Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Felipe Ward Edwards
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Karla Rubilar Barahona
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- German Becker Baechler
- Joaquin Godoy Ibanez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Cristian Monckeberg Bruner
- Nicolas Monckeberg Diaz
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- German Becker Baechler
- German Verdugo Soto
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Roberto Delmastro Naso
- Rene Aedo Ormeno
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Alfonso Vargas Lyng
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Roberto Delmastro Naso
- Rene Manuel Garcia Garcia
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Pablo Galilea Carrillo
- Rosauro Martinez Labbe
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Francisco Chahuan Chahuan
- Osvaldo Palma Flores
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Francisco Chahuan Chahuan
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Karla Rubilar Barahona
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Mario Bertolino Rendic
- Nicolas Monckeberg Diaz
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Mario Bertolino Rendic
- Rene Aedo Ormeno
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Cristian Monckeberg Bruner
- Amelia Herrera Silva
- Alfonso Vargas Lyng
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Amelia Herrera Silva
- Karla Rubilar Barahona
- German Verdugo Soto
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Ximena Valcarce Becerra
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Rosauro Martinez Labbe
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Mario Bertolino Rendic
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Pablo Galilea Carrillo
- Joaquin Godoy Ibanez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Mario Bertolino Rendic
- German Verdugo Soto
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Raul Sunico Galdames
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- PRÓRROGA DE PLAZO A COMISIÓN ESPECIAL DE DEPORTES.
- AUTORIZACIÓN A COMISIÓN ESPECIAL PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- V ORDEN DEL DÍA
- DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR PROVISIONAL EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Duarte Leiva
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Sergio Bobadilla Munoz
- INTERVENCIÓN : Manuel Monsalve Benavides
- DEBATE
- PROTECCIÓN A DEUDORES CONTRATANTES DE SEGURO DE DESGRAVAMEN. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Tucapel Jimenez Fuentes
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Enrique Estay Penaloza
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Juan Lobos Krause
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Claudio Alvarado Andrade
- INTERVENCIÓN : Tucapel Jimenez Fuentes
- MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA EN MATERIA DE REEMPLAZO DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE PESCA ARTESANAL. Primer trámite constitucional. (Preferencia).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Samuel Venegas Rubio
- INTERVENCIÓN : Clemira Pacheco Rivas
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Jaime Mulet Martinez
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- DEBATE
- DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR PROVISIONAL EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS. Tercer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- EXTENSIÓN DE BECA “ZONA EXTREMA” A ESTUDIANTES DE PRIMERA REGIÓN DE TARAPACÁ. (Votación).
- DEBATE
- POLÍTICA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN DEL PROCESO DE EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Rosauro Martinez Labbe
- Ramon Farias Ponce
- Enrique Jaramillo Becker
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Pablo Galilea Carrillo
- Juan Lobos Krause
- Roberto Delmastro Naso
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Rosauro Martinez Labbe
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- RENOVACIÓN DE PLAZO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 19.583, DENOMINADA “LEY DEL MONO”
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Pedro Araya Guerrero
- Eduardo Diaz Del Rio
- Carlos Olivares Zepeda
- Jaime Mulet Martinez
- Mario Venegas Cardenas
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Sergio Ojeda Uribe
- Roberto Delmastro Naso
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Carolina Goic Boroevic
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Mario Venegas Cardenas
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ESTATUTO DE TRABAJADORES TEMPOREROS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Marcos Espinosa Monardes
- Fernando Meza Moncada
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Eduardo Diaz Del Rio
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Clemira Pacheco Rivas
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Marcelo Diaz Diaz
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Alejandro Miguel Sule Fernandez
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Arenas Hodar
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- EXTENSIÓN DE BECA “ZONA EXTREMA” A ESTUDIANTES DE PRIMERA REGIÓN DE TARAPACÁ. (Votación).
- VII. INCIDENTES
- REITERACIÓN DE OFICIO PARA REPARACIÓN DE PUENTE EN CIUDAD DE CAUQUENES. Oficios.
- REFLEXIONES EN EL 10° ANIVERSARIO DEL CIERRE DE LA ENACAR.
- INFORMACIÓN SOBRE ENTREGA DE RECURSOS A HOSPITALES DE SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA Y PICHIDEGUA. Oficios.
- ADHESION
- Roberto Cerri
- ADHESION
- HOMENAJE EN MEMORIA DE ACTRIZ SARA ASTICA.
- PATROCINIO PARA PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DEL ROYALTY MINERO. Oficios.
- ADHESION
- Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- Jaime Mulet Martinez
- Carolina Goic Boroevic
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- MODIFICACIÓN DE ESTATUTO ADMINISTRATIVO. Oficios.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Carolina Goic Boroevic
- Jaime Mulet Martinez
- Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- Manuel Monsalve Benavides
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- PERSECUCIÓN A FUNCIONARIOS E IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ. Oficio.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Jaime Mulet Martinez
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- OBRAS DE ENCAUZAMIENTO DE RIO NIBLINTO EN LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
- ADHESION
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- ADHESION
- CONTAMINACIÓN VISUAL EN RUTAS DE LA REGIÓN DE MAGALLANES. Oficios.
- ADHESION
- Denise Pascal Allende
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Manuel Monsalve Benavides
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- EMPLAZAMIENTO A GREMIOS EMPRESARIALES ANTE ACUSACIÓN DE CORRUPCIÓN APARECIDA EN LA PRENSA. Oficio.
- REESTUDIO DE CIERRE PARCIAL DE DIVISIÓN EL SALVADOR. Oficios.
- ADHESION
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Denise Pascal Allende
- Manuel Monsalve Benavides
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- NORMALIZACIÓN DE HOSPITAL DE MELIPILLA. Oficios.
- CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS GUBERNAMENTALES EN PROCESO DE RECONVERSIÓN DE LOTA. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Eugenio Tuma Zedan
- Sergio Bobadilla Munoz
- Gonzalo Duarte Leiva
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Jorge Insunza Gregorio De Las Heras
- Juan Carlos Latorre Carmona
- Carlos Montes Cisternas
- Gonzalo Uriarte Herrera
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Clemira Pacheco Rivas
- Denise Pascal Allende
- Karla Rubilar Barahona
- Enrique Accorsi Opazo
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Francisco Chahuan Chahuan
- Fernando Meza Moncada
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Mario Venegas Cardenas
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marcos Espinosa Monardes
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Juan Lobos Krause
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- ADHESION
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Enrique Accorsi Opazo
- Rene Alinco Bustos
- Pedro Araya Guerrero
- Marcos Espinosa Monardes
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Jaime Quintana Leal
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Laura Soto Gonzalez
- ADHESION
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 355ª
Sesión 15ª, en jueves 12 de abril de 2007
(Ordinaria, de 10.39 a 14.39 horas)
Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio; Díaz Díaz, don Marcelo, y Meza Moncada, don Fernando
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 8
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Prórroga de plazo a Comisión especial de Deportes 11
- Autorización a comisión especial para sesionar simultáneamente con la Sala 11
V. Orden del Día.
- Designación de administrador provisional en establecimientos educacionales subvencionados. Tercer trámite constitucional 11
- Protección a deudores contratantes de seguro de desgravamen. Primer trámite constitucional 15
- Modificación de la ley general de pesca y acuicultura en materia de reemplazo de inscripción en registro de pesca artesanal. Primer trámite constitucional. (Preferencia) 29
VI. Proyectos de acuerdo.
- Extensión de beca “Zona Extrema” a estudiantes de Primera Región de Tarapacá. (Votación) 38
- Política nacional de fiscalización del proceso de exportación de productos agropecuarios 39
- Renovación de plazo establecido en la Ley N° 19.583, denominada “ley del mono” 41
- Estatuto de trabajadores temporeros 42
VII. Incidentes.
- Reiteración de oficio sobre reparación de puente en ciudad de Cauquenes. Oficios 43
- Reflexiones en el 10° aniversario del cierre de la Enacar 44
- Información sobre entrega de recursos a hospitales de San Vicente de Tagua-Tagua y Pichidegua. Oficios 46
- Homenaje en memoria de actriz Sara Astica 47
- Patrocinio para proyecto de reforma constitucional sobre distribución de recursos del royalty minero. Oficios 48
- Modificación de Estatuto Administrativo. Oficios 49
- Persecución a funcionarios e irregularidades en municipalidad de Maipú. Oficio 50
- Obras de encauzamiento de río Niblinto en la Octava Región. Oficio 51
Pág.
- Contaminación visual en rutas de la Región de Magallanes. Oficios 52
- Emplazamiento a gremios empresariales ante acusación de corrupción aparecida en la prensa. Oficio 53
- Reestudio de cierre parcial de división El Salvador. Oficios 54
- Normalización de hospital de Melipilla. Oficios 55
- Cumplimiento de compromisos gubernamentales en proceso de reconversión de Lota. Oficios 56
VIII. Documentos de la Cuenta.
- Oficios del H. Senado por los cuales comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, los siguientes proyectos de acuerdo:
1. Acuerdo de Alcance Parcial entre Chile e India y sus Anexos, suscrito en Nueva Delhi, el 8 de marzo de 2006. (boletín N° 4171-10) 59
2. Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades del Tribunal Internacional de Derecho del Mar, adoptado el 23 de mayo de 1997, en Nueva York, por los Estados Partes en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar. (boletín N° 4284-10) 59
3. Primer informe de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos recaído en el proyecto, con urgencia “suma”, que modifica la ley general de pesca y acuicultura en materia de reemplazo de la inscripción en el Registro de Pesca Artesanal. (boletín N° 4956-21) 60
4. Moción de los diputados señores Tuma, Bobadilla, Duarte, Espinoza, don Fidel; García, González, Insunza, Latorre, Montes y Uriarte, que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos (boletín N° 4981-14) 70
5. Moción de las diputadas señoras Pacheco, doña Clemira; Pascal, doña Denise y Rubilar, doña Karla, y de los diputados señores Accorsi, Álvarez-Salamanca, Chahuán, Meza, Núñez y Venegas, don Mario, que modifica la ley N° 19.300, sobre bases generales del medio ambiente definiendo y estableciendo sanciones a la contaminación odorífica. (boletín N° 4982-12) 74
6. Moción de los diputados señores Espinosa, don Marcos; Sule, García-Huidobro, Jarpa y Lobos, que modifica el artículo 203 del Código Civil, con el objeto de evitar la discriminación a los niños y niñas del país. (boletín N° 4983-07) 76
7. Moción de los diputados señores González, Accorsi, Alinco, Araya, Espinosa, don Marcos; Sule, Quintana, Valenzuela, y de la diputada señora Soto, doña Laura, que establece una reforma constitucional para constituir a los municipios en gobiernos comunales e impulsar la descentralización desde las estructuras de base del Estado. (boletín N° 4984-07) 80
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
- Del Jefe de Bancada de la Unión Demócrata Independiente por la cual informa que en la Comisión de Minería y Energía el diputado señor Ward reemplazará en forma permanente al diputado señor Forni.
- Del Jefe de Bancada de Renovación Nacional mediante la cual informa que la diputada señora Rubilar, doña Karla reemplazará, en forma permanente al diputado señor Sepúlveda, don Roberto, en la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas.
- Del Jefe de Bancada de Renovación Nacional por la cual informa la nómina de diputados integrantes de las Comisiones Permanentes, a partir del día 12 de abril:
1) Comision de Gobierno Interior, Regionalización, Planificacion y Desarrollo Social: Germán Becker A. y Joaquín Godoy
2) Comision de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana:Pedro Pablo Álvarez-Salamanca B., Maximiano Errázuriz E. y Osvaldo Palma F.
3) Comision De Constitucion, Legislacion y Justicia: Alberto Cardemil Herrera, Cristian Monckeberg y Nicolás Monckeberg D.
4) Comisión de Educacion, Cultura, Deportes y Recreación: Germán Becker A. y Germán Verdugo S.
5) Comisión De Hacienda: Roberto Delmastro N. y René Aedo O.
6) Comision de Defensa Nacional: Alberto Cardemil H. y Alfonso Vargas L.
7) Comision de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones: Roberto Delmastro Naso y René Manuel García García
8) Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural: Pablo Galilea C. y Rosauro Martínez L.
9) Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente: Francisco Chahuán,Osvaldo Palma F. y Roberto Sepúlveda H.
10) Comision de Salud: Francisco Chahuán, Roberto Sepúlveda H. y Karla Rubilar.
11) Comision de Trabajo y Seguridad Social: Mario Bertolino Rendic y Nicolás Monckeberg D.
12) Comisión de Mineria y Energía: Mario Bertolino R. y René Aedo O.
13) Comisión de Economia, Fomento y Desarrollo: Cristián Monckeberg, Amelia Herrera S. y Alfonso Vargas Lyng.
14) Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano: René Manuel García García yMarta Isasi.
15) Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadania: Amelia Herrera S.,Karla Rubilar y Germán Verdugo S.
16) Comisión de Familia: Maximiano Errázuriz E. y Ximena Valcarce.
17) Comisión de Ciencias y Tecnología: Rosauro Martínez L., Roberto Sepúlveda H. yMario Bertolino R.
18) Comisión Pesca Acuicultura e Intereses Marítimos: Pablo Galilea C. y Joaquín Godoy.
19) Comisión de Régimen Interno, Administracion y Reglamento: Mario Bertolino Rendic y Germán Verdugo S.
- De la Comisión de Ciencia y Tecnología por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, eligió como presidente al diputado señor Súnico.
2. Oficios:
- De la Comisión Especial de Deportes por el cual solicita a la Sala la prórroga del plazo reglamentario para el cumplimiento de su cometido, por cuanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 229 del Reglamento de la Corporación, dicho plazo vence el 26 de abril en curso.
- De la Comisión Especial Investigadora de la Empresa de Ferrocarriles del Estado por el cual solicita el acuerdo de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala los días miércoles de 11 a 13 horas, para dar cumplimiento a su mandato.
- De la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana por la cual informa que, con motivo de haber cumplido el embajador señor Mariano Fontecilla sesenta años al servicio de la diplomacia chilena, le ha manifestado reconocimiento unánime por el importante aporte que ha realizado en beneficio de las relaciones internacionales, en su calidad de Coordinador Diplomático del Congreso Nacional con el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país.
Contraloría General de la República:
- Diputados Díaz don Eduardo, Burgos, Delmastro, Quintana, diputada Sepúlveda doña Alejandra, ex diputados Bayo, Mora y Longton don Arturo, irregularidades en la Municipalidad de Carahue.
Ministerio de Interior:
- Diputado Saffirio, factibilidad y preinversión para la construcción de un hospital en la ciudad de Padre Las Casas.
Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Diputado Tuma, intervención de la Cancillería ante el gobierno de Israel en defensa de chilenos en tránsito hacia territorios palestinos.
Ministerio de Justicia:
- Proyectos de Acuerdo 200, fondos necesarios para adquirir e instalar, en las Unidades Penales, dispositivos que tengan por función distosionar las señales de teléfonos celulares.
Ministerio de Salud:
- Diputado Pérez, calidad del agua potable en comuna de Nacimiento por contaminación de napas subterráneas.
- Proyectos de Acuerdo 224, 228 Y 237, solicita a S. E. la Presidenta de la República que envíe al Congreso Nacional un proyecto de Ley que elimine el siete por ciento de cotización en salud que deben efectuar los pensionados.
- Memoria de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana correspondiente a la Presidencia del diputado señor Tarud.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (110)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND I 1
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistió, además, el ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, don Alejandro Ferreiro.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.39 horas.
El señor MEZA (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor MEZA (Vicepresidente).- El acta de la sesión 10ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 11ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor MEZA (Vicepresidente).- Se va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
El señor MEZA (Vicepresidente).- Sobre la Cuenta, tiene la palabra el diputado don Roberto León.
El señor LEÓN.- Señor Presidente , en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, informé a la Mesa sobre la ratificación de los diputados señores Gonzalo Duarte como subjefe de bancada y Eduardo Díaz como comité.
Por tanto, pido que se incorpore a la Cuenta.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la comunicación del Comité de la Democracia Cristiana.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).- Comunicación del Comité de la Democracia Cristiana, por la cual informa que ha sido elegido como subjefe de bancada el diputado señor Gonzalo Duarte y como tercer comité el diputado Eduardo Díaz.
PRÓRROGA DE PLAZO A COMISIÓN ESPECIAL DE DEPORTES.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).- Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión Especial de Deportes para prorrogar el plazo reglamentario para el cumplimiento de su cometido, por cuanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 229 del Reglamento de la Corporación, dicho plazo vence el 26 de abril en curso.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN ESPECIAL PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).- Si le parece a la Sala, se accederá a la solicitud de la Comisión Especial Investigadora de la Empresa de Ferrocarriles del Estado para sesionar simultáneamente con la Sala los miércoles, de 11 a 13 horas, para dar cumplimiento a su mandato.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V ORDEN DEL DÍA
DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR PROVISIONAL EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS. Tercer trámite constitucional.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, originado en moción, que permite la designación de administrador provisional en establecimientos educacionales subvencionados en casos que indica.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín N° 4503-04, sesión 13ª, en 11 de abril de 2007. Documentos de la Cuenta N° 6.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado señor Duarte.
El señor DUARTE.-
Señor Presidente, las modificaciones introducidas por el Senado son, básicamente, formales.
La primera es para reemplazar las palabras “funcionario encargado” por “administrador provisional”.
La segunda es un aporte sustantivo del Senado, y consiste en sustituir el inciso sexto del nuevo artículo 52 bis del DFL N° 2, del 1998, por el siguiente: “El administrador provisional deberá dar cuenta documentada de su gestión al Subsecretario de Educación , dentro de los 30 días siguientes al término de sus funciones, la cual deberá ser incorporada a un registro de carácter público.”.
Considero que estas modificaciones no alteran el texto aprobado, prácticamente por unanimidad, por la Cámara de Diputados.
Por lo tanto, invito a las señoras diputadas y a los señores diputados a aprobar las modificaciones del Senado, porque con ello el Ministerio de Educación dispondrá de un instrumento para enfrentar situaciones difíciles que, en el pasado, afectaron a algunos colegios particulares subvencionados, afortunadamente en un número mínimo.
Todos recordarán la situación que afectó a los colegios Britania, que debieron suspender las clases durante meses por incumplimiento de su sostenedor. En el futuro y con lo dispuesto en esta iniciativa los alumnos no tendrán que sufrir una situación similar.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente, estamos ante un proyecto simple, pero de gran trascendencia para el proceso educativo, puesto que apunta a solucionar algunos problemas, específicamente el relacionado con los colegios particulares subvencionados que no son bien administrados. Hay que considerar también que la deficiente fiscalización efectuada por el Ministerio ha permitido que existan abusos.
Por cierto, me preocupa que hoy estemos enfrascados en una discusión banal sobre el lucro, y dejemos de lado el tema de la calidad de la educación.
El proyecto va por la senda correcta, porque permitirá que el día de mañana, cuando los sostenedores de los establecimientos educacionales particulares subvencionados no cumplan con sus objetivos y dejen a la deriva a un grupo de estudiantes, el Ministerio de Educación pueda designar un administrador provisional, que deberá someterse a ciertas normas y dar cuenta de su gestión.
Como las modificaciones introducidas por el Senado son muy simples, tal como lo dijo el diputado Duarte , llamo a los colegas a votarlas favorablemente, porque -insisto- si bien el texto del proyecto puede ser muy simple, tiene enorme trascendencia para enfrentar los casos en que los sostenedores de los establecimientos educacionales subvencionados no cumplan son sus obligaciones, perjudicando con ello a los educandos.
Por lo tanto, al igual que mi bancada, anuncio que voy a votar favorablemente las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente, sólo para sumarme a lo manifestado por los colegas, porque las modificaciones del Senado contribuyen a asegurar la continuidad del proceso educativo hasta el término del año lectivo correspondiente.
El proyecto consolida el DFL N° 2, de 1998, sobre subvenciones a los establecimientos educacionales particulares.
Por lo tanto, quiero comprometer el voto afirmativo de nuestra bancada a la aprobación de las modificaciones del Senado, porque contribuirán a solucionar los problemas que puedan producirse, tales como el atraso reiterado en el pago de las remuneraciones y de las cotizaciones previsionales y/o de salud del personal de esos establecimientos.
El atraso reiterado -la mora total o parcial en el pago de dos meses consecutivos o de tres en un período de seis- y la suspensión de los servicios básicos para el buen funcionamiento del local escolar son algunas de las caucales para proceder a la designación de un administrador provisional.
Por lo tanto, reitero nuestro voto favorable a las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado Sergio Bobadilla.
El señor BOBADILLA.-
Señor Presidente, considero muy importante este proyecto que analizamos en tercer trámite constitucional. Es un aporte eficiente porque permitirá la designación de un administrador provisional en un establecimiento subvencionado cuando su sostenedor no satisfaga las necesidades educacionales mínimas.
En la actualidad, el Ministerio de Educación tiene muchas facultades, que le entregó el DFL N° 2, de 1998, para cerrar un establecimiento educacional, pero si ello ocurre en la mitad del año escolar, como sucedió en el caso de los colegios Britania que todos conocemos, resulta muy difícil matricular a los alumnos en otros colegios.
La figura del administrador provisional tiene, precisamente, el objetivo de dar continuidad al año escolar cuando se produzcan situaciones de insolvencia, de manera que los alumnos no tengan que ser trasladados a otras escuelas en ese período.
Por eso, considero que la iniciativa está bien concebida, pues su texto contiene las causales que pueden dar origen a la designación de un administrador provisional, para lo cual será necesaria una resolución fundada del subsecretario de Educación. El único propósito de intervenir el establecimiento es dar continuidad al año escolar.
Cuando un sostenedor incurra en atraso reiterado en el pago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales y/o de salud del personal del establecimiento, en suspensión de los servicios básicos para el buen funcionamiento del local escolar o cuando, a consecuencia de medidas precautorias, embargos, ejecuciones o retiros que afecten al establecimiento educacional o a su mobiliario, se haga imposible la mantención del servicio educativo, deberá dejar en forma inmediata la administración de su establecimiento, debiendo ser reemplazado, a la brevedad, por esta nueva figura que ingresará con las atribuciones necesarias para lograr la continuidad del año escolar y resolver el problema de manera eficiente y adecuada.
Por ello, al igual que muchos de mis colegas de bancada, votaré favorablemente las modificaciones del Senado que reafirman el texto del proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en el primer trámite constitucional y lo perfeccionan imponiendo al administrador provisional la obligación de dar cuenta de su gestión al subsecretario de Educación en un plazo determinado.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Manuel Monsalve.
El señor MONSALVE.-
Señor Presidente, como han señalado los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, éste es un proyecto totalmente pertinente, que llena uno de los vacíos del actual sistema educacional, que ha demostrado no sólo una profunda segregación social de los alumnos por condición socioeconómica, sino también por las profundas desigualdades en la calidad de la educación e incertidumbre, porque cuando un sostenedor de un colegio particular subvencionado enfrentaba severas dificultades para la continuidad de su funcionamiento, no había cómo enfrentar esa situación.
El proyecto permite a la autoridad educacional designar a un administrador provisional en los establecimientos particulares subvencionados para que asuma las funciones que competen al sostenedor cuando el no pago reiterado de remuneraciones al personal, la suspensión de los servicios básicos para el funcionamiento del local escolar o el embargo del mobiliario del local haga imposible la mantención del servicio educativo, es decir, garantiza la continuidad del servicio educativo a los niños chilenos que asisten a un colegio particular subvencionado que por irresponsabilidad o falta de solvencia del sostenedor dificultaba el término del año escolar en ese establecimiento.
La iniciativa apunta en la dirección correcta y la votaré favorablemente.
Valoro el anuncio de la Presidenta y el ingreso a la Cámara de la ley general de Educación, que nos permitirá enfrentar las enormes deficiencias de nuestro sistema educacional de manera de garantizar calidad en la enseñanza a todos los niños chilenos.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Posteriormente, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor WALKER (Presidente).-
Corresponde votar las modificaciones del Senado al proyecto de ley que faculta designación de administrador provisional en establecimientos educacionales subvencionados en casos que indica.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Aprobadas.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-o-
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Informo a la Sala que ingresó a tramitación el proyecto de ley que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura en materia de reemplazo de la inscripción en el Registro de Pesca Artesanal.
En consecuencia, como reglamentariamente corresponde tratarlo hoy, decidí su incorporación en el tercer lugar de la Tabla.
Tiene la palabra el diputado señor Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente , como se va a dar preferencia al proyecto mencionado por su señoría, pido que, en caso de que no se alcance a tratar el proyecto que figura en el último lugar de la Tabla, se ponga en el primer lugar de la Tabla de la sesión del próximo martes.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , si ocurriese lo indicado por su señoría, el proyecto se vería en la próxima sesión ordinaria.
PROTECCIÓN A DEUDORES CONTRATANTES DE SEGURO DE DESGRAVAMEN. Primer trámite constitucional.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto, en primer trámite constitucional, originado en moción, que dicta normas que protegen a los deudores hipotecarios obligados a contratar seguro de desgravamen, en cuanto a que el riesgo se asume por toda la vida del asegurado sin importar su edad.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es el señor Tucapel Jiménez.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 4318-03, sesión 47ª, en 11 de julio de 2006. Documentos de la Cuenta N° 14.
-Informe de la Comisión de Economía, sesión 4ª, en 20 de marzo de 2007. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante:
El señor JIMÉNEZ.-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo paso a informar sobre el proyecto de ley, de origen en una moción
de los diputados señores Sergio Aguiló, Marcos Enríquez-Ominami, Ramón Farías, Alejandro Sule y Tucapel Jiménez.
La idea matriz es impedir que se emitan pólizas de seguros de desgravamen que limiten su cobertura o no la paguen por el hecho de que el asegurado cumpla una edad determinada.
El proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado, ni disposiciones que deban ser conocidas por la comisión de Hacienda.
El proyecto fue aprobado en general por unanimidad.
La Comisión contó con la asistencia y colaboración de las siguientes personas: el director jurídico de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, don Ignacio Errázuriz Rozas , junto a la abogada doña Carolina Álvarez Gaete ; el superintendente de Valores y Seguros, don Alberto Etchegaray , junto al asesor don Matías Larraín Valenzuela ; el asesor jurídico de la Asociación de Aseguradores de Chile A.G., don Francisco Serqueira Abarca, y el asesor jurídico del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, don Carlos Rubio Estay.
Señalan los autores de la moción que el seguro de desgravamen, como cualquier seguro, implica una protección para el evento de fallecer el titular de una deuda, esto es, que la aseguradora asume el pago de ésta en beneficio del acreedor. Añaden que este seguro cobra especial importancia tratándose de créditos hipotecarios, por cuanto los bancos y demás instituciones que financian operaciones de esta naturaleza condicionan el otorgamiento del crédito a la suscripción de un contrato de seguro de desgravamen, entre otros.
Las compañías de seguros, coligadas o no al negocio bancario, ofrecen contratos de adhesión; es decir, contratos respecto de los cuales el deudor hipotecario -en este caso- sólo puede aceptar o rechazar, pero de ningún modo negociar o al menos influir en alguna de las cláusulas del contrato. De este modo, las compañías de seguro consideran en sus contratos cláusulas que limitan la cobertura del riesgo, y lisa y llanamente, dejan de responder si el asegurado, persona natural, cumple 75 u 80 años de edad.
Expresan que el único remedio que se conoce para combatir la enfermedad que contamina al contrato y lo convierte en de adhesión es el dirigismo, esto es, el fenómeno mediante el cual el ente público -el legislativo, en este caso- dicta ciertas normas que buscan evitar que el contratante más fuerte se imponga sobre el más débil.
Las aseguradoras y bancos frente al deudor hipotecario, a quien obligan a contratar un seguro, y aun le imponen las cláusulas, una de las cuales dispone que la compañía de seguros no cubre el riesgo de la muerte si ésta se produce después de cumplidos 75 u 80 años de edad.
En nuestro sistema jurídico los herederos son los continuadores legales del causante, de modo que por sucesión por causa de muerte no sólo se heredan los activos sino también los pasivos, que de ser mayores que los primeros, se pagan con cargo a lo que se recibe y, salvo que se acepte con beneficio de inventario, se responde ilimitadamente por las deudas del causante; en palabras simples, los herederos deben seguir pagando los dividendos hasta saldar el crédito hipotecario.
Al día de hoy, y fruto de las políticas bancarias de hace algunos años, los créditos hipotecarios se otorgaban a 20 años plazo, por lo cual no eran muchas las posibilidades de llegar a los 75 u 80 años siendo deudor hipotecario, en definitiva, eran muy pocas las personas afectadas por estas normas. Sin embargo, hoy las políticas bancarias y comerciales han variado. Se ofrecen prestamos hasta por 40 años, con lo cual será usual llegar a los 75 e incluso a los 80 años siendo deudor de un crédito hipotecario y, entonces, el haber pagado durante muchos años un seguro de desgravamen carecerá de todo sentido.
Puesta en votación general la idea de legislar, se aprobó por unanimidad.
El artículo único del proyecto fue objeto de una indicación sustitutiva de la diputada señora Amelia Herrera y de los diputados señores Tuma , Jiménez , Ortiz , Díaz, don Marcelo y Jarpa. Se aprobó por unanimidad.
No hubo indicaciones declaradas inadmisibles.
El proyecto consta de un artículo único del siguiente tenor:
“Artículo único.- La vigencia del seguro de desgravamen siempre será hasta el vencimiento del total del crédito.”
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, en primer lugar, felicito a los autores de la iniciativa, porque es un típico proyecto ciudadano, que atenta contra las multinacionales, contra la banca y las compañías de seguros, que son intocables en nuestro país.
Ni los gobiernos de la Concertación ni otros han podido abordar este tipo de instituciones. Así lo constatamos en los innumerables proyectos que hemos presentado en la Cámara y que nunca han sido aprobados.
Me parece que aquí hay un concepto básico. En la vida, lo más importante es la educación -estamos ad portas de un proyecto de ley sobre educación, a algunos les gusta con lucro y a otros sin lucro, pero lo que importa es tener calidad en la educación, de manera que se promueva la igualdad de oportunidades-, la salud -ya discutimos el Auge en el Congreso Nacional- y, por supuesto, la vivienda, tema que siempre ha defendido el colega diputado Sergio Aguiló.
Espero que nadie me diga que no puede votar el proyecto, porque, como la mayoría de los diputados normales, también tengo crédito hipotecario. Por lo tanto, estamos pagando nuestras “cuotitas”. ¿Qué significa eso? Un seguro. Nada se vende sin seguro, como decía el diputado informante. Ni siquiera existe la opción de negarse a tomarlo o de contratar un crédito sin seguro.
¿Qué significa esto de la “voluntad en los contratos”? La voluntad en los contratos se da cuando uno va a pedir un crédito hipotecario, circunstancia en la que le ofrecen un seguro de desgravamen, por todo el período, en tantas UF, el cual es desglosado en montos pequeños, mensualmente, junto con el dividendo. En caso contrario, no hay crédito. En consecuencia, hay un seguro amarrado a la entrega del crédito o préstamo para comprar la vivienda. La persona que desea un préstamo, simplemente, firma.
Por eso, me extraña que en la Comisión, desde la Superintendencia de Bancos hasta los distintos actores jurídicos de la Superintendencia de Valores y Seguros y otros, se haya producido como una defensa corporativa, en el sentido de que este proyecto va a complicar el mercado financiero y se nos va a derrumbar la economía y la imagen.
Siempre que hablamos de los ciudadanos comunes y silvestres, se muere la economía. Cuando aprobamos la depreciación acelerada por 500 millones de dólares en dos años, no pasa nada. ¡Las cosas de la vida!
Este proyecto, sin duda, debe ser aprobado, pues garantiza hasta la muerte el pago de la deuda a todas las personas que paguen su seguro de desgravamen, el que, además, está calculado económicamente para ser rentable. Alguien dice que van a subir las primas. Bueno, en ese caso, pagaremos los dos mil pesos adicionales que corresponden. Echa por tierra las cosas compartidas, como que si se muere el marido sigue pagando la esposa o la situación que sucede con las herencias.
En la Cámara no hemos sido capaces de eliminar el impuesto a las herencias, en circunstancias de que las causantes que tienen plata no lo pagan, pues tienen abogados y reparten sus bienes en vida. Sin embargo, la persona que tiene un bolichito o un auto o que no tiene idea del asunto, está obligada a pagarlo.
Pero, veamos ¿qué dice la ley? Si usted debe dividendos, debe ir al sistema, los abogados conocen muy bien cómo se hacen las posesiones efectivas y otros trámites. Después de ello, le calculan los impuestos y deberá seguir pagando el dividendo, si quiere. En caso contrario, se queda sin la vivienda.
Si el deudor hipotecario muere y el seguro está al día -que además no debería ser a nombre de su cónyuge, sino de una comunidad, hasta la edad que sea, como dice el diputado Ortiz , no sé por qué se fijó a los 80 años- es obvio que el bien raíz queda pagado.
Entonces, cuando el diputado Tuma alega por los intereses que cobran los bancos, cuando llega un proyecto que afecta prácticamente a la mayoría de los chilenos, vienen los súper dotados de las superintendencias y de nuestro Gobierno a decirnos ¡Cuidado, que se cae la economía! A mi juicio, eso ocurrirá si ellos siguen en sus puestos. Estos tecnócratas dicen eso por ganar unos pocos pesos más, pues conocen bien la situación, ya que ellos también han comprado y en sus casas sus señoras también los retan.
El proyecto consta de un artículo único, simple, breve y especial, acerca del cual casi no debería haber discusión. Sus autores tuvieron la habilidad de expresar en forma muy precisa su contenido, que es el siguiente: “La vigencia del seguro de desgravamen siempre será hasta el vencimiento del total del crédito.”, o hasta que se muera uno de los firmantes, si se han pagado las cuotas correspondientes. El resto es palabrería.
Comparto los criterios acerca de que hace algunos años los créditos se otorgaban a 10 ó 12 años, y sujeto a la edad de la persona. Pero, como conversaba con el diputado Ortiz , actualmente hay créditos hasta por 40 años. Incluso más, tal vez más adelante trataremos el tema de la muerte anunciada de la UF. ¡Qué nadie se asuste, pues ya comenzaron los créditos en pesos! En La Moneda, el otro día el ministro dijo que se fortalecerá el peso para tratar de equipararlo a la moneda americana.
Además las compañías de seguro podrán otorgar pólizas, no en UF, sino en pesos. Claro, porque si los bancos contratan en pesos y las compañías de seguro no lo hacen así, no habría consistencia. Más aún, si a algún diputado le sobran algunas luquitas, ya no necesitará esperar hasta fin de mes para ponerlas en un pequeño depósito en UF que le sirva para pagar sus deudas. A partir de ahora, podrá depositar en pesos con total garantía en término de intereses, de rentabilidad.
Si se acaba la UF, ¿cómo no vamos a poder terminar con este flagelo, como lo denomina el diputado Jaramillo -no quería utilizar ese término, pues después se me tacha de ser muy duro-, que castiga a la pobre gente de la clase media? Esa clase media que el ministro de Hacienda no conoce. Menos mal que el senador Zaldívar no anda por aquí, pues si me escuchara se enojaría. Esa clase media que no recibe nada de los 25 mil millones de dólares que tenemos empozados en la banca internacional al 3,9 por ciento.
Si no es necesario aclarar eso, que no vengan los funcionarios de Hacienda a decirnos que este proyecto y los presentados por los diputados Tuma y Hales -relativos a temas ciudadanos breves, claros, precisos para beneficiar a una clase media que los necesita-, lo impiden.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
¿Cómo votará?
El señor LORENZINI.-
Cada uno expresará su votación, diputado García-Huidobro. Ni siquiera tiene que preguntarme cómo votaré el proyecto, porque entiendo que estamos respaldando a la ciudadanía. De esta manera le estamos mandando un mensaje a esos tecnócratas.
Aunque a usted le parezca chiste, me refiero a esa clase media que la Oposición también defiende a veces. Nosotros intentamos hacerlo desde la Concertación y del Partido Demócrata Cristiano. Una iniciativa como ésta, que se pone en votación hoy jueves, día que normalmente se destina a proyectos de segundo nivel, para muchos tendrá ese carácter, no así para otros.
Felicito a los autores de este proyecto. Les adelanto que cuentan con mi respaldo. Ojalá más seguida pudiéramos tratar otros similares, no sólo los que les gustan a ciertas personas, como aquellos sobre mercado de capitales I, mercado de capitales II, mercado de capitales III y de rebaja tributaria. Para eso y para fideicomisos hay mucho tiempo; pero no para este otro tipo de temas.
Ojalá que en esta oportunidad la Cámara demuestre, en forma unánime, que también nos preocupamos de la clase media.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Estay.
El señor ESTAY.-
Señor Presidente , en la práctica es sumamente difícil, por no decir imposible, que una persona acceda a un crédito hipotecario si no contrata a la vez un seguro de desgravamen. En efecto, el banco al que pida el préstamo para adquirir una vivienda la obligará a asegurarse.
Como es sabido, el seguro de desgravamen protege del eventual siniestro de fallecimiento de quien solicitó el crédito, a sus herederos y al banco que prestó el dinero. Ante la imposibilidad de recuperar el capital y los intereses pactados por la ocurrencia de la muerte del deudor, habrá un asegurador que asumirá esa carga. Se trata, por tanto, de un mecanismo muy sencillo y lógico que facilita el otorgamiento de créditos hipotecarios al dar al sistema financiero la seguridad de que obtendrá el reembolso de los dineros comprometidos en cada operación.
Ahora bien, mirado desde una perspectiva más humana, podemos sostener, además, que el seguro de desgravamen indirectamente sustenta el mercado de la construcción y compraventa de inmuebles, en particular de viviendas para la clase media chilena.
Por lo tanto, garantizar que funcione adecuadamente este mecanismo no es sólo materia de interés de las personas directamente involucradas o interesadas en un préstamo para vivienda, sino, también, de todo un sistema económico productivo, en particular del rubro de la construcción, que a lo largo de la historia ha sido el más dinámico e intenso en la creación de empleos, satisfaciendo la necesidad de vivienda y modernización de la infraestructura inmobiliaria del país.
Pues bien, desde ese punto de vista, la regulación que comprende este proyecto que se somete a nuestro estudio, a mi modo de ver, es prudente. Ello, porque estadísticamente al referirse a casos muy menores en volumen, incluso de escasa ocurrencia, su implementación no debería, como podría pensarse, encarecer el crédito para vivienda, pues su valor se diluye en paquetes que cada institución financiera contrata en forma colectiva para su cartera de deudores hipotecarios.
El superintendente de Valores y Seguros sostuvo que en la práctica del otorgamiento de créditos hipotecarios con seguros de desgravamen no se ha observado que la situación que se pretende regular con este proyecto esté generando dificultades de operación, ya que el seguro de desgravamen relacionado con los créditos hipotecarios otorgados a personas de edad avanzada posee una cobertura de hasta aproximadamente los ochenta años.
No obstante, resulta justificable la aprobación de la normativa en razón de tres argumentos fundamentales.
En primer lugar, el progresivo aumento en la expectativa de vida de la población llevará en un futuro cercano al sistema financiero a encontrar un nuevo nicho de mercado para el mutuo hipotecario en los mayores de 65 años, esto es, personas que en la actualidad prácticamente no pueden acceder a préstamos de dinero para la vivienda a plazos mayores de 15 años, a pesar de que se trata de un sector que, como se sabe, es serio y responsable en el cumplimiento de sus obligaciones y de ingresos a veces modestos, pero seguros.
En segundo lugar, porque quienes cumplen 65 años o se acercan a esa edad, si han conseguido acumular un buen fondo de pensiones, pueden contar con recursos para aportar el pago del pie para la compra de la casa propia, a veces por primera vez en su vida, o con el sano propósito familiar de generar un segundo ingreso por la vía del arrendamiento.
En tercer lugar, ante la disminución de la cesantía observada este último tiempo, tras un lustro de fuerte impacto a las personas mayores, miles de chilenos de edad avanzada eventualmente podrían volver a contar con un empleo estable que les permitiera ser sujetos de crédito, en este caso, hipotecario.
En consecuencia, anuncio que voy a votar a favor de la iniciativa, porque extiende la vigencia del seguro de desgravamen hasta el vencimiento total del crédito, haciéndose cargo de las tres situaciones que explicité, fortalece y amplía la industria de la construcción y hace plena justicia y dignifica a la gente de la tercera edad.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , este proyecto nos lleva a reflexionar sobre diferentes materias de carácter económico y, por qué no decirlo, respecto de la sociedad en que vivimos. Parece muy simple, porque su artículo único consta sólo de dos frases. Sin embargo, se relaciona directamente con la necesidad de vivienda, en especial de los adultos mayores, y con el término de la UF, que debería comenzar a contar los días que le quedan de vida. Ojalá, pronto se termine con ella, porque hizo mucho daño a Chile.
La lectura del proyecto me hizo recordar lo que mencionaba una ex colega diputada respecto de los seguros. Ella señalaba que todo seguro es una apuesta: por un lado, la aseguradora apuesta a que no ocurrirá nada con el asegurado y que éste pagará la prima correspondiente. Por el otro, el asegurado apuesta a que, en caso de ocurrencia de algún siniestro, la aseguradora cumplirá con lo comprometido.
La ex colega estaba en lo cierto: el negocio de los seguros opera porque existe el riesgo.
El proyecto apunta a un aspecto medular de este negocio: evitar que las compañías de seguro se desliguen de su responsabilidad apenas ven que el riesgo aumenta. Ése es el aspecto que buscan resolver los autores del proyecto.
Situaciones muy cercanas sucedieron a personas conocidas del colega Tucapel Jiménez.
Felicito a los autores de la iniciativa que, una vez que sea ley de la República, significará un mejor trato a quienes hoy no cuentan con una legislación que los ampare.
Deseo formular un comentario adicional en relación con la insensibilidad del mercado ante la gente de la tercera edad, lo que es extremadamente grave en un país en el que, felizmente, la población año a año aumenta sus expectativas de vida.
Los adultos mayores son más caros para las isapres, más riesgosos para los seguros y tienen mayor dificultad para acceder a un empleo o, mejor dicho, lisa y llanamente ni siquiera pueden postular a alguno.
Para evitar o, al menos, poner freno a esas discriminaciones están los órganos del Estado, que deben hacer frente, en ocasiones mediante la potestad legislativa, a las arbitrariedades que se pueden cometer, en este caso, en contra de la parte más débil a la hora de celebrar un contrato. Por lo tanto, ahí entra a tallar la labor de los parlamentarios. El segmento de la sociedad al cual nos referimos no se encuentra tan protegido por la legislación. En consecuencia, la iniciativa en estudio significa que los parlamentarios cumplimos con nuestra calidad de representantes de la gente.
Desde mi punto de vista, resulta aberrante que, a la hora de otorgarse créditos hipotecarios, los adultos mayores cuenten con menores plazos para servir la deuda, como mencionaron los colegas señores Lorenzini y Estay, y que se limite la cobertura de los seguros de desgravamen al cumplimiento de 75 u 80 años. De ese modo, si el deudor fallece, los familiares deben seguir pagando la deuda con la entidad financiera.
Considero tremendamente injusta y desleal la actitud de las aseguradoras -será necesario legislar en forma más profunda sobre la materia-, porque, luego de recibir durante años el pago de las primas por concepto del seguro de desgravamen, al cumplir la persona determinada edad, se desligan de ella, quedándose con la ganancia obtenida. Eso, en el fondo, es romper con las reglas del juego, ya que debería continuarse con el seguro o devolverse lo que se pagó.
Estos comentarios pueden sonar extraños, pero éste es un tremendo negocio para las compañías aseguradoras. Durante varias jornadas legislativas discutimos lo que representan los contratos. Acordémonos de la letra chica en sus cláusulas, de todas aquellas formas que imponen condiciones de la parte más fuerte a la más débil.
Entonces, somos nosotros, los representantes de los ciudadanos, los llamados a la regulación y protección del contratante menos pudiente, y cuando hablamos de que somos defensores del que menos tiene, pareciera que sólo es un eslogan y no una realidad. Con este proyecto protegemos los principios de autonomía de la voluntad e igualdad de las partes que debe existir en todo contrato. Por ello, lo considero de gran valor, simbólico, emblemático; es un avance en las políticas para evitar la discriminación contra las personas de más años.
Es bueno que el Banco del Estado, con platas alemanas, otorgó créditos con seguro de desgravamen a familias desposeídas y que no tenían defensa alguna. Pero ¿qué pasó? La gente terminó pagando los préstamos. Ese caso, tan patente, nos lleva de la mano con esas dos pequeñas frases que contiene el artículo único de este proyecto de ley, pero que -repito-, es emblemático.
Reitero mis agradecimientos al grupo de colegas que presentaron esta iniciativa, el cual, sin duda, va a ser aprobado por unanimidad.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Juan Lobos.
El señor LOBOS.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero felicitar a los diputados autores de este proyecto, puesto que se ocuparon de un tema que preocupa a la ciudadanía. Es sencillo, efectivo y recoge un hecho que nadie puede desconocer, por cuanto afecta a quien pide un crédito para conseguir una vivienda. En teoría, se está haciendo justicia; pero aquí hay un hecho: al crédito hipotecario siempre se le agrega un seguro, que, obviamente, representa un costo que va en relación con el riesgo de morir durante el plazo para pagarlo. Los seguros no son más que una fórmula matemática que se aplica al riesgo estadístico de fallecimiento.
Hoy, entonces, el seguro puede que finalice bastantes meses antes que el pago del crédito. Para cualquiera es lógico que termine junto con el crédito.
Sin embargo, quiero hacer notar un pequeño reparo y que me asalta al analizar el proyecto, en especial si tomamos en cuenta que nuestros ciudadanos, afortunadamente, están aumentando su expectativa de vida. En la actualidad, fácilmente, las mujeres viven, aproximadamente ochenta y cinco años, y los hombres hasta alrededor de los ochenta.
Se pretende hacer una reforma previsional y hasta aquí, desgraciadamente, no se ha podido introducir el tema de los ciento cincuenta y seis mil trabajadores que sufrieron un daño previsional que significará que reciban pensiones de entre un 30 ó 40 por ciento de su sueldo como activo. Obviamente, las aseguradoras no van a perder. Se va a aplicar la fórmula matemática del riesgo de muerte de quien pide el crédito, y la prima va a subir. Pero, resulta que la pensión no va a subir y un jubilado, por ejemplo, después de los sesenta y cinco años, va a seguir pagando su crédito y la prima de su seguro, que va a ser alta, y no sé, al final, qué va a ser mejor, si el remedio o la enfermedad.
Ésta es una preocupación, pero también debería ser la de fijarnos qué podemos hacer para que estos asegurados, que van a tener la cobertura del seguro hasta el fin de sus vidas, también tengan asegurada la capacidad de pagarlo.
Ésta es mi única inquietud. Voy a votar favorablemente, pero en mi alma siguen estando presente los jubilados.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, en primer lugar, como integrante y ex presidente de la Comisión de Economía , debo destacar que ésta es otra moción parlamentaria; no del Ejecutivo.
El autor de este proyecto de ley es el colega Tucapel Jiménez Fuentes y sus coautores, los diputados Sergio Aguiló Melo , Marco Enríquez-Ominami , Ramón Farías Ponce y Alejandro Sule Fernández.
La idea matriz del proyecto, planteada varias veces por Tucapel Jiménez en la Comisión, se fundamenta en que a él, en su distrito, personas mayores de setenta años le plantearon que no tenían ninguna posibilidad de acceder a un crédito hipotecario si no contrataban previamente un seguro de desgravamen. Y encontramos que se planteaba una situación ilógica: para algunos adultos mayores parece que significa una carga y no alegría aumento del promedio de vida de las chilenas y chilenos en más o menos ocho y nueve años de edad, porque se les desconoce su condición de adultos mayores.
Recalco la importancia del trabajo en comisiones. Tuvimos la oportunidad de escuchar a todos los actores. El resumen de sus intervenciones se contiene en el informe que los colegas tienen en sus escritorios. Expusieron, entre otros, el director jurídico de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, señor Ignacio Errázuriz Rozas ; el superintendente de Valores y Seguros, señor Alberto Etchegaray de la Cerda , y se analizó en profundidad la legislación vigente.
Hace veinte años, a lo sumo, se daban créditos hipotecarios con un plazo máximo de veinte años, con tasas prohibitivas, las cuales, normalmente, implicaban una, dos o tres negociaciones. ¿Qué ha pasado con la regulación del mercado en que el negocio del seguro es atractivo? La oferta comercial es muy grande. Por ejemplo, en la Octava Región, el fin de semana pasado, quedamos
impactados por una gran campaña publicitaria de cuatro bancos, que ofrecen ciento por ciento de financiamiento para créditos hipotecarios, hasta en 40 años plazo y, como ocurre en la empresa privada, compitiendo con las tasas de interés.
En la Comisión de Economía escuchamos al asesor jurídico de la Asociación de Aseguradores de Chile, es decir, escuchamos a los actores de esta actividad comercial. Le hicimos presente una realidad. La persona que solicita un crédito hipotecario -una común y silvestre, como tenemos que ser todos los chilenos- no tiene ninguna posibilidad de influir o negociar algunas de las cláusulas del seguro de desgravamen. Si le fijan las reglas del juego ¿va a decir que no? No, porque la persona sólo quiere tener acceso al crédito hipotecario. En el fondo, negocia con las manos atadas. Pero no todo queda ahí, porque las compañías aseguradoras -algunos colegas parecen ser expertos en estos temas, pero nosotros, en la comisión de Economía, tuvimos que asesorarnos- invierten recursos de los seguros contratados -no sé si todo Chile lo sabe- en las administradoras de fondos de pensiones o en fondos de inversión, porque es un buen negocio. No estoy en contra de los buenos negocios, pero los actores, comunes y silvestres, que para tener una casa tenemos que pedir un crédito hipotecario, también queremos tener la posibilidad, a través de la ley, y eso es lo que estamos haciendo hoy, de que se regule una situación que no nos parece que corresponda. Nadie desconoce que el seguro de desgravamen cumple un rol social, porque el evento del fallecimiento se produce en algún minuto. Algunos colegas destacaron, porque nos dieron a conocer las estadísticas, que las personas afectadas por las políticas bancarias son pocas. ¡Claro que son pocas! Pero en la vida hay que adelantarse a los hechos; hay que posibilitar que los adultos mayores tengan acceso al crédito y al seguro de desgravamen.
También se acordó en la Comisión de Economía, en una rica y profunda discusión, el tema de los precios. Recuerden, estimados colegas, cuando nos han venido a ofrecer seguros de vida o APV. A los que tenemos algunos años nos piden un examen de salud. Por principio, no lo acepté, ¡Si la ley no contempla el certificado de salud! Es decir, prácticamente hay que asegurarle a la compañía, en 99,9, que uno va a ser un muy buen negocio para que le vendan un seguro.
Al final, estando todo relacionado, en la Comisión de Economía acordamos reemplazar el artículo único del proyecto original, que establecía que “las personas que otorguen pólizas de seguro de desgravamen, no podrán limitar la cobertura o exonerarse del pago del siniestro, al hecho de cumplir el asegurado una determinada edad. Toda norma que vulnere esta disposición se tendrá por no escrita.” Y mejoramos y perfeccionamos el proyecto del diputado Tucapel Jiménez , con una indicación sustitutiva, en la que estuvimos de acuerdo la diputada señora Amalia Herrera y los diputados señores Eugenio Tuma , Tucapel Jiménez , Marcelo Díaz , Carlos Abel Jarpa y quien habla, en la que precisamos que “la vigencia del seguro de desgravamen siempre será hasta el vencimiento del total del crédito”.
En el informe de la Comisión, encontrarán la tabla que fija el plazo máximo del crédito, la edad máxima de ingreso y la edad máxima de permanencia.
Hemos hecho así las cosas, porque estamos cuidando a la gente y dando una señal a las aseguradoras y a los bancos. No olvidemos que esas compañías de seguros están coligadas al negocio bancario. Es decir, quedamos en el nicho de los bancos, que nos ofrecen el seguro y el crédito. En definitiva, estamos dando una señal potente, que no puede traducirse en aumento de las primas, menos cuando las estadísticas nos muestran que son pocos los casos que tendrán que asumir. Es decir, estamos defendiendo a las personas al adelantarnos a los hechos, que es lo que tenemos que hacer.
Por eso, la bancada de la Democracia Cristiana votará favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor MEZA ( vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez.
El señor ÁLVAREZ.-
Señor Presidente, en primer lugar, haré un comentario general a varias de las intervenciones. Me sorprenden las referencias un tanto jocosas que se hicieron y que llevaron a la hilaridad a toda la Concertación y a su ministro de Hacienda. Les insisto, pueden reírse todo lo que quieran, pero es su ministro , su gobierno y finalmente votan por lo que les dicen su ministro y su gobierno. Por eso, resulta un tanto sorprendente que el diputado Lorenzini y otros hagan ese tipo de observaciones, cuando al final del día los que votan en contra, por ejemplo en aumentar el IVA, somos nosotros.
El proyecto tiene varios problemas. Con la amistad que siento por sus autores, particularmente por el diputado Tucapel Jiménez , les pregunto a todos los que intervinieron ¿dónde dice que esto es para préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda? Así lo han dicho todos, incluso se señala en sus fundamentos. Sin embargo, el proyecto apunta a todo tipo de préstamos, con lo cual estamos subiendo los precios a los créditos de consumo y a los créditos hipotecarios que nada tienen que ver con la vivienda de una -por ejemplo, un crédito hipotecario para una actividad productiva- y que no tendrían por qué tener este beneficio. Entiendo que el diputado Tucapel Jiménez haya pensado en los créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda, pero eso no es lo que dice el proyecto, porque está dirigido a todo tipo de créditos. Hasta ahora, todas las intervenciones y la discusión a que aludía el diputado Ortiz en la Comisión de Economía se han dado en torno a los créditos hipotecarios para la compra de casa.
En segundo lugar, más allá de ciertos errores en el uso de palabras técnicas, que recuerdan el antiguo Código de Comercio en materia de seguros, olvidando toda la legislación posterior, sobre todo al utilizar la frase “las personas”, debemos entender que el proyecto conlleva primas más caras. El seguro se contrata, cara a cara, con una persona. Los paquetes, a que alguien aludía, son para los reaseguros. Todo seguro, por normativa lógica y básica de la Superintendencia y de la ley, se contrata con cada persona. Por tanto, al contratante le va a subir la prima y le van pedir más exámenes médicos. Por eso, alguien dijo que el remedio puede ser peor que la enfermedad.
Estamos frente a un problema real: el precio de la prima de cada contratante va a subir. Alguien que desea adelantarse a los problemas podría sostener que los eventuales beneficiarios son pocos, por lo que significará un costo menor para la industria del ramo; pero sí tendrá un costo mayor para la persona que contrata el seguro.
Insisto en que tengo la mejor opinión de los autores del proyecto, pero las preguntas son: ¿por qué hoy no se da este supuesto beneficio? ¿No se hace por maldad? No. Es exclusivamente porque la curva del pago del precio del crédito al final, es mucho mayor; en circunstancias de que la eventualidad patrimonial es mucho menor, porque ya se pagó casi todo el crédito y el riesgo también es mucho menor; pero la prima pasa a ser mayor, porque ya han transcurrido muchos más años.
Éste no es un problema que tiene que ver con las transnacionales, como alguien dijo; es una cuestión lógica, que tiene que ver con el riesgo patrimonial final y el alto costo del seguro en los últimos años.
Si se quiere aprobar esta modificación, me parece bien; pero debemos tener claro que esto perjudicará a las personas, porque significará un incremento del precio de los créditos que soliciten.
Lamentablemente, en el informe no se alude a esta materia, a pesar de que todos los diputados que hablaron en la Comisión y que han intervenido en la Sala se han referido a ella, lo que se debe a que todo el sistema de letras hipotecarias se basa en que el seguro está relacionado con el préstamo hipotecario para la vivienda.
Por lo tanto, estamos encareciendo toda la industria de los seguros relacionados con los créditos de consumo, hipotecarios y cualquier otro tipo, como los créditos hipotecario destinados a una actividad productiva, que deban contratar un seguro de desgravamen, en circunstancias de que la intención de los legisladores era exclusivamente modificar el seguro de desgravamen relacionado con los créditos hipotecarios para la compra de vivienda, tal como se lee en el título del informe.
Reitero, la conclusión es que esta modificación hará subir las primas y, finalmente, dificultará que las personas de edad obtengan los préstamos que necesitan, más allá de que alguna de ellas podría pedir un crédito con seguro de desgravamen, porque sabe que le queda poca vida y que por esa vía cancelará la deuda. Además, estas personas serán objeto de más estudio, de más análisis y de más exámenes médicos, lo que es de toda lógica, porque el examen médico que pide una compañía de seguros en estos casos no tiene ninguna relación con la dignidad del cliente, sino que se solicita para determinar el riesgo que asumirá, para lo cual debe conocer cuál es su estado de salud, al igual como ocurre cuando se pide asegurar un objeto, circunstancia en que se deben determinar sus características, lo que está claramente establecido en la ley y en nuestra vasta jurisprudencia administrativa.
Señor Presidente , por su intermedio, debo señalar a los autores del proyecto que los debates realizados en la Comisión y en la Sala, así como el título del informe se han relacionado exclusivamente con los préstamos hipotecarios para la vivienda, lo que podría tener una lógica; pero lo que plantea el proyecto de ley es otra cosa.
Segundo, debemos tener claro que lo único que se logrará con esta iniciativa, lo que puede ser una decisión válida, será subir el precio de las primas y, al mismo tiempo, dificultar la posibilidad de que una persona de edad avanzada obtenga un seguro de desgravamen.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor Presidente, algunos diputados muy bien intencionados presentan proyectos mediante los cuales pretenden solucionar problemas muy delicados y reales, pero se equivocan en el camino que eligen para corregirlos.
Considero que con este proyecto sucede lo mismo, porque, de aprobarlo, podríamos estar causando un grave daño a las personas de edad avanzada que quieran acceder a un crédito, además de que va a producir un alza fuerte en las primas de seguro.
Por lo tanto, creo que debemos debatir mucho más el tema, por lo que solicito al señor Presidente que recabe la unanimidad de la Sala para analizarlo más profundamente en la Comisión, escuchar otras opiniones, determinar los costos y hacer simulaciones de diversas situaciones para saber realmente qué ocurriría en el mercado, cuestión que ya he planteado a uno de los autores de la moción, porque entiendo que el ánimo y el objetivo de los patrocinantes es favorecer a la gente y no perjudicarla.
Reitero, entendiendo el espíritu de la moción, le pido, señor Presidente , que solicite la unanimidad de la Sala para que el proyecto vuelva a la Comisión, con el objeto de analizarlo más exhaustivamente, para luego hacer un nuevo debate en la Sala sobre la materia.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Pido la unanimidad de la Sala para acceder a la solicitud del diputado señor Alejandro García-Huidobro.
No hay acuerdo.
Para plantear un asunto reglamentario, tiene la palabra el diputado señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor Presidente , basta que formulemos una indicación al proyecto para que vuelva a Comisión, pero ése no es nuestro ánimo. La idea es que las indicaciones se formulen en la Comisión.
Por lo tanto, le vuelvo a plantear, señor Presidente, que pida la unanimidad de la Sala para reenviar el proyecto a Comisión.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, no tengo inconvenientes en dar la unanimidad para acceder a los solicitado, pero una vez que la Sala conozca la opinión de los diputados que nos hemos inscrito para hablar hoy.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Puede continuar, su señoría.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, el proyecto es sencillo, pero tiene un efecto muy importante para los deudores que piden un crédito -hipotecario o no hipotecario- a los bancos.
Los superintendentes de Valores y Seguros y de Bancos e Instituciones Financieras señalaron expresamente que sólo está regulado el seguro de desgravamen hasta el final del crédito, que es lo que persiguen los autores del proyecto, cuando hay de por medio letras hipotecarias.
Por lo tanto, tenemos que hacer la distinción entre los créditos hipotecarios respaldados con letras hipotecarias -que se transan en la Bolsa-, los que mantienen seguro de desgravamen hasta el pago total de la deuda, y los otros tipos de créditos, incluso lo que tienen garantía hipotecaria, pero que no están respaldados con letras hipotecarias.
Quiero hacer una reflexión respecto del rol de las superintendencias.
Siempre he dicho que esos organismos han sido creados para garantizar el buen funcionamiento de la industria y cautelar los recursos de los ahorrantes, en el caso de los bancos; pero nunca estuvieron pensadas, a mi modo de ver, para defender los intereses de los deudores, de los usuarios de los bancos, de los cuentacorrentistas.
Por lo tanto, estoy disponible para dar la unanimidad para que el proyecto vuelva a la Comisión, con el objeto de que tengamos una discusión más profunda en relación con los organismos o instituciones que representan los intereses de los usuarios, de los cuentacorrentistas, de los deudores.
De manera que deberíamos reconsiderar la creación del ombudsman, el defensor ciudadano, porque no me digan que para eso están el Sernac y la ley del Consumidor, la cual sólo es supletoria para sectores regidos por leyes especiales. En cambio, los bancos, las financieras y los créditos están regidos por la ley General de Bancos. Por lo tanto, con dicha ley uno sólo se somete al arbitrio y a la decisión de la Superintendencia. Entonces, por una parte, hay un vacío, un desequilibrio, entre resguardar ordenadamente los recursos de los inversionistas y los intereses de los bancos y, por otra, cautelar los intereses de los usuarios, lo cual echo de menos.
En ese sentido, el superintendente de Bancos e Instituciones Financieras señaló en la Comisión que los intereses estaban resguardados hasta que el crédito sea pagado en su totalidad cuando se trata de letras hipotecarias. Pero ¿por qué los intereses no están resguardados cuando se trata de otros créditos? Porque a la Superintendencia no le interesa establecer ese resguardo en la ley que rige a ese sector, dado que ella no representa a los usuarios. De manera que lo que han hecho el diputado Tucapel Jiménez y otros colegas que lo acompañaron en la iniciativa, como también el diputado Ortiz y quien habla, entre otros, quienes modificamos y perfeccionamos la iniciativa en la Comisión, es defender los intereses de los deudores.
Como manifestaron los diputados García-Huidobro y Álvarez , entre otros, quizás faltan algunos antecedentes para saber cuál es el costo de aprobar un proyecto que impediría a las personas de la tercera edad acceder a créditos, porque las vamos a obligar a tomar un seguro hasta su pago total. Pero es absolutamente inaceptable que quien contrate un seguro de desgravamen y esté pagando primas en relación con un crédito a veinte años, a los dieciocho, cuando fallezca la persona, los herederos deban pagar y ser responsables del saldo insoluto, porque el seguro de desgravamen había caducado al cumplir el deudor una determinada edad. Reitero, aquí hay un vacío.
Ahora bien, sería conveniente conocer cómo funciona el seguro de desgravamen. Éste tiene una prima que se va pagando en cada una de las cuotas del préstamo. Cuando se cancela la primera de ellas, dicho seguro debería disminuir porque el monto asegurado es menor, o está contemplado que en el monto de la cuota se fijó una proporcionalidad de esa prima determinada.
Ésas y otras preguntas quiero hacer en la discusión particular en la Comisión. De manera que en ese marco no tengo inconveniente en dar la unanimidad para que el proyecto vuelva a Comisión.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
¿Habría acuerdo para que el proyecto sea enviado a la Comisión para su segundo informe?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado Claudio Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente, al conocer los objetivos del proyecto, se puede compartir el propósito de que el seguro de desgravamen se mantenga durante muchos años. Pero, en la práctica, indudablemente se van generando algunas dificultades, porque el origen de dicho seguro obedece básicamente a tres conceptos: primero, a reducir el riesgo del crédito; segundo, a facilitar el cobro de las garantías, porque no es necesario ejecutar un bien, si existe un seguro de desgravamen en un crédito hipotecario, por ejemplo, para la adquisición de una vivienda, y tercero, a dar seguridad y tranquilidad a los familiares de la persona que es sujeto de crédito.
En la práctica, los seguros de desgravamen están cubriendo actualmente hasta los 75 u 80 años de edad, lo cual está sujeto a las condiciones que la persona pacte con el banco acreedor. Pero, en la medida en que se haga obligatorio extender su cobertura por algunos años más -y por eso es conveniente que vuelva a Comisión-, sin duda las primas de dichos seguros subirán. Esa realidad será ineludible.
Otro elemento a analizar es que la naturaleza del seguro de desgravamen está dada por los créditos para la adquisición de viviendas, porque hasta hace algunos años el único mecanismo para ello eran los créditos hipotecarios con letras que se transaban en el mercado secundario. De manera que para que dichas letras tuvieran un valor conveniente, necesitaban una garantía de pago, el seguro de desgravamen, con el cual, adquiridas las letras, se aseguraba que iban a ser pagadas.
Sin embargo, el mercado ha ido evolucionando. En la actualidad, no sólo hay créditos hipotecarios con letras para la adquisición de viviendas, sino también mutuos hipotecarios endosables y créditos hipotecarios con garantía del bien a adquirir con recursos propios de los bancos. Ese decir, existen varios instrumentos distintos al original. También están incorporados al mercado los seguros de desgravamen para los créditos de consumo.
Entonces, en primer lugar, creo necesario precisar en el proyecto que estas medidas están orientadas a los créditos hipotecarios para la adquisición de viviendas; en segundo lugar, hay que tener claridad y conciencia de que puede aumentar el costo del seguro de desgravamen, y en tercer lugar, el promedio de los plazos de los créditos hipotecarios generalmente calzan con el tiempo por el que habitualmente se contratan los seguros de desgravamen.
Por lo tanto, me alegro de que haya habido unanimidad para que el proyecto sea discutido nuevamente en la Comisión. Eso nos permitirá reflexionar sobre elementos de juicio, que, en mi opinión, no son menores. Si en principio se quiere aplicar inmediatamente una iniciativa de esta naturaleza, hay que encarecer las primas de los seguros de desgravamen y, en consecuencia, aumentar el costo de los créditos. Pero ése no es el objetivo fundamental del proyecto.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Tucapel Jiménez.
El señor JIMÉNEZ.-
Señor Presidente, debo aclarar que nuestra intención es favorecer a los usuarios y no perjudicarlos, como se ha dicho acá por distintos colegas. Sin embargo, la prudencia indica que el proyecto debe volver a la Comisión para mejorar su contenido y redacción.
El seguro de desgravamen implica una protección en el evento de fallecer el titular de una deuda, el cual cobra especial importancia si se trata de créditos hipotecarios. No obstante, las compañías de seguro contemplan en sus contratos cláusulas que limitan la cobertura del riesgo y dejan de responder si el asegurado cumple 75 u 80 años de edad.
Debo reconocer que fruto de las políticas bancarias de hace algún tiempo, cuando los créditos hipotecarios se otorgaban hasta por 20 años, no eran muchas las posibilidades de llegar a los 75 u 80 años de edad siendo deudor hipotecario, por lo que eran muy pocas las personas afectadas por ese tipo de normas. Sin embargo, hoy se ofrecen créditos hipotecarios hasta por 40 años, con lo cual existen más posibilidades de llegar a los 75 u 80 años de edad con dicha deuda y quedar al margen de la protección del seguro de desgravamen, aun cuando no se haya terminado de pagar toda la deuda.
La finalidad del proyecto es corregir esa injusticia, ya que en nuestro sistema jurídico los herederos son los continuadores legales del causante, de modo que deben seguir pagando los dividendos hasta saldar el crédito hipotecario.
Por eso, considero prudente que el proyecto vuelva a la Comisión para un análisis más a fondo, porque la idea es favorecer a los usuarios. Sobre todo, porque con este proyecto me han llegado muchas inquietudes de parte de ellos, ya que el seguro de desgravamen no sólo cuenta con la cláusula del tope de edad para operar, sino que también con la exigencia de certificados médicos. Con anterioridad, para entregar un crédito se pedía incluso un examen de Sida. Con ello, muchas personas se han visto impedidas de acceder a un crédito hipotecario, porque la aseguradora no les ha aprobado el certificado de salud.
Por ello, concuerdo plenamente en que el proyecto vuelva a la Comisión.
Hay otro punto muy importante. En una serie de materias que debemos tratar, se nos advierte a los legisladores que la aprobación de tal proyecto implicará un alza en los precios. Permanentemente, somos objeto de este tipo de amenazas, las que muchas veces nos impiden realizar nuestro trabajo como corresponde.
Por tanto, anuncio mi voto favorable para que el proyecto vuelva a la Comisión y se pueda estudiar más a fondo en beneficio de los usuarios.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El proyecto vuelve a Comisión para un segundo informe, tal como lo acordó en forma unánime la Sala.
MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA EN MATERIA DE REEMPLAZO DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE PESCA ARTESANAL. Primer trámite constitucional. (Preferencia).
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde tratar, sobre tabla, el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de “suma”, que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura en materia de reemplazo de la inscripción en el registro de pesca artesanal.
Diputado informante de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos es el señor Samuel Venegas.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 4956-21, sesión 9ª, en 4 de abril de 2007. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Pesca. Documentos de la Cuenta N° 3, de esta sesión.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor VENEGAS (don Samuel).-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos paso a informar, en primer trámite constitucional, sobre el proyecto de ley que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura en materia de reemplazo de la inscripción en el registro de pesca artesanal.
El proyecto tuvo su origen en un mensaje y el Ejecutivo calificó la urgencia para su despacho, como de “suma”, a contar del 4 de abril.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, en lo sustancial, se hace constar previamente al análisis de esta iniciativa lo siguiente:
La idea matriz del proyecto en informe es regular la institución del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal, sin perjuicio de abordar otras materias relativas a la misma.
El proyecto es de quórum simple y no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
La iniciativa que se propone fue aprobada, en general, por unanimidad, con los votos de las señoras Pacheco, doña Clemira , Presidenta , y Goic, doña Carolina , y de los señores Alinco , De Urresti , Recondo, Ulloa y Venegas, don Samuel.
Se designó diputado informante al señor Samuel Venegas.
Con motivo del estudio del proyecto de ley, la Comisión contó con la asistencia y
participación del subsecretario de Pesca, don Carlos Hernández, y de la fiscal de dicha repartición, señora Jessica Fuentes.
El mensaje recuerda que en 2002 se dictó la ley N° 19.849, que introdujo una serie de modificaciones a la ley general de Pesca y Acuicultura, entre ellas, la relativa a la institución del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal.
Esa reforma pretendía permitir a los pescadores artesanales que deseaban retirarse de la actividad, traspasar su inscripción vigente en pesquerías con acceso cerrado. En otros términos, se buscaba impedir que, por el retiro de un pescador artesanal de la actividad, se perdiera la vacante en virtud del cierre de acceso.
Por tanto, el proyecto tiene por finalidad regular la institución del reemplazo de la inscripción en el registro de pesca artesanal, así como introducir otras modificaciones relacionadas con su aplicación.
Puesto en votación general el proyecto, fue aprobado por unanimidad.
Discusión particular.
El artículo único, a través de sus cuatro numerales, modifica la ley N° 18.892, general de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 430, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
N° 1.
Modifica en diversos aspectos el artículo 2° de la ley, que define una serie de conceptos para efectos de la misma.
La norma de reemplazo del numeral 29 del artículo 2° de la ley mereció a la Comisión el siguiente trato:
El inciso primero mantiene, en términos generales, la definición en vigor sobre pesca artesanal, con los siguientes alcances: se agrega la exigencia de inscripción en el registro; se establece que la actividad puede realizarse utilizando o no una embarcación artesanal y, por último, se elimina la parte del precepto alusiva a las distintas categorías (armador, mariscador, etcétera.).
La norma propuesta fue aprobada por unanimidad.
El inciso segundo, en tanto, mantiene en términos análogos la redacción vigente sobre cuándo la actividad pesquera artesanal podrá ser desarrollada como tal por personas jurídicas, con el aditamento de que dicha excepción será aplicable sólo a armadores y organizaciones de pescadores artesanales.
También fue aprobado por unanimidad.
El inciso tercero propuesto para el numeral mencionado, que en su encabezamiento establece que la pesca artesanal podrá ejercerse en una o más de las categorías que enuncia, armador artesanal, pescador artesanal propiamente tal, buzo, recolector de orilla, alguero o buzo apnea, fue objeto del siguiente tratamiento:
Su letra a) reformula el concepto de armador artesanal, señalando que pescador artesanal es la persona jurídica o la comunidad propietaria de hasta dos embarcaciones artesanales; agregando que para efecto de lo anterior se considerará la calidad de socio que revista la persona natural propietaria en cualquier persona jurídica o comunidad que, a su vez, tenga la calidad de armador artesanal; precisando, luego, que si el armador es una comunidad, deberá estar integrada sólo por pescadores artesanales, existiendo siempre responsabilidad solidaria entre todos ellos para el pago de las multas y patentes que consagra la ley; puntualizando, finalmente, que sólo podrán inscribirse en esta categoría los pescadores artesanales propiamente tales y los buzos.
La letra en comento fue aprobada por unanimidad, conjuntamente con sendas indicaciones. La primera, meramente formal, fue aprobada por unanimidad. La segunda, que fue aprobada por 3 votos a favor y 1 en contra, precisa que las embarcaciones, en su conjunto, no pueden exceder los 100 metros cúbicos de capacidad de bodega.
Las letras b), c), d) y el inciso cuarto y final del numeral 29 también fueron aprobados por unanimidad.
N° 2.
Introduce diversas enmiendas al artículo 50 A de la ley de Pesca y Acuicultura, que aborda el tema del reemplazo de las inscripciones en el Registro de Pesca Artesanal.
También fue aprobada por unanimidad la letra a) de este numeral, que elimina la oración final del inciso primero, que permite la sustitución en comento, tratándose de buzos que adolezcan de incapacidad total y permanente.
Su letra b) intercala, a continuación del primero, los siguientes tres incisos nuevos.
El inciso segundo, nuevo, establece que el reemplazo de la inscripción operará en forma indivisible respecto de todas las pesquerías cerradas y vigentes que el reemplazado tenga inscritas en el Registro , en cualquier categoría, agregando que quedará sin efecto la inscripción respecto de las pesquerías con acceso abierto, por el solo ministerio de la ley.
Este inciso segundo, nuevo, fue aprobado por unanimidad.
El inciso tercero, nuevo, señala que para los efectos de lo dispuesto precedentemente, el Servicio Nacional de Pesca otorgará, a petición del titular de la inscripción, un certificado que acredite, entre otros aspectos, la individualización de aquél y de la o las pesquerías inscritas que mantiene vigentes.
Este inciso tercero, nuevo, también fue aprobado por unanimidad.
El inciso cuarto, nuevo, estatuye que ese certificado tendrá duración indefinida, en tanto se mantenga la vigencia de la suspensión del acceso y no se vea afectado por alguna causal de caducidad.
Este inciso cuarto, nuevo, también fue aprobado por unanimidad.
La letra c) de este numeral modifica el inciso final del artículo 50 A, que señala que el reemplazante deberá cumplir con los requisitos que contempla la ley, y agrega que si éste es un armador, deberá, adicionalmente, comprobar el título de dominio o la tenencia sobre la embarcación.
La reforma del precepto, que se traduce en eliminar el requisito de acreditación de la tenencia, fue aprobada por unanimidad.
La letra d) de este numeral introduce, a continuación del final, los siguientes incisos al artículo en referencia.
El inciso séptimo, nuevo, establece que el reemplazante deberá ser pescador artesanal inscrito en el Registro respectivo, debiendo acreditar habitualidad en la actividad pesquera extractiva.
Este inciso fue aprobado por unanimidad, en los mismos términos.
El inciso octavo, nuevo, señala, en síntesis, que se entenderá por habitualidad el registro de un mínimo del 50 por ciento de viajes de pesca continuos o alternados o días de actividad pesquera extractiva, en relación al promedio anual de la totalidad de viajes de pesca en la región correspondiente.
Este inciso fue aprobado por unanimidad, conjuntamente con una indicación que especifica cómo ha de acreditarse la habitualidad, cuando se trate de especies altamente migratorias o demersales.
El inciso noveno, nuevo, dispone que se entenderá por viajes de pesca los que consten en formularios de desembarque artesanal y que den cuenta de capturas efectuadas en la pesquería respectiva.
Este inciso también fue aprobado por unanimidad.
El inciso décimo, nuevo, establece que en caso de que se modifique parcialmente la integración de una comunidad o persona jurídica, el o los nuevos integrantes o socios deberán cumplir con el aludido requisito de habitualidad, y agrega que si tal modificación es total, la inscripción en el Registro se someterá a las normas del reemplazo.
Este inciso también fue aprobado por unanimidad.
El inciso undécimo, nuevo, prescribe que el requisito de habitualidad no será exigible cuando el reemplazante sea descendiente del reemplazado, hasta el grado de consanguinidad que indica.
Este inciso también fue aprobado en forma unánime.
El inciso final, nuevo, precisa que el reemplazo no operará respecto de la categoría de recolector de orilla, alguero y buzo apnea.
Este inciso también fue aprobado por unanimidad.
N° 3.
Incorpora diversas modificaciones al artículo 51 de la ley supra, que consigna los requisitos necesarios para inscribirse en el Registro de Pesca Artesanal.
La letra a) reemplaza el texto del encabezamiento del precepto por otro similar al vigente, con adecuaciones formales.
Esta letra fue aprobada por unanimidad.
La letra b) de este numeral sustituye las letras a) y b) del artículo en referencia. La primera de ellas consagra el requisito de ser persona natural o jurídica constituida exclusivamente por personas naturales que sean pescadores artesanales. La letra b) del texto en vigor, a su vez, exige la condición de ser chileno o extranjero con permanencia definitiva.
La nueva letra a) propuesta establece la exigencia de ser persona natural, chilena o extranjera, con permanencia definitiva, o bien persona jurídica, en los términos que consagra el artículo 2°, numeral 29 de la ley, que se modifica en este proyecto.
Esta letra fue aprobada por unanimidad.
En tanto, la letra b) consagra el requisito de haber obtenido el título o matrícula que lo habilite para desempeñarse como tal, no siendo aplicable lo anterior a las categorías de recolector de orilla, alguero y buzo apnea.
Esta letra también fue aprobada por unanimidad.
La letra c) de este numeral elimina la letra c) del artículo en comento, que establece el requisito de detentar la matrícula de pescador artesanal, el cual quedó comprendido en la nueva letra b).
Esta letra también fue aprobada por unanimidad.
La letra d) de este numeral, que modifica la letra d) -que pasa a ser c)- del artículo en mención, exige acreditar domicilio en la región, especificando la provincia, comuna y localidad en la cual se solicita la inscripción, como asimismo comprobar que no se halla inscrito en el Registro de otras regiones.
La enmienda al precepto se traduce en que la especificación del domicilio se circunscribe a la comuna y caleta base, eliminándose, por ende, la referencia a la provincia.
Esta modificación fue aprobada por unanimidad.
N° 4.
Introduce las siguientes modificaciones al artículo 52 de le ley, que consigna los requisitos para inscribir embarcaciones en el Registro de Pesca Artesanal.
La letra a) de este numeral introduce una modificación en el encabezamiento del precepto, en el sentido de que los requisitos que deben explicitarse comprenden, además de las embarcaciones, los respectivos armadores y la caleta base.
Esta letra fue aprobada por unanimidad.
La letra b) sustituye el texto de la misma letra del artículo supra, que establece la exigencia de acreditar que la o las embarcaciones no tienen una eslora superior a 18 metros ni una capacidad que exceda las 50 toneladas de registro grueso.
La norma de reemplazo, que establece que, sin perjuicio de demostrar los dos elementos o características anteriormente señalados, ha de acreditarse también que la embarcación cuenta con una capacidad máxima de bodega de 80 metros cúbicos, fue objeto de una indicación sustitutiva, aprobada por unanimidad. En virtud de ella, lo que ha de acreditarse son las especificaciones que consigna el artículo 2°, número 15, de la ley.
Disposiciones transitorias.
El artículo 1° fue objeto del siguiente tratamiento por la Comisión.
Su inciso primero, en cuya virtud tratándose de las solicitudes de reemplazo que se presenten al Sernapesca entre la fecha de publicación de la ley N° 19.849, esto es, el 26 de diciembre de 2002 y el 31 de diciembre del año de publicación de la presente ley, el requisito de habitualidad que será exigido al reemplazante que no se encuentre en la categoría de armador artesanal, corresponderá al año calendario inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud, y agrega cuál será la habitualidad exigible a las peticiones que se materialicen en el transcurso del segundo año calendario de vigencia de la ley en trámite, fue aprobado por unanimidad, conjuntamente, con las siguientes indicaciones: la primera, prescribe que tratándose de las solicitudes de reemplazo de que trata la norma, la habitualidad se comprobará mediante la información de los zarpes de embarcaciones en cuya tripulación hubiere participado el reemplazante.
La segunda indicación, en tanto, señala cómo ha de acreditar el aludido requisito el armador artesanal.
Sin perjuicio de dichas indicaciones, también se introdujeron algunas enmiendas meramente formales tanto a este inciso como al siguiente.
El inciso segundo, que prescribe que no será exigible el requisito de habitualidad a las solicitudes de reemplazos materializadas entre el 26 de diciembre de 2002 y la fecha de entrada en vigor de la presente ley, en el caso de que el reemplazante se encontrare inscrito en el registro pesquero artesanal con anterioridad al 27 de diciembre de 2002, fue aprobado por unanimidad.
Artículo 2°
Esta disposición, que encomienda al Sernapesca estructurar el Registro Artesanal conforme a las modificaciones que ella le incorpora, debiendo además incorporar de oficio, en la categoría que corresponda, a los pescadores artesanales y personas jurídicas que tengan inscripción vigente, dentro del plazo de un año contado desde la entrada en vigencia de la presente ley, fue aprobada por asentimiento unánime, con adecuaciones formales.
Artículo 3°
Su inciso primero prescribe que las personas naturales que, directamente o a través de personas jurídicas o comunidades tengan bajo su titularidad más de dos embarcaciones artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal a la fecha de publicación de la presente ley, deberán dentro del plazo de cinco años ejercer el derecho de opción que se especifica.
Puesto en votación, fue aprobado por unanimidad, conjuntamente, con las siguientes indicaciones: la primera sustituye la conjunción “o” por “y”, entre la palabra “directamente” y la expresión “a través”. La segunda, por su parte, reduce de 5 a 4 años el plazo para ejercer el aludido derecho.
El inciso segundo preceptúa que la limitación para inscribirse como armador artesanal establecida para los algueros, recolectores de orilla y buzos apnea se aplicará a las inscripciones que se efectúen a partir de la fecha de publicación de la presente ley.
Fue aprobado por unanimidad.
Artículo 4°, nuevo.
Fue aprobado por unanimidad. Obedece a una indicación parlamentaria, y establece que las embarcaciones artesanales actualmente registradas deberán adecuar sus características dentro del plazo de dos años de la publicación del reglamento aludido en el artículo 2° N° 15 de la ley de pesca; y agrega que entretanto tales naves, por viaje, no podrán desembarcar más de 80 toneladas de pesca.
No existen artículos ni indicaciones rechazas ni se presentaron indicaciones que deban ser declaradas inadmisibles.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos recomienda la aprobación del proyecto.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Clemira Pacheco.
La señora PACHECO (doña Clemira).-
Señor Presidente, como presidenta de la Comisión quiero señalar al ministro nuestra preocupación y malestar, porque a 25 días de que expire la ley cuya modificación se propone. ingrese este proyecto después de muchos años de espera. Ello no nos dio la posibilidad de escuchar a todos los actores involucrados. Por eso solicito nuevamente al Ejecutivo una mejor coordinación para trabajar de buena forma con todos los sectores, especialmente con los pescadores artesanales, que se rigen por esta ley, y para resguardar el debido respeto entre los poderes Ejecutivo y Legislativo.
En relación con el proyecto que nos convoca, cuando se promulgó la ley corta de pesca, en diciembre de 2002, se produjo un inconveniente, ya que no se reguló de manera adecuada y no se permitió que salieran del Registro Pesquero Artesanal las pesquerías cerradas para traspasar su inscripción a otro pescador.
Esto, porque no se fijaron requisitos que aseveraran que quienes ingresaran a las pesquerías debían ser efectivamente pescadores o pertenecer al sector artesanal.
El proyecto persigue regularizar esta situación.
Uno de los elementos que se incorpora a la discusión se refiere a que se entenderá por habitualidad el registro de un mínimo del 50 por ciento de viajes de pesca, continuos o alternados, o días de actividad pesquera extractiva, según corresponda, en relación al promedio anual de la totalidad de viajes de pesca en la región correspondiente,...”.
En el caso de especies altamente migratorias, la habitualidad será considerada en relación con la o las regiones en que se ha ejercido la actividad pesquera.
Es importante destacar las disposiciones transitorias del proyecto.
El artículo 1° señala que en el caso de “las solicitudes de reemplazo que se presenten al Servicio Nacional de Pesca entre el 26 de diciembre de 2002 y el 31 de diciembre del año de publicación de la presente ley, el requisito de habitualidad que será exigido al reemplazante” corresponderá al año calendario inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.
En estos casos, ha habitualidad se acreditará mediante la información de los zarpes de embarcaciones en cuya tripulación hubiere participado el reemplazante.
Con los registros de zarpe se acredita la habitualidad, elemento que sirve a muchos antiguos pescadores artesanales para mantenerse en esta actividad sin necesidad de demostrar tal calidad, la cual queda corroborada en el momento en que el Sernapesca revisa su historia de zarpe.
Así se recoge la inquietud de muchos pescadores artesanales, quienes verán resguardados sus años de trabajo.
El artículo 3° señala que las “personas naturales que, directamente, y a través de personas jurídicas o comunidades, tengan bajo su titularidad más de dos embarcaciones artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal a la fecha de publicación de la presente ley deberán, dentro del plazo de 4 años, optar por las dos inscripciones que mantendrán bajo su titularidad, renunciando o siendo reemplazado en las demás”.
En este punto hubo discusión en la Comisión. Para algunos resulta excesivo el plazo de 4 años, ya que de por sí es una situación irregular el acaparamiento en la titularidad de la embarcación inscrita en el registro.
Creo que dicho plazo debe ser rebajado, al menos, en dos años. Espero que en el Senado se escuche a los pescadores y se presente alguna indicación para mejorar su situación.
Por último, quiero agradecer a algunas asociaciones de pescadores artesanales, presentes en las tribunas, por su aporte en el perfeccionamiento del proyecto, a pesar del poco tiempo que tuvimos para su estudio. A mi juicio, la iniciativa va en el sentido correcto; resguarda los derechos de los pescadores artesanales en relación con sectores más poderosos de la pesca industrial.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Recuerdo a las señoras diputadas y a los señores diputados que a las 13 horas procederemos a votar. Por lo tanto, pido sintetizar sus intervenciones, a fin de que todos puedan hacer uso de la palabra.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, en primer lugar, concuerdo con las palabras que la señora presidenta de la Comisión expresara al ministro en cuanto a la necesidad de que dispongamos de un tiempo razonable para la discusión de los proyectos.
En todo caso y a pesar de la rapidez con que hemos tenido que actuar porque el Ejecutivo no modificó la “suma” urgencia, ayer realizamos algunos cambios que mejoraron el proyecto.
Con el fin de que otros colegas también puedan intervenir, resumiré sólo los aspectos más importantes de la iniciativa.
En primer lugar, objetivamente la ley vigente permite al armador artesanal tener hasta dos lanchas, con un máximo de 50 Toneladas de Registro Grueso , TRG, entre ambas. Pero no fijaba ni existía el límite de bodega. Eso significó que comenzaron a construirse algunas lanchas que superaron las cien toneladas de bodega, lo que claramente ponía en riesgo a la embarcación y a sus tripulantes, y eso es lo que deseamos evitar.
La iniciativa aumenta el límite de bodega. Es decir, al armador artesanal que tenía entre 70 y 80 toneladas de bodega entre ambas naves, cifra que se considera segura, ahora se le da la posibilidad de llegar a las 100 toneladas de bodega.
En segundo lugar, quiero expresar que redefinimos los conceptos que involucran el trabajo en el mundo artesanal. En ese sentido, a mi juicio, cometimos un pequeño error al definir la categoría de “pescador artesanal propiamente tal”. La expresión “propiamente tal” está de más, porque ahora no calza con las correcciones posteriores a las categorías de alguero, recolector de orilla y la de buzo apnea.
Asimismo, ayer conversamos con el subsecretario de Pesca , durante la larguísima jornada en que tratamos el texto en discusión, sobre una gran preocupación que tenemos. Necesitamos que la autoridad marítima asegure, no con la institución de reemplazo, sino con la de la sustitución, que comienza de inmediato cuando hay reemplazo, que el procedimiento de sustitución sea rápido cuando existan dificultades graves con una nave, con el objeto de evitar que los tripulantes se queden sin trabajo y, por ende, sin ingresos.
El subsecretario se comprometió a no poner dificultades para que el procedimiento de sustitución camine lo más rápido posible, a fin de evitar que los armadores artesanales que han perdido su nave por zozobra, la reemplacen rápidamente, pues a veces pasan meses sin poder hacerlo.
Por último, deseo destacar el largo trabajo en que durante más de seis horas estuvimos analizando el tema. Todos los diputados presentes trabajamos de consuno, dimos nuestra opinión y las disposiciones fueron aprobadas de manera unánime. El señor Iván Norambuena manifestó la necesidad de que el mundo artesanal contara con definiciones claras, prontas y precisas, ante ello la Comisión completa, encabezada por su presidenta, actuó con altura de miras.
Por eso, invito a los señores diputados a aprobar las modificaciones sustantivas y beneficiosas que se propone introducir a la ley, porque se da mayor cobertura en materia de bodega, de capacidad de pesca, sin poner en riesgo el recurso, de acuerdo con lo señalado por la propia autoridad de Pesca.
Por lo expuesto, la UDI anuncia su voto favorable a la iniciativa, que contó con nuestro entusiasta apoyo y con las indicaciones y comentarios de los diputados señores Melero, Norambuena y Recondo.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Como quedan dos minutos del tiempo fijado para votar, solicito la unanimidad de los señores diputados para que los diputados señores Melero y Mulet dispongan de cuatro minutos cada uno para hablar.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente, en primer término, quiero felicitar a la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, porque en su sesión maratónica del día de ayer aprobó, casi por unanimidad, la mayoría de las normas que vienen a resolver un tema bastante complejo.
Quienes representamos zonas donde existe la pesca artesanal, en mi caso toda la costa de la Región de Atacama, las provincias del Huasco, Caldera y Chañaral , recurrentemente nos encontramos con dirigentes de los distintos sindicatos o gremios de pescadores, quienes nos plantean los problemas con la sustitución y el reemplazo de naves, y con una especie de maraña jurídica en la que se trataba, a través de diversas fórmulas, de buscar ajustes a algunos negocios lícitos.
Esos intereses se reflejaban en contratos bastante enredados al no haber claridad respecto de la sustitución y del reemplazo.
De manera que, en primer lugar, un avance importante lo constituye el establecimiento de certeza jurídica en la materia. En la iniciativa se define con claridad lo que se entiende por pesca artesanal. En consecuencia, una vez que el proyecto sea ley de la República, se podrá apreciar quiénes son en verdad pescadores artesanales y quiénes pertenecen a otras categorías.
Las definiciones que se incorporan y el marco jurídico que establece el proyecto permitirán, sin duda, focalizar con mayor claridad la política pesquera del Gobierno dirigida al pescador artesanal propiamente tal y a la pesca en general.
El proyecto es un avance notable para resolver uno de los temas pendientes en materia pesquera.
Asimismo, la iniciativa se preocupa de la vida y la seguridad de los tripulantes, cosa que antes no ocurría. En efecto, al existir indefinición respecto del volumen máximo de bodega y la superficie mínima destinada a habitabilidad, se abusaba, con lo cual se ponía en riesgo a la tripulación.
La norma viene a establecer la superficie mínima destinada a habitabilidad de la tripulación. Por lo tanto, a mi juicio, existe un avance sustantivo en la materia.
En consecuencia, en honor a los pescadores de Huasco, Caldera y Chañaral, anuncio
mi voto a favor de la iniciativa y, entiendo, también el de todos los diputados de mi bancada.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente, el paso que estamos dando es de gran trascendencia para la consolidación de la institucionalidad del sector pesquero extractivo.
En 1990-1991, el Congreso Nacional estableció el marco jurídico que regula al sector pesquero, que se ha ido perfeccionando con el tiempo.
En Chile, se han consolidado los sectores pesquero artesanal e industrial extractivo, ambos de gran importancia para el país. Uno y otro, que en el pasado, por distintas circunstancias, rivalizaron, hoy coexisten gracias a la asignación de cuotas individuales por armador y al establecimiento, por primera vez, de porcentajes de extracción por especie, que aseguran a los sectores los volúmenes que pueden extraer, con lo cual se evitan las denominadas carreras olímpicas o los traspasos de zonas resguardadas para unos u otros.
Todo lo indicado, sin duda, ha generado una condición de estabilidad muy positiva para ambos sectores, en especial para el artesanal, que muchas veces se veía amenazado.
Cabe destacar que, al sumar la producción de pesca industrial, pesca artesanal y cultivos acuícolas, estamos hablando de ingresos por más de 3 mil millones de dólares y de muchos cientos de familias que trabajan en los diferentes sectores. Por eso, resulta fundamental consolidar la actividad en los términos indicados y generar certezas a los sectores involucrados.
El proyecto enfrenta en forma adecuada la regulación de la institución del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal.
Otro aspecto muy positivo dice relación con el reconocimiento de la habitualidad en el trabajo como requisito para obtener la calidad de pescador artesanal. De esa forma, se evitará lo que muchas veces ocurría, es decir, la práctica de personas que se hacían “pescadores artesanales” por algunos meses o fácilmente transitaban de un sector a otro, afectando a quienes han dedicado muchos años y gran parte de su vida a la pesca artesanal.
El proyecto establece que se entenderá por “habitualidad el registro de un mínimo del 50% de viajes de pesca, continuos o alternados, o días de actividad pesquera extractiva, según corresponda, en relación al promedio anual de la totalidad de viajes de pesca en la región correspondiente, en una de las pesquerías que tenga inscrita en la categoría en los últimos tres años”. De esa forma, quedan de lado los que desean especular o tener un paso transitorio por la actividad, que perjudican a quienes han dedicado una vida a la pesca artesanal.
En suma, con las nuevas definiciones de pescador artesanal, de armador artesanal, de nave pesquera artesanal, a las que se refirieron el diputado señor Ulloa y otros colegas, se da un paso de gran importancia en la consolidación de un sector que sigue teniendo mucho que aportar al país en empleo e ingresos, pero, sobre todo, se otorgan las certezas de que los sectores artesanal e industrial pueden trabajar en forma armónica y con estabilidad en las reglas del juego.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Posteriormente, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor WALKER (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura en materia de reemplazo de la inscripción en el Registro de Pesca Artesanal.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor WALKER (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
EXTENSIÓN DE BECA “ZONA EXTREMA” A ESTUDIANTES DE PRIMERA REGIÓN DE TARAPACÁ. (Votación).
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar por última vez el proyecto de acuerdo N° 311.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 59 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 1 abstención.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvo el diputado señor
POLÍTICA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN DEL PROCESO DE EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 312, de los diputados señores Martínez, Farías, Jaramillo, Sabag, Galilea, Lobos, Delmastro, Monckeberg, don Nicolás; Sepúlveda, don Roberto, y de la diputada señora Sepúlveda, doña Alejandra, que en su parte resolutiva expresa:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que, a través de los ministerios correspondientes, disponga la elaboración de una política de fiscalización nacional que, entre otras variables, contemple: definición de objetivos, funciones y roles; asignación de responsabilidades y atribuciones; modernización del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y la creación de un servicio de inspección veterinaria en todo el país.
Además, que, en dicha política de fiscalización, se incorpore a los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, de Hacienda, de Relaciones Exteriores, de Agricultura y a la Comisión Nacional del Medio Ambiente”.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Para apoyar el proyecto, tiene la palabra el diputado Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
Señor Presidente , este proyecto tiene por objeto aprender de la experiencia de hechos como el ocurrido con la exportación de carne y subproductos bovinos chilenos a Japón, como consecuencia de la adulteración de la certificación realizada por una empresa nacional y que derivó en la suspensión transitoria de la entrada de nuestros productos cárnicos a ese país.
El proyecto deja constancia del actuar oportuno y eficaz de nuestras autoridades; prueba de ello fue el pronto levantamiento de la medida por las autoridades japonesas. Si así no hubiera ocurrido, habría significado un tremendo perjuicio para la industria nacional y un grave daño de nuestra imagen como país exportador.
Ahora, es necesario rescatar el aprendizaje adquirido como consecuencia de hechos como éste. Este proyecto propone establecer en el país un accionar integrado, que denominamos “política nacional de fiscalización” y que, entre otras materias, defina roles, asigne responsabilidades, identifique claramente los niveles macros en el proceso de exportación de los productos agropecuarios; es decir, de aquellos relativos a la crianza y el manejo ganadero a nivel de planteles o predios, a la comercialización a través de ferias y a las faenadoras, mataderos y exportadoras. Cada uno de estos puntos requiere de una supervisión estricta, especializada y acorde con este proceso en particular.
Sobre la base de este análisis, es fundamental incorporar a esta política nacional de fiscalización a los ministerios de Transportes, de Hacienda, de Relaciones Exteriores, de Agricultura, de Salud , de Trabajo y de Medio ambiente, a la hora de exportar a la Comunidad Económica Europea o a Asia.
Si bien el rol que cumplen estos actores en el proceso de fiscalización es claro, para una mayor eficacia deberían ser complementarios; es decir, capaces de determinar un ilícito o infracción por sí solos en cualquiera de los niveles antes mencionados.
Para garantizar la calidad del producto pecuario, esta política de fiscalización que deseamos implementar no podría dejar de lado una última etapa, esta vez, en el país de destino del producto exportado. Cualquier esfuerzo de crianza, manejo, faenamiento y comercialización puede ser inútil si durante el transporte transoceánico no se toman las medidas necesarias para la conservación del producto. Velar porque esto ocurra será un gran adelanto en la consolidación de nuestra carne, más allá de las fronteras nacionales. La calidad y confianza de nuestra industria exportadora y el país como socio comercial es fundamental para alcanzar las metas que nos hemos propuesto en materia agropecuaria, razón que motiva a invitar a todos los colegas a que se comprometan y respalden este proyecto ojalá en forma unánime.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
En el tiempo que resta, ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Para impugnarlo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
RENOVACIÓN DE PLAZO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 19.583, DENOMINADA “LEY DEL MONO”
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 315, de los señores Araya, Díaz, don Eduardo; Olivares, Mulet, Venegas, don Mario; Sabag, Ojeda, Delmastro, y de las señoras Sepúlveda, doña Alejandra, y Goic, doña Carolina, que en su parte resolutiva expresa:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a:
1. S.E. la Presidenta de la República que envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley que renueve el plazo otorgado por la ley N.° 19.583, denominada “ley del Mono”.
2. La ministra de Vivienda y Urbanismo que, de dictarse dicha ley, realice una campaña de difusión acerca de la gratuidad de los trámites para hacer efectiva la misma”.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra a un señor diputado que apoye el proyecto.
Tiene la palabra el diputado Mario Venegas.
El señor VENEGAS (don Mario).-
Señor Presidente, este proyecto, presentado por el diputado señor Ojeda , con el apoyo de varios de nuestros colegas de bancada, representa una insistencia respecto de otro que presenté durante los primeros meses del año recién pasado y que fue unánimemente aprobado por la Cámara. Alcaldes, concejales y distintas autoridades comunales me hicieron ver la conveniencia de que se enviara un proyecto que prorrogara la vigencia de la ley N° 19.583, conocida como ley “del mono”, cuyo espíritu, básicamente, es permitir que la gente que haya efectuado, con autorización o sin ella, ampliaciones en su vivienda y que no cuenten con la recepción definitiva, puedan regular esa situación.
Hasta el momento no hemos tenido respuesta del Ejecutivo en esta materia. Por eso, como sigue vigente ese problema, insistimos a través de este proyecto de acuerdo.
Más aún cuando la política de vivienda a nivel nacional fue felizmente modificada, el año pasado, por el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet. Incorporó nuevos instrumentos, entre ellos, un subsidio para la reparación de viviendas que puede llegar a noventa unidades de fomento. Para acceder a estos beneficios, no contar con la regularización de las ampliaciones realizadas se transforma en un impedimento.
Por eso, queremos insistir y solicito a mis honorables colegas, por su intermedio, señor Presidente, que tengan a bien apoyar este proyecto de acuerdo, a fin de que el Ejecutivo envíe un proyecto que renueve la vigencia de la referida ley, a fin de que muchos modestos ciudadanos se acojan a sus beneficios.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra al diputado Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, el proyecto de acuerdo del colega Venegas apunta a finalizar un asunto que esta Corporación consideró y que, finalmente, el Gobierno hizo suyo hace un par de años.
La regularización de la propiedad es en la actualidad una necesidad y no sólo gana quien puede hacerla, sino también el propio municipio y el fisco, toda vez que pueden tener un catastro mucho más claro y exacto respecto de los valores finales de esas propiedades.
Por eso, quiero hacer presente que también está la idea de presentar un proyecto de ley sobre esta materia, con el propósito de que el Ejecutivo pueda patrocinarlo y fijarle la urgencia necesaria.
Señor Presidente , el diputado señor Ortiz me está señalando que dicho proyecto ya se presentó ayer. Los felicitamos; nos parece muy bien y creo que una iniciativa como ésta, en una segunda oportunidad, puede obtener el resultado al que todos aspiramos.
De modo que, en mi caso, voy a apoyar esta idea y, seguramente, mis colegas también.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
ESTATUTO DE TRABAJADORES TEMPOREROS.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-Proyecto de acuerdo Nº 316, de los diputados señores Sule, Espinosa, don Marcos; Meza, Jiménez, Díaz, don Eduardo; Enríquez-Ominami; de las diputadas señoras Sepúlveda, doña Alejandra, y Pacheco, doña Clemira; y de los diputados señores Nuñez y Díaz, don Marcelo, que en su parte resolutiva expresa:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que elabore el Estatuto de los Trabajadores Temporeros para asegurar la negociación colectiva, la previsión social, la seguridad en el trabajo y el acceso a los programas de capacitación laboral”.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Para apoyar el proyecto, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Sule.
El señor SULE.-
Señor Presidente, hace años que venimos hablado del drama que viven miles y miles de trabajadoras y trabajadores temporeros. Sin embargo, siguen sin respetarse algunos de sus derechos laborales y humanos, como horario, condiciones de seguridad e higiene, baños adecuados, contratos de trabajo, etcétera, situación que se agrava por la falta de fiscalizadores que verifiquen su cumplimiento.
Dado que es tremendamente importante velar, en forma seria, para que los derechos de las trabajadoras y los trabajadores temporeros se cumplan a cabalidad, pedimos a la Presidenta de la República que tenga la disposición de elaborar el estatuto de los trabajadores temporeros, que les asegure la negociación colectiva, la previsión social, la seguridad en el trabajo y el acceso a los programas de capacitación laboral.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto, tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Arenas.
El señor ARENAS.-
Señor Presidente, si bien no comparto algunos de los considerandos del proyecto, en los que se esgrimen algunos conceptos discutibles, sí lo apoyo, por cuanto es necesario establecer un estatuto especial para regular ciertos derechos de los trabajadores temporeros. Su alcance, profundidad y responsabilidad podrían quedar para posterior discusión, lo que no significa que adhiera a los juicios de los considerandos del proyecto. Considero que las relaciones y condiciones laborales de los trabajadores temporeros requieren de preocupación especial y específica.
Por lo tanto, anuncio mi voto favorable al proyecto de acuerdo, con las reservas que he señalado.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 21 votos; por la negativa 0 voto. Hubo una abstención.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 20 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Se llamará a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En votación el proyecto de acuerdo N° 316.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
El proyecto de acuerdo se votará, por última, vez en la próxima sesión ordinaria.
-El texto íntegro de los proyectos de acuerdo figura en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/
VII. INCIDENTES
REITERACIÓN DE OFICIO PARA REPARACIÓN DE PUENTE EN CIUDAD DE CAUQUENES. Oficios.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, desde hace cuatro años he oficiado a los ministros de Obras Públicas y de la Vivienda por el estado del puente que une el centro de la ciudad Cauquenes con el Barrio Estación, que se cimbra por sólo cruzarlo a pie. Así de peligroso está. En cualquier momento se va a caer. En la Séptima Región ya tuvimos la experiencia del puente Loncomilla y no quiero que en Cauquenes ocurra algo parecido.
El puente, que está en muy malas condiciones, es la única vía para unir dos sectores muy importantes de la ciudad. Lo más probable es que termine por caerse, ocasionando más de algún accidente grave.
Hace dos años, el Ministerio de Obras Públicas me respondió con un informe, realizado el año 2000, donde se señala que el puente todavía aguantaba, porque estaba en buenas condiciones. No han sido capaces de visitarlo ni de hacer un estudio actualizado.
Hace poco envié el último oficio al Ministerio de Obras Públicas, a fin de reiterarle el mal estado del puente. Esta vez se me respondió que no era problema de esa cartera, sino del Ministerio de la Vivienda. ¡Plop!
Ante esa situación, oficié al ministro de Vivienda , pero hasta ahora, han pasado alrededor de seis meses y no contesta absolutamente nada sobre la materia.
Señor Presidente, solicito oficiar nuevamente al ministro de Obras Públicas y al de Vivienda , si le corresponde el tema, para que hagan un estudio sobre el particular; pero, por favor, reparémoslo antes de que ocurra algo parecido a lo que sucedió con el puente Loncomilla.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención.
REFLEXIONES EN EL 10° ANIVERSARIO DEL CIERRE DE LA ENACAR.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Iván Norambuena.
El señor NORAMBUENA.-
Señor Presidente, quiero referirme a una fecha que trae bastante amargura y desesperanza a los habitantes de la comuna de Lota.
El próximo lunes 16 de abril se cumplen diez años del cierre definitivo de las minas de carbón de Lota, medida que desencadenó un gravísimo problema social y económico, del cual esa comuna no se ha podido recuperar hasta hoy.
Al concretarse dicha decisión, el Presidente de la República de la época, don Eduardo Frei Ruiz Tagle , y su gobierno prometieron un plan de desarrollo y de reconversión laboral para Lota que consistía en la construcción de un parque industrial en dos etapas, un puerto marítimo, un hospital de especialidades que se instalaría en el antiguo hospital de la Enacar, infraestructura vial a la comuna y una serie de beneficios sociales para los ex trabajadores del carbón y sus familias. De esto, poco y nada se ha cumplido. Prueba de ello es que cerca de 1.300 ex trabajadores continúan esperando una solución económica para su subsistencia y aguardan la iniciativa gubernamental que disponga los recursos para lograr una jubilación digna.
Tras el cierre de la Enacar, parte de los ex mineros comenzaron a ser reinsertados en programas del MOP de muy corta duración, cuando don Ricardo Lagos Escobar era ministro del ramo. Otro grupo de ex trabajadores comenzaron a ser capacitados en diferentes oficios, como peluqueros, panaderos, garzones, fontaneros y otros. Sin embargo, no tenían posibilidad de encontrar trabajo, ya que el mercado laboral de la zona no los requería.
Claramente, esas políticas implementadas por el gobierno de la Concertación habían sido ideadas entre cuatro paredes, sin el cabal conocimiento de la comuna y su pasado de enorme arraigo cultural, que hacían tremendamente difícil sacar a un hombre de mina para capacitarlo en otro oficio.
Este fracaso generó una seria crisis social en la comuna, que obligó a esas personas a emigrar a otras regiones en busca de algún trabajo, sin una capacitación adecuada para ello, para lo cual debieron abandonar a sus mujeres e hijos al más absoluto desamparo, lo que provocó un grave quiebre de las familias lotinas, que se mantiene hasta hoy.
Se acabó la Enacar y la esperanza para muchos lotinos. La reconversión laboral propuesta y ejecutada por los gobiernos de la Concertación fue, a todas luces, un soberano fracaso, hecho reconocido incluso por líderes de la propia Concertación que gobierna el país.
Actualmente, la comuna de Lota posee la mayor “empresa” de programas de empleos de emergencia del país, que se ha convertido en la principal actividad generadora de ingresos para esa comunidad que mira con angustia y desencanto el futuro de sus hijos.
Los sucesivos gobiernos de la Concertación han sido incapaces de implementar políticas de desarrollo para Lota que pongan real énfasis en la generación de puestos de trabajo. No han logrado comprometer la inversión privada en la comuna, lo que la ha transformado en una ciudad absolutamente dependiente de esos programas de emergencia, que otorgan salarios bajísimos e, incluso, con medias jornadas, por lo que perciben remuneraciones mucho menores al sueldo mínimo: Además, esos trabajadores deben subyugarse a la voluntad política de quienes controlan esos puestos laborales.
Lo anterior mantiene desde hace mucho a esa comuna con el mas alto índice de cesantía del país; sobre el 15 por ciento, porcentaje que indudablemente merece reparos, toda vez que si no consideramos como empleos los ofrecidos por esos programas de emergencia, se eleva considerablemente.
En junio del año pasado, la Presidenta de la República anunció un plan de desarrollo para Lota que incluiría un programa de apoyo al emprendimiento para unas trescientas jefas de hogar y la creación de una agencia de desarrollo local, entre otras iniciativas. Pero la reconversión que pretende aplicar el gobierno es sólo capacitar a los trabajadores de los programas de generación de empleos para convertirlos en microempresarios. Como ya dije, dicha fórmula se experimentó tras el cierre de las minas y fue un completo fracaso.
Es indudable que si se quiere generar un cambio efectivo en la realidad de nuestra comuna se requiere, además de mejorar la infraestructura vial, promover políticas de crecimiento económico que permitan crear empleo. Insistir en capacitaciones sin destino y en otorgar recursos financieros sólo a la asistencialidad no nos va a permitir solucionar este problema estructural del desempleo. Con ello, las organizaciones que desarrollen esas capacitaciones, como consultoras, Ong y otras, se constituirán en jugosos negocios al igual que en el pasado.
Tal situación la vemos incluso en otros programas que el gobierno ha creado en esa comuna. Me refiero específicamente al mal manejo del programa Puente, que la Contraloría está investigando.
Señor Presidente , invertir en educación nos permitiría abrir puertas al futuro de las nuevas generaciones. Sin embargo, esto parece no entenderlo la autoridad de turno, porque continúa insistiendo en esas políticas erráticas, que ya han demostrado ser insuficientes e inoficiosas.
Recientemente, el municipio elaboró un plan de emergencia en conjunto con diferentes actores sociales y políticos, que permitió la creación del Comité de Desarrollo Comunal de Lota, que incluye varios proyectos de inversión que ponen énfasis en el ámbito productivo, industrial, turístico y de servicios. La intendenta regional conoce esta situación, pero no se ha sabido nada más al respecto.
Para concluir, debo decir que la crisis que vive Lota se debe a la pésima acción de los gobiernos de la Concertación, que no han sido capaces de aplicar políticas adecuadas para resolver los problemas reales de sus habitantes. Sólo han desarrollado soluciones planificadas en una oficina ubicada en cualquier lugar del país por tecnócratas que viven en una burbuja y que no han compartido con su gente, tal como lo hemos hecho junto al concejal don Julio Rodríguez , con quien hemos realizado un gran trabajo que nos ha permitido tener un claro diagnóstico de la realidad que vive la comuna.
Lota necesita industrializarse, y requerimos apoyo para eso. Soy un convencido de que el actual gobierno debe ejercer una discriminación positiva para esta comuna, que fue minera, que permita agilizar la implementación de medidas económicas efectivas y que le den un rumbo a la ciudad que le permita acceder a mejores niveles de vida a sus habitantes. En ese sentido, aplicar una política de exención tributaria a la inversión privada podría ser una efectiva herramienta.
Seguramente los lotinos no tendrán mucho que celebrar este lunes 16 de abril. Por el contrario, deberán resignarse con dolor a seguir viviendo su dura realidad, observando desde lejos la supuesta modernidad de nuestro país y recibiendo promesas y más promesas, sin que logren visualizar un futuro mejor para sus familias.
Un cariñoso saludo a los hombres y mujeres de Lota, que tanto necesitan de nuestro país.
He dicho.
INFORMACIÓN SOBRE ENTREGA DE RECURSOS A HOSPITALES DE SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA Y PICHIDEGUA. Oficios.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Juan Masferrer.
El señor MASFERRER.-
Señor Presidente, quiero expresar mi más enérgica protesta por las actitudes de algunas autoridades de Gobierno, especialmente del sector salud.
Desde hace muchos años soy miembro de la Comisión de Salud de la Cámara, por una cuestión de sensibilidad, por lo cual he podido advertir que poco se hace por la gente más modesta, aquella que se encuentra en las zonas rurales aisladas que represento en este Congreso.
El lunes recién pasado, don Ricardo Fábrega , subsecretario de Redes Asistenciales , al parecer pertenece a la Democracia Cristiana -él está en ese puesto por cuoteo político, porque nadie lo ha elegido-, estuvo en Chimbarongo, en San Vicente y en Pichidegua, donde hay cuatro hospitales. Sin duda, es bueno que a veces vaya a terreno para conocer sus realidades.
Una vez que llegó a las comunas de San Vicente de Tagua Tagua y de Pichidegua, simplemente baipaseó a sus alcaldesas, que pertenecen a la Alianza y no a la Concertación. Posteriormente, cuando arribó a los hospitales de dichas localidades, comenzó a entregar cosas y cheques para proyectos que nadie ha estudiado ni solicitado, como si él fuera dueño de la plata. Por ejemplo, un proyecto en Pichidegua para construir una sala de reunión para los amigos del hospital. Es un establecimiento pobre y funciona en una casa antigua, para el cual se entregó la suma de 60 millones de pesos “entre gallos y medianoche”, como se dice en el campo. Quizás, alguien se está quedando con ella, porque no informan. Por cierto, es una situación que he hecho saber a la ministra de Salud , porque sé que irá a ese sector. Este parlamentario lleva muchos años en el Congreso Nacional y nadie le avisó nada! ¡Por algo he sido electo cinco veces! ¡La gente sabe por quien vota y cómo la defiendo hoy, sobre todo en el área de la salud! Y esta persona aparecida, Fábrega , se permite entregar recursos que nadie ha solicitado a los hospitales de tres comunas, pero sin ninguna planificación. Claramente, saca la plata de la atención primaria, y por eso no aumenta el per cápita. Lo digo para que los colegas que están escuchando se den cuenta de que ellos la manejan directamente. Los recursos se entregan a las comunas y a los hospitales que ellos estiman conveniente. En este caso, siempre han ayudado a los alcaldes de su partido.
A mi juicio, su proceder le hace un gran daño a la Presidenta de la República , y por eso está tan mal evaluada. Creo que tiene malos asesores. El señor Fábrega , que no sé de donde salió, no ha competido con nadie. Sin embargo, sé que tiene buena chequera y que sabe mover el lápiz para la entrega recursos de todos los chilenos a quienquiera que se le ocurra!
Ayer o anteayer, la Presidenta de la República se quejaba de que sus asesores a veces le hacían cometer incluso errores. Por cierto, comparto sus dichos. Hay asesores, subsecretarios y ministros que hacen daño a la Presidenta y al país, pues malgastan los recursos de todos los chilenos.
El hospital de Chimbarongo, que tiene más de cien años, debería ser remodelado, por cuanto no entrega absolutamente nada. La Presidenta ha señalado que, a lo mejor, ello puede ser factible en 2015. Además, ha manifestado que se ha realizado un estudio de normalización para el hospital de San Vicente de Tagua Tagua y que también se han entregado recursos para el hospital de Pichidegua.
Por lo tanto, pido que se oficie a la Presidenta de la República y a la ministra de Salud , a fin de que informen respecto del actuar de esas personas, quienes deberían ser bastante más transparentes; también queremos saber qué fue hacer el subsecretario y qué ofreció, porque la gente no entiende absolutamente nada. Incluso, aun cuando hoy estamos discutiendo la normativa sobre derechos y deberes de los pacientes, en esos hospitales ni siquiera hay baños.
Me parece que se están haciendo mal las cosas. Lamentablemente, son realizadas por funcionarios de Santiago, los cuales, desconociendo la realidad de las comunas, se permiten, repito, hacer cheques y entregarlos “entre gallos y medianoche”. Pero, nadie sabe de dónde salen los recursos, cuándo fueron aprobados y por qué los entregaron.
Por ello -reitero-, protesto en este Congreso por la actitud del señor Fábrega, a quien nadie conoce y que nunca ha ganado una elección, puesto que se permite hacer sugerencias en un área en la cual, al parecer, tiene muy poco que aportar.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, adjuntando copia íntegra de su intervención, con la adhesión del diputado Roberto Sepúlveda.
HOMENAJE EN MEMORIA DE ACTRIZ SARA ASTICA.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente, he titulado mi siguiente intervención como “Adiós, Sara”.
La despedida de Sara de este mundo, el 23 de marzo de 2007, fue “quitada de bulla”, como diríamos en buen chileno. Me da mucha pena, indignación e impotencia que ningún medio de comunicación haya hecho referencia a su muerte y, lo que es peor, a su vida, entregada al arte teatral en su país de origen, Chile.
En los años sesenta y setenta, luego del golpe de Estado, en 1973, y en plena dictadura, realizó algunas actuaciones, antes de caer prisionera y de partir al exilio a Costa Rica. No recuerdo si en 1974 ó 1975 dejó el país. Era el tiempo en que había una profunda división en Chile y mucha persecución política, por lo que fuimos abandonados a nuestra suerte. Algunos huyeron para salvarse y otros fueron expulsados del país. Era la época en que reinaba el miedo, la desconfianza, el odio y el terror. Quienes nos quedamos, no podíamos contener la pena. Sara fue torturada, pero, como mujer, madre y actriz, logró recuperarse, y junto a sus cinco hijos y a su marido, Marcelo Gaete, también actor, llegó a Costa Rica, país que les entregó el espacio para hacer teatro y escuela. Desde ahí se proyectaron a otros países latinoamericanos, realizaron giras mostrando diferentes obras de autores como Darío Fo y dramaturgos que nos recuerdan la identidad y memoria de la tierra en que vivimos.
Fue mi madre en Ana de los Milagros, el personaje que interpreté a los once años de edad; fue Hellen Keller, la niña ciega, sorda y muda, cuya institutriz, caracterizada por Paz Irarrázaval , la convertía en una persona autónoma y capaz de aprender, gracias a que su madre, rol interpretado por Sara, luchó contra los signos de la época en que trataban como animalitos a los niños discapacitados.
Sara fue una compañera de trabajo muy especial para mí. Idola, no sólo como actriz, ya que también fue admirada como mujer, madre y luchadora por la justicia social.
En mi adolescencia teatral y de vida, no recuerdo la cantidad de veces que estuve en su casa entre ensayo y función, almorzando con sus chiquillos y su familia, aprendiendo y guardando sabiduría para después. Sara marcó a las personas que tuvimos la suerte de conocerla. Se transformaba en el escenario, en la voz, en la fuerza; la convicción se iba apoderando de ella y nos deleitaba con sus personajes.
Ahora, desde este escenario político en el cual me toca actuar, como actriz y diputada , rindo un homenaje a Sara Astica , reconociendo que aunque por caminos diferentes nos unió la misma sed de justicia social. Muchos chilenos y chilenas estamos y seguimos para revertir el olvido, el manto de silencio que cae sobre muchos compatriotas, como tú Sara, que no han contado con el reconocimiento de las generaciones porque los medios de comunicación no asumen su responsabilidad social con la historia de nuestro país.
Ad portas del Bicentenario, no sólo debemos reconocer a nuestros héroes, sino a los artistas que por siglos nos han entregado su creatividad al servicio de nuestras tradiciones y costumbres; ellos, en definitiva, han recreado nuestra cultura.
Muchas tareas pendientes nos tienen llena la agenda de políticas públicas, entre ellas, la Región Decimocuarta. Pero luego de las regiones nuevas, no sabemos qué número le va a corresponder a la región de los chilenos que deambulan por el mundo y que por diversos motivos no viven en el territorio; esos que aún siguen siendo y se siguen sintiendo hijos de esta nación que no les reconoce el derecho a voto y a ser incluidos en la historia. ¿Qué esperamos?
Por tanto, pido oficiar a la ministra de Cultura, al presidente del Sindicato de Actores , al presidente de Chile Actores y al Presidente del Consejo Nacional de Televisión, con copia de mi intervención, a fin de que tengan presente este llamado de atención y actúen en consecuencia respecto del reconocimiento a nuestros artistas nacionales.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los señores diputados que así lo indican a la Mesa.
PATROCINIO PARA PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DEL ROYALTY MINERO. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Antonio Leal.
El señor LEAL.-
Señor Presidente, muchos diputados concurrimos a la inauguración de la Cumbre de las Regiones, que se acaba de inaugurar en el Salón de Honor del Congreso Nacional.
En dicha reunión, la Presidenta de la República firmó una indicación sustitutiva para establecer la elección de los Cores, en la cual está el compromiso de llevar adelante políticas de desarrollo productivo de mayor inversión en las regiones.
No obstante, ayer, un grupo de diputados -y antes los miembros de la Comisión de Minería y Energía de la Cámara- hicimos ver nuestra preocupación por lo que son los destinos de los recursos del royalty minero.
También ayer la Comisión de Minería y Energía del Senado aprobó un proyecto de reforma constitucional, presentado por el senador José Antonio Gómez , que permite reabrir el debate sobre la materia.
En esa discusión, el ministro de Economía se comprometió a enviar una indicación sustitutiva al proyecto de Innovación que la Cámara de Diputados votó antes de discutir el impuesto específico a la minería. Por ello, no se pudo establecer que los recursos del royalty fueran a dicho Fondo, lo que tampoco ha sido aprobado en el Senado por falta de acuerdo sobre la materia. No tiene piso político, por cuya razón, se debe cambiar completamente.
Lamento que se haya tenido que llegar a la presentación de un proyecto de reforma constitucional de estas características para reabrir un debate que debió haber ocurrido con el Ministerio de Hacienda, con el Gobierno, lo que habría evitado usar dicho mecanismo de presión.
En el proyecto de reforma constitucional hay un elemento muy importante. La propuesta del senador Gómez establece que el 20 por ciento del conjunto de los recursos del royalty debe ir directamente al Fondo de Desarrollo Regional de las regiones mineras, y las individualiza. Son cinco. Asimismo, que los destinos de dichos recursos sea resuelto por el Gobierno Regional y el Core, señalando en qué proyectos productivos de inversión se deben concentrar.
Por tanto, quiero hacer un llamado a la Presidenta de la República -algunos esperábamos que en su intervención en la inauguración de la Cumbre de las Regiones hiciera mención a un tema importante que tiene que ver con las regiones mineras- sobre la necesidad de que los recursos del royalty minero se destinen a las zonas mineras.
No obstante, lo más importante es que se discuta en el Congreso Nacional el destino de dichos recursos. No puede seguir ocurriendo que una Comisión que fue designada por la Presidenta de la República para ocuparse de la innovación en general, esté distribuyendo los recursos del royalty sin que el Congreso Nacional haya decidido qué se hace con ellos.
Soy partidario de que una parte vaya a innovación, pero también que una parte sustantiva de ellos vaya a las regiones a atender sus requerimientos de inversión productiva, de reconversión, de desarrollo tecnológico, creando masa crítica en las propias regiones. Asimismo, que otra parte de dichos recursos se concentre en las regiones mineras.
Por tanto, pido que se envíe un oficio a la Presidenta de la República y a los ministros de Hacienda y de Minería, a fin de que el Gobierno patrocine, en la fase que corresponda, el proyecto de reforma constitucional. Asimismo, que en la indicación sustitutiva al proyecto de Innovación se respeten los acuerdos firmados por los diputados de la Comisión de Minería y Energía y de las zonas mineras con el entonces ministro Nicolás Eyzaguirre para constituir dicho Fondo.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Fuentealba, Mulet, señora Carolina Goic y de quien habla.
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO ADMINISTRATIVO. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado don Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.-
Señor Presidente, aún existen en Chile trabajadores públicos que desempeñan su trabajo en ministerios y organizaciones públicas, como Conaf, Fonadis , etcétera, contratados bajo el régimen del Código del Trabajo. Ellos han planteado la posibilidad de hacer un cambio al Estatuto Administrativo, aun cuando tienen varias ventajas desde el punto de vista de los retiros.
Por tanto, pido oficiar a los ministros del Trabajo y de Hacienda , para que nos informen sobre los planes que tienen respecto del tema o la posibilidad de enviar un proyecto de ley para solucionar un problema que afecta a muchos trabajadores.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Rosauro Martínez, Roberto Sepúlveda, señora Carolina Goic, Jaime Mulet, Renán Fuentealba, Manuel Monsalve y quien habla.
PERSECUCIÓN A FUNCIONARIOS E IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ. Oficio.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Roberto Sepúlveda.
El señor SEPÚLVEDA (don Roberto).-
Señor Presidente, escuchaba la intervención de mi colega Juan Masferrer , quien manifestó su indignación y ofuscación por la actuación de un funcionario de Gobierno, específicamente, del subsecretario de Redes Asistenciales , don Ricardo Fábrega , quien prácticamente se ha “sobregirado” en su accionar en su comuna. Al parecer, esta tónica, que al decir de muchas personas, le hace muy mal el cargo que ocupan, y de paso, le hace un flaco favor a la Presidenta de la República , se repite en forma reiterada.
Por eso, en esta hora de Incidentes, quiero denunciar, una vez más, la conducta sistemática y reiterada del alcalde de la municipalidad de Maipú , don Alberto Undurraga Vicuña , de persecución, hostigamiento y acoso laboral a diversos funcionarios que prestan servicios en esa corporación edilicia.
Lamentablemente, esta situación no es nueva. El año pasado en esta misma Sala, di cuenta de hechos similares, respecto de los cuales se efectuaron las denuncias correspondientes a la Contraloría General de la República. Pero, al parecer, el mencionado alcalde y las demás autoridades edilicias que lo secundan en su actuación son refractarios a toda acción correctiva que apunte a cesar tan reprochable y abusivo comportamiento.
En la actualidad, las víctimas de este insólito actuar son la jefa de personal, señora María Loreto Valenzuela Solís , y el ex jefe de remuneraciones, señor Fabián Garrido Domínguez. Ambos funcionarios han sido hostigados, perseguidos y hasta humillados por el alcalde y sus secuaces, que ocupan los cargos de administrador municipal y director jurídico, quienes a través de hostigamiento verbal, maltrato psicológico y sumarios pueriles buscan sacarse de encima a quienes los han denunciado a la Contraloría General de la República por un sinnúmero de irregularidades.
De igual modo, se han constituido en blanco preferido de la persecución emprendida por la mencionada autoridad edilicia los dirigentes de la Asociación de Funcionarios Municipales, quienes, a diario, son víctimas de su forma de actuar, sin parangón en los anales municipales, que causa malestar y frustración en los funcionarios que con tanta abnegación, dedicación y vocación de servicio público se entregan en forma cotidiana a las labores que a cada uno les corresponde llevar a cabo en beneficio de la populosa comunidad de Maipú.
Como ya lo he relatado, esos esforzados funcionarios han visto atropellada su dignidad funcionaria y autoestima con motivo de esta verdadera campaña emprendida por el alcalde Undurraga , que considera a la municipalidad de Maipú un verdadero feudo, donde puede disponer en forma arbitraria de los cargos de los funcionarios, sin respetar sus méritos, trayectoria laboral y derechos que les otorgan las leyes, en particular, el Estatuto Administrativo de los funcionarios municipales.
Por otra parte, los concursos públicos ya no son tales, puesto que no permiten la participación de todos. Son, abierta y descaradamente, arreglados, asignándose las vacantes a personas incondicionales del alcalde, muchos de ellos incompetentes y cuya única misión es tapar y encubrir las irregularidades que a diario se denuncian. He enviado numerosas comunicaciones a la Contraloría General de la República , en las cuales he señalado con antelación quiénes serán los “beneficiados” con las vacantes. En los próximos días, finalizará el concurso público, cuyas vacantes ya han sido asignadas, y he puesto en conocimiento del contralor, con nombres y apellidos, quiénes llenarán las vacantes. No hay que tener temor de decirlo públicamente: el alcalde de Maipú es una persona corrupta, como también lo son el director jurídico, Felipe Urrutia Gaona , y su administrador municipal, Jorge Alzamora Contreras.
Los funcionarios municipales están cansados y, una vez más, en el día de hoy, han recurrido a la Contraloría General de la República para que sus derechos no sigan siendo pisoteados.
Asimismo, como una manera de enfatizar su carácter despótico y arbitrario, el alcalde ha dispuesto la contratación de muchas personas que no tienen vinculación alguna con el municipio y que nada aportan a su gestión; sólo sirven para engrosar las planillas funcionarias con remuneraciones escandalosas, lo que le permite al alcalde contar con una red de operadores políticos funcionales a su desastrosa gestión, que sólo consiste en hacer de la municipalidad un bastión al servicio de acciones politiqueras.
Creemos que ha llegado la hora de decir basta a la actitud desvergonzada del alcalde de Maipú , para que cese definitivamente su persecución contra funcionarios honestos, muchos de los cuales tienen una extensa trayectoria en el municipio. Asimismo, que cesen las contrataciones absolutamente injustificadas que ha hecho durante el último tiempo.
Por eso, pido que se oficie al Contralor General de la República -recientemente nombrado y con sobrados méritos para el cargo-, transcribiéndole el texto de mi intervención, a fin de que disponga las medidas pertinentes, a la mayor brevedad, que pongan pronto término a esta conducta de las personas indicadas al interior de la municipalidad de Maipú.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados Rosauro Martínez, Jaime Mulet y de quien habla.
OBRAS DE ENCAUZAMIENTO DE RIO NIBLINTO EN LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra, el honorable diputado Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
Señor Presidente , hace algunas semanas, me referí en esta Sala a la situación que viven los vecinos de las comunas de Chillán y Pinto, específicamente, a la preocupación que les asiste por la ausencia de trabajos en el cauce del río Chillán, que el año pasado produjo inundaciones y serios problemas a las familias ribereñas.
La situación que describí en detalle en mi intervención del jueves 22 de marzo pasado, oportunidad en que solicité a las autoridades provinciales mayor diligencia, preocupación y prevención para evitar lamentaciones posteriores, me obligan nuevamente a referirme a la misma problemática que afecta, esta vez, a otra de las comunas que represento.
El fin de semana pasado, mientras recorría la localidad de Niblinto, importante sector de la comuna de Coihueco, pude comprobar en terreno el estado en que se encuentra el cauce del río del mismo nombre, específicamente, en las cercanías del puente.
Si uno observa ese río en la época de verano, no puede imaginar las dimensiones que alcanza en la temporada invernal. Para tener claridad al respecto, es necesario conocer la zona, ir a terreno, revisar su historia y, lo más importante, informarse a través de los propios vecinos sobre lo que sucede en ese lugar.
Ocurre que en los márgenes del río hay más de una docena de viviendas, lo que no sería problema si existieran defensas adecuadas. Pero sucede, como es costumbre, que durante el año allí se realizan trabajos de extracción de material en forma permanente. Lo más grave es que el material es extraído sin la autorización y la fiscalización correspondientes y sin que después se ejecuten acciones que permitan solucionar el problema. Lo único que se hace son trabajos menores de ensanche, que no aseguran protección adecuada para resistir los embates del torrente del río que adquiere grandes dimensiones en invierno.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , a fin de que instruya al director de Obras Hidráulicas de la Región del Biobío para que ordene la realización de una completa evaluación del cauce del río Niblinto, determinación de los puntos críticos y disponga, a la mayor brevedad, la ejecución de trabajos de encauzamiento en todo el perímetro del río que presente riesgos.
Solicito también que en este proceso participe la comunidad ribereña, los dirigentes de la junta de vecinos N° 13 Niblinto, que preside la señora Verónica Parra Fuentes.
Es nuestro deber velar por la seguridad de las personas de esfuerzo y sacrificio, que sólo esperan que la autoridad no olvide que también ellos son compatriotas.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención y la adhesión del diputado Roberto Sepúlveda.
CONTAMINACIÓN VISUAL EN RUTAS DE LA REGIÓN DE MAGALLANES. Oficios.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
En el turno del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra la diputada señora Carolina Goic.
La señora GOIC (doña Carolina).-
Señor Presidente, quiero referirme a un proyecto de cuya ejecución hemos sido testigos los magallánicos en las últimas semanas: se trata de la segunda etapa de la instalación del cable de fibra óptica de la empresa telefónica.
Cuando uno recorre los más de 200 kilómetros entre Punta Arenas y Puerto Natales, con mucha sorpresa se da cuenta de cómo se instalan postes iguales a los del alumbrado público en un territorio que siempre ha sido reconocido por su limpieza y por su belleza paisajística. Todos sabemos que es parte de nuestro atractivo turístico que debemos cuidar como región.
Por la prensa nos hemos enterado que muy respetados magallánicos han alzado su voz de molestia, y con justa razón, por la intervención visual y paisajística que significa este proyecto, y se preguntan, al igual que los alcaldes y las autoridades regionales del sector turismo, por qué este proyecto se realiza por vía área, y no como en la hermana república Argentina, por vía subterránea.
El cable de fibra óptica viene desde Argentina, donde, repito, se hace la conexión por vía subterránea. Pasa por Casas Viejas, desde ahí se conecta hacia Natales y Cabo Negro en dirección a Punta Arenas.
No ha habido discusión sobre los impactos que tiene esta decisión para la región. La Conama señaló que no era necesario un estudio de impacto ambiental. Es probable que lo fuera si se tratara de cable eléctrico, pero, ¿quién se pronuncia sobre su efecto en el paisaje? ¿Cuál es la instancia de la región para hablar sobre eso y plantear su opinión?
Solicito que se oficie al ministro de Transportes y Telecomunicaciones , con el objeto de que me haga llegar toda la información relativa a este proyecto, porque tampoco hemos obtenido respuesta de las autoridades respectivas.
Asimismo, al ministro de Obras Públicas y a la ministra presidenta de la Conama, para que hagan llegar todos los antecedentes que permitan conocer cuáles han sido las autorizaciones previas a la ejecución de este proyecto.
Sin duda, no se hizo una evaluación de los costos del proyecto, porque si pudiéramos valorizar cuánto perdemos como región con la intervención en el paisaje, los beneficios de que nos conectemos por fibra óptica no compensan las pérdidas medioambientales.
Todos queremos disminuir la brecha digital con el resto de las regiones y estar conectados con las mismas facilidades y tecnología del centro del país, pero eso no debe ser a costa de nuestros principales recursos productivos, y en este caso hay consenso en que el desarrollo de la región va por la vía turística.
Quiero plantear, como muchos magallánicos, que queremos que la opinión de la región sea incorporada, sobre todo si se trata de proyectos de tanto impacto regional.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención y la adhesión de la diputada señora Denise Pascal y de los diputados señores Roberto Sepúlveda, Manuel Monsalve y quien habla.
EMPLAZAMIENTO A GREMIOS EMPRESARIALES ANTE ACUSACIÓN DE CORRUPCIÓN APARECIDA EN LA PRENSA. Oficio.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , en esta oportunidad quiero referirme a un artículo que aparece en la página 10 del cuerpo C del diario “El Mercurio” de hoy, que da cuenta de una encuesta realizada por el Instituto Libertad y Desarrollo, entidad que consultó a 425 empresarios y ejecutivos que se permiten señalar, a su juicio, cuáles son las instituciones más corruptas del país.
Entre las instituciones más corruptas del país figura la Cámara de Diputados en el quinto lugar, después de las municipalidades, las empresas públicas, los ministerios y el Poder Judicial.
Éste es un atentado en contra de las instituciones permanentes de nuestra república de un sector económico empresarial ligado a la Derecha.
Si pidiéramos los nombres de estos señores, se nos negarían, se nos diría que la encuesta es secreta. Por consiguiente, se lanza una acusación de envergadura en contra de esta Corporación y no sabemos quiénes la formulan.
Desafortunadamente hoy, en esta hora de Incidentes, no hay nadie de la bancada de la UDI en la Sala, y de Renovación Nacional sólo se encuentra presente el diputado Roberto Sepúlveda.
Me habría gustado que los colegas de esas bancadas también alzaran su voz para protestar, porque en el artículo se dice al voleo que esta Cámara es corrupta y que cada uno de los que estamos sentados en este hemiciclo somos corruptos, somos personas que nos hemos dejado sobornar, nos hemos pervertido y hemos dañado la imagen pública de nuestro país.
Eso es intolerable. Lo que han hecho estos empresarios es una cobardía, pero están acostumbrados a hacerlo periódicamente. Curiosamente, muchos de ellos invitan a los parlamentarios a los actos de sus empresas para promover sus negocios y realzar sus actividades con la presencia de algunos de nosotros.
Desde ya, declaro que no voy nunca más a ningún acto empresarial, porque, obviamente, quienes me tratan de corrupto no merecen contar con mi presencia.
Soy una persona honesta; jamás he robado, nunca he sobornado, nunca me he apropiado de un bien ajeno. Vengo de una familia de clase media. Mi padre es un hombre de 90 años, que todavía trabaja en la Municipalidad de La Serena como director jurídico para ganarse la vida, porque la jubilación que recibe no le alcanza para vivir y mantener a mi madre que está enferma.
Este tipo de cosas no se puede dejar pasar.
Por eso, pido que el Presidente de la Corporación se contacte con los gremios empresariales y los emplace a decir si coinciden con esa apreciación que un grupo de 425 empresarios y ejecutivos de sus distintas ramas tienen respecto de la Cámara de Diputados. Que emplace a los presidentes y dirigentes de la Confederación de la Producción y del Comercio, de la Confederación del Comercio Detallista, de la Cámara de Comercio de Santiago, de la Cámara Nacional de Comercio, etcétera, para saber si ellos participan de esta misma opinión. La Cámara no puede dejar pasar esto.
Espero que muchos colegas reaccionen tal como lo estoy haciendo yo: con indignación por lo que se nos dice al voleo.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará copia de la intervención de su señoría al Presidente de esta Corporación, con la adhesión de los señores diputados que así lo indican.
REESTUDIO DE CIERRE PARCIAL DE DIVISIÓN EL SALVADOR. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , en esta oportunidad, me referiré a la comuna de Diego de Almagro, vecina de mi distrito, de la provincia de Chañaral, donde está emplazado el mineral El Salvador, de la División del mismo nombre, de Codelco-Chile.
Hace algunos días, la Comisión de Minería y Energía se constituyó en la División El Salvador, por cuanto en octubre de 2005 se anunció que se cerraría, en particular su línea de óxidos y de sulfuros, lo que implicaba el 80 por ciento de la actividad de esa División, y que sólo se dejaría en funcionamiento la Fundición Potrerillos y el puerto de Barquitos. De esta manera, se jibariza El Salvador. De 1.800 trabajadores de Codelco, quedarían alrededor de 500; de 5 mil contratistas, quedarían unos 1.000.
La división El Salvador representa la actividad económica más importante de la provincia de Chañaral. Su jibarización o cierre parcial implicará un grave y profundo deterioro económico en la zona.
En la visita inspectiva vi, con estupor, la forma cómo se está improvisando para ver qué se hace con los habitantes de la comuna de Diego de Almagro, quienes sufrirán las consecuencias de ese hecho.
Codelco se irá y dejará a sus trabajadores bien indemnizados o distribuidos en otras divisiones. Pero más de 4 mil contratistas, con sus respectivas familias, quedarán en la más absoluta indefensión, es decir, en la calle.
A mi juicio, es un problema más grave que el que enfrentó Lota hace más de diez años con el cierre de la mina. Con la agravante de que el cobre está en su mejor precio de la historia, de los últimos 60 u 80 años, 300 centavos la libra y que la decisión del cierre se tomó cuando el cobre estaba a 100 centavos la libra.
Según los estudios que se entregaron a la Comisión en su visita, hay más cobre en la División El Salvador. Sin duda, a 100 centavos de dólar la libra, su funcionamiento era inviable. Por eso, es necesario reestudiar la situación, primero, porque hoy el precio es mucho mejor que antes y se cuenta con una buena tecnología para ampliar la vida útil de este yacimiento. Así lo indican todos los estudios reconocidos por la misma empresa. Señalan que por una cuestión de precios, se va a tener que prescindir de parte de la explotación.
En segundo lugar, por la responsabilidad social que debe tener cualquier empresa, no sólo del sector público, sino también del privado, con el resto de la comunidad. Al final, le saldrá más caro al país atender a esas miles de personas que quedarán cesantes, botadas, después de su gran contribución al erario por más de un siglo.
Por eso, pediré el envío de dos oficios a fin de hacer presente la existencia de este problema para que después no se diga que hubo improvisación y para que la Presidenta de la República tenga conocimiento pleno de lo que ocurrirá si no tomamos cartas en el asunto.
Ayer, ella reconoció que estuvo mal asesorada en la decisión final que tomó el Gobierno en relación con el Transantiago. En el caso que estoy planteando, debe contar con todos los elementos necesarios para tomar la decisión respectiva. Es cierto que el anuncio se hizo en el gobierno anterior, pero los platos rotos los puede pagar ella, al igual como los está pagando con el Transantiago.
Es fundamental revisar y reevaluar el cierre parcial de la línea de óxidos, para 2008, y de sulfuros, para 2011, como está programado, a la luz de las nuevas condiciones de precios, de mercados y de explotación existentes en el país y en el mundo, pues son muy diferentes a cuando se tomó la decisión.
Es inviable cerrar la línea de óxidos en 2008, porque cerca de 2 mil personas quedarán desempleadas y no hay medidas alternativas de reconversión o estudios para paliar esa situación. Sólo hay buenas intenciones; nada concreto, ya que no se han generado empleos adicionales surgidos de las ideas de algunos funcionarios de Gobierno.
Por eso, solicito oficiar a la Presidenta de la República para que ordene un reestudio en los términos señalados en mi intervención, con copia a la ministra de Minería.
También pido enviar copia de mi intervención a don Isaías Zavala , alcalde de la comuna de Diego de Almagro, quien está muy preocupado y buscando la alternativa de vida para sus habitantes, a pesar de sus limitados medios, y al cuerpo de concejales. Tienen claridad acerca de la manera de salir adelante, pero necesitan ayuda.
Si la línea de óxidos se cierra el 2008, lo que está a la vuelta de la esquina, sería fatal. No quiero otro Transantiago para la Presidenta Bachelet ni para la provincia de Chañaral con dicho cierre.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Roberto Sepúlveda, Denise Pascal, Manuel Monsalve y de quien habla.
NORMALIZACIÓN DE HOSPITAL DE MELIPILLA. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).-
Señor Presidente, deseo referirme, una vez más, a la situación de la salud en las provincias de Melipilla y Talagante, relacionada con el hospital de Melipilla, que no da para más.
Las personas de trabajo y esfuerzo no reciben una atención de salud adecuada en el hospital de Melipilla, no por la incompetencia de su director o personal, sino porque no se cuenta con los recursos necesarios para satisfacer la demanda de la población.
Lamentablemente, y como ocurre en distintos ámbitos, un hospital de campaña, levantado en forma transitoria después del terremoto de 1985, se convirtió en permanente. Hoy, después de 22 años de espera, de nuevo se nos dice que ese hospital no será normalizado hasta después de 2010 y que otra vez tendremos que dar paliativos a la gente para que pueda ser atendida.
No puede ser que hoy, en ese hospital, 592 personas se encuentren a la espera de ser operadas de amigdalitis. Se trata de una situación incomprensible, menos cuando quien habla viene peleando desde 1994, cuando era gobernadora de la provincia de Melipilla, para lograr la normalización de dicho hospital.
¡Estamos cansados de esperar! ¡Queremos soluciones prontas y reales! No podemos permitir que sigan en lista de espera miles de personas, que muchas veces deben aguardar dos o tres meses para, finalmente, ser derivadas al hospital San Juan de Dios, donde también existen listas de espera.
A mi juicio, si no se normaliza y ordena la red de salud de las provincias de Talagante y Melipilla y, en general, de la Región Metropolitana -tantas veces se nos echa encima que nuestra región centraliza-, no existirá solución para la gente que espera y, muchas veces, muere antes de ser atendida.
La salud es un derecho adquirido y, por lo tanto, como expresé con anterioridad, no se puede seguir esperando. Melipilla necesita un hospital equipado y con especialistas que atiendan la demanda de los enfermos que esperan por una atención digna y oportuna.
Quiero decir a las autoridades de Salud que estamos saturados de las explicaciones, respuestas y “aspirinas” que nos dan en forma cotidiana. La solución al problema expresado pasa por considerar que, en los últimos veinte años, la provincia de Melipilla ha duplicado su población y necesita un hospital digno para su gente. Ella no merece seguir esperando seis meses para ser atendida en el hospital San Juan de Dios o, cuando no existe cupo en él, en otro establecimiento de salud.
¡Reitero que queremos una solución hoy!
En consecuencia, pido oficiar a la ministra de Salud , señora María Soledad Barría , y al subsecretario de Redes Asistenciales , doctor Ricardo Fábrega , a fin de solicitar que no sigan entregando “aspirinas” para la solución de los problemas de salud de las provincias de Talagante y Melipilla.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS GUBERNAMENTALES EN PROCESO DE RECONVERSIÓN DE LOTA. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Monsalve.
El señor MONSALVE.-
Señor Presidente, hoy deseo referirme a la comuna de Lota.
El próximo lunes 16 de abril no pasará inadvertido para los habitantes, las familias y los dirigentes sociales o políticos de esa comuna. Ese día se llevarán a efecto un sinnúmero de ceremonias y encuentros sociales que tienen por objeto recordar un hecho histórico, no sólo para Lota, sino para el país.
Hace diez años, el 16 de abril de 1997, se cerró la mina de la Enacar, hecho que marcó la historia de Lota y que, sin duda, también se encuentra en los anales de la historia social, política y cultural de Chile.
Lamentablemente, a diez años de esa decisión, la ceremonia en comento encontrará a dicha comuna con niveles de desempleo y pobreza inexplicables.
A algunos les cuesta hablar del fracaso del proceso de reconversión, pero, en verdad, fue total y absoluto.
El 30 por ciento de la población de Lota vive bajo los niveles de pobreza. Su fuerza de trabajo es de 20 mil personas y su tasa de desempleo alcanza 15 por ciento, la más alta de Chile, lo que significa que 3 mil jefes de hogar se encuentran cesantes. Pero, además, en Lota existen 3 mil 300 cupos de empleo generados y financiados por el Estado, que representan otro 15 por ciento de su fuerza de trabajo. Por lo tanto, si no existieran esos cupos, tendría una tasa de desempleo sobre el 30 por ciento.
Las cifras indicadas demuestran el profundo fracaso del proceso de reconversión. En efecto, en su oportunidad, el gobierno se comprometió a impulsarlo, a fin de asegurar el desarrollo social, económico y productivo de Lota y de sus habitantes. Eso fracasó.
Por eso, una vez más, deseo demandar en esta Corporación que el Gobierno juegue un rol determinante, que actúe con la decisión, urgencia y sensibilidad social requeridas ante su responsabilidad ética para con los habitantes de la comuna de Lota.
Por eso, pido oficiar al ministro del Interior , señor Belisario Velasco , a fin de solicitar su presencia en la comuna. Lota requiere con urgencia que los compromisos se cumplan.
¿Cuáles son los nuevos compromisos? Durante 2006, la Presidenta de la República , preocupada por la situación de Lota, generó un plan de inversión por una cantidad de 26 mil millones de pesos. Sin embargo, se ha desarrollado con una lentitud que nada tiene que ver con los requerimientos que en forma urgente necesita Lota.
Se requiere la presencia del ministro del Interior para que se dé urgencia y se agilice la normalización del hospital de Lota, que está a la espera del certificado de no objeción del Ministerio de Salud a fin de licitar este año las obras. Asimismo, se necesita con urgencia la agilización del proyecto para la renovación de la feria de Lota, inversiones en materia de canalización de las aguas lluvia y en la ruta costera, y que se ponga término a los asentamientos precarios. Hoy, mil familias siguen obteniendo agua a través de pilones y no cuentan con los servicios básicos. Lota requiere que eso se solucione con urgencia. Para lograrlo, se necesita la voluntad política del Gobierno, expresada a través de su jefe de Gabinete , el ministro del Interior.
También se requiere la renovación urbana de la población Bannen , que constituye un compromiso explícito del Gobierno, y que se asegure la continuidad por diez años del Centro de Formación Técnica de Lota.
Pero, como el compromiso no se limitó sólo a inversión social, porque también apuntó a generar desarrollo económico y productivo, de manera de crear nuevas posibilidades de trabajo, todo lo indicado no es suficiente.
El rol de Corfo ha sido débil. En 2004, 2005 y 2006, el total de recursos que aportó para la reconversión de la zona del carbón fue de 280 millones de pesos, cifra ridícula ante las necesidades existentes.
Por lo tanto, deseo que la presencia del ministro del Interior en Lota permita obtener el compromiso de Corfo, en el sentido de otorgar todos los recursos que la comuna necesita para que su estructura productiva genere los puestos de trabajo que se han comprometido.
Han transcurrido diez años desde que se dio inicio al proceso de reconversión, tras la decisión de cerrar la mina de la Enacar, que no adoptaron Lota ni sus mineros, sino el Estado. Por lo tanto, éste debe responder ante la comuna.
Espero que la presencia del ministro del Interior permita dar una respuesta ética a una comuna que ha hecho un tremendo aporte al desarrollo social y político de Chile.
Finalmente, pido que se remita copia de mi intervención a la Presidenta de la República y al alcalde y concejales de Lota.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.39 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 11 de abril de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo aprobatorio del Acuerdo de Alcance Parcial entre Chile e India, y sus Anexos, suscrito en Nueva Delhi, India, el 8 de marzo de 2006, correspondiente al Boletín Nº 4171-10.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 6.383, de 13 de septiembre de 2006.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 11 de abril de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo aprobatorio del Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades del Tribunal Internacional del Derecho del Mar, adoptado el 23 de mayo de 1997, en Nueva York, por los Estados Partes en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, correspondiente al Boletín Nº 4284-10.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 6.449, de 2 de noviembre de 2006.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
3. Informe de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, recaído en el proyecto de ley que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura en materia de reemplazo de la inscripción en el registro de pesca artesanal. (boletín Nº 4956-21-1)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en un mensaje, en primer trámite constitucional, y para cuyo despacho el Ejecutivo hizo presente la urgencia, calificándola de “suma”, a contar del 4 de abril.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de esta iniciativa, lo siguiente:
1) Que la idea matriz del proyecto en informe es regular la institución del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal, sin perjuicio de abordar otras materias relativas a la misma.
2) Que el proyecto es de quórum simple.
3) La iniciativa legal en informe no requiere ser conocida por la Comisión de Hacienda.
4) Que el proyecto que se propone fue aprobado, en general, por unanimidad, con los votos de las señoras Pacheco (Presidenta) y Goic; y de los señores Alinco, De Urresti, Recondo, Ulloa y Venegas.
5) Que se designó Diputado informante al señor Venegas, don Samuel.
Con motivo del estudio del proyecto de ley, la Comisión contó con la asistencia y participación del Subsecretario de Pesca , don Carlos Hernández ; y de la Fiscal de esa repartición, señora Jessica Fuentes.
II. ANTECEDENTES.
El mensaje recuerda que en el año 2002 se dictó la ley N° 19.849, que introdujo una serie de modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura, entre ellas la relativa a la institución del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal.
Con dicha reforma se pretendía permitir a los pescadores artesanales que deseaban retirarse de la actividad, traspasar su inscripción vigente en pesquerías con acceso cerrado. En otros términos, se buscaba impedir que, por el retiro de un pescador artesanal de la actividad, se perdiera la vacante en virtud del cierre de acceso.
Hay que considerar que cuando se cierra el acceso a una pesquería, quienes se encuentran en operación ven limitada la posibilidad de diversificación de su actividad. El reemplazo proveía justamente la oportunidad para que la vacante dejada por un pescador que se alejaba de la actividad quedara disponible para aquél que quería diversificarla.
No obstante, al momento de regular la institución del reemplazo, no se adoptaron los resguardos normativos que cumplieran con el objetivo descrito, esto es, permitir la salida de pescadores artesanales en pesquerías cerradas traspasando su inscripción a otro pescador que quería acceder a dichas pesquerías. De este modo, se habilitó la posibilidad de reemplazar la inscripción pesquera artesanal sin que, al mismo tiempo, se fijaran requisitos que permitieran asegurar que quien ingresara a la pesquería perteneciera al sector artesanal.
Agrega el mensaje que, encontrándose en ese momento en tramitación un proyecto de ley que asumía los temas de la pesca artesanal en forma integral, se adoptó la decisión de suspender la aplicación de la institución del reemplazo hasta que dicha ley la regulara íntegramente. Fue así como se dictaron sucesivas leyes de suspensión del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal, venciendo la última el 30 de abril del año en curso.
Por último, señala que, ante la eventualidad que el nuevo proyecto de ley sobre ordenamiento pesquero artesanal no alcance a ser tramitado antes de la fecha aludida, se ha estimado pertinente regular a través del presente proyecto la institución del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal, así como introducir otras modificaciones relacionadas con su aplicación.
III. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL.
El proyecto de ley tiene por propósito regular la institución del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal y, además, modificar las normas relativas a las embarcaciones destinadas a este propósito, las categorías de pesca artesanal y los requisitos para obtener la inscripción en el registro correspondiente.
IV.- DISCUSIÓN Y VOTACIÓN.
A) En General
Puesto en votación en general el proyecto, fue aprobado por unanimidad, según consta en la suma de este informe.
B) En Particular
Artículo Único
Éste, a través de sus cuatro numerales, modifica la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 430/1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
N° 1.
Este numeral modifica en diversos aspectos el artículo 2° de la ley, que define una serie de conceptos para efectos de la misma.
-Su letra a) sustituye el numeral 15 del referido artículo, que establece que debe entenderse por embarcación artesanal aquélla explotada por un armador artesanal, que tiene una eslora máxima de 18 metros y hasta 50 toneladas de registro grueso, y que se halla identificada e inscrita como tal en el registro.
La norma de reemplazo, que innova en relación a la vigencia principalmente en cuanto a agregar el requisito de que esta clase de embarcaciones debe contar con una capacidad de bodega que no exceda los 80 metros cúbicos, y señala también que no pueden desembarcar más de 80 toneladas por viaje de pesca, fue aprobada por unanimidad, conjuntamente, y por idéntica votación, con las indicaciones que pasan a analizarse: La primera suprime la oración que limita el desembarque a 80 toneladas por viaje. La otra, en tanto, incorpora tres incisos, que pasan a ser segundo, tercero y cuarto y que, en síntesis, establecen lo siguiente:
El segundo inciso propuesto encomienda al reglamento establecer, para cada categoría de embarcación artesanal, las características que indica (volumen de bodegaje, superficie destinada a habitabilidad, etc.).
El inciso tercero sanciona la operación de una nave que transgrede la norma reglamentaria.
El inciso final consagra una sanción especial, más grave, tratándose de las embarcaciones que, en el lapso de dos años, infringen 3 veces los límites de desembarque por viaje.
-La letra b) reemplaza el numeral 29) del artículo en mención, que en su redacción en vigor establece, en síntesis, lo siguiente:
Su inciso primero define la pesca artesanal como la actividad pesquera extractiva realizada por personas naturales que, en forma personal, directa y habitual, trabajan como pescadores artesanales; debiendo distinguirse entre armador artesanal, mariscador, alguero y pescador artesanal propiamente tal, categorías que no son excluyentes entre sí, con la condición que se ejerciten en una misma región.
El inciso segundo del numeral establece que también se considerará como pesca artesanal la actividad extractiva realizada por personas jurídicas, siempre que estén compuestas exclusivamente por personas naturales inscritas como pescadores artesanales.
El inciso tercero define al pescador artesanal propiamente tal como aquél que se desempeña como patrón o tripulante en una embarcación artesanal.
Su inciso cuarto señala que armador artesanal es el pescador artesanal propietario de hasta dos embarcaciones, que en conjunto no pueden exceder las 50 toneladas de registro grueso, y agrega que si los propietarios son dos o más personas, existirá responsabilidad solidaria entre ellos para efectos del pago de las multas que contempla la ley.
El inciso quinto del numeral en cuestión estipula que mariscador es el pescador que se dedica a la extracción de moluscos, crustáceos y mariscos en general, con o sin el empleo de una embarcación artesanal.
El inciso final define al alguero como el pescador artesanal que realiza recolección y segado de algas, sea utilizando o no una embarcación.
La norma de reemplazo del numeral 29 del artículo 2° de la ley mereció a la Comisión el siguiente trato:
El inciso primero mantiene, en términos generales, la definición en vigor sobre pesca artesanal, con los siguientes alcances: se agrega la exigencia de inscripción en el registro; se establece que la actividad puede realizarse utilizando o no una embarcación artesanal y, por último, se elimina la parte del precepto alusiva a las distintas categorías arriba analizadas (armador, mariscador, etc.). La norma propuesta fue aprobada por unanimidad.
El inciso segundo, en tanto, que mantiene en términos análogos la redacción vigente sobre cuándo la actividad pesquera artesanal podrá ser desarrollada como tal por personas jurídicas, con el aditamento de que dicha excepción será aplicable sólo a armadores y organizaciones de pescadores artesanales, fue aprobado por idéntica votación.
El inciso tercero propuesto para el numeral en mención, que en su encabezamiento estipula que la pesca artesanal podrá ejercerse a través de una o más de las categorías que enuncia, a saber, armador artesanal, pescador artesanal propiamente tal, buzo, recolector de orilla, alguero o buzo apnea, fue objeto del siguiente tratamiento:
Su letra a) reformula el concepto de armador artesanal, señalando que es el pescador artesanal, la persona jurídica o la comunidad propietaria de hasta dos embarcaciones artesanales; agregando que para efecto de lo anterior se considerará la calidad de socio que revista la persona natural propietaria en cualquier persona jurídica o comunidad que, a su vez, tenga la calidad de armador artesanal; precisando, luego, que si el armador es una comunidad, deberá estar integrada sólo por pescadores artesanales, existiendo siempre responsabilidad solidaria entre todos ellos para el pago de las multas y patentes que consagra la ley; y puntualizando, finalmente, que sólo podrán inscribirse en esta categoría los pescadores artesanales propiamente tales y los buzos.
La letra de marras fue aprobada por unanimidad, conjuntamente, con sendas indicaciones: la primera, meramente formal, y aprobada por idéntica votación; en tanto que la segunda, aprobada por tres votos a favor y uno en contra, precisa que las embarcaciones, en su conjunto, no pueden exceder los 100 metros cúbicos de capacidad de bodega.
La letra b), que mantiene idéntica la definición de pescador artesanal propiamente tal, fue aprobada por unanimidad.
Su letra c), que consagra la figura del buzo (en sustitución de la del mariscador), señalando que es el pescador artesanal que realiza actividad extractiva de recursos hidrobiológicos mediante buceo con aire, abastecido desde superficie o en forma autónoma, fue aprobada por idéntica votación, con una adecuación de carácter formal.
La letra d), que se refiere al recolector de orilla, alguero o buzo apnea (la ley vigente sólo habla de alguero), prescribiendo que es el pescador artesanal o buzo apnea que realiza actividades de extracción, recolección o segado de recursos hibrobiológicos (esto es, no sólo de algas), fue aprobada por asentimiento unánime, con una adecuación del mismo carácter que la anterior.
El inciso cuarto y final del numeral 29 propuesto, que recoge la norma consagrada en el actual inciso primero de dicho numeral, en términos de precisar que las distintas categorías de pescador artesanal no son excluyentes entre sí, fue aprobado por unanimidad.
N° 2
Éste introduce diversas enmiendas al artículo 50 A de la ley en mención, que aborda el tema del reemplazo de las inscripciones en el Registro Pesquero Artesanal.
La letra a) del numeral en mención, que elimina la oración final del inciso primero, que permite la sustitución en comento tratándose de los buzos que adolezcan de incapacidad total y permanente, fue aprobada por unanimidad.
Su letra b) intercala los siguientes tres nuevos incisos, a continuación del primero:
El inciso segundo, que establece que el reemplazo de la inscripción operará en forma indivisible respecto de todas las pesquerías cerradas y vigentes que el reemplazado tenga inscritas en el Registro , en cualquier categoría, y agrega que quedará sin efecto la inscripción respecto de las pesquerías con acceso abierto, por el sólo ministerio de la ley, fue aprobado por asentimiento unánime.
A su vez, el nuevo inciso tercero, que señala que para efecto de lo dispuesto precedentemente el Servicio Nacional de Pesca otorgará, a petición del titular de la inscripción, un certificado que acredite -entre otros aspectos- la individualización de aquél y de la o las pesquerías inscritas que mantiene vigentes, fue aprobado por igual votación.
El inciso cuarto propuesto, que estatuye que el certificado de marras tendrá una duración indefinida, en tanto se mantenga la vigencia de la suspensión del acceso y no se vea afectado por alguna causal de caducidad, fue aprobado también por unanimidad.
La letra c) del numeral aludido modifica el inciso final del artículo 50 A, que señala que el reemplazante deberá cumplir con los requisitos que contempla la ley, y agrega que si éste es un armador, deberá, adicionalmente, comprobar el título de dominio o la tenencia sobre la embarcación.
La reforma al precepto, que se traduce en eliminar el requisito de acreditación de la tenencia, fue aprobada por unanimidad.
La letra d) del numeral 2) introduce los siguientes incisos al artículo en referencia, a continuación del final.
El nuevo inciso séptimo, en cuya virtud el reemplazante deberá ser pescador artesanal inscrito en el Registro respectivo, debiendo acreditar habitualidad en la actividad pesquera extractiva, fue aprobado por unanimidad, en los mismos términos.
El inciso octavo propuesto, a su vez, que señala -en síntesis- que se entenderá por habitualidad el registro de un mínimo del 50% de viajes de pesca continuos o alternados o días de actividad pesquera extractiva, en relación al promedio anual de la totalidad de viajes de pesca en la región correspondiente, fue aprobado por asentimiento unánime, conjuntamente, y por idéntica votación, con una indicación que especifica cómo ha de acreditarse la habitualidad tratándose de especies altamente migratorias o demersales.
El nuevo inciso noveno, que estipula que se entenderá por viajes de pesca los que consten en formularios de desembarque artesanal y que den cuenta de capturas efectuadas en la pesquería respectiva, fue aprobado por unanimidad.
El inciso décimo, según el cual en el caso que se modifique parcialmente la integración de una comunidad o persona jurídica, el o los nuevos integrantes o socios deberán cumplir con el aludido requisito de habitualidad, y agrega que si tal modificación es total la inscripción en el Registro se someterá a las normas del reemplazo, fue aprobado por idéntica votación.
El inciso undécimo propuesto, que prescribe que el requisito de habitualidad no será exigible cuando el reemplazante sea descendiente del reemplazado, hasta el grado de consanguinidad que indica, fue aprobado por asentimiento unánime.
El inciso final, que precisa que el reemplazo no operará respecto de la categoría de recolector de orilla, alguero y buzo apnea, fue aprobado por análoga votación.
N° 3
Este numeral incorpora varias modificaciones al artículo 51 de la ley supra, que consigna los requisitos para poder inscribirse en el Registro Artesanal.
Su letra a), que reemplaza el texto del encabezamiento del precepto por uno similar al vigente, introduciéndole adecuaciones de forma, fue aprobada por unanimidad.
La letra b) del numeral sustituye las letras a) y b) del artículo en referencia. La primera de ellas consagra el requisito de ser persona natural o jurídica constituida exclusivamente por personas naturales que sean pescadores artesanales. La letra b) del texto en vigor, a su vez, exige la condición de chileno o extranjero con permanencia definitiva.
La nueva letra a) que se propone, que establece la exigencia de ser persona natural, chilena o extranjera con permanencia definitiva, o bien persona jurídica, en los términos que consagra el artículo 2° numeral 29 del la ley, que se modifica en este proyecto según queda consignado, fue aprobada por asentimiento unánime.
La letra b), en tanto, que consagra el requisito de haber obtenido el título o matrícula que lo habilite para desempeñarse como tal, no siendo aplicable lo anterior a la categoría de recolector de orilla, alguero y buzo apnea, fue aprobada por idéntica votación.
La letra c) del numeral, que elimina la letra c) del artículo de marras, que establece el requisito de detentar la matrícula de pescador artesanal (y que quedó comprendido en la nueva letra b), según se ha visto), fue aprobada por unanimidad.
La letra d) del numeral 3° modifica la letra d) -que pasa a ser c)- del artículo en mención, que exige acreditar domicilio en la región, especificando la provincia, comuna y localidad en la cual se solicita la inscripción, como asimismo comprobar que no se halla inscrito en otras regiones en el Registro.
La enmienda al precepto, que se traduce en que la especificación del domicilio se circunscribe a la comuna y caleta base, eliminándose por ende la referencia a la provincia, fue aprobada por análoga votación.
N° 4
Éste introduce las siguientes enmiendas al artículo 52 de la ley, que consigna los requisitos para inscribir embarcaciones en el Registro Artesanal.
La letra a) del numeral en referencia, que introduce una enmienda en el encabezamiento del precepto, en el sentido que los requisitos que deben explicitarse comprenden, además de las embarcaciones, los respectivos armadores y caleta base, fue aprobada por unanimidad.
Su letra b) sustituye el texto de la misma letra del artículo supra, que establece la exigencia de acreditar que la (s) embarcación (es) no tiene una eslora superior a 18 metros ni una capacidad que exceda las 50 toneladas de registro grueso.
La norma de reemplazo, que establece que, sin perjuicio de demostrar los dos elementos o características anteriormente señalados, ha de acreditarse también que la embarcación cuenta con una capacidad máxima de bodega de 80 metros cúbicos fue, a su vez, objeto de una indicación sustitutiva, aprobada por unanimidad, en virtud de la cual lo que ha de acreditarse son las especificaciones que consigna el artículo 2° N° 15 de la ley.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 1°
Éste fue objeto del siguiente tratamiento por parte de la Comisión:
Su inciso primero, en cuya virtud tratándose de las solicitudes de reemplazo que se presenten al Sernapesca entre la fecha de publicación de la ley N° 19.849 (esto es, el 26 de diciembre de 2002) y el 31 de diciembre del año de publicación de la presente ley, el requisito de habitualidad que será exigido al reemplazante que no se encuentre en la categoría de armador artesanal, corresponderá al año calendario inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud, y agrega cuál será la habitualidad exigible a las peticiones que se materialicen en el transcurso del segundo año calendario de vigencia de la ley en trámite, fue aprobado por asentimiento unánime, conjuntamente, y por análoga votación, con las siguientes indicaciones: la primera, prescribe que tratándose de las solicitudes de reemplazo de que trata la norma la habitualidad se comprobará mediante la información de los zarpes de embarcaciones en cuya tripulación hubiere participado el reemplazante.
La segunda indicación, en tanto, señala de qué forma ha de acreditar el aludido requisito el armador artesanal.
Sin perjuicio de dichas indicaciones, también se introdujeron algunas enmiendas meramente formales tanto a este inciso como al siguiente.
El inciso segundo, que prescribe que no será exigible el requisito de habitualidad a las solicitudes de reemplazos materializadas entre el 26 de diciembre de 2002 y la fecha de entrada en vigor de la presente ley, en el caso que el reemplazante se encontrare inscrito en el registro pesquero artesanal con anterioridad al 27 de diciembre de 2002, fue aprobado por unanimidad.
Artículo 2°
Esta disposición, que encomienda al Sernapesca, dentro del plazo de un año -contado desde la entrada en vigencia de la presente ley- estructurar el Registro Artesanal conforme a las modificaciones que ella le incorpora, debiendo además incorporar de oficio, en la categoría que corresponda, a los pescadores artesanales y personas jurídicas que tengan inscripción vigente, fue aprobada por asentimiento unánime, con adecuaciones de tipo formal.
Artículo 3°
Su inciso primero, que prescribe que las personas naturales que, directamente, o a través de personas jurídicas o comunidades, tengan bajo su titularidad más de dos embarcaciones artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal a la fecha de publicación de la presente ley, deberán dentro del plazo de 5 años ejercer el derecho de opción que se especifica, fue aprobado por asentimiento unánime, conjuntamente, y por la misma votación, con las siguientes indicaciones: la primera sustituye la conjunción “o” por “y”, entre la palabra “directamente” y la expresión “a través”. La segunda, por su parte, reduce de 5 a 4 años el plazo para ejercer el aludido derecho.
El inciso segundo, que preceptúa que la limitación para inscribirse como armador artesanal establecida para los algueros, recolectores de orilla y buzos apnea se aplicará a las inscripciones que se efectúen a partir de la fecha de publicación de la presente ley, fue aprobado por unanimidad.
Artículo 4° (nuevo)
Éste, aprobado por unanimidad, obedece a una indicación parlamentaria, estableciendo que las embarcaciones artesanales actualmente registradas deberán adecuar sus características dentro del plazo de dos años de la publicación del reglamento aludido en el artículo 2° N° 15 de la ley de pesca; y agrega que en el intertanto tales naves no podrán desembarcar más de 80 toneladas por viaje de pesca.
V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS.
No hay.
VI. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.
No se presentaron indicaciones que se hallen en el supuesto del epígrafe.
-o-
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que dará a conocer el señor Diputado Informante , la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos recomienda la aprobación del siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo Único.- Modifícase la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 430/1992 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
1. Introdúcense las siguientes modificaciones a su artículo 2°.-
a) Sustitúyese el numeral 15) por el siguiente:
“15) Embarcación pesquera artesanal o embarcación artesanal: es aquélla explotada por un armador artesanal e inscrita en el Registro Pesquero Artesanal , de una eslora máxima no superior a 18 metros, 80 metros cúbicos de capacidad de bodega, y de hasta 50 toneladas de registro grueso.
Por reglamento se establecerán categorías de embarcaciones artesanales por eslora. Asimismo, se determinará para cada categoría, su capacidad de carga máxima, el volumen máximo de bodega y la superficie mínima destinada a habitabilidad, teniendo en consideración la explotación racional de los recursos hidrobiológicos y las condiciones de trabajo a bordo. En todo caso, la capacidad de carga máxima por viaje de pesca de la categoría correspondiente a la mayor eslora, no podrá exceder de 80 toneladas.
En el evento que sea constatada la operación de una embarcación artesanal que no cumpla lo dispuesto en el reglamento antes mencionado en relación a su volumen y superficie, se suspenderán sus actividades extractivas hasta que se certifique la adecuación de sus características principales al mismo.
Si se constata por tres veces, en el plazo dos años, que una embarcación artesanal ha desembarcado capturas que exceden la capacidad máxima por viaje de pesca, se suspenderán los derechos derivados de la inscripción en el registro pesquero artesanal por el plazo de tres meses, quedando prohibido el zarpe de la embarcación infractora desde que se comunique dicha circunstancia.”.
b) Reemplázase el numeral 29) por el siguiente:
“29) Pesca artesanal: actividad pesquera extractiva realizada por personas naturales que, en forma personal, directa y habitual, trabajan como pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal , con o sin el empleo de una embarcación artesanal.
Sin perjuicio de lo anterior, se considerará también como pesca artesanal la actividad pesquera extractiva realizada por personas jurídicas que estén compuestas exclusivamente por personas naturales inscritas como pescadores artesanales en los términos establecidos en esta ley. Esta excepción será aplicable sólo a armadores y a organizaciones de pescadores artesanales.
Para los efectos de esta ley, la actividad pesquera artesanal se ejerce a través de una o más de las siguientes categorías: armador artesanal, pescador artesanal propiamente tal, buzo, recolector de orilla, alguero o buzo apnea.
a) Armador artesanal: es el pescador artesanal, la persona jurídica o la comunidad propietaria, en los términos que establece el Código Civil, de hasta dos embarcaciones artesanales que, en conjunto, no excedan de 100 metros cúbicos de capacidad de bodega.
Para efectos de determinar la limitación de titularidad de embarcaciones artesanales, se considerará la calidad de socio que revista la persona natural en cualquier persona jurídica o comunidad que, a su vez, tenga la calidad de armador artesanal.
En el caso que el armador sea una comunidad, deberá estar integrada sólo por pescadores artesanales, existiendo siempre responsabilidad solidaria entre todos ellos para el pago de las patentes y de las multas que se deriven de las sanciones pecuniarias impuestas de acuerdo con esta ley, según corresponda.
Sólo podrán inscribirse en esta categoría los pescadores artesanales propiamente tales y los buzos.
b) Pescador artesanal propiamente tal: es aquél que se desempeña como patrón o tripulante en una embarcación artesanal, cualquiera que sea su régimen de retribución.
c) Buzo: es la persona que realiza actividad extractiva de recursos hidrobiológicos mediante buceo con aire, abastecido desde superficie o en forma autónoma.
d) Recolector de orilla, alguero o buzo apnea: es la persona que realiza actividades de extracción, recolección o segado de recursos hibrobiológicos.
Las categorías antes señaladas no serán excluyentes unas de otras, pudiendo, por tanto, una persona ser calificada y actuar simultánea o sucesivamente en dos o más de ellas, siempre que todas se ejerciten en la misma región, sin perjuicio de las excepciones que contempla el título IV de la presente ley.”.
2. Incorpóranse las siguientes modificaciones al artículo 50 A:
a) Elimínase en el inciso primero la oración “En el caso de los buzos, serán reemplazables además por incapacidad total y permanente.”.
b) Intercálanse los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, ordenándose los demás correlativamente:
“El reemplazo operará en forma indivisible respecto de todas las pesquerías cerradas y vigentes que el reemplazado tenga inscritas en el Registro , en cualquier categoría, quedando sin efecto la inscripción respecto de las pesquerías con acceso abierto, por el sólo ministerio de la ley.
Para estos efectos, el Servicio otorgará, a petición del titular de la inscripción, un certificado que acredite la individualización del titular de aquélla, las características básicas de la nave, en su caso, y la individualización de la o las pesquerías inscritas que mantiene vigentes.
Este certificado tendrá una duración indefinida, mientras se mantenga la vigencia de la suspensión del acceso y no se vea afectado por la causal de caducidad en que pueda incurrir el titular de la inscripción.”.
c) Elimínase en el inciso final la expresión “o tenencia”.
d) Agréganse los siguientes incisos, a continuación del inciso final:
“El reemplazante deberá ser pescador artesanal, inscrito en el Registro Artesanal , debiendo acreditar habitualidad en la actividad pesquera extractiva conforme a lo dispuesto en los incisos siguientes.
Se entenderá por habitualidad el registro de un mínimo del 50% de viajes de pesca, continuos o alternados, o días de actividad pesquera extractiva, según corresponda, en relación al promedio anual de la totalidad de viajes de pesca en la región correspondiente, en una de las pesquerías que tenga inscrita en la categoría en los últimos tres años. En el caso de especies altamente migratorias o demersales de gran profundidad, la habitualidad será considerada en relación con la o las regiones en que se ha ejercido la actividad pesquera.
Se entenderá por viajes de pesca los que consten en formularios de desembarque artesanal, entregados de conformidad con el artículo 63, y que den cuenta de capturas efectuadas en la pesquería respectiva.
En el caso que se modifique parcialmente la integración de una comunidad o persona jurídica, el o los nuevos integrantes o socios deberán cumplir con el requisito de habitualidad antes señalado. En el evento que la modificación de la integración sea total, la inscripción se someterá a las normas del reemplazo.
El requisito de habitualidad no será exigible en los casos en que el reemplazante sea descendiente del reemplazado, hasta el cuarto grado de consanguinidad en línea directa.
El reemplazo no operará respecto de la categoría de recolector de orilla, alguero y buzo apnea, ni podrá ser invocada por el reemplazante.”.
3. Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 51:
a) Sustitúyese el encabezado del inciso primero por el siguiente:
“Artículo 51.- Para inscribirse en el Registro Artesanal deberán cumplirse los siguientes requisitos:”.
b) Reemplázanse las letras a) y b) por las siguientes:
“a) Ser persona natural, chilena o extranjera con permanencia definitiva, o ser persona jurídica de conformidad con el articulo 2° N°29 de esta ley.
b) Haber obtenido el título o matrícula de la Autoridad Marítima que lo habilite para desempeñarse como tal. Este requisito no será aplicable a la categoría de recolector de orilla, alguero y buzo apnea.”.
c) Elimínase la letra c).
d) Sustitúyanse en la letra d), que pasó a ser c), las expresiones “provincia, comuna y localidad”, por “comuna y caleta base”.
4. Incorpóranse las siguientes modificaciones al artículo 52:
a) Intercálase en su encabezamiento, entre la palabra “embarcaciones” y la expresión “en el registro artesanal”, la frase “con sus respectivos armadores y caleta base”.
b) Reemplázase la letra b) por la siguiente:
“b) Acreditar las características principales de la embarcación artesanal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° N° 15 de esta ley.”.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 1°.- En el caso de las solicitudes de reemplazo que se presenten al Servicio Nacional de Pesca entre el 26 de diciembre de 2002 y el 31 de diciembre del año de publicación de la presente ley, el requisito de habitualidad que será exigido al reemplazante que no se encuentre en la categoría de armador artesanal, corresponderá al año calendario inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Respecto de aquéllas que se presenten durante el segundo año calendario de vigencia de la presente ley, se exigirá una habitualidad de los dos años calendarios inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. En estos casos, la habitualidad será acreditada mediante la información de los zarpes de embarcaciones en cuya tripulación hubiere participado el reemplazante, que consten ante la autoridad marítima. En el caso del armador artesanal, el requisito de habitualidad se acreditará del modo previsto en el artículo 50 A.
No será exigible el requisito de habitualidad a las peticiones de reemplazos que hubieren sido presentadas entre el 26 de diciembre de 2002 y la fecha de vigencia de la presente ley, si el reemplazante se encontrare inscrito en el registro pesquero artesanal con anterioridad al 27 de diciembre de 2002.
Artículo 2°.- El Servicio Nacional de Pesca, dentro del plazo de un año contado desde la entrada en vigencia de la presente ley, deberá reestructurar el Registro Artesanal conforme al número 29 del artículo 2º, incorporando de oficio, en la categoría que corresponda, a los pescadores artesanales y a las personas jurídicas que tengan inscripción vigente.
Artículo 3°.- Las personas naturales que, directamente, y a través de personas jurídicas o comunidades, tengan bajo su titularidad más de dos embarcaciones artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal a la fecha de publicación de la presente ley deberán, dentro del plazo de 4 años, optar por las dos inscripciones que mantendrán bajo su titularidad, renunciando o siendo reemplazado en las demás.
La limitación para inscribirse como armador artesanal establecida para los algueros, recolectores de orilla y buzos apnea se aplicará a las inscripciones que se efectúen a partir de la fecha de publicación de la presente ley.
Artículo 4°.- Las embarcaciones artesanales que se encuentren inscritas en el Registro Pesquero Artesanal a la fecha de publicación de la presente ley, deberán adecuar sus características principales en el plazo de dos años contados desde la fecha de publicación del reglamento a que se refiere el artículo 2° N°15 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Mientras no se dicte el reglamento antes mencionado, ninguna embarcación artesanal podrá desembarcar más de 80 toneladas por viaje de pesca.”.
Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión del 11 de abril del año en curso, con la asistencia de la señora Pacheco , doña Clemira ( Presidenta ); y los señores Alinco, don René ; De Urresti, don Alfonso ; Errázuriz, don Maximiano ; Galilea, don Pablo ; señora Goic, doña Carolina ; Melero, don Patricio ; Norambuena, don Iván ; Recondo, don Carlos ; Súnico, don Raúl ; Ulloa, don Jorge , y Venegas, don Samuel.
Sala de la Comisión, a 11 de abril de 2007.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Tuma, Bobadilla, Duarte, Espinoza, don Fidel; García, González, Insunza, Latorre, Montes y Uriarte.
Establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos (boletín N° 4981-14)
“Vistos:
Los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional; la ley N° 16.741, sobre Propiedad Irregular; el DFL Nº 458, ley general de Urbanismo y Construcciones; el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1. La existencia en nuestro país de una gran cantidad de loteos, muchos de ellos poseen la calidad de irregulares, los cuales de acuerdo a la definición del Instituto de Vivienda de la Universidad de Chile (Invi) son aquellos que son una solución habitacional de origen particular, con problemas de saneamiento legal y/o de servicios básicos, considerando en esta categoría a las poblaciones informales instaladas al interior de terrenos fiscales o municipales, con problemas de saneamiento legal y las poblaciones que teniendo título de dominio a favor de los residentes, carecen del conjunto de servicios básicos y son calificadas por los organismos regionales respectivos (Intendencias, Seremis, Serviu) como casos de extrema marginalidad habitacional.
2. Los mal llamados “loteos brujos” existen en todo el país. En cada provincia existen decenas de ellos y, por años sus dirigentes han recorrido municipios, oficinas Serviu, seremis de vivienda y bienes nacionales, planteando también a diversas autoridades la búsqueda de una solución a estas poblaciones que reúnen a decenas de miles de familias, que se encuentran en una situación irregular, por carecer de títulos de dominio y por no tener urbanización: calles, alumbrado público, agua potable, servicios de recolección de basura, pavimentación y menos el acceso a subsidios del Estado.
3. Esta irregularidad se ha producido porque muchas familias, en su desesperación por no tener una vivienda, compraron a loteadores inescrupulosos sólo acciones y derechos sobre un sitio que no cumplía con los requisitos que la ley que exige antes de subdividir y vender, ya que hay que urbanizar los terrenos previamente, por ende como no se entregaban con calles, agua potable, electrificación y alcantarillado se vendían más baratas. Una situación similar se presentaba con la venta de terrenos que estaban considerados propiedades agrícolas dentro del ordenamiento territorial, por ello no se podían subdividir en menos de 5.000 metros cuadrados y por lo mismo, era imposible legalmente subdividirlos en sitios de una superficie inferior.
4. En Chile, gran parte de los cambios producidos en los asentamientos o poblaciones se deben entre otras razones al modelo de mercado, donde la propiedad en sí pasa a ser la base de toda política y acción social, a lo que se agrega la condición de bien escaso que ha adquirido el suelo urbano, lo que concibe una visión distinta en cuanto al valor de la propiedad y el uso del suelo. Por ello, la intervención del Estado tiende a regularizar la situación de la propiedad de los terrenos como base para cualquier acción de apoyo social.
5. La diferencia entre ser propietario de un predio regularizado o el poseedor de uno que no cuenta con esa calidad son notables. Así por ejemplo, el propietario de un sitio regularizado puede tener acceso a los subsidios habitacionales del Serviu; puede acceder a créditos en bancos u organismos financieros; adquiere mayor valor el inmueble regularizado, porque sin títulos sólo se transfieren los derechos que eventualmente se tengan, los que tienen un valor mínimo; si ha regularizado tiene incentivos para efectuar mejoras en el bien raíz propio; puede vender su propiedad a un valor real, por lo mismo adquiere movilidad; y, por último, el beneficiario y su familia adquieren la seguridad jurídica de ser legalmente propietarios del inmueble regularizado.
6. En nuestro país la gran mayoría de los propietarios irregulares, son personas de escasos recursos, por ello, es muy difícil, por lo oneroso que resulta, regularizar por si sólo o con sus vecinos sus propiedades, ya que el costo de una urbanización no es posible solventarla con los ingresos que poseen y así se produce un circulo vicioso que termina colocando en situación de marginalidad a las familias de estos asentamientos. El Estado no les ayuda con sus programas sociales por no tener su propiedad regularizada y ellos no regularizan por ser pobres.
7. La Presidenta Bachelet ha anunciado una nueva política habitacional, donde se atiende la gran demanda existente de comités y familias que desean obtener su casa propia, con subsidios de 300 UF, viviendas sin deuda, subsidios para la compra del terreno, conjuntos habitacionales más acogedores, con sedes, áreas verdes, donde incluso se eligen hasta los vecinos. Resulta de una tremenda injusticia que las familias pobres que viven en poblaciones constituidas por loteos irregulares no puedan acceder a los beneficios anunciados dada la situación jurídica de sus propiedades.
8. Durante los últimos años son varios ya los ejemplos de cuerpos legales tendientes a solucionar problemas específicos de las comunidades, regularizando por medio de procedimientos simples la propiedad o las ampliaciones de las mismas. Así se pueden mencionar el DL 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz; la ley N° 19.583, sobre regularización de construcciones (“ley del Mono”); la ley N° 20.017, regularización de pozos y norias, etc.
9. El presente proyecto de ley que proponemos al Congreso Nacional, busca, al igual que los textos legales mencionados, proponer un sistema simple y eficaz de regularización de loteos. Debemos recordar que en gobiernos anteriores se produjeron regularizaciones de estos asentamientos por vía de la ley N° 16.741, experiencia que recogemos en el proyecto propuesto a fin de permitir la intervención de los organismos públicos en poblaciones y barrios que hoy tienen el carácter de propiedad irregular, y que por estar en su mayoría compuestos por familias de escasos recursos, merecen la oportunidad de incorporarse a los programas sociales del Estado de Chile.
Por lo anteriormente expuesto, los (as) diputados(as) patrocinantes venimos en presentar el siguiente proyecto de ley:
PROYECTO DE LEY DE SANEAMIENTO DE LOTEOS
Artículo 1°. Los loteos de bienes raíces que, a la fecha de publicación de la presente ley, reúnan las condiciones que en ésta se establecen, podrán, dentro del plazo de dieciocho meses, acogerse al procedimiento de regularización que se señala más adelante, sin perjuicio de los derechos del propietario sobre los respectivos inmuebles.
Artículo 2°. Para acogerse a la presente ley, los loteos deberán cumplir las condiciones que se indican a continuación:
1. Que se encuentren materializados de hecho con anterioridad al 31 de diciembre de 2006;
2. Que la urbanización existente sea insuficiente;
3. Que no tengan recepción definitiva, sea que hayan obtenido o no permiso;
4. Que existan viviendas D. F. L. N° 2, de 1959, emplazadas en ellos;
5. Que dichos inmuebles estén localizados en áreas urbanas o en áreas rurales siempre que cuenten con informe favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo;
6. Que no se encuentren localizados en áreas de riesgo o de protección o en áreas con declaratoria de utilidad pública;
7. Que no existan reclamaciones pendientes ante la Dirección de Obras Municipales, por incumplimiento de normas urbanísticas.
Artículo 3°. Para solicitar la regularización a que se refiere la presente ley, los interesados deberán presentar a la Dirección de Obras Municipales respectiva una solicitud, acompañada de los planos que a continuación se señalan, suscritos por un arquitecto:
a) Plano del loteo a una escala adecuada, elaborado sobre la base de un levantamiento topográfico, que grafique las viviendas existentes en cada lote resultante, vialidad y espacios públicos, y
b) Plano de ubicación y emplazamiento.
Artículo 4°. La Dirección de Obras Municipales, dentro de sus funciones podrá en el plazo de ciento ochenta días, a contar de la fecha de presentación de la totalidad de los antecedentes exigidos por esta ley, verificar el cumplimiento de las condiciones de urbanización y de las exigidas en los artículos precedentes, como asimismo de las normas urbanísticas aplicables al predio establecidas en los instrumentos de planificación territorial y en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Las condiciones de urbanización antes mencionadas estarán referidas a las siguientes obras: dotación de servicios de agua potable, alcantarillado de aguas servidas, y electricidad, alumbrado público y gas, cuando corresponda, pavimentación y sus obras complementarias, obras de defensa del terreno, cuando corresponda, aprobadas y recibidas por los servicios competentes.
El Director de Obras Municipales podrá establecer las obras de urbanización faltantes, pudiendo eximir, en casos calificados, del cumplimiento de una o más normas urbanísticas establecidas en los instrumentos de planificación territorial y en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones,
La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva, por razones fundadas, podrá autorizar la rebaja de las condiciones y exigencias de pavimentación, así como permitir excepciones a las normas urbanísticas, antecedente que formará parte integrante del legajo de documentos que conforma el expediente.
El Director de Obras Municipales , si procediere, podrá otorgar un certificado de recepción provisoria del loteo, en el cual deberá indicar las condiciones de urbanización y urbanísticas que éste deberá cumplir dentro del plazo de 5 años para obtener la recepción definitiva. En dicho certificado deberá dejar constancia expresa de la prohibición de enajenar o efectuar adjudicaciones de los sitios del loteo. Esta prohibición deberá inscribirse en el Registro correspondiente del Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Si expirado el plazo fijado en el inciso primero, el Director de Obras Municipales no se pronunciare, se podrá recurrir a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva, la cual deberá resolver en el plazo de noventa días, aplicando el mismo procedimiento antes señalado.
Cumplidas las condiciones fijadas para obtener la recepción definitiva, se deberá presentar una solicitud firmada por un arquitecto, acompañada de los documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones antes mencionadas. Una vez obtenido el certificado de recepción definitiva podrá requerirse la regularización de las edificaciones en conformidad a las normas generales.
Vencido el plazo de cinco años a que se refiere este artículo, sin que se hubiere dado cumplimiento a las condiciones exigidas para obtener la recepción definitiva, caducará automáticamente la recepción provisoria y se procederá a hacer efectiva la responsabilidad de conformidad al artículo 138 de DFL N° 458, de 1975, ley general de Urbanismo y Construcciones.
Artículo 5°. Tratándose de loteos declarados en situación irregular de conformidad a la ley N° 16.741, que, en su totalidad o parte de los mismos, cuenten con urbanización suficiente, el Servicio de Vivienda y Urbanización respectivo podrá solicitar la recepción definitiva, parcial o total.
Para los efectos del presente artículo se entenderá por urbanización suficiente si el loteo cuenta, a lo menos, con un informe de dotación, conexión o certificado de pago de cuentas emitido por la respectiva empresa de agua potable, alcantarillado y electricidad.
Artículo 6°. Tratándose de loteos declarados en situación irregular de conformidad a la ley N° 16.741 que no contaren con urbanización suficiente de acuerdo al artículo precedente, el Servicio de Vivienda y Urbanización respectivo podrá recurrir al procedimiento de regularización de loteos establecido en la presente ley.
Artículo 7°. En los casos a que se refieren los artículos 5° y 6°, una vez obtenida la recepción definitiva, total o parcial, deberá inscribirse el certificado de recepción definitiva al margen de la inscripción de dominio de los respectivos lotes y el Servicio de Vivienda y Urbanización, podrá requerir el alzamiento de los gravámenes y prohibiciones a que pudieren encontrarse afectos en virtud de la ley N° 16.741.
Artículo 8°. La recepción provisoria obtenida conforme ala presente ley habilitará al interesado, sea o no el propietario, para optar a programas que cuenten con financiamiento estatal destinados a la ejecución de obras de urbanización.
Moción de las diputadas señoras Pacheco , doña Clemira; Pascal, doña Denise y Rubilar, doña Karla, y de los diputados señores Accorsi, Álvarez-Salamanca, Chahuán, Meza, Núñez y Venegas, don Mario.
Modifica la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente definiendo y estableciendo sanciones a la contaminación odorífica. (boletín N° 4982-12)
1. Antecedentes.
El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación ha cobrado con el correr de los años una importancia cada vez mayor, en atención a fenómenos tales como el calentamiento global, el cual impacta directamente en la vida de los ciudadanos, con inusitada fuerza.
Es así que, hoy nadie puede abstraerse a tomar este hecho como un problema de la mayor relevancia, el cual debe ser encarado con medidas tanto de carácter preventivo como sancionatorio.
La sociedad en su conjunto ha debido soportar durante siglos las externalidades negativas producidas por unas pocas empresas o particulares.
Y nuestro país no ha sido ajeno a esto, siendo testigo en numerosas ocasiones de eventos en que la mano del hombre ha ensuciado la calidad de vida del resto. Casos emblemáticos son los que han tenido que lidiar vecinos colindantes a vertederos o a plantas de tratamiento de aguas servidas. Y quizás el más relevante ha sido aquel que han soportado las comunas costeras de la VIII Región, como Talcahuano o Coronel con motivo de los desechos producidos a raíz de la producción de harina de pescado.
El olor es una reacción sensorial de determinadas células situadas en la cavidad nasal. La relación entre olor y molestia percibida es difícil de definir ya que intervienen factores de carácter subjetivo como el carácter agradable o desagradable del olor, la sensibilidad de cada persona o el entorno que es percibido.
Los Premio Nobel de Medicina, Richard Axel y Linda Buck , han revelado que el olfato se basa en cerca de 1.000 genes (un 3 por ciento del genoma humano) que actúan como receptores olfativos. Gracias a estos genes, los seres humanos pueden reconocer y memorizar aproximadamente 10.000 olores distintos. También se sabe que el 99 por ciento de los estímulos que provocan sensaciones olfativas provienen de sustancias gaseosas. Sin embargo, el conocimiento del compuesto químico causante del olor no proporciona información sobre la intensidad percibida o sobre la calidad del olor, lo cual dificulta a menudo su medición.
En resumen, el ser humano tiene capacidad para distinguir los olores, pero la dificultad radica, por un lado, en el componente subjetivo a la hora de discernir entre los olores “agradables” y los olores “desagradables” y, por otro lado, en el momento de medir de modo preciso los olores desde un punto de vista científico.
Más allá de la percepción personal, en el terreno de las actividades económicas, los olores constituyen un indicador de la contaminación ambiental causada por determinadas sustancias a la vez que inciden sobre la calidad de vida de la ciudadanía a causa de la molestia que provocan. Estos problemas derivados de la emisión de sustancias olorosas como consecuencia de determinadas actividades industriales vertederos, depuradoras, industrias químicas, alimentarias, ganaderas, etc., eran de difícil solución debido al vacío legal existente y a la insuficiencia de mecanismos tecnológicos para su medida y control correctos.
Ahora bien, el problema de la contaminación por malos olores recién empieza a ser tratado en los últimos 20 años en las legislaciones del mundo desarrollado.
Así, existe una legislación al respecto en países como Alemania o la Comunidad Autonómica de Cataluña.
En nuestro derecho se regula la protección medioambiental, en primer lugar a través del artículo 19 N° 8 de la Constitución Política al consagrar como garantía fundamental, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, siendo deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. Dentro del mismo articulo se señala que acorde a esto, la ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos y libertades.
El legislador se preocupó además de establecer un marco normativo específico a través de la ley general de bases del Medio Ambiente, en donde define que debe entenderse por contaminación y contaminante, conceptuando esta ultima. como aquel elemento, compuesto, sustancia, derivado químico o biológico que pueda afectar la calidad de vida de la población, la preservación de la naturaleza o la conservación del patrimonio ambiental.
A nivel europeo se han establecido parámetros para medir este tipo de contaminación, mediante el llamado método olfatométrico, unidades de olor (unión de olor europea uoe) y paneles de expertos que miden aspectos de carácter subjetivo como lo desagradable que puede resultar dicha emanación. Es decir, la normativa de autonomías y países como Cataluña o Alemania ya han dado pasos puntuales para atacar este tipo de contaminación, algo que en nuestra legislación simplemente no se regula ni menos se define.
Entendemos por tanto que este derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación no solo se refiere a contaminantes que pongan en riesgo la salud de las personas sino también a los casos en que su presencia pueda afectar la calidad de vida de la población, la preservación de la naturaleza o la conservación del patrimonio ambiental. Dentro de este ámbito es que debe situarse la contaminación por malos olores.
Mientras nuestro país, celebra tratados de libre comercio con las mayores potencias del orbe, en los que en su mayoría se establecen estándares mínimos medioambientales, estimamos que en este aspecto nuestras leyes han quedado en un vacío, por lo que se hace urgente una regulación, y es por esto que en este proyecto de ley, atendemos a normas internacionales en la materia, específicamente lo establecida en la normativa europea, pionera en el tema. Para estos efectos, hemos determinado el parámetro de medición en base a la llamada Unidad de Olor Europea, que se define en el cuerpo del proyecto que a continuación se detalla.
2. Ideas Matrices:
El objetivo puntual de esta ley es la regulación a través de estándares internacionales de las medidas necesarias para prevenir y corregir la contaminación odorífera, que afecta a la población y establecer el régimen de intervención administrativa correspondiente. Es asi que se promueve la detección de dichas emanaciones por parte de un panel de expertos que midan dichas emanaciones, estableciendo parámetros adecuados para no exceder los máximos establecidos en el presente proyecto.
Es por eso que sobre la base de estos antecedentes
Proyecto de Ley:
Art. Único. Agréguese un nuevo artículo a la ley 19.300, sobre Bases Generales de Medioambiente:
“Se entiende por contaminación odorífica aquella producida por malos olores detectables por una o mas personas dependiendo de su carácter no agradable, su ofensividad, tiempo de exposición y umbral de percepción, que produzca un menoscabo en la calidad de vida de los afectados.
Este tipo de contaminación se determinará cuando la concentración de olor en el aire sea superior a 10 unidades de olor europeas (uoe), utilizando para ello los instrumentos de olfatometría que dispongan de la mejor tecnología disponible (MTD).
Para efectos de esta ley, se considerará por unidad de olor europea a la cantidad de sustancias odoríferas que, cuando se evaporan en un metro cúbico de gas neutro en condiciones normales, originan una respuesta fisiológica de un panel equivalente a la que origina una masa de olor de referencia europea (More) evaporada en un metro cúbico de un gas neutro en condiciones normales.
En caso de incurrir en incumplimiento en lo relativo al máximo permitido por concentración de olor emitidas por unidad productiva, entendiéndose por tal a cualquier industria, infraestructura o maquinaria susceptible de emitir sustancias odoríferas, el Servicio de Salud Provincial respectivo le multará con un máximo de dos mil unidades tributarias mensuales, pudiendo además suspender sus actividades hasta que dichas emisiones no sean consideradas como contaminantes según la presente ley”.
Moción de los diputados señores Espinosa, don Marcos; Sule, García-Huidobro, Jarpa y Lobos.
Modifica el artículo 203 del Código Civil, con el objeto de evitar la discriminación a los niños y niñas del país. (boletín N° 4983-07)
1. Que teniendo en cuenta una serie de normas legales y principios rectores se consideró analizar las implicancias del artículo 203 del Código Civil. Normas y principios como el segundo principio de la Declaración de Derechos de los Niños: “El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño”. Y el artículo 16 de la ley Nº 19.968, sobre los Tribunales de Familia : Esta ley tiene por objetivo garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y goce pleno y efectivo de sus derechos y garantías. El interés superior del niño, niña o adolescente, y su derecho a ser oído, son principios rectores que el juez de familia debe tener siempre como consideración principal en la resolución del asunto sometido a su conocimiento..”.
2. Que el artículo 203 del Código Civil establece lo siguiente: “Cuando la filiación haya sido determinada judicialmente contra la oposición del padre o madre, aquél o ésta quedará privado de la patria potestad y, en general, de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confieren respecto de la persona y bienes del hijo o de sus descendientes. El juez así lo declarará en la sentencia y de ello se dejará constancia en la subinscripción correspondiente”.
“El padre o madre conservará, en cambio, todas sus obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio del hijo o sus descendientes”.
“Sin embargo, se restituirán al padre o madre todos los derechos de los que está privado, si el hijo, alcanzada su plena capacidad, manifiesta por escritura pública o por testamento su voluntad de restablecerle en ellos. El restablecimiento por escritura pública producirá efectos desde su subinscripción al margen de la inscripción de nacimiento del hijo y será irrevocable. El restablecimiento por acto testamentario producirá efectos desde la muerte del causante”.
3. Que los efectos prácticos de dicha normativa nos dicen que el padre o madre que se opuso a la determinación de la filiación: Deberá cumplir todas sus obligaciones legales que vayan en beneficio del hijo o de sus d endientes; perderá el derecho a ejercer la patria potestad y, en consecuencia, no tendrá la representación legal del hijo, no administrará sus bienes ni gozará de ellos; será privado de todo otro derecho que por el ministerio de la ley se le confiera respecto de la persona y bienes del hijo o de sus descendientes. En la gran mayoría de los casos, si no en todos, esta norma se aplica a un hijo no concebido ni nacido durante el matrimonio cuyo cuidado personal corresponde al padre o madre que lo haya reconocido, si sólo uno de ellos lo ha hecho y, si los padres viven separados, la patria potestad será ejercida por aquel que tenga a su cargo el cuidado personal del hijo. En suma, lo que busca es que el progenitor que se opuso a la determinación de su paternidad o maternidad queda privado de la patria potestad, por no tener el cuidado personal del hijo, pero sin carácter de irreversibilidad.
4. Que los principales problemas que presenta esta norma son:
En primer lugar, castiga al que se opuso a la determinación de la filiación. ¿Cuál es el alcance que debe darse al término oponerse? En los informes de la comisión del Senado que formuló indicaciones al proyecto leemos que la intención fue castigar al progenitor que permitió que el juicio se desarrollara y terminara por sentencia definitiva que reconoció la filiación del hijo. Sabemos que lo que la ley en definitiva dijo no coincide necesariamente con lo que el legislador quiso decir, mas para interpretar una disposición legal, recurrimos frecuentemente a la ilustración que nos brinda su historia. Pero este criterio resulta demasiado drástico y en muchos casos injusto. Si el juicio se siguió en rebeldía del demandado, si se negó a la práctica de los exámenes médicos necesarios para probar la paternidad o maternidad, la sanción se justifica plenamente. No así para aquel que, si bien contestó la demanda, oponiendo excepciones, se sometió a las pruebas biológicas ordenadas y acató la sentencia. El sólo hecho de no allanarse a la demanda no debe ser castigado, porque es posible que efectivamente ignore el hecho de su paternidad, o tenga motivos legítimos e incluso, sobrados, para ponerla en duda. Si se trata del fruto de una relación pasajera y circunstancial, quizás transcurrió un largo tiempo entre la concepción del hijo y la fecha de la demanda, años en los que, verosímilmente, no se enteró de su existencia.
En segundo lugar, la ley al establecer una sanción tan dura e inamovible durante toda la minoría de edad del hijo tiende a ahondar la separación con el padre o madre porque no da lugar a enmienda. No considera el caso del progenitor que, una vez determinada la filiación, se interesa progresivamente en el hijo, encariñándose con él. Es verdad que no se le impedirá el derecho a una relación directa, pero se le marginará definitivamente de las decisiones sobre la vida y los bienes del hijo, con la consecuencia de desincentivar su acercamiento. Como este último sólo podrá restablecerlo en sus derechos una vez alcanzada la plena capacidad, la sanción pesará durante toda la niñez y adolescencia, etapas de la vida en que los hijos requieren con mayor intensidad de la decisión y orientación de sus padres. La ley debió contemplar un mecanismo que permitiera al juez, teniendo en vista el interés del hijo, relevar la sanción cuando fuere procedente, a requerimiento del padre o madre o a solicitud del representante legal del hijo.
En tercer lugar, esta medida tan drástica puede afectar los sentimientos del hijo a quien se quiere proteger. En los certificados de nacimiento, aparecerá la anotación que le recordará a lo largo de toda la vida que su filiación fue determinada con la oposición del progenitor, lo cual tal vez resulte profundamente doloroso, ahonde rencores e impida la reconciliación. Admitiendo que el padre o madre actuó mal, en ninguno de sus documentos constará su proceder; en cambio, el estigma lo recibe el hijo. Esto es tan cierto que la Corte de Apelaciones de Santiago conoció de un recurso de protección (Rol Nº 1.446-2001) interpuesto por una madre y su hijo en contra del Servicio de Registro Civil, por haber insertado en los certificados de nacimiento del menor recurrente, una nota que daba cuenta de la filiación declarada por vía judicial, con expresa indicación de que se obtuvo con oposición del padre demandado, habiéndose negado el servicio a eliminar dicha nota, no obstante así se lo solicitaran los recurrentes por vía administrativa. Se fundaba el recurso en que la actuación del recurrido importaba un menoscabo en la honra del menor y su familia, como asimismo, una discriminación respecto de otras personas cuyo reconocimiento ha sido voluntario, en cuyo caso no se consigna nota alguna. La Corte de Apelaciones declaró sin lugar el recurso ya que el servicio recurrido actuó dentro de las facultades legales que detenta, pero no fue insensible al sentir de los demandantes, por cuanto instruyó a la institución recurrida para que “adopte los resguardos que sean necesarios a fin de impedir el otorgamiento de los certificados con las inserciones relativas a la filiación del menor en los trámites que aquella información no sea indispensable”. Al confirmar la sentencia, la Corte Suprema conociendo de la apelación del recurso (Rol Nº 2.394-01), precisó, eso sí, que tal instrucción tenía “sólo el mérito de una sugerencia formulada sin carácter imperativo”.
4. Que, por lo tanto, para subsanar las falencias que presenta dicha norma, se hace imperioso modificarla en el siguiente sentido: Permitir la posibilidad de que el juez aplique o no la sanción que contempla la ley, atendiendo a las circunstancias propias de cada caso y a petición de la parte interesada; permitir durante la minoría de edad del hijo, el restablecimiento de los derechos de los que se ha privado al padre o madre, mediante resolución judicial, a solicitud del propio padre o madre sancionado o del representante legal del menor; Establecer que el Servicio de Registro Civil, sólo a solicitud expresa del requirente, dejará constancia de la anotación correspondiente en el certificado de nacimiento del hijo.
5. Que, por todos los argumentos expresados, los diputados aquí firmantes venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO 1: reemplácese el artículo 203 del Código Civil por el siguiente artículo nuevo:
“Artículo 203: A petición de parte, podrá el juez privar al padre o madre de la patria potestad y de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confieren, respecto de la persona y bienes del hijo o de sus descendientes, cuando la filiación se haya determinado judicialmente, contra su oposición. Solo si el padre o madre que mantenga la patria potestad lo solicita, se dejará constancia en la subinscripción correspondiente.
El padre o madre conservará, en cambio, todas sus obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio del hijo o de sus descendientes.
Se le restituirán, sin embargo, los derechos de los que se encuentra privado:
a. Por resolución judicial, a solicitud del propio padre o madre sancionado, o del representante legal del menor, cuando convenga al interés del hijo, y producirá efectos desde su subinscripción al margen de la inscripción de nacimiento de este último.
b. Por voluntad del hijo, una vez alcanzada la mayoría de edad, manifestada por escritura pública o por testamento. El restablecimiento de los derechos por escritura pública producirá efectos desde su subinscripción al margen de la inscripción de nacimiento del hijo y será irrevocable. El restablecimiento por acto testamentario producirá efectos desde la muerte del causante.”
ARTÍCULO 2: Reemplácese el artículo 20 de la ley N° 4.808, sobre Registro Civil , en el siguiente sentido:
“Artículo 20: Las copias expedidas por los oficiales del Registro Civil deberán contener todas las inscripciones y subinscripciones que correspondan a la persona a que este documento se refiera. Sin embargo, se podrá pedir certificados relativos a uno o más hechos que aparezcan en una inscripción y, en este caso, se dejará expreso testimonio de esta circunstancia en el mismo certificado.
No obstante todo lo anterior, en los certificados expedidos por los oficiales del Registro Civil relativos a partidas de nacimiento de hijos reconocidos y de aquellos cuya filiación fue determinada por sentencia judicial, no se dejará constancia de. las subinscripciones referidas, salvo petición expresa de que se consignen dicha o dichas subinscripciones.”
Moción de los diputados señores González, Accorsi, Alinco, Araya, Espinosa, don Marcos; Sule, Quintana, Valenzuela, y de la diputada señora Soto, doña Laura.
Establece una reforma constitucional para constituir a los municipios en gobiernos comunales e impulsar la descentralización desde las estructuras de base del Estado. (boletín N° 4984-07)
1. Introducción:
El presente proyecto de reforma constitucional se presenta con el objeto de hacer un aporte a la solución de la crisis que viven las municipalidades de Chile debido a las debilidades del actual sistema de descentralización.
Los principales problemas que frenan el desarrollo de los municipios derivan de su falta de atribuciones y recursos para cumplir con el cometido de satisfacer las necesidades de su comunidad y la promoción del bien común en sus territorios.
La aspiración de cada uno de los habitantes de las 345 comunas del país, es que las autoridades locales hagan efectivo el avance social y económico en sus comunidades, generando empleos dignos, llevando a cabo obras de adelanto y asegurando el desarrollo integral a nivel territorial.
En otras palabras, que en definitiva sea la municipalidad como la institución más próxima del estado quien resuelva sus problemas y que no se vea obligada a derivarlos a otro órgano de la administración estatal, aumentando la abundante burocracia y por consecuencia demorando la solución de sus requerimientos.
Una de las principales falencias de los municipios chilenos es la débil autonomía y la insuficiencia de sus competencias y recursos para las tareas que se les han asignado y les exige la comunidad. A ello se agrega la excesiva intromisión del gobierno y ministerios en sus competencias compartidas e incluso en las exclusivas, estableciéndose por los servicios nacionales políticas y programas estándares diseñados centralmente que hacen de los municipios meros entes ejecutores con limitadas posibilidades para diseñar y adecuar dichos planes y programas a las realidades locales de cada comuna.
Es por lo señalado precedentemente que surge la necesidad de efectuar cambios profundos en la estructura de los órganos municipales así como también en su marco de competencias. Las municipalidades deben dejar de ser meras administradoras de los fondos que les aporta el gobierno central y convertirse en el órgano superior de gobierno de la comuna, en verdaderos poderes locales.
2. Fundamento:
Las autoridades comunales deben ejercer con autonomía sus competencias y funciones, no pudiendo ninguna otra autoridad limitarlos, menoscabarlos u obstaculizarlos. La descentralización política a nivel comunal, con competencias y presupuestos reales para promover el desarrollo económico y social integral de la comuna es un componente esencial de la democratización, la gobernabilidad y la eficiencia en el cumplimiento cabal de la misión de los municipios.
Convertir a las municipalidades en gobiernos locales es también una exigencia para desplegar todas las energías de las comunidades, estimular la inversión y favorecer la participación.
Con ello se pone en práctica el principio que los problemas y necesidades que se abordan puedan resolverse en el nivel comunal, construyendo una arquitectura del estado que conforme el poder desde las instancias básicas en que reside la soberanía, elevándose desde allí a las instancias superiores.
Por último, el proyecto se fundamenta en que la abundante y prolifera estructura de la organización y administración del estado requiere de unidad de propósito y coordinación a nivel del territorio, que es el espacio donde las políticas públicas se aplican y surten su efecto sobre los ciudadanos.
Con ello se busca evitar las duplicaciones de funciones, los vacíos de facultades y de poder, las sobreposiciones de unos servicios públicos sobre otros, dotando a los municipios de competencias y facultades para desarrollar, aplicar una visión y políticas públicas integradoras en las que el municipio pueda convertirse en el órgano promotor del desarrollo, integrador y articulador del impulso económico productivo y de las políticas sociales, culturales y ambientales y la participación ciudadana en el territorio.
En base a estos principios y consideraciones, los diputados abajo firmantes, proponemos el siguiente proyecto de ley:
Artículo único: Modifíquese la Constitución Política de la República, en los siguientes términos:
A. En el párrafo 3 del capítulo XIV, cámbiese el título de “Administración Comunal”, por la siguiente frase: “Gobierno Comunal”.
B. Modifíquese el artículo 118 de la Constitución en los siguientes términos:
Inciso primero: Reemplácese la frase “la administración local” por la siguiente: “El gobierno local”.
Inciso cuarto: Intercálese a continuación de la palabra “municipalidad” la frase “o gobierno comunal”.
Agréguese luego del inciso cuarto el siguiente inciso que pasará a quinto: “Para cumplir esta misión, las municipalidades promoverán el desarrollo económico productivo, urbano, social, cultural y ambiental en el ámbito de su territorio, impulsando las capacidades emprendedoras y desarrollando las iniciativas que sean necesarias para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Para ello podrán aplicar impuestos locales, crear corporaciones, asociarse con el sector privado, obtener créditos, generar bonos, ejecutar obras locales, coordinar a los servicios públicos y en general adoptar con autonomía todas las medidas necesarias para el desarrollo local, actuando siempre dentro de los límites establecidos en la constitución y las leyes”.
C. En el inciso final, sustitúyase el punto final por un punto seguido y agréguese el párrafo siguiente: “Será obligatorio para el estado financiar toda nueva competencia o función que se les asigne o traspase a los municipios.”