Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- IX. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Marisol Turres Figueroa
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Juan Carlos Latorre Carmona
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Ivan Moreira Barros
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDO DE LOS COMITÉS.
- AUTORIZACIÓN A COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- REMISIÓN DE PROYECTO SOBRE MENORES A COMISIÓN.
- V. ORDEN DEL DÍA
- GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON FUENTES RENOVABLES NO CONVENCIONALES. Modificación de la ley general de Servicios Eléctricos. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Francisco Encina Moriamez
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- INTERVENCIÓN : Enrique Accorsi Opazo
- INTERVENCIÓN : Pablo Galilea Carrillo
- INTERVENCIÓN : Javier Hernandez Hernandez
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Jaime Mulet Martinez
- INTERVENCIÓN : Alejandro Miguel Sule Fernandez
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Rene Alinco Bustos
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- INTERVENCIÓN : Rene Aedo Ormeno
- INTERVENCIÓN : Fulvio Rossi Ciocca
- INTERVENCIÓN : Dario Paya Mira
- INTERVENCIÓN : Rene Aedo Ormeno
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- DEBATE
- OMISIÓN DE TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE ACUERDO.
- GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON FUENTES RENOVABLES NO CONVENCIONALES. Modificación de la ley general de Servicios Eléctricos. Tercer trámite constitucional.
- VI. HOMENAJE
- HOMENAJE EN MEMORIA DE PERIODISTA PATRICIA VERDUGO AGUIRRE.
- ANTECEDENTE
- HOMENAJE : Carolina Toha Morales
- HOMENAJE : Maximiano Errazuriz Eguiguren
- HOMENAJE : Marcos Espinosa Monardes
- HOMENAJE : Jose Miguel Ortiz Novoa
- HOMENAJE : Maria Isabel Allende Bussi
- HOMENAJE EN MEMORIA DE PERIODISTA PATRICIA VERDUGO AGUIRRE.
- VII. INCIDENTES
- RECONOCIMIENTO A INSTITUCIONES, A AUTORIDADES Y A PERSONAS Y APOYO A FAMILIAS DE VÍCTIMAS DE TRAGEDIA AÉREA DE PEÑALOLÉN. Oficios.
- ANTECEDENTES SOBRE INVERSIÓN DE RECURSOS DEL FNDR DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO. Oficios.
- CONDOLENCIAS POR MUERTE DE TRES MENORES ASFIXIADOS POR INHALACIÓN DE GAS EN RENCA.
- ALCANCES SOBRE SUPRESIÓN DE SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE COYHAIQUE. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE PAPEL DEL ESTADO ANTE PROMOCIÓN, VENTA Y ASESORÍA POR PRIVADOS EN TÉCNICAS DE ESPIONAJE. Oficios.
- PRECISIONES EN RELACIÓN CON LA EXTRACCIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS EN LA CUENCA DE COPIAPÓ. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE TRATAMIENTO DE RILES POR EMPRESA ENDESA EN PROVINCIA DE HUASCO Y SOBRE PROYECTOS DE GENERACIÓN ENERGÉTICA EN REGIÓN DE ATACAMA. Oficio
- ADHESION
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE RECURSOS DEL ESTADO RECIBIDOS POR EMPRESAS SALMONERAS. Oficios.
- RECURSOS PARA FACTIBILIDAD SANITARIA DE TERRENOS. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Adriana Munoz D'albora
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Lobos Krause
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Gonzalo Arenas Hodar
- Eugenio Bauer Jouanne
- Jose Antonio Kast Rist
- Felipe Salaberry Soto
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Felipe Ward Edwards
- Marcela Cubillos Sigall
- Claudia Nogueira Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Aedo Ormeno
- Julio Dittborn Cordua
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alberto Robles Pantoja
- Marcelo Forni Lobos
- Fernando Meza Moncada
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 355ª
Sesión 138ª, en miércoles 5 de marzo de 2008
(Ordinaria, de 10.38 a 14.34 horas)
Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio, y Meza Moncada, don Fernando.
Presidencia accidental de los señores Jarpa Wevar, don Carlos Abel Robles Pantoja, don Alberto.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- HOMENAJE
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 9
II. Apertura de la sesión 13
III. Actas 13
IV. Cuenta 13
- Acuerdo de los comités 13
- Autorización a comisión especial investigadora para sesionar simultáneamente con la Sala 13
- Remisión de proyecto sobre menores a Comisión 13
V. Orden del Día.
- Generación de energía eléctrica con fuentes renovables no convencionales. Modificación de la ley general de Servicios Eléctricos. Tercer trámite constitucional 14
- Omisión de tratamiento de proyectos de acuerdo 40
VI. Homenaje.
- Homenaje en memoria de periodista Patricia Verdugo Aguirre 40
VII. Incidentes.
- Reconocimiento a instituciones, a autoridades y a personas apoyo a familias de víctimas de tragedia aérea de Peñalolén. Oficios 49
- Antecedentes sobre inversión de recursos del Fndr de la región del Biobío. Oficios 51
- Condolencias por muerte de tres menores asfixiados por inhalación de gas en Renca 52
- Alcances sobre supresión de segundo juzgado de letras de Coyhaique. Oficio 53
- Información sobre papel del Estado ante promoción, venta y asesoría por privados en técnicas de espionaje. Oficios 55
- Precisiones en relación con la extracción de recursos hídricos en la cuenca de Copiapó. Oficios 56
- Información sobre tratamiento de riles por empresa Endesa en provincia de Huasco y sobre proyectos de generación energética en región de Atacama. Oficio 57
- Información sobre recursos del Estado recibidos por empresas salmoneras. Oficios 58
- Recursos para factibilidad sanitaria de terrenos. Oficios 59
Pág.
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, el proyecto de acuerdo aprobatorio del “Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes”, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 27 de junio de 1989. (boletín N° 233-10) 61
2. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en moción, que “modifica el artículo 14 de la ley N° 20.175, en materia de reemplazos y transmisión de los derechos de los pescadores artesanales que indica”. (boletín N° 5699-03) (S) 61
3. Primer informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “suma”, que “modifica el Código del Trabajo en materia de salarios bases”. (boletín N° 5433-13) 62
- Primeros informes de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural recaídos en los siguientes proyectos:
4. “modifica el artículo 10 de la ley N° 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país”: (boletín N° 5343-01 69
5. “modifica el artículo 7° de la ley N° 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país, en materia de salvaguardias”. (boletín N° 5363-03) 98
6. Proyecto iniciado en moción de la diputada señora Muñoz, doña Adriana, que “establece la posibilidad de fijar acceso vehicular para usar y gozar de bienes nacionales de uso público”. (boletín N° 5750-12) 105
7. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Lobos, Álvarez, Arenas, Bauer, Kast, Salaberry, Uriarte, Ward, y de las diputadas señoras Cubillos, doña Marcela y Nogueira, doña Claudia, que “introduce modificaciones al Código Penal para sancionar la seducción de menores y otros abusos contra menores por medios virtuales”. (boletín N° 5751-07) 107
8. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Aedo, Dittborn y Sepúlveda, don Roberto, que “modifica el artículo 33 del Código Procesal Penal, con el objeto de establecer que la detención judicial puede decretarse incluso en las causas por delitos de giro doloso de cheques”. (boletín N° 5753-07) 109
9. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Robles, Forni y Meza, que “modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, incluyendo en sus disposiciones materias relativas a la telefonía residencial”. (boletín N° 5754-07) 110
- Oficios de la Excma Corte Suprema por los cuales remite su opinión respecto de los siguientes proyectos:
10. “modifica el Código Orgánico de Tribunales prohibiendo a los Ministros de los Tribunales Superiores de Justicia y a los jueces aceptar donaciones o premios con ocasión del ejercicio de la función jurisdiccional”. (boletín N° 5528-07). (Oficio N° 15) 113
Pág.
11. “modifica el Libro V del Código del Trabajo establecido por la ley N° 20.087, relativo al nuevo procedimiento laboral. (boletín N° 4814-13). (Oficio N° 27) 116
- Oficios del Tribunal Constitucional por los cuales remite copia autorizada de la sentencia recaída en los siguientes proyectos:
12. “crea el Instituto de Propiedad Industrial”. (boletín N° 2469-03). (Oficio N° 1764) 123
13. “pesca recreativa”. (boletín N° 3424-21). (Oficio N° 1781) 124
14. “modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal en materias de seguridad ciudadana y refuerza las atribuciones preventivas de las policías”. (boletín Nº 4321-07). (Oficio N° 1786) 124
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones.
- Comunicación de la “Comisión Especial Investigadora Encargada de Determinar la responsabilidad administrativa y política que les cabe a las máximas autoridades del Sename y al ministro de Justicia en el fallecimiento de 10 jóvenes en el Centro de Detención Provisoria, en la ciudad de Puerto Montt, con ocasión de un incendio provocado al interior de dicho establecimiento”, por la cual informa que eligió como Presidenta a la Diputada señora Turres, doña Marisol y acordó, con el acuerdo de la Sala, realizar sesiones los días jueves de 11 a 13 horas.
- Comunicación del jefe de bancada de la Democracia Cristiana por la cual informa que el Diputado señor Latorre reemplazará en forma permanente al Diputado señor Díaz, don Eduardo, en la “Comisión investigadora sobre asesorías efectuadas en reparticiones gubernamentales”, por haber dejado de pertenecer a dicha bancada.
2. Certificado.
- Certificado médico acompañado por el diputado señor Moreira por el cual acredita que deberá permanecer en reposo, del 25 de febrero al 9 de marzo en curso, para someterse a una operación.
3. Oficios.
- Oficio del señor Presidente subrogante del Tribunal Calificador de Elecciones por el cual comunica que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la Constitución Política de la República, la Excma Corte Suprema procedió a realizar el sorteo para designar a los miembros integrantes por un periodo de 4 años recayendo en los Ministros señores Álvarez; Muñoz; Pierry y señora Herreros, doña Margarita, y en el ex Presidente de la Cámara de Diputados señor Ibáñez Vergara. (Oficio N° 41).
Contraloría General de la República:
- Diputado Chahuán, cumplimiento de Plan Auge en establecimientos de salud pública.
- Diputado Sepúlveda don Roberto, cumplimiento del Plan Auge en establecimientos de salud pública.
- Diputada Rubilar, cumplimiento del Plan Auge en establecimientos de salud pública.
- Diputado Espinoza don Fidel, acoso laboral contra profesores.
- Diputado Bertolino, recopilación de firmas ordenadas por alcaldes de La Serena y Coquimbo.
- Diputado Sepúlveda don Roberto, sobre patente de alcoholes en establecimiento comercial de la comuna de Maipú.
Ministerio de Interior:
- Proyecto de Acuerdo 504, actualización de la normativa en casos de sismos y catástrofes, contenida en la ley Nº 16.282.
- Proyecto de Acuerdo 491, instancia compuesta por congresistas y miembros del Ejecutivo para analizar solicitudes de creación de nuevas comunas.
- Proyecto de Acuerdo 468, condiciones laborales de personas que prestan servicios mediante contratos a honorarios en la Administración del Estado y las municipales.
- Proyecto de Acuerdo 463 y 463-A, medidas que corrijan la grave situación de las mujeres víctimas de hechos de violencia.
- Diputado Burgos, nuevo sistema de seguridad privada.
Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Proyecto de Acuerdo 516, 517 solidaridad con el pueblo de Argelia por atentado terrorista perpetrado en su territorio.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:
- Proyecto de Acuerdo 490-A, modificar procedimiento de selección de proyectos presentados al “Fondo Capital Semilla” de Sercotec.
- Diputado Norambuena, indemnización a ex trabajadores de Enacar.
- Diputado De Urresti , denuncia a la Empresa Saesa.
- Diputado Delmastro, fiscalización de empresa eléctrica Seasa.
- Diputado Kast, recursos para créditos universitarios en el año 2007.
- Diputado Espinoza don Fidel, reiterados cortes en suministro eléctrico en X Región.
- Diputado Estay, renovación de la licencia de instalador eléctrico otorgado por la SEC.
Ministerio de Hacienda:
- Proyecto de Acuerdo 468, condiciones laborales de personas que prestan servicios a honorarios en la Administración del Estado y las municipales.
- Diputado Galilea, zona de catástrofe de la comuna de Aisén.
- Diputado Farías, bono a exonerados políticos contemplado en la ley N° 20.134.
Ministerio de Educación:
- Proyecto de Acuerdo 409, 409-A y 409-B, declaración de zona típica o pintoresca del barrio Miraflores de Viña del Mar.
- Proyecto de Acuerdo 429, incorporar a programas de enseñanza media la licencia internacional para manejar computadores (Icdl).
- Proyecto de Acuerdo 278-A, modificar reglamento de la ley Nº 19.848, para facilitar el pago de deudas de crédito universitario.
- Diputado Errázuriz, pago al Cide por elaboración de catastro y análisis de investigaciones en área de educación.
- Diputado Bertolino, recursos Pro Retención utilizados por cada establecimiento educacional de la Cuarta Región.
Ministerio de Defensa Nacional:
- Proyecto de Acuerdo 503-B, protesta ante Japón por autorización para cacería de ballenas.
- Proyecto de Acuerdo 510, declarar territorio marítimo nacional Santuario Ballenero.
- Diputado Moreira, situaciones que se crearon con ocasión de misa.
- Diputado Robles, que aeronaves anuncien correctamente ubicación del aeropuerto Desierto de Atacama.
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Urrutia, camino Chalet Quemado-Esperanza Plan, en comuna de Longaví.
- Diputado Latorre, obras complementarias en concesiones.
- Diputado Ojeda, crecidas de cauces de represa por razones climáticas.
- Diputado Robles, problema de falta de agua que afecta a la Región de Atacama.
- Diputado Forni, fiscalización de carretones.
- Diputada Pacheco, situación sanitaria actual del vertedero Santa Alicia.
- Diputado Uriarte, construcción de aeródromo en comuna de El Monte.
- Diputada Pascal, construcción de aeródromo en la localidad de El Monte.
- Diputado Chahuán, comité de Ferroviarios Jubilados por accidentes en accidentes de servicio de la Quinta Región.
- Diputado De Urresti, calendario de inversión de calles estructurantes en comuna de Valdivia.
- Diputado Robles, proyecto de desarrollo de la Región de Atacama en relación con la conectividad con Argentina.
Ministerio de Bienes Nacionales:
- Diputado Espinoza don Fidel, situación de 12 familias de colonos de ascendencia indígena.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
- Proyecto de Acuerdo 458, fijar sueldo mínimo sugerido, que se discute para el sector privado, como piso mínimo obligatorio para trabajadores del sector público.
- Proyecto de Acuerdo 505, solicita medidas en favor de Tocopilla.
- Proyecto de Acuerdo 494, incorporación de enfermedades músculo-esqueléticas como enfermedad profesional.
- Diputado De Urresti , Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia .
- Diputado De Urresti , servicio nocturno de salas cunas en el hospital de Valdivia.
- Diputado Arenas , cotizaciones provisionales.
Ministerio de Salud:
- Proyecto de Acuerdo 449, supresión de exigencia de dedicación exclusiva respecto de quienes ejercen cargos de Alta Dirección Pública en los servicios de su dependencia.
- Diputado De Urresti , centro oncológico de la ciudad de Valdivia.
Ministerio de Minería:
- Diputado Silber, plan de manejo que se ha implementado en la localidad de Las Canteras de Colina.
- Diputado Mulet, discriminación de Empresa Nacional de Minería con pequeños y medianos mineros de provincia de Atacama.
- Diputado Robles, circunstancias de accidente minero.
- Diputado Pérez, Contrato Especial de Operación Petrolera Ceop.
Comisión Nacional de Energía:
- Diputado Sepúlveda don Roberto, desabastecimiento de gas natural comprimido que usan taxis colectivos en Región Metropolitana.
Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:
- Diputado Delmastro, reparación de viviendas en Valdivia.
- Diputado De Urresti, desalojo de familias de San José de la Mariquina.
- Diputada Cristi, extravío de documentos.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Proyecto de Acuerdo 452, instalación de antena WI FI en establecimientos públicos de educación.
- Proyecto de Acuerdo 369, precisar norma que obliga a circular en vehículos motorizados con luces encendidas durante el día en rutas interurbanas. (335).
- Proyecto de Acuerdo 411, recursos para hacer sustentables y viables los ascensores de Valparaíso.
- Diputado Egaña, sobre norma de televisión digital.
Ministerio de Planificación y Cooperación:
- Diputado Díaz don Eduardo, Programa Orígenes.
- Comisión Nacional del Medio Ambiente:
- Diputada Cristi, planta de distribución de gas natural en precordillera de Peñalolén.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (114)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistieron, además, los ministros de la Secretaría General de la Presidencia , señor José Antonio Viera-Gallo y de la Comisión Nacional de Energía, señor Marcelo Tokman Ramos.
-Concurrió, también, la senadora Soledad Alvear Valenzuela.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.38 horas.
El señor WALKER (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor WALKER (Presidente).- El acta de la sesión 133ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 134ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor WALKER (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
ACUERDO DE LOS COMITÉS.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Señores diputados y señoras diputadas, informo que los Comités parlamentarios acordaron remitir a la Comisión de Minería y Energía el proyecto de ley que modifica los procedimientos tarifarios de la ley general de Servicios Eléctricos para eliminar distorsiones, una vez despachado por la Comisión de Economía. Boletín Nº 5511-03.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se autorizará a la Comisión especial investigadora de la responsabilidad administrativa y política que les cabe a las autoridades del Sename y al ministro de Justicia en el fallecimiento de diez jóvenes en el centro de detención provisoria de Puerto Montt a celebrar sesiones ordinarias simultáneamente con la Sala los jueves de 11.00 a 13.00 horas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
-o-
REMISIÓN DE PROYECTO SOBRE MENORES A COMISIÓN.
El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente , en el Nº 8 de la Cuenta figura el proyecto de ley que introduce modificaciones al Código Penal para sancionar la seducción de menores y otros abusos contra ellos y se señala que fue enviado a la Comisión de Constitución.
Solicito el acuerdo de la Sala para que ese proyecto, como asimismo el que vimos ayer, que modifica las normas sobre salida de menores del país, una vez despachados por esa Comisión sean remitidos a la Comisión de Familia.
El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Burgos.
El señor BURGOS .- Señor Presidente , estoy de acuerdo con la primera de las peticiones, pero no con la segunda, porque la tramitación de ese proyecto está avanzada, ya hay dos indicaciones y sería un retroceso sin justificación.
El señor WALKER ( Presidente ).- En relación con la primera solicitud, ¿habría acuerdo para que el proyecto, que sanciona la seducción de menores y otros abusos contra ellos vaya a la Comisión de Familia, después de la de Constitución?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON FUENTES RENOVABLES NO CONVENCIONALES. Modificación de la ley general de Servicios Eléctricos. Tercer trámite constitucional.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde considerar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, originado en mensaje, con urgencia calificada de suma, que introduce modificaciones a la ley general de Servicios Eléctricos respecto de la generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovables no convencionales.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín N° 4977-08, sesión 137ª, en 4 de marzo de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 35.
El señor WALKER ( Presidente ).-
El ministro Marcelo Tokman avisó que venía en camino, de modo que prontamente se sumará a la sesión.
Tiene la palabra el diputado Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , mientras llega el ministro Tockman , ¿por qué no se informa acerca del segundo proyecto? El diputado informante está en la Sala y no habrá mayor debate, porque ha habido unanimidad en la Comisión de Constitución.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Señor diputado , en estricto rigor, la presencia del ministro Tokman es importante, pero no imprescindible, porque el diputado Encina va a hacer un resumen de las modificaciones del Senado y después intervendrá el diputado Leal .
El señor BURGOS .-
Perdón, señor Presidente , hasta anoche, el segundo proyecto iba en primer término. Se obliga a los diputados a prepararse sobre una iniciativa, después la cambian de lugar y, además, hay que esperar que llegue el ministro .
Bueno, aquí el Ejecutivo es propietario absolutamente de todo.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Señor diputado , hay dos proyectos que tienen suma urgencia. El primero, sobre el tema eléctrico está en tercer trámite y, reglamentariamente, tiene preferencia respecto del que está en segundo lugar. En consecuencia, lo que está haciendo la Mesa es aplicar el Reglamento.
Tiene la palabra el diputado Francisco Encina.
El señor ENCINA .-
Señor Presidente , las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que modifica la ley general de Servicios Eléctricos respecto de la generación de energía eléctrica con fuentes renovables no convencionales, lo mejoran sustancialmente. Al comienzo, fueron mociones parlamentarias sobre la materia.
En momentos en que el país vive una crisis energética, el rápido despacho de este proyecto -la aprobación de las modificaciones propuestas por el Senado son fundamentales para mejorarlo- es una potente señal.
Ha habido discusiones, tanto en la Cámara como en el Senado, pero se ha producido un consenso generalizado sobre la necesidad de que nuestro país, como otros, avancen en el uso de energías renovables no convencionales, no contaminantes, que no utilizan combustibles fósiles, que no generan dióxido de carbono y, por lo tanto, que son amigables con el medio ambiente.
Es fundamental la aprobación de este tipo de iniciativas. En Chile no hay ningún mecanismo establecido por la que se incentive, como en otros países, a través de algún mecanismo, el uso de energías renovables no convencionales.
Las modificaciones que introduce el Senado -que comparto- son las siguientes:
En primer lugar, la obligación de las empresas eléctricas que efectúen retiros de energía desde los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 megavatios para comercializarla deberá acreditar ante la Dirección de Peajes del Centro de Despacho Económico de Carga (Cdec) respectivo, que el 10 por ciento de sus retiros en cada año calendario haya sido inyectada a cualquiera de los sistemas, por medios de generación renovables no convencionales.
Esta obligación se mantiene en 5 por ciento para los años 2010 a 2014, aumentándose en 0,5 por ciento anual a partir del año 2015. Este aumento progresivo se aplicará de tal manera que los retiros afectos a la obligación del año 2015 deberán cumplir con el 5,5 por ciento; los del año 2016, con un 6 por ciento y así sucesivamente, hasta alcanzar el año 2024 el 10 por ciento previsto como exigencia a los comercializadores de energía proveniente de fuentes renovables no convencionales.
Otra modificación establece que sólo para los efectos de la acreditación de la obligación se reconocerán también las inyecciones provenientes de centrales hidroeléctricas cuya potencia máxima sea igual o inferior a 40 megavatios; originalmente era de 20 megavatios. La modificación es vital porque hay muchos proyectos de pequeñas centrales hidroeléctricas, de 25 ó 30 mega, y que iban a quedar fuera.
Asimismo, el Senado perfecciona las definiciones de los medios de generación renovables no convencionales:
-La energía de la biomasa, “correspondiente a la obtenida de materia orgánica y biodegradable, la que puede ser usada directamente como combustible o convertida en otros biocombustibles líquidos, sólidos o gaseosos. Se entenderá incluida la fracción biodegradable de los residuos sólidos domiciliarios y no domiciliarios”. Este es un gran avance, porque permitirá que los residuos biodegradables sean usados como fuente energética, aspecto que no consideraba el proyecto original.
-La energía geotérmica, “entendiéndose por tal la que se obtiene del calor natural del interior de la tierra”. Así se aseguran aquellos proyectos que aprovechan la energía geotérmica sin necesidad de que los fluidos geotérmicos también sean reconocidos como fuentes renovables no convencionales.
-La energía solar, que es la que se obtiene de la radiación solar. De esta forma se evitan algunas interpretaciones relacionadas con la aplicación solar termoeléctrica.
También se considera medio de generación renovable no convencional a la energía de los mares y se precisa que corresponde “a toda forma de energía mecánica producida por el movimiento de las mareas, de las olas y de las corrientes, así como la obtenida del gradiente térmico de los mares,...”.
Otra modificación importante es el reconocimiento de las ampliaciones de proyectos de centrales de energía renovables no convencionales existentes. Es decir, para la acreditación del cumplimiento de la obligación se reconocerá la energía producida por medio de las ampliaciones de proyectos de energía renovable no convencionales instalados antes del 1º de enero de 2007. En estos casos, sólo se reconocerá la energía producida por la ampliación y no por la capacidad instalada preexistente.
Otra modificación fundamental es la apertura de los procesos de compra de energía renovable no convencional. Se estableció que las empresas eléctricas deberán acreditar ante el Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Interconectado Central que a lo menos el 50 por ciento del aumento progresivo de 0,5 anual, a partir del año 2015, se cumpla con inyecciones de energía de medios propios o contratados, elegidos mediante un proceso competitivo, transparente y que no implique discriminación. Esto, porque las grandes empresas eléctricas podrían tender a tener sus propias fuentes de energía renovable no convencional, lo que impediría la aparición de medianas o pequeñas empresas, muy importantes para la competencia en esta área.
Otra modificación de gran interés es la señalada en el artículo 1º transitorio del proyecto. Dispone que la obligación contemplada en el artículo 150 bis que se incorpora a la ley general de Servicios Eléctricos, regirá desde el 1 de enero de 2010, y se aplicará a todos los retiros de energía para comercializarla con distribuidoras o con clientes finales cuyos contratos se suscriban a partir del 31 de agosto de 2007. Para evitar problemas de interpretación en esta materia, se consideró necesario establecer que no son sólo los nuevos contratos estarán sujetos a la obligación, sino que también los antiguos que se hayan modificado o renovado después del 31 de agosto de 2007.
Por último, se precisa el artículo 150 bis, con el objeto de evitar alguna interpretación restrictiva de la obligación de retiro de las energías renovables no convencionales. Se establece con mucha claridad que la obligación que contempla rige para los retiros de clientes libres o regulados. Originalmente, la obligación era solamente para estos últimos. De esta forma, toda la matriz energética estará por comercializar y consumir el 10 por ciento de energías renovables no convencionales. Recordemos que en Alemania y España este porcentaje es mucho mayor.
El proyecto es un gran paso y espero que la Sala apruebe las modificaciones del Senado. En momentos en que nuestra matriz energética pasa por un período crítico, la generación de energía eléctrica con fuentes renovables no convencionales es vital, amén de ser un gran aporte al cuidado del medio ambiente nacional y mundial.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En discusión las modificaciones del Senado.
Tiene la palabra el diputado señor Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente , nuestro país está muy atrasado en la generación de energía eléctrica con fuentes renovables no convencionales. Por eso, la aprobación de este proyecto será un hito porque abriremos las condiciones de mercado para que esas fuentes sean parte de nuestra matriz energética, sobre todo cuando vivimos una crisis significativa en ese ámbito, con embalses con menos del 40 por ciento de agua que el año pasado; cuando hoy recibimos 1,7 millones de metros cúbicos día de gas argentino, en circunstancias que el año pasado a esta fecha recibíamos 17, 5 millones, que cubren no la energía eléctrica sino que el consumo de la Región Metropolitana, de la zona oriente en particular, y con un precio del barril de petróleo por sobre los 100 dólares. Es decir, estamos ante una situación extremadamente compleja, a la que se agrega la salida de la Central Nehuenco, que produce casi 400 megavatios y que estará fuera del sistema durante cuatro o cinco meses. Por lo tanto, si no llueve durante este mes o el próximo, muy probablemente tendremos un decreto de racionamiento de energía eléctrica.
Si bien el proyecto establece la obligatoriedad del uso de la energía renovable no convencional a partir del 1º de enero de 2010, existen 35 proyectos, particularmente de energía eólica, que sin la obligatoriedad que contempla el proyecto de ley pueden entrar rápidamente al sistema y, de alguna manera, suplir los límites de agua en un sistema como el nuestro, donde el 60 por ciento de la energía se produce a través de la hidroelectricidad.
El proyecto lo considero un hito porque establece condiciones atractivas para inversiones en proyectos de energía renovable no convencional mediante la aceleración del desarrollo del mercado.
En otras palabras, crea las condiciones de mercado para cumplir con lo que aprobamos en la ley corta II: el 5 por ciento de la energía que compran o producen las generadoras y las distribuidoras tiene que provenir de fuentes renovables no convencionales, lo que era letra muerta si no se creaban, repito, las condiciones de mercado para que eso ocurriera.
Tengo bastante optimismo respecto del desarrollo de ese sector, porque el aumento del precio internacional de los combustibles fósiles hace que la energía de fuentes renovables no convencionales sea más competitiva y, por lo tanto, requiera de menos resguardos. No obstante, necesitamos de todas maneras establecer este estímulo a fin de crear las condiciones de mercado para esa energía, eliminar las barreras para su entrada al mercado y compatibilizar esas fuentes de generación con el mercado eléctrico que opera en el país, para que asuma las peculiaridades de esa tecnología.
Este proyecto remplaza la posibilidad que hoy día tienen los propietarios de los medios de generación de suministrar a las empresas concesionarias de distribución hasta el 5 por ciento de la demanda de dichas empresas, modificación introducida por el artículo 150 del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 2006, del Ministerio de Economía, por la obligación de acreditar que se ha inyectado cierta cantidad de energía por medios de generación renovables no convencionales equivalente al 10 por ciento. En consecuencia, me parece importante la modificación del Senado, porque aumenta el porcentaje de energía generada por fuentes renovables desde el 8 por ciento, que aprobó la Cámara de Diputados, al 10 por ciento.
Asimismo, se establece un mecanismo gradual para llegar a ese porcentaje; vale decir, al 1 de enero de 2010, las empresas generadoras van a tener que incorporar el 5 por ciento de energía renovable no convencional a la matriz de generación. De ahí para adelante, deberán agregar 0,5 por ciento de esa energía al sistema, hasta completar el 10 por ciento en 2024.
Alguien podría decir que se trata de una cifra pequeña, pero debo recordar que en Italia la geotermia tiene cien años de desarrollo y existe una importante tecnología para la generación de energía con fuentes renovables no convencionales, ya que el 15 por ciento de su matriz corresponde a ese tipo de energía.
Por lo tanto, considero que estamos dando un salto importante al incorporar este porcentaje de energías renovables no convencionales a nuestra matriz, sobre todo si se considera que se han presentado proyectos de 300, 400, 500 y 600 megavatios al sistema con esta clase de energía. Además, como Chile no dispone de petróleo ni de gas, nos permite utilizar recursos que tenemos, como los hídricos, y montar muchas centrales hidroeléctricas de paso, que no dañan el medio ambiente, pues no obligan a construir represas.
También contamos con la energía solar del desierto.
Al respecto, debemos pensar que los alemanes han instalado paneles solares en Sajonia, en una superficie equivalente a cuarenta campos de fútbol, a pesar de que tienen muy pocas horas de sol. Nosotros no hemos desarrollado tecnología relacionada con la energía solar, no obstante disponer de sol de máxima intensidad durante todo el año en el desierto de Atacama.
En resumen, podemos obtener energía solar, geotérmica, mareomotriz, eólica, de biomasa y de los biocombustibles, ya que estos recursos naturales existen en el país, lo que nos permitiría diversificar nuestra matriz energética.
La hidroelectricidad llegó a representar el 60 por ciento de la energía eléctrica que producíamos, pero ahora sólo alcanza a un poco más del 40 por ciento, debido a que se está generando electricidad con diésel, por los problemas que hemos tenido con el gas argentino. Este porcentaje lo podrá precisar el ministro Tokman , que es experto en este tema, ya que lo viene estudiando desde hace muchos años, cuando trabajó en el Ministerio de Hacienda con el entonces ministro Eyzaguirre .
Si trabajamos con agilidad para aprobar los proyectos que se han presentado sobre producción de energía, algunos de los cuales incluso tienen resueltos los estudios de impacto ambiental, y si generamos las condiciones para alcanzar el 2010 los porcentajes que estipula el proyecto para la generación de energías renovables no convencionales, podríamos diversificar la matriz de generación eléctrica, lo que nos permitiría reducir la producción de hidroelectricidad, que se ve seriamente afectada por las condiciones climáticas, como las sequías.
Las modificaciones del Senado son positivas. Me parece importante elevar de 8 a 10 por ciento la obligación de incorporar generación eléctrica mediante fuentes renovables no convencionales; la simplificación de las definiciones relativas a la biomasa, geotermia, energía solar, mareomotriz y otras; las precisiones que señalan que esto tiene que ver con los clientes libres, pero también con los regulados; que se establezcan multas para el caso de incumplimiento de la ley, ya que, a partir del 1 de enero de 2010, la empresa eléctrica deberá pagar 0,4 unidades tributarias mensuales por cada megavatio/hora de déficit respecto de la obligación, pero si la siguen incumpliendo durante los próximos tres años, deberán pagar una multa de 0,6 unidades tributarias mensuales por cada megavatio/hora de déficit. Es decir, se trata de multas altas, que obligarán a las empresas a reaccionar en este sentido.
Estoy optimista, porque sé que muchas empresas hidroeléctricas y de ciclo combinado, que utilizan diésel o carbón, están interesadas a entrar directamente en el negocio de producir energía eléctrica mediante fuentes renovables no convencionales y que hay treinta y cinco proyectos en este sentido, los que ojalá pudiéramos concretarlos a la brevedad.
Aprovecho la presencia del ministro de Energía para pedirle, por intermedio del señor Presidente , que si bien es cierto que el gobierno no está facultado para obligar a las empresas eléctricas a entregar premios a los usuarios que reduzcan sus consumos de electricidad, las presione para que utilicen la facultad que le entregamos en la ley corta II para otorgarlos.
Señor ministro , por intermedio del señor Presidente , lamento que las empresas eléctricas no estén a la altura de las difíciles circunstancias que estamos pasando, ya que el reglamento fue aprobado el 15 de febrero, ha pasado casi un mes y todavía no tienen un pronunciamiento claro.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
La Mesa saluda la presencia del ministro de Energía , don Marcelo Tokman , quien participará en la discusión del proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Pablo Álvarez-Salamanca.
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA.-
Señor Presidente, me parecen muy convenientes las modificaciones del Senado.
Quiero destacar algunas de ellas.
A mi juicio, es muy importante que la obligación para la inyección de energías renovables no convencionales al sistema eléctrico se suba de 8 al 10 por ciento, para lo cual se fija un plazo de diez años.
También me parece trascendente que se mantenga en 5 por ciento la obligación de inyectar ese tipo de energía entre 2010 y 2014, norma aprobada por la Cámara. De ahí en adelante el Senado aumenta dicho porcentaje en 0,5 por ciento anual hasta 2024, plazo en el que se deberá alcanzar el 10 por ciento establecido por el Senado como total. Se dispone que la obligación regirá por veinticinco años, a contar del 1 de enero de 20l0.
Asimismo, resulta interesante la norma que establece: “Sólo para los efectos de la acreditación de la obligación señalada en el inciso primero…” -se refiere al artículo 157- “…se reconocerán también las inyecciones provenientes de centrales hidroeléctricas cuya potencia máxima sea igual o inferior a 40.000 kilovatios,”.
Por otra parte, me parecen destacables algunas de las definiciones de los medios de generación de energía renovables no convencionales.
Respecto de la biomasa, la modificación del Senado hace un aporte a nuestra definición, ya que explicita al menos dos aspectos que son muy necesarios.
Se especifica que la biomasa puede ser usada directamente como combustible o convertida en otros biocombustibles líquidos, sólidos o gaseosos y que, como segundo aspecto, se entenderá incluida la fracción biodegradable de los residuos sólidos domiciliarios y no domiciliarios.
Por otra parte, se simplifica la definición en materia de geotermia, ya que simplemente se establece que es la que se obtiene del calor natural del interior de la tierra.
Con ello se da seguridad de que aquellos proyectos que aprovechen la energía geotérmica sin necesidad de fluidos geotérmicos también serán reconocidos como energías renovables no convencionales.
También se precisa la definición en materia de energía solar, puesto que se señala que es la que se obtiene de la radiación solar, con lo cual se evitan las posibles interpretaciones erróneas que podrían surgir a partir del texto despachado por la Cámara, como la exclusión de las aplicaciones de la energía solar y termoeléctrica.
También se hace un reconocimiento de las ampliaciones de las centrales de energías renovables no convencionales existentes.
Las modificaciones del Senado sobre la materia señalan que para efectos de la acreditación del cumplimiento de la obligación se reconocerá también la energía producida por medio de ampliaciones de proyectos de energías renovables no convencionales instalados antes del 1 de enero de 2007, casos en los que, indudablemente, sólo se reconocerá la energía producida por la ampliación y no por la capacidad instalada preexistente.
Respecto de la apertura de los procesos de compra de energías renovables no convencionales, se establece que las empresas eléctricas deberán acreditar ante el Cdec que, a partir de 2015, a lo menos el 50 por ciento del aumento progresivo de 0,5 por ciento anual de la obligación ha sido cumplida con inyección de energía de medios propios o contratados, elegidas mediante un proceso competitivo, transparente y que no implique una discriminación arbitraria.
Por último, en el artículo 1º transitorio el Senado introdujo una modificación, con el objeto de que la obligación sea aplicable a todos los retiros de energía destinados a comercializarla con distribuidoras o con clientes finales cuyos contratos se suscriban a partir de 31 de agosto de 2007.
Para evitar problemas de interpretación en esa materia, se consideró necesario estipular en la ley que no sólo los nuevos contratos estarán sujetos a esa obligación, sino también los contratos antiguos que se modifiquen o renueven después de la fecha anteriormente indicada.
En consecuencia, el proyecto es una buena señal para el desarrollo energético del país, sobre todo al considerar la estrechez que existe hoy en materia de energía, pero me parece conveniente impulsar con más fuerza las energías renovables no convencionales, razón por la que recomiendo que la Cámara apruebe las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.-
Señor Presidente, estamos ante una muy buena iniciativa, motivo por el que la bancada del Partido por la Democracia la ha apoyado con gran fuerza.
Hoy Chile vive un problema energético muy serio, a lo cual debemos sumar el calentamiento global, de manera que resulta necesario incentivar la generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovables no convencionales. Sin embargo, avanzamos en forma muy lenta, puesto que falta la elaboración de más iniciativas en esa materia.
En tal sentido, como lo señaló el diputado señor Leal -aspecto que hemos planteado al Ministerio de Minería, a la Conama y a nivel de los comités políticos-, debemos generar más incentivos para el desarrollo de energías como la solar. Hace falta un subsidio estatal para instalar paneles solares, puesto que desde Arica hasta Puerto Montt tenemos la posibilidad de utilizarla en forma eficiente.
Hemos sostenido importantes reuniones con delegados del gobierno de Dinamarca para tratar esta materia, país que en la actualidad -aspecto que es muy importante tener en cuenta- usa la misma cantidad de energía que en 1980, en circunstancias de que desde ese período su economía ha crecido en 70 por ciento.
Por lo tanto, contamos con los ejemplos de lo que han hecho otras naciones, de manera que no tenemos para qué inventar la rueda. Hasta ahora hemos fomentado la producción de energía, pero en ningún caso la eficiencia y el ahorro energético. Nos hace falta una legislación mucho más amable al respecto, con el objeto de que realmente podamos alcanzar un nivel de eficiencia energética mucho mayor, lo que debería premiarse.
Al respecto, el representante danés nos señaló que en su país se subsidia la utilización de una tercera capa en las ventanas, en circunstancias de que en Chile en ellas sólo se utiliza la doble capa.
Aún tenemos mucho por hacer, de manera que quiero señalar al ministro de Energía , señor Marcelo Tokman , que cuenta con todo nuestro apoyo para iniciativas como la planteada, la elaboración de un plan piloto para subsidiar e integrar en las viviendas sociales la eficiencia energética, mediante el uso de paneles solares.
Cabe recordar que en enero, poco antes del inicio del receso parlamentario, se llevó a cabo un seminario sobre la materia, en el que se dio a conocer que la mayor parte de los paneles solares se elaboran con cobre y que en Chile, a pesar de que somos los mayores productores de metal rojo del mundo, no los hacemos.
Hay un nicho enorme que explotar, de modo que, en mi calidad de Presidente de la Comisión de Recursos Naturales , hago un llamado para que busquemos la manera de subsidiar la utilización de las energías renovables no convencionales, como la eólica, pero no sólo a través de la instalación de parques eólicos, sino también en el ámbito agrícola y de algunas pequeñas microempresas.
Lamentablemente, estamos bastante atrasados en la implementación de las resoluciones que han adoptado otros países en relación con el calentamiento global. En estos momentos estamos siendo afectados por una gran sequía, cuyas consecuencias son difíciles de combatir, pero esa situación se podría agravar aún más el día que tengamos que enfrentar una catástrofe natural de proporciones, motivo por el que debemos apresurarnos a tomar medidas.
Los informes de que se disponen respecto de las catástrofes naturales señalan que en la actualidad los problemas climáticos tienen un costo equivalente al 10 por ciento del PIB mundial. Sin embargo, en la reunión efectuada en Bali sobre calentamiento global, se dieron a conocer proyecciones serias sobre esa materia, en cuanto a que el costo de esas catástrofes seguirá subiendo, de manera que en el período 2045-2065 enfrentaremos un problema climático gravísimo, que se cruzará con el costo, por lo que tendremos que prever soluciones.
En consecuencia, como diputado de la Concertación apoyaré con todas mis fuerzas las modificaciones del Senado, sin perjuicio de lo cual me gustaría tener una legislación más importante relacionada con subsidios para el uso y la eficiencia energética.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Pablo Galilea.
El señor GALILEA.-
Señor Presidente, sin duda este proyecto es muy positivo, y necesario, dada la crisis energética que vivimos, lo que debe llevarnos a aprobar las modificaciones introducidas por el Senado por unanimidad.
Según distintos analistas, en 2007 la crisis energética le costó al país al menos un punto de crecimiento, de modo que, sin duda, para quienes tenemos como deber fundamental en nuestra función pública preocuparnos por sacar a Chile de la pobreza y transformarlo en una nación desarrollada, es crucial solucionar el problema energético.
El fomento del uso de las energías renovables no convencionales es sin duda positivo, porque diversifica nuestra matriz energética, la hace más autónoma y genera fuentes de generación limpia y ambientalmente mucho más convenientes que otras.
Sin embargo, la pregunta que debemos hacernos como país es por qué aún no hemos sido capaces de desarrollar las energías renovables no convencionales, por ejemplo, la eólica a lo largo de todo el país, porque contamos con ese recurso natural. Sin embargo, su uso es menor. Creo que en Aisén se ha llevado a cabo un proyecto, que apenas genera un par de megavatios.
También se podría generar energía mareomotriz, en consideración a los miles de kilómetros que tenemos de costa, o energía solar, por el sol que tenemos en el desierto y en todo el país. A su vez, en Santiago y Puerto Montt se pueden generar 8 mil megavatios, con la construcción de pequeñas centrales hidroeléctricas. También se podría generar energía eléctrica a través de la biomasa.
La respuesta es simple. En la actualidad la tecnología no está suficientemente desarrollada, y los costos de producción son extremadamente altos comparados con otras generaciones alternativas.
Por lo tanto, un proyecto de esta naturaleza fomenta o acelera la posibilidad de avanzar en el desarrollo de tecnologías que permitan obtener costos competitivos en una economía globalizada y, de esa manera, tener una matriz energética diversificada.
Por otro lado, recordemos que Chile consume alrededor de 12 mil megavatios. En los próximos diez años necesitamos aumentarlos a 24 mil.
Sin duda, la discusión que surge es que las megacentrales hidroeléctricas en el sur del país no son la solución, porque sólo contemplan la posibilidad de crear alrededor de 2.600 megavatios, en circunstancias de que nos quedaría un diferencial muy grande para solucionar la demanda futura. Por lo tanto, el desarrollo de todas esas energías renovables no convencionales son una necesidad del país, por lo cual creo que este proyecto es muy conveniente, necesario y oportuno.
Hay otro tema que no ha sido considerado y que valoro como positivo: la generación de energía a través de la biomasa es perfectamente compatible y complementaria con la ley de manejo del bosque nativo, que aprobamos recientemente. Manejar los productos forestales en todo el sur de Chile va a requerir material para la generación de energía. Por lo tanto, el proyecto que estamos tratando, que incentiva ese tipo de generaciones, va a ser un complemento a dicha ley, sobre todo en el sur. Lo destaco como positivo.
Echo de menos un tema que debe pensarse en el futuro. En la actualidad existen consumidores que, dado los altos costos de energía, los problemas de autonomía y de suministro, han pensado seriamente en invertir en su propia generación eléctrica. Pero no veo incentivos para ello, en circunstancias de que ese consumo, basado en energías renovables no convencionales, haría disminuir la demanda en los sistemas interconectados, lo que ayudaría a solucionar en parte el déficit de energía.
Por lo tanto, invito a los colegas a aprobar el proyecto. Es un avance, y ojalá que los incentivos propuestos y las barreras que se eliminan para que puedan ingresar pequeños productores de energía, ayuden a solucionar el grave déficit, que puede frenar el desarrollo del país.
El Congreso tiene el deber de estudiar y seguir trabajando en las formas de solucionar los temas que nos preocupan.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra al diputado Javier Hernández .
El señor HERNÁNDEZ .-
Señor Presidente , sin duda, esta iniciativa será una herramienta importante para incentivar y desarrollar futuros proyectos que permitan diversificar nuestra matriz energética.
La idea es fomentar inversiones en proyectos de energías renovables no convencionales para acelerar el desarrollo de ese mercado, eliminando ciertas trabas vinculadas a la innovación. De ese modo, generar el ambiente propicio que permita tranquilizar al mercado eléctrico respecto de ese tipo de tecnología es, sin duda, el camino correcto a seguir.
Sin embargo, me parece que hay que sincerar una situación histórica para el país. Voté favorablemente el proyecto en general y en particular y estoy conforme con las modificaciones propuestas por el Senado, pero no puedo dejar de expresar que, una vez más, estamos actuando con retraso en un tema sumamente sensible para Chile. No me cabe la menor duda de que la situación energética del país es el talón de Aquiles de su futuro desarrollo.
¿Cuál sería la situación del país si antes de esta sequía y del más que seguro racionamiento eléctrico hubiésemos tenido mayor diversificación de nuestras fuentes energéticas? La respuesta es evidente: estaríamos mucho mejor preparados y no tendríamos que afectar tan severamente a nuestra población con futuros cortes o racionamientos.
Se podrá decir que el Gobierno no puede hacer llover. Estoy de acuerdo en ello, pero lo que se critica es la falta de visión de futuro en un problema histórico.
Señor Presidente , por su intermedio, le digo al señor ministro que no veo una visión de Estado respecto del tema energético. Hace mucho tiempo que el país perdió la brújula en esa materia. Recién hoy se ven algunos avances, pero hace por lo menos una década que entregamos nuestra fortaleza a países vecinos sin buscar alternativas que permitieran acrecentar nuestra autonomía, independencia y soberanía.
En ese sentido, si bien es cierto que el proyecto va en la línea correcta, creo que es insuficiente. Todos los países están buscando desarrollar sus propias políticas energéticas y están mucho más avanzados que nosotros. Es una falta de visión de los gobiernos de la Concertación.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , todos estamos conscientes de que es un proyecto positivo, pero tardío, como lo señalaba el diputado Hernández . Quienes pertenecemos a la Comisión de Minería y Energía venimos denunciando este tema y solicitando que se genere energía con fuentes renovables no convencionales desde hace larga data -1998 ó 1999- cuando ni siquiera se avizoraba que venía la crisis energética.
Lamentablemente, en este país estamos acostumbrados a llorar sobre la leche derramada. En la discusión que realizamos en la comisión técnica conocimos propuestas bastante interesantes de analizar, como un fondo de incentivos para generar las energías renovables no convencionales, más que el castigo que se le hace a las productoras. En ese sentido, compartiendo lo que viene en la propuesta y las modificaciones del Senado, también debemos ser claros en que tenemos que buscar la manera para que la familia y la industria participen activamente en sacar adelante una alternativa energética a través de paneles solares u otros.
Debemos buscar incentivos para invertir en la generación de energía de medios renovables no convencionales. Aquí se ha hablado mucho sobre la necesidad de realizar estudios sobre esta materia. Quienes integramos la Comisión de Minería y Energía tuvimos la suerte de recorrer parte de Europa, lo que nos permitió tener un conocimiento muy amplio sobre el desarrollo de este tipo de energías.
Por ejemplo, en España está Cenel, que es un centro especializado en materia de energías renovables; pero, en Chile, recién estamos pensando en iniciar los estudios sobre el tema, lo que, a mi juicio, es una pérdida de tiempo, porque todo está estudiado, todo está clarificado. Lo que tenemos que hacer es ver de qué manera ese estudio y esa respuesta que hay en energía de fuentes renovables no convencionales se puede aplicar y ser una realidad en nuestro país.
Valoro la iniciativa que tuvo una empresa en la Cuarta Región de construir un parque eólico; pero ¿cuántos parques eólicos podemos tener? Depende de los incentivos que entreguemos al inversionista para que, de una u otra forma, pueda desarrollar energía renovable no convencional. Pero, ¡cuidado! En esto debemos ser muy responsables y tener claro que las energías renovables no convencionales no son la panacea para solucionar el problema energético que afecta al país. Ello, porque si se construyen parques eólicos y no hay sobre tres, cuatro o cinco nudos de viento, ese sistema no va a funcionar, y si hay sobre los veinticinco nudos de viento, se sobrepasa y tampoco va a funcionar. Eso es lo que nos explicaron los expertos españoles.
Por otra parte, debemos tener claro que la generación de energía con fuentes renovables no convencionales tiene que ser un proceso complementario de las energías tradicionales, como las hidroeléctricas o las generadoras por petróleo y otras.
La matriz energética que poseemos ha sido “pendulante”, lo que la hace vulnerable. Ello, porque nuestro país optó sólo por lo hídrico, y después al gas, pero nunca buscó una alternativa. Incluso, en los estudios futuros no podemos descartar el uso de la energía nuclear, ya que es una posibilidad real y concreta. No digo que se aplique mañana o pasado; los estudios nos dirán dónde instalar una planta nuclear y dónde despachar los residuos que dicha planta pueda generar; pero tenemos que tener claridad, pensando en el futuro y no reaccionando frente a una situación emergente, como ocurre en este momento.
Por lo tanto, a pesar de los problemas sociales que surgen cuando en alguna comuna se quiere instalar una planta hidroeléctrica, la comunidad también debe entender la necesidad que tiene el país de generar energía para su crecimiento y desarrollo, lo que debe ser compatible con el cuidado del medio ambiente. Con esas prevenciones, es factible que las empresas de energías hidroeléctricas, y todas las generadoras que se quieran instalar en el sur, puedan ser desarrolladas por los inversionistas.
Es un proyecto positivo y un paso corto, quizás liviano, pero motivador. Por ello, esperamos que en el más breve plazo, éste y otros proyectos que se puedan materializar, permitan que la vulnerabilidad y dependencia de nuestra matriz energética pueda ser soslayada con energía de fuentes no convencionales renovables, ya que en el país hay mucho para ello.
Por eso, voy a votar a favor de las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , hoy este proyecto entra en su fase final, porque no me cabe duda de que la Cámara de Diputados va a aprobar las modificaciones del Senado por amplia mayoría, tal como lo hizo en el primer trámite constitucional.
La Cámara Alta le ha introducido algunas modificaciones muy importantes, pero que no cambian el proyecto en lo sustantivo, en los aspectos principales, en su filosofía e ideas matrices. Más bien, logra algunos avances interesantes, como es subir de 8 a 10 por ciento la energía de fuentes renovables no convencionales en los próximos años. Entiendo que el 2024. Quizás es la modificación más importante, ya que nos permite abrir un espacio un poco más grande a las energías de esos medios. Muchos de nosotros queremos más espacio, pero eso resulta difícil por algunas razones expuestas por el Ejecutivo que son muy atendibles. Sin lugar a dudas, debemos aprobar las modificaciones propuestas por el Senado.
Otro punto sustantivo tiene que ver con las pequeñas centrales hidráulicas, cuyo tope en el proyecto original -aprobado por esta Cámara- era de hasta 20 megavatios. El Senado lo sube a 40, con el especial efecto de que los beneficios se aprovechan respecto de los 20 megavatios por sobre los 20 iniciales, lo que es muy importante. Distintas empresas tienen varios proyectos del orden de los 30 ó 40 megavatios, que estaban esperando esta modificación. De manera que viabiliza de mejor forma algunos otros proyectos de energías renovables no convencionales, al entender que la hidráulica puede acceder a los beneficios si proviene de centrales hidroeléctricas cuya potencia máxima sea de 40 megavatios. La modificación introducida por el Senado también evita que las empresas caigan en la tentación de colocar varias centrales de 20 megavatios, para aprovechar los beneficios.
Por ello, creo necesario que se aprueben las modificaciones introducidas por el Senado.
Quiero hacer presente mi alegría por haber llegado a la fase final del proyecto, ya que es un tema que he trabajado durante largo tiempo junto a los miembros de la Comisión de Minería y Energía. Ello permitirá que, si se aprueba -como todo así lo indica-, el proyecto se convierta definitivamente en ley de la República, con lo cual Chile se abre, por primera vez, a las energías renovables no convencionales al establecer los incentivos que señala el proyecto. Es un paso significativo. Por eso, le doy todo mi apoyo y creo que así lo van a hacer todos los parlamentarios.
Hay que pensar que hoy estamos en medio de una crisis energética, sin duda, la más grande desde 1998, y dependiendo de lo que pase este año, es posible que tenga una magnitud mayor.
Las energías renovables no convencionales si bien hoy tienen un costo un poco más elevado que las energías convencionales, fundamentalmente, las provenientes de los combustibles fósiles, hay dos aspectos que son esenciales y que me hizo ser partidario de ir más allá. Las fuentes de energía renovables son ciento por ciento chilenas no sólo desde el punto de vista energético, sino que también de la defensa o de la seguridad. No dependemos ni de los argentinos ni de lo que pueda pasar en los conflictos internacionales, por ejemplo, en la generación y en los precios de los combustibles fósiles. Eso es muy importante, porque significa un grado de autonomía en el suministro de nuestra energía. Esa es una aspiración natural de cualquier Estado, en cuanto a no ser un país dependiente en materia energética y a tener un mayor grado de seguridad que le permita diversificar el riesgo a través de una buena matriz energética, porque la energía chilena es confiable ciento por ciento; además, no se agota. Por definición, estamos hablando de energía renovable no convencional, porque el viento, por ejemplo, no cesa. Según estudios, las plantas eólicas tienen grandes ventajas; por cierto, también tienen falencias porque representan un factor de planta menor que otro tipo de fuentes energéticas; sin embargo, pueden generar el 35 ó 38 por ciento de la energía total y son estables en el tiempo. Por supuesto, son un poco más costosas; pero cuando el precio del petróleo está a cien dólares el barril y con una proyección al alza, podemos concluir que no lo son tanto, sino casi competitivas gracias al incentivo que entrega el proyecto.
La energía eléctrica proveniente de pequeñas centrales hidráulicas también tiene un factor de potencia mayor, aunque debe sufrir los vaivenes de la sequía. Pero ésta es una situación previsible y es una fuente de energía renovable no convencional que contribuye a dar mayor estabilidad a nuestro sistema energético.
También está la energía solar que, sin duda, tiene enormes posibilidades de crecer, puesto que el sol es el padre de todas las energías. Además, en el norte existen condiciones muy favorables; allí se encuentran los lugares más eficientes y las mejores geografías del mundo en materia de energía solar. Está claro que hoy resulta muy caro producirla, pero es tremendamente segura. Por eso, tenemos que empezar a investigar para aprovechar en algún momento la energía solar, ya sea mediante celdas fotovoltaicas o calentando turbinas en las distintas modalidades. Es un poco más cara, pero va en el sentido correcto.
Por eso, éste es un buen proyecto de ley porque se atreve. Lo mismo ocurre con la geotermia; tiene dificultades y costos iniciales elevados, pero es una energía ciento por ciento segura y limpia.
Si hace cinco o diez años hubiéramos tomado la prevención de haber apostado a la energía renovable, a lo mejor, la crisis energética que estamos viviendo sería un poco menor. Obviamente, de todas maneras estaríamos en una situación difícil, pero se podría haber atenuado el problema. En el futuro, en la medida en que ésta se desarrolle y en que el porcentaje de las energías de fuentes renovables suba de este 2,5 por ciento de incidencia que tiene en la matriz energética al 5, 10 o más por ciento, las consecuencias de las crisis energéticas se verán disminuidas.
Creo que Chile se está atreviendo y está dando un paso importante; sin embargo, hay que atreverse más. A veces, nuestro país es un poco “apequenado”; las decisiones se toman despacito. Me parece que hay que apostar más en materia de fuentes de energía renovable. Creo que el fondo anunciado hace algunos días también va en la dirección correcta porque ayuda. Pero algunos quisiéramos ir más allá; quizás correr el riesgo y apostar a las fuentes de energías limpias. Chile podría transformarse, además, en una potencia en Latinoamérica en el campo de las energías limpias. ¿Por qué no investigar más y crear un centro, como ocurre en otros países, fundamentalmente europeos, que nos permita tener capacidad técnica e innovadora y transformarnos en una potencia?
Desgraciadamente, se me acaba el tiempo de que dispongo para referirme a este tema que es apasionante.
Termino diciendo que, para mí, las diversas fuentes de energía renovables que nos ha dado la naturaleza, gracias a Dios, son una alternativa frente a la energía nuclear. Soy contrario a este tipo de energía. Creo que las fuentes de energía limpia son una alternativa a la nuclear. Si somos capaces de abrir paso con fuerza a la energía ciento por ciento limpia, como ocurre con las fuentes de energía renovables no convencionales, proyectos tan polémicos como los que se pretende desarrollar en Aisén pueden perfectamente postergarse.
Por eso, voy a aprobar las modificaciones del Senado al proyecto y felicito al ministro de Energía . Si algún problema hubo en su cartera es que no tuvimos la capacidad suficiente desde el momento en que asumió este Gobierno, y creo que deberemos pagar algún costo por eso. También faltó un ministro con dedicación exclusiva en este asunto tan polémico. Reitero, felicito al ministro por su gestión y por el trabajo que ha realizado. Creo que con este proyecto, que se va a transformar próximamente en ley, estamos dando un paso significativo.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Sule.
El señor SULE .-
Señor Presidente , quiero partir mi intervención reiterando las últimas palabras del colega Mulet: felicitó al ministro de Energía por su gestión y por su dedicación, específicamente, a este proyecto. Creo que perdimos un poco de tiempo al no haber contado con su participación con anterioridad.
Se dice que el pluscuamperfecto es el tiempo tonto del verbo. Por eso, no voy a hablar de que hace cinco, diez o veinte años “debiéramos” haber tenido una visión de futuro. Si así hubiera sido, tal vez, hoy estaríamos en otra situación. Pero no vale la pena hacer este análisis, porque las lecciones se aprenden con la práctica.
Las fuentes de energía renovables, en particular, las no convencionales, como dice su nombre, pueden renovarse, no son recursos finitos que se agotan, como ocurre con los provenientes de fósiles o de riquezas naturales que se encuentran en la tierra. Ésta es una de las razones más importantes para tener, finalmente, una ley sobre fuentes de energía renovables no convencionales.
El trabajo realizado por el Senado fue acucioso y aportó elementos muy valiosos. Uno de ellos fue apurar el ritmo; hubo una gran discusión en la Comisión de Energía sobre el ritmo de introducción de las fuentes de energía renovables no convencionales. Felicito al Senado por el trabajo que realizó y porque subió del 8 al 10 por ciento la obligación de ocupar este tipo de fuentes de energía.
Además, esto nos permite acelerar el proceso para utilizar cualquier otro tipo de energía en el futuro, como podría ser la nuclear, que está en estudio. No soy partidario de ella, pero tampoco estoy en contra; conozco el tema y creo que puede ser desarrollada resolviendo todos los problemas medioambientales. Pero no es la discusión de hoy.
En todo caso, mientras podamos recurrir a otras fuentes de energía y evitar la nuclear y las centrales hidroeléctricas gigantescas -mediante la inundación de enormes áreas verdes, como se pretende hacer en Aisén-, hagámoslo. Eso nos puede permitir perfectamente el desarrollo cada vez más creciente de fuentes de energía renovables no convencionales, como la eólica, la de biomasa, la geotérmica, aprovechando el calor que proviene del interior del planeta, la solar, que se presenta de varias formas, etcétera.
Por eso, es fundamental la definición que hace el Senado, el perfeccionamiento de la definición de los medios de energía renovables no convencionales. También se incluye, por ejemplo, la fracción biodegradable de los residuos sólidos domiciliarios y no domiciliarios, en el caso de la biomasa que, además, nos recuerda que, de una vez por todas, debemos empezar a buscar formas de implementar la separación de la basura en nuestras casas y en todas partes. Sería conveniente que los alcaldes empezaran a estimular esta práctica. Hay países que lo hacen con mucho éxito; hay diversas formas de estimular a la población para que clasifique la basura.
En el caso de la energía solar, es necesario destacar que hoy tenemos la posibilidad de usar termopaneles solares, que hacen que este tipo de energía vaya bajando sus costos cada vez más. Por lo tanto, el concepto de que las energías no convencionales son más caras, no sólo se va difuminando porque aumenta el precio de los combustibles fósiles, sino también porque las tecnologías se van perfeccionando y sus precios se acercan cada vez más a los necesarios para utilizar esa energía en forma masiva.
Finalmente, hay otro tema muy importante que el ministro de Energía está profundizando. Me refiero al uso eficiente de la energía, que no sólo radica en utilizar ampolletas que ahorran, que por cierto es muy importante -porque si todos cambiáramos las ampolletas de nuestras casas consumiríamos mucho menos energía-, sino también en que las empresas deben hacer una serie de inversiones para cambiar maquinarias, motores, bombas, por elementos que ahorren energía. Eso es fundamental y a ello apunta la política del Ministerio.
Quiero hacer un llamado a separar la demanda de energía del producto interno bruto. No es una verdad absoluta que deban ir unidos. Me parece fundamental separar, por todos los medios posibles, estas dos curvas. No debemos actuar con criterio de demanda, sino que con criterio de ahorro, de uso eficiente de la energía.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI .-
Señor Presidente , estamos ante un tema que normalmente no causa mucha atracción, porque es técnico. Algunos conocemos la materia desde hace décadas. No quiero recordar los tiempos de las sociedades Chispitas , en Chilectra, ni cuando nos tocó partir con la empresa Colbún, en Talca, donde fui el primer gerente general.
Ya en esa época, y luego, cuando conocí al diputado Alinco , discutíamos y nos oponíamos a la privatización. Después de que nos fuimos se privatizó. El diputado Alinco conoce esos temas. Estábamos en las centrales de agua y discutíamos lo que iba a pasar con los grandes grupos empresariales.
(Hablan varios señores diputados a la vez).
El proyecto aborda un tema eminentemente técnico, por eso nos agrada contar con el ministro Tokman , que conoce la materia. Ha estado en Hacienda y es un hombre dedicado más a temas técnicos que políticos.
Tampoco me gustan las panaceas. Es evidente que cometimos un error. Lo dijimos cuando yo era presidente de la Cámara de Diputados. Estuvimos en Argentina, junto a los ministros de la época. Recuerdo al secretario general de Energía de ese entonces, cuando apostamos al gas, porque era barato.
Pero los hechos demuestran que, en la práctica, los negocios son los negocios -como dicen por ahí-, la política es la política y la ciudadanía es la ciudadanía. Hay que tratar de hacer un mix, una combinación, pero, normalmente, los negocios mandan.
Nos referimos a la energía, llámese como quiera porque se le da muchos nombres en el mundo, no convencional, que puede incluir desde las olas del mar, que suena muy romántico, hasta el viento, que todo se lo lleva. Hablan también de la madera, hasta del alcohol. A lo mejor, en la minería, algún día el diputado Encina podrá darnos algunas recetas.
El proyecto me parece absolutamente adecuado, pero el debate no ha sido consistente. Con el ministro Rodríguez hace algún tiempo generamos algunos incentivos, unos porcentajes, unas platas.
Está también la energía nuclear, que en nuestro país no hemos podido abordar y debemos hacerlo, porque tiene partidarios. En 1985 estuve en el Organismo Internacional de Energía Atómica, en Viena, cuando era gerente de Chilectra. En aquel entonces gobernaban los militares y pensábamos que debíamos debatir la energía nuclear y la energía renovable. Son temas de largo aliento. Seguramente que cuando avancemos en la materia, el ministro ya no estará en esa cartera. El tema no es para este Gobierno.
Pero quiero darles ánimo. Estamos luchando contra conceptos etéreos que no se entienden mucho. Hay algunos diputados que en su historia política han sido impulsores de la innovación y de la tecnología. Para quienes hace poco tiempo nos involucramos en la materia, al comienzo crea insatisfacción, no se entiende.
No se trata de gobierno-privados; ni de ciudadanía-gobierno. Es un tema que inte-resa a todos. Necesitamos a los privados, pero motivados, honestos.
En la actualidad, en Constitución tenemos la oferta de la mayor planta de energía, de Gener, de 1.300 millones de dólares. Ya ha generado debate, la ciudadanía no la quiere, porque, como decíamos durante la discusión presupuestaria, hay que darle recursos. Que no sólo sean los técnicos los que decidan para dónde vamos, porque los técnicos están influenciados por las empresas y la ciudadanía no tiene la opción de expresarse.
Hay que dar recursos a la ciudadanía para que contrate asesores en sus universidades regionales, en sus propios ambientes, de manera que se sienta interpretada.
Hablaremos con Soledad Alvear o con Eduardo Frei , uno de los cuales espero que sea Presidente de Chile en el próximo período, para que se mantenga en el cargo al ministro . En esta cartera quisiera un ministro de largo plazo. Hay ministros políticos que se pueden cambiar. Meten las patas -no los ministros- algunos asesores, hay pillines, en fin. A ésos hay que cambiarlos. Para eso están las acusaciones constitucionales y las interpelaciones.
Pero en temas técnicos y específicos, como el que abordamos, ojalá pudiéramos mantener un ministro que tenga una ilación, que mantenga su equipo técnico.
Sánchez Castellón lo hizo muy bien, se fue. Después vino Grandón , se fue; Isabel González , se fue. No puede ser, porque, además, cada uno tiene su propia óptica.
Entonces, más allá del proyecto, que me parece bien encaminado y que vamos a respaldar, debemos pensar en el Chile de mañana, no en el Chile coyuntural, no en el Chile de la Concertación ni de la Oposición.
Este tema requiere plata y ahora la tenemos. Lo dijo el director de Presupuestos , sólo en intereses por el año pasado, los fondos generaron dos mil millones de dólares. Es cierto que vamos a entregar mil millones de dólares en dos años por la rebaja de los combustibles y por la eliminación del impuesto de timbres y estampillas, pero los dos mil millones se generaron en un año.
Hay que promover estudios sobre la televisión digital y otros temas de interés para todos los chilenos. Ésas son materias que a los parlamentarios normalmente nos cuestan, porque no tenemos asesores. Son técnicas y requieren de fórmulas. Entonces, se habla en términos políticos, con buenas intenciones, porque son temas nacionales y cruzan al Gobierno y a la Oposición.
Sea cual fuere el gobierno de mañana, el tema va a tener que continuar en el debate. Por lo tanto, debemos darle un ánimo al ministro , porque sabemos que esto no es fácil, porque aquí no se luce. Son los típicos temas que nadie quiere. Son complicados, con lobby, con presiones, tanto de la ciudadanía como de los empresarios. A muchos de los ministros sus gabinetes no los van a entender, porque quieren resultados inmediatos y ésta es una apuesta de largo plazo.
Ojalá que la experiencia del gas nos sirva. Mañana puede ocurrir, no sé, que a lo mejor se encierra a cuatro diputados en la noche, hasta temprano porque los bares se cierran, les dan un traguito y, a lo mejor, les sacan una idea fantástica. Si mandamos un astronauta chileno, como dice la película, también podría generar una energía nueva. ¡No nos entusiasmemos más de la cuenta!
Esto requiere de un trabajo serio, a largo plazo, con intercambio internacional. Los países más desarrollados avanzan, luego haremos la discusión política. La de ahora es técnica.
Por lo tanto, cualquier proyecto que proponga, que sugiera, que recomiende avanzar en esta materia, debe tener recursos, involucrar a las universidades, darle capacitación a la gente de todas las regiones, porque esto va más allá de las cuestiones ambientales o de elecciones.
Quiero respaldar al ministro y, por su intermedio, señor Presidente , decirle que no se amilane. Sé que la tarea es difícil, que los caminos técnicos no son bien comprendidos y que los resultados no se aprecian de inmediato.
Esperamos que el proyecto no se convierta en uno más, como tantos otros, para que quede ahí, difuso, y que dos o tres técnicos de nivel inferior del Ministerio lo aborden.
Tengo la certeza de que el ministro puede poner la semilla de un Chile distinto. Con los problemas que tenemos, esperamos que Dios nos pille confesados, como dijo el ministro del Interior en el Consejo Nacional de la Democracia Cristiana hace un par de días. Luego dijo: el jueves viene el primer apagón. Mañana es jueves. ¡Bueno, también hay otros tipos de apagones!
Creo que no va a pasar, pero el ministro del Interior es absolutamente bien intencionado y honesto en decir a la ciudadanía que empecemos a ahorrar.
Dicen que no puedo hablar del apagón del jueves. Estoy haciendo todo lo posible.
No me cabe duda que si mañana o pasado llueve, iríamos con el ministro a celebrar a alguna playa, porque con eso se ahorraría un problema que duraría tres meses. Pero debe pensar que el apagón es inminente y quiere hacer todo lo necesario de inmediato. Sin embargo, las modificaciones que propone el proyecto son de largo plazo.
Ojalá que no lo nuble lo que se nos viene encima en el corto plazo. Continúe con sus proposiciones, ministro , porque eso es pensar en Chile. No tendrá réditos, con seguridad no lo aplaudirán mucho; pero lo recordaremos el día de mañana cuando siga en otras funciones públicas, sobre todo cuando nos preguntemos en otro hallazgo quién contrató el gas y nos puso a disposición del gas argentino. No voy a dar nombres, pero evidentemente se cometió un error. En la vida, los errores son buenos, siempre y cuando saquemos una enseñanza de ellos.
Ministro , continúe con este proyecto y realice todo lo que pueda hacer. Llámese como se llame, necesitamos energía y abrir la matriz. Incluso, podríamos poner en debate el uso de la energía nuclear. No veo por qué no, más allá de que haya otras posiciones. Tal como el cobre, la energía y el agua, son temas reales que el día de mañana permitirán al país mantener su buena posición económica, que ya tiene un buen respaldo.
Esperamos que en el futuro no nos pille la coyuntura, por no haber tenido antes una apreciación distinta, de inversión tecnológica de largo plazo.
Ojalá que no sea influenciado, que usted siga con sus ideas, cuente con nuestro respaldo, y que de aquí a dos años se entreguen incentivos suficientes a todos los estamentos para continuar en esta ruta, sin falsos ideologismos o snobismos, sino con la certeza de que Chile necesita contar con una matriz energética mucho más amplia, segura y de mayor cobertura nacional.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor René Alinco.
El señor ALINCO.-
Señor Presidente , aquí se planteó que el tema es netamente técnico. No soy técnico en la materia, pero al igual que la mayoría de los chilenos, sufro las consecuencias de la escasez de energía. Por lo tanto, no hablaré como técnico, sino como un chileno más, afectado por las políticas económicas y energéticas.
En los dos años que he formado parte de este hemiciclo he observado que legislamos no buscando la solución de fondo, sino el mal menor. Lo dije ayer. Con soluciones de parche pretendemos arreglar problemas, en este caso, energéticos.
Con el proyecto en estudio nos hemos dado cuenta de que las empresas energéticas son estratégicas y que el gran problema es que pertenecen a privados. Además, que las trasnacionales sólo buscan el lucro. Por lo tanto, podemos presentar muchos proyectos y hacer muchas leyes, pero mientras las empresas que producen energía pertenezcan al sector privado, los grandes perjudicados serán los chilenos.
En mi región tenemos una de las reservas más grandes de agua del mundo y pertenece a los privados.
Por eso, tal vez faltando el respeto, interrumpí al diputado Lorenzini cuando estaba haciendo uso de la palabra. Lamentablemente, no está en la Sala en este momento. Pero debo aclarar que él fue presidente del directorio de Edelaysén justo en el tiempo en que esta empresa eléctrica, que pertenecía al Estado, es decir, a todos los chilenos, terminaba con el proceso de privatización.
Como resultado de ese hecho, en Aisén pagamos la electricidad más cara de Chile, en circunstancias de que contamos con las fuentes de generación suficientes, como los ríos, que nos abastecen de ese vital elemento.
Por lo tanto, debemos empezar a legislar en serio y estudiar la posibilidad de que un elemento tan importante y estratégico para el desarrollo del país, vuelva a ser de todos los chilenos. No es fácil, porque quizás el modelo económico no lo permite. Pero, al respecto, reclamo la voluntad política de nuestro Gobierno y la capacidad de nuestros técnicos.
El proyecto es positivo, pero no es la solución real ni definitiva. El Gobierno debe revisar la situación para resolver de qué manera las empresas estratégicas y de energía vuelvan a ser de todos los chilenos, y no sirvan para que un grupo de empresarios extranjeros se lucren con nuestra riqueza y a costa de las necesidades del país.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Alfonso De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , sin duda esta iniciativa, que permite atraer inversiones para proyectos de energía renovable no convencionales, es una muy buena noticia para el Estado. No cabe duda que será aprobada mayoritariamente por la Cámara.
Felicito al ministro por estar impulsando este tipo de iniciativas. Ojalá que a la brevedad se convierta en ley para avanzar en materia de fuentes de energía renovables no convencionales y que las empresas crean en eso.
En virtud de esta disposición, las empresas eléctricas deberán acreditar anualmente que la cantidad equivalente al 10 por ciento del total de la energía que comercialicen haya sido inyectada a los sistemas eléctricos por medios de generación renovables no convencionales, propios o contratados. ¡Vamos por el buen camino!
Sin embargo, el debate de fondo debe ser el uso eficiente de la energía y la política permanente que adopta el Estado sobre la materia. No basta que cada cuatro o cinco años, por las crisis eléctricas, empecemos a ahorrar energía e incentivemos a cambiar ampolletas o apagar luces en alguna parte. Mientras no exista una política pública permanente de uso eficiente de la energía, no habrá cambio de la matriz energética.
Al respecto, ¿en este Poder Legislativo contamos con una política eficiente para el manejo de la energía eléctrica de este edificio? No la tenemos. Tampoco en las reparticiones públicas y empresas del Estado. Ése es el tema de fondo. El Estado, a través de políticas públicas permanentes, debería incentivar el uso eficiente de la energía, y no sólo promover el cambio de algunas ampolletas.
A propósito de esta iniciativa, es fundamental establecer un plan de sustentabilidad energética. No podemos permitir que, so pretexto de la crisis energética, las grandes empresas transnacionales eléctricas depreden nuestro territorio y utilicen de manera indiscriminada el recurso agua de la Pagatonia.
Con ello, estaríamos generando un conflicto ambiental de dimensión internacional y concretando la línea de transmisión eléctrica más grande y larga del mundo, de más de dos mil kilómetros.
En Valdivia, en la Región de Los Ríos, se han presentado más de ocho proyectos hidroeléctricos para represar los ríos, hipotecar el desarrollo turístico de una zona prístina, que tiene su potencial en el turismo, en el turismo aventura, en el desarrollo sustentable, no sólo en generar energía hidroeléctrica para favorecer al centralismo, porque de esa manera -seamos claros- no se va a beneficiar a Aisén, a la Región de Los Ríos; en general, al sur de Chile. Se va a beneficiar al centralismo económico de Santiago y a los intereses de la gran minería, en el norte. En el uso eficiente de la energía, los costos ambientales los pagamos los habitantes del sur, en cambio, el centralismo santiaguino goza de sus beneficios.
¿Los dos mil kilómetros de tendido eléctrico significan usar eficientemente la energía? ¿Significan utilizar bien los recursos? ¿Acaso no cercenan nuestro territorio y constituyen un verdadero triunfo de la sinrazón en la gestión ambiental?
Es responsabilidad del ministro que la política energética no signifique depredar los recursos, represar los ríos, aumentar las ganancias de las empresas a bajo costo. ¡Que inviertan en energías renovables no convencionales! ¡Que utilicen la energía solar! ¡Que tengan centrales a escala humana, centrales de pasada y eviten los proyectos que sólo llevan empobrecimiento a las zonas en que se ejecutan!
Se necesita equilibrio territorial, ministro ; se necesita que la política energética incentive el aprovechamiento de las fuentes de energía renovables no convencionales, a través de la investigación de la potencialidad del territorio y no sólo aprovechar las ventajas comparativas para seguir favoreciendo el centralismo.
Eso es lo que demandamos, señor ministro, por su intermedio, señor Presidente.
La presión ambiental existe. La comunidad internacional va a demandar que el país aplique una política sustentable en el tiempo, y no sólo de represamiento de los ríos.
No queremos ríos represados; no queremos aportar nuestras bellezas naturales al centralismo de Santiago.
Por eso, vamos a aprobar las modificaciones del Senado, porque el proyecto está bien enfocado. Pero solicito que se piense a largo plazo, que la política energética se elabore con visión de futuro y no condicionada a la crisis que se vive, ya que así sólo se depredan los recursos naturales. Ella debe ser a cinco, a diez o a veinte años plazo.
Sin duda, señor ministro , por su intermedio, señor Presidente , la comunidad internacional va a juzgar si se respeta el equilibrio ambiental, más allá de aprovechar una coyuntura. Por eso, queda planteada la inquietud acerca de qué manera se van a proteger los recursos naturales.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , la materia que se discute es absolutamente delicada.
Llevo bastante tiempo en la Cámara y no he visto proyecto que no tenga detractores.
¿Cuál va a ser la política energética del Gobierno? Y lo pregunto por una cosa muy simple. Resulta que todos los parlamentarios pedimos que se protejan los ríos y las bellezas naturales, lo que sin duda hay que hacer; pero ocurre que los ríos y las bellezas naturales también se contaminan y se deterioran con la piscicultura.
Por eso, por su intermedio, señor Presidente , le pregunto al señor ministro qué se hará cuando el país no pueda generar más energía para satisfacer las nuevas necesidades. Por ejemplo, ¿qué se les dirá a los representantes de comités de viviendas que vayan a pedir luz eléctrica para las nuevas poblaciones y las empresas no tengan capacidad para producirla?
El problema es de decisión. Sin duda, los ríos represados hay que aprovecharlos al máximo, sin perjuicio de sacrificar uno o dos más para darle al país la potencia que necesita.
No conozco a los gerentes ni a los dueños de las empresas eléctricas, tampoco me interesa conocerlos. Pero creo que los primeros beneficiarios de la energía a precio razonable son los usuarios, la mayoría de los chilenos. Y en el país no se justifican los costos que existen en este minuto, porque es el más barato para producir energía. No necesita energía atómica, ni diésel, ni biocombustibles. Sólo un aprovechamiento óptimo de sus aguas.
Se ha dicho que las aguas están en manos de las grandes empresas. Pero le quiero recordar a mi querido amigo y colega Alfonso De Urresti, que con el ex diputado Octavio Jara, que en paz descanse -gran amigo mío-, presentamos un proyecto hace algunos años para que las aguas que no se utilicen, vuelvan al Estado.
Ese proyecto trajo dolores de cabeza, pero tengo el convencimiento de que las aguas que no se aprovechan, deben ser utilizadas. No basta pagar un impuesto de cuatro millones de dólares para que las aguas no se utilicen. Hay sequía y miles de problemas y ellas están ahí.
Por eso, hay que tomar una decisión potente, y qué mejor que aplicar la democracia. Entonces, que la gente decida si quiere que la luz suba un 60 u 80 por ciento en lugar de sacrificar algunas cuencas.
Hay que hacerlo, y lo digo con mucho dolor, porque también represento una zona turística y quiero que se cuiden los ríos, las aguas. Pero el país no puede depender del precio del petróleo, de la energía atómica, que es más perversa.
Hay que hacer un catastro. En el norte, generar energía con fuente eólica; en las partes que haya agua, con centrales hidráulicas.
Hace poco tiempo, tuve la gran oportunidad de visitar Canadá . Ottawa, una provincia de ese país, produce 40 millones de kilovatios. Esa energía la exporta a Estados Unidos y recibe -escúchenme bien- 100 mil millones de dólares. Chile produce 10 ó 12 millones, y nos llenamos la boca con los 20 mil o 30 mil millones de dólares que recibimos por el cobre.
Doy este antecedente porque, a lo mejor, una de las soluciones a la crisis energética es conversar con las autoridades de Argentina, país que tiene grandes centrales eléctricas, y hacer una alianza productora, como lo están haciendo Brasil, Uruguay y Paraguay, entre otros.
Más allá de decir que se está protegiendo el medio ambiente, el problema es saber en qué va a repercutir la falta de energía, para que no nos quejemos después cuando haya un IPC sumamente alto, porque las empresas producirán a un costo elevado. Más vale ponerse una vez colorado que cien veces amarillo.
Debe tomarse una decisión de país y confeccionar un catastro claro de las zonas para utilizar los recursos naturales.
Algunos diputados hablan del uso de los ríos. ¿No sería mucho más perverso ocupar la energía de los géiser, que también son un patrimonio turístico muy importante? Desgraciadamente, nuestra electricidad depende de muchas fuentes que constituyen grandes atracciones turísticas.
Entonces, no estamos metidos en un zapato chino, sino en un problema de decisión. Sugiero al ministro que haga una consulta popular. Ocupemos el plebiscito y preguntemos a la gente si está dispuesta a seguir pagando más por la electricidad y a que no tengamos más recursos para construir nuevas poblaciones y para instalar nuevas industrias, que son fuentes de trabajo. No hablo de las grandes industrias, sino de las pymes, que dan trabajo. Parece que aquí hay un concepto errado de lo que es el empresario. Para mí, empresario es toda persona que da trabajo, y para generarlo, se requiere de ese elemento vital que se llama energía.
Vamos a apoyar el proyecto, porque lo consideramos bueno y creemos que es un avance. Pero, señor ministro , por su intermedio, señor Presidente , sigamos haciendo estos avances como corresponde. Me acuerdo cuando se instaló la represa en el Biobío. ¡Cuántos detractores tuvo! Sin embargo, si no fuera por ella, estaríamos sin electricidad a lo largo del país.
Hay otra posibilidad que no se ha explorado: las centrales de paso, que producen diez kilovatios y que no alteran el medio ambiente porque se instalan en lugares estratégicos. A lo mejor, la solución no es que se implementen ocho proyectos de construcción de ese tipo de centrales, sino quinientos proyectos, para suplir de esa manera la falta de energía.
No podemos estar en contra de todo lo que se mueve. La pregunta es: ¿Queremos energía? ¿Queremos desarrollo?
Ahora, en relación con el uso de las aguas, no basta con pagar impuestos; es importante que se construyan las obras para las cuales fueron pedidas las aguas. Ésa es la clave de todo. De lo contrario, las aguas seguirán en poder de personas que no las utilizan, lo que también es una situación perversa.
Por eso, habrá que tomar, a corto plazo, esta decisión que nos interesa a todos los chilenos, no sólo a los parlamentarios de un color político o de otro. Si hay algo que no debe tener color político -lo digo con conocimiento de causa- es precisamente este tema. Entre todos debemos abordarlo, pero con la seriedad que corresponde. Constituyamos una comisión y hagamos todo lo necesario, pero hagámoslo luego, antes de que sea demasiado tarde. No puede ser que la falta de energía frene el crecimiento del país. Busquemos el daño menor a nuestro patrimonio ecológico.
Aquí se dijo que se está mirando desde afuera lo que va a pasar en la Patagonia. Yo preguntaría: ¿Por qué esos señores que vienen de otros países a observarnos, a cuidarnos, no han querido firmar el Protocolo de Kioto? ¿Qué pasaría en su país si no hubiera energía eléctrica? Les garantizo que serían los primeros que preguntarían por qué hay racionamiento, si nunca lo habían tenido.
En consecuencia, las decisiones, por dolorosas y antipopulares que a veces resulten, hay que tomarlas. El gobierno debe adoptar decisiones importantes ante una crisis que se avecina y que, lejos de terminar, cada año empeorará debido a las condiciones climáticas y a que la capacidad productiva de Chile va aumentando. Por eso, se requieren nuevas fuentes para suplir la energía que le va a faltar al país para funcionar.
El proyecto es un paso importante, señor ministro , y lo vamos a aprobar, pero no deseche mi sugerencia de hacer un catastro a nivel nacional para determinar qué aguas tendremos que ocupar para el desarrollo de nuestra patria.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Fulvio Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente , valoro este proyecto y felicito la gestión del ministro Tokman , porque considero fundamental que este tema se debata, se analice y se dé respuesta a los serios problemas de generación energética que tenemos en este minuto.
El diputado García señaló que estos temas no deben tener color político. Entiendo que lo plantea desde la perspectiva de que se trata de temas de Estado y, por tanto, hay que adoptar políticas de Estado. Pero la solución al problema energético del país pasa por la visión que cada sector político tenga de cómo deben hacerse las cosas, de manera de conciliar los distintos intereses que están en juego. No da lo mismo qué solución busquemos. Ése es el sentido de la discusión que debe darse en el país y que echo de menos. Siento que respecto de este tema, tan sensible para la comunidad, para los clientes residenciales regulados y para las industrias, y en el que hay tantos intereses comprometidos, ha habido un debate bastante pobre. Siento también que, lamentablemente, no hemos tenido una política energética de largo plazo, es decir, que se encargue de los problemas que nos afectan hoy, pero que también tenga una mirada a cinco, diez o veinte años. Es más, cuando en su momento se discutía el proyecto de fomento de energías limpias, renovables no convencionales, algunos sectores importantes, incluso, del Gobierno, habitualmente caían en el error de decir que, desde el punto de vista de la economía, es malo discriminar y dar esas señales para el mercado. De hecho, representantes de sectores de generación hidroeléctrica concurrieron a la Comisión de Minería y Energía a plantear sus reparos a este proyecto, porque se sentían discriminados, en circunstancias de que las políticas públicas consisten precisamente en priorizar aquello que se requiere implementar. Muchos países subsidian la instalación de plantas termoeléctricas, porque entienden que hay costos de instalación mucho más elevados; pero también piensan en el futuro, en el largo plazo y en que deben tener una matriz energética diversificada. Nadie está planteando que con la geotermia, la biomasa, las corrientes marinas o la energía eólica vamos a completar toda la energía que requiere el país. Pero sí es importante considerar que hay muchos países, como Alemania o España, que han ido aumentando cada vez más el porcentaje de la matriz completa, a partir de este tipo de energías, que son limpias, renovables y amigables. En Chile tenemos una situación geográfica que nos permite tener buenas expectativas en ese ámbito. Sin embargo, faltan más recursos para innovación e investigación, por ejemplo, en el uso de la energía solar en el norte o la energía geotérmica. Es importante que se creen centros de estudio sobre la materia, como lo han hecho muchos países, entre ellos, España .
Ahora, no da lo mismo cuál sea la solución a la escasez energética, pues Chile tiene una responsabilidad a nivel mundial respecto de los problemas ambientales que afectan al planeta. Algunos ministros de Economía que concurrieron a la Comisión de Minería y Energía dijeron: “Nosotros no somos los culpables del calentamiento global ni del efecto invernadero, porque somos un país en vías de desarrollo. Cuando se generó este grave problema ambiental del planeta, nosotros éramos un país subdesarrollado. La culpa la tienen Estados Unidos, Japón y otros países industrializados que consumieron la energía y los combustibles fósiles que generan el efecto invernadero y todos los problemas que vive el planeta.” Yo no lo veo así. Creo que Chile es un país responsable, serio y que debe asumir compromisos desde el punto de vista ambiental. Por eso, en este plan de desarrollo energético tiene que haber una mirada desde el punto de vista del desarrollo sustentable. No podemos firmar letras que nuestros hijos no estarán en condiciones de pagar, como ocurre en muchas regiones.
La crisis energética no puede ser excusa para depredar el medio ambiente. En ese sentido, respaldo lo señalado por mi colega de bancada, diputado señor Alfonso de Urresti , respecto del proyecto Hidroaisén, que se pretende construir en la Patagonia, donde el daño al ecosistema será inconmensurable. Por lo tanto, es necesario hacer inversiones fuertes y contar con políticas públicas que prioricen el desarrollo de la energía renovable no convencional.
A mi juicio, es un grave error considerar que la energía nuclear es la gran solución a los problemas energéticos, en circunstancias de que prácticamente todos los países, en lugar de crear nuevas centrales, están cerrando las existentes.
Se dice que Chile debe ser un país autónomo en materia energética y que es necesario diversificar la respectiva matriz. Sin embargo, en caso de optar por la energía nuclear, seguiría siendo tan dependiente como hoy, porque sólo diez países producen el uranio enriquecido, sólo cuatro tratan sus desechos y sólo uno, Bielorrusia, deposita los desechos radiactivos en su territorio.
Senadores del norte han pedido la instalación de plantas nucleares en esas regiones. Sin embargo, por tratarse de una zona sísmica, me pregunto si la ciudadanía estaría tranquila tras la instalación de una planta de energía nuclear al lado de su casa, en circunstancias de que los efectos del uranio duran sesenta o setenta años. Se dice que es una energía limpia desde el punto de vista del calentamiento global, pero es falso, porque para la obtención del uranio es necesario sacar granito, para lo cual se utilizan combustibles fósiles. Entonces, aprovecho la ocasión para desmitificar esa idea.
El país afronta un problema serio y, para abordarlo en forma correcta, debe existir una política de Estado. A mi juicio, el Ministerio de Energía está tomando buenas decisiones, pero falta contar con una mirada de más largo plazo. Celebro la decisión de hacer una campaña de ahorro energético, porque es fundamental el uso eficiente de la energía. Para lograrlo se requiere educar, trabajar en las escuelas. La gente que labora en edificios de servicios públicos debe entender sobre la materia. Lo propio debe ocurrir con los arquitectos que intervienen en el diseño de las ciudades.
En suma, para enfrentar el problema se necesita un enfoque global y multidisciplinario.
Reitero que el proyecto apunta en el sentido correcto.
Para terminar, llamo a no temer discriminar en favor de buenas políticas públicas. En su momento, escuchamos muchas intervenciones de representantes del sector hidroeléctrico, que ha hecho mucho daño al medio ambiente en el país y en el cual se busca priorizar ciertos intereses económicos más que otorgar una mirada de largo plazo en relación con lo que se necesita en materia de generación de energía.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Darío Paya.
El señor PAYA.-
Señor Presidente , deseo hacer una pregunta al señor ministro .
Sin embargo, después de escuchar la intervención del diputado Rossi , siento la necesidad de hacer un comentario previo. Creo no tergiversar al colega al entender que, en resumen, de su intervención se colige que no existe nada positivo, sino que todo está malo y no se pueden hacer centrales hidroeléctricas ni explorar la opción nuclear.
Existe un dato real, sólido, probado en forma amplia, en el sentido de que, por mucho tiempo, todo lo que se puede hacer en materia de fuentes energéticas renovables es marginal y que si bien se pueden hacer aportes a la matriz energética por medio de todas las vías indicadas, son marginales y no resolverán el actual problema.
Anuncio que voy a votar a favor las modificaciones del Senado. Considero que la iniciativa es adecuada, porque es necesario explorar todas las soluciones posibles. Pero es clave asumir con seriedad el problema y reconocer que no existe panacea alguna -el diputado Rossi utilizó una frase muy parecida-. Por lo tanto, se deben tomar opciones.
A mi juicio, es muy útil leer el informe Zanelli . Muchas preocupaciones manifestadas por el colega, que son de sentido común y están presentes en la población, tienen respuesta. En el caso de Chile, es obvio que la opción nuclear genera preocupación, dada la naturaleza sísmica del país. Pero existen soluciones. Así, por ejemplo, varios países con serios problemas sísmicos que optaron por la energía nuclear y cuentan con una enorme experiencia en la materia, no han tenido dramas derivados de su naturaleza.
Aclaro que la opción nuclear tampoco es la panacea. El reemplazo de uno de los grandes proyectos hidroeléctricos existentes hoy o de los que se planean a futuro requiere la existencia de muchas plantas nucleares. Por lo tanto, no se trata de que tras la construcción de alguna el día de mañana se suplirán muchas centrales hidroeléctricas. Es al revés.
De manera que en esta materia, todo es difícil y carísimo, y los aportes son pequeños y marginales.
A mi juicio, en algún momento habrá que mojarse las partes de la anatomía necesarias para asumir opciones con responsabilidad y avanzar en esta materia.
Deseo que el ministro de Energía -y, en su oportunidad, la ministra de Agricultura - aclare la siguiente inquietud. Existen estudios que demuestran que el uso de la biomasa como una fuente energética renovable es muy ineficiente y que, en términos netos, produce una pérdida de energía de hasta 65 por ciento. Asimismo, en el caso del etanol, derivado del pasto, dicha pérdida es de 45 por ciento; en el del maíz, de 30 por ciento, y cuando se usa madera, de hasta 60 por ciento. En la producción de biodiésel se invierte casi 30 por ciento más energía derivada de la soya que la que se obtiene. Asimismo, en el caso de la maravilla, entiendo que la energía que se usa para su producción supera en ciento por ciento a la que se obtiene al final.
Por eso, es importante que el ministro informe sobre la visión de largo plazo del Gobierno en esta materia.
En Chile, la agricultura es muy importante. Al establecer algún incentivo, como los que discutimos hoy, no se hace sino decir que la tierra que hoy se ocupa para producir alimento en las actividades agrícola o ganadera, se empleará para la generación energética, lo que implicará el uso de más pesticidas y de maquinaria que, a su vez, es necesario producir y requiere combustible para su funcionamiento. Asimismo, es necesario transportar grandes cantidades de materiales. Además, se deben considerar los procesos de fermentación y destilado de esos combustibles, en fin.
Por lo tanto, expreso mi preocupación al respecto, sobre todo por la forma como se interactuará con la realidad agrícola del país.
Reitero que existe abundante información en el sentido de que, en especial, el uso de la biomasa es ineficiente y produce pérdida de energía.
Reitero que lo que se puede hacer en materia de uso de energías como la solar, es marginal pero positivo, y que el uso de la biomasa y, por lo tanto, el destino de tierras dedicadas a la agricultura o a la ganadería con dicho objeto, tendría consecuencias para el desarrollo del país y su realidad económica y, a lo mejor, se terminaría con un resultado negativo en términos de producción de energía.
Señor Presidente, por su intermedio, pido que el señor ministro responda esa interrogante.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor René Aedo.
El señor AEDO.-
Señor Presidente , el país tiene serias dificultades en materia de suministro energético.
Chile necesita energía para crecer. Hoy, su consumo es de alrededor de 3 mil kilovatios/hora por habitante al año, en circunstancias de que en países desarrollados, como Estados Unidos de América y Suecia, es de alrededor de 12 mil y hasta 24 mil kilovatios/hora por habitante al año, es decir, cuatro y hasta ocho veces más.
La matriz energética del país hoy no está diversificada y es necesario hacerlo. Creo, honestamente, que el proyecto es un aporte importante en ese sentido.
Hoy tenemos problemas por falta de agua en las represas hidroeléctricas, déficit en la entrega de gas por parte de Argentina para las termoeléctricas de Edelnor, en el norte, y es necesario buscar nuevas fuentes energéticas.
Las energías renovables no convencionales son un aporte importante, pero no la solución definitiva al problema energético nacional en el mediano y largo plazo. En todo caso, es indispensable estimular el uso de este tipo de energías y desarrollar programas, en el mediano y largo plazo, porque la energía renovable no convencional es una solución parcial al problema energético del país y se requiere estabilidad para su crecimiento.
Por lo tanto, es preciso instalar nuevas centrales hidroeléctricas, como asimismo nuevas centrales termoeléctricas. Hoy, a falta de gas, se está utilizando el diésel, que es bastante caro, y el carbón que tiene un mejor precio. Pero, para ello, es esencial la incorporación de tecnologías no contaminantes.
También es necesario que en el país se inicien estudios avanzados en cuanto a la posibilidad de utilizar energía nuclear en el futuro, ya que ésta es compatible con el medio ambiente en cuanto a evitar el calentamiento global por la producción de dióxido de carbono.
A través del proyecto se exige que las empresas eléctricas que efectúen retiros de energía de sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 megavatios para comercializarla con distribuidoras o con clientes finales, estén o no sujetos a regulación de precios, deberán acreditar ante la Dirección de Peajes del Cdec respectivo, que una cantidad de energía equivalente al 10 por ciento de sus retiros en cada año calendario haya sido inyectada, a cualquiera de dichos sistemas, por medios de generación renovables no convencionales, propios o contratados, como son las energías eólica, geotérmica, solar, biomasa, mareomotriz y minicentrales hidroeléctricas. Es adecuada la modificación del Senado, en el sentido de subir de 8 a 10 por ciento la exigencia. Ahora, aquellas empresas que no acrediten el cumplimiento de esa obligación, deberán pagar un cargo de 0,4 UTM por cada megavatio-hora de déficit y si dicha conducta persistiera dentro de los tres años siguientes, el cargo será de 0,6 UTM por cada megavatio-hora de déficit.
Reitero que este proyecto es importante, apunta en el sentido correcto y mi bancada le dará su aprobación.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente , en el primer trámite constitucional de este proyecto la UDI se abstuvo, porque creía que era fundamental mejorarlo. Creímos que debía existir un fondo concursable, de manera que las empresas más eficientes y con menor costo de producción accedieran a este tipo de beneficios, y no meter la mano a los bolsillos de todos los chilenos, especialmente de los más pobres, en la generación de la energía que todos queremos.
Sin duda, el Senado ha perfeccionado el proyecto y ello va en la dirección correcta; no tanto como queríamos, porque no existe un fondo; pero la Unión Demócrata Independiente ha tomado la decisión de apoyarlo en esta segunda etapa y, por lo tanto, las señales que hay que dar al mercado deben ser las acordadas por el Senado.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro de Energía, señor Marcelo Tokman.
El señor TOKMAN ( ministro de Energía ).-
Señor Presidente , parto agradeciendo el trabajo de los señores diputados y senadores. El Ejecutivo presentó este proyecto después de una idea originada tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado; por lo cual el hecho de que hoy, finalmente, se esté materializando es fruto de ideas originales emanadas del Congreso.
Esta iniciativa demuestra que en el Gobierno se está trabajando no sólo en el corto plazo. En estos días, hemos anunciado múltiples medidas para hacer frente a la coyuntura de corto plazo, pero también estamos preocupados del mediano y largo plazo.
Para el largo plazo, estamos construyendo una matriz energética eficiente, segura y, además, sustentable desde el punto de vista ambiental. Esto no solamente lo ha prevenido nuestro Gobierno; también las empresas y todos los gobiernos del mundo. La experiencia de Chile, con los envíos de gas desde Argentina, no es distinta de la de Europa, con los envíos de gas desde Rusia. La preocupación de Chile por el medio ambiente y el calentamiento global es compartida por todos los países del mundo y eso ha llevado a que sus gobiernos estén ahora asumiendo un rol mucho más activo, en términos de contar con una política energética en la cual se anticipan los problemas, se actúa proactivamente y se mira hacia el largo plazo.
En este sentido, no sólo estamos impulsando el desarrollo de las energías renovables no convencionales, sino que también hemos avanzado en un proyecto de ley, que ingresó esta semana al Congreso y que va a ser discutido en los próximos meses, por el cual se crea un Ministerio de Energía y se fortalece el sector público para hacer frente al desafío de largo plazo que esto implica.
Estamos, asimismo, impulsando el desarrollo de los biocombustibles. Se están construyendo plantas en el norte y en el centro del territorio para contar con GNL; se está analizando seriamente si es que la energía nuclear es o no una opción para el país y, además, se está trabajando muy fuertemente también en la eficiencia energética.
Hoy es el día internacional de la eficiencia energética y podemos decir orgullosos que este gobierno ha estado trabajando enérgicamente en esa línea. En esta discusión, en que se plantea, con mucha razón, que cada una de las distintas alternativas de generación implica algún tipo de impacto ambiental, lo único que puedo señalar con certeza es que la forma de generación eléctrica más limpia y más barata es justamente la generación que no se requiere. Por eso estamos llevando a cabo múltiples medidas para asegurar que el crecimiento de la demanda sea estrictamente necesario.
En este proyecto de ley se aprovecha la gran riqueza del país en términos de recursos naturales. Se refiere a la generación de energía eléctrica cuya fuente sea no convencional como solar, geotérmica, eólica, pequeñas centrales hidroeléctricas y mareomotriz. Se requiere de impulso y lo estamos dando. Todo eso va a ser cada vez más utilizado gracias al hecho de que las tecnologías van perfeccionándose y los costos reduciéndose. Este proyecto, reitero, más todas las otras medidas que estamos tomando, nos permitirán contar con una matriz cada vez más diversificada, más segura y, además, ambientalmente más amigable.
Muchas gracias.
El señor WALKER (Presidente).-
Cerrado el debate.
En votación las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que modifica la ley general de Servicios Eléctricos respecto de la generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovables no convencionales.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor WALKER (Presidente).-
Despachado el proyecto.
OMISIÓN DE TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE ACUERDO.
El señor WALKER ( Presidente ).-
En vista de que se rendirá homenaje a la periodista Patricia Verdugo y hay varios diputados inscritos, solicito el acuerdo de la Sala para omitir en esta sesión la tramitación de los proyectos de acuerdo.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
VI. HOMENAJE
HOMENAJE EN MEMORIA DE PERIODISTA PATRICIA VERDUGO AGUIRRE.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde rendir homenaje a la destacada periodista Patricia Verdugo Aguirre, recientemente fallecida.
En nombre de la Cámara de Diputados agradecemos la presencia de quienes nos acompañan en la tribuna de honor, especialmente del destacado periodista Edgardo Marín, de los señores Felipe Marín Verdugo y José Manuel Matte Verdugo, hijos de nuestra homenajeada, y de familiares y amigos de quien fuera Premio Nacional de Periodismo en 1997.
Agradecemos también la presencia de Viviana Díaz, dirigenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, y de la senadora señora Soledad Alvear.
Tiene la palabra la diputada señora Carolina Tohá, para rendir homenaje en nombre del Partido por la Democracia.
La señora TOHÁ, doña Carolina (de pie).-
Señor Presidente , en nombre de la bancada del Partido por la Democracia me corresponde rendir homenaje a la gran periodista Patricia Verdugo Aguirre .
Por su valentía, por su solidez, por los temas que eligió trabajar, la trayectoria de Patricia Verdugo nos marcó a todos. Investigó y dijo la verdad de los que no podían hablar y fue ruido en la conciencia de los que no querían saber. Los otros, la mayoría, que querían informarse y no tenían cómo, tuvieron en Patricia una aliada sistemática y porfiada, que buscó la verdad con ingenio y, sobre todo, con mucho coraje.
Cuando los periodistas no podían hablar porque se arriesgaba la vida, se hacía periodismo haciendo hablar a los otros, a las autoridades de la época, que entrevistadas con astucia y mucha información soltaban pedacitos de verdad. Patricia decía que los militares, por su formación y su cultura, bajaban la guardia ante las mujeres, trataban de ser corteses y galantes, y ella se valía de aquello para buscar la verdad, para denunciarla con sus propias palabras.
Trabajó en la revista Ercilla , de la cual salió justo después del golpe en apoyo a Emilio Phillipi , cuando este fue removido de su cargo, y con quien forma parte del equipo que fundó la revista Hoy, uno de los primeros medios de comunicación abierta que comenzó a denunciar lo que otros callaban. Muchos de los medios que entonces callaron subsisten hasta el día de hoy y nunca han mirado de frente su historia ni reconocido que no actuaron bien, que su ética periodística fue superada por sus compromisos, su ideología o sus temores.
Años después, Patricia también abandonó la revista Hoy. Sentía que la autocensura, necesaria para sobrevivir, había llegado a límites que no estaba dispuesta a tolerar. Sin embargo, siguió colaborando con las revistas Apsi, Análisis y con muchos otros medios. Paralelamente, comenzó a desarrollar la que sería su faceta más brillante y reconocida: el periodismo investigativo, que le permitió dar a luz a tantos libros entrañables. “Una herida abierta”, en 1979, que fue prohibido y que le valió ser amenazada de muerte; “André de La Victoria”, en 1984, sobre la vida y muerte del padre André Jarlan ; “Quemados vivos”, el 1986, sobre el atentado incendiario que hiciera que Rodrigo Rojas perdiera la vida y Carmen Gloria Quintana quedara con secuelas para el resto de sus días; “Los zarpazos del puma”, en 1989, uno de los libros más pirateados y del que a la fecha se han vendido más de cien mil copias y quién sabe cuántas más. En esta obra, que fue la base de la investigación del caso “Caravana de la muerte”, se relatan los mismos hechos que después la justicia corroboró, pero que primero Patricia descubrió ; “Operación siglo XX”, escrito en conjunto con Carmen Hertz , en 1990; “Tiempos de días claros”, el mismo año; “Conversaciones con Nemesio Antúnez ”, en 1995, realizado en los últimos meses de la vida del pintor; “Interferencia Secreta”, en 1998; “Bucarest 187”, en 1999, quizás su libro más difícil ya que trata la investigación sobre la muerte de su padre; “Caravana de la muerte: Pruebas a la vista”, en 2000, en el que profundiza sobre el tema; “El enigma de Machu Picchu”, en 2001; “Allende : Cómo la Casa Blanca provocó su muerte”, en 2003. Recuerdo también su libro “Revelaciones de una mujer de Estado”, en 2005, sobre la vida y pensamiento de la actual senadora Alvear , pero entonces precandidata presidencial.
La trayectoria de Patricia le valió el respeto y el aprecio de sus colegas y de sus miles y miles de lectores en Chile y en el extranjero. En 1993 se le concedió el Premio María Moors Cabot , el mayor reconocimiento que otorga la Universidad de Columbia, Nueva York, a un periodista extranjero, y en 1997 recibió el merecido Premio Nacional de Periodismo .
Esta tremenda periodista es digna de este homenaje y muchos más. Ciertamente merecía que, a su muerte, los medios de comunicación dedicaran más tiempo y espacio a recordarla, a cimentar su obra, a educar a las nuevas generaciones de jóvenes y periodistas sobre la trayectoria de esta mujer que hizo historia, una historia más digna y valiosa que la de muchos personajes que nos gusta halagar como grandes figuras nacionales.
Pero Patricia Verdugo no sólo fue una periodista destacada, sino que también una persona muy especial. Quizás por ser especial llegó tan lejos en lo profesional: mezcla poco común de dulzura y fortaleza. Su voz ronca y su calidez eran producto del esfuerzo sostenido y consciente por superar los dolores de la vida y no dejarse doblegar por ellos. Patricia perdió dos hijos muy pequeños: un niño y una niña, uno de muerte súbita y otro de una complicación postoperatoria. Esto, que es suficiente para desmoronar a muchos, la transformó en una madre hiperconsciente. Sus tres hijos, Felipe , Diego y José Manuel , dos de ellos hoy con nosotros, tuvieron la fortuna de recibir su maternidad amorosa y dedicada que -estoy segura- les permitirá caminar por la vida orgullosos y agradecidos de la madre fantástica que tuvieron.
Patricia también soportó la muerte de su padre Sergio Verdugo , democratacristiano, presidente del Sindicato de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales , quien fue asesinado por la Dirección de Inteligencia de Carabineros, Dicar . Su cuerpo apareció flotando en el río Mapocho en 1976.
Esas pérdidas marcaron a Patricia Verdugo . Egresó jovencita de Periodismo de la Universidad Católica, a los 21 años. La estudiante que partió en el Nido de Águilas y siguió en el Liceo Nº 9, la joven esposa de su colega Edgardo Marín , hoy con nosotros, tuvo que transformarse en ese ser fuerte, valiente y maduro para enfrentar tantas adversidades y dar tantas peleas. Quizás por eso su voz era ronca y firme y su mirada dulce, inolvidable.
De esa vida intensa y de ese corazón tierno de Patricia Verdugo tenemos mucho que aprender. Como mujer y periodista nos dejó tareas incompletas. El cáncer se la llevó antes de que pudiera concluirlas. La búsqueda de la verdad siempre, el logro de una diversidad real en nuestros medios de comunicación lo antes posible, la formación de nuevas generaciones de periodistas, profesionales éticos y preparados para entender y comunicar las complejidades del mundo actual, que no son las mismas que tuvo que enfrentar Patricia , pero igualmente desafiantes.
Muchas gracias.
-Aplausos.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz para rendir homenaje en nombre de la Alianza por Chile.
El señor ERRÁZURIZ (de pie).-
Señor Presidente , estimados colegas, familiares y amigos de Patricia Verdugo , en nombre de Renovación Nacional y de la Unión Demócrata Independiente, rindo homenaje a Patricia Verdugo .
El pasado 13 de enero falleció la periodista Patricia Verdugo en el hospital clínico de la Universidad Católica, cuando tenía 61 años de edad.
Hasta tercer año básico estudió en el colegio Nido de Águilas. Luego, en el Liceo 9, donde fue presidenta del centro de alumnos. Ingresó a la Escuela de Periodismo de la Universidad Católica, donde compartimos durante cuatro años en la añosa casa de calle San Isidro .
Patricia fue siempre una luchadora incansable. Líder innata, muy matriculada políticamente, jugó un papel determinante en la toma de la Escuela de Periodismo de la Universidad Católica, el 11 de agosto de 1967, cuando el entonces presidente de la Federación de Estudiantes de esa casa de estudios, el alumno de medicina Miguel Ángel Solar, se tomó la casa central de la universidad para pedir por la fuerza la salida del rector, su eminencia monseñor Alfredo Silva Santiago . Mientras renunciaban profesores de Derecho como don Alejandro Silva Bascuñán o don Víctor García Garzena , quienes no compartían el procedimiento, Patricia Verdugo alentaba la toma de la Escuela de Periodismo hasta lograr que se pusiera cadena a sus puertas. Cuando finalmente, con la colaboración de monseñor Raúl Silva Henríquez , lograron la salida del rector para que asumiera Fernando Castillo Velasco , Patricia Verdugo concurrió hasta la sede de la Escuela de Periodismo -lo recuerdo como si fuera hoy- acompañada precisamente de don Fernando Castillo para abrir el candado y sacar la cadena que impedía el acceso a la escuela.
En 1973 asumió la presidencia del Colegio Metropolitano de Periodistas .
Casada con su compañero y periodista deportivo Edgardo Marín , tuvo con él dos hijos. En 1984 se unió a don Luis Matte Valdés , ex ministro de Vivienda de Allende , con quien tiene, dos años más tarde, su tercer hijo.
El 11 de septiembre de 1997, a los cincuenta años, obtiene el Premio Nacional de Periodismo.
Escribió numerosos libros y trabajó en la oficina de relaciones públicas de la Escuela Militar del General Bernardo O´Higgins. Colaboró también en las revistas Hoy, Ercilla y Apsi.
Tempranamente, un cáncer de vesícula biliar termina con la vida de esta incansable luchadora y escritora.
¡Hasta siempre Patricia y que el Señor te dé su paz!
He dicho.
-Aplausos.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Marcos Espinosa, para rendir homenaje en nombre del Partido Radical.
El señor ESPINOSA, don Marcos (de pie).-
Señor Presidente , honorables diputados y diputadas, familiares y amigos de Patricia Verdugo , en nombre de la bancada de diputados del Partido Radical Social Demócrata, tengo el honor de rendir este solemne homenaje en memoria de una gran compatriota, mujer chilena, valiente, periodista que se convirtió en un ícono contra la dictadura militar, Patricia Verdugo .
Estimados colegas, hablar de Patricia es hablar también de una gran cantidad de periodistas, hombres y mujeres, que en plena dictadura lucharon contra las violaciones de los derechos humanos y de la libertad de expresión. Por eso, también rindo este homenaje a todas y a todos ellos.
“Por sus obras los conoceréis”, dijo en su momento el papa Juan Pablo II . Así conocí a Patricia. Nunca tuve el privilegio de conocerla personalmente, pero sí lo hice a través de sus obras, de sus reportajes en El País, de España; en La Jornada, de México, y en El Clarín, de Chile, así como en uno que otro artículo en las revistas Rocinante, Apsi y Ercilla . También la conocí en su gran obra, el libro “Los zarpazos del puma”, publicado en 1985, en que relata y denuncia los crímenes cometidos por la llamada “Caravana de la muerte”; en “Bucarest 187”, “André de La Victoria”, “Quemados vivos”, “Operación siglo XX”, “Tiempos de días claros”, “Conversaciones con Nemesio Antúnez ”, “Interferencia secreta”, “Pruebas a la vista”, “El enigma de Machu-Picchu” y muchos otros.
Al conocerla a través de sus obras, sólo puedo decir que Patricia fue una mujer valiente que luchó por un Chile mejor y una persona que no se puede entender sin la dictadura militar. Como ella misma lo señaló el año 2006 en una entrevista para El Clarín de Chile: “Sin ese golpe militar, mi padre estaría vivo con 81 años. Sin ese golpe militar, yo habría sido -creo- una periodista dedicada a la ciencia y la tecnología. Sin ese golpe militar, mi país no tendría la herida abierta que lo sigue remeciendo hasta sus cimientos, aunque a ratos no parezca. Sin ese golpe militar, mi país habría seguido avanzando hacia más profundos estados de justicia social y no sería hoy el país latinoamericano con mayor brecha entre ricos y pobres, además de la peor distribución del ingreso de la región. Sin ese golpe militar, mi país sería más ético y estético”. Dictadura que también se llevó a su padre, como les ocurrió a tantos otros compatriotas.
En su testimonio ante el II Congreso Internacional Contra el Terrorismo, denunció cómo su padre, Sergio Verdugo , fue sacado a la fuerza de su hogar en julio de 1976 y jamás regresó. “Mi padre fue uno de ellos, ingeniero, casado, cuatro hijos, cincuenta años, militaba en un partido de centro, la Democracia Cristiana. Su nombre, Sergio Verdugo , su delito: ser presidente del sindicato de la empresa estatal en la que trabajaba, y creer que podía intentar la defensa de los derechos adquiridos por esos trabajadores. Han pasado más de 28 años y lo ocurrido vive conmigo cada día. Escribí un libro con esta historia. Ese libro lleva por título la dirección de la casa de mi padre. Se llama “Bucarest 187”.”
Pero su lucha no fue sólo contra la dictadura, sino que también en pos de la memoria, del Nunca Más. Como ella misma lo señaló hace muchos años, la motivación de Patricia Verdugo fue “contarle la historia a mis hijos, pero luego comprendí que era importante narrarla a muchos hijos de este país”.
“Patricia fue una incansable luchadora por la causa de la verdad y la justicia, primero, por su experiencia personal, pero creo que ella encarna aquel periodismo comprometido con una causa y que ve su profesión como una permanente renuncia de lo que sucede en la vida cotidiana y dedica su vida a lo que significó el terrorismo de Estado”, comentó Lorena Pizarro , presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, otra valiente mujer que ha luchado incansablemente todos estos años.
Palabras que hacen eco en el sentido de los diputados del Partido Radical, ya que Patricia tiene el mérito de haber escrito en forma valiente y osada la verdad de los hechos históricos que se produjeron en nuestro país.
Las grandes acciones que realizó Patricia Verdugo en pos de los derechos humanos no sólo fueron reconocidas en nuestro país, sino también en el extranjero, especialmente en Estados Unidos.
Por su labor profesional y en defensa de los derechos humanos recibió importantes reconocimientos. En 1993, el premio María Moors Cabot , de la Universidad de Columbia, y el Lasa 2000, otorgado por la Asociación de Estudios de Latinoamérica. Vale destacar que el premio María Moors Cabot es, quizás, el mayor galardón que se otorga en Estados Unidos a un periodista extranjero.
Por eso y por mucho más, no podemos olvidar la obra de Patricia Verdugo. Su muerte constituye una pérdida de valor incalculable para el periodismo de nuestro país. Luego de su partida, es imposible no reconocer el enorme legado que nos dejó esa gran mujer, sobre todo en relación con la misión de mantener viva la memoria histórica de nuestro país.
Su lucha por hurgar en ese pasado que muchos esconden y que otros olvidan o traicionan no puede quedar en nada, de manera que debemos difundirla, promoverla. Me parece más que necesario que los niños de nuestro país lean lo que escribió, razón por la que espero que se decrete como lectura obligatoria en todos los establecimientos educacionales del país su gran obra “Los zarpazos del puma”.
¡Por el nunca más, donde estés, mil gracias Patricia!
He dicho.
-Aplausos.
El señor WALKER (Presidente).-
En nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el honorable diputado José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ (de pie).-
Señor Presidente , señores primer y segundo vicepresidentes de la Corporación, señora senadora de la República y presidenta del Partido Demócrata Cristiano, Soledad Alvear, honorables diputadas y diputados, familiares de Patricia Verdugo , desde la cuna de la democracia, en nombre de la Democracia Cristiana, rindo un justo y merecido homenaje a Patricia Verdugo , que en paz descanse. Asimismo, quiero expresar nuestro infinito agradecimiento por la real dimensión que tuvo el acuerdo adoptado por la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento para rendir homenaje a Patricia Verdugo , porque es una situación que no siempre se da dentro de esa instancia del Poder Legislativo.
Del mismo modo, en nombre de mi bancada, agradezco las intervenciones de los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, quienes lo hicieron en representación del Partido por la Democracia, del Partido Radical Social Demócrata, de Renovación Nacional y de la UDI, lo que indica que hay momentos en los que uno debe hacer un alto en el camino y mirar hacia atrás, con el objeto de rendir tributo a personas emblemáticas en sus respectivas actividades.
¡Lo que es la vida! Hoy, 5 de marzo, cuando faltan tres días para la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, la Cámara de Diputados rinde un merecido homenaje a quien fue militante de la Democracia Cristiana desde niña, tienda política en la que participó intensamente, no sólo desde el ámbito de su profesión, sino que con un obrar consecuente como militante del partido.
Lamentablemente, el 13 de enero de este año, a las 22.30 horas, tuvimos la mala noticia del fallecimiento de nuestra camarada, víctima de un cáncer a la vesícula, enfermedad que padecía desde hace varios años.
Esta mañana rendimos homenaje a Patricia Verdugo desde esta democrática institución, la cual honra al país a través de la creación, discusión y análisis de proyectos de ley justos, que aspiran solucionar los problemas que aquejan a todas las chilenas y a todos los chilenos, sin discriminación alguna.
En ese sentido, no me cabe la menor duda de que el norte de los 120 diputados que hemos sido elegidos a través del voto popular es siempre tener presente el bien común y la búsqueda de la verdad, por la cual Patricia luchó siempre desde su trinchera, parapetada con una sagaz pluma, con un lenguaje directo y, obviamente, con una valentía que hacía que no se amilanara ante el peligro, a pesar de que tuvo la visión de los horrores que le correspondió investigar durante el régimen militar. Ella sentía que eso era una herida muy profunda para el alma y el corazón de los chilenos. Esa mujer inteligente y decidida optó por el camino más peligroso durante esa etapa de nuestra historia: describir la dura realidad, por lo que se constituyó en el ejemplo a seguir por todo aquel que se dedica al periodismo y a las comunicaciones.
Por eso no es tan necesario este homenaje, el cual es el reconocimiento del Poder Legislativo. No hay un contrasentido en lo que estoy expresando, porque la verdad, por dolorosa o inconveniente que sea, es el único pilar sobre el cual se puede construir una nación fuerte y democrática, la sociedad pacífica que Patricia recordó en una entrevista a un medio norteamericano. Allí expresaba que tenía 16 años durante la campaña presidencial de 1964, la que fue ganada por don Eduardo Frei Montalva , ocasión en la que con sus hermanos menores pegaban propaganda en los postes, pero sin miedo de hacerlo, actividad en la que conocieron a otros niños que hacían lo mismo por otros candidatos, de los que se reían, pero sin violencia.
En nombre de la bancada de la Democracia Cristiana creo oportuno destacar sus palabras, porque dicen mucho.
Patricia Verdugo siempre fue defensora de la justicia social. En 1968, participó, junto con sus compañeros, en la toma de la Universidad Católica, la cual marcó un hito en el proceso de reforma de las universidades chilenas. Ese mismo año, cuando cumplía veintiún años, se tituló de periodista con máximos honores y poco después se casó con el periodista Edgardo Marín , actual dirigente del Consejo Nacional del Colegio de Periodistas. Ella siempre amó el periodismo, razón por la que en los años duros se dedicó a su gremio. Ocupó el cargo de presidenta del Consejo Metropolitano del Colegio de Periodistas en 1983, donde figuraba con el número 2.033, desde el 21 de junio de 1976.
Desde 1969, se desempeñó en Relaciones Públicas en la Escuela Militar, trabajo que abandonó para dedicarse por completo a la revista Ercilla entre 1974 y 1977.
Posteriormente, formó parte del equipo fundador de la revista Hoy en 1977. Años después participó en los avatares periodísticos de las revistas Apsi y Análisis.
En forma simultánea fue corresponsal de la red de televisión mexicana Televisa. En 1992 realizó reportajes para el programa Informe Especial, de Televisión Nacional de Chile.
Por otro lado, regaló muchísima parte de su talento en la docencia universitaria, transmitió sus principios, sus valores, sus visiones y sus ideas a las nuevas generaciones de periodistas de nuestro país.
Pero, ante todo, Patricia fue una profesional crítica de las violaciones a los derechos humanos cometidos durante la dictadura, por lo que varias de sus investigaciones periodísticas se basaron precisamente en dicha temática.
Por otro lado, fue muy prolífera en libros: “Una Herida Abierta”, “André de La Victoria”, “Los Zarpazos del Puma”, “Quemados Vivos”, “Operación Siglo XX”, “Tiempos de Días Claros”, “Conversaciones con Nemesio Antúnez ”, “Interferencia Secreta”, “De la tortura no se habla”, y hace un par de años, ¡Revelaciones de una Mujer de Estado”, en homenaje a su amiga de siempre, Soledad Alvear.
Desde un comienzo, Patricia fue testigo de los hechos que más tarde denunció, así como, cuando viviendo cerca de la residencia de Tomás Moro, vio los misiles que de manera abyecta destruían la residencia del Presidente Allende . Sin embargo, lo que más la marcó fue la desaparición de sus amigos y seres queridos a manos de los aparatos de represión del gobierno militar y sus secuaces. Particularmente dolorosa fue la desaparición de su señor padre, militante democratacristiano, don Sergio Orlando Verdugo Herrera , ingeniero, presidente del sindicato de la desaparecida Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales . Vio como fue sacado a la fuerza de su hogar y jamás regresó. Después lo encontró muerto por efecto de la tortura como consta en su cuerpo, en la ribera norte del río Mapocho y, por esas cosas del destino, frente a las dependencias de Televisión Nacional, el 21 de julio de 1976. ¿Cómo no iba a ser doloroso? ¿Cómo no iba a ser un golpe terrible a su ser? Su padre, lleno de vida, salió y después lo encontró en ese estado.
“Los Zarpazos del Puma”, publicado en 1985, sobre la “caravana de la muerte”, fue el mayor éxito editorial chileno, con más de cien mil copias vendidas, además de un documento fundamental para las posteriores investigaciones de las violaciones a los derechos humanos de esa infame operación.
Muchos galardones coronaron su carrera plagada de éxitos, siendo no sólo elegida Premio Nacional de Periodismo en 1997, sino que también la Universidad de Columbia la elogió y otorgó el premio María Moors Cabot , el mayor galardón que se otorga en Estados Unidos a un periodista extranjero.
Nuestra bancada se suma a las palabras que nuestra presidenta, la senadora Soledad Alvear , expresó el día de su muerte: “Patricia fue, en primer lugar, una gran amiga, una mujer que en los momentos difíciles de la historia de nuestra patria fue muy valiente, una mujer que marcó la historia de Chile con sus denuncias en los momentos más duros de las violaciones a los derechos humanos. Fue una gran periodista, pero fundamentalmente una gran humanista que pasó por esta vida luchando con coherencia y buscando siempre la justicia.”
Su perenne legado está en sus libros y en sus agudos escritos, los cuales han servido y servirán para que generaciones de chilenas y chilenos tomen conciencia de las violaciones a los derechos humanos que se cometieron.
Personas con su honestidad y valentía no pueden ser olvidadas, pues gracias a su voz, que no calló cuando muchos lo hicieron, se ha preservado la memoria de aquellos dolorosos momentos que esperamos de corazón que nunca más vuelvan a ocurrir.
Por eso, esta mañana, en nombre del Partido Demócrata Cristiano, hacemos un justo reconocimiento a nuestra camarada Patricia Verdugo .
Solicitamos a sus familiares que tengan la capacidad de entender -a sus hijos, a su marido, a sus familiares directos- que ella entregó lo máximo de sí, lo cual, obviamente, afectó a su salud. Fue una persona que siempre será recordada por lo que significó para la recuperación de la democracia.
¡Y qué mejor homenaje que expresar aquí, como democratacristiano, que trataremos de perfeccionar nuestro trabajo legislativo, mejorarlo como un reconocimiento a esa gran profesional, a esa gran periodista, a esa gran luchadora de los derechos humanos!
¡ Patricia Verdugo , descansa en paz! ¡Te agradecemos lo que diste!
Lo plantea nuestro Partido Demócrata Cristiano.
He dicho.
-Aplausos.
El señor WALKER.-
En nombre del Partido Socialista, hará uso de la palabra la diputada Isabel Allende.
La señora ALLENDE , doña Isabel (de pie).-
Señor Presidente , querida familia, hijos, amigos, colegas de Patricia Verdugo , Edgardo Marín , Luis Matte :
Patricia murió a las 22.30 el domingo 13 de enero en el décimo piso de la clínica de la Universidad Católica.
Había dicho muchas veces que no quería morir, que quería seguir escribiendo. “Quiero ser abuela”. Pero a medida que el cáncer fue ensanchando su estómago y encorvando su cuerpo, tuvo que perderle el miedo a la muerte, empezar a poner todo en orden y preparar la separación con sus tres hijos. No alcanzó a enterarse de que, una hora antes, su hijo Diego y su polola habían sido arrollados por un auto que, al no respetar la luz roja, se incrustó directamente en el puesto del chofer, matando instantáneamente a Carla, que la había acompañado esa tarde.
“El caso de los detenidos desaparecidos no corresponde ni a invenciones propagandísticas ni a muertes por enfrentamientos. Se trata de chilenos y chilenas que fueron secuestrados y luego desaparecieron”.
Con estas palabras, nuestra homenajeada, Patricia Verdugo Aguirre , junto a Claudio Orrego , registraron, en 1980, páginas irrefutables y el doloroso testimonio de los familiares cuyo dolor aún en estos días es una herida abierta, el que, como expresaba Patricia , “sólo sanará con la verdad y la justicia, pues lo contrario será mañana vergüenza colectiva de todos los chilenos por haber sido incapaces de asumir esta tragedia con elevación y coraje”.
Patricia Verdugo estudió en la Escuela de Periodismo de la Pontificia Universidad Católica de Chile, en la cual se graduó a los 21 años de edad. Desde 1969 y hasta el golpe militar de 1973, se desempeñó como asistente de Relaciones Publicas en la Escuela Militar; entre 1974 y 1977, trabajó en la revista Ercilla ; entre 1977 y 1986, en la revista Hoy, y durante 1986 y 1990, en la revista Apsi.
Patricia Verdugo fue una mujer de extraordinaria fortaleza, pues gran parte de su vida convivió con el dolor y el terror, como demuestra una entrevista que relata su experiencia el día del golpe de Estado: “…al atardecer, comenzamos a destruir revistas, discos, documentos. Ya éramos presa del terror y entendíamos que había comenzado una pesadilla de persecución...”. Esto es el preludio del horror, pues, años más tarde, su amado padre, don Sergio Verdugo Herrera , constructor civil, dirigente sindical, democratacristiano, desapareció un frío atardecer de invierno de 1976. Su cuerpo fue encontrado en el río Mapocho.
Patricia estuvo amenazada de muerte. Cuando le preguntaron dónde le gustaría vivir, respondió que en Nueva York o en la Isla de Pascua, pero agregó: “soy mapuche por estructura psicológica y Chile es mi tierra”. A pesar de sus dolorosas pérdidas, Patricia nunca abandonó ni su trabajo ni su país.
Su gran legado profesional es el periodismo de investigación, pues es autora de varios libros de esta índole, entre ellos el ya citado “Una herida abierta”, sobre detenidos desaparecidos, en coautoría con Claudio Orrego ; “André de La Victoria”, sobre el sacerdote francés André Jarlán , quien, en 1984, fue muerto por una bala disparada por la policía cuando reprimía una manifestación opositora; “Rodrigo y Carmen Gloria : quemados vivos”; “Operación siglo XX”, en coautoría con Carmen Hertz , sobre el atentado sufrido por Pinochet, en 1987; e “Interferencia Secreta”, entre varios otros. El más íntimo, “Bucarest 187”, en que da cuenta de la desaparición de su padre. Pero su mayor éxito editorial lo consiguió con “Los Zarpazos del Puma”, publicado en 1985, sobre la llamada “Caravana de la Muerte”, una misión militar que recorrió Chile semanas después del golpe de Estado que, en septiembre de 1973, instaló a Pinochet en el poder. Esa caravana recorrió el norte y sur de Chile a bordo de un helicóptero Puma, determinando, en forma sumaria, la ejecución de 72 prisioneros políticos.
El libro, que inicialmente circuló de manera clandestina, se convirtió posteriormente en un gran éxito editorial. Pero hubo algo más importante, ya que el texto fue adjuntado a la investigación que, en 1998, abrió el juez Juan Guzmán Tapia en contra de Augusto Pinochet, en la primera querella que se presentó en los tribunales chilenos en contra del ex dictador, quien, por este caso, fue procesado y quedó bajo arresto domiciliario.
Como bien señala Eduardo Galeano , “la justicia y la memoria son lujos exóticos en los países latinoamericanos; nos han acostumbrado al desprecio de la vida y a la prohibición de recordar”. Por eso, el verdadero significado de “Los Zarpazos del Puma”, más que reparar dolores propios, es haber sido la primera vez que alguien se atrevió a hablar fuerte y claro de la “Caravana de la muerte”, de las violaciones sistemáticas a los derechos humanos, de la necesidad de hablar para poder denunciar, pues hacerlo en dictadura era cosa de valientes. Patricia Verdugo Aguirre eligió ese camino, el de la defensa de los derechos humanos; el camino que exaltan una y otra vez, los versos de Solyenitzin y -lo señala la misma Patricia- remarcan el sentido de la investigación: “Hubiese podido descansar, relajarme, respirar, pero el deber para con los muertos no me da tregua: ellos murieron, tú vives. Cumple con tu deber a fin de que el mundo sepa todo aquello”.
Su compromiso la lleva, en 1983, a asumir la presidencia del Colegio Metropolitano de Periodistas. Luego, junto a Olivia Monckeberg y María Rozas, forman el movimiento Mujeres por la Vida, en un intento de mostrar el descontento de la mujer chilena por las graves violaciones de los derechos humanos.
El reconocimiento a su brillante ejercicio de la profesión la lleva a ser traducida en varios idiomas. Asimismo, en 1993, en Estados Unidos, fue distinguida con el premio María Moors Cabot , el mayor reconocimiento que se le otorga a un periodista extranjero. Luego, en 1996, recibió el premio de la Academia Chilena de la Lengua; y, en 1997, el Premio Nacional de Periodismo . El año 2000, fue reconocida con el premio otorgado por Lasa ( Latin American Studies Association) ; en 2004, fue nominada por el Movimiento de Mujeres Chilenas para el Premio Nobel de la Paz, en una iniciativa mundial que incluyó a mil mujeres.
Pero Patricia fue más que una periodista de excelencia; fue una persona valiente, de esas imprescindibles, que merece no sólo éste, sino todos los homenajes que sea posible realizar. Pero existe el más importante y corresponde a toda la sociedad chilena, que es lograr la verdad y la justicia para aquellos por los que siempre luchó.
Quiero citar parte de las palabras de su gran amiga, Odete Magnet , al momento de despedirla, y que retratan muy bien a la persona de quien estamos hablando:
“Cierro los ojos y regresa el eco de tu risa, capaz de despertar a los muertos, contagiosa, que nacía desde abajo, subterránea, y subía en borbotones alegres en una cascada de agua fresca. Pero que nadie se llame a engaño, porque bajo esa apariencia menuda y frágil, latía una guerrera, la más fiera y valiente que hayamos conocido nunca. Tu voz era suave, tu trato gentil, pero cuando abrías la boca para afirmar, para preguntar, para denunciar, para aclarar y advertir, había que ponerse el cinturón de seguridad, porque sin pedir permiso ni previo aviso, se abría paso la samurai, empeñada en librar la batalla, todas las batallas, la tuya y la de otros, hasta el final.
Y sacaste tu voz, esa voz, que aprendimos a reconocer con el paso de los años. No estuviste sola: muchos nos reconocimos en el compromiso que exigía fin a la represión y respeto por el humano.
Paty, perdiste la última batalla. Una vez más, la vida te torció la mano; pero, al final, la victoria fue tuya y el privilegio nuestro, porque dejaste una huella profunda, marcada a fuego; tocaste la vida de tantos y tantas dentro y fuera de Chile, tu patria, que tanto amaste. Estamos agradecidos por lo que fuiste y por lo que te negaste a ser.”
En nombre de la bancada del Partido Socialista, queremos recordar por siempre esa sonrisa franca y esos ojos tan abiertos.
Por eso decimos: ¡Patricia Verdugo, presente!
He dicho.
-Aplausos.
El señor WALKER ( Presidente ).-
De esta forma, la Cámara de Diputados ha rendido este justo y merecido homenaje a la periodista, Premio Nacional de Periodismo , Patricia Verdugo Aguirre.
Agradecemos, nuevamente, la presencia en la tribuna de honor de sus hijos, familiares y amigos.
VII. INCIDENTES
RECONOCIMIENTO A INSTITUCIONES, A AUTORIDADES Y A PERSONAS Y APOYO A FAMILIAS DE VÍCTIMAS DE TRAGEDIA AÉREA DE PEÑALOLÉN. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Independiente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi .
La señora CRISTI (doña María Angélica) .-
Señor Presidente , quiero referirme a la tragedia ocurrida recientemente en Peñalolén.
El pasado miércoles 27 de febrero, ocurrió el hecho más trágico que registra la comuna de Peñalolén y, tal vez, el más grave de los últimos 30 años de la aviación chilena; cayó un avión Cessna sobre el Estadio Municipal de la comuna, causando la muerte de sus seis tripulantes y de cinco vecinas que se encontraban practicando deporte en su primer día de gimnasia aeróbica en ese recinto.
Además, la tragedia tiene a siete valientes mujeres batiéndose entre la vida y la muerte, afectadas por gravísimas heridas que les ocasionó el impacto del avión. De hecho, una de las dos hermanas Fierro tiene quemaduras en el 80 por ciento de su cuerpo. Otro terrible drama fue la muerte de una madre y su pequeña hija.
La comunidad de Peñalolén está realmente dolida y consternada; sus habitantes han sentido en lo más profundo de su alma el dolor de las familias de las víctimas y se han reunido para rezar y animar a quienes permanecen en estado grave.
Lejos de encontrar una explicación a esta tragedia, cada día que pasa parece más increíble, inexplicable y contradictorio lo sucedido. ¿Cómo es posible que mientras vecinas y amigas, activas participantes de la comunidad, llevaba a cabo una actividad tan sana en un recinto municipal hayan sido impactadas por un avión que cayó, literalmente, sobre sus cuerpos, causando la muerte de algunas de ellas y dolor a quienes salvaron con vida, a todos los vecinos, y, obviamente, a sus familiares? ¿Cómo se puede aceptar que cuatro jóvenes que intentaban culminar su proyecto de vida, convertir su sueño en realidad, que seguían la carrera de mecánica de aviones y realizaban un vuelo para poner a prueba sus conocimientos de futuros técnicos en unos segundos hayan visto truncados sus sueños y los de sus familias? ¿Cómo se puede entender que el hermano de uno de esos jóvenes acababa de suicidarse? ¿Cómo puede ser que dos personas entregadas al servicio público, a sus seres queridos y a su patria: un experto piloto y su copiloto, miembros de Carabineros de Chile, hayan buscado una salida de emergencia durante unos minutos, un lugar para poder aterrizar y salvarse y que, sin embargo, el destino haya permitido que se estrellaran en medio del estadio, sobre un grupo de personas? Obviamente, la intención del capitán Castro era aterrizar en la cancha de fútbol, que es de pasto, pero, desgraciadamente, no pudo lograrlo por milésimas de segundo.
Como mujer y como ser humano entiendo que este hecho revela, una vez más, la fragilidad de nuestras vidas y el giro repentino que puede tener nuestro destino. Como parlamentaria y representante en la Cámara de los vecinos de Peñalolén y de La Reina, habiendo sido, además, la alcaldesa fundadora de esa comuna y quien dispuso la construcción de ese estadio y la cancha, siento la obligación de exigir a las autoridades competentes que evalúen en el más breve plazo el funcionamiento del aeródromo de Tobalaba que se encuentra emplazado, después de décadas, en la expansión habitacional.
Sabemos que dicho aeródromo presta servicios imprescindibles a los habitantes de Santiago: traslado de enfermos y de órganos para trasplantes, entre otros. Dentro de poco tiempo estará al lado del Hospital Militar, lo que permitirá llevar pacientes de todo el país para que sean atendidos en sus dependencias. Son más de 75 mil los aterrizajes y despegues al año que se realizan en ese aeródromo, es decir, más que en Pudahuel, con la única diferencia de que se efectúan sólo de día porque no existen pistas nocturnas. Asimismo, se realizan numerosos vuelos de instrucción y acrobáticos que ponen en riesgo y alertan a las familias que viven varios kilómetros a la redonda.
Dentro de poco tiempo ya no existirá el aeropuerto de Cerrillos, que era una alternativa para la derivación de vuelos desde el aeródromo de Tobalaba. Hoy, la única alternativa para Pudahuel es ese aeródromo en casos de emergencia. Esto lo advertimos hasta el cansancio, cuando se tomó la decisión de cerrar el aeropuerto de Cerrillos y seguimos creyendo que fue un gravísimo error.
Espero que la muerte y el dolor de once familias y de quienes luchan cada minuto por mantenerse con vida no sea en vano y que ahora, cuando las cámaras de televisión se han apagado y el impacto mediático ha dado paso a otras situaciones, olvidemos lo sucedido y, en un tiempo más, vuelva a ocurrir lo mismo.
En esta ocasión, quiero destacar el rol que cumplieron en este caso la municipalidad de Peñalolén, los funcionarios municipales y de la salud y los vecinos, liderados por su alcalde , Claudio Orrego , que en todo momento estuvieron presentes, desde el primer hasta el término del último funeral. Seguirán apoyando a las familias, a las mujeres que sobrevivieron a la tragedia y que quedaron en estado de shock, pero hoy no sólo requieren de compañía solidaria, sino que también de atención psicológica.
Asimismo quiero agradecer y felicitar a Carabineros de Chile, que estuvo presente con un destacamento en todos los funerales, en todo momento, liderados por un general de la República, su general director, quien habló con palabras muy emotivas en la misa de la comunidad.
Rindo un sentido homenaje a las víctimas de este accidente aéreo que enlutó a Peñalolén hace justamente una semana; a las vecinas Ana Álvarez Saavedra y a su hijita Elizabeth Molina Álvarez , de cuatro años; a Ramóna Espinoza Espinoza , a Celia Borcosque Plaza , a Silvia Gómez Espinoza , a los jóvenes Francisco Allende Riveros , Israel Miranda Góngora , Manuel Rodríguez Oyanedel , Mauricio Romo Facuse , al capitán Luciano Castro y al teniente Sebastián Rodríguez , ambos pilotos del avión.
También envío mi apoyo a sus familiares, quienes hoy sufren su pérdida.
Asimismo, quiero enviar un afectuoso saludo y mucho ánimo a quienes quedaron gravemente heridos y a sus familias: Mariana Beatriz Fierro, Sandra Garretón , Lucía Valenzuela, Ana María Sánchez , Pabla Zúñiga Poblete y Cecilia Espinoza Delgado .
Finalmente, quiero consignar en esta oportunidad mi especial reconocimiento a todos aquellos que ayudaron a los afectados por este accidente, y muy especialmente a los valientes familiares, que realmente, con una fortaleza increíble, asumieron y aceptaron esta tragedia que los enluta no sólo a ellos, sino que a toda la comunidad de Peñalolén.
Solicito que se envíe copia de mi intervención a los familiares de las víctimas, señalando que muchos diputados han manifestado su pesar y han solicitado hacerlo extensivo a las familias de Peñalolén afectadas por esta grave tragedia.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará copia de su intervención a los familiares de las víctimas, con la adhesión de los diputados que así lo soliciten.
ANTECEDENTES SOBRE INVERSIÓN DE RECURSOS DEL FNDR DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Andrés Egaña.
El señor EGAÑA.-
Señor Presidente , un tema de larga discusión en mi zona es cómo se han invertido los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional en la Región del Biobío. Ha sido imposible conocer en detalle las cifras invertidas, en qué comunas se ocuparon y qué criterios se aplicaron entre 2002 y 2007.
A petición de algunos consejeros regionales, con fecha 6 de agosto de 2007 solicité al gobierno regional, a su intendenta, un detalle completo de los proyectos financiados con los recursos del Fndr, desde el 1 de enero de 2002 hasta esa fecha, sin considerar los proyectos ejecutados vía convenios de programación.
Dado que la intendenta regional no dio respuesta a lo solicitado por la Cámara, con fecha 12 de septiembre, reiteramos nuestra petición. Como tampoco tuvimos respuesta, con fecha 5 de noviembre pusimos los hechos en conocimiento de la Contraloría General de la República para que iniciara el proceso que establece la ley frente a organismos que no entregan información, como obligan las disposiciones vigentes.
Al parecer, la gestión de la Contraloría rindió frutos, ya que con fecha 17 de diciembre recibí la información solicitada. Pero sólo un listado, sin ningún criterio, sin ningún orden y muy difícil de revisar para evaluar los datos y conocer las cifras que estaba solicitando.
Tengo en mi poder el detalle que pedí, pero lo más sorprendente es que este legajo de casi setenta hojas no tiene ninguna cifra. Es un detalle desordenado de las innumerables inversiones que se han hecho, y como dice la información adjunta, la firma el señor Oclides Anríquez , jefe de Control y Gestión .
En el oficio se señala que la información proporcionada tiene como fuente los balances del Departamento de Gestión y Control, es decir, pareciera que esos balances no tienen número, lo que parece sorprendente, por decir lo menos.
Quiero insistir nuevamente ante el gobierno regional, y espero que ahora tengamos éxito con la nueva autoridad, intendenta señora María Angélica Fuentes .
Para hacer más fácil el trabajo del Departamento de Control y Gestión, hemos organizado y ordenado por comuna, cada uno de los años informados. A su vez, le haremos llegar una planilla excel, para que lo único que tenga que hacer el Departamento de Gestión y Control del gobierno regional sea poner las cifras respectivas. Les estamos haciendo la pega, para que, de una vez por todas, podamos conocer todos y cada uno de los proyectos y hacer un análisis como corresponde, de modo de determinar de qué forma y con qué criterio se han invertido los recursos del Fndr en la región del Biobío, que en muchos casos han sido cuestionados porque no hemos contado con las cifras correspondientes.
Solicito que se oficie al ministro del Interior, a la subsecretaria de Desarrollo Regional, a la intendenta regional, María Angélica Fuentes, y a todos los consejeros regionales, con copia de mi intervención, para informar lo sucedido.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención.
CONDOLENCIAS POR MUERTE DE TRES MENORES ASFIXIADOS POR INHALACIÓN DE GAS EN RENCA.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
El turno siguiente corresponde al Comité de Renovación Nacional.
Tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar.
La señora RUBILAR (doña Karla).-
Señor Presidente , se dice que las personas no se preparan para la muerte del padre, ni de la madre, ni del cónyuge. Ni siquiera para la muerte de los familiares o amigos más cercanos, aunque a veces padezcan largas enfermedades.
Pero para lo que uno nunca está preparado, porque es antinatural, es para enfrentar la muerte de un hijo.
Ayer, Renca se vistió de luto. En una casa se vivió la muerte de tres niños por inhalación de gas: Mirna , de diez meses, Camila , de tres años, y Felipe, de cuatro.
Desde la Cámara de Diputados envío a su familia, principalmente a su madre, Tabita , las más grandes y sentidas condolencias, y le deseo de todo corazón que encuentre la resignación y la fuerza que le permitan seguir viviendo por sus otros dos hijos.
Pido que la Cámara de Diputados envíe condolencias a una familia que tendrá que sacar fuerzas de lo indecible para enfrentar esa tragedia.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará copia íntegra de su intervención, con las condolencias de la Cámara de Diputados a la familia afectada por esta tragedia, con la adhesión de los diputados que así lo soliciten.
ALCANCES SOBRE SUPRESIÓN DE SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE COYHAIQUE. Oficio.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Pablo Galilea.
El señor GALILEA.-
Señor Presidente , con fecha 15 de febrero del año en curso fue publicada en el Diario Oficial la ley Nº 20.252, mediante la cual se modifica la ley Nº 20.022 y otras, de las que cabe destacar:
1º. En la letra k) del Nº 1, del artículo 1º de la ley Nº 20.252, dice: “Undécima Región de Aisén, del General Carlos Ibáñez del Campo: Coyhaique, con un juez con competencia sobre la misma comuna;”.
Enseguida, su artículo 2º dispone: “Suprímense el Segundo Juzgado de Letras de San Felipe, el Tercer Juzgado de Letras de Los Ángeles y el Segundo Juzgado de Letras de Coyhaique ”.
2º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Código Orgánico de Tribunales, hasta la ley materia de este informe, señalaba “En la Décimo Primera Región de Aisén, del General Carlos Ibáñez del Campo, existirán los siguientes juzgados de letras:
Dos juzgados con asiento en la comuna de Coyhaique, con jurisdicción sobre las comunas de Coyhaique y Río Ibáñez;”
3º. En virtud de lo dispuesto en el artículo 421 del Código del Trabajo, aún vigente, “En las comunas que no sean territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras del Trabajo, conocerán de las materias señaladas en el artículo precedente, los Juzgados de Letras en lo Civil”.
4º. La ley Nº 20.252, suprime el Segundo Juzgado de Letras de Coyhaique y crea un Juzgado del Trabajo de Coyhaique , pero con competencia sobre la comuna de Coyhaique, es decir, la comuna de Río Ibáñez queda sin tribunal competente para conocer de las contiendas laborales.
Esto me parece extremadamente delicado.
5º. Con esta ley no se da solución alguna a los problemas de sobrecarga de trabajo del Juzgado de Letras de Puerto Aisén, y a futuro se crea el problema en el Juzgado de Letras de Coyhaique.
6º. La ley Nº 20.252, al disponer por una parte la eliminación del Segundo Juzgado de Letras de Coyhaique , con competencia, al día de hoy, en materia de trabajo, y por otra la creación de un tribunal laboral con un juez, atendidas las especiales condiciones de comunicación de la región, provoca serios problemas en materia de subrogación, por cuanto si aquel magistrado, por cualquier razón, se encuentra imposibilitado de ejercer sus funciones, sólo podrá ser subrogado por su igual de Cochrane, Chile Chico, Puerto Cisnes o Puerto Aisén. Pero ocurre que los tres primeros requieren de un desplazamiento del subrogante, que toma al menos una jornada de viaje, y el del último abandona un tribunal, por lo demás recargado de trabajo, sin perjuicio de que el principio de la inmediación, que rige en materia laboral y que se encuentra establecido en los artículos 427 y 429 del Código del Trabajo, obligaría a incumplir con los plazos para dictar sentencia y dejar sin efecto las audiencias a las que se haya citado a las partes para oír sentencia, por cuanto aquella no puede ser dictada sino por el juez que conoció del juicio, ya que si la dictara un juez diferente de aquél, ésta presentaría un vicio de nulidad insubsanable, como lo establece la propia ley.
7º. Si la ley hubiera mantenido dos tribunales de letras con competencia en materia civil y del trabajo, se lograba que el conocimiento de las causas laborales, respetando íntegramente el principio de inmediatez contenido en el procedimiento laboral, fuera a través de los magistrados titulares del Primer y Segundo Juzgado de Letras de Coyhaique , y en caso de ausencia de uno de ellos, podría haber sido subrogado por los respectivos secretarios de los mismos tribunales, sin necesidad de llamar a alguno de los jueces o secretarios de los tribunales de las comunas indicadas en la motivación anterior, y se disminuía casi al mínimo la posibilidad de nulidades insubsanables y la consiguiente demora en la resolución de contiendas que requieren de una solución jurídica expedita. No se debe olvidar que también constituye denegación de justicia la tardanza en recibirla.
Sin perjuicio de ello, en virtud de las mismas disposiciones precedentemente citadas, si uno de estos jueces estima que hay retardo en el despacho de los asuntos sometidos al conocimiento del tribunal o cuando el mejor servicio judicial así lo exigiere, podrá autorizar al secretario abogado, para que, en calidad de suplente, asuma en todo el curso del juicio, como lo permite el inciso segundo del artículo 427 del Código del Trabajo, esto sin que exista intervención de la Ilustrísima Corte de Apelaciones, la que haciendo uso de sus facultades y de lo establecido en el artículo 47 del Código Orgánico de Tribunales, podría disponerlo.
8º. De no haberse suprimido el Segundo Juzgado de Letras de Coyhaique , se producía un evidente ahorro de recursos del Estado, ya que los dos juzgados de letras de esa ciudad habían sido objeto de las correspondientes modificaciones, a fin de responder al desafío de enfrentar el nuevo procedimiento laboral. Ello, sin perjuicio del consiguiente ahorro de medios al quedar operantes las normas de subrogación y suplencia del artículo 427 del Código del Trabajo y del artículo 47 del Código Orgánico de Tribunales.
Dichos medios podrían haber sido utilizados en la instalación de un Segundo Juzgado de Letras de Puerto Aisén , que es donde se necesita con urgencia un nuevo juzgado, estudiándose si lo conveniente era que sólo fuera del trabajo, o tuviera competencia en materia laboral y de familia, o de jurisdicción común, según fuere la conveniencia.
No debe olvidarse que la petición de los pobladores de Puerto Aisén se debe a que con un tribunal con exceso de trabajo, como es la situación actual, sienten que la justicia que se les brinda no es la que se merecen, pero no sólo en materia de la judicatura del trabajo, sino también en las demás que conoce aquel juzgado. Por eso, el deseo y la opinión de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique es la creación, a la brevedad, de un nuevo juzgado en Puerto Aisén.
9º. En cuanto a la génesis de la ley Nº 20.252, y de un somero estudio de su historia, se pueden desprender las siguientes conclusiones:
Que en el propósito primitivo del legislador aparece que su intención no fue eliminar el Segundo Juzgado de Letras de Coyhaique, el cual por mandato del Código del Trabajo, tiene competencia en materias laborales.
Ello se colige del proyecto remitido por el Ejecutivo a la Cámara de Diputados, que no lo contemplaba, así como tampoco se divisaba la creación de un Juzgado del Trabajo en la comuna de Coyhaique. En cambio, sí se establecía la creación del Juzgado del Trabajo en la comuna de Puerto Aisén y la eliminación del Tercer Juzgado de Letras de Calama , según figura en los artículos 1º, letra k), 2º y 5º, numeral 11.
Todo lo anterior significa que el Segundo Juzgado de Letras de Coyhaique fue la moneda de cambio, a fin de no eliminar el Tercer Juzgado de Letras de Calama .
Por lo expuesto, pido enviar oficio al ministro de Justicia , con copia de mi intervención, para pedirle su opinión respecto de la creación de los juzgados del Trabajo en Puerto Aisén y la reposición del Segundo Tribunal de Letras de Coyhaique, que eran las ideas originales del mensaje.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los señores diputados que así lo indican.
INFORMACIÓN SOBRE PAPEL DEL ESTADO ANTE PROMOCIÓN, VENTA Y ASESORÍA POR PRIVADOS EN TÉCNICAS DE ESPIONAJE. Oficios.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos .
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , con ocasión del homicidio del ex martillero Jaime Oliva en la localidad de El Quisco, hoy objeto de investigación por la fiscalía respectiva, ha surgido un tema anexo, respecto del cual, sin temor a equívoco, reina casi absoluta impunidad.
En efecto, es público y notorio que hay personas naturales y jurídicas que ofrecen, de manera privada y pública, elementos para realizar distintas conductas destinadas al espionaje, como comúnmente se les denomina. Además, ofrecen armas cuya posesión y comercialización está prohibida.
Cuando ocurren estos hechos, no es primera vez que suceden, se suele decir que es necesario dictar una nueva legislación. Probablemente, en algunos aspectos lo será, como en materia de seguridad privada, donde tenemos una situación jurídica bastante feble. Pero mientras tanto, hay normas vigentes que hacen absolutamente ilegal la gestión policial en manos de privados.
Quiero traer a colación una ley no muy antigua, dictada por este Congreso Nacional, en octubre de 2004, mediante la cual se creó el Sistema de Inteligencia del Estado que dio origen a la Agencia Nacional de Inteligencia, ANI.
Su artículo 22 señala lo siguiente: “La inteligencia policial es una función que corresponde exclusivamente a Carabineros de Chile y a la Policía de Investigaciones de Chile.
Comprende el procesamiento de la información relacionada con las actividades de personas, grupos y organizaciones que de cualquier manera afecten o puedan afectar las condiciones del orden público y de la seguridad pública interior”. Es decir, pone requisitos.
“La conducción de los servicios de inteligencia policial corresponde al mando de las instituciones de las cuales dependen”.
Más adelante, en el Título V, de los procedimientos especiales de obtención de información, el artículo 23 dispone: “Cuando determinada información sea estrictamente indispensable para el cumplimiento de los objetivos del Sistema y no pueda ser obtenida de fuentes abiertas, se podrá utilizar los procedimientos especiales de obtención de información a que se refiere el presente Título, en la forma y con las autorizaciones que en el mismo se disponen.
Dichos procedimientos estarán limitados exclusivamente a actividades de inteligencia y contrainteligencia que tengan por objetivo resguardar la seguridad nacional y proteger a Chile y a su pueblo de las amenazas del terrorismo, el crimen organizado y el narcotráfico.
Los que sin ser parte del Sistema de Inteligencia del Estado utilicen tales procedimientos, serán castigados con presidio menor en cualquiera de sus grados, sin perjuicio de las penas que correspondan por los crímenes o simples delitos cometidos con ocasión de la actividad ilícita.”
¿Cuáles son los procedimientos de inteligencia que sólo pueden permitirse a las policías en virtud de una autorización judicial. ¡Ojo! Jamás una policía lo puede hacer por su cuenta y riesgo. Debe contar con la autorización de un Juez:
a) La intervención de las comunicaciones telefónicas, informáticas, radiales y de la correspondencia en cualquiera de sus formas;
b) La intervención de sistemas y redes informáticos;
c) La escucha y grabación electrónica incluyendo la audiovisual, y
d) La intervención de cualesquiera otros sistemas tecnológicos destinados a la transmisión, almacenamiento o procesamiento de comunicaciones o información.
Esos son los procedimientos especiales de inteligencia que sólo pueden hacer en Chile quienes integren el Sistema de Inteligencia del Estado, siempre y cuando se cuente con la autorización de un juez de la República . Ahora, los que los hagan sin autorización judicial, cometen un delito.
A mayor abundamiento, quienes los hagan sin ser parte del Sistema, cometen otro delito, y está tipificado.
En consecuencia, aquellos que ofrecen pública y privadamente elementos para grabar -lo que hacen en la actualidad- conversaciones de personas cometen delito y la autoridad debe aplicar la ley Nº 19.974.
Puede que haya que modificar algunas de sus disposiciones, pero mientras ello no ocurra, el ilícito está absolutamente tipificado. Serán los jueces los que determinen, pero no corresponde la inacción.
Entregaré dos hojas de las Páginas Amarillas, en las que aparece una serie de oficinas que ofrecen servicios en este sentido, con el objeto de que se agreguen al oficio que pediré.
Muchas de ellas ofrecen, por ejemplo, armas con gases paralizantes -entiendo que una se utilizó en el caso que cité; se está investigando-, las que, conforme a la ley de armas, están prohibidas. No pueden ser comercializadas y nadie debería tenerlas en su poder. Son como las armas automáticas.
En definitiva, considero que no se ha aplicado una ley vigente. Por lo tanto, solicito que se oficie a los ministros del Interior , de Defensa y al Fiscal Nacional, con copia de mi intervención y los antecedentes que proporcionaré, para que informen qué hace el Estado de Chile frente a la promoción, venta y asesoría en técnicas cuyo uso no está autorizado a los privados.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que la manifiesten.
PRECISIONES EN RELACIÓN CON LA EXTRACCIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS EN LA CUENCA DE COPIAPÓ. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
El turno siguiente corresponde al Partido por la Democracia, el que lo ha cedido al diputado Alberto Robles Pantoja.
Tiene la palabra su señoría.
El señor ROBLES .-
Señor Presidente , agradezco el tiempo cedido por el Partido por la Democracia, en el cual quiero referirme a la escasez de recursos hídricos que afecta al país.
En Atacama, la intendenta ha priorizado la solución del problema, pues afecta al desarrollo de la región, para lo cual ha dado instrucciones a fin de conformar una mesa de trabajo con la participación de los sectores público y privado.
Dada la importancia de la materia, los parlamentarios recibimos distintos requerimientos al respecto. Por eso, quiero pedir algunos informes, sobre todo a la Comisión Regional del Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas.
En Copiapó, ha ocurrido un fenómeno muy particular: los niveles de aguas subterráneas han bajado de manera alarmante. Como una manera de graficarlos, Aguas Chañar ha informado que los pozos de los que se extrae el agua potable para abastecer a la provincia han bajado en forma ostensible, lo que indica que las aguas subterráneas de la cuenca han disminuido.
Así, empresas mineras importantes han comprando derechos, río abajo, cerca de la costa, donde todavía quedan pozos para llevar agua hacia el interior, a las faenas productivas, con evidente detrimento para los agricultores y demás vecinos del sector costero del valle de Copiapó por la disminución del factor freático.
Por ello, me parece pertinente su planteamiento en relación con la extracción de aguas por las empresas mineras. Lo cierto es que, según se me ha explicado, ellas captan aguas lejos de sus yacimientos y las llevan hacia las faenas productivas. Sin embargo, creo que debe precisarse si para eso se requiere un estudio de impacto ambiental, porque el hecho de sacar agua del sector costero de la cuenca, el más bajo, produce problemas. Por eso, me parece fundamental mantener y cautelar un desarrollo sustentable para la provincia de Copiapó.
Por el alto precio de los minerales, las empresas han recibido retornos muy importantes, los que finalmente terminan en los bolsillos de los accionistas, que en su mayoría, digámoslo con claridad, no son chilenos. Son personas que invierten en el extranjero. Por lo tanto, nosotros podemos exigirles que implementen plantas desalinizadoras que utilicen agua del océano en los procesos mineros. Pero no es posible dejar sin agua a los agricultores y vecinos del sector costero de la provincia de Copiapó.
Me interesa que se resuelvan estos aspectos. Por lo tanto, quiero pedir que se oficie a la intendenta regional, al director general de Aguas y a la presidenta de la Conama, para que informen al respecto, con copia de mi intervención.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE TRATAMIENTO DE RILES POR EMPRESA ENDESA EN PROVINCIA DE HUASCO Y SOBRE PROYECTOS DE GENERACIÓN ENERGÉTICA EN REGIÓN DE ATACAMA. Oficio
El señor ROBLES .-
Señor Presidente , en segundo lugar, quiero referirme a un tema muy importante para mi región como es el problema de la energía. Está claro que para el desarrollo de la región se necesita aumentar la capacidad energética. La empresa Guacolda está desarrollando un proyecto en ese sentido, que hace pocos días fui a conocer. Me parece bastante interesante y adecuado el planteamiento que ha hecho la empresa de aumentar la capacidad energética sin impactar en términos negativos en el ambiente, en la salud humana y en el resto de las actividades económicas que se desarrollan en ese sector. Me parece muy importante que la empresa actúe con la certeza de que no va a contaminar ni a afectar a la población ni a las actividades productivas de la zona. Guacolda está dando un ejemplo en ese sentido.
Sin embargo, tengo la información de que otras empresas termoeléctricas ubicadas en el mismo sector no lo están haciendo tan bien. Por ello, pido que se oficie al director de la Conama , a fin de que me envíe un informe muy completo sobre qué está haciendo Endesa con sus riles y con los desechos que emanan de su planta ubicada en esa zona. Endesa es una empresa muy importante, que tiene recursos suficientes como para invertir en la Región de Atacama, pero creo que no lo está haciendo en forma adecuada. Está haciendo trabajar su planta termoeléctrica en Huasco a máxima potencia y no está tomando las medidas mínimas necesarias para resguardar el medio ambiente y las actividades productivas del sector. Por ejemplo, está impactando en la bahía de Huasco, donde, según la información que tengo -por eso, quiero una corroboración exacta-, está vertiendo todos los desechos tóxicos al mar, sin ningún tipo de tratamiento ni control medioambiental. Eso no procede. Endesa tiene la suficiente capacidad económica para hacer las cosas bien. Si lo hace bien en otros sectores del país, no entiendo por qué no lo va a hacer bien en Huasco y va a dañar a los pescadores artesanales, que necesariamente deben subsistir de la pesca que se desarrolla en sectores aledaños al sitio donde se vierten los desechos.
En relación con el tema energético, me parece muy importante que veamos el futuro con perspectiva. En nuestra región necesitamos más capacidad energética, por una razón muy simple. La conductividad de energía hacia el norte se hace muy bien desde Puerto Montt hasta la Quinta Región. Pero desde ahí la conductividad baja prácticamente a la tercera parte, porque los elementos conductores son de mucho menor calidad que los que se emplean en el resto del país. Por ello, el Sistema Interconectado Central, que debe llegar hasta Taltal , realmente opera bien sólo hasta la Quinta Región. La Cuarta y Tercera regiones no tienen la posibilidad de captar la mayor energía que se produce en el país. Por tanto, es necesario que, para su desarrollo productivo, la Región de Atacama pueda producir su energía en forma local. Para ello se están presentando proyectos de desarrollo energético en la región.
Pido que se oficie a la ministra presidenta de la Conama , a fin de que me envíe un dossier completo con todos los proyectos energéticos que se están presentando en la Región de Atacama, a fin de evidenciar cuánta energía van a producir, dónde se instalarán y si van a impactar o no al medio ambiente.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican y de quien preside.
INFORMACIÓN SOBRE RECURSOS DEL ESTADO RECIBIDOS POR EMPRESAS SALMONERAS. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , con bastante consternación hemos sufrido en los últimos dos meses las consecuencias de la decisión de las salmoneras de despedir a miles de trabajadores, quienes han sido un pilar fundamental en la riqueza que han obtenido esas empresas en los años en que han operado en nuestra región. Han ganado millones de dólares por concepto de exportaciones, producto de que la Región de Los Lagos les ha entregado condiciones inigualables para el desarrollo de su actividad, las que no habrían tenido en ninguna otra región.
Han sido largos los minutos que he ocupado en este espacio que ofrece la Cámara de Diputados, para referirme a los abusos laborales que han cometido las industrias salmoneras y a los problemas medioambientales que han generado. Debido a ello, he recibido ataques de colegas parlamentarios, incluso, de mi propia coalición. Tiempo atrás me dijeron que mi visión era catastrofista, cuando auguraba que iban a venir tiempos difíciles producto de que no había condiciones de respeto a la sustentabilidad medioambiental. De hecho, hoy, el virus ISA afecta terriblemente a la industria salmonera. Sin embargo, lo que hace esa industria es despedir gente. Miles de trabajadores serán despedidos en los próximos meses, producto de la irresponsabilidad de esas empresas de no haber resguardado el tema medioambiental.
Los gobiernos de la Concertación han generado los subsidios a la contratación de mano de obra, los subsidios al empleo. El mecanismo de utilizar subsidios gubernamentales para generar empleo ha sido implementado en varios países, de diversas maneras. La OIT ha publicado que los subsidios selectivos a empresas privadas aplicados en conjunto con políticas macroeconómicas pueden ser una herramienta poderosa para contener el desempleo. Generalmente, el subsidio viene en respuesta a situaciones de recesión temporal y está dirigido a ciertas regiones e industrias específicas.
Me he enterado con no poca estupefacción que también los salmoneros, por largo tiempo, han recibido millonarios recursos del Estado a través de diferentes programas, como subsidios a la contratación de mano de obra y capacitación. Por eso, pido que se oficie a la ministra del Mideplan , al ministro de Trabajo y a la ministra de Educación , a fin de que me informen los recursos que han llegado a las empresas salmoneras desde 2002 a 2007, por concepto de subsidio a la contratación de mano de obra -que comprendería el 40 por ciento respecto del ingreso mínimo-, y de capacitación. Organismos como el Sence, como Chile Califica o como Chile Solidario han aportado a las empresas de la zona.
Tengo entendido que los recursos que habrían recibido esas empresas en estos años, como aporte del Gobierno para el desarrollo de su actividad, serían cifras millonarias. De ser así, hago un llamado a los empresarios del salmón, a aquellos que cuando tienen la primera dificultad, como el virus ISA o problemas de conflictividad laboral, como los que están ocurriendo en la empresa Aguas Claras en Calbuco, a que se pongan la mano en el corazón y, de ser efectivo que el Gobierno les ha entregado millonarios recursos para que su actividad sea productiva, se desarrolle y genere ganancias millonarias, les respondan a las regiones que los han hecho millonarios, como son la de Los Lagos y la de Aisén.
Pido que se envíe copia de mi intervención al intendente y a los miembros del consejo regional de la Décima Región.
He dicho.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
RECURSOS PARA FACTIBILIDAD SANITARIA DE TERRENOS. Oficios.
El señor ROBLES (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Monsalve.
El señor MONSALVE .-
Señor Presidente , dado el déficit habitacional existente en la provincia de Arauco, se logró que la ministra de Vivienda , señora Patricia Poblete , comprometiera la entrega de 6.400 subsidios de vivienda, 3.400 de los cuales corresponden al subsidio Fondo Solidario de Vivienda I, y el aumento en su monto, de 330 a 410 unidades de fomento.
Por lo tanto, se abrió una puerta para que muchas familias de las diferentes comunas de dicha provincia que carecen vivienda se organizaran en comités y postularan en el Serviu a los Fondos Solidarios de Vivienda I. Sin embargo, se encontraron con un problema de muy difícil solución: los terrenos disponibles para llevar adelante los proyectos de vivienda social están fuera de los territorios operacionales de la empresa de Servicios Sanitarios Essbio y carecen de factibilidad sanitaria, por lo tanto, no pueden contar con agua potable y alcantarillado.
El procedimiento establecido en la ley para modificar los territorios operacionales es lento, burocrático y difícil, y a veces implica una espera de dos años. Por lo tanto, esas familias, que durante años han esperado la oportunidad de contar con una vivienda digna, deberían esperar dos años más para, eventualmente, lograr la modificación de los territorios operacionales. La única posibilidad para hacerlo en forma más rápida sería que esas familias pagaran el monto que la empresa de servicios sanitarios cobra por la factibilidad de agua potable y alcantarillado, lo que haría inviable el proyecto habitacional de viviendas sociales.
Por lo tanto, pido oficiar a la subsecretaria de Desarrollo Regional, quien encabeza un plan especial denominado Territorio Arauco, a fin de que con mucha prontitud destine los recursos que se requieren para pagar a Essbio la factibilidad sanitaria de terrenos, que alcanzan a 28 mil unidades de fomento, es decir, alrededor de 550 millones de pesos.
La medida beneficiaría a 1.666 familias -300 en la comuna de Arauco, 240 en Cañete, 700 en Curanilahue, 250 en Los Álamos y 176 en Lebu- que tienen la posibilidad de contar con el subsidio del Fondo Solidario de Vivienda I, pero no pueden pagar la factibilidad sanitaria.
Como hemos expresado en muchas oportunidades, la provincia de Arauco es la más pobre de Chile y presenta indicadores económicos y sociales que la sitúan en un nivel de retraso muy grande respecto de los que, en promedio, existen en Chile.
Como se sabe, la vivienda constituye un bien social de enorme relevancia para la familia. Por lo tanto, el Gobierno tiene la posibilidad de resolver en forma muy importante la brecha habitacional que hoy afecta a las familias de la provincia, para lo cual se requiere actuar con agilidad, prontitud, voluntad y decisión política, actitud que pedimos de la subsecretaria de Desarrollo Regional.
Finalmente, pido remitir copia de mi intervención a la intendenta de la Región del Biobío , señora María Angélica Fuentes , y al gobernador de la provincia de Arauco , señor Rodrigo Daroch .
He dicho.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.34 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Subjefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 4 de marzo de 2008.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 27 de junio de 1989, correspondiente al Boletín Nº 233-10.
Hago presente a vuestra Excelencia que este proyecto de acuerdo fue aprobado, tanto en general como en particular, con el voto favorable de 36 señores Senadores, de un total de 38 en ejercicio, dándose cumplimiento, de esta forma, a lo preceptuado en los artículos 54, Número 1), y 66, inciso segundo, de la Constitución Política de la República.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 2.795, de 11 de abril de 2000.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 24 de enero de 2008.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a las leyes Nºs. 20.174 y 20.175:
1. Modifícase el artículo 14 de la ley N° 20.174, en el siguiente sentido:
a) Reemplázase su inciso primero, por el siguiente:
“Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV Región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.”.
b) Sustitúyese su inciso tercero, por el siguiente:
“Con excepción de lo dispuesto en el inciso primero, toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la Región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley.”.
2. Modifícase el artículo 14 de la ley N° 20.175, de la siguiente forma:
a) Reemplázase su inciso primero, por el siguiente:
“Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la I Región de Tarapacá , se entenderá que existe área contigua respecto de la XV Región de Arica y Parinacota en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.”.
b) Sustitúyese su inciso tercero, por el que sigue:
“Con excepción de lo dispuesto en el inciso primero, toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la Región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley.”.”.
-o-
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
3. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de salarios base. (boletín N° 5433-13-1)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informaros, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S. E. la Presidenta de la República , que modifica el Código del Trabajo en materia de salarios base.
A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Osvaldo Andrade Lara ; el señor Subsecretario del Trabajo , don Zarko Luksic Sandoval , y el asesor de esa cartera de Estado, don Francisco Del Río Correa .
I. ANTECEDENTES GENERALES.
El proyecto que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social somete a vuestro conocimiento apunta a determinar que el componente de la remuneración consignado como sueldo base o estipendio fijo no pueda ser inferior a un Ingreso Mínimo Mensual, IMM, fijado por la ley.
Al respecto, el artículo 42 del Código del Trabajo, señala los diferentes elementos que componen la remuneración:
1) sueldo, que es el estipendio fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 10;
2) sobresueldo, que consiste en la remuneración de horas extraordinarias de trabajo;
3) comisión, que es el porcentaje sobre el precio de las ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones, que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador;
4) participación, que es la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o sólo de la de una o más secciones o sucursales de la misma, y
5) gratificación, que corresponde a la parte de utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.
Por su parte, esta iniciativa debe entenderse relacionada con las conclusiones adoptadas por las comisiones investigadoras que en los años 2000 y 2006 han dado cuenta de la existencia de contratos de trabajo con sueldos base de $ 1.000 o $ 10.000 al mes, dejando el complemento del IMM a la variabilidad del desempeño del trabajador, es decir a su productividad, aún cuando en el evento de no alcanzarse dicho monto en el cálculo del elemento variable, el empleador está obligado a enterar a lo menos dicha cantidad mensualmente.
En efecto, actualmente si un trabajador percibe solamente remuneración variable, debe alcanzar con su productividad el monto mínimo mensual, aun cuando dicha cantidad se le garantice por ley. En este contexto, la presente iniciativa propone reidentificar la naturaleza del componente fijo de la remuneración, haciéndolo asimilable al cumplimiento de una jornada ordinaria en virtud de la celebración de un contrato de trabajo, independientemente de la productividad del empleador, la cual se remunera conforme a los otros elementos que señala el artículo 42 del Código del Trabajo.
Cabe mencionar, finalmente, que antes de la promulgación de la ley 19.988 de 2004, el sueldo base pactado era la base de cálculo para el valor hora a recargar con motivo del pago de las horas extraordinarias (50%), por lo que si se pactaban sumas notoriamente bajas como sueldo fijo, ello afectaba considerablemente la remuneración final del trabajador. Este problema fue resuelto por dicho cuerpo legal determinando que en estos casos la base de cálculo debía ser a lo menos el valor hora de un ingreso mínimo mensual.
II. MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.
En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalaros que la idea matriz o fundamental del proyecto es establecer en el Código del Trabajo que el sueldo base, es decir el estipendio fijo en dinero o en especies, que recibe el trabajador por sus servicios, no puede ser inferior a un ingreso mínimo mensual.
Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto aprobado por vuestra Comisión en dos artículos permanentes y uno transitorio.
III. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.
En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, los artículos del proyecto de ley en informe no requieren para su aprobación de quórum calificado ni son de rango orgánico constitucional.
IV. DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.
Vuestra Comisión recibió al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Osvaldo Andrade Lara ; al señor Subsecretario del Trabajo , don Zarko Luksic Sandoval ; al señor Gerente General de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras, don Alejandro Alarcón Pérez ; al señor Gerente General de la Asociación de Aseguradores de Chile A.G., don Jorge Claude Bourdel ; al señor Director Ejecutivo de la Cámara Nacional de Comercio, don Alberto Finlay Correa ; al señor asesor de la Unión Nacional de Trabajadores, don Claudio Storm ; al señor Presidente de la Confederación de Sindicatos y Federaciones de Trabajadores del Comercio, Confección de Vestuario y Producción –Consfecove-; al señor Director del Centro de Microdatos del Departamento de Economía de la Universidad de Chile, don David Bravo Urrutia y al asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, don Francisco Del Río Correa .
V. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
A juicio de vuestra Comisión, el articulado del proyecto en informe no debe ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda de esta Corporación.
VI. DISCUSIÓN GENERAL.
El proyecto en informe fue aprobado, en general, por la unanimidad de los miembros de vuestra Comisión en su sesión de fecha 15 de enero del año en curso, esto es, con el voto favorable de las Diputadas señoras Muñoz , doña Adriana ; Sepulveda , doña Alejandra , y Vidal , doña Ximena y de los Diputados señores Aguiló; Alinco ; Bertolino ; Dittborn ; Melero ; Meza ; Monckeberg, don Nicolás ; Recondo ; Saffirio , y Salaberry .
Durante su discusión general, el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social señaló que se trata de una materia de alta sensibilidad laboral. ya que innova sobre la determinación de los elementos que componen la remuneración del trabajador. Manifestó que esta regulación es fruto de una serie de consultas a diferentes sectores técnicos y políticos, tras el cual se ha levantado una propuesta orientada a delimitar y diferenciar en el concepto de remuneración, aquellos componentes fijos de los variables, entendiendo que estos últimos dicen relación inequívoca con la productividad del trabajador, en tanto que aquellos, compensan el tiempo (jornada de trabajo) que el trabajador se pone a disposición del empleador para los servicios que se pacten en el contrato de trabajo.
Agregó que esta perspectiva de regulación se encuentra en concordancia con los criterios de trabajo decente impulsados por la Organización Internacional del Trabajo, atendido el hecho de que es diferente remunerar la productividad y el esfuerzo del trabajador, que cumplir con las normas sobre sueldo mínimo por cumplimiento de una jornada ordinaria en virtud de un contrato de trabajo.
Contrario a estos principios, se encuentran los casos que ha conocido esta Comisión y las Especiales Investigadoras sobre abusos laborales y que se relacionan con la existencia de contratos de trabajo con sueldos base de $1.000 o cantidades similares. En el período anterior, acotó el señor Ministro , se legisló para subir la base de cálculo de las horas extraordinarias, asunto que se burlaba por el expediente de fijar sueldo base ridículamente bajos; hoy se esta proponiendo derechamente entender que el sueldo base no pueda ser inferior al mínimo legal, considerando que esta cantidad se encuentra asegurada por ley para el trabajador que celebra un contrato de trabajo.
De esta forma, la propuesta de cambio legal, apunta a determinar que el sueldo base, es decir el estipendio fijo en dinero o especies, que percibe el trabajador por sus servicios, no puede ser inferior al mínimo legal, sin perjuicio que el resto de la remuneración se componga de elementos variables que en forma de incentivo recompensen una mayor productividad, o mayores ventas, o bien, un mejor aporte del trabajador al crecimiento de la utilidades de la empresa.
Explicó el señor Ministro que, para una correcta lectura e interpretación de los componentes de la remuneración, deben entenderse éstos estrechamente ligados también a la naturaleza de la prestación de los servicios del trabajador con motivo del contrato de trabajo.
Ello es así, ya que el contrato de trabajo se define sustancialmente como una prestación de servicios personales, bajo dependencia y subordinación a la que corresponde una contraprestación en dinero, no pudiendo separarse jurídicamente la concurrencia de ambos elementos. La falta o ausencia de cualquiera de ellos, implica que se esta en presencia de un acto jurídico de otra naturaleza.
En consecuencia, prosiguió el Secretario de Estado , cabe preguntarse si existe una correspondencia interpretativa entre los elementos que componen la remuneración y los servicios que se prestan; a su juicio, evidentemente que sí, puesto que la propia definición del artículo 42, alude en sus literales b) a e), a conductas y acciones del trabajador que pudieren tener como correspondencia un tipo diferente de remuneración. Por ejemplo, la Comisión se define como el pago de ventas u otras operaciones en que colabora el trabajador, o bien el sobresueldo que es el pago de una mayor permanencia del trabajador en la empresa, por sobre su jornada ordinaria.
Es decir, subrayó, los elementos de la prestación de los servicios desde la perspectiva de las remuneraciones, son dos: el cumplimiento de la jornada y la productividad del trabajador.
De esta forma, no cabe sino concluir que el sueldo o estipendio fijo que percibe el trabajador, corresponde al tiempo de prestación de sus servicios en la empresa, es decir a la remuneración que tiene como correspondencia la prestación de los servicios en una jornada ordinaria pactada, dejando a otros elementos la compensación por la productividad del trabajador.
Cabe recordar, finalizó el señor Ministro , que el ingreso mínimo no tiene como objeto tener el valor de suficiencia para la sobrevivencia del trabajador y su familia, sino que es un salario de protección al ingreso de la fuerza laboral, especialmente la menos calificada, por lo que es necesario clarificar su exacta posición dentro de los componentes de la relación de trabajo, asunto del que se encarga, entiende, esta iniciativa.
El señor representante de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras señaló que la iniciativa de ley no guarda relación con la situación de los trabajadores de esa industria por cuanto las condiciones laborales que rigen en esta industria son superiores en comparación a otros sectores de la economía.
Agregó que las remuneraciones han observado variaciones a tasas crecientes, cuando la actividad económica -y por consiguiente el empleo- ha experimentado altas tasas de crecimiento, con la excepción del periodo comprendido entre 1998-2003, donde la crisis asiática golpeó fuertemente a la actividad productiva del país.
Destacó que de acuerdo a la teoría económica, el pago de factores se realiza en base a la productividad de éstos, en este caso en particular y siguiendo la teoría tradicional, interpretan que el factor trabajo deberá ser remunerado en base a su productividad, de tal forma que cada vez que la productividad ha crecido de manera importante, las remuneraciones han seguido la misma línea.
Subrayó el hecho que, no obstante lo anterior, el aumento de la productividad tiene directa relación con el nivel educacional de la fuerza laboral de nuestro país. En esta materia, a su juicio, es de trascendental importancia contar con un sistema educacional de calidad, con el objetivo de traspasar conocimientos y otorgar las herramientas necesarias a la población a fin de facilitar el acceso al desarrollo profesional, lo que redundará finalmente en trabajadores más capacitados y productivos.
Concluyó señalando que en opinión de esa Asociación de Bancos, se debería revisar en profundidad, los impactos económicos de las iniciativas legales que se están promoviendo en relación al impacto que puede tener en la generación y mantención de los empleos. Y que por otra parte, si la presentación de estos proyectos de ley, tienen su origen en malas prácticas laborales, estiman que en un Estado de Derecho, la solución adecuada es el ejercicio de las acciones legales correspondientes y no iniciativas legales cuyos beneficios que pretenden alcanzar son, a lo menos discutibles.
Por su parte el señor Presidente de la Consfecove señaló que sin perjuicio de reconocer las buenas intenciones de la iniciativa, ella no apunta al problema concreto que afecta a los trabajadores que gozan de sueldos estructurados a partir de comisiones.
Dichos sueldos mensuales no persiguen otra cosa –a su juicio- que permitir a los empleadores aducir que los trabajadores comisionistas que los perciben son trabajadores remunerados con un estipendio fijo mensual, lo que los excluiría del beneficio contemplado en el artículo 45 del Código del Trabajo –semana corrida-. Así, a cambio de pagar un sueldo mensual insignificante, se ahorra el empleador el pago del beneficio denominado de “semana corrida” que debería representar aproximadamente un 16,66% de los ingresos variables del trabajador comisionista, por lo que el establecimiento de un sueldo que sea a lo menos equivalente al ingreso mínimo no soluciona el problema, por cuanto lo único que hace es consolidar el abuso, en la medida que ahora, con mejores argumentos, se continuará no pagando el beneficio del descanso del séptimo día a los vendedores. El sueldo que se establece no importará, por cierto, mejoría en las remuneraciones, por cuanto se faculta a las empresas para redefinir los porcentajes de comisiones, de manera tal que -- reduciéndolos -- quedan las remuneraciones totales en el mismo nivel anterior.
En suma, a su juicio, se consolida el abuso y no se avanza en la práctica, por lo que proponen extender el beneficio del artículo 45 del Código del Trabajo para los trabajadores afectos a un cuadro de remuneraciones mixto, los que, a pretexto de un sueldo que no refleja sus ingresos mensuales, quedan privados del derecho a descanso semanal pagado en relación a sus remuneraciones variables.
Por su parte, las señoras y señores Diputados manifestaron su posición favorable respecto del proyecto, en general, compartiendo los objetivos señalados por el Ejecutivo , en cuanto a que la iniciativa de ley importa mejorar la situación de miles de trabajadores del país, particularmente de aquellos que construyen sus ingresos en virtud de comisiones.
Asimismo, los Diputados coincidieron en la necesidad de que la aplicación de la medida propuesta no importe un menoscabo para los trabajadores que deban someterse a una adecuación de sus estructuras de remuneraciones, y que se considere la aplicación de plazos prudentes para los empleadores que deban adecuarlas.
VII. SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACIÓN EN GENERAL.
No hubo en el seno de vuestra Comisión opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación en general.
VIII. DISCUSIÓN PARTICULAR.
No obstante el acuerdo unánime alcanzado por la Comisión en la discusión general del proyecto en Informe, algunos señores Diputados hicieron presente en la discusión particular del mismo, que el efecto inmediato del proyecto no será visible en la medida que actualmente no pueden existir trabajadores que perciban menos del ingreso mínimo mensual, aunque parte de ese ingreso se complete mediante comisiones. Adicionalmente, argumentaron que respecto de los contratos actualmente pactados, el proyecto propone que el empleador estará obligado a ajustar el contrato y establecer un sueldo base no inferior al ingreso mínimo; pero si el trabajador no aceptara el ajuste del contrato, podría producirse un aumento de las remuneraciones de los trabajadores que carecen de sueldo base, o que teniéndolo, es inferior al ingreso mínimo, generando, eventualmente, mayores tasas de desocupación y menor contratación, por lo que creyeron necesario hacer las adecuaciones pertinentes a su texto con la finalidad de dar cumplimiento a cabalidad al objetivo y fundamento del proyecto.
Vuestra Comisión, en su sesión ordinaria celebrada el mismo 15 de enero del año en curso, sometió a discusión particular el proyecto de ley adoptándose los siguientes acuerdos respecto de su texto:
“Artículo Primero.- Para reemplazar el literal a) del artículo 42 del Código del Trabajo por el siguiente:
“a) sueldo, o sueldo base, que es el estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de lo señalado en el inciso segundo del artículo 10. El sueldo, no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual. Se exceptúan de esta norma aquellos trabajadores exentos del cumplimiento de jornada.”.
-Puesto en votación fue aprobado por la unanimidad de los Diputados miembros de la Comisión.
Artículo Segundo.- Para modificar el artículo 44 del Código del Trabajo, en la siguiente forma:
a) Para agregar en su inciso primero, antes de su punto aparte, la siguiente oración precedida de una coma (,): “sin perjuicio de lo señalado en la letra a) del artículo 42”.
b) Para reemplazar en su inciso tercero, las expresiones “de la remuneración”, “la remuneración” y “a la mínima”, por las expresiones “del sueldo”, “el sueldo”, y “al mínimo”, respectivamente.
-Puesto en votación fue aprobado por la unanimidad de los Diputados miembros de la Comisión.
Artículo Transitorio.- Los empleadores que a la fecha de la vigencia de la presente ley no hubieren pactado sueldos en los respectivos contratos de trabajo, o bien si éstos fueren inferiores a un ingreso mínimo mensual, tendrán un plazo de sesenta días para ajustar los contratos y las remuneraciones de sus trabajadores a las normas de la presente ley. Aún cuando la remuneración del trabajador se componga de elementos variables que deban ser ajustados, ello no podrá significar una disminución de la misma, considerando el promedio de lo devengado en los últimos seis meses, o bien en el período contado desde la fecha de incorporación del trabajador, en caso de ser éste un período inferior.”.
Los Diputados señores Dittborn ; Melero ; Monckeberg, don Nicolás ; Recondo , y Salaberry , formularon indicación al artículo transitorio del proyecto, del siguiente tenor:
“Para sustituir el artículo transitorio del proyecto por el siguiente:
Artículo transitorio.- Los empleadores que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley hubieren pactado sueldos inferiores a un ingreso mínimo mensual, en los respectivos contratos de trabajo, tendrán un plazo de seis meses para ajustar los contratos y las remuneraciones de sus trabajadores a las normas de la presente ley.
Cuando la remuneración del trabajador incluya elementos variables que deban ser ajustados, ello no podrá significar una disminución de la misma. Para estos efectos, se entenderá que hay una disminución de la remuneración cuando, una vez efectuado el ajuste, el trabajador percibiere una menor remuneración que la que habría podido recibir antes del mismo frente a la ocurrencia de iguales operaciones.”
-Puesta en votación, la indicación fue aprobada por la unanimidad de los Diputados miembros de la Comisión.
IX. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.
No existen disposiciones en tal situación.
-o-
Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo Primero.- Para reemplazar el literal a) del artículo 42 del Código del Trabajo por el siguiente:
“a) sueldo, o sueldo base, que es el estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de lo señalado en el inciso segundo del artículo 10. El sueldo, no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual. Se exceptúan de esta norma aquellos trabajadores exentos del cumplimiento de jornada.”.
Artículo Segundo.- Para modificar el artículo 44 del Código del Trabajo, en la siguiente forma:
a) Para agregar en su inciso primero, antes de su punto aparte, la siguiente oración precedida de una coma (,): “sin perjuicio de lo señalado en la letra a) del artículo 42”.
b) Para reemplazar en su inciso tercero, las expresiones “de la remuneración”, “la remuneración” y “a la mínima”, por las expresiones “del sueldo”, “el sueldo”, y “al mínimo”, respectivamente.
Artículo transitorio.- Los empleadores que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley hubieren pactado sueldos inferiores a un ingreso mínimo mensual, en los respectivos contratos de trabajo, tendrán un plazo de seis meses para ajustar los contratos y las remuneraciones de sus trabajadores a las normas de la presente ley.
Cuando la remuneración del trabajador incluya elementos variables que deban ser ajustados, ello no podrá significar una disminución de la misma. Para estos efectos, se entenderá que hay una disminución de la remuneración cuando, una vez efectuado el ajuste, el trabajador percibiere una menor remuneración que la que habría podido recibir antes del mismo frente a la ocurrencia de iguales operaciones.”
-o-
Se designó diputado informante , a don Patricio Melero Abaroa .
Sala de la Comisión, a 15 de enero de 2008.
Acordado en sesiones de 6 y 20 de noviembre; 11 de diciembre de 2007, y 8 y 15 de enero del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Muñoz , doña Adriana ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Vidal , doña Ximena , y de los Diputados señores Aguiló; Alinco ; Bertolino ; Dittborn ; Melero ; Meza ; Monckeberg, don Nicolás ; Recondo ; Saffirio , y Salaberry .
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado Secretario de la Comisión ”.
4. Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural acerca del proyecto de ley que modifica el artículo 10 de la ley N° 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país. (boletín N° 5343-01)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural informa acerca del proyecto de ley, en primer trámite reglamentario, sin urgencia y en primer trámite constitucional, originado en un mensaje de S.E. la Presidenta de la República , que modifica el artículo 10 de la ley N° 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1ª) Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado.
2ª) Que, de acuerdo con el artículo 220 del Reglamento de la Corporación, el texto del proyecto de ley aprobado por la Comisión debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.
3ª) Se hace constar que, en virtud del artículo 15 del Reglamento, se introdujeron algunas correcciones formales, que no es del caso detallar.
4ª) Que el proyecto de ley ha sido aprobado, en general, por unanimidad, con el voto favorable de los Diputados señora Sepúlveda y señores Farías ( Presidente ), Barros , Enríquez-Ominami , Galilea , Lobos , Martínez , Núñez , Espinosa , Sule, Tuma y Urrutia .
5ª) Que, como Diputado informante , se designó al señor Marco Antonio Núñez Lozano .
Durante el estudio de este proyecto de ley, vuestra Comisión contó con la asistencia y la participación de las siguientes personas:
-Por el Ministerio de Agricultura, don Álvaro Rojas , Ministro de Agricultura ; don Reinaldo Ruiz , Subsecretario de Agricultura (S) y Director Nacional de Odepa ; don Juan José Troncoso, Subdirector de Odepa ; doña Jeannette Danty , Profesional de Odepa, encargada de Cereales; doña Andrea Cerda , Profesional de Odepa; don Mauricio Caussade , Fiscal del Ministerio de Agricultura; don Andrés Jouanett, don Víctor Venegas y don Mauricio Ovalle , Asesores, y don Rodrigo Alegría , Jefe de Gabinete del Ministro de Agricultura .
-Por el Ministerio de Hacienda, doña María Olivia Recart , Subsecretaria de Hacienda ; don Raúl Sáez , Coordinador de Asuntos Internacionales; doña Jacqueline Staintard, doña Tamara Agnic don Juan Araya , doña Ninel Calisto , y doña Andrea Pinto-Agüero , Asesores.
-Por el Ministerio de Relaciones Exteriores, don Carlos Furche , Director de Relaciones Económicas Internacionales , y don Álvaro Espinoza , abogado.
-Por el Servicio Nacional de Aduanas, don Sergio Mujica , Director Nacional de Aduanas ; don Mario Arrué , Subdirector de Fiscalización, y don Mauricio Zelada , Subdirector Jurídico.
-Por la Comercializadora de Trigo S.A., don Eduardo Meersohn , Gerente General de Cotrisa , y don Walter Maldonado , Jefe de Desarrollo .
-Por la Federación Gremial Nacional de Productores de Trigo y Oleaginosas, el Consorcio Agrícola del Sur y la Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco A.G., don Manuel Riesco , Presidente de Fedetrigo , y don Álvaro Jana , Abogado.
-Por la Federación de Productores de Leche, don Carlos Arancibia, Gerente de Fedeleche.
-Por los Centros de Gestión, don Claudio Oyarzún , Agricultor y Gerente del Centro de Gestión de La Araucanía , y don Osvaldo Burgos , Representante del Centro de Gestión de Temuco .
-Por la Asociación de Molineros del Centro A.G, don Fermín Dihazarri , Presidente ; don Sergio Ossa , Gerente General; don Juan Enrique Ojeda , Director, y don Jorge Bravo , Asesor.
-Por la Sociedad Nacional de Agricultura, doña Ema Budinich, Gerenta del Departamento de Estudios de la SNA.
-Por el Instituto Libertad y Desarrollo, don Tomás Flores , Director de Estudios , y don Álvaro Paúl , Investigador .
-Por la Fundación Jaime Guzmán, don Edmundo Piffre de Voban , Investigador.
II. IDEAS FUNDAMENTALES O MATRICES DEL PROYECTO.
La idea matriz que inspira la proposición de esta iniciativa legal radica en la necesidad de efectuar adecuaciones legales al artículo 10 de la ley N° 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra contenido en el decreto con fuerza de ley N° 31, de 2005, en cumplimiento de las constataciones y conclusiones del Órgano de Apelación de la Organización Mundial del Comercio, adoptadas por el Órgano de Solución de Diferencias del organismo internacional.
A) Fundamentos.
Señala el mensaje que el actual artículo 10 del texto vigente de la ley N° 18.525, establece los procedimientos para la determinación del mecanismo conocido como “Sistema de Bandas de Precios”, vigente desde mediados de la década de los ochenta.
Este mecanismo fue cuestionado ante la OMC por la República Argentina en el año 2000, originando una controversia resuelta mediante el mecanismo de solución de diferencias, lo que, en definitiva, determinó que la OMC, en octubre de 2002, solicitara a Chile adecuar su Sistema de Bandas de Precios de conformidad a las constataciones y conclusiones del Órgano de Apelación de la mencionada organización.
Para dar cumplimiento al fallo de la OMC, en el año 2003 se envió a tramitación del H. Congreso Nacional, un proyecto de ley que, para implementar la recomendación de la OMC, reemplazó el sistema entonces vigente por un nuevo mecanismo para el cálculo de los derechos específicos y rebajas al arancel, que eliminaba la variabilidad y hacía el sistema más transparente y previsible, de acuerdo a las constataciones y conclusiones del Órgano de Apelación. Este proyecto fue finalmente aprobado y promulgado como norma de la República mediante la ley N° 19.897 del año 2003.
Esta normativa sin embargo, fue nuevamente cuestionada en 2006 por Argentina, originándose una controversia de acuerdo a las normas del párrafo 5 del Artículo 21 del Entendimiento de Solución de Diferencias de la OMC. Es así como, con fecha 22 de mayo pasado, el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC adoptó el nuevo fallo del Órgano de Apelación, el que constató que la modificación legal de implementación adoptada por Chile en el año 2003, continuaba siendo una medida aplicada en la frontera similar a un gravamen variable a la importación y a un precio mínimo de importación en el sentido de la nota 1 al párrafo 2 del artículo 4 del Acuerdo sobre la Agricultura que forma parte integrante de la OMC. Este tipo de medidas se encuentran proscritas por dicho Acuerdo, y en consecuencia, no pueden mantenerse por los Estados Miembros.
Tras efectuar un análisis detallado del fallo de la OMC y de los compromisos acordados el año 2003, el proyecto, para el total cumplimiento de las constataciones y conclusiones del Órgano de Apelación de la OMC, reemplaza el mecanismo de cálculo para la determinación de los derechos y rebajas aplicables al trigo y la harina de trigo que actualmente contempla la ley, por un derecho específico fijo y determinado que queda establecido en la propia ley y será aplicable a toda operación de importación.
De esta forma, el derecho específico propuesto se contempla en la misma ley y no presenta elementos de variabilidad o de falta de transparencia o de falta de previsibilidad en la fijación del monto del derecho a ser percibido siendo un derecho de aduana propiamente dicho, zanjando toda discusión respecto a si mantendría características propias de un gravamen variable o de un precio mínimo, pues se trata de un derecho de aduana que cumple todos los parámetros establecidos consistente y sistemáticamente por la jurisprudencia y práctica de la Organización Mundial del Comercio.
B) Comentario sobre el articulado del proyecto.
En primer término, el proyecto modifica el artículo 10 de la ley N° 18.525, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto con fuerza de ley N° 31, de 2005, reemplazando el mecanismo de cálculo para la determinación de los derechos y rebajas aplicables al trigo y la harina de trigo, actualmente vigente, por un derecho específico fijo y determinado, que cumple con todas las características y requisitos de los derechos de aduana propiamente dichos.
Este nuevo derecho específico que afectará a las importaciones de trigo y harina de trigo se establece en dólares por tonelada importada y su cuantía, a diferencia de los derechos percibidos hasta la fecha, pasa a estar definido en la propia ley. Asimismo, se aplicará de manera inalterada hasta el año 2014, oportunidad en la que, de acuerdo a lo señalado en la normativa actualmente vigente, el Presidente de la República evaluará las modalidades y condiciones de aplicación, considerando las circunstancias de los mercados internacionales, las necesidades de los sectores industriales, productivos y de los consumidores, así como las obligaciones comerciales de nuestro país vigentes a esa fecha.
Para el cumplimiento de las recomendaciones de la OMC, se ha eliminado cualquier elemento de variabilidad o de falta de transparencia o previsibilidad en la forma de calcular el derecho aplicable a las importaciones de trigo y harina de trigo, contemplando el proyecto de ley en su reemplazo, el establecimiento de un derecho específico aplicable a las importaciones de trigo de 30 dólares por tonelada (US$/ton).
En el caso de la harina de trigo, se mantiene el factor de 1,56 considerado por la ley vigente para la determinación de los derechos específicos a partir del derecho determinado para el trigo, con lo que el proyecto propone el establecimiento de un derecho específico de 47 dólares por tonelada importada (US$/ton).
El proyecto no incorpora ninguna modificación respecto del mecanismo de cálculo de derechos específicos y rebajas aplicable al azúcar en atención a que no ha sido objeto de cuestionamientos en los procedimientos desarrollados ante la OMC, manteniendo, en consecuencia, su funcionamiento tal como actualmente se consigna en el mencionado artículo 10 del actual texto de la ley N° 18.525.
El proyecto además, reitera el compromiso de Chile asumido ante la Organización Mundial del Comercio, referido a no exceder el nivel del arancel tipo consolidado para cada producto importado al país.
C) Informe financiero.
El Ejecutivo acompañó a esta iniciativa un informe financiero, que se transcribe a continuación.
“1. El presente proyecto de ley modifica el artículo 10 de la ley N° 18.525, reemplazando el mecanismo de cálculo para la determinación de los derechos y rebajas aplicables al trigo y la harina de trigo, actualmente vigente, por un derecho específico fijo y determinado de 30 y 47 dólares por tonelada para el trigo y para la harina de trigo, respectivamente.
2. Si bien teóricamente el proyecto generaría mayores ingresos fiscales vía recaudación arancelaria, dicho efecto se verá compensado por los compromisos internacionales adquiridos en los acuerdos comerciales vigentes, lo que hace que el resultado práctico final sea equivalente a la situación actualmente existente, en que la recaudación arancelaria por los ítems señalados equivale a US$ 0.
3. La modificación propuesta no irrogará un mayor gasto fiscal.”
III. ANTECEDENTES DEL PROYECTO.
A) Incidencia en la legislación vigente.
El artículo 19, N° 20, de la Constitución Política asegura la igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición de las demás cargas públicas.
Los derechos arancelarios constituyen un impuesto a un producto importado, ya sea que varíe cuando su precio de importación se encuentra por debajo o por encima de cierto margen (banda de precio) o cuando se trata de un arancel fijo, como el que se propone mediante esta iniciativa, por lo que se refiere a una materia de ley regulada por el citado precepto constitucional.
Por otra parte, el artículo 65, inciso cuarto, N° 1 de la Constitución declara como materia de iniciativa exclusiva presidencial las que tienen por objeto imponer, suprimir, reducir, o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes y determinar su forma, proporcionalidad o progresión.
1. Ley Nº 18.525.
Esta ley establece, en su artículo 10, para el sólo efecto de asegurar un margen razonable de fluctuación de los precios internos del trigo, de las semillas de oleaginosas, de los aceites vegetales comestibles y del azúcar, en relación con los precios internacionales de tales productos, derechos específicos en dólares por unidad arancelaria o derechos ad valórem, o ambos, y rebajas a las sumas, que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero, que podrán afectar la importación de dichas mercaderías.
El monto de tales derechos y rebajas establecidos en conformidad al procedimiento señalado en este artículo se determina una vez al año por el Presidente de la República , en términos que, aplicados a los niveles de precios que los mencionados productos alcancen en los mercados internacionales, permitan sustentar un costo mínimo y un costo máximo de importación de los mismos durante el período de comercialización interna de la producción nacional.
Para la determinación de los costos a que se refiere el inciso anterior, se consideran los precios internacionales promedios mensuales registrados en los mercados de mayor relevancia en un período inmediatamente precedente de cinco años calendarios para el trigo, semillas de oleaginosas y aceites vegetales comestibles, y de diez años calendario para el azúcar.
Los precios para la aplicación de estos derechos y rebajas serán los que alcancen a la fecha del embarque las respectivas mercaderías. El Servicio Nacional de Aduanas debe informar semanalmente estos precios, pudiendo requerir, para tal efecto, antecedentes a otros organismos públicos.
Los derechos específicos que resulten de la aplicación de este artículo, sumados al derecho ad valórem, no podrán sobrepasar el arancel tipo básico, consolidado por Chile ante la Organización Mundial de Comercio para las mercancías a que se refiere este artículo, considerando cada operación de importación individualmente y teniendo como base de cálculo el valor CIF de las mercancías comprendidas en la respectiva operación. Para tal efecto, corresponderá al Servicio Nacional de Aduanas adoptar las medidas conducentes a mantener el límite señalado en esta disposición.
2. El Arancel Aduanero.
Por su parte, el Arancel Aduanero chileno, basado en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, establece reglas generales para la interpretación de la nomenclatura arancelaria. La clasificación de mercancías en la Nomenclatura se regirá por los principios siguientes:
REGLA 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo, y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.
REGLA 2. a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.
b) Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.
REGLA 3. Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:
a) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa;
b) Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo;
c) Cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.
REGLA 4. Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.
REGLA 5. Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las Reglas siguientes:
a) los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que están destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean de los tipos normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta Regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter esencial;
b) salvo lo dispuesto en la Regla 5 a) anterior, los envases que contengan mercancías se clasificarán con ellas cuando sean de los tipos normalmente utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.
REGLA 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
B) Antecedentes generales respecto de las bandas de precios en Chile.
El precio de los commodities (mercancías), tales como el maíz, el trigo, la soya, se caracterizan por tener precios internacionales volátiles, lo que se explica porque la exportación es de excedentes, es decir primero se estabiliza el mercado interno y se exporta el resto. El problema es que cualquier cambio en la producción interna impacta sobre la oferta (mercado) y abastecimiento internacional del producto.
A lo anterior hay que sumar los costos de producción de estos commodities. En nuestro país las diferencias de precios con los mercados internacionales son, por lo general, mínimas, pero nuestro nivel de producción es menor, razón por la que, tal como señalan los expertos de Cepal, “cualquier variación en la cotización internacional del producto, puede significar dejar fuera del mercado a parte importante de los productores nacionales”.
Por esta razón es que se aplican en Chile las bandas de precios. Sistema establecido por ley, que se define como los “instrumentos de estabilización de los costos de importación de un producto, por lo que sólo atenúan, pero no eliminan la variabilidad de los precios internos”; es decir, se aumenta el arancel de un producto cuando disminuye su precio internacional y se disminuye cuando aumenta.
Las bandas de precios, fijan entonces valores mínimos y máximos para los costos de importación. Dentro de estos valores fluctúan los costos de importación. “Si éstos se sitúan por debajo del valor mínimo, se aplican derechos específicos a la importación, para que el costo efectivo de internación sea similar al piso de la banda. En cambio, cuando el costo de importación supera el valor máximo, se aplican rebajas al arancel general existente para que los costos sean igual al techo de la banda.
Para determinar el derecho especifico o rebaja de una importación, se utiliza un precio de referencia informado por el Servicio Nacional de Aduanas, que es menor detectado durante la semana que se efectúa el embarque correspondiente”. Este sistema hace que el costo beneficio sea aprovechado tanto por los productores como por los consumidores, así cuando hay excedentes pro efectos del piso de la banda, quienes se benefician son los productores, en cambio, cuando estamos en el techo de la banda, los beneficiados con los excedentes son los consumidores.
La Organización Económica para América latina y el caribe, Eclac, señala que los orígenes del problema se remontan a la Ronda de Tokio oportunidad en que “Chile negoció un arancel consolidado del 35%. Los países que participaron en los acuerdos de esta Ronda podían sobrepasar ese arancel auto denunciándose de su sobregiro, y bastaba con ello para que el arancel excedido se pudiera aplicar por el país correspondiente.
Pero, en la Ronda Uruguay surgieron exigencias más estrictas. Para iniciar las conversaciones los países debieron aceptar una rebaja del 10% en el arancel consolidado. Chile quedó así sujeto al arancel del 31,5% que es el que rige en la actualidad”. Uno de los problemas es que no existe concordancia en los aranceles, especialmente el trigo. Otro problema es que las discusiones actuales sobre las bandas no sólo tienen que ver con la variabilidad de los precios del mercado, sino que también con la competitividad de éstos.
Este mismo organismo, ya señalaba en el año 2000, que las bandas pueden distorsionarse si tras ellas se observan intenciones proteccionistas, razón por la que señala que es necesario contar con una base muy técnica como mecanismo de estabilización de precios, por lo que hay que tener “una predisposición muy resuelta a adoptar las medidas que sean necesarias para adaptar el funcionamiento y la operación de las mismas a sus verdaderos objetivos.
Las bandas de precios no pueden transformarse en un freno a los ajustes estructurales que el proceso de modernización le impone a la agricultura. Se trata de operar un mecanismo de estabilización de precios que permita transmitir las señales de mercado que los productores agrícolas y agroindustriales necesitan para tomar las decisiones correctas en el proceso de adecuación de su quehacer productivo”.
En este sentido se plantean los siguientes motivos de preocupación:
-Transparencia del mecanismo utilizado para determinar los precios internacionales que se incluyen o excluyen para realizar el cálculo de la banda de un determinado producto.
-Velocidad con que se recogen los precios internacionales
-Estructura utilizada para la selección de los mercados relevantes para fijar los precios de referencia
Para dejar sin efecto el actual sistema de banda de precios, se debe recurrir al legislativo para su tramitación, lo que se concreta con el envío del proyecto de ley que modifica el artículo 10 de la ley 18.525, que establece normas de importación de mercancías al país.
IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.
a) En general.
El señor Álvaro Rojas , Ministro de Agricultura , explicó que Argentina da inicio a la disputa en el año 2000. El primer fallo negativo, en octubre de 2002, sostuvo que el sistema de bandas de precios es una medida en frontera “similar a un gravamen variable a las importaciones” y a un “precio mínimo a la importación” y que adolece de “falta de transparencia y previsibilidad”.
En septiembre de 2003, se efectúa la modificación de la ley de bandas, que establece variabilidad de los derechos específicos, transparencia del sistema, previsibilidad de los aranceles y un cronograma de desmantelamiento gradual, hasta el 2014. Argentina no concuerda con las modificaciones y recurre nuevamente a la OMC, en enero de 2006.
Transcurridos siete años de disputa y dos apelaciones, la Organización Mundial de Comercio falla definitivamente en contra de Chile, dictaminando que el sistema de bandas de precio aplicado al trigo y la harina de trigo es incompatible con las obligaciones de Chile ante esa Organización.
La OMC fundamentó su fallo en la similitud del sistema con los gravámenes variables y los precios mínimos a la importación -ambos expresamente prohibidos-y en su consiguiente falta de transparencia y previsibilidad.
El fallo recomienda a Chile “poner el sistema de bandas de precios en conformidad con sus obligaciones ante la OMC”. El 22 de mayo de 2007 se oficializó el fallo.
Los Ministerios de Agricultura, Economía, Hacienda, Relaciones Exteriores y Secretaría General de la Presidencia, diseñaron la propuesta que permite dar cumplimiento al fallo y respetar los compromisos asumidos el año 2003.
Desde diciembre de 2003 se han publicado 24 decretos: 2 con derechos (8%), en diciembre de 2004 y en abril de 2005; 13 con rebajas (54%) (diciembre de 2003 a agosto de2004, y junio de 2006 a la fecha), y 9 sólo con arancel NMF (38%). Desde octubre de 2006 el trigo importado no ha pagado arancel, producto del monto de las rebajas.
Estimaciones del “United States Department of Agriculture” -Usda- proyectan en 2007/08 un stock final que sería el más bajo de los últimos treinta años.
Dado los precios internacionales el precio en Chile, a partir de diciembre, debería ser superior al de la cosecha anterior y tendría como antecedente costos de importación superiores a $ 15.000 por quintal.
La propuesta para dar cumplimiento al fallo de la OMC significa una modificación legal del sistema de bandas de precios y un cambio en las condiciones de acceso para los socios comerciales a través de los acuerdos bilaterales.
La propuesta de cambios legislativos mantiene el derecho ad valórem del 6% a las importaciones de trigo y harina de trigo (arancel NMF).
Se reemplaza el mecanismo de cálculo de la banda por un derecho específico fijo a las importaciones de trigo y harina de trigo de 30 US$/ton y 47 US$/ton, respectivamente.
El total de derechos aplicados (ad valórem más específico) tiene como tope el arancel consolidado ante la OMC (31,5%).
En lo relativo al acceso preferencial para socios comerciales, en consideración a que la modificación legal por sí sola eleva la protección a niveles innecesarios, esta se acompañará de un Protocolo que otorgará acceso libre de arancel (desde el inicio de su vigencia) a las importaciones de trigo y harina de trigo sujeto a determinadas condiciones de precio.
Si en el futuro los precios bajan, se activarán automáticamente aranceles preestablecidos a la importación de trigo y harina. De esta manera se garantiza una protección equivalente a la que otorga la actual ley de bandas.
Protocolo: Aranceles para socios comerciales (trigo)
FOB (US$/TON)
Ad Valorem MSA
< 102
31,5%
= 102 < 110
27,0%
= 110 < 115
22,0%
= 115 < 120
17,0%
= 120 < 126
13,0%
= 126 < 147
6,0%
= 147 < 158
3,0%
= 158
0,0%
Protocolo: Aranceles para socios comerciales (harina de trigo)
FOB (US$/TON)
Ad Valorem MSA
< 159
31,5%
= 159 < 172
27,0%
= 172 < 179
22,0%
= 179 < 187
17,0%
= 187 < 197
13,0%
= 197 < 229
6,0%
= 229 < 246
3,0%
= 246
0,0%
El arancel total aplicado bajo este mecanismo no podrá ser mayor al arancel acordado bajo el programa de desgravación con Estados Unidos. El mecanismo dejará de operar el 31 de diciembre de 2014.
Arancel máximo comprometido por el TLC entre Chile y Estados Unidos
AÑO
ARANCEL MÁXIMO
2008
28.9%
2009
26.3%
2010
23.7%
2011
21.0%
2012
15.8%
2013
10.5%
2014
5.3%
2015
0.0%
El señor Álvaro Jana , abogado de la Federación Gremial Nacional de Productores de Trigo y Oleaginosas y, en representación del Consorcio Agrícola del Sur y de la Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco A.G., expresó que el proyecto para eliminar la banda de precios para el trigo y la harina de trigo, responde a la resolución de la OMC que declaró, a petición de Argentina, que dicho instrumento era contrario a los principios de la institución multilateral. La iniciativa busca establecer un arancel máximo de 31,5% para el trigo y la harina como reemplazo al efecto estabilizador de precios que tenían las bandas.
Sin embargo, el temor radica en que la modificación legal iría atada a una negociación reservada entre la Direcon y el gobierno argentino para, usando como ventana esa ley, darle preferencias especiales a ese país para exportar a Chile.
En noviembre de 2005 se enteraron, gracias a su propia investigación, que el Gobierno había suscrito en septiembre de ese año un protocolo con el Mercosur para entregarle, entre otras cosas, condiciones de desgravación de la banda del trigo y la harina equivalentes a las que obtuvo Estados Unidos en el tratado de libre comercio.
En la práctica, eso implica una desgravación importante a partir de 2008. Como contraprestación a la firma de ese protocolo Argentina debía poner término al panel de las bandas de precios ante la OMC. Lo inverosímil es que el país firmó el protocolo pero los trasandinos igual siguieron adelante con el panel. Chile se ató de manos y no obtuvo algo a cambio.
Lo más grave es que esa información se había mantenido oculta a los principales afectados, que son los agricultores.
Tanto la Federación de Productores de Trigo como la Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco y el Consorcio Agrícola del Sur han recibido, de manera informal, información de personeros de Gobierno de que Chile habría acordado un nuevo protocolo reservado con Argentina para otorgarle los mismos beneficios que en la negociación anterior.
De esta forma, la Direcon buscaría evitar que Argentina iniciara un arbitraje ante la Aladi, imputándole a Chile un incumplimiento del protocolo suscrito en 2005.
Si bien, en este momento, el precio de trigo está alto, nadie puede asegurar que de aquí a 2014 -período con protección del antiguo sistema de banda- los valores del trigo sigan altos. Además, Argentina tiene una estrategia comercial agresiva y ha competido en forma desleal con subsidios a los precios internos. Esas distorsiones se terminan transmitiendo a Chile.
Sostuvo que es posible recurrir ante el Tribunal Constitucional, para ver si un protocolo que afecta los aranceles puede ser implementado sin la aprobación previa del Congreso.
Pero, también, los más de 30 mil agricultores trigueros pueden pedir compensaciones al Estado por el cambio de escenario. En 2003 se aseguró que al Mercosur no se le entregarían las mismas concesiones que a Estados Unidos. Al entregársele ese beneficio a Argentina se vulnera el acuerdo y se alimenta una incertidumbre que afecta las perspectivas de negocio de los productores de trigo del país.
El señor José Antonio Galilea , asesor de la Bancada RN y ex Diputado , explicó la historia de la modificación a la ley de bandas de precios del trigo y harina de trigo, señalando que es ampliamente conocida por quienes en su momento participaron en su tramitación.
Una vez más el Parlamento se ve obligado a realizar nuevos cambios a esa legislación forzado por un fallo adverso de la OMC, no obstante haber recibido en el año el 2003, de parte de la autoridad de gobierno, la plena seguridad que esas modificaciones serían compatibles con la normativa de ese organismo internacional.
Abordar el nuevo proyecto aparece sencillo frente a la circunstancia de tener que eliminar las bandas y reemplazarlas, esta vez, por un derecho específico determinado para el trigo y otro para la harina de trigo, a no ser por un hecho que preocupa a los agricultores y que se relaciona con el conocido Protocolo 44.
En septiembre de 2005, mediante este acuerdo (Protocolo 44 adicional al ACE 35 Mercosur), Chile negoció otorgarles a los países del bloque, incluyendo a Argentina, el mismo proceso de desgravación para el trigo y harina de trigo que se le concedió a Estados Unidos en el respectivo tratado de libre comercio, a cambio, fundamentalmente, de que Argentina se desistiera de llevarnos a un panel de cumplimiento por las modificaciones efectuadas a la ley de bandas el 2003.
Sin embargo, también formaba parte del acuerdo el otorgamiento a Argentina de una cuota de 10.000 toneladas de harina de trigo, con una salvaguardia consistente en una sobretasa arancelaria del 1%, en lugar del 17%.
Es necesario tener presente que de esta negociación los dirigentes del gremio y, por lo tanto, los agricultores, no tuvieron información alguna ni mucho menos se consultó su parecer, como tampoco la tuvo el Parlamento, al punto que la Comisión de Agricultura de la Cámara sólo se enteró de ella a comienzos del año 2006, por medio de un oficio enviado al Ministerio de Relaciones Exteriores.
En noviembre del 2005, Chile le comunica a la Aladi que ha incorporado al orden jurídico interno el Protocolo 44 suscrito el 25 de septiembre de ese año, lo que parece increíble pues esto jamás ocurrió. No existió la correspondiente publicación en el Diario Oficial, ni mucho menos el despacho de un proyecto al Congreso.
El 2006, Argentina hace lo que acordó no hacer y lleva a Chile a un panel de cumplimiento a la OMC, reclamando que las modificaciones realizadas a la ley de bandas no cumplen el primer fallo. Carlos Furche , Director de Relaciones Económicas Internacionales , ha señalado que Chile tampoco pudo acceder al otorgamiento de la cuota de 10.000 toneladas.
En vista de la reacción de Argentina (recurrir a la OMC), el 4 de enero del 2007, Chile le comunica a la Aladi que ha adoptado la medida de poner término al Protocolo 44 (el que nunca estuvo vigente a pesar de haber comunicado lo contrario), básicamente por el incumplimiento de Argentina.
Tan solo siete días después, el 11 de enero de 2007, Argentina comunica a la Aladi que rechaza la nota chilena, especialmente la mención al supuesto incumplimiento de Argentina y señala que, de acuerdo a la información oficial de Aladi, el Protocolo 44 se encuentra en vigor.
Agrega la comunicación que es “Chile el que ha incumplido doblemente dicho Protocolo, en primer lugar por no adoptar las disposiciones internas para su cumplimiento, a pesar de haberlo comunicado así a la Aladi y, por otro lado, por haberlo dado por terminado de una manera indebida”.
Señala, además, que “es Chile quien comete una violación grave del Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional y que el Mercosur y la Argentina en particular, no pretende darlo por terminado en los términos señalados por Chile, sino más bien, exigir su cumplimiento”. La comunicación concluye señalando que se dará inicio al procedimiento de solución de controversias previsto en el ACE 35.
Actualmente, las autoridades chilenas señalan que el Protocolo 44 no está vigente y, como resulta lógico, no puede estarlo en tanto no está incorporado al ordenamiento jurídico nacional. Sin embargo, de acuerdo a lo señalado por Argentina, el tema está sujeto a una controversia que se puede ganar o perder.
En tal sentido, vale la pena preguntarse la gravedad que puede constituir el hecho de que Chile haya comunicado que hizo algo que de verdad no hizo: informar a la Aladi que ha incorporado al orden jurídico interno el Protocolo 44.
Sin duda, tiene sentido consultar a la autoridad respectiva ¿en qué está el proceso de controversia? ¿cómo está defendiéndose Chile? ¿cuál es un resultado razonablemente esperable? y ¿qué ocurrirá si Chile pierde la controversia?.
De estas interrogantes surge la preocupación del sector agrícola en el sentido de conocer lo que ocurrirá con este Protocolo y lo que implica, cuando el proyecto que tramita la Comisión se transforme en ley. ¿Se le otorgará finalmente a Mercosur y a la Argentina el proceso de desgravación arancelaria que el Protocolo contemplaba? Si la respuesta es afirmativa, ¿por qué? ¿a cambio de qué? ¿cuáles serán sus efectos? ¿no constituye acaso un cambio a los acuerdos que se sellaron el 2003 entre el parlamento, el gobierno y los agricultores?
Existe la inquietud de que la controversia concluya cuando el proyecto se despache, por la vía de reestablecer el Protocolo y, por esa razón, parece indispensable consultar al gobierno cuales son sus intenciones al respecto, antes de proceder a su aprobación.
El señor Carlos Furche , Director General de Relaciones Económicas Internacionales , hizo presente que, el año 2001 Argentina llevó a Chile a un panel ante la OMC por las bandas de precios del trigo. En octubre de 2002 la OMC emitió un fallo que obligaba a modificar el sistema de cálculo de las bandas de precios del trigo, a fin de que sean transparentes, previsibles y no discrecionales.
En esa ocasión se dictó la ley N° 19.897 (de 25 de septiembre de 2003), que modifica el artículo 12 de la ley N° 18.525 y el arancel aduanero, que contenía, además, un cronograma de desmantelamiento gradual hasta el año 2014
Sin embargo, Argentina no concordó con las modificaciones y recurrió nuevamente a la OMC en enero de 2006. La OMC falló definitivamente en contra de Chile, dictaminando que el sistema de bandas de precio aplicado al trigo y la harina de trigo es incompatible con las obligaciones de Chile ante esa Organización.
En el intertanto, Chile había negociado con Argentina un Protocolo Adicional al ACE 35, tratando de dar plena solución a las controversias jurídicas trabadas con ese país, en el cual se le concedía un cronograma similar al establecido en el tratado de libre comercio con Estados Unidos y una cuota libre de la medida de salvaguardia establecida a las importaciones de harina de trigo.
Este protocolo no fue sometido a la ratificación del Congreso Nacional, toda vez que se trata de un acuerdo complementario a un tratado marco, que ya ha sido ratificado por el Congreso. En un caso similar, rol N° 282, el Tribunal Constitucional desestimó el requerimiento formulado por diversos Diputados para que el Tribunal resuelva la constitucionalidad del decreto supremo Nº 1.412, de 21 de agosto de 1998, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de 6 de noviembre de ese año, por el cual se promulgó el Décimo Protocolo Adicional y su Anexo al Acuerdo de Complementación Económica con Bolivia N° 22, de acuerdo al artículo 82, N° 5, de la Constitución Política de la República.
Por otra parte, Argentina no cumplió con su parte del acuerdo, que consistía en no continuar con sus acciones ante la OMC. Por tanto, Chile comunicó en la Nota de la Representación Permanente ante Aladi N° 01/07, para poner término al 44° Protocolo Adicional al ACE 35.
La Comisión, con fecha 12 de diciembre de 2007, ofició al señor Carlos Furche , Director General de Relaciones Económicas Internacionales , consultando respecto de las siguientes materias:
“1. ¿Cuáles fueron las razones por las cuales el gobierno chileno mantuvo una negociación con el gobierno argentino que redundó en la firma del Acta suscrita en la ciudad de Buenos Aires, con fecha 1 de septiembre de 2005. Qué reparticiones del gobierno chileno y cuáles de sus funcionarios participaron en dicha negociación, y por qué no se informó ni consultó la opinión de los gremios interesados?
“2. ¿Por qué representantes del gobierno de Chile, como parte de la Comisión Administradora, procedieron a aprobar la Resolución MCS-CH N° 06/05 y a suscribir el Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE N° 35, sin encontrarse implementado internamente la modificación de la salvaguardia para la harina de trigo, que también formaba parte del Acta de acuerdo de fecha 1 de septiembre de 2005?
“3. ¿Quién o quiénes y por qué la Representación Permanente de Chile ante la Aladi comunicó a la Secretaría General de esa organización que el gobierno de Chile había cumplido con los trámites de incorporación al orden jurídico interno del Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE N° 35. Qué trámites ejecutó el gobierno a fin de materializar dicha incorporación al orden jurídico interno?
“4. ¿Qué consecuencias tiene o tendrá el Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE N° 35 en la aplicación y efectos del nuevo sistema arancelario que se propone por el gobierno en el proyecto de ley (Mensaje N° 551-355) respecto de las importaciones de trigo y harina de trigo originarias de uno o más de los países miembros de Mercosur, especialmente originarias de Argentina?
“5. ¿Por qué la información oficial que emana de la Secretaría de la Aladi señala que para Argentina y Chile el Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE N° 35 entró en vigor el 13 de diciembre de 2005, para Brasil y Chile el 23 de febrero de 2006 y para Chile y Uruguay, el 21 de abril de 2006?. ¿Qué decisiones ha adoptado el gobierno de Chile en relación con la existencia del Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE N° 35?
“6. ¿Ha mantenido el gobierno de Chile, con posterioridad a enero de 2007, algún tipo de discusión y/o negociación con el gobierno de Argentina en relación con el Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE N° 35, o en relación con el otorgamiento a ese país o Mercosur de uno o más de los beneficios comerciales que establece dicho protocolo?. En caso de ser así: ¿Qué tipo de discusiones y/o negociaciones han tenido lugar, quiénes las han llevado a cabo y por qué motivos? ¿Qué decisiones ha adoptado el gobierno de Chile al respecto?
“7. ¿Enviará el gobierno un protocolo de esta naturaleza al Congreso Nacional para su aprobación o rechazo como parte de los trámites de implementación interna o de incorporación a la legislación nacional, en atención a lo establecido en el artículo 54 N° 1 de la Constitución Política de la República?
“8. Si el Panel de la OMC, en materia de bandas de precios, determinó que al mantener un mecanismo como las bandas, Chile infringe una de sus obligaciones emanadas del referido acuerdo, ¿por qué el gobierno no ha propuesto a su vez la eliminación de la banda para el azúcar?. Los elementos cuestionados por la OMC son exactamente los mismos: su naturaleza no arancelaria y su carácter de medida prohibida por el Acuerdo de Agricultura. ¿Ha considerado el gobierno que mantener vigente la banda del azúcar podría constituir una situación de discriminación arbitraria en relación con la agricultura triguera?”
El señor Carlos Furche , Director General de Relaciones Económicas Internacionales , respondió mediante oficio N° 5523 de fecha 14 de diciembre de 2007, del siguiente tenor:
“En el oficio de la referencia esa Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la H. Cámara de Diputados, formula diversas consultas con motivo de la discusión de los proyectos de ley modificatorios de la Ley 18.525.
“En primer lugar, hago presente que el señor Subsecretario de Relaciones Exteriores ya tuvo ocasión de responder a sendos requerimientos de la Oficina de Informaciones de esa H. Cámara sobre esta misma materia.
“La primera respuesta se dio por el Oficio N° 5173 del 27 de noviembre de 2007, en el que se adjuntó copia de los siguientes antecedentes:
1. Acta suscrita por las delegaciones de los gobiernos de Chile y Argentina, en Buenos Aires, el 1 de septiembre de 2005;
2. Acta de la IX Reunión Ordinaria de la Comisión Administradora del Acuerdo Chile-Mercosur, ACE N° 35, celebrada en Montevideo, Uruguay el 12 y 13 de septiembre de 2005;
3. Resolución MCS-CH N° 06/05 de 13 de septiembre de 2005:
4. Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE N° 35, suscrito por Chile y por Mercosur el 26 de septiembre de 2005, en Montevideo, Uruguay ;
5. Nota N° 062/05, de 10 de noviembre de 2005, dirigida por la Representación Permanente de Chile ante la Asociación Latinoamericana de Integración y el Mercosur a al Secretaría General de la Aladi ;
6. Nota N° 01/07 de 4 de enero de 2007, dirigida por la Representación Permanente de Chile ante la Asociación Latinoamericana de Integración y el Mercosur a la Secretaría General de la Aladi , y
7. Nota Emsur-CR N° 04/07, de 11 de enero de 2007, dirigida por la Representación Permanente de Argentina ante la Asociación Latinoamericana de Integración y el Mercosur a la Secretaría General de la Aladi .
“La segunda respuesta del señor Subsecretario , a preguntas similares a las que ahora se contestan, se remitió a esa H. Cámara mediante Oficio N° 18.058, del 11 de diciembre de 2007.
“De igual modo, en la sesión de esa Comisión de Agricultura del pasado 11 de diciembre, tuve la ocasión de referirme extensa y detalladamente a la mayor parte de las inquietudes ahora planteadas en el Oficio N° 118/2007, el que se contesta a continuación.
“De conformidad con la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República negociar los acuerdos internacionales que estime convenientes para el país y a este respecto en una política permanente de Gobierno el mantener un diálogo con los diversos sectores productivos nacionales en el contexto de una negociación con Argentina y de sus resultados. En toda negociación internacional, así como ocurrió con los diálogos con el Gobierno Argentino, el Gobierno de Chile debe tener en vista los intereses generales del país y no solamente los de un determinado sector.
“El Gobierno de Chile, en el seno de la Comisión Administradora del ACE 35, concurrió a aprobar la Resolución MCS-CH N° 06/05 el 13 de septiembre de 2005, que es el antecedente que luego se transformaría en el Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE 35, acuerdo suscrito el 26 de septiembre de 2005, en la convicción de honrar sus compromisos internacionales y así dar plena solución a las controversias jurídicas trabadas con Argentina. El 26 de octubre de 2005, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Exento del Ministerio de Hacienda N° 718, que modificaba la medida de salvaguardia a las importaciones de harina de trigo, al establecer un cupo en toneladas libre de aquella sobretasa. Luego, mediante Nota N° 062/05 de 10 de noviembre de 2005, la Representación Permanente de Chile ante la Asociación Latinoamericana de Integración y el Mercosur, instruida desde capital, comunicó a la Secretaría General de aquella Asociación Latinoamericana “que el Gobierno de Chile ha cumplido con los trámites de incorporación al orden jurídico interno del Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35, suscrito entre los Estados Parte del Mercosur y el Gobierno de la República de Chile”. Entonces, como se concluye de la secuencia de las fechas en estos documentos, el Gobierno de Chile dictó el acto administrativo para modificar la salvaguardia antes de manifestar la ratificación en el orden externo del Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional a través de la Nota 62/05.
“La razón del aviso oficial ante la Aladi, según la Nota 62/05 tuvo por objeto: “cumplir con lo dispuesto en el artículo N° 5 del señalado Protocolo Adicional” y el artículo 5 del Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional expresa:
“Artículo 5: El presente Protocolo entrará en vigor bilateralmente a los 30 días de que la Secretaría General de la Aladi comunique la recepción de las notificaciones de la República de Chile por un lado, y de cada Estado Parte del Mercosur por el otro, informando la incorporación de este Protocolo a sus respectivos ordenamientos jurídicos”.
“Con esa Nota N° 62/05 el Gobierno de Chile ratificó aquel 44° Protocolo Adicional, el que se suscribió en cumplimiento de otro tratado vigente, esto es, en el marco del ACE N° 35. Aquí el Gobierno de Chile debió ejecutar, primero, el acto de ratificación, validando internacionalmente ese Protocolo Adicional, antes que la promulgación en el orden interno, en consonancia con la interpretación que prevaleció en el debato de la Comisión de Estudios de la nueva Constitución Política, informalmente conocida como Comisión Ortúzar (sesión 367), y que la Contraloría General de la República ha confirmado a través de sus dictámenes. En todo caso, por las razones que más adelante se exponen, el Gobierno no ha dictado ningún acto administrativo en señal de promulgación en el orden jurídico interno.
“Como es de público conocimiento, en diciembre de 2005, Argentina continuó con las acciones multilaterales a que según los procedimientos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) tiene derecho. Ello constituyó el ejercicio de un acto soberano de Argentina en ese organismo sobre el cual el Gobierno de Chile no tiene injerencia alguna, sin perjuicio de que Chile a su vez hiciera valer sus intereses en la OMC y en la Aladi, respectivamente.
“Lo anterior trajo como consecuencia la acción de Chile comunicada en la Nota de la Representación Permanente ante Aladi N° 01/07, para poner término al 44° Protocolo Adicional al ACE 35, con base en determinadas disposiciones de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
“Por su parte, la Representación Permanente de Argentina ante la Aladi, mediante Nota Emsur-CR N° 04/07, discrepó de la posición chilena y activó el procedimiento de solución de controversias del ACE 35. Por ello las delegaciones de Chile y Argentina se reunieron el 1 y 2 de marzo de 2007, en Montevideo Uruguay y discutieron sus posiciones en la instancia de “negociaciones directas” que prevé el 21° Protocolo Adicional al ACE 35, sin que arribaran a una solución mutuamente satisfactoria. Ambas delegaciones, no han continuado desarrollando los pasos del referido mecanismo.
“Se consulta por qué el portal electrónico de la Aladi informa que “para Argentina y Chile el Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE 35 entró en vigor el 13 de diciembre de 2005; para Brasil y Chile el 23 de febrero de 2006 y para Chile y Uruguay, el 21 de abril de 2006”. En esa página de la Aladi se advierte que la misma información incluye las fechas de las notas oficiales con que las partes del ACE 35 comunicaron la incorporación de ese Protocolo en sus respectivos ordenamientos internos y además esa misma página exhibe el artículo 5 del 44° Protocolo Adicional que establece su entrada en vigencia internacional, bilateralmente, según vayan notificando cada una de las Partes, en conjunto con el criterio de los 30 días subsiguientes. Por cierto, lo indicado en ese portal no prejuzga en ningún modo la posición chilena en la controversia frente a Argentina al interior del ACE 35, esto es, que Chile puso término al referido 44° Protocolo Adicional por lo que éste no se encuentra en vigencia.
“Respecto a las consecuencias que tiene o tendrá el Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE 35, en la aplicación y efectos del nuevo sistema arancelario propuesto por el Gobierno en el proyecto de ley que modifica el artículo 10 de la ley N° 18.525 (Mensaje N° 551-355), en las mercancías originarias de uno o más países miembros de Mercosur, especialmente de Argentina, se indica que el objeto de este proyecto de ley es dar cumplimiento a las recomendaciones del Órgano de Solución de Diferencias de la OMC pero sin afectar a nuestro sector productor, de modo que el mencionado proyecto de ley respeta íntegramente los compromisos del Gobierno para con la agricultura, adquiridos al legislar sobre la materia en el año 2003.
“Por último, el mecanismo de bandas de precio chileno aplicable al azúcar nunca ha sido cuestionado en la OMC y, en consecuencia, lo que a Chile corresponde es adoptar las modificaciones legales respecto de este mecanismo y que se han propuesto en el Mensaje N° 551-335 (Boletín N° 5343-01), las que se sujetan estrictamente a los parámetros discutidos en aquella controversia y en las recomendaciones que sobre su base adoptó el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC.”
-o-
El señor Claudio Oyarzún , Agricultor y Gerente del Centro de Gestión de La Araucanía, expresó que a su organización le parece de suma importancia la oportunidad de expresar la visión y puntos de vista, que son de preocupación e interés por parte de los pequeños agricultores, y que se encuentran fuertemente vinculadas al desarrollo rural del país, lo anterior, como parte del Programa Centros de Gestión Empresarial y, en particular, como Cooperativa Centro de Gestión .
El trigo corresponde a una de las principales actividades incluidas en la rotación de cultivos en la Región de la Araucanía. De acuerdo a cifras preliminares del reciente Censo Agropecuario, el 51% de la superficie destinada a cereales, leguminosas y tubérculos se destina a trigo, aproximadamente 95.562 hectáreas, de las cuales se concentra un 58,5% en la Provincia de Cautín, y un 41,5% en la Provincia de Malleco, siendo del total de la superficie sembrada el 96% correspondiente a secano.
Comprendiendo las implicancias que tienen los acuerdos arancelarios insertos en el marco regulatorio que a nivel internacional el país ha incorporado por medio de los diferentes tratados internacionales que ha suscrito, es necesario también comprender y compatibilizar con estos aquellas materias que afectan hoy en día a los pequeños productores y que dificultan sus posibilidades de desarrollo, con las actuales condiciones del mercado nacional.
Las materias expuestas en los artículos 7° y 10 de la ley N° 18.525, sobre salvaguardas e importación de mercancías, inciden directamente sobre algunos de los principales aspectos de competitividad de la agricultura tradicional, en particular, sobre la situación de precios internos pagados a los productores nacionales.
El poder contar con aranceles, o derechos aduaneros, que tiendan a salvaguardar la incipiente industria nacional existente, sin lugar a dudas, es un importantísimo elemento bajo el cual se puedan implementar diferentes herramientas que tiendan a velar por un desarrollo generalizado del sector industrial, el cual tienda a elevar sus parámetros de competitividad a nivel internacional.
Sin embargo, es de cotidiano saber comentarios que dicen relación con la importación de productos o subproductos derivados de la harina de trigo, los cuales contienen importantes porcentajes en sus componentes, pero que al momento de realizar la importación son clasificados como otros productos derivados, quedando fuera de los aIcances de las regulaciones que hoy en día existen y, por lo tanto, no cumpliéndose plenamente los objetivos que la implementación de este tipo de medidas pretenden alcanzar, distorsionando la conducta esperada de los actores que componen el sector industrial.
Otro aspecto que se vislumbra con preocupación es la eventual aplicación de aranceles compensatorios que, para cumplir los aranceles consolidados para cada producto importado puedan en algún momento atentar contra los intereses de los productores nacionales.
Desde una perspectiva futura, la aplicación de estas medidas deben ser llevadas a cabo en forma consistente, puesto que el aplicar montos fijos en algún instante puede llevar a revisar tasas efectivas de gravamen, impliquen o direccionen hacia una disminución de los derechos arancelarios que se apliquen como país ante importaciones de similar naturaleza con el objeto de cumplir con los compromisos ante la OMC.
Respecto a la competitividad del rubro, existen diferentes factores que influyen en él, lo que aparte del precio de mercado, debieran estar incorporados en parte del análisis que se desarrolla en este tipo de discusiones, puesto que de una u otra forma pasan a ser determinantes en el comportamiento del mercado, y que sin lugar a dudas, dejan entrever los aspectos más críticos que afectan al proceso que experimenta la agricultura en términos de competitividad y desarrollo:
Si se considera la productividad por superficie, el país presenta uno de los mejores rendimientos de producción, entre 45 qqm/ha y 65 qqm/ha, lo cual, prácticamente, duplica los rendimientos que obtienen otros países exportadores (Estados Unidos, Argentina, Canadá, entre otros).
Sin embargo lo anterior, de acuerdo a estudios realizados en el tema, el costo de producción por tonelada de trigo en Chile es, a lo menos, un 70% superior al costo por tonelada en Argentina.
El costo promedio por hectárea de un pequeño agricultor en la Región de la Araucanía, se encuentra cercano a $ 450.000 (37,5 quintales por hectárea), con rendimientos promedios de 63 quintales por hectárea.
Comparativamente, a diferencia de otros países donde las tasas de fertilización son muy bajas debido a la utilización del nitrógeno residual que permanece posterior a los cultivos de soya, en Chile, la utilización de fertilizantes pasa a ser fundamental para obtener los rendimientos que en la actualidad alcanzan nuestros agricultores, transformándose de esta manera en uno de los principales componentes dentro de la estructura de costos de producción (representando mas del 50%). Esta situación hace proyectar puntos críticos y complicaciones debido al alza relevante que han experimentado éstos en el último tiempo (estadísticas de los últimos 12 meses: urea 29,4%, superfosfato triple 55,0%).
En relación a la infraestructura disponible, el país posee comparativamente una bajísima capacidad de almacenaje (relación producción / almacenamiento), la cual, de acuerdo a estadísticas existentes, alcanza aproximadamente a menos de un 25% comparado con otros países, estando la capacidad actual altamente concentrada en otros eslabones de la cadena, principalmente molinos, lo cual hace que la capacidad de almacenamiento y mantención de la producción por parte de los agricultores sea muy baja. Lo anterior implica que la mayor parte de las transacciones de compra-venta se realicen al momento de la cosecha, lo cual genera una distorsión en los precios internos, producto del sobreabastecimiento temporal de trigo. La Región de la Araucanía, pese a ser una de las principales zonas de producción, es una de las regiones con menor capacidad de almacenaje de granos.
Otro aspecto que afecta a la competitividad de la producción nacional es la magnitud de los costos de los fletes internos que se deben soportar entre los puntos de producción y los puntos de almacenaje alejados de los centros de producción. El costo de flete oscila, aproximadamente, entre $ 16 y $ 18 por kilo entre Victoria y Santiago ($ 1.600 a $ 1.800 por quintal - US$3,6/qqm).
Dentro de los aspectos que fuertemente contribuirían a fomentar una política de precios internos transparentes y estables, que es una de las principales preocupaciones que tienen temporada a temporada los agricultores, es la aplicación de diferentes medidas que incentiven indirectamente la implementación de contratos de agricultura, favoreciendo la generación de información respecto a tendencias de superficies de siembra y disponibilidad de producción, lo que contribuirá a que por un lado los molinos puedan inferir las necesidades de abastecimiento en forma mas asertiva, y por otro lado, los agricultores aseguren con mayor certeza la comercialización de su producción, disminuyendo la incertidumbre que actualmente existe entre los actores del mercado.
Si bien es cierto, la producción de trigo bajo una forma de comercialización de commodities no ha favorecido la competitividad nacional, y de lo cual se espera que en el mediano plazo se incremente la especialización de la producción triguera, no es menos cierto que la situación competitiva interna de nuestro país ha perjudicado la posición de los agricultores ante la irrupción de nuevos actores que poseen características productivas internas diferentes y mas favorables que las existentes en el país.
La señora Ema Budinich , Gerenta del Departamento de Estudios de la SNA , explicó que el sistema de bandas de precios se aplica en el país desde hace 20 años, en consideración a que existen múltiples distorsiones en el comercio exterior de los productos agropecuarios, derivadas de las políticas agrícolas y comerciales proteccionistas que aplican diversos países del mundo.
El objetivo principal que perseguían las bandas de precios era darle estabilidad a los precios. Las bandas tenían un piso y un techo. Si el precio internacional llegaba a niveles inferiores al piso, se establecía un derecho de internación para llevar su costo a ese piso. Si el precio internacional estaba por encima del equivalente al piso, no se cobraban esos derechos.
El techo, correspondía al nivel sobre el cual no podía subir el precio en los mercados internos, y si el costo del trigo importado estaba sobre ese nivel, su costo debía bajarse por eliminación de aranceles ad valorem. La banda de precios no ha sido concebida como un gravamen o arancel variable, sino que es un mecanismo de protección frente a distorsiones del mercado internacional.
A consecuencia de un recurso presentado por Argentina en el año 2000, que fue acogido por la OMC, el gobierno de Chile debió modificar el sistema de bandas de precios y estableció un nuevo mecanismo. Es así como en el año 2003, el gobierno se comprometió a dar una señal de largo plazo a los productores de trigo, legislando sobre las bandas de precios para un horizonte hasta el año 2014 y considerando un mecanismo compatible con las normas internacionales de comercio de la OMC.
Argentina volvió a acusar a Chile ante dicho organismo, proceso que luego de varias etapas finalizó el 22 de mayo de 2007 cuando un panel de la OMC emitió un fallo adverso e inapelable en contra de Chile por la aplicación de la banda de precios al trigo y la harina de trigo. El fallo dictaminó que el sistema de bandas de precios que se contempla para el trigo es similar a un gravamen variable a la importación y a un precio mínimo de importación y, por tanto, es incompatible con los acuerdos que Chile ha suscrito con la OMC.
Dicho fallo afecta sólo al trigo y la harina de trigo, y en consecuencia no extiende su aplicabilidad al caso del azúcar. Ante estas circunstancias, el gobierno chileno ha debido adoptar medidas para ajustarse al fallo, lo que implica modificar la ley de bandas de precios para excluir el trigo y la harina de trigo de dicho mecanismo.
La SNA ha planteado al gobierno la necesidad de buscar mecanismos alternativos para mantener esta señal de largo plazo para los productores de trigo en los mismos términos contenidos en la medida que se deroga. Si bien en estos momentos el mecanismo de la banda para el trigo no está operando porque los precios internacionales están por sobre los valores de dicha banda, nada asegura que esta situación continúe en el futuro, ya que los precios internacionales son muy volátiles. Por ende, se ha solicitado el establecimiento de medidas alternativas que repongan en la práctica los efectos de la banda.
El establecimiento de un derecho específico fijo de 30 US$ por tonelada para las importaciones de trigo -y ajustado por un factor 1,56 para la harina de trigo, al establecerse un derecho específico de 47 dólares- con una vigencia hasta el 2014, cumple con el objetivo señalado.
A fin de dar cumplimiento a los Acuerdos Comerciales con Canadá y Estados Unidos, el gobierno, en forma complementaria, debiera acordar mediante un protocolo que contemple un mecanismo de rebaja, similar a la que habría si se hubiera mantenido la banda de precios, y que sea consistente con los calendarios de desgravación acordados en dichos tratados.
Ambas medidas, operando conjuntamente, permitirían reconstruir la banda existente y proteger a los agricultores en caso de que los precios internacionales bajen y, al mismo tiempo, permite protegerse frente a las distorsiones que existen en el mercado argentino.
En la presente temporada 2007/2008, se espera que el precio a productor fluctúe en el rango de los $ 180 a $ 200/kg. Este es el precio a productor más alto desde fines de los años 80.
A los actuales niveles de precios no operaría la banda de precios o el mecanismo que lo sustituya. Las perspectivas futuras de precios son de un relativo optimismo, considerando las tendencias que muestra el mercado internacional: una demanda creciendo, en niveles críticos de stocks y una oferta exportable afectada por problemas climáticos. Sin embargo, este mercado es de alta volatilidad y, por lo tanto, el país debe estar preparado.
Para elevar la competitividad del país, se requiere en forma complementaria, reforzar las políticas públicas en varios aspectos que se detallan a continuación.
-Defensa ante amenazas de competencia desleal. Además de asegurar las señales de largo plazo que ofrecería el proyecto frente a la importación de trigo y harina de trigo, es preciso asegurar que, ante eventuales comportamientos desleales de comercio, Chile esté en condiciones de establecer en forma oportuna medidas compensatorias (por ejemplo, derechos compensatorios), cuando las circunstancias así lo ameriten.
Actualmente, alrededor del 45% del consumo interno se abastece con importaciones, por eso es tan importante defender a los productores nacionales del riesgo de enfrentar una competencia desleal.
Esto requiere en forma urgente fortalecer las capacidades técnicas y operativas de la Comisión Antidistorsiones, para asegurar que cada vez que existan distorsiones en el comercio se adopten las medidas pertinentes y la respuesta sea oportuna para evitar daños a los productores nacionales.
La modificación a las normas sobre salvaguardias, para ampliar el período de aplicación, significaría un perfeccionamiento de los instrumentos disponibles para defenderse de prácticas desleales de comercio.
-Apoyo para mejorar la productividad de los pequeños productores. Alrededor de un tercio de los productores trigueros son competitivos y tienen la mayor parte de la superficie plantada. Otro tercio son competitivos dependiendo de cual sea el nivel de precios.
El resto lo constituye un gran número de productores de pequeña escala y de subsistencia, con baja productividad, que los hace tremendamente vulnerables a los bajos precios. En estos grupos debieran focalizarse políticas para mejorar la competitividad o apoyar su reconversión según su viabilidad.
En este sentido, la producción de trigo tiene grandes externalidades, que ameritan políticas subsidiarias en apoyo a los productores menos competitivos, tales como programas de financiamiento y transferencia tecnológica así como promover la integración en cadenas.
-Incentivos a la innovación. Es necesario también que el gobierno apoye la innovación en los distintos puntos de la cadena: para los productores, dar incentivos para la adopción de nuevas tecnologías y la gestión de los negocios, mejorar y diversificar el uso de nuevos instrumentos de financiamiento (contratos a futuro, opciones, seguros climáticos y seguros de cambio, entre otros), además de fomentar decididamente la asociatividad.
Al mismo tiempo, es preciso apoyar la investigación de nuevas variedades y usos del trigo, que permitan en un futuro cercano explorar potenciales nichos de negocios para la exportación.
En el largo plazo y en un escenario de menores precios internacionales, el fin de la banda no debe significar en absoluto la extinción del trigo chileno sino más bien el país debe prepararse para insertarse competitivamente en los mercados internacionales.
El señor Tomás Flores , Director de Estudios del Instituto Libertad y Desarrollo, sostuvo que el proyecto mantiene la misma protección que con la banda de precios. De hecho, en su opinión, el arancel es más proteccionista que la banda de precios.
Por ese mismo motivo, estimó que Argentina volverá a reclamar ante la OMC, por este nuevo mecanismo.
Por otra parte, hizo presente que el problema más grave se producirá el año 2014, cuando ya no exista ninguna protección.
Simulación
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
Precio referencia (US$/Ton.)
100,0
100,0
100,0
100,0
100,0
100,0
100,0
Precio piso con banda actual
126,1
124,2
122,3
120,5
118,7
116,9
115,1
Al limitarse al TLC USA
126,1
124,2
122,3
120,5
115,8
110,5
105,3
Arancel máximo TLC USA
28,9%
26,3%
23,7%
21,0%
15,8%
10,5%
5,3%
Precio piso con propuesta
136,0
136,0
136,0
136,0
136,0
136,0
136,0
Al limitarse por protocolo
128,9
126,3
123,7
121,0
115,8
110,5
105,3
El impuesto a la importación de trigo se viene fijando en US$30 dólares por tonelada. Para la harina, se ha mantenido la misma proporción que existía en la banda, esto es, que el impuesto para la harina debe ser de 1,56 veces lo que se determinara para el trigo. Como 30 multiplicado por 1,56 da una fracción, se redondeó en 47 dólares por tonelada como impuesto ad valorem para la harina.
La sustitución de la banda de precios para el trigo y la harina es una decisión acertada, y solo se puede discutir si no debió haberse adoptado hace ya bastante tiempo. El hecho concreto es que hay un beneficio neto para los chilenos en su eliminación.
Esta conclusión se sustenta en el hecho de que el análisis histórico muestra que las bandas de precios están lejos de ser un mecanismo estabilizador de precios y más bien funcionan como un sistema proteccionista que financian todos los chilenos. Esta protección les ha costado a los consumidores chilenos cerca de US$ 1.700 millones perjudicando principalmente a los sectores más pobres.
Las bandas de precio actúan en realidad como un mecanismo de protección más que -según su definición- como un sistema de estabilización de precios.
La proposición de eliminar la banda de precios para el trigo y la harina es correcta, tanto desde el punto de vista internacional, en atención a los compromisos contraídos por Chile ante la OMC, como en el ámbito interno, porque impedirá que las personas de menores recursos paguen un adicional por estos productos.
La duda que surge es si también debería haberse puesto término a la banda del azúcar, dadas las razones esgrimidas a favor de su eliminación en el ámbito interno (aunque no se hayan presentado reclamos por parte de otros países).
Será interesante observar qué sucede al acercarse el año 2014, puesto que la norma propuesta no se extinguirá de pleno derecho en esa fecha, sino que el Presidente de la República deberá avaluar la medida para proponer una modificación (probablemente, una disminución del impuesto específico).
El señor Sergio Ossa , Gerente General de la Asociación de Molineros del Centro A.G., expresó, respecto de la modificación al sistema de banda de precios del trigo, que en las distintas instancias de discusión con autoridades en las que le ha correspondido participar, la Asociación de Molineros del Centro A.G. siempre ha defendido los siguientes cuatro principios básicos:
-Neutralidad. La industria no depende ni ha dependido de las bandas de precio al trigo. La competitividad de la molinería se basa en la eficiente conversión de trigo en harina, y, consecuentemente, en ausencia de distorsiones específicas al comercio, no tiene problema alguno en funcionar sin la banda de precios del trigo.
-Apoyo a soluciones. No obstante lo anterior, el gremio solidariza decididamente con cualquier solución que las autoridades de gobierno busquen para el problema de la banda de precios, ya que valora las buenas relaciones al interior de la cadena trigo-harina y entiende que fluctuaciones agudas de los precios internacionales podrían requerir de políticas comerciales especiales para con el trigo.
-Soluciones neutrales. Cualquier solución que se plantee para el trigo, deberá ser neutral para con la harina: no puede protegerse el trigo a costa de reducir la competitividad de la molinería, ya que ello sería un contrasentido, toda vez que el destino más rentable del trigo producido en Chile es siempre su uso por la industria local. La única forma de asegurar neutralidad con prescindencia de los precios internacionales es, en caso de aplicarse un arancel al trigo, se aplique un arancel a la harina considerando un factor de 1,56.
-La distorsión argentina. Es de público conocimiento que la industria ha debido enfrentar la distorsión que se deriva de protecciones efectivas enormes a la exportación de harina y mezclas por parte de Argentina, derivadas de la política explícita de dicho país de no reflejar en su mercado interno el alza de los precios internacionales del trigo.
Esta situación se ha acrecentado en los últimos meses con el aumento de los impuestos a la exportación del trigo desde un 20% a 28% a principios del mes de noviembre. El Gobierno de Chile ha acogido siempre de modo oportuno las inquietudes del sector al respecto, adoptando, primero, medidas de salvaguardia, y, en el último tiempo, medidas anti-dumping. Cualquier esquema que se proponga a futuro para resolver el problema de la banda del trigo, será ineficaz si no se hace cargo de este problema de modo explícito e independiente de la solución que se adopte para las bandas.
En vista de todo lo anterior, y entendiendo que el cambio propuesto del artículo 10 forma parte de una solución integral al sistema de banda de precios, que incluye el ofrecimiento a Estados Unidos y Canadá (y a los otros países que tengan idénticos derechos) que continúen sujetos al sistema vigente de bandas de precio, en la forma en que son calculadas hoy en día, estimó que la solución propuesta resulta satisfactoria para el gremio que representa.
Es neutral porque, o mantiene el régimen actual de bandas en determinados orígenes, o bien lo muda al régimen de iguales aranceles ad valorem. Adicionalmente, no confunde ni mezcla este problema con el de las distorsiones de Argentina que deben tratarse por otros instrumentos como los anti-dumping.
Estimó que esta clara separación de los problemas -bandas por un lado y distorsiones específicas por otro-, es del todo recomendable, ya que se utiliza un instrumento para cada problema.
-o-
La Comisión, si bien estuvo de acuerdo en la necesidad de legislar sobre esta materia, atendido especialmente el fallo adverso de la Organización Mundial de Comercio, manifestó sus dudas respecto de algunos problemas de la clasificación arancelaria en la importación de productos sujetos al sistema de banda de precios.
Para despejar las interrogantes sobre el particular, se invitó, al Director Nacional de Aduanas.
El señor Sergio Mujica , explicó que el Servicio de Aduanas opera sobre la base de un Sistema General de Fiscalización, en base a una gestión de riesgo. Es un sistema metódico, que focaliza la energía fiscalizadora en los negocios más riesgosos. En Chile, se aplica desde hace 10 años. Se efectúa el aforo -revisión física y/o documental- del 5% al 10% de las mercaderías que ingresan al país. La efectividad es del 10%, esto es, el 10% de lo revisado, tiene algún problema.
Este sistema de gestión de riesgo tiene excepciones frente a productos sensibles, como el trigo y la harina de trigo. Para ellos, se efectúa una revisión más exhaustiva desde el 2002.
A partir del año 2004 se aplica un filtro y se selecciona el 100% de las importaciones de estos productos y se les realiza un aforo físico. Además, se toman muestras de las partidas 19.01.2010 y 19.01.2090.
Desde el año 2005 se agrega las partidas 23.02.3000, de las harinas. Se estableció un filtro, más aforo físico, además de un muestreo en laboratorio al 100% de los productos.
Tanto en los años 2004 como 2005, se formularon cargos a varias empresas, al encontrarse discrepancias entre los productos declarados y los efectivamente ingresados.
Hubo una empresa, Difer Ltda. , que efectuaba operaciones de importación de harina de trigo, bajo la calificación de “semita proteica”. En el año 2005 realizó 24 operaciones y se le formularon cargos por 686 mil dólares. En el 2006, se le formularon cargos por 457 mil dólares.
Sin embargo, la empresa seguía importando estos productos, a pesar de los cargos formulados, ya que el procedimiento era bastante largo y no impedía nuevas importaciones, por lo que se adoptaron nuevas medidas, a fines de 2006.
En primer lugar, se emitió el oficio circular 18, mediante el cual se rompe el sistema de riesgo, se prohíbe la declaración anticipada y electrónica para la partida 23.02.3000. Se deben llevar los documentos a la Aduana y ella clasifica. Además, si existe un fallo de segunda instancia respecto de la misma empresa, se le prohíbe clasificar en la partida 23.02.3000.
En segundo término, se dan instrucciones a los Directores Regionales de fallar en única instancia las causas sometidas a su conocimiento respecto de estos casos. Asimismo, se propuso mejorar la coordinación con la Tesorería y el Servicio de Impuestos Internos para cobrar los impuestos.
Por otra parte, se interpuso una querella contra la empresa Difer Ltda . y se iniciaron procedimientos disciplinarios contra los agentes de aduanas. Finalmente, se realizó un trabajo de coordinación con la Aduana argentina para la operación de exportación de estos productos.
En el año 2007 hubo un cambio de conducta radical: la empresa Difer desapareció del mercado. Se realizan 71 operaciones de importación en la partida 23.02, pero sólo el 16% de los casos está mal catalogado.
Este mismo año apareció otro actor que importa este mismo producto. Sin embargo, en el 100% de los casos analizados en el laboratorio, se ha confirmado que corresponde, efectivamente, a “semita proteica”.
-o-
Por otra parte, varios señores Diputados plantearon sus inquietudes respecto de las dificultades en la comercialización del trigo, materia en la cual consideraron que la Comercializadora de Trigo S.A. (Cotrisa) no estaría dando cabal cumplimiento a los objetivos que motivaron su creación, en particular, la prestación de servicios de almacenamiento de granos en beneficio de los pequeños productores de trigo del país.
Por tal motivo, se acordó invitar a su gerente general, solicitándole información respecto de las medidas que ese organismo ha implementado en la reciente temporada de cosecha para mejorar las condiciones de comercialización de estos productos.
Asimismo, asistió el Subsecretario de Agricultura (S) para presentar los principales avances del año 2007 de la Agenda Estratégica de la cadena agroalimentaria del trigo en Chile.
El señor Eduardo Meersohn , Gerente General de Cotrisa , explicó que la misión de esta sociedad anónima, cuya propiedad es mayoritariamente de Corfo (97.24%) consisten en intervenir en el mercado triguero en momentos en que el precio de las transacciones es inferior al precio que existiría en un mercado competitivo, y donde el costo de intervención sea menor que los beneficios.
Además, otorgar servicios de acondicionamiento y almacenamiento de granos a agentes sectoriales que requieren responder a los actuales requerimientos de sanidad y calidad establecidos por la industria alimentaria.
Uno de sus objetivos estratégicos consiste en implementar políticas y cursos de acción tendientes a mantener un funcionamiento transparente del mercado triguero, conforme a las políticas vigentes en el país, es decir, constituir un instrumento de estabilización de los mercados.
Señaló que cuentan con plantas en Los Ángeles, Lautaro y Parral . En Gorbea existen unas bodegas, que están en mal estado, y que el Directorio ha acordado vender. Con esos activos se pretende invertir para construir una planta en Lautaro (la que tienen es arrendada) o bien, para mejorar las existentes en Los Ángeles y Parral .
Hizo presente que, desde que asumió la gerencia general, en mayo de 2006, el aporte de Cotrisa a la actividad productiva era menor, por lo que se ha dedicado, especialmente, a generar información útil respecto de los mercados.
En junio de 2006 se implementó en el sitio web información de los mercados de granos (trigo, maíz y arroz), tanto a nivel nacional como internacional. A febrero de 2007, se ha generado un importante interés en el sector, y el sitio tiene más de 65.000 visitas.
La información está siendo constantemente actualizada y se genera a través de líderes de opinión y gente que trabaja estrechamente ligada a la agricultura familiar campesina.
Asimismo, se está implementando un convenio entre el Indap y la Universidad de Chile, para entregar esta información en forma telefónica, para quienes no tienen acceso a internet.
Del mismo modo, durante el año 2007 se han llevado a cabo 20 evento para enseñar a interpretar la información que se proporciona respecto de los mercados.
Explicó que Cotrisa está impedido de comprar granos, por lo que ha desarrollado un modelo articulador entre los productores, especialmente los pequeños, con la industria. Se trata de un rol promotor de la competitividad, a través de una intermediación directa e indirecta.
Por otra parte, sostuvo, respecto del horizonte del año 2014, que se está produciendo un cambio creciente en los patrones de consumo de los países asiáticos, que se advierte un proceso de eliminación de los subsidios por parte de los países desarrollados y que existe un creciente desajuste entre oferta y demanda, ya que la demanda crece desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo, pero no así la oferta.
El señor Reinaldo Ruiz , Subsecretario de Agricultura (S), señaló que en noviembre del año 2006, se realizó, durante tres días, un encuentro en Pucón, denominado “Integración de la cadena agroalimentaria de trigo: estrategia de largo plazo”.
Este taller fue convocado por el Ministro de Agricultura y asistieron los máximos representantes de productores, molineros, panaderos, la industria del salmón, y representantes de los servicios públicos involucrados. El encuentro dio como resultado la definición de objetivos estratégicos y acciones de corto, mediano y largo plazo, que serían coordinadas por Odepa.
En la Agenda de Pucón, en relación al corto plazo se acordó definir reglas de mercado claras que consideren la importancia y sensibilidad del cultivo y permitan tomar decisiones de largo plazo a todos los integrantes de la cadena y establecer mecanismos de control de distorsiones que operen oportuna y eficazmente.
A contar del 28 de mayo de 2007, el Gobierno solicitó de oficio la aplicación de derechos antidumping, petición acogida por la Comisión de Distorsiones, mediante la aplicación de un derecho antidumping definitivo para la harina de trigo de 31,1%.
En mayo de 2007, el Órgano de Solución de Controversias de la OMC falló definitivamente en contra del SBP para trigo y harina de trigo, solicitando a Chile poner en conformidad el mecanismo con la normativa internacional. Para cumplir con este compromiso el Gobierno envió una propuesta de proyecto de ley al Congreso que modifica el mecanismo de cálculo de la banda para el trigo y la harina de trigo.
En relación a los objetivos de mediano y largo plazo, se acordaron muchas acciones para cumplir los objetivos estratégicos de construir una cadena rentable y competitiva, contribuir a que la cadena se desarrolle y fortalezca en el tiempo y satisfacer en cada uno de los eslabones las necesidades internas y externas de calidad de trigo y de sus derivados.
En primer lugar, se pretende construir una cadena rentable y competitiva, mediante las siguientes acciones:
-A través del Convenio del Minagri con Fundación Chile y coordinado por Odepa, se está desarrollando un estudio “Indicadores de Competitividad y Productividad del Sector Triguero Nacional”, el cual será entregado en diciembre a Odepa, para luego ser difundido y validado con los diferentes actores de la cadena.
-Indap, con el apoyo de Cotrisa, ha realizado 2 talleres conducentes a la formación de las redes de trigo en la VIII y IX región, como primer paso se escogieron 5 coordinadores de los productores, para programar actividades de capacitación técnica y de gestión, para luego trabajar el encadenamiento con la industria y con la Bolsa de Productos. Paralelamente, Cotrisa elaboró un informe jurídico enviado a la Subsecretaría de Agricultura , respecto de los impactos que representan los cambios efectuados en la bolsa de productos.
-Indap realizó dos estudios de estrategias regionales de competitividad en el rubro trigo, en las regiones VIII Y IX, en estos estudios se calculó la superficie mínima rentable para la AFC. Donde se detectan las principales brechas de competitividad para la AFC y se establecen los lineamientos estratégicos que se utilizarán en Indap para superar dichas brechas.
-Elaboración de perfil de evaluación de almacenaje de trigo en silos-bolsa, actualmente en etapa de desarrollo por Cotrisa, para ser presentado a concurso al FIA, para elaborar el proyecto de factibilidad técnica y económica definitivo.
-Odepa, a partir del año 2008, podrá definir ajustes en los instrumentos y mecanismos de captura de información estadística que realiza el INE, lo cual permitirá mejoras en las estadísticas oficiales acordadas en la agenda estratégica.
-Se avanzó en la identificación y difusión de variables de costos de importación de trigo y un conjunto de otros antecedentes del mercado del trigo (precios y tendencias) los cuales han sido inicialmente distribuidos a líderes de opinión de todo el país, de manera de mejorar la transparencia en la comercialización de los productos asociados a la cadena. En un trabajo realizado con el apoyo de Odepa, Cotrisa y las asociaciones de molineros.
-Se inició un ciclo de talleres regionales para dirigentes campesinos sobre “Tendencias de mercado de productos agropecuarios”, organizados por la acción conjunta de Fucoa, Odepa , Indap, Cotrisa y Seremis. El primero fue de trigo, en agosto de 2007, en Temuco y se realizará el segundo de trigo, en enero de 2008.
-Se está trabajando un anteproyecto de ley que permitirá desarrollar la regulación de un sistema de muestras y contramuestras en transacciones de productos agropecuarios, para el mejoramiento de la transparencia del sistema de la comercialización en el mercado interno del trigo, entre otros productos. Se espera presentar al Parlamento el Proyecto de Ley durante el año 2008. Actualmente, se está iniciando un trabajo de discusión público-privada del proyecto en distintas mesas regionales.
Para contribuir a que la cadena se desarrolle y fortalezca en el tiempo, se está desarrollando un proyecto FIA, denominado Desarrollo e implementación del Trigo Check en producción de trigo de alta calidad para la industria molinera nacional en la IX Región de Chile. Actualmente, se esta llevando a cabo la segunda temporada 2007/08, en un esfuerzo conjunto entre FIA, Fundación Chile, Compañía Molinera San Cristóbal , INIA, Semillas Baer, Saprosem y 20 agricultores de la IX Región.
El Inia está desarrollando el proyecto Establecimiento de la producción de trigo en Chile: Desarrollo de productos alimenticios nutricionalmente diferenciados en base a trigo blanco. El objetivo es incorporar un tipo de trigo que tenga un mayor valor en la extracción y color de harina, un valor de alimento funcional y posibilidad de establecer nexos para su uso en subproductos de exportación.
La FIA aprobó la implementación de un programa de desarrollo tecnológico para el trigo candeal de alta calidad, cuyo objetivo es fortalecer e incrementar la calidad, homogeneidad y competitividad del trigo candeal chileno, con una visión de mercado nacional e internacional de granos y pastas, en la zona comprendida entre las regiones Metropolitana y IX. El proyecto es coordinado por Universidad de Chile.
Para satisfacer en cada uno de los eslabones las necesidades internas y externas de calidad de trigo y de sus derivados y mantener una comunicación directa entre los diferentes agentes de la cadena, Odepa coordinó reuniones con los representantes de los diferentes eslabones de la cadena, desarrollándose 2 encuentros en mayo de 2007.
El primero se hizo en Santiago con representantes de la Molinería del Centro y, el segundo, en Temuco con los representantes de toda la cadena. El objetivo fue difundir las acciones relacionadas con la agenda estratégica que se estaban desarrollando y se encontraban programadas en el año y, principalmente, se recogió la opinión sobre las posibles alternativas de solución para los problemas ante el fallo adverso de la OMC. En el encuentro de Temuco se acordó formar un grupo de trabajo para abordar temas principalmente relacionados con el Servicio nacional de Aduanas.
El grupo de trabajo formado por parte de los privados: Fechipan, asociaciones de molineros y representantes de los productores, con el objetivo de analizar la situación de ingreso de harina de trigo y los problemas que se han generado a partir del accionar de algunas empresas importadoras nacionales. El grupo se ha reunido periódicamente, desde el mes de junio, donde se han invitado a las principales agencias del Estado relacionadas, como el Servicio Nacional de Aduanas, Cotrisa, SII, INE, Inia e Indap. Se han ido tomando acuerdos, aclarando dudas y se han planteado nuevos desafíos.
Los principales logros de este grupo de trabajo, han sido la difusión y comunicación permanente sobre los principales acontecimientos relacionados con los ajustes a la ley del SBP. Asimismo, se han ido definiendo los contenidos necesarios para la estructuración de un mejor sistema de información para la cadena.
Se ha acordado el envío quincenal y oportuno de una planilla completa de las importaciones de harina y otros productos enviada desde el Servicio Nacional de Aduanas y un grupo de trabajo para apoyar la elaboración de una propuesta de campaña de consumo de pan. Formado por: Molinería del Sur, Molinería del Centro , Fechipan, Odepa , Inta, Minsal, Junaeb, Indap, etc.
El SII se reunirá directamente con el sector privado de la cadena (industria molinera y panadera) para obtener la información necesaria para hacer las gestiones solicitadas en relación con el cambio de uso del sujeto.
El INE mejorará, a partir de fines del año 2007, la publicación de precios promedios de productos de la cadena y ofreció realizar un convenio para revisar los índices ponderados relacionados a la cadena. Fechipan se comprometió a mantener comunicación continua con el INE para estos efectos.
Se desarrollará un encuentro nacional en la IX Región, al tener resultados en el Congreso con la modificación a la Ley de Banda Precios. (reprogramada para marzo de 2008).
Respecto de la ley N° 18.450, de riego, se realizaron en 2007, estudios de evaluación del funcionamiento de la ley. Durante 2007 se realizaron diálogos de participación ciudadana en macro regiones con actores vinculados que finalizaran en el primer trimestre de 2008. En 2008 se realizará un ciclo de talleres de discusión del anteproyecto de ley con profesionales y técnicos a cargo de ejecución de proyectos. La presentación del anteproyecto al Parlamento se efectuará en el tercer trimestre 2008.
Acerca del Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, se efectuará un diagnostico del funcionamiento general del SIRSD: estudios, consultas, talleres regionales, una propuesta de anteproyecto de ley analizado y consensuado con actores nacionales y regionales. La presentación del anteproyecto al Parlamento se realizará en el tercer trimestre de 2008.
En conclusión, durante el año 2007, se avanzó en los objetivos de corto, mediano y largo plazo en la Agenda Estratégica de la cadena agroalimentaria del trigo en Chile.
En el encuentro de marzo de 2008, se establecerá una nueva priorización de acciones, de acuerdo a los nuevos escenarios del trigo a nivel nacional e internacional y a los resultados obtenidos en los diferentes estudios realizados en 2007.
La Comisión, finalmente, decidió consultar la opinión de la Subsecretaria de Hacienda respecto de este proyecto.
La señora María Olivia Recart sostuvo que el proyecto de bandas genera un consenso bastante importante entre los actores del sector, toda vez que cumple con todo lo acordado con la Mesa del Agro del año 2003.
Además, este proyecto cumple con los requerimiento del panel de la OMC. Aseveró que significaría una señal muy importante el hecho de aprobarlo a la brevedad, ya que desde julio de 2007 está pendiente el cumplimiento del fallo.
Cerrado el debate y puesto en votación el proyecto de ley, la Comisión procedió a aprobarlo, en general, por unanimidad, con el voto favorable de los Diputados señora Sepúlveda y señores Farías ( Presidente ), Barros , Enríquez-Ominami , Galilea , Lobos , Martínez , Núñez , Espinosa , Sule, Tuma y Urrutia .
b) En particular.
Artículo único
Sustituye el artículo 10 de la ley N° 18.525, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado lo fija el decreto con fuerza de ley N° 31, de 2005, para establecer, en el caso de la importación de trigo y harina de trigo, respectivamente, un derecho específico de 30 dólares de los Estados Unidos de América por tonelada para el trigo y de 47 dólares de los Estados Unidos por tonelada para la harina de trigo.
-Sometido a votación el artículo único, se aprueba por once votos a favor y una abstención.
V. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.
En mérito de las consideraciones anteriores y por las que, en su oportunidad, pudiere añadir el Diputado informante , la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural recomienda la aprobación del siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo Único.- Sustitúyese el artículo 10 de la ley N° 18.525, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado lo fija el decreto con fuerza de ley N° 31, de 2005, por el siguiente:
“Artículo 10.- Establécense derechos específicos en dólares de los Estados Unidos de América por unidad arancelaria y rebajas a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero que podrán afectar la importación de azúcar y derechos específicos en dólares de los Estados Unidos de América por unidad arancelaria que afectarán a las importaciones de trigo y harina de trigo, en la forma prevista en este artículo.
En el caso de la importación de azúcar, el monto de tales derechos y rebajas será fijado en la forma establecida en este artículo por el Presidente de la República , mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Hacienda, bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República ”, doce veces por cada período anual comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de noviembre del año siguiente, en términos que, aplicados a los niveles de precios que alcance en los mercados internacionales, permitan dar estabilidad al mercado nacional.
Para la determinación de los derechos y rebajas a la importación de azúcar hasta el período anual que finaliza el año 2007, se considerarán los valores piso y techo utilizados en la elaboración del decreto exento del Ministerio de Hacienda Nº 268, publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de mayo de 2002, expresados en términos FOB en dólares de los Estados Unidos de América por tonelada. Deberán establecerse, por una parte, derechos específicos cuando el precio de referencia sea inferior al valor piso de 310 dólares, y, por la otra, rebajas a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero, cuando el precio de referencia sea superior al valor techo de 339 dólares.
Para la determinación de los derechos y rebajas a la importación de azúcar desde el período anual que finaliza el año 2008 y hasta el año 2014, los valores piso y techo establecidos en el inciso anterior, se ajustarán anualmente multiplicando los valores vigentes en el período anual anterior por el factor 0,980 hasta el año 2011 y por el factor 0,940 a partir del período anual que finaliza el año 2012.
Los derechos y rebajas aplicables a la importación de azúcar, corresponderán a la diferencia entre los valores piso o techo determinados en los incisos precedentes y un precio de referencia FOB, multiplicado por el factor uno (1) más el arancel ad valórem general vigente. El precio de referencia FOB estará constituido por el promedio de los precios internacionales diarios del azúcar refinada y del azúcar cruda, registrados en los mercados de mayor relevancia durante un período de un mes calendario contado desde la fecha que para cada decreto fije el reglamento.
Los derechos y rebajas que se determinen para el azúcar refinada se aplicarán a las mercancías cuyas características cumplan con los requisitos de los grados 1 y 2 de la Norma Chilena Oficial NCh 1242 del Instituto Nacional de Normalización. En el caso de las demás importaciones de azúcar refinada, al precio de referencia determinado de conformidad al inciso precedente, se le restará el monto correspondiente al 60% del valor de la prima de refinación vigente, la que corresponderá a la diferencia entre los precios de referencia calculados para el azúcar refinada y el azúcar cruda.
Los derechos y rebajas aplicables determinados para cada operación de importación de azúcar, serán los vigentes a la fecha del manifiesto de carga del vehículo que transporte las correspondientes mercancías.
El Presidente de la República , mediante un decreto supremo expedido a través del Ministerio de Hacienda y suscrito, además, por el Ministro de Agricultura , establecerá, en conformidad a lo señalado en este artículo, las épocas de dictación y los períodos de aplicación de derechos específicos y rebajas al arancel para el azúcar. Asimismo, establecerá los mercados de mayor relevancia, los procedimientos y fechas para el cálculo de los precios de referencia y otros factores metodológicos que sean necesarios.
En el caso de la importación de trigo y harina de trigo, clasificadas en las posiciones arancelarias 1001.9000 y 1101.0000 respectivamente, establécese un derecho específico de 30 dólares de los Estados Unidos de América por tonelada para el trigo y de 47 dólares de los Estados Unidos por tonelada para la harina de trigo.
El año 2014 el Presidente de la República evaluará las modalidades y condiciones de aplicación de este artículo, considerando las circunstancias de los mercados internacionales, las necesidades de los sectores industriales, productivos y de los consumidores, así como las obligaciones comerciales de nuestro país vigentes a esa fecha.
Los derechos que resulten de la aplicación de este artículo, sumados al derecho ad valórem, no podrán sobrepasar el nivel del arancel tipo consolidado por Chile ante la Organización Mundial del Comercio, considerando cada operación de importación individualmente y teniendo como base de cálculo el valor CIF de las mercancías comprendidas en la respectiva operación. Las rebajas establecidas que resulten de la aplicación de este artículo, en ningún caso podrán exceder a la suma que corresponda pagar por concepto de derecho ad valórem en la importación de las mercancías. El Servicio Nacional de Aduanas deberá adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo señalado en este inciso.”.”.
-o-
Se designó Diputado informante al señor Marco Antonio Núñez Lozano .
Sala de la Comisión, a 15 de enero de 2008.
Acordado en sesiones de fechas 20 de noviembre, 4, 11 y 18 de diciembre de 2007 y 8 y 15 de enero de 2008, con la asistencia de los Diputados señores Ramón Farías Ponce ( Presidente ), José Ramón Barros Montero, Marco Enríquez-Ominami Gumucio , Marcelo Forni Lobos , Pablo Galilea Carrillo, Juan Lobos Krause , Rosauro Martínez Labbé, Marco Antonio Núñez Lozano , José Pérez Arriagada (Marcos Espinosa Monardes) , Alejandra Sepúlveda Orbenes , Alejandro Sule Fernández , Eugenio Tuma Zedán e Ignacio Urrutia Bonilla .
Asistió, además, el Diputado no miembro de la Comisión, señor Alejandro García-Huidobro Sanfuentes .
(Fdo.): MIGUEL CASTILLO JEREZ, Secretario de la Comisión ”.
5. Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural acerca del proyecto de ley que modifica el artículo 7° de la ley N° 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país, en materia de salvaguardias. (boletín N° 5363-03)
“Honorable Cámara
La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural informa acerca del proyecto de ley, en primer trámite reglamentario, sin urgencia y en primer trámite constitucional, originado en un mensaje de S.E. la Presidenta de la República , que modifica el articulo 7° de la ley N° 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país.
El proyecto fue tramitado originalmente a la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo. Con fecha 21 de noviembre de 2007, la Sala de la Corporación accedió a la petición de vuestra Comisión para conocer, como Comisión Técnica, este proyecto de ley.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1ª) Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado.
2ª) Que, de acuerdo con el artículo 220 del Reglamento de la Corporación, el texto del proyecto de ley aprobado por la Comisión debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.
3ª) Se hace constar que, en virtud del artículo 15 del Reglamento, se introdujeron algunas correcciones formales, que no es del caso detallar.
4ª) Que el proyecto de ley ha sido aprobado, en general, por unanimidad, con el voto favorable de los Diputados señora Sepúlveda y señores Farías ( Presidente ), Barros , Enríquez-Ominami , Galilea , Lobos , Martínez , Núñez , Espinosa , Sule, Tuma y Urrutia .
5ª) Que, como Diputado informante , se designó al señor Marco Antonio Núñez Lozano .
Durante el estudio de este proyecto de ley, vuestra Comisión contó con la asistencia y la participación de las siguientes personas:
-Por el Ministerio de Agricultura, don Álvaro Rojas , Ministro de Agricultura ; don Reinaldo Ruiz , Subsecretario de Agricultura (S) y Director Nacional de Odepa ; don Juan José Troncoso, Subdirector de Odepa ; doña Jeannette Danty , Profesional de Odepa, encargada de Cereales; doña Andrea Cerda , Profesional de Odepa; don Mauricio Caussade , Fiscal del Ministerio de Agricultura; don Andrés Jouanett, don Víctor Venegas y don Mauricio Ovalle , Asesores, y don Rodrigo Alegría , Jefe de Gabinete del Ministro de Agricultura .
-Por el Ministerio de Hacienda, doña María Olivia Recart , Subsecretaria de Hacienda ; don Raúl Sáez , Coordinador de Asuntos Internacionales; doña Jacqueline Saintard, doña Tamara Agnic don Juan Araya , doña Ninel Calisto , y doña Andrea Pinto-Agüero , Asesores.
-Por el Ministerio de Relaciones Exteriores, don Carlos Furche , Director de Relaciones Económicas Internacionales , y don Álvaro Espinoza , abogado.
-Por la Federación de Productores de Leche, don Carlos Arancibia, Gerente de Fedeleche.
-Por la Asociación de Molineros del Centro A.G, don Fermín Dihazarri , Presidente ; don Sergio Ossa , Gerente General; don Juan Enrique Ojeda , Director, y don Jorge Bravo , Asesor.
-Por la Sociedad Nacional de Agricultura, doña Ema Budinich, Gerenta del Departamento de Estudios de la SNA.
-Por el Instituto Libertad y Desarrollo, don Tomás Flores , Director de Estudios , y don Álvaro Paúl , Investigador .
-Por la Fundación Jaime Guzmán, don Edmundo Piffre de Voban , Investigador.
II. IDEAS FUNDAMENTALES O MATRICES DEL PROYECTO.
La idea matriz que inspira la proposición de esta iniciativa legal radica en extender el plazo de aplicación de las medidas de salvaguardia, manteniendo el criterio de excepcionalidad que conlleva su aplicación, todo ello, resguardando y respetando los compromisos internacionales asumidos por Chile frente a sus socios comerciales.
A) Fundamentos.
El año 1999 fue aprobada por el H. Congreso Nacional la ley N° 19.612, que modificó la ley N° 18.525, para establecer un procedimiento de salvaguardias conforme al Acuerdo de Marrakech.
Esta normativa tuvo por finalidad implementar los derechos y obligaciones de Chile en materia de salvaguardias, de conformidad con el Acuerdo que estableció la Organización Mundial del Comercio y sus anexos, adoptados en el Acta final de la Octava Ronda de Negociaciones Comerciales Multilaterales del Acuerdo General de Aranceles y Comercio, Gatt , suscrita el 15 de abril de 1994, en Marrakech, Marruecos .
Tanto el Acuerdo OMC como sus anexos fueron aprobados por el H. Congreso y promulgados mediante decreto supremo de Relaciones Exteriores Nº 16, de fecha 5 de enero de 1995, publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de mayo de 1995.
Esta normativa estableció el procedimiento a aplicarse en nuestro país para la aplicación de medidas de salvaguardia, en concordancia con las disposiciones del Artículo XIX del Acuerdo General de Aranceles y Comercio de 1994 y con el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC.
La necesidad de legislar para implementar las normas ya aprobadas contenidas en el artículo XIX del Gatt 1994 y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC radicaba en que estos textos, junto con permitir la aplicación de tales medidas daban, además, libertad a los Estados miembros para establecer una serie de parámetros en su aplicación, quedando entregado a cada Estado la tarea de fijar en su legislación interna de qué manera se implementaría el procedimiento y la vigencia en la aplicación de medidas de salvaguardia.
Fue así como la ley N° 19.612 implementó en nuestra legislación las normas del Acuerdo sobre Salvaguardias, adoptando decisiones respecto de una serie de áreas en que el Artículo XIX del Gatt y el mencionado Acuerdo sólo fijan un marco de aplicación que da un margen de discrecionalidad a los distintos Miembros de la OMC.
Una de las materias que definió la ley N° 19.612 fue la que se refiere al plazo de aplicación de las medidas de salvaguardias, donde se restringió su vigencia al máximo de un año calendario, incluyendo el período de aplicación de medidas provisionales, si las hubiera, y permitiéndose la prórroga de tales medidas, por una sola vez, hasta por igual período.
Sin embargo, el Acuerdo sobre Salvaguardias establece que los Miembros podrán aplicar medidas de salvaguardia por un periodo de hasta ocho años, considerando la prórroga de tales medidas.
El proyecto de ley responde al análisis de lo que ha sido la experiencia del país en la aplicación de medidas de salvaguardia desde su implementación en el año 1999 hasta la fecha, así como de las normas legales y las obligaciones internacionales de Chile en la materia.
Es así como, desde 1999, Chile ha oficializado la aplicación de medidas de salvaguardia en ocho oportunidades.
La experiencia muestra que las medidas aplicadas han respondido a las necesidades y al mérito de cada investigación. En efecto, hay casos en que una vez impuesta una medida de salvaguardia, su aplicación no ha sido prorrogada. Así también, hay casos en que se les ha puesto término a su aplicación antes del periodo máximo fijado en la ley, todo ello, de manera consistente con el artículo 7° del Acuerdo sobre Salvaguardias. Sin embargo, han existido casos en que, debido a la corta duración de las medidas, ha existido el riesgo de no brindar un plazo razonable para el ajuste de la industria nacional.
De esta forma la experiencia acumulada por nuestro país permite garantizar que un aumento en el periodo de aplicación de las medidas de salvaguardias no conlleva un aumento en la protección interna, y a la vez, permitiría contar con mayores herramientas para el ajuste interno, en caso de ser necesario.
B) Comentario sobre el articulado del proyecto.
El proyecto de ley, de manera consistente con los derechos y obligaciones internacionales del país, introduce una modificación en el actual artículo 7° de la ley N° 18.525, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra contenido en el decreto con fuerza de ley N° 31, de 2005, ampliando el plazo de vigencia para la aplicación de medidas de salvaguardia hasta un máximo de tres años.
C) Informe financiero.
El Ejecutivo acompañó a esta iniciativa un informe financiero, que se transcribe a continuación.
“1. El presente proyecto de ley contempla la modificación del artículo 7° de la ley N° 18.525, ley que permite establecer sobretasas arancelarias ad valorem como medidas de salvaguardia.
2. La modificación propuesta tiene por objeto extender el plazo máximo de aplicación de las mencionadas sobretasas, desde un año prorrogable hasta otro adicional, por dos años prorrogable hasta otro año.
3. Este proyecto de ley no irrogará un mayor gasto fiscal.”
III. ANTECEDENTES DEL PROYECTO.
Incidencia en la legislación vigente.
De conformidad con el N° 20 del artículo 19 de la Constitución, se asegura a todas las personas “la igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley...”.
Asimismo, el N° 1 del inciso cuarto, del artículo 65 dispone que es materia de ley “imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier naturaleza...”.
Las “salvaguardias” constituyen un sistema de imposición de sobretasas, que son impuestos, a los productos de importación, cuando pueden generar grave daño a la economía nacional.
En la medida que, mediante este sistema, se establecen derechos aduaneros especiales, las sobretasas como medida de salvaguardia, genéricamente son tributos y, por lo mismo, su establecimiento ya es materia de ley. Lo que el proyecto de ley modifica es el plazo por el cual regirán dichos tributos, lo que también forma parte del tributo mismo, toda vez que la aplicación del tributo en el tiempo, si bien no incide en hecho gravado, afecta directamente a su base que se toma en cuenta para la aplicación del tributo.
Por otra parte, el proyecto impone una obligación legal a la llamada “Comisión Antidistorsiones”, que deberá revisar las salvaguardias anualmente. Conforme con el artículo 65, inciso cuarto, Nº 2, determinar las funciones y atribuciones de los organismos del Estado es una materia de ley.
Tanto la imposición y régimen legal de los tributos como las atribuciones de los entes públicos son materias de ley de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , según el artículo 65, inciso cuarto, N° 1 y 2, de la Constitución.
El artículo 7° del decreto con fuerza de ley N° 31, de 2005, texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.525, establece que, en caso de que concurran las circunstancias previstas en el Artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio, el Presidente de la República podrá aplicar sobretasas arancelarias ad valorem, previo informe favorable de la Comisión Antidistorsiones.
El Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC dispone que un miembro sólo puede aplicar una medida de salvaguardia a un producto si ha determinado que las importaciones de ese producto en su territorio han aumentado en tal cantidad, en términos absolutos o en relación con la producción nacional, y se realizan en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a la rama de producción nacional que produce productos similares o directamente competidores.
Se entiende por “daño grave” un menoscabo general significativo de la situación de una rama de producción nacional; se entiende por “amenaza de daño grave” la clara inminencia de un daño grave. La determinación de la existencia de una amenaza de daño grave se debe basar en hechos y no simplemente en alegaciones, conjeturas o posibilidades remotas.
Para determinar la existencia de daño o de amenaza de daño, se entiende por “rama de producción nacional” el conjunto de los productores de los productos similares o directamente competidores que operen dentro del territorio de un miembro o aquellos cuya producción conjunta de productos similares o directamente competidores constituya una proporción importante de la producción nacional total de esos productos.
La Comisión Nacional Encargada de Investigar la Existencia de Distorsiones en el Precio de las Mercaderías Importadas, puede iniciar la investigación a solicitud escrita presentada por la rama de producción nacional afectada por el daño grave o amenaza del mismo y también puede iniciar investigaciones de oficio, cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen.
La vigencia de las sobretasas no puede exceder de un año, incluido el período de aplicación provisional de la medida. Sin embargo, la vigencia puede ser prorrogada por otro año, cuando persistan las circunstancias que motivaron su aplicación, para lo cual se requerirá igualmente el informe favorable de la Comisión Antidistorsiones.
La prórroga de la sobretasa debe contemplar un calendario de desmantelamiento gradual, salvo circunstancias excepcionales debidamente calificadas por la Comisión.
IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.
a) En general.
El señor Álvaro Rojas , Ministro de Agricultura , explicó que el proyecto de ley que modifica el artículo 7° de la ley N° 18.525, aumenta el plazo de aplicación total de salvaguardias de dos a tres años1.
El señor Carlos Furche , Director de Relaciones Económicas Internacionales , explicó que si bien la Organización Mundial de Comercio permite la aplicación de salvaguardias hasta por un plazo de 4 años, prorrogables por otros 4, al cuarto año de aplicación de la medida, el país está obligado a compensar a sus socios comerciales.
El señor Carlos Arancibia, Gerente de Fedeleche, señaló, respecto del plazo de las salvaguardias, que el sistema actual contempla un plazo de 1 + 1. El proyecto lo aumenta a 2 + 1, en circunstancias de que la OMC permite un plazo de hasta 4 + 4.
La salvaguardia permite generar un período de alivio a un rama de la economía nacional que se ve enfrentada a un tema de competencia desleal desde otro origen. A cada sector le cuesta adaptarse, especialmente en la agricultura.
La OMC también permite establecer un sistema de salvaguardias con cuotas, que determina una cierta cantidad de productos sujetos a un arancel distinto al que se aplica al resto de los productos. Esa alternativa debiera ser analizada e incorporada dentro de este proyecto.
En cuanto a la mecánica y el funcionamiento respecto de la solicitud de salvaguardias, expresó que se trata de una tarea bastante difícil, tanto en tiempo como en recursos.
En tal sentido, propuso que se permita la implementación de una salvaguardia provisoria, en el caso de que los antecedentes presentados así lo ameriten.
Del mismo modo, solicitó que la Comisión pueda actuar de oficio, de manera que el desarrollo de la investigación, la recopilación de antecedentes y la demostración de daño no sea totalmente de cargo de los afectados.
Actualmente, si no se trata de un gremio que esté muy bien organizado y que cuente con los recursos suficientes, simplemente no puede hacer la presentación respectiva.
La señora Ema Budinich , Gerenta del Departamento de Estudios de la SNA , explicó que para elevar la competitividad del país, se requiere reforzar las políticas públicas en la defensa ante amenazas de competencia desleal.
Además de asegurar las señales de largo plazo que ofrecería el proyecto frente a la importación de trigo y harina de trigo, es preciso asegurar que, ante eventuales comportamientos desleales de comercio, Chile esté en condiciones de establecer en forma oportuna medidas compensatorias (por ejemplo, derechos compensatorios), cuando las circunstancias así lo ameriten.
Actualmente alrededor del 45% del consumo interno se abastece con importaciones, por eso es tan importante defender a nuestros productores del riesgo de enfrentar una competencia desleal.
Esto requiere en forma urgente fortalecer las capacidades técnicas y operativas de la Comisión Antidistorsiones, para asegurar que cada vez que existan distorsiones en el comercio se adopten las medidas pertinentes y la respuesta sea oportuna para evitar daños a los productores nacionales.
La modificación a las normas sobre salvaguardias, para ampliar el período de aplicación (boletín 5363-03), significaría un perfeccionamiento de los instrumentos disponibles para defenderse de prácticas desleales de comercio.
El señor Tomás Flores , Director de Estudios del Instituto Libertad y Desarrollo , sostuvo que las medidas de salvaguardia están previstas no para casos de comercio desleal, sino de simple daño a la producción nacional.
En efecto, siempre que los productos llegan a un país con precios bajo de los costos de producción o con subsidios a la exportación en la nación de origen, se trata de casos que autorizan a imponer derechos antidumping o compensatorios, que se encuentran suficientemente regulados en dichos acuerdos y en la legislación interna.
En cambio, la causal que autoriza a utilizar medidas de salvaguardia, ocurre ante casos de comercio internacional “leal” y en el hecho son simples medidas proteccionistas temporales.
Son medidas que en la actualidad conceptualmente no se justifican, lo cual es particularmente cierto en el caso de Chile, que es una economía totalmente abierta desde hace más de 30 años; vale decir, ya no se puede producir el presupuesto de hecho que dio origen a esta institución: daños a la producción interna generados por la apertura de la economía.
El señor Sergio Ossa , Gerente General de la Asociación de Molineros del Centro A.G., expresó respecto del proyecto de ley que propone extender el plazo de aplicación de las medidas de salvaguardia, la Asociación de Molineros del Centro A.G. considera que éste representa un avance respecto de la situación actual.
Aun cuando la modificación propuesta contempla un plazo máximo de hasta tres años para la vigencia de aplicación de medidas de salvaguardia, plazo que resulta inferior al previsto en Acuerdo de Salvaguardia de la OMC de ocho años, manifestó su apoyo decidido a la propuesta.
En todo caso, se entienden las razones que dificultan la aplicación de un plazo conforme a lo señalado en el Acuerdo de Salvaguardia de la OMC, y que han sido esgrimidas oportunamente por la autoridad.
La señora María Olivia Recart , Subsecretaria de Hacienda , sostuvo que el proyecto de salvaguardias, tal como está concebido: con un plazo de 2 + 1, tiene un efecto neutro desde el punto de vista de las políticas públicas respecto del sector agrícola.
Sin embargo, la ampliación del plazo a 2 + 2, podría traer consecuencias al agro, por efecto de la retaliación de la que sería sujeto el Gobierno de Chile. Lo más probable es que la retaliación se produzca en aquellos campos en que el país es exportador, como los salmones, la fruta y los vinos. También se podría retaliar en productos industriales que también tiene importantes costos para el país.
Cerrado el debate y puesto en votación el proyecto de ley, la Comisión procedió a aprobarlo, en general, por unanimidad, con el voto favorable de los Diputados señora Sepúlveda y señores Farías ( Presidente ), Barros , Enríquez-Ominami , Galilea , Lobos , Martínez , Núñez , Espinosa , Sule, Tuma y Urrutia .
b) En particular.
Artículo único
Sustituye el artículo 7° de la ley N° 18.525, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado lo fija el decreto con fuerza de ley N° 31, de 2005, para aumentar de dos a tres años el plazo total durante el cual se pueden establecer salvaguardias.
-Sometido a votación el artículo único, se aprueba por 11 votos a favor y 1 en contra.
V. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.
En mérito de las consideraciones anteriores y por las que, en su oportunidad, pudiere añadir el Diputado informante , la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural recomienda la aprobación del siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo Único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 7° de la ley N° 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado lo fijó el Decreto con Fuerza de Ley N° 31, del Ministerio de Hacienda, de 2005:
1) Modifícase el inciso cuarto, del siguiente modo:
a) Reemplázase la expresión “un año”, por “dos años”;
b) Elimínase la siguiente frase: “por un período que no exceda de un año, y por una sola vez”;
c) Sustitúyese la oración “La prórroga de la sobretasa deberá contemplar un calendario de desmantelamiento gradual, salvo circunstancias excepcionales debidamente calificadas por la Comisión.”, por la siguiente: “El período total de vigencia de la medida, incluido el período de aplicación provisional, la medida inicial y su prórroga, no podrá exceder de tres años.”.
2) Intercálase a continuación del inciso cuarto, el siguiente inciso quinto, nuevo, pasando el actual inciso quinto a ser sexto y así correlativamente:
“Sin perjuicio de lo establecido en el inciso séptimo del artículo 9°, cuando la vigencia de una sobretasa sea superior a un año, incluido el período de aplicación provisional de la misma, la Comisión deberá analizar anualmente la medida en vigor, teniendo en consideración la situación de la rama de la producción afectada así como las normas establecidas en los tratados internacionales vigentes.”.”.
-o-
Se designó Diputado informante al señor Marco Antonio Núñez Lozano .
Sala de la Comisión, a 15 de enero de 2008.
Acordado en sesiones de fechas 4, 11 y 18 de diciembre de 2007 y 8 y 15 de enero de 2008, con la asistencia de los Diputados señores Ramón Farías Ponce ( Presidente ), José Ramón Barros Montero, Marco Enríquez-Ominami Gumucio , Marcelo Forni Lobos , Pablo Galilea Carrillo, Juan Lobos Krause , Rosauro Martínez Labbé, Marco Antonio Núñez Lozano , José Pérez Arriagada (Marcos Espinosa Monardes) , Alejandra Sepúlveda Orbenes , Alejandro Sule Fernández , Eugenio Tuma Zedán e Ignacio Urrutia Bonilla .
Asistió, además, el Diputado no miembro de la Comisión, señor Alejandro García-Huidobro Sanfuentes .
(Fdo.): MIGUEL CASTILLO JEREZ, Secretario de la Comisión ”.
Proyecto iniciado en moción de la diputada señora Muñoz , doña Adriana.
Establece la posibilidad de fijar acceso vehicular para usar y gozar de bienes nacionales de uso público. (boletín N° 5750-12)
“Vistos: Los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional; el Decreto Ley N ° 1939, del, Ministerio de Bienes nacionales; los artículo 50 y siguientes del Código Civil; los artículos 30 y 35 del Código de aguas; el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando
1. Que el artículo 589 del Código Civil define los bienes nacionales de uso público como aquellos cuyo uso pertenece a todos los habitantes dé la nación y señala que las playas de mar pertenecen a este tipo de bienes, definiéndolas en el artículo 594 como “la extensión de tierras que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan las olas en las más altas mareas”.
2. Los artículos 612 y siguientes del mismo Código Civil establecen el derecho de los pescadores a hacer de las playas de mar el uso necesario para la pesca y reconoce el derecho de servidumbre de los mismos sobre las tierras contiguas a la playa de mar, hasta la distancia de ocho metros.
3. Por su parte, el Código de Aguas, en su artículo 30, establece que el álveo o cauce de los ríos son bienes nacionales de uso público y no accede mientras tanto a las heredades contiguas, pero los propietarios riberanos podrán aprovechar y cultivar ese suelo en las épocas que no estuviere ocupado por las aguas. Y, el artículo 35 del mismo texto plantea que el álveo o lecho de los lagos, lagunas, pantanos y demás aguas detenidas es el suelo que ellas ocupan en su mayor altura ordinaria. Este suelo es de dominio privado, salvo cuando se trate de lagos navegables por buques de más de mil toneladas.
4. El Decreto Ley N° 1939 de 1977, en su artículo 13, estableció que “los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a estos, para fines turísticos y de pesca, cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto”. Para lograr estos fines faculta al Intendente Regional para fijar estas vías de acceso, con el apoyo del Ministerio de Bienes Nacionales, previa audiencia con los propietarios, arrendatarios y tenedores de los terrenos, y si no se produjere acuerdo o aquellos no asistieren a la audiencia, las determinará prudencialmente, evitando causar daños innecesarios a los afectados. De esta determinación podrá reclamarse a los Tribunales ordinarios de justicia dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución de Bienes Nacionales, los que resolverán con la sola audiencia del Intendente y los afectados.
5. Se entiende que esta facultad del Intendente Regional para establecer derecho de paso por los inmuebles de los propietarios ribereños, la posee con la finalidad de proteger el derecho de propiedad que tienen todos los habitantes de la nación sobre los bienes nacionales de uso público para usar y gozar de estos bienes, evitando que el acceso a dichos bienes se vea limitado por el bloqueo que se produce de los mismos por la existencia de los predios ribereños y transformando en el hecho al bien nacional en extensión de dichos predios, trasformándolos por falta de acceso del resto de los habitantes del país, en lugares de uso exclusivo de los propietarios privados colindantes con los mismos.
6. De acuerdo al DL 1939, cualquier persona puede solicitar al Intendente Regional por escrito que fije el acceso gratuito a las playas cuando el acceso solicitado tenga por finalidad, desarrollar actividades con fines turísticos y/o de pesca; el acceso se produzca necesariamente, a través de predios colindantes a las playas y que no exista otra vía o camino público de acceso al correspondiente bien nacional de uso público.
7. Tanto el Ministerio del Interior como el Ministerio de Bienes Nacionales han impartido instrucciones a los intendentes para que en la fijación de estos accesos gratuitos se realice sin que signifique perjuicio para los propietarios o implique el establecimiento de una servidumbre de tránsito permanente o una expropiación de hecho y, además, que los accesos deban fijarse prudencialmente en los terrenos que resulte menos gravoso, tanto para quienes accedan a las playas, como para los dueños de los predios colindantes. Por ello debe preferirse aquellos terrenos que cuentan con más facilidades de acceso en cuanto a su cercanía con caminos públicos.
8. No obstante lo anterior, se ha entendido que la facultad del Intendente para fijar el acceso que establece el artículo 13 del DL 1939 se refiere a la posibilidad de fijar un mero paso, no de un camino vehicular. Situación que es comprensible en aquellas situaciones en que el camino público y la playa se encuentran a corta distancia, lo cual no representa gran problema para el traslado de niños, adultos mayores, personas con alguna discapacidad o para el traslado caminando de algún artículo de peso (como puede suceder con artículos, de pesca). En estos casos, el no poder acceder con vehículos livianos puede significar la imposibilidad de acceso a la playa y por ende una limitación para los habitantes para gozar del derecho a propiedad del bien nacional de uso público.
Por lo anterior, las(os) Diputadas(os) abajo firmantes, venimos en patrocinar el siguiente proyecto de ley
PROYECTO DE LEY:
ARTÍCULO ÚNICO: Incorpórese el siguiente inciso tercero al artículo 13 del Decreto Ley N ° 1939 de 1997:
“En aquellos casos en que la distancia entre el camino público y la playa y las condiciones del predio colindante lo justifiquen, el intendente podrá establecer que por el acceso gratuito puedan circular vehículos livianos”.
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Lobos , Álvarez , Arenas , Bauer , Kast , Salaberry , Uriarte , Ward , y de las diputadas señoras Cubillos , doña Marcela y Nogueira , doña Claudia.
Introduce modificaciones al Código Penal para sancionar la seducción de menores y otros abusos contra menores por medios virtuales”. (boletín N° 5751-07)
“La masificación del uso de nuevas tecnología, como internet, chat, mensajes multimedia, entre otros, asociado al bajo costo de computadores y teléfonos celulares, ha implicada un gran beneficio para todos los usuarios, especialmente en el caso de escolares y universitarios, que aprovechan las ventajas que éstos les reportan para su educación.
Sin embargo, el uso y masificación de la tecnología también ha traído aparejada una serie de problemas y riesgos, especialmente para los menores, que muchas veces no discriminan bien con quienes mantienen relaciones virtuales, no llegando a dimensionar bien los problemas que pueden presentarse.
Es así como ha empezado a aparecer en Chile una práctica que en otros países ya se está convirtiendo en un verdadero problema para los menores y ante el cual las autoridades ya están empezando a tomar cartas en el asunto. Se trata del grooming ola, seducción virtual de menores por medio de engañar o falsear la identidad para obtener fines sexuales.
En la práctica, se trata de mayores de edad que ingresan a salones de chat dirigidos a sus grupos objetivo (niños, niñas, diferenciados por edad, etc.) donde se hacen pasar por menores, logrando la confianza con algunos y consiguiendo, finalmente, la comunicación virtual privada entre ambos. Es en esa instancia posterior donde este pedófilo, que se hace pasar por un menor, consigue la obtención de imágenes del menor real y le insta a realizar actos sexuales o con connotación sexual. Estas imágenes son posteriormente almacenadas por el pedófilo y subidas a la red para compartirlas o bien venderlas a otros pedófilos.
Otra forma de utilización de las imágenes por parte del pedófilo, además de su distribución o comercialización, es para extorsionar al menor para que acceda a juntarse con él o bien a seguir con los actos sexuales a través de la red. De no acceder el menor, el pedófilo hace públicas las imágenes a través de sitios públicos o las distribuye a los conocidos del menor a través de correos electrónicos.
Se trata, entonces, de una conducta realizada deliberadamente, con la intención de establecer una relación con un menor, cuyo fin último es lograr abuso sexual directo o indirecto. Es una actividad planeada cuidadosamente y manejada por etapas, donde el abusador crea las condiciones para no ser detectado y llegar gradualmente al momento del acercamiento físico sobre el menor u obtención de objetivos.
Debido a un vacío en nuestra legislación esta conducta no está sancionada penalmente, ya que se exige que el menor esté delante del adulto, lo que no se considera que se cumple cuando se realiza a través de medios de comunicación a distancia.
Otra de las conductas que son sancionadas por la legislación es el almacenamiento de material pornográfico donde se haya utilizado menores de 18 años (art. 374 bis inciso segundo, Código Penal, pero esta tipificación no ha conseguido su fin. La jurisprudencia ha tendido a relacionar esta norma con lo establecido en el inciso primero de la misma disposición, que se refiere a la comercialización o distribución de este material, por lo que si se constata que el almacenamiento no tenía dicho fin, no se sanciona.
En virtud de lo anterior, consideramos necesario establecer claramente que no es requisito de aplicación de la norma que las imágenes se tengan para fines de comercialización y, además, ir más allá, sancionando la sola visualización maliciosa de imágenes de pornografía infantil.
Por otra parte, hay otros casos de pornografía infantil que no son sancionados por nuestra legislación, por no utilizar menores en su desarrollo, pero que son perjudiciales. Se trata de ilustraciones en las cuales se representa a menores de edad en diferentes actividades sexuales, ya sea en tres o dos dimensiones. La venta de este material no está sancionada por considerarse que no hay menores perjudicados directamente. Sin embargo, ello si constituye una alteración a la moralidad pública.
Como antecedente adicional, se debe tener en cuenta que la pornografía infantil constituye una especie de “adicción” en quienes la consumen, llevándolos a requerir cada vez más imágenes, reales o no, y eventualmente, involucrarse con menores, con los conocidos daños que ello ocasiona en esos niños. Es imprescindible establecer todos los frenos necesarios para que dichas conductas no sean realizadas y cuidar a nuestros niños de quienes quieren abusar de ellos.
Actualmente se encuentran a la venta al público en kioskos ediciones de Hentai, que en japonés significa “pervertido” o “perversión”. Debe destacarse que estas publicaciones de origen japonés en Japón están prohibidas para menores de 18 años. En estas historietas, los personajes, mayoritariamente femeninos y con claro aspecto menor de edad, aparecen desnudos o semidesnudos y en actos sexuales claramente pervertidos y cualquiera tiene acceso a ellos en nuestro país.
Otro caso relevante lo representa el “Morphing”, donde se toma una imagen real, a la que se aplican filtros o efectos que permiten lograr un resultado aparentemente ficticio. Por ejemplo, se toman partes de imágenes, como rostros de niños y genitales, los que se combinan a fin de evitar la identificación de una posible víctima.
Todas estas situaciones ponen en grave riesgo a nuestros niños y debemos hacer todo lo posible para poner freno al abuso infantil, solucionando los problemas que traen los vacíos en la legislación.
Los problemas anteriores han sido constatados en la práctica por la Policía de Investigaciones, especialmente por la Brigada del Cibercrimen, quienes, pese a los enormes esfuerzos que realizan para poner freno a los abusos, en la práctica muchas veces se encuentran de manos atadas por no contar con las herramientas normativas necesarias. Es, por tanto, necesario dotarlos de nuevas normas que hagan más expedito su actuar y que éste dé resultados positivos.
Por estas razones venimos a presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal
a) Introdúcese el siguiente inciso tercero, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto, al artículo 366 quáter:
“La misma pena se aplicará al que, a sabiendas de que trata con un menor de edad, por medios electrónicos o presenciales, lo sedujere o intente seducir, con fines sexuales, para lograr su excitación o la de otro”.
b) Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 374 bis:
i) Agréguese, en el inciso segundo, a continuación del término “pornográfico,” la frase “para su propio uso, ajeno o para distribuirlo de forma gratuita u onerosa,”
ii) Agréguese el siguiente inciso tercero, nuevo:
“El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere o facilitare por cualquier medio material pornográfico en el que no habiendo sido utilizados directamente menores o incapaces, se emplee su voz o imagen alterada o modificada, será castigado con presidio menor en su grado mínimo.”
Artículo 2°: Introdúcense las siguientes modificaciones al inciso quinto del artículo 222 del Código Procesal Penal:
a) Sustituyese la frase “seis meses” por “un año”.
b) Agréguese, a continuación del término “abonados.” la siguiente frase: “Asimismo, lo establecimientos que ofrezcan al público servicios de acceso a internet, de forma gratuita u onerosa, deberán mantener, en carácter de reservado, a disposición del Ministerio Público, un registro de los usuarios, no inferior a un año, con su nombre, cédula de identidad y fecha y hora del servicio y la individualización del equipo en el cual utilizó el servicio.”
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Aedo, Dittborn y Sepúlveda, don Roberto.
Modifica el artículo 33 del Código Procesal Penal con el objeto de establecer que la detención judicial puede decretarse incluso en las causas por delitos de giro doloso de cheques”. (boletín N° 5753-07)
“La Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 707, de 1982, establece en su artículo 22 que el giro doloso de cheques se configura cuando el librador girare un cheque, sin tener de antemano fondos o créditos suficientes en su cuenta corriente o girare sobre cuenta cerrada o no existente, o que hubiere retirado los fondos disponibles después de expedido el cheque y no consignare fondos suficientes para atender el pago de¡ mismo, los intereses corrientes y de las costas judiciales, dentro de¡ plazo de tres días hábiles, contados desde la fecha en que se le notifique el protesto.
La misma disposición dispone que la sanción aplicable, cualquiera sea el monto del cheque girado, es la prevista para el delito de estafa, contemplado en el artículo 467 N° 3 del Código Penal, esto es, presidio menor en su grado mínimo (sesenta y un días a quinientos cuarenta días de privación de libertad) y multa de cinco unidades tributarias.
No obstante que este tipo de delitos tiene asignada la pena de un ilícito constitutivo de estafa, para su juzgamiento requiere, sin embargo, de acción privada, conforme lo dispone el artículo 42 de la misma ley ya citada, de modo que de acuerdo a !o preceptuado en e! artículo 141 letra b) del Código Procesal Penal, no procede a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva.
Por esta misma razón, muchos tribunales han entendido que en este tipo de delitos, cuando el imputado no compareciere injustificadamente, no puede ser objeto de la detención que permite el artículo 33 del código anteriormente citado.
De esta forma, cuando un querellado por giro doloso de cheques se oculta, impidiendo su notificación, o habiendo sido notificado se niega a concurrir la audiencia, no existe forma coercitiva de compelerlo a concurrir al llamamiento judicial.
La situación antes descrita produce una desigualdad en comparación con los restantes fraudes o estafas de acción penal pública, e incluso por montos menores, en que el Ministerio Público sí tiene la posibilidad de solicitar tanto la detención como la prisión preventiva del imputado.
Para solucionar esta falta de precisión en la norma que regula las detenciones, respecto de este tipo de delitos, estimamos que debe modificarse el artículo ya mencionado, a fin de que se permita este tipo de detenciones en los casos de giro doloso de cheques, cuyas causas deban iniciarse por, acción privada.
En mérito a las consideraciones que anteceden, sometemos a la aprobación de la Cámara de Diputados, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: Modifícase el artículo 33 del Código Procesal Penal, intercalando un inciso cuarto nuevo, pasando el actual cuarto a ser quinto, del siguiente tenor:
“La detención judicial de los imputados que no comparecieren injustificadamente procederá también en los casos de delito de giro doloso de cheques, que se refiere el inciso primero del, artículo 42 del Decreto con Fuerza de Ley N° 707 de 1982.”
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Robles, Forni y Meza.
Modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, incluyendo en sus disposiciones materias relativas a la telefonía residencial”. (boletín N° 5754-07)
Vistos:
Lo dispuesto en los Artículos 1°, 19°, 63° y 65° de la Constitución Política de la República, en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que las más avanzadas legislaciones del mundo reconocen y regulan la denominada “autodeterminación informativa”, esto es, la facultad de toda persona para ejercer control sobre !a información personal que 1e concierne, contenida en registros públicos o privados, especialmente los almacenados mediante medios informáticos. Se trata de un derecho personalísimo que ha adquirido autonomía conceptual con relación a otros derechos de la persona como la intimidad o privacidad, la imagen, el honor o la identidad personal, y se integra en el amplio contexto de la libertad y !a identidad personal.
2° Que el procesamiento de datos personales por medios electrónicos, su almacenamiento en grandes bancos de datos y su difusión telemática y por grandes redes de transmisión de datos exige encontrar medidas que tutelen efectivamente este derecho. Existen cada día mayores dificultades técnicas para evitar el almacenamiento y difusión de datos de carácter personal, por lo que es necesario consagrar ciertos principios que regulen su tratamiento, para proteger la información y, en su caso, otorgar resarcimientos adecuados ante el uso arbitrario de datos cuya divulgación es muy difícil controlar.
Se proponen como principios generales para una legislación reguladora del tratamiento de datos de carácter personal, la prohibición de utilizar información personal con una finalidad diferente a la declarada o propuesta al ser ingresados los datos al registro; su difusión con un fin distinto al propuesto, sin el expreso consentimiento del titular de los datos personales o sus sucesores, y una prohibición absoluta para la colecta de datos personales en bases de datos informatizadas, cuando estos estén referidos a los denominados “datos sensibles”, especialmente los aspectos ideológicos, religiosos, orientación o conducta sexual, y aquellos temas de salud que pueden ocasionar discriminación.
El tratamiento de los datos de carácter personal y la necesidad de tutelar la autodeterminación informativa no es ya novedoso. El desarrollo informático ha permitido la estructuración de bases de datos y el entrecruzamiento de la información contenida en las mismas; adquiriendo particular gravedad la utilización de esta tecnología en el procesamiento de datos de carácter personal, los que proporcionados o recolectados con una finalidad específica, escapan luego al control del sujeto concernirlo.
El problema actual no afecta exclusivamente la intimidad o privacidad de las personas, y la autodeterminación informativa o tutela de los datos personales es un derecho personalísimo que ha adquirido autonomía conceptual. Implica la facultad de ejercer control sobre la información personal del concernirlo, contenida en un registro de cualquier tipo. Ha surgido para aplicarse a nuevas realidades jurídicas, que sólo parcialmente, pueden ser descriptas o fundamentadas a través de la noción tradicional de “intimidad”, ya que es un producto de la era informática. Su fundamentación jurídica puede y debe relacionarse con el derecho a la intimidad, pero lo excede, refleja más que una protección a la intimidad, ya que puede contener también los intereses de un grupo social contra el procesamiento, almacenamiento v recolección de información.
Si bien la información personal forma parte de la intimidad individual, simultáneamente el control de la información personal está relacionado con el concepto de autonomía individual para decidir, hasta cierto límite, cuándo y qué información puede ser objeto de procesamiento automatizado, por lo que preferimos hablar de autodeterminación informativa, e incluso libertad informática. Además, o es un problema limitado a las fronteras nacionales, sino que también repercute en las relaciones internacionales.
3° Que un aspecto muy importante y poco analizado en nuestro país, relativo a la autodeterminación informativa, es el concerniente a la información contenida en la guía telefónica. Como es sabido, en Chile (y con absoluto apego a lo establecido en la legislación vigente, en particular, la ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones y su reglamentación asociada), la guía de teléfonos residencial es publicada cada dos años y en ella se contiene el nombre completo, la dirección particular y el teléfono de red fija que la persona contratante del servicio telefónico registra. No obstante, los datos anteriormente descritos revisten el carácter de personalísimos y, en ese sentido, resulta (a lo menos) curioso que cualquier persona, en cualquier parte del mundo y a cualquier hora tenga accedo, a través de la guía telefónica (material e informática), a la información del número, dirección residencial y nombre completo de cualquier persona que posea una línea telefónica en Chile y, más aún, resulta absolutamente contrario a las disposiciones contenidas en la ley N° 19.628 que la publicidad de la información contenida en la guía telefónica sea la regla general y, excepcionalmente mediando el pago de una suma de dinero, los referidos datos se conserven en reserva del público.
Ahora bien, con anterioridad se ha señalado que la tendencia mundial es proteger la información de las personas y subir de categoría (a nivel de esencial), el derecho a la privacidad de todo ser humano. Los avances en informática y comunicaciones en general han vuelto rentable la venta de bases de datos en que se registra información tan valiosa como la dirección, nombre completo y número telefónico residencial de un individuo, pero en nuestro país no se ha regulado este aspecto de modo cabal y eficiente. Más aún, en diversos países de Europa, por ejemplo, recibir una llamada telefónica en que se individualiza el nombre completo del dueño de la línea y su dirección para ofrecer productos comerciales de cualquier tipo es un delito. Existe, por tanto, prohibición de manejar este tipo de información sin el previo permiso o autorización del afectado, pero, sin embargo ¿Cuántas llamadas semanales reciben los dueños de líneas telefónicas de todo Chile en las cuales se publicita la venta de los más variados productos comerciales? ¿Cuántos mensajes políticos, religiosos, comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole son recibidos semanalmente por usuarios de los servicios telefónicos residenciales sólo por el hecho que la información aludida es de dominio público? ¿Cuánta correspondencia no deseada se envía a los hogares de los chilenos por la simple circunstancia que la dirección residencial del dueño de la línea aparece publicada en la guía telefónica?
A modo ilustrativo, citamos lo acontecido en EE.UU respecto al tema que nos convoca. Al respecto, el Congresista Republicano de Texas que representa a San Antonio , Lamar Smith , presentó un proyecto de ley que protege a los consumidores contra la venta fraudulenta y solicitación de información de telefonía personal (residencial y celular). La propuesta, presentada como el Proyecto de Ley 4709 de la Cámara de Representantes (H.R. 4709), coincide con la demanda anunciada recientemente por el Procurador General del estado de Texas en contra de la empresa USA Skiptrace, AMS Research Services Inc. y Worldwide Investigations Inc por vender información personal ajena de telefonía sin el conocimiento o consentimiento de los consumidores.
El Proyecto de ley Nº 4709 de la Cámara, también conocido como la Ley del 2006 de Protección a las Agencias Policiales y a la Privacidad de Información de Telefonía ( Law Enforcement and Phone Privacy Protection Act of 2006), impondría penas de hasta 20 años en prisión en contra aquellos que venden o a sabiendas compran información confidencial de telefonía utilizando estafas fraudulentas, tal como hacerse pasar por el consumidor o por una persona con la autoridad legal para recibir la información.
Pocas iniciativas resultan tan ejemplificadoras para ilustrar la relevancia que el tema en discusión tiene a nivel mundial.
El siguiente proyecto de ley tiene como objeto revertir la regla general impuesta en la actualidad. De esta manera, los números residenciales revestirán carácter de privados a no ser que el dueño de la línea telefónica, por escrito, autorice la publicación de la información en la guía de teléfonos.
Por tanto
Los diputados que suscriben vienen en someter a vuestra consideración el siguiente,
PROYECTO DE LEY
Modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, incluyendo en sus disposiciones materias relativas a la telefonía residencial.
Artículo único. Modifíquese el Artículo 4° de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, y agréguese el siguiente inciso final:
“Con todo, la información correspondiente al número telefónico residencial, así como el nombre completo y el domicilio de la persona natural contratante de servicios de telefonía fija permanecerá en reserva y no podrá ser publicada en medio alguno sin mediar documento escrito que autorice a la empresa telefónica para publicitar los datos”.
10. Oficio de la Corte Suprema.
“Oficio N° 15
Informe proyecto ley 77-2007
Antecedente: Boletín N° 5528-07
Santiago , 16 de enero de 2008
Por Oficio Nº 7141, de 5 de diciembre de 2007, el Presidente de la H. Cámara de Diputados , en conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley Nº 18.918 y lo preceptuado en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, ha recabado la opinión de esta Corte respecto del proyecto de ley recaído en el Boletín Nº 5528-07, que modifica el Código Orgánico de Tribunales, prohibiendo a los Ministros de los Tribunales Superiores de Justicia y a los jueces aceptar donaciones o premios con ocasión del ejercicio de la función jurisdiccional.
Impuesto el Tribunal Pleno sobre el proyecto señalado, en sesión del día 11 de enero del presente, presidida por el titular don Urbano Marín Vallejo y con la asistencia de los Ministros señores Marcos Libedinsky Tschorne , Milton Juica Arancibia , Nibaldo Segura Peña , Adalis Oyarzún Miranda , Jaime Rodríguez Espoz , Rubén Ballesteros Cárcamo , Sergio Muñoz Gajardo , señora Margarita Herreros Martínez , señores Hugo Dolmestch Urra , Juan Araya Elizalde , Patricio Valdés Aldunate , Héctor Carreño Seaman Pedro Pierry Arrau , señoras Gabriela Pérez Paredes , Sonia Araneda Briones y señor Carlos Künsemüller Loebenfelder , acordó informar favorablemente el proyecto, formulando las siguientes observaciones:
El proyecto, como una forma de dignificar la labor de los jueces, estima “necesario regular la aceptación de premios, beneficios, reconocimientos, galardones, u otros de similar naturaleza, por parte de funcionarios del Poder Judicial , especialmente tratándose de jueces que se encuentran en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales” y susceptibles entonces de generar “señales confusas en la opinión pública” y que pueda “constituir un incentivo que influya en la actuación de otros jueces” y “ afecte “la imagen de independencia” de este Poder Público.
Al efecto, el proyecto contiene un artículo único que intercala “un nuevo numeral 8 al artículo 544 del Código Orgánico de Tribunales, pasando el actual número 8 a ser 9” y cuyo tenor es el siguiente:
“8.- Cuando los ministros de los Tribunales Superiores de Justicia y los Jueces de los tribunales ordinarios y extraordinarios de primera instancia aceptan, para sí o para terceros, donativos, premios, galardones, reconocimientos de organismos nacionales o internacionales otorgados con ocasión del ejercicio propio de la labor jurisdiccional”.
Desde luego, es preciso recordar que el referido artículo 544 conforma el párrafo 1 del Título XVI del Código Orgánico de Tribunales, bajo el rótulo de “las facultades disciplinarias” y enumera los casos en que dichas “facultades disciplinarias que corresponden a la Corte Suprema o a las Cortes de Apelaciones, deberán especialmente ejercitarse respecto de los funcionarios del orden judicial que” incurran en alguna de las conductas allí descritas, de manera que se trata lisa y llanamente de una nueva falta a reprimir a través de la jurisdicción disciplinaria de que se dota a los tribunales, con arreglo a lo preceptuado en los artículos 82 de la Constitución Política de la República y 3° del Código Orgánico de Tribunales.
Por lo demás, conviene, asimismo, dejar en claro que este tema de ser moralmente aceptable que los jueces o, en general, los miembros del Poder Judicial reciban premios consistentes en dinero o especies, que representen un valor económico por el desempeño de sus funciones ministeriales, preocupa desde hace bastante tiempo a esta Corte Suprema, que mediante acta N° 262- 2007, de 14 de diciembre de 2007, dictó el Auto Acordado sobre “Principios de Ética Judicial y Comisión de Ética”, que refundió aquellos Autos Acordados extendidos con anterioridad, relativos a la Ética Judicial y consignados en las actas N°s. 52-2003, de 1° de agosto de 2003, sobre “Principios de Ética Judicial”, 156-2007, sobre “Modificaciones al Acuerdo relativo a la Comisión de Control Ético Funcionarios” y 157-2007, sobre “Modificaciones a los Principios de Ética Judicial”. Pues bien, el artículo noveno bis del texto refundido estatuye:
“Prohibición de recibir estímulos pecuniarios. Se prohíbe a los jueces y demás funcionarios judiciales la recepción de estímulos de carácter pecuniario, que excedan lo simbólico, por el ejercicio de sus labores, ya que ello, aparte de crear un ambiente público desfavorable a la función judicial en general, afecta seriamente la independencia e imparcialidad de esos funcionarios”.
Lo anterior, en atención a que ya entre las inhabilidades de los jueces y abogados integrantes para conocer de las cuestiones judiciales se contemplan la recepción de dádivas o beneficios (artículo 196, N°s. 14° y 17°, del Código Orgánico de Tribunales), sin que existan otras reglas que prohíban ni menos castiguen disciplinariamente estas conductas, en vista de lo cual, ya el 10 de abril de 2000, esta Corte impartió la instrucción de que da cuenta el acta N° 10-2000, sobre comportamiento funcionario, donde, sin perjuicio de otras responsabilidades, en su letra d) considera contrario a la ética “recibir presentes de cualquier naturaleza de las partes, abogados o apoderados que actúen en procedimientos, gestiones o juicios que se siguen ante el tribunal en que desempeñen sus funciones”.
También interesa destacar que con motivo de haber suscrito esta Corte Suprema el Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial, aprobado en la Cumbre de Presidentes de Corte Suprema y Consejos de la Magistratura, celebrado en República Dominicana en junio de 2006, donde se consagran principios atinentes a conductas deseables de todo juez y, al referirse al concepto de “Imparcialidad”, el artículo 14° prescribe: “Al juez y a los otros miembros de la oficina judicial les está prohibido recibir regalos o beneficios de toda índole que resulten injustificados desde la perspectiva de un observador razonable”.
Por otra parte, en nuestra legislación positiva, el artículo 62, N° 5°, de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado señala, entre las conductas que contravienen especialmente el principio de la probidad administrativa: “solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo o función, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza”, salvo aquellos oficiales o protocolares o los que autoriza la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación. Además, el artículo 78 de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece en términos similares la misma prohibición a los funcionarios públicos. Si bien esta normativa no rige para el Poder Judicial , coincide plenamente con los principios de la probidad e imparcialidad de los jueces y personal judicial, y que en el ámbito de las donaciones o premios recibidos por ellos, hasta ahora han regulado los Autos Acordados mencionados, razón por la cual se advierte la conveniencia de reglamentarlo legalmente como lo propone el proyecto en comento, aunque el auto acordado refundido continúa vigente para los auxiliares de la administración de justicia y el resto del personal no comprendido en la propuesta legislativa.
Sin perjuicio de lo anterior, es conveniente aclarar algunas imprecisiones en torno al proyecto de ley que es necesario hacer concordar con la normativa que antes se expuso.
En efecto, esta Corte estima que la moción, en cuanto a los destinatarios de la modificación resulta específica a ciertos funcionarios del Poder Judicial , en circunstancias que la prohibición debiera ser general, como lo es la norma ética impuesta en el Acuerdo de Pleno de 28 de noviembre pasado (antecedentes AD-1.460-07), que incluyó a todo el personal que sirve a este Poder del Estado.
En segundo término, este Tribunal cree que los reconocimientos por el buen desempeño o prestigio institucional que no impliquen premios materiales, no pueden quedar incluidos en esta prohibición y, por lo tanto, es evidente que su aceptación quedaría entregada al buen criterio del magistrado.
En tercer término, la modificación propuesta no debería estar incluida en el artículo 544 del Código Orgánico de Tribunales, sino que en el artículo 323 del mismo cuerpo de leyes, puesto que esta norma está incluida en el párrafo de los deberes y prohibiciones a que están sujetos los jueces. La moción propone precisamente evitar una conducta no aceptable para los funcionarios judiciales y, por consiguiente, sería más razonable incluir esta prohibición como N° 5 del indicado precepto legal, lo que además sería concordante con el artículo 544 del mismo Código en cuanto permite ejercer las facultades disciplinarias respecto de los funcionarios del Orden Judicial que se encuentren en los casos que siguen:
“8° Cuando infringieren las prohibiciones que les impongan las leyes.”
De esta manera, esta Corte es del parecer de informar favorablemente el proyecto de ley, planteando eso si, el siguiente texto:
“Agréguese al artículo 323 del Código Orgánico de Tribunales el siguiente N° 5:
N° 5 Aceptar para sí o terceros donativos o premios, que excedan lo simbólico, otorgados con ocasión del ejercicio propio de la labor jurisdiccional.”
Lo anterior es todo cuanto puedo informar.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): URBANO MARÍN VALLEJO , Presidente ; CAROLA HERRERA BRÜMMER , Secretaria Subrogante
AL SEÑOR PRESIDENTE
H. CÁMARA DE DIPUTADOS
PATRICIO WALKER PRIETO
VALPARAÍSO”.
11. Oficio de la Corte Suprema.
“Informe proyecto ley 9-2008
Antecedente: Boletín N° 4814-13
Santiago , 28 de enero de 2008
Por Oficio N° T/01/2008 de 18 de enero de 2008, el Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del H. Senado, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley Nº 18.918 y lo preceptuado en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, ha recabado la opinión de esta Corte respecto del proyecto de ley recaído en el Boletín Nº 4814-13, que modifica el Libro V del Código del Trabajo establecido por la Ley N° 20.087, relativo al nuevo procedimiento laboral.
Impuesto el Tribunal Pleno sobre el proyecto señalado, en sesión del día 25 de enero del presente, presidida por el titular don Urbano Marín Vallejo y con la asistencia de los Ministros señores Marcos Libedinsky Tschorne , Ricardo Gálvez Blanco , Milton Juica Arancibia , Nibaldo Segura Peña , Adalis Oyarzún Miranda , Jaime Rodríguez Espoz , Rubén Ballesteros Cárcamo , Sergio Muñoz Gajardo , señora Margarita Herreros Martínez , señores Hugo Dolmestch Urra , Juan Araya Elizalde , Patricio Valdés Aldunate , Héctor Carreño Seaman , Pedro Pierry Arrau , señoras Gabriela Pérez Paredes , Sonia Araneda Briones y señor Carlos Künsemüller Loebenfelder , acordó informar el proyecto favorablemente, formulando las siguientes observaciones:
El referido proyecto, ya ha sido objeto de informe previo por esta Corte Suprema. Actualmente se consulta por la redacción del nuevo artículo 439 bis, relativo a la realización de diligencias de un tribunal en el territorio de otro sin necesidad de exhortos, y sobre los artículos 474 a 484 y 502, sobre recursos procesales establecidos en el Código del Trabajo, por la ley Nº 20.087.
I. Contenido del Proyecto
Los artículos sometidos a la opinión de la Corte son los siguientes:
1. Artículo 439 bis
La redacción que actualmente se propone para este artículo es la siguiente:
“Artículo 439 bis. En las causas laborales los juzgados de letras del trabajo de Santiago podrán decretar diligencias para cumplirse directamente en las comunas de San Miguel, San Joaquín , La Granja, La Pintana, San Ramón , La Cisterna, El Bosque, Pedro Aguirre Cerda , Lo Espejo, San Bernardo , Calera de Tango , Puente Alto , San José de Maipo y Pirque sin necesidad de exhorto.
Lo dispuesto en el inciso anterior, se aplicará también en los juzgados de San Miguel y en los juzgados con competencia laboral de las comunas de San Bernardo y Puente Alto, respecto de las actuaciones que deban practicarse en Santiago o en cualquiera de ellos.
La facultad establecida en el inciso primero regirá, asimismo, entre los juzgados de La Serena y Coquimbo; de Valparaíso y Viña del Mar; de Concepción y Talcahuano; de Osorno y Río Negro; y de Puerto Montt, Puerto Varas y Calbuco ”.
Se mantiene sin modificaciones la redacción de los tres primeros incisos del artículo propuesto en el Mensaje, eliminándose el inciso final introducido por la Cámara de Diputados, cuya redacción era la siguiente:
“En todo caso, cualquier juzgado de competencia laboral podrá decretar diligencias para cumplirse directamente dentro de la Región, sin necesidad de exhorto”.
En su anterior informe (Oficio N° 246) la Corte consignó lo siguiente:
“El proyecto introduce este nuevo artículo cuyo objetivo es permitir a cualquier juzgado de competencia laboral decretar diligencias que deban cumplirse directamente dentro de la región sin necesidad de exhorto, situación que parece conveniente.
El artículo propuesto contiene la norma general en su inciso final apareciendo el resto de sus disposiciones redundantes. Ello tiene su origen en que la norma general ha sido introducida por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la H. Cámara de Diputados”.
2. Se reemplaza el Párrafo 5° de los Recursos por el siguiente: Artículos 474 a 484.
a) Artículo 474
Corresponde al mismo del actual artículo 474 de la Ley 20.087:
“Artículo 474. Los recursos se regirán por las normas establecidas en este Párrafo, y supletoriamente por las normas establecidas en el Libro Primero del Código de Procedimiento Civil ”.
b) Artículo 475
El nuevo artículo 475 del proyecto se refiere al recurso de reposición, y es del siguiente tenor:
“Artículo 475. La reposición será procedente en contra de los autos, decretos, y de las sentencias interlocutorias que no pongan término al juicio o hagan imposible su continuación.
En contra de la resolución dictada en audiencia, la reposición deberá interponerse en forma verbal, inmediatamente de pronunciada la resolución que se impugna, y se resolverá en el acto.
La reposición en contra de la resolución dictada fuera de audiencia, deberá presentarse dentro de tercero día de notificada la resolución correspondiente, a menos que dentro de dicho término tenga lugar una audiencia, en cuyo caso deberá interponerse a su inicio, y será resuelta en el acto”.
Cuando la Corte fue consultada en junio de 2007 dicho artículo era del siguiente tenor:
“Artículo 475.- La reposición interpuesta en una audiencia deberá formularse verbalmente y resolverse en el acto.
La reposición que recaiga en resolución dictada fuera de audiencia, deberá presentarse dentro de tercero día de notificada la resolución que se impugna, a menos que dentro de dicho término tenga lugar una audiencia, en cuyo caso deberá interponerse al iniciarse ésta”.
El nuevo artículo propuesto, a diferencia del aprobado por la Cámara de Diputados, señala en su inciso primero las resoluciones judiciales contra las cuales procede la reposición: autos, decretos y sentencias interlocutorias que no pongan término al juicio o hagan imposible su continuación. En cuanto a los incisos segundo y tercero éstos, contienen disposiciones similares al texto aprobado en primer trámite, cambiando sólo la redacción.
c) Artículo 476
El nuevo artículo 476 del proyecto establece lo siguiente:
“Artículo 476. Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social.
Tratándose de medidas cautelares, la apelación de la resolución que la otorgue o que rechace su alzamiento, se concederá en el solo efecto devolutivo.
De la misma manera se concederá la apelación de las resoluciones que fijen las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social”.
En su actual redacción el artículo propuesto elimina el recurso de apelación contra las sentencias definitivas de primera instancia, quedando reservado éste sólo contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las resoluciones que fijan el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social.
Se elimina el actual inciso segundo de la Ley 20.087, que permite continuar parcialmente con la ejecución, respecto del monto no cuestionado por el recurso.
El inciso tercero se divide y pasa a ser los actuales incisos segundo y tercero propuestos.
Se elimina el inciso final que permite destinar la garantía consignada al pago de lo ordenado en la sentencia en caso de rechazarse el recurso.
d) Artículo 477
El nuevo artículo 477 consagra el recurso de nulidad, procedente contra sentencias definitivas y su tenor es el siguiente:
“Artículo 477.- Tratándose de las sentencias definitivas, sólo será procedente el recurso de nulidad, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales, o aquélla se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. En contra de las sentencias definitivas no procederán más recursos.
El recurso de nulidad tendrá por finalidad invalidar el procedimiento total o parcialmente junto con la sentencia definitiva, o sólo esta última, según corresponda”.
Se reformula el artículo 477, de manera de sustituir el recurso de apelación laboral procedente contra sentencias definitivas de primera instancia, por el recurso de nulidad, cuya causal genérica está contenida en el inciso primero del nuevo artículo 477 y que corresponde prácticamente a la misma causal de apelación del actual artículo 477 de la Ley. Las demás causales de procedencia del recurso de nulidad están contenidas en el nuevo artículo 478 del proyecto en análisis y corresponden a las de casación en la forma que contempla el Código de Procedimiento Civil, respecto de asuntos conocidos por tribunales unipersonales.
Cabe tener presente que el nuevo artículo 477 establece que contra las sentencias definitivas no procederán más recursos.
e) Artículo 478
El artículo 478 contiene las causales específicas que hacen procedente el recurso de nulidad, el cual es del siguiente tenor:
“Artículo 478.- El recurso de nulidad procederá, además:
a) Cuando la sentencia haya sido pronunciada por juez incompetente, legalmente implicado, o cuya recusación se encuentre pendiente o haya sido declarada por tribunal competente;
b) Cuando haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica;
c) Cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior;
d) Cuando en el juicio hubieren sido violadas las disposiciones establecidas por la ley sobre inmediación o cualquier otro requisito para los cuales la ley haya previsto expresamente la nulidad o lo haya declarado como esencial expresamente;
e) Cuando la sentencia se hubiere dictado con omisión de cualquiera de los requisitos establecidos en los artículos 459, 495 ó 501, inciso final, de este Código, según corresponda; contuviese decisiones contradictorias; otorgare más allá de lo pedido por las partes, o se extendiere a puntos no sometidos a la decisión del tribunal, sin perjuicio de las facultades para fallar de oficio que la ley expresamente otorgue;
f) Cuando la sentencia haya sido dictada contra otra pasada en autoridad de cosa juzgada y hubiere sido ello alegado oportunamente en el juicio.
El tribunal ad quem, al acoger el recurso de nulidad fundado en las causales previstas en las letras b), c), e), y f), deberá dictar la sentencia de reemplazo correspondiente con arreglo a la ley.
En los demás casos, el tribunal ad quem, en la misma resolución, determinará el estado en que queda el proceso y ordenará la remisión de sus antecedentes para su conocimiento al tribunal correspondiente.
No producirán nulidad aquellos defectos que no influyan en lo dispositivo del fallo, sin perjuicio de las facultades de corregir de oficio que tiene la Corte durante el conocimiento del recurso. Tampoco la producirán los vicios que, conocidos, no hayan sido reclamados oportunamente por todos los medios de impugnación existentes.
Si un recurso se fundare en distintas causales, deberá señalarse si se invocan conjunta o subsidiariamente”.
En este artículo se contienen, reformuladas, las causales del recurso de apelación laboral introducidas por la Cámara de Diputados a dicho artículo 477. Además, se señalan los casos en que el tribunal ad quem deberá dictar sentencia de reemplazo.
f) Artículo 479
Los nuevos artículos 479 a 482 se refieren a la tramitación del recurso de nulidad. En su anterior redacción estos artículos se referían a la tramitación del recurso de apelación laboral.
“Artículo 479.- El recurso de nulidad deberá interponerse por escrito, ante el tribunal que hubiere dictado la resolución que se impugna, dentro del plazo de diez días contados desde la notificación respectiva a la parte que lo entabla.
Deberá expresar el vicio que se reclama, la infracción de garantías constitucionales o de ley de que adolece, según corresponda, y en este caso, además, señalar de qué modo dichas infracciones de ley influyen sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
Una vez interpuesto el recurso, no podrá invocarse nuevas causales. Con todo, la Corte, de oficio, podrá acoger el recurso deducido por un motivo distinto del invocado por el recurrente, cuando aquél corresponda a alguno de los señalados en el artículo 478”.
g) Artículo 480:
“Artículo 480.- Interpuesto el recurso el tribunal a quo se pronunciará sobre su admisibilidad, declarándolo admisible si reúne los requisitos establecidos en el inciso primero del artículo 479.
Los antecedentes se enviarán a la Corte correspondiente dentro de tercero día de notificada la resolución que concede el último recurso, remitiendo copia de la resolución que se impugna, del registro de audio y de los escritos relativos al recurso deducido.
La interposición del recurso de nulidad suspende los efectos de la sentencia recurrida.
Si una o más de varias partes entablare el recurso de nulidad, la decisión favorable que se dictare aprovechará a los demás, a menos que los fundamentos fueren exclusivamente personales del recurrente, debiendo el tribunal declararlo así expresamente.
Ingresado el recurso al tribunal ad quem, éste se pronunciará en cuenta acerca de su admisibilidad, declarándolo inadmisible si no concurrieren los requisitos del inciso primero del artículo 479, careciere de fundamentos de hecho o de derecho o de peticiones concretas, o, en los casos que corresponda, el recurso no se hubiere preparado oportunamente”.
h) Artículo 481:
“Artículo 481.- En la audiencia, las partes efectuarán sus alegaciones sin previa relación.
El alegato de cada parte no podrá exceder de treinta minutos.
No será admisible prueba alguna, salvo las necesarias para probar la causal de nulidad alegada.
La falta de comparecencia de uno o más recurrentes a la audiencia dará lugar a que se declare el abandono del recurso respecto de los ausentes”.
i) Artículo 482:
“Artículo 482.- El fallo del recurso deberá pronunciarse dentro del plazo de cinco días contado desde el término de la vista de la causa.
Cuando no sea procedente la dictación de sentencia de reemplazo, la Corte, al acoger el recurso, junto con señalar el estado en que quedará el proceso, deberá devolver la causa dentro de segundo día de pronunciada la resolución.
Si los errores de la sentencia no influyeren en su parte dispositiva, la Corte podrá corregir los que advirtiere durante el conocimiento del recurso.
No procederá recurso alguno en contra de la resolución que falle un recurso de nulidad. Tampoco, en contra de la sentencia que se dictare en el nuevo juicio realizado como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad”.
j) Artículos 483, 483 A, 483 B y 483 C:
Los nuevos artículos 483, 483 A, 483 B y 483 C se refieren al recurso de unificación de jurisprudencia, que procede excepcionalmente contra la resolución que falle el recurso de nulidad y cuyo conocimiento corresponderá a la Corte Suprema. El nuevo artículo 483 establece la causal de procedencia del recurso, en los siguientes términos:
“Artículo 483.- Excepcionalmente, contra la resolución que falle el recurso de nulidad, podrá interponerse recurso de unificación de jurisprudencia.
Procederá el recurso de unificación de jurisprudencia cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia ”.
k) Artículo 484
El nuevo artículo 484 que se propone es del siguiente tenor y corresponde prácticamente al texto del actual artículo 481 de la Ley 20.087, salvo en cuanto se sustituye la voz “causas de apelación” por “causas pendientes” y, en cuanto la forma de contabilizar el plazo a partir del cual el Presidente de la Corte respectiva debe instruir para que una Sala se aboque exclusivamente al conocimiento de dichas causas laborales:
“Artículo 484.- Las causas laborales gozarán de preferencia para su vista y su conocimiento se ajustará estrictamente al orden de su ingreso al tribunal.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 69 del Código Orgánico de Tribunales, deberá designarse un día a la semana, a lo menos, para conocer de ellas, completándose las tablas si no hubiere número suficiente, en la forma que determine el Presidente de la Corte de Apelaciones , quien será responsable disciplinariamente del estricto cumplimiento de esta preferencia.
Si el número de causas pendientes hiciese imposible su vista y fallo en un plazo inferior a dos meses, contado desde su ingreso a la Secretaría, el Presidente de la Corte de Apelaciones que funcione dividida en más de dos salas, determinará que una de ellas, a lo menos, se aboque exclusivamente al conocimiento de estas causas por el lapso que estime necesario para superar el atraso”.
l) Artículo 502
El nuevo artículo que se propone es del siguiente tenor:
“Artículo 502.- Las resoluciones dictadas en el procedimiento monitorio serán susceptibles de ser impugnadas por medio de todos los recursos establecidos en este Código, con excepción del recurso de unificación de jurisprudencia contenido en los artículos 483 y siguientes.”
II. Observaciones
1. En cuanto a la supresión del inciso final del artículo 439 bis, ésta no parece razonable, puesto que pretendía igualar el tratamiento de los exhortos al interior de todas las regiones del país, lo que sin duda resultaba de toda lógica.
2. La nueva redacción de los artículos 474 a 484 modifican sustancialmente el régimen de recursos en comparación con el texto aprobado por la Cámara de Diputados, informado desfavorablemente por esta Corte el 18 de julio de 2007 (Oficio N° 246).
3. En efecto, respecto del recurso de reposición (artículo 475), junto con mantener la distinción entre aquél que procede contra resoluciones dictadas dentro y fuera de una audiencia, se establecen las resoluciones judiciales respecto de las cuales procede este recurso: autos, decretos y sentencias interlocutorias que no pongan término al juicio o hagan imposible su continuación.
4. En lo que se refiere al recurso de apelación, éste se consagra en el nuevo artículo 476, estableciéndose que sólo serán susceptibles de él las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social.
5. Se elimina la procedencia del recurso de apelación contra la sentencia definitiva de primera instancia, regulado en los actuales artículos 476 y 477 de la ley, y en su reemplazo se establece un recurso de nulidad, cuyas causales se señalan en los nuevos artículos 477 y 478 de la iniciativa legal.
Las causales por las cuales procede este recurso procesal son similares a las contenidas en el actual texto del artículo 477, introducido al Código por la Ley 20.087 para el recurso de apelación laboral. A su vez, el artículo 478 del proyecto en análisis, introduce como causales de nulidad en materia laboral, prácticamente las mismas establecidas en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, respecto de la casación en la forma, aplicable a infracciones cometidas por tribunales unipersonales.
6. Entre los artículos 483 y 483 C se regula el nuevo “recurso de unificación de jurisprudencia”, el que procederá excepcionalmente contra la resolución que falle el recurso de nulidad. En efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 483, procederá este recurso cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio, existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia . En la práctica, este nuevo recurso vendría a cumplir la función del actual recurso de casación en el fondo, en cuanto a uniformar jurisprudencia.
El señalado recurso será de competencia de la Sala especializada de la Corte Suprema, según lo dispuesto en el artículo 483-A del proyecto. A este respecto, cabe tener presente que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, establece la posibilidad de que sea el Pleno quien resuelva el recurso de casación en el fondo, cuando se invoquen sentencias contradictorias emanadas del máximo tribunal, y sea solicitado expresamente por la parte, circunstancia que no será aplicable al recurso que se analiza.
7. En cuanto a la procedencia del recurso de nulidad respecto de las resoluciones dictadas en el procedimiento monitorio, establecido en el artículo 502 del proyecto, debe llamarse la atención que en estos casos no procede el recurso de unificación de jurisprudencia.
8. Resulta importante señalar que en el inciso primero del artículo 477 del proyecto, se establece que “en contra de las sentencias definitivas no procederán más recursos” que el de nulidad y el de unificación de jurisprudencia que contempla excepcionalmente el artículo 483 del proyecto. Se considera por ende, que no procede ante este alto Tribunal, el recurso de Queja contemplado en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, pues al tenor de lo dispuesto en dicho artículo, que expresa cuáles son las resoluciones susceptibles de este recurso, se exige que se trate de resoluciones que no sean susceptibles de recurso alguno, sea ordinario o extraordinario. En la especie, nos encontramos que respecto de las resoluciones dictadas por las Cortes de Apelaciones, procede, excepcional y extraordinariamente el recurso ya indicado de “unificación de jurisprudencia”. De acuerdo a lo antes expresado, resulta útil destacar que, eventualmente, en el procedimiento monitorio, se podría sostener que procede el recurso de queja al tenor de lo dispuesto en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales antes referido.
Lo anterior tiene suma trascendencia, pues de otra forma esta Corte Suprema podría convertirse en tribunal de tercera instancia, con todas las consecuencias que ello acarrea consigo.
Lo señalado, sin perjuicio de las atribuciones que tiene este Tribunal para actuar de oficio en el ejercicio de sus facultades disciplinarias, sean ellas de origen constitucional o legal.
9. El proyecto en informe mejora y aclara en varios aspectos el sistema de recursos introducidos por la ley Nº 20.087 a la legislación laboral.
En efecto, elimina la posibilidad del cumplimiento parcial de lo obtenido en una sentencia que no está ejecutoriada, en aquella parte que no sea cuestionada por recursos, lo que indudablemente evita la duplicidad de procedimientos para el cumplimiento de resoluciones.
Asimismo, se termina la duda acerca de la procedencia del recurso de casación para ante la Corte Suprema, al eliminarse el actual artículo 484 del Código del Trabajo, incorporado por la ley Nº 20.087, que expresamente establece que las causas laborales gozarán de preferencia para su vista y conocimiento en la Corte Suprema.
También, se termina con la dicotomía que establecía el texto aprobado por la Cámara de Diputados, en cuanto al tribunal que debería conocer del recurso de nulidad, informado desfavorablemente por este máximo tribunal. Por su parte, se establece el abandono del recurso por parte del litigante ausente de la audiencia respectiva.
10. El inciso final del artículo 482 del proyecto en informe establece: “No procederá recurso alguno en contra de la resolución que falle un recurso de nulidad. Tampoco, en contra de la sentencia que se dictare en el nuevo juicio realizado como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad.” Si bien parece lógico que no proceda recurso alguno contra la resolución que falla un recurso de nulidad, especialmente cuando existen vicios de fondo, parece inconveniente que tampoco sea susceptible de ser atacada por esta vía, la sentencia que se dicta como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad por materias de forma. Lo anterior, teniendo presente que el nuevo fallo podría haberse dictado con otro o el mismo vicio que motivó tal recurso.
11. Por último y con respecto a lo dispuesto en el artículo 477 del proyecto, en lo referente a las causales generales de nulidad, sería útil dejar establecido que en caso de que el Tribunal Ad-quem anula la sentencia, éste procederá acto continuo y sin nueva vista, pero separadamente, a dictar la sentencia que se estime conforme a derecho, sobre la base de los hechos establecidos en la sentencia invalidada.
En consideración a lo expuesto, este Tribunal, con las observaciones referidas, informa favorablemente el proyecto sometido a su consideración, el cual mejora ostensiblemente lo aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la H. Cámara de Diputados, el cual fue informado desfavorablemente en su oportunidad.
Lo anterior es cuanto puedo informar a V.S
Dios Guarde a V.S
(Fdo.): URBANO MARÍN VALLEJO , Presidente ; CAROLA HERRERA BRUMMER , Secretaria Subrogante
AL SEÑOR
PRESIDENTE
COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
H. SENADO
PEDRO MUÑOZ ABURTO
VALPARAÍSO”.
12. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 28 de enero de 2008.
Oficio Nº 1764
Excelentísimo
Señor Presidente
Tengo el honor de remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia de fecha 24 de enero del año en curso, dictada por el Tribunal Constitucional, recaída en el proyecto de ley que crea el Instituto de Propiedad Industrial. (boletín Nº 2469-03) Rol Nº 1.027-08-CPR.
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
AL EXCELENTÍSIMO PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
PRESENTE”.
13. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 31 de enero de 2008.
Oficio Nº 1781
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo a bien remitir a Ud., copia autorizada de la sentencia de fecha 29 de enero de 2008, dictada por el Excmo. Tribunal Constitucional, recaída en el proyecto de ley sobre pesca recreativa. (boletín Nº 3424-11), Rol Nº 1017-07-CPR.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
EXCELENTÍSIMO SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
PRESENTE”.
14. Oficio del Tribunal Constitucional.
? Santiago , 31 de enero de 2008.
Oficio Nº 1786
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados
Tengo a bien remitir a Ud., copia autorizada de la sentencia de fecha 29 de enero de 2008, dictada por el Excmo. Tribunal Constitucional, recaída en el proyecto de ley que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal en materias de seguridad ciudadana y refuerza las atribuciones preventivas de las policías. (boletín Nº 4321-07), Rol Nº 1001-07-CPR.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario .
EXCELENTÍSIMO SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
CONGRESO NACIONAL
PRESENTE”.