Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- PERMISO
- Carlos Fernando Flores Labra
- PERMISO
- DEBATE
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
PRÓRROGA DE INCENTIVOS PARA DESARROLLO ECONÓMICO DE REGIONES DE AISÉN Y MAGALLANES Y PROVINCIA DE PALENA, Y MODIFICACIÓN DE LEY DE ZONAS FRANCAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- DEBATE
- ENMIENDA DE CÓDIGO DEL TRABAJO EN MATERIA DE DESCANSO SEMANAL DE TRABAJADORAS DE CASA PARTICULAR
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Jorge Patricio Arancibia Reyes
- INTERVENCIÓN : Soledad Alvear Valenzuela
- INTERVENCIÓN : Guillermo Vasquez Ubeda
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Guillermo Vasquez Ubeda
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Gomez Urrutia
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- DEBATE
- BENEFICIO A DEUDORES DE CRÉDITO UNIVERSITARIO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS REMUNERADOS EN COMUNAS DE MENOR DESARROLLO. INFORME DE COMISIÓN MIXTA.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- DEBATE
- MANTENCIÓN DE BOLETINES OFICIALES DE MINERÍA. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- DEBATE
-
PRÓRROGA DE INCENTIVOS PARA DESARROLLO ECONÓMICO DE REGIONES DE AISÉN Y MAGALLANES Y PROVINCIA DE PALENA, Y MODIFICACIÓN DE LEY DE ZONAS FRANCAS
- VI.
TIEMPO DE VOTACIONES
- RESPALDO A ACUERDOS DE XVIII CUMBRE DE JEFES DE ESTADO Y GOBIERNO SOBRE EDUCACIÓN, DIVERSIDAD, DEFENSA DE LOS DERECHOS Y DESARROLLO INTEGRAL DE LOS JÓVENES. PROYECTO DE ACUERDO
- APOYO A GESTIONES DE GOBIERNO CHILENO ANTE ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN DEFENSA A DERECHO DE AUTOR. PROYECTO DE ACUERDO
- VII.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Hernan Larrain Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Hernan Larrain Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Jaime Orpis Bouchon
-
ESTUDIO EPIDEMIOLÓGICO A VECINOS DE HUALPÉN. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
CONCRECIÓN DE SUBSIDIO A TRANSPORTE REGIONAL. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
PUBLICIDAD ENGAÑOSA DE A.F.P. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
INFORMACIÓN SOBRE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
REALIZACIÓN DE RALLY DAKAR EN CHILE. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIONES DE OFICIO
- ANEXOS SESIÓN
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES GIRARDI, ÁVILA, MUÑOZ BARRA, NAVARRO Y OMINAMI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS EN RESGUARDO DE GLACIARES (6308-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Guido Girardi Lavin
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Roberto Munoz Barra
- Alejandro Navarro Brain
- Carlos Ominami Pascual
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES LETELIER, ESCALONA Y MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE DISCRIMINAR POR LA UTILIZACIÓN DE UN DETERMINADO MEDIO DE PAGO (6309-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Pablo Letelier Morel
- Camilo Escalona Medina
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR ÁVILA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA PENAS PARA DELITO DE USURPACIÓN DE AGUAS (6313-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Nelson Jaime Avila Contreras
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY CON EL OBJETO DE IMPEDIR QUE ANTECEDENTES REFERIDOS A HIJOS DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y LAS DE ORDEN Y SEGURIDAD CONSTITUYAN UNA CONDICIÓN DETERMINANTE EN SU CARRERA PROFESIONAL (6314-02)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE INCORPORA LA REDUCCIÓN, REUTILIZACIÓN Y RECICLAJE COMO PRINCIPIOS ORIENTADORES EN LA PROTECCIÓN AMBIENTAL (6317-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY RELATIVO A PREVENCIÓN DEL ESTRÉS LABORAL Y SUS CONSECUENCIAS EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD (6318-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE UNIFORMA CRITERIOS EN RELACIÓN CON LA ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS (6315-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE PERMITE A CONSEJOS REGIONALES ENTABLAR REQUERIMIENTOS ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (6321-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY RELATIVO A PRESENTACIÓN DE PROYECTOS SOBRE RECICLAJE POR PARTE DE ORGANIZACIONES VECINALES Y COMUNALES (6322-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE UNIFORMA DENOMINACIÓN PARA COMUNA DE TORRES DEL PAINE, EN REGIÓN DE MAGALLANES (6323-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.419, QUE REGULA ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL TABACO, PARA OBLIGAR A LA SEPARACIÓN FÍSICA DE RECINTOS HABILITADOS PARA FUMADORES (6316-11)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE CONDICIONAR LAS COMISIONES, BONOS O INCENTIVO A LAS VENTAS AL OTORGAMIENTO DE CRÉDITO AL CLIENTE O A SU EXTENSIÓN (6319-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE NO DISCRIMINACIÓN EN MATERIA DE REMUNERACIONES DE SERVIDORES PÚBLICOS (6325-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.496 CON EL OBJETO DE ASEGURAR LA TRANSPARENCIA EN COBROS DERIVADOS DE OPERACIONES EN QUE SE OTORQUE CRÉDITO DIRECTO AL CONSUMIDOR (6320-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE PROTECCIÓN DEL DERECHO DE LA IMAGEN PROPIA (6324-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY CREA EL PREMIO NACIONAL DE ARTES POPULARES (6326-04)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE EXCLUYE DE BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LEYES Nºs. 19.606 Y 19.853 A QUIENES HAYAN INCURRIDO EN PRÁCTICAS ANTISINDICALES O INFRACCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES (6327-05)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES BIANCHI, OMINAMI Y VÁSQUEZ, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN QUE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL ELABORE UN ESTUDIO SOBRE RECUPERABILIDAD DE LOS FONDOS DE PENSIONES (S 1135-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- Carlos Ominami Pascual
- Guillermo Vasquez Ubeda
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES PROKURICA, CANTERO, ESCALONA, NÚÑEZ, ORPIS Y ZALDÍVAR, CON EL QUE SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA INCORPORAR A PYMES MINERAS A PROGRAMAS DE APOYO A FAVOR DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, Y LA ADOPCIÓN DE DIVERSAS MEDIDAS EN SU BENEFICIO (S 1136-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Baldo Prokurica Prokurica
- Carlos Cantero Ojeda
- Ricardo Nunez Munoz
- Jaime Orpis Bouchon
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES PROKURICA, ALLAMAND, ARANCIBIA, ESCALONA, GARCÍA, HORVATH, KUSCHEL, LARRAÍN, NÚÑEZ, ORPIS Y ZALDÍVAR, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS QUE PERMITAN QUE UN HOMBRE CASADO PUEDA SER CARGA DE SU MUJER QUE COTIZA EN FONASA (S 1137-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Baldo Prokurica Prokurica
- Andres Allamand Zavala
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Camilo Escalona Medina
- Jose Garcia Ruminot
- Antonio Horvath Kiss
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Hernan Larrain Fernandez
- Ricardo Nunez Munoz
- Jaime Orpis Bouchon
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE UN MECANISMO DE IGUALDAD DE GÉNERO EN CONFORMACIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (6328-07)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE QUE UN FISCALIZADOR O PARLAMENTARIO FISCALICE, INVESTIGUE O INFORME ACTOS EN LOS QUE TUVO RELACIÓN EN EL PASADO (6329-07)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES GIRARDI, ÁVILA, MUÑOZ BARRA, NAVARRO Y OMINAMI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS EN RESGUARDO DE GLACIARES (6308-12)
Notas aclaratorias
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- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 356ª
Sesión 81ª, en martes 23 de diciembre de 2008
Ordinaria
(De 16:14 a 18:46)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES ADOLFO ZALDÍVAR LARRAÍN, PRESIDENTE,
BALDO PROKURICA PROKURICA,VICEPRESIDENTE, Y
HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE
____________________
Í N D I C E
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................
IV. CUENTA...............................................................................................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prorroga incentivos para desarrollo económico de regiones de Aisén y Magallanes y de provincia de Palena, y modifica la ley de zonas francas contenidas en DFL. Nº 2 , de 2001, de Hacienda (6264-27) (se aprueba en particular)
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo 150 del Código del Trabajo, relativo a descanso semanal de trabajadoras de casa particular (5310-13) (se aprueba en general)
Proyecto de ley, en trámite de Comisión Mixta, que otorga beneficios a deudores de crédito universitario que indica por `prestación de servicios remunerados en comunas de menor desarrollo del país (4237-04) (se aprueba su informe)
Proyectos de ley, en trámite de Comisión Mixta, que modifican el Código de Minería con el objeto de mantener la existencia de Boletines Oficiales de Minería y sobre publicaciones ordenadas por dicho Código (4728-08 y 4741-08) (se aprueba su informe conjunto)
VI. TIEMPO DE VOTACIONES:
Respaldo a Acuerdos de XVIII Cumbre de Jefes de Estado y Gobierno sobre educación, diversidad, defensa de los derechos y desarrollo integral de los jóvenes. Proyecto de acuerdo (S 1130-12) (se rechaza)¿¿¿..
Apoyo a gestiones de Gobierno Chileno ante Organización Mundial de Propiedad Intelectual en defensa a derecho de autor. Proyecto de acuerdo (S 1131-12) (se rechaza)
VII. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)
Estudio epidemiológico a vecinos de Hualpén. Oficio (observaciones del Senador señor Navarro)
Concreción de subsido a transporte regional. Oficios (observaciones del Senador señor Navarro)
Publicidad engañosa de A.F.P. Oficio (observaciones del Senador señor Navarro)
Información sobre impacto ambiental de proyectos de generación eléctrica. Oficios (observaciones del Senador señor Navarro)
Realización de Rally Dakar en Chile. Oficios (observaciones del Senador señor Navarro)
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matthei Fornet, Evelyn
--Muñoz Aburto, Pedro
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez Varela, Victor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Vásquez Úbeda, Guillermo
--Zaldívar Larraín, Adolfo
Concurrió, además, la Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer , señora Laura Albornoz Pollmann.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario , el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:14, en presencia de 16 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).- Las actas de las sesiones 78ª y 79ª, ordinarias, en 10 y 16 de diciembre del año en curso, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Cuarenta de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero inicia un proyecto sobre modificación del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, para incorporar la presunción de declaración y no pago de las cotizaciones de salud al sistema de Isapres, y homologar el interés penal y la multa por no pago de tales cotizaciones a los establecidos en el DL. N° 3.500 y en la ley N° 17.322 (boletín N° 6.312-11).
--Pasa a la Comisión de Salud.
Con el segundo retira y hace presente la urgencia, calificada de "discusión inmediata", respecto del proyecto, en segundo trámite constitucional, que prorroga los incentivos para el desarrollo económico de las Regiones de Aisén y de Magallanes y de la provincia de Palena, y modifica la ley de zonas francas, contenida en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2001, del Ministerio de Hacienda (boletín N° 6.264-27).
--Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con los treinta y ocho siguientes retira la urgencia que hizo presente respecto de los siguientes asuntos:
1.- Proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de los Senadores señores Espina, Horvath, Romero y del ex Senador señor Viera-Gallo, para modificar los artículos 15 y 18 de la Carta Fundamental con el objeto de consagrar el sufragio como un derecho de los ciudadanos y su inscripción automática en los Registros Electorales (boletín N° 3.544-07).
2.- Proyecto de ley que establece normas sobre el (boletín N° 6.189-06).
lobby
3.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que exime a la construcción de establecimientos penitenciarios del permiso de la Dirección de Obras Municipales (boletín N° 6.075-14).
4.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de la República de Chile y de Australia (boletín N° 6.220-10).
5.- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señora Alvear y señores Escalona, Girardi y Gómez, que interpreta el artículo 93 del Código Penal excluyendo de la extinción de la responsabilidad penal, por amnistía, indulto o prescripción, a los crímenes y simples delitos que constituyen genocidio, crímenes de lesa humanidad y de guerra, consignados en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes (boletín N° 5.918-07).
6.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Civil y leyes complementarias en materia de sociedad conyugal o comunidad de gananciales, otorgando a la mujer y al marido iguales derechos y obligaciones (boletín Nº 1.707-18).
7.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que regulariza la construcción de bienes urbanos sin recepción definitiva destinados a equipamiento de deporte y salud (boletín Nº 4.304-14).
8.- Proyecto de reforma constitucional, de la Honorable Cámara de Diputados, en materia de gobierno y administración regional (boletín N° 3.436-07).
9.- Proyecto que establece una nueva Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos (boletín N° 5.887-06).
10.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo de San Salvador", adoptado en San Salvador el 17 de noviembre de 1988 y suscrito por Chile el 5 de junio de 2001 (boletín N° 4.087-10).
11.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Guatemala (boletín N° 6.019-10).
12.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba las enmiendas al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su eliminación, adoptadas en la Tercera y Cuarta Reunión de la Conferencia de las Partes, en Ginebra, Suiza, el 22 de de septiembre de 1995 y Kuching, Malasia, el 27 de febrero de 1998 (boletín N° 2.518-10).
13.- Proyecto de ley que crea el Ministerio de Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención del Consumo y Tráfico de Drogas (boletín N° 4.248-06).
14.- Proyecto de reforma constitucional, de la Honorable Cámara de Diputados, en materia de transparencia, modernización del Estado y calidad de la política (boletín N° 4.716-07).
15.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal (boletín N° 5.458-07).
16.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, sobre medidas contra la discriminación (boletín N° 3.815-07).
17.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que regula los derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud (boletín N° 4.398-11).
18.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones en el Código Penal en la regulación de ciertos delitos contra la Administración Pública (boletín N° 5.725-07).
19.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal y el decreto ley N° 321, de 1925, para sancionar el femicidio, aumentar las penas aplicables a este delito y modificar las normas sobre parricidio (boletines números 4.937-18 y 5.308-18, refundidos).
20.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, con el objeto de permitir sufragar a los ciudadanos chilenos residentes en el extranjero en la elección de Presidente de la República (boletín N° 268-07).
21.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2004, referido al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (boletín N° 4.234-03).
22.- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre sistema de compensación y liquidación de instrumentos financieros (boletín N° 5.407-05).
23.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que incorpora a la ley N° 20.063 el combustible gas natural licuado y modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1978, del Ministerio de Minería (boletín N° 6.088-05).
24.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que establece la Ley General de Educación (boletín N° 4.970-04).
25.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 17.336, sobre propiedad intelectual (boletín N° 5.012-03).
26.- Proyecto que crea la Superintendencia de Educación (boletín N° 5.083-04).
27.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que moderniza el Ministerio de Defensa Nacional (boletín N° 3.994-02).
28.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en materia de protección a las remuneraciones (boletín N° 5.434-13).
29.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo para resguardar el derecho a la igualdad en las remuneraciones (boletín Nº 4.356-13).
30- Proyecto, en segundo trámite constitucional, sobre modificación de la ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad (boletín N° 3.875-11).
31.- Proyecto, iniciado en moción de los Senadores señora Matthei y señores Girardi, Kuschel, Ominami y Ruiz-Esquide, para modificar la ley N° 19.451, con el fin de que se determine quiénes pueden ser considerados donantes de órganos y la forma en que pueden manifestar su voluntad (boletín N° 4.999-11).
32.- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece modificaciones a la legislación sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas (boletines N°s 2.973-11, 4.181-11, 4.192-11 y 4.379-11, refundidos).
33.- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señora Matthei y señores Girardi, Kuschel, Ominami y Ruiz-Esquide, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad (boletín Nº 4.921-11).
34.- Proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de planificación urbana (boletín N° 5.719-14).
35.- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 4.808, sobre Registro Civil , estableciendo que el apellido de la madre anteceda al del padre (boletines números 3.810-18 y 4.149-18, refundidos).
36.- Proyecto de ley, en trámite de Comisión Mixta, sobre comercio ilegal (boletín N° 5.069-03).
37.- Proyecto, en trámite de Comisión Mixta, que introduce en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley N° 20.050, que reforma la Constitución Política de la República (boletín N° 3.962-07).
38.- Proyecto, en trámite de Comisión Mixta, que regula tenencia y extravío de equipos y tarjetas de telefonía móvil con el objeto de prevenir su uso en hechos delictivos (boletín Nº 4.523-15).
--Quedan retiradas las urgencias y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Tres de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que aprobó en los mismos términos en que lo hiciera el Senado el proyecto sobre contrato especial de los tripulantes de vuelo y tripulantes auxiliares de aeronaves comerciales de pasajeros y carga (boletín N° 5.820-13).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la República.
Con los dos siguientes comunica que ha prestado su aprobación a los siguientes asuntos:
1.- Proyecto de acuerdo aprobatorio del Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de la República de Chile y de Australia (boletín N° 6.220-10).
--Pasa a las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda.
2.- Proyecto que suspende por cuatro años la aplicación del artículo 3° transitorio de la ley N° 20.158 (boletín N° 6.195-04).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Tres del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Con los dos primeros remite copia autorizada de igual número de sentencias recaídas en las acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad formuladas en contra de los artículos 149 del Código Procesal Penal y 4° de la ley N° 19.260.
--Se toma conocimiento.
Con el tercero remite copia autorizada del requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad formulado en contra del numeral 1° del artículo 459 del Código Penal.
--Se toma conocimiento y se remiten los antecedentes a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Dos del señor Contralor General de la República:
Con el primero da respuesta a un oficio cursado en nombre del Senador señor García, relativo a la realización de una auditoría al proyecto "Deporte Formativo, Difusión Regional", asignado en 2004 al Consejo de Deportes de la comuna de Pitrufquén.
Con el segundo responde un oficio expedido en nombre del Senador señor Allamand, acerca del acto de colocación de la primera piedra del nuevo puente San Pedro, en Osorno.
Del señor Ministro de Obras Públicas , mediante el cual contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Kuschel, referido a la mala calidad y diseño de las obras que se desarrollan para proteger el río Chaitén.
Del señor Director General de Aeronáutica Civil , con el que responde un oficio remitido en nombre del Senador señor Gómez, referente al trato que recibe el personal de las líneas aéreas de parte de los pasajeros y al resguardo de los derechos de estos últimos.
De la señora Directora Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal , a través del cual contesta un oficio expedido en nombre del Senador señor Horvath, tocante a las medidas para salvaguardar el Parque Nacional Laguna San Rafael en caso de efectuarse el proyecto de las centrales hidroeléctricas de la empresa Hidroaysén.
De la señora Superintendenta de Servicios Sanitarios, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Núñez, respecto de la caducidad de la concesión de servicios sanitarios de la empresa Aguas Chañar S.A., en la Región de Atacama.
Del señor Superintendente de Electricidad y Combustibles subrogante, mediante el cual contesta un oficio cursado en nombre del Senador señor Girardi, referido a la construcción de un túnel en la zona en que se emplazaría la casa de máquinas de la central Baker 1, de la empresa Hidroaysén.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que prorroga los incentivos para el desarrollo económico de las Regiones de Aysén y de Magallanes y de la provincia de Palena, y modifica la ley de zonas francas, contenida en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2001, del Ministerio de Hacienda, con urgencia calificada de "discusión inmediata" (boletín N° 6.264-27)).
Segundo informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo, e informe de la Comisión de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regulariza la construcción de bienes urbanos sin recepción definitiva destinados a equipamiento de deporte y salud (boletín Nº 4.304-14).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Senadores señores Girardi, Ávila, Muñoz Barra, Navarro y Ominami, con la que inician un proyecto de ley que establece normas en resguardo de los glaciares (boletín N° 6.308-12).
--Pasa a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
De los Senadores señores Letelier, Escalona y Muñoz Aburto, por medio de la cual inician un proyecto que prohíbe discriminar por la utilización de un determinado medio de pago (boletín N° 6.309-03).
-- Pasa a la Comisión de Economía.
Del Senador señor Ávila, con la que inicia un proyecto de ley que aumenta las penas para el delito de usurpación de aguas (boletín N° 6.313-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Tres de los Senadores señores Muñoz Aburto y Letelier:
Con la primera inician un proyecto con el objeto de impedir que los antecedentes referidos a los hijos del personal de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad constituyan una condición determinante en su carrera profesional (boletín N° 6.314-02).
--Pasa a la Comisión de Defensa Nacional.
Con la segunda inician un proyecto de reforma constitucional que incorpora la reducción, reutilización y reciclaje como principios orientadores en la protección ambiental (boletín N° 6.317-12).
--Pasa a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
Con la tercera inician un proyecto relativo a la prevención del estrés laboral y sus consecuencias en materia de productividad (boletín N° 6.318-13).
--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Once del Honorable señor Muñoz Aburto:
Con la primera inicia un proyecto de ley que uniforma criterios en relación con la acreditación de la identidad de las personas (boletín N° 6.315-06).
Con la segunda inicia un proyecto de reforma constitucional que permite a los Consejos Regionales entablar requerimientos ante el Tribunal Constitucional (boletín N° 6.321-06).
Con la tercera inicia un proyecto de ley relativo a la presentación de proyectos sobre reciclaje por parte de las organizaciones vecinales y comunales (boletín N° 6.322-06).
Con la cuarta inicia un proyecto de ley que uniforma la denominación para la comuna de Torres del Paine, en la Región de Magallanes (boletín N° 6.323-06).
--Pasan a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
Con la quinta inicia un proyecto que modifica la ley N° 19.419, que regula las actividades relacionadas con el tabaco, obligando a la separación física de los recintos habilitados para fumadores (boletín N° 6.316-11).
--Pasa a la Comisión de Salud.
Con la sexta inicia un proyecto de ley que prohíbe condicionar las comisiones, bonos o incentivo a las ventas, al otorgamiento de crédito al cliente o a su extensión (boletín N° 6.319-13).
Con la séptima inicia un proyecto de reforma constitucional sobre no discriminación en materia de remuneraciones de los servidores públicos (boletín N° 6.325-13).
--Pasan a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Con la octava inicia un proyecto que modifica la ley N° 19.496, con el objeto de asegurar la transparencia en los cobros derivados de operaciones en que se otorgue crédito directo al consumidor (boletín N° 6.320-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
Con la novena inicia un proyecto de reforma constitucional sobre protección del derecho a la imagen propia (boletín N° 6.324-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Con la décima inicia un proyecto de ley que crea el Premio Nacional de las Artes Populares (boletín N° 6.326-04).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Con la undécima inicia un proyecto que excluye de los beneficios establecidos en las leyes números 19.606 y 19.853 a quienes hayan incurrido en prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores (boletín N° 6.327-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.
Proyectos de acuerdo
De los Senadores señores Bianchi, Ominami y Vásquez, mediante el cual solicitan que la Biblioteca del Congreso Nacional elabore un estudio sobre recuperabilidad de los fondos de pensiones (boletín N° S 1.135-12).
--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
De los Senadores señores Prokurica, Cantero, Escalona, Núñez, Orpis y Zaldívar, en que solicitan a Su Excelencia la Presidenta de la República incorporar a las pymes mineras a los programas de apoyo en favor de las pequeñas y medianas empresas, y la adopción de diversas medidas en su beneficio (boletín N° S 1.136-12).
--Pasa a la Comisión de Minería y Energía.
De los Senadores señores Prokurica, Allamand, Arancibia, Escalona, García, Horvath, Kuschel, Larraín, Núñez, Orpis y Zaldívar, mediante el cual solicitan a Su Excelencia la Presidenta de la República la adopción de medidas que permitan que un hombre casado pueda ser carga de su mujer que cotiza en FONASA (boletín N° S 1.137-12).
--Pasa a la Comisión de Salud.
Solicitud de permiso constitucional
Del Senador señor Flores, para ausentarse del país a partir del del día 18 de diciembre de 2008.
--Se otorga.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).- Terminada la Cuenta.
V. ORDEN DEL DÍA
PRÓRROGA DE INCENTIVOS PARA DESARROLLO ECONÓMICO DE REGIONES DE AISÉN Y MAGALLANES Y PROVINCIA DE PALENA, Y MODIFICACIÓN DE LEY DE ZONAS FRANCAS
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
En el primer lugar de la tabla figura el proyecto, en segundo trámite constitucional, sobre prorroga de incentivos para el desarrollo económico de las Regiones de Aisén y Magallanes y de la provincia de Palena, y modifica la ley de zonas francas contenida en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2001, del Ministerio de Hacienda, con segundo informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (6264-27) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 80ª, en 17 de diciembre de 2008.
Informes de Comisión:
Hacienda, sesión 80ª, en 17 de diciembre de 2008.
Hacienda (segundo), sesión 81ª, en 23 de diciembre de 2008.
Discusión:
Sesión 80ª, en 17 de diciembre de 2008 (se aprueba en general).
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El proyecto fue aprobado en general en sesión del miércoles 17 del mes en curso.
La Comisión deja testimonio en su informe de la presentación de varias indicaciones por parte del Senador señor Horvath y de los Honorables señores Bianchi y Muñoz Aburto. Sin embargo, estos últimos, luego del debate habido, resolvieron retirar las suyas, mientras que las primeras fueron declaradas inadmisibles por su Presidente .
En consecuencia, la Comisión propone a la Sala, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Matthei y señores Frei, García y Muñoz Aburto, aprobar la iniciativa tal como fue despachada en general.
El texto pertinente se transcribe en el informe que Sus Señorías tienen en sus escritorios.
Con todo, la Comisión deja constancia de que el Ejecutivo se comprometió a realizar las gestiones necesarias para que se implemente lo siguiente:
a) Mejor uso de los recursos que se reciban por concepto de la Zona Franca de Punta Arenas;
b) Transparencia y control del proyecto laboral que las empresas deben presentar para ser beneficiarias del crédito tributario; y
c) Estudio del establecimiento de sanciones, en los beneficios tributarios que se otorgan, para aquellos contribuyentes que incurran en prácticas antisindicales.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
En discusión particular.
Tiene la palabra el Senador señor Bianchi y después...
El señor PIZARRO.-
¿Me permite, señor Presidente? Deseo referirme a otra materia.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Sé lo que va a plantear, señor Senador, pero concluyamos primero el tratamiento de la iniciativa en debate. Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Señor Presidente, como ha manifestado el señor Secretario, presentamos algunas indicaciones con el Senador señor Muñoz Aburto. Pero hoy en la Comisión de Hacienda, que preside el Honorable señor Frei, llegamos a acuerdo con el Ejecutivo a fin de que este, en un plazo prudente, de aquí a un par de meses -tal vez en marzo-, haga llegar una fórmula para que el 28 por ciento de lo que vende la Zona Franca de Punta Arenas no vaya, como estaba estipulado, al gobierno regional sino que sea distribuido a los municipios de la Regiones de Aisén y Magallanes.
Ese fue uno de los acuerdos. Seguramente el Senador señor Muñoz Aburto hará uso de la palabra para señalar los otros.
Los representantes del Gobierno solicitaron que esto no se hiciera por escrito. Por lo tanto, vamos a creer absolutamente en la palabra comprometida. Como he dicho, se trata de acordar un mecanismo para que los ingresos por concepto de ventas en zona franca sean distribuidos en los distintos municipios. Esto refleja, además, la deficiencia del gobierno regional -por lo menos, del de Magallanes- con respecto al uso de sus recursos. A tan pocos días de finalizar el año, se ha ejecutado solo hasta 68 por ciento. No es la primera vez que ello ocurre. Esto ha venido sucediendo en el último tiempo. Por lo tanto, creíamos que si esos dineros pasaban al gobierno regional, el Gobierno central los eliminaría a través del FNDR.
En consecuencia, por haber acogido el Ejecutivo esa propuesta, más aquellas a que hará mención el Honorable colega, nosotros decidimos retirar las indicaciones, ya que hemos quedado conformes con lo convenido.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO.-
Señor Presidente, hoy en la mañana el Ejecutivo ratificó en la Comisión una conversación que sostuve con la Subsecretaria de Hacienda, quien manifestó que en los próximos meses -más concretamente, en marzo del próximo año- iba a enviar un proyecto de ley que contendría, entre otras disposiciones, una con la finalidad de que aquellas empresas sancionadas o condenadas por prácticas antisindicales no puedan acceder a los beneficios establecidos en las leyes de excepción que favorecen al desarrollo de las zonas extremas, como la bonificación a la contratación de mano de obra; la llamada "Ley Austral", que crea incentivos para el desarrollo de Aisén, Palena y Magallanes ; la bonificación a la inversión, más conocida como DFL Nº 15, u otros textos legales que ayudan al desarrollo de regiones extremas como Magallanes y Aisén .
En relación con la segunda indicación que presenté en conjunto con el Senador señor Bianchi , donde se pide demostrar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9° de la ley, que obliga a las empresas a presentar un proyecto laboral que contemple su política de remuneraciones, de capacitación y de seguridad laboral, también se conversó con la Subsecretaria de Hacienda y espero que los gobiernos regionales exijan que los empleadores efectúen dicha presentación ante la Dirección del Trabajo.
En todo caso, si lo anterior no quedara reglamentado debidamente, el Ejecutivo se comprometió a hacerlo a propósito del proyecto de ley miscelánea que ingresará en los próximos meses.
Confiamos plenamente en la palabra empeñada por la Subsecretaria de Hacienda y por eso con el Honorable señor Bianchi retiramos nuestras indicaciones, pues nos parece serio y responsable que el Ejecutivo realice un estudio acerca de la mejor forma de repartir entre los municipios los recursos provenientes de la Zona Franca. Como ya se dijo aquí, lo más importante es que ellos queden en la Región y, mejor aún, exista la obligación de repartirlos entre las diversas comunas de la Región de Magallanes y del área de extensión de la Zona Franca, que es la Región de Aisén.
Por supuesto, votaré favorablemente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en particular el proyecto (24 votos), y queda despachado en este trámite.
Votaron favorablemente las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Bianchi, Chadwick, Coloma, Escalona, Frei, García, Gómez, Kuschel, Larraín, Letelier, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, como no hubo reunión de Comités -mi intención era plantearlo ahí-, quiero solicitar a la Mesa no tratar en esta ocasión el asunto que aparece en el tercer lugar del Orden del Día, correspondiente al proyecto de reforma constitucional que consagra el sufragio como un derecho de los ciudadanos y la inscripción automática de estos en los Registros Electorales, y dejarlo derechamente para la primera semana de enero.
Eso nos permitiría despachar las materias que figuran entre los números 4 a 7, algunas de ellas muy importantes, y de ese modo descargar bastante la tabla.
El señor LETELIER .-
¿Qué pasaría con el proyecto que se encuentra en segundo lugar?
El señor PIZARRO.-
Lo veríamos ahora, obviamente.
La idea es saltarse el que figura con el número 3 y dejarlo -repito- para la primera semana de enero, que es, por lo demás, lo que se conversó con otros Comités.
El señor COLOMA .-
¿Para despacharlo en esa oportunidad?
El señor PIZARRO.-
Para agotar su discusión.
Entiendo que quedan varios Senadores inscritos y, una vez que intervenga el último de ellos, procederíamos a votarlo.
Así que, señor Presidente, le pido que recabe el asentimiento de la Sala para modificar el Orden del Día en el sentido que he indicado.
Aparte, quiero aprovechar de hacer una consulta de carácter práctico al señor Secretario.
Nos acaban de entregar una circular en que se comunica que, por orden suya, señor Presidente, los edificios de la Corporación permanecerán cerrados el viernes 26 de diciembre y el viernes 2 de enero. Me imagino que eso responde a un acuerdo con las asociaciones de funcionarios o algo así.
Mi pregunta es si se podrán ocupar las oficinas, porque tengo programadas reuniones de trabajo para esos días en el recinto de Santiago y me gustaría saber en qué situación van a quedar.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
La circular, señor Senador , da cumplimiento a un acuerdo adoptado por nuestra Comisión de Régimen Interior. Y la Cámara de Diputados resolvió exactamente lo mismo.
El señor PIZARRO .-
O sea, los edificios van a permanecer totalmente cerrados.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Así es.
En cuanto a la petición de Su Señoría respecto a modificar la tabla, recabo el asentimiento de la Sala.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, no tengo inconveniente en acceder a la solicitud del Senador señor Pizarro -ello permitiría despachar hoy varios de los asuntos que figuran en el Orden del Día-, siempre y cuando el proyecto de reforma constitucional sea discutido, votado y despachado el martes 6 de enero.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Me informan que quedan 14 oradores inscritos, los cuales querrán intervenir con la misma extensión con que ya lo hicieron los anteriores, de manera que no sé si estaríamos en condiciones de despachar la iniciativa ese día. Sí sería posible colocarla en el primer lugar de la tabla.
El señor ESPINA.-
Con eso me basta, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, me sumo a la petición del Senador señor Espina.
Sin embargo, pido una consideración especial a la Mesa y a la Sala por quienes nos preocupamos del tema de los deudores habitacionales con el fin de despachar en el día de hoy el proyecto que figura en el duodécimo lugar de la tabla, cuya aprobación requiere gran urgencia.
En términos prácticos, la iniciativa permite que las mujeres separadas, en particular las que son deudoras PET, se acojan a la renegociación de créditos con el Banco del Estado. Fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Vivienda y es importante despacharla luego, porque los plazos están venciendo.
Por desgracia, hoy en día nuestra legislación considera incapaces a las mujeres casadas para repactar sus deudas sin la firma del cónyuge. Y con la aprobación de este proyecto sí lo podrían hacer.
La iniciativa beneficia al 30 por ciento de los deudores PET, haciendo posible, como digo, la renegociación de sus créditos.
Por eso, solicito que sea vista a continuación del proyecto signado con el número 2, relativo al descanso semanal de las trabajadoras de casa particular.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
No tengo objeción.
No obstante, pido que resolvamos primero la petición formulada por el Senador señor Pizarro .
El proyecto de reforma constitucional quedaría para ser tratado el martes 6 de enero, con la condición -planteada por el Honorable señor Espina- de que sea puesto en el primer lugar de la tabla de ese día.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Por lo tanto, la iniciativa que consagra el sufragio como un derecho de los ciudadanos y la inscripción automática de estos en los Registros Electorales queda retirada del Orden del Día de esta sesión para ser ubicada en el primer lugar de la tabla del martes 6 de enero.
Pasamos al siguiente asunto.
ENMIENDA DE CÓDIGO DEL TRABAJO EN MATERIA DE DESCANSO SEMANAL DE TRABAJADORAS DE CASA PARTICULAR
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo 150 del Código del Trabajo, relativo al descanso semanal de las trabajadoras de casa particular, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (5310-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 62ª, en 28 de octubre de 2008.
Informe de Comisión:
Trabajo, sesión 79ª, en 16 de diciembre de 2008.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la iniciativa es incorporar un régimen de descanso en días festivos para los trabajadores y las trabajadoras de casa particular que vivan en la casa del empleador, permitiendo que las partes pacten que dicho descanso se efectúe en un día distinto, dentro de los 90 días siguientes al respectivo feriado.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió el proyecto tanto en general cuanto en particular, por constar de artículo único, y le dio su aprobación, por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señores Allamand, Letelier, Muñoz Aburto, Pérez Varela y Sabag), en los mismos términos en que lo despachó la Honorable Cámara de Diputados.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
En discusión general y particular la iniciativa.
Le voy a dar la palabra en primer lugar, como corresponde, a la señora Ministra.
La señora ALBORNOZ ( Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer ).-
Señor Presidente, voy a intervenir muy brevemente acerca de este proyecto de ley, que reconoce el derecho a descanso en días feriados a las trabajadoras de casa particular puertas adentro y que no alcanzó a verse la semana pasada.
Se trata de una iniciativa bastante concisa, mediante la cual intentamos -y en esto hemos mantenido una sola línea en el Gobierno- hacernos cargo de otra de las discriminaciones que afectan a las mujeres en el ámbito laboral. Así procedimos en materia de derecho de alimentación y lo estamos haciendo también en lo que dice relación a la brecha salarial.
En Chile, el 14,3 por ciento de las mujeres que se encuentran ocupadas -es decir, 350 mil 551- se dedica al trabajo doméstico remunerado. De ellas, un porcentaje no menor, cercano a 14 por ciento, corresponde a las denominadas "trabajadoras puertas adentro", quienes aún permanecen sujetas a un estatuto jurídico discriminatorio que les reconoce menos derechos que al resto de los trabajadores, pero que desde 1990 se comenzó a modificar.
A continuación, y solo como antecedente, me permitiré recordar, de modo muy sintético, las reformas que se han promovido para equilibrar su situación con la de los demás trabajadores.
En 1990, se les otorgó una indemnización por despido a todo evento.
En 1993, se les amplió el descanso absoluto y se les fijó, por primera vez, una remuneración mínima en dinero respecto de las trabajadoras puertas afuera.
En 1998, se les otorgó fuero maternal.
Y este 2008, la reforma al sistema de pensiones y la ley que reajusta el ingreso mínimo mensual igualaron su remuneración y sus cotizaciones mínimas, escalonadamente hasta el año 2011, con las del resto de la fuerza laboral.
Por esas razones y con el fin de seguir avanzando en nivelar los derechos de las trabajadoras de casa particular, en especial los de aquellas que cumplen funciones puertas adentro, el Ejecutivo le dio inmediato apoyo a esta iniciativa de la Diputada señora Denise Pascal Allende.
En todo caso, señor Presidente , quiero precisar que el texto aprobado, sin afectar el reconocimiento del derecho a descansar los festivos, contempla mecanismos adicionales para que, previo acuerdo con el empleador, la trabajadora eventualmente se tome dicho descanso en una fecha distinta, no más allá de los 90 días siguientes al feriado respectivo.
En el mismo sentido de otorgar un derecho y cautelar su ejercicio, se prohíbe compensar en dinero ese descanso, con el objeto de estimular que tal derecho se ejerza de manera efectiva. No obstante, es importante destacar que se autoriza su pago en caso de que la relación laboral termine anticipadamente, como en la actualidad sucede con las vacaciones.
Por las razones que he expuesto -muy sucintamente, como dije al principio-, en nombre del Ejecutivo solicito al Honorable Senado que tenga a bien aprobar el proyecto.
Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, coincido con la señora Ministra en que esta moción, presentada por varios señores Diputados, realmente constituye un aporte al perfeccionamiento de la legislación que rige a las trabajadoras de casa particular, en primer lugar porque corrige una discriminación carente de fundamento.
Según entiendo, la trabajadora de casa particular que no vive en la casa del empleador, o sea, que presta servicios bajo la modalidad llamada "puertas afuera", tiene derecho a los días festivos que declara la ley. No así aquella que vive en la casa donde labora.
Resulta absolutamente arbitrario que para la inmensa mayoría de los chilenos los festivos tengan tal carácter y, en cambio, la persona que se desempeña y vive en la misma casa de su empleador no goce de un derecho tan elemental como el de utilizar esos días para descansar, al igual que el resto de los trabajadores.
Por lo tanto, la normativa que nos ocupa establece, ante todo, un principio de igualdad y no de discriminación, como sucede ahora.
Pero creo que tan inteligente como la disposición señalada es la alternativa que se plantea, porque permite a la trabajadora utilizar mejor el feriado. En efecto, la letra b) del texto sustitutivo del inciso segundo del artículo 150 establece que, con anterioridad a su ocurrencia, podrá pactar con el empleador no utilizar como descanso el festivo que declare la ley, sino permutarlo por otra fecha que le resulte más útil dentro de los tres meses posteriores, para, por ejemplo, acumular varios días seguidos. Cabe recordar que tiene derecho a un día completo de descanso a la semana, el que puede ser fraccionado.
Entonces, quizás a una trabajadora que le corresponda libre el domingo le sea mucho más conveniente, de común acuerdo con su empleador, trasladar el feriado de un miércoles para un lunes, para disponer de dos días seguidos y tener mayor descanso que si lo usara en mitad de semana.
Pero, además, dicha norma establece que tal derecho se deberá ejercer dentro de los 90 días siguientes al festivo, con el propósito de que este no se transforme en una utopía.
Señor Presidente , creo que el proyecto apunta a un problema social real y merece ser valorado en toda su dimensión, pues corrige una situación que no se justifica e incluye una alternativa muy inteligente, que sin duda representa un avance en la legislación que rige hoy a las trabajadoras de casa particular.
Por eso, votaré a favor entusiastamente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, de la lectura del informe y también de conversaciones sostenidas con trabajadoras de casa particular se desprende que la iniciativa resuelve uno de los problemas que las afectan. Hay muchos otros que todavía persisten, en especial por su régimen laboral y la dificultad que conlleva el fiscalizarlo. Pero ¡cómo se va a fiscalizar a miles y miles de personas! ¡Cómo se van a traspasar las puertas de tantos hogares para establecer si ellas disponen de un descanso mínimo diario de 12 horas, con no menos de 9 horas ininterrumpidas entre el término de una jornada y el inicio de la siguiente cuando duermen en la casa del empleador!
La verdad es que todos sabemos que eso no ocurre; que, en definitiva, su quehacer termina tarde en la noche y parte muy temprano en la mañana; que no cuentan con 9 horas ininterrumpidas de descanso y que, por lo tanto, su régimen de trabajo va a la par con el de la familia, que también es intenso, por las actividades de los niños, en fin. O sea, sus funciones equivalen -digámoslo francamente- a las de una madre en una sociedad moderna, donde la inmensa mayoría de las mujeres profesionales cuenta con una trabajadora de casa particular. Y es ella la que pasa más horas durante el día con los niños, incluso, más que la madre o el padre. En consecuencia, se transforma en una madre sustituta; es decir, una segunda madre, porque vela por sus derechos y atiende todas sus necesidades.
Repito: se convierte, en los hechos, en una madre sustituta.
En definitiva, a dichas trabajadoras se les delega una función que la Constitución entrega a los padres, cual es el cuidado de los hijos y un número importante de decisiones. Y si bien puede haber variaciones que dependen del tipo de empleador o empleadora, sin duda, todas las rigideces o disminuciones se hacen con relación a ciertos criterios de verdad.
Quienes prestan tales servicios perciben una remuneración especial mínima. Sus condiciones de trabajo no son las mismas que una mujer que labora en una fuente de soda o en un packing. O sea, ganan menos y sus cotizaciones previsionales son bajas.
Se dice que un número importante de mujeres trabajadoras que no reciben grandes sueldos deben contratar a una empleada de casa particular y, por lo tanto, es imposible que esta gane lo mismo que aquella profesional. Ello es comprensible, de otro modo no se entendería.
En tal sentido, la corrección tendiente a establecer que se utilice en forma efectiva el día festivo es extraordinaria e importante. Sin embargo, debo hacer dos observaciones.
He conversado el punto con la señora Ministra y he presentado dos indicaciones.
La primera dice relación al tiempo durante el cual pueden acumularse estos festivos. El proyecto propone 90 días. Por su parte, el informe señala que en un principio las propias dirigentas consideraron que era un lapso demasiado largo. La justificación es que les conviene acumularlos porque muchas no son de la Región donde prestan servicios. Y se fijó como tope ese plazo para hacer uso de ellos, lo cual es razonable. Pero luego se establece que si el beneficio no se usa caduca.
En verdad este es un punto que a mí me preocupa.
Siempre hemos sostenido que algunos beneficios son irrenunciables, como las vacaciones. Estas no se pueden compensar con dinero, hay que tomarlas de verdad. Y si, por ejemplo, en la Administración Pública alguien no hace uso de ellas, se pierden. Sin embargo, siempre es posible llegar a acuerdo para que se cumplan. No es dable decir que caducan.
Yo no he leído en un texto distinto del que nos ocupa algo similar. Me puedo equivocar y, por ello, le pido a la señora Ministra o a los connotados colegas que son abogados en materias laborales que nos señalen en qué otra cláusula contractual, referida a otras tareas profesionales u oficios, se establece que el beneficio caduca, tal como lo hace el proyecto de ley en comento.
¡Si no se usa, caduca! Eso me preocupa. Puede prestarse para arbitrariedades. En definitiva, es posible que no haya acuerdo para hacer efectivo el ejercicio del derecho en los 90 días, ya sea porque deba realizarse un viaje muy largo o porque coincidan unas fechas con otras.
Pascua, Año Nuevo y Semana Santa son los próximos feriados. Y entre estos dos últimos hay una distancia enorme: más de 90 días, más de tres meses continuos, por lo que dicho lapso resulta insuficiente para acumular los festivos.
El hecho de que estos no se puedan tomar y caduquen significa que entregamos un beneficio y, a la vez, establecemos su término, la caducidad de aquel.
A mi juicio, si vamos a otorgar este derecho debemos hacerlo de manera plena y concreta. O sea, al existir acuerdo con el empleador, que se pueda hacer uso de él en las condiciones que pacten las partes y que, si surge una diferencia, no caduque.
Atendida la naturaleza propia del trabajo de que se trata, si no se llega a acuerdo entre las partes se produce la renuncia, porque en el desarrollo de dicha labor se requiere que exista mucha familiaridad, mucha cercanía. Cuando surge alguna diferencia que se torna insalvable, por ejemplo -en caso de que el proyecto sea aprobado en los términos actuales-, si el empleador o la empleadora le caduca el beneficio a la trabajadora, probablemente ese vínculo, que es muy familiar, se haga insoportable y dé origen a la terminación del contrato.
Sin embargo, el legislador debe cautelar que los derechos se cumplan y que no haya cláusulas que entorpezcan el libre desempeño de la relación contractual. Y estimo que el concepto empleado, esto es, que el derecho caduca si no se usa, ayuda más bien a entorpecer que a aclarar.
En cuanto a los 90 días, presenté una indicación después de haber leído un primer informe anterior. Ahora, la señora Ministra me comunica que el punto fue visto con las dirigentas del gremio y que se llegó al acuerdo de fijar ese plazo. No obstante, lo que me ha hecho darle una vuelta al asunto son los próximos feriados: Pascua, Año Nuevo y Semana Santa, pues entre estos dos últimos existe un margen de tiempo que supera los 90 días. Por tanto, es un límite que debiéramos revisar.
En lo que respecta a la protección de estas trabajadoras, a la posibilidad de organizarse, es posible que negocien colectivamente. Si bien hay sindicatos y organizaciones, considero que el Estado debe fortalecer estas últimas. Los empleadores tampoco cuentan con una organización colectiva que los agrupe.
En definitiva, no hay un ente que asista de buen modo a quienes realizan tales labores ni tampoco existen muchas posibilidades de que se organicen para ejercer sus derechos, para capacitarse, para aspirar a elevar sus condiciones e incrementar sus sueldos.
Una trabajadora de casa particular que lleva 10 ó 15 años con una familia muchas veces llega con tercero medio. Sin embargo, puede seguir estudiando y sacar el cuarto medio y, posteriormente, por ejemplo, especializarse para cuidar enfermos, y así se va superando. En ese sentido, debe existir un régimen que le permita a aquella, que lleva muchos años con una familia (20, en algunos casos), ser respaldada por el contrato y que no solo dependa de la buena voluntad del empleador, del patrón o la patrona.
En los trabajos contractuales de índole natural, hay capacitación, acumulación de experiencia y, por tanto, posibilidad de mejorar en el tiempo.
Se han realizado -no sé si a través del SERNAM u otra institución- cursos de capacitación. En este momento no tengo la información a mano. Sin embargo, a estas trabajadoras les es difícil estudiar dada la particularidad de su labor, pues, tal como dije, se transforman en la mamá, en la segunda madre de los niños, y les dedican todo su tiempo. Se trata de una sustitución de roles. Y tal condición merece un reconocimiento muy especial. Esto último no se nota en el sueldo -es bajo- ni tampoco se advierte en las condiciones que se les ofrece para desarrollarse.
He compartido con ellas algunos aniversarios y, tal como señala el informe, se preguntan si tienen derecho a pololear, a mantener una vida de pareja, porque de lunes a domingo no pueden salir; se hallan en un régimen -por así decirlo- de semiesclavitud: pernoctan en la casa del empleador. Y, seamos francos estimados Senadores, la jornada de trabajo no es de 12 horas diarias ni tampoco gozan de 9 horas ininterrumpidas de descanso. El tiempo límite que deben cumplir es mucho mayor en el primer caso, y menor, en el segundo.
En tal sentido existen buenos empleadores, respetuosos, que integran a la trabajadora como parte de la familia y comen con ella en una misma mesa. Pero hay quienes también, dada esta legislación dura, utilizan la normativa para mantener una condición muy diferenciada y discriminatoria con respecto a otros trabajadores que cumplen funciones igualmente muy importantes y productivas.
Aquí se da la misma situación que mencionamos cuando defendimos el rol de la mujer. Hay tareas que son invaluables: ¿Cuánto vale cuidar a los hijos, reemplazar a la madre en el hogar? ¿Cuál es el valor de ese trabajo? ¿Cuál es su cuantía? ¿Cómo se calibra?
Por eso, señor Presidente , he presentado las indicaciones. He conversado con la señora Ministra y estoy abierto a revisarlas para no entorpecer la tramitación del proyecto. Pero sería bueno, para la historia fidedigna de la ley -como acostumbran decir algunos colegas- y también para enriquecer el debate, que se recojan las observaciones que he planteado.
La cifras señalan que más de 350 mil mujeres trabajan en casas particulares. De ellas, alrededor de 44 mil lo hacen bajo la modalidad de puertas adentro. Si bien la inmensa mayoría se desempeña puertas afuera, las observaciones que he formulado también son válidas para estas y van a quedar pendientes.
Por otra parte, deseo hacer un par de preguntas a los colegas de la Comisión de Trabajo: ¿Existe un seguro de cesantía asociado a las trabajadoras de casa particular? Y, si lo hay, ¿opera del mismo modo que en otros casos?
El señor ESPINA.-
¡Sí!
El señor NAVARRO.-
Lo digo por el tema del ahorro.
Me gustaría que existiera dicho seguro, pues la crisis viene dura para el 2009, según sostienen especialistas como Vittorio Corbo y la mayoría de los economistas internacionales. En definitiva, se verán más afectados los sectores más precarios del empleo. ¿Porque saben lo que va a pasar? Cuando empieza a fallar la pega, cuando hay disminución de los ingresos, cuando la familia se aprieta y la mujer pierde su ocupación, tampoco le puede pagar a la trabajadora de casa particular, y esta tiene que salir. Se trata de un despido no deseado pero forzado. Por lo tanto, si existe un sueldo menor, hay un ahorro menor para el seguro de desempleo.
Sé que la Presidenta posee un gran compromiso, una gran sensibilidad con el tema del género. Siento que una gran contribución en cuanto a la focalización de subsidios para el 2009, en especial para retener empleos, sería la entrega de subsidios directos a aquellas mujeres que han contratado a una trabajadora de casa particular, a fin de que no la despidan, aunque haya un período de vacas flacas. Porque contamos con una forma de subsidio directo o indirecto para fortalecer este tipo de empleo tan importante: 350 mil trabajadoras de casa particular.
Con las observaciones expuestas, votaré a favor del proyecto.
En cuanto a las indicaciones, la relativa al plazo -no me parece el más adecuado- para hacer uso del derecho, la podemos retirar. Y la referida a la caducidad de este último, si no hay una buena explicación, la mantendré, porque no es dable otorgar un derecho -en este caso, al descanso en días festivos- y establecer su caducidad si no existe acuerdo dentro del período legal contemplado al efecto. Ello debilita el derecho que se concede.
He dicho.
¡Patagonia sin represas, señor Presidente!
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Señor Presidente, desde ya, anuncio mi voto favorable. Pero quiero hacer dos consultas a la señora Ministra.
Una dice relación a que todos los Senadores que me han antecedido en el uso de la palabra han hablado solo de "las trabajadoras" de casas particulares. ¿No hay trabajadores hombres en casas particulares?
El señor LETELIER .-
La mayoría son mujeres.
El señor BIANCHI.-
Yo creo que los hay.
Ahora bien, el proyecto -y esa es la consulta- está focalizado hacia la mujer asesora de hogar que trabaja puertas adentro. No sé si llamarla discriminación, pero sí hay una omisión respecto de quienes desarrollan una actividad que...
El señor VÁSQUEZ.-
Dice: "los trabajadores".
El señor BIANCHI.-
Efectivamente. Pero en la suma del proyecto se hace mención al "descanso semanal de las trabajadoras de casa particular".
El señor LETELIER .-
El lenguaje obliga a que se hable de "trabajadoras".
El señor BIANCHI.-
Planteo este asunto a la Ministra, a fin de que el proyecto quede abierto tanto a los hombres como a las mujeres que desarrollan la misma actividad.
En segundo término, si a quien labora puertas adentro -lo señalo a modo de consulta, pues no lo tengo claro- se le otorga una licencia médica, ¿puede cumplirla dentro de la casa donde trabaja? Porque muchas de esas personas, mujeres u hombres, por lo general viven en localidades o lugares lejanos a aquel donde prestan servicios. Por lo tanto, sería bueno saber si es posible que hagan uso de la licencia médica dentro del hogar donde desarrolla su actividad.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente, sin ser mi responsabilidad, deseo partir asumiendo una consulta del Senador señor Bianchi.
El problema es que, como vivimos en una sociedad machista, estamos acostumbrados a que se hable en masculino, aunque ello resulta erróneo. Porque, de acuerdo con la Real Academia Española de la Lengua, hay que hablar en el género de la mayoría existente o presente. Eso es lo que dicha institución plantea. No lo respetamos mucho, pero ese es otro asunto.
En cuanto a esa materia, se trata de un debate que encabezó la ex Diputada Laura Rodríguez -actualmente fallecida-, muy apreciada por muchos de nosotros, quien impulsó a principios de los noventa la primera ley que reconoció nuevos derechos para las trabajadoras de casa particular, donde quedó claramente establecido que los beneficios eran tanto para hombres como para mujeres que laboran dentro del hogar conforme a este régimen.
Señor Presidente, gracias a la ex Diputada Laura Rodríguez se tomó conciencia de la cantidad de mujeres que viven y trabajan en condiciones extremadamente precarias. Se estableció jornada diaria clara para las trabajadoras de casa particular tanto de puertas adentro como de puertas afuera. Se legisló acerca de los derechos a horas de descanso, que fue el gran logro en los años noventa, junto con el de visibilizar y explicitar los derechos de estas mujeres.
Hoy, la Diputada Denise Pascal, junto con otros de sus colegas, presentó esta iniciativa que dispone la forma como se ejerce el derecho al feriado. Porque las mujeres trabajadoras de casa particular no tienen garantizado por ley el descanso en los días festivos. La práctica indica que durante los feriados, en particular el día de Navidad, ellas tienden a acompañar a las familias en la casa donde prestan servicios, muchas veces postergando a los suyos, porque la mayoría tiene hijos. No son solteras. Se han visto obligadas a emigrar en un momento, después se emparejan y forman una familia.
Con la ley en proyecto se quiere reconocer el derecho a ejercer el descanso, y que se pueda pactar la fecha en que se hará efectivo. Y se establecen dos criterios. La trabajadora tendrá la posibilidad de acordar con sus empleadores el día en que se realizará el descanso dentro del plazo de noventa días.
En relación con lo planteado por el Senador señor Navarro -sé que lo hace presente de muy buena voluntad- acerca del impedimento para ejercer realmente tal derecho, pues el concepto de caducidad le incomoda, entiendo que a nivel legal es el que corresponde para efectos del ejercicio de un derecho. Se trata, legalmente, del concepto correcto.
Las trabajadoras propusieron la existencia de un plazo, porque, de no ser así, transcurriría el tiempo y luego no estarían en condiciones de exigir el cumplimiento del derecho. Se contempló en un momento el problema del período entre Navidad y Semana Santa. Pero en medio de esas fechas corresponden las vacaciones. Y por eso estaban de acuerdo con el margen de tiempo establecido.
Lo anterior se ha conversado con los sindicatos nacionales de las trabajadoras de casa particular, y a ellas les interesa que haya un plazo claramente definido. El feriado no se puede pagar, no es posible negociar monetariamente esa fecha, a fin de que realmente se destine al descanso.
Señor Presidente, esta iniciativa es muy importante.
Queda pendiente un tercer proyecto relativo a las trabajadoras de casa particular. Varios Senadores lo hemos planteado, y lo conversamos con el ex Ministro Osvaldo Andrade . Apunta a lograr que en el Código se garantice que la remuneración mínima de quienes realizan ese tipo de labor sea equivalente al sueldo mínimo legal. Porque hoy, sobre la base de que ellas se alimentan en la casa, de que se les brinda cama y techo, se les paga menos que esa cifra.
Creo que nuestro país se encuentra en condiciones de establecer una norma de esa naturaleza, porque la gran mayoría les paga a las trabajadoras de casa particular más que el ingreso mínimo. Pero hay situaciones límite, y hoy sin duda existe la posibilidad de asegurar que ellas reciban un sueldo de esa índole.
Se trata de una materia que se conversó. Algunos Senadores tenemos la voluntad de que ello se ejerza de manera efectiva, dado que actualmente no se practica. En efecto, culturalmente a las trabajadoras de casa particular no siempre se les paga conforme a lo anterior, porque tienen contratos previos que fijan otra norma. Es un tema que nos interesa, para completar algo que es básico.
Como decía el Senador señor Navarro , muchas de estas mujeres se desempeñan como segundas madres en las casas, son las que marcan la historia de la educación de los hijos de muchos. Y deseamos dignificar su trabajo.
Votaremos a favor del proyecto. Y pedimos a quienes realmente quieren apoyar a las trabajadoras de casa particular que hagamos todo lo posible para que la iniciativa se publique y se convierta en ley antes del 1º de enero de 2009.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra la señora Ministra, quien tiene preferencia para intervenir.
La señora ALBORNOZ ( Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer ).-
Señor Presidente, solo deseo aclarar algunas inquietudes surgidas en el debate.
Deseo señalar que el principio esencial que rige a este proyecto es el siguiente: "Tendrán derecho a descanso todos los días que la ley declare festivos."; es decir, se ingresa a las trabajadoras de casa particular al calendario de festividades en igualdad de condiciones que los demás trabajadores y trabajadoras. Y se dispone que solo eventualmente, si existe interés de la trabajadora -porque vive fuera de la Región o por otro motivo- o, inclusive, del propio empleador, el descanso será susceptible de postergación y acumulación para una fecha distinta, que no podrá fijarse más allá de los 90 días siguientes al correspondiente festivo.
En la Comisión, los 90 días dieron lugar a un debate intenso en torno al ejercicio inmediato del derecho, a determinar un año, e incluso, a no dejar el beneficio sujeto a plazo alguno.
El término máximo de 90 días tenía dos objetivos: por una parte, hacer efectivo el uso del derecho, y por otra, consagrar la posibilidad de acumular dos feriados seguidos.
Solo mencionaré una situación.
No sé si se logra lo recién señalado por el Honorable Letelier al tener la ley en proyecto promulgada antes del 1º de enero del 2009. Pero, concretamente, si se estableciera un plazo de 30 días -en algún momento lo sugirió un señor Senador-, no podría acumularse el próximo año, por ejemplo, el jueves 21 de mayo con el feriado de San Pedro y San Pablo , del lunes 29 de junio.
El plazo de 90 días permite, de un lado, hacer efectivo el uso del derecho, y de otro, acumular los días de descanso cuando los feriados se encuentran en un período cercano.
El segundo aspecto, señor Presidente, dice relación a la caducidad.
Como dije recién, el principio general de la iniciativa es que el derecho se ejerza y solo eventualmente y previo acuerdo pueda hacerse efectivo dentro de los 90 días siguientes al festivo correspondiente. Y hemos querido establecer la caducidad del derecho precisamente porque, de lo contrario, es muy posible que exista una postergación indefinida de su ejercicio.
Esa es la realidad.
Estamos hablando de trabajadoras que se desempeñan al interior del hogar, donde, como aquí se ha dicho -y esto es una realidad-, la fiscalización resulta difícil.
La verdad es que el no establecimiento de la caducidad incluso podría funcionar en contra de la propia trabajadora, quien no tendría cómo hacer efectivo el derecho en comento por la factibilidad de prórrogas incesantes.
Conversamos el punto con el Senador señor Navarro, a quien le dije: "Usted puede interpretar la caducidad aun a favor de la propia trabajadora".
Pero yo quisiera recordarle a Su Señoría, para su tranquilidad, que la propia ley y el Estatuto Administrativo establecen la caducidad del feriado anual transcurridos dos años. También caduca la acción del empleador para invocar una causal de despido pasados 60 días.
El concepto de "caducidad" como tal, entonces, se halla contemplado en nuestra legislación laboral; en nuestra legislación civil, también. En ese sentido, no es un mecanismo discriminatorio respecto de las trabajadoras a que se refiere el proyecto en debate.
Por último, en cuanto a la precisión que solicitó el Senador señor Bianchi , recuerdo el debate habido en la Cámara Baja.
Estoy leyendo un informe que me entregó el Honorable señor Sabag . Claro: no tiene la terminología sugerida en aquella oportunidad por un Diputado de la UDI, que incorporaba los conceptos de "trabajadoras y trabajadores de casa particular", los cuales no quedaron -ello podría ser adecuado por la Secretaría- en el proyecto que ingresó al Senado.
En cuanto a la licencia médica, concretamente, solo debo recordarle al Honorable señor Bianchi que el artículo 152 del Código del Trabajo establece de manera expresa en el inciso segundo que toda enfermedad contagiosa de una de las partes o de las personas que habitan la casa otorga derecho a que la otra parte ponga término al contrato de manera inmediata.
Señor Presidente , se conversó previamente con todos los sindicatos de las trabajadoras de casa particular puertas adentro, y, en general, hubo acuerdo respecto de hacer efectivo el derecho en el mismo día feriado y de la posibilidad de pactarlo hasta los 90 días siguientes a él; de prohibir la compensación en dinero, y de establecer la caducidad -y lo reitero- justamente a favor de las trabajadoras para que el uso del derecho no pueda ser prorrogado en sucesivas ocasiones.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Arancibia.
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente, este proyecto, ciertamente, mejora las condiciones en que se encuentran las asesoras del hogar, en especial las que viven al interior de la casa donde laboran. Pero, igual como al Senador Navarro, me preocupa la caducidad del derecho que mediante él se concede.
Se ha dicho que la legislación laboral determina que, después de dos años de no hacer efectivo el feriado, caduca la posibilidad de seguir acumulándolo. Y mi experiencia es que una normativa análoga permitió durante largo tiempo que en la actividad que desarrollaba antes de entrar a esta Alta Corporación, cumplidos dos años sin poder concretar aquel beneficio, por razones justificadísimas del servicio, mi derecho sobre el particular caducara y yo perdiera lo acumulado.
El problema es real. Entonces, la inquietud del Senador Navarro es absolutamente legítima, y yo quiero reforzarla.
La iniciativa dice: "podrán pactar por escrito que el descanso se efectúe en un día distinto que no podrá fijarse más allá de los noventa días siguientes al respectivo festivo". Ahí queda a firme la situación. Pero la caducidad del derecho si no se ejerce dentro de dicho plazo, en mi concepto, debilita el beneficio. Y lo quiero dejar expresamente establecido.
Así que, concordando con el Senador Navarro, a mí me dejaría mucho más satisfecho -reconociendo que el proyecto es bueno y mejora las condiciones actuales- que la norma atinente a la caducidad fuera eliminada de alguna manera.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente, tal como lo han expresado diversos señores Senadores, este proyecto representa un gran aporte. Parece obvio, pero por obvio han transcurrido tantos años sin que se legislara sobre la materia mediante él abordada.
Es del todo absurdo que exista una diferencia entre trabajadoras de casa particular -también trabajadores; porque (quiero aclararlo) así lo establece la iniciativa- "puertas afuera" y "puertas adentro", como se las denomina.
La existencia de solo un día de descanso para los trabajadores puertas adentro es extraordinariamente breve y, al mismo tiempo, injusta en cuanto no se incluyen los distintos tipos de feriados (religiosos, en fin).
Por lo general, la asesora del hogar, cuando labora con responsabilidad prácticamente sobre todos los hijos mientras la madre trabaja, pasa a ser una persona más dentro del grupo familiar. Y quisiera pensar que, en la gran mayoría de los casos, la situación que regula el proyecto en discusión se resolverá en forma amistosa. No puedo imaginar que, existiendo una responsabilidad tan grande como la del cuidado de los niños mientras sus padres trabajan, haya dificultades para pactar los feriados.
Considero significativo legislar sobre la materia y, asimismo, que exista la flexibilidad que se contempla.
Por ejemplo, tenemos muy cerca la Navidad. Probablemente, algunas trabajadoras de casa particular laborarán ese día. Y me parece del todo justo que ello sea compensado con el respectivo descanso en otra fecha.
Creo que con este proyecto estamos avanzando en forma responsable. Y quizás sería una excelente señal que dos días antes de Navidad el Senado lo aprobara, en el espíritu del buen trato que merecen las trabajadoras de casa particular, quienes desempeñan -estoy segura de que así pensamos todos los que nos encontramos aquí- una labor de extraordinaria importancia al interior de nuestras familias.
Anuncio mi voto favorable.
He dicho.
El señor CHADWICK.-
¡En votación, señor Presidente!
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Hay varios oradores inscritos, señor Senador.
Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente, tal como se ha dicho, nos hallamos frente a un proyecto que coloca en igualdad de condiciones a los trabajadores de casa particular con el resto de los trabajadores del país, a quienes sí les asiste el derecho a compensar con otros días los festivos en que laboran.
Para conocimiento de los señores Senadores y señoras Senadoras presentes en la Sala, estoy usando exactamente la terminología que utiliza el Código del Trabajo al hablar de "los trabajadores de casa particular", con lo cual difiero de la interpretación dada por un colega que me antecedió en el uso de la palabra, quien invocó el texto del Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia, lo que es solo correcto cuando la ley no define de manera distinta las palabras en ella empleadas.
El artículo 20 del Código Civil señala: "Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras;" (esto se ha entendido como la interpretación vía Diccionario de la Lengua Española ) "pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal.".
Y el artículo 25, refiriéndose precisamente a cómo tratar los textos legales en que las normas hagan mención de personas de diferente sexo, establece:
"Las palabras hombre, persona, niño, adulto y otras semejantes que en su sentido general se aplican a individuos de la especie humana, sin distinción de sexo, se entenderán comprender ambos sexos en las disposiciones de las leyes, a menos que por la naturaleza de la disposición o el contexto se limiten manifiestamente a uno solo.
"Por el contrario, las palabras mujer, niña, viuda y otras semejantes, que designan el sexo femenino, no se aplicarán al otro sexo, a menos que expresamente las extienda la ley a él".
En consecuencia, como debemos estar al tenor del texto de una normativa cuya interpretación ha de darse de acuerdo con la definición de varias palabras de uso frecuente en las leyes -Párrafo V del Título Preliminar del Código Civil, a partir del artículo 25-, habrá que entender, obviamente, que la expresión "los trabajadores de casa particular" se extiende tanto a los trabajadores como a las trabajadoras.
Ahora bien, señor Presidente , en cuanto al problema que ha suscitado más comentarios u observaciones, deseo puntualizar que me parece incompleto el precepto que consigna que el derecho a descanso caducará si no se ejerce dentro de los 90 días siguientes al respectivo festivo y no podrá compensarse en dinero, salvo que el contrato de trabajo termine antes de haberse ejercido el referido derecho.
Digo aquello porque la norma en cuestión es demasiado limitativa.
¿Por qué impedir que el trabajador o la trabajadora de casa particular, de común acuerdo con el empleador, convenga que el festivo se compense dentro de los 90 días anteriores? ¿Por qué solo debe ser en el período posterior? ¿Por qué, por ejemplo, tratándose de Semana Santa, no aplicarlo a las vacaciones normales anuales, consignándolo de una vez por todas?
Mucho me temo -y más de alguno de nosotros debe de vivir la situación- que la trabajadora de casa particular no sea de la ciudad donde trabaja y viva lejos,...
El señor NAVARRO .-
En otro país.
El señor VÁSQUEZ.-
...incluso en otro país. Un solo día de descanso, entonces, puede resultarle inútil si quiere, por ejemplo, visitar a su familia.
En consecuencia, sumar los festivos con antelación permitiría una flexibilidad mayor que podría convenir a ambas partes.
De otro lado, señor Presidente , la disposición en comento contiene una precisión y una reglamentación que considero lógicas: el pacto por escrito.
Si el pacto por escrito es la norma que va a regir la aplicación de la compensación de un festivo que no se use por otro día, no veo para qué llegar a los 90 días. Porque perfectamente, dado el número de feriados que existen en el país -si mal no recuerdo, 13-, bien podrían sumarse dos, tres o cuatro festivos durante el curso de seis meses y de este modo permitir al trabajador o a la trabajadora de casa particular que lo deseara salir de la ciudad donde labora para visitar su familia.
Sinceramente, me parece que el precepto en cuestión, siendo lógico, teniendo el pleno respaldo de la ética y de las correctas pautas que deben regir las relaciones laborales, es incompleto, tanto porque no permite anticipar el uso de festivos ni la compensación cuanto porque no deja que se acumulen más allá de los 90 días.
Como debemos votar la iniciativa en función de que se trata de un texto de artículo único, no tuvimos la oportunidad de presentar las indicaciones correspondientes. Pero, si ello fuese posible, yo las formularía en los términos que he señalado: tanto para ampliar el plazo que se establece con el fin de que, convenido el pacto por escrito, se puedan acumular dos o más días, cuanto para que se anticipe o postergue la aplicación de la compensación respecto de los trabajadores y las trabajadoras de casa particular.
En todo caso, señor Presidente, anuncio que votaré favorablemente el proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO .-
Señor Presidente, anuncio que me pronunciaré a favor de esta iniciativa. Y solo quiero efectuar una aclaración con motivo de los comentarios que he escuchado.
La lógica de los 90 días y de la acumulación de festivos proviene del hecho de que las trabajadoras puertas adentro viven fuera de la Región donde laboran, o bien, en lugares apartados. Entonces, el período resulta útil únicamente con la acumulación.
¿Y por qué se fijaron 90 días? Porque se trata de que la trabajadora no impute al período de feriado legal todos los festivos que no usa.
Eso lo analizamos detenidamente en la Comisión de Trabajo, donde dicho lapso nos pareció más que razonable. Porque, por ejemplo, en 90 días una trabajadora que vive en Chiloé y trabaja en Santiago, en Las Condes, puede juntar determinados festivos y viajar a su ciudad de origen antes de que se cumpla el plazo señalado.
Asimismo, consideramos lógico que tal derecho caduque si no se ejerce dentro de los 90 días, porque de lo contrario el mecanismo en comento podría prestarse para ciertos abusos, que no es la idea de este proyecto.
Espero haber aclarado en algo la situación, señor Presidente .
Reitero que me pronunciaré a favor de la iniciativa.
El señor NAVARRO .-
No aclaró nada.
El señor MUÑOZ ABURTO .-
¡Usted no entiende nada! ¡Por eso está ahí...!
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , yo creo, como todos los señores Senadores que han intervenido, que el proyecto en debate está extraordinariamente bien inspirado y que parece justo corregir la situación de que se trata.
Sin embargo, concuerdo con quienes han expuesto inquietudes respecto del significado de la caducidad del derecho si no se ejerce dentro de cierto tiempo. Considero que la solución debe ser distinta, mejor que la propuesta, en virtud de la cual simplemente se está dejando que aquel sea ejercido; pero, si ello no ocurre dentro de determinado plazo, se pierde.
Por mi parte, me parecería justo, si el beneficio no se acumulara a las vacaciones, que se compensase económicamente. Pero la que se está planteando resulta ser la peor salida, porque el derecho no se mantiene si no se ejerce y no se puede resarcir en dinero.
El Senador que habla también votará a favor de la idea de legislar, pero estima conveniente una revisión por parte de la Comisión y la búsqueda de algo mejor.
Pienso que lo más justo es sumar el día respectivo a las vacaciones o, como alternativa, en caso de no ejercerse el derecho en el plazo correspondiente, contemplar una compensación económica. Pero no se puede disponer la caducidad y, además, no dar derecho a la compensación ni la acumulación a las vacaciones.
Considero que ello exige una revisión. Y sugiero, señor Presidente , que aprobemos el proyecto y lo enviemos a la Comisión para que se estudie alguna de las fórmulas sugeridas en el debate.
El Honorable señor Vásquez me ha pedido una interrupción, la cual le concedo, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente, propongo lo mismo que el Honorable señor Larraín, con el agregado de que fijemos un plazo para indicaciones. Porque hice una sugerencia en cuanto a la posibilidad de adelantar o atrasar el beneficio, y, por la vía de presentarlas, se puede considerar alguna solución.
En consecuencia, sugiero que la iniciativa vuelva a Comisión y que se fije el término a que hago referencia.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente, todos estamos de acuerdo en que el proyecto mejora notoriamente la situación de quienes laboran puertas adentro. No voy a argumentar más sobre el particular.
Solo quiero referirme a la frase "Este derecho caducará si no se ejerce dentro de dicho plazo", la que juzgo absurda y por entero inconveniente, porque significa, lisa y llanamente, suprimirle a alguien un derecho que no tiene por qué eliminarse por ley.
Lo que estamos intentando es darle a un sector la misma condición que la del resto de los trabajadores. ¿Cuál es el sentido de la normativa? Que esta dice relación a quienes se desempeñan dentro de una casa en condiciones bastante significativas y que uno observa, cuando estudia su caso, que son tal vez personas muy cercanas a la situación del siervo de la gleba y todavía en una condición similar.
No me parece posible privar del derecho que nos ocupa, puesto que una de las cosas que requiere un ser humano es tener vacaciones y que estas no se acumulen en una sola forma. La mejor de las instituciones es aquella que permite al trabajador estar en situación de tomarlas también durante y cada cierto tiempo.
Existe un estudio sobre la materia que no se refiere a quienes laboran en una casa particular, sino, básicamente, en un alto nivel, como los gerentes o altos ejecutivos. Y la diferencia esencial en ellos es que, cuando las vacaciones cumplen dos condiciones: durar más de 21 días y hasta 30, y registrarse a lo menos siete días entre las de verano y otras, se presenta un índice estadísticamente significativo de menores licencias y mayor rendimiento. Por eso, las grandes empresas, no por caridad sino porque les conviene, están aplicando hoy este tipo de prolongación de las vacaciones.
Ahora, en el caso específico de que se trata, no alcanzo a comprender que a una persona se le quite el derecho. No he escuchado alguna razón que justifique tal medida para el efecto de favorecer a la trabajadora, que es a lo que apunta el proyecto. Alguien dice: "Usted tiene derecho a 20 días, pero le voy a quitar siete". Es como las licencias médicas, a las que se disminuyen tres días. Entonces, en vez de 10 millones de unidades de penicilina, le doy siete no más al paciente... ¿Por qué? No veo ningún motivo.
Comparto, entonces, lo expresado en alguna medida por el Honorable señor Navarro y la argumentación del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, en el sentido de la conveniencia de estudiar una fórmula distinta.
El señor LARRAÍN .-
¡En dinero!
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Tampoco me parece razonable la devolución en dinero. Lo digo sinceramente, porque lo que se busca es una cierta liberación del espíritu, sin permanecer en el trabajo. Estoy dispuesto a explorar cualquier otra salida.
Se puede votar el texto ahora, si existe el ánimo de centrar la cuestión en ello, o acordarse que vuelva a Comisión para considerar una solución alternativa.
Es lo que deseaba plantear.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Algunos señores Senadores han pedido que se abra la votación. Como queda un solo inscrito, creo que no sería...
El señor GAZMURI .-
No es necesario.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Y se han presentado indicaciones.
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez .
El señor GAZMURI .-
¿Y vuelve o no el proyecto a Comisión?
El señor GÓMEZ .-
Si lo desea, señor Presidente , le contesta primero al Comité Socialista, para no tener problemas de ninguna...
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Puede intervenir, Su Señoría.
El señor GÓMEZ .-
Señor Presidente, solo quiero hacer una observación.
Escuché decir el otro día que el Parlamento había despachado la ley sobre la extensión del pago de la semana corrida sin haberse dado cuenta de los efectos que causaría. Estoy precisando lo que se señaló. En razón de lo anterior, deseo que en el caso en examen tengamos claridad en cuanto a lo que vamos a aprobar y a aquello que pudiera provocar algunas dificultades.
Solo deseo mencionar una situación que se ha discutido y que tiene que ver, fundamentalmente, con el derecho que debe asistir a las trabajadoras y trabajadores de casa particular que viven en la vivienda de sus empleadores a disfrutar también de días festivos. Es algo que me parece normal, lógico, y, afortunadamente, es una omisión que se va a corregir.
Sin perjuicio de ello, me da la impresión de que la norma, al disponer que el descanso "no podrá fijarse más allá de los noventa días siguientes al respectivo festivo" y que de otro modo el derecho caducará, atenta precisamente contra este último, que estamos determinando hoy.
La señora MATTHEI .-
Así es.
El señor GÓMEZ .-
A raíz de eso, cabría estudiar la posibilidad, en mi opinión, de que si el trabajador, por diversas razones, no puede o no quiere tomar el festivo, en definitiva el día se acumule a las vacaciones del período siguiente, lo cual puede acordar con su empleador.
Creo que ello generaría menos conflictividad, menos dificultad, y que constituye una solución que evitaría la caducidad del derecho. Porque, de acuerdo a lo que dijo el asesor del entonces Ministro del Trabajo , "el espíritu que inspira la norma es procurar que el derecho se ejerza, partiendo de la base de que el descanso es un derecho irrenunciable para todos los trabajadores y que, como tal, debe hacerse uso de él, sin que sea posible compensarlo en dinero". Es una situación discutible, pero es el espíritu -repito- del proyecto. Si ese es el criterio, la ley no tiene ninguna razón -¡ninguna!- para establecer que solo se puede tomar el descanso dentro de los 90 días siguientes.
Se trata de un derecho irrenunciable. Y, por lo tanto, debiera existir la posibilidad de un agregado a las vacaciones de la persona en el período que le corresponde como todo trabajador.
Estimo que esa podría ser una solución, señor Presidente , y quería plantearlo para los efectos de discutirlo en el momento oportuno. No sé si el proyecto irá a Comisión o cuál será el camino siguiente.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri
El señor GAZMURI.-
Se trata de algo puramente procedimental, señor Presidente . Porque entiendo que existe acuerdo en la necesidad de corregir lo de la caducidad del derecho. Y, para eso, el proyecto tiene que volver a la Comisión de Trabajo. Entonces, deseo preguntar si votaremos en general la iniciativa y esta retornará después al órgano técnico.
Considero que esto último es lo que debería determinarse para resolver de mejor manera lo relativo a la caducidad o no del derecho al feriado en examen.
El señor LETELIER.-
Que se abra la votación, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Sus Señorías acaban de escuchar la proposición del Senador señor Letelier . En el entendido de que quedaba un solo orador inscrito, no formulé ese anuncio antes, pero ahora lo haré, porque estimo que el debate se va prolongando demasiado.
El señor ORPIS .-
¿Pero la iniciativa vuelve a Comisión?
El señor LARRAÍN.-
Si no es así, pido suprimir la frase de que se trata.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Además, quiero hacerle una consulta a la señora Ministra , porque la discusión ha sido un poco equívoca y es bueno precisar algunos aspectos.
Se abrirá la votación en general y el proyecto, una vez que se apruebe, volverá a la Comisión.
El señor GAZMURI .-
Es de artículo único. Solo puede volver a la Comisión si así lo acuerda la Sala.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Todo indica que es un trámite que deberá cumplirse, sobre la base de las intervenciones de los Senadores señores Ruiz-Esquide , Larraín y Vásquez .
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ- ESQUIDE.-
Señor Presidente, quiero conciliar las dos posiciones.
Al parecer, por ser de artículo único, deberíamos despachar ahora la iniciativa. Si todos coincidimos en que sería mejor introducir una modificación, podríamos votarla con la indicación que presenté -parece que otros señores Senadores concuerdan conmigo-, que apunta a borrar solo la frase "caducará si no se ejerce dentro de dicho plazo y".
Entonces, si hubiera acuerdo en la Sala, propongo votar con esa indicación. Si no lo hay, que el proyecto vaya a la Comisión.
El señor ARANCIBIA.-
Conforme.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
¿La idea es que si no se eliminara esa frase la iniciativa volvería a la Comisión?
Pero no hay acuerdo.
El señor LARRAÍN .-
Votemos primero en general y después la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Ahora se han inscrito para intervenir dos señores Senadores más.
El señor LETELIER.-
Abra la votación, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Se abrirá la votación en general.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , ¿cómo va a tomar esa determinación si existe una indicación que, a lo mejor, puede ser acogida por mayoría?
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Después se votará en particular, para buscar un consenso.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Pero si el proyecto se vota en general, tal como está, ¿volvería igual a la Comisión? ¿Habría ese acuerdo previo?
La señora MATTHEI .-
Debe enviarse al órgano técnico.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Si es así, no importa que votemos en general, entonces, sin discutir lo particular que estamos tratando de mejorar.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Necesariamente se votará en general, y después, en particular.
El señor ORPIS.-
La iniciativa es de artículo único.
La señora MATTHEI.-
¿No se está considerando que vuelva a la Comisión? ¿Por qué no se vota eso primero?
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Perdón, señor Presidente. Mi indicación es la siguiente...
La señora MATTHEI.-
¡Que se vote!
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Estamos de acuerdo en que se debe votar en general. Pero, si se sabe que es preciso mejorar un punto, y como, por Reglamento, el proyecto puede no volver a Comisión por ser de artículo único, salvo expresión en contrario de la Sala, mi propuesta es que nos pronunciemos en la forma señalada -probablemente, la aprobación será unánime- y que después el texto vuelva al órgano técnico, donde se harán las correcciones pertinentes.
Si coincidimos en ello, perfecto.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Eso es lo que la Mesa ha estado proponiendo.
Por lo tanto, se va a colocar en votación general la iniciativa. Se han inscrito cuatro señores Senadores...
El señor LARRAÍN.-
Que fundamenten al voto.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Así es.
En votación.
--(Durante el fundamento de voto).
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, aunque el proyecto emplea la palabra "trabajadores", lo que puede interpretarse en el sentido tanto de hombres como de mujeres, todos tenemos claro que se trata de trabajadoras.
El sistema a que se hace referencia es muy especial y se basa, fundamentalmente, en la confianza profunda entre un matrimonio y su asesora del hogar, quien se desempeña, generalmente, durante 15, 20 ó 30 años. Y, como lo ha expresado la Senadora señora Alvear , es la persona que cría a los niños, prepara los alimentos y se encarga de tareas de la mayor confianza. Se establece una relación de tanta amistad que, muchas veces, es considerada como miembro de la familia.
Y el trato que se le dispensa es bueno. Al discutirse sobre esta clase de asuntos en la Sala, se supone con frecuencia, en cambio, que media un conflicto.
¿Olvidan los señores Senadores que a estas trabajadoras se les va abonando mes a mes su indemnización? Eso quiere decir que si se le dice a una de ellas: "Hasta aquí llegó y se va mañana", el monto por ese concepto se encuentra pagado. Incluso a ese punto se puede alcanzar por ser la relación de confianza.
Seguramente se han registrado casos conflictivos que motivaron la presentación del proyecto de ley. Pero ello ya me dice que el vínculo entre la persona y los dueños de casa no ha podido ser el mejor, por lo cual resulta lógico poner término a las relaciones y que busque un empleador con quien exista compatibilidad.
En hogares muy acomodados puede haber dos o tres de estas trabajadoras, pero generalmente es una sola, que labora durante muchos años. Repito que se genera una relación de amistad y confianza, y que el trato que se da es siempre muy bueno.
Esto último no es absoluto, por supuesto, ya que pueden darse casos inadecuados. A estos se les aplicará la ley en proyecto.
La caducidad a los 90 días que se contempla no persigue perjudicar a la trabajadora, sino que su sentido es que el derecho se ejerza durante ese lapso. Pero si ello ocasionara algún grado de problema, es algo que se puede eliminar. Estoy de acuerdo, en efecto, con la supresión de la frase "caducará si no se ejerce dentro del plazo y", con lo cual la letra b) quedaría completamente apropiada.
Lo lógico sería despachar de inmediato un proyecto tan simple como este y que no volviese a Comisión. Aunque el asunto es muy importante, ya hemos ocupado casi toda la sesión en discutirlo. La finalidad de no tratar el tercer punto del Orden del Día era despachar por lo menos diez proyectos en esta ocasión, para que no nos acusaran de tener 12 iniciativas en tabla, de que no avanzamos y de que no les estamos dando curso.
Por eso, señor Presidente , acepté intervenir durante cinco minutos, aunque voy a ocupar menos tiempo. Acogeré la idea de legislar, y ojalá la indicación para eliminar la frase mencionada la despacháramos también en esta oportunidad.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente, voy a votar a favor, naturalmente, del proyecto en general. Me parece increíble que se deba legislar sobre la materia, porque pensaba que era obvio, cuando hay un día feriado, que todo el mundo tuviera derecho a aprovecharlo.
Considero bueno que la iniciativa vuelva a Comisión, y aprovecho esa circunstancia para solicitar algo delicado. Para personas de otros países que están trabajando en Chile, la mayor alegría en sus vidas no son necesariamente los días feriados -muchas veces, no tienen ni siquiera adónde ir-, y están preocupadas de cómo enviarles dinero a sus hijos, a sus padres enfermos, a su familia. Como es obvio, prefiero que las personas tomen el descanso debido y no lo compensen con dinero, pero les preguntaría a ellas al respecto. No veo qué tan difícil puede resultar una encuesta entre trabajadoras de casa particular para conocer su opinión. Y yo no consultaría solo a las dirigentas sindicales -ellas generalmente luchan por los principios; en este caso, obtener el debido descanso-, sino también directamente a las trabajadoras que viven en la casa del empleador, para saber si en determinadas condiciones estarían dispuestas a cambiar un día feriado por pago en dinero.
Hago presente lo anterior, señor Presidente, porque muchas veces personas que trabajan conmigo se han acercado a pedirme que les cambie 3, 4, 5 días pendientes de descanso por plata. Y, por lo general, ello es para pagar una deuda, una letra, o para "mandarle un cariño a alguien", en fin.
Creo que hay que respetar a esas personas como adultas que saben lo que les conviene.
Ahora, se pueden colocar miles de resguardos para evitar que el patrón las obligue a no tomarse el descanso; por ejemplo, que la trabajadora escriba de su puño y letra la petición de que prefiere cambiar el descanso por dinero por tal o cual razón.
Sin embargo, en cuanto a obligar, quiero rescatar muy fuertemente algo que dijo el Senador señor Sabag .
Cuando uno le confía su hogar, cuando uno le confía sus hijos; cuando uno le confía lo más sagrado que tiene, que es el entorno familiar, a una persona que trabaja en la propia casa, o existe una relación de mucha confianza, de cariño, de ayuda mutua, o sencillamente habría que ser muy idiota. Porque si uno le confía lo más importante que posee a otra persona, no podría ser tan bruto de tratarla mal, pues ella tiene mil formas de vengarse. ¡Mil formas!
Entonces, señor Presidente , a los trabajadores de casa particular se les debe tratar como adultos. Por eso hay que intentar conocer su opinión. Y no solo la de las dirigentas sindicales, que me alegro mucho que existan. Yo haría una encuesta para saber si ellos, en determinadas ocasiones, preferirían el dinero. Estoy pensando, por ejemplo, en esas nanas peruanas que todos conocemos, que enseñan un castellano maravilloso a los niños, que cocinan como los dioses, que echan de menos a sus familias, que pasan los feriados solas acá. A lo mejor ellas preferirían la plata en vez del descanso.
A mi juicio, la mayor señal de respeto que podríamos manifestar hacia ellas sería legislar de la forma que más les convenga y no de acuerdo a lo que nosotros consideramos bueno. Se trata de personas adultas, que tienen derecho a decirnos qué quieren. Creo que realizar una encuesta en ese sentido no costaría demasiado dinero. Y sería una muestra de respeto preguntarles su opinión.
Votaré favorablemente la idea de legislar, y espero que el proyecto vuelva a Comisión.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, las intervenciones de los Senadores señora Matthei y señor Sabag me ahorran muchos comentarios, porque me interpretan en plenitud.
Creo que si hoy día existe un trabajo bien valorado, bien remunerado y, además, en el que cada día es más escasa la oferta, es el de los trabajadores y las trabajadoras de casa particular puertas adentro. Lo que finalmente se construye en ese vínculo laboral es una relación no solo de cariño y mucha confianza, sino también de tipo familiar.
¿Cuántas nanas tienen prácticamente como única familia la de sus empleadores? Incluso, cuando se enferman, se las atiende como corresponde, con las mismas comodidades de que goza un integrante de nuestras familias. ¿Cuántas nanas viven con nosotros en compañía de sus hijos, a quienes procuramos educar del mismo modo y con los mismos derechos que los nuestros?
Por eso, señor Presidente , siento que tanta legislación al final termina rigidizando relaciones que en nuestra sociedad se han ido dando, por fortuna, cada vez con mayor comprensión, con más respeto a los derechos de los trabajadores y, sobre todo, con un cariño y una entrega mutua verdaderamente inmensos.
Se dice que son 44 mil -o una cifra parecida- las trabajadoras y los trabajadores de casa particular que viven en esta. Pero estoy seguro de que hace 20 años debieron de ser alrededor de 200 mil, porque la institución existente en la sociedad entonces era que las nanas laboraban puertas adentro, al igual que los jardineros. Hoy día, producto de los cambios sociales, es cada vez más difícil encontrar personas dispuestas a trabajar bajo esa modalidad.
Por lo tanto, los sueldos evidentemente aumentan y las condiciones de habitabilidad, de vivienda, en fin -todo lo que se considera regalías que acompañan el trato laboral en el caso de trabajadores de casa particular-, mejoran notablemente.
Yo no digo que, por aquí o por allá, no se produzca algún abuso. Sin duda, siempre lo hay. Pero no por esos malos empleadores o, incluso, malos trabajadores -es probable que los haya- vamos a deteriorar una relación que en la sociedad chilena se ha ido afianzando, afortunadamente, con mucho sentimiento.
Por lo tanto, señor Presidente, anuncio que voy a votar favorablemente la idea de legislar.
Sin embargo, creo indispensable que la iniciativa vuelva a Comisión. Porque yo, tal como la Senadora señora Matthei , consideraba obvio que todos los trabajadores tenían derecho a los feriados. Así que me sorprende escuchar que estamos igualando a esas personas debido a que no podían disfrutar de ellos. Yo nunca lo entendí de esa forma. Pero, bueno, si se estima que se debe legislar para dejar el asunto más claro, hagámoslo.
Con todo, sí comparto que los días feriados que de común acuerdo se trabajen perfectamente puedan agregarse al período de vacaciones o hacerse efectivos en otra fecha.
A mi juicio, evitando las rigideces, tendremos para estos trabajadores una legislación mucho más humana, mucho más familiar, mucho más cálida, como en definitiva es la relación que se ha construido a lo largo del tiempo.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Orpis, último orador inscrito.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, tal como al Honorable señor García , las intervenciones de los Senadores señora Matthei y señor Sabag me ahorran muchos comentarios.
Solo quiero señalar que el Parlamento ha avanzado de manera significativa en abordar la legislación relativa a trabajadores de casa particular.
Uno de los primeros acuerdos alcanzados a principios de la década de los noventa fue el de la indemnización a todo evento para esos trabajadores, los únicos que la perciben en el país. Independientemente de que exista la renuncia voluntaria, se legisló para que respecto de ese trabajo hubiera indemnización a todo evento, con lo cual se hizo un reconocimiento a tal labor.
Sin embargo, no existe ningún apuro en la materia que nos ocupa. La Cámara de Diputados se encuentra en receso. Aun cuando aprobemos la iniciativa en particular, no se va a despachar antes del 1° de enero próximo. Entonces, es preferible hacer las cosas bien. Y eso ha quedado en evidencia en este debate.
Por otro lado, debo hacer presente que, desde mi punto de vista, la norma sí permite pactar el día pendiente con anterioridad al feriado. El artículo único aprobado en la Comisión dice expresamente "que no podrá fijarse más allá de los noventa días siguientes". No señala que debe ser "dentro" de dicho período.
Por lo tanto, desde el minuto en que se pacta por escrito y no puede ir más allá de los noventa días, significa que es factible celebrar ese acuerdo con anterioridad. De tal manera que, a mi juicio, el asunto está salvado en la actual redacción del artículo único.
Sin embargo, el punto sensible, relevante dice relación a las vacaciones. Debe discutirse a fondo la eventual compensación en dinero y también qué ocurre si la trabajadora no ejerce el derecho a descanso dentro del plazo señalado. Perfectamente los días pendientes pueden acumularse para ser ocupados en las vacaciones, por los fundamentos entregados en el curso del debate.
Hay personas que viven fuera del país, y para ellas es mucho más importante pasar más días con la familia en su tierra lejana que compensar el feriado con un día libre dentro del plazo de los noventa días.
Tendremos que profundizar esas materias en la discusión en particular.
En consecuencia, establecido que no será posible aprobar el proyecto antes del 1° de enero próximo, pido que se fije un plazo para indicaciones, que se haga una buena discusión en particular y que despachemos la iniciativa en el transcurso de enero. Serán algunos días más, pero ello puede marcar la diferencia entre lo que hay y hacer las cosas mucho mejor.
He dicho.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (26 votos a favor y 2 pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei, y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Chadwick, Escalona, Espina, Frei, García, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Ominami, Orpis, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
No votaron, por estar pareados, los señores Coloma y Romero.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
En consecuencia, de acuerdo con la proposición del Senador señor Ruiz-Esquide , que concitó la unanimidad de la Sala, el proyecto vuelve a Comisión.
Quiero hacerle una observación a la señora Ministra , aunque -de más está decirlo- me siento muy interpretado por esta iniciativa.
Encuentro equívoco que la norma diga: "que la ley declare festivos", porque también tiene ese carácter el día domingo. La Comisión tendrá que estudiar y precisar el asunto.
La señora MATTHEI.-
¡Son feriados!
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tal vez "feriados" sea la palabra más adecuada. Pienso que lo peor es dejar las cosas poco claras.
El proyecto vuelve a la Comisión y corresponde fijar plazo para la presentación de indicaciones.
El señor ORPIS.-
El primer lunes de enero, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
¿El lunes 5 de enero?
El señor SABAG .-
Más plazo, señor Presidente .
El señor GARCÍA.-
El lunes 12, a las 12.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo?
--Se fija como plazo para presentar indicaciones el lunes 12 de enero próximo, a las 12.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).- Tiene la palabra el señor Secretario para dar cuenta de tres proyectos que han llegado a la Mesa, presentados por el Senador señor Navarro.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Proyecto de reforma constitucional que establece un mecanismo de igualdad de género en la conformación del Tribunal Constitucional.
Proyecto de ley que prohíbe que un fiscalizador o parlamentario fiscalice, investigue o informe actos en los que tuvo relación en el pasado.
--Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- El tercer proyecto amplía y detalla las responsabilidades de las administradoras de fondos de pensiones.
--Se declara inadmisible por tratar materias que inciden en la seguridad social, que son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente , yo también presenté un proyecto y no se ha mencionado.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).- ¿Cuándo lo hizo, Su Señoría?
El señor LARRAÍN.- Hace una hora.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Apenas llegue a la Mesa daremos cuenta de él.
BENEFICIO A DEUDORES DE CRÉDITO UNIVERSITARIO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS REMUNERADOS EN COMUNAS DE MENOR DESARROLLO. INFORME DE COMISIÓN MIXTA.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Informe de Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que otorga beneficios a deudores de crédito universitario que indica, por la prestación de servicios remunerados.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4237-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 24ª, en 20 de junio de 2006.
En tercer trámite, sesión 64ª, en 4 de noviembre de 2008.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 65ª, en 5 de noviembre de 2008.
Informes de Comisión:
Educación, sesión 50ª, en 6 de septiembre de 2006.
Educación (segundo), sesión 11ª, en 17 de abril de 2007.
Hacienda, sesión 11ª, en 17 de abril de 2007.
Mixta, sesión 74ª, en 2 de diciembre de 2008.
Discusión:
Sesiones 60ª, en 11 de octubre de 2006 (se aprueba en general); 14ª, en 2 de mayo de 2007 (queda pendiente su discusión particular); 15ª, en 8 de mayo de 2007 (se aprueba en particular); 65ª, en 5 de noviembre de 2008 (se rechaza y pasa a C. Mixta).
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
La controversia entre ambas ramas legislativas se originó en el rechazo, por parte del Senado, de las modificaciones que introdujo la Honorable Cámara de Diputados.
El informe de la Comisión Mixta formula la proposición destinada a resolver las diferencias que se produjeron, la que consiste en lo siguiente:
1º) Suprimir la frase que excluía a las comunas de la Región Metropolitana y las capitales regionales como posibilidades para que los jóvenes profesionales presten servicios. Respecto de la incorporación de dicha frase, se produjo un doble empate y luego se mantuvo el mismo resultado. En consecuencia, quedó desechada dicha incorporación.
2º) Ampliar a los ámbitos urbano y ambiental las funciones de apoyo a los municipios que presten las corporaciones, fundaciones u organizaciones no gubernamentales, las que deberán estar inscritas en el registro correspondiente de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. Esta propuesta se aprobó con la abstención del Honorable señor Ruiz-Esquide.
3º) Precisar los elementos que determinen la calidad de comunas con menores niveles de desarrollo.
4°) El mayor gasto que importe la aplicación de la ley será financiado con cargo a los recursos que se consulten anualmente en la Ley de Presupuestos.
5°) Lo dispuesto en la ley se aplicará a contar del 1º de enero del año próximo. Al tercer año de vigencia, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, en conjunto con el Ministerio de Educación y la Dirección de Presupuestos, evaluarán el cumplimiento de sus objetivos e informarán de los resultados a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos. Con respecto a la participación de la Subsecretaría señalada, el Senador señor Ruiz-Esquide votó en contra.
6°) Finalmente, eximir a las municipalidades más pequeñas de la obligación de ajustarse a las restricciones legales referidas a la contratación de profesionales jóvenes.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en cinco columnas, las cuales consignan las distintas etapas de tramitación del proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
En discusión la proposición de la Comisión Mixta.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente, como ha informado el señor Secretario , yo me abstuve en una de las normas que fueron aprobadas por la Comisión Mixta. Pero aquí no hay posibilidad de votar separadamente una disposición, sino que debe pronunciarse por el todo.
Deseo explicar mi posición respecto del artículo 1º, inciso primero. La Comisión suprimió la frase "excluyéndose las comunas de la Región Metropolitana y las capitales regionales". Yo me opuse a ello, porque comparto el sentido más profundo que tenía la iniciativa original: llevar a jóvenes universitarios a determinadas comunas para que presten servicios a cambio de cubrir sus deudas de crédito universitario. En el texto se establece cuáles son las condiciones para ello.
La idea central del proyecto, cuando lo vimos por primera vez, era beneficiar a comunas con menos de 30 mil habitantes, extremadamente fuera de la realidad más urbana de Chile y en las cuales el impacto de los jóvenes resultara realmente importante, como lo hemos visto a propósito de otros proyectos.
Por ejemplo, respecto a la circunscripción que represento -creo que a otros señores Senadores les sucede lo mismo-, ha habido diversas iniciativas en las que dos, tres, cuatro o cinco universitarios egresados de diferentes carreras han impactado en una comuna debido a la fuerza crítica que su accionar supone.
Ese mismo número de personas, colocadas en comunas más grandes o en la Región Metropolitana -que, a fin de cuentas, siempre terminan rondando alrededor de las de Santiago o de las capitales regionales, como Valparaíso, Concepción o Valdivia-, no causarían el mismo efecto.
Por lo tanto, estamos emprendiendo un esfuerzo en orden a resolver lo relativo a los universitarios mediante una norma que significaba un gasto para el Estado, pero que, en definitiva, se diluía con la frase incorporada y que rechazó la Comisión Mixta.
No quiero abundar más sobre el particular, pues esto fue largamente debatido en dicho órgano. Solo quiero agregar que estamos perdiendo una muy buena oportunidad de brindar al mundo más estrictamente rural la posibilidad de generar un salto cualitativo mediante la permanencia -durante uno, dos o tres años- de médicos, abogados, ingenieros u otros profesionales.
En alguna medida, aquello lo observamos con los Programas de Desarrollo Local (Prodesal), pero lo propuesto en el proyecto original constituía una cosa estupenda. Y debo decir que en la forma en que ahora se plantea, pierde gran parte de su cualidad, vigencia, pertinencia y avance.
Ahora bien, señor Presidente , no seré tan pertinaz como para pronunciarme en contra solo porque perdí la votación en este punto, y voy a votar a favor del informe de la Comisión Mixta. Pero, para los efectos de la historia de la ley y del análisis de sus resultados, quiero dejar constancia de mi opinión en cuanto a que nos estamos equivocando al proceder de este modo.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
En votación el informe de la Comisión Mixta.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (19 votos favorables), y queda despachado el proyecto.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Ávila, Espina, Frei, García, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Navarro, Novoa, Ominami, Orpis, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag y Vásquez.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En este momento ha llegado a la Mesa una moción del Senador señor Larraín con la que inicia un proyecto que modifica la ley N° 19.995, sobre casinos de juego, con el propósito de establecer una repartición equitativa de los recursos recaudados por aplicación del impuesto sobre la explotación de los juegos autorizados.
--Se declara inadmisible por corresponder a una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia la Presidenta de la República.
El señor LARRAÍN.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente , solicito oficiar en mi nombre al Ejecutivo a fin de requerirle el patrocinio de la moción que acaba de ser declarada inadmisible.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).- Si le parece a la Sala, se remitirá el oficio pertinente.
--Así se acuerda.
MANTENCIÓN DE BOLETINES OFICIALES DE MINERÍA. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Informe conjunto de las Comisiones Mixtas formadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 de la Constitución Política, recaído en los proyectos de ley que modifican el Código de Minería con el objeto de mantener la existencia de los Boletines Oficiales de Minería y sobre las publicaciones ordenadas por dicho Código.
--Los antecedentes sobre el primer proyecto (4728-08) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 81ª, en 3 de enero de 2007.
Informes de Comisión:
Minería, sesión 59ª, en 17 de octubre de 2007.
Mixta, sesión 81ª, en 23 de diciembre de 2008.
Discusión:
Sesión 60ª, en 30 de octubre de 2007 (se rechaza en general y pasa a Comisión Mixta).
--Los antecedentes sobre el segundo proyecto (4741-08 ) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de la señora Matthei y de los señores Horvath, Núñez, Orpis y Prokurica).
En primer trámite, sesión 78ª, en 19 de diciembre de 2006.
Informes de Comisión:
^@#@^Minería y Energía, sesión 82ª, en 9 de enero de 2007.
Minería y Energía (segundo), sesión 18ª, en 9 de mayo de 2007.
Mixta, sesión 81ª, en 23 de diciembre de 2008.
Discusión:
Sesiones 84ª, en 16 de enero de 2007 (se aprueba en general); 21ª, en 5 de junio de 2007 (se aprueba en particular).
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Cabe destacar que los integrantes de las Comisiones Mixtas acordaron informar conjuntamente los proyectos mencionados por tratar el mismo asunto. Uno de ellos tuvo su origen en la Cámara de Diputados, y el otro, en una moción de los Senadores señora Matthei y señores Prokurica, Horvath, Núñez y Orpis.
Las divergencias entre ambas Cámaras se suscitaron por el rechazo en general de cada una de las iniciativas.
El informe conjunto de las Comisiones Mixtas consigna la proposición destinada a solucionar dichas diferencias. Ella consiste en sustituir el artículo 238 del Código de Minería preceptuando que en cada provincia se editará una publicación con el nombre de Boletín Oficial de Minería, que llevará el nombre de la ciudad en que aparezca, en el cual deberán hacerse todas las publicaciones que ordena el Código. Asimismo, estos boletines deberán ser publicados en Internet.
Dicho texto fue acordado por la unanimidad de los miembros presentes en las Comisiones Mixtas, Senadores señores Núñez, Orpis y Prokurica y Diputados señores Aedo, Forni y Leal.
Finalmente, corresponde señalar que la Cámara de Diputados ya dio su aprobación al mencionado informe.
--Pasa a dirigir la sesión el Senador señor Larraín, en calidad de Presidente accidental.
El señor LARRAÍN (Presidente accidental).-
En discusión el informe de las Comisiones Mixtas.
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente, para que en un país funcione la actividad minera es necesaria no solo la existencia de los recursos naturales pertinentes y de mineros, sino además una legislación que permita a esa actividad brindar seguridad y certeza a la propiedad y seguridad jurídica para que pueda funcionar el sistema.
Con tal objetivo, el Código de Minería de Chile, de 1983, estableció en su artículo 238 lo siguiente:
"Se publicará un suplemento especial del Diario Oficial, denominado Boletín Oficial de Minería, en el cual deberán hacerse todas las publicaciones que ordena este Código. Este Boletín se publicará, conjunta o separadamente con el Diario Oficial , el primer día hábil de cada mes y los primeros días hábiles de cada semana.".
A pesar de lo dispuesto en dicho artículo, las publicaciones se han efectuado en medios regionales, porque el Diario Oficial es caro y resulta lejano, en especial para los pequeños mineros. Ello ha sucedido durante 25 años, transformándose en un apoyo para los medios de comunicación regionales.
Todas las medidas que se proponen persiguen proteger sobre todo a los pequeños mineros que no cuentan con un staff de abogados ni de profesionales capaces de realizar un seguimiento de las publicaciones que ordena el Código en esta materia.
Así, ambos proyectos de ley -tanto el que presentamos junto con un grupo de Senadores como el elaborado por los señores Diputados con posterioridad- pretenden mantener la actual situación; esto es, conservar la edición de los boletines mineros en medios regionales e incorporar la obligación de publicar una página web, con el fin de que cualquier persona, sin importar en qué parte del mundo se encuentre, pueda tener acceso a dicha información. Es decir, se pretende incentivar y proteger a los medios de comunicación regionales.
Señor Presidente, de aplicarse la norma que obliga a la publicación pertinente en el Diario Oficial, se vulnerarían seriamente los derechos de los pequeños mineros, que no cuentan ni con los medios ni con la capacidad profesional para hacer un seguimiento de las publicaciones.
Por lo tanto, solicito a la Sala que se apruebe el informe en discusión.
De otro lado -según lo que me informó el señor Secretario-, entiendo que el Ejecutivo ha anunciado el envío de un veto en orden a solucionar parte del problema presentado en el proyecto -lamentablemente, no quiso hacerlo durante el trámite de Comisión Mixta-, en el sentido de que, a través de una disposición del Presidente de la República , dos o tres Regiones donde no haya una actividad minera importante se puedan fusionar a efectos de publicar en un solo medio de comunicación regional, como sucede en la práctica.
El señor LARRAÍN ( Presidente accidental ).- Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , estoy de acuerdo con la iniciativa en análisis, porque la modalidad centralizada que se ha aplicado hasta ahora no ha dado los frutos que se esperaban de ella. Esto es, que los interesados en ese tipo de información accedan con facilidad a conocerla.
En la práctica, para que dicho propósito se cumpla, la publicación debe efectuarse en los medios regionales existentes en el país, porque ello responde a una ya larga tradición que la costumbre ha ido imponiendo.
En definitiva, lo sugerido consagra sencillamente un procedimiento que se ha tornado habitual en los hechos, al que es preciso otorgar un reconocimiento legal.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, las Comisiones Mixtas proponen el establecimiento de un artículo 238, que contiene dos incisos.
El primero dispone: "En cada provincia se editará una publicación con el nombre de Boletín Oficial de Minería, que llevará el nombre de la ciudad en que aparezca, en el cual deberán hacerse todas las publicaciones que ordena este Código, debiendo los interesados cubrir el importe respectivo.".
Quiero hacer ver que el texto no dice quién editará ese Boletín Oficial, en el cual se deberán exhibir obligatoriamente las publicaciones. Me parece una omisión bastante grande en esta materia. El Senador señor Prokurica ha manifestado que el Ejecutivo vetará el proyecto.
Yo prefiero que las iniciativas legales sean despachadas por el Congreso Nacional como corresponde sin confiar en la presentación de vetos, pues después estos no llegan y nosotros terminamos aprobando proyectos que carecerán de forma para operar.
En cuanto al segundo punto, tenía la duda en el sentido de si dichos boletines se publicarán en Internet, que es la forma más adecuada.
El inciso segundo dice: "Asimismo, los Boletines deberán ser publicados en Internet, en la forma que determine el reglamento". Sin embargo, surge el problema de cómo se definen los boletines.
¿Qué grado de compromiso tiene el Ejecutivo para hacer operativo el proyecto, señalando en forma expresa cómo se hará la publicación en cada provincia?
Me pregunto cuál es la obligación que asumió el Gobierno y si hay certeza de que va a cumplirla.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Señor Senador, nosotros coincidimos con Su Señoría. En la Comisión Mixta quisimos que esta materia quedara arreglada. Impulsamos la idea. No obstante, el Ejecutivo , en ese momento, no la aprobó y, como se trata de una materia de su iniciativa exclusiva, el texto quedó como se presenta ahora.
No obstante, el señor Secretario de la Comisión ha informado que el Ejecutivo anunció la formulación de un veto para arreglar el problema.
El señor ESPINA.-
¿Por qué no devolvemos el proyecto a la Comisión, señor Presidente?
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Porque es un informe conjunto de Comisiones Mixtas.
El señor ESPINA.-
Pero igual es posible, señor Presidente.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
De todas maneras, señor Senador, en la actualidad el sistema opera sobre la base de una licitación pública que realizan los gobernadores en cada una de las provincias, a través de la cual se convoca a los medios de comunicación.
Así ha funcionado el sistema y queremos que siga operando de esa manera.
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, me gustaría explicar sucintamente la historia de este proyecto, para que la Sala pueda entender el problema con las limitaciones que presenta el texto, las cuales son efectivas.
La pugna se produjo debido a que el Ejecutivo insistió permanentemente en mantener al diario "La Nación". Ese es el asunto. Y, unánimemente, Diputados y Senadores somos partidarios de que la publicación se mantenga a nivel local.
Se dio un plazo al Gobierno para presentar las indicaciones respectivas -dos años, según indica el Honorable señor Prokurica -, pero no quiso aceptar el ofrecimiento.
A raíz de eso, en ambas Comisiones, Diputados y Senadores insistieron por unanimidad en la tesis de que este asunto debe radicarse a nivel regional.
Por lo tanto, eso nos llevó a aprobar el presente texto con las limitaciones señaladas y que han sido parte del debate. Esta es una forma de presionar para que el Gobierno envíe el veto y se mantenga la tesis planteada tanto por la Cámara de Diputados como por el Senado, en orden a continuar con las publicaciones locales.
Me parece que la explicación es válida, más aún cuando nos ha llegado información acerca de un eventual veto.
La única alternativa de la Comisión Mixta para presionar al Ejecutivo era darle a conocer las limitaciones y vacíos del proyecto. Pero la única manera de corregirlos es a través de las observaciones del Gobierno.
En consecuencia, quise dar esas explicaciones para los efectos de proceder a la votación.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el informe conjunto de las Comisiones Mixtas (14 votos favorables y 3 abstenciones).
Votaron por la afirmativa la señora Matthei y los señores Ávila, Chadwick, Espina, Frei, Gazmuri, Gómez, Horvath, Larraín, Navarro, Ominami, Orpis, Prokurica y Vásquez.
Se abstuvieron los señores García, Kuschel y Novoa.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Terminado el Orden del Día.
VI. TIEMPO DE VOTACIONES
RESPALDO A ACUERDOS DE XVIII CUMBRE DE JEFES DE ESTADO Y GOBIERNO SOBRE EDUCACIÓN, DIVERSIDAD, DEFENSA DE LOS DERECHOS Y DESARROLLO INTEGRAL DE LOS JÓVENES. PROYECTO DE ACUERDO
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Proyecto de acuerdo, presentado por los Honorables señores Navarro, Ávila y Bianchi.
S 1130-12
Respaldo a acuerdos de XVIII Cumbre de Jefes de Estado y Gobierno sobre educación, diversidad, defensa de los derechos y desarrollo integral de los jóvenes. Proyecto de acuerdo
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1130-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 71ª, en 19 de noviembre de 2008.
Queda pendiente su votación por falta de quórum, en sesión 79ª, en 16 de diciembre de 2008.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- La iniciativa tiene por objeto respaldar los acuerdos adoptados en la XVIII Cumbre de Jefes de Estado y Gobierno, realizada en la República de El Salvador, respecto de aquellas iniciativas, acciones y compromisos sobre la educación, la diversidad, la defensa de derechos y el desarrollo integral de los jóvenes.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- En votación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- Señores Senadores, se requieren doce señores Senadores para aprobar la iniciativa.
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza, por no reunirse el quórum requerido (4 votos a favor, 1 en contra y dos abstenciones).
Votaron por la afirmativa los señores Frei, Horvath, Navarro y Vásquez.
Votó por la negativa el señor Novoa.
Se abstuvieron la señora Matthei y el señor Prokurica.
APOYO A GESTIONES DE GOBIERNO CHILENO ANTE ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN DEFENSA A DERECHO DE AUTOR. PROYECTO DE ACUERDO
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- A continuación, corresponde tratar el proyecto de acuerdo suscrito por los Honorables señores Navarro, Ávila, Bianchi y Cantero.
S 1131-12
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1131-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 71ª, en 19 de noviembre de 2008.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- El propósito del proyecto es respaldar las gestiones realizadas por el Gobierno de Chile ante la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, mediante las cuales solicita abordar las limitaciones y excepciones obligatorias mínimas al derecho de autor.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- En votación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza, por no reunir el quórum requerido (8 votos a favor y 1 en contra).
Votaron por la afirmativa los señores Ávila, Gazmuri, Gómez, Horvath, Navarro, Ominami, Prokurica y Vásquez.
Votó por la negativa el señor Novoa.
El señor HORVATH.- ¿Me permite para un asunto de Reglamento, señor Presidente?
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor HORVATH.- Señor Presidente, quiero saber si hay quórum para aprobar los siguientes proyectos de acuerdo, pues los anteriores se han caído.
Entonces, creo que lo lógico es no votar los que quedan.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- En la Sala hay el número necesario de Senadores. Lo que pasa es que algunos no han manifestado su pronunciamiento.
El señor HORVATH.- Sumando a los colegas que se encuentran presentes, tampoco se reúne el quórum necesario para aprobar los siguientes proyectos, señor Presidente.
Por lo tanto, no tiene sentido ponerlos en votación.
En consecuencia, pido que los restantes proyectos de acuerdo sean votados en la próxima sesión.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se procederá según lo solicitado por el Senador señor Horvath.
--Así se acuerda.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Concluido el Tiempo de Votaciones.
VII. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIO
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor CANTERO:
A los señores Superintendente de Valores y Seguros, Presidente del Consejo de Defensa del Estado y Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos , demandándoles información acerca de ATROPELLOS A DIGNIDAD Y DERECHOS DE INTEGRANTES DE SUCESIÓN DE DON HÉCTOR MANUEL FUENTES DE LA FUENTE POR IRREGULARIDADES JUDICIALES.
Del señor ESPINA:
Al señor Contralor General de la República , requiriéndole INVESTIGACIÓN A EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA POR INCUMPLIMIENTOS DE CONTRATOS RELATIVOS A MEJORAMIENTOS EN PROCESOS INTERNOS;
Al señor Vicepresidente Ejecutivo de Empresa Nacional de Minería (ENAMI), solicitando COPIA DE "INFORME MATRIZ DE RIESGOS Y CONTROLES EN PLANTA OSVALDO MARTÍNEZ" e información sobre BONOS PAGADOS A EJECUTIVOS DURANTE 2007 Y 2008.
Del señor HORVATH:
A los señores Subsecretario de Pesca , Intendente Regional de Aisén , y Director Nacional de Pesca , pidiéndoles IMPLEMENTACIÓN DE LABORATORIO DE MAREA ROJA EN MELINKA y CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS SOBRE ZONAS CONTIGUAS (Undécima Región).
Al señor Tesorero General de la República , solicitándole MEDIDAS ESPECIALES PARA SECTORES AFECTADOS POR CRISIS SALMONERA EN REGIÓN DE AISÉN.
Del señor LARRAÍN:
Al señor Ministro de Obras Públicas , tocante a INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS EN RÍO PUTAGÁN, SECTOR PUENTE ALTO-GUADANTÚN, LINARES,
Al señor Director del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, pidiéndole informar sobre PROBLEMAS DE TRANSPARENCIA EN APLICACIÓN DE PROGRAMA MARCO.
Del señor ORPIS:
Al señor Ministro de Minería , consultándole por EVENTUAL AUMENTO DE CAPITAL DE ENAP EN 750 MILLONES DE DÓLARES.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Democratacristiano, que no hará uso de su tiempo.
En el turno del Comité Mixto, tiene la palabra el Senador señor Navarro.
ESTUDIO EPIDEMIOLÓGICO A VECINOS DE HUALPÉN. OFICIO
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , solicito que se oficie al Ministerio de Salud a fin de que acceda a la petición que han venido realizando los pobladores de los sectores 18 de Septiembre, Patricio Aylwin , El Triángulo y Esfuerzo Unido, de la comuna de Hualpén, que viven cerca de la planta de ENAP ubicada en la Región del Biobío.
Durante muchos años los vecinos han pedido un estudio epidemiológico respecto del impacto que las emisiones de dicha planta estarían produciendo sobre su salud. Se trata de más de 1.400 personas. Se han presentado diversos recursos de protección, además de una demanda. Y, en verdad, todo hace pensar que a las poblaciones señaladas deben sumarse Capitán Cabrejo y Haroldo Figueroa , de Coronel, las cuales han llegado a acuerdo con Endesa para su relocalización. No hablo de "erradicación", porque eran propietarios.
La situación de Bocaminas II se ha resuelto de manera favorable: también se llegó a acuerdo con Endesa.
Lo que se vive en la comuna de Hualpén por su cercanía con la planta de ENAP es un problema candente y grave. Un número indeterminado de viviendas se encuentra situado en la zona crítica de accidente. Y lo cierto es que diversos incidentes críticos ocurridos durante los últimos años han venido a hacer imposible la vida de los pobladores de los sectores 18 de Septiembre, Patricio Aylwin , El Triángulo y Esfuerzo Unido.
Por tanto, solicito al Ministerio de Salud todos los informes que se hayan podido recoger con relación a las diversas atenciones y prestaciones que los consultorios de Hualpén les han brindado a los pobladores de esta comuna. Resulta indispensable efectuar un estudio epidemiológico que dé cuenta de un seguimiento en el tiempo a la salud de estas personas.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
CONCRECIÓN DE SUBSIDIO A TRANSPORTE REGIONAL. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , además solicito que se oficie al Ministerio de Transportes y al Gobierno Regional del Biobío respecto de la utilización del subsidio al transporte regional aprobado en forma paralela al Transantiago. Queremos saber en qué se han empleado los recursos, cuáles son los proyectos a los que han sido destinados y si efectivamente los transportistas, los dueños de taxibuses que han firmado un acuerdo con el Ministerio, han tenido acceso a ellos con miras a bajar el pasaje. Concepción tiene una de las tarifas más altas del país. Estamos ya en los 500 pesos y por eso queremos saber si el aporte se ha concretado.
La Federación de Taxibuses me ha hecho saber esta tarde que no ha recibido un peso de las platas prometidas a través de una entrega vía proyecto de ley que compensaba la tarifa escolar a fin de evitar su aumento. Hoy estamos a punto de sufrir una nueva alza. Hay preocupación y hay movilización de parte de los estudiantes universitarios y de las juntas de vecinos, pues ven que el petróleo baja y las tarifas no. Los taxibuseros alegan, con razón, que no han recibido el subsidio prometido, que era una compensación por gastos en los cuales efectivamente habían incurrido al mantener el precio bajo a pesar del alza del petróleo.
Entonces, ahí tenemos una situación que ENAP debiera aclarar.
En consecuencia, pido que se oficie a dicha empresa, a la autoridad responsable del Fondo de Compensación del Petróleo, al Ministerio de Economía, con el propósito de que nos expliquen cuál es el mecanismo que se está utilizando hoy día frente a la rebaja del petróleo, en los acuerdos políticos suscritos por el Ejecutivo con los Gobiernos regionales, con los empresarios del transporte público. La idea es mantener el valor del pasaje en niveles adecuados, dado que casi el 18 por ciento de los ingresos de las familias de escasos recursos, de los que ganan el sueldo mínimo, se gasta en transporte, lo cual incide brutalmente en el presupuesto familiar.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
PUBLICIDAD ENGAÑOSA DE A.F.P. OFICIO
El señor NAVARRO.-
Del mismo modo, señor Presidente , quiero solicitar una aclaración a la Superintendencia de Pensiones.
Algunas AFP -entre ellas, Habitat- han difundido a través de los principales periódicos del país una serie de estadísticas relativas a utilidades acumuladas que, en mi opinión, constituyen publicidad engañosa.
En efecto, se ha planteado -así lo asevera un informe de Cenda- que todo lo acumulado en utilidades desde 1981 hasta 2006 se ha perdido en la última crisis, específicamente entre el 25 de julio de 2007 y el 23 de noviembre de 2008. La pérdida alcanza a 18,8 billones de pesos, es decir, exactamente la revalorización neta lograda por el -entre comillas- "trabajo" de las AFP, el cual fue publicitado como utilidad entre 1981 y 2006. O sea, si la gente hubiera guardado la plata en el "chanchito" o debajo del colchón, hoy tendría lo mismo.
Sin embargo, en la publicidad a que me refiero, que expresa en términos de estadísticas y de gráficos las utilidades entregadas por las AFP y los aportes de los afiliados, extrañamente y, en mi opinión, maliciosamente, no se incorporan los 9,8 billones de pesos que las administradoras han cobrado por concepto de costos de administración y de seguros. ¡Esa es plata de los trabajadores!
Claramente, todas las estadísticas y estudios demuestran que, de cada tres pesos que los afiliados hemos depositado en las AFP, uno -es decir, un tercio- se ha destinado al pago de comisiones por administración y de diversos seguros y ha ido a parar, además, a empresas relacionadas.
Por consiguiente, los avisos publicados constituyen desinformación. Les hemos pedido a las AFP que informen. Yo exijo de la Superintendencia un pronunciamiento respecto de la publicación efectuada por la AFP Habitat el día 27 de noviembre, donde se entregó información de este tipo, a todas luces distorsionada. Los aportes de los afiliados entre 1981 y 2006 sumaron 36,8 billones de pesos, que equivalían exactamente al 66,4 por ciento del fondo acumulado al 31 de diciembre de 2006 y que alcanzaba a un poco más de 45,7 billones de pesos, más los beneficios pagados y menos el fondo inicial de 1981.
En ese sentido, uno puede establecer, calculadora en mano, que efectivamente el tercio de los fondos acumulados -lo ganado entre el inicio del sistema y el 2006-, que era utilidad neta, dado el manejo de la rentabilidad otorgada por las AFP, se ha desvanecido, se ha vaporizado, se ha perdido de un plumazo, en forma traumática.
Sin duda, señor Presidente , estamos frente a una crisis profunda del sistema de administración de fondos de capitalización individual. Lo que las AFP hacen cuando se les pide informar es, precisamente, desinformar. Y la verdad es que la Superintendencia no contribuye mucho. Yo he leído sus informes. ¡Hay que tener a lo menos un magíster para poder comprenderlos! No es información que los 9,5 millones de trabajadores se hallen en condiciones de asimilar. Es información altamente compleja y nadie se preocupa de simplificarla para permitir la toma de decisiones.
Las AFP tienen la obligación legal, pero también moral, de entregar asesoría. Y lo que estamos proponiendo en un proyecto de ley que la Mesa declaró inadmisible hace un rato es, precisamente, abordar el problema de la "rentabilidad negativa", eufemismo que se utiliza para la pérdida de capital. En efecto, con ese concepto no se quiere decir que se haya dejado de ganar utilidades, que la rentabilidad ande mal. ¡No! La rentabilidad negativa debe ser entendida como pérdida de la masa del capital. Por lo tanto, se trata de que cuando dicha situación sea reiterada, exista mayor protección y la obligación de cambiarse de fondo para los trabajadores que estén a menos de cinco años de jubilar.
Porque, en definitiva, ¿cómo se le avisa a un trabajador que está en el Fondo B o C, al que le queda poco para pensionarse y que no tiene tiempo para entrar a Internet o para leer sus cartolas -las cuales, por lo demás, no entregan información-, que tiene que cambiarse? Lo que ahí debe haber es una acción más decidida de la Superintendencia para proteger los fondos de los ahorrantes previsionales.
Por eso, señor Presidente, quisiera que la Superintendencia se pronunciara sobre la información que han entregado las AFP a través de la prensa, a fin de determinar si es la que corresponde o no.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
INFORMACIÓN SOBRE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Además, señor Presidente , pido que se oficie al Ministerio de Economía, a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, a la Conama y a todos los organismos estatales que estén a cargo de la calificación, implementación y fiscalización de proyectos de generación eléctrica, solicitándoles información respecto de los siguientes proyectos en preparación: Central Termoeléctrica Cochrane, a carbón, de 560 megawatts; Central Termoeléctrica Energía Minera, a carbón, de 1.050 megawatts; Central Termoeléctrica Cruz Grande, a carbón, de 300 megawatts; Central Hidroeléctrica Guayacán, hidroeléctrica de pasada, de 10,4 megawatts; Central Térmica RC Generación, a carbón, de 700 megawatts; Central Térmica Barrancones, a carbón, de 565,5 megawatts, y Central Termoeléctrica Castilla, a carbón, de 2.227 megawatts; como, asimismo, en cuanto a los siguientes proyectos ya aprobados: Central Termoeléctrica Los Robles, a carbón, de 750 megawatts; Complejo Generador Central Térmica Guacolda S.A., a carbón, de 152 megawatts; Central Termoeléctrica Angamos, a carbón, de 600 megawatts; Grupos Electrógenos de Respaldo en Constitución, a petróleo, de 15 megawatts; Complejo Termoeléctrico Coronel, a carbón, de 700 megawatts; Ampliación Central Bocamina, a carbón, de 350 megawatts; Central Térmica Andino, a carbón, de 400 megawatts; Central Guacolda Unidad N° 3, a carbón, de 200 megawatts, y Central Termoeléctrica Nueva Ventanas, a carbón, de 250 megawatts.
La mayoría de las mencionadas son centrales termoeléctricas a carbón que están en proceso de aprobación o ya han sido aprobadas.
Necesitamos conocer el informe de su estado de tramitación, de las objeciones realizadas y, en particular, de los procesos de participación ciudadana en Constitución, sector El Faro. La Comisión de Medio Ambiente, que preside el Senador señor Ávila , conoció del esfuerzo de los vecinos por controlar allí la instalación de una termoeléctrica, cuyo emplazamiento -por lo que hemos sabido en dicho organismo- va a dañar la salud de la ya convulsionada comuna de Constitución.
En definitiva, todas estas centrales termoeléctricas a carbón conllevan un impacto ambiental que debe ser medido.
En Chile hay un enorme número de proyectos de generación eléctrica que combinan energía térmica a petróleo con hidroeléctrica y que superan los 10 mil megawatts aprobados. Y existen otros 1.940 en proceso de aprobación.
Sin embargo, dada la necesidad energética del país, estos proyectos se están aprobando sin mayor dilación. A pesar de los informes negativos de los servicios técnicos, hay una instrucción, tal vez no escrita pero sí expresa de parte del Gobierno, en el sentido de dar luz verde a todos los proyectos de generación eléctrica sin importar el tipo de impacto que provoquen.
Se burla la voluntad ciudadana, se lesiona la credibilidad en el Estado. Necesitamos asegurar que en cada uno de tales proyectos los servicios técnicos y los Ministerios apliquen una visión objetiva y técnica y no política. Porque uno no les paga a los organismos públicos para que trabajen de manera política, sino para que realicen una labor técnica. Ojalá tuviéramos en Chile -como en Suecia, Holanda y otros países de Europa- un aparato administrativo independiente en materia ambiental y no supeditado al poder político.
Aquí el seremi que emite un informe negativo cuando el intendente ha dicho que el proyecto es positivo se va "cortado". Nos encontramos ante un fuerte lío de centralismo por esta monarquía presidencial que nos rige, por este tipo de gobierno, llamado republicano, que está muy lejos de ser un gobierno ciudadano.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
REALIZACIÓN DE RALLY DAKAR EN CHILE. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , solicito también que se oficie tanto a la Conama como a Chiledeportes solicitándoles información con respecto a la realización del Rally Dakar Chile-Argentina.
Aún no sabemos exactamente cuál será el recorrido que tendrá.
En Argentina hay bastante preocupación. En Chile vivimos el "Desierto Florido", que es un fenómeno maravilloso. Existen muchas aprensiones sobre el tema.
Por cierto, sus organizadores han presionado fuertemente a nuestro país para que dé las mejores y mayores condiciones. La Conama ha señalado de manera reiterada que ha pedido informes, pero claramente la Conadi no ha sido requerida para que diga si hay sitios arqueológicos de origen indígena en el eventual trazado que se confeccionará.
Aunque el Consejo de Monumentos Nacionales no ha recibido documento formal alguno de parte de los organizadores para un pronunciamiento, ha indicado que el recorrido se va a realizar sobre áreas que están en el marco del proyecto de postulación multinacional a Unesco del Qapac Ñan, Camino Principal Andino, correspondiente a la red vial Inca y los sitios asociados, y ha entregado información acerca de la valoración arqueológica de las Regiones de Atacama y Coquimbo.
¡Se viene el Rally, señor Presidente!
En Argentina ya se han levantado voces muy críticas.
Los antecedentes que tenemos datan del 30 de julio. Se señala que "la Conama, tras analizar el recorrido del rally a su paso por Chile, principalmente en las Regiones de Atacama y Coquimbo, subrayó que la ruta no contemplará las áreas que están bajo protección oficial".
Esta es información de la Comisión Nacional del Medio Ambiente. Nosotros queremos que se le pregunte a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
En consecuencia, solicito que se oficie a esta última, como igualmente a la Conama, con el propósito de que entreguen de manera formal la ruta que seguirá el Rally.
Pese a que al parecer resultará imposible hacerlo, hay quienes estamos pensando en iniciar acciones de carácter judicial y también administrativo para evitar que dicho evento se lleve a cabo si no se ofrecen garantías con respecto a la protección del medio ambiente.
El Director Nacional de Conadi, al ser consultado sobre el punto, dijo que "en la eventualidad de que la ruta de esta actividad afecte tierras indígenas, espacios ceremoniales u otros lugares vinculados con tierras indígenas o personas o comunidades indígenas, estimamos que este proyecto debe pasar por un Estudio de Impacto Ambiental".
Es lo que dice la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena: para saber hay que efectuar estudios. ¡No los hay! ¿El EIA es una herramienta posible que no se utilizó?
Son más de 600 vehículos de competencia -entre ellos, camiones- los que atravesarán el desierto, y la verdad es que cuando se corre por ganar, poca preocupación hay por lo que se halla debajo, por lo que se va pisando.
En África, el Rally fue prohibido por razones de seguridad.
Si se va a hacer en Chile, que se haga con respeto al medioambiente y a la dignidad de los pueblos indígenas. De lo contrario, anuncio que iniciaremos todas las acciones legales tendientes a evitar que dicho certamen se realice en nuestro país. Porque, en definitiva, para mí siempre va a ser dudosa la publicidad, en particular la imagen-país, que nos brindará una competencia como esa.
Yo estoy por proteger el medioambiente y la dignidad de los pueblos originarios y también por el desarrollo del sector privado en iniciativas como la que señalo, pero siempre que se efectúen dentro de la ley.
He dicho.
¡Patagonia sin represas!
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).- Los Comités Partido Unión Demócrata Independiente, Partido Renovación Nacional, Independientes y Socialista no harán uso de sus tiempos.
Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:46.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXOS SESIÓN
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES GIRARDI, ÁVILA, MUÑOZ BARRA, NAVARRO Y OMINAMI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS EN RESGUARDO DE GLACIARES (6308-12)
Honorable Senado:
CONSIDERANDOS
La diversidad biológica en Chile presenta características singulares, que lo destacan por su alto valor endémico, determinado por una situación geográfica y fitosanitaria exclusiva, aislada por la cordillera de los Andes, el Océano Pacífico, el desierto de Atacama y los hielos polares. Esta singular diversidad derivada de la geomorfología y emplazamiento del territorio chileno, sumado a las diferencias de latitudes desde subtropical a subantártico, hacen de Chile un país de montañas, valles y climas únicos en el planeta, con gran riqueza ecosistémica y donde uno de los factores que destacan y sobresalen son sus glaciares.[1]
Desde dicha perspectiva Chile puede ser considerado un país glacial y antártico; gran parte de su territorio es montañoso, con predominio de glaciares desde los Andes del norte a partir de los 18º de latitud sur hasta su territorio antártico en el extremo sur del continente, pasando por sus vastos ecosistemas australes de fiordos y archipiélagos dominados por centenares de gigantescos glaciares y campos de hielo continental en la XI de Aysén y XII región de Magallanes y Antártica Chilena
Los glaciares, también conocidos en Chile como ventisqueros, son verdaderos ríos de hielo que se alimentan de precipitación de nieve en sus zonas altas y pierden masa por derretimiento, sublimación o descarga de témpanos en sus zonas bajas.
Se trata de sensibles indicadores del clima actual y pasado. A su vez influencian el clima mediante complejos mecanismos de retroalimentación, con un rol crítico en el clima global, el ciclo hidrológico, las corrientes oceánicas y el nivel del mar.
Pero el rol de orden práctico más preponderante en la actualidad y el futuro próximo atribuible a los glaciares es su condición de reservorios de agua dulce. Se estima que del total del agua del planeta un 97,5% corresponde a agua salada de poca utilidad directa para la población; 1,76% está encerrado en el permigélido, los casquetes de hielo y los glaciares, mientras casi todo el resto es agua subterránea (menos de 1%)” [2] lo que ciertamente constituye a los glaciares en las mayores reservas de agua dulce del planeta.
En los últimos años, se ha detectado un importante retroceso y desintegración de los glaciares en las zonas polares y también en las altas cordilleras de latitudes medias y zonas ecuatoriales. En Chile, salvo contadas excepciones, el retroceso de los glaciares es generalizado y ha ocurrido a una tasa acelerada en las últimas décadas.[3]
No obstante lo anterior y lamentablemente Chile no cuenta a la fecha entre sus políticas públicas ni en su legislación con un tratamiento especial sobre hielos y glaciares. No existe, a pesar de la abundancia de glaciares en el territorio nacional, ninguna norma de protección de glaciares. Tan sólo podríamos de un modo indirecto inferir que los glaciares caerían bajo los términos de la política sectorial sobre recursos hídricos, a pesar que esta tampoco hace ningún tratamiento sobre esta expresión del agua. [4]
En Chile se han inventariado hasta el año 2002, 1751 glaciares con una superficie de 15260 km2 de hielo. Se estima además una superficie no inventariada de 5315 km2 de hielo, lo que totaliza para el país una superficie cubierta de glaciares de 20575 km2.
En las primeras cuatro regiones del norte del país el área englaciada es reducida. En el centro del país entre las cuencas de los ríos Aconcagua y Petrohué existe una mayor superficie cubierta por hielo, destacando la cuenca del Maipo donde hay más de 420 km2 de glaciares. El derretimiento de estos glaciares ha sido de vital importancia para la mantención de caudales en períodos secos de verano, representando el aporte glacial, desde un tercio hasta el 67% del caudal del río Maipo en meses de sequía. Destaca en esta región, el problema de riesgo potencial que presenta la existencia de grandes casquetes de hielo sobre conos volcánicos activos, por la posibilidad de ocurrencia de lahares. El resto del país posee inventarios detallados de glaciares descubiertos, pero no de glaciares de roca o glaciares recubiertos con detritos (glaciares rocosos).
En la zona austral del país tenemos los grandes campos de hielo Norte y Sur, ambos casquetes poseen en conjunto más de 17000 km2 de hielo, convirtiéndose en la masa de hielo más grande del hemisferio sur después de Antártica.
No obstante el avance en el catastro de glaciares experimentado en las últimas décadas, aún falta por inventariar gran parte del sur del país, especialmente en las regiones de Aysén y Magallanes, donde existen grandes superficies de glaciares.[5]
1.- CAMBIO CLIMATICO Y GLACIARES.
Se reconoce a los glaciares la aptitud –entre otras- de “barómetro” del cambio climático del planeta. Sin embargo, son aún escasos los estudios e investigaciones científicas sobre la materia sobre todo en los países subdesarrollados que presentan gran presencia e influencia glacial
En Chile un estudio sobre el retroceso acelerado de los glaciares de Campos de Hielo Norte y Sur, fue publicado el 2003 por la prestigiosa Revista Science. La investigación, que fue llevada a cabo por los científicos chilenos Gino Casassa, del Centro de Estudios Científicos de Valdivia, CECS y Andrés Rivera, de la Universidad de Chile y Eric Rignot, del Jet Propulsión Laboratory, del Instituto de Tecnología de California, describe una disminución importante del volumen de hielo de los Campos de Hielo ubicados en el extremo sur de Chile.
Según las mediciones, los glaciares están perdiendo hielo más rápidamente de lo que puede ser explicado por calentamiento atmosférico y su contribución al nivel del mar es mayor que el de los glaciares de Alaska. [6]
Según estos especialistas, de continuar la importante pérdida de masa y retroceso de hielos que afecta el sector podría significar a mediano plazo la desaparición de los glaciares más pequeños.
A través de modelos digitales de terreno generados a partir de la Misión de Topografía de Radar del Transbordador Espacial Endevour de Estados Unidos, el estudio cubrió virtualmente todo el planeta. La comparación con datos cartográficos anteriores permitió a los científicos calcular el cambio volumétrico de los 63 mayores glaciares de Campos de Hielo Norte y Campos de Hielo Sur. Establecieron que durante los períodos 1968-2000 y 1975-2000, los glaciares experimentaron una pérdida de hielo de 16,7 kilómetros cúbicos por año, mientras que en el período 1995-2000 las tasas de adelgazamiento se duplicaron en forma preocupante.
Además, su contribución al nivel del mar es mayor que el aporte de los glaciares de Alaska.
La acelerada vulnerabilidad de los glaciares de los Campos de Hielo es atribuida a su breve tiempo de respuesta frente a cambios climáticos y a las líneas de nieve al final del verano, ubicadas en cotas muy bajas. Una parte sustancial del adelgazamiento se debe también efectos dinámicos del hielo y desprendimiento acelerado de témpanos, producto de pérdidas en lagos y fiordos.
Los glaciares afluentes de los Campos de Hielo están entre los más rápidos del mundo, con velocidades de hasta 50 metros por día.[7]
Según el artículo publicado por la revista SCIENCE. “Los glaciares de la Patagonia cubren un área cinco veces más pequeña que los de Alaska (90.000 kilómetros cuadrados) y sin embargo causaron el 9% del aumento del nivel del mar, comparado con el 30% de Alaska”.
Sólo unos pocos glaciares han presentado estabilidad e incluso tres han avanzado: el Perito; Moreno, el Trinidad y el Pío XI. Sin embargo, de continuar la tendencia actual, se espera una importante pérdida de masa y retroceso, que incluso podría significar al mediano plazo la desaparición de los glaciares más pequeños, fenómeno que ya está ocurriendo en otras partes del mundo.[8]
En la Antártica en tanto [9], se han detectado grandes retrocesos e incluso la desintegración de plataformas flotantes de hielo. Chile no cuenta con acciones particulares dirigidas desde el Estado tendientes a evaluar estas situaciones. Sólo se han adoptado algunas medidas en algunas universidades del país, centros académicos y científicos y a nivel de los servicios de salud de las regiones australes referente a la situación del agotamiento de la capa de ozono y el efecto invernadero.
2.- INTERVENCIONES INDUSTRALES SOBRE GLACIARES
En Chile lamentablemente y por la vía de los hecho se ejecutan acciones de intervención y destrucción de glaciares sin siquiera contar con la debida evaluación ambiental para ello. Uno de los ejemplos paradigmáticos de ello es la aprobación del proyecto minero chileno-argentino PASCUA LAMA de la trasnacional Barrick Gold que lamentablemente contó con la aprobación de la autoridad ambiental: CONAMA.
El proyecto considera la explotación del yacimiento mediante un rajo abierto por un período de 18 años según reservas actuales, lo que incluye la afectación de zonas glaciares respecto a las cuales se proponía el traslado de unas 10 hectáreas de los hielos, lo que correspondería a unos 800.000 m3 de hielo, mediante un plan de manejo glaciar, situación que fue excluida de la aprobación ambiental exigiendo a la interesada desarrollar una minería subterránea que en todo caso no garantiza la no afección indirecta de glaciares o la afección no autorizada por falta de fiscalización como se ha denunciado insistentemente en el marco de este conflicto ambiental.
De un modo similar las faenas mineras de CODELCO ANDINA han afectado históricamente las masas glaciares de la parte alta de la cuenca del valle del Aconcagua, sin informarlas a la autoridad y sin contar con la debida evaluación ambiental de los impactos reales sobre este valiosísimo componente ambiental para la cuenca.
La mina Sur, de División Andina opera desde 1983 y desde un comienzo debido a su corta vida útil proyectada buscó reducir las distancias del trasporte de estériles, los que comenzaron a ser depositados sobre el Glaciar Río Blanco, en un sector muy cercano al rajo. En los años siguientes Andina provocó remociones de glaciares de roca que se encontraba dentro del rajo de la mina, y sus expansiones proyectan nuevas intervenciones sobre los reservorios glaciares de la cuenca
Sobre el particular la empresa estatal ha reconocido discretamente las intervenciones pero menospreciando el impacto y valor de los glaciares señalando que sólo interviene glaciares de roca (cubiertos por una capa detrítica).
Actividades similares de intervención de glaciares realizan también minera LOS PELAMBRES en la IV Región y ANGLOAMERICAN (Ex Disputada de las Condes) en la Región Metropolitana.
3.- POLITICAS PÚBLICAS EN MATERIA DE GLACIARES
No hay en Chile una política particular sobre glaciares. La única referencia indirecta a nivel de políticas públicas la encontramos en la “Política Nacional de Recursos Hídricos” de la Dirección General de Aguas (DGA). [10]
Esta política aun cuando se refiere o denomina de “recursos hídricos” no considera a los glaciares, hielos y nieves del país, adoptando un enfoque reduccionista del recurso hídrico concebido únicamente como fluido en estado líquido.
Las únicas referencias indirectas que podemos deducir de esta política las encontramos a propósito del reconocimiento del “desafío de la variabilidad climática” y de la “incertidumbre en relación con su disponibilidad futura.”
La política reconoce los problemas que enfrenta a futuro el país fruto de los procesos de desertificación y cambio climático señalando que la “como consecuencia del aumento de la temperatura del aire se produciría el ascenso de la línea de nieves y un derretimiento más acelerado, con el consiguiente aumento de los caudales en el período invierno-primavera y una disminución en verano-otoño, justamente cuando la escasez es más aguda.
La política hídrica también efectúa un reconocimiento del déficit en evaluación y conocimiento de los recursos hídricos y los sistemas de información señalando a este respecto que “se detecta que no existe apoyo significativo a la labor de investigación, la cual se desarrolla básicamente vía iniciativa universitaria o a través del apoyo de la DGA. De este modo existen amplios vacíos en el conocimiento básico de algunas materias (hidrología de zonas áridas, relaciones agua-medio ambiente, comportamiento de acuíferos, relación agua-roca, nieves y glaciares, etc.).
4.- ESTATUTO JURIDICO DE LOS GLACIARES EN EL DERECHO NACIONAL [11]
Chile no cuenta con lo que podríamos denominar un estatuto jurídico propio sobre glaciares. Ni siquiera existe una definición básica legal sobre lo que debemos entender por “glaciar”, ni hay un tratamiento jurídico particular sobre las zonas o áreas que comprende o que se relacionan con estos territorios o ecosistemas. Aunque parezca sorprendente hemos podido constatar que no existe ninguna norma de protección de glaciares y tampoco estudio, monografía o publicación que efectúe un tratamiento jurídico o regulatorio del tema.
Si recurrimos a la ciencia de la glaciología se define “glaciar” o “ventisquero” a “toda masa de hielo perenne, formada por acumulación de la nieve, cualquiera sean sus dimensiones y su forma.”[12]
A su vez la Real Academia Española define “hielo” como “agua convertida en un cuerpo sólido y cristalino por un descenso suficiente de temperatura.”[13]
Siendo así, tan sólo podríamos y deberíamos considerar incluido el tópico sobre glaciares en las regulaciones generales y particulares sobre aguas, contenidos principalmente en el Código de Aguas chileno [14]. Por tanto, no queda sino reconducir la regulación chilena sobre glaciares a la referida a aguas, en tanto y cuanto la naturaleza de sus disposiciones les puedan ser aplicables.
5.- LEGISLACION AMBIENTAL Y GLACIARES.
La ley ambiental chilena que lleva el número 19.300 [15] no es una ley con vocación conservacionista. Sin embargo ha consagrado algunas normas para la protección de la naturaleza creando para tal efecto un sistema nacional de áreas silvestres protegidas que ya tenían un marco regulatorio específico a través de la ley 18.362 o del SNASPE.
Su art.34 consagra la existencia de un sistema nacional de áreas silvestres protegidas, administrado por el Estado.
La ley 19.300 consagró una realidad preexistente pero fue más allá al incluir los parques y reservas marinas y además las áreas silvestres de propiedad privada (art.34-35).
Asimismo la ley prevé y exige el establecimiento de un procedimiento de clasificación de las especies de flora y fauna, un inventario de las mismas, e impone el control sobre las mismas a las autoridades competentes (art. 37-38).
Finalmente, estas normas se completan con una escueta norma que impone a la ley velar por el uso racional del suelo a fin de evitar su perdida y degradación (art.39)
Asimismo, la ley ambiental exige que todos los proyectos o actividades que se ejecuten en áreas silvestres protegidas (ASP) deben ingresar al SEIA. [16]
Fuera de las disposiciones antes señaladas la ley no contempló ninguna regulación especial sobre glaciares; sólo en la medida en que los glaciares se encuentren bajo alguna categoría de protección oficial se requerirá de la correspondiente evaluación de impacto ambiental para cualquier actividad o proyecto que pretenda ejecutarse en su territorio. Así por ejemplo, en Chile bajo el SEIA todos los proyectos, de cualquier naturaleza, que pretendan desarrollar sus actividades en parques nacionales, reservas u otra área bajo protección oficial debe ingresar a evaluación ambiental. [17]
6.- AREAS PROTEGIDAS Y GLACIARES.
La vinculación entre áreas protegidas y glaciares es tal vez el único ámbito en que estos bienes de la naturaleza tienen protección en Chile. Dicho de otro modo, sólo a través de la creación de áreas protegidas y sin que deliberadamente se lo proponga el legislador, se protege en la ley o el reglamento, a los glaciares.
Una importante superficie de Chile está incorporada al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE) constituido por Parques Nacionales, Reservas Nacionales, Monumentos Naturales y Reserva de Regiones Vírgenes, las cuales cubren una superficie de poco más de 14 millones de hectáreas, aproximadamente un 18,3% de la superficie continental. El actual sistema cuenta de 32 Parques Nacionales, 47 Reservas Nacionales y 13 Monumentos Naturales, sumando un total de 92 unidades de manejo.
En Chile un número significativo de áreas silvestres cuenta con glaciares sin que exista un documento oficial que de cuenta del inventario de glaciares en consideración a las distintas categorías de áreas silvestres protegidas. [18]
La escasa y dispersa legislación sobre áreas protegidas no considera ningún tratamiento especial para los glaciares y sólo es posible encontrar algunas consideraciones muy generales en el Plan de Manejo de algunas áreas en la que la presencia de glaciares es relevante. [19]
7.- IDEA MATRICES DEL PROYECTO.
El presente proyecto pretende en consecuencia establecer un marco legal mínimo de protección a los glaciares de la Nación inexistente en la actualidad y que ha permitido por la vía de los hechos la amenaza y afección a este invaluable recurso natural hídrico.
Se propone una sencilla pero integra definición tomada del glaciólogo LLIBOUTRY, para luego refrendar el carácter de bien nacional de uso público de los glaciares predicando que dicho bien se encuentra protegido por la ley.
En seguida, se establece la prohibición de toda actividad industrial sobre ellos, haciendo excepción sólo si una ley especial lo autoriza, lo que dada la importancia del recurso justifica a nuestro modo una protección casi absoluta, pero que debe tener una válvula de escape ante opciones o situaciones en que el país quiera efectuar ciertas intervenciones que podrían justificarse como por ejemplo, para autorizar un aprovechamiento del recurso para el abastecimiento de la población ante una situación de crisis o catástrofe, lo que sólo debiera proceder por mandato de la soberanía nacional expresada en una ley.
El proyecto, desde luego no prohíbe de modo general las actividades que se relacionen con glaciares autorizando aquellas sustentables, inocuas y que normalmente se han ejecutado en zonas de hielo, como las investigativas, inspectivas y de recreación o turismo, lo que en todo caso deberá contar con la correspondiente evaluación ambiental y los permisos que se requieran.
Se establece en seguida una figura penal, tanto dolosa como culposa, para sancionar las acciones de perjuicio o daño en glaciares. Y se deja al resto de las infracciones una sanción pecuniaria de carácter administrativo.
Finalmente el proyecto establece una norma transitoria que aborda el problema con las actividades que en la actualidad estén afectando glaciares, las que deberán dejar de ejecutarse y dirigirse a la autoridad para justificar y normalizar su situación adecuándose a la ley mediante los permisos o habilitaciones pertinentes.
Por estas consideraciones es que proponemos el siguiente,
PROYECTO DE LEY
ARTICULO 1º. Glaciar o ventisquero es toda masa de hielo perenne formada por acumulación de nieve, cualquiera sean sus dimensiones y su forma.
ARTICULO 2º. Los glaciares son bienes nacionales de uso público que por su valor y función ambiental se encuentran protegidos con fines de conservación y excluidos al uso o aprovechamiento industrial, a menos que una ley especial de quórum calificado así lo autorice por razones de interés nacional debidamente calificada por el legislador.
ARTICULO 3º. Sólo se podrán realizar o ejecutar en los glaciares, actividades de recreación, investigación o inspección, debidamente autorizadas, y previa evaluación de impacto ambiental en conformidad a la Ley 19.300.
ARTICULO 4º. Las acciones o actividades en contravención a la presente ley consistentes en la afección dolosa o culpable de glaciares serán sancionadas con presidio menor en su grado mínimo a máximo y con multa de 100 a 1.000 UTM. Cualquier otra contravención será sancionada con la multa señalada.
ARTICULO TRANSITORIO: Las actividades, de cualquier naturaleza, que al momento de la vigencia de la presente ley afecten o puedan afectar glaciares deberán cesar y requerir de las autoridades competentes las autorizaciones que procedan conforme a la ley.
(Fdo.): Guido Girardi Lavín, Senador.- Nelson Ávila Contreras, Senador.- Roberto Muñoz Barra, Senador.- Alejandro Navarro Brain, Senador.- Carlos Ominami Pascual, Senador
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES LETELIER, ESCALONA Y MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE DISCRIMINAR POR LA UTILIZACIÓN DE UN DETERMINADO MEDIO DE PAGO (6309-03)
Honorable Senado:
Antecedentes
Las relaciones jurídicas que nacen de la interacción entre proveedores y consumidores, nuestro ordenamiento jurídico, las regula a través de la ley del consumidor [1], en donde, entre otras cosas, se regulan los derechos y deberes de proveedores y consumidores. De esta manera nuestro sistema jurídico se ha hecho cargo de dicha situación fáctica, sin embargo, es necesario señalar que dicho cuerpo legal es susceptible de perfeccionamiento en diversos aspectos.
En este sentido, debemos señalar que en la actualidad se ha hecho frecuente que las multitiendas, casas comerciales o cadenas de supermercados, quienes manejan un porcentaje importante del universo total del mercado, establecen una serie de promociones destinadas a incentivar el uso de las tarjetas de créditos pertenecientes a dichas multitiendas, casas comerciales o cadenas de supermercados. Este incentivo se manifiesta a través promociones que significan una serie de beneficios para el consumidor por el hecho de comprar con la correspondiente tarjeta de crédito, como son el pagar un precio especial o de oferta o recibir un producto adicional por la referida compra.
De esta forma, se trata de dirigir o inducir la voluntad de los consumidores para que ocupen un determinado medio de pago, en desmedro de otros que pueden resultar más económicos y convenientes para ellos. Es decir, los proveedores (multitiendas, casas comerciales o cadenas de supermercados) condicionan la elección del medio de pago por parte de los consumidores, excluyendo de determinados beneficios o lisa y llanamente no aceptando ciertos medios de pagos, como en algunos casos ocurrió con las tarjetas de crédito bancarias. La situación anteriormente descrita constituye una abierta discriminación en materia económica, tendiente a incentivar el uso de determinados medios de pago que favorecen claramente a los proveedores y perjudican económicamente a los consumidores, por cuanto, incentivan en forma directa el sobreendeudamiento de los consumidores a través del dinero plástico. Es más, en muchas oportunidades nos encontramos con consumidores a quienes se les hace entrega de tarjetas de créditos con un cupo muy superior al aconsejable, de acuerdo a sus ingresos y patrimonio. Esto trae como consecuencia que, en forma frecuente, ciertos deudores no puedan hacer pago del crédito adeudado, el cual se ve aumentado por gastos de cobranza, judiciales y extrajudiciales, llegando a sumas que hacen imposible la extinción de la obligación. Todo lo señalado, repercute directamente en el grupo familiar del deudor, el cual se ve expuesto a situaciones traumáticas como son el embargo, el retiro de bienes y el remate.
Ideas matrices
El presente proyecto tiene por objeto prohibir cualquier discriminación que puedan sufrir los consumidores, por parte de los proveedores, debido al medio de pago que utilicen. Esta prohibición se materializará estableciendo el derecho de los consumidores a no ser discriminados en forma alguna por el medio de pago utilizado para realizar la transacción comercial.
De esta forma ningún proveedor podrá establecer algún tipo de oferta que induzca, a través de alguna promoción, la utilización de algún medio de pago en particular. De contravenir esta norma el proveedor se expondrá a fuertes multas establecidas en la misma norma, para efectos de resguardar el cumplimiento de la misma.
Es por eso que sobre la base de los siguientes antecedentes vengo en proponer el siguiente:
Proyecto de ley
Artículo Único. Agréguese una nueva letra g) a la Ley N° 19.496 del siguiente tenor:
g) El derecho a no ser discriminado en forma alguna, por el medio de pago que utilice al momento de pagar por el servicio o producto, a través de algún tipo de oferta o promoción que induzca o incentive la utilización de un medio de pago en particular”.
(Fdo.): Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- Camilo Escalona Medina, Senador.- Pedro Muñoz Aburto, Senador.
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR ÁVILA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA PENAS PARA DELITO DE USURPACIÓN DE AGUAS (6313-07)
Honorable Senado:
El agua es un recurso natural. Escaso más allá de su carácter renovable o no. Como tal, indispensable para el consumo humano y también para la economía.
Al año 2004 “el gobierno había autorizado a personas o empresas extraer un total de 244 mil litros por segundo desde los acuíferos, pero las solicitudes a la misma fecha buscaban un volumen muy superior: 342 mil litros por segundo (…) El diagnóstico es más severo. Según la DGA, el caudal sustentable de los principales acuíferos presentes desde Santiago al norte llega a entre 250 mil y 260 mil litros por segundo. En el norte el asunto es tan marginal que si alguien busca una autorización de parte del gobierno, "no tiene mucha expectativa (de que se le otorguen permisos) (…) los acuíferos son finitos, vulnerables, y esa es una realidad física. Tiene un límite la cantidad de agua que se puede sacar. No hay más"” [1].
Esta escasez afecta a las familias y a la economía nacional en su conjunto. Así como falta agua para las empresas, también ocurre con lo propio en el campo.
El 25 de enero de 2008, la Ministra de Agricultura, Marigen Hornkohl, luego de una reunión del Comité Interministerial de Recursos Hídricos, anunció la “declaración de Emergencia Agrícola para 46 nuevas comunas ubicadas en las Regiones del Maule, la Araucanía y Los Lagos. Estas nuevas 46 comunas se vienen a sumar a las 89 que ya se encontraban bajo decreto de emergencia por escasez de agua. De esta forma ya suman 135 las comunas que están en esta situación a lo largo del país”.
Para ir en ayuda de todas estas comunas, el Ministerio de Agricultura destinó la suma de 16 mil millones de pesos.
El delito de usurpación de aguas:
Esta escasez ha provocado el aumento de los ilícitos asociados al agua. Esto ha llegado a tal nivel, que el Ministerio de Obras Públicas, en marzo de 2008, ha presentado 35 denuncias por el delito de usurpación de aguas, sancionado en el Código penal, que establece en su artículo 459:
“Sufrirán las penas de presidio menor en su grado mínimo y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, los que sin título legítimo e invadiendo derechos ajenos:
1° Sacaren aguas de represas, estanques u otros depósitos; de ríos, arroyos o fuentes; de canales o acueductos, redes de agua potable e instalaciones domiciliarias de éstas, y se las apropiaren para hacer de ellas un uso cualquiera.
2° Rompieren o alteraren con igual fin diques, esclusas, compuertas, marcos u otras obras semejantes existentes en los ríos, arroyos, fuentes, depósitos, canales o acueductos.
3° Pusieren embarazo al ejercicio de los derechos que un tercero tuviere sobre dichas aguas.
4° Usurparen un derecho cualquiera referente al curso de ellas o turbaren a alguno en su legítima posesión.”
De acuerdo a la prensa [2], la Dirección General de Aguas, presentó simultáneamente ante las fiscalías respectivas del Ministerio público, “los antecedentes sobre 35 casos de presunta usurpación de aguas, tanto superficiales como subterráneas, que totalizan 18 denuncias verificadas en las últimas semanas, entre las regiones de Coquimbo y del Maule”.
Lo anterior, fue el resultado de la fiscalización de funcionarios de la DGA en enero de 2008, luego de que el Ministro de Obras Públicas decretara zonas de escasez de agua en virtud de la grave sequía del reciente verano.
Las comunas donde se presentaron las denuncias son:
IV Región: Ovalle y Los Vilos
V Región: La Ligua y Petorca
VI Región: Santa Cruz y Rancagua
VII Región: Cauquenes
Región Metropolitana: Fiscalía Occidente, Pudahuel [3].
En la Región Metropolitana, fueron detectados 18 pozos fuera de toda norma, pues no contarían con sus respectivos derechos de aprovechamiento de aguas, en Melipilla. Valparaíso, en tanto, tiene 10 extracciones, de aguas superficiales y subterráneas, la región de O’Higgins tiene dos casos y la región del Maule solo uno.
De acuerdo al periódico La Segunda [4], las empresas denunciadas son Viña Montes, Agrosuper, y Sociedad Agrícola El Porvenir, entre otras. El subsecretario de Obras Publicas Juan Eduardo Valdivia señaló que estas dos últimas fueron sorprendidas extrayendo agua en la comuna de San Pedro de la Región Metropolitana, que fue declarada hace poco como zona de emergencia agrícola, en la cual “no hay agua para declarar nuevos derechos”.
Indefensión ciudadana ante la apropiación ilícita de aguas:
La pena asignada al delito de usurpación de agua es muy baja. El artículo 459 del Código penal establece el denominado “delito de usurpación de aguas”, el cual impone como sanción una pena privativa de libertad ascendiente de 61 a 541 días de presidio, la cual resulta irrisoria, tomando en cuenta la gravedad de los daños que genera la usurpación de aguas. Aún es más: es muy probable que los juicios se vean interrumpidos por la aplicación del denominado “principio de oportunidad”.
De acuerdo al artículo 170 de nuestro Código Procesal penal:
“Los fiscales del ministerio público podrán no iniciar la persecución penal o abandonar la ya iniciada cuando se tratare de un hecho que no comprometiere gravemente el interés público, a menos que la pena mínima asignada al delito excediere la de presidio o reclusión menores en su grado mínimo o que se tratare de un delito cometido por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
Para estos efectos, el fiscal deberá emitir una decisión motivada, la que comunicará al juez de garantía. Éste, a su vez, la notificará a los intervinientes, si los hubiere”.
La decisión del fiscal puede ser recurrida e impugnada. El delito de usurpación de aguas tiene asignada la pena de presidio menor en su grado mínimo, por lo que el Fiscal puede aplicar el principio de oportunidad, dejando impune este delito, pese al interés público comprometido.
En cada juicio la víctima debe enfrentar al “principio de oportunidad” si el fiscal solicita su aplicación, lo que disminuye la posibilidad de castigar los delitos, más allá de su pena, que en este caso es injustificadamente baja.
Debido a ello se propone la pena de presidio menor en su grado máximo, es decir, de tres años y un día a 5 años de presidio.
Asimismo, se aumenta la multa de 20 hasta 1000 (mil) UTM que es la máxima contemplada en la violación de normas ambientales y sanitarias.
Es por ello que vengo a proponer el siguiente.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Reemplázase en el artículo 459 del Código penal la voz “mínimo” por “máximo”; y la voz” veinte”, por la voz “mil”.
(Fdo.): Nelson Ávila Contreras, Senado
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY CON EL OBJETO DE IMPEDIR QUE ANTECEDENTES REFERIDOS A HIJOS DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y LAS DE ORDEN Y SEGURIDAD CONSTITUYAN UNA CONDICIÓN DETERMINANTE EN SU CARRERA PROFESIONAL (6314-02)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º, 63º y en el Capítulo XI de la Constitución Política de la República y en las Leyes 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas; 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile y en el Decreto Ley 2460 de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile.
Considerando:
1.-Que la Constitución Política de la República, en concordancia con los principales tratados internacionales vigentes y ratificados por nuestro país, asegura la igualdad ante la ley, quedando, entonces, proscrita cualquiera clase de discriminaciones arbitrarias.
2.-Que una de las principales manifestaciones de ese carácter que subsistía en nuestra legislación la constituía la distinción entre hijos legítimos, ilegítimos y naturales, que permaneció vigente por largos años en nuestro ordenamiento.
3.-Que como consecuencia de la Ley 19.585 se eliminó dicho distingo y sus principales consecuencias en materia civil, estableciéndose, entonces, la plena igualdad de todos los hijos.
4.-Que, asimismo, otras iniciativas legales han buscado facilitar la investigación de la paternidad, procurando así que los padres se hagan responsables de sus hijos, otorgándoles todos los derechos que les asisten y que aseguran su normal crecimiento y desarrollo.
5.-Que, del mismo modo, enmiendas legales en diversos cuerpos legales han buscado privilegiar y fortalecer la maternidad, entre las que se pueden contar las modificaciones al Código del Trabajo en materia de prohibición de test de embarazo como condición de ingreso al empleo, el fomento de la lactancia materna y el permiso post natal masculino.
Asimismo, destaca la modificación a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza que impide la expulsión de alumnas embarazadas.
6.-Que tales modificaciones legislativas, además, constituyen una consecuencia lógica de las indudables modificaciones en las conductas y valoración cultural de los chilenos frente al tema, lo que se demuestra en los índices de nacimientos de hijos no matrimoniales.
7.-Que, sin embargo, permanecen en las instituciones de la Defensa Nacional disposiciones y, especialmente orientaciones rígidas sobre la materia, que sancionan, directa o indirectamente, al personal que tenga o reconozca hijos de ese carácter, lo que pugna con las modificaciones legislativas reseñadas y con la propia realidad de nuestra sociedad.
8.-Que la mantención de estas normas y orientaciones o, a lo menos, la duda acerca de su existencia, con el acaso razonable propósito de resguardar la integridad de los funcionarios, se transforma en una medida que termina atentando más que contra ellos contra el normal desarrollo de los hijos.
En efecto, frente al temor de una sanción por el reconocimiento o sus verdaderos padres no practican dicho acto afectando sus derechos o lo realizan, acarreando su destitución, dañando sus perspectivas económicas.
9.-Que, por tanto, el Senador que suscribe cree necesario modificar las Leyes Orgánicas Constitucionales respectivas con el objeto de prohibir la utilización de consideraciones relativas a los hijos como condición de ingreso, mantención o destitución del personal de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad. Lo anterior permitirá enmendar criterios existentes o, en caso que ello no estuviere ocurriendo, despejar definitivamente toda duda al respecto.
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Incorpórese, en el Título IV de la Ley 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, el siguiente artículo 60 bis.
“Artículo 60 bis.-Los antecedentes del personal de las Fuerzas Armadas referido a sus hijos y, especialmente, a la circunstancia de haber sido concebidos o no en el matrimonio, no constituirá condición de ingreso, ascenso o término de su carrera profesional ni podrá ser considerada, en modo alguno, en el proceso de calificaciones.”
Artículo 2º.- Incorpórese, en el Título II de la Ley 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, el siguiente artículo 44 bis.
“Artículo 44 bis.-Los antecedentes del personal de Carabineros de Chile referido a sus hijos y, especialmente, a la circunstancia de haber sido éstos concebidos o no en el matrimonio, no constituirá condición de ingreso, ascenso o término de su carrera profesional ni podrá ser considerada, en modo alguno, en el proceso de calificaciones.”
Artículo 3º.- Incorpórese el siguiente inciso final al Artículo 15º del Decreto Ley 2460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile:
“Los antecedentes del personal referido a sus hijos y, especialmente, a la circunstancia de haber sido concebidos o no en el matrimonio, no constituirá condición de ingreso, ascenso o término de su carrera profesional ni podrá ser considerada, en modo alguno, en el proceso de calificaciones.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE INCORPORA LA REDUCCIÓN, REUTILIZACIÓN Y RECICLAJE COMO PRINCIPIOS ORIENTADORES EN LA PROTECCIÓN AMBIENTAL (6317-12)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º, y en el Capítulo XV de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1.-Que la protección del medio ambiente constituye una necesidad para la supervivencia de los seres humanos y la flora y fauna del planeta.
2.-Que se ha comprobado que buena parte de la destrucción de ecosistemas y sitios de interés, como asimismo del deterioro de las condiciones que hacen posible la vida en la tierra, tales como la destrucción de la capa de ozono, la contaminación atmosférica y de las aguas, se derivan de uso intensivo - y muchas veces evitable - de recursos naturales para la producción de bienes de consumo.
3.-Que con el objeto de propender a una mayor responsabilidad en estas materias, organizaciones ecologistas, encabezadas por Greenpeace, han lanzado una iniciativa global destinada a reducir, reutilizar y reciclar, verbos que representan diversas acciones susceptibles de abordar para preservar el entorno.
4.-Que, en ese sentido, reducir implica evitar el uso indiscriminado de utensilios, energía y agua, priorizando las actividades indispensables y evitando otras que no son necesarias. De este modo, se conseguiría acotar los recursos destinados a su producción, al tiempo de minimizar la disposición de basura.
Particularmente importante es la reducción del consumo de energía, cuya producción ocasiona un gasto enorme de recursos y el uso de recursos no renovables, generalmente muy contaminantes.
5.-Que reutilizar persigue, en la medida de lo posible, volver a ocupar objetos que se encuentren en buen estado de conservación, en lugar de reemplazarlos anticipadamente por otros nuevos, con lo que se evitaría la destrucción y gasto asociada a su nueva producción.
Un ejemplo de esto es la reutilización de los envases de vidrio, evitando así la alternativa del plástico.
6.-Que reciclar persigue que la fabricación de nuevos productos se realice a partir de otros existentes, de modo de minimizar el uso de materias primas.
Lo anterior es particularmente aplicable al papel, el vidrio y los envases de tetrabrick.
Con estos fines, resulta indispensable que el sector público y privado se coordinen para facilitar la disposición de los artículos reciclables, al tiempo de incentivar a la comunidad a realizar esfuerzos en ese sentido.
7.-Que es necesario realizar esfuerzos sistemáticos con el objeto de adherir a estos principios y que para ello es importante que éstos se encuentren incorporados en nuestra Carta Fundamental, dando con ello un mayor contenido a la disposición constitucional, que hoy sólo detalla un bien protegido y establece un procedimiento para hacerlo efectivo, sin que se disponga la forma concreta en que se propenderá a la existencia de un medio ambiente libre de contaminación.
Por lo anterior, el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Incorpórese el siguiente inciso segundo al numeral 8º del artículo 19º de la Constitución Política de la República:
“Para ello desarrollará acciones y medidas tendientes a reducir el uso de artículos cuya producción afecte el cumplimiento de dichos objetivos. Asimismo, favorecerá su reutilización y promoverá el reciclaje en las actividades productivas.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y LETELIER, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY RELATIVO A PREVENCIÓN DEL ESTRÉS LABORAL Y SUS CONSECUENCIAS EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD (6318-13)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 1º, 19º y 63º de la Constitución Política de la República; en los Códigos Sanitario y del Trabajo y en la Ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Considerando:
1.-Que el estrés laboral es un estado que se acompaña de quejas o disfunciones físicas, psicológicas o sociales y que es resultado de la incapacidad de los individuos de estar a la altura de las exigencias o las expectativas puestas en ellos.
2.-Que la situación descrita tiene gran incidencia en el mundo del trabajo, con consecuencias graves tanto para los propios empleados como para las empresas, en materia de productividad y accidentabilidad.
3.-Que pese a ello, se trata de una materia poco abordada tanto al interior de las industrias y centros de trabajo como en la propia legislación, no existiendo en nuestro país regulación que la aborde en términos genéricos, más allá de la consideración puntual y específica de algunas de sus causas.
4.-Que, a diferencia de ello, en otras naciones, especialmente en Europa se advierte una creciente inquietud sobre el particular.
Así, por ejemplo, se ha dictado el Acuerdo Marco Europeo sobre Estrés Laboral de 2004 que persigue determinar los principales detonantes de este mal e insta a los países a adoptar medidas para su oportuna detección, prevención y cuidado.
Dicho acuerdo establece como los principales factores que contribuyen al estrés laboral los siguientes:
La organización del trabajo y los procesos laborales;
El entorno y las condiciones de trabajo;
La comunicación; y
Otros factores subjetivos
Respecto de la organización del trabajo y los procesos laborales, muchas empresas, en todo el mundo, han empezado a abandonar la lógica vertical e incorporado modalidades más horizontales que, manteniendo la necesaria jerarquía y dirección, otorgan mayor independencia, autonomía y capacidad de opinión a los empleados. Entre nosotros, ello ocurre sólo excepcionalmente y las rígidas relaciones de autoridad son motivo frecuente de estrés entre los trabajadores.
En lo referente al entorno, nuestra normativa está entregada al Código Sanitario, a la Ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y a las regulaciones administrativas de la Dirección del Trabajo o del Ministerio de Salud en relación a las condiciones sanitarias y de seguridad. En este ámbito, sin embargo, aún hay mucho por hacer, como lo demuestran recientes avances en materia de tabaco y pesticidas.
Las condiciones de trabajo, en tanto, son acaso el elemento más recurrente. En esta materia se ha avanzado en la legislación sobre casos especialmente graves como el acoso sexual. También hay proyectos respecto del mobbyng o psico terror laboral. Sin embargo, hay muchos otros factores como la inestabilidad en el empleo y las remuneraciones. La extensión del comercio y de la venta de intangibles (seguros, bancos y créditos, afp, isapres, etc) ha hecho proliferar los empleos en que el salario está constituido esencialmente por comisiones. Ello es, sin duda, motivo de mucha tensión. Lo mismo ocurre con los contratos precarios, la subcontratación y el suministro.
La comunicación, en tanto, es motivo de dificultades especialmente en períodos de cambios y crisis, cuando los rumores respecto de la continuidad de la empresa misma o sus trabajadores, generan incertidumbre y preocupación.
Por último, existen factores subjetivos que, sin provenir de la misma empresa influyen en los trabajadores, como son el entorno familiar y características asociadas a su propia personalidad y la forma de enfrentar las dificultades.
5.-Que, de lo dicho, se desprende que resulta indispensable implementar una acción decidida y coordinada del Estado, de los empleadores y de los trabajadores, para relevar la discusión sobre esta materia e identificarla como un factor fundamental que incide en la productividad y en otros problemas.
6.-Que, para ello, vengo en proponer un proyecto de ley con los siguientes objetivos:
Primero, disponer, en el Código del Trabajo, la obligación de las administradoras del seguro de informar a sus empresas afiliadas sobre las características, riesgos y consecuencias del estrés laboral.
Segundo, incorporar la detección de este tipo de situaciones como una función específica de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad en la ley 16.744.
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Intercálese, en el número 3 del artículo 66 de la ley Nº 16.744, entre la palabra “causas” y la preposición “de”, la frase “, directas o indirectas,” y entre la expresión “empresa” y el punto y coma (;) que le sucede, la oración siguiente: “, considerando especialmente la existencia del estrés laboral en el interior de éstas”.
Artículo 2º.-Incorpórese, el siguiente artículo 193 bis, en el Título I del Libro II del Código del Trabajo:
“Artículo 193 bis.-Los organismos administradores del seguro de la ley Nº 16.744, deberán informar a sus empresas afiliadas sobre las características, riesgos y consecuencias del estrés laboral y promover medidas tendientes a evitar su incidencia en las relaciones laborales.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE UNIFORMA CRITERIOS EN RELACIÓN CON LA ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS (6315-06)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y 63º de la Constitución Política de la República y en la Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Considerando:
1.-Que la realización de diversos trámites, gestiones o actos administrativos presupone, en muchos casos, la fidedigna identificación de quien lo solicita o interviene.
2.-Que la tecnología y la extensión de las prestaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación ha permitido la masificación de la Cédula Nacional de Identidad, documento que hoy posee gran parte de la población del país, al tiempo que los procedimientos técnicos de emisión se han hecho cada vez más sofisticados y difíciles de vulnerar. Lo anterior permite que ésta se haya hecho un medio casi insustituible para identificarse en cualquier lugar.
3.-Que, sin embargo, no es el único medio. En efecto, el Código Procesal Penal, por ejemplo, permite a las personas, para efectos del control de identidad a que se refiere su artículo 85, hacerlo “por medio de documentos de identificación expedidos por la autoridad pública, como cédula de identidad, licencia de conducir o pasaporte.”
Dicha práctica se ha admitido, en muchos lugares, en los que se permite la identificación a través del uso indistinto de cualquiera de estos instrumentos.
4.-Que, en otras ocasiones, la propia ley reserva la forma de identificarse a sólo uno de ellos, como ocurre en el artículo 62 de la Ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en la que se exige al votante identificarse únicamente con la cédula nacional de identidad.
5.-Que, la existencia de criterios diversos, por parte de los funcionarios de los órganos de la administración pública y de entidades privadas, en torno al uso de estos instrumentos motiva problemas, disputas, discriminación y arbitrariedades, siendo del todo aconsejable establecer una fórmula genérica.
6.-Que la experiencia de la aplicación del Código Procesal Penal, permite sostener que su disposición establece el que debiera ser el criterio general, con la excepción de aquéllas ocasiones en que, por la especial naturaleza del acto o trámite, el propio legislador ha dispuesto una manera específica de identificarse.
Por lo anterior, el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Incorpórese el siguiente inciso final al artículo 30º de la ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado:
“Cuando se requiera acreditar en forma fehaciente la identidad del solicitante, éste podrá hacerlo por medio de cualquier documento de identificación expedido por la autoridad pública, como cédula de identidad, licencia de conducir o pasaporte que se encuentre vigente y en buen estado.”
Artículo 2º.-La forma de identificación señalada en el inciso final del artículo 30º de la Ley 19.880 será aplicable a cualquiera gestión, trámite o procedimiento, salvo que la ley establezca que ello se realice a través de un documento específico.
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE PERMITE A CONSEJOS REGIONALES ENTABLAR REQUERIMIENTOS ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (6321-06)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 6º, 19º y en los Capítulos XIV y XV de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1.-Que la regionalización es un proceso de larga data en el país, que se inicia por allá por el Gobierno del Presidente Frei Montalva - y quizás antes -, que continúa con el Presidente Allende y que se concreta, al modo que conocemos hoy durante la Dictadura.
2.-Que, sin embargo, desde la recuperación de la democracia, en 1990, este proceso ha cambiado de cariz, normalizándose las instituciones, eliminando la incidencia de organismos corporativos y gremiales, avanzando en su democratización y aumentando las competencias y atribuciones locales.
3.-Que de este modo se ha conformado una estructura de poder local compuesta por el Intendente, representante del Presidente de la República y el Consejo Regional.
4.-Que se encuentre en trámite y debiera ser aprobada, en un lapso razonable, una iniciativa tendiente a democratizar los consejos regionales, permitiendo la elección de sus miembros por sufragio popular.
5.-Que lo anterior establecerá una nueva connotación de éstos, que debe ser refrendada con competencias de mayor significación.
6.-Que la Carta Fundamental ha establecido el Tribunal Constitucional como un órgano independiente, encargado de velar por el resguardo de las normas de mayor entidad dentro del ordenamiento jurídico nacional.
7.-Que muchas de sus facultades pueden ser puestas en ejecución en razón de requerimientos o recursos interpuestos por alguna de las ramas del Parlamento o un número importante de sus miembros.
8.-Que, en ocasiones, los cuestionamientos respecto de la constitucionalidad de decretos, autos acordados, leyes y otros textos puede provenir de las regiones, sin que existan los quórum parlamentarios requeridos para motivar un pronunciamiento del Tribunal Constitucional.
9.-Que facultar a los Consejos Regionales para ello avanzaría aún más en la consagración del poder local, tal como ocurre, por ejemplo en España, en que los órganos máximos de las comunidades autónomas se encuentran legitimados para ello.
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo Único.-Incorpórese el siguiente inciso final al artículo 93 de la Constitución Política de la República:
“Las cuestiones o asuntos a que se refieren las facultades establecidas en los números 2º, 3º, 4º, 5º, 8º y 16º, podrán ser promovidos, además, por un Consejo Regional, previo acuerdo de la mayoría de sus miembros en ejercicio.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY RELATIVO A PRESENTACIÓN DE PROYECTOS SOBRE RECICLAJE POR PARTE DE ORGANIZACIONES VECINALES Y COMUNALES (6322-06)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y 63º de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1.-Que la protección del medio ambiente resulta sustantiva para la conservación de la vida y las condiciones en que ésta se desenvuelve en nuestro planeta.
2.-Que con el objeto de evitar el deterioro del entorno, se realizan, en todo el mundo, esfuerzos por limitar el deterioro ambiental, procurando, entre otras medidas, el reciclaje, mediante el cual sustancias que constituyen desecho son reutilizadas en nuevos productos.
3.-Que ello requiere de medidas concordantes respecto de la disposición de las basuras, de modo de permitir un acopio seguro, abaratar la clasificación y manipulación y facilitar el transporte.
4.-Que, existen diversos ejemplos, tanto a nivel local, como de pequeñas ciudades comprometidas con este tipo de medidas. Asimismo, esfuerzos institucionales, generalmente, asociados a la beneficencia han, también, contribuido a concienciar y llevar adelante acciones de reciclaje de vidrios, papeles y latas de alumnio, entre otros.
5.-Que la última modificación a la Ley de Rentas Municipales, en materia de Derechos de Aseo, introducida en la Ley 20.280, estableció la posibilidad de disponer de cobros diferenciados por la recolección y extracción de basura domiciliaria, considerando, entre otros criterios para ello, la frecuencia del retiro y la existencia de programas ambientales de reciclaje.
6.-Que el artículo 6º del Decreto 2385 de 1996, sobre el particular dispone que “Los criterios utilizados para la determinación del cobro de estos servicios deberán ser de carácter general y objetivo, y establecerse por cada municipalidad a través de ordenanzas locales.”
7.-Que, por tanto, el reciclaje, al reutilizar ciertos objetos, los que pueden ser adquiridos por empresas interesadas en obtenerlos para sus faenas productivas, constituye, al mismo tiempo, una eficiente opción ambiental y una posibilidad para que los vecinos, actuando mancomunadamente, disminuyan sus pagos por estos conceptos.
8.-Que, para la materialización de estos planes pueden utilizarse, además, diversos programas gubernamentales que apoyan emprendimientos locales en el ámbito ambiental.
9.-Que, las normas de la ley de rentas municipales, no disponen de un procedimiento sobre el particular, quedando éstas sujetas al impulso municipal, por lo que urge crean un mecanismo destinado a que los vecinos presente proyectos e iniciativas.
Por lo anterior, el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese el siguiente inciso final al artículo 6º del decreto 2385, del Ministerio del Interior, de 1996, que fija el texto refundido y sistematizado del Decreto Ley 3.063, de 1979, sobre rentas municipales:
“Las organizaciones vecinales y comunales podrán presentar a las autoridades comunales proyectos e iniciativas de reciclaje, con el objeto de motivar las diferencias en el cobro a que alude el inciso primero.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE UNIFORMA DENOMINACIÓN PARA COMUNA DE TORRES DEL PAINE, EN REGIÓN DE MAGALLANES (6323-06)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y 63º de la Constitución Política de la República y en el Decreto Ley 2868, de 1979.
Considerando:
1.-Que la comuna de Torres del Paine se creó a partir de la Villa Cerro Castillo, ya reconocida como tal en el Decreto con Fuerza de Ley 8583 de 1927.
2.-Que, sin embargo, a partir de 1979, con el Decreto Ley 2868, se optó por nominarla a partir del macizo ubicado en el Parque Nacional del mismo nombre y que es reconocido por chilenos y extranjeros por su majestuosidad y belleza.
3.-Que la expresión “paine”, en lengua nativa, tehuelche, tsoneka o aónikenk significa “azulado”, atribuyéndose a las características de la zona.
4.-Que dicho topónimo se asigna al explorador Juan T. Rogers, quien lo habría recogido durante su primera expedición al lago Argentino, en 1877. Así se consigna en el texto “Memorando referido a los Patagones.”, hallado en las Islas Malvinas o Falkland, comentado por el historiador y Premio Nacional de la especialidad Don Mateo Martinic Beros.
5.-Que, asimismo, con un nombre similar o derivado, “Paynakán” fue reconocido a fines del siglo XIX, Francisco Blanco, jefe indígena que, en dichos años, estuvo asentado en el valle medio del río Vizcachas, Ultima Esperanza.
6.-Que, desde hace algunos años, se ha extendido entre los habitantes de la localidad, la grafía “Payne” para dicha comuna, la que ha comenzado a ser utilizada, en general, en toda clase de documentos, incluso oficiales. Un claro ejemplo lo constituye la página Internet del municipio, www.torresdel payne.cl.
7.-Que, consultados historiadores y expertos en lenguas nativas no existe una grafía única para la expresión “paine”, siendo acertadas tanto esa expresión como “payne”.
8.-Que tal como lo expresé con ocasión de promover el cambio de nombre de la comuna de Navarino por Cabo de Hornos, las denominaciones son, en definitiva, expresión de la identidad cultural de los pueblos, las que deben respetarse.
9.-Que, asimismo, más allá de las connotaciones culturales, importa al legislador velar porque la diversa grafía existente - aún en detalles aparentemente irrelevantes - no genere problemas administrativos que sean difíciles de solucionar y, en este caso, aún cuando la diferencia es mínima, ello puede suceder en el futuro.
10.-Que, por lo anterior, creo conveniente uniformar la grafía existente, modificando el decreto respectivo, al tiempo de aceptar expresamente la utilización de cualquiera de ellas en textos anteriores.
Por lo anterior, el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Modifíquese el numeral 2. del artículo 43 del decreto ley Nº 2868, de 1979, del Ministerio del Interior, en el sentido de sustituir la expresión “Paine” por “Payne”.
Artículo 2º.-Todas las referencias a dicha comuna contenidas en disposiciones legales vigentes o futuras, se entenderán correctas con cualquiera de ambas grafías.
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.419, QUE REGULA ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL TABACO, PARA OBLIGAR A LA SEPARACIÓN FÍSICA DE RECINTOS HABILITADOS PARA FUMADORES (6316-11)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y 63º numeral 20.- de la Constitución Política de la República y en la Ley 19.419 y sus modificaciones.
Considerando:
1.-Que el tabaquismo y los efectos de la exposición al humo del cigarrillo constituyen uno de los principales problemas sanitarios del país.
2.-Que lo anterior ha motivado la dictación de la ley 19.419, que regula las actividades relacionadas con el tabaco, cuyas modificaciones, introducidas con la ley 20.105, pretendieron restringir la publicidad y proteger, especialmente, a quienes no fuman de los efectos del humo no deseado.
3.-Que una de las innovaciones introducidas por ese cuerpo legal lo constituyó establecer la necesidad de habilitar espacios separados para fumadores en restoranes, bares, pubs, discotecas, cabarés, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, y demás establecimientos similares, con una superficie abierta al público superior a los 100 m2.
4.-Que el artículo 13 de la Ley 19.419, señala las condiciones que deben reunir las salas o recintos habilitados para fumadores, los que son:
a) Encontrarse claramente aislados y contar con mecanismos que impidan el paso del humo hacia el resto del recinto, y
b) Disponer de ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior.
Asimismo, se indica que a éstos se impedirá el ingreso de menores de 18 años.
5.-Recientemente, la Contraloría General de la República, a través del dictamen 29.554, surgido a partir de la presentación realizada por la Asociación Chilena de Gastronomía, la Confederación Nacional de Suplementeros de Chile, la Confederación del Comercio Detallista y Turismo de Chile y la Compañía Chilena de Tabacos S.A. en contra de la Resolución Exenta N° 523, de 2006, de la Subsecretaría de Salud Pública, acaba de interpretar la ley antitabaco en esta materia.
6.-Que la citada resolución ha precisado que la separación puede no ser física, al indicar que
“En este orden de ideas, debe anotarse que el diccionario de la lengua española, en la acepción pertinente, define la palabra " aislar" como Impedir el paso o la transmisión del calor, la electricidad, el sonido, etc", es decir, en la especie, evitar el paso del humo del tabaco.
Pues bien, en este caso la ley no ha contemplado a través de qué mecanismo debe obtenerse el aislamiento del sector habilitado para fumar, lo cual es posible no sólo mediante la instalación o construcción de separaciones físicas no permeables, como lo exige este instructivo, siendo suficiente para que se dé cumplimiento a este requisito legal que dicho sector esté clara y efectivamente aislado.”
7.-Que lo anterior pone en grave riesgo el cumplimiento de los objetivos de la Ley en un tema sustantivo.
En efecto, el Ministerio de Salud, a través de oficio 5882, de Noviembre de 2007, acerca de la fiscalización de la extracción de aire y ventilación de este tipo de lugares, ha indicado que tal control es imposible porque no hay normas administrativas acerca de la calidad del aire en los ambientes habilitados para fumadores.
Ello motivó la presentación de la Moción signada con el número 5555-11, que regula actividades relacionadas con el tabaco, con el fin de precisar la manera en que se deben ventilar los espacios habilitados para fumadores.
8.-Que si la norma ya era difícil de supervigilar y cumplir cabalmente sus objetivos sin la separación física de los sectores, ello se hará completamente inviable sin esta exigencia y se perderá uno de los mayores avances introducidos a la ley, el que, en los hechos, ya ha sido asumido y respetado por la inmensa mayoría de los establecimientos.
9.-Que, por ello, el senador que suscribe cree conveniente precisar la disposición precisando que el aislamiento será físico, existiendo una clara delimitación entre los espacios.
Por lo anterior, el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Incorpórese, en el inciso primero del artículo 13º de la ley 19.419, entre la palabra “aislados” y la conjunción “y” que le sucede, la frase “, a través de barreras físicas que los delimiten completamente”.
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE CONDICIONAR LAS COMISIONES, BONOS O INCENTIVO A LAS VENTAS AL OTORGAMIENTO DE CRÉDITO AL CLIENTE O A SU EXTENSIÓN (6319-13)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y en el artículo 63º numerales 3.- y 20.- de la Constitución Política de la República, en el Código del Trabajo y en la Ley 19.496.
Considerando:
1.-Que todo trabajo tiene como contrapartida, a favor de quien lo presta, de una remuneración en dinero, destinada a retribuir el servicio o labor que realiza.
2.-Que en los últimos años se ha masificado como forma de pago, la existencia de incentivos, tendientes a fomentar la productividad de los trabajadores, tales como comisiones y bonos, los que han ido dejando sistemáticamente atrás el sueldo mensual fijo.
3.-Que tal modalidad constituye una regla general en materia de ventas, fundamentalmente en establecimientos del retail, cuyos trabajadores son remunerados considerando un sueldo base de menor entidad y comisiones o bonos de producción, que constituyen el grueso del sueldo mensual.
4.-Que si bien estimular la productividad - y, en este caso, las ventas - puede resultar un sistema razonable, en cuanto ello favorezca a ambas partes de la relación laboral, cuando la proporción entre la remuneración fija y las variable es excesiva, incluso llegando a desechar o minimizar la existencia de sueldo base, como era antes de la ley 20.281, ello parece inadecuado.
5.-Que lo anterior resulta aún más inapropiado cuando lo que se premia no es la actividad productiva misma del trabajador, vale decir la venta que éste ha realizado, sino una forma específica de hacerlo, como es la sujeta a otorgar crédito al cliente y, más aún, a determinada extensión de éste.
En este sentido, recientemente se han conocido casos de multitiendas que han impulsado modificaciones a los contratos de trabajo con el objeto de restar valor para efecto de este tipo de incentivos a aquéllas ventas efectuadas bajo fórmulas que impliquen ventas al contado o a crédito de escasa duración.
6.-Que si bien ello es propio de la relación laboral entre trabajador y la empresa respectiva, importa al legislador, en cuanto ello impone condicionamientos excesivos, que escapan a la capacidad y rendimiento de aquél al tiempo que generan una presión por el otorgamiento de crédito, que se transfiere a los consumidores.
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese el siguiente inciso final al artículo 42 del Código del Trabajo:
“Las comisiones a que se refiere la letra c) y cualquier otra clase de bono o incentivo a las ventas, no podrá condicionarse, en todo o parte, al otorgamiento de crédito al cliente o a la extensión de éste.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE NO DISCRIMINACIÓN EN MATERIA DE REMUNERACIONES DE SERVIDORES PÚBLICOS (6325-13)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º, y 63º de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1.-Que la Carta Fundamental asegura a las personas la admisión a todas las funciones y empleos públicos sin otros requisitos que los que impongan la Constitución y las leyes.
2.-Que, asimismo, otras normas de la Constitución Política de la República, como el artículo 2º, establece la imposibilidad para la ley y las autoridades de establecer diferencias arbitrarias.
3.-Que una diferencia arbitraria es aquélla que determina beneficios diversos a personas que se encuentran, sustantivamente, en la misma situación.
Para reclamar, por tanto, una vulneración a este principio no se requiere sólo que exista un tratamiento diferenciado, sino que éste carezca de lógica y que se trate en forma desigual a personas que se hallan en condiciones similares.
4.-Que las remuneraciones del sector público no están conformadas exclusivamente por el sueldo base, sino por diversas asignaciones y bonos derivados del cumplimiento de metas o de la situación específica en que se desarrollan las labores.
5.-Que, entre ellas se cuenta la asignación de zona, la que retribuye a los funcionarios el mayor costo de la vida existente en zonas aisladas del país.
6.-Que si bien ésta se otorga sobre la base de tablas que señalan porcentajes de incrementos de remuneraciones para cada lugar del país en que opera, el cómputo de ella no resulta igual, existiendo divergencia en la base de cálculo que perjudican a algunos funcionarios.
7.-Que, en la imposibilidad de remediar esta situación por la vía de la modificación legal, toda vez que se trata de una materia sujeta a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República, cabe establecer el principio a nivel constitucional, con el objeto de motivar una enmienda posterior y de evitar que puedan seguir generándose diferencias de esta naturaleza.
Por lo anterior el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo Único.-Agréguese en el numeral 17º del Artículo 19º, un punto aparte, a continuación de la palabra “leyes” e incorpórese el siguiente inciso segundo al mismo precepto:
“Las remuneraciones y beneficios no podrán considerar diferencias arbitrarias en sus bases de cálculo.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.496 CON EL OBJETO DE ASEGURAR LA TRANSPARENCIA EN COBROS DERIVADOS DE OPERACIONES EN QUE SE OTORQUE CRÉDITO DIRECTO AL CONSUMIDOR (6320-03)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y 63º numeral 20) de la Constitución Política de la República y en la Ley 19.496.
Considerando:
1.- Que nuestro país ha tenido importantes y sistemáticos avances en la protección de los derechos de los consumidores, siendo sus principales hitos la dictación de la ley N° 19.496 y las modificaciones incorporadas por la Ley N° 19.955.
2.-Que uno de los principales aspectos contenidos en dicho cuerpo legal es el relativo a la regulación del financiamiento de operaciones a través del crédito directo al consumidor.
3.-Que, lamentablemente, dichos preceptos no han logrado eliminar las quejas de los usuarios por prácticas abusivas, fundamentalmente derivadas de cobros adicionales y excesivos que elevan sustantivamente el valor del bien o servicio que se adquiere, más allá de todo lo razonable.
4.-Que un ejemplo habitual de ello consiste en la existencia de promociones asociadas al uso de la tarjeta de crédito emitida por la respectiva casa comercial o el holding respectivo, en bienes de consumo masivo y frecuente, tales como licores.
El precio de éstos y la cantidad de cuotas en que se realiza la operación, unido a cargos por concepto de administración y seguros, motiva que, en muchas ocasiones, el valor final pagado supera en varias veces al del bien comprado, lo que resulta anómalo y perjudica al consumidor, el que no logra advertir las implicancias concretas de la transacción que efectúa.
5.-Que con el objeto de evitar este tipo de situaciones resulta imprescindible que al momento de la compra el usuario sea informado claramente, a través de un desglose de los diversos cargos que se realizarán, tanto para cada una de las cuotas como en lo que respeta al valor total y que sea en dicha hoja en la que se ratifique la aceptación del crédito.
6.-Que la actual norma del artículo 37 en tanto obliga sólo a poner a disposición del cliente tal detalle, pero no a otorgar algún documento concreto en que esto se materialice, como tampoco a que sea allí donde se suscriba la operación, resulta insuficiente.
Por lo anterior, el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Incorpórese el siguiente artículo 37 bis en la ley 19.496:
“Artículo 37 bis.-Sin perjuicio de la obligación contenida en el artículo anterior, en el caso de toda operación de consumo en que se conceda crédito directo al consumidor, la aceptación de esta forma de financiamiento deberá realizarse en una hoja que contenga el desglose mensual y total de los cobros que se le harán por concepto de cada uno de los rubros detallados en la disposición precedente, debiéndose otorgar una copia al deudor.
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE PROTECCIÓN DEL DERECHO DE LA PROPIA (6324-07)
Honorable Senado:
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 1°, 19° y en el Capítulo XV de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1.-Que la Constitución Política de la República establece un extenso catálogo de derechos fundamentales protegidos, disponiendo, además, la existencia de diversas acciones destinadas al resguardo de aquéllos que se consideran de mayor entidad.
2.-Que, a este respecto, la protección de la esfera privada de las personas se encuentra consagrada en las disposiciones contenidas en los numerales 4 y 5 del artículo 19º, en los que se resguardan respectivamente el respeto y protección de la vida privada y el respeto a la honra de la persona y su familia y el derecho a la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada.
3.-Que lo anterior proviene, en definitiva, de la consideración acerca de la dignidad humana, como un principio que preside todo nuestro ordenamiento jurídico y que se encuentra recogida, además, por la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
4.-Que no cabe sino recordar lo señalado, asimismo, por el artículo 5° de la Carta Fundamental en cuanto incorpora al catálogo de garantías reconocidas por ésta a aquéllas que emanan de tratados internacionales ratificados por nuestro país.
5.-Que, como se señaló, la Constitución Política reconoce el derecho a la vida privada y que, teniendo la persona una connotación física y material ineludible, ésta se expresa necesariamente en una imagen externa.
Por tanto, la protección de la imagen, como han señalado algunos tratadistas, como Nogueira Alcalá [1], resulta implícita en la protección de la vida privada, sin perjuicio de lo cual alcanza autonomía respecto de éste.
6.-Que, lamentablemente, nuestro ordenamiento constitucional no ha incorporado explícitamente la consagración de este derecho, como sucede con algunas otras constituciones en el mundo, entre las que destacan la del Portugal y España.
7.-Que lo anterior ha motivado dificultades respecto de su reconocimiento concreto, existiendo jurisprudencia variada en nuestros tribunales superiores de justicia la que, incluso, en ciertos casos, aún afirmando la existencia del derecho a la propia imagen confunde su conceptualización con el derecho a la vida privada o el honor, los que resultan similares en cuanto resguardan la dignidad humana, pero esencialmente diversos.
8.-Que sin perjuicio de que los caracteres específicos del derecho que se pretende consagrar en este proyecto de reforma puedan ser precisados a través de la ley, la cabal afirmación de su existencia en la Constitución Política de la República, fuera de toda duda y confusión, constituiría un avance significativo.
9.-Que, quien suscribe, quiere recalcar que dicha precisión no significa sentar como criterio que éste no existía con anterioridad. Por el contrario, pese a estimar que así ocurre parece ineludible otorgar certeza a este planteamiento.
10.-Que más aún, hemos optado por su incorporación en el numeral 4. del artículo 19. Lo anterior tiene por objeto no sólo acercar su regulación a aquella garantía con la que presenta una mayor cercanía, sino esencialmente asegurar su resguardo a través de la acción de protección, contemplada en el artículo 20 de la Carta Fundamental.
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo Único.- Reemplácese el numeral 4 del artículo 19° de la Constitución Política de la República por el siguiente:
“4°.- El respeto y protección tanto de la vida privada y de la honra de la persona y su familia, como de la propia imagen;”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY CREA EL PREMIO NACIONAL DE ARTES POPULARES (6326-04)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º numerales 10º y 25º y 63º numeral 5) de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1.-Que nuestro país ha reconocido la importancia de promover y difundir el conocimiento, la cultura y las artes, como manifestaciones destinadas al desarrollo material y espiritual del ser humano.
2.-Que entre las acciones concretas existentes con este objetivo, se han instaurado los Premios Nacionales, tendientes a valorar el aporte que, en diversos ámbitos, han realizado ciudadanos destacados.
3.-Que la normativa sobre la materia fue renovada a través de la ley 19.169, que actualizó su estatuto y extendió las categorías existentes, con el objeto de poder testimoniar a un mayor número de chilenos y, excepcionalmente, extranjeros, que hayan realizado aportes al quehacer nacional en las disciplinas contempladas.
4.-Que éstas son, en la actualidad, las siguientes: Literatura; Periodismo; Ciencias Exactas; Ciencias Naturales; Ciencias Aplicadas y Tecnológicas; Historia; Ciencias de la Educación; Artes Plásticas; Artes Musicales; Artes de la Representación y Audiovisuales y las Humanidades y Ciencias Sociales.
5.-Que si bien las artes y la cultura se encuentran bien consideradas, se revela una tendencia a galardonar a disciplinas formalmente reconocidas, postergando artes y manifestaciones populares que, sin embargo, comparten con las actualmente incorporadas la característica de contribuir a engrandecer el patrimonio cultural de la Nación.
6.-Que, por lo anterior, resultaría importante poder contemplar una nueva categoría tendiente a reconocer a las denominadas Artes Populares, vale decir aquéllas disciplinas, muchas veces informales, que transmitidas de generación en generación recogen la sabiduría y expresión cultural de los pueblos.
7.-Que lo anterior sería perfectamente concordante con la preocupación expresada por la UNESCO, a través de la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial del 2003.
En ella se señala que éste se expresa en ámbitos como los siguientes:
• Tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
• Artes del espectáculo (como la música tradicional, la danza y el teatro);
• Usos sociales, rituales y actos festivos;
• Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
• Técnicas artesanales tradicionales.
8.-Que, atendida la falta de iniciativa parlamentaria para promover íntegramente una modificación como la necesaria, se ha optado por crear un reconocimiento sin galardón y evitado precisar el jurado del mismo, lo que quedará a criterio del Ejecutivo.
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Modifíquese la ley 19.169, sobre Premios Nacionales, del siguiente modo:
1) Incorpórese en su artículo 1º el siguiente inciso final:
“Del mismo modo, podrá otorgarse un Premio Nacional de las Artes Populares.”
2) Agréguese el siguiente artículo 8º bis:
“Artículo 8º bis.-El Premio Nacional de las Artes Populares se podrá otorgar a la persona que se haya destacado en la recuperación, conservación y difusión de algún arte tradicional, tales como la artesanía, la paya o el circo o cualquier otro, constitutivo del patrimonio cultural inmaterial.
Dicho estímulo será otorgado por un jurado integrado por cinco representantes destacados de este tipo de disciplinas, convocados para el efecto. El galardón será establecido en un reglamento.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR MUÑOZ ABURTO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE EXCLUYE DE BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LEYES Nºs. 19.606 Y 19.853 A QUIENES HAYAN INCURRIDO EN PRÁCTICAS ANTISINDICALES O INFRACCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES (6327-05)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y 63º de la Constitución Política de la República y en las Leyes 19.606 y 19.853.
Considerando:
1.-Que es deber del estado propender al bien común, velando por el mayor desarrollo material y espiritual posible de sus habitantes.
2.-Que, con ese objeto, se han establecido disposiciones excepcionales que favorecen a los habitantes de las zonas extremas del país, procurando equiparar sus condiciones de desarrollo.
3.-Que, en el caso de la Región de Magallanes, dos de sus principales instrumentos lo constituyen la denominada Ley Austral, 19.606 y la Bonificación a la Mano de Obra, conocido también como Decreto 889 - por su antigua formulación - y cuyo texto actualizado consta en la Ley 19.853.
4.-Que el propósito de ambos en fomentar la inversión en actividades productivas y el empleo, transfiriendo para ello recursos públicos destinados a mejorar la situación del empresariado asentado en estas tierras.
5.-Que un esfuerzo fiscal tan significativo debe tener, como contrapartida, un absoluto respeto de los beneficiarios de normas vigentes de gran importancia.
6.-Que, por el contrario, no resulta admisible que los mismos que reciben recursos públicos dificulten la organización sindical, violen abusivamente los derechos de los trabajadores e incumplan sus más elementales obligaciones previsionales. El Estado, en tal caso, no debe apoyar a quienes vulneran impunemente normas de convivencia tan elementales.
7.-Que así se estableció, en el caso de las compras públicas, en la ley Nº 20.238, mediante la cual quienes sean sancionados por prácticas antisindicales o infracciones a los derechos fundamentales del trabajador deben quedar excluidos del sistema de proveedores del Estado.
8.-Que, el senador que suscribe considera que el mismo principio debe establecerse en ambos cuerpos legales antes citados.
Por lo anterior, el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.-Modifíquese la ley 19.606, del siguiente modo:
1)Reemplácese, en el inciso primero del artículo 6º, el punto aparte que sucede a la expresión aduaneras por “y para quienes, al momento de solicitar acceder al crédito, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3º, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.”
2) Incorpórese el siguiente inciso segundo al artículo 9º:
“Dicha presentación deberá realizarse al momento de que el contribuyente solicite acceder al beneficio y constituirá un requisito indispensable para ello. Un extracto del proyecto será publicado, a su cargo, en un diario de circulación en la región en que se materialice la inversión o íntegramente a través de Internet.”
Artículo 2º.-Modifíquese la ley 19.853, del siguiente modo:
1) Incorpórese el siguiente artículo 1º bis:
“Artículo 1º bis.-Las empresas o beneficiarios deberán presentar un proyecto laboral que contemple su política de remuneraciones, de capacitación y de seguridad laboral.
Dicha presentación deberá realizarse al momento de que el contribuyente solicite acceder al beneficio y constituirá un requisito indispensable para ello. Un extracto del proyecto será publicado, a su cargo, en un diario de circulación en la región en que se materialice la inversión o íntegramente a través de Internet.”
2) Agréguese el siguiente artículo 2º bis:
“Artículo 2º bis.-Quedarán excluidos de recibir el beneficio señalado en los artículos precedentes quienes, al momento de solicitarlo, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.”
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES BIANCHI, OMINAMI Y VÁSQUEZ, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN QUE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL ELABORE UN ESTUDIO SOBRE RECUPERABILIDAD DE LOS FONDOS DE PENSIONES (S 1135-12)
Honorable Senado:
Tomando en consideración:
1.- Las fuertes caídas experimentadas por los fondos de pensiones han generado un importante debate sobre la estructuración del sistema de seguridad social. La crisis ha provocado que los multifondos sufran fuertes caídas, lo que es susceptible de generar un impacto en las pensiones de los afiliados.
2.- Según información oficial, sólo el fondo A, al mes de marzo alcanzó un valor de U$ 26.935 millones, mientras que al mes de Octubre, su valor fue de U$ 11.247, generando una caída de U$ 15.600 millones.
3.- Como se constató en la Sesión Especial del día 3 de diciembre del presente año, hay diversas opiniones sobre los escenarios de recuperabilidad de los fondos.
4.- Recuperabilidad incierta y fuertes caídas, con todos los efectos que pueden generar en las pensiones futuras, pero también actuales, hacen necesario construir con el mayor rigor posible, los escenarios provisionales futuros.
Por lo antes expuesto, venimos en suscribir el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO
Solicitar a la Biblioteca del Congreso Nacional que despliegue sus mayores esfuerzos en la elaboración de un estudio que defina los diversos escenarios de recuperabilidad de los fondos, contando para ello con la colaboración de Instituciones de reconocido prestigio en el área.
Este ejercicio es crucial para identificar los comportamientos a futuro más probables de las pensiones, determinar cual es el costo fiscal del pilar solidario recientemente aprobado (PBS y APS), y el ritmo con que se materializarán las jubilaciones en los distintos sectores de la actividad.
(Fdo.): Carlos Bianchi Chelech, Senador. Carlos Ominami Pascual, Senador.— Guillermo Vásquez Úbeda, Senador.
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES PROKURICA, CANTERO, ESCALONA, NÚÑEZ, ORPIS Y ZALDÍVAR, CON EL QUE SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA INCORPORAR A PYMES MINERAS A PROGRAMAS DE APOYO A FAVOR DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, Y LA ADOPCIÓN DE DIVERSAS MEDIDAS EN SU BENEFICIO (S 1136-12)
Honorable Senado:
Considerando:
1.- Que, a partir del año 1995 hasta el 2000, el precio del cobre vivió su peor momento, promediando los 69.3 centavos de dólar la libra. Entre el 2000 y 2003 el precio no superaba los 100 centavos de dólar.
2.- Que, con los bajos precios registrados a fines de la década del 90, los principales afectados fueron los pequeños y medianos mineros. ENAMI, empresa estatal creada con el objetivo de fomentar la pequeña y mediana minería, en esa época adoptó una serie de medidas en apoyo del sector, dentro de las que figuraba el otorgamiento de un crédito a la compra de mineral.
3.- Que, esta medida permitió la subsistencia de cientos de pequeños y medianos productores mineros quienes asumieron el compromiso de cancelar cuando mejoraran los precios del metal rojo.
4.- Que, desde mayo de 2006 a septiembre de este año, los precios del cobre superaron los 3 dólares la libra, lo que permitió a los mineros pagar la totalidad de la deuda que mantenían con ENAMI, siendo uno de los pocos sectores productivos que han devuelto la ayuda recibida por parte del Estado. Los créditos otorgados superaron los 28 millones de dólares y los mineros terminaron cancelando U$40 millones.
5.- Que, a partir de octubre de este año, los precios internacionales bajaron considerablemente, fluctuando los 140 centavos de dólar la libra. Sin embargo, ENAMI, a diferencia de la crisis de la década del 90, no adoptó a tiempo las medidas necesarias para ir en fomento de las pequeñas y medianas empresas mineras
6.- Que, esta tardanza, provocó una serie de movilizaciones en diversas ciudades del norte del país, las que en definitiva terminaron con la firma de un acuerdo que contempla la adopción de una serie de medidas aplicables en los meses de noviembre y diciembre que consisten en: eliminar el cargo por sobrestock, disminuir el cargo de planta de precipitados, cátodos y concentrados, disminuir el precio del ácido sulfúrico y disminuir la maquila de fusión y refinación. Esto sumado a otros anuncios, como por ejemplo la sustentación del precio de 199 centavos de dólar con una banda de 20 centavos.
7.- Que, si bien es cierto, estas medidas van en la dirección correcta, ENAMI puede hacer más por este sector. Es urgente traspasar a la tarifa las rebajas en el precio de los combustibles y de la energía.
8.- Que, por otra parte, el gobierno central debiera extender los programas que van en beneficio de las PYMES a los pequeños y medianos mineros, quienes hoy no tienen acceso a ellos.
9.- Los costos que pagaría el país por no seguir ayudando a este sector serían muy altos: el 40% de los pequeños mineros quedaría sin posibilidad de trabajar impactando la economía de muchas ciudades de las regiones de Antofagasta, Atacama, Coquimbo y Valparaíso, aumentando la cesantía y obligando al Gobierno a implementar programas especiales de absorción de mano de obra.
Por las razones anteriores es que este Senado ha acordado el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
Solicitar a S.E la Presidenta de la República incorporar a las PYMES mineras a los programas de apoyo implementados a favor de las pequeñas y medianas empresas e impartir instrucciones al Ministro de Minería para que se adopten, entre otras, las siguientes medidas:
Traspasar, a las tarifas de ENAMI, los menores costos por concepto de combustibles y energía;
Otorgar créditos a la tarifa, con baja tasas de interés;
Sustentación del precio a 199 centavos de dólar, con una banda de 40 centavos;
Que los acuerdos alcanzados en materia de eliminación del cargo por sobrestock, disminución del cargo de planta de precipitados, cátodos y concentrados, disminución del precio del ácido sulfúrico y la disminución de la maquila de fusión y refinación, aplicados sólo a los meses de noviembre y diciembre, se haga extensivo al año 2009.
(Fdo.): Baldo Prokurica Prokurica, Senador.- Carlos Cantero Ojeda, Senador.- Ricardo Núñez Muñoz, Senador.- Jaime Orpis Bouchón, Senador.- Adolfo Zaldívar Larraín, Senador.
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES PROKURICA, ALLAMAND, ARANCIBIA, ESCALONA, GARCÍA, HORVATH, KUSCHEL, LARRAÍN, NÚÑEZ, ORPIS Y ZALDÍVAR, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS QUE PERMITAN QUE UN HOMBRE CASADO PUEDA SER CARGA DE SU MUJER QUE COTIZA EN FONASA (S 1137-12)
Honorable Senado:
Durante décadas nuestro sistema ha sido modernizado para eliminar una serie de limitaciones legales que impedían el desarrollo de las mujeres.
Actualmente más de un cuarto de los hogares de nuestro país tiene como jefa de hogar a una mujer y la incorporación de ésta a la fuerza de trabajo ha producido que en muchos casos sea ella el principal sostén de la familia.
A pesar de los avances que se han producido en lograr una igualdad entre hombres y mujeres, existe una materia en que dicha igualdad no se encuentra consagrada: Prestaciones de Salud.
La Constitución Política de la República asegura a todas las personas, el derecho a la protección de salud, consagrando el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo, agregando además que el Estado debe garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determina la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias (artículo 19 Nº9 de la Constitución Política de la República).
La ley a la que hace referencia la normativa constitucional, es la ley 18.469, que junto con regular el ejercicio del derecho constitucional a la protección de salud, crea un régimen de prestaciones de salud.
Conforme a dicho precepto legal, serán beneficiarios del régimen de prestaciones de salud, las siguientes personas:
a) Los trabajadores dependientes de los sectores público y privado;
b) Los trabajadores independientes que coticen en cualquier régimen legal de previsión;
c) Las personas que coticen en cualquier régimen legal de previsión en calidad de imponentes voluntarios;
d) Las personas que gocen de pensión previsional de cualquier naturaleza o de subsidio por incapacidad laboral o por cesantía;
e) Los afiliados señalados en el artículo anterior;
f) Los causantes por los cuales las personas señaladas en las letras a) y d) perciban asignación familiar;
g) Las personas que respecto de los afiliados señalados en las letras b) y c) cumplan con las mismas calidades y requisitos que exige la ley para ser causante de asignación familiar de un trabajador dependiente;
h) La mujer embarazada aun cuando no sea afiliada ni beneficiaria, y el niño hasta los seis años de edad, para los efectos del otorgamiento de las prestaciones a que alude el artículo 9°;
i) Las personas carentes de recursos o indigentes y las que gocen de las pensiones asistenciales a que se refiere el decreto ley 869, de 1975,
j) Los causantes del subsidio familiar establecido en la ley 18.020.
k) Las personas que gocen de una prestación de cesantía de acuerdo a la ley Nº19.728 y sus causantes de asignación familiar.
Inconcebiblemente, aún la legislación limita la posibilidad de que el hombre pueda ser carga de su esposa, mientras ella cotiza en Fonasa. En efecto, en el caso que el marido pierda su trabajo y carezca de un subsidio de cesantía o que se dedique a labores domésticas, queda completamente desprotegido, lo que a su vez implica una carga adicional para su esposa ante una eventual enfermedad del marido.
Para corregir esta situación en el año 2005, en el Senado, se presentó un proyecto de ley que, siendo declarado inadmisible, fue propuesto al Gobierno para su implementación.
En marzo del año 2006, Hernán Monasterio, director de Fonasa, anunció en conjunto con la Ministra de Salud de la época, María Soledad Barría, la implementación de una serie de medidas tendientes a garantizar la igualdad ante la ley, posibilitando a los convivientes ser carga de sus parejas en Fonasa, incluyendo beneficios a mujeres víctimas de agresión física por parte de sus parejas. A pesar de formar parte del programa de gobierno que busca poner término a las desigualdades sociales y la discriminación por género, las medidas anunciadas hace más de 2 años no se han implementado.
En estos tiempos, en que no deseamos ningún tipo de discriminación, es que queremos corregir esta situación, para que los hombres también puedan ser cargas de las mujeres y recibir atención sanitaria.
Por las razones anteriores es que este Senado ha acordado el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
Solicitar a S.E la Presidenta de la República la adopción de medidas que pongan término a la abierta discriminación que, en materia de prestaciones de salud, existe en contra de los hombres casados, permitiendo que ellos puedan ser carga de su mujer que cotiza en FONASA.
(Fdo.): Baldo Prokurica Prokurica, Senador.- Andrés Allamand Zavala, Senador.- Jorge Arancibia Reyes, Senador.- Camilo Escalona Medina, Senador.- José García Ruminot, Senador.- Antonio Horvath Kiss, Senador.- Carlos Kuschel Silva, Senador.- Hernán Larraín Fernández, Senador.-Ricardo Núñez Muñoz, Senador.- Jaime Orpis Bouchón, Senador.- Adolfo Zaldívar Larraín, Senador.
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE UN MECANISMO DE IGUALDAD DE GÉNERO EN CONFORMACIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (6328-07)
Honorable Senado:
1. Igualdad y no discriminación: Democracia paritaria y Equidad de género.
Las organizaciones que trabajan en la defensa de los derechos de la mujer denuncian que el Contrato Social incluye en el silencio, una suerte de catálogo de restricciones culturales e institucionales no manifestadas, que dejan preterida a la mujer del pleno ejercicio de sus derechos. Es lo que algunas han llamado, contra el mencionado contrato social, el denominado CONTRATO SEXUAL.
Este contrato, que se cierne sobre las distintas dimensiones de la mujer, como concepto no biológico, sino social, y por ende, creado por la voluntad del hombre, ha significado también una exclusión de los ámbitos de poder.
Esta exclusión ha sido histórica, y tiene profundas consecuencias en nuestra democracia. De ahí nace la idea de una democracia paritaria. El interés en aumentar la participación política de la mujer ha sido promovido en instancias internacionales desde hace mucho, más allá de las peroratas sobre la igualdad que rellenan declaraciones internacionales sin atender en qué y a favor de quién se debe aplicar este principio de igualdad.
Como señala un informe de la CEPAL, “Ya en 1975, en la Conferencia del Año Internacional de la Mujer celebrada en la Ciudad de México, se planteó que la participación política era una de las claves para integrar a la mujer en el desarrollo (…) A ese fin se propuso una serie de medidas que fueron retomadas en las agendas de las siguientes Conferencias de las Naciones Unidas” [1].
Continúa el informe señalando que “Este proceso de establecimiento de una agenda internacional para el avance en la equidad de género impulsado por las Naciones Unidaza sido acompañado de otras iniciativas. Entre ellas destacan las Cumbres Interamericanas celebradas en Miami en 1994, y en Santiago de Chile en 1998, que han incluido compromisos explícitos de los gobiernos con acciones dirigidas a aumentar la presencia de las mujeres en posiciones de poder” [2]
Tal como señala a su vez el Informe de la Fundación Humanas: “En América Latina, la inclusión de las mujeres en los espacios de poder es una necesidad urgente para garantizar la calidad de nuestras democracias. A pesar que las mujeres constituyen más del 50% del electorado en los países del continente y que el principio de igualdad y no discriminación por sexo es un elemento sustancial de la mayoría de las cartas políticas de la región, las mujeres están lejos de haber alcanzado un equilibrio con respecto a los hombres en los diferentes niveles de representación y designación en el ámbito de la participación política” [3].
En Chile todos estos aspectos son preocupantes, pues si nos comparamos con los países de la comunidad internacional tenemos un grave déficit. El Informe del Foro Económico Mundial lleva un ránking mundial de igualdad de género, que evalúa a 128 naciones, en áreas como salarios acceso a la educación, representación política, salud, y expectativas de vida. Chile ha caído ocho lugares en el que lleva, en concreto del lugar 78 al 86 [4].
Asimismo, el ránking de Desarrollo Humano para el año 2007, que toma como uno de sus índices la “potenciación de género”, pone a Chile dos puestos más debajo de su última posición [5].
Como señala el Informe de la CEPAL, “la noción de equidad de género implica, en primer término, en adelanto de las mujeres en la participación mediante acciones positivas y de rehabilitación social (…) En este contexto, el Estado debe proteger, promover, asistir, evaluar y fiscalizar tareas que debe realizar en forma conjunta con los organismos no gubernamentales y con la sociedad civil, a fin de poner en prácticas políticas más cooperativas y menos verticales” [6]
Es esa la responsabilidad que venimos en asumir a través de este proyecto de ley.
2. Sexo y género: la voz de la mujer se hace presente en la política.
Es importante indagar por qué estas desigualdades se producen. La respuesta tradicional es adjudicar a los sexos roles distintos en la sociedad, algunos de los cuales han sido calificados de naturales por teóricos, políticos, filósofos y religiosos.
De acuerdo a Rocío Villanueva Flores, “a diferencia de la noción de sexo, que centra su atención en el sexo y la naturaleza, la noción de género enfatiza la mentalidad y la cultura. La categoría género sirve para analizar las características que socialmente ase atribuyen a las personas de uno y otro sexo (…) El sistema sexo/género es sustancialmente un producto de la cultura y no de la biología humana o de la selección natural” [7].
La piedra angular de este proyecto es una evidencia histórica indesmentible. Las mujeres han ocupado puestos de poder en la antigüedad, y hoy los ocupan sin problemas. Al parecer, las “barreras de acceso” de la mujer en el ámbito del poder, pasan más por la interpretación social que se le atribuye a su condición de mujer más que a características naturales.
Paralelamente, la mujer no sólo “se la puede” en el ámbito de la política, sino que trae una nueva sensibilidad, y por cierto, el ánimo de defender sus intereses y derechos, particularmente el derecho a la igualdad y a la no discriminación, que es el que le atañe por las circunstancias de la historia.
3. Igualdad en el acceso a cargos públicos
a) El Poder Ejecutivo y los avances de una agenda de género
No obstante el avance de contar con una Presidenta de la República, que comenzó su Gobierno con Ministerios paritarios, ha habido un lento avance en el afianzamiento de tal paridad.
Como señala el Informe de Humanas: “En Chile, al contrario de los demás países en que se ha hecho este estudio de casos, no existen mecanismos de acción afirmativa que garanticen el acceso y participación de las mujeres en los espacios de poder político. Las cifras de participación femenina en cargos de decisión, en los distintos poderes del Estado chileno durante los últimos 16 años, confirman la subrepresentación política de las mujeres en todos los niveles del poder público. En el país, en los años de democracia sólo dos iniciativas legales de ley de cuotas se han presentado para subsanar el problema de subrepresentación. Sin embargo, su discusión en el congreso ha sido postergada permanentemente, mostrando las resistencias de la clase política para legislar en torno al punto” [8].
Las estadísticas latinoamericanas demuestran que nuestro país lideras en esta materia en materia de ministerios. En materia de gobiernos locales también es líder, pero el nivel de representación sigue siendo muy bajo.
1
b) El Congreso Nacional en el dilema del “Padre Gatica”
Desde el parlamento somos conscientes del problema evidente que significa la ausencia de paridad mínima entre mujeres y hombres en los cargos de representación popular.
De acuerdo a la Fundación Friedrich Ebert y Chile 21 [9] “el parlamento muestra escasos avances en cuanto a la incorporación de mujeres, especialmente en el Senado. Los gobiernos locales presentan una condición algo mejor, pero aún insuficiente. Su participación en las dirigencias de los partidos políticos también es baja, aunque ha habido mejoras y varios partidos han dispuesto medidas de acción afirmativa, incluyendo cuotas mínimas de participación femenina en las elecciones internas”.
Un simple cuadro comparativo con las realidades latinoamericanas nos muestra esta cruda realidad:
2
Sin perjuicio de ello, creemos que ello no debe inhibir a los parlamentarios de abordar proyectos de ley sobre la paridad en otros poderes del Estado. Todo aporte es un avance, para obtener reformas legislativas favorables a la paridad de género en cualquiera de los tres poderes del Estado.
4. Igualdad en el acceso al Poder judicial
Es así que el poder judicial demuestra también una subrepresentación de mujeres en cargos de poder. Hay muchos “ministros” y pocas “ministras”
De acuerdo a la Fundación Friedrich Ebert y Chile 21 “En el poder judicial, la presencia femenina ha sido significativa en los Tribunales de Menores, pero casi inexistente en los cargos de mayor jerarquía o prestigio. Recién en el año 2001, una mujer fue nombrada Ministra de la Corte Suprema y como Fiscal en dicha Corte. La diferencia entre mujeres y hombres disminuye en los rangos de menor jerarquía” [10].
En esa fecha, la ex ministra de Corte de Apelaciones de Santiago, María Antonia Morales, y la ex fiscal de la Cuarta Fiscalía de Santiago, Mónica Eugenia Maldonado, fueron ratificadas por el Senado como nuevas ministra de la Corte Suprema y nueva fiscal del máximo tribunal, respectivamente.
Fueron nombradas, por el Senado y por 40 votos a favor, y ninguno en contra [11].
Esto revela de plano una desigualdad odiosa, que no solo priva a la justicia de la “forma” femenina, a sus maneras, modos y costumbres, sino también a su “fondo”, a la voz de la mujer en la defensa de sus intereses y derechos.
5.-Sensibilidad de género en fallos judiciales. El caso de la Píldora del día después
Como es sabido, 36 diputados requirieron en contra del Decreto Supremo Nº 48/2007 del Ministerio de Salud, que aprueba las “Normas Nacionales Sobre Regulación de la Fertilidad”, ante el Tribunal Constitucional.
El 28 de marzo de 2008, el Tribunal acordó las ss. Decisiones:
“1) Desestimar, por unanimidad y por las razones que serán expresadas en la sentencia, el requerimiento en cuanto se dirigió a declarar la inconstitucionalidad del punto 4.1.1. de la Sección C de las aludidas normas sobre fertilidad, referido a los denominados “Dispositivos Intrauterinos” (DIU);
2) Rechazar el requerimiento, también por unanimidad, en cuanto el mismo buscaba declarar inconstitucionales las normas sobre confidencialidad en la orientación y consejería a menores de edad acerca del uso de métodos de regulación de la fertilidad, por estimar que con ello no se vulnera el derecho constitucional preferente de los padres para educar a sus hijos, previsto en el numeral 10 del artículo 19 de la Carta Fundamental; y
3) Acoger el requerimiento únicamente en cuanto se declarará la inconstitucionalidad del punto 3.3. de la Sección C de las mismas normas referidas, que ordena al sistema público de salud aconsejar y distribuir los métodos de “Anticoncepción Hormonal de Emergencia”, conocidos genéricamente como “píldora del día después”. Esta decisión fue adoptada con los votos de los Ministros José Luis Cea Egaña, Raúl Bertelsen Repetto, Mario Fernández Baeza, Marcelo Venegas Palacios y Marisol Peña Torres. Por su parte, el Presidente del Tribunal, Juan Colombo Campbell, y los Ministros Hernán Vodanovic Schnake, Jorge Correa Sutil y Francisco Fernández Fredes votaron por rechazar este capítulo del requerimiento. Los fundamentos del fallo y del voto de minoría se entregarán en la respectiva sentencia” [12].
Este fallo ha provocado numerosas críticas contra el Tribunal. Se señala que lesiona los derechos de la autonomía reproductiva de la mujer. Se señala que la decisión es discriminatoria, pues prohíbe que el Estado distribuya gratuitamente la píldora mencionada a mujeres de escasos recursos, la que es de libre adquisición en farmacias pagando el precio de mercado.
Más allá de estos argumentos, vemos que el fallo ha sido resistido socialmente de manera amplia. Movilizaciones nunca antes vistas en democracia contra el Tribunal Constitucional, se han efectuado en sus pórticos. Amenazas de recurrir a instancias internacionales, y solicitudes de parlamentarios a anular la sentencia, debido a la eventual inhabilidad de algunos de los Ministros [13].
Lo cierto es que creemos que si se contase con la presencia de más ministras en el Tribunal, que se traduce en ese interés por defender sus derechos de género, podría haber ahorrado muchos conflictos.
Por lo mismo afirmamos que esta no es una propuesta de forma, sino de fondo: implica aportar la voz femenina al Tribunal Constitucional, para que la sobre representación masculina no vaya contra los intereses y aspiraciones de las mujeres.
6. Igualdad de género y el Tribunal Constitucional
Si vemos las competencias que en virtud de la norma fundamental detenta el Tribunal Constitucional, vemos la importancia de contar con esa “voz femenina” dentro del mismo. Hagamos una breve revisión de ellas, tal como aparecen en la página web del Tribunal:
“a) Atribuciones de control de constitucionalidad: el Tribunal Constitucional realiza control preventivo y posterior de preceptos legales (incluidos los decretos con fuerza de ley); en este último caso, ya sea por la vía de requerimientos de inaplicabilidad o de acciones de inconstitucionalidad. Los controles preventivos se clasifican en facultativos (a requerimiento del Presidente de la República, de las Cámaras o de una parte de sus miembros en ejercicio) y obligatorios (respecto de leyes interpretativas de la Constitución, leyes orgánicas constitucionales y tratados internacionales que contengan normas propias de este último tipo de leyes). El Tribunal también controla, en forma preventiva y facultativa, los proyectos de reforma constitucional y los tratados internacionales sometidos a la aprobación del Congreso. Asimismo, ejerce control preventivo y posterior de normas propias de la potestad reglamentaria (decretos y resoluciones). Finalmente resuelve cuestiones de constitucionalidad relativas a autos acordados emanados de los Tribunales Superiores de Justicia (Corte Suprema y Cortes de Apelaciones) y del Tribunal Calificador de Elecciones.
b) Solución de contiendas de competencia: resuelve este tipo de contiendas suscitadas entre las autoridades políticas y administrativas y los tribunales de justicia que no correspondan al Senado.
c) Pronunciamiento sobre inhabilidades, incompatibilidades, renuncias y causales de cesación en el cargo de los titulares de ciertos órganos como es el caso del Presidente de la República, los Ministros de Estado y los parlamentarios.
d) Pronunciamiento sobre ilícitos constitucionales: Declara la inconstitucionalidad de organizaciones, movimientos o partidos políticos, como del Presidente de la República en ejercicio o del electo, que hubiesen incurrido en los ilícitos constitucionales que prevé la Constitución en su art. 19 Nº 15, incisos sexto y siguientes”.
Cada una de estas facultades puede ser ejercitada de manera objetiva, aún en la defensa de derechos de grupos específicos. A veces, esta defensa no encuentra representación en los tribunales simplemente porque los jueces no se encuentran familiarizados con las realidades que constituyen esos grupos específicos. La igualdad formal y la igualdad material se hacen carne también en la persona y la mentalidad del juez, e incluso en su género.
Como es sabido, el Tribunal Constitucional está compuesto por 10 miembros o 'Ministros', de acuerdo al artículo 92 de la Constitución. Son designados de la siguiente manera:
• 3 son de libre designación del Presidente de la República.
• 4 son elegidos por el Congreso Nacional: 2 nombrados directamente por el Senado y los otros 2 también son nombrados por el Senado a propuesta de la Cámara de Diputados.
• 3 son designados directamente por la Corte Suprema en votación secreta.
La sub representación femenina se manifiesta en la lista histórica de quienes lo han conformado. Veamos este registro:
3
Históricamente solo ha habido una Ministra (doña Luz Bulnes), antes de la actual conformación del Tribunal. En la actualidad, sólo hay una mujer que ocupa el cargo de Ministro, quien fue discípula universitaria de uno de los Ministros que votó en contra del Decreto sobre salud sexual que ha motivado las polémicas.
Es por ello que creemos necesarias las cuotas de representación femenina, a efectos de revertir este tendencia histórica.
6. Propuesta y técnica legislativa
Este proyecto de ley pretende establecer cuotas de representación femenina en el Tribunal Constitucional, fijando esa representación en un 40% de los Ministros (4 mujeres).
Para responsabilizar aún más al Congreso en esta iniciativa por la igualdad, promovemos la idea de que este sea el que provea dos mujeres de los cuatro Ministros del Tribunal Constitucional que él puede generar.
Las normas sobre conformación del Tribunal Constitucional se encuentran radicadas en la misma Constitución. Claramente, por cuestiones de quórum sería más conveniente al internes ciudadano el establecimiento de las reformas en la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, pues ello requeriría 4/7 de los votos de ambas Cámaras, mientras que una reforma constitucional requiere 2/3 de los mismos.
No obstante, debemos reconocer que en la Ley Orgánica sólo se abordan las normas sobre causales de término del cargo de Ministro del Tribunal Constitucional, y no su acceso al cargo.
Es así que este proyecto sólo puede ser de reforma constitucional.
Lo que proponemos es que por normas de equidad de género, deben establecerse cupos para mujeres destacadas en el mundo público, profesional o académico, en el Tribunal Constitucional, a efectos de que la sensibilidad propia de la mujer, en la defensa de sus intereses y sus derechos, pueda manifestarse en ese foro, de tan vital importancia para las decisiones nacionales.
POR TANTO, vengo en proponer el siguiente,
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Agrégase a la letra a) del artículo 92 de la Constitución Política de la República la ss. Frase final: “Uno de ellos será una mujer”.
Agrégase a la letra b) del artículo 92 de la Constitución Política de la República la ss. frase final: “La Cámara deberá proponer al menos una mujer. Sin perjuicio de ello, el Senado deberá nombrar o aprobar al menos dos mujeres en total”.
Agrégase a la letra c) del artículo 92 de la Constitución Política de la República la ss. frase final: “Uno de ellos deberá ser una mujer”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE QUE UN FISCALIZADOR O PARLAMENTARIO FISCALICE, INVESTIGUE O INFORME ACTOS EN LOS QUE TUVO RELACIÓN EN EL PASADO (6329-07)
Honorable Senado:
El principio de probidad ha sido uno de los leitmotiv de la agenda de los gobiernos de la Concertación, y uno de los puntos principales de la fiscalización de los partidos de oposición. Como base de la acción política, la probidad se yergue como pilar de la democracia sana, ejercida de buena fe, y también como exigencia ciudadana. De la ética pública a la probidad hay un margen de diferencia que dice relación con dispositivos jurídicos para exigirla, que van mucho más allá de las declaraciones de buenas intenciones.
El principio de probidad, atraviesa a la acción de todos los órganos del Estado. Es como el principio de buena fe en el ámbito del derecho privado, pues no se puede concebir la función pública sin probidad, pues de lo contrario su ejercicio se convierte en un puro capricho, y desaparece el interés público, generando fraude a la ley y abuso de poder.
El poder ejecutivo está llamado a la aplicación de este principio, en virtud de la Ley Orgánico Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Tal como señala la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado, el artículo 13 que “Los funcionarios de la Administración del Estado deberán observar el principio de probidad administrativa y, en particular, las normas legales generales y especiales que lo regulan”.
Asimismo, el artículo 52 del mismo cuerpo legal señala que “Las autoridades de la Administración del Estado, cualquiera que sea la denominación con que las designen la Constitución y las leyes, y los funcionarios de la Administración Pública, sean de planta o a contrata, deberán dar estricto cumplimiento al principio de la probidad administrativa.
El principio de la probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.
Su inobservancia acarreará las responsabilidades y sanciones que determinen la Constitución, las leyes y el párrafo 4º de este Título, en su caso”.
Finalmente, el artículo 53 establece que “El interés general exige el empleo de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control, para concretar, dentro del orden jurídico, una gestión eficiente y eficaz. Se expresa en el recto y correcto ejercicio del poder público por parte de las autoridades administrativas; en lo razonable e imparcial de sus decisiones; en la rectitud de ejecución de las normas, planes, programas y acciones; en la integridad ética y profesional de la administración de los recursos públicos que se gestionan; en la expedición en el cumplimiento de sus funciones legales, y en el acceso ciudadano a la información administrativa, en conformidad a la ley”.
Pero el principio de probidad también afecta a la acción del Parlamento.
La Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en su artículo 5º A, dispone: “Los diputados y senadores ejercerán sus funciones con pleno respeto de los principios de probidad y transparencia, en los términos que señalen la Constitución Política, esta ley orgánica constitucional y los reglamentos de ambas Cámaras”.
El Congreso Nacional es expresión de la soberanía nacional. En él se debaten muchas cuestiones y materias de interés público. La Cámara de Diputados tiene facultades de investigación y fiscalización, a través de comisiones específicas.
Pero el principio de probidad no se especifica suficientemente para el Congreso. Es así que hemos visto algunos casos en que parlamentarios han investigado, fiscalizado, o conocido y votado en asuntos en los que ellos han tenido participación, convirtiéndose en juez y parte.
Uno de los casos más paradigmáticos es que protagonizó un parlamentario que conformó una comisión que investigó actuaciones que él mismo había realzado cuando pertenecía al gobierno, antes de asumir su nueva investidura. En la conciencia que no cabe entrar en detalles, creemos que queda claro que no debe ocurrir nuevamente un hecho como este, donde uno de los votos se podría cuestionar por falta de imparcialidad.
Así como los parlamentarios no pueden votar o intervenir en asuntos que los beneficien económicamente, no deberían conocer, votar, investigar o fiscalizar asuntos en que ellos han tenido participación y eventuales cuotas de responsabilidad. Ello repugna al principio de probidad y desprestigia a la política.
Por tanto, vengo en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único:
Agrégase el ss. nuevo inciso segundo al artículo 5 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional:
“Ningún parlamentario podrá fiscalizar, investigar, o conocer en comisiones o en sala, materias en las que se investigue, fiscalice o indaguen asuntos en las que tuvieron o tengan intervención, sea en el ámbito privado como público. No obstante, podrá ser citado por la comisión respectiva, pero sólo para efectos de entregar información al respecto en calidad de testigo o implicado en los hechos sometidos a su conocimiento“.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador