Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jorge Burgos Varela
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Carlos Montes Cisternas
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Soledad Alvear Valenzuela
- Jorge Pizarro Soto
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- Hosain Sabag Castillo
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ELECCIÓN DE MIEMBROS DE LA MESA.
- DEBATE
- PAREO
- Amelia Herrera Silva
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Maria Isabel Allende Bussi
- Carlos Montes Cisternas
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- PAREO
- DEBATE
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Patricio Walker Prieto
- Marcelo Diaz Diaz
- Fernando Meza Moncada
- INTEGRACIÓN
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- DEBATE
- ELECCIÓN DE MIEMBROS DE LA MESA.
- V. ORDEN DEL DÍA
- REGULACIÓN LABORAL DE DEPORTISTAS PROFESIONALES Y DE TRABAJADORES DE ACTIVIDADES CONEXAS. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- INTERVENCIÓN : Felipe Salaberry Soto
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- INTERVENCIÓN : Enrique Estay Penaloza
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Nicolas Monckeberg Diaz
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Juan Lobos Krause
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Ramon Farias Ponce
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- INTERVENCIÓN : Dario Paya Mira
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTERVENCIÓN : Francisco Chahuan Chahuan
- DEBATE
- ACUERDO ENTRE CHILE Y BOLIVIA SOBRE EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS DE FAMILIARES DE PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- DEBATE
- REGULACIÓN LABORAL DE DEPORTISTAS PROFESIONALES Y DE TRABAJADORES DE ACTIVIDADES CONEXAS. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- DEROGACIÓN DE REQUISITOS DEL DECRETO LEY N° 2.448, DE 1979, PARA OBTENCIÓN DE PENSIÓN. (Votación).
- DEBATE
- IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA ESPECIAL DE RENDICIÓN DE LA PSU PARA PERSONAS NO VIDENTES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Karla Rubilar Barahona
- Amelia Herrera Silva
- Cristian Monckeberg Bruner
- Enrique Accorsi Opazo
- Hosain Sabag Castillo
- Juan Lobos Krause
- Manuel Monsalve Benavides
- Alberto Robles Pantoja
- Francisco Chahuan Chahuan
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- PROTECCIÓN LEGAL A MUJERES EMBARAZADAS POR VIOLACIÓN.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Karla Rubilar Barahona
- Karla Rubilar Barahona
- Amelia Herrera Silva
- Ximena Valcarce Becerra
- Ximena Vidal Lazaro
- Enrique Accorsi Opazo
- German Becker Alvear
- Hosain Sabag Castillo
- Juan Lobos Krause
- Manuel Monsalve Benavides
- Alberto Robles Pantoja
- Rene Manuel Garcia Garcia
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Karla Rubilar Barahona
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- DEROGACIÓN DE REQUISITOS DEL DECRETO LEY N° 2.448, DE 1979, PARA OBTENCIÓN DE PENSIÓN. (Votación).
- VII. INCIDENTES
- RESPALDO A GESTIÓN DEL MINISTERIO DEL TRABAJO EN LA REGIÓN DE ATACAMA. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Robles Pantoja
- MODIFICACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CARABINEROS DE CHILE EN PUERTO MONTT. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Marisol Turres Figueroa
- RECONOCIMIENTO AL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Recondo Lavanderos
- ANTECEDENTES SOBRE CREACIÓN DE COMUNA DE RAHUE. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Javier Hernandez Hernandez
- AUMENTO DE SUBSIDIOS PARA AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EN DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Javier Hernandez Hernandez
- ANTECEDENTES SOBRE ESTUDIO DE AMPLIACIÓN DE AERÓDROMO DE OSORNO. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Javier Hernandez Hernandez
- INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN SECTORES DE ALTO RIESGO ALUVIONAL EN ANTOFAGASTA. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Rojas Molina
- PROMULGACIÓN DE LEY QUE CREA LA REGIÓN DE LOS RÍOS. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Jaramillo Becker
- FISCALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIO Y VIÁTICOS EN LA MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Pedro Araya Guerrero
- ADHESION
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Pedro Araya Guerrero
- HOMENAJE EN MEMORIA DEL POETA CHILENO FRANCISCO CONTRERAS VALENZUELA. Oficio.
- HOMENAJE : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- CONCESIÓN DE CARRETERA DE LA FRUTA Y CONSTRUCCIÓN DE PUENTE LAS TRUCHAS EN SAN VICENTE. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandra Sepulveda Orbenes
- ADHESION
- Pedro Araya Guerrero
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandra Sepulveda Orbenes
- REGULARIZACIÓN DE TÍTULOS DE DOMINIO DE COLONOS DE ZONA DEL LAGO TODOS LOS SANTOS. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- FALLECIMIENTO DE VECINA DE LLANQUIHUE, SEÑORA ERIKA TORRES GÓMEZ. Notas de condolencia.
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INVESTIGACIÓN DE EVENTUALES IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT. Oficios
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- RESPALDO A GESTIÓN DEL MINISTERIO DEL TRABAJO EN LA REGIÓN DE ATACAMA. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gonzalo Arenas Hodar
- Marcelo Diaz Diaz
- Enrique Estay Penaloza
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Javier Hernandez Hernandez
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Jose Antonio Kast Rist
- Carlos Recondo Lavanderos
- Felipe Ward Edwards
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Fulvio Rossi Ciocca
- Manuel Monsalve Benavides
- Enrique Accorsi Opazo
- Alfonso De Urresti Longton
- Marcelo Diaz Diaz
- Fernando Meza Moncada
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Alberto Robles Pantoja
- Raul Sunico Galdames
- Carolina Toha Morales
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Mulet Martinez
- Pedro Araya Guerrero
- Eduardo Diaz Del Rio
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Sergio Ojeda Uribe
- Carlos Olivares Zepeda
- Eduardo Saffirio Suarez
- Mario Venegas Cardenas
- Carolina Goic Boroevic
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alberto Robles Pantoja
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Fernando Meza Moncada
- Manuel Monsalve Benavides
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Raul Sunico Galdames
- Karla Rubilar Barahona
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marisol Turres Figueroa
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Jose Ramon Barros Montero
- Edmundo Eluchans Urenda
- Enrique Estay Penaloza
- Cristian Monckeberg Bruner
- Carlos Olivares Zepeda
- Dario Paya Mira
- Carlos Recondo Lavanderos
- Gonzalo Uriarte Herrera
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Eduardo Diaz Del Rio
- Jose Antonio Kast Rist
- Carlos Olivares Zepeda
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 355ª
Sesión 4ª, en martes 20 de marzo de 2007
(Ordinaria, de 11.05 a 14.55 horas)
Presidencia de los señores Leal Labrín Walker Prieto
Presidencia accidental de los señores Ortiz Novoa, don José Miguel, y
Pérez Arriagada, don José.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO.
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 8
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Elección de miembros de la Mesa 11
V. Orden del Día.
- Regulación laboral de deportistas profesionales y de trabajadores de actividades conexas. Modificación del Código del Trabajo. Tercer trámite constitucional 15
- Acuerdo entre Chile y Bolivia sobre ejercicio de actividades remuneradas de familiares de personal del servicio exterior. Primer trámite constitucional 32
VI. Proyectos de acuerdo.
- Derogación de requisitos del decreto ley N° 2.448, de 1979, para obtención de pensión. (Votación) 35
- Implementación de sistema especial de rendición de la PSU para personas no videntes 36
- Protección legal a mujeres embarazadas por violación 38
VII. Incidentes
- Respaldo a gestión del Ministerio del Trabajo en la región de Atacama. Oficios 41
- Modificación de infraestructura de Carabineros de Chile en Puerto Montt. Oficio 42
- Reconocimiento al director nacional del Instituto de Normalización Previsional. Oficio 42
- Antecedentes sobre creación de comuna de Rahue. Oficios 43
- Aumento de subsidios para ampliación de viviendas en Décima Región. Oficios 43
- Antecedentes sobre estudio de ampliación de aeródromo de Osorno. Oficio 44
- Información sobre construcción de viviendas en sectores de alto riesgo aluvional en Antofagasta. Oficio 44
- Promulgación de ley que crea la Región de Los Ríos. Oficios 45
- Fiscalización de comisiones de servicio y viáticos en la Municipalidad de Antofagasta. Oficio 46
- Homenaje en memoria del poeta chileno Francisco Contreras Valenzuela. Oficio 47
- Concesión de Carretera de la Fruta y construcción de puente Las Truchas, en San Vicente. Oficio 48
Pág.
- Regularización de títulos de dominio de colonos de zona del lago Todos los Santos. Oficios 49
- Fallecimiento de vecina de Llanquihue, señora Erika Torres Gómez. Notas de condolencia 50
- Investigación de eventuales irregularidades en Municipalidad de Puerto Montt. Oficios 50
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. el Vicepresidente de la República por el cual establece transitoriamente una cuota extraordinaria de depreciación acelerada. (boletín Nº 4922-05) 52
2. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto que regula los derechos y deberes que las personas tienen en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. (boletín Nº 4398-11) 55
3. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, en tercer trámite constitucional y con urgencia “simple”, que introduce modificaciones de índole tributaria e institucional para el fomento de la industria de capital de riesgo y continúa con la modernización del mercado de capitales. (boletín Nº 3278-06) 56
- Primeros informes de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaídos en los siguientes proyectos iniciados en moción:
4. “dicta normas que protegen a los deudores hipotecarios obligados a contratar seguro de desgravamen, estableciendo que el riesgo se asume por toda la vida del asegurado sin importar su edad”. ( boletín Nº 4318-03) 78
5. “modifica los plazos de liberación de fondos en el depósito de cheques y traspaso de fondos en forma electrónica”. ( boletín Nº 4425-03) 83
6. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Arenas; Díaz, don Marcelo; Estay, García-Huidobro, Hernández, Hales, Jiménez, Kast; Recondo y Ward, que “consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de Internet”. ( boletín Nº 4915-19) 86
7. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Rossi, Monsalve, Accorsi, De Urresti; Díaz, don Marcelo; Meza, Núñez, Robles, Súnico, y de la diputada señora Tohá, doña Carolina, que “establece causal de cesación en el cargo de Alcalde por incumplimiento de políticas de salud”. (boletín Nº 4916-06) 89
8. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Mulet, Araya; Díaz, don Eduardo; Encina, Ojeda, Olivares, Saffirio; Venegas, don Mario, y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina y Sepúlveda, doña Alejandra, que “impide invocar el atraso en la Región Metropolitana para fundamentar el despido de trabajadores que usan locomoción colectiva para llegar a su lugar de trabajo, durante el año 2007”. (boletín Nº 4917-13) 90
Pág.
9. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Robles, Jarpa, Meza, Monsalve, Núñez, Súnico, y de la diputada señora Rubilar, doña Karla, que “modifica el artículo 127 del Código Sanitario y el artículo 22 del decreto supremo N° 161, de Salud, que fija el Reglamento de hospitales y clínicas privadas en materia de secreto médico”. ( boletín Nº 4918-11) 91
10. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Turres, doña Marisol y Cristi, doña María Angélica, y de los diputados señores Barros, Eluchans, Estay; Monckeberg, don Cristián; Olivares, Paya, Recondo y Uriarte, que “modifica el artículo 229 del Código Civil con el objeto de prohibir que se establezca régimen de visitas a favor de quienes han sido condenados por delitos contemplados en los párrafos 5 y 6 del Título 7 del Código Penal”. (boletín Nº 4919-07) 95
11. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Chahuán; Sepúlveda, don Roberto; Díaz, don Eduardo; Kast y Olivares, que “modifica los artículos 74 y 77 del Código Civil, con el objeto de establecer que la existencia legal de la persona comienza al momento de la concepción”. (boletín Nº 4920-07) 97
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones.
- De los Diputados señores Sepúlveda, don Roberto y Chahuán, quienes informan que retiran de su tramitación el proyecto, del cual son autores, que se refiere a “incorporar el derecho de los trabajadores a gozar de un día de permiso con motivo de su cumpleaños”. (boletín Nº 4903-13).
- Del jefe de bancada de la Democracia Cristiana por la cual comunica que el Diputado señor Burgos reemplazará en forma permanente al diputado señor León, en la Comisión de Defensa Nacional.
Certificados.
- Certificado médico acompañado por el diputado señor Montes por el cual acredita que deberá permanecer en reposo por un plazo de 6 días a contar del 17 de marzo en curso.
Ministerio de Defensa Nacional:
- Cumplimiento de normas Jurídicas Medio Ambientales, por parte de las Instituciones de la Defensa Nacional, Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones.
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Pérez, reparación de camino que une a comunas de Santa Barbara y Alto Biobío.
- Diputado Pérez, medidas por aumento de accidentes de tránsito en ciudad de Los Ángeles.
- Diputado Silber, información sobre política emprendida por Empresa Aguas Andinas.
- Diputado Sepúlveda, don Roberto, mejoramiento de la ruta G-30, en la Región Metropolitana, específicamente en el paso a desnivel del cruce camino Lonquén con Lo Espejo.
- Diputada Pascal, construcción de bermas y ciclo vías en Mallarauco, Melipilla.
- Diputado Monckeberg don Nicolás, reparación de los caminos El Peumo-El Sauce, en la comuna de San Nicolás y Confluencia-Portezuelo.
- Diputado Estay, contratos de las obras del programa de conservación global Malleco V etapa.
- Diputado Bertolini, construcción de puentes en la orilla costera de los humedales de Tongoy, en el sector denominado Playa Grande.
- Diputado Venegas, don Mario, alzas en tarifas del agua potable en la Novena Región.
- Diputado Melero, atravieso peatonal y vehicular en Huertos Familiares.
- Diputado Silber, instalación de pórtico Tag en caletera de El Cortijo, Quilicura.
- Diputada Turres, transbordador para sector Machil, Isla Puluqui, comuna de Calbuco.
- Diputada Valcarce, problemas que afectan a Arica por invierno boliviano.
- Diputado Jaramillo, reparación del asfalto del camino La Unión-Puerto Nuevo, en la comuna de La Unión.
- Diputado Monckeberg, don Nicolás, mejoramiento de caminos en la provincia de Ñuble.
- Diputado Arenas , problema que afecta a los vecinos de Villa La Esperanza, comuna de Collipulli.
- Diputada Turres, carpeta asfáltica en camino que une Los Muermos y Maullín.
- Diputado Delmastro, contratos relativos a construcción de cárcel en Valdivia.
- Diputado De Urresti, estudios Hidrogeológicos que se están realizando en la Décima Región, especialmente en la provincia de Valdivia.
- Diputado Palma, recursos asignados para ejecutar proyectos en el año 2006.
- Diputado Meza, facilidades a pequeños agricultores de Loncoche para transportar y comercializar sus frutos menores.
- Diputado Recondo, mejoramiento de caminos en Décima Región. (cruce Cuatro Vientos hacia Puerto Octay y camino Frutillar Bajo Totoral).
- Diputado Dittborn, inversiones que se han hecho para mantener la vida útil del puente “Quinchamahuida”, IX Región.
- Diputado Monckeberg, don Nicolás, recursos para reparar el camino público “Tropezón-Santa Filomena-Toroico”, de la comuna de Coelemu.
- Diputado Uriarte, señaléticas y barreras de protección en el sector de Loreto, Ruta G-78, comuna de Talagante.
- Diputado Delmastro, problemas que afectan a vecinos de la comunidad de Yeco, por la construcción de la Carretera de la Costa.
- Diputado Monckeberg, don Nicolás, medidas para reparar diversos tramos de caminos en la comuna de Portezuelo.
- Diputado Monckeberg, don Nicolás, medidas necesarias para reparar los caminos Iansa-Pichoco, en la comuna de San Carlos.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Vargas, sobre bonos de reconocimiento emitidos por el Instituto de Normalización Previsional entre los años 2002 y 2006.
- Diputado Jaramillo, medidas que se han adoptado para satisfacer las demandas laborales en las comunas de la provincia de Valdivia.
- Diputado Accorsi, normas sobre facilitación de acceso de minusválidos a edificios públicos. (discapacitados).
- Proyecto de Acuerdo, 260, 260-I y 260-B fortalecimiento familiar.
Ministerio de Salud:
- Diputada Vidal, demora en pago de licencias médicas en comuna de San Joaquín.
- Diputado Burgos, visación de licencias médicas, en particular en el Servicio de Salud Metropolitano Oriente.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia:
- Diputado Accorsi, normas sobre facilitación de acceso de minusválidos a edificios públicos. (discapacitados)
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (114)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND I 1
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistieron, además, la ministra de la Secretaría General de la Presidencia señora Paulina Veloso; y los ministros del Trabajo y Previsión social, y de la Secretaría General de Gobierno, señores Osvaldo Andrade y Ricardo Lagos Weber, respectivamente.
-Concurrieron, también, la senadora señora Soledad Alvear, y los senadores señores Jorge Pizarro, Mariano Ruiz-Esquide, Hosain Sabag, Adolfo Saldívar y Eduardo Frei Ruiz-Tagle.
-Por encontrarse con permiso constitucional, no asistió el diputado señor Alejandro Sule Fernández.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.05 horas.
El señor LEAL (Presidente accidental).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor LEAL (Presidente accidental).- El acta de la sesión 127ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 128ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor LEAL (Presidente accidental).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
ELECCIÓN DE MIEMBROS DE LA MESA.
El señor LEAL (Presidente accidental).-
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 47 del Reglamento de la Cámara de Diputados, corresponde elegir a los miembros de la Mesa.
El señor Secretario llamará a los señores diputados y a las señoras diputadas a emitir su voto mediante el sistema de cédulas.
Tiene la palabra el señor Secretario, a fin de dar cuenta de los pareos.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Me permito informar a la honorable Cámara que se han registrado los siguientes pareos: de la diputada señora Amelia Herrera con el diputado señor Alejandro Sule; de la diputada señora Marta Isasi con la diputada señora Isabel Allende, y del diputado señor Carlos Montes con el diputado señor Roberto Sepúlveda.
El señor LEAL (Presidente accidental).- En votación.
-Verificado el escrutinio:
El señor LOYOLA (Secretario).- Han votado ciento diez señores diputados y se han escrutado ciento diez cédulas.
El resultado es el siguiente: para Presidente , por don Patricio Walker, cincuenta y ocho votos; por don Alfonso Vargas, cincuenta votos.
(Aplausos)
Para Primer Vicepresidente : por don Marcelo Díaz, cincuenta y ocho votos; por don Rodrigo Álvarez, cincuenta y un votos; por don Marco Enríquez-Ominami, un voto.
(Aplausos)
Para Segundo Vicepresidente : por don Fernando Meza, cincuenta y nueve votos; por doña Marisol Turres, cincuenta y un votos.
(Aplausos)
El señor LEAL ( Presidente accidental ).-
En consecuencia, han sido elegidos: Presidente , el señor Patricio Walker Prieto; Primer Vicepresidente , el señor Marcelo Díaz Díaz, y Segundo Vicepresidente , el señor Fernando Meza Moncada.
(Aplausos)
Ruego a los recién elegidos pasar a ocupar sus respectivos lugares en la Mesa.
-Los señores Patricio Walker, Marcelo Díaz y Fernando Meza ocupan sus lugares en la testera.
El señor WALKER, Presidente (de pie).-
Señoras diputadas y señores diputados, señores ministros, señoras senadoras y señores senadores, invitados especiales, amigas y amigos:
Comienzo estas palabras dando las gracias a los diputados del partido de toda mi vida, la Democracia Cristiana, quienes generosamente me han honrado con su confianza.
(Aplausos)
Agradezco también a los diputados de los Partidos de la Concertación, del Partido Socialista, del Partido por la Democracia y del Partido Radical Social Demócrata.
(Aplausos)
Más allá de ciertas diferencias que hemos tenido con algunos diputados en determinadas materias, en esta mañana he contado con su apoyo amplio y generoso, el cual valoro y aprecio muy sinceramente. Quienes formamos parte de este proyecto llamado Concertación fuimos protagonistas de esa lucha épica que emprendimos para recuperar la democracia, y nos sentimos orgullosos de los Gobiernos de Aylwin, Frei, Lagos y del de la Presidenta Bachellet, los cuales, más allá de algunas dificultades, le han cambiado y le siguen cambiando el rostro a Chile.
Quiero saludar a las diputadas y diputados de la Alianza por Chile, con quienes espero mantener la relación de amistad cívica y de respeto mutuo que siempre hemos cultivado, más allá de nuestras legítimas diferencias.
En esta ocasión, es justo reiterar nuestro reconocimiento a la Mesa que le correspondió dirigir a esta Corporación durante el primer año de este período legislativo, presidida por Antonio Leal e integrada por los vicepresidentes Jorge Burgos y José Pérez, la cual desarrolló una gestión brillante y sobresaliente, tal como se expresó por parte de la unanimidad de los jefes de bancada en la sesión del jueves pasado. ¡Gracias a todos ustedes por el gran servicio que han prestado a Chile, a través de la Mesa de esta Corporación!
(Aplausos)
Asumo este desafío, junto a los diputados Marcelo Díaz y Fernando Meza, quienes serán nuestros Primer y Segundo Vicepresidente durante este año, con la firme voluntad de luchar, más allá de nuestras diferencias políticas y de nuestros distintos roles como Gobierno y Oposición, por que a Chile le vaya bien. No hay nada que repudie más la ciudadanía que vernos enfrascados en peleas pequeñas y mezquinas, en lugar de concentrar nuestras energías en tareas nobles y relevantes para los habitantes de esta tierra.
En los tiempos que corren, no podemos obviar el hecho de que cada día son menos los chilenos y chilenas que participan en las elecciones. Estamos enfrentando una crisis de credibilidad de la actividad política, en que muchas veces el poder se entiende como un fin en si mismo, más que como un instrumento para servir a los demás.
Esta crisis también se explica por la decreciente importancia del debate de las ideas que, desgraciadamente, muchas veces es reemplazado por adhesiones a grupos o facciones representadas por personas o caudillos en una lógica individualista y utilitarista.
Digamos las cosas por su nombre. Este deterioro ético de la política afecta brutalmente la imagen de las instituciones democráticas, en particular la de los partidos políticos y del Congreso Nacional, como ha quedado demostrado en todos los estudios de opinión pública. Quienes tenemos mayores responsabilidades en el ámbito público no podemos permanecer indiferentes frente a esta realidad indesmentible, y debemos actuar con coraje y decisión, con el objeto de cambiar radicalmente esta percepción de la ciudadanía. Si no lo hacemos, no estaremos cumpliendo con nuestra responsabilidad histórica y patriótica, y serán nuestros hijos los encargados de recordarnos nuestras responsabilidades.
Para lograr mayores niveles de credibilidad, debemos hacer un esfuerzo sostenido para cambiar alguna de nuestras conductas. La ciudadanía está cada vez más informada y, por lo tanto, cada vez más exigente. No nos miden por nuestras palabras, sino fundamentalmente por nuestras conductas. Por ello, debemos dejar de lado las actitudes individualistas y desterrar cualquier atisbo de prepotencia que nos impida dialogar con humildad con la gente, a partir de su realidad cotidiana, la que muchas veces -como lo hemos visto en estos días- es dura y dramática.
Asimismo, debemos evitar crear o mantener cualquier privilegio injustificado. Durante nuestra gestión, estaremos siempre abiertos a acoger planteamientos serios, con la idea de lograr mayores niveles de transparencia y austeridad. En esta línea, propondré a la Corporación medidas muy concretas, cuyo detalle daré a conocer en las instancias pertinentes, para que sean debatidas al interior de ellas.
Por otra parte, es imprescindible promover el debate de las ideas en los más diversos ámbitos de la sociedad. Sin ideas, la actividad pública colectiva termina replegándose, generándose inevitablemente espacios a visiones pragmáticas e individualistas tremendamente nocivas para la democracia.
El Congreso Nacional es, por excelencia, el lugar donde podemos y debemos discutir los grandes temas ciudadanos. La democracia exige un vigoroso intercambio de ideas y opiniones. Una de las características de la cultura democrática es la diversidad de doctrinas, enfoques y sensibilidades. Es perfectamente compatible ser tolerante y respetuoso de la diversidad con el imperativo ético de defender las convicciones de cada uno, sin importar los costos que de ello se deriven. Como decía Mounier, “En política no estamos obligados al éxito, sino al testimonio”.
Como Cámara de Diputados, estamos inmersos en un proceso progresivo y sin retorno, encaminado a alcanzar un altísimo nivel de transparencia. Hoy, cualquier ciudadano y ciudadana puede seguir nuestros debates a través del canal de la Cámara o del sitio web de la Corporación; saber como votamos en la Sala y en las comisiones, conocer nuestra asistencia, los proyectos de ley presentados, lo sucedido en las comisiones investigadoras que fiscalizan los actos del Gobierno, y algo muy importante, la situación patrimonial de las diputadas y diputados durante todo el período parlamentario, lo que permite un mayor control ciudadano sobre eventuales situaciones de enriquecimiento injustificado.
La Cámara de Diputados necesita dar pasos ambiciosos para continuar con su proceso de modernización. Durante este año, con el apoyo de la Biblioteca del Congreso, implementaremos un sistema de apoyo de asesoría legislativa a los diputados y a las comisiones, que nos permitan contar con los conocimientos técnicos y jurídicos necesarios, con el objeto de aumentar nuestro nivel de eficiencia legislativa, que se traduzca finalmente en mejores leyes que beneficien más a nuestros compatriotas. Todo el personal que se contrate para estos efectos, se designará por concurso público, mediante el sistema de currículo ciego, de manera tal de garantizar la selección de los mejores postulantes, exclusivamente en base a sus méritos.
A su turno, queremos mejorar sustancialmente la implementación práctica del ejercicio de las facultades fiscalizadoras de esta Cámara en relación con los actos de Gobierno. Lamentablemente, no siempre los Ministerios y los servicios remiten oportunamente la información solicitada por las Comisiones, incluso cuando éstas tienen el carácter de investigadoras. Soy partidario de elaborar un protocolo de entendimiento con el Poder Ejecutivo que asegure una mayor diligencia en las respuestas a las peticiones de las Comisiones de nuestra Cámara.
Durante este año, tenemos que trabajar y avanzar en muchas áreas, especialmente, en lo que se refiere a la lucha contra la pobreza y al problema de la escandalosa desigualdad que persiste entre las personas de mayores y menores ingresos. La cuna no puede determinar la tumba de nuestra gente. Ampliar la cobertura en la enseñanza prebásica, mejorar la calidad de la educación básica y media, garantizar el acceso a la educación superior de todos los jóvenes que tienen capacidad para seguir estudiando; aprobar la reforma previsional en trámite, garantizando una pensión universal digna para todos nuestros adultos mayores más modestos, son sólo algunas de las múltiples tareas que tenemos por delante durante este año legislativo -y aquí me voy a salir un poco del texto-; también es importante modificar la ley de donaciones con fines sociales.
Hay muchas instituciones serias, con credibilidad, con buena experiencia en el trabajo contra la pobreza, que hoy no tienen los incentivos necesarios para trabajar en este ámbito. Por ejemplo, el Fondo Esperanza, del Hogar de Cristo, que otorga préstamos a personas modestas que no son sujetas de crédito para los bancos o las instituciones financieras. El beneficio llega directamente a la vena. Ese proyecto beneficiará a cincuenta mil clientes para el Bicentenario. El 99 por ciento de estas personas paga sus deudas. Debemos fortalecer ese tipo de iniciativas y para ello es necesario modificar la ley de donaciones con fines sociales.
Antes de concluir mis palabras quiero señalar que éste es un momento muy especial para mí. Asumir como uno de los presidentes de la Cámara de Diputados más jóvenes de nuestra historia republicana constituye un motivo de profunda emoción.
Asumo este desafío consciente de la enorme responsabilidad que significa presidir una de las ramas de nuestro Congreso Nacional, teniendo claro que la primera responsabilidad es con Chile y con su gente. Asumo este desafío consciente de que, a partir de hoy, paso a ser el Presidente de todos los diputados y de todas las diputadas. Quiero manifestarles a todos ustedes mi firme voluntad de intentar ser siempre justo y ecuánime a la hora de dirigir el debate en este hemiciclo y de tomar las decisiones que me corresponda adoptar.
Asumo este desafío teniendo muy presente a la gente de mi equipo de trabajo y a las personas sencillas y amables de Ovalle, Coquimbo y Río Hurtado, que durante estos años me han distinguido con su amistad, y que durante las últimas elecciones parlamentarias me honraron largamente -al igual que a la diputada Alejandra Sepúlveda- con una de las dos primeras mayorías nacionales, con más del 54 por ciento de los votos.
Muchas gracias, amigos de Coquimbo, Ovalle y Río Hurtado.
(Aplausos en las tribunas).
Asumo esta responsabilidad agradecido de la amistad de tantas personas de mi generación, muchas de ellas presentes en las tribunas, con quienes compartimos jornadas inolvidables, ya sea en la lucha contra la dictadura, en la universidad, en la Juventud Demócrata Cristiana, que tuve el honor de encabezar a nivel nacional.
Asumo esta responsabilidad agradecido de mi familia, de mi madre, de mi señora, Francisca; de mis tres hijas, Josefina, Asunción y Amelia; de mi hijo Arturo y, muy especialmente, de ese hombre que luchó durante toda su vida por ser consecuente, en particular, en el compromiso con su familia y con los más necesitados. Me refiero a mi padre que, estoy seguro, nos está acompañando con emoción desde el cielo.
Muchas gracias.
He dicho.
-Aplausos en la Sala y en las tribunas.
V. ORDEN DEL DÍA
REGULACIÓN LABORAL DE DEPORTISTAS PROFESIONALES Y DE TRABAJADORES DE ACTIVIDADES CONEXAS. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Los miembros titulares de la Mesa me han pedido que los reemplace en la conducción de la sesión, porque ellos deben atender a las delegaciones de sus respectivos distritos.
En el Orden del Día, corresponde conocer las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, originado en mensaje, que regula la relación laboral de carácter especial de los deportistas profesionales y trabajadores que desempeñan actividades conexas.
Antecedentes:
-Oficio del Senado, boletín N° 3014-13, sesión 2ª, en 14 de marzo de 2007. Documentos de la Cuenta N° 3.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO .-
Señor Presidente , voy a plantear una cuestión más bien formal.
Éste es un proyecto muy importante para los deportistas profesionales, porque tiene que ver con la regulación de su actividad, fundamentalmente, de los contratos que los regirán, de conformidad también con las leyes sobre la materia que ya aprobamos. Viene del Senado, en tercer trámite constitucional, y la Cámara lo había aprobado en su primer trámite.
El Senado le introdujo modificaciones que son muy interesantes, con la mayoría de las cuales los diputados estamos de acuerdo. Sin embargo, señor Presidente , solicito que recabe la unanimidad de la Sala, con el objeto de que la Comisión de Deportes pueda, en un plazo de 48 horas, hacer un estudio de esas enmiendas. Hay cierto grado de complejidad, especialmente en el artículo 152 que tiene que ver con los primeros contratos de los deportistas profesionales, que nos gustaría estudiar con una mayor dedicación que la simple aprobación en la Sala.
Gracias a la comprensión de los señores diputados, podría haber unanimidad para que la Comisión de Deportes estudie mañana en la mañana las modificaciones al proyecto y la Sala lo trate en la sesión del jueves o del próximo martes. En la práctica, no nos demoraríamos nada.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
¿Habría acuerdo para proceder de la manera solicitada por el diputado señor Ascencio?
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , si bien el proyecto se ha discutido latamente y muchos estamos de acuerdo con las modificaciones del Senado, deseamos tener más información sobre el problema que enfrentan hoy los jugadores profesionales de fútbol de las series menores. Creo que debe quedar claro en qué consiste su contrato profesional, lo que no figura en el proyecto que viene del Senado.
Por lo tanto, por el bien del fútbol profesional, deseamos que vaya a Comisión, a fin de no votar en contra las modificaciones del Senado e ir a Comisión Mixta.
He dicho.
-El Presidente accidental saluda a los futbolistas, ex futbolistas, dirigentes gremiales y directivos del fútbol profesional, presentes en las tribunas.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Antes de votar la proposición del diputado Gabriel Ascencio, voy a ceder la palabra al ministro del Trabajo , quien tiene prioridad. Después intervendrán los diputados señores Marcelo Forni y Sergio Bobadilla para discutir si mandamos el proyecto a Comisión.
Tiene la palabra el ministro del Trabajo .
El señor ANDRADE ( ministro del Trabajo ).-
Señor Presidente , este proyecto lleva más de cinco años en el Congreso Nacional. En el último tiempo, ha sido posible avanzar rápido, fundamentalmente, porque ha contado con una muy buena disposición y un ambiente de confianza notable, lo que ha permitido que la conversación se transforme en acuerdos que han viabilizado un conjunto de nudos que tuvo su tramitación en su oportunidad. Los nudos se han desatado en forma adecuada sobre la base del entendimiento y del acuerdo con el Sindicato de Futbolistas Profesionales y la directiva de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, Anfp.
En consecuencia, el proyecto recoge el debate parlamentario, el conjunto de iniciativas que se expresaron en su oportunidad, pero, básicamente, como dato esencial, el acuerdo generado entre los actores de la relación laboral que estamos regulando.
La larga espera de los futbolistas profesionales por la regulación de una actividad que todos entendemos como absolutamente profesional, da cuenta de una demanda de celeridad que hace necesario un pronunciamiento, después de tanto tiempo, ojalá a la brevedad.
Desde ese punto de vista, me parece que lo razonable sería que la Sala se pronunciara hoy sobre las modificaciones del Senado. Insisto, no es porque haya cosas que no se puedan debatir, sino, esencialmente, porque éste es el resultado de un largo debate, en el que la participación de los actores representativos de la actividad, tanto empleadores como trabajadores, ha sido esencial.
Tal como viene el proyecto, no hace más que recoger los acuerdos que unos y otros han formulado sobre la base del clima de confianza que se generó. Tanto es así que, como bien lo señaló su señoría, nos acompañan en las tribunas el presidente de la Asociación Nacional de Fútbol y el presidente del Sindicato de Futbolistas Profesionales quienes, de un modo u otro, son la expresión de la eventual contradicción que pudiera haber existido en algún momento.
Por eso, pido a los señores diputados que tengan a bien pronunciarse definitivamente sobre la iniciativa.
Si surge alguna duda respecto de la situación de los contratos en vigencia, por supuesto que en ese caso operará la ley del contrato, porque esto no tiene efecto retroactivo. Sin perjuicio de ello, y sobre la base del viejo principio pro operario, las normas que son de beneficio de los trabajadores, en este caso de los futbolistas profesionales y trabajadores conexos, se les aplicarán plenamente, con la sola dictación de la ley.
Muchas gracias.
-Aplausos.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Forni.
El señor FORNI.-
Señor Presidente , sólo quiero decir que el homenaje debe extenderse a todos los futbolistas que están en la tribuna y que han sido muy importantes en el fútbol nacional. En consecuencia, le pido que también salude a Miguel Ponce , Marcelo Zunino, Ricardo “manteca” González , Mario Osbén y otros.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Agrego al saludo de homenaje a todos los futbolistas y ex futbolistas que ha mencionado el honorable señor Forni y demás presentes en las tribunas.
Diputado Ascencio, no hay unanimidad para que el proyecto vuelva a la Comisión.
Tiene la palabra el diputado Sergio Aguiló.
El señor AGUILÓ .-
Señor Presidente , creo que los argumentos entregados por el señor ministro son contundentes. El proyecto lleva cinco años y medio de tramitación. En su oportunidad, en la Cámara lo analizamos latamente. Es más, estuvo dos veces en la Comisión de Trabajo, y lo digo como presidente de ella, a la cual le correspondió estudiar los distintos aspectos que comprende.
En el Senado, igualmente, el proyecto estuvo un largo período. Hoy viene con un conjunto de modificaciones que han sido conversadas, como bien lo explicó el señor ministro , con representantes de la Asociación Nacional de Fútbol y del sindicato de futbolistas profesionales.
De manera que después de cinco años y tanto corresponde despachar el proyecto. Por eso, los parlamentarios que no damos la unanimidad para que vuelva a Comisión no nos basamos en un capricho, sino en una razón: es bueno que lo despachemos para que se convierta en ley a la brevedad, con el objeto de que el fútbol profesional chileno tenga una normativa acorde con los tiempos modernos.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Salaberry.
El señor SALABERRY.-
Señor Presidente , en la misma línea de lo señalado por el diputado Aguiló y el ministro del Trabajo , creo que pocas veces el Congreso tiene la oportunidad de sacar adelante un proyecto de ley en conjunto con las personas a las que beneficiará. En este caso, los jugadores que nos acompañan en las tribunas, en más de una ocasión estuvieron con nosotros en la Comisión de Trabajo.
En el Senado se hizo una gran labor, según he sabido del presidente del Sindicato de Futbolistas Profesionales, don Carlos Soto, a quien también pido que la Mesa lo salude.
Por lo tanto, creo que, en justicia, corresponde que el proyecto sea despachado ahora. Por esta razón no accedemos a la unanimidad para que vuelva a la Comisión de Trabajo.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO .-
Señor Presidente , retiro mi petición para que el proyecto vaya a la Comisión de Deportes. Si no hay unanimidad, no tiene sentido. Cada diputado votará según su criterio.
Sin embargo, quiero hacer una aclaración, que apunta hacia el respeto de nosotros mismos.
Entiendo que el ministro quiera despachar rápido el proyecto. Es perfectamente comprensible. Pero el ministro debe entender que nuestro trabajo no consiste en aprobar los proyectos sólo porque se traen invitados a las tribunas. Los podemos aplaudir y homenajear, pero la obligación nuestra es estudiar los proyectos.
Al cabo del lapso que mencionó el ministro , nosotros despachamos el proyecto en su primer trámite. En el Senado, los senadores -no los diputados- llegaron a acuerdos con los dirigentes de la Asociación Nacional de Fútbol y del Sindicato de Jugadores Profesionales. ¡Perfecto! Pero nuestra obligación es analizar las modificaciones que se introdujeron, porque si después alguien repara alguna y el proyecto debe volver a comisión mixta, se va a perder más tiempo de las 24 ó 48 horas que significaría su vuelta a la Comisión.
A mí me gustaría que tuviéramos un poquito más de respeto por el trabajo que nos corresponde. Nos haría bien a todos.
Señor ministro, entiendo sus razones, pero en la Cámara de Diputados hay un procedimiento y merece un poco más de respeto.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Estay.
El señor ESTAY .-
Señor Presidente , si bien no hay duda del inmenso descrédito en el que ha caído la institucionalidad deportiva nacional, a raíz de los sucesos por todos conocidos de Chiledeportes, hay esperanzas, básicamente debido al positivo ejemplo de clubes que han salido con éxito al mercado accionario y que gestionan con corrección su destino financiero y deportivo, de que se pueda revertir la mala imagen que hoy tiene la ciudadanía de esta actividad.
Es importante que el deporte recupere el sitial que nunca debió perder en el imaginario colectivo. No sólo en cuanto opción de vida y de salud a nivel personal o social, sino, en especial, por la imagen que proyecta sobre los sueños de millones de chilenos, para los cuales los éxitos de los grandes astros hoy no son únicamente noticias en la radio o la televisión, ya que por la vía del efecto imitación han devenido en ejemplos a seguir, incluso como una práctica profesional del deporte para labrarse su destino futuro.
Puedo decir, sin temor a equivocarme, que la vida del deportista profesional, en los últimos años, sigue pautas mundiales en un mecanismo de ascenso social legitimado por las opciones mayoritarias. Hay casos ejemplares que dan cuenta de este hecho. En la Región de La Araucanía, de la cual represento a un distrito en la Cámara, tal vez Marcelo Salas Melinao sea quien mejor defina esta realidad. Proveniente de una humilde familia temuquense, orgulloso portador de la sangre mapuche en sus venas, “el matador” simboliza lo que digo.
Pero, al mismo tiempo que tenemos clubes deportivos profesionales que funcionan como es debido a estas alturas del siglo 21, otorgándoles seriedad y confianza a los deportistas que militan en sus filas, tenemos varios otros en cuya administración y trato al trabajador deportista hay aún mucho de improvisación, falta de previsión e incumplimiento.
Por eso, esta normativa será realmente un aporte. No se trata de sobreregular porque sí el mercado de trabajo a punta de dictar leyes. Los legisladores debemos reconocer que con los tiempos surgen nuevas realidades a las cuales hay que hacer frente, y éste es uno de esos casos.
El mercado laboral de los deportistas profesionales, tanto por respeto a quienes se ganan la vida en el fútbol, a los que se consideró particularmente en esta propuesta legislativa, o en el básquetbol, como ocurre, por ejemplo, en la comuna de Lautaro con su exitoso equipo local, y de tantas otras personas que, incluso, podrían hacerlo en el rodeo, en el automovilismo y en otros deportes rentados por ofrecer a las nuevas generaciones un camino de emprendimiento personal a través de la práctica de esta actividad, ha llegado a una situación que las nuevas reglas deben atender y recoger.
Esa nueva realidad es recogida parcialmente por este proyecto de ley. A pesar de ello lo votaré a favor, y me asiste el convencimiento de que mis colegas de la UDI harán lo mismo, al igual como lo hicieron sus honorables senadores. Aun cuando el proyecto original estaba destinado a regular las actividades de los deportistas profesionales en general, ha terminado centrado bastante en la realidad aplicable a los futbolistas profesionales. Observo preocupado esa modificación. En efecto, como soy regionalista y rechazo la preferencia que se da a la Región Metropolitana por sobre las demás regiones, también podría considerarme un descentralizador en materia deportiva. Por lo tanto, habría preferido un estatuto aplicable a la generalidad de los deportistas profesionales y no, como me parece advertir, circunscrito en demasía a las necesidades de los futbolistas rentados.
A propósito de mi prevención anterior, deseo hacer presente cierta incongruencia en las normas sometidas a nuestro conocimiento. Por lo general, ellas apuntan a los deportistas profesionales, por lo cual no serían aplicables, por ejemplo, al corredor en vaca contratado para defender un corral en un rodeo; al jinete contratado para el Derby o al automovilista o atleta contratados para una carrera o torneo determinado. Se trata de una norma restrictiva, lo que significa que ejemplos como los mencionados y otros podrían continuar en una nebulosa, sujetos a la legislación laboral general, o a la mercantil o, tal vez, a ninguna.
También deseo hacer una prevención en relación con el concepto de “entidad superior de la respectiva disciplina deportiva chilena”. En mi opinión, podría asignarse tal carácter a la federación o asociación afiliada, y que la establecida en la propuesta tuviese carácter supletorio.
En cuanto a incentivos o premios, la propuesta del Ejecutivo estableció un plazo de treinta días para su pago, lo que aparecía como un período prudente. Sin embargo, el Senado amplió dicho plazo a noventa días. Entiendo que se trata de otra adecuación motivada a propósito de la realidad del fútbol, en este caso, de carácter internacional.
El proyecto, para cuyo estudio se contó con la realidad de legislaciones comparadas, regula de manera flexible y moderna la actividad deportiva. Para su concreción, se contó con el acuerdo entre el Sindicato de Futbolistas Profesionales y la Asociación Nacional de Fútbol Profesional. Por lo tanto, una vez que sea ley de la República, se terminará con la informalidad en que se debatía la situación laboral del principal cuerpo de deportistas rentados del país, quienes quedarán resguardados en el pago de sus sueldos y premios. Además, se establecerán mecanismos de reclamación y de pago por subrogación.
En consecuencia, pese a las dudas expuestas -si correspondiere, podrían ser consideradas en su mérito e, incluso, dar lugar a iniciativas complementarias de la legislación en estudio-, anuncio mi voto a favor.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , la legislación en estudio constituye, como expresaron los dirigentes que concurrieron a la Comisión, uno de los anhelos más sentidos de los deportistas rentados, porque será una protección de sus derechos laborales.
Me alegro de la presencia del ministro del Trabajo . ¡Quién más que él debe sentirse orgulloso de la aplicación de las normas generales del derecho laboral al sector en estudio!
Se han alzado muchas voces y presentado diferentes propuestas al Congreso Nacional para regular de manera adecuada la relación laboral de los deportistas profesionales, en especial de los futbolistas.
Debemos recordar por qué la regulación de los deportistas profesionales en materia laboral fue de más a menos. La legislación que regía a los trabajadores de esa actividad, contenida en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1970, sufrió muchas modificaciones en la legislación laboral que rigió y rige en el país. En 1978 se dictó el decreto N° 2.200, que fijó normas relativas al contrato de trabajo y a la protección de los trabajadores. Con posterioridad, se dictó el tan comentado y discutido decreto ley N° 3.500, que derogó muchas disposiciones en materia previsional. Por lo tanto, el mencionado decreto con fuerza de ley N° 1 cayó en desuso y se derogó por falta de la regulación adecuada en esos tiempos.
En consecuencia, la legislación relativa a los derechos de los trabajadores del deporte profesional es precaria. En ese sentido, resultan especialmente graves prácticas constatadas a través de los años, como la ocurrencia de alarmantes grados de informalidad o, derechamente, de infraccionalidad en las contrataciones. De ellas derivan constantes escándalos de carácter económico, con la consecuente falta de pago de remuneraciones y de cotizaciones previsionales a deportistas profesionales.
Al respecto, resulta inexplicable la actitud de instituciones deportivas que llevan a efecto contrataciones millonarias de jugadores destacados para, luego de algunos meses, caer en la más absoluta insolvencia financiera.
Por lo expresado, se hace necesaria una regulación estricta y clara del contrato de trabajo de esos profesionales, a fin de resguardar sus derechos básicos y propender a una estabilización en las relaciones jurídicas del sector.
Quien habla era partidario de profundizar las normas del artículo 152 bis del Código del Trabajo. No obstante, este es un buen proyecto, por lo que anuncio que lo apoyaremos.
Deseo destacar sus aspectos gravitantes. Se hace cargo de temas como el ámbito de aplicación del contrato de los deportistas profesionales, la jornada laboral, plazos y duración del contrato, fecha en que deben ser pagados sueldos y premios, uso de la imagen de los deportistas, responsabilidad subsidiaria de federaciones y normas de higiene y seguridad para las diferentes actividades.
Sin lugar a dudas, viene a ser uno de los grandes avances en materia de legislación relativa al deporte y a otorgar una adecuada flexibilidad y seguridad jurídica a la realización de actividades deportivas. Muchas veces, cuesta enfocar las normas relativas a dichas actividades dentro de las normas generales del derecho del trabajo. Por lo tanto, al igual como ocurre con otros sectores, el deporte profesional requiere una normativa especial.
Se trata de un proyecto cuya aprobación ha sido largamente esperada, tras años de discusiones en que no se llegaba a acuerdo. Por esa razón, soy partidario de que la tramitación de la iniciativa llegue a su término cuanto antes.
Como se recordará, originalmente la iniciativa tendiente a regular y transparentar la actividad deportiva era parte de un paquete en que, además, se incorporaban las sociedades anónimas deportivas, materia que hoy es ley de la República.
Entonces, reitero, no queda más que votar a favor el proyecto y esperar que, una vez que se convierta en ley cumpla con los objetivos planteados y aporte al desarrollo de actividades que, no obstante su carácter profesional, todavía tienen mucho de amateur.
En toda legislación pueden quedar aspectos pendientes, pero no debemos olvidar que tras la promulgación y publicación de la iniciativa como ley de la República, quedamos abiertos también para hacer las modificaciones pertinentes que se nos autoriza como legisladores de la República.
Bien por los deportistas de Chile.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero destacar que la tramitación de este proyecto ha sido ejemplar y participativa. Felicito al Ejecutivo , a través de la persona del señor ministro , porque aquí se pone término a una asimetría gigantesca que existe en el fútbol. Es un deporte cautivador, de enorme impacto social, creativo, cultural. Sin embargo, tiene una estructura, un soporte, en crisis: clubes en quiebra, deudas previsionales, manejos inescrupulosos por parte de algunos dirigentes, escándalos en más de algún torneo y, francamente, esto no daba para más. Por eso, surgió la necesidad de la ley de sociedades anónimas deportivas, y muchos clubes se han ido adaptando a esa realidad, con lo cual se empezó a reconstruir este nuevo andamiaje del fútbol y, ahora, tenemos esta iniciativa que va en directo beneficio de los protagonistas, que son los jugadores y, finalmente, de los clubes deportivos establecidos.
Quiero resaltar algunos aspectos y plantear ciertas aprensiones anticipando, desde ya, que esta bancada votará unánimemente a favor.
En primer lugar, aquí ponemos fin a esos famosos contratos en servilletas de papel que se hicieron populares en el país entre destacados futbolistas y algunos clubes. Dichos contratos no revisten formalidad alguna y dejan en la más enorme precariedad a los protagonistas del fútbol. El proyecto establece la formalización de los contratos de trabajo, de modo que no se produzcan desamparos en los derechos laborales.
En segundo lugar, se da estabilidad a los contratos de trabajo, los cuales ahora deben fijarse por un tiempo determinado. No fue fácil establecer una forma para señalar ese lapso y, finalmente, se llegó a una muy buena solución, cual es que los contratos deben ser por temporadas, y se define “temporada” como el período en el cual se realizan uno o más campeonatos oficiales en un año calendario. Se pone un tope de cinco años, que parece bastante prudente, para la duración del primer contrato de trabajo. Entiendo que las normas internacionales de la Fifa apuntan en esa misma línea.
En tercer lugar, no sólo se establecen resguardos respecto al pago de sueldos, el cual deberá hacerse con una periodicidad que no podrá ser superior a un mes. Cualquiera podría pensar que esta norma es obvia, pero lo que es obvio en el mercado laboral normal no lo es para los futbolistas, porque pasan varios meses en que no les pagan sus sueldos con el pretexto de que ello se efectúa con una periodicidad de cada tres o cuatro meses.
Parte importante de la remuneración de los futbolistas está constituida por los premios. Aquí tengo una aprensión. Se dispone que los premios podrán pagarse dentro de los noventa días siguientes a la ocurrencia del hecho que los originó. Me parece, francamente, que noventa días es un plazo excesivo. No lo digo porque se trate de tres meses, sino porque puede prestarse, por ejemplo, para que ciertos clubes, en campeonatos internacionales, reciban incluso el dinero equivalente a premios con anterioridad a ese plazo y, sin embargo, no tengan la obligación de entregarlo inmediatamente. O sea, podrían operar financieramente con esa plata hasta el día 89 y pagar los premios el día noventa.
Espero que, de acuerdo con el espíritu de esta norma, dado que el Senado dispuso un plazo máximo de noventa días, los clubes entreguen los premios tan pronto como reciban la plata y no esperen a que se cumpla dicho plazo. De ese modo no habrá clubes que obtengan ganancias financieras con el dinero de los premios.
En cuarto lugar, hay que hacer notar ciertas normas relacionadas con la fiscalización y las sanciones al incumplimiento de las relaciones laborales que no se establecen en el Código, y dos puntos adicionales.
Se establece en la ley -norma de carácter imperativo- los derechos de formación. Es decir, cuando un club profesional contrate a un jugador debe reconocer lo que hizo el club que lo formó, el fútbol amateur, generalmente. Porque en esto hay que ser muy cauto y responsable. No puede ser que este derecho de formación se radique finalmente en el primer gran club que reciba al jugador. Debe reconocerse el mérito del club que efectivamente lo formó, y ojalá que muchos de estos dineros lleguen al fútbol amateur, que son los primeros formadores, los “semilleros”.
Soy diputado por la provincia de Ñuble, donde se formó el gran futbolista y delantero Patricio Yánez , y alguien podría argüir, por ejemplo, que esos derechos deberían remitirse al club San Luis de Quillota. Aquí hay un punto pendiente. Yo reivindico que el club del fútbol amateur debe ser reconocido como el que forma al futbolista, independientemente del primer club profesional donde el jugador participe.
En quinto lugar, cuando se habla de derechos de formación, más allá de que el reglamento establecerá con certidumbre a quien le pertenecen, hay que tener mucho cuidado, porque quienes finalmente los determinan son las entidades reguladoras, los clubes, que no son las partes involucradas en el contrato, sino los jugadores. Sé que existe una tabla que señala los derechos de formación, que en la mayoría de los casos se cumple. Pero, ¡atención!, también esto puede prestarse para que ciertos clubes retengan indefinidamente a un jugador en sus filas, porque consideren que tales derechos son mayores a los que puede pagar el eventual comprador. Entonces, que no sea éste un canal para retener injustamente a un jugador, que a lo mejor tiene alguna otra oportunidad y, por tanto, se piense que la famosa tabla de derechos de formación que existe sea vinculante y, finalmente, una protección para el trabajador, y no un problema para facilitar su traspaso de un club a otro.
Por último, este proyecto debe ser el punto de partida del buen trato laboral en el fútbol. Las leyes establecen ciertos marcos, derechos, obligaciones, pero nada de eso va a servir si finalmente no mejoramos la clase que administra estos contratos de trabajo, que son los dirigentes de los clubes deportivos. Al respecto hay una tremenda deuda y espero, reconociendo las falencias que existen, que la Dirección del Trabajo asuma con total responsabilidad la fiscalización de estos contratos, porque los futbolistas, muchas veces, en períodos de gloria del club no tienen reclamo alguno en materia laboral; pero cuando el club está en problemas, a los primeros que se les pide generosidad, paciencia y que cedan en sus derechos laborales, es a ellos. Entonces, para que no existan períodos de vacas flacas y de vacas gordas en el cumplimiento de derechos laborales, la Dirección del Trabajo debe velar para que la ley se cumpla realmente en beneficio de los trabajadores que son los protagonistas del espectáculo.
Repito que esta bancada votará en forma unánime a favor.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , para quienes somos hinchas del fútbol desde hace muchos años, es un momento de felicidad ver cómo se avanza en la estructura legislativa del deporte profesional. Ojalá consideráramos otros deportes, como el básquetbol; pero hoy estamos hablando principalmente sobre fútbol.
Alguien dijo que este proyecto, en conjunto con la ley que establece la posibilidad de que las instituciones profesionales de deportes puedan constituirse no sólo en sociedades anónimas deportivas, sino también en fundaciones, en corporaciones, pero todas bajo un control, constituye un esfuerzo del Estado por establecer una relación jurídica seria para una actividad que convoca a miles y miles de chilenos y chilenas.
El potencial económico de nuestro país en el ámbito público y privado ha crecido casi el triple, desde 1990 a 2007. Sin embargo, el desarrollo de nuestro fútbol profesional no ha ido a la par con este crecimiento; incluso, en algunos aspectos, ha retrocedido. Eso da cuenta de que algo ha andado mal. Sería un facilismo culpar sólo a los dirigentes o al mundo del fútbol. Son otras las causas. Lo cierto es que existen falencias importantes. Por eso, el proyecto, más allá del legítimo derecho que tienen los diputados de pedir que se revisen algunas materias, es un punto de partida, llena un vacío jurídico, al regular los derechos de unos y de otros.
Saludo el esfuerzo con que han trabajado los dirigentes del fútbol profesional, en particular sus nuevas autoridades que, según oí en esta Sala, han buscado acuerdos con el sindicato de futbolistas profesionales y con el Gobierno. Los seguidores de este deporte miramos con esperanza la llegada de profesionales del fútbol a la dirigencia, particularmente del señor Mayne-Nicholls . Es una buena posibilidad para que esta actividad se desarrolle al ritmo que lo hace el país.
También saludo al sindicato de futbolistas profesionales: a su presidente , Carlos Soto , antiguo luchador de la causa, vocación de servicio que proviene de su condición de ignaciano, desde donde lo conozco, que hoy ve que su esfuerzo comienza a tener resultado; a sus antecesores, a Carlos Ramos y a otros tantos dirigentes que durante muchos años han dado esta pelea sindical, que es sesentera, particularmente en Sudamérica y en Argentina, con Carlos Della Savia , Carlos Alberto Bulla o José Omar Pastoriza -recientemente fallecido-, pionero en la lucha por los derechos de los futbolistas profesionales.
Se trata de un buen proyecto, que es perfectible, como muchas cosas, y un punto de partida, que da una estructura mínima a una actividad que merece crecer en serio.
Por eso, contará con nuestro voto favorable.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos.
El señor LOBOS.-
Señor Presidente, el proyecto que regula el marco institucional del fútbol profesional es fruto de un amplio consenso entre el Ejecutivo, el Senado y los futbolistas y los clubes, que son los principales actores.
Con el proyecto se pone fin a una suerte de asimetría entre la importancia del fútbol profesional, en los ámbitos sociales, culturales y recreativos, y su débil andamiaje institucional. Por ejemplo, dirigentes irresponsables, clubes quebrados, manejo inescrupuloso y, fundamentalmente, jugadores impagos. Es decir, incumplimiento en las relaciones laborales entre jugadores de fútbol profesional y sus clubes. Esa asimetría comenzó a ser corregida, hace algún tiempo, con la entrada en vigencia de la ley sobre sociedades anónimas deportivas. Estaba pendiente la reglamentación jurídica de la relación laboral.
A continuación, haré algunos comentarios muy breves.
En primer lugar, se termina de una plumada con los contratos en servilleta de papel, práctica atávica, en virtud de la cual, acuerdos que tenían gran importancia económica se suscribían de manera absolutamente informal y sin ninguna protección por los derechos de los jugadores. Por eso, se establece, sin caer en burocracia excesiva, un mecanismo de formalización adecuada de estos instrumentos, para los que esperamos una efectiva fiscalización.
En segundo lugar, lo relativo a la estabilidad laboral se zanjó de forma lúcida. El proyecto establece que los contratos de los futbolistas profesionales regirán por un tiempo determinado, y el piso será una temporada, o sea, el período en el cual se organizan uno o más campeonatos oficiales en un año calendario, y el techo, cinco años. Esto es coherente con lo que reglamenta el organismo internacional pertinente para este tipo de obligaciones.
En tercer lugar, se establecen algunos resguardos para las remuneraciones de los jugadores y se determina que el atraso para el pago no podrá ser superior a un mes. También se fijan 90 días para que los clubes paguen a los jugadores profesionales los premios convenidos, lapso que se empieza a contar -esto es lo interesante- desde el momento en que se verifica el evento deportivo que genera el incentivo.
En cuarto lugar, y también en la línea de proteger los derechos laborales, se establecen algunas normas sancionadoras del incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. Así, los afectados podrán reclamar ante las entidades organizadoras de los campeonatos para la retención correspondiente y el pago por subrogación.
Quiero hacer presente que nos queda una gotita amarga. Y es la relativa a los contratos de los juveniles, patrimonio del club formador habitualmente hasta los 23 años. La pregunta es a quien vamos a considerar formador: al club de barrio, que muchas veces es la verdadera cuna del jugador -como decía el diputado Monckeberg- o esa condición va a ser privativa de los clubes profesionales.
Además, deberíamos establecer con certeza cuándo comienza la vida profesional del jugador de fútbol. ¿Podría ser cuando firma su primer contrato profesional? Esta instancia habrá que fiscalizarla adecuadamente. Además, habrá que consensuar lo que es el derecho de formación y la libertad de trabajo de un jugador cuando inicie su carrera como profesional.
Por las razones expuestas, votaremos favorablemente.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , felicito a todos quienes han tenido activa participación en la consecución de cada uno de los pasos que han llevado a que este proyecto alcance una de sus etapas finales de tramitación; en particular, a todos los futbolistas y ex futbolistas profesionales, algunos de cuales nos honran con su presencia en las tribunas.
Nuestro deporte no se encuentra en un buen píe. La comunidad nacional sabe que es urgente y necesario dilucidar con prontitud, pero con responsabilidad, quién dirigirá la actividad deportiva durante los próximos años. Como amante del deporte y, en particular, del fútbol, he sido enfático en señalar, y lo repito en esta Sala, que estoy absolutamente comprometido con la idea de que esa persona sea un gran deportista, en lugar de que se elija al candidato mediante una definición de carácter político.
(Aplausos)
Ojalá que seamos capaces de entregar a Chile lo que se merece en el tema del deporte. Estamos ante muchos desafíos.
Dije que quería hacer una introducción sobre la materia, porque hoy estamos avanzando respecto de una parte del deporte que es tremendamente importante, cual es la del fútbol profesional o la del deporte profesional.
Pero los diputados de regiones tenemos otras dudas e inquietudes y otros desafíos. La presencia del señor ministro del Trabajo es una buena ocasión para señalarle, por intermedio del señor Presidente , que la gran actividad deportiva en la Décima Región no es el fútbol profesional, a pesar de que existe, sino que es el fútbol vecinal y rural, que permite realizar deporte a miles de personas. En consecuencia, también tenemos que avanzar al respecto, porque todos los domingos se lesionan jugadores que trabajan en el campo o en la ciudad, quienes son despedidos por sus empleadores el lunes siguiente o cuando se mejoran de sus heridas, porque en este país muchas veces se castiga a quien realiza deportes, en vez de premiarlo.
Hice esta introducción, porque el proyecto en discusión significa un avance importante y nos pone a la par con otras naciones que han sabido privilegiar la importancia que se merece el deporte.
Inicié mis palabras felicitando a quienes están en las tribunas y a quienes no pudieron venir, porque han luchado por años por generar una iniciativa de ley que regule de manera especial a los deportistas profesionales y a los trabajadores que desarrollan actividades conexas.
Comparto lo que dijo el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, pues considero que la iniciativa tiene muchas ventajas, pero también una serie de otros aspectos que hay que aclarar o tratar de llegar a su trasfondo. Estimo fundamental el establecimiento de una jornada de trabajo para los deportistas profesionales; la introducción de un marco regulatorio; disponer que los contratos deberán constar por escrito y celebrarse por tiempo determinado, pudiendo renovarse, para evitar las injusticias que se han cometido hasta ahora.
Me quiero detener tan sólo un segundo en una materia que mencionó el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, en cuanto a que la entidad deportiva que contrata profesionalmente a un deportista, en cuya formación no ha intervenido, tendría la obligación de indemnizar al club que sí participó en ella. Sería muy importante que se estableciera claramente a qué entidad se debe indemnizar: si al club amateur de barrio o si es una obligación entre clubes profesionales, porque clubes de fútbol amateur de Puerto Varas, de Puerto Montt y de otras regiones han formado a muchos jugadores que han sido contratados por clubes profesionales, pero no han recibido nada a cambio.
Con el proyecto de ley se iniciará una nueva etapa en el deporte chileno y en el fútbol en particular, ya que dará más garantías y derechos a los deportistas. El fútbol es una carrera corta. Además, sabemos que muchos jugadores no han podido tener en su vida un buen contrato profesional, a pesar de tener grandes aptitudes y condiciones. También es cierto que a otros les ha ido muy bien. He visto en las tribunas a un gran deportista, admirado por muchos de nosotros. Me refiero a Fabián Estay , quien fue un embajador de nuestro deporte en México, país donde vistió las camisetas de muchos equipos.
(Aplausos)
Sin embargo, no todos tuvieron la suerte de Fabián.
También está en las tribunas Carlos Soto , un gran dirigente y presidente de los futbolistas, a quien también felicitamos y le damos un gran saludo, porque ha encabezado la defensa de los jugadores de fútbol profesional cuando los clubes no cumplen con sus obligaciones laborales. No hay que olvidar que los futbolistas son trabajadores que tienen familias, por lo que sufren mucho cuando sus salarios no están al día. Él ha jugado un gran papel, junto a su directorio, ya que ha dado el realce que merece el deporte chileno, particularmente el fútbol profesional.
Termino mis palabras, señor Presidente , señalando que estamos frente a una iniciativa tremendamente importante y que hoy es un día fundamental para el fútbol y para el deporte en general; pero, repito, felicito a quienes han dado esta lucha, algunos de los cuales se encuentran en las tribunas, y a muchos más que no pudieron llegar, porque sin su actuación no estaríamos discutiendo esta tremenda iniciativa, que es valiosa para Chile y para el mundo del deporte.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , aprovecho la oportunidad para saludar al colega Patricio Walker y desearle muchos éxitos en esta nueva etapa. Hago esta referencia, porque nos liga el tema que se discute, cual es el deporte. Esperamos confiado en su labor para que el deporte tenga el sitial que se merece en nuestro país.
Muchos diputados han emitido opiniones que reflejan un desconocimiento que raya en lo irrisorio, porque muy pocos hemos dado la lucha por el deporte en la Cámara y fuera de ella.
La importancia que tiene el deporte para nuestro país se demuestra con esta Sala casi vacía.
(Aplausos)
Eso es preocupante.
Otra muestra de ello es lo que está ocurriendo en Chiledeportes.
Al respecto, aprovecho esta tribuna para pedir a la Presidenta Bachelet, por intermedio del señor Presidente, que entienda la importancia que tiene el deporte para el desarrollo de nuestra nación y que no se designe a personas sin conocimiento alguno en estos cargos.
En representación de todos los futbolistas, tanto profesionales como amateur, quiero facilitar a Carlos Soto por el esfuerzo que ha hecho junto a un grupo de personas para que el proyecto sea una realidad.
(Aplausos)
Pero, como dijo el diputado Ascencio , también es justo reconocer la labor de quienes hemos dado la cara y hemos participado en la discusión de todos los proyectos de este tipo que han sido enviados al Congreso desde 1998 a la fecha. También es justo reconocer que la Cámara ha sido responsable en el despacho de esas iniciativas, lo que no se puede decir del Senado, que ha demorado largos años en remitírnoslas.
Por eso, señor ministro, por intermedio del señor Presidente, es justo que se nos dé la posibilidad que corresponde a quienes conocemos el tema cuando queremos discutirlo con profundidad y con responsabilidad.
El proyecto va a ser despachado; pero aunque no camina a pasos agigantados, lo hace en forma sólida para satisfacer la lucha social que están dando los dirigentes de los jugadores de fútbol profesional.
Como han dicho todos los diputados de mi partido, la Unión Demócrata Independiente, una gran mayoría lo votará favorablemente, para que sea una realidad en los próximos días.
Ciertamente, uno mantiene las suspicacias que se han planteado. Es conveniente ser justos en este momento que discutimos esta materia, ya que no sólo se práctica fútbol en nuestro país, pues existen muchas otras actividades deportivas que generaron en su momento grandes expectativas en el desarrollo del deporte de nuestra nación, como la Vuelta a Chile, respecto de la cual casi nadie sabe que ya partió. Ni siquiera tenemos a Cristián Bustos para que fortalezca las series menores y el triatlón tenga los éxitos que tuvo y que dieron gloria al deporte chileno. Cuando alabamos los logros del chino Ríos, de Nicolás Massú , de Fernando González , nos da pena saber que no fueron producto de políticas deportivas del Estado. Lo digo sin distinguir si la gestión deportiva esta a cargo personeros de la Concertación o de cualquier otra colectividad política. El Estado es el que fundamentalmente se debe preocupar de desarrollar el deporte. Lo creo con convicción, en mi profesionalismo como profesor de educación física. Cada peso que se gasta en deporte es un peso que se ahorra en salud. Eso es lo que necesitamos. Nos preocupa que el Estado maneje el deporte con una liviandad sorprendente. Si para 2010 no hemos cambiado conductas en la población no sólo desde el punto de vista alimenticio, sino del sedentarismo, vamos a tener una población juvenil de 3 millones de estudiantes con sobrepeso y quizás muchos de ellos con obesidad.
Por lo tanto, es necesario poner el punto sobre las íes para que el Estado vele para que el deporte contribuya al desarrollo del país. Uno se preocupa, más todavía si tenemos organismos para abordar el tema.
La Asociación Nacional de Fútbol Profesional tiene normas asociadas a la Fifa. En Chile hubo un caso que, lamentablemente, no se pudo revertir, porque ninguna ley lo permitía. La Fifa, por sobre la Constitución chilena, sancionó al gran arquero Roberto Rojas , quien no pudo ejercer más su profesión. Por grande que haya sido el error que cometió, la Fifa fue mucho más aplastante que nuestras propias leyes. Incluso, recurrimos a la OIT para reclamar por dicha situación.
Llama la atención que el patrimonio de los clubes no necesariamente implica infraestructura. Aparte de Colo Colo, de la Universidad Católica y de un par de clubes más, el resto no la tiene; sólo poseen un patrimonio: los jugadores menores. Eso es lo que está en cuestionamiento con esta normativa.
Pretendo que el proyecto, una vez convertido en ley, permita saciar el anhelo de todos los futbolistas chilenos y se clarifique incluso las fechas de pago como corresponde. El ministro tendrá una gran labor: iniciar una instancia de fiscalización a todos los clubes para que suscriban los contratos que exige la ley. En ese minuto daremos respuesta real a lo que los dirigentes, como Carlos Soto y otros, han pedido.
Anuncio mi voto favorable, con el compromiso de trabajar para que esto sea el inicio de un cambio en la cultura de todos los políticos y del Estado, en el sentido de hacer del deporte una posibilidad de vida y de desarrollo que tanto necesita el país.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Ramón Farías
El señor FARÍAS .-
Señor Presidente , por su intermedio, saludo a los deportistas que están en la tribuna, todos ellos destacadas personalidades del fútbol profesional.
Quise intervenir porque lo que ocurre con los deportistas es muy similar a lo que sucede en el mundo artístico, como los pintores, los bailarines, etcétera: falta la regulación legal que les permita desarrollarse.
El proyecto viene a normar las indefensiones en que se encuentran los futbolistas profesionales. En definitiva, viene a regular la actividad laboral del fútbol rentado, lo cual es tremendamente importante.
Las injusticias que se comenten, la falta de acuciosidad en el incumplimiento de los contratos, el no pago de remuneraciones, son cosas que se informan a través de los periódicos, de las radioemisoras y de la televisión. Simplemente, los empleadores no pagan y quedan impunes. Sin embargo, los futbolistas profesionales están en la cancha y siguen jugando, porque, aparte del dinero, literalmente, tienen la camiseta puesta del fútbol, más allá que la del equipo por el cual están jugando. Lo mismo ocurre con los actores cuando se transgreden sus derechos en los canales de televisión. Seguimos trabajando porque sentimos amor por lo que hacemos, sentimiento que también tienen los deportistas.
El proyecto es tremendamente importante, porque regula una serie de cosas de las cuales los deportistas estaban desprovistos, como resguardos cuando no les pagan sus remuneraciones y sus imposiciones.
Hay que dejar muy claro que una ley no necesariamente soluciona el problema de fondo. No va a solucionar el hecho de que no vaya público a los estadios ni la violencia entre las barras. Hay que trabajar para que eso no siga ocurriendo. Tampoco va a solucionar el hecho de que los empleadores no paguen las remuneraciones o las imposiciones, pero va a ayudar a que los deportistas profesionales tengan una protección que no tienen en la actualidad.
Nuestro partido va a apoyar el proyecto, porque queremos apuntalar al deporte. Ojalá que los medios de comunicación den mucho más cobertura a otros deportes para darles más importancia. No sólo se practican el fútbol y el tenis en Chile. Hay deportistas maravillosos en natación y en otras disciplinas, las que no se destacan suficientemente en los distintos medios de comunicación.
Doy todo mi apoyo y el de mi partido al proyecto. Hoy, en marzo de 2007, vamos a apoyar a los deportistas y aprobaremos la iniciativa, la cual data de 1994.
He dicho.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Estamos llegando al término del Orden del Día y hay tres señores diputados inscritos que no alcanzarán a hacer uso de la palabra. Solicito el acuerdo de la Sala para prorrogar el Orden del Día, con el objeto de conceder dos minutos a cada uno de ellos y para destinar quince minutos al tratamiento del proyecto sobre el acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Bolivia, a fin de votarlo en la presente sesión.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO.-
Señor Presidente, por su intermedio, quiero formular una pregunta al ministro del Trabajo en relación con lo siguiente.
Sin perjuicio del reconocimiento, de los homenajes y del valor que aquí se ha dado a los futbolistas profesionales -todos estamos de acuerdo y, probablemente, las modificaciones del Senado se aprobarán por unanimidad-, es muy importante reconocer que también existen otros deportes. El fútbol es muy importante para todos los chilenos, pero, con mucho esfuerzo, también se practican otras disciplinas deportivas. Por ejemplo, el básquetbol es un deporte extraordinariamente importante.
Cuando la Cámara de Diputados trató el proyecto, lo que se buscaba regular era la relación laboral de todos los deportistas profesionales. El Senado, en cambio, incorporó un artículo 152 bis A, que dispone: “El presente Capítulo regula la relación de trabajo, bajo dependencia o subordinación, entre los trabajadores que se dedican a la práctica del fútbol profesional y aquellos que desempeñan actividades conexas, con su empleador.” Esto significa que el proyecto regula la actividad laboral sólo de los deportistas del fútbol profesional. Sucede que en otros artículos propuestos por el Senado se habla de “los deportistas profesionales”, en términos genéricos. Asimismo, cuando define qué se entiende por “temporada”, el Senado establece que es el período en el cual se desarrollan el o los campeonatos oficiales organizados por la entidad superior de la respectiva disciplina deportiva.
Por eso, es importante que quede muy claro que las modificaciones del Senado sólo regulan la relación laboral de los deportistas profesionales del fútbol. Espero que el Gobierno, que ha manifestado tanto interés en que esta iniciativa se apruebe rápidamente, también se preocupe de los deportistas profesionales de otras disciplinas.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Darío Paya.
El señor PAYA.-
Señor Presidente , todos tenemos interés en que las modificaciones del Senado se aprueben rápidamente en los términos señalados.
Me ha hecho fuerza una de las aprensiones que se plantearon respecto de lo siguiente.
Se ha dicho que el proyecto modificado por el Senado podría constituir un desincentivo para que jugadores jóvenes desarrollen una carrera deportiva. Sería muy importante que el ministro lo aclare, a fin de que no queden dudas. Si fuera así, el proyecto sería un despropósito. Por el contrario, hoy hablamos de la necesidad de impulsar a más jóvenes a asumir el deporte profesional como una opción de vida.
Por otra parte, hago una aclaración a lo dicho por mi colega Manuel Rojas . Él definió a Roberto Rojas como un gran arquero chileno. Quiero señalar que si no fuera por Elías Figueroa , por “El Matador” y por un par de futbolistas más, estaríamos hablando del mejor jugador chileno de todos los tiempos.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , en mi primera intervención di a conocer los fundamentos por los cuales la bancada del Partido Socialista votará a favor de las modificaciones del Senado. En esta ocasión, quiero señalar, en primer lugar, que considero injustas las apreciaciones vertidas por el diputado Manuel Rojas . En ausencia de muchos de los colegas, en la gran mayoría de su bancada, señaló que los diputados no estábamos preocupados por el deporte. Creo que es una injusticia, porque todos quienes estamos aquí, desde diferentes facetas, nos hemos preocupado por el deporte, somos, más o menos, amantes del fútbol y vamos a apoyar todas las iniciativas que se presenten respecto de él.
En segundo lugar, como señaló el diputado Paya , se encuentran en las tribunas grades figuras del fútbol. En mi intervención anterior nombré sólo a algunos y omití, involuntariamente, los nombres de Elías Figueroa , de Leonardo Véliz, de Humberto “Chita” Cruz y de Mario Soto , quienes merecen todo nuestro apoyo.
(Aplausos)
Considero muy importante lo dicho por el diputado Ascencio . Sería conveniente que el ministro del Trabajo aclare qué pasará con la situación laboral de los deportistas profesionales de otras disciplinas deportivas. Es una preocupación que todos tenemos.
No podría culminar mis palabras sino hablando como diputado de la Décima Región . Aprovecho la presencia en las tribunas del nuevo presidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, por quien siento gran admiración, pues enaltece al fútbol, para pedirle, por su intermedio, señor Presidente , que en el futuro la selección chilena también actúe en la Décima Región -sólo ha llegado hasta la Octava- pues sus habitantes también somos chilenos.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Chahuán.
El señor CHAHUÁN .-
Señor Presidente , en primer lugar, agradezco al ministro del Trabajo por dar impulso a este proyecto que estaba empantanado en el Senado. Gracias a su gestión, hoy se encuentra en tercer trámite constitucional.
Esta iniciativa, modificada por el Senado, sin duda dignificará a los deportistas profesionales y despejará las nebulosas respecto de su situación previsional.
También felicito al presidente del Sindicato de Futbolistas Profesionales , señor Carlos Soto , y al presidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional , señor Harold Mayne-Nicolls , por la fiscalización que están haciendo de los clubes deportivos. En virtud de ella, se han aplicado sanciones y se ha castigado a los clubes, incluso, con puntos, cuando no han cumplido con sus obligaciones laborales.
Por lo expuesto, anuncio el voto favorable de la bancada de Renovación Nacional a las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro del Trabajo, señor Osvaldo Andrade.
El señor ANDRADE ( ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , quiero precisar algunos aspectos del proyecto modificado por el Senado y responder algunas consultas que se han hecho.
Es importante tener presente que la entidad superior de la respectiva disciplina deportiva deberá ser informada por los clubes deportivos que participan en las competencias que organiza, sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales que a éstos corresponda respecto de los deportistas profesionales y trabajadores que desempeñan actividades conexas en ellos. En caso de que dichos clubes no acrediten oportunamente el cumplimiento íntegro de esas obligaciones, la entidad superior de la respectiva disciplina deportiva podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquéllos las sumas que se adeuden, y pagar por subrogación al deportista profesional o al trabajador afectados. Es un dato interesante, que tiene relación con las disposiciones de la ley sobre subcontratación.
Quiero responder la consulta formulada por el diputado señor Ascencio -entiendo el interés del señor diputado , que también tengo, respecto del basquetbol-. El proyecto sólo se refiere a los futbolistas profesionales. Quedan excluidas otras disciplinas, esencialmente, porque en el debate se vislumbró que en ellas no existía aún la densidad suficiente para una regulación. En el caso del básquetbol -que tanto el diputado como este ministro conocemos-, las situaciones son un tanto distintas, ya que hay jugadores estrictamente profesionales, en especial los extranjeros, pero hay otros que tienen algún tipo de retribución, ya sea por vía de becas estudiantiles, ayudas en locomoción, etcétera. Por tanto, pareciera ser un tanto excesiva una regulación de esta naturaleza en actividades donde coexisten situaciones como las descritas.
Aquí se trata de incentivar precisamente la creación de entidades formadoras. La Anfp mantiene en sus registros los clubes que tienen divisiones inferiores, por lo que en el evento de un traspaso, podrían acceder a una eventual indemnización.
Le agradezco al diputado Chahuán sus felicitaciones, pero creo que son inmerecidas. El factor esencial que ha posibilitado destrabar aquellos problemas que tenía el procedimiento y ha permitido una tramitación rápida, tiene que ver con un dato muy simple. Se ha generado un ambiente de confianza entre el Sindicato de Futbolistas Profesionales y la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, el cual ha permitido un diálogo fructífero en una negociación que ha concluido en un conjunto de normas para resolver las situaciones que se generen. Por tanto, a quienes hay que felicitar -y lo digo con mucha franqueza- es, precisamente, al presidente del Sindicato de Futbolistas Profesionales , don Carlos Soto, y al presidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional , don Harold Mayne-Nicholls.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:
El señor WALKER ( Presidente ).- Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, originado en mensaje, que regula la legislación laboral de carácter especial de los deportistas profesionales y trabajadores que desempeñan actividades conexas.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 101 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Aplausos en las tribunas.
El señor WALKER (Presidente).-
Felicitamos a nuestros deportistas profesionales, en particular, a don Carlos Soto, presidente del Sindicato de Futbolistas Profesionales, y a todas las figuras que nos han honrado con su desempeño.
Despachado el proyecto.
ACUERDO ENTRE CHILE Y BOLIVIA SOBRE EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS DE FAMILIARES DE PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor WALKER (Presidente).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Bolivia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal consular, administrativo y técnico que presta servicios en las respectivas representaciones de Oficinas Consulares en Bolivia y Chile, suscrito por intercambio de notas fechadas el 3 y 4 de octubre de 2005, en La Paz y Santiago, respectivamente.
Diputada informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, es la señora Isabel Allende.
En esta ocasión, rendirá el informe el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 4735-10, sesión 109ª, en 19 de diciembre de 2006. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jarpa.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , en primer lugar, me uno a las felicitaciones que le han expresado mis colegas por haber asumido la consudcción de nuestra Cámara, junto a los diputados señores Marcelo Díaz y Fernando Meza .
En nombre de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, paso a informar sobre el proyecto aprobatorio del Acuerdo celebrado con Bolivia para permitir que los familiares dependientes del personal consular, administrativo y técnico de sus respectivas Misiones Consulares puedan ser autorizados para desempeñar actividades remuneradas en el Estado receptor.
El efecto jurídico principal del Acuerdo es liberar a los familiares dependientes del personal diplomático y consular, respecto del ejercicio de sus actividades remuneradas, de las inmunidades de jurisdicción que les reconocen las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares, de manera que puedan acceder a los contratos de trabajo en las mismas condiciones que los nacionales del país sede de la respectiva misión.
Nuestro país ha celebrado, con los mismos propósitos enunciados, tratados bilaterales con diversos países, todos fundados en el principio de la reciprocidad internacional, como los celebrados con Argentina, Brasil, Canadá , Colombia, Costa Rica , Dinamarca, entre otros.
En dicho Acuerdo se regulan fundamentalmente:
La facultad de los gobiernos para autorizar el ejercicio de actividades remuneradas en el Estado receptor por los familiares dependientes de los miembros acreditados en sus respectivas misiones consulares;
Los procedimientos administrativos aplicables para tramitar las solicitudes correspondientes, y
Los alcances de la autorización y de la expresión “familiares dependientes”; asimismo, se establece que la autorización para trabajar no importa reconocimiento de títulos, grados o estudios entre los Estados.
Específicamente, en este Acuerdo se entiende por “familiares dependientes” al cónyuge, los hijos solteros menores de 21 años o menores de 25 años que cursen estudios superiores, y los hijos solteros que tengan alguna incapacidad física o mental.
Las solicitudes de autorización correspondientes se tramitarán administrativamente por las respectivas Misiones Consulares, mediante nota diplomática ante la Dirección General de Ceremonial y Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor.
En los casos de profesiones o actividades que requieran calificaciones especiales, será necesario que el familiar dependiente cumpla con las normas que rigen el ejercicio de esas profesiones o actividades en el Estado receptor y las autorizaciones que otorguen no podrán ser interpretadas por sí mismas, como reconocimiento de títulos, grados o estudios para efectos del ejercicio de una profesión. Con todo, se autoriza la denegación de la autorización en casos en los que, por razones de seguridad, sólo puedan emplearse nacionales del Estado receptor.
El efecto jurídico principal que se persigue en este tipo de tratados es, primero, que el familiar dependiente que realizare actividades remuneradas al amparo de estos instrumentos no gozará de inmunidad de jurisdicción civil, administrativa ni penal frente a acciones deducidas en su contra respecto de los actos o contratos relacionados con el desempeño de tales actividades, quedando sometido a la legislación de dicho Estado.
Segundo, que el familiar dependiente que desarrolle actividades remuneradas en el Estado receptor, estará sujeto a la legislación aplicable en materia tributaria y de seguridad social en lo referente al ejercicio de dichas actividades.
Por último, cabe señalar que la autorización para ejercer una actividad remunerada en el Estado receptor expirará en un plazo máximo de un mes desde la fecha en que el funcionario consular, empleado administrativo o técnico del cual emana la dependencia, termine sus funciones ante el gobierno en que se encuentre acreditado.
En mérito del principio de reciprocidad internacional que orienta las disposiciones del Acuerdo en informe y considerando su importancia para el estrechamiento de los vínculos de amistad y cooperación entre los Gobiernos de Chile y Bolivia, la Comisión decidió proponer a la honorable Cámara que le preste su aprobación al artículo único del proyecto de acuerdo, discutido y despachado en sesión del 2 de enero de 2007, con la asistencia del diputado Tarud Daccarett, don Jorge , Presidente ; de la señora diputada Allende Bussi , doña Isabel , y de los señores diputados Álvarez-Salamanca Büchi, don Pedro Pablo ; Delmastro Naso, don Roberto ; Forni Lobos, don Marcelo ; Fuentealba Vildósola, don Renán ; Jarpa Wevar, don Carlos Abel ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Quintana Leal, don Jaime , y Verdugo Soto, don Germán .
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , voy a tratar de ser lo más breve posible.
Este proyecto se enmarca dentro de lo que podríamos llamar la profundización de nuestras relaciones y de la confianza con los países vecinos. Similares proyectos hemos suscrito con Argentina y con Perú.
Lo segundo que habría que hacer resaltar es que resulta de toda justicia que los familiares de nuestro personal diplomático que reside en el extranjero puedan desempeñar labores remuneradas en los países en los cuales sus respectivos cónyuges o parientes están acreditados. En realidad, esto viene a coadyuvar a la misión diplomática propiamente tal, al fortalecimiento de la familia, etcétera.
Sin embargo, aprovechando la discusión de este proyecto, quiero referirme fundamentalmente a nuestras relaciones con Bolivia. Recientemente, en la Comisión de Relaciones Exteriores recibimos la visita del cónsul general de Bolivia en Santiago , con quien tuvimos oportunidad de hacer un repaso del estado de nuestras relaciones. Si bien éstas, al igual que las que se mantienen con Perú y Argentina, no están exentas de dificultades, creemos que debemos perseverar, precisamente, en la construcción de confianzas, de manera tal de ir allanando caminos para llegar a los acuerdos a que ambos países aspiran.
En el caso de Bolivia, hemos tenido acciones muy importantes en materia de desminado. Nuestro país ha invitado a Bolivia a presenciar el desminado de nuestra frontera común y de los parques nacionales que compartimos. Por otra parte, hay un intercambio intensivo entre personal de las fuerzas armadas de ambos países, a pesar de que no tenemos relaciones diplomáticas formales. Recientemente, el cónsul hizo llegar una invitación a los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores para que concurramos a Bolivia a estrechar las relaciones entre ambas comisiones.
Por lo tanto, nos alegramos de la forma en que se están desarrollando nuestras relaciones con Bolivia. Por cierto, queremos encontrar soluciones consensuadas. Es necesario, todavía, recorrer un camino que no está exento de dificultades; pero lo importante es que sigamos dialogando y que perseveremos en cada uno de nuestros objetivos y que nos respetemos en la divergencia, de manera que, en definitiva, ambos países puedan construir un futuro común y compartir también objetivos comunes.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Masferrer.
El señor MASFERRER .-
Señor Presidente , el objetivo de este proyecto de acuerdo es permitir a los familiares dependientes del personal consular, administrativo y técnico, de Chile y de Bolivia desarrollar actividades remuneradas en sus respectivos países. Según este acuerdo, se entiende por familiares dependientes al cónyuge, los hijos solteros menores de 21 años o menores de 25 años que cursen estudios superiores en centros de enseñanza superior y los hijos solteros que tengan alguna discapacidad física o mental.
Por otra parte, el acuerdo establece que el familiar dependiente que realice actividades remuneradas al amparo de estos instrumentos no gozará de inmunidad de jurisdicción civil, y que estará sujeto a la legislación aplicable en materia tributaria y de seguridad social en lo referente al ejercicio de dichas actividades.
Consideramos que se trata de un buen proyecto de acuerdo; sin embargo, lamentamos que no se haya presentado con anterioridad. Debemos tratar de profundizar nuestras relaciones con los países vecinos, en particular, con la república de Bolivia.
Por lo tanto, vamos a votar favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto de acuerdo.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 101 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
DEROGACIÓN DE REQUISITOS DEL DECRETO LEY N° 2.448, DE 1979, PARA OBTENCIÓN DE PENSIÓN. (Votación).
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo N° 288, que tiene por objeto solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que envíe un proyecto de ley que derogue los requisitos del decreto ley N° 2.448, de 1979, para la obtención de pensión.
En votación.
El señor WALKER (Presidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA ESPECIAL DE RENDICIÓN DE LA PSU PARA PERSONAS NO VIDENTES.
El señor WALKER (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 289, de las diputadas señoras Karla Rubilar y Amelia Herrera, y de los diputados señores Cristián Monckeberg, Accorsi, Sabag, Lobos, Monsalve, Robles y Chahuán:
“Considerando:
Que, en su artículo 1°, la Carta Fundamental prescribe que “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Señala que “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”. Luego dice que “Es deber del Estado (...) promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.”;
Que la Constitución Política de la República establece el principio de subsidiariedad mediante el cual es el individuo el que está dotado de capacidades y de facultades para asumir las responsabilidades que le son propias, y que será el Estado el que deberá resguardar ese orden y ejercer las políticas para hacer posible el acceso a una igualdad de oportunidades, en un marco de orden jurídico y de seguridad nacional, según se desprende del mismo artículo 1°, incisos tercero y cuarto;
Que, en su artículo 19, la misma Carta Fundamental prescribe como garantía cons-
titucional que “La Constitución asegura a todas las personas: (...) El derecho a la vida y a la integridad fisica y psíquica de la persona”. Más adelante, continúa señalando que, en Chile, se consagra: “La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados (...). Hombres y mujeres son iguales ante la ley. (...) Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”. Igualmente, está consagrado “El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia”;
Que, en el mismo artículo 19, en su número 10, la Constitución Política de la República consagra como garantía constitucional el derecho a la educación: “La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida. Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”. Continúa con que “Corresponderá al Estado, asimismo, fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles (...). Es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación”;
Que todas las personas con discapacidades físicas o de otro tipo, al igual que los demás seres humanos, tienen derechos básicos y libertades fundamentales consagradas en diversas convenciones, declaraciones, normas y estándares internacionales existentes.
Que una de éstas es la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad, adoptada en la ciudad de Guatemala, el 7 de junio de 1999, y aprobada y ratificada por Chile, promulgándose el 25 de marzo de 2002;
Que esta Convención señala que la discapacidad es “una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social”;
Que, igualmente, la discriminación contra personas con discapacidad es “toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad, antecedente de discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción de una discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o el propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas con discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales”;
Que, más adelante, la Convención señala que los estados signatarios deberán “Adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad”, entre las que se encuentran “medidas para eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a la justicia y los servicios policiales, y las actividades políticas y de administración”;
Que, a pesar de lo prescrito por la Constitución Política de la República y las Convenciones ratificadas por Chile actualmente vigentes, tanto en el plano externo como en el interno, los no videntes del país han sido objeto de discriminaciones en forma reiterada. Por ejemplo, ellos no pueden dar la Prueba de Selección Universitaria (PSU) y así optar a quedar en los planteles tradicionales, sino que sólo pueden entrar a algunos planteles universitarios, generalmente privados, a través de un proceso de admisión especial, obviando con esto que los no videntes sólo tienen una discapacidad física, mas no mental, y
Que, en la actualidad, los ciegos sólo pueden optar a carreras de tipo humanista como Derecho, Filosofía o Literatura; motivo por el que les están vetadas las de líneas científicas o musicales, con el argumento -a todas luces discriminatorio- que las casas de estudio, en su gran mayoría, no cuentan con libros en sistema Braille, lo que sólo demuestra el desconocimiento de la existencia de un sinnúmero de programas computacionales para el estudio de los ciegos.
La Cámara de Diputados acuerda:
1. Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley que termine con la discriminación de la que actualmente son objeto las personas no videntes y se obligue a los planteles universitarios, tradicionales o privados, a admitir a estas personas cuando su puntaje de la Prueba de Selección Universitaria (PSU) alcance para matricularse dentro de la carrera que ellos desean, y
2. A la ministra de Educación que implemente un sistema especial para la rendición de la PSU a personas no videntes, de manera de asegurar su ingreso a la universidad a través de sus propios medios y no de admisiones especiales, como lo es hasta ahora; esto en directa concordancia con el principio de subsidiariedad establecido en la Carta Fundamental”.
El señor WALKER (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para hablar en contra, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
PROTECCIÓN LEGAL A MUJERES EMBARAZADAS POR VIOLACIÓN.
El señor WALKER (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 290, de las señoras Rubilar, doña Karla; Herrera, doña Amelia; Valcarce, doña Ximena, y de los señores Accorsi, Becker, Sabag, Lobos, Monsalve, Robles y García, don René Manuel.
“Considerando:
Que, en Chile, cada veinticinco minutos, según un informe de la División de Seguridad Ciudadana de la Subsecretaría del Interior, se produce una violación sexual perpetrada por desconocidos y familiares de las víctimas.
Que, de acuerdo con este documento, en 2002, las violaciones aumentaron en el 69,7% en las denuncias de agresiones sexuales cometidas contra mujeres. Entre el 80% y el 90%, las víctimas de esa violencia es menor de quince años de edad, y, dentro de ese grupo, la mayoría tiene entre ocho y once años de edad. Las estadísticas indican que, en el 57% de los casos, las violaciones son ejecutadas por personas conocidas de la víctima, mientras que el 11% son desconocidos que protagonizan este delito.
Que las agresiones sexuales ocurren con mayor frecuencia los fines de semana, desde la noche del viernes hasta la madrugada del lunes, y los expertos sostienen que la oscuridad de la noche y la soledad de calles y plazas son terreno fértil para los agresores sexuales.
Que, en general, uno de los problemas sociales que aqueja más a la sociedad es la elevada tasa de mujeres víctimas de delitos cometidos contra la libertad sexual, principalmente aquellas que, como producto de este ilícito, resultan embarazadas.
Que, a pesar que este tipo de delitos no tiene un estrato económico específico donde ocurra, son las mujeres de niveles socioeconómicos más bajos las que más enfrentan esta cruda realidad.
Que la consecuencia de un delito de este tipo, que ocasiona el embarazo de la víctima, genera trastornos psicológicos que, entre otras cosas, traen consigo ansiedad, llanto excesivo, aislamiento, sentimiento de pérdida de control en la vida, flashbacks o el hecho de experimentar de nuevo el asalto de manera mental, dificultad de concentración, pesadillas, sentimientos de culpa, percepción negativa de sí mismo, tristeza o depresión, miedo e inseguridad, pérdida de la libido y problemas sexuales, y, lo peor, tendencia a procurar el aborto, el que se conoce con el nombre de “aborto sentimental”.
Que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico chileno, más específicamente en el Código Penal, el aborto se encuentra sancionado.
Que, en su artículo 19, número 1, la Constitución Política de la República de Chile señala como garantía constitucional que “La Constitución asegura a todas las personas: El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”. Prescribiendo, además, que “La ley protege la vida del que está por nacer”.
Que, en el citado artículo, en su número 4, la Constitución Política de la República señala que el Estado se compromete a consagrar “El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.”
Que, del mismo modo, en su artículo 19, número 9, la Carta Política establece “El derecho a la protección de la salud (...). El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo”.
Que, al menos, es contradictorio que exista en el ordenamiento jurídico este tipo penal que sancione como delito la conducta de la víctima de una violación con embarazo de querer abortar, frustrando el proyecto de vida, al no querer asumir esa carga como producto de tan execrable, detestable y aborrecible hecho. Esto, debido a la carencia de planes y programas sociales que apoyen a la mujer en gestación a consecuencia de este ilícito, aun cuando el Estado, a través de su Carta Fundamental, consagra como garantía constitucional el derecho a la protección, recuperación y rehabilitación de la salud.
Que de lo anterior se desprende que, por mandato constitucional, es el Ministerio de Salud el organismo que tiene la potestad de fijar las políticas públicas de salud y las normas consecuentes con ella.
Que la legislación sobre esta materia, o sea, protección a las mujeres embarazadas, como producto de una violación, es deficiente, yendo claramente en contra de lo prescrito por la Carta Fundamental y establecido como garantía constitucional.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que envíe al Congreso Nacional de un proyecto de ley que establezca un marco legal al objeto de proteger a las mujeres embarazadas como producto de una violación, en donde considere programas de apoyo social destinados a su mantención económica durante el período prenatal y hasta pasado un año, en el período posnatal. Además de proporcionarles apoyo integral psicológico, que busque la recuperación de su autoestima afectada por tan execrable hecho del que ha sido víctima. Esto, como forma compensatoria por el delito causado a la víctima y en pos de propender la disminución de abortos como producto de estos hechos.”
El señor WALKER (Presidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar.
La señora RUBILAR (doña Karla).-
Señor Presidente , según un informe de la División de Seguridad Ciudadana de la Subsecretaría del Interior, cada 25 minutos se produce en Chile una violación sexual perpetrada por desconocidos o familiares de las víctimas.
De acuerdo con el mencionado documento, en 2002 las violaciones aumentaron en un 69,7 por ciento; que entre el 80 y 90 por ciento de las víctimas de esa violencia es menor de 15 años y, dentro de ese grupo, la mayoría tiene entre ocho y once años. Las estadísticas indican que un 57 por ciento de las violaciones son ejecutadas por personas conocidas de la víctima, mientras que el porcentaje realizado por desconocidos llega al 11 por ciento.
Las agresiones sexuales ocurren con mayor frecuencia los fines de semana, en la oscuridad de la noche y en la soledad de las calles y plazas.
Uno de los problemas sociales que más aquejan a la sociedad en general es la elevada tasa de mujeres víctimas de delitos cometidos contra la libertad sexual, principalmente aquellas que como resultado de ese ilícito quedan embarazadas.
A pesar de que este tipo de delito no se da en un estrato económico específico, las mujeres de los niveles socioeconómicos inferiores son las que más enfrentan esta cruda realidad.
La consecuencia de un delito de este tipo que ocasiona el embarazo de la víctima, genera trastornos sicológicos, como ansiedad, llanto excesivo, aislamiento, sentimiento de pérdida del control de su vida, y muchas otras situaciones que afectan su salud y calidad de vida.
La Constitución Política de Chile, en su artículo 19, N° 1, asegura a todas las personas el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. A su vez, el Código Penal sanciona el aborto.
A pesar de lo anterior, resulta muy contradictorio que nuestro ordenamiento jurídico sancione como delito la conducta de la víctima de una violación con embarazo en el sentido de abortar, de frustrar ese proyecto de vida, y no se le da ayuda alguna para evitar esa situación.
Por tanto, pedimos a la Presidenta de la República el envío de un proyecto de ley que establezca un marco legal para proteger a las mujeres embarazadas por violencia sexual. Éste debería contener, además, programas de apoyo social destinados a su mantención económica durante el prenatal y hasta pasado un año del período post natal.
Si sancionamos el aborto, lo mínimo que debiéramos hacer es apoyar a estas mujeres para que no aborten y continúen con su embarazo.
He dicho.
El señor PÉREZ (Presidente accidental).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES .-
Señor Presidente , el proyecto de acuerdo de la diputada Karla Rubilar es muy importante para la sociedad chilena. Con él, se hace cargo de la reinserción de las adolescentes violentadas en su dignidad y derecho sexual.
La violación sexual es un gran drama y una de las funciones del Estado debiera ser entregar el apoyo necesario a la víctima para su reinserción.
El dolor por esta causa es muy grande y, tal como decía la diputada Rubilar , las estadísticas muestran que las niñas violadas son de corta edad. Es evidente que un hecho de esta naturaleza influirá en su desarrollo y en su salud síquica. Su planteamiento es muy atendible.
Por eso, debiéramos apoyar con fuerza este proyecto de acuerdo, a fin de que el Gobierno patrocine una iniciativa para proteger a estas personas víctimas de violencia sexual.
He dicho.
El señor PÉREZ (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).- No hay quórum. Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).- Se llamará a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor PÉREZ (Presidente accidental).- En votación el proyecto de acuerdo.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).- No hay quórum.
Queda pendiente la votación.
VII. INCIDENTES
RESPALDO A GESTIÓN DEL MINISTERIO DEL TRABAJO EN LA REGIÓN DE ATACAMA. Oficios.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
El primer turno corresponde al Comité Radical Social Demócrata.
Tiene la palabra el diputado Alberto Robles .
El señor ROBLES .-
Señor Presidente , he pedido la palabra para expresar mi respaldo a la gestión que está desarrollando el Ministerio del Trabajo, principalmente a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence , por una razón muy particular.
Todos sabemos que la provincia de Huasco es una de las más afectadas por la cesantía. Durante el último tiempo, se ha hecho un esfuerzo importante. A él han concurrido las autoridades regionales y provinciales, y el alcalde de Vallenar , con el objeto de disminuir o paliar el problema.
Como la cultura minera ha ido variando, hasta hace poco ellas se quedaban en su casa y los hombres salían a trabajar. Hoy, las mujeres se han incorporado al mundo laboral, pero a ellas la cesantía las ha afectado particularmente.
Por eso, quiero destacar el trabajo que ha hecho el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence , ya que ha implementado un sistema integral para abordar el problema. Dentro de su trabajo, además, ha implementado políticas flexibles que permitan hacerlo desde el punto de vista del Estado. Una, puesta en práctica hace pocos días -por fortuna, el Sence acogió lo que planteron las autoridades, específicamente el alcalde de Vallenar -, consiste en mantener los cupos de trabajo, pero también las remuneraciones de las mujeres adscritas a planes de empleo del Gobierno.
Como se sabe, la Presidenta de la República dispuso que los planes de empleo fueran administrados a través del Sence por consultoras sin fines de lucro. Pues bien, las funcionarias que antes trabajaban en la Conaf iban a ver disminuidos sus ingresos como consecuencia de esta nueva forma de administración, cuyo objetivo es dar más transparencia a la gestión del Estado. Ante esa situación, el ministro del Trabajo y el director nacional del Sence actuaron en forma rápida y acuciosa, lo que permitió que se mantuvieran los derechos que esas mujeres tenían, al igual que los de aquellos que estaban en planes de empleo municipales.
Por eso, pido que se oficie a esas autoridades y, además, al director del Sence regional y a la gobernadora de Huasco para agradecerles su actuación. El trabajo de esa institución es un aporte a la región al favorecer la incorporación de las mujeres al pleno empleo.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
MODIFICACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CARABINEROS DE CHILE EN PUERTO MONTT. Oficio.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente , si se pregunta a los ciudadanos cuál es su principal preocupación, la respuesta siempre es la misma: la delincuencia. Y mi distrito no es la excepción a esa respuesta. Al respecto, en la última encuesta sobre seguridad ciudadana, frente a la pregunta si el encuestado o algún miembro de su familia ha sido víctima de algún delito, el 38.5 por ciento de los consultados respondió que sí. Asimismo, preguntados si denunciaron el delito, sólo el 39.5 por ciento contestó en forma afirmativa.
Además, quiero destacar el hecho de que el 89.6 por ciento de las personas que denunciaron los delitos lo hizo en Carabineros de Chile. Es decir, sigue siendo la institución que acoge de mejor forma a la gente en un momento tan difícil.
Por estas razones, se ha acogido con alegría y esperanza el anuncio de que se aplicará el plan cuadrante en Puerto Montt. Así, llegará un buen número de carabineros que reforzarán las labores preventivas y de represión.
En las últimas elecciones presidenciales se ofreció elevar la categoría de la tenencia Alerce y del retén Mirasol, a subcomisarías, lo que es anhelado por los vecinos de esas localidades. Pero ha pasado el tiempo y la dotación es la misma: en Alerce, alrededor de 20 funcionarios para 30 mil habitantes. La situación de Mirasol es parecida.
Obviamente, me preocupa que hasta el momento no haya habido preocupación para acoger como es debido a los nuevos carabineros, con las condiciones mínimas para que puedan vivir y desarrollar su labor. Todos sabemos que su remuneración es bastante baja. Por eso, espero que exista un mínimo de preocupación de las autoridades para acogerlos como corresponde.
Por eso, solicito que se oficie al ministro del Interior para que informe si hay planes en tal sentido y para modificar la infraestructura -la que debería estar lista antes de la llegada de la nueva dotación de carabineros- de la segunda y quinta comisarías de Puerto Montt y cuál es el plazo para su ejecución.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio en los términos planteados por su señoría.
RECONOCIMIENTO AL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL. Oficio.
El señor PÉREZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Carlos Recondo.
El señor RECONDO .-
Señor Presidente , habitualmente se hace uso de este tiempo para fiscalizar o expresar alguna crítica, pero en esta oportunidad lo utilizaré para reconocer la diligencia con que un órgano público, el Instituto de Normalización Previsional, INP, ha reaccionado ante una petición de la comunidad de Los Muermos.
Hace un tiempo se supo que el INP quería modificar el sistema de pago de los pensionados, en el sentido de hacerlo a través del Banco del Estado, a lo cual ellos se opusieron porque se sentían afectados luego de haber construido su propio local para el efecto y las condiciones de esa institución bancaria no eran las adecuadas. Hicieron una serie de gestiones y nos solicitaron a los parlamentarios que colaboráramos en ese sentido.
Hoy se ha recibido una carta del director nacional de Instituto de Normalización Previsional , INP, en la cual informa que ha acogido favorablemente la petición de la comunidad de Los Muermos. Así, mientras la sede del Banco del Estado en esa localidad no cumpla los requisitos mínimos para atender a los pensionados, el servicio seguirá atendiéndolos, como hasta ahora se ha hecho, en la propia sede que ellos construyeron. Por lo tanto, no habrá modificaciones por un tiempo.
La buena disposición del director nacional de ese servicio, obviamente, beneficia a los pensionados, la mayoría adultos mayores con grandes necesidades. Ellos pueden estar tranquilos porque ha sido debidamente considerada su petición.
En consecuencia, pido oficiar al director nacional del INP a fin de agradecer su buena disposición.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
ANTECEDENTES SOBRE CREACIÓN DE COMUNA DE RAHUE. Oficios.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , hace algunos años, justamente uno antes de la pasada elección municipal, diferentes candidatos propusieron la creación de la comuna de Rahue. Se generó un debate político que culminó antes de la última elección parlamentaria y presidencial, en la que la entonces subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Adriana Delpiano , se comprometió a su creación, de la que soy partidario.
Con posterioridad, sobrevinieron los avatares políticos originados como consecuencia de la división de la Décima Región para dar paso a la creación de la nueva Región de Los Ríos, y en junio o julio del año pasado, la actual subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Claudia Serrano , comprometió su palabra en el sentido de que en 2007 estarían dadas las condiciones para la creación de esa comuna.
En consecuencia, pido oficiar al ministro del Interior , con copia a la subsecretaria de Desarrollo Regional, para que informe a la Cámara si el Gobierno cuenta con antecedentes técnicos, económicos u otros que justifiquen la creación de la comuna de Rahue.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican.
AUMENTO DE SUBSIDIOS PARA AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EN DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
El señor HERNÁNDEZ .-
Señor Presidente, en segundo lugar, deseo referirme a un problema que afecta a pobladores de la Décima Región.
Durante el fin de semana pasado, concurrí a una reunión con dirigentes y habitantes de la villa Lololhue, de Osorno, la mayoría de los cuales me expresaron su angustia debido a la situación que paso a explicar.
En esa población, 115 familias postularon al subsidio para la ampliación de sus viviendas. Sin embargo, se han encontrado con una gran cantidad de trámites burocráticos en la dirección de obras municipales y en el Servicio de Impuestos Internos, debido a que las propiedades no se encuentran enroladas, y resulta que uno de los requisitos para postular a dicho subsidio es que cuenten con su rol, es decir, que hayan sido tasadas por el Servicio de Impuestos Internos. Los pobladores solicitaron la postergación de ese plazo, que venció ayer.
Pero, además, la situación se ve agravada porque la región dispone apenas de 140 subsidios de ampliación de viviendas, en circunstancias de que sólo en la provincia de Osorno existen entre 3 mil y 3 mil 600 postulantes.
Como se comprenderá, el grado de incertidumbre y frustración de esas 115 familias es enorme.
En consecuencia, pido oficiar a la ministra de Vivienda y Urbanismo para que estudie el aumento de los subsidios de ampliación de viviendas para la Décima Región y, en particular, para la provincia de Osorno.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican.
ANTECEDENTES SOBRE ESTUDIO DE AMPLIACIÓN DE AERÓDROMO DE OSORNO. Oficio.
El señor HERNÁNDEZ .-
Señor Presidente, en tercer lugar, pido oficiar al ministro de Obras Públicas , a fin de solicitar el envío de todos los antecedentes relacionados con el estudio para la ampliación del aeródromo de Osorno, de manera de conocer qué aspectos considera, su sentido, y saber si se está consultando a la comunidad osornina sobre el particular.
Aunque en ese estudio se habla de la ampliación de dicho aeródromo, la intención, de acuerdo con lo escuchado durante la discusión presupuestaria para 2007, es sólo instalar una manga.
Una de las principales recomendaciones de dicho estudio sería la consulta a las empresas del sector privado que usa ese terminal aéreo y, como se sabe, la única es Lan Chile. Resulta de suma importancia la realización de un estudio adecuado, en el que se consulte a todas las actividades que necesitan la ampliación de ese aeródromo, fundamentalmente a los sectores productivos de la provincia de Osorno y, en general, de la región.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican.
INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN SECTORES DE ALTO RIESGO ALUVIONAL EN ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor PÉREZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente, en la prensa de Antofagasta de hoy se informa sobre la inversión de 4 millones de dólares para la erradicación de los 22 campamentos existentes en la ciudad.
No obstante apoyar, valorar y agradecer la iniciativa, que de aquí a 2010 permitirá la erradicación de los campamentos de Antofagasta, pido oficiar a la ministra de Vivienda , a fin de que informe sobre algunas situaciones -no sé si trata de irregularidades- vinculadas con la materia, porque algunas construcciones para erradicar campamentos se están llevando a efecto en zonas de alto
riesgo aluvional. En efecto, según la denuncia que me hicieron vecinos de la ciudad, se está construyendo en las faldas del cerro El Ancla, lo que significará que la gente más pobre seguirá sufriendo los embates de la naturaleza y no tendrá oportunidad de proyectar su vida en una casa mucho más digna que la que tiene hoy.
Pido que la ministra informe, además, sobre los flujos de dinero para la erradicación de esos campamentos y en qué período y de qué forma llegarán a la región.
Asimismo, pido que señale los sectores donde se erradicará a los habitantes de esos campamentos.
Finalmente, pido que informe quién autorizó la construcción de esas viviendas e, incluso, de otras de mayor nivel económico en zonas de alto riesgo aluvional de Antofagasta.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican.
PROMULGACIÓN DE LEY QUE CREA LA REGIÓN DE LOS RÍOS. Oficios.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo .
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente, el viernes 16 de marzo, la Presidenta de la República , señora Michelle Bachelet , en compañía del ministro del Interior, señor Belisario Velasco , promulgó la ley que crea la nueva Región de Los Ríos.
En Valdivia, su capital, y en Ranco, la nueva provincia que nace, miles de personas vibraron y celebraron el histórico logro. Creo que nadie quedó fuera de esa celebración.
Ese hecho marca el fin de un período intenso y, a la postre, fructífero de ciudadanos y ciudadanas de ese trozo de Chile que, como sabemos, hace muchos años iniciaron un movimiento que hoy se ve coronado.
Esa zona del sur se incorporó a la Décima Región de Los Lagos en 1974, en un proceso de regionalización que se realizó en una oficina ubicada en Santiago. Desde ese momento, en un mismo territorio comenzaron a convivir dos regiones en una, con visiones e intereses diferentes respecto del modelo de desarrollo y su administración.
Allí se inició la historia sin descanso por lograr un anhelo justo y lógico de un grupo de mujeres y hombres valdivianos. Me refiero a las familias de toda la provincia de Valdivia lideradas por don Guillermo Lunecke, don Raúl Basso, don Heriberto Weber, don Miguel Ramírez, don Néstor Santibáñez, don Juan Deppe, don Oscar Gayoso, don Claudio Molina ; por doña Silvia Aguilar, doña Silvia Oyarzún , doña Cinthia Astorga , y muchas otras que sería muy largo enumerar. Ellos empezaron esta trayectoria -no quiero denominarla lucha-, porque se han sentido pasados a llevar por administraciones que ahora no es del caso recordar. Mi reconocido aprecio y afecto a todos quienes viven allá y también a los que de lejos vibran con este logro, que por alguna razón no pudieron estar presentes en la ceremonia.
Fue interesante ese movimiento independiente que se llevó a cabo a través de tantos años y que no claudicó a pesar de todos los tropiezos y las situaciones que, según se decía, ameritaban no crear la nueva región. La nueva región de Los Ríos -prefiero ese nombre al de la Décima Cuarta Región- viene a corregir el error histórico que se cometió en el pasado y coloca las cosas en su lugar para comenzar a crear y construir los cimientos de una nueva estrategia de crecimiento para las doce comunas que hoy la componen.
En este nuevo territorio no falta nada. Tenemos diversidad económica y cultural, centros de estudio y, por sobre todo, una historia e identidad común que se une a los orígenes de la República. Para nadie es extraño que el espíritu emprendedor se hizo carne en los miles de colonos que llegaron a esas tierras: alemanes, franceses, españoles y tantos otros. Con tesón y trabajo se dominó a la naturaleza para que la fertilidad renaciera en obras y hombres forjadores del futuro, de lo que hoy se transforma en la región de Los Ríos, habitada en sus orígenes por los mapuches huilliches, quienes también, en ese pequeño escenario, estaban presentes aplaudiendo a su modo, como asimismo derramando algunas lágrimas porque para ellos el evento significaba independencia.
La noticia, por tanto, no sólo reverdece el esfuerzo de las organizaciones vivas de la comunidad, que trabajaron y lucharon por el logro obtenido, sino que, además, se transforma en un tributo y homenaje a sus forjadores.
En todo caso, este final de camino implica necesariamente una nueva partida y los desafíos por enfrentar son muchos. Los habitantes y autoridades debemos hacernos cargo de los múltiples retos que nos impone la nueva institucionalidad de Los Ríos. Debemos ver cómo compatibilizamos la creciente industrialización con el desarrollo sustentable en una zona donde el turismo es motor importante del crecimiento; cómo instalamos una conciencia proactiva en favor de los pequeños productores; cómo nos transformamos en creadores de una nueva realidad que inste al desarrollo de todos los aspectos de la vida en que el habitante se sienta agradado y apoyado por un gobierno amable y propio, donde pueda desenvolver su existencia y la de su familia.
Estamos en eso. Creo que lo vamos a lograr. Se dice que será una región modelo. Así lo esperamos, dando la respuesta al país que en un momento también, en forma interrogante, no quiso que se dividiera más el territorio; pero esta división era diferente, era la necesaria de una parte del sur que clamaba por su identidad.
El camino por recorrer nos impone la invitación a ser audaces, creativos y eficientes, y, como habitantes e hijos de la zona de Los Ríos, aceptamos la invitación del futuro y nos felicitamos, junto a nuestros coterráneos, por el logro adquirido y por el desafío propuesto.
¡Bienvenida a la historia administrativa del país la Región de Los Ríos, sus doce comunas y sus provincias! ¡Gracias a sus alcaldes y a todos los habitantes que allí lucharon por ello!.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Señor diputado , ¿desea que su discurso se envíe al municipio, a la gobernación, a algún lugar de Valdivia?
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , como siempre, es muy oportuna su indicación. Voy a lamentar mucho no tenerlo siempre presente en la testera, porque invariablemente le tocó entregar ese apoyo a quienes a veces nos faltó decir algo en nuestras intervenciones.
Solicito que copia de mi intervención se envíe al nuevo delegado presidencial de la Región de Los Ríos -radicado en la actual gobernación de la provincia de Valdivia ya incorporada a dicha región-; a la señora alcaldesa de Ranco -nueva provincia, capital La Unión-, y a los alcaldes de las doce comunas.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará copia de su intervención a todas las autoridades mencionadas por su señoría.
FISCALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIO Y VIÁTICOS EN LA MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Pedro Araya.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente , solicito que se envíe un oficio a la Contraloría General de la República , a fin de que disponga la realización de una exhaustiva fiscalización a los nueve municipios de la Segunda Región y, especialmente, al municipio de Antofagasta , de manera de revisar las comisiones de servicio así como los viáticos que han recibido los concejales y el alcalde en sus diversos viajes.
La razón de mi petición es que, después de haber insistido por más de noventa días, a través de la Oficina de Informaciones de esta Cámara, para que se me enviara una copia de las rendiciones de cuenta de los viáticos pagados al alcalde y concejales de la municipalidad de Antofagasta, y saber a qué lugares de Chile y del mundo habían viajado, me encontré con la sorpresa de que la Dirección de Control de dicha municipalidad informa que hoy existen 4.571.163 pesos en viáticos que no han sido rendidos por los concejales y el alcalde desde el 2004 a la fecha, incluso, figuran personas que ya dejaron de ser concejales y no rindieron cuenta -por lo tanto, tampoco fueron aprobadas- de sus viáticos.
La ley de municipalidades señala que los concejales deben rendir cuenta del viático que utilicen una vez terminada su comisión de servicio. Entonces, la sorpresa es mayúscula cuando cambian las autoridades municipales y nos encontramos con que personas que dejaron su cargo no lo hicieron.
Aquí podemos estar frente a errores de carácter administrativo que pudo haber cometido la Dirección de Control en su fiscalización o, derechamente, a irregularidades que la Contraloría General debe investigar, a fin de iniciar las acciones civiles para solicitar el reintegro de aquellos viáticos que no fueron utilizados por los concejales o, en su caso, si los antecedentes lo ameritan, remitirlos al Ministerio Público para su investigación judicial por el eventual delito de fraude al fisco y apropiación indebida.
Asimismo, solicito que la municipalidad de Antofagasta dé una explicación sobre la razón que tuvo la Dirección de Control para no entregar la información adecuada y no solicitar que se inicien las acciones judiciales, con el objeto de perseguir el reintegro de los dineros no utilizados por los concejales o de aquellos viáticos que fueron rechazados y, por lo tanto, no usados por los concejales en sus viajes.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con las adhesiones del diputado señor Jorge Sabag y de la diputada señora Alejandra Sepúlveda .
HOMENAJE EN MEMORIA DEL POETA CHILENO FRANCISCO CONTRERAS VALENZUELA. Oficio.
El señor PÉREZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG .-
Señor Presidente , el lunes 5 de marzo recién pasado llegaron a Chile las cenizas de nuestro poeta Francisco Contreras Valenzuela para ser depositadas en el mausoleo familiar, en la comuna de Quirihue, provincia de Ñuble, del distrito que tengo el honor de representar en la Cámara.
Francisco Contreras Valenzuela , poeta modernista y mundonovista, cuya fructífera labor literaria fuera reconocida por sus contemporáneos Rubén Darío , Gabriela Mistral y Fernando Santiván , entre otros, regresa a su patria y a su natal, Quirihue, cargado de historia, luego de ejercer la crítica literaria hispanoamericana, en Paris, durante 20 años. Sus restos permanecieron sepultados 74 años, en Riberac, olvidados al pago de Chile.
El poeta nació el año 1877, en Quirihue, en el seno de una familia de acaudalados terratenientes. Muy joven se desprendió de toda riqueza y optó por seguir la carrera de escritor. Su primer trabajo como crítico literario y creador fue la fundación de la revista Lilas y Campánulas , en 1897. Posteriormente, a la edad de 21 años publicó su primer libro, Esmaltines, poemario en el cual se apreció el fuerte influjo de los postulados del modernismo de Rubén Darío. Los años siguientes fueron para él de ardua investigación literaria, la que orientó preferentemente al estudio de los poetas modernistas que influyeron en Darío. Dicha lectura indujo un cambio en su concepción del arte, por lo que su obra posterior adquirió un tono radicalmente distinto. En esa época, Contreras intuyó un nuevo movimiento artístico que se gestaba en Latinoamérica, al que bautizó con el nombre de mundonovismo. Los manifiestos de este nuevo arte los difundió en las distintas publicaciones de la época, entre ellas, la Revista de Santiago, que fundara en 1899. Posteriormente, hizo visible sus postulados, en su segundo libro “Raúl”, poema narrativo de 1902, en el cual incluyó su célebre “Preliminar sobre el arte nuevo”.
A los 27 años dejó Chile para radicarse en París. Allí, aprendió perfectamente a hablar y a escribir el francés, lo que le permitió colaborar en diarios y revistas y publicar varios libros en dicho idioma. Sin duda, su mayor mérito fue su trabajo en el diario Mercure de France, donde estuvo a cargo de la sección crítica “Revue de Quinzaine”, de literatura iberoamericana.
Regresó a Chile en 1910 y a pesar de ser reconocido por sus compatriotas como un autor culto y minucioso, fue recibido fríamente, por lo que decidió volver a Europa y asentarse definitivamente en París. Antes de partir publicó Luna de la Patria y otros poemas, libro en el que se descubre la nostalgia y amor por su patria.
Francisco Contreras murió en 1933 de tuberculosis, en el pueblo de Riberac, París , siendo su último deseo regresar a su patria. Una asociación de escritores locales colaboró con su funeral. Deuda grande con los intelectuales de allá y con la propia Francia y que ahora se acrecienta dada la nobleza y generosidad del actual alcalde de Riberac , Nicolas Platón , y su esposa, quienes costearon la cremación de los restos del poeta chileno y los trasladaron personalmente de regreso a su última morada física, en Quirihue, junto a su amada esposa Andrée de Alphonsé .
Hoy, la comuna de Quirihue no sólo recibe las cenizas del poeta, sino que también hereda su notable trabajo cultural con la misión de encender el interés por conocer y difundir su obra. Muestra de la recuperación cultural del poeta para Chile es la determinación de la municipalidad de Quirihue, encabezada por su alcalde , Raúl Andrade , de nombrarlo hijo ilustre benemérito y de bautizar al teatro municipal con su nombre.
Pido que se envíe copia de mi intervención al alcalde de Quirihue, don Raúl Andrade.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará copia de su intervención como su señoría lo solicita.
CONCESIÓN DE CARRETERA DE LA FRUTA Y CONSTRUCCIÓN DE PUENTE LAS TRUCHAS EN SAN VICENTE. Oficio.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , en la Sexta Región tenemos una ruta tremendamente importante, la carretera de la fruta, conocida también por los que la transitamos frecuentemente como la “carretera de la muerte”, por lo peligrosa que es dado el intenso tránsito vehicular, especialmente de camiones. Esta vía atraviesa zonas importantes, como San Vicente , Peumo y Las Cabras y se conecta con la ruta 5 Sur.
En esa línea, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas para que nos informe si el Gobierno contempla concesionar esa carretera y, en caso de existir algún proyecto, que nos señale cuál sería el diseño y en qué plazo se licitarían las obras. Para la comunidad es urgente mejorar esta ruta, dado los altos niveles de accidentabilidad. Además, se trata de un corredor fundamental de la producción agrícola.
Asimismo, se nos indique si el proyecto de concesión de la carretera de la Fruta contempla un nuevo puente Las Truchas, en la comuna de San Vicente, sector el Tambo, lo que disminuiría el tránsito vehicular hacia San Vicente , pues lo conectaría directamente con la carretera de la fruta.
La semana pasada estuve con los vecinos de la zona y me manifestaron que están pidiendo la construcción urgente de un nuevo puente hace más de 10 años.
Por eso, pido que la respuesta se nos entregue lo antes posible.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Pedro Araya, Jorge Sabag y Fidel Espinoza.
REGULARIZACIÓN DE TÍTULOS DE DOMINIO DE COLONOS DE ZONA DEL LAGO TODOS LOS SANTOS. Oficios.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , deseo plantear un problema que afecta a 12 familias de colonos de ascendencia indígena que habitan desde 1911 en la zona del lago Todos los Santos, al interior del parque nacional Vicente Pérez Rosales .
La situación que los aqueja nos preocupa y, además, nos avergüenza, porque en más de 12 años no se les ha dado solución ni respuesta concretas, a pesar de que, a través de su dirigente, don Rudy Yefi, la comunidad afectada ha tocado todas las puertas para solucionar su problema.
El año 2002, cuando asumí como diputado , recibí por primera vez a ese grupo de familias. Personalmente me preocupe de que las autoridades de Mideplán y del Ministerio de Bienes Nacionales conocieran la situación que enfrentaban y los problemas que tenían debido a que no han podido obtener el título de dominio de las tierras en que viven, por encontrarse al interior de un parque nacional.
El 9 de julio de 2003, junto con el dirigente don Rudy Yefi , fuimos recibidos por el entonces director de la Conaf, don Carlos Weber , quien se comprometió a buscar una solución en conjunto con el Ministerio de Bienes Nacionales. Posteriormente, en septiembre de 2003, recibí oficio de la subsecretaria de Bienes Nacionales, en el que indicaba que el problema de falta de títulos de dominio en el sector del lago Todos los Santos sobrepasaba las posibilidades de acción del Ministerio de Bienes Nacionales e involucraba voluntades y decisiones de otros servicios y ministerios.
Posteriormente, y por instrucciones emanadas del Ministerio de Planificación se generó una mesa de trabajo con representantes de los ministerios de Agricultura y de Bienes Nacionales, de la Conaf, de la Conadi, de la municipalidad de Puerto Varas y al grupo de familias solicitantes.
Esa mesa de trabajo tuvo por finalidad, según nos informó el propio subsecretario de Planificación , en oficio de 11 de septiembre de 2003, buscar e implementar mecanismos más idóneos para la pronta y efectiva solución al problema histórico de esas 12 familias de escasos recursos.
Durante todo este período las familias han vivido con la clara ilusión de estar, por fin, encaminados en la búsqueda de una solución definitiva.
La mesa de trabajo culminó su cometido el año 2005, con un protocolo de acuerdo que fue enviado al Ministerio de Bienes Nacionales.
Desde 2005 a la fecha, las familias que habitan en el parque nacional Vicente Pérez Rosales han continuado tocando puertas a la espera de los resultados del informe de la mesa de trabajo.
Por otra parte, en los últimos días el fisco de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado, acaba de recuperar más de 30 mil hectáreas de terrenos ubicados entre los parques nacionales Puyehue y Vicente Pérez Rosales .
Sin embargo, la División Jurídica del Ministerio de Bienes Nacionales señaló lo siguiente en agosto de 2006: “Existe un conflicto entre las normas vigentes para la creación, modificación y desafectación de terrenos que constituyen áreas protegidas pues existe la Convención de Washington que señala que los límites de los parques nacionales no serán alterados ni enajenados parte alguna de ellos sino por acción de la autoridad legislativa competente”.
Por lo tanto, las doce familias que han esperado mucho tiempo para concretar el anhelo de tener la propiedad de sus tierras, se sienten burladas, ya que durante muchos años se les ha mantenido con la esperanza que hoy se diluye tras el último informe emanado desde la División Jurídica del Ministerio de Bienes Nacionales.
La pregunta es si de acuerdo con la normativa vigente existía un impedimento para desafectar las tierras al interior del parque nacional, por qué antes no se les habló a esas familias con la verdad y no se les entregó esa información, en lugar de mantenerlas durante años con la esperanza de una alternativa de solución.
Por lo tanto, solicito oficiar a la Presidenta de la República y a los ministros de Bienes Nacionales y de Agricultura, con el objeto de que se revalúe esta situación que nos parece vergonzosa. Creemos que estas personas merecen respeto; son chilenos al igual que cualquiera de nosotros.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
FALLECIMIENTO DE VECINA DE LLANQUIHUE, SEÑORA ERIKA TORRES GÓMEZ. Notas de condolencia.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , quiero enviar, por su intermedio y a través del canal de la Cámara, un sentido saludo a toda la familia de un gran socialista de Llanquihue y compañero de toda la vida, don Salvador Torres, quien perdió a su querida esposa a las 10 de la noche del viernes, la señora Erika Torres Gómez , fallecida a los 64 años. Representaba a la mujer sureña: trabajadora, esforzada y abnegada.
Vayan también nuestros saludos más cordiales y nuestro sentimiento de pesar por esta pérdida a la familia del señor Torres.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, acompañados de copia de su intervención.
INVESTIGACIÓN DE EVENTUALES IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT. Oficios
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Pido oficiar a la Contraloría General de la República , con el objeto de que realice una exhaustiva y rigurosa investigación a la municipalidad de Puerto Montt respecto de más de 100 millones de pesos que ese municipio habría utilizado en las actividades del verano 2007.
Este diputado ha recibido importantes antecedentes que dan cuenta de eventuales situaciones irregulares ocurridas en el manejo de dichos recursos por funcionarios municipales encargados de esas actividades, ya sea por pagos sobredimensionados por arriendo de equipos de amplificación y por contratación de artistas, así como por otros arriendos y contrataciones, etcétera.
También solicito el listado de las personas contratadas por dicho municipio, a contrata o a honorarios, entre los años 2005 y 2007, con los viáticos percibidos por cada uno de ellos en dicho lapso.
También solicito que la Contraloría investigue la existencia del club deportivo “Navegando al futuro” al interior de dicho municipio. Quiero saber sobre su creación, el listado de sus socios, los proyectos municipales o de servicios públicos que se haya adjudicado desde su creación y si esos proyectos fueron ejecutados en las condiciones establecidas.
Este diputado pide esa investigación, a pesar de tener el más profundo respeto sobre la honorabilidad del alcalde de dicha comuna, don Rabindranath Quinteros Lara , persona honesta y transparente. Todo me hace pensar que, de existir estas irregularidades, ha sido sobrepasado por ciertos funcionarios, quienes, a espaldas del propio alcalde, han realizado los hechos que me han informado personas ligadas al propio municipio, lo que habrían significado la remoción de algunos funcionarios.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.55 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Vicepresidente de la República con el que inicia un proyecto de ley que establece transitoriamente una cuota extraordinaria de depreciación acelerada. (boletín N° 4922-05)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley mediante el cual se establece un incentivo tributario de carácter transitorio consistente en una cuota extraordinaria de depreciación acelerada.
I. FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA.
1. Contexto Económico.
La economía chilena ha crecido de manera sostenida durante los últimos años. Para que el país se mantenga en esta senda y acelere aún más las tasas de crecimiento económico, se requieren esfuerzos continuos en diferentes áreas: la apertura de nuevos mercados, la innovación y el emprendimiento, el perfeccionamiento de las instituciones, el incremento del capital humano y la inversión en capacidad productiva, entre otras.
En el contexto del plan Chile Invierte se presentaron variadas medidas tendientes a impulsar la inversión y el crecimiento. Una de esas medidas consiste en un incentivo tributario de carácter transitorio, que entrega una cuota extraordinaria de depreciación acelerada por las inversiones realizadas en bienes físicos del activo fijo.
2. Efectividad de la depreciación acelerada como incentivo a la inversión.
Tanto la teoría económica como la evidencia empírica muestran que uno de los instrumentos tributarios más eficientes para incentivar la inversión es la depreciación acelerada. En efecto, dicha depreciación adelanta el reconocimiento como gasto de las inversiones realizadas, lo que disminuye el costo del uso del capital después de impuestos y aumenta por lo tanto la rentabilidad de las inversiones una vez deducidos los tributos. Así, se genera un vínculo directo entre el beneficio tributario y la adquisición de bienes susceptibles de ser depreciados, lo que lo transforma en un instrumento especialmente efectivo para incrementar la inversión.
La depreciación acelerada modifica el perfil intertemporal del reconocimiento como gasto de las inversiones, lo que determina que no se modifica el monto total de lo que se reconoce como gasto, que siempre corresponde a la totalidad del valor del bien, sino que se incrementa la proporción del valor que es reconocido como gasto en los primeros períodos. Con ello, se reduce el pago de impuestos en el comienzo de la vida útil del bien para ser compensado con mayores pagos en los períodos posteriores. Sin embargo, el resultado final en términos de valor presente es una disminución de la carga impositiva, lo que genera el incentivo a realizar mayores inversiones. De acuerdo a esta lógica, mientras más acelerada la depreciación del bien, mayor el beneficio tributario y con ello mayores los incentivos a invertir.
3. Efectividad de los beneficios tributarios transitorios.
El efecto en términos de aumento en los niveles de inversión que se crea a partir de la instauración de algún tipo de beneficio tributario, es mayor cuando la duración del incentivo es limitada. En el caso de una cuota de depreciación acelerada disponible solo transitoriamente, el beneficio se percibe únicamente en la medida que las inversiones sean materializadas durante los plazos establecidos.
De esta forma, los inversionistas que posean proyectos rentables pero que aún no encuentren el momento adecuado para la realización de estos proyectos, verán en la instauración transitoria de una cuota de depreciación acelerada, un incentivo adicional para llevar a cabo estas inversiones durante los plazos en que se extiende el beneficio.
De acuerdo a la información presentada por la Corporación de Bienes de Capital, a diciembre de 2010, se estima un gasto por realizar asociado a proyectos de inversión privada o mixta del orden de los US$ 34.607 millones. La medida anunciada apunta a crear incentivos para adelantar parte de estas inversiones, que ya están avanzadas en términos de su evaluación y diseño, generando los correspondientes beneficios de corto plazo en términos de mayor actividad y empleo.
II. CONTENIDO DEL PROYECTO.
Actualmente la ley de Impuesto a la Renta permite descontar como gasto, para efectos de determinar la base imponible del impuesto de primera categoría, una cuota anual de depreciación calculada sobre el valor neto de los bienes físicos del activo inmovilizado. Esta cuota corresponde a una proporción del valor neto del bien y se aplica de manera homogénea durante toda la vida útil de este mismo.
Adicionalmente, la ley permite depreciar aceleradamente los bienes adquiridos nuevos o internados, mediante una cuota anual correspondiente a la proporción del valor neto del bien resultante de dividir su monto por un tercio de su vida útil.
La presente iniciativa que se propone, establece que en su resultado tributario de este año y del próximo, los contribuyentes del impuesto de primera categoría puedan depreciar, en forma extraordinaria, el 50% del valor de determinados bienes físicos de su activo inmovilizado. Dichos bienes son aquellos activos susceptibles de acogerse a depreciación acelerada, conforme lo dispone el artículo 31 N°5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que hayan sido adquiridos nuevos o internados entre el 1° de marzo de 2007 y el 31 de diciembre de 2008 y cuya utilización inicien los contribuyentes durante dicho período.
Esta cuota extraordinaria de depreciación, que reemplazará a la depreciación normal o acelerada a que hubiese podido acogerse el activo bajo las normas generales, será considerada como una forma de depreciación acelerada para todos los efectos de la ley citada, especialmente para lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 31 N° 5 y en el artículo 64 bis.
El saldo de valor neto del activo inmovilizado, deducida la cuota extraordinaria de depreciación acelerada, podrá ser depreciado en forma normal o acelerada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 31 N° 5 citado, a contar del ejercicio siguiente y por la vida útil residual correspondiente.
En segundo lugar, el proyecto de ley postula una regla especial para el caso de obras y construcciones que, por demandar un plazo mayor de ejecución, puedan haber sido iniciadas dentro del plazo previsto por esta norma pero haber sido concluidas con posterioridad, lo que es muy factible en el caso de proyectos industriales y edificaciones complejas. Para ese evento, la norma propone extender en un año el plazo establecido para iniciar la utilización de los activos, permitiendo que el beneficio se invoque en el año tributario 2010.
El monto de la depreciación permitida en el caso mencionado es la mitad del valor de las obras ejecutadas dentro del plazo previsto por la norma, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2008, las que deben corresponder al menos a un 50% del proyecto total, lo que se determinará atendiendo tanto al volumen de ejecución física como al costo respectivo. Aquella parte del valor neto de las obras y construcciones que no pueda ser objeto de esta cuota extraordinaria de depreciación, toda vez que corresponde a las obras ejecutadas el año comercial 2009, podrá depreciarse bajo las normas generales a contar de ese mismo año.
En este contexto, se regula también la situación de las maquinarias, equipamientos y demás bienes muebles que se incorporan permanentemente a las obras y construcciones antes indicadas, pero que por su naturaleza se deprecian en forma separada de éstas. Tales bienes también podrán depreciarse de la forma indicada si han sido adquiridos nuevos o internados hasta el 31 de diciembre de 2008 y puestos en funcionamiento, conjuntamente con las obras y construcciones de que forman parte, durante el año 2009.
En mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo Único.- Autorizase, por los años tributarios 2008 y 2009, a los contribuyentes del impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del decreto ley N° 824 de 1974, para depreciar en el ejercicio en que inicien su utilización, la mitad del valor neto de los bienes físicos del activo inmovilizado susceptibles de acogerse a depreciación acelerada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 31 N° 5 de dicha ley, adquiridos nuevos o internados por el contribuyente desde el 1° de marzo de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2008. Esta cuota anual de depreciación se considerará depreciación acelerada para los efectos previstos en la referida ley. El saldo de valor neto del activo quedará afecto a las normas previstas en el mencionado artículo a contar del ejercicio siguiente, pudiendo depreciarse en forma normal o acelerada.
También podrán depreciarse en la forma indicada en el inciso anterior las obras y construcciones que hubiesen sido iniciadas después del 28 de febrero de 2007 y ejecutadas en más de 50% al 31 de diciembre de 2008, atendiendo a su ejecución tanto física como a su costo, siempre que su utilización se inicie en el año comercial 2009. La cuota de depreciación autorizada en este caso, por el año tributario 2010, se calculará sobre el valor neto de dichas obras y construcciones al 31 de diciembre de 2008. Aquella parte del valor neto de las obras y construcciones mencionadas que no deba incluirse en el cálculo de la cuota, por haber sido ejecutada durante el año comercial 2009, podrá depreciarse conforme a las normas del artículo 31 N° 5 a contar de dicho año. En el caso que las obras o construcciones a que se refiere este inciso incorporen inmuebles por destinación que deban ser objeto de depreciación separada, ésta podrá también determinarse de la forma indicada, en la medida que los equipos industriales u otras instalaciones en que consistan dichos inmuebles por destinación hubiesen sido adquiridos nuevos o internados hasta el 31 de diciembre de 2008.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): BELISARIO VELASCO BARAONA , Vicepresidente de la República ; MARÍA OLIVIA RECART HERRERA , Ministra de Hacienda (S)”.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE TRANSITORIAMENTE UNA
CUOTA EXTRAORDINARIA DE DEPRECIACIÓN ACELERADA
Mensaje N° 007-355
El proyecto de ley propone autorizar, por los años tributarios 2008 y 2009, a los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría de la ley sobre Impuesto a la Renta, a depreciar en el ejercicio en que inicien su utilización, la mitad del valor neto de los bienes físicos del activo inmovilizado susceptibles de acogerse a depreciación acelerada, adquiridos nuevos o internados por el contribuyente entre el 1° de marzo de 2007 y el 31 de diciembre de 2008. El saldo de valor neto del activo podrá depreciarse en forma normal o acelerada a contar del ejercicio siguiente.
También podrán depreciarse, de la misma forma señalada, las obras y construcciones, siempre que cumplan con las siguientes condiciones: (i) Que hayan sido iniciadas desde el 1° de marzo de 2007, (ii) Que su utilización se inicie en el año comercial 2009 y (iii) que al 31 de diciembre de 2008 hayan sido ejecutadas en más de un 50%. En este caso la cuota de depreciación autorizada, por el año tributario 2010, se calculará sobre el valor neto de dichas obras y construcciones al 31 de diciembre de 2008.
En base caja, esta modificación resultará en una menor recaudación tributaria durante los años 2008, 2009 y 2010, por cuanto los contribuyentes incrementarán durante esos años la proporción del valor de los bienes que es reconocida como gasto para efectos de la determinación de la base imponible del Impuesto de Primera Categoría, disminuyendo así su utilidad tributable. Concordantemente, esta misma proporción disminuirá en los años siguientes, aumentando con ello la utilidad tributable para el período restante.
De esta manera se estiman los siguientes efectos sobre los ingresos fiscales en millones de dólares, para los años que se señalan:
Año
Disminución de la Recaudación
(MM US$)
2008
260
2009
230
2010
50
En términos de valor presente la disminución estimada de la recaudación es de Us$ 150 millones.
(Fdo.): ALBERTO ARENAS MESA, Director de Presupuestos ?.
2. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que regula los derechos y deberes que las personas tienen en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. (boletín N° 4398-11).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; PAULINA VELOSO VALENZUELA , Ministra Secretaria General de la Presidencia ”.
3. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que introduce adecuaciones de índole tributaria e institucional para el fomento de la industria de capital de riesgo y continúa con la modernización del mercado de capitales. (boletín N° 3.278-05)
“Honorable Cámara:
En sesión 123ª, de fecha 23 de enero de 2007, la H. Cámara de Diputados, acordó remitir a esta Comisión el proyecto del epígrafe, calificado de “simple urgencia” en este trámite, para los efectos de lo establecido en el artículo 119 del Reglamento de la Corporación.
Con la asistencia de los diputados señores Lorenzini, don Pablo ( Presidente ); Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Becker, don Germán ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Insunza, don Jorge ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto ; Sunico, don Raúl ; Tuma, don Eugenio (Jaramillo, don Enrique) , y Von Mühlenbrock, don Gastón , en sesiones de fechas 6, 13 y 14 de marzo de 2007, se analizaron por la Comisión las modificaciones del H. Senado al proyecto de la referencia, acordándose sugerir su aprobación por la Sala, siendo aprobadas algunas de ellas por mayoría y otras por la unanimidad de los diputados presentes.
En relación con el quórum de aprobación del proyecto, cabe agregar a las ya señaladas en el primer trámite constitucional, las disposiciones modificadas y las nuevas incorporadas por el H. Senado al proyecto que requieren quórum especial para su aprobación por la Sala.
Con quórum de ley orgánica constitucional:
El inciso cuarto del artículo 28 contenido en el artículo 16 (que pasa a ser 14).
Con quórum calificado:
-Del artículo 3°: el número 1) (que pasa a ser 2), y los números 3) y 5), nuevos;
-Del artículo 4°: el número 3), nuevo, las letras a) y c) (que pasa a ser b) del número 6) (que pasa a ser 7), el número 7) (que pasa a ser 8), y el artículo 37 bis contenido en el número 8) (que pasa a ser 11);
-Del artículo 5°: el número 1), nuevo, y las letras a) y c) del número 7) (que pasa a ser 4);
-Del artículo 7° (que pasa a ser 6°): las letras a) y b) del número 4);
-Del artículo 10 (que pasa a ser 9°): la letra d) del número 1) que se propone;
-Del artículo 12 (que pasa a ser 11): las letras a) y c) del número 3) (que pasa a ser 4);
-Del artículo 13 (que pasa a ser 12): el número 4), y
-El artículo 19, nuevo.
Se designó diputado informante al señor Lorenzini, don Pablo .
-o-
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto, en su tercer trámite constitucional, los señores Andrés Velasco , Ministro de Hacienda , y los Asesores señores Luis Felipe Céspedes , Coordinador de Política Económica; Héctor Lehuedé , William Mullins y la señorita Leticia Celador .
Concurrieron también, especialmente invitados, los señores Axel Buchheister , Director del Programa Legislativo del Instituto Libertad y Desarrollo ; Jaime de la Barra , Antonio Cruz y Enrique Ovalle , Presidente , Vicepresidente y Director, respectivamente, de la Asociación Chilena de Administradoras de Fondos de Inversión (Acafi).
En este tercer trámite legislativo la Comisión inició el estudio de la iniciativa tomando como base el proyecto aprobado por el H. Senado que introduce modificaciones de fondo y forma al texto aprobado por la H. Cámara de Diputados en el primer trámite constitucional.
En el debate de la Comisión intervino el señor Andrés Velasco , Ministro de Hacienda , primeramente, para entregar una visión general del estado de tramitación de la iniciativa y sus principales objetivos. Recordó que el proyecto de ley de reforma al Mercado de Capitales, conocido como “MK II”, inició su tramitación en junio de 2003, siendo aprobado por la Cámara de Diputados en junio de 2004 y ocurriendo lo propio en el Senado en enero 2007.
Señaló que el texto aprobado por el Senado mantiene gran parte de los contenidos aprobados por la Cámara de Diputados, reformula algunas disposiciones, e introduce también nuevas materias.
A su juicio, la aprobación de esta iniciativa es clave para la modernización, seguridad y desarrollo de los mercados financieros, y para el fomento de una industria de capital de riesgo.
Hizo presente que los objetivos del proyecto pueden agruparse en tres grandes propósitos, que son:
I) Fomentar el desarrollo de una industria de Capital de Riesgo.
Al respecto, señaló que las empresas innovadoras enfrentan dificultades a la hora de acceder al financiamiento por su corta trayectoria en el sistema financiero y su naturaleza innovadora; debido a esto, una gran cantidad de buenas ideas no se desarrollan. Agregó que, una industria de capital de riesgo genera beneficios significativos para un país, al fomentar el emprendimiento, la creación y crecimiento de empresas innovadoras, causando externalidades positivas.
Precisó que las medidas que se proponen apuntan a incentivar tanto la disponibilidad de financiamiento para estas empresas en toda la cadena de financiamiento como su creación por emprendedores.
II) Fortalecer la seguridad en el mercado de valores. Sobre el particular, sostuvo que, experiencias anteriores, subrayan la necesidad de avanzar en el fortalecimiento de la seguridad de nuestro mercado de capitales. Adicionalmente, es necesario homologar la seguridad de nuestros mercados a estándares internacionales si se quiere atraer inversionistas extranjeros a nuestra economía.
Explicó que las medidas propuestas en este proyecto apuntan a fortalecer el mercado de capitales sin restarle eficiencia.
III) Promover la integración y el desarrollo del mercado financiero. Planteó que, en esta materia, debe tenerse en cuenta que un mercado financiero integrado es condición necesaria para poder compartir riesgos con agentes externos. En la medida que esto se logre, nuestra economía será menos vulnerable a los “shocks” negativos que la puedan afectar. Para ello, es necesario tener un mercado de capitales moderno, profundo y eficiente.
Mencionó que promover el desarrollo en forma permanente es de vital importancia para un mercado que evoluciona a una velocidad mayor a los demás mercados.
Abordó en particular las medidas que se consideran para concretar los objetivos expuestos, efectuando un diagnóstico para cada aspecto en específico y señalando la normativa que se propone.
En relación al primer objetivo, el fomento de la industria de capital de riesgo, mencionó lo siguiente:
a) Beneficios tributarios al Capital de Riesgo .
Expresó que, debido a la falta de historial financiero y a las características propias de proyectos innovadores, los emprendedores de capital de riesgo enfrentan dificultades para obtener financiamiento. Añadió que este tipo de proyectos genera externalidades positivas al resto de la economía, asociadas a transferencia tecnológica, innovación y mano de obra calificada, entre otras.
Manifestó que la experiencia internacional indicaba que los Fondos de Inversión juegan un rol clave en el financiamiento permanente de estas empresas, a lo que se agregan aportes significativos de capacidad de gestión.
Planteó que, se propone otorgar un beneficio tributario a las ganancias de capital producidas por inversiones en capital de riesgo. Estas medidas beneficiarían tanto a inversionistas de fondos de inversión (públicos y privados), como a los emprendedores e inversionistas que invirtieron en una fase temprana del desarrollo de la empresa. Sobre el particular, se cambia el diseño presentado anteriormente, el nuevo diseño sería más eficiente en incentivar el emprendimiento al proveer un incentivo tributario mucho mayor, sin tope y que reduce las posibilidades de elusión tributaria, siendo, además, más operativo.
Destacó que la calificación de capital de riesgo es objetiva. Así, en el caso de las sociedades de inversión de capital de riego que son fondos públicos, se exige que tengan un objeto único y se consideran requisitos respecto de la empresa en la cual se invertirá, como volumen de ventas, años de existencia y que no se trate de parte relacionada, entre otros. En el caso de las sociedades de inversión de fondos privados, que tienen menos exigencias, el beneficio tributario sólo opera si se supera determinada rentabilidad anual. En este último caso, el inversor sabe que si supera esa rentabilidad, obtendrá los beneficios tributarios y que, en caso contrario, simplemente deberá acogerse a la normativa tributaria común.
b) Corfo y el fomento al Capital de Riesgo.
Señaló que la experiencia internacional indica que la mejor forma de apoyo al capital de riesgo es a través de aportes de capital. Al respecto, planteó que, actualmente, Corfo participa en capital de riesgo solamente otorgando préstamos. Este instrumento, sin embargo, no permite compartir riesgos ni que Corfo pueda retirar la inversión una vez terminado su rol de fomento.
Explicó que la propuesta consiste en autorizar a Corfo para tomar posiciones minoritarias en fondos de inversión de capital de riesgo.
Afirmó que, inicialmente, el rol de Corfo en este campo será fundamental, a fin de generar el impulso que se espera; en todo caso, se establecen ciertos límites y restricciones a su participación. Así, si la citada Corporación aportase el 3% de sus recursos, ello implicaría una inyección de capital de cerca de 122 millones de dólares en este mercado, y si llegase al 5%, ascendería a unos 197 millones de dólares.
c) Bancos y la inversión en Capital de Riesgo.
Mencionó que un problema clave para el desarrollo de esta industria es la falta de financiamiento. Agregó que, en tal sentido, los bancos han manifestado interés en participar como inversionistas en el capital de riesgo, además de su rol actual como prestamistas.
Explicó que, al respecto, se propone autorizar a los bancos a invertir, a través de filiales, hasta el 1% de sus activos en fondos de inversión de capital de riesgo. También se flexibilizan las normas de inversión de estos fondos, para permitir una mayor diversificación con el objeto de aumentar su participación en el financiamiento del capital de riesgo.
Comentó que también podrá participar el Banco Estado, por cuanto es un banco comercial como el resto de los que operan en el mercado.
Hizo notar que, en el caso de la industria bancaria, los recursos que se destinarían para inversión son captados por ellos mismos de sus clientes, por lo que se establece un techo para hacerlo, el que sería de 1% del total de sus activos. Al respecto, puntualizó que si todos los bancos invirtieran el máximo en capital de riesgo, se llegaría a una cifra cercana a 1.345 millones de dólares.
d) Creación de la Sociedad por Acciones.
Argumentó que las empresas de capital de riesgo requieren estructuras sociales flexibles en la determinación de derechos y obligaciones. Así, la sociedad anónima cerrada responde a ciertos principios de protección de minoritarios que no la hacen adecuada a esta industria, a la vez que la sociedad de personas impone altos costos de transacción y una lógica no orientada al movimiento fluido del capital, sino a dar relevancia a la identidad del socio respectivo.
En razón de lo anterior, se propone crear la sociedad por acciones, que busca ofrecer a la vez la flexibilidad y fluidez que requieren los actores de la industrial del capital de riesgo.
e) Bolsa Emergente: extensión del beneficio hasta 2014.
Planteó que, según la evidencia internacional, para fomentar la entrada de capitales a empresas riesgosas, se debe facilitar su salida cuando las inversiones maduran, permitiendo que los inversionistas especializados sean reemplazados por otros y retornen a una nueva generación de empresas riesgosas.
Señaló que, sobre esta materia, se propone extender el beneficio tributario de la bolsa emergente por 8 años adicionales, permitiendo la salida a bolsa de las inversiones en curso, y aquellas que se realizarán en este ciclo. Agregó que esta medida completa la cadena de financiamiento que se extiende desde el emprendimiento del precusor del negocio, pasando por financiamiento a través de recursos de familiares, de inversionistas ángeles o de fondos de inversión, hasta la posible apertura a bolsa.
f) Nueva Ley de Prenda sin Desplazamiento.
Afirmó que las prendas sin desplazamiento son garantías adecuadas para las PYME; sin embargo, existen distintos tipos de prendas, cuya regulación es rígida, dispersa y carente de información centralizada. Todo ello le resta eficacia al sistema.
Precisó que, en este campo, se propone unificar y simplificar las anteriores prendas especiales; se amplía el espectro de activos susceptibles de ser prendados, y se crea el Registro de Prendas sin Desplazamiento , centralizado y electrónico, que facilitará la información y seguridad en la creación de nuevas prendas.
Destacó que el registro será administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación y los costos para los usuarios serán muy convenientes.
g) Créditos otorgados por Cooperativas de Ahorro y Crédito.
Planteó que ampliar las facultades de otorgar créditos de las cooperativas serviría para facilitar el acceso al crédito de los cooperados. Hoy pueden prestar a sus socios en general, con o sin garantía, pero sólo pueden otorgar préstamos transables a través de letras, lo que es caro, ya que debe participar otro intermediario.
Sostuvo que, en esta materia, se estima que será un potencial adicional fuente de financiamiento para el capital de riesgo en sus etapas más tempranas.
En relación al segundo objetivo, la seguridad en los mercados financieros, mencionó lo siguiente:
a) Mayores exigencias de custodia de títulos para AFP y Compañías de Seguros.
Explicó que la custodia de los títulos en instituciones independientes es una importante medida de seguridad, por lo que se propone ampliar lo custodiable para las compañías de seguros al patrimonio de riesgo. Precisó que hoy sólo se aplica a las reservas técnicas.
Señaló que, en el caso de las AFP, lo custodiable aumenta del 90% del total al 98% de lo custodiable y se ajusta la sanción por incumplimiento. Añadió que el margen restante de 2% se estimó como suficientes por las AFP y las Compañía de Seguros.
Por último, indicó que se flexibilizan los instrumentos que pueden ser depositados en el DCV.
b) Control de idoneidad técnica de Corredores de Bolsa.
Explicó que la idoneidad tanto técnica como ética de los intermediarios de valores es fundamental para el correcto funcionamiento del mercado de valores. En razón de ello, se propone la exigencia de demostrar conocimientos suficientes sobre la intermediación de valores a los ejecutivos principales de las corredoras y a todos los empleados que participen directamente en la intermediación de valores. Acotó que, en todo caso, la Superintendencia del ramo indicará los requisitos mínimos y las Bolsas podrán agregar otros.
c) Fortalecimiento de facultades fiscalizadoras de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Afirmó que, actualmente, la Superintendencia del ramo no cuenta con suficientes atribuciones para detectar irregularidades que involucran a terceros no fiscalizados por ella y para impedir transacciones entre un ente fiscalizado y sus relacionados en situación de debilidad financiera.
En consecuencia, se propone que la Superintendencia en cuestión pueda citar a declarar a terceros involucrados en una transacción con una empresa fiscalizada. Asimismo, se le otorga la facultad para restringir transacciones entre un fondo fiscalizado o una compañía de seguros de vida y sus relacionados cuando presenten debilidad financiera.
d) Nuevo proceso de otorgamiento de Licencias para Bancos, Compañías de Seguro de Vida y AFP.
Manifestó que la experiencia indica que es necesario establecer los requisitos para abrir alguna de estas compañías, que participan en actividades que gozan de garantía estatal, con el mayor grado de precisión posible. Por lo tanto, se propone un único catálogo de requisitos para el otorgamiento de licencias de Bancos, Compañías de Seguros de Vida y AFPs, especificando las características de solvencia e idoneidad que deberán reunir los accionistas fundadores de estas compañías.
e) Protección legal de los Superintendentes.
Comentó que, internacionalmente, se evalúa negativamente la eventualidad de que el supervisor pudiera verse obligado a costearse su defensa legal una vez abandonado su cargo, ya que se percibe como una señal de falta de independencia. Al respecto, se explicita que la Superintendencia del caso proporcionará defensa legal al Superintendente , aun después que haya cesado en el cargo, siempre que se cuestionen las decisiones adoptadas en el ejercicio de su cargo.
Hizo notar que el gasto de esta defensa estará acotado, por cuanto será la propia Superintendencia del caso la que lo proporcionará y no el ex funcionario el que la contrate. Además, en caso de que se determinara la culpabilidad del ex Superintendente , su responsabilidad será personal.
Por último, precisó que esta defensa no es indefinida, ya que queda limitada a la prescripción de las acciones.
Aclaró que esta defensa no se hace extensiva al resto de los funcionarios de la Superintendencia, ya que es el jefe del Servicio quien firma y adopta las resoluciones.
f) Desmaterialización y custodia de Títulos.
Explicó que el manejo de documentos físicos es poco eficiente y aumenta los riesgos de endoso fraudulento. Adicionalmente, hoy las exigencias de custodia no son calificadas de estrictas.
Manifestó que el proyecto propone incrementar las exigencias de custodia de títulos y se fomenta la emisión desmaterializada, la custodia de diferentes tipos de valores, y la desmaterialización de títulos ya emitidos.
g) Inembargabilidad de valores por deudas del intermediario.
Señaló que, actualmente, existe una potencial vulnerabilidad en cuánto a la seguridad de los valores mantenidos con intermediarios, ya que podrían ser embargados por deudas de dichos intermediarios. Por lo anterior, se propone prohibir el embargo, por deudas del intermediario, de los valores de los clientes mantenidos con los intermediarios. Lo anterior, es en conjunto con una medida del proyecto de ley que separa las cuentas de los valores de los clientes y la cartera propia de los intermediarios, esta medida fortalecerá la seguridad de los derechos de propiedad de los valores.
En relación al tercer objetivo, el desarrollo de mercados financieros, puntualizó lo siguiente:
a) Bancos.
En esta materia, se establece una redefinición de reserva técnica y la ampliación de los activos que pueden constituirla. Explicó que se homologan los cálculos de reserva técnica a las normas de Basilea II, a la vez que se amplía el tipo de activos que pueden constituirla; de esta forma se libera capital, que puede ser destinado al otorgamiento de créditos.
Expresó que, por otra parte, se redefine el concepto de “depósito a la vista” en la Ley de Bancos. Así, los depósitos a plazo ya no se considerarán depósitos a la vista, permitiendo que se levante la prohibición de no captar a plazos inferiores a 30 días pagando intereses. Esta medida generará competencia en el mercado de créditos de corto plazo.
b) Compañías de Seguros.
Señaló que se amplía la gama de inversiones que constituyen reserva técnica y patrimonio de riesgo. Así, se permite a las compañías de seguro invertir en un mayor número de activos, generando competencia en diversos mercados, entre ellos el de crédito.
Mencionó que, además, se faculta a la Superintendencia de Valores y Seguros para autorizar a las Compañías de Seguro a emitir pólizas denominadas en pesos. Hizo notar que, en la actualidad, las pólizas deben estar denominadas en UF, por lo que, permitir pólizas en pesos apunta hacia la nominalización de la economía.
c) Agente de Garantías.
Comentó que, en los financiamientos de proyectos, las garantías se constituyen inicialmente, en ocasiones antes de determinar quién es el acreedor, y se producen cambios de titularidad de las mismas durante el proyecto. Añade que la figura del agente se ha creado contractualmente para evitar cambiar contratos y escrituras.
Explicó que el proyecto original otorgaba reconocimiento legal a la figura del agente de garantías. Al respecto, se realizan cambios formales y ajustes en su regulación y se añade la agencia de créditos de forma conjunta o separada de la agencia de garantías.
d) Desmutualización de las Bolsas.
Destacó que hoy es necesario poseer una acción de la Bolsa para poder ser corredor, lo que puede crear conflictos de interés en situaciones de inadecuada operación de la Bolsa.
Expresó que, en consideración a lo anterior, se permite que las bolsas voluntariamente puedan estructurarse con independencia entre propietarios y corredores de las bolsas. Adicionalmente, la medida facilita que un corredor transe en distintas bolsas.
e) Compensación de Instrumentos Derivados.
Explicó que, en esta materia, se permite el “neteo” o compensación de las posiciones en instrumentos derivados correspondientes a un mismo contrato marco, en caso de quiebra. Así, se homologan a estándares internacionales las actuales Leyes de Quiebra y de Bancos.
Afirmó que esta medida promueve el desarrollo del mercado de derivados, punto fundamental para la integración de nuestro sistema financiero y para compartir riesgos internacionalmente.
f) Modernización de la Bolsa Off-Shore.
Manifestó que las actuales exigencias de la ley chilena desincentivan a emisores extranjeros a financiarse en nuestro país. Al respecto, se flexibilizan las exigencias para agentes extranjeros que deseen emitir valores transables en nuestro país; se facilita en tal sentido, la transacción de valores extranjeros en el mercado local, a través de la figura del “patrocinante”.
g) Liberación de límites de inversión para seguros con ahorro.
Señaló que el APV efectuado a través de compañías de seguros y los demás seguros con ahorro hoy tienen los mismos límites a la inversión que las compañías de seguros, lo que limita las opciones de inversión de los ahorrantes; sin embargo, esos recursos no son fondos de la compañía sino de los ahorrantes.
Puntualizó que, en esta materia, se propone flexibilizar los límites de inversión de seguros con ahorro. Para lo anterior, se considera liberar los límites de las reservas técnicas y patrimonio de riesgo y se flexibiliza en general, y se libera para los seguros con ahorro en particular, la compra de cuotas en fondos mutuos por parte de relacionados a la administradora.
h) Adecuación de la Ley de Seguros a TLC.
Manifestó que es necesario adecuar la Ley de Seguros sobre la base de los acuerdos suscritos por Chile en ciertos TLC. Al respecto, se propone permitir comercializar ciertos seguros transfronterizos en Chile a compañías extranjeras sujetas a los acuerdos antes mencionados. Además, se considera permitir que empresas de seguros extranjeras puedan abrir sucursales en Chile, al estilo de las sucursales de bancos. Acotó que hoy lo pueden hacer solamente a través de sociedades anónimas.
i) Cláusulas de Acción Colectiva en Bonos.
Señaló que, para evitar la cesación de pagos, en los mercados financieros es cada vez más frecuente permitir que el emisor modifique las condiciones de su deuda con el acuerdo de un alto porcentaje de los tenedores. De requerirse la unanimidad, la negativa de uno solo podría resultar en perjuicio de todos. Al respecto, se modifica la ley de mercado de valores para permitir las cláusulas de acción colectiva con el consentimiento del 75% de los tenedores de bonos.
j) Beneficio tributario para la reinversión en Fondos Mutuos.
Planteó la conveniencia de aumentar la competencia en el mercado de los fondos mutuos y con ello la rentabilidad para los más de 800 mil chilenos que hacen uso de este vehículo de inversión. Adicionalmente, se puede generar un estímulo al ahorro.
Manifestó que, con tal fin, se propone un nuevo beneficio que permite diferir el impuesto a las ganancias de capital que se generan al rescatar cuotas de un fondo mutuo, si el dinero rescatado se reinvierte en otro fondo mutuo del sistema, sea o no administrado por la misma administradora.
k) Inversiones permitidas a los Fondos de Inversión.
Señaló que, desde la publicación de la ley N° 18.815, hace 16 años, los fondos de inversión han ido desarrollando directamente cada vez más negocios y actividades económicas, de alguna manera desnaturalizando el origen de la institución, ideada como un vehículo canalizador de inversión pasiva. Así, algunos fondos se han dedicado, en los hechos, a actuar como una sociedad inmobiliaria y se dedican a la construcción de edificios. Con esto, en especial en el caso señalado, se ha generado una asimetría con el resto del sector inmobiliario, por cuanto los fondos de inversión pueden postergar el pago del Impuesto de Primera Categoría.
Planteó que, en esta materia, se propone excluir, a partir del 1 de enero 2012, la inversión en bienes raíces y el desarrollo inmobiliario de las actividades que los fondos públicos y privados pueden hacer directamente, permitiéndose solamente a través de sociedades. Además, se regulan las inversiones permitidas a los fondos privados, asegurando que realicen solamente inversiones pasivas.
El plazo que se ha considerado se considera suficiente para un período de transición.
Por otra parte, indicó el señor Ministro que, en el caso de las AFP, las cuales cuentan con inversiones en este sector, el impacto que tendrá la nueva normativa será mínimo; ello, por cuanto hay un período de transición y el efecto cuantitativo en su rentabilidad será muy pequeño. Las AFP han invertido en este sector cerca de 0,8% de sus recursos, esto es, unos 750 millones de dólares. Puesto que la duración promedio de los proyectos de este tipo es de 5 años, se trataría de 150 millones de dólares cada vez, por lo que, con una rentabilidad estimada de 7% anual, se obtendría unos 10 millones en rentabilidad, por lo que el Impuesto de Primera Categoría ascendería a 1,7 millones de dólares, lo que representa el 0,001% del total de los recursos de los Fondos de Pensiones.
l) Exención de IVA a las comisiones por Ahorro Previsional Voluntario.
Sostuvo que, actualmente, la aplicabilidad de IVA varía según quién presta el servicio. Así, las AFP y las compañías de seguro que ofrecen APV en planes de seguro con ahorro no están afectos al IVA, mientras que fondos mutuos, bancos y corredores sí deben pagar tal impuesto. En consideración a ello, y para igualar el tratamiento tributario del APV, según quién presta el servicio, se considera eliminar el cobro de IVA a las comisiones de APV en todas sus formas.
m) Beneficio tributario para securitizaciones.
Señaló que, actualmente, se contempla una exención del Impuesto de Timbres para las emisiones de bonos securitizados, dado que los activos securitizados podrían haberlo pagado; sin embargo, el lenguaje poco claro puede llevar a interpretar que no hay exención si se emite un bono mayor al valor de los activos securitizados. En razón de lo anterior, se propone eximir del Impuesto de Timbres y Estampillas a las securitizaciones en la proporción en que los activos subyacentes lo pagaron o estuvieran exentos, ampliando la exención y haciéndola más simple en su forma de operar.
La Comisión tuvo la oportunidad también de recibir de los asesores del Ministerio de Hacienda una información general acerca de las innovaciones principales que introdujo al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados el H. Senado.
El señor Axel Buchheister manifestó por su parte, que el proyecto de ley implica un avance en las materias de que se trata; sin embargo, cuestionó la modificación que introduce un nuevo número 4) en el artículo 8° del proyecto de ley, que suprime la actividad inmobiliaria como aquellas que pueden realizar directamente los fondos inversión y que dice relación con una modificación que se introduce al artículo 5° de la Ley N° 18.815.
Explicó que los fondos de inversión -tanto públicos como privados- pueden actualmente invertir en desarrollo inmobiliario y en inmuebles de renta. Dada la legislación tributaria vigente, las rentas que perciban dichos fondos en estas actividades no quedan afectas al Impuesto de Primera Categoría , cuya tasa es 17%.
Sostuvo que, con las modificaciones que se introducen a la Ley sobre Fondos de Inversión, ambos fondos no podrán seguir desarrollando tales actividades directamente, sino a través de empresas filiales. Así, las mencionadas rentas quedarán afectas al Impuesto de Primera Categoría.
Enfatizó que los mayores afectados con ella serán los fondos de pensiones, que son los principales inversores en fondos de inversión inmobiliarios, pues hasta ahora han recibido el 100% del flujo de las rentas inmobiliarias, descontados los gastos inherentes a la administración, y en lo sucesivo recibirán sólo el 83%, que es el saldo disponible luego de aplicar el impuesto, perjudicándose así la rentabilidad de los fondos y el monto de las pensiones a pagar.
Expresó que se ha dicho que ésta era una modificación necesaria, por cuanto los fondos de pensiones se beneficiaban de una situación de privilegio, lo que no comparte.
Planteó que, para entender debidamente el alcance del cuestionamiento, es menester explicar el origen de las modificaciones que contiene el proyecto y el alcance de las proposiciones que se hicieron en la discusión en el Senado.
Precisó que la ley N° 19.705, innovó en materia de fondos de inversión, creando los fondos de inversión privados, que son aquellos que no hacen oferta pública de sus cuotas, sino que por el contrario, se colocan “privadamente” entre un reducido número de inversionistas, tiendo la calidad de fondos “desregulados”. Esta figura se opone a los fondos de inversión “públicos” -los únicos existentes a esa fecha- que están sujetos a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros. La idea que se expresó en ese momento, fue que los fondos privados se podrían dedicar a cualquier tipo de negocio, en contraposición a los públicos que sólo pueden invertir en aquello que autoriza la ley, según el artículo 5° de la ley N° 18.815. Es decir, no se quiso poner límite al rubro de inversión de tales fondos, pues en un primer momento se pensó restringirlos a “proyectos innovadores”, así despachó el proyecto la Cámara de Diputados.
Hizo notar que, sin embargo, la redacción quedó amplia, permitiendo que los fondos privados fueran usados como titulares directos de un negocio comercial o industrial, lo que jamás fue el objetivo. La consecuencia de ello fue que empresarios que han organizado su negocio bajo esta figura no pagan el Impuesto de Primera Categoría, como ocurre con cualquier forma societaria a la que se recurra e incluso haciéndolo directamente como empresario individual, generándose una “asimetría tributaria” que contradice la neutralidad que debe mantener el sistema impositivo.
Señaló que, ante dicha realidad, el proyecto en estudio propuso, así lo despachó la Cámara de Diputados, modificar el régimen tributario de los fondos de inversión privados, en términos de someterlos a los gravámenes de una sociedad anónima, siempre que los aportantes fueren relacionados a la administradora y tuvieren más de un determinado porcentaje de las cuotas. Se creaba así una asimetría aceptada en ciertos casos y en otros no, lo que constituía a nuestro entender una discriminación injustificada.
Indicó que, por lo anterior, se insistió en la tramitación en el Senado en la necesidad de resolver el problema mediante una norma general y pareja, que tratara a todos por igual, idea que fue compartida por las actuales autoridades del Ministerio de Hacienda. Al respecto, se pensó que la verdadera solución era considerar que los fondos de inversión no debían ser titulares de actividades comerciales, sino que constituir canales inversión. De esta manera, todo “negocio” debe materializarse mediante un aporte en acciones o derechos sociales, “inversión”, y realizarse a través de una sociedad, la que se debe pagar el respectivo impuesto de categoría por las utilidades que obtenga, pudiendo los aportantes utilizarlo como crédito cuando corresponda, como cualquier contribuyente.
Destacó que, hacia el final de la tramitación en el Senado, el Gobierno propuso también restricciones específicas a la inversión directa de los fondos públicos en activos inmobiliarios. Añade que los senadores de la Alianza, manifestaron su preferencia por la existencia de una norma general que los activos productivos formaran parte de sociedades filiales del fondo, lo que el Gobierno aceptó. Sin embargo, un análisis posterior de detalle, hizo ver que ello significaría afectar las rentas inmobiliarias al Impuesto de Primera Categoría con un impacto en los fondos de pensiones, según ya se explicó, lo que jamás se tuvo en vista y así se hizo ver en debate.
Sostuvo que, afectar el flujo de las rentas inmobiliarias con una carga tributaria irrecuperable impacta negativamente los fondos de pensiones y, por ende, el valor de las cuotas y las pensiones a pagar; en otras palabras afecta a los afiliados, aunque se diga que en monto menor; y en caso alguno a las administradoras de fondos de pensiones, cuyas comisiones no dependen actualmente del valor del fondo.
Señaló que, lo anterior ocurrirá no solamente en las operaciones futuras, sino que en las pasadas, pues muchos contratos de arriendo de inmuebles en que han invertidos los fondos de inversión, tras los cuales están los fondos de pensiones, se han celebrado por plazos de hasta 30 años. De acuerdo con el artículo 7° transitorio del proyecto de ley, el 1 de enero de 2012, los contratos de arrendamiento deben estar traspasados a sociedades filiales, bajo la pena de disolución del fondo. Para ello, se requerirá del consentimiento del arrendatario, que se verá en una situación que le permite negociar un cambio favorable del contrato, toda vez que el fondo de inversión estará bajo una verdadera “espada de Damocles” puesta por la ley, amén del mayor costo tributario que se generará a contar de esa fecha.
Expresó que, por otra parte, no es efectivo que los fondos de pensiones estén en una situación tributaria de privilegio, porque ellos no son contribuyentes dentro de nuestro sistema tributario y no deben pagar impuestos. Los que deben tributar son las personas, que es lo que sucede con las pensiones que se pagan con cargo a los fondos acumulados, los que a su vez se forman con aporte que no están afectos a tributos.
Comentó que se ha dicho que el privilegio se produce cuando se compara la inversión en acciones de sociedades anónimas, que pagan el Impuesto de Primera Categoría y que luego es irrecuperable para el fondo de pensiones; o en la inversión en el extranjero cuando queda sujeta a algún tributo. Esta comparación no es correcta, porque el hecho que el Impuesto de Primera Categoría no sea recuperable por los fondos de pensiones es una anomalía del sistema tributario. Precisamente porque no son contribuyentes, no pueden beneficiarse del derecho que asiste a cualquier contribuyente: usar como crédito o recuperar, en su caso, el Impuesto de Primera Categoría pagado por la empresa de que son socios, accionistas o dueños.
Hizo notar que, en el caso de las acciones nacionales, lo correcto sería que el Fisco devuelva el impuesto pagado por los dividendos recibidos por los fondos de pensiones, porque éstos no son contribuyentes. Sobre el particular, cree que el Fisco no lo hace simplemente porque no quiere renunciar a un ingreso, pero ello no es razón para extender la tributación a otros ingresos de los fondos, argumentado un supuesto privilegio tributario.
Manifestó que, respecto de las inversiones en el extranjero, es una realidad frente a la cual nada se puede hacer, porque no tendría base pedir al Fisco chileno que devuelva tributos percibidos por Estados extranjeros, pero ello tampoco puede servir de base para extender la carga tributaria de dichos fondos en nuestro país.
Puso énfasis en que, tratándose de rentas inmobiliarias, se está hablando de una “renta fija”, motivo por el cual corresponde compararla con otras formas de renta fija, como son los depósitos bancarios a plazo, que no están afectos a impuestos de ninguna clase para los fondos de pensiones. Asimismo, las personas naturales por regla general tampoco tributan en Primera Categoría por rentas inmobiliarias urbanas y, por aplicación del DFL N° 2, ni siquiera en Global Complementario.
Por último, comentó que de este proyecto de ley se retiró cualquier modificación relativa a las inversiones de los fondos de pensiones. Incluso la autoridad económica no quiso considerar en esta iniciativa la ampliación del límite sobre inversión de los fondos en el extranjero, que ha sido solicitado por muchos como una reforma urgente, aduciendo que tales materias deben ser estudiadas en detalle en la reforma previsional. No se entiende, entonces, por qué este tema, que nunca fue materia de un estudio o discusión específica, se ha incorporado a este proyecto, el que en un sentido estricto es ajeno a sus ideas matrices.
El señor Jaime de la Barra hizo presente que ACAFI valora la incorporación de una serie de medidas para el fomento al capital de riesgo en el actual proyecto de ley de Mercado de Capitales. Añadió que, la asociación fomentará, a través del apoyo técnico necesario, la creación de un nuevo proyecto de mercado de capitales.
Planteó que, no obstante lo anterior, la iniciativa en estudio posee una norma transitoria que entraría en vigencia el 1 de enero de 2012, la que perjudicaría directamente la operación de los fondos inmobiliarios.
Afirmó que los fondos de inversión inmobiliarios gestionan en Chile alrededor de MM$ 520.000, representando casi un tercio de las inversiones totales de la industria. Agregó que estos instrumentos llevan más de 15 años operando en el país y fueron estructurados con el objeto de abrir una oportunidad a los fondos de pensiones para invertir en proyectos inmobiliarios.
Hizo notar que los fondos de pensiones poseen hoy casi el 80% de la propiedad de estos instrumentos.
Sostuvo que la rentabilidad promedio anual de esta industria, durante los últimos 5 años, ronda entre 7% y 8%, generándose a la fecha utilidades por alrededor de $ 40 mil millones.
Señaló que el proyecto propuesto por el Senado contiene como disposición transitoria la derogación de los números 10), 13) y 23) del artículo 5° de la ley N° 18.815. Al respecto, sostuvo que con esta derogación, se termina de raíz con las inversiones directas de los fondos públicos y privados en proyectos inmobiliarios.
Mencionó que la norma en cuestión busca terminar con una asimetría tributaria entre las inversiones directas de los fondos de inversión privados y las sociedades anónimas que están afectas al pago de 17% de Impuesto de Primera Categoría.
Expresó que la Acafi está de acuerdo con esta indicación para terminar con la asimetría tributaria en el caso de los fondos privados. Expresó que, debe tenerse presente que los fondos de pensiones se verán afectos a un nuevo impuesto que terminará finalmente perjudicando la rentabilidad de sus afiliados. Agregó que, con este nuevo impuesto, el único instrumento de inversión en el sector inmobiliario al que pueden acceder los fondos de pensiones, reducirá drásticamente su atractivo.
Afirmó que este tipo de instrumentos apunta a democratizar las inversiones inmobiliarias, haciéndolas menos costosas y accesibles a los inversionistas más pequeños.
En relación con el análisis en particular del proyecto por la Comisión cabe consignar que el H. Senado le introdujo al texto aprobado por la Cámara de Diputados, en su primer trámite constitucional, diversas modificaciones que, para efectos de su consideración, se agrupan de la siguiente manera:
1. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la Ley sobre Impuesto a la Renta.
El artículo 1° del proyecto con sus letras a) y b) es reemplazado por tres numerales.
En el numeral 3), se agregan cuatro incisos al artículo 18 quáter por los cuales se permite diferir el impuesto a las ganancias de capital si el dinero rescatado se reinvierte en otro fondo mutuo, sea o no administrado por la misma administradora, lo cual en el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados se permite sólo si se reinvierte en otro fondo mutuo de la misma administradora.
Las demás modificaciones son formales y de redacción e incorporan una mayor precisión a la normativa.
Puestas en votación las modificaciones al artículo 1° fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
2. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con la Ley de Timbres y Estampillas.
El artículo 2° es reemplazado por dos numerales.
Por el numeral 1) se incorpora en el número 3) del artículo 1° del decreto ley N° 3.475, de 1980, a los documentos emitidos en forma desmaterializada entre los gravados en dicho numeral.
Las demás modificaciones son meramente formales.
Puestas en votación las modificaciones al artículo 2°, el numeral 1) se aprobó por 7 votos a favor y 2 votos en contra, siendo el resto de las modificaciones aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
3. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con la Ley General de Bancos.
El artículo 3° contaba con 8 numerales que se amplían a 19.
Por el numeral 1) que se agrega se establece que el Superintendente de Bancos contará con defensa jurídica frente a casos de litigios en su contra, proporcionada por la Superintendencia correspondiente.
El Diputado Lorenzini, don Pablo , argumentó que la defensa legal de los superintendentes (aplicable también al Superintendente de Valores y de AFP), que se propone establecer de cargo del Estado, es muy amplia e ilimitada. Le parece que es discutible el efecto que puede tener en esos altos funcionarios, ya que podría motivarlos a actuar en forma menos cuidadosa. Por otra parte, afirmó que, de aprobarse una norma con estas características, podría abrir la puerta para que en el futuro se incorporen otros funcionarios del Estado a dicha normativa.
El Ministro Velasco hizo presente que la defensa legal no es indefinida, ya que se limita a los plazos de prescripción, los que, por regla general, son breves en materia económica. Puntualizó que será la Superintendencia quien designe al abogado y que ella se limita a las acciones que ejecute el funcionario en el ejercicio de su cargo. Añadió que, además, es importante hacer notar que el Estado puede repetir en contra del funcionario si resulta condenado; en conformidad con las normas de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado y al Estatuto Administrativo.
Señaló, además, que a juicio de los organismos internacionales, tales como el FMI o el Banco Mundial, uno de los aspectos de nuestra legislación que debía ser perfeccionado es precisamente el de la defensa de las autoridades del caso.
Puesto en votación este numeral fue aprobado por 8 votos a favor y 1 voto en contra.
En el numeral 3) que se agrega se reemplaza el artículo 28 perfeccionándolo y refundiéndolo con el artículo 36 (inciso cuarto) relativo a los requisitos que deben cumplir los accionistas fundadores de un banco.
En relación con la letra c) del artículo 28 propuesto el Ministro señor Velasco señaló que se entrega una facultad a la Superintendencia que debe entenderse e interpretarse a la luz del resto de las exigencias que allí se contemplan. Se consideró que debería existir un margen de flexibilidad para casos complejos, como podría ser, por ejemplo, el narcotráfico. En todo caso, según se dispone en el numeral 5), si se resolviera denegar la licencia, la Superintendencia deberá hacerlo mediante resolución fundada.
Puesto en votación este numeral, se solicitó votación separada respecto de la letra c) del artículo 28, siendo aprobada por 5 votos a favor, 3 votos en contra y una abstención. El resto de las modificaciones se aprobaron por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 4) que se agrega se modifica el artículo 30, permitiendo la aplicación del silencio administrativo positivo en lugar de la certificación que indica, y se actualiza la norma vigente.
Asimismo, se incorpora la Unidad de Análisis Financiero o el Ministerio Público entre los organismos a los cuales se les informará de los fundamentos que señala.
Puesto en votación este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 5) se modifica el inciso cuarto y se elimina el inciso quinto incorporado al artículo 28 y se permite aplicar el silencio administrativo si la Superintendencia no dictare la resolución denegatoria dentro del plazo señalado.
Puesto en votación este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Por el numeral 8), se agrega en el numeral 6) del artículo 69 un inciso segundo que permite a los bancos efectuar operaciones con productos derivados.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Se incorpora el numeral 13) que modifica las limitaciones a los créditos que los bancos pueden otorgar conforme al artículo 84.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Por el numeral 17) que se agrega se permite la compensación de obligaciones conexas emanadas de operaciones con productos derivados ampliando la norma aprobada por la Cámara de Diputados a la liquidación forzosa de los bancos.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Las demás modificaciones a este artículo son de redacción y formales de ubicación.
Puestas en votación, las demás modificaciones, fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
4. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con el decreto con fuerza de ley N° 251, sobre Compañías de Seguros.
El artículo 4° contaba con 11 numerales que se amplían a 14.
En el numeral 1) se incorpora la letra a) que agrega en el artículo 3° sobre las atribuciones y obligaciones de la Superintendencia de Seguros la de autorizar el traspaso de una participación significativa de las sociedades que señala.
El Ministro señor Velasco señaló que la letra a) del numeral 1) del artículo 4° contaba con una segunda parte que fue suprimida en el H. Senado, razón por la cual la disposición quedó trunca y no se basta por si sola. Al respecto, manifestó que, en consideración a lo anterior, el concepto de “participación significativa” debe entenderse a la luz de la Ley sobre Sociedades Anónimas.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Por el numeral 3) se incorpora el artículo 4° bis que permite a las compañías de seguros constituidas en el extranjero establecer sucursales en el país adecuando la ley chilena a los TLC.
El Ministro señor Velasco explicó que el numeral 3) del artículo 4° replica lo que ya se ha normado en materia bancaria. Añadió que, debe tenerse presente que los TLC incorporan normas respecto de la repatriación de utilidades y que, por tanto, forman parte de la legislación interna de los países firmantes.
Puesto en votación este numeral, se solicitó votación separada del último inciso del artículo 4° bis, siendo aprobado por 6 votos a favor, 1 voto en contra y una abstención. El resto de este numeral se aprobó por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 8) se modifica el artículo 23 relativo a los límites máximos de inversión que señala. Por la letra m) se aumenta de 10% a 20% en aquellos activos de la letra e) del N° 5 y en la letra g) del 0,5% del total al 1% del total para las inversiones que indica.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
En los numerales 9) y 10) se agregan facultades a la Superintendencia en relación con seguros con cuenta de inversión e incorpora el patrimonio de riesgo en normas de custodia.
Puestos en votación, estos numerales fueron aprobados por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 11) se reordena y precisan los conceptos relativos al otorgamiento de licencias de una entidad aseguradora.
Puesto en votación este numeral, se solicitó votación separada de la letra c) del artículo 37 bis, siendo aprobado por 6 votos a favor y 3 en contra. El resto del numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Las demás modificaciones a este artículos son de perfeccionamiento, redacción y formales de distinta índole.
Puesto en votación el resto de este numeral, fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
5. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con el decreto ley N° 3.500, que establece el nuevo Sistema de Pensiones.
El artículo 5° contaba con 10 numerales que se reducen a 7.
Se suprimen los numerales 1), relativo a inversiones de las AFP, y 2), relativo al cobro de IVA por las comisiones del Ahorro Previsional Voluntario que pasa a ser regulado en el numeral 1) del artículo 20 del proyecto.
El Ministro señor Velasco explicó que el numeral 1) del artículo 5°, que se suprime, dice relación con la facultad de las AFP para adquirir acciones de una cámara de compensación. Al respecto, puntualizó que en nuestro país no existe una legislación general para las cámaras de compensación, lo que implica que no se cuenta aún con los estándares internacionales que se requieren en este ámbito. Anunció que la normativa del caso se incorporará en un proyecto de ley que el Gobierno presentará próximamente en el mes de abril.
Por lo anterior, se estimó -dijo- que no es prudente incorporar a las AFP en un negocio que no cuenta con la normativa necesaria. Esta es la razón por la cual se ha preferido suprimir el numeral 1).
Puesta en votación, la supresión del numeral 1) fue aprobada por unanimidad. Por su parte, la supresión del numeral 2) fue aprobada por 8 votos a favor y 1 voto en contra.
Se incorpora el numeral 1), que intercala un artículo 24 A, que tiene por objeto establecer los requisitos que deberán cumplir los accionistas fundadores de una Administradora. La Superintendencia verificará el cumplimiento de estos requisitos, para lo cual podrá solicitar que se le proporcionen los antecedentes que señale.
Puesto en votación este numeral, se solicitó votación separada respecto de la letra c) del artículo 24 A, siendo aprobada por 4 votos a favor y 3 votos en contra. El resto del numeral se aprobó por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 2), que modifica el artículo 44, se reemplazan las letras a) y b) y se agrega una nueva letra c). Por las letras a) y b) lo custodiable aumenta del 90% del total al 98% de lo susceptible de custodia. Por la letra c), se ajusta la sanción por incumplimiento, no pudiendo ser la multa inferior al 1% ni superior al 100% de la cantidad que faltare para completar el depósito de que se trata; piso que en la norma vigente es 10%.
La letra d), señala que se disolverá por el solo ministerio de la ley la Administradora que hubiere presentado un déficit de custodia superior al 2%, en el período que indica y en las condiciones que señala.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Los numerales 4), 5) y 6), que modificaban los artículos 45, 47 y 48, relativos a inversiones de las AFP, se suprimen.
Puesta en votación, la supresión de estos numerales fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes.
Se intercala un numeral 3), que modifica el artículo 68, relativo al endoso del Bono de Reconocimiento, incorporando la transferencia mediante bono desmaterializado.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
El numeral 4), que modifica el artículo 94, incorpora nuevas facultades para la Superintendencia del ramo en relación con las personas relacionadas, en cuanto a recabar mayor información por parte de éstas y ordenar la abstención de efectuar transacciones que se determine mediante resolución fundada.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 5), que modifica el artículo 3° del Título XV, se agrega la desmaterialización de los bonos de reconocimiento ya emitidos.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Las demás modificaciones a este artículo introducen cambios de redacción y meramente formales.
Puestas en votaciones, las demás modificaciones de este artículo fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
6. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la ley N° 19.795, que modificó el decreto ley N° 3.500.
El artículo 6° deroga el artículo 5° transitorio de dicha ley, relativo a la custodia de los instrumentos de inversión de los Fondos de Pensiones. El Senado lo suprime.
Puesta en votación, la supresión propuesta fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes.
7. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la ley N° 18.045, Ley de Mercado de Valores.
El artículo 7° (que pasa a ser 6°) contaba con 23 numerales que se amplían a 25.
Por los numerales 2), y 3), se modifican los artículos 26 y 27. El proyecto aprobado por la Cámara exige un examen de conocimientos suficientes sobre la intermediación de valores a los ejecutivos principales de las corredoras y a todos los empleados que participen directamente en la intermediación de valores. En aquél sólo estaba considerado en el artículo 27, sobre intermediarios personas jurídicas, y ahora se añade también al artículo 26, intermediarios persona natural. En el proyecto aprobado por la Cámara de Origen la acreditación de conocimientos tenía que ser en la forma de exámenes, y ahora será en la forma que indique la Superintendencia de Valores y Seguros. En caso de corredores, la acreditación no se hará ante la entidad que señale la Superintendencia sino ante las bolsas, pero con las exigencias que establezcan aquéllas.
Puestos en votación, estos numerales fueron aprobados por 6 votos a favor y 2 abstenciones.
El numeral 3), que modifica el artículo 30 en relación con la garantía previa que deben suministrar los corredores de valores, es suprimido.
Puesta en votación, la supresión de este numeral fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 4), que modifica el artículo 40, se reemplaza la letra a), por una letra a) con dos literales, i) e ii). Por el literal i) se recogen los mismos requisitos necesarios para que las bolsas puedan constituirse que se proponía en el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados y se añade que deberán funcionar con un número de, a lo menos, 10 corredores de bolsa. El literal ii) introduce modificaciones de adecuación en relación a lo dispuesto en el literal anterior.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 6), que modifica el artículo 45, añade al proyecto aprobado en el primer trámite, que la bolsa, al establecer y verificar el cumplimiento de requisitos que se exigen a los corredores, no podrá restringir o entorpecer la libre competencia.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
El numeral 8), que agrega un artículo 63 bis sobre circunstancias agravantes de responsabilidad penal, es suprimido.
Puesta en votación, la supresión de este numeral fue aprobada por 4 votos a favor y 2 votos en contra.
Se incorpora un numeral 8), que introduce cambios al artículo 125, autorizando que los bonos puedan poseer cláusulas de acción colectiva.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
El numeral 9), que introduce cambios al artículo 131, es sustituido, modificando la redacción para aclarar las dudas de la validez del instrumento y el mérito ejecutivo se otorga a los certificados del DCV que contengan ciertas menciones sobre los valores desmaterializados, con un soporte físico.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
El numeral 11), que introduce enmiendas en el artículo 166 sobre acceso a información privilegiada, es suprimido.
Puesta en votación, la supresión de este numeral fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes.
Se agrega un número 16), que introduce modificaciones al artículo 187, agregando la facultad a la Superintendencia de Valores y Seguros para normar la oferta pública de valores extranjeros a través de un patrocinador de dichos valores.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el numeral 17), que introduce modificaciones al artículo 188, se reemplazan las letras b) y c), disponiéndose la forma en que deberá proporcionarse la información de que se trata a la Superintendencia.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
El número 18), que modifica el artículo 189, se sustituye, consignando las facultades de la Superintendencia en relación a los procedimientos que permitan la inscripción y la oferta pública de valores extranjeros.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el número 20), se agrega un inciso segundo en el artículo 192, proponiéndose prohibir el embargo, por deudas del intermediario, de los valores de los clientes mantenidos por los intermediarios.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Las demás modificaciones incorporan una mayor precisión a la normativa y otras son de redacción, formales y de ubicación.
Puestas en votación, las demás modificaciones a este artículo fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
8. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas.
El artículo 8° (que pasa a ser 7°) contaba con 16 numerales que se reducen a 2, tras el desglose de las medidas relativas a gobiernos corporativos.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
9. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la ley N° 18.815, sobre Fondos de Inversión.
El artículo 9° (que pasa a ser 8°) contaba con 11 numerales que se mantienen con modificaciones.
Por el numeral 4), que se agrega y el numeral 11), que se reemplaza, se ajustan las inversiones en desarrollo inmobiliario de los fondos de inversión.
En relación a la tributación, se agrega un número 10), indicando que se aplicará el impuesto previsto en el artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, considerando el fondo como sociedad anónima, respecto de los desembolsos y operaciones que se indican.
El señor Andrés Velasco profundizó el tema referido en la letra k) del párrafo sobre las inversiones permitidas a los Fondos de Inversión señalando que la industria de fondos de inversión ha sido concebida como un vehículo pasivo de inversión. Así, la idea es que la gente adquiera cuotas de un fondo y que éste, a su vez, invierta tanto en Chile como en el extranjero en distintas áreas, entre las cuales, por ejemplo, ahora se desea potenciar el capital de riesgo.
Planteó que este vehículo de inversión se ha desnaturalizado en el caso de las inversiones inmobiliarias, transformándose en una vía para no pagar impuestos. Agregó que, si un fondo de inversión actuase como tal, lo normal sería que invirtiera parte de sus recursos en acciones de una sociedad inmobiliaria; sin embargo, no es así, y en su lugar, se constituyen directamente en empresa inmobiliaria, aprovechando el tratamiento tributario diferenciado que tienen en relación a una empresa del rubro, lo que viene a crear una falta de equivalencia entre personas jurídicas que realizan la misma actividad económica.
El Diputado Dittborn, don Julio , hizo notar que las AFP no son sujeto de impuestos y que, en su condición, no pueden recuperar los impuestos que soporten. Por lo tanto, si sus inversiones en el sector inmobiliario de los fondos de inversión pasan a pagar Impuesto de Primera Categoría , en los hechos, conllevará una reducción de los ingresos para el fondo de pensiones.
El Ministro señor Velasco señaló que el impacto de la medida que se propone respecto de los fondos de inversión en materia inmobiliaria será mínimo o casi nulo para los afiliados al sistema de AFP. Al respecto, expresó que, de los 86 mil millones de dólares que actualmente tienen los fondos de pensiones, lo invertido en el sector en comento asciende a cerca de 700 millones de dólares, esto es, el 0,8% del total. Sostuvo que, con la modificación, habrá un 17% de la tasa de rentabilidad de la inversión que no se traspasará a las AFP. Añadió que, traducido a un período de inversión de 5 años, que es el promedio, y considerando tasas de rentabilidad normales, el impacto final sería de 0,001% del fondo.
Enfatizó que, en vista de lo anterior, se estimó que la adecuación no tendría un impacto relevante y que, por otra parte, se estaría equiparando las condiciones o reglas del juego para un sector de la economía.
El Diputado Dittborn, don Julio , manifestó que existe una asimetría también para las AFP, por cuanto ellas no son sujeto de Impuesto de Primera Categoría y, sin embargo, en materia de inversiones accionarías soportan el impuesto, lo que no debería ser, debiendo ser reintegrado por el Estado. A su parecer, esta asimetría perjudica los fondos de pensiones de los trabajadores.
El Ministro señor Velasco expresó que el tratamiento tributario del régimen de pensiones, por su propia naturaleza, no es simétrico. Por ejemplo, se trata de un ahorro forzoso que no tributa. Por lo tanto, al hablar de estos ahorros, deben analizarse desde una perspectiva más amplia, que considere todas las disposiciones e incentivos que hoy los favorecen.
Puesto en votación este artículo fue aprobado por 7 votos a favor y 5 votos en contra.
Las demás modificaciones son de redacción y perfeccionan la normativa propuesta.
El resto de las modificaciones fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
10. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación al decreto ley N° 3.538, de 1980, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros.
El artículo 10 (que pasa a ser 9°) contaba con 4 literales que se amplían a 4 numerales.
Los 4 literales del texto aprobado por la Cámara de origen introducen modificaciones al artículo 4°.
La letra a) se reemplaza incorporando la facultad de citar a declarar aquellas personas que sin ser fiscalizadas o relacionadas con ellas, ejecuten o celebren actos o convenciones cuyo objeto sean instrumentos o valores emitidos por entidades fiscalizadas.
La letra b), relativa a las declaraciones que se presten ante los funcionarios de la Superintendencia, es suprimida.
La letra c) que pasa a ser b), es recogida por el texto propuesto por el Senado, introduciendo perfeccionamientos en relación con los medios documentos tecnológicos.
Puesto en votación el numeral 1) fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Por el número 2) que se agrega se explicita que la Superintendencia del caso proporcionará defensa legal al Superintendente, aun después que haya cesado en el cargo, siempre que se cuestionen las decisiones adoptadas en el ejercicio de su cargo.
Puesto en votación este numeral fue aprobado por 9 votos a favor y 1 voto en contra.
Los números 3) y 4), introducen perfeccionamientos en materia de plazos.
Puestos en votación, estos numerales fueron aprobados por la unanimidad de los Diputados presentes.
Las demás modificaciones son de redacción y formales.
Puestas en votación, las demás modificaciones a este artículo fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
11. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la ley N° 18.876, sobre Depósito y Custodia de Valores.
El artículo 11 (que pasa a ser 10) contaba con 9 numerales que se amplían a 10.
Se intercala un número 3), que recoge las modificaciones en relación a distinguir entre las obligaciones personales del depositante y las obligaciones de sus mandantes.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
El número 4), que modifica el artículo 11 sobre menciones en los títulos que indica, es suprimido.
Puesta en votación, la supresión de este numeral fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes.
12. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación al decreto ley N° 1.328, sobre Fondos Mutuos.
El artículo 12 (que pasa a ser 11) contaba con 5 numerales que se mantienen con modificaciones.
Por el numeral 3) que se agrega se modifica norma que restringe compra de cuotas en fondos mutuos por parte de relacionados a la administradora.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
El numeral 5), modifica el inciso tercero del artículo 17, en relación con los beneficios a repartir a los partícipes de un fondo, el cual se suprime.
Puesta en votación, la supresión de este numeral fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes.
Las demás modificaciones a este artículo incorporan una mayor precisión a la normativa en la línea de lo aprobado por la Cámara de Diputados y el resto son de redacción.
Puestas en votación, estas modificaciones fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
13. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la ley N° 19.281, que establece normas sobre arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa.
El artículo 13 (que pasa a ser 12) contaba con 5 numerales que se mantienen con modificaciones que incorporan una mayor precisión a la normativa en la línea de lo aprobado por la Cámara de Diputados y el resto son de redacción.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
14. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con el artículo 2.489 del Código Civil.
El artículo 14 (que pasa a ser 13) agregaba dos incisos que se amplían a 4 incisos, precisando la regulación de la subordinación de créditos no preferentes.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
15. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la ley N° 18.175, que modifica la Ley de Quiebras.
El artículo 15 que modifica el artículo 69 es suprimido por el H. Senado.
Puesta en votación, la supresión de este artículo fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes.
16. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con las normas propuestas sobre Prenda sin desplazamiento y Crea el Registro Único de Prendas.
El artículo 16 (que pasa a ser 14) contiene un texto de 40 artículos permanentes se amplía a 42 y una disposición transitoria.
En general, el texto que aprobó el Senado perfecciona la normativa propuesta y mejora la redacción de sus disposiciones.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
17. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación a la ley N° 18.657, que autoriza la creación del Fondo de Inversión de Capital Extranjero.
El artículo 17 (que pasa a ser 15) agrega dos incisos al artículo 12 los que se consignan como numeral 1), agregándose un segundo numeral que reemplaza el inciso primero del artículo 13, haciendo imperativo encargar a una empresa de depósito de valores el depósito de aquellos instrumentos que señala, correspondiéndole a la Superintendencia determinar los títulos no susceptibles de ser custodiados.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
18. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con el decreto supremo N° 502, del año 1978, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sobre Cooperativas.
El artículo 18 (que pasa a ser 16) que modifica el artículo 112 se reemplaza por dos numerales que reemplazan el artículo 86 de la Ley General de Cooperativas fijado por el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2004, del Ministerio de Economía efectuándose una adecuación a la legislación más reciente en la materia.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
19. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación al Código de Comercio.
El artículo 19 (que pasa a ser 17) contiene 3 numerales, el último de los cuales agregaba los artículos 424 a 460 de dicho código, sobre las sociedades por acciones, reduciéndose al artículo 446.
Las modificaciones que aprobó el Senado contienen cambios de redacción y perfeccionamientos a la normativa propuesta.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por 7 votos a favor y 2 abstenciones.
20. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con la Agencia de Garantía.
El artículo 20 (que pasa a ser 18) contiene 5 artículos que se amplían a 7, por los cuales el Senado perfecciona la normativa en aspectos de redacción.
Puesto en votación, este numeral fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
21. Se incorporan los artículos 19, 20, 21, 22 y 23.
En el artículo 19 se autoriza a Corfo para suscribir y pagar cuotas emitidas por fondos de inversión creados al amparo de la ley N° 18.815.
El Diputado Sunico, don Raúl, consultó si Corfo, al participar en inversiones de capital de riesgo, vería limitada la posibilidad de apoyar a las empresas en que se inviertan estos fondos.
El Ministro señor Velasco puso énfasis en que Corfo podrá seguir apoyando a las empresas del caso por la vía de los subsidios u otros mecanismos de fomento e, indirectamente, con la garantía para los préstamos que obtengan en la banca. Agregó que la restricción para Corfo será sólo en materia de financiamiento directo a empresa lo que, de hecho, en la actualidad no se realiza.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
En el artículo 20 se modifica el decreto ley N° 825, de 1974, para incorporar en el artículo 12 letra E un N° 18 que exime del IVA a las comisiones de administración de las cotizaciones voluntarias, depósitos de ahorro previsional voluntario y de depósitos convenidos que indica e incorpora modificaciones al artículo 23 N° 5 para incorporar en ella el vale vista nominativo o transferencia electrónica de dinero con su debido registro.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por 8 votos a favor y una abstención.
Por el artículo 21 se modifica el decreto con fuerza de ley N° 101, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, proporcionándole defensa al Superintendente respectivo.
Puesto en votación este artículo fue aprobado por 8 votos a favor y 1 voto en contra.
Por el artículo 22 se reemplaza en el artículo 4° transitorio de la ley N° 19.768, la fecha tope para utilizar la franquicia tributaria que indica en la colocación de acciones por venta en bolsa u OPA propia de la bolsa emergente, hasta el 31 de diciembre de 2014.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
Por el artículo 23 se establece que la Corfo deberá encargar a una empresa de depósito de valores regulada por la ley N° 18.876 el depósito de aquellos instrumentos representativos de sus inversiones que sean susceptibles de ser custodiados.
Puesto en votación, este artículo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes.
22. Modificaciones introducidas al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en relación con las disposiciones transitorias.
El texto aprobado por la Cámara contiene 4 artículos transitorios que aumentan a 8 en el texto aprobado por el Senado.
En el artículo 1° transitorio se establecen normas para incentivar la inversión en capital de riesgo con algunos perfeccionamientos y adecuaciones de redacción y de carácter formal.
El Senado suprime el artículo 2° transitorio que faculta al Presidente de la República para dictar un texto refundido y sistematizado del decreto ley N° 3.500 y del decreto con fuerza de ley N° 101, ambos de 1980. Suprime, asimismo, los artículos 3° y 4° transitorios.
Incorpora los artículos 3° a 8° transitorios estableciendo la vigencia de diversas disposiciones del proyecto.
Puestas en votación, las modificaciones precedentes fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes.
Sala de la Comisión, a 16 de marzo de 2007.
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
4. Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaído en el proyecto que dicta normas que protegen a los deudores hipotecarios obligados a contratar seguro de desgravamen, estableciendo que el riesgo se asume por toda la vida del asegurado sin importar su edad. (boletín Nº 4318-03-1)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción de los Diputados señores Sergio Aguiló Melo , Marcos Enríquez-Ominami Gumucio , Ramón Farías Ponce , Tucapel Jiménez Fuentes y Alejandro Sule Fernández , en primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia.
I. CONSTANCIAS PREVIAS.
1.- IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.
Impedir que las personas que otorguen pólizas de seguros de desgravamen limiten su cobertura o no la paguen, por el hecho que el asegurado cumpla una determinada edad.
2.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
No hay normas con ese carácter.
3.- TRÁMITE DE HACIENDA.
No requiere de dicho trámite.
4.- EL PROYECTO FUE APROBADO, EN GENERAL, POR UNANIMIDAD.
Votaron a favor la diputada Herrera , doña Amelia y los diputados Arenas, don Gonzalo ; Díaz, don Marcelo ; Jarpa, don Carlos Abel ; Jiménez, don Tucapel ; Ortiz, don José Miguel , y Tuma, don Eugenio . (aprobado 7 x 0).
5.- Se designó diputado informante al diputado don Tucapel Jiménez Fuentes .
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La Comisión contó con la asistencia y colaboración de las siguientes personas: el Director Jurídico de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, don Ignacio Errázuriz Rozas , junto a la abogado, doña Carolina Álvarez Gaete ; el Superintendente de Valores y Seguros, don Alberto Etchegaray de la Cerda , junto al asesor, don Matías Larraín Valenzuela ; el asesor jurídico de la Asociación de Aseguradores de Chile A.G, don Francisco Serqueira Abarca y el asesor jurídico del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, don Carlos Rubio Estay .
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II. ANTECEDENTES.
Señalan los autores de la moción que el seguro de desgravamen, como cualquier seguro, implica una protección para el evento de fallecer el titular de una deuda, esto es, que la aseguradora asume el pago de ésta en beneficio del acreedor. Añaden que este seguro cobra especial importancia tratándose de créditos hipotecarios, por cuanto los bancos y demás instituciones que financian operaciones de esta naturaleza, condicionan el otorgamiento del crédito a la suscripción de un contrato de seguro de desgravamen, entre otros. Como es lógico la compañía de seguros, para obligarse, analiza el riesgo dependiendo, fundamentalmente, de la salud del asegurado y de la edad, pues la posibilidad de que ocurra el siniestro de la muerte, es más alta entre más elevada sea la edad de la persona asegurada.
Exponen que la práctica bancaria determina que sean los propios bancos quienes, a través de sus empresas coligadas, ofrezcan al deudor hipotecario la contratación de un determinado seguro, ya que operan sobre la base de economías de escala, en que las primas de los seguros resultan más bajas que si el propio deudor hipotecario lo contratase en forma particular.
Las compañías de seguros, coligadas o no al negocio bancario, ofrecen contratos de adhesión; es decir, contratos respecto de los cuales el deudor hipotecario -en este caso- sólo puede aceptar o rechazar, pero, de ningún modo, negociar o al menos influir en alguna de las cláusulas del contrato. De este modo, las compañías de seguro contemplan en sus contratos cláusulas que limitan la cobertura del riesgo y lisa y llanamente dejan de responder si el asegurado, persona natural, cumple 75 u 80 años de edad.
Opinan que siendo un contrato de adhesión y, más aún, un contrato respecto del cual las personas se ven en el imperativo de suscribirlo, es decir, forzoso, corresponde al ente público influir en ellos de modo tal que se restablezca la igualdad que presupone una relación contractual. Recuerdan que el contrato es entendido como un acuerdo de voluntades, en que ésta se manifiesta en forma libre y espontánea, o sea, sin que exista vicio alguno que la pueda influir, tales como el error, la fuerza y el dolo. En la noción de contrato la autonomía de la voluntad reviste no sólo la mayor de las importancias, sino un presupuesto sin el cual no es posible concebir la existencia de un contrato, tanto así que hay ilustres autores que niegan al contrato de adhesión la naturaleza de tal, pues en estos casos no ha habido una voluntad libre y espontánea, y si a ello agregamos que hay contratos forzosos, la situación se vuelve aberrante y pugna con los más elementales principios de libertad e igualdad garantidos en la Constitución Política de la República
Expresan que el único remedio que se conoce para combatir la enfermedad que contamina al contrato y lo convierte en de adhesión, es el dirigismo, esto es, el fenómeno mediante el cual el ente público -el legislativo, en este caso- dicta ciertas normas que buscan evitar que el contratante más fuerte se imponga sobre el más débil, como ocurre, por ejemplo, en materia del contrato de trabajo.
Por un lado, agregan, se encuentra al solitario deudor hipotecario, cuya única aspiración es que le otorguen un crédito para pagar su vivienda y condenarse hasta muy avanzados sus años a pagar sagradamente los dividendos. Por el otro, se halla toda una industria que vende dinero, y que lucra otorgando préstamos (vendiendo dinero) a quienes construyen los inmuebles y a quienes pueden adquirirlos, merced a su capacidad de trabajo que les permite endeudarse. La industria no sólo está conformada por la banca sino por las empresas coligadas a ella, dentro de la que encontramos a las Compañías de Seguro. Así, aseguradoras y bancos, por una parte, frente al deudor hipotecario, a quien lo obligan a contratar un seguro, y aún le imponen las cláusulas, una de las cuales dispone que la compañía. de seguros no cubre el riesgo de la muerte, si ésta se produce después de cumplidos 75 u 80 años de edad.
En nuestro sistema jurídico los herederos son los continuadores legales del causante, de modo que por sucesión por causa de muerte no sólo se heredan los activos sino además los pasivos, que de ser mayores que los primeros, se pagan con cargo a lo que se recibe y, salvo que se acepte con beneficio de inventario, se responde ilimitadamente por las deudas del causante; en palabras simples, los herederos deben seguir pagando los dividendos hasta saldar el crédito hipotecario.
Al día de hoy, y fruto de las políticas bancarias de hace algunos años atrás, en que los créditos hipotecarios se otorgaban por 20 años, no eran muchas las posibilidades de llegar a los 75 u 80 años siendo deudor hipotecario, con lo cual las personas afectadas por estas normas eran muy pocas (suponía haber contraído la deuda después de los 55 años). Sin embargo, hoy las políticas bancarias -comerciales- han variado de modo tal que se ofrecen prestamos hasta por 40 años, con lo cual será usual llegar a los 75 e incluso a los 80 años siendo deudor de un crédito hipotecario y, entonces, el haber pagado durante muchos años un seguro de desgravamen carecerá de todo sentido, concluyen.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
Consta de un artículo único, que establece que las personas que otorguen pólizas de seguro de desgravamen no podrán limitar la cobertura o exonerarse del pago del siniestro, al hecho de cumplir el asegurado una determinada edad. Añade que toda norma que vulnere esta disposición se tendrá por no escrita.
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III. INTERVENCIONES.
El Superintendente de Valores y Seguros, don Alberto Etchegaray de la Cerda , expresó que en la práctica del otorgamiento de créditos hipotecarios con seguros de desgravamen, no se ha observado que la situación que se pretende regular con este proyecto esté generando dificultades de operación, considerando que los créditos hipotecarios que son otorgados a personas de edad avanzada poseen una cobertura del seguro de desgravamen hasta aproximadamente los 80 años y que se contrata en forma colectiva para la cartera de deudores hipotecarios de la institución financiera.
Que acorde a lo referido en sus fundamentos, la iniciativa debiera circunscribirse a la protección de bienes jurídicos esenciales, tales como el acceso a la vivienda. Se debería acotar el proyecto de ley, para que no se entienda la obligación de la aseguradora de cubrir el riesgo de fallecimiento de un deudor que en edad muy avanzada obtiene un crédito hipotecario
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El Director Jurídico de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras , don Ignacio Errázuriz Rozas , precisó que en la actualidad existen diversos tipos de créditos con garantía hipotecaria cuyos plazos y fines (vivienda o fines generales) dependen de las características propias de cada operación, estando sólo regulado el crédito hipotecario en letras por disposiciones del Banco Central de Chile y de la Superintendencia y el mutuo hipotecario endosable por esta Institución. Sólo en este último caso, la regulación contempla la imposición para el mutuario de mantener vigente un seguro de desgravamen por el saldo insoluto de la deuda.
El sentido de dicha imposición fue fomentar las transacciones de dichos instrumentos en el mercado, otorgando así mayores garantías de pago a los inversionistas institucionales que son los que adquieren estos créditos (Cías de Seguro; A.F.P.; Fondos de Inversión etc.).
En relación con lo anterior, es importante resaltar que actualmente la oferta de créditos hipotecarios es amplia y variada, lo que permite la contratación de los mismos a pesar de que el deudor no sea un sujeto asegurable, ya sea por motivos de salud o por edad. Lo anterior, se ve respaldado en el hecho de que hoy la Superintendencia no ha recibido reclamos respecto de esta materia por parte de los deudores hipotecarios, hecho que dice relación con las diversas alternativas que la banca ofrece a sus clientes y concretamente con el hecho de que la exigencia de los bancos para su contratación no es óbice para el otorgamiento del crédito.
Por otra parte, concuerda con la expresión de motivos del proyecto, en orden a que el seguro de desgravamen es especialmente importante en los créditos hipotecarios para la vivienda, dado que otorga una doble protección: al acreedor, ya que reduce el riesgo de crédito y de reputación (riesgo legal de realización de la hipoteca) y al deudor y su familia, puesto que los protege en caso de siniestro, garantizando el pago de la deuda y, por consiguiente, la mantención de la vivienda. Es aquí donde el seguro de desgravamen cobra su real importancia, debido al rol social que hay detrás de su contratación. Es por ello que la Superintendencia estima que cualquier medida que se adopte en esta materia debe ser evaluada, ponderando en su caso los efectos económicos que ésta pueda traer, tal como una eventual alza de las primas por dichos seguros o, por otra parte, incentivos que provoquen medidas mas radicales por parte de los aseguradores que tengan por efecto dejar sin cobertura a un grupo mayor de deudores que se encuentran actualmente protegidos.
IV. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
A) DISCUSIÓN GENERAL.
Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en la moción, los señores Diputados fueron de parecer de aprobar la idea de legislar sobre la materia.
Puesta en votación general la idea de legislar, se aprueba por unanimidad.
B) DISCUSIÓN PARTICULAR.
Artículo único
Este artículo, que prescribe que las personas que otorguen pólizas de seguro de desgravamen no podrán limitar la cobertura o exonerarse del pago del siniestro al hecho de cumplir el asegurado una determinada edad, fue objeto de una indicación sustitutiva de la Diputada señora Herrera y de los Diputados señores Tuma , Jiménez , Ortiz , Díaz, don Marcelo y Jarpa , aprobada por unanimidad (7x0), que precisa que la vigencia del seguro de desgravamen siempre será hasta el vencimiento del total del crédito.
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C) ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.
Artículo único.- Las personas que otorguen pólizas de seguro de desgravamen, no podrán limitar la cobertura o exonerarse del pago del siniestro, al hecho de cumplir el asegurado una determinada edad. Toda norma que vulnere esta disposición se tendrá por no escrita (7x0).
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D) INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.
No hubo.
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Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante , la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- La vigencia del seguro de desgravamen siempre será hasta el vencimiento del total del crédito.”.
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Sala de la Comisión, a 13 de marzo de 2007.
Tratado y acordado en sesión de fechas 13 de marzo de 2007, con asistencia del Diputado Ortiz ( Presidente ); de la Diputada Herrera , y de los Diputados Arenas; Díaz, don Marcelo ; Eluchans ; Galilea ; Godoy ; Jarpa ; Jiménez ; Mulet ; Paya ; Saffirio , y Tuma .
(Fdo.): ROBERTO FUENTES INNOCENTI, Secretario de la Comisión”.
5. Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaído en el proyecto que modifica los plazos de liberación de fondos en el depósito de cheques y traspaso de fondos en forma electrónica. (boletín Nº 4425-03-1)1
“Honorable Cámara:
La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción de la Diputada señora Isabel Allende Bussi y de los Diputados señores Guillermo Ceroni Fuentes , Alfonso De Urresti Longton , Francisco Encina Moriamez , Jorge Insunza Gregorio de las Heras , Carlos Abel Jarpa Wevar, José Miguel Ortiz Novoa , Alberto Robles Pantoja , Fulvio Rossi Ciocca y Raúl Súnico Galdames , en primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia.
I. CONSTANCIAS PREVIAS.
1. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.
Hacer más ágil el traspaso de fondos correspondientes a depósitos de cheques y transacciones realizadas en forma electrónica -de inmediato-, reduciendo a un máximo de 24 horas el plazo de retención, sólo cuando se trate de documentos y bancos de plaza diferente.
2. NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
No hay normas en esa condición.
3. TRÁMITE DE HACIENDA.
No requiere de dicho trámite.
4. EL PROYECTO FUE APROBADO, EN GENERAL, POR UNANIMIDAD.
Votaron a favor la diputada señora Herrera , doña Amelia y los diputados señores Arenas, don Gonzalo ; Díaz, don Marcelo ; Jarpa, don Carlos Abel ; Jiménez, don Tucapel , y Ortiz, don José Miguel (aprobado 6 x 0).
5. SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE AL DIPUTADO DON CARLOS ABEL JARPA WEVAR .
II. ANTECEDENTES.
Expresan los patrocinantes de la iniciativa que en la actualidad las entidades bancarias están facultadas para retener los fondos en los casos de depósitos en valores representativos de dinero, tales como cheques, vale vista y de traspaso de fondos vía electrónica. Dicha situación se justificaba antiguamente, por cuanto debía verificarse si la cuenta corriente, contra la cual se había girado el cheque, contaba con los fondos suficientes para el pago del mismo.
Sin embargo, a pesar del transcurso del tiempo, esta práctica se ha tornado invariable, manteniéndose la retención de fondos señalados, a pesar de que la antigua retención de 72 horas ha sido suprimida. De esta forma, al día de hoy, a pesar de los avances tecnológicos en línea, se producen situaciones en que el depósito de un cheque resulta más un perjuicio que un beneficio. En efecto, distinguiendo si el cheque es del mismo banco o de uno distinto, o bien, de la misma plaza o de una distinta, la liberación de fondos pueden demorar entre 24 y 48 horas.
En consecuencia, es necesario modificar dicho régimen de retención de fondos, para efectos de hacer más expedita la relación comercial entre los bancos y sus titulares de cuenta corriente y, de esta forma, estar más acorde con los avances tecnológicos y con la modernización de las relaciones comerciales.
Por medio de esta moción se pretende establecer un sistema de liberación de fondos bancarios más expedito, que vaya de la mano con los avances tecnológicos que se han ido presentando en el último tiempo, favoreciendo la realización de transacciones comerciales y, en especial, la disponibilidad de fondos.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
Consta de un artículo único, que modifica el artículo 14 del decreto con fuerza de ley N° 707, del Ministerio de Justicia, de 1982, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley sobre cuentas corrientes bancarias y cheques, incorporando un inciso nuevo a su artículo 14,2 con el objeto de disminuir los plazos de retención de fondos bancarios, cuando los depósitos de cheques o transacciones se hagan electrónicamente.
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III. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
A) DISCUSIÓN GENERAL.
Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en la moción, los señores Diputados estuvieron por aprobar la idea de legislar sobre la materia.
Puesta en votación general la idea de legislar respecto de esta moción, se APRUEBA por unanimidad.
B) DISCUSIÓN PARTICULAR.
Artículo único
Este artículo, que hace más ágil el traspaso de fondos correspondientes a depósitos de cheques y transacciones realizadas en forma electrónica -de inmediato-, reduciendo a un máximo de 24 horas el plazo de retención, sólo cuando se trate de documentos y bancos de plaza diferente, fue aprobado por unanimidad, sin cambios (6x0),
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C) ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.
No hubo
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D) INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.
No hay.
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Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante , la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Agrégase en el artículo 14 del decreto con fuerza de ley Nº 707, del Ministerio de Justicia, de 1982, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley sobre cuentas corrientes bancarias y cheques, como inciso segundo, el siguiente:
Los fondos correspondientes a depósitos de cheques y transacciones realizadas en forma electrónica, deberán liberarse en forma inmediata cuando los fondos pertenezcan al mismo banco, o bien, sean instituciones bancarias distintas pero de la misma plaza, y sólo tendrán una retención máxima de 24 horas cuando se trate una institución bancaria distinta y sea, además, de distinta plaza.”.
Sala de la Comisión, a 13 de marzo de 2007.
Tratado y acordado en sesión de fecha 13 de marzo de 2007, con asistencia del Diputado Ortiz ( Presidente ); de la Diputada Herrera , y de los Diputados Arenas; Díaz, don Marcelo ; Eluchans ; Galilea ; Godoy ; Jarpa ; Jiménez ; Mulet ; Paya ; Saffirio , y Tuma .
(Fdo.): ROBERTO FUENTES INNOCENTI, Secretario de la Comisión”.
Moción de los diputados señores Arenas; Díaz, don Marcelo ; Estay , García-Huidobro , Hernández , Hales , Jiménez , Kast; Recondo y Ward .
Consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet”. (boletín Nº 4915-19)
1. Una nueva amenaza se aproxima a nivel internacional y nacional para Internet pues nuevas tecnologías y prácticas han comenzado a entorpecer el libre acceso y tráfico a través de la red. Es así como grandes compañías y varias ISP realizan prácticas que buscan, en definitiva, “condicionar” el acceso de los usuarios de Internet, discriminando contenidos, aplicaciones o dispositivos. Es así como ya han aparecido ISP que ofrecen priorizar el tráfico de ciertos servidores en virtud de un pago especial.
Hoy en día el contenido de la red es de una gran innovación, pues las páginas web, los servicios y aplicaciones de la misma son exitosas o fracasan por su propio mérito, lo cual es determinado por la decisión diaria de millones de usuarios.
2. La llamada “Neutralidad de la Red” trata precisamente sobre la libertad en Internet, intentando asegurar el derecho de todo usuario de poder ver con igual facilidad el blog más pequeño así como la más cara y moderna página web de una gran empresa, además de utilizar los servicios y aplicaciones más convenientes, pudiendo obtener el máximo de provecho de los recursos de la misma. La Neutralidad en la Red es el nuevo principio que guía la lucha por la preservación de la libertad y apertura de Internet.
La “Neutralidad en la Red” asegura a todos los usuarios el acceso libre de contenidos o ejecutar aplicaciones o utilizar los dispositivos de su elección sin condicionamientos de ningún tipo.
La “Neutralidad en la Red” consiste en que esta en sí misma (no sus extremos) transmita toda información sin mirar ni jerarquizar y tampoco priorizar, con lo cual se asegura que la red es la misma para todos.
Sin la “Neutralidad de la Red”, Internet se parecería más a un canal de cable, pues los controladores de la red decidirían que contenidos, aplicaciones o páginas se pueden ver a partir de criterios propios inconsultos y los usuarios sólo se limitarían por tanto a escoger de un menú que su ISP le quiere proporcionar, generalmente condicionado por múltiples intereses económicos de toda índole, con lo cual se pierde una de las grandes ventajas y beneficios de una red libre, guiada exclusivamente por la preferencia de los usuarios.
3. Es por lo anterior, que resulta cada vez más necesario asegurar en forma efectiva, el derecho de los usuarios de Internet a utilizar libremente las distintas aplicaciones, prestaciones y posibilidades que la red coloca a disposición del público en general, sin que se puedan imponer restricciones a dicho acceso.
En el caso de nuestro país, las redes se encuentran sumamente concentradas en la oferta de acceso a Internet Banda Ancha, toda vez que la tecnología Adsl que ofrece CTC a través de Megavia y el Cable Modem que ofrece VTR MI representan cerca del 94% de las conexiones a Internet de Banda Ancha en nuestro país, lo anterior les da un poder para ejercer practicas atentatorias contra el libre acceso de las posibilidades de la red para todos los usuarios, a saber:
(a) Traffic Shapping.
(b) Bloqueo de Puertos.
Traffic Shaping: También es denominado como “throttling”, consiste en medidas que adopta el proveedor de Internet con dos finalidades:
1. Disminuir el consumo de ancho de banda en protocolos distintos al Http (navegación por páginas web), es decir transferencias de archivos por protocolos Peer to Peer (P2P) o FTP (File Transfer Protocol) limitando la utilidad del enlace por parte del usuario tan solo a la navegación por la red.
2. Mejorar las latencias globales de la red. Al realizar traffcc shaping, se pueden obtener mejores rendimientos de los enlaces en perjuicio de la capacidad de los usuarios de la red para transferir archivos.
El sistema opera a través de un Router o un servidor especializado que identifica los paquetes de conexiones, por ejemplo, P2P limitando su velocidad y haciendo totalmente ineficiente la transferencia.
Un ejemplo de la posibilidad de los ISP para utilizar estos medios, es la compra por parte de VTR Banda Ancha a Nortel Networks de un equipo llamado Shasta 5000 a finales del año 2003 precisamente con este fin.
Bloqueo de Puertos: Debido a que las comunicaciones en Internet se realizan a través de distintos puertos de entrada o salida, es posible que un ISP bloquee ciertos puertos para evitar la existencia de cualquier tipo de tráfico a través de los mismos. Por ejemplo, si se decide cerrar el puerto 21, no se podrán realizar descargas FTP, o si cerramos el puerto 25 no podremos enviar correos desde nuestro computador.
A los dos anteriores debemos agregar prácticas que limitan la velocidad de acceso, que prohíben la instalación de equipos entre el PC y el MODEM o la prohibición de compartir el acceso con terceros, entre otras prácticas que limitan la libertad de los usuarios para aprovechar en plenitud todo el potencial que Internet les ofrece.
Por todo lo anterior, hemos considerado apropiado incluir los principios y derechos que guían la “Neutralidad de la Red” en la Ley de Protección al Consumidor, toda vez que resulta ser la forma más efectiva para garantizar su cumplimiento, a través de las acciones que esta ley otorga precisamente a los usuarios en sus artículos 50 y siguientes.
Es así como proponemos agregar a la Ley 19.496 sobre Protección al Consumidor, nuevos artículos 15A, 15B y 15C del siguiente tenor:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agréguese a la ley N° 19.496 sobre Protección al Consumidor, los siguientes artículos 15A, 15B y 15C:
“Artículo 15A. Serán obligaciones de los proveedores de acceso a Internet; entendiéndose por tales, toda persona natural o jurídica que preste servicios onerosos de conectividad entre los usuarios o sus redes e Internet, las siguientes:
a) No podrán bloquear, interferir, discriminar o entorpecer en cualquier forma la capacidad de cualquier usuario de Internet para acceder, utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legítimo a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso realizado a través de la red. De la misma forma, no podrán realizar ninguna actividad que restrinja la libertad de los usuarios para el uso de los contenidos o servicios dispuestos en Internet.
b) Entregar por escrito a sus usuarios, toda la información relativa a las características del acceso a Internet contratado, su velocidad, calidad del enlace diferenciado entre las conexiones nacionales e internacionales, así como la naturaleza y garantías del servicio. Esta información deberá ser entregada obligatoriamente por el proveedor de Acceso a sus clientes en el momento previo a la contratación del servicio y, además, en cualquier momento en el cual los clientes lo soliciten durante la vigencia del contrato.
c) Ofrecer directamente a cada usuario un servicio de acceso a Internet que no distinga contenidos, aplicaciones o servicios basados en la fuente de origen del mismo o de la propiedad de estos. El proveedor deberá garantizar en forma igualitaria, el acceso, velocidad, calidad del servicio y el ancho de banda a todo tipo de contenidos, servicios o aplicaciones disponibles en la red. En virtud del contrato vigente con los usuarios.
d) Ofrecer servicios de controles parentales para contenidos que atenten contra la ley, la moral o las buenas costumbres, siempre y cuando el usuario reciba por adelantado y de manera clara y precisa el alcance de tales servicios.”
Artículo 15B: Sobre Información y Calidad del Servicio. Los proveedores de Acceso a Internet deberán presentar a sus clientes toda la información necesaria para identificar el producto que se está contratando con dicho proveedor en los términos señalados por el artículo 15 A, letra b)
En Dicha información, deberán especificarse al menos los siguientes puntos en lenguaje común:
a) Velocidad Nominal y Real del enlace contratado.
b) Simetría del enlace, en cuanto el ancho de banda de subida o bajada sea distinto uno de otro o sean totalmente simétricos.
c) Disponibilidad efectiva del servicio en períodos mensuales y anuales.
d) Ancho de Banda disponible para conexiones nacionales e internacionales.
e) Latencias garantizadas para conexiones nacionales.
f) Latencias disponibles para conexiones internacionales.
Artículo 15 C. Sobre Prácticas restrictivas de los Proveedores de Acceso a Internet. Se entenderá como Prácticas Restrictivas a la libertad de utilización de los contenidos o servicios que se presten a través de Internet, en virtud de lo señalado por el artículo 15 A letra a) de la presente Ley, entre otros, los siguientes comportamientos:
a) Bloqueo de puertos de entrada o salida en la conexión.
b) Análisis o filtrado de la información que es trasladada por la conexión.
c) Cortes sistemáticos en el enlace, ya sea en su totalidad o restringido a alguno de sus componentes.
d) Entorpecimiento, lentitud o imposibilidad para acceder a los contenidos o servicios disponibles en Internet.
e) Cualquier actividad o dispositivos destinados a entorpecer, bloquear o disminuir la capacidad de los usuarios para acceder a los contenidos y servicios disponibles a través de Internet a menos de que exista expresa solicitud escrita del usuario o una orden judicial de un tribunal competente que así lo establezca”.
Moción de los diputados señores Rossi , Monsalve , Accorsi , De Urresti ; Díaz, don Marcelo ; Meza , Núñez , Robles , Súnico, y de la diputada señora Tohá, doña Carolina .
Establece causal de cesación en el cargo de Alcalde por incumplimiento de políticas de salud. (boletín Nº 4916-06)
1. Fundamentos. Conforme a lo preceptuado por el articulo 1° de la ley N° 19.937, sobre autoridad sanitaria (Publicado en el D. O. de 24 de febrero de 2004), se sustituyo el articulo 4 del Decreto Ley N° 2.763, sobre reorganización del Ministerio de Salud (Publicado en el D. O. de 3 de agosto de 1979), señalando, enfáticamente, que es el Ministerio de Salud el órgano que le corresponderá formular, fijar y controlar las políticas de salud, teniendo entre otras, las siguientes funciones: Ejercer la rectoría del sector salud, la cual comprende, entre otras materias: a) La formulación, control y evaluación de planes y programas generales en materia de salud. b) La definición de objetivos sanitarios nacionales. c) La coordinación sectorial e intersectorial para el logro de los objetivos sanitarios. d) La coordinación y cooperación internacional en salud. e) La Dirección y orientación de todas las actividades del Estado relativas a la provisión de acciones de salud, de acuerdo con las políticas fijadas.
De lo anterior, resulta inequívoco el ámbito de competencia que fija la ley a la autoridad sanitaria de manera que resulta inexplicable, el hecho público y notorio, en que algunos alcaldes han manifestado su eventual incumplimiento de las acciones de salud vinculadas a la de ordinario, conocida como “píldora del día después”, para su entrega en Consultorios, las cuales evidentemente se fundan en una arbitrariedad, al pretender superponer la administración de los consultorios u otras consideraciones subjetivas por sobre políticas de salud que buscan mejorar el acceso equitativo a un anticonceptivo de emergencia que no es abortivo y se vende en farmacias, junto con consejerías, educación sexual. Estos razonamientos los ha ratificado la jurisprudencia que ha señalado al rechazar acciones constitucionales que “esta Corte tiene presente que el anticonceptivo se vende en farmacias con receta médica, de suerte tal que no es posible identificar razones que justifiquen que no sea proporcionado en el sistema estatal con la intervención de profesionales, el que ciertamente ofrece suficientes garantías de razonabilidad al haberse previsto un coherente conjunto de indicaciones que han de ser observadas al momento de la prescripción”.[1]
2. Ideas Matrices. Es por tales razones que, a fin que se posibilite el efectivo acceso de la población a las acciones de salud, en la forma prevista por la Constitución Política del Estado, y permita el fiel y eficiente cumplimiento de tales políticas, que se propone un modelo que sancione al Alcalde que incumpla tales mandatos con la cesación en el cargo, atendido que con tales acciones u omisiones antijurídicas permiten que ciertos intereses individuales se antepongan, a una política nacional de salud, de ahí que todos aquellos alcaldes que pretenden contravenir las políticas de salud de la autoridad sanitaria, y que ha sido refrendada por otros órganos del Estado, sean sancionados mediante uno de los mecanismos que prevé la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Es por eso que sobre la base de estos antecedentes y fundamentos venimos en proponer el siguiente:
Proyecto de ley
Art. Único. Molifíquese el Decreto con Fuerza de ley N°1 del Ministerio del Interior que fijo el fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de municipalidades en el siguiente sentido:
1° Para incorporar la siguiente letra e) en el inciso primero del art. 60, suprimiendo el ilativo “y” de la letra c) y agregándolo en la letra d) a continuación de la expresión “alguno”:
“e) por el incumplimiento de las políticas de salud fijadas por la autoridad sanitaria de conformidad ala ley “.
2° Para intercalar el siguiente inciso quinto nuevo, pasando. el actual a ser sexto.
La causal establecida en la letra e) será declarada por el tribunal electoral regional respectivo, una vez verificada la existencia de alguna acción u omisión que infrinja las políticas de salud fijadas por la autoridad sanitaria. Se otorgará acción pública para sustanciar este procedimiento, en cuanto a sus efectos, se estará a lo dispuesto en el inciso siguiente”.
Moción de los diputados señores Mulet , Araya ; Díaz, don Eduardo ; Encina , Ojeda , Olivares , Saffirio ; Venegas, don Mario , y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina y Sepúlveda , doña Alejandra .
Impide invocar el atraso en la Región Metropolitana para fundamentar el despido de trabajadores que usan locomoción colectiva para llegar a su lugar de trabajo, durante el año 2007. (boletín Nº 4917-13)
“Considerando:
Que durante el presente año se está implementando en la Región Metropolitana un nuevo sistema de transporte público, denominado Transantiago.
Que desde que comenzó su puesta en marcha y hasta la fecha de presentación de este proyecto de ley, en vastas zonas de la Región Metropolitana, el resultado ha sido que los usuarios han encontrado múltiples dificultades, tales como ausencia de recorridos, baja frecuencia en el paso de los microbuses, graves atochamientos de tránsito que dificultan el desplazamiento de los medios de locomoción, etc.
Que el sistema del Tren Metropolitano de Santiago, Metro, ha sufrido asimismo una sobredemanda, que impide en determinados horarios usarlo con normalidad y los usuarios deben hacer largas colas y esperas para poder acceder a sus en sus carros,
Que estas graves dificultades se producen y agudizan especialmente en las horas habituales de desplazamiento de trabajadores y trabajadoras en el trayecto desde sus hogares hacia sus establecimientos de trabajo.
Lo anterior ha implicado desde la puesta en marcha del mencionado plan Transantiago, y pese a las sucesivas medidas anunciadas por fa autoridad para su normalización, que los tiempos de desplazamiento, en genera! han aumentado en vez de haber disminuido, y que las condiciones para usar locomoción colectiva han empeorado en vez de haber mejorado. Y por tanto los trabajadores y trabajadoras que usan locomoción colectiva han visto aumentar el tiempo de desplazamiento hacia sus establecimiento de trabajo, haciéndoseles difícil predecir todos los imponderables de los viajes diarios, incluso tomando las medidas que una persona diligente debe tomar. De tal forma que es posible que algunos trabajadores y trabajadoras diligentes puedan atrasarse en llegar a sus establecimientos de trabajo.
Que todo hace suponer que estas condiciones empeorarán, para quienes necesitan locomoción colectiva, en los meses de otoño e invierno, al presentarse bajas temperaturas y lluvias, propias de dichas estaciones.
Que la reiteración de atrasos en el ingreso al establecimiento de trabajo, puede ser invocada por los empleadores, como antecedente, para justificar algunas causales, para pedir el término del contrato de trabajo, sin derecho a indemnización, perjudicando en ese evento injusta y gravemente a trabajadores diligentes,
PROYECTO DE LEY
Artículo 1.- El empleador no podrá usar como antecedente para poner término al contrato de trabajo, sin derecho a indemnización, al invocar las causales de los números 3 y 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, el atraso del trabajador en el ingreso a su establecimiento de trabajo.
Artículo 2.- La presente ley solo será aplicable en la Región Metropolitana y para aquellos trabajadores que usan locomoción colectiva para desplazarse de su hogar a su lugar de trabajo.
Artículo 3.- Las normas de esta ley tendrán vigencia desde el día de su publicación, hasta el 31 de diciembre del año 2007.
Moción de los diputados señores Robles , Jarpa , Meza , Monsalve , Núñez , Súnico, y de la diputada señora Rubilar , doña Karla .
Modifica el artículo 127 del Código Sanitario y el artículo 22 del decreto supremo N° 161, de Salud, que fija el Reglamento de hospitales y clínicas privadas en materia de secreto médico”. (boletín Nº 4918-11)
“Vistos:
Lo dispuesto en los Artículos 1°, 19°, 63° y 65° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que, la regla de confidencialidad o del secreto establece que se debe guardar o no revelar información de naturaleza personal obtenida en una relación fiduciaria. Privacidad y fidelidad son, por tanto, las dos variables de la regla, sus momentos “objetivo” (cantidad y calidad de la información) y “subjetivo” (grado de compromiso entre las partes). La privacidad es una prerrogativa y un derecho universal de las personas, en virtud de su intimidad o identidad, la cual debe ser protegida. La confianza es un requisito d a relación interpersonal, que obliga a mantener una promesa sobre el control de la información confidencial.
La regla de confidencialidad puede apoyarse alternativamente tanto con argumentos deontologistas como utilitaristas, derivándola ya sea del principio de autonomía, ya bien del de beneficencia y no maleficencia, según consideraciones sobre el respeto a las personas o sobre la seguridad de las mismos, respectivamente. Otra cuestión que se plantean consecuencialistas y deontologistas es la de si la regla de confidencialidad constituye un deber absoluto o sólo prima facie, que nunca debe violarse o bien que es permitido hacerlo justificadamente cuando otros deberes más fuertes están en juego.
La tradición del secreto profesional en la relación médico paciente se remonta al Juramento Hipocrático: “Callaré todo cuanto vea u oiga, dentro o fuera de mi actuación profesional, que se refiera a la intimidad humana y no deba divulgarse, convencido de que tales cosas deben mantenerse en secreto” . Aún cuando la cláusula del Juramento está más próxima del secreto pitagórico que del moderno principio de privacidad, los códigos deontológicos siempre han enfatizado el secreto médico como norma de conducta indispensable para la buena relación terapéutica. También ha sido permanente la discusión acerca del alcance del deber de confidencialidad, cuya violación a veces se justifica por el privilegio terapéutico (derecho pero no deber de revelar información) y otras por el cumplimiento de un deber más obligante, ya sea legal y contemplado en los códigos (declaración ante los poderes públicos: seguridad, justicia, salud o prevención epidemiológica) o estrictamente moral (protección del bienestar individual o social).
2° Que, el secreto médico es la obligación que tienen los médicos y odontólogos de guardar reserva de los hechos conocidos por ellos durante el ejercicio de su profesión. Esta obligación nace de normas legales y éticas.
El respaldo ético al secreto en la medicina es tradicional y está contenido ya en el juramento hipocrático.
En los Códigos de ética de los colegios médicos y de dentista se señala expresamente la obligación del secreto.
El secreto médico es un derecho objetivo del paciente que el profesional está obligado a respetar en forma absoluta, por ser un derecho natural, no prometido ni pactado, el secreto médico comprende también el nombre del paciente.
Lo anterior es el respaldo moral del secreto. El respaldo legal se encuentra en los Códigos, por ejemplo:
-Código Penal. Artículo 247: “El empleador público que, habiendo por razón de su cargo los secretos de un particular, los descubriere con perjuicio de éste, incurrirá en las penas de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa en dinero. Las mismas penas se aplicaran a los que ejerciendo alguna de las profesionales que requiere título, revelan secretos que por razón de ellas se las hubiere”.
-Código de Procedimientos Penal: De las declaraciones de testigos. Artículos 201: “Párrafo 2°: no están obligados a declarar aquellas personas que por su estado, profesión o función legal, como el abogado, médico o confesor, tienen él deber de guardar el secreto que les haya confiado, pero únicamente en lo que se refiere a dicho secreto.”
Sin embargo, la ley obliga a romper el secreto en diversas situaciones:
-Frente a muerte sospechosa, violenta o provocada
-Lesiones corporales
-Al inscribirse un nacimiento
-Al certificado una defunción
-Al denunciar las enfermedades infectocontagiosas
-Al calificar la invalidez en accidentes del trabajo, etc.
Partiendo de la base de que el profesional esta actuando con la mayor solvencia moral, ética y responsabilidad, habrá un secreto absoluto que se podrá para siempre, cuando su divulgación pueda dañar a un paciente pero no a la sociedad.
Habrá secreto relativo en los casos en que por interés superior de la justicia y de la sociedad, deban ser revelados secretos conocidos durante el ejercicio de la profesión.
El secreto médico va a depender en última instancia de la conciencia del profesional. Esto es necesario poseer la más alta solvencia en el orden moral. No hacer las cosas por temor a la Ley, sino hacerlas o no hacerlas según el dictado consiente de la formación moral y lo profesional. En este sentido se valora la ética.
No obstante, las normas actuales sobre secreto médico impiden que, en la práctica, los facultativos puedan alertar a terceros sobre el peligro que representa la condición de salud de determinadas personas.
3° Que, la relación médico paciente se establece sobre una base de mutua confianza. Tiene como fundamento el respeto al paciente por parte del médico, y se orienta primariamente a recuperar o mantener la salud del enfermo. Parte de ese respeto lo constituye la obligación de guardar silencio acerca de aquellas cosas que el paciente comunica al médico sobre su peculiar situación de debilidad.
El médico debe guardar secreto de todo lo que el enfermo le relate, por la misma naturaleza de las cosas que se le confían, por la finalidad específica con la que esas cosas se le revelan, y por su compromiso tácito muchas veces, pero que el enfermo conoce de silenciar aquello que vea, oiga o entienda en el ejercicio de su profesión. Se trata, por tanto, de un secreto profesional que es a la vez natural por la naturaleza misma de lo que el enfermo confía al médico, promisorio se sobrentiende siempre que el médico se ha comprometido, por el hecho de ser médico, a no revelar nunca lo que le diga el enfermo y comisorio, ya que el paciente revela una serie de hechos con un fin concreto, con la condición implícita de que nunca serán revelados a otros. Este comportamiento es un valor tradicional de la profesión médica, que testifican todos los códigos y declaraciones de carácter ético profesional en la historia de la Medicina.
Ahora bien, la salud personal que persigue la relación médico enfermo es, en principio, un bien estrictamente privado, aunque pueda tener repercusiones en otros ámbitos (laboral, familiar, social, etc.). Las confidencias que el paciente haga al médico, por tanto, sólo deberán ser usadas por éste con vistas a la salud del enfermo.
El enfermo es la persona a quien primero debe informar el médico de todo lo referente a su estado de salud. Es más, el enfermo puede tener acceso a su historia clínica, con la lógica excepción de algunas enfermedades mentales y algunas situaciones límite peculiares). Sus familiares o representantes legales no tienen derecho, en principio, a saber lo que concierne a la salud del enfermo, aunque se presume generalmente que el enfermo no quiere ocultarles nada de su estado; por ello, si no hay indicación en contrario por parte del enfermo, puede darse a los familiares la información pertinente. Pero si el enfermo no quiere que sus familiares conozcan nada de su salud, siempre que esto no sea un daño para ellos (que se trate de una enfermedad contagiosa que puede afectar a la familia, por ejemplo), debe respetarse su deseo.
Ante la pregunta de personas extrañas prensa, público, conocidos o amigos sobre el estado del paciente, el médico debe remitirles al paciente mismo o, en todo caso, a sus familiares, que juzgarán si es oportuno informar o callar. Por otra parte, es una falta de delicadeza, y manifestación de oficiosidad e indiscreción por parte del personal médico de un hospital, preguntar a los médicos que atienden al enfermo por su estado de salud. El médico, amigo del enfermo pero que no le atiende, si desea saber algo sobre la enfermedad de su amigo, debe acudir al enfermo mismo o a sus familiares.
La obligación del secreto afecta, en primer lugar, a los médicos que se relacionen profesionalmente con el enfermo, ya sea en la consulta o en exploraciones complementarias, atenciones de un especialista, etc.; también a todo el personal paramédico (enfermeras, estudiantes de medicina y enfermería, auxiliares de clínica, laboratorio, etc.); y a todos los no médicos que de algún modo participen en la atención del enfermo (personal no médico de un hospital, como el del servicio de limpieza, secretaría y oficinas, relaciones públicas, etc.).
Para evitar que el secreto tenga que ser compartido por muchas personas, es conveniente que el nombre del enfermo no llegue a quienes no tienen que conocerlo necesariamente. Así, las muestras que llegan al laboratorio pueden estar rotuladas con un simple número, o los documentos en que figure su nombre no deben contener, en lo posible, datos de su historia clínica. A la hora de cobrar la consulta médica no es necesario que figure en la factura el departamento al que ha acudido, o las pruebas diagnósticas se le han realizado, cuando pueda bastar una descripción genérica. En estos detalles pequeños de discreción y delicadeza se refleja la calidad deontológica de un buen profesional.
Estas precauciones con los datos que el enfermo confía deben extenderse a su elaboración informática, a su transmisión telefónica, a las grabaciones magnetofónicas o de vídeo, a los estudios para trabajos científicos, a la custodia de las historias clínicas a las que no debe tener acceso cualquier persona, y a todo lo que se haga con los datos del enfermo. Debe buscarse siempre el bien del paciente en todo lo que se haga. El secreto debe ser tanto más celosamente guardado cuantos más graves problemas pueda suponer para el enfermo la revelación de su intimidad (enfermos de SIDA, diagnóstico prenatal del sexo de un hijo de padres favorables al aborto, drogadictos, exámenes de salud previos al contrato de trabajo, homosexualidad, infecciones de transmisión sexual y otras).
El secreto médico puede ser derogado sólo cuando está en juego un bien mayor, como pueda ser la salud de otras personas (enfermedades infecciosas, por ejemplo), u otros bienes sociales de superior categoría (procesos legales con inculpación de inocentes, etc.). En estos casos, y solamente en éstos, el médico puede revelar lo estrictamente preciso para atender a esa finalidad prevalente, para evitar males mayores; pero deberá callar todas las otras confidencias del paciente. En muchas ocasiones bastará denunciar genéricamente los casos de enfermedad, sin revelar el nombre de los enfermos.
En suma, la confidencia del paciente deja al médico en una situación privilegiada y su información debe ser custodiada celosamente en cualquier circunstancia, pero ello no constituye un derecho absoluto y, en este sentido, merece especial atención regular los matices que se presentan en relación a este tema.
Por tanto,
Los diputados que suscriben vienen en someter a vuestra consideración el siguiente
PROYECTO DE LEY:
MODIFICA EL ARTÍCULO 127° DEL CÓDIGO SANITARIO Y EL ARTÍCULO 22° DEL DECRETO SUPREMO N° 161 DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE FIJA EL REGLAMENTO DE HOSPITALES Y CLINICAS PRIVADAS EN MATERIA DE SECRETO MEDICO
Artículo 1°: Modifiquese el artículo 127° del Código Sanitario y reemplácese el actual texto de la norma por el siguiente:
Art. 127. Los productos farmacéuticos sólo podrán expenderse al público con receta médica, salvo aquellos que determine el reglamento.
Las recetas médicas y análisis o exámenes de laboratorios clínicos y servicios relacionados con la salud son reservados. Sólo podrá revelarse su contenido o darse copia de ellos con el consentimiento expreso del paciente, otorgado por escrito. Quien divulgare su contenido indebidamente, o infringiere las disposiciones del inciso siguiente, será castigado en la forma y con las sanciones establecidas en el Libro Décimo. Sin embargo, con discreción, exclusivamente y ante quien tenga que hacerlo y en sus justos y restringidos límites, el médico revelará el secreto cuando venga determinado por imperativo legal o cuando con su silencio se diera lugar a un perjuicio al propio paciente u otras personas, o un peligro colectivo.
Lo dispuesto en este artículo no obsta para que las farmacias puedan dar a conocer, para fines estadísticos, las ventas de productos farmacéuticos de cualquier naturaleza, incluyendo la denominación y cantidad de ellos. En ningún caso la información que proporcionen las farmacias consignará el nombre de los pacientes destinatarios de las recetas, ni el de los médicos que las expidieron, ni datos que sirvan para identificarlos.
Articulo 2°: Modifiquese el inciso primero del artículo 22° del decreto supremo N° 161 decreto supremo N° 161 del Ministerio de Salud que fija el reglamento de hospitales y clinicas privadas, y reemplácese el texto de la norma aludida por el siguiente:
Art.22. Toda la información bioestadística o clínica que afecte a personas internadas o atendidas en el establecimiento tendrá carácter reservado y estará sujeta a las disposiciones contenidas en el artículo 127° del Código Sanitario y a las demás disposiciones relativas al secreto profesional.
Moción de las diputadas señoras Turres , doña Marisol y Cristi , doña María Angélica , y de los diputados señores Barros , Eluchans , Estay ; Monckeberg , don Cristián ; Olivares , Paya , Recondo y Uriarte .
Modifica el artículo 229 del Código Civil con el objeto de prohibir que se establezca régimen de visitas a favor de quienes han sido condenados por delitos contemplados en los párrafos 5 y 6 del Título 7 del Código Penal. (boletín Nº 4919-07)
I. Que el estudio “La Violencia sexual en Chile, dimensiones colectiva, cultural y política”, realizado por la Dirección de Estudios Sociológicos de la Universidad Católica de Chile, Desuc , concluyó, en forma resumida, lo siguiente:
a) La proporción de hechos no denunciados, si bien es relativamente incierta por desconocerse la cifra oculta, puede estimarse razonablemente que fluctúa entre el 75% y el 90%, especialmente respecto de los menores, los que probablemente protagonizan, como víctimas, más de 20.000 episodios de violencia al año.
b) La baja edad de las víctimas de los delitos de violación, estupro, violación sodomítica y abusos deshonestos, que en un 71,5% son menores de edad y un 7,3% de esa cifra corresponde a menores de 4 años; el 31 % corresponde a menores de 9 años y el 57,3% corresponde a menores de 14 años.
c) Las frecuentes vinculaciones de parentesco, amistad o simple conocimiento entre el sujeto pasivo del delito y el victimario representan el 71 % de los casos.
Además, los casos de padres y parientes alcanzan casi al 30%.
Agrega el estudio que la relación de parentesco entre víctima y victimario tiene consecuencias directas muy importantes en la regulación legal que de estos atentados se efectúe, fundado ello en las siguientes razones:
1° Condicionan fuertemente a la víctima, la que eventualmente se encuentra en situación de dependencia afectiva y/o económica respecto del agresor.
2° Pueden impedir el acceso a la justicia, en la medida en que el autor del delito puede ser la misma persona encargada de la representación judicial de la víctima, menor o incapaz.
3° Determinan modos especiales de comisión de los delitos, posiblemente sin violencia física .y sin las necesarias huellas visibles de lesiones.
4° Pueden resultar ineficientes o incluso contraproducentes las penas establecidas en cuanto no se pone término a la cohabitación de la víctima con el condenado; no se suspenden o regulan las relaciones de éste con el ofendido; no se garantiza la seguridad posterior de la víctima, etc.
5° Asimismo, muchos de estos aspectos son también de interés en el proceso durante el cual puede resultar conveniente disponer, por ejemplo, y a criterio del tribunal, la suspensión de la cohabitación, la suspensión de careos traumáticos o a asistencia médica y psicológica.
II. Que los menores abusados sexualmente sufren dramáticas consecuencias de por vida, tanto físicas como sicológicas, más aún, cuando el victimario es algún familiar cercano.
III. Que el Título IX del Código Civil al regular los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos, en el artículo 222 establece que la preocupación fundamental de los padres es el interés superior del hijo.
En ese sentido el mismo cuerpo legal otorga a la madre el cuidado personal de los hijos en caso de separación de los padres y establece el derecho y deber del padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo de mantener con él una relación directa y regular.
IV. Que el Art. 1, N° 18, de la ley 19.617, que modifica el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y otros cuerpos legales en materia relativa al delito de violación, durante su tramitación estableció una sanción civil al padre, madre u otro pariente que perpetra un delito sexual contra su hijo o un pariente menor de edad, señalando que sería una incongruencia sancionarlo penalmente, pero permitirle el pleno ejercicio de los derechos civiles que pueda tener o llegar a tener sobre ese menor mientras no alcance su mayoría de edad, como la patria potestad o la tutela o curaduría, o una vez que la adquiera, aceptar que pueda reclamarle alimentos, sucederle por causa de muerte, o ejercer cualquier otro derecho a su respecto.
V. Que no obstante los avances y las bondades de la norma aprobada, la sanción parece insuficiente, toda vez que el artículo 229 establece sólo suspensión o restricción del ejercicio del derecho de mantener con el menor una relación directa y regular cuando se perjudique manifiestamente el bienestar del hijo.
VI. Que los conceptos de suspensión o restricción de un derecho dan cuenta de la existencia del mismo, cuyo ejercicio puede reactivarse en cualquier momento.
VII. Que en ejercicio del derecho a mantener una relación directa y regular con sus hijos, puede traducirse en una prolongación del abuso físico del menor o en aumentar el daño psicológico causado.
VIII. En ese contexto, parece del todo conveniente y razonable para el bienestar del menor víctima, sus posibilidades de tratamiento y recuperación, mantenerse alejado del padre o madre que haya sido condenado por sentencia firma y ejecutoriada de tan condenable delito.
IX. Asimismo, la relación directa y regular con un padre abusador representa un riesgo para cualquier otro hijo del condenado, por lo que parece igualmente razonable protegerlos de un posible abuso hasta que lleguen a una edad adulta.
PROYECTO DE LEY:
ARTÍCULO UNICO: Modifíquese el artículo 229 del Código Civil para agregar el siguiente inciso tercero: “No obstante lo anterior, carecerá del derecho de mantener una relación directa y regular con cualquiera de sus hijos, el padre o madre que se encuentre condenado por sentencia firme o ejecutoriada, por cualquiera de los delitos contemplados en los párrafos 5 y 6 del título 7 del Código Penal, cuando el sujeto pasivo haya sido alguno de ellos.”
Moción de los diputados señores Chahuán ; Sepúlveda, don Roberto ; Díaz, don Eduardo ; Kast y Olivares .
Modifica los artículos 74 y 77 del Código Civil, con el objeto de establecer que la existencia legal de la persona comienza al momento de la concepción. (boletín Nº 4920-07)
“Nuestro Código Civil, que en el mes de enero presente año ha cumplido ciento cincuenta años de vigencia, establece en su artículo 74 que la existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre, y que la criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás.
Esta definición no hace sino reflejar la época en la que se redactó el Código y en la que se escribieron sus primeros comentarios, es decir, aquella en la que el concepto de persona era utilizado como una noción técnica desprovista del valor institucional que le reconocemos hoy en día y que se centraba en la adquisición de derechos patrimoniales.
Sin embargo, el mismo Código que declara que para los efectos de la adquisición de derechos patrimoniales, que la “existencia legal” de la persona principia al nacer, no tiene inconveniente en proclamar solemnemente que la ley protege la vida del que está por nacer, y conceder una especie de tutela cautelar, para que de oficio o petición de cualquier persona, el juez adopte “todas las providencias que le parezcan convenientes para proteger la existencia del no nacido, siempre que crea que de algún modo peligra” (artículo 75)
Por su parte, el artículo 76 del mismo texto legal, establece una presunción de derecho respecto de la concepción, al preceptuar que ella ha precedido al nacimiento no menos que ciento ochenta días cabales, y no más de trescientos, contados hacia atrás desde la medianoche del nacimiento.
A su vez, el artículo 77 que se refiere a los derechos que se deferirían a la criatura que está en el vientre materno, si hubiese nacido y viviese, estarán suspensos hasta que el nacimiento se efectúe, y si el nacimiento constituye un principio de existencia, entrará el recién nacido en el goce de dichos derechos, como si hubiese existido al tiempo en que se defirieron. Agrega que en el caso de muerte de la criatura en el vientre materno, o perecimiento de la misma antes de ser completamente separada, o sin haber sobrevivido un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás.
Estimamos que estos conceptos deben modificarse, ya que debe considerarse como principio de existencia legal de toda persona, el momento mismo de su concepción, lo que trae aparejado como consecuencia que si la criatura muere en el vientre materno, o perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará que existió legalmente.
De igual modo, y en armonía con esta doctrina, debe erradicarse el concepto actualmente vigente de que el nacimiento constituye un principio de existencia como actualmente se contempla, manteniéndose el momento del nacimiento como goce pleno de los derechos por parte de la criatura, ya que como se sostiene, la existencia legal, comienza en el momento mismo de la concepción, y por tanto la protección que la ley debe a dicha persona, rige a contar dé ese instante.
Creemos que de esta forma se estará dando pleno cumplimiento al principio consagrado en el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República, en que se asegura el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de todas las personas, y al mandato contenido en esa misma disposición que dispone que la ley protege la vida del que está por nacer.
En mérito a estas consideraciones, sometemos a la aprobación de la Cámara de Diputados, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: Modifícase el Código Civil, en la forma que a continuación se indica:
1° Sustitúyese el texto de su artículo 74, por el siguiente:
“La existencia legal de toda persona principia al momento de la concepción. La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará que tuvo existencia.”
2° Sustitúyese el texto de su artículo 77, por el siguiente:
“Los derechos que se deferirían a la criatura que está en el vientre materno, estarán suspensos hasta que el nacimiento se produzca, momento en el cual entrará el recién nacido en el goce de sus derechos.”