Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- VII. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- PERMISO
- Karla Rubilar Barahona
- PERMISO
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- RETIRO DE URGENCIA A PROYECTO
- V. TABLA
- ACCESO DE LA AUTORIDAD TRIBUTARIA A INFORMACIÓN BANCARIA. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Marcelo Schilling Rodriguez
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- DEBATE
- DEBATE
- REFORMA A NORMATIVA SOBRE LIQUIDEZ, INNOVACIÓN FINANCIERA E INTEGRACIÓN DEL MERCADO DE CAPITALES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- ACCESO DE LA AUTORIDAD TRIBUTARIA A INFORMACIÓN BANCARIA. Tercer trámite constitucional.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- Informe sobre la participación de la delegación de parlamentarios que concurrió a la 121ª asamblea de la Unión Interparlamentaria y Reuniones Conexas, efectuada entre el 18 y el 21 de octubre de 2009, en Ginebra, Suiza.
- AUTOR DE INFORME DE DELEGACIÓN PARLAMENTARIA
- Juan Antonio Coloma Correa
- Juan Pablo Letelier Morel
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Roberto Leon Ramirez
- Fernando Meza Moncada
- Felipe Salaberry Soto
- AUTOR DE INFORME DE DELEGACIÓN PARLAMENTARIA
- Informe sobre la participación de la delegación de parlamentarios que concurrió a la 121ª asamblea de la Unión Interparlamentaria y Reuniones Conexas, efectuada entre el 18 y el 21 de octubre de 2009, en Ginebra, Suiza.
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 357ª
Sesión 95ª, en miércoles 28 de octubre de 2009
(Especial, de 15.07 a 17.16 horas)
Presidencia de los señores Álvarez Zenteno, don Rodrigo, y Vargas Lyng, don Alfonso.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VI.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
- Autorización a comisión para sesionar simultáneamente con la Sala 9
- Retiro de urgencia a proyecto 9
V. Tabla.
- Acceso de la autoridad tributaria a información bancaria. Tercer trámite constitucional 9
- Reforma a normativa sobre liquidez, innovación financiera e integración del mercado de capitales. Primer trámite constitucional 18
VI. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. la Presidenta de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que “crea el Consejo de Pueblos Indígenas”. (boletín N° 6743-06) 38
2. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual retira y hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “modifica al ley N° 18.450, sobre fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje”. (boletín N° 6392-09) 51
3. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual retira y hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto que “establece regulación de las uniones de hecho”. (boletín N° 4153-18) 52
4. Informe sobre la participación de la Delegación de Parlamentarios que concurrió a la 121ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria y reuniones conexas, efectuada entre el 18 y el 21 de octubre, en Ginebra 52
- Oficios del Tribunal Constitucional referidos a los siguientes requerimientos sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad:
5. artículo 199 del D.F.L. N° 1, de 2005 del Ministerio de Salud. Rol N° 1492-09-INA. (Oficio N° 3657); 53
6. artículo 38 de la ley N° 18.933. Rol N° 1498-09-INA. (Oficio N° 3681) 54
7. Rol N° 1505-09-INA. (Oficio N° 3682) 55
8. artículo 1° de la ley N° 19.989. Rol N° 1486-09-INA. (Oficio N° 3661) 55
VII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicación.
- Comunicación de la diputada señora Rubilar, doña Karla, por la cual informa que se ausentará de las sesiones de la Cámara el día miércoles 28 de octubre en curso, por cuanto contraerá matrimonio.
2. Oficios.
- Oficio de la Comisión de Educación por el cual solicita el asentimiento de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala el martes 3 de noviembre de 11,30 a 13 horas, para continuar la discusión del proyecto, iniciado en mensaje, “sobre el sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización”. boletín 5083-04.
- Oficios de la Comisión de Régimen Interno por los cuales comunica que tomó conocimiento de lo siguiente:
a) convocatoria a las sesiones de comisiones del parlamento Latinoamericano que se realizará en Panamá los días 30 de noviembre y 1 de diciembre, y en las cuales participarán los Diputados señores Encina y García-Huidobro, en la Comisión de Energía y Minas; Diputado Díaz, don Eduardo, en la Comisión de Pueblos Indígenas y Etnias, y por derecho propio el Diputado señor Martínez, en su calidad de Vicepresidente del Parlamento Latinoamericano . (Oficio N° 1001);
b) convocatoria al Pleno de Directiva de Comisiones y y a Reunión de la junta Directiva, que efectuará el 2 de diciembre próximo, en Panamá, y a la cual asistirán el Diputado señor Ascencio, como Segundo Vicepresidente de la Comisión de Derechos Humanos; Díaz, don Eduardo, Primer Vicepresidente de la Comisión de de Pueblos Indígenas y Etnias; Encina, Presidente de la Comisión de Energía y Minas; Hernández, Primer Vicepresidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca, y el Diputado señor Martínez, en su calidad de Vicepresidente del Parlamento Latinoamericano . (Oficio N° 1002);
c) convocatoria a la XXV Asamblea Ordinaria del parlamento Latinoamericano que se efectuará los días 3 y 4 de diciembre en Panamá, y la cual asistirán el Presidente de la Cámara de Diputados y los Diputados señores Encina; Hernández; Ascencio y Díaz, don Eduardo, además del Diputado señor Martínez, en su calidad de Vicepresidente del Parlatino . (Oficio N° 1003);
d) tomó conocimiento de la invitación formulada por S. E. la Presidenta de la República al Diputado señor León para integrar la comitiva que la acompañará en si Visita de Estado a Corea y su visita de Trabajo a Shanghai entre los días 10 y 13 de noviembre del año en curso. (Oficio N° 1006),
e) los Diputados señores Jiménez y Ulloa integrarán la delegación chilena que participará en la 8ª Consulta Internacional sobre el establecimiento de la Organización Regional de Administración Pesquera del Pacífico Sur (ORP), que tendrá lugar en Nueva Zelanda del 8 al 14 de noviembre de 2009. (Oficio N° 1005).
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (101)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Orrmeño René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos René PPD XII 58
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro IND II 4
Ascencio Mansilla Gabriel DC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto RN X 53
Díaz del Río Eduardo IND IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Enríquez-Ominami Gumucio Marco IND V 10
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escobar Rufatt, Álvaro IND RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola Renán DC IV 9
Galilea Carrillo Pablo RN XII 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Herrera Silva, Amelia RN V 12
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona Juan Carlos DC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PRI RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban IND VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Concurrieron, además, el ministro de Hacienda , señor Andrés Velasco; y la ministra Secretaria General de Gobierno , señora Carolina Tohá.
-Asistieron, además, la subsecretaria de Hacienda , señora María Olivia Recart; y el Subsecretario General de la Presidencia , señor Eduardo Riveros.
-Por encontrarse en misión oficial no asistió el diputado señor Juan Masferrer Pellizari.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 15.07 horas.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- El acta de la sesión 90ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 91ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ÁLVAREZ (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ, don Adrián ( Prosecretario ), da lectura a la Cuenta.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Solicito el acuerdo de la Sala a fin de acceder a la petición de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación para sesionar simultáneamente con la Sala el martes 3 de noviembre, de 11.30 a 13 horas, con el objeto de continuar la discusión del proyecto sobre el sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización.”
¿Habría acuerdo?
Acordado.
RETIRO DE URGENCIA A PROYECTO
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Informo a la Sala que su excelencia la Presidenta de la República ha resuelto retirar la urgencia recaída en proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que establece regulación para las uniones de hecho, dispuesto en el tercer lugar de la Tabla de la presente sesión.
V. TABLA
ACCESO DE LA AUTORIDAD TRIBUTARIA A INFORMACIÓN BANCARIA. Tercer trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que establece normas que permiten el acceso de la autoridad tributaria a la información bancaria.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín N° 6477-05, sesión 94ª, en 28 de octubre de 2009. Documentos de la Cuenta N° 1.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que ingresen a la Sala la subsecretaria de Hacienda, señora María Olivia Recart, y el subsecretario general de la Presidencia , señor Edgardo Riveros.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
En discusión las modificaciones del Senado.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.-
Señor Presidente , hace poco tiempo discutimos en esta Sala el proyecto que ha sido modificado por el Senado, oportunidad en la que hubo coincidencia transversal en cuanto a que se trata de un instrumento importante y potente que apunta a instalar al país en una condición simétrica en relación con lo que ocurre con las grandes economías del mundo, y también contar con capacidades destinadas a evitar fenómenos bastante comunes, como la evasión y la elusión tributaria.
A mi modesto entender, las modificaciones del Senado no influyen en el aspecto central del proyecto discutido en su oportunidad en la Cámara de Diputados, esto es reglamentar el acceso del Servicio de Impuestos Internos, con la anuencia del contribuyente o con autorización judicial en caso de que no exista voluntad de éste último, a cuentas corrientes bancarias cuando los elementos de juicio lo determinen indispensable. Como se sabe, por ley, las cuentas corrientes bancarias están sujetas al secreto bancario.
En el poco tiempo de que dispusimos para analizar el comparado que contiene el texto aprobado por la Cámara de Diputados y las modificaciones introducidas por el Senado, pudimos constatar que, en general, las enmiendas son de carácter lingüístico y no afectan el fondo del proyecto. Algunas se refieren a plazos, que tampoco modifican sustancialmente la iniciativa.
El Senado introdujo modificaciones a determinados tipos de notificación. Sin ser experto en el tema, me parecen más adecuadas que las propuestas de la Cámara de Diputados, particularmente en lo referido a personas que mantienen domicilio tributario en el extranjero.
Por último, el Senado introdujo una modificación, tampoco muy sustancial, relacionada con la forma y modo en que se tramita el recurso de apelación ante la corte de apelaciones respectiva. La Cámara de Diputados simplemente incorporó una cláusula de preferencia; en cambio, el Senado estableció que, como regla general, los recursos se verán en cuenta, es decir, sin alegatos, salvo que una de las partes lo solicite.
Como ya señalé, el resto de las modificaciones no son mayores. Con todo, deseo que la subsecretaria de Hacienda explique lo relacionado con la siguiente materia:
El artículo segundo transitorio, aprobado por la Cámara de Diputados, señala textualmente: “Lo dispuesto en esta ley regirá a contar del 1º de enero de 2010 y respecto de la información bancaria que a contar de dicha fecha se genere.”. El Senado mantuvo la referencia a la entrada en vigencia de la ley, pero sustituyó la frase “y respecto de la información bancaria que a contar de dicha fecha se genere.” por la siguiente: “y respecto de las operaciones bancarias que se realicen a contar de esa fecha.”. No sé qué antecedentes consideró el Senado para esa sustitución. Si el cambio obedece a una materia más de fondo y no sólo a un alcance idiomático, sería bueno aclararlo.
Sin perjuicio de ello, sería positivo aprobar el proyecto en forma unánime, tal como lo hizo la Cámara de Diputados en su momento, de modo de dotar al Estado, una vez promulgada la ley, de un instrumento que vele de mejor forma por el cumplimiento de las disposiciones tributarias. De esa manera, el país adoptará una posición simétrica con países que ya cuentan con este tipo de normativas. Adicionalmente, dejaremos de figurar en listas sospechosas respecto del uso de este instrumento y, además, se habrá satisfecho determinadas condiciones impuestas por algunos organismos internacionales para acceder -en el caso de Chile se trata de una actitud voluntaria- a las llamadas “ligas mayores”.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente , el proyecto busca conciliar dos objetivos muy legítimos. En primer lugar, evitar la evasión tributaria, que existe y se concentra en ciertos instrumentos financieros, profesiones y actividades. Se trata de una práctica injusta. En efecto, cuando algunos ciudadanos no pagan sus impuestos y otros sí, se produce una iniquidad que no debe mantenerse. Por lo tanto, evitar la evasión tributaria constituye un objetivo muy razonable y propio de un Estado moderno, como al que aspira a ser el nuestro.
En segundo lugar, la iniciativa cautela el respeto a la vida privada de las personas. Toda persona tiene derecho a una vida íntima, a no ser objeto de escrutinio permanente e indebido por otros ciudadanos, menos aún si son funcionarios públicos con acceso a poder, lo que les da la posibilidad de actuar en forma discrecional o penalizar a ciudadanos.
En consecuencia, existen dos bienes que es necesario cuidar: evitar la evasión tributaria y resguardar el derecho a la vida privada de los ciudadanos, para que no queden sujetos a la discrecionalidad y al uso abusivo que algunos funcionarios públicos puedan hacer de determinada información.
El proyecto en debate, que discutimos extensamente en primer trámite constitucional y al que el Senado le introdujo modificaciones menores, es un intento serio de equilibrar ambos bienes, por lo que deberíamos votarlo favorablemente. Explicaré por qué la iniciativa constituye un intento serio por conciliar ambos objetivos.
En primer lugar, se mantienen sanciones penales importantes -lo que nos parece bien- para los funcionarios públicos que den a conocer información privada de los ciudadanos.
En segundo lugar, el Servicio de Impuestos Internos, sólo a través de su director puede requerir información de la cuenta corriente de un ciudadano. Leo textualmente el texto del inciso tercero del artículo único del proyecto aprobado por el Senado, que reemplaza al artículo 62 del Código Tributario: “Salvo los casos especialmente regulados en otras disposiciones legales, los requerimientos de información bancaria sometida a secreto o reserva que formule el director, de conformidad con el inciso anterior, se sujetarán al siguiente procedimiento.” Esto nos parece importante.
Quiero recordar que en la iniciativa, tal como la conocimos en su primer trámite, eran los directores regionales quienes podían pedir información de la cuenta corriente de algún ciudadano. Eso, en principio, nos pareció inadecuado, porque, por muy importante que sea el cargo de director regional, siempre existe el riesgo de que haya vendettas personales, enemistades locales, que pueden llevar a un funcionario público, con acceso a información privada, a usarla en forma inapropiada.
Siempre nos pareció relevante que esto fuera decidido al más alto nivel. Así se establece y eso nos alegra.
Además, quiero recordar que, hace algún tiempo, aprobamos un proyecto de ley que crea tribunales tributarios y aduaneros independientes; muy relacionado con esta iniciativa, ya que, si a algún ciudadano su banco le comunica que el Servicio de Impuestos Internos desea información de su cuenta corriente o de algún instrumento financiero que posea en esa institución, ese ciudadano podrá oponerse, lo que obligará al Servicio de Impuestos Internos a acudir a los tribunales. Hoy, los jueces tributarios no son independientes; en primera instancia actúan funcionarios del Servicio, por lo tanto, esta disposición no tendría mayor sentido con el régimen actual. Pero, afortunadamente, el Congreso Nacional ya aprobó el cambio hacia un sistema de tribunales tributarios y aduaneros independientes, por lo que también parece justo que si un ciudadano cree ser objeto de una persecución discrecional, arbitraria y no desea que el Servicio tome conocimiento de la información requerida, puede recurrir al juez y exponer las razones por las cuales quiere vetar su acceso a ella.
Nos parece bien; así está en el proyecto. Como dispondremos de tribunales tributarios y aduaneros independientes en el futuro, esta cuestión tiene sentido. No lo tendría, si nos mantuviéramos con el sistema actual.
Además, quiero, decir -esto nos ha sido informado por el Servicio de Impuestos Internos y yo, personalmente, lo he corroborado con servicios de otros países- que, en la actualidad, la fiscalización tributaria que se hace en el mundo es selectiva, pero nunca personalizada. Los servicios de impuestos internos no fiscalizan a personas determinadas, con nombre y apellidos, sino que, como es tan grande el número de contribuyentes, se hace en forma aleatoria. Se eligen, aleatoriamente, contribuyentes a los cuales se va a investigar. Esperamos que esta modalidad también se use en Chile, porque es la manera moderna, seria y eficaz de controlar el pago de impuestos, no eligiendo a los adversarios, vigilándoles sus cuentas corrientes y quitándoles, entonces, el derecho a tener vida privada.
O sea, los planes de fiscalización nunca deben ser a dedo, sino aleatorios como en todos los países serios del mundo.
Como lo dijo el diputado Burgos , que me antecedió en el uso de la palabra, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), institución a la cual Chile aspira a ingresar -lo que me parece muy bien y ojalá lo logremos; sin duda, es una organización de primer nivel-, no nos exige cambiar nuestro sistema interno de recaudación tributaria, sino que tener un sistema de intercambio de información tributaria que sea ágil, porque, evidentemente, no desea que extranjeros, contribuyentes de países que pertenecen a ese grupo, puedan usar a Chile para esconder ingresos mal habidos y refugiarse acá. Por eso, nuestro ingreso a la OCDE exige compartir información tributaria con otros países de esa organización que permita una adecuada fiscalización y combate a la evasión. Nos parece bien. Valoramos que el Gobierno haya iniciado la búsqueda del ingreso de Chile a esa organización.
Además, la aprobación de este proyecto implica una ventaja: va a permitir que, finalmente, se firmen los tratados para evitar doble tributación con Estados Unidos, Australia e Italia, los cuales, según entiendo, no se han suscrito fundamentalmente porque esta norma no se ha aprobado. La futura ley va a dar acceso a esos tratados que, como todos saben, es un incentivo adicional a inversionistas de esos países, que son muy importantes en Chile, puesto que no tributarán dos veces por sus inversiones.
Asimismo, el Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo con el proyecto que votaremos, sólo va a tener acceso a las informaciones bancarias “que resulten indispensables” para la fiscalización del contribuyente. Ésta es una frase que se añadió en el Senado y que me parece muy bien. De nuevo se trata de evitar que un funcionario solicite información al bulto, genérica, que pudiera no tener ninguna relación con la intención de fiscalizar mejor.
Se deben fiscalizar operaciones y productos financieros específicos, respecto de los cuales el Servicio de Impuestos Internos tenga sospechas de que están relacionados con la comisión de delitos.
Reitero, me parece que este proyecto de ley concilia dos objetivos: por un lado, evitar la evasión y, por otro, resguardar la vida privada de las personas, no permitiendo discrecionalidad en el funcionario público que solicita información para controlar mejor el pago de tributos.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente , se acaba -espero- la impunidad de la información. De lo que decía el diputado Dittborn , quiero recoger dos comentarios.
Uno, relativo a mi especialidad económica, financiera. Esto no sólo tiene efectos tributarios, legales o de confiabilidad de la información; hoy, no se pueden firmar tratados para evitar la doble tributación con Estados Unidos, Italia y Australia. En abril de este año, en el mundo había 22 países sin regulación para proveer información al organismo pertinente. Han pasado unos pocos meses y ya van quedando 17, cinco menos, y Chile sigue figurando en la zona gris, a pasos de entrar a la zona negra. Algún diputado , a veces, puede irse a la zona negra, pero rápidamente vuelve; sin embargo, un país que pase a la zona negra, no vuelve.
Más allá de la OCDE, esto significa que hoy, inversionistas extranjeros, léase administradores de fondos de pensiones, o como se les llame, franceses o ingleses, en esta situación, no pueden invertir en el país.
La iniciativa, que analizamos con calma hace algún tiempo, es bastante suave. Me gustaría un proyecto verdadero; éste termina con el sigilo bancario y no con el secreto bancario. Simplemente, es un avance negociado con aquellos que utilizan este tipo de información en forma privada, para que no pusieran obstáculos.
Sin embargo, quedan dos o tres tareas pendientes para el próximo gobierno, que espero sea el de Eduardo Frei el que las asuma, -a lo mejor no-. La primera, avanzar hacia una ley que en forma definitiva elimine el secreto bancario, con todo lo que ello conlleva. No veo por qué la información no debe ser pública y transparente. No hablamos de cuestiones estratégicas, sino que de manejos de fondos, de evasión -como decía el diputado Dittborn - o de elusión, en términos más elegante.
En seguida, el Senado, a través de una de sus modificaciones, agregó -muy inteligentemente- al artículo primero transitorio que, mientras no estén instaladas las salas, las apelaciones se tramitarán en la Corte de la residencia. Este es un parche. Lo correcto es acelerar la instalación de los tribunales tributarios y aduaneros. Los plazos de tres o cuatro años que nos dimos en su minuto, se plantearon pensando en la crisis, en la falta de recursos; pero hoy todo cambió y los recursos están. Pienso que un abogado, por muy experto que sea en civil, poco entiende de conceptos tributarios y aduaneros. Lo digo con mucho respeto por los abogados. Sin ir más lejos, el Presidente de la Corporación es abogado, pero sí entiende de materia tributaria. Por lo tanto, de aplicarse el artículo primero transitorio, igual estaremos en manos de un manejo de buena fe, pero sin conocimiento. Por lo tanto, la segunda tarea para el próximo gobierno será apresurar la instalación de los tribunales tributarios y aduaneros, sin nuevos plazos, que siempre redundan en otras negociaciones.
El tercer tema que queda pendiente, tratado en la reunión con los ejecutivos de la OCDE, en París, hace un par de meses, dice relación con la designación del director nacional del Servicio de Impuestos Internos . Espero que en algún minuto tengamos ese debate y que ese cargo sea provisto por el Sistema de Alta Dirección Pública.
Con todo, el no tener este sigilo bancario en camino, no sólo no nos permite ingresar a la OCDE sino que tampoco nos permite presentarnos con transparencia ante la mayoría de los países del mundo. Los países que no la integran son todos pequeños. Sé que a muchos les gustan los paraísos fiscales; en algunos de ellos hay buen turismo; en otros, buenas cuentas corrientes… No se asusten, no voy a preguntar a los candidatos presidenciales, que no van a la Comisión Mixta de Presupuestos, sino que mandan a sus asesores… Cosas de la vida; aquí tenemos a uno que, a lo mejor, después nos puede contestar de dónde provienen los fondos para las campañas. Los paraísos fiscales son interesantes.
Mantener la confidencialidad de la información y sólo autorizar su examen para efectos tributarios es un avance. Sin embargo, me queda una duda y espero que los abogados o la subsecretaria de Hacienda la aclaren. Se trata del secreto entre abogado y contribuyente. En el extranjero se ha debatido mucho sobre el límite entre el principio de legalidad y el secreto profesional.
Otro aspecto interesante son las condiciones de reciprocidad, de exigir a las administraciones tributarias de otros países el intercambio de información, dentro de los mismos plazos, salvaguardias, etcétera, porque no sólo hay que pensar del extranjero en Chile sino que también de Chile en el extranjero.
Por último, felicito al Ministerio de Hacienda. Sé que la tarea ha sido difícil; también felicito a algunos senadores y diputados que, con justa razón, expusieron sus puntos de vista y, sin embargo, han avanzado para lograr este intermedio entre lo que hoy tenemos -zona gris, zona negra, zona oscura- y lo que mañana tendremos al eliminar el secreto bancario.
Muchos se felicitan de este avance; yo no. Me habría gustado avanzar con mayor rapidez; sin embargo, debo reconocer el esfuerzo que del Gobierno de la Presidenta Bachelet , del Ministerio de Hacienda, de su subsecretaria y de su ministro . También reconozco que la Oposición, pensando en el país, ha dejado de lado algunos criterios económico-financieros tradicionales.
Demos una señal y aprobemos las modificaciones del Senado en forma unánime. Al menos ello nos permitirá decir que estamos avanzando. También espero que en un futuro gobierno adelantemos la instalación de los tribunales tributarios y aduaneros; avancemos hacia la eliminación total del secreto bancario y también hacia la concursabilidad del cargo de director nacional del Servicio de Impuestos Internos , como una manera de dar certeza de independencia y objetividad, amén de garantizar a los ciudadanos chilenos que lo que estamos haciendo se funda en la idea matriz del proyecto y en los acuerdos de la OCDE y de las Naciones Unidas y no en el marco de otras utilizaciones antojadizas.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Schilling.
El señor SCHILLING.-
Señor Presidente , los socialistas apoyaremos las modificaciones del Senado, por la convicción de que nuestro sistema financiero ya soporta estructuras arcaicas, como el secreto bancario.
La modernización de nuestra economía y del sistema financiero obliga a la aprobación de un proyecto con características particulares. A nuestro juicio, la iniciativa se funda en la necesidad de la modernización. Adicionalmente, procura otros bienes, por ejemplo la reducción, limitación o eliminación de la evasión tributaria.
Entre las modificaciones del Senado, hay dos que mejoran sustancialmente el proyecto. En primer lugar, se perfecciona el sistema de notificación del Servicio de Impuestos Internos a la persona cuyas cuentas bancarias se requiere indagar. Junto con mejorarlo y dado que a veces el titular de la información no se encuentra en su domicilio, sea porque está viajando o por otra razón, se exige indicar las razones por las cuales se solicita al requerido que facilite el acceso a sus cuentas bancarias, fundamentación conveniente y necesaria, toda vez que la persona necesita replicar en forma precisa y no de manera general o ambigua.
El proyecto facilita el acceso del Servicio de Impuestos Internos a las cuentas bancarias, sin la necesidad de pasar siempre por el tribunal. Sin embargo, más que una defensa de la vida privada o del pretendido bien de la privacidad, a que se hizo alusión en intervenciones anteriores, el proyecto establece, para el ciudadano que se desea indagar, la posibilidad de acudir al tribunal en caso de no estar de acuerdo con el requerimiento del Servicio de Impuestos Internos. En los tribunales de justicia se podrá defender en caso de estimar que ese Servicio está abusando de sus facultades.
Lo principal es que, con este proyecto, Chile deja de figurar en la lista de los 22 de la zona gris, a que aludió el diputado Lorenzini ; deja de ser sospechoso de contar con los intersticios, vericuetos, recovecos y secretos que permiten el uso indebido del sistema financiero. El país entra en el ámbito con exigencias mayores de la modernidad y, también, facilitará la aspiración del país de incorporarse a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Pero el fin principal, reitero, es la modernización del sistema financiero, terminar con su secretismo y con las posibilidades de abuso que brinda, en el caso de que se quiera usar incorrectamente y para fines dolosos.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez.
El señor ÁLVAREZ.-
Señor Presidente , quiero hacer algunas puntualizaciones sobre el proyecto, que creo es muy importante.
En cuanto a los derechos de los contribuyentes, cada vez que hablamos de materias tributarias y del derecho del Estado a exigir el pago de determinadas cargas públicas, como son los tributos en general y los impuestos en particular, existe la necesidad de compensar ese natural y absolutamente necesario rol estatal con los derechos y las atribuciones de las personas. Por eso, hoy hemos avanzado en la defensa de esos derechos. Por ejemplo, en la mañana aprobamos el proyecto que modifica el Código Tributario en lo relativo a los derechos de los contribuyentes, materia en la que ya había avanzado el actual director del Servicio de Impuestos Internos a través de un decálogo de tales derechos. Hace algunos meses, la Cámara adoptó una decisión, que probablemente sea una de las más importantes, para que existan tribunales tributarios y aduaneros absolutamente independientes, dentro de un plazo de transición en que se irá instalando toda la justicia tributaria.
Es decir, en el adecuado balance entre la natural necesidad del Estado de obtener recursos, por un lado, y los derechos de los contribuyentes, por otro, la Cámara de Diputados y, en general, el Congreso Nacional han contribuido a mejorar esa relación a través de una justicia independiente y del reconocimiento de los derechos del contribuyente. Sin embargo, quedaba una etapa muy importante en materia de fiscalización, como es el acceso a la información, sobre todo bancaria, por parte del organismo al cual, legal y constitucionalmente, se le han entregado las atribuciones para perseguir la responsabilidad fiscal: el Servicio de Impuestos Internos.
En mi opinión, el proyecto compensa adecuadamente esa búsqueda de justicia e información con las certezas jurídicas, la seguridad y el respeto a la libertad y al derecho de propiedad de cada uno de los contribuyentes. En ese sentido, no debemos olvidar que existe una relación de poder asimétrica, por lo tanto es necesario e indispensable tomar ciertos resguardos ante el poder del Estado para que éste no se transforme en una especie de “gran hermano”, sino en una autoridad que tiene el legítimo derecho a recabar información para lograr el cumplimiento de las normas tributarias.
Por eso, conjuntamente con lo obrado en la mañana en materia de derechos de los contribuyentes y, antes, de tribunales tributarios, me parece que el proyecto viene mejorado desde el Senado. Por lo tanto, debemos proceder a su aprobación, no sólo por las razones esgrimidas -coincido con el diputado Schilling en que son de naturaleza local o nacional-, sino también por la relevancia del proyecto en relación con la OCDE.
Todos sabemos que este proyecto y otros, como, por ejemplo, el relativo a la responsabilidad de las personas jurídicas, que también hemos aprobado esta semana, o el de gobierno corporativo de Codelco o de las empresas públicas, son iniciativas legislativas que a una organización internacional tan relevante como la OCDE le interesa que promovamos, participemos y tomemos decisiones en esa materia, con el fin de ser admitidos en una entidad que será muy importante, no sólo para el prestigio de Chile, sino también para el desarrollo de nuestras políticas sociales, legislativas y económicas. Por lo tanto, también es relevante para ir cumpliendo otros requisitos que nos permitirán acceder a un grupo muy importante a nivel internacional, como es la OCDE.
Como han señalado varios señores diputados, los cambios son de naturaleza procesal, en materia de ciertas notificaciones, de cómo se resolverán ciertos temas mientras no existan los tribunales tributarios y, cuando ya existan, de cómo será el procedimiento natural en esa instancia. Todos esos cambios me parecen correctos, porque facilitan, ayudan y dan más eficacia al proyecto, por cuanto permitirán balancear el debido acceso a la información bancaria con los derechos de los contribuyentes.
Me gustaría destacar un hecho que, a mi juicio, es una incorrección jurídica. Debe quedar constancia en la historia fidedigna del establecimiento de la ley y para efectos de la interpretación que hace esta Cámara del uso de ciertas expresiones. En algunas normas se establece que el tratado será “ratificado” por el Congreso Nacional. Sin embargo, en estricto rigor -dejo constancia de ello como el verdadero sentido natural que debe tener, debido a nuestra atribución constitucional-, se debe indicar que esos tratados deben ser “aprobados” por la Cámara de Diputados y el Senado. Ése es el verbo rector que establece el artículo 54 de la Constitución Política, reservando la palabra “ratificados” al Poder Ejecutivo .
Por lo tanto, espero que el Ejecutivo coincida con lo que debemos entender para todos los efectos legales presentes y futuros. Espero que las distintas instancias paralelas a ésta, como el Tribunal Constitucional, entiendan que la historia de la ley y el adecuado uso de las expresiones constitucionales nos debe llevar a entender que la atribución que la ley reserva al Congreso es “aprobar” los tratados, de acuerdo con el artículo 54, número 1), de la Constitución, y no “ratificar” los tratados, lo cual, según el artículo 32, número 15°, de la Carta Fundamental, está reservado exclusivamente al Presidente de la República . En consecuencia, después de dejar esa constancia de la necesidad y en el entendido de que se trata de un buen proyecto para las finalidades que he reseñado, anuncio que votaré favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el subsecretario Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS (subsecretario general de la Presidencia ).-
Señor Presidente , coincido con lo señalado por el Presidente de la Cámara de Diputados, señor Rodrigo Álvarez, por cuanto, en lugar del término “ratificados” por el Congreso Nacional, se debe decir “aprobados” por éste, todo ello en consonancia con el artículo 54, número 1), de la Constitución Política de la República, toda vez que el artículo 32, número 15°, deja reservado el término “ratificación” para el Presidente de la República .
De manera que coincido plenamente con esa aclaración, para dejarlo consignado en la historia fidedigna de la ley.
Muchas gracias.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la subsecretaria de Hacienda.
La señora RECART, doña María Olivia (subsecretaria de Hacienda).-
Señor Presidente , en primer lugar, el diputado Burgos formuló una consulta respecto de una modificación que el Senado introdujo al artículo 2º. La verdad es que ese cambio es muy menor y no afecta al fondo del artículo.
En segundo lugar, el diputado Lorenzini preguntó si se mantenía el secreto entre el abogado y el contribuyente, lo cual es efectivo.
Por último, aprovecho la oportunidad de agradecer el apoyo al proyecto durante el trabajo realizado tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.
Muchas gracias.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que establece normas que permiten el acceso a la información bancaria por parte de la autoridad tributaria.
Hago presente que las enmiendas al artículo 62 bis, y las recaídas en el artículo transitorio requieren del voto afirmativo de 69 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos, por la negativa, 0 voto. Hubo 6 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Por no haberse alcanzado los votos necesarios, se rechazan las normas de quórum especial. Las demás se declaran aprobadas.
El proyecto pasa a Comisión Mixta.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente , solicito reunión de Comités.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Cito a reunión de Comités.
Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
Los jefes de Comités de diversas bancadas me han solicitado recabar la unanimidad de la Sala para repetir la votación del proyecto de ley, debido a que varias señoras diputadas y señores diputados se encontraban trabajando en Comisiones.
¿Habría acuerdo?
El señor ULLOA.-
Daré la unanimidad si tal acto no se transforma en un precedente.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
No, señor diputado .
Acordado.
En votación las modificaciones del Senado al proyecto de ley que establece normas que permiten el acceso a la información bancaria por parte de la autoridad tributaria.
Hago presente a la Sala que las enmiendas al artículo 62 bis y las recaídas en el artículo transitorio requieren del voto afirmativo de 69 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Despachado el proyecto.
REFORMA A NORMATIVA SOBRE LIQUIDEZ, INNOVACIÓN FINANCIERA E INTEGRACIÓN DEL MERCADO DE CAPITALES. Primer trámite constitucional.
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar el proyecto, iniciado en mensaje, en primer trámite constitucional, que introduce una serie de reformas en materia de liquidez, innovación financiera e integración del mercado de capitales.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor José Miguel Ortiz.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 6692-05, sesión 77ª, en 9 de septiembre de 2009. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 92ª, en 27 de octubre de 2009. Documentos de la Cuenta Nº 27.
El señor VARGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ORTIZ (de pie).-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, con urgencia calificada de simple, que introduce una serie de reformas en materia de liquidez, innovación financiera e integración del mercado de capitales. Este es el famoso proyecto que se conoce como “Mercado de Capitales III” o, simplemente, “MK III”.
En el mensaje se hace un recuento de los principales hitos que sirven de fundamento al proceso de reformas del mercado de capitales chileno durante los últimos treinta años, lo que ha permitido aumentar el nivel de ahorro local, elevar los niveles de profundidad, liquidez, seguridad e integración del sistema financiero en general e incentivar una mayor competencia entre los diferentes actores del sistema, lo cual se destaca en el informe, para lo cual vamos a ocupar algunos minutos, porque creo que en la historia fidedigna de la ley deben quedar claros cuáles son los objetivos y las metas del proyecto, y lo que aprobamos unánimemente los integrantes de la Comisión de Hacienda.
Hace presente que el mercado financiero en Chile es cada vez más dinámico, sofisticado y complejo, lo que exige la adopción de un marco regulatorio mucho más ágil y flexible, especialmente en calidad y oportunidad, de manera que la regulación financiera no se convierta en una traba para el desarrollo del mismo. La necesidad de una regulación idónea y acorde con nuevas prácticas e instrumentos financieros constituye la razón principal que justifica la necesidad de introducir una reforma como la del proyecto de ley en informe.
En el proyecto se contemplan cuatro grandes objetivos. En primer lugar, otorgar mayores grados de liquidez y profundidad al mercado de capitales. En segundo término, ampliar el mercado financiero, de manera de facilitar el acceso al sistema financiero bancario y no bancario a empresas de menor tamaño, vale decir, a las pymes. En tercer lugar, introducir algunos elementos de competencia al mercado crediticio, por la vía de establecer una estandarización de los aspectos básicos de los créditos de mayor demanda en el mercado, además del establecimiento de una serie de garantías en favor de los consumidores de crédito en relación con la venta de productos asociados al otorgamiento de créditos, tal como ocurre con los seguros de desgravamen o incendio en el caso de los créditos hipotecarios. Finalmente, el proyecto procura facilitar la integración internacional del mercado de capitales chileno; en ese sentido, introduce una serie de incentivos para que extranjeros aprovechen las ventajas de nuestro país e inviertan en Chile o realicen transacciones financieras desde aquí hacia el mundo.
El proyecto se estructura en nueve artículos permanentes y cinco artículos transitorios.
En relación con el contenido del proyecto, sólo daré a conocer los títulos, porque durante la discusión se ampliarán los diferentes temas que modifica esta iniciativa.
En primer lugar, figuran las modificaciones a la ley Nº 18.815, sobre fondos de inversión.
El proyecto busca extender el universo de inversionistas susceptibles de invertir en fondos de esta naturaleza.
En ese sentido, la iniciativa permite que los fondos de inversión puedan emitir series de cuotas, habilitándolos para que puedan captar recursos de distintos inversionistas, atendiendo a las características y perfiles de riesgo propios de cada uno de ellos.
En segundo lugar, están las modificaciones al decreto ley Nº 1.328, sobre administración de fondos mutuos.
Se autorizan nuevos instrumentos de inversión, vale decir, cabe la posibilidad real de ampliar el mercado, que haya competencia, un mejor rendimiento de las inversiones y baja en las tasas de interés.
En cuanto a los depósitos de reglamento y contratos de suscripción de cuotas, el proyecto de ley modifica el actual procedimiento de aprobación de reglamentos de fondos mutuos y contratos de suscripción de cuotas, estableciendo uno similar al que existe actualmente para las pólizas de seguro. En este sentido, se establece que las administradoras de fondos podrán depositar los reglamentos internos y los contratos de suscripción de cuotas de los fondos en un registro especial que al efecto llevará la Superintendencia, lo que actualmente no sucede.
En tercer lugar, se modifica la ley Nº 18.045, sobre mercado de valores.
En un mercado de capitales desarrollado, las empresas de menor tamaño pueden obtener financiamiento para sus proyectos, en condiciones quizás más favorables que las que hoy ofrece la banca. Luego, ampliar el mercado de capitales implica incorporar a una clase de emprendedores que hasta hoy han visto restringidas sus alternativas de financiamiento a fuentes limitadas de recursos.
Internacionalización del peso.
El mercado de oferta pública de valores extranjeros o segmento off-shore actualmente opera en Chile únicamente en dólares y otras monedas extranjeras que autorice el Banco Central.
La operación de la bolsa off-shore en pesos contribuiría a fomentar la internacionalización del peso y aumentaría las transacciones. Con ese objetivo, el proyecto de ley modifica el artículo 184 de la ley de mercado de valores a fin de permitir que los valores extranjeros o sus certificados de depósito que sean objeto de oferta pública en Chile se expresen en pesos, siempre que se transen y sean pagaderos en alguna de las monedas extranjeras autorizadas por el Banco Central o bien que se expresen, transen y sean pagaderos en pesos, sujeto a los requisitos y condiciones que determine el Consejo del Banco Central de Chile.
También se modifica el decreto ley Nº 824, sobre impuesto a la renta.
Se extiende la exención de impuesto por las rentas obtenidas en la enajenación de valores de oferta pública por parte de inversionistas institucionales extranjeros.
Se modifica el régimen tributario de exención del impuesto a la renta por la ganancia de capital obtenida en la enajenación y rescate de cuotas de fondos mutuos y fondos de inversión.
Es decir, el proyecto modifica profundamente el impuesto a la renta, lo que es muy importante para los pequeños inversionistas.
Límites a la contratación de extranjeros.
La consagración de nuestro país como un centro de negocios importa también la eliminación de ciertos aspectos regulatorios que en algunos casos impiden que extranjeros o empresas globalizadas de gestión de inversiones y servicios complementarios decidan instalarse en Chile. Tal es el caso de la restricción que la ley laboral impone a los empleadores en cuanto a la obligación de mantener una dotación de al menos el 85 por ciento de trabajadores nacionales, exceptuándose únicamente el personal extranjero que no puede ser reemplazado por personal chileno.
El proyecto de ley introduce una modificación al artículo 20 del Código del Trabajo, eliminando esta última condición y permitiendo que, en aquellos casos en que se trata de personal técnico especialista, la restricción de 85 por ciento de personal nacional no sea aplicable, no obstante que dicho personal pueda ser reemplazado por personal nacional.
Además, se modifica la ley de general de bancos en relación con los bonos hipotecarios y la publicidad de oficinas de representación de bancos extranjeros.
Asimismo, se modifica ley Nº 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.
Incentivos al capital de riesgo.
Se realizan modificaciones al régimen legal aplicable a los fondos de inversión públicos de capital de riesgo.
También se modifica a la ley Nº 18.657, que autoriza la creación de fondos de inversión de capital extranjero.
Debo expresar que en la Comisión de Hacienda nos corresponde estudiar los aspectos financieros del proyecto. Y el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, de 7 de septiembre de 2009, señala que el impacto financiero del proyecto considera las actuaciones de los agentes del mercado financiero que serán afectados por los cambios contenidos en el artículo 7º del proyecto.
Así, en el informe presupuestario y financiero se estima que, en régimen, el proyecto implica una menor recaudación tributaria anual, equivalente a 18 millones de dólares. Para 2009, se estima que el proyecto no tiene costo fiscal ni implica menor recaudación.
La Comisión de Hacienda realizó varias sesiones para tratar el proyecto, y nos encontramos con varias sorpresas.
En las sesiones de fechas 15, 29 y 30 de septiembre y 5, 6, 7 y 13 de octubre, hicimos profundos análisis de las materias contenidas en la iniciativa y recibimos a numerosos invitados.
Entre otros participaron todos los actores de los institutos de análisis económico que tienen las diferentes bancadas parlamentarias, como el gerente general del Colegio de Corredores de Seguros, el gerente general de la Bolsa de Comercio de Santiago, la gerente general de la Asociación de Administradores de Fondos Mutuos de Chile; el presidente , vicepresidente, secretario general, abogado y un director de la Asociación Chilena de Fondos de Inversiones A.G.; el presidente y la directiva de la Asociación Gremial de Agentes Administradores de Mutuos Hipotecarios Endosables; don Álvaro Clarke , ex superintendente de Valores y Seguros; el presidente de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras.
Cada uno expuso su posición, las cuales figuran en el informe.
Discusión del proyecto.
La presentación del Ejecutivo fue realizada por don Alejandro Micco , en nombre del ministro de Hacienda , quien enfatizó el hecho de que el mercado financiero es clave para la competitividad y el desarrollo. Sostuvo que el mercado de capitales es importante, porque a través de él se asignan los recursos a las distintas industrias de la economía y es el responsable de financiar las nuevas ideas y el emprendimiento.
Recalcó que existe una clara relación entre el desarrollo de este mercado y el producto interno bruto per cápita. En el caso particular de Chile, tiene un nivel de desarrollo del mercado de capitales mayor al que le correspondería por su PIB, lo que significa que el país está en buen pie para transformarse en un actor relevante de este mercado.
A modo de ejemplo, el mercado financiero chileno, en activos, tiene un tamaño cercano al 200 por ciento del PIB y el mercado de capitales -esto es, sin las instituciones bancarias-, tiene un tamaño cercano al 100 por ciento del PIB.
Como actividad económica, el sector financiero representa aproximadamente el 17 por ciento del PIB y emplea alrededor del 9 por ciento de la fuerza de trabajo. Agregó que la comparación de nuestro mercado de capitales con países de la región y europeos, como España, Portugal e Irlanda, demuestra que es competitivo y que, como porcentaje del PIB, se acerca más a niveles de los países desarrollados.
Hago presente que es bueno plantear esto, porque en un resumen muy chico se ve el fondo del proyecto, pero no se precisan las ventajas, de las cuales nos convencimos, como se puede apreciar en la votación de los parlamentarios que participamos en todas las sesiones.
Precisó que nuestro país está integrado comercialmente al mundo con tratados de libre comercio con cerca del 90 por ciento
del PIB mundial, de manera que se cuenta con experiencia en la exportación de bienes y se conoce el mercado internacional.
Hoy en la mañana, en la Tercera Subcomisión Mixta de Presupuestos, estuvimos analizando la partida de la Cancillería, y el subsecretario de Relaciones Exteriores reconoció que, en este instante, nuestro país tiene tratados y acuerdos comerciales con 56 naciones y está a punto de concretar el número 57, con Turquía. Es decir, el mercado que se abre a nuestro país es inmenso, lo cual será muy importante para el desarrollo, en especial para la Región del Biobío, que represento.
El país dispone de cierta fortaleza macro, institucional y regulatoria, ya que el país cuenta con una regla fiscal que ha permitido tener políticas contracíclicas que han suavizado las consecuencias de la crisis económica mundial. Hay una acumulación de reservas internacionales por 24 mil millones de dólares, el doble de las que había hace cinco años. Hay un tipo de cambio flexible, lo que se ajusta a los shocks externos; metas de inflación que ayudan a estabilizar el ciclo y minimizar los costos de mantener una inflación baja y estable, y una supervisión bancaria y financiera de carácter preventiva, que incorpora la evaluación de gestión y solvencia de las instituciones financieras.
El país tiene una infraestructura física y un capital humano destacables.
En el primer aspecto, el país cuenta con facilidad de interconexión, tanto en telefonía como en internet, y con gran cantidad de aeropuertos. En capital humano, Chile tiene la experiencia de más de 25 años administrando decenas de miles de millones de dólares en la industria de fondos de pensiones. Además, el país ha establecido una política muy activa y agresiva en fortalecer el capital humano en las capacidades que son necesarias para el desarrollo del mercado de capitales, como el aprendizaje de inglés y las becas para estudiar en el extranjero, que este año ascienden a 2.500, aumentando en 1.000 cupos a partir del 2010.
En la discusión final se presentaron varias indicaciones -entre ellas, varias presentadas por el presidente de la Comisión de Hacienda , diputado Julio Dittborn , y otras por varios de sus integrantes, entre los cuales están Enrique Jaramillo , Raúl Súnico , Carlos Montes , Eugenio Tuma , Pablo Lorenzini y quien habla-, las cuales fueron analizadas en profundidad. Al final, llegamos a acuerdo con el Ejecutivo , que nos dio el patrocinio para todas ellas.
Discutimos, analizamos, escuchamos y mejoramos el proyecto de ley de mercado de capitales III, el cual va a ayudar a la transparencia del mercado, pues se acabarán las informaciones privilegiadas, que es parte de lo que también nos plantea la OCDE a nivel internacional, lo cual llevará a nuestro país a mejores niveles, desde el punto de vista macroeconómico. Ello comenzará a notarse en los próximos meses y años, con una mejor redistribución de los ingresos.
Por último, el presente proyecto de ley se aprobó por la unanimidad de los parlamentarios presentes.
Es cuanto puedo informar.
He dicho
El señor VARGAS ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente , el diputado señor José Miguel Ortiz nos ha informado el proyecto en debate el cual, si bien éste no es el mejor minuto, puesto que estamos legislando en forma vespertina, significa un gran avance para nuestro país. Se trata de una iniciativa que nos ha significado algunos debates duros con ciertos sectores empresariales, a quienes afecta.
Con el proyecto se intenta poner a Chile en la senda de ser un país base, un país centro, en todo lo relativo a inversiones, asesorías, beneficios, al menos respecto del resto de los países latinos.
Aprovecho esta oportunidad para dirigirme, por su intermedio, señor Presidente , al representante de la banca, el señor Somerville , quien estuvo en nuestra Comisión en forma -diría- un poquitito alterada, sin entender lo que estamos haciendo aquí.
Hay un capítulo -y es lo que me interesa- dedicado específicamente a la gente. Varios capítulos están dirigidos a los inversionistas y a las multinacionales, pero hay un par de artículos dedicados a los consumidores.
Y el ministro de Hacienda , presente en la Sala, don Andrés Velasco , recogió -cosa que no todos los ministros hacen- la sugerencia unánime de la Comisión de Hacienda. Aquí no existen diferencias partidarias cuando defendemos a los consumidores.
Le planteamos el nivel de las tasas de interés en las operaciones crediticias, los seguros que se cobran y que vienen amarrados al otorgamiento del crédito. Por lo tanto, la Comisión de Hacienda le pidió al ministro que planteara -porque no tenemos iniciativa-, la posibilidad de transparentar al consumidor lo que la banca está haciendo, lo cual debe realizarse por ley.
Se estableció el llamado crédito estandarizado, para que la gente pudiera comparar sin que se produjera una “majamama” -o “mucha lima”, como dice el diputado Ortiz -, porque a la gente le ponen cuatro créditos por delante y no entiende nada. Hasta el ministro de Hacienda sabe mezclar peras con manzanas. Pero esa “majamama” no la entiende nadie.
Entonces, el ministro de Hacienda y el Gobierno de la Presidenta Bachelet recogieron y estandarizaron el crédito. El crédito estandarizado es una fórmula entendible hasta para los más tontos. Porque aquí estamos hablando de plata, y es muy fácil hacer tonta a la gente de menos recursos, que no tiene conocimientos, pero tiene necesidad de dinero.
Además, se habló del seguro que cobra el banco, amarrado con sus servicios, como la tarjeta y todo eso que se lleva los clientes cuando firman los documentos, que no corresponden al crédito, sino a una serie de servicios impuestos, con intereses y costos que el banco determina. ¡No, pues! El consumidor tiene el derecho a elegir dónde tiene el seguro. ¡Qué cosa más simple!
Se trata de ver un crédito parecido, en términos similares, en los distintos bancos. No estamos estableciendo la tasa de interés que deben cobrar los bancos. Eso es libre. Estamos diciendo: Estandarice condiciones, plazos, etcétera, y el cliente verá. El crédito le cuesta 100, 110 ó 120, pero el cliente le gusta tal banco. Ése está en el sur; ese otro está en regiones. La niña que atiende en ese otro banco es más simpática, etcétera. Eso es decisión del consumidor. Pero es necesario ver clarito lo que se ofrece.
Además, respecto del seguro, ofrézcanle 4 ó 5 seguros. ¿Por qué el crédito debe incluir el seguro de su propio banco? ¡Ni hablar!
Eso fue aprobado en forma unánime.
Pero Somerville nos dice que es inconstitucional.
¿Inconstitucional? Para que una ley -no soy abogado, pero algo entiendo de leyes- sea inconstitucional, primero, no debió haberse legislado en el Parlamento. Pero éste es el Parlamento. Aquí está el Poder Legislativo . El proyecto pasa por la Cámara de Diputados, luego se va al Senado, etcétera. Los legisladores somos soberanos.
Por lo tanto, no hay inconstitucionalidad.
¿Afectamos algún principio? ¿Alguien podría decirlo? Tuve que aprender un poco de leyes. En verdad es complicado entender a los abogados; prefiero ser economista. Leí la Constitución, lo busqué, señor Presidente -después, su señoría me podrá enseñar-, pero no había ningún artículo que señalara que el Congreso Nacional y el Estado de Chile están impedidos de regular. Dispone que debe haber igualdad para todos, libertad, pero no dice que no podamos regular; no dice que cuando entregamos algunas acciones, no podamos poner límites. El ministro Bitar se volvería loco si en las concesiones no se establecieran límites, tarifas, multas. ¿Cuánto se estaba cobrando por no pago del TAG? Cuarenta veces la deuda. Creo que ahora lo rebajamos.
Entonces, cuando algo va en favor de los consumidores, es inconstitucional.
El país puede regular, el Estado puede regular, los parlamentarios podemos regular.
Entonces, ¿quiere decir que entregar protección al consumidor es inconstitucional?
En consecuencia -sé que el ministro de Hacienda sabe mucho sobre la materia-, ¿éste es un laissez faire? ¿Éste es un Estado libre? ¿Aquí cada uno hace lo que quiere y gana lo que quiere? ¡No!
No estamos en contra de la empresa privada. Está bien que exista, pero con ciertas normas, con alguna regulación.
En la sesión de la mañana estuvo presente el ministro de Minería y Energía , a quien le gusta regular. Las tarifas eléctricas y de agua potable, ¿no están reguladas? Y ahí nadie reclamó. Sin embargo, aquí viene el señor Somerville , en representación de la banca, a decirnos: “No. Esto es inconstitucional. Vamos a apelar al Tribunal Constitucional.”.
No encontré nada en ese sentido, en relación con la protección al consumidor que estamos haciendo.
Vuelvo a insistir: no estamos fijando tasas de interés. Quizás podríamos haberlo hecho, lo que podría haber sido más discutible. Simplemente, tenemos el interés de proteger a los consumidores de los servicios financieros.
Además, el proyecto, entre otras cosas -así lo planteó la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados-, busca la competencia entre los entes financieros, Pero eso no tiene sentido si los consumidores, los usuarios, no son quienes ejercerán la competencia. Entonces, se trata de la competencia arriba y abajo. Democracia se llama eso. A otros les gusta decirle de forma distinta.
Los representantes de la banca me señalaron: “Pero, diputado , ustedes están cambiando las reglas del juego”. O sea, ¿el Estado no puede cambiar las reglas del juego? Si así fuera, ¿por qué posibilitamos que los consejeros regionales ahora sean elegidos de manera popular y no designados a dedo?
Éste es un mundo dinámico. Si las reglas del juego se hacen con seriedad, dentro del marco de la Carta Fundamental, ello es absolutamente legítimo y válido.
¡Claro que estamos cambiando las reglas del juego! Porque hasta aquí esas reglas no son lógicas o no han sido adecuadas o razonables. En algún minuto se desviaron de lo que pensábamos.
Dicen que estamos afectando el derecho de propiedad. Me dicen: “Es que con esto, usted disminuirá las tasas de interés, habrá más competencia y ganaremos menos”. O sea que la banca quiere que le garanticemos la utilidad. ¡Por favor! Entonces, les pediría que nos garantizaran que Frei será Presidente . ¡Si para eso elige la gente! ¡Para eso elige el consumidor, que se llama votante!
¡Cómo vamos a garantizar a la banca sus utilidades! Obtuvo mil ochocientos millones de dólares de ganancias en nueve meses, mientras en todo el mundo había crisis. Proporcionalmente, nuestra banca es la que más gana en el mundo. Están publicadas las cifras. Estamos en época de crisis y quieren que les garanticemos las utilidades.
Señor Presidente , ¿estamos afectando el derecho de propiedad? Su señoría es experto tributarista y entiendo que sabe mucho de derecho constitucional. Yo no sé de eso, pero simplemente leo con la lógica de cualquier chileno.
Respetamos la libertad de trabajo y la libertad empresarial, pero ponemos normas. Si no lo hiciéramos, cerrarían las autopistas por la noche, porque el tránsito es muy poco y no resulta rentable mantenerlas abiertas. Las abrirían entre las 7 de la mañana y las 9 de la noche, cuando hay más tráfico.
En ese sentido, me parece que no corresponde que nos digan que no podemos establecer limitaciones. Claramente, lo que estamos haciendo es proteger al consumidor.
Agradecemos a la Presidenta Bachelet y al ministro de Hacienda que recogieran tres de las cuatro sugerencias que, de manera unánime, planteó nuestra Comisión de Hacienda.
Estimo que la protección al consumidor y la competencia en el mercado crediticio están perfectamente aseguradas en este proyecto, por lo cual espero su aprobación por unanimidad. Sería una forma de decirle a la banca que siga trabajando bien, pero que debe aceptar que Chile es soberano y que su Congreso Nacional también es soberano.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente , antes de referirme al proyecto, estimo necesario explicar a nuestras visitas que la poca cantidad de diputados que están participando en este debate se debe a que la materia en estudio es muy técnica y difícil, por lo cual, en la Sala sólo están los diputados que participaron en la discusión que tuvo lugar en la comisión técnica. La mayoría de los demás diputados se encuentra cumpliendo otras responsabilidades legislativas en comisiones.
Entrando en materia, lo cierto es que este proyecto de ley, de Mercado de Capitales III, como su nombre lo indica, es la continuación de las iniciativas sobre Mercado de Capitales I y II. Asimismo, es muy probable que en el futuro debamos ocuparnos de proyectos de ley de Mercado de Capitales IV, V y VI, porque esta es una de las materias más dinámicas, como consecuencia de lo cual requiere que se le introduzcan ajustes con cierta periodicidad y se le incorporen nuevos productos y regulaciones para que funcione bien.
Este mercado cumple una función muy relevante para un país en desarrollo como el nuestro, que es canalizar el ahorro interno y también el externo hacia las inversiones que resulten más útiles y rentables. Por lo tanto, es importante que esa tarea la cumpla en forma muy eficaz.
Como dijo el diputado Lorenzini , la iniciativa modifica regulaciones muy importantes en diversas áreas. La primera es el área bancaria.
Los bancos que operan de nuestro país no son queridos por sus clientes. Digámoslo francamente: no gozan de alta popularidad entre sus usuarios. Eso es algo que los bancos y las organizaciones gremiales que los reúnen no pueden desconocer. En consecuencia, no deben mirar para el lado, sino hacerse cargo de esa situación y preguntarse por qué ocurre.
En mi opinión, existen varios factores que generan ese efecto, pero uno de los principales, que los bancos no han modificado y del cual el proyecto tampoco se hace cargo, dice relación con las comisiones bancarias. En efecto, los usuarios de los bancos no entienden los cobros que les hacen por concepto de comisiones. Ello se debe a que cada banco cobra comisiones distintas, no sólo de diferente monto -lo que sería razonable para que exista competencia-, sino por distintos conceptos, muchas de ellas escritas en la letra chica de los contratos. Eso ha generado una odiosidad que, diría, es muy masiva entre los chilenos respecto de sus bancos, lo cual no es bueno.
He conversado sobre este asunto con muchas personas que trabajan en los gremios bancarios a quienes he solicitado lo mismo que me propongo plantear ahora -no figura incluido en el proyecto-, porque considero que ya es momento de hacerlo público. Me refiero a que se preocupen de homogeneizar al menos los conceptos por los cuales cobran comisiones; no los montos -al contrario, es necesario que compitan en ese rubro-, pero sí los conceptos. Se trata de que cobren comisiones por las mismas cosas, de que se pongan de acuerdo en cinco, seis o siete servicios por los cuales cobrar comisiones. En suma, que todos cobren por los mismos conceptos y compitan en los montos. Ése sería un gran avance para transparentar y simplificar el sistema de comisiones bancarias, de manera que los chilenos sepamos por qué concepto nos están cobrando.
Esto mismo, que los bancos no han hecho pero deberían hacer, es lo que, en otro plano, hace el proyecto respecto de los créditos.
En efecto, los créditos son algo muy difícil de comparar para el chileno medio, ya que no sólo se debe considerar la tasa de interés, sino varios otros factores, como el plazo del crédito y los seguros y comisiones asociados. A veces, incluso es necesario considerar que hay créditos que exigen el pago de una cantidad extra al contado, un pie, como sucede con los créditos hipotecarios.
En esta materia, la iniciativa hace algo que los bancos deberían haber realizado solos: homogeneizar al menos un crédito por cada uno de los tipos de créditos que otorgan. Por ejemplo, que un crédito hipotecario o un crédito de consumo sean iguales en todos los bancos. Lo único que debería variar es, probablemente, la tasa de interés que cobran, para que la gente pueda comparar.
El proyecto hace eso respecto de los créditos, y estoy de acuerdo en que lo haga, pues de ninguna manera me parece que sea una limitación a la capacidad de hacer negocios de los bancos, dado que no impide que puedan ofrecer muchos créditos distintos, cuantos quieran. A lo que sí quedarán obligados es a tener un crédito estandarizado, igual al que ofrecerán los demás bancos.
Me parece que esa medida es una simplificación que transparentará estos asuntos entre los chilenos y será de gran ayuda para los usuarios, en especial para los más modestos, que tienen menos cultura financiera, pues -repito- les permitirá comparar. Con ello, además, la competencia entre los bancos será más eficaz.
Por otra parte, el proyecto establece una suerte de fin a la venta de productos atados, pero no está claro cómo se hará, porque no es fácil. Hoy, los bancos venden distintos servicios en forma conjunta. Por ejemplo, en los créditos hipotecarios, además del préstamo, venden varios seguros, como el de incendio y el de desgravamen. Eso hace que para el consumidor resulte muy difícil comparar cada producto en forma individual. Pero la iniciativa ambiciona precisamente eso: que tales productos se puedan comparar de manera individual.
La iniciativa establece, además, la posibilidad de que las agencias de bancos internacionales, que hoy son bancos de segundo piso, pues sólo atienden a empresas, le presten al público, en la medida en que las platas que utilicen al efecto provengan del extranjero, no de fuente nacional.
Eso me parece muy interesante, porque a futuro, cuando se implemente esta medida, podríamos ver más competencia en los negocios de tarjetas de crédito, de cuentas corrientes y de seguros, y todo financiado con captaciones de dinero realizadas en el extranjero.
Como consecuencia de ello, esas agencias no estarán sometidas a las regulaciones de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, a la que sólo le corresponde fiscalizar a quienes captan dineros en Chile. Como estas agencias captarán dineros en el extranjero, estarán sometidas a una regulación mucho más suave. En todo caso, el resultado final es que habrá más competencia bancaria, lo cual considero positivo.
Pero eso no es todo, señor Presidente . El proyecto, además de modificar la legislación relativa a los bancos, introduce modificaciones a la industria de los fondos de inversión. Éste es un tema que los chilenos no conocen mucho, porque hay muy pocos fondos de inversión que transen sus cuotas en la bolsa. Sin embargo, en otros países el mercado de los fondos de inversión es mucho más profundo.
No obstante, al revés de lo que ocurre con los bancos, los cambios que el proyecto considera para esta industria son muy menores y me parece que no producirán un impulso muy importante. Todo indica que el Gobierno está más preocupado de evitar la posible elusión tributaria en esa industria que de entregarle un incentivo real para que se desarrolle.
Por lo tanto, aunque en la Comisión voté a favor la iniciativa, estimo que subsistirá una deuda del Gobierno para con la industria de fondos de inversión.
En el caso de nuevos productos se permite la creación de los famosos Exchange Trade Funds (ETF), que son índices que hoy se podrán transar como acciones. Esto es muy importante. De hecho, en el mundo ya existe una industria donde se transan los ETF, y creo que para el consumidor final, el inversionista, en el futuro será mucho más atractivo comprar índices que acciones de empresas individuales. Ello, por una razón muy sencilla: es imposible que un inversionista pueda tener la información de una empresa individual y, por lo tanto, un problema en una empresa puede hacer bajar o subir el precio de una acción en forma muy importante; en cambio, un índice no estará influido mayormente por la información de una acción en particular de una empresa, porque contempla la incorporación de muchas acciones.
Por lo tanto, creo que respecto de los ETF, que este proyecto regula y permite que ingresen a la bolsa, los inversionistas chilenos tendrán un gran entusiasmo, como ha ocurrido, por lo demás, en todos los países donde han sido creados.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , los comentarios técnicos son los que interesan realmente. Estamos ante una reforma que ha sido desarrollada para un país subdesarrollado. Eso habla muy bien de nuestros técnicos y economistas, ya que señala lo que queremos.
Si bien es cierto que se vislumbra en el proyecto una clara intención de combatir la elusión, estoy de acuerdo en que tome ese aspecto. Pero hay que tener claro que estamos ante un gran proyecto y respecto del cual me declaro optimista. Hemos conocido reformas recientes. En la última década, el avance en materia de desarrollo que ha tenido la economía del país dista mucho del escaso minuto en el tiempo que significa ese período para la reforma del mercado de capitales.
En 1994 se llevó a cabo una reforma sustancial al mercado de capitales. Allí comenzó esto. Se ampliaron los límites de inversión, abriendo la posibilidad de invertir en diversos instrumentos por parte de compañías de seguros, fondos mutuos, fondos de pensiones y fondos de inversión. Además, se introdujeron mejoramientos al sistema de normas relativas a conflictos de interés de intermediarios de valores y sociedades que administran fondos de terceros.
En 2000 se aprobó la ley Nº 19.705. Su dictación se debió a una coyuntura que tuvo lugar en ese entonces. Me refiero a las irregularidades acaecidas con ocasión de la toma de control de Enersis, tan comentada aquí por el entonces diputado Andrés Palma , brillante en sus intervenciones y fiscalizaciones a Enersis . El caso “Chispas” demostró la deficiente protección que los accionistas minoritarios tenían frente a los controladores. Esa norma incrementó las sanciones ante el uso de la información privilegiada, práctica fiscalizada y ya en gran medida frenada en Chile.
En 2001 tuvo lugar la primera reforma al mercado de capitales, conocida como Mercado de Capitales I o MKI. Ella tuvo por objeto, entre otros aspectos, la liberación del pago del impuesto a la ganancia de capital sobre acciones con presencia bursátil, lo que redundó en un nuevo impulso al mercado accionario local, liquidez y una mayor capitalización bursátil.
Se trató de una reforma importante, no la que hubiéramos querido, pero eran otros tiempos. Nueve años en economía significan mucho. En ese tiempo se eliminaron los límites a las contribuciones voluntarias a las AFP concernientes al ahorro previsional voluntario y se otorgaron beneficios tributarios en relación con él.
Ese mismo año se dio inicio al sistema de multifondos, ampliando los fondos disponibles para la inversión por parte de las AFP a cinco, diferenciándolos de acuerdo a perfiles de riesgo.
En 2007 entró en vigencia la segunda reforma al mercado de capitales o MKII. Ella tuvo tres objetivos esenciales: fomentar el desarrollo de la industria de capital de riesgo, fortalecer la seguridad en el mercado de valores y promover el desarrollo del mercado financiero. En cuanto al fomento de la industria de capital de riesgo, MKII, entre otras medidas, estableció una exención tributaria a las ganancias de capital obtenidas en la venta de acciones de sociedades de capital de riesgo. Recuerdo que fue un asunto muy discutido, pero al final se logró el consenso.
Además, fijó el marco legal de las llamadas sociedades por acciones, un híbrido que posee la flexibilidad propia de las sociedades de responsabilidad limitada, pero bajo una estructura de capital similar a la de una sociedad anónima cerrada.
En cuanto al objetivo de proveer mejores estándares de seguridad al mercado financiero, estableció mayores exigencias en materia de custodia de títulos. Ello, porque fuimos testigos de la pérdida de títulos en algunas empresas.
Asimismo, se fortalecieron las facultades fiscalizadoras de la Superintendencia de Valores y Seguros.
También introdujo una serie de modificaciones al estatuto legal que regula la oferta de valores extranjeros en Chile, comúnmente denominada bolsa off-shore.
Estas reformas demuestran la constancia en el perfeccionamiento de nuestro mercado de capitales, lo que ha permitido aumentar el ahorro local, elevar los niveles de profundidad, liquidez, seguridad e integración del sistema financiero, e incentivar una mayor competencia entre los diferentes actores del sistema.
Sin embargo, reconociendo estos avances, no podemos desconocer el dinamismo del mercado, así como su sofisticación y complejidad, lo que exige un marco regulatorio más ágil y flexible, especialmente en calidad y oportunidad, de manera que la regulación financiera no se convierta en una traba para su desarrollo y, al tiempo, impida conductas y resultados que no queremos o indeseados.
Esta constatación da lugar al proyecto en discusión, que en línea gruesa, busca impulsar el sistema financiero nacional. O sea, en una frase, éste es el gran privilegiado con el proyecto de Mercado de Capitales III (MKIII). Se estimula una mayor competencia y se establece nuestro país como un centro financiero internacional, aprovechando nuestra estabilidad financiera e institucional.
El gran gestor de esta estabilidad financiera que estamos viviendo es el ministro de Hacienda , sobre todo considerando que vivimos una crisis.
Los objetivos del proyecto de ley del MKIII, son los siguientes:
Aumentar la competencia en el mercado del crédito, con protección a los consumidores; otorgar mayores grados de liquidez y profundidad al mercado de capitales; ampliar el mercado financiero y potenciar la integración del mercado y exportación de servicios financieros; asegurar la competencia; incrementar y proteger a los consumidores mediante la ampliación de instrumentos disponibles, creando condiciones para que la decisión de inversión o acceso al crédito sea libre e informada. Así se estandarizan los créditos básicos y se permite una fácil comparación entre alternativas financieras, las que deberían regirse, entonces, por normas dictadas por los ministerios de Hacienda y de Economía, previa consulta al Banco Central de Chile y a las superintendencias de Bancos e Instituciones Financieras y de Valores y Seguros.
En su enfática intervención sobre la libre contratación de seguros, el diputado Lorenzini señaló que el derecho de los consumidores a optar libremente hoy se asocia a tomar o no un seguro al momento de contratar un empréstito. Se establece que las ofertas de crédito a los consumidores deben detallar separadamente los costos asociados a seguros, asegurando la facultad del consumidor para contratar dicho seguro con el proveedor que elija.
Este tema fue ampliamente discutido en la Comisión y no nos dejó muy tranquilos ni muy contentos; pero, como se dice en jerga popular, “es lo que hay”.
No veo esto como una forma de incrementar el acceso al crédito. Una forma de hacerlo es incentivando la competencia y reduciendo el costo del crédito, autorizando que entidades bancarias extranjeras puedan hacer oferta pública en Chile de los productos que ofrecen en el exterior.
Queremos eso; claro que lo queremos, pero con el debido cuidado. Recientemente analizamos en la Comisión de Hacienda lo que está sucediendo con la fusión del Banco del Desarrollo con Scotiabank y, en algunos meses más, con Corpbanca. Desgraciadamente, no podemos estar contentos con ello, porque deja de lado el sistema laboral nacional.
Las medidas tendientes a lograr mayor liquidez y profundidad del mercado se enmarcan básicamente en la simplificación de los procesos de aumento y disminución de capital, la creación de un nuevo instrumento de inversión, los denominados ETF, comentados en forma muy técnica por el diputado Julio Dittborn , que no es otra cosa que un fondo mutuo que permite obtener gran diversificación y liquidez a bajo costo.
Como ventaja adicional, la existencia de ETF en pequeños mercados como el nuestro ayuda a la formación de precios de los distintos instrumentos que lo componen.
Celebro el proyecto y me permito formular una última crítica que no está de más. Hemos sido testigos de la lentitud con que los bancos han traspasado las bajas de las tasas de interés a los consumidores y de los constantes frenos y barreras que han puesto a la solicitud de créditos. Las utilidades de los bancos hablan por sí solas.
Es necesario relajar los requisitos de capital para la fundación de bancos. A lo mejor, ello puede ayudarnos. No es posible que cuatro bancos tengan más del 70 por ciento del mercado.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente , el proyecto es bastante técnico, por lo cual en la Comisión fue difícil entender lo que quería expresar su articulado.
La iniciativa pretende aumentar la liquidez y profundidad del mercado, desarrollando una mayor flexibilidad para los fondos de inversión. Asimismo, aborda nuevos instrumentos de inversión, sobre todo para los capitales que quieran invertir en Chile; procedimientos administrativos más ágiles para los fondos mutuos y los que invierten en fondos mutuos; incentivos para inversionistas en fondos mutuos y fondos de inversión, principalmente los que tienen recursos; modificación al incentivo tributario de capital de riesgo como una forma de ampliar el mercado financiero; fondos de inversión de capital extranjero de riesgo, nuevo impulso a la securitización para asegurar más los recursos, en fin.
El proyecto incorpora, quizás por primera vez en el mercado de capitales, algo para la clase media. En ese sentido, una cantidad importante de esa gente se beneficiará con él.
Adicionalmente, en la iniciativa hay dos aspectos importantes a considerar. Cuando una persona que tiene ciertos recursos, un profesional o un empleado de clase media, quiere adquirir una vivienda, pide un crédito hipotecario a un banco. Para saber cuál le cobrará la menor cuota final, debe revisar todos los antecedentes, banco por banco, porque cada uno cobra tasas distintas, dependiendo del monto del crédito; pero, además, agregan distintos gastos asociados: el costo del seguro de incendio, desgravamen y cesantía, el cual normalmente es del mismo banco. También le exigen abrir cuenta corriente en el mismo banco; de lo contrario, no le otorgan el crédito o se lo cobran más caro si no es cliente del banco.
Es decir, de una u otra forma, cuando alguien solicita un crédito, para tomar una buena decisión y elegir la mejor institución financiera para adquirir el crédito, debe recopilar una cantidad enorme de información banco por banco, y le resulta muy difícil comparar.
Lo mismo ocurre con las tarjetas de crédito. Si una persona tiene una tarjeta de alguna de las grandes tiendas, el costo del crédito que le van a cobrar, aparentemente, puede ser bajo; pero con todos los costos asociados, al final, las personas que consiguen un crédito no saben cuánto van a pagar y no tienen ninguna posibilidad de comparar.
Por lo tanto, una de las cosas relevantes del proyecto para la clase media es que las personas que postulen a un crédito hipotecario podrán conseguir un crédito básico, que podrán comparar en todas las instituciones financieras, el cual se normará en un reglamento que dictará el Ministerio de Hacienda, previa consulta al Banco Central y a las Superintendencias de Bancos e Instituciones Financieras y de Valores y Seguros, pero ello significará, de una u otra forma, que se normará el otorgamiento de un crédito básico que cualquier chilena o chileno podrá comparar.
Espero que eso se haga efectivo, de manera que si alguien pide un crédito hipotecario, pueda saber cuánto le cobrarán finalmente, y existirá la opción de elegir el banco que dé mayor certeza en cuanto a la calidad de atención y al costo del crédito, pero no por factores que incorpore cada banco en sus propios créditos.
Lo mismo ocurrirá con las tarjetas de crédito y con los créditos de consumo; es decir, existirá la opción de comparar, lo cual es muy importante.
Otro aspecto relevante apunta a la clase media que puede pedir crédito, porque debemos reconocer, y creo que todos estamos de acuerdo, en que alguien que percibe el salario mínimo no tiene posibilidad de pedir crédito. El proyecto no es para la gente que gana el sueldo mínimo.
Una persona que pide un crédito se encuentra con que le agregan un seguro, ya sea de cesantía, de vida, en fin; pues los bancos deben protegerse en caso de que la persona fallezca o quede cesante y por eso se le exige contratar el seguro, el cual, normalmente, está incorporado al crédito, es decir, la empresa de seguros está relacionada con la que otorga el crédito.
Pues bien, el proyecto consagra la posibilidad de que quien elige el seguro, su valor y la empresa con lo cual lo va a tomar es el peticionario del crédito; por lo tanto, las instituciones financieras deberán entregar la información a quien solicita el crédito y éste pueda contratar el seguro que le parezca más razonable y conveniente.
Aquí hay un punto que no me quedó claro cuando lo discutimos en la Comisión y no sé si el articulado del proyecto lo resuelve; de lo contrario, deberá verse en el trámite en el Senado: resulta poco lógico que el consumidor deba pagar el crédito en un banco y el seguro en otra institución financiera. Lo más lógico sería que el sistema de cobranza lo haga la misma institución.
Aunque el consumidor tenga la opción de elegir qué seguro toma, ello no significa que debe pagar el crédito en una parte y el seguro en otra, porque iría en contra del consumidor.
Estos dos elementos apuntan a la clase media y a un segmento de la población que necesita también cierta protección de sus intereses por parte del Estado.
El proyecto va en esa línea: que en una mirada de Estado se protejan y se resguarden los intereses de los consumidores de crédito que, en general, es gente de clase media.
Otros aspectos que se orientan hacia la clase media, que también rescato, es la oferta de crédito de oficinas de representación de bancos extranjeros en Chile. Al respecto, hay que tomar algunos resguardos en el sentido de informar bien a la población cuando se adquieren créditos con bancos extranjeros, porque una cosa es recibir el crédito y otra muy distinta es pagarlo.
En un país donde hay mucha gente endeudada, que vive a costa de sus tarjetas de crédito, debe haber una regulación clara en ese sentido. Si un chileno toma un crédito con un banco extranjero a través de la nueva modalidad que establece el proyecto, también debiera estar regulada la forma de pago cuando se tienen problemas para cubrir la deuda, con el objeto que después actúen cuando lo hacen algunas empresas y casas financieras que hemos visto operar en nuestro país, las que, al final, estafan a la gente que les solicita créditos.
También aparece un nuevo instrumento: el bono hipotecario, que permite disminuir los costos de los créditos hipotecarios a las empresas que los entregan.
Por eso, decía que el proyecto es complejo, difícil, que apunta principalmente a los grandes capitales, a las grandes empresas, a la gente que cuenta con recursos para invertir fuertemente en fondos mutuos y, por supuesto, para que Chile se convierta en una plataforma financiera.
Sin embargo, los tópicos que acabo de mencionar, se relacionan con la clase media, con la persona que hace sus compras del mes con una tarjeta de crédito. Para esa gente hay un proyecto de ley que permite mejorar las condiciones para negociar con los bancos, con las administradoras de tarjetas de créditos, con las casas que prestan plata en nuestro país y en el exterior.
Nuestra bancada votará a favor el proyecto de ley, porque junto con apuntar a los grandes capitales, también favorece los intereses de la clase media, a la que representamos.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, ahora tenemos un MKIII. Espero que tengamos un MKIV, MKV y MKVI, porque de eso se trata cuando el Gobierno y el Congreso Nacional están atentos a los vaivenes del mercado, a los requerimientos para modificar la ley y realizar las regulaciones necesarias para garantizar la competencia, la transparencia y, como dice la idea matriz del proyecto, posicionar a Chile como una plaza financiera a nivel internacional.
Las condiciones políticas, económicas y sociales que se han dado garantizan el establecimiento de esa gran plaza financiera a nivel regional.
Al mismo tiempo, el ministerio acogió el planteamiento que varios diputados venimos realizando desde hace bastante tiempo en relación con la competencia bancaria, con las respuestas que las pymes, los usuarios de créditos y los consumidores requieren cuando el Banco Central baja su tasa a 0,5 por ciento y la reacción de la banca no va en la misma línea; cuando no sólo se atrasan demasiado, sino que son inflexibles para modificar hacia la baja los costos del dinero para los usuarios. Sin embargo, cuando estos colocan dinero las tasas son bastante mínimas o insignificantes.
De modo que el proyecto de ley avanza en esas dos líneas: en la dictación de una legislación financiera que permita asegurar que Chile tiene garantías en la región para levantarse como una gran plaza financiera y en la introducción de mayor competencia a nivel bancario.
Desde hace mucho tiempo, varios parlamentarios venimos trabajando sobre una demanda en el sentido de que si el costo del dinero internacional es igual en todo el mundo y se ha globalizado, la banca también debiera hacer lo mismo.
Aquí se exigió a las pymes, a los productores de calzado, a los industriales, a los agricultores, a todos los empresarios a competir, a globalizarse. No obstante, los únicos que han tenido el privilegio de un mercado bastante cerrado ha sido la banca chilena.
Esa ha sido una de las razones que han impedido la baja de las tasas a la velocidad requerida, a los niveles esperados y que, además, los usuarios sean atendidos de manera más competitiva por parte de los bancos.
Hoy estamos introduciendo algunos indicadores para que los consumidores, usuarios y deudores tengan claridad acerca del costo, comparativamente hablando, de un crédito similar entre una y otra institución bancaria.
No tenemos cultura sobre el cálculo del crédito. Lo conversábamos ayer en la Primera Subcomisión de Presupuestos , cuando analizábamos el presupuesto de la Superintendencia de Bancos, entidad que ahora se está motivando para entregar algunas herramientas y conocimientos a través de su página web a los usuarios que se interesen en hacer algunas simulaciones de créditos para comparar los costos en distintas instituciones financieras.
Sin embargo, el país debe ir más allá de eso e instalar un programa educacional, un convenio entre esa Superintendencia y el Ministerio de Educación para los efectos de establecer un ramo que prepare a los niños y jóvenes en forma temprana acerca de los costos de los créditos, del cálculo del interés compuesto, de la importancia de la tasa de interés y las distintas variables cuando se adquiere un crédito.
Por eso, el proyecto en debate es muy interesante y apunta en la dirección correcta cuando exige a los bancos estandarizar el modo de entregar la información sobre un determinado crédito. Al menos, en tres casos, tendrán que dar una información estandarizada: en los créditos de consumo, en los créditos hipotecarios y en las tarjetas de crédito.
Luego, hay un segundo elemento que introducirá más competencia: la globalización, la que permitirá que cada vez con mayor facilidad puedan llegar instituciones financieras a nuestra economía a ofrecer créditos más baratos.
En el mercado internacional la tasa de interés promedio anual de la tarjeta de crédito no supera el 14 por ciento; en cambio, en Chile está sobre el 50 por ciento. Eso nos obliga a estudiar las adecuaciones reglamentarias y legislativas necesarias, a fin de permitir que los bancos extranjeros lleguen con esas tasas más bajas a competir al mercado nacional.
Los asesores del ministro de Hacienda me decían que los bancos internacionales y las instituciones financieras que operan con tarjetas de créditos internacionales y que tienen convenios, podrán usar la Redbanc para establecer el modo en que van a utilizar sus tarjetas de créditos e introducirlas en el mercado nacional. También me expresaron que era posible que los bancos facilitaran la información de crédito a cada uno de los usuarios cuando accedan a un crédito internacional, sin tercerizarla a través de otros bancos.
Se han presentado muchas indicaciones al proyecto para modificar varios aspectos. Pero, en definitiva, estamos consagrando una legislación que instalará a Chile como una plaza financiera a nivel regional y le dará más competencia a la banca nacional.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el ministro de Hacienda , señor Andrés Velasco.
El señor VELASCO ( ministro de Hacienda ).-
Señor Presidente , antes de referirme al proyecto en debate, quiero aprovechar la oportunidad para decir algo respecto del que figura en primer lugar de la Tabla, que también se votará en esta oportunidad, sobre intercambio internacional de información tributaria, que ha vuelto a la Cámara de Diputados en tercer trámite constitucional, después de ser aprobado ayer en el Senado por una amplísima mayoría.
Se trata de un proyecto de ley muy importante por, al menos, dos razones: primero, deja a Chile con los más altos estándares en materia de transparencia, información e instrumentos para evitar que en el país se oculten dineros mal habidos por evasión de impuestos. No estamos inventando la rueda, sino adoptando los estándares de países más avanzados. De ningún modo queremos que vengan a Chile personas que han evadido impuestos en otros países y depositen ese dinero en cuentas corrientes, ya que el país podría estar sujeto a sanciones o ser puesto en listas grises o negras, por el hecho de no contar con los estándares de países avanzados.
En ese sentido, en el mundo se han producidos cambios políticos muy importantes, pues hubo países como Suiza, Austria, Luxemburgo o Bélgica que históricamente amparaban este tipo de conductas. En la actualidad eso no ocurre. Los mal llamados paraísos tributarios en su inmensa mayoría han dejado de serlo. No queremos que Chile se vea mezclado con otros países que no han hecho cambios, cuya reputación internacional tiene poco y nada que ver con la de nuestro país.
Segundo, se trata del último de cuatro proyectos de ley que la comunidad internacional pidió a nuestro país para satisfacer los estándares de acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), integrada por países democráticos y avanzados. El Congreso ha despachado tres proyectos de ley. Este es el cuarto, se encuentra en tercer trámite constitucional y, una vez despachado, Chile habrá satisfecho todos los requisitos formales para postular, con altas probabilidades de ser aceptado a esta organización de los treinta países más democráticos y avanzados del planeta. Seríamos el segundo país de nuestro hemisferio en ser invitado a participar en esta organización, lo que significa un reconocimiento a los avances que Chile ha tenido.
Respecto del proyecto de ley sobre MKIII, quiero agradecer el trabajo que se hizo en la Comisión de Hacienda, porque se trata de una iniciativa técnica, compleja, pues algunos de los incisos no son de fácil comprensión, incluso para quienes nos hemos formado en las finanzas, pero se realizó un trabajo de primera categoría en la Comisión.
Además, una vez presentado el proyecto, la unanimidad de los diputados de la Comisión, de todas las bancadas, formuló al Ejecutivo un conjunto de sugerencias para perfeccionar el mercado de los créditos, hacerlo más transparente, más competitivo y ofrecer más alternativas para los consumidores. Acogimos con mucho gusto y entusiasmo tres de cuatro planteamientos hechos al Ejecutivo y los incorporamos al proyecto de ley. Quiero reiterar los agradecimientos a los diputados miembros de la Comisión de Hacienda que trabajaron, primero, para hacer estos planteamientos; segundo, para darle forma, junto con el Ejecutivo , y, finalmente, para aprobarlos.
Quiero enumerar las características que ya mencionó el diputado informante y otros integrantes de la Comisión: en primer lugar, todo ciudadano que solicite un crédito de consumo, un crédito hipotecario o abra una tarjeta de crédito tendrá derecho a exigir un contrato estandarizado, sencillo, comprensible y que no llame a error. Dicho contrato deberá estar disponible por ley en todo banco e institución financiera que ofrezca una de estas tres alternativas. Esto significa, primero, que el consumidor tendrá muy claro en qué se está metiendo; segundo, podrá comparar entre lo que ofrece el banco A y el banco B y, por lo tanto, exigir mejores condiciones, lo que hace que los bancos compitan, que bajen las tasas, que otorguen créditos a mayores plazos y en condiciones menos leoninas.
En segundo lugar, otra sugerencia que acogimos de los diputados de la Comisión de Hacienda se refiere a poner restricciones a la venta de créditos atados, porque muchas veces ocurre que para otorgar un crédito se añaden servicios como seguros, cuenta corriente o algún otro producto que dicho banco ofrece. Lo que se pretende es que los clientes de estos bancos elijan libremente. Así, puede tomar un crédito en una institución, un seguro en otra y abrir una cuenta corriente en una tercera, si así lo desea. No corresponde, no es bueno para la competencia ni para las oportunidades de las personas el hecho de que se aten estos servicios. Este proyecto de ley dará mayores derechos a las personas en esta materia.
En tercer lugar, queremos que haya más alternativas de crédito, más oferentes, que más bancos chilenos y extranjeros hagan mejores ofertas a las personas. En esta iniciativa se consigue del siguiente modo: en Chile hay bancos establecidos, unos con capital formado en Chile y otros en el extranjero. Además, hay muchos bancos que cuentan con filiales que operan en nuestro país, pero no tienen la posibilidad de avisar públicamente sus créditos. Por lo tanto, se produce, de facto, una verdadera discriminación, puesto que las empresas, los clientes grandes saben y toman esos créditos, pero el consumidor común y corriente no tiene tal posibilidad. Con este proyecto de ley emparejamos la cancha, abrimos las mismas oportunidades y permitimos a estas instituciones que avisen públicamente, con lo cual los consumidores tendrán la oportunidad de comparar y decidir, por ejemplo, que un banco extranjero ofrece mejores condiciones. Esto se traducirá en más créditos, más baratos y a mayor plazo.
En definitiva, se trata de un proyecto de ley bueno para los consumidores, para el crecimiento de la economía, para la familia y agradezco que en esta Corporación se haya tramitado con rapidez y muchísimo profesionalismo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Cerrado el debate.
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , ¿que va a suceder con el proyecto de ley que establece regulación para las uniones de hecho?
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Señora diputada , como ya explique a la diputada informante y a su jefe de bancada, se prorroga para la próxima semana, pues se le retiró la urgencia y existen más de 15 proyectos con algún grado de urgencia.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley que introduce una serie de reformas en materia de liquidez, innovación financiera e integración del mercado de capitales, con excepción del número 2) del artículo 3º; del número 1) del artículo 4º, y del inciso cuarto que se agrega por el número 2) del artículo 9º, que requieren quórum de ley orgánica constitucional; de la letra e) del número 4) y del número 13) del artículo 1º, y de los números 11) y 13) del artículo 2º, que son de quórum calificado.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos. No hubo votos por la negativa, ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
En votación general el número 2) del artículo 3º; el número 1) del artículo 4º, y el inciso cuarto que se agrega por el número 2) del artículo 9º, para cuya aprobación se requiere del voto afirmativo de 69 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos. No hubo votos por la negativa, ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Aprobados.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
En votación en general la letra e) del número 4), el número 3) del artículo 1º, y los números 11) y 13), del artículo 2º que, para ser aprobados, requieren del voto afirmativo de 61 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos. No hubo votos por la negativa, ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Aprobados.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Por no haber sido objeto de observaciones, el proyecto se declara aprobado en particular, dejando constancia de haberse alcanzado los quórum constitucionales requeridos.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 17.16 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. la Presidenta de la República con el que inicia un proyecto de ley que crea el consejo de pueblos indígenas. (boletín Nº 6743-06)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que crea el Consejo de Pueblos Indígenas:
I. ANTECEDENTES
El año 1993 se dictó la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, la cual marcó un hito, ya que, hasta ese momento, los pueblos indígenas no estaban reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional.
Sin embargo, esta ley no logró concretar todas las aspiraciones de los pueblos indígenas, quienes tenían la expectativa de conseguir mayores espacios de participación.
En el mes de enero del año 2001, se constituyó la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato, que tenía como misión presentar al Presidente las propuestas y recomendaciones referidas a mecanismos institucionales, jurídicos y políticos para una plena participación, reconocimiento y goce de los derechos de los pueblos indígenas en un sistema democrático, sobre la base de un consenso social y de reconstrucción de la confianza histórica.
La Comisión emitió su informe en el año 2003, y en él recomienda expresamente, entre otras propuestas, la creación de un Consejo de Pueblos Indígenas, el cual sería un “(…) órgano representativo de los Pueblos Indígenas, generado democráticamente, independiente y distinto de las instancias gubernamentales encargadas de la definición y ejecución de las políticas públicas dirigidas a los Pueblos Indígenas, como es el caso de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y otros organismos sectoriales que también definen y ejecutan políticas que conciernen a los Pueblos Indígenas.”
La participación y la representación son valores fundamentales de la democracia; sin embargo, el actual sistema político institucional no resulta suficiente para recoger y asegurar la debida protección de la especificidad de los pueblos indígenas, fundada especialmente en el sentido colectivo de su cosmovisión.
La postergación de los temas que son relevantes para los pueblos indígenas, como el respeto y valoración de sus culturas, en los más diversos ámbitos, pasa fundamentalmente por la falta de conocimiento y satisfacción de sus necesidades a través de instrumentos legales idóneos.
Ello hace necesario que exista un órgano que agrupe la representación de todos los pueblos indígenas que habitan en nuestro país, de manera de optimizar la toma de decisiones en las materias que les conciernen.
No es difícil constatar que nuestra sociedad se encuentra en un punto crucial de su historia, en el que debe hacer un esfuerzo por reconocerse a sí misma y dar cuenta de su innegable diversidad y, en consecuencia, constituye un deber de todos construir un Estado más inclusivo que, en este caso, debe partir por otorgar mecanismos eficaces para plantear en las diferentes instancias de decisión, el sentimiento, intereses, derechos y cosmovisión indígenas.
En este contexto, el “Plan Re-conocer: Pacto Social por la Multiculturalidad”, anunciado por este Gobierno el 1° de abril de 2008, contempla entre sus iniciativas aquéllas destinadas a mejorar la participación en el ámbito institucional-político del Estado, entre las que destaca la creación de un Consejo de Pueblos Indígenas.
II. EL PROCESO DE CONSULTA
En el mes de marzo de 2008 el Congreso Nacional aprobó el proyecto de acuerdo relativo al Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual fue promulgado por medio del Decreto Supremo N° 236 de 2008 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El depósito del instrumento de ratificación se realizó el 15 de septiembre de 2009, ante la OIT, por lo que, en virtud de los dispuesto en el mismo Convenio, éste debía entrar en vigencia en nuestro país un año después.
El artículo 6 del Convenio N° 169 de la OIT establece que los gobiernos deben consultar a los pueblos indígenas interesados cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente, mediante procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas.
Aun cuando esta norma no estaba vigente en nuestro país, en el mes de enero de este año el Gobierno dio inicio a un proceso de consulta a los pueblos indígenas sobre participación política.
De este modo, el proyecto de ley que se presenta a vuestra consideración es el producto de una propuesta presentada a las comunidades y organizaciones indígenas del país, mediante un proceso de consulta nacional, inédito, en el que se trató de recabar las mayor cantidad de opiniones y observaciones, de modo de asegurar el pronunciamiento de los pueblos indígenas acerca de la forma como se pretende otorgarles participación en diversas instancias.
El proceso de consulta contempló dos fases. La primera, de carácter epistolar, consistió en respuestas escritas en base a una pauta de consulta, y se desarrolló entre el 7 de enero y el 3 de marzo de 2009. La segunda, realizada mediante diálogos participativos, se llevó a cabo entre el 12 y el 27 de marzo de 2009.
La Corporación Nacional de Desarrollo Indígena envió por correo, a 4.599 organizaciones indígenas de todo el país, una carta de su Director Nacional en la que se invitaba a participar del proceso de consulta, se proporcionaba información acerca de los plazos y procedimientos, y se adjuntaban las minutas relativas a las iniciativas sometidas a consulta.
El plazo inicial para la recepción de observaciones y aportes se extendía entre el 7 de enero y el 9 de febrero de 2009. Sin embargo, accediendo a la solicitud de diversas organizaciones, este plazo fue prorrogado hasta el 3 de marzo de 2009. En todo caso, con posterioridad a esa fecha y hasta el 31 de marzo, se continuaron recibiendo aportes. En este plazo fueron recepcionadas las respuestas de 410 organizaciones indígenas y de 1 persona natural.
Entre los días 12 y 27 de marzo de 2009 se realizaron 18 jornadas de diálogo participativo, en trece regiones del país. En estas jornadas participaron un total de 789 representantes de organizaciones indígenas de todo el país, y se formaron entre 1 y 5 comisiones de trabajo, integradas cada una por un número de entre 7 y 29 personas pertenecientes a diversos pueblos indígenas, principalmente, dirigentes y representantes de Asociaciones y Comunidades Indígenas. En total, se constituyeron 46 comisiones de trabajo, que emitieron extensas observaciones y respuestas grupales respecto a los temas consultados.
Las observaciones formuladas fueron compiladas, ponderadas y respondidas a través de la emisión del “Informe final del proceso de consulta sobre participación política”, el cual se hizo llegar a quienes formularon observaciones y, además, fue difundido ampliamente a través de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, el Ministerio de Planificación y el Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas.
Por medio de este proceso, se pretendió adelantar y preparar a la Administración del Estado en el compromiso asumido con la reciente ratificación del Convenio N° 169 de la OIT, al consultar a los pueblos indígenas medidas legislativas susceptibles de afectarles directamente.
III. OBJETIVO DEL PROYECTO
El objetivo del proyecto de ley que se somete a vuestra consideración es crear un Consejo de los Pueblos Indígenas, cuyo objeto será representar los intereses y necesidades de los pueblos indígenas ante los organismos del Estado.
Ello implica que el Consejo será un órgano representativo de los pueblos indígenas no sólo ante los órganos de la administración del Estado, sino que, también, frente al Congreso Nacional, el Poder Judicial y los órganos constitucionalmente autónomos.
Esta instancia de carácter nacional, en todo caso, no limita en modo alguno las instancias de participación y consulta que puedan operar en el ordenamiento jurídico chileno, ni la capacidad de los pueblos indígenas para dotarse de las formas de organización que estimen más pertinentes con la finalidad de impulsar los fines que les son propios.
IV. CONTENIDO DEL PROYECTO
El proyecto se estructura en base a veintinueve artículos permanentes y tres transitorios:
1. Creación del Consejo de Pueblos Indígenas
En primer lugar, se crea el Consejo de Pueblos Indígenas, cuyo objeto será representar los intereses y necesidades de los pueblos indígenas ante los organismos del Estado, y se fijan sus atribuciones.
Entre éstas, destacan: participar tanto en el diseño de la propuesta de política nacional indígena, como en la evaluación de esta última; elaborar anualmente un informe sobre la situación de los derechos de los pueblos indígenas; representar a los pueblos indígenas en los procesos de consulta de carácter nacional iniciados por los organismos del Estado, cuando corresponda; proponer la elaboración de planes y programas destinados al desarrollo económico, social y cultural de los pueblos indígenas; aprobar las traducciones a lengua indígena que los organismos del Estado realicen a diversos documentos, entre otras.
El Consejo estará integrado por cuarenta y tres consejeros, elegidos por los distintos pueblos indígenas, en proporción a sus integrantes. Tratándose del pueblo mapuche, se establece, además, un componente regional en su elección.
En segundo lugar, se establece el estatuto de los consejeros, fijándose la duración de sus mandatos, los requisitos para ser candidato, las inhabilidades y prohibiciones para serlo, y las causales de cesación en el cargo.
2. Establecimiento del Registro Especial Indígena
Con el objeto de formar el Padrón Electoral Indígena, que ha de servir para la elección de los consejeros, se consagra legalmente la existencia de un Registro Especial Indígena , que contendrá la nómina de todas las personas que hubieren obtenido el certificado al que se refiere el artículo 3° de la ley N° 19.253.
El Registro Especial Indígena deberá contener los nombres y apellidos de los inscritos, el número de rol único nacional, el pueblo indígena al que pertenece, la fecha de nacimiento, el domicilio que haya proporcionado al solicitar el certificado, con identificación de la comuna, provincia y región a que pertenezca, la fecha de solicitud de la certificación, la letra del artículo 2° de la ley N° 19.253 en virtud de la cual se otorga la certificación, y el número, fecha y comuna en que se otorga el certificado.
3. Establecimiento del mecanismo de elección de los consejeros
Los consejeros serán elegidos por votación directa de las personas indígenas mayores de dieciocho años del respectivo pueblo, que se encuentren inscritas en el Registro Especial Indígena .
La emisión del sufragio se hará mediante cédulas que serán confeccionadas por la Agencia de Desarrollo Indígena para cada uno de los pueblos y regiones que corresponda, y que contendrán la nómina completa de los candidatos en orden alfabético.
La elección se realizará el domingo que preceda al trigésimo día anterior a la fecha en que los consejeros deban iniciar sus funciones, correspondiéndole a la Agencia de Desarrollo Indígena la organización y desarrollo del proceso eleccionario, en la forma que determine la ley.
El voto sólo será emitido por cada elector en un acto secreto y sin presión alguna, y cada elector podrá votar sólo por un candidato.
Asimismo, el proyecto contempla las reglas relativas al escrutinio de las mesas, la formación del escrutinio general, el proceso de reclamación ante el Tribunal Electoral Regional correspondiente y la proclamación de los candidatos electos.
4. Organización interna del Consejo
En primer lugar, se establece que el Consejo tendrá su sede en la ciudad de Santiago y sesionará ordinariamente en tres períodos en el año calendario, en los meses de abril, agosto y diciembre, sin perjuicio de las sesiones extraordinarias que pueda celebrar en conformidad a la ley.
El quórum para sesionar será de veintiocho consejeros, y los acuerdos deberán ser adoptados por la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio, la que en todo caso deberá incluir a consejeros pertenecientes, a lo menos, a tres pueblos indígenas.
El proyecto establece, además, que los consejeros tendrán derecho a percibir una dieta por cada período de sesiones al que asistan.
Por otra parte, para los efectos del apoyo profesional que el Consejo requiera para su funcionamiento, se establece que éste contará con un Secretario Ejecutivo quien, además, ejercerá como ministro de fe de las actuaciones del Consejo.
Finalmente, se establece que el Consejo de Pueblos Indígenas determinará en un reglamento interno las normas necesarias para su adecuado funcionamiento.
5. Otras disposiciones
El proyecto de ley se hace cargo de la situación de los indígenas chilenos residentes en el extranjero.
En primer lugar, establece un mecanismo, a través de los respectivos consulados, para la acreditación de la calidad de indígena.
En segundo lugar, se autoriza a los indígenas chilenos con residencia en el extranjero para votar por correo en las elecciones del Consejo, estableciéndose el procedimiento de envío, recepción y escrutinio de los votos.
Por último, se establece la fecha de entrada en vigencia de la ley y de instalación del Consejo.
6. Disposiciones transitorias
El proyecto establece la obligación de convocar a la primera elección de consejeros, y autoriza al Ministerio de Asuntos Indígenas para dictar el reglamento, que será suscrito además por el Ministro Secretario General de la Presidencia , que regule la organización y funcionamiento del Consejo hasta que éste dicte su propio reglamento.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“TÍTULO I
DEL CONSEJO
Artículo 1°.- Créase el Consejo de Pueblos Indígenas, cuyo objeto será representar los intereses y necesidades de los pueblos indígenas ante los organismos del Estado.
Corresponderá especialmente al Consejo de Pueblos Indígenas:
a) Participar tanto en el diseño de la propuesta de política nacional indígena, como en la evaluación de esta última;
b) Proponer al Ministerio de Asuntos Indígenas y a los demás organismos del Estado con competencia en la materia, la elaboración de medidas destinadas a la conservación, desarrollo y fortalecimiento de los derechos, identidad, cultura, idiomas, instituciones y tradiciones, así como a la preservación del patrimonio arqueológico, histórico y cultural de los pueblos indígenas;
c) Elaborar anualmente un informe sobre la situación de los derechos de los pueblos indígenas;
d) Hacer presente, a través del Ministerio de Asuntos Indígenas, las prioridades para los pueblos indígenas en materia presupuestaria;
e) Proponer la elaboración de planes y programas destinados al desarrollo económico, social y cultural de los pueblos indígenas;
f) Participar en el desarrollo de sistemas de educación intercultural bilingüe;
g) Participar en el diseño de las propuestas de políticas de salud que permitan incorporar un enfoque intercultural en los programas de salud del Ministerio de Salud en aquellas comunas con alta concentración indígena;
h) Representar a los pueblos indígenas en los procesos de consulta de carácter nacional iniciados por los organismos del Estado, cuando corresponda;
i) Proponer al Ministerio de Asuntos Indígenas el establecimiento de áreas de desarrollo indígena;
j) Proponer las modificaciones legales y reglamentarias que estime necesarias en materia indígena;
k) Emitir su opinión en materia de costumbre indígena cuando lo soliciten los organismos del Estado;
l) Aprobar las traducciones a lengua indígena que los organismos del Estado realicen a diversos documentos;
m) Absolver las consultas que los organismos del Estado le formulen en materia indígena;
n) Aprobar el reglamento que regule su funcionamiento, y
ñ) Desempeñar las demás funciones que le encomiende la ley.
Artículo 2°.- El Consejo de Pueblos Indígenas estará integrado por cuarenta y tres consejeros pertenecientes a los pueblos indígenas señalados en el artículo 1° de la ley N° 19.253, de acuerdo a la siguiente distribución:
a) Dos elegidos por el pueblo quechua;
b) Dos elegidos por el pueblo colla;
c) Dos elegidos por el pueblo diaguita;
d) Uno elegido por el pueblo kawéskar;
e) Uno elegido por el pueblo yagán;
f) Tres elegidos por el pueblo rapa nui;
g) Tres elegidos por el pueblo atacameño;
h) Cuatro elegidos por el pueblo aymara;
i) Seis elegidos por la población mapuche de la Región Metropolitana;
j) Tres elegidos por la población mapuche de la Región del Bío-Bío;
k) Ocho elegidos por la población mapuche de la Región de La Araucanía;
l) Dos elegidos por la población mapuche de la Región de Los Ríos;
m) Cuatro elegidos por la población mapuche de la Región de Los Lagos, y
n) Dos elegidos por la población mapuche de otras regiones.
TÍTULO II
DE LOS CONSEJEROS
Artículo 3°.- Los consejeros serán elegidos por votación directa de las personas indígenas mayores de dieciocho años del respectivo pueblo, que se encuentren inscritas en el Registro Especial Indígena que mantendrá actualizado la Agencia de Desarrollo Indígena.
Los consejeros durarán cuatro años en sus cargos y sólo podrán ser reelegidos en forma consecutiva por una sola vez.
Artículo 4°.- Para ser candidato a consejero se requerirá:
a) Estar inscrito en el Registro Especial Indígena a que se refiere esta ley;
b) Tener dieciocho años de edad al día de la elección;
c) No haber sido declarado en interdicción en caso de demencia;
d) No haber sido condenado a pena aflictiva; y
e) Ser patrocinado por, al menos, el 0,2% de las personas indígenas, inscritas en el Registro Especial Indígena , del respectivo pueblo y región, si corresponde. En todo caso, el número de patrocinantes no podrá ser inferior a cien personas.
Artículo 5°.- No podrán ser candidatos a consejeros:
a) Los senadores y diputados;
b) Los ministros de Estado , los subsecretarios, los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los concejales, los consejeros regionales y los funcionarios públicos de la exclusiva confianza del Presidente de la República y los demás funcionarios de la Administración del Estado que desempeñen cargos del segundo y tercer nivel jerárquico;
c) Los funcionarios de la Contraloría General de la República y los miembros del Consejo del Banco Central;
d) Los miembros del Poder Judicial, los fiscales del Ministerio Público y los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los Tribunales Electorales Regionales, y los miembros de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones, y
e) Las personas que tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, con el Estado. Tampoco podrán serlo quienes tengan litigios pendientes con el Fisco, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Igual prohibición regirá respecto de los directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, o litigios pendientes, con el Estado.
Artículo 6°.- El cargo de consejero será incompatible con el desempeño de las funciones públicas señaladas en las letras a), b), c) y d) del artículo anterior, y con los cargos de los secretarios regionales ministeriales y de los directores de servicios regionales.
Artículo 7°.- Los consejeros cesarán en sus cargos por las siguientes causales:
a) Incapacidad física o psíquica para el desempeño del cargo;
b) Renuncia por motivos justificados, aceptada por el Consejo;
c) Inasistencia injustificada a más del veinte por ciento de las sesiones ordinarias a las que se cite en un año calendario;
d) Pérdida de alguno de los requisitos para ser elegido consejero o incurrir en alguna de las causales de inhabilidad sobreviniente establecidas en esta ley.;
e) Incurrir en alguna de las causales de incompatibilidad establecidas en esta ley o en una contravención grave al principio de probidad administrativa;
f) Actuar como agente en gestiones particulares de carácter administrativo, en la provisión de empleos públicos, consejerías, funciones o comisiones de similar naturaleza, sea que el consejero actúe por sí o por interpósita persona, natural o jurídica, o por medio de una sociedad de personas de la que forme parte, y
g) Condena a pena aflictiva. La acusación por delito que merezca pena aflictiva sólo dará lugar a la incapacitación temporal para el desempeño del cargo.
Las causales del artículo anterior, con excepción de la establecida en la letra b), serán declaradas por el Tribunal Electoral Regional de la Región Metropolitana competente, a requerimiento de cualquier miembro del Consejo. El Tribunal Electoral Regional conocerá estas materias conforme al procedimiento de la Ley N° 18.593. La cesación en el cargo operará una vez ejecutoriada la sentencia que declare la existencia de la causal.
La vacante que se produjere en cualquier tiempo se proveerá con el candidato que hubiere resultado electo si no lo hubiere sido aquél que la produjo.
TÍTULO III
DEL REGISTRO ESPECIAL INDÍGENA
Artículo 8°.- Habrá un Registro Especial Indígena que llevará la Agencia de Desarrollo Indígena y que contendrá la nómina de todas las personas que hubieren obtenido el certificado al que se refiere el artículo 3° de la ley N° 19.253. Las personas antes señaladas serán inscritas automáticamente en el Registro al momento de emitirse el respectivo certificado.
Los indígenas que acrediten su calidad de tales por otros medios de prueba, serán inscritos automáticamente en el Registro Especial Indígena una vez emitido el certificado respectivo. Para estos efectos, los interesados deberán presentar una solicitud en las Direcciones Regionales de la Agencia de Desarrollo Indígena o en los lugares que ésta determine, acompañando los antecedentes que acrediten su calidad de indígenas, a fin de que la Agencia emita el certificado y practique la correspondiente inscripción.
El Registro Especial Indígena deberá contener los nombres y apellidos de los inscritos, el número de rol único nacional, el pueblo indígena al que pertenece, la fecha de nacimiento, el domicilio que haya proporcionado al solicitar el certificado, con identificación de la comuna, provincia y región a que pertenezca, la fecha de solicitud de la certificación, la letra del artículo 2° de la ley N° 19.253 en virtud de la cual se otorga la certificación, y el número, fecha y comuna en que se otorga el certificado.
TÍTULO IV
DE LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS
Párrafo 1°
De los actos preparatorios a la elección
Artículo 9°.- El Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena convocará a elección de consejeros indígenas ciento veinte días antes del día en que deba desarrollarse la elección, mediante resolución que dictará al efecto. Esta resolución será dada a conocer por medio de una publicación en un diario de circulación nacional y de avisos colocados en los lugares que determine la Agencia de Desarrollo Indígena. Asimismo, será publicada en el sitio web de ésta última.
La resolución deberá contener la convocatoria a elección, la orden de publicar el Padrón Electoral Indígena y el llamado a presentar los antecedentes necesarios para proceder a incorporar en él a todas aquellas personas que no lo estén o que hubieren cambiado de domicilio y la indicación del plazo para ello. Además, la resolución deberá contener la fecha de vencimiento del período para la declaración e inscripción de candidaturas y la fecha de realización de la elección.
El Padrón Electoral Indígena estará compuesto por todas aquellas personas que, al día de la elección, cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3°. Estará ordenado en forma alfabética y contendrá los nombres y apellidos del elector, su número de rol único nacional, la indicación del pueblo indígena al que pertenece, y la comuna, provincia y región de su domicilio.
Artículo 10.- Todas aquellas personas que no figuren en el Padrón Electoral Indígena o que hubieren cambiado de domicilio, podrán solicitar a la Agencia de Desarrollo Indígena su incorporación en él dentro del plazo de treinta días contado desde la convocatoria a la elección.
Una vez vencido el plazo señalado en el inciso anterior, el Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena deberá formar, en el término de cinco días, el Padrón Electoral Indígena definitivo, el que será publicado en los lugares que determine la Agencia de Desarrollo Indígena y en su sitio web. Dentro de los cinco días siguientes a la publicación del padrón, se podrá reclamar de la omisión de alguna persona o impugnar alguna incorporación, mediante presentación escrita y fundada, dirigida al Tribunal Electoral Regional correspondiente al domicilio del peticionario.
El Tribunal resolverá las reclamaciones e impugnaciones dentro del plazo de diez días desde que tome conocimiento de ellas, y las resoluciones serán notificadas por carta certificada.
Artículo 11.- A contar de la fecha de la convocatoria a elección, se abrirá un plazo de treinta días para proceder a la declaración de candidaturas, la que deberá efectuarse mediante presentación escrita dirigida al Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena .
Vencido este plazo, el Director Nacional tendrá un plazo de cinco días para aceptar o rechazar las candidaturas, mediante resolución que será publicada en los lugares que la Agencia de Desarrollo Indígena determine y en su sitio web. El Director Nacional deberá rechazar las declaraciones de candidaturas que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 4° y 5° de esta ley.
Dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la resolución, los candidatos podrán reclamar ante el Tribunal Electoral Regional correspondiente al domicilio del peticionario. El Tribunal resolverá las reclamaciones dentro del plazo de diez días desde que tome conocimiento de ellas, y las resoluciones serán notificadas por carta certificada.
Artículo 12.- Dentro de los tres días siguientes al vencimiento del plazo o a la notificación a los que se refiere el inciso final del artículo anterior, el Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena procederá a formar la nómina definitiva de candidatos, la que será publicada en los lugares que la Agencia de Desarrollo Indígena determine y en su sitio web.
Asimismo, deberá proceder a determinar, mediante resolución que dicte al efecto, el o los locales de votación, el número de mesas que se asignará a cada uno de ellos y sus respectivos electores, y el horario dentro del cual se desarrollará el acto eleccionario.
El Director Nacional podrá solicitar el resguardo de la seguridad y el orden público a Carabineros de Chile, desde el día anterior a la elección y hasta el día siguiente de finalizado el proceso de escrutinio.
Artículo 13.- La emisión del sufragio se hará mediante cédulas que serán confeccionadas por la Agencia de Desarrollo Indígena con las dimensiones y características que determine su Director Nacional, de acuerdo con el número de candidatos a la elección.
La Agencia de Desarrollo Indígena confeccionará cédulas separadas para cada uno de los pueblos y regiones señalados en el artículo 2°, las que contendrán impresa la nómina completa de los candidatos en orden alfabético, asignándoles un número correlativo a cada uno. Las diferentes cédulas deberán ser fácilmente diferenciables entre sí.
Las cédulas serán impresas en forma claramente legible, en castellano y en la lengua indígena del pueblo que corresponda, en papel no transparente, y llevarán la identificación de la Agencia de Desarrollo Indígena y la indicación de sus pliegues. Asimismo, llevarán serie y numeración correlativas, las que deberán constar en un talón desprendible que constituya una sola unidad con la cédula.
Un facsímil de cada una de las cédulas de votación será debidamente difundido para el conocimiento previo de los electores, en la forma que determine la Agencia de Desarrollo Indígena.
Las personas con alguna discapacidad que les impida o dificulte ejercer el derecho de sufragio, podrán ser acompañadas hasta la mesa por otra persona que sea mayor de edad, y estarán facultadas para optar por ser asistidas en el acto de votar. El Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena podrá adoptar todas aquellas medidas que estime necesarias a fin de facilitar el ejercicio de este derecho por parte de las personas con discapacidad.
Para facilitar el voto de los no videntes, la Agencia de Desarrollo Indígena confeccionará platillas facsímiles de la cédula electoral en material transparente, las cuales llevarán frente a cada nombre una ranura que sirva para marcar la preferencia, sobreponiendo la platilla a la cédula.
Párrafo 2°
Del acto eleccionario
Artículo 14.- La elección tendrá lugar el domingo que preceda al trigésimo día anterior a la fecha en que los consejeros deban iniciar sus funciones.
La Agencia de Desarrollo Indígena estará encargada de la organización y desarrollo del proceso eleccionario, debiendo velar por su regularidad y corrección. Asimismo, deberá adoptar todas aquellas medidas que sean necesarias para garantizar el secreto del voto.
Cada mesa de votación estará a cargo de dos personas, que deberán ser funcionarios de la Agencia de Desarrollo Indígena. En todo caso, no podrán estar encargados de las mesas de votación los candidatos ni sus cónyuges y parientes consanguíneos hasta el segundo grado, las personas que desempeñen cargos de elección popular y los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.
El Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena podrá solicitar en comisión de servicio a los funcionarios de la administración civil que estime necesarios para efectos de lo dispuesto en el inciso precedente.
Artículo 15.- El día de la elección, el elector entregará a una de las personas que estén a cargo de la mesa receptora de sufragios su cédula de identidad, la que deberá estar vigente. Admitido a sufragar, el elector deberá estampar su firma o su huella digital en el Padrón Electoral Indígena correspondiente a su mesa.
A continuación, se le entregará la cédula electoral que corresponda a su pueblo indígena y región, y se anotará el número de serie de ésta en el Padrón Electoral Indígena, a continuación de su firma o huella digital. Asimismo, se le proporcionará un lápiz grafito negro y un sello adhesivo para la cédula.
Artículo 16.- El voto sólo será emitido por cada elector en un acto secreto y sin presión alguna. Cada elector podrá votar sólo por un candidato. Para estos efectos, el votante podrá marcar su preferencia en la cédula, sólo con el lápiz grafito negro, haciendo una raya vertical que cruce la línea horizontal impresa al lado izquierdo del número del candidato.
Después de haber cerrado la cédula, el elector hará devolución de ella a una de las personas que estén a cargo de la mesa, quien, una vez comprobado que se trata de la misma cédula entregada, procederá a cortar el talón y a devolver la cédula al votante a fin de que éste la deposite en la urna.
Cumplido todo esto, le será devuelta al elector su cédula de identidad.
Párrafo 3°
Del escrutinio y calificación
Artículo 17.- Cerrada la elección de una mesa de votación, se procederá al recuento público de votos. Del escrutinio se levantará acta, la que será firmada por los funcionarios encargados de ella y remitida con el resultado, en sobre cerrado, a la Agencia de Desarrollo Indígena y al Consejo de Pueblos Indígenas.
Serán nulas las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia, debiendo dejar la mesa constancia al dorso de la misma de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado o no de esta decisión.
Las cédulas que la mesa considere marcadas deberán escrutarse, pero se dejará testimonio en el acta de los accidentes estimados como marcas y de las preferencias que contengan.
Se escrutarán como votos en blanco las cédulas que aparecieren sin la señal que indique la preferencia del elector.
Artículo 18.- Cualquier elector podrá reclamar ante el Tribunal Electoral Regional de su domicilio por las irregularidades que observare durante el proceso eleccionario, dentro del plazo de tres días fatales a contar de la fecha de la elección. La reclamación será resuelta por el Tribunal Electoral Regional dentro del plazo de diez días, y las resoluciones serán notificadas por carta certificada.
Artículo 19.- La Agencia de Desarrollo Indígena deberá reunir todas las actas de los escrutinios realizados en las mesas receptoras de sufragios y sumar los votos que en ella se consignen, en un término de cinco días. Practicado el escrutinio, se levantará acta del mismo, la que deberá ser remitida al Consejo de Pueblos Indígenas y publicada en los lugares que la Agencia determine, así como en su sitio web.
Cualquier elector podrá reclamar ante el Tribunal Electoral Regional de su domicilio del escrutinio realizado, dentro del plazo de tres días fatales a contar de la publicación del acta a que se refiere el inciso anterior. La reclamación será resuelta por el Tribunal Electoral Regional dentro del plazo de diez días, y las resoluciones serán notificadas por carta certificada.
Artículo 20.- Resultarán elegidos aquellos candidatos que hubieren obtenido individualmente las primeras mayorías de la votación de conformidad al número de consejeros que deban ser elegidos por cada pueblo y región, según corresponda.
Los candidatos electos serán proclamados como consejeros del Consejo de Pueblos Indígenas por un período de cuatro años, por resolución del Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial , en un diario de circulación nacional y en el sitio web de la Agencia.
Artículo 21.- El Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena podrá adoptar todas aquellas medidas que estime necesarias para asegurar la debida publicidad de todos los actos vinculados a la elección de consejeros.
TÍTULO V
DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CONSEJO
Artículo 22.- El Consejo de Pueblos Indígenas tendrá su sede en la ciudad de Santiago.
Las sesiones ordinarias del Consejo se celebrarán tres veces al año, en la primera semana de los meses de abril, agosto y diciembre.
Cada sesión se extenderá por un período de tres días y en ellas podrán tratarse todas aquellas materias que sean de competencia del Consejo. Dicho período podrá ampliarse hasta por dos días adicionales consecutivos por acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio, la que en todo caso deberá incluir a consejeros pertenecientes, a lo menos, a tres pueblos indígenas.
Las sesiones extraordinarias tendrán lugar sólo cuando lo solicite un tercio o más de los miembros en ejercicio. Entre los solicitantes deberá haber consejeros pertenecientes, a lo menos, a tres pueblos indígenas. Con todo, no podrá citarse a más de tres sesiones extraordinarias en un año calendario.
Las sesiones extraordinarias podrán extenderse por un período máximo de tres días y en ellas sólo podrán abordarse las materias previstas en la convocatoria.
Las sesiones ordinarias y extraordinarias serán públicas y su convocatoria se efectuará en la forma que determine el reglamento.
Artículo 23.- El quórum para sesionar será de veintiocho consejeros.
Los acuerdos deberán ser adoptados por la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio, la que en todo caso deberá incluir a consejeros pertenecientes, a lo menos, a tres pueblos indígenas. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se adopten acuerdos relacionados exclusivamente con un pueblo indígena, se deberá contar con el voto favorable de la mayoría absoluta de los consejeros de dicho pueblo.
Las sesiones del Consejo serán presididas por el consejero de mayor edad.
Los consejeros tendrán derecho a percibir una dieta de seis unidades tributarias mensuales por cada período de sesiones ordinarias y extraordinarias al que asistan. La dieta completa sólo se percibirá por la asistencia al período completo de sesiones que corresponda, disminuyéndose proporcionalmente según el número de días de inasistencia del consejero.
Los consejeros tendrán derecho al pago de los pasajes y viáticos para asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo cuando ello les signifique trasladarse fuera de su lugar de residencia habitual. La Subsecretaría de Asuntos Indígenas les pagará dichos pasajes y viáticos.
Artículo 24.- El Consejo contará con un Secretario Ejecutivo nombrado por éste, que será remunerado por la Subsecretaría de Asuntos Indígenas. El Secretario Ejecutivo prestará el apoyo profesional que el Consejo requiera para su funcionamiento y ejercerá como ministro de fe de sus actuaciones.
La Subsecretaría de Asuntos Indígenas, por su parte, prestará al Consejo el apoyo administrativo necesario para su debido funcionamiento.
Artículo 25.- El Secretario Ejecutivo y el personal que preste apoyo administrativo al Consejo estarán sujetos a las normas sobre probidad administrativa establecidas en el Título III de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Artículo 26.- El Consejo de Pueblos Indígenas determinará en un reglamento interno las normas necesarias para su adecuado funcionamiento.
TÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 27.- Los indígenas chilenos con residencia en el extranjero podrán solicitar al respectivo consulado chileno el certificado al que se refiere el artículo 3° de la ley N° 19.253. El consulado remitirá los antecedentes a la Agencia de Desarrollo Indígena a fin de que ésta, si corresponde, emita el certificado e inscriba a la persona en el Registro Especial Indígena . En estos casos, la solicitud a que se refiere el inciso primero del artículo 10, deberá realizarse a través del mismo consulado. En los dos casos anteriores, los indígenas pertenecientes al pueblo mapuche deberán señalar la región de Chile en la cual tuvieron su último domicilio.
Artículo 28.- Los indígenas chilenos con residencia en el extranjero votarán por correo. Para estos efectos, la Agencia de Desarrollo Indígena enviará al domicilio que el elector haya señalado al realizar alguno de los trámites a que se refiere el inciso anterior, una cédula de votación correspondiente al pueblo indígena y región del elector, si es procedente, a fin de que éste marque su preferencia y devuelva la cédula por correo a la Agencia de Desarrollo Indígena. En el caso de los indígenas del pueblo mapuche, se considerará que pertenecen a la región en la cual tuvieron su último domicilio en Chile, y en caso que no lo hubieren tenido, se estimará que forman parte de la población mapuche a la que se refiere el artículo 2° letra n).
Sólo serán escrutadas aquellas cédulas enviadas con una antelación de catorce días a la fecha de la elección, lo que se acreditará con el timbre de la oficina de correos que corresponda.
Artículo 29.- La presente ley entrará en vigencia ciento veinte días después de la fecha de inicio de actividades del Ministerio de Asuntos Indígenas y de la Agencia de Desarrollo Indígena.
El Consejo de Pueblos Indígenas se instalará ciento ochenta días después de la entrada en vigencia de la presente ley.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo primero transitorio.- Una vez que la presente ley entre en vigencia, el Director Nacional de la Agencia de Desarrollo Indígena deberá convocar a un acto eleccionario para los efectos de la primera elección de los cuarenta y tres consejeros del Consejo de Pueblos Indígenas.
Artículo segundo transitorio.- Mientras no se dicte el reglamento a que se refiere el artículo 26 permanente, la organización y funcionamiento del Consejo de Pueblos Indígenas se regirán por el reglamento que al efecto dicte el Ministerio de Asuntos Indígenas, el que será suscrito, además, por el Ministro Secretario General de la Presidencia .
Artículo tercero transitorio.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley, durante el primer año de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a la partida presupuestaria de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena o de sus sucesores legales, y en lo que faltare se financiará con cargo a los recursos de la partida presupuestaria Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público .”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.); MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; ANDRÉS VELASCO BRAÑES , Ministro de Hacienda ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ; PAULA QUINTANA MELÉNDEZ , Ministra de Planificación ”.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE CREA EL CONSEJO DE PUEBLOS INDÍGENAS
Mensaje Nº 1253-357
El presente proyecto de ley tiene por objeto crear un Consejo de los Pueblos Indígenas, cuyo objetivo será representar los intereses y necesidades de los pueblos indígenas frente a los organismos del Estado.
El Consejo estará integrado por cuarenta y tres consejeros, que durarán cuatro años en sus cargos y serán elegidos por los distintos pueblos indígenas por votación directa de las personas indígenas mayores de dieciocho años del respectivo pueblo, que se encuentren inscritas en el correspondiente Registro Especial Indígena que mantendrá actualizado la Agencia del Desarrollo Indígena.
El Consejo tendrá su sede en la ciudad de Santiago y sesionará ordinariamente en tres períodos en el año calendario, en los meses de abril, agosto y diciembre, sin perjuicio de las sesiones extraordinarias que pueda celebrar de conformidad a a la ley. El Consejo contará con un Secretario Ejecutivo que le prestará apoyo profesional.
El mayor gasto fiscal que demandará la creación del Consejo de Pueblos Indígenas será de $ 576.577 miles, más gastos de elección de consejeros e instalación por única vez, que ascienden a $ 393.255 miles, los que se financiarán con cargo a los recursos que la Ley de Presupuestos del Sector Público destine a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena o de sus sucesores legales, y en lo que faltare con recursos provenientes de la partida Tesoro Público.
(Fdo.): ALBERTO ARENAS DE MESA, Director de Presupuestos ?.
2. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.450, sobre fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje. (boletín Nº 6392-09).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que establece regulación a las uniones de hecho. (boletín Nº 4153-18).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
Informe sobre la participación de la delegación de parlamentarios que concurrió a la 121ª asamblea de la Unión Interparlamentaria y Reuniones Conexas, efectuada entre el 18 y el 21 de octubre de 2009, en Ginebra, Suiza.
?Honorable Senado,
Honorable Cámara de Diputados,
Vuestra delegación de parlamentarios que concurrió a la 121a Asamblea de la Unión Interparlamentaria y Reuniones Conexas, efectuada en la ciudad de Ginebra, entre el 18 y el 21 de octubre, pasa a informaros sobre su cometido.
I. NÓMINA DE LA DELEGACIÓN.
El Congreso Nacional estuvo representado por los senadores señores Juan Antonio Coloma Correa , Juan Pablo Letelier Morel y por los diputados señora María Antonieta Saa Díaz y señores Roberto León Ramírez ( Presidente del Grupo Interparlamentario Chileno ), Fernando Meza Moncada y Felipe Salaberry Soto .
II. COMITÉ EJECUTIVO.
Participó el senador señor Juan Antonio Coloma y los temas debatidos fueron:
-Se presentaron informes acerca de las actividades desarrolladas por la UIP desde la 120ª Asamblea.
-En primer término, se analizó el informe de rendición de cuentas del mes de abril del presente año.
-En segundo lugar, se informó acerca de las actividades desarrolladas por el Presidente de la Unión Interparlamentaria (UIP), señor Theo-Ben Gurirab y de las reuniones celebradas por la UIP.
-En tercer lugar, se analizaron las solicitudes de afiliación y reafiliación, como también sobre la situación que aqueja aquellos Parlamentos que cesaron en sus funciones con posterioridad a la última Asamblea y respecto de la eventual aplicación de sanciones a aquellos Parlamentos que han cesado en el pago de sus contribuciones.
Del mismo modo, se rindió informe acerca de aquellas Asambleas de transición que son miembros de la UIP.
La Asamblea confirmó al Secretario General por un nuevo período.
-o-
Cámara de Diputados, a 28 de octubre de 2009.
(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD GARCÍA , Secretaria del Grupo Interparlamentario Chileno ante la Unión Interparlamentaria”.
5. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 13 de octubre de 2009.
Oficio Nº 3657
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
En cumplimiento de lo ordenado en la resolución dictada con fecha 9 de octubre de 2009, que adjunto, por el Tribunal Constitucional y a los efectos señalados en ella, pongo en conocimiento de V.E., el requerimiento Rol Nº 1.492-09-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 199 del D.F.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nºs. 18.933 y 18.469 (ex artículo 38 ter de la ley Nº 18.933), en relación con el recurso de protección interpuesto en contra de la Isapre Vida Tres S.A. ante la Corte de Apelaciones de Santiago, Rol de ingreso Nº 6.053-2009, que se encuentra pendiente ante la Corte Suprema en apelación de la sentencia de primera instancia, bajo el Rol Nº 6.715-2009. Adjunto, además, la resolución que declara admisible el referido requerimiento.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS , Presidente ; JAIME SILVA MAC-IVER , Secretario (S)
AL EXCMO. SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.
6. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 23 de octubre de 2009.
Oficio Nº 3681
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
En cumplimiento de lo ordenado en la resolución dictada de fecha 22 de octubre del año en curso, de este Tribunal Constitucional, que adjunto, y a los efectos señalados en ella, pongo en conocimiento de V.E., el requerimiento Rol Nº 1.498-09-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 38 ter de la ley Nº 18.933, actual artículo 199 del D.F.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, en la causa sobre recursos de protección Rol de Ingreso Nº 9834-2009, ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de la Isapre Banmédica S.A. Por los mismos efectos acompaño copia del requerimiento, de la resolución que lo declara admisible y de la resolución que fija las reglas de tramitación.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARÍA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretario Suplente
AL EXCMO. SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.
7. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 23 de octubre de 2009.
Oficio Nº 3682
Excelentísima señora
Presidenta de la República:
En cumplimiento de lo ordenado en la resolución de fecha 9 de octubre del año en curso, de este Tribunal Constitucional, que adjunto y a los efectos señalados en ella, pongo en conocimiento de V.E., el requerimiento Rol Nº 1.505-09-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 38 de la ley Nº 18.933, vigente con anterioridad a la ley Nº 20.015 (en la parte a que alude a la tabla de factor etáreo), 38 ter de la misma ley Nº 18.933 antes citada, incorporado por el artículo 1º Nº 15 de la ley Nº 20.018, y 199 del D.F.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, en la causa Rol de Ingreso Nº 17.551-2009, de la que actualmente conoce el tribunal arbitral de la Superintendencia de Salud, por la interposición de demanda en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A. Por los mismos efectos acompaño copia del requerimiento, de la resolución que lo declara admisible y de la resolución que fija las reglas de tramitación.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARÍA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretario Suplente
A LA EXCMA. SEÑORA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
DOÑA MICHELLE BACHELET JERIA
PALACIO DE LA MONEDA
PRESENTE”.
8. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 13 de octubre de 2009.
Oficio Nº 3651
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Dando cumplimiento a la resolución dictada por este Tribunal con fecha 09 de octubre del año en curso, pongo en su conocimiento los autos Rol Nº 1486-09-INA, acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley Nº 19.989, que incide en la causa sobre recurso de protección, caratulada “ Carlos Gabriel Cárcamo Cárcamo con Tesorería General de la República”, Rol de Ingreso Nº 8208-2009 de la Corte de Apelaciones de Santiago. Además, adjunto su admisibilidad y la resolución que ordena dar traslado a V.E. para los fines que indica.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS , Presidente ; JAIME SILVA MAC-IVER , Secretario (S)
A SU EXCELENCIA EL
PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
DON RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.