Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- PRESIDENTE
- Patricio Walker Prieto
- VICEPRESIDENTE DE LA SESIÓN
- Adriana Munoz D'albora
- SECRETARIO
- Mario Labbe Araneda
- PRESIDENTE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
MODIFICACIÓN DE CÓDIGO LABORAL EN MATERIA DE DECLARACIÓN DE TRABAJOS PESADOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Pedro Araya Guerrero
- INTERVENCIÓN : Felipe Harboe Bascunan
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- DEBATE
-
AMPLIACIÓN DE DONACIÓN CRUZADA DE ÓRGANOS ENTRE PERSONAS VIVAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carolina Goic Boroevic
- INTERVENCIÓN : Rabindranath Quinteros Lara
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- DEBATE
-
REDUCCIÓN DE PESO DE CARGAS DE MANIPULACIÓN MANUAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Jorge Pizarro Soto
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- DEBATE
-
REGULACIÓN DE ACTIVIDAD APÍCOLA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- DEBATE
-
MODIFICACIÓN DE CÓDIGO LABORAL EN MATERIA DE DECLARACIÓN DE TRABAJOS PESADOS
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Antonio Matta Aragay
- PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Antonio Matta Aragay
- PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Antonio Matta Aragay
- PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Antonio Matta Aragay
- PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Antonio Matta Aragay
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO DE SESIÓN
- PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, INICIADO EN MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES OSSANDÓN, GARCÍA–HUIDOBRO, GUILLIER, QUINTEROS Y TUMA, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 83 DE LA CARTA FUNDAMENTAL QUE FACULTA A ALCALDES PARA DEDUCIR QUERELLAS POR DETERMINADOS DELITOS DE ALTO IMPACTO LOCAL, PREVIO ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL(10.316-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Alejandro Rene Eleodoro Guillier Alvarez
- Rabindranath Quinteros Lara
- Eugenio Tuma Zedan
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY N° 19.664 EN LO RELATIVO A LOS MÉDICOS QUE NO CUMPLEN CON SU PERÍODO ASISTENCIAL OBLIGATORIO DERIVADO DE SUS PROGRAMAS DE ESPECIALIZACIÓN (10.318-11)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, CON EL QUE MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 340 SOBRE CONCESIONES MARÍTIMAS PARA REGULAR LA EXTRACCIÓN DE AGUA DE MAR (10.319-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, INICIADO EN MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES OSSANDÓN, GARCÍA–HUIDOBRO, GUILLIER, QUINTEROS Y TUMA, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 83 DE LA CARTA FUNDAMENTAL QUE FACULTA A ALCALDES PARA DEDUCIR QUERELLAS POR DETERMINADOS DELITOS DE ALTO IMPACTO LOCAL, PREVIO ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL(10.316-06)
- PORTADA
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 363ª
Sesión 57ª, en miércoles 30 de septiembre de 2015
Ordinaria
(De 16:19 a 18:26)
PRESIDENCIA DE SEÑOR PATRICIO WALKER PRIETO, PRESIDENTE,
Y SEÑORA ADRIANA MUÑOZ D'ALBORA, VICEPRESIDENTA
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..............................................................................
IV. CUENTA...............................................................................................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la declaración de trabajos pesados (5.205-13) (se aprueba en general)............................................................
Proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.451 para ampliar la donación cruzada de órganos entre personas vivas (10.009-11) (se aprueba en general y en particular)...........................
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo para reducir el peso de las cargas de manipulación manual por parte de los trabajadores (8.511-13) (se aprueba en particular).........................................................................................
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece regulación de la actividad apícola (10.144-01) (se aprueba en general)..................
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío).........................................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores (as):
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Araya Guerrero, Pedro
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Tuma Zedan, Eugenio
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrió, además, el Ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Jorge Burgos Varela.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:19, en presencia de 29 señores Senadores.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
Se suspende la sesión por cinco minutos.
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--Se suspendió a las 16:19.
--Se reanudó a las 16:23.
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El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 52ª, ordinaria, en 15 de septiembre de 2015; 53ª, extraordinaria, y 54ª, ordinaria, ambas en miércoles 16 de septiembre de 2015, que no han sido observadas.
IV. CUENTA
Mensajes
Veinticuatro de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero retira y hace presente la urgencia, calificándola de "discusión inmediata", para la tramitación del proyecto de ley que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (boletín N° 10.057-06).
Con los catorce siguientes retira y hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para la tramitación de los siguientes proyectos:
1) Proyecto que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública (boletín N° 9.601-25).
2) Proyecto de ley que crea bonificación para el repoblamiento y cultivo de algas (boletín N° 9.151-21).
3) Proyecto de ley que crea quince centros de formación técnica estatales (boletín N° 9.766-04).
4) Proyecto de ley sobre fortalecimiento y transparencia de la democracia (boletín N° 9.790-07).
5) Proyecto de ley que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos (boletín N° 9.885-07).
6) Proyecto de acuerdo que aprueba el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos relativo al establecimiento de una oficina regional para América del Sur en Chile y el Acuerdo Interpretativo referido a la aplicación del Artículo VI de este" (boletín N° 9.897-10).
7) Proyecto de ley que introduce mejoras al transporte público remunerado de pasajeros, modificando las disposiciones legales que indica (boletín N° 10.007-15).
8) Proyecto de acuerdo que aprueba la "Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria", firmada por la República de Chile en Santiago el 24 de octubre de 2013 (boletín N° 10.023-10).
9) Proyecto de ley que crea el plan de formación ciudadana para los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado (boletín N° 10.043-04).
10) Proyecto de ley que crea Comisión de Valores y Seguros (boletín N° 9.015-05).
11) Proyecto de ley que permite la emisión de medios de pago con provisión de fondos por entidades no bancarias (boletín N° 9.197-03).
12) Proyecto de ley que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género (boletín N° 8.924-07).
13) Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el fin de estandarizar los contratos de adhesión (boletín N° 9.916-03).
14) Proyecto de ley que tipifica como delito los actos de maltrato o crueldad con niños y adolescentes fuera del ámbito de la violencia intrafamiliar (boletín N° 9.179-07).
Con los nueve siguientes retira y hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para la tramitación de las siguientes iniciativas:
1) Proyecto que modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (boletín N° 9.369-03).
2) Proyecto de ley que establece marco para la gestión de residuos y responsabilidad extendida del productor (boletín N° 9.094-12).
3) Proyecto de acuerdo que aprueba la Enmienda de Doha al Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptada en Doha, Qatar, el 8 de diciembre de 2012 (boletín N° 9.625-10).
4) Proyecto que adecua la ley penal en materia de amnistía, indulto y prescripción de la acción penal y la pena a lo que dispone el Derecho Internacional respecto de los delitos de genocidio, de lesa humanidad o de guerra (boletín N° 9.773-07).
5) Proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República , que establece que los crímenes y delitos de guerra, lesa humanidad y genocidio no pueden prescribir ni ser amnistiados (boletín N° 9.748-07).
6) Proyecto de acuerdo que aprueba el "Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico", suscrito en Cali, Colombia, el 22 de mayo de 2013 (boletín N° 10.013-10).
7) Proyecto de acuerdo que aprueba el "Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC)", adoptado por Decisión del Consejo General de este organismo el 27 de noviembre de 2014 en Ginebra, Suiza, que incorpora el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio a su Anexo 1A (boletín N° 10.121-10).
8) Proyecto que modifica la Ley de Tránsito y la ley N° 18.287 con el fin de adoptar medidas de seguridad y control en lo relativo a los medios de pago del transporte público remunerado de pasajeros, establecer sanciones, crear un registro de pasajeros infractores y modificar normas procedimentales (boletín N° 10.125-15).
9) Proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y otros cuerpos legales en lo relativo a probidad y transparencia (boletín N° 10.264-07).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Cinco de la Honorable Cámara de Diputados:
Con los tres primeros comunica que aprobó las siguientes iniciativas:
1) Proyecto de ley que autoriza erigir monumento "Tierra de campeones Estanislao Loayza y Arturo Godoy" en la comuna de Iquique (boletín N° 9.149-24).
--Pasa a la Comisión de Educación y Cultura.
2) Proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italiana sobre autorización para el ejercicio de actividad laboral de los familiares dependientes del personal diplomático, consular y técnico-administrativo de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares, suscrito en Roma, Italia, el 13 de diciembre de 2013 (boletín N° 9.887-10).
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.
3) Proyecto de ley que establece el Día Nacional del Yoga (boletín N° 9.695-29).
--Pasa a la Comisión de Salud.
Con el cuarto comunica que aprobó, en los mismos términos en que lo hiciera el Senado, el proyecto de ley que denomina "Aeropuerto Andrés Sabella" al actual aeropuerto nacional Cerro Moreno (boletín N° 8.107-04).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la República.
Con el último manifiesta que aprobó el informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas en la tramitación del proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia (boletín N° 8.207-07).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la República para los efectos de lo dispuesto en el artículo 73 de la Carta Fundamental.
De la Excelentísima Corte Suprema:
Emite su parecer, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto que modifica la ley N° 20.084 en materias de procedimiento, medidas accesorias y determinación de las penas aplicables a los adolescentes infractores de la ley penal (boletín N° 10.263-07).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Adjunta resolución dictada en el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso final del artículo 6° de la ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.
--Se remite el documento a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Contralor General de la República (S):
Remite, en respuesta a solicitud de información enviada en nombre del Senador señor García-Huidobro, copia de la investigación realizada acerca de conciliaciones suscritas por el Servicio de Salud de O'Higgins producto de negligencias médicas ocurridas en los últimos tres años.
Del señor Ministro de Economía , Fomento y Turismo:
Atiende solicitud de información, efectuada en nombre del Senador señor Chahuán, en lo relativo a un eventual aumento de asignación presupuestaria para el Centro Interdisciplinario de Neurociencia de Valparaíso.
Del señor Ministro de Bienes Nacionales:
Responde petición de información, enviada en nombre de la Senadora señora Von Baer, respecto del destino del predio fiscal "Pellaifa", comuna de Panguipulli.
Del señor Intendente de la Región de Atacama:
Responde inquietud, planteada en nombre del Senador señor Prokurica, en lo relativo a la construcción del Hospital Comunitario de Huasco.
Del señor Director de Relaciones Económicas Internacionales:
Atiende consulta, formulada en nombre del Senador señor Navarro, concerniente a las relaciones comerciales entre Chile y China.
Del señor Director Nacional de Gendarmería de Chile:
Remite, en respuesta a solicitud de información enviada en nombre del Senador señor De Urresti, copia del convenio de colaboración entre la municipalidad de Coquimbo y el complejo penitenciario de La Serena.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informe
De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la Enmienda de Doha al Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptada en Doha, Qatar, el 8 de diciembre de 2012 (boletín N° 9.625-10) (con urgencia calificada de "simple").
--Queda para tabla.
Mociones
De los Senadores señores Ossandón, García-Huidobro, Guillier, Quinteros y Tuma, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 83 de la Carta Fundamental a fin de facultar a los alcaldes para deducir querellas por determinados delitos de alto impacto local, previo acuerdo del concejo municipal (boletín N° 10.316-06).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
Dos del Senador señor Navarro con las que inicia igual número de proyectos de ley:
1) Con el primero modifica el artículo 12 de la ley N° 19.664 en lo relativo a los médicos que no cumplen su período asistencial obligatorio derivado de sus programas de especialización (boletín N° 10.318-11).
--Pasa a la Comisión de Salud.
2) Con el segundo modifica el decreto con fuerza de ley N° 340, sobre Concesiones Marítimas, para regular la extracción de agua de mar (boletín N° 10.319-12).
--Pasa a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
Solicitud de permiso constitucional
Del Senador señor Zaldívar, para ausentarse del país a contar del 7 de octubre próximo.
--Se accede a lo solicitado.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Terminada la Cuenta.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente , solicito que se fije un nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto que crea quince centros de formación técnica estatales (boletín N° 9.766-04), hasta el lunes 5, a las 12. Las Comisiones de Educación y de Hacienda, unidas, nos reuniríamos ese día a las 4 de la tarde.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en tal sentido?
--Se accede a lo solicitado.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, pido que reconsideremos el proyecto ubicado en el lugar 15 de la tabla, sobre regulación de la actividad apícola.
Se acordó fusionarlo con otra iniciativa sobre la misma materia, pues se trata de ideas complementarias. Ya fue aprobado en general el primer proyecto y se encuentra en la Comisión de Agricultura. Y se está a la espera de que esta segunda iniciativa vaya al órgano técnico para debatir en general y en particular ambos proyectos. Por esa razón, solicito dar por hecha la discusión en general para los efectos de enviarla a la Comisión.
Pido, entonces, un acuerdo de la Sala en su oportunidad.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En su momento haremos la petición a la Sala.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, ¿cuál es el proyecto?
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Se refiere al tema apícola. Las abejas son muy importantes para la polinización y otros aspectos.
En todo caso, no se ha adoptado ningún acuerdo todavía.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE CÓDIGO LABORAL EN MATERIA DE DECLARACIÓN DE TRABAJOS PESADOS
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Letelier y de los entonces Senadores señores Gazmuri, Muñoz Aburto y Núñez, que modifica el Código Laboral en lo relativo a la declaración de trabajos pesados, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
--Los antecedentes sobre el proyecto (5.205-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Letelier, Gazmuri, Muñoz Aburto y Núñez).
En primer trámite, sesión 34ª, en 17 de julio de 2007.
Informe de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 11ª, en 21 de abril de 2015.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Los principales objetivos del proyecto son los siguientes.
-Incorporar al Código Laboral un Título sobre los trabajos pesados que permita agilizar el procedimiento relativo a la declaración de trabajo pesado.
-Contemplar la unificación de criterios, por la autoridad competente, en materia de calificación de los trabajos pesados.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social deja constancia de que, no obstante tratarse de un proyecto de artículo único, lo discutió solo en general, acordando proponer a la Sala que adopte igual decisión, con el propósito de introducir los perfeccionamientos que sean necesarios durante la discusión en particular.
La referida Comisión aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Von Baer y señores Allamand y Letelier.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en la página 6 del primer informe de la Comisión.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente, siempre que se pregunta en el ambiente laboral sobre cuáles son los trabajos pesados, hay una gran discusión acerca de qué manera se determinan y cuáles son ellos.
En realidad, hay una definición legal, y se consideran "trabajos pesados" aquellas labores cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico en la mayoría de quienes las realizan, provocando un envejecimiento precoz, aun cuando ellos no generen una enfermedad laboral.
No necesariamente tiene que ser un trabajo que produzca la muerte o que provoque, de alguna forma, un deterioro o una enfermedad laboral permanente.
Así, el artículo 2° del decreto supremo N° 681, de 1963, estableció que son trabajos pesados:
-Los que producen desgaste orgánico excepcional, por requerir esfuerzo físico excesivo.
-Los que se realizan sometidos, en forma habitual, a temperaturas bajas o excesivamente altas.
-Los que se ejecutan habitual o integralmente de noche.
-Las labores subterráneas o submarinas.
-Los que se desarrollan en alturas superiores a 4 mil metros de altura sobre el nivel del mar.
Pero, a la vez, deben haber sido incorporados a la Lista Oficial de Trabajos Pesados, elaborada por el Instituto de Previsión Social y la Comisión Nacional Ergonómica.
En nuestro país, las normas laborales sobre el trabajo pesado buscan proteger la integridad de los trabajadores en el desempeño de sus funciones, es decir, están dirigidas a la protección de estos. Es la Comisión Ergonómica Nacional, entidad autónoma y de conformación eminentemente técnica -creada por la ley N° 19.404, de 21 de agosto de 1995-, la encargada de la calificación de una labor considerada pesada, para la rebaja de edad legal que permita pensionarse por vejez.
Señor Presidente , según un informe de la Superintendencia de Pensiones de 2013, desde 1997 a 2012 la Comisión Ergonómica Nacional calificó 14 mil 113 puestos de trabajo a nivel nacional. De ellos, un 64,9 por ciento corresponde a casos aprobados (es decir, 9 mil 168 tienen la condición de trabajo pesado, calificados con una cotización adicional de 1 por ciento o de 2 por ciento); mientras, el 35,4 por ciento del total calificado ha sido rechazado en esa condición (esto es, 4 mil 945 puestos de trabajo).
Ese mismo informe señala que el año 2012, de 511 puestos de trabajo sometidos a calificación por la Comisión Ergonómica Nacional, 88 por ciento fueron aprobados como trabajo pesado (o sea, 450) y solo hubo 61 rechazados.
Señor Presidente, el proyecto que nos ocupa tiene como principales objetivos incorporar al Libro II del Código del Trabajo un título sobre los trabajos pesados que permita agilizar el procedimiento relativo a la declaración de trabajo pesado; flexibilizar las solicitudes que dan inicio al procedimiento de evaluación de trabajos que pueden llegar a ser considerados pesados, y, finalmente, unificar los criterios en materia de calificación de los trabajos pesados por la autoridad competente.
Me parece que esta iniciativa va en la línea correcta -y por eso en Renovación Nacional la vamos a apoyar-, ya que la actual normativa para calificar de pesada una labor perjudica fundamentalmente a los trabajadores que se desempeñan en la minería, donde muchos de quienes quieren cotizar por trabajo pesado hoy se ven imposibilitados de hacerlo.
Hay que tener en cuenta que la mayor cantidad de puestos de trabajo calificados como pesados se presenta en la actividad minera (explotación de minas y canteras; trabajo en fundiciones), en el transporte, en el almacenamiento y las comunicaciones, en fin.
Además, se trata de una materia sensible, por el significado que tiene el trabajo minero, en especial para regiones como la de Atacama, a la cual represento, que tanto aportan a nivel nacional a través de esta gran actividad, y también porque existe un importante número de trabajadores mineros que quieren cotizar por trabajo pesado para jubilar o pensionarse anticipadamente como retribución al mayor esfuerzo y desgaste físico o psíquico derivado de la actividad que realizan (debido al medioambiente, a la altura, etcétera) y que con la legislación vigente no lo pueden hacer.
Por todo lo anterior, me parece que este proyecto constituye un aporte al mejoramiento y fortalecimiento de la normativa sobre trabajo pesado de nuestro país.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
La Mesa ha recibido una petición para abrir la votación.
¿Les parece a Sus Señorías?
Acordado.
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, este proyecto, conforme a lo que entiendo, apunta en un sentido correcto básicamente porque busca generar una interpretación más sabia de la ley con respecto a cuándo un trabajo se considera pesado.
Lo concreto es que hoy, al pedirse nominativamente la declaración respectiva a la Comisión Ergonómica Nacional, se producen de hecho situaciones que no son ideales, pues para algunos trabajadores su labor es considerada pesada, atendidas sus características, y para otros que hacen exactamente lo mismo se estima trabajo normal por no plantearse esa condición.
No es tan simple ver cuál va a ser la aplicación práctica de esta iniciativa. Pero a mi juicio está bien inspirada. Es sano que haya una normativa pareja para lo que se declara o no se declara trabajo pesado.
Me parece buena la lógica de flexibilizar las solicitudes que dan inicio a los procesos de evaluación de labores que pueden llegar a considerarse pesadas a partir de un porcentaje de trabajadores que representen al menos 5 por ciento de los que realizan la labor a la que se pretende dar esa calificación. Y estimo correcto que se unifiquen los criterios sobre el particular.
Se trata, pues, de un proyecto que apunta a generar mayor igualdad, una condición equivalente ante situaciones similares.
Ello, probablemente, es más fuerte en algunas labores de la minería, pero también tiene que ver con situaciones vinculadas a la agricultura o a otro tipo de actividades.
Ahora, debemos ver la aplicación práctica de lo que se plantea. Porque esto puede tener incidencia cuando se habla de cotizaciones, de la forma como funciona el sistema y de los costos de determinada actividad. Pero habrá que evaluarlo en su mérito, para precisar su dimensión.
Sí, me parece bien -y por eso voy a aprobar esta iniciativa- que se equilibren las normas.
Me ha tocado acompañar a trabajadores a la Comisión Ergonómica, que opera con una lógica compleja, y he observado que en ella hay una disparidad de interpretaciones, en función del momento o de la situación en que se presenta la solicitud para la declaración pertinente.
Lo razonable es que las reglas sean parejas para todos y que ante condiciones iguales de declaración existan condiciones iguales de previsión.
En tal sentido, entendiendo que se trata de un debate general y que, por lo tanto, habrá una discusión particular, me parece una buena idea avanzar legislando sobre esta materia.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Araya.
El señor ARAYA .-
Señor Presidente , el proyecto de ley que ahora discutimos incorpora al Código del Trabajo un nuevo título, relativo a los trabajos pesados, facilitando con ello la posibilidad de solicitar la declaración de un trabajo como pesado y unificando los criterios respecto de la calificación -valga la redundancia- de trabajos pesados.
Resulta destacable que este título se incorpore dentro del Libro II del Código Laboral, referido a la protección a los trabajadores.
Los trabajos pesados se han desarrollado en Chile desde sus inicios, sobre todo en ámbitos como la agricultura, la construcción y la minería. Pese a ello, hoy no cuentan con ninguna mención dentro del principal cuerpo normativo llamado a regular el trabajo: el Código del Trabajo. En efecto, y tal como da cuenta la moción, su regulación se encuentra diseminada a lo largo de nuestra legislación en distintos cuerpos normativos.
Por ello, resulta loable la intención de los autores en el sentido de facilitar la solicitud de declaración de trabajo pesado a los trabajadores. Pero debemos ser claros en que este proyecto de ley solo facilita el acceso al procedimiento de declaración, sin regular el amplísimo espectro de materias vinculadas a los trabajos pesados.
Digo esto porque podría inducir a error incluir un título llamado "De los trabajos pesados" en el cual no se regulan estos sino la forma de solicitar la declaración respectiva.
En ese mismo sentido, sería conveniente refundir el nuevo título con el Título V del Libro II del Código del Trabajo, denominado "De la protección de los trabajadores de carga y descarga de manipulación manual", labor que por definición es pesada. Se echa de menos el tratamiento de diversos asuntos vinculados. Por ejemplo, la prevención de riesgos, la sobrecotización acorde, el mejoramiento de las condiciones de trabajo y, en la medida de lo posible, la reducción cuantitativa y cualitativa de su existencia.
Tengo claro que varios de los aspectos que es necesario regular pueden exceder lo que buscan los autores de la moción, e incluso, requerir el patrocinio del Ejecutivo, por tratarse de ámbitos relacionados con la seguridad social.
Por lo mismo, quiero aprovechar la oportunidad para hacer un llamado al Gobierno a los efectos de, en lo posible, complementar este proyecto y hacerlo armónico con una regulación adecuada en un tema poco tratado: la labor en altura, que afecta principalmente a trabajadores de la minería de la región que represento. De esta forma, podremos dar una protección integral a dichos trabajadores, quienes sacrifican su salud por cumplir con su cometido día a día.
Votaré favorablemente este proyecto, señor Presidente.
La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Harboe.
El señor HARBOE.-
Señora Presidenta , la calificación de trabajo pesado busca proteger con condiciones especiales a los trabajadores cuando su labor habitual puede generarles un daño físico.
Por lo tanto, creo que el proyecto que nos ocupa va en la dirección correcta.
Sus ideas matrices apuntan, en primer lugar, a "Incorporar al Código del Trabajo las principales normas que regulan dicha materia, porque con ello se logrará darle una mayor publicidad a la norma correspondiente, por el hecho de incorporarla al cuerpo legal más importante en materia laboral, y además, se corregirá un error que se ha mantenido en el tiempo, el cual es excluir de los temas netamente laborales el relativo a los trabajos pesados.".
En segundo lugar, a "Flexibilizar las solicitudes que dan inicio al procedimiento de evaluación de trabajos que pueden llegar a ser considerados como trabajos pesados. El proyecto establece que cualquier organización sindical o grupo de trabajadores o trabajador que representen al menos el 5 por ciento del total de los trabajadores que realicen el trabajo que se pretende considerar pesado, puedan recurrir sin mediar formalidad alguna al organismo competente para solicitar la calificación de la respectiva labor como trabajo pesado." (léase la Comisión Ergonómica o la Comisión de Apelación, según corresponda).
Y, en tercer lugar, a "Unificar los criterios respecto de la calificación de trabajos pesados. El proyecto dispone que ante trabajos de características idénticas o similares, desarrollados en condiciones también similares, el organismo competente, es decir, la Comisión Ergonómica Nacional o la Comisión de Apelaciones según corresponda, deberá declarar la calidad de trabajo pesado de dichas labores, en el evento en que alguna de estas labores haya sido calificada con anterioridad como de trabajo pesado..." (es decir, se establece el principio de que donde existe la misma razón debe existir la misma disposición). "Esta normativa pretende evitar que existan trabajadores cuyo trabajo no sea considerado pesado, no obstante, existan otros trabajadores que desarrollen actividades idénticas o similares, en condiciones parecidas o iguales, y reciban los beneficios de ser considerada su labor como trabajo pesado.".
En definitiva, señora Presidenta , la moción avanza en la dirección correcta. Pero, dada las naturales limitaciones que tenemos como parlamentarios, yo entiendo que ella deja fuera un conjunto de elementos que a mi juicio debiéramos demandar de parte del Ejecutivo.
Por eso, voy a concurrir con mi voto a favor. No obstante, creo que aquí se requiere pedirle al Gobierno que complemente esta iniciativa.
Por ejemplo, no parece adecuado que no se establezca algún tipo de consideración que dé cuenta de lo que ocurre en la Región del Biobío con los trabajadores del ámbito forestal. Ello constituye un elemento fundamental.
La Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores Forestales (FETRAFOR), de la comuna de Curanilahue, ha llevado una larga lucha, a través de sus dirigentes ( Juan Fonseca y todo su equipo), para declarar el trabajo forestal como pesado.
Cuántos trabajadores de empresas forestales o de empresas contratistas de las forestales sufren profundos daños en su salud derivado de las condiciones laborales. Además, al no estar considerado el trabajo forestal como pesado, no se obliga a los empleadores a adoptar medidas de resguardo para mantener la salud de sus trabajadores.
Insisto: creo que la moción va en el sentido correcto al establecer la posibilidad de flexibilizar la forma como los trabajadores, y a través de sus organizaciones sindicales, pueden solicitar la calificación de una labor como pesada.
También va en la dirección correcta en cuanto intenta incorporar el principio de que donde existe la misma razón debe existir la misma disposición y homologar situaciones similares, unas calificadas como pesadas y otras no.
Pero, sí, creo que se requerirá el patrocinio del Ejecutivo para complementar esa importante modificación y así dar mejor cobertura a los trabajadores que realizan acciones que conllevan riesgo para su salud.
La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señora Presidenta, estimados colegas, el origen de este proyecto, del que soy autor, es la provincia de Cachapoal (Región de O'Higgins), a partir de dos realidades.
Primero, la realidad de miles de trabajadores de la gran minería que laboran en altura al interior de un yacimiento (algunos lo han hecho durante 20 años) para sus empleadores -o terceros, como se les dice-, que son empresas contratistas, sometidos a contratos que duran tres años.
Ese trabajo está calificado de pesado tratándose de quienes laboran para la empresa mandante: CODELCO.
En el caso de los trabajadores de empresas contratistas, la definición de trabajo pesado depende de la Comisión Ergonómica. Así, puede ser el sindicato o la Seremi del Trabajo quien inicie el procedimiento respectivo. Este se extiende por alrededor de dos años, que es normalmente la duración del contrato en las empresas contratistas.
Se trata de trabajadores que llevan 20 años al lado de otros trabajadores: unos, de la empresa principal: CODELCO; otros, de empresas contratistas. Estos últimos van cambiando de empleador o mantienen el mismo. Todos se hallan expuestos a silicosis o a otras patologías propias de trabajos pesados en las minas. Sin embargo, unos tienen el reconocimiento de trabajo pesado, y los otros, no, debido al procedimiento existente sobre la materia.
Eso ha llevado, no a una igualdad, sino a una desigualdad ante la ley.
La segunda realidad, señora Presidenta, es la de los trabajadores agrícolas, muchos de los cuales se encuentran sujetos a contratos por obra o faena que se renuevan cada cuatro años.
Su Señoría sabe que esta es una discusión que lleva años: desde que ambos éramos Diputados.
Por ejemplo, en el caso de un tractorista de planta, con contrato indefinido, su labor puede definirse como "trabajo pesado". Pero tratándose del similar de una empresa contratista, o de un enganchador, o de alguien que fumiga con productos químicos de cuidado, en fin, no se reconoce la condición de trabajo pesado ni la de trabajo peligroso.
Ese es el origen de la moción que presentamos, señora Presidenta.
En el fondo -no quiero entrar en el detalle del articulado-, con este proyecto se procura encontrar un mecanismo que agilice y flexibilice el procedimiento para solicitar la declaración de trabajo pesado y poner ciertos parámetros para que ella se determine casi automáticamente tratándose de ciertas actividades por todos conocidas.
Por supuesto, señora Presidenta, voy a aprobar la idea de legislar.
Debo recordar que este proyecto viene desde hace bastante tiempo. Fue patrocinado en su época por los Senadores -hoy exsenadores- Jaime Gazmuri , Pedro Muñoz Aburto y Ricardo Núñez . Entonces, en nombre de ellos también, pido que se apruebe en general, pues aborda una materia esencial para lograr trabajos decentes en nuestro país.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , en este país hay muchos aspectos en los cuales todavía estamos en deuda y no hemos avanzado lo suficiente.
En particular, hay un área que -yo diría- sigue estando muy deprimida, que carece de políticas específicas, que no ha sido objeto de adecuación ni de modernización, que abarca todo lo que tiene que ver con accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
De hecho, aún en materia de accidentes tradicionales tenemos una legislación arcaica. Para determinar, por ejemplo, una enfermedad profesional se requiere un agente causal único, cosa que hoy no existe.
Las personas que presentan factores multicausales y, por ejemplo, sufren de lumbago no pueden establecer que esa es una enfermedad profesional, en circunstancias de que sí lo es.
Hoy existen muchas enfermedades, como la hipertensión arterial, que claramente tienen un antecedente multicausal (un conjunto de agentes las están generando). Pero como la ley señala que ha de haber un agente causal único muchas veces no son consideradas como enfermedades profesionales, cuando sí lo son.
Por lo tanto, debemos modernizar nuestra legislación laboral en materia de enfermedades profesionales y accidentes del trabajo.
No tenemos suficiente fiscalización en lo que respecta a accidentes del trabajo.
Cuando fui Director del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente (SESMA), me tocó iniciar las primeras políticas sobre accidentes del trabajo. Y como no había recursos, la que desarrollamos apuntaba solamente a fiscalizar los accidentes graves. Así, cualquier accidente que sufriera una persona y que tuviera como consecuencia una hospitalización o una cirugía lo considerábamos grave y se fiscalizaba. Porque no se podía fiscalizar todo tipo de accidentes.
Cada vez que se fiscalizaban esos accidentes observábamos que normalmente se trataba de los mismos que se producían en idénticas circunstancias, en las mismas máquinas, las cuales carecían justamente de elementos de seguridad y de protección.
Y eso sigue siendo así.
En cuanto al trabajo pesado, pienso que este proyecto constituye un avance.
Hay un conjunto de labores que deben considerarse trabajo pesado, pues tienen una relación causal directa con la aparición de enfermedades crónicas e incluso con la posible generación de accidentes.
Por consiguiente, creo que debemos aprobar esta iniciativa.
Sin embargo, ello no obsta a que sigamos en deuda. Se requiere una nueva política en materia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, pero también, a mi entender, en el ámbito de los prestadores.
Las mutuales han cumplido una función importante en nuestro país. También los servicios de salud, cuando deben hacerse cargo de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales. No obstante, es indudable que las mutuales requieren una readecuación muchas veces, por ejemplo, con recursos de los trabajadores se desarrollan actividades que nada tienen que ver con la finalidad para la que se crearon dichas instituciones, que se relacionan con los accidentes laborales y las enfermedades profesionales.
En todo caso, señor Presidente , valoro que aquí estemos dando un salto significativo en la dirección correcta.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (23 votos afirmativos y 1 pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Muñoz, Lily Pérez y Von Baer y los señores Araya, Coloma, García, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
No votó, por estar pareado, el señor Tuma.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Corresponde fijar plazo para presentar indicaciones.
¿Le parece a la Sala el 16 de noviembre, a las 12?
--Así se acuerda.
AMPLIACIÓN DE DONACIÓN CRUZADA DE ÓRGANOS ENTRE PERSONAS VIVAS
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Senadores señora Goic y señores Chahuán y Girardi, que modifica la ley N° 19.451 para ampliar la donación cruzada de órganos entre personas vivas, con informe de la Comisión de Salud.
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.009-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de Senadores señora Goic y señores Chahuán y Girardi):
En primer trámite, sesión 11ª, en 21 de abril de 2015.
Informe de Comisión:
Salud: sesión 32ª, en 7 de julio de 2015.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El objetivo de esta iniciativa es ampliar las posibilidades de donación de órganos por la vía de incorporar la modalidad de donación cruzada, con el propósito de ofrecerles a la sociedad y a los pacientes la oportunidad de trasplante de órganos entre personas vivas en los casos de las personas relacionadas en que no existe compatibilidad entre el donante y el receptor, ya sea por poseer un grupo sanguíneo incompatible o por resultar negativo el examen de histocompatibilidad. Asimismo, dicha modalidad potencia la actividad de obtención de órganos para trasplantes al objeto de reducir los tiempos de espera y acortar la brecha entre la oferta y la demanda de aquellos.
La Comisión de Salud discutió este proyecto en general y particular, por ser de artículo único, y lo aprobó en general y particular por la unanimidad de sus miembros, Senadores señoras Goic y Van Rysselberghe y señores Chahuán, Girardi y Rossi.
Dicho órgano técnico comunica que los Senadores señora Van Rysselberghe y señor Rossi adhirieron a la moción en informe y solicitaron inscribir sus nombres entre los de sus autores.
El texto que se propone aprobar se consigna en la página 20 del informe de la Comisión de Salud y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Se solicitó abrir la votación.
¿Les parece a Sus Señorías?
Acordado.
En votación la idea de legislar.
--(Durante la votación).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Goic.
La señora GOIC.-
Señor Presidente, voy a comentar el sentido de la moción que presentamos.
Parto señalando que tiene un significado especial que nos ocupemos hoy en el proyecto originado por ella.
En efecto, el domingo último el Ministerio de Salud nos invitó a todos -a la sociedad chilena, al país completo- a iniciar una campaña para fomentar la donación de órganos, ámbito en el que muchas veces enfrentamos situaciones emblemáticas -prioridades nacionales, en fin- y ante las cuales, sin embargo, ha costado mucho generar un cambio que permita aumentar el número de donantes.
Al revisar los datos observamos que hubo una modificación importante de la ley, la que estableció la calidad de donante universal; es decir, todos los mayores de 18 años, una vez fallecidos, somos donantes de órganos, a menos que hayamos manifestado ante notario la voluntad expresa de no serlo.
Cabe recordar que, antes de la referida modificación, cuando uno iba a renovar su cédula de identidad señalaba si quería o no ser donante.
Hasta esa fecha, 3 millones 800 mil personas -cantidad relevante- manifestaron que no deseaban serlo. Hay un registro de cerca de 4 millones de habitantes que expresan que no quieren ser donantes.
A eso se suma la negativa, en la mayoría de los casos, de la familia del fallecido a la donación de órganos, pese a que este manifestó en vida su deseo de ser donante.
Aquello tiene varias explicaciones. Muchas veces existe temor (generalmente infundado) o desconfianza en lo que implica ser donante. Ello, versus la posibilidad de entregar vida, que es lo que hay detrás de una donación.
Señor Presidente , además de sumarnos a la campaña a que se nos convocó, con el proyecto que nos ocupa estamos recogiendo la inquietud de varias personas -sobre todo de las afectadas por insuficiencia renal- que desean abrir la posibilidad, aparte la donación cadavérica -esta es la habitual, la que constituye prioridad; o sea, aquella en la que los órganos se extraen una vez que el donante muere-, a la donación entre personas vivas.
Nuestra legislación permite la donación entre vivos hasta el segundo grado de consanguinidad.
Pues bien: en muchas ocasiones ni el hermano, ni el papá ni el hijo con compatibles, pero sí existe otra persona que lo es.
Abrir la donación entre personas vivas es algo que no se ha hecho ni se va a hacer, porque implica una serie de riesgos; por ejemplo, el de tráfico de órganos.
Empero, hay una experiencia, que es justamente la que proponemos mediante esta iniciativa: la donación cruzada -se ha implementado en Francia, Estados Unidos, Reino Unido, España , Ecuador , Perú, etcétera-, que consiste en buscar parejas mutuamente compatibles.
Por ejemplo, si mi marido necesita una donación de riñón -en este caso es factible la donación entre vivos, yo no puedo ser donante, pues no tenemos compatibilidad. Pero sí hay otra pareja, y yo soy compatible con el cónyuge y viceversa. Es decir, en forma cruzada, ambas parejas son compatibles.
Entonces, se hace un registro normado, justamente para aumentar la posibilidad de encontrar un donante vivo compatible. Ello permite una regulación que dé seguridad e impida el tráfico de órganos.
Esta es una iniciativa que recogí de los casos de varias personas -destaco el de una magallánica, Cristina Barría , quien además ha sido activa promotora de las donaciones, junto con la Asociación de Dializados y Trasplantados de Chile (ASODI)- que ven en ella, aunque no la solución total, al menos la ampliación de las posibilidades para acceder a un órgano y seguir viviendo.
En la actualidad, 1.825 personas esperan ser receptoras de un órgano. La mayor parte de ellas necesitan un riñón; están con diálisis, y el deterioro de su salud aumenta día a día. Y este proyecto les abre una alternativa.
Sobre todo, señor Presidente , queremos instalar una discusión bastante más favorable en torno a la donación de órganos; que despeje los temores; que nos permita poner sobre la mesa el valor de la solidaridad y el propósito de que la vida se prolongue aun en momentos de tanto dolor, como el que provoca la pérdida de un familiar, de un ser querido.
Insisto en que los datos demuestran las dificultades con que se encuentran quienes necesitan conseguir donantes de órganos.
Por eso, considero muy importante lo que pueda hacer cada uno de nosotros para reforzar el sistema existente. Tal vez habría que buscar medidas encaminadas a fortalecer los protocolos y los mecanismos con que se cuenta para obtener órganos.
Especialmente quienes representamos a regiones extremas vivimos aquello cuando existe la factibilidad de un donante y se requiere el traslado inmediato del órgano respectivo o de los especialistas idóneos para realizar el trasplante.
Por consiguiente, aquí no solo se trata de la legislación en proyecto, sino también de cómo perfeccionamos el sistema para que funcione mejor y permita revertir las tasas negativas existentes en la materia.
En 2010 la tasa de donantes efectivos por millón de habitantes era de 5,4; el año 2013 fue de 5,9.
Entonces, cuando uno revisa lo que hemos logrado culturalmente como país siente que hay un déficit y un espacio en el que, desde nuestra legislación, debemos contribuir para dar opciones a numerosas personas que en la medida que puedan contar con un donante compatible van a tener esperanzas de seguir viviendo.
Reitero que este proyecto no busca remplazar al donante cadavérico. Al contrario, procura ser una alternativa que amplíe las posibilidades de continuar con vida.
En los países donde se ha implementado dicha alternativa, en general funciona. También presenta ventajas en términos de cómo reacciona el receptor (muchas veces se trata de jóvenes) tras recibir un órgano y, asimismo, de las probabilidades de éxito del trasplante.
Reitero que lo más importante es de qué manera avanzamos hacia una sociedad que entienda que aquí se abre camino para ser efectivamente solidario y, a partir de un acontecimiento triste, de pérdida (el deceso de una persona), posibilitar que continúe la vida, vida que se multiplica más allá de la persona en la medida que los órganos donados pueden contribuir a sanar enfermedades y a dar esperanzas a familias que en algunas oportunidades hacen llamados dramáticos para conseguir un donante.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.
El señor QUINTEROS.-
Señor Presidente , la iniciativa que estamos discutiendo representa una oportunidad importante para responder a la extensa lista de espera para trasplante de órganos existente en nuestro país. Los más de 1.300 pacientes que figuran en ella obtendrán con este proyecto una alternativa real a su tan anhelada demanda.
La donación cruzada de órganos permite que una pareja de parientes con donante y receptor incompatibles entre sí done órganos a otra pareja de parientes en igual condición, y viceversa.
Con esto se amplían las oportunidades de obtener una donación, sobre todo teniendo en cuenta que a partir de donantes vivos se realiza 20 por ciento de los trasplantes en nuestro país.
Asimismo, el reglamento que establece las normas para la organización y funcionamiento de un registro de parejas donante-receptor facilitará la búsqueda de parejas biológicamente compatibles entre sí, aplicando criterios de priorización para la recepción.
Las experiencias internacionales en esta materia, especialmente en países como Francia, España, Estados Unidos y Reino Unido, demuestran que los resultados son positivos. Sin embargo, debemos reflexionar sobre estos efectos en el contexto chileno, tomando en cuenta los avances y las limitaciones de ellos.
Ante la ineficacia de la Ley del Donante Universal , con un rechazo de más del 50 por ciento de las familias a la voluntad de los pacientes, este proyecto se presenta como una alternativa relevante, pero no suficiente. Por ende, deberemos seguir trabajando a los efectos de mejorar las condiciones para provocar un aumento en la donación de órganos, sobre todo en el caso de la donación cadavérica.
Partir por una educación adecuada en esta materia para los ciudadanos es central a los efectos de mejorar la ley. Importa que los chilenos y las chilenas comprendan la urgencia y la generosidad existentes en el ámbito de la donación de órganos.
Empero, las limitaciones que hay actualmente para el aumento de los trasplantes no se extienden solo a materias de la ley universal, sino también a las condiciones materiales y humanas en que estas se desarrollan.
Sabemos que el número de profesionales de la medicina en nuestras regiones no es suficiente y que los recintos hospitalarios muchas veces no reúnen las condiciones mínimas para la implementación de este tipo de intervenciones.
Los equipamientos médicos para las cirugías y los medios para el traslado de órganos no se encuentran disponibles en todos los territorios.
Tampoco ayudan la situación de permanente crisis que parece afectar a la salud pública ni las deficiencias detectadas en los procedimientos aplicados en ciertos hospitales y que se han hecho públicas a partir de una auditoría practicada por la Contraloría General de la República.
Pero, sin duda, el mayor obstáculo lo representa la desconfianza predominante en la mayoría de los habitantes, la que afecta a todas las actividades, públicas y privadas.
No obstante, esa actitud, muy fuerte en nuestra cultura, y aún más en el actual contexto social, no es inmodificable.
Esta realidad puede y debe ser revertida.
Para ello se requiere una acción pública y privada coordinada, basada en la educación de las nuevas generaciones, en campañas de difusión con recursos suficientes y en una red de salud que actúe de forma impecable en todo el proceso de donación y trasplante, con protocolos rigurosos y con capacidad para actuar en todas las regiones de nuestro país de manera eficaz y oportuna.
Para tener resultados sustancialmente diferentes de los actuales, esta política debe ser una prioridad de país.
La ley en proyecto, que permite la donación cruzada de órganos, probablemente tendrá resultados acotados. Pero así sean unos pocos los casos que puedan resolverse mediante esta vía, la iniciativa valdrá la pena.
Por eso, voto a favor.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Gracias, don Rabindranath Quinteros, Senador por la Región de Los Lagos.
Continuaremos con dicha Región, pues intervendrá el Honorable señor Moreira.
Vecina de la Región de Aisén, por cierto: esa es la principal característica de la Región de Los Lagos.
La Región de Aisén tiene más lagos que la de Los Lagos y más ríos que la de Los Ríos. ¡Por si Sus Señorías no lo sabían...!
El señor MOREIRA.-
¡Y también tiene mucha reineta...!
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra, señor Senador.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, yo solo voy a decir algunas palabras sobre este proyecto de ley, que aborda una materia bastante sensible e importante para los chilenos, y especialmente para aquellos que gracias a un órgano donado pueden continuar viviendo.
En nuestro país hemos tenido casos muy emblemáticos, que han estremecido a la sociedad.
Quiero recordar que, hace ya varios años, con algunos Diputados presentamos en la Cámara Baja una serie de proyectos precisamente para que fluyera la donación de órganos; por ejemplo, el atinente a donante universal, en fin.
Se ha ido avanzando en la materia, pero no como uno quisiera.
Según se expresó, el objetivo de esta iniciativa es "ofrecer a la sociedad y a los pacientes la posibilidad de trasplante de órganos entre personas vivas, en aquellos casos de personas relacionadas en que no existe compatibilidad entre el donante y el receptor, ya sea por poseer un grupo sanguíneo incompatible o por resultar negativo el examen de histocompatibilidad. Asimismo, esta modalidad potencia la actividad de obtención de órganos para trasplantes, con el objeto de reducir los tiempos de espera, y acorta la brecha entre la oferta y la demanda.
El proyecto apunta a permitir que un donante y un receptor, quienes pueden ser familiares o pareja y resultar incompatibles, efectúen una donación cruzada con otra pareja en las mismas circunstancias, siempre y cuando no se conozcan entre sí y exista voluntariedad.
Hoy en día solo se puede realizar una donación directa a un receptor que sea consanguíneo o cónyuge, lo que implica que, en caso de incompatibilidad, es posible contactar a una familia en la misma condición.
Es importante consignar que en la moción se afirma que el trasplante será una necesidad creciente en el futuro próximo, como alternativa de sobrevida o una opción para quienes anhelan mejorar la calidad de su existencia y recuperar la autonomía requerida para reinsertarse en la sociedad.
Si bien en nuestro país se ha legislado con la intención de aumentar la disponibilidad de órganos para trasplantes, ella resulta claramente insuficiente, por lo que hemos podido ver, ante las crecientes demandas de la población.
La ley N° 20.673, del donante universal, realizó una contribución al establecer que todos los mayores de dieciocho años pasaban a ser donantes una vez fallecidos. Sin embargo, tres millones novecientas y tantas mil personas se han inscrito como no donantes en los últimos años. Es decir, el espíritu del cuerpo legal no dio los resultados que hubiéramos querido. De ese total, solo nueve mil quinientas treinta han manifestado su voluntad ante un notario, como lo exige dicha normativa.
Además, se vive un período de adaptación en el cual la conducta no ha variado, ya que la familia tiene la última palabra y se encuentra en un momento de fragilidad emocional en el minuto de ser consultada. Según la presidenta de la Corporación del Trasplante, gran parte de la tasa de donación se debe al rechazo que se manifiesta. La negación es alta -del cincuenta por ciento, aproximadamente- y se ha mantenido históricamente, sin que haya sido posible bajar la cifra en todos estos años. Un cambio es algo que supone educar a la población, porque las familias se pueden negar aunque la persona sea donante.
Chile se halla lejos de ser un innovador en la materia: se registran siete donantes por cada millón de personas, cifra muy distante de países como Uruguay, con veinte; Argentina, con veinticinco, o España, con treinta y seis. Exhibimos las menores tasas de donación en el Cono Sur.
Creo que el proyecto apunta en el sentido correcto. Ahora, los resultados vamos a verlos en el tiempo.
Otro dato importante: según una publicación de la Corporación Mater, mil trescientas setenta personas se hallan en la lista de espera para recibir un órgano, de las cuales mil ciento ochenta y seis aguardan un riñón; ciento treinta, un hígado; cuarenta y cinco, un pulmón, y nueve, un corazón.
A pesar de que la modalidad médica de que se trata es inédita en Chile, lleva más de una década realizándose en Estados Unidos, España, Holanda , Canadá , Reino Unido y Australia. De hecho, el primer reporte de un intercambio de donante vivo para trasplante renal fue en 1986 en el primero de esos países.
Nuestra tasa de donantes es de siete -repito- en un millón de personas. España es un líder mundial en la materia, creciendo el número año a año, pese a que disminuye la población, ya que el sistema funciona bien y otorga confianza. Su Organización Nacional de Trasplantes se ha encargado de capacitar a los especialistas.
Argentina, por su parte, encabeza las cifras en la región.
Pero estamos en Chile, donde tenemos que desarrollar los mayores esfuerzos a través de políticas públicas de salud que permitan incrementar la donación de órganos. Y la iniciativa en debate, que es muy importante, precisamente se traducirá en ampliar las posibilidades al incorporar la modalidad cruzada.
Es un camino muy compatible con la legislación vigente, para ir buscando la forma de incentivar el que las familias le pierdan el miedo a decir que sí cuando uno de sus miembros fallezca y estén dispuestas a la donación, en el entendido de que la generosidad hará posible mantener muchas vidas. Y no se tendrá que estar viendo en televisión, muchas veces, el grito desesperado de parientes, de madres, de padres, que piden un donante para poder salvar a un niño, a una mujer, a un joven.
Por eso, hacemos un llamado a votar a favor de la normativa propuesta y a seguir incentivando estas políticas públicas de salud. Cabe pedirle al Estado, al Gobierno, que busquemos otros mecanismos que puedan ser más expeditos. Y, a través de proyectos comunicacionales de difusión, conviene generar un incentivo y un cambio de hábitos, así como del aspecto cultural de temer a que un familiar entregue un órgano vital para la sobrevivencia.
Este es un llamado a la vida, a legislar en asuntos que no suelen, a veces, salir en las primeras páginas de los medios de comunicación. Mas estas son las iniciativas importantes en la materia y que contribuyen al bien común y a lograr que otros puedan prolongar su existencia.
En consecuencia, voy a votar a favor, ya que el texto sigue la línea correcta y resulta positivo, y espero que junto a otros podamos seguir avanzando.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente, la donación de órganos representa, evidentemente, un desafío relevante para nuestra sociedad, porque muchas personas podrían salvar sus vidas si pudieran recibir aquel que necesitan.
En este momento, varios niños, entre seis y catorce años, se hallan en espera. Y si no consiguen el requerido van a tener el mismo destino que Felipe Cruzat , que hace algunos años falleció aguardando un corazón.
Eso dio origen a una ley, de la cual soy uno de los autores, que importó una reforma profunda en la concepción y la estrategia para enfrentar la donación. Antes, para verificarla, era preciso ir a una notaría y expresar la voluntad en tal sentido. Hoy día, con el cuerpo legal que implementamos y aprobamos en el Congreso, se es donante desde el nacimiento. Y se puede renunciar a tal condición, pero todos somos solidarios, somos provida, por el solo hecho de haber nacido en nuestro territorio y ser chilenos.
Despachamos una reforma adicional para que quien quisiera desestimar dicha calidad tuviera que ir a una notaría a fin de cumplir un trámite que lo obligara a cierta reflexión.
A pesar de ello, la tasa de donantes no ha aumentado en forma significativa. Como se ha dicho acá, Chile registra, a pesar de contar con una legislación adecuada, una cifra muy por debajo de las de otros países. Y eso significa cientos de personas postergadas, condenadas a sufrimientos dramáticos.
Ahora, este no es solo un problema legislativo. Soy coautor de la moción acerca de la donación cruzada entre personas vivas, con un conjunto de resguardos. Creo que eso ayuda. Pero es evidente que el espacio de una mayor posibilidad no dice relación con el donante cadáver. Porque a veces se incurre en una equivocación: no se obtiene un órgano de un fallecido, sino de alguien con muerte cerebral, pero con latidos. Por lo tanto, debemos disponer de una infraestructura adecuada para poder enfrentar la situación y de un sistema de procura.
Inicialmente, cada vez que haya una probable y lamentable muerte cerebral es necesario que una alerta advierta a la estructura de rescate. ¿Por qué? Porque se requieren un neurólogo e implementos para el diagnóstico, y establecido este último, un equipo de cirugía, con anestesista y cirujano. Después es preciso derivar el órgano -no contamos con un avión dedicado a ese efecto- y realizar estudios de histocompatibilidad, que son complejos.
Si de verdad registráramos treinta y tantos donantes por millón de habitantes, como España, no podríamos cumplir con el objetivo de que se trata, por no existir la infraestructura respectiva a lo largo de todo el país.
En consecuencia, diría que en Chile la legislación está. Tenemos que abocarnos al mecanismo de procura.
En seguida, es preciso emprender una gran campaña de educación y de toma de conciencia.
La ley que elaboramos es de un donante y un receptor universales. Nunca cabe olvidar que el primero puede pasar a tener también la otra calidad.
Con algunos parlamentarios incluso discutimos sobre una norma en el sentido de que, tratándose de dos personas en igualdad de condiciones para ser receptoras, se iba a privilegiar a la que era donante. En realidad, ello difícilmente puede ocurrir, pero era justamente para dar la señal de que es preciso favorecer la solidaridad.
El asunto que nos ocupa dice relación con esta última, pero se necesita construir una política y una campaña. Porque, ¿qué ocurre en la realidad? En la práctica, las personas quieren ser donantes: manifiestan su voluntad en tal sentido o no renuncian a tal condición. Pero ocurre algo dramático. Cuando finalmente se declara la muerte cerebral y el equipo médico les dice al padre, a la madre, a la familia, a los hermanos: "Su ser querido dejó establecido que quería ser donante", es muy difícil, a pesar de existir el sustento legal para poder hacerlo, extraer un órgano en contra de la voluntad de ellos. Aunque la ley dispone priorizar la determinación de quien se encuentra con muerte cerebral, si fue manifestada, es difícil que un equipo de salud pueda violentar la decisión negativa de los más cercanos.
Por lo tanto, esta es una cuestión propiamente cultural, de educación, de toma de conciencia. Es ahí, entonces, donde me parece que hemos de hacer un gran esfuerzo.
¿Es preciso aprobar el proyecto de ley de donación cruzada? Sí. Ello resulta evidente, porque ayuda. Pero el esfuerzo principal radica en los otros aspectos. Tiene que existir una política fuerte, sólida, de procura y llevarse a cabo una campaña muy potente a lo largo de todo Chile, con una enseñanza a los niños desde el colegio, a los padres, a las madres, para que en el país exista conciencia de que esta es una sociedad provida y termine el conjunto de mitos de que se robarán los órganos, se sacarán las córneas y se verificará un tráfico. ¡Eso no es así! Pero es algo que requiere ser construido de abajo hacia arriba, como un proceso educativo. A mi juicio, lo que falta es eso.
Esta es la razón por la cual el fin de semana recién pasado se dio inicio, con la Ministra de Salud , a una campaña en los medios de comunicación que justamente pone el acento en la educación y el cambio cultural, que es lo que Chile necesita. Se trata de avanzar hacia una cultura de solidaridad, hacia una cultura pro vida, y salir del individualismo, que muchas veces nos ahoga, del cual somos rehenes y que nos impide mirar hacia el lado. Creo que este tal vez es el mayor desafío que tenemos por delante.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Puede intervenir el Senador señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , la donación de órganos es, sin duda, muy loable. Recordando al papa Juan Pablo II , cabe subrayar que dar vida después de la vida constituye realmente un compromiso de todos quienes sienten algún tipo de solidaridad por otros seres humanos.
Lamentablemente, parece que en Chile incluso desbordamos cualquier tema dictando cuerpos legales, y, como lo han planteado diversos señores Senadores, la situación no puede ser peor en la materia de que se trata.
En enero de 2010 se promulgó la ley N° 20.413, que supuestamente iba a resolver, si uno lee los informes o documentos pertinentes, la generalidad de los aspectos involucrados, pues se instauró el concepto de "donante universal": todo mayor de 18 años se convierte automáticamente en uno de ellos, salvo que haya manifestado expresamente su oposición al momento de renovar su carné de identidad o su licencia de conducir, o de realizar algún trámite legal.
La finalidad principal era facilitar la donación y los trasplantes. Sin embargo, mil 825 personas esperan un órgano en la actualidad, de las cuales siete se encuentran con urgencia nacional, cuatro de ellas menores de edad, por desgracia.
Según las cifras entregadas por el Ministerio de Salud y el Instituto de Salud Pública sobre donantes y trasplantes desde 2000 a 2014, en Chile se realizan anualmente, en promedio, 316 de estas intervenciones, en tanto que los donantes llegan apenas a 125, poco más de un tercio.
Desde el año 2000 a la fecha se han llevado a cabo 4 mil 744 trasplantes, pero solo mil 879 personas han aportado órganos. La cifra máxima, en los últimos quince años, se dio en 2006, con 379 casos, seguido de 2014, con 342.
Nos hallamos muy lejos de otros países en donde la gente realmente practica la solidaridad con quien padece una enfermedad que puede acarrear una mala calidad de vida e incluso llevar a perderla. Algunos no son capaces de entregar órganos al momento de fallecer o también mientras viven.
Si bien voy a votar a favor del proyecto, estimo que la solución, como siempre, es el camino largo. La del camino corto es presentar una iniciativa, tramitarla y concluir: "Bueno, ya hemos resuelto el problema, y que la cuestión se arregle por su cuenta".
Deseo consignar que las cifras demuestran que nos hallamos frente a un tremendo fracaso, a pesar de las leyes que hemos dictado y de que se han dado algunos pasos significativos. En la Administración del Presidente Piñera se registraron avances importantes en un área que algunos de los Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra han mencionado, en el sentido de que en los hospitales públicos y el sector privado existan infraestructura, médicos y personal preparado cuando alguien quiera ser donante y se precise efectuar un trasplante o realizar los trámites necesarios según el lugar en que haya fallecido una persona. Porque creo que, muchas veces, la burocracia "se come" el asunto y no se sabe alertar en el momento específico.
Me pronunciaré -repito- por la aprobación, pero deseo exponer claramente que la cruzada por la movilización para que los chilenos puedan ser donantes, entregar vida después de la vida y contribuir, en algunos casos, a que otras personas logren una mejor calidad de la propia, es la vía de la educación, la del camino largo, la de poner recursos reales a disposición de una causa verdaderamente muy noble.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, quisiera ser muy breve.
Considero que el problema de la donación de órganos en Chile refleja una debilidad muy importante en materia de solidaridad. Son pocas las personas disponibles para donar y la proporción, en relación con otros países, nos deja en una situación francamente mala. Nuestra tasa es de siete por cada millón de habitantes, en circunstancias de que en Uruguay es de veinte; en Argentina, de veinticinco, y en España, de treinta y seis.
Y esta es una realidad que afecta la vida de muchos chilenos.
Según una publicación de la Corporación MATER, existen 1.370 personas en lista de espera para recibir un órgano, y resulta que el número de trasplantes que se pudieron hacer el 2014, con 119 donantes, favoreció solo a 342 personas.
Es decir, se hicieron 342 trasplantes, pero con 119 donantes.
Y esta situación no se ve que mejore. El número de trasplantes que se han efectuado a septiembre del 2015 alcanza a 235, 15 menos que los que se habían hecho a la misma fecha del año pasado, que llegaban a 250.
Esa es, en dos palabras, la razón fundamental por la cual toda iniciativa que promueva la donación de órganos, posibilitando con ello el trasplante, para así favorecer la vida, es muy importante.
El proyecto en examen tiene un objetivo muy simple, que es permitir la donación cruzada de órganos entre personas vivas, lo cual es una ayuda para asegurar que este proceso siga avanzando, dando nuevas y mayores facilidades.
Experiencias en otros países, como Argentina, han demostrado que esto favorece y amplía las posibilidades de donación. Por lo tanto, tenemos que dar todo nuestro apoyo para que esta iniciativa se convierta en ley lo antes posible.
Por tales consideraciones, señor Presidente, voto que sí.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Señor Secretario .
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (26 votos a favor y un pareo); no habiéndose presentado indicaciones se aprueba también en particular y queda despachado en este trámite.
Votaron a favor las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, Coloma, De Urresti, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
No votó, por estar pareado, el señor Tuma.
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El señor LETELIER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, me interesa saber si vamos a poder ver hoy el proyecto de autoría del Senador Larraín, relativo a la así llamada "ley del saco".
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Sí, señor Senador; es el que viene a continuación. Se tratará de inmediato.
El señor LETELIER.-
Muchas gracias.
REDUCCIÓN DE PESO DE CARGAS DE MANIPULACIÓN MANUAL
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Larraín, García-Huidobro y Orpis, en primer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo para reducir el peso de las cargas de manipulación manual por parte de los trabajadores, con segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
--Los antecedentes sobre el proyecto (8.511-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 41ª, en 14 de agosto de 2012.
Informes de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 55ª, en 10 de septiembre de 2013.
Trabajo y Previsión Social (segundo): sesión 37ª, 22 de julio de 2015.
Discusión:
Sesión 62ª, en 9 de octubre de 2013 (se aprueba en general).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
La Comisión consigna que el Senador señor Allamand manifestó su adhesión a la iniciativa, por lo que se acordó solicitar a la Sala que sea considerado como autor de ella, en conjunto con los señores Senadores ya individualizados.
La iniciativa en discusión fue aprobada en general en sesión de 9 de octubre del 2013.
En el informe se deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
La Comisión efectuó una enmienda al proyecto de ley aprobado en general, consistente en reemplazar el artículo único por dos preceptos, la cual fue acordada por unanimidad, por lo que debe ser votada sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnarla o existieren indicaciones renovadas.
Dicha enmienda dice relación con fijar la carga máxima de manipulación manual en 25 kilos, sin distinguir la frecuencia de la acción, y en establecer el período de un año para la entrada en vigencia de la nueva disposición.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado en que se transcriben la modificación introducida por la Comisión y el texto como quedaría al aprobarla.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
En discusión particular el proyecto.
¿Le parece a la Sala que abramos la votación respecto a la enmienda que se propone por unanimidad?
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , este es un proyecto muy sencillo, que nace de la experiencia de visitar distintos molinos de mi Región, donde conocí numerosas personas que sufrían de dolencias lumbares, de problemas en la columna y de distintas dificultades. Inquiridos por mi parte dichos trabajadores y los administradores de esos molinos, me señalaron que todo ello tenía que ver con el exceso de carga que habían debido sobrellevar a lo largo de la vida.
Eso nos llevó a estudiar el problema de cuál es la carga máxima razonable que deben sobrellevar las personas en forma individual cuando no hay posibilidades de hacerlo a través de maquinaria especializada en la materia. Y, por razones de la situación médica, de salud en el ámbito laboral y de la experiencia internacional, todas las cuales constan en el informe del proyecto, decidimos proponer esta norma de 25 kilos como carga máxima a sobrellevar.
Inicialmente habíamos planteado una carga variable que pudiera, en situaciones circunstanciales, modificarse. Pero en la Comisión, con los informes que nos hizo llegar el Ministerio del Trabajo, pudimos concluir que no era conveniente ni se necesitaba una norma distinta. Por lo tanto, había que suprimirla. En ese sentido, todo llevó a una sola norma: que el peso máximo sea de 25 kilos por persona.
Es evidente que esto provoca en el trabajador una situación muy razonable desde el punto de vista de su salud. Y por eso lo mantenemos con entusiasmo.
Sin embargo, también advertimos que esta disposición va a significar en muchos ámbitos cambiar algún tipo de formas de ensacar, de envasar o de definir contenidos que, desde un punto de vista industrial, tendrán que ser modificados. Hoy día hay muchos objetos que pesan más de 25 kilos y que son transportados habitualmente en distintos ámbitos, como en el agrícola, por ejemplo, pero no solamente en ese. De ahí que se haya pensado en una prórroga de su vigencia por un año, de manera que el sector industrial, el sector envasador o todos los que producen empaques o tienen maquinarias para obtener este tipo de soluciones, tengan tiempo de transformarse y adaptarse. Creemos que un año es más que suficiente, y por eso hemos convenido en esa norma, que está contenida en el artículo 2° del proyecto.
Por todas estas consideraciones, la Comisión aprobó esto.
Había una solo una duda: si sería necesario que se dictara o se comprometiera un reglamento en esta materia.
El Coordinador Legislativo del Ministerio , don Francisco del Río, nos planteó que ese reglamento existe y que, por lo tanto, los cambios para la implementación o para la forma como se debería regular y precisar en cada caso están dados ya por un decreto que habrá que modificar para asegurar que esta norma se pueda implementar debidamente.
Esa materia, que había quedado de presentar el Ejecutivo , la informo porque se despejó desde el momento en que se descubrió que existe el reglamento y que, por lo tanto, no es necesario dictar uno nuevo. Solo se debe cambiar el guarismo de "50", que es el que existe hoy día, a "25".
La Comisión de Trabajo aprobó el proyecto en forma unánime, cuestión que agradezco. Cabe recordar que lo presentamos junto con los Senadores García-Huidobro y Orpis, y creemos que es un aporte, sobre todo para los trabajadores que han debido sufrir en carne propia, durante largos años de su vida, la obligación de llevar cargas pesadas, lo que les ha significado detrimentos muy fuertes e importantes a su salud.
Por estas razones, señor Presidente, anuncio mi voto favorable a esta iniciativa.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , este es un proyecto de ley que sin duda cuenta con toda nuestra aprobación.
Sin embargo, parlamentarios que somos de zonas agrícolas estábamos comentando que puede presentarse un problema, no en cultivos como el de la papa -el saco de papas puede hacerse de 25 kilos- o de cualquier otro producto de ese tipo, pero sí en el caso de los fardos. Porque lo que dicen los campesinos -no los grandes propietarios- es que las máquinas para enfardar hacen que el fardo sea de 30 kilos. O sea, tendría que procederse al cambio de la maquinaria o adaptarse -no sé; no soy experto en eso-, de tal manera de poder dar una salida.
Y no basta un año. Porque esto afecta sobre todo al pequeño campesino. El gran campesino puede comprar una grúa horquilla y utilizarla. Pero al que moviliza 300, 400, 500 sacos, si requiere dos personas para transportar un saco de 30 kilos, los costos se le vuelven imposibles.
Entonces, hay que ver cómo compatibilizar una cosa con la otra.
Yo estaba dándole vueltas al asunto. No sé si acaso podríamos abrir un plazo de indicaciones para los efectos de buscar una fórmula de transición o aprobar una disposición que diga, a continuación del artículo 1°, que un reglamento, en los casos en que fuera preciso y necesario -habría que darle forma-, determinará un proceso de adaptación de mayor tiempo.
Habría que buscar alguna solución.
Yo creo que debemos aprobar esta iniciativa, sacarla adelante. Pero también tenemos que actuar un poco con la realidad, que no afecta -insisto- al gran agricultor, que tiene maquinaria, sino más bien al pequeño y al mediano, que se van a ver forzados a adaptar -no sé cómo- su maquinaria.
Ese es el tema.
Yo no soy experto. A lo mejor habría que consultar esta materia, en forma muy puntual, como para darle una solución, de manera que realmente esta iniciativa de ley logre el objetivo que se propone y con el cual estamos todos de acuerdo.
Gracias, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Quiero recordar que estamos en el segundo informe de la Comisión.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , esta es una discusión en particular y quiero decir que efectivamente aquí hay necesidad de adecuar una cultura respecto al trabajo.
El Senador que me antecedió en el uso de la palabra apuntó un ejemplo: los fardos. En adelante, las enfardadoras -creo que así se les dice- deberán tener un acoplado detrás de ellas, como se hace en otros países, para que los fardos caigan directamente a él y no haya esfuerzos. O habrá que encontrar la forma de hacer fardos más chicos. O -tercera alternativa- se tendrá que buscar la manera de que no sea una persona la que cargue. Porque esto tiene que ver con la carga y el peso que sobrellevan los trabajadores.
El problema también se va a presentar en los aeropuertos si las maletas pesan más de 23 kilos. O en objetos de tamaño distinto. Es un proceso.
Por eso parto con esta reflexión. Porque, incluso en las actividades frutícolas, cuando se lleva la escalera y el capacho lleno se están cargando más de 25 kilos. Y esto lo hacen no solamente hombres, sino también mujeres, y hay normas especiales para que sea un peso incluso menor.
Señor Presidente , quiero plantear mi apoyo a la reducción del peso y al período de transición propuesto para adecuar esta norma. Va a ser un cambio cultural. Y va a ser un cambio industrial, porque los sacos -al Senador Larraín lo motivó el problema de los molinos- van a tener que cambiar de tamaño.
Vamos a darles un tiempo para que puedan usar los que tienen en stock, en bodega.
Pero esto también va a afectar a otros sectores.
La pregunta es qué queremos cuidar. Porque el objetivo que perseguimos es hacer compatibles la salud humana, el trabajo decente con el desarrollo productivo del país. Compatibilizar estos conceptos es complejo, y lo reconozco.
Antes no solo se cargaban sacos de 50 kilos...
El señor PROKURICA .-
¡De 80!
El señor PÉREZ VARELA .-
Así es.
El señor LETELIER.-
¡Y de a dos sacos de 80 kilos!
Y quienes somos de zonas de desarrollo minero hemos visto, incluso, situaciones más duras.
Esto tiene que ver con la evolución humana. No puede ser que el trabajo dañe tanto la salud que genere patologías irreparables.
El proyecto en votación es muy coincidente con el que discutimos antes sobre trabajo pesado. Los dos apuntan a la necesidad de que logremos trabajo decente.
Quiero, sí, afirmar que el peso que hemos fijado es arbitrario. ¿Por qué 25 y no 30? ¿Por qué 25 y no 23, que es el peso de las maletas en los aeropuertos?
En todo caso, cualquier cifra que uno fije es un estándar general. Otros países no usan kilos, sino libras.
Lo importante es que estamos avanzando en una dirección muy importante de respeto a la dignidad y a la salud de los trabajadores.
Y espero que en lo futuro logremos avanzar en otra materia que tiene que ver con los trabajos de movimientos repetitivos.
Yo represento una zona, junto con otro Senador, donde está la principal producción de carnes blancas del país, y en particular donde se ubican los mataderos. La cantidad de personas que tienen daños en su cuerpo (tendinitis) producto del manejo de los cuchillos en los mataderos es dramática. Genera, si no hay una rotación adecuada, la deformación del músculo, a tal punto que pierden el uso de una extremidad. Y ello ocurre porque no está bien regulada esta materia y porque el movimiento repetitivo y de cierto estrés muscular genera grandes daños.
Este proyecto, que tiene que ver con el peso, con la así llamada "ley del saco" en su tiempo, apunta en la dirección correcta.
Voto a favor, señor Presidente, anunciando que vamos a impulsar iniciativas sobre otros temas que también se relacionan con la salud y el trabajo, que debemos hacer compatibles.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero agradecer al Senador Larraín por haberme invitado, junto al Senador Orpis, a participar en este proyecto, que encuentro absolutamente necesario y muy realista, sobre todo porque se preocupa de la salud de nuestros trabajadores.
Se considera que existe un nexo causal entre los trastornos musculoesqueléticos -como se los llama- y el esfuerzo físico realizado durante la actividad laboral. Las dolencias o lesiones que afectan a los músculos, a los tendones, a las articulaciones, a los ligamentos y a los huesos están causadas principalmente por un esfuerzo mecánico excesivo de las estructuras biológicas del cuerpo humano, siendo una de las principales causales de dichos problemas el levantamiento de cargas pesadas.
Muchas dolencias lumbares existen, justamente, por mal movimiento o por la carga excesiva que han debido sobrellevar los trabajadores.
Tal como lo señaló el Senador que me antecedió en el uso de la palabra, originalmente los sacos eran de 80 kilos. Y me recuerdo que había competencia por ver quién cargaba más.
Después se bajó el límite a 50 kilos, lo que fue un avance importante.
Pero hoy día, la información de que disponemos en materia de salud a nivel mundial nos indica que esto provoca numerosas dolencias en la columna.
Por eso, señor Presidente, creo que es muy importante aprobar este proyecto.
Quiero rescatar lo que ha manifestado el Senador Zaldívar respecto de los fardos. Efectivamente, es una situación compleja y yo espero que en la Cámara de Diputados -porque ya estamos en la discusión particular- se presente una indicación que fije un plazo más largo, que permita la adaptabilidad.
Bien se decía que hoy día en los campos grandes hay fardos que llegan prácticamente a los 500 kilos, y todo es mecánico. Pero los pequeños agricultores utilizan las enfardadoras tradicionales, que producen fardos de 30 kilos.
El trabajo de enfardar pasto no es permanente, sino que solo se da cuando se cosecha. Y eso lo contemplaba el texto original, en que se aceptaban hasta 38 kilos.
Por eso sería importante aprobar este proyecto en el Senado, para que la Cámara de Diputados pudiera introducir esa enmienda y después en la Comisión Mixta se llegara a un acuerdo con el fin de que sea una realidad y no se afecte, fundamentalmente, a quienes tienen menos recursos en la agricultura, los más pequeños, que no pueden cambiar una enfardadora. Hoy, su valor es superior a los 20 millones de pesos. Y para un pequeño agricultor no es cosa de cambiarla de la noche a la mañana.
Creo que el detalle está ahí. Por lo tanto, sería importante aprobar el resto de los temas. El hecho de que los sacos lleven la mitad del peso de lo que llevan en la actualidad significa que habrá mayor cantidad de sacos. Pero las personas sufrirán menos y no tendrán los problemas de salud, fundamentalmente a la columna, que afectan a muchos trabajadores y extrabajadores que hoy están jubilados.
Por ello, felicito nuevamente al Senador Larraín. Pienso que estamos ante un gran proyecto, y con gusto lo hemos acompañado con el Senador Orpis.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, me adhiero al respaldo a esta iniciativa, que tiene como objetivo humanizar especialmente las labores agrícolas, sin perjuicio de otras, en relación con el peso de las cargas que deben transportar quienes laboran en este tipo de faenas.
Me he animado a intervenir para apoyar la opinión que dio el Senador Zaldívar en orden a que hay un efecto que se va a producir en los pequeños productores.
Yo represento a la Región de La Araucanía. Allí hay grandes productores que lo hacen muy bien, que exhiben altos rendimientos. Sin embargo, esto de los fardos es un tema que va a afectar principalmente a los pequeños, porque los grandes poseen maquinaria para mover ovillos de hasta 2 metros y sobre 200 kilos. Por lo tanto, está contemplado que tal labor se efectúe con maquinaria y hoy se hace de esa forma.
Este proyecto no les va ni les viene a los sectores productivos que operan de ese modo, pero sí a los pequeños productores y comunidades indígenas, que emplean máquinas prácticamente hechizas que deberán adecuar. Eso tiene un costo y requiere también de tiempo. El texto contempla un año, que yo considero insuficiente para poder informar y advertir y para finalmente adecuar la maquinaria con el fin de que prepare fardos de 25 kilos y no de 30.
A mi juicio, lo que corresponde, desde el punto de vista de la técnica legislativa, si no queremos afectar a esos pequeños productores, es otorgar un mayor período antes de la aplicación de la ley. Hoy se prevén 12 meses; yo pienso que deberían ser 24.
Y además debería haber un reglamento que regule aquello. Aquí se nos ocurrió que esto puede afectar a los fardos, pero también es posible que resulten afectadas actividades de otro tipo en las cuales igualmente se necesite realizar una inversión y se requiera un tiempo de adecuación para cumplir la normativa.
En consecuencia, señor Presidente , sugiero recoger la opinión unánime de la Sala para que en la disposición que contempla la transitoriedad de un año se establezca que se dictará un reglamento que contendrá una casuística y la forma como se aplicará esta legislación y en donde a determinadas actividades se les dé, no hasta un año, sino hasta 24 meses.
Creo que de esa manera podríamos despachar este proyecto, tan necesario y tan humanizador de la actividad laboral, porque, tal como está, afectaría especialmente a los pequeños y microempresarios y a los productores indígenas, que poseen maquinaria antigua que no sé cómo podrían renovar. Esto también será un desafío para el INDAP, que debería otorgar una bonificación o un subsidio destinado a reemplazar la actual maquinaria por otra que confeccione fardos de menor peso.
Voy a respaldar el proyecto, pero considero necesario, si hay unanimidad, agregar que existirá un reglamento para regularizar de mejor manera las distintas situaciones que se presentarán durante el período de transición de la aplicación de la ley.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, coincido con la importancia que tiene esta iniciativa para quienes desarrollan el trabajo diario y permanente de manipulación de bultos y cargas de distinto tipo, el cual se halla vinculado, normalmente, al sector del transporte, donde hay bodegaje y almacenamiento, y también, por supuesto, como aquí se ha dicho, a la actividad agrícola de toda índole.
A mí me parecería relevante que nos pudieran indicar por qué se establece un tope de 25 kilos, cuáles son las razones. El Senador Letelier señaló que fue un poco arbitrario, porque la primera propuesta consistía en una rebaja de 50 a 38 kilos, lo cual, me imagino, guardaba relación con el tipo de carga o de bultos en la industria molinera, en el ámbito agrícola.
Para ser claro, en las industrias, en todo el tema de operación logística, de almacenaje, de bodegaje, de distribución de cualquier clase, y, como se ha mencionado acá, en los servicios de aeropuertos, prácticamente todas las labores están mecanizadas. Ya no hay un camión que llegue con toneladas que deben ser descargadas a mano. El sistema de grúas horquilla, de correas transportadoras, de manipulación de bultos, que a veces se hace con sobrepeso, se halla establecido junto, lógicamente, a las indicaciones de quiénes y cómo se debe llevar a cabo el proceso de manipulación.
Esto va, creo yo, en la línea de ir ordenando y obligando a quienes participan en -vuelvo a decirlo- la industria del transporte. Antiguamente, el transporte tenía que llevar cuadrillas de carga o descarga de determinado producto o material. Hoy en día eso está bastante modernizado, organizado y existen contratos.
Antes se llegaba a una localidad y se contrataba a las personas que estaban en la entrada de los distintos pueblos o zonas donde se desarrollaba una actividad. Actualmente, eso ya no existe en la práctica porque las propias industrias o los propios sectores productivos de distribución tienen personal encargado de la manipulación de los bultos. Y, en el caso del transporte, las empresas cuentan con un sistema más profesionalizado, con protección, con contrato, con horas de servicio, con límites de carga y descarga.
De todas maneras, me parece interesante que para sectores muy específicos, como los que aquí se han mencionado, se dicte un reglamento que establezca las excepciones correspondientes. Y habría que ver si dentro del plazo de implementación de un año previsto por el proyecto es posible adecuar la maquinaria o la forma de trabajo utilizada en el sector agrícola o en algún otro que lo amerite.
Yo pensé, señor Presidente , que estábamos en la discusión general. Entiendo que estamos en el debate particular, por lo que no tenemos posibilidad de introducir ninguna modificación. Pero el informe podría recoger las observaciones que se han planteado esta tarde para transmitírselas a la Cámara de Diputados. Yo supongo que la Secretaría sí puede hacer eso.
Vamos a votar a favor, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Podemos aprovechar la presencia del Diputado Gabriel Silber para que nos ayude a transmitir a sus colegas lo que han sugerido varios Senadores.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Quiero decir algo muy breve, señor Presidente , a propósito de la inquietud que ha manifestado, entre otros, el Senador Pizarro .
Originalmente, el proyecto distinguía entre carga frecuente y carga esporádica y permitía que esta última fuera de hasta 38 kilos, no así la primera. Sin embargo, según la información entregada por el Ejecutivo , las normas internacionales no distinguen entre una y otra. Por lo tanto, era necesario establecer un solo peso. Y se indicó que 25 kilos estaba ligeramente arriba en el rango fijado por las normas internacionales, pero aún dentro de él, aunque la tendencia es a bajarlo todavía más. Nos pareció que 25 kilos era razonable y por eso convinimos esa medida.
Como dije en mi intervención anterior, habrá un reglamento, por lo que si existe alguna necesidad de adaptar o flexibilizar la ley, sin alterar su sentido, ello se podrá hacer a través de él, según la actividad de que se trate. Con todo, me parece que la normativa está bien pensada.
Ahora, si, como señalaba el Senador Pizarro, surgieran algunas otras inquietudes, se podrían analizar en la Cámara de Diputados, en caso de que fuera indispensable.
Por los antecedentes que pudimos recoger en la propia Secretaría de la Comisión y los que aportó el Ministerio del Trabajo, nos da la impresión de que la normativa que estamos planteando contiene dos ingredientes esenciales: uno, el peso máximo, y dos, la transitoriedad para el período de adaptación. Y por eso creo que merece ser aprobada.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Muy bien.
Señor Secretario , consulte por favor.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en particular el proyecto (20 votos a favor y un pareo), y queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores De Urresti, García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Hernán Larraín, Letelier, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
No votó, por estar pareado, el señor Tuma.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Se deja constancia de la intención de voto favorable de la Senadora señora Allende.
)------------------(
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , quiero reiterar la solicitud de que la Sala dé por aprobado en general un proyecto sobre apicultura que complementa a otro relativo a la misma materia, ya despachado por el Senado para su segundo informe, con el objeto de que sea tratado en detalle por la Comisión de Agricultura.
Estamos a la espera de tal iniciativa, que además se acordó fusionar con aquella a que me estoy refiriendo.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo?
El señor LETELIER.-
¿Se quiere votar?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
No. La idea es dar por aprobado en general el proyecto para que pueda pasar a la Comisión y fusionarse con el otro.
El señor PROKURICA.-
Pero no ha sido votado. No puede darse por aprobado sin antes votarlo.
El señor TUMA.- Lo que estoy pidiendo es que pase a la Comisión de Agricultura.
El señor LETELIER.-
Hay que explicar el proyecto. Dar un informe sobre él.
El señor TUMA.-
Ya lo expliqué.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Los proyectos ya están fusionados. Y lo que se está pidiendo es que queden en el mismo estado.
El señor LETELIER.- No pueden estar fusionados, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Pero sí lo están, señor Senador.
El señor LETELIER.-
Es imposible que estén fusionados, señor Presidente , porque no se encuentran en el mismo trámite.
Si entiendo bien la petición del Senador Tuma, lo que se quiere es aprobar en general el que falta, para que quede en el mismo estado que el otro y evaluar su fusión con aquel.
Yo soy autor del proyecto ya despachado por la Sala y no soy de aquellos que pongan dificultades para que se junten las iniciativas. Nunca las he puesto.
Mi duda es la siguiente, señor Presidente. Yo no vi el informe y solo quiero establecer un criterio al aprobar en general el texto a que se refiere el Senador Tuma.
Por eso pedí intervenir. No sé si este es el momento para hacerlo.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Le voy a dar la palabra al señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Ese proyecto, señores Senadores, está en el número 15 de la tabla de hoy. Se halla en primer trámite constitucional y por eso fue refundido con el otro. Esto se acordó en la sesión del 2 de septiembre. Y se encuentra para ser discutido y votado en general por la Sala.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, yo no soy quién para siquiera insinuar una contradicción con el señor Secretario . Tampoco quiero decir que quienes le han entregado la información están equivocados. Sin embargo, al parecer falta un antecedente.
Uno de los proyectos ya fue aprobado en general por la Sala. Tiene urgencia y ya lo está tratando la Comisión.
Yo soy partidario de lo que ha planteado el Senador Tuma en términos de aprobar el que figura en el número 15 de la tabla para que se fusione y se trate simultáneamente con el otro, si así se decide. No tengo dificultad en eso.
Lo único que quiero es decir algo sobre el proyecto del Senador Tuma para que quede en acta, si me lo permite, señor Presidente.
El señor PÉREZ VARELA.-
Y hay que fijar plazo para las indicaciones.
El señor LETELIER.-
También.
Lo que quiero plantear es lo siguiente.
Un proyecto fija un marco de regulación y entrega definiciones sobre la actividad apícola; sobre la protección de sus diferentes etapas, relacionadas tanto con las abejas como principales polinizadores como con la trashumancia, es decir, su movimiento de un lugar a otro, para evitar la contaminación con patologías y enfermedades, así como con la exposición a agrotóxicos. Y también establece normas de fomento.
En la otra iniciativa, el Senador Tuma considera algo de tremenda importancia. Se ha descubierto que ciertos tipos de productos usados hoy dañan brutalmente a los principales polinizadores, que son las abejas. Y ello porque tienen como origen la nicotina. Producen adicción en las abejas y las mata. Así lo indican estudios internacionales.
Es un tema complementario que me parece muy importante. Y, por tanto, quiero dejar en acta mi opinión en cuanto a que ambos proyectos son compatibles y pueden ser trabajados en conjunto.
Algunos discutirán si esta es una materia que debe estar en la ley o en el reglamento, o si debe corresponder a una atribución del SAG, pero eso ya será parte de la discusión particular.
En suma, soy partidario de aprobar la iniciativa que figura en el número 15 de la tabla y opino que sí es compatible con la que ya fue despachada en general por la Sala.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, el colega Letelier ha señalado que no tiene reparo en que el proyecto sea aprobado por unanimidad en la Sala para que pueda comenzar a ser analizado en particular por la Comisión.
Es un texto complementario con el otro. Por lo tanto, no lo atrasemos y permitamos que prosiga el debate en la Comisión de Agricultura.
Aparece en el número 15 de la tabla. Y lo que estoy pidiendo es que sea despachado por la Sala para que pueda fusionarse con el otro. Ya hay un acuerdo de la Sala en ese sentido.
En consecuencia, pido proceder en esos términos para que pueda pasar a la Comisión y esta quede facultada para iniciar el debate en particular.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobarlo en general, abriendo plazo para formular indicaciones?
El señor MOREIRA.-
No, señor Presidente. Hay que votar.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
La otra alternativa es poner en votación general el proyecto del Senador Tuma, que se haga la discusión y después fijar un plazo para las indicaciones.
¿Habría acuerdo para aquello?
El señor MOREIRA.-
En esos términos, sí.
El señor PROKURICA.-
De acuerdo.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Muy bien.
Entonces, pasamos a discutir el proyecto.
REGULACIÓN DE ACTIVIDAD APÍCOLA
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Conforme a lo recién acordado, corresponde discutir en general el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Tuma, García, Harboe y Matta, en primer trámite constitucional, que establece regulación de la actividad apícola, con informe de la Comisión de Agricultura.
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.144-01) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Tuma, García, Harboe y Matta):
En primer trámite, sesión 30ª, en 30 de junio de 2015.
Informe de Comisión:
Agricultura: sesión 50ª, en 8 de septiembre de 2015.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Cabe hacer presente que en sesión de fecha 2 de septiembre la Sala acordó refundir el presente proyecto de ley con el iniciado en moción del Senador señor Juan Pablo Letelier, en atención a que ambos regulan la actividad apícola.
Los principales objetivos de la iniciativa son:
a) Proteger la salud de las abejas para mantener su rol imprescindible en la salud, la alimentación y la agricultura del país.
b) Proteger sus hábitats, fomentando sus condiciones de biodiversidad para que subsistan y prosperen las colonias de abejas y otros polinizadores naturales.
c) Desarrollar la industria apícola nacional y local, especialmente la de los pequeños productores.
La Comisión de Agricultura discutió la iniciativa solamente en general y aprobó la idea de legislar por la mayoría de sus miembros presentes. Votaron a favor los Senadores señores García, Harboe y Letelier y se pronunció en contra el Honorable señor Moreira.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en las páginas 34 a 45 del primer informe de la Comisión de Agricultura.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
En discusión general la iniciativa.
Tiene la palabra el Senador señor Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, solamente quiero dejar constancia de que creo que todo esto ha terminado por convertirse en un enredo -con todo respeto-, y yo solamente voy a ejercer mi derecho a votar en contra por las razones que hice ver en la Comisión, porque este proyecto, lamentablemente, fue cuestionado y yo voy a ser consecuente con lo que manifesté en ella.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, esta iniciativa es, lamentablemente, bastante controversial.
Por un lado, estamos todos de acuerdo en crear condiciones de fomento y desarrollo de nuestra actividad apícola. Esta ha ido conquistando mercados en forma creciente, particularmente en Europa. La miel chilena, por nuestra posición estratégica, por nuestras barreras naturales: la cordillera, el mar, es muy muy valorada en mercados bastante exigentes. Y nos parece del todo razonable que busquemos un justo equilibrio para que la actividad apícola tenga un desarrollo que le permita llevar adelante todas sus potencialidades.
Por otro lado, también concordamos en la necesidad del progreso de nuestra agricultura, pensando en que Chile sea una potencia agroalimentaria.
Cuando en la Comisión discutimos en general el proyecto del Senador Letelier y también la idea de legislar de la iniciativa del Senador Tuma, se dijo una frase que a mí me marcó mucho: "sin abejas no hay agricultura".
Con mayor razón, entonces, debemos hacer un esfuerzo por poner las cosas en una balanza y equilibrarlas bien. Porque la contraparte de eso, como viene en varios artículos del proyecto que nos propone el Senador Tuma , es prohibir el uso de determinados insecticidas, de ciertos elementos químicos beneficiosos para la agricultura, para el control de plagas, etcétera, pero letales para el desarrollo apícola, mortales para las abejas.
Y quiero señalar que en la Comisión de Agricultura vamos a hacer el esfuerzo por lograr ese justo equilibrio. Aquí nadie está contra la agricultura. ¡Nadie podría estarlo! Representamos a zonas agrícolas, tenemos alto aprecio por el trabajo que se hace en el campo y por la vida rural.
En consecuencia, nuestro desafío es cómo equilibramos estos dos valores: el desarrollo apícola y el desarrollo de nuestra agricultura, para que Chile se transforme cada día más en potencia agroalimentaria.
Estoy seguro de que, trabajando las diferentes materias, asesorándonos con los técnicos correspondientes, podremos presentar a la Sala un muy buen proyecto en la discusión en particular, que -como digo- compatibilice ambos desarrollos: el de la apicultura y el de la agricultura.
Voto a favor.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, esta iniciativa, que es complementaria a la que ya se encuentra en la Comisión de Agricultura, tiene por finalidad proteger a los polinizadores, en especial a las abejas.
Hemos señalado que la importancia de los polinizadores en la agricultura es vital. Puede que tengamos una debilidad en la industria apícola, pero eso va a redundar también en la debilitación de la agricultura. No puede haber agricultura próspera, fértil, sin que se garantice a los polinizadores realizar su trabajo.
Lo anterior tiene que ver con cómo garantizamos, a su vez, que los polinizadores dispongan de un medio ambiente en el cual puedan recibir una alimentación adecuada.
Las estadísticas nos indican que en los últimos años ha habido un incremento en la mortandad de los polinizadores, y de las abejas, en especial. Normalmente, cada invierno se perdían 10 por ciento de las colmenas. Hoy, 50 por ciento.
Entre las razones de ello están, por supuesto, el cambio climático; la urbanización, porque hay menos sectores agrícolas y menor cantidad de árboles o vegetación con las flores necesarias para la polinización.
Pero, asimismo, las cifras nos muestran que el monocultivo y los productos utilizados para combatir las plagas de insectos están relacionados con elementos fatales para las abejas y los polinizadores.
Con los antecedentes y los estudios que va a manejar la Comisión de Agricultura se podrá evaluar efectivamente cómo logramos equiparar la existencia de una agricultura con producción de intensidad y con cultivos en los que se puedan utilizar elementos de protección antiplagas que no atenten contra los polinizadores.
Tenemos que encontrar el equilibrio de que hablaba el Senador García.
Eso se puede lograr con la iniciativa que se encuentra en la Comisión de Agricultura, que tiene por finalidad el fomento de esta actividad, y con la que está en discusión, que busca el control de un patrimonio, como el existente en lo fitosanitario, mediante la protección de los polinizadores. Y con tal objeto se establecen en este proyecto medidas de control en el traslado de las abejas, en la internación de panales que pudiesen tener alguna infección o en el decreto de cuarentena en determinados lugares, en la protección del lugar donde se alimentan las abejas.
Por tanto, si hay voluntad de proteger y de fomentar esta industria y también la agricultura, ello pasa por cómo regulamos esta materia.
En consecuencia, en cuanto al artículo que a algún señor Senador pudiese no gustarle, relativo al control de determinado plaguicida, en la Comisión se resolverá, en definitiva, si los estudios ameritan o no fijar algunas prohibiciones de su uso en algunos lugares.
Creo que este es un avance, señor Presidente , porque no solamente se apoya a la industria apícola de la miel, sino que además se fortalece a una industria que está emergiendo en Chile, conformada especialmente por pequeños productores. Y de ahí que considero que es un deber de este Congreso Nacional establecer una regulación sensata, adecuada, razonable, para efectos de promover esta industria y proteger a nuestros polinizadores.
Invito a los colegas a apoyar esta iniciativa.
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (7 votos a favor, 3 en contra, dos abstenciones y dos pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Goic y Muñoz y los señores García, Girardi, Horvath, Pizarro y Patricio Walker.
Votaron por la negativa los señores García-Huidobro, Moreira y Pérez Varela.
Se abstuvieron los señores Chahuán y Prokurica.
No votaron, por estar pareados, los señores Ossandón y Tuma.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Terminado el Orden del Día.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Se les dará curso conforme al Reglamento.
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--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
Del señor GARCÍA:
A los señores Directores del Servicio de Salud Araucanía Norte y del Servicio de Salud Araucanía Sur, requiriéndoles información acerca de LISTAS DE ESPERA CONCERNIENTES A CONSULTAS MÉDICAS POR ESPECIALIDAD Y A CIRUGÍAS AUGE Y NO AUGE.
Al señor Director del Hospital Hernán Henríquez Aravena, de Temuco, solicitándole antecedentes sobre NÚMERO DE PACIENTES EN LISTA DE ESPERA PARA CIRUGÍAS NO AUGE AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015.
Del señor MATTA:
A la señora Ministra de Justicia, para que informe acerca de MODIFICACIÓN DE ARTÍCULO 361 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.
A la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, pidiéndole estudiar otorgamiento de SUBSIDIO A USO DE BICICLETA PARA TRASLADO A LUGAR DE TRABAJO.
Al señor Ministro de Obras Públicas, requiriéndole SOLUCIÓN A PROBLEMAS DE CONECTIVIDAD DE VECINOS DE COMUNA DE LONGAVÍ y antecedentes sobre PROYECTOS DE CONECTIVIDAD EN SECTORES DE MIRAFLORES, LA PUNTILLA Y HUIMEO, COMUNA DE LONGAVÍ.
Al señor Ministro de Agricultura , a fin de pedir PROGRAMAS PERMANENTES DE GESTIÓN DE RIESGO PARA PEQUEÑOS PRODUCTORES AGRÍCOLAS E INFORMACIÓN DE ACCIONES ANTE EMERGENCIAS.
Al señor Director Nacional de Obras Hidráulicas , pidiéndole informar sobre ESTADO GENERAL DE SISTEMA DE AGUA POTABLE EN LAS DISTINTAS REGIONES y acerca de TRAMITACIÓN DE PROYECTO DE LEY DE SERVICIO SANITARIO RURAL.
Del señor PROKURICA:
Al señor Ministro de Desarrollo Social , solicitándole dar a conocer ESTADO DE TRAMITACIÓN DE RECOMENDACIÓN TÉCNICA DE PROYECTO DE REPOSICIÓN HOSPITAL COMUNITARIO DE HUASCO.
Al señor Ministro de Obras Públicas, para que informe sobre ESTADO DE AVANCE DE ESTUDIOS DE COMPORTAMIENTO DE PRINCIPALES QUEBRADAS AFECTADAS POR ALUVIONES EN REGIÓN DE ATACAMA.
Al señor Intendente de la Tercera Región , con el fin de que comunique diversos antecedentes sobre CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN CHAÑARAL Y EL SALADO(CANTIDAD, CARACTERÍSTICAS, UBICACIÓN, COSTO TOTAL Y NÚMERO DE BENEFICIADOS).
A la señora Directora del Servicio de Salud de Atacama , pidiéndole información sobre DAÑOS SUFRIDOS POR HOSPITAL DE COPIAPÓ DEBIDO A ALUVIONES DE 25 DE MARZO DE ESTE AÑO y ESTADO DE TRAMITACIÓN DE PROYECTO DE REPOSICIÓN DE HOSPITAL DIEGO DE ALMAGRO.
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Ofrecida la palabra, sucesivamente, en los tiempos de los Comités Partido MAS (Movimiento Amplio Social); Partido Unión Demócrata Independiente; Partido por la Democracia; Independientes; Partido Demócrata Cristiano e Independiente; Partido Renovación Nacional, y Partido Socialista, ningún señor Senador interviene.
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El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:26.
Jefe de la Redacción
Manuel Ocaña Vergara.
ANEXO DE SESIÓN
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, INICIADO EN MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES OSSANDÓN, GARCÍA–HUIDOBRO, GUILLIER, QUINTEROS Y TUMA, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 83 DE LA CARTA FUNDAMENTAL QUE FACULTA A ALCALDES PARA DEDUCIR QUERELLAS POR DETERMINADOS DELITOS DE ALTO IMPACTO LOCAL, PREVIO ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL(10.316-06)
Relevancia del problema
La seguridad pública constituye una de las urgencias más apremiantes de la máxima autoridad de la nación. Ella impacta directamente en el contenido de diversas garantías fundamentales, tales como la vida, la integridad física y psíquica, la libertad ambulatoria y la propiedad. Además, incide de manera indirecta en el catálogo de todos los demás derechos consagrados en la Constitución y las leyes.
La sensación de inseguridad de la población y el miedo a ser eventual víctima de algún delito representa un desafío persistente, reflejado en distintas mediciones sociológicas. Sin ir más lejos, la encuesta del Centro de Estudios Públicos de agosto de 2015 mostró que el 60% de la población cree que la materia “seguridad, asaltos y robos” debe ser la principal urgencia del Gobierno, situándose por encima de los esfuerzos en salud, educación y salarios. Además, el 71% de los ciudadanos encuestados declaró sentirse insatisfecho con los niveles de seguridad ciudadana.
Sin embargo, hay formas nuevas de inseguridad que comprometen más gravemente el bien común. La generación intencional de incendios forestales, la quema reiterada de maquinaria agrícola y los bombazos en el sistema de transporte público, por citar los casos más emblemáticos, dejan en evidencia que el combate global a la inseguridad no está dando los resultados esperados.
Si bien el Estado posee el monopolio en el uso de la fuerza para reprimir los delitos, esa exclusividad no queda cuestionada si es que se revisa la manera como la sociedad activa los procedimientos de la persecución penal. En este sentido, el rol de los alcaldes, como los principales encargados del bien común de su territorio local, debe ser considerado atentamente. La descentralización de atribuciones tiene que probar que el combate a la inseguridad comienza por quienes conocen de manera inmediata las necesidades de su gente. Los municipios son la primera cara del Estado ante los vecinos, y es a ellos a quienes los ciudadanos exigen cuentas en las materias sensibles que afectan su diario vivir.
El centralismo en materia de seguridad pública
En nuestro actual régimen jurídico, un procedimiento penal puede iniciarse de tres maneras: de oficio por el Ministerio Público, por una denuncia o por una querella.
La denuncia es la forma más sencilla para poner en ejercicio la acción punitiva del Estado ante un hecho que revista caracteres de delito. La puede realizar cualquier persona (art. 172 del Código Procesal Penal), lo que comprende desde luego a los alcaldes para denunciar los delitos que tengan ocurrencia en su comuna. En todo caso, la denuncia empieza y termina con la comunicación del hecho ante el Ministerio Público, Carabineros, la Policía de Investigaciones, Gendarmería o algún tribunal con competencia en lo penal, de manera que el denunciante no adquiere mayor protagonismo en el procedimiento que allí se puede generar.
Por el contrario, el querellante es un interviniente en el proceso penal, razón por la cual la facultad para deducir querella por un determinado delito queda restringida a ciertas personas (art. 111 Código Procesal Penal). Como regla general, la querella puede ser interpuesta por la víctima, su representante legal o su heredero testamentario. Asimismo, la puede deducir cualquier persona capaz de comparecer en juicio y domiciliada en la provincia, pero sólo respecto de hechos punibles cometidos en ese territorio que constituyan delitos terroristas, o también si los delitos son cometidos por un funcionario público que afectare garantías constitucionales o se causaren en contra de la probidad pública. Por último, los órganos y servicios públicos pueden interponer querellas cuando sus leyes orgánicas los faculten expresamente. Tal es el caso del Ministerio del Interior, los Intendentes y los Gobernadores, quienes gozan de una atribución mucho más robusta y procesalmente efectiva que la simple denuncia. Ellos pueden querellarse por algunos delitos relacionados con la alteración grave del orden público, la afectación de la seguridad pública, los hechos de violencia en recintos deportivos y el tráfico ilícito de drogas, según se desprende del artículo 3º, literal a), del D.F.L. Nº 7.912, que organiza las Secretarías de Estado.
En este contexto, parece adecuado que el Ministerio del Interior, los Intendentes y los Gobernadores puedan deducir querellas por algunos delitos preestablecidos. Pero que los alcaldes se encuentren privados de esa facultad, resulta una prohibición carente de sentido práctico y que refleja una concepción excesivamente centralista en materia de seguridad ciudadana. Las Municipalidades son el servicio público que mantiene un contacto más inmediato con la ciudadanía y con sus necesidades, siendo el brazo de la Administración del Estado más conectado con los problemas locales. En consecuencia, no parece razonable que el Ministerio del Interior, el Intendente y el Gobernador, que se encuentran en una posición geográfica mucho más lejana de la comuna de lo que se encuentra el alcalde, tengan de manera exclusiva una atribución valiosísima y que muchas veces no ejercen.
En consecuencia, es importante generar un cambio que sume con potestades reales al alcalde en el combate de la delincuencia, que vaya más allá de ser un simple denunciante con derechos sustancialmente menores al querellante.
La querella como herramienta procesal más efectiva
La interposición de una querella otorga importantes facultades a su titular. En primer lugar, le permite no sólo adherir a la acusación del Ministerio Público, sino también acusar particularmente cuando califique jurídicamente en forma distinta los hechos; plantear otra forma de participación del acusado; solicitar una pena distinta; ampliar la acusación del fiscal; y ofrecer la prueba necesaria para sustentar la acusación particular.
En segundo lugar, la figura del querellante impide que los fiscales puedan decretar el archivo provisional de la investigación bajo el argumento que no hay antecedentes que permitan desarrollar actividades conducentes al esclarecimiento de los hechos. Tercero, permite que el querellante actúe como controlador de las salidas alternativas al procedimiento (acuerdos reparatorios y suspensión condicional), inhibiendo al fiscal de solicitar salidas más fáciles. Por último, el querellante puede intervenir en la negociación de las penas que hacen el fiscal y el tribunal. Cabe advertir que ninguna de estas actuaciones puede realizarlas un denunciante, pues son exclusivas de las prerrogativas de la querella.
Por estos motivos, es preciso realizar un cambio legislativo en la pieza más alta de la pirámide normativa, modificando el artículo 83 de la Constitución Política, que señala que la acción penal no sólo la ejerce el Ministerio Público sino también el ofendido por el delito y las demás personas que determine la ley. En este precepto, es pertinente añadir la atribución del alcalde para deducir querellas por al menos algunos delitos.
Contenido del proyecto
El proyecto tiene por finalidad legitimar a los alcaldes para deducir querellas por ciertos delitos, equiparando esta atribución a la que dispone hoy el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, los Intendentes y los Gobernadores. Las requisitos copulativos que envuelven esta atribución edilicia son tres: contar con el acuerdo del concejo municipal; debe tratarse de ciertos delitos fundados y preestablecidos, no cualquiera; y respetar el orden de prelación en el ejercicio de la querella.
Ante todo, el proyecto precisa que para deducir la querella el alcalde debe contar con el acuerdo del concejo municipal. Este requisito obedece a tres razones. Desde luego, una decisión de esta naturaleza debe importar una necesaria transversalidad política, de manera que asegure un respaldo institucional o piso de legitimidad al alcalde en su accionar. También, resuelve un problema práctico referido a la necesidad de contar con recursos económicos para contratar los servicios de un abogado, en caso que la Municipalidad no tenga uno propio, lo que debe aprobar el concejo. Por último, si la querella resulta ser calumniosa, hay condena en costas o se demandan perjuicios, la responsabilidad patrimonial la asume la Municipalidad como un cuerpo.
El proyecto, además, señala que la querella debe efectuarse en contra de casos sumamente fundados ocurridos en el territorio de la Municipalidad y que afecten un interés colectivo de tal entidad que haga claramente necesaria su persecución.
De esta manera, en primer lugar los alcaldes podrán deducir querella por delitos que alteren gravemente el orden público, entendiéndose por tales aquellos que impidan o perturben gravemente la regularidad de las actividades empresariales, laborales, educacionales o sociales, o bien el funcionamiento de los servicios públicos o esenciales para la comunidad, o bien impidiendo o limitando severamente a un grupo de personas el legítimo goce o ejercicio de uno o más derechos, libertades o garantías reconocidos por la Constitución.
En segundo lugar, los alcaldes podrán querellarse por delitos que comprometan significativamente la seguridad pública, entendiéndose por tales aquellos que generen en toda la población o en un sector de ella el temor de ser víctima de delitos de la misma especie, tales como violación, estupro, homicidio, lesiones corporales, robo con violencia, robo con fuerza en las cosas, hurto, abigeato, receptación, usurpación, incendios, delito de daños. Siguiendo el mismo razonamiento del artículo 3º del D.F.L. Nº 7.912, en el concepto de compromiso significativo de la seguridad pública nunca podrán considerarse las faltas, los cuasidelitos, los delitos de acción privada, ni los incluidos en los Párrafos 2 y 5 del Título III; Párrafos 5, 7 y 8 del Título IV; Párrafos 2 bis, 3, 5 y 7 del Título VI; todos los del Título VII, salvo los de los Párrafos 5 y 6; los de los Párrafos 2, 4, 6 y 7 del Título VIII; los de los Párrafos 7 y 8 del Título IX, y los del Título X, todos del Libro Segundo del Código Penal.
En tercer lugar, los alcaldes podrán deducir querella por delitos que constituyan violencia en recintos deportivos, entendiéndose por tales aquellos contemplados en la ley N° 19.327, sobre prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional.
En cuarto y último lugar, los alcaldes podrán querellarse por delitos que versen sobre el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, para lo cual se estará a lo contenido en la ley Nº 20.000 del mismo nombre.
Finalmente, el proyecto establece un orden de precedencia en el ejercicio de la querella. Este se conforma, en un primer llamado, por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, los Intendentes y los Gobernadores, que hoy regula el D.F.L. Nº 7.912, de manera que solamente a continuación de ellos, cuando no hubieren ejercido esta forma de inicio del procedimiento, los alcaldes podrán interponer la querella.
Con esto se evita la multiplicidad injustificada de querellantes con intereses superpuestos, que involucra un gasto excesivo de recursos fiscales y atenta contra el principio de economía procesal.
Por las razones antes expuestas, someto a vuestra consideración el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo Único.- Agrégase al inciso segundo del artículo 83 de la Constitución Política de la República, inmediatamente a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente expresión:
“Los alcaldes, con el acuerdo del concejo municipal, podrán querellarse por los delitos ocurridos dentro de su territorio y que alteren gravemente el orden público, comprometan significativamente la seguridad pública, constituyan violencia en recintos deportivos o versen sobre el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Con todo, los alcaldes no podrán querellarse por estos hechos cuando lo hubieren efectuado previamente el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el Intendente o el Gobernador respectivo, quienes siempre tendrán la preferencia de esta forma de inicio del procedimiento.”.
(Fdo.:): Manuel José Ossandón Irarrázabal, Senador.- Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Senador.- Alejandro Guillier Álvarez, Senador.- Rabindranath Quinteros Lara, Senador.- Eugenio Tuma Zedan, Senador.
PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY N° 19.664 EN LO RELATIVO A LOS MÉDICOS QUE NO CUMPLEN CON SU PERÍODO ASISTENCIAL OBLIGATORIO DERIVADO DE SUS PROGRAMAS DE ESPECIALIZACIÓN (10.318-11)
1.- Antecedentes:
Según estudios de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del MINSAL la lista de espera en la red pública alcanzó en junio (2015) 1.859.657 casos, lo que equivale a cerca del 15% del total de los asegurados por FONASA, que no pertenecen al AUGE. Sin embargo, a junio de 2015 de las enfermedades AUGE existían 10.173 garantías de oportunidad retrasadas acumuladas, registro más alto evidenciado en los últimos cortes trimestrales. [1]
En el caso de la lista de espera no GES, se observa que un 88% corresponde a una espera por una consulta a un especialista, espera que a su vez supera en el 78% de los casos los 120 días. Para el caso de las intervenciones quirúrgicas (22% de los casos), más de la mitad de quienes esperan lo han hecho por más de un año. En suma, tres de cada cuatro personas que esperan, son víctimas de un retraso más que considerable para
cada tipo de intervención. [2]
TRES DE CADA CUATRO CASOS EN LISTA DE ESPERA CORRESPONDE A UN RETRASO SIGINIFICATIVO
Lista de Espera de Consultas e Intervenciones Quirúrgicas de patologías no GES (Junio 2015)
Por su parte, la Subsecretaría de Redes Asistenciales informó que entre marzo 2014 a marzo de 2015, la lista de espera de intervenciones quirúrgicas con antigüedad superior a un año aumentó desde 114.560 a 135.113 casos. [3]
El problema de las listas de espera es el factor que hace más visible el descontento de la población hacia FONASA y en general hacia el rol del sector público en salud. Así lo confirma el estudio de opinión a usuarios del sistema de salud de enero de 2014, encargado por la Superintendencia de Salud, que confirma que menos de la mitad de los usuarios de FONASA se siente “protegido o muy protegido” ante un problema de salud, que 26% se siente “desprotegido o muy desprotegido”, y que al preguntar por qué se sienten desprotegidos, 38% responde como primera mención por los largos tiempos de espera para la atención, 11% menciona en primer lugar la poca disponibilidad de horas médicas y 7% la falta de especialistas. En la misma encuesta, 40% de los usuarios de FONASA menciona como primer aspecto negativo de su seguro de salud mala atención y largos tiempos de espera, y 17% alega problemas de cobertura, como la falta de especialistas. [4]
La falta de médicos especialistas es nombrada históricamente como una de las posibles causas del problema de oportunidad en la atención de quienes asisten al sector público. [5]
Un reciente estudio de la DIPRES evidenció la dispersión de las cifras que dan cuenta de la brecha de médicos especialistas, la que alcanza más de 66% entre la brecha de 2.397 especialistas calculada por un estudio del Banco Mundial (de 2010) y la estimación de una brecha de 1.437 especialistas que entregó el MINSAL para 2011. En este sentido, la principal recomendación del estudio de DIPRES fue “identificar adecuadamente la brecha de especialistas y subespecialistas en la red pública de salud”, lo cual implica definir y validar una metodología de estimación de brechas. [6]
Con posterioridad, el MINSAL entregó una nueva cifra de brecha de especialistas, fijándola en 2.791 cargos (y 1.004 subespecialistas). Sin embargo, no se presentó una metodología que valide dicho cálculo, por lo que el esfuerzo de la actual administración de formar 4.000 especialistas durante el periodo 2015-2018 podría resultar a la larga ineficiente para abordar tan importante desafío. [7]
2.- Acciones de Gobierno para Enfrentar Crisis de Médicos Especialistas en la Salud Pública:
De acuerdo a lo informado por el MINSAL, el presupuesto 2015 contempla un aumento de 80,2% en los recursos para este fin, lo que implica destinar $80.118 millones a la formación de especialistas. [8]
Lo anterior destinado a cumplir el compromiso del programa de gobierno que implica elaborar un plan de trabajo que incentive el ingreso de 1.110 médicos en la Atención Primaria de Salud y formar 4.000 especialistas durante el periodo 2015 – 2018. Lo anterior, en línea con los nuevos desafíos sanitarios, las necesidades de salud de la población y diseñada según las características y realidades de las redes de servicios públicos del país. [9]
A través del “Plan de Formación y Retención de Especialistas en el Sector Público de Salud”, el gobierno de la Presidenta Bachelet busca fortalecer los equipos de salud, mejorar la capacidad resolutiva de los establecimientos y disminuir las listas de espera. [10]
3.- Fundamento del Proyecto:
Dado los antecedentes expuestos en los párrafos anteriores, el déficit de los médicos especialistas es evidente, y el tema es de tal trascendencia nacional, toda vez, que uno de cada ocho médicos no está devolviendo su beca de especialidad.
El último balance hecho por Salud y entregado al Congreso muestra que, en mayo de este año, 1.510 médicos especialistas debían estar cumpliendo su Período Asistencial Obligatorio. La cifra incluye a los profesionales que debían comenzar a devolver sus becas desde 2009 en adelante.
De ellos, sin embargo, 205 no han regresado a trabajar en el sistema público, como se comprometieron. Así, uno de cada ocho especialistas no está devolviendo su beca.
Y las razones son variadas. Según el ministerio, de ese número 156 no lo han hecho porque tienen trámites pendientes, que van desde que los propios servicios de salud no han resuelto la situación de los médicos hasta licencias médicas e interrupciones de la devolución de la beca por razones académicas.
Un segundo grupo, de 49 profesionales, no ha comenzado su período de devolución de beca pese a haber sido contactados y notificados por las autoridades. Por ello se exponen a multas de alrededor de $120 millones y a la inhabilitación para postular a cualquier cargo en la administración del Estado por hasta seis años, pero estas sanciones son insuficientes, toda vez que no disuaden al becario haberse compelido a cumplir.
De esos 49 médicos, 19 ya fueron inhabilitados y 15 están en proceso de sanción. Respecto de los 15 restantes, aún no se han tomado acciones.
Para enfrentar el déficit de casi 3.800 médicos especialistas y subespecialistas en el país, según la última estimación de brecha, una de las prioridades del Ministerio de Salud ha sido aumentar el número de becas para formar a esos profesionales. Sin embargo, es de suma importancia considerar no solo formar más especialistas sino que los que se encuentran ya formados por el Estado retribuyan su experiencia y conocimientos adquiridos a la Salud Pública por el tiempo por el cual se comprometieron.
Es por estas razones aquí expuestas que se viene en sugerir el siguiente:
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY N° 19.664 QUE ESTABLECE NORMAS ESPECIALES PARA PROFESIONALES FUNCIONARIOS QUE INDICA DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y MODIFICA LA LEY Nº 15.076, ESTABLECIENDO UNA NUEVA SANCIÓN EN CASO DE NO CUMPLIR LA OBLIGACIÓN DE DESEMPEÑARSE EN LOS ORGANISMOS A QUE PERTENECEN.
ARTÍCULO ÚNICO: Modificase el artículo 12 de la Ley N° 19.664, de la siguiente forma:
a.- Agregase la siguiente expresión nueva en el inciso primero del artículo 12 luego del punto final que pasa a ser una coma “, constituyendo un requisito de validación del programa de especialización.”
b.- Intercalase entre los vocablos “obligación” y “deberá” la siguiente expresión nueva: “no podrá ejercer la respectiva especialidad y a su vez”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, CON EL QUE MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 340 SOBRE CONCESIONES MARÍTIMAS PARA REGULAR LA EXTRACCIÓN DE AGUA DE MAR (10.319-12)
I.- Antecedentes [1]:
El agua dulce es un recurso natural único y escaso, esencial para la vida y las actividades productivas, y por tanto directamente relacionado con el crecimiento económico.
La disponibilidad de agua dulce en el mundo es limitada, además existe una distribución desigual del recurso en las distintas superficies continentales, dando lugar a zonas de abundancia y zonas de escasez de agua [2]. Ejemplo de ello es la zona norte de Chile, que es una de las zonas más secas del planeta, con escasos recursos hídricos superficiales y en la que, además, existe una creciente demanda de agua por parte de las distintas actividades productivas y el consumo humano.
Para la minería, que es y seguirá siendo una de las actividades productivas de mayor importancia en Chile, la disponibilidad y gestión adecuada del agua es clave para su sustentabilidad. Como es sabido, la actividad minera nacional se desarrolla en condiciones particulares, la mayor parte de los yacimientos están emplazados en la zona norte del país, zona que enfrenta una limitada disponibilidad del recurso hídrico, por tanto el agua se ha convertido en un insumo crítico, estratégico y de alto costo. Por tanto, esta situación de disponibilidad limitada del recurso y que además presenta una demanda creciente que compite con otros sectores de la economía, ha motivado al sector minero a seguir aumentando los niveles de eficiencia, a partir de soluciones tecnológicas y a generar nuevos mecanismos para enfrentar los nuevos desafíos en cuanto al abastecimiento del recurso hídrico en el norte del país como, por ejemplo, el uso de nuevas fuentes de agua.
Frente a esta situación de estrechez hídrica en el norte de Chile, se adiciona otro tema crítico a considerar como son los posibles impactos derivados del cambio climático. En particular, dentro de los potenciales impactos de este fenómeno sobre los recursos hídricos en esta zona, hay dos aspectos que destacan, uno derivado del cambio en temperaturas y otro de los cambios en precipitación. El primero dice relación con la reducción del área andina capaz de almacenar nieve entre las estaciones del año. Las crecidas invernales de los ríos con cabecera andina, se verán incrementadas por el consiguiente aumento de las cuencas portantes, y la reserva nival de agua se verá disminuida. En cuanto a las precipitaciones, éstas se incrementarían en primavera y verano en la región altiplánica pero disminuirían desde Antofagasta al sur del país (alrededor de 20-25% de variación negativa). Como consecuencia, aumentaría la aridez en el norte del país [3].
Estos posibles impactos, y cómo afectarán a los distintos sectores productivos, incluyendo minería están siendo analizados por especialistas a través de distintos estudios enmarcados dentro del contexto del Plan de Acción Nacional de Cambio Climático insertado en la Estrategia Nacional de Cambio Climático.
Este Plan de Acción tiene el objetivo de establecer el nivel de vulnerabilidad de los recursos hídricos frente a escenarios climáticos proyectados a nivel de cuencas, identificando y evaluando los impactos climáticos en los sistemas hídricos seleccionados y definir las opciones que permitan la adaptación del uso de los recursos hídricos al cambio climático.
Para cumplir este propósito, el Plan de Acción Nacional de Cambio Climático en una de sus líneas de acción indica la necesidad de determinar la disponibilidad futura de agua para consumo humano, minería, agricultura y generación eléctrica, considerando los efectos del cambio climático y sus proyecciones de demanda.
En este contexto, resulta clave elaborar proactivamente una proyección de consumo de agua por parte de la industria minera.
Como punto inicial de esta tarea, cabe destacar que la Mesa Público Privada Nacional de la Gestión del Recurso Hídrico y la Minería en Chile, ha trabajado desde el año 2007 en generar información clave sobre la situación actual de la minería respecto a un insumo tan estratégico como el agua.
Uno de los resultados de la Mesa fue consensuar y validar cifras del consumo de agua de la minería del cobre en el país. Es así como en marzo 2008 se publicó el Informe Técnico “Derechos, extracciones y tasas unitarias de consumo de agua del sector minero regiones centro-norte de Chile”, realizado por Proust Consultores para la División de Estudios y Planificación de la DGA.
La información generada en este estudio, sumada a la información disponible en COCHILCO (para efectos de la elaboración de otros estudios), son la base para construir posibles escenarios de proyección de la demanda futura de agua del sector minero en función de proyecciones de producción futura de cobre.
II.- Uso de Agua de Mar en la Minería [4] :
La minería de cobre en la Región de Antofagasta aporta al Producto Interno Bruto (PIB) de nuestro país cerca del 10% del total, donde las miles de toneladas de fino extraídas en la zona corresponden al 16,6% de la producción mundial y el 52,8% de lo producido en nuestro país. Si analizamos el PIB regional, encontramos que el 62,7% corresponde a la actividad minera y el porcentaje restante son actividades que están encadenadas a esta.
Existe consenso que la minería es importante para Chile y las cifras así lo demuestran. Sin embargo, la actividad minera no está exenta de desafíos y es por ello que a la hora de proyectar la actividad en los próximos años surgen las siguientes preguntas: ¿Cómo la minería enfrentará la escasez de agua en la región? y ¿cómo se hará cargo del uso de agua de mar?.
En este contexto, el sector productivo minero sabe que para proyectarse de manera sustentable requiere de agua y dada la escasez del recurso hídrico en el norte de Chile, en particular en la Región de Antofagasta, ha obligado a la industria a buscar nuevas fuentes de agua. Según datos entregados por la Comisión Chilena de Cobre (Cochilco) la demanda de agua fresca de la minería de cobre esperada al 2021 va desde los 13 m3/seg en 2013 a los 18 m3/seg, lo que representa un aumento del 38%. Por su parte, el abastecimiento estimado de nuevos proyectos con agua de origen marino es de 5,4 m3/seg, lo que implicaría una disminución del 23,9% del total de agua fresca continental demandado si no se utilizara dicho recurso.
Es ahí que el uso de agua de mar surge como opción real para el uso en la minería. Compañías como Minera Esperanza, actual Centinela, primera faena a gran escala en utilizar agua de mar, sin desalar, en su proceso productivo. Para lograr esto, se impulsa agua de mar desde su muelle ubicado en la localidad de Michilla, trasladando el recurso mediante un acueducto de 145 kilómetros longitud que desemboca en una piscina ubicada a un costado de su planta concentradora situada en la comuna de Sierra Gorda.
El agua de mar desalada es sometida a un tratamiento de osmosis inversa, electrodiálisis, destilación multiefecto (MED), evaporación flash (MSF) o destilación por energía solar. Luego, a través de un proceso físico-químico se eliminan los minerales y se obtiene el agua dulce. Por otro lado, también hay procesos productivos que utilizan agua de mar directamente solo con un tratamiento básico que elimina material orgánico e inorgánico, pero no su contenido salino.
Cifras [5].
En la Región de Antofagasta el uso de agua de mar y desalada en la minería ha tenido un alza sostenida en los últimos años. En 2013, y con los proyectos de desalación en funcionamiento, se utiliza 659 L/s de agua desalada, mientras que el agua de mar directa sin procesar llega a los 1.613 L/s. Entre las faenas mineras que actualmente utilizan agua de mar está la ya mencionada Minera Centinela, que capta el recurso desde Michilla, y también Minera Escondida. Si consideramos los proyectos que se encuentran en fase de evaluación de factibilidad o de aprobación, la utilización de agua de mar en la minería alcanzaría los 4.793 L/s de agua desalada y 1.815 L/s de agua de mar.
Sin embargo, los costos de energía en Chile siguen siendo muy altos (0.12 US$/kWh), esto hace que no todos los proyectos u operaciones mineras puedan usar agua de mar (salada o desalada) y en algunos casos incluso los hace inviables. En promedio, el costo de impulsión por cada 1000 m.s.n.m. varía entre 1 a 1.5 US$, por lo que trasladar un metro cúbico de agua de mar desalada sobre los 3.000 m.s.n.m. es del orden de los 4 a 7 US$ y supera en más de cuatro veces los costos de captar el agua dulce en la cordillera, llegando en algunos casos hasta 10 veces. El valor de agua fresca es aprox. 1.6 US$/m3.
Proyección [6].
El director del Centro de Investigación Tecnológica de Agua en el Desierto (Ceitsaza), Leonardo Romero, es concluyente al señalar que “la utilización de agua de mar no es solo una solución para las mineras, sino también una forma de liberar el agua dulce para otros usos y permitir la restauración de ecosistemas dañados”.
Romero agrega que el uso de agua de mar (desalada o no), el reuso y la construcción de un modelo de gestión integral regional del recurso que facilite la toma de decisiones, son, al parecer, la solución inmediata y efectiva para descomprimir el estrés hídrico en que se encuentra la Región de Antofagasta. Por lo mismo, el uso de este recurso debe estar asociado a un modelo de negocios que tome en cuenta el aspecto social, dado la inversión y el costo operacional que implica impulsar el agua a las faenas mineras por sobre los 2000 m.s.n.m.
El uso de agua de mar irá creciendo y ya existen esfuerzos para que esta alza siga. En 2013, ingresó al parlamento un proyecto de ley presentado por un grupo transversal de diputados que plantea que aquellas empresas mineras cuya extracción de agua continental sobrepase los 150 L/s, tendrán obligatoriamente que incorporar el agua de mar dentro de sus procesos productivos. En ese sentido, Leonardo Romero señala que pese a que no hay una obligación legal, las empresas mineras ya consideran el uso de agua oceánica.
“En este momento, pensar que un nuevo proyecto minero funcione con agua continental ya es cosa del pasado. Toda nueva iniciativa de este tipo ya tiene asumido que tiene que incorporar agua de mar a sus procesos. Si bien no es obligación por ley, las empresas que están dedicadas al rubro minero ya saben que su fuente de agua es el Océano Pacífico”.
Lo señalado por Leonardo Romero también lo reafirma Cochilco en sus proyecciones del uso de agua de origen marino, donde se ve un considerable aumento en demanda de agua de mar para el año 2021, en su mayoría como fuente de abastecimiento en nuevos proyectos. Según este organismo, el monto proyectado de inversión en operaciones que utilizarán agua de mar con su respectivo sistema de impulsión alcanzará los US$ 5.447 millones.
III.- Régimen Jurídico del Mar [7] :
La regulación del mar se compone de normas internas de rango constitucional, legal y reglamentario, y por tratados internacionales destinados a regular la utilización del mar y la explotación de los recursos, como se sintetiza a continuación.
1. Tratados Internacionales [8]
Chile suscribió la Convención del Mar de las Naciones Unidas [9] , que según su preámbulo busca “establecer por medio de esta Convención, con el debido respeto de la soberanía de todos los Estados, un orden jurídico para los mares y océanos que facilite la comunicación internacional y promueva los usos con fines pacíficos de los mares y océanos, la utilización equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, la protección y la preservación del medio marino y la conservación de sus recursos vivos.”.
2. Regulación Constitucional y Legal (Propiedad de las Aguas) [10]
El artículo 19 Nº 23 de la Constitución Política de la República (C.P.R.) establece como bienes del Estado, aquellos que deben pertenecer a la nación y son declarados en ese rango por ley.
Los bienes estatales están excluídos del comercio humano, sólo admiten su uso y goce por medio de autorizaciones, permisos o concesiones temporales administrativas.
El artículo 585 del Código Civil contempla “la alta mar” como una de aquellas cosas que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres, disponiendo que no es susceptible de dominio, que ninguna nación, corporación o individuo tiene derecho de apropiársela, y que su uso y goce es determinado entre individuos de una nación por las leyes de ésta, y entre distintas naciones por el derecho internacional.
Luego, el artículo 593 del Código Civil dispone que el “mar adyacente”, hasta la distancia de 12 millas marinas, es mar territorial y de dominio nacional, y que forman parte de las aguas interiores del Estado.
El artículo 595 del Código Civil dispone que todas las aguas, entre las que se incluyen las marítimas son bienes nacionales de uso público.
Luego, el artículo 598 del Código Civil dispone que generalmente en todos los bienes nacionales de uso público, incluyendo el mar y sus playas, el uso y goce estarán sujetos a las disposiciones del mismo Código, y a las ordenanzas generales o locales que sobre la materia se promulguen.
Finalmente, el artículo 599 del Código Civil dispone que nadie podrá construir, sino por permiso especial de autoridad competente, obra alguna sobre las calles, plazas, puentes, playas, terrenos fiscales y demás lugares de propiedad nacional.
En este sentido, la utilización de los bienes nacionales de uso público relacionados con el mar, se regula en el Decreto con Fuerza de Ley N° 340 sobre Concesiones Marítimas del año 1960 y su reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 2 publicado el 20 de Abril de 2006 del Ministerio de Defensa Nacional.
IV.- Explotación del Mar [11]:
Uno de los usos privativos del mar tiene lugar mediante las Concesiones Marítimas, las que otorgan derechos para que un particular, mediante un acto administrativo denominado Concesión, pueda hacer uso y goce de manera privativa de este bien nacional de uso público.
El artículo 2º del D.F.L. Nº 340 dispone que la entrega de las concesiones es una facultad privativa del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría Para Las Fuerzas Armadas, las que pueden ser entregas sobre:
Playas de mar;
Terrenos de playas fiscales dentro de una faja de 80 metros de ancho medidos desde la línea de más alta marea de la costa litoral;
Concesiones de roca;
Concesiones de fondos de mar;
Concesiones de porciones de agua dentro y fuera de las bahías; y,
Concesiones en ríos o lagos navegables por buques de más de 100 toneladas, como así también sobre las playas de los mismos.
Conforme al artículo 3º del D.F.L. N° 340, las Concesiones Marítimas pueden tener cualquier destino, siendo irrelevante ello para su calificación. Además, al tratarse de un derecho creado por un acto administrativo, se encuentran sujetos a un plazo máximo de 50 años (arts. 3 y 5 del Reglamento de Concesiones Marítimas) y a un régimen de caducidad por incumplimiento de algunas de las obligaciones que se imponen al momento de otorgarse la concesión respectiva.
V.- Aspectos Legales de las Concesiones para el Establecimiento de Plantas Desalinizadoras [12]:
Dependiendo de la naturaleza de la infraestructura que se utilice para la operación de la planta desalinizadora, la Concesión Marítima que la ampare podrá incluir distintos espacios marítimos, tales como playa de mar, terreno de playas fiscales, concesiones de roca, de fondo de mar y cuerpos de agua [13].
La Concesión que se entrega es para la “utilización” de los bienes, por lo que ella ampara sólo la instalación de la infraestructura, y no la extracción de los mismos. Efectivamente, el Reglamento de Concesiones Marítimas, al definir qué debe entenderse por porción de agua, dispone, en su artículo 1º Nº 31, que es el “Espacio de mar, río o lago, destinado a mantener cualquier elemento flotante estable”, sin hacer referencia alguna a la extracción del mismo.
Por este motivo, puede sostenerse que existe un título concesional específico que permitiría la extracción de agua de mar para su posterior desalinización. No obstante, el artículo 4º del Reglamento establece que corresponde a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante Nacional, autorizar la extracción de materiales varios que se encuentren en las áreas sujetas a su fiscalización y control. Conforme con ello, si se considera al agua de mar como un material, la extracción del mismo, para su posterior desalación podría encontrarse ello autorizado a partir de este artículo.
Además, hay que tener presente la Ley N° 19.300 de 2010, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, cuyos artículos 73 y siguientes se refieren a materias relacionadas con permisos ambientales previstos en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
VI.- Rol del Estado para impulsar Plantas Desalinizadoras [14] :
En el marco constitucional vigente el Estado actúa conforme al Principio de Subsidiariedad positiva activa o positiva, con la finalidad de obtener el bien común (incisos 3° y 4° del artículo 1° C.P.R.).
Además, la integración armónica y la igualdad de oportunidades para la población es uno de los objetivos primarios del Estado para la consecución del bien común (inciso 5 Art. 1º C.P.R.).
La disponibilidad de recursos hídricos, en este caso, las aguas marinas, se enmarcaría dentro de la consecución de estos objetivos; el consumo de agua potable sería parte fundamental de los siguientes derechos:
Derecho a una vida digna (Art. 1º inc. 1º).
Derecho a la vida y la integridad física y psíquica de las personas (Art. 19 Nº 1) el derecho a la protección de la salud (“corresponderá (al Estado) la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud” (Art. 19 Nº 9).
Derecho a realizar actividades económicas, como el uso y goce de predios agrícolas y actividades de la industria y la minería (al amparo del Art. 19 N° 24 en relación al Art. 19 Nº 23).
VII.- Sistema de Concesiones [15]:
Conforme a la actual Carta Fundamental, los órganos públicos deben desarrollar políticas públicas en áreas de bien común, que involucre el interés nacional, en que los privados por sí solos no pueden actuar o bien lo hacen de manera deficiente (principio de subsidiariedad del art. 1° C.P.R.) [16] .
El abastecimiento de agua para consumo humano, riego y labores productivas estratégicas para el desarrollo del país, como la minería, califican como actividades de interés nacional, lo que justificaría la necesidad de regular [17].
Por ello, hasta la fecha se ha recurrido a un mecanismo determinado para la intervención del Estado en esta materia, que sería la asociación público - privada, mediante el sistema de Concesiones contemplado en la Ley de Concesiones y su reglamentación complementaria [18]. Cabe recordar, que el artículo 1º de la Ley de Concesiones, autoriza a regular bajo su amparo las “licitaciones o concesiones que deben otorgarse respecto del uso y goce de bienes nacionales de uso público” [19].
VIII.- Suministro Energético [20]:
La Ley de Concesiones permite desarrollar áreas de servicios que se convengan (Art. 1º).
Esto admite idear en las Bases de Licitación, actividades complementarias que permitan viabilizar y optimizar el modelo de negocios que haga atractivo el interés de particulares para formar parte de esta asociación público privada.
El abastecimiento energético de este tipo de plantas puede ser parte de los requerimientos de instalación.
IX.- Sistema de Concesiones: Procedencia Jurídica [21].
La actuación del Estado propia del marco jurídico especial de “asociatividad público-privada” al amparo del Sistema de Concesiones, no constituye una “actividad económica” propia del denominado “Estado Empresario” (art. 19 N° 21 CPR), por lo que no requiere de Ley de Quórum Calificado.
El Estado, mediante la Ley de Concesiones (Art. 1) está habilitado para convocar a licitaciones y aceptar iniciativas privadas sobre bienes nacionales de uso público declarados por ley (art. 19 N° 23 C.P.R.), entre los cuales se encuentran las aguas marítimas.
X.- Conclusión sobre Necesidad de Modificaciones Legales para la Actividad de Desalinización [22]:
Las consideraciones anteriores permiten sostener que las actividades de desalinización no requerirían modificaciones legales para realizarse, requiriéndose el cumplimiento de calificaciones ambientales positivas dentro del proceso regular del SEIA y las autorizaciones sectoriales.
Estas descripciones de normativa general y particular habrían sido reconocidas en el EIA de Escondida, que habría obtenido su RCA aprobados sin reparos de legalidad.
XI.- La Desalación del Agua: Regímenes Comparados [23].
La desalación corresponde a una técnica utilizada por algunos países para combatir el estrés hídrico de las últimas décadas, con variaciones de sus elementos estructurales, los que van desde el régimen propio del agua salobre, hasta aquel aplicable al agua desalada, pasando por la actividad misma de desalación de agua de mar.
En relación al aprovechamiento del agua salobre, si la generalidad de los países analizados requieren de títulos administrativos que les permitan a los particulares aprovechar del elemento hídrico (Chile, España, Argelia), sólo excepcionalmente la actividad de desalación sigue el régimen de servicio administrativo en sentido estricto (que es el caso de la Isla de Canarias, en España), sujetándose en general al otorgamiento de concesiones o autorizaciones (que es el caso de España y Chile, donde el desarrollo de la actividad en general reclama de ambos títulos) o únicamente concesiones (como parece ocurrir en el caso de Argelia).
En relación al agua desalada, las reglas civiles aplicables a la especificación permiten concluir que ésta seguirá en general el régimen de un bien privado, incorporado al patrimonio del especificante producto de la accesión de mueble a mueble (que es el régimen en vigor en nuestro país). Sólo de manera reciente algunos estados han alterado este estatuto mediante la incorporación de disposiciones expresas en un sentido diverso, que prevén la publificación del agua desalada. Es lo que ocurre desde el año 2005 en España respecto de la generalidad del agua, como también en el caso de Argelia, aunque sólo en relación a aquella sujeta a una finalidad de utilidad pública.
La desalación de agua puede consistir en una actividad puramente privada, puramente pública, o sujeta a un régimen concesional, que desconcentra su realización a favor de los particulares. Estos últimos regímenes parecen corresponder a las reglas generales aplicables en el derecho comparado, tanto por la naturaleza del agua como por el emplazamiento de las industrias desalinizadoras.
El aprovechamiento del agua salobre [24]
En relación al aprovechamiento del agua salobre, deben distinguirse al menos dos aspectos. Por un lado, el régimen de bienes aplicables al estatuto jurídico del agua (1) y, por el otro, el título administrativo que es exigible para su aprovechamiento (2).
1. El régimen de bienes aplicable al agua salobre [25]
La naturaleza jurídica aplicable al agua salobre incide en los títulos administrativos que permiten su aprovechamiento. En efecto, más allá del mar territorial, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 califica a las aguas como un “patrimonio común de la humanidad” [26], lo que permite aprovechar el elemento sin necesidad de título alguno. A contrario, al interior del mar territorial el agua pierde el estatuto de res communis, quedando su calificación dentro de las atribuciones soberanas de los estados ribereños. A estos efectos, tanto España como Chile recurren a la calificación de bien público, régimen que a diferencia de las cosas comunes sí permite requerir de un título administrativo para la desalación del agua.
2. El título administrativo para la desalación del agua [27]
El funcionamiento de una industria desalinizadora requiere, a lo menos, dos títulos administrativos relacionados. Primero, aquel que autoriza el emplazamiento de la instalación y, segundo, el aplicable al hecho de aprovechar el agua. En este sentido, tanto Chile como España utilizan el régimen concesional respecto del primer aspecto, y el autorizacional en relación al segundo.
En efecto, la instalación de una industria desalinizadora en nuestro país debe entenderse sujeta al régimen de Concesiones Marítimas, consagrado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 340 de 1960 y su reglamento, régimen conforme al cual es indiferente “el uso a que se destine la concesión y el lugar en que se encuentren ubicados los bienes” (artículo 3 del Decreto con Fuerza de Ley N° 340 de 1960). Ahora bien, si en principio el título concesional sólo es aplicable a la instalación (y no al aprovechamiento del agua), un título administrativo en este sentido puede entenderse exigido por el artículo 4 del Reglamento. Conforme a esta disposición: “corresponderá especialmente a la Dirección el autorizar la extracción de materiales varios que se encuentren en las áreas sujetas a su fiscalización y control” [28].
Una situación similar se produce en España, si se considera que la instalación desalinizadora se sujeta a una concesión de riego y que el aprovechamiento mismo puede también entenderse sujeto a un régimen autorizacional. En efecto, esta situación puede entenderse prevista indirectamente por la Ley de Costas, a partir del concepto de rentabilidad de la operación. Al menos, si se considera que conforme al artículo 51.1 de la Ley mencionada: “estarán sujetas a previa autorización administrativa las actividades en las que, aun sin requerir obras o instalaciones de ningún tipo, concurran circunstancias especiales de intensidad, peligrosidad o rentabilidad, y asimismo la ocupación del dominio público marítimo-terrestre con instalaciones desmontables o con bienes muebles” [29]. Todo lo cual puede entenderse aplicable si se considera la utilidad que obtendrá el titular de la instalación luego de que tenga lugar el procedimiento aplicable a la desalación de agua de mar.
La desalación de agua de mar [30]
Si bien la producción de agua potable puede calificarse como una misión de servicio público, su gestión no siempre se desarrolla de la misma manera. Así, si en algunos casos es una gestión pública (1), en otros consiste en una simple gestión privada (2).
1. La desalación como gestión pública [31]
El modelo de gestión pública ha sido el implementado originalmente en España, por la Ley de Aguas de Canarias de 1990, que consistió en la primera legislación de dicho país sobre la materia [32].
En efecto, el artículo 5 de la Ley de Aguas de Canarias de 1990 señalaba que “al objeto de cumplir los principios enumerados en el artículo anterior [entre los cuales se consagraba compatibilidad del control público y la iniciativa privada respecto de los aprovechamientos hidráulicos] y en relación con el dominio públicos hidráulico, la Comunidad Autónoma de Canarias declara como servicios públicos las actividades consistentes en: 1) La producción industrial de agua, mediante técnicas de potabilización, desalación, depuración u otras semejantes”. Sin embargo, el régimen previsto por esta ley fue posteriormente liberalizado en el resto del país, conforme al Real Decreto 1327/1995, del 28 de julio, sobre las instalaciones de desalación de agua marina o salobre, que consagró por primera vez la desalación como gestión privada.
2. La desalación como gestión privada [33]
Si bien la incorporación de particulares no desnaturaliza per se el carácter público que posee un servicio en cuestión, ello sí influye en el modelo de gestión que es consagrado por él. Como se ha señalado, a nivel comparado la gestión privada del servicio en materia de desalación ha sido establecida mediante el otorgamiento de títulos concesionales o autorizatorios a favor de particulares, tanto en España como en Chile.
La similitud que presenta la gestión privada en ambos países es que la desalación supone el otorgamiento de por lo menos dos títulos administrativos relacionados. Por una parte, un título concesional, que se aplica respecto de la instalación de la industria y, por el otro, uno autorizatorio, relacionado con el aprovechamiento del agua salobre por el particular que desea desalarla. Un sistema alternativo ha sido consagrado en Argelia, mediante la Ley Nº 5-12 del 4 de agosto de 1995, relativa al agua, que en principio establece un único título administrativo para estos efectos: la concesión, que contempla por lo demás de manera expresa un uso destinado para desalar el agua de mar, a diferencia de lo que ocurre en España y en nuestro país, donde este empleo sólo se afirma de manera interpretativa, a partir de disposiciones generales. En efecto, el Título V, Capítulo 1 de la esta ley consagra dos secciones independientes, dedicadas al régimen autorizatorio y concesional, respectivamente. Y conforme al artículo 77 de la ley, quedan sujetas al régimen concesional de utilización de recursos en agua, entre otros, el establecimiento de instalaciones de desalación de agua de mar o de desmineralización de aguas submarinas.
Una vez analizadas las posibilidades de configurar el régimen del aprovechamiento del agua salobre y de desalación, queda por determinar la propiedad del agua desalada.
La propiedad del agua desalada [34]
Dos posibilidades regulatorias se presentan en relación al régimen aplicable al agua desalada. Por una parte, aquel en el cual ésta conserva su régimen público (1) y, por el otro, aquel por el que ella es calificada como un bien privado, mediante la especificación (2).
1. La afectación pública [35]
La publificación corresponde al estado primitivo del agua salobre en la mayor parte de los países, que califican el agua de su mar territorial y costas bajo este régimen jurídico. Si bien esta calificación puede ser debatida una vez ocurrida su desalación, en ciertos casos ella es consagrada de manera expresa. Es lo que ocurre en España y Argelia.
En efecto, la legislación española de 1999 consagraba la afectación pública del agua desalada de manera limitada, condicionándola a su vertimiento a un cauce o a su mezcla con el agua natural (artículo 2). No obstante, actualmente la ley en España “es tajante al considerar que el agua desalada es demanial en todo caso” [36] (disposición final primera del artículo 2 de la Ley 11/2005, del 22 de junio, por la que se modifica el Plan Hidrológico Nacional). Una situación similar, aunque más limitada, parece derivarse en cambio de la legislación de Argelia, conforme a su Ley Nº 5-12 del 4 de agosto de 1995, relativa al agua. Según lo dispone su artículo 5, sólo forman parte del dominio público las aguas desaladas y las aguas submarinas desmineralizadas afectas a un fin de utilidad pública. Esta referencia final permite mantener el régimen de propiedad privada respecto del agua que no se encuentra sujeta a dicha afectación, lo que en general ocurre mediante la especificación privada [37].
2. La especificación privada [38]
Si el carácter salobre del agua de mar es uno de los atributos que identifican a esta clase de agua, es posible considerar que su pérdida de salinidad provoca su desnaturalización y, por consiguiente, su desafectación al régimen propio de los bienes públicos.
Si se considera la inexistencia de disposiciones que dispongan lo contrario (como ocurre en España y Argelia), es posible sostener que éste es el régimen vigente en nuestro país, al menos por la aplicación de las reglas generales previstas por el Código Civil relativas a la accesión de mueble a mueble. En efecto, la especificación corresponde a un tipo de accesión que se verifica “cuando de la materia perteneciente a una persona, hace otra persona una obra o artefacto cualquiera” (artículo 662 del Código Civil). De este modo, la producción de agua desalada seguiría un curso similar al aprovechamiento de otros bienes naturales, como los bienes mineros, donde el especificante pasa a adquirir por sus labores, sin perjuicio que en principio dichos elementos se encuentren excluidos del régimen de propiedad, por aplicación del artículo 19 Nº 23 de la Constitución Política de la República.
XII.- Cobro por Actividad de Desalinización de Agua de Mar y Propuesta Normativa [39]:
La legislación chilena no contempla el pago de derechos o patentes por la extracción de agua marítima, sin perjuicio de la obligación de pago de patente comercial por la actividad comercial, en virtud de la Ley de Rentas Municipales [40].
POR TANTO, VENGO EN PROPONER EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Modificase el Decreto con Fuerza de Ley N° 340 sobre Concesiones Marítimas en el siguiente sentido:
Agréguese un artículo 3° Bis nuevo: “Para conceder el uso particular por la extracción de agua de mar deberá otorgarse mediante decreto de concesión por el Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaria para las Fuerzas Armadas.
Son Concesiones de extracción de agua de mar para los efectos de esta ley, aquellas que se otorgan para fines de extraer el agua de mar para fines industriales, comerciales o de consumo humano, en las áreas fijadas como apropiadas por el Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaria para las Fuerzas Armadas.
Un reglamento establecerá la renta y/o tarifa que en unidades tributarias mensuales pagará el concesionario de extracción de agua de mar, los periodos de pagos, ya sea por semestres o anualidades, el lugar de pago y los litros por segundo que se considerarán para determinar la renta y/o tarifa.”
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.