Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Juan Antonio Coloma Correa
- Jaime Gazmuri Mujica
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DEL TRABAJADOR FORESTAL RODRIGO CISTERNAS.
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- AUTORIZACIÓN A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- V. ORDEN DEL DÍA
- ADECUACIONES DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL A LEY N° 20.050, SOBRE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Eduardo Diaz Del Rio
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- DEBATE
- RECEPCIÓN A LA PRESIDENTA DEL PARLAMENTO HELÉNICO.
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- ADECUACIONES DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL A LEY N° 20.050, SOBRE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA. Tercer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- URGENCIA A PROYECTO SOBRE BOSQUE NATIVO Y DISEÑO DE PLAN DE FOMENTO A LA FORESTACIÓN Y AL USO DE BIOCOMBUSTIBLES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Pablo Galilea Carrillo
- Roberto Delmastro Naso
- Claudio Alvarado Andrade
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Patricio Vallespin Lopez
- Enrique Jaramillo Becker
- Osvaldo Palma Flores
- Rene Manuel Garcia Garcia
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Pablo Galilea Carrillo
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- MEDIDAS PARA QUE LEGADO DE GABRIELA MISTRAL SE INCORPORE AL PATRIMONIO DEL MUSEO QUE LLEVA SU NOMBRE, EN VICUÑA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Mario Bertolino Rendic
- Marcelo Diaz Diaz
- Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- Patricio Walker Prieto
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Adriana Munoz D'albora
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Jose Antonio Kast Rist
- German Verdugo Soto
- German Becker Alvear
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Mario Bertolino Rendic
- INTERVENCIÓN : Marcelo Diaz Diaz
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- APOYO A INICIATIVA DEL REINO DE MARRUECOS PARA SOLUCIONAR CONFLICTO DEL SAHARA OCCIDENTAL.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marcelo Forni Lobos
- Ivan Moreira Barros
- Patricio Walker Prieto
- Eugenio Tuma Zedan
- Jorge Tarud Daccarett
- Cristian Monckeberg Bruner
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Alberto Robles Pantoja
- Carlos Montes Cisternas
- Felipe Salaberry Soto
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- ANTECEDENTE
- URGENCIA A PROYECTO SOBRE BOSQUE NATIVO Y DISEÑO DE PLAN DE FOMENTO A LA FORESTACIÓN Y AL USO DE BIOCOMBUSTIBLES.
- VII. INCIDENTES
- MEDIDAS PARA EVITAR SUICIDIOS EN CÁRCEL DE RANCAGUA. Oficios.
- OBSERVACIONES SOBRE OPERACIÓN FINANCIERA ENTRE EL FISCO, EL METRO Y PARTICULARES. Artículo 52, N° 1), letra a), de la Constitución. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE TRASPASO DE RECURSOS A TRANSANTIAGO. Artículo 52, N° 1), letra a), de la Constitución. Oficio.
- PETICIÓN DE NÓMINA DE PERSONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE. Artículo 52, N° 1), letra a), de la Constitución. Oficio.
- HABILITACIÓN DE CUARTEL DE CARABINEROS EN SECTOR ALTO DE PUERTO VARAS. Oficio.
- ANTECEDENTES SOBRE VERTEDERO INDUSTRIAL EN ANTOFAGASTA. Oficio.
- CUMPLIMIENTO DE CONVENIO ENTRE GOBIERNO Y TRABAJADORES DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE SANTIAGO. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE IMPACTO AMBIENTAL DE INSTALACIÓN DE PLANTA DE GAS PROPANO EN PEÑALOLÉN. Oficios.
- ANTECEDENTES SOBRE LA POLÍTICA FUTURA DE FORESTACIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Jaime Mulet Martinez
- Alberto Robles Pantoja
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Ximena Vidal Lazaro
- ADHESION
- RECONSIDERACIÓN DE CIERRE PARCIAL DE DIVISIÓN EL SALVADOR DE CODELCO. Oficio.
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE TRABAJOS VIALES EN REGIÓN METROPOLITANA. Oficio.
- FISCALIZACIÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL EN LOCALIDAD DE ANDACOLLO. Oficio.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- REVISIÓN DE CONVENIO DE PROTECCIÓN SOCIAL ENTRE CHILE Y SUIZA. Oficio.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- TRASPASO DE FUNCIONARIOS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES A SERVICIOS MUNICIPALIZADOS DE SALUD. Oficios.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Lobos Krause
- Sergio Correa De La Cerda
- Enrique Estay Penaloza
- Marcelo Forni Lobos
- Juan Masferrer Pellizzari
- Ivan Norambuena Farias
- Maria Isabel Allende Bussi
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Claudia Nogueira Fernandez
- Marisol Turres Figueroa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Julio Dittborn Cordua
- Gonzalo Duarte Leiva
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Juan Carlos Latorre Carmona
- Carlos Montes Cisternas
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Claudia Nogueira Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marisol Turres Figueroa
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Marcela Cubillos Sigall
- Claudia Nogueira Fernandez
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Gonzalo Arenas Hodar
- Enrique Estay Penaloza
- Jose Antonio Kast Rist
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Felipe Ward Edwards
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gonzalo Arenas Hodar
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Marcelo Forni Lobos
- Jose Antonio Kast Rist
- Patricio Melero Abaroa
- Dario Paya Mira
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Marcela Cubillos Sigall
- Marisol Turres Figueroa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sergio Correa De La Cerda
- Sergio Bobadilla Munoz
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Enrique Estay Penaloza
- Javier Hernandez Hernandez
- Jose Antonio Kast Rist
- Juan Lobos Krause
- Carlos Recondo Lavanderos
- Felipe Ward Edwards
- Marcela Cubillos Sigall
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gonzalo Arenas Hodar
- Sergio Correa De La Cerda
- Marcelo Forni Lobos
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Patricio Melero Abaroa
- Ivan Norambuena Farias
- Carlos Recondo Lavanderos
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Claudia Nogueira Fernandez
- Marisol Turres Figueroa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Claudio Alvarado Andrade
- Eugenio Bauer Jouanne
- Sergio Correa De La Cerda
- Javier Hernandez Hernandez
- Dario Paya Mira
- Manuel Rojas Molina
- Felipe Salaberry Soto
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Claudio Alvarado Andrade
- Jose Ramon Barros Montero
- Eugenio Bauer Jouanne
- Sergio Correa De La Cerda
- Enrique Estay Penaloza
- Javier Hernandez Hernandez
- Juan Masferrer Pellizzari
- Manuel Rojas Molina
- Ignacio Urrutia Bonilla
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Masferrer Pellizzari
- Claudio Alvarado Andrade
- Jose Ramon Barros Montero
- Eugenio Bauer Jouanne
- Sergio Correa De La Cerda
- Enrique Estay Penaloza
- Javier Hernandez Hernandez
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Felipe Ward Edwards
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 355ª
Sesión 22ª, en martes 8 de mayo de 2007
(Ordinaria, de 11.05 a 14.52 horas)
Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio, y Díaz Díaz, don Marcelo.
Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 9
II. Apertura de la sesión 13
- Minuto de silencio en memoria del trabajador forestal Rodrigo Cisternas 13
III. Actas 13
IV. Cuenta 13
- Autorización a comisiones para sesionar simultáneamente con la Sala 13
V. Orden del Día.
- Adecuaciones de ley orgánica constitucional del Congreso Nacional a ley N° 20.050, sobre reforma a la Constitución Política de la República. Tercer trámite constitucional 13
- Recepción a la Presidenta del parlamento helénico 35
VI. Proyectos de acuerdo.
- Urgencia a proyecto sobre bosque nativo y diseño de plan de fomento a la forestación y al uso de biocombustibles 40
- Medidas para que legado de Gabriela Mistral se incorpore al patrimonio del museo que lleva su nombre, en Vicuña 42
- Apoyo a iniciativa del Reino de Marruecos para solucionar conflicto del Sahara occidental 44
VII. Incidentes.
- Medidas para evitar suicidios en cárcel de Rancagua. Oficios 45
- Observaciones sobre operación financiera entre el Fisco, el Metro y particulares. Artículo 52, N° 1), letra a), de la Constitución. Oficio 46
- Información sobre traspaso de recursos a Transantiago. Artículo 52, N° 1), letra a), de la Constitución. Oficio 48
- Petición de nómina de personal de Gendarmería de Chile. Artículo 52, N° 1), letra a), de la constitución. Oficio 49
- Habilitación de cuartel de carabineros en sector alto de Puerto Varas. Oficio 50
- Antecedentes sobre vertedero industrial en Antofagasta. Oficio 51
- Cumplimiento de convenio entre Gobierno y trabajadores del transporte público de Santiago. Oficio 52
- Información sobre impacto ambiental de instalación de planta de gas propano en Peñalolén. Oficios 52
- Antecedentes sobre la política futura de forestación. Oficios 54
Pág.
- Reconsideración de cierre parcial de División El Salvador de Codelco. Oficio 55
- Información sobre trabajos viales en Región Metropolitana. Oficio 56
- Fiscalización de protección ambiental en localidad de Andacollo. Oficio 57
- Revisión de convenio de protección social entre Chile y Suiza. Oficio 57
- Traspaso de funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles a servicios municipalizados de salud. Oficios 58
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. la Presidenta de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto de acuerdo que Aprueba la Enmienda al artículo 1 de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, adoptada en Ginebra, el 21 de diciembre de 2001. (boletín N° 5024-10) 60
2. Primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto, iniciado en moción, que modifica los artículos 491 y 494 del Código Penal, con el objeto de hacer responsables a propietarios de perros domésticos por mordeduras y daños a terceros. (boletín N° 4546-07) 62
3. Primer informe de las Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente recaído en el proyecto, iniciado en moción, que modifica los artículos 491 y 494 del Código Penal, con el objeto de hacer responsables a propietarios de perros domésticos por mordeduras y daños a terceros. (boletín N° 4546-07) 65
4. Informe complementario del segundo informe de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente recaído en el proyecto que establece normas sobre la crianza, tenencia y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos. (boletín N° 2696-12) 68
5. Primer informe de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano recaído en el proyecto que “incorpora al dominio municipal los terrenos cedidos para equipamiento”. (boletín N° 4878-14) (S) 76
6. Moción de los diputados señores Lobos, Correa, Estay, Forni, Masferrer, Norambuena, y de las diputadas señoras Allende, doña Isabel; Isasi, doña Marta; Nogueira, doña Claudia y Turres, doña Marisol, que modifica el D.F.L. N° 1, de Salud, permitiendo que las mujeres que físicamente no pueden concebir hijos, tengan derecho a planes sin maternidad, por parte de las isapres. (boletín N° 5021-11) 80
7. Moción de los diputados señores Uriarte, Dittborn, Duarte, Egaña, Hales, Latorre, Montes, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta y Nogueira, doña Claudia, que modifica el artículo 118, de la ley General de Urbanismo y Construcciones, en lo referido a permisos de edificación. (boletín N° 5022-14) 81
Pág.
8. Moción de las diputadas señoras Turres, doña Marisol; Cristi, doña María Angélica; Cubillos, doña Marcela; Nogueira, doña Claudia, y de los diputados señores Álvarez, Arenas, Estay, Kast, Uriarte y Ward, que perfecciona la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal. (boletín N° 5023-07) 84
9. Moción de los diputados señores Arenas, Álvarez, Forni, Kast, Melero, Paya, Uriarte, y de las diputadas señoras Cristi, doña María Angélica; Cubillos, doña Marcela y Turres, doña Marisol, que Amplia la incompatibilidad a 12 meses de los ex funcionarios de los entes fiscalizadores para incorporarse al sector privado. (boletín N° 5025-06) 86
10. Moción de los diputados señores Correa, Bobadilla, Egaña, Estay, Hernández, Kast, Lobos, Recondo, Ward, y de la diputada señora Cubillos, doña Marcela, que regula las obligaciones entre la agencias de viaje y los establecimientos educacionales en materia de giras de estudio o turismo. (boletín N° 5026-04) 87
11. Moción de los diputados señores Arenas, Correa, Forni, García-Huidobro, Melero, Norambuena, Recondo, Ulloa, y de las diputadas señoras Nogueira, doña Claudia y Turres, doña Marisol, que establece una reforma Constitucional que resguarda de mejor forma la vida del niño que está por nacer. (boletín N° 5027-07) 88
12. Moción de los diputados señores Uriarte, Alvarado, Bauer, Correa, Hernández, Paya, Rojas, Salaberry, Ulloa y Von Mühlenbrock, que modifica la Ley de Tránsito imponiendo la obligación de utilizar un chaleco reflectante a los conductores de motocicletas. (boletín N° 5028-15) 89
13. Moción de los diputados señores Uriarte, Alvarado, Barros, Bauer, Correa, Estay, Hernández, Masferrer, Rojas y Urrutia, que modifica el Código Aeronáutico estableciendo una multa a favor del pasajero por retrasos imputables a la empresa de trasporte aéreo comercial. (boletín N° 5029-15) 90
14. Moción de los diputados señores Masferrer, Alvarado, Barros, Bauer, Correa, Estay, Hernández, Uriarte, Von Mühlenbrock y Ward, que modifica la ley de tránsito estableciendo la obligatoriedad de un dispositivo de seguridad en los vehículos nuevos. (boletín N° 5030-15) 91
- Oficios del Tribunal Constitucional por los cuales pone en conocimiento de la Cámara de Diputados los siguientes requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad:
15. Artículo 11 de la ley N° 19.806, Rol N° 670-2006 92
16. Artículo 595 del Código Orgánico de Tribunales, Rol N° 755-07-INA. 92
17. artículo 116 del Código Tributario, Rol 665-2006 93
18. Respuesta del Tribunal Constitucional al proyecto de ley que introduce adecuaciones de índole tributaria e institucional para el fomento de la industria de capital de riesgo y continúa con la modernización del mercado de capitales. Boletín N° 3278-05 93
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios.
- De la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones por el cual solicita el asentimiento de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala el día jueves 10 de mayo en curso, de 11 13 horas, con el objeto de conocer las modificaciones introducidas al plan de transporte público metropolitano, Transantiago, en lo relativo a la extensión de las mallas de recorridos.
- De la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia por el cual solicita el asentimiento de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala el día jueves 10 de mayo en curso, de 10,45 a 12,45 horas, con el objeto de seguir analizando el proyecto que “sanciona el maltrato de obra y amenaza a funcionarios de Gendarmería en servicio”. boletín N° 4816-07.
Contraloría General de la República:
- Diputado Monckeberg, don Cristián, irregularidades que habría cometido la Conaf en la licitación de tres aviones cisternas para el combate de incendios forestales.
- Diputado Robles, criterio aplicado por la Enami para el pago de los minerales que los pequeños y medianos mineros de la Región de Atacama, entregan a la empresa.
- Diputada Isasi, investigación por licitación del Sernam de la Primera Región. (licitación 1883-47-CO06, “Producción de Feria Emprende Sernam Primera Región).
- Diputado Espinoza, don Fidel, investigación efectuada por Contraloría de la Décima Región. (investigación formulada ante ese órgano contralor por el concejal de Fresia , don Nelson Velásquez Alarcón).
- Diputado Ward, beneficios que corresponden al ex funcionario de Carabineros señor Ramón Luis Sepúlveda Arcos.
- Diputado Bobadilla, situación funcionaria del doctor Marco Antonio Núñez Lozano.
- Diputado Alinco, irregularidades cometidas por el señor Adballah Fernández Atuez, ex seremi de Gobierno de Aysén.
- Diputado Kast, designación del nuevo Director Nacional del Servicio Médico Legal .
- Diputado Barros, antecedentes del señor Juan Carlos Molina Ferrer, ex funcionario del hospital Gustavo Fricke de la ciudad de Viña del Mar.
- Diputado Alvarado, auditoría operativa al Programa Chile Barrio, en la Décima Región de Los Lagos, durante los últimos cinco años.
Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Diputado Cardemil, información respecto de la Defensa del estado de Chile en el extranjero.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:
- Diputado Aedo, medidas que se adoptarán para combatir los problemas sociales y económicos que sufre la provincia de Chañaral.
- Diputada Pacheco, efectos sufridos por vecinos del sector Calabozo, de Coronel, por emanaciones de gas en planta N°31 de gas natural y Empresa Gaseoducto del Pacífico y Energy.
Ministerio de Hacienda:
- Diputado Aedo, inversión de los recursos generados por el Royalty a la Minería en el año 2006 y en el curso del 2007.
- Diputada Goic, proyecto que destina recursos para el Fondo de Desarrollo de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, Fondema, y modifica otros cuerpos legales que indica (Boletín Nº 4879-05).
- Diputado Urrutia, antecedentes societarios y vigencia de diversas empresas.
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Monckeberg, don Cristián, incumplimiento del MOP a sentencias judiciales recaídas en juicios por expropiación.
- Diputado Monckeberg, don Cristián, comisión de servicio en el extranjero.
- Diputado Ascencio, discriminación a los habitantes de Chiloé por cobro de doble peaje en vía Pargua-Puerto Montt.
- Diputado Bobadilla, habilitación del camino Las Parritas, en la comuna de Santa Juana, como alternativa de vía concesionada.
- Oficio s/n del Señor Ministro de Obras Públicas dirigido al Señor Presidente de la Cámara de Diputados por el cual solicita que se anexe el presente oficio y documentos acompañados al acta de la sesión del día miércoles 4 de abril próximo pasado, en la que se trató la situación de la pequeña y mediana empresa en la construcción de establecimientos penitenciarios.
Ministerio de Agricultura:
- Diputado Ojeda, antecedentes al gobierno japonés en relación con fraude en exportación de carne.
Ministerio de Bienes Nacionales:
- Diputado García-Huidobro, facultades que se habría atribuido el Director Regional de la Conaf de la Sexta Región .
- Diputado Monckeberg, don Cristián, funcionarios de ese ministerio que se encuentran en comisión de servicio en el extranjero.
Ministerio de Salud:
- Diputado Accorsi, convenio y la prórroga del mismo celebrado entre el Ministerio de Salud y la Empresa de Ingeniería y Sistemas Computacionales S.A.
- Diputada Rubilar, desempeño profesional del ex Director del Instituto Médico Legal , señor Jorge Rodríguez Díaz.
- Diputada Rubilar, licencias médicas rechazadas durante el año 2006.
Ministerio de Minería y Energía:
- Diputado Monckeberg, don Cristián, funcionarios de ese ministerio que se encuentran en comisión de servicio en el extranjero.
- Diputado Monckeberg, don Cristián, funcionarios de ese ministerio que se encuentran en comisión de servicio en el extranjero.
Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:
- Diputado Monckeberg, don Cristián, funcionarios de ese ministerio que se encuentran en comisión de servicio en el extranjero.
- Proyecto de Acuerdo 293, aplicación de norma sobre ancho mínimo de calzada en conjuntos habitacionales.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputado Accorsi, cumplimiento de normas sobre facilitación de acceso de minusválidos a edificios públicos. (discapacitados).
- Proyecto de Acuerdo 395, organización del servicio de transporte público.
Ministerio de Planificación y Cooperación:
- Diputado De Urresti, medidas para ayudar a las familias de la Villa Cayumapu, comuna de Valdivia, que no tienen abastecimiento de agua potable.
- Diputado Monckeberg, don Cristián, funcionarios de ese ministerio que se encuentran en comisión de servicio en el extranjero.
- Proyecto de Acuerdo 291, obligatoriedad que en servicios públicos existan funcionarios que manejen el lenguaje de señas.
Comisión Nacional de Medio Ambiente:
- Proyecto de Acuerdo 319, minimizar las causas y los impactos del calentamiento global del planeta.
Municipalidad de San Carlos:
- Diputado Monckeberg, don Nicolás, Proyecto de Agua Potable para el sector de Santa Filomena, comuna de San Carlos.
- Diputado Sepúlveda, don Roberto, problemas que generan los ruidos molestos y actos delincuenciales en los alrededores del Pub New West.
- Diputado Sepúlveda, don Roberto, informe sobre diseño de la instalación de los paraderos para los buses del Plan Transantiago.
Municipalidad de Talcahuano:
- Diputado Súnico, eximir el pago de permiso de construcción a los vecinos de villas Faro de Belén y San Carlos de Dinahue de la comuna de Talcahuano.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (120)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Herrera Silva, Amelia RN V 12
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND I 1
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistieron, además, los ministros del Interior , señor Belisario Velasco, y de la Secretaría General de la Presidencia, señor José Antonio Viera-Gallo. -
-Concurrieron, también, los senadores Carlos Ignacio Kuschel, Juan Antonio Coloma y Jaime Gazmuri.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.05 horas.
El señor WALKER (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DEL TRABAJADOR FORESTAL RODRIGO CISTERNAS.
El señor WALKER (Presidente).- Señores diputados, a petición del diputado señor Iván Norambuena, solicito a la Sala guardar un minuto de silencio en memoria del trabajador forestal Rodrigo Cisternas, fallecido la semana pasada en la provincia de Arauco.
-Los diputados, funcionarios y asistentes a las tribunas, de pie, guardan un minuto de silencio.
III. ACTAS
El señor WALKER (Presidente).- El acta de la sesión 17ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 18ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor WALKER (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
AUTORIZACIÓN A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor WALKER ( Presidente ).- Si le parece a la Cámara, se accederá a la petición de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para sesionar simultáneamente con la Sala el día jueves 10 de mayo en curso, de 10.45 a 12.45 horas, con el objeto de seguir analizando el proyecto que sanciona el maltrato de obra y amenaza a funcionarios de Gendarmería en servicio.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Asimismo, si le parece a la Cámara, se accederá a la petición de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones para sesionar simultáneamente con la Sala el día jueves 10 de mayo en curso, de 11.00 a 13.00 horas, con el objeto de conocer las modificaciones introducidas al plan de transporte público metropolitano, Transantiago, en lo relativo a la extensión de las mallas de recorrido.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
ADECUACIONES DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL A LEY N° 20.050, SOBRE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA. Tercer trámite constitucional.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde conocer las modificaciones del Senado al proyecto de ley, originado en moción, que incorpora, en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley N° 20.050, que reformó la Constitución Política de la República.
Antecedentes:
-Oficio del Senado, boletín Nº 3962-07, sesión 18ª, en 19 de abril de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 2.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado don Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO .-
Señor Presidente , se trata de una serie de modificaciones a la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional que tocan diversos aspectos extraordinariamente importantes y que es necesario analizar.
Por todos es sabido que en esta etapa del procedimiento legislativo no corresponde informar a la Sala. No obstante, pido a mis colegas su comprensión, a objeto de entregar una idea general respecto de las modificaciones.
Se trata de una iniciativa que presenté junto a los diputados Carlos Montes, Jorge Burgos, y los diputados de la época, Patricio Cornejo y Alejandro Navarro, cuyo objetivo fundamental era adecuar la ley orgánica del Congreso Nacional a las reformas constitucionales promulgadas en octubre de 2005.
El Senado, luego de más de un año de tramitación, le introdujo al proyecto modificaciones que si bien no lo alteran en lo sustancial, le incorporan ciertos matices que requieren ser analizados con detención para determinar su conveniencia o desecharlas, y definir cuáles son aquellos artículos que, al parecer de esta Cámara, debieran ir a Comisión Mixta.
La primera modificación es al artículo 2° de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional. Se trata de enmiendas de naturaleza estrictamente formal. Se reconocen nuevas instituciones, como son las comisiones investigadoras o la aprobación o rechazo de los tratados internacionales, materias consideradas en la normativa vigente. Además, el Senado consagra expresamente la calidad de jefes superiores del servicio que tienen en los hechos y en la reglamentación interna los Secretarios Generales de las respectivas Cámaras .
La segunda modificación apunta a perfeccionar la propuesta de la Cámara de Diputados, en orden a explicitar la fecha de inicio de cada período legislativo, fijado entre el 11 de marzo y el 10 de marzo de cada año siguiente, trasladándolo al artículo 6° de dicha disposición legal.
Una tercera modificación se relaciona con los términos en que se consagra el principio de transparencia y la promoción y publicidad de los actos y resoluciones que adopten las Cámaras y sus órganos internos.
En lo que dice relación con la publicidad de las sesiones de Sala y de comisiones, tanto del Senado como de la Cámara, la enmienda de la cámara alta trata en forma separada la publicidad de unas y otras, precisando que aunque los acuerdos mantienen su carácter público, las sesiones de las comisiones se efectúan sin la asistencia de público, salvo acuerdo en contrario, sin alterar la naturaleza pública de sus debates, votaciones y antecedentes. Se trata -como parece evidente- de limitar el acceso de público a las comisiones, a la vez que hace ver la imposibilidad física que implicaría una norma en contrario.
En la página 10 del comparado figura una modificación no considerada en la moción original, por medio de la cual se propone incorporar al artículo 5°B dos nuevos incisos. Dicho precepto regula las inhabilidades de los parlamentarios para emitir sus votos en asuntos en los que tengan interés directo y personal. En su propuesta, el Senado incorpora como nueva prohibición para los parlamentarios el ejercicio como abogados patrocinantes o apoderados ante los tribunales de justicia, y precisa una nueva inhabilidad, en cuanto a que ella no será aplicable cuando se trate de la persecución de hechos punibles que constituyan delitos terroristas o tipificados en la ley de drogas o los cometidos por funcionarios públicos contra la probidad pública. También se exceptúan las reclamaciones por acciones u omisiones de funcionarios públicos que afecten derechos de las personas garantizados por la Constitución Política y de los recursos de protección. El alcance de la prohibición fue un tema ampliamente debatido por los posibles efectos de intereses que están en juego en esta materia.
Se incorpora el deber de los parlamentarios de asistir a las sesiones de la cámara a que pertenezcan. No obstante, ha llamado la atención que no se haya hecho referencia alguna al trabajo de comisiones.
El número 4 ha pasado a ser número 6, por razones de concordancia. Se trata sólo de una cuestión formal.
El artículo 9° es quizás la disposición que ha sufrido una modificación más sustancial.
Como es de conocimiento de esta Sala, dicha disposición faculta a ambas cámaras y a sus órganos internos para pedir informes y antecedentes específicos a diversas autoridades, en conformidad a sus respectivos reglamentos.
La primera novedad consiste en la ampliación que hace el Senado del sujeto pasivo de dichas solicitudes: a todos los órganos del Estado. Hasta la fecha, ellas sólo podían dirigirse a los organismos de la Administración del Estado y se cuestionaba la posibilidad de hacerla posible respecto, por ejemplo, de las empresas del Estado, lo cual dio lugar a una gran discusión jurídica que, incluso, ha sido ventilada ante los tribunales de justicia en juicios de mera certeza.
Dicha propuesta va mucho más allá, porque, como se ha dicho, derechamente involucra a todos los órganos del Estado, con lo cual quedan también comprendidos el Poder Judicial , el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público, el Banco Central, la Contraloría General de la República, los tribunales electorales, las municipalidades y demás órganos constitucionales.
Hay que ser muy preciso en esta materia, en el sentido de establecer que se trata de la posibilidad de pedir informes y antecedentes específicos a los mencionados organismos, sin que ello implique, bajo ningún respecto, el otorgamiento o ampliación de facultades de fiscalización para esta Cámara y sus órganos internos, ni mucho menos para el Senado.
Un segundo aspecto a destacar que se recoge es la propuesta de esta Cámara respecto de la entrega de antecedentes que tengan la naturaleza de secretos o reservados de conformidad a la ley.
En cuanto a las modificaciones aprobadas respecto del artículo 10, por primera vez se establece en forma clara cuál será el procedimiento de sanción en caso de que no se cumpla la obligación que se establece para la entrega de la información solicitada, o la falta de comparecencia de un funcionario público citado a una comisión. Dichas sanciones van desde la aplicación de una multa equivalente a una remuneración hasta la remoción del funcionario infractor. Obviamente, este procedimiento no será aplicable cuando el infractor sea un organismo no perteneciente a la Administración del Estado. Los antecedentes se pondrán a disposición de la autoridad llamada a aplicar la sanción o, en su defecto, de la Cámara.
A continuación, el Senado agrega un inciso final al artículo 13, que posibilita que el Senado o la Cámara de Diputados, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, pueda solicitar al Presidente de la República el envío de un mensaje referido a iniciativas de su iniciativa exclusiva.
Si bien esta propuesta parece interesante, a mi juicio, vulnera la Carta Fundamental. Es una discusión que debemos llevar a cabo. En efecto, por su naturaleza, las atribuciones exclusivas del Presidente de la República dejan a su arbitrio la oportunidad y forma en que las ejerce. Entonces, mal podría la ley orgánica poner restricciones o imposiciones a su ejercicio. A mayor abundamiento, la norma propuesta sugiere la posibilidad de sancionar al Primer Mandatario en caso de que no conteste el requerimiento de una de las cámaras, lo que resulta no sólo inconstitucional, sino conceptualmente errado.
Otra modificación que genera muchas dudas es la relativa al artículo 15 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional propuesto por el Senado, que contempla la posibilidad de declarar inadmisible un proyecto de reforma constitucional. En realidad, uno no se puede imaginar, salvo en el caso extremo de que un grupo de senadores presentara una moción sobre la materia, cómo podría ser declarado inadmisible un proyecto de reforma constitucional. Tanto o más inverosímil resulta que se pueda declarar inadmisible la petición que efectúe el Presidente de la República , de conformidad con el artículo 68 de la Carta Fundamental.
Por lo tanto, aparte de ser impropia e incompleta, la norma propuesta por el Senado no aclara qué cámara está facultada para declarar la inadmisibilidad del proyecto: si la de origen, la revisora o ambas. Por otra parte, excluye los casos en que procede la posibilidad de que el Presidente de la República pueda pedir a una de las cámaras que se pronuncie sobre el texto aprobado por la otra. Esto está consagrado en los artículos 70 y 71 de la Constitución Política.
El inciso segundo del artículo 15 propuesto por el Senado contiene un error, a mi juicio, aún más complejo, al establecer que las comisiones pueden declarar inadmisible un proyecto de ley que fue declarado admisible por el presidente de la cámara respectiva. Aparte de tratarse de un rol que no compete a las comisiones, la norma sugerida no da luz respecto de cómo y bajo qué circunstancias éstas podrían ejercer tal atribución. El inciso tercero considera la posibilidad de que la Sala pueda revertir tal decisión, pero sin establecer reglamentación alguna para las comisiones.
El mismo reparo es aplicable para el caso de las facultades que se le confieren a las comisiones en materia de inadmisibilidad -modificación del artículo 32-, en relación con las observaciones que formule el Presidente de la República a un proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional.
En seguida, el Senado incorpora un artículo 17 bis que faculta a la Sala para refundir dos o más proyectos de ley radicados en una cámara. Esto es de común ocurrencia, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, razón por la cual se trata de una modificación adecuada.
En cuanto al artículo 20, el Senado modificó la norma aprobada por la Cámara, que establecía la posibilidad de que las comisiones mixtas fueran presididas por el senador o el diputado que elija la mayoría de ellas. Considero que lo que corresponde es rechazar la modificación del Senado y mantener el inciso primero del artículo, eliminando la mención de quién presidirá las comisiones mixtas y el lugar en el cual sesionarán, materias que según la nueva redacción del inciso primero quedan entregadas a las normas reglamentarias de ambas cámaras.
Hay una serie de otras modificaciones, algunas de la cuales son meramente formales y otras que requieren mayor estudio y que, seguramente, serán rechazadas, con el objeto de que sean analizadas en comisión mixta.
El diputado Jorge Burgos se va a referir en forma mucha más precisa a las normas que, a juicio de los autores del proyecto, deberían ser discutidas en comisión mixta. Yo sólo he entregado una visión parcial de las modificaciones del Senado, con el objeto de que sean tratadas en la mejor forma posible.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado Jorge Burgos .
El señor BURGOS .-
Señor Presidente, a mi juicio, el diputado Ascencio , como principal autor de este proyecto que fue presentado hace un par de años, ha hecho un claro resumen de sus objetivos, que tuvo a la vista -como él dijo- la reforma constitucional del 2005, y de las modificaciones que requieren ser revisadas -lo comparto- en comisión mixta.
Entiendo que los Comités resolvieron no votar las modificaciones en esta sesión, de manera que puedan ser analizadas por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Tengo algunas dudas al respecto y no sé si será posible. En general, estamos de acuerdo con que algunas materias deben ser discutidas en comisión mixta, pero un eventual informe de la Comisión de Legislación va a decir más o menos lo mismo: respecto de algunas cosas, por unanimidad y respecto de otras, por mayoría. A lo mejor, estaríamos perdiendo un tiempo precioso, en circunstancias de que lo ideal es que la ley matriz sobre funcionamiento del Congreso Nacional se convierta en ley de la República lo antes posible.
En consecuencia, como esta iniciativa no tiene urgencia y la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia tiene su agenda muy recargada, deberíamos intentar hacer un esfuerzo y votar favorablemente las modificaciones con las cuales estamos de acuerdo, dejando que la comisión mixta resuelva las cuestiones que resultan discutibles.
Como dije, el informe del diputado Ascencio fue muy preciso y completo. Por eso, sólo me referiré a aquellas modificaciones que considero discutibles -por lo menos, a mi entender-, y que son coincidentes con las que mencionó el colega.
Empiezo por aquélla respecto de la cual se mostró partidario de que no fuera a comisión mixta, aunque sí lo insinuó. Me refiero a los numerales 4 y 5 agregados por el Senado, que incorporan los artículos 5° B y 5° C, respectivamente.
El artículo 5° B dispone: “Los diputados y senadores no podrán ejercer como abogados patrocinantes o apoderados ante los Tribunales de Justicia.” Es una idea novedosa que incorpora el Senado. A continuación, la norma hace una serie de excepciones relacionadas con terrorismo, probidad, etcétera.
No obstante ser buena la intención del Senado, a mi juicio, la redacción queda peligrosamente enredada, porque se podría colegir que los diputados y senadores no pueden ejercer como abogados patrocinantes o apoderados ante los tribunales de justicia, pero sí pueden hacerlo en causas que no estén siendo conocidas por ellos. A contrario sensu, un abogado que sea socio de un estudio de abogados que atienda a un gran consorcio, por ejemplo, que se dedique al retail, podría participar en colocar ADR en la bolsa de Nueva York. Me parece que no es lo que estamos buscando.
Entonces, podría mantenerse que los senadores y los diputados no podrán patrocinar cualquier causa, sino sólo aquellas relacionadas con el bien común. Pero, a mi juicio, la prohibición de ejercer la profesión -ya que vamos a incorporar el tema en la ley orgánica constitucional- es algo mucho más amplio. De lo contrario -no quiero repetir el ejemplo que me parece bastante claro-, vamos a terminar con la posibilidad de que alguien se sienta amparado para ejercer la profesión en forma muy activa en cuestiones que no son causas pendientes y que no tienen que ver con la prohibición constitucional de patrocinar causas en las cuales estén involucrados intereses del Estado.
Por eso, considero que esta modificación debe ser discutida de todas maneras por la comisión mixta, a fin de que sea perfeccionada sustancialmente.
Después, el Senado incorpora un numeral 5, que incorpora un artículo 5° E que establece: “Es deber de los parlamentarios asistir a las sesiones de la Cámara a que pertenezcan, salvo que la ocurrencia de una causa grave justifique su ausencia”.
Ésta me parece una buena norma, pero de su redacción podría desprenderse que da lo mismo ir o no a las Comisiones, porque la disposición se refiere a las sesiones de las Cámaras. Entonces, si como regla general será obligatorio asistir a las sesiones, refirámonos a las de la Sala y a las de las Comisiones. Sería bueno aclarar ese punto.
El número 5 de las modificaciones se refiere al artículo 9°. Su inciso primero dice: “Los órganos del Estado deberán proporcionar los informes y antecedentes específicos que les sean solicitados por las Cámaras, por los parlamentarios o por los organismos internos en conformidad a sus respectivos reglamentos.”
Esto debe ir a comisión mixta, porque tiene que ver con la asimetría a la que nos referimos en días pasados y cómo poco a poco el Senado de la República va asumiendo funciones de fiscalización, las que le están prohibidas por la Constitución. La redacción de esta propuesta es muy complicada, porque si no queda claramente establecido que su propósito no es fiscalizar los actos de Gobierno, va a constituir un nuevo paso, fundado en una ley, del ejercicio de facultades fiscalizadoras que le están vedadas y que son exclusivas de la Cámara de Diputados. Es como si nosotros hubiésemos pretendido, mediante este proyecto, establecer que la Cámara de Diputados, cuando la Presidenta de la República proponga un nombre para integrar la Corte Suprema, no obstante que no le corresponde, tuviera derecho a pronunciarse al respecto. En consecuencia, propongo que la referida disposición se discuta en comisión mixta.
Ha incorporado el siguiente número 10 nuevo, por el cual agrega el siguiente inciso final al artículo 13: “En caso que, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, el Senado o la Cámara de Diputados acuerde pedir al Presidente de la República el envío de un mensaje referido a las materias señaladas en el inciso anterior, este último deberá responder la solicitud, afirmativa o negativamente,…”
Como señaló el diputado Gabriel Ascencio , eso puede ser interesante desde el punto de vista de nuestras funciones, pero es inconstitucional. ¿Para qué consagrar una norma que tiene altísima posibilidad de que el Tribunal Constitucional la rechace? No tiene sentido. Debemos discutirlo en comisión mixta.
El número 7 se refiere al artículo 15. Dice que las reformas constitucionales no pueden ser declaradas inadmisibles.
Como dijo el diputado Ascencio , ahí hay un error obvio, que es necesario reparar. Debe discutirse en comisión mixta.
Asimismo, me parece que hay que rechazar el inciso segundo del artículo 20 propuesto en el número 10 del Senado, que ha pasado a ser 15, porque hay una pretensión de presidencia permanente de las comisiones mixtas a que se refieren los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de la República.
Nuestra propuesta es totalmente distinta. Incluso es mejor el texto actual, ya que dispone la elección de un senador, no la impone. El Senado pretende imponernos por ley que siempre será un senador quien presida las comisiones mixtas. Ésta es, de todas maneras, otra pretensión asimétrica del honorable Senado, que ya tiene bastantes.
Creo que la modificación al artículo 25, como consecuencia de haber rechazado el artículo 15, también hay que discutirla en comisión mixta.
En el número 15 del Senado, me parece que hay una mala comprensión de lo que ha sido la práctica de la Cámara de Diputados en materia de comisiones mixtas. A mi juicio, ésta ha sido una buena práctica y es bueno discutir por qué quieren terminar aquello. Hay que verlo en comisión mixta.
Respecto de la incorporación del nuevo número 22, también creo que hay que discutirlo en forma más profunda en comisión mixta, por las razones que señaló el diputado Ascencio en su intervención.
Si no me equivoco, al menos respecto del breve estudio que pude hacer ayer, ésas son las materias que sería prudente discutir en la comisión mixta, sin perjuicio de señalar que algunos diputados hemos considerado que pudiera ser prudente mandar completo el texto relativo a la reglamentación del funcionamiento de las comisiones investigadoras, donde, por cierto, hay un avance a partir de la incorporación en la constitución de las mismas, pero todavía falta que queden claras las atribuciones y la comisión mixta puede ser una buena instancia procesal para ello.
Por esas razones, me permito recomendar el envío de esas disposiciones a la comisión mixta, todas coincidentes con las del diputado Ascencio . Insisto en la posibilidad de decidirlo ahora, votando las cuestiones que correspondan, porque el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados va a ser muy parecido a éste, por mayoría o por unanimidad algunas disposiciones, pero, a mi modesto entender, no vale la pena que perdamos un tiempo precioso para la constitución de esa instancia.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente, en primer lugar, el proyecto fue visto por la Corporación en la legislatura anterior, de manera que resulta lógico y racional que en este tercer trámite constitucional la Cámara emita algunas opiniones.
En ese sentido, manifiesto que no siendo abogado, me parece incoherente que el Senado pretenda prohibir el ejercicio de la profesión mientras se desarrolla la actividad parlamentaria. Me parece que esta norma está de más, porque existe una larga tradición republicana en que los abogados han participado durante muchos años -no sólo los de la Cámara sino también los del Senado- y a la vez han tenido destacadísimas actuaciones en el ámbito en el que son especialistas profesionalmente. Es más, tengo la impresión de que esta norma atentaría contra una disposición constitucional, que claramente permite desarrollar toda actividad económica que no sea contraria a la moral, entre otros, respetando la legislación que la regulen.
Como bien dijo el diputado Alejandro García-Huidobro , entonces prohibámosle a los médicos que ejerzan su profesión y a los profesores -como yo- que hagan algunas horas de clases, sobre todo quienes, hasta el día de hoy, las desarrollamos orgullosamente.
Me parece insana la norma, porque hace trizas la larga trayectoria que ha tenido el Congreso Nacional y en especial la Cámara de Diputados respecto de la actuación de quienes se han desempeñado en la Corporación y además han sido abogados.
Espero que esta disposición, que significa agregar los números 4 y 5 al artículo 5° B, sea eliminada. Me parece más racional y coherente la norma de la Constitución Política que nos rige.
En segundo lugar, en un rápido examen sobre la propuesta de modificar o hacer adecuaciones a la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional respecto de la Constitución reformada, de 1980, me permito señalar lo siguiente:
El número 5 ha pasado a ser número 8 y sustituye el artículo 9° por el siguiente:
“Artículo 9°.- Los órganos del Estado deberán proporcionar los informes y antecedentes específicos que les sean solicitados por las Cámaras, por los parlamentarios o por los organismos internos en conformidad a sus respectivos reglamentos.
Como lo expresaron los diputados señores Burgos y Ascencio , aquí hay un intento del Senado por trasladar hacia sí, y de manera inoficiosa, una atribución exclusiva de esta Corporación. En consecuencia, también rechazo esa intención.
Es indispensable que ambas cámaras mantengan el debido respeto entre sí, partiendo por el destinado a las atribuciones exclusivas que les competen. En ese sentido, esta modificación me parece un abuso del Senado. Puede significar que el Senado se transforme en un ente fiscalizador. Al respecto, recuerdo a los señores diputados que la atribución fiscalizadora, con el propósito de asignar responsabilidad política a través de la acusación constitucional, es exclusiva de la Cámara, por cuanto el Senado actúa solo como jurado. Por ende, de aprobarse esta disposición, estaríamos estableciendo una situación compleja, enredada y añadiendo a este jurado una atribución fiscalizadora.
Por lo tanto, esta disposición debe ser eliminada y dejar sólo a la Cámara de Diputados la facultad de solicitar antecedentes, en coherencia con la Constitución.
Con el artículo 10 ocurre exactamente lo mismo. La solicitud de antecedentes debe ser formulada por la Cámara de Diputados y no por cualquier parlamentario, en términos genéricos.
El número 7, que ha pasado a ser número 11, sustituye el artículo 15, por el siguiente: “La declaración de inadmisibilidad de un proyecto de ley o de reforma constitucional o de la solicitud que formule el Presidente de la República en conformidad al artículo 68 de la Constitución Política será efectuada por el Presidente de la Sala.”.
Es incomprensible que el presidente de la Sala pueda declarar, por sí y ante sí, la inadmisibilidad de una reforma constitucional, ya que su planteamiento busca precisamente cambiar la disposición fundamental en una materia sobre la cual no existe acuerdo. Por lo tanto, en el caso del artículo 15 modificado la declaración de inadmisibilidad no procede cuando se trata de reforma constitucional.
Ahora, quiero referirme a una materia respecto de la cual pareciera ser que el honorable Senado pretende establecer una primacía, en circunstancias de que ésta no existe. Estamos hablando de un sistema bicameral, de un Poder Legislativo compuesto por dos cámaras, en las que ambas tienen una atribución común, cual es concurrir a la formación de la ley. Ése es el único propósito común que las une.
Por otro lado, tenemos atribuciones exclusivas, las que, a mi juicio, deben ser mantenidas. Sin embargo, no parece saludable ni razonable que siempre las comisiones mixtas sean presididas por un senador. ¿Dónde está consignado eso? ¿Por qué no puede ser presidida por un diputado o por una diputada? ¿Qué argumento existe para operar de esa manera? En verdad, no hay argumento alguno. Por ello, esta disposición también debe ser rechazada.
Del mismo modo, debemos rechazar que la comisión mixta se reúna necesariamente en el Senado. Son dos corporaciones con iguales atribuciones en la formación de una ley. No existe preeminencia de una sobre la otra.
Por eso, rechazo el intento del Senado por pretender establecer su primacía, vía modificación de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, que sólo existe en la imaginación de algunos y que no se refleja en la Constitución Política.
Es necesario rechazar los aspectos que señalé. Al parecer, hay concordancia en la Cámara para ello. Es necesario ir a comisión mixta para resolver las visiones distintas y un poco hegemónicas en las que se encuentra empeñado el Senado.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el ministro secretario general de la Presidencia , don José Antonio Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO ( ministro secretario general de la Presidencia ).-
Señor Presidente, quiero hacer presente que el mejor camino para el Ejecutivo es el señalado por los diputados señores Ascencio, Burgos y Ulloa, en el sentido de que el proyecto vaya a comisión mixta. Eso nos ayudaría a ahorrar tiempo.
Si así fuere, además de los artículos indicados, habría que incluir los números 4 y 5, nuevos, agregados al final del artículo 5° B, relativos a la posibilidad de que los parlamentarios abogados puedan ejercer su profesión como excepción. Ahí se dice que pueden ser apoderados cuando los hechos punibles constituyan delitos terroristas o de narcotráfico.
Es obvio que se trata de una imprecisión, pues esos números dan la impresión de que podrían no sólo perseguir tales hechos, sino de defender a las personas imputadas de los mismos. No se advierte la ventaja de que un diputado o senador participe como querellante o defensor en materias tan conflictivas y graves para el Estado.
También me llamó la atención lo establecido en el inciso primero del artículo 54 respecto de las sanciones a los funcionarios citados a las comisiones investigadoras de la honorable Cámara. Se consigna que si no concurren se les aplicará el Estatuto Administrativo.
Después, se agrega lo siguiente: “Tratándose de Ministros de Estado, podrán hacerse efectivas las responsabilidades correspondientes”. Creo que ahí habría que precisar mejor la redacción, porque ¿qué pasa con intendentes y gobernadores, que también tienen responsabilidad política?
Ojalá que la Corporación envíe a comisión mixta los artículos que han causado controversia y así podamos avanzar y tener una ley orgánica constitucional del Congreso Nacional que concuerde con la reforma constitucional aprobada en 2005.
Gracias.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente, estoy totalmente de acuerdo con lo que se ha dicho en la Sala. Es necesario aprobar el proyecto, pero debemos hacerlo bien. Entre las modificaciones del Senado vienen algunas cuestiones francamente alarmantes, que no pueden quedar tal como están redactadas.
Si el proyecto no puede ser enviado a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia por el recargo de trabajo que tiene, lo lógico sería votar en contra de los artículos que han provocado controversia para que vayan a comisión mixta.
Sin perjuicio de concordar con lo que dijo el diputado Ulloa , quiero referirme en particular a los números 4 y 5 que se propone agregar al artículo 5° B, que dicen relación con que los diputados y senadores no podrán ejercer como abogados patrocinantes o apoderados ante los tribunales de justicia.
La redacción propuesta es realmente absurda y peligrosa. Por ende, habría que votar en contra esta modificación, primero, porque sería inconstitucional, ya que no habría igualdad ante la ley si dispone que los diputados y senadores abogados no podrán ser patrocinantes o apoderados en los tribunales de justicia. ¿Por qué no se dispone igual prohibición para los arquitectos, los profesores, los médicos?
La disposición vigente deja a salvo que los grandes estudios puedan ejercer presión ante los tribunales de justicia. Si al final se persigue que no haya tráfico de influencias, habría que hacer una norma mucho más fina y delineada para esos efectos, porque la modificación del Senado impediría que los parlamentarios abogados puedan ejercer a favor de la gente pobre, lo que me parece muy peligroso.
Peligroso es también lo que ha sostenido el ministro , en el sentido que podría entenderse que los abogados podrían, en la excepción de la norma, defender a los narcotraficantes, a los terroristas, y eso no es lo que se pretende.
Tampoco debiera olvidarse el hecho del abogado que tiene una causa propia o de un familiar y quiere intervenir, que también debiera quedar en la excepción.
Por lo tanto, habría que votar derechamente en contra de tales números, así como también en contra de la invasión de las facultades propias de fiscalización de la Cámara de Diputados, que están en los artículos 9° y 10.
Asimismo, como lo ha señalado el ministro , también habría que votar en contra del artículo 54 y los demás que se han mencionado.
Además, quiero agregar que me preocupa que las inasistencias a la Sala no sean extensivas a las comisiones y que se diga que la excepción es una justificación por algo grave. Pero, ¿qué significa “algo grave”? ¿Que el parlamentario está agonizando? Creo que esta modificación es muy precaria, muy frágil y estaría por votarla en contra.
De manera que si estamos de acuerdo en estos aspectos, podemos mejorar el proyecto en la comisión mixta, porque en materia de publicidad están bastante bien las disposiciones vigentes.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Juan Bustos.
El señor BUSTOS.-
Señor Presidente, en general, estoy de acuerdo con lo expresado por los diputados Ascencio, Burgos y Ulloa y la diputada Soto.
En primer lugar, la modificación para que los diputados y senadores no puedan ejercer como abogados patrocinantes o apoderados ante los tribunales de justicia, más allá de los graves defectos de forma, deja un espacio enorme en la oscuridad, en tanto no establece realmente una restricción, sino que simplemente algunas materias puntuales.
En general, no plantea la prohibición de ejercer, porque se podría hacer por interpósita persona, de acuerdo a lo que se establece. Por ejemplo, el parlamentario podría ser el consultor dentro de un estudio de todos los asuntos y otro abogado el defensor en estrado.
De manera que la modificación es muy extraña. Además, está claro que es inconstitucional. Por eso, el Ejecutivo ha presentado un proyecto sobre esta materia para reformar la Constitución. Es evidente que hay una contradicción entre la ley orgánica del Congreso y la Constitución, y el propio Ejecutivo ha enviado una reforma al respecto. De manera que hay un problema de inconstitucionalidad.
Además, hay una modificación muy extraña. En las comisiones mixtas sólo podría ser presidente un senador, en circunstancias que siempre se ha elegido en ellas entre un diputado y un senador.
También es un error claro la posibilidad de señalar la admisibilidad o inadmisibilidad respecto de un proyecto de reforma constitucional. Es evidente que es totalmente contradictoria. No tiene sentido; es un absurdo. ¿Cómo podría hacerse una reforma constitucional si se declara inadmisible? Es evidente que hay un error grave en la modificación del Senado.
Por otra parte, en relación a lo que dijo el ministro , es evidente que hay aspectos confusos. Por ejemplo, no queda claro por qué el Senado plantea la supresión de lo establecido por la Cámara en el artículo 31, ya que las proposiciones de las comisiones mixtas no pueden ser objeto de modificaciones. Si no fuera así a un absurdo, a un círculo vicioso absurdo y nunca se terminaría una comisión mixta. Justamente, la comisión mixta permite terminar una discusión y no puede volverse a rediscutir. Esa materia también habría que votarla en contra.
Tampoco se entiende la modificación del Senado al artículo 32: “La circunstancia de que no se haya declarado tal inadmisibilidad no obstará a la facultad de las comisiones para hacerla. Dicha declaración podrá ser revisada por la Sala.” Si no se ha declarado la inadmisibilidad, ¿cómo las comisiones van a tener facultades para declararla? Es decir, esta modificación va más allá de las facultades que puede tener una comisión sobre la admisibilidad.
Por último, lo más grave, o lo que queda más en el aire, es el hecho de que el Senado pretende tener facultades fiscalizadoras, al plantearse la posibilidad de que los órganos del Estado deban proporcionarle informes. Esto, naturalmente, va en desmedro de las facultades fiscalizadoras de la Cámara.
Por otra parte, las facultades propias de fiscalización de la Cámara, en los artículos 54 y siguientes, son sumamente pobres. Es cierto que se avanza en cuanto a los ministros de Estado , pero en cuanto a herramientas -comisiones investigadoras- para llevar a cabo la investigación, no hay absolutamente nada.
Quizás este aspecto sería el único por el cual habría que reenviar el proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, de modo que ella hiciera una propuesta específica respecto de procedimientos y formas de fiscalización, porque si va sólo a comisión mixta no habrá una propuesta concreta. Sería el único punto que ameritaría que fuese a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, dada la importancia que tiene para la Cámara de Diputados lo que se refiere a la fiscalización. Todos los demás pueden ser rechazados y bastaría la comisión mixta.
Quizás se podría enviar a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, con un plazo, para que emita un informe en relación con la fiscalización, que es lo que a nosotros nos interesa.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente, nos corresponde resolver sobre 18 importantes modificaciones introducidas por el Senado de la República al proyecto modificatorio de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
Cabe recordar que en relación con la iniciativa, existe un importante esfuerzo de muchos señores diputados, entre otros, el de los ex presidentes de la Cámara señores Gabriel Ascencio y Antonio Leal . Por lo tanto, hay que tener cuidado de no malograrlo.
Estamos de acuerdo en muchas de las 18 modificaciones; en otras, existen dudas. Respecto de un tercer grupo, en concordancia con lo planteado por varios señores diputados, estamos en contra.
En esto hay que andar con cuidado. Por lo tanto, comparto el planteamiento de pedir que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia haga un estudio de las modificaciones y emita un informe. Además, de todas maneras la materia se resolverá en comisión mixta. Otra posibilidad es rechazar todas las modificaciones, de manera que en dicha instancia se discuta con más enjundia -palabra que he adoptado a insinuación del senador Coloma -, es decir, en forma más sustanciosa.
Voy a concentrar mi exposición en las modificaciones que vamos a rechazar.
En primer lugar, la referida al número tres, que sustituye el inciso final del artículo 5 A, por los incisos que allí se indican. Si leo bien, en su inciso tercero, nuevo, se establece que los acuerdos adoptados por los Comités parlamentarios deberán ser públicos.
No estoy de acuerdo con esa modificación porque considero que algunas instancias deben resolver sus asuntos en reserva, como lo hace cualquier organización, entidad o familia, porque dicen relación con su gobierno interno.
Por lo tanto, vamos a rechazarla.
En el nuevo inciso cuarto propuesto para el artículo 5 A, el Senado establece que los informes de las Comisiones serán públicos desde que queden a disposición de la respectiva Sala.
Estamos de acuerdo con la modificación y, por lo tanto, vamos a aprobarla.
A continuación, el Senado agregó un número 4, nuevo, a fin de incorporar al artículo 5 B, como incisos tercero y cuarto, los que allí se indican. En el inciso tercero se establece que los parlamentarios no podrán ejercer como abogados patrocinantes o apoderados ante los tribunales de justicia.
Al respecto, me pregunto qué se busca, cuál es la ratio legis de esa norma. ¿Será, acaso, el que los abogados parlamentarios no ganen dinero mediante el ejercicio de la profesión o que no influyan o incidan en los magistrados? Eso no está claro. Se debe hacer una u otra cosa, y si ambas se combinan, debe procederse en mejor forma que la planteada en la modificación, porque, por la vía de las excepciones, con el codo se borrará lo que se está firmando con la mano.
En consecuencia, vamos a rechazar esa modificación.
El Senado incorporó un artículo 5° E, nuevo. Se trata de una modificación bien curiosa, porque consagra que es deber de los parlamentarios asistir a las sesiones de la cámara a que pertenezcan, salvo la ocurrencia de una causa grave que justifique su ausencia. Pero no se define qué significa causa grave.
A mi juicio, dicha modificación significa un retroceso. Hoy, sin decirlo, los parlamentarios tenemos la obligación absoluta de asistir a las sesiones. Si no lo hacemos, aunque nos encontremos enfermos o en artículo mortis, quedamos como inasistentes. Lo mismo sucede, como a muchos nos ha ocurrido, cuando debemos asistir, por ejemplo, al funeral de nuestro padre o de nuestra madre, y no concurrimos a la respectiva sesión.
Entonces, si se comienza a legislar, aparentemente en forma muy liberal y transparente, en el sentido de que los parlamentarios tenemos el deber de asistir a las sesiones, lo que es obvio, pero, a la vez, se establecen excepciones, siempre habrá materias que no quedarán incluidas dentro de aquéllas, lo que, a mi juicio, significaría introducir una confusión.
Por lo tanto, vamos a rechazar dicha modificación.
Mediante la incorporación de un número 10, nuevo 6, el Senado agrega al artículo 13 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional un inciso final por medio del cual se establece que “En caso que, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, el Senado o la Cámara de diputados acuerda pedir al Presidente de la República el envío de un mensaje referido a las materias señaladas en el inciso anterior -de su iniciativa exclusiva-, este último deberá responder la solicitud afirmativa o negativamente, por intermedio del Ministro de Estado que corresponda, dentro del plazo de 30 días”.
¡Cuidado! A mi juicio, actualmente están bien definidos los roles colegisladores. Por lo tanto, la modificación significaría entregar a la mayoría circunstancial de la Cámara o del Senado la llave o posibilidad para crear un grave conflicto con el Presidente de la República .
Deseo escuchar argumentos a favor de dicha modificación. No obstante, por ahora, anuncio mi rechazo.
Por el número 7, que ha pasado a ser número 11, el Senado sustituye el artículo 15 con el objeto de ampliar las facultades del Presidente de la Sala en materia de declaración de inadmisibilidad de proyectos de reforma constitucional.
Perdónenme, no sé quién redactó dicha modificación, pero francamente es ridícula. De aprobarse, nos encontraríamos con una crítica muy acerba y fundada de la opinión pública.
Por lo tanto, en concordancia con la argumentación del diputado Juan Bustos , con la cual estoy absolutamente de acuerdo, anuncio mi rechazo a dicha modificación.
El número 10, que ha pasado a ser 15, sustituye el inciso segundo del artículo 20. En síntesis, mediante dicha modificación el Senado propone continuar con el actual sistema, es decir, que sólo un senador pueda presidir las comisiones mixtas. Estamos en desacuerdo, porque es peor que lo que tenemos en la actualidad. No puede ser que, de pleno derecho, siempre deba ser un senador quien presida dichas comisiones.
En consecuencia, anuncio que vamos a rechazar dicha modificación.
A continuación, el Senado agrega un número 16, nuevo, que intercala un inciso segundo, nuevo, al artículo 24, que establece que “Las indicaciones podrán expresar sus fundamentos, los cuales serán incorporados en los respectivos informes”.
Me parece una buena modificación y, en consecuencia, anuncio que vamos a aprobarla.
El Senado incorporó un número 22, nuevo, del siguiente tenor:
“22.- Agrégase al inciso tercero del artículo 32, la siguiente oración:
“La circunstancia de que no se haya declarado tal inadmisibilidad -en relación con los vetos presidenciales- no obstará a la facultad de las comisiones para hacerla. Dicha declaración podrá ser revisada por la Sala.”
En mi opinión, esa modificación entrabaría el proceso legislativo, porque, como se ha dicho, significaría un eterno funcionamiento de comisiones mixtas, que, como se sabe, están ideadas para resolver los conflictos que surgen durante la tramitación de algún proyecto entre ambas cámaras, en el marco de un sistema bicameral.
En consecuencia, como la modificación va en contra de la operatividad del Congreso Nacional, anuncio que vamos a rechazarla.
El Senado modificó el artículo 53, relativo a la creación de comisiones especiales investigadoras. En ese sentido, en su letra b) incorpora, en el inciso quinto, el adverbio “exclusivamente”, precedido de una coma, después de la expresión “quince días”.
Por lo tanto, el texto de dicho inciso quedaría redactado de la siguiente forma:
“La última sesión que una comisión especial investigadora celebre dentro del plazo, se entenderá prorrogada hasta por quince días, exclusivamente para que aquella acuerde las conclusiones y proposiciones sobre la investigación que habrá de incluir en su informe.”
Al respecto, deseo saber por qué ese período se destinará exclusivamente para acordar las conclusiones y proposiciones. ¿Qué ocurriría, por ejemplo, si aparecen nuevos hechos que cambien la convicción que se han formado sus integrantes?
Las comisiones investigadoras tienen soberanía para ordenar su trabajo, su agenda, de acuerdo con lo que determinen sus miembros. Por lo tanto, considero que se trata de una modificación que requiere un mejor estudio.
El Senado sustituyó el artículo 61 por el siguiente:
“Artículo 61.- El Presidente de la República informará al Congreso sobre el contenido y el alcance del tratado, así como de las reservas que pretenda confirmar o formularle.”
En síntesis, mediante dicha modificación el Senado reduce el número de asuntos sobre los cuales el Presidente de la República debe informar al momento de ingresar a tramitación en el Congreso Nacional algún tratado. En efecto, elimina la exigencia de informar acerca de las declaraciones interpretativas y las reservas o interpretaciones de terceros Estados.
No estoy de acuerdo con la modificación. Me gustaba mucho más el texto aprobado por la Cámara de Diputados, rama del Congreso Nacional que cuenta en forma exclusiva con atribuciones en materia de fiscalización.
Como soy partidario de fortalecer dichas atribuciones, voy a rechazar la modificación del Senado.
En suma, soy partidario de rechazar en forma inmediata las modificaciones a que me referí; otras deben aprobarse y existe un tercer grupo respecto del cual subsisten dudas. Reitero mi proposición de que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia haga un estudio acabado sobre las modificaciones del Senado, de manera que formule una propuesta concreta a la Cámara.
He dicho.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Tiene la palabra el ministro secretario general de la Presidencia , señor José Antonio Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO ( ministro secretario general de la Presidencia ).-
Señor Presidente, entiendo que existen muchas observaciones y críticas a las modificaciones del Senado. Sin embargo, como el proyecto se encuentra en tercer trámite constitucional, la Cámara no puede enmendar dichas modificaciones, sino sólo rechazarlas o aceptarlas.
En consecuencia, para avanzar, sugiero que se envíen todas las modificaciones a comisión mixta, con lo cual se avanzaría bastante y allí, con la presencia, además, de representantes del Ejecutivo, se puede lograr una solución armónica para las dos cámaras y el Poder Ejecutivo.
Sólo quiero hacer notar que en la Comisión de Constitución hay muchos proyectos pendientes con carácter de urgentes y me temo que esta iniciativa -en el caso de que vuelva a dicha Comisión-, respecto de la cual no hay premura, siendo muy importante, pueda sufrir una dilación inadecuada.
Así ha procedido la Cámara en otras ocasiones.
Gracias.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Díaz.
El señor DÍAZ (don Eduardo) .-
Señor Presidente, quiero que quede sentado en el debate la duda que se nos ha generado con el diputado Escobar respecto de la inhabilidad de diputados y senadores para ejercer como abogados patrocinantes o apoderados, que aparece en el número 4 de la página 10 del comparado. Nos parece que debiera debatirse la frase final: “o apoderados ante los Tribunales de Justicia.”
Existen casos de parlamentarios, y puede haberlos en el futuro, que aún no hacen la práctica profesional, exigida como una carga para poder obtener el título de abogado. -Pueden ser apoderados; patrocinantes no, porque aún no son abogados-. Entonces, se puede llegar al absurdo, porque esta situación no está contemplada entre las excepciones que se señalan, de que esos parlamentarios puedan ser apoderados tratándose de la persecución de hechos punibles que constituyan delitos terroristas o tipificados en la ley sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas o que hayan sido cometidos por funcionarios públicos contra la probidad pública, y no actuar como tales para cumplir con la práctica profesional para titularse de abogado ante la Corte Suprema. Queda una tierra de nadie que quisiera que se viera en la Comisión de Constitución, porque ha habido varios parlamentarios -al menos, hay dos de esta Cámara, en este momento- que están en esa situación.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente, este proyecto motiva a la intervención. Estamos dando la posibilidad de que se integren treinta y ocho nuevos fiscalizadores a la Cámara de Diputados. Había un acuerdo anterior en el sentido de que este proyecto volviera a Comisión, lo que me parece bien. Mi opinión es diferente a la del ministro , quien sugiere que todo el proyecto se rechace para que lo trate la comisión mixta. Eso no me parece adecuado. No podemos rechazarlo si hay artículos en que estamos de acuerdo.
Si bien hay modificaciones de adecuación a la normativa constitucional, hay otras, sin duda, que son sustanciales.
Por ejemplo, es de gran importancia la incorporación de normas que regulen la asistencia de público a comisiones. Eso lo estaríamos aprobando; por consiguiente, no vamos a rechazarlo.
Entonces, insisto, el proyecto va a la Comisión de Constitución porque hay modificaciones que aceptamos.
Sobre la prohibición de los colegas abogados de tramitar ante los tribunales de justicia, sin perjuicio de hacerlo en causas relativas a la defensa de garantías constitucionales, a delitos terroristas o a tráfico de drogas, se dijo que la disposición es inconstitucional. Así lo veo yo también y deberá ser revisada en ese aspecto.
Asimismo, es importante establecer, como deber parlamentario, asistir a sesiones de Sala o de comisiones, salvo causa grave. Aquí también se suscita una discusión.
Hay otras modificaciones de la mayor importancia. Por ejemplo, el hecho de que, por acuerdo de la mayoría de los parlamentarios de una u otra cámara, se pueda solicitar al Ejecutivo el envío de un proyecto de ley respecto de materias de nuestra exclusividad, estableciendo plazos para su actuación o negativa, y responsabilidad en caso de no haber respuesta.
Esta norma, dado el carácter de gran legislador que tiene el Presidente de la República y las limitaciones que tenemos los parlamentarios sobre algunas materias, debe ser discutida en el futuro cercano.
Otro de los artículos complicados -que, por supuesto, va a ser rechazado por casi todos los diputados- es el 9°, que posibilita, de manera imperativa, pedir a todos los órganos del Estado, no sólo a los de la administración, informes y antecedentes específicos. Históricamente, asumían ese trámite, pero ha sido objeto de múltiples interpretaciones, porque cuando dichos informes se piden a órganos que no corresponden a la administración del Estado, no hay respuesta.
Estamos dando la entrada a un grupo nuevo de fiscalizadores de la República. Somos ciento veinte y seríamos ciento cincuenta y ocho, lo cual, a lo mejor, no nos resta posibilidades, pero, sí, la opinión pública diría qué hace tanto fiscalizador en el país.
Con este artículo 9° estamos dando a los senadores lo que nada dice la Constitución Política. Poco a poco nos empiezan como a quitar atribuciones a los diputados.
Ese artículo dispone que “Los órganos del Estado deberán proporcionar los informes y antecedentes específicos que les sean solicitados por las Cámaras,” La expresión final está en la norma vigente. A continuación señala: “por los parlamentarios” y aquí está lo grave. Los parlamentarios fiscalizadores son los diputados, entonces debería decirse “por los diputados”.
Otra modificación importante dice relación con la actuación de las comisiones especiales investigadoras y, en particular, con que, en el caso de que se establezcan responsabilidades políticas, se identifique a los responsables y se señalen las eventuales consecuencias que correspondan.
Tampoco comparto la modificación del Senado que elimina la posibilidad de que una rama del Legislativo suspenda una urgencia, por cuanto el manejo que hace el Ejecutivo del ritmo legislativo requiere de contrapartida.
Las modificaciones son importantes, pero hay nueve artículos que merecen discusión. Por lo tanto, concuerdo con que el proyecto debe ir, primero, a Comisión, como se había acordado en sus inicios, y después a la Mixta.
He dicho.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente, muchas de las modificaciones van en la dirección correcta, pero otras deben ir comisión mixta, para ampliar las facultades fiscalizadoras de esta Cámara.
En lo particular, el artículo 9° establece que los órganos del Estado deberán proporcionar los informes y antecedentes que les sean solicitados por las cámaras. Igual obligación deberían tener las empresas del Estado. De lo contrario, queda un vacío, que se presta para que sus ejecutivos discutan las facultades fiscalizadoras de esta Cámara o la facultad de solicitar información que tiene ambas cámaras. Por eso, y para que no haya dudas al respecto, es fundamental incorporar en este artículo la frase “y las empresas del Estado.
Por otro lado, siempre se habla de las empresas en que el Estado tenga participación mayoritaria. Pero, ¿qué pasa con nuestra facultad de citar al director de una empresa, en caso que la participación sea minoritaria? No olvidemos que en este caso también están representados los intereses de todos los chilenos y del Estado. La respuesta es simple: esa posibilidad queda absolutamente al margen. Sé que este no es el momento, pero sería interesante considerar este punto en un futuro proyecto de ley, para que esta Cámara pueda solicitar la presencia de quienes representan los intereses del Estado, sea en empresas en que el Estado tenga participación mayoritaria o minoritaria.
También habrá que zanjar en la comisión mixta la prohibición de ejercer como abogados patrocinantes que se impone a diputados y senadores. Esto es peligroso, por cuanto se está abriendo un camino para que los que son médicos, profesores o economistas tampoco puedan desempeñar su profesión.
El proyecto debe ir a comisión mixta y no volver a la de Constitución, Legislación y Justicia, porque eso retrasaría su pronto despacho, que es lo que necesitamos.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI .-
Señor Presidente, el ministro nos dijo, hace un rato, que, ojalá fuéramos rapidito, porque, total, en esta instancia no se pude modificar nada. Ese es el sinónimo de la democracia que estamos viviendo. Este Congreso no puede modificar nada. Me dirán que estamos en tercer trámite; pero sin ningún trámite se manda al Metro un financiamiento de maquillaje -para quienes entendemos de contabilidad- sin pasar por este Congreso. Son otras maneras de no poder modificar nada. Al menos podemos darnos el gusto -al ministro no le gustará; él fue parlamentario, pero ahora se siente al otro lado- de comentar los hechos que nos parecen importantes. Si no se puede modificar nada, el derecho a pataleo todavía es sagrado en este país. Lo fue en dictadura y lo es en democracia, y espero que cuando tengamos alguna opción más democrática, también lo siga siendo. Seguramente no vamos a modificar nada, pero al menos manifestamos la expresión ciudadana
Dentro de esa misma democracia, me pregunto hasta cuándo esta Cámara de Diputados -se que a muchos nos gustaría llegar al Senado, pero hoy estamos acá- en cada cosa que aprobamos, le entregamos más atribuciones al Senado, en desmedro de las nuestras. Nos encanta rendirle pleitesía; nos hemos convertido en buzones por decisión nuestra.
Me voy a referir al numeral 10 de las modificaciones del Senado. Me pregunto por qué debe presidir la comisión mixta presupuestaria un senador. ¿Es que son más capaces que nosotros? ¿Será que tienen más años y más estudios? Si es así, pongámoslos sobre la mesa. Hoy la preside el senador Escalona , ayer fueron el senador Foxley u otros. ¡Pongamos los estudios sobre la mesa! ¡Pongamos las capacidades! ¿Por qué siempre la preside un senador? ¿Por qué no pueden hacerlo los diputados? ¿Por qué no alternar la presidencia o que la elijan los integrantes de la Comisión? ¿Acaso no tenemos diputados de gobierno y de oposición para presidir la comisión mixta presupuestaria? El diputado Ortiz , que nos preside en Hacienda, ¿no está capacitado acaso o algunos senadores tiene más capacidad que la de él? El senador Escalona fue presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara , como lo es el diputado Ortiz , como lo fui yo y como lo han sido muchos otros; sin embargo, esto va para allá. La Cámara planteó que las comisiones mixtas serán presididas por el senador o diputado que elija la mayoría de ellas y se reunirán alternativamente, por asunto. Es decir, si estamos hablando de un tema agrícola, no se va a elegir a un diputado o a un senador por Santiago para que la presida; obviamente, deberá hacerlo el que tenga más conocimiento.
Pero miren ustedes lo que dicen en el Senado en su numeral 10. Una vez más nos dicen que esto es feudo de ellos: las comisiones mixtas las presidimos nosotros. ¿Por qué? Porque ustedes, señores diputados, son chupados, no plantean sus temas, no llegan hasta las últimas consecuencias. ¡Y eso es cierto! Entonces, ¿cómo voy a votar a favor este numeral? En la comisión mixta tampoco lo haría, y espero que los diputados que nos representen en ella, hagan lo mismo, porque esto es inviable. Tenemos igualdad. Algunos senadores fueron elegidos con 14 mil ó 18 mil votos, pero les recuerdo que el diputado Pedro Guzmán lo fue con 100 mil. Entonces, ¿de qué estamos hablando? ¿De diferencias de qué? De territorio. Por lo menos, ellos ganan dos millones más que nosotros, aunque se enoje el senador Frei , presidente del Senado ; pero, ¿hasta cuándo? Esto es corporativo; uno ve que nos quitan atribuciones, como han dicho otros diputados. ¡Cuantas veces, con el diputado Leal , y espero que usted haga lo mismo, señor Presidente , tratamos de mantener la dignidad de la Cámara de Diputados, que representa cada cuatro años a la ciudadanía! Y los que no quieran, caminen para el Senado. Algunos, a lo mejor, lo haremos; otros no lo sé. Pero ahora estamos acá y, por lo tanto, el numeral 10 no me parece, porque nos deja en condiciones desfavorables. La comisión mixta debe decidir, en su mérito, quien la preside.
Sí debo reconocerle al Senado algo que nosotros no hicimos en esta Cámara: llegar a conclusiones claras y definitivas. Seguramente porque no tienen la presión que tenemos aquí en la Cámara; los lobby de Gobierno, en su momento. Me refiero a la modificación propuesta para el artículo 58. Proponen que en los informes de las comisiones investigadoras se individualice a los responsables políticos. Recordemos que las diez últimas comisiones investigadoras han sido la nada misma, porque llegado el minuto no nos atrevemos a atribuir responsabilidades, sea porque es amigo, camarada o del otro lado de la región. Si hay bases para formar una comisión investigadora, no puede ser que no aparezca nada al final. ¿Somos estúpidos los diputados, entonces? O sea, no tenemos base. Es decir, ¿en la Comisión de Casino se hizo una defensa corporativa? Está claro que en la distribución de los casinos no hubo transparencia y que hubo arbitrariedades, que se utilizaron una serie de considerandos que no corresponden. Pero ustedes vean aquí los resultados: ¿cómo vamos a acusar a unos o cómo vamos a acusar a otros? Estoy hablando políticamente, porque la justicia verá lo que hace en lo penal.
Me parece buena la propuesta del Senado y debiéramos aprobar la idea de individualizar en los informes de las comisiones investigadoras a los responsables políticos. Nuestra función fiscalizadora nos distingue como Cámara de Diputados; es nuestro signo. Si vamos a abdicar a esta atribución en aras de defensas corporativas, obviamente la ciudadanía sabrá evaluar eso, y lo está haciendo; pero los “pillines”, sin importar de que lado sean, deben quedar expuestos en las comisiones investigadoras.
Por lo tanto, voy a votar a favor del artículo 58 del Senado, pero en contra de la modificación que cercena nuestras posibilidades de presidir comisiones mixtas, lo que no tiene ningún sentido. Incluso, hasta podría ser considerado antinatura, dado que ambas cámaras tienen la misma importancia, cada una con sus atribuciones, y un diputado está en igualdad de condiciones que un senador para presidir una comisión mixta.
He dicho.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Cito a reunión de Comités.
Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor WALKER (Presidente).-
Continúa la sesión.
Quedan dos diputados inscritos para intervenir sobre las modificaciones del Senado al proyecto de ley que introduce en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley N° 20.050, que reformó la Constitución Política de la República.
El acuerdo adoptado por los Comités es votar en contra las modificaciones del Senado inmediatamente después de que intervengan los diputados inscritos, a fin de que la comisión mixta resuelva las diferencias existentes entre ambas cámaras, habida consideración de que los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia han señalado que tienen muchos proyectos pendientes y que un eventual informe demoraría demasiado.
Por eso, lo más aconsejable es que la comisión mixta resuelva las diferencias existentes entre ambas cámaras, sin previo pronunciamiento de la Comisión de Constitución.
Tiene la palabra el honorable diputado Carlos Montes.
El señor MONTES .-
Señor Presidente, entiendo que el acuerdo de los Comités es votar las modificaciones del Senado ahora y, por lo tanto, no se ha considerado la posibilidad de que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia emita un informe sobre ellas, aunque eso también podría someterse a votación.
Quiero hacer tres observaciones.
En primer lugar, me preocupa que no estemos avanzando suficientemente en lo relacionado con los tratados internacionales que, cada vez más, están regulando nuestra convivencia, nuestra forma de insertarnos en el mundo, nuestra forma de ser como país.
El Congreso Nacional conoce los tratados sólo después de que son resueltos por el Ejecutivo , y debe pronunciarse a favor o en contra de ellos con un margen de incidencia muy bajo en sus contenidos. El capítulo relativo a esta materia no agrega mucho a lo que existía, en circunstancias de que se trata de un tema sobre el cual el Congreso Nacional tiene que modernizarse, porque los tratados internacionales predefinen rasgos fundamentales de nuestra sociedad y de nuestra inserción en el mundo.
La forma en que hemos asumido los tratados hasta ahora es que recibimos un proyecto del Ejecutivo y luego nos pronunciamos sobre él; pero el Congreso Nacional no juega papel alguno en el proceso de elaboración de sus bases. Hay países en los cuales existen comisiones permanentes, y las primeras versiones del tratado pasan por el Poder Legislativo , que complementa al Ejecutivo en su proceso de elaboración. No sé si es la mejor fórmula; pero creo que el mecanismo existente en nuestra actual legislación es tremendamente incompleto e insuficiente, pues el Congreso ni siquiera profundiza suficientemente en el alcance de los distintos tratados.
Por eso, considero que sería conveniente tratar este tema en la comisión mixta.
En segundo lugar, hay un asunto que no está explicitado en el proyecto y que tiene que ver con la calidad de la política y con el aporte del Parlamento a la política. Me refiero a la forma en que llevamos a cabo los debates en la Sala. Creo que la forma que propone el Senado es bastante más completa y tiene mayores potencialidades.
Cuando el Senado discute un proyecto, la comisión vota la idea de legislar, y después éste va a la Sala, en la cual se realiza un debate también en general, lo que implica discutir conceptos, visiones, estrategias, el problema global. Después de realizada la discusión general en la Sala, el proyecto vuelve a comisión para su discusión en particular, y la Sala realiza una nueva discusión también en particular.
Quiero reivindicar aquí la necesidad de que la Cámara de Diputados lleve a cabo más debates globales sobre conceptos, visiones e ideas país de largo plazo, y no solamente un debate puntual, que tiende a ser más bien técnico. Creo que una forma de estimular este debate global es separando de otra forma la discusión general y particular.
Esta idea podría estar incorporada, como principio, en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional y el medio para concretarla sería nuestro Reglamento.
Finalmente, quiero referirme al Título V, compuesto por los artículos 53, 54, 55, 56, 57 y 58, que se refieren a las comisiones especiales investigadoras.
Es cierto que es un avance importante -como decía el diputado Jorge Burgos - que hayan quedado incorporadas en la Constitución Política. Es importante lo que aportan diversas normas ya aprobadas por la Cámara y, particularmente, por el Senado, que sancionan a quienes no dicen la verdad o no asisten a las sesiones.
Pero, a la luz de nuestra experiencia, ¿qué ha pasado con las comisiones especiales investigadoras? ¿Cuántas han llegado realmente a puerto? ¿En cuántas que han avanzado paralelamente con la investigación judicial hemos tenido muy pocos antecedentes, en comparación con los que tienen los fiscales y con los recopilados durante la investigación judicial? Hay casos particularmente extremos, como las comisiones investigadoras de los casos Matute y Colonia Dignidad, que no llegaron ni a la mitad del camino del problema investigado.
Considero muy importante rediscutir lo relativo a las comisiones especiales investigadoras en forma más global. Hay un problema de facultades, de definir cómo se constituyen. Es fundamental que las comisiones investigadoras se constituyan sobre la base de hipótesis. Quienes pidan su creación no sólo deben plantear un problema, sino una hipótesis. Eso permitirá que la investigación se focalice en ver si tal hipótesis es correcta, a fin de hacer un trabajo mucho más serio y riguroso, tanto cuando se propone como durante el desarrollo del trabajo de la comisión.
Recuerdo la comisión investigadora de Chiledeportes que funcionó los años 2004 y 2005, pedida por el entonces diputado Prieto . Pues bien, se trabajaron sus propuestas, pero no eran fundadas; en cambio, sí surgieron otros problemas que no fueron planteados como tales. Por eso, es fundamental trabajar con hipótesis, de manera que quien proponga la creación de una comisión investigadora deba fundamentarla y dar antecedentes y quienes estén en desacuerdo puedan entregar antecedentes en contra.
Pero no es sólo esto lo que está cuestionado en relación con las comisiones investigadoras; también se requieren instrumentos para que la Cámara pueda investigar realmente. Si uno ve lo que ocurre en los parlamentos de otros países, puede comprobar que en algunos la normativa existente permite que se nombre un fiscal ad hoc, con facultades para convocar a declarar a públicos y privados. Si bien eso no responde a las características de nuestro marco normativo, se puede buscar otra posibilidad.
En otros países, cuando se crea una comisión investigadora, el organismo contralor está obligado a designar un equipo al servicio del parlamento, el cual investiga, trabaja y provee la información necesaria. Hoy día, la Cámara de Diputados no tiene capacidad para investigar en profundidad. Lo que hace es convocar a determinadas personas que dan su testimonio, el que, muchas veces, ni siquiera tenemos la posibilidad de comprobar si ese testimonio es o no fundado. Y ocurre que los informes de muchas comisiones investigadoras se hacen a partir de testimonios, no de una investigación como tal.
Si queremos dar jerarquía y trascendencia a nuestras comisiones investigadoras, debemos resolver este tema.
Además, ¿qué hacemos cuando hay una investigación judicial paralela a una Comisión investigadora? Si ambas van a operar simultáneamente, debe establecerse una manera de que se relacionen y debemos ser capaces de trabajar en conjunto o buscar otras alternativas.
En definitiva, lo relacionado con las comisiones investigadoras no se resolverá sólo con enviar el proyecto a comisión mixta. Lo más lógico sería solicitar a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia que haga una propuesta para dar un salto adelante en la materia, porque la posibilidad de rediscutir la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional no se da todos los días. La Cámara de Diputados debe llegar a la Comisión mixta con una propuesta más madura, desarrollada y concreta sobre la materia.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente, son bastante ilustrativas las intervenciones de los diputados Ascencio , Burgos , Montes, Ulloa , Jaramillo y otros, que hacen innecesario que el proyecto vaya a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados para que emita un informe, aunque reconozco que lo expresado por el diputado Montes respecto de las comisiones investigadoras debió haber comprometido una reflexión mayor de la Corporación sobre la materia.
Respecto del artículo 5°, me parecen correctas las incorporaciones que hace el Senado.
Cabe subrayar que la Corporación hace público todos sus actos. Cuando aprobamos el texto que se resolvió en la Cámara comenzamos a aplicarlo y hoy tanto las resoluciones de las Comisiones como la asistencia a las mismas son de conocimiento público.
Algunas normas que se plantean tienden a restringir lo que ya tenemos. Por eso, soy partidario de rever este tema en comisión mixta.
El artículo 9° me parece bastante complejo. Nosotros hicimos una presentación al presidente del Senado , Eduardo Frei , hace algunos meses. Paulatinamente, el Senado ha ido incorporando en su trabajo una función fiscalizadora que la Constitución no le entrega y que de alguna manera quiere incorporar de derecho. Repitiendo el principio anglosajón, de que lo que existe de hecho debe incorporarse como derecho, el Senado pretende, a través de esta modificación, transformarse en una cámara fiscalizadora, contraviniendo las normas constitucionales.
Desde ese punto de vista, debemos rechazar la redacción y el acuerdo del Senado en torno al artículo 9°, porque la capacidad fiscalizadora corresponde única y exclusivamente a la Cámara de Diputados. Ésta es la Cámara fiscalizadora y debiera dejarse sentado ese principio, porque, en la práctica, el Senado ha adoptado, sobre todo en el último tiempo, innumerables acuerdos de fiscalización que no le corresponde adoptar.
En ese sentido, los artículos 9° y 10 debieran ser modificados.
Quiero referirme también a las inadmisibilidades. Las observaciones que se plantean son positivas, porque aquí se nos presenta un conflicto con el Tribunal Constitucional. En ese sentido, le hemos hecho una presentación, porque en el último tiempo ese organismo se ha pronunciado sobre admisibilidades e inadmisibilidades.
Como establece el Reglamento, la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional y las modificaciones que plantean la Cámara de Diputados y el Senado, esta facultad le corresponde a los presidentes de las cámaras, y en su caso, a la consulta a ambas salas, pero en ningún caso le corresponde al Tribunal Constitucional fallar respecto de la admisibilidad o inadmisibilidad de un proyecto, sino sobre el fondo constitucional de los proyectos y de las reformas constitucionales. Ése también es un tema de mucha importancia.
Como señaló el diputado Cardemil , manifiesto mi duda respecto de la publicidad de los acuerdos de los Comités. En el artículo correspondiente está puesto como un alcance, y no comprendo el sentido de que los Comités deban hacer públicas sus reuniones. Ya son bastante públicas a través de los trascendidos de cada Comité que se entregan a los medios, pero no tiene mucho sentido que sus reuniones sean de carácter público.
El diputado Jorge Burgos me ha pedido una interrupción. Con su venia, se la concedo, señor Presidente.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , parece oportuno recoger algo de la intervención del diputado Montes respecto de nuestras funciones fiscalizadoras y las comisiones investigadoras que figuran en la Constitución, que son mejorables.
Es probable que la comisión mixta no consiga mucho sobre la materia, pero si la Mesa o los Comités lo estiman pertinente, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados podría evacuar un informe respecto de modificaciones que se pudieran introducir en el futuro.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el diputado Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente , aun cuando algunos de los aspectos planteados por el diputado Montes no queden en la ley orgánica, pueden ser fruto de indicaciones al Reglamento de la Cámara de Diputados, dado que es ésta norma lo relativo a las comisiones investigadoras. No creo que en la comisión mixta se pueda debatir sobre la materia, porque en su seno sólo se pueden discutir los acuerdos y desacuerdos a los cuales llegan ambas corporaciones respecto del proyecto.
He dicho.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Señor diputado , el acuerdo de los Comités es que hablaban sólo dos diputados. Por lo tanto, solicito la unanimidad de la Sala para que el diputado Montes haga uso de la palabra.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra su señoría.
El señor MONTES .-
Señor Presidente , sólo quiero aclarar que la comisión mixta puede modificar los términos del acuerdo sobre las comisiones investigadoras, porque hay un planteamiento del Senado y otro de la Cámara de Diputados. Entonces, puede hacerse una propuesta alternativa para resolver esas diferencias.
Vamos a llevar a la comisión mixta todos los artículos, por lo tanto, reglamentariamente se puede.
Por eso, solicito el acuerdo de la Sala para que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados elabore una propuesta sobre las comisiones investigadoras para llevarla a la Comisión mixta, porque ésta es la oportunidad de dar un salto en la materia.
He dicho.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Los Comités acordaron sugerir -aunque cada diputado puede votar como quiera- rechazar las modificaciones del Senado. Entonces, propongo que demos un plazo máximo a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, de manera que los diputados que integrarán la comisión mixta hagan presente la posición de la Cámara de Diputados.
Tiene la palabra el diputado Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , tal como propuse, debiera ser sólo sobre este punto, no sobre todo el proyecto. Podríamos votar el resto y dejar sólo el tema de la fiscalización pendiente para el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, con el objeto de seguir avanzando.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , en la misma línea, deseo plantear que deberíamos rechazar la totalidad de las modificaciones del Senado, para que de esa manera todo el proyecto vaya a comisión mixta. Sin perjuicio de ello, mandatar a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para que elabore una propuesta de la Cámara en este punto, como decía el diputado Bustos . No se contrapone una decisión con otra.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Reglamentariamente, al entregar los nombres de los integrantes de la comisión mixta, el Senado puede citarla de inmediato a sesión. Por lo tanto, voy a darlos por no presentados y sólo hacerlo una vez que la Comisión de Constitución haya evacuado su informe. Con seguridad, la comisión mixta tendrá en consideración el informe sobre la fiscalización, que es el tema que nos preocupa.
¿Habría acuerdo para proceder de esa manera?
Acordado.
Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que enmienda la ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. Hago presente a los señores diputados que los Comités acordaron sugerir su rechazo.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la negativa, 108 votos. No hubo votos por la afirmativa ni abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Rechazadas.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
RECEPCIÓN A LA PRESIDENTA DEL PARLAMENTO HELÉNICO.
El señor WALKER ( Presidente ).-
A continuación, corresponde recibir a la Presidenta del Parlamento Helénico , doña Anna Benaki-Psaroudas.
Se encuentra presente en la tribuna de honor la embajadora de Grecia en nuestro país, excelentísima señora Chryssoula Karykopoulou y la delegación que acompaña a la excelentísima Presidenta del Parlamento Helénico.
(Aplausos)
Excelentísima señora Presidenta del Parlamento Helénico , honorable Cámara:
Es un alto honor para la Cámara de Diputados de Chile, que me honro en presidir, recibir a la señora Presidenta del Parlamento Helénico.
Es bueno para los pueblos que nos han entregado un mandato que sus representantes se reúnan para intercambiar experiencias y compartir anhelos que los unen. Es bueno que en un mundo marcado por la globalización e interdependencia, los parlamentarios de regiones geográficas tan distantes nos reunamos a compartir y a evaluar problemas que aquejan al ciudadano común, que tantas veces espera de nosotros respuestas concretas a su vida cotidiana.
Chile y Grecia, aunque distantes en la geografía, se sienten estrechamente vinculados en un pensamiento y culturas comunes que forman el cimiento de nuestra cultura occidental. Si hoy estamos reunidos en un Parlamento, es porque en la Grecia de inicios del siglo VI A.C. nació la democracia con la Constitución de Solón y las reformas de Clístenes. Si hoy valoramos el respeto a la persona humana es, en gran medida, porque en Grecia nació el concepto de ciudadano dotado de derechos y deberes. La filosofía de sus pensadores constituye la base de nuestra educación y el cimiento de la ciencia y la tecnología.
La cultura griega, formada en una mezcla formidable de culturas que se fundieron en el helenismo, ha irradiado a la humanidad el respeto por el hombre y sus culturas, fundamento de la convivencia democrática en el mundo moderno.
Señora Presidenta, nuestros pueblos tienen la común experiencia de haber vivido la democracia, de perderla y recuperarla, en un constante aprendizaje por los valores democráticos, los que deben ser una vivencia permanente, y es deber de quienes hemos sido elegidos para representar a nuestros ciudadanos, cuidarlos y perfeccionarlos constantemente.
Por eso, Chile y Grecia comparten hoy en el mundo la promoción de la paz y la seguridad, participando en operaciones de mantenimiento de la paz y en operaciones humanitarias. Compartimos la misma visión frente al terrorismo y el narcotráfico, como amenazas reales al sistema democrático.
Nuestros países han estrechado sus vínculos políticos y comerciales en el marco del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea, estrechando vínculos con la Comisión y el Parlamento Europeo.
Son muchos los vínculos que nos unen. Cabe señalar que desde la década de los 60 tiene su sede en Santiago de Chile el Centro de Estudios Bizantinos y Neohelénicos, única entidad de este tipo en el mundo hispano parlante. Dicho Centro es una entidad autónoma, perteneciente a la Universidad de Chile, con una amplia labor de investigación y promoción de la lengua y cultura griega en el mundo hispano, con estrecha participación del Gobierno griego, y cuya sede fue donada por la Fundación Gabriel y Mary Mustakis.
Señora Presidenta , honorables colegas, la Cámara de Diputados de Chile, que tiene el honor de formar parte de uno de los parlamentos más antiguos del mundo, está disponible para continuar profundizando este diálogo, del cual este encuentro es un paso más en nuestra tarea de dar respuesta a los anhelos de nuestros ciudadanos. Como testimonio de esta sesión y del aprecio que sentimos por el Parlamento Helénico, reciba señora Presidenta la condecoración “Cámara de Diputados de Chile”, que a la máxima distinción que otorga nuestra Corporación a grandes personalidades como usted, con el afecto y reconocimiento de todos nosotros.
Muchas gracias.
(Aplausos)
El señor WALKER ( Presidente ).-
A continuación, tiene la palabra la señora Presidenta del Parlamento Helénico .
La señora BENAKI-PSAROUDAS, ( Presidenta del Parlamento Helénico , versión de la intérprete).-
Señores diputados, es para mí un placer y un honor especial estar aquí delante de ustedes, en el corazón de la democracia chilena y compartir algunos pensamientos como Presidenta del Parlamento de un país lejano geográficamente, pero cercano a la vez, ya que nos unen lazos de amistad. Les agradezco el honor que me acaban de brindar, el cual guardaré como un honor muy grande y como recordatorio del deber que todos tenemos de servir a la democracia.
En mi país se habla mucho del amor que sienten por nosotros -los griegos- los pueblos de América Latina, pero al venir a Chile me atrevo a decir que la realidad supera lo dicho. Les aseguro que esos sentimientos son correspondidos e incluyen no tan sólo a nuestros pueblos y nuestros gobiernos, sino también a nuestros parlamentos. Además, lo confirma el hecho de mi visita a Chile, que es la primera visita oficial de un Presidente del Parlamento Helénico a un país de América Latina.
Antes de referirme a los puntos que nos unen, me gustaría presentar al pueblo chileno, a través de ustedes, que lo representan, una imagen de la Grecia moderna, como ha llegado a formarse progresivamente en los últimos 60 años.
A pesar del hecho de que mi país participó en dos guerras mundiales al lado de los vencedores, al final de la segunda el país se encontraba azotado y dividido sin perspectivas de recuperación rápida. Sin embargo, el pueblo griego, con su espíritu luchador y trabajador y guiado por los gobiernos de la posguerra, y aprovechando la ayuda internacional -especialmente la que nos brindó Estados Unidos-, logró alcanzar el ritmo de desarrollo de Europa occidental.
Fieles a los valores de la democracia, la paz, la seguridad y el crecimiento y después de un período oscuro de siete años de dictadura, entre 1967 a 1974, que marcó al país, los gobiernos democráticos, con visión e impulso, condujeron a Grecia a las aguas tranquilas de la Comunidad Económica Europea, como se conocía entonces.
Nuestro ingreso como décimo miembro de la organización conocida hoy como la Unión Europea fue, sin duda, la piedra fundadora de la estructura moderna griega no sólo porque consolidó la democracia en el país, sino también porque nos dio la oportunidad de emprender el mismo camino que los países más desarrollados de Europa. El resultado de aquella decisión fue nuestra presencia como país en el núcleo de países de la Unión, tanto como participante en la Unión Económica Monetaria, conocida como la Euro Zona, como en el acuerdo de Schangen.
Menciono estos ejemplos de cooperación reforzada en el interior de la Unión como los más conocidos y para darles una idea más concreta del progreso que hemos logrado en los últimos 26 años, es decir, desde nuestro ingreso en la Unión Europea.
Nuestro objetivo no es sólo mantener lo logrado hasta ahora, sino también tener un rol protagónico en los procesos decisivos en el seno de la familia europea.
Pretendemos ser una Unión Europea operativa y dinámica no sólo para sus estados miembros, sino para todo el planeta.
No hace falta decir que Grecia, como país, se ha beneficiado enormemente por su ingreso a la Unión Europea, y apoya su ampliación progresiva hasta que todos los estados europeos que lo deseen puedan participar en ella como miembros, con la condición de respetar y cumplir los requisitos. Eso se puede decir especialmente de los países de los Balcanes y de Turquía. Sobre esta última, creemos que su orientación europea hará de ella un vecino sincero.
Al mismo tiempo, con las decisiones que hemos tomado para el desarrollo del país, hemos dado énfasis al ámbito de la seguridad. Con el objetivo de proteger al país de amenazas, se decidió a tiempo nuestra participación en la Otan, organización de la cual somos miembros desde hace más de medio siglo.
Puede que la naturaleza de los peligros haya cambiado con los años, sin embargo, la necesidad de mantener y modernizar la alianza no ha sido puesta en entredicho. Puede que el fin de la guerra fría y la transformación de los viejos enemigos en aliados haya sido el comienzo de una nueva era, pero todos sabemos muy bien que esta época también se enfrenta a amenazas, cuya eliminación exige solidaridad y esfuerzos continuos.
Hoy, lamentablemente, ningún Estado se encuentra a salvo de la amenaza terrorista. La violencia que implica el terrorismo no distingue razas, religiones o sexos, lo que nos obliga a formar una coalición y, a la vez, nos indica que la mejor manera de acabar con el terrorismo no es otra que la promoción de ciertas normas fundamentales de coexistencia, como la tolerancia, la aceptación, la comprensión mutua y la provisión de los bienes elementales para todas las personas.
Dedicado a todo esto, Grecia no sólo participa activamente en la lucha contra el terrorismo, sino que también promueve en su interior todas las normas que acabo de mencionar. Frente a las olas de inmigrantes que cruzan legal o ilegalmente sus fronteras, Grecia practica una política de tolerancia humanitaria dentro del marco que permiten las normas de inmigración de la Unión Europea y de la Organización de Naciones Unidas.
Al mismo tiempo, Grecia apoya las políticas de las organizaciones internacionales que tienen como objetivo consolidar y mantener la paz en las regiones con turbulencias y contribuye con todos los medios a su disposición en las misiones humanitarias para los pueblos afligidos del planeta.
En resumen, cuando uno se refiere a Grecia puede hacerlo describiéndola como un país pacífico, democrático, activo y extrovertido. Este último elemento es fundamental para una sociedad moderna. Estoy orgullosa de poder describir mi país como tal, ya que se trata de una sociedad multicultural donde la gente coexiste en paz, sin prejuicios de razas, religión o idioma. Además, somos internacionalmente uno de los primeros destinos turísticos, hecho que revela, a su vez, nuestra mentalidad abierta.
Creo que las cosas no podrían ser de otra manera teniendo en cuenta que se trata de un país con una larga tradición y una presencia activa en el sector de la marina, que por siglos ha dado la oportunidad a los griegos de estar en contacto con otros pueblos y civilizaciones. Una potencial introversión estaría, además, fuera de lugar, ya que existen comunidades griegas dispersas por los cuatro puntos cardinales, por ejemplo, en su bello país.
En lo que a mí se refiere, estas personas son el puente que une a nuestros países, que hace que procedan juntos en los eventos internacionales.
A pesar de la enorme distancia geográfica que nos separa, Grecia y Chile comparten los mismos principios y valores, y luchan juntos en el marco de las organizaciones internacionales en las que participan como miembros en la tarea de promoverlos. Estamos entregados a la democracia y al respeto de los valores humanos. Creemos en la necesidad de defender e implementar el derecho internacional como medio para resolver pacíficamente las diferencias entre países. Apoyamos activamente la implementación de las resoluciones de la ONU, participando en misiones para la consolidación de la paz en todo el mundo, pero también en iniciativas con la meta de aliviar el dolor humano, cualquiera que sea la forma que él tenga.
Buscamos maneras comunes para enfrentar las amenazas modernas, como el terrorismo, la proliferación de armas de destrucción masiva y también el crimen organizado, pero, sobre todo, ambos países luchamos por un mundo en paz, donde las relaciones entre los países estarán regidos por el respeto.
Estas características comunes se reflejan de la mejor manera en nuestra cooperación productiva y multidimensional. Dos ejemplos destacados son el apoyo mutuo que nos brindamos cuando presentamos nuestras candidaturas a miembros no permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU, y nuestras posiciones comunes en asuntos que atañen al derecho internacional.
Aprovecho esta oportunidad para expresar el aprecio de Grecia por la posición prudente de Chile en asuntos de interés particular para Grecia, por ejemplo, el asunto de Chipre del cual están directamente informados, ya que el Alto Mando de sus Fuerzas Armadas participa en la fuerza de Naciones Unidas en Chipre para el mantenimiento de la paz.
Esa posición tanto en este asunto como en otros de mayor importancia para mi país, como el respeto por los reglamentos internacionales, ha hecho de Chile un ejemplo de democracia moderna, con una percepción concreta del código de comportamiento que hay que seguir en el sistema globalizado de hoy.
Esta cooperación ejemplar en el ámbito internacional quisiéramos extenderla al ámbito bilateral, reforzando aún más nuestras ya excelentes relaciones. También quisiéramos hacerlo en el ámbito parlamentario, que es además la razón de mi visita oficial, dando seguimiento a una serie de contactos que se iniciaron hace cuatro años con la visita de la entonces Presidenta de la Cámara de Diputados de Chile, señora Isabel Allende.
Quisiéramos hacerlo también en el ámbito comercial donde desde la puesta en vigor del tratado de asociación entre la Unión Europea y Chile, en 2005, y la consecuente liberalización de las transacciones comerciales, tenemos ya a nuestra disposición un marco seguro y favorable para el mejoramiento cuantitativo de él. Pero también quisiéramos hacerlo en el ámbito económico, ya que, Grecia, por una serie de normas legislativas, se está convirtiendo en uno de los países más seguros y eficientes para las inversiones en Europa.
También quisiéramos reforzar nuestras relaciones en el sector turístico, que es uno de los más importantes -al menos para mi país-, ya que de allí deriva gran parte de sus ingresos.
Finalmente, quisiéramos hacerlo en el ámbito cultural, ya que ambos países gozan de una riqueza cultural amplia que pueden “exportar” el uno al otro, acercando así a nuestros pueblos.
Señoras y señores diputados, quisiera alabar el hecho de que Chile haya sido el primer país de América Latina en participar activamente en la Comisión para devolver los mármoles de El Partenón, y expresar mi gratitud al Senado de la República y a la Cámara de Diputados de Chile, ya que, con sus resoluciones del 2004 y del 2006, ambas Cámaras mostraron en la práctica su apoyo a la petición justificada de Grecia, confirmando así también nuestras excelentes relaciones bilaterales.
Está claro que la enumeración que acabo de hacer es indicativa y no exhaustiva. Además, el objetivo de mi corta intervención no es -y tampoco podría serlo- examinar lo hecho hasta ahora por nuestros países, ni tampoco analizar las perspectivas para nuestra futura cooperación. El objetivo, más bien, es hacer que nos demos cuenta de las posibilidades que se esconden detrás de una relación que nos toca a nosotros impulsar aún más, haciendo uso del fundamento sólido y de las intenciones nobles mutuas.
Señor Presidente , señoras y señores diputados, en el Siglo XXI no tenemos el derecho a hablar de largas distancias y, supuestamente, de impedimentos insuperables en el desarrollo de las relaciones entre dos países. El hecho de que haya podido hacer este viaje, al igual que, el 2003, lo hiciera a mi país la Presidenta de la Cámara de Diputados de Chile de la época, doña Isabel Allende, y el hecho de que pueda estar hoy aquí ante ustedes, creo que es prueba suficiente de que nuestro mundo se está haciendo más pequeño y se está desarrollando constantemente.
Es nuestro deber y nuestro interés seguir en este camino. Tenemos los medios y el marco para hacerlo. Lo único que hace falta ahora es añadir nuestra fuerte voluntad.
Muchísimas gracias.
-Aplausos.
-o-
-El Presidente Patricio Walker informa a la Sala de la presencia en la tribuna de honor de la delegación de la Comisión de Agricultura y Tierras de la Asamblea Nacional del Parlamento de Sudáfrica, a la que saluda y da la bienvenida.
-Aplausos en la Sala.
-o-
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
URGENCIA A PROYECTO SOBRE BOSQUE NATIVO Y DISEÑO DE PLAN DE FOMENTO A LA FORESTACIÓN Y AL USO DE BIOCOMBUSTIBLES.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 331, de los señores Galilea, Delmastro, Alvarado, señora Sepúlveda, doña Alejandra; señores Álvarez, Vallespín, Jaramillo, Correa, Palma y García, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que le otorgue urgencia al proyecto de ley de Bosque Nativo en trámite en el Senado, y que el Ministerio de Agricultura diseñe a la brevedad un plan extraordinario de fomento a la forestación de nuevos territorios de aptitud forestal y que hoy se encuentran desarbolados, como es el caso de la Región de Aisén y otras zonas identificables del país. Asimismo, que se elabore una política de fomento a los biocombustibles, al uso de la energía solar, eólica, mareal y geotérmica, privilegiando el consumo de energías no contaminantes”.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Pablo Galilea.
El señor GALILEA.-
Señor Presidente, el calentamiento global y el cambio climático de la tierra es un tema de extrema sensibilidad para la humanidad, que no se puede seguir ignorando o minimizando.
El fenómeno del calentamiento global afecta y afectará a toda la humanidad sin distinción. Algunos países y comunidades tendrán mayor impacto en sus territorios, en su agricultura y cultivos, en la salud de las personas y, finalmente, en sus propias vidas.
El aumento de la temperatura media mundial de la superficie de la tierra, con días más calurosos; el aumento de las precipitaciones continentales en algunas zonas o las disminuciones en otras o sequías en ciertas regiones del mundo; el aumento del nivel del mar durante el último siglo; la disminución de las capas de hielos del Ártico y de la Antártica y el retiro de los glaciares no polares, son algunas de las graves consecuencias que se han detectado en el mundo actual, que preocupan a los gobiernos y a la humanidad y frente a lo cual Chile ha sido hasta la fecha un mero testigo.
Desde el punto de vista social, económico y ambiental, nuestro país ha sido calificado como vulnerable frente al cambio climático, puesto que se puede ver afectado por la poca disponibilidad del recurso hídrico, intensificación de la aridez, mayores precipitaciones en el sur y fenómenos del Niño más frecuentes e intensos.
Por eso, la capacidad de los árboles para consumir anhídrido carbónico y liberar oxígeno a la atmósfera, mediante el proceso de la fotosíntesis, es un milagro de la naturaleza que puede contribuir significativamente a disminuir el gas de efecto invernadero.
La reforestación de millones de hectáreas de terrenos de aptitud forestal que hoy están descubiertas de vegetación, podrían convertir al país en un sumidero de carbono en franco beneficio de toda la humanidad. Sólo en la Región de Aisén existe más de un millón de hectáreas susceptibles de ser forestadas y cuatro millones ochocientas mil hectáreas de bosque nativo que podrían ser perfectamente manejadas.
Con el diputado Delmastro , en su calidad de ingeniero forestal, venimos trabajando desde hace mucho tiempo acerca de este tema. Incluso, ha hecho simulaciones de estadísticas posibles para el país, específicamente para la Región de Aisén en 2023, que señalan que un millón cien mil hectáreas podrían ser forestadas, lo que podría significar más de 1.700 millones de dólares de retorno para el país.
Por eso, solicito a los señores diputados aprobar el proyecto de acuerdo.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero agradecer la presentación de este proyecto de acuerdo, pues es muy importante por la situación que estamos viviendo a nivel mundial y por las repercusiones que puede tener para la zona centro sur del país.
La idea de proteger el bosque nativo no es nueva, ya que tratamos el tema con motivo de la discusión del proyecto de ley de bosque nativo. Lamentablemente, éste se encuentra desde hace mucho tiempo en el Senado.
Como miembro de la Comisión de Agricultura y como ex presidenta de la misma, he pedido en forma reiterada al Gobierno otorgar urgencia a esa iniciativa. Además, tenemos información de que cuenta con financiamiento a partir del año pasado.
Esperamos que el ministro de Agricultura acoja nuestro planteamiento, porque dadas las actuales circunstancias, más lo que podría significar la incorporación de algunas reformas al decreto ley N° 701, de fomento forestal, podríamos realizar un buen plan para mejorar la legislación sobre el bosque nativo.
Por eso, anuncio mi voto favorable y agradezco a los diputados Galilea y Delmastro que me hayan permitido firmar este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
MEDIDAS PARA QUE LEGADO DE GABRIELA MISTRAL SE INCORPORE AL PATRIMONIO DEL MUSEO QUE LLEVA SU NOMBRE, EN VICUÑA.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 332, de los señores Bertolino, Marcelo Díaz, Fuentealba, Walker, Encina; señora Muñoz, doña Adriana; señores Errázuriz, Kast, Verdugo y Becker, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que disponga implementar las medidas pertinentes para que el legado de Gabriela Mistral, Premio Nobel de Literatura y Premio Nacional de Literatura, sea incorporado al patrimonio del museo que lleva su nombre, en la ciudad de Vicuña, en la Cuarta Región de Coquimbo”.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Mario Bertolino.
El señor BERTOLINO .-
Señor Presidente , es de público conocimiento que días atrás estuvo en la Cuarta Región la señora Doris Atkinson , heredera de Doris Dana , quien fuera la albacea de la gran poetisa Gabriela Mistral .
Por informaciones entregadas por ella a través de comunicados de prensa en la región, se supo que en su poder hay una gran variedad de manuscritos originales -cerca de 40 mil-; una serie de otros escritos, más de 1.500 libros y cerca de 80 elementos personales, como premios, diplomas, broches, en fin.
A su vez, el Gobierno se encuentra realizando los trámites correspondientes para traer al país este importante patrimonio.
Considerando que Gabriela Mistral es oriunda de la Cuarta Región, precisamente del valle de Elqui, donde desarrolló su labor de maestra y gran parte de su producción literaria, solicitamos que por oficio se envíe el proyecto de acuerdo a la Presidenta de la República , para que disponga implementar las medidas pertinentes con el fin de que este legado sea incorporado al patrimonio del museo que lleva el nombre de Gabriela Mistral , en la ciudad de Vicuña, de manera de tener la posibilidad de exhibirlo en su tierra natal.
Por eso, solicito que la Cámara apruebe el proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor DÍAZ (don Marcelo) .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero agradecer a mi colega de distrito, diputado Mario Bertolino , y felicitarlo por su iniciativa, ya que el proyecto de acuerdo refleja un sentir profundo, transversal y sentido de los habitantes de la región, en particular del valle de Elqui.
En segundo lugar, aprovecho de destacar el esfuerzo que ha hecho el Gobierno, representado por la ministra de la Cultura y la representación diplomática en Estados Unidos. Sus buenos oficios han permitido un entendimiento con quien está a cargo del patrimonio de Gabriela Mistral.
Creo que la reciente visita de la señora Doris Atkinson a la Cuarta Región le permitió darse cuenta del aprecio que existe hacia Gabriela Mistral y su patrimonio.
El proyecto de acuerdo contribuirá de manera notable a fortalecer la identidad cultural de la región, sobre todo porque en ella existe un nexo con Gabriela Mistral .
La región de Coquimbo, claramente, es mistraliana. En consecuencia, la aprobación del proyecto de acuerdo no sólo refirmará nuestra identidad, sino que, además, hará justicia con la voluntad y deseo que expresara Gabriela Mistral , tanto en vida como a través de su albacea. Honrará su memoria y su tierra.
Por eso, votaré a favor, porque creo que es importante para nuestro país hacer justicia a personas que han puesto bien el nombre de Chile más allá de nuestras fronteras.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
La Mesa tiene dudas sobre el resultado de la votación. Se va a repetir.
En votación.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
APOYO A INICIATIVA DEL REINO DE MARRUECOS PARA SOLUCIONAR CONFLICTO DEL SAHARA OCCIDENTAL.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 333, de los señores Forni, Moreira, Walker, Tuma, Tarud, Cristián Monckeberg, Uriarte, Robles, Montes y Salaberry, que en su parte resolutiva dice:
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al Gobierno de Chile, en su calidad de miembro de la Organización de Naciones Unidas (ONU), el apoyo y compromiso permanentes con la Resolución N° 1.754, del Consejo de Seguridad de ese organismo, aprobada el 30 de abril pasado. La Cámara de Diputados de Chile, al igual que la ONU, valora esta iniciativa como un “esfuerzo serio y creíble”, que permite avanzar en la resolución del conflicto del Sahara Occidental, contribuyendo, de esta forma, a la paz, estabilidad y mejor futuro para todos los países de la región”.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Por una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO .-
Señor Presidente , ¿fue modificado el proyecto de acuerdo? Porque en el texto que está sobre nuestro escritorio dice algo diferente.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Señor diputado , tiene toda la razón.
Tiene la palabra el diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, ¿fueron consultados los autores sobre las modificaciones introducidas al texto?
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Señor diputado, la Mesa da fe de eso.
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Iván Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente , el Congreso Nacional jamás ha estado ajeno a los conflictos internacionales y, cuando se trata de solidaridad y de buscar la paz, siempre se han presentado diferentes proyectos de acuerdo. Por lo tanto, la iniciativa en estudio no escapa a esa situación.
Con fecha 11 de abril pasado, el reino de Marruecos, respondiendo a la petición de la comunidad internacional, presentó al Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas una propuesta de autonomía para las poblaciones del Sahara, con el objeto de poner fin al actual callejón sin salida y suscitar un diálogo en relación con un problema que ha generado tensión en la zona y en el mundo.
Aun más, no obstante sus derechos históricos sobre el Sahara, el reino marroquí ha querido llegar mucho más lejos. Con solidaridad y espíritu de entendimiento, presentó dicha iniciativa para la negociación de un estatuto de autonomía, conforme con la Carta de la Organización de las Naciones Unidas, las resoluciones de la Asamblea General y la práctica de la ONU en materia de autodeterminación.
La propuesta del reino de Marruecos es histórica y especialmente valorable si consideramos que no constituye un ofrecimiento forzado ni cerrado, sino una iniciativa abierta al diálogo y la discusión con el único propósito de alcanzar una solución de compromiso realista y estable.
La iniciativa considera los aspectos socioculturales de la región y responde a los estándares internacionales de autonomía, tal como los adoptados por numerosos países democráticos, como Alemania, Canadá , Dinamarca, etcétera.
Con la propuesta, el reino de Marruecos valora los logros realizados por las poblaciones de la región.
La propuesta cuenta con el apoyo de otros parlamentos. Por lo tanto, el Congreso Nacional no puede quedar al margen de ella, porque, entre otras cosas, pretende encontrar una solución política negociada que permita asegurar la paz permanente en la región.
En la parte resolutiva del proyecto de acuerdo se establece que la Cámara de Diputados solicita al Gobierno de Chile que, en su calidad de miembro de la ONU, preste su apoyo y compromiso permanente en relación con la resolución del Consejo de Seguridad de esa organización.
Ésta es una buena oportunidad de demostrar que podemos ayudar a lograr la paz en ese continente, que tanto la requiere.
En consecuencia, llamo a los colegas a aprobar en forma unánime el proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Ha terminado el tiempo destinado a los proyectos de acuerdo.
En consecuencia, la discusión y votación del proyecto de acuerdo N° 333 queda pendiente para la próxima sesión ordinaria.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/
VII. INCIDENTES
MEDIDAS PARA EVITAR SUICIDIOS EN CÁRCEL DE RANCAGUA. Oficios.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del Comité Independiente, tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela.
El señor VALENZUELA .-
Señor Presidente , en los últimos 15 días se han suicidado otros dos jóvenes en la cárcel de Rancagua, con los cuales suman diez los presos que han tomado esa trágica determinación durante los últimos catorce meses en dicho recinto penitenciario.
Los datos que hemos podido recabar de manera oficiosa indican que en la cárcel antigua, donde los presos vivían en un sistema colectivo, existía un suicidio cada tres años.
Chile se dice un país cristiano. Con el Evangelio podemos preguntar ¿Me fuiste a visitar cuando estuve detenido?
En relación con la materia, debe existir una visión más humanitaria. En la cárcel se pagan las culpas, pero debe ser un lugar de rehabilitación y que brinde, al menos, un mínimo de esperanza.
¿Qué nos dicen asistentes sociales, personal de la pastoral obrera e integrantes de la comunidad de padres y familiares de los reos? Que en la cárcel antigua, los reclusos vivían en forma comunitaria. Ahora, en la cárcel concesionada, tienen celdas individuales y son encerrados a las seis de la tarde de cada día, hasta las 8 y cuarto de la mañana del día siguiente, es decir, deben permanecer más de catorce horas en un encierro solitario, sin sociabilizar con nadie.
Por lo tanto, pido oficiar la ministro de Justicia y al director nacional de Gendarmería , a fin de que informen sobre las medidas que están adoptando para mejorar los sistemas de atención en dicho establecimiento penitenciario, que eviten transformarlo sólo en una infraestructura, pero con un sistema en materia de administración que, al parecer, es demasiado perverso y lo está convirtiendo en una cárcel de la muerte.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
OBSERVACIONES SOBRE OPERACIÓN FINANCIERA ENTRE EL FISCO, EL METRO Y PARTICULARES. Artículo 52, N° 1), letra a), de la Constitución. Oficio.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el turno del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , la opinión pública y el Congreso Nacional han sido sorprendidos por el anuncio efectuado por los ministros de Transportes y de Hacienda y el directorio del Metro S.A., relativo a la forma en que se pretende materializar la inyección de recursos frescos al Transantiago, que, según lo que hemos averiguado, consistiría en que Metro S.A. se obliga a facilitar dinero a empresas privadas hasta por el monto de 80 millones de dólares, a cambio de lo cual el Estado efectúa un aporte de capital por idéntico monto.
La fórmula a que han arribado los cerebros jurídicos y financieros del Ejecutivo es absoluta y completamente inconstitucional e ilegal.
Por lo tanto, rogamos que su excelencia la Presidenta de la República tenga presente que esa fórmula infringe lo dispuesto en el artículo 19, número 21, de la Constitución Política de la República, y el artículo 1° de la ley N° 18.772.
Metro S.A. es una empresa estatal. De acuerdo con el artículo 19, número 21, de la Constitución Política de la República, “El Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado los autoriza”.
El Estado y la Corfo fueron autorizados por el artículo 1° de a ley N° 18.772 a desarrollar la actividad empresarial del Metro S.A., que circunscribió su actividad exclusivamente al “servicio público de transporte de pasajeros, mediante ferrocarriles metropolitanos urbanos y suburbanos u otros medios eléctricos complementarios y servicios anexos”.
La Presidenta de la República debe tener presente que esa fórmula infringe lo dispuesto en el número 22° del artículo 19 de la Constitución que dispone, en lo pertinente, que “Sólo en virtud de una ley, y siempre que no signifique tal discriminación, se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica,…”. Ésta es la disposición constitucional que establece que los subsidios a cualquier sector de la economía son materia de ley.
Los recursos que se pretende que el Metro S.A. “preste” al Administrador Financiero del Transantiago, no son más que un subsidio dirigido al sector transporte de pasajeros de la capital, y la figura que se ha diseñado no es más que una forma encubierta de canalizarlo sin que se dicte la ley que exige la Carta Fundamental -mínima cuestión que debe reclamarse- eludiendo las facultades del Congreso Nacional.
La señora Presidenta debe tener presente, además, que la fórmula infringe lo dispuesto en los artículos 2° y 4° de la ley N° 20.141, de Presupuestos del sector público del año 2007 -que aprobó este Congreso-, y el artículo 21 del decreto ley N° 1.263, de 1975, sobre administración financiera del Estado.
La ley de Presupuestos del año 2007 incluye aportes de capital al Metro S.A. por 35.301.884 millones de pesos, a través de la Dirección de Planeamiento del Ministerio de Obras Públicas. Dicho aporte está, además, acotado por una glosa presupuestaria que condiciona el traspaso de recursos al cumplimiento de un convenio de programación suscrito con el Comité del Sistema de Empresas de Corfo, de conformidad al artículo 2° de la ley N° 19.847. De acuerdo a las normas de flexibilidad presupuestaria establecidas en el inciso tercero del artículo 4° de la ley de Presupuestos, el máximo de aportes suplementarios que puede realizarse al Metro S.A., sin mediar la aprobación de una ley, es solamente del diez por ciento del monto señalado. No más.
Se ha infringido, además -debiera tenerlo presente su excelencia la Presidenta -, el artículo 4° de la ley N° 18.772, del Metro. Los propietarios de Metro S.A. sólo pueden acordar aumentos de capital para un objeto circunscrito, para ampliar la actual red del ferrocarril metropolitano, para construir nuevas líneas o para obtener el equipamiento de dichas obras, previo los estudios correspondientes, que no es el caso.
Por ende, únicamente, a través de una ley que lo autorice, es posible hacer un aumento de capital con cualquier otro fin.
Además de representar a la señora Presidenta de la República la inconstitucionalidad e ilegalidad de la fórmula, solicitamos a esta Cámara de Diputados que exponga a su excelencia lo que parece haber olvidado. En virtud de la Constitución y de la ley, la Presidenta solamente tiene las siguientes dos opciones para solucionar este problema, para el cual se necesitan recursos frescos:
1° Un proyecto de ley, de conformidad con el artículo 63 de la Constitución. Si quiere usarlo, lo esperaremos, lo estudiaremos y aprobaremos, o lo rechazaremos si viene mal. Es una facultad del Congreso.
2° Un decreto, según lo dispone el número 20° del artículo 32 de la Constitución, que autoriza a la Presidenta de la República , con la firma de todos los ministros de Estado , para decretar pagos no autorizados por ley, para atender necesidades impostergables derivadas del agotamiento de los recursos destinados a mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el país, caso exacto que su excelencia, el Gobierno, sin ambages, sin acudir a figuras legales, debe reconocer, dimensionar y solucionar.
Señor Presidente , de acuerdo con el artículo 52, número 1), letra a), de la Constitución Política, solicitamos que esta Cámara oficie a la Presidenta de la República a fin de representarle la ilegalidad y exponerle los cursos legales de acción a que puede recurrir para solucionar el problema del Transantiago.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En votación la petición del honorable diputado señor Alberto Cardemil.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 10 votos. No hubo abstenciones.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René ; Àlvarez-Salamanca Büchi Pedro ; Àlvarez Zenteno Rodrigo ; Arenas Hödar Gonzalo ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Cardemil Herrera Alberto ; Correa De La Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Cubillos Sigall Marcela ; Chahuán Chahuán Francisco ; Delmastro Naso Roberto ; Dittborn Cordua Julio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Errázuriz Eguiguren Maximiano ; Estay Peñaloza Enrique ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; García García René Manuel ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Godoy Ibáñez Joaquín ; Hernández Hernández Javier ; Herrera Silva Amelia ; Kast Rist José Antonio ; Lobos Krause Juan ; Martínez Labbé Rosauro ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Monckeberg Bruner Cristián ; Monckeberg Díaz Nicolás ; Moreira Barros Iván ; Nogueira Fernández Claudia ; Norambuena Farías Iván ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Recondo Lavanderos Carlos ; Rojas Molina Manuel ; Rubilar Barahona Karla ; Salaberry Soto Felipe ; Sepúlveda Hermosilla Roberto ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valcarce Becerra Ximena ; Vargas Lyng Alfonso ; Verdugo Soto Germán ; Von Muhlenbrock Zamora Gastón ; Ward Edwards Felipe .
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Burgos Varela Jorge ; De Urresti Longton Alfonso ; Farías Ponce Ramón ; Jaramillo Becker Enrique ; Montes Cisternas Carlos ; Quintana Leal Jaime ; Robles Pantoja Alberto ; Tuma Zedan Eugenio ; Venegas Cárdenas Mario ; Vidal Lázaro Ximena .
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado.
INFORMACIÓN SOBRE TRASPASO DE RECURSOS A TRANSANTIAGO. Artículo 52, N° 1), letra a), de la Constitución. Oficio.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Gonzalo Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señor Presidente , en complementación del oficio solicitado por el diputado Cardemil , que recién votamos, y basado en las informaciones de prensa de público conocimiento, quiero pedir, en virtud de las atribuciones emanadas del artículo 52, número 1), letra a), inciso segundo, de la Constitución Política de la República, a la Presidenta de la República lo siguiente:
En primer lugar, que nos remita copia del informe o los informes en derecho que el directorio de la sociedad anónima Metro S.A. tuvo a la vista al momento de analizar el traspaso de recursos del Metro S.A. al Transantiago.
En segundo lugar, que nos informe sobre la partida presupuestaria de la cual emanan los recursos que el Fisco está aportando en forma extraordinaria al Transantiago, y cuánto se ha gastado y en qué se ha gastado.
Finalmente, que nos envíe copia de todas las actas del directorio y de la junta de accionistas de la sociedad anónima Metro S.A., desde la fecha en que esta sociedad emite bonos por 350 millones de dólares hasta ayer.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En votación la petición del diputado señor Gonzalo Uriarte.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 11 votos. No hubo abstenciones.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René ; Alvarado Andrade Claudio ; Alvarez-Salamanca Büchi Pedro ; Alvarez Zenteno Rodrigo ; Arenas Hödar Gonzalo ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Cardemil Herrera Alberto ; Correa De La Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Cubillos Sigall Marcela ; Chahuán Chahuán Francisco ; Delmastro Naso Roberto ; Dittborn Cordua Julio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Errázuriz Eguiguren Maximiano ; Estay Peñaloza Enrique ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; García García René Manuel ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Godoy Ibáñez Joaquín ; Hernández Hernández Javier ; Herrera Silva Amelia ; Kast Rist José Antonio ; Lobos Krause Juan ; Martínez Labbé Rosauro ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Monckeberg Bruner Cristián ; Monckeberg Díaz Nicolás ; Moreira Barros Iván ; Nogueira Fernández Claudia ; Norambuena Farías Iván ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Recondo Lavanderos Carlos ; Rojas Molina Manuel ; Rubilar Barahona Karla ; Salaberry Soto Felipe ; Sepúlveda Hermosilla Roberto ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valcarce Becerra Ximena ; Vargas Lyng Alfonso ; Verdugo Soto Germán ; Von Muhlenbrock Zamora Gastón ; Walker Prieto Patricio ; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Burgos Varela Jorge ; Farías Ponce Ramón ; Jaramillo Becker Enrique ; Montes Cisternas Carlos ; Quintana Leal Jaime ; Robles Pantoja Alberto ; Sabag Villalobos Jorge ; Tuma Zedan Eugenio ; Vallespín López Patricio ; Venegas Cárdenas Mario ; Vidal Lázaro Ximena .
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado.
PETICIÓN DE NÓMINA DE PERSONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE. Artículo 52, N° 1), letra a), de la Constitución. Oficio.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Felipe Ward.
El señor WARD.-
Señor Presidente , hemos tomado conocimiento de presuntas irregularidades ocurridas en la nómina de pago de Gendarmería de Chile, institución en que aparecen recibiendo remuneraciones personas que a la fecha no se encuentran ejerciendo ningún tipo de función, incluso personas fallecidas.
Por ello, y para los efectos de descartar o, en su defecto, ratificar estas presuntas irregularidades, vengo en solicitar al ministro de Justicia , en virtud del artículo 52, número 1), letra a), inciso segundo, de la Constitución Política, la siguiente información:
-Nómina de todo el personal que se desempeña o se ha desempeñado en Gendarmería de Chile, en calidad de planta, a honorarios y a contrata, clasificada en la siguiente forma: de 1990 a 1994, de 1995 a 1999 y de 2000 a 2006.
-Individualización exacta de estos funcionarios, indicándose función y remuneración.
-Nómina de todos los funcionarios que han prestado asesorías a Gendarmería por trabajos específicos; copias de los contratos y anexos, si los hubiese, entre 1990 y 2006.
-Recursos destinados al pago de honorarios, clasificados por años, desde 1990 hasta 2006.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En votación la solicitud del señor diputado.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 55 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René ; Alvarado Andrade Claudio ; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro ; Álvarez Zenteno Rodrigo ; Arenas Hödar Gonzalo ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Cardemil Herrera Alberto ; Cristi Marfil María Angélica ; Cubillos Sigall Marcela ; Chahuán Chahuán Francisco ; Delmastro Naso Roberto ; Dittborn Cordua Julio ; Egaña Respaldiza Andrés ; Errázuriz Eguiguren Maximiano ; Estay Peñaloza Enrique ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Godoy Ibáñez Joaquín ; Hernández Hernández Javier ; Herrera Silva Amelia ; Isasi Barbieri Marta ; Kast Rist José Antonio ; Lobos Krause Juan ; Martínez Labbé Rosauro ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Monckeberg Bruner Cristián ; Monckeberg Díaz Nicolás ; Moreira Barros Iván ; Nogueira Fernández Claudia ; Norambuena Farías Iván ; Palma Flores Osvaldo ; Paya Mira Darío ; Recondo Lavanderos Carlos ; Robles Pantoja Alberto ; Rojas Molina Manuel ; Rubilar Barahona Karla ; Sabag Villalobos Jorge ; Salaberry Soto Felipe ; Sepúlveda Hermosilla Roberto ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valcarce Becerra Ximena ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Cárdenas Mario ; Verdugo Soto Germán ; Von Muhlenbrock Zamora Gastón ; Ward Edwards Felipe.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado.
HABILITACIÓN DE CUARTEL DE CARABINEROS EN SECTOR ALTO DE PUERTO VARAS. Oficio.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo.
El señor RECONDO .-
Señor Presidente , quiero nuevamente referirme a la seguridad ciudadana y a la sensación de inseguridad de la población de la comuna de Puerto Varas, particularmente de quienes habitan los sectores altos de la cuidad.
Lamentablemente, el domingo 6 recién pasado, esa percepción de inseguridad llegó también a los campos deportivos. Ese día, mientras se jugaba un partido de fútbol del canal vecinal, en la cancha sintética de El Mirador, inaugurada hace poco tiempo, se produjo un enfrentamiento entre líderes de pandillas y, a vista y paciencia de todo el público, uno de estos sujetos, utilizando una escopeta hechiza acometió contra el otro pandillero, a quien hirió gravemente en una pierna. Los asistentes a este evento deportivo, atónitos ante el hecho, tuvieron que esconderse, especialmente las familias que habían concurrido con sus niños.
Todos los habitantes del sector alto de Puerto Varas reconocen que las pandillas juveniles están “institucionalizadas” y que actúan impunemente durante las noches. Incluso, las identifican por sus nombres, como los Moto Ratones , que merodean en los sectores de las calles Puente con Reloncaví ; los Mella , en la población Lago Llanquihue ; los del Jano y el Lito, en los lugares próximos a la población Juan Soler , etcétera.
Por eso, deseo reiterar la necesidad de instalar un cuartel policial en esos sectores poblacionales de Puerto Varas, de manera de contar con mayor presencia de Carabineros. Eso es absolutamente indispensable. Este planteamiento le fue hecho al ministro del Interior y lo reitero a propósito del hecho denunciado. La gran mayoría de los habitantes residentes en los sectores altos de Puerto Varas viven amedrentados y sufren a diario las consecuencias de los actos de las pandillas. Se trata de familias decentes, que quieren vivir tranquilas y sin temor.
La presencia de Carabineros en la comuna es insuficiente, situación que se ve agravada porque sus funcionarios trabajan entre 60 y 70 horas semanales, lo que, además de ser injusto, hace que la labor para combatir la delincuencia sea absolutamente ineficaz. Repito, toda la población reconoce que la actuación de las pandillas se ha institucionalizado en el sector alto de la comuna de Puerto Varas.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro del Interior para reiterar la petición de instalar un cuartel policial en el sector alto de puerto Varas, de manera de contar con mayor presencia de Carabineros en esos sectores poblacionales, para hacer frente a la acción de pandillas, que día a día crecen, que tienen atemorizada a la comunidad, y que este domingo, 6 de mayo, concluyeron en un acto vandálico que estremeció a todos los asistentes a un evento deportivo, a un partido de fútbol, que terminaron viendo una enfrentamiento con armas hechizas entre jefes de pandillas. Debo agregar que estos sujetos, que fueron llevados heridos a la Asistencia Pública , no quisieron denunciar los hechos precisamente para cobrarse revancha y mantener la posibilidad de seguir rivalizando entre pandillas. A esto hay que ponerle atajo y uno de los caminos es contar con mayor presencia de Carabineros en el sector.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
ANTECEDENTES SOBRE VERTEDERO INDUSTRIAL EN ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS .-
Señor Presidente , pido que se oficie a la ministra de Medio Ambiente para que, a través de la Corema regional, informe sobre el proyecto de instalar un vertedero industrial en el sector La Negra, en Antofagasta. Nadie duda de que una zona minera tan industrializada, como es la Segunda Región, necesita un vertedero; sin embargo, queremos que todo lo relativo a este proyecto se haga de manera transparente.
Por eso, es necesario saber si el vertedero que se proyecta contempla recibir, además, los desechos industriales de la Primera, Tercera y Cuarta regiones.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
CUMPLIMIENTO DE CONVENIO ENTRE GOBIERNO Y TRABAJADORES DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE SANTIAGO. Oficio.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.
El señor SALABERRY.-
Señor Presidente , el 21 de agosto de 2006 el Ministerio de Transportes y las organizaciones sindicales y gremiales del transporte público remunerado de pasajeros de la Región Metropolitana firmaron un acuerdo con la finalidad de implementar una serie de medidas tendientes a paliar el impacto y el costo social que el nuevos sistema de transporte iba a tener en estos trabajadores.
Ese acuerdo perseguía tres grandes objetivos: fortalecimiento de los trabajadores en el sistema; apoyo a la reinserción laboral de los trabajadores dependientes de la época y apoyo a trabajadores con mayor riesgo de empleabilidad. Para ese fin, el Gobierno destinaría un monto aproximado a 7.400 millones de pesos. Este convenio fue firmado en presencia del ministro de Transportes de la época, el subsecretario y el secretario regional ministerial de la Cartera.
El nuevo sistema de transporte público en la Región Metropolitana comenzó a operar el 10 de febrero del presente año y, a la fecha, ese convenio no se ha perfeccionado y los trabajadores siguen esperando que se cumpla el compromiso.
El 27 de abril recién pasado, a casi un año de haberse firmado el convenio, los trabajadores, organizados en la Confederación Nacional de Trabajadores del Transporte Terrestre de Chile Manuel Bustos Huerta, enviaron una carta al actual ministro de Transportes , don René Cortázar , en que le solicitan el cumplimiento del convenio, según consta en las resoluciones exentas N°s 115 y 116, de 27 de enero de este año, de esa Secretaría de Estado. A la fecha, ese convenio aún no se ha concretado. Estamos hablando de más de 2 mil trabajadores del transporte público de la Región Metropolitana que esperan, al menos, después de haber perdido su fuente laboral, que se cumpla el compromiso de la Presidenta de la República , adquirido a través del ministro de Transportes de la época, de entregar esos 7.400 millones para paliar los efectos y el costo social del nuevo sistema de transporte.
Por lo tanto, solicito oficiar al señor ministro de Transportes , con el objeto de que nos informe cuándo se va a cumplir el convenio a que he hecho referencia.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE IMPACTO AMBIENTAL DE INSTALACIÓN DE PLANTA DE GAS PROPANO EN PEÑALOLÉN. Oficios.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi .
La señora CRISTI (doña María Angélica) .-
Señor Presidente , la empresa Metrogás pretende instalar una planta de gas propano industrial con capacidad para más de 800 mil litros de gas licuado a 250 metros de varios conjuntos habitacionales que albergan a 700 familias, cerca de dos universidades con poblaciones diurnas de alrededor de 5 mil personas y en una zona aledaña al área de preservación ecológica de la precordillera en la comuna de Peñalolén.
En la práctica, la planta implicaría un riesgo inminente para las familias residentes del sector, la depredación de las áreas de conservación de flora y fauna de la precordillera, una grave alteración del flujo vehicular en caminos no aptos para camiones de enormes dimensiones que circularían para subir el gas a la planta que estará ubicada en una zona alta de la cordillera, según el estudio presentado, a razón de un camión cada dos horas.
Más grave aún es que la planta se instalaría en un terreno fiscal de dos hectáreas, aledaño a recintos militares, especialmente al Comando de Telecomunicaciones, lo que constituye un riesgo para la defensa y la seguridad nacional, aspecto que nos extraña que no haya sido considerado antes de enajenar el terreno, que, aparentemente, ya estaría casi comprometido.
El 18 de abril pasado, Metrogás ingresó a la Corema un estudio de impacto ambiental, ese organismo deberá pronunciarse en julio. Simultáneamente, solicitó una autorización provisional a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Corema , e, incluso, está pensando en contratar un SAP, seguro para resarcir daños menores, de modo de iniciar las obras en los próximos 15 días, antes de que el informe sea aprobado.
Peñalolén se opone en pleno a la instalación de esa planta, porque la consideran de alto peligro, como lo han establecido una serie de estudios.
Varios hechos confirman que es un proyecto prácticamente aprobado a puertas cerradas, antes de pasar por las instancias contempladas en la ley de medio ambiente.
El estudio presentado por la empresa a la Corema es insuficiente y adolece de errores técnicos importantes, entre otros, desconoce el valor ecológico de la zona, no hace mención de los riesgos asociados a los 20 mil litros de petróleo diésel almacenados para la planta eléctrica y sólo se cumple con la legislación relacionada con la supuesta intervención o participación de la ciudadanía, la que, a pesar de lo mucho que puede reclamar, es poco lo que puede hacer cuando ya hay algo decidido, como parece ser en este caso.
Además, no contempla análisis de riesgo ni un plan de evacuación o coordinación con Bomberos, falencia que hemos visto recientemente en un par de incendios grandes producidos por un par de balones de gas licuado, por lo que puedo imaginar el temor que produce a la gente tener 800 mil litros de gas a 250 metros de sus viviendas.
Tampoco incluye un análisis de impacto vial por el flujo de docenas de camiones abastecedores de gas propano licuado, de 22 toneladas de capacidad y de 16 metros de largo, que transitarán diariamente, a razón de uno cada dos horas durante el día y la noche, frente a las casas, ni otra serie de situaciones que afectarán a esas familias y al sector.
Por lo tanto, solicito oficiar a la ministra presidenta de la Comisión Nacional del Medio Ambiente , con el objeto de que nos adelante la información antes de que se dé el permiso provisorio, lo que es urgente, y cuál es su postura respecto de esta situación. Asimismo, a la ministra de la Vivienda , para que nos informe sobre la viabilidad del tránsito, y al ministro de Defensa Nacional , a Bomberos y otras instituciones que deben actuar en caso de alguna emergencia en ese sector. También al Gobierno, para solicitar que ante una actividad peligrosa de acuerdo con los estándares internacionales, vele por la seguridad de la población y no adelante la aprobación de un proyecto que, como todos sabemos, da una solución de parche a una situación complicada, mediante una actividad muy peligrosa para la zona y para el país.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
ANTECEDENTES SOBRE LA POLÍTICA FUTURA DE FORESTACIÓN. Oficios.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS (don Mario) .-
Señor Presidente , me voy a referir a un tema que, a nuestro juicio, es de la mayor trascendencia para el país y que tiene que ver con el proyecto de acuerdo N° 331, que se acaba de aprobar, relacionado con las políticas públicas sobre forestación y reforestación de Chile.
El instrumento que ha servido a este propósito por décadas, el decreto ley N° 701 y sus modificaciones, ha permitido avances significativos a lo largo y ancho de nuestro país. No obstante, hay algunos temas que merecen una reflexión y que obligan a plantear nuestra preocupación ante las autoridades de Gobierno respecto de su mantención en el mediano y largo plazo.
Ayer, junto a los dirigentes de Anafochi, asociación gremial en formación, que agrupa a forestadores y consultores de las regiones Séptima , Octava , Novena y Décima , nos reunimos con la directora nacional de la Conaf , a quien planteamos algunas preocupaciones de esta asociación gremial tiene y que yo comparto. Hay una proyección para mantener estas políticas públicas hasta el año 2010, pero no hay señales concretas de lo que va a ocurrir después.
Actores de este proceso productivo, incluidos los forestadores, reforestadores y consultores, tienen empresas con muchos trabajadores, gran cantidad de patrimonio, mucha capacidad técnica, ingenieros forestales y técnicos. Por cierto, también participan muchos pequeños propietarios, que son nuestra preocupación, de la Novena Región, especialmente de la provincia de Malleco, que represento a mucha honra en la Cámara de Diputados.
En el último tiempo, la tabla de costos de forestación, que es definida por los Ministerios de Agricultura y de Hacienda, a proposición de la Conaf, ha bajado esos costos, lo que se traduce en un desincentivo para trabajar en esta actividad, especialmente con los pequeños propietarios, ya que esa asociación la conforman actores que trabajan con personas que son dueñas de una, dos, tres o cuatro hectáreas, las que en muchos casos pertenecen a comunidades indígenas.
Esta tabla de costos de forestación, que la asociación pidió ayer a la directora nacional que se revisara, no distingue, por ejemplo, al pequeño, mediano y gran propietarios, no discrimina respecto de la calidad de los suelos, lo que tiene una incidencia directa en los costos de forestación o reforestación; tampoco da cuenta de que es más difícil y costoso plantar cuatro o cinco hectáreas de la zona de Lonquimay, que en el secano interior, donde la gran empresa planta cientos de hectáreas de una vez, con los consiguientes ahorros por efecto de las economías de escala.
Al respecto, puedo señalar que, de acuerdo con la información de la directora nacional de la Conaf , se destinarán 55 millones de dólares para estimular la forestación y la reforestación. El año pasado se reforestaron 42 mil hectáreas. Por lo tanto, nos preocupa que esas cantidades de hectáreas forestadas y reforestadas disminuyan, lo que podría terminar afectando a los propietarios más pequeños.
Por esas razones, solicito que se oficie a la directora de la Conaf y a los ministros de Agricultura y de Hacienda , a fin de que nos informen lo que se planea en esa materia para los próximos años, porque en una rápida investigación en la Cámara de Diputados, esta mañana averigüé que en la Comisión de Hacienda se ha cuestionado al gobierno por la manera en que se están usando los recursos que se destinan a esos fines. Por ello, es importante tener claridad respecto de la dirección en que van las políticas en el mediano y largo plazo.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Sabag , Mulet , Robles , Ortiz y de la señora Ximena Vidal.
RECONSIDERACIÓN DE CIERRE PARCIAL DE DIVISIÓN EL SALVADOR DE CODELCO. Oficio.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Jaime Mulet .
El señor MULET .-
Señor Presidente , quiero reiterar lo que señalé ayer en relación con la división El Salvador, de Codelco Chile, comuna Diego de Almagro, que pertenece al distrito que me honro en representar en la Cámara.
Es muy relevante que Codelco Chile haya acogido una propuesta nuestra de reestudiar y, en definitiva, reconsiderar el cierre parcial del mineral El Salvador, hasta ayer programado para diciembre de 2008, partiendo con la línea de óxidos, y luego, en 2011, con la línea de sulfuros, quedando sólo la fundición Potrerillos.
Esa reducción, sin duda, afectaría gravemente a la comuna de Diego de Almagro y a la provincia de Chañaral, Región de Atacama, especialmente a familias modestas y a trabajadores contratistas, comerciantes y pequeños empresarios.
Por ello, hace algunas semanas la Comisión de Minería, que presido, se constituyó en El Salvador para hacer una visita inspectiva, en la cual escuchamos a la comunidad, a los sindicatos, a los representantes de la empresa y de los consejos de defensa de las comunas de Diego de Almagro y de Chañaral.
Entre una serie de conclusiones que expuse en este hemiciclo, se desprende que es imposible cerrar la línea de óxidos en diciembre de 2008, porque significaría dejar desempleados no sólo a 600 ó 700 funcionarios de Codelco, sino a cerca de 2 mil o 3 mil trabajadores contratistas, los cuales no recibirían ninguna indemnización, lo que afectaría gravemente a la economía de Diego de Almagro.
Debo decir que estoy muy contento por el anuncio que hizo ayer don José Pablo Arellano , vicepresidente ejecutivo de Codelco , de acoger nuestra proposición de estudiar esta situación conforme a las nuevas condiciones de mercado del precio del cobre, lo que es obvio. Hasta ayer no nos habían dado ninguna señal.
Cuando se tomó la decisión de cerrar, el precio del cobre ascendía a 90 centavos de dólar la libra, y las proyecciones a largo plazo, lo ubicaban entre 90 y 100 centavos. Pero eso cambió drásticamente y llevamos dos años a más de tres dólares la libra de cobre.
Por lo tanto, la regla a seguir es muy simple: aplicar el actual precio del cobre, que, por lo demás, se vislumbra a un valor incluso mayor. Sin duda, han mejorado las condiciones, lo que ha permitido también vender óxidos, aunque su explotación sea un poco más cara. Eso ha permitido dar un respiro a los trabajadores de la división y a la gente de las comunas de Diego de Almagro y de Chañaral.
Me alegro, porque en este doloroso proceso los habitantes de El Salvador y de Diego de Almagro no veían una salida. Se hablaba de reconversión productiva, pero había sólo papeles y ningún proyecto concreto que indicara el lugar donde iba a trabajar esa gente, que, por lo demás, es modesta, me refiero especialmente a los trabajadores contratistas, a los comerciantes, en fin.
Agradezco que Codelco haya abierto los ojos y acogido nuestra proposición. Espero que también acceda a otras solicitudes que hemos hecho en cuanto a reestudiar y a usar la última tecnología para establecer cuántos años más la división El Salvador podrá operar los yacimientos pequeños o medianos que van quedando para disponer de recursos a fin de concretar la reconversión, entre otras medidas.
Por lo anterior, solicito que se envíe copia de esta intervención a los alcaldes de Diego de Almagro y de Chañaral, en su condición de presidentes de los respectivos concejos, a la señora ministra de Minería y, por su intermedio, al Vicepresidente Ejecutivo de Codelco.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Robles y de quien preside.
INFORMACIÓN SOBRE TRABAJOS VIALES EN REGIÓN METROPOLITANA. Oficio.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra la honorable diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , antes de referirme al tema que abordaré, quiero decir a los señores diputados de la UDI -aunque no estén presentes en este momento-, en relación con sus intervenciones, que emplazando a la Presidenta no se arreglan las políticas sociales.
A continuación quiero exponer un problema que afecta a los vecinos de la avenida Santa Rosa por las labores de ensanche y pavimentación.
En otras ocasiones hemos conocido numerosas quejas por incumplimientos ambientales y actividades frecuentemente invasivas en que incurren quienes realizan trabajos de gran envergadura en estructura vial en nuestras ciudades.
No queremos que las familias que viven en la avenida Santa Rosa , importante vía de acceso al centro, sufran daños que pueden ser evitados.
En estos momentos no hay pasos peatonales, hay material suelto y desplazamiento de maquinaria sin baliza, por lo cual estamos frente a una situación irregular.
La empresa constructora quiebra un equilibrio que muchas veces es precario. Es la responsable de quienes están efectuando esas labores, debe cumplir con las exigencias para llevarlas a cabo y el Ministerio coordinador tiene que garantizar que se realicen en armonía.
Creo que las empresas constructoras siempre deben tener un estándar mayor de cumplimiento de las normas que rigen su actuar por el riesgo potencial de intervención en la vida de las personas que a diario se ven expuestas a complejas y, a veces, peligrosas formas de ejecutar los trabajos.
Hoy damos cuenta de los daños denunciados por los pobladores que viven en Santa Rosa y también de los peligros y molestias para los niños y personas de la tercera edad que no pueden transitar con seguridad, pues no existen vías de desplazamiento paralelas a esa avenida, que den garantías de seguridad.
El desarrollo de un país debe tener como objetivo principal el mejoramiento de la vida de las personas. El impacto de los efectos que producen las obras públicas deben ser aminorados por la vía de disminuir los costos y perjuicios que se originan para quienes habitan los sectores donde se realizan.
Un salto cualitativo en el mejoramiento vial de nuestras ciudades pasa siempre por una disminución de los daños que los cambios pueden generar en las personas, y para ello se debe aumentar la supervisión, a fin de asegurar el cumplimiento de las normas que correspondan.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas y a la ministra de Vivienda y Urbanismo para que entreguen información precisa acerca de la existencia, contenido y plazos de los trabajos de ensanche y pavimentación de la avenida Santa Rosa y de las medidas tomadas para el cumplimiento de las normas básicas medioambientales, de vialidad y de seguridad que correspondan.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
FISCALIZACIÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL EN LOCALIDAD DE ANDACOLLO. Oficio.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ (don Marcelo) .-
Señor Presidente , hace un tiempo en la Sala me referí a una situación que afecta a la localidad de El Sauce, comuna de Andacollo, donde ocho familias viven al lado de una enorme pared de relaves mineros.
Lamentablemente, hoy debo informar de otra situación que también es producto del auge minero que ha experimentado esa comuna en los últimos años. Hace unos días, visité la localidad de La Laja, donde sus habitantes me expresaron diversos problemas ocasionados por el polvo en suspensión, las tronaduras, que producen grietas y daños estructurales en las viviendas, la contaminación de las napas subterráneas y la constante sensación de inseguridad y desprotección producto de los posibles agentes contaminantes a los que están expuestos.
En esa oportunidad, recorrí otros sectores de la comuna para recabar mayores antecedentes. Visité el sector de Mataderos, donde asistí a una reunión con apoderados del jardín infantil “Ricitos de Oro”, cuyo establecimiento se encuentra con sus vidrios rotos a causa de las tronaduras, con el evidente riesgo que esto trae para los niños. Durante el trayecto recibí, reiteradamente, denuncias de los habitantes de Andacollo sobre una supuesta fuga de información desde los servicios públicos hacia las compañías mineras, que les permite prepararse cada vez que van a ser objeto de una fiscalización para verificar el cumplimiento de las medidas de protección ambiental.
A mi juicio, lo denunciado es de la mayor gravedad, sobre todo si se considera que el objetivo de la fiscalización es el cumplimiento de la normativa correspondiente para el resguardo del patrimonio ambiental y de la salud de la población.
Por lo tanto, frente a estos nuevos episodios, solicito que se oficie, nuevamente, a la ministra presidenta de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, para que se investiguen a fondo las diversas denuncias formuladas por los vecinos de las localidades mencionadas en mi intervención. Es fundamental dar una pronta respuesta a quienes viven en Andacollo, importante comuna de mi distrito, con la permanente sensación de que su salud se verá afectada.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quien preside.
REVISIÓN DE CONVENIO DE PROTECCIÓN SOCIAL ENTRE CHILE Y SUIZA. Oficio.
El señor DÍAZ (don Marcelo) .-
Señor Presidente , en segundo lugar, quiero plantear una situación que afecta a más de 700 personas, en su gran mayoría adultos mayores, que retornaron a Chile desde Suiza sin poder recuperar aún los aportes que hicieron al sistema previsional de ese país, particularmente aquellos que correspondían al aporte patronal. A raíz de una intervención en Incidentes de una sesión anterior sobre este mismo tema, recibí respuesta de los ministros de Relaciones Exteriores y del Trabajo. Sin embargo, a mi juicio, el problema de esas personas, relacionado con las cotizaciones previsionales realizadas durante los años que vivieron en Suiza, todavía no se ha resuelto.
En los próximos días, la Presidenta de la República , Michelle Bachelet , realizará una visita oficial a Suiza. Considero que es el momento oportuno para que, formalmente, Chile invite a Suiza a rediscutir el convenio de protección social existente entre ambos países, a iniciar una negociación que soluciones el problema que, reitero, aqueja a más de 700 personas de edad avanzada, muchos de los cuales aún no reciben la justa retribución por toda una vida de trabajo en Chile y en Suiza.
Por lo tanto, pido que se oficie a su Excelencia la Presidenta de la República, a fin de que invite al Gobierno de Suiza, durante su visita oficial a ese país, a resolver este problema y a expresar, formal y oficialmente, su posición respecto de una demanda tan sentida y merecida como la que nos han hecho llegar centenares de retornados de Suiza.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quien preside.
TRASPASO DE FUNCIONARIOS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES A SERVICIOS MUNICIPALIZADOS DE SALUD. Oficios.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles .
El señor ROBLES .-
Señor Presidente , uno de los elementos más importantes para mejorar el nivel de la salud en Chile es que las instituciones puedan realizar convenios de colaboración.
Uno de estos convenios es el celebrado entre el Ministerio de Salud y la Junta Nacional de Jardines Infantiles, mediante el cual las partes acuerdan mantener un programa de desarrollo y aprendizaje infantil temprano en los centros de salud a nivel nacional. Sin embargo, estas iniciativas tan importantes y loables no logran su objetivo si no consideran a los trabajadores que van a participar en ese programa. A mi juicio, la Junta Nacional de Jardines Infantiles debe replantear su política en cuanto a proteger a las educadoras de párvulos que trabajan en los distintos jardines infantiles desarrollando actividades similares. En el caso de mi región, muchas de estas profesionales se han desempeñado por más de quince años en la Junta Nacional de Jardines Infantiles realizando actividades de apoyo al aprendizaje de los niños en los consultorios.
Lo que se busca es que se destine parte de los recursos de salud al pago de las remuneraciones de las funcionarias que trabajen en dicho programa.
No obstante, en la Junta Nacional de Jardines Infantiles no han tomado en cuenta algo muy importante, que la remuneración que ofrece el sector salud a estas profesionales es bastante bajo, sobre todo si se consideran los bienios y la gran experiencia que tienen en esa área. Además, el convenio determina que podrían ser marginadas aquellas personas que no se requieran, lo que acarrearía consecuencias muy negativas.
Considero de extrema gravedad que no se converse con esas profesionales respecto de la mantención de su nivel remuneracional, de similares condiciones de trabajo y de todos los incentivos que se entregan a quienes se desempeñan en el sector salud para que cumplan en buena forma su labor.
Por tanto, pido que se oficie a la ministra de Salud y a la presidenta de la Junta Nacional de Jardines Infantiles para que en el programa que se está desarrollando se evalúen los niveles de remuneración y de certeza jurídica para que esas funcionarias puedan realizar su labor. Como van a ser traspasadas a los consultorios municipales, deberían ser adscritas a las plantas del sector salud municipalizado, con remuneraciones acordes con su labor y con todos los beneficios de que gozan los funcionarios que actualmente se rigen por el Estatuto de Salud Primaria.
Esa es la única fórmula que permitiría que esas funcionarias puedan seguir cumpliendo su trabajo en forma adecuada.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de quien preside.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.52 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. la Presidenta de la República con el que inicia un proyecto de acuerdo que aprueba la enmienda al artículo I de la convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, adoptada en Ginebra, el 21 de diciembre de 2001. (boletín Nº 5024-10)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración la Enmienda al Artículo I de la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que Puedan Considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados, adoptada en Ginebra, el 21 de diciembre de 2001.
I. OBJETIVO DE LA ENMIENDA.
Los Estados Partes, en la Segunda Conferencia de Examen del instrumento internacional, adoptaron la decisión de enmendar el Artículo 1 de la Convención con el objeto de ampliar su ámbito de aplicación, haciéndolo extensivo a los conflictos armados no internacionales. Cabe hacer presente que dicha Convención fue promulgada por Decreto Supremo N° 137, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicada en el Diario Oficial, con fecha 13 de septiembre de 2004.
II. CONTENIDO DE LA ENMIENDA.
La presente Enmienda está estructurada sobre la base de un artículo único, conformado por 7 (siete) párrafos, en donde se despliegan las modificaciones introducidas a la Convención.
1. Párrafo 1.
Con el propósito indicado, se modifica el texto original del artículo número 1 de la Convención sustituyendo la frase “protección de las víctimas de la guerra…” por “protección de las víctimas de los conflictos armados…” Así, la Convención y sus Protocolos anexos se aplicarán a las situaciones a que se refiere el artículo 2 común a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados, incluidas cualesquiera situación descrita en el párrafo 4 del artículo I del Protocolo Adicional I a esos convenios. Las situaciones a que se hace referencia son, respectivamente, en caso de guerra declarada que surja entre dos o más partes, aunque la guerra haya sido reconocida por alguna de ellas y en el caso de ocupación de la totalidad o parte del territorio de un beligerante; y, la que dice relación con los conflictos armados en que se lucha contra la dominación colonial, la ocupación extranjera y los regímenes racistas.
2. Párrafo 2.
Este párrafo dispone que la presente Convención y sus Protocolos anexos se aplicarán, además de las situaciones descritas anteriormente, a las que se refiere el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, precisando que no se aplicaran a las situaciones de tensiones internas y de disturbios interiores, tales como los motines, los actos esporádicos de violencia y otros actos análogos que no son conflictos armados. El citado artículo 3 contempla los resguardos que un Estado debe tomar a favor de las personas que no participan directamente en un conflicto armado que no tiene el carácter de internacional.
3. Párrafo 3.
A su vez, el párrafo 3 contempla que ante un conflicto armado no internacional que surja en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes, cada parte en el conflicto estará obligada a aplicar las prohibiciones y restricciones de la presente Convención y de sus Protocolos anexos.
4. Párrafo 4.
El párrafo 4 preceptúa que no se podrá invocar ninguna disposición de la presente Convención o de sus Protocolos anexos con el fin de menoscabar la soberanía de un Estado o la responsabilidad que le incumbe para mantener o restablecer el orden público o defender la unidad nacional y la integridad territorial por todos los medios legítimos.
5. Párrafo 5.
El párrafo 5 tiene por propósito delimitar la aplicación de la Convención y sus Protocolos anexos, consignando que no podrá invocarse disposición alguna de éstos y aquéllos para justificar la intervención, directa o indirecta, sea cual fuere la razón, en un conflicto armado o en los asuntos internos o externos de la Alta Parte Contratante en cuyo territorio tenga lugar un conflicto.
6. Párrafo 6.
El párrafo 6 regula que la aplicación de las disposiciones de la presente Convención y sus Protocolos anexos a las partes en un conflicto, que no sean Altas Partes Contratantes, que hayan aceptado la presente Convención y sus Protocolos anexos no modificará su estatuto jurídico ni la condición jurídica de un territorio en disputa ya sea expresa o implícitamente.
7. Párrafo 7.
Finalmente, el párrafo 7 expresa que las disposiciones de los párrafos 2 al 6 del presente artículo no se interpretarán en perjuicio de los Protocolos adicionales adoptados después del 1° de enero de 2002, que pudieran aplicarse, ni excluirán o modificarán el ámbito de su aplicación en relación con el presente artículo.
En mérito de lo expuesto, y considerando que las disposiciones de este Acuerdo permitirán restringir en forma más eficaz el uso de este tipo de armas en los conflictos aludidos precedentemente, solicito a Vuestras Señorías aprobar el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la Enmienda al Artículo I de la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que Puedan Considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados, adoptada en Ginebra, el 21 de diciembre de 2001.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; ALEJANDRO FOXLEY RIOSECO , Ministro de Relaciones Exteriores ; JOSÉ GOÑI CARRASCO , Ministro de Defensa Nacional ”.
2. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto de ley que modifica los artículos 491 y 494 del Código Penal, con el objeto de hacer responsables a propietarios de perros domésticos por mordeduras y daños a terceros. (boletín N° 4546-07)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción del Diputado señor Enrique Estay Peñaloza .
Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la colaboración de la señora Ministro Secretaria General de la Presidencia , doña Paulina Veloso Valenzuela .
En atención a la sencillez de la iniciativa, la Comisión acordó prescindir del trámite de las audiencias públicas a que se refiere el artículo 211 del Reglamento de la Corporación.
IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.
La idea central del proyecto tiene por objeto hacer responsables a los dueños de animales domésticos por los daños o perjuicios que éstos causen a consecuencia del descuido de sus propietarios, o que se encuentren en lugares accesibles al público sueltos o en situación de causar mal.
Con tal objeto introduce dos modificaciones al Código Penal para:
1° Castigar como cuasidelito la conducta del propietario que por descuido culpable da lugar a que sus animales domésticos causen daño o mordeduras a las personas.
2° Sancionar como falta del propietario dejar sueltos en lugares accesibles al público a sus animales domésticos o en disposición de causar mal.
Tales ideas, las que el proyecto concreta mediante dos artículos que introducen las correspondientes modificaciones, son propias de ley al tenor de lo establecido en los números 2) y 3) del artículo 63 de la Constitución Política.
CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
Para los efectos de lo establecido en los números 2°, 4°, 5° y 7° del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1. Que las disposiciones del proyecto no tienen rango de ley orgánica constitucional o que deban aprobarse como normas de quórum calificado.
2. Que ninguna de sus disposiciones es de la competencia de la Comisión de Hacienda.
3. Que el proyecto se aprobó en general por unanimidad (participaron en la votación los Diputados señora Soto y señores Araya , Burgos , Bustos , Cardemil , Ceroni , Eluchans y Ward.).
4. Que únicamente se rechazó el artículo 2° del proyecto, el que dispone lo siguiente:
“Artículo 2°.- Reemplázase la actual redacción del numeral 18 del artículo 494 del Código Penal por la siguiente: “18. El dueño de animales feroces o domésticos que en lugar accesible al público los dejare sueltos o en disposición de causar mal.”.
DIPUTADO INFORMANTE .
Se designó diputado informante al señor Felipe Ward Edwards .
ANTECEDENTES.
1. El autor de la moción hace presente que las ciudades, e incluso los campos, se han visto invadidos por verdaderas jaurías de perros vagos que representan un peligro para la salud de la población. Agrega que estos animales, originalmente domésticos, han protagonizado innumerables ataques a las personas con resultados de graves mutilaciones o lesiones, incluso la muerte, o bien, secuelas de carácter psicológico, sin perjuicio, además, que muchos de ellos son portadores de enfermedades transmisibles al ser humano, como la hidrofobia, la que suele dar lugar a desenlaces fatales.
Refiriéndose, en seguida, a la legislación aplicable, señaló que si bien el Código Penal sanciona con las penas de los cuasidelitos a los propietarios de animales que causan daño, solamente se refiere a aquellos que tienen el carácter de feroces, sin considerar a los domésticos, razón por la que estima razonable legislar para responsabilizar a los propietarios de estos últimos, por los perjuicios que causen o pudieren causar a las personas.
2. El Código Penal.
Su artículo 491 sanciona, en su inciso segundo, como autor de cuasidelito al dueño de animales feroces que, por descuido culpable de su parte, causen daño a las personas. Si el hecho del daño causado, por su entidad, importare un crimen, la pena es de reclusión o relegación menores en sus grados mínimo a medio, es decir, 61 días a 3 años. Si por el contrario, importare un simple delito, la pena es de reclusión o relegación menores en su grado mínimo, es decir, 61 a 540 días, o multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.
Su artículo 494 sanciona como falta, con multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales, entre otras conductas, la que señala su número 18, es decir, la del dueño de animales feroces que en lugar accesible al público los dejare sueltos o en disposición de causar mal.
DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
En atención a su sencillez, la iniciativa fue incluida en la Tabla de Fácil Despacho, razón por la que se la discutió en general y en particular a la vez.
El Diputado señor Ward hizo presente que las figuras penales sancionadas en los artículos 491 inciso segundo y 494 N° 18 del Código Penal, castigaban al propietario de animales que causaban daño o que provocaban situaciones de peligro, pero en todos estos casos la referencia era únicamente a animales feroces y lo que el autor de la moción pretendía era extender esta responsabilidad también a los dueños de animales domésticos. No obstante, creía que podía alcanzarse tal finalidad suprimiendo en el artículo 491 del Código la expresión “feroces”, dejando solamente la palabra “animales”, sin distingos.
Los Diputados señora Soto y señor Ceroni creyeron notar una contradicción entre la finalidad perseguida por la moción y la referencia a “perros vagos” que se hace en los considerandos o fundamentos, por cuanto al carecer este tipo de animales de dueños no sería posible responsabilizar a alguien por los daños que causaren.
El Diputado señor Bustos , refiriéndose a la modificación al artículo 491, señaló que dicha norma exigía la concurrencia de descuido culpable en el propietario del animal que causaba daños a una persona, por lo que dicha conducta debía complementarse con la muerte o las lesiones de la víctima. En consecuencia, parecía apropiado que la norma se refiriera solamente a animales, sin distinción, por cuanto la causa directa de la lesión o muerte, podía ser no sólo un perro sino también, por ejemplo, un caballo. Sin embargo, en lo que se refería a la modificación que se quiere introducir al N° 18 del artículo 494, la supresión de la palabra “feroces” le parecía inapropiada, toda vez que la ferocidad del animal resultaba fundamental. El animal en si no podía ser objeto de falta, por lo que hablar únicamente de animal daría lugar a la formación de una norma penal en blanco, absolutamente abierta y por ende inconstitucional.
Ante la posibilidad de agregar en esta última norma la circunstancia de descuido culpable por parte del propietario, hizo presente que en general los delitos culposos no se castigaban por lo mucho que se exige al sujeto activo, no habiendo, dentro del sistema del Código, más de cuatro ejemplos, como es el caso del homicidio o las lesiones, que por excepción se sancionan, por lo que incorporar ese elemento en esta norma sería contradictorio con el sistema mismo del Código.
Cerrado finalmente el debate, la Comisión procedió a aprobar por unanimidad la idea de legislar ( participaron en la votación los Diputados señora Soto y señores Araya , Bustos , Burgos , Cardemil , Ceroni , Eluchans y Ward) y por el mismo quórum convino:
a) sustituir la modificación que se propone por el artículo 1° del proyecto para el inciso segundo del artículo 491, en el sentido de suprimir del texto de este último, la expresión “feroces”, y
b) rechazar el artículo 2°.
-o-
Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor Diputado Informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente:
“PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- Suprímese en el inciso segundo del artículo 491 del Código Penal la expresión “feroces”.
-o-
Sala de la Comisión, a 21 de noviembre de 2006.
Acordado en sesión de igual fecha, con la asistencia de los Diputados señor Pedro Araya Guerrero ( Presidente ), señora Laura Soto González y señores Juan Bustos Ramírez , Jorge Burgos Varela , Alberto Cardemil Herrera , Guillermo Ceroni Fuentes , Edmundo Eluchans Urenda y Felipe Ward Edwards .
(Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
3. Informe de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente sobre el proyecto de ley que modifica los artículos 491 y 494 del Código Penal, con el objeto de hacer responsables a propietarios de perros domésticos por mordeduras y daños a terceros. (boletín Nº 4546-07)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente pasa a informar, en primer trámite constitucional y reglamentario, el proyecto singularizado en el epígrafe, iniciado en una moción del Diputado señor Enrique Estay Peñaloza , en virtud del acuerdo adoptado por la Corporación en la sesión 96ª, de fecha 9 de noviembre de 2006, en orden a que una vez despachado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, fuera remitido a esta instancia legislativa.
Mediante esta iniciativa legal se pretende hacer responsables a los dueños de animales domésticos por los daños o perjuicios que éstos causen como consecuencia del descuido de sus propietarios, y en los casos en que los dejaren sueltos en lugares accesibles al público o en situación de causar mal.
I. CONSTANCIAS PREVIAS.
Para los efectos de lo establecido en los números 2°, 4°, 5° y 7° del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, cabe dejar constancia de los siguientes aspectos:
1. Que el proyecto no tiene normas de rango orgánico constitucional o de quórum calificado.
2. Que su artículo único no es de competencia de la Comisión de Hacienda.
3. Que el proyecto se aprobó en general por la unanimidad de los Diputados presentes señores Accorsi, don Enrique ; Bauer, don Eugenio ; Estay, don Enrique ; Girardi Briere, don Guido ; Meza, don Fernando ; Sepúlveda, don Roberto , y Vallespín, don Patricio .
4. Que se designó como Diputado informante al señor Enrique Estay Peñaloza.
II. ANTECEDENTES DEL PROYECTO.
a) Fundamentos de la moción.
El autor de la moción señala que la gran cantidad de perros vagos que ha invadido las ciudades y campos representa un peligro para la integridad física de la población, lo cual se refleja en los innumerables ataques de estos animales a personas que han sufrido graves lesiones e incluso la muerte.
Asimismo, hace hincapié en que nuestra legislación penal, a propósito de los cuasidelitos, sanciona al propietario de animales feroces que causan daño, sin mencionar a los domésticos, que deberían ser igualmente considerados en la norma.
En este sentido, la iniciativa persigue hacer responsables a los dueños de los animales domésticos por los daños o perjuicios que puedan provocar como consecuencia de su descuido culpable, ya sea que se encuentren sueltos en lugares públicos o en situación de causar daño.
Para estos efectos, el autor de la moción propone modificar los artículos 491 y 494 del Código Penal, con el objeto de sancionar como cuasidelito la conducta del propietario que, por descuido culpable, da lugar a que sus animales domésticos causen mordeduras o daño a las personas y, como falta, al propietario que deje animales domésticos sueltos en lugares accesibles al público o en disposición de causar mal.
b) Antecedentes de derecho.
El artículo 491 del Código Penal sanciona, en su inciso segundo, como autor de cuasidelito, al dueño de animales feroces que, por descuido culpable de su parte, causaren daño a las personas. Si el hecho del daño causado, por su entidad importare un crimen, la pena es de reclusión o relegación menores en sus grados mínimo a medio, esto es de 61 días a 3 años. Si por el contrario, importare un simple delito, la pena es de reclusión o relegación menor en su grado mínimo, es decir de 61 a 540 días, o multa de once a veinte unidades tributarias.
Si bien existe jurisprudencia en los tribunales superiores de justicia en donde se ha aplicado esta figura para condenar a dueños de animales domésticos, específicamente perros, que han ocasionado lesiones a las personas, se puede advertir que la expresión “feroces” utilizada en el tipo penal genera controversia en cuanto a su interpretación al no estar definida, motivo por el cual no existe un criterio uniforme en los fallos de los tribunales de justicia.
Por su parte, en doctrina se señala que el animal feroz corresponde al animal fiero a que se refiere el Código Civil en su artículo 2.327, que en general es aquel que, dejado en libertad de movimiento ataca a las personas y puede causarles daño.
A su vez, el número 18 del artículo 494 del mismo Código , sanciona como falta, la conducta del dueño de animales feroces que en lugar accesible al público los dejare sueltos o en disposición de causar mal, asignándole una pena consistente en multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales.
c) Lo obrado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia:
Esta iniciativa legal fue aprobada en general y en particular por unanimidad en dicha Comisión.
Si bien en la moción se pretendía modificar el artículo 491 del Código Penal, con el fin de sancionar a los dueños de animales domésticos y no sólo de aquellos que tienen el carácter de feroces, como ocurre en la actualidad, cuando éstos causaren mordeduras y daño a las personas por su descuido culpable, la mencionada Comisión consideró que este objetivo se cumplía de mejor manera suprimiendo en dicho artículo la expresión “feroces”, de modo de no efectuar distingo alguno en lo que respecta a la condición o calidad de los animales.
Por otra parte, hubo acuerdo en orden a desestimar la modificación propuesta en la moción respecto del numeral 18 del artículo 494 del mencionado cuerpo legal, que tenía por objeto sancionar con pena de falta al propietario que dejare sueltos en lugares accesibles al público a sus animales domésticos o en disposición de causar mal, con lo cual, al igual que en el caso anterior, no sólo incurriría en este ilícito el propietario de animales feroces, como sucede actualmente. Para ello se tuvo en consideración que no podría en esta norma hacerse referencia, en general, a los animales y suprimir, como se propuso respecto del artículo 491, la expresión “feroces”, por cuanto ello implicaría dar origen a una norma penal en blanco abierta que, por ende, sería inconstitucional.
IV. DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR.
El proyecto, en atención a su sencillez, se discutió en general y en particular a la vez.
Durante el debate se valoró la propuesta de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en orden a desechar la modificación del número 18 del artículo 494 del Código Penal y a suprimir la palabra “feroces” en el texto del artículo 491 del citado Código , ya que se estimó que con ello se cumplía cabalmente la finalidad que perseguía el autor de la moción.
Sin embargo, se consideró conveniente restringir la aplicación de la norma en el sentido de exigir que los animales cuyos dueños sean sancionados en virtud de esta disposición, se encuentren sueltos.
Consecuentemente, se formuló una indicación al inciso segundo del citado artículo 491, para agregar, a continuación de la expresión “de su parte”, la frase “se encuentren sueltos”.
Si bien la indicación fue aprobada por unanimidad, posteriormente, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 210 del Reglamento de la Corporación, en la sesión del día 2 de mayo, la Comisión acordó reabrir debate, a petición del Diputado señor Estay , quien argumentó que la indicación aprobada sólo implicaría complicar la aplicación de la norma. En razón de lo anterior, solicitó someter a la Sala la aprobación del texto propuesto por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Sobre el particular, se hizo constar la necesidad de que la norma sea de fácil aplicación y de que verdaderamente sirva para sancionar a los dueños de animales que ocasionen daño a las personas, en especial a los niños, lo cual no se lograría de mantenerse la indicación en comento.
Puesta en votación la proposición del señor Estay , se aprobó por la unanimidad de los señores Diputados presentes, acordándose, en definitiva, mantener el texto aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
-o-
Por las razones señaladas y por las que expondrá en su oportunidad el señor Diputado informante , esta Comisión recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Suprímese en el inciso segundo del artículo 491 del Código Penal la expresión “feroces”.”.
Sala de la Comisión, a 2 de mayo de 2007.
Acordado en sesiones de fechas 18 de abril y 2 de mayo de 2007, con la asistencia de los Diputados Enrique Accorsi Opazo ( Presidente ), Eugenio Bauer Jouanne , Francisco Chahuán Chahuán , Enrique Estay Peñaloza , Alejandro García-Huidobro Sanfuentes , Guido Girardi Briere , Fernando Meza Moncada , Denise Pascal Allende , Jaime Quintana Leal , Roberto Sepúlveda Hermosilla , Patricio Vallespín López , y Mario Venegas Cárdenas .
Asimismo, asistieron los diputados Álvaro Escobar Rufatt y Sergio Bobadilla Muñoz .
(Fdo.): MARÍA TERESA CALDERÓN ROJAS , Abogada Secretaria de la Comisión”.
4. Informe Complementario del Segundo Informe de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, respecto del proyecto de ley que establece normas sobre la crianza, tenencia y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos. (boletín Nº 2696-12)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente pasa a emitir un informe complementario sobre el proyecto de ley singularizado en el epígrafe, iniciado en una moción de los entonces Diputados señores Leopoldo Sánchez y Mario Acuña , en primer trámite constitucional y segundo reglamentario.
El mandato en virtud del cual esta Comisión procede a evacuar dicho informe tiene su origen en un acuerdo de la Corporación, adoptado en la sesión 94ª, ordinaria, celebrada el 8 de noviembre de 2006.
El proyecto en informe pretende regular la tenencia de cierto tipo de perros, que de acuerdo con las características que presentan, son considerados potencialmente peligrosos, a fin de consagrar la responsabilidad de sus dueños frente a los daños eventuales que puedan ocasionar, como sucede en otras legislaciones a nivel mundial, dentro de un contexto de protección a la integridad física de las personas.
Para una mejor comprensión de las modificaciones introducidas, se acompaña un documento en el que constan los textos aprobados por esta Comisión en el segundo informe reglamentario y en el informe complementario.
I. CONSTANCIAS PREVIAS.
1. La Comisión mantuvo el criterio de que deben aprobarse con quórum de ley orgánica constitucional los artículos 5°, que pasa ser 6°, y 7°, que pasa a ser 8°, por tratarse de una materia relativa a la organización y atribuciones de los tribunales de justicia propia de la ley orgánica constitucional a que se refiere el artículo 77 de la Carta Fundamental.
2. Asimismo, se deja constancia de que no existen normas que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
3. Se mantuvo como Diputado informante al señor Fernando Meza Moncada .
II. LO OBRADO EN EL SEGUNDO TRÁMITE REGLAMENTARIO.
Durante el segundo trámite reglamentario se tuvo en consideración la importancia de legislar sobre esta materia, en atención al aumento de casos de ataques de perros que han afectado a personas, con consecuencias ampliamente conocidas por la opinión pública, y en razón de que ha crecido el interés por adquirir ejemplares pertenecientes a razas clasificadas como peligrosas, debido al incremento de la delincuencia. Menester es recordar que, de acuerdo con lo señalado en el primer informe de la Comisión, en la Región Metropolitana se registran 27.000 casos anuales de mordeduras, y que estudios efectuados en Estados Unidos dan cuentan de que el 50% de las agresiones que acarrean lesiones graves o la muerte de personas, fueron ocasionadas por rottweilers, pit bulls y dogos argentinos.
Por su parte, la Comisión aprobó en forma unánime las indicaciones presentadas, en virtud de las cuales se introdujeron las siguientes modificaciones al texto aprobado en el primer trámite reglamentario:
-En primer lugar, se reemplazó el artículo 1°, con el propósito de especificar los criterios que permiten considerar a un perro como potencialmente peligroso.
De este modo, se entienden comprendidos dentro de este concepto:
-los perros respecto de los cuales se haya acreditado que han atacado a personas u otros animales;
-los que, a juicio de la autoridad sanitaria, muestren un comportamiento agresivo e inestable;
-aquéllos que hayan sido adiestrados para el ataque y defensa por sus dueños o por terceros;
-los ejemplares que pesen más de 35 kilos, cualquiera sea su edad, y
-los que pertenezcan a determinadas razas que se enumeran en el texto y que corresponden a las consideradas en la norma aprobada en el primer trámite reglamentario, admitiendo en todo caso la posibilidad de que se agreguen otras no especificadas. Asimismo, se establece que un reglamento dictado por el Presidente de la República actualizará al menos anualmente la nómina de las razas que quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.
-Finalmente, se incorporó un nuevo artículo 8°, con el fin de sancionar al tenedor de un perro que atacare a una persona, en el evento de que dicho ataque se haya producido por negligencia o por violación de la normativa contenida en esta ley. Se contemplan sanciones privativas de libertad y pecuniarias, que son diferenciadas según si se ocasionare la muerte de la víctima, lesiones graves o lesiones leves, y se permite que la pena pecuniaria pueda ser sustituida por la de trabajo en favor de la comunidad, lo que deberá disponer el juez de garantía o el tribunal oral en lo penal que hubieren conocido de la causa.
III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DE LAS INDICACIONES.
Las indicaciones presentadas al texto del proyecto aprobado en el segundo trámite reglamentario dicen relación con modificaciones a los artículos 1° y 8°, que pasó a ser 9°, y con incorporación de un nuevo artículo 3°.
Artículo 1°
Establece que son perros potencialmente peligrosos aquéllos, cualquiera sea su raza, respecto de los cuales se acreditare que hubieren atacado a personas u otros animales; los de cualquier raza, que a juicio de la autoridad sanitaria muestren un comportamiento agresivo e inestable; los que hayan sido adiestrados para el ataque y defensa por sus dueños o por terceros; los que pesen más de 35 kilos y los que pertenezcan a las siguientes razas, sean puros por pedigree, puros por cruza o mestizos: rottweiler, pit bull, dobermann, mastín napolitano, tosa japonés, dogo argentino, dogo de burdeos, bullmastiff, staffordshire, de presa canario, fila brasileiro, akita, y otras.
Por último, dispone que un reglamento actualizará, al menos anualmente, la nómina de las razas que quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.
Se presentaron las siguientes indicaciones:
1. De los señores Escobar, Jaramillo y Jiménez, para agregar, en la letra a), el siguiente párrafo nuevo, pasando el punto final (.) a ser seguido:
“La acreditación a que se hace referencia deberá constar, a lo menos, en una denuncia policial en la que quede claramente establecida la identidad del perro, la de sus dueños o tenedores y las circunstancias en que se produjo el ataque. Se deberán además constatar las lesiones causadas.”.
Mediante esta indicación se pretende especificar en qué debe consistir la acreditación del ataque efectuado por un perro a personas o a animales, el cual, de acuerdo con la letra a) de este artículo, permitiría considerarlo como potencialmente peligroso. De este modo, a juicio de sus autores, se otorga una mayor certeza a la norma y se evitan ciertas injusticias que pudieran perjudicar a los propietarios de perros.
Durante el debate, se planteó que, adicionalmente, debería exigirse que la denuncia sea formulada ante la autoridad sanitaria respectiva, a fin de asegurar de mejor manera que quede constancia de las agresiones efectuadas por estos animales, idea que se materializó en una indicación presentada por los señores Accorsi , Bauer , Estay , García-Huidobro , Girardi , Meza , Sepúlveda y Vallespín .
Puestas en votación, las indicaciones fueron aprobadas por unanimidad.
2. De los señores Accorsi , Bauer , Chahuán , Estay , García-Huidobro , Girardi , Meza , Sepúlveda y Vallespín , para reemplazar, en la letra b), la conjunción “e por “o”.
Esta indicación tiene por objeto establecer que para que un perro sea calificado como potencialmente peligroso por la autoridad sanitaria, se requiere que exhiba un comportamiento agresivo, o bien, inestable, sin que deban reunirse ambas condiciones copulativamente.
Sometida a votación, la indicación fue aprobada por unanimidad.
3. De los señores Escobar, Jaramillo y Jiménez, para agregar, en la letra b), el siguiente párrafo final, pasando el punto aparte (.) a ser seguido:
“Un reglamento determinará el protocolo y procedimiento a seguir por parte de la autoridad sanitaria para determinar el comportamiento agresivo o inestable de un perro. En todo caso, dicho informe deberá ser suscrito por a lo menos dos médicos veterinarios, especialistas en conducta animal.”.
Esta indicación tiene por objeto encomendar a la potestad reglamentaria la tarea de establecer los criterios y procedimientos que se deberán utilizar para determinar en forma objetiva el comportamiento agresivo o inestable de un perro, a fin de evitar arbitrariedades en la apreciación de la conducta del animal.
Durante el debate, hubo consenso en orden a eliminar la frase final, en virtud de la cual se establece que dos médicos veterinarios especialistas en conducta animal deben suscribir un informe, por cuanto, por una parte, resulta imprecisa, al no referirse a la materia que debe abordarse y, por otra, incorpora una exigencia que debería ser incluida en el reglamento a que se refiere la norma, el cual tiene por objeto precisamente consagrar el procedimiento para determinar el comportamiento agresivo o inestable de un perro.
Asimismo, se manifestó la conveniencia de especificar que dicho reglamento debe ser dictado por el Ministerio de Salud.
No obstante lo anterior, se hizo notar que, por razones de técnica legislativa, el párrafo propuesto en esta indicación, con las modificaciones concordadas, debía trasladarse al inciso segundo de este artículo, que también alude a la dictación de un reglamento.
Consecuentemente, los señores Accorsi , Bauer , Chahuán , Estay , García-Huidobro , Girardi , Meza , Sepúlveda y Vallespín , presentaron una indicación para reemplazar el inciso segundo, por el siguiente:
“Un reglamento del Ministerio de Salud establecerá el protocolo que deberá adoptar la autoridad sanitaria para determinar el comportamiento agresivo o inestable de un perro, a que se refiere la letra b), así como también el procedimiento al que deberá ceñirse para tales efectos. Asimismo, dicha Secretaría de Estado deberá actualizar anualmente la nómina de las razas que quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.”
Esta indicación, que recoge las observaciones formuladas durante el debate, fue aprobada por unanimidad, dándose por rechazada la signada con el número 3.
4. De los señores Escobar, Jaramillo y Jiménez, para suprimir la letra d).
Mediante esta indicación se pretende excluir del listado de perros potencialmente peligrosos a los que, sin importar su raza o edad, pesan más de 35 kilos. De este modo, se desea evitar que la peligrosidad de estos animales sea asociada necesariamente con su envergadura. En este sentido, se argumentó que existen ejemplares que si bien cumplirían con la exigencia relativa al peso, pertenecen a razas caracterizadas por un buen comportamiento y que bajo ningún aspecto podrían considerarse como agresivas o peligrosas, como es el caso de los perros San Bernardo .
Sometida a votación la indicación, fue aprobada por unanimidad.
5. De los señores Escobar, Jaramillo y Jiménez, para agregar el siguiente inciso final, nuevo:
“Se exceptúan de la aplicación de las normas contenidas en esta ley a los perros pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública; a los perros que presten servicios en brigadas antidelitos, de búsqueda o de rescate y a los perros lazarillos o que presten labores de asistencia a personas en conformidad a lo previsto en la ley Nº 19.284.”.
Esta indicación tiene por objeto establecer una norma de excepción para aquellos perros que prestan servicios especiales, en consideración a que la naturaleza de estos últimos hace suponer que las instituciones u organismos a los cuales pertenecen estos ejemplares han tenido el suficiente celo para seleccionarlos, de modo que no podrían ser considerados potencialmente peligrosos.
Durante el debate, se sugirió incorporar a los perros que prestan servicios en organismos fiscalizadores, como el Servicio Agrícola y Ganadero, motivo por el cual los señores Accorsi , Bauer , Chahuán , Estay , García-Huidobro , Girardi , Meza , Sepúlveda y Vallespín , presentaron la correspondiente indicación.
Sometidas a votación, ambas indicaciones fueron aprobadas por unanimidad.
Artículo 3°, nuevo
Los señores Escobar , Jaramillo y Jiménez presentaron una indicación para agregar el siguiente artículo 3°, nuevo:
“Artículo 3°- Los dueños y tenedores de los perros singularizados en el artículo 1° de esta ley, deberán acreditar, al momento de inscribirlos en el registro público a que se refiere el artículo anterior, mediante un certificado expedido por un médico siquiatra, habilitado para el ejercicio de la profesión, de que el peticionario de la inscripción no padece de patologías siquiátricas graves que puedan manifestarse en un comportamiento agresivo, violento o descontrolado que pueda influir negativamente en la conducta del perro, sea por la vía del maltrato animal o por la vía de la enseñanza de conductas violentas.
Asimismo, tendrán la obligación de someter a sus perros a adiestramiento de obediencia, el que será impartido por adiestradores calificados para tal función. La nómina de adiestradores será actualizada anualmente a nivel nacional y de ella se dejará constancia en el reglamento a que se refiere el artículo 1°, inciso segundo, el que deberá ser llevado por cada municipalidad.”.
Mediante esta indicación se pretende fomentar la tenencia responsable de animales, por la vía de exigir a los dueños o tenedores de perros considerados potencialmente peligrosos en conformidad con el artículo 1°, que cumplan con ciertos requisitos al momento de inscribir a sus mascotas en el registro público que menciona el artículo 2°, y que asuman la obligación de someterlas a clases de adiestramiento de obediencia.
Durante la discusión se planteó la conveniencia de flexibilizar la norma propuesta, en el sentido de permitir que el certificado que se exige al dueño del perro para inscribirlo en el registro público pueda ser extendido por cualquier médico o por un psicólogo, lo cual contribuye a facilitar el cumplimiento de este requisito. Del mismo modo, se advirtió que era redundante exigir que estos profesionales se encuentren habilitados para el ejercicio de sus actividades.
Por otra parte, se acogió el criterio de referirse a alteraciones conductuales en vez de patologías psiquiátricas, ya que estas últimas son más difíciles de configurar y hubo consenso en orden a eliminar la referencia a los modos en que pueden manifestarse dichas alteraciones, los que, de acuerdo con la indicación, guardan relación con el maltrato animal o la enseñanza de conductas violentas.
Finalmente, se planteó que la nómina de adiestradores debía ser actualizada por la autoridad sanitaria a nivel regional, sin asignar en esta materia responsabilidad alguna a los municipios.
Por consiguiente, los señores Accorsi , Bauer , Chahuán , Estay , García-Huidobro , Girardi , Meza , Sepúlveda y Vallespín presentaron una indicación para:
a) Reemplazar, en el inciso primero, la frase “médico siquiatra, habilitado para el ejercicio de la profesión” por “médico o psicólogo”, y la expresión “patologías psiquiátricas graves” por “alteraciones de conducta”.
b) Eliminar, en el mencionado inciso, la frase “sea por la vía del maltrato animal o por la vía de la enseñanza de conductas violentas”.
c) Sustituir el párrafo final del inciso segundo por el siguiente:
“La nómina de adiestradores será actualizada anualmente a nivel regional, de conformidad con lo que establezca el reglamento a que se refiere el inciso segundo del artículo 1°.”.
Puestas en votación, las indicaciones fueron aprobadas por unanimidad.
Artículo 8°, que pasa a ser 9°
Sanciona, con las penas que a continuación se señalan, al tenedor o dueño de un perro que haya atacado a una persona, mediando negligencia o infracción de las normas de esta ley:
1. Con la pena de presidio mayor en su grado mínimo si se hubiere producido la muerte de la víctima y multa de cien unidades tributarias mensuales.
2. Con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo si se hubieren producido lesiones graves y multa de cincuenta unidades tributarias mensuales.
3. Con la pena de presidio menor en su grado mínimo si se hubieren producido lesiones leves y multa de diez unidades tributarias mensuales.
Asimismo, establece que, la pena pecuniaria siempre podrá ser sustituida a petición del imputado o condenado en su caso, por la de trabajo a favor de la comunidad, la que será prudencialmente regulada por el juez de garantía o por el tribunal oral en lo penal que hubieren conocido de la causa.
Se presentaron las siguientes indicaciones:
1. Del señor Bustos, para sustituir el artículo 8°, por el siguiente:
“Artículo 8°.- En el caso de negligencia o imprudencia del dueño o tenedor del perro y que se produzcan afecciones a la vida o salud individual de una persona, se aplicarán las penas del artículo 490 del Código Penal.”.
Durante el debate hubo consenso en orden a acoger la indicación, por cuanto está en armonía con lo obrado por la Comisión en relación con la moción del Diputado señor Estay , que modifica el artículo 491 del Código Penal, con objeto de hacer responsables a los propietarios de perros domésticos por mordeduras y daños a terceros (boletín N° 4546-07). En ese mismo espíritu, se concordó en hacer referencia igualmente al mencionado artículo en el tipo penal propuesto en la indicación.
Consecuentemente, los señores Accorsi , Bauer , Chahuán , Estay , García-Huidobro , Girardi , Meza , Sepúlveda y Vallespín presentaron una indicación para reemplazar la frase “del artículo 490 del Código Penal”, por la siguiente: “a que se refieren los artículos 490 y 491 del Código Penal”.
Sometidas a votación, ambas indicaciones fueron aprobadas por unanimidad.
2. De los señores Escobar, Jaramillo y Jiménez, para agregar el siguiente inciso final, nuevo:
“Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, el tenedor podrá alegar en su defensa el hecho de que al momento del ataque por parte del animal, la víctima estaba perpetrando crimen o simple delito contra la persona o bienes del dueño o tenedor del perro.”.
Mediante esta indicación se pretende brindar al dueño o tenedor de un perro que ha atacado a una persona provocándole lesiones, la posibilidad de alegar una suerte de legítima defensa en caso de que la víctima, en el momento del ataque, se encontrare perpetrando un crimen o simple delito contra su persona o bienes.
Durante el debate se argumentó que la figura a la que se refiere la indicación es imprecisa en cuanto no señala qué efecto concreto, desde el punto de vista de la responsabilidad penal, produce el hecho de que la víctima sea autor de un delito contra la persona o bienes del dueño o tenedor del animal. En efecto, la indicación se limita a indicar que ello puede ser alegado como defensa, lo que podría tener lugar aún en ausencia de esta norma, sin especificar la naturaleza de la figura, esto es, si se trata de una circunstancia atenuante o de otra especie, que tenga efecto en la aplicación de la pena.
En definitiva, la indicación fue retirada.
IV. INDICACIONES RECHAZADAS.
No hay.
V. TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN.
En mérito de lo expuesto y por las consideraciones que, en su oportunidad, dará a conocer el señor Diputado informante , la Comisión recomienda la aprobación de esta iniciativa legal, la cual ha sido objeto de correcciones meramente formales, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Corporación, tal como constan en el texto del siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo 1º.- Son perros potencialmente peligrosos y, en consecuencia, quedan sujetos a las disposiciones de esta ley, los siguientes:
a) Aquéllos, cualquiera sea su raza, respecto de los cuales se acreditare que hubieren atacado a personas u otros animales. Se entenderá acreditado este hecho mediante una denuncia formulada ante la autoridad policial y sanitaria, en la que se haya dejado constancia del ataque, de la identificación del perro, de la identidad de sus dueños o tenedores y de las circunstancias en que se produjo, sin perjuicio de que se deba igualmente constatar las lesiones causadas.
b) Aquéllos, cualquiera sea su raza, que a juicio de la autoridad sanitaria muestren un comportamiento agresivo o inestable.
c) Aquéllos, cualquiera sea su raza, que hayan sido adiestrados para el ataque y defensa por sus dueños o por terceros.
d) Aquellos ejemplares, sin importar su edad, que pertenezcan a las siguientes razas, sean puros por pedigree, puros por cruza o mestizos: rottweiler, pit bull, dobermann, mastín napolitano, tosa japonés, dogo argentino, dogo de burdeos, bullmastiff, staffordshire, de presa canario, fila brasileiro, akita, y otras.
Un reglamento del Ministerio de Salud establecerá el protocolo que deberá adoptar la autoridad sanitaria para determinar el comportamiento agresivo o inestable de un perro, a que se refiere la letra b), así como también el procedimiento al que deberá ceñirse para tales efectos. Asimismo, dicha Secretaría de Estado deberá actualizar anualmente la nómina de las razas que quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.
Se exceptúan de la aplicación de las normas contenidas en esta ley a los perros pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública; a los que presten servicios en brigadas antidelitos, de búsqueda o de rescate o en organismos que cumplan labores de fiscalización, y a los perros lazarillos o de asistencia a que se refiere el Párrafo 2°, del Capítulo I, del Título IV de la ley Nº 19.284.
Artículo 2º.- Los animales señalados en el artículo anterior deberán ser inscritos por sus dueños en un registro público, y recibirán un carné, que los autoriza para su crianza, tenencia y para su desplazamiento en la vía pública.
Asimismo, al momento de su inscripción, sus dueños deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil por los daños que el perro pueda ocasionar a terceros. Una copia de la póliza deberá ser archivada en la entidad administradora del registro.
Artículo 3°- Los dueños y tenedores de los perros a que se refiere el artículo 1°, deberán acreditar, al momento de inscribirlos en el registro público, mediante un certificado expedido por un médico o psicólogo, que no padecen de alteraciones conductuales que puedan manifestarse en un comportamiento agresivo, violento o descontrolado que sea susceptible de influir negativamente en la conducta del perro.
Asimismo, tendrán la obligación de someter a estos animales a clases de adiestramiento de obediencia, que serán impartidas por instructores calificados para desempeñar tal función, cuya nómina será actualizada anualmente a nivel regional, de conformidad con lo que establezca el reglamento a que se refiere el inciso segundo del artículo 1°.
Artículo 4º.- Los perros potencialmente peligrosos deberán ser albergados en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huida. Un reglamento determinará las características técnicas de seguridad, altura, consistencia y distancia de las calles u otros espacios públicos y la forma en que deben ser señalizadas, si fuere menester.
Artículo 5º.- Los perros regulados por esta ley deberán ser siempre conducidos en los espacios públicos, incluyendo los bienes nacionales de uso público u otros espacios urbanos y bienes comunes de los inmuebles sujetos a la ley Nº 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria, debidamente atados y con un bozal. La correa y el bozal deberán ser proporcionales en cuanto a tamaño y resistencia, con la condición física del animal.
Artículo 6º.- En caso de grave e inminente riesgo para la integridad y salud de la población, el juez de policía local correspondiente, podrá disponer el sacrificio de ellos mediante métodos indoloros.
Artículo 7º.- Las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la crianza o al entrenamiento de estos perros, quedarán también sujetas a las normas de esta ley.
Artículo 8º.- Será competente para conocer de las infracciones de esta ley el juez de policía local correspondiente, donde se hubiere producido la infracción quien podrá aplicar las siguientes sanciones.
a) Multa de 1 a 20 unidades tributarias mensuales para los dueños o tenedores de los animales, que podrá ser conmutada por trabajos de servicio a la comunidad, en las condiciones que el juez determine.
b) Multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales, clausura temporal, hasta por tres meses y clausura definitiva, por infracción a las obligaciones impuestas a las personas naturales y jurídicas dedicadas a la cría, cruce y adiestramiento de esta clase de animales.
Artículo 9°.- Se aplicarán las penas a que se refieren los artículos 490 y 491 del Código Penal al dueño o tenedor de un perro que, por negligencia o imprudencia de su parte, produjere afecciones a la vida o salud individual de una persona.”.
-o-
Sala de la Comisión, a 2 de mayo de 2007.
Tratado y acordado en sesión de la misma fecha, con la asistencia de los Diputados Enrique Accorsi Opazo ( Presidente ), Eugenio Bauer Jouanne , Francisco Chahuán Chahuán , Enrique Estay Peñaloza , Alejandro García-Huidobro Sanfuentes , Guido Girardi Briere , Fernando Meza Moncada , Denise Pascal Allende , Roberto Sepúlveda Hermosilla y Patricio Vallespín López .
Asistió, además, el diputado señor Álvaro Escobar Rufatt .
(Fdo.): MARÍA TERESA CALDERÓN ROJAS , Abogada Secretaria de la Comisión”.
5. Informe de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano recaído en el proyecto de ley que incorpora al dominio municipal los terrenos cedidos para equipamiento. (boletín Nº 4878-14-2) (S)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano pasa a informar el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, de origen en una moción de los Senadores señores Juan Pablo Letelier Morel , Jaime Naranjo Ortiz y Hosain Sabag Castillo , en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, sin urgencia.
I. CONSTANCIAS PREVIAS.
De acuerdo a lo prescrito en el artículo 289 del reglamento de la Corporación, cabe consignar lo siguiente:
1. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.
Sustituir el artículo 135 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el objeto de incorporar al dominio municipal los terrenos que, conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del referido decreto, deben cederse gratuitamente por el urbanizador para equipamiento.
2. NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
La Comisión compartió el criterio del Senado en cuanto a no otorgar rango de quórum especial a las normas en estudio.
3. TRÁMITE DE HACIENDA
Los artículos del proyecto no requieren ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
4. EL PROYECTO FUE APROBADO, EN GENERAL, POR UNANIMIDAD.
Votaron a favor las diputadas señoras Isasi y Nogueira , y los diputados señores Duarte , Insunza , Latorre y Montes (6 x 0).
5. SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE A DON GONZALO DUARTE LEIVA .
-o-
Durante el estudio de esta iniciativa, se contó con la asistencia y participación de la abogado del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, señora Jeannette Tapia Fuentes.
-o-
II. ANTECEDENTES.
Señalan sus autores que la actual regulación en materia de construcción, diseminada en diferentes normas, ha establecido una serie de obligaciones respecto de los urbanizadores y empresas constructoras al momento de edificar conjuntos habitacionales. Entre las obligaciones a que se encuentran sujetas este tipo de empresas, está aquella que dispone que las empresas constructoras, junto con entregar el conjunto habitacional correspondiente, deberán dejar terrenos para áreas verdes y áreas de equipamiento.
Los terrenos que se destinan a equipamiento en un proyecto inmobiliario pueden derivar de lo siguiente:
1. Exigencia de cesión gratuita para equipamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en cuyo caso los inmuebles deben ser traspasados a la municipalidad;
2. Exigencias del plan regulador comunal que puede establecer requisitos especiales en materia de equipamiento, en cuyo caso, el urbanizador debe cumplir con las cesiones gratuitas del articulo 70 ya mencionado, conservando la propiedad sobre el excedente, y
3. Decisión de la empresa inmobiliaria, por razones de mercado, de establecer en su proyecto mayores áreas de equipamiento, las cuales son de su propiedad y pueden ser transferidas libremente.
Asimismo, se consigna en el Código Civil un régimen de propiedad raíz que se caracteriza por la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, salvo respecto de los bienes de propiedad del Estado que, conforme a este cuerpo legal, son todos los que no tengan otro dueño. En el caso que se pretende normar se trata de bienes de propiedad municipal, por lo que para acreditar el dominio y poder transarlos posteriormente se requiere dicha inscripción.
Por lo referido precedentemente, sugieren modificar el artículo 135 de Ley General de Urbanismo y Construcciones, en orden a establecer expresamente que por el solo hecho de efectuarse la recepción final, por parte de la Dirección de Obras Municipales de urbanización de terrenos, se incorporan al dominio municipal los terrenos cedidos para equipamiento, sirviendo la recepción como título translaticio de dominio, permitiendo así la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces del predio a nombre del municipio.
III. RESUMEN DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.
Mediante un artículo único se reemplaza el artículo 135 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975 -Ley General de Urbanismo y Construcciones-, con el propósito de incorporar, por el solo hecho de la recepción de obras, al dominio nacional de uso público, todas las calles, avenidas, áreas verdes y espacios públicos en general, contemplados como tales en el proyecto, y al dominio municipal los terrenos cedidos de conformidad al articulo 70 de la ley para localizar equipamientos
A través de un artículo transitorio se dispone que los terrenos que hubieran sido cedidos para equipamiento con anterioridad a la publicación de esta ley podrán inscribirse a nombre de la municipalidad en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, conforme a lo previsto en la letra b) del artículo 135 del citado decreto con fuerza de ley Nº 458.
IV.- DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
A) DISCUSIÓN GENERAL.
Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en la moción, los señores Diputados fueron de parecer de aprobar la ideal de legislar sobre la materia.
Se precisó que lo que se pretende lograr, en definitiva, es que los bienes destinados a equipamiento pasen a dominio municipal de la manera más expedita posible, ya que ha originado algunas dificultades el hecho de no establecerse en el artículo 135 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones tal mecanismo, a diferencia de las calles, avenidas, plazas y espacios públicos en general que, por el solo hecho de la recepción de la Dirección de Obras Municipales, se consideran bienes nacionales de uso público. En la práctica, los urbanizadores recepcionan sus loteos y quedan con la obligación de hacer una escritura pública para transferir el dominio de los bienes en comento, lo que no siempre sucede. En tal caso, muchos municipios recurren al expediente de obtener la regularización aplicando el decreto ley N° 2.695, acreditando la posesión y regularizando de este modo el dominio en favor de la municipalidad. Lo que se propone ahora es que por el solo hecho de inscribir el acta de recepción de loteo en el Conservador de Bienes Raíces se incorporen al dominio municipal los terrenos cedidos para localizar equipamientos.
B) DISCUSIÓN PARTICULAR.
Artículo único.
Este artículo, que sustituye el artículo 135 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones disponiendo que por el solo hecho de acordar la Dirección de Obras Municipales la recepción de urbanización de terrenos o las obras de edificación, se considerarán incorporadas al dominio nacional de uso público, todas las calles, avenidas, áreas verdes y espacios públicos en general, contemplados como tales en el proyecto, y al dominio municipal, los terrenos cedidos de conformidad al articulo 70 de esta ley para localizar equipamientos, fue aprobado por asentimiento unánime en los mismos términos (6 x 0).
Artículo transitorio
Este artículo, que establece que los terrenos que con anterioridad a la publicación de esta ley hubieren sido cedidos para equipamiento de conformidad al artículo 70 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, podrán inscribirse a nombre de la municipalidad en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, conforme a lo previsto en la letra b) del artículo 135 de dicho texto legal, fue aprobado por unanimidad en los mismos términos (6 x 0).
C) ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.
No hay artículos ni indicaciones con ese carácter.
D) ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.
La Comisión aprobó el proyecto en los mismos términos que el Senado.
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Como consecuencia de lo antes expuesto, y por las otras consideraciones que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Reemplázase el artículo 135 del decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, por el siguiente:
“Artículo 135.- Terminados los trabajos a que se refiere el articulo anterior, o las obras de edificación, en su caso, el propietario y el arquitecto solicitarán su recepción al Director de Obras Municipales . Cuando la Dirección de Obras Municipales acuerde la recepción indicada, se considerarán, por este solo hecho, incorporadas:
a) Al dominio nacional de uso público, todas las calles, avenidas, áreas verdes y espacios públicos en general, contemplados como tales en el proyecto, y
b) Al dominio municipal, los terrenos cedidos de conformidad al articulo 70 de esta ley para localizar equipamientos. Para el solo efecto de mantener la historia de la propiedad raíz, dichos terrenos se inscribirán a nombre del municipio respectivo, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces , presentando el certificado de recepción definitiva. La Ordenanza General indicará las menciones que deberá incluir el certificado para poder ser inscrito en el mencionado Registro.”.
Artículo transitorio.- Los terrenos que con anterioridad a la publicación de esta ley hubieren sido cedidos para equipamiento de conformidad al artículo 70 del decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, podrán inscribirse a nombre de la municipalidad en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, conforme a lo previsto en la letra b) del artículo 135 de dicho cuerpo legal.”.
-o-
Sala de la Comisión, a 02 de mayo de 2007.
Tratado y acordado en sesión de fecha 02 de mayo de 2007, con la asistencia del diputado señor Juan Carlos Latorre Carmona ( Presidente ); de las Diputadas señoras Marta Isasi Barbieri y Claudia Nogueira Fernández , y de los Diputados señores Sergio Bobadilla Muñoz , Gonzalo Duarte Leiva , Álvaro Escobar Rufatt , Andrés Egaña Respaldiza , Fidel Espinoza Sandoval, René Manuel García García , Jorge Insunza Gregorio De Las Heras , Manuel Monsalves Benavides , Carlos Montes Cisternas y Gonzalo Uriarte Herrera .
(Fdo.): ROBERTO FUENTES INNOCENTI, Secretario de la Comisión”.
Moción de los diputados señores Lobos , Correa, Estay , Forni , Masferrer , Norambuena , y de las diputadas señoras Allende , doña Isabel ; Isasi , doña Marta ; Nogueira , doña Claudia y Turres , doña Marisol.
Modifica el D.F.L. N° 1, de Salud, permitiendo que las mujeres que físicamente no pueden concebir hijos tengan derecho a planes sin maternidad, por parte de las isapres. (boletín N° 5021-11)
“Durante la discusión del Proyecto de Ley sobre Instituciones de Salud Previsional (Auge), se señalaba como una de las falencias del sistema privado de salud la discriminación que sufrían ciertos grupos de la sociedad. En primer lugar, los adultos mayores, quienes tienen más posibilidad de enfermarse, por razones obvias de envejecimiento. En segundo lugar, se selecciona a la población en individuos laboralmente activos que tienen una baja tasa de enfermedad y, por último, la discriminación por sexo. Básicamente, en este último punto se produjo un arduo debate por los denominados “planes sin útero”, a los que podían acceder las mujeres que, encontrándose en edad fértil, renunciaban a estos planes a cambio de una rebaja en el costo de su plan de salud.
Que, el haber ofrecido, por parte de las Instituciones de Salud Provisional, este tipo de planes sin útero que son a lo menos cuestionables, para que una mujer que se encuentra en condiciones físicas y naturales para concebir se vea condicionada por una cuestión económica a aceptar este tipo de convenios y no por una opción personal, sino que por una variante onerosa o, incluso, de ignorancia o engaño, llevó a que se produjera una regulación legal exhaustiva en esta materia.
Así entonces, se estableció como nulo cualquier pacto entre la Isapre y la afiliada en edad fértil que le ofreciera renunciar a su posibilidad natural de concebir un hijo a cambio de una rebaja económica en su plan de salud. No obstante, aquí hubo sólo una visión del problema, ya que los legisladores de la época no se pusieron en el caso de las mujeres que por una imposibilidad física ya no estaban en posibilidad de concebir.
A estas mujeres que no se encuentran físicamente aptas para concebir en el fondo se las castiga, ya que, por ejemplo, una mujer en edad fértil a la cual se le ha extraído su útero deberá, por disposición legal seguir pagando en su isapre un plan con maternidad bastante más oneroso debido costo de un programa que nunca utilizará y que por disposición legal no puede renunciar y tampoco la isapre puede ofrecerle una mejora en otras enfermedades que si podría estar susceptible de padecer.
Proyecto de Ley:
Incorporase un numeral 9 nuevo al artículo 190 del D.F.L. N° 1 de Salud, en el siguiente sentido “Asimismo, no podrá convenirse exclusión de prestaciones, salvo las siguientes:”
Artículo único: Número 9 nuevo: “Tratándose de mujeres en las siguientes situaciones: posmenopáusicas; o que hayan sido sometidas a una ooforectomizada bilateral; histerectomizadas a haya sido esterilizada quirúrgicamente”.
Moción de los diputados señores Uriarte , Dittborn , Duarte , Egaña , Hales , Latorre , Montes , y de las diputadas señoras Isasi , doña Marta y Nogueira , doña Claudia.
Modifica el artículo 118, de la ley General de Urbanismo y Construcciones, en lo referido a permisos de edificación. (boletín N° 5022-14)
“Los incisos primero y segundo del artículo 118 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en adelante la “LGUC”, regulan el plazo de que dispone la Dirección de Obras Municipales para pronunciarse sobre un permiso de construcción, fijándolo en 30 días desde la presentación de la solicitud, y que se reduce a 15 días si a la solicitud de permiso se acompaña el informe favorable de un revisor independiente, o del arquitecto proyectista en su caso.
El inciso tercero de este artículo 118 establece la facultad del interesado de reclamar ante la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en adelante “la Seremi de Vivienda”, superior jerárquico del Director de Obras Municipales, en el caso que éste no se pronuncie dentro del plazo establecido, o bien si deniega el permiso.
A su vez, prescribe la norma en comento, el Seremi de Vivienda, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción del reclamo, debe solicitar a la Dirección de Obras Municipales que, dentro del plazo de 15 días, dicte su resolución o que evacúe el informe, según sea el caso. En este último evento, vencido el nuevo plazo y sin que hubiere pronunciamiento, el permiso se entiende denegado (silencio negativo).
Denegado el permiso, sea expresa o presuntivamente, por la Dirección de Obras Municipales, la Seremi de Vivienda, dentro del plazo de 15 días hábiles, debe pronunciarse sobre el reclamo y si fuere procedente, debe ordenar que se otorgue el permiso previo pago de los derechos.
Finalmente, el interesado dispone de un plazo fatal de 30 días para deducir el reclamo, contado desde la fecha en que se denegare expresamente el permiso o venza el plazo para pronunciarse.
Problemas prácticos que presenta esta disposición:
Los plazos establecidos en el artículo 118 de la LGUC son largos y no se cumplen. Asimismo, son generales para todo tipo de proyectos.
En suma, dentro del procedimiento que establece la LGUC no existen los mecanismos que propicien la aprobación oportuna de los permisos y autorizaciones, lo que aumenta los costos de estos proyectos de, inversión.
Sobre este punto, es importante recordar que la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos, publicada en el Diario Oficial de fecha 29 de mayo de 2003, con el propósito de corregir y dar celeridad a los actos de la Administración, conforme lo exige el crecimiento del país, mandato al Ejecutivo para dictar un Decreto con Fuerza de Ley que adecuara los plazos y el procedimiento de aprobación, entre otros, de los permisos, certificados y recepción de obras de construcción establecidos en el Título III de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Es así como el artículo 67 de esta ley facultó al Presidente de la República para que en el plazo de un año, contado desde su publicación en el Diario Oficial, esto es, un año contado desde el 29 de mayo de 2003, mediante uno o más decretos con fuerza de ley del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que deberían llevar también la firma del Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción , del Ministro de Vivienda y Urbanismo , del Ministro de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministro del Interior , redujera los plazos de los procedimientos administrativos que rigen para el otorgamiento de las patentes municipales señaladas en el decreto ley N° 3.063, de 1979; y los permisos, estudios de impacto vial, certificados y recepción de obras en construcción y urbanismo que se indican en el Título 111 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Sin embargo, estos decretos con fuerza de ley nunca fueron dictados.
Posteriormente, a propósito de la modificación de la Ley de la Calidad de la Construcción, actual Ley N° 20.016, de mayo del año 2005, se discutió la conveniencia de incorporar modificaciones en los plazos y en el procedimiento de aprobación establecidos en el referido artículo 118 de la Lguc, para generar un “circulo virtuoso” en los procedimientos ante las Direcciones de Obras Municipales. Es así, como se presentó por el Ejecutivo , en la referida tramitación legislativa, una propuesta similar a la planteada en esta moción; reconociendo ya en ese tiempo la imperiosa necesidad de incluir criterios modernizadores en la administración municipal y acortar los plazos.
Lamentablemente, esta propuesta legislativa, al igual que la dictación de los decretos con fuerza de ley que autorizó la ley N° 19.880, no prosperó, redundando en altos costos, los que ya en el año 2002 fueron estimados por la Cámara Chilena de la Construcción en la suma de 102 millones de dólares por concepto de burocracia municipal, asociados a la demora de tramitación de los permisos de construcción, los que de acuerdo a actualizaciones de los anteriores estudios, aumentaron aún más el año 2006.
Modificaciones que se estima conveniente introducir en el artículo 118 de la Lguc.
En relación con la norma contenida en este artículo 118 de la Lguc, parece conveniente disminuir el plazo establecido para que el Director de Obras Municipales se pronuncie sobre los permisos de construcción, así como establecer plazos diferenciados de acuerdo con la envergadura de los proyectos, dentro de los cuales la Dirección de Obras Municipales podrá pronunciarse sobre las autorizaciones o permisos requeridos. Con secuencialmente deberán reducirse los plazos cuando actúen revisores independientes.
Asimismo, dentro del plazo que le corresponda, el Director de Obras podrá poner en conocimiento del interesado, por escrito y en un solo acto, todas las observaciones que le merezca la autorización o el permiso requerido y que deben ser aclaradas o subsanadas antes de su otorgamiento.
Cabe destacar que la propuesta de modificación, con el propósito de no afectar la certeza jurídica de los permisos de edificación, no consagra el “silencio positivo”, y resuelve la burocracia actual mediante una efectiva reducción de plazos y una simplificación del proceso de reparos de la Dirección de Obras Municipales.
Por otra parte, se ha creído conveniente establecer que, para el caso que el Director de obras no se pronuncie dentro de los plazos legales o exija requisitos o requiera antecedentes no previstos por el correspondiente procedimiento, será sancionado conforme al respectivo Estatuto Administrativo.
Por todo lo anterior, es que venimos en presentar el siguiente
Proyecto de ley
Artículo primero: Introdúcense las siguientes modificaciones el, artículo 118 del D.F.L. N° 458, de 1976, sobre Ley General de Urbanismo y Construcciones.
1. Sustitúyese el inciso primero por el siguiente:
“Artículo 118. La Dirección de Obras Municipales podrá pronunciarse sobre las autorizaciones o permisos requeridos dentro de los siguientes plazos:
1. Permisos de edificación y loteos con construcción simultánea.
a. Proyectos de hasta cien metros cuadrados edificados: diez días.
b. Proyectos de más de cien metros cuadrados y hasta mil metros cuadrados edificados: quince días.
c. Proyectos superiores a mil metros cuadrados edificados: veinte días.
2. Fusiones, subdivisiones, urbanizaciones y loteos sin construcción simultánea: quince días.
3. Otras solicitudes: quince días.”
2. Reemplácese el inciso segundo por el siguiente:
“Los plazos mencionados en el inciso precedente se reducirán en 5 días, si a la solicitud de permiso se acompañare el informe favorable de un revisor independiente o del arquitecto proyectista en su caso”.
3. Agréguense los siguientes nuevos incisos tercero y cuarto, pasando los actuales a ser incisos quinto y sexto, respectivamente:
“Los plazos mencionados en este artículo serán de días hábiles y se contarán desde la recepción de la solicitud respectiva por parte de la Dirección de Obras Municipales.”
“Dentro del plazo en que le corresponda pronunciarse de acuerdo con la actuación solicitada, la Dirección de Obras Municipales podrá poner en conocimiento del interesado, por escrito y en un solo acto, las observaciones que le merezca la autorización o el permiso requerido y que deban ser aclaradas o subsanadas antes de su otorgamiento. Una vez recibida la respuesta a dichas observaciones, la Dirección de Obras Municipales podrá pronunciarse en un plazo má)ámo de 10 días.”
4. Reemplácese el inciso tercero, que pasó a ser quinto, por el siguiente:
“Si cumplidos los plazos referidos anteriormente no hubiere pronunciamiento por escrito sobre el permiso o la autorización o éstos fueren denegados, el interesado podrá reclamar ante la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, conforme lo dispone el artículo 12 esta ley. La Secretaría Regional Ministerial, dentro de los 3 días siguientes a la recepción del reclamo, podrá solicitar ala Dirección de Obras Municipales que dicte su resolución, si no se hubiere pronunciado o evacúe el informe correspondiente en el caso de denegación del permiso. La Dirección de Obras Municipales podrá disponer de un plazo de 10 días para evacuar el informe o dictar la resolución, según corresponde. En este último caso y vencido este nuevo plazo sin que aún hubiere pronunciamiento, se entenderá denegado el permiso.”
5. En el inciso cuarto, que pasó a ser sexto, suprímase la expresión “hábiles”.
Artículo segundo. Incorpórese los siguientes nuevos incisos segundo y tercero, al artículo 22, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, regulada por el D. F. L. 458 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, del año 1975:
“El no pronunciamiento dentro de los plazos legales, o exigir requisitos o requerir antecedentes no previstos por el correspondiente procedimiento, será sancionado conforme al respectivo Estatuto Administrativo”.
Moción de las diputadas señoras Turres , doña Marisol ; Cristi , doña María Angélica ; Cubillos , doña Marcela ; Nogueira , doña Claudia , y de los diputados señores Álvarez , Arenas , Estay , Kast , Uriarte y Ward.
Perfecciona la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal. (boletín N° 5023-07)
“La entrada en vigencia de la Ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad penal de adolescentes, ha sido postergada hasta junio de 2007 debido a los atrasos de la autoridad en la instalación de la infraestructura y la capacitación del personal necesario para llevarla a cabo.
Si bien esto ha resultado en un perjuicio para la población y la política de seguridad ciudadana, que requiere con urgencia contar con herramientas que permitan un mejor combate de los delitos y opciones reales de rehabilitación, especialmente para los menores de edad, este retraso en su aplicación puede ser aprovechado para revisar determinados aspectos de la ley que presentan términos erróneos, merecen ciertos cuestionamientos o requieren ser interpretados de manera más clara.
La ley contiene algunas normas cuya interpretación es dudosa, por lo que parece relevante aclararlas para un mejor funcionamiento del sistema.
Por otra parte, se determina la periodicidad con que el director de cada centro en que se cumplen sanciones en régimen semicerrado deberá informar al tribunal acerca de la evolución del adolescente además de ampliar el tipo de medidas que deberá informar, lo que podría favorecer un futuro reemplazo de la sanción de acuerdo a lo establecido en la ley y se faculta al juez para solicitar informes en menores periodos de tiempo cuando, fundadamente, así lo requiera.
Se debe destacar que la ley de responsabilidad penal de adolescentes fija una serie de reglas de determinación de las sanciones a partir de la calificación de crimen, simple delito o falta que se imputa al menor de edad, donde el artículo 21° de la ley impone un marco de penas diferente al que se aplica a los adultos. Así, algunos delitos tipificados como crimen para los mayores de edad, en el sistema penal de adolescentes deberán considerarse como simple delito. Igual efecto habrá entre algunos simples delitos que sería reducidos a la categorías de faltas. Ello puede conducir a interpretaciones diversas de algunas normas como por ejemplo el concepto de crímenes del Art. 32, que no aclara si la referencia es a las calificaciones de penas del Código Penal, o a la pena resultante del distinto tratamiento que recibirán los menores de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y siguientes.
Cabe destacar que la misma deficiencia la encontramos en normas correspondientes al quebrantamiento y revisión de penas, que en la práctica dejará en manos de los jueces el criterio de cómo las aplicarán, con los consecuentes problemas que genera la falta de una línea general de acción y de control de ellas. Un ejemplo es la sustitución de pena del artículo 53, que no establece plazo alguno de cumplimiento previo para solicitarla, convirtiéndose de alguna manera en una especie de recurso de revisión.
El derecho de oportunidad es una facultad del fiscal que exige un cierto criterio para su aplicación. En el caso de los adolescentes, la ley contempla una serie de normas y principios que apunten a la reinserción del menor infractor y se tienen una serie de consideraciones para ello.
Respecto de la aplicación del principio de oportunidad, la ley común establece que el límite de los delitos que puedan ser considerados en este caso serán aquellos que tenga una sanción menor a 541 días. Como en el caso de los menores de edad los rangos de sanción se reducen en un grado, resulta que el principio de oportunidad se aplicaría a delitos que se sancionan en la ley común con hasta tres años de reclusión, lo que puede ser excesivo.
De este modo, se recomienda mantener el mismo criterio para los adultos y los menores en cuanto a los casos que pueden estar afectos al principio de oportunidad.
En razón de estas consideraciones, así como de ciertos errores formales en su articulado, es que se considera necesario prever ciertos cambios mínimos en la ley, que puedan disminuir los riesgos antes de su aplicación práctica.
Se debe agregar además que, a nivel general, un aspecto de gran trascendencia pero que ha casi pasado inadvertido es el vínculo que existe entre la ley penal común y el régimen aplicable a los menores de edad, donde las modificaciones que se apliquen en un gran número de normas afectarán directa o indirectamente al sistema de responsabilidad penal de adolescentes, aún cuando dicho efecto no haya sido el objetivo del legislador.
Claramente, este es un aspecto que debe ser tomado en cuenta, ya que los cambios en las medidas preventivas, cautelares, la determinación de las sanciones o la duración de ellas, entre otras cosas, son propuestas bastante comunes al momento de diseñar políticas de combate a la delincuencia, por lo que con la existencia de la ley de responsabilidad penal de adolescentes, deben ser estudiadas no sólo a la luz de lo que ocurre con los adultos, sino también en como ello afectará a los menores de edad.
Por lo anterior es que vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
ARTÍCULO ÚNICO: Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la Ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal:
1) Para reemplazar el inciso final del artículo 16 por el siguiente:
“El director del centro deberá rendir un informe bimensual al tribunal, por cualquier medio fidedigno, acerca del cumplimiento de las medidas a que se refieren las letras a) y b) y de la evolución que presenta el adolescente respecto de su aplicación. Sin perjuicio de esto, el tribunal podrá requerir informes con una periodicidad menor a la señalada, expresando los fundamentos para ello. “
2) Para agregar un inciso 3° al artículo 17:
“El director del centro deberá rendir un informe bimensual al tribunal, por cualquier medio fidedigno, acerca del cumplimiento de cada uno de los objetivos establecidos en el inciso anterior y de la evolución y evaluación del menor en cada área de intervención. No obstante, el tribunal podrá requerir informes con una periodicidad menor a la señalada, expresando los fundamentos para ello. “
3) Para reemplazar en la tabla demostrativa incluida al final del artículo 23, en el tramo que va de los 541 días a 3 años, la expresión “internación asistida en cualquiera de sus formas” por la expresión “libertad asistida en cualquiera de sus formas”
4) Deroga el inciso primero del Art. 26.
5) Para reemplazar en el inciso primero del artículo 27, la expresión “investigación y juzgamiento”; por la frase °investigación, juzgamiento y ejecución”.
6) Para reemplazar el inciso segundo del artículo 35 por el siguiente:
“Para el ejercicio de este principio se tendrá como base la pena que se asigna previamente a la aplicación del artículo 29 de esta ley”.
7) Para agregar en el artículo 36 la siguiente frase final:
“La falta de notificación en ningún caso condicionará la realización de la audiencia. “
8) Reemplázase el artículo 38, por el siguiente:
“Artículo 38: Plazo para declarar el cierre de la investigación. Transcurrido un máximo de seis meses desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada, el fiscal procederá a cerrarla, a menos que el juez le hubiere fijado un plazo inferior. Antes de cumplirse cualquiera de estos plazos, el fiscal podrá requerir mediante solicitud fundada su ampliación hasta por dos veces, con un plazo máximo de tres meses en cada oportunidad.”.
9) Reemplázase el artículo 53 por el siguiente:
“Sustitución de condena. Cuando el menor hubiere cumplido un tercio de la pena, el tribunal encargado del control de la ejecución de las sanciones previstas en esta ley, de oficio o a petición del adolescente o su defensor, podrá sustituirla por una menos gravosa, en tanto ello parezca más favorable para la integración social del infractor.”
10) Para reemplazar el inciso primero del artículo 56 por los siguientes incisos primero y segundo::
“Cumplimiento de la mayoría de edad. En caso de que el imputado por una infracción a la ley penal cumpliere los dieciocho años de edad durante la tramitación del procedimiento, seguirá sujeto a las normas que esta ley establece en lo relativo al cumplimiento de las sanciones.
“Respecto de los menores condenados se estará a las reglas establecidas en los incisos siguientes.”
Moción de los diputados señores Arenas , Álvarez , Forni , Kast , Melero , Paya , Uriarte , y de las diputadas señoras Cristi , doña María Angélica ; Cubillos , doña Marcela y Turres , doña Marisol.
Amplia la incompatibilidad a 12 meses de los ex funcionarios de los entes fiscalizadores para incorporarse al sector privado. (boletín N° 5025-06)
“La importancia de los funcionarios públicos, en cuanto constituyen los instrumentos básicos que permiten poner en movimiento toda la estructura estatal, llevando acabo los programas de Gobierno y vinculándose con la satisfacción directa de los requerimientos de la población, constituyen, en definitiva, los elementos esenciales de la organización administrativa.
En consecuencia, se debe recobrar la esencia del funcionario público, el honor que significa ocupar un alto cargo de la Administración Pública, donde ese funcionario está al servicio del Estado, y no para servirse del cargo.
Este Proyecto de Ley busca establecer un periodo más largo para regular el paso de un funcionario público a la empresa privada, creando una inhabilidad de tiempo, para terminar con el problema Ético que constituye este paso; de tal forma que aquel funcionario que ocupe un alto cargo de la administración pública sabrá de antemano que se encontrará con una inhabilidad para trabajar en la empresa privada, por lo menos de doce meses, relacionada con las actividades o funciones que le correspondió fiscalizar mientras era funcionario público.
Para ello, se debe reestructurar la organización del aparato estatal para el efecto de captar a los mejores para el servicio de nuestro país. Lo fundamental de este Proyecto en primer lugar, es evitar el conflicto de intereses que pudiere surgir entre el ex servidor público que va al mundo privado y pueda mal utilizar su conocimiento o información que adquirió en el cargo anterior en una empresa privada para beneficio propio. No pretendemos crear una inhabilidad de por vida, sólo por un tiempo de 12 meses, de tal forra que se supere el problema ético, mediante la creación de esta imposibilidad legal, lo cual contribuiría a .la transparencia de la función pública y por su medio a la modernización de nuestro país.
PROYECTO DE LEY:
Articulo Único: Cámbiese el guarismo “seis” por “doce” al inciso 3° del artículo 5 s de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado, de la siguiente forma:
Inciso 3° artículo 56: “Esta incompatibilidad se mantendrá hasta doce meses después de haber expirado en funciones”.
Moción de los diputados señores Correa, Bobadilla , Egaña , Estay , Hernández , Kast , Lobos , Recondo , Ward , y de la diputada señora Cubillos , doña Marcela.
Regula las obligaciones entre las agencias de viaje y los establecimientos educacionales en materia de giras de estudio o turismo. (boletín N° 5026-04)
“Las giras de estudio, por lo general, tienen como objetivo conocer la naturaleza y cultura de la región que se visita. Este estudio comprende los factores geográficos naturales de la zona elegida, como también los factores económicos, industriales, históricos y culturales, con los cuales el hombre ha forjado el desarrollo de la región.
En consecuencia, las giras de estudio no son sólo de carácter turístico, sino de uno actividad educativa en la que se integran los más diversos intereses personales de los alumnos y se expresan actitudes y cooperación, participación, convivencia armónica, solidaridad y tolerancia de todos quienes participan en el proceso desde su concepción hasta su puesta en marcha y su evaluación fina.
Por lo tanto, la gira de estudio permite asimilar mayores conocimientos de Chile y de otros países. Además acrecienta los lazos de camaradería del curso, mediante esta experiencia en común.
Sin embargo, se implementa un mecanismo donde los actores de una gira de estudio puedan certificar y acreditar tal condición, de tal forma que el establecimiento educacional cuente con una herramienta para velar por la seguridad de sus alumnos.
El sostenido crecimiento que han tomarlo las giras de estudio en el sector turístico en estos años, nos obliga a replantear y adecuar la normativa vigente ante el incumplimiento en la prestación de los servicios por parte de algunas empresas turísticas dedicadas especialmente al turismo estudiantil.
PROYECTO DE LEY:
Artículo Único: El dueño o responsable encargado de una agencia de viaje o de turismo estudiantil, que ofrezca giras de estudio o de turismo, deberá presentar ante la dirección del establecimiento educacional, mediante una declaración jurada, el giro de negocio de cada empresa, el respaldo económico y financiero para la realización de estos negocios. Una certificación fehaciente de la contratación para cada uno de los turistas que compongan el contingente estudiantil, de un seguro de responsabilidad civil, de vida, de accidente, servicio de asistencia médica y cobertura médica total, que cubra los riesgos físicos desde el inicio hasta la finalización del viaje, con el detalle de las empresas contratadas.
El no cumplimiento de lo señalado en el inciso precedente hará responsable de los perjuicios que se originen al dueño o dueños de las agencias de viajes que se trate, sin perjuicio de la responsabilidad penal que originen estos hechos.
Moción de los diputados señores Arenas , Correa, Forni , García-Huidobro , Melero , Norambuena , Recondo , Ulloa , y de las diputadas señoras Nogueira , doña Claudia y Turres , doña Marisol.
Establece una reforma Constitucional que resguarda de mejor forma la vida del niño que está por nacer. (boletín N° 5027-07)
“Que, el 10 de diciembre de 1948, luego de la trágica experiencia de la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. A medida que se profundizó en estos derechos inalienables, universales e innatos al hombre; surgió la necesidad de brindar al niño una protección especial. Así fue como la misma Asamblea General adoptó, el 20 de noviembre de 1989, la Convención sobre los Derechos del Niño.
Que, en este tiempo, donde el creciente poder de la ciencia se vuelve muchas veces contra el mismo hombre y donde una categoría de niños ven avasallados sus derechos más fundamentales, se hace necesaria la proclamación de los derechos de quienes están más indefensos: los que están por nacer.
Que el reconocimiento del niño que está por nacer no es nuevo en la tradición jurídica. En efecto, una gran cantidad de Códigos Civiles, antiguos y actuales, han reconocido que la existencia de la persona comienza desde su concepción.
Que, en el último tiempo, esta tradición jurídica ha encontrado ratificaciones en numerosos .países y en diversos tratados internacionales. En primer lugar, la misma Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 7°, define que los `Estados Parte reconocen que todo niño tiene derecho intrínseco ala vida' y, agrega, que `estos Estados garantizarán, en la máxima medida posible, la supervivencia y el desarrollo del niño. Por su parte, el artículo 24 dispone que `Los Estados asumen el deber de adoptar medidas apropiadas para asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres y el preámbulo afirma que `el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.
Que, según lo prescrito por el Pacto de San losé de Costa Rica (Convención Americana sobre Derechos Humanos), todo ser humano es persona (artículo 1.2) y comienza su existencia a partir del momento de la concepción' (artículo 4.1).
Que, entre todos los derechos humanos, el de la vida es el primero, fuente y origen de los demás. Numerosos son los instrumentos internacionales que reconocen y garantizan este derecho. Cabe citar el Pacta Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que consagra el derecho a la vida, inherente a la persona humana y que nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente (artículo 6°).
Que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre dispone que todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona (artículo 1°). En su artículo 3°, la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que 'todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Que se advierte así una tendencia internacional a brindar consideración especial, a las personas por nacer, particularmente frente a las nuevas tecnologías aplicadas a la vida humana. Tal consideración debe traducirse en una declaración de derechos que, reconociendo plenamente el carácter de persona al ser humano desde la concepción, contemple las nueras situaciones que la ciencia ha generado y en las que el que está por nacer es objeto de gravísimas violaciones de sus derechos fundamentales.
Proyecto de Ley:
Incorporase en el Articulo 19 N° 1 inciso 2° después del punto, a parte, que pasa a ser seguido la siguiente oración.
Articulo único: “El niño que está por nacer tiene derecho a la igualdad de oportunidades y a ser protegido contra cualquier forma de discriminación en razón de su patrimonio genético, características físicas, biológicas o de cualquier otra índole. Tampoco serán discriminados a causa de las circunstancias de su concepción o las cualidades o características de sus progenitores y familiares.”
Moción de los diputados señores Uriarte , Alvarado , Bauer , Correa, Hernández , Paya , Rojas , Salaberry , Ulloa y Von Mühlenbrock.
Modifica la Ley de Tránsito imponiendo la obligación de utilizar un chaleco reflectante a los conductores de motocicletas. (boletín N° 5028-15)
“Que en el último tiempo las grandes congestiones vehiculares en las principales ciudades de nuestro país ha dado origen a un aumento considerable en la adquisición, por parte de los usuarios, de motocicletas. En efecto, durante el año 2006 se comercializaron 30 mil unidades de motos a lo largo del país.
Sin embargo, lo económico y cómodo que puede resultarla utilización de éste tipo de vehículos en calles y carreteras congestionadas tiene el inconveniente de ser un medio de transporte poco seguro para su usuario. Según las últimas estadísticas, cada año mueren más de 60 personas en accidentes protagonizados por estos vehículos, y unas 2.500 resultan heridas.
Que por ello creemos relevante imponer medidas de seguridad extremas para proteger la vida de estos conductores, que no tienen más protección en caso de un accidente, que su cuerpo y un casco, cuando se utiliza. Por ello esta moción pretende legislar imponiendo la obligación de que los motoristas deban utilizar un chaleco reflectante para los efectos de que puedan ser distinguidos por el restos de los conductores, de manera evitar ser colisionados por los automovilistas, que muchas veces ni siquiera se percatan de la presencia de estos vehículos menores.
Es entonces fundamental que las personas que utilizan este medio de transporte tomen todas las medidas de seguridad pertinentes, además de seguir las instrucciones que entrega la Conaset en este sentido, porque, como sabemos, los accidentes de motos, en su mayoría, son fatales.
En consecuencia, si bien las motos son un medio de transporte útil, sobretodo en estos tiempos donde el tránsito vehicular es masivo, es imprescindible que lo conductores de ellas tomen conciencia del peligro que su uso representa.
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: modifícase el artículo 84 de la ley Nº 18.290 de la siguiente forma:
Artículo 84. Todo conductor de motocicletas, motonetas, bicimotos y su acompañante deberán usar casco protector reglamentario “y un chaleco reflectante”. El uso de casco protector, en el caso de I s bicicletas, s á exigible sólo en las zonas urbanas.
Moción de los diputados señores Uriarte , Alvarado , Barros , Bauer , Correa, Estay , Hernández , Masferrer , Rojas y Urrutia.
Modifica el Código Aeronáutico estableciendo una multa a favor del pasajero por retrasos imputables a la empresa de trasporte aéreo comercial. (boletín N° 5029-15)
“Las irregularidades en e! funcionamiento de las empresas que prestan servicio aéreo comercial, como se sabe, en los últimos años se han agudizado notablemente, en particular, las demoras en horarios de partida de las empresas de transporte aéreo. Estás deficiencia en la prestación de los servicios ha impactado fuertemente en los derechos de las usuarios.
Los usuarios buscan recibir un servicio eficiente y regular, que se correlacione con los altos costos que los pasajeros deben afrontar al contratarse este tipo de servicios. Así, también, se pretende instaurar un sistema que brinde información clara y veraz que permita a los usuarios mayor conocimiento ala hora de contratar los servicios de transporte aéreo.
Es bien sabido que la sistemática demora en los vuelos no es siempre fruto de imponderables, sino más bien de una práctica empresarial que se ha generalizado en los últimos meses hasta llegar a situaciones irrisorias. En la mayoría de los casos las aerolíneas venden pasajes sin contar con las aeronaves necesarias para prestar los servicios. Esto termina afectando a los usuarios, quienes se ven damnificados por esperas indeterminadas que muchas veces exceden !as cinco horas sin una adecuada atención ni resarcimiento alguno.
PROYECTO DE LEY:
Artículo Único: Agregase una letra e) al artículo 133 del Código Aeronáutico , de la siguiente forma:
e) Cuando el retraso se prolongue por más de dos horas y la autoridad competente determine que se debe a causas a imputables al transportista aéreo, este último a modo de multa cancelará al pasajero un 20% del monto total del pasaje”.
Moción de los diputados señores Masferrer , Alvarado , Barros , Bauer , Correa, Estay , Hernández , Uriarte , Von Mühlenbrock y Ward.
Modifica la ley de tránsito estableciendo la obligatoriedad de un dispositivo de seguridad en los vehículos nuevos. (boletín N° 5030-15)
“Desde hace años, algunos de los vehículos que se comercializan en nuestro país vienen dotados de diversos dispositivos de seguridad, tanto activa (la que permite evitar un accidente) como pasiva (aquélla que reduce las consecuencias de éste, cuando ocurre). Entre estos últimos, las bolsas de aire o air bags con que están equipados ciertos autos están cobrando cada día mayor importancia, por cuanto estudios internacionales han demostrado que reducen a la cuarta parte el riesgo de sufrir lesiones graves en choques frontales. Sólo en Estados Unidos se salvan unas 1.800 vidas al año gracias al correcto uso de este dispositivo.
Sin dudas que el air bags se ha convertido en un componente indispensable en cuanto a seguridad en los automóviles, el último recurso de seguridad cuando todos los demás ya han fallado.
El propósito del air bags es reducir al mínimo el impacto de los ocupantes de los asientos delanteros contra el tablero o la columna de dirección. El efecto se logra mediante una bolsa inflada de manera casi instantánea (3/100 de seg.) mediante un pequeño explosivo que se interpone entre el sujeto y el volante o el tablero, distribuyendo el impacto sobre una gran superficie y reduciendo consecuentemente al mínimo los daños. Su diseño incluye el rápido desinflado posterior al impacto, para facilitar la salida de los ocupantes. El disponer del sistema de air bags no exime del uso de los cinturones de seguridad, lo complementa. En rigor de verdad, el uso de air bags sin el cinturón de seguridad puede llegar a resultar más peligroso que el no usarlas.
Entendemos que de la misma forma en que hoy en día no concebimos un automóvil sin cinturón de seguridad o sin apoya cabezas, como dispositivos de seguridad, ha quedado demostrado, a tráves de las estadísticas internacionales, que este dispositivo denominado air bags contribuye a salvar vidas en la misma medida; ya no se trata de un adicional que deban poseer ciertos vehículos de alta gama, sino que debe considerárselo un elemento de seguridad indispensable.
PROYECTO DE LEY:
Artículo Único: para agregar un nuevo número 11) al artículo 79 de la ley 18.290, del transito de la siguiente forma:
Número 11): Todos los vehículos cuyo año de fabricación sea 2009 en adelante, deberán contar a lo menos de dispositivo de seguridad denomina air bags, en el puesto del conductor.
15. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 13 de abril de 2007
Oficio Nº 975
Señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo a bien remitir a Ud. copia autorizada de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional con fecha 12 de abril de 2007, recaída en el recurso, rol Nº 670-2006, inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 11 de la ley Nº 19.806, que incide en la causa RIT Nº 77-2006 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, actualmente en la Corte de Apelaciones de Antofagasta Rol de ingreso Nº 221-2006.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.
16. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 18 de abril de 2007
Oficio Nº 985
Señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo el honor de poner en conocimiento de Ud. copia autorizada de la causa Rol Nº 755-07-INA recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 595 del Código Orgánico de Tribunales, que incide en la causa Rol Nº 6626-2006 de la Excma. Corte Suprema .
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.
17. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 20 de abril de 2007
Oficio Nº 992
Señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo el honor de poner en conocimiento de Ud. copia de la sentencia de fecha 17 de abril recaída en la Acción Pública presentada por don Eduardo Urbina Muñoz , para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 116 del Código Tributario, Rol Nº 665-2206.
Dios guarde a Ud.
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.
18. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 3 de mayo de 2007
Oficio Nº 1029
Señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo el honor de remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia dictada con fecha 3 de mayo de 2007 por este Tribunal, referida al proyecto de ley que introduce adecuaciones de índole tributaria e institucional para el fomento de la industria de capital de riesgo y continúa con la modernización del mercado de capitales. Boletín Nº 3278-05. Rol Nº 762-07 CPR.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.