Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- RETIRO PATROCINIO DE PROYECTO
- German Becker Alvear
- RETIRO PATROCINIO DE PROYECTO
- DEBATE
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Ximena Vidal Lazaro
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTEGRACIÓN
- Karla Rubilar Barahona
- INTEGRACIÓN
- Rosauro Martinez Labbe
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Victor Perez Varela
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE EX DIPUTADO DON GUSTAVO MONCKEBERG BARROS .
- INCLUSIÓN EN CUENTA DE PROYECTO QUE OTORGA BONO EXTRAORDINARIO PARA VOCALES DE MESA.
- INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA.
- INTEGRACIÓN
- Marisol Turres Figueroa
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Cristian Monckeberg Bruner
- Jorge Burgos Varela
- Alfonso De Urresti Longton
- INTEGRACIÓN
- V. ORDEN DEL DÍA
- CREACIÓN DE LA DEFENSORÍA DE LAS PERSONAS. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- ANTECEDENTE
- PERFECCIONAMIENTO DEL CÓDIGO PENAL EN LO RELATIVO A DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Marcelo Diaz Diaz
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Esteban Valenzuela Van Treek
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- DEBATE
- DEBATE
- CREACIÓN DE LA DEFENSORÍA DE LAS PERSONAS. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- OTORGAMIENTO DE PENSIÓN DE GRACIA A EX TRABAJADORES MARÍTIMO-PORTUARIOS. (VOTACIÓN).
- DEBATE
- REESTRUCTURACIÓN DE SUBSIDIO A CUENTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Rosauro Martinez Labbe
- Roberto Delmastro Naso
- Mario Bertolino Rendic
- Eduardo Diaz Del Rio
- Enrique Jaramillo Becker
- Francisco Chahuan Chahuan
- German Verdugo Soto
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Carolina Goic Boroevic
- Rene Aedo Ormeno
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Mario Venegas Cardenas
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- OTORGAMIENTO DE PENSIÓN DE GRACIA A EX TRABAJADORES MARÍTIMO-PORTUARIOS. (VOTACIÓN).
- VII. INCIDENTES
- RETRASO EN FUNCIONAMIENTO DE PLANTA DE AGUA POTABLE EN COMUNA DE LA HIGUERA. OFICIOS.
- RETRASO DE PUESTA EN MARCHA DE NUEVAS LUMINARIAS EN COMUNAS DE COQUIMBO. OFICIOS.
- SOLUCIÓN A DEUDORES HABITACIONALES PET. OFICIOS.
- RESPUESTA A REQUERIMIENTOS DE POBLADORES DE MINA HERMOSA, COMUNA DE ANDACOLLO. OFICIO.
- REPARACIÓN DE CAMINOS DE NUEVA TALCUNA, COMUNA DE VICUÑA. OFICIO.
- CONSTRUCCIÓN DE PUENTES EN FRESIA E INSTALACIÓN DE SEÑALÉTICA EN RUTA INTERLAGOS, DÉCIMA REGIÓN. OFICIOS.
- ENCAUZAMIENTO DE AGUAS DEL RÍO CACHAPOAL. OFICIO.
- ANTECEDENTES SOBRE COMPETENCIA DE ESSBIO PARA INSCRIBIR AGUAS SUBTERRÁNEAS DE PREDIOS DE PARTICULARES DE COMUNAS DE LA OCTAVA REGIÓN. OFICIO.
- INFORMACIÓN SOBRE DISMINUCIÓN DE PERSONAL DE LA 19ª COMISARÍA DE CARABINEROS DE PROVIDENCIA. OFICIO.
- DEFECTOS EN REPARACIÓN DE CAMINO DEL SECTOR ROSARIO CERRO, COMUNA DE PEUMO. OFICIOS.
- SOLUCIÓN A CONFLICTO LABORAL EN SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN. OFICIOS.
- INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL REDUCCIÓN DE FISCALIZACIONES DEL SAG EN PASOS FRONTERIZOS. OFICIO.
- ESTADO DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUD DE PENSIONES DE GRACIA A FAVOR DE EX TRABAJADORES DE ADUANA DE LOS ANDES. OFICIO.
- REVISIÓN DE APLICACIÓN DE FICHA DE ESTRATIFICACIÓN SOCIAL. OFICIO.
- PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS A PROFESORES MUNICIPALIZADOS POR TIEMPO DESTINADO A RESPUESTA DE PORTAFOLIO DE EVALUACIÓN DOCENTE. OFICIO.
- INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN DE TOCOPILLA Y NIVELES DE CONTAMINACIÓN EN CALAMA. OFICIOS.
- ANTECEDENTES SOBRE PROCESO DE RELICITACIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE CÁRCEL DE ANTOFAGASTA. OFICIO
- MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN FAVOR DE FUERTE COLONIAL SAN PEDRO DE ALCÁNTARA, UBICADO EN ISLA MANCERA , COMUNA DE CORRAL. OFICIOS.
- ANTECEDENTES SOBRE INCAUTACIÓN DE LECHE DE PROCEDENCIA CHINA EN REGIÓN DE LOS RÍOS. OFICIO.
- COORDINACIÓN ENTRE ORGANISMOS POLICIALES Y MINISTERIO PÚBLICO CONTRA ROBOS EN SECTORES RURALES. OFICIO.
- ADHESION
- Patricio Melero Abaroa
- ADHESION
- RECURSOS PARA EJECUCIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES EN COMUNA DE RECOLETA. OFICIOS.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- Informe sobre la participación del diputado señor Samuel Venegas Rubio en el XXXIII período ordinario de sesiones del Parlamento Andino, efectuadas en Bogotá, entre el 15 y el 17 de septiembre de 2008.
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- Samuel Venegas Rubio
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- AUTOR DE INFORME DE DIPLOMACIA PARLAMENTARIA
- INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE CREACIÓN DE LA CARRERA DE CRIMINALÍSTICA.
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- German Becker Alvear
- Sergio Bobadilla Munoz
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Marcos Espinosa Monardes
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Ramon Farias Ponce
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Jose Antonio Kast Rist
- Carlos Olivares Zepeda
- Manuel Rojas Molina
- Gabriel Silber Romo
- Patricio Vallespin Lopez
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Gonzalo Duarte Leiva
- Carlos Recondo Lavanderos
- Juan Masferrer Pellizzari
- Fernando Meza Moncada
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Montes Cisternas
- Sergio Aguilo Melo
- Jorge Burgos Varela
- Marcelo Diaz Diaz
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Fernando Meza Moncada
- Eduardo Saffirio Suarez
- Marcelo Schilling Rodriguez
- Adriana Munoz D'albora
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alvaro Escobar Rufatt
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Tucapel Jimenez Fuentes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alvaro Escobar Rufatt
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Alfonso De Urresti Longton
- Edmundo Eluchans Urenda
- Juan Lobos Krause
- Carlos Montes Cisternas
- Carolina Goic Boroevic
- Claudia Nogueira Fernandez
- Marisol Turres Figueroa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alvaro Escobar Rufatt
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Alfonso De Urresti Longton
- Ramon Farias Ponce
- Carlos Montes Cisternas
- Manuel Rojas Molina
- Patricio Vallespin Lopez
- Maria Isabel Allende Bussi
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Claudia Nogueira Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Javier Hernandez Hernandez
- Patricio Melero Abaroa
- Ivan Moreira Barros
- Dario Paya Mira
- Carlos Recondo Lavanderos
- Manuel Rojas Molina
- Felipe Salaberry Soto
- Marcela Cubillos Sigall
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Enrique Estay Penaloza
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Javier Hernandez Hernandez
- Patricio Melero Abaroa
- Ivan Moreira Barros
- Dario Paya Mira
- Carlos Recondo Lavanderos
- Manuel Rojas Molina
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Claudio Alvarado Andrade
- Gonzalo Arenas Hodar
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Enrique Estay Penaloza
- Javier Hernandez Hernandez
- Juan Masferrer Pellizzari
- Patricio Melero Abaroa
- Carlos Recondo Lavanderos
- Felipe Ward Edwards
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Informe sobre la participación del diputado señor Samuel Venegas Rubio en el XXXIII período ordinario de sesiones del Parlamento Andino, efectuadas en Bogotá, entre el 15 y el 17 de septiembre de 2008.
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 356ª
Sesión 82ª, en martes 30 de septiembre de 2008
(Ordinaria, de 11.08 a 13.26 horas)
Presidencia de los señores Encina Moriamez, don Francisco; y Ulloa Aguillón, don Jorge.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I.Asistencia11
II.Apertura de la sesión15
III.Actas15
IV.Cuenta15
-Minuto de silencio en memoria de ex diputadodon Gustavo Monckeberg Barros15
-Integración de Comisión Mixta15
-Inclusión en Cuenta de proyecto que otorga bono extraordinario para vocales de mesa15
V.Orden del Día.
-Creación de la defensoría de las personas. Primer trámite constitucional15
-Perfeccionamiento del Código Penal en lo relativo a delitos contra la administración pública. Primer trámite constitucional18
VI.Proyectos de acuerdo.
-Otorgamiento de pensión de gracia a ex trabajadores marítimo-portuarios. (Votación)28
-Reestructuración de subsidio a cuentas de energía eléctrica29
VII.Incidentes.
-Retraso en funcionamiento de planta de agua potable en comuna de La Higuera. Oficios30
-Retraso de puesta en marcha de nuevas luminarias en comunas de Coquimbo. Oficios31
-Solución a deudores habitacionales Pet. Oficios31
-Respuesta a requerimientos de pobladores de Mina Hermosa, comuna de Andacollo. Oficio31
-Reparación de caminos de Nueva Talcuna, comuna de Vicuña. Oficio32
-Construcción de puentes en Fresia e instalación de señalética en ruta Interlagos, Décima Región. Oficios32
-Encauzamiento de aguas del río Cachapoal. Oficio33
-Antecedentes sobre competencia de Essbío para inscribir aguas subterráneas de predios de particulares de comunas de la Octava Región. Oficio33
-Información sobre disminución de personal de la 19ª Comisaría de Carabineros de Providencia. Oficio33
-Defectos en reparación de camino del sector Rosario Cerro, comuna de Peumo. Oficios34
Pág.
-Solución a conflicto laboral en Servicio de Registro Civil e Identificación. Oficios34
-Información sobre eventual reducción de fiscalizaciones del SAG en pasos fronterizos. Oficio35
-Estado de tramitación de solicitud de pensiones de gracia a favor de ex trabajadores de aduana de Los Andes. Oficio35
-Revisión de aplicación de ficha de estratificación social. Oficio36
-Pago de horas extraordinarias a profesores municipalizados por tiempo destinado a respuesta de portafolio de evaluación docente. Oficio37
-Información sobre estado de avance de plan de descontaminación de Tocopilla y niveles de contaminación en Calama. Oficios37
-Antecedentes sobre proceso de relicitación de obras de construcción de cárcel de Antofagasta. Oficio38
-Medidas de protección en favor de fuerte colonial San Pedro de Alcántara, ubicado en isla Mancera, comuna de Corral. Oficios38
-Antecedentes sobre incautación de leche de procedencia china en Región de Los Ríos. Oficio39
-Coordinación entre organismos policiales y Ministerio Público contra robos en sectores rurales. Oficio39
-Recursos para ejecución de proyectos habitacionales en comuna de Recoleta. Oficios40
VIII.Documentos de la Cuenta.
1.Mensaje de S. E. la Presidenta de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que “otorga un bono extraordinario para quienes ejerzan como vocales de las mesas receptoras de sufragio”. (boletín N° 6119-05)
-Mensajes de S. E. la Presidenta de la República por los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:
2.“Ley de Presupuesto para el Sector Público, correspondiente al año 2009”. (boletín N° 6116-05)
3.“Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores”. (boletín N° 6106-10)
4.Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que “otorga un bono extraordinario para quienes ejerzan como vocales de las mesas receptoras de sufragio”. (boletín N° 6119-05)
-Oficios de S. E. la Presidenta de la República por los cuales comunica que no hará uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República respecto de los siguientes proyectos:
Pág.
5.“Modifica la ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre inscripciones electorales y Servicio Electoral, y la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para permitir el voto de los habitantes de la localidad de Chaitén en las elecciones municipales 2008”. (boletín N° 6027-06)
6.“Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera”. (boletín N° 3139-05)
-Oficios de S. E. la Presidenta de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia “suma” para el despacho de los siguientes proyectos:
7.“Reforma constitucional que crea el Defensor del Ciudadano”. (boletín N° 3429-07)
8.“Modifica el artículo 2° transitorio de la ley N° 20.240, que perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y funcionarios del Ministerio Público”. (boletín N° 5960-07)
9.“Introduce modificaciones al Código Penal en la regulación de ciertos delitos contra la Administración Pública”. (boletín N° 5725-07). (813-356)
10.“Modifica sanción por no pago de tarifas o peajes de obras concesionadas”. (boletín N° 4838-09; 4840-09 y 4826-07)
11.“Establece un nuevo asiento para el Juzgado de Letras de Chaitén”. (boletín N° 6072-07)
12.“Permite ascenso en gendarmería de Chile, en el caso que indica”. (boletín N° 5992-07)
13.“Crea el ministerio de Energía, estableciendo modificaciones en el decreto ley N° 2.224, de 1978, y a otros cuerpos legales. (boletín N° 5766-08)
-Oficios de S. E. la Presidenta de la República, mediante los cuales hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
14.“Incorpora a la ley N° 20.063, el combustible gas natural licuado, y modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1978, del Ministerio de Minería. (boletín N° 6088-05)
15.“Modifica la ley N° 19.884, sobre transparencia, límites y control de los gastos electorales, y establece normas contra la intervención electoral”. (boletín N° 4724-06)
16.“Crea la Autoridad Metropolitana de Transportes”. (boletín N° 5077-15)
17.“Modifica el artículo 66 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades”. (boletín N° 5924-06)
18.Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha rechazado las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto sobre “salida de menores desde Chile”, por lo que corresponde la formación de una Comisión Mixta que deberá resolver las discrepancias producidas. (boletín N° 4594-07)
-Oficios del H. Senado mediante los cuales comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, los siguientes proyectos:
Pág.
19.“Modifica la ley N° 18.556, sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral, y la ley N° 18.700, orgánica constitucional de Votaciones populares y Escrutinios, para permitir el voto de los habitantes de la localidad de Chaitén en las elecciones municipales 2008”. (boletín N° 6027-06)
20.“Acuerdo de Cooperación y Asistencia Jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa entre las Partes del Mercosur, Bolivia y Chile”. (boletín N° 3907-10)
21.“Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial”. (boletín N° 5501-10)
22.“Acuerdos celebrados entre los Estados Partes del Mercosur, Bolivia y Chile sobre Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales; Acuerdo Complementario del mismo Tratado, y Acuerdo de Enmienda del referido Tratado”. (boletín N° 3897-10)
23.Segundo informe de la Comisión Especial de la Juventud recaído en el proyecto que otorga beneficios a deudores de crédito universitario que indica por la prestación de servicios remunerados en las comunas de menor desarrollo del país. (boletín N° 4237-04) (S)
24.Segundo informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que otorga beneficios a deudores de crédito universitario que indica por la prestación de servicios remunerados en las comunas de menor desarrollo del país. (boletín N° 4237-04) (S)
25.Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía recaído en el proyecto que “concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena a Joan Alison Turner Roberts”. (boletín N° 6077-17)
26.Primer informe de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación recaído en el proyecto, iniciado en moción del H. Senado, que “confiere el carácter de título profesional universitario a las carreras de kinesiología, fonoaudiología, enfermería, obstetricia y puericultura, nutrición y dietética, tecnología médica y terapia ocupacional”. (boletín N° 3849-04) (S)
27.Primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en los siguientes proyectos de reforma constitucional, refundidos:
a)“Adecua el plazo de realización de la elección Presidencial y Parlamentaria y la restricción del Presidente de la República para salir del país”. (boletín N° 4382-07).
b)“Adelanta en un mes la elección presidencial, desminuye de treinta a quince días el plazo para la segunda vuelta y dispone un plazo de cinco años de duración del mandato, tanto para el Presidente de la República como para los Parlamentarios”. (boletín N° 4497-07).
c)“Modifica el artículo 26, en relación con fechas de realización de elecciones que indica”. (boletín N° 5404-07)
28.Primer informe de la Comisión Especial de Deportes recaído en el proyecto, iniciado en moción, que “prohíbe la práctica profesional del boxeo”. (boletín N° 3611-04)
Pág.
29.Informe de la “Comisión Especial Investigadora sobre creación de la carrera de criminalística”
30.Informe sobre la participación del Diputado señor Venegas, don Samuel, en el XXXIII Periodo Ordinario de Sesiones del Parlamento Andino, efectuadas en Bogotá, entre el 15 y el 17 de septiembre de 2008
31.Moción de los diputados señores Montes; Aguiló; Burgos; Díaz, don Marcelo; Enríquez-Ominami; Hales; Meza; Saffirio; Schilling, y de la diputada señora Muñoz, doña Adriana que “reforma la Constitución Política de la República estableciendo una Cámara Única en el Congreso Nacional”. (boletín N° 6107-07)
32.Moción de los diputados señores Escobar; Enríquez-Ominami y Jiménez, que “modifica la ley N° 19.620, sobre adopción de menores, con el objeto de incorporar a las parejas que mantienen relación de convivencia estable como sujetos aptos para solicitar en forma conjunta la adopción de un menor”. (boletín N° 6108-18)
33.Moción de los diputados señores Escobar; Enríquez-Ominami; Ceroni; De Urrresti; Eluchans; Lobos; Montes, y de las Diputadas señoras Goic, doña Carolina; Nogueira, doña Claudia y Turres, doña Marisol, que “modifica el Código Penal para incorporar como agravante, en el delito de homicidio, la circunstancia de que la víctima sea una mujer embarazada y que, como consecuencia del hecho punible, se extinga la vida de su hijo nonato”. (boletín N° 6109-07)
34.Moción de los diputados señores Escobar; Enríquez-Ominami; De Urresti; Farías; Montes, Rojas; Vallespín, y de las Diputadas señoras Allende, doña Isabel; Isasi, doña Marta y Nogueira, doña Claudia, que “modifica la leyN° 19.968, sobre fomento de la música chilena para establecer los requisitos que deben cumplir los conciertos y eventos musicales que se presenten en Chile”. (boletín N° 6110-24)
35.Moción de los diputados señores Von Mühlenbrock; Hernández; Melero; Moreira; Paya; Recondo; Rojas; Salaberry, y de las Diputadas señoras Cubillos, doña Marcela e Isasi, doña Marta, que “modifica el artículo 30, de la ley N° 19.496, sobre protección de los derechos del consumidor, incorporando un nuevo inciso cuarto en virtud del cual se exige que se publiquen precios de bienes y servicios que se transen por Internet”. (boletín N° 6111-03)
36.Moción de los diputados señores Von Mühlenbrock; Egaña; Estay; García-Huidobro; Hernández; Melero; Moreira; Paya; Recondo y Rojas, que “modifica el artículo 24 incisos cuarto y vigésimo quinto, de la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, incorporando imagen de los candidatos en la cédula electoral de votación para los cargos de Diputados, Senadores y Presidente de la República”. (boletín N° 6112.06).
37.Moción de los diputados señores Von Mühlenbrock; Alvarado; Arenas; Egaña; Estay; Hernández; Masferrer; Melero; Recondo y Ward, que “reforma la Constitución Política de la República incorporando un nuevo inciso tercero al artículo 52 N° 1, con el objeto de proteger con fuero especial las declaraciones de invitados a Comisiones Investigadoras”. (boletín N° 6113-07)
IX.Otros documentos de la Cuenta.
1.Comunicaciones:
-Del diputado señor Becker por la cual informa que retira su patrocinio del proyecto que “traslada festividad de la Virgen del Carmen (Virgen de la Tirana)”. Boletín N° 6023-06.
-De la diputada señora Vidal, doña Ximena, quien de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 22 de septiembre en curso, para dirigirse a España.
Oficios:
-De la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento por el cual informa la integración de las siguientes misiones oficiales al extranjero:
a)Los Diputados señores Encina y García-Huidobro asisten a las sesiones de la Comisión de Energía y Minas del Parlatino, a realizarse los días 16 y 17 de octubre en Costa Rica;
b)La Diputada señora Rubilar, doña Karla, concurre a las sesiones de la Comisión de Servicios Públicos y Defensa del Usuario y el Consumidor del Parlatino, que se efectuará en Costa Rica los días 16 y 17 de octubre;
c)El diputado señor Martínez reemplazará al diputado Álvarez-Salamanca en la Vicepresidencia del Parlatino.
Contraloría General de la República:
-DiputadoHernández, título de profesora de Estado en Educación Básica, otorgado por Instituto Profesional de Osorno.
-DiputadoCorrea, porcentaje de Asignación Variable por Desempeño Individual (Avdi) a Profesora Normalista de Curicó.
-DiputadoAraya, auditoría por cobro de derechos municipales a empresa Énfasis Publicidad Visual, de Antofagasta.
-DiputadoAlvarado, auditoría a Proyecto Ffpa “Construcción de sede social en fibra de vidrio, Caleta Río Chepu, en Ancud.
-DiputadoGarcía-Huidobro, asesorías de empresa Codelco Chile, desde el 2000 a la fecha.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:
-DiputadoMeza, apoyo a microempresarias llamadas Manos de Mujer, de Gorbea.
-Proyecto de Acuerdo 626-E, uso y consumo de leña.
Ministerio de Hacienda:
-DiputadoAedo, contrato de asociación con yacimiento Inca de Oro.
-Diputado De Urresti, traslado a Panguipulli de oficina Servicio de Impuestos Internos ubicada en Lanco.
-DiputadoWard, bitácora de vehículos entre 2007 y 2008.
-Proyecto de Acuerdo 602 y 602-B, modificación de divisa para pago de Beca Presidente de la República.
Ministerio de Educación:
-DiputadaCristi, auspicio a estudiantes de Licenciatura en Castellano de Universidad de Santiago, en “Jornadas Andinas de Literatura Latinoamericana Estudiantiles”, en La Paz, Bolivia.
-DiputadoOjeda, modificación a la ley N° 20.158.
Ministerio de Justicia:
-Diputado Estay, adquisición de inmueble para oficinas del Registro Civil de Melipeuco.
Ministerio de Defensa Nacional:
-DiputadoVon Mühlenbrock, ducto submarino en Lago Ranco.
Ministerio de Agricultura:
-DiputadoMartínez, campo de pastoreo “Las Águilas” en Región del Biobío.
Ministerio de Bienes Nacionales:
-DiputadoSepúlveda don Roberto, bien nacional de uso público cercado ilegalmente en Maipú.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
-DiputadoDelmastro, pensión no contributiva de ley de Exonerado Político de señor que indica.
-DiputadoEspinoza don Fidel, fiscalización a empresa elaboradora de quesos Dollinco.
-DiputadaGoic, retraso en pago de bono a pensionados de las AFP.
Ministerio de Salud:
-DiputadoAccorsi, crédito a empresarios del transporte capitalino.
-DiputadoMeza, contratación de asistente social para hospital de Loncoche.
Ministerio de Minería:
-DiputadoWard, legalidad de “bono personal mensual”, que se realiza a trabajadores Rol “B”, en División Codelco-Norte.
-Diputados Monckeberg don Nicolás, Martínez, Alvarado, Aedo, Álvarez, Galilea y García-Huidobro, pago de honorarios por asesorías o estudios a parlamentarios o a cualquier persona natural o jurídica.
Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:
-DiputadoGarcía, postulantes a viviendas en comuna de Villarrica, entre 2006 y 2008.
-DiputadoMeza, construcción de viviendas de empresas privadas en Villarrica.
-DiputadaValcarce, reparación de calle Cruz del Sur, en Arica.
-DiputadoQuintana, listas de espera Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
-DiputadoGalilea, pago a empresas prestadoras de servicios a Ministerios de Obras Públicas y de Vivienda y Urbanismo.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
-DiputadoSule, condiciones de calles concesionadas en Sexta Región.
-DiputadoDelmastro, colectivos ilegales en Valdivia.
-DiputadoAccorsi, uso de filtros en buses y camiones que circulan por Región Metropolitana.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia:
-DiputadoAccorsi, conocimiento de la ley sobre Convención de Washington.
Comisión Nacional del Medio Ambiente:
-Diputado Arenas, medidas adoptadas para basurales que funcionan en
Región de La Araucanía.
Subsecretaría de Carabineros:
-DiputadoAraya, denuncia formulada por padres y apoderados de “Liceo Experimental Manuel de Salas”.
-DiputadoEspinosa don Marcos, instalación de Unidad de Investigación de Accidentes del Tránsito en provincia de El Loa.
Servicio Nacional del Consumidor:
-Diputado Lobos, adquisición de vehículos Hyundai Accent año 2007.
Metro de Santiago:
-DiputadoOlivares, estación del Metro en plaza Simón Bolívar de Quinta Normal.
Superintendencia de Bomberos de Chile:
-DiputadaCristi, instalación de planta de Metrogas en comuna de Peñalolén.
I.ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados:
-Accorsi Opazo, Enrique
-Aedo Ormeño, René
-Aguiló Melo, Sergio
-Alinco Bustos, René
-Alvarado Andrade, Claudio
-Álvarez Zenteno, Rodrigo
-Ascencio Mansilla, Gabriel
-Barros Montero, Ramón
-Bauer Jouanne, Eugenio
-Becker Alvear, Germán
-Bertolino Rendic, Mario
-Bobadilla Muñoz, Sergio
-Burgos Varela, Jorge
-Schilling Rodríguez, Marcelo
-Ceroni Fuentes, Guillermo
-Correa De la Cerda, Sergio
-Cristi Marfil, María Angélica
-Cubillos Sigall, Marcela
-Chahuán Chahuán, Francisco
-De Urresti Longton, Alfonso
-Delmastro Naso, Roberto
-Díaz Del Río, Eduardo
-Díaz Díaz, Marcelo
-Dittborn Cordua, Julio
-Duarte Leiva, Gonzalo
-Egaña Respaldiza, Andrés
-Eluchans Urenda, Edmundo
-Encina Moriamez, Francisco
-Enríquez-Ominami Gumucio, Marco
-Errázuriz Eguiguren, Maximiano
-Escobar Rufatt, Álvaro
-Espinosa Monardes, Marcos
-Espinoza Sandoval, Fidel
-Farías Ponce, Ramón
-Forni Lobos, Marcelo
-Fuentealba Vildósola, Renán
-Galilea Carrillo, Pablo
-García García, René Manuel
-García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
-Girardi Briere, Guido
-Godoy Ibáñez, Joaquín
-Goic Boroevic, Carolina
-González Torres, Rodrigo
-Hales Dib, Patricio
-Hernández Hernández, Javier
-Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge
-Jaramillo Becker, Enrique
-Jarpa Wevar, Carlos Abel
-Jiménez Fuentes, Tucapel
-Latorre Carmona, Juan Carlos
-Leal Labrín, Antonio
-León Ramírez, Roberto
-Lobos Krause, Juan
-Lorenzini Basso, Pablo
-Martínez Labbé, Rosauro
-Masferrer Pellizzari, Juan
-Melero Abaroa, Patricio
-Meza Moncada, Fernando
-Monckeberg Bruner, Cristián
-Monsalve Benavides, Manuel
-Montes Cisternas, Carlos
-Moreira Barros, Iván
-Mulet Martínez, Jaime
-Norambuena Farías, Iván
-Núñez Lozano, Marco Antonio
-Ojeda Uribe, Sergio
-Olivares Zepeda, Carlos
-Ortiz Novoa, José Miguel
-Pacheco Rivas, Clemira
-Palma Flores, Osvaldo
-Paredes Fierro, Iván
-Pascal Allende, Denise
-Pérez Arriagada, José
-Quintana Leal, Jaime
-Recondo Lavanderos, Carlos
-Rojas Molina, Manuel
-Rossi Ciocca, Fulvio
-Saa Díaz, María Antonieta
-Sabag Villalobos, Jorge
-Saffirio Suárez, Eduardo
-Salaberry Soto, Felipe
-Sepúlveda Hermosilla, Roberto
-Sepúlveda Orbenes, Alejandra
-Silber Romo, Gabriel
-Sule Fernández, Alejandro
-Súnico Galdames, Raúl
-Tarud Daccarett, Jorge
-Tohá Morales, Carolina
-Tuma Zedan, Eugenio
-Turres Figueroa, Marisol
-Ulloa Aguillón, Jorge
-Uriarte Herrera, Gonzalo
-Urrutia Bonilla, Ignacio
-Valenzuela Van Treek, Esteban
-Vallespín López, Patricio
-Vargas Lyng, Alfonso
-Venegas Cárdenas, Mario
-Venegas Rubio, Samuel
-Verdugo Soto, Germán
-Von Mühlenbrock Zamora, Gastón
-Walker Prieto, Patricio
-Ward Edwards, Felipe
-Asistió, además, el ministro secretario general de la Presidencia, don José Antonio Viera-Gallo.
-Concurrió, también, el senador señor Víctor Pérez.
-Con permiso constitucional estuvo ausente la diputada señora Ximena Vidal.-
II.APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.08 horas.
El señor ENCINA (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor ENCINA (Presidente).-
El acta de la sesión 77ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 78ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV.CUENTA
El señor ENCINA (Presidente).-
El señor prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE EX DIPUTADO DON GUSTAVO MONCKEBERG BARROS .
El señor ENCINA (Presidente).-
Solicito a la Sala un minuto de silencio por el fallecimiento del ex diputado don Gustavo Monckeberg Barros , cuyo deceso se produjo en la noche de ayer.
El señor Monckeberg fue diputado por el Primer distrito, de Santiago, entre 1962 y 1973, y es abuelo y tío de los diputados señores Nicolás Monckeberg Díaz y Cristián Monckeberg Bruner , respectivamente, a quienes expresamos nuestros sentimientos de pesar.
-Los señores diputados y señoras diputadas, funcionarios y asistentes en las tribunas, de pie, guardan un minuto de silencio.
INCLUSIÓN EN CUENTA DE PROYECTO QUE OTORGA BONO EXTRAORDINARIO PARA VOCALES DE MESA.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Señores diputados, la Presidenta de la República acaba de enviar un proyecto de ley que establece un bono extraordinario para quienes ejerzan como vocales de mesa en las próximas elecciones municipales. Al respecto, recuerdo a los señores diputados que la Corporación aprobó un proyecto de acuerdo.
¿Habría unanimidad para incluirlo en la Cuenta de la presente sesión?
Acordado.
INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA.
El señor ENCINA (Presidente).-
Propongo a la Sala integrar la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas cámaras del Congreso Nacional, durante la tramitación del proyecto de ley sobre salida de menores de Chile (boletín Nº 4594-07), con los siguientes señores diputados y señoras diputadas: Marisol Turres , María Antonieta Saa , Cristián Monckeberg , Jorge Burgos y Alfonso de Urresti.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V.ORDEN DEL DÍA
CREACIÓN DE LA DEFENSORÍA DE LAS PERSONAS. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor ENCINA (Presidente).-
Corresponde considerar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje y con urgencia calificada de suma, que crea la defensoría de las personas.
Diputado informante de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía es el señor Sergio Aguiló.
El señor PALMA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor PALMA.-
Señor Presidente, las bancadas de la Alianza solicitan que el proyecto de reforma constitucional que crea la defensoría de las personas sea remitido a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. El tema lo hemos conversado incluso con el ministro y estamos disponibles para acelerar su trámite en la Comisión.
Esa es la idea, para no arriesgar la aprobación del proyecto; de lo contrario, esta modificación tan necesaria puede que hoy no cuente con los votos requeridos para su aprobación.
El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Aguiló .
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, como los señores diputados recordarán, el proyecto estuvo en la Comisión de Derechos Humanos no siete semanas ni tampoco siete meses, sino que ¡siete años!
Hace seis meses, cuando lo despachó esa Comisión, el señor Eluchans , presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, pidió que se enviara a dicha comisión para su estudio, no obstante haber estado, insisto, ¡siete años en la Comisión de Derechos Humanos!
En aquella oportunidad, lo que consta en Secretaría, la Sala dio a esa comisión dos meses. Al término de ese lapso, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia no había visto ni un solo artículo del proyecto, no por desidia, sino por la cantidad de trabajo que tenía.
Lamento enormemente que las bancadas de Renovación Nacional y de la UDI pongan al Gobierno y al Congreso en la disyuntiva de que votarán en contra si no se remite el proyecto a la Comisión de Constitución, lo que, por lo menos para mí, es inédito en la Cámara, porque cuando uno tiene diferencias de fondo respecto de una iniciativa, puede votarlas en contra, ya que en eso consiste la democracia y el Congreso como expresión de la soberanía popular. Esto es un chantaje al Congreso, sobre todo si se considera que una comisión tuvo el proyecto durante siete años. Me parece un exceso. Además, me sorprende el planteamiento, porque el señor Palma me dio la palabra de honor, y yo soy muy respetuoso de su cumplimiento, hace cinco minutos de que iba a pedir el envío de la iniciativa a esa comisión sólo por una semana. Si esa palabra de honor se cumple, estoy disponible para dar la unanimidad, no obstante los siete años y dos meses de tramitación del proyecto, ya que podemos esperar una semana más. Como esto puede transformarse en un nuevo trámite eterno en la Comisión de Constitución, solicito que el resto de los diputados den su opinión sobre la materia, porque así es muy difícil legislar.
El señor ENCINA (Presidente).-
Señores diputados, de acuerdo con el Reglamento, el proyecto debe ser tratado y votado hoy. Sólo por unanimidad puede ser enviado a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Entiendo que la propuesta del señor Aguiló es que el proyecto vaya por una semana a la Comisión de Constitución Legislación y Justicia.
El señor AGUILÓ.-
A través del señor Presidente, solicito que el señor Palma reitere su palabra de honor, como jefe de la bancada de Renovación Nacional, de que el proyecto estará en esa comisión sólo por una semana.
El señor MONTES.-
Y que señale cuál es el fundamento de esa promesa.
El señor PALMA.-
Como bien dijo el diputado Aguiló , nuestras bancadas solicitan el envío del proyecto a la Comisión de Constitución, para lo que nos comprometemos a tramitarlo con la mayor urgencia, tal como lo conversamos recién con el ministro secretario general de la Presidencia, con el objeto de que vuelva a la Sala para ser despachado durante la próxima semana.
El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor VIERA-GALLO (ministro secretario general de la Presidencia).-
Señor Presidente, para el Gobierno es una sorpresa lo ocurrido esta mañana, porque como aquí se ha señalado, el proyecto fue aprobado en forma unánime en la Comisión de Derechos Humanos, donde había varios representantes de las bancadas de Renovación Nacional y de la UDI, como los señores Gastón Von Mühlenbrock , Germán Verdugo , Karla Rubilar , Enrique Salaberry , en fin.
Evidentemente, ésta es una solución de compromiso, porque estimamos que lo peor que podría ocurrir es que una iniciativa tan importante como ésta, por la que hemos luchado durante tantos años, como lo hemos hecho por muchas otras en este proceso político, sea rechazada hoy, ya que deberá pasar mucho tiempo, al menos un año, para presentarla nuevamente.
De tal manera que en caso de aprobarse esa solución de compromiso, tendríamos que calificar la urgencia del proyecto, para que esa comisión lo pueda discutir.
Ésta es una iniciativa muy importante en la agenda de los derechos humanos, porque, junto con el Instituto de Derechos Humanos, forma parte de las instituciones que el Gobierno quiere dejar como legado.
Por lo tanto, avengo con esta solución de compromiso, pero siempre que el proyecto sea tramitado rápidamente en esa comisión, con el objeto de que tengamos una pronta definición de la Sala sobre la materia.
He dicho.
El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Edmundo Eluchans .
El señor ELUCHANS.-
Señor Presidente, en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia tenemos el mayor interés en estudiar el proyecto, pero debo recordar a la Sala que hoy comenzó a correr el plazo de dos semanas para el despacho del proyecto sobre acciones constitucionales. En consecuencia, la única posibilidad de tramitar la iniciativa en una semana es que se nos autorice para sesionar simultáneamente con la Sala, cuestión que, según entiendo, la Mesa decidió no aprobar para ninguna comisión. No obstante, dada la particular situación en que nos encontramos, estimo que podría existir la disposición para dar esa autorización, de lo contrario, no vamos a tener el tiempo necesario para estudiar ambos proyectos, que son muy importantes.
He dicho.
El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa .
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Señor Presidente, tenemos un problema de fondo respecto de las comisiones de la Cámara. Por ejemplo, la Comisión de Constitución tiene una cierta especialización, porque la mayoría de sus integrantes son abogados. No obstante, eso no significa que dicha comisión tenga la última palabra sobre los proyectos. Creo que exageramos la importancia de las comisiones de Constitución y de Hacienda, las cuales revisan el fondo de todos los proyectos, sin importarles el trabajo realizado por las comisiones técnicas. Así ocurre con la Comisión de Hacienda, que no sólo analiza la parte financiera de los proyectos, sino que también las materias de fondo. Considero que son malas costumbres, porque debería respetarse el trabajo de las otras comisiones, ya que, por último, los colegas pueden expresar en la Sala sus opiniones respecto de las iniciativas en discusión.
No me opongo a que se envíe el proyecto a la Comisión de Constitución por una semana, pero no podía dejar de plantear que tenemos un problema en relación con la importancia que damos a las comisiones de la Cámara. Me parece absurdo que esas dos comisiones revisen los planteamientos del resto.
Por otra parte, tenemos un problema gravísimo con el Senado, el que expondré aprovechando la presencia del ministro secretario general de la Presidencia. La Cámara tramita los proyectos y en el Senado se estancan. ¡No puede ser que en el Senado la tramitación de algunas iniciativas demore diez años!
El señor BURGOS.-
El ministro fue senador.
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Exactamente.
Por lo tanto, o tenemos más senadores o legislamos en una Cámara única, lo cual apoyo, porque no podemos seguir trabajando de esta manera. El Gobierno no puede hacer presente y calificar la urgencia de todas las iniciativas, por lo que proyectos importantísimos quedan estancados en el Senado. ¡No se puede legislar así! Estoy por la existencia de una Cámara única y no por aumentar el número de senadores.
El señor ENCINA (Presidente).-
Señora diputada, le pido por favor que se remita a la materia en discusión.
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Éste es un problema de fondo que deberíamos tratar como Cámara de Diputados.
Reitero, no me opongo a enviar el proyecto por una semana a la Comisión de Constitución, pero sí a que las comisiones de Hacienda y de Constitución se les dé más importancia que al resto y que tengan la última palabra respecto de las iniciativas, ya que los diputados tenemos la facultad de discutirlas en la Sala.
He dicho.
El señor ENCINA (Presidente).-
Solicito la unanimidad de la Sala para enviar el proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia durante una semana y para autorizar que sesione simultáneamente con la Sala.
No hay acuerdo.
El señor ASCENCIO.-
Señor Presiente, no daré la unanimidad, salvo que su señoría me diga que el proyecto se incorporará en la Tabla del próximo martes.
El señor ENCINA (Presidente).-
Señor diputado, esta materia se incorporará en la Tabla de la sesión del miércoles de la próxima semana.
El señor ASCENCIO.-
De acuerdo.
El señor ENCINA (Presidente).-
Acordado.
PERFECCIONAMIENTO DEL CÓDIGO PENAL EN LO RELATIVO A DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor ENCINA (Presidente).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que introduce modificaciones en el Código Penal en lo relativo a la regulación de ciertos delitos contra la administración pública, con urgencia calificada de “suma”.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Jorge Burgos .
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 5725-07, sesión 132ª, en 16 de enero de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 2.
-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 79ª, en 11 de septiembre de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 2.
El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Burgos .
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia paso a informar el proyecto de ley que introduce modificaciones al Código Penal en lo relativo a la regulación de ciertos delitos contra la administración pública.
Hago presente a la Sala que la iniciativa estuvo seis meses en la Comisión, y no siete años. Digo eso para que no todo sea tan crítico hacia nuestro trabajo.
El proyecto se originó en una moción de los diputados señores Juan Bustos , que en paz descanse -entiendo que fue el último proyecto de ley que presentó en la Cámara-, Guillermo Ceroni , Nicolás Monckeberg y Jorge Burgos .
Con fecha 16 de junio pasado, su excelencia la Presidenta de la República presentó una indicación sustitutiva total a este proyecto, sobre la cual se pronunció la Comisión.
Durante el análisis del proyecto, la Comisión contó con la colaboración de las personas que se indican en el informe.
Ideas matrices o fundamentales.
La idea central del proyecto es adecuar la legislación interna a las observaciones y sugerencias formuladas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde), en la primera y segunda fase de evaluación del cumplimiento por Chile de la Convención para Combatir el Cohecho de Funcionarios Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.
Ese es un elemento importante de la indicación sustitutiva. Se trata de cumplir un requisito que se estableció para el Estado de Chile a la hora de seguir avanzando en la plena incorporación al importante tratado que he señalado.
Tal idea -que recoge el proyecto expresado en la indicación sustitutiva total mencionada-, se concreta mediante dos artículos que modifican los Códigos Penal y Orgánico de Tribunales, es propia de ley al tenor de lo establecido en el artículo 19, Nº 3º, incisos séptimo y octavo, en relación con los artículos 63, números 1), 2) y 3), y 77 de la Carta Fundamental.
Para los efectos de lo establecido en los números 2º, 4º, 5º y 7º del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
Que el artículo 2º tiene rango de ley orgánica constitucional en cuanto somete a la jurisdicción de los tribunales chilenos un nuevo delito cometido en el extranjero por chilenos. Extiende, por tanto, la competencia de éstos y, en consecuencia, incide en su organización y atribuciones, según lo señala el artículo 77 de la Constitución Política.
Que el proyecto no contiene disposiciones que sean de la competencia de la Comisión de Hacienda.
Que se aprobó la idea de legislar por unanimidad de quienes participaron en la votación.
Que no hubo artículos o indicaciones rechazados.
Se designó diputado informante a quien habla.
Como decía al comienzo, el proyecto tiene dos grandes objetivos:
El primero, ponernos al día en el tratado internacional que mencioné con la modificación de artículos de los Códigos Penal y Orgánico de Tribunales.
El segundo, actualizar el Código Penal en delitos contra la probidad cometidos tanto por personeros públicos, pero también, eventualmente, por agentes privados.
Detallaré las modificaciones esenciales.
Sobre el primer punto, que motivó la indicación sustitutiva, en la cual se recogió la moción original, quiero mencionar esencialmente lo siguiente:
En efecto, existe plena claridad respecto de la necesidad de que las distintas herramientas con que cuenta el sistema legal sean utilizadas para resguardar el ejercicio de la función pública o el correcto funcionamiento de la administración; esto es, la buena y ordenada marcha de los servicios públicos o la probidad administrativa.
En tal sentido, resulta del todo imperioso modernizar nuestras normas penales, haciéndolas, además, acordes con la entidad de la lesión al bien jurídico en cuestión.
Lo anterior es por cuanto quienes detentan poder administrativo dentro de un ámbito institucional tienen mayor responsabilidad en el cumplimiento recto y apegado al derecho de los actos que están llamados a ejecutar.
Sin perjuicio de lo anterior, estamos seguros de que la vía penal no es la única -ni debe serlo- herramienta para combatir la corrupción en la administración pública, sino que hay que contar con opciones de real y efectivos resultados en materia de investigación de otra naturaleza administrativa y en otros ámbitos normativos.
Por otro lado, a nivel internacional existen ciertas obligaciones que deben ser cumplidas por nuestro país en materia de transparencia y combate a la corrupción. En este contexto, el 17 de diciembre de 1997 Chile firmó la Convención de la Ocde para Combatir el Cohecho a los Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales y su Anexo, y depositó su instrumento de ratificación ante el Secretario General de esa institución el 18 de abril de 2001. El 11 de octubre del mismo año se ingresó el mensaje para adecuar la legislación interna a las exigencias de la Constitución, específicamente para incorporar una nueva figura penal en el artículo 250 bis A del Código Penal, destinada a sancionar el cohecho de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, definiendo, además, en el artículo 250 bis B, al funcionario público extranjero.
Eso está legislado en Chile en la ley Nº 19.829, de 2002.
Su objetivo central es evitar que la comisión del ilícito se convierta, por ausencia de leyes como la citada, en instrumentos de impunidad en este tipo de delitos.
En el marco de las evaluaciones efectuadas por el grupo de expertos de la Ocde, se concluyó que nuestra legislación interna presentaba aún algunas deficiencias a la luz de la ley Nº 19.829:
1) Insuficiencias en la tipificación de los delitos de la Convención.
2) Inexistencia de responsabilidad penal respecto de las personas jurídicas.
3) Escasa cuantía de las penas asignadas a las conductas típicas, lo que impide la extradición de los autores de esos delitos.
4) Problemas de jurisdicción en razón al territorio y la nacionalidad.
Por todas esas razones, se concluyó en la primera fase de la evaluación que Chile no cumpliría con los estándares fijados por la Convención.
Esas conclusiones fueron ratificadas en la segunda fase y se insistió en los mismos cuatro puntos que señalé.
En consecuencia, con la indicación sustitutiva se ha buscado satisfacer dos ámbitos de urgente compromiso: primero, adecuar y aumentar las penas de los delitos funcionarios contenidos en nuestro Código Penal y, segundo, dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en la suscripción de la Convención contra la Corrupción.
De esta manera, se aumentan las penas de los delitos de fraude al Fisco, de negociaciones incompatibles, del cohecho y del tráfico de influencias. Asimismo, se aumentan las penas y se consideran nuevas formas de beneficios obtenidos en los delitos de cohecho tanto por funcionarios públicos nacionales como extranjeros, incorporando, además, una multa para aquellos casos en que el beneficio tenga carácter extrapatrimonial.
Lo anterior es por cuanto la experiencia práctica ha demostrado que el pago en estos actos pueden ser de variada índole.
Se introducen nuevos cambios en los verbos rectores en los delitos de cohecho a funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, para lo cual se sustituye la expresión “ofreciere dar” por “ofreciere, prometiere o diere”, por cuanto la actual consagración de verbos rectores podría dejar fuera de las conductas punibles aquella que consiste en dar, sin que exista una oferta previa.
Asimismo, se elimina el calificativo de “comerciales” de las transacciones internacionales, por cuanto se estima que tal expresión es limitativa del tipo, ya que el cohecho se puede producir en transacciones que no necesariamente revisten ese carácter.
Por otro lado, en cuanto a la definición de funcionario público extranjero, contenida en el artículo 250 bis B, se sustituye la frase “empresa de servicio público” por “empresa pública”, con lo cual se amplía el rango de los eventuales sujetos activos del ilícito en cuestión. Esta modificación se debe a que se estimó, sin duda, que el actual tipo es restrictivo respecto de lo que establece la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales que, como hemos dicho, fue ratificada por nuestro país.
Sin perjuicio de lo anterior, lo que determinará el carácter de funcionario público será el desempeño de una función pública, tal como se establece en la propia disposición en comento.
Por último, se introduce un nuevo inciso segundo en el numeral 2 del artículo 6º del Código Orgánico de Tribunales. Esta modificación le da el carácter de ley orgánica constitucional a la iniciativa, ya que otorga competencia a los tribunales nacionales para conocer del delito de cohecho a funcionario público extranjero, cuando sea cometido por chilenos o, asimismo, cuando parte de su ejecución tenga lugar en Chile.
Ello se debe a que, de acuerdo con lo señalado en la convención tantas veces nombrada, la jurisdicción para conocer del delito está claramente establecida para aquellos casos en que el ilícito se comete enteramente en nuestro territorio o se inicia en él, pero no cuando parte se realiza en nuestro país. Además, no se contempla esta figura como causal de extraterritorialidad de jurisdicción por nacionalidad.
Sin duda, esta norma es importante, toda vez que si bien todo delito tiene principio de ejecución en algún lugar, es perfectamente posible que las fases posteriores de su consumación tengan lugar en otro, y el legislador, tanto en los instrumentos nacionales como en los multilaterales, no puede si no reglar todas las situaciones posibles, a fin de que el ilícito cometido no quede impune y pueda ser perseguido en los distintos lugares en que se hayan concretado las diversas fases de su ejecución.
Eso es lo central de la indicación sustitutiva.
Terminaré el informe con algunas breves consideraciones respecto de la moción original, que sirvió de base al Ejecutivo para presentar la indicación sustitutiva, a través de la cual incorpora los artículos que he señalado y que tiene por objetivo esencial poner nuestra legislación al día respecto de la normativa internacional, para mejorar nuestro derecho a la hora de perseguir esos ilícitos.
La moción se ocupa de delitos que sancionan la falta de probidad y que la doctrina divide en tres grandes grupos: la malversación -talvez el más grave de los delitos que tiene como agente a un funcionario público-, los fraudes y el cohecho. En concreto, la iniciativa, tanto en su versión original como en la modificada por el Ejecutivo, se preocupa de los fraudes y del cohecho, es decir, de dos de las familias de ese tipo de delitos, para reestructurar, hacia arriba, las penas asignadas y perfeccionar los tipos típicos que describen las conductas punibles. No se ocupa de la malversación, establecida en el artículo 233 del Código Penal, porque ese delito ya tiene asignadas penas altas, tanto corporales como accesorias, que consisten en inhabilitaciones.
La moción original proponía reemplazar, en los tipos donde actualmente existe, la pena accesoria de inhabilitación perpetua para el cargo, empleo u oficio público que se desempeñaba, por la de inhabilitación especial absoluta, pero temporal, para todo cargo u oficio público, por el tiempo que se indique, según la gravedad del delito que motive la sanción.
Esta parte del proyecto recoge una moción que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados, la cual, en la lógica planteada por la diputada Saa , duerme en el Senado. Su patrocinante y autor principal es el diputado Renán Fuentealba , quien la presentó a propósito de situaciones concretas que conoció, ocurridas en la Cuarta Región, particularmente en el municipio de Coquimbo.
En lo que se refiere al delito del artículo 239 del Código Penal, esto es, la defraudación realizada por empleado público a través de su conducta activa o pasiva, se establece una penalidad que sube en forma gradual, según sea el monto de la defraudación ejecutada o consentida. En el supuesto superior, cuando excede de 40 unidades tributarias mensuales, la pena asignada iría desde presidio menor en su grado máximo, es decir, una base de 3 años y un día, a presidio mayor en su grado mínimo, esto es, un máximo de 10 años. Hoy, sin gradualidad, la pena teórica para el delito va de 541 días a cinco años. Ello significa que la iniciativa sube el techo teórico a diez años de presidio.
En el fraude configurado en el artículo 240, la sanción puede ir de 541 días a tres años de reclusión. El proyecto eleva la pena máxima a cinco años de reclusión.
Por su parte, el artículo 247 bis, que tipifica la violación de secreto, otra de las defraudaciones en que el sujeto activo debe ser un agente del Estado, la iniciativa propone que la pena corporal vaya de 61 a 540 días, como piso y techo teóricos, sin perjuicio de la multa correspondiente. Hoy a ese delito no se le asigna pena corporal.
La misma pena, 61 a 540 días, se propone para el cohecho, establecido en el artículo 248 del Código Penal, que en la actualidad tampoco tiene asignada pena corporal.
En cuanto al cohecho tipificado en el artículo 248 bis, se propone una nueva penalidad, de 61 días a cinco años de reclusión. Hoy su penalidad va de 61 días a tres años de reclusión. De la misma forma se aumenta la penalidad asignada a los tipos de los artículos 250 y 250 bis.
En consecuencia, en el entendido de que la persecución de delitos cometidos por funcionarios públicos requiere, a nuestro juicio, los autores de la moción original, una pena acorde al daño que su comisión significa para el desarrollo económico, jurídico y social de una sociedad, creemos que se hace indispensable aumentar los techos de las penas asignadas a esos delitos y establecer la inhabilitación, como regla general, pero no sólo para el cargo que se ocupaba, sino para cualquier otro cargo u oficio público, por el tiempo que corresponda, según sea la entidad del daño cometido.
Por todas esas razones, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia acogió, por unanimidad, la moción original y la indicación sustitutiva del Ejecutivo, que no hizo modificación alguna a la primera, sino que agregó nuevos elementos, y propone a la Sala su aprobación.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ENCINA (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz .
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente, como miembro de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia me siento plenamente representado por el informe que entregó el diputado Jorge Burgos .
La iniciativa en debate tiene por objeto elevar los estándares de nuestra legislación en materia de combate a la corrupción y de mejoramiento de las condiciones necesarias para asegurar una administración proba. Pero también tiene una segunda dimensión, la internacional, para hacer convergente y compatible nuestra legislación con las recomendaciones y sugerencias de la Ocde, tal como lo hemos hecho en otros campos, a fin de incorporarnos a esa organización.
Las decisiones legislativas que buscan aumentar las penas a ciertos delitos siempre tienen un efecto global sobre la estructura de nuestro Código Penal. En algún momento tendremos que asumir el desafío de revisar las penas que establece, porque existe una profunda distorsión en la materia. Sin duda, actualizar el Código Penal, que tiene demasiados años sin una intervención integral, es un reto pendiente del que nos tendremos que hacer cargo.
En este caso, el aumento de la penalidad de ciertos delitos contra la administración pública va en la dirección que la ciudadanía nos está demandando: asegurar condiciones normativas y sanciones suficientemente inhibitorias y represivas para quienes cometan tales delitos.
Obviamente, esta modificación no se relaciona sólo con tratados internacionales, sino también con el mejoramiento de nuestras propias herramientas internas para la lucha contra la corrupción que se produce tanto al interior de nuestras fronteras como fuera de ellas y hacia Chile.
Por su positivo impacto, la bancada del Partido Socialista respaldará este proyecto de ley.
He dicho.
El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa .
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Señor Presidente, este proyecto avanza por una línea muy importante e interesante: la de la regulación de las acciones que constituyen corrupción, como el cohecho de funcionarios públicos y sus implicancias internacionales en relación con la Ocde.
Hoy somos testigos de la enorme crisis mundial provocada por acciones de privados y por la posición de muchos economistas y políticos neoliberales que sostienen que no debe existir ninguna regulación. De hecho, en nuestro país tenemos defensores de esa tesis. Por ejemplo, hace unos días, el señor Hernán Büchi señaló que había que tener cuidado para que, debido a esta crisis que lleva al mundo a una debacle, no terminemos transformándonos en reguladores.
Los gobiernos de la Concertación han avanzado en términos regulatorios, pero aún queda mucho por recorrer. ¿Qué pasará con la actual crisis mundial y con la economía del país sin regulación? El Gobierno, a través de su ministro de Hacienda, nos ha anunciado responsablemente que no vamos a sufrir muchos embates, pero debemos ser extremadamente cuidadosos para poner freno a todas esas acciones de las instituciones financieras privadas que pretenden seguir sin regulaciones en beneficio del enriquecimiento de algunos.
Es muy importante que la ciudadanía comprenda que la regulación es esencial. Por ejemplo, conocemos casos de personas que postulan a altos cargos que han hecho uso de información privilegiada en sus negocios. ¡Esto no puede ocurrir, porque favorece sólo a unos pocos!
Por lo tanto, debemos ser muy cuidadosos en entregar las herramientas al Estado, como lo pretende hacer este proyecto, para que realmente se fiscalice al sector privado.
En estos momentos, por la irresponsabilidad y la visión de los políticos republicanos de Estados Unidos, somos testigos de una verdadera debacle financiera en el mundo. Ello significa que los ahorros de las personas y los fondos previsionales -que es lo único que tiene la mayoría de la gente- se encuentren en serio peligro. ¡Que no nos pase lo mismo a nosotros por falta de regulación! No caigamos en la tentación de introducir en la política esa concepción de total libertad económica -aunque hay que reconocer que algunos sectores la sostienen- que, al final, se transforma en libertinaje y en riesgo para la mayoría de la ciudadanía.
Por lo anteriormente expuesto, la bancada del Partido por la Democracia va a apoyar este proyecto, que permitirá avanzar en la dirección correcta, puesto que es necesario impedir a toda costa la corrupción que parte desde el mundo privado.
He dicho.
El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Renán Fuentealba .
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente, la pertinencia de este proyecto apunta fundamentalmente a preservar un patrimonio público que tenemos en Chile: haber desarrollado, por parte de la administración del Estado, una función pública que, en general -salvo excepciones muy particulares-, es proba.
Sin embargo, las sanciones aplicables a los funcionarios públicos, consignadas en los artículos Nos 239 y 240 del Código Penal, han sido muy leves.
Aumentar las penas en caso de que los delitos de cohecho y de tráfico de influencias sean cometidos por funcionarios públicos es absolutamente justificado para preservar esa administración pública de la cual los chilenos pueden sentirse orgullosos. Se trata de una administración que, pese a las dificultades, se desarrolla con un gran espíritu de servicio a la ciudadanía.
Me alegro de que el proyecto haya recogido e incorporado en su articulado la inhabilitación absoluta temporal del funcionario implicado para cualquier cargo, empleo u oficio público. Ello se basa en una moción que presentaron en su oportunidad los diputados Jorge Burgos y Juan Bustos, proyecto que ya fue despachado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado y que se encuentra en estado de ser visto por la Sala de esa Corporación.
Sin duda, el tratamiento dado al capítulo correspondiente del Código Penal, que dice relación con los empleados públicos, ha sido mucho más completo y comprensivo.
Un funcionario público que se aprovecha del ejercicio de su cargo para obtener beneficios personales en forma ilícita debe ser castigado en forma ejemplar. No es posible que, en los casos de defraudación al fisco, quienes se han apropiado de dineros de gente modesta y de bienes destinados a aliviar situaciones de crisis importantes de ciertos sectores ciudadanos, una vez que han sido juzgados, sean sancionados con penas ineficaces. La mayoría de las defraudaciones al Estado ha sido castigada con penas de presidio remitidas inferior a sesenta días. Obviamente, sólo han quedado inhabilitados para volver a ejercer el cargo que ocupaban al momento de cometer el delito.
El aumento de las penas permitirá que la administración pública se mantenga con índices de transparencia y probidad de los cuales podamos enorgullecernos.
Ya que estamos discutiendo este tema, aprovecho la oportunidad de reiterar la necesidad de que el país cuente con una carrera funcionaria en la administración pública que permita a los servidores públicos tener un horizonte de desarrollo profesional conocido; capacitarse y aumentar sus conocimientos profesionales para ejercer su función con mayor propiedad. Asimismo, que esto también vaya acompañado de remuneraciones dignas, a fin de evitar que puedan caer en tentaciones que los lleven a cometer alguno de los delitos que estamos comentando.
El proyecto es muy apropiado y oportuno. Por consiguiente, le vamos a dar el apoyo que concita, como ha quedado demostrado en el transcurso del debate.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela .
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, vamos a dar nuestro apoyo al proyecto.
Permítanme contar una historia personal. En 1996, como alcalde, me correspondió denunciar ciertos actos de corrupción, oportunidad en que actuó como abogado de la causa Juan Bustos , uno de los inspiradores de esta legislación, que busca endurecer las sanciones en el delito de cohecho. El proyecto está dirigido a los funcionarios públicos, pero recuerdo que, hace algunos años, se legisló para endurecer las penas a los agentes privados, porque, al igual que respecto de los funcionarios públicos, se establecían penas bajísimas para el cohecho, como el pago de un porcentaje de la coima ofrecida. Incluso, en el caso en comento, un operador fue sancionado con una pena remitida menor y el pago de una cantidad ínfima del total de la coima ofrecida.
Por eso, esta iniciativa va en el camino correcto, sobre todo en un contexto en el cual Chile, junto con Uruguay, se mantiene como uno de los países de América Latina con menos corrupción, aun cuando hemos estado bajando en los ranking.
En un estudio realizado por Transparencia Internacional, en la definición más estricta de probidad se observa un componente nuevo que no existe en la legislación chilena. Ayer, precisamente, personas de distintos municipios me comentaban que alcaldes que van a la reelección le están pidiendo a funcionarios de su confianza parte de sus sueldos para financiar sus campañas. En Chile, eso no está considerado en forma explícita como una falta. No existe en la legislación chilena; no obstante, en otros países es una falta explícita, un hecho antiético e inmoral que no se debe aceptar.
El proyecto entrega una señal en ese sentido, en cuanto a que no puede existir el cohecho de parte de ningún funcionario de la administración pública. Por ello, a mi juicio, va en la dirección de lo que el país requiere para seguir manteniendo la competitividad y la alta ética pública en el ámbito internacional.
Insto a los patrocinantes del proyecto y a los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia a ver la posibilidad de analizar también otras faltas graves a la ética pública, como el que señalé.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado don Jorge Burgos .
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, aun cuando el proyecto no figura en la agenda corta, larga, o prioritaria sobre transparencia, porque es posterior, con motivo de un seminario de Transparencia Internacional, el Ejecutivo se comprometió a retomarla y acelerarla con dos o tres cosas que faltan. Por eso, sin duda, podemos decir que va en esa dirección.
En consecuencia, lo que estamos haciendo acá, sin que haya impulso ni de terceros, ni del Ejecutivo, es incorporar algo importante a la Agenda Pro Transparencia, que tiene dos sentidos. Uno de ellos, para el caso de delitos cometidos por funcionarios públicos. Pero ¡cuidado! Si incorporamos a esta iniciativa un aumento o una mejor tipificación de los tipos penales cuando se trata de delitos en que el sujeto activo es un privado, nos estaríamos saliendo de las ideas matrices, porque se trata de un delito distinto. La idea matriz de esta iniciativa se refiere exclusivamente al delito de cohecho cometido por agentes públicos.
Desde esa perspectiva, estamos contribuyendo a mejorar la agenda Pro Transparencia. Lo más importante es entender que la lucha contra la corrupción es planetaria. En ese sentido, a través de la incorporación plena a los tratados internacionales, tenemos que crear las condiciones para evitar que existan verdaderos santuarios de impunidad en favor de aquellos funcionarios que cometen delitos en su país o en otros países. Ese es un elemento central. La historia nos indica -también ha ocurrido en Chile- que algunas personas que cometen actos de esa naturaleza arrancan de la justicia de su país y finalmente terminan en una total impunidad. Lo que busca este tipo de normas es evitar aquello.
Respecto de la interesante intervención del diputado Esteban Valenzuela , de la bancada Independiente, debo señalar que hay proyectos para mejorar ciertas normas relativas al fraude, a las estafas en que el agente es un privado. Sería bueno profundizar también nuestro análisis sobre el particular.
Hay un tema central que sigue pendiente, aun cuando fue anunciado por la Presidenta de la República en uno de sus discursos de la Cuenta Pública del 21 de Mayo, y es que durante su Gobierno enviaría al Congreso Nacional un proyecto de ley sobre nuevo Código Penal. Esa es una tarea que, a mi juicio, será difícil que se concrete en el corto tiempo que le resta al actual Gobierno, sobre todo, porque hay cosas mucho más importantes desde el punto de vista social y económico, pero sigue siendo una tarea pendiente, porque, obviamente, nos hemos ido por la vía de modificaciones parciales, algunas más importantes que otras. Aun cuando ésta es una modificación parcial importante, es indispensable tener un Código Penal moderno, que recoja lo que ocurre en los hechos y no se convierta en un código decimonónico, pues el actual corresponde a la primera mitad del Siglo XIX. En consecuencia, hay una tarea pendiente, tanto para el Ejecutivo como para los futuros legisladores, en cuanto a tener un Código Penal definitivo y moderno.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor ENCINA (Presidente).-
Continúa la sesión.
En votación general el proyecto, con excepción del artículo 2º, que contiene materias propias de ley orgánica constitucional.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 85 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ENCINA (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aedo Ormeño René ; Aguiló Melo Sergio ; Alinco Bustos René ; Alvarado Andrade Claudio ; Álvarez Zenteno Rodrigo ; Ascencio Mansilla Gabriel ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Burgos Varela Jorge ; Schilling Rodríguez Marcelo ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Correa De La Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Cubillos Sigall Marcela ; Chahuán Chahuán Francisco ; De Urresti Longton Alfonso ; Delmastro Naso Roberto ; Díaz Díaz Marcelo ; Duarte Leiva Gonzalo ; Egaña Respaldiza Andrés ; Eluchans Urenda Edmundo ; Encina Moriamez Francisco ; Enríquez-Ominami Gumucio Marco ; Escobar Rufatt Alvaro ; Espinosa Monardes Marcos ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farías Ponce Ramón ; Forni Lobos Marcelo ; Fuentealba Vildósola Renán ; Galilea Carrillo Pablo ; García García René Manuel ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Girardi Briere Guido ; Godoy Ibáñez Joaquín ; Goic Boroevic Carolina ; Hernández Hernández Javier ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Latorre Carmona Juan Carlos ; Leal Labrín Antonio ; León Ramírez Roberto ; Lobos Krause Juan ; Lorenzini Basso Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Meza Moncada Fernando ; Monckeberg Bruner Cristián ; Montes Cisternas Carlos ; Moreira Barros Iván ; Mulet Martínez Jaime ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Palma Flores Osvaldo ; Paredes Fierro Iván ; Pérez Arriagada José ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Rojas Molina Manuel ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Sule Fernández Alejandro ; Súnico Galdames Raúl ; Tarud Daccarett Jorge ; Tuma Zedan Eugenio ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vallespín López Patricio ; Venegas Cárdenas Mario ; Venegas Rubio Samuel ; Verdugo Soto Germán ; Von Mühlenbrock Zamora Gastón ; Walker Prieto Patricio ; Ward Edwards Felipe .
El señor ENCINA (Presidente).-
En votación general el artículo 2º, para cuya aprobación se requiere el voto afirmativo de 66 señores diputados y señoras diputadas en ejercicio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 80 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ENCINA (Presidente).-
Aprobado en general el artículo 2º.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aedo Ormeño René ; Aguiló Melo Sergio ; Alinco Bustos René ; Alvarado Andrade Claudio ; Álvarez Zenteno Rodrigo ; Ascencio Mansilla Gabriel ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Schilling Rodríguez Marcelo ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Correa De La Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Cubillos Sigall Marcela ; Chahuán Chahuán Francisco ; De Urresti Longton Alfonso ; Delmastro Naso Roberto ; Díaz Díaz Marcelo ; Duarte Leiva Gonzalo ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Enríquez-Ominami Gumucio Marco ; Escobar Rufatt Alvaro ; Espinosa Monardes Marcos ; Farías Ponce Ramón ; Forni Lobos Marcelo ; Fuentealba Vildósola Renán ; García García René Manuel ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Girardi Briere Guido ; Godoy Ibáñez Joaquín ; Goic Boroevic Carolina ; González Torres Rodrigo ; Hernández Hernández Javier ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Leal Labrín Antonio ; León Ramírez Roberto ; Lobos Krause Juan ; Lorenzini Basso Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Meza Moncada Fernando ; Monckeberg Bruner Cristián ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Palma Flores Osvaldo ; Paredes Fierro Iván ; Pérez Arriagada José ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Rojas Molina Manuel ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Sule Fernández Alejandro ; Súnico Galdames Raúl ; Tarud Daccarett Jorge ; Tuma Zedan Eugenio ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vallespín López Patricio ; Venegas Cárdenas Mario ; Venegas Rubio Samuel ; Verdugo Soto Germán ; Von Mühlenbrock Zamora Gastón ; Walker Prieto Patricio ; Ward Edwards Felipe .
El señor ENCINA (Presidente).-
Si le parece a la Sala y por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular, dejándose constancia de que se alcanzó el quórum constitucional requerido.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
VI.PROYECTOS DE ACUERDO
OTORGAMIENTO DE PENSIÓN DE GRACIA A EX TRABAJADORES MARÍTIMO-PORTUARIOS. (VOTACIÓN).
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 649, mediante el cual se solicita a su excelencia la Presidenta de la República que tenga a bien estudiar el otorgamiento de una pensión de gracia a los ex trabajadores marítimo-portuarios.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 61 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aedo Ormeño René ; Aguiló Melo Sergio ; Alinco Bustos René ; Ascencio Mansilla Gabriel ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Schilling Rodríguez Marcelo ; Correa De La Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Cubillos Sigall Marcela ; Chahuán Chahuán Francisco ; De Urresti Longton Alfonso ; Díaz Díaz Marcelo ; Egaña Respaldiza Andrés ; Eluchans Urenda Edmundo ; Enríquez-Ominami Gumucio Marco ; Escobar Rufatt Alvaro ; Espinosa Monardes Marcos ; Farías Ponce Ramón ; Forni Lobos Marcelo ; García García René Manuel ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Girardi Briere Guido ; Godoy Ibáñez Joaquín ; Goic Boroevic Carolina ; Hernández Hernández Javier ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Latorre Carmona Juan Carlos ; Leal Labrín Antonio ; León Ramírez Roberto ; Lobos Krause Juan ; Masferrer Pellizzari Juan ; Meza Moncada Fernando ; Monckeberg Bruner Cristián ; Mulet Martínez Jaime ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Palma Flores Osvaldo ; Pascal Allende Denise ; Pérez Arriagada José ; Rojas Molina Manuel ; Saa Díaz María Antonieta ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Sule Fernández Alejandro ; Súnico Galdames Raúl ; Tarud Daccarett Jorge ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Verdugo Soto Germán ; Ward Edwards Felipe .
-Aplausos en las tribunas.
REESTRUCTURACIÓN DE SUBSIDIO A CUENTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo Nº 650, de los diputados señores Martínez, Delmastro, Bertolino, Díaz, don Eduardo; Jaramillo, Chahuán, Verdugo, señoras Sepúlveda, doña Alejandra y Goic, doña Carolina, y señores Aedo, Ascencio y Venegas, don Mario, que en su parte dispositiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República tenga a bien disponer que el beneficio denominado ‘subsidio al alza de la energía eléctrica‘, destinado a disminuir el impacto del presupuesto de las familias del cuarenta por ciento más pobre del país, se reestructure, en el sentido que su administración se radique en las municipalidades, en atención a su cercanía con las vecinas y vecinos y la amplia experiencia que poseen en la ejecución de diversas políticas sociales”.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, debido a lo que significan las cuentas de luz para muchos ciudadanos, sobre todo para las personas más humildes y de escasos recursos, la idea fundamental del proyecto de acuerdo apunta a agilizar el sistema de subsidio, de manera que puedan recibirlo oportunamente las personas que más lo necesitan. Se trata de que reciban el beneficio y que las municipalidades, más allá de administrar el subsidio, sepan cómo encauzarlo.
La idea es aumentar el subsidio, para disminuir el gasto permanente en el bolsillo de las familias chilenas que más lo necesitan, que les significa un porcentaje de alrededor del 40 por ciento del sueldo mínimo.
Esperamos que se estudie el procedimiento a seguir y la selección de las familias a través del municipio, para agilizar el otorgamiento del subsidio.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
No hay quórum.
Se repetirá la votación.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/
VII.INCIDENTES
RETRASO EN FUNCIONAMIENTO DE PLANTA DE AGUA POTABLE EN COMUNA DE LA HIGUERA. OFICIOS.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El turno siguiente corresponde al Partido por la Democracia.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Socialista.
Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz .
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente, el sábado pasado visité la localidad de Chungungo, en la comuna de La Higuera, oportunidad en que me reuní con dirigentes, pobladores, adultos mayores y pescadores artesanales del sector, quienes me plantearon un problema que se arrastra desde hace muchos años.
Efectivamente, en dicha localidad se hizo una inversión millonaria para instalar una planta de osmosis inversa, la que permitiría el acceso al agua potable de los habitantes del sector. Sin embargo, aún no está en funcionamiento.
Pido que se oficie al intendente de la Región de Coquimbo y al director de Obras Hidráulicas, para que respondan a la inquietud de los habitantes de Chungungo e informen por qué dicha planta, cuya inversión supera los 800 millones de pesos, sigue cerrada y no proporciona el servicio para el cual fue construida.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo indican.
RETRASO DE PUESTA EN MARCHA DE NUEVAS LUMINARIAS EN COMUNAS DE COQUIMBO. OFICIOS.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente, en varias ocasiones he solicitado que se inicie el programa de recambio de luminarias en comunas de Coquimbo.
Aunque el programa se ha cumplido y las nuevas luminarias están instaladas, no están funcionando ni en Chungungo, ni en Punta Colorada, ni en El Trapiche, ni en Caleta Los Hornos.
Por lo tanto, pido que se oficie al intendente de la región y al alcalde de La Higuera, para que nos informen porque aún no funcionan las nuevas luminarias.
Asimismo, que se envíe copia de mi intervención a los presidentes de las juntas de vecinos de las cuatro localidades mencionadas.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo indican.
SOLUCIÓN A DEUDORES HABITACIONALES PET. OFICIOS.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente, pido que se oficie al ministro de Hacienda y a la ministra de Planificación, para que nos informen cómo avanza la famosa solución caso a caso de los deudores habitacionales PET.
Se ha encuestado a muchos deudores del programa; sin embargo, aún esperan una respuesta que les dé solución a su problema, sobre todo en los casos de mayor vulnerabilidad.
Es fundamental que conozcamos el estado de avance del compromiso gubernamental sobre la materia.
Pido que se envíe copia de mi intervención a la presidenta de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de La Serena, señora Alicia León Lafferte , y al presidente de la red Acoge, de la misma comuna.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo indican.
RESPUESTA A REQUERIMIENTOS DE POBLADORES DE MINA HERMOSA, COMUNA DE ANDACOLLO. OFICIO.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente, la gente que pertenece al sector de Mina Hermosa, en la comuna de Andacollo, le envió una carta al intendente de la Región de Coquimbo, en la cual plantean varios asuntos relacionados con el sector, que se verá impactado por el trabajo de la compañía minera Carmen. En ella señalan que, como consecuencia de los estudios que se están haciendo para aumentar las faenas mineras, habrá detonaciones que podrían afectar las viviendas.
Los vecinos del sector aún no obtienen respuesta en relación con los riesgos que corren sus viviendas, la necesidad de contar con alumbrado público en los sectores que no tienen, el compromiso de avanzar en la obtención de los títulos de dominio, que está paralizado, en fin, un conjunto de demandas ciudadanas.
Es importante que el intendente responda a la brevedad los requerimientos de la Agrupación Pro Adelanto Subida Mina Hermosa, de la comuna de Andacollo.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo solicitan.
REPARACIÓN DE CAMINOS DE NUEVA TALCUNA, COMUNA DE VICUÑA. OFICIO.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente, hace un tiempo visité la comuna de Vicuña, específicamente el sector de Nueva Talcuna.
En esa oportunidad, pude constatar el deplorable estado en que se encuentran los caminos interiores de ese pueblo, en particular aquellos de los sectores más altos.
Funcionarios de la Dirección de Vialidad nos dijeron que esos caminos no están bajo su tuición. El municipio señala que no está en condiciones de resolver el problema, porque no cuenta con la maquinaria necesaria para mejorar los caminos. En definitiva, a la gente de Nueva Talcuna le dicen que nadie se hace cargo de la situación.
Por lo anterior, pido que se oficie al alcalde de Vicuña y al director de Vialidad, para que, entre ambos, busquen una solución que responda a los legítimos requerimientos de los ciudadanos.
Constaté en terreno que es prácticamente imposible que suban vehículos al sector. Por lo tanto, los adultos mayores que viven allí y las personas con dificultades para caminar tienen que hacer un verdadero rally para llegar o salir de sus viviendas.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo solicitan.
CONSTRUCCIÓN DE PUENTES EN FRESIA E INSTALACIÓN DE SEÑALÉTICA EN RUTA INTERLAGOS, DÉCIMA REGIÓN. OFICIOS.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza .
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente, solicito se oficie al director regional de Vialidad y al Seremi de Obras Públicas de la Décima Región, para que den respuesta a una serie de inquietudes de más de 300 pequeños agricultores de la comuna de Fresia, sobre tres puentes de la comuna, que cuenta con un alto porcentaje de población que vive en el sector rural.
Respecto del puente Peuchén , que está ejecutando el Gobierno, se estipuló que las obras debiesen estar finalizando y que sólo falta concluir los accesos para dejarlo operativo.
A través de la Dirección de Vialidad, se nos ha informado que eso se concretaría por administración directa en el mes de diciembre del presente año, cuestión que provoca un grave problema a la comunidad.
Por lo tanto, solicito que los puentes Peuchén y Cañones entren en funcionamiento mucho antes de lo programado por la Dirección de Vialidad, debido a las graves dificultades que ha traído a la población su falta de operatividad.
También solicito fiscalizar el puente Traiguén . Los vecinos me dijeron que se encuentra en un estado de conservación muy precario, lo que podría derivar en lamentables accidentes.
Repito: solicito que se finalicen pronto las obras del Peuchén y se inicien lo antes posible los trabajos del puente Cañones, que ha tenido complicados durante largos meses a los vecinos de Cañones y del río Llico.
Además, solicito oficiar a los mismos personeros para pedirles que coloquen señalética en la ruta Interlagos, comuna de Puyehue, que se pavimentará en los próximos meses.
La semana pasada presencié que los vehículos pasan a alta velocidad en sectores donde hay colegios y jardines infantiles. No hay señalización y a diario se producen accidentes, provocados por animales o por otra circunstancia. No queremos lamentar un accidente que cueste la vida a un niño o a un vecino o vecina de los sectores circundantes a la población Interlagos .
Por eso, solicito que la Dirección de Vialidad de Osorno tome las medidas necesarias tendientes a colocar en ese lugar la señalética correspondiente para evitar posibles accidentes. Todo esto, en el entendido de que el asfaltado comenzará el próximo mes y, con seguridad, habrá que construir lomos de toro por la velocidad que desarrollan los automovilistas en la zona.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
ENCAUZAMIENTO DE AGUAS DEL RÍO CACHAPOAL. OFICIO.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor José Pérez.
El señor PÉREZ.-
Señor Presidente, en esta oportunidad quiero referirme a la situación del puente sobre el río Cachapoal, de gran extensión, ubicado en la ruta 5 Sur, pues cuando llueve mucho su cause tiende a salirse hacia los costados del puente.
Por ello, pido oficiar al ministro de Obras Públicas para que la Dirección Nacional de Obras Hidráulicas haga el encauzamiento de esas aguas hacia el centro del puente y no se expandan hacia los costados. Quiero saber por qué no se han tomado las medidas correspondientes a fin de corregir esa situación.
Cualquier persona, hasta la menos experta, puede darse cuenta de que sólo falta disponer de maquinaria pesada para encauzar el río en forma adecuada y así evitar problemas en invierno.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
ANTECEDENTES SOBRE COMPETENCIA DE ESSBIO PARA INSCRIBIR AGUAS SUBTERRÁNEAS DE PREDIOS DE PARTICULARES DE COMUNAS DE LA OCTAVA REGIÓN. OFICIO.
El señor PÉREZ.-
Señor Presidente, me llama poderosamente la atención el hecho de que la Empresa Sanitaria del Biobío, Essbio , esté inscribiendo las aguas subterráneas de los predios particulares de la mayoría de las comunas de la Octava Región. Me parece que es algo improcedente.
Por eso, pido se oficie a la Contraloría General de la República, a fin de que se pronuncie acerca de las atribuciones o facultades de esa empresa sanitaria para inscribir las aguas subterráneas de los predios particulares de las comunas donde expende agua potable.
Señor Presidente, el resto del tiempo se lo cedo al diputado señor Jorge Burgos .
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE DISMINUCIÓN DE PERSONAL DE LA 19ª COMISARÍA DE CARABINEROS DE PROVIDENCIA. OFICIO.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos .
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, sólo para pedir el envío de un oficio al ministro de Defensa Nacional, a fin de que instruya a la Subsecretaría de Carabineros informar acerca de la disminución del número de funcionarios de la 19ª Comisaría de Carabineros de Providencia.
Esa comuna, lejos de estar en condiciones de perder veinte carabineros, necesita más. Me gustaría saber las razones de esa medida y si será revertida, pues esos funcionarios son indispensables para la labor preventiva y punitiva en la persecución del delito.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
DEFECTOS EN REPARACIÓN DE CAMINO DEL SECTOR ROSARIO CERRO, COMUNA DE PEUMO. OFICIOS.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité PRI-Independiente, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda .
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, durante la semana distrital celebré una reunión con vecinos de la comuna de Peumo, específicamente del sector de Rosario Cerro.
La comunidad desea la reparación de un camino que, sin duda, significará un gran progreso para ella. Hace algunos meses intervine sobre el particular en la hora de Incidentes, debido a las complicaciones que surgieron en su pavimentación.
Los dirigentes vecinales me informaron que quieren dejar constancia en la Cámara de Diputados de que la mayoría de las reparaciones no se han ejecutado y que el camino se está deteriorando rápidamente, porque no se construyeron las pasadas de agua como corresponde y no se dio el cauce apropiado a los canales de regadío. Esta situación se denunció en forma oportuna a autoridades de los niveles regional y nacional, pero los vecinos no han sido escuchados.
Esperan que este reclamo quede en las actas del Comité, porque, con seguridad, en un año más ese camino estará en muy malas condiciones debido a las complicaciones existentes y a sus imperfecciones. Quieren dejar constancia de lo que dijo esta diputada en la hora de Incidentes de la Cámara, y también ellos, por medio de múltiples cartas enviadas al Ministerio de Obras Públicas.
Por eso, pido el envío de un oficio al ministro de Obras Públicas para hacerle presente este reclamo, con copia a los dirigentes del comité de pavimento de Rosario Cerro, comuna de Peumo.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría y se adjuntará copia de su intervención.
SOLUCIÓN A CONFLICTO LABORAL EN SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN. OFICIOS.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro .
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor Presidente, en esta ocasión quiero hacer un llamado al Gobierno en relación con la huelga que afecta al Servicio de Registro Civil e Identificación.
Sin duda, todo el país conoce esta situación y advierte una indolencia absoluta por parte del Gobierno respecto de la situación que aqueja a estos funcionarios.
En forma especial, me preocupa la situación de los ciudadanos que se encuentran impedidos de realizar los respectivos trámites a fin de obtener documentos necesarios para un desarrollo normal de sus vidas.
El problema debió solucionarse hace varios días. Su mantención afecta, en mayor o menor medida, a todos los chilenos, y la insensibilidad de las autoridades indigna y aumenta la molestia de las personas que no pueden realizar sus trámites en las distintas oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Por lo tanto, pido que se oficie a la Presidenta de la República y al ministro de Justicia, a fin de solicitar su intervención para que el conflicto tenga una solución inmediata.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL REDUCCIÓN DE FISCALIZACIONES DEL SAG EN PASOS FRONTERIZOS. OFICIO.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Forni .
El señor FORNI.-
Señor Presidente, en primer lugar, deseo referirme a una materia que dice relación con la protección del patrimonio fitozoosanitario y las funciones que cumple el SAG en pasos fronterizos.
Lamentablemente, durante el último tiempo el país se ha visto afectado en numerosas ocasiones por plagas, lo que ha ocasionado millonarias pérdidas. Así, por ejemplo, en tres regiones se ha detectado la presencia de la mosca de la fruta y en los últimos tres años se ha capturado este tipo de ejemplares en la provincia de Los Andes.
Con gran preocupación, recibí la denuncia de funcionarios del SAG y de otras reparticiones públicas del puerto terrestre de Los Andes, en el sentido de que hoy las revisiones y fiscalizaciones habrían disminuido y serían cada vez más aleatorias. En esta materia, entiendo que existe un oficio ordinario, el Nº 3801, de 23 de noviembre de 1998, que clasifica los productos vegetales de internación, según su categoría y riesgo fitosanitario, y establece condiciones de ingreso al país.
Además, es claro que en los últimos días se ha detectado lobesia botrana en uva vinífera.
Si hay algo que debemos proteger es el patrimonio fitosanitario y la institución que está a cargo de esta función es el SAG.
Por eso, ya que no contamos con los elementos tecnológicos que quisiéramos en los principales puertos, por ejemplo, en materia de escáner, quiero tener la certeza de que las revisiones que hace el SAG en los pasos fronterizos son las adecuadas y que establece la ley. En ese sentido, recibí información de que existirían instrucciones, no sé si verbales o escritas, que apuntarían a reducir dichas revisiones.
Por lo tanto, pido que se oficie al director nacional del SAG, señor Francisco Bahamonde , a fin de que informe si existe alguna decisión en el sentido de reducir las revisiones o se mantiene el mismo nivel de inspección del SAG. Además, deseo que informe sobre los procedimientos que utiliza el SAG para la revisión de los productos vegetales, según sus categorías.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
ESTADO DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUD DE PENSIONES DE GRACIA A FAVOR DE EX TRABAJADORES DE ADUANA DE LOS ANDES. OFICIO.
El señor FORNI.-
Señor Presidente, cuando la Aduana funcionaba en el centro de la ciudad de Los Andes, laboraban setenta y dos estibadores, a los cuales se les prometió que contarían con trabajo cuando el puerto se concesionara. Esa promesa se hizo en época de campaña electoral y, lamentablemente, después no se cumplió.
Junto con el alcalde de Los Andes, logramos que treinta y tres fueran contratados, pero los demás quedaron desvinculados porque no fueron contratados por el puerto terrestre. Al respecto, el ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade , gentilmente se comprometió a realizar todos los esfuerzos necesarios para que éstos obtuvieran una pensión de gracia. El 24 de septiembre de 2007, el intendente Iván de la Maza envió un oficio al ministro del Interior, con el objeto de solicitarla.
Por eso, en nombre de los sindicatos de estibadores y movilizadores de carga del puerto terrestre de Los Andes, pido que se oficie al ministro del Interior, señor Edmundo Pérez Yoma , a fin de conocer sobre el estado de tramitación de la solicitud de pensiones de gracia para esos trabajadores.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
REVISIÓN DE APLICACIÓN DE FICHA DE ESTRATIFICACIÓN SOCIAL. OFICIO.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Masferrer .
El señor MASFERRER.-
Señor Presidente, quiero llamar la atención de la Sala y, en especial, del Gobierno, por la falta de voluntad política que se advierte en distintas comunas, sobre todo en materia de políticas habitacionales que lleva adelante el Serviu.
En Chimbarongo, una de las comunas que represento en la Cámara, se construyó una gran cantidad de viviendas PET o bien al amparo de los decretos supremos Nºs 40, 44, 62 y 235. Allí, más de quinientas cincuenta familias sufren el abandono y la falta de comunicación.
La municipalidad de Chimbarongo, por medio de su oficina de la vivienda, así como el Serviu, a través de sus oficinas ubicadas en San Fernando y en Rancagua, no han atendido los tremendos problemas que afligen a esas personas.
Con gran esfuerzo y ahorro, todos aspiran a contar con una vivienda mejor. Sin embargo, gente que hizo ese esfuerzo, hoy está perdiendo su casa. En efecto, para acogerse a la renegociación y obtener algún beneficio -dado el incremento en el monto de sus dividendos debido al aumento en el precio de la UF-, las familias deben ser encuestadas por medio de la ficha de estratificación social. Sin embargo, he detectado que esta ficha ha sido muy mal aplicada y, por lo tanto, muchos eventuales beneficiarios no tienen derecho a renegociación. En esta materia existe una falla muy preocupante. Concuerdo con la necesidad de hacer las encuestas, pero su resultado depende de quién y con qué criterio la hace.
Pido que se oficie a la ministra de Vivienda, a fin de que se preocupe de estudiar la forma de aplicación de esa ficha. Al respecto, llama mucho la atención que familias que tienen un mejor vivir, resultan favorecidas, y otras que prácticamente están en la miseria, no tienen derecho a renegociar.
Por otra parte, esas personas se encuentran preocupadas debido a que sus viviendas pueden ser rematadas. Es tal su desesperación y el afán de ser escuchadas que se tomaron la carretera Panamericana. Sin embargo, la Concertación se olvidó de la gente, pues no la escucha, no la visita ni la comprende.
El señor HALES.-
¡No es así!
El señor MASFERRER.-
Así es, querido diputado. Usted debe estar de acuerdo conmigo. Incluso más, debe notar que en su distrito ya no cuenta con el apoyo de antes. ¡La Concertación se burló de estos ciudadanos!
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Señor diputado, tenga la gentileza de dirigirse a la Mesa.
El señor MASFERRER.-
Señor Presidente, solicito que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo, a fin de que, a través de los organismos competentes, ordene la revisión de la aplicación de la ficha de estratificación social. De ese modo, no se matarán las ilusiones de esos ciudadanos, que postularon a subsidios sustentados con platas de todos los chilenos.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS A PROFESORES MUNICIPALIZADOS POR TIEMPO DESTINADO A RESPUESTA DE PORTAFOLIO DE EVALUACIÓN DOCENTE. OFICIO.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Bobadilla .
El señor BOBADILLA.-
Señor Presidente, muchos profesores se han acercado a conversar con parlamentarios de la Alianza por Chile y de la Concertación, a fin de determinar quién debe pagar el tiempo extra que ocupan para completar el portafolio de evaluación docente.
Hace algunos meses, un grupo de diputados ofició al Contralor General de la República para inquirir antecedentes sobre el particular. Ese organismo, a través del dictamen Nº 42.299, de 8 de septiembre del presente año, respondió que las tareas que implica la evaluación docente deben ser consideradas dentro de las actividades curriculares no lectivas y que éstas deben desarrollarse dentro de la jornada normal de trabajo de los profesores. Asimismo, señala que todo tiempo ocupado para contestar el portafolio de evaluación docente debe ser considerado como horas extraordinarias. Como se puede apreciar, dicho dictamen es claro y categórico.
Por lo tanto, pido que se oficie a la ministra de Educación, a fin de que esa cartera, como mandante de la evaluación docente, destine los recursos necesarios para que cada municipio pague a los profesores las horas extraordinarias ocupadas en esa actividad. Según se nos ha informado en reuniones sostenidas con distintos profesores, ellas alcanzan a trescientas.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado, con la adhesión de los diputados que lo hacen presente.
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE DE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN DE TOCOPILLA Y NIVELES DE CONTAMINACIÓN EN CALAMA. OFICIOS.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Ward .
El señor WARD.-
Señor Presidente, cuando se aborda el problema de la contaminación, casi siempre se relaciona con la Región Metropolitana, sobre todo a la hora de difundirlo a través de reportajes periodísticos o elaborar índices de polución comparados y objetivos. Sin embargo, es importante señalar que Tocopilla, ciudad ubicada en la Segunda Región -ayer celebró el aniversario de su fundación y hace prácticamente una año fue azotada por un terremoto-, también es considerada zona saturada de contaminación.
Por lo anterior, solicito que se oficie a la directora de la Corema de la Segunda Región, con el propósito de que informe sobre el estado de avance del plan de descontaminación diseñado para Tocopilla. Han pasado muchos meses desde que ese organismo declaró a esa ciudad como zona saturada de contaminación. Sin embargo, no existe ninguna medida que inste a las empresas emplazadas en el puerto a solucionar este grave problema que afecta a sus habitantes.
Asimismo, solicito que se oficie a esa misma autoridad, a fin de que informe sobre los alarmantes niveles de contaminación de Calama. Se ha sabido, a través de informaciones publicadas por medios de comunicación nacionales y locales, que se estaría ante una situación muy similar a la de Tocopilla y que se estaría estudiando la posibilidad de declararla zona saturada de contaminación.
Se trata de un problema muy importante que es necesario abordar, por cuanto afecta el derecho a la vida, consagrado constitucionalmente. Por ello -repito- estimo prioritario conocer el estado de avance del plan de descontaminación de Tocopilla, y, en el caso de Calama, toda la información que obre en poder de la autoridad requerida, con el propósito de ponerla a disposición de la ciudadanía.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de quienes lo han hecho presente.
ANTECEDENTES SOBRE PROCESO DE RELICITACIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE CÁRCEL DE ANTOFAGASTA. OFICIO
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas .
El señor ROJAS.-
Señor Presidente, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas, a fin de que informe sobre el proceso de relicitación de las obras de construcción de la cárcel de Antofagasta, en particular respecto de las razones por las cuales no se han llevado adelante los trabajos comprometidos, así como los montos destinados a la recuperación del penal. Como se sabe, las obras se encuentran paralizadas desde hace cerca de tres años, con el consecuente daño patrimonial a las personas y pymes que trabajaron en las primeras etapas de construcción de la cárcel, muchas de las cuales se encuentran en quiebra.
El consejo regional ha hecho esfuerzos para entregar recursos frescos a fin de mantener el actual centro penitenciario de Antofagasta, pese a lo cual, se puede constatar un gran hacinamiento. Es cierto que los internos cumplen condenas, pero sus derechos no pueden ser vulnerados. La construcción de la nueva cárcel de Antofagasta apuntaba a su rehabilitación, lo que ha quedado en nada.
Por ello, solicito que el ministro de Obras Públicas informe respecto de los tiempos, los espacios y los recursos destinados a reconstruir, de una vez por todas, ese penal, a fin de que constituya una alternativa en el proceso de rehabilitación para la gente privada de libertad en nuestra región.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN FAVOR DE FUERTE COLONIAL SAN PEDRO DE ALCÁNTARA, UBICADO EN ISLA MANCERA , COMUNA DE CORRAL. OFICIOS.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
El Comité de Renovación Nacional ha concedido tres minutos de su tiempo al diputado señor Alfonso de Urresti , y el restante al diputado señor Sergio Correa .
Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti .
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, agradezco a la bancada de Renovación Nacional la gentileza de cederme parte de su tiempo.
Deseo denunciar una situación muy preocupante que afecta al patrimonio histórico-arqueológico de la isla Mancera, ubicada en la comuna de Corral, Región de Los Ríos. Distintos dirigentes y pobladores han denunciado la remoción y el retiro de piedras del muro colonial del fuerte San Pedro de Alcántara.
La situación es muy seria -dice relación con la ley Nº 17.288, sobre monumentos nacionales-, puesto que afecta el patrimonio histórico y arqueológico del país, particularmente el de esa comuna. Es un hecho grave que nos hace recordar situaciones que ocurrieron hace un par de años en la isla de Pascua, y, por lo tanto, hay que actuar con toda la firmeza necesaria.
Se han firmado importantes acuerdos para recuperar las fortificaciones españolas en la bahía de Corral, a través de créditos del BID, y creemos que esto no colabora con ese propósito.
Por eso, pido que se oficie a la ministra de Educación, en su calidad de presidenta del Consejo de Monumentos Nacionales, para que informe sobre los procedimientos que se han adoptado para evitar este hecho, como asimismo a la ministra de Bienes Nacionales, a fin de que dé a conocer las medidas de resguardo que se están impulsando respecto de estos edificios o fuertes ubicados en la isla Mancera, de la bahía de Corral.
Pido, además, que se oficie especialmente al fiscal regional de la Región de Los Ríos para que inicie las acciones legales que correspondan a fin de sancionar drásticamente a los responsables de este atropello al patrimonio histórico y arqueológico del país y de nuestra comuna de Corral.
Por último, solicito que se envíe copia de esta intervención al alcalde de la comuna de Corral y a su concejo.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia de su intervención.
ANTECEDENTES SOBRE INCAUTACIÓN DE LECHE DE PROCEDENCIA CHINA EN REGIÓN DE LOS RÍOS. OFICIO.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, en otro orden de cosas, hemos recibido con alarma la noticia relacionada con la incautación, por parte de la autoridad sanitaria, es decir, el Ministerio de Salud, de importantes partidas de leche de procedencia china. Existe temor sobre el contenido de melamina presente en dicho producto, que claramente afectaría la salud pública. Al respecto, tenemos información de que ha habido retiros de leche en la Región de Los Ríos.
Por eso, pido que se oficie a la ministra de Salud para que informe en detalle sobre las unidades de leche de procedencia china incautadas en la ciudad de Valdivia, en qué establecimientos y cuál es el porcentaje de ese producto que se ha distribuido y que ya no es posible incautar. Ello para que se tomen las medidas necesarias y no exista absolutamente ningún ciudadano o ciudadana que pueda verse expuesto al riesgo de consumir este tipo de producto.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
COORDINACIÓN ENTRE ORGANISMOS POLICIALES Y MINISTERIO PÚBLICO CONTRA ROBOS EN SECTORES RURALES. OFICIO.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Correa .
El señor CORREA.-
Señor Presidente, en esta oportunidad quiero referirme a un problema que está afectando a numerosos chilenos debido al aumento de la delincuencia en el país.
Todos los días, en la televisión y en los diarios, apreciamos cómo se están atropellando los derechos fundamentales de personas que son víctimas de robos y atracos en sus domicilios, tanto en los sectores urbanos como en los rurales.
Normalmente, el conocimiento que tenemos sobre el particular, a través de los diversos medios de comunicación, es de lo que ocurre en los sectores urbanos; pero no se conoce lo que ocurre en los sectores rurales, especialmente en el campo, lo que algunos años atrás no ocurría. Hoy vemos a diario que los robos en dichas zonas son pan de cada día; que pequeños agricultores, que hacen una gran inversión para tecnificar el riego por microaspersión en sus campos, son víctimas de robos de todo tipo. Hoy, a raíz del alza del precio del cobre, materiales utilizados en los diversos predios agrícolas, como cañerías, son robados todos los días, junto con llaves, productos químicos, abonos y fertilizantes, que son de alto costo. Vemos con mucha preocupación que en zonas rurales donde hay abundante ganadería, se roban los animales como si fuera algo absolutamente normal. El abigeato es frecuente; incluso más, los animales son carneados en el mismo potrero y, posteriormente, llevados en camión.
Cuando uno conversa con autoridades y funcionarios de Carabineros, expresan que se sienten totalmente sobrepasados. Después de que Carabineros y la Policía de Investigaciones hacen su trabajo y logran detener a las personas involucradas, las fiscalías las ponen en libertad, por lo general, al día siguiente. Eso, sin duda, alienta el aumento de la delincuencia, de más robos.
Por consiguiente, para disminuir el número de robos que se están produciendo en los campos y también en las ciudades, se requiere mayor coordinación entre los distintos estamentos que se relacionan con la represión de la delincuencia. En efecto, debe existir mayor coordinación entre las fiscalías y las autoridades de Carabineros y de Investigaciones para evitar que un detenido por robar un animal sea puesto en libertad de inmediato, en circunstancias de que, a lo mejor, tiene antecedentes.
Señor Presidente, hoy los chilenos nos sentimos indefensos ante una delincuencia absolutamente desatada. Si no se pone atajo a esta situación, no sabemos a dónde vamos a llegar.
Pido que se envíe un oficio al señor ministro del Interior para que él, a su vez, se coordine con el Ministerio Público y con las autoridades policiales de Carabineros y de Investigaciones, de manera de lograr entendimiento y mayor coordinación. Ojalá exista voluntad de parte de las autoridades a fin de poner coto a esta situación que está afectando a todos los chilenos.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión del diputado Melero .
RECURSOS PARA EJECUCIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES EN COMUNA DE RECOLETA. OFICIOS.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
El diputado señor Hales me comunicó que iba a llegar con posterioridad al tiempo correspondiente al PPD y, por lo tanto, solicito la unanimidad de la Sala con el propósito de que él pueda hacer uso de la palabra.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra su señoría.
El señor HALES.-
Señor Presidente, agradezco a su señoría por acceder a otorgar el tiempo de mi bancada al final de esta sesión, y a la Sala, por haber dado su unanimidad.
Estoy muy preocupado por la situación de proyecto de construcción de viviendas nuevas en el sitio de residencia de las respectivas familias, que forma parte del programa de Fondo Solidario de Vivienda. El Gobierno ha hecho muy bien en entregarles financiamiento. Son iniciativas nuevas, como el programa del Fondo de Edificación Predial, pero lentas en su ejecución. Cuesta mucho que salgan adelante; cuesta encontrar a la constructora que quiera hacer, por ejemplo, diez casitas en la población Angela Davis o quince casitas en la población Escritores de Chile. Claro, no es buen negocio. Tiene que ser una constructora muy grande, que quiera hacer solidaridad -a ninguna le interesará-, o una muy chica, que crea que hará un buen negocio mediante la construcción de estas pequeñas casas.
En este caso, la municipalidad ha actuado como entidad organizadora. ¿Qué ha sucedido? La primera constructora se fue; la segunda también. Hablé con el alcalde y me dijo que contrataron una tercera constructora.
En agosto visité personalmente las casas. En esa oportunidad, la constructora se comprometió a reanudar y a avanzar en las obras, que estaban paralizadas, situación que está acarreando graves y dolorosas consecuencias para la gente, toda vez que la nueva vivienda se construye en el sitio del residente, tal como reza el nombre del proyecto. Si al poblador le piden que desarme la casa que tiene en el sitio, porque ahí van a construir una vivienda sólida, lo lógico es que lo haga y deje una piececita para vivir mientras tanto con su familia. Pues bien, en la población Héroes de la Concepción, ex Ángela Davis , en dos pequeñas piezas levantadas en el sitio donde se supone que se construirá la vivienda sólida, viven 18 personas. Es mucho el esfuerzo que hacen estos pobladores por conseguir su vivienda.
Cuando visite la población, la dirigenta Luisa Vásquez me señaló que temían que yo estuviera haciendo uso político de los problemas que ellos están teniendo para lograr sus viviendas. Nada más lejos de la realidad. No tengo ningún interés en eso; sólo quiero que esa gente tenga sus casas. He sido un permanente defensor de sus intereses; he luchado por la habilitación de colectores de aguas lluvias, por que el Metro llegue a esas poblaciones, por que les pavimenten sus calles y por que exista mayor acceso al programa Fondo Solidario de Vivienda.
En el caso de la población Héroes de la Concepción, es poca la gente afectada con el problema. Lo destaco, porque precisamente por ser pocos los involucrados, no hay interés. Veo poco compromiso cuando se trata de muy poca gente, sobre todo cuando se trata de gente tan modesta y tan pobre.
A quien le pidan que desarme su casa porque en ese sitio construirán otra, pero sólida, se apura y la desarma. Así lo hicieron los pobladores afectados; pero ocurre que ya llevan cinco años de espera.
El sábado recién pasado, visité la población Escritores de Chile. Los proyectos son preciosos y la gente está esperanzada. Los pobladores recibirán casas cuyo valor varía entre 6 y 11 millones de pesos, con sólo 10 UF de ahorro previo. ¿Se dan cuenta de la maravilla? Este es el progreso de Chile, un buen programa de Gobierno.
Qué bueno que la municipalidad asumiera el rol organizador, pero la necesitamos con más experiencia, porque al final, el proceso de aprendizaje, lo pagan los más pobres. El alcalde Cornejo me expresó -ese sábado en la mañana- que el Serviu no ha entregado los recursos.
¡Si el precio del cobre está en las nubes y el ministro de Hacienda nos dice que la crisis no nos afectará, no me cabe en la cabeza que no haya plata para terminar una vivienda que varía desde 6 a 11 millones de pesos!
Quiero que esta intervención se haga llegar al director del Serviu, porque quiero que se sepa que aunque ayudé a elegir a este Gobierno, mi compromiso no es defenderlo, sino defender a la gente. Soy defensor de un proyecto político, del valor de programas como el de subsidio habitacional rural o el Fondo Solidario de Vivienda, pero no de los funcionarios de Gobierno.
Andrés Silva , director del Serviu, es un excelente funcionario. En las tardes y en las noches he ido con él a terreno a explicar a la gente los programas de vivienda. En esas visitas trato de estimular a los pobladores a participar en estos programas; pero, ¡caramba! Andrés Silva debe ir acompañado de la disposición del Ministerio de Hacienda para entregar la plata.
El alcalde me asegura que tiene toda la disposición. Hemos estado en terreno; llevamos el problema a la televisión, y en el programa Con el pie derecho, que conduce Mauricio Israel , nos comprometimos a presionar a las autoridades respectivas. Hoy estoy cumpliendo mi promesa; pero tengo las manos atadas para actuar en la municipalidad, porque no soy alcalde o ministro de Hacienda ni pertenezco al Serviu.
Desde esta tribuna cumplo mi compromiso; desde aquí, donde me puso la gente, hago presión enviando oficio a ambas autoridades: al alcalde, de Recoleta, con copia de mi intervención, para que ponga todo su esfuerzo en que sus funcionarios hagan las cosas bien; y al director del Serviu, para que cumpla con lo que el alcalde denunció y se entreguen los recursos.
Mi tarea quedará consignada en el boletín de sesiones de la Cámara de Diputados y en los oficios que pido que se envíen al alcalde de la comuna Recoleta y al director del Serviu para que sepan que aquí, en esta Corporación, he dejado estampado los nombres de algunos pobladores, pues son muchos más, no sólo en la Población Ángela Davis, sino también en la Población Escritores de Chile, que están sufriendo por la lentitud en el término de la construcción de sus casas.
Para la historia de la ley, quiero consignar los nombres de los integrantes de la unidad vecinal Nº 5, etapas 5ª y 6ª, de la población Héroes de la Concepción, comuna de Recoleta: Quinta etapa: Juan Patricio Díaz Varas , Honoria Ester Troncoso Matamala , Manuel Ladino Huina , Luis Octavio Macaya Jaque ; Inés de las Mercedes Espinoza Neira , José Segundo Rodríguez Gutiérrez , Janeth del Carmen Cataldo Acuña, María Norma Tocol Paillaleve , María Eugenia Gómez San Martín , Edith del Carmen Neira Muñoz , Marisol Cona Neculeo, Marta Rosa Cona Neculeo , Aída Irma Garrido , Nelly Rosa Santis Cornejo , Pulmarino Mario González Morales , Leonardo Patricio Moraga Carrasco , Juan Humberto Llancamán Lefin , Ana del Carmen Torres Núñez y Rosa Braulia Gaete Durán .
Sexta etapa: Rosa Becerra Donoso , Sonia Véjar del Río , Patricia Lagos Cornejo , Ariel San Martín Ferrada , Teresa Fernández Carreño , Ofelia García Gutiérrez, Manuel Salas Lepin , Victoria Cruz Álvarez , Patricio Orellana López , Otilia Vivanco Fuentes , Eva Gangas Mendoza , Juana Mesías Gálvez , María Gómez Moya , Guillermina Guajardo Becerra , Luis Pizzani Vidal , Dominga Cáceres Duarte, Marta Puentes Padilla , Cecilia Yamal Véjar y Juan Mulato Aquevedo .
Con arquitectos voluntarios hemos ido a trabajar a la población. No son funcionarios municipales ni del Serviu; trabajan conmigo para colaborar con la gente. Los pobladores lo saben, porque en otras oportunidades les hemos ayudado, por ejemplo, en la aplicación de la ley del mono.
Estamos dispuestos a colaborar, pero no podemos hacer la pega que no nos corresponde. No tengo facultades para girar un cheque y pagar a la constructora, y tampoco para dar órdenes al municipio o al Serviu. Sin embargo, seremos fiscalizadores implacables, no dejaremos de vigilar.
Si alguien pensó que de esto haría uso político en la campaña municipal para atacar a los candidatos de Derecha, está muy equivocado. Están consignadas las visitas que he realizado desde mayo a la fecha.
Los programas de Gobierno que entregan soluciones habitacionales a las familias modestas, que con 10 UF de ahorro pueden acceder a su casa propia, bien merecen nuestros esfuerzos y nuestra defensa para que resulten bien.
He dicho.
El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios en la forma solicitada por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
Se levantó la sesión a las 13.26 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN ,
Jefe de la Redacción de Sesiones Subrogante.
DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Informe sobre la participación del diputado señor Samuel Venegas Rubio en el XXXIII período ordinario de sesiones del Parlamento Andino, efectuadas en Bogotá, entre el 15 y el 17 de septiembre de 2008.
“Honorable Cámara:
Tengo a honra informar sobre la participación que le cupo al diputado señor Samuel Venegas Rubio en las sesiones del Parlamento Andino, celebradas en Bogotá, entre el 15 y el 17 de septiembre de 2008, donde también asistió el senador señor Carlos Ignacio Kuschel.
I. MESA DIRECTIVA.
La Mesa Directiva celebró su sesión y las principales materias analizadas dicen relación con los siguientes aspectos:
1. Se aprobaron las agendas para los dos próximos meses, y la realización de un Foro en la ciudad de Cuenca, en los términos siguientes: Las sesiones del mes de octubre, se llevarán a cabo en Quito, entre el 26 y el 29. Durante la sesión plenaria el tema a debatir será el proyecto de Carta Democrática Interamericana, cuya exposición estará a cargo de la Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Asimismo, se llevará a cabo una sesión conjunta con el Parlamento del Mercosur en torno a la reinstalación del acuerdo entre ambas instituciones. Las sesiones del mes de noviembre se llevarán a cabo en Chile, entre el 23 y el 26 de noviembre y el tema del Foro Andino será “Seguridad Alimentaria”. Respecto del Foro en la ciudad de Cuenca, se informó que se llevaría a cabo el día 9 de diciembre y el tema sería “Visión sobre una Contraloría Andina”.
2. Se dio a conocer la agenda del Foro de Presidentes de los Poderes Legislativos (Foprel), la que se llevó a cabo los días 18 y 19 de septiembre, cuyos principales objetivos fueron: Promover un mejor conocimiento entre legisladores y parlamentarios de la región, sobre los principios, valores y las prácticas democráticas consagradas en la Carta Democrática Interamericana. Examinar el alcance, límites y la aplicación de la Carta Democrática Interamericana. Identificar estrategias legislativas para impulsar un mayor conocimiento de la Carta Democrática Interamericana entre las legislaturas y la ciudadanía.
3. Se dio a conocer, asimismo, el reglamento de la misión de observación del Parlamento Andino, documento que se adjunta como Anexo N° 1.
4. Se tomó conocimiento de un proyecto de reglamento para la presentación de proyectos de pronunciamiento y de una lista de los mismos para ser analizada durante las próximas sesiones, la que se adjunta como Anexo Nº 2, y que incluye las siguientes materias: Creación de Red Andina de Televisión. Alianza y estrategia del Parlamento Andino y The Natural Conservancy. Texto de observaciones al proyecto de Código de Ética. Armonización legislativa sobre la temática de medio ambiente. Creación de una sub sede del Instituto Andino de Biodiversidad. Participación democrática de los jóvenes en la CAN.
5. Presentación de las conclusiones y resultados del Foro Andino sobre Seguridad Ciudadana, el cual se incluye en Anexo N° 3.
6. Se tomó conocimiento de la reunión del grupo de trabajo de la mesa directiva de EuroLat, a realizarse los días 24 y 25 de septiembre y respecto de la reunión que se llevará a cabo en Bruselas, los días 4 y 5 de noviembre.
7. Por último, la mesa directiva analizó una propuesta de declaración relativa a la situación de Bolivia, la que fue enviada a la Comisión Primera para su consideración y que posteriormente fue refrendada por el Plenario.
II. COMISIÓN DE ÉTICA Y ACREDITACIONES.
La Comisión no sesionó, sin perjuicio de lo cual se adjuntan las materias de la agenda.
Proyecto de resolución por la cual se resuelve la solicitud de levantamiento de inmunidad a la Parlamentaria Elsa Malpartida Jara, formulada por la Corte Suprema de Justicia boliviana al Parlamento Andino, cuyo informe se agrega como Anexo Nº 4.
Solicitud a la Plenaria para que las propuestas de modificación al proyecto de Código de Ética y Acreditaciones sean presentadas y consolidadas directamente a la Plenaria y no a la Comisión de Ética y Acreditaciones.
III. SESIONES DE COMISIONES.
Con ocasión de las reuniones del mes de septiembre, las comisiones llevaron a cabo sus reuniones en los términos siguientes:
En la Comisión Primera, de Política Exterior y Relaciones Parlamentarias, se debatió acerca de los siguientes temas:
A solicitud de la Mesa Directiva se revisó el proyecto de resolución de exhortación al pueblo boliviano.
Se revisó el plan de acción de la Comisión Primera en razón del ingreso de nuevos parlamentarios, y se resolvió priorizar el trabajo con especial énfasis en la estructuración de la Unasur.
Por lo anterior, se resolvió solicitar a la Plenaria que coordine una reunión con las respectivas comisiones de la Unasur.
Asimismo, se debatió la propuesta de modificación al Reglamento General, presentada por el Parlamentario Juan Mariategui, acogiéndose algunas de las propuestas, de manera de ser incorporadas en un documento que será publicado en La Gaceta para ser puesto en consideración de la Plenaria.
La Comisión Segunda, de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Comunicación, llevó a cabo su agenda de la manera siguiente:
En primer término, el Parlamentario señor Marcelo Dotti expuso una serie de consideraciones para crear una subsede del Instituto de Altos Estudios para la Integración y Desarrollo Legislativo en la ciudad de Lima. Explicó adicionalmente que este instituto no tiene relación alguna con el creado por el Consejo Presidencial Andino. Se trata de un instituto independiente, adscrito al IDL, cuyo financiamiento y administración son autónomos y de responsabilidad de sus impulsores, y que además tendrá entre sus funciones ocuparse de temas relacionados con la biodiversidad.
Por razones de tiempo y metodología se postergó la discusión del plan de acción para el mes de octubre, en Quito.
El Instituto de Altos Estudios, a cargo de la señora Carolina González, realizó una exposición sobre el proyecto “Educando para participar”, especificando los programas y mecanismos que se aplican para cumplir con el objetivo de educar a la sociedad civil y hacerla parte del proceso de integración.
En la Comisión Tercera, de Seguridad Regional y Desarrollo Sustentable, participó el diputado señor Samuel Venegas Rubio y sus principales acuerdos fueron:
Dada la necesidad imperante de continuar con el seguimiento al proyecto de Páramo Andino, se sugirió citar a las entidades encargadas del proyecto en cada uno de los países, encabezados por Condesan, para que efectúen una rendición de cuentas que se llevará a cabo en la próxima sesión del mes de octubre, con el fin de realizar una verdadera verificación y seguimiento de los recursos que fueron brindados para el cuidado de los Páramos Andinos.
En este mismo sentido, se busca analizar la viabilidad de generar programas como el de las familias de guardabosques de Colombia con la finalidad de que los habitantes de las zonas donde existan páramos, los protejan y cuiden.
Para tales efectos, se acordó realizar las gestiones necesarias para que las respectivas entidades acudan a Quito, con ocasión de la rendición de cuentas señalada.
Se recalcó la necesidad de implementar el Instituto de Biodiversidad Andino, por cuanto la Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones no ha realizado las gestiones pertinentes para lograr su desarrollo, lo que ha impedido su materialización. En ese sentido, se destacó la importancia de contar con apoyo académico, educativo, científico y técnico por parte del IDL para poder lograr su implementación. La idea es que la labor conjunta de ambos institutos genere las políticas a aplicar en materia ambiental y de protección a la biodiversidad.
Igualmente se analizó la propuesta del Diputado Venegas en orden a estudiar la posibilidad de contar con subsedes del Instituto Andino de Biodiversidad en los países miembros, radicados en centros educativos acreditados, para así garantizar su independencia y evitar la burocratización. Estas subsedes deberán ser aprobadas por las Oficinas de las Representaciones Nacionales.
En este orden de materias, se sostuvo que sería pertinente incorporar a un miembro de la Comisión Tercera en el Consejo Directivo. De los tres proyectos de pronunciamientos sometidos a la Comisión Tercera fueron aprobados 2: El PD 109 sobre “Convenio de Alianza Estratégica entre el Parlamento Andino y la Organización Internacional The Nature Conservancy (T.N.C)”: se aprobó sin cambios.
El PD 113 sobre “Armonización de legislaciones nacionales para los estados miembros de la CAN en lo relacionado con la defensa del ambiente, conservación de la biodiversidad y uso sostenible de los recursos naturales”: se aprobó con modificaciones formales. El PD 114 relativo a “Propuesta de Creación de Subsede del Instituto Andino de Biodiversidad (IAB) en la Región Madre de Dios — Perú”, cuya discusión y votación fue aplazada. Con la finalidad de tener un verdadero seguimiento y control del Plan Agro 2015, se acordó solicitar a la Presidenta las gestiones destinadas a obtener un informe detallado del mismo por parte de la Secretaría General de la CAN.
Respecto del tema seguridad alimentaria, materia que será debatida en el mes de noviembre en Chile, se dispuso solicitar al Instituto de Altos Estudios la elaboración de una propuesta basada en los documentos de seguridad alimentaria de cada país miembro, entregados por los parlamentarios, para ser presentada durante el próximo Foro Andino. En relación con el tema del narcotráfico, se sostuvo que los gobiernos deberían invertir en capacitación en actividades productivas para mejorar la calidad de vida de los pueblos y evitar que sean atraídos por los grupos ilegales.
El trabajo con los municipios fronterizos es vital para lograr esta meta. En esa idea, se propuso que los parlamentarios aumentaran su acercamiento con la ciudadanía a fin de formar redes para la lucha contra este flagelo.
En ese orden de materias, se concordó en la necesidad de intensificar los contactos para que la CAF difunda los proyectos sobre la materia, en los distintos países de la CAN. La Comisión Cuarta, de Asuntos Económicos y Turismo, se abocó al tratamiento de las siguientes materias:
Se dio a conocer un informe sobre el grado de los avances del Campus del Instituto de Altos Estudios, en lo relativo a las construcciones que se emplazarían en las cinco hectáreas que conformarán el campus.
A continuación, se puso en discusión el informe sobre los avances del Acuerdo de Asociación respecto a los cambios a la Decisión N° 486, sobre propiedad intelectual.
El Presidente de la Comisión Cuarta, señor Luís Fernando Duque, señaló que se detecta un problema, originado en la clara división ideológica que manejan los países de la Comunidad Andina. Reconoció que a la hora de hacer negociaciones en temas netamente comerciales, se ve el freno que pone Bolivia en una constante búsqueda para tratar los temas políticos, lo que ha impedido agilizar las negociaciones.
De esta manera, se refirió a las dos vías que se ponderaron para reformar la Decisión N° 486, donde finalmente se optó por la de mayoría simple, todo ello con el ánimo de avanzar de manera individual y al ritmo a cada país de la Comunidad Andina en los aspectos comerciales que conforma dicho acuerdo. Asimismo, se analizó el tema de la Red Andina de Televisión y sobre el satélite para la Comunidad Andina.
De esta forma, el Presidente de la Comisión se refirió al riesgo de perder la órbita geoestacionaria -la cual es diferente a la Red Andina de Televisión-.
Aclaró que con la salida de Venezuela de la CAN ese tema pasó a ser manejado a nivel de las Cancillerías.
En este sentido, se propuso que los canales de los Congresos de cada país, puedan intercambiar información para poder ver los progresos del Parlamento Andino, o bien, a través de canales nacionales privados de cada país, buscando espacios patrocinados para dicho fin.
La Comisión Quinta, de Asuntos Sociales y Desarrollo Humano, no sesionó, sin perjuicio de señalar que los temas pendientes de la agenda son:
Conocimiento y debate del proyecto de decisión Derecho a Descuentos y Tarifas Especiales al Adulto Mayor en la Comunidad Andina, presentado por la Presidenta de la Comisión, señora Auristela Obando Morgan.
Presentación del Informe sobre Pornografía Infantil por parte del Instituto de Altos Estudios.
IV. PLENARIO.
El Plenario prestó aprobación a una declaración de exhortación al pueblo boliviano, cuyo texto se adjunta como Anexo Nº 5.
Del mismo modo, se hizo una presentación sobe el tema “Déficit democrático en la Comunidad Andina, a cargo del señor Pedro Montero, el cual se adjunta como Anexo Nº 6.
Cámara de Diputados, a 22 de septiembre de 2008.
(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD GARCÍA, Dirección de Asuntos Internacionales”
INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE CREACIÓN DE LA CARRERA DE CRIMINALÍSTICA.
“Honorable Cámara:
La Comisión Investigadora aludida en el epígrafe pasa a emitir su informe con las actuaciones realizadas sobre el tema, formulando las conclusiones y recomendaciones del caso.
Las conclusiones y proposiciones contenidas en este informe fueron aprobadas por unanimidad, con el voto favorable de los diputados señores Farías, Jiménez, Meza (en reemplazo del señor Espinosa, don Marcos), Olivares, Silber, Vallespín y señora Isasi.
Se designó diputado informante al señor Farías, don Ramón.
I. DE LA COMPETENCIA DE LA COMISIÓN, AL TENOR DE LOS ACUERDOS DE LA CÁMARA QUE ORDENARON SU CREACIÓN.
Con fecha 19 de diciembre de 2007, la Cámara de Diputados aprobó la petición formulada por los señores Accorsi; Alinco; Araya; Bustos; Ceroni; Chahuán; De Urresti; Duarte; Encina; Enríquez-Ominami; Escobar; Espinoza, don Fidel; Farías; Forni; Girardi; González; Inzunza; Jaramillo; Jarpa; Jiménez; Leal; León; Lobos; Lorenzini; Monsalve; Mulet; Núñez; Ojeda; Olivares; Quintana; Rossi; Sabag; Sepúlveda, don Roberto; Silber; Súnico, Tarud; Valenzuela; Verdugo; Von Mühlenbrock, y señoras Isasi; Nogueira; Pacheco; Pascal; Rubilar; Saa; Sepúlveda, doña Alejandra; Soto; Tohá y Vidal, quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 Nº 1 letra c), de la Constitución Política de la República, solicitaron constituir una Comisión Investigadora encargada de estudiar “todos los hechos relacionados con la creación de una carrera de criminalística por parte de distintas casas de estudio, dentro de las cuales hay estatales, y establecer las eventuales responsabilidades por omisión de la autoridad respectiva, por cuanto es impartida sabiendo que no existe campo laboral para que sus alumnos puedan ejercerla con posterioridad a su titulación, lo que significa truncar sueños y metas de muchos estudiantes con el consiguiente desembolso económico realizado por sus padres”.
Posteriormente, en su sesión 4ª, celebrada el día jueves 4 de junio de 2008, la Comisión acordó, por la unanimidad de sus miembros presentes, solicitar a la Sala la ampliación de dicha competencia, extendiéndola al examen de “todas las circunstancias que derivaron en las crisis institucionales que han afectado a las universidades Tecnológica Metropolitana y de Valparaíso en el último año”, petición que fue aprobada por la H. Cámara, también por unanimidad, con fecha 10 de junio de 2008.
Para el cumplimiento de su mandato, los peticionarios obtuvieron que a la referida Comisión le fuera otorgado un plazo de 90 días a partir de la fecha de su constitución, la que tuvo lugar el día miércoles 30 de abril de 2008, por lo que dicho término venció el pasado martes 9 de septiembre.
II. RELACIÓN DEL TRABAJO DESARROLLADO POR LA COMISIÓN EN EL CUMPLIMIENTO DE SU COMETIDO.
En su sesión constitutiva, a la que asistieron los diputados señores Germán Becker Alvear, Gonzalo Duarte Leiva (en reemplazo de don Patricio Vallespín López), Marcos Espinosa Monardes, Fidel Espinoza Sandoval, Ramón Farías Ponce, Alejandro García-Huidobro Sanfuentes (en reemplazo de don Manuel Rojas Molina), Tucapel Jiménez Fuentes, José Antonio Kast Rist, Carlos Olivares Zepeda, Carlos Recondo Lavanderos (en reemplazo de don Sergio Bobadilla Muñoz), Gabriel Silber Romo y señora Marta Isasi Barbieri, la Comisión designó como su Presidente, por mayoría de votos, al diputado señor Ramón Farías Ponce.
En la misma ocasión, se adoptó además, entre otros, el acuerdo de recabar de la Comisión de Educación todos los antecedentes de que dispusiera, relacionados con la materia objeto de investigación.
A contar de entonces (30 de abril de 2008), se celebraron cinco sesiones formales y una “en comité”, en las cuales se contó con la asistencia y colaboración de las siguientes personas:
Señores Iván Escalona, Pablo Briceño, Miguel Ángel Acuña y Wladimir Carrillo, y señoritas Alejandra Cruz Bravo y Sandra Rubio Rubio, representantes del Consejo de Estudiantes de Criminalística de la Utem; señores Hugo Berríos, Presidente del Centro de Alumnos de Ciencias Políticas y vocero del Pleno de Presidentes; Carlos Farías, egresado de Ciencias Criminalísticas, en proceso de titulación; Javier Chacón, estudiante de Ingeniería Industrial Alimentaria; Héctor Aguilar, Vicepresidente del Centro de Alumnos de Química Industrial, y señora Patricia Brevis, ex profesora, todos de la Utem; señores Juan Pablo Rojas Juan Carlos Carrero, José Jara, Javier Luna y Juan Pablo Aguilar, y señorita María Pía Schlack, dirigen tes e integrantes de la Agrupación de Estudiantes y Egresados de Criminalística de la Utem; señores Juan Pablo Crisóstomo y Lorenzo Morales, abogados de la Agrupación; señora Haydée Gutiérrez Vilches, Rectora Subrogante de la Utem, y señor Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
III. DE LOS DOCUMENTOS RECIBIDOS Y DE LO EXPUESTO POR LAS PERSONAS ESCUCHADAS.
En los siguientes acápites se expone lo sustancial de los testimonios recibidos por la Comisión durante su desempeño, cuyo detalle se puede consultar en las versiones taquigráficas de las sesiones celebradas por ella, confeccionadas por la Redacción de Sesiones de la Corporación, que se insertan en las actas correspondientes. Asimismo, se hará una relación su cinta de los documentos obtenidos de diversas fuentes y tenidos a la vista para la elaboración de las conclusiones y proposiciones que más adelante se dirán.
a) Personas escuchadas.
En la sesión 2ª, del jueves 8 de mayo de 2008, voceros del Consejo de Estudiantes de Criminalística, Consec, de la Utem, defendieron la continuidad de dicha carrera, basados en la pertinencia y calidad de la formación que entrega, y desmintieron con diversos argumentos que ella carezca de campo laboral o que hayan sido engañados para ingresar a la misma.
Reconocieron, sin embargo, que la Escuela de Criminalística y la universidad fueron mal administradas, afectando el prestigio de la carrera y de todos sus estudiantes.
Entre los principales problemas mencionaron el ingreso masivo de alumnos, que tenía lugar cada dos meses gracias a un sistema de estudios modular, y la celebración de convenios con sociedades anónimas creadas por el Rector para administrar la carrera (Celta y Edutem), lo cual redundó en el rechazo reiterado de la solicitud de acreditación de la universidad y que a su vez ha provocado el descontento de todos los demás alumnos de la Utem y su movilización en demanda de la renuncia del Rector y de toda su plana mayor.
Voceros del pleno de presidentes de la universidad, formado al margen de la vetada federación de estudiantes, denunciaron otras irregularidades cometidas al interior de la misma. Entre ellas, la modificación inconsulta de las mallas curriculares de algunas carreras; la creación de otras sociedades anónimas, como Aula, Box Air y Box Bussiness, cuyos ingresos no se traducen en beneficios para la universidad; el pago de hasta cuatro sueldos mensuales a profesores que ejercen simultáneamente como directores de escuela, jefes de departamento, jefes de carrera y docentes; la mora en el pago de imposiciones a los funcionarios, etcétera.
Pero su principal inquietud es que, al no estar acreditada la institución, ella no tendrá acceso a recursos FDI ni AFI y los estudiantes que egresen de ella no podrán optar a títulos de postgrado. Por lo mismo, pidieron evaluar la posibilidad de ampliar el mandato de la Comisión, a objeto de investigar todos los “sucesos extraños” que acontecen en la Utem, o crear una nueva comisión investigadora destinada exclusivamente a ello.
En la sesión 3ª, del jueves 15 de mayo de 2008, voceros de la Agrupación de Estudiantes y Egresados de Criminalística de la Utem abogaron por el cierre de dicha carrera debido a la mala calidad de sus contenidos y del personal académico; la renuncia del Rector Avendaño y sus colaboradores, a quienes acusan de haberlos estafado, y la devolución inmediata de la totalidad de los dineros pagados a la universidad por concepto de aranceles, como asimismo, la indemnización de todos los perjuicios causados por el engaño de que fueron objeto.
Denunciaron diversas irregularidades cometidas al interior de la Utem. Entre ellas, la falsa información sobre el futuro campo laboral de la carrera que recibieron antes de ingresar a ésta y mientras estudiaban, que los ha llevado a demandar a la universidad por publicidad engañosa y a querellarse en contra de su Rector por estafa, explicando los fundamentos de tales acciones a través de los abogados que las patrocinan.
Informaron también sobre el término del convenio existente entre la empresa Celta y la Utem, que obligaría a desalojar el recinto en que se imparte la carrera en la ciudad de Concepción. Alumnos de esta sede, denunciaron a su vez las paupérrimas condiciones de funcionamiento de la misma, destacando la utilización de teclados de cartón para impartir clases de computación.
Mencionaron, además, la creación al parecer ilegal de un Colegio de Criminalísticos Forenses de Chile A.G., que en la práctica no existe y cuyo primer directorio aparece integrado por el Rector Avendaño, el fundador y primer director de la escuela de criminalística y otros personeros vinculados a Celta y a otras empresas creadas al interior de la Utem; la publicación, a fines de 2007, de una inserción de prensa destinada a avalar la gestión del Rector Avendaño y la viabilidad de la carrera de criminalística, cuyo costo, de entre 12 y 14 millones de pesos, se habría pagado con recursos públicos, y el pago de millonarios sueldos por parte de Celta a profesores contratados a honorarios, sin las competencias necesarias, para impartir escasas horas de clases a la semana en dicha escuela, todo lo cual pidieron investigar.
Señalaron, por último, que el Ministerio de Educación sólo se interesó en ayudarlos cuan do estalló el escándalo sobre la carrera, pero se les ofreció formar una mesa de diálogo tripartita con el Rector, que sesionó en una sola oportunidad. Asimismo, se les planteó la posibilidad de convalidar ramos para integrarse a otras carreras de la misma u otras universidades, lo que es inviable debido a que el sistema de módulos que se utiliza en la Utem (quince clases por asignatura, de tres horas semanales cada una) es incompatible con el régimen de estudios semestrales de general aplicación.
En la sesión 4ª, del jueves 5 de junio, compareció la nueva Vicerrectora Académica de la Utem, investida como Rectora Subrogante tras la renuncia del señor Miguel Ángel Avendaño, quien se excusó de asistir por haber cesado en el cargo a contar del 1 de junio, acordándose al respecto citarlo nuevamente para la sesión siguiente.
La Rectora Subrogante relató las circunstancias en que se produjo su nombramiento y señaló que su intención era transparentar todo lo ocurrido durante la gestión de su predecesor, quien continuaría como docente en su unidad académica de origen, pero ha solicitado permanecer en su domicilio durante tres meses, haciendo alguna labor de interés institucional, “para contribuir a restablecer el clima laboral” al interior de ella.
Justificó la falta de entrega de los antecedentes que le fueran requeridos por la Comisión al ex Rector en la necesidad de verificar la pertinencia y exactitud de la información que le fue proporcionada al asumir su cargo y de interiorizarse debidamente sobre la gravedad de la crisis que enfrenta la institución, para lo cual había iniciado conversaciones con todos los estamentos de la universidad, recibiendo de parte de los estudiantes un petitorio al que se manifestó dispuesta a acceder en la medida en que tuviera las facultades legales y reglamentarias para hacerlo.
En los hechos, había rechazado la convocatoria a un claustro triestamental de carácter resolutivo, por no estar contemplado en los estatutos de la universidad; el compromiso de no aplicar sanciones a los estudiantes que participaron en la “toma” de distintas sedes de la institución, por tratarse de una facultad del Consejo Superior, y la petición de renuncia o remoción inmediata de todas las personas que hubieran ocupado cargos de confianza del ex Rector o trabajado directamente con él, por ser necesario determinar las responsabilidades de cada cual a través de los correspondientes sumarios administrativos, entre otras demandas estudiantiles.
Se refirió también a algunas medidas que había adoptado “en aras de la viabilidad futura de la institución”. Entre ellas, la decisión de que algunos cargos superiores de la universidad, como la Vicerrectoría de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes, no sean servidos por personal interno de la misma; la petición al gerente general de Edutem, en la que la universidad es dueña del 98% de las acciones, para que la reunión de directorio fijada para el día 6 de junio se lleve a efecto bajo su presidencia y se limite a convocar una junta extraordinaria de accionistas con el objeto de proceder a la renovación de sus integrantes, y la petición a la nueva directora de planificación de recabar antecedentes sobre todas las gestiones institucionales llevadas a cabo ante la pérdida de los discos duros que contenían las bases de datos con la información curricular del personal y de finanzas. A ello se suma la pronta revisión de los convenios que permiten a empresas privadas administrar ingresos que estatutariamente constituyen recursos propios de la universidad.
Intervinieron, asimismo, voceros del Consejo de Estudiantes de Criminalística, Consec, quienes se refirieron a la huelga de hambre de su compañero Wladimir Carrillo, en vías de solución luego de un acuerdo celebrado con la Rectora Subrogante que estaba sin embargo sujeto a la ratificación del Consejo Superior; a la promesa que les hiciera una comisión encabezada por el vicerrector Jorge Valenzuela de entregar 65 millones de pesos a la escuela de criminalística con el fin de reposicionar dicha carrera, y a la necesidad de que se respete su derecho a continuar estudiando la profesión que eligieron.
En la sesión 5ª, celebrada “en comité” el jueves 12 de junio de 2008, se confrontaron las opiniones divergentes del Consejo de Estudiantes de Criminalística y de la Agrupación de Estudiantes y Egresados de Criminalística.
Voceros de la Agrupación, junto con exponer los fundamentos de la querella criminal por estafa interpuesta en contra del rector Avendaño y del fundador y ex director de la escuela de criminalística, Miroslav Mimica, conminaron a voceros del Consec a explicar el contenido de la inserción de prensa publicada en el Diario El Mercurio a fines de 2007 y financiada con recursos de la Utem, donde se afirma, entre otras cosas, que existe campo laboral para dicha carrera; que no hubo engaño a quienes postularon a ella, y que ex alumnos disidentes habrían agredido a personas que continuaban estudiando.
Plantearon, asimismo, que los miembros del Consec estaban siendo utilizados por la Utem para continuar con el “negocio” de la escuela de criminalística, explotando su deseo de que se abra definitivamente el campo laboral de la carrera.
Añadieron que la nueva Rectora Subrogante ni siquiera está en conocimiento de las de mandas entabladas contra la universidad y que, de ser acogidas, podrían significar el cierre, no sólo de la carrera, sino incluso de la institución, por lo que pidieron contar con la opinión oficial de la autoridad al respecto.
Plantearon, además, la necesidad de resolver la situación de los alumnos que actualmente están siendo ejecutados por Celta en virtud de deudas de arancel impagas.
Requirieron información sobre el acuerdo de entregar 65 millones de pesos a quienes siguen estudiando la carrera, con el objeto de reposicionarla, como asimismo, sobre el origen de los recursos con los que se está pagando la defensa del ex Rector Avendaño.
Finalmente, solicitaron citar a esta Comisión a la actual Rectora Subrogante de la Utem, que en 2002 era consejera superior y fue una de las personas que firmó el acuerdo para que se creara la carrera; al señor Miroslav Mimica, para que informe si se hizo algún estudio sobre ella antes de lanzarla; al señor Antonio Cubillos, quien era el coordinador académico de la escuela y permanentemente engañaba a los alumnos diciendo que desde las fiscalías le estaban pidiendo peritos para trabajar en ellas, por lo que debían titularse cuanto antes; al profesor Fritz, y a don Felipe Ávila, que hasta el año pasado era jefe de carrera.
Voceros del Consejo de Estudiantes de Criminalística, junto con reiterar su compromiso con la carrera, señalaron que el ex Rector Avendaño los recibió un par de veces sin darles ningún tipo de solución y que el fundador de la escuela, el señor Mimica, la administró dictatorialmente al comienzo, impidiendo incluso la formación de un centro de alumnos. Los acusaron además de “malversaciones, mala administración o como se le quiera llamar”, por lo que se mostraron preocupados por la renuncia presentada el día previo a esta sesión por el segundo de los nombrados.
Reconocieron que Celta está notificando de embargo a los estudiantes y egresados y que, pese al término del convenio suscrito con ella y al compromiso de que pasarían a pertenecer directamente a la Utem, actualmente dependen de Edutem.
Denunciaron la existencia de otras sociedades anónimas cerradas formadas al interior de la Utem para, de algún modo, desviar fondos de la institución. Entre ellas, Tercer Ciclo (en cargada de impartir cursos de postgrado en la especialidad), UtemSA, Transferencias Tecno lógicas, Sewell y Aula.
Dijeron ignorar cómo se pagó la inserción de prensa que el ex Rector les ofreció, limitándose sólo a exponer en ella su visión en defensa de la carrera, en atención a que el señor Avendaño no lo hizo, como hubieran deseado.
Respecto de los 65 millones de pesos que se les ofrecieron, explicaron que, a raíz de la crisis producida el año pasado, se conformó una comisión encabezada por el vicerrector académico, señor Jorge Valenzuela, para analizar su caso, la cual funcionó durante todo el vera no con el fin de efectuar una serie de propuestas para reposicionar la carrera. Sin embargo, el 25 de febrero, un día antes de presentar la última apelación de acreditación, dicha comisión se dio por concluida, aprobándose entregar 65 millones de pesos a la escuela de criminalística para la realización de simposios y otras actividades, lo que nunca se llevó a cabo.
Plantearon que el trabajo que ha hecho la universidad por ellos ha sido deficiente y poco respetuoso, pues no ha sabido aprovechar el completísimo laboratorio ni los excelentes alumnos y académicos con que cuenta, por lo que han exigido a la señora Haydée Gutiérrez que asumiera el estudio del caso en forma urgente.
Manifestaron su adhesión al petitorio presentado por el pleno de presidentes de las 29 carreras que imparte la Utem, en el cual se exige, entre otras cosas, “realizar un profundo estudio académico y estudiantil de los planes regulares y especiales de la universidad para dar soluciones definitivas, reales y sustentables, especificando la reapertura y el ingreso que tendrá cada carrera”.
Insistieron, por último, en la viabilidad de su carrera y en la existencia de un campo laboral aún inexplorado, como también en que ellos no fueron engañados para ingresar a ella, sin perjuicio de reconocer la mala administración de que fue objeto.
Finalmente, en sesión del jueves 21 de agosto de 2008, el Contralor General de la República informó lo siguiente:
En relación con la Universidad Tecnológica Metropolitana.
I. SITUACIÓN DE LA CARRERA DE CRIMINALÍSTICA IMPARTIDA POR LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA:
1. Antecedentes del modelo de negocio de las carreras creadas por la Universidad Tecno lógica Metropolitana y administradas por sociedades anónimas:
En 1999, al sumir don Miguel Avendaño Berríos la Rectoría de la Universidad Tecnológica Metropolitana, creó un grupo de trabajo destinado a modificar la forma de administración de las carreras de planes especiales de ingreso a dicha Universidad sin Prueba de Aptitud Académica (carreras de régimen vespertino). Para ello, su Vicerrectoría de Administración y Finanzas implementó una unidad operativa al interior de la Universidad, que se encargara de tales carreras.
Implementada la señalada unidad, se detectó que la gran mayoría de los alumnos de las carreras vespertinas de ingreso especial eran trabajadores que pagaban oportunamente los costos de colegiatura y matrícula de las mismas, no obstante lo cual, dichos fondos ingresaban al patrimonio global de la Universidad, donde eran destinados al pago de los pasivos generados por las carreras diurnas o de ingreso con PSU. Por la circunstancia descrita, las carreras de ingreso especial adolecían de graves problemas administrativos, tales como escasez de salas de clases y de suministros, atrasos en los pagos de honorarios a los profesores, falta de personal administrativo, entre otros.
Para solucionar los problemas de administración descritos, la Utem decidió externalizar la administración de las carreras de ingreso especial, creando para ello una sociedad anónima cerrada, lo que se materializó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público don Félix Jara Cadot, con fecha 28 de octubre de 2003 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 34.609 vuelta, Nº 26.177 del año 2003, denominada Sociedad Administradora de Servicios Educacionales S.A. o Edutem S.A., cuyo objeto social era ejecutar labores que tendieran a colaborar con el funcionamiento institucional de la Universidad Tecnológica Metropolitana, siendo sus accionistas constituyentes la propia Universidad, en un 99% y don Francisco Javier Garrido Valdés, en 1 %.
La sociedad fue aprobada por decreto universitario N° 763, de 03 de diciembre de 2003 y tomada razón por la Contraloría General de la República el 21 de enero de 2004.
Desde el año 1999 en adelante, la Universidad Tecnológica Metropolitana, además de la sociedad Edutem S.A., creó otras sociedades tales como Sociedad Educacional Utem S.A., Sociedad de Transferencias Tecnológicas Utem SA., y se relacionó con sociedades en que no tenía participación alguna como sociedad Celta S.A., sociedad Box Air S.A., sociedad Índigo S.A., entre otras.
2. Procedencia de la dictación de carreras creadas por la Universidad Tecnológica Metropolitana en colaboración con sociedades en que esa casa de estudios tenga o no participación social.
En lo que respecta a la procedencia de la relación existente entre la Universidad Tecnológica Metropolitana y la Sociedad Edutem S.A., el Órgano Contralor, mediante dictamen Nº 40.713, de 2004, reiterado por el dictamen Nº 12.130, de 2006, señaló específicamente que la Utem, en virtud de su ley orgánica, cuenta con autonomía económica, lo que importa desde luego la posibilidad de regular el cobro de sus acreencias, las modalidades para el pago de los aranceles que adeuden los estudiantes y todo lo relativo a la percepción de los recursos que integran su patrimonio para emplearlos en el cumplimiento de sus objetivos y que, además, para la promoción de sus fines y el cumplimiento de sus objetivos, está especialmente facultada para crear y organizar con otras personas naturales o jurídicas nacionales, extranjeras o internacionales, asociaciones, sociedades, corporaciones o fundaciones cuyos objetivos correspondan o se complementen con los de la Universidad.
En el señalado dictamen Nº 40.713, de 2004, se concluyó que, en el ejercicio de las atri buciones descritas en el párrafo precedente, la Universidad, mediante escritura pública de 28 de octubre de 2003, debidamente sancionada por el decreto Nº 763, de 2003, que fuera toma do razón por la Contraloría General con fecha 21 de enero de 2004, constituyó la sociedad “Administradora de Servicios Educacionales S.A.” o Edutem S.A., cuyo objeto social consistía, entre otros, en “efectuar labores que tiendan a colaborar en el funcionamiento institucional de la Universidad Tecnológica Metropolitana, como contribuir a su financiamiento, incrementar su patrimonio y agilizar su funcionamiento y operatividad”.
En el contexto antes descrito, los dictámenes referidos estiman que es procedente que la Sociedad Edutem S.A. creada por la Universidad Tecnológica Metropolitana, asuma tareas tendientes a facilitar y mejorar la gestión de los recursos de la Universidad, tales como la cobranza de sus acreencias, como asimismo, la percepción de dineros por concepto de matrícula y colegiaturas.
No obstante lo señalado precedentemente, los mencionados dictámenes precisaron que es improcedente que la Casa de Estudios Superiores pueda ejercer, a través de una sociedad de la que ella forma parte, las labores que corresponden a su objeto principal, por lo que no puede la sociedad Edutem impartir las carreras ni tampoco tener alguna ingerencia en las funciones académicas que la Universidad debe desarrollar en forma exclusiva.
En lo que respecta a la procedencia del convenio celebrado entre la sociedad Celta S.A. y la Universidad Tecnológica Metropolitana, dicha materia se examina en el Informe Nº 8/2008, el cual es interno, ya que constituyó la indagatoria previa al sumario que actual mente se instruye. En el punto II.4 se analiza.
3. Origen de la carrera de criminalística de la Utem y su relación con las sociedades Celta
S.A. y Edutem S.A.
La carrera de Técnico de Nivel Superior en Ciencias Criminalísticas con las especialidades de Perito en Papiloscopía, Tránsito y Accidentología Vial, Balística y Documentología, como asimismo, la carrera de Licenciatura en Ciencias Criminalísticas fueron creadas y aprobadas por la Universidad Tecnológica Metropolitana mediante Resoluciones Nºs 2183 y 3833, ambas de 2002.
Conforme al modelo de negocios de administración y gestión de carreras descrito a pro pósito de la creación de la sociedad Edutem S.A., la Universidad Tecnológica Metropolitana celebró el 21 de julio de 2003, con la Sociedad de Servicios Educacionales Celta S.A., un convenio por el cual la última se obligaba a efectuar labores tendientes a colaborar con el funcionamiento institucional de la primera y agilizar su operatividad a través de la prestación de servicios destinados al apoyo de actividad educacional respecto de la carrera de Criminalística en las regiones del país, acuerdo que fue sancionado mediante resolución Nº 4302, de 18 de agosto de 2003.
La señalada sociedad de Servicios Educacionales Celta S.A. es una entidad constituida mediante escritura pública otorgada ante el Notario doña Elena Torres Seguel, el 27 de noviembre de 2002 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 33.574, Nº 27.087, de año 2002, siendo sus accionistas don Alex Divo Zuanic Brupbacher y don Mateo Jerónimo Zuanic Brupbacher.
Posteriormente, mediante otro convenio sancionado por resolución Nº 274, de 14 de enero de 2004, se convino la dictación por parte de Celta S.A. de la carrera de Criminalística en la Región Metropolitana. El texto del señalado acuerdo de voluntades fue refundido el 17 de mayo de 2005 y modificado el 02 de octubre de 2006. EI texto definitivo de la mencionada convención generadora de obligaciones fue fijado mediante resolución Nº 1447, de 11 de abril de 2007.
Como consecuencia del escándalo público a que se vio sometida la carrera de Criminalística durante el año 2007 y a la no acreditación de la Universidad por parte de la Comisión Nacional de Acreditación, entidad que esgrimió para ello, entre otras razones, la relación de la carrera de Criminalística dictada por la Utem con la Sociedad Celta S.A., la Universidad mediante Resolución Exenta Nº 7862, de 28 de diciembre de 2008, puso término al contrato con Celta S.A., lo que se finiquitó el 30 de mayo de 2008, mediante Resolución Exenta Nº 2902.
Paralelamente a la relación de la sociedad Celta con la Utem, la sociedad Edutem S.A., desde el año 2004, en adelante se hizo cargo de la administración y gestión de la carrera de Criminalística en régimen vespertino.
4. Situación actual.
Desde el año 2008, la Utem mantiene congelada la matrícula de alumnos nuevos en la carrera de Criminalística, dedicándose a impartirla a aquellos alumnos matriculados con anterioridad al 2008, asumiendo la administración y gestión de la carrera la sociedad Edutem S.A.
II. FISCALIZACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA:
1. Informe Nº 5/2004, sobre fiscalización a la sociedad Transferencia Tecnológica Utem
S.A. y examen de honorarios y recuperación de licencias médicas, en el cual se concluyó principalmente lo siguiente:
a. Se observó la improcedencia de las relaciones existentes entre la sociedad de Transferencias Tecnológicas Utem S.A. y la sociedad Consorcio Turístico Sewell S.A.
b. Se observó que los estados financieros de la Utem no reflejaban las pérdidas de la sociedad de Transferencias Tecnológicas Utem S.A.
2. Informe Nº 56/2005, sobre la situación financiera de la Universidad Tecnológica Metropolitana, en el cual se concluyó principalmente:
a. Existe una falta de confiabilidad, oportunidad e integridad en la información contable y presupuestaria de la Utem.
b. La Utem presenta un déficit que la obligó a recurrir a los anticipos de los aportes fisca les directos, traspasos desde su sociedad Edutem S.A. y la utilización de dineros provenientes de proyectos Mecesup para cubrir gastos operacionales.
c. Se observó que los Centros de Costos de la Universidad actuaban sin un marco de referencia en cuanto al presupuesto institucional de la Casa de Estudios.
d. Se observó que la Universidad mantiene un elevado nivel de endeudamiento con bancos, entidades previsionales y proveedores. Además, había adquirido varios inmuebles a través del sistema de leasing.
e. Se constató que la sociedad de Transferencias Tecnológicas Utem S.A., había recibido de parte de la Utem la suma de $ 80.261.580, lo que no se reflejó en la contabilidad de la Casa de Estudios Superiores.
f. Se impugnó el convenio celebrado entre la Utem y la Sociedad Box Air S.A. 3. Seguimiento a los informes Nº 5/2004 y 56/2005:
La Contraloría General realizó un seguimiento del grado de cumplimiento de las observaciones realizadas en los informes individualizados precedentemente, mediante los siguientes instrumentos:
a. Mediante Oficio Nº 51.785, de 2 de noviembre de 2006, se informó a doña Carolina Tohá Morales, Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación de la Honorable Cámara de Diputados, las observaciones pendientes de respuesta por parte de la Utem.
b. En el Informe Nº 1162007, consta la auditoría practicada al Proyecto de Financia miento de la Educación Terciaria (Mecesup 2) por resultados financiado parcialmente por el préstamo Nº 7317CH, del Banco Mundial, por el periodo comprendido entre el 19 de agosto de 2005 y el 31 de diciembre de 2006, concluyéndose que sus estados financieros se encuentran razonablemente en orden, incluyéndose dentro de éstos los fondos entregados a la Utem. c. En el mes de octubre y noviembre del año 2007, se realizó un seguimiento por parte de una auditora de la Contraloría General respecto del grado de cumplimiento de las observaciones contenidas en los informes Nºs 5/2004 y 56/2005, advirtiéndose un cumplimiento parcial de las observaciones.
4. Informe Nº 8/2008, respecto de la situación de la carrera de Criminalística dictada por la Universidad Tecnológica Metropolitana.
En el mes de noviembre del año 2007, don Juan Pablo Rojas Soto, egresado de la carrera de Criminalística impartida por la Universidad Tecnológica Metropolitana, formuló ante el Organismo de Control una serie de consideraciones relacionadas con el funcionamiento de la señalada carrera, solicitando un pronunciamiento acerca de dichas materias. A raíz de dicha presentación, la División de Auditoría Administrativa de la Contraloría General elaboró, en el mes de mayo de 2008, el Informe Nº 8/2008, en el cual se concluyó la concurrencia de eventuales irregularidades en la señalada Universidad, anomalías que son uno de los antecedentes del sumario administrativo que se instruye en la Utem, las que a continuación se detallan:
a. El convenio celebrado entre la Utem y la Sociedad Celta S.A. es contrario a derecho, ya que a través de él ciertas carreras serían impartidas por un tercero a nombre de la Universidad, situación incompatible con las normas de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza aplicables a entidades de educación superior y que, en el caso de dicha universidad estatal, se aparta de los principios y reglas sobre competencia de los órganos públicos establecidos en la Carta Fundamental.
b. En ningún caso una Universidad puede delegar en una persona jurídica, incluso formando parte de ella, funciones de índole educacional.
c. También sería contrario a derecho el acuerdo celebrado entre la Utem y la Sociedad Celta S.A., en lo relacionado con la obligación de esta última de contratar a los profesores de la carrera de Criminalística impartida par la señalada Universidad.
d. Se constató poca claridad acerca de las obligaciones pecuniarias que asumieron las Sociedades Celta S.A. y Edutem S.A. ante la Utem, originada en que la vinculación de los estudiantes con dichas sociedades administradoras depende del año en que ingresaron a la carrera y si tienen la calidad de alumnos diurnos o vespertinos. La situación descrita se materializó en distintos convenios celebrados entre la Universidad y esas sociedades, con cláusulas poco claras y con algunas que se contraponen entre sí, procediendo a refundir y modificar sus textos en innumerables ocasiones.
Asimismo, los gastos que cada una de las sociedades debe afrontar se confunden, por cuanto no obstante que conforme al convenio con Celta, los honorarios de los profesores de Criminalística deben ser soportados por esta sociedad, en la práctica, solicitados diez contra tos de trabajo de estos profesionales, en todos ellos Edutem S.A. pagó sus honorarios.
e. Finalmente, resulta objetable la utilización de la insignia institucional de Carabineros de Chile en el material de difusión de la carrera de Criminalística impartida por la Utem, pues contraviene la Ley Orgánica Constitucional de dicha fuerza de orden y seguridad.
5. Informe Nº 21/2008, sobre la regularidad de las operaciones de la Sociedad Administradora de Servicios Educacionales Edutem S.A., auditoría donde se formularon las siguientes observaciones:
a. Se detectó una contraposición entre las obligaciones que asumieron las sociedades Edutem S.A. y Celta S.A. respecto de los convenios celebrados con la Universidad Tecnológica Metropolitana, en relación con los pagos que la primera sociedad realizaba a la segunda y la carrera de Criminalística impartida por ambas.
b. Se constató que la sociedad Edutem S.A., durante el año 2007, omitió cobrar a la Utem la suma de $ 4.365.727, por la administración de carreras de ingreso especial impartidas por dicha Universidad.
c. Se detecto en la sociedad Edutem S.A. la existencia de fondos pendientes por rendir por la suma de $ 33.980.627.
Las observaciones realizadas en el señalado informe son materia del sumario administrativo que se instruye en la Utem.
6. Informe Nº 22/2008, sobre la regularidad del proceso de cesión de las acciones de la Sociedad de Transferencia Tecnológica Utem S.A., auditoría donde se formularon las siguientes observaciones:
a. Se constató el incumplimiento del Convenio de Gestión celebrado entre la Sociedad de Transferencias Tecnológicas y la Fundación Para el Desarrollo Duradero y Asistencia de los Desfavorecidos, DDAD, en el sentido que esta última no devolvió a la señalada sociedad, al 30 de septiembre de 2007, la suma de $121.565.467.
b. La concurrencia de un conflicto de intereses entre los participantes del Convenio celebrado entre la Sociedad de Transferencias Tecnológicas y la Fundación Para el Desarrollo Duradero y Asistencia de los Desfavorecidos, DDAD, al ser el Rector de la Utem, don Miguel Avendaño Berríos, presidente de los directorios de la fundación y de la señalada sociedad.
c. Se detectó que el Gerente de Administración y Finanzas de la Sociedad de Transferencias Tecnológicas y la Fundación, quien prestaba funciones como contador de la sociedad, cobró honorarios por funciones propias de su cargo por la suma de $ 3.755.553.
Las observaciones realizadas en este informe son materia del sumario administrativo que se instruye actualmente en la Utem.
7. Sumario Administrativo.
En los Informes Nº 21 Y 22, ambos de 2008, se concluyó que era necesaria la instrucción de un procedimiento disciplinario en la Universidad Tecnológica Metropolitana, destinado a determinar las responsabilidades que surgieran de las observaciones realizadas en dichas auditorías. Durante la tramitación del sumario se incorporó el Informe Nº 8/2008.
Conforme a lo señalado en el párrafo precedente, con fecha 25 de abril de 2008 se dictó la resolución Nº 1165, que ordenó la instrucción de un Sumario Administrativo en la Universidad Tecnológica Metropolitana, el que actualmente se encuentra finalizado en su etapa indagatoria y con cargos formulados que se encuentran en etapa de aprobación.
Durante la sustanciación del referido proceso sumarial, el Rector de la Utem renunció a su cargo, lo que se aceptó por el Ministerio de Educación mediante decreto Nº 314, de 23 de Mayo de 2008.
Dicho sumario debiera ser puesto a disposición del Contralor entre mediados y fines de septiembre, para quedar completamente afinado alrededor de la primera semana de octubre próximo.
En relación con la Universidad de Valparaíso.
El Contralor General informó haber instruido a la Contralora Regional, señora Dorothy Pérez, en el sentido de efectuar una auditoría en razón de una serie de denuncias formuladas
por el senador Nelson Ávila y un conjunto importante de recurrentes, entre ellos, estudiantes de dicha universidad que acudieron a la Contraloría Regional para hacer presente una serie de irregularidades que estaban viendo, suponiendo y detectando, la que culminó con la emisión del el informe final Nº 7, de febrero de 2008.
En ese informe se concluyen varios puntos esenciales. En primer lugar, que la Universi dad de Valparaíso pagó rentas de arrendamiento con un sobreprecio evidente, en relación con terrenos pertenecientes a una sociedad creada por ella misma.
En segundo lugar, se le reprochan las deudas que mantiene con la Intendencia de la Sexta Región, por un emprendimiento educativo que decía asumir la universidad en concordancia con el gobierno regional respectivo, y que implicó la construcción de una sede en la localidad de Rengo, cerca de Rancagua.
En tercer lugar, se reprocha una serie de compensaciones que se efectuaron con acreedo res de la universidad, particularmente con el restaurante Coco Loco.
En cuarto lugar, se le reprocha el incumplimiento evidente de la Ley de Compras Públicas, Nº 19.886. Al respecto, explicó que las universidades estatales son personas jurídicas de derecho público y los fondos que administran también son públicos, pero ellas alegan que deben competir con instituciones privadas y se encuentran con una serie de trabas y restricciones que les dificultan la competencia. Entonces, son renuentes a utilizar los mecanismos de adquisición de bienes establecidos para todos los servicios públicos. Sin embargo, este reclamo es más aparente que real, pues hay universidades que funcionan perfectamente con dicha ley. Por ejemplo, la Universidad de Talca observa un cumplimiento estricto de las condiciones de la ley 19.886, una invocación precisa de las condiciones de trato directo, cuando éste corresponde, y un cumplimiento material objetivo respecto del gasto público de los proyectos Mecesup y de los proyectos de financiamiento especial de Conicyt, cuando corresponde la aplicación de esos estatutos. Por ello, lo que hace este informe es un claro reproche a la forma cómo la Universidad de Valparaíso está transgrediendo la ley 19.886.
En quinto lugar, se hace un reproche a la Universidad en relación con las asignaciones de mérito y gestión que se pagaron irregularmente a algunos docentes y a algunos directivos, quienes recibieron beneficios remuneratorios distintos al resto de los funcionarios de la institución.
En sexto lugar, se le reprocha haber incumplido los oficios de la Contraloría Regional que se emitieron en el marco de la ley Nº 20.044. Destacó el Contralor que esta ley fue un gran aporte del Congreso Nacional para la solución del endeudamiento de las universidades esta tales, pues se les permitió, por una sola vez, reendeudarse y sanear el pasivo patrimonial que traían, pero esto supone reglas de constitución y de construcción de esa deuda que dice relación con el gasto público y con las formas de aplicación del decreto ley Nº 1.263, que es la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, y las leyes de presupuestos. Entonces, lo que hizo la Contraloría fue disciplinar a todas las universidades estatales, en el sentido de darles a conocer los requisitos y la forma de endeudarse, por ser ella a quien corresponde refrendar la constitución de dicha deuda, que es pública. Sin embargo, la Universidad de Valparaíso fue persistente en mantenerse sobreendeudada en términos de dicha ley.
Por todas estas razones, el nivel central de la Contraloría General de la República ordenó que se instruyera un sumario en la Contraloría Regional de Valparaíso, que está en curso.
Por otra parte, con fecha 20 de abril de 2008, el informe final Nº 7 fue puesto a disposición del Ministerio Público, por estimarse que las irregularidades detectadas en el marco de la auditoría a que él se refiere podrían ser constitutivas de delito.
Además, en relación con los sobreprecios que la Universidad de Valparaíso pagó respecto de los inmuebles que compraba a través de una sociedad que ella misma había constituido (Sociedad Administradora de la Gestión Universitaria, Sagu), se decidió hacer la denuncia el 5 de enero de 2007, causa que está radicada en la Fiscalía y caratulada como estafa y otras defraudaciones, en el contexto de una investigación que está siendo desarrollada por el Ministerio Público.
b) Documentos recibidos.
A. De la Comisión de Educación.
1. Acta de la sesión 18ª, especial, de 3 de julio de 2006.
En esta sesión, el académico de la Utem, señor Carlos Silva Cortés, denunció que en esa casa de estudios se habían producido un cúmulo de irregularidades, siendo quizás la principal de ellas el mecanismo de elección de sus autoridades. La crisis llegó a tal punto que se le negó la acreditación a la universidad, tanto en materia de gestión institucional como en lo relativo al otorgamiento de títulos de pregrado, medida que a su juicio revelaba en toda su magnitud el mal momento por el que atravesaba, ya entonces, la Universidad Tecnológica Metropolitana.
En el plano administrativo continuó el señor Silva, la Contraloría General de la Repúbli ca había detectado la comisión del delito de malversación de fondos en dicha casa de estu dios superiores, pero las responsabilidades correspondientes, empezando por las del rector, no se habían hecho efectivas hasta entonces. También se había demostrado que los controles internos no estaban funcionando, pero, paradojalmente, se habían presentado saldos favorables para proyectar una imagen positiva ante la opinión pública. Los montos involucrados en los malos manejos administrativo-financieros alcanzaban a miles de millones de pesos y el Ministerio de Educación se encontraba al tanto de esa situación, pues a través del oficio Nº 1044, hizo ver en su momento, a la máxima autoridad de la Utem, que estaba administrando en forma inadecuada los liceos que tenía a su cargo, amén de transgredir el Estatuto Docente y de no pagar las planillas previsionales, entre otras irregularidades. Por otro lado, la Utem había presentado, según el denunciante, documentación “maliciosa” para adjudicarse la administración de los establecimientos educacionales que detentaba, hechos que no podían ser desmentidos por auditorías internas de la rectoría.
Mencionó también que la Utem había adquirido 3 inmuebles por un total de $1.222 millones, sin que se hubiera justificado la compra, y que tales inmuebles no habían sido utilizados ni mantenidos debidamente.
Agregó que la Utem había privatizado la mitad de la educación que impartía o debía impartir. Ejemplo de lo anterior era la carrera vespertina de perito en criminalística, que tenía alrededor de 5.000 alumnos. Dijo entender que el rector de la universidad, don Miguel Avendaño, se había amparado en el artículo 1° del estatuto de la Utem para adoptar tal decisión, que en la práctica se había traducido en la creación de una sociedad anónima a la cual se traspasó la administración de las carreras “privatizadas”. Lo anterior, que involucró una operación de aproximadamente 6.000 millones de pesos, constituía en su concepto un atropello a los estatutos y al propio Gobierno, que cuenta con tres representantes en el Consejo Superior de la Utem. Pero lo más grave de la situación descrita estribaba en que la privatización de carreras universitarias configura un atentado al principio según el cual el Estado debe velar por la calidad de la educación superior, sin que ello comporte una intromisión en la autonomía universitaria. Señaló que, aparte de crearse la aludida sociedad anónima, se ignoraba quiénes eran sus socios, cuál era la remuneración u honorario que recibían, etcétera, todo lo cual hace que, si bien estas figuras jurídicas son muy válidas en el ámbito comercial, sean fuente de corrupción en la especie, pues la única responsabilidad de la sociedad anónima en comento frente a la Utem era entregarle el 10% de la suma arriba consignada, o sea, $ 600 millones.
Expresó, finalmente, su preocupación por sistema electoral imperante en la universidad, pues estaba plasmado en los reglamentos internos y no en los estatutos, como correspondería. Ello había determinado que el rector fuera reelegido indefinidamente. La comunidad académica no había reaccionado frente a este cuadro y se apreciaba una especie de “miedo insuperable” a intentar cambiar el curso de los acontecimientos. Añadió que, a la fecha, el rector efectuaba los nombramientos más importantes y que de él dependían las distintas escuelas, a cargo de directores cuyo mandato duraba apenas un año, y de éstos últimos los profesores, tanto de planta como a contrata. Señaló que el sistema de elecciones internas había hecho de los académicos auténticos “rehenes” del rector, pues en ellas había candidatos únicos y sus resultados se conocían de antemano, resultando inaceptable que perdurara un sistema con tales características, máxime cuando el rector no ostentaba ni siquiera un título profesional.
Concluyó el señor Silva manifestando que, pese a que las irregularidades antes descritas fueron puestas en conocimiento de la justicia, ésta no había hecho “nada” en más de siete años, y que el restablecimiento del imperio del derecho al interior de la Utem, incluida la elección de sus autoridades a través de un mecanismo genuinamente democrático y participativo, era una tarea impostergable.
Por su parte, el académico señor Claudio Vila Ceppi se manifestó especialmente afectado por la negativa a la acreditación de la Utem, pues el Estado había entregado a los académicos la administración de un plantel de educación superior que contaba entonces con 17 mil alum nos, en el que se estaban produciendo una serie de hechos irregulares que constituían un baldón para la universidad. Entre ellos, el no pago de cotizaciones previsionales, que llegó a alcanzar la suma de $7 mil millones, deuda que afortunadamente se había satisfecho en un 50% el año 2005.
Planteó que la tarea más urgente de abordar era la renovación de los estatutos de la Utem, pues los vigentes acusaban un fuerte desequilibrio entre los poderes del rector y los del Consejo Superior. Las atribuciones de los consejeros eran pocas y carecían de un perfil adecua do, lo que explicaba su escaso compromiso con la universidad. El Estado, por su parte, había visto mermado su prestigio como ente encargado de supervigilar el desarrollo de la educación superior, por lo que llamó a tomar cartas en el asunto, pues el panorama no se avizoraba positivo, ya que mientras persistiera el esquema de gobierno existente al interior de la Utem, no habría contrapesos al poder del rector y los débiles sistemas de fiscalización interna continuarían siendo manipulados por las autoridades de la universidad.
El presidente de la Federación de Estudiantes de la Utem, señor Sebastián Valdivia, des tacó el hecho de que el 80% de los alumnos de esa universidad solicitaba crédito fiscal para pagar sus estudios, lo cual pone de manifiesto que la Utem está orientada a los niveles socio económicos medio y bajo de la sociedad chilena. Bajo esta perspectiva, es la universidad con más alumnos pobres de todo el país y había consenso entre los estudiantes sobre la necesidad de modificar de raíz su institucionalidad, ya que ellos contaban con dos representantes ante el Consejo Superior, pero sólo con derecho a voz. Destacó, sin embargo, que era difícil cambiar las cosas, porque el rector, que llevaba varios años en el cargo, contaba con la adhesión de grupos claves al interior de la universidad, entre ellos, la Asociación de Funcionarios (Anfutem).
Planteó que el propio Ministerio de Educación había reconocido que la Utem era una universidad “viciada”, pero no había querido intervenir en ella, en virtud del principio de la autonomía universitaria. Al respecto, opinó que la gravedad de la situación por la que atravesaba la institución ameritaba, sin desconocer la importancia del referido principio, una actuación decidida del Gobierno en este caso.
A su turno, la Vicepresidenta de la Federación de Estudiantes de la Utem, Srta. Paulina Ruz, sostuvo que había tomado conocimiento de sendas cartas enviadas por la diputada señora Adriana Muñoz y por el senador don Carlos Cantero al Ministro de Educación, solicitándole realizar las gestiones necesarias para acreditar a la Utem y que, de acuerdo a cierta in formación que había recibido, ambos parlamentarios tenían vínculos con la sociedad a que hizo alusión el señor Silva, que cabría aclarar.
Denunció, además, que muchos alumnos que habían seguido una carrera profesional en la Utem se encontraban después con la sorpresa de que se les expedía solamente un título técnico, en razón del número de horas lectivas de que constaba la malla curricular de esa carrera (unas 1.700), en circunstancias que nadie les había advertido oportunamente de ello.
En una nueva intervención, el señor Silva manifestó que era de particular importancia lo concerniente a la calidad de la educación que estaba brindando la universidad, sobre todo en carreras masivas como el ya citado ejemplo de criminalística. Añadió que, pese a su gran número de alumnos y a la diversidad de estudios de pregrado que ofrece, la Utem no disponía de la carrera de pedagogía y que esta errónea concepción de lo que debe ser una universidad planteaba nuevamente la cuestión de la autonomía universitaria, que en el caso particular había devenido en una suerte de “extraterritorialidad jurídica” en beneficio de la Utem. Acotó que del presupuesto total de la Utem, que alcanzaba entonces a $ 17 mil millones, más de
$ 10 mil millones eran administrados por sociedades “satélites” de la universidad y que, aun que era difícil cuantificar el número de alumnos que cursaban carreras impartidas por estas sociedades, estudios confiables permitían asegurar que, con una adecuada administración del presupuesto, se podrían cubrir sin problemas las demandas de los distintos estamentos universitarios.
Intervinieron a continuación el Vicerrector de Transferencia Tecnológica y Extensión, señor Ricardo Neira, y el Vicerrector de Administración y Finanzas, don Néstor Ortiz, de la citada universidad.
El señor Neira observó, antes de formular los descargos en contra de las imputaciones efectuadas, cuyo detalle dijo desconocer, que las denuncias de los académicos constaban en un documento que ni siquiera aparecía firmado por éstos, y sugirió invitar al rector y a los representantes de los funcionarios de la Utem, para que la Comisión se formara una impresión cabal de la situación por la que atravesaba la institución.
Afirmó que la directiva de los académicos de la Utem había sido elegida democráticamente por sus pares, lo mismo que el rector, los directores de departamentos y los decanos de las distintas facultades.
Agregó que la universidad fue creada en 1993, resultando de la fusión de los Institutos Profesionales de Santiago y de Osorno, proceso en el cual se dio amplia participación a todos los sectores involucrados. Mencionó que la Utem tenía en ese entonces unos 8 mil alumnos en carreras diurnas y un número similar en horario vespertino. A su vez, los académicos sumaban aproximadamente 300, cifra que comprendía a los de jornada completa y media jornada.
Aseguró que las autoridades universitarias habían tenido especial preocupación por el tema del perfeccionamiento docente, como lo demostraba la asignación de US$ 3 millones en los últimos 6 años para este propósito, y que otra área de particular atención de la Utem eran los propios estudiantes, en beneficio de los cuales se invertía el 40% de los recursos disponibles. Recordó que más del 60% de los alumnos de la universidad pertenecía a hogares con ingresos mensuales iguales o inferiores a $ 250 mil, lo que permitía afirmar que la Utem es, por excelencia, la universidad de la “movilidad social”, no obstante lo cual, el Gobierno no atendía a este factor para entregarle más recursos.
2. Anexos al acta de la sesión 18ª:
i) Presentación del señor Carlos Silva.
ii) Análisis de las Causas y Consecuencias del Rechazo a la Acreditación de la Utem (20052006), por Claudio Vila.
3. Acta de la sesión 20ª, de 10 de julio de 2006.
En esta sesión, intervinieron el ex académico de la Utem, señor Jorge Larrondo, y el miembro de Consejo Superior, señor Luis Pinto, quienes denunciaron ciertas deficiencias en la malla curricular de algunas carreras, la exoneración de académicos que tenían opiniones críticas respecto de la gestión del Rector, la falta de pago de las cotizaciones previsionales de los funcionarios, anomalías en la gestión administrativa y financiera de la actual administración, falta de transparencia en los procesos electorales y falta de rigurosidad en la formación de profesionales, dejando a disposición de la Comisión antecedentes que avalaban sus respectivas intervenciones.
Posteriormente, intervinieron los señores Miguel Avendaño, Rector; Patricio Olivares, Vicerrector Académico; Néstor Ortiz, Vicerrector de Administración y Finanzas; Ricardo Neira, Vicerrector de Transferencia Tecnológica; José Hormazábal, Director de Planificación, y señoras Clara Viviani, Directora Jurídica, y Paulina Correa, Contralora, todos de la Utem, quienes se refirieron a las acusaciones planteadas en la sesión anterior, en los siguientes términos.
Respecto de la acusación relativa a que la Contraloría General de la República habría detectado una malversación de fondos en dicha Casa de Estudios Superiores, se sostuvo que no era efectivo, según documento que se acompañó.
En síntesis, en dicho documento se informaba que la Utem había recibido recursos del Programa Mecesup para el mejoramiento de distintas áreas de la función universitaria, tales como el desarrollo de la capacidad académica, la innovación del proceso educativo, el fortalecimiento tecnológico, la infraestructura para la docencia y la modernización de la gestión.
Se añadía que, desde el año 1999 a la fecha, la Institución había sido adjudicada con
$ 2.526,9 millones de pesos en 14 proyectos Mecesup, comprometiendo contrapartes por
$ 520,6 millones de pesos y que, al 31 de marzo de 2006, el uso total de recursos Mecesup en los distintos proyectos ascendía a $ 1.308,2 millones. El remanente de recursos Mecesup que permanecía en depósitos a plazo y en las respectivas cuentas corrientes de los proyectos, era de $ 521,6 millones.
Respecto de la afirmación de que se habría presentado documentación “maliciosa” para adjudicarse la gestión de los establecimientos educacionales que detentaba la Utem, se señalaba que, efectivamente, hubo un error involuntario en la redacción de uno de los documentos, lo que se subsanó posteriormente, agregándose que no era efectivo que no se estuviera cumpliendo con la obligación de proporcionar los recursos necesarios para el adecuado funcionamiento de dichos establecimientos, ya que en ellos se estaba implementado un taller de vestuario y un casino, para asegurar la práctica de los alumnos, de acuerdo a las distintas especialidades que se impartían en los mismos.
En lo relativo a las supuestas anomalías que se habrían detectado en la adquisición de propiedades, se aseveraba que se compraron dos terrenos en la calle Dieciocho, con objeto de aumentar la infraestructura universitaria. En uno de ellos estaba instalada la Facultad de Arquitectura y, en el otro, se proyectaba la instalación del Instituto de Idiomas.
Sobre la denuncia de que se habrían realizado auditorías para analizar las observaciones hechas presente por la Contraloría General de la República, se informaba que se habían realizado algunas auditorías o consultorías entre los años 2005 y 2006, pero con finalidades diferentes, citándose en particular una consultoría especializada efectuada por la empresa Ernst AMP; Young, para generar una estrategia de focalización de las actividades de control interno; una auditoría a los estados financieros del año 2006, de conformidad a las nuevas exigencias de la ley N° 20.044, realizada por K.P.M.G Consultores, y una consultoría para el rediseño de procesos de la universidad, llevada a cabo por Sonda S.A., enmarcada en la puesta en marcha de una nueva plataforma de gestión integrada denominada “Acuario”.
En cuanto a la visita de inspectores de la Secretaría Regional Ministerial de Salud a la sede Macul de la universidad, se informaba que con fecha 22 de junio de 2006 se habían constituido dos funcionarios, debido a una solicitud de fiscalización de origen no precisado, pero el día anterior a la visita había terminado una toma estudiantil, por lo que recién se estaba normalizando la sede. A las observaciones efectuadas por la Contraloría al respecto, se habían acompañado antecedentes aclaratorios y se estaban realizando las correcciones sugeridas.
En cuanto a que no se estaría cumpliendo con el aporte requerido para el crédito universitario, se exhibió documento que daba cuenta del universo de alumnos ingresados, la situación patrimonial, la evolución del crédito, los ingresos y gastos netos y los índices financieros.
En lo relativo a la denuncia de que la Utem había “privatizado” parte de la educación que imparte, mediante la creación de una sociedad anónima a la cual se había traspasado la administración de las carreras “privatizadas”, se aclaró que este mecanismo se había adoptado para hacer más eficiente la gestión y administración de ciertos programas vespertinos, agregando que la sociedad anónima se había constituido de acuerdo con el Estatuto Orgánico de la universidad y de conformidad con todas las solemnidades que la normativa exige, prueba de lo cual era que la Contraloría General de la República había tomado razón de su constitución y el Servicio de Impuestos Internos la declaró exenta del pago del IVA por la prestación de sus servicios.
Acerca de la afirmación de que existían irregularidades en el mecanismo de elección de las autoridades de la Utem, se sostuvo que se cumplían estrictamente las normas relativas al sistema electoral de conformidad con los reglamentos internos, siendo todo el proceso claro, transparente y con un alto grado de participación.
Respecto de las descalificaciones personales y académicas de que era objeto el Rector, se consideraron absolutamente inapropiadas, ya que, por lo demás, las acciones judiciales para impugnar su título profesional habían sido desestimadas por los tribunales de justicia.
Sobre las supuestas vinculaciones que tendrían algunos parlamentarios con la sociedad anónima que gestionaba las carreras vespertinas en la universidad, se aclaró que la diputada doña Adriana Muñoz y el senador don Carlos Cantero habían sido invitados a participar en algunas charlas y conferencias dictadas por la misma.
Por último, en materia de formación docente, se especificó que se estaba elaborando un plan de perfeccionamiento fundamental, PPF, para establecer programas de perfeccionamiento para profesores de enseñanza básica.
Frente a los planteamientos de los miembros de la Comisión, el Rector Avendaño afirmó que no existía ningún procedimiento pendiente ante la Contraloría General de la República.
En lo relativo al proceso de acreditación, explicó que la Utem se había sometido voluntariamente al Proceso de Acreditación impulsado por el Gobierno, creando para la administración del mismo, por acuerdo del Consejo Superior adoptado en agosto de 2004, la Dirección General de Autoevaluación y Acreditación. Añadió que en este proceso habían participado todos los estamentos que integraban esa casa de estudios superiores, dando como resultado un documento que fue presentado en octubre de 2005 ante la Comisión Nacional de Acreditación, la que en enero de 2006 había notificado la resolución de no acreditar a la Utem. En todo caso, informó que se había puesto en marcha un plan para superar las deficiencias y solicitar nuevamente la acreditación el año siguiente.
Respecto de la supuesta “privatización”, señaló, por último, que se trataba de un esquema privado de colaboración y apoyo a la labor de la universidad, que permitía cierta flexibilidad, especialmente en lo que dice relación con la contratación de académicos para impartir clases en horario vespertino.
4. Anexos al acta de la sesión 20ª:
i) Convenios de rebaja de aranceles y/o becas para las carreras de Licenciatura en Ciencias Criminalísticas y Técnico de Nivel Superior en Ciencias Criminalísticas, suscritos entre la Utem y la Asociación Nacional de Oficiales Penitenciarios de Gendarmería de Chile, Anop (16 de abril de 2003); el Círculo de Amigos de Carabineros de Chile del Departamento Asistencial y Recreacional B.1 (2 de abril de 2004); Carabineros de Chile (25 de mayo de 2004), y la Compañía de Bomberos de Santiago Chile Excelsior (12 de enero de 2006).
5. Acta de la sesión 78ª, de 9 de octubre de 2007.
Se contienen en esta acta las intervenciones de la ex Ministra de Educación, señora Yasna Provoste Campillay; del Jefe de la División de Educación Superior de la época, señor Julio Castro Sepúlveda; del Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor, señor José Roa Ramírez, y del Secretario General de la Corporación Santo Tomás, señor Fernando De la Jara.
La señora Provoste (Ministra de Educación) señaló que, aún cuando el Mineduc carecía de facultades fiscalizadoras con respecto a las instituciones de educación superior que han alcanzado su plena autonomía, había iniciado acciones en relación a 17 de ellas que impartían carreras del área de criminalística y que a la sazón eran motivo de preocupación para aproximadamente 15.126 estudiantes y sus familias.
Añadió que, en el marco de la legalidad vigente, se había previsto abordar esta dificultad desde tres ámbitos de acción:
1. Ausencia de campo laboral, donde el Mineduc no tenía ninguna atribución para inter venir, pues cuando se tramitó la Ley de Acreditación, hubo un rechazo parcial del Congreso a la posibilidad de otorgárselas. De esta manera, amparándose en la autonomía que les reconoce la Loce, las universidades tanto públicas como privadas podían impartir carreras como las que ahora preocupaban a tantas familias.
Puntualizó que, en el año 2002, el CFT Austral, creado por la Universidad homónima, solicitó autorización al Mineduc para abrir la carrera de perito forense, la que fue evaluada en conjunto con Investigaciones y aprobada de manera restringida, comenzando con 68 alumnos, todos trabajadores vinculados a una institución que, a través de franquicias Sence, podrían adquirir las destrezas necesarias para apoyar sus tareas en el área de criminalística. Hubo entonces preocupación por garantizar que dicha carrera tuviera un campo laboral seguro, pero eso fue posible porque el CFT Austral no gozaba de autonomía, y a la fecha permanecían tan sólo 8 alumnos en ella.
2. Publicidad engañosa. El Mineduc había iniciado, en conjunto con el Sernac, un proceso de mediación con las instituciones involucradas, oficiando a todas ellas para que propusieran soluciones a sus alumnos del área de criminalística, obteniendo de las mismas diversas res puestas, pero no la que esperaban aquellos estudiantes que habían decidido retirarse. La Corporación Santo Tomás era la que más prontamente había respondido a este requerimiento, ofertando soluciones que implicaban la continuidad de los alumnos en sus aulas, faltando resolver el problema de quienes no deseaban continuar en ellas.
3. Aseguramiento de la calidad. El Mineduc había tomado la decisión de informar a la CNA de esta situación, por considerar que ella se traducía en un problema de gestión de las instituciones, toda vez que abrir una carrera sin campo ocupacional, con diferencias de in fraestructura, de equipamiento y de personal docente entre su casa central y sus sedes, entre otras consideraciones, era algo que incidía precisamente en la calidad del servicio que ofrecen y que debía ser tomado en cuenta para su acreditación. El señor Roa (Director Nacional del Sernac) informó a su vez que la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor (LPC) se aplica en el ámbito de la educación a los niveles básico, medio, técnico y universitario, en lo que dice relación con las normas de equidad contractual, esto es, con la validez de las cláusulas de los contratos de adhesión; con las obligaciones de información; con la prohibición de cobrar precios superiores a los exhibidos; con la publicidad de las promociones y ofertas, siendo procedentes acciones individuales y colectivas por infracción a dichas normas ante los juzgados de policía local, quienes pueden imponer sanciones a los infractores y el pago de indemnizaciones por los daños causados, en este caso, a favor de los estudiantes. Se excluye expresamente, sin embargo, la procedencia de estas acciones por la calidad de la educación impartida, por ser éste es un ámbito que excede al promedio de las relaciones de consumo, debiendo en todo caso respetarse las condiciones ofrecidas, sin que ellas puedan alterarse sustancialmente durante la prestación de los servicios.
En consecuencia, existen ciertas condiciones mínimas que deben respetarse en los contra tos educacionales, que son de orden público económico y, por tanto, irrenunciables para los alumnos, por lo que rigen aun cuando éstos hubieran consentido en dejarlas sin efecto.
Agregó que, en el caso de la formación de peritos, había sentencias que habían puesto en entredicho el cumplimiento de la obligación de informar de manera veraz, oportuna y comprobable por parte del oferente. Algunas instituciones habrían garantizado un campo ocupacional en laboratorios públicos o privados de criminalística, al menos en los casos conocidos y fallados por los tribunales, lo que en la práctica no había resultado efectivo, pues para des empeñarse en laboratorios públicos de criminalística, como son los de Carabineros e Investigaciones, se debe ingresar a esas instituciones en calidad de funcionario, lo cual exige cumplir ciertos requisitos de formación profesional, que el solo estudio de las carreras cuestiona das no permite.
Al respecto, señaló, el Sernac había trabajado, en una primera línea, en conjunto con el Mineduc, requiriendo información a las instituciones sobre el número de alumnos matricula dos en carreras del área de criminalística, egresados por semestre, reclamos presentados y sus resultados, así como los soportes publicitarios de la oferta educativa pertinente. Se había oficiado también a las instituciones del sistema procesal penal, para que informaran si los egresados de dichas carreras podrían desempeñarse como peritos en algún área de sus respectivas competencias, siendo a la fecha negativas la mayor parte de sus respuestas. En los días siguientes habría una reunión para evaluar si las expresiones utilizadas en la publicidad de las instituciones educativas resultaban comprobables y, de no ser así, determinar las acciones a seguir.
En una segunda línea de trabajo, el Sernac había recibido hasta entonces 522 reclamos, tanto individuales como colectivos, a lo largo del país. Aclaró que, como el costo de reclamar es a veces mayor que el beneficio, no siempre el número de afectados era idéntico al de reclamantes, pero afirmó que la labor del Servicio era velar por que se les resolviera el problema a todos los estudiantes que se encontraban en la misma situación, especialmente cuando se ponía en juego la fe pública, que es lo que la ley del consumidor intenta resguardar en materia de publicidad. Estos reclamos habían sido puestos en conocimiento de las respectivas instituciones, a fin de que éstas propusieran soluciones, las cuales habían sido consideradas insatisfactorias por los reclamantes, por lo que, teniendo antecedentes de que hubo información no comprobable sobre un aspecto esencial del servicio ofrecido, como es el campo laboral de la carrera de criminalística, ellos habían sido derivados a los juzgados de policía local, obteniéndose, en el caso del Instituto Profesional de Chile, sentencia condenatoria por publicidad engañosa, con infracción de la Ley del Consumidor, producto de lo cual los estudiantes afectados debían ser indemnizados de todo daño causado. Había otros juicios en curso en algunas regiones y, en otras, los procesos estaban todavía en la etapa administrativa de mediación.
Planteó que, desde la perspectiva de las leyes de consumo, era menester fijar un criterio común sobre las condiciones relevantes del servicio educacional que deben ser informadas a los estudiantes y sus familias antes de contratar, las que además deben ser comprobables.
El señor De la Jara (Secretario General de la Corporación Santo Tomás) advirtió que esta institución, que alberga en su seno una Universidad, un Instituto Profesional y un Centro de Formación Técnica, tenía a la fecha 33 años de existencia y se encontraba debidamente acreditada, por lo que la decisión de abrir la carrera de criminalística no había sido una aventura para ella. Explicó que dicha carrera fue abierta en 2004, previo estudio del diseño curricular y de su futuro campo laboral, teniendo en cuenta para esto los dichos del ex presidente Lagos en el sentido que la nueva justicia penal requeriría más actores e intervinientes en los procesos; que el Fiscal Nacional instruyó, en enero de 2002, a los fiscales del Ministerio Público, en orden a contratar peritos privados en caso necesario, previo pacto de honorarios; que la Contraloría, en dictámenes de marzo de 2004 y de marzo y abril de 2006, había establecido que los peritos de Investigaciones y Carabineros, que asisten normalmente al Ministerio Público, no podían al mismo tiempo efectuar pericias para la Defensoría Penal Pública; que el Defensor Regional del Maule, en respuesta a una consulta específica del Sernac, había in formado que los egresados del IP Santo Tomás podrían trabajar en esa defensoría cuando fueran requeridos por ella; que el año 2004 el Ministerio de Educación autorizó la apertura de una carrera semejante en el CFT Austral, dependiente de la Universidad homónima, perteneciente al Consejo de Rectores, y que la misma carrera se había iniciado en 2002 en la Universidad Tecnológica Metropolitana, sin que ninguna autoridad hubiera advertido que se estaba impartiendo, en una institución del Estado, una carrera sin campo laboral. Mencionó, por último, que algunos de los profesores que impartían la carrera en el IP Santo Tomás eran funcionarios en servicio activo de Carabineros e Investigaciones, lo que para una institución privada constituía un sello de legitimidad de la misma.
Informó, por otra parte, que el IP Santo Tomás había invertido más de 1,5 millones de dólares en la implementación de la carrera de criminalística, a fin de asegurar su entrega en condiciones de excelencia en todas sus sedes a lo largo país, lo cual demostraba también la seriedad de este emprendimiento y la confianza de la institución en su desarrollo futuro. Frente a lo afirmado por algunos estudiantes en el sentido de que el equipamiento de la carrera en cuestión era insuficiente en relación con el número de alumnos de la misma, señaló que la determinación de los estándares de equipamiento para cada carrera es parte sustantiva de la acreditación institucional que la Corporación Santo Tomás había obtenido y, por tanto, no se hacía arbitrariamente. En todo caso, advirtió, en uno de los anexos al informe remitido al Mineduc y al Sernac se contenía una completa descripción del equipamiento de las carreras del IP Santo Tomás, corregido por el número de alumnos.
Con respecto al requerimiento conjunto del Mineduc y del Sernac, dio a conocer un plan de soluciones que contemplaba la posibilidad de que los estudiantes de criminalística del IP Santo Tomás se cambiaran, “guardando los requerimientos académicos del caso”, a cualquiera otra carrera del mismo, de cualquiera de sus sedes, o de la Universidad o del CFT dependientes también de la Corporación, con beca del 50% del arancel de las nuevas carreras que eligieran y sin cobro alguno por los trámites internos que esto demandase (certificados, con validaciones, etc.) Para los que continuaran, se congelarían los aranceles vigentes y se abrirían los laboratorios de la institución al uso gratuito de sus egresados y titulados para ayudarles a instalarse profesionalmente. Este plan, afirmó, había sido entregado en junio a los estudiantes y se había continuado afinando con el Mineduc, pero se haría público después de la reunión programada con éste para el día siguiente a esta sesión.
Finalmente, señaló que, a partir de junio del año en curso (2007), se había contratado en cada sede una persona dedicada exclusivamente a abrir el campo laboral en el área de criminalística, ayudando a conseguir prácticas, a encontrar trabajo, a efectuar pasantías, etcétera, lo que había permitido que a la fecha hubiera 105 alumnos del IP Santo Tomás, cuya nómina ofreció hacer llegar a la Comisión, trabajando en defensorías, notarías, estudios jurídicos, Registro Civil, Investigaciones y Carabineros, abriéndose también el campo laboral en compañías de seguros, bancos, Isapres y AFPs.
Luego de una ronda de consultas y comentarios de los diputados y diputadas presentes, en la cual se sugirió por parte de diputados de la Alianza que el Ministerio de Educación ten dría facultades que no ejerció para evitar la situación que aquejaba a los estudiantes de criminalística, lo cual revelaría una mala gestión de su parte, la Ministra señora Provoste aclaró que sólo el 17 de noviembre de 2006, a través de la Ley de Acreditación, se facultó al Mineduc para cerrar las carreras que ofrecen las instituciones de educación superior, siempre que ellas atentasen contra la moral, las buenas costumbres o el orden público, pero aun entonces con consulta al Consejo Superior de Educación.
En cuanto a la situación de la Utem, prometió hacer llegar a la Comisión el intercambio epistolar sostenido con esa institución, pero adelantó que la posición de ésta había sido siempre apelar a su autonomía para no entregar la información requerida.
Por otra parte, informó que el Ejecutivo había tomado la decisión de solicitar la renuncia a todos los representantes del Presidente de la República en las juntas directivas de las universidades estatales, aun cuando éstos no podían intervenir en materias como las que entonces preocupan a la Comisión, pues las juntas directivas tienen sus atribuciones fijadas en los respectivos estatutos, los que a su vez fueron fijados por leyes dictadas en la década de los 80 y que había sido imposible modificar debido a una resistencia inexplicable de parte de la Oposición.
Con todo, añadió, el Mineduc se había hecho cargo, desde la dictación de la ley 20.129, de mejorar su gestión, creando la página web www.futurolaboral.cl, donde se entrega información sobre las posibilidades laborales que ofrecen diversas carreras técnicas y profesionales de las instituciones acreditadas.
Recordó, además, que la acreditación está hoy en manos de una institución autónoma, como es la CNA, pero advirtió que había fallas que corregir, pues lo que revelaba el problema de los estudiantes de criminalística era que el equilibrio entre la autonomía universitaria y el libre mercado se había agotado. Por ello, planteó la necesidad de dotar de mayor transparencia a la oferta educativa de las instituciones y de resolver el problema puntual que ahora se presentaba, para lo cual emplazó a los diputados de la Alianza por Chile a apoyar un proyecto que restringiera la creación de carreras sin campo laboral y que además ofreciera soluciones concretas a los alumnos de las carreras de criminalística, el cual se comprometió a presentar a trámite legislativo en el transcurso de la semana siguiente.
El señor Castro (Jefe de la División de Educación Superior) hizo notar que la primera ocasión que habría para comprobar la calidad de las carreras de criminalística sería durante el proceso de acreditación o reacreditación a que deberían someterse a partir de ese año las instituciones que las impartían.
En otro orden de cosas, señaló que, a diferencia del observatorio del empleo, que es la información que entrega el Mineduc a través de la página web www.futurolaboral.cl, el Sis tema Nacional de Información, que se crearía a partir de la ley 20.129, permitiría al estudian te que postula a una carrera tener presente no sólo el campo laboral que ella ofrece, sino también el nivel académico de los profesores que la imparten, el promedio de tiempo que requiere para titularse, el nivel de retención de alumnos durante los dos primeros años, etcétera. Sin embargo, esta información sólo se había podido exigir a las instituciones de educación superior a partir de la dictación de dicha ley y, por razones de presupuesto, podría ser publicada recién el año 2008.
Consultado sobre la posibilidad de limitar la entrega de aportes estatales a las instituciones que incurran en engaño a los estudiantes, advirtió que tanto el Aporte Fiscal Directo como el Indirecto están regulados por ley. El AFI se distribuye entre las instituciones que captan a los 27.500 estudiantes con mejor puntaje en la PSU, mientras que el AFD se puede reducir anualmente en 5%, pero sólo en base a la variabilidad de ciertos parámetros establecidos también por ley, a saber: número de alumnos/jornadas completas, número de carreras/jornadas completas, número de académicos con grado de doctor/jornadas completas, número de proyectos de investigación/jornadas completas y número de publicaciones ISI/jornadas completas. No existe por tanto ninguna facultad discrecional del Mineduc al respecto.
Por último, planteó que, para ejercer un mayor control estatal sobre la creación de carreras, el Mineduc requería de atribuciones que hoy no posee, pero que no pueden estar limita das sólo a restringir la entrega de recursos públicos, sino que deben permitirle garantizar la fe pública, contando con información completa sobre la calidad de las instituciones para darla a conocer a los estudiantes, y adoptar medidas cuando detecte situaciones como la que ahora se presentaba, sin tener que depender de la buena voluntad de aquéllas, porque ninguna de las instituciones involucradas había propuesto soluciones para los estudiantes que deseaban emigrar y que se les devolviera su dinero, y el Ministerio carecía de facultades para exigírselas, salvo informar a la CNA Chile para que tome en cuenta esta situación en los procesos de acreditación o reacreditación de las mismas.
El señor Roa (Director Nacional del Sernac) señaló finalmente que la intervención del Servicio en materia educacional tiene un desfase temporal, pues históricamente la ley la restringió, y puede ser calificada de marginal e insuficiente. No obstante, hay sentencias del año 2004 relativas a los kinesiólogos, del año 2005 relativas a los peritos, que dan cuenta de instituciones sancionadas con multas a beneficio fiscal e indemnización de perjuicios a favor de los estudiantes.
Explicó que, en general, frente al incumplimiento de la ley del consumidor, en este ámbito, las instituciones de educación superior son responsables de que la información entregada sea oportuna (antes de contratar), veraz (que no induzca a error o engaño respecto de las condiciones relevantes del servicio educacional ofrecido, tales como precio, horario o campo laboral) y comprobable, debiendo indemnizar el daño que ocasiona el incumplimiento de sus deberes de profesionalidad, por ser instituciones que de manera habitual prestan servicios educacionales. En ningún caso debe responder el Estado por este incumplimiento, porque a diferencia de la antigua Dirinco, que fiscalizaba, aplicaba multas y clausuraba establecimientos, el Sernac sólo informa, educa y denuncia a los tribunales de justicia para que éstos sancionen las infracciones cometidas por los privados.
Sobre la información publicada en Internet, relativa al estado de pago de aranceles por parte de algunos estudiantes, planteó la necesidad de investigar si esa publicación cumple la normativa de la ley 19.628, sobre protección de datos personales, cuestión que sólo puede hacerse por vía jurisdiccional mediante un habeas data, o si se trata de una gestión de co branza extrajudicial, en cuyo caso se estaría infringiendo la ley del consumidor, toda vez que según ésta no se pueden comunicar las deudas a terceras personas distintas del deudor.
6. Acta de la sesión 79ª, de 16 de octubre de 2007.
Contiene declaraciones del Contralor General de la República, señor Ramiro Mendoza; del Rector de la Utem, su Vicerrector de Administración y Finanzas, y su Directora Jurídica; el Coordinador Académico de la Escuela de Criminalística, señor Antonio Cubillos; el Ge rente General de Utem S.A., señor Eduardo Hajna; el Presidente de la Federación de Estudiantes, Claudio Muñoz, y la Presidenta del Centro de Estudiantes de Criminalística, Gladys Carinao.
El señor Mendoza (Contralor General de la República), consultado acerca de la naturaleza jurídica de la Universidad Tecnológica Metropolitana, explicó que todas las universidades estatales son servicios públicos descentralizados, encargados de satisfacer necesidades colectivas en el ámbito de sus fines propios, como es en este caso la educación superior, pero tienen la particularidad de gozar de autonomía para desempeñar sus funciones, la que en todo caso deben ejercer respetando el principio de juridicidad.
En cuanto a lo obrado por la Contraloría en relación a la Utem, señaló que el proceso se había iniciado con un informe de fiscalización (Nº 5, de 2004), en el cual se evaluó a la institución y se le hizo un conjunto de observaciones relativas a desórdenes en la administración contable y financiera, y traspaso de labores propias a sociedades constituidas por ella, tema que sería medular desde el punto de vista del emprendimiento común de las universidades estatales, pues la Controlaría había ido pavimentando la posibilidad de que estas instituciones pudieran suscribir contratos con sociedades que se vincularan con su situación estatutaria, pero señalando que esos contratos y sociedades no podían significar el abandono de las funciones propias que les corresponden de acuerdo a la LOCE y a las leyes específicas que las regulan.
Agregó que, en enero de 2005, la División Jurídica emitió un dictamen sobre la participación de la Utem en sociedades, en el que reprochaba el hecho de que se hubiera constituido en ella la empresa Sewell Consorcio Turístico S.A., porque el objeto de ésta era ajeno al emprendimiento sustancial de la Universidad, sugiriéndole arbitrar medidas para disolver esa sociedad en que la Utem tenía participación mayoritaria. Consultado respecto de la creación de una empresa de correo privado por parte de la misma universidad, señaló no tener antecedentes al respecto.
Añadió que, en abril de 2005, un nuevo informe de auditoría administrativa (Nº 56), volvió a referirse a la situación financiera y administrativa de la Utem, denunciando problemas de coordinación entre las unidades responsables de ella, falta de reconocimiento en sus sistemas contable y presupuestario de los ingresos y gastos derivados de los convenios firmados con la empresa relacionada Utem S.A., en contravención al decreto supremo Nº 180, de Hacienda, de 1987 (fija norma para la presentación de presupuestos, balance de ejecución presupuestaria e informes de gestión de las instituciones de educación superior que indica), aspecto que ya había sido observado por Contraloría y respecto del cual las autoridades superiores del plantel no habían adoptado hasta entonces medidas correctivas. Estos errores en la presentación de la situación económico financiera de la entidad se traducían en la imposibilidad de discriminar si los recursos disponibles provenían de fuente externa o de empresas relacionadas, permitiendo que la universidad entendiera como fondos propios algunos que no lo eran, como es el caso de los provenientes de los proyectos Mecesup. Respecto de esto último, se determinó que 734 millones de pesos el año 2003 y 106 millones el año 2004 fue ron destinados a gastos propios de la universidad, como pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales, transgrediendo los convenios celebrados con el Mineduc.
Dicho informe fue puesto en conocimiento del Ministro de Educación de la época, don Sergio Bitar, en julio de 2005. Normalmente, explicó, las observaciones se comunican a los servicios y la Contraloría espera que éstos las subsanen. Pero cuando se detectan problemas más graves, se comunican a las autoridades sectoriales, para que ellas arbitren las medidas correctivas que corresponda. Consultado sobre el particular, dijo desconocer qué tipo de acciones llevó a cabo el Mineduc, pero atendiendo al principio de autonomía universitaria, juzgó difícil que haya podido hacer otra cosa que exhortar al rector en tal sentido. En todo caso, acotó, no se puede afirmar que en la Utem se haya incurrido en malversación de caudales públicos, pero si en el curso de un sumario administrativo apareciera que la hubo, habría que hacer la denuncia correspondiente al Ministerio Público.
Continuó su exposición señalando que un hito importante a tener en cuenta era el oficio de representación del año 2006, relativo al nuevo estatuto de la Universidad de Chile, donde la Contraloría pretendió ser más estricta con respecto a la creación de sociedades por parte de las universidades estatales.
Por último, el dictamen 12.130, también de 2006, se pronunció sobre un convenio celebrado entre la Utem y la Sociedad Administradora de Servicios Educacionales Edutem, en el sentido que la universidad no podía externalizar funciones que son esenciales a ella y que la colaboración prestada por sociedades externas debía ser complementaria a los fines de la institución. De lo anterior se desprendía claramente a su juicio que los alumnos de criminalística lo eran de la Utem y no de las sociedades que colaboraban con ella, aun cuando así se hubiera establecido en algún contrato en contravención a la normativa vigente, y tenían por tanto acceso a los mismos beneficios que los demás estudiantes, en la medida que cumplieran los requisitos generales establecidos para impetrarlos.
Finalmente, reconoció que había un trabajo pendiente que la Contraloría no había realiza do. La Utem no había dado respuesta a muchas de las observaciones y reparos contenidos en esos documentos y, conforme a los antecedentes recopilados, el ente contralor tenía la convicción de que podían existir ilícitos funcionariales que deberían ser en su minuto objeto de las investigaciones y sumarios administrativos que correspondieran conforme a la Resolución Nº 236, de 1998, que regla dichos procedimientos. Al respecto, informó que, como la Contraloría debía instar por el cumplimiento cabal de sus observaciones, había reactivado 15 días antes su labor de revisión, para lo cual se habían designado dos auditores que trabajaban en un informe de seguimiento de los reparos formulados. Si éstos no se hubieran subsanado, agregó, habría que entender que estamos frente a una suerte de contumacia de la Utem y adoptar una de dos medidas posibles: ordenar a la universidad que haga un esfuerzo disciplinador a través de un sumario interno, o bien, instruir directamente un sumario administrativo por parte de Contraloría conforme a la resolución 236, lo cual exigía, sin embargo, esperar el resultado del informe de seguimiento en elaboración.
El señor Avendaño (Rector de la Utem) informó, en primer lugar, que dicha casa de estudios creó, a partir del año 2002, cuatro carreras técnicas y una profesional en el área de criminalística, como una forma de cooperar con el Estado en la implementación de la reforma procesal penal. Consecuente con su condición de universidad estatal, la institución levantó un proyecto con una malla curricular y un plan de estudios sólido, y con un equipo académico del más alto nivel, a lo que sumó grandes inversiones en infraestructura y equipamiento para dar educación de calidad a los estudiantes que creyeron en ella. Lo que ha ocurrido acotó es que, desde la perspectiva original tenida en cuenta para desarrollar el área tecnológica de criminalística, la evolución del campo laboral no había ido a la par de lo proyectado, como sí había ocurrido en otros países.
Añadió que en ningún momento la Utem había incurrido en publicidad engañosa con sus estudiantes, pero frente al cuestionamiento que entonces se hacía de estas carreras, aun cuan do la universidad seguía creyendo en su proyecto, había decidido proponer soluciones a aquéllos alumnos que veían en riesgo su campo laboral, quienes podrían reinsertarse en cual quiera de las demás carreras que ella ofrece y que tuvieran similar sistema de ingreso, respetando sus aranceles de origen, sin perjuicio de seguir impartiendo las del área de criminalística, con la misma calidad que hasta entonces, para aquellos estudiantes que desearan continuar. La Utem tenía a la fecha alrededor de 3.700 estudiantes en esa área y, según la información que poseía, habían renunciado a ellas unos 300 alumnos desde que se puso en tela de juicio el campo laboral de las mismas,.
El señor Cubillos (Coordinador académico) señaló por su parte que, desde junio del año anterior, la escuela de criminalística de la Utem había estado preocupada de la inserción laboral y de las prácticas profesionales de sus egresados, aun cuando ello no estaba contempla do originalmente dentro de la malla curricular de las carreras que impartía. Detalló que, cuando se crearon estas carreras, acudieron al llamado que hizo la Utem funcionarios de Carabineros e Investigaciones para participar de esta capacitación que les permitiera obtener un título profesional para su perfeccionamiento. De ahí que, a la fecha, existieran 51 alumnos titulados como técnicos de nivel superior, con seis semestres de formación, de los cuales 10 trabajaban en el área privada y habían creado páginas web ofreciendo sus servicios a la comunidad, cuyas direcciones ofreció dar a conocer a la Comisión. Mencionó también la existencia de la carrera de licenciatura en ciencias criminalísticas, de diez semestres de duración, que aún no registraba estudiantes egresados.
Por otro lado, aseguró, había alumnos egresados trabajando en el Servicio Médico Legal, la Defensoría Penal Pública y el Ministerio Público (en este caso, 18 contratados como administrativos asistentes de fiscal). Había asimismo 120 alumnos que habían efectuado prácticas en el Ministerio Público desde junio a la fecha (en las 4 fiscalías de la Región Metropolitana, así como en Valparaíso, La Ligua y Quintero), siendo evaluados positivamente por los respectivos fiscales a quienes habían acompañado en sitios del suceso. Empresas de buses habían contratado también a peritos en tránsito; había pericias solicitadas por los tribunales que habían sido efectuadas por alumnos titulados, abriéndose así paulatinamente el campo laboral.
Agregó que, siendo criminalística una carrera nueva, tenía mucho que entregar todavía a la justicia chilena. Así, por ejemplo, una delegación del Colegio de Abogados visitaría, el día siguiente a esta sesión, los laboratorios de la Utem para ver la posibilidad de utilizarlos en la producción de pruebas en materia civil, destacando que, aparte de los laboratorios especializados de las policías, no existen en Chile laboratorios privados que permitan efectuar ese trabajo, salvo los de la Utem, en cuyo equipamiento se habían invertido alrededor de 1,4 millones de dólares, los que podrían utilizar además sus alumnos titulados para desarrollar trabajos en forma particular.
Estimó que cuestionar la carrera de criminalística era algo apresurado, pues Estados Uni dos, México, España, Venezuela, Argentina y otros países sí la tenían. Siendo oficial retirado de la Policía de Investigaciones con 31 años de servicios, 25 de los cuales ejerció en el área Antinarcóticos, y egresado de la Academia del FBI, dijo conocer el tema de la criminalística y aseveró que en el extranjero su campo laboral es muy amplio. Añadió que lo que pasaba en Chile era que no se conocían todas sus posibilidades, pero que era tarea de los centros de estudios dar a conocer su importancia para dar transparencia al sistema de administración de justicia.
Respecto del futuro de estas carreras, hizo presente que un autoacordado de la Corte Suprema, relativo a la confección de listas de peritos para el procedimiento civil, se refiere a los criterios para resolver los llamados a licitación, entre los cuales está la acreditación de cono cimientos especiales de alguna ciencia, arte o técnica, para lo cual dice la Corte se debe tener especialmente en consideración “la vinculación del candidato con la docencia”, la que no sería posible si no existieran peritos privados.
Por otra parte, señaló que en la página web de la Defensoría Penal Pública se informaba que en 3 años se licitarían 296 mil causas criminales a diferentes estudios jurídicos y que en las bases de licitación se exigía a los postulantes un asesor criminalistico como apoyo admi nistrativo, que hasta entonces no existía en el mercado.
El señor Avendaño (Rector de le Utem) puso entonces a disposición de la Comisión el resumen ejecutivo de un estudio de mercado sobre demanda actual y proyectada de técnicos y profesionales del área de criminalística, fechado en septiembre de 2007 (un mes antes de la sesión).
El señor Ortiz (Vicerrector de Administración y Finanzas) explicó a su turno que dicho estudio había sido encargado por la Utem a una consultora con 11 años de experiencia en la evaluación de políticas públicas. En él se hacía una estimación cuantitativa de los puestos de trabajo que abriría la reforma procesal penal en materia de peritajes, basándose en estadísticas del año 2006. En síntesis, el estudio señalaba que, de 900 mil causas criminales ingresadas al año, sólo 60 mil llegan a una etapa intensiva en el uso de pericias y, estimando el tiempo asociado a los distintos tipos de pericias requeridas, concluía que esto implicaría 1.000 plazas de trabajo al año.
Adicionalmente, se hacía una prospección para la industria bancaria y de seguros, donde altos ejecutivos señalaban su disposición a contratar técnicos o cientistas criminalísticos, dado el incremento sustancial que habían registrado sus operaciones y la cantidad de fraudes aparejados a ellas, pero tenían el temor razonable de que no existieran laboratorios para realizar las pericias y tampoco estaban dispuestos a invertir en ello. La Utem esperaba resolver esto sobre la base de prestar o arrendar sus laboratorios a sus egresados, aunque esto no resolvía el problema de los egresados de otras instituciones.
Finalmente, el estudio revisaba las oportunidades que ofrece la legalidad vigente y lo que resultaba era esperanzador, añadió, razón por la cual la Utem creía que existían oportunidades para que sus titulados tuvieran un trabajo bien remunerado, vinculado con las carreras que cursaban. De hecho, el estudio concluía que la falta de oportunidades laborales para los peritos privados en la DPP obedecía a un problema de madurez organizacional (la mayoría de las personas que trabajan en la DPP no estarían suficientemente informadas sobre la carrera), y la Utem estaba trabajando para que esa imperfección fuera resuelta.
El señor Hajna (Gerente general de Utem S.A.) explicó que dicha empresa era una sociedad anónima cerrada, constituida en 98% por acciones pertenecientes a la Utem y en 2% por acciones pertenecientes a 2 accionistas privados: don Luis Araya Marchant, que poseía 35 acciones, y don Tomás Harrison, de la Corporación de la Madera, Corma, que poseía 15 acciones. El valor nominal de la acción era de 1.000 pesos y el capital social de 5 millones de pesos. El reparto de eventuales utilidades era a prorrata de las acciones de cada socio.
Agregó que esta sociedad constituyó, en 2001, la empresa Consorcio Turístico Sewell S.A., encargada de explotar un proyecto elaborado por alumnos de la Escuela de Ingeniería en Turismo de la Utem, consistente en recuperar las instalaciones del ex campamento minero Sewell y desarrollar allí un centro patrimonial abierto al público. Dicho proyecto fue apoya do por Codelco y premiado por Sernatur a fines de 2001. A comienzos de 2002, la Contralo ría formuló las primeras objeciones respecto de esta sociedad por desarrollar actividades ajenas a los fines propios de la Utem. Por tal razón, la sociedad dejó de cumplir los objetivos para los cuales se había celebrado el contrato con Codelco y producto de ello se hizo efectiva la póliza de garantía por 1.600 UF en favor de ésta, lo que liberó a Codelco y había permitido que la explotación de Sewell estuviera entregada en ese entonces a una sociedad ajena a la Utem, con un gran éxito económico.
Producto de esta situación, añadió, la sociedad Sewell se encontraba desde hacía 4 años sin movimiento y no había podido poner término a su giro debido a un tecnicismo, por cuan to existía una factura de 550 mil pesos que la sociedad no había podido pagar debido a que no se había hallado el original y tampoco le había sido remitida copia autorizada de ella, lo que se había informado a la Contraloría.
Respecto de Utem S.A., señaló que hubo observaciones por parte de Contraloría, pero que en oficio 27.344, de 28 de marzo de 2004, el órgano de control había estimado que habían sido suficientemente aclaradas, quedando pendientes dos cuestiones. La primera era la cobranza judicial de unos 51 millones de pesos que Utem S.A. había mantenido en tribunales, sin que a la fecha hubiera obtenido sentencia que ordenara su pago o declarara incobrables los créditos respectivos para poder contabilizarlos como pérdida. La segunda era el traspaso de fondos entre la Utem y Utem S.A. por aproximadamente 80 millones de pesos, que no tenían los debidos respaldos contables, cosa que actualmente se encontraba subsanada, in formándose así a la Contraloría, cuyos auditores habían podido verificar en terreno que esto se había cumplido.
El señor Avendaño (Rector de la Utem) comentó que el Instituto Profesional de Santiago, antecesor de la Universidad, tenía un consejo asesor empresarial y que los socios de Utem
S.A. habían colaborado en la creación de la carrera de Ingeniería en Madera, producto de lo cual, fueron posteriormente invitados a formar parte de dicha sociedad, que nunca repartió utilidades.
El señor Ortiz (Vicerrector de Administración y Finanzas), refiriéndose al informe 56/2005 de Contraloría, explicó que, en términos generales, en éste se observaban una serie de situaciones de desorden administrativo que ameritaban un tratamiento más riguroso por parte de la Universidad, la cual contestó a la Contraloría indicándole que la Vicerrectoría de Administración y Finanzas se había profesionalizado, lo que implicó la contratación de un equipo de expertos para resolver los problemas detectados en el aspecto económico financie ro. Agregó que, en 2004, la Utem tuvo una pérdida contable de más de 2 mil millones de pesos, debidamente informada a través de los medios de comunicación. En 2005, ya tenía superávit y en 2006 registró el segundo mayor superávit después de la Universidad de Chile, de 1.140 millones, auditados no sólo por la Contraloría, sino también por la consultora KPGM, que ganó una licitación realizada por la Utem en el marco de la ley 20.141.
A la fecha, aseveró, todas las observaciones formuladas por la Contraloría habían sido subsanadas y debidamente informadas tanto al ente contralor como al público en general, así como a la Superintendencia de Valores y Seguros, agregando que la Utem presentaba en ese momento el mejor indicador financiero de todas las universidades del Consejo de Rectores, pese a lo cual percibía sólo el 1,4% del AFD, por lo cual debía buscar formas creativas de entregar los servicios que se le exigían.
El señor Muñoz (Presidente de de la Federación de Estudiantes), sin perjuicio de valorar la fiscalización que se había hecho de las situaciones ocurridas al interior de la Utem, abogó por dar respuestas a las familias de los alumnos de criminalística sobre el futuro de sus hijos. Personalmente, estimó que debían poder convalidar ramos en la misma institución aquellos estudiantes que quisieran cambiar de carrera; debían existir los instrumentos y la transparencia necesarias para que los que quisieran continuar obtuvieran una educación de calidad y pudieran egresar, y debían crearse también mecanismos para la gente que quería abandonar la carrera por estimar que la universidad no les estaba dando las herramientas para poder desempeñarse adecuadamente en el mundo laboral.
En segundo término, planteó la necesidad de mejorar la fiscalización de las universidades que gozan de autonomía por el hecho de ser estatales, legislando para que la acreditación de las mismas sea obligatoria.
La señorita Carinao (Presidenta del Centro de Estudiantes de Criminalística) enfatizó a su vez la necesidad de ofrecer también soluciones a los miles de alumnos que deseaban continuar sus estudios de criminalística, ya que los que exigían soluciones alternativas constituían una minoría.
7. Anexos al acta de la sesión 79ª:
i) Informe de Contraloría Nº 5, de febrero de 2004, sobre operaciones realizadas por la Sociedad de Transferencia Tecnológica Utem S.A. durante el año 2002, y otras deficiencias administrativo-financieras en la Utem.
ii) Informe de la División Jurídica de la Contraloría Nº 3, de 20 de enero de 2005, sobre participación de la Utem en sociedades Transferencia Tecnológica Utem S.A. y Sewell Con sorcio Turístico.
iii) Informe de Contraloría Nº 56, de 2005, sobre revisión de sistemas de información, transferencia de fondos desde el Mineduc y operaciones económico-financieras efectuadas por la Utem entre enero de 2002 y junio de 2004.
iv) Dictamen de Contraloría Nº 12130, de 16 de marzo de 2006, sobre procedencia de convenio celebrado entre Utem y la Sociedad Administradora de Servicios Educacionales Edutem.
v) Oficio de Contraloría Nº 51785, de 2 de noviembre de 2006, sobre respuesta de la Utem a observaciones contenidas en informes Nº 5, de 2004, y Nº 56, de 2005, y sobre la legalidad del convenio celebrado con Edutem para impartir carreras de ingreso especial, percibir aranceles y ejecutar gastos relativos a la administración de las mismas.
8. Acta de la sesión 80ª, de 18 de octubre de 2007.
Contiene declaraciones del Rector de Utem, señor Miguel Ángel Avendaño, quien advirtió, en primer lugar, que en la sesión anterior se habían hecho afirmaciones que hablaban de irregularidades ocurridas en la Utem, algunas incluso con ribetes delictuales, lo que había causado gran conmoción al interior de ella, lo que daba la sensación de estar por segunda vez frente a una campaña de desprestigio de la institución. Al respecto, aseveró que la Utem siempre había sometido su actuación al ordenamiento jurídico y negó que hubiera desconocido incluso la facultad fiscalizadora de la Contraloría General de la República o que no hubiera dado respuesta a las observaciones formuladas por ésta acerca de su gestión, prueba de lo cual eran los oficios dirigidos al ente contralor que habían quedado a disposición de la Comisión en la sesión pasada.
En segundo lugar, aclaró que la Utem había creado tres sociedades para complementar sus fines institucionales: la Sociedad Educacional Utem S.A., cuyo objeto exclusivo era administrar el CFT Utem, autorizado por el Mineduc mediante decreto Nº 285, de 2003; la Sociedad Administradora de Servicios Educacionales Edutem, cuyo objeto exclusivo era colaborar administrativamente con la universidad en los programas académicos con requisitos propios, esto es, con ingreso especial alternativo a la PSU, y la Sociedad de Transferencia Tecnológica Utem S.A., cuyo objeto era cooperar con la universidad principalmente en actividades tendientes al incremento de su patrimonio.
Aparte de estas sociedades, desmintió que la Utem hubiera creado otras, sin perjuicio de existir un sistema de alianzas con sociedades educacionales ajenas a la universidad, que era público y constaba en toda su documentación oficial, cuyos propósitos eran: lograr mayor eficiencia tanto en el cobro y percepción de los aranceles de los programas académicos cuya vía de ingreso es alternativa a la PSU; agregar grados de flexibilidad que permitieran agilizar el funcionamiento de la estructura universitaria característica de las instituciones estatales; disminuir los riesgos asociados al pago oportuno de aranceles; disponer de mayor infraestructura física y equipamiento para dar un servicio de calidad, y contar con un flujo conocido de recursos económicos que pudieran ser considerados objetivamente en el presupuesto institucional, entre otras actividades. En este esquema se insertaban las sociedades Edutem y Celta la primera propia y la segunda externa, dando origen a una forma de administración de los programas académicos señalados, que combinaba la legalidad y estabilidad del sector público con el mayor dinamismo que otorga el sector privado. Consultado al respecto, detalló que Edutem pertenecía en 98% a la Utem y en 2% a un destacado ex alumno, que donaba a la universidad su parte de las eventuales utilidades que la sociedad obtuviera.
En el mismo esquema de alianzas prosiguió, la Utem no había delegado ni delegaría la función académica que le es propia y esencial. Esto se traducía en que los alumnos de dichas carreras son de la universidad y no de las sociedades referidas; se relacionan contractualmente con la universidad, como consta en los contratos de servicios educacionales que suscriben con la institución; se rigen por la reglamentación general y particular de la Utem y tienen acceso a los mismos servicios de biblioteca, salud y pase escolar que se proporcionan a todos los estudiantes de la institución.
Por lo tanto, la labor de dichas sociedades se circunscribe principalmente a la percepción, recaudación y cobranza de aranceles y demás acciones que les encomiende la universidad mediante los contratos respectivos, pero siempre dentro del ámbito netamente administrativo, prerrogativa que ha sido reconocida por la Contraloría General de la República en su dictamen 12.130, de 2006, concluyó.
Sin embargo, acotó, los hechos aludidos en los informes de la Contraloría habían sido utilizados por personas de la Utem que, en lugar recurrir a las instancias de participación propias que ésta tiene, abrieron un frente judicial mediante una denuncia presentada en el año 2005 ante el 8º juzgado del crimen del Santiago y, en el marco del mismo proceso, una querella criminal en el año 2006. En el curso de ese juicio, que se extendió por más de dos años, se practicaron dos pericias contables: una por el Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones y otra por un perito judicial designado por el tribunal, ninguna de las cuales logró determinar la existencia de hechos constitutivos de delito, decretándose el sobreseimiento de la causa. Además, los mismos informes habían sido presentados a la Comisión de Educación en días previos, por lo que no procedía hacer afirmaciones que tanto daño causaban a la institución.
Respondiendo a las consultas formuladas por los diputados y diputadas presentes, señaló que la Utem impartía carreras técnicas de 3 años y profesionales de 5 años de duración, respectivamente, en el área de criminalística, las que por no contar aún con alumnos titulados no habían podido ser acreditadas, y su cuerpo académico estaba formado por profesores de alta especialización, provenientes de distintas instancias públicas, por lo general, personal en retiro con vasta experiencia, cuyas remuneraciones se pagaban con recursos que Celta S.A. proveía a la Universidad, pero cuyo vínculo contractual se establecía con ésta.
En cuanto a las soluciones que la Universidad ofrecería a los alumnos de dichas carreras, detalló que aquéllos que quisieran perseverar en ellas seguirían recibiendo la educación de tan alta calidad y exigencia académica que habían recibido a la fecha, hasta que egresara el último de ellos, pudiendo los que cursaban carreras técnicas trasladarse a la profesional, cuyo plan de estudios tenía una duración que les permitiría postular a instituciones públicas que exigen, para entrar a ellas, una formación académica de, a lo menos, 4 ó 5 años. Estos estudiantes podrían optar a un crédito institucional de similares características al que otorga el Estado, para cubrir la diferencia arancelaria que ello implicara. Además, la Universidad les brindaría a todos ellos apoyo y orientación para la búsqueda y desarrollo de prácticas profesionales. Los titulados tendrían una rebaja del 50% en los aranceles de los programas de postgrado que impartiera la misma institución y podrían utilizar los laboratorios de alta complejidad con que ella contaba y que seguiría potenciando, para el desarrollo de su ejercicio profesional.
En tanto, aquellos alumnos que, producto de la campaña mediática que había puesto en tela de juicio el campo laboral de estas mismas carreras, sentían que su futuro era incierto y quisieran retirarse, podrían cambiarse a otra carrera de la misma Universidad que tuviera similar sistema de ingreso, pagando el mismo arancel que actualmente pagaban en el área de criminalística o el de la nueva carrera que eligieran, si éste fuera inferior. Además, los jóvenes que estuvieran cursando los dos primeros años de estas carreras podrían optar por aquéllas que impartía el CFT Utem, en régimen diurno, con beca del 50% del arancel de las carreras que eligieran, convalidándose las asignaturas ya aprobadas que correspondiera.
En cuanto a la posibilidad de devolver los dineros invertidos a los estudiantes que deseaban emigrar de la institución, señaló que una universidad estatal debía cumplir ciertos requisitos para proceder a ello, uno de los cuales decía relación con el pronunciamiento de los tribunales de justicia. De todos modos, aseguró que el tema sería tratado con el Ministerio del ramo, pues atañía también a otras instituciones de educación superior y debía haber un lineamiento general al respecto, en cuyo caso la Utem estaría abierta a examinar vías de so lución.
Con respecto al futuro de las carreras de criminalística, señaló que la Utem se proponía difundir y potenciar el campo laboral de ellas, a través de acciones de sensibilización sistemáticas, dirigidas a actores tanto del ámbito público como privado, siguiendo las orientaciones emanadas de los estudios de mercado que la Universidad encargaría a consultores externos. Haría también un seguimiento y evaluación del desarrollo del campo laboral en el área, así como un seguimiento de la inserción laboral de sus alumnos titulados, suspendiendo, al menos para el año 2008, el ingreso de nuevos alumnos en dichas carreras.
Por último, afirmó que, de los 3.700 estudiantes que tenía la Utem en el área de criminalística, 1.610 se encontraban trabajando en distintas instituciones y organismos públicos, tales como Carabineros, Investigaciones, Gendarmería o tribunales, lo cual diferenciaba a esta Universidad de otros centros de estudios, porque gran parte de sus futuros egresados eran personas que provenían de esas instituciones, donde reciben beneficios por especializar se.
El señor Castro (Jefe de la División de Educación Superior del Mineduc), frente a la afirmación de que los estudiantes de criminalística tenían acceso a los mismos beneficios que el resto de los alumnos de la Utem, advirtió que, tratándose de carreras cuyo sistema de ingreso es alternativo a la PSU, esos estudiantes no podían postular al fondo solidario de crédito universitario, pues éste se otorga en base al nivel socioeconómico y al mérito académico del postulante, el cual se mide exclusivamente a través de dicha prueba de selección.
En cuanto a la necesidad de tener alumnos titulados para acreditar una carrera, señaló que, desde la dictación de la ley Nº 20.129, ello no constituía requisito.
El señor Avendaño (Rector de la Utem) aseguró entonces que esa Universidad había ini ciado el proceso de autoevaluación de tres carreras y tenía autoevaluadas otras diez, fijándose como meta tener todas sus carreras acreditadas al año 2010. Y, en el caso específico de criminalística, dijo estar en condiciones de iniciar ese proceso desde ya.
Consultado al respecto, explicó que el uso de los logos institucionales de Carabineros, Investigaciones y Servicio Médico Legal en los dípticos publicitarios de la carrera profesional de Cientista-Criminalístico tuvo por objeto dar cuenta de la existencia de convenios de rebaja de aranceles para los funcionarios de dichas instituciones y sus hijos. No obstante, dijo ignorar si tales convenios autorizaban expresamente a la Utem para incluir esos elementos distintivos en su propaganda.
El señor Ortiz (Vicerrector de Administración y Finanzas) advirtió finalmente que gran parte de la sesión había versado sobre presuntas irregularidades cometidas tres o cuatro años antes en la Utem, situación que había sido fiscalizada varias veces por diversos organismos, por lo cual solicitó que la próxima sesión que se celebrase para tratar esta materia, se prolongara hasta que fueran satisfechas todas las dudas que se plantearan y que se materializaran los requerimientos judiciales que eventualmente procedieran respecto de aquéllas que lo ameritasen, pero que no se siguiera discutiendo permanentemente el mismo tema.
9. Anexos al acta de la sesión 80ª:
i) Oficio de Rectoría Utem a Contralor General de la República, Nº 42, de abril 2004. Responde a observaciones contenidas en Informe Nº 5, de 2004.
ii) Oficio de Contraloría a Rector Utem, de mayo 2004. Acusa recibo de Oficio Nº 42, haciendo presente que algunas observaciones no fueron contestadas satisfactoriamente.
iii) Oficio de Rectoría Utem a Contralor General de la República, Nº 55, de junio 2005. Responde a observaciones contenidas en Informe Nº 56, del mismo año.
iv) Oficio de Rectoría Utem a Contralor General de la República, Nº 89, de noviembre 2006. Responde a dictamen Nº 12130, sobre convenio con Edutem.
v) Oficio de Contraloría a Rector Utem, de diciembre 2006. Acusa recibo de Oficio Nº 89, señalando que las modificaciones al convenio con Edutem dispuestas por la autoridad universitaria serán analizadas en una próxima visita de fiscalización.
vi) Minutas sobre implementación y proyección de la carrera de criminalística; sobre constitución y actividades de la sociedad Sewell Consorcio Turístico, y sobre medidas adoptadas por la sociedad Transferencia Tecnológica Utem S.A. después del Informe Nº 5/2004.
vii) Nómina de personal académico de la Escuela de Criminalística Forense Utem (189 registros).
10. Oficio Nº 18, de octubre de 2007, de Directora Jurídica Utem a Comisión de Educa ción. Remite copia, entre otros, de los siguientes antecedentes:
i) Texto refundido de contratos suscritos por Utem con sociedades Edutem y Celta S.A. y resolución aprobatoria de los mismos.
ii) Certificado del Gerente General de Edutem que acredita que su accionista minoritario no ha hecho retiro de dividendos desde el primer ejercicio de la sociedad (el rector había declarado que éste donaba su parte de las utilidades a la misma).
iii) Copia de contratos de prestación de servicios suscritos por Utem con alumnos de licenciatura y técnico de nivel superior en ciencias criminalísticas, en los que se confiere mandato a Celta S.A. para el cobro y percepción de los aranceles de dichas carreras, y de pagarés suscritos por los mismos alumnos a favor de Celta.
iv) Copia de convenios de rebaja de aranceles suscritos con distintas instituciones (enumerados en el punto 4), aclarándose que hasta esa fecha (octubre 2007) no se habían formalizado convenios similares con Investigaciones ni con el Servicio Médico Legal.
11. Oficio de Ministra de Educación y Director Sernac a Representante Legal de CFT Santo Tomás, de 1 de agosto 2007. Solicitan antecedentes sobre carreras del área de criminalística ofrecidas por esa institución, a fin de adoptar las medidas que procedan frente a reclamos de alumnos por ausencia de campo laboral.
12. Presentación de padres y estudiantes de la Utem afectados por deudas relacionadas con carreras de criminalística que carecen de campo laboral.
13. Presentación del Instituto Santo Tomás sobre carreras de perito forense e investigador-criminalístico impartidas por esa casa de estudios.
14. Oficio Nº 449, de noviembre 2007, de Defensor Nacional a Comisión de Educación. Informa que la Defensoría Penal Pública está facultada legalmente para contratar peritos pri vados, pero sólo a petición fundada de los defensores, para lo cual se ha creado un registro de expertos en diversas disciplinas que no constituye compromiso de contratación ni tampoco un sistema de certificación de calidad de los profesionales inscritos. No aclara si se ha ejercido dicha facultad.
15. Oficio Nº 1471/07, de octubre 2007, del Fiscal Nacional a Comisión de Educación. In forma que el Ministerio Público se sirve de los servicios periciales gratuitos que ofrecen otros organismos del Estado, por lo que la incorporación de peritos privados como personal de planta es inviable. Además, no existe asignación presupuestaria para su contratación directa.
16. Oficio Nº 1279, de octubre 2007, de Secretario General de Carabineros a Ministerio de Educación. Informa que la contratación de peritos privados sólo sería posible a contrata u honorarios, en forma temporal y siempre que la institución no cuente con expertos en las áreas respectivas.
17. Oficio Nº 1488, de noviembre 2007, de Secretario General de Carabineros a Comisión de Educación. Informa que la institución no ha autorizado a la Utem a utilizar su nombre ni su logo corporativo para vincularlos a carreras impartidas por ella.
18. Oficio Nº 1115, de octubre 2007, de Director (S) de Investigaciones a Ministerio de Educación. Informa que los títulos técnicos y profesionales del área de criminalística no habilitan a quienes los ostentan para desempeñarse en la institución, dado que el perfil requerido para su contratación no se relaciona con dicha disciplina.
19. Presentación de alumnos titulados de la carrera de Técnico Perito Forense del IP Santo Tomas, de Viña del Mar, en la que exigen soluciones ante la ausencia de campo laboral que les afecta y rechazan las medidas dispuestas en su favor por la institución.
20. Comunicado del IP Santo Tomás, en el que anuncia medidas para apoyar la inserción laboral de los peritos forenses egresados de esa entidad.
21. Presentación de una alumna de la carrera de Técnico de Nivel Superior en Ciencias Criminalísticas de la Utem, sede Concepción, en la que denuncia una serie de irregularidades relacionadas con el funcionamiento de ésta.
22. Presentación de un grupo de alumnos egresados de la carrera mencionada en el punto anterior, de la misma sede Utem, en la que refutan los cuestionamientos de la denunciante.
23. Presentación de la Agrupación de Estudiantes y Egresados de Criminalística de la Utem, de 19 de octubre de 2007, en la que refutan declaraciones vertidas en defensa de dicha carrera, por la Presidenta del Centro de Alumnos de Criminalística de la misma universidad, en sesión celebrada por la Comisión de Educación en días previos.
B. De la Agrupación de Estudiantes y Egresados de Criminalística de la Utem.
1. Revista de la Escuela de Criminalística Forense, Nº 1, de 9 de octubre de 2004. Contiene entrevistas a diversos personeros que parecen apoyar los planteamientos de las autoridades de la Utem sobre las posibilidades de desarrollo profesional que ofrecen las carreras del área. En su editorial, el Rector Avendaño destaca que esa fecha eran más de tres mil los alumnos matriculados en ellas, en distintas sedes de la universidad.
2. Suplemento Educación y Justicia, Diario La Tercera, 27 de agosto de 2004. Rector Avendaño habla de las bondades de las carreras de criminalística creadas por la Utem y de sus proyecciones laborales.
3. Copia de Boletín “El Criminalístico” de julio de 2005. Llama a incorporarse al Colegio de Criminalísticos Forenses de Chile A.G. a los alumnos que hayan cursado 20 módulos.
4. Copia de Boletín “El Criminalístico” de diciembre de 2005. Informa, entre otras cosas, que la Utem cuenta con casi 7 mil alumnos en las carreras de perito y licenciado en ciencias criminalísticas que se imparten en Santiago, San Fernando, Concepción y Valparaíso.
5. Copia de trípticos de la carrera de Cientista-Criminalístico, que destacan la existencia de convenios institucionales con Carabineros, Investigaciones y Servicio Médico Legal, entre otros (incluyen logos).
6. Copia de Revista Utem Virtual, que contiene la descripción de las carreras de Licencia tura y Técnico de Nivel Superior en Ciencias Criminalísticas, destacando la posibilidad de sus egresados de tomar parte en la labor del Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública.
7. Respuesta del Jefe del Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, de Carabineros de Chile, a alumna de la Utem. Comunica imposibilidad de acceder a petición de efectuar práctica en esa repartición debido a que los antecedentes que maneja son de conocimiento exclusivo de los auxiliares del Ministerio Público.
8. Reproducción de páginas web de las universidades Católica de Salta y de Aconcagua, ambas de Argentina, donde se describen la malla curricular, el perfil de egreso y el campo laboral de la carrera de Licenciatura en Criminalística, permitiendo apreciar grandes diferencias con la impartida por la Utem en Chile.
9. Copia de contratos a honorarios suscritos por Celta con 3 profesores de la Escuela de Criminalística de la Utem. Su duración no excede los 3 meses y las remuneraciones pactadas fluctúan entre 1 millón 120 mil y 3 millones 360 mil pesos mensuales.
10. Copia de convenio Utem Celta S.A., suscrito el 17 de mayo de 2005. Refunde convenios de colaboración celebrados en julio de 2003 y enero de 2004, para impartir las carreras de Técnico de Nivel Superior y Licenciatura en Ciencias Criminalísticas, en Santiago y regiones.
11. Resolución Exenta Nº 1954, de Rectoría Utem, aprobatoria del convenio descrito en el punto anterior, suscrito con Celta S.A.
12. Copia del contrato Utem Sociedad Administradora de Servicios Educacionales Edutem, suscrito el 9 de enero de 2004, para impartir con su colaboración las carreras regulares de ingreso especial y los planes especiales de completación de estudios conducentes a títulos profesionales, los programas de especialización y todos aquellos no considerados en la oferta regular de la universidad.
13. Copia de publicaciones que dan cuenta de sociedades constituidas por el representante legal de Celta con personas vinculadas a la Utem (Ofilex Ltda. y Corseca S.A.).
14. Carta de la Agrupación a la ex Ministra Provoste, de 24 de septiembre de 2007, en la que expresa su preocupación y molestia por la falta de fiscalización a la Utem, que derivó en la oferta de carreras sin proyección laboral, y solicita una reunión para tratar diversos problemas e inquietudes del estudiantado.
15. Presentación de la Agrupación a la ex Ministra Provoste, en la que solicitan someter a consideración del Consejo Superior de Educación la petición de cerrar las carreras del área de criminalística impartidas por la Utem, establecer las responsabilidades legales y reglamentarias a que hubiere lugar e implementar las medidas que fueren procedentes en relación a los hechos que fundan la solicitud.
16. Carta Pública de la Agrupación, de 29 de octubre de 2007, por la que objetan las soluciones planteadas por el Rector de la Utem a los estudiantes de criminalística.
17. Documento que describe la estructura de la Administración Central de la Utem, aprobada por el Consejo Superior de Educación.
18. Antecedentes sobre la situación académica y administrativa del dirigente de la Agrupación, Juan Pablo Rojas.
IV. CONCLUSIONES Y PROPOSICIONES.
Una vez estudiados los antecedentes y analizados los documentos recopilados, y considerando:
1. Que las Universidades Estatales son personas jurídicas de derecho público creadas por ley para la satisfacción de necesidades educativas públicas, lo que, entre otras cosas, significa que deben someter su acción a la Constitución Política de la República y a todas las demás normas dictadas conforme a ella, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Carta fundamental.
2. Que las Universidades Estatales, por expresa disposición de la ley que las crea, son órganos autónomos del Estado, ya que para realizar sus cometidos tienen personalidad jurídica de derecho público distinta y separada de la personalidad del fisco, como asimismo un patrimonio también distinto y separado.
3. Que esta autonomía universitaria significa que cada Universidad puede actuar sin tener que solicitar cada vez la autorización del Estado para realizar sus cometidos, y en los aspectos patrimoniales significa que su actuar compromete sólo el patrimonio propio, sin afectar la responsabilidad fiscal, pero la autonomía universitaria no puede entenderse como un poder absoluto, ya que las funciones, atribuciones y competencias están dadas por el marco legal que crea la respectiva Universidad, de manera que si éstas no respetan dicho marco normativo, incurren en las responsabilidades y sanciones que establece la ley.
4. Que en el caso particular de la Utem, ésta fue creada por la ley 19.239, de 30 de agosto de 1993, y se rige además por las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 del Ministerio de Educación, del año 1994, dictado por el Presidente de la República de conformidad con la delegación de facultades contenida en el artículo 10 de la misma ley antes mencionada.
5. Que la ley 19.239, en su artículo 1°, concibe a la Universidad Tecnológica Metropoli tana como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios (en el senti do ya explicado) y en su artículo segundo agrega que las funciones que se le asignan son las establecidas por la legislación vigente y las propias de este tipo de instituciones, quedando claro que la autonomía universitaria está circunscrita al marco legal que crea la Universidad y a las demás normas vigentes sobre la materia.
6. Que el DFL Nº 1, de 1980, del Ministerio de Educación, que fija normas sobre universidades, señala que éstas deben, en el cumplimiento de sus funciones, atender adecuadamente los intereses y necesidades del país, al más alto nivel de excelencia.
7. Que analizada desde el punto de vista estrictamente jurídico, la creación de nuevas carreras es una competencia o facultad encomendada, en el caso particular de la Utem, a su Consejo Superior, dentro de la política global de desarrollo institucional de dicha universidad.
8. Que al respecto, el artículo 5º del Estatuto Orgánico de la Utem dispone que al Consejo Superior le corresponde, entre otras funciones, aprobar la política global de desarrollo de la Universidad y los planes de mediano y largo plazo destinados a materializarla; aprobar el presupuesto anual de la Universidad y sus modificaciones; aprobar y modificar la estructura orgánica de la Universidad, que sea compatible con el Estatuto, y aprobar la creación, modificación y supresión de títulos, grados y diplomas, así como la aprobación de los planes y programas de estudio correspondientes, todo ello por acuerdo adoptado por la mayoría de los consejeros en ejercicio.
9. Que sin perjuicio de lo anterior, las Universidades Estatales, al ser órganos públicos, deben respetar en su actuar no sólo los aspectos formales de su competencia, sino además, y particularmente los fines y objetivos para los que han sido creadas.
10. Que sobre este particular, la historia fidedigna del establecimiento de la ley 19.239, que creó la Universidad Tecnológica Metropolitana, nos señala que cuando ella se discutió en el Congreso Nacional, compareció ante la Comisión de Educación del Senado el entonces rector del Instituto Profesional de Santiago (antecesor legal de la Utem), don Luis Pinto F. quien expuso sobre la necesidad de crear la Universidad, señalando que la desaparición de la ex Universidad Técnica del Estado dejó un espacio que deseaban ocupar como Universidad Tecnológica Metropolitana, sin pretender crear carreras nuevas, sino para elevar la categoría académica de las carreras que hasta entonces impartía el Instituto al grado de licenciaturas.
11. Que, por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la ley que creó la Utem, su objeto fundamental consiste en ocuparse, en un nivel avanzado, de la creación, cultivo y transmisión de conocimiento por medio de la investigación básica y aplicada, la docencia y la extensión en tecnología, y de la formación académica, científica, profesional y técnica orientada preferentemente al quehacer tecnológico.
12. Que este objeto fundamental debe interpretarse a la luz de las más elementales normas constitucionales, que señalan que el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común.
13. Que de igual modo, conforme a su Estatuto Orgánico la Utem está especialmente facultada para “crear y organizar con otras personas naturales o jurídicas nacionales, extranjeras o internacionales, asociaciones, sociedades, corporaciones o fundaciones cuyos objetivos correspondan o se complementen con los de la Universidad, aportando a ellas fondos provenientes de su patrimonio; así como garantizar las obligaciones que estas entidades contraigan” (artículo 10, DFL Nº 2, de Educación, de 1994), pero todo ello con miras a la promoción de sus fines y el cumplimiento de sus objetivos.
14. Que en el ejercicio de esta atribución tiene gran injerencia el rector, a quien corresponde, entre otras atribuciones, adoptar todas las medidas conducentes a dirigir y administrar la Universidad, como también administrar los bienes de la Corporación, sin perjuicio de las atribuciones del Consejo Superior (artículo 11 del Estatuto Orgánico de la Utem).
15. Que el Consejo Superior de la Utem está compuesto por nueve integrantes, tres de ellos designados por el Presidente de la República, más cinco representantes del estamento académico de la Universidad elegidos por sus pares y el Rector de la misma, que lo preside, requiriendo para constituirse la mayoría de sus miembros en ejercicio, es decir cinco, y para adoptar los acuerdos de carácter general la mayoría de los asistentes, es decir los mismos cinco en el mejor de los casos.
16. Que, sin embargo, para adoptar acuerdos de mayor significación como pueden ser la remoción del Contralor interno, encargado de velar por la legalidad de los actos de sus autoridades; la modificación de los estatutos de la universidad o la proposición de remover al rector, el Consejo Superior requiere del voto conforme de los dos tercios de sus miembros en ejercicio, bastando por consiguiente la oposición de un representante del estamento académico o del propio rector para enervar cualquier decisión al respecto.
17. Que, por otra parte, ni Carabineros de Chile, ni la Policía de Investigaciones de Chile, ni el Servicio Médico Legal han otorgado autorización a la Universidad Tecnológica Metropolitana para utilizar su nombre ni sus logos corporativos en la publicidad de las carreras que imparte.
18. Que, no obstante, la propaganda contenida en los folletos entregados a los alumnos por parte de la Utem para promocionar la carrera de criminalística es inductiva a error, ya que se muestran los logos de órganos públicos, señalando la existencia de convenios.
19. Que la propaganda referida ha sido realizada con la complacencia de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile y del Servicio Médico legal, pues no obstante haber tomado conocimiento público de ella nada han hecho para impedir que su nombre y logos institucionales sean utilizados al margen de la ley por la Utem.
20. Que advertida de esta circunstancia, sin embargo, la Policía de Investigaciones de Chile, a través de su Director Subrogante, Prefecto General señor René Castellón Argote, mediante oficio Nº 63, de 28 de enero de 2008, informó a la Comisión de Educación de esta
H. Corporación que, según lo dispuesto en el inciso final del artículo 16 del decreto ley Nº 2460, de 1979, Ley Orgánica de la PDI, “Se prohíbe la reproducción y uso de las placas, tarjetas, timbres y sellos de la Policía de Investigaciones de Chile por cualquier otro organismo o persona. La infracción de esta prohibición será sancionada con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de 11 a 20 sueldos vitales mensuales de la Región Metropolitana de Santiago, sin perjuicio del comiso de las especies”, lo cual, agrega, “es independiente de que los hechos descritos pudieran revestir caracteres de delito, en cuanto a los perjuicios causados a los terceros que se consideraren defraudados o engañados por la información falsa contenida en los folletos de promoción de las carreras que imparte la menciona da universidad”.
21. Que en relación con la Universidad de Valparaíso, existe un informe de la Contraloría General de la República, de febrero de 2008, donde se concluye que dicha casa de estudios pagó rentas de arrendamiento con un sobreprecio evidente, en relación con terrenos pertenecientes a una sociedad creada por ella misma; luego, se establece y repara sobre la existencia de obligaciones pendientes con la Intendencia de la Sexta Región, por un emprendimiento educativo que implicó la construcción de una sede en la localidad de Rengo y compensaciones que se efectuaron con acreedores de la universidad, particularmente con el restaurante Coco Loco de Valparaíso, resultando particularmente grave para esta Comisión la transgresión de las normas de la Ley de Compras Públicas, Nº 19.886, que reprocha el ente contralor. También se formulan reparos a la Universidad en relación con las asignaciones de mérito y gestión que se pagaron irregularmente a algunos docentes y a algunos directivos, quienes recibieron beneficios remuneratorios distintos al resto de los funcionarios de la institución. Otro aspecto igualmente también en la ponderación de esta Comisión es el incumplimiento, por parte de la Universidad de Valparaíso, de los oficios de la Contraloría Regional que se emitieron en el marco de la ley 20.044. que permitió a las universidades reendeudarse por una sola vez para sanear el pasivo patrimonial.
22. Que todas las irregularidades y reparos efectuados a la Universidad de Valparaíso están siendo objeto de un sumario actualmente en curso por parte de la Contraloría Regional de Valparaíso, sin perjuicio de haberse puesto los antecedentes a disposición del Ministerio Público, por estimarse que las irregularidades detectadas en el marco de la auditoría practicada podrían ser constitutivas de delito, por lo que esta Comisión no ha podido recabar mayo res antecedentes y, en consecuencia, no resulta pertinente pronunciarse sobre tales circunstancias.
Esta Comisión ha podido concluir que:
1. La Utem, al crear la carrera de criminalística, no ha procurado la consecución de su objetivo fundamental, ni ha tenido en vista la promoción del bien común, pues han primado para ello criterios e intereses particulares y aún de dudosa legalidad.
2. Las universidades, en general, tanto privadas como estatales, han creado distintos planes especiales de estudios, de convalidación, de nivelación, etcétera, con objetivos que en muy poca medida o, lisa y llanamente, en nada se relacionan con los fines académicos, sien do utilizados, por el contrario, como meros instrumentos financieros.
3. Asimismo, las Universidades han recurrido a la creación de empresas como una manera de hacer frente a problemas financieros o, simplemente, como una forma de obtener beneficios económicos que de otra manera no podrían, pues la ley las define como instituciones sin fines de lucro. Este punto es particularmente complejo y requiere un análisis que pasa necesariamente por hacer un distingo entre las universidades estatales y las privadas. En efecto, tal como se expuso más arriba, las Universidades Estatales deben someter su acción al marco legal que las crea, so pena de incurrir en nulidades y demás sanciones que la ley seña la, lo que en principio les impediría conducirse cual empresas en el desarrollo de sus objetivos y fines específicos. Las universidades privadas, en cambio, tienen un campo de acción más amplio, ya que a diferencia de las estatales, que sólo pueden hacer lo que les permite la ley, las privadas pueden hacer todo lo que la ley no les prohíba.
4. Desde otro punto de vista, el mismo distingo debe realizarse al momento de analizar si es posible que las Universidades lucren. Este es un tema cuya complejidad, de suyo conoci da, sólo nos permite enunciarlo, ya que escapa al cometido de la Comisión, pero al mismo tiempo se relaciona de un modo directo con el problema planteado, ya que se trata de establecer porqué se han abierto carreras, específicamente la de criminalística, sin que haya campo para su ejercicio. En otras palabras, cómo es posible explicar que Instituciones cuyo objetivo es puramente académico, adopten medidas cuyo objetivo es de un carácter eminente mente lucrativo.
5. Tal como lo explicó a la Comisión el Contralor General de la República, a quien citamos: “las universidades estatales son personas jurídicas de derecho público y los fondos que administran también son públicos, pero ellas alegan que deben competir con instituciones privadas y se encuentran con una serie de trabas y restricciones que les dificultan la competencia. Entonces, son renuentes a utilizar los mecanismos de adquisición de bienes establecidos para todos los servicios públicos. Sin embargo, este reclamo es más aparente que real, pues hay universidades que funcionan perfectamente con dicha ley. Por ejemplo, la Universidad de Talca observa un cumplimiento estricto de las condiciones de la ley 19.886, una invocación precisa de las condiciones de trato directo, cuando éste corresponde, y un cumplimiento material objetivo respecto del gasto público de los proyectos Mecesup y de los proyectos de financiamiento especial de Conicyt, cuando corresponde la aplicación de esos estatutos”.
6. Las empresas creadas y relacionadas con la Utem, además de su composición societaria, han asumido competencias exclusivas de las Universidades, como es la prestación del servicio educacional, mediante la celebración de convenios que importan una especie de autocontratación de dudosa legalidad.
7. A este respecto la Contraloría General de la República ha señalado que, si bien es posible celebrar convenios entre Universidades Estatales y empresas, éstos sólo pueden referir se a actividades de apoyo a la labor académica, pero no pueden las empresas asumir competencias que les han sido entregadas por ley a las Universidades.
8. Por su parte, los consejos directivos de las universidades han sido pasivos, no sólo frente a la situación que se fue generando a lo largo de los años, sino particularmente frente a denuncias planteadas concretamente acerca de la celebración de convenios para impartir las carreras del área de criminalística en la Utem.
9. Esta Comisión es enfática en señalar la existencia de una especie de laissezfaire por parte de los consejos directivos, órganos precisamente concebidos para analizar la pertinen cia de situaciones como las conocidas por esta Comisión, ya que como se ha dicho, no obs tante haber tomado conocimiento de actuaciones dudosas y complejas, nada hicieron al res pecto.
10. No obstante, cabe advertir el escaso poder que, en el caso de la Utem, tuvieron los consejeros designados por el Presidente de la República para oponerse a las decisiones adoptadas por el rector y los representantes del estamento académico afines a sus políticas de ges tión, toda vez que ellos representan sólo un tercio del total de los integrantes con derecho a voto de dicho órgano colegiado.
11. Se han podido apreciar con clara evidencia una serie de elementos que bien podrían tipificar un delito de estafa, en perjuicio de los alumnos que se han matriculado y cursado estudios en la carrera de criminalística de la Utem. En efecto, el delito de estafa requiere la concurrencia copulativa de varios elementos, en relación de causa a efecto, que son: en primer lugar, el engaño; luego, el error; en tercer término, el acto de disposición patrimonial, y; finalmente, el perjuicio económico.
12. El engaño, al menos en el caso de la Utem, ha quedado claramente establecido con la entrega de folletos y material de promoción que simulan convenios y campo laboral inexistente, a sabiendas de la autoridad universitaria.
13. Como consecuencia del engaño, que es suficientemente convincente, los estudiantes caen en un error que les hace incurrir en una actitud colaborativa, ya que se inscriben, matriculan y cursan ramos, para lo cual realizan actos de disposición patrimonial.
14. Finalmente, los actos de disposición patrimonial se transforman en perjuicios económicos, ya que a consecuencia de ellos los alumnos, muy lejos de obtener la ventaja que les reportarían sus estudios, se encuentran con que no tienen campo ocupacional y ya no tienen el dinero que ocuparon en pagar la carrera que no les reporta utilidad alguna.
15. Sin perjuicio de las diferencias que existen entre las universidades estatales y las privadas, particularmente acerca de la manera como se estructuran y pueden desenvolverse y relacionarse con el ámbito privado o público, es preciso establecer criterios y pautas comunes en relación a las carreras que ofrece el sistema educacional chileno, ya que no existe un organismo o un sistema que entregue a los estudiantes la información necesaria para adoptar decisiones racionales acerca de la situación laboral y proyecciones de las distintas carreras que ofrece el sistema educacional.
A este respecto sólo es posible encontrar normas referidas a la obligación del Consejo de Rectores de mantener datos estadísticos, relativos a alumnos en general y por escuela, comprendiendo la información relativa a edades, matrículas, permanencia escolar, fracasos, graduaciones, personal docente titular, contratado y auxiliar, personal de dedicación exclusiva por escuela, y número de extranjeros.
Asimismo, el DFL Nº 2, de 1985, del Ministerio de Educación Pública, señala que corresponde al Consejo de Rectores dar especial preferencia a la realización de estudios técnicos sobre la determinación de las necesidades nacionales de profesionales y de técnicos, para lo cual podrá asesorarse de las asociaciones gremiales respectivas, así como de organismos técnicos oficiales o privados, información que sin embargo resulta parcial (no se incluyen todas las instituciones de educación superior ni todas las carreras que ellas imparten, como tampoco todos los elementos que puedan servir para ponderar adecuadamente el ingreso a ellas), y difícil de sistematizar e interpretar para el público en general.
Por su parte, la ley 20.129, que establece un sistema nacional de aseguramiento de la cali dad de la educación superior, en sus artículos 49 y 50 establece también un sistema de información a cargo de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, donde se contienen antecedentes necesarios, dice la ley “para la adecuada aplicación de las políticas públicas destinadas al sector de educación superior, para la gestión institucional y para la información pública de manera de lograr una amplia y completa transparencia académica, administrativa y contable de las instituciones de educación superior.” Como se observa, todo ello con muy loables intenciones, pero sin que exista el órgano o el sistema encargado de analizar y procesar esta información.
16. Que esta Comisión, sin perjuicio de las irregularidades detectadas, las que en su caso son de competencia, conocimiento y fallo de la Contraloría General de la República, y en otros de la justicia penal, estima que el problema de fondo se relaciona con la dicotomía que existe entre la oferta de carreras vigente en Chile y las expectativas o campo laboral de las mismas, pues hay, por una parte, una oferta muy variada de carreras profesionales y técnicas, y por otra un futuro campo ocupacional que se desconoce, tanto para las carreras tradicionales como para las nuevas.
17. Que en este sentido, la Comisión advierte claramente la necesidad de crear un observatorio laboral como organismo independiente que entregue información objetiva a los interesados y no la que ponen a su disposición las mismas universidades o institutos profesionales, acerca de la real posibilidad de obtener empleo una vez egresados y la cantidad de alum nos estudiando simultáneamente la misma carrera, entre otros antecedentes.
Teniendo en cuenta las consideraciones de hecho y de derecho, así como las apreciaciones y conclusiones expuestas precedentemente, la Comisión viene en proponer a la H. Corporación lo siguiente:
1. Crear un sistema de recopilación y análisis de datos estadísticos sobre la oferta educativa nacional y sobre el campo ocupacional actual y proyectado de las carreras impartidas en Chile, denominado observatorio laboral.
2. Introducir las modificaciones legales necesarias en los estatutos de las Universidades Estatales, de manera que la creación de nuevas carreras y el aumento o la disminución de vacantes para alumnos que ingresan en el primer ciclo de las carreras ya existentes, atienda a criterios objetivos en relación a los datos estadísticos que entregue el observatorio laboral.
3. Entregar facultades al Ministerio de Educación y al Servicio Nacional del Consumidor para advertir públicamente, y por los medios que estimen pertinentes, el hecho de que determinadas carreras impartidas por universidades, institutos profesionales o centros de formación técnica se encuentran saturadas en su campo laboral o lo estarán, de acuerdo con las proyecciones realizadas por el observatorio laboral, dentro de los próximos 10 años.
4. Establecer prohibiciones e inhabilidades especiales para quienes ocupen cargos directivos en las Universidades Estatales, de manera que no puedan ser socios o administradores de empresas que contraten con la respectiva institución.
5. Hacer entrega de todos los antecedentes recopilados durante el trabajo de la Comisión, al Ministerio Público, por estimar que se ha tomado conocimiento de hechos que pueden revestir los caracteres de delito.
6. Finalmente, hacer un llamado a las autoridades de todas las instituciones en que se ofrece la carrera de criminalística, especialmente a la Utem, para que ofrezcan alternativas a los estudiantes, ya sea indemnizándolos o permitiendo que estudien otras carreras sin costo adicional, atendido que la carrera de criminalística, del modo como se ofrece, carece de campo ocupacional.
Tratado y acordado en sesiones de fechas 30 de abril, 8 y 15 de mayo, 5 y 12 de junio, 21 de agosto y 11 de septiembre, de 2008, con la asistencia de los miembros titulares de la Co misión, diputados señores Germán Becker Alvear, Sergio Bobadilla Muñoz, Maximiano Errázuriz Eguiguren, Marcos Espinosa Monardes, Fidel Espinoza Sandoval, Ramón Farías Ponce (Presidente), Tucapel Jiménez Fuentes, José Antonio Kast Rist, Carlos Olivares Zepeda, Manuel Rojas Molina, Gabriel Silber Romo, Patricio Vallespín López y señora Marta Isasi Barbieri; y la concurrencia en calidad de reemplazantes de los diputados señores Gonzalo Duarte Leiva, Carlos Recondo Lavanderos, Juan Masferrer Pellizzari y Fernando Meza Moncada.
Sala de la Comisión, a 11 de septiembre de 2008.
(Fdo.): ANDRÉS LASO CRICHTON, Abogado Secretario de la Comisión”.
MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES MONTES, AGUILÓ, BURGOS, DÍAZ, DON MARCELO; ENRÍQUEZ-OMINAMI, HALES, MEZA, SAFFIRIO, SCHILLING, Y DE LA DIPUTADA SEÑORA MUÑOZ, DOÑA ADRIANA. REFORMA LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA ESTABLECIENDO UNA CÁMARA ÚNICA EN EL CONGRESO NACIONAL. (BOLETÍN N° 6107-07)
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1°, 4°, 5°, 18° y en los Capítulos V y XV de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1. Que, el Congreso Nacional se creó en nuestro país en los albores de la Independencia, bajo el convencimiento de los padres de la patria de establecer un gobierno basado en los principios de separación de poderes, en boga en la época y asegurar la adecuada representación de los diversos territorios de la naciente república.
Así, apenas constituida, el 18 de Septiembre de 1810, la primera Junta de Gobierno local, se aprobaba al mes siguiente un Proyecto de Reglamento para efectuar una elección de Diputados.
Este cuerpo colegiado alcanzó a conformarse por 36 miembros propietarios e igual número de suplentes, iniciando su actividad el 4 de Julio de 1811 fecha que se recuerda como la instalación del Parlamento chileno y durante su funcionamiento se aprobaron importantes disposiciones de orden político, judicial y diplomático. Destaca entre ellas la ley de libertad de vientre que constituyó el primer paso para la abolición de la esclavitud en el país.
2. Que, posteriormente, los reglamentos provisorios de 1812 y 1814 y el Proyecto de Constitución de 1818 establecieron un Senado con diversas características y composiciones.
La Constitución de 1822 contemplaría por primera vez un Congreso Nacional bicameral, el que no logró plasmarse por las contingencias que atravesó el país.
Sin embargo, esta idea recobró fuerza bajo el influjo del experimento federal que se desarrolló en esa década; contemplando, también, el ordenamiento constitucional de 1828, un Parlamento compuesto por dos ramas.
3. Que lo anterior seguía claramente el modelo de los Estados Unidos de América, nación que con su independencia del Reino Unido, generó un enorme influjo entre los independentistas criollos, existiendo, incluso, probados vínculos entre algunos actores del movimiento emancipador con funcionarios e intelectuales del país del norte.
El Parlamento de dicha nación, siguiendo en estructura, aunque no en composición, lo existente en el Reino Unido, contempla dos Cámaras legislativas, el Senado y la Cámara de Representantes, las que, según la teoría política, encarnan dos principios diversos de generación.
Así, la Cámara de Representantes busca una fidedigna expresión de la población y sus ideas, a través de la asignación de un número de legisladores concordante con los habitantes de los Estados.
En cambio, el Senado expresa el principio territorial y busca equiparar la influencia de cada uno de los Estados miembros de la Unión, evitando que aquéllos con mayor cantidad de habitantes impongan sus decisiones sobre los menos poblados.
En ese sentido se ha afirmado que “Este tipo de congreso o Parlamento forma parte de la naturaleza de los Estados Federales, donde una Cámara es representativa de la ciudadanía o cuerpo político y la otra representa a los Estados miembros de la federación.”
4.- Que para justificar el bicameralismo en estados unitarios, donde no existen las motivaciones indicadas, se han dado, adicionalmente, otros argumentos siendo los principales los siguientes:
Distribuir el poder legislativo, evitando que éste, conformado por una sola rama, se transforme en un órgano autoritario. Así, por ejemplo, Bryce en Studies in History and Jurisprudence, señala sobre el particular que “La experiencia ha demostrado, a este respecto, que de ordinario una Cámara no resiste a la tentación de imponer su voluntad a las demás autoridades del Estado: se hace tiránica y absorbente. Esta dictadura resulta mucho más funesta que la de un individuo, porque cuando un cierto número de personas ejecutan un acto en común, el sentimiento de la responsabilidad, que constituye un poderoso freno moral, se debilita considerablemente.
De este modo, el bicameralismo evitaría este riesgo, como también los eventuales conflictos con el Ejecutivo, al transformarse el Senado en una especie de árbitro entre la Cámara de Diputados y el Gobierno.
Promover una mayor reflexión en la elaboración de las leyes. Así lo indica, por ejemplo, Alcibíades Roldán en un antiguo texto denominado “Elementos de Derecho Constitucional de Chile” en que manifiesta que “...la dualidad de Cámaras, adoptada en la gran mayoría de las naciones... asegura una doble discusión de la ley, en consecuencia, el mejor estudio y preparación de la misma; que en gran parte previene el peligro de resoluciones aprobadas sorpresivamente...”
Además de éstas razones, cuyo fundamento podrá discutirse, como veremos, pero que resultan de cierta solidez, existen otras de menor entidad tales como la diversificación de las elites, la preparación cívica de las autoridades a través de una cierta carrera política, la factibilidad de incorporar en una de las Cámaras personalidades no determinadas por el sufragio popular, etc.
5. Que creemos que las razones que fundan la existencia de un parlamento bicameral en nuestro país, que se reconoce expresamente como unitario, encuentran más apoyo en la tradición histórica reseñada que en la ciencia política.
Incluso coincidiendo en la necesidad creciente de traspasar poder a las autoridades locales y fomentar la identidad regional, creemos que no es el bicameralismo la única forma de con seguirlo, como tampoco de evitar la hegemonía de los territorios más poblados del país, existiendo en la actualidad diversas fórmulas de sistemas electorales y de distribución de distritos, que contribuirían a evitar esos efectos sin requerir la constitución dual del Parlamento.
Del mismo modo, el peligro de arbitrariedad que se supone a la existencia de una sola Cámara resulta desestimable por la existencia, en la actualidad, de numerosos y probados resguardos institucionales, tales como el Tribunal Constitucional y los Tribunales de Justicia. La posibilidad de decisiones sorpresivas, en tanto, está claramente superada por los medios de comunicación.
Por último, la mayor reflexión en la elaboración de las leyes atribuida a la existencia de dos ramas en el Parlamento, es un criterio subjetivo, más propio de la capacidad y calidad de las personas que ejercen las atribuciones que una condición inequívoca derivada de la estructura del órgano.
6. Que a nivel internacional existen cada vez más ejemplos de naciones que, en las últimas décadas, han adoptado el sistema unicameral, tanto en Latinoamérica, como Venezuela y Perú, como en naciones de la Europa Central, como Hungría, Eslovaquia, Bulgaria y Bielorrusia.
Asimismo, otras tantas naciones mantienen sistemas bicamerales, pero en que o se ha restado a una de ellas todas o parte de sus funciones legislativas o claramente una de las ramas prima sobre la otra, como ocurre en el Reino Unido, la República Checa, Eslovenia, entre otras.
7. Que nos asiste el convencimiento de que existen claras variaciones entre los intereses de la opinión pública de nuestra sociedad a la fecha en que se conformó el Parlamento bicameral con la época actual.
Vivimos en un mundo ágil y dinámico, en que la prontitud y oportunidad en la toma de decisiones es un factor fundamental de su eficacia. Asimismo, la transparencia en los métodos ha pasado a hacer una máxima irreemplazable.
De este modo, los ciudadanos de nuestros días recelan de organismos que, a riesgo de una pretendida mayor reflexión, tardan largos períodos en adoptar decisiones y lo hacen tras de liberaciones sucesivas en instancias de caracteres similares.
Lo anterior, de algún modo, contribuye al desprestigio de la labor parlamentaria al hacerla ver como lenta y ajena al ritmo y necesidades de la sociedad y sus habitantes.
8. Que, este tipo de consideraciones ya fueron advertidas hace varias décadas, cuando en 1971, el Presidente Salvador Allende, envió al Parlamento un Proyecto de Reforma Constitucional que proponía la creación de una cámara única.
La enmienda a la Carta Fundamental incorporaba, además, otras materias fundamental mente en el ámbito de las garantías individuales.
Cabe reproducir a este respecto, por su particular contingencia, uno de los argumentos expuestos en el Mensaje con que se acompañó el texto al Congreso Nacional, en que se afirma:
“En nuestro país, que es un Estado unitario, formado por ciudadanos a los que la Constitución asegura la igualdad ante la ley y confiere los mismos derechos políticos, el sistema bicameral no responde a ninguna necesidad real y en la actualidad contribuye a dilatar la adopción de decisiones políticas oportunas, a dificultarlas artificialmente y a crear en la opinión pública una suerte de desconfianza y recelo frente al proceso de formación de la ley que se estima costoso, lento e ineficaz.”
Dicho diagnóstico sigue siendo acertado, más aún cuando a tales consideraciones se agrega, en perjuicio del Parlamento actual, la crítica de ser excluyente, producto de un sistema electoral que limita el acceso al Congreso Nacional a importantes sectores de la comunidad.
9. Que, por lo anterior, los diputados que suscriben venimos en proponer al Congreso Nacional una reforma constitucional que, en lo sustantivo, reemplaza la estructura bicameral del Congreso Nacional por una Cámara única, elegida por votación directa, que debería iniciar sus funciones el año 2014.
Con el objeto de facilitar la discusión de esta materia y centrarla en los aspectos de fondo y no en los accesorios, las características puntuales del Parlamento que se propone, tales como el número de miembros, la conformación de los distritos y el sistema electoral deberían ser establecidas en las leyes orgánicas respectivas.
Con el mismo fin hemos soslayado la posibilidad de introducir en esta iniciativa otras modificaciones respecto del Congreso Nacional, sus miembros y su funcionamiento, en aspectos tales como: Inhabilidad de dirigentes sociales y vecinales para acceder al Parlamento; límite a la reelección, dedicación exclusiva, privilegios, remuneración y causales de cesación de los parlamentarios; iniciativa popular de ley y llenado de escaños vacantes.
Sólo hemos debido introducir como enmienda sustantiva la incorporación del Ministro del Interior al Consejo de Seguridad Nacional, para mantener la preeminencia civil de dicho organismo que resultaba alterada tras el reemplazo de los actuales Presidentes de ambas ramas legislativas por un solo titular del Congreso Nacional.
En lo formal, hemos dividido algunos artículos del Título V de la Constitución Política de la República, con el objeto de mantener la armonía numérica del actual texto modificada con la eliminación de diversos preceptos alusivos al bicameralismo, realizando, asimismo, las adecuaciones de referencia necesarias.
10. Que, compartimos, aunque con una conclusión diversa, lo señalado por Fermandois en su escrito “El Senado en el Derecho Comparado”, en que sostiene que “En los Estados unitarios debe subrayarse la preocupación que existe respecto de la verdadera necesidad del bicameralismo, cuando el Senado no materializa ninguno de los objetivos perseguidos: no es verdadero instrumento de descentralización ni representación de intereses territoriales, por debilidad de facultades; y no es una Cámara de reflexión ni mejoramiento cualitativo de la legislación, por su integración y función idéntica a la Cámara política.”
Por tanto, sin perjuicio de la viabilidad política actual de una reforma tan innovadora como la que se propone, creemos conveniente expresar esa inquietud por iniciar un análisis serio y técnico acerca de la pertinencia de la actual estructura y normas de funcionamiento del Congreso Nacional, para atender los requerimientos de la ciudadanía.
Por lo anterior, los diputados que suscriben venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo único: Modifíquese la Constitución Política de la República de la forma que sigue:
1. Sustitúyase, en el inciso final del artículo 17, la expresión “Senado” por “Congreso Nacional”.
2. Reemplácese, en el inciso séptimo del numeral 15 del artículo 19, el guarismo “57” por “53”.
3. Sustitúyase, en los incisos tercero y cuarto del artículo 25, la expresión “Senado” por “Congreso Nacional”.
4. Modifíquese el artículo 27 del siguiente modo:
a. Reemplácese, en sus incisos segundo y cuarto, la expresión “Senado” por “Congreso Nacional”.
b. Sustitúyase, en su inciso tercero, la expresión “Pleno” por “Nacional”.
5. Reemplácese, en el inciso primero del artículo 28, la expresión “Senado; a falta de éste, el Presidente de la Cámara de Diputados” por “Congreso Nacional” y en el inciso segundo del mismo precepto el término “53 N° 7°” por “50 N° 8°”.
6. Modifíquese el artículo 29 de la siguiente forma:
a. Sustitúyase, en su inciso primero, la expresión “Senado; a falta de éste, el Presidente de la Cámara de Diputados” por “Congreso Nacional”.
b. Reemplácese, en su inciso tercero, la palabra “Pleno” por “Nacional” y la frase “los senadores y diputados” por “sus miembros”.
7. Sustitúyase, en el inciso tercero del artículo 30, los guarismos “61” por “62” y “62” por “63”.
8. Reemplácese en el artículo 31 la palabra “Pleno” por Nacional”.
9. Modifíquese, el artículo 32 de la forma que sigue:
a. Reemplácese, en el numeral 2°, la frase “a cualquiera de las ramas del” por “al”.
b. Sustitúyase, en los numerales 9° y 12, la expresión “Senado” por “Congreso Nacional”.
c. Reemplácese, en el numeral 14, la frase final “Los funcionarios acusados por la Cámara de Diputados y condenados por el Senado, sólo pueden ser indultados por el Congreso” por “Los funcionarios condenados por el Congreso Nacional sólo pueden ser indultados por ese mismo órgano”.
d. Sustitúyase, en el numeral 15, la expresión “54 N° 1” por “50 N° 12”.
10. Modifíquese el artículo 37 de la siguiente forma:
a. Reemplácese, en su inciso primero, la expresión “de la Cámara de Diputados o del Se nado” por 'del Congreso Nacional” y la frase “diputado o senador” por “parlamentario”.
b. Sustitúyase, en su inciso segundo, la frase “la Cámara de Diputados o el Senado convoquen” por “el Congreso Nacional convoque” y la palabra “acuerden” por “acuerde”.
11. Reemplácese, íntegramente, el Capítulo V por el siguiente:
“Capítulo V CONGRESO NACIONAL
Composición y generación
Artículo 46. El Congreso Nacional se compone de parlamentarios elegidos en votación directa, cuyo número, distritos electorales y sistema de elección será determinado por la ley orgánica constitucional respectiva.
El Congreso Nacional se renovará íntegramente cada cuatro años.
Artículo 47. Para ser elegido parlamentario se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, tener cumplidos veintiún años de edad, haber cursado la enseñanza media o equivalente, y tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección.
Artículo 48. Se entenderá que los parlamentarios tienen, por el solo ministerio de la ley, su residencia en la región correspondiente, mientras se encuentren en ejercicio de su cargo.
Artículo 49. Las vacantes de parlamentarios se proveerán con el ciudadano que señale el partido político al que pertenecía el parlamentario que produjo la vacante al momento de ser elegido.
Los parlamentarios elegidos como independientes no serán reemplazados. Los parlamentarios elegidos como independientes que hubieren postulado integrando lista en conjunto con uno o más partidos políticos, serán reemplazados por el ciudadano que señale el partido indicado por el respectivo parlamentario al momento de presentar su declaración de candidatura.
El reemplazante deberá reunir los requisitos para ser elegido parlamentario. E1 nuevo parlamentario ejercerá sus funciones por el término que faltaba a quien originó la vacante.
En ningún caso procederán elecciones complementarias.
Atribuciones del Congreso Nacional
Artículo 50. Son atribuciones del Congreso Nacional:
1) Fiscalizar los actos del Gobierno. Para ejercer esta atribución el Congreso Nacional puede:
a) Adoptar acuerdos o sugerir observaciones, con el voto de la mayoría de los parlamentarios presentes, los que se transmitirán por escrito al Presidente de la República, quien deberá dar respuesta fundada por medio del Ministro de Estado que corresponda, dentro de treinta días.
Sin perjuicio de lo anterior, cualquier parlamentario, con el voto favorable de un tercio de los miembros presentes del Congreso Nacional, podrá solicitar determinados antecedentes al Gobierno. El Presidente de la República contestará fundadamente por intermedio del Ministro de Estado que corresponda; dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior.
En ningún caso los acuerdos, observaciones o solicitudes de antecedentes afectarán la responsabilidad política de los Ministros de Estado;
b) Citar a un Ministro de Estado, a petición de a lo menos un tercio de los parlamentarios en ejercicio, a fin de formularle preguntas en relación con materias vinculadas al ejercicio de su cargo. Con todo, un mismo Ministro no podrá ser citado para este efecto más de tres veces dentro de un año calendario, sin previo acuerdo de la mayoría absoluta de los parlamentarios en ejercicio.
La asistencia del Ministro será obligatoria y deberá responder a las preguntas y consultas que motiven su citación, y
c) Crear comisiones especiales investigadoras a petición de a lo menos dos quintos de los parlamentarios en ejercicio, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno.
Las comisiones investigadoras, a petición de un tercio de sus miembros, podrán despachar citaciones y solicitar antecedentes. Los Ministros de Estado, los demás funcionarios de la Administración y el personal de las empresas del Estado o de aquéllas en que éste tenga participación mayoritaria, que sean citados por estas comisiones, estarán obligados a comparecer y a suministrar los antecedentes y las informaciones que se les soliciten.
No obstante, los Ministros de Estado no podrán ser citados más de tres veces a una misma comisión investigadora, sin previo acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.
La ley orgánica constitucional del Congreso Nacional regulará el funcionamiento y las atribuciones de las comisiones investigadoras y la forma de proteger los derechos de las personas citadas o mencionadas en ellas.
2) Conocer de las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las siguientes personas:
a) Del Presidente de la República, por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes. Esta acusación podrá interponerse mientras el Presidente esté en funciones y en los seis meses siguientes a su expiración en el cargo. Durante este último tiempo no podrá ausentarse de la República sin acuerdo del Congreso Nacional;
b) De los Ministros de Estado, por haber comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, por infringir la Constitución o las leyes o haber dejado éstas sin ejecución; y por los delitos de traición, concusión, malversación de fondos públicos y soborno;
c) De los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor General de la República, por notable abandono de sus deberes;
d) De los generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las Fuerzas de la Defensa Nacional, por haber comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, y
e) De los intendentes y gobernadores, por infracción de la Constitución y por los delitos de traición, sedición, malversación de fondos públicos y concusión.
Las acusaciones referidas en las letras b), c), d) y e) podrán interponerse mientras el afectado esté en funciones o en los tres meses siguientes a la expiración en su cargo. Interpuesta la acusación, el afectado no podrá ausentarse del país sin permiso del Congreso Nacional.
La acusación se tramitará en conformidad a la ley orgánica constitucional relativa al Congreso Nacional.
Una Comisión especial, compuesta por diez parlamentarios elegidos al azar, excluyendo a los acusadores, reunirá los antecedentes que estime necesarios para comprobar los hechos y
presentará un informe al Congreso Nacional, dentro de los diez días siguientes a la interposición del libelo.
El Congreso Nacional resolverá como jurado y se limitará a declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa. La acusación se entenderá rechazada si no recayere ningún pronunciamiento sobre la misma dentro de los quince días siguientes a su formulación.
La declaración de culpabilidad deberá ser pronunciada por los dos tercios de los parlamentarios en ejercicio cuando se trate de una acusación en contra del Presidente de la República y por la mayoría de los parlamentarios en ejercicio en los demás casos.
El acusado quedará destituido en sus funciones desde el momento en que el Congreso Nacional le declare culpable de la acusación y no podrá desempeñar ninguna función pública por el término de cinco años.
El funcionario destituido será juzgado de acuerdo a las leyes por el tribunal competente, tanto para la aplicación de la pena señalada al delito, si lo hubiere, cuanto para hacer efectiva la responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados al Estado o a particulares;
3) Decidir si ha o no lugar la admisión de las acciones judiciales que cualquier persona pretenda iniciar en contra de algún Ministro de Estado, con motivo de los perjuicios que pueda haber sufrido injustamente por acto de éste en el desempeño de su cargo;
4) Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia;
5) Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía en el caso del artículo 17, número 3° de esta Constitución;
6) Prestar o negar su consentimiento a los actos del Presidente de la República, en los casos en que la Constitución o la ley lo requieran. Si el Congreso Nacional no se pronunciare dentro de treinta días después de pedida la urgencia por el Presidente de la República, se tendrá por otorgado su asentimiento;
7) Otorgar su acuerdo para que el Presidente de la República pueda ausentarse del país por más de treinta días o en los últimos noventa días de su período;
8) Declarar la inhabilidad del Presidente de la República o del Presidente electo cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones; y declarar asimismo, cuando el Presidente de la República haga dimisión de su cargo, si los motivos que la originan son o no fundados y, en consecuencia, admitirla o desecharla. En ambos casos deberá oír previamente al Tribunal Constitucional;
9) Aprobar, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la declaración del Tribunal Constitucional a que se refiere la segunda parte del N° 10 del artículo 93;
10) Aprobar, en sesión especialmente convocada al efecto y con el voto conforme de los dos tercios de los parlamentarios en ejercicio, la designación de los ministros y fiscales judiciales de la Corte Suprema y del Fiscal Nacional, y
11) Dar su dictamen al Presidente de la República en los casos en que éste lo solicite.
12) Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación. La aprobación de un tratado requerirá de los quórum que corresponda, en conformidad al artículo 68, y se someterá, en lo pertinente, a los trámites de una ley.
El Presidente de la República informará al Congreso sobre el contenido y el alcance del tratado, así como de las reservas que pretenda confirmar o formularle.
El Congreso podrá sugerir la formulación de reservas y declaraciones interpretativas a un tratado internacional, en el curso del trámite de su aprobación, siempre que ellas procedan de conformidad a lo previsto en el propio tratado o en las normas generales de derecho internacional.
Las medidas que el Presidente de la República adopte o los acuerdos que celebre para el cumplimiento de un tratado en vigor no requerirán de nueva aprobación del Congreso, a menos que se trate de materias propias de ley. No requerirán de aprobación del Congreso los tratados celebrados por el Presidente de la República en el ejercicio de su potestad reglamentaria.
Las disposiciones de un tratado sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo a las normas generales de derecho internacional.
Corresponde al Presidente de la República la facultad exclusiva para denunciar un tratado o retirarse de él, para lo cual pedirá la opinión del Congreso Nacional, en el caso de tratados que hayan sido aprobados por éste. Una vez que la denuncia o el retiro produzca sus efectos en conformidad a lo establecido en el tratado internacional, éste dejará de tener efecto en el orden jurídico chileno.
En el caso de la denuncia o el retiro de un tratado que fue aprobado por el Congreso, el Presidente de la República deberá informar de ello a éste dentro de los quince días de efectuada la denuncia o el retiro.
El retiro de una reserva que haya formulado e1 Presidente de la República y que tuvo en consideración el Congreso Nacional al momento de aprobar un tratado, requerirá previo acuerdo de éste, de conformidad a lo establecido en la ley orgánica constitucional respectiva. El Congreso Nacional deberá pronunciarse dentro del plazo de treinta días contados desde la recepción del oficio en que se solicita el acuerdo pertinente. Si no se pronunciare dentro de este término; se tendrá por aprobado el retiro de la reserva.
De conformidad a lo establecido en la ley, deberá darse debida publicidad a hechos que digan relación con el tratado internacional, tales como su entrada en vigor, la formulación y retiro de reservas, las declaraciones interpretativas, las objeciones a una reserva y su retiro, la denuncia del tratado, el retiro, la suspensión, la terminación y la nulidad del mismo.
En el mismo acuerdo aprobatorio de un tratado podrá el Congreso autorizar al Presidente de la República a fin de que, durante la vigencia de aquél, dicte las disposiciones con fuerza de ley que estime necesarias para su cabal cumplimiento, siendo en tal caso aplicable lo dispuesto en los incisos segundo y siguientes del artículo 65, y
13) Pronunciarse, cuando corresponda, respecto de los estados de excepción constitucional, en la forma prescrita por el inciso segundo del artículo 40.
Funcionamiento del Congreso
Artículo 51. El Congreso Nacional se instalará e iniciará su período de sesiones en la forma que determine su ley orgánica constitucional.
En todo caso, se entenderá siempre convocado de pleno derecho para conocer de la declaración de estados de excepción constitucional.
La ley orgánica constitucional señalada en el inciso primero, regulará la tramitación de las acusaciones constitucionales, la calificación de las urgencias conforme lo señalado en el artículo 74 y todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley.
Artículo 52. El Congreso Nacional no podrá entrar en sesión ni adoptar acuerdos sin la concurrencia de la tercera parte de sus miembros en ejercicio.
El Congreso Nacional establecerá en su propio reglamento la clausura del debate por simple mayoría.
Normas generales para los parlamentarios
Artículo 53. No pueden ser candidatos a parlamentarios.
1) Los Ministros de Estado;
2) Los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los miembros de los consejos regionales, los concejales y los subsecretarios;
3) Los miembros del Consejo del Banco Central;
4) Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;
5) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;
6) El Contralor General de la República;
7) Las personas que desempeñan un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal.
8) Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado;
9) El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Público, y
10) Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
Las inhabilidades establecidas en este artículo serán aplicables a quienes hubieren tenido las calidades o cargos antes mencionados dentro del año inmediatamente anterior a la elección; excepto respecto de las personas mencionadas en los números 7) y 8), las que no deberán reunir esas condiciones al momento de inscribir su candidatura y de las indicadas en el número 9), respecto de las cuales el plazo de la inhabilidad será de los dos años inmediata mente anteriores a la elección. Si no fueren elegidos en una elección no podrán volver al mismo cargo ni ser designados para cargos análogos a los que desempeñaron hasta un año después del acto electoral.
Artículo 54. El cargo de parlamentario es incompatible con todo empiece o comisión re tribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.
Asimismo, el cargo de parlamentario es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.
Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el parlamentario cesará en el otro cargo, empleo o comisión incompatible que desempeñe.
Artículo 55. Ningún parlamentario, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en el artículo anterior.
Esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica a los cargos de Presidente de la República, Ministro de Estado y agente diplomático; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de parlamentario.
Artículo 56. Cesará en el cargo el parlamentario que se ausentare del país por más de treinta días sin permiso del Congreso Nacional o, en receso de éste, de su Presidente.
Artículo 57. Cesará en el cargo el parlamentario que durante su ejercicio celebrare o caucionare contratos con el Estado, el que actuare como abogado o mandatario en cualquier clase de juicio contra el Fisco, o como procurador o agente en gestiones particulares de carácter administrativo, en la provisión de empleos públicos, consejerías, funciones o comisiones de similar naturaleza. En la misma sanción incurrirá el que acepte ser director de banco o de alguna sociedad anónima, o ejercer cargos de similar importancia en estas actividades.
La inhabilidad a que se refiere el inciso anterior tendrá lugar sea que parlamentario actúe por sí o por interpósita persona, natural o jurídica, o por medio de una sociedad de personas de la que forme parte.
Artículo 58. Cesará en su cargo parlamentario que ejercite cualquier influencia ante las autoridades administrativas o judiciales en favor o representación del empleador o de los trabajadores en negociaciones o conflictos laborales, sean del sector público o privado, o que intervengan en ellos ante cualquiera de las partes. Igual sanción se aplicará al parlamentario que actúe o intervenga en actividades estudiantiles, cualquiera que sea la rama de la enseñanza, con el objeto de atentar contra su normal desenvolvimiento.
Artículo 59. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso séptimo del número 15 del artículo 19, cesará, asimismo, en sus funciones el parlamentario que de palabra o por escrito incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por me dios distintos de los que establece esta Constitución, o que comprometa gravemente la seguridad o el honor de la Nación.
Quien perdiere el cargo de parlamentario por cualquiera de las causales señaladas precedentemente no podrá optar a ninguna función o empleo público, sea o no de elección popular, por el término de dos años, salvo los casos del inciso séptimo del número 15 del artículo 19, en los cuales se aplicarán las sanciones allí contempladas.
Artículo 60. Cesará, asimismo, en sus funciones el parlamentario que, durante su ejercicio, pierda algún requisito general de elegibilidad o incurra en alguna de las causales de in habilidad a que se refiere el artículo 53, sin perjuicio de la excepción contemplada en el inciso segundo del artículo 55 respecto de los Ministros de Estado.
Artículo 61. Los parlamentarios podrán renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Constitucional.
Artículo 62. Los parlamentarios sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión.
Ningún parlamentario desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.
En caso de ser arrestado algún parlamentario por delito flagrante, será puesto inmediata mente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.
Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el parlamentario imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.
Artículo 63. Los parlamentarios percibirán como única renta una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan.
Materias de Ley
Artículo 64. Sólo son materias de ley:
1) Las que en virtud de la Constitución deben ser objeto de leyes orgánicas constitucionales;
2) Las que la Constitución exija que sean reguladas por una ley;
3) Las que son objeto de codificación, sea civil, comercial, procesal, penal u otra;
4) Las materias básicas relativas al régimen jurídico laboral, sindical, previsional y de seguridad social;
5) Las que regulen honores públicos a los grandes servidores;
6) Las que modifiquen la forma o características de los emblemas nacionales;
7) Las que autoricen al Estado, a sus organismos y a las municipalidades, para contratar empréstitos, los que deberán estar destinados a financiar proyectos específicos. La ley deberá indicar las fuentes de recursos con cargo a los cuales deba hacerse el servicio de la deuda. Sin embargo, se requerirá de una ley de quórum calificado para autorizar la contratación de aquellos empréstitos cuyo vencimiento exceda del término de duración del respectivo período presidencial.
Lo dispuesto en este número no se aplicará al Banco Central;
8) Las que autoricen la celebración de cualquier clase de operaciones que puedan comprometer en forma directa o indirecta el crédito o la responsabilidad financiera del Estado, sus organismos y de las municipalidades. Esta disposición no se aplicará al Banco Central;
9) Las que fijen las normas con arreglo a las cuales las empresas del Estado y aquellas en que éste tenga participación puedan contratar empréstitos, los que en ningún caso, podrán efectuarse con el Estado, sus organismos o empresas;
10) Las que fijen las normas sobre enajenación de bienes del Estado o de las municipalidades y sobre su arrendamiento o concesión;
11) Las que establezcan o modifiquen la división política y administrativa del país;
12) Las que señalen el valor, tipo y denominación de las monedas y el sistema de pesos y medidas;
13) Las que fijen las fuerzas de aire, mar y tierra que han de mantenerse en pie en tiempo de paz o de guerra, y las normas para permitir la entrada de tropas extranjeras en el territorio de la República, como, asimismo, la salida de tropas nacionales fuera de él;
14) Las demás que la Constitución señale como leyes de iniciativa exclusiva del Presiden te de la República;
15) Las que autoricen la declaración de guerra, a propuesta del Presidente de la República;
16) Las que concedan indultos generales y amnistías y las que fijen las normas generales
con arreglo a las cuales debe ejercerse la facultad del Presidente de la República para conceder indultos particulares y pensiones de gracia.
Las leyes que concedan indultos generales y amnistías requerirán siempre de quórum calificado. No obstante, este quórum será de las dos terceras partes de los parlamentarios en ejercicio cuando se trate de delitos contemplados en el artículo 9°;
17) Las que señalen la ciudad en que debe residir el Presidente de la República, celebrar sus sesiones el Congreso Nacional y funcionar la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional;
18) Las que fijen las bases de los procedimientos que rigen los actos de la administración pública;
19) Las que regulen el funcionamiento de loterías, hipódromos y apuestas en general, y
20) Toda otra norma de carácter general y obligatoria que estatuya las bases esenciales de un ordenamiento jurídico.
Artículo 65. El Presidente de la República podrá solicitar autorización al Congreso Nacional para dictar disposiciones con fuerza de ley durante un plazo no superior a un año sobre materias que correspondan al dominio de la ley.
Esta autorización no podrá extenderse a la nacionalidad, la ciudadanía, las elecciones ni al plebiscito, como tampoco a materias comprendidas en las garantías constitucionales o que deban ser objeto de leyes orgánicas constitucionales o de quórum calificado.
La autorización no podrá comprender facultades que afecten a la organización, atribuciones y régimen de los funcionarios del Poder Judicial, del Congreso Nacional, del Tribunal Constitucional ni de la Contraloría General de la República.
La ley que otorgue la referida autorización señalará las materias precisas sobre las que recaerá la delegación y podrá establecer o determinar las limitaciones, restricciones y formalidades que se estimen convenientes.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, el Presidente de la República queda autorizado para fijar el texto refundido, coordinado y sistematizado de las leyes cuando sea conveniente para su mejor ejecución. En ejercicio de esta facultad, podrá introducirle los cambios de forma que sean indispensables, sin alterar, en caso alguno, su verdadero sentido y alcance.
A la Contraloría General de la República corresponderá tomar razón de estos decretos con fuerza de ley, debiendo rechazarlos cuando ellos excedan o contravengan la autorización referida.
Los decretos con fuerza de ley estarán sometidos en cuanto a su publicación, vigencia y efectos, a las mismas normas que rigen para la ley.
Formación de la ley
Artículo 66. Las leyes pueden tener origen por mensaje que dirija el Presidente de la Re pública o por moción de cualquiera de los miembros del Congreso Nacional. Las mociones no pueden ser firmadas por más de diez parlamentarios.
Artículo 67. Corresponderá al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación con la alteración de la división política o administrativa del país, o con la administración financiera o presupuestaria del Estado, incluyendo las modificaciones de la Ley de Presupuestos, y con las materias señaladas en los números 10 y 13 del artículo 64.
Corresponderá, asimismo, al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para:
1°. Imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes, y determinar su forma, proporcionalidad o progresión;
2°. Crear nuevos servicios públicos o empleos rentados, sean fiscales, semifiscales, autónomos o de las empresas del Estado; suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones;
3°. Contratar empréstitos o celebrar cualquiera otra clase de operaciones que puedan comprometer el crédito o la responsabilidad financiera del Estado, de las entidades semifiscales, autónomas, de los gobiernos regionales o de las municipalidades, y condonar, reducir o modificar obligaciones, intereses u otras cargas financieras de cualquier naturaleza establecidas en favor del Fisco o de los organismos o entidades referidos;
4°. Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas y cualquiera otra clase de emolumentos, préstamos o beneficios al personal en servicio o en retiro y a los beneficiarios de montepío, en su caso, de la Administración Pública y demás organismos y entidades anteriormente señalados, como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos; todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los números siguientes
5°. Establecer las modalidades y procedimientos de la negociación colectiva y determinar los casos en que no se podrá negociar, y
6°. Establecer o modificar las normas sobre seguridad social o que incidan en ella, tanto del sector público como del sector privado.
El Congreso Nacional sólo podrá aceptar, disminuir o rechazar los servicios, empleos, emolumentos, préstamos, beneficios, gastos y demás iniciativas sobre la materia que proponga el Presidente de la República.
Artículo 68. Las normas legales que interpreten preceptos constitucionales necesitarán, para su aprobación, modificación o derogación, de las tres quintas partes de los parlamentarios en ejercicio.
Las normas legales a las cuales la Constitución confiere el carácter de ley orgánica constitucional requerirán, para su aprobación, modificación o derogación, de las cuatro séptimas partes de los parlamentarios en ejercicio.
Las normas legales de quórum calificado se establecerán, modificarán o derogarán por la mayoría absoluta de los parlamentarios en ejercicio.
Las demás normas legales requerirán la mayoría de los miembros presentes, con excepción de lo dispuesto en el inciso final del artículo 73.
Artículo 69. El proyecto de Ley de Presupuestos deberá ser presentado por el Presidente de la República al Congreso Nacional, a lo menos con tres meses de anterioridad a la fecha en que debe empezar a regir; y si el Congreso no lo despachare dentro de los sesenta días contados desde su presentación, regirá el proyecto presentado por el Presidente de la República.
El Congreso Nacional no podrá aumentar ni disminuir la estimación de los ingresos; sólo podrá reducir los gastos contenidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, salvo los que estén establecidos por ley permanente.
La estimación del rendimiento de los recursos que consulta la Ley de Presupuestos y de los nuevos que establezca cualquiera otra iniciativa de ley, corresponderá exclusivamente al Presidente, previo informe de los organismos técnicos respectivos.
No podrá el Congreso aprobar ningún nuevo gasto con cargo a los fondos de la Nación sin que se indiquen, al mismo tiempo, las fuentes de recursos necesarios para atender dicho gasto.
Si la fuente de recursos otorgada por el Congreso fuere insuficiente para financiar cualquier nuevo gasto que se apruebe, el Presidente de la República, al promulgar la ley, previo informe favorable del servicio o institución a través del cual se recaude el nuevo ingreso, refrendado por la Contraloría General de la República, deberá reducir proporcionalmente todos los gastos, cualquiera que sea su naturaleza.
Artículo 70. Los proyectos de ley se discutirán en general y en particular. Dicha discusión podrá realizarse conjuntamente.
El proyecto que fuere desechado en general no podrá renovarse sino después de un año. Sin embargo, el Presidente de la República, en caso de un proyecto de su iniciativa, podrá solicitar al Congreso Nacional reconsiderar esta negativa.
Artículo 71. Todo proyecto puede ser objeto de adiciones o correcciones en los trámites que corresponda, pero en ningún caso se admitirán las que no tengan relación directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto.
Artículo 72. Aprobado un proyecto por el Congreso Nacional será remitido al Presidente de la República, quien, si también lo aprueba, dispondrá su promulgación como ley.
Artículo 73. Si el Presidente de la República desaprueba el proyecto, lo devolverá al Congreso Nacional con las observaciones convenientes, dentro del término de treinta días.
En ningún caso se admitirán las observaciones que no tengan relación directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto, a menos que hubieran sido consideradas en el mensaje respectivo.
Si el Congreso Nacional aprobare las observaciones, el proyecto tendrá fuerza de ley y se devolverá al Presidente para su promulgación.
Si el Congreso Nacional desechare todas o algunas de las observaciones e insistiere por los dos tercios de sus miembros presentes en la totalidad o parte del proyecto aprobado por ellas, se devolverá al Presidente para su promulgación.
Artículo 74. El Presidente de la República podrá hacer presente la urgencia en el despacho de un proyecto, en uno o en todos sus trámites, y en tal caso, el Congreso Nacional deberá pronunciarse dentro del plazo máximo de treinta días.
La calificación de la urgencia corresponderá hacerla al Presidente de la República de acuerdo a la ley orgánica constitucional relativa al Congreso, la que establecerá también todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley.
Artículo 75. Si el Presidente de la República no devolviere el proyecto dentro de treinta días, contados desde la fecha de su remisión, se entenderá que lo aprueba y se promulgará como ley.
La promulgación deberá hacerse siempre dentro del plazo de diez días, contados desde que ella sea procedente.
La publicación se hará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgatorio.”
12. Sustitúyase, en el inciso tercero del artículo 78, la palabra “Senado” por “Congreso Nacional”, las dos veces que ella figura.
13. Reemplácese, en el inciso primero del artículo 85, la palabra “Senado” por “Congreso Nacional”, las dos veces que ella figura.
14. Sustitúyase, en el inciso primero del artículo 89, la frase “de la Cámara de Diputados” por “del Congreso Nacional”.
15 Reemplácese, en la letra b) del inciso primero del artículo 92, el párrafo que comienza con la palabra “Dos” por el siguiente: “Los nombramientos se efectuarán en votaciones únicas y requerirán para su aprobación del voto favorable de los dos tercios de los parlamentarios en ejercicio.”
16. Modifíquese el artículo 93 del modo que sigue:
a. Sustitúyase, en el numeral 10° de su inciso primero, la palabra “Senado” por Congreso Nacional”.
b. Reemplácese, en el numeral 11 de su inciso primero, la palabra “Senado” por “Congreso Nacional” y la expresión “53 número 7)” por “50 número g)”.
c. Sustitúyase, en el numeral 12 de su inciso primero, la palabra “Senado” por “Congreso Nacional”.
d. Reemplácese, en el numeral 15 de su inciso primero, el guarismo “60” por “61”.
e. Sustitúyase, en el numeral 16° de su inciso primero, el guarismo “63” por “63”.
f. Reemplácese, en su inciso segundo, la expresión “la Cámara de origen” por “el Congreso Nacional” y elimínese, en el mismo precepto, la frase “por el Congreso”
g. Sustitúyase, en su inciso tercero, la expresión “de cualquiera de las Cámaras” por “del Congreso Nacional”.
h. Reemplácese, en su inciso cuarto, la expresión “de cualquiera de las Cámaras” por “del Congreso Nacional”.
i. Sustitúyase, en su inciso séptimo, la frase “cualquiera de las Cámaras” por “el Congreso Nacional”.
j. Reemplácese, en el inciso octavo, la frase “Senado o de la Cámara de Diputados” del “Congreso Nacional”.
k. Sustitúyase, en el inciso decimotercero, la expresión “cualquiera de las Cámaras” por “el Congreso Nacional”.
I. Reemplácese, en su inciso decimocuarto, la palabra “Senado” por “Congreso Nacional”.
m. Sustitúyase, en su inciso decimosexto, la expresión “la Cámara de Diputados” por “el Congreso Nacional”.
n. Reemplácese, en su inciso decimonoveno, la frase “de cualquiera de las Cámaras” por “del Congreso Nacional”.
17. Modifíquese el artículo 95 del modo que sigue:
a. Sustitúyase, en el inciso primero, senadores” por “y de parlamentarios”.
b. Reemplácese, en la letra b) de su inciso segundo, la frase “de la Cámara de Diputados o del Senado” por “del Congreso Nacional”.
c. Sustitúyase, en su inciso cuarto, los guarismos “58” por “54” y “59” por “55”.
18. Reemplácese, en el inciso segundo del artículo 98, la palabra “Senado” por “Congreso Nacional”.
19. Reemplácese, en el inciso primero del artículo 99 la frase “a la Cámara de Diputados” por “al Congreso Nacional” y la expresión “a la misma Cámara” por “a1 Congreso Nacional”.
20. Sustitúyase, en el inciso segundo, del artículo 104 la frase “a la Cámara de Diputados y al Senado” por “al Congreso Nacional”.
21. Modifíquese el artículo 106 del siguiente modo:
a. Reemplácese, en su inciso primero, la frase “los Presidentes del Senado, de la Cámara de Diputados” por “el ministro encargado del gobierno interior y los Presidentes del Congreso Nacional”.
b. Elimínese, en el inciso segundo, la frase “del gobierno interior,”.
22. Sustitúyase, íntegramente, el Capítulo XV, por el siguiente:
“Capítulo XV REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
Artículo 127. Los proyectos de reforma de la Constitución podrán ser iniciados por mensaje del Presidente de la República o por moción de cualquiera de los miembros del Congreso Nacional, con las limitaciones señaladas en el inciso primero del artículo 66.
El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado las tres quintas partes de los parlamentarios en ejercicio. Si la reforma recayere sobre los capítulos I, III, VIII, XI, XII o XV, necesitará la aprobación de las dos terceras partes de los parlamentarios en ejercicio.
En lo no previsto en este Capítulo, serán aplicables a la tramitación de los proyectos de reforma constitucional las normas sobre formación de la ley, debiendo respetarse siempre los quórums señalados en el inciso anterior.
Artículo 128. El proyecto aprobado será remitido al Presidente de la República.
Si el Presidente de la República rechazare totalmente un proyecto de reforma aprobado por el Congreso Nacional y éste insistiere en su totalidad por las dos terceras partes de sus miembros en ejercicio, el Presidente deberá promulgar dicho proyecto, a menos que consulte a la ciudadanía mediante plebiscito.
Si el Presidente observare parcialmente un proyecto de reforma aprobado por el Congreso Nacional, las observaciones se entenderán aprobadas con el voto conforme de las tres quintas o dos terceras partes de sus miembros en ejercicio, según corresponda de acuerdo con el artículo anterior, y se devolverá al Presidente para su promulgación.
En caso de que el Congreso Nacional no apruebe todas o algunas de las observaciones del Presidente, no habrá reforma constitucional sobre los puntos en discrepancia, a menos que el Congreso Nacional insistiere por los dos tercios de sus miembros en ejercicio en la parte del proyecto aprobado. En este último caso, se devolverá al Presidente la parte del proyecto que haya sido objeto de insistencia para su promulgación, salvo que éste consulte a la ciudadanía para que se pronuncie mediante un plebiscito, respecto de las cuestiones en desacuerdo.
La ley orgánica constitucional relativa al Congreso regulará en lo demás lo concerniente a los vetos de los proyectos de reforma y a su tramitación en el Congreso.
Artículo 129. La convocatoria a plebiscito deberá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a aquel en que el Congreso Nacional insista en el proyecto aprobado, y se ordenará mediante decreto supremo que fijará la fecha de la votación plebiscitaria, la que no podrá tener lugar antes de treinta días ni después de sesenta, contado desde la publicación de dicho decreto. Transcurrido este plazo sin que el Presidente convoque a plebiscito, se promulgará el proyecto que hubiere aprobado el Congreso.
El decreto de convocatoria contendrá, según corresponda, el proyecto aprobado por el Congreso Nacional y vetado totalmente por el Presidente de la República, o las cuestiones del proyecto en las cuales el Congreso haya insistido. En este último caso, cada una de las cuestiones en desacuerdo deberá ser votada separadamente en el plebiscito.
El Tribunal Calificador comunicará al Presidente de la República el resultado del plebiscito, y especificará el texto del proyecto aprobado por la ciudadanía, el que deberá ser promulgado como reforma constitucional dentro de los cinco días siguientes a dicha comunicación.
Una vez promulgado el proyecto y desde la fecha de su vigencia, sus disposiciones formarán parte de la Constitución y se tendrán por incorporadas a ésta.”
23. Incorpórese las siguientes nuevas disposiciones transitorias:
“VIGÉSIMAPRIMERA. El Capítulo V, correspondiente al Congreso Nacional, se aplicará íntegramente, a partir de las elecciones que tengan lugar en Diciembre del año 2013.
En el intertanto deberán realizarse las modificaciones a las leyes orgánicas tendientes a establecer el número de parlamentarios que lo integrarán, los distritos electorales y el sistema electoral.
VIGÉSIMASEGUNDA. Los nombramientos de funcionarios realizados con intervención de alguna de las ramas del Congreso Nacional, mientras éstas existieron, permanecerán vi gentes hasta la expiración de las funciones de las personas designadas para ellas.
VIGÉSIMATERCERA. Durante los diez años siguientes a la publicación de la presente reforma los nombramientos señalados en la letra b) del inciso segundo del artículo 95 podrán recaer, además, en algún ciudadano que haya ejercido el cargo de Presidente o Vicepresidente de la Cámara de Diputados o del Senado.
MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES ESCOBAR, ENRÍQUEZ-OMINAMI Y JIMÉNEZ.MODIFICA LA LEY N° 19.620, SOBRE ADOPCIÓN DE MENORES, CON EL OBJETO DE INCORPORAR A LAS PAREJAS QUE MANTIENEN RELACIÓN DE CONVIVENCIA ESTABLE COMO SUJETOS APTOS PARA SOLICITAR EN FORMA CONJUNTA LA ADOPCIÓN DE UN MENOR. (BOLETÍN N° 6108-18)
I. ANTECEDENTES GENERALES.
En una visión utópica e ideal del mundo, cada niño que nace es deseado y tiene el derecho a crecer bajo el amparo y cuidados de sus padres. Resulta doloroso pensar en que un niño pueda ser abandonado por sus padres o bien pueda ser separado de ellos porque su desarrollo e integridad corren peligro. Lamentablemente, ésta última es la realidad que todavía enfrentamos a nivel nacional y global.
Consciente de la vulnerabilidad del mundo infantil y con el objeto de protegerle, la Convención sobre los Derechos del Niño previene en su artículo nueve número 1 que: “los Esta dos Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño para que crezcan en condiciones de desamparo y abandono”. Sin embargo, cabe destacar que pueblos como los griegos sostenían que los niños abandonados pertenecían a la polis y ésta debía entregar los medios para educarlos y protegerlos.
La necesidad de regular la adopción surge también, como consecuencia de las campañas pro vida, en las cuales se incentiva a la mujeres embarazadas de un hijo no deseado a tomar una decisión en orden a hacer que ese niño nazca vivo y que luego, de alumbrarlo lo entregue para que otras personas que tienen la voluntad de hacerse cargo del menor lo cuiden e integren a su vida como si fuera un hijo biológico. La ley en ese sentido es el puente que regla el encuentro del menor con su nueva madre, padre o ambos. En ese orden de ideas, la ley debe
velar por el interés y bienestar superior del menor, pero además debe posibilitar que el mayor número de personas aptas para adoptar y que tengan la voluntad de hacerlo puedan lograrlo en tiempos razonables.
Según se expresa en el artículo de la Revista Chilena de Pediatría del año 2004, titulado: “La adopción, una familia para un niño o una forma de hacer familia”, la adopción tiene como principal objetivo el dar un hogar a un niño en situación de abandono.” Este camino tiene ribetes humanos de dolor. Tenemos en primer lugar a la madre biológica que ha tenido un largo y doloroso camino que lleva al desprendimiento del hijo. En ese momento, el niño sufre el abandono de su madre antes de llegar a la familia definitiva. Los padres adoptivos también tienen a cuestas un historial de infertilidad o de dificultades para tener hijos biológicos. Ese dolor de no poder concretar algo que parece normal y natural los lleva a buscar otro camino para formar una familia y volcar en un hijo no biológico el amor, la vocación de padres y el natural sentido de la trascendencia.
Por otra parte, en nuestro país los futuros padres adoptivos, tienen que acreditar algo que jamás se cuestiona a un padre o madre biológico, que es su capacidad de ser padres. Es más se exige que sean padres idóneos que preservaran el bienestar y felicidad del menor.
De lo expuesto, podemos concluir que adoptar a un niño es un acto de amor, solidaridad y la adquisición de un compromiso de paternidad o maternidad consciente y voluntaria, templada además por el largo tiempo de espera y por qué no decirlo, la incertidumbre de no saber si serán seleccionados ni cómo es el rostro del hijo o hija que va a llegar a sus vidas.
II. LA ADOPCIÓN EN CHILE. LA LEY N° 19.620.
En términos simples, la adopción es la creación de una filiación artificial por medio de un acto condición, en el cual se hace de un hijo biológicamente ajeno, un hijo propio.
En nuestro país, la ley N° 19.620, regula el tema. El artículo primero previene que: “la adopción tiene por objeto velar por el interés superior del adoptado, y amparar su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuida dos tendientes a satisfacer sus necesidades sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no le pueda ser proporcionado por su familia de origen.”
Como consecuencia de la adopción, el adoptado confiere el estado civil de hijo respecto del o de los adoptantes.
Luego, el Título IIl, en su párrafo primero se refiere a la constitución de la adopción por personas residentes en Chile. Respecto de quienes pueden adoptar, la ley señala un orden de prelación bastante claro. Del análisis de los artículos 20 y 21 el orden de prelación y requisitos para adoptar son los siguientes:
a) Cónyuges chilenos o extranjeros con residencia permanente en Chile.
a 1) Dos o más años de matrimonio. Este requisito no es exigible si uno de los cónyuges está afectado por infertilidad.
a 2) Física, mental, sicológica y moralmente idóneos según la calificación que esos efectos efectuará el Céname y los organismos acreditados ante éste.
a 3) Mayores de 25 y menores de 60 años de edad.
a 4) Diferencia de edad de 20 o más años con el adoptado. Los cónyuges deben siempre actuar de consuno.
b) Personas solteras, viudas o divorciadas, con residencia permanente en el país.
b 1) Estas personas podrán optar en la medida que no existan cónyuges interesados en adoptar a un menor que cumplan todos los requisitos legales o que sólo les falte la residencia permanente en Chile. Deben cumplir además con los requisitos de idoneidad exigibles a los cónyuges.
De lo anterior se desprende que, en la práctica es muy difícil para una persona soltera, viuda o divorciada adoptar. Olvidemos el caso de una persona casada y separada de hecho, ya que simplemente es omitida dentro de la enumeración.
También podemos advertir que la legislación actual ha omitido considerar una nueva forma de hacer familia en la que se construyen lazos estrechos de convivencia y afecto. La única diferencia con el matrimonio es sus integrantes no han celebrado contrato alguno. Son las relaciones de convivencia (concubinato), conocidas también como parejas de hecho.
A continuación, el párrafo tercero se refiere a la constitución de la adopción por personas no residentes en Chile. El artículo 30 expresa que esta clase de adopción sólo procederá cuando no existan matrimonios chilenos o extranjeros con residencia permanente en Chile interesados en adoptar al menor y que cumplan con los requisitos legales.
Al respecto nos llama la atención, que la ley nuevamente privilegia la existencia de matrimonio por sobre la idoneidad personal de las aquellos que deseen adoptar ya que puede darse que no existan matrimonio residentes en Chile que quieran adoptar; existen personas viudas, solteras o divorciadas interesadas, las que según lo analizado anteriormente no mantienen su prelación sino que la sacrifican a favor de una matrimonio residente en el extranjero.
Cabe destacar que bajo el imperio de esta ley, se han efectuado, entre los años 2000 y 2007 3.872 adopciones. A su vez esta cifra se puede desglosar en 3.205 nacionales y 667 internacionales.
Del estudio de los datos mencionados se puede deducir que el 83% del total de las adopciones son nacionales y, sólo el 17 % son internacionales. Este es uno de los grandes aportes de la ley N° 19.620, ya que antes de su entrada en vigencia la proporción era inversa, (73% adopciones internacionales y 27% adopciones nacionales).
En el año 2007 fueron adoptados 442 niños, ocho de cada diez se incorporaron al seno de familias chilenas.
La experiencia acumulada por el Sename ha mostrado que existen algunos aspectos mejorables que perfeccionarían el sistema de adopción.
III. LAS RELACIONES DE CONVIVENCIA.
Según los datos proporcionados por el Mideplan y Sernam al dar a conocer la encuesta Casen Familias 2006, el porcentaje de personas mantienen una relación de convivencia aumentó de un 6,1% en 1990 a un 15% en el año 2006. Cabe colegir entonces que este tipo de familia representa a casi el 15% de las familias chilenas.
Según datos proporcionados por el Sename, más del 50% de las parejas que consultan sobre los trámites a realizar para adoptar, no son matrimonios son convivientes.
Debemos destacar que, en los términos en que se encuentra redactada la ley N° 19.620, la única posibilidad que tiene una pareja que convive sólo puede adoptar en forma individual como soltero, viudo o divorciado, según proceda y, en ese caso irá, en los hechos, en el tercer orden de prelación, es decir sus posibilidades de adoptar exitosamente son casi nulas.
Aquí cabe preguntarse, si el legislador ha estimado que los convivientes no son lo suficientemente estables para ser considerados aptos para adoptar, o bien, que una vez más las normas se han distanciado de la realidad social.
Este fenómeno social que todavía es resistido en algunos círculos se ha ido transformando en una nueva forma de hacer familia. Los motivos para no contraer matrimonio son diversos, pero muchas de estas parejas de hecho son capaces de construir realidades tan estables y comprometidas como las de un buen matrimonio. Incluso estas parejas tienen hijos biológicos e integran a los hijos nacidos de otras relaciones si los hubiere. El compromiso de afecto que estas parejas tienen respecto del otro, a juicio nuestro reviste características análogas a la un matrimonio civil. De allí la frustración que pueden experimentar al darse cuenta que no pueden adoptar.
Debemos recordar en este punto, que la Constitución Política establece en el artículo primero inciso segundo que: “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad”.
Desde un punto de vista sociológico el concepto de familia es dinámico y, como tal ha ido evolucionando. Si nos apegamos a los cánones de hace 50 años no era considerada familia la integrada por una madre soltera que vive sola con su hijo. Hoy en día a esta situación se la denomina “familia monoparental” y se le reconoce su calidad de núcleo y base social.
Lluis Flaquer de la Universidad Autónoma de Barcelona, efectuó un interesante estudio sobre las familias de hecho en España. Según plantea estamos frente a un momento de segunda transición familiar fenómeno que es una consecuencia del término de las viejas discriminaciones jurídicas entre hijos legítimos y naturales, del cambio en la sensibilidad social y el paulatino derrumbe de prejuicios y estigmas sociales.
A continuación veremos las consecuencias legislativas que trajo consigo el cambio de paradigma respecto de la noción de familia respecto de la adopción.
IV. EL CASO ESPAÑOL.
Mediante la ley 21/87 se modificaron diversos artículos del Código Civil y del Código de Enjuiciamiento Civil en materia de adopción. Veamos:
En el preámbulo de dicha ley se señala que se pretende basar la adopción en dos principios fundamentales: el primero de ellos es la configuración de la misma como un instrumento de integración familiar, referido esencialmente a quienes más la necesitan, y en segundo término, el beneficio del adoptado que se sobrepone, con el necesario equilibrio, a cualquier otro interés legítimo subyacente en el proceso de constitución.
En las disposiciones adicionales de esta ley, la disposición tercera contiene una norma de suma relevancia para el tema que nos interesa: “Tercera. Las referencias de esta Ley a la capacidad de los cónyuges para adoptar simultáneamente a un menor serán también aplicables al hombre y la mujer integrantes de una pareja unida de forma permanente por relación de efectividad análoga a la conyugal.”
El caso español ha tenido ecos en el concierto latinoamericano. El jurista argentino Mauricio Luís Mizrahi, de la Asociación de Abogados de Buenos Aires sostiene que en materia de adopción se han privilegiado los intereses provenientes de la institución matrimonial por sobre los intereses del adoptado.
Agrega que, los análisis sociológicos nos demuestran que: “las uniones maritales de hecho fueron objeto de valoraciones diferentes en las distintas épocas, dependiendo en gran parte su consideración de los principios políticos, morales y religiosos imperantes e, incluso, de la
mayor o menor extensión social de dichas uniones. Pero no es menos cierto que en la vida contemporánea esos vínculos fácticos ya no tienen para la comunidad una calificación peyorativa, inmoral o denigrante ni afectan valor cultural alguno; tal como ha sido reconocido por una importante doctrina y jurisprudencia. Está en juego aquí la libertad del sujeto, el respeto a su intimidad, y el derecho de cada cual a elegir sin trabas legales su plan de vida.
V. CONTENIDO DEL PROYECTO.
El presente proyecto reconoce la existencia de las uniones de hecho entendidas éstas últimas como la unión consensual entre un hombre y una mujer que cohabitan juntos en términos afectivos análogos a un matrimonio. Estas parejas podrán postular en igualdad de condiciones con los matrimonios chilenos y extranjeros residentes en Chile y con idénticos requisitos de idoneidad.
Luego, proponemos cambiar el orden de prelación existente, en el sentido de que las personas solteras, viudas y divorciadas interesadas en adoptar y que cumplan los requisitos que la ley establece puedan tener preferencia por sobre los matrimonios residentes en el extranjero. Creemos que, efectuar la presente modificación legal en este sentido se permitirá a mu chas personas cumplir sus sueños de ser padres, esto es amar, proteger, criar y formar a un hijo en la medida que cumplan con los requisitos de idoneidad que la ley consigna. Para ello se modificará el artículo 30 de la ley de adopción en el sentido de establecer que sólo a falta de las personas descritas en los artículos 20 y 21, esto es matrimonios, parejas de convivientes, solteros, divorciados y viudos, proceda la adopción a matrimonios con residencia en el extranjero.
Recordemos que, adoptar es un acto consciente de amor y compromiso con la vida, con los niños. Depende de la voluntad, no del estado civil del que desea adoptar.
Al respecto, debemos reconocer que el modelo tradicional de familia ha venido cambian do ya no es extraño formar familia sin lazos matrimoniales y también existen las familias monoparentales por lo que estimamos que la ley no puede quedar ajena a esta realidad social. Finalmente, debemos expresar que estas medidas pretenden fomentar la adopción y con tribuir a poner fin al dolor de quienes nacen en un mundo que aparentemente no desea acogerlos.
Por tanto,
En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de la ley N° 18.918 en concordancia con el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados vengo en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: a) Agrégase un nuevo inciso final al artículo 20 de la ley N° 19.620, que dicta normas sobre adopción de menores.
“Los derechos que esta ley reconoce en materia de adopción a los matrimonios chilenos o extranjeros residentes en Chile serán aplicables al hombre y la mujer integrantes de una pareja unida consensualmente que cohabiten y tengan entre ellos una relación de afectividad análoga a la conyugal, quienes podrán adoptar conjuntamente a un menor en los mismos términos que los cónyuges. En todo caso, ambos deberán cumplir los requisitos de idoneidad pre vistos en los incisos anteriores”
b) Intercálese en el inciso primero del artículo 21 de la ley N° 19.620, entre la expresión “cónyuges” e “interesados” la siguiente expresión:
“ni las parejas a que se refiere el inciso final del inciso anterior.”
c) Modificase el inciso primero del artículo 30 de la ley N° 19.620.
“La adopción de que trata este Párrafo sólo procederá cuando no existan algunas de las personas a que se refieren los artículos 20 y 21 de la presente ley interesados en adoptar al menor y que cumplan los requisitos legales.
Corresponderá al Servicio Nacional de Menores certificar esta circunstancia, sobre la base de los registros señalados en el artículo 5°”.
MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES ESCOBAR; ENRÍQUEZ-OMINAMI, CERONI, DE URRRESTI, ELUCHANS, LOBOS, MONTES, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS GOIC, DOÑA CAROLINA, NOGUEIRA, DOÑA CLAUDIA Y TURRES, DOÑA MARISOL.MODIFICA EL CÓDIGO PENAL PARA INCORPORAR COMO AGRAVANTE, EN EL DELITO DE HOMICIDIO, LA CIRCUNSTANCIA DE QUE LA VÍCTIMA SEA UNA MUJER EMBARAZADA Y QUE, COMO CONSECUENCIA DEL HECHO PUNIBLE, SE EXTINGA LA VIDA DE SU HIJO NONATO. (BOLETÍN N° 6109-07)
I. CONSIDERACIONES PREVIAS.
Nuestra Constitución Política establece en el artículo 19 número 1, inciso segundo que: “la ley protege la vida del que está por nacer”. Esta afirmación del constituyente ha traído consecuencias en el ámbito del derecho civil y penal. En esta última área del derecho podemos apreciar que el legislador ha tipificado como delito el aborto. Esta conducta destinada a interrumpir un embarazo debe ser ejecutada con dolo (art. 342 del Código Penal) o bien ser la consecuencia de un acto de violencia (art.343 del Código Penal) aunque no haya tenido la intención de causar el aborto, siempre y cuando el estado de la mujer sea notorio o le consta re al hechor. De lo último cabe entender que el legislador reconoce que a partir de una agresión a la madre se puede acabar con la vida un nonato. Sin embargo, cabe destacar que la pena asignada en este caso es de presidio menor en sus grados mínimo a medio.
Corresponde preguntarse entonces, si en el ámbito penal es suficiente la protección que el derecho otorga a la vida del que está por nacer. Debemos recordar que, al igual que en el ordenamiento jurídico francés sólo se puede ser persona, esto es sujeto de derechos una vez que se ha nacido, se ha separado de la madre y además se ha sobrevivido un momento siquiera.
Estimamos que al no considerar a una criatura en gestación como sujeto de derechos el legislador ha omitido en materia penal tipificar algunas conductas punibles en las que se ve coartada la capacidad del que está por nacer por una razón natural y obvia su madre ha sido víctima de homicidio.
En el caso consignado anteriormente la criatura en gestación también muere como consecuencia directa de la privación de vida sufrida por su madre.
Al respecto, estimamos que una persona que atenta contra la vida de una mujer encinta también atenta contra ese nuevo ser que se está gestando en sus entrañas. En ese orden de ideas, creemos que debemos considerar como un agravante en el caso de comisión del delito de homicidio el hecho de que la víctima sea una mujer embarazada y que, como consecuencia del hecho perezca el hijo que ella llevaba en su vientre.
Como precedente, podemos comentar que en Estados Unidos, en la víspera de la Navidad del año 2002, Laci Peterson una joven mujer de 27 años, embarazada de un hijo al que llama ría Connor desapareció. Sus restos horriblemente mutilados y los restos de su hijo aparecieron meses después. Luego de una exhaustiva investigación policial, se acusó al marido de la mujer, Scott Peterson de haber cometido estos horrendos crímenes. Lo interesante de este caso es que en el año 2004 un Jurado de California lo declaró culpable de homicidio con alevosía por la muerte de su esposa embarazada Laci y de asesinato sin premeditación por la muerte del feto de ocho meses que ella llevaba en su vientre. Fue condenado a la pena de muerte.
Cabe destacar que este crimen que en USA, 31 de sus Estados castigan el homicidio de un bebé nonato cuando se ejecute un crimen contra la madre. Nuestro país, no ha estado ajeno a esta realidad. En Julio del año 2007, María Alvarado Mancilla una joven embarazada de 8 meses fue rociada con bencina y quemada por su ex pareja Carlos Muñoz Cárcamo. Afortunadamente, una cesárea de emergencia permitió salvar la vida de su hijo.
Al respecto resulta dable señalar que si hubiera muerto el hijo de esta mujer, al agresor se le hubiera castigado como autor de homicidio calificado frustrado y como autor del delito de aborto por haber ejercido violencia en contra de la madre. Finalmente, estimamos que el presente proyecto es una manifestación y aplicación concreta del mandato constitucional que ordena a la ley proteger la vida del que está por nacer.
Por tanto,
En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de le ley N° 18.918 en concordancia con el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados, venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY.
ARTÍCULO ÚNICO: 1) Agrégase un nuevo inciso final al artículo 390 del Código Penal: “El que sabiendas del estado de gravidez de una mujer cometiere parricidio sobre la persona de ella y como consecuencia de este hecho además, perezca el hijo que lleva en su vientre, será castigado con la pena de presidio perpetuo calificado.”
2) Agrégase un nuevo inciso final al artículo 391 del Código Penal.
“En los casos previstos en este artículo, se aumentará la pena en un grado en el caso en que la víctima de homicidio sea una mujer que se encuentre embarazada y que, como consecuencia de la comisión del delito perezca el hijo que lleva en su vientre, siempre y cuando el estado de gravidez de la mujer sea notorio o le haya constado al hechor”
MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES ESCOBAR, ENRÍQUEZ-OMINAMI, DE URRRESTI, FARÍAS, MONTES, ROJAS, VALLESPÍN, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS ALLENDE, DOÑA ISABEL, ISASI, DOÑA MARTA Y NOGUEIRA, DOÑA CLAUDIA.MODIFICA LA LEY N° 19.968, SOBRE FOMENTO DE LA MÚSICA CHILENA PARA ESTABLECER LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONCIERTOS Y EVENTOS MUSICALES QUE SE PRESENTEN EN CHILE”. (BOLETÍN N° 6110-24)
I. CONSIDERACIONES GENERALES.
Chile se ha transformado en un mercado atractivo para realizar eventos, conciertos con artistas nacionales y extranjeros y los denominados megaeventos con artistas de nivel mundial. Como muestra de ello, tenemos el gran revuelo que causó en los últimos meses el pro ceso que culminó con el anuncio de megaconciertos que una conocida artista de renombre mundial dará en Santiago. Aunque cueste creerlo de noticia de espectáculos pasó a ser un tema de interés nacional. Afortunadamente, todos los involucrados están viendo satisfechos sus deseos.
Sin embargo, no debemos olvidar que estos eventos suelen mover sumas muy relevantes de dinero e implican la realización de diversas operaciones que usualmente están gravadas con un impuesto muy específico que es el Impuesto al Valor Agregado (IVA). No obstante, en el caso de espectáculos musicales la ley ha contemplado un régimen de exención tributaria.
Ahora bien, en la práctica una gran cantidad de artistas de música popular en los más variados estilos en particular artistas extranjeros han hecho uso de este beneficio. La lista es larga y emblemática.
Lo descrito anteriormente ha generado molestia por parte de los artistas chilenos, los que sienten que en la industria musical no se han adoptado medidas para proteger y fomentar nuestro patrimonio artístico y musical.
Con el fin de promover el desarrollo de la música y de sus artistas resulta prudente establecer requisitos que han de cumplir los conciertos y eventos musicales de carácter masivo que se presenten en nuestro país. Por ello, presentamos el siguiente proyecto de ley que modifica la ley N° 19.928, sobre fomento a la música chilena.
Por tanto,
En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile y lo establecido en el artículo 12 de le ley N° 18.918 en concordancia con el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados, venimos en pre sentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY.
ARTÍCULO ÚNICO: Agrégase un nuevo artículo dieciocho a la ley N° 19.928.
“Artículo 18: Los conciertos, espectáculos y eventos musicales de carácter masivo que se presenten en Chile deberán dar cumplimiento a los siguientes requisitos:
a) Que el proceso de venta de entradas sea de libre acceso a la población que tenga interés y los medios materiales para pagarlas. En el caso que exista un sistema de preventa sólo podrán venderse por este medio un porcentaje de entradas no superior al 20% de la capacidad efectiva del recinto respectivo.
b) Que el recinto donde se realice el evento o concierto cuente con un área especialmente habilitada para personas que padezcan discapacidad física.
c) Que, tratándose de conciertos, espectáculos o reuniones musicales a efectuarse por artistas extranjeros, se contemple la participación presencial, en calidad de teloneros, de artistas chilenos. A los artistas extranjeros podrá, además, exigírseles el cumplimiento de las obligaciones que, en su país de origen, la ley impone a los artistas foráneos.”
MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES VON MÜHLENBROCK, HERNÁNDEZ, MELERO, MOREIRA, PAYA, RECONDO, ROJAS, SALABERRY, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS CUBILLOS, DOÑA MARCELA E ISASI, DOÑA MARTA.MODIFICA EL ARTÍCULO 30, DE LA LEY N° 19.496, SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR, INCORPORANDO UN NUEVO INCISO CUARTO EN VIRTUD DEL CUAL SE EXIGE QUE SE PUBLIQUEN PRECIOS DE BIENES Y SERVICIOS QUE SE TRANSEN POR INTERNET. (BOLETÍN N° 6111-03)
“Considerando:
1° Que, el progreso experimentado por nuestro país en materia digital ha sido creciente en los últimos 10 años, sobrepasando con creces los promedios de los países latinoamericanos en este ámbito.
2° Producto de lo anterior, se ha masificado el uso y el acceso a internet, el que ya dejó de ser un medio de comunicación suntuario y exclusivo sólo a una parte de la población, sino que por el contrario, hoy en día se promueve y se incentiva el libre acceso a la red con el objeto de que tanto adultos como menores tengan acceso directo y más detallado de las di versas oferta que presenta el uso de este medio de comunicación.
3° En este mismo sentido, tanto instituciones privadas como organismos del Estado han decido digitalizar gran parte de sus servicios e información con el objeto de entregar a los consumidores, y público en general, las diferentes actividades que desarrollan y por otro lado a que los destinatarios puedan hacer trámites de manera más fácil, simple y segura de las diversas transacciones que realicen en el sistema de internet.
4° En la actualidad, la ley del consumidor exige que todos los precios de los bienes y ser vicios que se ofrezcan al público, consten de manera detallada y clara para todos aquellos consumidores que deseen adquirir los mencionados bienes o servicios. La norma en cuestión, tiene como fundamento la publicidad y la información certera y precisa que debe tener el consumidor al momento de adquirir el bien o el servicio determinado, situación que beneficiará a este último, ya que tendrá elementos de juicios más convincente para adquirir uno u otro bien o servicio determinado. El mismo objetivo, es lo que persigue este proyecto de ley que nace a través de la presente moción, es decir, permitir que el consumidor internáuta, pueda comparar cotejar, y con ello informarse del valor real y efectivo del bien o servicio que pretenda adquirir.
5° En consecuencia, haciendo eco del principio jurídico que reza: “donde exista la misma situación debe existir la misma disposiciones que se pretende que la regulación de esta materia presente el mismo tratamiento, que tienen hoy en día, los bienes y servicios que se ofrecen para su venta en las vitrinas, anaqueles o estantes, a los que se les exige tener los precios a disposición del consumidor y de todo aquel quisiera informase de dichos precios.
Artículo único: Agrégase un nuevo inciso 4°, pasando el actual a ser 5°, al artículo 30 de la ley Nº 19.496 sobre protección al consumidor con el siguiente texto:
Proyecto de ley:
Inciso 4° artículo 30 ley Nº 19.496: “Para todos los efectos de esta ley, las empresas que publiciten y vendan bienes o servicios por internet, deberán tener a disposición de los consumidores los precios de venta de los respectivos bienes y servicios que ofrezcan de la forma contemplada en el inciso anterior”.
MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES VON MÜHLENBROCK, EGAÑA, ESTAY, GARCÍA-HUIDOBRO, HERNÁNDEZ, MELERO, MOREIRA, PAYA, RECONDO Y ROJAS.MODIFICA EL ARTÍCULO 24 INCISOS CUARTO Y VIGÉSIMO QUINTO, DE LA LEY N° 18.700, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, INCORPORANDO IMAGEN DE LOS CANDIDATOS EN LA CÉDULA ELECTORAL DE VOTACIÓN PARA LOS CARGOS DE DIPUTADOS, SENADORES Y PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA”. (BOLETÍN N° 6112-06)
“Considerando
1° Que, constituye una facultad y atribución exclusiva del Servicio Electoral en nuestro país, la elaboración de las cédulas electorales que servirán de documento para que todos y cada uno de los ciudadanos se manifiesten democráticamente a través del sufragio universal. Lo anterior, de acuerdo a lo previsto en la ley N° 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios.
2° De acuerdo a lo señalado, la cédulas electorales constituyen el medio oficial a través de los cuales se manifiesta la voluntad popular, por su importancia y relevancia en la vida cívica de una nación es que creemos que este medio debe ser completo en su información, transparente en el contenido y fácil en su lectura, que permita que tantos adultos mayores como jóvenes electores emitan su voluntad soberana de manera correcta y coincidente con sus intenciones electorales.
3° Pues bien, en determinadas ocasiones, el nombre con el que se conoce a un determina do candidato en la vida pública nacional no se condice con su nombre legal, sea porque éste ha utilizado un pseudónimo en la vida social con el objeto de destacar determinadas cualidades que en muchas ocasiones le han servido para destacarse de entre sus pares o por múltiples motivos que los han llevado adquirir un pseudónimo.
4° Ciertamente, lo expuesto anteriormente reconoce su validez y limitación en la utilización acertada y correcta, se trata de personas que en el desempeño de su oficio o arte ha cambiado su denominación como sucede con artistas, cantantes, escritores entre otros.
5° Que, en consecuencia, la inserción de una fotografía en el tamaño que determine el Servicio electoral traería, sin lugar a dudas, mayor transparencia en la decisión de los votantes, sobre todo porque podrían reconocer perfectamente el candidato por el cual quieran que represente sus intereses. En este mismo sentido, y con el único ánimo de ilustrar el pensamiento y corriente política de los candidatos es que en la cédula se ha insertado desde un tiempo a la fecha el logo, emblema o identificación de los diferentes pactos y partidos políticos que llevan sus respectivos candidatos a una determinada elección. Es más, el legislador ha facultado para que en casos en que se presenten coaliciones con identidad o semejanza en sus distintivos o independientes sin marca de distinción, sea el propio servicio el encargado de crear figuras geométricas que distingan al candidato que no la posee.
6° Naturalmente, la presente iniciativa legal busca entregarle a los electores mayor información y transparencia en el ejercicio de un derecho ciudadano con inclusión de una fotografía del candidato en cuestión, este sólo hecho haría más fácil, y reconocible la verdadera opción del elector.
Proyecto de ley
Artículo único: Intercálase en los artículos 24 inciso 4° y 25, primera parte, después de las palabras “nombres” y de la expresión “de” en los respectivos artículos la siguiente expresión:
“y la fotografía”.
MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES VON MÜHLENBROCK, ALVARADO, ARENAS, EGAÑA, ESTAY, HERNÁNDEZ, MASFERRER, MELERO, RECONDO Y WARD.REFORMA LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA INCORPORANDO UN NUEVO INCISO TERCERO AL ARTÍCULO 52 N° 1, CON EL OBJETO DE PROTEGER CON FUERO ESPECIAL LAS DECLARACIONES DE INVITADOS A COMISIONES INVESTIGADORAS”. (BOLETÍN N° 6113-07)
“Considerando
1° Que, de acuerdo a lo previsto en la Constitución Política de la República, ley orgánica constitucional del Congreso Nacional y Reglamento interno de la Cámara de Diputados, le corresponde a esta Corporación fiscalizar los actos de Gobierno a través de la creación de comisiones especiales investigadoras, que tengan por finalidad dilucidar y determinar responsabilidades políticas de los autoridades en el cumplimiento de sus funciones, las que de constituir hechos que revistieran el carácter de delitos, serán puestas a disposición de los organismos pertinentes para la aplicación de la ley.
2° Es en este orden de cosas, que hemos creído pertinente regular una materia que no se regula en nuestra Carta Fundamental, así como tampoco en la ley orgánica respectiva ni en los reglamentos internos en relación a la participación de personas naturales en las comisiones Investigadoras. Bien es sabido, por expreso mandato del constituyente, que tanto los Ministros de Estado como tos demás funcionarios de la Administración y el personal de las empresas del Estado o de aquéllas en que éste tenga participación mayoritaria, se encuentran obligados a concurrir a las citaciones que se formulan en una comisión investigadora como las mencionadas en la presente moción, las que a su vez deben ser despachadas con la formalidad necesaria por la secretaría de la comisión respectiva.
3° En efecto, ya un proyecto de ley originado en una moción parlamentaria (563407) trata de regular de manera particular lo relativo a la obligatoriedad de aquellas personas naturales o jurídicas, que no se encuentren en las mencionada anteriormente, es decir, aquellas en que su participación se requiere en una comisión investigadora, pero que en virtud de su calidad no son obligados a su concurrencia.
4° La complementación, si se quiere, al proyecto de ley a que hemos hecho referencia es que el actualmente patrocinamos, el cual pretende proteger a todos aquellos que sean invita dos a una comisión investigadora a prestar su declaración, con el objeto de que ésta sea lo más transparente, clara y fidedigna posible. Se busca que las declaraciones de los invitados sean prístinas y convincentes ante una comisión que se ha creado para determinar responsabilidades políticas, respecto de lo cual se espera que los invitados respondan sin ningún tipo de presiones o amenazas a las diversas interrogantes que formulen en la mencionada instancia investigadora.
5° En consecuencia, si se pretende que las comisiones investigadoras sean tal, y por tanto indaguen sobre hechos que presentan al menos dudas entre los peticionarios, y que se enmarcarían dentro de las facultades fiscalizadoras a la Cámara de Diputados. Es necesario brindar protección y seguridad jurídica a los intervinientes de ésta, lo anterior sobre todo si quienes concurren a prestar declaraciones en muchas oportunidades son personas naturales que poseen información detallada y pormenorizada de los antecedentes que se investigan, por lo demás las declaraciones y las comisiones son públicas, muchas de ellas televisadas a la ciudadanía o divulgadas más tarde por medios escritos o de prensa.
6° Con todo, para aquellas personas que no se encuentren obligadas a prestar declaración en una comisión investigadora, no obstante su intervención sea de vital importancia para la resolución de un antecedente, se solicita que sus declaraciones estén revestidas de una protección o fuero con el objeto de quedar inmunes a eventuales acciones legales por los dichos formulados en la referida instancia, y sólo cuando estos guarden relación exclusivamente con la materia investigada y solicitada por la respectiva comisión especial.
Proyecto de Ley
Artículo único: Intercálase un nuevo inciso tercero al artículo 52 N° 1 letra c) de la Constitución Política de la República, pasando el actual tercero a ser cuarto.
Artículo 52 N° 1 letra c) inciso tercero nuevo: “Respecto de aquellos personas que, no estando obligados a comparecer a prestar declaración a una comisión investigadora lo hicieran, y con el objeto de resguardar su declaración y el éxito de la comisión, gozarán paro ello de un fuero especial respecto de las expresiones y declaraciones que formulen en dicha sesión y sólo en cuanto su declaración diga directa relación con la materia investigada”