Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- X. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Eduardo Diaz Del Rio
- Manuel Rojas Molina
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Ximena Valcarce Becerra
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Marcelo Diaz Diaz
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. ORDEN DEL DÍA
- EXTENSIÓN DE PLAZO PARA FORMACIÓN DE SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : German Verdugo Soto
- INTERVENCIÓN : Juan Lobos Krause
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Duarte Leiva
- DEBATE
- FORTALECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES ANTE OFERTA DE BIENES Y SERVICIOS POR VÍA TELEFÓNICA. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Javier Hernandez Hernandez
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Andres Antonio Egana Respaldiza
- INTERVENCIÓN : Esteban Valenzuela Van Treek
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 19.169, SOBRE OTORGAMIENTO DE PREMIOS NACIONALES, RESPECTO DE LA COMPOSICIÓN DEL JURADO. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ramon Farias Ponce
- DEBATE
- EXTENSIÓN DE PLAZO PARA FORMACIÓN DE SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- PROYECTO PARA MODIFICAR LA LEY Nº 20.322, CON EL OBJETO DE SUSTITUIR EXIGENCIA ACADÉMICA PARA ALGUNOS CARGOS. (Votación).
- DEBATE
- FUSIÓN DE ZONAS PRIMARIAS DE VALDIVIA, OSORNO Y PUERTO MONTT DEL PLAN DE ENCAMINAMIENTO TELEFÓNICO. (Votación).
- DEBATE
- MEDIDAS PARA ENFRENTAR LA CRISIS ECONÓMICA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Rosauro Martinez Labbe
- Enrique Jaramillo Becker
- Lily Perez San Martin
- Sergio Correa De La Cerda
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Alfonso Vargas Lyng
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Jorge Burgos Varela
- Laura Soto Gonzalez
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Sergio Correa De La Cerda
- ANTECEDENTE
- PROYECTO PARA MODIFICAR LA LEY Nº 20.322, CON EL OBJETO DE SUSTITUIR EXIGENCIA ACADÉMICA PARA ALGUNOS CARGOS. (Votación).
- VII. INCIDENTES
- ALCANCES DE PÓLIZAS DE SEGUROS COMPLEMENTARIOS Y CATASTRÓFICOS EN RELACIÓN CON DECRETO DE EMERGENCIA SANITARIA. Oficios.
- ADHESION
- Raul Sunico Galdames
- ADHESION
- ALCANCES DE PÓLIZAS DE SEGUROS COMPLEMENTARIOS Y CATASTRÓFICOS EN RELACIÓN CON DECRETO DE EMERGENCIA SANITARIA. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- PRONUNCIAMIENTO SOBRE SITUACIÓN LABORAL DE TRABAJADORA AFECTADA POR ENFERMEDAD. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS RELACIONADOS CON EL SOTERRAMIENTO DE LA LÍNEA FÉRREA EN LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Dario Paya Mira
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Francisco Chahuan Chahuan
- Enrique Accorsi Opazo
- Rene Aedo Ormeno
- Gonzalo Arenas Hodar
- Mario Bertolino Rendic
- Guido Girardi Briere
- Jaime Quintana Leal
- Juan Lobos Krause
- Patricio Vallespin Lopez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
/
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 357ª
Sesión 51ª, en jueves 9 de julio de 2009
(Ordinaria, de 10.41 a 12.29 horas)
Presidencia de los señores Álvarez Zenteno, don Rodrigo; y Súnico Galdames, don Raúl.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
V. Orden del Día.
- Extensión de plazo para formación de sociedades anónimas deportivas profesionales. Primer trámite constitucional 9
- Fortalecimiento de los derechos de los consumidores ante oferta de bienes y servicios por vía telefónica. Primer trámite constitucional 15
- Modificación de la ley Nº 19.169, sobre otorgamiento de premios nacionales, respecto de la composición del jurado. Primer trámite constitucional 25
VI. Proyectos de acuerdo.
- Proyecto para modificar la ley Nº 20.322, con el objeto de sustituir exigencia académica para algunos cargos. (Votación) 28
- Fusión de zonas primarias de Valdivia, Osorno y Puerto Montt del plan de encaminamiento telefónico. (Votación) 29
- Medidas para enfrentar la crisis económica 29
VII. Incidentes.
- Alcances de pólizas de seguros complementarios y catastróficos en relación con decreto de emergencia sanitaria. Oficios 31
VIII. Anexo de Sesión.
Comisión Especial de Solicitudes de Información y Antecedentes 31
- Pronunciamiento sobre situación laboral de trabajadora afectada por enfermedad. Oficios 31
- Información sobre proyectos relacionados con el soterramiento de la línea férrea en la provincia de Concepción. Oficios 33
IX. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “modifica la ley de concesiones de obras públicas y otra norma legales que indica”. (boletín N° 5172-09) 34
2. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual retira y hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto que “modifica la ley N° 19.132, de Televisión Nacional de Chile”. (boletín N° 6191-19) 34
Pág.
3. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual retira de su tramitación ante el Congreso Nacional, el proyecto de acuerdo que “Aprueba el Tratado de Extradición entre las Repúblicas de Chile y Oriental de Uruguay”, adoptado en Santiago el 19 de agosto de 1996, y sus Notas Rectificatorias de 1997. (boletín N° 4086-10) 34
4. Oficio de S.E. la Presidenta de la República por el cual retira y hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “crea la comuna de Rahue, en la Región de Los Lagos”. (boletín N° 6084-06) 35
5. Oficio del H. Senado por el cual comunica que acordó acceder a la solicitud de la Cámara de Diputados de archivar el proyecto, iniciado en moción, que “introduce diversas modificaciones a la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente”. (boletín N° 3286-12) 35
6. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Chahuán y Sepúlveda, don Roberto, que “deroga normas legales que imponen determinadas exigencias curriculares para el ingreso a cargos profesionales específicos de la administración estatal o municipal”. (boletín N° 6604-04) 36
7. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Sepúlveda, don Roberto, Chahuán, Accorsi, Aedo, Arenas, Bertolino, Girardi, Leal, Lobos y Vallespín, que “obliga a las compañías concesionarias de suministro eléctrico a implementar y permitir técnicamente la conexión de sistemas de “medición neta”, que faciliten la generación de energías renovables no convencionales”. (boletín N° 6605-08) 38
- Oficios del Tribunal Constitucional por los cuales remite copia autorizada de los requerimientos de acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad referidos a las siguientes disposiciones legales:
8. Artículo 1° inciso segundo de la ley N° 18.046. Rol N° 1390-09-INA. (Oficio N° 3241) 41
9. Artículo 1° de la ley N° 19.989. Rol N° 1393-09-INA. (Oficio N° 3245) 42
10. Artículo 248, letra c) e inciso final, del Código Procesal Penal. Rol N° 1404-09-INA. (Oficio N° 3250) 42
11. Artículos 274; 424; 109; 110 inciso 1°; 499, inciso tercero; artículo 61 inciso final y 78, 413 inciso primero, todos del Código de Procedimiento Penal, y 483 del Código Procesal Penal. Rol N° 1327-09.INA. (Oficio N° 3232) 43
12. Artículo 34 y 161 N° 10, del Código Tributario. Rol N° 1388-09-INA. (Oficio N° 3236) 43
X. Otros documentos de la Cuenta.
1. Licencias médicas:
- Licencias médicas acompañadas por los diputados señores Díaz, don Eduardo; Rojas; Jiménez, y por la diputada señora Valcarce, doña Ximena, por las cuales acreditan que deberán permanecer en reposo por 4, 7, 3 y 7 días, a contar del 6, 8, y 7 de julio en curso, los dos últimos, respectivamente.
2. Oficios.
- Oficio del Grupo Interparlamentario Chileno-Húngaro por el cual comunica que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235, del Reglamento de la Corporación, procedió a elegir como Presidente al Diputado señor Díaz, don Marcelo.
Ministerio de Hacienda:
- Diputado Olivares, patrocinio a la moción que asimila las operaciones con tarjetas de crédito a las operaciones crediticias en dinero, reguladas en la ley N° 18.010.
- Diputado Farías, beneficios para los deudores habitacionales PET.
- Diputado Ulloa, suspensión de remates de viviendas por concepto de contribuciones adeudadas.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (88)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Pérez San Martín, Lily RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro IND II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
Delmastro Naso, Roberto RN X 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco IND V 10
Escobar Rufatt, Álvaro IND RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
García García, René Manuel RN IX 52
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PRI III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernández, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban IND VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Concurrió, también, el Subsecretario de Deportes , don Jaime Pizarro.
-Por encontrarse en misión oficial, no estuvo presente la diputada señora Ximena Vidal, y los diputados señores Rosauro Martínez, Alejandro García-Huidobro, Francisco Encina, Sergio Bobadilla, y Nicolás Monckeberg.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.41 horas.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- El acta de la sesión 46ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 47ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ, don Adrián ( Secretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
V. ORDEN DEL DÍA
EXTENSIÓN DE PLAZO PARA FORMACIÓN DE SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES. Primer trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que aumenta el plazo para la formación de sociedades anónimas deportivas profesionales.
Diputado informante de la Comisión Especial de Deportes es el señor Germán Verdugo.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 6536-29, sesión 34ª, en 2 de junio de 2009. Documentos de la Cuenta N° 27.
-Informe de la Comisión de Deportes, sesión 49ª, en 7 de julio de 2009. Documentos de la Cuenta N° 13.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, solicito que recabe el acuerdo para que ingrese a la Sala el subsecretario de Deportes, señor Jaime Pizarro.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Solicito el acuerdo de la Sala para acceder a la petición del señor Jaramillo.
Acordado.
Tiene la palabra el diputado informante .
El señor VERDUGO (de pie).-
Señor Presidente , la Comisión Especial de Deportes pasa a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario originado en una moción de los diputados señores Ascencio , Chahuán , Encina , González , Lobos, Rojas , Silber y Verdugo, que aumenta el plazo para la formación de sociedades anónimas deportivas profesionales.
La idea matriz del proyecto busca evitar el fracaso de las competencias de baloncesto organizadas por la División Mayor del Básquetbol de Chile, Dimayor , dado que el Instituto Nacional del Deporte de Chile, IND, ha anunciado que, a partir del segundo semestre de este año, no podrán participar en ellas los clubes que no se hayan constituido como sociedades anónimas deportivas profesionales, Sadp, condición que sólo ha podido cumplir la mitad de los clubes que participan actualmente en esta liga de básquetbol, que tiene carácter profesional.
Para ello, el proyecto propone ampliar de dieciocho meses a cinco años el plazo que confiere el articulado transitorio de la ley N° 20.019, que ya tiene cuatro años de vigencia, a fin de que las instituciones deportivas asociadas a la Dimayor puedan actuar dentro del marco legal, mientras se estudia una modificación más permanente del mismo.
Cabe indicar que el proyecto no contiene normas que requieran quórum especial o normas que requieran ser conocidas por la Comisión de Hacienda, y no existen artículos o/e indicaciones rechazados por la Comisión.
La iniciativa fue aprobada en general por la unanimidad de los diputados presentes (4 votos a favor).
En la moción que dio inicio a este proyecto de ley, sus autores justifican su iniciativa en las siguientes circunstancias:
La Dimayor es una organización deportiva que ha difundido el básquetbol nacional durante treinta años. Cuenta con clubes en distintas ciudades, a través de los cuales desarrolla y organiza la alta competencia en este deporte.
La ley Nº 20.019, que regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, estableció en su artículo 1º transitorio que las organizaciones deportivas que se encuentren participando actualmente en actividades o torneos deportivos profesionales, cualquiera sea la normativa bajo la cual se constituyeron, deberán adecuar sus estatutos a las normas de la ley dentro del plazo de dieciocho meses contados desde su entrada en vigencia.
Esta normativa, aprobada para favorecer al fútbol profesional, estaría causando grave daño a otras disciplinas deportivas.
La Dimayor , por diversas razones, no ha podido aún regularizar su situación jurídica. Entre ellas, cabe señalar la existencia de clubes que pertenecen a universidades o a municipalidades y que, por lo tanto, no pueden constituirse en sociedades anónimas deportivas profesionales. Además, existen otros clubes que no lo han hecho por falta de interés de las personas en adquirir acciones, lo que se ha visto agravado por la actual crisis económica.
Recientemente, el Instituto Nacional de Deportes ha comunicado oficialmente a la Dimayor que a las organizaciones que aún no han regularizado su situación no se les permitiría participar en competencias.
Tal medida, que causará un gran daño al básquetbol y al deporte en general, impulsa a los autores de la iniciativa a proponer como medida transitoria que se establezca un nuevo plazo, para suspender la aplicación de dicha normativa, mientras se discute una reforma más profunda a la ley Nº 20.019.
Discusión del proyecto.
Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la asistencia y colaboración de autoridades y funcionarios de gobierno y de representantes de entidades deportivas, quienes, en sus intervenciones, coincidieron en que la normativa que está afectando hoy a la Dimayor puede llegar a afectar también a organizaciones deportivas de otras disciplinas que tienen ramas profesionales, pero que están ligadas a organismos que, por su naturaleza, no pueden constituirse como sociedades anónimas, como es el caso de las universidades.
Por otra parte, advirtieron que clubes asociados a Dimayor, existentes a la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.019, por distintos motivos no pudieron adecuarse a las exigencias de ésta dentro del plazo que se les otorgó, como asimismo clubes nacidos con posterioridad a esa fecha que debían constituirse como sociedades anónimas deportivas profesionales para poder participar en sus competencias, pero que no han podido entrar en ese régimen porque el plazo legal se encuentra vencido desde el 7 de noviembre de 2006. la materia, la ministra secretaria general de gobierno, señora Carolina Tohá , propuso ampliar el plazo para la adecuación de estatutos que confiere el artículo 1º transitorio, como propone el proyecto, o, de preferencia, autorizar de manera permanente la constitución de corporaciones y fundaciones que, a través de la formación de un fondo profesional de deporte, puedan participar válidamente en este tipo de actividades.
Sobre la materia, la ministra secretaria general de gobierno, señora Carolina Tohá , propuso ampliar el plazo para la adecuación de estatutos que confiere el artículo 1º transitorio, como propone el proyecto, o, de preferencia, autorizar de manera permanente la constitución de corporaciones y fundaciones que, a través de la formación de un fondo profesional de deporte, puedan participar válidamente en este tipo de actividades.
En todo caso, advirtió que para que la iniciativa resuelva efectivamente el problema planteado, deberá tramitarse con la máxima celeridad, sin incorporar otros temas al debate, que pese a ser muy legítimos, podrían dilatar en exceso su pronta aprobación. De existir tal disposición, ofreció formular una indicación al proyecto originado en moción del diputado que informa, o presentar un proyecto propio que haga viable el objetivo perseguido.
El señor Luis Cerda Castro , presidente de la Dimayor , planteó que lo más grave es que, para el campeonato más importante del básquetbol nacional, hay sólo ocho clubes que pueden ser autorizados para participar, lo que, aparte de restar a la competencia la relevancia que hasta ahora ha tenido, perjudica enormemente a la Dimayor, pues existe un contrato con una empresa auspiciadora que la obliga a tener doce clubes participantes, cuya resolución por incumplimiento acarrearía su quiebra definitiva.
Recordó que la ley Nº 20.019 fue concebida para el fútbol profesional y que, pese a haber advertido oportunamente las diferencias que presenta el básquetbol en materia de organización, financiamiento, convocatoria de público y otros aspectos, la Dimayor se encontró de pronto sujeta a una ley que no se condice con su propia realidad.
Por lo mismo, abogó por legislar urgentemente para que ésta y otras organizaciones que tienen clubes profesionales y que hoy se encuentran actuando fuera de la ley, puedan regularizar su situación, lo que además permitiría evitar la cesantía de los técnicos y jugadores que actualmente trabajan para los clubes que compiten en dicha organización, como también la pérdida de becas que muchos jóvenes deportistas reciben de universidades para cursar estudios superiores.
Consultado finalmente acerca de si la Dimayor estaría en condiciones de cumplir el requisito de formar un fondo profesional de deporte, afirmó que sí.
El señor Juan Andrés Dezulovic , jefe del Departamento Jurídico de Chiledeportes , hizo notar que el plazo que el proyecto propone ampliar es el que tenían las corporaciones y fundaciones existentes antes de la promulgación de la ley para adecuar sus estatutos, a fin de poder continuar desarrollando actividades deportivas profesionales. Sin embargo, ello no sanearía la situación de los clubes que se integraron a este tipo de actividades después de vencido dicho término.
Discusión y votación en general del proyecto.
La Comisión de Especial de Deportes compartió los fundamentos y objetivos generales tenidos en consideración por los autores de la moción para legislar en el sentido propuesto, y luego de escuchar las explicaciones de las autoridades de gobierno y de los representantes de la organización deportiva profesional citada, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por unanimidad.
Discusión y votación particular del artículo único del proyecto.
El artículo único del proyecto propone sustituir, en los artículos 1º y 2º transitorios de la ley Nº 20.019, que regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, la expresión “dentro del plazo de un año”, por la oración “dentro del plazo de cinco años”.
La enmienda al artículo 1º transitorio tiene por finalidad ampliar, hasta el 6 de mayo de 2010, el plazo que esa norma transitoria otorga a las organizaciones deportivas que se encuentren participando actualmente en actividades o torneos deportivos profesionales, para adecuar sus estatutos a la normativa permanente de la misma ley.
La enmienda al artículo 2º transitorio tiene por objeto, asimismo, ampliar hasta el 6 de mayo de 2010 el plazo que esa norma otorga a las organizaciones deportivas para suscribir convenios de pago con la Tesorería General de la República, por las deudas tributarias que mantengan con el fisco.
En relación con el artículo único propuesto, el Ejecutivo formuló una indicación para sustituirlo por el siguiente:
“Artículo único.- Modifícase la ley Nº 20.019 sobre Sociedades Anónimas Deportivas, en el siguiente sentido:
1) Modifícase el artículo 43 reemplazando la expresión 'sociedades anónimas deportivas' por la expresión `organizaciones deportivas profesionales de acuerdo a lo que establece esta ley'.
2) Reemplázase, en el inciso primero de artículo 1º transitorio, la expresión ‘dieciocho meses’ por ‘cinco años’.”
Los representantes del Ejecutivo explicaron que la ampliación del plazo establecido en el artículo 1º transitorio de la ley N° 20.019 permitirá que los clubes, tanto de fútbol como de otras disciplinas que actualmente están compitiendo en ligas profesionales sin haberse adecuado a las disposiciones de aquélla, puedan ahora organizarse como sociedades anónimas deportivas profesionales o constituir un fondo de deporte profesional, según mejor les convenga, hasta mayo de 2010, cuando se cumplan cinco años contados desde la fecha de entrada en vigencia de la ley en enmienda.
Puesta en votación la indicación sustitutiva del artículo único, fue aprobada en forma unánime.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto y por las consideraciones señaladas en el presente informe, la Comisión Especial de Deportes recomienda aprobar el proyecto de ley, al cual, en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la honorable Corporación, se le han introducido algunas modificaciones de forma, que no he detallado, pero que se incluyen en el texto en comento.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos.
El señor LOBOS.- Señor Presidente, en general, cuesta aprobar proyectos que tienen nombre y apellido, pero en este caso sucede justamente lo contrario.
La iniciativa tira un salvavidas a una actividad deportiva tremendamente importante: el básquetbol. Salva la competencia de la Dimayor, que lleva treinta años de vida, la que ha elevado enormemente el nivel del básquetbol chileno, ha formado a generaciones de jugadores, ha traído importantes cracks desde el extranjero -en especial panameños y norteamericanos-, los que han llegado a jugar a nuestro país y han mostrado a nuestros niños la forma de hacerlo en el nivel en que ellos se desenvuelven en ese tan hermoso deporte.
El tema de fondo es si la Dimayor es profesional. Yo afirmo que es un híbrido. Hay clubes de diversa índole. Algunos nacen de un colegio, incorporan a uno o dos jugadores profesionales, pero el resto está constituido por alumnos o ex alumnos. Otros clubes son de universidades, en los cuales la mayoría de sus jugadores son jóvenes chilenos, estudiantes de alguna carrera. A veces, a ellos se suman uno o dos estudiantes extranjeros que han obtenido una beca de estudio a cambio de jugar básquetbol, o uno o dos profesionales. También hay clubes formales que tienen una estructura absolutamente profesional.
Por eso, se produjo el fenómeno de que no todos iban a poder cumplir con los plazos y las obligaciones establecidos en la ley N° 20.019 y, por el solo imperio de la ley, mataría la competencia nacional del básquetbol. Obviamente, eso no está ni estuvo nunca en el espíritu del legislador cuando se impulsó la ley que regula las sociedades anónimas deportivas profesionales. Su objetivo era enaltecer el deporte, sanear las finanzas y las arcas de los clubes, hacer más transparente su administración e incorporar algunos conceptos de accountability para la revisión de sus finanzas.
Lamentablemente, dado que éste es el país donde no todas las instituciones son lo que parecen, ni parecen ser lo que realmente son, debemos dar un respiro a los clubes que integran la Dimayor, porque es de toda justicia.
Por eso, llamo a la honorable Cámara a aprobar este proyecto sin mayores modificaciones y trámites, puesto que una actividad tan importante como la que realiza la Dimayor depende, para seguir operando, de lo que esta Cámara decida con su voto.
Estamos ante un imperativo: si queremos salvar este hermoso espectáculo que es el básquetbol de la Dimayor, debemos aprobar este proyecto.
Por consiguiente, llamo a los colegas a ponerse la mano en el corazón y decir si queremos que en Chile continúe la práctica de un básquetbol que no me atrevo a calificar de profesional, sino de semiprofesional. Además los llamo a reflexionar sobre lo siguiente: ¿Por qué no pensar algún día en tener un voleibol de la misma envergadura que el existente en el hermano país de Argentina -ahí este deporte es semiprofesional- o en Brasil? Existen diversas disciplinas deportivas distintas del fútbol, que algún día -espero- elevarán su nivel gracias a la incorporación de deportistas profesionales extranjeros, los cuales servirán de ejemplo y estímulo para los nuestros, puesto que verán, en carne y hueso, otro nivel de ejecución de las respectivas disciplinas deportivas.
Por eso, llamo a los honorables colegas a aprobar este proyecto, puesto que, con ello, podemos estar salvando no sólo el básquetbol, sino también otras disciplinas deportivas.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Duarte.
El señor DUARTE.- Señor Presidente , quiero excusar la ausencia del Presidente de la Comisión Especial de Deportes , diputado señor Gabriel Ascencio , quien, por razones de salud, no nos acompaña esta mañana, pero nos encargó en forma especial compartir con los miembros de la Cámara la opinión que se ha consensuado en la Comisión y que, también, representa la opinión de los diputados de la Democracia Cristiana, en orden a aprobar el proyecto que, como bien se ha expresado, busca resolver un problema inmediato y urgente, que dice relación con la mantención de las competencias de la Dimayor y resolver materias en otros ámbitos, sobre todo considerando que el básquetbol es un deporte muy popular en diferentes zonas del país.
Cuando tramitamos el proyecto de ley sobre sociedades anónimas deportivas, dejamos circunscrito su ámbito exclusivamente a las sociedades anónimas. Sin embargo, a partir del debate, del diálogo y de la práctica, ha quedado en evidencia que esta restricción puede ser limitante para la práctica del deporte y para las formas de organización que la misma está teniendo hoy.
Conciliar la transparencia de las organizaciones deportivas y la viabilidad de que la práctica deportiva se incremente en el país es una discusión de fondo que el Congreso Nacional deberá abordar en el futuro. El proyecto de ley resuelve un problema inmediato al establecer una ampliación de plazo y modificar y ampliar el tipo de personas jurídicas que podrán hacerse eco de esto, al reemplazar en el artículo 43 de ley N° 20.019, la expresión “sociedades anónimas deportivas profesionales” por “organizaciones deportivas profesionales de acuerdo a lo que establece esta ley”. De esta manera, se posibilita que distintas universidades que han desarrollado corporaciones deportivas, puedan acogerse a la norma legal y participar en las competencias, al alero del Instituto Nacional de Deportes.
No es necesario explayarse más. Por lo tanto nuestro respaldo al proyecto y nuestras felicitaciones al Ejecutivo , al diputado Verdugo , quien lo impulsó, y a los miembros de la Comisión.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- En votación en general el proyecto, iniciado en moción, que aumenta plazo para la formación de sociedades anónimas deportivas profesionales.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, también queda aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
FORTALECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES ANTE OFERTA DE BIENES Y SERVICIOS POR VÍA TELEFÓNICA. Primer trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mociones refundidas, que modifica las leyes Nºs 19.496 y 18.010, sobre protección de los derechos de los consumidores y operaciones de crédito de dinero, respectivamente, y regula la oferta de bienes y servicios realizada por vía telefónica.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es el señor Carlos Abel Jarpa.
Antecedentes:
-Mociones, boletín N°s 5631-03, sesión 121ª, en 20 de diciembre de 2007. Documentos de la Cuenta N° 10. Y boletines N°s 5834-03 y 5835-03, sesión 22ª, en 29 de abril de 2008. Documentos de la Cuenta N° 3 y 4, respectivamente.
-Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, sesión 6ª, en 31 de marzo de 2009. Documentos de la Cuenta N° 19.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor JARPA (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, de origen en mociones refundidas, que modifica las leyes Nºs 19.496 y 18.010, sobre protección de los derechos de los consumidores y operaciones de crédito de dinero, respectivamente, y regula la oferta de bienes y servicios realizada por vía telefónica.
Las mociones que se refunden son las que a continuación se enuncian:
La primera, de las diputadas señoras Pascal y Sepúlveda y de los diputados señores Enríquez-Ominami, Escobar, Leal , Montes y Valenzuela , que modifica la ley Nº 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en orden a disponer que éstos puedan exigir a los proveedores de productos y servicios que las llamadas telefónicas por concepto de reclamos deban ser grabadas en su integridad. (Boletín Nº 5834-03.
La segunda, de las diputadas señoras Pascal y Sepúlveda y de los diputados señores Enríquez-Ominami, Escobar, Leal , Montes y Valenzuela , que modifica la ley Nº 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en orden a regular las formalidades del otorgamiento del consentimiento por parte de éstos en las ventas de bienes y servicios efectuados por vía telefónica. (Boletín Nº 5835-03).
La tercera, de la diputada señora Nogueira y de los diputados señores Arenas , Estay , Hernández , Lobos, Masferrer , Moreira , Ulloa y Von Mühlenbrock , que prohíbe la contratación de créditos de consumo por teléfono. (Boletín Nº 5631-03).
Le pareció más adecuado a la Comisión circunscribir los proyectos a una modificación de la ley del consumidor, dado que se refieren a bienes, servicios y créditos de consumo ofrecidos a consumidores, pagaderos en cuotas y de un monto a definir, contratados por personas naturales. No es procedente, en consecuencia, una regulación más estricta en una ley que regula las operaciones de crédito de dinero en general y que se aplica a todas las personas susceptibles de contratarlos.
De este modo, se incorpora en la ley Nº 19.496 que los actos y contratos sobre productos y servicios realizados por vía telefónica, se entenderán perfeccionados una vez que el consumidor manifieste, sea en forma verbal o por escrito, su voluntad de adquirir el producto o contratar el servicio.
Si la aceptación se verifica de manera verbal, el consumidor deberá identificarse con su nombre completo, número de cédula de identidad y domicilio, debiendo el proveedor dejar constancia de este hecho.
Sin perjuicio de lo anterior, en todo caso se requerirá la aceptación por escrito por parte del consumidor, para reputar perfeccionado el acto o contrato, cuando éste se refiera a créditos ofrecidos en forma telefónica.
Se estimó que se refuerza la posición jurídica del cliente frente al proveedor, ya que no sólo se posibilita confrontar los términos del contrato con la calidad o cantidad del bien o servicio ofrecido, sino que se clarifica la identidad de las partes contratantes.
La idea central es fortalecer el derecho de los consumidores ante el ofrecimiento de bienes y servicios realizados por vía telefónica, estableciendo formalidades especiales al efecto y otorgándoles, en especial, el derecho a exigir que las reclamaciones que se hagan por ese medio a la empresa ofertante, sean grabadas en su integridad.
El primer efecto es el resguardo al consumidor por una operación que no ha realizado, determinando la alteración de la carga de la prueba.
Se ratifica el criterio de que siempre es la empresa la que debe probar las obligaciones que está cobrando, por lo que la grabación le va a servir de prueba suficiente para acreditar la deuda.
El segundo, es la seguridad de que el consumidor sea bien atendido, y establece un sistema de atención de calidad.
En el mismo sentido, existe un mensaje, actualmente radicado en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, que introduce modificaciones en las leyes N°s 19.628 y 20.285, sobre protección de la vida privada y sobre acceso a la información pública, respectivamente, que permite resolver otros aspectos de estas mociones, ya que establece una serie de regulaciones que ordenan que la información que fue entregada a un proveedor por un consumidor, no sea utilizada luego por el mismo u otro con una finalidad distinta.
Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.
1) Los proveedores que apliquen esta modalidad de ventas deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Al momento de la oferta, entregar al consumidor el número de registro de la operación realizada y la identidad de la persona que lo atendió.
b) Dentro del plazo de siete días hábiles, contados a partir de la data de comunicación telefónica, deberá hacer llegar al consumidor el contrato por escrito del producto o servicio a que se refiere este artículo. Éste podrá estar disponible en las dependencias del proveedor para que el consumidor lo retire personalmente o deberá ser enviado al domicilio consignado en la conversación telefónica por algún medio en el que quede constancia inequívoca del hecho del envío y de su data.
c) A contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de envío del contrato a que se refiere la letra precedente, se contará el plazo para el ejercicio del derecho de retracto previsto en el artículo 3 bis de la presente ley.
El proyecto de ley fue aprobado por la unanimidad de la Comisión. Por tanto, solicito a la Sala que proceda de la misma forma.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.- Señor Presidente , no cabe duda de que hoy la economía debe recibir estímulos para generar más producción y fuentes de intercambios comerciales.
Las señales que en este sentido ha entregado el Banco Central, apuntan a eso; es decir, a estimular e incentivar el consumo para reactivar la economía. Son señales correctas.
El proyectos de ley en estudio, que tienen su origen en mociones refundidas, se dirige, en mayor o menor medida, a incentivar que los consumidores del país vuelvan a tener un acceso expedito a todos y cada uno de los productos financieros que se encuentren disponibles en el mercado chileno, y a determinar responsabilidades de manera clara y precisa.
Sin embargo, es importante considerar, sobre todo en momentos de ajustes económicos, como el que vivimos, la responsabilidad que cabe a todos los entes que participan en la promoción e incentivo en materia de entrega de créditos, en general, y de créditos de consumo, en particular.
En este sentido, creemos firmemente que también es competencia del Poder Legislativo establecer de manera adecuada, dentro del marco de su competencia, la protección de los consumidores en lo que dice relación con la contratación de créditos.
Sabido es que hoy los diferentes medios tecnológicos facilitan sobremanera la vida y las actividades mercantiles. Sin embargo, tenemos la convicción de que, en lo que dice relación con préstamos de dinero, los derechos y las obligaciones de las partes deben estar resguardados, de tal forma que los consumidores, que por lo demás constituyen la parte más débil en materia de contratación, no queden en situación de inferioridad jurídica.
Sabemos que todos los contratos que se celebran con ocasión de la solicitud de créditos de consumo responden a un determinado tipo, es decir, son previamente diseñados y no dejan margen de discusión a los contratantes.
Lo anterior se complica mucho más si la contratación del respectivo bien se realiza a través de medios en que el consumidor final no tiene a la vista los documentos que constituyen la fuente de sus obligaciones.
Si bien en este tipo de contrataciones particulares realizan gestiones personales, no es menos cierto que aquellos influyen, necesariamente, en bienes jurídicos superiores que es necesario resguardar.
También es valorable la iniciativa que hace obligatoria la grabación de las llamadas telefónicas, cuando son los propios consumidores quienes dirigen sus inquietudes a las compañías que prestan bienes y servicios.
Ello debe ser considerado como un proceso de retroalimentación, ya que así, las propias empresas, podrán reforzar aquellas áreas en las que se detectan mayores denuncias por parte de los consumidores.
Sin embargo, pienso que la obligatoriedad, a que se refiere la moción, podría complicar el proceso. Entonces, parece recomendable que sea más bien un derecho del consumidor, en el sentido de que, si éste lo solicita, sea grabada su petición.
Por último, hoy, en los chilenos, existe conciencia de los derechos que le competen en sus diversas áreas del quehacer.
La triple identidad que identifica al nacional como ciudadano, contribuyente y consumidor, lo convierte en un sujeto más conciente de sus derechos y obligaciones.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , primero que todo, quiero dejar en claro que me hubiese gustado contar con la presencia de algún representante del Ejecutivo , sobre todo cuando se trata de proyectos en primer trámite constitucional.
En este caso, al iniciar el tratamiento de este proyecto de ley, nuevamente hay una falta. No acostumbro referirme a esto, pero lo hago esta vez porque ha ocurrido en reiteradas oportunidades. Con todo respeto, hago notar este detalle a la Mesa.
Tuve la oportunidad de estudiar parcialmente el proyecto en discusión, originado en mociones refundidas, que pretende regular la oferta de bienes y servicios por vía telefónica, y reconozco que se me viene a la memoria la gran cantidad de ofertas, de todo tipo, que se realizan por vía telefónica, especialmente domiciliaria. No sólo se nos ofrecen bienes y servicios, sino que además estamos recibiendo, cada vez con mayor frecuencia, propaganda electoral -algo muy de moda en estos días- que vulnera las normas correspondientes. Es decir, se está transgrediendo la ley.
Continuamente se nos llama para pedirnos que nos afiliemos como socio colaborador con alguna institución de bien público -es difícil negarse-, pero ésa no es la forma adecuada de hacerlo. También se nos anuncian eventos, etcétera.
Además, se nos llama para engañarnos -¿por qué no comentar el tema?- mediante una nueva forma delictiva que se ha desarrollado por vía telefónica.
El proyecto en discusión pretende, a través de la modificación de las leyes Nos 19.496 y 18.010, regular de mejor manera la oferta de bienes y servicios por vía telefónica en tres aspectos.
El primero se relaciona con la grabación de los reclamos que realicen los consumidores a los distintos proveedores de bienes y servicios, de manera que esa demanda sea registrada en el establecimiento comercial y se entregue algún tipo de comprobante al reclamante con el cual pueda demostrar la efectividad del acto efectuado, para el posterior ejercicio de acciones y de eventuales peticiones de compensaciones o reparaciones.
El segundo pretende regular y perfeccionar los mecanismos de formación del consentimiento ante las ofertas de bienes y servicios por vía telefónica, especialmente los créditos. En este caso se configura un ilícito, por lo menos. He sabido que empresas comerciales y estrategias de mercado han de-sarrollado eficientemente estos mecanismos, para provocar la aceptación inmediata e impedir la adecuada reflexión acerca del producto que se les está ofreciendo, lo cual es especialmente complicado en el caso de los créditos, puesto que en tales situaciones se puede comprometer el sustento familiar por un impulso momentáneo. Muchos de nosotros hemos escuchado a personas que van a nuestras sedes parlamentarias a quejarse por situaciones similares que han terminado por comprometer hasta el sustento familiar y, al final, no pueden cumplir con esas deudas. En esas situaciones no se pueden meditar adecuadamente las circunstancias y condiciones del crédito que se acepta.
Por ello, la propuesta apunta a que, en ese caso, la aceptación sea ratificada posteriormente por escrito, en que se asume un compromiso. Esto permite la posibilidad de retractarse, después de reflexionar adecuadamente sobre la oferta recibida telefónicamente y enmendar actuaciones compulsivas.
Del mismo modo, se exige el número de registro de la operación realizada y la identidad del vendedor que realizó la operación -situación muy importante para el logro del objetivo que se persigue con esta modificación-, precaviendo así eventuales fraudes o infracciones a las normas de protección al consumidor.
Por último, vislumbro que se configura otro ilícito: el acoso telefónico a los consumidores.
Todas esas ofertas telefónicas, no sólo la comercial, especialmente la dirigida a los domicilios, está provocando perturbaciones importantes en la intimidad familiar, al grado de interrumpir reuniones familiares, horarios de estudio y, lo que es peor, el adecuado descanso de los consumidores y de su familia, situación que afecta también a los parlamentarios, porque, como ustedes saben, es muy escaso el tiempo del que disponemos para compartir con nuestras familias y también somos interrumpidos y molestados por ofertas comerciales, electorales y de otro tipo, que afectan nuestro espacio íntimo, al que tenemos derecho.
Me parece que una iniciativa relacionada con el proyecto que estamos discutiendo se encuentra en tramitación en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia -lo conversé con la diputada Laura Soto-, que introduce modificaciones en las leyes Nos 19.628 y 20.285. Por ello, habría sido muy interesante contar con la presencia de quien debe liderar estos proyectos: el Ejecutivo .
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña.
El señor EGAÑA.- Señor Presidente, en realidad este proyecto, que se origina en tres mociones, regula un tema que es conocido desde hace mucho tiempo, ya sea por comentarios de los electores de nuestros distritos o por experiencias personales.
Se han presentado muchos reclamos por irregularidades, porque los proveedores de servicios, sobre todo telefónicos -los carrier-, cobran cuentas por prestaciones que, al investigarse con más cuidado, habrían sido contratadas telefónicamente en un día determinado. Por lo tanto, es muy importante que regulemos esta materia.
¿Cuál es la idea matriz de este proyecto que refunde esas tres mociones originales? El informe expresa: “Fortalecer el derecho de los consumidores ante el ofrecimiento de bienes y servicios realizados por vía telefónica, estableciendo formalidades especiales al efecto y otorgándoles, en especial, el derecho a exigir que las reclamaciones que se hagan por ese medio a la empresa ofertante sean grabadas en su integridad; se prohíbe del mismo modo la oferta de créditos de dinero.”. Todo esto me parece bien. Sin embargo, quedan algunos cabos sueltos que, tal como señaló el diputado Jaramillo , se tendrán que resolver con el tiempo.
En particular, me interesa destacar algunas intervenciones de personas que asistieron a la Comisión. Por ejemplo, el señor José Roa , director del Servicio Nacional del Consumidor , señaló “que existe un proyecto, originado en esta Comisión, que refundió varias mociones (…), que coadyuvan a resolver aspectos que abordan las mociones en estudio.
El primero es que no se cobre al consumidor por una operación que no ha realizado, estableciendo, al efecto, la alteración de la carga de la prueba. Se ratifica el criterio que siempre la empresa es la que debe probar las obligaciones que está cobrando, por lo que la grabación le va a servir de prueba suficiente para acreditar la deuda que se está cobrando.”. Al respecto, existe una gran diferencia de criterios.
Más adelante me referiré a la intervención del señor Guillermo Pickering , en representación de las compañías telefónicas, que alude al registro.
Además, es importante determinar que no se ha regularizado ni normado la situación relacionada con las llamadas que se reciben habitualmente. A veces, llaman urgente al dueño de casa por una -según dicen- situación muy especial y, al final, es para ofrecer un seguro de vida, un nuevo plan para el teléfono, o un viaje a alguna parte porque hay una promoción especial.
Hay una situación que se repite a menudo, que le habrá ocurrido a muchos. Cuando uno paga con un cheque, le piden el número de teléfono, y siempre lo doy. En todos los años que he tenido cuenta corriente -que son muchos-, nunca me han llamado del banco por algún problema; sin embargo, una vez que conocieron mi número telefónico, instantáneamente, a las 24 horas empecé a recibir el llamado de al menos cuatro o cinco personas.
Entonces, no sé si es un negocio de los cajeros -estoy aventurando una opinión de tipo personal-, que hacen un banco de datos muy real, porque tienen todos los datos de uno y saben que se trata de una persona que en un momento determinado puede ser solvente y hacen un registro de los números telefónicos de líneas básicas. No debemos perder de vista que en los últimos seis o siete años las líneas básicas han disminuido casi en 40 por ciento. Antes, el número de líneas básicas era igual al de teléfonos móviles; hoy, el de éstos llega al doble. Aclaro esto porque, habitualmente, las llamadas se hacen a las líneas básicas de los clientes y es lo que estamos regulando con esta iniciativa.
Creo que es conveniente hacer alusión a lo señalado en la Comisión por don Ignacio Irarrázaval , director jurídico de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, quien señaló respecto de las mociones que se refieren a la exigencia de grabar las llamadas telefónicas por concepto de reclamos, que no tiene mayores observaciones que formular y estima que pueden ser aplicables a los bancos sin inconvenientes. Lo menos que pueden hacer los bancos, los retail o las grandes compañías es invertir para poder efectuar las grabaciones de todos estos llamados que realizan los clientes.
Luego, don Guillermo Pickering , presidente de la Asociación de Empresas de Telefonía Móvil , señaló en la Comisión que está de acuerdo con el proyecto. Dijo que, en la actualidad, las compañías telefónicas graban algunos reclamos efectuados vía telefónica con el objeto de supervisar el proceso de calidad de atención de reclamos. A mi juicio, la palabra “algunos” puede dar para mucho. No sé si significa cien, la mitad, un tercio, o tres. Por lo tanto, creo que la exigencia de la grabación es la mejor prueba. Asimismo, Pickering señaló que cuando uno hace un reclamo le dan un registro numérico, pero esa situación también se puede cambiar. Lo importante es que se materialice la grabación con el objeto de que sirva como medio de prueba, pues muchas personas me han hecho llegar su reclamo porque cuando las llamaron para hacerles una oferta les dijeron que estaban aprobadas y por eso les figura en la cuenta telefónica, pero después se les pidió una prueba mayor. Todo esto me parece bastante extraño.
Creo que esta iniciativa es un buen inicio, pero hay que perfeccionarla. Toda la tecnología que estamos perfeccionando día a día respecto de las transferencias electrónicas, los pagos por internet, o el sistema de PAC, -pago automático de cuentas-, le ha significado a los bancos un ahorro gigantesco. Si bien es cierto aún existe una cantidad enorme de personas que concurren al banco a cambiar un cheque, también es enorme la cantidad que ha dejado de asistir a las oficinas bancarias, por ejemplo, a cambiar plata, situación que se ha solucionado por la vía de los cajeros automáticos.
Por ello, insisto, debemos perfeccionar la tecnología, pero nunca descuidar al cliente, porque es a la persona a la cual hay que cuidar sus derechos.
Con esta iniciativa se hace justicia a una situación que se ha venido arrastrando por muchos años, cuando se dio toda esta libertad para que se desarrollara la industria de la telefonía; no obstante, debemos reconocer que desde ese punto de vista Chile es uno de los países que tiene el más alto desarrollo y la más alta penetración desde el punto de vista de la telefonía móvil, no sólo a nivel latinoamericano, sino mundial.
Por tanto, anuncio el voto favorable de la bancada de la Unión Demócrata Independiente a esta iniciativa, aun cuando estamos conscientes de que se debe perfeccionar. Es un buen punto de partida para resguardar los derechos de los consumidores, sobre todo, cuando existen pruebas de que la persona aprobó una compra por teléfono. Asimismo, es necesario buscar una fórmula para comprobar que ese contrato se hizo efectivo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado don Esteban Valenzuela.
El señor VALENZUELA.- Señor Presidente , quiero recordar que alguno de los autores de dos de las tres mociones que permiten esta importante regulación para defender la transparencia de los mercados y el interés de los consumidores son las personas a las cuales alguien se refirió vulgarmente, tildándolas de fracasados y una serie de otros epítetos.
Los señores Álvaro Escobar y Marco Enríquez-Ominami , y la señora Alejandra Sepúlveda son diputados independientes que se han atrevido a buscar una fórmula para regular los negocios telefónicos realizados por grandes bancos, retail, compañías, etcétera, fuera de los poderes fácticos que muchas veces, con gárgaras de izquierdismo, callan y aguantan todo tipo de abuso, todo tipo de lobbistas para morigerar las leyes.
No se puede aceptar que decenas de consumidores denuncien contratos, suplementos de contratos por servicios que nunca han contratado.
Con la libertad de estos parlamentarios independientes, de estos fracasados, queremos decirle a la Cámara de Diputados que tales abusos no pueden seguir y que deben existir registros, como lo hacen muchas buenas prácticas de países desarrollados.
Espero que Escalona apoye este proyecto en el Senado y no reciba el llamado de algún lobbista para impedir que vote por iniciativas que pueden afectar negocios de grandes compañías.
Como hemos dicho, los países que de-sarrollan buenas prácticas económicas son mucho mercado, pero buen Estado; mercado transparente, defensa de los derechos del consumidor, regulaciones básicas. No hay que oponer reactivación económica -como bien lo decía el diputado Egaña - con las buenas prácticas para nuestro mercado.
De esta manera vamos a generar más confianza y que este tipo de negocios y servicios puedan recuperar la credibilidad que han ido perdiendo. Cuando los países pierden confianza en sus propios sistemas, se producen pérdidas en los niveles de inversión.
Por tanto, anuncio el entusiasta apoyo del Comité PRI-Independientes a un proyecto que en gran medida nació de los propios parlamentarios de este Comité.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado don Antonio Leal.
El señor LEAL .- Señor Presidente , estoy muy contento de haber suscrito estas dos mociones y de haberlas presentado en su oportunidad en conferencia de prensa con los diputados Álvaro Escobar y Marco Enríquez-Ominami .
Se trata de proyectos muy importantes, porque tienen que ver con un mercado nuevo que se ha abierto en nuestro país y que en Europa y en Estados Unidos está regulado desde hace mucho tiempo. De hecho, lo que se hace es modificar las leyes Nºs 19.496 y 18.010, sobre protección de los derechos de los consumidores y operaciones de crédito de dinero, respectivamente, a fin de regular la oferta de bienes y servicios por vía telefónica. El comercio tiende a desarrollarse en forma creciente por vía telefónica y a través de internet, lo que, por cierto, constituye un avance tecnológico significativo. Además, permite que la población pueda acceder a bienes y servicios a un menor costo. Los artículos que hasta ayer comprábamos directamente en las tiendas, hoy los podemos adquirir por vía telefónica o por internet, ahorrándonos los excesivos costos que implica comprarlos en el comercio establecido.
El proyecto que estamos discutiendo tiene por objeto fortalecer los derechos de los consumidores cuando compran bienes o servicios por vía telefónica, para lo cual establece formalidades especiales y otorga a los consumidores el derecho a exigir que los reclamos que efectúen por este medio a las empresas oferentes sean grabados en su integridad.
¿Por qué hacemos esto? En primer lugar, tal como lo establece el proyecto, ninguna de las dos partes involucradas en la conversación telefónica conoce a ciencia cierta la identidad de la otra parte. Es decir, cuando una persona llama no tiene ninguna seguridad de que la persona con la cual está hablando es la que dice ser. El oferente no tiene certeza alguna de que la persona que recibe el llamado telefónico es a la cual cree estar llamando.
Hay mucha gente que actúa sobre la base de que la persona que responde está actuando de buena fe; pero, muchas veces, contesta una tercera persona que no es titular del teléfono al cual se está llamando. Basta con que esa persona diga que sí, para que el oferente entienda que el contrato queda perfectamente suscrito. Por su parte, los consumidores no pueden tener la certeza de haber celebrado un contrato en forma verbal, porque no pueden estar seguros de que saben con quién están conversando.
En segundo lugar, el operador supone que la persona con la cual está conversando es capaz de manifestar su consentimiento y de celebrar un contrato válido; pero, es una simple suposición, puesto que no tiene certeza de que sea así.
En tercer lugar, el cliente debe comprender la información que se le entrega en el escaso tiempo de que dispone para comparar y tomar una decisión. Por ejemplo, si se nos ofrece un computador, en apenas un par de minutos debemos decidir si lo compramos o no, sin tener mayores antecedentes ni la posibilidad de analizar lo que vamos a comprar. Por lo tanto, hay gran incertidumbre y falta de tiempo para pensar, comparar y decidir en la mejor forma.
En cuarto lugar, como estos contratos son verbales, no existen señales tangibles que garanticen al cliente el derecho al retracto, previsto en el artículo 3º bis de la ley Nº 19.496, relacionado con la educación superior y con las vacaciones compartidas.
Hace algunos años, con algunos diputados que mencionó el diputado Esteban Valenzuela , presentamos el proyecto de ley sobre el derecho al retracto, o sea, coincidimos con los diputados “malos”, a que se refirió el colega, para presentar algunas iniciativas de este tipo. Dicho proyecto es pluralista, porque fue suscrito por diputados de todos los partidos representados en nuestra Corporación. Sin embargo, el derecho al retracto no se puede hacer efectivo cuando el contrato se celebra por vía telefónica, porque la empresa no lo permite.
En quinto lugar, las conversaciones no siempre son grabadas o, a veces, lo son sólo parcialmente. En estos casos, al cliente no se le informa sobre el número de transacción con el que puede requerir el registro de la conversación telefónica, en caso de conflicto o reclamo.
Cuando en la Comisión de Economía analizamos esta materia, recibimos muchos emails de personas que hicieron denuncias concretas de haber sido engañadas a través de contratos telefónicos y de la nula disposición de las empresas a aceptar la retractación de la compra en el tiempo que establece la ley.
De ahí la importancia de este proyecto, que establece, primero, el derecho a exigir que las conversaciones telefónicas sostenidas con los proveedores de productos y servicios, donde se planteen reclamos en contra de éstos, sean grabadas en su integridad. Hoy, esto ocurre sólo en forma parcial porque no es una obligación; en virtud del proyecto pasa a ser tal, es decir, las conversaciones deberán ser grabadas en su integridad y se le deberá entregar al consumidor el número del registro pertinente. De manera que, ante cualquier problema, el cliente podrá requerir el audio de la conversación sostenida. Por ejemplo, si responde una persona que no es la titular y que acepta comprar determinado producto o realizar determinada transacción, obviamente, la grabación será esencial para demostrar que el contrato no es válido porque no contestó el titular del teléfono requerido.
Para tales efectos, los proveedores estarán obligados a informar, al inicio de la conversación, sobre este derecho y, luego, deberán preguntar al consumidor si desea ejercerlo. Las grabaciones deberán ser guardadas por un lapso de 120 días, a contar de la data de la conversación respectiva. Esta norma es muy importante para establecer un nuevo estatus del consumidor ante el comercio efectuado por vía telefónica.
Segundo, el proyecto dispone que los actos y contratos sobre productos y servicios realizados por vía telefónica se entenderán perfeccionados una vez que el consumidor manifieste, sea en forma verbal o por escrito, su voluntad de adquirir el producto o contratar el servicio.
Esto es muy importante, porque una vez que la persona acepta telefónicamente comprar un producto o un servicio, las empresas están en condiciones, dentro de 24 horas, de hacernos llegar el contrato escrito, para los efectos de refrendarlo. Esta materia fue discutida con los representantes de las empresas telefónicas que asistieron a la Comisión, quienes señalaron que esto hacía más engorroso el proceso; pero, la verdad es que no es así, porque lo que uno hace es confirmar un contrato oral.
Si la aceptación se verifica en forma verbal, el consumidor deberá identificarse con su nombre completo, número de cédula de identidad y domicilio. El proveedor deberá dejar constancia de este hecho. Como va a existir una grabación, no habrá problema alguno para que, incluso, se pueda celebrar el contrato respectivo. El proyecto apunta a que la persona lo ratifique en forma escrita.
Muchos llamados telefónicos tienen por objeto ofrecer créditos, en particular, las grandes multitiendas, el retail. Se llama a una persona para ofrecerle, por ejemplo, una tarjeta Jumbo , con la cual podrá comprar, de inmediato, todo lo que quiera por un monto de un millón de pesos. Obviamente, se trata de una operación mucho más compleja que la simple venta de un producto. En este caso, el perfeccionamiento del contrato por parte del consumidor tiene que ser en forma escrita, porque se trata de un crédito.
Por último, los proveedores que apliquen esta modalidad de venta deberán cumplir con obligaciones que son muy importantes: al momento de la oferta, entregar al consumidor el número de registro de la operación realizada y la identidad de la persona que lo atendió; dentro del plazo de siete días hábiles, contados a partir de la data de comunicación telefónica, deberá hacer llegar al consumidor el contrato por escrito del producto o servicio, y a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de envío del contrato, se contará el plazo para el ejercicio del derecho de retracto previsto en el artículo 3º bis de la ley N° 19.496.
Se trata de obligaciones aceptables para el consumidor y también para las empresas que ofrecen productos o servicios por vía telefónica, sistema que considero muy conveniente porque ahorra costos y significa perfeccionar el comercio, igualándolo a la normativa existente en la Comunidad Europea y en Estados Unidos sobre esta materia.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA.- Señor Presidente , creo que hay muy poco que agregar después de la excelente exposición del diputado Antonio Leal y de lo manifestado por los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra.
El diputado Leal ha sido muy claro al detallar las circunstancias en las cuales aparece debilitada la situación de los consumidores: no conoce el producto o el servicio que se le ofrece, la información es verbal, etcétera.
Creo que este proyecto viene a fortalecer los derechos de los consumidores.
Es muy importante que las reclamaciones que se hagan por vía telefónica a la empresa ofertante sean grabadas en su integridad, y que cuando el consumidor manifieste su voluntad de adquirir el producto o contratar el servicio, se requerirá la aceptación por escrito para reputar perfeccionado el acto o contrato. También es relevante la posibilidad del derecho a retracto.
No cabe duda de que esto es lo que buscaron los colegas parlamentarios, autores de estas tres excelentes mociones para proteger a los consumidores.
Junto con lo que significa el avance de la tecnología y de la telefonía, es necesario tener en cuenta la protección del consumidor. La iniciativa, con la modificación a la ley Nº 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, refuerza tal protección, le da el peso de la prueba a la empresa y compatibiliza el mercado con el consumidor y el rol que le corresponde al Estado.
De esta manera, se cumple la posibilidad de que haya más comercio y más Estado, lo que se puede traducir como todo el mercado posible con todo el Estado necesario.
Por lo tanto, espero que el proyecto sea aprobado en forma unánime.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- En votación en general el proyecto, iniciado en mociones refundidas, que modifican las leyes Nºs 19.496 y Nº 18.010, sobre protección de los derechos de los consumidores y operaciones de crédito de dinero, respectivamente, y regulan la oferta de bienes y servicios realizadas por vía telefónica.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, también queda aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 19.169, SOBRE OTORGAMIENTO DE PREMIOS NACIONALES, RESPECTO DE LA COMPOSICIÓN DEL JURADO. Primer trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de ley que establece normas sobre otorgamiento de premios nacionales, integrando al jurado un miembro del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.
Diputado informante de la Comisión de la Cultura y de las Artes es el señor Ramón Farías.
Antecedentes:
-Segundo informe complementario de la Comisión de la Cultura y de las Artes, boletín 3900-04, sesión 33ª, en 20 de mayo de 2009. Documentos de la Cuenta N° 11.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor FARÍAS (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de la Cultura y de las Artes paso a informar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de ley que establece normas sobre otorgamiento de premios nacionales, integrando al jurado a un miembro del Consejo de la Cultura y de las Artes, iniciado en moción de los diputados Montes y Vidal , y de las ex diputadas Tohá y Mella.
Quiero recordar que la Cámara de Diputados, en su sesión ordinaria celebrada el 31 de julio de 2008, aprobó en general el proyecto de ley de la referencia, cuya idea matriz o fundamental es modificar la composición del jurado que otorga los premios nacionales, a fin de incorporar a un miembro del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes en las categorías relacionadas con las expresiones culturales y artísticas.
Con posterioridad, el 6 de junio de 2009, la Sala conoció del segundo informe despachado por la Comisión y, a solicitud de algunos diputados presentes, acordó enviarlo nuevamente a la Comisión de Cultura, para que emitiera un nuevo segundo informe, acerca del cual estoy dando cuenta.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 288 del Reglamento de la Corporación, se deja constancia de lo siguiente:
1. Que el artículo 2º no fue objeto de indicaciones durante la discusión del primer informe en la Sala ni de modificaciones durante la discusión y votación del segundo en la Comisión. Por lo tanto, reglamentariamente, debe entenderse aprobado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131 del Reglamento de la Corporación.
2. Que no hay artículos calificados como normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
3. Que no hay artículos suprimidos.
4. Que el único artículo modificado en relación con el primer informe, es el siguiente:
Artículo 1º.
Consta de dos numerales.
Numeral 1).
Tiene por objeto modificar el artículo 9º de la ley Nº 19.169, sobre premios nacionales.
El artículo 9º vigente dispone la integración de los jurados que otorgan los once premios nacionales, el cual está compuesto por el ministro de Educación , por el rector de la Universidad de Chile, por el último galardonado en la disciplina, por un académico designado por el Consejo de Rectores y por un representante de alguna de las Academias del Instituto de Chile, según corresponda a la especialidad que allí se contempla.
El proyecto aprobado en el primer informe agregó, para siete de los premios -literatura, periodismo, historia, artes plásticas, artes musicales, artes de la representación y audiovisuales, y de humanidades y ciencias sociales-, la integración del presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, con la finalidad de adecuar la norma a la institucionalidad cultural vigente.
Se presentaron tres indicaciones:
-De los diputados De Urresti , Duarte , Escobar, Errázuriz , Isasi , Kast , Rojas , Silber y Valenzuela , con la finalidad de excluir al ministro de Educación y al rector de la Universidad de Chile como integrantes de los jurados encargados de otorgar los premios nacionales, manteniendo únicamente la participación del último galardonado con el respectivo Premio Nacional.
Si bien hubo consenso en torno a que no existen razones que justifiquen la presencia del rector de la Universidad de Chile en los jurados, debido a que la situación preponderante de dicha casa de estudios no es la misma que en épocas pasadas cuando esta designación pudo haber tenido algún sentido, se estimó pertinente mantener al ministro de Educación en la composición de los jurados para ciertos premios vinculados a determinadas áreas, en las que participa en la formación que brinda el sistema educacional a los profesionales respectivos.
Sometida a votación, la indicación fue rechazada por unanimidad.
-Indicación de los diputados señores Escobar, Farías, Godoy , Nogueira y Rojas, para reemplazar el artículo 9º, con el propósito de establecer para cada premio la composición del jurado respectivo.
La Comisión no estuvo de acuerdo con la propuesta y la indicación fue rechazada por unanimidad.
-Indicación de los diputados De Urresti , Egaña , Godoy , Rojas y Vallespín , para reemplazar el artículo 9º.
En honor al tiempo, no le daré lectura, pero su texto figura en el informe. Sin embargo, haré un resumen de ella.
Esta indicación propone establecer para cada premio la composición del jurado respectivo, asigna al presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, por una parte, y al ministro de Educación , por otra, participación en aquellas áreas que se encuentran más vinculadas a sus respectivas competencias. Asimismo, se incorpora a un académico propuesto por los rectores de las universidades autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio. De esta manera, se amplía la gama de universidades que pueden tener representación en los jurados que otorgan los premios nacionales, ya no sólo a aquellas integrantes del Consejo de Rectores, sino, también, a las privadas que cuenten con autonomía y acreditación, y que impartan la disciplina referida al premio que se dirime.
Cabe hacer presente que la integración de un académico de las universidades privadas ya está consagrada para otro caso, en la ley Nº 19.891, que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Su artículo 5º, Nº 6, establece que el Directorio Superior del Consejo estará integrado, entre otros, por dos académicos del área de la creación artística, del patrimonio o de la gestión cultural, uno de los cuales será designado por los rectores de las universidades privadas autónomas.
Por tanto, la participación de las universidades privadas es una novedad en esta iniciativa sobre la integración de jurados para el otorgamiento de premios nacionales, no así para nuestra legislación nacional en otros ámbitos.
Puesta en votación, la indicación fue aprobada por unanimidad.
Numeral 2)
Tiene por objeto modificar el artículo 10 de la ley Nº 19.169, sobre premios nacionales.
El artículo 10 vigente permite que el ministro de Educación y el rector de la Universidad de Chile deleguen su representación para integrar el jurado.
El proyecto de ley, aprobado en el primer informe, incluía al presidente del Consejo de la Cultura y las Artes, dentro de esta facultad. Sin embargo, atendido que durante este segundo trámite se aprobó eliminar la participación del rector de la Universidad de Chile. Y las diputadas señoras Allende y Nogueira y de los diputados señores De Urresti , Rojas y Vallespín presentaron indicación, la que fue aprobada por cinco votos a favor, es decir, por unanimidad, para adecuar la redacción con la norma ya aprobada en el numeral 1), de manera que el ministro de Educación y el presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes estén facultados para delegar su representación en la integración de estos jurados.
Finalmente, los numerales 3) y 4), que se incorporan en este trámite, mediante indicación de las diputadas señoras Allende y Nogueira y de los diputados señores De Urresti , Rojas y Vallespín , tienen por finalidad adecuar la norma vigente de la ley a las modificaciones ya aprobadas.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- En discusión el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- En votación el proyecto, iniciado en moción, que establece normas sobre otorgamiento de premios nacionales, integrando al jurado un miembro del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.
Se declara aprobado, por no haber sido objeto de indicaciones tanto en el primero como en el segundo trámite reglamentario, el artículo 2º del proyecto.
En votación el artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 69 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Despachado el proyecto.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
PROYECTO PARA MODIFICAR LA LEY Nº 20.322, CON EL OBJETO DE SUSTITUIR EXIGENCIA ACADÉMICA PARA ALGUNOS CARGOS. (Votación).
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- En votación, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 797.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 1 abstención.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvo el diputado señor
FUSIÓN DE ZONAS PRIMARIAS DE VALDIVIA, OSORNO Y PUERTO MONTT DEL PLAN DE ENCAMINAMIENTO TELEFÓNICO. (Votación).
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).- En votación, por últiima vez, el proyecto de acuerdo Nº 799.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 48 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
MEDIDAS PARA ENFRENTAR LA CRISIS ECONÓMICA.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ, don Adrián ( Secretario accidental ).- Proyecto de acuerdo Nº 800, de los señores Martínez, Jaramillo, de la señora Pérez, doña Lily; de los señores Correa, Sepúlveda, don Roberto; Ascencio, Vargas, Sule, Burgos, de la señora Soto, doña Laura, y de veinte adherentes, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia la señora Presidenta de la República se sirva tener a bien disponer, a través de los ministerios que correspondan, el estudio y adopción de medidas complementarias para enfrentar integralmente la situación que afecta a las personas y sus familias derivada de la crisis económica.
Primero, empleos de emergencia adicionales para las regiones y comunas donde la tasa de desempleo supere los dos dígitos.
Segundo, disponer la ejecución inmediata de los proyectos de inversión pública existentes en el banco integrado del Ministerio de Planificación.
Tercero, establecer subsidios sociales complementarios a los menores ingresos derivados del actual seguro de cesantía.
Cuarto, condonar deudas de servicios básicos a las familias que se encuentren afectadas por la cesantía.
Quinto, ampliar el subsidio a los ingresos del trabajo a otros segmentos de hogares de menores ingresos.
Sexto, un paquete de medidas económicas para los sectores medios de la sociedad”.
El señor SÚNICO (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Sergio Correa.
El señor CORREA .- Señor Presidente , el objetivo de este proyecto de acuerdo dice relación con la situación económica que afecta al país y a todo el mundo. Hay regiones, como la del Maule, donde la cesantía alcanza, en el trimestre marzo-mayo, 10,2 por ciento, de acuerdo con las cifras del INE, porcentaje que bordeará, sin duda, el 14 o el 15 por ciento en el trimestre que vivimos.
Por ello, urge tomar medidas para paliar esta situación y en el proyecto de acuerdo se enumeran varias. Quiero destacar una de ellas que es preciso apurar.
Todos los gobiernos regionales cuentan con recursos para llevar adelante proyectos de inversión. Algunas regiones han hecho una muy buena gestión y otras no tanto, lo que está influyendo enormemente en la creación de otras fuentes de empleo.
La Subsecretaría de Desarrollo Regional debe mandar una nota o iniciar una acción fiscalizadora más potente para que los intendentes se apresuren un poco en la implementación de proyectos de inversión que, a veces, por una mala gestión, su puesta en práctica demora excesivamente.
La Región del Maule presenta cifras negativas muy preocupantes. Una de las razones es la mala gestión del gobierno regional que, al mes de mayo -son las cifras que se conocen-, ostenta un nivel de inversión del 15 al 20 por ciento, en circunstancias de que la mínima que se debería exhibir en lo que va corrido del año es de entre 40 ó 50 por ciento.
Hago hincapié en esto, porque ello es importante para, de alguna forma, bajar la cesantía en nuestra región.
He dicho.
El señor SÚNICO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).- No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).- Nuevamente, no hay quórum.
Queda pendiente la votación de este proyecto para la próxima sesión ordinaria.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
VII. INCIDENTES
ALCANCES DE PÓLIZAS DE SEGUROS COMPLEMENTARIOS Y CATASTRÓFICOS EN RELACIÓN CON DECRETO DE EMERGENCIA SANITARIA. Oficios.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).- En el tiempo del Comité del Partido Renovación Nacional, tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar.
La señora RUBILAR (doña Karla).- Señor Presidente , me preocupa la emergencia sanitaria que está viviendo el país. La Presidenta ha sido clara y categórica al señalar, en diferentes oportunidades, que hay una emergencia sanitaria e, incluso, firmó un decreto para ampliar las atribuciones del Ministerio de Salud.
A la inquietud que hemos expresado en diferentes oportunidades sobre la falta de capacidad de los consultorios y hospitales, ahora se agregan las Compin.
En su gran mayoría, algunos artículos de las pólizas de seguros complementarios y catastróficos indican que no se hará efectivo lo que en ellos se ha establecido en el evento de que exista una epidemia o emergencia sanitaria. Lamentablemente, al ser requeridos esos seguros, posterior al pago de las isapres o de Fonasa, las empresas se amparan en esos decretos para no cubrir las pólizas de los cotizantes, que las han mantenido por mucho tiempo para enfrentar situaciones como ésta.
Por lo tanto, dada esta preocupación y, después de revisar y constatar que bastantes seguros presentan este problema, pido que se oficie al ministerio de Salud, al superintendente de Valores de Seguros y al Superintendente de Salud , a fin de que determinen cuáles son los alcances de estas pólizas de seguros catastróficos y complementarios en relación con el decreto de emergencia sanitario, concretamente si se pueden dejar de cubrir los gastos de los cotizantes. Si ello fuese así, qué medidas va a tomar el Ministerio para que aquellos que tienen derechos adquiridos, no los pierdan debido a la declaración de emergencia sanitaria.
He dicho.
El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican y de quien preside.
En el tiempo del Comité del Partido Renovación Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 12.29 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y ANTECEDENTES.
-Se abrió la sesión a las 13.35 horas.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
PRONUNCIAMIENTO SOBRE SITUACIÓN LABORAL DE TRABAJADORA AFECTADA POR ENFERMEDAD. Oficios.
El señor VARGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , pido que se oficie al ministro del Trabajo y al superintendente de Seguridad Social para que se pronuncien acerca de la situación laboral que afecta a doña Nélida Cárdenas Mella , oriunda de la comuna de Fresia, en la Décima Región, trabajadora de la industria del salmón.
Por causa de la labor que desempeñó en la Cultivadora de Salmones Linao, hoy perteneciente a la empresa Marine Harvest , la señora Cárdenas padece desde hace muchos años una enfermedad, que ya se hizo crónica.
Doña Nélida Cárdenas ingresó a la salmonera en 1997, -el 31 de enero recién pasado, cumplió 12 años en la empresa- y su primer trabajo fue en la línea de limpieza y eviscerado. En ese año se le comienzan a adormecer sus dos antebrazos hasta los codos, llegando al punto de no poder realizar sola sus labores básicas, como vestirse o bañarse; el dolor la despertaba en las noches y no podía dormir. De esto dio cuenta a su supervisor, quien le respondió que la empresa no contaba con servicio de policlínico. Como solución, el jefe de turno le dijo que se dirigiera a su isapre. En la empresa le aconsejaron que viera a un médico particular, ya que él podía darle un informe para presentarlo ante el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST), pues en la salmonera no contaban con prevencionista de riesgos.
El caso es que el médico tratante del IST le dijo que no podía atenderla porque se había tratado en forma particular.
Doña Nélida Cárdenas no podía seguir esperando, porque los dolores eran cada vez peor. El año 2000 debió operarse del túnel carpiano de la mano derecha. Recuperada, en 2002 se operó la mano izquierda por la misma dolencia. Desde entonces, la señora Cárdenas ha sufrido problemas gravísimos derivados de las complicaciones que su actividad le ha generado.
La enfermedad que padece afecta comúnmente a las mujeres que laboran en las salmoneras. Por eso, es inconcebible que esta dolencia todavía no sea considerada una enfermedad profesional, cuando son innumerables las trabajadoras que sufren este problema.
Doña Nélida Cárdenas tiene en la actualidad los huesos y los cartílagos del codo izquierdo desgastados. Así lo demuestra una ecotomografía que se realizó en una mutual, donde le dijeron que la enfermedad se había hecho crónica dado que no se hizo el tratamiento adecuado en el momento que se presentó la patología y que, además, debía dirigirse a la mutual que correspondía a su empresa.
La señora Cárdenas ha sido denostada y humillada durante años por las mutuales; pero no pierde las esperanzas de que se le haga justicia, y sus compañeros del área donde contrajo esta enfermedad están dispuestos a testificar.
Por eso, pido que su caso sea revisado por la Superintendencia de Seguridad Social. Hago un llamado al superintendente, señor Álvaro Elizalde , para que dé un tratamiento especial a este caso, por las características que reviste.
La señora Cárdenas no ha sido despedida porque cumple labores dirigenciales; sin embargo, es acosada de diferentes formas para que deje su trabajo.
Doña Nélida pide que su caso sea revisado como corresponde y que se responda por el grave daño físico, moral y sicológico sufrido desde que comenzaron a manifestarse los primeros síntomas de su enfermedad laboral.
Reitero, la señora Nélida Cárdenas Mella requiere una respuesta de los organismos de gobierno encargados de proteger los derechos de los trabajadores que, en esta caso, han sido flagrantemente violentados.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS RELACIONADOS CON EL SOTERRAMIENTO DE LA LÍNEA FÉRREA EN LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN. Oficios.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña.
El señor EGAÑA.- Señor Presidente , antes de solicitar el envío de los oficios correspondientes, quiero hacer un pequeño resumen de lo que ha sido la actuación de los ejecutivos de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, EFE, en mi región.
En otras oportunidades ya me he referido a la situación del Biotrén, proyecto meramente electoral, pues fue inaugurado quince días antes de la elección presidencial pasada. Se anunció como un moderno sistema de ferrocarriles de transporte público urbano, integrado por buses y trenes que llegarían a nueve comunas e iba a transportar a más de un millón de pasajeros mensuales. Sin embargo, como todo el mundo lo sabe en nuestra región, dicho proyecto fue un rotundo fracaso.
No voy a seguir profundizando en el tema, porque al respecto ya existen vastas publicaciones, entrevistas y denuncias que hemos realizado los diputados que representamos a esa región.
Quiero informar un viejo anhelo de nuestra región: el soterramiento de la línea férrea frente a Concepción, proyecto de gran envergadura, ya que prácticamente abarca desde Lonco hasta la avenida Los Carrera. Todos somos partidarios de llevarlo a cabo pero, lamentablemente, una vez más vemos que EFE no ha tomado contacto con las personas correspondientes, ya que es un proyecto en el que tienen que participar todos los actores, autoridades, alcaldes y vecinos de Chiguayante y de Concepción.
Sin embargo, lo más lamentable es que hemos sido informados de que Ferrocarriles ya está llamando a licitación para construir un patio de maniobras, previo al soterramiento de la línea férrea. El problema es que no se sabe en qué medios han sido publicados esos llamados.
Por lo tanto, considero que nuevamente estamos enfrentados a hechos consumados. Estimo que las autoridades, alcaldes y vecinos merecen una respuesta de Ferrocarriles para determinar cuál es el proyecto que tiene para realizar esas obras.
Esa empresa siempre ha sido reacia a entregar información. Al respecto, debo recordar que las respuestas a las informaciones que la comisión investigadora de la Cámara le solicitó sobre el Biotrén, se recibieron después de nueve meses, pero finalmente se demostró que existían varias irregularidades en ese proyecto.
Por lo tanto, solicito oficiar al presidente del Directorio de Ferrocarriles , para que explique por escrito cuáles son los proyectos de esa empresa relacionados con el soterramiento de la línea férrea y la construcción de un patio de maniobras de EFE en el límite comunal, en el cruce de la planta La Mochita y el ingreso a Lonco, la calle Michimalonco, con copia de mi intervención al señor alcalde de Chiguayante , señor Tomás Solís , y concejales; a la señora alcaldesa de Concepción , señora Jacqueline van Rysselberghe , y concejales.
El señor Solís considera que esa construcción va en contra del desarrollo urbano de esa ciudad y de la plusvalía de las propiedades aledañas.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado señor Darío Paya .
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.45 horas
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que modifica la ley de concesiones de obras públicas y otras normas que indica. (Boletín N° 5172-09).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
2. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley N° 19.132, de Televisión Nacional de Chile (Boletín N° 6191-19).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar del Congreso Nacional el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado de Extradición entre la República de Chile y la República Oriental del Uruguay, adoptado en Santiago, el 19 de agosto de 1996, y sus Notas Rectificatorias de 1997 (Boletín N° 4086-10).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
4. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que crea la comuna de Rahue, en la Región de los Lagos (Boletín N° 6084-06).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
5. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 8 de julio de 2009.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha acordado acceder a la solicitud de esa Honorable Cámara de archivar el proyecto de ley, hincado en Moción de los Honorables Senadores señores Horvath y Prokurica y del ex Senador señor Viera Gallo , que introduce diversas modificaciones a la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente , correspondiente al Boletín N° 3286-12.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio N° 8.199, de 7 de julio de 2009.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JOVINO NOVOA VÁSQUEZ , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”
Moción de los diputados señores Chahuán y Sepúlveda , don Roberto .
Deroga normas legales que imponen determinadas exigencias curriculares para el ingreso a cargos profesionales específicos de la administración estatal o municipal. (boletín N° 6604-04)
Fundamentos del proyecto.
En la búsqueda de otras alternativas que vayan en apoyo de mejorar las ofertas de trabajo de los jóvenes de nuestro país, hemos descubierto una falencia legal que debe ser reparada. Las propuestas de las autoridades tendientes a disminuir la duración de las carreras universitarias, han sido consideradas no sólo como un estímulo para la reflexión sobre esta materia, tan relevante y sensible a la educación superior chilena, sino que han obligado a cada institución a revisar en qué medida, con sus propios planes y políticas, se ha hecho cargo de este tema.
Varias instituciones universitarias, como la Universidad San Sebastián, la Universidad Aconcagua y otras han respaldado estos ajustes curriculares, conscientes de que no se justifica extender las carreras con contenidos adicionales que si bien pudieron ser un complemento durante las décadas pasadas, no se condicen hoy con la disponibilidad, accesibilidad y velocidad en la renovación del conocimiento y han reducido el número de semestres de las diversas carreras.
“La pregunta previa que debemos formularnos frente a la reducción de las carreras es: ¿cuáles son los temas centrales de un programa de pregrado y cuántos semestres son necesarios para ser asimilados por nuestros jóvenes? La clave del tema es saber discriminar los aspectos estructurales y así ofrecer a cada estudiante una formación de calidad, completa y flexible a la vez, que le permita ejercer de manera eficaz y seguir paralelamente actualizando sus competencias, por los variados caminos que surgen actualmente en la educación permanente y de postgrado. Hacer esto en cuatro años es perfectamente posible, pero requiere un gran esfuerzo de articulación de los actores sociales en el campo de la educación, en sus distintos niveles, y a su vez obliga a las universidades a una planificación cada vez más exhaustiva de sus planes curriculares” ( Carmen Bonnefoy Dibarrart Vicerrectora Académica , Universidad San Sebastián)
De esta manera, lograr reducir la extensión de las carreras universitarias de aquí al Bicentenario es uno de los objetivos que en su oportunidad dio a conocer el Gobierno y que el ministro de Educación de la época, Sergio Bitar , calificó como “un proyecto que busca mayor flexibilidad y una mejor conexión de los jóvenes con el mundo laboral”.
Según lo anticipado por dicha autoridad de Gobierno la idea era aplicar un modelo utilizado desde hace muchos años en los países desarrollados.
Se trata del plan 3+2+2, que busca reducir la duración de carreras universitarias de cinco a tres años, con el fin de dar la facilidad a los alumnos de que en los próximos dos años realizan una maestría y en los dos años subsiguientes puedan optar a un doctorado.
Esto, porque la cartera estimaba excesiva la duración de cinco años para una carrera de pregrado, razón por la que se esperaba reducirla a sólo tres. Sin embargo, desde el Gobierno se advertía que esta reforma no era viable en el corto plazo por las fallas de calidad que presenta la educación media, por lo que se acortaría a cuatro años y luego a tres.
“La idea es avanzar en la dirección de los países desarrollados, es decir, que sea más modular, más flexible, y que por lo tanto, permite que un joven pueda estudiar tres años, trabaja, vuelve, hace su master, vuelve, hace su doctorado o se mueve de una universidad a otra, nacional o internacional”, explicaba Bitar .
En el marco de la segunda fase del Programa de Mejoramiento de la Calidad y Equidad de la Educación Superior (Mecesup 2), el Ministerio de Educación anunció el acortamiento paulatino de las carreras universitarias de pre y postgrado para los planteles que integran el Consejo de Rectores. La iniciativa tiene dos objetivos. Uno, mejorar la calidad de la educación superior, adecuando las mallas curriculares para que respondan mejor a las exigencias de los mercados laborales de hoy. Y el segundo, como consecuencia de esas reducciones, que se amplíen los fondos para créditos y becas.
El plan, que ya ha comenzado a desarrollarse en algunas universidades privadas, pretende seguir, en principio, el denominado modelo europeo de Bologna. Esto es, tres años para el pregrado, dos para el magíster y otros dos para el doctorado (3 2 2). La idea es terminar así con los largos ciclos de estudio con que actualmente cuentan la mayoría de las carreras profesionales algunas llegan a extenderse hasta 8 años-y que significan un fuerte gasto para el Gobierno, por la vía de las becas y créditos, y para los estudiantes que cancelan sus estudios de su propio peculio. Los cambios no sólo apuntan a la duración de las carreras, sino también a la flexibilización de las mismas. Y junto con ajustar las mallas a los requerimientos laborales modernos, se propone potenciar el desarrollo de nuevas competencias y habilidades de los alumnos.
Para que la iniciativa se pueda materializar, el Banco Mundial ha aprobado un préstamo al Gobierno. El plan contempla que esos recursos sean entregados a las universidades que reformulen y reduzcan sus mallas curriculares, significando un gasto que, según cálculos del Ministerio de Educación, puede llegar a ciento cincuenta millones de pesos por plantel.
A partir de 1997, las autoridades se empezaron a plantear la importancia de la homologación de los títulos profesionales y los años de estudios en otros países (aunque no se haya completado una carrera). La idea era favorecer los intercambios estudiantiles. Pero el primer paso concreto se produjo recién con el anuncio del aumento para 2006 de los recursos destinados a ayuda estudiantil.
El Mecesup 2 ha pretendido reformular un sistema que presenta falencias ampliamente aceptadas. Entre ellas, que obliga a los estudiantes a alargar sus estudios, en circunstancias en que eso no siempre se justifica, y que a veces, producto también de esa duración, motiva deserciones.
El espíritu de la iniciativa es positivo, pues apunta a ajustar los planes de estudio a las exigencias de una sociedad que evoluciona, valora la capacidad de transitar en los diversos campos del quehacer profesional y que busca que los profesionales puedan integrarse al mundo laboral de manera más temprana y especializada. Pero son atendibles las miradas que plantean que esto debiera traducirse en un esquema flexible. Es decir, que los diferentes planteles universitarios puedan optar a elegir qué esquema de duración tienen sus carreras, de acuerdo con el perfil que quieren desarrollar como institución y que representen sus egresados. Así, serían ellos los que escogieran dónde estudiar.
“La duración de los estudios, en tanto, es función del modelo formativo elegido. En el modelo profesionalizante, normalmente las carreras tienden a alargarse. Siempre hay nuevas especializaciones que agregar y nunca hay profesores dispuestos a declarar que la suya debe salir del currículo. En cambio, en un modelo más flexible, modular y abierto es razonable que el primer ciclo dure tres o cuatro años, dando paso luego a una especialización más breve. Esto obliga, sin embargo, a repensar de manera radical e innovativa la formación profesional. Insistir en un debate sobre la duración de las carreras sólo lleva a postergar un cambio que se ha vuelto imprescindible.” ( José Joaquín Brunner , “La Nación” 2 de Octubre 2005).
Sin embargo, pese a estas grandes ideas, nos encontramos con serias trabas en nuestra legislación. En efecto, existen diversas leyes orgánicas de organismos públicos que, además de exigir un título universitario determinado para acceder a determinados cargos, le agregan el requisito de la duración de la carrera. Así, por ejemplo, no basta con poseer el título de Contador Auditor, sino que es necesario que la carrera haya durado a lo menos diez semestres. En la actualidad, recogiendo el llamado del Gobierno, muchas instituciones ofrecen la carrera en un tiempo menor al señalado, pero sus egresados no saben que tendrán vedado el ingreso a cargos funcionarios profesionales a diversas instituciones públicas, tales como la Contraloría General de República, la Defensoría Penal Pública y otras.
Este proyecto busca colaborar en la inserción de nuestra juventud en el sistema laboral público. Consideramos que no es importante la duración de la carrera, pero sí lo es la aptitud y conocimientos del aspirante a un empleo público, por lo que estimamos que debe ser derogada toda mención a la duración de las carreras universitarias y mantener sólo la mención al título universitario que el cargo requiera.
En la actualidad el catastro de leyes orgánicas constitucionales y de las que fijan las plantas de los organismos de la Administración Públicas es vasto, por lo que hemos preferido proponer una norma general y abrogatoria de todas, que tenga por objeto, poner fin a la exigencia de los años de duración de las Carreras Universitarias para postular a un cargo profesional de cualquier organismo de la administración del Estado, organismos autónomos, empresas del Estado y municipales.
En mérito a lo expuesto, sometemos a la aprobación de la Cámara de Diputados, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: “Deróganse todas las normas que exijan un determinado número de años o semestres de duración de Carreras Universitarias o grados académicos que se requiera para optar a un cargo específico de la administración estatal o municipal”
Moción de los diputados señores Sepúlveda, don Roberto , Chahuán , Accorsi , Aedo , Arenas , Bertolino , Girardi , Leal , Lobos y Vallespín .
Obliga a las compañías concesionarias de suministro eléctrico a implementar y permitir técnicamente la conexión de sistemas de “medición neta”, que faciliten la generación residencial de los consumidores de energía eléctrica, en base a energías renovables no convencionales. (boletín N° 6605-08)
“Considerando que:
Se ha considerado por la literatura comparada que un presupuesto del desarrollo de la energía fotovoltaica, eólica y solar, como forma de generación de energía eléctrica a nivel residencial, requiere de la remoción de barreras de entrada u obstáculos legales que los marcos normativos energéticos naturalmente conservan respecto de estos nuevos tipos de energías asociados a nuevos tipos de tecnologías.
En tal contexto, dentro de las medidas encaminadas a remover dichos obstáculos, encontramos una muy útil, cual es la denominada “Medición Neta”.
Los sistemas de “Medición Neta” constituyen un requisito técnico de primera importancia en la implementación de un sistema capaz de permitir la generación de energía eléctrica por parte de los consumidores, a través de los distintos sistemas de Energía Renovables No Convencionales (Ernc) que se han ido masificando a nivel mundial en los últimos años.
El establecimiento de este tipo de sistemas, se ha convertido por lo tanto, en un incentivo a los consumidores o usuarios para que aporten con generación de electricidad.
La “Medición Neta” opera sobre la base de un medidor bi-direccional que registra el flujo de energía en ambas direcciones tanto de consumo como de generación, aunque también pueden utilizarse dos medidores independientes y medir la electricidad generada y consumida en un mismo período de consumo.
Con ella surge un nuevo actor en el sistema eléctrico, el cual es el “Consumidor-Generador”, permitiéndoles a éstos, vender sus excedentes de generación eléctrica a la red (a una tasa inferior al costo evitado por dicha generación) o bien compensar su consumo y generación.
Es decir, el sistema de “Medición Neta” consiste en un mecanismo que permite a los Consumidores-Productores de electricidad residencial, entregar a la red pública de suministro, sus excedentes generados por medios no convencionales, al valor de electricidad del mercado spot y por lo tanto, pagar a la empresa distribuidora de electricidad, sólo aquello que consumen por sobre su propia producción.
Se estima que en los próximos años, tal sistema habrá de masificarse globalmente, debido a los altos costos en la producción de energía a nivel mundial, así como también por la búsqueda de una menor dependencia a los combustibles fósiles y reducciones del impacto ambiental en la generación de energía.
Entre las formas de energía que pueden incluirse en la generación a nivel residencial se encuentran especialmente destacadas la llamada “Energía Fotovoltaica”, la “Solar Eléctrica” y la “Energía Eólica', entre otras.
Cabe destacar que el Parlamento Chileno lleva la delantera en tratar de promover esta tecnología, puesto que existen en la actualidad 3 proyectos de ley que pretenden regular el pago de las empresas eléctricas a la generación eléctrica residencia¡.
En efecto, en el mes de Agosto de 2008 se presentó en el Senado de la República, la moción que “Regula el pago de las tarifas eléctricas de las generadoras residenciales”, Boletín: 6041 08 presentado por el senador Antonio Horvath .
El segundo proyecto se ha presentado el 11 de Diciembre y “Fomenta la generación residencial de energía, a través del sistema de Medición Neta de Electricidad”, Boletín: 6258 03, presentado por el Diputado Gonzalo Arenas Hödar , junto con otros diputados.
Por último, en Marzo de 2009 se presentó el proyecto de fomento a la generación eléctrica residencial que “Instaura la medición neta en el sistema eléctrico nacional”, Boletín: 6399 08, presentado por el Presidente de la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados de ese momento, el Diputado Alejandro Sule Fernández , junto con otros diputados.
Por ultimo, cabe señalar que el sistema de “Medición Neta” es una forma de transformación del consumidor de energía también en consumidor, constituye un medio sustancial de estímulo de la inversión privada en energías renovables no convencionales, permite la reducción de la demanda de electricidad durante los lapsus de tiempo diarios de mayor consumo, fomenta la diversificación de las fuentes de generación energética, permite el crecimiento del producto interno bruto del país y la reducción de costos de interconexión y costos administrativos de las empresas concesionarias de suministro eléctrico.
En virtud de lo expuesto anteriormente, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente,
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°. Las empresas concesionarias de suministro eléctrico deberán implementar, a su costo, sistemas de medición neta respecto de aquellos clientes regulados que lo soliciten, según las normas y bajo los límites y condiciones que se establecen en esta ley.
Artículo 2°. Definiciones. Para efectos de esta ley, se entenderá por:
a) Medición Neta: sistema de medición de la diferencia existente entre la electricidad entregada por la Empresa concesionaria de suministro eléctrico y la electricidad generada por un consumidor-generador y entregada al sistema interconectado, a instancias de la concesionaria, en un período de 12 meses.
b) Empresa concesionaria de suministro eléctrico: cualquier entidad o empresa que ofrece el servicio de suministro o provisión de servicio eléctrico de acuerdo a lo establecido en el DFL N° 4/20.018 de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N° 1, de 1982, de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos y del decreto N° 327 de 1997, del Ministerio de Minería, Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.
c) Consumidor-Generador: un consumidor de bajo consumo eléctrico, ya sea que se trate de un consumidor residencial, comercial o agrícola y que utilice como generación particular un sistema de energía solar (fotovoltaica o térmica) o eólica, o un sistema conjunto de ambos tipos de las energías antes señaladas. Los efectos de esta ley se harán aplicables solo a los consumidores-generadores regulados.
d) Clientes regulados: es cualquier tipo de consumidor cuya potencia conectada es inferior o igual a 2.000 KW. Los consumidores-generadores deben tener un sistema de generación residencial que opere de manera independiente de la red y con capacidad de ser medida y conectada a la red de provisión de suministro eléctrico, según las condiciones fijadas en el Reglamento.
Artículo 3°. La medición neta sólo puede lograrse mediante un medidor bi-direccional capaz de registrar el flujo de electricidad en ambas direcciones tanto de gasto eléctrico como de generación eléctrica residencial o mediante dos medidores independientes capaces de medir la electricidad generada y consumida en un mismo período de consumo.
|Artículo 4°. Los costos tanto de la conexión al sistema interconectado, como del medidor y su mantención serán de cargo de la empresa concesionaria de suministro eléctrico.
Articulo 5°. Un sistema adicional de medición o varios sistemas de medición pueden ser instalados para medir los flujos en cada dirección con el consentimiento del consumidor-generador a cargo y costo de la empresa concesionaria de suministro eléctrico y dicha medición adicional sólo podrá ser para reforzar el sistema de cálculo de la cuenta o del crédito que genere la generación eléctrica residencial.
Artículo 6°. Las empresas concesionarias de suministro eléctrico deberán elaborar un contrato tipo de pago de tarifa por la electricidad residencial generada por el consumidor-generador, cuyas condiciones serán establecidas por el Reglamento.
Artículo 7°. Los contratos de medición neta deberán disponer diferencias en el pago de la generación residencial de las horas puntas más privilegiadas que la generación residencial en horas no punta, conforme a las condiciones estipuladas en el Reglamento.
Artículo 8°. Cada contrato de medición neta deberá ser idéntico tratándose de igual tipo de cliente y de igual tipo de tarifa.
Artículo 9°. Las empresas concesionarias de suministro eléctrico deberán asegurar la factibilidad técnica de la conexión de los sistemas de generación residencial a su costo, previa solicitud del cliente consumidor-generador, conforme a las condiciones estipuladas en el Reglamento.
Artículo 10°. Sólo se aceptará para los efectos de la presente ley como medio de generación eléctrica residencial susceptible de ser medida bajo el sistema de medición neta, aquellas energías que provengan de sistemas de generación eléctrica en base a energías renovables convencionales de energía fotovoltaica, solar térmica y eólica, en las condiciones estipuladas en el Reglamento.
8. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 6 de julio de 2009.
Oficio N° 3241
Señor Presidente:
En cumplimiento de la resolución dictada de 6 de julio de 2009 por el Tribunal Constitucional, tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. copia autorizada del requerimiento Rol N° 1390-09-INA, acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 1° inciso segundo de la ley N° 18.046, en el Rol de Ingreso N° 5916-2008, seguido ante la Corte Suprema, caratulada “Inversiones San Lorenzo Internacional S.A. con Ilustre Municipalidad de Las Condes. Además, adjunto resolución de admisibilidad y la que fija las respectivas reglas de tramitación del requerimiento ante esta Magistratura.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
PRESENTE”.
9. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 6 de julio de 2009.
Oficio N° 3245
Señor Presidente:
En cumplimiento de la resolución dictada de 6 de julio de 2009 por el Tribunal Constitucional, tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. copia autorizada del requerimiento Rol N° 1393-09-INA, sobre acción inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley N° 19.989, en la causa sobre recurso de protección caratulado “Castro Torres, Juan Pablo con Tesorería General de la República y otro”, Rol de Ingreso N° 6804-2009 ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Además, adjunto resolución de admisibilidad y la que fija las respectivas reglas de tramitación del requerimiento ante esta Magistratura.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
PRESENTE”.
10. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 6 de julio de 2009.
Oficio N° 3250
Señor Presidente:
En cumplimiento de la resolución dictada de 6 de julio de 2009 por el Tribunal Constitucional, tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. copia autorizada del requerimiento Rol N° 1404-09-INA, sobre acción inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 248, letra c) e inciso final, del Código Procesal Penal, en la causa criminal por delito de estafa, seguida ante ese Juzgado de garantía, RIT 10781-2008. Además, adjunto resolución de admisibilidad y la que fija las respectivas reglas de tramitación del requerimiento ante esta Magistratura.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
PRESENTE”.
11. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 6 de julio de 2009.
Oficio N° 3232
Señor Presidente:
En cumplimiento de la resolución dictada de 6 de julio de 2009 por el Tribunal Constitucional, tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. copia autorizada del requerimiento Rol N° 1327-09-INA, sobre acción inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 274, 424, 109, 110 inciso 1°, 499, inciso 3°, artículo 61 inciso final y 78, 413 inciso 1°, todos del Código de Procedimiento Penal y 483 del Código Procesal Penal, en la causa Rol N° 39.224-03, caratulada “Ct/ Angélica Carvajal y otros”, sobre delito de simulación de contrato en perjuicio de terceros, del Juzgado del Crimen de Viña del Mar. Además, adjunto resolución de admisibilidad y la que fija las respectivas reglas de tramitación del requerimiento ante esta Magistratura.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
PRESENTE”.
12. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 6 de julio de 2009.
Oficio N° 3236
Señor Presidente:
En cumplimiento de la resolución dictada de 6 de julio de 2009 por el Tribunal Constitucional, tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. copia autorizada del requerimiento Rol N° 1388-09-INA, sobre acción inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 34 y 161 N° 10 del Código Tributario, en la causa criminal, RIT 9504-2007, RUC 0710017208-3, pendiente ante el 9° Juzgado de Garantía de Santiago . Además, adjunto resolución de admisibilidad y la que fija las respectivas reglas de tramitación del requerimiento ante esta Magistratura.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
PRESENTE”.