Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. FÁCIL DESPACHO
- MONUMENTO EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS . Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Francisco Encina Moriamez
- DEBATE
- MONUMENTO EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS . Primer trámite constitucional.
- VI. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS EN LOS TRIBUNALES DE FAMILIA. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Maria Isabel Allende Bussi
- Maria Eugenia Mella Gajardo
- Adriana Munoz D'albora
- Maria Antonieta Saa Diaz
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Maria Pia Guzman Mena
- Laura Soto Gonzalez
- Jorge Burgos Varela
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Marcelo Forni Lobos
- Gonzalo Uriarte Herrera
- INDICACIÓN
- REDEFINICIÓN DE LA PATRIA POTESTAD. Modificación del Código Civil. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Maria Eugenia Mella Gajardo
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Exequiel Silva Ortiz
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- DEBATE
- REGULACIÓN DE LA LIBERTAD CONDICIONAL EN CASO DE VIOLACIÓN DE MENORES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- DEBATE
- FALLECIMIENTO DEL PADRE DEL DIPUTADO FELIPE SALABERRY . Nota de condolencias.
- NORMATIVA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN. Primer trámite constitucional. (Votación pendiente).
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS EN LOS TRIBUNALES DE FAMILIA. Primer trámite constitucional.
- VII. PROYECTOS DE ACUERDO
- MEDIDAS PARA MANTENER LA COMPETITIVIDAD DE LA ECONOMÍA CHILENA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Julio Dittborn Cordua
- Alfonso Vargas Lyng
- Pablo Lorenzini Basso
- Jose Antonio Galilea Vidaurre
- Edgardo Riveros Marin
- Exequiel Silva Ortiz
- Enrique Jaramillo Becker
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Marcelo Forni Lobos
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- APLICACIÓN DE SANCIONES A QUIENES ATENTEN CONTRA EL PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL DEL PAÍS. (Votación pendiente).
- MEDIDAS PARA MANTENER LA COMPETITIVIDAD DE LA ECONOMÍA CHILENA.
- VIII. INCIDENTES
- INSTALACIÓN DE ANTENAS PARA TELEFONÍA CELULAR EN OSORNO. Oficio.
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- Pedro Araya Guerrero
- Osvaldo Palma Flores
- Eduardo Saffirio Suarez
- Jaime Quintana Leal
- Rodrigo Gonzalez Torres
- ADHESION
- PRESUPUESTO PARA HABILITACIÓN DE PUENTE MÓVIL DE EMBARQUE EN AERÓDROMO DE CAÑAL BAJO, DE OSORNO. Oficio.
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- Pedro Araya Guerrero
- Osvaldo Palma Flores
- Eduardo Saffirio Suarez
- Jaime Quintana Leal
- Rodrigo Gonzalez Torres
- ADHESION
- DEFICIENCIAS Y CARENCIAS DEL HOSPITAL REGIONAL DE ANTOFAGASTA. Oficio.
- ADHESION
- Sergio Ojeda Uribe
- Osvaldo Palma Flores
- Jaime Quintana Leal
- Edgardo Riveros Marin
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- PROBLEMAS DE SEGURIDAD EN SECTOR DE LABRANZA, EN TEMUCO. Oficios.
- ADHESION
- Osvaldo Palma Flores
- Sergio Ojeda Uribe
- Pedro Araya Guerrero
- Jaime Quintana Leal
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- RECURSOS DEL PRESUPUESTOS DE LA NACIÓN PARA MANTENCIÓN DE TEATROS MUNICIPALES DE REGIONES. Oficio.
- ADHESION
- Osvaldo Palma Flores
- Sergio Ojeda Uribe
- Pedro Araya Guerrero
- Jaime Quintana Leal
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- PAGO DE DEUDAS A PROFESORES DE CURACAUTÍN. Oficio.
- CAMBIO EN EL EMPLAZAMIENTO DE RELLENOS SANITARIOS EN COMUNAS DE LAUTARO Y VILCÚN. Oficios.
- ADHESION
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- RECONSIDERACIÓN DE SANCIONES APLICADAS A CAMPESINOS DE PRECORDILLERA DE LINARES. Oficios.
- MEDIDAS PARA EVITAR PROPAGACIÓN DE ENFERMEDAD QUE AFECTA A GANADO VACUNO DE LINARES. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE PATOLOGÍAS INTERVENIDAS QUIRÚRGICAMENTE EN HOSPITALES DE VALLENAR Y COPIAPÓ. Oficios.
- ADHESION
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- ALCANCES A INTERVENCIÓN SOBRE PROBLEMA HOSPITALARIO DE ANTOFAGASTA. Oficios.
- ADHESION
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- RECURSOS PARA CONSTRUCCIÓN DE COMPLEJO HOSPITALARIO EN CONCEPCIÓN. Oficios.
- PROBLEMAS DE SEGURIDAD Y DAÑOS EN VIVIENDAS POR TRÁNSITO DE CAMIONES EN POBLACIÓN GAETE, COMUNA DE TALCAHUANO. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE MUERTE DE ESTUDIANTE EN PRÁCTICA EN OVALLE. Oficios.
- ADHESION
- Eliana Caraball Martinez
- ADHESION
- PRIMACÍA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL EN RELACIÓN CON EL TRATADO QUE CREA LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.
- INSTALACIÓN DE ANTENAS PARA TELEFONÍA CELULAR EN OSORNO. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Victor Perez Varela
- Ivan Moreira Barros
- Ivan Norambuena Farias
- Felipe Salaberry Soto
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Gonzalo Uriarte Herrera
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 353ª, ORDINARIA
Sesión 48ª, en miércoles 5 de octubre de 2005 (Ordinaria, de 11.07 a 14.52 horas)
Presidencia de los señores Navarro Brain, don Alejandro, y Cornejo Vidaurrázaga, don Patricio;
Presidencia accidental de los señores Ortiz Novoa, don José Miguel, y Caraball Martínez, doña Eliana.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián
ÍNDICE
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I.Asistencia6
II.Apertura de la sesión9
III.Actas9
IV.Cuenta9
V.Fácil despacho.
Monumento en memoria de don Alejandro Chelén Rojas. Primer trámite constitucional9
VI.Orden del Día.
Modificación de procedimientos en los tribunales de familia. Primer trámite constitucional12
Redefinición de la patria potestad. Modificación del Código Civil. Primer trámite constitucional17
Regulación de la libertad condicional en caso de violación de menores. Primer trámite constitucional31
Fallecimiento del padre del diputadoFelipe Salaberry. Nota de condolencias36
Normativa contra la discriminación. Primer trámite constitucional. (Votación pendiente)37
VII.Proyectos de acuerdo.
Medidas para mantener la competitividad de la economía chilena49
Aplicación de sanciones a quienes atenten contra el patrimonio natural y cultural del país. (Votación pendiente)51
VIII.Incidentes.
Instalación de antenas para telefonía celular en Osorno. Oficio51
Presupuesto para habilitación de puente móvil de embarque en aeródromo de Cañal Bajo, de Osorno. Oficio52
Deficiencias y carencias del Hospital Regional de Antofagasta. Oficio52
Problemas de seguridad en sector de Labranza, en Temuco. Oficios53
Recursos del presupuesto de la nación para mantención de teatros municipales de regiones. Oficio54
Pago de deudas a profesores de Curacautín. Oficio55
Cambio en el emplazamiento de rellenos sanitarios en comunas de Lautaro y Vilcún. Oficios55
Reconsideración de sanciones aplicadas a campesinos de precordillera de Linares. Oficios57
Pág.
Medidas para evitar propagación de enfermedad que afecta a ganado vacuno de Linares. Oficios57
Información sobre patologías intervenidas quirúrgicamente en hospitales de Vallenar y Copiapó. Oficios58
Alcances a intervención sobre problema hospitalario de Antofagasta. Oficios58
Recursos para construcción de complejo hospitalario en Concepción. Oficios59
Problemas de seguridad y daños en viviendas por tránsito de camiones en población Gaete, comuna de Talcahuano. Oficios61
Información sobre muerte de estudiante en práctica en Ovalle. Oficios61
Primacía del ordenamiento jurídico nacional en relación con el tratado que crea la Corte Penal Internacional62
IX. Documentos de la Cuenta.
1.Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “suma” para el despacho del proyecto que modifica el DFL N° 2, de1998, sobre subvenciones a establecimientos educacionales y otros cuerpos legales. ( N° 395304)65
2.Primer informe de la Comisión de Salud recaído en el proyecto que modifica el Código Sanitario respecto de la receta médica. ( N° 391511)65
3.Proyecto iniciado en moción del diputado señor Errázuriz, que regula el uso de semilla transgénica en cultivos. ( N° 400301)75
4.Proyecto iniciado en moción del diputado señor Errázuriz, que obliga a sociedades a informar respecto de accionistas que no retiran dividendos. ( N° 400403)75
5.Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Pérez, don Víctor; Moreira, Norambuena, Salaberry, Ulloa y Uriarte, que establece un nuevo trato social para los delincuentes. ( N° 400507)76
X. Otros documentos de la Cuenta.
Ministerio de Obras Públicas:
DiputadoNavarro, información sobre proyecto para efectuar modificaciones a la rotondaGeneral Bonilla.
DiputadoNavarro, información sobre precipitaciones e índices de pluviometría en la Octava Región y antecedentes de los derechos de agua en el Valle Nonguén.
DiputadoNavarro, causas que provocaron el colapso y rebalse de la Planta Elevadora y colectores de alcantarillado en casas de Talcahuano.
DiputadoNavarro, recursos para implementar normativa secundaria de calidad de las aguas y monitoreo permanente del río Cruces.
DiputadoNavarro, sanciones aplicadas a Essbío S. A.
DiputadoMolina, investigación sobre responsabilidades en la construcción de establecimientos educacionales de las comunas de Illapel y de Salamanca.
DiputadoQuintana, reposición de puentes en comuna de Curacautín.
DiputadoValenzuela, información sobre asfaltado de camino que une Chancón con ruta a Rancagua y con mina El Inglés.
DiputadoOjeda, concreción de pavimentación de camino Osorno Río Negro.
DiputadoHales, mitigación de impacto ambiental, vial y social en población Héroes de la Concepción, comuna de Conchalí, por obras de concesionaria Américo Vespucio Express.
DiputadoRobles, razones para construir pista de menos extensión y no incluir un depósito de combustibles en aeropuerto Desierto de Atacama.
DiputadoCorrea, denuncia cobro ilegal que se estaría efectuando por la empresa Aguas Nuevo Sur Maule a los usuarios de Los Queñes, comuna de Romeral.
DiputadoKuschel, construcción camino tramo terrestre entre Caletas Pichanco y Gonzalo, Provincia de Palena.
DiputadoKuschel, información sobre los trabajos de mejoramiento de los caminos rurales en la comuna de Ancud.
DiputadoKuschel, proyectos que se implementarán para mejorar y potenciar la conectividad entre las localidades de Alerce y Puerto Montt.
DiputadoGarcía, cobro de empresas sanitarias por conexión de viviendas a redes de agua potable.
DiputadoPrieto, pavimentación del camino las Rastras, en Talca.
DiputadaSepúlveda, pavimentación de trecho caminero en comuna de Chimbarongo.
DiputadoJaramillo, incorporar en Presupuesto 2006 camino Río BuenoLa Unión en la Décima Región de los Lagos. (2597 al 10174).
DiputadoDelmastro, reparar el camino que une Corral con Chaihuín, afectado por derrumbes producidos por los últimos temporales.
DiputadoQuintana, reparaciones al camino Las CardasSelva Oscura y a los tres puentes sobre el río Chanco, zona de comunidad Ignacio Huenchulán, de la comuna de Victoria.
DiputadoBertolino, proyecto del gobierno regional de la Cuarta Región para mejorar el servicio de agua potable rural San IsidroCalingasta.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
DiputadoMulet, fiscalización de empresa constructora Moller y PérezCotapos por condiciones de las obras nuevo Hospital de Vallenar.
Ministerio de Planificación y Cooperación:
DiputadoQuintana, revisión de diseño de Ficha Familia.
Consejo Nacional de la Cultura y las Artes:
DiputadoOjeda, omisión de provincia de Osorno en guía turismo cultural 2005, del Sernatur.
Municipalidad de Talcahuano:
DiputadoNavarro, información sobre criterios técnicos que permitieron autorizar la construcción de la población Venecia de Talcahuano.
I.ASISTENCIA
Asistieron los siguientes señores diputados:
NOMBRE
-Accorsi Opazo, Enrique
-Aguiló Melo, Sergio
-Alvarado Andrade, Claudio
-Allende Bussi, Isabel
-Araya Guerrero, Pedro
-Barros Montero, Ramón
-Bauer Jouanne, Eugenio
-Bayo Veloso, Francisco
-Becker Alvear, Germán
-Bertolino Rendic, Mario
-Burgos Varela, Jorge
-Bustos Ramírez, Juan
-Caraball Martínez, Eliana
-Cardemil Herrera, Alberto
-Ceroni Fuentes, Guillermo
-Cornejo Vidaurrázaga, Patricio
-Correa De la Cerda, Sergio
-Cristi Marfil, María Angélica
-Cubillos Sigall, Marcela
-Delmastro Naso, Roberto
-Díaz Del Río, Eduardo
-Dittborn Cordua, Julio
-Egaña Respaldiza, Andrés
-Encina Moriamez, Francisco
-Errázuriz Eguiguren, Maximiano
-Escalona Medina, Camilo
-Espinoza Sandoval, Fidel
-Forni Lobos, Marcelo
-Galilea Carrillo, Pablo
-Galilea Vidaurre, José Antonio
-García García, René Manuel
-García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
-González Torres, Rodrigo
-Guzmán Mena, Pía
-Hales Dib, Patricio
-Hidalgo González, Carlos
-Ibáñez Santa María, Gonzalo
-Jaramillo Becker, Enrique
-Jarpa Wevar, Carlos Abel
-Jofré Núñez, Néstor
-Kast Rist, José Antonio
-Kuschel Silva, Carlos Ignacio
-Leal Labrín, Antonio
-Longton Guerrero, Arturo
-Longueira Montes, Pablo
-Lorenzini Basso, Pablo
-Luksic Sandoval, Zarko
-Martínez Labbé, Rosauro
-Masferrer Pellizzari, Juan
-Melero Abaroa, Patricio
-Mella Gajardo, María Eugenia
-Meza Moncada, Fernando
-Molina Sanhueza, Darío
-Montes Cisternas, Carlos
-Mulet Martínez, Jaime
-Muñoz Aburto, Pedro
-Muñoz D'Albora, Adriana
-Navarro Brain, Alejandro
-Norambuena Farías, Iván
-Ojeda Uribe, Sergio
-Olivares Zepeda, Carlos
-Ortiz Novoa, José Miguel
-Palma Flores, Osvaldo
-Paya Mira, Darío
-Pérez Arriagada, José
-Pérez Lobos, Aníbal
-Pérez San Martín, Lily
-Pérez Varela, Víctor
-Prieto Lorca, Pablo
-Quintana Leal, Jaime
-Recondo Lavanderos, Carlos
-Riveros Marín, Edgardo
-Robles Pantoja, Alberto
-Rojas Molina, Manuel
-Rossi Ciocca, Fulvio
-Saa Díaz, María Antonieta
-Saffirio Suárez, Eduardo
-Salaberry Soto, Felipe
-Salas De la Fuente, Edmundo
-Sánchez Grunert, Leopoldo
-Seguel Molina, Rodolfo
-Sepúlveda Orbenes, Alejandra
-Silva Ortiz, Exequiel
-Soto González, Laura
-Tapia Martínez, Boris
-Tohá Morales, Carolina
-Tuma Zedan, Eugenio
-Ulloa Aguillón, Jorge
-Uriarte Herrera, Gonzalo
-Valenzuela Van Treek, Esteban
-Varela Herrera, Mario
-Vargas Lyng, Alfonso
-Venegas Rubio, Samuel
-Vidal Lázaro, Ximena
-Vilches Guzmán, Carlos
-Walker Prieto, Patricio
Asistió, además, la ministra directora del Servicio Nacional de la Mujer, señora Cecilia Pérez Díaz.
II.APERTURA DE LA SESIÓN
Se abrió la sesión a las 11.07 horas.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
El acta de la sesión 43ª se declara aprobada por no haber sido objeto de observaciones.
El acta de la sesión 44ª se encuentra a disposición de las señoras diputadas y señores diputados.
IV.CUENTA
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
V.FÁCIL DESPACHO
MONUMENTO EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS . Primer trámite constitucional.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que autoriza erigir un monumento en memoria de don Alejandro Chelén Rojas , en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.
Diputado informante de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación es el señor Francisco Encina.
Antecedentes:
-Moción, Nº 3911-04, sesión 10ª, en 22 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 6.
-Informe de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes y Recreación, sesión 27ª, en 9 de agosto de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 15.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Encina.
El señor ENCINA.-
Señor Presidente, la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación pasa a informar, en primer trámite constitucional, sobre el proyecto de ley que autoriza erigir un monumento en memoria de don Alejandro Chelén Rojas, en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, provincia de Limarí, región de Coquimbo.
Don Alejandro Chelén Rojas fue un conocido escritor y parlamentario por muchos años del Partido Socialista. Nació en Chañaral Alto, el 21 de septiembre de 1912, hijo de don José Chelén y de doña Deidamia Rojas. Hizo sus primeros estudios en la escuela de su pueblo natal, la que hoy lleva su nombre, y terminó su educación en el Liceo de Hombres de Ovalle. Cursó estudios superiores en la Facultad de Historia y Geografía de la Universidad de Chile, obteniendo el grado de licenciado en 1936.
Incursiona en múltiples actividades del quehacer nacional. Ingresa a las oficinas salitreras de Tarapacá y de Antofagasta, donde se desempeña hasta 1931. Con posterioridad, en 1936, trabaja en las minas de Atacama, de Inca de Oro y de Taltal, hasta 1948. Se traslada a San Lorenzo , comuna de Monte Patria, provincia de Limarí, lugar donde se dedica a la agricultura.
Se apasiona por las letras y desarrolla una fructífera labor como escritor, especialmente en la prensa, donde se destaca como colaborador, fundador y director de varias publicaciones.
Los periódicos “El Popular” y “El Aba”, en Antofagasta; “El Inca”, “El Deber”, “El Progreso”, “Unidad y Avance”, en Atacama; “Crónica”, “El Regional”, “El Chileno”, “La Provincia” y “El Reflector”, en Combarbalá, Ovalle e Illapel , y “La Calle”, “Izquierda”, “La Hora” y “La Nación”, en Santiago, supieron de su pluma rigurosa y punzante. Asimismo, entre los años 1936 y 1948, escribió cuentos y crónicas en las revistas Hoy, Estrategia, Rumbos, Espartaco y Claridad.
Fue fundador de los diarios “Avance”, de Chañaral; “Inca de Oro” y “El Arado”, de Combarbalá, y “Crónica”, de La Serena.
Publicó diversos folletos y libros sobre la actividad minera y social, entre los cuales se destacan “Flujo y reflujo del socialismo chileno”, en 1961; “El guerrillero: Manuel Rodríguez y su hermano Carlos , precursores de la democracia y la libertad”, en 1964, catalogada por los especialistas como su más grande obra; “Trayectoria del socialismo: apuntes para una historia crítica del socialismo chileno”, en 1967, y “Pensamiento teórico y político del Partido Socialista de Chile”, en 1972.
También incursionó, como militante activo del Partido Socialista de Chile, con gran éxito en la actividad política. Fue regidor; diputado, en representación de La Serena, Coquimbo , Elqui , Ovalle , Combarbalá e Illapel , por el período 19491953 y siguiente, y senador por Atacama y Coquimbo , por el período 19571965.
Posteriormente, y hasta septiembre de 1973, ocupa el cargo de gerente general de la Editorial Quimantú. Permanece exiliado en México hasta 1985, año en el que retorna al país, y fallece en Santiago, el 16 de mayo de 1990.
La idea matriz del proyecto se orienta a rendir homenaje a don Alejandro Chelén Rojas , escritor, regidor, diputado y senador, erigiendo un monumento en su memoria en la escuela de Chañaral, localidad donde nació y estudió, con el propósito de perpetuar en las futuras generaciones su obra y esfuerzo por aportar al progreso de su pueblo.
Tal idea, propia de ley, según lo establece el artículo 60, Nº 5, de la Constitución Política, se plasma a través de este proyecto de ocho artículos.
Constancias reglamentarias.
El proyecto no contiene disposiciones de rango orgánico constitucional o de quórum calificado. Ninguna de sus disposiciones es de la competencia de la Comisión de Hacienda. Fue aprobado sin debate, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros de la Comisión.
Por estas razones, se recomienda aprobar el proyecto, que en su parte dispositiva señala lo siguiente:
El artículo 1º establece la autorización para erigir el monumento.
El artículo 2º consigna que las obras se financiarán mediante erogaciones populares, como establece la ley.
Por el artículo 3º se crea un fondo para recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.
Por el artículo 4º se crea una comisión especial integrada por miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un diputado y por un senador designados por sus respectivas Cámaras; el alcalde de la municipalidad de Monte Patria, quien la presidirá; un representante del Ministerio de Educación, el director de la escuela donde se emplazará la obra, y el vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.
El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será la mayoría de sus miembros.
El artículo 5º especifica las funciones que tendrá dicha comisión.
Por último, el artículo 7º otorga un plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la ley, para ejecutar la obra.
Para el Partido Socialista, y creo que también para todos los parlamentarios de la Cuarta Región, es un honor que se erija un monumento en memoria de don Alejandro Chelén Rojas , gran escritor, diputado y senador, además de hombre entrañable en su tierra.
El proyecto se originó en una moción de las diputadas señoras Adriana Muñoz y Ximena Vidal y de los diputados señores José Miguel Ortiz y Francisco Encina.
He dicho.
Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el proyecto, originado en moción, que autoriza erigir un monumento en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 71 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Correa de la Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Ibáñez Santa María Gonzalo ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Kast Rist José Antonio ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longton Guerrero Arturo ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D'albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Varela Herrera Mario ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Se abstuvieron los diputados señores:
Dittborn Cordua Julio ; Galilea Vidaurre José Antonio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
VI.ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS EN LOS TRIBUNALES DE FAMILIA. Primer trámite constitucional.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En el Orden del Día, corresponde conocer, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, originado en moción, que introduce modificación a los procedimientos de los tribunales de familia.
Diputada informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es la señora María Pía Guzmán.
Antecedentes:
-Moción, Nº 3989-07, sesión 44ª, en 13 de septiembre de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 7.
-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 46ª, en 4 de octubre de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 22.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán.
La señora GUZMÁN.-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, vengo en informar sobre el proyecto, originado en una moción presentada en forma transversal por casi todos sus miembros por lo que fue aprobado por unanimidad, que salva los errores o vacíos que se advirtieron en la capacitación de los jueces y otros funcionarios, como los mediadores de la nueva justicia de familia. Así, la idea central del proyecto es introducir modificaciones en la ley Nº 19.968, que crea los juzgados de familia, destinadas a prevenir las potenciales dificultades que podrían presentarse al momento de entrar en aplicación sus disposiciones, como dice el informe. (En verdad, ya estamos atrasados, porque la ley empezó a regir a partir del sábado 1º de octubre recién pasado).
La reforma procesal penal fue establecida en las regiones en forma gradual, con el objeto de evaluar, año tras año, su comportamiento en la práctica y detectar los vacíos y errores que se habían cometido para luego resolverlos. En el caso de los tribunales de familia la solución fue distinta, ya que se aplicó el mismo día en todo Chile; y como el número de tribunales se irá incrementando en la misma medida en que aumente la cantidad de causas, será mucho más difícil ver dónde están esos errores y vacíos.
Aún así, hemos detectado algunos, y para tales propósitos se propone:
a)Flexibilizar los requisitos para integrar el Consejo Técnico. Más adelante explicaré de qué se trata.
b)Condicionar la acumulación de los asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de familia al hecho de tratarse de materias sometidas a igual procedimiento.
c)Hacer aplicable a la prueba pericial las disposiciones pertinentes del Código Procesal Penal.
d)Establecer la exigencia de que las preguntas planteadas por la parte que solicita la declaración de las demás partes se entreguen en un sobre cerrado, que se deberá presentarse al tribunal con 24 horas de anticipación a la audiencia.
e)Precisar que la no comparecencia personal de una de las partes no impide la celebración de la audiencia preparatoria o del juicio.
f)Permitir la recepción de probanzas no ofrecidas oportunamente en los mismos términos establecidos en el Código Procesal Penal.
g)Complementar la norma sobre producción de la prueba, reglando específicamente la situación de la parte citada a la audiencia que no comparece.
h)Precisar que las medidas cautelares especiales que los jueces deberán adoptar respecto de los menores, pueden también aplicarse a los niños o adolescentes exentos de responsabilidad penal, imputados de haber cometido un crimen o un simple delito.
i)Introducir modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales y en la ley Nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, adecuatorias a esta legislación especial.
La Comisión dejó constancia de que la letra a) del artículo 1º, en cuanto modifica los requisitos para integrar el Consejo Técnico, y el artículo 2º, que adecua el contenido del inciso tercero del artículo 5º del Código Orgánico de Tribunales a la nueva legislación sobre tribunales de familia, tienen rango de ley orgánica constitucional; que ninguna de las disposiciones del proyecto es de la competencia de la Comisión de Hacienda; que el proyecto se aprobó en general por la unanimidad de los miembros de la Comisión y que no hubo artículos ni indicaciones rechazados por aquélla.
En todo caso, los diputados patrocinantes de la moción presentamos en la Sala una indicación destinada a incorporar al proyecto un nuevo elemento que surgió en último momento.
En cuanto a los antecedentes, todos sabemos que se han aumentado de 51 a 258 jueces especializados en este tipo de conflictos y que el nuevo procedimiento concentra en una sola judicatura la solución global de los conflictos en materia de familia, los cuales hoy son conocidos por distintos tribunales, de menores, civiles y otros.
Lo señalado incide en la congruencia de las soluciones, por lo que debemos tratar de que no existan más contradicciones en este nuevo proceso.
Como decía, a diferencia de lo ocurrido con la implementación gradual de la reforma procesal penal, que permitió realizar las necesarias correcciones para su mejor funcionamiento, en este caso ello no ha sido posible debido a la puesta en marcha general y de inmediato de la nueva judicatura. De allí que las modificaciones que se proponen a los procedimientos que establece la ley sobre los tribunales de familia tienen que ver con problemas de interpretación a los que se han enfrentado los jueces de familia y mediadores que se capacitaron a lo largo del país. Lo que hemos hecho es detectar estos problemas de carácter interpretativo, a fin de evitar que se originen distorsiones o aplicaciones equívocas de la ley.
En ese sentido, se flexibilizan las exigencias para formar parte del Consejo Técnico, por cuanto los requisitos establecidos no consideraron la realidad del medio, lo que motivó que el 80 por ciento de las plazas actuales no ha podido ser proveídos por personas en calidad de titulares, sino en forma interina.
Se dispone que la acreditación de la condición de experto y formación profesional sea más flexible en el momento de la ponderación.
La actual normativa contempla la acumulación en un solo proceso los distintos conflictos existentes entre las partes, como alimentos, visitas y cuidado personal, etcétera. No obstante, a la legislación se agregaron procedimientos especiales, como para los casos de violencia intrafamiliar y otros, los cuales no tienen la misma tramitación. Por lo tanto, se propone que los procesos de alimentos, visitas y cuidado personal, que tienen tramitación ordinaria, se puedan acumular. Sin embargo, otro tipo de conflictos especiales, como violencia intrafamiliar, protección de menores de 14 años que cometan algún delito y de adopción, que tienen un procedimiento especial, deben llevarse separadamente, pero en forma simultánea, a fin de que no se genere pérdida de tiempo en la tramitación de los casos más importantes.
Por otra parte, el proyecto pretende contribuir a la existencia de una debida congruencia entre los diversos sistemas que regulan la resolución de conflictos en nuestro derecho. Específicamente, se ha optado por reemplazar la regulación existente en lo relativo a la prueba pericial en la ley sobre tribunales de familia por la que contempla el Código Procesal Penal, por la vía de remitirse a dicha normativa.
La redacción del artículo 52 de la ley sobre tribunales de familia, en lo tocante a la sanción aplicable a quien, estando debidamente citado, no comparezca a la audiencia del juicio, ha dado lugar a una serie de interpretaciones acerca de los efectos que ello conlleva, por cuanto permite al juez dar por reconocido los hechos contenidos en las afirmaciones de quien solicitó la declaración del rebelde.
Al respecto, la iniciativa establece la exigencia de que el solicitante acompañe, en sobre cerrado y a lo menos con 24 horas de anticipación a la audiencia, un listado de los hechos que podrán tenerse por reconocidos en caso de inasistencia de la parte, lo que permitirá formular consultas sobre los hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, tal como se procede en la actualidad en la absolución de posiciones.
Para posibilitar al máximo el ejercicio del derecho a la defensa, también nos remitimos a las disposiciones del Código Procesal Penal, en cuanto a la posibilidad de que las partes puedan rendir probanzas no ofrecidas oportunamente; es decir, que se presenten con posterioridad a la fijación de los hechos de prueba, como lo indica el Código Procesal Penal. También es una medida de congruencia.
En cuanto a las medidas cautelares que el artículo 71 permite a los jueces respecto de los menores imputados por un crimen, han surgido criterios en el sentido de que no deben aplicarse a los menores exentos de responsabilidad penal. La modificación permitirá que se pueda aplicar una medida cautelar a todos los menores imputados por un crimen.
Respecto de la discusión particular, no quiero repetir lo señalado, ya que todos los artículos pueden revisar el informe han sido aprobados por unanimidad por los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
No quiero extenderme más en el informe, pues considero que la iniciativa debe ser aprobada por las razones indicadas.
Por otra parte, presentamos una indicación para modificar la ley Nº 16.618, que fija el texto definitivo de la ley de Menores, modificada también por la ley que creó los tribunales de familia. En el artículo 28 hacemos una división entre el procedimiento ordinario y los casos en que el menor haya obrado con discernimiento. Tratamos de mantener la norma pura y simple, por lo que retiramos los incisos que tienen que ver con el tema del discernimiento, que son dejados de lado para que figuren en la nueva ley de responsabilidad penal juvenil, que está por dictarse, y mantenemos en la ley de menores solamente las normas generales, el procedimiento común o simplificado, según las penas que sean aplicables, y la existencia de otros requisitos, en el caso en que haya delitos de mayor gravedad.
Por lo tanto, solicito votar de inmediato la iniciativa, considerando el trabajo realizado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia y el Ministerio de Justicia ya que existe un acuerdo total entre los poderes Ejecutivo y Legislativo.
He dicho.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El proyecto se votará al final del Orden del Día.
Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación general el proyecto de ley que introduce modificaciones a los procedimientos de los tribunales de familia, con excepción de la letra a) del artículo 1º y del artículo 2º, ya que son materias de rango orgánico constitucional.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bayo Veloso Francisco ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Delmastro Naso Roberto ; Dittborn Cordua Julio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Ibáñez Santa María Gonzalo ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Kast Rist José Antonio ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longton Guerrero Arturo ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Martínez Labbé Rosauro ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Varela Herrera Mario ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación la letra a) del artículo 1º y el artículo 2º, que requieren el voto afirmativo de 66 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio para ser aprobados.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bayo Veloso Francisco ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Delmastro Naso Roberto ; Dittborn Cordua Julio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Galilea Carrillo Pablo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Ibáñez Santa María Gonzalo ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Kast Rist José Antonio ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longton Guerrero Arturo ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Martínez Labbé Rosauro ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto vuelve a la Comisión para segundo informe.
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán.
La señora GUZMÁN (doña Pía).-
Señor Presidente, podríamos votar de inmediato esas indicaciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Señora diputada, tres diputados me están señalando que no están de acuerdo con su petición.
Por lo tanto, el proyecto vuelve a la Comisión para segundo informe.
-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Al artículo 1º
De las señoras Allende , Mella , Muñoz y Saa , para agregar la siguiente letra:
“e)Incorpórase en el artículo 95, el siguiente inciso segundo:
“Para efectos del inciso anterior, el tribunal citará bajo apercibimiento de arresto al denunciado o demandado, el que deberá comparecer personalmente.”.”.
Artículo 4º, nuevo
De las señoras Guzmán y Soto y de los señores Burgos , Bustos , Ceroni , Forni y Uriarte , para agregar el siguiente artículo 4º nuevo:
“Artículo 4º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 28 de la ley Nº 16.618, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio de Justicia:
1)En el inciso primero suprímese el párrafo “Si se declarare que el menor ha obrado con discernimiento, el proceso se regulará de acuerdo a lo previsto en el Título I del Libro IV del Código Procesal Penal, cualquiera sea la pena requerida por el fiscal.”.
2)Suprímese el inciso tercero.”.
REDEFINICIÓN DE LA PATRIA POTESTAD. Modificación del Código Civil. Primer trámite constitucional.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Corresponde ocuparse del proyecto, originado en moción, en primer trámite constitucional, que modifica normas sobre patria potestad.
Diputada informante de la Comisión de Familia es la señora María Eugenia Mella.
Antecedentes:
-Moción, doletín Nº 3592-18, sesión 12ª, en 7 de julio de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 9.
-Informe de la Comisión de Familia, sesión 46ª, en 4 de octubre de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 23.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora María Eugenia Mella.
La señora MELLA (doña María Eugenia).-
Señor Presidente, paso a informar acerca del proyecto de ley que modifica las normas sobre patria potestad.
La iniciativa, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, fue originada en moción de las diputadas señoras María Antonieta Saa Díaz , Laura Soto González , Rosa González Román , Carolina Tohá Morales , y de los diputados señores Juan Bustos Ramírez , Germán Becker Alvear , Guillermo Ceroni Fuentes y Jorge Burgos Varela.
Durante el análisis en Comisión, participaron el subsecretario de Justicia subrogante, señor Francisco Maldonado Fuentes; representantes del Departamento Jurídico del Servicio Nacional de la Mujer y profesores de derecho civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile y de la Universidad Gabriela Mistral.
El objetivo del proyecto es redefinir el concepto de patria potestad y regular su ejercicio, estableciendo como regla general que éste corresponde a ambos padres conjuntamente, sin perjuicio de las excepciones que la ley contempla.
Antecedentes generales.
El ejercicio de la patria potestad y sus efectos se encuentran regulados en los artículos 243 a 273 del Título X del Libro Primero del Código Civil.
A grandes rasgos, estas normas definen la patria potestad como el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados, pudiendo extenderse también a los derechos eventuales del que está por nacer.
Según nuestra legislación, el ejercicio de la patria potestad puede adoptar tres modalidades distintas:
El ejercicio exclusivo del padre, cuando ambos progenitores viven juntos y no se ha acordado o dispuesto por el juez otra cosa en atención al interés del hijo; cuando ambos progenitores viven separados y se ha atribuido al padre la patria potestad por acuerdo o resolución judicial fundada en el interés del hijo, o bien, cuando la madre, a quien corresponde la patria potestad, falta o se encuentra impedida de ejercerla.
La segunda modalidad es el ejercicio exclusivo de la madre, cuando ambos progenitores viven juntos y han acordado, o el juez ha resuelto en atención al interés del hijo, que ella tenga la patria potestad; cuando ambos progenitores viven separados y a la madre le toca el cuidado personal del hijo, sin que se haya acordado o resuelto otra cosa, o bien, cuando el padre falta o se encuentra impedido de ejercer la patria potestad.
La tercera modalidad es el ejercicio conjunto, que se considera sólo cuando así lo han convenido ambos progenitores.
Los derechos y deberes que emanan de la patria potestad son:
1.El derecho legal de goce sobre los bienes del hijo y el deber de administrarlos competentemente y de rendir cuentas al momento la emancipación.
2.El derecho de representar judicial y extrajudicialmente al hijo y los deberes de proveerle los auxilios necesarios para sus acciones o defensas y de responder frente a terceros por los actos y contratos que el hijo ejecute o celebre, de acuerdo con las disposiciones del régimen de bienes del matrimonio que eventualmente medie entre los progenitores.
En la actualidad, nuestra legislación considera y regula dentro de este Título la emancipación, que es aquel hecho que pone fin a la patria potestad del padre, de la madre o de ambos, según los casos.
La emancipación puede ser legal o judicial. Es legal la que se efectúa: por la muerte natural del padre o madre; por el decreto de posesión provisoria o definitiva de los bienes del padre o madre desaparecido; por el matrimonio del hijo, y por haber llegado el hijo a la mayoría de edad. En los dos primeros casos, la emancipación no tendrá lugar si, siendo el hijo soltero y menor de edad, correspondiera ejercitar la patria potestad al otro progenitor.
La emancipación puede efectuarse por decreto judicial: cuando el padre o madre maltrata habitualmente al hijo; cuando el padre o madre ha abandonado al hijo; cuando el padre o madre ha sido condenado por delito que merezca pena aflictiva, a menos que el juez estime que no existe riesgo para el interés del hijo, y en caso de inhabilidad física o moral del padre o madre. En todas estas hipótesis, la emancipación no tendrá lugar si correspondiera al otro progenitor ejercer la patria potestad.
Producida la emancipación, ella es, por regla general, irrevocable y, si recae en un hijo menor de edad, queda éste sujeto a guarda. Pero el juez puede revocar por una sola vez la emancipación, siempre que se haya fundado en la muerte presunta o en la inhabilidad moral del padre o madre, si se acredita fehacientemente la existencia del desaparecido o el cese de la inhabilidad y además consta que la recuperación de la patria potestad es beneficiosa para el hijo.
Los autores fundamentan la iniciativa en que, pese a admitirse en la legislación chilena la posibilidad de que los progenitores convengan en ejercer conjuntamente los derechos y deberes que conlleva la patria potestad, la norma habilitante es en sí misma contradictoria e ineficaz. Contradictoria porque, no obstante ese reconocimiento, privilegia al padre en desmedro de la madre, cuando entre ellos no se produce acuerdo; e ineficaz porque, en la práctica, por desconocimiento u otro motivo, las parejas no van a otorgar la escritura o acta pública que debe dar cuenta del convenio.
Lo anterior redundaría en una discriminación de la mujer que no se justifica, toda vez que siempre se ha reconocido la importancia de su desempeño en lo que respecta al cuidado de los hijos. Además, hoy es frecuente que tanto el hombre como la mujer desempeñen una actividad remunerada, lo cual significa que ella también puede ser proveedora y, aunque no lo fuere, igualmente ambos pueden estar capacitados para atender los asuntos relativos a los bienes de los hijos. Más aún, el hecho de que la mujer se dedique exclusiva o principalmente a las labores domésticas, le da una visión más completa de las necesidades de su hogar, entre las cuales están los intereses de su propios hijos e hijas.
Señalan también que la tendencia actual de la evolución de la sociedad es, cada vez más, hacia una creciente igualación de los roles entre ambos sexos y, aun cuando se diga que tradicionalmente la autoridad ha sido del varón y que debido a ello la patria potestad la ejerce el padre, hay ya una etapa histórica superada en relación con la autoridad del hombre en la familia, por lo que la visión moderna reconoce ese derecho tanto al hombre como a la mujer en interés de los hijos, tal como se contempla en el derecho comparado occidental.
Por último, las autoras niegan que el ejercicio unilateral de la patria potestad esté más acorde con la unidad de la familia, pues el hecho de que sólo uno de los padres la ejerza, en ningún caso significa que esté más preparado para ello; en cambio, la mejor garantía para evitar errores que puedan ir en perjuicio del hijo o hija es, precisamente, el consultar otra opinión y, a través del diálogo, lograr un acuerdo.
En conclusión, estiman que la modificación propuesta es más acorde y se ajusta con más precisión que la normativa jurídica vigente a la evolución actual de la sociedad, a la vez que resulta concordante con lo señalado en la Constitución Política y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que garantizan a mujeres y hombres iguales derechos, como también con las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que, en términos más específicos, otorga iguales derechos al padre y a la madre en todo lo relativo a las responsabilidades para con los hijos, teniendo presente el interés de éstos.
La idea central de la iniciativa consiste en redefinir el concepto de patria potestad, estableciendo que su ejercicio corresponde por regla general al padre y a la madre en forma conjunta, salvo en los casos en que éstos vivan separados y sin perjuicio de que las normas supletorias dadas por el legislador puedan alterarse convencional o judicialmente cuando las circunstancias o el interés del hijo lo aconsejen.
Durante el estudio en Comisión, participaron diversas personalidades, de cuyas intervenciones voy a hacer una breve síntesis, porque figuran en el informe.
El señor Francisco Maldonado , subsecretario subrogante de Justicia, dijo compartir los fundamentos del proyecto. Expresó su formal adhesión a la idea de legislar, sin perjuicio de diferir respecto de la formulación de su articulado, razón por la cual hizo llegar a la Comisión una propuesta alternativa. Ella, junto con acoger la idea de establecer como regla general que la patria potestad se ejerce conjuntamente por ambos progenitores, incorpora un conjunto de principios considerados importantes a la hora de introducir cambios en la legislación nacional sobre la materia, como es que la administración del patrimonio de los hijos se ejerza teniendo en cuenta el interés superior de éstos, tal como lo exige la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ratificada por nuestro país.
El señor Enrique Pérez , profesor de Derecho Civil de la Universidad Central, también juzgó positiva la idea de modificar las actuales normas sobre patria potestad, toda vez que, teniendo en cuenta la igualdad que impera hoy entre hombres y mujeres, no es posible que siga habiendo preeminencia de un sexo sobre el otro en esta materia. Si bien la ley debe proteger a quien sea en un momento dado el más débil, en los tiempos que corren ello no se justifica. Además, a su juicio, los hijos requieren el apoyo y la representación tanto del padre como de la madre, y de que ambos progenitores tomen parte en el ejercicio de los deberes y derechos que involucra la patria potestad.
La señora Solange Doyharçabal , profesora de Derecho Civil de la Universidad Gabriela Mistral, quien prestó asesoría en la redacción del proyecto, expresó que está absolutamente de acuerdo en que la patria potestad sea compartida por el padre y la madre.
Hizo una revisión del derecho comparado y estableció que la familia es una comunidad que, como todas las de su especie, requiere de una autoridad, la que tradicionalmente se radicó en el padre, pues, desde los tiempos del Derecho Romano, éste fue considerado la máxima autoridad al interior de la familia.
Sin embargo, destacó que ante los cambios que ha habido en el mundo y en nuestro país, éste es una isla, porque la patria potestad es compartida en prácticamente todas las legislaciones similares a la nuestra, como Francia, España, Argentina, Portugal , México , etcétera, y ni las familias ni los ordenamientos jurídicos han colapsado por ese hecho. Los sistemas allí establecidos han funcionado perfectamente, por lo que no existe razón alguna para marginar a uno de los progenitores, como lo ha sido hasta ahora la madre, de las decisiones sobre los bienes de los hijos y de su representación.
Además, hizo notar que la patria potestad no es un derecho subjetivo que se establece en beneficio de quien lo ejerce, sino que se trata de un servicio que los padres prestan a sus hijos y que, por lo tanto, constituye un deber.
Finalmente, señaló que, como la patria potestad constituye un deber para los padres, ella es irrenunciable, imprescriptible e intransmisible, de modo tal que aquéllos no pueden liberarse en caso alguno de su cumplimiento.
La señora Carmen Domínguez , profesora de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile, quien, a requerimiento de la Comisión informó por escrito su posición respecto del proyecto, manifestó su desacuerdo con la idea de legislar, en primer lugar, porque las normas relativas a la patria potestad han sido modificadas tres veces en los últimos diez años, sin que se haya constatado la necesidad de solucionar algún problema grave que pudiera estar afectando los intereses de los hijos no emancipados, lo que se demuestra por la casi nula jurisprudencia existente sobre la materia, siendo, por tanto, un asunto pacífico, que no ha generado mayores conflictos ni aun después de la reforma sustantiva introducida por la ley Nº 19.585, sobre filiación, además de tener escasa repercusión en la realidad familiar chilena, donde la cantidad de hijos que son propietarios o tienen algún derecho patrimonial es más bien reducida.
La idea de legislar fue aprobada por cuatro votos a favor. Hubo tres abstenciones.
En cuanto a la discusión y votación en particular, quiero destacar algunos aspectos.
En primer lugar, a sugerencia del Ejecutivo, las diputadas señoras Allende , Muñoz , Sepúlveda y quien habla formularon una indicación para intercalar, en el artículo primero, un nuevo inciso segundo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, del siguiente tenor:
“El padre y la madre deberán ejercer la patria potestad en interés superior de los hijos, a quienes permitirán participar en las decisiones que les afecten de acuerdo a su edad y grado de madurez.”.
Esto último lo recalco, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que exige a los estados partes garantizar, a aquellos niños que estén en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afecten, debiendo tenerse debidamente en cuenta en función de su edad y grado de madurez.
Se sustituye el artículo 244, cuyo inciso primero establecía que el ejercicio de la patria potestad corresponde indistintamente al padre o a la madre, o a ambos conjuntamente, tal como lo señalé al inicio de mi intervención.
La norma de reemplazo dispone que la patria potestad será ejercida conjuntamente por el padre y la madre, presumiéndose que los actos realizados por uno de ellos cuentan con el consentimiento del otro, salvo para aquellos casos que requieran también la autorización judicial, o en que sea necesario el consentimiento expreso del otro, o cuando medie expresa oposición, manifestada antes del perfeccionamiento del acto.
La misma disposición agrega que, en caso de desacuerdo, cualquiera de los padres podrá acudir al juez competente, quien resolverá breve y sumariamente lo más conveniente para el interés del hijo, previa audiencia de los padres, pudiendo, aun de oficio, requerir toda la información que considere necesaria y oír al menor, si éste tuviere suficiente juicio y discernimiento.
La Comisión aprobó unánimemente una indicación de las diputadas señoras Allende , Muñoz , Sepúlveda y de quien habla para reemplazar el artículo 244 por otro que señala que la patria potestad se ejerce conjuntamente por el padre y la madre, o por uno de ellos cuando cuente con el consentimiento expreso del otro.
En caso de que no pudiere otorgarse el consentimiento de uno de los padres o existiendo desacuerdo, cualesquiera de ellos podrá acudir al juez competente, quien resolverá, breve y sumariamente, lo más conveniente para el interés del hijo.
Si los desacuerdos fueren reiterados, o concurriere cualquier otra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad, el juez podrá atribuirlo total o parcialmente a uno de los padres, o distribuir entre ellos sus funciones por el plazo que fije, el que no podrá exceder de dos años. Esta resolución deberá subinscribirse al margen de la inscripción de nacimiento del hijo.
Se agregó un nuevo artículo 244 bis, que dispone:
“Artículo 244 bis.- Los parientes de los hijos y el defensor de menores podrán recurrir ante el juez competente para oponerse a un acto o contrato que se ejecute o celebre con ocasión del ejercicio de la patria potestad”.
El objeto de la norma es dar mayor protección al hijo en caso de que los padres, aun actuando conjuntamente, tomen decisiones que puedan afectar el patrimonio de aquél, explicándose que no se quiso acotar el concepto de parientes a propósito, a fin de ampliar las posibilidades de que alguno de ellos, invocando un interés legítimo en la tutela del patrimonio de un menor, pueda accionar en su favor, siendo en último término el juez quien deberá determinar si el actor tiene este interés legítimo en la protección del niño o actúa movido por otras razones.
A sugerencia del Ejecutivo, las diputadas señoras Allende , Mella , Muñoz y Sepúlveda formularon una indicación para reemplazar en el artículo 252, los incisos segundo al quinto propuestos por otros tantos, que son, en suma, la reproducción exacta de aquellos, salvo el nuevo inciso tercero, que dice así: "El derecho legal de goce corresponde al padre y la madre en igual proporción, salvo que la patria potestad sea ejercida por uno de ellos o se disponga otra distribución en acuerdo suscrito por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil, subinscrita según lo dispuesto en el artículo 244."
Las diputadas señoras Allende , Mella , Muñoz y Sepúlveda formularon indicación para sustituir el inciso primero del artículo 253 por el siguiente: “El padre y la madre que ejerzan el derecho legal de goce tendrán la administración conjunta de los bienes del hijo y, si uno de ellos se encuentra privado de ésta, quedará también privado de aquél”.
Otro aspecto importante se indica en el artículo 260, que señala que los actos y contratos del hijo no autorizados por el padre o madre que lo tenga bajo su patria potestad que es también su representante legal, o por el curador adjunto, en su caso, le obligarán exclusivamente en su peculio profesional o industrial.
Sometidas a votación estas enmiendas e indicaciones, fueron aprobadas por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión.
En el artículo segundo, a propuesta del Ejecutivo, las diputadas señoras Isabel Allende , María Eugenia Mella , Adriana Muñoz y Alejandra Sepúlveda formularon indicaciones con el objeto de introducir modificaciones en la ley Nº 19.947, sobre Matrimonio Civil, que básicamente corresponden a aspectos adecuatorios en su redacción, para adaptarla a la iniciativa que modifica normas sobre patria potestad.
La Presidenta de la Comisión declaró inadmisible, por apartarse de las ideas matrices del proyecto, la indicación presentada por el diputado señor Exequiel Silva , que decía: “Si los padres viven separados, el cuidado personal de los hijos toca al que decidan ambos; en caso de desacuerdo, decidirá el juez atendiendo al interés superior del niño”.
Por lo anteriormente expuesto y en mi calidad de Presidenta de la Comisión de Familia, recomiendo a la Sala aprobar este proyecto de ley que modifica las normas sobre patria potestad.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Señor Presidente, este proyecto tiene una larga historia. Fue presentado hace aproximadamente siete años y contenía dos ideas matrices: establecer la patria potestad como un derecho irrenunciable del padre y de la madre y dar a la familia la posibilidad de elegir el orden de los apellidos en el momento de inscribir el nacimiento del hijo. Esta última proposición fue rechazada por los colegas de la Comisión de Familia, en circunstancias de que en muchos países existe la posibilidad de decidir que el apellido materno vaya en primer lugar. Sin embargo, me vi obligada a retirar esa propuesta del proyecto, dejando sólo lo relativo a la patria potestad. Asimismo, le pedí a algunos colegas de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia y reconocidos jurisconsultos, como los diputados señores Juan Bustos , Jorge Burgos y Guillermo Ceroni , que tuvieran a bien patrocinar la iniciativa.
El proyecto tiene por objeto avanzar en la línea de la igualdad de derechos que debe existir entre hombres y mujeres, como lo reconoce el artículo 1º de la Constitución Política, y de otorgar el derecho irrenunciable de la patria potestad a madres y a padres, el que debe estar regido por el interés superior de los hijos e hijas.
En general, la iniciativa ha tenido opiniones muy favorables, excepto la de la profesora de derecho civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile, señora Carmen Domínguez , quien manifestó su reticencia respecto de judicializar los problemas familiares. Al respecto, recuerdo que en los tribunales de familia las controversias pueden ser dilucidadas a través de la mediación. Por lo tanto, renunciar al derecho a la igualdad jurídica entre hombres y mujeres por eventuales conflictos que, por lo demás, pueden solucionar los tribunales de familia, no corresponde.
Me parece que estamos frente a un buen proyecto. En general, la patria potestad no es un tema cotidiano; pero en algunas situaciones lo es. Por ejemplo, muchas madres que abrieron libretas de ahorro para sus hijos mis colegas diputados tiene que haber conocido muchos casos se encuentran con que el padre, que ya no vive con ellas, giró todo el dinero y no lo restituyó posteriormente. Esto ocurre porque muchas madres que viven solas y no han sabido del padre en mucho tiempo no pueden retirar los fondos de las libretas de ahorro que abren a nombre de los hijos, porque no tienen el poder legal sobre ellos. Entonces, al declarar patria potestad conjunta, simplemente se consagra la igualdad de derechos entre padre y madre. Cuando hay separación y los hijos vivan con el padre o con la madre, de común acuerdo se puede declarar ante el juez que la patria potestad la ejerza uno u otro.
Creo que la patria potestad está acorde con el principio de igualdad ante la ley es práctico en algunas cosas, pero por sobre todo se ha puesto al servicio de los niños. Cuando analizamos la ley de filiación, todavía no teníamos las ideas claras ni tampoco la reforma constitucional que establece la igualdad ante la ley de hombres y mujeres. Entonces, hubo oposición de algunos colegas que consideraban que este principio correspondía sólo al padre. Es la misma oposición que ha existido para derogar la sociedad conyugal. El hecho de que el hombre sea el jefe de familia y quien la organiza jerárquicamente es un concepto arraigado, porque durante siglos las mujeres y niños han estado supeditados al poder de los varones.
Estamos en otro siglo y tenemos que mirar hacia adelante. Vivimos un momento en que las mujeres compartimos tareas que la sociedad le otorgaba exclusivamente a los varones, como es la mantención económica del hogar. Hoy el 36 por ciento de las mujeres están insertas en el área laboral, y el 25 por ciento de ellas son jefas de hogar. La situación ha cambiado. Hoy las mujeres “no sólo tenemos alma”, como se reconoció en un concilio el año 1600, sino que somos ciudadanas, tenemos derecho a voto y podemos elegir presidente y, en Chile, vamos a tener una mujer presidenta. Por consiguiente, la situación ha cambiado y tenemos que poner en práctica esta igualdad de derechos, porque es sano e importante.
Por supuesto, estoy de acuerdo con la igualdad de derechos en todos los planos, poniendo por sobre todo el interés superior de los niños. En ese sentido, hubo una indicación del diputado Exequiel Silva que fue declarada inadmisible, porque cuando hay separación, generalmente, a la mujer se le otorga la tuición de los menores, los niños hasta los 14 años y las niñas hasta los 12 años. Esto es por tradición y porque son ellas las que más han estado al cuidado de los niños.
Sin embargo, ha habido una evolución: los varones han avanzado en estas materias, por cuanto ya no sólo quieren estar presentes en el mundo público, sino también aceptan estar en el mundo privado. Hemos visto a colegas del ala más conservadora luchando por los cinco días de posnatal para los padres. O sea, están por compartir las labores domésticas. Por lo tanto, la tuición podría estar también en manos de los padres, con los debidos cuidados. Si bien los hombres jóvenes están más cercanos a los niños y están más abiertos al cuidado y a una relación afectiva más cercana con ellos, existen problemas porque la sociedad aún no ha cambiado completamente.
Creo que la indicación del diputado Exequiel Silva era una buena iniciativa que no cabía dentro de las ideas matrices. Ahora, si la presenta como proyecto, habría una interesante discusión en la Cámara, porque estos son los temas sobre los derechos de los niños y de los adolescentes que hoy están en la agenda política. Tenemos que avanzar en el interés superior de los niños y de la familia, considerando con quién van a estar mejor, según el caso particular.
Me alegro de que esta iniciativa, que presenté hace muchos años, hoy esté en esta Sala. Espero que sea aprobada, porque es un avance y una deuda que teníamos con el principio de igualdad, muy importante en una sociedad, sobre todo cuando las mujeres hemos estado durante siglos en una situación de absoluta desigualdad.
Finalmente, hago un reconocimiento al tremendo aporte hecho por el Servicio Nacional de la Mujer, por colegas y profesores, principalmente a la profesora de Derecho Civil de la Universidad Gabriela Mistral, señora Solange Doyharçabal , y al asesor parlamentario, Leonardo Estradé , quienes trabajaron para darle contenido a la moción.
He dicho.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Exequiel Silva.
El señor SILVA.-
Señor Presidente, me parece muy interesante la discusión que se ha generado a raíz de este proyecto.
Si analizamos los fundamentos de la iniciativa, advertiremos que sus autores sostienen que, pese a admitirse en la legislación chilena la posibilidad de que los progenitores convengan en ejercer conjuntamente los derechos y deberes que conlleva la patria potestad, la norma habilitante es en sí misma contradictoria, porque, no obstante ese reconocimiento, privilegia al padre, en desmedro de la madre, cuando entre ellos no se produce acuerdo.
Por otra parte, se plantea que hay una discriminación de la mujer que no se justifica, toda vez que siempre se ha reconocido la importancia de su desempeño en lo que respecta al cuidado de los hijos. Además, hoy es frecuente que tanto el hombre como la mujer desempeñen una actividad remunerada, lo cual significa que ella también puede ser proveedora, con lo cual han quedado en el pasado los estereotipos existentes en la sociedad chilena respecto de los roles que les tocaba desempeñar a los hombres y a las mujeres.
También señalan que la sociedad evoluciona hacia una creciente igualdad de roles entre ambos sexos y, aun cuando se diga que tradicionalmente la autoridad la ha ejercido el varón y que debido a ello la patria potestad la ejerce el padre, hay ya una etapa histórica superada. En este sentido, el señor Enrique Pérez , profesor de Derecho Civil de la Universidad Central, juzgó positiva la idea de modificar las actuales normas sobre patria potestad, toda vez que, teniendo en cuenta la igualdad que impera hoy entre hombres y mujeres, no es posible que siga habiendo preeminencia de un sexo sobre el otro en esta materia. Yo concluyo, además, que en ninguna materia.
Respecto de la legislación comparada, los expositores destacaron el hecho de que la legislación chilena es añeja respecto de la de otros países, como Francia, España, Argentina, Portugal y México.
Particularmente, quiero decir que estoy por la igualdad. Por lo tanto, esto me parece un avance sustantivo y significativo, como sucede en otras materias y que contaron con mi apoyo decidido mientras fui miembro de la Comisión de Familia y presidente en su oportunidad, donde compartimos con la diputada señora Saa.
Sin embargo, en nuestro Código Civil siguen existiendo discriminaciones tremendamente odiosas. Y doy lectura al inciso primero de su artículo 225: “Si los padres viven separados, a la madre toca el cuidado personal de los hijos.”. ¿Tiene alguna relación el citado artículo con los argumentos ya señalados? ¿Es posible que a estas alturas sigan existiendo como dice don Enrique Pérez discriminaciones o preeminencia de un sexo sobre el otro? ¿Ello es concordante con que los roles o estereotipos que existían en nuestra sociedad el de proveedor del padre y el afectivo de la madre sigan vigentes? Con artículos como el 225 del Código Civil lo único que estamos haciendo es afianzar estereotipos que todos queremos derribar.
En definitiva, la relación con los hijos, su cuidado y los derechos y deberes de los padres para con ellos deben avanzar hacia una igualdad total.
Por eso presenté la indicación, que la presidenta de la Comisión declaró inadmisible. Sin embargo, quise hacer presente el punto, para que cuando hablemos de igualdad lo hagamos en todos los planos, y cuando debatamos el bien superior del niño y de la niña, sea eso lo que esté presente en la discusión. Y ello no sólo cabe para la patria potestad, sino también para la tuición.
Después de escuchar el discurso de la diputada señora María Antonieta Saa , espero contar con su patrocinio para eliminar la odiosa discriminación que se desprende del artículo 225 del Código Civil. De igual manera, espero contar con el entusiasta apoyo de la señora ministra del Sernam, que efectivamente ha luchado por la igualdad, para que, con los resguardos necesarios y poniendo siempre como elemento fundamental el bien superior del niño y de la niña, podamos derribar definitivamente esta tremenda desigualdad que reitero sigue existiendo en nuestro Código Civil y que hace que se lleguen a juicios tremendamente odiosos, donde si un padre quiere lograr la tuición de un hijo prácticamente debe comprobar la depravación de la madre o hacer declarar a sus hijos en contra de ella, etcétera.
Quiero que la ministra del Sernam apoye decididamente la ruptura definitiva de esos roles históricos, que todos consideramos odiosos, y que el compartir al interior de la familia los deberes y los derechos, se hagan carne y no sea sólo un discurso.
Asimismo, una vez que presente el proyecto, espero contar con la presencia de la señora ministra del Sernam en la Sala tal como ocurre con la iniciativa que nos ocupa y con su entusiasmo, para terminar con todas las discriminaciones y desigualdades que existen en nuestro Código Civil.
Por lo tanto, como estoy a favor de la igualdad de manera mucho más progresista que quienes me han antecedido en el uso de la palabra, votaré a favor el proyecto.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente, más allá de las desigualdades que puedan persistir y de las definiciones más o menos progresistas, estamos frente a una tremenda modificación, igual a la que discutimos ayer, en cuanto al nuevo régimen patrimonial del matrimonio, como es la de comunidad igualitaria.
Ayer avanzamos en el debate sobre la creación de ese nuevo régimen y hoy lo hacemos sobre la patria potestad. De alguna manera, creo que nos estamos poniendo al día como país, ya que desde hace mucho tiempo habíamos esperado una legislación adecuada y actualizada a las necesidades de las familias chilenas.
Estoy muy contenta con este proyecto, porque está revestido del principio de igualdad de los padres en relación con los derechos y deberes con los hijos comunes, principio que no siempre ha estado presente en el Código Civil. Estamos frente a modificaciones revolucionarias por decirlo así, porque es algo de sentido común que no existía en nuestra legislación. La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre y a la madre, o a uno de ellos, según el caso, sobre los bienes de sus hijos no emancipados.
Es así como el número 2 sustituye el artículo 244 del Código Civil, por uno que dispone que la patria potestad será ejercida conjuntamente por el padre y la madre es increíble que esto no estuviera establecido, presumiéndose que los actos realizados por uno de ellos cuentan con el consentimiento del otro, salvo para aquellos casos que requieran también la autorización judicial, o en que sea necesario consentimiento expreso del otro, o cuando medie expresa oposición, manifestada antes del perfeccionamiento del acto.
En caso de desacuerdo, cualquiera de los padres podrá acudir al juez competente, quien resolverá breve y sumariamente lo más conveniente para el interés del hijo, previa audiencia de los padres. Éste es uno de los aspectos positivos del proyecto.
Pero no quiero referirme a cada uno de sus objetivos, porque algunos colegas ya lo han hecho. Sólo deseo reconocer que ésta es una tremenda modificación que facilitará los trámites cotidianos que debe realizar una familia. ¿Cuántas veces hemos visto la situación de una madre que no puede hacer trámites relacionados con sus hijos sin el consentimiento del padre? Por eso, es muy importante este reconocimiento de igualdad de derechos entre el padre y la madre.
Valoro el esfuerzo realizado por el Gobierno y por la Comisión de Familia en la discusión de esta iniciativa, en la cual no tuve oportunidad de participar este año porque soy presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación. Sin duda, es un logro muy importante.
Reitero mis felicitaciones a todos los integrantes de la Comisión de Familia y a los representantes del Ejecutivo, que siempre han estado presentes apoyando modificaciones de leyes que van en beneficio de nuestras familias.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, sólo para adherir a las expresiones del diputado señor Exequiel Silva , que reflejan el sentir de muchos diputados y diputadas que deseamos realmente terminar con todo tipo de discriminación.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la ministra, señora Cecilia Pérez.
La señora PÉREZ, doña Cecilia (Ministra del Sernam).-
Señor Presidente, en nombre del Gobierno y del Servicio Nacional de la Mujer quiero manifestar mi satisfacción porque se ha llegado a la instancia de votar este proyecto que modifica normas del Código Civil que regulan la patria potestad con la expectativa de que pronto se convierta en ley de la República.
Quiero remarcar el hecho de que detrás de la voluntad de modificar esta legislación, expresada en la vocación política de los autores de la moción y en una indicación del Ejecutivo, presentada hace dos o tres años
así lo informó la diputada señora María Eugenia Mella existe una aspiración política, a estas alturas transversalmente compartida en nuestra sociedad, para que exista más igualdad y menos discriminación.
En efecto, hoy no se justifica que en el ordenamiento jurídico de una sociedad que ha tenido un desarrollo económico y cultural sigan existiendo las restricciones y limitaciones de carácter civil y familiar que se le han impuesto históricamente a la madre para que no pueda participar de los derechos y deberes de sus hijos. Pues bien, a resolver estos problemas apuntan la reforma que no se votó en la sesión de ayer, que establece un régimen de bienes patrimoniales más igualitarios en el matrimonio; un conjunto de modificaciones legales de los últimos años tendientes a lograr efectivamente la igualdad entre hombres y mujeres y a promover un concepto más comunitario y democrático al interior de la familia, y este proyecto que busca el ejercicio en toda su dimensión de los derechos y, fundamentalmente, de los deberes y responsabilidades que implica el ejercicio de la patria potestad por parte de los padres o de las madres.
Desde siempre nos han inspirado, aparte del principio de igualdad entre géneros, los intereses superiores del niño, de la niña y de los adolescentes, lo que ha permitido, como lo señaló muy bien la diputada María Antonieta Saa , incorporar a nuestra realidad y a nuestra agenda política como asuntos importantes estos temas que dicen relación con los derechos de los niños, de las mujeres y de todas las personas excluidas.
Por eso, quiero manifestar que el Gobierno se ha forjado grandes expectativas en cuanto a que este proyecto sea aprobado en esta sesión.
Asimismo, quiero rescatar del debate el interés, la motivación y la vocación planteados por los diputados que han hecho uso de la palabra, en especial por el diputado Exequiel Silva , que señalaron su intención de seguir trabajando más a fondo en los temas de igualdad en el ámbito de la familia.
En el Servicio Nacional de la Mujer y en el Gobierno creemos que, probablemente, esta reforma al régimen de patria potestad será una de las últimas a nuestro ordenamiento jurídico, que permitirá cerrar las brechas de desigualdad y discriminación en contra de la mujer. Sabemos también que las disyuntivas políticas de nuestra sociedad en materia de igualdad podrían empezar a tener otro sello.
Tal como lo dijo el diputado Exequiel Silva , el artículo 225 del Código Civil establece expresamente que el cuidado personal de los hijos está a cargo de la madre cuando los padres están separados.
Quiero agregar que el espíritu, la vocación y el impulso empleados para reformar la legislación en los términos aquí señalados, deberían obligarnos a mirar con mucha atención, primero, el efecto del proceso de reformas que hemos hecho hasta ahora, porque la igualdad entre hombres y mujeres en una sociedad aún desigual es un bien público que debemos seguir construyendo y buscando, pero considerando, sobre todo, los problemas culturales que todavía existen en la práctica cotidiana en materia de desigualdad y discriminación en contra de la mujer.
En efecto, podríamos avanzar desde el punto de vista del Gobierno y del Servicio Nacional de la Mujer, porque no hay contradicciones al respecto, por ejemplo, en que el cuidado personal de los hijos sea más compartido. Incluso, podríamos pensar en establecer expresamente que esto significará la participación de padres y madres por tiempos iguales en el cuidado personal y la atención de sus hijos. Digo esto porque la cuestión de fondo, y que todavía no está resuelta, es que, históricamente, el cuidado de los hijos ha sido asignado exclusivamente a las madres. Ésta es una de las razones que explican la brecha de desigualdad que afecta a las mujeres.
Voy a ser muy concreta y explícita en esto. Efectivamente, en una sociedad como la nuestra, las mujeres pueden participar activamente en la vida pública en igualdad de condiciones; hemos ido resolviendo legislativamente esa posibilidad. Hoy día las mujeres pueden trabajar y recibir una remuneración en igualdad de condiciones y no existen brechas de género en materia educacional que les impidan concretar sus aspiraciones y progresar. Pero también es cierto que Chile tiene una de las tasas más bajas de participación laboral femenina en América Latina, con apenas el 37 por ciento, lo que significa que de todas las mujeres que están en condiciones de trabajar, sólo lo hace ese porcentaje. Por cierto, esto no guarda relación alguna con los países más desarrollados, a los cuales nuestro país tiene como referentes en los ámbitos económicos y de competitividad. Esto tiene una implicancia práctica: que las mujeres tienen menos capacidad económica y, por lo tanto, menos posibilidades de llevar a la práctica el cuidado integral que se merecen los niños y las niñas en el ámbito familiar.
Entonces, la discusión esperamos participar en ella con mucho entusiasmo si se abre en estos tiempos es cómo podemos eliminar los sesgos culturales existentes en la aplicación de la justicia, en la relación cotidiana de las mujeres con agentes del Estado, ya sea públicos o vinculados a operaciones financieras, inmobiliarias, etcétera; cómo podemos evitar que se desperdicien los esfuerzos que hemos hecho durante estos años por ir eliminando de nuestro ordenamiento jurídico los sesgos de discriminación que podemos apreciar en la vida cotidiana.
No sería extraño, entonces, que al igualar entre hombres y mujeres el cuidado personal de los hijos, quienes deban interpretar y aplicar la normativa busquen la forma de objetivar una cuestión que culturalmente no lo es, que tiendan a medir la capacidad económica de las madres respecto de los padres y vuelvan a reproducir, con otro sello tal vez, las discriminaciones que tratamos de eliminar.
Podemos decir con orgullo que en los últimos años, en particular en los cinco últimos, hemos hecho un esfuerzo global y transversal, políticamente hablando, para resolver los problemas pendientes de discriminación y señalar a la sociedad que muchas de las causas de la desigualdad derivan de la falta de responsabilidad compartida en la crianza y formación de los hijos, en las decisiones que toman las empresas respecto de sus trabajadoras y trabajadores, en la legislación y en las políticas públicas.
Cuando se resuelva esa ecuación, cuando Chile sea una sociedad que de verdad acoge con igualdad a los padres, madres e hijos en todos los ámbitos, no sólo en el de la familia, vamos a estar en condiciones de resolver las cosas pendientes que aquí se han planteado y, probablemente, de enfrentar los nuevos desafíos en la materia.
Como Gobierno y Servicio Nacional de la Mujer, debo decir públicamente que estaremos pendientes y disponibles para participar en ese debate.
Por lo tanto, con la expectativa de que este proyecto que modifica normas sobre patria potestad pueda ver la luz con una votación positiva, doy las gracias a los señores diputados.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Con la venia de la Sala, tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi.
La señora CRISTI (doña María Angélica).-
Señor Presidente, el proyecto en discusión ha despertado mucho interés en la Comisión de Familia y en el Sernam. Pareciera ser de gran trascendencia. Sin embargo, es más simple de lo que se cree y carece de trascendencia. Habría sido preferible utilizar la misma energía, dedicación e interés en mejorar el régimen de tuición y de visitas.
En esa área, por lo menos en lo concerniente a los reclamos y demandas de las mujeres con las que me toca encontrarme, jamás he sabido de preocupación por la administración de los bienes de un hijo, denominada patria potestad. Pero hay drama en el sistema de tuición y visitas y miles de casos que reclaman por las pensiones de alimentos, respecto de lo cual estamos modificando la ley, por segunda y casi tercera vez.
En cuanto al proyecto en debate, concuerdo con el diputado que decía que le parecía algo contradictorio, porque, por una parte, sus fundamentos se basan en una forma de promover la igualdad entre hombres y mujeres. Dice, por ejemplo, que la legislación moderna permite el ejercicio compartido de la patria potestad entre el padre y la madre y que Chile sería la excepción.
Después, los fundamentos mencionan la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que establece que los hombres y las mujeres deben tener los mismos derechos y responsabilidades como progenitores.
Se establecen los mismos derechos personales, como marido y mujer, entre ellos el de elegir apellido.
También se busca contribuir a la transición desde una sociedad patriarcal hacia una sociedad transicional, con una tendencia a la igualdad entre los sexos. De la misma manera, compartir la patria potestad.
En términos prácticos, valora la importancia social de la mujer que hoy está menoscabada en la materia.
Dice que la principal fuente es el informe fue nombrada con anterioridad de una comisión de docentes de la Universidad Gabriela Mistral.
¿Por qué me parece que hay una contradicción? Porque si el objeto fundamental del proyecto es proteger el bien superior del niño, nada se dice respecto de la protección y mejor administración de sus bienes, con el objeto de evitar que les sean sustraídos. ¿Quién evita que ello ocurra? A mi juicio, se confunden los objetivos.
La Comisión propuso modificar este proyecto pensando al menos en lo que a mí concierne en la forma de proteger mejor a los menores que pudieran tener, por ejemplo, un bien destinado a financiar sus estudios superiores, pero cuyos padres o el encargado de administrarlo estén haciendo mal uso de él. Sin embargo, sólo importa que haya igualdad y se dejan desprotegidos los bienes del menor. Si hay una administración conjunta o separada de bienes, lo obvio sería que hubiera una instancia para reclamar por un eventual mal uso de ellos.
Por otra parte, ¿cuántos niños o jóvenes en Chile el proyecto habla de los menores no emancipados, es decir, que aún no cumplen 18 años y viven con sus padres tienen un bien propio, han recibido alguna herencia o poseen una cuenta de ahorro?
Sólo el padre o la madre o ambos en conjunto podrían administrar los bienes del menor, pero ¿qué pasa con aquellos abuelos que desean ahorrar para que sus nietos puedan acceder a estudios superiores? No tienen ninguna posibilidad de hacerlo ni de administrar sus bienes. Además, muchas veces se impide a ellos y a otras personas abrir una cuenta de ahorro para un menor por temor a que el papá o la mamá hagan mal uso de ese dinero. Obviamente, se entiende que debe haber antecedentes de que existe ese tipo de riesgo. De nuevo, igual que ayer, este no es un problema que afecte a las familias bien constituidas que se preocupan de ahorrar para sus hijos. Al legislar, siempre pensamos en casos excepcionales que atentan, como en este caso, contra la buena administración de los bienes del menor.
Después de analizar el proyecto en profundidad, en la Comisión llegamos a la conclusión de que, en el fondo, la normativa actual en materia de patria potestad es razonable, puesto que establece que ésta será ejercida por el padre o la madre o ambos conjuntamente, según se convenga en un acuerdo suscrito por escritura pública extendida ante cualquier oficial.
No es cierto que hoy no se puede ejercer la patria potestad y que debe quedar suscrita al margen de la inscripción de nacimiento del hijo. Es un error decir que es imposible hacerlo, pero si es obligatorio que se haga formalmente.
También la ley actual dice que cuando el interés del hijo lo haga indispensable, el juez podrá, a petición de uno de los padres, confiar el ejercicio de la patria potestad al padre o la madre que carecía de él o radicarlo en solo uno si ya la ejercían conjuntamente.
Creo que hemos sobrevalorado la posibilidad de que los padres en conjunto puedan administrar los bienes del hijo como una gran novedad. En verdad no lo es, porque, como dije, así se establece en el artículo 244 del Código Civil.
La normativa actual presenta problemas prácticos que este proyecto no repara, especialmente cuando hay conflictos familiares, como un divorcio, una separación, o cuando la madre que se queda con los hijos no tiene cómo probar que le corresponde administrar sus bienes. Insisto, hay problemas prácticos que no se solucionan, y si persisten tal vez se introduzcan nuevas fuentes de conflicto familiar que contribuirán a debilitar la institución.
En cuanto a la facultad de oponerse a un acto en ejercicio de la patria potestad, se considera necesario modificar lo establecido en el artículo 244 bis. Generalmente, cuando la tuición de los menores la tienen los abuelos u otro pariente, ya sea por una situación de hecho o por resolución judicial, el padre que ejerce la patria potestad puede aprovecharse y realizar ciertos actos que causen perjuicio al menor. Por eso, parece apropiado que quien tenga el cuidado personal del menor generalmente la madre, en caso de separación, los representantes legales o quien tenga la tuición del menor, sea el que pueda oponerse a un acto perjudicial a éste. En este caso, como mencioné anteriormente, los abuelos que podrían ayudar a sus nietos y, además, oponerse a cualquier acto que pueda perjudicar el ahorro que le han sustentado. No puede hacerlo cualquier pariente o el defensor de menores, ya que cuando el menor no vive con sus padres, los representantes legales o sus tutores son los que están llamados a criarlo, educarlo y a orientarlo en el ejercicio progresivo de sus derechos y responsabilidades.
He llegado a la conclusión de que el proyecto no mejora lo que hay. Si bien no hace daño, puede producir mayores conflictos, al tratar de ejercer la patria potestad compartida.
Por las razones planteadas, anuncio mi abstención.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Cerrado el debate.
Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación general el proyecto, originado en moción, que modifica normas sobre patria potestad.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 55 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 22 abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Bayo Veloso Francisco ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Delmastro Naso Roberto ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Galilea Vidaurre José Antonio ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longton Guerrero Arturo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Martínez Labbé Rosauro ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Kast Rist José Antonio ; Longueira Montes Pablo.
Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado Andrade Claudio ; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Correa de la Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Dittborn Cordua Julio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Forni Lobos Marcelo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Guzmán Mena María Pía ; Ibáñez Santa María Gonzalo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Norambuena Farías Iván ; Paya Mira Darío ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Varela Herrera Mario.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
REGULACIÓN DE LA LIBERTAD CONDICIONAL EN CASO DE VIOLACIÓN DE MENORES. Primer trámite constitucional.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que complementa la ley Nº 19.927, sobre pornografía infantil.
Diputado informante de la Comisión de Familia es el señor Patricio Walker.
Antecedentes:
-Moción, Nº 3855-18, sesión 72ª, en 10 de mayo de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 13.
-Informe de la Comisión de Familia, sesión 46ª, en 4 de octubre de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 24.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor WALKER.-
Señor Presidente, el objetivo central del proyecto es adecuar las disposiciones que regulan la concesión del beneficio de la libertad condicional, con el objeto de concordarlo con las modificaciones introducidas en el Código Penal en lo relativo al delito de violación de menores y extender a la Policía de Investigaciones la facultad de que hoy goza Carabineros de Chile para ingresar a un lugar cerrado y retirar al niño, niña o adolescente que se encuentre en una situación de peligro grave para su vida o integridad física, con el objeto de otorgarle protección inmediata, sin perjuicio de poner los hechos en conocimiento del juez competente o del Ministerio Público, según corresponda.
Constancias reglamentarias.
El proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado y no existen disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
La libertad condicional a los penados por el delito de violación de menores está regulada en el artículo 2º del decreto ley Nº 321, de 1925, que establece la libertad condicional para los penados, el cual exige, como regla general para la concesión de la misma, a todo individuo condenado a una pena privativa de libertad de más de un año de duración, la observancia de varios requisitos, de los cuales el más importante es que debe haber cumplido la mitad de la condena impuesta por sentencia definitiva.
Sin embargo, el artículo 3º, inciso tercero, dispone que a los condenados por el delito de violación de una persona menor de doce años, entre otros, sólo se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional cuando hubieren cumplido dos tercios de la pena, concurriendo los demás requisitos.
Lo anterior permite que el condenado por violación de un niño o niña que ha cumplido doce años de edad pueda postular al beneficio de la libertad condicional al cumplir la mitad de la pena que se le ha impuesto, situación que, aparte de ser grave e irracional, es discordante con la modificación que introdujo la ley Nº 19.927 al artículo 362 del Código Penal, según el cual comete tal delito “el que accede carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años”.
Después hay que probar que haya fuerza o intimidación para ser delito de violación.
También este proyecto de ley faculta a la policía, Carabineros e Investigaciones, para su ingreso y registro en recintos cerrados, sin autorización del propietario o encargado y sin orden judicial previa. Esto, básicamente, para proteger a un niño, niña o adolescente cuya vida o integridad física se encuentra en peligro grave, directo e inminente. Naturalmente, no podemos esperar una orden judicial, por ejemplo, cuando un menor está ad portas o en peligro de ser abusado sexualmente.
Básicamente para no repetir las ideas que he señalado, esta segunda parte fue resuelta ayer por la Comisión mixta que estableció una norma más amplia, general, no tan solo en favor de los menores víctimas de riesgo inminente y directo para su vida o integridad física, sino también cuando una persona pida auxilio desde un recinto cerrado. La policía podrá ingresar a él sin necesidad de restringir esta norma que presentamos y que solo dice relación con menores.
A sugerencia del autor del proyecto quien habla, la Comisión rechazó unánimemente esta norma, porque el Ministerio de Justicia la propuso antes y fue aprobada por la Comisión mixta; en consecuencia, va a estar vigente antes de la aprobación de este proyecto de ley. Incluso, la diputada señora Isabel Allende formuló algunas observaciones y señaló que la norma le parecía muy positiva, pero habida consideración de que ya fue aprobada en una forma más amplia y que repito va a estar vigente antes que este proyecto de ley, la rechazamos. Sí aprobamos aquella norma que hace concordar la que hoy tenemos sobre libertad condicional con la nueva ley que regula los delitos sexuales contra menores. En palabras simples, la que establece que si una persona cometió delito de violación contra un menor de catorce años, para optar a la libertad condicional deberá cumplir con dos tercios de la pena. Está vigente para un menor de doce años, pero había que concordarla.
Algunas personas han discutido si es bueno o no establecer los catorce años como edad de protección. Hay algunas iniciativas en el sentido de revisarla y establecer los trece años, a raíz de algunas situaciones prácticas; pero esta materia tendrá que ser objeto de otro proyecto de ley o de otra discusión. Naturalmente, lo lógico es concordar la norma que establece la edad de protección de los menores en los delitos sexuales con la de la libertad condicional.
Se recibió la opinión de la señora Delia del Gatto , directora nacional del Sename, quien hizo notar que la rehabilitación y reinserción social es más difícil para las personas que reiteradamente abusan sexualmente de menores, porque sufren patologías u observan conductas que tienen pocas probabilidades de ser corregidas en relación con aquellas que cometen delitos de otra índole.
Por lo tanto, sugerimos aprobar este último aspecto en forma unánime, sin perjuicio de rechazar el anterior por las razones señaladas anteriormente.
Recordemos que el proyecto contó con el asentimiento unánime de las diputadas señoras Isabel Allende , María Eugenia Mella , Adriana Muñoz , María Antonieta Saa y Alejandra Sepúlveda.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente, antes de abordar el proyecto, que es bastante sencillo pero coherente, quiero felicitar a su autor, diputado señor Patricio Walker , quien hace tiempo ha estado preocupado acerca de un tema tan importante, como es la pornografía infantil.
En primer lugar, debemos asumir que en el país estamos enfrentados a un proceso sumamente importante respecto de la aplicación de justicia con motivo de la reforma procesal penal.
En segundo lugar, cabe destacar que este mes comenzaron a funcionar los tribunales especializados de familia, donde se van a radicar todos los temas relativos a ésta, como pensiones, divorcio, ley de violencia intrafamiliar en una primera fase, etcétera.
Sin embargo, no puedo dejar de manifestar mi preocupación por lo que está sucediendo. Hoy en la mañana, una noticia se refiere a un cierto nivel de atochamiento, desinformación y presión de la población que necesita acceder a los tribunales de familia. La ventaja de estos tribunales reitero es que en ellos se concentrarán todos los temas relacionados con la familia y deberán adoptar el ritmo y procedimiento de los juicios orales. Por lo tanto, no se van a eternizar y serán más transparentes. Además, sus jueces serán asesorados por un equipo técnico-profesional.
Esperamos que dichos tribunales funcionen bien, porque todos nos hemos comprometido en el sentido de que sean un elemento sustantivo en el avance democrático y, particularmente, en la calidad de la justicia a que aspiran los miembros de una familia, que hasta ahora deben repartirse entre los juzgados civiles de menores y del crimen.
Como no tuve oportunidad de intervenir en la discusión del proyecto anterior que trató la Sala, quiero decir que comparto la modificación de las normas sobre patria potestad para otorgársela al padre y a la madre, lo que quedó reflejado en la votación.
Junto con insistir en la conveniencia de cambiar la situación actual, a través de los tribunales de familia, quiero recalcar también que el proyecto es de absoluta coherencia, razón por la cual le dimos nuestra aprobación unánime.
Estoy de acuerdo con el diputado señor Walker en que, a lo mejor en una discusión posterior, en relación con otro proyecto, será necesario estudiar si corresponde conceder el beneficio de libertad condicional a los violadores de niños menores de catorce años o debiera pensarse en reducir esa edad. En principio, no tengo objeciones en que se fije en catorce años.
Aquí, la idea central es dificultar la obtención del beneficio de libertad condicional a quienes hayan sido condenados como autores o partícipes de un delito de violación de menores, en concordancia con la mayor gravedad que estamos atribuyendo a ese delito y la modificación de la edad de la víctima.
Esto es muy importante, porque, desgraciadamente, estudios indican que aquellas personas que sufren de conductas patológicas hacia la pornografía infantil, no son fáciles de rehabilitar. Sufren de manera muy profunda y estructural en su personalidad, y a pesar de los esfuerzos de rehabilitación a que puedan acceder, adolecen de patrones de conductas que las persiguen a lo largo de su vida, en forma reiterada o sostenida. Por lo tanto, en consideración a los hechos que rodean este tipo de delito, hacemos bien en establecer que el condenado, al menos, deba haber cumplido dos tercios de la pena, a fin de no facilitar la obtención del beneficio de libertad condicional.
Felicito una vez más al diputado Patricio Walker por su coherencia al señalar la edad de catorce años y la exigencia de haberse cumplido, al menos, dos tercios de la condena antes de optar al beneficio de libertad condicional.
Espero que el Ministerio de Justicia dé una información más fidedigna, acabada y eficiente sobre la forma como están operando los tribunales de familia en todas las regiones, de modo que los beneficiarios, de lo que nos tomó tanto tiempo y cuyo costo es tan importante para el país, puedan acceder a ellos con tranquilidad.
Anuncio que la bancada del Partido Socialista va a apoyar este proyecto.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi.
La señora CRISTI (doña María Angélica).-
Señor Presidente, al igual que la diputada Allende , expreso mi preocupación por el atochamiento en los tribunales de familia que se ha producido durante estos días. Sin duda, ello refleja que el sistema de protección de menores, a través de los tribunales de menores, no estaba funcionando. Muchas personas, quizás han esperado todo un año la apertura de los tribunales de familia para poder llevar sus causas, especialmente las relacionadas con las pensiones de alimentos y tuición de los hijos. Eso es lo que ha producido la gran demanda por atención y esperamos que se regularice y resuelva a la brevedad, porque se han alimentado muchas esperanzas en esta nueva forma de legislar en materias de familia.
Respecto del proyecto que nos presenta el diputado Patricio Walker , me parece tremendamente interesante porque dice relación con dificultar la posibilidad de que los violadores de menores de catorce años obtengan la libertad condicional.
Pero, previamente, quiero destacar que en uno de los artículos se permite que la policía pueda ingresar a lugares cerrados para otorgar protección inmediata a un niño, niña o adolescente que se encuentre en situación de peligro grave, directo e inminente para su vida o integridad física.
Es tremendamente importante, y se avanza por el camino correcto, que las policías puedan allanar un lugar cerrado, facultad policial que hoy asiste sólo a una unidad especializada de Carabineros, donde se apreste la comisión de un delito, como la violación de un menor por desgracia, muy frecuente en nuestro país, con toda la gravedad y el drama que ella implica.
Como planteó el diputado informante, esta propuesta fue rechazada en la Comisión, porque fue incorporada, en el Senado, en la denominada “reforma de la reforma”. Así, de manera más rápida, se facultará a las policías para ingresar, sin más, a un lugar cerrado ante la inminente comisión de un delito contra la vida o la integridad física de un menor. Espero que esta norma también se haga extensiva cuando se apreste la comisión de actos de violencia intrafamiliar entre adultos, a fin de evitar las graves consecuencias que de ellos se derivan.
En cuanto al primer objetivo del proyecto en informe, su autor señala que si bien la ley 19.927, sobre pornografía infantil, aumentó la edad de protección en los delitos sexuales de doce a catorce años, entre ellos el descrito en el artículo 362 del Código Penal, no modificó la referencia a la edad de la víctima contenida en el artículo 3º del decreto ley Nº 321, de 1925, lo cual va en contra del espíritu de esta última disposición, la que impone mayores exigencias para otorgar el beneficio de la libertad condicional en atención a la mayor peligrosidad de los delitos que enumera.
En cuanto al segundo objetivo, su autor observa que la enmienda introducida en la ley de Menores por la ley Nº 19.927, que terminó con la limitación que tenía Carabineros para ingresar a un lugar cerrado donde pudiera encontrarse un menor respecto del cual no se hubiere cometido aún un delito, pero cuya comisión fuere inminente, no habilitó a la Policía de Investigaciones para proceder del mismo modo en iguales circunstancias, lo que a todas luces resulta necesario corregir.
La idea central del proyecto consiste en dificultar la obtención del beneficio de la libertad condicional a quienes hayan sido condenados como autores o partícipes del delito de violación de menores. Sin embargo, es necesario que este criterio se haga extensivo a otros cuerpos legales, de manera de dificultar la obtención de dicho beneficio, por cuanto muchos reinciden en la comisión de los mismos delitos por los cuales fueron condenados mientras hacen uso del mismo.
Como autora de uno de los primeros proyectos que legisló el delito de violación, hasta el día de hoy no puedo conformarme con la derogación de la pena de muerte para los autores del delito de violación de menores con resultado de muerte, como ocurrió hace tres o cuatro días, en que una menor murió asfixiada luego de ser violada por el conviviente de su madre.
A mi juicio, ése es un delito que no admite perdón y, por lo tanto, debería haberse mantenido la pena de muerte para sus autores.
Sin perjuicio de no ser ésa la materia en discusión, espero que se reestablezca dicha pena, porque cada día hay más violaciones y abusos en contra de menores.
En mi opinión, la fuerza de la pena de muerte podría hacer entender a los delincuentes que abusan de menores que ése es un delito demasiado grave.
Anuncio que vamos a aprobar el proyecto, porque todos los esfuerzos que puedan hacerse en este sentido son muy valiosos.
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación, en general, el proyecto, originado en moción, que restringe la libertad provisional en caso de violación de menores.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bayo Veloso Francisco ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Delmastro Naso Roberto ; Dittborn Cordua Julio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Ibáñez Santa María Gonzalo ; Jaramillo Becker Enrique ; Kast Rist José Antonio ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longton Guerrero Arturo ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Martínez Labbé Rosauro ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Varela Herrera Mario ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Aguiló.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, en mi condición de presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, deseo pedir a la Sala que el proyecto de ley que modifica el artículo 93 del Código Penal, originado en una moción presentada por varios diputados, y que la Mesa remitió a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, que está atiborrada de trabajo, pase a nuestra Comisión, que también está relacionada directamente con el tema. Por lo demás, se trata de un proyecto de fácil despacho.
He dicho.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
FALLECIMIENTO DEL PADRE DEL DIPUTADO FELIPE SALABERRY . Nota de condolencias.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Informo a la Sala el sensible fallecimiento del señor Ernesto Salaberry , padre del diputado Felipe Salaberry.
En nombre de la Corporación, esta Mesa envía a nuestro colega las más sinceras condolencias en este momento de dolor.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente, pido que la Mesa solicite el asentimiento de la Sala para enviar una nota aclaratoria al diario “La Tercera”, a propósito de su lamentable artículo de hoy, cuyo titular señala: “Inasistencia de diputados hace fracasar ley de inscripción de candidatura de Aucán Huilcamán”. Esa afirmación es de falsedad absoluta. Una cosa es que los diputados hayan votado de cierta manera, y otra, afirmar que esa inscripción fracasó por inasistencia de los diputados, lo cual falta absolutamente a la verdad.
Por ello, corresponde que la Mesa de la Cámara de Diputados envíe una nota aclaratoria, porque una vez más se ha dicho que ese proyecto fue rechazado por inasistencia, en circunstancias de que no fue así, como todos sabemos.
He dicho.
Aplausos.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, creo que no corresponde acceder a esa petición. Durante toda mi vida he tenido la política de no responder a las mentiras que se publican en los medios de comunicación. Si ponemos en práctica esa petición, tendremos que estar todas las sesiones desmintiendo las declaraciones que aparecen en los medios de comunicación que no son ciertas. En consecuencia, si a futuro no desmentimos alguna afirmación falsa, la gente va a pensar que es verdadera.
Comparto que el titular del diario “La Tercera” no refleja lo que aquí ocurrió ayer, pues a quienes estuvimos en la sesión nos consta que había quórum. No obstante, quiero ser claro en señalar que no comparto la petición. No me parece correcto que la Corporación deba desmentir esa afirmación. El que quiera enviar una carta al diario, que lo haga. De lo contrario, tendremos que estar todos los días desmintiendo las versiones falsas que aparecen en los medios de comunicación.
He dicho.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
No hay acuerdo para acceder a lo solicitado por la diputada señora Isabel Allende. La Mesa arbitrará las medidas que estime convenientes.
NORMATIVA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN. Primer trámite constitucional. (Votación pendiente).
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar en particular el proyecto que establece medidas en contra de la discriminación, que quedó pendiente en la sesión de ayer.
Hago presente que la votación se hará sobre la base del proyecto de la Comisión de Derechos Humanos y las modificaciones que propone la Comisión de Constitución a ese texto.
Se declara aprobado el artículo 1º por no haber sido objeto de indicaciones.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, si hubiera una contradicción entre las proposiciones de las Comisiones de Derechos Humanos y de Constitución, Legislación y Justicia, deberíamos seguir el procedimiento complejo sugerido por la Mesa. Sin embargo, los miembros de la Comisión de Derechos Humanos estamos de acuerdo con las indicaciones de la Comisión de Constitución. Por eso, sugiero que junto con los artículos se vayan votando sus indicaciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Si es así, se procederá a votar el artículo y la indicación correspondiente.
Tiene la palabra la diputada señora Carolina Tohá.
La señora TOHÁ (doña Carolina).-
Señor Presidente, en ese caso habría que votar primero las indicaciones y después el artículo original con la indicación, porque si votamos primero el artículo, después será desmentido por la indicación.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Llamo a reunión de Comités parlamentarios.
-Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Continúa la sesión.
Reunidos los jefes de los Comités parlamentarios y los miembros de las comisiones de Constitución, Legislación y Justicia y de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, se acordó el procedimiento antes señalado para la votación del proyecto, con excepción del artículo 3º, con la indicación de la Comisión de Constitución. Se hará el alcance una vez que esté en votación.
Tal como se planteó, se tendrá como base el texto del informe de la Comisión de Derechos Humanos y las indicaciones propuestas por la de Constitución, Legislación y Justicia.
Se va a señalar en la votación de cada artículo si existen indicaciones.
En votación el artículo 2º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 3º, con la indicación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, que agrega los términos “género u orientación sexual”.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 17 votos. Hubo 4 abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Delmastro Naso Roberto ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Galilea Carrillo Pablo ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Correa de la Cerda Sergio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Forni Lobos Marcelo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Kast Rist José Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Molina Sanhueza Darío ; Norambuena Farías Iván ; Paya Mira Darío ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo.
Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado Andrade Claudio ; Bertolino Rendic Mario ; Galilea Vidaurre José Antonio ; Vargas Lyng Alfonso.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 4º del informe de la Comisión de Derechos Humanos.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 69 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Molina Sanhueza Darío ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Walker Prieto Patricio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 5º, cuyo inciso segundo requiere el voto afirmativo de 66 señores diputados en ejercicio.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 17 votos. Hubo 2 abstenciones.
Votaron por la afirmativa los siguiente señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Delmastro Naso Roberto ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Walker Prieto Patricio.
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Correa de la Cerda Sergio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Forni Lobos Marcelo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Kast Rist José Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Molina Sanhueza Darío ; Norambuena Farías Iván ; Paya Mira Darío ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo.
Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado Andrade Claudio ; Galilea Vidaurre José Antonio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Por no haber alcanzado el quórum requerido, queda aprobado el artículo, con excepción del inciso segundo.
El señor FORNI.-
Señor Presidente, pido la palabra para referirme a un asunto de Reglamento.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Forni.
El señor FORNI.-
Señor Presidente, usted sometió a votación el artículo 5º y en ningún caso lo hizo respecto del inciso segundo de dicho artículo. En consecuencia, al haber calificado todo el artículo como una norma de quórum especial, fue sometido a votación completamente y no sólo su inciso segundo.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Aguiló.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, tal como consta en el informe, es sólo ese inciso el que tiene quórum especial. El quórum no lo fija la Mesa, sino la naturaleza de las materias y, en este caso reitero, se requiere quórum especial. Como es el único inciso que se rechazó, el resto del artículo está aprobado.
El señor FORNI.-
Señor Presidente, la Mesa sometió a votación el artículo 5º, pero jamás señaló que se votaba por separado cada uno de sus incisos. El artículo 5º, calificado como orgánico constitucional, fue rechazado en forma completa por la Sala.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Señor diputado, la Mesa explicitó claramente que el inciso segundo del artículo 5º requería quórum calificado.
El señor FORNI.-
Señor Presidente, pido el pronunciamiento de la Mesa.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
La Mesa ya se pronunció por ratificar la aprobación del artículo 5º, excepto su inciso segundo, que no alcanzó el quórum exigido.
En votación el artículo 6º del informe de la Comisión de Derechos Humanos, con la indicación de la Comisión de Constitución para eliminar su inciso final.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 69 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Molina Sanhueza Darío ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Walker Prieto Patricio.
Votó por la negativa el diputado señor Kast Rist José Antonio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 7º del informe de la Comisión de Derechos Humanos.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 16 votos. Hubo 1 abstención.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Delmastro Naso Roberto ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Galilea Carrillo Pablo ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Correa de la Cerda Sergio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Forni Lobos Marcelo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Kast Rist José Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Norambuena Farías Iván ; Paya Mira Darío ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo.
Se abstuvo el diputado señor Alvarado Andrade Claudio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 8º del informe de la Comisión de Derechos Humanos.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 16 votos. Hubo 1 abstención.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Delmastro Naso Roberto ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Galilea Carrillo Pablo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Correa de la Cerda Sergio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Forni Lobos Marcelo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Kast Rist José Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Norambuena Farías Iván ; Paya Mira Darío ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo.
Se abstuvo el diputado señor Alvarado Andrade Claudio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 9º del informe de la Comisión de Derechos Humanos, para cuya aprobación se requiere del voto afirmativo de 66 señoras diputadas y señores diputados.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 16 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Por no haberse alcanzado el quórum requerido, se rechaza el artículo.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Delmastro Naso Roberto ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Galilea Carrillo Pablo ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Lorenzini Basso Pablo ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Correa de la Cerda Sergio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Forni Lobos Marcelo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Kast Rist José Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Molina Sanhueza Darío ; Paya Mira Darío ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo.
Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado Andrade Claudio ; Galilea Vidaurre José Antonio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 10 del informe de la Comisión de Derechos Humanos, para cuya aprobación se requiere el voto afirmativo de 66 señoras diputadas y señores diputados.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 17 votos. Hubo 1 abstención.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Por no haberse alcanzado el quórum necesario, se rechaza el artículo.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Delmastro Naso Roberto ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Galilea Carrillo Pablo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Correa de la Cerda Sergio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Forni Lobos Marcelo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Kast Rist José Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Molina Sanhueza Darío ; Norambuena Farías Iván ; Paya Mira Darío ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo.
Se abstuvo el diputado señor Alvarado Andrade Claudio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 11 del informe de la Comisión de Derechos Humanos, con la indicación de la Comisión de Constitución para suprimirlo.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 66 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la indicación; eliminado el artículo.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Molina Sanhueza Darío ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 12 del informe de la Comisión de Derechos Humanos.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Molina Sanhueza Darío ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Vidal Lázaro Ximena ; Walker Prieto Patricio.
Se abstuvo el diputado señor Paya Mira Darío.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación lo numerales 1 y 2, en lo que dice relación con los artículos 137 bis y 137 quáter del artículo 13 del informe de la Comisión de Derechos Humanos, con las indicaciones de la Comisión de Constitución.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 18 abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobados.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Delmastro Naso Roberto ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Galilea Vidaurre José Antonio ; González Torres Rodrigo ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Jaramillo Becker Enrique ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Quintana Leal Jaime ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado Andrade Claudio ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Correa de la Cerda Sergio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Forni Lobos Marcelo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Kast Rist José Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Molina Sanhueza Darío ; Norambuena Farías Iván ; Paya Mira Darío ; Pérez Varela Víctor ; Recondo Lavanderos Carlos ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 137 ter, que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia propone eliminar.
Quienes voten por la afirmativan, aprueban la eliminación de esta disposición.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la indicación; eliminado el artículo.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; González Torres Rodrigo ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Kast Rist José Antonio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Molina Sanhueza Darío ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
Votó por la negativa el diputado señor Bustos Ramírez Juan.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 157 bis, nuevo, de la Comisión de Derechos Humanos y que la Comisión de Constitución propone suprimir.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 69 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la indicación; eliminado el artículo.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Señor Presidente, agregue mi voto.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bayo Veloso Francisco ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; González Torres Rodrigo ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Kast Rist José Antonio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Molina Sanhueza Darío ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 431 bis de la Comisión de Derechos Humanos y que la Comisión de Constitución propone eliminar.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la indicación para eliminar el artículo.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; González Torres Rodrigo ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Ibáñez Santa María Gonzalo ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Molina Sanhueza Darío ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, pido la palabra por un asunto de Reglamento.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, quisiera mayor precisión al momento de indicar qué se va a votar.
Su señoría pone en votación un artículo determinado; votamos el artículo y después aparece que esa votación corresponde a lo propuesto por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Primero se debe precisar, reitero, lo que se va a votar, usando bien el lenguaje.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Señor diputado, estamos hablando de lo mismo. El acuerdo era votar el artículo con las indicaciones. Por eso, hemos procedido así.
En votación la el artículo 14 del informe de la Comisión de Derechos Humanos, que la Comisión de Constitución propone suprimir.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la indicación; eliminado el artículo
Despachado el proyecto.
Aplausos.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bertolino Rendic Mario ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cornejo Vidaurrázaga Patricio ; Correa de la Cerda Sergio ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Vidaurre José Antonio ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; González Torres Rodrigo ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Hidalgo González Carlos ; Ibáñez Santa María Gonzalo ; Kast Rist José Antonio ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longueira Montes Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Molina Sanhueza Darío ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D’Albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salas de la Fuente Edmundo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.
VII.PROYECTOS DE ACUERDO
MEDIDAS PARA MANTENER LA COMPETITIVIDAD DE LA ECONOMÍA CHILENA.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Por acuerdo de los Comités corresponde tratar, en primer lugar, el proyecto de acuerdo Nº 698, al cual el señor Prosecretario dará lectura.
El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo Nº 698, de los señores Cardemil , Dittborn , Vargas , Lorenzini , Galilea, don José Antonio ; Riveros , Silva , Jaramillo , García y Forni :
“Considerando:
Que el Banco Central ha utilizado diversos enfoques en los últimos treinta años, como la fijación del tipo de cambio en cierto valor nominal, ajustes al tipo de cambio para compensar la inflación doméstica o la inflación externa, o bandas de flotación para el valor del dólar.
Que, asimismo, en estas décadas, los modelos de manejo monetario y cambiario adoptados han diferido en cuanto a la importancia relativa otorgada a la inflación, la competitividad de la economía, el déficit en la cuenta corriente de la balanza de pagos o el nivel de crecimiento de la actividad y del empleo, como variables a considerar para la administración de los instrumentos de política de la autoridad monetaria del país.
Que todos los enfoques probados han sufrido modificaciones cuando las circunstancias en que eran aplicados cambiaron drásticamente. La economía sufrió daños significativos cuando, a pesar de la evidencia de dificultades crecientes, se intentó perseverar en la aplicación de fórmulas que finalmente no se sostuvieron.
Que, en la actualidad, como resultado del diseño de la política de tipo de cambio flotante puesto en funcionamiento a fines de 1999, el país ha consolidado avances en materia de control de la inflación, lo que contribuye positivamente al ambiente en que se desenvuelven las empresas. Esta menor inflación, al mismo tiempo que las bajas tasas de interés, hacen encomiable la gestión de las autoridades monetarias. Como contrapartida, sin embargo, es preciso señalar que las empresas se están viendo seriamente afectadas por la alta volatilidad y el deteriorado nivel del tipo de cambio, y por la aguda falta de información sobre esta variable, que es de gran importancia para sus decisiones.
Que, respecto de enfoques de política aplicados previamente, el actual parece dar cabida insuficiente a las consideraciones sobre la competitividad de la economía.
Que sorprende que las autoridades del Ministerio de Hacienda, en más de una oportunidad, hayan responsabilizado a los empresarios por no asegurar oportunamente el valor del tipo de cambio en el mercado de futuros. Las consideraciones que dichas autoridades han manejado en cada oportunidad para considerar muy alto o muy bajo el tipo de cambio, las magnitudes de los desequilibrios percibidos, o la relevancia de los ajustes esperados, no fueron comunicados a las empresas en esas ocasiones, al menos con la claridad requerida, para que éstas adoptaran alguna acción preventiva.
Que, igualmente, el Banco Central ha indicado que, en caso de caídas exageradas del tipo de cambio, intervendrá para sostener su nivel. Pero tampoco ha hecho explícita una guía concreta que los agentes económicos puedan utilizar para formarse una mejor idea sobre el nivel mínimo que puede alcanzar el tipo de cambio, lo que tiene consecuencias negativas para el accionar empresarial.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que instruya a las autoridades económicas sobre lo siguiente:
1.- Convocar a las autoridades económicas para que incorporen la consideración de la competitividad de la economía en la determinación de la política monetaria, especialmente en lo relativo a la caída del precio del dólar estadounidense.
2.- Reconocer la importancia de un adecuado nivel de competitividad de la economía, tanto para la viabilidad y el progreso de las empresas especialmente, las pequeñas y las medianas como para la sostenibilidad en el mediano y largo plazo de los logros en materia de estabilidad de precios.
3.- Impulsar la adopción de medidas para impedir que la bonanza en las actuales condiciones externas de la economía, eventualmente transitoria, se refleje en un deterioro de la competitividad adicional al ya ocurrido, que dejaría daños permanentes en las empresas.
4.- Hacer un llamado a las autoridades para que informen mejor y en forma más oportuna sobre la evolución y las perspectivas del tipo de cambio.
5.- Solicitar a la autoridad un mejoramiento cualitativo de los indicadores de competitividad para los sectores exportadores y sustituidores de importaciones del país, teniendo presente que el actual índice de tipo de cambio real calculado por el Banco Central corresponde a una medida abstracta de la competitividad del país, insuficiente para las necesidades de información de las empresas.
6.- Demandar a las autoridades competentes transformar los indicadores de tipo de cambio real y competitividad y el análisis de los mismos en guías más precisas acerca de lo que el sector empresarial puede esperar en materia de tipo de cambio, especificando las políticas por adoptar ante diferentes eventos.
7.- Hacer notar a las autoridades la necesidad de identificar medidas concretas que pongan límite al deterioro que está experimentando la competitividad de la economía nacional.
8.- Requerir de la autoridad una definición respecto de la caída máxima del tipo de cambio que considera tolerable, con el fin de desincentivar la actividad especulativa que produce la apreciación del tipo de cambio.
9.- Dar a conocer las medidas monetarias, cambiarias, fiscales o del ámbito en que resulten necesarias para impedir la profundización del actual desequilibrio del tipo de cambio respecto de los niveles sostenibles en el mediano y largo plazo.”
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
Aprobado.
APLICACIÓN DE SANCIONES A QUIENES ATENTEN CONTRA EL PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL DEL PAÍS. (Votación pendiente).
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 611.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Rechazado por falta de quórum.
VIII.INCIDENTES
INSTALACIÓN DE ANTENAS PARA TELEFONÍA CELULAR EN OSORNO. Oficio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el diputado Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, desde hace unos meses los habitantes de Osorno hemos visto con mucha extrañeza y sorpresa la gran cantidad de antenas para telefonía celular que han sido instaladas en diferentes sectores, y lo más grave, de alta concentración poblacional, como el centro de la ciudad. He sabido que en otras ciudades se han instalado estas antenas y la población ha reaccionado por sus posibles efectos radioactivos o contaminantes, pero existe muy poca información respecto de los efectos que pueden provocar, lo que desde luego nos preocupa.
He recibido la inquietud de la ciudadanía, sobre todo de la Red Ambiental Ciudadana de Osorno, agrupación de personas encargada de proteger el medio ambiente y de denunciar las infracciones al mismo.
Mi intervención no implica imputación alguna. A lo mejor, esas instalaciones no están provocando efectos negativos, pero queremos tener seguridad al respecto, para que la población esté tranquila. He recibido llamados telefónicos, a través de los cuales me manifiestan la preocupación por esta materia.
Quiero saber qué efectos en la salud pueden producir estas antenas. Si provocan algún daño, efecto radioactivo, contaminación, o si son tan benignas que no producen daño ni efecto alguno.
Me siento obligado a concretar una inquietud ciudadana y a defender los derechos constitucionales a la protección de la salud y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Por eso, pido oficiar al ministro de Obras Públicas y Transportes y Telecomunicaciones para que el subsecretario de Telecomunicaciones solicite información a la Compañía Telefónica del Sur que está instalando dichas antenas. Que señale los estudios realizados para estos efectos y los informes entregados a los organismos pertinentes para lograr la autorización correspondiente e instalar esos aparatos.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Robles , Araya , Palma , Saffirio , Quintana y González.
PRESUPUESTO PARA HABILITACIÓN DE PUENTE MÓVIL DE EMBARQUE EN AERÓDROMO DE CAÑAL BAJO, DE OSORNO. Oficio.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, en el proyecto de Presupuesto de la nación, en el ítem correspondiente al Ministerio de Obras Públicas, no figuran partidas de financiamiento para la habilitación de un puente móvil de embarque en el aeródromo de Cañal Bajo de la ciudad de Osorno, cuyo valor, según el estudio realizado por la Dirección Nacional de Aeropuertos, asciende a la cantidad de 824.498.208 pesos.
Este puente móvil, comúnmente llamado manga, existe en todos los aeropuertos del sur, menos en el de Osorno, donde es muy necesario debido a las condiciones climáticas de la zona y porque, además, el transporte aéreo ha dejado de ser de elite.
Por eso, solicito enviar oficio, con carácter de urgente, al ministro de Obras Públicas, a fin de que considere este proyecto para Osorno y sea agregado como indicación a la partida Ministerio de Obras Públicas del Presupuesto de la nación.
He dicho.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con carácter de urgente, con la adhesión de los diputados señores Alberto Robles , Pedro Araya , Osvaldo Palma , Eduardo Saffirio , Jaime Quintana y Rodrigo González.
DEFICIENCIAS Y CARENCIAS DEL HOSPITAL REGIONAL DE ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Araya.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente, el hospital regional de Antofagasta se encuentra sin agua caliente y, además, enfrenta una serie de problemas relacionados con la falta de medicamentos y las listas de espera, lo que resulta absolutamente inconcebible. Pero, lo más impresentable es que el gobierno regional, encabezado por el intendente señor Jorge Molina Cárcamo , y las autoridades de Salud, en conocimiento de esta situación, hasta la fecha no han hecho absolutamente nada.
Los problemas en el hospital regional de Antofagasta se arrastran desde el año 98, y a pesar de que el convenio de programación de inversiones destinado a regularizar su situación fue firmado por el ex intendente de la región, hoy ministro, señor Alfonso Dulanto , y la señora Michelle Bachelet , ex ministra de Salud a la época, hasta la fecha no se han podido corregir sus falencias.
Como parlamentario de la Concertación me preocupa esta situación, pues mientras el Presidente de la República, señor Ricardo Lagos , realiza tremendos esfuerzos por sacar adelante el país y entregar una digna atención de salud a la gente más pobre de nuestra ciudad, a lo cual el Congreso Nacional contribuyó al aprobar el proyecto sobre el Plan Auge y otras numerosas iniciativas en tal sentido, el gobernador regional de Antofagasta está “en otra” y no se dedica a solucionar los problemas en materia sanitaria.
Por lo señalado, pido que se oficie al ministro de Salud, con carácter de urgente, a fin de que adopte las medidas y disponga los recursos necesarios para enfrentar el problema por el cual atraviesa el mencionado hospital, en especial lo relacionado con el agua caliente, absolutamente indispensable para los enfermos, sobre todo para las madres que llegan al hospital a tener sus hijos, ya que las autoridades regionales de Antofagasta no han tenido la capacidad de hacerlo.
Además, que nos informe acerca de la ejecución del convenio de programación en materia de salud, firmado por el gobernador de la provincia y las autoridades del Ministerio de Salud de Antofagasta; de las medidas que se están tomando para sacar al hospital de su caótica situación, y que nos remita copia del estudio preinversional realizado para efectuar dichas obras.
Como parlamentario de la Concertación me preocupa que no se dé una rápida solución a este problema, ya que la gente más modesta de Antofagasta, que tiene que recurrir al hospital, está sufriendo las consecuencias de su deterioro.
A lo anterior, debo agregar que todavía no comienza la construcción del hospital norte, para lo cual tantas veces hemos pedido recursos a través de la Cámara de Diputados. El viernes próximo visitará nuestra ciudad el Presidente de la República y esperamos que en esa oportunidad se coloque la primera piedra y se dé la partida definitiva a su construcción.
También queremos que nuestras autoridades regionales se comprometan con los problemas de salud que afectan a nuestra población.
He dicho.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Sergio Ojeda , Osvaldo Palma , Jaime Quintana , Edgardo Riveros , Rodrigo González y quien habla.
PROBLEMAS DE SEGURIDAD EN SECTOR DE LABRANZA, EN TEMUCO. Oficios.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Saffirio , quien cuenta con dos minutos adicionales que le cedió el Comité de Renovación Nacional.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, en primer lugar, agradezco la gentileza de los colegas de Renovación Nacional de cederme parte del tiempo de su Comité.
Voy a intervenir en nombre propio y en el de mi colega señor Germán Becker Alvear , quien también es diputado por el distrito 50, que comprende las comunas Padre Las Casas y Temuco, en relación con dos materias.
La primera está vinculada a una interesante reunión que sostuvimos el viernes pasado con el gobernador de Cautín y representantes del municipio de Temuco, en Labranza, en el sector San Isidro , con el objeto de tratar temas vinculados con la prevención del consumo de drogas y alcohol. También participó en dicha reunión el director regional del Conace, señor Jorge Bravo.
En aquella experiencia de diálogo con los vecinos de San Isidro, tanto el diputado señor Becker como quien habla tuvimos la ocasión de conocer las grandes preocupaciones que tienen los dirigentes y los vecinos del sector San Isidro y de Labranza por el aumento de los robos en sus casas. Las causas son complejas y se está actuando en distintos niveles para enfrentar el problema.
A petición del gobernador de Cautín, hoy sostuvimos una reunión en el Ministerio del Interior, a fin de solicitar que se agilice la entrega de recursos para los programas de prevención del consumo de drogas y alcohol orientado a los jóvenes. En Labranza se está avanzando fuerte en dicha materia, a pesar del crecimiento explosivo que ha tenido esta localidad en diversos ámbitos. Por ejemplo, mañana vamos a inaugurar las obras de pavimentación de una calle, está prevista la construcción de un consultorio para 2007 y, hace un año, se inauguró una escuela, obra que constituyó una gran inversión para la región.
No obstante, los compromisos que asumimos el diputado señor Becker y quien habla en la asamblea efectuada con los vecinos de San Isidro tienen que ver con la situación de Carabineros.
Hoy los carabineros que custodian, vigilan y llevan a cabo labores policiales en Labranza dependen de la comuna Padre Las Casas, a raíz de una situación histórica que no es del caso detallar ahora. Los vecinos saben que en los próximos meses se inaugurará la octava comisaría de Temuco, la que se hará cargo de Labranza, con lo cual Carabineros de Padre Las Casas podrá dedicarse a sus tareas en su comuna y los vecinos de Labranza contarán con el apoyo de Temuco.
Sin embargo, a los vecinos les preocupa la situación del retén de Labranza, inquietud que nos manifestaron al diputado señor Becker y a mí.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Defensa, al general director de Carabineros y al ministro del Interior, para solicitar que el actual retén de Labranza espero que en esta discusión presupuestaria se contemplen recursos con tal fin se transforme a la brevedad en una tenencia, a fin de contar con dotación y vehículos que les permita cumplir de buena manera su tarea.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Osvaldo Palma , Sergio Ojeda , Pedro Araya , Jaime Quintana y Alejandro Navarro.
RECURSOS DEL PRESUPUESTOS DE LA NACIÓN PARA MANTENCIÓN DE TEATROS MUNICIPALES DE REGIONES. Oficio.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, lo que voy a solicitar responde a un compromiso que asumimos con el alcalde de Temuco, los senadores José García Ruminot y Guillermo Vásquez y los diputados Germán Becker y quien habla.
Pido que se oficie, con carácter urgente, en mi nombre y en el del diputado señor Germán Becker , al ministro de Hacienda, para que en el proyecto de ley de Presupuestos de este año se consideren recursos para el teatro municipal de Temuco, ciudad que necesita destinar dineros a obras sociales, educación, salud y otras materias. De hecho, en la actualidad aporta gran cantidad de recursos propios para la mantención de su teatro municipal. Esta misma situación afecta a Iquique, Talca, Concepción y otras ciudades.
Tal como el Estado ha financiado al teatro municipal de Santiago, queremos que en el próximo proyecto de ley de Presupuestos se contemple un aporte para los teatros municipales de regiones, en especial para el teatro municipal de Temuco.
Al respecto, ayer señalé a funcionarios y técnicos del Ministerio de Hacienda, quienes pronto enviarán un nuevo proyecto para ayudar financieramente al teatro municipal de Santiago, que no estoy disponible para apoyar esa iniciativa del Ejecutivo si no se financia también al teatro municipal de Temuco.
He dicho.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Osvaldo Palma , Sergio Ojeda , Pedro Araya , Jaime Quintana y de quien preside.
PAGO DE DEUDAS A PROFESORES DE CURACAUTÍN. Oficio.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
En el tiempo del Comité Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Jaime Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente, hace pocos días visitó la comuna de Curacautín el ministro de Educación, señor Sergio Bitar , a raíz de un importante encuentro de integración chilenoargentino de niños, denominado “El corredor de los niños”.
En la ocasión tuvimos oportunidad de dialogar con varios profesores de Curacautín y posteriormente programamos una reunión de trabajo con el directorio de dicha entidad gremial.
Entre los problemas más apremiantes que afectan al gremio de la comuna están la deuda de perfeccionamiento, que al 31 de diciembre de 2001 ascendía aproximadamente a 103 millones de pesos; la deuda del servicio de bienestar, impaga desde abril a agosto de este año, con un monto aproximado de 3 millones 300 mil pesos mensuales y, también, por cierto, la deuda histórica, problema que afecta a 162 profesores de esa comuna, originado fundamentalmente en el no pago del aumento del 90 por ciento, entre 1981 y 1984, de acuerdo con el decreto ley Nº 3.551, de 1980.
Estos son algunos de los temas que preocupan al profesorado de la comuna de Curacautín.
Pero hay otro problema de gran relevancia que afecta a los profesores jubilados de Curacautín, que no tuvieron ocasión de percibir los beneficios que el Ministerio de Educación ha otorgado en el último tiempo como incentivo para el retiro. Son muchos los profesores de distintos lugares que se han beneficiado con el aumento de sus pensiones o con lo que se denomina “la segunda jubilación”, cuando tienen diez o más años de imposiciones, por horas realizadas en séptimos y octavos años y en primeros y segundos medios.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Educación, con el objeto de que instruya al secretario regional de Educación de la Novena Región para que consiga el certificado de imposiciones por horas compatibles formulario 7002 del Instituto de Normalización Previsional, por las últimas 36 rentas, comprendidas entre el 1º de septiembre de 1975 y el 31 de agosto de 1978. Esto es absolutamente necesario para que 24 maestros jubilados de la comuna de Curacautín haré llegar a la Mesa la nómina respectiva completen su carpeta individual y puedan acceder a los beneficios mencionados.
Además, solicito que se envíe copia de mi intervención al presidente del Departamento de Profesores Jubilados, don Pedro Valenzuela Henríquez.
El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
CAMBIO EN EL EMPLAZAMIENTO DE RELLENOS SANITARIOS EN COMUNAS DE LAUTARO Y VILCÚN. Oficios.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente, existe profunda preocupación en las comunas de Lautaro y Vilcún por una decisión del alcalde de Temuco, señor Francisco Huenchumilla , quien, motu proprio, sin mediar acuerdo del concejo, hace más de tres meses y medio, determinó que la basura que genera la ciudad de Temuco sea depositada y tratada a una distancia de 30 kilómetros del centro de la capital regional, determinación que consideramos un tanto abusiva e impositiva.
Tal medida afectará claramente a dos comunas: primero, a la comuna de Lautaro, particularmente al sector Pumalal , puesto que la empresa KDM S.A. presentó un proyecto para instalar allí una planta de residuos sólidos domiciliarios y, segundo, a la comuna de Vilcún, donde la empresa Gestión Ecológica de Residuos S.A., Gersa , presentó un proyecto con similares características, con tecnología obsoleta y en desuso en todos los países de la Unión Europea, porque no considera las nuevas normas de compactación elaboradas en los últimos tres años.
De manera que esta situación ha generado una gran movilización en la Región de La Araucanía, porque si bien hoy día esta amenaza recae sobre Vilcún y Pumalal , el día de mañana puede afectar a cualquiera otra comuna.
Creemos que en una sociedad moderna y democrática decisiones de esta naturaleza deben ser consensuadas. Estamos absolutamente claros que hay que buscar una solución para el depósito de la basura porque, además, los alcaldes corren el riesgo de recibir sanciones bastante estrictas si no cumplen con ello incluso pueden ser acusados de notable abandono de deberes, pero 250 toneladas diarias de basura, que son las que genera Temuco, trasladadas a una comuna vecina distante a 30 kilómetros sin consultar a su alcalde, nos parece que es una enorme falta de respeto.
Valoro las declaraciones formuladas hoy por el alcalde Huenchumilla , quien señaló que prolongará el plazo y traspasará tal responsabilidad a la Comisión Nacional de Medio Ambiente. En la región, todos sabemos que Pumalal y Vilcún son los lugares menos aptos para instalar rellenos sanitarios.
Asimismo, valoro la actitud del gobierno regional de intentar financiar un estudio para determinar, de acuerdo con las condiciones de suelo y con la biodiversidad del lugar, los sitios más aptos para llevar a cabo ese proyecto.
Reitero que lo señalado por el alcalde de Temuco es un avance, pero no devuelve la tranquilidad a los habitantes de las comunas de Vilcún y Lautaro y de la localidad de Pumalal, que serían las afectadas.
Por eso, haremos todas las acciones que estén a nuestro alcance para que el relleno sanitario no se instale allí, sino en el lugar más adecuado.
El alcalde de Temuco está actuando para solucionar una emergencia y el colapso sanitario producido en el vertedero de Bolleco, Temuco, pero eso no le da derecho a afectar la tranquilidad de otras comunas. En el caso de Vilcún, además, a pocos kilómetros del lugar donde se pretende instalar el nuevo relleno sanitario está ubicada una de las estaciones experimentales del Ministerio de Agricultura más importantes del país, Inia Carillanca. De manera que la instalación de dicho relleno afectaría la investigación agropecuaria en la zona. Además, tanto en Pumalal como en Vilcún, existen muchas comunidades mapuches que pueden verse afectadas por esa medida. Asimismo, se contaminarían ríos y varios esteros, lo que afectaría, incluso, la producción ganadera. Cabe hacer notar que Vilcún es la comuna más avanzada en materia de trazabilidad, con gran potencialidad en exportación de carnes.
Creemos que en la Región de La Araucanía debemos hacer las cosas bien. Por eso, solicito que se oficie al alcalde de Vilcún y al concejo, con copia de mi intervención, para que la instalación del relleno sanitario no se efectúe en esa comuna.
Asimismo, al intendente de la región, para que considere la factibilidad de adelantar la ejecución del estudio que conocerá el gobierno regional en las próximas semanas, con cargo al Presupuesto de 2006, el que le permitirá determinar los lugares aptos para el emplazamiento de rellenos sanitarios, porque ello forma parte de la solución del problema ambiental en la región.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado Alejandro Navarro.
Los 2 minutos 26 segundos que le restan al Comité del Partido por la Democracia han sido cedidos al Comité Socialista y Radical.
RECONSIDERACIÓN DE SANCIONES APLICADAS A CAMPESINOS DE PRECORDILLERA DE LINARES. Oficios.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del Comité Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Palma.
El señor PALMA.-
Señor Presidente, quiero llamar la atención de la Cámara sobre el rigor de las sanciones que se aplican a la gente de la montaña y de la precordillera de Linares por la tala de árboles, las cuales, sin duda, son excesivas e injustas.
Tengo en mi poder dos actas de infracciones por corta no autorizada de árboles sin plan de manejo, las Nºs. 0054 y 0055, cursadas el 12 de agosto de 2005, a las 13.40, a don Leopoldo Muñoz Urrutia , Rut 2.573.3304, y a don José Muñoz Urrutia , Rut 2.908.0100, respectivamente, ambos domiciliados en Los Boldos, comuna de Colbún.
Ambos afectados son sencillos y humildes pobladores de la montaña, de muy escasos recursos y que pueden ser sancionados con el pago de una multa de hasta 5.000 UTM más de 155 millones de pesos, suma que nunca han visto, que jamás verán en su vida y que ni siquiera se imaginan, por cortar unos cuantos árboles para hacer carbón y, con muchas dificultades, lograr comer o sobrevivir.
Ésta es una paradoja que muchos no entienden y menos ellos, porque a pocos metros del lugar donde se cortaron los árboles existen enormes plantaciones de bosques, en los mismos terrenos en que antes habían bosques nativos hecho desconocido por las autoridades y que fueron arrasados para plantar allí miles de hectáreas de pinos, sin que los culpables recibieran sanción alguna.
Creo que aquí hay una discriminación en contra de los pobres de la montaña, que hacen patria viviendo en difíciles condiciones de subsistencia y que, además, por su escasa cultura, desconocen las estrictas leyes para ellos, pero no para las grandes empresas forestales que les impiden hacer carbón en sus propias tierras, labor que han desarrollado durante años y que apenas les alcanza para sobrevivir.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Agricultura y al director nacional de la Conaf, a fin de que estudien la posibilidad de solucionar esta injusta y triste situación de familias que sufren el rigor de leyes que no entienden y que son muy duras sólo para los humildes sin duda alguna están imposibilitados de pagar, pero no para las grandes empresas forestales.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
MEDIDAS PARA EVITAR PROPAGACIÓN DE ENFERMEDAD QUE AFECTA A GANADO VACUNO DE LINARES. Oficios.
El señor PALMA.-
Señor Presidente, hay un problema que se está presentando en Linares y también en algunas zonas más al sur de nuestra región.
Se trata de una enfermedad que afecta al ganado vacuno, llamada rinotraqueítis bovina infecciosa, certificada por el SAG, y detectada después de analizar muestras en laboratorio. Tengo en mi poder copias que entregaré en la Secretaría.
Dicha enfermedad causa la muerte del 25 por ciento de las madres y las crías del ganado vacuno.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Agricultura y al director del SAG, a fin de que tomen medidas tendientes a evitar la propagación de esta enfermedad infecciosa, lo que podría ocurrir por el traslado del ganado a las ferias. Ello agravaría el problema y sería muy costoso para los criadores.
Creo necesario investigar la aparición de estos focos infecciosos y tomar las medidas que el caso amerite: tratamiento y aislamiento, si correspondiere, a fin de evitar una epidemia de consecuencias mayores para la economía nacional.
Pido que se envíe copia de mi intervención al ministro de Agricultura y al director nacional del SAG.
He dicho.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE PATOLOGÍAS INTERVENIDAS QUIRÚRGICAMENTE EN HOSPITALES DE VALLENAR Y COPIAPÓ. Oficios.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
Señora Presidenta, una de las cosas que hemos hecho en este último período parlamentario ha sido aprobar una gran reforma de la salud, que busca, en forma prioritaria, el acceso de las personas de menores recursos a los sistemas de salud.
Como esta reforma, más conocida como Plan Auge, está recién poniéndose en práctica, es muy importante que cumpla con el objetivo que nos propusimos los legisladores que participamos en la Comisión de Salud, entre los cuales me cuento: que sea un instrumento de priorización y de mejoría de las condiciones de salud de las personas, pero que ello no signifique poner obstáculos ni disminuir la atención de aquellos que sufren patologías no incluidas en el Plan Auge.
Por eso, quiero pedir que se oficie al ministro de Salud y al director del Servicio de Salud de Atacama, a fin de que nos informen en detalle respecto de las patologías intervenidas quirúrgicamente en los hospitales de Vallenar y Copiapó, durante los últimos meses, desde enero hasta la fecha en que se inició formalmente el Auge, y desde junio a la fecha.
En mi distrito he recibido información de que hay pacientes con patologías muy simples, pero que para ellos resultan preocupantes. Por ejemplo, un paciente con una fisura anal no ha podido ser intervenido en los últimos seis meses. Desde el punto de vista de las prioridades, por cierto, esa patología no es grave; sin embargo, para el paciente que sufre la enfermedad es seria y se traduce en un importante problema de salud.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado Alejandro Navarro.
ALCANCES A INTERVENCIÓN SOBRE PROBLEMA HOSPITALARIO DE ANTOFAGASTA. Oficios.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, considero tremendamente injusta la forma en que se refirió el diputado Pedro Araya a las autoridades de salud de la Región de Antofagasta, y me permitiré dar mi opinión al respecto.
Conozco muy bien a la doctora Marcela Hernando , directora del Servicio de Salud de Antofagasta, desde hace muchos años. Podría decir que si hay un director o directora de salud eficiente, capaz y que tiene todos los méritos para conducir ese servicio, no sólo con compromiso, sino con capacidad, es la doctora Marcela Hernando , quien no sólo es médico, sino magíster en desarrollo público y master of business administration, MBA, en gestión de salud.
Al observar la información relacionada con la materia tengo en mi poder la relativa a la inversión en el país durante los últimos años y compararla con la entregada por el diputado Araya , quien manifestó que las autoridades de Salud de su región no han tenido la capacidad y el compromiso necesarios para solucionar los problemas de Antofagasta, se puede concluir que el colega intervino, quizás, sin tener el conocimiento necesario sobre lo que se ha hecho en materia de inversiones en Salud.
Aquí tengo los contratos de la Región de Antofagasta. Durante los años en que la señora Hernando se ha desempeñado como directora del Servicio de Salud de Antofagasta, las inversiones anuales han subido de 600 a 1.400 millones de pesos. En efecto, en los años 2002, 2003 y 2004, ellas alcanzan a 1.300, 1.500 y 1.050 millones de pesos por año, respectivamente, lo cual permite concluir que las autoridades que dirigen ese servicio lo están haciendo bien.
Me parecen injustas las críticas que en ocasiones se formulan en relación con el desempeño de algunos funcionarios, sobre todo cuando se trata de los que pertenecen al ámbito de la Salud, en circunstancias de que muchas veces no se conoce todo lo que se está haciendo en ese sector.
El Presidente Lagos viajará el próximo viernes a colocar la primera piedra de un nuevo hospital para Antofagasta. A mi juicio, es un lujo la existencia de dos establecimientos hospitalarios en la misma comuna, de lo cual los antofagastinos se beneficiarán. Esa obra se concretó porque las autoridades de Salud de la región se han preocupado de desarrollar los proyectos de inversión y las iniciativas pertinentes.
En consecuencia, me parece que las críticas a funcionarios como la doctora Marcela Hernando son injustificadas. Los juicios que se formulan respecto de la actuación de funcionarios públicos deben hacerse de manera informada, por lo cual pido que el colega Araya se documente bien para que se entere acerca de la forma como ha trabajado la directora de Salud a la cual él ha criticado.
Pido que mi intervención se envíe al ministro de Salud, con copia al intendente de la Segunda Región y a la directora del Servicio de Salud de Antofagasta.
He dicho.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Se enviarán los oficios en la forma solicitada por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado señor Navarro.
RECURSOS PARA CONSTRUCCIÓN DE COMPLEJO HOSPITALARIO EN CONCEPCIÓN. Oficios.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta, quiero llamar la atención de los presentes en relación con el hospital más grande de Chile.
El complejo hospitalario Guillermo Grant Benavente , traumatológico, es un proyecto que surge como una necesidad prioritaria en los años 1997-1998, con el estudio de la red asistencial de salud de la región, que se plasmó en el desarrollo de un estudio de factibilidad que comienza el año 2000, priorizado y financiado por el Ministerio de Salud.
¿Qué ha sucedido? Constatada la necesidad, desde hace cuatro años se ha venido trabajando con la comunidad hospitalaria y con la región auxiliares, trabajadores, enfermeras, médicos para lograr el éxito en la concreción de dicho proyecto, largamente anhelado por el sector, para beneficiar a la región.
Se tiene clara conciencia acerca de la sensibilidad existente en el ámbito de la salud de Concepción, en el sentido de contar con un centro de atención ambulatoria de alta complejidad, así como de lograr la reposición del hospital traumatológico, como primera etapa de la normalización del complejo hospitalario.
El proyecto pretende aumentar la cobertura actual de atención para una población asignada de 600 mil habitantes, pero que en varias especialidades alcanza, a nivel regional, a 2 millones de habitantes.
El hospital Guillermo Grant Benavente cubre toda la región: no atiende sólo a la provincia de Concepción. En términos de actividades principales implica 418 mil consultas al año, en todas las especialidades, y para el hospital traumatológico, 6 mil egresos/año, por lo que actualmente existe una brecha no cubierta de 74 por ciento de las consultas médicas y de 57 por ciento para la atención cerrada del hospital traumatológico, situación que, desde el punto de vista del cumplimiento de las expectativas de la comunidad, es grave.
La inversión acordada para la primera etapa alcanzó un monto de 19 mil millones de pesos, a 35 UF el metro cuadrado, con la construcción inicial de 28 mil metros cuadrados y el equipamiento de la primera etapa.
El diseño del proyecto por supuesto, antesala para su ejecución se encuentra ad portas de finalizar en noviembre del presente año. Pero existe un problema: ¡hoy no se cuenta con el financiamiento para su ejecución! Los fondos es parte de la explicación que pido al Ministerio de Salud y al gobierno regional, porque se trató de fondos de un convenio de programación no se encuentran asignados. El convenio de programación con la región no los tiene. La pregunta que cabe es la siguiente: ¿dónde están esos fondos? Fueron asignados a otros proyectos de la región, lo cual es aceptable soy representante del distrito 45, que comprende, entre otras, las comunas de Coronel, Penco y Tomé, porque se han efectuado innumerables mejoras en un conjunto de otros hospitales, pero estoy hablando del hospital más grande del país.
Esta situación es conocida por la comunidad hospitalaria. Es decir, las platas que debían ser asignadas a un fin, no están disponibles, lo que ha creado un clima de desconfianza, de falta de credibilidad en las autoridades públicas, tanto locales como nacionales, pues durante cuatro años se ha trabajado con la población e, incluso, con el consejo hospitalario, para realizar este proyecto.
Además, es importante señalar que en el hospital Guillermo Grant Benavente sólo se está normalizando una primera etapa, pero debe ser intervenido en forma prioritaria para la normalización de su atención ambulatoria, principal problema detectado en el estudio de factibilidad, tanto por la brecha de atención es decir, la gente que queda sin atenderse, como por la pésima calidad de las instalaciones en las que hoy se brinda esa atención. Brindar calidad en la atención es tan importante como la infraestructura en la cual se realiza.
Por lo tanto, la normalización de la atención ambulatoria permitirá, a su vez, regularizar las unidades de atención cerrada y las unidades de apoyo, con la liberación de los espacios de atención abierta, rediseñando y redistribuyendo los espacios en el hospital.
Por lo anterior, es necesario que el Ministerio de Salud nos dé una buena explicación respecto de cuándo estarán disponibles los recursos, ya que para la primera etapa se requieren 12.300 millones de pesos, para construir 18.250 metros cuadrados que esperamos deben estar listos en 2006 o en los tres primeros meses del 2007. Lo importante es tener una respuesta clara y precisa del gobierno regional, del ministro de Salud, señor Pedro García la subsecretaria es de la región, aunque entendemos que este problema está lejos de su alcance, porque se trata de decisiones tomadas con anterioridad, a fin de saber e informarle a la comunidad cuándo el hospital Guillermo Grant Benavente y su comunidad hospitalaria contará con un hospital decente, a la altura de la atención que sus funcionarios quieren entregar a la población.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia de su intervención.
PROBLEMAS DE SEGURIDAD Y DAÑOS EN VIVIENDAS POR TRÁNSITO DE CAMIONES EN POBLACIÓN GAETE, COMUNA DE TALCAHUANO. Oficios.
El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta, además, pido oficiar al alcalde de la Municipalidad de Talcahuano, al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, al subsecretario de Transportes y a la Conama respecto de la situación que sufren los vecinos que residen en la calle Vicuña Mackenna , entre las calles Maritano y Hualpén, en la población Gaete , de Talcahuano.
Se terminó la construcción de la ruta interportuaria, que es más bien una ruta intercalle Colón , pues todos los camiones llegan a esta vía y desde ahí continúan su recorrido por la población Gaete para llegar al puerto de San Vicente.
Los vecinos se han visto afectados porque estos camiones de gran tonelaje cortan los cables del tendido eléctrico, destruyen el pavimento y, a causa de las vibraciones que produce su paso, deterioran la escuela del lugar.
Pido que se nos informe detalladamente si existen estudios de impacto vial que permitan el tránsito de camiones de ese tonelaje por el interior de una población. No por el hecho de que sean ciudadanos de escasos recursos pueden ser atropellados y deben aceptar el tránsito que circula por una estructura vial que viene desde una ruta extraordinaria, concesionada. Ese tráfico por la población Gaete tiene muchos costos.
También pido que cada uno de los organismos señalados pueda informar sobre las autorizaciones otorgadas y las medidas tomadas para prevenir accidentes, pues sería muy grave que éstos ocurrieran y las personas que habitan en esa población vieran afectada su seguridad, especialmente los niños que asisten a la escuela, y se dañaran sus viviendas.
Para prevenir esta situación, pido al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, específicamente al Serviu, que nos envíe un informe sobre los daños estructurales que provoca el paso de esos camiones por la población indicada.
He dicho.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE MUERTE DE ESTUDIANTE EN PRÁCTICA EN OVALLE. Oficios.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
En el tiempo que le resta al Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Arturo Longton.
El señor LONGTON.-
Señora Presidenta, durante un recorrido por la Cuarta Región, en Ovalle, me contactaron los padres de Flavio Cortés Aros, joven fallecido en esa ciudad el 25 de febrero de 2004, mientras se encontraba realizando su práctica profesional en la empresa eléctrica Elecoop Ltda.
Flavio había egresado el 12 de diciembre de 2003 de la carrera técnico en electricidad del liceo politécnico dependiente del Departamento de Educación de la Municipalidad de Ovalle. Su práctica profesional la inició el 4 de enero de 2004 y a pocos días de finalizarla encontró una trágica muerte en la empresa SIG Chile, en Ovalle, mientras instalaba un estanque de almacenamiento con un peso aproximado de dos toneladas y una longitud de siete metros. Dicha labor se le asignó la misma mañana del accidente y no tenía ninguna relación con su práctica profesional de técnico en electricidad.
La muerte de Flavio ha causado un hondo pesar en la ciudadanía ovallina. Los padres del joven fallecido en el accidente aseguran que se produjo a las 10.00, pero fueron informados de lo ocurrido recién a las 17.30.
Las irregularidades en este caso son varias: ha pasado un año y ocho meses y aún los padres desconocen la verdadera causa de las circunstancias de la muerte de su hijo; la fiscalía de Ovalle ha cambiado en diferentes ocasiones a los fiscales; en marzo de 2004, el señor Pedro Cortés Jopia , padre de la víctima, presentó un reclamo formal a la fiscalía y a la fecha no hay resultados de la investigación.
Considerando las irregularidades que los padres denuncian, solicito que se envíen oficios al ministro de Salud, para que informe acerca del sumario sanitario, ya que el seremi de Salud de Coquimbo se ha negado a entregar dicha información; al ministro de Educación, para que informe sobre el convenio de práctica profesional con la empresa Elecoop y por qué ésta cobró el seguro de accidente del joven fallecido la relación del liceo politécnico es con la Municipalidad de Ovalle, y, por último, al fiscal Nacional, para que informe acerca de la negligencia del fiscal local en la toma de la primera declaración al padre de la víctima, el 18 de marzo de 2005, y por el desinterés por parte de los profesionales, abogados y fiscales de la ciudad y la falta de respuesta al reclamo formal presentado por los padres de Flavio en marzo de 2004.
Por ser un tema delicado y sensible, espero que los oficios solicitados sean respondidos con celeridad.
He dicho.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia del texto de su intervención y la adhesión de la diputada que habla.
PRIMACÍA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL EN RELACIÓN CON EL TRATADO QUE CREA LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Ibáñez.
El señor IBÁÑEZ.-
Señora Presidenta, en la Comisión de Constitución Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, se llegó a un consenso respecto de modificar la Constitución para permitir que Chile firme el Tratado de Roma, que crea la Corte Penal Internacional.
En abril de 2002 un grupo de diputados, que tuve el honor de encabezar, presentamos un requerimiento al Tribunal Constitucional pidiendo que éste declare que no es posible ratificar ese Tratado mientras no se hicieran modificaciones constitucionales de fondo que permitieran integrarlo de forma armónica a nuestra institucionalidad jurídica, porque si uno analiza en forma simple el estatuto de la Corte Penal Internacional, viene a sobreponerse a toda la jurisdicción nacional y constituye otro poder que está sobre todos los institucionales y constitucionales del país. Por lo tanto, ratificarlo significaba aceptar una constitución paralela y contradictoria con la nuestra. Por ejemplo, la Corte Penal Internacional quedaba con el poder de emitir órdenes de detención respecto de cualquier ciudadano chileno, quien debía ser entregado sin que pudiera recurrir a ninguna instancia para reclamar mediante un recurso de amparo. Es decir, se acababa el recurso de amparo respecto de la Corte Penal Internacional. De acuerdo con el Estatuto de Roma, esa Corte dispone de poder suficiente para revivir procesos fenecidos y suprimir la cosa juzgada. En otras palabras, puede actuar completamente al margen de la superintendencia de la Corte Suprema. En definitiva, es un superpoder al interior del territorio nacional que puede actuar en forma indiscriminada.
Para hacer presente esta situación, un grupo de diputados concurrimos al Tribunal Constitucional, el que nos dio la razón por abrumadora mayoría 5 votos contra 1 y sostuvo que para aprobar el Estatuto era menester una reforma constitucional.
El Gobierno pretendió solucionar el problema, simplemente, a través de incorporar en la Constitución Política un artículo transitorio que dispusiera que no existen inconvenientes constitucionales para ratificar dicho tratado que crea la Corte Penal Internacional. Pero eso significaba incorporar la inconstitucionalidad en nuestra Carta Fundamental, lo que nos pareció un desprecio olímpico por ésta que no íbamos a aceptar. Ante ello, el Gobierno no pudo insistir, porque para aprobar esa reforma constitucional se requería el voto favorable de dos tercios de los parlamentarios en ejercicio.
Así, transcurrieron tres años, hasta que el Gobierno decidió reactivar el proyecto para tratar de forzar la aprobación de la modificación constitucional que permitiera a Chile adherir definitivamente al Tratado de Roma y, por consiguiente, a la Corte Penal Internacional.
Nuevamente, me correspondió hacer presente que era una manera espuria de soslayar el obstáculo que señaló el Tribunal Constitucional y que no correspondía de ninguna manera aprobar una reforma constitucional de esa índole. Gracias a Dios, el Gobierno se dio a la razón y ayer, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, presentó una indicación que salva nuestras principales objeciones, en el sentido de decir, en primer lugar, que el ordenamiento jurídico nacional tiene primacía sobre el ordenamiento jurídico de la Corte Penal Internacional; que dicha Corte debe someterse a las reglas propias de éste y que, por lo tanto, no puede tratar asuntos que estén siendo conocidos por tribunales chilenos o que hubieren sido debidamente fallados por éstos ello implica respeto a la cosa juzgada. Además, tampoco puede evacuar una orden de detención a ningún ciudadano chileno sin que, previamente, dicha orden pase por las instancias jurídicas constitucionales y legales chilenas, y sea conocida por el funcionario público correspondiente antes de hacerse efectiva. También se establecieron otras prevenciones que limitan la posibilidad de una acción indiscriminada por parte de la Corte Penal Internacional.
Nunca fue nuestro interés mantener a Chile al margen de la globalización en aspectos tan importantes como éstos, especialmente en lo que se refiere a la defensa y promoción de los derechos humanos.
Por supuesto, quedan algunas dudas que esperamos corregir cuando el proyecto ingrese a tramitación en esta Cámara. En todo caso, ahora nos encontramos con un marco donde es posible discutir y en el cual está fuera de dudas la primacía del ordenamiento jurídico nacional. Ésa es la manera como entendemos la defensa y el respeto de los derechos humanos de los chilenos y de las chilenas: no entregándolos a un poder que, podrá tener muy buenas intenciones, pero, al fin y al cabo, es humano y puede cometer tantas injusticias, arbitrariedades y discriminaciones como cualquier tribunal chileno o autoridad en cualquier parte. Por eso, no tenemos ninguna confianza ciega en esas instituciones por el sólo hecho de ser internacionales.
Recordemos, a propósito de esta Corte Penal Internacional, que más de la mitad del mundo vive en países que no la han aceptado, como China, Rusia, Estados Unidos o la India, los cuales se mantienen al margen de ese sistema y, por consiguiente, ponen un tremendo signo de interrogación acerca de su eficacia.
Por último, me merece especial duda la sinceridad de los países europeos que están detrás de la Corte Penal Internacional para promover la dignidad de las personas y el respeto de los derechos humanos, cuando en esos mismos países se violan de manera realmente masiva esos derechos, como es el caso de Francia, Holanda, Bélgica e, incluso, España , donde se practican formas de abortos que constituyen asesinatos masivos de personas, hechas y derechas en el vientre de sus madres, por el sólo delito de no ser deseadas; o la hipocresía que significa instaurar la eutanasia para procurar, según se dice, una muerte digna a ancianos y enfermos que, en el fondo, no es más que una manera de deshacerse de estas personas, porque sobran, no son queridas, molestan o estorban la vida de los demás.
También está presente el tremendo tema al cual el mundo moderno elude, cual es la eliminación de embriones, es decir, de seres humanos completos que están en su etapa inicial de desarrollo.
Por eso, ésta es una oportunidad para poner sobre el tapete problemas realmente vitales, de la máxima importancia para nuestra convivencia futura, y aprovechar de dejar constancia de que preocupándonos de los derechos humanos de unos, también nos preocupamos de los de otros.
He dicho.
La señora CARABALL, doña Eliana (Presidenta accidental).-
Con la intervención del diputado Ibáñez se pone término al tiempo de la Unión Demócrata Independiente.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
Se levantó la sesión a las 14.52 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO ,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX.DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1.Oficio de S.E. el Presidente de la Repúbica.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 71 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales
incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, respecto del proyecto de ley que modifica el DFL Nº 2, de 1998 sobre subvenciones a establecimientos educacionales y otros cuerpos legales. ( Nº 395304).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR , Presidente de la República; EDUARDO DOCKENDORFF VALLEJOS , Ministro Secretario General de la Presidencia”.
2.Informe de la Comisión de Salud sobre el proyecto que modifica el Código Sanitario respecto de la receta médica. ( Nº 391511)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Salud pasa a informaros el proyecto de ley iniciado en una Moción de los Diputados señores Accorsi , Bayo , Cornejo , Jarpa , Leal , Meza , Robles , Olivares y Palma , en primer trámite constitucional y primero reglamentario, mediante el cual se modifica el Código Sanitario para perfeccionar el sistema de emisión de las recetas médicas.
Cabe dejar constancia que el proyecto no contiene normas de quórum orgánico constitucional ni de quórum calificado.
I. OBJETO DEL PROYECTO.
La iniciativa legal tiene por objeto perfeccionar los requisitos que deben cumplir las recetas médicas, para entregar la necesaria seguridad sanitaria en que se basa la Política Nacional de Medicamentos, que sustenta el gobierno, de manera tal de otorgarle status y valor jurídico.
En razón de ello, se establece que su uso indebido y malicioso será considerado como falsificación de documento público o auténtico y por ende le serán aplicables los artículos 193 a 196 del Código Penal, según corresponda.
II. ANTECEDENTES GENERALES.
Los considerandos que contiene el proyecto destacan el crecimiento que ha experimentado el mercado farmacéutico y farmacológico, lo que no significa que exista una mejor calidad de salud ni una seguridad sanitaria en su consumo.
Las estadísticas arrojan un aumento tanto en las consultas como en el número de recetas médicas, y, por lo tanto, un incremento en el gasto por este concepto.
Si se parte de la base que el sector público entrega una receta promedio por consulta, se estima que su costo promedio alcanzaría a $ 1.538.
Por otra parte, se consignan una serie de carencias en torno al sistema que regula la creciente industria de los medicamentos.
Así por ejemplo, se constata que no existe normativa que posibilite controlar a las imprentas que confeccionan los formularios para las recetas.
III. ANTECEDENTES LEGALES.
1.El Código Sanitario en su artículo 127 señala que los productos farmacéuticos sólo podrán expenderse al público con receta médica, salvo aquellos que determine el reglamento.
Las recetas médicas y análisis o exámenes de laboratorios clínicos y servicios relacionados con la salud son reservados. Sólo podrá revelarse su contenido o darse copia de ellos con el consentimiento expreso del paciente, otorgado por escrito. Quien divulgare su contenido indebidamente, o infringiere las disposiciones del inciso siguiente, será castigado en la forma y con las sanciones establecidas en el Libro Décimo.
Lo dispuesto en este artículo no obsta para que las farmacias puedan dar a conocer, para fines estadísticos, las ventas de productos farmacéuticos de cualquier naturaleza, incluyendo la denominación y cantidad de ellos. En ningún caso la información que proporcionen las farmacias consignará el nombre de los pacientes destinatarios de las recetas, ni el de los médicos que las expidieron, ni datos que sirvan para identificarlos.
2.El Código Penal en sus artículos 197 y 198 señala lo siguiente:
“Artículo 197.- El que, con perjuicio de tercero, cometiere en instrumento privado alguna de las falsedades designadas en el artículo 193, sufrirá las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de once a quince unidades tributarias mensuales, o sólo la primera de ellas según las circunstancias.
Si tales falsedades se hubieren cometido en letras de cambio u otra clase de documentos mercantiles, se castigará a los culpables con presidio menor en su grado máximo y multa de dieciséis a veinte unidades tributarias mensuales, o sólo con la primera de estas penas atendidas las circunstancias.
Artículo 198.- El que maliciosamente hiciere uso de los instrumentos falsos a que se refiere el artículo anterior, será castigado como si fuera autor de la falsedad.”
3.El decreto Nº 466, de 1984, del Ministerio de Salud, contiene el reglamento de Farmacias Droguerías y Almacenes Farmacéuticos.
Su artículo 34, señala que se entiende por receta médica “la orden suscrita por médico cirujano, cirujano dentista, médico veterinario, matrona o cualquier otro profesional legalmente habilitado para hacerlo, con el fin de que una cantidad de cualquier medicamento o mezcla de ellos sea dispensada conforme lo señalado por el profesional que la extiende.”.
A continuación, el artículo define los siguientes términos:
Receta magistral: es aquella en que un profesional legalmente habilitado para ello prescribe una fórmula especial para un enfermo determinado, la que debe elaborarse en el momento de su presentación.
Receta retenida: es aquella en la que se prescriben productos sujetos a esta condición de venta, y ella deberá archivarse en el establecimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.
Señala, asimismo, que cuando se trate de la prescripción de estupefacientes y productos psicotrópicos cuya condición de venta es receta retenida ésta deberá ser impresa con los datos que señalan los respectivos reglamentos.
Receta cheque: son los formularios oficiales que forman parte de talonarios que los Servicios de Salud proporcionan a los médicos cirujanos y a las farmacias para la prescripción de estupefacientes y productos psicotrópicos.
4.Legislación comparada. Un informe preparado por la Biblioteca del Congreso Nacional sobre este tema se adjunta como Anexo Nº 1.
IV. DISCUSIÓN GENERAL.
Se señaló que la receta médica es una tierra de nadie, ya que no existe una normativa clara sobre la materia y, por lo tanto, cualquier persona puede mandarlas a confeccionar sin tener una de las profesiones que habilitan para ello. Se ha comprobado que en la actualidad es factible mandar a imprimir recetas, posibilitándose así la automedicación y por ende el comercio ilegal de medicamentos y sustancias controladas. En razón de ello, los autores de la Moción proponen otorgar el carácter de instrumentos públicos a las recetas médicas, estableciendo sanciones similares a la atribuida a la falsificación de este tipo de instrumentos.
El proyecto reafirma lo establecido por el Código Sanitario en cuanto que sólo los profesionales autorizados, esto es, médicos, dentistas y matronas, pueden emitir recetas. Situación que se valida con la creación de un registro de profesionales que se implementará para estos efectos.
El representante del Ministerio de Salud, señor Eduardo Díaz , manifestó que la voluntad del Ejecutivo era tender a una mayor regulación en la emisión de recetas médicas, y agregó que el Ministerio se encuentra estudiando un proyecto de reglamento sobre esta materia.
Asimismo, hizo presente que se debía evitar que la relación médico paciente se burocratizara, en razón de lo cual estarían abiertos a determinar un formato estándar, tanto para el sector público como para el privado.
Manifestó su disconformidad en torno a otorgarle el carácter de instrumento público, ya que la normativa que regula este tipo de instrumentos en Chile es clara en señalar los requisitos que ellos deben cumplir, como en el caso de las licencias médicas, en que efectivamente intervienen órganos públicos con competencia en la materia.
También, hizo presente sus observaciones en torno a una eventual inconstitucionalidad, ya que al atribuir funciones a un servicio público, como la autoridad sanitaria, podría considerarse que dicha materia es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, al tenor de lo señalado por el numeral 2 del artículo 62 de la Constitución Política.
Recordó que en relación con la materia, se han considerado dos alternativas diferentes. La primera consiste en una solución similar a la que se utiliza en las licencias médicas, en conjunto con un registro de imprentas, lo que entrabaría el procedimiento, y bien pudiera atentar contra la libertad de desarrollar cualquier actividad económica, en los términos del número 21 del artículo 19 de la Constitución Política.
Por otra parte, también se ha analizado la alternativa de establecer un sistema similar al de las boletas o facturas, con un formato estándar visado por la autoridad.
Con respecto al tema de las imprentas, se precisó que la idea era el establecimiento de un registro nacional de impresores de recetas médicas, al cual pudieran acceder todas las empresas que cumplan determinados requisitos básicos. En la actualidad cualquier persona puede mandar a imprimir recetas médicas, sin requerírsele ningún tipo de documentación que acredite su calidad de profesional habilitado para ello.
Actualmente, el sistema imperante queda entregado totalmente a la libertad de las personas, y es por ello que como incide en la salud de las personas es un tema de especial relevancia, como también para el resguardo del ejercicio profesional.
Entre los argumentos esgrimidos, se concordó en la necesidad de establecer un registro de las imprentas autorizadas para confeccionar recetas médicas, de carácter abierto, siempre y cuando otorguen garantías de veracidad, tanto de los instrumentos como de la identidad de quiénes ordenan su impresión.
Sobre el particular, se señaló que el registro de profesionales en línea bien pudiera ser una herramienta de mayor eficacia para verificar la identidad de los profesionales autorizados. En ese sentido, se constató la necesidad de introducir un doble control, es decir, tanto en las imprentas como en las farmacias y laboratorios.
Desde otro punto de vista, se recordó que muchas instituciones del área de la salud, tanto públicas como privadas, utilizan recetarios institucionales, con un determinado formato, que les ayuda a identificarse. En ese mismo sentido, se hizo presente la necesidad de hacer más homogéneos los formatos de las recetas, compatibilizando en este punto tanto los intereses institucionales como los individuales.
V. VOTACIÓN GENERAL.
El proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Diputados señores Enrique Accorsi , Francisco Bayo , Patricio Cornejo y Carlos Olivares.
VI. DISCUSIÓN PARTICULAR.
En general, todos los participantes concordaron en la necesidad de regular esta materia, sin perjuicio de que formularon algunos reparos, producto de lo cual se presentaron algunas indicaciones.
Durante la discusión particular, se recibió la opinión de las siguientes personas:
1.Vicepresidente del Colegio Médico, doctor Pablo Rodríguez .
El Vicepresidente del Colegio Médico, doctor Pablo Rodríguez , manifestó el apoyo de su entidad por cuanto en la actualidad resulta muy fácil la confección de recetarios por parte de cualquier persona.
Asimismo, se refirió a la Política Nacional de Medicamentos, en que se plantea un régimen de desarrollo de medicamentos genéricos, que no es respetada por la dispensación de fármacos propios de las marcas pertenecientes a las grandes cadenas de farmacias, a través de la práctica de sustitución de los medicamentos.
Recalcó que existe una diferencia entre el profesional que receta un medicamento y aquel que lo dispensa, siendo menester establecer algún tipo de regulación que resguarde adecuadamente el debido respeto a lo prescrito por el médico.
El 90% de los medicamentos que se venden en el mercado nacional corresponden a las marcas propias de las cadenas de farmacias, lo que constituye un verdadero atentado a la existencia del formulario nacional, que presenta un menor costo y por lo tanto es más beneficioso para las personas.
Precisó que la idea de fondo es que la receta no se convierta en un medio más de publicidad, conservando la característica de ser un documento en el cual consta el tratamiento prescrito por un profesional autorizado para dicho fin.
Insistió en que en la receta médica debiera dejarse expresa constancia del nombre del profesional que receta, su número de RUT, el número de su inscripción en el Colegio Médico, su dirección y la especialidad acreditada, todo ello de acuerdo al modelo sobre el cual han trabajado desde hace algún tiempo.
Recapitulando, señaló que lo importante era evitar la dispensación irresponsable de medicamentos y por ende el ejercicio ilegal de la profesión de médico, para lo cual deberían aplicarse sanciones ejemplarizadoras.
2.Presidente Nacional del Colegio de Cirujanos Dentistas, señor Rolando Schulz .
El Presidente Nacional del Colegio de Cirujanos Dentistas, señor Rolando Schulz , compartió las opiniones del doctor Rodríguez , específicamente respecto de la inconveniencia de sustituir los medicamentos recetados por los profesionales de la salud.
3.Presidenta Nacional del Colegio de Matronas, señora Leticia Lorenzetti .
La Presidenta Nacional del Colegio de Matronas, señora Leticia Lorenzetti , compartió los argumentos a favor de legislar, sin perjuicio de discrepar en torno a la idea de entregar a un ente administrativo, como es la autoridad sanitaria, el control de la elaboración de los recetarios, puesto que ello significaría entorpecer el ejercicio liberal de los profesionales de esta área, ya que aunque se asimilara la receta a la licencia médica, ésta última tiene un valor económico que la receta no posee.
Sugirió validar la receta, por ejemplo, con un timbre, sin necesidad de que fuera extendida en un formato único.
Con respecto a las sanciones que se establecen, expresó que le parecían desproporcionadas, dada la gravedad de la infracción cometida.
4.Tesorero del Colegio de Químicos Farmacéuticos de Chile A. G., doctor Q.F. Jaime Pedemonte .
El Tesorero del Colegio de Químicos Farmacéuticos de Chile A. G., doctor Q.F. Jaime Pedemonte , discrepó de la ampliación de funciones que se otorgarían a la autoridad sanitaria, como también, respecto de la idea de establecer un registro de imprentas, por cuanto podrían vulnerarse algunas garantías constitucionales relacionadas con el derecho de las personas a emprender cualquier tipo de actividad económica, además de obstaculizar en forma innecesaria el acceso a la salud.
Propuso establecer un sistema de control indirecto de las recetas médicas, similar al usado con las boletas de venta de bienes y servicios, con un sistema relativamente ágil y expedito de timbraje de dichos documentos.
Discrepó de entregar algunas regulaciones a un reglamento, porque su dictación pudiera ser incierta y respecto de sancionar el uso indebido de la receta médica en una forma similar a la que se establece para la falsificación de los instrumentos públicos, ya que las características de uno y otro son distintas.
En otro orden de materias, se sostuvo asimismo, que era conveniente que la receta médica cuente con el respaldo de la autoridad sanitaria, lo que no implica que ella deba emanar de ésta.
De acuerdo con las cifras que se manejan, existirían cerca de 24.000 médicos, 6.000 matronas y 9.000 odontólogos en el país, constatándose que la tendencia mayoritaria es la no colegiatura, lo que dificultaría la aplicación de un sistema como el propuesto.
Con respecto a la creación de un formulario único, recordó que en muchos casos cada institución mantiene sus propias características, en cuanto a historia, prestigio y valores, por lo que al imponer un modelo único se estaría atentando de alguna manera contra la libertad de las personas.
5.Representante del Ministerio de Salud, señor Eduardo Díaz .
El Representante del Ministerio de Salud, señor Eduardo Díaz , solicitó aclarar algunos conceptos, como por ejemplo, determinar con exactitud que será materia de control, esto es si serán las imprentas de formularios de recetas o los profesionales que expenden los fármacos.
Acotó que el Ministerio trabaja en la redacción de un reglamento que contiene algunos contenidos mínimos que debieran cumplir las recetas médicas.
Se mostró contrario a establecer sanciones en los términos en que se formulan en la iniciativa legal, por cuanto no podrían ser iguales a las que se establecen para la falsificación de instrumentos públicos, ya que se trata de documentos con características muy distintas. En ese predicamento, explicó que las sanciones propuestas iban desde los 3 años y 1 día hasta los 10 años, lo que parece ser excesivo, por lo que propuso establecer sanciones similares a las que se utilizan para la falsificación de instrumentos privados, que van desde los 61 días a los 5 años.
Al establecer sanciones elevadas que no guardan relación con las conductas infringidas, éstas dejan de ser aplicadas y pierden efectividad.
Asimismo, manifestó su opinión contraria respecto de introducir un artículo 127 bis al Código Sanitario, en el cual se enumeran los profesionales que están autorizados para extender recetas médicas, porque ello significaría una rigidización extrema de este sistema, ya que en adelante sería necesario modificar tanto la norma legal específica que otorga autorización a una profesión en particular como el Código Sanitario, si se desea introducir cambios en esta materia, ampliando o restringiendo el ámbito de profesionales autorizados.
6.Diputado señor Enrique Accorsi .
El Diputado señor Accorsi , autor de la moción, acotó que la idea central es que exista una acreditación de las imprentas ante el Ministerio de Salud, para lo cual sería necesario crear un registro para tales efectos, estableciéndose algunos requisitos respecto del formato, etc., el cual debería ser complementario al registro de profesionales que debería llevar el Registro Civil, y que serviría para completar la base de datos a la que deberían acudir las farmacias al momento de dispensar los medicamentos prescritos en las recetas.
Hizo presente que en la actualidad el médico prescribe un medicamento determinado en la receta, pero sucede que muchas veces el dependiente cambia el fármaco por uno de mayor valor, situación que no tiene ningún resguardo legal, ya que incluso existen farmacias en que se entregan incentivos económicos a los dependientes para que dispensen medicamentos que corresponden a marcas propias. Esta situación no cuenta con el suficiente resguardo legal.
Se insistió en la necesidad de conformar un registro de profesionales autorizados para emitir recetas médicas, para que su nombre sea de público conocimiento, lo que podría facilitarse a través de medios informáticos.
En suma, los aspectos fundamentales que ameritan legislar dicen relación con los siguientes aspectos:
Dar respaldo legal a la receta médica.
Establecer la forma en que debe generarse este instrumento, en cuanto a la fijación o no de formato.
Fijar las sanciones correspondientes.
7.Otras opiniones.
Otra materia que fue objeto de preocupación dice relación con los medicamentos con receta retenida, que son fundamentalmente sicotrópicos y otros fármacos que producen adicción, ya que los medicamentos que se venden sin receta no pueden ser controlados por esta vía. Con respecto a los medicamentos que deben ser vendidos con receta retenida, se sugirió que la autoridad sanitaria pudiera ejercer una mayor fiscalización, a través de los controles de stock, aunque cuando esto conlleva una mayor dificultad por la amplitud de sus territorios jurisdiccionales y la escasez de funcionarios destinados para estos efectos.
Se insistió en la necesidad de intensificar una adecuada fiscalización, para evitar las sustituciones y cambios de medicamentos.
Los miembros de la Comisión expresaron su preocupación por el hecho que el reglamento del artículo 127 del Código Sanitario, referido a los medicamentos que podrían venderse sin receta médica, aún no hubiese sido dictado, ya que en la práctica ello significa que la exigencia de la receta médica opera para muy pocos fármacos.
Asimismo, propusieron que la redacción del proyecto dejase abierta la posibilidad de desarrollar, por la vía reglamentaria, el tema de las recetas médicas electrónicas, de la misma manera que se ha hecho con las boletas y facturas.
Por último, destacaron la importancia de contar en un futuro cercano con un registro de profesionales, que fuese llevado por el Registro Civil, a fin de dar mayores facilidades a los procesos de fiscalización en materia de emisión de recetas médicas y dispensación de medicamentos, lo que según informaciones recibidas por algunos parlamentarios sería prontamente regulado por el Ministerio de Justicia.
VII. VOTACIÓN EN PARTICULAR.
El proyecto consta de un artículo único, que contiene dos numerales, mediante los cuales se modifica el Código Sanitario, en los términos siguientes:
El inciso primero del artículo 127 señala que “los productos farmacéuticos sólo podrán expenderse al público con receta médica, salvo aquellos que determine el reglamento”.
El numeral 1) tiene por objeto intercalar en dicho inciso, después de la frase “receta médica” la oración “legalmente emanada y autorizada por la autoridad sanitaria”.
Puesto en votación, fue aprobado por 6 votos a favor y 2 abstenciones.
Posteriormente, se puso en votación una indicación al mismo inciso, que pasó a ser numeral 2), de los Diputados señores Cornejo y Olivares , para sustituir la expresión “el reglamento” por “un reglamento específico para estos fines”.
El representante del Minsal expresó que la indicación no guardaba relación con las ideas matrices del proyecto, por cuanto ella tiene por objeto regular la forma en que se extienden las recetas médicas y su formato y en ningún caso guarda relación con los medicamentos que requieren de receta médica y por lo tanto, esta materia debiera ser objeto de otro proyecto.
Puesta en votación fue aprobada por 7 votos a favor y 1 abstención.
El nuevo numeral 3) (antiguo 2) introduce un artículo 127 bis, del siguiente tenor:
“La receta médica sólo podrá extenderse por los profesionales de la salud legalmente autorizados y en la forma en que lo determina el reglamento, en los formularios que para tal efecto pondrá a disposición la Autoridad Sanitaria.
El uso indebido y malicioso de la receta médica será considerado falsificación de documento público o auténtico y en tal carácter le serán aplicables los supuestos y las sanciones del artículo 193 a 196 del Código Penal, según corresponda.”.
Con respecto a este numeral, cabe dejar constancia de que durante la votación en particular se aprobaron 2 indicaciones contradictorias entre sí.
La primera de las indicaciones, presentada por los Diputados señores Accorsi , Cornejo , Jarpa , Meza , Olivares , Palma , Robles y Rossi , tenía por objeto reemplazar el numeral 2), por el siguiente:
“Artículo 127 bis La receta médica sólo podrá extenderse por los profesionales de la salud legalmente habitados (odontólogos, médicos cirujanos, matronas y médicos veterinarios) y con los requisitos que determine un reglamento.
El uso indebido y malicioso de la receta médica será sancionado conforme a las normas contempladas en los artículos 197 y 198 del Código Penal”.
El representante del Minsal, señaló que esta indicación resultaba más acorde con la realidad del tipo penal que se configura, atendido el bien jurídico que se intenta tutelar, sin perjuicio que resulta esclarecedora respecto de la penalidad aplicable a la falsificación o uso malicioso de la receta médica.
La segunda indicación, de los Diputados señores Accorsi , Bayo y Olivares , tenía por finalidad eliminar la enumeración los profesionales anteriormente señalada.
Ambas indicaciones, fueron sometidas a votación por expresa petición de sus autores, y fueron aprobadas por unanimidad.
Una tercera indicación, presentada por los Diputados señores Accorsi , Bayo , Olivares , Palma y Robles , tuvo por objeto reemplazar en el inciso primero del artículo 127 bis la frase “odontólogos, médicos cirujanos, matronas y médicos veterinarios” por la oración “e inscritos en un registro nacional cuyo uso será reglamentado por el Ministerio de Salud”, la cual fue aprobada por 6 votos a favor y 2 abstenciones.
VIII. INDICACIÓN SUSTITUTIVA PRESENTADA POR EL EJECUTIVO.
Con fecha 4 de octubre, el Ejecutivo presentó una indicación sustitutiva, en virtud de lo cual la Comisión acordó, por la unanimidad de sus miembros presentes, reabrir el debate sobre el proyecto. La indicación señalada es del siguiente tenor:
AL ARTÍCULO ÚNICO.
1)Para suprimir el número 1.
El representante del Ejecutivo, señor Eduardo Díaz , explicó que la supresión del numeral 1 obedecía a la idea de no repetir, a través de esta norma, lo que se establecía en el artículo 127 bis propuesto en el siguiente numeral, ya que en dicha norma se consagraba el carácter legal de la receta médica, a la vez que se establecía la autoridad encargada de operar el registro de profesionales autorizados para emitir recetas médicas, que sería la Intendencia de Prestadores de Salud de la Superintendencia de Salud.
Puesta en votación, fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión.
2)Para reemplazar el número 2, por el siguiente:
“Agrégase el siguiente artículo 127 bis:
Artículo 127 bis.- La receta médica sólo podrá extenderse por los profesionales de la salud legalmente autorizados y que se encuentren inscritos en un registro a cargo de la Intendencia de Prestadores de Salud, de la Superintendencia de Salud.
Un reglamento establecerá los requisitos que deberá cumplir la receta médica, además de las normas necesarias para la operación del registro indicado en el inciso precedente.
La falsificación y el uso indebido o malicioso de la receta médica serán sancionados conforme a las normas y penas contempladas en los artículos 197 y 198 del Código Penal.”.” .
En relación con esta materia, el señor Díaz señaló que en el artículo 127 bis nuevo que se propone se reitera lo ya aprobado anteriormente, con dos salvedades. La primera dice relación con una indicación parlamentaria ya aprobada, destinada a crear un registro nacional de profesionales, el que está siendo implementado por la Intendencia de Prestadores de Salud, por lo que no convenía duplicar esta labor.
En cuanto al inciso tercero, acotó que se buscaba perfeccionar el tipo penal allí descrito, agregando la figura de la falsificación.
Puesta en votación, fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión.
3)Para incorporar el siguiente artículo transitorio:
“Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia una vez publicado en el Diario Oficial el reglamento a que se refiere el inciso segundo del artículo 127 bis del Código Sanitario, establecido por esta ley.”
Sobre el particular se señaló que es necesario establecer una relación entre la vigencia de esta ley con el citado reglamento, por contener éste los elementos necesarios para su acertada aplicación.
Asimismo, con el ánimo de perfeccionar el artículo transitorio, el Diputado señor Melero propuso incorporar un plazo para la dictación del reglamento. En razón de lo anterior, presentó una indicación del siguiente tenor:
Para reemplazar el punto final (.) del artículo transitorio propuesto por el Ejecutivo por una coma (,), y agregar la frase: “el cual deberá dictarse dentro del plazo de 150 días de publicada la ley”.
Puestas en votación las indicaciones presentadas tanto por el Ejecutivo como por el señor Melero , fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión.
IX. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, la Comisión prestó su aprobación al siguiente texto:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Agrégase a continuación del artículo 127 del Código Sanitario, el siguiente artículo 127 bis:
“Artículo 127 bis.- La receta médica sólo podrá extenderse por los profesionales de la salud legalmente autorizados y que se encuentren inscritos en un registro a cargo de la Intendencia de Prestadores de Salud de la Superintendencia de Salud.
Un reglamento establecerá los requisitos que deberá cumplir la receta médica, además de las normas necesarias para la operación del registro indicado en el inciso precedente.
La falsificación y el uso indebido o malicioso de la receta médica serán sancionados conforme a lo establecido en los artículos 197 y 198 del Código Penal.”
Artículo transitorio.- Esta ley entrará en vigencia una vez publicado en el Diario Oficial el reglamento a que se refiere el artículo precedente, el cual deberá dictarse dentro del plazo de 150 días a contar de la publicación de este cuerpo legal.
X. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
1)El proyecto no contiene normas de rango orgánicoconstitucional ni de quórum calificado.
2)Tampoco contiene artículos que deban ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
3)El proyecto fue aprobado en general por unanimidad (Diputados señores Accorsi , Bayo , Cornejo y Olivares).
4)Se acordó designar Diputado Informante al señor Enrique Accorsi .
o
Sala de la Comisión, a 4 de octubre de 2005.
Tratado y acordado en sesiones de fechas 9 y 16 de agosto, 6 de septiembre y 4 de octubre de 2005, con la asistencia de los Diputados señores Olivares, don Carlos (Presidente);
Accorsi, don Enrique ; Bayo, don Francisco ; Cornejo, don Patricio ; Forni, don Marcelo ;
Girardi, don Guido ; Masferrer, don Juan ; Melero, don Patricio ; Mella , doña María Eugenia ; Palma, don Osvaldo ; Robles don Alberto , y Rossi, don Fulvio .
(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD GARCÍA , Secretaria de la Comisión”.
Moción del diputado señor Errázuriz.
Permite el uso de semilla transgénica en cultivos.(Boletín N° 4003-01)
“Considerando:
1.Que resulta ilógico que por una mera resolución administrativa, se prohíba el uso de semilla transgénica en cultivos comercialmente aceptados en terceros países, lo que impide que los agricultores chilenos aprovechen esa nueva tecnología;
2.Que carece de lógica que la semilla transgénica pueda importarse, pero no producirse en el país;
3.Que los consumidores chilenos, al alimentarse de aves que han comido maíz transgénico importado, están igualmente consumiendo este tipo de semilla, vengo en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Autorízase el uso de semilla transgénica en cultivos comercialmente aceptados en terceros países. Ninguna autoridad administrativa podrá restringir su uso ni poner condiciones que lo dificulten.
Moción del diputado señor Errázuriz.
Obliga a sociedades a informar respecto de accionistas que no retiran dividendos. Boletín Nº (4004-03)
“Considerando:
1.Que hay accionistas que han fallecido y años más tarde aparecen donde sus descendientes personas inescrupulosas que les piden un poder para vender esas acciones, sin decir que hay otras que también venden y no dan cuenta a su mandante:
2.Que es de presumir que si un accionista no ha cobrado dividendos durante más de cinco años, es probable que haya fallecido;
3.Que es razonable que las sociedades publiquen la lista de los accionistas que no han retirado dividendos durante cinco años, puesto que a partir de entonces, los dividendos van a Bomberos, vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Las sociedades cuyas acciones se transan en bolsa, deberán publicar la nómina de aquellos accionistas que no hayan retirado sus dividendos durante más de cinco años.
Moción de los diputados señores Pérez, don Víctor ; Moreira , Norambuena , Salaberry , Ulloa y Uriarte .
Nuevo trato con los delincuentes (Boletín Nº 4005-07).
1.El ordenamiento jurídico acude al instrumento de la sanción penal para proteger bienes jurídicos que el legislador estima esenciales a una normal interacción social. La pena sólo puede ser aplicada por el órgano judicial competente y después de un proceso tramitado en conformidad a la ley.
Sin embargo, la Ley N° 18.216 admite la suspensión de la real ejecución de las penas impuestas en la sentencia de término, autorizando al juez para conceder los beneficios de remisión condicional, reclusión nocturna o libertad vigilada, en los casos en que la pena concreta que la sentencia imponga privativa o restrictiva de libertad no exceda de tres años respecto de los dos primeros y de cinco años respecto del último de dichos beneficios.
A los efectos de su aplicación no es relevante la pena abstracta con que la ley sancione el delito por el que el juez condena, sino la pena concreta que el fallo firme impone después de la consideración y aplicación de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal que la ley establece, de manera que es usual que un sujeto que incurre en un ilícito de alta penalidad legal abstracta se haga, no obstante, merecedor de una penalidad concreta inferior o de tramo mínimo, que le permite obtener uno de estos beneficios que suspenden la real ejecución de la sanción penal.
2.Durante la tramitación del proceso, la circunstancia que el imputado pueda en definitiva y tras la sentencia de término acceder a un beneficio suspensivo de la ejecución de la condena eventual y futura circunstancia que ha de determinarse por el órgano judicial en una estimación proyectiva y elaborada conforme a la situación concreta del hecho juzgado y del agente conduce a la improcedencia de la prisión preventiva, toda vez que el artículo 141 del Código Procesal Penal dispone con toda claridad que “no procederá la prisión preventiva… cuando el tribunal considerare que, en caso de ser condenado, el imputado pudiere ser objeto de alguna de las medidas alternativas a la privación o de restricción de libertad contempladas en la ley”, a sola condición que, además, el imputado “acreditare tener vínculos permanentes con la comunidad, que den cuenta de su arraigo familiar o social”. Es ésta una regla legal imperativa cuya aplicación es obligatoria a los jueces, de modo que sus efectos no son imputables a los tribunales, sino a los poderes colegisladores que la establecieron en la Reforma Procesal Penal.
Así las cosas, el imputado cuya penalidad concreta eventual y futura, judicialmente proyectada, después de consideradas las circunstancias modificatorias de responsabilidad, no exceda de tres años, puede acceder a la remisión condicional de la pena o a la reclusión nocturna, de suerte que no es procedente la prisión preventiva; y si aquélla no excede de cinco años, puede acceder a la libertad vigilada, de manera que tampoco es procedente la prisión preventiva; en uno y otro caso a sola condición que el imputado demuestre una situación usualmente concurrente como es el “arraigo familiar o social”. Ello es así pese a que las sanciones penales de tres y cinco años demuestran que el sujeto ha incurrido en una conducta de particular gravedad.
3.En síntesis, nuestro ordenamiento jurídico penal presenta, en la forma de sus disposiciones sustantivas, una penalidad severa; pero ésta, en función de normativas legales paralelas, se desdibuja enteramente y conduce a que los delincuentes no reincidentes no cumplan las penas y por esto mismo se mantengan en libertad durante el proceso penal.
4.Esta moción legislativa propone un nuevo trato social, que parte de la premisa que de entre todos los bienes jurídicos que el ordenamiento penal tutela es preciso seleccionar aquellos que inciden en que las personas puedan aspirar con razonable seguridad a una vida normal, desde la perspectiva de su seguridad física mínima, a una vida cotidiana en que se pueda vivir y circular con tranquilidad y libertad en los ámbitos privados y públicos.
Es nuestra firme convicción que la experiencia social demuestra a todas luces que ese tipo de vida, de mínima normalidad, no es posible en una sociedad que en la aleccionadora síntesis de los hechos reales no aplica penas efectivas a los delincuentes que violan esa normalidad, ocasionando un permanente estado de inseguridad a la gente de bien.
Esta moción legislativa propone un nuevo trato social: todo delincuente infractor de la seguridad física mínima de las personas será efectivamente sancionado y su atentado no será perdonado, o, lo que es lo mismo, la ley penal será, en lo que a estos atentados tan graves concierne, una realidad concreta y no una entelequia absurda.
Cumplirán efectivamente las penas los condenados por los delitos de secuestro, sustracción de menores, violación de morada con violencia o intimidación, tormentos o apremios ilegítimos, violación, violación con homicidio, parricidio, homicidio calificado, homicidio simple, infanticidio, castración, mutilaciones, lesiones graves gravísimas, lesiones graves, robo con violencia o intimidación, robos con violencia o intimidación calificados, extorsión, piratería, robo por sorpresa, robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, destinado a la habitación o en sus dependencias, incendio, microtráfico y demás delitos que la Ley N° 20.000 sanciona con pena de crimen e infracciones a las normativas de control de armas y explosivos y terrorismo.
En consecuencia, tratándose de estos delitos, los jueces no podrán esgrimir la regla del artículo 141 del Código Procesal Penal para omitir la prisión preventiva.
Por las mismas razones y respecto de los mismos ilícitos, se propone que la libertad condicional sea procedente sólo después de cumplidas tres cuartas partes de la condena; así como se impide la aplicación de las instituciones procesales de aplicación única de multa y suspensión de imposición de condena, previstas en los artículos 395 inciso 2° y 398 del Código Procesal Penal.
5.En la medida que esta moción legislativa propone un nuevo trato social, que en tanto tal debe ser previamente conocido por todos los infractores, será aplicable a los delitos que se cometan con posterioridad a su publicación, directiva que se conforma al imperativo constitucional que impide la aplicación retroactiva de la ley penal, principio que es forzoso seguir en una ley que incide en la aplicación de sanciones criminales.
Por estas razones, proponemos el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°: Sustitúyese el inciso 2° del artículo 1° de la Ley N° 18.216, de 1983, por el siguiente: “No procederá la facultad establecida en el inciso precedente tratándose de los delitos previstos en los artículos 141, 142, 144 inciso 2°, 150 A y 150 B, 361, 362, 367 bis, 372 bis, 390, 391 N° 1 y 2, 394, 395, 396, 397 N° 1 y 2, 398, 433 N° 1 y 2, 436 inciso 1°, 434, 436 inciso 2°, 438, 440 y 474 del Código Penal, ni respecto de los delitos previstos en el artículo 4° de Ley N° 20.000, ni respecto de los delitos que ésta sanciona con pena de crimen, ni respecto de los delitos previstos en los artículos 8 a 17 de la Ley N° 17.798, ni respecto de los delitos previstos en la Ley N° 18.314; cualquiera sea el grado de ejecución del delito respectivo o el tipo de participación en él”.
Artículo 2°: Sustitúyese el inciso 3° del artículo 3° del Decreto Ley N° 321, de 1925, por el siguiente: “A los condenados por los delitos previstos en los artículos 141, 142, 144 inciso 2°, 150 A y 150 B, 361, 362, 367 bis, 372 bis, 390, 391 N° 1 y 2, 394, 395, 396, 397 N° 1 y 2, 398, 433 N° 1 y 2, 436 inciso 1°, 434, 436 inciso 2°, 438, 440 y 474 del Código Penal, por los delitos previstos en el artículo 4° de Ley N° 20.000 o por los delitos que ésta sanciona con pena de crimen, por los delitos previstos en los artículos 8 a 17 de la Ley N° 17.798 y por los delitos previstos en la Ley N° 18.314, cualquiera sea el grado de ejecución del delito respectivo o el tipo de participación en él, se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional sólo después que hubieren cumplido efectivamente tres cuartas partes de la pena impuesta”.
Artículo 3°: Respecto de los delitos aludidos en esta ley, en ningún caso se aplicará la imposición única de multa establecida en el inciso 2° del artículo 395 del Código Procesal Penal, ni procederá el ejercicio de la facultad de suspensión de imposición de condena autorizada por el artículo 398 del mismo cuerpo legal; cualquiera sea el grado de ejecución del delito respectivo o el tipo de participación en él.
Artículo Transitorio: Las disposiciones de esta ley sólo se aplicarán a los hechos acaecidos con posterioridad a su publicación en el Diario Oficial.