Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
FÁCIL DESPACHO
- MODIFICACIÓN DE CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y LA LEY N° 19.799, SOBRE DOCUMENTO ELECTRÓNICO, FIRMA ELECTRÓNICA Y LOS SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE DICHAS FIRMAS.
-
ERECCIÓN DE MEMORIALES RESPECTO DE ETNIAS SELK'NAM Y AÓNIKENK
- ANTECEDENTE
- PROHIBICIÓN DE USO TELEVISIVO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN DE AUDIENCIA EN LÍNEA.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Guillermo Vasquez Ubeda
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- DEBATE
- OBLIGATORIEDAD PARA SEGUNDO NIVEL TRANSICIONAL DE EDUCACIÓN PARVULARIA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
-
IRRENUNCIABILIDAD PARA EXCEDENTES DE COTIZACIONES DE SALUD DE ISAPRES
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Soledad Alvear Valenzuela
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- VI .
ORDEN DEL DÍA
-
PERFECCIONAMIENTO DE MARCO LEGAL VIGENTE EN CUANTO A SEGURIDAD Y CONTINUIDAD DE SUMINISTRO ELECTRICO Y A SUFICIENCIA DE SISTEMAS.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Guillermo Vasquez Ubeda
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- DEBATE
-
PERFECCIONAMIENTO DE MARCO LEGAL VIGENTE EN CUANTO A SEGURIDAD Y CONTINUIDAD DE SUMINISTRO ELECTRICO Y A SUFICIENCIA DE SISTEMAS.
- VII .
TIEMPO DE VOTACIONES
- PREOCUPACIÓN ANTE COMPRA DE CADENAS DE RADIOEMISORAS POR GRUPO ESPAÑOL. PROYECTO DE ACUERDO
- CERTIFICACIÓN DE INEXISTENCIA EN MERCADO DE PRODUCTOS CON CONCENTRACIONES PELIGROSAS DE DIETILENGLICOL. PROYECTO DE ACUERDO
- SOLICITUD DE SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO Nº 188 DE OIT REFERIDO A TRABAJO MARÍTIMO. PROYECTO DE ACUERDO
- NECESIDAD DE PROYECTO RELATIVO A VALORACIÓN DE DIVERSIDAD FORESTAL, A RÉGIMEN JURÍDICO DE CONAF Y A SNASPE. PROYECTO DE ACUERDO
- ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y ASESORÍA JURÍDICA PARA GENDARMES AFECTADOS POR MALTRATOS O AMENAZAS EN ACTOS DE SERVICIO. PROYECTO DE ACUERDO
- IMPLEMENTACIÓN EN TRANSANTIAGO DE TARIFA ESPECIAL PARA ADULTOS MAYORES. PROYECTO DE ACUERDO
- ESTABLECIMIENTO DE INGRESO MÍNIMO ÉTICO FAMILIAR GARANTIZADO PARA QUINTIL MÁS POBRE. PROYECTO DE ACUERDO
- VIII.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO
- Andres Allamand Zavala
- Maria Soledad Alvear Valenzuela
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Jaime Naranjo Ortiz
- Ricardo Nunez Munoz
- Jorge Pizarro Soto
- Sergio Romero Pizarro
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO
- Andres Allamand Zavala
- Soledad Alvear Valenzuela
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Jaime Naranjo Ortiz
- Ricardo Nunez Munoz
- Jorge Pizarro Soto
- Sergio Romero Pizarro
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Eduardo Frei Ruiz-tagle
- PETICIÓN DE OFICIO : Eduardo Frei Ruiz-tagle
- PETICIÓN DE OFICIO : Eduardo Frei Ruiz-tagle
-
CONMEMORACIÓN DE DÍA INTERNACIONAL DEL DETENIDO DESAPARECIDO
- INTERVENCIÓN : Jaime Naranjo Ortiz
-
FALTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN VIVIENDAS DE LIGUA DE COGOTÍ. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Evelyn Matthei Fornet
- PROBLEMAS DE ALCANTARILLADO Y URBANIZACIÓN EN CAMPAMENTO "VILLA GÉNESIS", DE LOS ÁNGELES. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Victor Perez Varela
- SITUACIÓN DE MARGINALIDAD HABITACIONAL EN CAMPAMENTO "EL CARDAL", DE YUNGAY. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Victor Perez Varela
-
RECONOCIMIENTO PREVISIONAL A EX TRABAJADORES DE PEM Y POJH Y PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Victor Perez Varela
-
EXTENSIÓN DE BIOTRÉN A CORONEL Y LOTA. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
ASIGNACIÓN DE CAPITAL SEMILLA A PESCADORES ARTESANALES DE OCTAVA REGIÓN. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
COBRANZA TELEFÓNICA A DEUDORES FINANCIEROS. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
SUICIDIOS DE RECLUSOS EN CÁRCELES CONCESIONADAS. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- ANIVERSARIO DE LLEGADA DEL "WINNIPEG" CON INMIGRANTES ESPAÑOLES. COMUNICACIONES
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- CIERRE DE LA SESIÓN
- PETICIONES DE OFICIOS
- ANEXO SESIÓN
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA PROHIBIR DIFUNDIR, A ENTIDADES AJENAS A EMPRESAS EN QUE SE DESEMPEÑA UN TRABAJADOR, SU AFILIACIÓN SINDICAL O PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES EN DEFENSA DE SUS DERECHOS LABORALES (5296-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA OBLIGAR A DEMANDADOS A FIJAR, EN SU PRIMERA ACTUACIÓN JUDICIAL, UN DOMICILIO CORRESPONDIENTE AL LUGAR EN QUE SE HA INICIADO EL JUICIO (5297-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO. POR MEDIO DE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.327, PARA PERMITIR QUE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE FUTBOL PROFESIONAL PUEDA QUERELLARSE EN CASO QUE INDICA (5298-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES PÉREZ VARELA, CHADWICK Y LONGUEIRA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY SOBRE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES, CON EL FIN DE SANCIONAR AL PROVEEDOR QUE VENDA UN BIEN O PRESTE UN SERVICIO CON CARGO A TARJETAS DE CRÉDITO O DÉBITO EXTRAVIADAS, HURTADAS O ROBADAS (5299-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Victor Perez Varela
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Pablo Longueira Montes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES HORVATH, PROKURICA Y SABAG, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE IMPONE A NAVES PESQUERAS ARTESANALES QUE INDICA, LA OBLIGACIÓN DE INSTALAR A BORDO UN DISPOSITIVO DE POSICIONAMIENTO SATELITAL (5300-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Antonio Horvath Kiss
- Baldo Prokurica Prokurica
- Hosain Sabag Castillo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES BIANCHI, GÓMEZ, HORVATH, MUÑOZ BARRA, PROKURICA Y ZALDÍVAR, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA QUE OTORGUE A QUIENES PARTICIPAN EN PROGRAMAS GENERALES DE EMPLEO TODAS LAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, LAS BONIFICACIONES Y OTRAS GRATIFICACIONES QUE CONSIDERA LA LEGISLACIÓN LABORAL (S 1010-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Antonio Horvath Kiss
- Roberto Munoz Barra
- Baldo Prokurica Prokurica
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA PROHIBIR DIFUNDIR, A ENTIDADES AJENAS A EMPRESAS EN QUE SE DESEMPEÑA UN TRABAJADOR, SU AFILIACIÓN SINDICAL O PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES EN DEFENSA DE SUS DERECHOS LABORALES (5296-13)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 355ª
Sesión 47ª, en martes 4 de septiembre de 2007
Ordinaria
(De 16 a 19:7)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, PRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR,
Y JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS...........................................................................
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités
V. FÁCIL DESPACHO:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código de Procedimiento Civil y la ley Nº 19.799, sobre documento electrónico, firma electrónica y servicios de certificación de dichas firmas (3797-19) (se aprueba en particular).
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que reconoce genocidio ocurrido con etnias selknam (onas) y aónikenk (tehuelches) y autoriza erigir memoriales en Santiago y Porvenir (5203-04) (se aprueba en general y particular)¿¿¿
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley Nº 18.838, sobre Consejo Nacional de Televisión, con el objeto de prohibir empleo de sistemas de medición de audiencias en línea (3543-15) (se aprueba en general)¿¿¿¿
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que confiere carácter obligatorio a segundo nivel transicional de educación parvularia (3785-04) (se rechaza en general y se manda a archivar)¿¿¿¿¿¿¿.
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que confiere carácter de irrenunciables a excedentes de cotizaciones de salud en isapres (4423-11) (se aprueba en general)¿¿¿¿¿..
VI. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos en lo relativo a seguridad y continuidad de suministro eléctrico a clientes regulados, y a suficiencia de sistemas eléctricos (5251-08) (se aprueba en general)¿¿¿¿¿.
VII. TIEMPO DE VOTACIONES:
Preocupación ante compra de cadenas de radioemisoras por grupo español. Proyecto de acuerdo (S 996-12) (se aprueba)¿¿¿¿..
Certificación de inexistencia en mercado de productos con concentraciones peligrosas de dietilenglicol. Proyecto de acuerdo (S 997-12) (se aprueba)¿¿¿¿..
Solicitud de suscripción de Convenio N° 188 de OIT, referido a trabajo marítimo. Proyecto de acuerdo (S 998-12) (se aprueba)¿¿¿¿..
Necesidad de proyecto relativo a valorización de diversidad forestal, a régimen jurídico de CONAF y a SNASPE. Proyecto de acuerdo (S 999-12) (se aprueba)¿¿¿¿..
Atención psicológica y asesoría jurídica para gendarmes afectados por maltratos o amenazas en actos de servicio. Proyecto de acuerdo (S 1001-12) (se aprueba)¿¿¿¿..
Implementación en Transantiago de tarifa especial para adultos mayores. Proyecto de acuerdo (S 1006-12) (se aprueba)¿¿¿¿..
Establecimiento de ingreso mínimo ético familiar garantizado para quintil más pobre. Proyecto de acuerdo (S 1002-12) (se aprueba)¿¿¿¿..
VIII. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿.
Conmemoración de Día Internacional del Detenido Desaparecido (observaciones del señor Naranjo)¿¿¿¿..
Falta de energía eléctrica en viviendas de Ligua de Cogotí. Oficio (observaciones de la señora Matthei)¿¿¿¿¿
Problemas de alcantarillado y urbanización en campamento "Villa Génesis", de Los Ángeles. Oficio (observaciones del señor Pérez Varela)¿¿¿¿..
Situación de marginalidad habitacional en campamento "El Cardal", de Yungay. Oficio (observaciones del señor Pérez Varela)¿¿¿¿..
Reconocimiento previsional a ex trabajadores de PEM y POJH y pago de asignaciones familiares. Oficio (observaciones del señor Pérez Varela)¿¿¿¿..
Extensión de Biotrén a Coronel y Lota. Oficios (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
Asignación de capital semilla a pescadores artesanales de Octava Región. Oficios (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
Cobranza telefónica a deudores financieros. Oficios (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
Suicidios de reclusos en cárceles concesionadas. Oficio (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
Aniversario de llegada del "Winnipeg" con inmigrantes españoles. Comunicaciones (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Flores Labra, Fernando
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Longueira Montes, Pablo
--Matthei Fornet, Evelyn
--Muñoz Aburto, Pedro
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez Varela, Victor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Vásquez Úbeda, Guillermo
--Zaldívar Larraín, Adolfo
Concurrieron, además, los señores Ministros Secretario General de la Presidencia , don José Antonio Viera-Gallo Quesney; de Justicia, don Carlos Maldonado Curtis, y Presidente de la Comisión Nacional de Energía , don Marcelo Tokman Ramos.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario , el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16, en presencia de 34 señores Senadores.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).- Las actas de las sesiones 44ª y 45ª, ordinarias, en 28 y 29 de agosto del año en curso, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Seis de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero retira y hace presente la urgencia, calificada de "discusión inmediata", respecto del proyecto que modifica el decreto con fuerza de ley N° 4, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Servicios Eléctricos, en lo relativo a la seguridad y continuidad del suministro eléctrico a los clientes regulados y la suficiencia de los sistemas eléctricos (boletín N° 5.251-08).
--Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con el segundo retira y hace presente la urgencia, calificada de "suma", acerca del proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 17.997, Orgánica del Tribunal Constitucional (boletín N° 4.059-07).
--Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con los cuatro restantes retira y hace presente la urgencia, calificada de "simple", en relación con las siguientes iniciativas:
1.- Proyecto de ley, en trámite de Comisión Mixta, sobre pesca recreativa (boletín N° 3.424-21).
2.- Proyecto, en trámite de Comisión Mixta, que introduce en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley N° 20.050, que reforma la Carta Fundamental (boletín N° 3.962-07).
3.- Proyecto, iniciado en moción del Senador señor Escalona, que modifica la Ley de Violencia Intrafamiliar con la finalidad de precisar su ámbito de aplicación y la investigación de dicho delito (boletín N° 4.886-07).
4.- Proyecto de ley que modifica el Código de Justicia Militar alterando la competencia de los tribunales militares y suprimiendo la pena de muerte (boletín N° 5.159-07).
--Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Cinco de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que aprobó el proyecto de ley que establece disposiciones para la instalación, mantención e inspección periódica de los ascensores y otras instalaciones similares (boletín N° 4.975-14).
--Pasa a la Comisión de Vivienda y Urbanismo.
Con el segundo comunica que aprobó el proyecto que aprueba el "Acuerdo sobre Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de los Países Bajos, adoptado en La Haya el 15 de junio de 2005, que modifica el Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de los Países Bajos, suscrito en Santiago el 10 de enero de 1996" (boletín N° 5.115-10).
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.
Con el siguiente hace presente que aprobó el proyecto que modifica la ley N° 19.983 y el decreto ley N° 825 con el objeto de facilitar la factorización de facturas por pequeños y medianos empresarios (boletín N° 4.928-26).
--Pasa a la Comisión de Economía.
Con los dos últimos informa que aprobó las enmiendas propuestas por el Senado a las siguientes iniciativas:
1) Proyecto que sanciona el maltrato de obra y amenaza a funcionarios de Gendarmería en servicio (boletín N° 4.816-07).
2) Proyecto de ley que modifica normas relativas al trabajo de los dependientes del comercio en los períodos de Fiestas Patrias, Navidad y otras festividades (boletín N° 4.976-13).
--Se toma conocimiento y se manda archivar los documentos junto con sus antecedentes.
Dos de la Excelentísima Corte Suprema:
Con el primero informa que ordenó efectuar un concurso público de antecedentes para formar la nómina y posterior cinquena con el fin de proveer el cargo de Fiscal Nacional del Ministerio Público.
--Se toma conocimiento.
Con el segundo da su parecer acerca del proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Bianchi, que modifica el Código del Trabajo, con el fin de facultar a los Juzgados de Letras del Trabajo para decretar el arresto de los empleadores que infrinjan las normas que se indican (boletín N° 5.240-13).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Tres del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Con el primero comunica que ha elegido como su Presidente al Ministro señor Juan Colombo Campbell.
Con los dos siguientes remite copias autorizadas de igual número de sentencias, recaídas en acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad formuladas, respectivamente, en contra de los artículos 541, inciso segundo; 539, inciso segundo; 536; 537; 542; 544, número 4°; 551; 557 y 558 del Código Orgánico de Tribunales y del Auto Acordado relativo al Procedimiento a Utilizarse para hacer Efectiva la Responsabilidad Disciplinaria de los Funcionarios y Empleados Judiciales, dictado el 13 de octubre de 1995 por la Corte de Apelaciones de Santiago.
--Se toma conocimiento.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores , mediante el cual da respuesta a un acuerdo adoptado por el Senado, a proposición de los Honorables señores Ávila, Escalona, Girardi, Horvath, Muñoz Aburto, Navarro, Ruiz-Esquide y Vásquez, relativo a las actividades del Año Polar Internacional.
Dos del señor Ministro de Hacienda:
Con el primero contesta el acuerdo aprobado por el Senado, a proposición de los Honorables señora Matthei y señores Prokurica, Arancibia, Espina, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Muñoz Barra, Novoa, Vásquez, Orpis, Romero, Vásquez y Zaldívar, mediante el cual se solicitó a Su Excelencia la Presidenta de la República el estudio y envío de un proyecto de ley que establezca el reintegro parcial de los peajes pagados en las vías concesionadas y del impuesto específico al petróleo diésel y a las gasolinas automotrices que afectan a taxis y colectivos.
Con el segundo responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, en cuanto a la prórroga de la vigencia de las leyes N°s 19.853 y 19.606.
Del señor Ministro Secretario General de la Presidencia , por el cual contesta un oficio enviado en nombre del Honorable señor Navarro, referido al uso de plataformas de código abierto en el desarrollo y soporte de sistemas informáticos en las entidades de Gobierno.
De la señora Ministra de Planificación , mediante el cual responde un oficio remitido en nombre del Honorable señor Navarro, respecto de planes para otorgar, a través del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, ayudas sociales a los ex tripulantes pesqueros de Talcahuano, Coronel y Tomé.
Cinco del señor Ministro de Obras Públicas :
Con los tres primeros contesta igual número de oficios remitidos en nombre del Honorable señor Navarro, atinentes, respectivamente, a la inversión en obras en el río Andalién, en los esteros Palomares y Nonguén; a las peticiones de obras para la caleta de San Vicente, y al traslado de la plaza de peaje Chaimávida, ubicada en la comuna de Florida, Octava Región.
Con el cuarto da respuesta a un oficio enviado en nombre del Honorable señor Allamand, sobre los problemas presentados en relación con el puente Comercio y el puente Traiguén, en la comuna de La Unión.
Con el último responde un acuerdo aprobado por el Senado, a proposición de los Honorables señores Muñoz Aburto, Navarro y Núñez, concerniente a mejoras en la eficiencia energética y la protección del medio ambiente.
De la señora Ministra de Salud, mediante el cual da respuesta a un oficio cursado en nombre de la Honorable señora Matthei, acerca del funcionamiento de los consultorios de salud en el día feriado que indica.
Del señor Ministro de Agricultura , con el cual contesta un oficio remitido en nombre del Honorable señor Frei, relativo a la habilitación de plantas faenadoras para la exportación de carne al mercado mexicano.
Del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, mediante el cual contesta un oficio enviado en nombre del Honorable señor Navarro, en cuanto a la extensión del servicio de pasajeros del Biotrén hasta las comunas de Coronel y Lota.
Del señor Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía, por el cual comunica su parecer respecto del acuerdo adoptado por el Senado, a proposición de los Honorables señora Alvear y señores Cantero, Coloma, Flores, Frei, García, Gazmuri, Girardi, Gómez, Larraín, Longueira, Navarro, Núñez, Ominami, Sabag, Vásquez y Zaldívar, tocante al envío de un proyecto de ley que concede un incentivo tributario a las personas que realizan inversiones en energías renovables no contaminantes.
Del señor Defensor Nacional , mediante el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Honorable señor Núñez, al cual adhirieron los Senadores señora Matthei y señor Ruiz-Esquide, respecto de si los egresados de las carreras de perito criminalista, perito forense e investigador forense están habilitados para desempeñarse en la institución que encabeza y cuentan con un campo laboral que justifique la existencia de esos estudios.
Del señor Subsecretario de Pesca , mediante el cual contesta un oficio cursado en nombre del Honorable señor Horvath, con relación al derrame de petróleo ocurrido en la bahía de San Vicente el día 25 de mayo del presente año.
Del señor Subsecretario de Transportes , por el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Honorable señor Frei, atinente a la presentación del trabajador portuario señor Carlos Villatoro Alfaro.
Del señor Subdirector de Racionalización y Función Pública, por el cual responde un oficio cursado en nombre del Honorable señor Frei, sobre los planteamientos formulados por la Federación Nacional de Asociaciones de Funcionarios de Superintendencias (FENASUPER).
Del señor Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, mediante el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Honorable señor Romero, acerca del incentivo para mejorar el Catastro Público de Aguas.
Del señor Secretario General de Carabineros de Chile , por el cual contesta un oficio cursado en nombre del Honorable señor Núñez, al cual adhirieron los Senadores señora Matthei y señor Ruiz-Esquide, referido a si los egresados de las carreras de perito criminalista, perito forense e investigador forense están habilitados para desempeñarse en dicha institución y cuentan con un campo laboral que justifique la existencia de dichas disciplinas.
Del señor Director del SERVIU de la Región de Valparaíso , mediante el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, en cuanto a la reparación de la calle Juana Ross, ubicada a un costado del Congreso Nacional, entre la calle Victoria y la Avenida Argentina.
Del señor Alcalde (S) de la Municipalidad de Traiguén, por el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Honorable señor Espina, referido a la instalación de una red de agua potable y alcantarillado en el sector "Villa el Fortín", Quechereguas, comuna de Traiguén.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Minería y Energía, recaído en el proyecto que modifica el decreto con fuerza de ley N° 4, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Servicios Eléctricos, en lo relativo a la seguridad y continuidad del suministro a los clientes regulados y la suficiencia de los sistemas eléctricos (con urgencia calificada de "discusión inmediata") (boletín N° 5.251-08).
De la Comisión de Vivienda y Urbanismo, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos (boletín Nº 4.981-14).
De la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de la de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo (boletín N° 4.627-19).
De la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley que establece un sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y los funcionarios del Ministerio Público (boletín N° 5.286-05).
--Quedan para Tabla.
Mociones
De los Honorables señores Muñoz Aburto y Letelier, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, a fin de prohibir la difusión a entidades ajenas a la empresa en que se desempeña un trabajador de la afiliación sindical de este o de su participación en actividades en defensa de sus derechos laborales (boletín N° 5.296-13).
De los Honorables señores Muñoz Aburto y Letelier, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, para obligar a los demandados a fijar, en su primera actuación judicial, un domicilio correspondiente al lugar en que se ha iniciado el juicio (boletín N° 5.297-13).
--Pasan a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Del Honorable señor Navarro, con la que inicia un proyecto que modifica la ley N° 19.327, para permitir que la Asociación Nacional de Fútbol Profesional se querelle en el caso que indica (boletín N° 5.298-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De los Honorables señores Pérez Varela, Chadwick y Longueira, con la que inician un proyecto que modifica la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, con el fin de sancionar al proveedor que venda un bien o preste un servicio con cargo a tarjetas de crédito o de débito extraviadas, hurtadas o robadas (boletín N° 5.299-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
De los Honorables señores Horvath, Prokurica y Sabag, con la que inician un proyecto de ley que impone a las naves pesqueras artesanales que indica la obligación de instalar a bordo un dispositivo de posicionamiento satelital (boletín N° 5.300-03).
--Pasa a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
Proyecto de acuerdo
De los Honorables señores Bianchi, Gómez, Horvath, Muñoz Barra, Prokurica y Zaldívar, mediante el cual solicitan a Su Excelencia la Presidenta de la República que otorgue a quienes participan en los programas generales de empleo todas las prestaciones de seguridad social, bonificaciones y otras gratificaciones que considera la legislación laboral (boletín N° S 1.010-12).
--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Terminada la Cuenta.
Tiene la palabra el señor Secretario.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Los Comités, en sesión de hoy, acordaron por unanimidad lo siguiente:
1) Que se rinda homenaje en memoria de don Anacleto Angelini el día 2 de octubre, a las 18:30.
2) Incluir en el primer lugar del Orden del Día de la presente sesión el proyecto sobre modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos.
3) Retirar de la tabla de hoy y que se trate mañana el proyecto que crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos.
4) Que se discuta en sesiones de la próxima semana el proyecto que establece medidas contra la discriminación.
5) Volver a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento el proyecto signado con el Nº 7 en el Orden del Día de hoy, iniciativa que permite la concesión de los hidrocarburos líquidos o gaseosos.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Terminados los acuerdos de Comités.
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El señor LONGUEIRA.- Pido la palabra sobre la Cuenta.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).- Puede intervenir, Su Señoría.
El señor LONGUEIRA.- Señor Presidente , usted anunció que un proyecto de acuerdo había pasado a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. ¿Cuál es la razón de ello?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).- Un acuerdo unánime de Comités, adoptado hace un mes, estableció que todos los proyectos de acuerdo van a ser conocidos por Comisiones antes de llegar a la Sala, señor Senador. Solamente quedaron excluidos aquellos que ya se hallaban sometidos al que hasta entonces era el tratamiento habitual.
Desde la semana pasada partió el nuevo sistema, cuyo objeto es que el órgano técnico respectivo revise si el texto pertinente tiene que ver con fiscalización o presenta algún problema constitucional.
Lo que se busca es que los proyectos de acuerdo vuelvan a ser importantes y que no ocurra, como hoy, que ocho o diez de ellos se encuentren pendientes, porque, al final, no pasa nada.
El señor LONGUEIRA.- Me parece muy bien la medida, señor Presidente. Solo quiero saber si en la Comisión se requerirá unanimidad o mayoría para despacharlos. ¿Cuál es el criterio que se aplicará?
Insisto en que la idea es muy sana, pues creo que los proyectos de acuerdo están perdiendo mucho prestigio.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).- El órgano técnico deberá informar a la Sala, Su Señoría.
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El señor NAVARRO.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente, solicito ampliar hasta el lunes 10 de septiembre, a las 12, el plazo para presentar indicaciones al proyecto de ley que crea el espacio costero marítimo de los pueblos originarios.
Se trata de un acuerdo unánime de la Comisión, para despacharlo durante la próxima semana.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Se accede.
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El señor KUSCHEL.- Pido la palabra.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- La tiene, señor Senador.
El señor KUSCHEL.- Señor Presidente , quiero solicitar, también, la ampliación del plazo para presentar indicaciones al proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Concesiones de Obras Públicas y otras normas. Originalmente, se había establecido hasta el 10 de septiembre, y pedimos extenderlo hasta el 8 de octubre.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Se accede.
V. FÁCIL DESPACHO
MODIFICACIÓN DE CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y LA LEY N° 19.799, SOBRE DOCUMENTO ELECTRÓNICO, FIRMA ELECTRÓNICA Y LOS SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE DICHAS FIRMAS.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de la Honorable Cámara de Diputados que modifica el Código de Procedimiento Civil y la ley Nº 19.799, sobre documento electrónico, firma electrónica y los servicios de certificación de dichas firmas, con segundo informe de la Comisión de Economía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3797-19) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 44ª, en 2 de noviembre de 2005.
Informes de Comisión:
Economía, sesión 40ª, en 8 de agosto de 2006.
Economía (segundo), sesión 44ª, en 28 de agosto de 2007.
Discusión:
Sesión 45ª, en 29 de agosto de 2006 (se aprueba en general).
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El proyecto fue aprobado en general en sesión de 29 de agosto de 2006.
El segundo informe deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones el número 1 del artículo 1º.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Conforme al Reglamento, debe darse por aprobado.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
La Comisión señala que rechazó todas las indicaciones presentadas durante la discusión particular, por lo que propone a la Sala la aprobación de la iniciativa en los mismos términos en que fue despachada en general, esto es, con el texto remitido por la Cámara de Diputados, el cual se transcribe en el informe.
Cabe recordar que la Sala, en la sesión a la que hice referencia, acordó enviar el proyecto, en la discusión particular, tanto a la Comisión de Economía cuanto a la de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, acuerdo que fue revertido, con relación a este último órgano técnico, en sesión del 14 del mes en curso.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En discusión particular.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobada la iniciativa.
--Se aprueba en particular el proyecto y queda despachado en este trámite.
ERECCIÓN DE MEMORIALES RESPECTO DE ETNIAS SELK'NAM Y AÓNIKENK
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables señores Muñoz Aburto y Núñez, en primer trámite constitucional, que reconoce el genocidio ocurrido con las etnias selk'nam (onas) y aónikenk (tehuelches) y autoriza erigir dos memoriales, en las comunas de Santiago y Porvenir, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
--Los antecedentes sobre el proyecto (5203-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los señores Muñoz Aburto y Núñez).
En primer trámite, sesión 34ª, en 17 de julio de 2007.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 43ª, en 14 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El objetivo fundamental de la iniciativa es el reconocimiento de la extinción de las etnias ona y tehuelche durante el poblamiento de la zona austral, por lo cual se autoriza la construcción de dos memoriales, en las comunas de Santiago y Porvenir, destinados a recordar sus principales rasgos culturales y a perpetuar su memoria para futuras generaciones.
La Comisión, por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señores Cantero, Chadwick, Muñoz Aburto, Núñez y Ruiz-Esquide), discutió la iniciativa tanto en general cuanto en particular y le dio su aprobación por consenso.
El texto se transcribe en la parte pertinente del informe.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente , efectivamente, como señaló el señor Secretario , aprobamos en forma unánime la erección de los memoriales, pero lo hicimos sobre la base de que se eliminaría la calificación de "genocidio". Por lo tanto, es preciso suprimir tal vocablo en la suma que encabeza el informe.
Ese fue el acuerdo al que llegamos en la Comisión. Y sus miembros, por las señales de asentimiento que hacen, lo recuerdan.
El señor NAVARRO.-
¿Y qué fue, entonces? ¿Una abducción...?
El señor NOVOA.-
No. Tuvo lugar una extinción.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se acogerá la iniciativa.
--Se aprueba en general el proyecto, y, por no haber sido objeto de indicaciones, queda despachado también en particular.
PROHIBICIÓN DE USO TELEVISIVO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN DE AUDIENCIA EN LÍNEA.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto, iniciado en moción del Honorable señor Orpis, que modifica la ley Nº 18.838, sobre Consejo Nacional de Televisión, con el objeto de prohibir el empleo de sistemas de medición de audiencia en línea, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3543-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción del señor Orpis).
En primer trámite, sesión 1ª, en 8 de junio de 2004.
Informe de Comisión:
Transportes, sesión 29ª, en 5 de julio de 2006.
Discusión:
Sesiones 30ª, en 11 de julio de 2006 (queda para segunda discusión); 37ª, en 1 de agosto de 2006 (queda pendiente su discusión).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Esta iniciativa, por acuerdo de los Comités ratificado en sesión de 14 de agosto pasado, quedó en tabla por habérsela eximido del trámite a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Su objetivo principal es prohibir a los prestadores de servicios de radiodifusión televisiva de libre recepción y a los servicios limitados de televisión el empleo de cualquier clase de sistema de medición de audiencia en línea.
La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones discutió el proyecto solamente en general y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Horvath, Novoa y Orpis.
El texto pertinente se transcribe en el informe.
Cabe recordar que la Sala, en sesión de 8 de agosto de 2006, acordó enviar la iniciativa en consulta a la Comisión de Constitución respecto de si correspondía o no a una materia de ley, trámite del cual, como indiqué, fue eximida el 14 de agosto recién pasado.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente , abrigo serias dudas acerca de la constitucionalidad del proyecto, porque, a mi juicio, altera e infringe lo dispuesto en el artículo 19, Nº 21º, de la Carta Fundamental, que asegura a todas las personas "El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen.".
Concuerdo con el espíritu de la norma que se contempla, en el sentido de que, idealmente, no se efectúen modificaciones de los programas en función de lo que va ocurriendo durante su desarrollo. Pero esa es una decisión que incluso los canales han tomado por conveniencia, desde el punto de vista de la libertad de informar o de realizar distintas actividades televisivas.
Sin embargo, desde la perspectiva constitucional, el hecho de que se midan de una manera determinada los efectos que está produciendo en la audiencia -el rating- un programa en desarrollo obviamente no difiere, en definitiva, de las medidas que puede tomar un canal de televisión en cuanto a los resultados que se obtengan en forma diferida a través del people meter. De modo que no hay una distinción sino solo en el momento en que se aplica un sistema de medición.
Me parece extraordinariamente peligroso que nos saltemos normas constitucionales, sobre todo de esta naturaleza, por lo que voy a votar en contra.
Y hago la reserva de constitucionalidad correspondiente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , el asunto de fondo de este proyecto de ley se discutió largamente hace más o menos un año. Por ello, hoy día me referiré nada más que a la cuestión constitucional que se ha planteado.
En mi opinión, la iniciativa no infringe el artículo 19, Nº 21º, ni ninguna otra norma de la Carta, por lo que paso a exponer.
Actualmente, en el ámbito televisivo se efectúa una medición de audiencia, que, como tal, tiene la variante ex post; la que se realiza minuto a minuto (on line), y otras, que evalúan, además, distintas cosas.
El sistema on line mide un momento determinado; es una "fotografía" de la audiencia en ese instante.
En consecuencia, la iniciativa en discusión no prohíbe una actividad económica. En tal caso se habría prohibido la medición. Simplemente se hace referencia a una variante: se dispone una regulación en términos de que el people meter on line no se puede aplicar.
Por esas razones, señor Presidente, pienso que el proyecto es absolutamente constitucional.
Y, a propósito de esta materia, me atrevería a adelantar un debate que se produjo en la Cámara de Diputados con motivo de la reforma previsional, en orden a si ciertas entidades pueden entrar o no a un negocio determinado.
Creo que aquí el punto es exactamente el mismo en tanto se puede afirmar que no se está prohibiendo la medición. La que nos ocupa es solo una variante de ella, porque influye en forma muy directa en los contenidos programáticos que han contribuido al deterioro particularmente de la televisión abierta.
Repito que la iniciativa, entonces, es del todo constitucional.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
Advierto a Su Señoría que dispone de tres minutos, por tratarse de un asunto de Fácil Despacho.
El señor GAZMURI.-
Es poco tiempo, señor Presidente.
Solo deseo reiterar lo que expresó el Senador señor Orpis en el sentido de que el tema ya se discutió. El proyecto no impide, sino que regula una actividad, como se hace con muchas otras. De modo que el argumento de la inconstitucionalidad no me parece consistente.
Si bien la iniciativa no va a mejorar de manera milagrosa los contenidos de la televisión, por lo menos evitará una conducta reiterada, en cuanto la medición on line indudablemente contribuye -de ello existe una clara experiencia- a no programar con la debida atención; a guiarse por la satisfacción de las apetencias del público minuto a minuto.
Además, ayudará a que haya una programación más seria y menos sujeta a los vaivenes de la audiencia.
Sobre esa base, he coincidido desde el comienzo con el proyecto de ley. Y voy a votarlo a favor, porque constituye un aporte.
Con relación al argumento de la inconstitucionalidad, pienso que si lo lleváramos al extremo no podríamos regular ninguna actividad en el país. Y aquí estamos regulando, no prohibiendo.
El señor CANTERO.-
Votemos.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (20 votos contra 4 y 5 abstenciones).
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Flores, Gazmuri, Letelier, Longueira, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Orpis, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag y Zaldívar.
Votaron por la negativa los señores Allamand, Frei, Matthei y Vásquez.
Se abstuvieron los señores Coloma, Espina, Gómez, Larraín y Romero.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Corresponde fijar un término para formular indicaciones.
El señor CANTERO.-
Sugiero que se extienda hasta el primer lunes de octubre.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
¿Es necesario un plazo para tal efecto o aprobamos la iniciativa también en particular?
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, solicito que se establezca plazo para presentar indicaciones.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Entonces, se fija plazo para ese efecto hasta el día lunes 1º de octubre, a las 12.
OBLIGATORIEDAD PARA SEGUNDO NIVEL TRANSICIONAL DE EDUCACIÓN PARVULARIA
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Ruiz-Esquide, que confiere carácter obligatorio al segundo nivel transicional de la educación parvularia, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3785-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción del señor Ruiz-Esquide).
En primer trámite, sesión 27ª, en 12 de enero de 2005.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 41ª, en 5 de abril de 2005.
Discusión:
Sesión 43ª, en 12 de abril de 2005 (pasa a Comisión de Constitución).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Señores Senadores, este proyecto, por acuerdo de Comités ratificado por la Sala, quedó para tabla al ser eximido del trámite ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Su objetivo principal es modificar la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza para hacer obligatorio el segundo nivel transicional de la educación parvularia en nuestro sistema escolar.
La Comisión de Educación discutió la iniciativa tanto en general cuanto en particular, por tratarse de aquellas de artículo único, y le dio su aprobación por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señores Fernández, Moreno, Muñoz Barra, Parra y Vega).
El artículo único tiene carácter de norma orgánica constitucional, por lo que para su aprobación se requieren los votos conformes de 21 señores Senadores.
La Sala, en sesión de 12 de abril de 2005, acordó enviar el proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, resolución que luego se revirtió al eximirlo del trámite ante dicho organismo.
Cabe hacer presente que el artículo 19, número 10º, párrafo cuarto, de la Constitución Política dispone actualmente (tenía otra redacción cuando se presentó la moción) lo siguiente: "Para el Estado es obligatorio promover la educación parvularia y garantizar el acceso gratuito y el financiamiento fiscal al segundo nivel de transición, sin que éste constituya requisito para el ingreso a la educación básica".
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, esta iniciativa fue planteada junto a otra que modificaba la Constitución. La idea era realizar los cambios correspondientes en la LOCE.
Sin embargo, como la reforma a la Carta fue aprobada en términos distintos de aquellos en que fue presentada -finalmente, se estableció la obligación del Estado de contar con instituciones donde impartir el segundo nivel transicional de la educación parvularia y no se consagró ninguna obligación para las personas-, dejó de ser necesario enmendar la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza. Porque -reitero- se acogió un concepto distinto en la Carta, según el cual dicho nivel pasó a ser obligatorio para el Estado como oferta educacional, pero sin que las personas quedaran obligadas a matricular a sus hijos en él.
Esa fue la gran discusión que hubo. Y, en definitiva, se llegó en la Comisión a una suerte de acuerdo que recogió una proposición del Senador señor Larraín. Los que planteamos el asunto teníamos una opción y un enfoque distintos, con obligación para las personas. Pero, como no existía mayoría para sacar el proyecto en esos términos, se adoptó el acuerdo que acabo de indicar.
Por lo tanto, a nuestro juicio, habría que rechazar ahora la presente iniciativa y quedarnos con lo ya aprobado, que forma parte de la actual Constitución Política de la República.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará el proyecto y se mandará archivar.
--Se rechaza el proyecto y se manda archivar.
IRRENUNCIABILIDAD PARA EXCEDENTES DE COTIZACIONES DE SALUD DE ISAPRES
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, iniciado en moción de la Senadora señora Alvear, que confiere carácter de irrenunciables a los excedentes de las cotizaciones de salud en las isapres, con informe de la Comisión de Salud.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4423-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de la señora Alvear).
En primer trámite, sesión 44ª, en 16 de agosto de 2006.
Informe de Comisión:
Salud, sesión 44ª, en 28 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El objetivo principal de la iniciativa es declarar irrenunciables los excedentes de cotizaciones de salud en las isapres con la finalidad de proteger a los cotizantes, teniéndose por no escrita cualquier estipulación en contrario establecida en los respectivos contratos de salud.
La Comisión discutió el proyecto solo en general y le dio su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señora Matthei y señores Girardi, Kuschel, Ominami y Ruiz-Esquide).
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En discusión general la iniciativa.
Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente, el texto tiene por finalidad brindar a los usuarios del sistema de isapres la posibilidad de elegir qué hacer con sus excedentes.
Si uno mira los antecedentes de las distintas instituciones de salud previsional, puede apreciar que existe una diferencia sustantiva entre el proceder de una de ellas en particular y el del resto. Porque la gran mayoría -exceptuando una, reitero- hace obligatoria la renuncia a los excedentes, los cuales se acumulan y en contadas ocasiones se derivan a algún plan que favorezca a los cotizantes.
Así, una cantidad muy importante de recursos queda en manos de las isapres, sin que los usuarios siquiera tengan conocimiento de ello. Más aún, señor Presidente , en muchas ocasiones, cuando se ofrecen los planes de salud, se les señala a los potenciales clientes que es obligatorio renunciar a los excedentes y que si no lo hacen no podrán afiliarse a la institución. Y, como digo, la gran mayoría de los cotizantes no tiene la menor idea de que existen cuantiosos fondos aportados por ellos que podrían destinarse a otros objetivos.
Desde luego, cabría la posibilidad de modificar la ley con el objeto de que los excedentes se acumularan en cuentas personales de los afiliados, quienes, de ese modo, estarían en condiciones de decidir qué hacer con tales remanentes. En la actualidad, ello no ocurre. Y los datos que nos mostró el Superintendente de Salud son contundentes en ese sentido.
Esta iniciativa legal, entonces, tiene por finalidad que sean los propios usuarios del sistema de isapres los que resuelvan qué hacer con sus excedentes y que no sea obligatorio renunciar a ellos, para evitar las situaciones absolutamente abusivas que en muchos casos se producen.
Por eso, señor Presidente, el proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Salud.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , efectivamente, hay personas -por lo general, jóvenes solteros- cuyos planes tienen un costo menor al 7 por ciento que por ley están obligadas a pagar como cotización de salud.
En tal caso, existen dos opciones. Una es que la isapre vaya poniendo todos los excedentes en una cuenta a nombre del cotizante, de tal manera que si en el futuro su riesgo sube y, consecuentemente, aumenta el valor de su plan, puedan usarse para absorber el impacto que eso significa. Y la otra es que el usuario renuncie a una cuenta de excedentes y negocie el mayor valor que por ley debe pagar para que le sea devuelto por la vía de mejores atenciones, copagos más bajos, etcétera.
El problema radica en que no están claras cuáles son las contraprestaciones que las isapres tienen que ofrecer cuando los afiliados renuncian a sus excedentes. Existe la sospecha de que en ciertos casos no hay ninguna y, por tanto, el dinero queda en manos de la institución.
La verdad, señor Presidente , es que los montos involucrados son pequeños. Los fondos acumulados bordean los 64 mil pesos por cuenta, en promedio, transcurrido un período de 15 años. Mensualmente, son 800 a 1.000 pesos. No es mucha plata. Pero, aunque así sea, las isapres no tienen por qué quedarse con dineros que no son de ellas.
Por eso, estamos a favor de la iniciativa. Eso sí, nos parece claro que en algunos casos el costo de tener una cuenta será más alto que los fondos que allí se acumulen. De ahí que plantearemos indicaciones con el objeto de que las instituciones abran cuentas a nombre de los cotizantes solo en las situaciones en que ello resulte razonable. En las otras habrá que ver qué se hace. Pero todos estuvimos de acuerdo en que, aun cuando sea poco dinero, las isapres no tienen por qué quedarse ni con un peso que no sea de ellas.
Por lo tanto, señor Presidente , nosotros aprobaremos esta iniciativa.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa, por dos minutos.
El señor NOVOA.-
¡Si yo hablara en contra del proyecto, tendría más tiempo...!
Señor Presidente, creo que lo conveniente sería abrir un plazo para formular indicaciones. Y lo planteo por lo siguiente.
El 7 por ciento de cotización obligatoria se encuentra instituido por ley. En ese sentido, quienes cotizan en el FONASA no tienen ninguna posibilidad de que se les devuelva nada. De manera que hacer irrenunciables excedentes que se hallan establecidos por ley como cotización obligatoria significa entrar en un área que habría que analizar mejor.
Por eso, me parecería razonable abrir un plazo para presentar indicaciones con el propósito de ver el modo de solucionar el problema.
Por mi parte, pienso que debe existir una norma pareja. Si el 7 por ciento de cotización de salud es obligatorio, debe serlo para todos. Y habrá que ver qué pasa con los excedentes. A lo mejor la isapre deberá enterarlos en otro lado; pero no son ni de ella ni, eventualmente, del cotizante.
La señora MATTHEI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Sí, señora Senadora.
La señora MATTHEI.-
La verdad es que la naturaleza del sistema del FONASA es totalmente distinta de la del sistema de las isapres. El primero es un mecanismo de reparto en el cual todos los recursos, incluidos los del Fisco, van a un solo bolsón y de ahí se distribuyen a quienes los necesitan. En el sistema de isapres, en cambio, el riesgo es individual y, por lo tanto, no corresponde que los fondos sean repartidos entre los diferentes afiliados. Por eso, creemos que el dinero que allí sobra sí es del cotizante -el único objetivo del 7 por ciento, en ese caso, es financiar su salud- y debe guardarse para que cuando él los necesite en el futuro estén disponibles en una cuenta a su nombre.
Los excedentes no son de las isapres -no corresponde que así sea, por el precio de los planes-, ni tampoco de los otros afiliados -no funciona de esa forma el sistema-, por lo que han de quedar en una cuenta a nombre del cotizante que está pagando de más.
El señor NOVOA.-
Pero para gastarlos solo en salud.
La señora MATTHEI.-
Exactamente. No se pueden retirar.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la idea de legislar y se establecerá plazo para formular indicaciones.
--Se aprueba en general el proyecto y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el lunes 1º de octubre, a las 12.
VI. ORDEN DEL DÍA
PERFECCIONAMIENTO DE MARCO LEGAL VIGENTE EN CUANTO A SEGURIDAD Y CONTINUIDAD DE SUMINISTRO ELECTRICO Y A SUFICIENCIA DE SISTEMAS.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos en lo relativo a la seguridad y continuidad del suministro eléctrico para clientes regulados y la suficiencia de los sistemas eléctricos, con informe de la Comisión de Minería y Energía y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (5251-08) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 40ª, en 7 de agosto de 2007.
Informe de Comisión:
Minería y Energía, sesión 47ª, en 4 de septiembre de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Los principales objetivos de la iniciativa son cautelar la eficiencia, la suficiencia y la coordinación de los agentes que intervienen en el sistema eléctrico y la seguridad del abastecimiento para la población.
La Comisión discutió el proyecto tanto en general cuanto en particular, atendida su calificación de "discusión inmediata", y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señores Gómez, Núñez, Orpis, Prokurica y Zaldívar).
En la discusión particular, dicho órgano técnico introdujo una serie de modificaciones al texto presentado por el Ejecutivo , todas las cuales fueron acordadas por unanimidad.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe los artículos pertinentes de la Ley General de Servicios Eléctricos, el proyecto presentado por el Ejecutivo y el texto que propone aprobar la Comisión.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En discusión general y particular.
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , las crecientes restricciones que en el último tiempo han experimentado las importaciones de gas natural hacia Chile han afectado fuertemente a todos los sectores que utilizan este combustible como insumo, en especial al eléctrico. Tales restricciones han traído aparejadas otras dificultades, específicamente las que dicen relación al reemplazo del gas natural por diésel.
Lo anterior ha significado que el sistema de generación eléctrica de nuestro país enfrente en la actualidad -como lo hemos podido constatar los Senadores en nuestras respectivas Regiones- mayores costos que en el pasado, toda vez que el diésel es un combustible más caro, al que se adicionan el precio de su transporte y los problemas de logística que implica su disponibilidad oportuna y en la cantidad requerida.
Sin perjuicio de las reformas que se han incorporado en la legislación en los últimos años para mejorar y asegurar el servicio, se advierte que aún existen ciertas situaciones o hipótesis de hecho respecto de las cuales la ley no se pronuncia y que, de producirse, podrían poner en riesgo tanto el suministro eléctrico a los clientes regulados del sistema como la suficiencia de él. Tales riesgos se acentúan cuando se enfrentan situaciones de estrechez energética. En ese sentido, resulta necesario despejar la incertidumbre acerca de las consecuencias susceptibles de originar tanto la quiebra de una empresa del sector eléctrico como, asimismo, el término anticipado de un contrato de suministro declarado por sentencia firme.
Lo anterior lleva a promover medidas que fortalezcan la legislación para contar con herramientas eficaces que permitan, por una parte, proteger los intereses de los clientes regulados del sistema frente a esas situaciones, en forma de asegurar la continuidad del suministro eléctrico, y por otra, acotar la posibilidad de un racionamiento, a fin de reducir los efectos negativos que este produce en los demás sectores de la economía del país.
Todo ello genera la convicción de que se debe contar con un marco jurídico sólido que permita enfrentar de manera eficiente y eficaz dichas situaciones.
La iniciativa en análisis, señor Presidente, viene a complementar tanto las medidas adoptadas por la autoridad, incluyendo las modificaciones introducidas en el pasado al marco normativo del sector, como las contenidas en el proyecto de ley recientemente presentado al Congreso Nacional para estimular el desarrollo de las energías renovables no convencionales.
Los ejes principales de todas las iniciativas anteriores han sido tanto la diversificación de las fuentes del suministro eléctrico cuanto el desarrollo de fuentes que operen con recursos propios que nos permitan mantener una relativa independencia energética, pues ellas han sido estrategias para aumentar la seguridad de nuestro suministro eléctrico.
El objetivo del proyecto es introducir enmiendas a la normativa que regula el sector eléctrico orientadas a cautelar la eficiencia, la suficiencia, la coordinación de los agentes que intervienen en él y la seguridad del abastecimiento para la población, administrando, exclusivamente, las situaciones de contingencia en la forma que se cause un menor impacto para la preservación de los principios aludidos.
Al efecto, se proponen dos tipos de modificaciones.
Se considera, primero, el caso de una sentencia firme o ejecutoriada que ponga término a un contrato de suministro eléctrico entre una empresa generadora y una empresa concesionaria de servicio público de distribución para abastecer a clientes regulados, y segundo, el caso de quiebra de una empresa generadora, transmisora o distribuidora de electricidad.
La Comisión introdujo diversas enmiendas al proyecto. Las más importantes se relacionan con los plazos. El Ejecutivo proponía que la situación excepcional durara hasta un año, pero los miembros de aquella, por unanimidad, estimaron que ese lapso era demasiado exiguo para realizar la licitación necesaria a fin de que otra empresa generadora se hiciera cargo de la prestación del servicio. Además, se indicó que los precios de la licitación podrían elevarse de manera excesiva, precisamente por el escaso tiempo que se fijaba.
En la Comisión se entendió que se trataba de un plazo máximo y que, si las condiciones lo permitían, sería mejor que fuera más breve, pues las situaciones de excepción deberían dar paso a un contrato normal.
Dicho órgano técnico tuvo especialmente en vista no afectar a los clientes regulados residenciales con un alza de tarifas producto de un hecho del que no son responsables.
Dada la situación particularmente delicada que ello implicaba, la Comisión, a pesar de que el Ejecutivo puso "discusión inmediata" al proyecto, tomó la decisión de convocar a una serie de empresas, a las que escuchó oportunamente. Entre otros, asistieron los representantes de la Asociación de Empresas Eléctricas A.G.; de Empresas EMEL -la distribuidora de electricidad en el Norte Grande-; de Gas Atacama; de AES GENER S.A.; de ENDESA S.A.; de EDELNOR S.A., y de Electroandina S.A., quienes expusieron sus observaciones al proyecto.
En segundo lugar, se señaló que recientemente se indexaron las cuentas de los clientes regulados en 5 ó 6 por ciento y se advirtió que se anticipa un alza mayor para octubre, por lo que la primera prioridad debe ser proteger de tales aumentos a los clientes domiciliarios.
Además, los miembros de la Comisión estimamos esencial que el proyecto recoja cinco puntos que nos parecen básicos para entender esta problemática: 1) mantener la seguridad del sistema; 2) proteger a los clientes regulados; 3) establecer que los responsables del problema deben asumir los costos cuando se produzcan las situaciones ya descritas; 4) no instalar incentivos perversos en el sistema, y 5) no desincentivar la inversión.
Asimismo, a solicitud de varios integrantes del órgano técnico, algunas normas del articulado permanente fueron trasladadas a las disposiciones transitorias, todo lo cual se hizo con el acuerdo del Ejecutivo.
Por último, señor Presidente , cabe dejar constancia de que el proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los integrantes de la Comisión y de que en la votación particular todas las normas se acordaron por los presentes en igual forma.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Intervendré más adelante, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , Chile cuenta con una de las legislaciones eléctricas más prestigiosas y estables del mundo. Por esa misma razón, ella y el funcionamiento del sistema eléctrico han sido mencionados en distintos foros como un mecanismo seguro, estable, justo, que ha sabido resolver en el tiempo los problemas que se han ido generando en el país.
Para entender la dificultad que el proyecto pretende solucionar es indispensable analizar cómo se fueron dando las cosas hasta llegar a la situación actual.
En primer lugar -y lo digo con certeza-, lo que se intenta zanjar en la Ley General de Servicios Eléctricos no es un problema eléctrico, sino uno netamente comercial, el cual se origina, al menos, por tres razones.
La primera dice relación al tratado gasífero en que el Ejecutivo embarcó al país y que Argentina terminó no cumpliendo. Ello, por dos motivos: primero, por la forma en que se hicieron las cosas para firmar dicho acuerdo, y segundo, porque, una vez ocurridos los incumplimientos, el Gobierno fue incapaz de llevar a ese país ante los tribunales internacionales para que cumpliera su parte o pagara las distorsiones de precios producidas.
Como resultado de ello, Argentina ha terminado cortándonos el gas y los mayores valores de operar con diésel los estamos pagando todos los chilenos, lo que afecta especialmente a la gente más modesta.
La segunda razón consiste en que una empresa que apuesta todas sus fichas al gas argentino -a mi juicio, en forma arriesgada-, por tratarse de un combustible barato pero bastante precario -como todos sabíamos-, adquirido con los contratos más inseguros y de menor costo, termina siendo la primera a la que se le corta el suministro.
Y la tercera se refiere a que la compañía distribuidora contrató el total de su abastecimiento con una sola generadora.
Lo grave es que esta última, afectada por el problema, construye un andamiaje legal, mediante el que entrega sus bienes en garantía a una filial un año antes de que se corte el gas. Esto provoca como resultado que, de verificarse la quiebra, sus bienes quedarían en manos de dicha filial y no podrían ser usados para pagar el mayor valor que signifique cumplir los contratos como ocurriría con la quiebra de cualquier empresa en Chile.
Me parece impresentable que una compañía que tiene espaldas -¡y muchas espaldas!- y un verdadero cortafuego hecho a través de hipotecas y prendas evite pagar con su patrimonio sus errores económicos. Y sería mucho menos presentable que estos fueran traspasados a los consumidores, que en el caso del Sistema Interconectado del Norte Grande constituyen el 10 por ciento de los clientes.
El sistema eléctrico chileno está compuesto por tres áreas esenciales: la generación, la transmisión y la distribución de electricidad. Ello conforma el denominado "ciclo eléctrico".
Una de las características generales del sistema es que la gestión de los servicios eléctricos está entregada por ley a empresas privadas; por tanto, al Estado le corresponde un rol subsidiario de regulación y de fiscalización.
En consecuencia, el sistema en su conjunto tiene las características propias de todo servicio público. Esto es:
-Continuidad, lo que significa que, por el bien de la colectividad, no puede paralizarse;
-Regularidad; es decir, debe estar sometido a las reglas que lo han creado y estructurado;
-Uniformidad; o sea, establecido en beneficio de toda la comunidad, y
-Obligatoriedad y permanencia.
¿Cuáles son los objetivos que se deben lograr con este proyecto?
En mi opinión y en la de la Comisión, cinco:
1) Resguardar la seguridad de abastecimiento eléctrico del país.
2) Blindar a los clientes regulados -o sea, a los de consumo domiciliario y comercial- para que no les aumenten las tarifas, ya que ellos nada tienen que ver con los hechos que dan origen a este problema.
3) Hacer que las empresas responsables de la situación respondan hasta donde sea factible.
4) Mantener los incentivos en la ley para que haya inversión suficiente, porque, tarde o temprano, esta es la única forma de asegurar el abastecimiento y al menor precio posible, y
5) No instalar incentivos perversos.
Señor Presidente , a mi juicio, resulta difícil dar una solución buena para un problema como el que analizamos hoy día y que permita lograr perfectamente todos esos objetivos. Sin embargo, de alguna manera la iniciativa se acerca a ello.
Respecto del primer punto señalado, el proyecto permite asegurar a las distribuidoras que quedan sin contrato, ya sea por la quiebra de la generadora o por sentencia judicial ejecutoriada, el derecho y la facultad de retirar del sistema eléctrico pertinente la energía para poder abastecer a los clientes regulados en su zona de concesión, manteniéndoles, además, la seguridad y continuidad del servicio.
En cuanto al segundo objetivo, he dicho que debemos blindar a los clientes regulados -o sea, a los domiciliarios- a fin de que un error de las empresas generadoras o distribuidoras no termine trasformándose en un aumento del valor de sus cuentas. Porque resulta muy claro que, al final, siempre paga "la señora Juanita ". Es eso lo que pretendemos evitar con este proyecto, ya que los clientes regulados -como señalé- no participaron en la firma de esos contratos ni en las decisiones económicas y no tienen como defenderse, si no lo hacen por ellos la autoridad y la ley.
Respecto de la tercera finalidad, hemos sostenido que resulta indispensable hacer que quienes causaron el problema paguen, en la medida de lo posible, con sus bienes el mayor valor que involucren sus errores comerciales y económicos. De lo contrario, pasa lo que permanentemente ha ocurrido en nuestro país: "la política del nadie responde", como la ha bautizado muy bien el Senador señor Zaldívar , que es nefasta para cualquier actividad, no solo económica sino también política; y la vemos habitualmente en acción en las distintas áreas de nuestro país. O sea, quienes dan origen a un problema terminan sin responder por ello.
Se aplicaría, entonces, en el sistema eléctrico chileno la denominada "ley de la selva", mediante la cual una empresa carga a los consumidores sus errores comerciales en lugar de asumirlos, generando un segundo efecto, que resulta tanto o más pernicioso que el anterior para el sistema y los clientes, esto es, el establecimiento de un incentivo perverso a no hacer las cosas bien y a traspasar las responsabilidades a otro.
Al respecto, ya conocemos el resultado que tal práctica ha provocado en algunos países limítrofes: grandes productores de energía han terminado con racionamiento.
Eso no lo queremos para Chile.
Finalmente, resulta indispensable mantener en esta ley los incentivos a la inversión, que, a mi juicio, han constituido la clave del éxito del sistema eléctrico chileno, el cual es mirado por los especialistas del mundo como un ejemplo a imitar. Me parece que la mejor forma de mantener un buen servicio eléctrico y a bajos precios es impulsar la inversión, para que haya competencia y abastecimiento total.
La iniciativa en análisis aborda dos áreas que -como dijo el Senador informante - no contemplaba la Ley Eléctrica. La primera de ellas es el término de contratos de suministro a distribuidoras por sentencia firme. Al respecto, se ha optado por establecer, justamente para resguardar los principios a los que nos referimos hace algunos minutos, que la empresa a la que se le termina el contrato asume la obligación de generar durante 18 meses. Plazo en el cual la distribuidora debe llamar a una nueva licitación de suministro para servir el contrato aludido.
En caso de que no consiguiera un nuevo contrato, después de dicho periodo asumirán la responsabilidad las restantes generadoras en proporción a sus energías firmes existentes a la fecha de publicación de la ley en proyecto. Ello, con el fin de mantener el sistema, de imponer una carga o gravamen a la generadora que dio origen al problema y de evitar que se transforme en un desincentivo para la inversión. Por eso se establece que las demás generadoras responderán en proporción a su capacidad instalada actual, y no la futura.
La segunda modificación se refiere a la solución del problema cuando una generadora quiebra y tiene contrato de suministro regulado y no regulado. Entonces:
-Se decreta la continuidad de giro.
-Se nombra, además del síndico, un administrador provisional.
-Se señala que los activos pueden enajenarse solo como una unidad de negocios, de manera de mantener la seguridad del sistema.
-Se elimina la facultad para los acreedores preferentes de ejercer individualmente el derecho de enajenar por separado los activos.
-Se dispone que el suministro para consumidores regulados a precio de nudo será asumido por generadores conectados al sistema en proporción a la energía firme.
-Dichos generadores quedan como acreedores con crédito preferente ante la continuidad de giro con relación a los costos de sostener el abastecimiento para los consumidores regulados. Aquellos pueden pagarse con los flujos que produzca la continuación del giro y será posible verificar créditos sobre los dineros obtenidos por la venta de la generadora como unidad económica.
-No se suspenden los derechos reales de los actuales acreedores hipotecarios y prendarios, y
-El proceso de solventar el sistema es obligatorio para la generadora hasta que la distribuidora licite y adjudique un nuevo contrato de servicios.
También se incorporan otros temas que, a juicio de la Comisión y según mi entender, son perfeccionamientos básicos para la actual legislación.
Por una parte, se establecen ciertas seguridades para el sistema que no existían hasta hoy. Por ejemplo, a las empresas que se presenten a la licitación de suministro de una distribuidora se les exige boletas de garantía e informes de clasificación de riesgo u otro instrumento que permita garantizar el abastecimiento al cual se comprometen. Sin duda, esto constituye un aporte al actual sistema y hace que quienes se comprometen a entregar energía otorguen ciertas garantías para cumplir tal objetivo.
Además, se permite realizar en forma paralela algunas gestiones necesarias para el desarrollo de proyectos de generación. Esto se denomina "fast-track". Se encuentran en este caso, entre otras, la solicitud del estudio de impacto ambiental, los procedimientos ante la Dirección General de Aguas o la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la simplificación de trámites de notificación para establecer servidumbres para líneas de transmisión eléctrica.
Esta segunda etapa resulta extraordinariamente importante para la época que vive el país. Como todos sabemos, Chile se encuentra en un período de alta inseguridad en el abastecimiento eléctrico, por el problema en el envío de gas y por la falta de concreción de proyectos que se han anunciado pero que se han demorado más de lo necesario, por la lentitud de la burocracia y por asuntos que en nada se relacionan con el sistema eléctrico. Esto hace que un sistema como el nuestro, tanto en el SIC como en el SING, esté pasando por una época de riesgo de abastecimiento que durará por lo menos hasta 2011 ó 2012, cuando puedan ingresar nuevos proyectos basados en combustibles que no impliquen inseguridades como los que actualmente se utilizan.
Cabe señalar que el proyecto de ley resuelve una problemática cuya solución no se encontraba contemplada en la legislación: el costo de servir contratos a distribuidoras, en el caso de quiebra o término por sentencia definitiva, deberá ser financiado por los comercializadores y no por los generadores en su calidad de tales, con lo cual se facilita el traspaso a la demanda del mismo sistema eléctrico, que es, en definitiva, el beneficiado.
La iniciativa no afecta las señales de inversión para el mediano y largo plazo; por el contrario, da señales de seguridad. Y, finalmente, no incorpora incentivos perversos, como podría pensarse si las empresas no respondieran por los errores que cometen.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente, he escuchado detenidamente a los dos Senadores que me antecedieron y me han llamado la atención algunas expresiones.
En primer lugar, se señala que en este caso los responsables tienen que asumir los costos.
Al respecto, hago presente que la empresa de la cual se está haciendo cuestión invirtió más de 800 millones de dólares, pero después de concretar un acuerdo de suministro de gas con los mayores productores de la cuenca del norte de Argentina (YPF y Pluspetrol); luego de contar con los permisos de exportación de ese gas, y después de que se suscribiera entre Chile y Argentina el Protocolo de Integración Energética. O sea, había hecho todo lo que estaba a su alcance para protegerse totalmente con relación a la entrega y el suministro de gas. Más aún, supuestamente se encontraba resguardada por un acuerdo firmado entre ambos Gobiernos.
Hoy día se la sindica como responsable, en circunstancias de que lo que sucedió fue que Argentina, producto de una política interna, de la cual no tengo por qué hablar, de repente dejó de enviarnos gas.
Eso no me suena a responsabilidad de la empresa, sino más bien a fuerza mayor.
Quisiera saber qué autoridad en su minuto, qué parlamentario del Norte Grande dijo que era irresponsable traer gas desde Argentina; quién manifestó que era irresponsable bajar el precio en 40 por ciento -como sucedió- a los consumidores. Porque la señora Juanita se vio sumamente favorecida cuando llegó el gas: se redujo en 40 por ciento la tarifa. Me gustaría saber qué autoridad o parlamentario señaló que era irresponsable que EMEL tuviera el ciento por ciento de suministro acordado con una empresa.
Nadie lo dijo.
Más aún, señor Presidente : quisiera saber qué hubiesen dicho los parlamentarios si, en vez de comprarle a la empresa generadora más barata, se hubiera contratado con otra que vendía más caro. Probablemente, entonces la habrían acusado de negociado: "¡Por qué le están comprando a una generadora que produce más caro, cuando esta otra ofrece un precio más barato! ¡Esto es negociado!". ¿O no?
Lo que pasa es que hoy, cuando ya sabemos que no hay gas, resulta muy fácil opinar. ¿Pero quién fue general antes de la batalla? ¡Nadie!
Por lo tanto, me molesta profundamente que se venga a decir que hay una empresa que tiene que pagar por esto, cuando en realidad ella no es responsable. Aquí se trata de un caso de fuerza mayor.
Esa compañía antes producía a 12 dólares el megavatio/hora y hoy lo debe hacer a 130 dólares porque un Gobierno extranjero decidió no honrar los compromisos contraídos por las empresas y por ambos Estados.
Entonces, es distinto un caso de fuerza mayor que ser responsable de políticas comerciales inadecuadas.
Nunca escuché una crítica. Al contrario, hubo muchas voces de satisfacción por la firma de los tratados, por las construcciones de los gasoductos, por la tremenda rebaja que había tenido el precio de la energía en el Norte Grande. ¡Esa es la verdad! Y se beneficiaron todos: las mineras, las industrias y también los consumidores.
Ese era el primer punto que deseaba aclarar.
El segundo se refiere a que existe una especie de juicio moral frente a la estructura financiera que tiene esa empresa. Todo el mundo dice: "¡Qué escándalo! ¡Son los dueños de las compañías los que están financiando a esta empresa productora!". Cabe precisar que prácticamente cualquier proyecto internacional grande se financia mediante un sistema llamado "project finance", por medio del cual los bancos prestan el dinero a las sociedades madres. ¿Por qué? Porque poseen más espaldas, porque son más grandes, porque tienen un negocio conocido. Y esa empresa madre toma ese crédito, obtenido a una tasa muy razonable (8 por ciento), y se lo entrega a la empresa nueva.
Es normal que las empresas en Chile tengan ese tipo de financiamiento, porque es la forma mas barata y eficiente de financiar un proyecto nuevo.
Cuando la planta ya estuvo construida y se quiso traspasar el crédito desde las empresas madres a las empresas productoras, ocurrieron dos hechos: primero, se produjo una competencia con otras dos generadoras; y segundo, se empezó a ver que la política energética argentina podía poner en riesgo el suministro de gas.
Debo señalar además -en esa época yo integraba la Comisión de Minería y Energía- que dicha empresa fue la primera que nos advirtió que vendrían cortes en el suministro de gas. Lo informó por escrito a las autoridades de Gobierno, pero ninguna la escuchó; realizó todas las previsiones posibles, no obstante nadie en el Congreso ni en el Gobierno la oyó ni hizo nada al respecto.
Entonces, cuando se generó la competencia y existió la posibilidad de que sobrevinieran cortes energéticos, los bancos que iban a darle crédito a la empresa de abajo, a la verdadera productora, dijeron: "Nones: no estamos dispuestos a prestarle porque hay muchos riesgos. Por lo tanto, vamos a seguir con el financiamiento a las empresas madres". Eso es algo obvio; cualquier banco lo hace.
Las conversaciones acerca del traspaso de dinero que las instituciones bancarias efectuarían a las empresas de abajo y del establecimiento de prendas e hipotecas, son efectivas y están disponibles. Cualquiera las puede pedir en alguno de los 5 ó 6 bancos - Santander , Citibank, etcétera- del consorcio.
Y si dicha operación no funcionó, no se debió a que los dueños de esas empresas fueran unos frescos, sino a que las instituciones financieras no estuvieron dispuestas a cambiar el financiamiento desde la empresa madre a la empresa menor, dado que existía mayor riesgo. Ello es lógico.
Es muy fácil decir hoy que son unos frescos. Pero cuidado, porque aquí se está tratando de imponer un costo no razonable a una empresa por un juicio moral negativo respecto de la manera en que se ha financiado. Y esa manera no fue la que ellos eligieron sino que les resultó así. Y la historia está ahí para cualquiera que la quiera ver.
Por lo tanto, señor Presidente, estamos frente a un escenario complicado.
Considero súper injusto y, sobre todo, erróneo decir que esta situación se debe a la irresponsabilidad de EMEL, o de la empresa generadora, o qué se yo.
Ninguno de nosotros previó que los argentinos cortarían el gas. Por lo tanto, la circunstancia antes descrita no se produjo por irresponsabilidad de una política comercial, sino sencillamente por fuerza mayor.
Estoy por que se apruebe esta legislación. No obstante, hago reserva de constitucionalidad. Porque, a mi entender, algunas de las medidas contenidas en el proyecto huelen en realidad a expropiación. En efecto, obligar a alguien, más allá de un fallo arbitral o de una quiebra, a seguir generando energía durante 18 meses a un costo muchísimo mayor del expresado en los contratos, constituye una expropiación. Y si alguien cree que se trata de una quiebra fraudulenta, acusen a la empresa de eso; si sospechan que aquello ocurrió y que efectuaron movidas en tal sentido -en la actualidad hay una legislación sobre la quiebra fraudulenta-, vayan por ese lado.
Además, existe un problema con el arbitraje en curso.
En el fondo, aplicar una ley a un arbitraje en curso puede ser considerado inconstitucional por vulnerar el artículo 76 de la Carta, que impide al Congreso ejercer funciones judiciales o avocarse causas pendientes.
Por lo tanto, señor Presidente, voy a votar a favor el proyecto en análisis. Me parece importante tratar de mantener el suministro, de conservar la continuidad de giro y de proteger a los consumidores. Pero estimo que determinadas disposiciones son francamente abusivas.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , el Honorable señor Prokurica decía que la Ley General de Servicios Eléctricos y muchas otras actualmente en aplicación en nuestro país -como la de concesiones- gozan de gran prestigio internacional, por la estabilidad, por la seriedad con que respaldamos cada una de esas normativas. Por esa razón han llegado miles de miles de millones de dólares para inversión en energía eléctrica y en concesiones de obras públicas.
Sin embargo, cuando se producen cambios en las reglas del juego es evidente que eso provoca inquietud en los sectores que invierten.
Por tal motivo, quiero hacer una pregunta al señor Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía: desde el punto de vista constitucional, ¿es posible obligar a una empresa a trabajar con fuertes pérdidas durante 18 meses? Ello, sin duda, puede llevar a la quiebra. ¿Es constitucionalmente posible eso? ¿Guarda relación con el prestigio mundial de que gozamos el que de la noche a la mañana porque no nos gusta algo promulguemos una ley y cambiemos las reglas del juego? ¿Qué estabilidad hay en ello?
Deseo saber si esta medida tiene respaldo constitucional, o solo estamos actuando de manera abusiva sobre el particular.
Comprendo que se debe proteger el interés colectivo. Pero eso no puede hacerse a cualquier costo, sobre todo cuando una empresa que ha contratado a determinado precio la entrega de esa energía, con posterioridad este sube tres veces. ¡Tres veces! Es evidente que en ese caso hay una causa mayor, que no ha sido motivada por ellos sino que se deriva de complicaciones internacionales.
Y cuando a alguien le ocurre una situación de esa naturaleza -un terremoto o cualquier hecho similar- no está obligado a lo imposible.
Por eso quiero que el señor Ministro -y que por lo menos sirva también para la historia de la ley- nos aclare por qué el Parlamento está aprobando una normativa de tal índole. Que entregue algún razonamiento jurídico que explique el motivo por el cual esta norma no es inconstitucional.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, no quiero ahondar en los argumentos dados por el Senador Prokurica, aunque sí deseo referirme a ciertos aspectos.
En primer lugar, existe absoluta unanimidad en que resultaba esencial abordar dos temas que no estaban siendo considerados por la legislación: qué ocurría si, por sentencia, una distribuidora se quedaba sin contrato, porque eso afecta a los clientes regulados; y qué sucedía en caso de quiebra.
Eso nos puede pasar en muy poco tiempo más. Estamos ante el riesgo inminente de que acontezcan ambas situaciones.
Y más que singularizar o no en ciertas empresas en particular, me gustaría que la Sala tomara conciencia de los escenarios que se presentan.
El primero de ellos dice relación a una distribuidora que se queda sin contrato. En este caso, el tema fundamental es quién debe pagar el costo.
Si esa empresa experimenta tal circunstancia con los clientes regulados, significa que debe salir a comprar energía, pero no a precio de nudo -pues quedó sin contrato-, sino a un costo marginal.
Eso la llevará a la quiebra. Y es el escenario que enfrentamos.
Hasta ahora, en Chile no hay precedentes respecto de esta materia.
¿Cuál es la segunda opción? Si la empresa distribuidora queda sin contrato, se entiende que se aplica el artículo 27 transitorio de la Ley General de Servicios Eléctricos. Pero cuál es el problema de dicha norma: que no es del todo claro que pueda aplicarse, porque en forma expresa señala: "siempre que el término del contrato se produzca por la expiración del plazo pactado expresamente en él.". Y aquí no estamos hablando de plazo, sino de caducidad.
En ese caso, suponiendo que se puede aplicar el mencionado precepto, quien termina respondiendo es el cliente regulado. Porque la aplicación de este artículo implica el traspaso de un 20 por ciento del diferencial, dejando lo que no pueda transferirse como deuda, la cual, en el escenario del Sistema Interconectado del Norte Grande, se calcula que debería ser pagada por los clientes regulados en un plazo de 15 años; es decir, los terminaríamos gravando por esa cantidad de tiempo.
Además, existe una tercera opción en el caso de que una distribuidora quede sin contrato.
Dicha alternativa consiste en que las empresas generadoras que no han sido parte de ese contrato deban responder por el suministro desde el primer día. Ello, evidentemente, resulta no solo gravoso en exceso para quienes han estado ajenos a ese contrato, sino que termina gatillando una situación muy fuerte sobre los clientes libres y los regulados, por una razón muy sencilla: porque si la empresa generadora debe empezar a inyectar energía desde el primer día, se van a adelantar las licitaciones; y cuando se adelantan las licitaciones se gatilla sobre ambos sectores, pero particularmente sobre los clientes regulados. De tal manera que en esta tercera opción también terminan pagando estos últimos.
Ese es el escenario que enfrentamos.
Entonces, ¿qué hizo la Comisión de Minería y Energía? Eligió un criterio sano, a mi juicio, más allá de la coyuntura, y dijo: "Aquí el primero que responde es quien originó el contrato". Luego, consideró que si determinada empresa había hecho todo lo que debía en materia judicial para responder sobre el particular, pero no lo había conseguido en su totalidad, tenían que operar el resto de las generadoras, aunque no hubiesen sido parte, a diferencia de la empresa principal; es decir, entrar a responder ellas en segunda instancia.
Por eso, la iniciativa en debate establece para las generadoras, por no haber tomado parte en esos contratos, la facultad para poder negociar con los clientes libres.
Pero existió un principio sagrado dentro de la Comisión de Minería y Energía: que a los clientes regulados no se les tocaría, por una razón muy simple: porque son la parte débil del sistema eléctrico, no poseen ninguna capacidad de negociación. Un cliente libre es capaz de hacerlo por si solo con la generadora.
Esos son los escenarios reales que no habíamos visualizado. Y yo creo que sobre el particular corresponde hablar de realidades.
La segunda situación se refiere a la posible quiebra de la empresa que tiene el contrato. Y esa quiebra, al igual que en lo relativo a la sentencia, puede colocar -lo cual así ocurre- en riesgo al sistema eléctrico; y cuando dicho sistema se encuentra en tal circunstancia, me parece de sentido común establecer la continuidad de giro. Y no solo eso, sino que como en este caso existen acreedores preferentes -es decir, con prendas e hipotecas- facultados de acuerdo con la ley de quiebras para enajenar o liquidar los bienes individualmente, lo cual imposibilita seguir generando, también es de sentido común consignar la unidad económica por un plazo determinado.
Resulta evidente que ahí, al haber una empresa fallida, se crea una sociedad distinta, que pone fin al contrato existente. Y esa empresa fallida seguirá suministrando en proporción a lo que le corresponde. Pero, además, deberán concurrir las restantes generadoras a suministrar energía a la distribuidora, y más concretamente a los clientes regulados.
¿Y qué hizo -a mi juicio también con toda justicia- la Comisión de Minería y Energía? Propuso seguir con la misma prioridad, es decir, que la empresa principal, por tener preferencia, pueda ser liquidada después de haber regularizado el sistema; después que sea factible licitar, después de tener seguridad que los clientes regulados, a un precio razonable, podrán continuar siendo suministrados.
Pero como existen terceros que no han sido directamente responsables, se dijo en dicho órgano técnico: "Mire, respecto de los flujos que genere la empresa fallida, que se comience a resarcir el aporte efectuado por esos terceros completamente ajenos al sistema".
Eso fue básicamente lo realizado por la Comisión de Minería y Energía, que -a mi entender- actuó con un criterio de enorme responsabilidad, dando señales claras y categóricas al respecto. Como vamos a estar ajustados por mucho tiempo, no quisimos en ningún caso gravar o hipotecar la inversión en generación de energía eléctrica. Deseábamos entregar una imagen apropiada, porque, en primer lugar, lo establecido no se aplica a los nuevos proyectos relacionados al tema y, en segundo término, se da la posibilidad a las generadoras comercializadoras que no han sido parte de los contratos para renegociar en forma particular con los clientes libres, sin afectar a los clientes regulados.
Ninguna formula en el escenario descrito resulta buena, señor Presidente. ¡Absolutamente ninguna! Pero, al menos, a mi juicio, se han dado las señales correctas, que apuntan en la dirección adecuada respecto de una materia que es perfectible.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero reconocer el trabajo realizado por la Comisión de Minería y Energía, porque el tema es tremendamente complejo.
En segundo término, debo hacer presente que el análisis de este tipo de proyectos en carácter de "discusión inmediata" nos hace muy difícil legislar adecuadamente. En efecto, ya hubo una mala experiencia cuando a raíz de las sequías se introdujeron modificaciones a la legislación eléctrica, la que con posterioridad debió ser de nuevo enmendada.
Sin embargo, independientemente de que a lo mejor no había una buena solución al problema planteado, lo que más me preocupa es que la fórmula propuesta pueda establecer precedentes de largo plazo negativos.
Es evidente que la iniciativa en debate se discute mientras existe un juicio pendiente entre una generadora y una distribuidora, y su urgencia calificada de "discusión inmediata" tiene por objeto que se apruebe y, luego, publicada como ley antes de resolverse dicho proceso.
Considero un muy mal precedente para el futuro que en el Congreso nos estemos avocando causas pendientes, es decir, procesos que en este momento se encuentran en conocimiento de los tribunales.
Se trata de un asunto indiscutible. Nadie puede negarlo, y es factible que el remedio sea mucho peor que la enfermedad.
La norma constitucional respectiva establece no sólo la prohibición de avocarse causas pendientes, sino además que la ejecución de los fallos es responsabilidad exclusiva del Poder Judicial. Y acá nos estamos anticipando a la posible resolución de un conflicto y determinando cuáles son los efectos que ella tendría.
A mi juicio, quienes han firmado contratos deben someterse a las reglas del juego, a las normas legales imperantes. Y si una empresa que, creyendo en el suministro de gas argentino, se embarcó en una actividad económica que le dio beneficios y se ve expuesta ahora, por problemas que a lo mejor escapan a su voluntad, a una situación de insolvencia, creo que no es bueno que el Congreso trate de interferir en ese proceso. O sea, si dicha empresa debe quebrar, que lo haga. Del mismo modo, si una distribuidora de energía eléctrica toma la decisión de contratar todo el suministro con una empresa, la cual después quiebra, esa distribuidora sufrirá los efectos provocados por aquélla, pero es su problema.
Por otro lado, la naturaleza de servicio público de la distribución permite a las autoridades de Gobierno intervenir directamente para impedir la cesación del suministro.
Y, en cuanto a los clientes regulados, existe una normativa legal que impide que las alzas de precios se les transfieran inmediatamente. Pero, dada la situación actual del precio de los combustibles, probablemente la energía será más cara en el norte que en el resto del país. Y en nuestro ordenamiento legal también hay medidas, subsidios, para permitir solventar ese mayor costo, que muchas familias nortinas no van a poder enfrentar con sus ingresos.
Señor Presidente , si para analizar esta materia hubiera dispuesto del tiempo que le dedicaron los miembros de la Comisión de Minería y Energía, a lo mejor yo no tendría tantas dudas. Pero, al leer la solución que se propone, me da la impresión de que se está tratando de resolver un problema muy específico y que afecta a una empresa cuya producción depende por completo del gas y a una distribuidora que tiene la totalidad de sus contratos con ella. Y se está creando toda una normativa para buscar el ajuste a esa situación.
Sin embargo, vamos a dictar una ley. No somos jueces. No estamos resolviendo un conflicto entre partes.
Entonces, tras analizar las diversas disposiciones de esta iniciativa, veo que las generadoras que tengan contrato de suministro con una distribuidora para abastecer a clientes regulados pasarán automáticamente a ser de segunda categoría, pues sufrirán sanciones especiales en caso de quiebra y quedarán sujetas a numerosas cortapisas que no van a afectar a las generadoras sin esa clase de contratos.
Me surgen, pues, demasiadas dudas.
Yo no voy a votar en contra de este proyecto, señor Presidente , sino que me abstendré y haré reserva de constitucionalidad, porque me parecería tremendamente grave que, por solucionar un problema que es real, que existe, de alguna forma contradijéramos lo que el Senador señor Prokurica manifestó al comienzo de su intervención: Chile posee una normativa que es ejemplo en el mundo. Y si es así, debemos aplicarla objetivamente y no cambiarla cada vez que se presenta una situación coyuntural como la descrita.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-
Señor Presidente , estamos asistiendo a un debate de mucha altura sobre un asunto muy importante -no solo por lo que se halla involucrado, sino además por el precedente que puede sentarse- y donde de alguna manera se repite parte de la discusión habida en la Comisión.
Ahora bien, pienso que todos somos conscientes de que estamos ante una disyuntiva en que vamos a tener que optar por el mal menor. Más aún, yo diría que, más que adoptar una resolución, debemos buscar cuáles son los bienes superiores de mayor significación que requieren ser protegidos.
En tal sentido, deseo por lo menos ayudar a situarnos con claridad en la dirección de sentar el mejor precedente.
Comparto plenamente lo planteado por los Honorables señores Prokurica y Orpis ; y no voy a abundar en lo que ellos sostuvieron, de forma bastante lógica y persuasiva. Sí me preocupan ciertos alegatos, bastante fundamentados, que hemos escuchado esta tarde, como los hechos por los Senadores señora Matthei y señor Novoa , y también, la inquietud que expuso el Honorable señor Sabag.
Sobre esa materia, quiero formular un planteamiento que, a mi juicio, puede ayudar de algún modo.
Cuando el Tribunal Constitucional, requerido en situaciones de esta naturaleza, no para el caso de la empresa en comento sino en general, ha establecido hasta dónde se puede limitar el derecho de propiedad, ya sea por una carga o por un gravamen, ha sido unánime para exigir cuatro condiciones:
Primero, que las limitaciones sean razonables.
Segundo, que deben quedar acotadas en el tiempo.
Tercero, que han de estar dentro de un proceso lógico.
Y cuarto, que tiene que protegerse un bien general, un bien superior.
Esas cuatro premisas fueron fijadas en el informe que señaló aquí el Presidente de la Comisión de Minería , Senador señor Ricardo Núñez.
¿Quién puede decir que no es razonable la solución que hoy se nos plantea?
Lo no razonable sería que la autoridad no hiciera nada, porque con ello se les causaría un daño a los clientes regulados, a los más débiles, quienes no tienen nada que ver con la forma en que se les entrega el suministro eléctrico, pues lo que necesitan es contar con él, como muy bien expresaron los Senadores señores Prokurica y Orpis.
En consecuencia, la autoridad, fundada en el bien común, nos ha propuesto acá a través del Ministro la solución que considera más razonable. Ello, dentro de lo posible, por cierto. Porque estamos ante una empresa que hizo mediciones desde los puntos de vista comercial, industrial, en fin, pero se equivocó.
La Honorable señora Matthei me excusará por decir que lo ocurrido a dicha empresa no se debió a fuerza mayor ni a un imprevisto imposible de resistir. ¡No! Se trató de un mal cálculo. Y en ello Su Señoría tiene toda la razón, porque el Gobierno de la época y todos los que participamos en el asunto -la señora Senadora también- no vimos en la adquisición de gas argentino el peligro del incumplimiento. ¡No lo vimos! Y la referida empresa, que debió haber tenido una sintonía más fina -porque ella poseía un bien patrimonial; nosotros estábamos guiados por el bien común, lo que hace más fácil equivocarse-, realizó una inversión de 800 millones de dólares, por la cual en estos años ha obtenido un rédito (no me voy a preocupar de cuánto; pero créanme cuando señalo que seguramente no le ha ido mal). Sin embargo, llegado el momento no se cumplió el compromiso contraído.
Pero -repito- eso no es fuerza mayor, no es imprevisto.
¡Así de claro!
Señor Presidente , lo que aquí se plantea es razonable. El Gobierno, fundado en el bien común, nos reclama que busquemos una solución. Si no se encuentra, la empresa no va a estar en condiciones de cumplir.
Nosotros le estamos diciendo que en un tiempo acotado, 18 meses, deberá cumplir, porque el contrato firmado -por favor escuche, Senadora Matthei- la obliga hasta el 31 de diciembre de 2010. Y la autoridad puede fijar el precio de nudo cada seis meses.
Señor Presidente , aquí no estamos construyendo un sistema expropiatorio ni de desmanes contra la propiedad, porque se fija un tiempo determinado: 18 meses.
Además, todos sabemos que la empresa en comento es parte de una que participa en el negocio eléctrico en nuestro largo y angosto país, pero también en otros. Y cuando ellas realizan inversiones de tal magnitud deben asumir este tipo de situaciones. Porque en Chile el negocio eléctrico es interesante; si no, no existiría. Y qué bueno que sea así. Por ello, como nos pide el Senador señor Sabag, debemos cuidar de que esta normativa no siente precedentes que el día de mañana puedan llevar a no invertir.
Ahora, lo que dijo el Honorable señor Prokurica es de sentido común: "No es admisible decir, cuando las cosas se ponen difíciles, que no se llega más lejos". ¡No, pues! No es lícito pensar que cuando los negocios andan bien son buenos y se deben mantener, pero si andan mal hay que dejarlos botados y que pague la gente.
Señor Presidente , este proyecto es razonable; está acotado en el tiempo, y, además, es lógico. Porque ¿qué quieren que hagamos? ¡Cómo la gente no va a tener para prender la luz!
El Ejecutivo está planteando algo lógico, no atrabiliario. Al contrario, su actuación refleja inteligencia, prudencia. Y, si no obrara así, creo que daría la peor señal, pues facultaría a algunos para decir: "Bueno, si no puede resolver problemas como este, no tiene derecho a seguir gobernando". Sería lógico, si se dejara de entregar un servicio tan elemental como el eléctrico.
La otra condición, señor Presidente, es el basamento en un bien superior.
¡Qué bien mayor que el abastecimiento eléctrico, que es un servicio público!
Y si el problema no se resuelve, alguien perfectamente podría concluir: "Vamos a tener que estatizar", como se dijo en la Comisión. En verdad, eso no sería la solución. Pero si mañana el sistema no fuera capaz de entregar luz a la gente, por cierto que se deberá tomar determinaciones que quizá no sean las más convenientes.
Por todo lo dicho, señor Presidente , creo que lo que nos ha traído el señor Ministro de Energía , en la forma como fue planteado en la Comisión, es lo menos malo, lo que se puede hacer. Y no me cabe duda de que el precedente que siente la solución dada mediante la ley en proyecto servirá para reforzar la seriedad con que estamos resolviendo las cosas entre nosotros.
Ahora, si alguien quiere recurrir de constitucionalidad, está en su derecho. Si mañana la empresa afectada estima que el camino es un recurso ante los tribunales superiores, estará en su derecho. Pero pienso que nuestra obligación hoy día es llenar el vacío legal existente, a fin de que en el futuro no nos veamos abocados a un estado de cosas en que, cualesquiera que sean las razones, la población, y sobre todo la gente más modesta, quede expuesta a una situación crítica que no podrá superar de ninguna manera.
En consecuencia, respaldo el proyecto, con los 18 meses previstos en él.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente , quiero confirmar algunas apreciaciones hechas acá y formular un par de observaciones adicionales.
Partamos de una base: aquí estamos enfrentando la situación que se da a raíz de la posibilidad de que la sentencia de un juicio en curso vaya en determinado sentido.
Pero entendamos bien. Aquí nos encontramos ante el problema derivado de un contrato respecto del cual cierta empresa dice: "Yo no puedo seguir cumpliendo. En función de fuerza mayor; sobre la base de la teoría de imprevisión, o por otros motivos, me voy a excusar, necesito cambiar este instrumento".
En consecuencia, debemos estar en primer lugar, respecto de si lo ocurrido se debe a fuerza mayor o a imprevisión, a lo que resuelva el tribunal correspondiente. Entonces, no voy a entrar a pronunciarme sobre ello. Sin embargo, tengo claro que, si la sentencia señala que la empresa pertinente tiene la obligación de continuar generando y cumpliendo estrictamente el contrato, no nos encontramos frente a una situación inconstitucional.
Pero, además, quizá hemos olvidado una segunda cuestión: la empresa generadora es tal en función de un contrato con el Estado de Chile, de la concesión que le otorgó precisamente la licitación que le permitió ser generadora.
En consecuencia, también estamos en presencia de una suerte de contrato -por lo menos de un convenio- entre el Estado y la generadora, que obliga a esta a cumplir con el abastecimiento durante el proceso de licitación.
O sea, aquí estamos frente a dos vínculos contractuales especiales, uno de Derecho Público y otro de Derecho Privado. Pero sí es claro que ambos se refieren al abastecimiento en dos sectores distintos: uno libre, donde se convinieron condiciones de precio y entrega, y otro regulado, porque el consumidor residencial o comercial no tiene opción de negociar con la empresa.
Por consiguiente, como muy bien expresó el Honorable señor Zaldívar , apoyándose en lo señalado por los Senadores señores Orpis y Prokurica , en esta segunda situación nos hallamos ante una causa de utilidad pública.
Entonces, cuando se plantea la posible inconstitucionalidad, nos encontramos primero con que tenemos enfrente situaciones contractuales que, de ser resueltas por un tribunal de justicia como obligación de cumplimiento, no pueden ser contrarias al Texto Fundamental.
Pero hay más: nuestra Carta señala expresamente que un bien o una actividad económica determinada pueden ser expropiados cuando median razones de utilidad pública...
La señora MATTHEI.-
¡Pero pagando!
El señor VÁSQUEZ.-
...que permitan al Estado intervenir.
Por tanto, aquí no existe un abuso de parte del Estado de Chile, sino que este dice: "Usted vino, licitó y se comprometió. Cumpla lo convenido. Y, además, lo voy a obligar en función de que aquí intervengo con una legislación especial, por causa de utilidad pública".
No podemos olvidar, señor Presidente , que en este caso hay una licitación previa. Por ende, a partir de ese hecho, lo que está haciendo el Estado mediante la legislación en proyecto es regular a fin de convenir una solución que no perjudique tanto.
Porque, si no hiciéramos nada, tendríamos que encarar uno de dos problemas: o, por un lado, la empresa simplemente cierra la llave, cesa en el suministro, afecta a terceros,...
El señor PROKURICA.-
Se queda con los bienes.
El señor VÁSQUEZ.-
¿se queda con los bienes; o por otro, a raíz de su propia imprevisión y frente a la situación creada por ella, no cumple, exige valores más caros y, además, perjudica a quienes no tienen ninguna defensa, rompiendo las normas iniciales de la licitación.
Por eso, en mi criterio, aquí no estamos frente a una situación inconstitucional, sino, por el contrario, ante la necesidad del Estado de solucionar un problema que se visualiza.
Sería mucho peor -digámoslo de frentón- que el Gobierno no previera una situación que se viene encima, que puede significar un blackout en toda la zona norte.
Ahora, frente a la afirmación de un señor Senador en el sentido de que existen otras fórmulas para solucionar el problema desde los puntos de vista legal y constitucional, quiero recordar que, por lo menos hasta donde yo tengo conocimiento, hay una sola.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-
¿Cuál?
El señor VÁSQUEZ.-
La de declarar estado de emergencia, con designación de Jefe de Zona , y, en seguida, nombrar un administrador de la empresa que no haya logrado cumplir con el contrato y haya cortado el suministro. O sea, se trataría de una situación de alteración de la normalidad constitucional, debido a un problema de carácter económico.
Nos parece una solución final excesiva como para dejar de contemplar una salida por la vía de una legislación.
Las normas que nos ocupan, como lo expresaron los Senadores señores Prokurica , Orpis y Zaldívar , fueron estudiadas con sumo cuidado por la Comisión -y ello me consta, porque participé en alguna medida en el debate- y son las menos malas, dentro de lo posible. Digámoslo simplemente así. Porque no existe ninguna solución aceptable ni óptima, en la medida en que nos hallamos en una coyuntura absolutamente obligada, en la cual existe un perjudicado por el lado que se mire.
Por estas razones, anuncio mi voto favorable al proyecto.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor TOKMAN ( Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía ).-
Señor Presidente , deseo comenzar mi intervención agradeciendo el trabajo de la Comisión de Minería y Energía.
Se trata de un tema muy complejo, por lo cual se dedicaron varias sesiones a su estudio, se trabajó con los distintos asesores y se escuchó a las empresas.
El Ejecutivo, por su parte, retiró al proyecto la urgencia de "discusión inmediata", para el efecto de una consideración cuidadosa de su contenido.
Asimismo, los señores Senadores recogieron de manera unánime -el Ejecutivo estuvo de acuerdo- las observaciones que se estimaron que perfeccionaban el texto.
La situación actual del norte, en términos de electricidad, es bastante frágil. Producto de la disminución de los envíos de gas desde Argentina, la capacidad de generación basada en ese elemento no está disponible.
Existen centrales que originalmente fueron diseñadas para producir sobre la base de gas y que pueden operar con diésel gracias a las inversiones realizadas, pero que están enfrentando dificultades debido a que no se las concibió para funcionar continuamente con este último producto. Por eso, se espera que una de ellas permanezca fuera de actividad por varios meses.
Además, un accidente afectó a la cinta transportadora que lleva carbón a otra central que opera con ese combustible.
Entonces, frente a la realidad que aqueja a la zona norte, no podemos correr el riesgo de que, por razones económicas y comerciales, cese la capacidad de generación de una empresa que se halle en proceso de arbitraje o en quiebra, pues eso significaría, sin lugar a dudas, problemas de racionamiento en ese sistema.
Responsablemente, no podemos gastar más tiempo en la discusión. Hemos ocupado todo el que ha sido necesario; hemos llegado a la unanimidad; hemos analizado todos los puntos de vista, y, si queremos actuar en forma consciente, no podemos mirar para el lado cuando hemos identificado un vacío en la ley.
No habría habido nada mejor, Senador señor Novoa , que la Ley Corta II se hubiera hecho cargo de estos asuntos y hubiese anticipado qué ocurre cuando una empresa quiebra o un árbitro "bota" un contrato. Pero, por desgracia, ello no se encuentra contemplado.
Entonces, responsablemente, no estamos en condiciones de decir: "Bueno, que la empresa quiebre, no más, y que el árbitro "bote" los contratos, no más. Luego veremos qué pasa". Porque sabemos que la ley no señala qué sucede en esos casos y nada garantiza el abastecimiento suficiente para hacerse cargo de la demanda en el norte.
En este momento, tomando en cuenta los precios de los metales y la importancia de la actividad minera para la economía, como un todo, no podemos darnos el lujo de que esa producción disminuya como resultado de la carencia de energía para satisfacer sus demandas.
Y, en seguida -lo que es mucho más importante aún-, no podemos permitirnos, frente a una quiebra o al término de un contrato, sembrar la incertidumbre de si las familias recibirán electricidad o no y a qué precio.
Concuerdo por completo en que es un mal precedente tener que regular respecto de un caso específico y hacerlo con tanto apuro. Ello se justifica ahora, lamentablemente, por existir un bien superior: asegurar que no haya dificultades de racionamiento en el suministro eléctrico a las familias. Por tal motivo, nos hemos visto obligados a proponer una salida particular para el problema.
Sin perjuicio de eso, se tomaron en cuenta varias modificaciones conducentes a evitar las inconveniencias del precedente que pueda generar el proyecto en debate.
En primer lugar, la solución que planteó inicialmente el Ejecutivo se refería a una propuesta permanente y en el Senado se llegó a una fórmula transitoria, justamente para ver cómo resolvemos el asunto concreto dentro de la situación de estrechez energética que nos aqueja en este momento. Como se trata de no fijar precedentes -repito- e incentivos perversos, consideramos exclusivamente la etapa actual.
En segundo término, debido a que puede existir un aliciente enorme para que una generadora y una distribuidora se pongan de acuerdo a fin de "botar" un contrato que signifique más costos que beneficios, establecimos que, ante cualquiera de esos casos, debe participar en adelante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, con el objeto de velar por los intereses de los clientes regulados.
Asimismo, en la eventualidad de llegar a la etapa en la cual los generadores deben compartir el costo de mantener el suministro para los clientes regulados, determinamos que el cálculo de la prorrata se haga sobre la base de la capacidad instalada en el momento de la publicación de la ley. De esta forma evitamos efectos sobre las decisiones futuras de inversión.
Tal vez se nos pudo haber pasado algo, pero la preocupación del Senador señor Novoa estuvo muy presente en todas nuestras discusiones.
Lamentablemente, la ley vigente no cubre las situaciones en estudio, como lo demuestran los ejemplos. Es decir, si hubiera sido posible anticipar las cosas, sin llegar a la realidad que se plantea, Sus Señorías podrían haberlo hecho cuando discutieron las respectivas iniciativas legales y haber incorporado las soluciones necesarias. Sin embargo, eso no fue previsto. Y no ocurrió solamente en este caso, sino también en otros.
Hoy día recordaba dos ocasiones en las que me correspondió intervenir, desde el Ministerio de Hacienda, al plantearse la necesidad de legislar con motivo de asuntos que presentaron la misma dificultad: en un momento ocurrió algo demostrativo de que la ley no contemplaba una solución.
Una de ellas fue el problema de INVERLINK, con relación al cual fue necesario normar -creo que con el acuerdo unánime de la Sala- la manera de proteger a los afiliados a la Isapre que dependía de dicho grupo económico.
Y, con un menor grado de acuerdo, legislamos para asegurarnos de que no se aprovechase un vacío en la Ley de la Renta al venderse una empresa minera, operación en la que se quería evitar el pago del impuesto a la ganancia de capital.
En conclusión, se trata de algo que ocurre siempre. El que un caso particular muestre la existencia de un vacío legal no debiera suceder, idealmente; pero es justamente el hecho de que se presente el que pone en evidencia este último.
Ahora bien -y desde ya me excuso por no ser abogado-,...
El señor COLOMA.-
Eso es grave, señor Ministro.
El señor PROKURICA.-
¡Muy grave!
El señor NÚÑEZ.-
¡Lo felicito!
El señor NAVARRO.-
¡Bien, Ministro!
El señor TOKMAN ( Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía ).-
¿quiero hacerme cargo de dos argumentos expuestos acerca de la eventual inconstitucionalidad del proyecto.
Uno de ellos se refiere a la avocación de causas pendientes.
En primer lugar, debo dejar muy claro que la iniciativa no establece cómo debe fallar el árbitro, sino qué acontece al no encontrarse vigente el contrato por fallar en derecho ese juez que se le debe poner término.
En seguida, la normativa no modifica, para nada, la total independencia del juez para fallar, quien debe resolver conforme a derecho.
Tercero, la ley en proyecto no incurre en acto de jurisdicción alguno. El proceso está pendiente y no se alteran los derechos de las partes.
Cabe agregar que existen diversos ejemplos de juicios o procedimientos administrativos pendientes durante la tramitación en el Parlamento de un proyecto finalmente aprobado y que se convierte en ley. El tema ha sido llevado al Tribunal Constitucional -me refiero a casos como el del Código de Aguas y el de las disposiciones sobre negociación colectiva-, organismo que siempre ha sostenido que la normativa pertinente se conforma a la Carta.
El Honorable señor Zaldívar señaló que ello ocurrirá siempre que se cumplan todos los puntos que mencionó. Y no tenemos dudas de que en esta iniciativa se satisfacen todas esas condiciones.
Ahora, el Senador señor Sabag planteó la interrogante de si podría ser expropiatorio e inconstitucional disponer que se siga obligado, durante 18 ó 12 meses, por un contrato que significa una pérdida.
Se debe hacer presente que no se trata de una privación o una expropiación, sino de una limitación del derecho de dominio, fundada en la existencia de un interés público comprometido.
Ya expresamos que estamos tratando de resguardar la utilidad pública, que corresponde a la función social de la propiedad. La idea es que el norte no se quede sin luz y que la legislación es precisamente para proteger a las familias y a los clientes regulados, que son la justificación de por qué contamos con todas estas normativas.
La obligación de la empresa es hasta por 18 meses, o sea, puede no ser necesariamente el período completo -en el proyecto original del Ejecutivo se establecían hasta 12 meses, no que debían ser 12 meses-, porque siempre es posible adjudicar la licitación antes.
No se trata de una limitación caprichosa, sino razonada, y permite dar una solución de continuidad al problema de la distribuidora sin contrato.
Es una carga acotada en el tiempo. Hemos señalado que la norma es transitoria, pudiendo durar un máximo de 12 meses, de acuerdo con la iniciativa del Ejecutivo ; pero, con la modificación que se introdujo, el lapso se cambió a 18 meses.
La señora MATTHEI.-
¿Me permite una pregunta, señor Ministro?
El señor TOKMAN ( Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía ).-
Sí, señora Senadora.
La señora MATTHEI.-
Con su venia, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Puede hacer uso de la interrupción, Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Quería formularle una consulta al señor Ministro sobre lo que acaba de decir en el sentido de que el período es hasta 18 ó 12 meses. ¿Qué incentivo tiene la distribuidora para adelantar la licitación?
Mi impresión es que, con esta norma, el incentivo de esa empresa es llegar hasta el último día del plazo legal, porque, en el fondo, tiene asegurado un muy buen precio.
Gracias.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Puede continuar el señor Ministro.
El señor TOKMAN ( Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía ).-
Señor Presidente , terminaré mi exposición y después le responderé a la señora Senadora.
Subrayo que no se priva de ninguna facultad esencial del derecho de dominio. Solo se limita, por un tiempo determinado, el lucro que la empresa pueda percibir.
No se afecta el derecho a desarrollar una actividad económica. No se priva de la tutela jurídica ni se obstaculiza más allá de lo razonable.
Quiero dejar bien en claro que aquí no estamos hablando de expropiar, sino de limitar en razón de la función social de la sociedad, pues existen razones de utilidad pública.
En todo caso, nos estamos refiriendo a una actividad regulada. Y, en la medida en que las regulaciones sean racionales, lógicas, en aras de un bien jurídico superior, e impongan gravámenes razonables y acotados, son permitidas. Así lo ha fallado en otras ocasiones el Tribunal Constitucional.
Las consideraciones anteriores permiten despejar, a nuestro modo de ver, las dos dudas de constitucionalidad planteadas.
Reitero que hemos presentado el proyecto de ley con una transitoriedad. Podría darse el caso de que el problema de la empresa que se considera o de otra en la misma situación ocurriera en 2009, en 2010. Entonces, se establecen 18 ó 12 meses, pero ya se habría adjudicado, mediante las licitaciones en curso, el suministro de energía a partir de 2010 y de 2011, con lo cual necesariamente el hecho sucedería antes de cumplirse el período completo.
Por eso señalo que se trata de un máximo de 18 o de 12 meses. Pero existen situaciones en que si el problema no se plantea hoy día, sino en cualquier período dentro de la transitoriedad que establece la norma, y ya se han efectuado las licitaciones para el suministro a partir de esa fecha, es evidente que, en ese caso, el plazo de 18 meses sería suficiente.
La señora MATTHEI.-
Estamos en 2007, señor Ministro.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Hago presente a la Sala que restan 15 minutos del Orden del Día.
Tiene la palabra el Honorable señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , solo deseo expresar que respaldo el proyecto en estudio. Pero quiero dejar bien en claro que las medidas que estamos tomando son paliativas; que nunca debiéramos haber llegado a la situación en que nos encontramos; que es evidente que, si existiera una política que definiese el interés del país y estableciese una estrategia nacional de energía, jamás habríamos optado por este camino. Mas no hay otra alternativa: somos rehenes de una crisis.
Ahora bien, me gustaría dejar establecidos dos elementos.
En primer lugar, el problema se podría haber anticipado. Ello es, en parte, responsabilidad nuestra, porque hemos permitido que los intereses -que pueden ser legítimos- de los actores privados en el sector sean los que definan la política.
Y somos rehenes a sabiendas, porque el Congreso Nacional sabía en 2002 que no iba a haber gas. Somos todos responsables, tanto Diputados como Senadores, por dejar que se vulnerara la soberanía nacional, porque no fuimos capaces de hacer nada.
Las decisiones que se debieron haber tomado en ese momento no se adoptaron. En 2002 seguíamos todos yendo cada vez más rápido a un precipicio, como en un tren, mientras en el país se realizaba el plan indicativo de obras para el gas natural, en circunstancias de que todos nos hallábamos enterados de que iban a existir problemas con Argentina.
El Senador que habla, por lo menos, quiere aprender de esa lección. Porque si hoy no hacemos nada, estamos ante un racionamiento potencial. ¿Por qué? Porque se crean incentivos perversos. No solo la empresa en cuestión está en dificultades, sino que también otras acaban de ver alterada su cinta transportadora de carbón. Si no hacemos nada, a estas últimas les sería mucho más fácil profundizar la crisis que hacerse cargo del problema.
Por lo tanto, lo que estamos haciendo es tomar medidas absolutamente paliativas, justamente para evitar una situación que vaya reclutando nuevos actores en crisis. Me parece que, por el bien del país, es fundamental tomar las decisiones que no fuimos capaces de adoptar antes.
Cuando uno no hace bien la "pega", después está obligado a efectuarla menos bien. Y me incluyo en la autocrítica, porque también era parlamentario en esa época.
En segundo lugar, deseo poner la cuestión en un contexto global. Estimo que a nivel planetario está pasando lo mismo que sucedió en Chile con el gas. Es decir, son tan fuertes los intereses de corto plazo, que los intereses privados -que no tenían por qué preocuparse del país, pues se supone que ello lo hacen otros: los parlamentarios, los que toman las decisiones de Estado, los partidos políticos- ganaron el lobby del gas para que se explotara hasta la última gota de ese recurso y se silenciara la crisis que venía. Porque el negocio era brutal. ¡Claro! Cuando se compra a un dólar el millón de BTU y se vende a 20, el negocio es muy grande hasta la última gota.
En mi opinión, nos encontramos en el mismo contexto que el problema del petróleo. Se sabe que el crudo durará 30 años más en el planeta y que se avecina una crisis profunda de abastecimiento. Pero la sociedad occidental se ha edificado en torno de ese combustible. Se habla de una "civilización del petróleo".
Este último ha permitido la globalización, el transporte, la agricultura, los agroquímicos, los fertilizantes. Su estructura jerárquica tiene un símil, un espejo, que es cómo se configura la sociedad, la cual nunca había registrado un sistema tan acentuado en ese aspecto y, por lo tanto, tan difícil y poco flexible para enfrentar la crisis.
Únicamente deseo señalar que debiéramos poner el punto en el contexto del petróleo, porque este no solo va a seguir aumentando sus costos, sino que en algunos años más, cuando lo queramos, no vamos a conseguirlo. En efecto, las naciones desarrolladas no se lo darán a Chile, aunque cuente con recursos económicos para comprarlo.
Porque un país como Estados Unidos -y en ello existe una tremenda inequidad, no solo social, sino también energética- gasta 12 mil kilowatts hora de energía al año; nosotros, solo 2 mil 200. La mitad de la Humanidad consume menos de mil, y un tercio de ella, nada. Entonces, como hay actores que se incorporarán al consumo (países, ciudadanos), vendrá una crisis brutal.
Quiero poner esto en contexto, porque creo que las políticas energéticas y de desarrollo también deben situarse un poco en lo que está pasando en el resto del planeta. ¡Si Chile no es un país aislado, ni un Estado absolutamente al margen o autónomo con respecto a lo que sucede en otras latitudes!
Lo planteo porque se encuentra presente el Ministro de Energía. Nuestro principal desafío es aprender para que nunca más nos ocurra lo mismo. Y el señor Ministro tiene la responsabilidad -también nosotros- de establecer, por primera vez, las bases de una política nacional de energía cuyos principios rectores sean los intereses del país y no otros. Estoy de acuerdo en que puede haber opiniones distintas, pero me gustaría que todos estuviéramos concurriendo a construir una política energética nacional. Algunos serán partidarios de la energía nuclear; otros, no.
Sin embargo, creo que nos enfrentamos a una crisis mucho más profunda que la que nosotros esperábamos: una crisis poblacional. El planeta tiene hoy 6 mil millones de habitantes. Luego tendrá 7 mil u 8 mil millones, cada uno con necesidades de consumo energético.
Sus señorías saben que nos encontramos con una importante cantidad de dióxido de carbono y que inexorablemente avanzamos hacia un proceso de glaciación. Los parámetros entre los cuales se regula la temperatura en el planeta van de 200 partes por millón de CO2 a 400 partes por millón. Menos de 200 partes por millón significa glaciación, y más de 400, aceleramiento en los procesos de calentamiento global. Nosotros sobrepasaremos muy rápido las 400 partes por millón, sin retorno. Es decir, la probabilidad de que el planeta Tierra se transforme en un planeta Marte es muy alta. Y cuando eso ocurra -en 30 ó 40 años, no en 100-, estará en cuestión no solo el género humano, sino toda forma de vida.
Menciono el punto, porque creo que aquí existe un contexto de desarrollo energético. Sé que hay colegas que han estado trabajando en el tema muy seriamente, como los Honorables señores Núñez y Prokurica. También el Senador señor Orpis , de la bancada de enfrente, con quien tenemos otro tipo de diferencias. Me parece que a Su Señoría es preciso hacerle una terapia para que respete también los parques nacionales y efectúe un aporte tan importante como el que ha realizado en materia energética.
El señor CHADWICK.-
¡Un curso..!
El señor GIRARDI.-
¡No requiere un curso, sino una terapia intensiva..!
Considero que en el debate sobre una política energética hay una responsabilidad del Senado y del Congreso, pero que va mucho más allá.
En tal sentido, quiero conminar al señor Ministro y conminarnos a nosotros mismos a cambiar el círculo perverso que hemos tenido y definir una política nacional que esté por sobre intereses específicos, por legítimos que puedan ser, y donde prime el interés nacional, a fin de que nunca más nos veamos en la situación en la que hoy nos encontramos: como rehenes de malas decisiones tomadas en el pasado.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , voy a hacer algunos comentarios con respecto a este proyecto, que el Senador señor Orpis , de nuestra bancada, ha señalado en forma reiterada como bastante importante. Y, efectivamente, todos hemos aprendido que este es un tema complejo, difícil, con muy distintas aristas.
Desde un punto de vista técnico, se ha planteado lo que puede y no puede ocurrir. Pero nuestra misión, más allá de lo técnico, es analizar si el texto propuesto cumple con los requisitos constitucionales que debe reunir cualquier normativa legal.
Como dijo el Senador señor Orpis , varios hemos estado investigando qué puede y no puede ocurrir.
Desde mi perspectiva, hay dos cuestiones elementales.
No es grave que haya vacíos en las leyes. Ojalá no existieran, pero ellos se pueden llenar. La vida es una sucesión de cambios. Si no, tendríamos una Constitución y normas pétreas que nunca podrían modificarse.
Y tampoco es grave que pueda haber juicios en determinada materia. Puede haber múltiples juicios en infinidad de materias.
Lo que pasa es que en este caso particular estamos ante una normativa que claramente -desde mi punto de vista, al menos- se avoca un juicio pendiente. ¿Qué significa esto? Que lo que diga la ley necesariamente influirá en lo que de manera legítima es controvertido entre partes.
Entonces, señor Presidente, una cosa es la naturaleza del problema, y otra, que las soluciones sean todas muy complejas y difíciles.
Sin embargo, en mi opinión -en esto tengo el defecto de ser abogado-, hay a lo menos tres principios que claramente se hallan puestos en duda.
Primero, el no avocarse causas pendientes. A mí siempre me llamó la atención cuando lo estudié, porque se encuentra contenido en una norma que ha pasado por todas las Constituciones y existe desde siempre. En la parte relativa al Poder Judicial , se prohíbe expresamente al Presidente de la República y al Congreso avocarse causas pendientes. No es que haya causas pendientes que inhabiliten para disponer leyes. ¡No! Es avocarse. O sea, que lo que aquí se genere tenga efecto en un fallo que hoy se encuentra pendiente. Y eso, en esta materia, como en cualquier otra, es una cuestión superdelicada. Porque lo que plantea la iniciativa es qué ocurre en el caso de una sentencia a o b, según el plazo en que esta se dicte o se inicie el juicio.
Desde mi perspectiva, señor Presidente , y más allá del tema de fondo, los principios son como las estrellas que alumbran la noche. Uno no puede desapegarse de ellos so pretexto de que un problema es demasiado grave. Porque cuando uno pierde la lógica constitucional, pierde también el orden institucional.
Una segunda duda tiene que ver con el derecho de propiedad, pero desde una óptica distinta de la que aquí se ha planteado, que yo nunca había escuchado.
¿Qué pasa -estoy hablando de principios, de leyes que deben producir efectos generales- con un acreedor valista, que puede no ser el propietario? Supongo que en una eventual quiebra habrá varios acreedores valistas, y que producida la deuda equis, los activos puedan ser media equis. Se entiende que se paga la mitad. Pero, de mantenerse en el tiempo, de irse acumulando la deuda dentro de cierto plazo, los generadores obligados a entregar energía -y aquí estamos entrando en la tercera parte- podrán cobrar preferentemente algo, pero el resto irá de nuevo a la masa y lo que podrá cobrar ya no será media equis, sino un cuarto, un octavo o un décimo de equis.
Obviamente, lo anterior genera efectos a un tercero, que puede ser un proveedor de cualquier cosa (de zapatos industriales, por ejemplo). En efecto, si la quiebra se produce en determinado momento, puede tener opción de cobrar algo; pero, si transcurren 18 meses, no podrá cobrar nada.
Y, en tercer lugar -veo que se analizó muy rápido-, tengo una duda con respecto a la naturaleza de la obligación que la iniciativa impone al generador comercial que deberá inyectar energía a pérdida para mantener funcionando el sistema respectivo. Porque, dentro de su legítimo derecho de propiedad y libertad, ese generador pudo no haber querido, originalmente, entrar al negocio, por una cuestión de precios; pudo haber actuado en la forma inversa a como muchos señalaban y haber dicho: "¿Sabe que más? Desconfío del gas argentino, desconfío de lo que pueda ocurrir con los tratados internacionales, desconfío de lo que pueda pasar, así que no entro al negocio".
Sin embargo, en virtud de esta normativa, aunque hubiera hecho todo al revés de lo que se dice que se hizo mal, estaría obligado a ponerse, en perjuicio de su patrimonio, para los efectos de dar cumplimiento a la ley.
Entonces, señor Presidente , le veo demasiados problemas de constitucionalidad a una solución cuya complejidad entiendo. Si alguien tuviera una fórmula mágica, no estaríamos en esta discusión. Pero lo que nunca debe ocurrir es que una solución, por dificultosa que sea, vulnere la Constitución, porque cuando uno empieza a aceptar que eso suceda, por la gravedad de un problema, quiere decir que ya no existe ningún parámetro.
Ahora, si alguien cree que igual hay que proceder en esos términos, entonces cambiemos la Constitución. Esa es la otra opción: modificar la Carta Fundamental estableciendo que es posible avocarse causas pendientes; o que el derecho de propiedad tiene otras limitaciones que no conocíamos, como sería, en este caso, la obligación de proveer energía aun en contra de la voluntad del afectado; o la disminución de una acreencia valista, aun cuando los plazos se hayan cumplido en conformidad a la Ley de Quiebras.
Por eso, señor Presidente -haciendo un alegato estrictamente constitucional; el técnico ya lo efectuaron otros-, quiero llamar la atención sobre lo complicado que resulta aprobar una iniciativa respecto de la cual casi todos coinciden que presenta problemas de constitucionalidad.
Yo, por lo menos, estoy convencido de ello, aunque me puedo equivocar. Y, en consideración a eso, hago reserva de constitucionalidad.
Sin embargo, me voy a abstener en la votación. Entendiendo que este no es un problema fácil, hay envuelta una cuestión de principios en la cual uno no puede decir: "Me guardo esta norma constitucional por un ratito". Porque los países que hacen eso, al final terminan guardándosela "varios ratitos". Y ello, en definitiva, nos afecta a todos.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Hago presente a la Sala que se han presentado indicaciones. Por tanto, si el proyecto es aprobado en general, podría ser visto por la Comisión esta tarde, mañana o cuando se estime conveniente, para proceder a su despacho.
En votación la idea de legislar.
--(Durante la votación).
El señor NOVOA.-
Señor Presidente , me abstengo, haciendo reserva de constitucionalidad, por las razones que indiqué durante mi intervención.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , voy a votar a favor.
Entiendo que la complicación, más que constitucional, se plantea por la circunstancia de aprobar una ley cuando hay, si no un proceso judicial en curso, un arbitraje que tendrá efectos en materia de suministro.
Yo entiendo que eso es así.
El problema, como se ha señalado aquí, es que ello pone de manifiesto que en la ley que rige la actividad -que es una actividad regulada, que produce bienes de uso público y de bien público- hay un vacío.
Entonces, no es que se esté reaccionando frente a una situación particular, sino que, a raíz de una situación particular, estamos llenando un vacío jurídico que ha generado consecuencias durante un tiempo determinado.
En ese sentido, me parece que la solución propuesta se ajusta a Derecho y, al mismo tiempo, resguarda el bien común que significa el suministro eléctrico para el conjunto de usos que se desarrollan, en este caso, en el Sistema Interconectado del Norte.
Considero, además, que están bien puestos los incentivos y los costos de la solución, en la medida en que se ha resuelto -lo cual estimo completamente razonable- que los eventuales costos de la aplicación de la ley en los dos casos que esta no preveía no recaigan en los consumidores regulados.
Se ha dicho aquí que cierta carga podría corresponder a las generadoras que no estuvieron en el conflicto. Y eso es, efectivamente, lo que la normativa dispone, pero estableciendo, asimismo, que se podrán resarcir de esa carga con los también eventuales recursos que se obtengan de la empresa generadora en quiebra que no pudo cumplir sus contratos.
Sin embargo, creo que esa carga tiene justificación tanto desde el punto de vista económico cuanto desde el punto de vista constitucional y jurídico, porque esas empresas forman parte de un circuito regulado. No ocurre lo mismo con las empresas que no forman parte de circuitos regulados de producción de bienes que no poseen tales características.
Por lo tanto, soy de la opinión de que la normativa en votación resiste cualquier examen de constitucionalidad, por los bienes públicos que están en juego y tomando en cuenta el conjunto de disposiciones constitucionales. Y ello, sin perjuicio de considerar que en la actual Carta de 1980, con todas las reformas que se le han introducido, aún subsiste una concepción muy poco cuidadosa en el sentido de regular con mayor claridad la función social que tiene la propiedad, sobre todo en determinadas áreas de la producción de bienes públicos.
Pero, en fin, esa es otra discusión.
En todo caso, pienso que aun con la actual Carta Fundamental, de inspiración bastante liberal, se sostiene la constitucionalidad de una normativa regulatoria como la que nos ocupa.
Voto a favor.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, primero quiero contestar al Senador señor Girardi.
Aquí estamos legislando a propósito de una coyuntura.
En el plano energético existen dos grandes problemas. Uno es el del norte, y otro, el del sur. Básicamente, el cuello de botella se produce con los permisos ambientales. En consecuencia, se establece ahora una serie de disposiciones para tratar de hacerlos más expeditos, no cambiando las normas sustantivas, sino haciendo más fluidos los preceptos ambientales, las autorizaciones, las notificaciones, para que efectivamente los proyectos energéticos empiecen a caminar en todo el país.
No obstante, es necesario hacer un fast track energético porque estamos en medio de una crisis.
En segundo lugar, señor Presidente , aquí se ha planteado el tema constitucional respecto de una cara de la moneda. Y yo quiero dejarlo a la reflexión. ¿Es constitucional o no que a terceros completamente ajenos a un contrato se les termine obligando a generar? Es decir, la duda de constitucionalidad se plantea en torno a quien originó el contrato, pero no en cuanto a los terceros que no fueron parte en él y que por imposición de la ley quedarían, en definitiva, obligados a generar.
¿A qué voy? A que la solución no es fácil, sino tremendamente compleja. Y hemos tratado de abordarla con la idea de mantener la seguridad del sistema y no terminar cargando, al final, a los clientes regulados.
Por último, señor Presidente , quiero decir que no necesito una terapia medioambiental. El Senador señor Girardi siempre habla del planeta. Yo le haría una terapia de geopolítica, porque resulta que Arica y Parinacota están en la frontera, tremendamente debilitadas y con mucha cesantía. Y ahí la actividad floreciente debería ser la minera, que es perfectamente compatible con el medioambiente. ¡Así que, si Su Señoría me da su terapia, yo le doy una terapia de geopolítica...!
Voto que sí.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , me voy a abstener.
Más allá del tema de constitucionalidad, planteado tanto por el Honorable señor Novoa como por la Senadora que habla, aquí se ha sostenido que finalmente estas materias pueden ser resueltas por el Tribunal Constitucional. Sin embargo, lo que no se ha dicho es que ellas también podrían ser llevadas ante el CIADI y que el Gobierno chileno podría terminar pagando muchísimos millones de dólares por una ley tramitada con suma urgencia, justo antes de que se dicte un fallo arbitral.
Recordemos el caso de la empresa malasia que logró que Chile le pagara 250 millones de dólares. Ella presentó un proyecto, recibió el permiso de inversión extranjera en nuestro país y después no pudo realizarlo, sencillamente porque el plano regulador no permitía el tipo de proyectos que se estaba planteando. Tan simple como eso. Y -repito- ganó 250 millones de dólares en el CIADI.
Esta receta, señor Presidente , le puede costar al Fisco muchísimo más de lo que se cree que podemos estar ahorrando. Imagino que cualquier abogado con un poco de conocimientos en el extranjero puede demostrarlo. Porque en todas las discusiones, tanto en la Sala como en la Comisión, ha quedado claro que la ley en tramitación tiene nombre y apellido. Y se busca despacharla con suma urgencia justamente porque está pronto a fallar un árbitro. Entonces, podría suceder que el árbitro fallase a favor de la empresa y determinara que ella no está obligada a continuar con el suministro de energía, y que nosotros, mediante una ley dictada en forma muy rápida, justo antes del fallo, la obligáramos a seguir igual con el suministro durante 18 meses.
Creo que un juicio de esa naturaleza podría significar un grave perjuicio al Fisco, porque, efectivamente, es el tipo de juicio que con mucha facilidad puede conducir al CIADI.
Por eso, me abstengo.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , al escuchar el debate habido en la Sala pareciera que en la Comisión no hubiéramos analizado, una y otra vez, todas estas materias.
La verdad es que si no se hiciera nada, si en este minuto no legisláramos sobre estos temas ocurriría algo mucho peor.
Aquí se ha planteado que se podría llevar al Estado ante tribunales internacionales y que sería inconstitucional obligar a una empresa a generar durante 18 meses más. Pero si no se la obligara a ello, ¿qué sucedería? ¡Se caería el sistema!
Entonces, la generación de energía del país es un bien jurídico que también debemos proteger.
Aquí se propone una solución, que no es perfecta -¡por supuesto que no!-, porque involucra muchos problemas. Pero es la única y la mejor que hemos encontrado para conciliar ciertos intereses que, a nuestro juicio, son superiores a los de esas empresas.
Yo hasta el momento he escuchado críticas, pero ninguna propuesta alternativa para resolver la situación. Y si no hacemos nada, va a pasar algo mucho peor.
Lo que a mí me preocupa, además de la estabilidad del sistema, es que a todos los ciudadanos, especialmente a los clientes regulados -que no celebraron contrato alguno, pues nada tuvieron que ver en ello-, se les corte la luz o se les suba el valor de las cuentas.
Eso no debe ocurrir.
Si no hacemos nada, nos vamos a encontrar en el peor de los escenarios.
Hay una empresa que, según se ha dicho, supuestamente no podía prever estas dificultades. Puede ser. Pero la verdad es que sus contratos son los más débiles, los más baratos; por tanto, es a la que primero se le corta el gas. No obstante, contratos más baratos significan mayores utilidades. Tanto es así que esa compañía solo empieza a registrar pérdidas ahora, en el año 2007, en circunstancias de que el negocio comenzó en 2001.
Yo les digo, derechamente, que todos debemos hacer un esfuerzo. Por supuesto que a nadie le es cómodo responder sin haber participado.
A este respecto, quiero refutar a quienes han sostenido que la única afectada es esa empresa, porque todas las generadoras chilenas que habían suscrito contratos de suministro de gas hoy no lo reciben y están operando con diésel. ¡Todas funcionan a pérdida, no solamente aquella! La iniciativa no es un "traje a la medida" para una sola empresa.
Finalmente, el proyecto no obedece a un hecho coyuntural como algunos plantean. Porque en él se establecen, además -bien lo señaló el Senador señor Orpis , respaldado por indicaciones firmadas por todos los miembros de la Comisión-, ciertas normas permanentes que tienen por finalidad resolver un problema que habremos de enfrentar a futuro. Chile va a pasar cuatro años con dificultades muy serias de abastecimiento, que afectarán a todo el territorio, no solo al Norte Grande.
En consecuencia, las medidas incorporadas en el texto a través de indicaciones permitirán que las inversiones anunciadas hace muchos años y que no se pudieron ejecutar se materialicen con la mayor brevedad, a fin de que todas las dificultades que esta legislación transitoria procura resolver -medianamente bien, pues no existen fórmulas mágicas- se solucionen lo más pronto posible, para que el país cuente con abastecimiento total y no haya que recurrir a disposiciones de este tipo.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR.-
Señor Presidente , en mi primera intervención entregué los argumentos sobre la constitucionalidad o legalidad de la iniciativa y acerca del sentido común o la prudencia que nos debería llevar a aprobar este texto que el Gobierno ha sometido a nuestro pronunciamiento y que en la Comisión, por unanimidad, convergimos en respaldar.
Quiero, sí, precisar tres cosas, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley.
En primer término, la fórmula contenida en el proyecto permite no traspasar mayores costos a los consumidores regulados, quienes ya pagan un precio muy elevado.
En segundo lugar, dado que el precio de nudo se va aproximando al costo marginal, la supuesta pérdida -como aquí se ha alegado- que experimentaría la empresa generadora durante 18 meses o la pérdida de las demás generadoras del sistema una vez que se prorratee la obligación no será permanente en el tiempo, sino que irá disminuyendo en la medida en que el precio de nudo se acerque al valor marginal.
Y, por último, el cliente regulado pagará un precio estabilizado -esto no hay que perderlo de vista-, que convergirá lentamente hacia el costo marginal. No puede pretenderse que se traspase de inmediato todo el costo a los consumidores regulados, quienes no tienen responsabilidad alguna en estos hechos.
Al respecto, lo argumentado por los Honorables señores Orpis y Prokurica constituye la piedra angular que le corresponde al Senado resguardar debidamente: el interés común, sobre todo el de los más débiles. De lo contrario, no tendría sentido legislar. Siempre debe legislarse en beneficio del débil. ¿O algunos creen que cuando quiebran las grandes empresas es necesario elaborar una ley para que se salven? Creo que el sentido común nos debe llevar por el camino en que hoy día nos encontramos.
Voto a favor.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , mi intervención tiene dos finalidades.
Primero, rechazo categóricamente la insinuación de que la Comisión de Minería y Energía haya legislado teniendo presente única y exclusivamente la situación de una empresa determinada. Sería una manera menguada de entender el trabajo de una Comisión.
Quiero dejar testimonio de que la labor que allí se desarrolló en conjunto con el Ejecutivo fue particularmente seria.
Es cierto que tuvimos en consideración una situación coyuntural. Pero también lo es que el país enfrenta una realidad energética muy compleja. Entonces, no solo las normas permanentes sino también las transitorias han sido pensadas para prevenir eventuales problemas en el Sistema Interconectado Central -o sea, en la mayor parte del territorio-, donde el porcentaje de clientes regulados es cercano al 50 por ciento. Por consiguiente, si se presentara una situación como la que estamos tratando de evitar en este momento, se produciría un blackout prácticamente en todo Chile.
Tuvimos en cuenta ese hecho.
No estamos legislando para proteger ni para perjudicar a una empresa determinada. Me parece que cualquier insinuación en tal dirección atenta contra el sentido ético y moral con que trabajamos en el Senado.
Yo, por lo menos, no me presto para ese tipo de cosas. Es inaceptable que se nos acuse, indirectamente, de que intentamos perjudicar a una empresa.
Nuestro propósito ha sido beneficiar a miles de chilenos evitando que se produzca un problema que puede afectarlos si no legislamos adecuadamente, dado que todo el mundo aquí coincidió en que existía un vacío legal que teníamos la obligación de llenar. Y ello es responsabilidad incluso de nosotros, porque cuando se discutió la Ley Corta II no previmos que pudiera producirse tal situación.
Segundo, como se han formulado varias indicaciones, en especial una del Ejecutivo, en atención a que la iniciativa fue calificada de "discusión inmediata", lo ideal sería que las discutiéramos ahora aquí. Sin embargo, considerando su naturaleza y alcance, solicito que la Comisión se reúna mañana para los efectos de informar posteriormente a la Sala acerca de ellas. Entiendo que ha llegado otra, que debiéramos analizar más adelante.
Entonces, señor Presidente , pido que no tratemos las indicaciones ahora, sino mañana, y que se fije plazo para su recepción hasta las 19 horas de hoy a fin de cumplir con las normas reglamentarias sobre la materia.
Voto a favor de la idea de legislar.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (25 votos afirmativos y 9 abstenciones).
Votaron por la afirmativa los señores Allamand, Arancibia, Ávila, Bianchi, Escalona, Espina, Flores, Frei, Gazmuri, Girardi, Gómez, Letelier, Longueira, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
Se abstuvieron las señoras Alvear y Matthei y los señores Chadwick, Coloma, García, Kuschel, Larraín, Novoa y Romero.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se fijará como plazo para formular indicaciones hasta las 19 horas de hoy.
--Así se acuerda.
El señor GAZMURI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GAZMURI.-
Pido autorización para que la Comisión Mixta de Pesca pueda funcionar paralelamente con la Sala a partir de las 18:30, para analizar el proyecto sobre pesca artesanal.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Así se acuerda.
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El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El señor Presidente anuncia para la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria de mañana los siguientes proyectos de ley:
-El que crea el Consejo de Auditoría Interna del Gobierno;
-El que establece que los requisitos y condiciones de los contratos especiales de operación sean fijados mediante un procedimiento previsto en la ley;
-El relativo al saneamiento y regularización de loteos;
-El tocante a la regularización en la inscripción de armas de fuego, y
-El concerniente a la salida de menores desde Chile.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Terminado el Orden del Día.
VII. TIEMPO DE VOTACIONES
PREOCUPACIÓN ANTE COMPRA DE CADENAS DE RADIOEMISORAS POR GRUPO ESPAÑOL. PROYECTO DE ACUERDO
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Proyecto de acuerdo, presentado por diversos señores Senadores, mediante el cual se manifiesta preocupación por la situación referida a la compra de ocho cadenas de radioemisoras por parte de un grupo radial español, la que no se ajustaría a lo dispuesto en la ley Nº 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo, en lo concerniente al principio de reciprocidad y el pluralismo y la diversidad, particularmente en el ámbito de la radiodifusión regional.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 996-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 43ª, en 14 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
El señor LETELIER.-
¡Sí, señor Presidente!
--Se aprueba.
CERTIFICACIÓN DE INEXISTENCIA EN MERCADO DE PRODUCTOS CON CONCENTRACIONES PELIGROSAS DE DIETILENGLICOL. PROYECTO DE ACUERDO
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Proyecto de acuerdo, presentado por los Senadores señores Navarro, Ávila, Horvath y Muñoz Aburto, por medio del cual se solicita al Ministerio de Salud y, por su intermedio, al Instituto de Salud Pública que certifiquen la no existencia en el mercado nacional de productos de uso humano que contengan dietilenglicol en niveles que resulten perjudiciales para la salud de las personas.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 997-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 43ª, en 14 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.
SOLICITUD DE SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO Nº 188 DE OIT REFERIDO A TRABAJO MARÍTIMO. PROYECTO DE ACUERDO
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Proyecto de acuerdo, presentado por los Senadores señores Navarro, Ávila y Muñoz Aburto, mediante el cual se solicita a Su Excelencia la Presidenta de la República la suscripción del Convenio Nº 188 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre trabajo marítimo.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 998-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 43ª, en 14 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.
NECESIDAD DE PROYECTO RELATIVO A VALORACIÓN DE DIVERSIDAD FORESTAL, A RÉGIMEN JURÍDICO DE CONAF Y A SNASPE. PROYECTO DE ACUERDO
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Proyecto de acuerdo, presentado por el Honorable señor Horvath y otros señores Senadores, mediante el cual se solicita a Su Excelencia la Presidenta de la República que envíe a trámite legislativo un proyecto relativo a la protección y valoración de los distintos tipos de especies forestales del país, al régimen jurídico de la CONAF y al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 999-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 43ª, en 14 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.
ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y ASESORÍA JURÍDICA PARA GENDARMES AFECTADOS POR MALTRATOS O AMENAZAS EN ACTOS DE SERVICIO. PROYECTO DE ACUERDO
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Proyecto de acuerdo, presentado por diversos señores Senadores, por medio del cual se pide a Su Excelencia la Presidenta de la República que envíe a tramitación legislativa un proyecto que asegure la atención sicológica y la asesoría jurídica para el personal de Gendarmería que sufra maltrato de obra o amenazas en actos de servicio.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1001-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 44ª, en 28 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.
IMPLEMENTACIÓN EN TRANSANTIAGO DE TARIFA ESPECIAL PARA ADULTOS MAYORES. PROYECTO DE ACUERDO
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Proyecto de acuerdo, presentado por los Senadores señores Naranjo, Alvear, Letelier y Sabag, mediante el cual se solicita a Su Excelencia la Presidenta de la República la implementación en el Transantiago, para los adultos mayores, de una tarifa especial del mismo monto que pagan los estudiantes.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1006-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 44ª, en 28 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.
ESTABLECIMIENTO DE INGRESO MÍNIMO ÉTICO FAMILIAR GARANTIZADO PARA QUINTIL MÁS POBRE. PROYECTO DE ACUERDO
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Proyecto de acuerdo, presentado por diversos señores Senadores, por medio del cual se pide a Su Excelencia la Presidenta de la República que establezca un ingreso mínimo ético familiar garantizado que permita a los chilenos que aún viven en la pobreza liberarse de esa condición.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1002-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 44ª, en 28 de agosto de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Terminado el Tiempo de Votaciones.
VIII. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor BIANCHI:
Al señor Ministro de Hacienda , solicitándole antecedentes sobre ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 2007 PARA ÚLTIMO TRAMO DE PAVIMENTACIÓN ENTRE PUENTE PICANA Y CERRO CASTILLO, COMUNA DE TORRES DEL PAINE (Duodécima Región).
Del señor ESPINA:
Al señor Presidente de la Excelentísima Corte Suprema , pidiéndole información en cuanto a ESTADO DE PROYECTO PARA CONSTRUCCIÓN DE NUEVO JUZGADO EN COMUNA DE TRAIGUÉN (Novena Región).
Al señor Fiscal Nacional del Ministerio Público , requiriéndole hacer un estudio referente a IMPLEMENTACIÓN DE LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE EN CUANTO A CONDICIONES PARA REHABILITACIÓN DE MENORES AUTORES DE DELITOS GRAVES;
Al señor Ministro de Obras Públicas , acerca de estudio de prefactibilidad para INSTALACIÓN DE PASARELA PEATONAL JUNTO CON RECONSTRUCCIÓN DE PUENTE LAUCHA, EN VILCÚN (Novena Región).
A los señores Ministro de Obras Públicas , Director Nacional de Vialidad , Secretario Ministerial de Obras Públicas de la Novena Región y Director de Vialidad de La Araucanía , solicitándoles la ejecución de obras de CONSERVACIÓN Y ASFALTADO DE RUTA R-50 TRAIGUÉN-ERCILLA.
Al señor General Director de Carabineros , pidiéndole EQUIPAMIENTO PARA CARABINEROS EN COMUNA DE ERCILLA.
Al señor Defensor Nacional , a fin de que se realice estudio relativo a IMPLEMENTACIÓN DE LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE EN CUANTO A CONDICIONES PARA REHABILITACIÓN DE MENORES AUTORES DE DELITOS GRAVES.
A los señores Director del Servicio de Vivienda y Urbanismo de La Araucanía y Gerente General de Aguas Araucanía S.A., con el objeto de que se solucione COLAPSO DE ALCANTARILLADO EN CALLES DE COMUNA DE LOS SAUCES.
Al señor Director de la JUNAEB , solicitándole PARKAS PARA ALUMNOS DE ESCUELAS DE MALALCAHUELLO Y ALEJO TASCÓN DE MANZANAR, COMUNA DE CURACAUTÍN (Novena Región).
De los señores ESPINA, ALLAMAND, ALVEAR, ÁVILA, BIANCHI, GÓMEZ, KUSCHEL, NARANJO, NÚÑEZ, PIZARRO Y ROMERO:
Al señor Presidente de la Excelentísima Corte Suprema , requiriéndole información acerca de FUNCIONAMIENTO DE LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE.
Al señor Ministro de Justicia , pidiéndole ANTECEDENTES RELACIONADOS CON LEY SOBRE MEDIDAS ALTERNATIVAS A PENAS PRIVATIVAS O RESTRICTIVAS DE LIBERTAD.
Del señor FREI:
Al señor Ministro del Trabajo , acerca de RECLAMO DE SEÑOR JOSÉ MIRANDA RODRÍGUEZ POR PROBLEMA EN CÁLCULO DE BONO DE RECONOCIMIENTO.
Al señor Ministro de Agricultura , sobre AUTORIZACIÓN A PROFESIONALES NO INGENIEROS FORESTALES PARA PRESENTAR PLANES DE MANEJO DE BOSQUE NATIVO.
Al señor Director Nacional del SAG , requiriéndole CERTIFICADO PARA SEÑOR JUAN TOLEDO MACÍAS TENDIENTE A OBTENER PENSIÓN COMO EXONERADO POLÍTICO.
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El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Socialista.
Tiene la palabra el Senador señor Naranjo.
CONMEMORACIÓN DE DÍA INTERNACIONAL DEL DETENIDO DESAPARECIDO
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , el día 30 de agosto de cada año el mundo conmemora el Día Internacional del Detenido Desaparecido como una forma de recordar a quienes han sido víctimas de crímenes de lesa humanidad y de alertar a la comunidad mundial que este tipo de violaciones a los derechos humanos sigue ocurriendo día tras día en diversos países.
Ayer, estos delitos fueron cometidos dentro del marco de la denominada "Guerra Fría", ya fuera en nombre de la lucha contra el comunismo, o bien en virtud de la doctrina de la Seguridad Nacional, o para derrotar al fascismo o al capitalismo.
Hoy las personas son detenidas y desaparecidas en nombre de la guerra contra el terrorismo, encabezada por Estados Unidos.
Quienes creemos en la causa de los derechos humanos debemos hacer todo lo que esté a nuestro alcance para terminar con esta forma de terrorismo de Estado.
Y debemos tener clara conciencia de que la desaparición forzada de personas es un modo especial de violencia del Estado en contra de su propio pueblo; de que es y sigue siendo planificada desde las más altas esferas de los gobiernos dictatoriales o totalitarios, ya que, dada su complejidad, no puede ser producto de la conducta de unos pocos elementos aislados.
En efecto, unos detienen, otros torturan, algunos hacen desaparecer a las víctimas. Pero, al mismo tiempo, organismos del aparato estatal, como los propios tribunales de justicia, amparan que eso suceda. Es decir, la desaparición forzada de personas exige el accionar coordinado del Estado. Por tanto, no resulta válido que algunos que formaron parte de esos regímenes dictatoriales o totalitarios después señalen que no sabían ni veían nada.
La desaparición forzada de personas viola un sinnúmero de derechos humanos, pero principalmente el derecho a la vida, pues la inmensa mayoría -por no decir la totalidad- de quienes son secuestrados y desaparecidos finalmente mueren asesinados.
Se trata de hombres y mujeres de todas las edades, incluso de niños, que son detenidos. Sin embargo, esta condición nunca es reconocida por el Estado, razón por la cual se desvanecen -como lo decía la doctrina hitleriana- "en la noche y en la niebla".
Además, y esto no es un hecho menor, las desapariciones forzadas tienen un segundo objetivo: causar temor en el conjunto de la sociedad y, principalmente, angustia en los familiares de las víctimas, ya que a estos les resulta imposible determinar qué pasó finalmente con sus seres queridos. Es decir, se les produce un estado de incertidumbre y tortura sicológica permanentes, pues nunca podrán tener la certeza de si sus familiares están vivos o muertos.
Es por eso que los tribunales internacionales consideran esta práctica como una violación continua de los derechos humanos.
En tal sentido, nuestro país no estuvo ajeno a esa situación. Más de mil chilenas y chilenos, según la Comisión de Verdad y Reconciliación, fueron detenidos y hechos desaparecer durante la dictadura militar.
Si bien es cierto se ha avanzado en los últimos años en materia de justicia, ya que se ha condenado a diversos violadores de derechos humanos, estableciendo el criterio de que en estos casos no es posible aplicar la Ley de Amnistía, debemos admitir que poco hemos progresado en recuperar los restos de las víctimas o en conocer realmente qué pasó con ellas.
Nos falta verdad, y -aunque algunos no quieran reconocerlo- esta en alguna parte existe.
Es cierto que será muy difícil recuperar los restos de la inmensa mayoría de los detenidos desaparecidos, porque fueron desenterrados y lanzados al mar, a algún volcán o en la cordillera, a fines de la década de los setenta, en una operación ordenada directamente por el general Pinochet con el fin de esconder sus crímenes.
Pero, a lo menos, sus familiares requieren conocer con certeza cuándo, cómo y dónde ocurrió aquello.
Los chilenos tenemos el deber moral, por nuestros detenidos desaparecidos y sus familiares, de continuar luchando porque nunca más en el mundo se dé este tipo de crímenes.
En este aspecto, me parece fundamental que nuestro país ratifique la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, que fue aprobada ya por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Es cierto que este tipo de instrumento en un primer momento puede tener solo un carácter testimonial. Pero no podemos negar que inician un camino de toma de conciencia por parte de la Humanidad y de los pueblos.
La historia nos demuestra que esto ocurrió así con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y otros tratados firmados y ratificados por diversos países en el mundo.
Por lo tanto, considero que la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, de ser ratificada y adoptada -como lo señalé- por la inmensa mayoría de los países miembros de las Naciones Unidas, debe ser capaz de convertirse en un activo instrumento que nos ayude a prevenir este tipo de crímenes, o a establecer la verdad sobre todas las desapariciones forzadas, o a garantizar la reparación de las víctimas y exigir justicia para los responsables.
En este recuerdo del Día Internacional del Detenido Desaparecido que se hace en nuestro país y en el concierto internacional y que se celebra el 30 de agosto, no me queda más que rendir un homenaje a los más de mil chilenas y chilenos detenidos desaparecidos y señalar a sus familiares que no los olvidaremos y que esos crímenes no quedarán en la impunidad.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En el tiempo que resta al Comité Socialista, ofrezco la palabra.
Como no intervendrán los Comités Demócrata Cristiano y Mixto (Partido Por la Democracia, Partido Radical Social Demócrata e Independiente), corresponde su turno al Comité Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
FALTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN VIVIENDAS DE LIGUA DE COGOTÍ. OFICIO
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , en la Ligua de Cogotí, comuna de Combarbalá, Chile Barrio construyó hace cuatro o cinco años alrededor de 35 ó 40 casas, las cuales fueron entregadas sin energía eléctrica. A la gente se le dijo en ese momento que los fondos estaban pero que aún no podían ser utilizados.
Hace aproximadamente dos años el Concejo Municipal, con la asistencia del señor Alcalde , sesionó en esa localidad y los vecinos plantearon sus problemas. Todo el mundo preguntó qué pasaba con Chile Barrio. Se señaló que se había destinado dinero para dotar de energía eléctrica a dichas viviendas pero que todavía no podía ser usado. Sin embargo, ya han transcurrido cinco años y esa gente, cuyas casas fueron construidas por Chile Barrio, sigue sin luz.
Por lo anterior, solicito que pueda buscarse una solución para su problema eléctrico. Los vecinos están dispuestos a hacer un pequeño aporte, porque las condiciones en que se hallan son, realmente, muy malas.
Por lo tanto, pido que se envíe un oficio a Chile Barrio nacional para ver qué está sucediendo con dicho villorrio.
He dicho.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre de la señora Senadora, conforme al Reglamento.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez Varela.
PROBLEMAS DE ALCANTARILLADO Y URBANIZACIÓN EN CAMPAMENTO "VILLA GÉNESIS", DE LOS ÁNGELES. OFICIO
El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , me referiré a tres materias.
Señor Presidente , días atrás, la señora Ministra de Vivienda nos hizo llegar a los miembros de la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado el nuevo catastro de campamentos que se espera abordar a través de Chile Barrio. No está demás recordar que dicho programa concluía el 31 de diciembre de 2005 y que el 2006 solo se ejecutarían remanentes de aquel. Por lo tanto, se hacía necesario abordar una segunda etapa que considerara los campamentos que, por distintas razones, quedaron fuera de ese catastro.
El mencionado estudio concluyó en julio de 2007 -reitero: dicha Secretaria de Estado tuvo la gentileza de enviarnos la información-, y en él se observa un conjunto de dificultades. Pero sólo me referiré a dos de ellas.
En la comuna de Los Ángeles existe un campamento que se denomina "Villa Génesis", donde viven más de 500 familias, que no tienen alcantarillado ni ningún tipo de urbanización. El agua potable que utilizan en sus viviendas precarias la obtuvieron a través de un proyecto financiado por los propios vecinos. Sin embargo, dicho campamento no se halla incorporado en el catastro que nos remitió la señora Ministra.
Eso, ciertamente, genera una gran duda. Porque si bien pueden existir aspectos técnicos, como la propiedad del terreno, que impiden ayudar a las personas con marginalidad habitacional a través de ese programa especial del Gobierno, es obvio que el campamento Villa Génesis requiere una acción de parte de Chile Barrio, y en particular del Ministerio de Vivienda. Así, en un inicio podría abordarse, a lo menos, el problema relacionado con el alcantarillado y la urbanización, para posteriormente recurrir a la normativa que próximamente aprobará el Senado sobre loteos irregulares, a fin de que tales personas puedan acceder a subsidios.
En consecuencia, solicito que se oficie a la Ministra de Vivienda para que dé a conocer cuáles son las acciones que desarrollará su Cartera en relación con ese campamento, donde viven más de 500 familias. Lamentablemente, según el criterio de Chile Barrio, Villa Génesis no es campamento, pero en la realidad sí lo es.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
SITUACIÓN DE MARGINALIDAD HABITACIONAL EN CAMPAMENTO "EL CARDAL", DE YUNGAY. OFICIO
El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , me referiré a tres materias.
En ese mismo orden de ideas, señor Presidente , en la comuna de Yungay, provincia de Ñuble, Región del Biobío , a la cual represento en el Senado, existe un campamento similar al que acabo de mencionar compuesto por alrededor de 400 familias. Se denomina "El Cardal" y está constituido por tres villas: Luna , Laguna Azul y La Esperanza.
A diferencia del caso anterior, en este no existe ni alcantarillado ni agua potable. La gente hace pozos para sacar agua, los cuales se ubican al lado de las fosas que utilizan como baños. Y, por lo tanto, hay un alto riesgo de que se afecte la salud de esas personas. De hecho, los habitantes de El Cardal, en cualquiera de sus villas, tienen que hervir el agua para dárselas a sus hijos. De lo contrario, las posibilidades de enfermedades son verdaderamente importantes.
Sin embargo, llama la atención que en el catastro de la comuna de Yungay tampoco aparezcan las aproximadamente 400 familias que viven en dicho campamento, que no tienen alcantarillado, ni agua potable, ni ningún tipo de urbanización. Son viviendas extraordinariamente precarias.
Por eso, a nuestro juicio, resulta fundamental conocer de parte de la Cartera de Vivienda cuáles serán las líneas de acción que se utilizarán para enfrentar la situación de marginalidad habitacional en que se encuentran esas personas.
En virtud de lo anterior, pido que se oficie a la señora Ministra de Vivienda sobre el particular.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
RECONOCIMIENTO PREVISIONAL A EX TRABAJADORES DE PEM Y POJH Y PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES. OFICIO
El señor PÉREZ VARELA.-
Señor Presidente , me referiré a tres materias.
Por último, señor Presidente, solicito oficiar a la Presidenta de la República respecto de lo siguiente.
En mayo de 2006, los Diputados de la UDI presentaron un proyecto de acuerdo -número 74-, que fue aprobado en la sesión 49ª., de 19 de julio de 2006 y mediante el cual se pide a la Primera Mandataria -tengo en mis manos dicho documento; lo dejaré en Secretaría- el envío al Congreso Nacional de una iniciativa legal que establezca el reconocimiento previsional de los años trabajados por parte de los hombres y mujeres que se desempeñaron en el Programa de Empleo Mínimo (PEM) y en el Programa Ocupacional para Jefes de Hogar (POJH), incluyendo el pago de las asignaciones familiares correspondientes.
Ese proyecto de acuerdo -que, como dije, dejaré en la Secretaría-fue aprobado en la fecha indicada y su destinatario era la Presidenta de la República.
Por lo tanto, pido que se oficie, en mi nombre, a la Primera Mandataria para saber cuál es la opinión del Gobierno frente a ese proyecto de acuerdo, toda vez que diversas personas -por lo menos en la Octava Región- se han organizado de manera muy importante en torno a ese objetivo. Se trata de gente que participó en dichos programas en las décadas de los 70 y de los 80 y a la que hoy día se le presentan dificultades al momento de jubilar, porque tienen lagunas previsionales, las que, sin duda, son de responsabilidad del Estado.
En esa época, a través de los mencionados programas, el Estado entregaba una especie de remuneración a esas personas, la cual, para los efectos legales, no constituía renta. Y eso les ha significado ahora muchos problemas.
El proyecto de acuerdo que mencioné y que fue acogido por la Cámara de Diputados da cuenta, de manera bastante acertada, del diagnóstico de aquella situación y la forma de resolverla. Además, las distintas organizaciones con las que me he reunido están dispuestas a entregar su apoyo en tal sentido.
Por lo anterior, como ha transcurrido más de un año desde que el proyecto de acuerdo fuera enviado a la Presidenta de la República , sería oportuno conocer la opinión del Gobierno sobre la materia.
He dicho.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor NAVARRO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
A pesar que de que pasó el turno del Comité Socialista, le concederé la palabra a Su Señoría por 12 minutos, que es el tiempo que le resta.
El señor NAVARRO.-
Y el del Partido Radical, , señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
No es posible, señor Senador.
El señor NAVARRO.-
Conforme, señor Presidente.
Me referiré de manera muy sucinta a diversas materias.
EXTENSIÓN DE BIOTRÉN A CORONEL Y LOTA. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , solicito que se oficie al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y también a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado respecto de la implementación del Biotrén en la provincia de Concepción, particularmente en el segmento que une Concepción-Talcahuano con Coronel. El Presidente de EFE ha señalado, respecto de la situación general de la Empresa, que esta tiene un déficit anual de 18 mil millones de pesos, lo que hace prácticamente imposible extender el servicio a Coronel y Lota.
Cabe recordar que una de las promesas de los Gobiernos de la Concertación, especialmente el del Presidente Lagos, y reiterada por el de la Presidenta Bachelet, ha sido que el Biotrén se va a ampliar hasta Coronel y luego a Lota.
Los trenes de mediana distancia son los únicos que se financian en el mundo. Todos los demás se hallan subsidiados por el Estado. Es claro que Biotrén ha realizado una gestión precaria, por no decir fracasada. Este -conforme hemos señalado- debe tener una administración público-privada. O sea, que en la gestión puedan estar los privados y en la propiedad participe el Estado, sobre todo, en la entrega de subsidios.
Por lo tanto, se requiere inversión para mejorar la red vial de intercomunicación que va desde Concepción hasta Coronel y Lota, a fin de facilitar el desplazamiento de miles de trabajadores y estudiantes hacia los centros de trabajo y estudio. Pero han causado preocupación las palabras del directorio de EFE, en cuanto a que es imposible llevar a cabo esa implementación de infraestructura.
Reitero que se trata de un compromiso. De modo que solicito a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que nos envíen los informes que acreditan las opiniones del Gerente General, los proyectos y programas que tenían respecto de la extensión hacia Coronel, para saber los recursos que se requieren.
Deseamos discutir en las Comisiones de Obras Públicas y, en especial, de Transportes, con motivo del proyecto de Ley de Presupuestos para el próximo año, cuánto dinero vamos a asignar al Biotrén, por lo que requerimos contar con todos los antecedentes disponibles.
No vamos a renunciar a la idea del Biotrén, no solo por el hecho de ser un compromiso de nuestros Gobiernos, sino porque su funcionamiento es absolutamente necesario.
Hay que innovar en el ámbito de la asociatividad público-privada. Es claro que los empresarios de los taxibuses, del gremio del rodado, de la Región del Biobío, han planteado fórmulas que permitan integrar el Biotrén con la red o malla de recorridos intercomunal. No hay otra posibilidad. O el tren se pone al servicio de la red intercomunal, o el sistema no va a funcionar. No es al revés, como fue diseñado por Biovías, en que el tren ordenaba el transporte público en Concepción. Es precisamente lo contrario.
Por eso, pido todos los antecedentes que tengan a la vista sobre Biotrén , particularmente, los estados financieros, las pérdidas y las inversiones proyectadas para el año en curso y el próximo en la comuna de Coronel.
No renunciaremos en esta materia. Es un compromiso cuyo cumplimiento exigiremos en el Presupuesto del 2008.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
ASIGNACIÓN DE CAPITAL SEMILLA A PESCADORES ARTESANALES DE OCTAVA REGIÓN. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Del mismo modo, señor Presidente , pido que se oficie a la Subsecretaría de Pesca y a SERNAPESCA, a fin de que nos informen sobre el monto y los mecanismos de asignación de los capitales semillas a los pescadores de Coliumo, Cocholhue, Coronel, Lo Rojas , Quichiuto y, en general, a todos los de las caletas merluzeras de la Octava Región que hoy día sufren la veda biológica, pero también la veda estructural; es decir, la pérdida del recurso -en mi opinión y tal como lo sostienen los informes científicos- por una sobreexplotación.
A varios pescadores les han asignado capital semilla. Sin embargo, deseo contar con el listado general de los beneficiarios y saber, especialmente, si están todos los que lo necesitan. Porque hay gente de la caleta Coliumo que ha quedado excluida, ya que no se presentó a tiempo, y existe otro sector que cuestionó la condición económica de quienes recibieron dicho beneficio.
Hablemos francamente: este es un subsidio. No hay una evaluación detallada sobre qué van a hacer con ese dinero. Se trata de un subsidio de continuidad para que los pescadores puedan alimentarse y subsistir mientras dura la veda, que va a ser larga: de tres a cuatro años.
Estamos frente a una crisis mayor. Por ello, se requiere una suerte de "Estado Mayor de la Pesca" en Chile para enfrentar esa crisis casi terminal de la merluza en el sector artesanal industrial. Lo que necesitamos ahora, por cierto, es apoyo del Estado, pero transparente. Por lo tanto, pedimos información que nos permita ir en ayuda de aquellos pescadores de la caleta de Coliumo y de todos los de la Octava Región que han quedado fuera de la postulación a este aporte o subsidio que ha entregado nuestro Gobierno.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
COBRANZA TELEFÓNICA A DEUDORES FINANCIEROS. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Por otra parte, señor Presidente , pido enviar un oficio a la Subsecretaría de Telecomunicaciones y al SERNAC, pidiéndoles que nos informen sobre las denuncias de los usuarios de muchas instituciones financieras acerca de las reiteradas llamadas de cobranza que reciben al día. Son 6 a 8 llamadas diarias que hacen al trabajo, a la casa o al celular. Se trata de una situación del todo inaceptable.
Asimismo, necesito que dichos organismos nos informen respecto de las regulaciones que protegen al consumidor, del mecanismo que se utiliza para efectuar la denuncia y de los procedimientos que se han llevado adelante para terminar con ese abuso. La ley establece como mínimo una llamada semanal, pero no ocho diarias al trabajo y a la casa. Así está dispuesto, incluso en la letra chica del contrato; pero no se cumple.
Algunas financieras contratan a empresas externas para realizar estas llamadas de cobranza, las que lo hacen persistente e insistentemente. Y como trabajan a comisión, realizan muchas más llamadas de las legalmente autorizadas.
Pido que la Subsecretaría de Telecomunicaciones y el SERNAC nos remitan todos los informes de denuncias, particularmente, de regulación, y los mecanismos para que los usuarios de crédito financiero puedan reclamar por esos abusos.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
SUICIDIOS DE RECLUSOS EN CÁRCELES CONCESIONADAS. OFICIO
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , quiero dar a conocer un hecho gravísimo que está ocurriendo en las cárceles concesionadas. Estas, como he denunciado reiteradamente en esta Sala, han sido entregadas con serios problemas.
Al interior de tales recintos penitenciarios se han producido a lo menos nueve suicidios de reos que se han colgado de los sprinklers, que son accesorios donde se instalan los servicios de agua de emergencia para los casos de incendio.
Algunos de ellos son: Gabriel Segundo Figueroa, Hipólito Navarro Marabolí , Alejandro del Carmen Valenzuela , Sebastián Andrés Maturana , Milton Machuca Fernández , Víctor Marcelo Machuca.
Son nueve muertes desde que las cárceles han entrado en funcionamiento. ¿De dónde se cuelgan? De los sprinklers. ¿Qué decían los informes técnicos cuando se construyeron? Que debían instalarse sprinklers que se desprendieran con un peso de 5 a 10 kilos; es decir, si alguien intentara colgarse, no podría hacerlo. Pero se colocaron sprinklers de 1,5 dólares la unidad y no los de 20 dólares, como señalaban las especificaciones técnicas.
Esta anomalía fue representada por los contratistas durante el proceso de construcción. Así aparece en los informes.
Si la gente se está suicidando al interior de las cárceles concesionadas colgándose de los sprinklers se debe a que se cometió un grave error, y el Estado será objeto de demandas -que yo, personalmente, voy a apoyar- por parte de las familias que han sido afectadas. Porque las especificaciones técnicas de construcción de Gendarmería señalan los requisitos que deben reunir las celdas en cuanto a seguridad, los cuales no se han cumplido, porque la empresa constructora se ahorró millones y millones de pesos utilizando material de mala calidad que no responde a tales especificaciones técnicas.
Estamos ante un problema gravísimo, por lo que vamos a presentar acciones legales ante los tribunales de justicia, particularmente en Rancagua, donde se han producido seis suicidios. Es más, la última persona que se ahorcó lo hizo ayer al interior de su celda, lo que revela, por cierto, que la crisis carcelaria no va a dejar de cobrar víctimas.
A la gente se la encarcela para pagar una deuda con la sociedad y no para maltratarla ni perseguirla, ni para que se suicide. Y si bien estamos aplicando mano dura contra la delincuencia, también debemos dar la oportunidad de rehabilitación y de reinserción en la sociedad a quienes delinquen por primera vez o a los que se sientan arrepentidos. Pero estos recintos penitenciarios se han vuelto peligrosos.
Estamos frente a un escándalo de marca mayor. La situación de las cárceles concesionadas es abusiva con el Estado, con los reos, con los gendarmes.
Señor Presidente , solicito que Gendarmería de Chile efectúe una investigación a fondo respecto de estos hechos y que nos envíen los informes realizados sobre el particular, en especial los relativos a las medidas de seguridad que se están adoptando para que tales acontecimientos no se repitan, evitando así que otros reos se suiciden colgándose de los sprinklers, que son una invitación al suicidio.
Además, pido que nos entreguen antecedentes acerca del comportamiento general del sistema de concesiones, porque se pagan 526 mil pesos mensuales por reo -¡526 mil pesos mensuales!- al interior de las cárceles concesionadas.
Por lo tanto, lo menos que se les debe exigir es que efectivamente haya rehabilitación, reinserción y el cumplimiento adecuado de las normas.
Quisiera que esta información nos la hagan llegar a la brevedad.
Con otros señores parlamentarios vamos a presentar acciones legales a fin de proteger la integridad física de los reos, ya que por una negligencia inexcusable algunos han tenido la oportunidad de colgarse
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
ANIVERSARIO DE LLEGADA DEL "WINNIPEG" CON INMIGRANTES ESPAÑOLES. COMUNICACIONES
El señor NAVARRO.-
En otro ámbito, señor Presidente, cabe hacer notar que cada 3 de septiembre se recuerda en Chile la llegada del "Winnipeg".
Nuestro poeta Pablo Neruda trajo al país, en el barco de la esperanza, a un número importante de inmigrantes españoles, entre quienes había excelentes profesionales que han sido muy útiles a la economía y al pueblo de Chile, y que hoy día tienen hijos, nietos y sobrinos en nuestro país.
Se ha escrito bastante rememorando esta obra humanitaria de Neruda. Son muchos los inmigrantes, sus hijos y nietos que actualmente viven en la Región del Biobío. Uno de ellos es don Pepe Gallego , quien, junto a su familia, ha incursionado en la pesca artesanal. Tal situación llena de orgullo a aquellos hombres esforzados que llegaron al país huyendo de una España que los expulsaba, siendo acogidos cariñosamente por los chilenos.
Neruda conoció de esa tragedia humana a través de la correspondencia que mantenía con su amigo el poeta español Rafael Alberti -quien entonces se encontraba en París- mientras se instalaba en Isla Negra, donde reposaba a causa de una fractura a la tibia y estaba en plena producción del Canto general. Al enterarse de ella, no puede quedarse inmóvil. Así, hace todos los esfuerzos necesarios para traer al país a más de 2 mil 200 inmigrantes.
Cerca de la partida, Pablo Neruda recibió del Gobierno chileno una nota mediante la cual se le ordenaba abortar la misión. Pero su convicción era firme.
Finalmente, el Winnipeg, un carguero del Partido Comunista francés que hubo que acondicionar, zarpó desde Burdeos el 4 de agosto de 1939 con cerca de 2 mil 200 inmigrantes legalizados con visa chilena y otros 240 a los cuales el vate permitió subir a bordo como polizones.
El 3 de septiembre, justo cuando estallaba la Segunda Guerra Mundial, el Winnipeg arribó a Valparaíso, trayendo a hombres y mujeres que se integraron plenamente a la vida nacional.
Hago este recuerdo al cumplirse un año más de aquel acontecimiento, que sin duda marcó la vida de Chile. Hoy, los hijos y nietos de los inmigrantes españoles que vinieron en el Winnipeg trabajan para hacer más grande a esta nación. Por cierto, se han incorporado completamente y son también chilenos.
Quiero resaltar la figura de nuestro poeta y nunca olvidar que su porfía, valentía y compromiso permitieron la llegada del Winnipeg, llamado "el barco de la esperanza".
Pido que mi intervención sea remitida tanto a la Fundación Neruda como a don José Gallego y su familia, en la Región del Biobío.
He dicho.
--Se anuncia el envío de las comunicaciones pertinentes, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:7.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA PROHIBIR DIFUNDIR, A ENTIDADES AJENAS A EMPRESAS EN QUE SE DESEMPEÑA UN TRABAJADOR, SU AFILIACIÓN SINDICAL O PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES EN DEFENSA DE SUS DERECHOS LABORALES (5296-13)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º numerales 4º, 16º y 24º y en el artículo 63º numerales 3.- y 20.- de la Constitución Política de la República, en el Código del Trabajo y en la Ley 19.628.
Considerando:
1.-Que el derecho al trabajo ha sido reconocido, tanto a nivel nacional como internacional. Su importancia es evidente, en tanto permite el desarrollo personal y económico de las personas y de su entorno familiar y social.
2.-Que ello ha motivado la creación del derecho laboral, como disciplina jurídica especializada en el resguardo y protección de los trabajadores y en diversas instituciones y figuras especializadas con estos fines, destacando la existencia de una jurisdicción y procedimientos particulares.
3.-Que lo anterior se expresa, en nuestro país, en una serie de normas destinadas a la promoción y defensa de los trabajadores, evitando abusos en todos los ámbitos de sus actividades.
4.-Que, lamentablemente, un área que presenta gran dificultad para su regulación y fiscalización es aquélla anterior a la suscripción de un contrato de trabajo, vale decir los procesos de selección de trabajadores, en los que suelen suscitarse casos de discriminación que, si bien están penalizados por la legislación, resultan difíciles de probar para el trabajador.
5.-Que tales acciones u omisiones arbitrarias resultan aún más reprochables cuando tienen como fundamento la participación de los trabajadores en acciones destinadas a la protección de sus propios derechos.
6.-Que, en los últimos días, se ha denunciado la existencia de una denominada “lista negra” de trabajadores de la minería, los que estarían siendo perjudicados en su acceso al empleo como consecuencia de su condición de dirigentes o miembros activos de organizaciones sindicales.
7.-Que sea o no cierta la citada denuncia, la que deberá ser analizada por las instancias correspondientes, ella pone de manifiesto un vacío de nuestra legislación en la calificación jurídica de situaciones de este tipo y en sus consecuencias, especialmente en lo relativo a poder reclamar el daño moral por los resultados de estas prácticas.
8.-Que, en atención a lo expuesto, se propone modificar el Código del Trabajo con el objeto de establecer que la afiliación a una organización sindical y la participación en actividades de defensa de los derechos de los trabajadores constituirán datos sensibles, en los términos de la Ley 19.628, y que no podrán ser comunicados, sino en las formas y condiciones previstas en la ley,
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese el siguiente inciso segundo al artículo 215 del Código del Trabajo:
“Tampoco podrá comunicarse a terceros ajenos a la empresa respectiva la afiliación sindical de un trabajador ni su participación en actividades vinculadas a la promoción y defensa de sus derechos. Tales datos tendrán el carácter de sensibles y, sin perjuicio de la sanción que corresponda por la infracción de esta norma, deberá indemnizarse a los afectados según lo previsto en el Título V de la Ley 19.628.”
(Fdo.):Pedro Muñoz Aburto, Senador.Juan Pablo Letelier Morel, Senador
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA OBLIGAR A DEMANDADOS A FIJAR, EN SU PRIMERA ACTUACIÓN JUDICIAL, UN DOMICILIO CORRESPONDIENTE AL LUGAR EN QUE SE HA INICIADO EL JUICIO (5297-13)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y 63º numeral 3) de la Constitución Política de la República y en el Código del Trabajo.
Considerando:
1.- Que el resguardo de los derechos de los trabajadores resulta fundamental para el país. Su vulneración implica, en lo social y ético, un atentado grave a la dignidad del trabajo y constituye, al mismo tiempo, en lo económico, una alteración en la libre competencia.
2.-Que con el objeto de minimizar estas infracciones, sancionarlas cuando corresponde y solucionar los conflictos de interés que pueden suscitarse en el marco de una relación laboral, nuestra legislación ha dispuesto procedimientos administrativos y judiciales.
En el primer caso, es la Dirección del Trabajo la entidad encargada de velar por el respeto de la ley y la protección de los derechos de los trabajadores, contando con facultades para imponer sanciones.
En lo netamente procesal, se contemplan tribunales y procedimientos especializados para asegurar un debido resguardo a las pretensiones de las partes.
3.-Que un aspecto fundamental para el desarrollo de cualquier clase de proceso es el debido emplazamiento de los involucrados, representando por la notificación de la demanda y el transcurso de un plazo prudente para expresar las alegaciones que correspondan.
4.-Que lo anterior supone la existencia de un domicilio vigente y fidedigno donde comunicar las actuaciones judiciales en forma expedita y segura.
5.-Que, en la actualidad, muchas empresas, especialmente de servicios, desarrollan actividades en regiones diversas a sus dependencias principales, instalando oficinas temporales o prescindiendo de ellas.
6.-Que el trabajador demandante dispone de la posibilidad de interponer su libelo sea en el lugar del domicilio del demandado, en aquél en que se prestaron los servicios o, incluso, en su propio lugar de residencia cuando hubiera tenido que mudarse a consecuencia de la ejecución del contrato y ello constare.
7.-Que, sin embargo, la facultad de poder presentar la demanda en uno u otro lugar no obsta a que el demandado pueda seguir el juicio desde un lugar diverso, lo que no resulta indiferente, pues de ello depende, en muchos casos el costo de las gestiones y, sobre todo, la duración de los mismos.
8.-Que no resulta razonable que un empleador que voluntariamente ha desarrollado actividades en un lugar diverso a su domicilio principal, incluso, en ocasiones, estableciendo oficinas, a la hora de ser demandado, deba notificarse y realizarse las actuaciones propias del juicio desde sus dependencias principales, dilatando innecesariamente su duración.
9.-Que, por el contrario, la prestación voluntaria de actividades empresariales en ciudades diversas a las del domicilio principal debe implicar no sólo atender el imperativo legal de poder ser demandado en el lugar de las faenas, sino, además, la aceptación tácita de sujetarse a la competencia territorial de dicho lugar estableciendo un domicilio en él con el objeto de facilitar las gestiones a que de lugar el procedimiento.
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese el siguiente inciso cuarto al artículo 423 del Código del Trabajo:
“En los casos en que el demandante fuera el trabajador y optare por interponer su acción en el lugar en que se prestaron los servicios, el demandado, en su primera actuación, deberá establecer un domicilio en el lugar del juicio.”
(Fdo.):Pedro Muñoz Aburto, Senador. Juan Pablo Letelier Morel, Senador.
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO. POR MEDIO DE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.327, PARA PERMITIR QUE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE FUTBOL PROFESIONAL PUEDA QUERELLARSE EN CASO QUE INDICA (5298-07)
Honorable Senado:
I. VIOLENCIA EN LOS ESTADIOS:
Gran preocupación ha ocasionado desde hace mucho tiempo el fenómeno social de la violencia en los estadios. Desde la publicación de la Ley Num. 19.327, que fija normas para prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional, se ha hablado desde diversos ámbitos de la ineficacia de la ley, y de sus vacíos legales.
Así por ejemplo, el abogado Hernán Domínguez y el coordinador de Deportes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Andrés Aranda, desarrollaron un estudio en el que critican el funcionamiento y efecto práctico de la Ley de Violencia en los Estadios. Entre sus críticas señalan que "la ley aborda la violencia en los espectáculos deportivos desde una perspectiva reactiva, con medidas preventivas rudimentarias y escuetas, en las que tampoco se considera la regulación de la infraestructura deportiva para estos efectos (...) tampoco se establecen responsabilidades a los distintos actores que están involucrados en un espectáculo deportivo y que la aplicación de la ley sólo se refiere al fútbol, dejando de lado a otras disciplinas (...) sostienen que la ley no genera una institucionalidad de lucha permanente contra la violencia, sino que establece competencias y obligaciones dispersas a las autoridades públicas y deportivas, lo que debilita considerablemente la aplicación de las normas"[1].
Paralelamente, existen numerosos proyectos de ley para enfrentar el tema de la violencia en los estadios. Por ejemplo,
1. El proyecto de ley (Boletín 3347-07) que modifica la Ley N°19 327, que fija normas para prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional, de fecha de ingreso martes 9 de septiembre de 2003.
2. El proyecto de ley (Boletín 3629-07), que establece la prevención y sanción de la violencia en espectáculos públicos masivos, de fecha de ingreso martes 10 de agosto de 2004.
3. El proyecto de ley (Boletín 3769-07), que establece sanciones para los hechos de violencia cometidos con ocasión de espectáculos deportivos, de fecha jueves 16 de diciembre, 2004.
4. El proyecto de ley (Boletín 4864-29), que modifica la ley N°19.327, que contiene normas para la prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional, de fecha de ingreso miércoles 24 de enero de 2007.
Estos proyectos de ley se tramitan en la Cámara de Diputados, por lo que habrá que esperar a su aprobación en dicha Corporación y su remisión al Senado para poder intervenir en ellos.
La violencia en los estadios se ha vuelto a poner en la palestra, pues en el último tiempo, no sólo las barras más "bravas" han incurrido en hechos de violencia, sino que esto ya se ha vuelto un fenómeno generalizado.
El sábado 11 de agosto del presente, la Universidad Católica se enfrentó al equipo de Lota Schwager en la Región del Bío-Bío. En ese duelo, las cámaras de televisión mostraron claramente un enfrentamiento entre hinchas, quienes portan arma blanca, situación rechazada categóricamente por la dirigencia del equipo cruzado. El presidente de la rama de fútbol de la UC, Felipe Achondo, aseguró que están a la espera de que se decrete una sanción, la que acatarán de forma inmediata. "La verdad es que no veo por donde se pueda hacer más, pero espero que la ANFP nos diga que hacer y nosotros lo acataremos. Uno espera que esto no pase a mayores, pero esperamos una respuesta de la Intendencia para que nos determine que hacer".
Asimismo, el miércoles 15 de agosto, la Universidad Católica se enfrentó a Everton. En la ocasión, miembros de ambas barras se trenzaron en una riña que obligó a suspender el encuentro por algunos minutos.
La Asociación Nacional de Fútbol Profesional ha mostrado una clara preocupación en el tema, y se ha coordinado con autoridades políticas del poder ejecutivo y legislativo para poder actuar frente a este tema.
II. REFORMA PROCESAL PENAL Y LEGITIMIDAD ACTIVA
El concepto de Estado de Derecho y la necesidad de adecuar la jurisdicción a modernos estándares de DDHH, dieron lugar a un amplio consenso nacional por la reforma de la justicia penal.
El desarrollo económico y social de las últimas décadas culminó con el establecimiento de un sistema de justicia más cercana a los ciudadanos, eficiente, imparcial, accesible y transparente. Para ello se compatibilizó el poder punitivo del Estado con las garantías constitucionales tanto de la víctima como del imputado.
Así, de un sistema inquisitivo, secreto y de iniciativa pública, donde se privilegiaba el rol del juez investigador fallador, pasamos a un sistema garantista, done el rol del juez es sólo juzgador, quedando la investigación bajo la función del Ministerio Público. Por su parte, se creó la Defensoría Penal Pública la cual defiende a aquellas personas a quienes se les ha imputado un delito, y que carezcan de un abogado.
El nuevo proceso penal puede comenzar por querella ante el Juez de Garantía, por oficio del Ministerio Público, o por una denuncia del Ministerio Público, Juez de Garantía o de Juicio Oral, Carabineros de Chile o la Policía de Investigaciones. Luego, vienen las etapas de investigación, donde es el Juez de Garantía quien resguarda los derechos de las partes. Finalmente, comienza el proceso oral en que el Ministerio Público y la Defensoría se enfrentan ante tres jueces, el Tribunal Oral en lo penal.
Es del caso que el texto original del Código Procesal Penal rezaba como sigue:
"Párrafo 7°. El querellante
Artículo 111.- Querellante. La querella podrá ser interpuesta por la víctima, su representante legal o su heredero testamentario.
También se podrá querellar cualquier persona capaz de parecer en juicio domiciliada en la provincia, respecto de hechos punibles cometidos en la misma que constituyeren delitos terroristas, o delitos cometidos por un funcionario público que afectaren derechos de las personas garantizados por la Constitución o contra la probidad pública.
Asimismo, podrá deducir querella cualquier persona capaz de parecer en juicio domiciliada en la región, respecto de delitos cometidos en la misma que afectaren intereses sociales relevantes o de la colectividad en su conjunto".
En breves palabras, de acuerdo al artículo 3°, la legitimidad activa, o el derecho a demandar o a querellarse lo detentaban las personas naturales o jurídicas inclusive, en la defensa de intereses sociales relevantes o de la colectividad en su conjunto, sin necesidad de ser víctima directa u ofendido, o de tener interés directo en los hechos.
III. LIMITACIÓN DEL DERECHO A LA ACCIÓN PENAL EN LA REFORMA DE LA LEY 20.074
En virtud de la Ley, 20.074 de 14 de noviembre de 2005, que Modifica los Códigos Procesal Penal y Penal en diversas materias relativas al funcionamiento de la Reforma Procesal Penal, se modificó el artículo 111 del Código Procesal Penal.
"Párrafo 7°, El querellante
Artículo 111.- Querellante. La querella podrá ser interpuesta por la víctima, su representante legal o su heredero testamentario.
También se podrá querellar cualquier persona capaz de parecer en juicio domiciliada en la provincia, respecto de hechos punibles cometidos en la misma que constituyeren delitos terroristas, o delitos cometidos por un funcionario público que afectaren derechos de las personas garantizados por la Constitución o contra la probidad pública.
Los órganos y servicios públicos sólo podrán interponer querella cuando sus respectivas leyes orgánicas les otorguen expresamente las potestades".
Como se puede ver, en virtud de esta ley, privaron de la legitimidad activa general a las personas (naturales, jurídicas, públicas o privadas) de querellarse por delitos que comprometieran intereses sociales relevantes o de la colectividad en su conjunto.
Desde esta perspectiva, la ANFP no podría querellarse contra quienes cometen este tipo de delitos.
IV. LA ANFP Y LOS DELITOS DE VIOLENCIA EN LOS ESTADIOS
La Asociación Nacional de Fútbol Profesional de Chile, o ANFP, es una persona jurídica de Derecho Privado sin fines de lucro encargada de la organización de los campeonatos de fútbol profesional en Chile. Su relación con el COCH (Comité Olímpico de Chile) se produce a través de la Federación de Fútbol de Chile de la cual forma parte. A través de esta última se relaciona a su vez con la Confederación Sudamericana de Fútbol y la FIFA.
La forma jurídica que ha adoptado es la de una corporación, que no se confunde con sus asociados. Su personalidad jurídica data del el 23 de octubre de 1987. Son 32 clubes los que en la actualidad tiene la calidad de asociados, entre las ligas de Primera A y Primera
B. Como organismo supervigilante del fútbol profesional, detenta facultades sancionatorias sobre todos los clubes que la conforman.
LA ANFP se ha pronunciado tradicionalmente contra la violencia en los espectáculos deportivos. Ha mostrado especial interés y participación en la generación de normas de prevención y represión de la misma. Asimismo, en una reunión celebrada con uno de mis asesores, su presidente y abogado señalaron que era necesario dotar a la ANFP de la legitimidad activa para querellarse contra aquellos que violen las normas de naturaleza penal que se contemplen en la Ley Num. 19.327, que "Fija normas para prevención y sanción de hechos de Violencia en recintos deportivos con ocasión de Espectáculos de fútbol profesional.”.
En estos momentos, las Intendencias pueden querellarse en virtud de -delitos que comprometen el orden público, pero no siempre lo hacen, sino cuando existe alarma pública o los delitos son de especial gravedad. Asimismo, el Ministerio Público sólo presenta las querellas por los delitos denunciados por las fuerzas policiales o por testigos o víctimas, pero la sobrecarga de trabajo les impide una acción eficaz a este respecto. Desde este punto de vista, quedan muchos ilícitos en los que, en los hechos, sólo las víctimas pueden querellarse, y por distintas razones no lo hacen. La ANFP, desprovista de este derecho a querellarse, se ha visto obligada a asesorar a particulares que son víctimas de los mencionados delitos para que no queden en la impunidad.
A efectos de que los espectáculos futbolísticos vuelvan a ser un espectáculo familiar, y de reprimir con severidad los mencionados, desde la ANFP, como aliado natural contra la violencia en el fútbol, creemos que es ineludible que ella cuente con la legitimidad activa, con el derecho a querellarse. Ello no sólo revela el compromiso de la ANFP por limpiar el espectáculo, compromiso que ha sido tradicional en esta institución, sino que muestra cómo el Estado accede a que la ciudadanía, de manera responsable pueda reclamar el poder punitivo del Estado en una actividad tan beneficiosa para la sociedad como es el deporte.
Por tanto, vengo en proponer el siguiente.
PROYECTO DE LEY
Agréguese al artículo 10 de la Ley Num. 19.327, que Fija normas para prevención y sanción de hechos de Violencia en recintos deportivos con ocasión de Espectáculos de fútbol profesional, el ss. nuevo inciso 2°: "Sin perjuicio de lo anterior, también podrá querellarse la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, por los ilícitos contemplados en esta ley, cuando sean cometidos con ocasión de espectáculos en que participen sus clubes asociados. La querella se podrá presentar aún en interés de la sociedad o de personas particulares, y aunque se hubiese cometido fuera del recinto deportivo".
(FDO.):ALEJANDRO NAVARRO BRAIN,SENADOR
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES PÉREZ VARELA, CHADWICK Y LONGUEIRA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY SOBRE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES, CON EL FIN DE SANCIONAR AL PROVEEDOR QUE VENDA UN BIEN O PRESTE UN SERVICIO CON CARGO A TARJETAS DE CRÉDITO O DÉBITO EXTRAVIADAS, HURTADAS O ROBADAS (5299-03)
Honorable Senado:
ANTECEDENTES.
La responsabilidad de un tenedor de tarjeta de crédito requiere, aún en el caso de lo establecido en la Ley N° 20.009, una regulación más clara especialmente en lo que dice relación con las indemnizaciones de perjuicios por los daños causados en el uso indebido de su tarjeta de crédito extraviada, hurtada o robada.
Al respecto, se debe considerar tanto la legislación vigente y la última jurisprudencia sobre la materia, la que analizamos:
1.Ley N° 20.009 que limita la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas.
En el artículo 1° de la citada ley se establece que "los tarjetahabientes de tarjetas de crédito emitidas por instituciones financieras o casas comerciales, podrán limitar su responsabilidad en los términos establecidos por esta ley, en caso de hurto, robo o extravío, dando aviso pertinente al organismo emisor". Para dar este aviso, la misma ley establece los mecanismos que deberán utilizarse, tanto por el tarjetahabiente como por el emisor de las respectivas tarjetas.
La referida ley dispone además que el usuario "no tendrá responsabilidad por las operaciones realizadas con posterioridad al aviso o noticia entregada al emisor, sin perjuicio de la responsabilidad penal que corresponda," en el Artículo 5° se señalan diversas conductas que son constitutivas del "delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito o débito", dentro de las cuales encontramos:
"b): Usar, vender, exportar, importar o distribuir tarjetas de crédito o débito falsificadas o sustraídas;
c) Negociar, en cualquier forma, con tarjetas de crédito o débito falsificadas o sustraídas;
d) Usar, vender, exportar, importar o distribuir los datos o el número de una tarjeta de crédito o débito, haciendo posible que terceros realicen operaciones de compra o de acceso al crédito o al débito que corresponden exclusivamente al titular".
Tales conductas son penadas con presidio menor en cualquiera de sus grados, el que se aplicará en su grado máximo, si la acción realizada produce perjuicios a terceros.
2.Lev N° 19496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
En el Párrafo 4° sobre "Normas de equidad en las estipulaciones y en el cumplimiento de los contratos de adhesión" se dispone ,en el artículo 16: "que no producirán efecto alguno en los Contratos de Adhesión las cláusulas o estipulaciones que: e) Contengan limitaciones absolutas de responsabilidad frente al consumidor que puedan privar a éste de su derecho a resarcimiento frente a deficiencias que afecten la utilidad o finalidad esencial del producto o servicio; permitiéndose en el artículo 16 A, la subsistencia del contrato de adhesión una vez que sea declarada la nulidad de una o varias cláusulas o estipulaciones del mismo, por aplicación de alguna de las normas del artículo 16, a menos, obviamente, que por la naturaleza misma del contrato, o atendida la intención original de los contratantes, ello no fuere posible. En este caso, la ley otorga facultades al juez, el que deberá declarar nulo, en su integridad, el acto o contrato sobre el que recae la declaración referida.
En el Párrafo 3°, encontramos los siguientes artículos, los cuales dicen referencia a las obligaciones del proveedor en la entrega de los bienes y servicios a sus clientes:
i) Artículo 12.- "Todo proveedor de bienes o servicios estará obligado a respetar los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales se hubiere ofrecido o convenido con el consumidor la entrega del bien o la prestación del servicio",
ii) Artículo 13.- "Los proveedores no podrán negar injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios comprendidos en sus respectivos giros en las condiciones ofrecidas".
Por último, el Artículo 23 establece que "comete infracción a las disposiciones de la presente ley el proveedor que, en la venta de un bien o en la prestación de un servicio, actuando con negligencia, causa menoscabo al consumidor debido a fallas o deficiencias en la calidad, cantidad, identidad, sustancia, procedencia, seguridad, peso o medida del respectivo bien o servicio".
3.Última Jurisprudencia referente al uso indebido de tarjetas de crédito que causan perjuicios al dueño de la misma.
La Corte Suprema, en fallo, de fecha 3 de julio de 2007, declara la nulidad de los cargos realizados por la Promotora CMR Falabella S. A., en la cuenta de Luisa Isabel Hermosilla Bonassi el 21 de diciembre de 2002, correspondientes a compras y avance en efectivo en la tienda Falabella y Banco Falabella de la ciudad de Temuco, efectuados por Gloria Antilem Vega, respecto de quien se comprobó el uso de la tarjeta sustraída. Dice el fallo al respecto: "Que de los antecedentes tácticos indicados con anterioridad, ha quedado fijado que Luisa Isabel Hermosilla Bonassi no celebró los actos jurídicos de fecha 21 de diciembre de 2002 en la tienda Falabella y Banco Falabella de la ciudad de Temuco, que fundan los cargos, y por lo mismo las obligaciones por las que se le hace responsable, las que han sido cursadas por Promotora CMR Falabella S. A., las cuales han sido registradas en la cuenta de la mencionada Luisa Hermosilla. Ante tales circunstancias de hecho, las obligaciones así impuestas a esta persona carecen de causa, por cuanto no existe a su respecto ninguna fuente de obligación que le relacione con la prestación de dar que se le exige por Promotora CMR Falabella S. A.”
Declara, de oficio además, la nulidad de la cláusula 13a del Reglamento sobre Uso de la Tarjeta de Crédito Multirrotativo CMR, en cuanto dispone que hasta la fecha del aviso inclusive o, en caso de no darse éste, el usuario responderá de todas las utilizaciones o compras que se haga con la tarjeta hurtada o robada. Los fundamentos de dicha resolución se basan en "Que la condonación del dolo futuro se encuentra tratada como una de las cláusulas más radicales de irresponsabilidad, denominándosele específicamente de garantía o responsabilidad del dolo, las cuales impone el contratante más fuerte al más débil por medio de contratos tipos unilaterales, estandarizados y por adhesión, ya que la persona que recibe la oferta solamente le corresponde suscribirlos en los términos que se le ofrecen al público en general, por prolongados espacios de tiempo y minuciosamente detallados o desistir de contratar". Continúa el fallo, "Estas cláusulas de garantía o responsabilidad, se les conoce en el derecho comparado como de seguro por particulares, cuya fuerza obligatoria ha sido cuestionada desde el siglo XIX, puesto que, como ocurre en el caso de autos, el futuro deudor se esta haciendo cargo del dolo futuro, constituyéndose en una estipulación de responsabilidad por el hecho de terceros, en cuanto hagan uso indebido de la tarjeta de crédito; cláusula que también se establece en favor de terceros, quienes reciben dicha documentación, la validan y cursan la operación en el entendido que responderá de ella la persona que figura como titular de la tarjeta, relajándose la verificación de la identidad, por ello es que la doctrina las ha calificado como un verdadero seguro por particulares". Por último, la Corte Suprema establece que "En definitiva, y respecto de este último caso, el titular de la tarjeta de crédito se haría cargo del dolo futuro de un tercero, impetrado por una de las partes en la ejecución del contrato; se condonaría ese dolo futuro y permitiría que la contraria abone a su línea de crédito toda cuenta o deuda que emane del uso de una tarjeta hurtada o robada".
En razón de estos fundamentos, la Corte Suprema, en el considerando N° 19 del fallo en comento, declara "nula la mencionada cláusula que atribuye responsabilidad, esto es, en cuanto indica que hasta la fecha del aviso inclusive o, en caso de no darse éste, el usuario responderá de todas las utilizaciones o compras que se hagan con la tarjeta hurtada o robada, esto por adolecer de objeto ilícito en los términos del artículo 1465 del citado Código". Y agrega que "tales declaraciones de nulidad son parciales y no afectan al contrato en su integridad, puesto que se trata de un acápite de una cláusula accesoria y de cargos específicos, que no alteran el equilibrio financiero del contrato en su integridad. Nulidad que el legislador permite, como se puede advertir en el artículo 16 A de la ley 19.496".
Finalmente, la Corte Suprema acoge la demanda de indemnización de perjuicios y se ordena que la demandada Promotora CMR Falabella S. A., deberá pagar a Luisa Isabel Hermosilla Bonassi la suma de veinticinco millones de pesos ($ 25.000.000), por concepto de daño moral, " de no haberse producido la pertinaz acción de proseguir con el cobro de una obligación carente de causa y, por lo mismo nula, que se sustenta en los términos de una cláusula igualmente carente de validez, los daños no se habrían generado." (Sentencia pronunciada por la Primera Sala de la Corte Suprema, por Juan Araya E. y Abogado Integrante Sr. Hernán Álvarez G. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Juica, quien estuvo por confirmar, sin modificaciones, el fallo de primera instancia. No firma el Abogado Integrante Sr. Álvarez G., no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente).
Otro fallo relevante respecto de la materia, que sigue la misma línea que la sentencia de la Corte Suprema precedentemente citada, ha sido dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 24 de agosto de 2007, sentencia que ordena a la empresa Efectivo S.A., administradora de la tarjeta de la multitienda Johnson's, a pagar una indemnización de perjuicios a una dienta, a la cual se le utilizó fraudulentamente su tarjeta de crédito de la tienda. El fallo ordena además que Efectivo S.A. deberá cancelar una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales por infracción a los artículos 12 y 13 de la Ley del Consumidor por actuar negligentemente al no aplicar las medidas de resguardos por el uso fraudulento de la tarjeta. "La empresa denunciada no adoptó todos los resguardos suficientes en el uso y manejo de la tarjeta de crédito, en el sentido que su personal administrativo y técnico debió verificar la identidad y legitimidad del contratante en el acto de la compra con la precitada tarjeta de crédito, ya sea exigiendo la cédula de identidad, cotejar el voucher de compra y comparar que las firmas de este último documentos sean coincidente con la estampada en la cédula de identidad del titular de la tarjeta de crédito", dice el fallo. Agrega que se "deduce que unilateralmente la demandada no prestó el servicio comprometido resguardando los intereses de su contraparte al permitir que terceros utilizaran la tarjeta de crédito en cuestión; que, se vulneró además el artículo 23 de la ley del consumidor en cuanto por una actuación negligente de la denunciada se utilizó la tarjeta de crédito por terceros, sin haber tomado los resguardos mínimos de seguridad la denunciada en cuanto al uso y verificación del documento-tarjeta de crédito- empleado por terceros, en menoscabos del cliente, considerando que dicha infracción se cometió en dependencias y bajo control administrativo de la denunciada".
FUNDAMENTOS.
Hoy en día vemos que innumerables veces los consumidores deben suscribir contratos en los cuales las empresas se desligan de toda responsabilidad, aun cuando estemos en presencia de hechos ilícitos, como sería para el caso de hurto o robo de nuestra documentación. Los empleados de los referidos empresarios o estos mismos, se escudan en las referidas cláusulas de irresponsabilidad, encubriendo negligencia y a veces, graves faltas respecto de la acreditación de quien ocupa los instrumentos de crédito sea el titular o quien corresponda. Hemos visto que en este sentido, estaríamos en presencia de una cláusula de "seguro por particulares", la cual, además de ser muy discutida por la doctrina, validaría la "condonación del dolo futuro", lo que está terminantemente prohibido por nuestro ordenamiento jurídico.
Si bien, y como hemos visto en el acápite de los antecedentes del presente documento, el legislador ha tratado de limitar la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas, mediante la Ley N° 20.009, que a su vez ha creado el delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito o débito, creemos que todavía el consumidor o usuario de las tarjetas de crédito o débito, están desamparados frente a las conductas negligentes por parte de los proveedores de tales documentos o instrumentos mercantiles. Estos últimos, en la práctica, se amparan en la supuesta aquiescencia, por parte de sus clientes, de las cláusulas de irresponsabilidad del emisor de las tarjetas por los cargos o compras efectuadas con anterioridad al aviso que el usuario de una tarjeta, debe dar al emisor de la misma, de que ésta ha sido extraviada, hurtada o robada.
Por ello, estimamos esencial, para asegurar el derecho de los consumidores ante contingencias de la naturaleza presentar el siguiente proyecto de ley:
Artículo único: Agregar a la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, el siguiente artículo:
"Artículo 25 bis: Los consumidores que posean tarjetas de crédito o débito emitidas por instituciones financieras o casas comerciales, que hayan sido extraviadas, hurtadas o robadas, tendrán derecho a una indemnización de perjuicios por parte del emisor de dichas tarjetas, cuando actuando con negligencia, el proveedor venda un bien o preste un servicio con cargo a dichas tarjetas, a terceras personas distintas del titular o adicionales de la misma.
Para hacer efectivo el derecho señalado precedentemente, el titular de la tarjeta extraviada, hurtada o robada, debe haber dado aviso en conformidad a la ley, al emisor de la tarjeta, que ésta ha sido extraviada, hurtada o robada. El aviso constituirá una presunción simplemente legal de la negligencia del proveedor, en el caso de uso fraudulento de la tarjeta de crédito.".
(Fdo.): Víctor Pérez Varela, Senador.- Andrés Chadwick Piñera, Senador.- Pablo Longueira Montes, Senador.
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES HORVATH, PROKURICA Y SABAG, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE IMPONE A NAVES PESQUERAS ARTESANALES QUE INDICA, LA OBLIGACIÓN DE INSTALAR A BORDO UN DISPOSITIVO DE POSICIONAMIENTO SATELITAL (5300-03)
Honorable Senado:
CONSIDERANDO:
1º.- El desarrollo tecnológico y de comunicaciones que permite contar con instrumentos que registran el posicionamiento geográfico en espacio y tiempo y resultan de bajo costo respecto de otros sistemas de control y fiscalización,
2º.- La necesidad y conveniencia de contar con información fidedigna que refleje la trayectoria de las naves para facilitar el control y fiscalización de sus actividades,
3º.- Este control se hace necesario y muchas veces imprescindible para determinar las áreas en que se efectúan actividades de pesca o exploración y para determinar las trayectorias de naves o de las posibles causas de accidentes, o de derrames de hidrocarburos y de elementos peligrosos o contaminantes y,
4º.- La necesidad de armonizar el control y la reserva de actividades privadas de carácter económico o de investigación,
5°.- Los buenos resultados que se han obtenido con la moción que se transformó en la Ley N° 19.521, que desde el año 1997 se viene aplicando con singular efectividad, así como la Ley 19.977, de Noviembre del año 2004.
6°.- La conveniencia que se controlen las naves artesanales en zonas contiguas, por cuanto tienen asignación de cuotas de recursos hidrobiológicos en áreas específicas que requieren de fiscalización.
Es que vengo en presentar la siguiente:
MOCION
"HACE OBLIGATORIA LA INSTALACION DE SISTEMAS DE REGISTRO AUTOMATICO DE POSICIONAMIENTO CON APOYO SATELITAL EN NAVES PESQUERAS ARTESANALES QUE OPEREN EN ZONAS CONTIGUAS"
Artículo único.-
Introdúzcase el siguiente inciso al Artículo 64 B del Decreto 430 de fecha 21 de Enero de 1992 del Ministerio de Economía, Ley General de Pesca y Accuicultura:
“Será obligatorio también para las naves pesqueras artesanales que operan en zonas contiguas, o en límites de áreas que tienen cuota de recursos hidrobiológicos delimitados en porciones de mar”.
(Fdo.): Antonio Horvath Kiss, Senador.- Baldo Prokurica Prokurica, Senador.- Hosaín Sabag Castillo, Senador.
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES BIANCHI, GÓMEZ, HORVATH, MUÑOZ BARRA, PROKURICA Y ZALDÍVAR, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA QUE OTORGUE A QUIENES PARTICIPAN EN PROGRAMAS GENERALES DE EMPLEO TODAS LAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, LAS BONIFICACIONES Y OTRAS GRATIFICACIONES QUE CONSIDERA LA LEGISLACIÓN LABORAL (S 1010-12)
Honorable Senado:
FUNDAMENTOS
Los Planes Generales de Empleo son parte de las iniciativas formuladas por el Gobierno para facilitar la inserción laboral de los trabajadores cesantes, a través de fondos públicos que son administrados por los municipios. A través de la colocación laboral, según los requerimientos específicos de cada comuna, se han desarrollado los señalados programas, cubriéndose un importante porcentaje de las necesidades de la población económica y socialmente más vulnerable focalizando los recursos del Estado con criterios de equidad, eficiencia y justicia social.
Sin embargo, estas iniciativas asistenciales han develado una faz carente de consecuencia con los planes gubernamentales relativos a la seguridad social y particularmente con la legislación del ramo. En este sentido, la crítica fundamental es la falta de armonía de estos programas con los postulados del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, cuales son, proponer y promover normativa laboral que perfeccione la equidad y cooperación en las relaciones laborales y asegurar la calidad de vida de las personas a través del establecimiento y perfeccionamiento de un sistema previsional.
Dichos planes, no obstante ser de carácter temporal, deberían, de acuerdo a los axiomas referidos, estar sujetos a las mismas exigencias generales que el Código de la materia, prescribe para los contratos de trabajo. Es ajeno a todo criterio de justicia, ética y equidad, la exclusión de los beneficiarios de este tipo de programas, de las garantías y derechos a la seguridad social, consagrados en nuestra Constitución política de la
República, en el artículo 19 Nº 18. Señala el dicho numeral que la acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes a las prestaciones básicas uniformes,
Los aspectos de seguridad social han de ser elemento integrante de todo tipo de relación laboral, con prescindencia de las características de aquélla, en cuanto al tipo de relación y a la temporalidad, para de esta manera, dar fiel cumplimiento al mandato establecido en nuestra Carta Fundamental.
Es de relevancia social incuestionable una pronta regulación de la materia, para cubrir los requerimientos previsionales de estos grupos menos favorecidos, a los cuales se ha pretendido beneficiar con los Planes Generales de Empleo y sin embargo, ha excluido de garantías básicas esenciales, así como también de todo tipo de gratificaciones y bonificaciones pactadas en el régimen general del establecimiento laboral para el cual son contratados.
Por tanto, atendido a lo expuesto precedentemente, vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO
Solicitar a S.E. la Sra. Presidenta de la República Michelle Bachelet, la incorporación de un mecanismo que asegure las garantías de seguridad social a los beneficiarios de los Programas Generales de Empleo, así como también el permitirles gozar de las bonificaciones y gratificaciones que les corresponderían según las normas generales del Código del Trabajo a través de las modificaciones legales y administrativas pertinentes.
(Fdo.):Carlos Bianchi Chelech, Senador.- José Antonio Gómez, Senador.- Antonio Horvath Kiss, Senador.- Roberto Muñoz Barra, Senador.- Baldo Prokurica Prokurica, Senador.- Adolfo Zaldívar Larraín, Senador.