Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- IX. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Fulvio Rossi Ciocca
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Roberto Delmastro Naso
- Antonio Leal Labrin
- Fernando Meza Moncada
- INTEGRACIÓN
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Manuel Rojas Molina
- INTEGRACIÓN
- Osvaldo Palma Flores
- INTEGRACIÓN
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Mario Venegas Cardenas
- INTEGRACIÓN
- Fernando Meza Moncada
- Claudio Alvarado Andrade
- Eugenio Tuma Zedan
- INTEGRACIÓN
- Amelia Herrera Silva
- Gonzalo Duarte Leiva
- INTEGRACIÓN
- Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- PRÓRROGA DE PLAZO A COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES, BIENES NACIONALES Y MEDIO AMBIENTE.
- V. ORDEL DEL DÍA
- MAYOR PROTECCION PARA FISCALES Y DEFENSORES PÚBLICOS. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Marisol Turres Figueroa
- INTERVENCIÓN : Edmundo Eluchans Urenda
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Duarte Leiva
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Edmundo Eluchans Urenda
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- INTERVENCIÓN : Marisol Turres Figueroa
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- DEBATE
- CONSAGRACIÓN DEL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD EN LA RED PARA CONSUMIDORES Y USUARIOS DE INTERNET. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Andres Antonio Egana Respaldiza
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Arenas Hodar
- INTERVENCIÓN : Marcelo Diaz Diaz
- INTERVENCIÓN : Roberto Sepulveda Hermosilla
- INTERVENCIÓN : Patricio Alejandro Hales Dib
- DEBATE
- INTEGRACIÓN DE COMISIONES ESPECIALES.
- INTEGRACIÓN
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Karla Rubilar Barahona
- Enrique Accorsi Opazo
- Francisco Chahuan Chahuan
- Marcelo Forni Lobos
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Juan Lobos Krause
- Juan Masferrer Pellizzari
- Manuel Monsalve Benavides
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Alberto Robles Pantoja
- Fulvio Rossi Ciocca
- Eduardo Saffirio Suarez
- INTEGRACIÓN
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Carolina Toha Morales
- Gonzalo Arenas Hodar
- Roberto Delmastro Naso
- Marcos Espinosa Monardes
- Carlos Montes Cisternas
- Patricio Walker Prieto
- INTEGRACIÓN
- MAYOR PROTECCION PARA FISCALES Y DEFENSORES PÚBLICOS. Segundo trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- ELIMINACIÓN DE IMPUESTO A LAS HERENCIAS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Rosauro Martinez Labbe
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Pablo Galilea Carrillo
- Enrique Jaramillo Becker
- Marcelo Forni Lobos
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Sergio Ojeda Uribe
- Sergio Bobadilla Munoz
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- INCUMPLIMIENTO DEL BANCO DEL ESTADO DE LA LEY Nº 20.123. Oficios.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Enrique Accorsi Opazo
- Gonzalo Duarte Leiva
- Samuel Venegas Rubio
- Laura Soto Gonzalez
- Roberto Delmastro Naso
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Guido Girardi Briere
- Alfonso Vargas Lyng
- Manuel Rojas Molina
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- CAPACITACIÓN EN LA MANIPULACIÓN DE PLAGUICIDAS. Oficio.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Marcos Espinosa Monardes
- Jose Perez Arriagada
- Denise Pascal Allende
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Samuel Venegas Rubio
- Rene Aedo Ormeno
- Manuel Rojas Molina
- Javier Hernandez Hernandez
- Roberto Delmastro Naso
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Alejandro Miguel Sule Fernandez
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- EXÁMENES PERIÓDICOS A TRABAJADORES EN CONTACTO PERMANENTE CON PLAGUICIDAS Y COMPUESTOS TÓXICOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Marcos Espinosa Monardes
- Jose Perez Arriagada
- Denise Pascal Allende
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Samuel Venegas Rubio
- Rene Aedo Ormeno
- Manuel Rojas Molina
- Javier Hernandez Hernandez
- Jose Ramon Barros Montero
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Alejandro Miguel Sule Fernandez
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ELIMINACIÓN DE IMPUESTO A LAS HERENCIAS.
- VII. INCIDENTES
- ROBO Y AGRESIÓN A EMPRESARIO HOTELERO VIÑAMARINO. Oficios.
- HOMENAJE EN MEMORIA DEL SACERDOTE HERVÉ ABJEAN STÉPHAN. Oficios.
- ALCANCES SOBRE CONGRESO IDEOLÓGICO DEL PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE DENUNCIAS DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE INTERURBANO. Oficio.
- ADHESIÓN A HOMENAJE A SACERDOTE HERVÉ ABJEAN STÉPHAN.
- ANTECEDENTES SOBRE FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS EN SEGUNDA REGIÓN. Oficios.
- ANTECEDENTES SOBRE ADOPCIÓN DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS EN HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU. Oficios.
- PAVIMENTACIÓN DEL PASO SAN FRANCISCO EN LA REGIÓN DE ATACAMA. Oficio.
- CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE IMPACTO AMBIENTAL EN ATACAMA. Oficio.
- INSTALACIÓN DE NUEVO PUENTE MECANO EN LA UNIÓN. Oficios.
- AGRADECIMIENTOS A FUNCIONARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS POR ATENCIÓN DE MENOR. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE AYUDA PARA AGRICULTORES DE LA COMUNA DE PUTAENDO Oficios.
- RECONOCIMIENTO POR APOYO A ATLETAS QUE VIAJARON A OLIMPÍADAS ESPECIALES DE SHANGHAI 2007.
- RECURSOS EXTRAORDINARIOS PARA FINANCIAR LA REPOSICIÓN DE ESCUELA DE CHILLÁN. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Enrique Accorsi Opazo
- Eugenio Bauer Jouanne
- Gonzalo Duarte Leiva
- Marcelo Forni Lobos
- Roberto Leon Ramirez
- Juan Lobos Krause
- Fernando Meza Moncada
- Osvaldo Palma Flores
- Alberto Robles Pantoja
- Fulvio Rossi Ciocca
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Francisco Chahuan Chahuan
- German Verdugo Soto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Eduardo Diaz Del Rio
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Sergio Aguilo Melo
- Jorge Burgos Varela
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Alvaro Escobar Rufatt
- Ramon Farias Ponce
- Guido Girardi Briere
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Sergio Aguilo Melo
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Alvaro Escobar Rufatt
- Ramon Farias Ponce
- Antonio Leal Labrin
- Carlos Montes Cisternas
- Manuel Monsalve Benavides
- Esteban Valenzuela Van Treek
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maria Isabel Allende Bussi
- Mario Bertolino Rendic
- Sergio Bobadilla Munoz
- Eduardo Diaz Del Rio
- Roberto Leon Ramirez
- Jaime Quintana Leal
- Alberto Robles Pantoja
- Fulvio Rossi Ciocca
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 355ª
Sesión 89ª, en jueves 11 de octubre de 2007
(Ordinaria, de 10.39 a 14.08 horas)
Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio, y Díaz Díaz, don Marcelo.
Presidencia accidental de los señores Ascencio Mansilla, don Gabriel, y Ortiz Novoa, don José Miguel.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario accidental , el señor Vallejos de la Barra, don Federico.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 7
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Prórroga de plazo a Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente 11
V. Orden del Día.
- Mayor protección para fiscales y defensores públicos. Segundo trámite constitucional 11
- Consagración del principio de neutralidad en la red para consumidores y usuarios de Internet. Primer trámite constitucional 27
- Integración de Comisiones Especiales 36
VI. Proyectos de acuerdo.
- Eliminación de impuesto a las herencias 37
- Incumplimiento del Banco del Estado de la ley N° 20.123. Oficios 37
- Capacitación en la manipulación de plaguicidas. Oficio 39
- Exámenes periódicos a trabajadores en contacto permanente con plaguicidas y compuestos tóxicos 40
VII. Incidentes.
- Robo y agresión a empresario hotelero viñamarino. Oficios 42
- Homenaje en memoria del sacerdote Hervé Abjean Stéphan. Oficios 43
- Alcances sobre congreso ideológico del Partido Demócrata Cristiano. Oficios 44
- Información sobre denuncias de trabajadores del transporte interurbano. Oficio 46
- Adhesión a homenaje a sacerdote Hervé Abjean Stéphan. Oficios 47
- Antecedentes sobre fiscalización del transporte de sustancias peligrosas en Segunda Región. Oficios 47
- Antecedentes sobre adopción de medidas administrativas en Hospital Barros Luco-Trudeau. Oficios 48
- Pavimentación del paso San Francisco en la Región de Atacama. Oficio 50
- Cumplimiento de normas de impacto ambiental en Atacama. Oficio 50
- Instalación de nuevo puente mecano en La Unión. Oficios 51
- Agradecimientos a funcionarios de servicios públicos por atención de menor. Oficios 52
- Información sobre ayuda para agricultores de la comuna de Putaendo. Oficios 52
Pág.
- Reconocimiento por apoyo a atletas que viajaron a Olimpiadas Especiales de Shanghai 2007. Oficios 53
- Recursos extraordinarios para financiar la reposición de la escuela de Chillán. Oficio 53
VIII. Documentos de la Cuenta.
- Oficios del H. Senado por los cuales comunica que ha aprobado:
1. La proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las discrepancias producidas en la tramitación del proyecto que modifica diversos cuerpos legales para suprimir funciones administrativas de Carabineros de Chile. (boletín N° 4322-07) 56
2. En los mismos términos que la Cámara de Diputados el proyecto que otorga carácter permanente a la patente especial para pequeños mineros y mineros artesanales, regulada en el artículo 142 del Código de Minería. (boletín N° 5225-08) 56
3. Oficio del H. Senado mediante el cual comunica que tomó conocimiento del rechazo de la Cámara de Diputados a algunas de las enmiendas propuestas al proyecto que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal en materias de seguridad ciudadana y refuerza las atribuciones preventivas de las Policías, y del nombre de los señores diputados que conformarán la Comisión Mixta que deberá constituirse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de la República. (boletín N° 4321-07) 56
4. Primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto, iniciado en moción, que perfecciona la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal. (boletín N° 5023-07) 57
5. Moción de los diputados señores Accorsi, Bauer, Duarte, Forni, León, Lobos, Meza, Palma, Robles y Rossi, que aumenta la pena del delito de ingreso al territorio nacional de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. (boletín N° 5342-25) 66
6. Moción de los diputados señores Sepúlveda, don Roberto; Chahuán y Verdugo, que modifica el artículo 8° de la ley N° 20.066, sobre violencia intrafamiliar, con el objeto de precisar el cómputo del plazo para el pago de la multa que se imponga como sanción, y establecer la posibilidad de pagarla en parcialidades. (boletín N° 5397-07) 67
7. Moción de los diputados señores Díaz, don Eduardo, y Sabag, que agrega un numeral 7° al artículo 90, del Reglamento de la Cámara de Diputados. (boletín N° 5400-16) 68
8. Moción de los diputados señores Enríquez-Ominami, Aguiló, Burgos, Bustos, Escobar, Farías y Girardi, que establece prohibición absoluta para el uso e inscripción de armas de fuego. (boletín N° 5401-02) 69
Pág.
9. Moción de los diputados señores Enríquez-Ominami, Aguiló, Ceroni, Encina, Escobar, Farías, Leal, Montes, Monsalves y Valenzuela, que reforma la Constitución Política de la República asegurando la representación popular a los pueblos indígenas. (boletín N° 5402-07) 71
10. Moción de la diputada señora Allende, doña Isabel, y de los diputados señores Bertolino, Bobadilla, Díaz, don Eduardo; León, Quintana, Robles y Rossi, que integra el sistema braille a las tarjetas de telefonías. (boletín N° 5403-28) 73
- Oficios de la Excma. Corte Suprema por los cuales remite su opinión respecto de los siguientes proyectos:
11. Modifica el Código orgánico de Tribunales para eliminar los abogados integrantes de las Cortes de Apelaciones y de la Corte Suprema. (boletín N° 5285-07). (Oficio N° 323) 74
12. Modifica la ley N° 20.022 y otros cuerpos legales con el objeto de reforzar la judicatura laboral. (boletín N° 5316-07. (Oficio N° 330) 76
13. Oficio del Tribunal Constitucional por el cual remite copia autorizada de la sentencia referida al proyecto que modifica la ley N° 19.531, y concede beneficios que indica al personal del Poder Judicial, de la Academia Judicial y de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. (boletín N° 5112-07). (Oficio N° 1436) 78
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicación:
- Del Jefe de Bancada del Partido Socialista por la cual informa que el diputado señor Rossi reemplazará en forma permanente al diputado señor Encina en la Comisión Investigadora de Asesorías Efectuadas en Reparticiones Gubernamentales.
2. Oficios:
- Oficio de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente por el cual solicita el acuerdo de la Corporación para prorrogar en 30 días, a contar del 18 de octubre, el plazo para cumplir el mandato que tiene por objeto recabar antecedentes relacionados con las implicancias sociales, laborales y medioambientales del sector forestal y de la celulosa del país.
- Del señor Presidente de la Corporación por el cual comunica que la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento de la Cámara de Diputados, en sesión celebrada en el día de hoy, acordó la siguiente integración de las delegaciones que participarán en las misiones oficiales que se indican:
1. La diputada señora Cristi y los diputados señores Delmastro, Leal, Meza y el suscrito integran la delegación que viajará invitada por la Presidenta de la República a Italia y El Vaticano, entre el 14 y el 18 de octubre.
2. Parlatino:
a) Reunión conjunta de la Subcomisión para el estudio de la legislación comparada de energías renovables, biocombustibles, ahorro y eficiencia de energía, de la Comisión de Energía y Minas, junto a la Comisión de Agricultura, los días 18 y 19 de octubre en Panamá. Asisten los diputados señores Encina y Rojas.
b) Reunión de la Comisión de Salud, Montevideo, días 30 y 31 de octubre y 1 de noviembre. Asiste el diputado señor Palma
c) Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo, Montevideo, días 31 de octubre y 1 de noviembre. Asisten los diputados señores Sule y Venegas Cárdenas.
3. El XXXI Período Ordinario de Sesiones del Parlamento Andino ha trasladado sus sesiones para los días 24 al 26 de octubre. Asisten los diputados señores Meza, Alvarado y Tuma.
4. Reunión de la Mesa Ejecutiva, Comisiones y Sesiones Plenarias de la Asamblea, Eurolat, los días 18 al 20 de diciembre de 2007, en Lisboa, Portugal. Asisten la diputada señora Amelia Herrera y el diputado señor Duarte.
5. El diputado señor Fuentealba, participará, en su calidad de Presidente de la Comisión de Defensa , en la Novena Reunión Anual de Autoridades Nacionales en la que participan representantes de los Parlamentos de los Estados Parte de la Convención de Armas Químicas, que se desarrollará en La Haya, Holanda, los días 2 y 3 de noviembre de 2007, sólo con viático, pues los organizadores asumen los gastos de traslado.
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputada Vidal, ensanche y pavimentación en la avenida Santa Rosa.
- Diputado García, caminos catastrados de la Novena Región.
- Diputado García, puente Añihuarraqui, de la comuna de Curarrehue.
- Diputado Monckeberg don Nicolás, beneficiados con la Beca Presidente de la República .
- Diputado Monckeberg don Nicolás, camino Las Rosas a Cachapoal, comuna de San Carlos.
- Diputado Monckeberg don Nicolás, camino de Queime y Peñablanca, comuna de Quillón.
- Diputado Recondo, ruta 225.
- Diputado Melero, enlace de Américo Vespucio Norte con Lampa.
- Diputada Valcarce, energía eléctrica a los poblados de Lupica y Saxámar.
- Diputado Mulet, tráfico de vehículos pesado por avenida Miguel Lemeur de comuna de Tierra Amarilla .
- Diputado Correa, fondos sectoriales.
- Diputado Chahuán, competitividad en la Quinta Región.
Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:
- Diputada Pascal, deudores habitacionales Serviu y Serviu-Banca.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (97)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Herrera Silva, Amelia RN V 12
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Con permiso constitucional estuvo ausente el diputado señor Maximiano Errázuriz.
-En misión oficial estuvieron ausentes los diputados señoras Marta Isasi y María Antonieta Saa, y los señores Carlos Abel Jarpa, Tucapel Jiménez y Felipe Salaberry.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.39 horas.
El señor WALKER (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor WALKER (Presidente).- El acta de la sesión 84ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 85ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV.CUENTA
El señor WALKER (Presidente).- El señor prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor VALLEJOS ( Prosecretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
PRÓRROGA DE PLAZO A COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES, BIENES NACIONALES Y MEDIO AMBIENTE.
El señor WALKER ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accederá a la solicitud de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente para prorrogar en 30 días, a contar del 18 de octubre, el plazo para cumplir el mandato de recabar antecedentes relacionados con las implicancias sociales, laborales y medioambientales del sector forestal y de la celulosa del país.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEL DEL DÍA
MAYOR PROTECCION PARA FISCALES Y DEFENSORES PÚBLICOS. Segundo trámite constitucional.
El señor WALKER ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que dispone mayor protección para fiscales y defensores en el ejercicio de sus funciones.
Diputada informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es la señora Marisol Turres.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín Nº 5103-07, sesión 71ª, en 30 de agosto de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 4.
-Primer Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 79ª, en 2 de octubre de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 69.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada informante.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de ley, originado en moción de la senadora señora Soledad Alvear Valenzuela y de los senadores señores Alberto Espina Otero, José Antonio Gómez Urrutia , Hernán Larraín Fernández y Pedro Muñoz Aburto , que dispone mayor protección para fiscales y defensores en el ejercicio de sus funciones.
Durante su estudio, la Comisión contó con la colaboración de don Carlos Maldonado Curti , ministro de Justicia ; de doña Verónica Baraona del Pedregal , subsecretaria de Justicia , y de doña Nelly Salvo Ilabel, jefa de Asesorías y Estudios de la División Jurídica de ese Ministerio.
La idea central del proyecto tiene por finalidad establecer disposiciones especiales, destinadas a castigar más duramente los atentados y amenazas que se cometan contra los fiscales del Ministerio Público y los defensores de la Defensoría Penal Pública, cuando se encuentran en el ejercicio de sus funciones.
Con tal objeto, se intercala un nuevo párrafo en el título VI del libro segundo del Código Penal, que consta de tres artículos que describen las nuevas figuras penales, todo lo cual es materia de ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 19 Nº 3, incisos séptimo y octavo, y 63 números 2) y 3) de la Constitución Política.
De conformidad con lo establecido en los números 3º, 4º, 5º y 6º del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1.- Que el proyecto se aprobó en general por unanimidad. Participaron en la votación las diputadas señoras Soto y Turres y los diputados señores Burgos , Cristián Monckeberg y Saffirio .
2.- Que el proyecto no contiene disposiciones que requieran aprobarse con un quórum especial. Igual opinión sustentó el Senado.
3.- Que el artículo único del proyecto no es de la competencia de la Comisión de Hacienda.
4.- Que no hubo artículos o indicaciones rechazados por la Comisión.
Se designó diputada informante a quien habla.
De acuerdo con los fundamentos de la moción, la seguridad e integridad física de los fiscales y defensores públicos que asisten a las audiencias en los tribunales de garantía o de juicio oral, constituyen una preocupación primordial. De ahí, entonces, la necesidad de dar una respuesta legislativa adecuada a las situaciones que han ocurrido últimamente y que se han traducido en una serie de atentados y amenazas contra los fiscales, defensores públicos e, incluso, abogados que ejercen la defensa en virtud de licitaciones, recogiendo con ello los planteamientos efectuados por el Ministerio Público.
Agregan los autores de la moción que la implantación de la reforma procesal penal, al introducir en el país por primera vez el juicio oral y público, ha dado lugar a una serie de problemas, hasta ahora desconocidos, para la seguridad personal de quienes intervienen en él y respecto de los cuales las figuras contempladas en los artículos 261 y 262 del libro VI del Código Penal, que sancionan los atentados contra la autoridad, resultan insuficientes.
Destacan que tal insuficiencia se hace patente al comparar las sanciones que se imponen a conductas similares cuando afectan a las policías, recordando que, en ambos casos, los bienes jurídicos protegidos son los mismos; es decir, el principio de autoridad y la protección de la vida e integridad corporal de los agentes del Estado. Por ello, consideran que no se justifica la disparidad tanto en la construcción de los tipos penales como en las sanciones aplicables a los atentados.
Terminan señalando que tanto las amenazas como los atentados contra fiscales y defensores socavan los pilares mismos de la administración de justicia, toda vez que la gravedad y reiteración de tales conductas puede llegar a dificultar el cumplimiento pleno de las funciones de quienes, precisamente, deben cumplir con el rol de investigar los delitos y asegurar el derecho de defensa. Por ello, proponen modificar el Código Penal para castigar en forma específica los atentados y amenazas contra los fiscales del Ministerio Público y los defensores penales públicos, en términos similares a los empleados por la ley Nº 20.064, respecto de los delitos de maltrato de obra y amenazas inferidos a los funcionarios policiales.
La ley Nº 20.064 aumenta las penas en los casos de delitos de maltrato de obra a Carabineros con resultado de muerte o de lesiones graves.
Esa ley, en sus dos artículos, modifica el Código de Justicia Militar y el decreto ley Nº 2.460, de 1979, ley orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile.
Su artículo 1º reemplaza los artículos 416, 416 bis y 417 del Código de Justicia Militar, respecto de Carabineros de Chile, en términos idénticos a los que emplea este proyecto respecto de los fiscales y defensores, en lo referente a las conductas y a las penas.
Su artículo 2º reemplaza el artículo 17 del decreto ley Nº 2.460, de 1979; intercala un nuevo artículo 17 bis y agrega un artículo 17 quáter a ese mismo cuerpo legal referente a la Policía de Investigaciones, en términos también idénticos en materia de conductas y penas a los de este proyecto.
Resumen del proyecto aprobado por el Senado.
De conformidad con lo establecido en el número 2º del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, el texto aprobado por el Senado puede resumirse en los siguientes términos:
Intercala, en el título VI del libro segundo del Código Penal, un nuevo párrafo 2 ter, que trata de los atentados y amenazas contra fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos.
Este párrafo consta de tres artículos que tratan lo siguiente:
El artículo 269 quáter sanciona al que mate a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones, con la pena de presidio mayor en su grado máximo -entre 15 años y un día a 20 años-, a presidio perpetuo calificado, o sea, 40 años efectivos.
El artículo 269 quinquies sanciona al que hiera, golpee o maltrate de obra a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones:
a) Con presidio mayor en su grado medio, esto es, de 10 años y un día a 15 años, si como resultado de las lesiones queda el ofendido demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme.
b) Con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, de 3 años y un día a 10 años, si las lesiones producen al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.
c) Con presidio menor en sus grados medio a máximo, de 541 días a 5 años, si le causa lesiones menos graves.
d) Con reclusión menor en su grado mínimo, de 61 a 540 días, y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales o sólo esta última si le ocasiona lesiones leves o no se produce daño alguno.
El artículo 269 sexties sanciona al que amenace en los términos de los artículos 296 y 297 del Código Penal a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones, con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio, de 61 días a 3 años.
Discusión en general.
Las representantes del Ejecutivo señalaron que la iniciativa se originaba en una moción de los senadores integrantes de la Comisión de Constitución, basada en los antecedentes sobre amenazas y posibles riesgos a que estaban expuestos los fiscales del Ministerio Público y que son de dominio común. Igualmente, se había incorporado a los defensores públicos dentro de estas medidas de protección. Señalaron que, fundamentalmente, se aumentaban las penas en los casos de atentados contra fiscales y defensores, específicamente respecto de los delitos de homicidio, lesiones y amenazas, homologándolos a la situación de las policías y también de Gendarmería. El bien jurídico protegido sería el principio de autoridad, quedando, en tal caso, fuera de la protección los defensores licitados. Agregaron que si se comparaba la situación descrita con la de otras legislaciones, la protección se centraba fundamentalmente en la magistratura y no en los intervinientes en el proceso.
En lo que respecta al articulado mismo, creyeron necesario efectuar una modificación en la penalidad del delito de amenaza propuesto en el artículo 269 sexties, que se agrega al Código Penal, en que por el hecho de establecerse una pena única sobre la base de las figuras descritas en los artículos 296 y 297 del mismo Código, puede dar como resultado la aplicación de penas iguales a las que establecen esos artículos e, incluso, más bajas, lo que no se avendría con esta legislación especial y se apartaría de los objetivos del proyecto.
Cerrado el debate, se aprobó la idea de legislar por unanimidad. Participaron en la votación las señoras Soto y Turres y los señores Burgos , Cristián Monckeberg , y Saffirio .
Discusión en particular.
El diputado señor Burgos presentó una indicación para:
1) Sustituir, en el encabezamiento del artículo único, luego de las palabras “a continuación”, las expresiones “del artículo 269 ter, el siguiente párrafo 2 ter:” por las que se indican: “del artículo 268 bis, el siguiente párrafo 1 bis:”.
2) Reemplazar la numeración de los artículos 269 quáter, 269 quinquies y 269 sexties por 268 ter, 268 quáter y 268 quinquies, respectivamente.
3) Sustituir el texto del artículo 269 sexties por el siguiente:
“Artículo 268 quinquies.- El que amenazare a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en los términos de los artículos 296 y 297 del Código Penal, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con el máximo de la pena o el grado máximo de las penas previstas en dichos artículos, según correspondiere.”
Fundamentó el diputado su indicación en que el Senado ubica este nuevo párrafo 2 ter del título VI, a continuación del 2 bis, que se refiere a la obstrucción a la investigación, el que se caracteriza porque en él el fiscal figura como sujeto activo del delito y no pasivo. Por ello, entendiendo que el bien jurídico protegido es la autoridad en su sentido funcional, propone incluir el nuevo párrafo a continuación del párrafo 1 del título VI, que trata de los atentados contra la autoridad.
Consecuente con lo anterior, la numeración de los nuevos artículos comenzaría a partir del actual 268 bis, pasando a ser entonces, 268 ter, 268 quáter y 268 quinquies.
En lo que se refiere a la sustitución del texto del artículo 269 sexties del Senado, ello obedecería a la misma razón que se hizo valer en su oportunidad al tratar el proyecto sobre maltrato a los integrantes de Gendarmería de Chile, en el que conforme con la redacción de ese artículo, tal delito quedaría, en ciertos casos, con una penalidad igual o, incluso, inferior a la que establecen los artículos 296 y 297 del Código Penal. En otras palabras, no se estaría consiguiendo la finalidad perseguida por esta legislación. De allí entonces que para castigar la amenaza de un modo que resulte más acorde con los fines del proyecto, propone atender a la penalidad que fijan dichos artículos 296 y 297 en su máximo.
Se aprobó la indicación, conjuntamente con el artículo, por unanimidad.
Finalmente, ante una consulta de la diputada señora Laura Soto acerca de si la protección alcanzaba también a los defensores licitados, el diputado señor Jorge Burgos estimó que esta legislación solamente protegía al que actuaba como autoridad y no como simple particular, opinión que respaldaron los representantes del Ejecutivo , en el sentido de que solamente comprendía a quienes aplicaban la ley como autoridades. En caso contrario, debería extenderse también no sólo a los defensores licitados sino, además, a los querellantes particulares.
La Comisión introdujo las siguientes enmiendas al texto propuesto por el Senado:
1.- Ha sustituido en el encabezamiento del artículo único los términos “269 ter, el siguiente párrafo 2 ter” por lo que sigue: “268 bis, el siguiente párrafo 1 bis”.
2.- Ha sustituido la numeración del nuevo párrafo que se agrega al título VI, es decir, “2 ter” por “1 bis”.
3.- Ha sustituido la numeración de los tres artículos que conforman este nuevo párrafo, vale decir, “269 quáter, 269 quinquies y 269 sexties” por la siguiente: “268 ter, 268 quáter y 268 quinquies”, respectivamente.
4.- Ha sustituido el texto del artículo 269 sexties por el siguiente:
“Artículo 268 quinquies.- El que amenazare a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en los términos de los artículos 296 y 297 de este Código, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con el máximo de la pena o el grado máximo de las penas previstas en dichos artículos, según correspondiere.
Por las razones expuestas, la Comisión recomienda aprobar el siguiente:
Proyecto de ley:
“Artículo único.- Intercálase en el Título VI del Libro Segundo del Código Penal, a continuación del artículo 268 bis, el siguiente párrafo 1 bis:
1 bis.- Atentados y amenazas contra fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos.
Artículo 268 ter.- El que mate a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado.
Artículo 268 quáter.- El que hiera, golpee o maltrate de obra a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado:
1º Con la pena de presidio mayor en su grado medio, si de resultas de las lesiones queda el ofendido demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme.
2º Con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, si las lesiones producen al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.
3º Con presidio menor en sus grados medio a máximo, si le causa lesiones menos graves.
4º Con reclusión menor en su grado mínimo y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, o sólo esta última, si le ocasiona lesiones leves o no se produce daño alguno.
Artículo 268 quinquies.- El que amenazare a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en los términos de los artículos 296 y 297 de este Código, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con el máximo de la pena o el grado máximo de las penas previstas en dichos artículos, según correspondiere.”.
La iniciativa fue aprobada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia el 12 de septiembre de 2007, con la asistencia de los diputados señor Jorge Burgos Varela , Presidente ; de las diputadas señoras María Antonieta Saa Díaz , Laura Soto González y Marisol Turres Figueroa y de los diputados señores Pedro Araya Guerrero , Gonzalo Arenas Hödar , Juan Bustos Ramírez , Alberto Cardemil Herrera , Guillermo Ceroni Fuentes , Edmundo Eluchans Urenda , Cristián Monckeberg Bruner , Nicolás Monckeberg Díaz y Eduardo Saffirio Suárez .
En reemplazo del diputado señor Juan Bustos Ramírez asistió el diputado señor Fulvio Rossi Ciocca .
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Eluchans.
El señor ELUCHANS.-
Señor Presidente , tal como lo ha informado la diputada señora Marisol Turres , el proyecto tiene por finalidad establecer disposiciones especiales destinadas a castigar más severamente los atentados y amenazas que se cometan en contra de los fiscales del Ministerio Público y de los defensores de la Defensoría Penal Pública.
La iniciativa establece un nuevo párrafo destinado a regular los atentados en contra de esos funcionarios, que cumplen un papel muy importante en el funcionamiento de la nueva justicia penal.
La introducción de este nuevo sistema penal sin duda ha contribuido a establecer una justicia penal moderna, ágil y de mayor acceso a la población. Los viejos expedientes dieron paso a la justicia oral e inmediata. Las excesivas responsabilidades de los jueces se modificaron y se hizo una separación entre la instrucción, a cargo de los fiscales, y el juzgamiento, a cargo de tribunales colegiados.
Si bien existen grandes beneficios, esos cambios también han creado desafíos y problemas que surgen de la propia naturaleza de la nueva justicia.
El principio de la oralidad y de la publicidad de las audiencias permite que en la gran mayoría de los casos las familias de las víctimas y de los eventuales victimarios se vean enfrentadas en una misma sala y en repetidas audiencias. Esa mayor transparencia ha significado una mayor figuración pública de los fiscales y defensores, lo que se traduce en una exposición y en eventuales riesgos para la integridad física de esos funcionarios.
Por lo tanto, el proyecto se fundamente en la necesidad de dar una respuesta legislativa adecuada a las situaciones que han ocurrido últimamente, las que se han traducido en una serie de atentados y amenazas en contra de los fiscales, defensores públicos e incluso de abogados que ejercen la defensa, en virtud de las licitaciones.
Debido a las razones señaladas, consideramos que el proyecto es positivo y que constituye un importante apoyo a la reforma procesal penal y al logro de los objetivos y desafíos que se plantean en la nueva justicia.
En consecuencia, anuncio mi voto favorable y el de nuestra bancada.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , como ya se ha dicho en la Sala, el cambio en el proceso penal ha sido muy exitoso, pero en el caso de los fiscales su labor es compleja, delicada y la publicidad de las audiencias ha dado lugar a algunos atentados físicos y amenazas de muerte en su contra, situación que ha causado mucha preocupación en el país, en particular de los fiscales.
Recibimos la visita del Fiscal Nacional, acompañado de la fiscal de Santiago Oriente, quienes dieron cuenta de diversas causas en todo el país que constituían cuestiones serias y que motivaron esta moción.
Quiero poner el acento en dos cosas. Una de ellas, que me preocupó durante la tramitación del proyecto, es que se hace extensivo el resguardo, tanto respecto de delitos de resultado como de amenaza, que es un delito de peligro, no sólo a los fiscales, sino también a los defensores públicos. Y aquí viene mi preocupación, porque cuando se hacen distinciones -por eso mi consulta en la Comisión- aparecen discriminaciones odiosas.
No puedo entender por qué se hace protección de uno y de otro y el hecho que se diga que es en resguardo de la autoridad no hace sino exacerbar una discriminación que no se puede aceptar. O hacemos un resguardo para los fiscales y todos los intervinientes o nos limitamos al resguardo de los fiscales, que es una cuestión acuciante y en la cual están todos de acuerdo, moros y cristianos.
Además, llamo la atención de la Sala sobre una situación particular. Como ha informado la diputada señora Turres , el artículo 268 quinquies señala lo siguiente: “El que amenazare a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en los términos de los artículos 296 y 297 de este Código, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con el máximo de la pena o el grado máximo de las penas previstas en dichos artículos, según correspondiere.”.
Quiero explicar que en el caso de los artículos 296 y 297 estas amenazas no sólo se extienden al fiscal, sino también a su familia. Al respecto, quiero dejar expresa constancia, porque es muy relevante el tema, que el parentesco no sólo se extiende al de consanguinidad, sino también al de afinidad. Y según el Código Civil “Parentesco por afinidad es el que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos de su marido o mujer.”.
Llamo la atención de la Sala sobre el punto, porque el Código Civil aparece totalmente desfasado con la aprobación de la ley de divorcio. Hoy, un fiscal puede tener muchas suegras, muchas nueras y muchos cuñados que han dejado de tener tal calidad, pero que de acuerdo con la ley siguen siéndolo. Esto me parece una desmesura.
Sobre el particular he presentado un proyecto, que está en la Comisión de Familia, para que el artículo 31 del Código Civil se cambie y sólo quede como parentesco por afinidad el que “está casada” y no que “ha estado casada”.
Por esa razón, pido a la Sala que pongamos una duda razonable sobre esta situación y que el proyecto vuelva a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para profundizar el tema.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , en primer lugar, este buen proyecto de ley, que nuestras bancadas aprobarán, tiene su origen en una moción muy transversal de algunos senadores de la República: la señora Soledad Alvear y los señores Alberto Espina, José Antonio Gómez , Hernán Larraín y Pedro Muñoz .
Lo calificamos de útil y va dirigido a un objetivo muy obvio. La opinión pública se conmocionó hace algún tiempo con las amenazas de daño físico y de muerte, realizadas con publicidad, contra varios fiscales del Ministerio Público por mafias organizadas ligadas al tráfico de estupefacientes.
A raíz de que la fiscalía inició una batida contra los grupos de delincuentes ligados al tráfico de drogas, la reacción, como ha sucedido, por desgracia, en muchos países del mundo, fue la de debilitar la acción del Estado por la vía de amedrentar a los fiscales.
Esta situación es extraordinariamente grave, y el país no puede permitirla, especialmente si todos los sectores están comprometidos en la lucha contra la delincuencia; en una política de asegurar el orden público y de establecer la seguridad pública y la seguridad ciudadana como metas centrales de la actividad del Estado, obligación de las autoridades a cargo del bien común de la República.
Es conveniente dejar en claro que el objetivo del proyecto es dar garantías de buen cometido, de tranquilidad y de seguridad en su acción a las magistraturas; defiende a la autoridad en el cumplimiento de su misión de resguardar el orden público y la seguridad pública; rodea de protección la función de la autoridad dirigida a mantener, asegurar y preservar el orden y la seguridad pública. Por lo tanto, lo apoyamos con entusiasmo.
¿En qué consiste el proyecto? Lo han planteado muy bien la diputada informante , el diputado Eluchans y la diputada Laura Soto . En primer lugar establece ciertos tipos penales, intercalados en el título VI del libro segundo del Código Penal, que sancionen los atentados y amenazas contra fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos.
En segundo lugar, una pena específica para el que hiera, golpee o maltrate de obra a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones.
En tercer lugar, bajando de grado, al que amenazare, en los términos de los artículos 296 y 297 del Código Penal, a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones, con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, es decir, 361 días a 3 años.
Para claridad de mis colegas, me voy a referir a la penalidad que se propone para estos tipos penales.
El que mate a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público, por supuesto, en razón del ejercicio de sus funciones, no por otras actividades cuando particulares que pueda efectuar en su vida normal -por ejemplo, persiguió o encarceló a una mafia de lavado de dinero o de tráfico de drogas-, será castigado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado; es decir, de 15 años y 1 día, como piso, a 20 años como tope, pena extraordinariamente grave.
El que hiera, golpee o maltrate de obra a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con presidio mayor en su grado medio, es decir, de 10 años y un día a 15 años, si como resultado de las lesiones queda el ofendido demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme. Con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, es decir, de 3 años y 1 día a 10 años, si las lesiones producen al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días. Con presidio menor en sus grados medio a máximo, es decir, de 541 días a 5 años, si le causa lesiones menos graves, y con reclusión menor en su grado mínimo, es decir, de 61 a 541 días, y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, o sólo esta última, si le ocasiona lesiones leves o no se produce daño alguno. Es decir, también se sanciona al que golpea a un fiscal, aunque no le produzca daño.
Por último, el que amenace en los términos de los artículos 296 y 297 del Código Penal a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con el máximo de la pena o el grado máximo de las penas previstas en dichos artículos, según correspondiere.
Ello demuestra que se están estableciendo penas bastante intimidatorias, que dan una señal clara de lo que el Estado de Chile, sus autoridades, los poderes Ejecutivo , Legislativo y Judicial están requiriendo: firmeza, claridad en la persecución de los delincuentes y en cuanto a que el objetivo central de la acción de las autoridades debe ser el orden y la seguridad pública.
Por ello, Renovación Nacional reforzará con entusiasmo el proyecto.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado Gonzalo Duarte.
El señor DUARTE.-
Señor Presidente, no cabe duda de que el proyecto responde a una necesidad evidente de las sociedades desarrolladas del mundo a las cuales se está incorporando Chile.
Para su funcionamiento, la democracia requiere una justicia autónoma, la que, para considerarse como tal, debe garantizar la seguridad de los actores que forman parte del sistema judicial.
Es conocida -y se ha hablado de ello en esta Sala- la existencia de un proceso creciente de amenazas por parte de actores delictuales en contra de los actores del sistema judicial. No es algo nuevo; ello ocurre desde larga data. Incluso, en una época se conoció la amenaza de actores que formaban parte del sistema estatal sobre la autonomía de los jueces.
Hoy, se ha sabido de amenazas de actores del sistema delictual. Por eso, el proyecto, que como bancada demócrata cristiana vamos a respaldar, permite incrementar las medidas de seguridad para los actores del sistema judicial, tanto de los fiscales como de los defensores penales públicos -en eso saludo su equilibrio-, porque ambos pueden ser objeto de amenazas.
Desde esa perspectiva, el proyecto permite perfeccionar los instrumentos con que cuenta actualmente el sistema judicial para que la autonomía que requiere siga profundizándose y, a partir de ello, pueda desarrollar la tarea de impartir justicia en mejores condiciones.
La Democracia Cristiana dará su apoyo al proyecto, porque contribuye a hacer de Chile un país más seguro.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado don Carlos Montes.
El señor MONTES .-
Señor Presidente , luego de escuchar a la diputada informante y las opiniones de distintos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, no cabe más que apoyar el proyecto, pues su contenido es consistente y sólido.
Pero hay un punto que me preocupa, que es la inseguridad a la cual hoy están enfrentadas las personas que componen la fiscalía. Podemos crear una serie de normas legales sobre la materia, establecer muchas sanciones, pero eso no va a cambiar el alto nivel de riesgo al cual están enfrentadas permanentemente.
Conozco el Centro de Justicia, y lo que más me llama la atención es la falta de estacionamientos en el edificio, razón por la cual los fiscales deben estacionar sus vehículos en la calle. Además, circulan por los mismos lugares por donde lo hacen los imputados y sus familiares; incluso, salen por las mismas puertas. En verdad, no ocurren más casos por factores como el autocontrol de las personas.
En el caso de la Fiscalía de La Florida, donde trabaja una gran cantidad de personas, porque se trata de una zona extensa, lo único que cabe preguntarse es si existen normas básicas de seguridad para quienes cumplen la función de fiscal o de defensor penal público. Creo que es una función de alto riesgo. No sé quién diseñó los espacios, o quien implantó la medida de que por los ascensores sólo pueden circular los jueces y no los fiscales, lo que considero insólito.
Junto con aprobar el proyecto, debemos hacer ver a las autoridades del Ministerio de Justicia, del Poder Judicial y del Ministerio Público, que este tema debe ser analizado en forma global, sancionando los distintos tipos de agresión contra los fiscales y los defensores, pero también reduciendo al mínimo el riesgo de que ello ocurra, ya que incluso, almuerzan prácticamente en los mismos lugares, pues deben salir a los boliches que se encuentran alrededor de los centros de justicia, etcétera.
Aquí hay algo que se ha hecho sin pensar y de una vez por todas debemos enfrentarlo en aras de la protección de los fiscales y de los defensores penales públicos, sobre todo, cuando deben imputar a personas y buscar la manera de que sean sancionadas, lo cual los pone frente a un riesgo efectivo. Por ello, creo que aquí no sólo debemos considerar los hechos respecto de las sanciones, sino también de los diseños operativos de los sistemas.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado don Edmundo Eluchans.
El señor ELUCHANS.-
Señor Presidente , el propósito de mi segunda intervención es referirme a lo expresado por la diputada Laura Soto y a lo que acaba de decir el diputado Montes .
La diputada Laura Soto planteó un tema de fondo -y creo que tiene razón-, cual es que el inciso final del artículo 296 del Código Penal define lo que se entiende por familia, para los efectos del título que trata de las amenazas y de los atentados contra las personas y la propiedad. La definición del artículo 296, en mi opinión -comparto lo que señaló la señora diputada -, es muy amplia. Sin embargo, creo que es un error pedir que el proyecto vuelva a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Lo que hay que hacer no es modificar el proyecto que hoy estamos discutiendo, sino el artículo 296 del Código Penal. Por eso, le manifesté a la diputada Laura Soto mi disposición para que, en conjunto, presentemos una moción en ese sentido, y así lo haremos.
Por eso, solicito a la Sala que el proyecto no sea enviado a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia y que lo votemos ahora.
Lo otro que me interesa comentar es la intervención del diputado Montes. Creo que tiene toda la razón cuando se refiere a situaciones de hecho que se producen a diario y que ponen en riesgo a los fiscales.
Hoy, estamos dando un paso adelante con este proyecto, porque establece sanciones especiales para los atentados de que puedan ser objeto los fiscales y los defensores públicos. Sin embargo, también debemos preocuparnos de asegurar condiciones materiales que contribuyan a minimizar los riesgos que puedan correr en el desempeño de sus funciones.
Debo decir que hicimos presente este problema al ministro de Justicia y que también lo conversamos con representantes del Ministerio Público, quienes nos señalaron que se están tomando medidas en esa dirección. De manera que esperamos que el problema sea subsanado a la mayor brevedad posible.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el honorable diputado Jorge Sabag.
El señor SABAG .-
Señor Presidente , el país es depositario de un sistema de enjuiciamiento criminal que se ha transformado en modelo para América Latina. Fue concebido bajo la presidencia de don Eduardo Frei Ruiz-Tagle y liderado por la entonces ministra de Justicia , señora Soledad Alvear .
Hoy, muchos países del continente vuelven sus ojos hacia Chile para copiar este modelo que, como ningún otro, ha fortalecido los derechos de las víctimas y de los imputados, materializando el estado de derecho democrático que pone a la persona humana como centro de todos sus desvelos.
Voy a dar mi voto afirmativo al proyecto, porque protege el trabajo cotidiano de los defensores públicos y de los fiscales. Con ello, pretendo rendir homenaje a quienes, en forma anónima y abnegada, día a día solucionan cientos de conflictos penales mediante juicios orales y a través de salidas alternativas, como acuerdos reparatorios y suspensiones condicionales del procedimiento, que se han convertido en la mejor herramienta para restaurar la paz social, especialmente en aquellos casos en que el infractor no posee antecedentes penales y en que se antepone el interés de las víctimas por sobre el interés punitivo del Estado.
Creo que el proyecto hace justicia a ese trabajo, porque a través de la discusión propia de la norma penal, pone en conocimiento de todos los habitantes del territorio nacional que el trabajo de los fiscales y de los defensores debe ser protegido y, por ende, castigadas aquellas conductas que atenten en contra de quienes tienen en sus manos la delicada tarea de colaborar con los jueces en el sistema adversarial, oral y público, que busca dar a cada uno lo suyo.
Pero, al mismo tiempo, considero que la iniciativa debe ser una invitación a que el Ejecutivo , como lo han dicho muy bien los diputados Montes y Eluchans , en coordinación con el Poder Legislativo y escuchando a los interesados, busque otras formas de solución para los peligros que presupone la persecución penal y la defensa de los imputados, por ejemplo, mediante el establecimiento de ciertos requisitos para la construcción de inmuebles destinados a los tribunales, tales como entradas y servicios de los fiscales y defensores públicos separados de los del público, incremento de la dotación de gendarmes que cumplen labores de seguridad en los recintos judiciales e inversión en vehículos institucionales para trasladar a los intervinientes hasta las audiencias que puedan revestir peligro para ellos.
Considero que la sanción legal no es el único camino para solucionar problemas sociales propios de una sociedad de riesgo, y el castigo no puede ser la única respuesta para prevenir conductas lesivas. Un estado moderno demanda soluciones pragmáticas y creativas a quienes, como depositarios de la soberanía, estamos llamados a responder a las demandas de una sociedad que debe preferir la prevención al castigo, como manifestación perfecta de la democracia como forma de gobierno.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado Alfonso De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , este proyecto avanza en la línea correcta al fortalecer la protección de los fiscales del Ministerio Público y de los defensores penales públicos en el ejercicio de sus funciones. Es necesario establecer principios claros que resguarden la protección, el principio de autoridad y la protección de la vida e integridad física de estos funcionarios en el ejercicio de sus cargos.
En el último tiempo, hemos conocido una serie de dificultades que ellos han debido enfrentar. Hemos visto agresiones, amenazas y coacciones que deben ser sancionadas. Quienes desarrollan estas funciones deben recibir protección y dignidad. Nuestra sociedad ha avanzado enormemente, en particular, a través de los juicios orales y públicos, en la administración de la justicia penal. Este gran avance se ve reflejado hoy, entre otras cosas, en el tiempo que duran los procesos y en la capacitación de quienes están detrás de esta gran reforma. Pero debemos avanzar también en la dignificación y mejoramiento de las condiciones de trabajo de las personas que desarrollan estas actividades.
Valoramos que, con nuevos aires, se haya designado fiscal nacional a don Sabás Chahuán que, sin duda, con su capacidad y trayectoria, le imprimirá una nueva dinámica y nuevos aires a la Fiscalía Nacional. Seguramente, se va a preocupar de asuntos e hitos importantes que es necesario atacar frontalmente: el narcotráfico, la violencia de género y otras cosas.
Nos produce un tremendo escozor al problema que mencionó el diputado Montes: las condiciones, incluso, materiales, en que desarrolla sus funciones el Ministerio Público. No es posible que en la construcción de
los edificios no se hayan considerado accesos y estacionamientos separados para que los funcionarios no tengan que verse enfrentados directamente con los imputados ni expuestos a amenazas. Es algo que no se ha considerado y que debe ser remediado.
Hace pocos días, aprobamos un proyecto sobre mejoramiento de remuneraciones de los funcionarios del Poder Judicial . Todos estos son avances en lo que le importa al país: la administración de justicia. Esto significa, dentro del programa del Gobierno, atención preferente a los fiscales y a los defensores, porque éstos también hacen un trabajo muy importante. Como dice el refrán, sin defensa no hay justicia. Así como los fiscales deben tener protección, los defensores también deben tenerla.
Por lo mismo, debemos avanzar en una visión global, sancionando a quienes agredan o amenacen. Pero éste no es el único camino. También hay que considerar las condiciones materiales y entender que la Fiscalía Nacional y quienes desempeñan funciones allí y en la Defensoría Pública, van a contribuir a una sociedad más justa, que persigue el delito pero que también protege a las víctimas, que ampara y respeta los derechos de los imputados.
Considero tremendamente relevante este proyecto y es fundamental aprobarlo a la brevedad, para enviar una señal firme y clara de que el Poder Legislativo se preocupa de hacer respetar los principios de protección de la vida, de la integridad corporal de los funcionarios y del principio de autoridad, para que no ocurran situaciones de hecho y sigamos avanzando con el objeto de conseguir las condiciones materiales necesarias para que se desempeñe de la mejor manera el trabajo del Ministerio Público y de la Defensoría Penal Pública.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la diputada Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente , en este debate hemos hablado mucho de la situación que se da en los nuevos procedimientos orales, a los cuales no estábamos acostumbrados.
En los antiguos procedimientos, la mayor relación que tenían los imputados, las víctimas y los testigos de un hecho delictivo con los tribunales era usualmente con el actuario que llevaba la causa. El juez muchas veces revisaba y firmaba resoluciones, pero debido a la falta de recursos humanos y de tribunales del crimen, se mantenía bastante alejado de su función jurisdiccional.
Hoy, eso ha cambiado radicalmente y nos encontramos frente a procedimientos muy distintos, donde los diferentes actores literalmente se ven las caras, debido al diseño de los tribunales o de los lugares donde están emplazados.
En Puerto Montt, ciudad a la que represento, los tribunales orales y de garantía están en un mall y para acceder a ellos suben juntos en los mismos ascensores la víctima, los fiscales, los victimarios cuando están en libertad durante la investigación, los defensores, etcétera, lo que ocasiona los problemas que aquí se han señalado.
Me parece tremendamente importante dar una señal mediante esta legislación, no sólo al Ministerio Público o a los defensores, de que estamos preocupados como legisladores por su situación, sino también a quienes agreden, a los familiares de los imputados, para que aprendan a controlarse, a respetar a la autoridad y valorar lo que significa estar en un tribunal.
De alguna manera, en el último tiempo siento que nuestra sociedad ha ido perdiendo el respeto por la autoridad en términos generales y eso se refleja en insultos a carabineros, a fiscales o a la forma en que se refieren a los parlamentarios. Muchas veces siento que no se nos respeta como merecemos por la importante labor que realizamos.
En este contexto, quiero hacer presente que hoy nos preocupamos por el Ministerio Público y los defensores, pero hay otro actor que en los procedimientos penales está desprotegido y que es la víctima de los delitos.
Estamos participando en el presupuesto de la Nación, dentro del cual viene una partida del Ministerio Público para la oficina que se encarga de la protección de víctimas y de testigos, pero su presupuesto es bastante menor para la función que cumple, que va desde caracterizar en algunos casos hasta preparar sicológicamente a las víctimas y a los testigos para enfrentar un juicio oral, como también buscar un lugar donde acoger a las víctimas. A veces se trata de una mujer con niños pequeños y es necesario resguardarla, pero eso alcanza a un tiempo y hasta ahí no más llegamos. No se puede hacer milagros con ese presupuesto.
La función del Ministerio Público no es sólo representar a la víctima, sino darle protección.
Quiero hacer presente que los funcionarios de la Corporación de Asistencia Judicial, a lo largo de todo Chile, están en paro. En mi región, éste es el tercer paro en un mes, justamente porque quieren hacer un planteamiento que es lejos lo más generoso que he visto en el último tiempo: mejorar el acceso a la justicia en nuestro país. Hay una parte que está cubierta, la de los victimarios, lo que me parece bien y no lo cuestiono, pero no me parece bien que sigamos adoptando soluciones de parche para temas puntuales, o sea, para apagar incendios.
Me refiero a los tribunales de familia, que tienen presupuesto para dar algún grado de protección, pero insuficiente. En materia laboral, el presupuesto es similar al de la Corporación de Asistencia Judicial en todo Chile, para la asistencia jurídica de los trabajadores. Pero esto ocurrirá sólo en los juicios en las ciudades más grandes, donde habrá tribunales laborales, pero las víctimas de los delitos nuevamente están quedando olvidadas y relegadas a un segundo plano.
Me parece que estamos avanzando y tomando conciencia de cuál ha sido el costo y los beneficios y ello no está en discusión, pero el costo del nuevo procedimiento penal ha sido grande para los fiscales del Ministerio Público, en algunos casos para los defensores en menor medida, pero sin duda quienes pagan el mayor costo son las víctimas de los delitos.
Se hablaba de los atentados contra las mujeres, en los temas de violencia intrafamiliar. Quiero recordar en esta Sala que los victimarios tienen un abogado que los representa; sin embargo, las mujeres, cuando son víctimas de estos delitos, no lo tienen.
Ratifico nuestro voto a favor del proyecto, pero no puedo dejar pasar la ocasión para recordar una vez más que la reforma y la modernización del acceso a la justicia sigue pendiente en nuestro país.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , con la modificación total de nuestro sistema procesal penal hubo un cambio radical en los roles que se juegan en el proceso penal. Tanto los fiscales como los defensores juegan un papel fundamental en lo que se refiere a la persecución de los delitos y a la defensa de los imputados.
A diferencia del antiguo proceso, en que el juez investigador y además sentenciador permanecía en su mesa de trabajo en el tribunal, de donde no se movía, hoy el fiscal tiene una posición activa, está en el lugar de los hechos, junto con la policía cuando se detiene, por ejemplo, a narcotraficantes. En fin, juega un rol completamente diferente en lo que se refiere a la persecución del delito. Eso ha hecho que los fiscales sean vulnerables. Basta citar Italia , Colombia y muchos otros países, donde se ha asesinado a una gran cantidad de fiscales.
En relación con la delincuencia, sobre todo con la organizada, este cambio de rol pone en primer lugar al fiscal. Por eso, se deben tomar todas las medidas preventivas y represivas posibles, a fin de dar la protección debida a los fiscales y a los defensores, en virtud del papel que cumplen dentro de la sociedad.
En ese sentido, ya se están tomando algunas medidas, como las señaladas por el diputado Carlos Montes . Es absurdo que los fiscales dejen sus vehículos estacionados en la calle o que entren a sus lugares de trabajo junto con los imputados y sus familiares. Con eso, se está propiciando la posibilidad de atentados en su contra.
Por lo tanto, se debe exigir a la administración de justicia, tanto al Ministerio Público como al Ministerio de Justicia, tomar medidas preventivas para impedir los atentados en contra de fiscales y defensores.
Desde el punto de vista represivo, es evidente la necesidad de un cambio en la legislación. Sin embargo, a pesar de estar de acuerdo con la aprobación de esta iniciativa, creo que adolece de varios defectos. En primer lugar, no se consignan las mutilaciones, que figuran en el Código Penal. Sólo se alude a las lesiones. En consecuencia, habría que ir a la legislación general del Código Penal y no a la especial. Con ello, queda una cosa extraña, un defecto, pues las mutilaciones tienen mayor pena que las lesiones.
La doctrina nacional, con mayor razón la comparada, ha señalado críticamente lo que establece nuestro código en materia de lesiones, porque sólo se refiere a problemas de actividad material, como herir, golpear o maltratar, pero deja una gran cantidad de hechos fuera de consideración, cuando hay omisiones graves o formas de carácter intelectual utilizadas para provocar lesiones.
Lamentablemente, se sigue con la misma técnica del Código Penal que hoy deja mucho que desear. Ningún país latinoamericano, menos los europeos, emplea esta forma de describir los delitos de lesiones.
Si estamos haciendo algo especial, por lo menos podríamos ponernos a tono con lo que implica el delito de lesión en el siglo 21, desde el punto de vista del Derecho Penal, y no mantener algo tan arcaico de principios del siglo 19.
Si bien estoy de acuerdo en aprobar la iniciativa por su importancia, lamento que estemos cometiendo dos errores graves en la forma de legislar sobre la materia.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero señalar que este proyecto se hace cargo de un hecho conocido públicamente a través de los medios de comunicación, cual es la amenaza y atentados contra las personas que la ley ha nombrado para cumplir con la función de fiscal, del Ministerio Público, y de defensor, de la Defensoría Penal Pública.
¿Cuál es mi inquietud respecto de este tema?
El proyecto habla de dar mayor protección a los fiscales y a los defensores en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, durante la discusión del proyecto los representantes del Ejecutivo señalaron una cosa distinta. Dijeron que el bien jurídico protegido sería el principio de autoridad. Con ese argumento quedan fuera de la protección mayor que estamos brindando los defensores licitados por la propia Defensoría Penal Pública, pues al ser licitados tienen el carácter de privados.
Eso no es coherente ni lógico con lo que deseamos hacer, porque si estamos tratando de cautelar y proteger el ejercicio de la función, no me parece razonable que el defensor público licitado no quede suficientemente protegido.
Me da la sensación de que hay un problema.
El proyecto avanza en el tema, pero tiene una incoherencia evidente, porque la intención del legislador es cautelar la función y el Ejecutivo sostiene que el bien jurídico protegido es el principio de autoridad. Esto no está resuelto en la iniciativa. Implica un problema, porque deja fuera de la protección que le debemos como tal a quien ejerce la función de defensor público desde el rol de una defensoría licitada.
Reitero, que debemos definir bien, pues la Comisión no lo establece con nitidez, con claridad, cuál es el bien protegido: si es el principio de autoridad o el que quisieron proteger los autores de la moción, que es, precisamente, la función que se desarrolla como fiscal o defensor.
Creo que el proyecto debe volver a Comisión. Presentaré indicación para definir ese aspecto, salvo que algún integrante de ella absolviera mi inquietud.
Aclaremos la situación: es cierto, el Ejecutivo señala cuál es el bien protegido; pero, a mi juicio, la intención del legislador es proteger a quien ejerce la función.
Considero que se trata de un buen proyecto. Pero, a menos que alguien de la Comisión me explique la situación, presentaré una indicación con el propósito de que sea suficientemente aclarada. En caso contrario, se daría un paso hacia atrás, toda vez que se dejaría sin protección a los integrantes de la defensoría pública, lo que no corresponde a la idea inicial del legislador.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , sin el ánimo de arrogarme la representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, a raíz de los interesantes planteamientos que hizo mi distinguido amigo y colega Jorge Ulloa , vale la pena precisar la idea que se tuvo en cuenta al aprobar el proyecto.
En primer lugar, el homicidio, las lesiones, el atentado contra cualquier persona, constituyen un delito de homicidio o de lesiones, respectivamente, según el Código Penal, y esto no se varía.
Obviamente, el Código Penal protege la vida y la integridad física de cualquier chileno, y dentro de esta categoría están los fiscales y los defensores públicos.
En segundo lugar, como se ha planteado, a través del proyecto de ley no se solucionará el problema. Es difícil que ello ocurra por el sólo hecho de legislar. Por eso, hay mucho que hacer, y el Ejecutivo tiene la palabra en materia de mayor dotación de personal de Gendarmería para la protección de los recintos en los que se imparte justicia; de una mejor infraestructura para resguardar la vida y la integridad de todos los intervinientes en un juicio: acusados, fiscales, defensores y público que asiste a las audiencias, ya que, de acuerdo con el nuevo procedimiento, son públicas. Etcétera, etcétera.
Obviamente, hay un aspecto grueso que no se soluciona a través del proyecto. Repito, hay mucho que hacer, como varios señores diputados lo han planteado, pero debemos avanzar.
¿Qué se pretende? Crear un tipo penal para el que atente o dañe a un fiscal. Se le agregó -no era completamente partidario de esto, porque podía producir algún desvío del bien jurídico protegido-, de facto, al defensor penal público.
Pero, en el fondo, se defiende el principio de autoridad, porque ¿quién representa el principio de autoridad del Estado? El que persigue al delincuente; el que representa el interés de la sociedad y trata que se condene a un delincuente. Y en este papel participa el fiscal y el juez.
En estricto rigor, el defensor penal protege el interés particular del delincuente, y en este sentido no representa el interés público. El interés público está representado por el fiscal en su afán persecutorio, de acuerdo a la ley.
Por lo tanto, frente a la necesidad de tirar una línea, un deslinde en el tipo penal, porque, vuelvo a repetir, como el tipo penal de homicidio o de lesiones para todos los chilenos está asegurado en el Código Penal, se propone un tipo penal específico para el que atente contra el fiscal. Se agregó al defensor penal público, que está sujeto a un nombramiento oficial.
Obviamente, es deseable la protección de todos los demás, pero es imposible agregar a todos los que intervienen en un juicio penal público.
Ésta es la razón por la cual el tipo penal se limita a los fiscales y defensores públicos. El resto de los chilenos, entre otros, los abogados que defienden los legítimos derechos del delincuente, del procesado, del imputado, está protegido por las normas comunes del Código Penal.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor WALKER (Presidente).-
En votación general el proyecto de ley que dispone mayor protección para fiscales y defensores en el ejercicio de sus funciones.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor WALKER ( Presidente ).-
Por haber sido objeto de indicaciones, vuelve a Comisión para segundo informe.
CONSAGRACIÓN DEL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD EN LA RED PARA CONSUMIDORES Y USUARIOS DE INTERNET. Primer trámite constitucional.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, originado en moción, que consagra el principio de neutralidad en la red para consumidores y usuarios de Internet.
Diputado informante de la Comisión de Ciencia y Tecnología es el señor Egaña.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 4915-19-1, sesión 4ª, en 20 de marzo de 2007. Documentos de la Cuenta N° 6.
-Primer Informe de la Comisión de Ciencia y Tecnología, sesión 79ª, en 2 de octubre de 2007. Documentos de la Cuenta N° 71.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Andrés Egaña .
El señor EGAÑA.-
Señor Presidente , el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los diputados señores Arenas, don Gonzalo ; Díaz, don Marcelo ; Estay, don Enrique ; García-Huidobro, don Alejandro ; Hales, don Patricio ; Hernández, don Javier ; Jiménez, don Tucapel ; Kast, don José Antonio ; Recondo, don Carlos , y Ward, don Felipe , consagra el principio de neutralidad en la red para consumidores y usuarios de Internet.
I.- Antecedentes generales.
Como señala el propio proyecto de ley, nuevas tecnologías y prácticas han comenzado a entorpecer el libre acceso y tráfico a través de Internet. Es así como grandes compañías y varios ISP “condicionan” el acceso de los usuarios a la red, discriminando contenidos, aplicaciones o dispositivos, mediante la práctica de priorizar el tráfico de ciertos servidores en virtud de un pago especial. Asimismo, proveedores de acceso vía Adsl, como Telefónica CTC, o vía cable módem, como VTR-MI, que en Chile concentran cerca del 94 por ciento de las conexiones a Internet por banda ancha, tienen la posibilidad de ejercer prácticas atentatorias contra la libertad de todos los usuarios, tales como traffic shapping o bloqueo de puertos.
El traffic shaping, también denominado throttling, consiste en adoptar ciertas medidas con dos finalidades:
1. Disminuir el consumo de ancho de banda para protocolos distintos al http, limitando la utilidad del enlace por parte del usuario tan solo a la navegación por páginas web; y
2. Mejorar las latencias globales de la red, esto es, obtener mejores rendimientos de los enlaces en perjuicio de la capacidad de los usuarios para transferir archivos.
El sistema opera a través de un Router o servidor especializado, que identifica los paquetes de conexiones, por ejemplo P2P, limitando su velocidad y haciendo totalmente ineficiente la transferencia.
Por otra parte, debido a que las comunicaciones en Internet se realizan a través de distintos puertos de entrada o salida, es posible que un ISP bloquee ciertos puertos para evitar cualquier tipo de tráfico a través de los mismos.Por ejemplo, si se decide cerrar el puerto 21, no se podrán realizar descargas FTP o, si se cierra el puerto 25, no se pueden enviar correos desde el computador.
A las dos anteriores deben agregarse prácticas que limitan la velocidad de acceso, que prohíben instalar equipos entre el PC y el módem o compartir el acceso con terceros.
La “neutralidad en la red” asegura a todos los usuarios el libre acceso a los contenidos disponibles en ella y a ejecutar aplicaciones o utilizar los dispositivos de su elección, sin condicionamientos de ningún tipo, lo que se ve amenazado por las prácticas antes descritas.
El proyecto no contiene disposiciones de quórum calificado ni de rango orgánico constitucional.
La Comisión recibió al subsecretario de Telecomunicaciones , señor Pablo Bello Arellano , y a los señores José Huerta Estrada , miembro de la organización Neutralidad Sí!, y Alberto Mordojovich Soto , gerente general de Voissnet S.A., quienes explicaron las condiciones y características del proyecto.
Discusión general.
La Comisión aprobó en general el proyecto, en sesión de 12 de septiembre de 2007, por la unanimidad de los diputados presentes, señores Araya , Arenas -en reemplazo del señor Paya -, Egaña, Enríquez-Ominami , Martínez , Moreira y Sunico ( Presidente ).
Durante la discusión general, el subsecretario de Telecomunicaciones -quiero destacar su buena disposición- señaló que el Gobierno estima pertinente proponer la consagración legal del principio de “neutralidad en la red Internet”, así como la protección de los consumidores, pero que dicha consagración debe realizarse en el marco de la ley Nº 18.168, general de Telecomunicaciones, por cuanto Internet puede ser utilizada como soporte de diversos tipos de telecomunicaciones, así como de otros servicios, prestaciones o aplicaciones.
En este sentido, el subsecretario concordó con lo planteado en el proyecto, en el sentido de que es necesario legislar para evitar que operadores interesados entorpezcan el libre acceso y tráfico a través de Internet y condicionen el acceso de los usuarios, discriminando contenidos, aplicaciones o dispositivos.
Agregó que el principio de neutralidad de la red debe aplicarse de una forma que priorice otras necesidades y derechos, como la seguridad y la protección de la privacidad de los usuarios. En ese sentido, debe entregarse a los operadores de acceso la facultad de adoptar las medidas necesarias para estos fines, siempre que ello no redunde finalmente en que éstos realicen acciones destinadas a gestionar tráficos para su propia conveniencia o con fines anticompetitivos.
Sobre la base de lo expuesto, sostuvo que resulta posible distinguir las prácticas de los ISP, que obedecen a acciones que tienen por resultado proteger y lograr seguridad en la red, con otras acciones destinadas a gestionar tráficos para su propia conveniencia. Las posibilidades en este campo son numerosas. Por ello, el Ejecutivo estima mejor dejar para un reglamento el detalle de las especificaciones a que se refiere el proyecto.
Al respecto, el subsecretario puso a disposición de la Comisión una propuesta de texto alternativo al proyecto original, el cual, manteniendo y respetando las ideas y contenidos originales, se inserta en la legislación de las telecomunicaciones y permite que la regulación de la protección de los derechos de los usuarios se efectúe por la vía reglamentaria, cuestión que permitirá, entre otras cosas, la necesaria flexibilidad normativa que requiere el mundo de la informática y sus aplicaciones.
La Comisión también recibió la opinión de don Alberto Mordojovich Soto , gerente general de Voissnet S.A., quien señaló que no se trata de un tema teórico, sino de una situación real con casos concretos en Chile, en los que se han observado bloqueos y actitudes que violan el principio de la neutralidad en la red.
En su opinión, Internet es una red universal, como la vía pública, por tanto, a pesar de sus características virtuales, todos tienen derecho a crear y transitar por ella. Aclaró que no se trata de reclamar un acceso gratuito. El problema se produce cuando el usuario ya pagó por acceder, pero se encuentra con restricciones impuestas por el proveedor. Lo que está en juego con la neutralidad en Internet es que el navegante tenga libertad de dirigirse a los destinos virtuales que estime necesario.
La Comisión recibió a don José Huerta Estrada , miembro de la organización Neutralidad Sí!, quien pertenece al sector de los consumidores. El señor Huerta coincide con la propuesta del proyecto, en cuanto es un tema con presencia en el país.
Por su parte, los diputados integrantes de la Comisión compartieron los fundamentos y contenidos del proyecto, y manifestaron especial interés en que sus disposiciones queden incorporadas en la ley general de Telecomunicaciones, por tratarse de una materia propia del ámbito de competencia señalado en el artículo 1º de dicho cuerpo legal.
Discusión particular.
La Comisión acogió una indicación de los diputados señores Araya , Arenas , Egaña, Enríquez-Ominami , Martínez , Moreira y Súnico, para sustituir el artículo único del proyecto por el siguiente:
“Artículo primero.- Agrégase los siguientes artículos 7A y 7B a la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones:
“Artículo 7A.- En particular, respecto de los usuarios de Internet, la protección de sus derechos deberá tomar en especial consideración el cumplimiento a su respecto de las siguientes obligaciones de los suministradores de acceso a los proveedores de acceso a Internet y también de estos últimos, entendiéndose por tales, toda persona natural o jurídica que preste servicios onerosos de conectividad entre los usuarios o sus redes e Internet:
a) No podrán bloquear, interferir, discriminar o entorpecer en cualquier forma la capacidad de cualquier usuario de Internet para acceder, utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legítimo a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso realizado a través de la red. De la misma forma, no podrán realizar ninguna actividad que restrinja la libertad de los usuarios para el uso de los contenidos o servicios dispuestos en Internet.
En todo caso, los suministradores y proveedores de acceso a Internet deberán tomar las medidas necesarias para garantizar la privacidad de los usuarios, la protección contra virus y la seguridad de la red, siempre que ello no tenga por objeto realizar acciones destinadas a gestionar tráficos con fines anticompetitivos. Asimismo, sólo podrán bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicio, a pedido expreso del usuario.
Un reglamento establecerá las prácticas restrictivas a la libertad de utilización de los contenidos o servicios que se presten a través de Internet.
b) Entregar por escrito a sus usuarios toda la información relativa a las características del acceso a Internet contratado, su velocidad, calidad del enlace, diferenciando entre las conexiones nacionales e internacionales, así como la naturaleza y garantías del servicio. Esta información deberá ser entregada obligatoriamente por el suministrador o por el proveedor de acceso, según corresponda, a sus clientes en el momento previo a la contratación del servicio y, además, en cualquier momento en el cual los clientes lo soliciten durante la vigencia del contrato. El reglamento establecerá la forma y contenido específico de esta información.
c) Ofrecer directamente a cada usuario un servicio de acceso al proveedor de acceso a Internet o de acceso a Internet, según corresponda, que no distinga contenidos, aplicaciones o servicios, basados en la fuente de origen del mismo o de la propiedad de éstos. El suministrador o proveedor deberá garantizar, en forma igualitaria, el acceso a todo tipo de contenidos, servicios o aplicaciones disponibles en la red, en virtud del contrato vigente con los usuarios.
d) Ofrecer servicios de controles parentales para contenidos que atenten contra la ley, la moral o las buenas costumbres, siempre y cuando el usuario reciba información por adelantado y de manera clara y precisa respecto del alcance de tales servicios.”
“Artículo 7B: Para la protección de los derechos de los usuarios de Internet, el Ministerio y la Subsecretaría podrán emplear todos los mecanismos que actualmente les franquea esta ley y su normativa complementaria. En particular, el mecanismo contemplado en el artículo 28 bis.”
Puesta en votación la indicación fue aprobada por seis votos a favor.
Según las últimas informaciones, más de 1.200.000 personas tienen conexión a Internet en el país. A nivel latinoamericano, Chile tiene más acceso a tecnología digital e Internet y tiene casi 2 millones de usuarios de fotolog.
El proyecto establece regulaciones sobre una materia compleja de explicar, porque es muy técnica. No obstante, constituye un gran salto que nos permitirá adecuarnos a las nuevas tecnologías.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado Gonzalo Arenas.
El señor ARENAS.-
Señor Presidente , como uno de los autores de la moción, agradezco a la Comisión de Ciencia y Tecnología, a su Presidente , el diputado Súnico, y a los diputados Andrés Egaña y Marco Enríquez-Ominami, por haber impulsado el proyecto.
A pesar de que hablar de neutralidad en la red puede parecer algo lejano, cabe señalar que Internet se basa desde sus orígenes en la más absoluta meritocracia. Es decir, son los propios usuarios los que determinan libremente a quienes privilegian con sus opciones de acceso, ya sea a blogs, páginas web, aplicaciones, etcétera. Por ende, podemos decir que es un mercado casi perfecto, pues no hay barreras de entrada. Cualquier usuario con un computador puede crear una página web o un blog, y tiene completa libertad para decidir a quiénes privilegia con el acceso a esos medios de información. Existe una oferta y una demanda totalmente libres y amplias. Además, por ese solo hecho, Internet es uno de los lugares de innovación constante más importantes que hoy se encuentran vigentes.
Sin embargo, uno de los grandes motores de transformación de Internet, como es la difusión libre y sin condiciones de las distintas aplicaciones, programas y utilizaciones, hoy se encuentra amenazado por la concentración que existe en los proveedores de acceso de Internet de banda ancha. En nuestro país, CTC Telefónica y VTR, como canal de cable, controlan más del 90 por ciento de los accesos de Internet. Por ello se pretende establecer el principio de neutralidad en la red. Debemos evitar que esas dos grandes compañías interfieran en el libre uso de la red que hacen los millones de usuarios en el país.
Ahora, uno se pregunta por qué CTC o VTR quieren interferir en las comunicaciones de Internet. Muy fácil: porque son formas de hacer negocio. Ganan plata o dejan de perderla si actúan en esas conexiones.
Deseo mencionar un solo ejemplo. Hace algún tiempo, VTR compró un equipo muy sofisticado denominado Shasta 5.000, que permite espiar y detectar prácticamente todos los archivos que transitan a través de sus redes de Internet, y hacer más lentos los que hacen mayor uso del ancho de banda y más rápidos los que no lo hacen. Eso se debe a que, en general, VTR y Telefónica-CTC sobrevenden sus redes. Entonces, cuando venden a alguien 100 megas de velocidad, esas empresas confían en que jamás los ocupará, porque se trata de 100 megas repartidos entre todos los usuarios asociados a ese nudo. Por lo tanto, cuando el usuario ingresa a Internet en horarios de mayor tráfico, nunca alcanza la velocidad por la cual está pagando.
En definitiva manejan esa sobreventa sobre la base de bloquear y hacer más lentas las aplicaciones que consumen más ancho de banda. Es lo que ocurre, por ejemplo, a los usuarios que ocupan programas P2P, para bajar música. Las empresas intervienen con el fin de que sólo puedan ver páginas web y no hacer aplicaciones más consumidoras de ancho de banda, porque deben repartir esa sobreventa en el resto del vecindario donde se encuentra contratado ese plan de banda ancha.
VTR lo hace. De hecho, la organización denominada Neutralidad Sí! hizo una prueba que permitió corroborarlo. En efecto, el 16 de mayo de 2007 llevó a efecto dos test, disponibles en la página web www.neutralidadsi.org/, que permitieron establecer el tiempo que demora obtener una información mediante el denominado puerto 80, que se utiliza normalmente para páginas web, y el tiempo que tarda obtener la misma información a través del puerto 6881, utilizado principalmente por los programas P2P, que permiten compartir archivos de música, mucho más pesados.
Reitero, la prueba está ahí. Cualquiera puede ingresar a dicha página web y comprobarlo. Ese estudio permitió establecer el libre acceso para el puerto 80. Por lo tanto, cualquier usuario puede utilizar su máximo ancho de banda para ingresar a páginas web. Sin embargo, cuando se intentó hacer lo mismo a través del puerto que VTR considera apropiado para aplicaciones diferentes a páginas web y que, por lo tanto, consumen más ancho de banda, la demora superó los treinta minutos. Por lo tanto, al final la empresa consigue que la persona se aburra, cambie de aplicación y no pueda aprovechar esa utilidad que ofrece la red.
En consecuencia, se confirmó que VTR interfiere las conexiones de sus clientes.
Lo mismo podemos decir de Telefónica CTC Chile.
Al respecto, voy leer parte de un correo electrónico, de fecha 5 de febrero de 2006, firmado por el supervisor de soporte técnico de la gerencia de servicios a clientes de Telefónica-CTC Chile, filtrado por trabajadores de dicha empresa, a quienes se instruye a fin de detectar a los usuarios calificados con el perfil de heavy user, es decir, los que utilizan aplicaciones de Internet muy grandes y pesadas y que, por lo tanto, consumen gran ancho de banda.
Se inicia de la siguiente forma: “Estimados ejecutivos, hay clientes que pueden estar presentando problemas con las descargas, servicio de juegos en línea o aplicaciones P2P, esto es producto que a los clientes que consumen mucho recurso de ancho de banda son marcados para impedirles este uso o generar más restricciones”.
Más adelante, sostiene: “En estado de la cuenta, en el siguiente ejemplo se muestra el perfil de Heavy User”.
Termina señalando lo siguiente: “Esta información es confidencial, es decir es sólo una referencia cuando atendemos un cliente con lentitud en juegos, aplicaciones P2P o descargas en general. Bajo ningún motivo debe ser entregada esta información al cliente”.
Copia de dicho correo electrónico se encuentra disponible en la página web www.neutralidadsi.org/, accesible para todos los usuarios que deseen darse cuenta de lo que está ocurriendo.
Eso es sumamente grave y demuestra que en Chile no se respeta dicha libertad, lo que tiene consecuencias prácticas importantes. Voy a dar un ejemplo. Imaginen qué ocurriría si Costanera Norte hiciera un convenio exclusivo sólo con Toyota, que significara que en las horas de mayor tráfico existieran tres vías exclusivas para los automóviles de esa marca, y los demás automóviles de-bieran conformarse sólo con una vía. Como es lógico, la competencia en el mercado no se centraría en quién ofrece el mejor automóvil, porque, por muy malos que fueren los Toyota, sus dueños llegarían más rápido a sus casas porque esa marca tendría el convenio con la concesionaria.
Lo mismo ocurre en Internet. Por lo tanto, no ganarán las páginas, aplicaciones o contenidos mejores y más atractivos para los usuarios, sino los que lleguen a convenios especiales con Telefónica-CTC y VTR.
En consecuencia, con dicha práctica se interfiere en lo que es más propio de Internet, como la libertad y la meritocracia en el uso de una red que significa todo lo contrario a la planificación que intentan hacer esas empresas a fin de optimizar sus ganancias.
Por lo tanto, el proyecto es sumamente importante.
Agradezco de manera especial al subsecretario de Telecomunicaciones , quien se hizo eco de esta necesidad.
Cuando el proyecto se convierta en ley de la República, Chile será uno de los primeros países en consagrar el principio de neutralidad en la red. Al respecto, deseo agregar que, en la actualidad, una discusión similar se lleva a cabo en el Senado de Estados Unidos de América, donde se han efectuado varias audiencias públicas. Es una materia que recién se debate. Por lo tanto, todavía resta mucho tiempo para consagrar en la legislación norteamericana el principio de neutralidad.
Por lo tanto, hoy, en pleno siglo XXI, el país dará un paso muy importante y se convertirá en una guía en relación con los derechos de los usuarios de Internet.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ (don Marcelo) .-
Señor Presidente , en primer lugar, agradezco al diputado Gonzalo Arenas por la invitación que formuló a varios colegas a suscribir esta moción, de la cual es autor. Asimismo, agradezco su pronta discusión en la Sala. Ojalá se despache a la brevedad, de manera que en el transcurso de este año, si el Senado lo tiene a bien, pueda ser ley de la República.
A mi juicio, estamos ante un debate que tiene que ver con cuestiones de futuro.
Hoy por hoy, el acceso a Internet supone, también, el acceso al conocimiento y a la posibilidad de alcanzar con igualdad ciertas informaciones que antes estaban reservadas sólo a algunos.
En consecuencia, al legislar sobre el papel, las obligaciones y los deberes de quienes suministran o proveen ese tipo de servicios, apuntamos, también, a establecer un piso que garantice a ciudadanos y ciudadanas la posibilidad de disfrutar de esa herramienta, cuya finalidad no es sólo el esparcimiento, dado que también permite acceder a la información y al conocimiento y, por tanto, es generadora de oportunidades.
Desde esa perspectiva, el Estado y, de manera especial, el Congreso Nacional no pueden dejar de asumir el rol que les corresponde respecto de la necesidad de regular las conductas y los papeles que desempeñan quienes proveen o suministran servicios de acceso a Internet.
Por tratarse de una materia nueva y de creciente expansión, en particular respecto de sus usuarios, pero también de emergencia en el mercado de las telecomunicaciones, probablemente se ha producido una enorme mutación de fenómenos que, a veces, hacen difícil establecer regulaciones apropiadas, y se han posibilitado prácticas abusivas o lesivas de los derechos de ciudadanos y ciudadanas. Dada la complejidad de esas materias de carácter científico-tecnológicas, dichas prácticas hacen imposible que, a la hora de hacer valer sus derechos, los usuarios puedan enfrentar en igualdad de condiciones a quienes proveen o suministran esos servicios.
En consecuencia, corresponde a los organismos públicos la labor de defensa y protección de los derechos de los consumidores. Hoy, el Congreso Nacional la lleva a cabo mediante su tarea legislativa. Mañana, corresponderá el turno a la Subsecretaría de Telecomunicaciones mediante el ejercicio de las atribuciones que entrega este proyecto de ley.
La iniciativa permitirá que proveedores o suministradores de acceso a Internet se limiten básicamente a eso, y no a determinar las condiciones en que los ciudadanos pueden acceder, discriminar en favor de algunos respecto de otros y excusarse en razones de seguridad para favorecer o direccionar el acceso de las personas a determinados contenidos.
Sin duda, existen elementos de seguridad que se deben tener presente. Sin embargo, el principio básico de la iniciativa en discusión, que, por cierto, debemos compartir y respaldar, se orienta a que el usuario o consumidor contrata el acceso a Internet de manera libre para navegar, también de manera libre, por el denominado ciberespacio, y no para que algún gran proveedor o suministrador lo oriente explícita o implícitamente respecto de determinados contenidos.
Reitero, cuando alguien contrata Internet, lo hace para navegar en forma libre, no para que alguien le diga qué puede ver.
El proyecto establece herramientas efectivas para la Subsecretaría de Telecomunicaciones y obligaciones para los entes proveedores o suministradores respecto de cómo cautelar y garantizar -tanto lo relativo a entrega de información, a las conductas de los proveedores, como al papel de la autoridad pública- el principio de neutralidad en la red se cumpla de manera efectiva.
Espero que este proyecto de ley, junto con otros que hemos discutido durante el transcurso de este año, generen un acervo jurídico, legal, que garantice el acceso a las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones en condiciones satisfactorias, objetivas, sin abuso; que el uso de estas herramientas tan fundamentales, que nos permiten acceder a información antes no disponible para la inmensa mayoría de los chilenos y chilenas -en general, para los ciudadanos de cualquier lugar del mundo-, sea cada vez más amplio, más democrático y estén disponibles para todos.
Estos son los debates que garantizan que la sociedad del conocimiento también tenga lugar en el país y disminuyamos la brecha digital, el analfabetismo informático que, en el futuro, puede convertirse en la principal fuente de desigualdad entre quienes acceden a dichas tecnología, las manejan y dominan, y quienes, simplemente, están al margen de esta revolución mundial en materia de información.
Anuncio mi voto favorable a la iniciativa en discusión.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Roberto Sepúlveda.
El señor SEPÚLVEDA (don Roberto).-
Señor Presidente, felicito a los autores de este importante proyecto; especialmente, por tratarla en tan breve plazo.
El proyecto que hoy se somete a nuestra consideración es plenamente acertado, puesto que consagra lo que se denomina “neutralidad en la red”, que impedirá que las empresas proveedoras de servicios entorpezcan el libre acceso y tráfico a Internet. En buenas cuentas, permite mayor libertad a las personas.
En la actualidad, el uso de Internet ya forma parte de nuestras actividades cotidianas y de más está hablar de sus ventajas, que son múltiples e innumerables, por lo que se hace necesario que cada día más usuarios se integren a esta red, a fin de que puedan hacer uso de las herramientas que les otorga este maravilloso sistema.
Hoy, tenemos en nuestras tribunas jóvenes y adultos mayores que, creo, entenderán los alcances de este proyecto de ley. Muy bien lo ha señalado el diputado Egaña al comparar a Internet con verdaderas avenidas y calles de libre acceso. Espero y aspiro a que Internet, algún día, sea de acceso absolutamente gratuito.
Hoy, discutimos, no obstante esa limitante, que aquellos que han contratado una determinada banda ancha, realmente no pueden gozar de esa ventaja. Con este proyecto, podríamos tener acceso libre y en forma segura a los contenidos disponibles en la red, sin bloqueos ni restricciones.
Además, este proyecto dispone que en el momento previo a la contratación del servicio, el usuario recibirá información veraz y completa sobre sus características. Ya se ha hablado bastante sobre esta materia. En todo caso, sobre la materia es usual que las compañías vendan una determinada velocidad o banda ancha que no lo es, porque, de acuerdo a estándares internacionales, la banda ancha está definida por aquellas conexiones sobre 1 mega y en nuestro país se ha hecho habitual que las empresas vendan como banda ancha servicios de velocidad inferiores a 516 kilobytes.
De igual modo, el servicio que el usuario contrate deberá ofrecer sistemas de controles parentales que permitan bloquear, a petición del mismo, los contenidos que atenten contra la ley, la moral o las buenas costumbres.
Finalmente, en este proyecto de ley se otorga a la Subsecretaría de Telecomunicaciones las atribuciones para hacer cumplir cabalmente estas disposiciones que protegen a los usuarios.
En resumen, el proyecto en análisis llena un importante vacío, por lo cual considero que esta honorable Cámara debe aprobarlo en forma unánime.
Reitero mis felicitaciones a los autores del proyecto.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Finalmente, tiene la palabra el honorable diputado Patricio Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , en primer lugar, agradezco la oportunidad que me dio el diputado Gonzalo Arenas cuando me invitó a que elaboráramos este proyecto de ley en conjunto con Andrés Egaña y otros diputados. Lo valoro, especialmente, porque fue un trabajo que yo no habría iniciado, y muchos diputados teníamos la inquietud sobre la materia, porque se trata de un servicio tan imprescindible para el progreso, para las oportunidades, para el futuro, para la capacidad de emprender de los chilenos. El acceso libre a Internet presenta un conjunto de restricciones cuyas dificultades jurídicas y técnicas no había sido capaz de visualizar. Ni siquiera las comprendo aún desde el punto de vista técnico, aun cuando conceptualmente las entiendo con toda claridad. Hay limitaciones y dominio fuerte de determinadas empresas como Telefónica o VTR. Son proveedoras y restrictoras a la vez. Dichas empresas concentran el 94 por ciento de las conexiones a Internet por banda ancha y tienen la posibilidad de ejercer prácticas atentatorias contra la libertad de los usuarios.
Entonces, surgió esta idea -reitero mis agradecimientos al diputado Gonzalo Arenas por su invitación a participar en su desarrollo-, de establecer una norma que garantice a los usuarios, quienes pagan por el servicio de la red Internet, que el proveedor no les restrinja la posibilidad de acceder a determinados contenidos.
La necesidad de esta iniciativa surge de un dato de la realidad: las empresas dominantes en el mercado, Telefónica y VTR, caprichosamente, como una manera de condicionar a los usuarios, restringen el acceso a determinados sitios. Por eso, en la discusión general de este proyecto, el subsecretario de Telecomunicaciones , cuando lo juzga, dice que se trata de “asegurar el derecho de todo usuario de poder ver con igual facilidad el blog más pequeño así como la más cara y moderna página web de una gran empresa.” Esto, en el lenguaje común, coloquial, en la vida diaria, parece una cosa rara, de técnicos, de la tecnología alejada de la mayoría del pueblo; sin embargo, esto es lo que Bill Gates llamó la “carretera del futuro.” Si no hay dominio de este instrumento, de esta autopista que abre camino hacia el progreso, no habrá progreso.
Entonces, si bien, hoy, esto puede ser parte de un lenguaje difícil de entender, de aspectos que parecen volcados estrictamente en la tecnología y, a veces, colocados estúpidamente como antagónicos a las necesidades de protección social, es precisamente protección social, oportunidad social. Es abrir paso a nuestro pueblo en materia de emprender. Todos los días hablamos de las pymes, de las desigualdades; esto es romper desigualdades cuando se trata de abrir y de bloquear el dominio de esas empresas para hacer restricciones.
En el debate del proyecto participó el señor Alberto Mordojovich , gerente general de Voissnet S.A., quien entregó la siguiente opinión: Internet es una red universal, “como la vía pública, la que a pesar de sus características virtuales, todos tienen derecho a su uso, y de crear y transitar por ella. Insistió “en el hecho de aclarar que no se trata de reclamar un acceso gratuito a Internet -que, a mi juicio, debería existir-, el problema se
da cuando alguien ya pagó por acceder, y el usuario encuentra restricciones impuestas por el proveedor, y eso es lo que está en juego con la neutralidad en internet.
Me hubiese gustado haber entendido el proyecto desde el punto de vista técnico. Si el diputado Arenas no me da la posibilidad, difícilmente habría sido capaz de entender el principio de la neutralidad de la red.
La intervención del Gobierno fue muy positiva. El subsecretario de Telecomunicaciones propuso establecer en un reglamento las prácticas restrictivas a la libertad de utilización de los contenidos o servicios que se presten a través de Internet, lo que fue acogido.
A los que somos del mundo de calcular mentalmente o con lápiz y papel, se nos hace difícil entender estas materias; para nosotros es un mundo distinto. Seguramente, para las nuevas generaciones de diputados será más fácil interactuar con las tecnologías de Internet.
Por último, llamo a votar favorablemente el proyecto, dado el tremendo valor que tiene para los usuarios de la red.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor WALKER (Presidente).-
En votación general el proyecto de ley, originado en moción, que consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de Internet.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 66 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor WALKER ( Presidente ).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
INTEGRACIÓN DE COMISIONES ESPECIALES.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Propongo integrar la comisión especial investigadora que establezca las causas motivadas por el incumplimiento de las garantías de oportunidad de acceso al plan Auge con las diputadas señoras María Angélica Cristi y Karla Rubilar y los diputados señores Enrique Accorsi, Francisco Chahúan, Marcelo Forni, Marco Antonio Núñez, Juan Lobos, Juan Masferrer, Manuel Monsalve, José Miguel Ortiz, Alberto Robles, Fulvio Rossi y Eduardo Saffirio.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Propongo integrar la comisión especial sobre desigualdad y salario justo con las diputadas señoras María Angélica Cristi y Carolina Toha y los diputados señores Gonzalo Arenas, Roberto Delmastro, Marcos Espinosa, Carlos Montes y Patricio Walker.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
ELIMINACIÓN DE IMPUESTO A LAS HERENCIAS.
El señor WALKER (Presidente).-
El señor Secretario va a dar lectura al proyecto de acuerdo Nº 434.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 434, de los señores Martínez, Álvarez, Monckeberg, don Nicolás; Galilea, Jaramillo, Lobos, Cardemil, Ojeda, Bobadilla y de la señora Sepúlveda, doña Alejandra, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República tenga a bien disponer el estudio y posterior envío al Congreso Nacional de un proyecto de ley destinado a aplicar, dentro de la política tributaria del país y las medidas para fomentar el desarrollo de las pymes, la eliminación del impuesto a la herencia, para aquellos bienes transmitidos que tengan la calidad de empresa y que sus beneficiarios mantengan durante un período determinado de tiempo; asimismo, que se estudie su eliminación o gradualidad cuando se trate de bienes heredados que no tengan tal calidad.”
El señor WALKER (Presidente).-
Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor WALKER (Presidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
INCUMPLIMIENTO DEL BANCO DEL ESTADO DE LA LEY Nº 20.123. Oficios.
El señor WALKER (Presidente).-
El señor Secretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 435, de los señores Accorsi, Duarte, Venegas, don Samuel; de la señora Soto, doña Laura; de los señores Delmastro, García-Huidobro, Enríquez-Ominami, Girardi, Vargas y Rojas, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
1. Manifestar su preocupación al Presidente del BancoEstado por incumplimiento de la ley Nº 20.123, que establece normas que regulan el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.
Instarlo a hacer efectivo su cumplimiento, en el menor tiempo posible, como, asimismo, a informar a esta Corporación los motivos por los cuáles se ha puesto al margen de la ley.
2. Enviar copia del proyecto de acuerdo al Ministro de Hacienda ".
El señor WALKER (Presidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES .-
Señor Presidente , se ha conocido hace poco un informe sobre las condiciones contractuales en que se encuentran los trabajadores del Sindicato de Cobranzas del Banco del Estado, situación que ratificaron en la Comisión de Trabajo.
La reacción frente a esos hechos está expresada en el proyecto de acuerdo en discusión, mediante el cual se solicita al Ejecutivo que lo mínimo que pueden hacer el Estado y sus empresas es cumplir con las normas laborales, en estecaso, la ley de Subcontratación.
Por lo tanto, a través del proyecto, se busca que el Banco del Estado adecue sus relaciones laborales al marco legal. No es posible que una empresa pública como ésa, tan importante y que hace un gran aporte al país, no cumpla con las leyes laborales como corresponde.
Por lo anterior, solicitamos a los señores diputados que aprueben el proyecto, con el objeto de que el Banco del Estado haga los cambios pertinentes en su política laboral.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente , el Estado siempre tiene que dar el ejemplo en el cumplimiento de las leyes. Ya tuvimos una situación bastante complicada con los subcontratistas de Codelco debido justamente al incumplimiento de las leyes laborales por la mayor empresa del Estado y una de las más grandes del mundo. Ahora el Banco del Estado, tal como planteó quien me antecedió en el uso de la palabra, también está frente a un conflicto.
Al respecto, esperamos que los organismos fiscalizadores -que, por lo general, siempre aplican el rigor de la ley a los pequeños y medianos empresarios- cumplan con su misión a la brevedad, y nos informen el trabajo que han realizado en las empresas del Estado en relación con la ley de Subcontratación.
Por eso, solicito a los colegas diputados que aprobemos por unanimidad el proyecto, que aspira a que exista equidad en la fiscalización de las empresas privadas y de las públicas.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Para impugnar el proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor WALKER (Presidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
CAPACITACIÓN EN LA MANIPULACIÓN DE PLAGUICIDAS. Oficio.
El señor WALKER (Presidente).-
El señor Secretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 436, de los señores Sule, Espinosa, don Marcos; Pérez, señora Pascal, doña Denise; señores Jiménez, Venegas, don Samuel; Aedo, Rojas, Hernández y Delmastro, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que tome las medidas administrativas necesarias para establecer cursos de capacitación obligatorios para las personas que apliquen y manipulen plaguicidas”.
El señor WALKER (Presidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , alrededor de 600 trabajadores agrícolas sufren intoxicaciones agudas por plaguicidas, alrededor de un 40 por ciento de intoxicados han requerido hospitalización.
El proyecto de acuerdo va en la línea correcta, al hacer obligatorios cursos de capacitación para quienes manipulan plaguicidas, aunque esos trabajadores tengan un carné y toda la disposición de hacer esos cursos en forma voluntaria.
Además, debo recalcar que existe un proyecto de ley, que se aprobó en la Cámara de Diputados y que ahora se encuentra en el Senado, que tiene que ver con la utilización y uso de los plaguicidas, y con la importancia de realizar la capacitación respectiva.
Por lo anterior, y porque significa colocar una luz roja a las intoxicaciones con agroquímicos, votaré favorablemente el proyecto de acuerdo e invito a los colegas diputados, sobre todo a los de los sectores agrícolas, a pronunciarse de la misma forma, ya que va en la línea de ayudar a los trabajadores que aplican estos productos, así como a las temporeras que manipulan las cosechas que contienen estos agroquímicos.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Sule.
El señor SULE .-
Señor Presidente , quiero agradecer el apoyo dado al proyecto por la colega Alejandra Sepúlveda .
Muchas veces los trabajadores no utilizan los implementos de protección para que estos productos no los dañen, a pesar de que se les entregan.
En la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins y en muchas otras, una cantidad muy importante de trabajadores y trabajadoras han sido víctimas de intoxicaciones que les han producido severas secuelas a algunos de ellos y a sus descendientes.
Por lo tanto, estimo que esos cursos obligatorios de capacitación crearán conciencia en las trabajadoras y en los trabajadores, así como en los dueños de los fundos donde se utilizan estos plaguicidas, de la necesidad de protegerse de estos agentes químicos.
El señor WALKER (Presidente).-
Para impugnar el proyecto, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER ( Presidente ).-
No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
El señor WALKER (Presidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
EXÁMENES PERIÓDICOS A TRABAJADORES EN CONTACTO PERMANENTE CON PLAGUICIDAS Y COMPUESTOS TÓXICOS.
El señor WALKER (Presidente).-
El señor Secretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario subrogante ).-
Proyecto de acuerdo Nº 437, de los diputados señores Sule, Espinosa, don Marcos; Pérez, señora Pascal, doña Denise; y de los diputados señores Jiménez, Venegas, don Samuel; Aedo, Rojas, Hernández y Barros, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que disponga la coordinación entre la Dirección del Trabajo y el Servicio de Salud para que, conjuntamente, analicen la posibilidad de establecer como obligación del empleador someter a exámenes periódicos, que sean pertinentes, a aquellos trabajadores que se encuentren en contacto permanente con plaguicidas y otros compuestos tóxicos, al objeto de detectar si han estado o están en riesgo de contraer alguna enfermedad a causa de ello”.
El señor WALKER (Presidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , anuncio mi respaldo al proyecto de acuerdo presentado por el diputado señor Alejandro Sule , porque es absolutamente necesario que los trabajadores que están en contacto permanente con plaguicidas y compuestos tóxicos sean sometidos en forma periódica a los exámenes pertinentes que permitan detectar si han estado o están en riesgo de contraer alguna enfermedad.
No obstante, como en 2000 presenté un proyecto de ley que regula la situación de los trabajadores temporeros y establece normas para el uso y aplicación de plaguicidas, el cual fue despachado en 2005 por la Cámara, solicito a la Mesa que recabe el asentimiento de la Sala para que se oficie a la Comisión de Agricultura del Senado, en la que el proyecto se encuentra estancado desde hace casi tres años, a fin de que agilice su tramitación con el objeto de que se legisle a la brevedad sobre la materia.
He dicho.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Su señoría puede formular esa petición en Incidentes, salvo que en estos momentos haya acuerdo unánime de la Sala para proceder en el sentido indicado.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Sule.
El señor SULE .-
Señor Presidente , solicito a la Mesa que recabe nuevamente el acuerdo de la Sala para oficiar al Senado en los términos planteados por la diputada señora Adriana Muñoz .
El señor WALKER ( Presidente ).-
Señor diputado , se solicitó el asentimiento unánime de la Sala y no hubo acuerdo.
Continúa con la palabra su señoría.
El señor SULE .-
Señor Presidente , el proyecto de acuerdo apunta, más o menos, en la misma dirección que el anterior, porque su objetivo fundamental es prevenir las consecuencias incurables que provoca en la salud humana el contacto permanente con plaguicidas, motivo por el que solicito a la Sala su aprobación.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER ( Presidente ).-
No hay quórum.
Se va a repitir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 24 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER ( Presidente ).-
No hay quórum.
Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor WALKER (Presidente).-
En votación.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Queda pendiente la votación del proyecto de acuerdo para la próxima sesión.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/
VII. INCIDENTES
ROBO Y AGRESIÓN A EMPRESARIO HOTELERO VIÑAMARINO. Oficios.
El señor WALKER ( Presidente ).-
En el turno del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Rodrigo González .
El señor GONZÁLEZ .-
Señor Presidente , en primer lugar, agradezco al Comité Demócrata Cristiano por haberme cedido parte de su tiempo.
El sábado pasado ocurrió en Viña del Mar un grave incidente que afectó al empresario turístico señor Claudio Benavides , propietario de un hotel de esa ciudad, quien al interior de su recinto hotelero fue objeto de una golpiza muy violenta de parte de un grupo de ciudadanos ecuatorianos.
Sin razón aparente, dichas personas agredieron al empresario hotelero, lo dejaron con graves fracturas en el rostro y contusiones, y además, según denunció el empresario, sustrajeron de su caja la suma de 600 mil pesos, aprovechándose del tumulto y de la confusión.
El empresario denunció el hecho inmediatamente a Carabineros, quienes concurrieron al lugar, levantaron un acta y se establecieron las denuncias correspondientes para ser enviadas a la fiscalía. Se trataba de un delito de robo con violencia y con intimidación, por lo tanto, de carácter grave.
En la fiscalía recibieron la denuncia y no se sabe las medidas que se adoptaron, pero el hecho es que los agresores, al día subsiguiente, lunes en la mañana, salieron libre e impunemente del territorio nacional sin que los organismos policiales tomaran medidas relacionadas con el delito. Además, la víctima tampoco fue socorrida por los organismos que corresponden.
A mayor abundamiento, se pudo constatar que el embajador de Ecuador concurrió a la ciudad de Viña del Mar y habló con el comisario de Carabineros, y según antecedentes que obran en manos del denunciante, también habría tomado contacto con la fiscalía buscando que este hecho pasara desapercibido y que no se tomaran las medidas que corresponden de acuerdo con la ley.
Debido a que estos graves hechos afectan a una ciudad turística, pido oficiar el Fiscal Nacional para que investigue la circunstancia en que se produjo el incidente y efectúe los sumarios que correspondan para determinar si hubo responsabilidad, en el sentido de no haberse adoptado las medidas necesarias para evitar la salida impune de las personas que cometieron el delito en el territorio nacional.
Además, pido que se oficie al ministro de Relaciones Exteriores para que cite a su despacho al embajador de Ecuador , a fin de pedirle información sobre su participación en los hechos confusos que ocurrieron en Viña del Mar.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y, para mejor comprensión, se adjuntará el texto de su intervención.
HOMENAJE EN MEMORIA DEL SACERDOTE HERVÉ ABJEAN STÉPHAN. Oficios.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado Francisco Chahuán .
El señor CHAHUÁN (de pie).-
Señor Presidente , honorable Sala, deseo hacer uso de esta tribuna para rendir un homenaje a un querido sacerdote fallecido hace poco más de tres meses, que cumplió un fructífero apostolado por más de 60 años en la ciudad de Viña del Mar.
Me refiero al padre Hervé Abjean Stéphan , miembro de la Congregación de los Sagrados Corazones de Jesús y de María y de la Adoración Perpetua al Santísimo Sacramento en el Altar, más conocida como de los Padres Franceses, que mantiene muchas obras apostólicas, parroquias y colegios en diversas ciudades del país.
El padre Hervé nació en 1920, en la localidad de Kernilis, región de Bretaña, Francia, y con sólo veinte años, en 1940, vistió el hábito blanco con dos corazones púrpura estampados en el escapulario, a la altura de su pecho, profesando sus votos temporales, después los perpetuos y, posteriormente, recibió su ordenación sacerdotal en 1945.
El 28 de julio de 1946 celebra su primera misa solemne en su cuidad natal.
Al año siguiente, formó parte de los últimos religiosos de origen francés que llegaron a Chile. Se embarcó el 18 de noviembre de 1946, a bordo del barco Burdeos , siendo destinado a la comunidad de Viña del Mar, donde ejerció como profesor de francés, matemática y religión; ecónomo de la Congregación de los Sagrados Corazones; consejero y capellán de los boys scouts. Asimismo, atendió espiritualmente a jóvenes y enfermos de la ciudad.
Aun cuando su sueño era servir a Dios en China, le dieron a escoger entre Argentina y Chile, y optó por nuestro país.
A fines de la década del 50, y dadas las nuevas tendencias preconciliares, la Congregación, que ya había consolidado su acción educativa en el país por más de cien años, decidió ampliar su campo pastoral en Viña del Mar, asumiendo servicios parroquiales en vastos sectores populares, conformados por efecto de la extensión de la ciudad, los que no contaban con la necesaria atención espiritual.
Así se fueron erigiendo paulatinamente las parroquias San Juan Evangelista , en la Población Gómez Carreño ; Jesucristo Misionero , en Reñaca Alto, y María Auxiliadora , en Santa Inés, que fueron servidas por estos religiosos.
En 1958, cuando se preparaba para visitar por primera vez a su familia en Francia, un telegrama le anuncia que debe hacerse cargo de la capilla María Auxiliadora , de Santa Inés .
En esta última, el Padre Hervé asumió, a contar de 1960, como vicario cooperador, y desde 1975 como párroco titular, donde le correspondió servir abnegadamente a su numerosa feligresía, que aumentó posteriormente con la creación de las nuevas poblaciones Libertad y Granadilla.
Asimismo, por bastante tiempo ejerció los cargos de Capellán de la Clínica Reñaca, del Colegio de las Religiosas del Sagrado Corazón, en Reñaca, y del Colegio de las Religiosas de los Sagrados Corazones “Nuestra Señora de la Paz”, en calle 24 Norte, del mismo barrio Santa Inés .
Si por la naturaleza propia de sus labores parroquiales dejó de residir junto a su comunidad ubicada en avenida Uno Norte de la ciudad, siempre mantuvo fuertes lazos con la Congregación, cumpliendo en plenitud con los principios básicos que rigen su actuar pastoral: contemplar, vivir y anunciar.
En esa extensa acción evangelizadora desarrolló la contemplación en la celebración eucarística y en la adoración a Jesús Sacramentado ; vivió intensamente el amor de Dios, con que se prodigó a sus feligreses, y anunció el evangelio de Jesús a todos los pobladores, dando especial énfasis a los más necesitados y afligidos.
Tuvo un trato franco, cercano y sencillo con quienes fueron los destinatarios de su acción pastoral, quienes supieron apreciar su entrega de corazón, creando lazos de intensa afectividad con los pobladores, a muchos de los cuales bautizó, les dio su primera comunión, posteriormente bendijo sus matrimonios y, en algunos casos, hasta les debió dar la última bendición en sus exequias, todo ello, dentro de un extenso ministerio parroquial pocas veces visto, que se prolongó por 47 años.
Señor Presidente , creemos que el padre Hervé Abjean se merece un justo reconocimiento por parte de la ciudad de Viña del Mar, por lo que solicito se envíe copia de esta intervención a la señora alcaldesa de Viña del Mar , a fin de que evalúe, en acuerdo con el concejo, la posibilidad de que una calle del barrio Santa Inés lleve el nombre de este insigne sacerdote que dejó su patria para dar lo mejor de sí a sus pobladores en el ejercicio de su labor evangelizadora.
Asimismo, solicito que se envíe copia de esta intervención al Superior Provincial de su Congregación y al Superior Zonal de la misma en Valparaíso.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Como Mesa de la Cámara de Diputados adherimos al profundo pesar por la muerte del sacerdote.
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con las copias respectivas, y la adhesión de todos los parlamentarios presentes en la Sala.
ALCANCES SOBRE CONGRESO IDEOLÓGICO DEL PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO. Oficios.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado don Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO .-
Señor Presidente , quiero hacer presente algunas reflexiones, a pocas horas de que el Partido Demócrata Cristiano inicie su congreso ideológico.
En primer lugar, quiero enviar un saludo de éxito a la directiva nacional del Partido, a sus congresales, con el objeto de que, efectivamente, durante los días 12 y 13 de octubre en curso, puedan realizar un trabajo que permita la renovación y el mayor grado de discusión posible acerca del futuro del Partido.
Quiero dar a conocer algunas observaciones personales sobre el Partido.
La Democracia Cristiana ha afirmado su ideología en la necesidad de cambiar el orden establecido. Así fue en sus orígenes y, por ello, la ruptura de nuestros fundadores con la tradición conservadora, pese a la profunda fe que los inspiraba. Tal vez siempre estuvieron dispuestos a enfrentar las consecuencias de sus actos a costa de ser marginales electoralmente o, como diría Frei Montalva más tarde, a no estar dispuestos a cambiar el programa ni por un millón de votos. Consecuencia hasta el final. Así también nos lo recordó, una y otra vez, el maestro Jaime Castillo .
La Democracia Cristiana es un Partido de vanguardia; es decir, su misión no es administrar el orden establecido. Eso es para los partidos de Centro, y ello no es la Democracia Cristiana.
Creo que hoy, efectivamente, ni como Partido ni como Concertación, estamos haciendo las cosas todo lo bien que quisiéramos. En alguna medida, nos hemos transformado en administradores del orden establecido, rol que a algunos de los nuestros pareciera gustarle. A mi, francamente, no me acomoda esa postura. Estoy convencido de que a las grandes mayorías de nuestro Partido, ese rol, les repugna.
Con todo, una política responsable nos debe orientar siempre a no cometer el error de algunos que, antes de 1973, pensaban que nada podría ser peor que un mal gobierno, como el de la Unidad Popular en su tiempo, descubriendo luego que el horror de la dictadura era infinitamente superior a todos los males imaginables.
Pero, al igual que ayer, la primera responsabilidad la tienen quienes gobiernan, los que ocupan los cargos ejecutivos, y los que pertenecen al cerrado círculo de los que tienen asiento en el estrecho grupo que repite nombres y funciones más allá de las declaraciones de campaña.
Es cierto que la Concertación, en sus cuatro gobiernos, ha cambiado el rostro de Chile; es cierto que los grandes éxitos de la Concertación están aquí, a simple vista, en cada lugar de Chile. Pero, aun así, en lo personal, no estoy satisfecho con lo que hemos hecho. Creo que es preciso hacer rectificaciones precisas y severas, si no queremos cometer la irresponsabilidad de entregar el gobierno a la Derecha, lo que, a juicio mío, sería aún más perjudicial para las grandes mayorías del país.
Nos dirán que, a cambio, ha disminuido la pobreza, como indicador sacrosanto de que lo hemos hecho muy bien. Pero no hay que olvidar que la justicia social no tiene que ver solamente con ello, sino, fundamentalmente, con la equidad. Ahí es donde la responsabilidad no puede ser eludida, aun cuando algunos la quieran esconder. Un país puede ser inmensamente pobre y, sin embargo, justo si se distribuye lo que se tiene de manera equitativa y solidaria; también se puede ser enormemente rico y muy injusto si la distribución de los ingresos y las oportunidades están concentradas en los más ricos.
Se nos replicará, entonces, que hay que tomar en consideración los instrumentos de política social, que generan innumerables subsidios a los más pobres. Pero ello es, precisamente, una de las manifestaciones más claras de inequidad que se pueden observar. Es decir, el Estado tiene que subsidiar a aquellos cuyos ingresos necesarios para la mantención digna de una familia, en circunstancias que los recursos debieran provenir de una relación justa entre los poseedores del capital y los que sólo poseen su mano de obra. Pero, desgraciadamente, muchas veces cuesta precisar de qué lado de la relación estamos y qué lado de la relación estamos favoreciendo.
Entonces, de repente, pienso que eso no es propio de la Democracia Cristiana. Se me puede decir que hay que elevar el debate, que la discusión tiene que ser más técnica, que ya no estamos para romanticismos. Claro que eso lo van a decir aquellos cuyo romance con el poder se encamina a dos décadas; ese puñado de los nuestros que tiene asiento reservado en el juego de las sillas musicales, mientras miles de profesionales, que alguna vez nos miraron con simpatía, se alejan al percibir que nunca serán invitados a la tarea colectiva, porque, de pronto, pareciera ser que ya nuestra política no es un arte comunitario. La tarea de la Democracia Cristiana es cambiar el modelo establecido, y eso es lo que tenemos que hacer; esa tiene que ser la impronta de nuestra presencia en la Concertación. De otro modo, nada tiene sentido.
Pensar en nuestra política de alianza supone, entonces, reflexionar acerca de las razones profundas que nos motivaron a dedicarnos a la política. Por mi parte, sigo creyendo en esa misión: cambiar el orden establecido; contribuir a un orden nuevo, al servicio de los más necesitados. Si para ello sirve la Concertación, allí estaremos, apoyando las ideas nuevas, al candidato que sea necesario, pero que trabaje, fundamentalmente, con el sentido de misión. Justicia social es la tarea; terminar con la concentración de la riqueza, y avanzar hacia la equidad en Chile.
Por tanto, pido que se oficie a la presidenta del Partido Demócrata Cristiano, a todos sus parlamentarios, a sus alcaldes y concejales, adjuntando copia de mi intervención.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, adjuntando copia de su intervención, con la adhesión de las señoras diputadas y de los señores diputados que así le indican a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE DENUNCIAS DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE INTERURBANO. Oficio.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social se recibió a los trabajadores del transporte interurbano, quienes representan una cara más del sector transporte, quienes señalaron que han tenido un tratamiento de parte de sus empleadores que no siempre ha sido justo. Asimismo, se quejaron del trato que han recibido de parte del Estado.
Debemos entender que el transporte urbano es una parte integral y mayoritaria de este rubro, pero no la única. La implementación del Transantiago hace necesario más que nunca que los demás sectores del transporte, tanto urbano como interurbano, tengan una asistencia y una preocupación similar de parte de los órganos técnicos del Estado, en este caso, de los ministerios de Transportes y del Trabajo.
El transporte interurbano cumple una función esencial en la sociedad actual, ya que posibilita el desarrollo y las comunicaciones entre los distintos puntos del país, y requiere de estándares jurídicos, laborales y de seguridad que, hoy, nuestro país no los está entregando de manera adecuada.
Creemos que los privados son los llamados a realizar las actividades empresariales que produzcan oportunidades y generen trabajo, pero no debemos olvidar que el transporte cumple una función pública innegable: Es un servicio público cuya oferta puede ser privada, pero es el Estado quien debe regular las condiciones bajo las cuales debe funcionar. Por tanto, aquí hay responsabilidades compartidas.
Son de conocimiento público las irregularidades que se cometen en variados ámbitos del transporte interurbano: jornadas extenuantes, malas condiciones de trabajo, remuneraciones insuficientes, prácticas antisindicales, despidos arbitrarios, cotizaciones previsionales impagas, y el poco respeto a las normas sobre límites de conducción, establecidas en el artículo 25 del Código del Trabajo. Mientras dichos problemas persistan, seguiremos fiscalizando.
Si queremos renovar el panorama laboral y previsional de los trabajadores del transporte interurbano de pasajeros, tenemos que impulsar medidas, promover acuerdos y entablar conversaciones con el Gobierno, a fin de lograr soluciones que alivien el mal momento que está pasando el sector.
Por ello, pido que se oficie al ministro del Trabajo y al director del Trabajo , para que informen a esta Cámara respecto de la situación actual de denuncias hechas por los trabajadores de las empresas de transporte interurbano, y la naturaleza de las mismas; además, sobre las políticas que se han llevado a cabo por parte del Estado para obtener mejoras jurídicas y laborales a favor de dicho sector.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
ADHESIÓN A HOMENAJE A SACERDOTE HERVÉ ABJEAN STÉPHAN.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se me ha informado que el tiempo que resta al Comité del Partido por la Democracia ha sido dividido en dos minutos, que ocupará el diputado Rodrigo González , y un minuto, el diputado Marcos Espinosa .
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo González .
El señor GONZÁLEZ .-
Señor Presidente , quiero adherir al homenaje rendido por el colega de Viña del Mar y Concón, Francisco Chahuán , al padre Hervé Abjean Stéphan , de la Congregación de los Sagrados Corazones.
Conocía al padre Hervé desde la época escolar. Fue mi profesor en los Padres Franceses de Viña del Mar y, desde entonces, sentía gran admiración por él.
Su labor es ampliamente reconocida por la comunidad de Viña del Mar. Su espíritu de sacrificio, su entrega a los demás, su respeto por las personas, su especial atención por los más vulnerables y pobres, su amor por los niños, su capacidad de alegría y, sobre todo, su buen humor y su espíritu optimista lo hicieron una persona muy querida en su comunidad.
Por eso, quiero adherir al oficio que el colega solicitó enviar a la alcaldesa de Viña del Mar , a fin de que una calle de su querido barrio de Santa Inés lleve su nombre y de que el municipio patrocine la instalación de un pequeño monolito en la plaza de Santa Inés, donde se encuentra la parroquia en la cual ejerció, durante el último tiempo, sus funciones pastorales y humanitarias.
Para terminar, pido que se oficie a la Congregación de los Sagrados Corazones, a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y, a través de su párroco, a la comunidad religiosa de Santa Inés, con el objeto transcribirles el texto de mi intervención y de informarles sobre el homenaje rendido por el diputado Francisco Chahuán al padre Hervé , el que fue acogido en forma unánime por la Cámara de Diputados.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
ANTECEDENTES SOBRE FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS EN SEGUNDA REGIÓN. Oficios.
El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-
En el tiempo que resta al Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Marcos Espinosa.
El señor ESPINOSA (don Marcos).-
Señor Presidente, agradezco la gentileza del Comité del PPD por haberme cedido parte de su tiempo.
Quiero representar ante esta Corporación un problema que está afectando gravemente a la ciudad de Calama del distrito que represento: el transporte de sustancias químicas por el centro de la ciudad. Hoy, tenemos un ferrocarril que se desplaza diariamente de norte a sur, y viceversa, por el centro de la ciudad, transportando gran cantidad de sustancias químicas que, obviamente, son consideradas peligrosas.
En este contexto, quiero hacer un llamado de alerta, porque el transporte de residuos de sustancias peligrosas implica un potencial riesgo para la sociedad y para el medio ambiente, por los accidentes que podría producir la exposición de dichos residuos durante su transporte.
Sólo quiero dar un ejemplo, ocurrido en el último tiempo en Calama, relacionado con el potencial peligro que puede acarrear el mal manejo y el transporte de estas sustancias peligrosas.
Hace un par de meses, se produjo un accidente en el cual once carros del Ferrocarril Antofagasta-Bolivia, que contenían estanques con ácido sulfúrico, volcaron a un costado de la vía, entre las estaciones Prat y Chorrillos , a la altura del kilómetro 107. Por fortuna, el accidente sucedió en un lugar que no estaba habitado y no hubo heridos. Pero, ¿qué habría ocurrido si el mismo convoy se hubiera descarrilado cerca de un lugar urbano? ¿Qué habría pasado si algún niño o niña hubiera estado cerca del lugar donde descarriló el convoy? Les puedo informar que en Calama pasan trenes por el lado de casas, colegios y otras zonas urbanas.
Esta situación y otras tantas ponen en evidente cuestionamiento la seguridad del transporte de residuos y sustancias peligrosas.
Creo que existe urgente necesidad de que nosotros y todas las autoridades competentes regulemos y fiscalicemos en forma rigurosa el transporte de sustancias peligrosas, con el objeto de que la población y el medio ambiente no sufran perjuicio ante eventuales derramamientos de estas sustancias químicas.
Por eso, pido que se oficie a la ministra presidenta de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, señora Ana Lya Uriarte , con copia a la intendenta de la Segunda Región , a fin de que me informe sobre las fiscalizaciones al traslado de sustancias peligrosas que se están realizando, en particular, al Ferrocarril Antofagasta-Bolivia, y acerca de las medidas que está adoptando la Corema sobre el particular.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
ANTECEDENTES SOBRE ADOPCIÓN DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS EN HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU. Oficios.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
En el tiempo que resta a los comités Socialista y Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles .
El señor ROBLES.-
Señor Presidente , tuve el honor de formarme como urólogo en el Hospital Barros Luco-Trudeau y guardo muy buenos recuerdos de mi permanencia en ese establecimiento hospitalario.
Tengo un especial recuerdo del trabajo llevado a cabo por una de las técnicas paramédicas del servicio, la señora Pamela Catalán Osorio , que desarrolló sus funcionas en el Servicio de Urología de dicho hospital por más de 40 años. Era la encargada de cuidar el material endoscópico.
Dicho material es muy delicado. Las pinzas y la óptica se pueden romper con mucha facilidad, por lo que es necesario que sean cuidadas con mucho esmero y amor. Así lo hizo la señora Pamela durante 40 años, y los instrumentos duraban años y años, sin necesidad de reponerlos. Esto es muy importante, sobre todo, en un hospital público donde no es fácil adquirir instrumental médico.
Su labor ha sido imitada por otra técnica paramédica que conocí en las mismas circunstancias. Me refiero a la señora Marisol Jofré Montecinos , técnica paramédica de mucho prestigio entre sus compañeros de labores. Ella también ha desarrollado sus funciones en el Servicio de Urología del Hospital Barros Luco-Trudeau por más de 21 años, a cargo de la Unidad de Procedimientos Endoscópicos Urológicos. Es decir, mantiene todos los equipos endoscópicos y apoya a los médicos de la especialidad en la actual CDT del hospital. Es una persona altamente calificada en la mantención del instrumental que -como digo- requiere mucho cuidado para que los especialistas pueden desarrollar sus funciones.
Por eso, con preocupación y estupor, recibí una noticia que, incluso, me ha causado molestia. Sin hablar con la señora Marisol , sin ser consultada, fue trasladada a otra unidad que, si bien es cierto también es importante en el hospital, no es menos cierto que no podrá seguir desarrollando su experticia en el área de la urología. Además, fue reemplazada por un funcionario que, según me han informado, es conocido como conflictivo al interior del hospital.
Señor Presidente , no entiendo las políticas que desarrollan algunos directores o algunas enfermeras en el sector de la salud pública. La señora Marisol Jofré es una funcionaria altamente calificada en el cuidado de los equipos endoscópicos, tiene años de experiencia, conoce muy bien el servicio y atiende muy bien a los pacientes, lo que me consta por una carta que envió el jefe del Servicio de Urología al presidente de la Asociación de Funcionarios Técnicos Paramédicos del Hospital Barros Luco-Trudeau.
En dicha carta, el jefe del servicio da cuenta de la calidad funcionaria de la señora Marisol Jofré . En realidad, no logro entender por qué una autoridad técnica, es decir, la enfermera a cargo de la unidad o la directora del hospital permiten que se traslade a una funcionaria tan calificada para que cumpla funciones en otro servicio y que sea reemplazada en una labor tan relevante por un funcionario nuevo, sin experiencia, sin conocimientos ni capacitación.
Lo digo porque no cuesta nada que se rompa una óptica o una pinza, que ocurra cualquier cosa que, finalmente, puede derivar en una mala atención de los pacientes, en postergación de las atenciones hospitalarias, etcétera.
Además, todo esto ocurre en un marco -así se me ha informado- de problemas graves, desde el punto de vista de la relación interna que existe en algunos servicios del Hospital Barros Luco-Trudeau. Me han informado que hay más de 28 funcionarios con licencia siquiátrica, desde noviembre de 2006 en adelante. Incluso, en mayo de 2007, la Asociación de Funcionarios Técnicos Paramédicos del hospital interpuso un recurso de protección por maltrato laboral. En verdad, me parece que hay un problema serio en el Hospital Barros Luco-Trudeau.
Pido que se oficie a la ministra de Salud, a la directora del Servicio de Salud Metropolitano Sur y a la directora del Hospital Barros Luco, para que me informen la razón de estas medidas y cuál es el resultado que se espera.
Asimismo, pido que se reincorpore a la señora Marisol Jofré en sus labores habituales del servicio de urología.
Las medidas que se están adoptando me parecen absurdas y creo que la ministra de Salud debe tomar cartas en el asunto.
Del mismo modo, solicito que se envíe copia de mi intervención al jefe del Servicio de Urología y al presidente de la Asociación de Funcionarios Técnicos Paramédicos del Hospital Barros Luco-Trudeau para su conocimiento.
Reitero que los funcionarios de los hospitales deben ser tratados en forma digna y correcta por las autoridades que tienen a su cargo la administración de personal, porque, finalmente, es el personal el que accede a los pacientes.
En ese sentido, queremos no sólo establecimientos bien equipados, sino que también personal que atienda en muy buena forma a los pacientes de nuestro país, y eso tiene directa relación con el trato que reciben los funcionarios de los equipos directivos.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
PAVIMENTACIÓN DEL PASO SAN FRANCISCO EN LA REGIÓN DE ATACAMA. Oficio.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, en segundo lugar, quiero plantear un tema relacionado con mi región.
Desde hace mucho tiempo el desarrollo de mi región pasa por distintas áreas, una de ellas es la conectividad. Lo he planteado en otras oportunidades y quiero reiterarlo ahora.
La intendenta y los consejeros regionales están muy interesados en desarrollar una mayor conectividad con Argentina, habida consideración de que la región de Atacama puede ser un puente terrestre y marítimo de todos los productos provenientes del noroeste argentino y del sector sur de Brasil hacia el Asia-Pacífico.
Por ello, la región de Atacama tiene un ambicioso plan de pavimentación del paso San Francisco, que está completamente pavimentado desde la frontera argentina.
Espero que el ministro de Obras Públicas no sólo disponga sus oídos, sino también abra los ojos y prepare el bolsillo, porque los recursos regionales para pavimentar el paso San Francisco deben ser suplementados con platas del Ministerio de Obras Públicas. No es posible que dicho organismo disponga recursos para otras zonas y no para la Región de Atacama.
Solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas , para que estudie con especial interés el proyecto de desarrollo de la Región de Atacama en relación con la conectividad con Argentina y que disponga un decreto de prioridad a la pavimentación del paso San Francisco , porque mientras ello no ocurra, el Mideplan -organismo que revisa los proyectos- no dará la anuencia necesaria para que se inviertan recursos en ese paso.
En momentos en que analizamos el presupuesto de la Nación me parece absolutamente pertinente que el Ministerio de Obras Pública clarifique qué recursos dispondrá para Atacama, en especial para el paso San Francisco .
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE IMPACTO AMBIENTAL EN ATACAMA. Oficio.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente , quiero agradecer a la intendenta de la Región de Atacama , quien, en forma muy expedita, me ha informado qué está pasando con los permisos que se otorgan a la empresa Agrosúper.
Al respecto, espero que la Conama sea más diligente en el control de los proyectos medioambientales, tanto los que se desarrollan en la provincia del Huasco como en la de Copiapó.
Es muy relevante que las empresas lleguen a las regiones a desarrollar productividad, por ende, a proveer empleos rentables para los trabajadores, pero, además, es menester que cumplan con los convenios y compromisos medioambientales que han suscrito en los distintos estudios de impacto ambiental.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INSTALACIÓN DE NUEVO PUENTE MECANO EN LA UNIÓN. Oficios.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
El turno siguiente corresponde al Comité de la Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra el diputado Gastón Von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente , la ciudad de La Unión, hoy capital provincial de la provincia de Ranco, de la nueva Región de Los Ríos, está sufriendo un aislamiento vial sin precedentes.
Existen dos puentes fundamentales para la comunidad, el puente Llollelhue, en calle Comercio, cerrado desde el año 2006, y el puente Traiguén, en la ruta 70, cerrado este año y reemplazado por un puente mecano de emergencia.
Ese puente, instalado por la Dirección de Vialidad, aparentemente a poco andar ha recibido mayor tonelaje de tráfico que el permitido, lo que ha significado que el 6 de octubre recién pasado haya debido cerrarse para reinstalar un nuevo puente mecano que soporte mayor tonelaje que el anterior.
Esto nos lleva a pensar que la Dirección de Vialidad, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, está adoptando soluciones de parche. No es posible que de los dos puentes importantísimos con los que cuentan los habitantes de La Unión, hoy capital provincial de Ranco, uno esté completamente inhabilitado y el otro esté prácticamente cerrado, mientras se instala un nuevo puente mecano que no sabemos cuánto durará.
Esto ha significado que para entrar o salir de La Unión haya dos posibilidades: una, a través del desvío San Javier , Champel , puente Quemey , para luego continuar por caminos secundarios que no soportan gran tráfico y donde han ocurrido accidentes en más de una ocasión; y la otra, aunque parezca paradójico, es la salida norte. O sea, para ir al sur debemos ir al hacia norte primero por la salida La Unión, Rapaco , ruta 5.
¿Cuál es el problema? Aparte de este aislamiento de la ciudad de La Unión, en la salida norte, la única para entrar y salir, además se está construyendo una ciclorruta, con separadores de calzada. Para que un vehículo pueda detenerse, no puede ir a la berma, porque ahí están esos separadores -construidos a gran altura en lugar de usar ojos de gato u otros elementos-, que hacen inviable salir de la ruta, la cual tiene un alto tráfico. Esta es una verdadera trampa mortal. Dios quiera que nunca pase un accidente.
¿Qué pasa con Vialidad en el sur? ¿Por qué deben pasar años para que se repongan los puentes? ¿Qué pasa con el departamento de ingeniería? ¿Hay que esperar a que se produzcan accidentes? ¿Cómo es posible que los habitantes de La Unión tengan que cruzar por un puente mecano para ir al sur de Chile, a Osorno o a Puerto Montt? No puede ser.
Hace más de dos meses, pedí enviar oficio al ministro de Obras Públicas , para que me hiciera llegar una evaluación del estado de los puentes, no sólo de La Unión, sino, también de Río Bueno, Panguipulli , Los Lagos, Lago Ranco , Futrono y Paillaco . Han transcurrido más de dos meses y todavía estoy esperando la respuesta.
La autoridad no tiene interés en entregar información de ingeniería para saber qué está pasando en la ciudad, desde el punto de vista vial.
Por eso, nuestros concejales, en particular don Patricio Pantoja , quien está a cargo de la parte vial dentro de sus ocupaciones, están muy preocupados por esta situación. No queremos que se produzca un accidente grave para que la autoridad nos haga llegar la información o tome medidas al respecto.
Es bochornoso lo que está pasando en este momento. Esperamos que el ministro de Obras Públicas , de una vez por todas, tome medidas sobre la materia y nos haga llegar rápidamente la información.
Por lo expuesto, pido reiterar la petición de oficio al ministro de Obras Públicas y enviar copia íntegra de mi intervención a la alcaldesa de la comuna de La Unión y a todos los concejales.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
AGRADECIMIENTOS A FUNCIONARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS POR ATENCIÓN DE MENOR. Oficios.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Forni.
El señor FORNI.-
Señor Presidente , a esta hora se debate entre la vida y la muerte Martín , un niño de un año y ocho meses, hijo del concejal Javier Pizarro , del Partido Comunista de la comuna de Putaendo. Ayer, cayó a un canal, donde estuvo inmerso por más de veinte minutos.
Por eso, quiero aprovechar esta oportunidad para pedir el envío de un oficio con el reconocimiento de la Cámara de Diputados por la labor de Carabineros de Chile, en particular a su director, don Alejandro Bernales ; al comandante, Ricardo Orozco , a quienes tan pronto solicitamos su ayuda para trasladar al menor desde el hospital San Camilo , de San Felipe, hasta Santiago , enviaron de inmediato un helicóptero a cargo del comandante Jorge Karachón .
También quiero agradecer al teniente César González , al cabo 1º Patricio Alarcón y al oficial a cargo de la Prefectura Aeropolicial, Jorge Veloso , por tener la mejor disposición para esperar que Martín pudiera ser estabilizado y trasladado hasta la Clínica Indisa.
Asimismo, por su intermedio, señor Presidente , quiero manifestar el reconocimiento de la Cámara a la Posta Central, a la Clínica Indisa y a su director, don Leonardo Ristori , por poner todo de su parte para tratar de salvar la vida de Martín.
En este minuto está todo hecho, estamos en las manos del Señor, a quien también aprovecho de pedir su ayuda para que le dé fuerza suficiente a Javier, a su esposa y a su familia para que este niño pueda sobrevivir y quede sin secuelas.
También pido enviar copia de mi intervención a Carabineros de Chile y al personal que he indicado.
El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados, con copia de su intervención.
Si me permite, señor diputado , le agradezco su preocupación por la recuperación del niño Martín . Lo acompañamos con nuestras oraciones para que le vaya bien a él y a su familia.
INFORMACIÓN SOBRE AYUDA PARA AGRICULTORES DE LA COMUNA DE PUTAENDO Oficios.
El señor FORNI.-
Señor Presidente , en un ámbito distinto, quiero decir que también hay más gente que está sufriendo en Putaendo, por cierto en menor grado, debido a las heladas que han afectado este año a esa comuna, en particular las del sector alto, como las localidades de Las Minillas, El Manzano y todas las cercanas y colindantes con la comuna de Cabildo. Son pequeños cabreros que han visto afectada su actividad.
Con el senador Sergio Romero , solicitamos declarar a Putaendo como Zona de Emergencia y Catástrofe Agrícola, en julio pasado. Tengo entendido que el senador Carlos Ominami también envió oficios para lograr este cometido. En verdad, estamos muy contentos porque ayer se decretó la Zona de Catástrofe para esa localidad.
Pido oficiar al ministro del Interior , a la Intendencia de la Quinta Región, al ministro de Agricultura , a la Corfo, al Indap y al SAG para que nos informen acerca de todo lo que se ha hecho desde que se produjeron las primeras heladas en esa comuna y todo lo que se piensa hacer en el futuro con motivo de la declaración de Zona de Emergencia y Catástrofe Agrícola.
Lo peor que nos puede pasar es que nos quedemos sólo con una declaración de buenas intenciones en esta materia, porque hay muchos crianceros, en particular de los sectores de Las Minillas y El Manzano o Tabolango, que han perdido todo y necesitan nuestra ayuda.
También pido enviar copia de mi intervención al concejo de Putaendo, a su alcalde, al presidente de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y a los presidentes de las juntas de vecinos.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
RECONOCIMIENTO POR APOYO A ATLETAS QUE VIAJARON A OLIMPÍADAS ESPECIALES DE SHANGHAI 2007.
El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra la diputada doña Karla Rubilar.
La señora RUBILAR (doña Karla).-
Señor Presidente , con fecha 26 de mayo de este año, junto con el diputado Álvaro Escobar , hicimos un llamado urgente para apoyar a la delegación chilena que deseaba viajar a representarnos en las Olimpíadas Especiales de Shanghai 2007.
En aquella oportunidad, más de 43 atletas, que ya habían sido campeones mundiales en Irlanda 2003, no tenían los recursos para ir a representarnos.
Hidalgamente, mediante un llamado desesperado, solicitaron a algunos diputados que hiciéramos las gestiones del caso. Recurrimos a varias instancias para conseguir recursos. En algunas, nos cerraron la puerta.
Hoy, luego de haber sabido que ya han conseguido más de quince medallas de oro, plata y bronce, en una tierra tan lejana como China, no puedo dejar de reconocer el apoyo de quienes posibilitaron que estos chiquillos fueran a representarnos tan bien.
Algunas empresas y medios de comunicación nos ayudaron directamente. Especial reconocimiento merecen radio W, Chilevisión , Televisión Nacional, Las Últimas Noticias y radio Bío Bío, que nos abrieron las puertas y lograron remecer algunos corazones.
Asimismo, hago un gran reconocimiento a la Presidenta de la República , a quien pedí que se oficiara en varias oportunidades al respecto. En una ocasión conversé con ella; se enteró de la situación y de inmediato dispuso que se entregaran los recursos necesarios para que los chiquillos viajaran. No podría dejar de agradecer a la Presidenta Michelle Bachelet su enorme compromiso con estos deportistas.
Por eso, solicito que se le transmitan mis agradecimientos por escrito, al igual que a los medios de comunicación que he mencionado.
Asimismo, como los medallistas olímpicos volverán al Congreso, pido que la Mesa de la Corporación disponga el homenaje que corresponde.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados Martínez , Forni y de quien habla.
RECURSOS EXTRAORDINARIOS PARA FINANCIAR LA REPOSICIÓN DE ESCUELA DE CHILLÁN. Oficio.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el diputado don Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , el año pasado di a conocer el resultado de una investigación que realizó la Contraloría General de la República a la infraestructura educacional de los establecimientos municipalizados financiados con recursos de la jornada escolar completa en la comuna de Chillán.
La investigación del organismo Contralor que yo solicité, concluyó que había “deficiencias de índole constructiva y de proyectos”.
La crudeza de la investigación mostraba una realidad elocuente, que la estaban viviendo cientos de estudiantes de los sectores más vulnerables, no sólo de Chillán, sino de muchas partes de país, y también, como es obvio, un despilfarro de recursos públicos, francamente impresentable.
Como mi actitud ha sido siempre constructiva y el solo denunciar hechos no soluciona los problemas, presenté, el 2 de mayo del año 2006, un proyecto de acuerdo que planteaba una serie de acciones destinadas a garantizar la calidad de la infraestructura educacional. Como se recordará, fue aprobado por unanimidad.
Lamentablemente, como muchas de las iniciativas que por esta vía aprobamos, el Ministerio de Educación no ha dado muestra de interés de querer abordar las propuestas allí contempladas. Y aquello parecería lógico si no existiesen problemas. Pero la realidad muestra otra cosa.
Como la mejor forma de ilustrar lo que se dice es con ejemplos concretos, voy a relatar lo que sucede en estos momentos en una escuela de Chillán.
Ocurre que la escuela Camilo Henríquez , ubicada en el sector rural de El Emboque, es un establecimiento de larga data y presenta un estado tal de deterioro, que se hace imposible que los alumnos y alumnas puedan continuar recibiendo clases en sus dependencias. Es más, no es exagerado decir que se está poniendo en riesgo la salud de los niños y niñas.
Esta situación ha llevado a padres y apoderados a iniciar una movilización destinada a lograr una solución definitiva, que pasa necesariamente por la construcción de un nuevo establecimiento educacional. Pero lo más curioso, y que motiva la fuerte protesta, es que ésta es una escuela cuyo proyecto de reposición está aprobado hace bastante tiempo.
Bueno, pero, ¿dónde está el problema entonces?
Lo que ocurre es que el proyecto que elaboró la municipalidad de Chillán y que, como dije, está aprobado, tiene errores muy serios, como que el financiamiento requerido no alcanza para la reposición. Y esto se sabe hace bastante tiempo. Tanto, que la paciencia de la comunidad escolar se agotó.
Este hecho, que es real y que revela incapacidad técnica, muestra la urgencia de modificar el sistema de construcción de establecimientos educacionales vigentes. Y lo que se plantea es muy simple. Por una parte, que el Ministerio de Obras Públicas, que es el especialista en estas materias, asuma la responsabilidad de la gestión técnica de estos proyectos y la municipalidad se reserve la gestión administrativa.
Pero como están las cosas, ambas en manos de la municipalidad, no funcionan, simplemente porque los municipios no tienen la capacidad técnica suficiente para abordar obras de esta envergadura, y aquí, en el caso de la escuela Camilo Henríquez , tenemos la muestra palpable de ello.
Por ese motivo, pido que se envié oficio a la señora ministra de Educación , para solicitarle su intervención directa en la búsqueda de recursos extraordinarios para financiar el proyecto de reposición de la Escuela Camilo Henríquez. Asimismo, para que estudie la aplicación de las medidas del proyecto de acuerdo Nº 55, aprobado el 15 de junio de 2006, cuyo único objetivo es garantizar la calidad de los establecimientos que se construyen, la seguridad de los estudiantes y la correcta utilización de los recursos, que son de todos los chilenos.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.08 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 10 de octubre de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para suprimir funciones administrativas de Carabineros de Chile, correspondiente al Boletín Nº 4322-07.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 7.041, de 4 de octubre de 2007.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA , Secretario General (S) del Senado”.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 10 de octubre de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que otorga carácter permanente a la patente especial para pequeños mineros y mineros artesanales regulada en el artículo 142 del Código de Minería, correspondiente al Boletín N° 5225-08.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 6.945, de 9 de agosto de 2007.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA , Secretario General (S) del Senado”.
3. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 10 de octubre de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado, en sesión del día de hoy, tomó conocimiento del rechazo de esa Honorable Cámara a algunas de las enmiendas propuestas por esta Corporación al proyecto de ley que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal en materias de seguridad ciudadana y refuerza las atribuciones preventivas de las Policías, correspondiente al Boletín N° 4.321-07, y del nombre de los señores Diputados que integrarán la Comisión Mixta que deberá formarse en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de la República.
Al respecto, el Senado acordó que los Honorables Senadores miembros de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, concurran a la formación de la aludida Comisión Mixta.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 7.046, de 9 de octubre de 2007.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA , Secretario General (S) del Senado”.
4. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto de ley que perfecciona la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal. (boletín N° 5023-07)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de la Diputada señora Marisol Turres Figueroa y copatrocinada por los Diputados señoras María Angélica Cristi Marfil , Marcela Cubillos Sigall y Claudia Nogueira Fernández y señores Rodrigo Álvarez Zenteno , Gonzalo Arenas Hödar , Enrique Estay Peñaloza, José Antonio Kast Rist , Gonzalo Uriarte Herrera y Felipe Ward Edwards .
En atención a la sencillez y claridad de la iniciativa, la Comisión acordó prescindir del trámite de las audiencias públicas a que se refiere el artículo 211, inciso segundo, del Reglamento de la Corporación.
I. IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.
La idea central del proyecto tiene por finalidad introducir algunas modificaciones en la ley N° 20.084 con el fin de aclarar algunos puntos dudosos de su contenido, precisar conceptos, unificar criterios de aplicación con la legislación para adultos como es el caso del principio de oportunidad, todo ello con el propósito de alcanzar un mejor funcionamiento del sistema de responsabilidad penal juvenil.
Tal idea, la que el proyecto concreta mediante un artículo único que introduce un total de diez modificaciones en la ley N° 20.084, es propia de ley en virtud del principio de la jerarquía de las normas de derecho.
II. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
Para los efectos de lo establecido en los números 2°, 4°, 5° y 7° del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1. Que el proyecto no contiene disposiciones que requieran un quórum especial de aprobación.
2. Que sus disposiciones no son de la competencia de la Comisión de Hacienda.
3. Que se aprobó la idea de legislar por unanimidad ( participaron en la votación los Diputados señoras Soto y Turres y señores Burgos y Eluchans ).
4. Que se rechazaron los siguientes números del artículo único:
a) El número 4) que deroga el inciso primero del artículo 26.
b) El número 6) que reemplaza el inciso segundo del artículo 35 por el siguiente:
“Para el ejercicio de este principio se tendrá como base la pena que se asigna previamente a la aplicación del artículo 21 de esta ley.”.
c) El número 9) que reemplaza el inciso primero del artículo 53 por el siguiente:
“Artículo 53.- Sustitución de condena. Cuando el menor hubiere cumplido un tercio de la pena, el tribunal encargado del control de la ejecución de las sanciones previstas en esta ley, de oficio o a petición del adolescente o su defensor, podrá sustituirla por una menos gravosa, en tanto ello parezca más favorable para la integración social del infractor.”.
III. ANTECEDENTES.
En los fundamentos de la moción se señala que la ley N° 20.084 contiene algunas normas cuya interpretación es dudosa por lo que conviene aclararlas para asegurar un mejor funcionamiento del sistema. Citando algunos ejemplos de lo anterior, se señala que el director de cada centro en que se cumplen sanciones en régimen semicerrado, debe informar periódicamente al tribunal acerca de la evolución de las medidas de educación formal o reescolarización aplicables al menor. El proyecto, en este caso, determina los períodos en que debe entregarse la información y amplía las materias sobre las que debe recaer, como también faculta al juez para solicitar la información en períodos aún más breves, todo lo cual puede redundar en un futuro reemplazo de la sanción, según lo autoriza la ley.
Otras deficiencias que dan lugar a problemas de interpretación son las que dicen relación con las normas relativas al quebrantamiento y revisión de penas porque, en la práctica, queda en las manos de los jueces, el criterio de cómo se aplicarán con la consiguiente falta de una línea general de acción y control, como sucede con el artículo 53 que, al tratar de la sustitución de penas, no exige plazo alguno de cumplimiento para solicitar el beneficio, constituyéndose así en una suerte de recurso de revisión.
En lo que se refiere al principio de oportunidad, se indica que la ley exige un cierto criterio a los fiscales para su aplicación y, en el caso de los adolescentes, contempla una serie de consideraciones que apuntan a su reinserción social. De acuerdo al artículo170 del Código Procesal Penal, puede aplicarse este principio en la medida que la pena no exceda de 540 días, es decir, presidio o reclusión menor en su grado mínimo. El problema se presenta por el hecho de que en el caso de los menores la pena debe reducirse en un grado, lo que significa que este principio podría aplicarse a delitos que podrían tener una sanción de hasta tres años en el caso de los adultos, lo que parece un tanto excesivo. Por ello, se propone mantener el mismo criterio para adultos y para menores en lo referente a la aplicación de este principio.
Se agrega en los mismos fundamentos que tales son las consideraciones que llevan a la formulación de este proyecto, añadiendo, además, una reflexión en el sentido de considerar la cercana vinculación que existe entre la ley penal común y el régimen aplicable a los menores, por cuanto las modificaciones que se apliquen en un gran número de normas, deberán afectar la legislación adolescente, aun cuando tal efecto no haya sido previsto. Por último, se señala que, en razón de lo anterior, tales cambios deben ser analizados no sólo a la luz de lo que ocurre con los adultos, sino también en como ello afectará a los menores de edad.
IV. SÍNTESIS DE LAS DISPOSICIONES DEL PROYECTO.
La reseña de los distintos números que integran el artículo único de la moción, será expuesta en la letra b) del capitulo sobre la Discusión del proyecto.
V. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
a) Discusión en general.
Durante la discusión acerca de la idea de legislar, la Diputada señora Turres resaltó la existencia de la relación entre la ley penal común y el régimen aplicable a los menores de edad, por cuanto las modificaciones que se apliquen en un gran número de normas, deberán afectar la legislación adolescente, aun cuando tal efecto no haya sido previsto. De ahí la necesidad de que determinados aspectos de la ley N° 20.084, requieran de una interpretación que permita una comprensión más clara de sus términos.
Citó, a continuación, las normas sobre quebrantamiento y revisión de penas, las que difieren entre la normativa aplicable a los adultos y la juvenil. En efecto, el artículo 53 no establece plazo alguno de cumplimiento de la penalidad para que el menor pueda solicitar el beneficio, lo que deja en manos de los jueces el criterio de su aplicación, con los problemas que ello podrá generar como consecuencia de la falta de una línea general de acción y control, pudiendo, en la práctica, llegar a constituirse en una especie de recurso de revisión.
Agregó que las modificaciones que se introducen a los artículos 16 y 17, determinan la periodicidad con que el director de cada centro de internación en régimen semicerrado o cerrado, deberá informar al tribunal acerca de la evolución del adolescente en relación con el cumplimiento de las medidas de educación formal o reescolarización, ampliando, además, la información que debe entregar y, aun, facultando al juez para pedir esa información en períodos aún más breves, cuando fundadamente lo requiera, todo lo cual podría redundar en un futuro reemplazo de la sanción, conforme lo dispone la ley.
Cerrado finalmente el debate, se aprobó la idea de legislar por unanimidad (participaron en la votación los Diputados señoras Soto y Turres y señores Burgos y Eluchans ).
b) Discusión en particular.
El proyecto consta de un artículo único compuesto por diez números que introducen diversas modificaciones en la ley N° 20.084, todas las que la Comisión acordó tratar por separado.
Número 1)
Modifica el artículo 16, norma que se refiere a la internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social, señalando que esta modalidad de privación de libertad, consiste en la residencia obligatoria del adolescente en un centro de privación de libertad, sujeto a un programa de reinserción social a desarrollarse tanto al interior del recinto como en el medio libre.
Agrega la norma que una vez impuesta la pena y determinada su duración, el director del centro en que debe cumplirse, deberá proponer al tribunal un régimen o programa personalizado de actividades que a) considerará las medidas a adoptar por la asistencia y cumplimiento del adolescente del proceso de educación formal o reescolarización; b) el desarrollo periódico de actividades de formación, socioeducativas y de participación, y c) las actividades a desarrollar en el medio libre.
El programa será aprobado judicialmente en la audiencia de lectura de sentencia, agregando su inciso final que el director del centro informará periódicamente al tribunal acerca del cumplimiento y evolución de las medidas a que se refiere la letra a), es decir, las relacionadas con el proceso educacional formal del menor.
La modificación consiste en sustituir el inciso final por el siguiente:
“El director del centro deberá rendir un informe bimensual al tribunal, por cualquier medio fidedigno, acerca del cumplimiento de las medidas a que se refieren las letras a) y b) y de la evolución que presenta el adolescente respecto de su aplicación. Sin perjuicio de esto, el tribunal podrá requerir informes con una periodicidad menor a la señalada, expresando los fundamentos para ello.
La proposición que se limita a ampliar la información que debe entregar el director del centro y a determinar la periodicidad de la información fijándola en dos meses, facultando, además, al juez, para requerir se le informe en períodos aún más breves, se aprobó, sin debate, por unanimidad, en los mismos términos.
Número 2)
Modifica el artículo 17, el que se refiere a la internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, señalando que este sistema importará la privación de libertad en un centro especializado, bajo un régimen orientado al cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 20, es decir, los de hacer efectiva la responsabilidad del adolescente por el delito cometido, de tal manera que la sanción forme parte de la intervención socioeducativa orientada a su plena integración social.
El inciso segundo de esta disposición señala que dicho régimen considerará la garantía de la continuidad de los estudios básicos, medios y especializados, comprendiendo la reinserción escolar, y la participación en actividades de carácter socioeducativo, de formación, de preparación para la vida laboral y de desarrollo personal, incluyendo el tratamiento y rehabilitación del consumo de drogas para quienes lo requieran y accedan a ello.
La modificación consiste en agregar un inciso tercero a este artículo del siguiente tenor:
“El director del centro deberá rendir un informe bimensual al tribunal, por cualquier medio fidedigno, acerca del cumplimiento de cada uno de los objetivos establecidos en el inciso anterior y de la evolución y evaluación del menor en cada área de intervención. No obstante, el tribunal podrá requerir informes con una periodicidad menor a la señalada, expresando los fundamentos para ello.”.
La proposición impone la obligación de informar y fija, al igual que en el caso del número anterior, una periodicidad de dos meses para la entrega de los informes por parte del director del centro y, asimismo, permite al juez solicitar, fundamentándolo, informaciones con una frecuencia mayor a la señalada.
No se produjo debate, aprobándose el número por unanimidad.
Número 3)
Este número pretendía rectificar un error de forma contenido en el artículo 23, el que se refiere a las reglas de determinación de la naturaleza de la pena, error que ya había sido subsanado con anterioridad a este proyecto, por lo que la Comisión, por unanimidad, acordó no considerarlo.
Número 4)
Deroga el inciso primero del artículo 26, norma que se refiere a los límites a la imposición de sanciones, señalando, en su inciso primero, que la privación de libertad se utilizará sólo como medida de último recurso.
La Diputada señora Turres justificó esta proposición por considerarla repetitiva, toda vez que la idea que expresa estaría contenida en el artículo 47 de la misma ley N° 20.084, que trata de la excepcionalidad de la privación de libertad.
La Comisión, luego de una corta deliberación, estimó que no se trataba de una repetición sino que de un principio básico de esta legislación, que considera la privación de libertad como la razón última que justifica la sanción, dado el carácter de menores de los imputados.
En tal entendido, se rechazó por unanimidad.
Número 5)
Modifica el inciso primero del artículo 27, norma que señala las reglas del procedimiento, para sustituir las expresiones “investigación y juzgamiento” por los términos “investigación, juzgamiento y ejecución”.
La Comisión, en atención a que dicha innovación ya se encontraba incorporada en este artículo, en virtud de la modificación que le introdujera la ley N° 20.191, acordó, por unanimidad, no considerar este número.
Número 6)
Reemplaza el inciso segundo del artículo 35, disposición que se refiere al principio de oportunidad, señalando que para el ejercicio de este principio establecido en el artículo 170 del Código Procesal Penal, los fiscales tendrán en especial consideración la incidencia que su decisión podría tener en la vida futura del adolescente imputado.
Su inciso segundo agrega que para la aplicación de dicha norma se tendrá como base la pena resultante de la aplicación del artículo 21 de esta ley, es decir, “la pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el ilícito correspondiente”.
La modificación sustituye el inciso segundo por el siguiente:
“Para el ejercicio de este principio se tendrá como base la pena que se asigna previamente a la aplicación del artículo 21 de esta ley.”.
La Diputada señora Turres explicó la proposición señalando que la ley N° 20.084, contiene una serie de reglas para la determinación de las sanciones aplicables a los adolescentes, a partir de la calificación de crimen, simple delito o falta, pero tomando como base el mínimo de la pena asignada al delito, disminuido en un grado, tal como lo expresa su artículo 21. Como de acuerdo al artículo 170 del Código Procesal Penal, tratándose de adultos, el principio de oportunidad en virtud del cual el fiscal puede no iniciar la persecución penal o abandonar la ya iniciada, puede aplicarse a delitos en que la pena mínima no excede de los 540 días, (presidio o reclusión menor en su grado mínimo) significa que tratándose de menores de edad, como el rango de la sanción debe reducirse en un grado, el principio podría aplicarse a delitos que la ley común o de adultos, sanciona con hasta tres años de presidio o reclusión, (presidio o reclusión menor en su grado medio) lo que estimaba excesivo. De ahí la conveniencia de que la base para la aplicación de este principio sea la misma para adultos y adolescentes.
Ante la objeción del Diputado señor Araya , en el sentido de que la aplicación de tal principio no impide a la víctima recurrir ante el juez de garantía, oponiéndose a la decisión del fiscal, señaló que era algo habitual que la víctima careciera de abogado.
Cerrado finalmente el debate, se rechazó la proposición, en tercera votación, por mayoría de votos (5 votos en contra y 2 a favor).
Número 7)
Modifica el artículo 36, norma que se refiere a la primera audiencia del procedimiento por infracción penal seguido contra un adolescente, señalando que de la realización de la primera audiencia a que deba comparecer el imputado, deberá notificarse a sus padres o a la persona que lo tenga bajo su cuidado. Agrega la norma que si el juez lo considera necesario, permitirá la intervención de éstos, si estuvieren presentes en la audiencia.
La proposición agrega una oración final a este artículo del siguiente tenor:
“La falta de notificación en ningún caso condicionará la realización de la audiencia.”.
La Diputada señora Turres explicó la proposición señalando que la poca claridad de la norma, permite interpretar sus términos como que si no se notifica a los padres de la realización de la audiencia, ésta no podría realizarse, cuestión que consideró inadecuada por cuanto en muchos casos se trata de menores que no viven con sus progenitores y resulta imposible ubicar a éstos.
La Comisión estuvo de acuerdo con la inquietud de la Diputada , pero consideró que la proposición que hacía podría traducirse, en la práctica, en que nunca se notificara a los padres, razón por la que por unanimidad, acordó la siguiente redacción para esta proposición:
“Agrégase el siguiente inciso en el artículo 36:
“Deberá dejarse constancia en el acta de la notificación practicada a los padres o a la persona que tenga al menor bajo su cuidado, como también de las razones que impidieron llevar a cabo la notificación. En todo caso, si fuere imposible practicar la notificación, su falta no impedirá la realización de la audiencia.”.
Número 8)
Reemplaza el artículo 38, norma que fija plazo para el cierre de la investigación, señalando que transcurridos seis meses desde que se hubiere formalizado la investigación, el fiscal deberá proceder a cerrarla, a menos que el juez le haya fijado un plazo inferior. Su inciso segundo agrega que antes de cumplirse cualquiera de estos plazos, el fiscal podrá solicitar, fundadamente, su ampliación hasta por dos meses.
La proposición sustituye este artículo, refundiendo ambos incisos y expresando la idea contenida en el segundo, en los siguientes términos:
“Antes de cumplirse cualquiera de estos plazos, el fiscal podrá requerir mediante solicitud fundada su ampliación hasta por dos veces, con un plazo máximo de tres meses en cada oportunidad.”.
La Diputada señora Turres fundamentó la proposición señalando que el plazo, incluso considerando la ampliación, resultaba muy difícil de cumplir, especialmente por la demora que representaba la realización de peritajes.
Ante las observaciones formuladas en el sentido de que la proposición podría dar lugar a plazos excesivos, la misma señora Diputada presentó una indicación para agregar un inciso final a la proposición original del siguiente tenor:
“En ningún caso la investigación podrá exceder de diez meses.”.
La Comisión coincidió con este máximo, pero para permitir que las prórrogas sucesivas no excedieran de dicho máximo, acordó sustituir el tiempo de cada prórroga de tres meses a sólo dos, quedando este número como sigue:
“Artículo 38.- Plazo para declarar el cierre de la investigación. Transcurrido un máximo de seis meses desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada, el fiscal procederá a cerrarla, a menos que el juez le hubiere fijado un plazo inferior. Antes de cumplirse cualquiera de estos plazos, el fiscal podrá requerir mediante solicitud fundada su ampliación hasta por dos veces, con un plazo máximo de dos meses en cada oportunidad.
En ningún caso la investigación podrá exceder de diez meses.”
Se aprobó la proposición por mayoría de votos ( 5 votos a favor y 1 abstención).
Número 9)
Reemplaza el inciso primero del artículo 53, disposición que se refiere a la sustitución de condena, señalando que el tribunal encargado del control de ejecución de las sanciones previstas en esta ley, de oficio o a petición del adolescente o de su defensor, podrá sustituirla por una menos gravosa, en tanto ello parezca más favorable para la integración social del infractor y se hubiere iniciado su cumplimiento.
Su inciso segundo agrega que para tales efectos, el juez, en presencia del condenado, su abogado, el Ministerio Público y un representante de la institución encargada de la ejecución de la sanción, examinará los antecedentes, oirá a los presentes y resolverá. A esta audiencia podrán asistir los padres del adolescente o las personas que legalmente hubieren ejercido la tuición antes de su privación de libertad, y la víctima o su representante. La inasistencia de estos últimos no será nunca obstáculo para el desarrollo de la audiencia.
La proposición sustituye el inciso primero por el siguiente:
“ “Sustitución de condena. Cuando el menor hubiere cumplido un tercio de la pena, el tribunal encargado del control de ejecución de las sanciones previstas en esta ley, de oficio o a petición del adolescente o su defensor, podrá sustituirla por una menos gravosa, en tanto ello parezca más favorable para la integración social del infractor.”.
La Diputada señora Turres fundamentó la proposición señalando que le parecía indispensable que la sustitución, que puede ser hecha de oficio por el juez o a petición del representante del menor, proceda una vez que éste haya cumplido por lo menos un tercio de la condena, como una forma de que exista un elemento objetivo que condicione al juez y no quede la decisión tanto a su arbitrio.
El Diputado señor Araya sostuvo que la sustitución de condena no obedecía a una decisión arbitraria del juez, por cuanto la misma ley establece una serie de requisitos que deben cumplirse, como los de escolaridad y, sin ir más lejos, citó la obligación que impone el artículo 16 a los directores de centros de internación, en el sentido de que una vez impuesta la pena, deben informar al juez acerca del cumplimiento de las medidas que se imponen al menor.
La Diputada agregó, en apoyo a su proposición, que no en todas las regiones existen los recintos para el cumplimiento de las penas que disponen la internación en regímenes cerrados o semicerrados.
Cerrado el debate, se rechazó la proposición, en tercera votación, por mayoría de votos ( 5 votos en contra y 2 a favor).
Respecto de este mismo artículo 53, la Diputada señora Turres señaló que consideraba de mucha importancia que en el caso de la sustitución de condena, se notificara a la víctima y que ésta tuviera la posibilidad de decir algo al respecto. Para tales efectos, presentó la siguiente indicación al inciso segundo:
“Intercálase en el inciso segundo, a continuación de la expresión “sanción” los términos “previa notificación a la víctima o su representante”, la que se aprobó por unanimidad.
Número 10)
Reemplaza el inciso primero del artículo 56, disposición que se refiere al cumplimiento de la mayoría de edad y que en dicho inciso establece que en caso que el imputado o condenado por una infracción a la ley penal fuere mayor de dieciocho años o los cumpliere durante la ejecución de cualquiera de las sanciones contempladas en esta ley o durante la tramitación del procedimiento, continuará sometido a las normas de esta ley hasta el término de éste.
La proposición sustituye el inciso primero por los dos siguientes:
“Cumplimiento de la mayoría de edad. En caso de que el imputado por una infracción a la ley penal cumpliere los dieciocho años de edad durante la tramitación del procedimiento, seguirá sujeto a las normas que esta ley establece en lo relativo al cumplimiento de las sanciones.
Respecto de los menores condenados se estará a las reglas establecidas en los incisos siguientes.”.
La Diputada señora Turres explicó que la proposición pretendía dar una redacción más clara a este artículo, diferenciando la situación de los imputados que durante el procedimiento cumplieren los dieciocho años, los que no obstante alcanzar la mayoría de edad, seguirían afectos a las disposiciones de esta ley en lo relativo al cumplimiento de las sanciones. Se excluye, en consecuencia, de esta norma al imputado o condenado mayor de dieciocho años. El segundo inciso remite a los menores condenados a las reglas establecidas en los incisos siguientes de este mismo artículo.
No se produjo mayor debate, aprobándose la proposición por unanimidad.
-o-
Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente la señora Diputada Informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto, de conformidad al siguiente texto:
“PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal:
1) Reemplázase el inciso final del artículo 16 por el siguiente:
“El director del centro deberá rendir un informe bimensual al tribunal, por cualquier medio fidedigno, acerca del cumplimiento de las medidas a que se refieren las letras a) y b) y de la evolución que presenta el adolescente respecto de su aplicación. Sin perjuicio de lo anterior, el tribunal podrá requerir informes con una periodicidad menor a la señalada, expresando los fundamentos para ello.”.
2) Agrégase el siguiente inciso tercero en el artículo 17:
“El director del centro deberá rendir un informe bimensual al tribunal, por cualquier medio fidedigno, acerca del cumplimiento de cada uno de los objetivos establecidos en el inciso anterior y de la evolución y evaluación del menor en cada área de intervención. No obstante, el tribunal podrá requerir informes con una periodicidad menor a la señalada, expresando los fundamentos para ello.”.
3) Agrégase el siguiente inciso en el artículo 36:
“Deberá dejarse constancia en el acta de la notificación practicada a los padres o a la persona que tenga al menor bajo su cuidado, como también de las razones que impidieron llevar a cabo la notificación. En todo caso, si fuere imposible practicar la notificación, su falta no impedirá la realización de la audiencia.”.
4) Reemplázase el artículo 38 por el siguiente:
“Artículo 38.- Plazo para declarar el cierre de la investigación. Transcurrido un máximo de seis meses desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada, el fiscal procederá a cerrarla, a menos que el juez le hubiere fijado un plazo inferior. Antes de cumplirse cualquiera de estos plazos, el fiscal podrá requerir mediante solicitud fundada su ampliación hasta por dos veces, con un plazo máximo de dos meses en cada oportunidad.
En ningún caso la investigación podrá exceder de diez meses.”
5) Intercálase en el inciso segundo del artículo 53, entre las palabras “sanción,” y “examinará” los términos “ previa notificación a la víctima o su representante,”.
6) Sustitúyese el inciso primero del artículo 56 por los dos siguientes:
“Artículo 56.- Cumplimiento de la mayoría de edad. En caso de que el imputado por una infracción a la ley penal cumpliere los dieciocho años de edad durante la tramitación del procedimiento, seguirá sujeto a las normas que esta ley establece en lo relativo al cumplimiento de las sanciones.
Respecto de los menores condenados se estará a las reglas establecidas en los incisos siguientes.”.
-o-
Sala de la Comisión, a 3 de octubre de 2007.
Se designó Diputada Informante a la señora Marisol Turres Figueroa
Acordado en sesiones de fechas 13 de septiembre y 3 de octubre del año en curso, con la asistencia de los Diputados señor Jorge Burgos Varela ( Presidente ), señoras María Antonieta Saa Díaz , Laura Soto González y Marisol Turres Figueroa y señores Pedro Araya Guerrero , Gonzalo Arenas Hödar , Juan Bustos Ramírez , Alberto Cardemil Herrera , Guillermo Ceroni Fuentes , Edmundo Eluchans Urenda , Cristián Monckeberg Bruner y Eduardo Saffirio Suárez .
En reemplazo del Diputado señor Eduardo Saffirio Suárez asistió el Diputado señor Renán Fuentealba Vildósola .
(Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Accorsi , Bauer , Duarte , Forni , León , Lobos , Meza , Palma , Robles y Rossi .
Aumenta la pena del delito de ingreso al territorio nacional de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. (boletín N° 5342-25)
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la ley Nº 18.918 orgánica constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que de acuerdo a las normas penales contenidas en la ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, se punen del mismo modo las distintas acciones que constituyen hechos punibles, tales como la producción, fabricación, elaboración, distribución, transporte, comercialización, importación, exportación, posesión o tenencia de drogas estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
2° Que de acuerdo a los estudios estadísticos realizados durantes los últimos 10 años, un alto porcentaje de la droga que se consume en Chile, es droga proveniente de otros países, especialmente de Paraguay y Colombia.
3° Que Chile, por su parte, no es un país de destino de la droga producida en otros países de Latinoamérica, sino denominado corredor, ya que utilizan nuestro territorio para el tránsito de la droga cuyo destino final son los consumidores de los países del primer mundo.
4° Que si bien es cierto las leyes penales, por lo general, no constituyen una herramienta de lucha en contra del flagelo de la droga, pensamos que punir de un modo más severo la importación de drogas, estupefacientes y otras sustancias psicotrópicas, constituye un desincentivo para que los carteles de la droga utilicen nuestro país como un corredor de la droga. En efecto, sabido es que los carteles de la droga, al momento de elegir las rutas por las cuales hacen llegar la droga a sus consumidores del primer mundo, escogen aquéllas que les significan un menor riesgo, ya sea por las posibilidades de ser descubiertos, o por las penas a que se exponen en caso de ser atrapados, ya sea que se utilice personas denominadas burreros, o bien a través de sistemas más sofisticados de tráfico, como la utilización de contenedores, camiones, embarcaciones o aviones.
5° Que por su parte, existe hoy en nuestro país un consenso generalizado en la población, en torno a considerar especial e intensamente reprochable al tráfico de drogas, mucho más que el consumo, pues en este último caso la drogadicción constituye para muchos, una patología. El tráfico, en cambio, supone una actividad lucrativa en base a las debilidades humanas y luego en base a la adicción, entonces es lógico que no sólo se le considere más grave al tráfico, sino que se le castigue de un modo más severo.
6° Que si consideramos el derecho comparado, nos encontraremos con legislaciones que castigan con la pena capital, y aún con ejecución sumaria, el ingreso de drogas al territorio nacional. Otros países, castigan tales delitos con penas más graves que las asignadas a los delitos de homicidio, llegando a los 40 años de presidio efectivo.
7° Que el sistema chileno, basado en la proporcionalidad de las penas en atención a la gravedad de los delitos, rechazaría en principio elevar las penas a los niveles referidos precedentemente; sin embargo, estamos convencidos de que el delito de ingreso al territorio nacional de drogas es tan grave, que asimilar la pena a las establecidas para el delito de homicidio, lejos de parecernos una exageración, nos parece que es una de las formas como Chile no sólo cuidará de su población al evitar el ingreso de drogas, sino que pasará a formar parte de los países marcados con rojo en el mapa de los carteles de la droga, que analizarán diez otras posibilidades antes de ocupar nuestro territorio como paso de la droga hacia países del primer mundo.
Por lo tanto,
El diputado que suscribe viene en someter a la consideración de este Honorable Congreso Nacional el siguiente,
PROYECTO DE LEY
Artículo único. Se introduce las siguientes modificaciones en la ley N° 20.000.
1. Elimínase en el artículo 2° la palabra “importación,”
2. Se agrega el siguiente inciso final al artículo 2° “El que ingresare al territorio nacional alguna de las sustancias a que se refieren los incisos primeros de los artículos 1° y 2° de esta ley, será castigado con la pena de presidio perpetuo a presidio perpetuo calificado”.
Moción de los diputados señores Sepúlveda, don Roberto ; Chahuán y Verdugo.
Modifica el artículo 8° de la ley N° 20.066, sobre violencia intrafamiliar, con el objeto de precisar el cómputo del plazo para el pago de la multa que se imponga como sanción, y establecer la posibilidad de pagarla en parcialidades. (boletín N° 5397-07)
Fundamentos del proyecto.
La Ley N° 20.066, publicada el 7 de Octubre de 2005, tiene como objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar y otorgar protección a las víctimas de la misma, según se establece en su artículo 1°.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8°, el maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, atendida su gravedad, se castigará con una multa de media a quince unidades tributarias mensuales a beneficio del gobierno regional del domicilio del denunciante o demandante, para ser destinada a los centros de atención de víctimas intrafamiliar existentes en la región respectiva y que sean de financiamiento público o privado.
El inciso segundo de esta misma norma prescribe que el condenado por este tipo de actos deberá acreditar el pago de la multa dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la notificación de la sentencia, a menos que el juez, por motivos fundados, prorrogue dicho término hasta por quince días.
La disposición precedentemente citada presenta problemas de aplicación práctica, sobre todo cuando la respectiva sentencia ha sido objeto de apelación, ya que si ella es revocada, resulta difícil para el condenado obtener la devolución del dinero que ha pagado por concepto de multa.
Entonces resulta más lógico que el plazo para enterar la multa se cuente desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada, por lo que se hace necesario modificar la mencionada norma en dicho sentido.
Por otra parte, muchas veces los sentenciados tienen la intención de pagar las multas que se les imponen, pero no cuentan con los ingresos para ello, por lo que estimamos que debe emplearse un sistema similar al que se contempla en el artículo 70 del Código Penal, que en casos de delitos en que se impongan multas, se permite al juez autorizar el pago de dichas sanciones pecuniarias en parcialidades, dentro de un plazo que no exceda de un año, haciéndose exigible el total de la multa adeudada, para el caso de no pago de una sola de las parcialidades.
En mérito a las consideraciones que anteceden, venimos en someter a la aprobación de la Cámara de Diputados, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: Modifícase el artículo 8° de la ley N° 20.066, de la siguiente forma:
1. Sustitúyese el texto de su inciso segundo por el siguiente:
“El condenado deberá acreditar el pago de la multa dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, a menos que el juez, por motivos fundados, prorrogue dicho término hasta por quince días.”
2. Intercálese un inciso tercero nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto, del siguiente tenor:
“El tribunal podrá, atendidas las circunstancias, autorizar al afectado para pagar las multas por parcialidades, dentro de un límite que no exceda del plazo de un año. El no pago de una sola de las parcialidades, hará exigible el total de la multa adeudada”.
Moción de los diputados señores Díaz, don Eduardo, y Sabag.
Agrega un numeral 7° al artículo 90, del Reglamento de la Cámara de Diputados. (bole-tín N° 5400-16)
1. El artículo 2º de la Constitución Política de la República de Chile establece que “Son emblemas nacionales la bandera nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional.”;
2. El artículo 22 de la Carta Fundamental estipula en su inciso primero que: “Todo habitante de la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales”.
3. En su calidad de tales, los emblemas nacionales son elementos de identificación de los chilenos con su Patria, y factores simbólicos de unidad nacional;
4. Lo anterior, el legislador lo ha sancionado en diversos cuerpos legales, entre los cuales pueden citarse la ley Nº 2.597, de 11 de enero de 1912; la ley Nº 12.927, de 6 de 1958, sobre Seguridad del Estado; el Decreto Supremo Nº 1.534, del Interior de 18 de octubre de 1967; la ley Nº 18.603, de Partidos; el Decreto con Fuerza de Ley Nº 22, del Ministerio de Hacienda, de 1959; Decreto Supremo Nº 6.476, del Ministerio de Educación, de 1980; y el Decreto Supremo Nº 260, del Ministerio del Interior de 1990;
5. Si bien la normativa vigente es exigible por igual a todos los habitantes de la República, recae sobre sus autoridades un doble deber: el de cumplir, en primer lugar, las leyes, y el de dar público ejemplo de lo anterior;
6. Entre las principales autoridades de la República se cuentan aquellas que, electas por voto popular, ejercen el cargo de diputada o diputado;
7. No resulta, por ende, conveniente que en manifestaciones espontáneas que surjan de parte de los diputados o diputadas al interior de la Corporación, se utilicen de manera política, partidista o facciosa los emblemas nacionales, a saber, la bandera nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional, tanto por el respeto que en calidad de ciudadanos y de autoridades los parlamentarios deben mostrar por ellos, como porque conductas de esta índole pueden lesionar el concepto de unidad nacional que aquellos emblemas representan, y ofender a quienes no se sientan representados por su accionar;
8. Lo preceptuado en los incisos primeros tanto del artículo 5º como del 25 del Reglamento de la Cámara de Diputados,
Venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO MODIFICATORIO DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
Artículo único:
Agréguese el siguiente numeral 7º al artículo 90 del Reglamento de la Cámara de Diputados:
“Diere uso, al margen del Protocolo y de las normas legales y reglamentarias vigentes, a los emblemas nacionales, en particular, interrumpiendo mediante su utilización una sesión en curso”.
Moción de los diputados señores Enríquez-Ominami , Aguiló, Burgos , Bustos , Escobar , Farías y Girardi .
Establece prohibición absoluta para el uso e inscripción de armas de fuego. (boletín N° 5401-02)
1. Fundamentos
En general es posible advertir una tendencia en nuestro país, a la multiplicación de las armas de fuego, tanto de manera licita como ílicita, según se aprecia en graves hechos acaecidos recientemente. Caso paradigmático de esta situación, en el orden comparado, son los Estados Unidos de América, en que las armas, como expresa Galeano , “están a la orden en la mesita de luz y en la guantera del automóvil. La National Rifle Association , presidida por el actor Charlton Heston , tiene casi tres millones de miembros y justifica la portación de armas por las Sagradas Escrituras ”[1]. Lo anterior no es casual, pues se encuentran amparados por el derecho constitucional americano, que se recoge en la segunda enmienda de la Constitución de 1787. De esta manera, para los americanos sigue siendo primordial la facilidad de disponer de armas, atendido que la norma está vigente sin restricción o límite alguno por eso no resulta extraño que en el referido país, se produzca el mayor número de suicidios con arma de fuego, o numerosos incidentes con éstas entre los jóvenes (de cuando en cuando, algún adolescente acribilla a sus compañeros o profesores en alguna escuela). Es por eso, que nos parece insostenible, incluso el genuino sentido que se le atribuye a la norma comentada, como defensa de la tiranía, pues, esa situación es una cuestión de facto que no se relaciona con el derecho a disponer de armas de fuego.
En nuestro contexto, un sistema que autoriza la tenencia de armas de fuego, en un esquema regulativo, supone la posibilidad de acceso legítimo a la tenencia de armas de fuego por los particulares, lo que implica una necesaria racionalización del debate, a objeto de limitar medidas de dolor,[2] como es lo que ocurre con la tenencia de armas de fuego, en que los aspectos preventivos difícilmente cumplen su objeto y las mas de las veces se vinculan a episodios dramáticos. Lo anterior, resulta esencial en la discusión político-criminal en esta materia pues, por razones obvias, la idea es evitar que la población utilice armamentos que ni siquiera están en condiciones de utilizar.
2. Historia legislativa
La ley que rige en la materia, data del año 1972 y, ha sido objeto de varias enmiendas, entre los proyectos legislativos, el más significativo es el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 17.798, sobre control de armas, estableciendo mayores exigencias para inscribir un arma, prohibiendo el porte de las mismas y otras modificaciones (Boletín N° 2219-02), que dio luz a la ley N° 20.014. El proyecto tenía por objeto restringir el uso de armamento, por la vía de establecer mayores exigencias para la inscripción de un arma y prohibir el porte de las mismas; sin embargo, en segundo trámite las modificaciones del Senado, asumieron una tendencia a la simplificación de los trámites para obtener o mantener la tenencia de armas, que desnaturalizan la ratio legis del proyecto original, así como la utilización de presunciones simplemente legales, francamente ridículas de manera de facilitar la tenencia de armas como la de la equivalencia con los requisitos para obtener una licencia de conducir.
3. Derecho comparado
En general, en lo más significativo pueden observarse dos posiciones en la materia desde la órbita comparada, un sistema de libre acceso, como el que se comenta a partir de la segunda enmienda en los Estados Unidos, excepcionalmente algunas restricciones en algunos estados (permisos, prohibiciones y períodos de espera), y que sigue Inglaterra, que en el año1968, se dicta la ley de armas de fuego (Firearms Act) por la cual otorga la facultad al Home Office de cobrar un arancel por obtener el certificado de armas, similar situación en Holanda con un sistema de licencias. Por otro lado, los sistemas semirestringidos que autorizan el uso e inscripción bajo ciertos requisitos (caso Chileno), en esta tendencia, se puede mencionar España está regulado por el Real Decreto N° 137/1993 de 29 de enero de 1993, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, que, establece requisitos para el acceso de armas y un sistema de registro; en Argentina, la ley nacional sobre armas y explosivos (20.429), pero con una interesante variante introducida por la ley N° 26.216, que crea el programa nacional de entrega voluntaria de armas de fuego, que consiste en la entrega voluntaria y anónima de armas de fuego y municiones a cambio de un incentivo, en puestos de recepción donde serán inmediatamente inutilizadas, para luego ser destruidas.
4. Ideas matrices
Escepticos de la “intimidación”, como sustento discursivo en materias de política criminal y seguridad ciudadana, es que rechazamos la posibilidad que la población se arme, para prevenir perjuicios o atentados potenciales. La seguridad pública debe ser garantizada por los organismos profesionales que por mandato constitucional efectúan tal labor. Es por estas razones que es necesario establecer un régimen restringido en relación a la posibilidad de inscribir armas, solamente limitada a practicas deportivas profesionales y, en general, a las fuerzas de orden y seguridad, como garantes del orden público, de tal suerte de castigar el uso y porte de armas de fuego como regla general.
Es por eso que sobre la base de los siguientes antecedentes, venimos en proponer el siguiente proyecto de ley:
Proyecto de ley
Art. Único.- Modifíquese el Decreto Nº 400, de 1977, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 17.778, sobre control de armas, en el siguiente sentido:
1. Deróguense los incisos segundo y tercero del art. el 4°.
2. Sustituyese el art. 5° por el siguiente:
Art. 5°.- Excepcionalmente se podrá autorizar el porte de armas a las personas que al momento de la solicitud de inscripción ante la autoridad fiscalizadora, se acrediten como deportistas o cazadores, los que tendrán derecho, en el mismo acto, a obtener un permiso para transportar las armas que utilicen con esas finalidades. El permiso antes señalado, se otorgará por un período de seis meses y no autorizará a llevar las armas cargadas en la vía pública.
La Dirección general de reclutamiento y movilización llevará un Registro Nacional de las inscripciones de armas.
Las autoridades señaladas en el artículo 4° sólo permitirán la inscripción de una o más armas cuando su poseedor o tenedor cumpla con los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad. Se exceptúan de este requisito los menores de edad que se encuentren registrados como deportistas, debidamente autorizados por sus representantes legales, para el solo efecto del desarrollo de dichas actividades. En este caso, el uso y transporte de las armas deberá ser supervisado por una persona mayor de edad, quien será legalmente responsable del uso y transporte de las mismas;
b) Tener domicilio conocido;
c) Acreditar que tiene los conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo del arma que pretende inscribir, y que posee una aptitud física y psíquica compatible con el uso de armas. Para acreditar dicha aptitud será necesario el informe de un especialista con, a lo menos, 5 años de ejercicio profesional;
d) No haber sido condenado por crimen o simple delito, lo que se acreditará con el respectivo certificado de antecedentes;
e) No haber sido dictado a su respecto auto de apertura del juicio oral. Para estos efectos, los jueces de garantía deberán comunicar mensualmente a la Dirección General de Movilización Nacional, las personas respecto de las cuales se hubiera dictado dicha resolución, y
f) No haber sido sancionado en procesos relacionados con la ley N° 19.325, sobre violencia intrafamiliar.
3. Deróguense los artículos 5A, 6 y 7”.
Moción de los diputados señores Enríquez-Ominami , Aguiló, Ceroni , Encina , Escobar , Farías, Leal , Montes , Monsalves y Valenzuela.
Reforma la Constitución Política de la República asegurando la representación popular a los pueblos indígenas. (boletín N° 5402-07)
1. Fundamentos. Las relaciones interétnicas con los Pueblos indígenas en el territorio chileno a lo largo de su historia republicana, se han caracterizado por su verticalidad y por la falta de consensos con los indígenas sobre los mecanismos que regulan sus instituciones. Por medio de la verticalidad, se han tomado un sinnúmero de decisiones por la fuerza o en el plano normativo, que no han respondido necesariamente a un debate con los indígenas, quienes han sido, precisamente, los destinatarios de dichas políticas o decisiones. Consecuencia natural de la verticalidad en la toma de decisiones ha sido que muchas de ellas se han adoptado sin el consentimiento de los pueblos indígenas o con una voluntad atenuada.
Una de las medidas que el Estado adoptó por la fuerza y que produjo consecuencias devastadoras para las futuras generaciones mapuches fue la que eufemísticamente se denominó “Pacificación de La Araucanía”. Por otro lado, las leyes y las políticas indígenas del Siglo XIX y buena parte del Siglo XX, se adoptaron sin ninguna consulta a los Pueblos Indígenas. Los gobiernos de la Concertación han intentado revertir esta situación, ejemplo de ello son el Acuerdo de Nueva Imperial, la Comisión Especial de los Pueblos Indígenas (Cepi), la Ley Indígena N° 19.253 y la reciente “Política de Nuevo Trato”.
Independiente de las buenas intenciones que puedan haber detrás de cada una de estas iniciativas, la escalada de conflictos desatados principalmente en la Novena Región del país, son la cara visible de la ineficacia de dichas políticas para resolver temas de fondo y que dicen relación con el reconocimiento de los Pueblos Indígenas como comunidades que tienen una historia, una lengua y tradiciones que en conjunto, configuran la cosmovisión de cada uno de estos pueblos.
Si verdaderamente valoramos su existencia por ser parte esencial de las raíces de la nación chilena y consideramos que es un deber de la sociedad y en particular del Estado respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, para lo cual se adoptarán las medidas necesarias (tal como lo señala la Ley N° 19.253) debemos reflexionar si es posible el desarrollo de una cultura que carece de un correlato político en el cual pueda expresar esa particular forma de entender la vida.
Son cada vez más los países que entienden que la valoración de los pueblos indígenas pasa por el reconocimiento de derechos especiales de representación y por la necesidad de “acomodar” las diferencias en vez de subordinar a “los diferentes”. Es así como Ecuador, Colombia, Guatemala, Canadá y Finlandia, entre otros, han realizado adecuaciones normativas a sus ordenamientos jurídicos con el objeto de reconocer derechos políticos a los pueblos indígenas que han habitado esos territorios desde tiempos ancestrales.
2. Ideas matrices. La presente indicación, tiene por objeto complementar las propuestas de la reforma constitucional que corrige las distorsiones del sistema electoral, permitiendo la inclusión no solo de aquellos sectores políticos que han permanecido excluidos a causa del binominal sino que también a los Pueblos Indígenas que han sido excluidos históricamente del debate nacional.
Sobre la base de estos antecedentes, venimos en proponer la siguiente indicación a la reforma constitucional que corrige distorsiones al sistema binominal:
1. Agréguese el siguiente artículo 50 bis a la Constitución Política de la República:
“Se asegurará a los Pueblos Indígenas que habitan el territorio chileno, representación en el Congreso Nacional de acuerdo a los requisitos y condiciones que la ley orgánica respectiva establezca”.
Moción de la diputada señora Allende , doña Isabel , y de los diputados señores Bertolino , Bobadilla , Díaz, don Eduardo ; León , Quintana , Robles y Rossi .
Integra el sistema braille a las tarjetas de telefonías. (boletín N° 5403-28)
1. Fundamentos. A través de la dictación de la ley N° 19.284, sobre normas para la plena integración social de personas con discapacidad, se estableció que la prevención de las discapacidades y la rehabilitación constituyen una obligación del Estado, y a la vez, un derecho y un deber de las personas con discapacidad, de su familia y de la sociedad en su conjunto. Para ello, entre otras cosas, el Estado deberá ejecutar programas destinados a las personas discapacitadas, de acuerdo a las características particulares de sus carencias.
Un importante antecedente lo constituye, por vía de ejemplo, la idea de equiparación de oportunidades, en que el cuerpo legal referido precedentemente garantiza el acceso a la educación, debiendo, los establecimientos públicos y privados del sistema de educación regular para incorporar las innovaciones y adecuaciones curriculares necesarias para permitir y facilitar, a las personas que tengan necesidades educativas especiales, el acceso a los cursos o niveles existentes, brindándoles la enseñanza complementaria que requieran, para asegurar su permanencia y progreso en dicho sistema. Con todo, cuando la naturaleza o grado de discapacidad no haga posible la integración a los cursos ordinarios, se impartirá la enseñanza especial en clases especiales dentro del mismo establecimiento educacional, pero siempre que los beneficiados presenten necesidades educativas especiales, es decir, siempre en carácter especialidad, frente a las exigencias generales en materia de acceso a la educación donde se inserta el presente acuerdo.
En este sentido cabe destacar, la constante intención de integrar a quienes sufren distintas formas y grados de incapacidad, entre quienes podemos encontrar a los no videntes, quienes han ido integrándose paulatinamente a la vida cotidiana de nuestra sociedad. Sin embargo, aún queda bastante por hacer respecto de aquello, por cuanto existen una serie de instancias que no han sido adaptadas respecto de ellos, un caso especial lo representa el acceso a los medios tecnológicos en el ámbito de las comunicaciones para personas con discapacidad.
2. Ideas matrices. El objeto del presente proyecto de ley es establecer la inclusión del sistema braille en las tarjetas de prepago de telefonía, con el objeto de facilitar el acceso a este servicio de comunicaciones en las personas con discapacidad visual, para efectos de que las personas señaladas precedentemente puedan tener un acceso directo a la venta de tarjetas de prepago de telefonía.
Esta modificación legal permitirá superar una de las tantas barreras que en la actualidad existen respecto de las personas que sufren de esta discapacidad y, a su vez, integrar a estas personas al acceso de las comunicaciones que se desarrolla en nuestra sociedad como medio de satisfacción de necesidades.
Es por eso, que sobre la base de estos antecedentes vengo en proponer a esta H. Cámara el siguiente:
Proyecto de ley
Art. Único. “Las tarjetas de prepago de telefonía deberán contener obligatoriamente el sistema braille para efectos de su compra y utilización por parte de las personas con discapacidad visual.
Las empresas de telefonía deberán adecuar sus productos a la exigencia del inciso precedente, cuya omisión será sancionada con multa de 500 a 1000 U7 M”.
11. Oficio de la Corte Suprema.
“Oficio N° 323
Informe proyecto ley 60-2007
Antecedente: Boletín Nº 5285-07
? Santiago , 2 de octubre de 2007
Mediante oficio N° 6.976, de 29 de agosto del año en curso, el Presidente de la H. Cámara de Diputados, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 de la Constitución Política de la República y 16 de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, ha requerido la opinión de esta Corte Suprema acerca del proyecto de ley -iniciado por moción- que modifica el Código Orgánico de Tribunales para eliminar a los abogados integrantes de las Cortes de Apelaciones y de esta Corte Suprema (Boletín N° 5285-07).
Impuesto el Tribunal Pleno sobre el proyecto señalado, en sesión del día 28 de septiembre de 2007, presidida por el titular don Enrique Tapia Witting y con la asistencia de los Ministros señores Ricardo Gálvez Blanco , Orlando Álvarez Hernández , Urbano Marín Vallejo , Adalis Oyarzún Miranda , Jaime Rodríguez Espoz , Rubén Ballesteros Cárcamo , Sergio Muñoz Gajardo , señora Margarita Herreros Martínez , señores Hugo Dolmestch Urra , Juan Araya Elizalde , Patricio Valdés Aldunate , Héctor Carreño Seaman , Pedro Pierry Arrau , señora Gabriela Pérez Paredes y señor Carlos Künsemüller Loebenfelder , acordó informar desfavorablemente el proyecto.
El proyecto en estudio consta de un artículo con siete numerales y un artículo transitorio y, al igual que otros proyectos anteriores relativos a la materia, se funda en el conflicto de intereses que pudiera darse, lo cual redundaría en la falta de independencia de dichos integrantes al momento de fallar. Recuerda también que el tema formaba parte de la Agenda Modernizadora del Estado suscrita en 2003 entre parlamentarios y el Presidente de la República de la época.
Además, conviene destacar que en la actualidad se encuentran en tramitación en el Congreso Nacional los siguientes proyectos de ley atinentes a la misma cuestión:
1) Boletín N° 2950-07, que establece un sistema de regulación de abogados integrantes de Cortes de Apelaciones, iniciado en moción e ingresado a tramitación legislativa el 4 de junio de 2002. Actualmente se halla en segundo trámite constitucional en el Senado y durante su transcurso se han propuesto diversas modificaciones, tanto en el Senado como debido una indicación sustitutiva formulada por el Presidente de la República , en enero de 2005, en el marco de la mesa de trabajo entre el Ministerio de Justicia y esta Corte Suprema.
Al respecto este tribunal, por oficio N° 002010, de 6 de agosto de 2002, informó desfavorablemente la moción inicial, luego por oficio N° 96, de 19 de julio de 2005, manifestó su opinión favorable aunque con observaciones sobre las enmiendas introducidas y finalmente, a través del oficio N° 5, de 16 de enero de 2006, complementado por oficio N° 5 bis, de 19 del mismo mes y año, realizó nuevos reparos a las otras tantas rectificaciones efectuadas, reiterando lo planteado en sus anteriores informes en el sentido de la inconveniencia del sistema de concurso público.
2) Boletín N° 4107-07, que sustituye a los abogados integrantes de las Cortes de Apelaciones por secretarios de tribunales y relator de pleno, informado desfavorablemente por esta Corte Suprema mediante oficio N° 28, de 13 de abril de 2006.
El nuevo proyecto en análisis derechamente propone la eliminación de los abogados integrantes a partir del primero de enero del año inmediatamente siguiente al de su publicación (artículo transitorio). Y en el N° 3 de su artículo único, sustituye el actual artículo 217 del Código Orgánico de Tribunales, para, en su inciso primero, fijar el orden en que deberá llamarse a la integración en caso de ausencia o inhabilidad de alguno de los Ministros de la Corte Suprema y, en último término, señala a los Ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago , excluido su Presidente , de acuerdo al orden de precedencia que determina la nómina que reglamenta en su inciso segundo.
Sin embargo, no se ocupa del reemplazo o subrogación de los Ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago cuando sean llamados a integrar la Corte Suprema, y entre sus deficiencias técnicas, en realidad no se hace cargo del funcionamiento de las salas de todas las Cortes de Apelaciones del país ante la ausencia de sus Ministros, por cualquier razón, dejando un vacío acerca de su integración.
Por otra parte, la redacción del proyecto es equívoca pues se limita a suprimir los abogados integrantes, pero, como se dijo, no provee la integración de las Cortes de Apelaciones, sin perjuicio que, con semejante omisión, no hace otra cosa que recargar el ya excesivo trabajo de la Corte de Apelaciones de Santiago, reconocido por todos, al restarle Ministros para la subrogación de esta Corte Suprema sin determinar la forma como se resolverá esa ausencia y otras en su tribunal de origen.
Por lo demás, cabe recordar que existe un proyecto de ley en tramitación acordado entre el Poder Judicial y el Ejecutivo que resuelve los conflictos de intereses de los abogados integrantes (Boletín N° 2950-07), razón por la cual no se divisa la necesidad de insistir en su eliminación.
Se deja constancia además que cuatro señores ministros concurren al acuerdo, haciendo especial énfasis en la circunstancia que el criterio de esta Corte Suprema respecto a la materia ha sido siempre el de no introducir cambios al sistema actual, en tanto no se propongan uno más expedito, económico y mejor, no se divisa la necesidad de hacer un cambio. Asimismo, en cuanto a la integración en la Corte Suprema con ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, sugieren revisar el promedio diario de integraciones en la Corte Suprema, para así poder dimensionar el problema que se suscitaría en la Corte de Alzada. Finalmente al no contemplar el proyecto la integración en las cortes de apelaciones, hicieron ver la cadena de subrogaciones que se produciría, lo cual claramente iría en detrimento de una eficiente administración de justicia.
Lo anterior es cuanto puedo informar a V.E.
(Fdo.): ENRIQUE TAPIA WITTING , Presidente ; CARLOS MENESES PIZARRO , Secretario
AL SEÑOR
PRESIDENTE
H. CAMARA
PATRICIO WALKER PRIETO
VALPARAÍSO”.
12. Oficio del Senado.
“Oficio N° 330
Informe proyecto ley 61-2007
Antecedente: Boletín Nº 5316-07
Santiago , 8 de octubre de 2007
Mediante oficio N° 6995 de fecha 5 próximo pasado, el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados ha solicitado la opinión de esta Corte sobre el proyecto de ley -iniciado en mensaje- que modifica la ley N° 20.022, y otros cuerpos legales con el objeto de reforzar la judicatura laboral, boletín N° 5316-07.
Impuesto el tribunal pleno en sesión del día viernes 5 de octubre de 2007, presidido por el titular don Enrique Tapia Witting y con la asistencia de los ministros señores Marcos Libedinsky Tschorne , Ricardo Gálvez Blanco , Orlando Álvarez Hernández , Urbano Marín Vallejo , Milton Juica Arancibia , Nibaldo Segura Peña , Jaime Rodríguez Espoz , Rubén Ballesteros Cárcamo , Sergio Muñoz Gajardo , señora Margarita Herreros Martínez , señores Patricio Valdés Aldunate , Héctor Carreño Seaman , Pedro Pierry Arrau , y señor Carlos Künsemüller Loebenfelder , acordó informar favorablemente el proyecto.
Lo anterior se ha solicitado al tenor de lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 16 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
Las materias contenidas en la ley N° 20.022, ya fueron estudiadas e informadas por esta Corte Suprema según consta en oficio N° 54 de fecha 25 de abril 2005 dirigido al H. Senado, motivo por lo cual corresponde en esta oportunidad sólo hacerlo en lo referente a las modificaciones que se pretenden introducir en lo que dice relación con el aumento de jueces y tribunales y otros aspectos de la estructura orgánica a la legislación pertinente, antes de que entre en vigencia la reforma procesal laboral.
Sin duda, el contenido del proyecto es un adelanto frente a la cantidad de tribunales establecidos en la ley N° 20.022, atendido a que aumenta, en definitiva, la actual dotación de 40 a 92 jueces, lo que se aproxima en parte a los 106 solicitados por el Poder Judicial para tal cometido, sin considerar la cantidad requerida si entran en vigencia los procedimientos Tutelar y Monitorio contemplados en la Ley 20.087 en actual revisión por parte del Congreso Nacional. Se acompaña al efecto cuadro demostrativo.
Existe, además, un reforzamiento de las unidades de causas, profesionalizando sus jefaturas; y se crean unidades de cumplimiento en aquellos tribunales del trabajo donde no existen los de cobranza laboral.
En el proyecto, en términos generales, el aumento de jueces y tribunales, ha ido acompañado, del número razonable de funcionarios requeridos en las diferentes categorías para el normal desempeño de sus labores jurisdiccionales. (268 a 468)
En cuanto al aumento de dotaciones requeridas por esta Corte en base a la entrada en vigencia de la reforma procesal laboral en su integridad, se considera que el proyecto no cumple con los parámetros exigidos para un buen desarrollo del nuevo sistema, ello atendido que la nueva legislación contempla dos nuevos procedimientos -el Monitorio y el de Tutela Laboral- procedimientos que entregan a los juzgados del ramo nuevas competencias que acarrearán, a juicio de esta Corte la judicialización de gran cantidad de asuntos, especialmente los que dicen relación con aplicación de garantías constitucionales en el ámbito laboral. Esto es especialmente preocupante pues aún sin haber entrado en vigencia la ley N° 20.087, que los contiene, este mismo cuerpo legal ya esta siendo objeto de modificaciones que incluso podrían alterar en forma substancial las actuales proyecciones. En todo caso y con base en las disposiciones de la ley N° 20.087, en su actual articulado, la Corporación Administrativa del Poder Judicial ha considerado, con el objeto que no se produzcan los graves problemas que se suscitaron con motivo de la puesta en marcha de la reforma de familia, la necesidad de contar con alrededor de 288 jueces para atender el nuevo sistema en forma adecuada.
Es importante destacar que el número de jueces antes requeridos se sustenta en base a antecedentes de la Dirección General del Trabajo respecto a reclamos atendidos por este organismo el año 2006, en la hipótesis que el 50% de los asuntos por ellos conocidos administrativamente en tal período, se judicialicen. Por ello esta Corte considera que sería prudente la entrada en vigencia de la reforma procesal laboral por etapas, tal como ocurriera con la reforma procesal penal, cuyo desarrollo se facilitó al haber entrado a regir paulatinamente en un plazo de cinco años, habiendo quedado empíricamente demostrado que alguna de sus carencias iniciales se fueron corrigiendo durante su puesta en marcha, mediante varias reformas legales.
Como esta Corte esta consciente que no es posible la entrada en vigor de la reforma procesal laboral en forma paulatina por unidades geográficas, pues ello requeriría una modificación de la Constitución Política de la República, sugiere que lo sea por procedimientos, dejando para una segunda etapa los procedimientos Monitorio y de Tutela, especialmente en el caso de este último, cuyo objeto de acuerdo a las materias que por el se regirán, es nuevo en nuestra legislación, situación que sin duda traerá complicaciones en su inicio. En lo referente al retraso de la entrada en vigencia del procedimiento Monitorio , ello se basa en la idea de que en una primera etapa se aplique una sola categoría de juicio, con el objeto de que jueces y funcionarios lo optimicen al inicio de la reforma, permitiendo así prestar a los usuarios un adecuado servicio.
Se hace presente que al margen de las razones expuestas, está la necesidad de tomar en consideración que se deberá capacitar adecuadamente a gran cantidad de funcionarios destinados a servir en estos nuevos tribunales, y atendida la premura del tiempo ello se hace extremadamente difícil, sin perjuicio, que también se requiere tener la infraestructura necesaria para ello. Por otra parte se debe destacar que el proyecto contempla un aumento del plazo de 6 a 18 meses para la supresión de los actuales juzgados de letras del trabajo, así como del cuarto juzgado de letras de Arica y el tercer juzgado de letras de Curico.
Por último resulta indispensable, en cualquier eventualidad, crear un tribunal laboral con sede en Puente Alto y otro para San Fernando , con una dotación mínima de dos jueces cada uno, atendido al gran número de causas laborales que se suscitan en dichas localidades; y además se contemple el financiamiento adecuado para la capacitación de los funcionarios, que no lo han sido, con motivo de la postergación de la entrada en vigencia de la ley N° 20.022.
En consecuencia y con las salvedades expuestas, esta Corte informa favorablemente el proyecto que modifica la ley N° 20.022 y otros cuerpos legales, que tienen por objeto reformar la judicatura laboral, en el entendido de que si entra en vigencia en su integridad, es decir, con los procedimientos Tutelar y Monitorio, la cantidad mínima de jueces requeridos es de 292.
Lo anterior es todo cuanto puedo informar a V.E.
(Fdo.): ENRIQUE TAPIA WITTING , Presidente ; CARLOS MENESES PIZARRO , Secretario
AL SEÑOR
PRESIDENTE
H. CAMARA
PATRICIO WALKER PRIETO
VALPARAÍSO”
13. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 2 de octubre de 2007.
Oficio Nº 1436
Excmo. señor Presidente
Cámara de Diputados:
Tengo el honor de remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia dictada con fecha 2 de octubre de 2007 por este Tribunal, referida al proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.531, y concede beneficios que indica al personal del Poder Judicial , de la Academia Judicial y de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. (boletín Nº 5112-07).
Rol Nº 945-07-CPR.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.