Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- SECRETARIO
- Domingo Opazo De Artigas
- SECRETARIO
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Antonio Coloma Correa
- Carlos Ominami Pascual
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. FÁCIL DESPACHO
- OTORGAMIENTO DE NACIONALIDAD CHILENA A DON IAN BERNARD THOMSON NEWMAN. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alfonso Vargas Lyng
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- DEBATE
- OTORGAMIENTO DE NACIONALIDAD CHILENA A DON IAN BERNARD THOMSON NEWMAN. Segundo trámite constitucional.
- VI. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DEL DECRETO LEY Nº 321, SOBRE LIBERTAD CONDICIONAL. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Fulvio Rossi Ciocca
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Sanchez Grunert
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- INTERVENCIÓN : Felipe Salaberry Soto
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Carlos Matus
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- DEBATE
- PAREO
- Maria Isabel Allende Bussi
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Pablo Galilea Carrillo
- Alberto Robles Pantoja
- Ivan Paredes Fierro
- Ivan Moreira Barros
- Carlos Hidalgo Gonzalez
- Pablo Lorenzini Basso
- Lily Perez San Martin
- Victor Barrueto
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Guido Girardi Lavin
- PAREO
- DEBATE
- NORMATIVA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Eduardo Diaz Del Rio
- MODIFICACIÓN DEL DECRETO LEY Nº 321, SOBRE LIBERTAD CONDICIONAL. Primer trámite constitucional.
- VII. PROYECTOS DE ACUERDO
- ESTABLECIMIENTO EN LA LEGISLACIÓN CHILENA DE EQUIVALENTE DE CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD. (Votación).
- DEBATE
- ESTABLECIMIENTO DE IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS DELITOS CONTRA LA HUMANIDAD.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Eugenio Tuma Zedan
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Maria Isabel Allende Bussi
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ESTABLECIMIENTO EN LA LEGISLACIÓN CHILENA DE EQUIVALENTE DE CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD. (Votación).
- VIII. INCIDENTES
- MUERTE DE PACIENTE EN CONSULTORIO DE CONCEPCIÓN. Oficio.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Enrique Jaramillo Becker
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Enrique Accorsi Opazo
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Juan Masferrer Pellizzari
- Ignacio Urrutia Bonilla
- ADHESION
- ALCANCE A INFORME SOBRE FISCALIZACIÓN DE PROYECTOS AMBIENTALES. Oficio.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Enrique Jaramillo Becker
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Enrique Accorsi Opazo
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Juan Masferrer Pellizzari
- Ignacio Urrutia Bonilla
- ADHESION
- ACTUACIÓN DE LA CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN FRENTE A SITUACIÓN DE LA MULTINACIONAL THAMES WATER. Oficio.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Enrique Jaramillo Becker
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Enrique Accorsi Opazo
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Juan Masferrer Pellizzari
- Ignacio Urrutia Bonilla
- ADHESION
- ANTECEDENTES SOBRE GASTOS POR CONCEPTO DE ARRIENDOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS. Oficios.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Enrique Jaramillo Becker
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Enrique Accorsi Opazo
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Juan Masferrer Pellizzari
- Ignacio Urrutia Bonilla
- ADHESION
- CONTRATACIÓN DE MÉDICO LEGISTA E INSTALACIÓN DE EQUIPO DE RAYOS EQUIS EN HOSPITAL DE PARRAL. Oficios.
- ADHESION
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Juan Masferrer Pellizzari
- Enrique Jaramillo Becker
- Rodrigo Gonzalez Torres
- ADHESION
- POSTA RURAL PARA SECTOR ANGOSTURA DE LA COMUNA DE SAN FERNANDO. Oficios.
- ADHESION
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Enrique Jaramillo Becker
- Enrique Accorsi Opazo
- Sergio Ojeda Uribe
- ADHESION
- HOMENAJE A LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, EN EL 140º ANIVERSARIO DE SU FUNDACIÓN. Oficios.
- DENUNCIA DE IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE CARAHUE. Oficio.
- HOMENAJE A LOS 25 AÑOS DE LA CORPORACIÓN DE AYUDA AL LIMITADO VISUAL, COALIVI. Oficios.
- HOMENAJE A ESCUELA EL MAITÉN, DE LA COMUNA DE LA UNIÓN, EN SU TERCER ANIVERSARIO. Oficio.
- ADHESION
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Sergio Ojeda Uribe
- ADHESION
- DESTINACIÓN DE PERSONAL DE CARABINEROS A LABORES AJENAS A LA FUNCIÓN POLICIAL. Oficio.
- ADHESION
- Enrique Jaramillo Becker
- Sergio Ojeda Uribe
- ADHESION
- MUERTE DE PACIENTE EN CONSULTORIO DE CONCEPCIÓN. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- PORTADA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 353ª, ORDINARIA
Sesión 2ª, en martes 7 de junio de 2005
(Ordinaria, de 19.16 a 22.28 horas)
Presidencia de los señores Ascencio Mansilla, don Gabriel; y Ojeda Uribe, don Sergio.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- FÁCIL DESPACHO
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- PROYECTOS DE ACUERDO
VIII.- INCIDENTES
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
V. Fácil Despacho.
- Otorgamiento de nacionalidad chilena a don Ian Bernard Thomson Newman. Segundo trámite constitucional 9
VI. Orden del Día.
- Modificación del decreto ley N° 321, sobre libertad condicional. Primer trámite constitucional 13
- Normativa contra la discriminación. Primer trámite constitucional 27
VII. Proyectos de acuerdo.
- Establecimiento en la legislación chilena de equivalente de crímenes contra la humanidad. (Votación) 36
- Establecimiento de imprescriptibilidad de los delitos contra la humanidad 36
VIII. Incidentes.
- Muerte de paciente en consultorio de Concepción. Oficio 38
- Alcance a informe sobre fiscalización de proyectos ambientales. Oficio 38
- Actuación de la Corporación de Fomento de la Producción frente a situación de la multinacional Thames Water. Oficio 39
- Antecedentes sobre gastos por concepto de arriendos para el funcionamiento de servicios públicos. Oficios 40
- Contratación de médico legista e instalación de equipo de rayos equis en hospital de Parral. Oficios 40
- Posta rural para sector Angostura de la comuna de San Fernando. Oficios 41
- Homenaje a la Facultad de Derecho de la Universidad de Concepción, en el 140° aniversario de su fundación. Oficios 42
- Denuncia de irregularidades en municipalidad de Carahue. Oficio 45
- Homenaje a los 25 años de la Corporación de Ayuda al Limitado Visual, Coalivi. Oficios 45
- Homenaje a escuela El Maitén, de la comuna de La Unión, en su tercer aniversario. Oficio 47
- Destinación de personal de Carabineros a labores ajenas a la función policial. Oficio 48
Pág.
IX. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de la Excma. Corte Suprema por el cual remite su opinión respecto del proyecto que modifica el artículo 31 de la ley N° 19.620, sobre adopción de menores. (boletín N° 3847-18) 49
2. Oficio del señor Contralor General de la República por el cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 143, de la ley N° 10.336, remite libro que contiene la Cuenta Pública correspondiente al año 2004 50
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (108)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen RN V 13
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Concurrieron, también, los senadores señores Juan Antonio Coloma y Carlos Ominami.
-Asistieron, además, los ministros de la Secretaría General de Gobierno, don Osvaldo Puccio, y Directora del Sernam , doña Cecilia Pérez.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 19.16 horas.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Las actas de las sesiones 75ª y 76ª de la legislatura 352ª, extraordinaria, se declaran aprobadas.
El acta de la sesión 77ª, de la misma legislatura, queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ASCENCIO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
V. FÁCIL DESPACHO
OTORGAMIENTO DE NACIONALIDAD CHILENA A DON IAN BERNARD THOMSON NEWMAN. Segundo trámite constitucional.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Corresponde conocer, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al señor Ian Bernard Thomson Newman.
Diputado informante de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía es el señor Alfonso Vargas.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín Nº 3765-07, sesión 48ª, en 9 de marzo de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 2.
-Informe de la Comisión de Derechos Humanos, sesión 65ª, en 13 de abril de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 7.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor VARGAS .-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, paso a informar sobre el proyecto de ley que otorga, por especial gracia, la nacionalidad chilena al señor Ian Bernard Thomson Newman .
Los autores de esta iniciativa recuerdan que la norma constitucional aplicable al caso en informe ha sido instituida para honrar a quienes han entregado su talento, capacidad, perseverancia y abnegación al servicio de nuestra patria, sin perder su nacionalidad de origen, como reconocimiento público al bien realizado.
Tradicionalmente se ha distinguido con este honor a extranjeros que han hecho de Chile su segunda patria y que en su actividad se han distinguido por haber prestado un servicio público permanente en bien de la comunidad.
Por ello, los proponentes de esta iniciativa consideran que la meritoria trayectoria del señor Ian Thomson en nuestro país, representada por su aporte en el campo del desarrollo del transporte y en la conservación y difusión de la relevancia cultural del patrimonio ferroviario, lo hacen acreedor del honor de recibir la nacionalidad chilena por especial gracia.
El 16 de mayo de 1976, arriba a nuestro país como funcionario internacional de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Cepal . En la actualidad, se
desempeña como jefe de la Unidad de Transporte de ese organismo. Su estado formal en Chile era de residente oficial, hasta que, en octubre de 2004, le fue concedida la permanencia definitiva.
El señor Thomson, desde hace más de veintiocho años, ha probado su enorme cariño y admiración por nuestro país, realizando diversas actividades voluntarias y no remuneradas en el área de la cultura y de la técnica, entre las que se destacan las siguientes:
Entre 1983 y 1986, promovió la constitución de la Asociación Chilena de Conservación del Patrimonio Ferroviario, de la cual fue su secretario ejecutivo, desde 1984 a 1986, y su presidente , hasta 1995.
Destaca como una de las tareas exitosas de la asociación dirigida por el señor Thomson, en colaboración con Ferrocarriles del Estado, el hecho de haber devuelto el tren a vapor a los rieles del país, esta vez como atracción turística, tales como el Tren de La Araucanía, entre Temuco y Lonquimay ; el “Expreso del Recuerdo”, entre Santiago y Cartagena; el “Tren de las Américas”, entre Santiago y Los Andes , y el tren entre Antofagasta y Arica.
Entre los logros alcanzados por el señor Thomson como presidente de esa asociación sobresale el haber obtenido la declaración de monumento nacional de la Casa de Máquinas de Temuco, con sus catorce locomotoras a vapor, y el haber influido para revocar la decisión de levantar la vía férrea de la red norte entre El Melón y Caldera , como estaba programado.
También fue socio fundador de la Sociedad Chilena de Ingeniería de Transporte, entidad académica dedicada al desarrollo y a la aplicación de las mejores prácticas en esa área.
Desde mayo de 2002, es visitador especial del Consejo de Monumentos Nacionales, reconocido por el Ministerio de Educación.
El señor Thomson es el único integrante de América Latina en el directorio de la Internacional Association for Railway History, con sede en Paris, y ha propuesto celebrar en Chile el tercer congreso de esa asociación en el año del Bicentenario.
Asimismo, el señor Thomson ha elaborado numerosos estudios sobre la economía y la historia de los ferrocarriles de toda América Latina, con un enfoque particular de la historia de nuestro país.
Es autor del libro “Red Norte: la historia de los ferrocarriles del norte chileno”, publicación de 252 páginas, patrocinado en 2003 por el Instituto de Ingenieros de Chile y editado en inglés en 1997.
Es coautor, con su amigo Dietrich Angerstein, del libro: “Historia del Ferrocarril en Chile”, de 302 páginas, publicado por la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos.
El señor Thomson se ha desempeñado como asesor honorario en temas históricos para la Empresa de Ferrocarriles del Estado, EFE, y la Corporación para la Divulgación de la Ciencia y la Tecnología.
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tomó conocimiento de todos estos antecedentes a través de la minuta reglamentaria que expuso el ayudante de dicha comisión, de los innumerables antecedentes consistentes en dos álbumes de recortes de prensa que dan cuenta de la labor del señor Thomson, así como de la revisión de sus publicaciones que forman parte del expediente de este proyecto. En mérito de ello sus integrantes estiman de toda justicia hacer realidad su interés de arraigarse en nuestro país, a fin de continuar desarrollando su actividad en estas materias y otorgar una retribución a las acciones de este extranjero, cuyo amor por Chile y por su pueblo ha quedado demostrado, desde hace más de dos décadas, mediante su esfuerzo desinteresado en beneficio de nuestro patrimonio cultural, expresando este reconocimiento de la forma más solemne, cual es conferir al señor Ian Thomson la especial gracia de nacionalización por ley.
Para el despacho de este proyecto, la Comisión consideró lo expresado en ocasiones anteriores, en el sentido de que la nacionalidad por gracia debe otorgarse en forma selectiva, considerando que la Carta Fundamental entrega al Congreso Nacional una delicada responsabilidad al conferirle la atribución de otorgar esta alta distinción.
Por estimarse cumplidos esos requisitos y haberse acompañado antecedentes escritos y documentos fundados para la concesión de nacionalidad, aparte de haber obtenido el señor Thompson otros reconocimientos que premian la labor efectuada en su ámbito, tras analizar los antecedentes expuestos, la Comisión convino en aprobar el proyecto en informe, por estimar que sus méritos lo habilitan para acceder a este honor público, en conformidad a lo dispuesto en el número 5 del artículo 10 de la Constitución Política de la República.
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los diputados presentes en la sesión en que se votó.
La iniciativa no contiene normas de carácter orgánico constitucional o que requieran de quórum calificado y no necesita ser conocida por la Comisión de Hacienda.
Por lo tanto, la unanimidad de los miembros de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía propone a la Sala que apruebe el proyecto.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda, hasta por cinco minutos.
El señor OJEDA .-
Señor Presidente , he querido intervenir para anunciar mi voto favorable a este proyecto que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al señor Ian Bernard Thomson Newman , así como para señalar los méritos de este gran personaje que ha hecho una gran contribución al país, que ha estado muy cerca de la gente y que ha demostrado gran cariño por nuestro patrimonio, por nuestra gente y nuestra querida patria.
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía hizo un amplio y profundo estudio de la iniciativa, con el objeto de verificar y determinar si efectivamente, de acuerdo con los parámetros establecidos, correspondía otorgar al señor Thompson este gran privilegio que se concede sólo a grandes personajes extranjeros avecindados en Chile y que han realizado una obra trascendente en beneficio del país y de su gente. Así lo consagra el número 5 del artículo 10 de la Constitución Política de la República, que se refiere a las personas que obtuvieren especial gracia la nacionalización por ley.
Es bueno que nuestra Carta Fundamental entregue una facultad de esta naturaleza a los senadores y diputados, que somos quienes estamos en mayor contacto con la gente y conocemos mejor la historia de nuestras ciudades y comunas. De esta manera, también participamos en el reconocimiento que la nación hace a personajes extranjeros que a través de la historia han recibido la nacionalidad chilena por especial gracia, lo que constituye un privilegio, un premio, un reconocimiento importante de su obra.
El número 5 del artículo 60 de la Constitución Política establece que son materias de ley las que regulen honores públicos a los grandes servidores públicos.
Los antecedentes tenidos a la vista en la Comisión indican que el señor Ian Bernard Thomson Newman responde plenamente a las exigencias para ser acreedor a la nacionalidad por especial gracia, puesto que se trata de un hombre que ha defendido nuestro patrimonio ferroviario y que ha estado cerca de nuestra historia. Hablar de Ferrocarriles del Estado es hablar de nuestra historia, de nuestras raíces, de todo lo que fue y es la vida ferroviaria en nuestras ciudades y pueblos.
Por ello, me pronuncio favorablemente por la concesión de la nacionalidad chilena, por especial gracia, al señor Ian Bernard Thomson Newman . Es de justicia y oportuno que lo haga, no sólo en el nombre de mi bancada, sino también en el de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, porque fue aprobado por la unanimidad de sus miembros.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El proyecto se votará al término del Orden del Día.
-Posteriormente, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación general el proyecto de ley que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al señor Ian Bernard Thomson Newman.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 77 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VI. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DEL DECRETO LEY Nº 321, SOBRE LIBERTAD CONDICIONAL. Primer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto, iniciado en moción, que modifica el decreto ley Nº 321, de 1925, sobre libertad condicional.
Diputado informante de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía es el señor Fulvio Rossi.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 3854-17, sesión 71ª, en 4 de mayo de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 4.
-Informe de la Comisión de Derechos Humanos, sesión 1ª, en 7 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 13.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente , el proyecto, en primer trámite constitucional, originado en moción de los diputados señores Juan Bustos , Fulvio Rossi, Sergio Aguiló , Esteban Valenzuela , Guido Girardi, Juan Pablo Letelier , Edgardo Riveros y Gabriel Ascencio y de las diputadas señoras Carolina Tohá y María Antonieta Saa , modifica el decreto ley Nº 321, de 1925, sobre libertad condicional.
Su artículo único modifica el artículo 3º de ese decreto, por el cual se faculta para conceder la libertad condicional a los condenados a presidio perpetuo que cumplan con las condiciones y requisitos que señala. Fue aprobado, en general, por mayoría de votos.
Los fundamentos de esta iniciativa tienen su origen en la ley Nº 19.965, de 25 de agosto de 2004, que concedió indulto a condenados por determinados delitos. Dicha ley solucionó, en gran medida, el problema de los condenados por delitos cometidos por motivación política, facilitando directamente a algunos de los beneficiados la posibilidad de acceder a la libertad condicional por contar con más de diez años de prisión, o bien posibilitando, mediante un régimen mixto, la obtención de beneficios intrapenitenciarios. También excluyó a los condenados a presidio perpetuo por delitos tipificados en la ley Nº 18.314. Por ello los parlamentarios patrocinantes presentamos esta moción por no contar con los quórum previstos por la Carta Fundamental para aprobar una ley de indulto. Tampoco podían acceder a la gracia del indulto particular, pues se encuentra vedado al Presidente de la República por el constituyente en caso de delitos terroristas conforme al artículo 9º de la Carta Fundamental.
Por razones de tipo jurídico administrativas, actualmente permanecen seis condenados por delitos cometidos por móviles políticos y que no pudieron beneficiarse con la ley que se promulgó en agosto de 2004.
Para dar solución al problema de la prisión por delitos con móviles políticos en Chile y permitir a los condenados a presidio perpetuo la obtención de la libertad condicional, se hace imperativo promover una modificación al decreto ley Nº 321, sobre libertad condicional, posibilitando la obtención de dicho beneficio -ex post condena- a los condenados a presidio perpetuo en virtud de la ley Nº 18.314, por delitos cometidos entre el 1 de enero de 1989 y el 1º de enero de 1998, una vez que hayan cumplido diez años de presidio efectivo, al igual como lo dispuso la ley publicada en agosto de 2004.
Es muy importante recalcar -se dijo en la Comisión de Derechos Humanos- que la libertad condicional no tiene vinculación alguna con el indulto ni con la conmutación de una pena. Más bien, es la posibilidad que se otorga, a través de una comisión conformada, entre otros, por jueces elegidos por sus pares, a ciertos detenidos de cumplir la pena fuera del recinto penitenciario hasta la totalidad de la sanción. Es importante señalarlo: no hay indulto ni conmutación.
Ahora, al argumento del problema más bien administrativo que imposibilitó que estos seis condenados se beneficiaran de la ley de indulto de agosto de 2004, hay que agregar que en los procesos hubo, en la mayoría de los casos, doble juzgamiento. Se aplicó la ley antiterrorista, que eleva la penalidad en uno o dos grados, según sea el caso, y se consideró la tentativa como delito consumado, es decir, una ficción de consumación. Hubo además juzgamientos paralelos, carencia de una debida asistencia de letrados, improcedencia del recurso de apelación respecto de algunas resoluciones, restricciones al recurso de casación en contra de la sentencia definitiva, tortura como método utilizado en la obtención de confesiones, aplicación de métodos que retribuyen la delación con la atenuación de las condenas y el rigor de las penas aplicadas -presidio perpetuo-, además de excesiva dilación de los procesos.
Ésos son parte de los argumentos que sustentan y fundamentan esta moción parlamentaria.
Una vez promulgada la futura ley no se otorgará la libertad de manera instantánea a las seis personas a las cuales va dirigida. La petición de libertad condicional no la hará el condenado, sino la denominada Comisión de Libertad Condicional, integrada por los funcionarios que hacen la visita semestral de las cárceles en la ciudad asiento de corte de apelaciones y por jueces de juzgados de garantía o de tribunales de juicio oral elegidos por ellos. En Santiago, la integran diez jueces de dichos tribunales de la jurisdicción, elegidos por ellos.
Insisto en lo que significa la libertad condicional. Primero, están en libertad con ese calificativo; segundo, no pueden salir del lugar que se les fije como residencia sin autorización del Ministerio de Justicia; tercero, están obligados a asistir con regularidad a una escuela nocturna y a trabajar en los talleres penitenciarios mientras no tengan trabajo en otra parte. Después deberán presentarse a la policía del respectivo departamento una vez a la semana con los certificados del taller y de la escuela en que conste que han asistido con regularidad y han observado buena conducta.
En la discusión particular del proyecto se presentó una indicación sustitutiva y el texto que se aprobó por la Comisión es el siguiente.
“Artículo único. Incorpórese en el artículo 3º del decreto ley Nº 321, de 1925, el siguiente inciso final nuevo.
“A los condenados a presidio perpetuo por delitos contemplados en la ley Nº 18.314, que fija la penalidad por conductas terroristas y, además, condenados por delitos sancionados en otros cuerpos legales, se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional, una vez cumplidos 10 años de pena, siempre que los hechos punibles hayan ocurrido entre el 1 de enero de 1989 y el 1 de enero de 1998 y los condenados suscriban en forma previa una declaración que contenga una renuncia inequívoca al uso de la violencia.”.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, intervengo para respaldar el proyecto, presentado por colegas de las bancadas de la Concertación.
Él tiende a corregir una situación de injusticia e inequidad derivada de falencias en la redacción de una legislación aprobada por esta Corporación, la Nº 19.965, de agosto de 2004, ley que, tras un amplio acuerdo político, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, concedió un indulto a condenados por delitos cometidos por motivación política, facilitó a algunos de los beneficiados la posibilidad de acceder a la libertad condicional por contar con más de diez años de prisión, o bien posibilitó, mediante un régimen mixto, la obtención de beneficios intrapenitenciarios.
Sin embargo, hubo cuatro casos de recluidos en los que, no obstante cumplir largas condenas -a esta fecha, entre 12 y 14 años privados de libertad-, no fue posible aplicar esa norma, lo que se constituyó en una suerte de discriminación no buscada ni deseada por la Cámara de Diputados. La idea al aprobar dicha legislación fue obtener las condiciones para la liberación de todos los presos por motivación política que han cumplido sus penas en la cárcel de alta seguridad, todos los cuales eran jóvenes de muy corta edad al momento de la recuperación de la democracia y que, sin embargo, movidos por ideologías políticas, cometieron delitos de ese carácter.
En esta oportunidad, no tiene sentido reiterar todos los argumentos que, en su momento, dimos en la Sala al aprobar el proyecto que posteriormente se convirtió en la ley Nº 19.965. En esa ocasión, hablamos de la aplicación de principios humanitarios, que no tienen colores políticos, y de jóvenes que, en su hora, consideraron que la violencia era un instrumento legítimo para conseguir objetivos políticos. No compartimos esos postulados, pero pudimos entender, sin justificarlos, cómo, en un clima de crispación y tras largos años de un régimen dictatorial, esos y muchos otros jóvenes pudieron verse motivados a utilizar medios violentos para hacer valer sus puntos de vista. Como dice el sociólogo francés Pierre Bordieu , la ley de conservación de la violencia sólo termina engendrando más y más violencia.
A partir de la mediación de la Iglesia Católica, los partidos de la Oposición, la UDI y Renovación Nacional, concurrieron con sus votos a aprobar dicha iniciativa. Hoy les pedimos un gesto semejante para con esos cuatro presos. La liberación de los compañeros de prisión, que en su hora llegaron a ser 160, gatilló en ellos una situación crítica desde el punto de vista emocional, pues, en forma paradójica, han sido condenados por delitos análogos a los cometidos por muchos de sus compañeros de prisión, pero los jueces militares a cargo de sus procesos aplicaron discrecionalmente las penas, como lo autoriza la legislación criminal, y los condenaron a sanciones mucho más altas, hasta llegar, incluso, al presidio perpetuo.
No pedimos para ellos otra cosa que la posibilidad de que puedan obtener la libertad condicional, a partir del examen que, de sus casos, haga una comisión formada por una decena de jueces del crimen de la capital.
No pedimos aprobar una ley de indulto, sino posibilitar que su situación de responsabilidad en los hechos por los cuales cumplen penas y la situación de condena que han vivido durante más de diez años sea analizada por jueces del crimen. Por lo tanto, esas personas no quedarán impunes, pues han cumplido entre 12 y 14 años privados de libertad en la única cárcel de alta seguridad de Chile, aislados del mundo, donde han perdido buena parte de su juventud tras las rejas y, sobre todo, -por eso tenemos la confianza suficiente de plantear sus casos, a fin de conseguir la solución a su problema-, se trata de personas que están plenamente dispuestas a firmar un compromiso formal de renuncia inequívoca a la violencia como instrumento de acción política.
De todos los casos de presos políticos liberados, no existe uno solo en que haya existido reincidencia. Más aún, en el caso de calificar ante la autoridad judicial y penitenciaria como beneficiarios de la libertad condicional, estos jóvenes vivirán prácticamente el resto de sus vidas sujetos a la condicionalidad propia de la libertad a la cual podrían hacerse acreedores, que supone tener un domicilio fijo, someterse al control de la autoridad, tener un trabajo remunerado para autosostenerse y, por supuesto, jamás podrán cometer delito alguno, por mínimo que sea, pues en ese caso perderían su futura e hipotética libertad, ya que este beneficio caducaría de pleno derecho y tendrían que cumplir íntegramente la pena de presidio perpetuo contemplada en la ley antiterrorista que se les aplicó.
En consecuencia, por razones humanitarias y buscando, una vez más, la pacificación de Chile, solicitamos su apoyo para aprobar este proyecto de ley, al cual se suma íntegramente la bancada de diputados del Partido por la Democracia.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Sánchez.
El señor SÁNCHEZ.-
Señor Presidente , el año pasado se otorgó un tardío pero necesario indulto a varios prisioneros políticos que llevaban más de diez años encarcelados. Sin embargo, y por escasa voluntad política, la medida, que benefició a la mayoría de los detenidos en condiciones infrahumanas, no dejó a todos -otrora jóvenes; hoy adultos; algunos padres- en libertad.
No entiendo bien la disposición que tuvieron las autoridades de la cartera de justicia para mantener a esas personas -luchadores sociales- al interior de los penales, en su mayoría recluidos en la Cárcel de Alta Seguridad -CAS- de Santiago, el mismo recinto en el que hoy se encuentran Spiniak, Hopp y otros procesados por delitos contra menores.
Hoy, cuatro prisioneros políticos privados de libertad por más de doce o trece años se encuentran nuevamente en huelga de hambre, única herramienta a la cual echan mano para presionar por la obtención de la ansiada libertad. Estas personas han tenido que martirizar sus cuerpos para presionar por su libertad. Esto quiere decir que todos los mecanismos que tienen a su disposición -que son muy pocos- les están vedados y sólo pueden acudir al autoflagelamiento como arma de lucha. Quiero detenerme un poco en este punto.
El año pasado, cuando se otorgó indulto a un grupo importante de presos políticos, éste llevaba quizás la más larga huelga de hambre que se haya conocido en el país: más de sesenta días. Hoy, estos prisioneros nuevamente se encuentran en huelga y se acercan a los veinte días de huelga líquida, es decir, sólo están bebiendo agua. ¿Sabe cuántas huelgas de hambre han realizado estos hombres, padres de familia, en lo que va corrido de su tiempo de presidio? Once o doce. ¿Qué cuerpo aguanta una exigencia de este tipo?
Muchos de los presos políticos que en la actualidad se encuentran en libertad padecen serios problemas de salud, afectados por el grave deterioro de su sistema digestivo, particularmente del estómago, con deficiencias renales que ya son crónicas.
El pequeño grupo que queda en prisión no ha tenido vida en los últimos quince años. Fueron detenidos a comienzos de los años 90 y trasladado a la ex cárcel pública, no sin antes sufrir torturas y apremios ilegítimos. Tras ello, estuvieron recluidos y se les vulneró todos sus derechos en distintos penales, principalmente en San Miguel y en la ex penitenciaría. Posteriormente se construyó una cárcel especial para ellos -la denominada CAS-, construida a la usanza europea, vulnerándoseles mínimos derechos, con cámaras en los más recónditos lugares, inclusive en los baños del patio. En fin, enumerar el listado de abusos y apremios sería fastidioso, pues estos prisioneros que hoy exigen su libertad han sufrido los más horribles descriterios, con una fuerza de Gendarmería muchas veces desproporcionada y la increíble vista gorda de las autoridades.
Hoy, quiero manifestar mi apoyo a la libertad de esas personas y llamo a reflexionar a todos mis colegas, particularmente de Renovación Nacional y de la Unión Demócrata Independiente, en el sentido de que Chile, el país de todos, requiere de gestos que definitivamente den vuelta la página de tantos hechos dolorosos que nos han dividido y los cuales debemos ser capaces de superar, porque el país no va a crecer, no va a madurar, arrastrando estos graves problemas con seres humanos, compatriotas, en forma indefinida.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , estamos ante un proyecto de ley que claramente representa un avance en materia de justicia, particularmente en relación con los derechos humanos. Son seis jóvenes condenados por delitos con móviles políticos, los que no pudieron ser beneficiados con la ley de indulto general de 2004, por ser procesados y condenados con arreglo a la ley antiterrorista. Aún más, esta legislación significó elevar las penas aplicadas en dos o tres grados.
Además, se dan una serie de circunstancias que hacen suponer que no hubo un debido proceso, como son la existencia de juzgamientos paralelos en las sedes civil y militar, -los juzgados militares carecían de las condiciones mínimas de imparcialidad e independencia requeridas para impartir justicia-, la falta de una debida asistencia de letrados, la improcedencia del recurso de apelación respecto de algunas resoluciones, las restricciones al recurso de casación en contra de sentencias definitivas, la tortura como método utilizado en la obtención de confesiones, la instauración de métodos que retribuyen la delación con la atenuación de las condenas, etcétera.
De manera que la finalidad perseguida con la citada ley de indulto general, de amplio consenso nacional, político y moral, en que participaron entidades eclesiásticas y académicas, requería de este elemento técnico-jurídico, con el objeto de perfeccionarla y hacerla más efectiva. Y esa finalidad es conceder la libertad condicional a los condenados a presido perpetuo una vez que hayan cumplido diez años de presidio efectivo. Estamos hablando de jóvenes que ya han cumplido doce o trece años de prisión.
Además, tenemos que contextualizar el proyecto como corresponde, haciendo una clara diferencia entre el indulto de la ley de 2004 y la actual situación que es distinta y que es una práctica establecida en el derecho penal penitenciario, como es cumplir la pena en libertad, que es la opción de estos jóvenes, que no cometieron ilícitos más graves que los de los beneficiados por la ley sobre indulto de 2004. Además la publicidad de que los beneficiados incurran nuevamente en delitos está reducida a la nada, ya que existirá un sistema de vigilancia especial cuando estén fuera de la cárcel.
Por esa razón, nos parece de plena justicia avanzar y perfeccionar el sistema. Asimismo, porque el espíritu de la ley promulgada un año atrás es que las personas procesadas y condenadas por delitos políticos puedan salir de las cárceles.
La bancada del Partido por la Democracia va a respaldar plenamente este proyecto.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero hacer una precisión.
Desde mi punto de vista, el uso de la violencia en la comisión de un ilícito, cualquiera sea su motivación, no se justifica. Quien comete un acto de violencia y viola las normas jurídicas, debe enfrentar la acción de los tribunales de justicia.
En cuanto a la situación particular a que se refiere este proyecto de ley, reafirmo lo ya señalado por algunos señores diputados. Se trata de personas que debieron ser beneficiadas en su momento por la ley Nº 19.965, de 25 de agosto de 2004, y que hoy permanecen privadas de libertad. Por distintas razones, particularmente por el alcance jurídico de esa ley y por el tipo penal por el cual fueron juzgadas, no pudieron obtener el beneficio y, por lo tanto, existiendo situaciones objetivas, como la necesidad de establecer elementos de equidad entre quienes fueron beneficiados y quienes no, con este proyecto se pretende igualar dichas situaciones, por esta razón lo he copatrocinado.
No obstante, quiero señalar dos aspectos jurídicos que, a mi juicio, es importante tener presentes.
En primer lugar, el objetivo del proyecto es posibilitar la libertad condicional y, en consecuencia, no estamos en presencia de un indulto.
En segundo lugar, la naturaleza de la libertad condicional no es la de la conmutación de una pena, porque la persona en tal condición sigue bajo determinados parámetros de vigilancia; por lo tanto, no estamos ante una conmutación.
En tercer lugar, este proyecto no consolida una situación que pueda perfeccionarse de inmediato cuando entre en vigor, sino que abre una posibilidad. Sus autores tenemos la esperanza de que esa posibilidad se transforme en libertad para cuatro personas que hoy están privadas de ella, ya que las otras dos pueden ser merecedoras de un indulto particular.
Desde ese punto de vista, cuando señalamos que el proyecto abre una puerta, quiero llamar la atención sobre lo que dice el párrafo segundo de la página número 5 del informe que, por su claridad, me limitaré sólo a leerlo -para que después los colegas puedan concurrir con su voto favorable a esta iniciativa-. Dice: “Cabe tener presente que la petición de libertad condicional no la hace el condenado sino una comisión especial denominada Comisión de Libertad Condicional, integrada por los funcionarios que hacen la visita semestral de cárceles en la ciudad asiento de Corte de Apelaciones y por los jueces del crimen más antiguos del departamento. En Santiago integran esta Comisión los 10 jueces del crimen más antiguos del departamento, integración que la ley Nº 19.806 modificó, a partir de su vigencia, al reemplazarlos por 2 ó 10 jueces de garantía o jueces orales, respectivamente, elegidos por ellos.”.
Además, en el artículo único hay una condición básica para que las personas puedan acceder a esta libertad condicional, cual es que “los condenados suscriban en forma previa una declaración que contenga una renuncia inequívoca al uso de la violencia”.
Por lo tanto, a mi juicio, se conjugan elementos básicos para poder igualar las situaciones que dejamos resueltas con la ley antes mencionada y en vigor desde agosto de 2004. Por una parte, se trata de situaciones iguales que debieran tener igual respuesta o tratamiento y, por consiguiente, de resolver un tema de equidad y, por otra, de una rehabilitación real que deberá comprobar la Comisión de Libertad Condicional, pues tenemos a la vista una cantidad de elementos que nos llevan a la convicción de que ha habido una clara rehabilitación; incluso, algunos realmente conmueven como son los casos de esfuerzo literario y poético, y los de quienes tienen una visión del mundo bastante notable, a pesar de haber pasado por una experiencia dura.
Por último, se establece que los condenados suscriban la declaración a la que he hecho mención, para acceder al beneficio de la libertad condicional.
Por las razones expuestas, anuncio mi voto favorable a esta iniciativa, que permitirá a algunas personas tener abierta una puerta real para obtener la libertad condicional.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Aguiló.
El señor AGUILÓ .-
Señor Presidente , conversaba sobre este tema con el diputado Felipe Salaberry , un gran parlamentario que representa a la UDI en la Comisión de Derechos Humanos, y con quien, en otros temas parecidos a éste, hemos intentado llegar a acuerdos. Y lo hacía, porque, más allá de nuestras posiciones políticas diferentes, existen principios humanistas generales que nos pueden orientar para lograr un consenso en la materia que nos ocupa.
No voy a repetir lo que tan sabiamente han dicho quienes me han antecedido en el uso de la palabra. El informe del diputado señor Rossi ha sido muy completo y muy claro, al igual que las intervenciones de mis colegas Eugenio Tuma , Edgardo Riveros y Leopoldo Sánchez .
Sólo quiero recordar lo que no se ha mencionado. En agosto pasado tramitamos un proyecto, presentado por el Gobierno, que en sus orígenes contó con la participación activa de parlamentarios de todas las bancadas. Recuerdo haber asistido a muchas reuniones con don Alfonso Baeza , en las oficinas de la Vicaría de la Pastoral Social, a las que concurrieron los senadores Carlos Bombal y Hernán Larraín , el diputado Pedro Araya , de la Democracia Cristiana, la diputada Carolina Tohá , el diputado Juan Bustos , entre otros colegas.
En esas reuniones, la Iglesia Católica, por intermedio de monseñor Alfonso Baeza , presentó argumentos que a todos nos parecieron extraordinariamente atendibles. Uno de ellos es que, si bien, los jóvenes encarcelados principalmente -aunque no exclusivamente- en la Cárcel de Alta Seguridad, habían cometido delitos, los juicios -si es que así podemos llamarles- a que fueron sometidos se tramitaron sin consideración al debido proceso, es decir, sin abogados; en algunos casos, juzgados por tribunales civiles y militares en forma simultanea; acusados y condenados dos veces por el mismo delito, etcétera. Por lo tanto, en opinión de la Iglesia Católica y de monseñor Baeza era un acto de justicia y de humanidad intentar generar, por la vía legislativa, una iniciativa que permitiera otorgar la libertad a estos jóvenes, que estaban por cumplir diez años efectivos de cárcel y dispuestos a firmar un compromiso de rechazo a la violencia y de adhesión a los métodos pacíficos para participar en la vida política y cívica del país.
Ello motivó que, en agosto del año pasado, se promulgara la ley que permitió la libertad de prácticamente todos los detenidos y condenados por este tipo de delitos, salvo seis, que todavía se encuentran en la Cárcel de Alta Seguridad. Dos de ellos cumplen los requisitos para solicitar el indulto del Presidente de la República y, probablemente, en los próximos días ello se materialice. Todos esperamos que así ocurra, pues sería coherente con la voluntad que tuvo el Presidente de la República al momento de enviar aquel proyecto que, una vez aprobado, permitió la libertad de sus compañeros.
Sin embargo, aún quedan cuatro de estos jóvenes en la Cárcel de Alta Seguridad, que cumplen una condena de prisión de más de 10 años, y de no mediar un proyecto de ley de la naturaleza del que estamos aquí tramitando, no tienen ninguna posibilidad de salir en libertad en los próximos años. Por eso, los diputados de las diversas bancadas de la Concertación propusimos esta iniciativa, que se aprobó por mayoría en la Comisión de Derechos Humanos, y respecto de la cual algunos parlamentarios de la Alianza por Chile están considerando la posibilidad de abstenerse o, eventualmente, apoyarla con su voto favorable, a fin de que estos cuatro jóvenes puedan salir en libertad al igual que los que ya lo hicieron a partir de agosto del año pasado.
Pueden haber dudas jurídicas o de otro orden, pero no respecto de las motivaciones que tuvieron, en su momento, el cardenal Errázuriz y los representantes de la Iglesia Católica para convocar a los parlamentarios de las distintas bancadas a concurrir en un acuerdo que impulsara un proyecto de esta naturaleza. Esas motivaciones, que son nobles, no tienen que ver con simpatías políticas, con el ideal que inspiró o sigue inspirando a estos jóvenes ni con las acciones, las estrategias, las tácticas y los métodos de acción que emprendieron en alguna oportunidad, sino que tienen que ver con una lectura serena, sabia y ponderada de los acontecimientos de las últimas décadas en nuestro país y de las heridas profundas que dichos acontecimientos dolorosos y de mucha violencia causaron en muchas familias dañadas por la represión y por los actos que cometieron los agentes del Estado.
Pero esta iniciativa de la Iglesia Católica también se fundó en la constatación inequívoca de la falta de derechos mínimos a los que no pudieron acceder estos jóvenes cuando estaban siendo sometidos a proceso, particularmente en los tribunales militares.
Por esas razones presentamos este proyecto de ley, que fue aprobado por mayoría de votos en la Comisión de Derechos Humanos. Y por esas razones creo que estamos en condiciones de aprobarlo por unanimidad, aunque ella se obtenga con el voto favorable mayoritario y la abstención de quienes tengan legítimas dudas.
Así como en política, en el ámbito de los derechos humanos los procesos también se están desarrollando, más allá de los discursos, con gestos concretos. En el caso de estos jóvenes, que experimentaron la tortura y la vivencia de más de 10 años de prisión en cárceles de alta seguridad, con todas sus medidas extremas, nuestro sentir es que ya han pagado los errores cometidos. Un gesto como el de hoy podría ser un buen indicador en la línea de lo que queremos construir en nuestro país.
Por eso, espero el voto unánime favorable para el proyecto de ley.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.
El señor SALABERRY.-
Señor Presidente , después de escuchar con atención a los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, quiero pensar que la iniciativa busca aunar criterios y apaciguar espíritus. Sin embargo, el Congreso Nacional, la Cámara de Diputados y el Senado, se pronunció en forma contundente y taxativa respecto de las personas a las cuales benefició el indulto del año pasado. A mi juicio, con esta moción parlamentaria se ha tratado de disfrazar un indulto para aquellas personas que no tuvieron la posibilidad de obtenerlo al no alcanzarse el quórum requerido en esta Sala ni en el Senado.
La libertad condicional, como han señalado profusamente los señores diputados, es una medida graciosa, otorgada por una comisión especial, que debe cumplir determinados requisitos, y que está regulada por un decreto supremo.
¿Existe alguna diferencia entre una persona condenada a una pena de presidio perpetuo, simple o calificado, que debe cumplir el requisito de veinte años de pena efectiva, en el primer caso, y de cuarenta, en el segundo, versus una que, a través de una ley especial, tiene la posibilidad de acceder al beneficio de la libertad condicional, cumplidos diez años de presidio?
En esta Sala se ha pretendido reeditar la discusión del año pasado en torno al tema de los derechos humanos, desde donde surgían estas proposiciones. Debo reconocer que en aquella oportunidad me cupo una larga intervención para explicar las razones por las cuales votábamos en contra del indulto. Sin embargo, aquí se ha recordado una suerte de amplio consenso en cuanto a que esa gracia era necesaria.
Yo también me reuní, a instancias de la Iglesia Católica, con familiares de personas condenadas por delitos terroristas, a las que hice votar nuestra opinión favorable a discutir y avanzar en la aprobación de una iniciativa de esas características en la medida en que se tuviese el mismo ánimo para los proyectos presentados por el Ejecutivo , en su oportunidad.
Hoy, al recordar esas palabras, me doy cuenta de que el debate se está repitiendo en lo grueso. Se habla de jóvenes que actuaron por motivaciones políticas. Sin embargo, el año pasado, autoridades de Gobierno y parlamentarios de la Concertación -recuerdo al diputado Burgos - nos señalaron que no había motivación política en esas personas detenidas, sino que se trataba de delincuentes.
Hoy queremos aprobar un proyecto de ley con la pretensión de mejorar una discriminación producida con la aprobación de otro el año pasado, que discriminará a los delincuentes que deben someterse a los requisitos normales que establece la ley para optar al beneficio de libertad condicional.
Aquí solicito el pronunciamiento de la Mesa respecto del quórum que la iniciativa requiere para su aprobación.
El inciso segundo del artículo 9º de la Constitución Política, que señala el quórum requerido para determinar delitos de carácter terrorista, no se condice con la opinión de la Comisión acerca de la moción, porque beneficiará a personas que hoy están condenadas, bien o mal, en justo o no justo proceso. El propio ministro Insulza , durante la discusión de la iniciativa en el Senado el año pasado, apeló a una moción de gracia, porque no cabían procesos judiciales para modificar lo resuelto por los tribunales. Pero hoy estamos frente a personas condenadas por delitos terroristas, bien o mal, pero condenadas al fin. Por lo tanto, ¿puede una ley de quórum simple otorgar beneficios a personas condenadas mediante una ley construida sobre la base de un quórum especial? Creo que no.
He preferido detenerme en los aspectos de carácter legal-administrativo para la hora de la votación y no repetir el discurso de si había motivación política en quienes mataron o empuñaron armas en democracia y que hoy alegan que no tuvieron un debido proceso y -en palabras del diputado Quintana , repitiendo juicios del año pasado- y que también fueron torturados en democracia.
Por lo tanto, no puedo sino mantener la misma votación en contra manifestada el año pasado, por las razones expresadas en el debate en la Comisión de Derechos Humanos, repitiendo las palabras finales de mi intervención:
“Hoy, en una Comisión Mixta hemos tratado de avanzar en un proyecto de ley que buscaba incentivos para la entrega de información a propósito de hechos ocurridos hace treinta años, y no se pudo.
“La UDI tiene voluntad de paz social. Nosotros somos quienes más hemos sufrido el dolor de la violencia política. En honor de aquellos que aún sufren el dolor de haber perdido a un ser querido, de aquellas familias que vieron truncado parte de su futuro, de las víctimas de violaciones a los derechos humanos, en dictadura o en democracia, votaremos en contra de este proyecto, porque también lo hacemos respecto de quienes causan ese dolor y de los victimarios de tales violaciones.”.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , el derecho humanista ha creído en el hombre. Aristóteles decía que el ser humano es esencialmente perfectible.
En verdad, el derecho ha dado saltos a medida que la civilización ha ido avanzando. Antes, hasta los niños eran objeto de crueldades y condenas; incluso, en algunos lugares que ni siquiera vale la pena nombrar, a la gente le cortan las manos y la lapidan hasta el día de hoy.
Sin duda, Chile ha dado un ejemplo en materia de humanismo. En ese sentido, la libertad condicional tiene antiquísima data, pues desde 1925 se ha creído en el hombre y que la persona puede y tiene derecho a rehabilitarse y a arrepentirse. En este último también ha estado presente la Iglesia. No se trata de disfrazar las cosas, sino de una cuestión real que se da. Si verdaderamente estamos con el derecho humanista, no podemos sino estar a favor del proyecto.
Cuando decimos que a esos jóvenes que están en prisión se les negó el debido proceso, estamos dándoles una oportunidad, porque todos sabemos cómo y cuándo ocurrieron los hechos. Entonces, debemos sacarnos las vendas de los ojos y ponernos las manos en el corazón, por cuanto la gente tiene derecho a rehabilitarse; tenemos la obligación de darles esa oportunidad. No estamos diciendo que se les conmute la pena ni que se les otorgue un indulto disfrazado, sino que, si ya cumplieron los diez años de condena y si hay una efectiva rehabilitación y un compromiso real con la no violencia, después de haber aprendido algún oficio o seguido alguna carrera universitaria -desconozco los casos específicos; se ha hablado incluso de actividades literarias-, de ninguna manera podemos negarnos a hacer justicia de ese modo.
La libertad condicional no es una cuestión de abrir y cerrar los ojos. Aquí se cumplen los requisitos establecidos y se evalúa si efectivamente se siguen cumpliendo, porque esto se puede revocar. De hecho, hay una comisión conformada por jueces muy experimentados y una serie de cuestiones establecidas en la ley y en el reglamento. De modo que no podemos tener ningún temor de que esos jóvenes vuelvan a delinquir o, a lo mejor, a cometer aquello de lo que hoy se arrepienten.
Como he señalado, el derecho ha dado muchos saltos. En el mundo ha habido muchas inequidades e injusticias que han sido asimiladas por la sociedad, de manera que ésta ha comprendido que la única manera de ejercer justicia es tener piedad, porque ella es parte de la justicia. Quizás, eso es lo que hoy nos falta para ver el tema con ojos netamente jurídicos.
Por lo tanto, el Partido por la Democracia votará favorablemente este proyecto, porque lo consideramos justo y esencial para la paz.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , el proyecto en debate tiene un contenido de profunda humanidad. Los seres humanos, normalmente, tenemos una conducta que nos permite presentarnos ante los demás sin vergüenza. En esta ocasión, discutimos un proyecto con nombres y apellidos, ya que se trata de seis personas que vivieron en una época en que el país tuvo serias dificultades sociales. El proyecto, que nace de una moción presentada por diputados que llevan muchos años en la Corporación, contará con mi aprobación.
Gracias a una invitación del padre Alfonso Baeza , tuve la oportunidad de conocer a esos presos políticos en la cárcel. Por eso, cuando la iniciativa coloca como condición para obtener la libertad condicional cumplir diez años de cárcel, me parece suficiente, porque creo que en ese período se ha cumplido una condena que no es fácil de sobrellevar por ningún ser humano, sobre todo, en las cárceles de alta seguridad.
El proyecto señala que la situación de cuatro condenados no es distinta de la de quienes fueron beneficiados por la ley de indulto de 2004. Eso me lo demostraron con muchos antecedentes de otras personas que fueron beneficiadas por ella. La diferencia es que las personas objeto de la iniciativa, al ser condenadas por la ley antiterrorista, no pudieron acogerse a dicho indulto.
El proyecto permite la libertad condicional, que más bien se trata de una pena remitida, porque, aun estando en libertad, deberán cumplir ciertas normas que no podrán eludir para ser aceptados por la sociedad.
La iniciativa debe aprobarse y para ello contará con varios votos de la bancada de Renovación Nacional. Por lo tanto, anuncio mi voto favorable.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
iene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , sin perjuicio de sentirme plenamente interpretado por lo señalado por el diputado señor Salaberry , me parece necesario destacar dos cosas.
En primer lugar, reconocer el valor que tiene el hecho de que algunos señores diputados de la Concertación hayan presentado este proyecto, porque creen firmemente en lo que han señalado. Sin embargo, con la misma fuerza, me parece que -seguramente sin querer- estamos construyendo desigualdades.
¿Por qué señalo esto? Porque estamos hablando de personas que cometieron delitos entre el 1º de enero de 1989 y el 1º de enero de 1998, es decir, en democracia, lo que claramente se aleja de la postura planteada por la diputada señora Laura Soto .
Creo que la intención del legislador debe ser buscar una manera de recuperar a esas personas, independientemente de las fechas en que cometieron los delitos. En esa perspectiva, siento que construimos injusticia, no justicia, porque como consecuencia de la violencia política hubo dos sectores afectados, uno de los cuales involucra una cantidad muy importante de personas que, como militares, actuaron bajo las órdenes de otros funcionarios de mayor rango y cumplieron misiones que, lisa y llanamente, significaron la comisión de delitos.
Hoy nadie habla de esas personas, a menos que sea para encasillarlas bajo el calificativo de “culpables”, sin que se le reconozcan derechos, como si fueran de segunda clase.
Entendiendo el espíritu que anima a los colegas que presentaron la iniciativa y justifico su actuar, pero han dejado de lado a un grupo de personas que también formaba parte de ese Chile que nadie quiere volver a vivir y que, sin duda, equivocadamente, también cometieron delitos. Aunque no lo crean en esta Sala -tienen derecho a no creer-, muchas de esas personas sienten que no han tenido un debido proceso y que fueron condenadas desde el primer minuto.
Desde ese punto de vista, me parece que la moción presentada por los colegas sólo será justa e impartirá justicia cuando incluya a ese otro sector de nuestro país, materia para la que también estoy dispuesto.
Si justicia significa dar a cada cual lo que le corresponde, también deben entregarse estos beneficios a quienes hoy se encuentran en nuestra sociedad estigmatizados bajo el calificativo de culpables, a quienes hoy nadie defiende y por quienes hoy nadie habla.
Estos 16 años de democracia nos dan la perspectiva necesaria para mirar con más tranquilidad y con un poco más de distancia los hechos ocurridos e intentar, entre todos, construir justicia. Pero en esa construcción de justicia debe considerarse a todos los sectores.
Creo que está llegando el momento en que con mayor calma, como poder del Estado, pongamos en su justa dimensión las responsabilidades políticas que hubo -ya se han analizado sobremanera- y en que, con justicia, entreguemos reales oportunidades tanto a quienes se refiere el proyecto como a los que hoy se encuentran privados de libertad en la cárcel de Punta Peuco o en el ex comando de Telecomunicaciones.
Siento que debemos buscar un punto de encuentro, porque de verdad creo que la postura de mis colegas tiene un valor, pero que adolece del error de mirar sólo a una parte. Es necesario mirar a todos los sectores. No tengo ninguna duda de que todos los que estamos aquí queremos un Chile justo, queremos que haya justicia, pero no podemos construirla si dejamos a un sector desvalido, sin protección alguna, y al que sólo hemos motejado y calificado de culpable.
En esa perspectiva, al proyecto le falta la mitad y, en ese sentido, me sentiría indigno si lo votara como viene propuesto.
Quiero invitarlos a que perfeccionemos una fórmula que permita, de algún modo, ayudar a cicatrizar heridas y a entregar los mismos beneficios a unos y a otros. En ese momento mi voto estará disponible para que de verdad en Chile comience a haber justicia para todos y no sólo para un sector. Por esa razón, voy a votar en contra el proyecto.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente , todos sabemos que el sentido del derecho penal es castigar, penalizar; pero, al mismo tiempo, redimir, reinsertar, reincorporar.
Quienes conocemos la realidad de los seis presos de la Cárcel de Alta Seguridad, podemos asegurar que ambos elementos se encuentran presentes, porque han pagado duramente con más de diez años de cárcel, con una parte muy importante de sus vidas, porque muchos de ellos eran muy jóvenes y han recibido un castigo grande durante estos años. Pero, al mismo tiempo, se presenta el otro factor: ellos reconocen el valor de los principios de la libertad, de la democracia, de la no violencia, y ése es un triunfo significativo de quienes sustentan este tipo de valores.
Tenemos que distinguir entre el indulto y la libertad condicional. El indulto significa eliminar penas o una parte de las mismas, mientras que la libertad condicional es una pena alternativa, implica una restricción de libertad. Lo que proponemos es la libertad condicional, o sea, quedan en libertad en la medida en que cumplan las condiciones establecidas, y si éstas no se cumplen, vuelven a la cárcel. Es distinto desde el punto de vista de los quórum y también de la voluntad política.
En momentos en que estamos dando pasos importantes para reformar y sacar de la Constitución Política aquello que tanto nos ha dividido, como la tutoría, el predominio de las Fuerzas Armadas como garantes de la institucionalidad democrática, es bueno presentar este tipo de iniciativas para corregir situaciones que efectivamente se produjeron.
No es sorprendente que quienes presentaron el proyecto digan que no hubo debido proceso y que hubo torturas al inicio de la democracia, porque la transición ha sido compleja. Por ejemplo, cuando se descubrió el tema de los “pinocheques”, el hijo de Pinochet no fue a la cárcel, porque un movimiento militar lo impidió. Eso sucedió en plena democracia. Además, el poder de los militares, al inicio de los años 1990 y en plena transición democrática, impidió que hubiera justicia, que fueran juzgados los culpables de violación a los derechos humanos y que hubiera un debido proceso.
Cuando esta materia fue analizada por los miembros de la Corte Suprema, ellos reconocieron que si tuvieran que recalificar dichos delitos, probablemente ninguno de ellos caería en el de terrorismo y las condenas serían totalmente distintas porque lo que hay es una sumatoria de condenas, de tribunales distintos, de falta de asistencia judicial y de falta de recursos de apelación en varias de las resoluciones, es decir, no se cumplían las condiciones de un debido proceso.
La libertad condicional no anula ni produce una reconsideración ética respecto de lo que estas personas hicieron.
Quiero decir a mi colega Salaberry que no estamos hablando de todos los terroristas ni de todos los delitos. El proyecto no tiende, de ninguna manera, a indultar a los terroristas respecto de los cuales está pensando el diputado Salaberry cuando habla del crimen del Senador Guzmán. Aquí estamos abocados a resolver una situación de injusticia y de inequidad judicial en relación con cuatro personas que no participaron en el delito que el diputado Salaberry tiene en mente y que todos repudiamos. Además, el proyecto no generaliza respecto de las responsabilidades del terrorismo en Chile.
Aquí no hay una reconsideración ética. Por el contrario, lo que se afirma es que los medios que se utilizan para obtener fines éticos y democráticos deben ser también éticos y democráticos. Hoy, este es un reconocimiento universal. No ha sido así en la cultura de la Derecha ni de la Izquierda.
Los asesinos del general René Schneider , a quienes conocí, porque algunos fueron mis compañeros en la universidad, eran tipos normales que, de pronto, se embarcaron en una aventura de este tipo motivados por pasiones ideológicas nacionalistas y prácticamente no cumplieron penas de cárcel, porque fueron indultados al inicio del régimen militar. ¿Qué primaba en ellos? Primaba la idea de que la defensa de sus posiciones podía significar la muerte del general Schneider . Ese mundo, que se dio en la Derecha y en la Izquierda, hoy no existe. En el mundo actual todos consideramos que los medios por los cuales perseguimos fines éticos y democráticos tienen que ser legítimos. Éste es un valor adquirido de la democracia y de lo que hemos construido. Eso es muy importante. Es una victoria de la civilización y, en definitiva, una victoria de la política.
Me parece muy significativo el hecho de que estas personas que se encuentran detenidas en la cárcel de alta seguridad adquieran un compromiso de rechazo a la violencia y sustentar valores democráticos que se han incorporado en la cultura de personas que han sufrido mucho.
¿Por qué no es lo mismo el caso de personas que han violado los derechos humanos? Me habría gustado, y lo digo sin arrogancia, que en la entrevista que dio el general Pinochet a un canal de Miami hubiera reconocido que cometió un error; me habría gustado que dijese que no volvería a hacer lo que hizo. Pero no lo dijo, sino que expresó que volvería a hacer lo que hizo.
Entonces, una cosa es la situación de una persona que ha vivido 12, 13 ó 14 años en una cárcel y que firma un compromiso de no recurrir nunca más a la violencia porque otros valores se han incorporado a su conciencia y a su cultura, y otra cosa es la de quienes desarrollaron terrorismo de Estado, porque tuvieron el Estado en sus manos para hacerlo, y nunca se han arrepentido de los crímenes que cometieron.
Por esa razón, creo que estamos frente a un proyecto que contribuye a sanar heridas, a reconocer que la democracia es un proceso, que ésta implica reconocimiento de valores, y que quienes lo voten favorablemente están reconociendo el valor de la democracia y posibilitando que incluso aquellos que no creyeron en esos valores, puedan hacerlo en el futuro.
Eso es lo que me parece importante de destacar de este proyecto.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Cerrado el debate.
El proyecto se votará al término del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Antes de proceder a la votación, el señor Secretario va a informar sobre los pareos.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Se han registrado los siguientes pareos: la señora Isabel Allende con el señor Kuschel, el señor Pablo Galilea con el señor Robles, el señor Paredes con el señor Moreira, el señor Hidalgo con el señor Lorenzini, la señora Lily Pérez con el señor Barrueto y el señor Monckeberg con el señor Girardi.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
El diputado señor Salaberry me ha solicitado un pronunciamiento en relación con el quórum de votación que requiere este proyecto.
Me ha señalado que su consulta se fundamenta en el inciso segundo del artículo 9º de la Constitución Política que señala lo siguiente: “Una ley de quórum calificado determinará las conductas terroristas y su penalidad (...)”. El señor diputado se refiere específicamente al tema de la penalidad.
La Mesa estima que por tratarse de un proyecto que sólo regula la libertad condicional, puesto que de ninguna manera la modifica o la extingue, corresponde darle tratamiento de ley simple. Por lo tanto, no requiere quórum especial.
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.
El señor SALABERRY.-
Señor Presidente , sin pretender abrir debate sobre la materia ni cuestionar la decisión de la Mesa, quiero hacer reserva de constitucionalidad del proyecto en discusión.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
La Mesa ha tomado nota de la reserva de constitucionalidad planteada por su señoría.
En votación general el proyecto que modifica el decreto ley Nº 321, de 1925, sobre libertad condicional.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 48 votos; por la negativa, 31 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobado en general el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
-Aplausos.
NORMATIVA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN. Primer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece medidas contra la discriminación.
Diputado informante de la Comisión de Derechos Humanos , Nacionalidad y Ciudadanía es el señor Eduardo Díaz.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 3815-07, sesión 54ª, en 22 de marzo de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 2.
-Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, sesión 1ª, en 7 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 12.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto que establece medidas contra la discriminación, originado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República .
La idea matriz central que inspira el proyecto contenido en el mensaje es la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona (artículo 1º), para cuyo efecto define el concepto de discriminación (artículo 3º), establece una acción especial y el procedimiento para denunciar los actos de discriminación arbitraria (artículos 4º y siguientes) y en el orden penal incorpora al Código Penal la agravante de cometer el delito por una motivación discriminatoria (artículo 9º).
Además encarga al Estado la elaboración de políticas y acciones necesarias para garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, el pleno, efectivo e igualitario goce y ejercicio de sus derechos y libertades, pudiendo establecer distinciones y preferencias destinadas a promover y a fortalecer el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos de las personas o grupos de personas (artículo 2º).
Para ello, la Comisión agrega al mismo artículo los requisitos que deben cumplir dichas preferencias excepcionales.
La Comisión rechazó los artículos 4º, 5º, 6º, 7º y 8º del mensaje, que regulaban una acción especial para denunciar actos de discriminación y su procedimiento, y el artículo 9º, que introducía en el Código Penal la agravante de discriminación.
Dado que la Comisión suprimió todo lo relativo a la acción especial por discriminación y su procedimiento, a continuación describiré las disposiciones aprobadas por la Comisión que, a partir del artículo 4º, agregan nuevas formas, que siguen la idea central del proyecto, para prevenir o eliminar los actos de discriminación; señala las conductas que no se considerarán discriminatorias e introduce modificaciones a la ley orgánica constitucional de Enseñanza con el objeto de promover la no discriminación, a la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y a la ley Nº 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con el propósito de establecer la prohibición de discriminar a todo funcionario público.
El artículo 8º, aprobado por la Comisión, incorpora diversas modificaciones al Código Penal, que sancionan diferentes conductas discriminatorias, como señalaré más adelante.
Fundamentos de la iniciativa legal.
En el mensaje se expresan los siguientes:
El Estado tiene el deber primordial de estar al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, asegurando el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, al comprometerse a reconocer y respetar la dignidad intrínseca y los derechos fundamentales de todos los seres humanos, derechos entre los cuales se encuentra la no discriminación, fue un pilar histórico que es recogido en múltiples convenios internacionales, en los que, en su mayoría, nuestro país tiene la calidad de Estado parte.
La consagración a nivel constitucional de los motivos o factores que pueden llevar a discriminar, no parece ser la única fórmula jurídico legislativa para tutelar adecuadamente el principio de no discriminación arbitraria, pues se constata que las constituciones que lo consagran sólo se limitan a enumerar, incluso de manera no coincidente, alguna forma de discriminación, pero no necesariamente establecen una acción general o especial de protección.
Entonces, resulta pertinente considerar otras alternativas de reglamentación que, sin introducir una modificación en la Constitución, otorgue un tratamiento integral y más efectivo a la no discriminación.
La regulación a nivel legal y no constitucional, en el caso de nuestro país, se ha implementado, por ejemplo, a favor de los discapacitados. A nivel procesal sucede lo mismo con numerosos recursos especiales que tienen origen legal, como el denominado “amparo económico”.
A partir de dichos precedentes no se divisan razones para impedir que se regule, por vía meramente legal, el mecanismo idóneo para proteger el principio de la no discriminación. Por el contrario, la dinamicidad que suponen las normas de rango legal permitirá una constante reformulación del contenido normativo del principio, acorde con los avances del mundo moderno. Ello no sucedería con una norma de rango constitucional.
La mayoría de la población de Chile está formada por niños, niñas, adolescentes y mujeres. Ellos representan el 83,25 por ciento de la población. Los adultos mayores constituyen el 11,4 por ciento. Si sumamos estos dos grupos, tenemos que el 94 por ciento de la población está conformado por sectores considerados paradójicamente como minoritarios, y son los que se encuentran en mayor riesgo de ser objeto de alguna forma de violencia o de discriminación.
Desde principios de la década pasada nuestro país ha experimentado importantes cambios tendientes a la adecuación de nuestras instituciones al sistema democrático y al principio del respeto irrestricto de dichos grupos.
Pese a los avances, por distintas razones, sectores de nuestra sociedad siguen siendo vulnerados por conductas discriminatorias e, inclusive, violentas.
En los resultados de la encuesta aplicada por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Pnud, y la Fundación Ideas se percibe una tensión y una distancia entre lo que se dice y lo que se practica realmente en la vida cotidiana. Se constata la presencia de un discurso crecientemente tolerante, junto a conductas abiertamente discriminatorias.
Todo lo anterior, termina diciendo el mensaje, da cuenta de la necesidad de profundizar nuestra modernización política y económica, complementando los logros alcanzados con mecanismos jurisdiccionales que permitan lograr la vigencia efectiva del principio de no discriminación.
El proyecto tiene por finalidad, precisamente, resguardar en el ordenamiento jurídico la no discriminación arbitraria, de forma tal de garantizar en mejor forma la igualdad ante la ley y el reconocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.
La discriminación arbitraria.
El mensaje, en lo relativo al concepto de discriminación arbitraria, que se define en el artículo 3º, señala que ha utilizado cuatro variables.
La primera es la definición de las modalidades que pueda adoptar la discriminación arbitraria. Esta se puede traducir en distinciones, en exclusiones, en restricciones o en preferencias. Cualquiera de estas modalidades se puede realizar por acción u omisión. Se busca con esta amplitud evitar que se alegue no discriminación fundado en que no hay una diferenciación.
La segunda variable tiene por objeto acotar más este tipo de discriminación. Esta debe basarse en un criterio de distinción, exclusión, restricción o preferencia. Dichos criterios están en nuestro ordenamiento jurídico, tanto en el Código del Trabajo como en el Estatuto Administrativo. Pero se han incorporado otros, atendidos los nuevos desafíos que plantea la ciencia, como es la estructura genética. Todos estos criterios son condiciones individuales o sociales que remarcan algún grado de identidad.
La tercera variable que utiliza el proyecto para definir la discriminación arbitraria se refiere a que la calificación de la conducta discriminatoria no está asociada a un resultado determinado.
La cuarta variable es que se exige que la discriminación debe ser arbitraria. No se exige, por tanto, la ilegalidad como factor de configuración, sino que la falta de fundamento o de proporcionalidad o de desviación de fin.
Basta con que la conducta sea calificada de arbitraria, cuestión que corresponde al juez construir caso a caso, conforme a la investigación que realice, para que estemos frente a un acto u omisión ilegítimo.
El mensaje también contemplaba una acción especial de no discriminación.
El proyecto del Ejecutivo proponía establecer una acción para reclamar por las acciones discriminatorias arbitrarias. Según el mensaje, con ello se buscaba asegurar la materialización del mandato de no discriminar.
Como lo señalé con anterioridad, la Comisión, fundada en diversos antecedentes, suprimió todo lo relativo a esta acción especial.
El informe consigna una síntesis de las opiniones y proposiciones entregadas a la Comisión por los invitados al debate de la iniciativa. Me remitiré a señalar las principales opiniones que inciden en las modificaciones que la Comisión introdujo al proyecto contenido en el mensaje.
El señor Francisco Estévez , director de la Fundación Ideas , luego de manifestar su opinión favorable a una legislación de esta naturaleza y estimarla un avance, propuso introducir las siguientes enmiendas:
1. Agregar en el inciso primero del artículo 1º la palabra “arbitraria” a continuación del término “discriminación”.
2. Agregar el siguiente inciso nuevo al artículo 1º:
“No se considerarán conductas discriminatorias las distinciones basadas en conocimientos especializados o experiencia previa para desempeñar una actividad que requiera de una calificación determinada.”.
La abogada Patricia Palacios , investigadora del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, hizo una extensa exposición sobre el marco teórico en materia de discriminación, especialmente en el ámbito de los tratados internacionales, analizando las obligaciones del Estado en el derecho internacional de los derechos humanos; el concepto de igualdad y el derecho de no discriminación; los criterios de diferenciación objetivos y razonables, y respecto de las medidas especiales de la denominada “discriminación positiva”.
En cuanto a la disposición consultada en el inciso segundo del artículo 2º, propuso que, para mayor precisión, se deberían detallar los requisitos propuestos por Anne Bayefsky , académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Toronto, para que una medida especial se considere legítima. Tales requisitos, que en definitiva fueron acogidos, serían los siguientes:
1. Que el propósito de la medida sea asegurar el avance del grupo o persona para efectos de asegurar el igual disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales, o sea, el aceleramiento de la igualdad de facto.
2. Que la medida tenga carácter temporal.
3. Que la aplicación de la medida cese en cuanto se logre el objetivo que la justificó.
4. Que la medida no resulte en el mantenimiento de estándares o derechos desiguales o separados.
En relación con el artículo 3º, señaló que la norma debería explicar que la arbitrariedad de la distinción se da por la ausencia de una justificación que es objetiva, razonable, proporcional y que tiene una finalidad legítima de acuerdo con la normativa sobre derechos humanos.
El señor Francisco Fernández , presidente de la Comisión de Defensa Ciudadana, señaló su apreciación positiva respecto del proyecto y se refirió, en particular, al mecanismo jurisdiccional para velar por el respeto del principio de no discriminación, así como por la definición del concepto de discriminación que se hace en el artículo 3º.
El señor Rolando Jiménez , representante del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, Movilh, intervino para manifestar su acuerdo con la dictación de una legislación de la naturaleza del proyecto en informe, en razón de que los integrantes del movimiento que representa eran objeto de actos discriminatorios en lo educacional, en lo laboral, en lo sanitario y en lo policial.
El señor Hugo Rojas Corral, abogado y profesor investigador de la Escuela de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, sugirió revisar el contenido del proyecto y modificar aquellos aspectos que parecieran no estar suficientemente bien abordados y complementarlos con otras iniciativas u organismos.
Así, por ejemplo, respecto del artículo 2º del proyecto opinó que no se determina con precisión la o las entidades que han de ser responsables de tal coordinación y sistematización de políticas públicas que hagan efectiva la aspiración de prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona.
Agregó que existe cierto consenso entre los investigadores que se han dedicado al tema de acoger la propuesta del Gobierno sobre lo que se debe entender cuando se utiliza el vocablo “discriminación”, que coincide con el recogido en el proyecto de ley en su artículo 3º.
Sostiene que si realmente se quiere condenar hechos que atenten contra la dignidad de las personas y el orden público, en los cuales hubiera habido dolo por parte del infractor, lo que corresponde es configurar uno o más tipos penales que sancionen acciones u omisiones graves; en el caso de haber concurso aparente de delitos, la ley que proteja más eficazmente el bien jurídico vulnerado ha de primar; es necesario contemplar una agravante de responsabilidad penal con carácter general para todos los delitos en los que haya habido un motivo discriminatorio.
Don Pablo Paredes , abogado, invitado al debate, también recomienda rechazar la idea de legislar, manifestándose partidario de rescatar la norma que establece la discriminación como agravante en la comisión de un delito y de legislar sobre la base del proyecto consultado en el boletín Nº 2142-17, de iniciativa del ex diputado señor Gutenberg Martínez .
Don Juan Antonio Montes , en representación de la Asociación Acción Familia, ve con profunda preocupación el proyecto en informe. Al respecto, después de señalar que las jurisprudencias extranjeras invitan a la cautela, expone opiniones expresadas en el ámbito internacional acerca del principio de “no discriminación”, y estima que este concepto puede ser un arma moldeable en las manos del poder político, quien decide qué reivindicaciones y qué minorías serán objeto de su preocupación. Por lo tanto, pide el rechazo del proyecto.
Don Miguel Ángel Fernández González , profesor de derecho constitucional de las universidades Católica, de Chile y de Los Andes, remitió un documento requerido por la Comisión al director del Departamento de Derecho Público de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, acerca del análisis de constitucionalidad del proyecto.
Después de glosar el contenido del proyecto y las fundamentaciones que se exponen en el mensaje de su excelencia el Presidente de la República , el profesor Fernández , para hacer la evaluación de la iniciativa, se explaya en una extensa disquisición acerca del principio constitucional de igualdad y su conceptualización y requisitos, terminando por estimar que en ese punto se halla el reproche de constitucionalidad más severo que cabe formular al proyecto en informe.
Oficio de la Corte Suprema.
La Corte Suprema, por oficio Nº 58, de 3 de mayo de 2005, respondiendo a la honorable Cámara, manifiesta su opinión respecto de esta iniciativa, en los siguientes términos:
El voto de mayoría acordó informar desfavorablemente el proyecto en atención a que nuestra Carta Fundamental establece, como derecho esencial de la persona humana, en el artículo 19, número 2º, la igualdad ante la ley.
En este sentido, el tribunal sostiene que el derecho a la no discriminación está suficientemente abordado, regulado y cautelado en el ordenamiento jurídico vigente, por lo que no se aprecia la necesidad de establecer acciones adicionales y especiales para su resguardo.
El voto de minoría fue de opinión de acoger favorablemente el proyecto por estimar que la iniciativa resultaría un complemento necesario al derecho constitucional de igualdad ante la ley y la prohibición que se le impone a la ley o cualquiera autoridad para establecer diferencias arbitrarias.
Opiniones contenidas en el informe del proyecto originado en moción del ex diputado señor Gutenberg Martínez , boletín 2142-17, sobre la misma materia.
En razón de que el énfasis del proyecto en informe apunta a describir figuras penales de discriminación y su respectiva sanción, como queda aprobado por la Comisión, que coinciden con el proyecto originado en moción del ex diputado señor Gutenberg Martínez sobre la misma materia, el cual en su oportunidad informó favorablemente en primero y segundo trámite reglamentarios a esta misma Comisión, parece procedente agregar a este informe algunas opiniones vertidas en esa ocasión.
El profesor de la Universidad Católica de Valparaíso, don Manuel de Rivacoba , al plantearse en el seno de la Comisión hasta qué punto se puede legislar y si está nuestra sociedad preparada para abarcar todos estos aspectos o si esta modificación sólo debe ser limitada, sostuvo que decir que nuestra sociedad no está preparada para este tipo de reformas es suponer y proclamar que es una sociedad inferior, si bien no en capacidad intelectual, sí inferior en desarrollo cultural, lo cual cree que nadie querría reconocer. Quizás la sociedad chilena está atrasada tecnológicamente por razones económicas o de otra índole, pero en cuestiones de valoraciones o de concepción del mundo no lo cree, porque es más o menos tributaria de las mismas concepciones filosóficas, políticas y valóricas que han conformado la cultura de los pueblos y naciones a la cual pertenece. Entonces, hay que buscar una fórmula lo más genérica y amplia posible, con el riesgo de equivocarse, en que quepan todas las formas de discriminación. No hay que ser experto en la materia para saber, por ejemplo, que a la mujer embarazada se le discrimina en la obtención del empleo por esa circunstancia. Tal vez, mañana, producto de la tecnología, aparezcan nuevas formas de discriminación que ahora no existen, por lo que se deben buscar fórmulas amplias.
En el trabajo realizado por el Instituto de Ciencia Política de la Universidad de Chile, que dio lugar al proyecto de ley en comento, se expresa que lo fundamental fue tipificar un delito que en Chile no existe como en los países desarrollados, que es la discriminación y el racismo.
Sobre la necesidad de legislar en esta materia, en el informe anterior se llegó a la conclusión de que nuestro país es discriminador en muchos casos. Según un estudio de la Universidad de Chile, ante la pregunta de una encuesta sobre si somos un “país jaguar” porque no hay negros, un 22 por ciento respondió afirmativamente. Se señaló que si ese porcentaje hubiera sido de 6 por ciento en la Alemania de hoy, hubiera explotado un escándalo en el Parlamento. La discriminación es una cosa que tenemos a flor de labios y se dijo que no sólo los judíos eran exclusivamente discriminados. Se ejemplificó con el caso de los italianos y de la colonia árabe. En el caso de la comunidad coreana, se relataron cosas que resultan trágicas, como que en el Chile de hoy no pueden ser ellos mismos, toda vez que todos sus hijos menores, por ejemplo, han debido cambiar sus nombres porque son motivo de burla.
Algunos datos de la citada encuesta llevan a concluir que en Chile hay discriminación, no como la que existe en Europa, que es una discriminación activa, violenta, consciente, sino que más bien se trata de una discriminación inconsciente, silenciosa y que se mantiene oculta. El problema es reconocer que esta discriminación existe y que Chile es un país muy discriminador.
En un mundo globalizado y moderno, donde Chile pretende insertarse y relacionarse con otras naciones, no podemos seguir teniendo los porcentajes de discriminación referidos en la encuesta citada. Lo anterior es grave y es imposible que nos podamos relacionar en el mundo de la política, del desarrollo o de los negocios, cuando no somos capaces de aceptar las diferencias y tampoco somos tolerantes.
Hace falta que se consulte un delito cuanto mejor estructurado y tipificado, que establezca las actividades discriminatorias de cualquier índole. Por las estadísticas de la encuesta que se señalaron, se ve que la discriminación es muy variada, y aunque no haya estadísticas, basta la envidia cotidiana o andar por la calle y conversar con la gente para, según ellos, darse cuenta de que la sociedad es altamente discriminatoria, a veces sin darse cuenta.
Legislación comparada.
La legislación comparada revela una enérgica reacción de la comunidad internacional para afrontar en su germen el clima criminógeno que emana de las acciones discriminatorias.
La discriminación en nuestro país, en diversos terrenos de la vida social, económica y cultural en contra de las etnias indígenas, apenas amparados por una ínfima disposición penal entre las faltas -artículo 8º de la ley indígena-, respecto de “los actos manifiestos de discriminación en razón de su origen y cultura”, es un caldo de cultivo para la violencia. No es por azar que el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial, en su informe del período 1992 a 1998, haya instado a nuestro país a que adopte las medidas que aseguren la creación de la hasta hoy inexistente penalización de las conductas racistas y xenofóbicas. El proyecto de ley que informa esta comisión es la respuesta adecuada a tan urgente requerimiento.
Se analizan algunos casos de legislación extranjera, como los tratados internacionales, en que el establecimiento del principio de no discriminación se utiliza como un criterio orientador de toda la legislación nacional y se ve reforzado a partir de la vasta legislación internacional que se ha ido configurando al concluir la segunda guerra mundial, y que puede ser aprovechada en nuestro país gracias a lo establecido en el artículo 5º de la Constitución Política.
Es importante destacar que muchos países incluyen en sus constituciones políticas algunas disposiciones que prohíben en términos generales la discriminación, declarando la igualdad de todos los seres humanos ante la ley.
En el derecho constitucional comparado es posible, sin embargo, encontrar ejemplos de mayor especificidad en cuanto a los resguardos de los ciudadanos frente a las acciones u omisiones discriminatorias en contra de una persona o grupo social.
Por ejemplo, en las constituciones de Italia, Alemania, Francia, Venezuela, España , Portugal , Colombia, Puerto Rico y Brasil se reconoce explícitamente el contenido del principio de la no discriminación arbitraria, prohibiendo las discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo o la condición social, entre otras circunstancias personales o sociales.
En el informe se encuentran distintas legislaciones de otros países.
Me referiré a continuación a la normativa aprobada por la comisión.
Como se expresó en las constancias previas, el proyecto fue aprobado en general por mayoría de votos.
La comisión introdujo al proyecto diversas modificaciones al Código Penal que paso a explicar.
En primer término, se adiciona la enumeración de las circunstancias agravantes de la responsabilidad criminal, establecida en el artículo 12 con la de “cometer el delito motivado por discriminación arbitraria”.
En segundo lugar, se agrega al Título III del Libro II que trata “De los crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantidos por la Constitución”, un párrafo 1 bis nuevo denominado “De los delitos contra la igualdad de las personas, en dignidad y derechos”.
Dentro de este párrafo nuevo se castiga con reclusión menor en sus grados mínimo a medio, esto es, de 61 días a tres años, al que cometiere o incitare a otros a causar daño a personas o a sus bienes motivado por una discriminación arbitraria en perjuicio de esas personas (artículo 137 bis).
Enseguida se determina lo que deberá entenderse por discriminación para los efectos del Código Penal y leyes especiales, precisándose que “se entenderá por discriminación toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia arbitraria fundada en cuestiones de raza, xenofobia, religión o creencias, origen nacional, la verdadera o supuesta pertenencia o no pertenencia a una etnia o raza determinada, en una enfermedad o discapacidad, apariencia, lugar de residencia, por el sexo o condición sexual, descendencia, edad o cualquiera otra condición y cuyo fin o efecto sea la abolición o menoscabo del reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos esenciales a toda persona humana” (artículo 137 ter).
Esta disposición repite, aunque no en idénticos términos, lo preceptuado en el artículo 3º del proyecto.
Más adelante se sanciona con pena corporal y multa “al que, en el ejercicio de actividades profesionales o empresariales, cometiere la discriminación definida en el artículo anterior respecto de una persona natural o jurídica, cuando ella consista en rehusar el suministro de un bien o servicio que ofreciere y a que el ofendido tenga derecho, o en subordinarlo a la concurrencia o ausencia de alguno de los motivos de discriminación” (artículo 137 quater del Código Penal).
También se castiga “al empleado público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa actos de discriminación respecto de una persona natural o jurídica, consistentes en rehusar el suministro de un bien o servicio a que ésta tenga derechos, subordinarlo a la concurrencia o ausencia de algunos de los motivos de discriminación señalados en el artículo 137 ter, o en impedir arbitrariamente, por tales motivos, el ejercicio normal de una actividad económica cualquiera, con la pena de reclusión menor en su grado medio a máximo” (artículo 157 bis).
Se declaran punibles “las asociaciones que inciten o promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra las personas, grupos o asociaciones, o contra sus bienes, en razón de cualquier discriminación de las señaladas en el artículo 137 ter. A los fundadores, a quienes ejercieren mando o aportaren capital a la organización, se impondrá la pena de presidio menor en su grado máximo. A los demás miembros activos se impondrá la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio” (artículo 294 bis).
Se crea, asimismo, un párrafo 13 en el Título VI del Libro II del Código Penal bajo el epígrafe de “Incitación al odio y la hostilidad con fines discriminatorios”.
Finalmente, el artículo 9º del proyecto reemplaza el artículo 8º de la ley Nº 19.253, sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, con el objeto de elevar a la categoría de simple delito, que se castigará con reclusión menor en sus grados medio a máximo y multa, el acto de discriminar manifiesta e intencionadamente a un indígena en razón de su origen y cultura. Esta conducta sólo se sancionaba como falta.
El detalle de la discusión particular del proyecto figura en el informe en forma detallada y me remito a él para su análisis.
El artículo 5º contiene una norma que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza, la que, de acuerdo con el inciso segundo del artículo 63 de la Constitución Política, debe ser aprobada por los cuatro séptimos de los diputados y senadores en ejercicio, ya que incide en normas generales y conceptos de dicho cuerpo legal.
El proyecto aprobado por la Comisión no contiene normas de quórum calificado.
Como lo dije en su oportunidad, el proyecto fue aprobado en general por mayoría de votos, no obstante que varias indicaciones al proyecto del Ejecutivo fueron aprobadas por unanimidad, como se puede comprobar en la relación de la discusión particular del informe.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Restan cuatro minutos para el término del Orden del Día.
Tiene la palabra el diputado señor Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente , sólo para decir que, atendida la importancia de este proyecto, deberíamos dejar pendiente su discusión, porque varios parlamentarios tenemos mucho interés en intervenir. Lamentablemente, se acabó el tiempo.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Señor diputado , es absolutamente imposible discutir el proyecto en esta oportunidad.
Tiene la palabra el diputado señor Bustos.
El señor BUSTOS.-
Señor Presidente, ya que se han presentado varias indicaciones es mejor enviar de vuelta el proyecto a la Comisión y posteriormente la debatamos a fondo en la Sala.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el ministro secretario general de Gobierno , señor Osvaldo Puccio.
El señor PUCCIO ( ministro secretario general de Gobierno).-
Señor Presidente , trataré de hacer gala de mi poder de síntesis, aprovechando la extraordinaria asistencia de este momento, que me complace y halaga, luego de haber estado una larga jornada casi solito en la Sala.
Permítanme hacer un par de consideraciones personales. Ésta es mi primera actuación como ministro en que me toca hablar en esta casa y la casualidad ha querido que sea para referirme a un proyecto de gran importancia, de profundo significado y de enorme sentido, como es éste relativo a la discriminación arbitraria.
Se trata de una iniciativa que ha ido aunando ideas, voluntades, deseos y aspiraciones desde principios de 1990. Desde luego, recordamos el proyecto inicial del diputado Gutenberg Martínez y otras iniciativas de diversos parlamentarios, que constituyeron hitos fundamentales para poner este tema en la agenda política.
En esta Corporación se discuten proyectos que tienen por finalidad hacer mejor a Chile, perfeccionar las condiciones y las reglas de su economía, sus instituciones y las formas de su convivencia social.
Pero este proyecto es distinto, porque va más allá: tiene que ver con humanidad, con la forma en que en nuestra sociedad una mujer con otra mujer, un hombre con otro hombre, un hombre con una mujer, cualquier ciudadano con otro ciudadano se puedan mirar a los ojos y decirse, sin vergüenza: “Tú eres mi igual, tu dignidad es exactamente igual a la mía, no sólo en la letra, sino también en la práctica cotidiana de mi conducta personal”.
De eso se trata este proyecto, y por eso es importante que sea discutido, debatido, reflexionado y perfeccionado en esta Sala y también en la Comisión. No debemos dejar de pensar un solo minuto que estamos discutiendo sobre humanidad y dignidad, y que lo que estamos decidiendo dice relación exactamente con eso.
Por eso, creemos que es importante reponer algunos aspectos del proyecto inicial, como la definición de discriminación, la acción civil y las agravantes de la pena, para hacer de esta iniciativa una declaración de principios en cuanto a que en Chile no se discrimina a nadie, por ningún motivo ni bajo circunstancia alguna.
Para concluir mis palabras, quiero agradecer la paciencia y la atención de los parlamentarios y pedirles que como representantes del soberano aquí reunidos sean ustedes los que entreguen a ese soberano un país más digno y sin discriminación.
Muchas gracias, señor Presidente.
-Aplausos.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Ha concluido el tiempo del Orden del Día.
Pido disculpas a la ministra, señora Cecilia Pérez, a quien no voy a poder ofrecer la palabra en esta oportunidad.
Quedan inscritos los diputados señores Riveros, Ojeda, Leal; las diputadas señoras Vidal y Tohá, y los diputados señores Meza, Bustos y Rossi.
El señor Secretario tomará nota de los diputados que quieran inscribirse a continuación o, si así lo desean, en la sesión en la cual continuaremos con la discusión del proyecto.
VII. PROYECTOS DE ACUERDO
ESTABLECIMIENTO EN LA LEGISLACIÓN CHILENA DE EQUIVALENTE DE CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD. (Votación).
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 562.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos. No hubo votos por la afirmativa ni abstenciones.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).- Rechazado por falta de quórum.
ESTABLECIMIENTO DE IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS DELITOS CONTRA LA HUMANIDAD.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 563, de los señores Aguiló, Encina, Tuma, Montes y Sánchez y de la señora Allende, doña Isabel.
“Considerando:
Que, dado que la prescripción sólo rige desde que se pudo ejercer sin impedimentos la acción penal, noción que emana del conocido aforismo de que ‘al impedido no le corre plazo’, no se puede afirmar que los procesos tienen más de treinta años cuando, durante diecisiete años, nada se pudo hacer. De ahí la necesidad de una norma que permita suspender la prescripción hasta el restablecimiento del orden constitucional. En Alemania, en el año en que prescribían los crímenes del nacionalsocialismo, se dictó una ley que amplió los plazos de prescripción, sin que esto significara sostener la ‘irretroactividad en perjuicio del reo’, pues ésta se refiere al delito y a la pena. Interpretar el principio de legalidad, en el sentido de señalar al delincuente cuánto tiempo debe ‘esconderse’ es un absurdo, más tratándose de esta clase de crímenes, en que la regla general es la imprescriptibilidad.
Que tal criterio aparece paradójicamente reconocido -recientemente- por la declaración pública de la Excma. Corte Suprema, a propósito del informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura. En este documento, la máxima magistratura sostiene que ‘en rigor y cierto es que, durante gran parte del período en que estuvo suspendida la vigencia de la institucionalidad en el país, a partir de septiembre de 1973, los jueces y los tribunales superiores se vieron, en gran medida, impedidos de cumplir a cabalidad con esa función’. Luego, agrega que ‘los juzgados y las Cortes no contaron con la cooperación efectiva de los organismos o autoridades correspondientes y, en la generalidad de los casos, se ocultó información o no se proporcionaron los antecedentes fidedignos que se requerían para el debido ejercicio de la función jurisdiccional, lo que, al correr de los años, ha quedado de manifiesto’. Si los jueces reconocen que, en los hechos, se vieron impedidos de realizar la función jurisdiccional, resulta ridículo sostener que los plazos de prescripción se encuentran cumplidos. Cuando menos, a partir de este reconocimiento, cabe sostener que tales plazos se encontraban, en los hechos, suspendidos. Exigir un criterio riguroso para las víctimas en cuanto a la persecución de tales crímenes es un abuso inaceptable.
Que se hace necesario, entonces, cuando menos, efectuar las reformas necesarias para adoptar las medidas procesales que posibiliten la suspensión del cómputo de estos plazos, sin perjuicio de la normativa internacional, que opta por la imprescriptibilidad. Así lo demuestra un reciente y documentadísimo estudio del profesor Guzmán Dálbora, que dice textualmente: ‘diversos ejemplos entresacados del Derecho extranjero corroboran esta conclusión, que, para nosotros, constituye un principio general. La ley aprobada por el Bundestag alemán el 25 de marzo de 1965 dispuso que, en el cómputo del plazo de prescripción de los delitos sancionados con pena perpetua de privación de la libertad, no debía tomarse en cuenta el lapso entre el 8 de mayo de 1945 y el 31 de diciembre de 1949’. Según la misma norma legal, durante aquel período en que se produjo el colapso de la judicatura del país, ‘la prescripción de la persecución penal quedó en suspenso’. La ley checa sobre ilegitimidad del régimen comunista, sancionada en 1993 y declarada irreprensible por el tribunal constitucional de Praga, ordenó no considerar las largas décadas en que aquél gobernó dentro del tiempo requerido para prescribir los crímenes perpetrados con su cobertura. En fin, el artículo 97 del anteproyecto de Código Penal para Ecuador, de 1993, establece que la prescripción se suspende ‘en todo delito perpetrado en ejercicio de una función pública o con abuso de la misma, mientras cualquiera de los que hayan participado en él se encuentre desempeñando un cargo público’, y hace hincapié en que ‘si tales delitos se perpetrasen durante un régimen ‘de facto’, la prescripción se suspenderá hasta el restablecimiento del orden constitucional’. De cara al reciente pasado político de Hispanoamérica, apenas será preciso destacar el acierto de esta propuesta y la tarea que impone al juez en su deber de calificar como inconstitucional el régimen que amparó las felonías. Con ello, sale gananciosa así la justicia penal, como, mediatamente, la justicia política.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que, en uso de sus facultades constitucionales, envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley que contemple la imprescriptibilidad de los delitos contra la humanidad, cualquiera que sea la forma de su tipificación en el Código Penal, o, cuando menos, la ampliación de los plazos de prescripción o el establecimiento de normas que la suspendan hasta el restablecimiento del orden constitucional, como lo demuestran los sistemas jurídicos comparados.”
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 5 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Por falta de quórum, se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 3 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Nuevamente, no hay quórum.
Se llamará a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En votación el proyecto de acuerdo.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 5 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Por no haberse alcanzado el quórum requerido, queda pendiente su votación para la próxima sesión ordinaria.
VIII. INCIDENTES
MUERTE DE PACIENTE EN CONSULTORIO DE CONCEPCIÓN. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Socialista y Radical.
Tiene la palabra el diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , pido que se oficie al ministro de Salud , específicamente para que el Servicio de Salud de Concepción informe sobre la situación que se produjo en el consultorio “ Víctor Manuel Fernández ”, donde a una persona que llegó a atenderse por una amigdalitis le fue suministrada penicilina, lo que, en definitiva, le ocasionó la muerte al interior del propio recinto.
Hace alrededor de dos meses solicité información acerca del sumario que se había instruido, a fin de tener claridad sobre los procedimientos y tomar las medidas para que estos hechos, independientemente del resultado de la investigación, no se vuelvan a repetir.
Sabemos que ese servicio de salud realizó un sumario, razón por la cual solicito que se nos informe sobre los contenidos del mismo y si ha habido alguna resolución al respecto.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, al que se adjuntará copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Rosauro Martínez , Enrique Jaramillo , Rodrigo González , Enrique Accorsi , Andrés Egaña , Juan Masferrer e Ignacio Urrutia.
ALCANCE A INFORME SOBRE FISCALIZACIÓN DE PROYECTOS AMBIENTALES. Oficio.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , en segundo lugar, quiero que se oficie para que el director ejecutivo de la Conama entregue antecedentes respecto del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en particular sobre el informe de la Organización de Servicios Directos a Empresarios, Osde, que concluyó que el 71 por ciento de los proyectos ambientales aprobados no se fiscalizan.
Hago presente que de los 5.534 proyectos aprobados por el sistema en el período 1999-2004 sólo se fiscalizaron 1.600, de los cuales 300 fueron sancionados. La inversión fue de 37 mil millones de dólares, por cuanto el informe revela claramente que el sistema no da abasto y que, a fin de evitar que se produzcan situaciones conocidas como la ocurrida en la celulosa Celco , de Valdivia, la Conama está absolutamente sobrepasada por el número de proyectos aprobados, lo que ha dado como resultado que muchos de ellos -el 71 por ciento de los proyectos ambientales de acuerdo al informe que hemos conocido- no tienen fiscalización. Por lo tanto, situaciones como la mortandad de los cisnes de cuello negro en el río Cruces, en Valdivia, pueden volver a repetirse.
En ese sentido, quiero que la Conama nos dé a conocer los alcances de esta información entregada por la Osde, de forma de conocer si efectivamente los datos con los cuales ha contado esta organización para elaborar dicho informe se ajustan a los entregados por la Conama o por organismos chilenos. De ser cierto, les brindo absoluta credibilidad.
Estamos frente a un grave problema y requiero que la Conama se pronuncie sobre el anuncio presidencial del 21 de mayo respecto de la constitución de una fiscalía nacional del medio ambiente o de una superintendencia del medio ambiente, para coordinar, en forma integrada, a todos los servicios públicos encargados de la fiscalización ambiental y dar coherencia a una acción sistemática del Estado en el control de los impactos ambientales.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, al que se adjuntará copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Rosauro Martínez , Enrique Jaramillo , Rodrigo González , Enrique Accorsi , Andrés Egaña , Juan Masferrer e Ignacio Urrutia.
ACTUACIÓN DE LA CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN FRENTE A SITUACIÓN DE LA MULTINACIONAL THAMES WATER. Oficio.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , en tercer lugar, solicito que se oficie para que el superintendente de Servicios Sanitarios y el vicepresidente ejecutivo de la Corporación de Fomento, Corfo , nos informen si han estimado los perjuicios causados por lo acontecido en la Sexta y Octava regiones, dada la situación denunciada por la propia Superintendencia en torno a acuerdos ilegales entre Hidrosan y Essbío .
Corfo debe establecer de manera fehaciente si ha incurrido en pérdidas a raíz de dichos acuerdos -pagos que no debieron haber sido efectuados a través de licitaciones acordadas entre Essbío e Hidrosan, entre funcionarios que laboraban en Essbío y que tenían intereses accionarios en Hidrosan-, por cuanto la publicación del diario “La Tercera”, del domingo 5 de junio de 2005, establece que los perjuicios por el caso Essbío podrían alcanzar a 25 millones de dólares. En consecuencia, el socio de Essbío, Thames Water , debe responder, ya que lo que representa Corfo al interior de Essbío es el 43 por ciento de las acciones estatales, que pertenecen a todos los chilenos.
La Corfo encargó dos informes que cuantifican los daños económicos que le habrían sido ocasionados por las operaciones señaladas y que tendrían directa repercusión en su productividad y en su rentabilidad accionaria. Quiero que la Corfo los remita a la Cámara de Diputados y que nos informe de manera detallada sobre las acciones que ha emprendido respecto de los miembros del directorio de Essbio, para evitar que estos hechos vuelvan a producirse.
He solicitado, de manera reiterada, que las actas de las reuniones en las que se acordaron las inversiones en las plantas de tratamiento, en las que participó el directorio de la Corfo, sean remitidas a esta Corporación, a fin de saber si los intereses estatales fueron debidamente representados y defendidos por ese directorio. Entiendo que los directores de las empresas estatales participan en las empresas mixtas para defender los intereses del Estado. Por lo tanto, si hay acuerdos de directorio que vulneran dichos intereses, la pega está mal hecha. Quiero evaluar si el directorio de la Corfo, designado por el Presidente de la República , ha cumplido con la ley y con el mandato presidencial al interior de Essbio. Tenemos la presunción de que el directorio de la Corfo participó de los acuerdos para efectuar los contratos ya señalados. De ser así, ha hecho mal su trabajo. Establecida la responsabilidad, deben tomarse las medidas.
Por ello, espero conocer las actas de las reuniones de directorio y los informes encargados por la Corfo que cuantifican los daños causados por este tipo de operaciones, a fin de que esta situación sea aclarada en el menor tiempo posible. En la Cámara de Diputados se constituyó una comisión investigadora para analizar este tema. Sin perjuicio de ello, los informes solicitados deben remitirse a la brevedad.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, al que se adjuntará copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Rosauro Martínez , Enrique Jaramillo , Rodrigo González , Enrique Accorsi , Andrés Egaña , Juan Masferrer e Ignacio Urrutia.
ANTECEDENTES SOBRE GASTOS POR CONCEPTO DE ARRIENDOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS. Oficios.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, en cuarto lugar, pido que se oficie para que cada uno de los ministros, subsecretarios y directores provinciales y regionales de los servicios públicos nos informen sobre el gasto que se realiza por concepto de arriendos.
He solicitado estos antecedentes de manera insistente, con el objeto de establecer si el Estado está administrando adecuadamente el pago del arriendo de los edificios que ocupan los servicios públicos, y si éstos son licitados a través de Chilecompra. Tenemos antecedentes de que servicios públicos como el Instituto Nacional de la Juventud pagan por concepto de arriendo entre 6 y 7 millones de pesos. En verdad, son cifras que perfectamente alcanzan para adquirir de manera permanente esos edificios.
Pido que la información que solicito incluya a las Fuerzas Armadas y a la Contraloría General de la República. Durante la discusión de la ley de presupuestos de cada año hemos insistido respecto de estos antecedentes. Sin embargo, no hemos contado con el desglose correspondiente.
Los servicios públicos deben remitir a la brevedad esa información, a fin de debatir con Hacienda si es legítimo que se paguen 70, 80 ó 100 millones de pesos anuales en arriendo por un edificio cuyo costo no alcanza a más de 500 millones de pesos.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, a los que se adjuntará copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Rosauro Martínez , Enrique Jaramillo , Rodrigo González , Enrique Accorsi , Andrés Egaña , Juan Masferrer e Ignacio Urrutia .
CONTRATACIÓN DE MÉDICO LEGISTA E INSTALACIÓN DE EQUIPO DE RAYOS EQUIS EN HOSPITAL DE PARRAL. Oficios.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia .
El señor URRUTIA .-
Señor Presidente , el hospital de Parral, que atiende a una población de sesenta y cinco mil habitantes de las comunas de Retiro y de Parral se encuentra en estos momentos sin equipo de rayos equis. Por lo tanto, si alguien quiere sacarse una radiografía debe ir a Linares. No tiene ninguna posibilidad de hacerlo en Parral, porque el equipo no funciona. La intendencia regional y el Ministerio de Salud dicen que no tienen plata para reponerlo, así que no sé qué se hará al respecto.
Pero lo peor de todo es que ese hospital tampoco cuenta con un médico legista. En consecuencia, cuando se muere un paciente hay que trasladar sus restos a Linares para los efectos de la autopsia.
Se supone que el médico legista de Cauquenes debe acudir a la comuna de Parral a hacer las autopsias, pero en este momento está con licencia por tres meses. Entonces, Cauquenes tampoco tiene médico legista y, por consiguiente, uno de Talca debe trasladarse a esa ciudad, lo cual me parece extremadamente ridículo, por decir lo menos, porque va cuando tiene tiempo y si no lo tiene, no va no más y allí quedan los familiares del fallecido esperando no sé cuanto tiempo para que le practiquen la autopsia.
Quiero hacer presente mi reclamo ante estos hechos y que se oficie al ministro de Salud para que, en primer lugar, solucione el problema de falta de médico legista en la ciudad de Parral -pues al que se desempeña en la ciudad de Cauquenes se le terminará la licencia y podrá continuar en esa ciudad-, y, en segundo lugar, a fin de que vea el modo de proporcionar a su hospital un nuevo equipo de rayos, porque la gente de dos comunas tan importantes de la Séptima Región no pueden seguir trasladándose para sacarse radiografías a la ciudad de Linares.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI .-
Perdón, señor Presidente , también deberá oficiarse al ministro de Justicia , porque todo el sistema del Servicio Médico Legal depende de su ministerio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Es muy oportuna su intervención, señor diputado , pues se complementa con la petición del diputado señor Ignacio Urrutia .
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Andrés Egaña , Juan Masferrer , Enrique Jaramillo y Rodrigo González.
POSTA RURAL PARA SECTOR ANGOSTURA DE LA COMUNA DE SAN FERNANDO. Oficios.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Masferrer .
El señor MASFERRER .-
Señor Presidente , quiero denunciar una situación muy sensible, cual es la falta de una posta rural en el sector Angostura, localidad de la comuna de San Fernando. Por lo que recién planteó el colega Urrutia , veo que la salud está haciendo agua por todos lados, porque si allá falta el equipo de rayos equis, acá, en un lugar donde habitan más de cinco mil personas, a ocho o diez kilómetros de la comuna de San Fernando y donde hay locomoción en forma muy esporádica durante el día, pero que en la noche no existe, ni siquiera existe una simple posta rural.
Por eso, pido que se oficie a las siguientes autoridades: al alcalde de la comuna de San Fernando, al intendente de la región del Libertador Bernardo O’Higgins, por ser presidente del Consejo de Desarrollo Regional -en el cual también manejan recursos-, al seremi de Salud y, principalmente, al ministro del ramo, porque no han tenido la voluntad y la sensibilidad para otorgar la mínima atención a las personas
que habitan y trabajan la tierra en ese sector netamente agrícola, como entregar la leche a los niños, realizar el control del niño sano -donde hay una escuela que imparte enseñanza básica completa, con jardín infantil, prekinder y kinder, y acoge a cerca de quinientos alumnos-, como asimismo examinar a las madres embarazadas, de acuerdo con los programas de las postas y, especialmente, a los adultos mayores e hipertensos.
No cuesta tanto tener una posta en estas localidades aisladas y con población numerosa. Lamentablemente, se está generando un centralismo regional. Las autoridades se están quedando en la cabecera regional; no visitan las diversas comunas y menos estas localidades. Una localidad cuya escuela entrega enseñanza completa e, incluso, cuenta con un retén de carabineros, pero no tiene posta, pregunto: ¿dónde están las autoridades que gobiernan el país? Si en Santiago se quejan, inmediatamente se anuncia que se continuará construyendo hospitales y consultorios; en regiones aspiramos a lo mínimo: a una posta.
Por lo tanto, pido a mis colegas que apoyen esta iniciativa, porque con ella podremos aliviar a aquella guagua que en la noche padece, por ejemplo, de dolor de oído o de estómago y que su madre no sabe qué hacer frente a esa emergencia, puesto que no tiene cómo movilizarse para recorrer los ocho o diez kilómetros que distan de la comuna de San Fernando.
Con su apoyo, podríamos decirle a la gente de esa zona, que también es chilena, que la Cámara ha respaldado esta denuncia y propuesta de este parlamentario.
Espero que el oficio sea enviado con la velocidad que requiere esa gente que hoy sufre.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Ignacio Urrutia , Andrés Egaña , Enrique Jaramillo , Enrique Acorssi y Sergio Ojeda.
HOMENAJE A LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, EN EL 140º ANIVERSARIO DE SU FUNDACIÓN. Oficios.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña .
El señor EGAÑA .-
Señor Presidente , en días pasados, asistimos al acto de conmemoración del 140º aniversario de la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción, en el cual estuvieron presentes el rector de la universidad, don Sergio Lavanchy y el decano de la facultad, don Sergio Carrasco Delgado .
En sus ciento cuarenta años de vida, hubo, al menos, cuatro iniciativas precursoras en la formación de esa facultad. La primera fue del presbítero don José María Mora , rector del Instituto Literario de Concepción, quien, junto con el joven profesor del Instituto Nacional, don Pedro Fernández Garfias iniciaron, en 1831, un curso de derecho civil que contó con veinte alumnos, sostenido por suscripción pública y que funcionó en el viejo local del instituto, del que sólo queda hoy una antigua muralla en el Convento de la Merced, en calle Castellón, entre Freire y Maipú . Poco duró ese curso, sólo hasta el terremoto o ruina de 1835, pero llegó a contar con una incipiente biblioteca jurídica, con obras entre las cuales se encontraba el Derecho de Gentes, del sabio Andrés Bello . Estos libros pasaron después a la biblioteca del actual Liceo de Hombres de Concepción y de ahí a la facultad.
La segunda iniciativa, en 1837, se desarrolló brevemente por el obispo don Diego de Elizoldo y Prado, con acuerdo del intendente don Francisco Bulnes, también sobre la base de la enseñanza privada del derecho civil.
Dos años más tarde, el mismo intendente Bulnes le ofreció a un sacerdote argentino, don José María Luque , que se hiciera a cargo del rectorado del colegio provincial del curso de derecho, lo que no se concretó.
Posteriormente, en 1845, el rector del colegio, don Vicente Varas de la Barra, incorporó a su plan de estudio las asignaturas de derecho natural, de ciencias económicas y de derecho constitucional. Este cuarto proyecto también fue de efímera duración.
De todas formas, como en septiembre de 1849 se estableció en Concepción la denominada, originalmente, “Ilustrísima Corte Suprema de Justicia” -la Corte Suprema de Santiago siguió denominándose “Excelentísima”-, que después fue la Corte de Apelaciones de Concepción, con jurisdicción desde el río Maule hasta Chiloé . Los estudiantes de derecho, apoyados también por la enseñanza particular, se recibieron y rindieron examen ante los ministros del ilustrísimo tribunal y, luego, en Santiago. Así, en esos primeros años, cuarenta abogados se formaron de tal manera. El primero fue don Ramón Novoa .
Fue entonces, en 1865, cuando el gobierno de Chile acogió una quinta y fructífera iniciativa, esta vez conjunta de la municipalidad y del Liceo de Hombres de Concepción, dirigido por don Francisco Fierro Talavera - quien a su vez era regidor municipal -y que contaba con el apoyo de los medios periodísticos penquistas, “El Correo del Sur” y el diario “La Tarántula”.
El 5 de mayo de 1865, se dictó un decreto supremo que estableció un curso de estudios legales en el Liceo de Concepción, distribuido en cinco años, que comenzó con clases de derecho romano y de derecho natural, dictadas tres veces a la semana. El primer año tuvo como único profesor a don Antonio Soto , nacido en Concepción, que se había titulado de abogado diez años antes -asimismo, segundo alcalde de la ciudad-, a quien se le asignó un sueldo ni bueno ni malo para la época, de mil pesos anuales. Por su parte, la municipalidad acordó otorgar al curso una subvención de quinientos pesos oro, anuales.
Conforme con el decreto, el profesor Antonio Soto dictó su primera clase de derecho romano, el 21 de mayo de 1865, efectuándose previamente un acto de inauguración presidido por el entonces intendente, don Aníbal Pinto Garmendia -años más tarde Presidente de la República -, quien manifestó: "Así como Concepción ha sido la cuna de los héroes de la carrera de las armas, lo será, en adelante, la que dé a Chile profundos y eminentes jurisconsultos.”
Este curso de leyes subsistió, en definitiva, gracias al aporte fiscal establecido en la periódica ley anual de presupuestos de la Nación. Dependió, hasta 1879, del Ministerio de Instrucción Pública y, posteriormente, de la Universidad de Chile. En promedio, tuvo una matrícula anual de sesenta alumnos.
A pesar de la ininterrumpida trayectoria del curso de derecho, hasta ahora, poco se había podido saber sobre el detalle de sus actividades. Sólo ocho libros de calificaciones de sus alumnos, entre 1894 y 1912, se encuentran en los archivos del decanato de la facultad. Sin embargo, en feliz coincidencia con este 140º aniversario, a fines del año pasado, con motivo de la formación de la “Sala Patrimonial”, en el liceo de Hombres Nº 1, " Enrique Molina ”, fueron rescatados sus bienes, desde el polvo de la incuria, del olvido, por la profesora señora Palmira Orrego y, gracias también a la entusiasta y culta colaboración del alumno Rodrigo Rojas , pudo conocerse, para los anales de su historia, el archivo casi completo del curso fiscal de leyes.
Sin embargo, de su constante actividad, la existencia del curso fiscal de leyes no fue del todo plácida. Ya, desde comienzos del siglo XX hubo iniciativas en cuanto suprimirlo, siendo año tras año crecientemente la difícil defensa del ítem presupuestario de su financiamiento, hasta que, a fines de 1928, el ministro de Hacienda de la época dispuso finalmente su supresión por economía en los gastos públicos. Esta iniciativa penquista quedaba así detenida.
Fue entonces cuando la Universidad de Concepción, que se había fundado diez años antes, presidida por el rector Enrique Molina , quien también fue rector del liceo, lo acogió como una de sus cinco facultades, correspondiendo la inmediata iniciativa de esta incorporación al consejero universitario don Samuel Zenteno Anaya , humanista y pedagogo.
Pero ello no fue tan fácil como parece. Hemos tenido a la vista el acta de la sesión del consejo universitario de 15 de enero de 1929, cuyo original se conserva en el Archivo de la Universidad de Concepción. Sólo la insistencia de don Enrique Molina , de los consejeros abogados don Julio Parada Benavente, vicerrector; don Alberto Coddou Ortiz y don Luis David Cruz Ocampo logró imponerse a las oposiciones a la creación de la facultad, que se fundaron en razones económicas.
Setenta y siete fueron los primeros alumnos y dieciséis los primeros profesores, a los que se agregó don Emilio Joyeux , profesor de francés, asignatura que se mantuvo hasta 1936 y cuya explicación se encuentra en que prácticamente todos los libros de la biblioteca estaban escritos en ese idioma, por lo que debió habilitarse a los alumnos para su conocimiento. Tales textos se encuentran hasta hoy en la biblioteca de la facultad.
Desde esos tiempos en adelante, la vida de la facultad ha transcurrido en reafirmar su condición en niveles de calidad creciente, camino y meta no sin sobresaltos.
Así ocurrió con el control de los programas y exámenes de esta universidad, que inicialmente, aun cuando con algunos cambios, correspondió a la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, hasta que, por ley de 10 de junio de 1953, obtuvo su plena autonomía. Los primeros egresados, que rindieron examen de grado ante comisiones formadas por profesores de Concepción, fueron los después abogados Mario Jarpa Fernández y Alberto Puga Seguel , ambos ex profesores de nuestra facultad y aprobados con la máxima distinción.
Antes que ello ocurriera, derivado de una crisis de crecimiento, el decano don Arturo Alessandri Rodríguez dispuso y obtuvo la llegada a Concepción, por diez años, entre 1938 y 1948, del joven jurista don David Stitchkin , quien amplió hacia la investigación jurídica el campo entonces puramente exegético de la enseñanza jurídica, dinamizando también la Revista de Derecho, fundada en 1932 y que luego dirigiría por muchos años uno de sus más distinguidos alumnos, el profesor Orlando Tapia Suárez .
Los miles de alumnos y abogados pertenecientes a las aulas más que centenarias de la Facultad y la valiosa obra formativa de sus centenares de profesores, cuyas voces y ejemplos constituyen un perdurable acervo del esfuerzo generoso de sus funcionarios, configuran un patrimonio espiritual y material que se asocia a lo que ha sido y es Chile en el campo de la enseñanza superior del derecho.
Por eso he querido rendir un homenaje a la Facultad de Derecho de la Universidad de Concepción en sus 140 años, y pido se que haga llegar copia de mi intervención a su rector, profesor don Sergio Lavanchy , y al decano de dicha facultad, don Sergio Carrasco Delgado .
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , con su intervención me ha hecho rememorar tiempos hermosos de educación y juventud. Personalmente, estudié en la Facultad de Derecho de la Universidad de Concepción, a la que usted ha rendido homenaje en esta ocasión. El nombre Enrique Molina Garmendia constituye la base y la inspiración de dicho centro de estudios, como reza el lema “Por el desarrollo libre del espíritu”. Su señoría también ha recordado a don Mario Jarpa y a don Alberto Puga , quienes también fueron mis profesores.
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Gastón Von Mühlenbrock , Eduardo Díaz , José Miguel Ortiz , Enrique Jaramillo , Enrique Accorsi y de quien habla.
DENUNCIA DE IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE CARAHUE. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Eduardo Díaz .
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , me han hecho llegar varias denuncias por eventuales irregularidades en la municipalidad de Carahue, Novena Región, que es prudente ponerlas en conocimiento de la Contraloría General de la República.
Dichas irregularidades están referidas a la entrega de parkas escolares en primavera, después de que ha terminado el invierno; a la variación en más del doble del presupuesto social del año 2004, que fue electoral, al compararlo con el de los años 2003 y 2005; a la supuesta entrega de ayudas sociales sin informe previo; al extravío de bienes municipales desde el Centro de Rehabilitación de Alcohólicos, el taller mecánico municipal, la Casa del Agricultor, la casa del liceo Claudio Arrau , la Casa de la Mujer y la delegación de Nehuentúe; y, por último, la falta de veracidad en las fichas de cometidos de, al menos, dos funcionarios, entre otros casos.
Todas estas eventuales irregularidades ameritan ser puestas en conocimiento del órgano contralor, en aras de la transparencia en la gestión pública, ya que en ellas podrían estar involucrados funcionarios y recursos públicos.
Por lo anterior, pido que se oficie al Contralor General de la República para poner en su conocimiento estos hechos, adjuntando copia de mi intervención y el detalle de los antecedentes que entregaré a la Secretaría.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
HOMENAJE A LOS 25 AÑOS DE LA CORPORACIÓN DE AYUDA AL LIMITADO VISUAL, COALIVI. Oficios.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ (de pie).- Señor Presidente , los parlamentarios de la Octava Región fuimos invitados, el año pasado, a una reunión desayuno organizada por una institución que, en estos días, cumple 25 años al servicio de la comunidad de esa región. Me refiero a la Corporación de Ayuda al Limitado Visual, Coalivi.
Por diferentes circunstancias, los colegas parlamentarios se excusaron de asistir a esa reunión, argumentando que tenían otros compromisos que cumplir. Por eso, tuve el privilegio de ser el único parlamentario presente en ella y presencié una maciza exposición de estos 25 años al servicio de los no videntes de nuestra región.
Conocía esa institución. Quienes nacimos y nos criamos en Concepción sabemos que el desarrollo, la modernidad y la integración de la Octava Región no son casualidad.
En estos días, Colaivi celebra 25 años de existencia y mañana, miércoles 8, a las 19.30, se realizará la ceremonia central del programa de aniversario en el teatro de nuestra Universidad de Concepción.
La Corporación nació gracias al esfuerzo de Ingelore Bernhardt , ex docente del Colegio Alemán; de Patricio Parada , profesor de Castellano , y de José Fuica , ex académico y decano de la Facultad de Educación de nuestra Universidad de Concepción, quien lamentablemente falleció. En la ceremonia que se realizará mañana en la Universidad de Concepción, los tres serán homenajeados.
Múltiples son los cambios que ha vivido nuestro país durante los últimos 25 años, por lo que muy distintos son los desafíos y problemas que hoy debe enfrentar la Corporación de Ayuda al Limitado Visual, Coalivi, porque el escenario que la vio nacer ya no es el mismo. No obstante, su compromiso con las personas ciegas y con discapacidad visual se mantiene inalterable.
Esta institución, de carácter netamente local, surgió, como dije, por iniciativa del profesor de castellano, Patricio Parada Ceballos , quien, siendo muy niño, perdió totalmente la visión. Pero también estuvo el trabajo incansable de la tenaz profesora del Colegio Alemán, Ingelore Bernhardt , quien, al ir perdiendo paulatinamente la visión, no se quedó en lamentaciones, sino que emprendió la tarea de dar una oportunidad a las personas ciegas. El nexo entre ambos fue el profesor José Fuica Fuica .
Partieron haciendo clases a invidentes en dependencias de la radio Universidad de Concepción. Luego, se consiguieron la sede del Club de Leones Andalién, hasta que, con el apoyo de la Christoffel-Blindenmission (CBM), una institución alemana, compraron el edificio que actualmente ocupan, ubicado en calle Las Heras esquina con Aníbal Pinto , donde implementaron laboratorios y dependencias técnicas que ya se las quisieran las mejores clínicas del país. En la Sala se encuentra un colega que fue presidente del Colegio Médico , el diputado Enrique Accorsi , quien puede dar fe de la extraordinaria implementación de Coalivi.
Pero las imágenes quedan. En este caso, quedó la de que esta organización recibía anualmente aportes extranjeros. Sin embargo, como nuestro país ha crecido y ya no pertenece al tercer mundo, desde hace varios años la colaboración internacional ya no nos llega; va a otros países, por lo que la corporación debe autofinanciarse. Para ello, ha debido buscar la forma de conseguir los recursos que le permitan mantener la gran labor social que realiza.
Pero ya no se trata sólo de reinsertar a las personas con discapacidad visual en la sociedad, que fue una gran misión realizada durante estos 25 años, sino que hay que desarrollar otras tareas.
A través de la incansable labor de esta institución, ha quedado demostrado que la ceguera no destruye a los seres humanos. Son innumerables las historias que se han conocido en Coalivi. Personas que nacieron ciegas, otras que perdieron la visión en la infancia o siendo adultos, todas han encontrado en esta corporación esperanzas para seguir luchando. No sólo reciben atención por su problema visual, sino también educación, rehabilitación y, sobre todo, inmenso cariño.
El viernes recién pasado, a cuatro días de cumplir veinticinco años, visitó la sede de Coalivi el doctor Álvaro Erazo , ex subsecretario de Salud y actual director nacional del Fondo Nacional de Salud, Fonasa , y con el director regional del Fonasa se firmó un compromiso marco para prestar servicios, con los adelantos del hospital clínico regional, al problema de las cataratas.
Hago un reconocimiento al Fonasa, donde se me escuchó, después de haber estado varias veces con el doctor Hugolino Catalán , gran director del hospital clínico regional de Concepción, que renunció motu proprio y que hoy está de presidente ad honorem del directorio. Ha cumplido más de un año como presidente de la Corporación .
Hicimos ver la situación al doctor Álvaro Erazo , y el compromiso se firmó, lo que permitirá ayudar al autofinanciamiento de la institución y aprovechar la modernidad que hay en el tema visual, a fin de que la gente recupere la visión.
En la ceremonia, realizada el viernes pasado, ocurrió lo siguiente. Se me acercó una persona, que conozco, que vive en Schwager, vale decir, de la comuna de Coronel, que había perdido la vista hace siete años, y me dijo: “Las veces que has venido a la institución en estos años he escuchado tu voz; ahora quiero demostrarte que te puedo ver”. Porque hubo un proceso en que recuperó la vista, no en ciento por ciento, pero al menos en cincuenta por ciento. ¡Qué hermosa labor!
También vimos a niños, con el cariño de sus padres, que eran atendidos para ser rehabilitados a fin de insertarse en el mundo del trabajo. Recorrimos todo con las autoridades presentes. Vimos los equipos didácticos, los computadores para no videntes que los inserta en el mundo del trabajo. ¡Qué hermosa labor!
Por eso, consideré muy importante rendir un homenaje en la Cámara de Diputados a la Corporación de Ayuda al Limitado Visual, Coalivi, que cumple veinticinco años de existencia al servicio de la recuperación visual de muchísimas personas en la Octava Región.
Estoy convencido de que Coalivi significa ver y vivir en un mundo mejor.
Solicito que mi intervención se haga llegar, en forma íntegra, al doctor Hugolino Catalán Kröll , presidente del directorio de Coalivi ; al director de la parte técnica, profesor de castellano Patricio Parada Ceballos ; a la profesora Ingelore Bernhardt ; a la viuda del profesor José Fuica , quien fuera un gran coordinador, y a todo el directorio.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios correspondientes en la forma solicitada por su señoría, adjuntando copia de su discurso a las personas mencionadas, con la adhesión de los diputados señores Andrés Egaña , Gastón von Mühlenbrock , Enrique Jaramillo , Enrique Accorsi y de quien habla.
HOMENAJE A ESCUELA EL MAITÉN, DE LA COMUNA DE LA UNIÓN, EN SU TERCER ANIVERSARIO. Oficio.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , quiero saludar a una escuela del sur de Chile que hoy celebra sus primeros tres años de vida y que ya es parte de la historia en la vida institucional. Me refiero a la escuela El Maitén, de la ciudad de La Unión, creada a instancia de los propios vecinos y que, junto con el compromiso del gobierno del Presidente Ricardo Lagos, ha permitido entregar una educación de calidad a más de mil alumnos. Ha favorecido a niñas y niños que viven en ese barrio tan querido y especial para este diputado .
Para ello, padres y profesores se impusieron la tarea de hacer de esta escuela una de las mejores, en un medio donde la educación municipal es destacada.
El 7 de junio de 2002 nace la escuela El Maitén. En tan corto período de funcionamiento, ese establecimiento educacional ha estado dirigido por un educador probado, respetado y querido por la comunidad: don Luis Fehrenberg de la Fuente, quien ha demostrado que cuando existe un compromiso entre las familias, educadores y los municipios es posible llevar a cabo obras de progreso que traen bienestar, además de mejorar las oportunidades a quienes más apoyo necesitan. En este caso son los hijos de vecinos del tradicional barrio El Maitén. Ellos también ya forjan el futuro de La Unión y del país. Estoy seguro de que dentro de poco comenzarán a germinar los frutos de las semillas sembradas. Esas niñas y niños estarán orgullosos de representar a su escuela, ya que ella potenciará su proyecto educativo, transformándose en uno de los pilares del sistema municipalizado en esa comuna.
No puedo dejar de elogiarlo una vez más, ya que es un ejemplo en nuestro sur de Chile.
En consecuencia y desde la distancia, envío mi saludo, admiración y felicitación a dicha escuela por sus tres años de vida, que han sido tan fructíferos, y a su director, haciendo extensivo este formal reconocimiento a todas las señoras y señores profesores, paradocentes y auxiliares que laboran en ese establecimiento. Asimismo, a los padres y apoderados y a sus pequeños alumnos, que son la semilla de la ciudad de La Unión para el día de mañana.
Por tanto, solicito que se oficie al director de la escuela El Maitén, de la comuna de La Unión, con motivo del aniversario del establecimiento haciéndole llegar este reconocimiento.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Andrés Egaña , Gastón von Mühlenbrock , José Miguel Ortiz y de quien habla.
DESTINACIÓN DE PERSONAL DE CARABINEROS A LABORES AJENAS A LA FUNCIÓN POLICIAL. Oficio.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.-
Señor Presidente , todos sabemos que Carabineros de Chile cumple múltiples funciones, aparte de encargarse de la seguridad pública. Entre otras, sus funcionarios deben actuar como testigos de fe en múltiples denuncias relacionadas con los tribunales y con algunas empresas privadas, como las de seguros.
Sabemos que para que el seguro opere, primero hay que hacer la denuncia ante Carabineros. Así se van multiplicando las acciones que no tienen que ver directamente con la seguridad. Por los antecedentes que poseo, la cantidad de horas hombre que se destina a este tipo de actividades es muy importante.
Por ello, solicito enviar oficio al general director de Carabineros para que nos haga saber el número de horas hombre mensuales y anuales -ojalá desglosadas a nivel regional y nacional- que destina la institución a labores ajenas a la policial.
Muchas de esas horas se podrían destinar a control de la seguridad pública. Además, los seguros privados no aportan nada a la función de Carabineros. Por lo tanto, se podría hacer una reingeniería de esas horas y otorgar más seguridad a la población.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión del diputado Enrique Jaramillo y de quien habla.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 22.28 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de la Corte Suprema.
“Oficio N° 72
Informe proyecto de ley 16-2005
Antecedente: Boletín N° 3847-18
Santiago , 25 de mayo de 2005
Mediante Oficio N° 5520 de fecha 20 de abril de 2005, remitido por el Sr. Presidente de la H. Cámara de Diputados, don Gabriel Ascencio Mansilla , se ha solicitado la opinión de esta Corte, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 16 de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, sobre el proyecto de ley que modifica el artículo 31 de la Ley N° 19.620, sobre adopción de menores, relativo al Boletín N° 3847-18.
Impuesto el Tribunal Pleno sobre la materia consultada, en sesión de fecha 20 de mayo de 2005, bajo la presidencia del titular Sr. Marcos Libedinsky Tschorne y con la asistencia de los Ministros señores Hernán Álvarez García , José Benquis Camhi , Enrique Tapia Witting , Ricardo Gálvez Blanco , Alberto Chaigneau del Campo, Jorge Rodríguez Ariztía , José Luis Pérez Zañartu , Orlando Álvarez Hernández , Urbano Marín Vallejo , Domingo Yurac Soto , Jorge Medina Cuevas , Domingo Kokisch Mourgues , Milton Juica Arancibia , Nibaldo Segura Peña y Adalis Oyarzún Miranda , acordó informar favorablemente el proyecto, haciendo presente lo que a continuación se expresa:
Según se transcribe en el oficio referido, el proyecto de ley es del siguiente tenor:
"Artículo único: Para agregar un nuevo inciso segundo, pasando el actual inciso segundo y tercer a ser tercero y cuarto, respectivamente.
"EI juez sólo podrá otorgar adopción de un menor a un matrimonio extranjero no residente en Chile cuando se trate de cónyuges de diferente sexo."
Exponen los autores de la moción legislativa que hay un punto que puede prestarse a equivocaciones tratándose de matrimonios extranjeros que quieran adoptar a un menor para trasladarlo a su país de origen y que dice relación con la diferencia de sexo entre ambos cónyuges, puesto que si bien esta situación no se presenta en nuestra legislación interna, en el derecho comparado se reconoce la unión civil entre personas del mismo sexo y sus derecho para adoptar a un menor. Agregan que nuestra legislación no debe permitir que un menor sea adoptado por cónyuges del mismo sexo pues se atentaría contra el concepto de familia consagrado en el artículo 1° de la Constitución Política de la República, y que no pueden ser considerados idóneos para adoptar y porque se vulneraría el derecho natural de los niños a crecer dignamente con el referente de las figuras insustituibles del padre y de la madre.
Teniendo presente que la adopción existe para acompañar a un niño que se encuentra privado de familia y que este procedimiento tiene por objeto el interés superior del adoptado
y que la familia sustituta le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no le pueda ser proporcionado por su familia de origen (artículo 1° de la Ley N° 19.620) y que la filiación adoptiva imita a la naturaleza, en sus alcances y limitaciones, por cuanto no puede ir más allá de lo que ella misma impide o no permite a fin de adaptarla y asemejarla a la filiación biológica, esta Corte Suprema no tiene reparo alguno que formular al proyecto de ley referido.
Aún más en apoyo del informe favorable se pueden citar las disposiciones contenidas en el inciso segundo del artículo 1° de la Constitución Política de la República y artículo 1° de la Ley N° 19.947, sobre Matrimonio Civil que reconocen que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y que el matrimonio es la base principal de la familia y sin omitir la definición del mismo contenida en el artículo 102 del Código Civil y lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 18 de la citada Ley N° 19.947, en cuanto ordena al oficial civil, ante quien se celebra el matrimonio, preguntar a los contrayentes "...si consienten en recibirse el uno al otro como marido o mujer...", esto es, reafirmando que el matrimonio es un contrato solemne entre un hombre y una mujer. En este mismo sentido el artículo 80 de la ley referida señala en su inciso primero segunda parte "...Así, el matrimonio celebrado en país extranjero, en conformidad con las leyes del mismo país, producirá en Chile los mismos efectos que si se hubiere celebrado en territorio chileno, siempre que se trate de la unión entre un hombre y una mujer..."'
Saluda atentamente a V.E.,
(Fdo.): MARCOS LIBEDINSKY TSCHORNE , Presidente ; CARLOS MENESES PIZARO , Secretario .
AL SEÑOR
PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS
DON GABRIEL ASCENCIO MANSILLA
VALPARAISO”
2. Oficio de la Contraloría General de la República. Gabinete Contralor.
“GCG. 187/05
Remite cuenta pública año 2004 y memoria institucional.
Santiago , 25 mayo 2005.
En relación con lo dispuesto en el artículo 143, de la ley Nº 10.336, sobre organización y atribuciones de esta entidad fiscalizadora, modificado por el artículo 1º, Nº 24 de la ley Nº 19.817, el Contralor General debe dar cuenta pública de su gestión, poniéndola en conocimiento de los Poderes Ejecutivo y Legislativo.
En cumplimiento de ese mandato, es grato para el Contralor General infrascrito remitir a vuestra Excelencia, tanto la memoria institucional como la Cuenta Pública correspondiente al año 2004.
Saluda atentamente a US.
(Fdo.). GUSTAVO SCIOLLA AVENDAÑO , Contralor General de la República .
AL SEÑOR
GABRIEL ASCENCIO M.
PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
CONGRESO NACIONAL
VALPARÁISO”.