno a través de su padre o de su madre.
Por lo tanto, propusimos al Gobierno que, independientemente del número de días trabajados, se pague la misma asignación familiar para todos los trabajadores o, en subsidio, en función de la jornada. En fin, es debatible cómo se soluciona, pero no parece justo que se castigue a los niños cuyos padres trabajan pocos días en el mes, específicamente, menos de 25.
Repito, sólo reciben asignación familiar íntegra los hijos de padres que trabajan más de 25 días al mes. Eso no parece razonable. Por eso, pedimos al Gobierno que corrija y solucione ese problema, no en este proyecto, porque retardaría su tramitación, pero sí en uno próximo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , en primer lugar, anuncio que la bancada del Partido Socialista votará a favor del proyecto, porque así lo solicitó la Presidenta Michelle Bachelet y porque ayer hubo un acuerdo en torno a las cifras.
El ingreso mínimo es necesario. Eso no siempre es de consenso. Más de alguna vez se ha escuchado a personas decir que no debería existir. Sin embargo, es necesario porque es una protección básica de la sociedad.
La discusión del reajuste no es fácil, porque éste tiene doble perspectiva: por un lado, defender el nivel de ingresos de los sectores de menores ingresos y, por el otro, ser una señal para la economía. En el caso de esta iniciativa, el problema no es el costo, sino la señal, que es de referencia.
Estamos convencidos de que es necesaria la existencia del ingreso mínimo. Muchas veces hemos leído o escuchado que los parlamentarios de las bancadas de enfrente no son partidarios de él. Este nivel de protección debería ser lo más alto posible, lo cual tiene que ver con un concepto de equidad y de sociedad capaz de responder a los niveles básicos de consumo y de vida. Pero esta señal también debe ser compatible con el mercado de trabajo y las posibilidades de generar empleo.
Durante la discusión del monto del ingreso mínimo, también debemos tomar en consideración el contexto en el cual se da este debate y analizar qué está pasando en nuestra economía, por qué durante seis meses ha caído la producción. Esto, a pesar de una fuerte inyección de recursos públicos -proporcionalmente más altos que nunca-, alrededor de 10 mil millones de dólares entre febrero de 2008 y febrero de 2009.
¿Qué pasa que cae de manera tan fuerte la producción a pesar de la fuerte inyección de recursos públicos de esa envergadura? Uno podría decir que es porque la caída internacional ha sido más fuerte de lo esperado y nos ha afectado de manera importante en distintas áreas de nuestra economía. Otro podría agregar que el cobre está subiendo; o sea, el contexto internacional nos afecta, pero habría que ver de qué manera, en qué mercado y qué explica la caída que hemos tenido en la producción y el empleo.
A mi juicio, el problema es que el mercado interno se ha activado menos de lo esperado. Sería bueno averiguar las razones de ello, pese a la fuerte inyección de recursos públicos. De otra manera, se puede decir que ha caído más rápido de lo que esperábamos.
Por lo mismo, ha aumentado mucho el desempleo. Los pronósticos en esta materia son bastante complicados. Hablar de 14 por ciento de desempleo por delante significa que muchas familias enfrentarán condiciones difíciles, porque a eso se debe sumar la caída en los ingresos. Por lo tanto, muchas familias ya están viviendo situaciones difíciles. Todo eso dificultará el pago de créditos hipotecarios, de universidades, de multitiendas, etcétera.
En esta coyuntura es muy importante preguntarse si ha habido enfoques adecuados en relación con los paquetes fiscales; si era necesario que el Estado estableciera un tipo de alianza con el sector privado y hubiera más proyectos de inversión público-privada de los que hemos tenido hasta ahora; si ha operado o no el sistema bancario, en el intento de dar liquidez e incorporar recursos líquidos a la economía, y si lo ha hecho en el sentido que se esperaba. Los bancos han ganado mucho, pero no necesariamente han prestado todo lo que se requería.
En este contexto, también es menester la existencia de una disposición a ciertos proyectos público-privados que permitan contener la caída de los puestos de trabajo.
A la pregunta de si es posible enfrentar la situación de otra manera, respondo que sí. Es un debate que debiéramos realizar en estas circunstancias, porque hablar del monto del ingreso mínimo cuando el desempleo es de 14 por ciento, es algo que debemos tener muy presente por los efectos que tendrá en los distintos tipos de trabajadores.
Insisto en las correcciones. Se debe incentivar y acelerar el ritmo de las inversiones público-privadas. Muchas veces hemos planteado el tema de las pequeñas empresas, donde se da un campo de avance, modernización y movilización. Se está haciendo en muchos países, donde en momentos de crisis la pequeña empresa se moderniza, lo que parece una paradoja. No necesariamente se debe hundir o estar mal, pues en ese momento se presentan potenciales posibilidades de mejorar su stock de tecnología y su capital, pero supone una voluntad público-privada en ese sentido. Si la pequeña empresa entra en una crisis mayor, el desempleo siempre será más grande.
Cuando uno tiene un enfoque de protección social de los trabajadores menos calificados, el tema del ingreso mínimo es una variable muy importante, pero no es la única. Es muy relevante tener presente que la situación de violación de los derechos de los trabajadores con niveles más bajos de ingresos, hoy es más fuerte que nunca. Esto se debe a que no tienen muchas alternativas de empleo, por lo cual las condiciones de trabajo -lo que incluye la extensión de la jornada, en particular en el rubro del retail, son muy malas. A esto hay que sumar la falta de negociación colectiva y de una organización que proteja sus derechos.
Me gustaría que el ministro de Hacienda entendiera que en una coyuntura como ésta es bien importante aumentar las multas a las infracciones. En la actualidad, las multas por la violación de los derechos de los trabajadores son insignificantes. Él no ha estado dispuesto a iniciar un proceso de debate sobre la reforma laboral; pero, por lo menos, debiera disponer que las multas por las infracciones sean mayores, de manera que en muchos lugares de trabajo no hagan lo que quieran. Eso también es una forma de protección. Coincido con el diputado Julio Dittborn en que otra forma de protección, quizás la más importante, es que exista más empleo, que la base económica funcione mejor. Insisto, las iniciativas de inversión público-privadas son muy importantes para velar por la protección, sobre todo en el ámbito de la pequeña empresa.
En 2007, en la ley que reajustó el monto del ingreso mínimo, se estableció un artículo 2º, que no fue cumplido por el Ejecutivo. Voy a leerlo para que todos lo recuerden: “Dentro de los 12 meses siguientes a la publicación del reglamento que regula las condiciones para el otorgamiento del beneficio a que se refiere este artículo, los trabajadores perceptores del ingreso mínimo mensual tendrán derecho a un curso de capacitación laboral. Los desembolsos que demande la referida actividad de capacitación podrán ser compensados por las empresas con las obligaciones tributarias que las afecten de conformidad a lo establecido en los artículos 35 y siguientes de la ley Nº 19.518. Con todo, respecto de las empresas que no puedan impetrar la franquicia tributaria precedentemente aludida, el curso a que se refiere este artículo podrá financiarse con cargo al Fondo Nacional de Capacitación y Empleo. Un decreto supremo expedido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, suscrito además por el Ministro de Hacienda , regulará todas las condiciones necesarias para el otorgamiento del beneficio a que se refiere este artículo”.
Lamentablemente, hasta donde sé tal decreto no existe y el artículo 2º de la ley Nº 20.204, que reajusta el monto del ingreso mínimo, no se aplicó. No se hizo lo que se estableció, es decir, que la protección fuera por la vía de fortalecer el capital humano.
Traigo a colación este tema porque fue parte del acuerdo político que hubo el 2007 para aprobar la iniciativa de ley. Estamos claros de que en el caso de los trabajadores que ganan el salario mínimo es fundamental plantear una política de desarrollo de su capacidad de trabajo y de sus alternativas laborales.
Todo indica que el desempleo afectará no sólo a los sectores de más bajos ingresos, sino también a los ingresos medios en general. Lamentablemente, hasta hoy no existe ningún programa de capacitación, de empleo de apoyo para los sectores medios. Es una tarea pendiente dentro de lo que estamos haciendo.
Por último, reitero lo que dije al comienzo. La bancada socialista va a votar a favor porque lo pidió la Presidenta Michelle Bachelet y hubo acuerdo respecto de las cifras. Pero en el campo de la protección de los trabajadores menos calificados y de los más afectados por la crisis, todavía es mucho lo que se puede hacer. No se trata de un problema de recursos, sino de contar con una política de protección para los menos calificados. Eso es parte de un modelo global de protección social.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , esta discusión, que se viene repitiendo año a año, tiene que ver con la forma como se reajusta el poder adquisitivo de las remuneraciones de los trabajadores que perciben el ingreso mínimo, que no son pocos. Según estimaciones estadísticas, cerca de un millón de familias sobreviven con el ingreso mínimo. Por lo tanto, si no fuese por las políticas públicas del Estado, esas familias literalmente no tendrían con qué alimentarse.
Es imposible que un grupo familiar de cuatro personas pueda mantenerse con el ingreso mínimo, porque los gastos de alimentación, vestuario, locomoción y calefacción, entre otros, son superiores a este monto.
El Estado debe proteger a las familias ante la incapacidad de muchos trabajadores de negociar su remuneración. La materia en discusión tiene que ver con la productividad y con la capacitación. Las personas que perciben el ingreso mínimo cuentan con un bajo nivel de capacitación y educación. Tiene que ver con esto, entonces, la reforma educacional y las dos movilizaciones llevadas a cabo por los pingüinos, pues estamos hablando de las oportunidades para los jóvenes. Cabe señalar que muchos de ellos se educan en escuelas rurales unidocentes, donde no tienen ni siquiera la posibilidad de capacitarse para llegar a la educación superior.
La discusión debe apuntar, entonces, no sólo al reajuste del ingreso mínimo, al establecimiento de un guarismo, sino a la forma como sentamos las bases para lograr una sociedad donde sean muchos menos quienes requieran de este tipo de protección.
Como dije, los trabajadores con tales ingresos no tienen capacitación ni cuentan con la educación suficiente. Como vemos, estamos ante una crisis de la educación pública.
Felizmente, en esta materia hemos avanzado. Este Gobierno ha llevado a cabo políticas públicas de protección nunca antes conocidas en la historia de Chile.
Sin embargo, debemos hacer un esfuerzo para que muchos chilenos tengan libertad y no dependan de las políticas públicas para mantener sus hogares. En este sentido, tenemos que hacer un esfuerzo en educación y capacitación. Otro esfuerzo importante debe orientarse a entregar oportunidades a la economía, lo que incidirá en el crecimiento. Esta materia tiene que ver con el emprendimiento, es decir, con la forma de crear condiciones para que los pequeños y medianos empresarios emprendan proyectos.
Cuando hablamos de desempleo, debemos tener presente las barreras para ingresar a un empleo, que tienen que ver muchas veces con la remuneración que percibirá el trabajador. Son miles los microempresarios que dan trabajo, al menos, a una persona.
El meollo del asunto tiene que ver con cómo desarrollar políticas públicas para que al microempresario le resulte más fácil aumentar los montos de los sueldos que paga y, así, permitir que los hogares de los trabajadores reciban un mayor ingreso.
En la Comisión de Hacienda, el ministro Velasco expuso sobre el contexto de la economía actual. Señaló que la historia mundial nunca había constatado que todos los países, sin excepción, sufrieran caídas tan significativas en su crecimiento y producción, lo cual ha redundado en el incremento de los niveles de desempleo. En efecto, países con economías desarrolladas están llegando a niveles de 15 ó 20 por ciento de desempleo.
Por lo tanto, esto tiene ver con el guarismo que vamos a definir.
Sin duda, resultaba racional la propuesta de Hacienda, en el sentido de establecer que tomando como base una inflación de 1,6 por ciento, y un incremento real de 0,9 por ciento, se llegaba a una cifra global de 2,5.
Lo anterior puede ser adecuado desde el punto de vista técnico, pero no desde la perspectiva social, Se argumenta que el reajuste del ingreso mínimo tiene que ver con la mantención del poder adquisitivo. Pero, ¡de qué poder adquisitivo me hablan, si ese monto no alcanza para mantener un hogar!
Mucha gente gana muy poco y pocos ganan muchísimo. Por lo tanto debemos hacer un esfuerzo para mejorar la distribución del ingreso. Eso tiene que ver con construir una sociedad más justa. Para ello será necesario una reforma tributaria y una nueva distribución del ingreso. Durante los últimos veinte o treinta años hemos tenido fracasos en el mejoramiento de la distribución de los ingresos. Eso debe hacernos pensar que hay algo que no está bien, que no está bien resuelto el porcentaje de impuestos que pagan las empresas, que alcanza a 17 por ciento, en circunstancias de que los que se aplican a las personas a veces superan el 40 por ciento. Por lo tanto, al respecto debe existir una discusión mayor.
El éxito de este proyecto ha sido posible gracias a la buena disposición del Ejecutivo, en especial del ministro de Hacienda, de la ministra del Trabajo y del director del Presupuestos, en el sentido de revisar las cifras.
Estimo necesaria la recuperación del poder adquisitivo, de manera que, gradualmente, los trabajadores perciban mejores ingresos. Ojalá los trabajadores tengan cada día más capacidad de negociación y reciban más capacitación y preparación, para así lograr más rendimiento y competitividad.
Este proyecto tiene que ver con los esfuerzos para mejorar la educación y para que las pequeñas y microempresas tengan mayores oportunidades de emprendimiento y crecimiento.
Por tales razones, pese a que aún es insuficiente, vamos a aprobar el incremento del monto del ingreso mínimo a 165 mil pesos.
Los trabajadores cuyas rentas no excedan de 170 mil pesos, percibirán una asignación familiar y maternal de 6.500 pesos por carga, cifra histórica que durante mucho tiempo se había solicitado. La misma cifra rige respecto del subsidio familiar.
Quizás no se produjo un acuerdo formal con los trabajadores, pero hubo conversaciones informales con el presidente de la CUT , quien estuvo en el Congreso Nacional y señaló que la negociación iba en el sentido correcto.
El acuerdo se cerró. Quizás no en una cifra deseable para la CUT, pero permite mejorar los ingresos y no atentar contra quienes buscan trabajo.
En general, la iniciativa permite dar un paso adelante. Además, ha permitido hacer esta reflexión a fin de saber dónde hay que poner el acento. Eso tiene que ver con una gran discusión, a nivel de país, respecto de una reforma tributaria.
Por las razones antes expuestas, la bancada del Partido por la Democracia va a apoyar el acuerdo de ley.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , ayer nos correspondió, como todos los años, desde 1990, discutir una materia que dice relación con los ingresos y subsistencia de más de cuatrocientos mil chilenas y chilenos. La Central Unitaria de Trabajadores expresa que son exactamente cuatrocientas setenta y dos mil los trabajadores que reciben un ingreso mínimo mensual.
Algunos se preguntan por qué tenemos que discutir esta materia todos los años. Por algo muy preciso y conciso: sólo el 7 por ciento de trabajadores y las trabajadoras chilenos tienen negociación colectiva. Lamentablemente, así como hay empresarios positivos que entienden que el capital y el trabajo deben estar en concordancia, hay otros que explotan a miles de compatriotas. Es cosa de analizar en qué parte se focalizan esos más de cuatrocientos mil empleos: en el comercio, en el rubro del retail, en empresas de servicios, en empresas contratistas que ganan licitaciones, en la administración pública. Por ejemplo, en las empresas de aseo que ganan licitaciones, ninguno de sus trabajadores gana más que el ingreso mínimo. Ellas priorizan los números azules. Por eso, hay que fijar el monto de ese ingreso por ley, para cuidar que esas personas reciban ese salario.
En nombre de la Democracia Cristiana, debo recordar que el lunes recién pasado, el consejo nacional del partido, que es la instancia máxima después de la Junta Nacional, por la unanimidad de sus miembros señaló que debiera haber acuerdo con la Central Unitaria de Trabajadores y planteó, en lo posible, un reajuste de 5 por ciento, cuando ya sabíamos que la proposición del Ejecutivo era de 2,5 por ciento. Además, nuestra bancada hizo presente que debía aumentarse ese porcentaje.
Para tal efecto, como lo expresó el colega Pablo Lorenzini , ayer los siete diputados de la Concertación en la Comisión de Hacienda redactamos y firmamos una indicación para aumentar el monto del ingreso mínimo en 5 por ciento. Pese a tener claro que era inadmisible, por esa vía buscamos la posibilidad de negociar y conversar con el Gobierno.
¿Por qué digo todo esto? Estamos absolutamente conscientes de que desde 1946, en el mundo no existía una crisis como la que comenzó en septiembre de 2008 en Estados Unidos de América, país que se preciaba de ser el más regulado y el que contaba con mayor fiscalización. Al final, fueron ídolos con pies de barro, puesto que creaban fondos de inversión, sin ningún respaldo financiero, que a lo único que se dedicaban era a la especulación financiera. Los resultados están a la vista y los costos los está pagando todo el mundo.
Tenemos claro que este año, por primera vez, el producto interno bruto del mundo caerá; es decir, durante el 2009 se producirá menos que en el año anterior. Esto incide en un país como Chile, que no es una isla en este mundo globalizado, y con mayor razón después de todos los tratados y acuerdos comerciales que hemos aprobado.
El 2008, el país creció en 3,2 por ciento. Para este año, de acuerdo con la última proyección del Banco Central se estima un crecimiento de entre 0,75 por ciento y menos 0,25 por ciento. Es evidente que, con todo este proceso económico, la inflación ha decrecido en todas las economías del mundo. Al respecto, cabe hacer presente que las últimas proyecciones indican que este año el país tendrá una inflación bajísima. Eso incide en muchas medidas económicas que han adoptado la Presidenta de la República , el Ministerio de Hacienda y el Banco Central.
El gran tema, obviamente, es la cesantía. No hay nada más cruel que una persona no tenga una ocupación y un ingreso. Es terrible cuando eso sucede y lo están viviendo muchísimas familias chilenas. Por eso, hay que legislar en función de focalizar los beneficios en los sectores más vulnerables.
En la actualidad, las personas que reciben el salario mínimo alcanzan el 7 por ciento de la fuerza laboral del país. Quiero recordar que al equiparar ese mínimo con el sueldo base, acordado con la CUT en 2008, lo que se consagró a través de la ley Nº 20.281, se amplió la cobertura de los trabajadores impactados por el ingreso mínimo.
En 1990 se dictó la ley Nº 18.987, que expresó un acuerdo entre el entonces ministro de Hacienda , camarada Alejandro Foxley , y el entonces presidente de la CUT Manuel Bustos, que en paz descanse, que significó el establecimiento de los tramos sobre el pago de asignaciones familiares.
¿Qué estamos tratando hoy? Ayer existió capacidad de entendimiento, de conversar y analizar a profundidad la actual coyuntura económica que incide en el país, pero también se abordó la realidad de miles de chilenas y chilenos que viven con este ingreso. Llegamos a acuerdo en cuanto a mantener el empleo, pero que ello no signifique dar razón a la excusa tan especial de algunos empresarios, en el sentido de que debe existir cero reajuste para el ingreso mínimo. Por lo tanto, el acuerdo a que se llegó fue subir en 3,75 por ciento dicho ingreso, de 159 mil pesos a 165 mil pesos.
Pero los dos diputados de mi partido que participamos en la mesa de negociación teníamos un mandado, cual era aspirar, a lo menos, en relación con el total de los beneficios, a un reajuste de 5 por ciento o un poco más para los ingresos de los sectores más vulnerables. Se logró con el acuerdo y la decisión de los negociadores de los cuatro partidos de la Concertación.
Se abordó, además, el tema relacionado con las asignaciones familiares y maternal y el Subsidio Único Familiar, SUF. O sea, se llegaba a un nivel que iba a significar 163 mil pesos y se consideraba un aumento de 2,5 por ciento en relación con la asignación familiar vigente hasta el último día de junio. ¿A que acuerdo llegamos? Cerramos en 6.500 pesos, pero aumentamos la cobertura de 163 mil pesos a 170 mil pesos, lo cual significa que, en vez de dos millones doscientas mil asignaciones familiares y SUF, se sube a dos millones cuatrocientas mil asignaciones.
Eso significa que el incremento de la asignación familiar tendrá un costo fiscal anual de 180 millones de dólares al año. Idéntico costo tendrá el subsidio familiar. Es decir, ayer se consiguieron más de 20 millones de dólares en aumento, cuestión que se notará en el mes a mes de esas millones de cargas familiares.
Nos interesa ayudar a los trabajadores de menores ingresos con reajustes reales posibles. Desde al año 90 que están vigentes los tramos y este aumento escalonado de las asignaciones familiares cercano al 12 por ciento para los tramos de menores ingresos demuestra…
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado .
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , aprobaremos el proyecto, porque está en el camino que nos corresponde de seriedad y responsabilidad, sin olvidar a los más desposeídos.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Gastón von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente , en la tarde y noche de ayer participamos nuevamente en la negociación del reajuste del ingreso mínimo mensual, de las asignaciones familiar y maternal y del subsidio familiar.
En la negociación previa que sostuvo el ministro de Hacienda con la CUT, no se llegó a acuerdo. Posteriormente, en la Comisión nos reunimos con Arturo Martínez , presidente de la Central , quien nos dio a conocer el universo de trabajadores que reciben el salario mínimo y la diferencia que existía con la propuesta de reajuste del Ejecutivo.
El ministro de Hacienda basó en dos hechos fundamentales su decisión de aumentar el ingreso mínimo mensual de 159.000 a 165.000 pesos para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad, de elevar a 6.500 pesos el tope de la asignación familiar y de ampliar la cobertura de protección.
El ministro de Hacienda habló de negociaciones dignas y de defender el empleo. Respecto de las negociaciones dignas, pensemos que alrededor de 600 mil personas perciben el ingreso mínimo. Es decir, casi 10 por ciento de la fuerza de trabajo recibe un ingreso que da cuenta de la precariedad laboral y de la mala distribución de los ingresos, que se mantiene desde hace muchos años, lo que no resiste análisis.
Otro eje fundamental fue la defensa del empleo. Tal como dijo el diputado Montes , preocupa lo que está pasando con el empleo. Está claro que la única forma de salir adelante es aumentando la generación de empleo, pero no de emergencia, porque también son trabajos precarios y, aunque ayudan, no resuelven el problema de fondo, toda vez que una familia apenas subsiste con ingresos tan bajos.
Lo anterior me lleva a dar la voz de alerta, porque la regla fiscal estructural se rompió. El ministro de Hacienda nos habló de un superávit estructural de 0,5 por ciento para el 2009. Después lo corrigió a 0 por ciento, y ahora hablamos de un crecimiento negativo de 0,4 por ciento del PIB. Esto no es bueno como señal.
Tampoco es buena señal suplementar con 4 mil millones de dólares el gasto público, porque de esa forma se deteriorará aún más el tipo de cambio. En un país exportador como el nuestro, la baja del dólar postergará o detendrá muchas inversiones en el sector agrícola. Si se frenan las exportaciones, aumentará el desempleo; si disminuyen las inversiones agrícolas, también disminuirá fuertemente el empleo en los campos.
Pensemos que en el agro las decisiones se toman con uno o dos años de antelación y siempre basadas en las señales que entrega la economía.
Recordemos que la agricultura ha debido enfrentar en el último tiempo fuertes alzas en los precios de los insumos. Si a este hecho le sumamos un tipo de cambio más bajo, como consecuencia del los 4 mil millones de dólares de suplemento, el objetivo de hacer de Chile una potencia alimentaria se aleja cada día más.
Lo dicho es muy importante. Por un lado tenemos que el 10 por ciento de la fuerza laboral recibe el salario mínimo y, por otro, le cerramos las puertas al sector agrícola, toda vez que si el tipo de cambio sigue en baja muchas empresas agrícolas quebrarán, lo cual redundará en una fuerte disminución del empleo en el campo. En otras palabras, aumentará el desempleo en el país, y esto no lo podemos permitir. Por eso, es bueno alertar ahora al ministro de Hacienda , de manera que tome rápidamente las medidas necesarias para evitar lo que se viene, sobre todo en regiones, y que los dirigentes agrícolas perciben con mucha preocupación y frustración. Los que representamos a regiones y que sabemos que la agricultura es uno de los principales motores de desarrollo, por Dios que estamos preocupados con la últimas medida que tomó el ministro de Hacienda , de suplementar con 4 mil millones de dólares el gasto público. Estamos conscientes de que esto generará una fuerte caída en el tipo de cambio y, por ende, menor inversión y mayor desempleo.
Por eso, también será necesario aumentar la capacitación de nuestra gente, única forma de dar un salto importante. No podemos seguir con personas no calificadas. Las futuras generaciones deberán recibir formación, pero de buena calidad. Los recursos están, pero hay que hacerlo bien.
Hablamos mucho de la cantidad. La otra vez quedamos impresionados por la abundancia de cursos que se impartían. Prefiero tener menos cantidad, pero más calidad en capacitación.
Señor Presidente , creo que, de una vez por todas, debemos llegar a un consenso, a un sistema de negociación, a un acuerdo para flexibilizar la situación de sectores no calificados que tienen altas tasas de desempleo en nuestro país. Eso no puede continuar por una cuestión ideológica. Debemos priorizar el empleo, sobre todo de los sectores juveniles, que tienen tasas extremadamente altas de desocupación, a los que no se les da una respuesta adecuada.
Respecto del salario mínimo, la Unión Demócrata Independiente va a apoyar el proyecto presentado por el Gobierno, como se lo manifestamos en la discusión de ayer al ministro de Hacienda . Esperamos que en las próximas negociaciones de salario mínimo, esta brecha, esta desigualdad, esta inequidad en la distribución del ingreso sea cada vez menor y que también disminuya el porcentaje de personas que perciben el ingreso mínimo.
He dicho.
El señor ULLOA ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el diputado señor José Pérez.
El señor PÉREZ (don José).-
Señor Presidente , estamos analizando el reajuste del monto del ingreso mínimo mensual y, al mismo tiempo, el reajuste de las asignaciones familiar y maternal, y el del subsidio familiar.
La crisis global más profunda de los últimos sesenta años afecta a las principales economías del mundo y ha provocado un nivel de cesantía preocupante, fenómeno que también ha repercutido en nuestro país. Una de las preocupaciones fundamentales del Ejecutivo es el nivel de cesantía que se ha alcanzado en los últimos meses, lo que se debe a la violenta caída de nuestras exportaciones de productos manufacturados y de otros en bruto, lo que ha contraído nuestra economía y ha paralizado algunas fuentes laborales, con lo cual, sin duda, se ha experimentado un nivel de cesantía preocupante en el país.
Por ello, la Presidenta de la República anunció en su mensaje del 21 de Mayo pasado que el Gobierno entregará un bono especial en agosto, que beneficiará a más de 4 millones de cargas familiares.
En este contexto se han llevado adelante las negociaciones con el Ejecutivo . Hemos visto una muy buena disposición de parte del ministro de Hacienda , del director de Presupuestos y de su equipo de trabajo. Eso permitió que ayer, después de reiteradas y prolongadas reuniones que sostuvimos con ellos, se llegara a un importante acuerdo, -podemos estimarlo positivo-, cual es el aumento del salario mínimo a 165 mil pesos.
Es una buena señal, ya que este incremento del 3,75 por ciento es, al mismo tiempo, prudente y moderado, porque no podemos perder de vista el impacto que esto puede tener en las medianas, pequeñas y microempresas. Nos interesa que en el más corto plazo se pueda reactivar la economía del país. Para eso hay que ser prudentes también en el aumento del salario mínimo.
Lo que sí se ha reajustado en forma notable es la asignación familiar de las personas de más escasos recursos. Estamos hablando de más de 2.200.000 cargas familiares, beneficiarias de trabajadores con ingresos inferiores a 170 mil pesos. Se trata de un reajuste superior al 12 por ciento, por lo que cada carga familiar recibirá 6.500 pesos.
El segundo tramo, que recibe un sueldo sobre los 170.000 pesos, pero no supera los 293.624 pesos, recibirá un reajuste de 7 por ciento, por lo que percibirán 4.830 pesos por carga.
El tercer tramo, que percibe ingresos superiores a 293.624 pesos, pero inferiores a 457.954, tendrá un reajuste del 3,75 por ciento, por lo que recibirá 1.526 pesos por carga familiar.
Esto se ha logrado gracias a un esfuerzo compartido. Aquí hay que destacar también la comprensión del mundo del trabajo y el acuerdo a que han llegado todas las bancadas, las que hicieron un esfuerzo tremendo para alcanzar estas cifras. Me refiero a las bancadas de la Democracia Cristiana, del Partido Socialista, el Partido por la Democracia y del Partido Radical Social Demócrata, lo que ha sido compartido por el resto de las bancadas, de lo que me alegro mucho.
Por lo tanto, señor Presidente, los diputados de la bancada del Partido Radical Social Demócrata vamos a votar a favor el proyecto de ley, porque lo estimamos justo, conveniente y necesario.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor René Aedo.
El señor AEDO.-
Señor Presidente , estoy muy satisfecho con el proyecto de ley, ya que refleja el acuerdo a que han llegado el Ejecutivo , a través de su ministro de Hacienda ; los diputados de la Comisión de Hacienda que votaron favorablemente la iniciativa y los representantes de los trabajadores y de la CUT, en la persona del señor Martínez .
Quiero felicitar a todos. Al ministro , por saber escuchar y por llegar a este acuerdo, que significa incrementar el salario mínimo de una proposición inicial de 2,5 por ciento a 3,7 por ciento. Felicito a los diputados de todas las bancadas, que también supieron escuchar los argumentos del Ejecutivo sobre el contexto económico mundial y el bajo crecimiento de la economía mundial, que crece a una tasa de menos 1,3 por ciento; los países desarrollados están cayendo a menos 3,8 por ciento; Asia, sin China, llega a 0 por ciento, y Chile alcanza entre 0,75 y menos 0,25 por ciento, de acuerdo con los datos del Banco Central. Solamente China se escapa de la tendencia, pues tiene un crecimiento positivo de 6,5 por ciento durante lo que va de 2009.
Sabemos que en el país el desempleo alcanza una tasa de 8,9 por ciento, la que puede incrementarse.
La inflación de nuestro país ha bajado de tasas de alrededor de 7 por ciento en 2008 a sólo 1,5 por ciento en los últimos once meses. La inflación, desde el último reajuste hasta la fecha, es sólo de 1,6 por ciento.
Los parlamentarios supieron escuchar a los dirigentes de la CUT, quienes expresaron que se debe considerar que los trabajadores que reciben el ingreso mínimo no se ajustan exactamente al IPC, porque los productos que compran generalmente son los más básicos, por lo que son mucho más afectados.
También fueron escuchadas las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, en el sentido de que es necesario moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo.
Como consecuencia de este entendimiento entre todos los actores sociales, logramos un incremento de 3,7 por ciento en el monto del ingreso mínimo, lo que lo elevó a 165 mil pesos.
Dado que la estimación del aumento del IPC futuro es de 1,6 por ciento, el incremento real del salario mínimo es de 2,1 por ciento, lo que es prácticamente el doble de lo que establecía el proyecto original del Gobierno, que era 0,9 por ciento.
El salario mínimo es una herramienta muy importante, fundamentalmente para reducir el trabajo mal pagado y las injusticias, terminar con la explotación laboral y reducir la dependencia de las personas que reciben ayudas estatales.
Por ejemplo, en la discusión se expresó que ha habido importantes transferencias monetarias de parte del fisco para los quintiles primero y segundo. El aumento promedio del ingreso mensual de esas personas es de 65 por ciento en el primer quintil y de 26 por ciento en el segundo, fruto de programas como los bonos de marzo y abril, la reforma previsional, el subsidio para los empleos de los jóvenes, Chile Solidario, etcétera. Es decir, ha habido una importante transferencia de recursos del fisco a favor de las personas de los quintiles más vulnerables.
Por otra parte, la Ocde, que reúne a los países más ricos del mundo y a la cual Chile desea ingresar, ha recomendado a nuestro país la creación de más y mejores empleos y la disminución de la desigualdad. A este respecto, cabe considerar que en Chile el 10 por ciento más rico recibe ingresos que superan 29 veces los del 10 por ciento más pobre. En los países más ricos, como los que forman parte de la Ocde, esa relación es de sólo 9 veces.
Por lo tanto, creemos que hay mucho que avanzar en ese sentido para que los beneficios de nuestro crecimiento económico se distribuyan en forma más uniforme y disminuya la desigualdad.
Dentro de las recomendaciones de la Ocde está el hecho de fortalecer el papel de los interlocutores sociales en la fijación de salarios y condiciones laborales, para promover un diálogo social más eficaz y negociaciones colectivas.
La Ocde también promueve el empleo juvenil -donde hay una diferencia muy importante en cesantía-, de manera que haya más trabajo, pero menos caro para los más jóvenes. Eso ya existe en este proyecto de ley, que establece a que el monto del ingreso mínimo mensual para los menores de 18 años y los mayores de 65 se incrementa de 118.690 pesos a 123.176 pesos, lo cual también es un hecho muy positivo y destacable.
Por otro lado, fruto de una negociación y un compromiso del Gobierno, se incrementan las asignaciones familiar y maternal, de 5.765 pesos a 6.500 pesos. Además, se modificaron los tramos de acceso. Por lo tanto, todos los que tengan ingresos menores que 170.000 pesos tendrán un subsidio familiar o maternal de 6.500 pesos; los que tengan ingresos de entre 170.000 pesos y 293.624 pesos, tendrán un subsidio de 4.830 pesos, y los que tengan ingresos superiores a 293.624 pesos pero inferiores a 457.954 pesos, tendrán un subsidio familiar de 1.526 pesos. Obviamente, quienes tengan ingresos mayores no serán beneficiarios de ese subsidio.
Eso se acerca a la petición de la CUT, en el sentido de que tengan subsidio las personas que reciben ingresos inferiores a 600 mil pesos.
Creo que este país va avanzando progresivamente en justicia social. Valoro este incremento, porque se da en un difícil contexto económico mundial y nacional, lo que significará un esfuerzo para el sector público de alrededor de 14 mil millones de pesos durante el presente año, pero también un esfuerzo para el sector privado.
Pienso que todos estamos satisfechos y contentos, y reitero mis felicitaciones al ministro de Hacienda , a los parlamentarios y a los trabajadores.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente , hubiéramos querido un reajuste del ingreso mínimo más significativo. Obviamente, nos habría gustado llegar a un acuerdo con la CUT en relación con los montos planteados por ésta. La CUT actuó con flexibilidad, pero su presidente no es parte de este acuerdo, que fue suscrito por parlamentarios de la Concertación. El proyecto se votó en la Comisión de Hacienda prácticamente por unanimidad, con una abstención.
En suma, hicimos un esfuerzo colectivo para aumentar el 2,5 por ciento inicial con el cual llegó el Ejecutivo a la Cámara de Diputados. Quiero ser muy claro en que la iniciativa no fue suscrita por la CUT, porque pretendía un reajuste mayor.
La bancada del PPD y otras apuntaban a un reajuste de 5 por ciento, lo que habría significado elevar el monto del ingreso mínimo a 167 mil pesos, pero en el marco de las negociaciones con el Gobierno y en virtud de la disposición de éste a abrirse a una fórmula nueva, que contemplara aumentos en las asignaciones familiares, se llegó a un monto de 165 mil pesos, que representa un aumento de 6 mil pesos. Se trata de un reajuste bajo, comparable sólo con el de 2003, que fue de 3,8 por ciento. En todos los demás años los reajustes han sido superiores.
Es importante, en primer lugar, que hayamos derrotado una fuerte presión de sectores del mundo empresarial que planteaban el congelamiento del salario mínimo.
Concuerdo con Arturo Martínez en el sentido de que la canasta básica de un trabajador que gana el salario mínimo es distinta de la de otros sectores, por lo cual esa canasta básica tiene un incremento mayor que el 1,6 por ciento, que es el cálculo del INE en materia de inflación durante los últimos doce meses, incluida la de julio próximo. Sobre dicho índice se basa la formulación de la política financiera del Ministerio de Hacienda en este tema.
Por tanto, un congelamiento del monto del ingreso mínimo habría significado la pérdida del poder adquisitivo. Lo que estamos logrando es recuperar dicha pérdida y avanzar en un incremento real del salario mínimo de 2,1 por ciento. Reitero que derrotamos el congelamiento planteado por algunos sectores empresariales.
El aumento del ingreso mínimo no es un tema banal, en primer lugar, porque compromete los ingresos de 400 mil trabajadores, que son los que menos ganan en la sociedad chilena. Muchas veces no existen otros ingresos en sus hogares. Por tanto, no aumentar, el monto de dicho ingreso significa profundizar la brecha entre riqueza y pobreza. Si no se entrega reajuste o se da uno menor, en materia de capacidad de recuperación habrá sectores de mayores ingresos que resistirán mejor la crisis, pero, a fin de cuentas, la redistribución del ingreso seguirá siendo profundamente negativa en contra de los sectores que reciben los menores ingresos en la sociedad chilena.
El ingreso mínimo tiene este efecto para los 380 mil o 400 mil trabajadores que lo perciben, número que ha aumentado, porque en el Congreso Nacional aprobamos una ley virtuosa, por la cual se igualó el salario base al salario mínimo, lo que significó un aumento de la gente que gana el ingreso mínimo. Cabe recordar que antes había gente que ganaba menos, porque a algunos trabajadores se les pagaba 40 mil pesos más comisiones y, al final, obtenían 80 mil o 90 mil pesos mensuales en distinguidas y conocidas farmacias o en supermercados. Hoy, ellos ganan el salario mínimo.
El aumento de este universo de gente que gana el ingreso mínimo tiene una repercusión respecto del resto de los salarios. Por eso, es importante la dinámica que se crea con el aumento del ingreso mínimo.
Tenemos una diferencia de percepción con el Gobierno respecto de lo que significa este aumento. El Gobierno puso énfasis en el desempleo. Es decir, en la medida en que se aumenta el ingreso mínimo, se coloca en riesgo el empleo o se genera un cuadro de mayor desempleo. Tengo dudas al respecto. La entrega de los bonos de 40 mil pesos por carga -uno en marzo y el otro, en agosto-, significan colocar recursos en la sociedad, particularmente en los más pobres, para que la gente vaya al mercado y reactive la economía. Los créditos, la baja de tasas del Banco Central, que espero que se transmita a los clientes; los bonos y el conjunto de políticas que el Gobierno ha impulsado tienen como objetivo colocar más recursos para fortalecer el crecimiento de la economía y, con ello, el empleo. Si este criterio lo aplicara al ingreso mínimo, en el sentido de que su monto sea un poco mayor -ninguno de nosotros ha planteado un ingreso mínimo desmedido; ni siquiera la CUT, en las últimas conversaciones, planteó una cifra inalcanzable-, tendría un efecto positivo desde el punto de vista de que más chilenos accederían a una mayor cantidad de recursos para entrar en el mercado. Debemos pensar en el efecto positivo de los 40 mil pesos por carga familiar que se entregaron en marzo, dinero con el que muchas mamás pudieron comprar útiles escolares y uniformes, y pagar las matrículas. Es decir, con esos 40 mil pesos fueron al mercado y reactivaron el comercio. Eso se nota cuando se produce un efecto tan masivo, pues se trata de 2 millones de personas.
Vamos a aprobar el proyecto, porque hay un acuerdo en torno de los 165 mil pesos. Tal vez, el elemento más importante que nos lleva a aprobar el reajuste del monto del ingreso mínimo, pese al aumento tan contenido como el que observamos este año, es el aumento significativo de las asignaciones familiar y maternal. Se extiende el universo de trabajadores que las percibirán y habrá un aumento de 11,5 por ciento por carga para quienes ganan hasta 170 mil pesos. Es decir, con el aumento del tramo, hemos aumentado el universo en alrededor de 200 mil trabajadores. Por lo tanto, se pasa de 5.700 a 6.500 pesos. Hay un retoque para el resto de las asignaciones, pero en lo que acabo de señalar se concentra el mayor impacto, lo que fue solicitado con mucha fuerza por la CUT.
Por último, es importante lo señalado por muchos colegas, incluso por los diputados Dittborn y Von Mühlenbrock , en el sentido de que estos trabajadores no tienen capacidad de negociación. Eso nos hace reclamar en esta Sala, en el momento en que vamos a votar el proyecto en estudio, que el Gobierno envíe a tramitación el proyecto de ley para aumentar el número de trabajadores con capacidad de negociación colectiva y que otorgue mayor derecho a la sindicalización. Espero que el Gobierno, a través de la ministra Serrano y del ministro Velasco , envíe el proyecto de negociación colectiva, de manera de reforzar la capacidad de negociación. Hablaríamos en otros términos sobre el monto del ingreso mínimo si se contara con negociación colectiva extendida para todos los trabajadores de Chile.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , la sempiterna discusión sobre el ingreso mínimo, que año a año tenemos en esta Corporación, lleva siempre a señalar como argumento, para detractores o partidarios, que el aumento en demasía puede producir desempleo. Nadie ha logrado convencerme -he leído bastante sobre el tema- de que fijar el ingreso mínimo, por ejemplo, en 180 mil pesos, que es lo que pedían los trabajadores a través de la CUT, y no en 165 mil, que es el acuerdo al que finalmente se llegó -me dicen que la CUT no está de acuerdo-, generaría una catástrofe y desempleo. Es más, se señala que, en especial, la pequeña y mediana empresa serían las más afectadas y en las que se produciría mayor desempleo si se fijara un ingreso mínimo un poco más elevado.
He leído las opiniones del presidente de la Conapyme , que agrupa a cientos de miles de pequeños y medianos empresarios, quien señala textualmente que, en general, las pymes no contratan a trabajadores por el ingreso mínimo y que, a su juicio, un ingreso mínimo superior como el que propuso la CUT inicialmente, de 180 mil pesos, no generaría desempleo en las pymes.
Reitero, que he buscado literatura al respecto y no he podido convencerme de lo contrario. Una y otra vez, cuando el reajuste es un poquito más jugoso, economistas elevan sus voces para decir: “Mire, aquí va a aumentar el desempleo.”
Sin embargo, no he visto que ello suceda.
Por eso, estoy convencido de la insuficiencia del aumento que se presenta en este proyecto de ley, aprobado por la Comisión de Hacienda. Por consiguiente, de manera responsable, anuncio que no voy a votar a favor.
Después de tantos años de trayectoria en la Cámara, no me parece adecuado sostener siempre la misma discusión y terminar votando a favor, pese a no tener la convicción profunda de que estamos haciendo un aumento razonable. Por ello, voy a votar en contra este proyecto de ley.
Sin lugar a dudas, voy a votar a favor del aumento de las asignaciones familiares, por lo que pido votación separada de los respectivos artículos.
Quiero señalar un ejemplo. Hace unos días estaba en huelga un sindicato en mi región, en la comuna de Tierra Amarilla. Me refiero a las trabajadoras de la empresa de alimentación en faena Sodexho , que elaboran y entregan la alimentación a la compañía minera Candelaria . Se trataba de una huelga legal, en la que la mayoría de las participantes eran mujeres. Me reuní con ellas muy temprano en la mañana, conversamos y empezamos a ver sus remuneraciones. La inmensa mayoría de las trabajadoras de esa empresa ganaban el ingreso mínimo y aspiraban a tener una remuneración mayor a través de un proceso de negociación colectiva, con todos los defectos que éste tiene. Sufrieron una represión, porque efectuaron una manifestación en la calle y, en forma rauda, e incluso algunas recibieron algunos golpes, las fuerzas especiales de Carabineros llegaron a disolverla. La empresa para la cual ellas trabajan, que es la contratante de su empleador, es la compañía minera Candelaria , que tiene ingresos bastante sustanciosos. Si uno revisa sus ganancias en 2008 y 2007, comprueba que éstas bordean los mil millones de dólares. Y si revisamos los últimos cuatro o cinco años, advertimos que han tenido, durante toda su historia -de manera legítima, por cierto-, importantes utilidades.
Entonces, ¿cómo es posible que una empresa con importantes utilidades -en buena hora que las tenga- termine pagando el ingreso mínimo a quienes entregan alimentación a sus trabajadores a través de una empresa contratista internacional como Sodexho?
El ingreso mínimo es un seguro, porque hay empresarios que abusan, aunque no son todos. Incluso, el presidente de la Conapyme dice que ellos pagan más que el ingreso mínimo, y no les preocupa que se fije en 180 mil pesos, y ven en éste algo así como un mínimo ético, en circunstancias de que no lo es. El ingreso mínimo es el mínimo legal. El mínimo ético dependerá de la relación y de las condiciones que tenga la propia empresa, porque, sin lugar a dudas, también tienen una obligación, más allá de la ley.
En esta materia, especialmente en empresas solventes, el ingreso mínimo no es el mínimo ético; éste es superior. En la búsqueda de una digna remuneración, así lo han propuesto obispos, como monseñor Alejandro Goic , y otras altas autoridades.
Por eso, anuncio que voy a votar en contra de la disposición respectiva. Además, en general, quienes ostentamos cargos de representación popular o los ejecutivos de las empresas, tenemos remuneraciones que superan en veinte o treinta veces las más bajas.
Hay informes -el otro día leía uno- de organismos internacionales, como de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, Ocde, y otro de la Cepal, que señalan que uno de los graves problemas de la economía chilena es, precisamente, la desigualdad, porque el 20 por ciento más pobre recibe remuneraciones trece o catorce veces más bajas que el 20 por ciento más rico.
Aspiro a un país distinto, y tengo la convicción de que un ingreso mínimo de 180 mil pesos no vaya a provocar un descalabro o desempleo. Me lo han dicho los pequeños y medianos empresarios y también lo indica la experiencia práctica.
En Atacama, corporaciones que tienen grandes utilidades, usan el ingreso mínimo como mínimo ético, y cada vez que pueden, con el sistema de subcontrataciones, no pagan más allá de ese monto, como en el ejemplo que di, que conozco personalmente.
Entonces, en este Chile tan injusto -que seguimos construyendo-, pese a todos los esfuerzos y a las buenas intenciones que, no me cabe duda, tiene el Gobierno, es posible avanzar un poco más en la búsqueda de la igualdad de oportunidades.
Se han hecho esfuerzos importantes, como la entrega de los bonos, pero tenemos que ser un poquito más audaces.
Me van a decir que no es el momento, que estamos en una situación recesiva, que la crisis financiera, en fin. Siempre hay una razón para no subir el ingreso mínimo a un nivel razonable. ¡Estamos hablando de 180 mil pesos!
¿Cuánto gana el 20 por ciento más rico y el 20 por ciento más pobre? En promedio, la diferencia es de trece veces.
¿Ése es el país que queremos construir?
No creo que con un ingreso mínimo de 180 mil pesos se produzca la alteración que algunos señalan.
En todo caso, pido que se vote en forma separada la disposición relacionada con las asignaciones familiares, que aprobaré, y en señal de rebeldía, rechazaré el aumento del ingreso mínimo a 165 mil pesos, porque me parece muy poco y porque grandes corporaciones, que tienen utilidades y recursos, es el que pagará a muchos de sus trabajadores.
Por eso, hay que subirlo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Cito a reunión de Comités, para fijar el procedimiento que seguiremos en el tratamiento del siguiente proyecto de ley.
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente , en la Comisión de Hacienda dijimos que apoyaríamos las propuestas del Ejecutivo si eran razonables y prudentes.
Consideramos que vale la pena reconocer el esfuerzo que se ha hecho por incrementar el guarismo de 2,5 a 3,7 puntos, cosa que se logró tras una negociación, a pesar de estar enfrentados a una coyuntura económica compleja, en la que todos los números indican que la economía mundial está cayendo y la situación interna tampoco es fácil, por lo que se debe hacer compatible el empleo con las expectativas de crecimiento futuro.
En este sentido, podemos debatir latamente si la cifra del ingreso mínimo es justa o injusta y tener muchas aspiraciones sobre el particular. Indudablemente, a todos nos gustaría que fuera mucho más alta, pero tales aspiraciones hay que contrastarlas con la fría y cruda realidad. Por eso, nos parece razonable el incremento del salario mínimo en 6 mil pesos.
También nos parece interesante la mayor focalización de la asignación familiar, lo que implica, primero, más cobertura al tramo de menores ingresos y, segundo, aumento de su monto. De una u otra manera, el incremento de la asignación familiar viene a mejorar la economía familiar, sin distorsionar el mercado del trabajo.
Por estas razones, la Unión Demócrata Independiente va a apoyar el proyecto en los términos en que fue aprobado en la Comisión de Hacienda.
He dicho.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , con anterioridad expresé, públicamente, incluso en un artículo, la legitimidad de la posición de la Central Unitaria de Trabajadores y mi solidaridad con ella, fundamentalmente, por cuanto, aun entendiendo que estamos en una situación mundial crítica, igual produce frustración e impotencia que siempre sean los trabajadores quienes terminen pagando una crisis que no buscaron y de la que no son responsables, ya que es producto de la codicia, del afán especulativo y del deseo de enriquecerse a costa de ellos. Por eso, a la hora de apretarse el cinturón, duele que siempre sean los trabajadores a quienes pidamos prudencia y restricciones.
Sin embargo, después de largas y arduas negociaciones -siempre es positivo que haya diálogo-, finalmente se llegó a acuerdo.
Esta mañana, quiero decir que me duele que no podamos dar más de la cifra indicada en el proyecto. Pero hay que ser responsable. Si bien el aumento no responde a lo que queríamos, a lo que buscábamos, a lo que deseábamos, de alguna manera se compensa con la asignación familiar. En definitiva, es más de lo que inicialmente ofreció el Ministerio de Hacienda.
En algún momento, el país seguirá caminando con más fuerza por la senda de protección social, de la que nos sentimos orgullosos, porque reconocemos el compromiso de la Presidenta de la República -no sólo lo hacemos nosotros, sino la ciudadanía-, especialmente en un período de crisis, en que somos capaces de gastar y de proteger a los más vulnerables.
Ya es tiempo de que el país entienda que no es sano para nuestra sociedad mantener tan profundas y enormes desigualdades, que son muy dolorosas. Es difícil proyectarse con una tasa de desempleo como la que tenemos. Sólo ese sentido de la responsabilidad nos hace entender que no se puede pretender llegar al denominado “salario ético” planteado en su momento por monseñor Alejandro Goic , que la Comisión constituida al respecto también propuso.
Al respecto, espero que en algún momento avancemos, en forma decidida, y entendamos que los trabajadores no pueden seguir siendo los que siempre paguen el costo, los que deben ser prudentes y los que tienen que ajustarse el cinturón. Regularmente se plantea el mismo discurso y se manifiesta lo delicado de aumentar mucho el ingreso mínimo, aunque sea bastante menor el porcentaje que se proponga.
Como ocurre año tras año en esta Sala, duele tener que votar los reajustes, porque, en los hechos, los trabajadores no reciben un incremento real y, obviamente, no es lo que deseamos.
Reitero que los trabajadores no pueden seguir siendo quienes paguen los costos de las crisis y de una economía que, obviamente, pasa por una situación difícil. Me gustaría que termináramos con las enormes y profundas desigualdades que todavía nos siguen acompañando. Espero que, en el futuro, las mejoras se noten y lleguen realmente a quienes corresponde.
Celebro las políticas de protección social y reconozco los esfuerzos que se están realizando. Los bonos y los demás beneficios entregados son extremadamente apreciados por la población y, sin duda, la gente percibe el esfuerzo de nuestra Presidenta de la República , por eso su tan alto porcentaje de adhesión. Deberíamos estar muy conscientes de lo que ello significa, precisamente, porque pocos países pueden, en momentos de crisis como los que padecemos, implementar políticas sociales tan importantes destinadas a proteger a los más vulnerables.
Llegó la hora de realizar una auténtica reforma tributaria, de elevar la tasa impositiva a las ganancias de las empresas -no de las personas- y de entender que mientras más diálogo social y participación haya entre las empresas y sus trabajadores, probablemente nos irá mejor como país.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Cerrado el debate.
Un gran número de diputados inscritos no puede intervenir, procederé a nombrarlos para dejar constancia de su interés en participar en el debate. Ellos son la señora Pérez, doña Lily, y los diputados señores Lobos, Correa, Ulloa, Delmastro, Alinco, Enríquez-Ominami, Rossi, Sule y quien habla, que pueden insertar sus discursos en el Boletín de esta sesión.
El señor ALINCO.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado René Alinco.
El señor ALINCO.-
Señor Presidente , con mucho respeto, solicito que pida la unanimidad de la Sala para continuar con el debate sobre el proyecto de ley que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, porque es un tema muy importante. Lamentablemente, todos los años le ponemos tiempo límite a la discusión correspondiente.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Diputado señor Alinco, comprendo su solicitud, y por eso mencioné que había muchos diputados que no habían podido intervenir. Ya lo hicieron catorce, pero por razones reglamentarias procedí a cerrar el debate.
El señor ALINCO.-
Se puede modificar esa decisión, señor Presidente .
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Sin duda, señor diputado , pero estaba dándole las explicaciones del caso.
Pido la unanimidad de la Sala para continuar la discusión del proyecto de ley que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual.
No hay acuerdo.
El señor ALINCO.-
¿Quiénes son esos diputados que no dan la unanimidad? Deberían dar la cara.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , pido que recabe la unanimidad de la Sala para que intervenga el diputado Alinco , ya que él fue dirigente de los trabajadores y, por lo tanto, considero que su opinión es muy importante.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
¿Habría unanimidad para acceder a la solicitud del diputado Jaime Mulet?
No hay unanimidad.
En consecuencia, procederemos en los términos acordados por los Comités.
-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala y que cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:
El señor CORREA .-
Señor Presidente , honorable Cámara, la semana pasada aprobamos el otorgamiento de un bono de $ 40.000 a las personas más desprotegidas y perjudicadas por la crisis internacional. En aquella oportunidad el ministro de Hacienda , Andrés Velasco , recibió aplausos de todos los diputados que valorábamos el haber tenido la visión de haber ahorrado en tiempo de vacas gordas y que permitía tener los recursos para financiar el bono en cuestión y que constituye la red de protección que corresponde cuando hay muchas familias que lo están pasando mal.
Hoy estamos discutiendo el monto que debe darse como salario mínimo. Creo que es oportuno señalar que debemos ser muy cautelosos con el reajuste de éste por las razones siguientes:
En primer lugar, algunos economistas sostienen que al ritmo como se están gastando estos ahorros, éstos se acabarían antes de un año. El aumento del gasto público producto de las últimas medidas anunciadas por la Presidenta Bachelet en su mensaje del 21 de Mayo, sumados a los últimos anuncios, llegan a un porcentaje aproximadamente al 15%, cifra récord en los últimos diez años;
En segundo lugar, hay que tener presente que debido a la menor actividad empresarial, el ingreso fiscal también ha bajado casi a la mitad de lo normal. Lo anterior permite pensar que seguir con la red de protección social el próximo año es casi imposible, y
3º.- Un incremento desmedido del salario mínimo puede aumentar peligrosamente la cesantía y la pobreza, lo que no permitiría al Estado mantener la llamada protección social.
Por las razones descritas, yo votaré favorablemente el salario mínimo que indica este proyecto de ley, por considerarlo prudente ante la situación económica que está afectando a nuestro país más allá de lo previsto.
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
En votación general el proyecto de ley que reajusta monto del ingreso mínimo mensual, las asignaciones familiar y maternal y el subsidio familiar.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará también en particular, con excepción del artículo 2º, para el cual el diputado señor Mulet ha pedido votación separada.
Aprobado.
En votación el artículo 2º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 87 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Despachado el proyecto.
ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL. Segundo trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo que aprueba el “Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional”, adoptado en dicha ciudad el 17 de julio de 1998.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Renán Fuentealba.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín N° 6560-10, sesión 40, en 11 de junio de 2009. Documentos de la Cuenta N° 3.
-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana. Documentos de la Cuenta N° 3 de esta sesión.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, informo el proyecto de acuerdo aprobatorio del “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”, adoptado el 17 de julio de 1998, que conoce esta Corporación en segundo trámite constitucional, con urgencia calificada de suma.
La Corte Penal Internacional es una institución permanente, independiente y vinculada a las Naciones Unidas, de carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales, con competencia para juzgar a las personas responsables de crímenes que impactan a la comunidad internacional en su conjunto.
Este tratado fue aprobado por 120 de los 160 Estados participantes en la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional, de los cuales 108 países lo han ratificado.
La Conferencia, convocada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante resolución 51/207, de 17 de diciembre de 1996, se reunió en la sede de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, en Roma, del 15 de junio al 17 de julio de 1998.
El texto que sirvió de base al Estatuto fue primeramente estudiado por la Comisión de Derecho Internacional de la ONU, luego analizado por un Comité Especial, y concluido, finalmente, por el Comité Preparatorio, constituido por la Asamblea General, en virtud de sus resoluciones 49/53, de 1994, y 50/46, de 1995. A Chile le correspondió ejercer una de las vicepresidencias de la Conferencia. Entre los países que votaron a favor se pueden mencionar, conforme a dicho oficio, tres de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad: Francia, Inglaterra y la Federación Rusa. Siete votaron en contra: Estados Unidos, la República Popular China, Israel , Irak, Libia , Yemen y Qatar, y veinte se abstuvieron.
La principal objeción de los Estados Unidos se vinculó al concepto de jurisdicción de la Corte y su aplicación o ejercicio respecto de Estados no Partes en el Estatuto. En materia de agresión reiteró el papel que le compete al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. China por su parte, sostuvo que el poder otorgado a la Sala de Cuestiones Preliminares para controlar la iniciativa procesal del fiscal no era suficiente y que la adopción del Estatuto en la Conferencia de Roma debería haber sido por consenso y no por voto. Finalmente Israel señaló que no lograba comprender que la acción de transferir poblaciones a territorios ocupados fuera incluida en el Estatuto entre los crímenes de guerra.
Los tribunales penales internacionales que han precedido a esta Corte, han sido los de Nüremberg y Tokio, creados para juzgar a responsables de delitos cometidos durante la Segunda Guerra Mundial, y los establecidos con motivo de los conflictos armados en la ex Yugoslavia y Ruanda.
Todos estos tribunales han tenido competencia temporal, personal y territorial limitada; en cambio, la de la Corte será una competencia permanente, impersonal y universal.
Nuestro país, que participó desde sus inicios en dicha Conferencia, apoyó claramente el establecimiento de esta Corte, firmando el Estatuto el 11 de septiembre de 1998. Específicamente, respaldó la plena independencia de la Corte Penal Internacional, tanto de los Estados como de cualquier organización internacional; apoyó el principio de complementariedad, en virtud del cual los primeros llamados a conocer de los delitos de competencia de la Corte son los Estados parte; impulsó la jurisdicción inherente o automática de la Corte respecto de todos los delitos de su competencia, de manera que un Estado por el hecho de hacerse parte del Estatuto reconoce dicha competencia, sin que se requiera de ulteriores consentimientos individuales; acordó el criterio de que los crímenes de guerra pueden ser cometidos tanto en el marco de conflictos armados internacionales como en los conflictos armados que no tienen carácter internacional, siempre que en estos casos se superara un cierto umbral que fuera más allá de los simples desórdenes o alteraciones del orden público; respaldó la inclusión del crimen de agresión dentro de la competencia de la Corte, lo contrario implicaría un retroceso en relación con otros tribunales internacionales anteriores; y, por último, propició el poder de iniciativa conferido al fiscal en materia de investigación de los delitos de competencia de la Corte.
Cabe recordar que el proyecto de acuerdo en informe no es nuevo para nosotros y puede justificar que una materia de tan relevante importancia sea tratada con suma urgencia. Al respecto, permítanme hacer algunas consideraciones.
El 5 de enero de 1999, el Gobierno ingresó a tramitación en la Cámara de Diputados el proyecto de acuerdo aprobatorio del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptado el 17 de julio de 1998. La Comisión de Relaciones Exteriores hizo un acabado estudio del Tratado y en audiencias públicas recibió la opinión de los más destacados académicos, constitucionalistas y representantes de institutos de asesoría política y parlamentaria. Lo propio hizo la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de esta honorable Corporación y se recabó la opinión de la Corte Suprema que hizo una extensa alegación al respecto. Fue aprobado en general y en particular en la sesión del 22 de enero de 2002.
Durante la discusión del proyecto de acuerdo en la Sala, el 4 de marzo de 2002, un grupo de diputados presentó un requerimiento ante el Tribunal Constitucional y solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del Estatuto de Roma. El requerimiento fue acogido por sentencia rol 346, del 8 de abril de 2002, declarando que para su aprobación y ratificación el Tratado requería de reforma constitucional previa.
En tales circunstancias, en abril de 2002, el Gobierno envió un proyecto de reforma constitucional al Senado, habilitando al Estado chileno para ratificar el Tratado. Conjuntamente, se presentaron otras iniciativas a fin de tipificar los delitos de competencia de la Corte Penal Internacional, para lograr los consensos necesarios que permitieran la aprobación del Tratado. Lo anterior se tradujo en la dictación de la ley Nº 20.352, promulgada el 26 de mayo de 2009, que autoriza al Estado de Chile para reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y, al mismo tiempo nuestro país reafirma su facultad preferente para ejercer su jurisdicción penal en relación con la jurisdicción de la Corte, y declara que la competencia del organismo internacional sólo podrá ejercerse respecto de crímenes cuyo principio de ejecución sea posterior a la entrada en vigor en Chile del Estatuto de Roma.
No obstante que el Ejecutivo consideró que la sentencia del Tribunal Constitucional no tenía efectos anulatorios de lo obrado por la Cámara de Diputados, por lo que era posible continuar con su tramitación en el Senado, el Poder Ejecutivo determinó retirar dicho proyecto de acuerdo para evitar un cuestionamiento posterior y, el 9 del mes en curso, el Gobierno presentó en el Senado un nuevo proyecto de acuerdo, que fue despachado por la Sala al día siguiente y que hoy está sometido al estudio de esta Sala.
Antes de entrar al análisis de la normativa del Acuerdo, me referiré a las limitaciones a la competencia de la Corte Penal Internacional.
En virtud del principio de la irretroactividad de la ley penal, que el Estatuto recoge en una de sus disposiciones, la Corte será competente sólo para conocer de delitos cometidos después de la entrada en vigor de este instrumento.
Para los Estados que lo declaren expresamente, ella sólo podrá conocer de delitos de guerra producidos después de siete años de su vigencia.
Por último, una vez que ella entre en funcionamiento, deberá regirse por el principio fundamental de la complementariedad, según el cual, la Corte no sustituye los tribunales nacionales de los Estados Parte, sino que actúa en ausencia o en subsidio de ellos (artículos 11, Nº 1; 24, Nº 1; 17 a 9 y 124).
En cuanto a la estructura y contenido del Estatuto, debemos decir que éste consta de 128 artículos, divididos en trece Partes, cuyos contenidos fundamentales son, en breve resumen, los siguientes:
La primera parte se refiere a la creación de la Corte como institución permanente, facultada para juzgar personas naturales, mayores de 18 años; establece su vinculación a las Naciones Unidas, pero como órgano independiente de la estructura de dicha organización internacional; determina su sede en la ciudad de La Haya, y le otorga personalidad y capacidad jurídica internacional y jurisdicción en el territorio de los Estados miembros.
En cuanto a su competencia, ella es limitada, únicamente, al juzgamiento de los crímenes de genocidio; de lesa humanidad, de guerra y de agresión, cometidos después de la entrada en vigor del Estatuto, todos declarados imprescriptibles. Su funcionamiento se regirá por el principio fundamental de la complementariedad, enunciado en el preámbulo del Estatuto y desarrollado en sus disposiciones relativas a la admisibilidad de un asunto sometido a su conocimiento. Según dicho principio, la Corte no sustituirá a los tribunales nacionales, ni será una instancia de apelación de sus resoluciones. Es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales. No obstante el establecimiento de la Corte, serán los sistemas penales nacionales los llamados prioritariamente a conocer y sancionar las conductas delictivas descritas en este Estatuto. Fundamental es tener presente que este Estatuto no admite reservas.
En su normativa se define lo que debe entenderse por actos de genocidio, por crímenes de lesa humanidad, por ataque generalizado o sistemático contra una población civil y por crímenes de guerra, entendiendo por éstos últimos las infracciones graves de los Convenios de Ginebra, de 1949, aplicables a los conflictos armados internacionales y a los que no son de índole internacional, conforme al artículo 3º, común a dichos Convenios y otras violaciones graves de las leyes y usos aplicables a los conflictos armados que no sean de índole internacional, dentro del marco del derecho internacional. En total, se describen cincuenta actos que pueden significar violaciones de esta normativa.
Quedan incluidos en la competencia de la Corte, los conflictos armados que tienen lugar en el territorio de un Estado cuando existe un conflicto prolongado entre las autoridades gubernamentales y grupos armados organizados. Expresamente se excluyen las situaciones de disturbios y tensiones internas, como motines, actos aislados y esporádicos de violencia u otros actos similares.
Se establece que los Estados Partes, el Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas y el Fiscal de la Corte son los únicos titulares de la acción penal ante la Corte. A los particulares, víctimas o familiares, no se les otorga acción directa ante la Corte. Asimismo, se señala quienes podrían impugnar la admisibilidad de la causa.
En virtud del principio básico de la cosa juzgada, nadie será procesado en razón de conductas constitutivas de crímenes por las cuales ya hubiere sido condenado o absuelto por la Corte; así como ésta no procesará a nadie que lo haya sido por otro tribunal en razón de hechos constitutivos de los delitos que son de competencia de la Corte, a menos que el proceso en el otro tribunal obedeciera al propósito de sustraer al acusado de su responsabilidad penal o el proceso no hubiere sido instruido en forma independiente o imparcial.
La Corte deberá aplicar en sus procedimientos, en orden sucesivo, el derecho internacional siguiente: en primer lugar, el derecho especial aprobado por los Estados Partes en el Estatuto, los Elementos del Crimen y sus Reglas de Procedimiento y Prueba; en segundo lugar, cuando proceda, los tratados, principios y normas de derecho internacional, incluidos los establecidos para los conflictos armados; en tercer lugar, los principios generales del derecho que derive la Corte del derecho interno de los principales sistemas jurídicos del mundo, y en cuarto lugar, la propia jurisprudencia de la Corte.
Precisamente, en la Parte III se establece la aplicabilidad por la Corte de los siguientes principios generales de derecho penal: nullum crimen y nulla poena sine lege: no hay delito ni pena sin ley, irretroactividad ratione personae: irretroactividad del Estatuto en relación con las personas; principio pro reo: en caso de ambigüedad de la norma, ella será interpretada a favor de la persona objeto de investigación; responsabilidad penal individual; improcedencia del cargo oficial: el Estatuto será aplicable por igual a todos sin distinción alguna, basado en el cargo oficial, sea la persona Jefe de Estado o de Gobierno, miembro de un gobierno o parlamentario, entre otros, y tampoco servirá tal condición para reducir la pena; responsabilidad de los jefes y otros superiores, y la presunción de inocencia de la persona investigada, mientras no se pruebe, en derecho, su culpabilidad.
Las causales eximentes de responsabilidad penal corresponden a las generalmente admitidas en el derecho interno de los Estados, tales como enfermedad o deficiencia mental, estado de intoxicación que prive de la capacidad de apreciar la ilicitud o naturaleza de la conducta, defensa propia o de un tercero o acto esencial para realizar una misión militar, y el error de hecho y el de derecho, cuando hacen desaparecer el elemento de intencionalidad requerido por el crimen.
Más adelante, en la Parte IV, se consideran las normas relativas a la composición y administración de la Corte: sus órganos, los magistrados que lo integran en régimen de dedicación exclusiva, elegidos entre personas de alta consideración moral, imparcialidad e integridad, de reconocida competencia en derecho y procedimientos penales, en derecho internacional, tales como el derecho humanitario y los derechos humanos; la Fiscalía, órgano independiente, separado de la Corte, y en las Partes V, VI, VII, VIII y X se regulan la investigación y el enjuiciamiento; se determinan los derechos del acusado; se consignan las normas destinadas a la protección de las víctimas y los testigos que comparezcan en el juicio; se establecen los medios de prueba; las penas que podrá aplicar la Corte, entre las cuales se menciona la reclusión, por no más de 30 años o a perpetuidad, según la gravedad y circunstancias del delito; multas y decomiso del producto, los bienes y los haberes procedentes del delito.
Además, se establece un fondo fiduciario en beneficio de las víctimas de crímenes de la competencia de la Corte y de sus familias; los recursos de apelación y revisión que se podrán interponer en contra de los fallos dictados por la Corte y la ejecución de las penas.
La Parte IX se refiere la cooperación internacional y la asistencia judicial en relación con la investigación y el enjuiciamiento de los crímenes de competencia de la Corte, entre las cuales cabe destacar la obligación de los Estados de cooperar con la Corte; el deber de los Estados de asegurarse de que en el derecho interno existan procedimientos aplicables a todas las formas de cooperación previstas en el Estatuto, entre ellos, para la detención y entrega de personas y la tramitación de solicitudes o la obtención de pruebas, y el principio de la especialidad, en virtud del cual quien haya sido entregado a la Corte no será procesado, castigado o detenido por una conducta anterior a su entrega, a menos que ésta constituya la base del delito por el cual fue entregado.
Más adelante, en las partes XI y XII se reglamenta la Asamblea de los Estados Partes y el financiamiento de la Corte.
Las cláusulas finales del Estatuto, dispuestas en la Parte XIII, se refieren a la solución de controversias, que deberán ser resueltas por la propia Corte, por negociaciones o por la Asamblea de los Estados Partes; la no admisibilidad de las reservas; el derecho de todo Estado Parte a denunciar este Estatuto, enmiendas y revisión del Estatuto, firma, ratificación, aceptación, aprobación o adhesión y entrada en vigor.
En relación con el orden normativo interno, hay que tener presente que este Estatuto tendrá el rango jurídico de ley una vez aprobado y promulgado, de manera que para los efectos del artículo 76 de la Constitución Política es un instrumento jurídico idóneo.
Cabe recordar también que por la vía del tratado nuestro país ha autorizado el establecimiento de otros tribunales internacionales, unos permanentes, como la Corte Internacional de Justicia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Centro Internacional para la Solución de Diferencias entre un Estado e Inversionistas de otro Estado y los Tribunales Arbitrales, establecidos en el Tratado de Paz y Amistad entre Chile y Argentina, de 1984, y en Convenciones sobre Promoción y Protección recíproca de Inversiones.
Los principios de derecho penal aplicables por la Corte y los derechos reconocidos a quienes sean objeto de detención o condena a causa de investigaciones o enjuiciamientos llevados a cabo conforme a este Estatuto, son armónicos con las garantías constitucionales relativas al proceso penal y los derechos de las personas.
En todo caso, el Estatuto es un tratado marco que requerirá de acuerdos complementarios para su plena ejecución, como los instrumentos que deberá aprobar la Asamblea de los Estados Partes para establecer los elementos de los crímenes de competencia de la Corte y las reglas de procedimiento y prueba que ella deberá observar, además de otros relativos a la organización y funcionamiento interno de la Corte.
El Estatuto es un instrumento destinado a dar plena aplicación a convenciones internacionales de las cuales Chile es Estado Parte, como la Convención de las Naciones Unidas contra el Genocidio, los Pactos Internacionales sobre Derechos Políticos y Civiles, los Convenios de Ginebra, de 1949, y sus Protocolos adicionales; la Convención de Naciones Unidas y la Convención Interamericana contra la Tortura y Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes.
Por último, debe tenerse presente que el Estatuto no admite reservas, de manera que no hay más alternativa que aprobarlo íntegramente. A lo más, podría el Gobierno acogerse al artículo 124 para excluir de la competencia de la Corte los delitos de guerra por los primeros siete años de vigencia del Estatuto para Chile.
Por las consideraciones expuestas, la Comisión acordó proponer a la honorable Cámara que apruebe el artículo único del proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente , la aprobación del proyecto de acuerdo dará lugar a un hecho histórico, la ratificación del Estatuto de Roma, que crea la Corte Penal Internacional.
La bancada de la Democracia Cristiana lo aprobará porque es necesario, porque existe un amplio consenso al respecto y porque los delitos de lesa humanidad, de crímenes de guerra y de genocidio no deben quedar impunes. Su comisión debe ser juzgada y condenada por los tribunales correspondientes en el caso de que los tribunales nacionales no lo hagan, como ha ocurrido en algunos países, donde existe impunidad respecto de ellos.
Aprobaremos el proyecto, porque no hay ninguna duda respecto de su constitucionalidad y porque, además, la estructura y contenido del Estatuto concuerdan plenamente con el proyecto que aprobamos en la Cámara de Diputados y que tipifica los delitos de lesa humanidad, de genocidio y de crímenes de guerra y con la modificación del artículo 94 del Código Penal, que los declara imprescriptibles y no amnistiables.
Hemos adecuado nuestra institucionalidad; por ejemplo, hemos declarado imprescriptibles todos los delitos mencionados y hemos modificado el artículo 94 del Código Penal. Asimismo, hemos modificado la parte pertinente de la Constitución Política, donde reconocemos la jurisdicción de los tribunales internacionales, en este caso, de la Corte Penal Internacional. Pero, además, defendemos nuestra soberanía, cuando señalamos que Chile reafirma su facultad preferente para ejercer su jurisdicción penal, es decir, este tribunal va a actuar en forma subsidiaria y complementaria de los tribunales nacionales cuando éstos no ejerzan la jurisdicción que les corresponde o sencillamente no actúen de la manera como se les señala.
Por otra parte, acaba de llegar un informe del Tribunal Constitucional, en el que se declara que es absolutamente lícito y constitucional el artículo 44 del proyecto que aprobamos acá. Es decir, éste es un momento histórico. La Cámara de Diputados aprobará el Estatuto de Roma y se ratificará en consecuencia la Corte Penal Internacional; era una deuda y un deber que tenía Chile. Nuestra institucionalidad está adecuada a los fines y objetivos de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional para perseguir crímenes que se cometen en el mundo.
Para que no queden dudas al respecto, debemos decir que el Estatuto no tiene efecto retroactivo.
Debemos sentirnos satisfechos y honrados de que hoy, por fin, daremos cumplimiento a un compromiso internacional que Chile suscribió hace muchos años, con la aprobación, ojalá por la unanimidad, del proyecto de acuerdo aprobatorio del Estatuto de Roma.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Iván Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente , resulta evidente que para el análisis de un tratado de esta naturaleza deba considerarse la visión que hoy se le da en el ámbito del derecho internacional al concepto de soberanía.
Desde esa perspectiva, el Tratado resulta contrario no sólo a nuestra institucionalidad, sino que también al orden internacional.
Desde la carta de las Naciones Unidas, el criterio que prima, relativo al concepto de soberanía, es el de la igualdad soberana de los estados, en buenas cuentas, la soberanía tiene limitaciones, pero a nivel internacional lo que importa es el reconocimiento de la igualdad entre los Estados.
La Corte Penal Internacional contiene un conjunto no despreciable de normas que ponen en duda la igualdad soberana de los Estados. China, al igual que Rusia y Estados Unidos, tampoco han suscrito el Tribunal Penal Internacional, en estos tres últimos casos, se ha dado fundamentalmente por motivos de cesión de soberanía a un órgano internacional.
El concepto de justicia universal puede consolidar, en lugar de resolver, las injusticias globales. Peor que una justicia internacional incompleta, es una justicia internacional desfigurada, selectiva y sometida a intereses políticos.
Las razones esgrimidas por los países más poblados, nos permiten concluir que por ahora más de la mitad de la población mundial queda fuera de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, situación que facilita la politización del órgano en cuestión.
En efecto, el hecho de que los ciudadanos de los países más influyentes del mundo queden fuera de la fiscalización de dicho tribunal y que, además, tengan posibilidad de influir en ella a través de su presencia en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, nos lleva a pensar que no faltarán tentaciones para utilizar el órgano de acuerdo con determinados intereses que se quieran promover. La facultad de suspender cualquier procedimiento judicial llevado a cabo por la Corte, constituye una buena herramienta para lo anterior. La Corte no ha dicho nada respecto de los presos en Guantámano, en circunstancias de que en estos casos hay evidente denegación de justicia de los Estados Unidos hacia dichas personas. Tampoco se ha señalado nada respecto del Tíbet, China no lo permite; mucho menos sobre la situación de los kurdos en Turquía. No debemos olvidar que Chile tiene bases militares.
Diez diputados de la UDI votaremos negativamente el proyecto, porque el tratado atenta contra la igualdad de los Estados y no estamos dispuestos a ceder soberanía a un organismo extranjero. Además, esto constituye una justicia de los grandes sobre los chicos.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , esta discusión ya se dio con anterioridad, tanto en la Comisión de Relaciones Exteriores como en esta Sala. Por eso, lamento que a pesar de los años transcurridos, del largo camino andado realizamos, incluyendo la aprobación de la reforma constitucional, todavía tengamos que escuchar -por cierto, legítimo en una democracia- palabras como las que acaba de expresar el diputado Moreira .
Al parecer, no se quiere avanzar en el derecho humanitario y no importa la ocurrencia de crímenes tan graves, como el de genocidio, de lesa humanidad, de guerra y, con posterioridad, con una definición precisa de agresión.
Lamento que estos diputados, posiblemente indiferentes, no tengan la capacidad de entender que la existencia de una Corte Penal Internacional de estas características, significa precisamente evitar tribunales ad hoc, como los de Nüremberg y de Tokio, inmediatamente después de la Segunda Guerra Mundial, o los establecidos por lo ocurrido en Yugoslavia y Ruanda, más recientemente.
Precisamente, por esos casos se crea una Corte permanente y profesional, que sólo actúa en forma subsidiaria en los estados que no estén en condiciones de aplicar la justicia cuando se cometan crímenes considerados imprescriptibles.
Que quede claro para el país quiénes entienden que debemos avanzar en el derecho internacional humanitario. Los crímenes más graves, como genocidio, lesa humanidad y de guerra no pueden quedar en la impunidad. Con la aprobación del Estatuto favorecemos la actuación de nuestros tribunales nacionales. Además, no tiene carácter retroactivo.
Pero todavía hay colegas que no son capaces de comprender que la humanidad avanza, afortunadamente, hacia la defensa del derecho internacional de los derechos humanos, sobre todo del derecho humanitario, en un mundo en el que, por desgracia, los conflictos armados y las guerras no han disminuido, sino que subsisten. De ahí la importancia de la creación de la Corte Penal Internacional.
Por eso, es histórico que una vez más en esta Sala podamos levantar nuestra voz para apoyar la existencia de la Corte Penal Internacional y rechazar la impunidad que se dio en ciertas situaciones. Con nuestro apoyo al Estatuto contribuiremos a que no haya más impunidad en el mundo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente , de acuerdo con el inciso tercero del N° 1 del artículo 54 de la Constitución, quiero sugerir la formulación de una reserva o declaración interpretativa, que se refiere al adecuado cumplimiento del artículo 36 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Me interesa dejar claramente establecido -haré llegar el documento a la Secretaría- que Chile mantiene su facultad de aprobar, calificar o dar el visto bueno al adecuado cumplimiento del artículo 36, que tiene que ver con la designación de los 18 jueces del Tribunal.
Como son elegidos por votación secreta, pido que se cumpla cabalmente el artículo 36, N° 8, letra a), el cual consigna que los Estados parte deben tener en cuenta que en la composición de la Corte haya representación de los principales sistemas jurídicos del mundo; distribución geográfica equitativa y una representación equilibrada de magistrados mujeres y hombres.
Como estas son decisiones políticas, fácilmente este artículo puede quedar en letra muerta. Por eso, propongo que se haga esa declaración interpretativa.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra, por dos minutos y medio, la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , Chile es un país pequeño, pero tiene una impronta en el concierto mundial. Tal impronta, en los albores del siglo XIX lo hizo ser “el asilo contra la opresión”. Desgraciadamente, durante 17 años se quebrantaron no sólo el estado de derecho, sino que se vulneraron brutalmente los derechos humanos.
Eso nos hace tener una tremenda responsabilidad histórica con este proyecto, en aras de lo que ha ocurrido en el mundo. Después de la Segunda Guerra Mundial, como lo dijo muy bien la diputada Isabel Allende, pudimos apreciar el funcionamiento de tribunales especiales, que tenían el sello inconfundible de los vencedores; por lo tanto, de la falta de objetividad.
Con la aprobación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, queremos que en forma subsidiaria conozca de aquellos atropellos brutales que repugnan a la conciencia humana. Es decir, que actúe cuando no haya justicia, sea ignorada o haya colapsado.
Es una verdadera garantía para los acusados. Además, se ha establecido que sólo funcionará hacia el futuro. Su articulado así lo confirma.
Esta discusión y aprobación es histórica, porque pondrá a los derechos humanos por encima de toda otra consideración. Incluso, nuestra Constitución se ha hecho eco de los convenios sobre derechos humanos. Por lo tanto, nos interesa que el Estatuto de Roma sea aprobado ojalá por unanimidad, porque es muy importante para el país en el concierto de las naciones.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA.-
Señor Presidente , en un mundo globalizado, cada día tienen mayor importancia los organismos internacionales relacionados no sólo con los tratados de libre comercio, desde el punto de vista económico, sino, también, con el derecho internacional humanitario.
Me asiste la convicción de que en la fortaleza del derecho está la defensa de los débiles. Por eso hoy esperamos que el proyecto de acuerdo aprobatorio del Estatuto sea aprobado, en segundo trámite constitucional, tal como lo hizo el Senado, a fin de que nuestro país ratifique la Corte Penal Internacional.
Como lo señaló el diputado informante , este tratado se adoptó el 17 de julio de 1998. Hace más de siete años, esta misma Sala, aprobó la creación de la Corte Penal Internacional. Pero como se indicó aquí, por lo señalado por el Tribunal Constitucional, fue necesario presentar una reforma constitucional para que este importante tratado internacional fuera parte de nuestro ordenamiento jurídico.
Me parece que no lesiona la soberanía y queda claramente establecido que funcionará sólo cuando los tribunales locales no cumplan su cometido ante los horrendos crímenes de lesa humanidad, de guerra o genocidio.
En los últimos años, felizmente hemos visto que nuestros tribunales de justicia están investigando los atropellos a los derechos humanos, en especial los crímenes durante la conmoción interna que sufrió nuestro país.
Pese a ser de dulce y agraz -dulce porque el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional será aprobado por la Cámara de Diputados y, de agraz, porque no puedo dejar de señalar que han pasado más de siete años para que pueda convertirse en ley de la república-, su aprobación permitirá ratificar el tratado que hará que nuestro país se sume al concierto de la naciones para que se respeten los derechos humanos, y cuando se transgredan, serán los tribunales nacionales los que operarán para suministrar justicia. Si por cualquier circunstancia no ocurriere, se entregarán los antecedentes a la Corte Penal Internacional.
La ratificación del acuerdo del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional dejará a nuestro país en buen pie para exigir que cada día más se respeten los derechos humanos en el mundo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, me alegra que Chile ratifique el Estatuto de Roma.
Nuestro país ha sido contradictorio. En su historia ha tenido muchas aperturas y ésta se ha enriquecido producto de los corrientes de pensamiento universales de los siglos XIX y XX, en aspectos claros y oscuros. ¡Para qué decir en el caso de los modelos económicos! Sin embargo, nos hemos demorado en aprobar este tratado que constituye un avance gigantesco para la humanidad.
En otras cosas, seguimos atrasados. Por ejemplo, en la modernización del Servicio Electoral y en la consideración de las minorías. Además, el centralismo del siglo XIX y el atraso en aspectos institucionales y jurídicos, hablan de manera inequívoca de nuestro rezago de cara al Bicentenario.
Sin embargo, pararnos frente al mundo como un país que no sólo es el campeón de los tratados de libre comercio, sino también de los derechos humanos y del respeto universal a los derechos humanos y en la persecución de los crímenes de lesa humanidad y de guerra, ocurran donde ocurran, y vengan de donde vengan, es algo que va a enaltecer a nuestra patria.
Por lo tanto, damos nuestro respaldo y confianza a que en un momento más, unánimemente, la Cámara de Diputados dé ese paso trascendental para Chile.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Eluchans.
El señor ELUCHANS.-
Señor Presidente , en la sesión del 20 de mayo, dijimos que, al aprobar el Estatuto de Roma asegurábamos un mundo con más respeto a los derechos humanos.
Asimismo, dábamos mayor seguridad jurídica y garantía para que, en lo interno, las democracias y los países suscriptores del tratado, sean más respetuosos de los derechos de las personas.
Por lo tanto, estamos contribuyendo a construir un mundo mejor y más estable para las futuras generaciones.
Sin embargo, no podemos olvidar que, para llegar a este momento, han debido transcurrir más de diez años. Hubo cuestionamientos constitucionales, negociaciones, discusiones y precisiones para llegar a un acuerdo que consistió en una reforma constitucional que introdujo un artículo 24 transitorio, nuevo, que señala una serie de precisiones jurídicas y conforme a las cuales hemos concurrido favorablemente tanto a aprobar dicha reforma como este proyecto de acuerdo.
Entendemos que, conforme al texto de la reforma constitucional, no hay razones políticas ni jurídicas que permitan rechazar este proyecto de acuerdo. Nos parece que no se está violentando ni arrebatando la soberanía, como se ha dicho, sino que voluntariamente se está cediendo parte de nuestra jurisdicción para casos específicos y concretos, como son los delitos atroces, de manera subsidiaria.
Pedí la palabra para hacer presente que, cuando concurrimos con nuestro voto favorable, lo hacemos sobre la base de que el proyecto de acuerdo está circunscrito a la reforma constitucional que aprobamos el 20 de mayo en esta Sala y que hoy es ley de la república.
Aunque algunos han estimado innecesaria esta precisión, he querido hacerla, puesto que el artículo único del proyecto de acuerdo dice pura y simplemente: “Apruébase el “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”, adoptado en dicha ciudad el 17 de julio de 1998.”. Por ello creo que esta precisión es importante.
Reitero, el Tratado nos parece un avance en un mundo civilizado.
Por lo tanto, votaremos favorablemente este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente , brevemente, quiero señalar que la aprobación del proyecto de acuerdo en discusión constituye un acto muy relevante, porque con esta decisión Chile se va a poner a la altura de las circunstancias y de sus responsabilidades con la comunidad internacional.
Más de cien países son partes de este Tratado, que tiene como uno de sus propósitos más relevantes, asegurar y garantizar justicia en materia de derechos humanos, más allá de las fronteras nacionales. Ése es el sentido y la trascendencia de aprobar el Estatuto de Roma.
Siento que había una deuda para con nuestra historia y con la comunidad internacional. Por lo tanto, también para con la imagen de Chile fuera de sus fronteras. Esta decisión estaba pendiente desde hace una década.
Desde esa perspectiva, hay que transmitir -después de largas conversaciones, negociaciones y construcción de acuerdos- que Chile se pone al día y paga su deuda. Sin duda, quienes ya concurrimos con nuestra decisión y nuestro voto, vamos a aprobar el proyecto de acuerdo aprobatorio del tratado que crea la Corte Penal Internacional.
Asumimos la responsabilidad que el Congreso Nacional tiene con la historia de Chile. No solamente con nuestro pasado, ni con lo que ocurrió en Chile, sino con formar convicción profunda respecto de la responsabilidad del país para mantener vigentes las obligaciones con la comunidad internacional respecto del respeto por los derechos humanos en Chile y en el mundo.
No era comprensible para la comunidad internacional que Chile aún no hubiera resuelto favorablemente su adhesión al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Por lo tanto, los socialistas vamos a apoyar esta decisión. Nos alegramos de que la Presidenta Bachelet logre materializarla.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente .-
Tiene la palabra la diputada señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Señor Presidente , voy a fijar la postura de nuestra bancada.
La incorporación de Chile al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional es una muy buena noticia.
Renovación Nacional, tanto por lo establecido en el programa de nuestro candidato presidencial, Sebastián Piñera, como por el trabajo de nuestros senadores, encabezados por Sergio Romero, y nuestros diputados, va a aprobar este acuerdo internacional.
Nos parece que autorizar al Estado de Chile a entregar competencia a la Corte Penal Internacional reitera la voluntad de hacer justicia en nuestro país, además de ser coherente con nuestro pensamiento político.
Quiero destacar dos aspectos que, a juicio de Renovación Nacional, son sustantivos en esta materia. Primero, el Estatuto no tiene un efecto retroactivo. Solamente se van a juzgar delitos que se cometan después de su vigencia. Es importante consignarlo. ¿Por qué? Porque el futuro está asociado a muchos fenómenos que tienen que ver con una nueva visión, más integral, de los derechos humanos en el mundo.
En segundo lugar, la Corte Penal Internacional no reemplaza a los actuales tribunales de justicia ni su competencia. Sólo va a actuar en la medida que nuestros tribunales no sean capaces o no ejerzan su rol en violaciones de los derechos humanos.
A nuestro juicio, el ingreso de Chile a la Corte Penal Internacional es una importante señal, porque la dimensión actual de los derechos humanos se relaciona con delitos como el genocidio, los crímenes de guerra, el terrorismo -que ha ido creciendo, por ejemplo, grupos que, de pronto, toman bajo las armas a territorios enteros en el mundo-; como también con personas que pueden sentir que sus derechos han sido vulnerados con el uso y abuso de las armas.
Para Renovación Nacional, hoy es un día importante que nos habla del respeto, de la dignidad, de un país que es parte del concierto internacional y en el cual no podemos estar ajenos ni exentos de participar con fuerza.
Por esa razón, nuestra bancada, por unanimidad, va a aprobar -tal como actuó Renovación Nacional en el Senado- el proyecto de acuerdo aprobatorio de la Corte Penal Internacional.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra, hasta por dos minutos y medio, el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI.-
Señor Presidente , parece increíble que nos hayamos demorado tanto en aprobar el Estatuto de Roma, por cuanto, simplemente, recoge la conciencia que cada vez más ha adquirido la humanidad, en el sentido de que hay que condenar ciertos delitos, muy claramente tipificados; no de varios delitos que nos puedan preocupar, en relación con las atribuciones de nuestros tribunales. Hablamos de la ejecución de delitos graves, de crímenes de guerra -establecidos en los Convenios de Ginebra-, de genocidio, con el fin de destruir a grupos nacionales, por razones étnicas o religiosas; hablamos de delitos de lesa humanidad que implican ataques generalizados a poblaciones civiles; en definitiva, hablamos de delitos brutales. ¿Y qué ha ocurrido cuando el mundo ha enfrentado la comisión de ese tipo de delitos? Ha constituido tribunales ad hoc que, obviamente, así como en Nuremberg, Yugoslavia o Ruanda, no son suficientemente objetivos. En cambio, ahora, la Corte Penal Internacional se va a dedicar en forma muy objetiva a sancionar a quienes hayan cometido esos delitos.
Eso no afectará la soberanía del país, en la medida que nuestros tribunales cumplan su función y competencia, incluso, se establece claramente que es deber de cada estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes de esta naturaleza. Por consiguiente, en nada afecta a nuestra soberanía. Es un avance.
Insisto en que la competencia de la Corte Penal Internacional solamente se refiere a esos delitos. Esto, además, perfecciona nuestra legislación, en el sentido de que ahora esos delitos han sido tipificados en nuestra ley penal; son imprescriptibles y todo lo que aprobemos acá rige para el futuro.
Realmente, es un avance que debemos apoyar; por eso, la bancada del PPD aprobará el proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En el tiempo de la bancada Independiente, tiene la palabra el diputado señor Pedro Araya.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente , en primer lugar, anuncio el voto favorable de la bancada PRI-Independiente a este proyecto. Con su aprobación, se termina un largo proceso que el país empezó hace algunos años. Días atrás, la Cámara, aprobó la tipificación y sanción de delitos de lesa humanidad y, hoy, con la ratificación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, avanzamos en la protección jurídica de los derechos humanos. Así el país puede ingresar plenamente a la Corte Penal Internacional.
Nos habría gustado que eso se hubiere determinado desde el primer momento, pero las circunstancias políticas e históricas no lo permitieron. Lo importante es que hoy Chile está dando una muestra concreta de su apego al respeto a derechos humanos, al señalar que en el país va a haber protección jurídica en el caso de que algún chileno o chilena sea víctima de delitos de lesa humanidad o de crímenes de guerra, cuando nuestro Poder Judicial no pueda actuar o lo haga en forma inadecuada.
Con esta ratificación, de una vez por todas, ingresamos a las grandes ligas jurídicas internacionales, ya que ésta es una aspiración muy sentida de toda la comunidad de naciones, donde hoy se aprecia nuevamente la protección que se está dando a los derechos humanos. Los derechos humanos pasaron a ser un tema prioritario en el mundo después de la Segunda Guerra Mundial, cuando se creó el tribunal de Nuremberg. A partir de esa experiencia, se fue gestando la Corte Penal Internacional que, en la actualidad, asegura protección jurídica a todos los habitantes en cuanto a delitos de guerra y de lesa humanidad.
Felicito el esfuerzo de la Presidenta Michelle Bachelet por sacar adelante este proyecto, el cual esperamos sea aprobado unánimemente por la Sala.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
En el tiempo de la bancada del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Sule.
El señor SULE.-
Señor Presidente , con el regreso de la democracia el país volvió a legitimarse en la comunidad internacional. Incluso, se convirtió en un referente económico para muchos países. Sin embargo, en el ámbito de los derechos humanos, de no ser por las iniciativas que hemos aprobado en los últimos meses, nos habríamos mantenido prácticamente al margen.
Por eso, a ojo de cualquier ciudadano consciente, se hace impostergable la aprobación legislativa del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional para su ratificación. Claramente, este trámite se dificultó por la negativa de la Derecha que consideró que se estaría entregando parte de nuestra soberanía a una instancia extranjera.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
¡No es verdad!
El señor SULE.-
Decir eso es no entender la política global que hoy impera en el mundo entero, ni comprometerse con la defensa universal de los derechos humanos -que también son universales-; más aún cuando nuestro propio Tribunal Constitucional la ha reconocido como legítima y constitucional.
Más pareciera que esta negativa de algunos parlamentarios se origina de un profundo temor atávico proveniente, en algunos casos, de sus años de contemplaciones -por decir lo menos- con una dictadura, amén de una evidente ceguera de cómo opera un mundo globalizado.
En nombre de la bancada radical reafirmo nuestro compromiso de estar siempre por la defensa de los derechos humanos; por ello, votaremos a favor de este proyecto de acuerdo aprobatorio del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En el tiempo de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado señor Gabriel Silber.
El señor SILBER.-
Señor Presidente , estamos frente a un acto histórico y de ejercicio de la soberanía.
Durante el estudio del proyecto hemos contado con la participación de los ministros de Relaciones Exteriores y de la Secretaría General de la Presidencia.
Hoy se aprobará el proyecto de acuerdo aprobatorio del Estatuto de Roma gracias a un acuerdo con la Alianza. Hay que decir que hubo mucho debate; obviamente, polémica y resguardos; sin embargo, reitero, estamos frente a un acto importante, porque traspasamos soberanía hacia los ciudadanos, quienes, en el futuro, no solamente podrán ejercer sus derechos ante los tribunales nacionales, sino también, de manera complementaria, demandar justicia ante la Corte Penal cuando se trate de delitos calificados que, por su gravedad, requieran ser justiciables.
Quiero hacer especial mención al artículo 38, N° 8, respecto del cual, estamos ciertos, el Gobierno hará particular precisión y estará atento a su cumplimiento.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor ministro José Antonio Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO ( ministro secretario general de la Presidencia ).-
Señor Presidente , sólo quiero agradecer a todos los diputados que, durante un largo período, nos han acompañado hasta llegar a la aprobación -esperamos- de este tratado.
En nombre del Gobierno, celebramos estos consensos; nos parecen muy útiles para el país y ésta será, sin duda, una mañana histórica para la defensa de los derechos humanos y también para nuestra política exterior.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Señor Presidente , con toda franqueza y mucho cariño, le digo al diputado Sule que yo anuncié el respaldo unánime de la bancada de Renovación Nacional; por lo tanto, no es cierto lo que ha dicho respecto de la Derecha.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
En votación el proyecto de acuerdo que aprueba el Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional, adoptado en dicha ciudad el 17 de julio de 1998, para cuya aprobación se requieren 69 votos afirmativos, por contener disposiciones de ley orgánica constitucional.
Dejo constancia, porque no se ha pedido un pronunciamiento de la Sala, que el señor Cardemil y otros diputados han sugerido reserva.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos; por la negativa, 9 votos. Hubo 1 abstención.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Aprobado.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Despachado el proyecto.
VII. PROYECTOS DE ACUERDO
RESPALDO A DECISIÓN DEL GOBIERNO ANTE DEMANDA PERUANA EN LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
El señor prosecretario procederá a la lectura del proyecto de acuerdo Nº 798 que, según lo acordado, se votará sin discusión.
Hago presente que este proyecto será votado en similares términos por el Senado.
El señor ÁLVAREZ, don Adrián ( Prosecretario ).- Proyecto de acuerdo Nº 798, de los señores Fuentealba, Jarpa, Masferrer, Accorsi, Díaz, don Marcelo; Tarud, de la señora Allende, doña Isabel; los señores Álvarez, don Rodrigo; León y Moreira, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Manifestar nuestro más amplio y absoluto respaldo a las actuaciones que el Supremo Gobierno ha venido adoptando en defensa de los legítimos derechos e intereses nacionales, los que, estamos cierto, se harán valer íntegra y fundadamente ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en especial, respecto de la falta de fundamento de la demanda peruana, que intenta una revisión de los tratados vigentes.
Al respecto, apoya la decisión del Gobierno de presentar en la contramemoria todos los antecedentes, de hecho y de derecho, que comprueban la existencia del límite marítimo entre Chile y el Perú, así como los argumentos relativos a la jurisdicción de la Corte, reservando su derecho a invocarlos, fundado en la plena confianza de la solidez y legitimidad de sus títulos.
Asimismo, expresa que las relaciones con la República del Perú se construyen sobre la base del respeto irrestricto de los tratados internacionales vigentes, base fundamental de nuestras relaciones bilaterales y soporte del común desarrollo.”
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-El texto íntegro del proyecto de acuerdo figura en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.57 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y ANTECEDENTES.
-Se abrió la sesión a las 14.05 horas.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
FISCALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN POR ACOSO LABORAL Y SEXUAL EN EL INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS. Oficio.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , en esta sesión deseo continuar con las graves denuncias que formulé ayer contra el Instituto de Seguridad del Trabajo, IST, que, como planteé con mucha fuerza, es una institución que dentro de sus valores fundamentales estipula el respeto, que definen como la “consideración y valoración de todas las personas y de sus derechos, considerando a los clientes externos e internos, proveedores y a la comunidad”.
Dentro de sus valores fundamentales, la Institución también considera la humildad, que señalan “es la modestia en el actuar, apertura a la innovación y el perfeccionamiento”.
Como dije en mi intervención de ayer, esos principios no se reflejan en lo que han vivido algunos trabajadores de esa empresa, como Marcela Vera Vera, que ha sufrido acoso laboral y estrés; su marido, médico, se encuentra en la misma situación. Por otra parte, la señorita Ximena Villarroel , ha enfrentado acoso laboral y sexual; la señora Claudia Cornejo Gutiérrez , de Chiloé, ha sido víctima de acoso laboral y discriminación.
Quiero referirme exclusivamente al tema que afecta a la enfermera señorita Ximena Villarroel .
El 27 de abril de este año recurrió al Servicio de la Mujer para denunciar que era víctima permanente de acoso sexual por parte del doctor del IST, Álvaro Escobar , su jefe directo. Fue derivada a la inspección del Trabajo.
Ella es una profesional destacada y de incalculable valor en el diario quehacer, que ha cumplido funciones del más alto nivel dentro de la institución y de otras empresas a lo largo de su ejercicio profesional. En julio de 2008 asumió como enfermera coordinadora del IST. En una carta dirigida al gerente zonal, Moisés Fernández , de fecha 13 de mayo de 2009, ella señala textualmente: “He sido presionada por esta persona para tener relaciones sexuales, lo hace en diferentes lugares, durante mi jornada laboral, en reuniones fuera de la institución…”.
Meses y meses de propuestas indecentes de ese doctor, de maltrato verbal, de envío de correos electrónicos de marcado carácter sexual, los que, como diputado, he tenido la oportunidad de conocer y que me han dejado realmente anonadado.
Ximena le dice en su carta al gerente zonal: “Con el correr del tiempo comenzó a ser más directo en sus peticiones: “Yo sólo quiero acostarme con usted para que se me pasen las ganas y después voy a estar tranquilo por un tiempo.”.”
A través de esta intervención, quiero preguntar al señor Valencia , gerente general del IST, y al señor Fernández , ya mencionado, ¿puede un médico con estas características sicológicas marcadamente anormales, ser parte de una institución que se dice de prestigio y que respeta a las personas? ¿Por qué ha existido una especie de protección hacia ese personaje, si es sabido por todos su maltrato laboral y ahora también sexual?
Pero sigamos con las actuaciones enfermas del doctor Álvaro Escobar.
Encerraba a la enfermera Villarroel en su oficina para pretender besarla a la fuerza y manosearla. “Me tienes excitado”, le decía.
La situación se fue tornando cada vez más compleja, gritos, peleas. Compañeros de trabajo se comienzan a dar cuenta de la situación.
Para que muchos de sus compañeros de labores no declaren en favor de la señorita Ximena , los amenazan desde la misma gerencia; les dicen que si esto sale a la luz pública o si se sabe, se cerrará el IST y, por ende, perderán sus fuentes de trabajo. ¡Qué indigno!
¿De qué estamos hablando? Una empresa seria y responsable hubiese dejado hace largo tiempo fuera del servicio a un profesional que tiene poco de tal, a un acosador enfermo que, incluso, en la isla de Chiloé pretendió violentar sexualmente a la enfermera Ximena Villarroel , cuestiones todas que están en conocimiento de la gerencia de la empresa.
Quiero señalar públicamente a través de la Cámara que esta profesional, así como otras que son acosadas laboralmente en esa empresa, están enfermas, con estrés. Ximena sufre una enfermedad grave, que le ha provocado un daño moral y psicológico profundo. Además, tiene un estrés marcado y un diagnóstico de vértigo que le ha hecho perder el equilibrio en muchas ocasiones. Una persona sana, valiosísima, que, producto de los acosos enfermizos del doctor Álvaro Escobar, está en esa situación.
Por lo tanto, solicito oficiar al director regional del Trabajo , a fin de que se haga una fiscalización integral al IST en la Región de Los Lagos, a lo menos respecto de los últimos tres años, y una investigación profunda de ese acoso sexual, la cual ojalá sea hecha por personal externo a la Región, porque, debido a que podría haber lazos con gente de la zona, los informes podrían no ser muy profundos, aunque tengo la mejor impresión del director regional del Trabajo, don Guillermo Oliveros , que ha sido una persona excepcional para perseguir ese tipo de hechos.
Ojalá se apliquen las sanciones más ejemplificadoras a la empresa y a todos los que resulten responsables de los hechos denunciados en esta Corporación.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
RECUPERACIÓN DE OSAMENTAS DE CEMENTERIO PEHUENCHE. Oficio.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Clemira Pacheco.
La señora PACHECO (doña Clemira).- Señor Presidente , a fines de abril de 2004, Endesa procedió al llenado del embalse de la central Ralco , construida en el Alto Biobío, lo que provocó la inundación del panteón Quepuca , antiguo cementerio pehuenche, que quedó completamente bajo el agua.
En mayo del mismo año, la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, Conama , en virtud de sus atribuciones, inició un proceso destinado a determinar las responsabilidades y posibles sanciones en contra de Endesa en relación con la ejecución del proyecto Central Hidroeléctrica Ralco.
Recién en enero de 2006, Conama sancionó a Endesa con una multa de 500 UTM y la obligó a ejecutar un plan de compensaciones que, según han dicho las 25 familias afectadas por la inundación del cementerio, nunca fue discutido con ellas.
Desde ese momento, y bajo la conducción de María Curriao, presidenta de la comunidad Aukin Wallmapu, y de Gabriel Vergara, representante legal de las familias, han estado realizando una serie de gestiones ante las autoridades de Gobierno para que se les dé una respuesta.
A mediados de 2006 nos involucramos en esta situación. Entonces, se logró instalar una mesa encabezada por Mideplán, con participación de la Conadi, la gobernación de Biobío y otros actores, pero no se avanzó.
Recién en agosto del año pasado, con el nombramiento del Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas, Rodrigo Egaña , se retomó el diálogo y finalmente se aceptó lo que las familias venían pidiendo hace tiempo: la realización de un estudio para determinar la factibilidad de rescatar el cementerio inundado.
Se dio la instrucción en el Consejo de Monumentos Nacionales, y los días 14 y 15 de febrero de este año el arqueólogo subacuático de la consultora Arka , Diego Carabias , ejecutó el estudio.
Sus resultados fueron entregados al Consejo de Monumentos Nacionales a mediados de marzo, organismo que, tras analizarlos, los aprobó y remitió al señor Egaña , con la idea de que éste le diese a conocer sus resultados a las familias pehuenches afectadas y la decisión del Gobierno con respecto al rescate de las osamentas de ese cementerio.
Pero el tiempo ha pasado y, hasta hoy, no tienen respuesta de las autoridades las 25 familias que reclaman los restos de sus ancestros sepultados bajo el agua en el panteón.
Ello, pese a las múltiples gestiones realizadas por sus dirigentes, María Curriao y Gabriel Vergara , y por esta diputada , lo que ha acentuado la inquietud entre las familias, que lo único que desean es saber qué hará el Gobierno, ahora que tiene el resultado del estudio.
Nos parece una falta de respeto a esas familias, que no son responsables de lo sucedido hace más de cinco años en el Alto Biobío, situación de la cual deben hacerse cargo tanto Endesa como el Gobierno, porque no se adoptaron medidas oportunas para evitar lo ocurrido.
Por ello, solicito oficiar al señor Rodrigo Egaña , Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas, para que informe si el Gobierno ya tomó una decisión al respecto, cuál es esa decisión, cuándo piensa comunicarla a las familias afectadas y cuándo va a haber una reunión en la Octava Región con la participación de todos los actores, es decir, Endesa , la Intendencia, el gobernador de Biobío , etcétera, con el fin de tener una respuesta, porque el estudio determinó que las osamentas se pueden rescatar.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INQUIETUDES DE ASOCIACIÓN DE CRIANCEROS DE ANDACOLLO. CUARTA REGIÓN. Oficios.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ (don Marcelo).- Señor Presidente , el 5 de junio me reuní en una asamblea con crianceros de la comuna de Andacollo; de los muchos problemas que pudimos analizar, son dos de especial preocupación.
El primero tiene relación con la instalación de paneles solares en distintos sectores rurales de la comuna y que benefician básicamente a familias de crianceros, la que fue realizada por la empresa Conafe . Entendemos que se trata de recursos regionales que, por la vía de la ejecución privada, se han puesto a disposición de los ciudadanos de Andacollo.
Sin embargo, no se están haciendo las mantenciones que se acordaron inicialmente. La gente ha formulado los reclamos tanto a las autoridades públicas como a la empresa privada. No ha habido respuesta de la empresa, ni hay servicio técnico. Incluso, en muchos casos, las lámparas para reemplazar a las que se queman, simplemente no están en el mercado.
Como se trataría de recursos públicos puestos a disposición de la comunidad a través de una empresa privada, ésta sería la primera responsable; pero, eventualmente, también puede haber responsabilidad pública.
Por lo anterior, solicito oficiar al intendente regional, a fin de que adopte todas las medidas para asegurar que se cumplan las obligaciones comprometidas en este programa público de dotación de paneles solares en sectores rurales de la comuna de Andacollo.
Además, solicito oficiar al superintendente de Electricidad y Combustibles, por si le corresponde alguna responsabilidad en esta materia.
Por otra parte, los crianceros me hicieron presente el mal estado de diversos caminos rurales, como en Chincolco, sector La Chupalla, El Cobre, La Caldera, etcétera.
Por lo tanto, solicito oficiar al ministro de Obras Públicas y, por su intermedio, a las autoridades de la Dirección de Vialidad, a efectos de disponer la reparación y mantención de esos caminos en el marco del programa de conservación y reparación de caminos rurales, del que dispone el Gobierno aprobado por el Parlamento en las últimas partidas presupuestarias.
Así como se está interviniendo la vía de acceso a Andacollo para facilitar las faenas mineras, el sector público debe hacer un esfuerzo para contar con caminos rurales acordes con la dignidad que tienen los crianceros.
Solicito que se envíe copia de esta intervención al presidente de la asociación comunal de crianceros de Andacollo.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.18 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 16 de junio de 2009.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de reforma constitucional, de esa Honorable Cámara, en materia de transparencia, modernización del Estado y calidad de la política, correspondiente al Boletín Nº 4.716-07, con las siguientes modificaciones:
Artículo único.-
Número 1.
Lo ha sustituido, por el siguiente:
“1. Agréganse, en el artículo 8°, como incisos tercero a sexto, nuevos, los siguientes:
“En cumplimiento del principio de probidad, los funcionarios públicos, incluidos los de exclusiva confianza del Presidente de la República y los municipales, no podrán participar en actividades de proselitismo político partidista o en la promoción de candidaturas a cargos de elección popular durante su jornada de trabajo, ni podrán usar su autoridad, cargo, bienes o recursos públicos para fines de carácter político partidista o de índole electoral en ninguna circunstancia, sin perjuicio de otras prohibiciones o impedimentos señalados por la ley.
La infracción a lo establecido en el inciso anterior constituye una vulneración grave al principio de probidad.
El Presidente de la República , los Ministros de Estado, los Senadores y Diputados, y las demás autoridades y funcionarios que una ley orgánica constitucional señale, deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública.
Dicha ley determinará los casos y las condiciones en que esas autoridades delegarán a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan conflicto de interés en el ejercicio de su función pública. Asimismo, podrá considerar otras medidas apropiadas para resolverlos y, en situaciones calificadas, disponer la enajenación de todo o parte de esos bienes.”.”.
Número 2.
Lo ha suprimido.
Número 3.
Ha pasado a ser número 2., sustituido por el siguiente:
“2. Reemplázase la segunda oración del inciso quinto del número 15° del artículo 19, por las siguientes: “Una ley orgánica constitucional establecerá un sistema de elecciones primarias que podrá ser utilizado por dichos partidos para la nominación de candidatos a cargos de elección popular, cuyos resultados serán vinculantes para estas colectividades, salvo las excepciones que establezca la ley. Aquellos que no resulten elegidos en las elecciones primarias no podrán ser candidatos al respectivo cargo. La misma ley regulará las demás materias que les conciernan y las sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de sus preceptos, dentro de las cuales podrá considerar su disolución.”.”.
Número 4.
Ha pasado a ser número 3., intercalándose, en el inciso primero del artículo 37 bis que este numeral propone, a continuación de la frase “establecidas en el”, la siguiente: “inciso primero del”.
Número 5.
Ha pasado a ser número 4., sin enmiendas.
Números 6. y 7.
Los ha suprimido.
Número 8.
Ha pasado a ser número 5., sustituyéndose la denominación de la disposición transitoria que se propone, por “Vigésimoquinta”.
-o-
Hago presente a Vuestra Excelencia que este proyecto fue aprobado, en general, con el voto afirmativo de 27 señores Senadores, de un total de 35 en ejercicio.
En particular, el quórum de aprobación de sus disposiciones fue el siguiente:
Los numerales 1.; 3. (que ha pasado a ser 2.); 5. (que ha pasado a ser 4.), y 8. (que ha pasado a ser 5.) del artículo único, fueron aprobados con el voto favorable de 26 señores Senadores, de un total de 37 en ejercicio, con excepción de las normas que se indican, que fueron aprobadas con el quórum que se señala:
-El inciso tercero, nuevo, que se agrega al artículo 8° por el numeral 1., fue aprobado con el voto afirmativo de 31 señores Senadores, de un total de 38 en ejercicio.
-El inciso quinto, nuevo, que se agrega al artículo 8° por el numeral 1. y el numeral 4. (que ha pasado a ser 3.) del artículo único, fueron aprobados con el voto a favor de 32 señores Senadores, de un total de 38 en ejercicio.
De esta manera, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de la República.
-o-
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 7.559, de 8 de julio de 2008.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JOVINO NOVOA VÁSQUEZ , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”.
2. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que reajusta monto del ingreso mínimo mensual, reajusta la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar. (boletín Nº 6568-05)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda informa, en primer trámite constitucional y en primero reglamentario, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, el proyecto mencionado en el epígrafe, iniciado en mensaje de S.E. la Presidenta de la República .
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:
1°) Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe es reajustar el monto del ingreso mínimo mensual, de la asignación familiar y maternal, y del subsidio familiar, a contar del 1 de julio de 2009.
2°) Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones de quórum especial para su aprobación.
3°) Que el proyecto fue aprobado, en general, por 11 votos a favor y una abstención. Votaron a favor los Diputados señores Aedo, don René ; Aguiló, don Sergio ; Alvarado, don Claudio ; Dittborn, don Julio ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto ; Tuma, don Eugenio , y Von Mühlenbrock, don Gastón . Se abstuvo el Diputado señor Delmastro, don Roberto .
4°) Que Diputado Informante se designó al señor Aedo, don René .
-o-
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto el señor Andrés Velasco , Ministro de Hacienda ; la señora Claudia Serrano , Ministra del Trabajo y Previsión Social; los señores Alberto Arenas, Director ; Enrique París , Subdirector de Racionalización y Función Pública; Julio Valladares , Asesor, y la señora Macarena Lobos , Abogada, todos de la Dirección de Presupuestos; los señores Alejandro Micco , Rodrigo González , Felipe Sáez , Cristóbal Huneeus , y la señora Jacqueline Saintard , todos asesores del Ministerio de Hacienda; la señora Paula Pacheco y el señor Francisco del Río , Jefa de Gabinete y Asesor, ambos del Ministerio del Trabajo, y el señor Carlos Mladinic , Jefe de Gabinete del Ministro del Interior .
Concurrieron también los señores Arturo Martínez , Presidente Nacional ; Roberto Aravena , Presidente Provincial Valparaíso ; y José Hermosilla , Tesorero, todos de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).
II. ANTECEDENTES GENERALES
A. Antecedentes de hecho y de mérito que justifican la iniciativa.
Por primera vez, en más de 50 años, el producto interno bruto del mundo caerá en el año 2009, fenómeno que se ha extendido a Chile. Es así como mientras el año 2008 el país creció a un 3,2%, la última proyección del Banco Central estima un crecimiento entre 0,75% y -0,25% para el presente año.
Adicionalmente, se ha observado una caída muy acelerada de la inflación en las principales economías del mundo. Dicha caída también se ha registrado en nuestro país. En efecto, mientras el año 2008 la inflación fue de 7,1%, la última proyección del Banco Central para este año es de sólo 0,6%.
La inflación acumulada en los últimos 11 meses alcanza un 1,5%, en tanto, la proyección para la inflación de junio es de 0,1%. En suma, la inflación acumulada desde el último reajuste del salario mínimo es de 1,6%.
Como se menciona en el mensaje, la propuesta de reajuste del ingreso mínimo mensual realizada por el Ejecutivo se enmarca dentro de las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo para enfrentar la crisis financiera internacional.
En efecto, plantean que es necesario “Moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo.
En el ánimo de conciliar las exigencias de la nueva realidad económica, originada por la crisis, con la necesidad de resguardar el poder adquisitivo de los trabajadores y el empleo, el Gobierno propone elevar el ingreso mínimo mensual de $ 159.000 a $ 163.000, lo que garantiza un incremento real de 0,9%, tomando como base una inflación del 1,6%.
Por otra parte, en el acuerdo alcanzado el año 2008 con la CUT se convino que a partir de la fijación del ingreso mínimo del año 2009 las materias vinculadas a la asignación familiar y maternal serían materias de este proyecto de ley, excluyéndose de la ley de reajuste de los funcionarios públicos. En este contexto, el proyecto reajusta, a contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiares y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares y el subsidio familiar para personas de escasos recursos establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.
Según el Ejecutivo la necesaria focalización con que las asignaciones familiares deben ser entregadas a sus beneficiarios, justifica mantener la actual diferenciación por tramos. Cabe recordar que dicha definición data del año 1990 con la ley N° 18.987, materializando así el acuerdo alcanzado, en ese entonces, entre el Gobierno y la CUT, orientado a favorecer más a los trabajadores de menos ingresos.
Por su parte, el subsidio familiar, se fija en $ 5.909 a partir del 1 de julio de 2009.
B. Disposiciones legales que se modifican por el proyecto
1.- El artículo 1° de la ley N° 18.987, que establece los valores asignados para las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
2.- El artículo 1° de la ley N° 18.020, que establece el valor del subsidio familiar destinado a personas de escasos recursos.
C. Antecedentes presupuestarios y financieros
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 15 de junio de 2009, señala que a contar del 1 de julio de 2009, se fija el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años de edad, en $ 165.000.
Como consecuencia de lo anterior:
Se modifican los niveles de ingresos inferiores y superiores correspondiente al grupo C, a que se refiere el artículo 160 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 2.763, de 1979 y de las leyes 18.933 y 18.469, de $ 159.000 a $ 165.000 y de $ 232.140 a $ 240.900 respectivamente.
Estas modificaciones generan una disminución en la recaudación de copagos en la modalidad institucional en los establecimientos del Sistema Nacional del Servicio de Salud. Los menores ingresos fiscales para el año 2009 son de aproximadamente $ 162 millones.
A contar del 1 de julio de 2009 se fija el monto de ingreso mínimo mensual que se utiliza para fines no remuneracionales en $ 106.455.
La aplicación de este incremento origina un mayor costo fiscal en el año 2009 de aproximadamente $ 294 millones por el aumento en el valor de la asignación por muerte de activos y pensionados del antiguo sistema.
A contar del 1 de julio se modifican los tramos para la asignación familiar y maternal y los montos correspondientes a cada tramo, con un costo de aproximadamente $ 6.608 millones para el año 2009.
Se fija el valor del Subsidio Familiar establecido en el artículo 1° de la ley N° 18.020, con un costo de aproximadamente $ 6.915 millones para el año 2009.
El costo total del proyecto de ley durante el presente año asciende a $ 13.979 millones.
III. DISCUSIÓN DEL PROYECTO
A. Discusión general
En el debate de la Comisión el señor Andrés Velasco reiteró los efectos de la crisis mundial en la economía que se refleja en una contracción de - 2,5% el año 2009, para estimar una recuperación del 1 % el año 2010. Sostuvo que en Chile se ha logrado amortiguar tales efectos, no obstante proyectar una contracción leve del crecimiento para este año.
Hizo presente sin embargo, que la inflación tanto a nivel mundial como en Chile ha tenido un cambio dramático. En 12 meses se ha pasado de 9,5% a cifras negativas estos últimos meses.
Por otra parte, las cifras de desempleo han aumentado del 7,5% al inicio de la crisis a 9,8% en el trimestre febrero-abril de 2009.
Puso énfasis en las medidas del Gobierno en materia de transferencias monetarias a familias de menores recursos durante el año 2009 que representan un aumento de los ingresos mensuales del 65% para el quintil I y de 26% para el quintil II.
Finalmente, se refirió a la recomendación de la OIT para enfrentar la crisis financiera en el sentido de moderar los incrementos del salario mínimo.
El señor Arturo Martínez señaló que dicha recomendación la efectuó la OIT para los países que negocian colectivamente. Puntualizó que en nuestro país la mayoría de los trabajadores afectos al salario mínimo no compran productos incorporados en la canasta que mide el IPC, ya que consumen productos básicos y no tienen capacidad de ahorro. Consideró que el reajuste sería beneficioso para reactivar el mercado. Centró los efectos en el desempleo como resultado de políticas de inversión más que en el costo del trabajo. Manifestó, por último, que la crisis no la pueden pagar los trabajadores y propuso que el corte por tramo de la asignación familiar se sitúe en los $ 600.000.
Los señores Diputados en general admitieron la consistencia de las cifras presentadas por el Ministerio de Hacienda, pero consideraron que los antecedentes no eran completos al desestimar las realidades expuestas por el Presidente de la CUT.
B. Discusión particular
Los Diputados señores Aguiló, don Sergio ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto , y Tuma, don Eugenio presentaron la siguiente indicación: para sustituir en los artículos 1° y 2° el guarismo “$ 163.000” por “$ 166.950”.
El Diputado señor Dittborn ( Presidente ) declaró inadmisible la indicación por tratarse de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , en conformidad al N° 4 del artículo 65 de la Constitución.
Los Diputados señores Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Dittborn, don Julio ; Salaberry, don Felipe , y Von Mühlenbrock, don Gastón presentaron la siguiente indicación: para modificar el artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de la siguiente forma:
1.- Para sustituir en el inciso primero la oración que sucede al punto seguido (.), por la siguiente: “El monto que corresponda guardará relación con el tipo de jornada en la cual se encuentre contratado el trabajador, en conformidad al inciso siguiente.”
2.- Para reemplazar el inciso segundo por el siguiente:
“El trabajador contratado por una jornada superior a una jornada parcial que establece el artículo 40 bis del Código del Trabajo, percibirá la asignación completa; en tanto que el trabajador contratado por dicha jornada parcial o menos, tendrá derecho a los dos tercios de la asignación.”.
El Diputado señor Dittborn ( Presidente ) declaró inadmisible la indicación por tratarse de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , en conformidad al N° 6 del artículo 65 de la Constitución.
El Diputado señor Robles, don Alberto presentó la siguiente indicación: para agregar al final del inciso segundo del artículo 1° la frase “, que cumplan con las disposiciones del Código del Trabajo.”
Puesta en votación la indicación del Diputado señor Robles , fue rechazada por un voto a favor, 7 votos en contra y 4 abstenciones. Votó a favor el Diputado señor Robles, don Alberto . Votaron en contra los Diputados señores Aedo, don René ; Alvarado, don Claudio ; Dittborn, don Julio ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Tuma, don Eugenio , y Von Mühlenbrock, don Gastón . Se abstuvieron los Diputados señores Aguiló, don Sergio ; Delmastro, don Roberto ; Jaramillo, don Enrique , y Lorenzini, don Pablo .
El Ejecutivo presentó las siguientes indicaciones al proyecto:
1. Para sustituir el artículo 1° por el siguiente:
“Articulo 1º.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $ 159.000.- a $ 165.000.- el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.
Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $ 118.690.- a $ 123.176.- el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.
Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $ 102.558.- a $ 106.435.-.
2. Para sustituir el artículo 2° por el siguiente:
“Artículo 2°.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2009, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:
“Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:
-De $ 6.500.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $ 170.000.-;
-De $ 4.830.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $ 170.000.- y no exceda los $ 293.624.-;
-De $ 1.526.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $ 293.624.- y no exceda los $ 457.954.-, y
Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $ 457.954.- no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.
Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores.
Dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.”.
3. Para sustituir en el artículo 3° el guarismo “5.909” por “6.500”.
Sometidos a votación los artículos 1° al 4°, con las indicaciones del Ejecutivo, se aprobaron por 11 votos a favor y una abstención. Votaron a favor los Diputados señores Aedo, don René ; Aguiló, don Sergio ; Alvarado, don Claudio ; Dittborn, don Julio ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto ; Tuma, don Eugenio , y Von Mühlenbrock, don Gastón . Se abstuvo el Diputado señor Delmastro, don Roberto .
IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN
La indicación del Diputado señor Robles al artículo 1°.
V. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES
-De los Diputados señores Aguiló, don Sergio ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto , y Tuma, don Eugenio a los artículos 1° y 2°.
-De los Diputados señores Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Dittborn, don Julio ; Salaberry, don Felipe , y Von Mühlenbrock, don Gastón para modificar el artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1982.
VI. ARTÍCULOS QUE NO FUERON APROBADOS POR UNANIMIDAD
La totalidad del articulado.
VII. TEXTO APROBADO O RECHAZADO POR LA COMISIÓN
En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo 1º.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $ 159.000.- a $ 165.000.- el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.
Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $ 118.690.- a $ 123.176.- el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.
Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $ 102.558.- a $ 106.435.-.
Artículo 2°.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2009, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:
“Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:
-De $ 6.500.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $ 170.000.-;
-De $ 4.830.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $ 170.000.- y no exceda los $ 293.624.-;
-De $ 1.526.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $ 293.624.- y no exceda los $ 457.954.-, y
Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $ 457.954.- no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.
Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores.
Dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.”.
Artículo 3°.- Fíjase en $ 6.500.- a contar del 1 de julio del año 2009, el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.
Artículo 4°.- El mayor gasto que represente durante el año 2009 la aplicación de los artículos 2° y 3° de la presente ley, incrementará en el monto que resulte, la suma del valor neto correspondiente a que se refiere el artículo 4° de la ley N° 20.314, y se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público.”.
Tratado y acordado en sesión de fecha 16 de junio de 2009, con la asistencia de los Diputados señores Dittborn, don Julio ( Presidente ); Aedo, don René ; Aguiló, don Sergio ; Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Delmastro, don Roberto ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto ; Tuma, don Eugenio , y Von Mühlenbrock, don Gastón .
Concurrió además el señor Diputado Díaz, don Marcelo , según consta en el acta respectiva.
Sala de la Comisión, a 16 de junio de 2009.
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
3. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana sobre el proyecto de acuerdo aprobatorio del “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”, adoptado el 17 de julio de 1998. (boletín Nº 6560-10) (S).
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informaros el proyecto de acuerdo aprobatorio del tratado internacional denominado “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”, adoptado el 17 de julio de 1998, y de las correcciones a dicho Estatuto dispuestas por el Secretario General de las Naciones Unidas en su calidad de depositario, según consta en el Acta de Rectificación del Estatuto Original, fechada el 10 de noviembre del mismo año, sometidos a la consideración de la H. Corporación, en segundo trámite constitucional, con urgencia calificada de “suma”.
I. ANTECEDENTES GENERALES RELACIONADOS CON EL ORIGEN DEL ESTATUTO.
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional fue aprobado por 120 de los 160 Estados participantes en la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional, celebrada en la sede de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), en Roma, del 15 de junio al 17 de julio de 1998, con la participación de delegaciones de 160 Estados, de los cuales 120 se pronunciaron favorables a su aprobación, 7 en contra y 20 se abstuvieron.
En calidad de observadores participaron representantes de diversas organizaciones intergubernamentales, como las Comunidades Europeas, el Consejo de Europa, la Liga de Estados Árabes, la Organización de Estados Americanos, la Organización de Policía Criminal Internacional (Interpol) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos , y representantes de 115 organizaciones no gubernamentales que agrupan, principalmente, a juristas y agentes sociales promotores o defensores de los derechos humanos en el mundo.
Entre los 120 países que aprobaron este Estatuto se registró nuestro país, junto a 23 países americanos y a los 15 países miembros de la Unión Europea.
A partir de su aprobación, este instrumento internacional quedó abierto a la firma de todos los Estados, hasta el 31 de diciembre del año 2000; después de esa fecha, cualquier Estado podrá hacerse parte mediante el procedimiento de adhesión (Nos 1 y 3 del artículo 125).
Los países que se opusieron a la aprobación del Estatuto son: Estados Unidos de América, China, Israel, Irak, Libia, Yemen y Qatar.
El Ministerio de Relaciones Exteriores informó que la principal objeción de los Estados Unidos de América se vinculó al concepto de jurisdicción de la Corte y su aplicación o ejercicio respecto de Estados no Partes en el Estatuto. En materia de agresión reiteró el papel que le compete al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Agregó que China, por su parte, se opuso por considerar que el poder otorgado a la Sala de Cuestiones Preliminares para controlar la iniciativa procesal del Fiscal no era suficiente y que la adopción del Estatuto en la Conferencia de Roma debería haber sido por consenso y no por voto.
Finalmente, señaló que Israel se negó a prestarle su aprobación por no aceptar que la acción de transferir poblaciones a territorios ocupados fuera incluida entre los crímenes de guerra.
De este modo, con la aprobación del Estatuto de Roma culmina un proceso de estructuración jurídica de la comunidad internacional, que empezó con el término de la Segunda Guerra Mundial y, fundamentalmente, luego que los tribunales de Nuremberg y Tokio fueron establecidos para juzgar a quienes se acusaba de ser individualmente responsables de delitos contra la paz, de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad, hubieran o no violado la ley interna del país donde fueron cometidos y sin límite geográfico alguno a esta jurisdicción penal internacional ad-hoc.
Como lo indica el Mensaje, una de las críticas que se hicieron a dichos tribunales señalaba que habían sido establecidos por los vencedores para castigar a los vencidos, con posterioridad a los hechos que se sancionaban.
Otros órganos jurisdiccionales internacionales establecidos para hacer efectivas las responsabilidades penales individuales por los delitos antes señalados, son los tribunales ad-hoc creados por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para sancionar delitos cometidos en el territorio de la ex Yugoslavia y de Ruanda, ambos con competencia temporal, personal y territorial limitada. Estos tampoco han estado exentos de críticas, entre ellas la relativa a la efectiva competencia del Consejo de Seguridad para establecerlos.
Pero la voluntad de la comunidad internacional por establecer órganos jurisdiccionales penales internacionales permanentes ya se manifiesta a fines de la década de los 50, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba, en 1948, la Convención sobre prevención y sanción del delito de genocidio, vigente en nuestro país en virtud de su promulgación por decreto supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 316, de 1953, publicado en el Diario Oficial el 11 de diciembre del mismo año. Su artículo 6 dispone que “las personas acusadas de genocidio o de cualquiera de los actos enumerados en el artículo 3, serán juzgadas por el tribunal competente del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido, o ante la corte penal internacional que sea competente respecto a aquéllas de las Partes Contratantes que hayan reconocido su jurisdicción.”.
Precisamente, uno de los crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional regulada por el Estatuto de Roma será el crimen de genocidio, conforme lo disponen sus artículos 5 y 6, cuyo contenido normativo se os reseña más adelante.
El proyecto que dio origen al Estatuto fue preparado, en una primera etapa, por la Comisión de Derecho Internacional, en cumplimiento del mandato que le entregara la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante su resolución 44/39, de 1989; tarea que la Comisión cumplió en sus períodos de sesiones celebrados entre los años 1990 y1994.
Luego, el examen de las principales cuestiones sustantivas y administrativas derivadas del proyecto preparado por la Comisión fue encomendado por la Asamblea General, por resolución 49/53, de 1995, a un Comité Especial abierto a la participación de todos los Estados y, finalmente, a un Comité Preparatorio que redactó el texto consolidado que fue transmitido a la consideración de la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional, convocada por la Asamblea General de las Naciones Unidas por resolución 52/160, de 15 de diciembre de 1997.
Nuestro país participó desde sus inicios en los trabajos preparatorios del proyecto de estatuto; apoyando claramente el establecimiento de este órgano; ejerciendo una de las vicepresidencias de la Conferencia, y, posteriormente a ésta, asumiendo tareas de enlace en el estudio de diversos proyectos que se le encomendaron a la Comisión Preparatoria de la Corte, especialmente con miras a regular su relación con las Naciones Unidas y con el país sede.
Según lo informado por la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, en dichos trabajos nuestro país sostuvo la necesidad de que la Corte Penal Internacional sea plenamente independiente tanto de los Estados como de cualquier organización internacional. En este sentido fue contrario, por ejemplo, a que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tuviera que dar una especie de autorización para que la Corte pudiera ejercer sus funciones en los casos en los que se tratara de delitos ocurridos en situaciones que estuvieran siendo conocidas por el Consejo o que se encontraran en su agenda.
El Estatuto, así aprobado por la Conferencia de Roma, consta de 128 artículos, divididos en trece Partes que, sucesivamente, se ocupan de las materias siguientes: del establecimiento de la Corte (artículos 1 a 4); de la competencia, la administración y el derecho aplicable (artículos 5 a 21); de los principios generales de derecho penal (artículos 22 a 33); de la composición y administración de la Corte (artículos 34 a 52); de la investigación y el enjuiciamiento (artículos 53 a 61); del juicio (artículos 62 a 76); de las penas (artículo 77); de la apelación y la revisión (artículos 81 a 85); de la cooperación internacional y la asistencia judicial (artículos 86 a 102); de la ejecución de la pena (artículos 103 a 111); de la Asamblea de los Estados Partes (artículo 112); de la financiación (artículos 113 a 118), y de las cláusulas finales (artículos 119 a 128), materias todas que se pasan a reseñar en sus aspectos normativos principales.
Por la extensión y complejidad de las materias que se expondrán en adelante, se estima conveniente anticipar una visión de conjunto del desarrollo de este informe. En primer lugar, los capítulos II, III, IV y V se ocuparán de las principales normas sustantivas, orgánicas y procesales del Estatuto; de sus cláusulas finales y de las modificaciones formales que el Secretario General de la ONU ha debido introducir a diversos artículos después de su adopción por la Conferencia Diplomática de Roma.
II. PRINCIPALES NORMAS SOBRE ASPECTOS SUSTANTIVOS RELACIONADOS CON LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL DE LA CORTE.
Estas normas se encuentran en las tres primeras partes del Estatuto y regulan, principalmente, la competencia de la Corte, los delitos que serán sancionados por ella, los titulares de la acción penal internacional, el derecho y principios y las eximentes de responsabilidad aplicables por este tribunal internacional.
A) Alcances de la competencia conferida a la Corte.
La Corte Penal Internacional (“la Corte”) se establece como una institución permanente, facultada para ejercer jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional de conformidad con el Estatuto; tendrá carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales; estará vinculada a las Naciones Unidas, pero como órgano independiente de la estructura de la ONU; su sede estará en La Haya, Países Bajos; tendrá personalidad y capacidad jurídica internacional, y gozará de los privilegios e inmunidades que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales en el territorio de los Estados miembros (artículos 1 a 4 y 48).
Por las declaraciones que se formulan en el preámbulo del Estatuto, se entiende que se trata de crímenes que someten a las víctimas a atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia humana y constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad, por lo que deben ser castigados, ya sea mediante el ejercicio de la jurisdicción penal de los Estados o complementariamente por la jurisdicción penal internacional que la comunidad internacional en su conjunto instituye en la Corte.
En virtud del principio de complementariedad, reconocido en el párrafo 10 del preámbulo y regulado en los artículos 1 y 17 a 20, la Corte juzgará tales crímenes en los casos en que las jurisdicciones penales nacionales no puedan funcionar como consecuencia de situaciones de disturbios internos graves o bien cuando no estén en condiciones de administrar una justicia imparcial e independiente.
La Corte no sustituye a los tribunales nacionales ni se convierte en una instancia de apelación de sus resoluciones. Tanto es así, que el párrafo 6 del antes mencionado preámbulo señala que “es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales”. De allí que, no obstante el establecimiento de la Corte, serán los sistemas penales nacionales los llamados prioritariamente a conocer y sancionar las conductas constitutivas de delitos de competencia de la misma.
Por consiguiente, en la medida en que el sistema judicial de un Estado se atenga a las normas internacionales y sancione real y efectivamente a los autores de los delitos dentro de su competencia, ésta no debería inmiscuirse en el funcionamiento de esos tribunales nacionales ni cuestionar sus procedimientos. Para ese Estado, la creación del referido tribunal internacional no debería implicar ningún tipo de efecto en el funcionamiento de sus propios tribunales, salvo tratándose de solicitudes de asistencia que les pueda dirigir la Corte.
La Corte no puede entenderse como un reemplazo de la jurisdicción de los tribunales nacionales, ya que sobre éstos pesa la principal responsabilidad de investigar, juzgar y sancionar los crímenes internacionales que interesan al Estatuto. La Corte no constituye una instancia de revisión ni de apelación de lo decidido por los tribunales nacionales; ella actúa sólo cuando los tribunales no quieran o no puedan investigar los hechos.
De esta forma, la Corte será competente en los casos en que o no existan tribunales debido a una situación política interna grave, como el caso de una guerra civil, en el que los tribunales no funcionan por un cierto período de tiempo, o en los casos en los que existiendo los tribunales éstos no están en condiciones de ejercer una jurisdicción adecuada, ya sea porque carecen de independencia e imparcialidad, porque llevan a cabo juicios simulados a fin de garantizar impunidad a los autores de graves delitos internacionales o porque se ven obligados a aplicar leyes que les impiden administrar justicia. Lo que se pretende, en definitiva, es impartir real y efectiva justicia frente a graves delitos de repercusión internacional.
B) Delitos incluidos en la competencia de la Corte.
La Corte tendrá competencia “únicamente” respecto de los crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra y de agresión, cometidos después de la entrada en vigencia del Estatuto para los 60 Estados que depositen los 60 instrumentos de ratificación que se requieren para producir dicho efecto, y después de su entrada en vigor, la Corte podrá ejercer su competencia únicamente de los crímenes cometidos después de la fecha de vigencia del Estatuto para el respectivo Estado, a menos que ese Estado hubiere consentido que la Corte ejerza su competencia desde una fecha anterior (Nº 1 de artículo 5, artículo 11 y Nº 3 de artículo 12).
Concordantemente con lo anterior se dispone, entre los principios generales de derecho penal regulados por el Estatuto, que nadie será penalmente responsable por una conducta anterior a su entrada en vigor (Nº 1 del artículo 24).
De los crímenes de genocidio, de lesa humanidad y de guerra, la Corte podrá tomar conocimiento a partir del momento en que entren en vigor los acuerdos internacionales complementarios del Estatuto que la Asamblea de los Estados Partes debe aprobar para definir los elementos del crimen que ayudarán a la Corte a interpretar y aplicar las normas referidas a los crímenes de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra (Nº 1 del artículo 9).
Respecto del crimen de agresión, la Corte ejercerá su competencia una vez que haya sido aprobada, mediante los procedimientos de enmienda y revisión del Estatuto, una definición del crimen y se enuncien las condiciones en las cuales lo hará (Nº 2 de artículo 5).
Por los mismos procedimientos es posible que, en el futuro, los crímenes de terrorismo y los relacionados con las drogas sean agregados a la competencia de la Corte, ya que la resolución E de la Conferencia de Roma ha recomendado que una Conferencia de Revisión del Estatuto los examine con miras a llegar a una definición aceptable que permita incorporarlos a la lista del artículo 5, por la gravedad que representan para la comunidad internacional y para la estabilidad política, social y económica de los Estados.
En todo caso, el Estado que se haga Parte del Estatuto acepta automáticamente la competencia de la Corte respecto de los crímenes que hayan tenido lugar en su territorio, a bordo de un buque o de una aeronave de su matrícula, y respecto de los que se acuse a sus nacionales, sin que sean necesarias declaraciones ulteriores (Nos 1 y 2 del artículo 12).
No cabe, por tanto, la posibilidad de que un Estado, al hacerse Parte, declare que no acepta la jurisdicción de la Corte, con excepción de los crímenes de guerra que se cometan en su territorio o por sus nacionales durante siete años, a partir de la fecha en que el Estado se hace parte del Estatuto (artículo 124).
Por otro lado, la competencia de la Corte se amplía a los Estados no Partes que la consienten expresa y especialmente respecto de crímenes cometidos en su territorio o por sus nacionales (Nº 3 del artículo 12).
Con excepción de la agresión, la definición de los crímenes que serán de la competencia de la Corte corresponde a la universalmente aceptada en diversos instrumentos internacionales vigentes, ya que, como lo señala el mensaje, en esta materia no se intentó innovar.
1) Definición del delito de genocidio. Se entenderá por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: la matanza de miembros del grupo; la lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; las medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo, y el traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Esta definición corresponde a la adoptada en el artículo 2º de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio e incluida en los estatutos de los tribunales penales internacionales para la ex Yugoslavia y para Ruanda. Por tales motivos, se descartaron durante la Conferencia proposiciones para ampliar la figura del genocidio a casos en los que las conductas constitutivas de este delito se han dirigido contra grupos políticos o sociales, además, de los grupos mencionados en la norma en comento. El mensaje informa, además, que este delito no exige que se cometa en una situación de guerra como en tiempos de paz, y que sus autores pueden ser “gobernantes, funcionarios o particulares”.
2) Definición de crímenes de lesa humanidad. El Estatuto enumera once actos que se entienden crímenes de lesa humanidad cuando se cometen como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.
Dichos actos son: asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional, tortura, violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos de gravedad comparable, persecución de un grupo o una colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto comprendido entre los que constituyen crímenes de lesa humanidad o con cualquier crimen de la competencia de la Corte, desaparición forzada de personas, el crimen de apartheid, y otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física (Nº 1 del artículo 7).
Por ataque contra una población civil se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de los actos anteriores, de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer estos actos o para promover esa política.
Cabe señalar que el Estatuto define el sentido en que deben entenderse algunos de dichos actos, tales como:
La “deportación o traslado forzoso de población”: el desplazamiento de las personas afectadas, por expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el derecho internacional;
La “tortura”: causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo, no se entenderá por tal el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o fortuita de ellas, y
La “desaparición forzada de personas”, la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado (letras d), e) e i) del Nº 2 del artículo 7).
Estas conductas deben cometerse como parte de un amplio y sistemático ataque dirigido contra una población civil cualquiera, tanto en tiempos de paz como en tiempos de guerra, sin que sea requisito que los autores sean funcionarios estatales ni que deba concurrir en los autores una motivación de discriminación política, religiosa, racial u otras, salvo en el caso de la persecución.
3) Definición de los crímenes de guerra. La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra en particular cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes, entre los cuales se entienden comprendidas, en primer lugar, las infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, cometidas contra personas o bienes protegidos por estos Convenios y señaladas en la letra a) del Nº 2 del artículo 8.
Las graves violaciones a los Convenios de Ginebra cometidos contra las personas o bienes protegidos por ellos comprenden: matar intencionalmente; someter a tortura o a otros tratos inhumanos, incluidos las experimentos biológicos; infligir deliberadamente grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o a la salud; destruir bienes y apropiarse de ellos de manera no justificada por necesidades militares, a gran escala, ilícita y arbitrariamente (letra a) de Nº 2 de artículo 8).
En caso de conflictos armados que no sean de índole internacional, quedan comprendidas entre los crímenes de guerra las infracciones graves del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra, cometidas contra personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y los que hayan quedado fuera de combate por enfermedad, lesiones, detención o por cualquier otra causa.
Quedan excluidas de la aplicación del Estatuto las situaciones de disturbios o tensiones internos, tales como motines, actos aislados y esporádicos de violencia u otros actos de carácter similar (letra d) del Nº 2 del artículo 8).
El mensaje señala que la no aplicación del Estatuto a conductas cometidas en conflictos sin carácter internacional dejaría fuera de toda sanción internacional a conductas cometidas en la mayor parte de los conflictos armados luego de la Segunda Guerra Mundial.
Además, acerca de la exigencia de que los crímenes de guerra se cometan como parte de un plan o una política o como parte de una comisión en gran escala, sostiene que el Estatuto adoptó una redacción transaccional. En efecto, dice, en su artículo 8 dispone este instrumento que la Corte tendrá jurisdicción respecto de los crímenes de guerra, “en particular” cuando ellos se cometen como parte de un plan o política o como parte de una perpetración a gran escala. Esta expresión permite concluir, según el mensaje, que las exigencias de un plan o política no son esenciales.
C) Los titulares de la acción penal ante la Corte.
Estos son los Estados Partes, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el Fiscal de la Corte . Los dos primeros, mediante la remisión al Fiscal de la Corte de una situación en la que pudiere haberse cometido delitos de competencia de la Corte, para que practique la investigación del caso, y el tercero, iniciando de oficio tal investigación (artículos 13 a 15).
El Consejo de Seguridad podrá decidir el recurso a la Corte entre las medidas que el capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas le permite adoptar para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales, sin necesidad de considerar, como lo señala el mensaje, si el Estado en cuyo territorio se habrían cometido los hechos, es o no Parte del Estatuto o si es el Estado de la nacionalidad de los acusados.
Entre dichas medidas, el Consejo de Seguridad podrá resolver, además, pedir a la Corte que suspenda, por un plazo que no podrá exceder de doce meses, renovables, la investigación o el enjuiciamiento que haya iniciado, a lo que la Corte deberá acceder (artículo 16).
El punto de determinar quienes podrían llevar un asunto al conocimiento de la Corte fue especialmente debatido en la Conferencia de Roma, por cuanto algunas delegaciones preferían que la Corte quedase, en la práctica, supeditada en su accionar a las decisiones del Consejo de Seguridad ya que la denuncia de los Estados, que es el otro sistema de iniciativa, en la práctica se ha revelado inoperante, ya que los Estados actúan en esta materia movidos por una serie de consideraciones que involucra el conjunto de los elementos de las relaciones internacionales entre los Estados (relaciones políticas, económicas, estratégicas, de seguridad y defensa). No estaban estas delegaciones dispuestas a que el Fiscal pudiese tener poder de iniciativa para dar inicio a una investigación.
En ese contexto, las facultades reconocidas al Consejo de Seguridad para pedir la suspensión del procedimiento son una contrapartida al poder de iniciativa otorgado al Fiscal. El acuerdo para pedir la suspensión el veto no opera para impedir que la Corte conozca de un caso sino que para impedir que deje de conocer de él, de manera que si se quiere suspender la vista de un caso será necesario contar con la votación favorable de la mayoría del Consejo de Seguridad, incluidos los cinco miembros permanentes, ya que si uno de ellos se opone a través del veto, la Corte seguirá conociendo del caso.
Los particulares en general o a las víctimas de estos crímenes no podrán acceder directamente ante la Corte.
Pues bien, entablada la acción penal internacional, corresponderá a la Corte resolver sobre su admisibilidad, teniendo en cuenta el principio de complementariedad ya comentado, cuando:
1) El asunto sea objeto de una investigación o enjuiciamiento en el Estado que tiene jurisdicción sobre él salvo que éste no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación o el enjuiciamiento o no pueda realmente hacerlo, debido a que por el colapso total o sustancial de su administración nacional de justicia o al hecho de carecer de ella, no puede hacer comparecer al acusado, no dispone de pruebas y los testimonios necesarios o no está por otras razones en condiciones de llevar a cabo el juicio;
2) El asunto haya sido objeto de investigación por el Estado que tenga jurisdicción sobre él y éste haya decidido no incoar acción penal contra la persona de que se trate, salvo que la decisión haya obedecido a que no esté dispuesto a llevar a cabo el enjuiciamiento o no pueda realmente hacerlo;
3) La persona de que se trate haya sido ya enjuiciada por la misma conducta denunciada, y la Corte no pueda incoar el juicio en virtud de la cosa juzgada, a menos que el proceso en el otro tribunal obedeciera al propósito de sustraer al acusado a la acción de la Corte o no hubiere sido instruido en forma independiente o imparcial de conformidad con las debidas garantías procesales reconocidas por el derecho internacional, y
4) El asunto no sea de gravedad suficiente para justificar la adopción de otras medidas por la Corte (letras a), b), c) y d) del Nº 1 y Nº 3 del artículo 17 y artículo 20).
Podrán impugnar la admisibilidad de la causa: el acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia; el Estado que tenga jurisdicción en la causa porque está investigándola o enjuiciándola o lo ha hecho antes, y el Estado cuya aceptación se requiera (artículo 19).
D) El derecho internacional y los principios de derecho penal aplicables por la Corte.
En el ejercicio de su función jurisdiccional la Corte deberá aplicar, en un orden sucesivo, el derecho internacional siguiente:
1) En primer lugar, el derecho especial aprobado por los Estados Partes en el Estatuto, los Elementos del Crimen y sus Reglas de Procedimiento y Prueba; estos dos últimos, aprobados por dos tercios de los miembros de la Asamblea de los Estados Partes que deberá ser convocada una vez que el Estatuto entre en vigencia (letra a) del artículo 21, en relación con artículos 9º, 51 y 112).
2) En segundo lugar, la Corte deberá aplicar, cuando proceda, los tratados, principios y normas de derecho internacional, incluidos los establecidos para los conflictos armados (letra b) del artículo 21).
3) En defecto de lo anterior, deberá aplicar los principios generales del derecho que derive la Corte del derecho interno de los sistemas jurídicos del mundo, incluido el derecho interno de los Estados que normalmente ejercerían jurisdicción en el caso (letra c) del artículo 21).
4) Además, es facultada para aplicar principios y normas de derecho respecto de los cuales hubiere hecho una interpretación en decisiones anteriores (Nº 2 del artículo 21).
La aplicación e interpretación de este derecho deberán ser compatibles con los derechos humanos internacionalmente reconocidos (Nº 3 del artículo 21).
Entre los principios generales de derecho penal que deberá aplicar se contemplan los siguientes:
1) Nullum crimen y nulla poena sine lege: no hay delito ni pena sin ley. Nadie será penalmente responsable por conducta que en el momento en que tiene lugar no constituye crimen de la competencia de la Corte y nadie podrá ser declarado culpable sino en conformidad con este Estatuto (artículos 22 y 23).
2) Irretroactividad ratione personae: nadie será penalmente responsable por conducta anterior a la vigencia de este instrumento (Nº 1 del artículo 24).
3) Pro reo. La definición del crimen será interpretada estrictamente y no se hará extensiva por analogía. En caso de ambigüedad de la norma, será interpretada en favor de la persona objeto de investigación, enjuiciamiento o condena, así como se le aplicarán las disposiciones más favorables en caso de modificarse el derecho aplicable a una causa antes de que se dicte la sentencia definitiva (Nos 2 de los artículos 22 y 24).
4) Responsabilidad penal individual: quien cometa un crimen de la competencia de la Corte será responsable individualmente, lo cometa por sí solo, con otro o por conducto de otro; ordene, proponga o induzca a la comisión de ese crimen, o quien actúe como cómplice, encubridor o colabore de algún modo en la comisión o la tentativa (artículo 25).
5) Irresponsabilidad penal de los menores: quedan excluidos de la competencia de la Corte los menores de 18 años en el momento de la presunta comisión del crimen (artículo 26).
6) Improcedencia del cargo oficial: el Estatuto será aplicable por igual a todos, sin distinción alguna basada en el cargo oficial, sea la persona Jefe de Estado o de Gobierno, miembro de un gobierno o parlamentario, entre otros, y tampoco servirá tal condición para reducir la pena (artículo 27).
7) Responsabilidad de los jefes y otros superiores: en el caso del jefe militar se hará efectiva por los delitos que hubieren cometido las fuerzas bajo su mando y control efectivo, cuando no haya ejercido un control apropiado de sus fuerzas, y en razón de las circunstancias hubiere debido saberlo o no hubiere adoptado medidas para prevenirlos, reprimirlos o ponerlos en conocimiento de las autoridades competentes.
En otros ámbitos, la responsabilidad del superior será efectiva cuando éste no hubiere ejercido un control apropiado sobre sus subordinados, teniendo conocimiento de la comisión de los delitos y no hubiere adoptado las medidas para prevenirlos o reprimirlos (Nº 1 del artículo 28).
El subordinado que en el cumplimiento de una orden de gobierno o de un superior, militar o civil, que cometa un delito de competencia de la Corte, no será eximido de responsabilidad penal a menos que estuviere obligado por ley a obedecer o no supiera que la orden era ilícita o manifiestamente ilícita. Se entenderá que tienen este carácter las órdenes de cometer genocidio o crímenes de lesa humanidad (artículo 33).
8) Imprescriptibilidad: los crímenes de la competencia de la Corte se declaran imprescriptibles (artículo 29).
A estos principios cabe agregar el de la presunción de inocencia de la persona investigada, mientras no se pruebe, en derecho, su culpabilidad, lo que deberá hacer el Fiscal (artículo 66).
E) Eximentes de responsabilidad penal aplicables por la Corte.
Sin perjuicio de las demás circunstancias eximentes de responsabilidad penal establecidas en el Estatuto, no será penalmente responsable quien, en el momento de incurrir en una conducta:
1) Padeciere de una enfermedad o deficiencia mental o estuviere en un estado de intoxicación que le priven de su capacidad para apreciar la ilicitud o naturaleza de su conducta;
2) Actuare en defensa propia o de un tercero o, en caso de los crímenes de guerra, de un bien que fuese esencial para su supervivencia o la de un tercero o de un bien que fuere esencial para realizar una misión militar;
3) Haber incurrido en una conducta criminal como consecuencia de coacción dimanante de una amenaza de muerte o lesiones corporales graves para él u otra persona (artículos 31);
4) Haber actuado por error de hecho y de derecho, únicamente si hacen desaparecer el elemento de intencionalidad requerido por el crimen (artículo 32), y
5) Haber actuado en cumplimiento de órdenes superiores que por mandato legal estuviere obligado a obedecer; de orden que no se supo que era ilícita o de orden que era manifiestamente ilícita (artículo 33).
III. PRINCIPALES NORMAS SOBRE ASPECTOS ORGÁNICOS Y PROCESALES RELATIVOS AL FUNCIONAMIENTO DE LA CORTE.
Estas normas se encuentran entre las partes cuarta, undécima y duodécima del Estatuto, respectivamente referidas a la composición, administración y financiación de la Corte, y entre las partes quinta y décima, que regulan los procedimientos de investigación y enjuiciamiento, el juicio, las penas, los recursos de apelación y revisión contra los fallos de la Corte, la cooperación internacional y la asistencia judicial de los Estados Partes con la Corte, y la ejecución de la pena aplicada por este tribunal internacional.
A) Composición, administración y financiación de la Corte.
Los órganos que componen la Corte son la Presidencia ; las Secciones de Apelaciones, de Primera Instancia y de Cuestiones Preliminares ; la Fiscalía y la Secretaría (artículo 34).
Al Presidente y los Vicepresidentes, elegidos por los Magistrados, por períodos de tres años, les corresponderá la administración de la Corte, en coordinación con el Fiscal (artículo 38).
La Corte esta compuesta de 18 magistrados, en régimen de dedicación exclusiva, elegidos entre personas de alta consideración moral, imparcialidad e integridad; de reconocida competencia en derecho y procedimiento penales, en derecho internacional, tales como el derecho humanitario y los derechos humanos; elegidos conforme al procedimiento previsto en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. No podrá haber dos magistrados que sean nacionales del mismo Estado, y al seleccionarlos se deberá tener en cuenta que en la composición de la Corte haya representación de los principales sistemas jurídicos del mundo; distribución geográfica equitativa y representación equilibrada de magistrados mujeres y hombres (artículos 35 y Nos 1, 3, 4 y 7 del artículo 36).
Los Magistrados elegidos serán independientes en el desempeño de sus funciones y no realizarán actividad alguna incompatible con sus funciones judiciales (artículo 40).
Tan pronto como sea posible después de la elección de los Magistrados, las funciones judiciales de la Corte se realizarán en tres Salas: la de Apelaciones, la de Primera Instancia y la de Cuestiones Preliminares , correspondientes a cada una de las secciones antes señaladas (artículos 39).
La Fiscalía es un órgano independiente, separado de la Corte. Le corresponderá recibir remisiones de situaciones de la competencia de la Corte e investigarlas. Será dirigida por un Fiscal elegido por la Asamblea de los Estados Partes por 9 años, sin derecho a reelección. El Fiscal y los Fiscales Adjuntos tendrán que ser de diferentes nacionalidades y desempeñarán sus cargos en régimen de dedicación exclusiva y serán elegidos en votación secreta por la Asamblea de los Estados Partes (artículo 42).
Los idiomas oficiales en los que deberán ser publicadas las sentencias de la Corte, así como las decisiones que resuelvan cuestiones fundamentales, serán el árabe, chino, español, francés, inglés y ruso, y los de trabajo serán el inglés y el francés (artículo 50).
Los gastos de la Corte y de la Asamblea de los Estados Partes se sufragarán con las cuotas de éstos y los fondos que apruebe la Asamblea General de las Naciones Unidas, en particular respecto de los gastos efectuados en relación con cuestiones remitidas por el Consejo de Seguridad, más las contribuciones voluntarias que efectúen gobiernos, organizaciones internacionales, particulares, sociedades y otras entidades (artículos 113 a 116).
Las cuotas de los Estados Partes se prorratearán de conformidad con una escala de cuotas basada en la escala adoptada por las Naciones Unidas para su presupuesto ordinario (artículo 117).
Por lo señalado, no es posible prever, en este momento, el gasto que demandará al Estado su participación en la Corte, el que, en todo caso, deberá ser financiado, cuando corresponda, con los recursos que anualmente contempla la ley de presupuestos en la partida del Ministerio de Relaciones Exteriores para pago de cuotas nacionales a organismos internacionales en los cuales Chile es Estado Parte.
B) Los procedimientos de investigación y enjuiciamiento.
Corresponderá al Fiscal iniciar y llevar a cabo la investigación en el territorio de un Estado, con pleno respeto de los derechos que el Estatuto confiere a las personas y durante ella nadie será obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable, así como nadie será sometido a forma alguna de coacción, intimidación o amenaza, a torturas ni a otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.
Además, la persona que haya de ser interrogada tendrá derecho a ser informada de los motivos que existen para creer que ha cometido un crimen de la competencia de la Corte; a guardar silencio, sin que ello determine culpabilidad o inocencia; a ser asistido por un abogado defensor y a ser interrogada en presencia de éste (artículos 54 y 55).
Las detenciones deberán ajustarse al derecho del Estado de detención; una vez practicadas, el detenido será llevado sin demora ante la autoridad judicial competente, quien tendrá facultad para decidir sobre la libertad provisional antes de su entrega. Esta también podrá ser dispuesta por la Corte (Nos 1, 2 y 3 del artículo 59 y Nº 2 del artículo 60).
C) El juicio ante la Corte.
Previamente al inicio del juicio, el acusado podrá impugnar los cargos y pruebas presentados por el Fiscal ante la Sala de Cuestiones Preliminares y confirmados los cargos, el Presidente constituirá una Sala de Primera Instancia para dar curso al juicio que, normalmente, deberá celebrarse en la sede de la Corte (La Haya) y en presencia del acusado, a menos que éste perturbe continuamente su desarrollo, caso en el cual se le permitirá que observe y de instrucciones a su defensor desde fuera, utilizando, en caso necesario, tecnologías de comunicación (artículos 62 y 63).
El juicio será público, justo, expedito y substanciado con pleno respeto de los derechos del acusado, teniendo debidamente en cuenta la protección de las víctimas, de los testigos y de la información confidencial (Nos 2, 6, letra c), y 7 del artículo 64).
Al acusado se le reconocen, en lo sustancial, los derechos siguientes:
1) A ser oído públicamente;
2) A ser informado sin demora y en forma detallada de la naturaleza, causa y contenido de los cargos que se le imputan;
3) A disponer de tiempo y medios para su defensa y comunicarse libre y confidencialmente con un defensor de su elección;
4) A ser juzgado sin dilaciones indebidas;
5) A estar presente en el proceso y defenderse personalmente o ser asistido por un defensor de su elección;
6) A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo, y
7) A no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable y a guardar silencio, sin que ello pueda tenerse en cuenta a los efectos de determinar su culpabilidad o inocencia (artículo 67).
En la regulación del juicio se contemplan normas destinadas a proteger la seguridad, el bienestar físico y psicológico, la dignidad y la vida privada de las víctimas y los testigos que comparezcan en el juicio (68); a regular los procedimientos para la práctica de las pruebas de conformidad con las Reglas de Procedimiento y Prueba (69); a indicar los delitos que se pueden cometer contra la administración de justicia, entre los que se contemplan dar falso testimonio, presentar pruebas a sabiendas de que son falsas o han sido falsificadas, corromper a un testigo, obstruir su comparecencia o testimonio o interferir en ellos, poner trabas, intimidar o corromper a un funcionario de la Corte, tomar represalias contra un funcionario de la Corte, y solicitar o aceptar soborno (70); a disponer la protección de información que afecte a la seguridad nacional (72); a establecer procedimientos que permitan la reparación de las víctimas o a sus causahabientes (75) y a establecer que la pena que proceda imponer al acusado será fijada por la Sala de Primera Instancia (76). Entre paréntesis: los números de los artículos respectivos.
Las penas que podrá aplicar la Corte son las siguientes:
1) Reclusión, por no más de 30 años, o a perpetuidad, según la gravedad y circunstancias del delito (letras a) y b) del Nº 1 del artículo 77), y
2) Multas y decomiso del producto, los bienes y los haberes procedentes del delito. Los recursos que reciba la Corte por estos conceptos podrán ser transferidos al Fondo Fiduciario que la Asamblea de los Estados Partes establecerá en beneficio de las víctimas de crímenes de la competencia de la Corte y de sus familias (letras a) y b) del Nº 2 del artículo 77 y artículo 79).
D) Los recursos de apelación y revisión que se podrán interponer en contra de los fallos dictados por la Corte.
El recurso de apelación del fallo condenatorio o absolutorio de la pena podrá ser interpuesto por el Fiscal o el condenado, principalmente por vicios de procedimiento; errores de hecho o de derecho, o cualquier otro motivo que afecte a la justicia o a la regularidad del proceso o en razón de una desproporción entre el crimen y la condena (Nos 1 y 2 del artículo 81).
Cuando la duración de la detención fuese mayor que la de la pena de prisión impuesta o si la sentencia fuere absolutoria, el acusado será puesto en libertad (Nº 3 de artículo 81).
El recurso de revisión podrá ser interpuesto por el condenado o, después de su fallecimiento, por el cónyuge, los hijos, los padres o el Fiscal, principalmente cuando se hubieren descubierto nuevas pruebas, fundamentales para el resultado del juicio (artículo 84).
A quien haya sido ilegalmente detenido o recluido se le reconoce el derecho a ser indemnizado, lo mismo que al condenado por error judicial (artículo 85).
E) La cooperación internacional y la asistencia judicial de los Estados Partes con la Corte en la investigación y el enjuiciamiento de los crímenes de su competencia.
De las normas relativas a esta materia, cabría destacar las que establecen:
1) El deber de los Estados de asegurarse que en el derecho interno existan procedimientos aplicables a todas las formas de cooperación previstas en el Estatuto, entre ellos, para la detención y entrega de personas y la tramitación de solicitudes o la obtención de pruebas (artículos 88, 90, 91 y siguientes).
2) El principio de la especialidad, en virtud del cual quien haya sido entregado a la Corte, no será procesado, castigado o detenido por una conducta anterior a su entrega, a menos que ésta constituya la base del delito por el que haya sido entregado (artículo 101).
F) La ejecución de la pena.
Sobre el cumplimiento de las penas se establecen las normas siguientes:
1) Las penas privativas de libertad se cumplirán en el Estado designado por la Corte, sin que éste pueda modificarla en caso alguno (103 y 105).
2) En todo momento se podrá decidir el traslado del condenado a una prisión de un Estado distinto del Estado de ejecución de la pena (104).
3) Los Estados de ejecución no podrán poner en libertad al recluso antes de que haya cumplido su pena; sólo la Corte podrá decidir su reducción y cuando el recluso haya cumplido las dos terceras partes de la pena o 25 años de prisión en caso de cadena perpetua, la Corte la revisará para determinar si puede ser reducida (110).
IV. LAS CLÁUSULAS FINALES DEL ESTATUTO.
Estas se refieren a la solución de controversias, a las reservas, enmiendas y revisión del Estatuto, firma, ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, entrada en vigor, denuncia y textos auténticos.
Las controversias relativas a funciones judiciales de la Corte serán dirimidas por ella; pero cualquiera otra que surja entre los Estados Partes será resuelta por negociaciones o por la Asamblea de los Estados Partes (119).
Las reservas no se admiten; sin embargo, cualquier Estado, al hacerse Parte en el Estatuto, podrá declarar que durante siete años, contados a partir de la fecha en que este instrumento rija para él, no aceptará la competencia de la Corte sobre crímenes de guerra, cuando se denuncie la comisión de uno de esos crímenes por sus nacionales o en su territorio (120 y 124).
Todo Estado Parte podrá denunciar este Estatuto. En tal caso, su desvinculación se producirá un año después, a menos que la nota respectiva indique una fecha ulterior (127).
V. ENMIENDAS INTRODUCIDAS AL TEXTO DEL ESTATUTO.
Cabe señalar que junto con el Estatuto de Roma, se someten a la aprobación parlamentaria diversas correcciones a su texto auténtico español, hechas por el Secretario General de las Naciones Unidas después de la Conferencia Diplomática de Roma, en su calidad de depositario, las que notificadas a los Estados signatarios no fueron objetadas dentro de plazo, por lo que se entienden jurídicamente aceptadas.
Por este procedimiento se han corregido evidentes errores de texto en que se incurrió en todos los originales del Estatuto, extendidos en los seis idiomas señalados en su artículo 128. Se han corregido errores en el preámbulo y en diversos artículos que, no obstante, no alteran su sentido y alcance, de manera que no hay observaciones que formular al respecto.
B) Correlación del Estatuto con el ordenamiento legal.
De la revisión de las normas del tratado, aparece la necesidad de adecuar diversas disposiciones de nuestra legislación penal y procesal penal interna, a los efectos de hacerla plenamente compatibles con lo que dispone el tratado.
1.- Las modificaciones a la ley penal.
1.1. Tipificación de delitos.
En esta materia fue necesario tipificar en la ley penal de nuestro país los crímenes de genocidio, crímenes de guerra y de lesa humanidad, describiendo el tipo penal, de acuerdo a las exigencias del tratado y asignándole una pena adecuada a su gravedad.
1.2. Imprescriptibilidad.
Del mismo modo, se debió modificar el artículo 94 del Código Penal a los efectos de señalar que los crímenes de genocidio, de guerra y de lesa humanidad que contemplará nuestra ley penal son imprescriptibles.
1.3. Normas sobre autoría y participación en estos crímenes.
Consecuencialmente fueron adecuadas las normas de autoría y participación contenidas en nuestro Código Penal a objeto de adaptarlas a lo establecido en las disposiciones del tratado respecto de los crímenes incluidos en la competencia de la Corte.
1.4. Dolo.
Igual actualización fue realizada en materia penal, en relación con la regulación que establece el Estatuto acerca del dolo en estos crímenes.
1.5. Eximentes de responsabilidad penal.
La referida legislación recientemente sancionada, adecuó las eximentes de responsabilidad penal que contempla nuestra ley penal, especialmente el artículo 10 del Código Penal, en relación con las normas que a este respecto establece el artículo 31 del tratado.
1.6. Obediencia debida.
También fue enmendado el tratamiento en la ley penal chilena de la obediencia debida, en relación a lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto.
1.7. Otras normas.
Finalmente, se ha debido regular en consonancia con las disposiciones del tratado el decomiso de bienes, normas sobre la ejecución de las penas privativas de libertad y ejecución de las multas y las órdenes de decomiso.
2.- Las modificaciones a la ley procesal penal.
2.1. Procedimientos de cooperación del Estado de Chile con la Corte.
La Parte IX del Estatuto se refiere al tema de la cooperación internacional y la asistencia judicial, regulando la relación entre la Corte y los Estados en esta materia.
A este respecto, cabe destacar el artículo 88 del Estatuto que señala que los Estados Partes se asegurarán que en el derecho interno existan procedimientos aplicables a todas las formas de cooperación especificadas en sus disposiciones.
A su vez, el artículo 93 establece que los Estados Partes, de conformidad con lo dispuesto en el tratado y con los procedimientos de su derecho interno, deberán cumplir las solicitudes de asistencia formuladas por la Corte en relación con investigaciones o enjuiciamiento penales.
Esta remisión a las reglas de procedimientos establecidas en el derecho se contemplan en otras normas del Estatuto, como las referidas a la entrega de personas a la Corte (89); procedimiento de detención en el Estado de detención (59); normas que posibiliten la investigación del Fiscal de la Corte en el territorio del Estado (54), y cumplimiento de solicitudes de asistencia de la Corte (99). Los números entre paréntesis corresponden al artículo citado.
Lo anterior significará revisar las normas actualmente vigentes en los Códigos de Procedimiento Penal y Civil, que se aplican supletoriamente al procedimiento penal en todo lo relativo a la extradición y a la asistencia judicial en materia penal.
3.- Oportunidad de la adecuación legislativa.
En relación con la oportunidad de enviar al Parlamento las reformas legales necesarias para adecuar la legislación interna a los establecido en el Estatuto, es necesario distinguir aquellas normas del Estatuto que recogen obligaciones internacionales ya vigentes para Chile, de aquellas nuevas obligaciones que establece cuando este instrumento, luego de su aprobación parlamentaria y la ratificación presidencial, entre en vigor para Chile.
3.1. Normas del tratado que recogen obligaciones internacionales ya vigentes para Chile.
En esta parte cabe considerar la obligación internacional que tiene el Estado de Chile de incriminar el delito de genocidio y las infracciones graves de las costumbres y leyes de la guerra, conocidos como crímenes de guerra, que como se expresó ya fueron incorporadas al ordenamiento interno.
En todo caso, resulta útil recordar que esta obligación internacional para Chile data de septiembre de 1953, respecto de la Convención contra el Genocidio de 1948, y de abril de 1951, respecto de los Convenios de Ginebra de 1949.
3.2. Nuevas obligaciones que establece el Estatuto.
Entre éstas se encuentran la incriminación de los restantes delitos de trascendencia internacional de competencia de la Corte y las otras normas que a título ejemplar se han señalado, su implementación ya se encuentra en curso o está previsto que ingresen como iniciativas legales antes que este instrumento internacional entre en vigor para Chile.
VII. DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR
El Ministro Secretario General de la Presidencia , señor José Antonio Viera-Gallo , realizó una extensa exposición respecto de la normativa del Estatuto de Roma. Explicó que conforme a lo resuelto en la sentencia del Tribunal Constitucional que acogió el requerimiento formulado por un grupo de Diputados, este Congreso aprobó la reforma constitucional que ha permitido que el Senado expresara su voto favorable a este proyecto de acuerdo por una significativa mayoría.
Señaló que desde la II Guerra Mundial ha existido un anhelo de la comunidad internacional de contar con una instancia jurisdiccional de esta naturaleza, lo que no se había logrado como efecto de la llamada Guerra Fría, por lo cual se crearon tribunales especiales como los de Yugoslavia y Ruanda, ampliamente criticados por cuanto su creación se dio con posterioridad a los hechos que los motivaron.
Al respecto recordó el esfuerzo de jueces europeos, especialmente españoles por hacer una extensión de sus facultades jurisdiccionales que impidieran dejar en la impunidad crímenes de alta connotación.
Por su parte, el Diputado señor Enrique Accorsi hizo presente que los fundamentos del proyecto de acuerdo son absolutamente claros, han sido ampliamente debatidos y existe un consenso mayoritario para aprobar el Acuerdo. Si, tiene la sensación que un convenio de esta naturaleza se debía haber aprobado mucho antes, tomando en consideración la gran mayoría de países que lo han ratificado.
El Diputado Roberto León , por su parte, consideró que no habría justificación alguna para no aprobar este convenio, después de la extensa discusión que se dio en esta Comisión y la aprobación de la reforma constitucional reciente.
El Diputado Iván Moreira expresó que votará en contra la aprobación de este Convenio, porque le parece evidente que para analizar un tratado internacional de esta naturaleza, el concepto de soberanía prima sobre la llamada igualdad soberana, y este proyecto de acuerdo claramente lo viola. A su parecer hay un conjunto de normas del Acuerdo que ponen en duda la igualdad soberana, toda vez que países como Estados Unidos de Norteamérica, Rusia y China no se adhirieron a él, y con ello, más de la mitad de la población mundial queda fuera de la jurisdicción del Tribunal Penal Internacional. Estamos en presencia –sostuvo- de una justicia internacional selectiva, y no de una justicia universal como se ha hecho creer.
El Diputado Marcelo Díaz planteó, al fundamentar su voto, que esta es una iniciativa largamente debatida, tanto en su anterior trámite como en la aprobación de la reforma constitucional que autoriza la aprobación del tratado. Cree que hoy existe el consenso y las mayorías necesarias para aprobar finalmente este tratado y dejar de pertenecer al “selecto” grupo de países que aún no lo ratifican. Señaló que el Tribunal es parte de la estructura internacional de defensa de los Derechos Humanos y su aprobación por parte de Chile viene a saldar la deuda que nuestro país tiene en esta materia.
Afirmó que, especialmente en materia comercial, Chile ha suscrito muchos tratados internacionales, y en su discusión los que se opusieron a este Acuerdo no argumentaron el concepto de “soberanía”, no obstante que en la mayor parte de ellos nuestro país y sus empresas se sometían a tribunales extranjeros.
El Diputado Carlos Abel Jarpa hizo saber su especial satisfacción porque al fin se estaba ad portas de la aprobación de este Convenio que permitirá a Chile incorporarse en plenitud de derechos y obligaciones a la Corte Penal Internacional. Recordó a la Comisión que han trascurrido más de siete años desde que la Cámara de Diputados le diera su aprobación y casi el mismo tiempo desde la resolución del Tribunal Constitucional, razón por la cual espera que se logre un gran consenso en su aprobación.
La Diputada señora Isabel Allende , estimó que con la aprobación de este Convenio Chile da un gran salto en su vocación por el respeto de los Derechos Humanos y en su incorporación a la comunidad internacional. Es, además, una muestra de cómo los países aprenden de sus errores más graves. Al respecto recordó que tanto en la Comisión como en la Sala se planteó una intensa discusión, en la cual todos los Diputados tuvieron la oportunidad de fundamentar su voto; por lo tanto, no existe hoy justificación alguna para retrasar el despacho de este Tratado.
Por su parte, el Diputado señor Fuentealba ( Presidente accidental ) suscribió lo dicho por la diputada señora Allende en el sentido de que ya la discusión sobre este convenio se produjo tanto en la Comisión como en la Sala, amén de la intensa discusión pública que generó en su momento el requerimiento ante el Tribunal Constitucional. Reconoció que en un régimen democrático como el nuestro existan distintas visiones, pero la forma en que zanjaron las diferencias fue precisamente la reforma constitucional reciente. Dijo que ello hará posible reconocer la existencia de esta instancia jurisdiccional y anhela que se produzca la unidad de todos los sectores, especialmente de aquellos que no lo aprobaron en su oportunidad. Anunció su voto favorable.
El Diputado Juan Masferrer precisó que ha sido muy difícil el tratamiento de este proyecto de acuerdo y no resulta fácil tomar una decisión en una materia tan controvertida. Agregó que le llamaba poderosamente la atención que el Gobierno calificara con suma urgencia su despacho, por cuanto el Senado tuvo mucho tiempo para analizarlo, pero a la Cámara de Diputados se le está forzando a una urgente decisión. Pidió al Gobierno que considerara el retiro de la urgencia para buscar un mayor consenso en su tratamiento.
Finalmente, el Ministro de Relaciones Exteriores , señor Mariano Fernández , hizo presente que era importante aprobar esta iniciativa, no solo como una cuestión que le importa al país en su relación interna, sino para la proyección de su política exterior. Señaló que Chile se ha convertido en un referente internacional y aprobar esta tratado legitima al país aún más. Además, precisó que a su parecer este tribunal internacional evitará la creación de tribunales especiales, constituidos con posterioridad a lo que debe juzgar como sucedió en Ruanda y Yugoslavia.
Recordó que frente a algunas situaciones de especial gravedad que han sucedido en África y en otros continentes, el país ha debido guardar silencio por el hecho de no haber ratificado la Corte Penal Internacional. Enfatizó la necesidad de que esta Cámara le dé su aprobación y que nada justifica que se dilate más la discusión ni se retire la urgencia hecha presente por el Gobierno.
VIII. DECISIONES DE LA COMISIÓN.
C) Aprobación del Convenio y del artículo único del proyecto de acuerdo.
Considerando los antecedentes expuestos, la Comisión decidió, por mayoría de votos, recomendaros su aprobación, para lo cual os sugiere adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo en los términos propuestos por el Senado.
Se deja constancia que la Comisión adoptó su decisión en votación nominal.
Por la afirmativa votaron la Diputada Allende Bussi , doña Isabel , y los Diputados Accorsi Opazo, don Enrique ; Díaz Díaz, don Marcelo ; Fuentealba Vildósola, don Renán ( Presidente accidental ); Jarpa Wevar, don Carlos Abel ; León Ramírez, don Roberto , y Tarud Daccarett, don Jorge
Por la negativa votaron los Diputados señores Masferrer Pellizzari, don Juan y Moreira Barros, don Iván .
El artículo único que la Comisión propone a la H. Cámara es el siguiente:
“Artículo único.- Apruébase el “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”, adoptado en dicha ciudad el 17 de julio de 1998.”.
D) Menciones reglamentarias.
1) En cuanto se refiere a la mención que ordena el Nº 4 del precepto reglamentario citado, se consigna que el Estatuto no contempla normas que requieran ser informadas por la Comisión de Hacienda; sin perjuicio de que sí deban serlo los instrumentos que se adopten en el futuro para fijar la contribución de Chile al financiamiento de la Corte, según los procedimientos establecidos en el Estatuto.
2) Que el proyecto de Acuerdo debe ser sancionado con el voto afirmativo de los cuatro séptimos de los Diputados en ejercicio, por contener cláusulas que modifican disposiciones relativas a materias propias de ley orgánica constitucional.
E) Diputado Informante .
Por unanimidad, la Comisión designó Diputado informante al H. Diputado señor Renán Fuentealba Vildósola .
-o-
Discutido y despachado en sesión de fecha 16 de junio de 2009, con asistencia de la Diputada Allende Bussi , doña Isabel , y los Diputados Accorsi Opazo, don Enrique ; Díaz Díaz, don Marcelo ; Errázuriz Eguiguren, don Maximiano ; Fuentealba Vildósola, don Renán ; ( Presidente accidental ); Jarpa Wevar, don Carlos Abel ; León Ramírez, don Roberto ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Moreira Barros, don Iván , y Tarud Daccarett, don Jorge .
Sala de la Comisión, a 16 de junio de 2006.
(Fdo.): MIGUEL LANDEROS PERKIC , Secretario de la Comisión ”.
4. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 12 de junio de 2009
Oficio N° 3166
“Excelentísimo Presidente :
Tengo el honor de remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia de fecha 11 de junio del año en curso, dictada por el Tribunal Constitucional en el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que “tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra”, enviado por el Honorable Senado a fin de que este Tribunal en conformidad con lo dispuesto en el N° 1 del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 43 del mismo, Rol N° 1403-09-CPR.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
PRESENTE”.