Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- PRESIDENTE
- Patricio Walker Prieto
- Marcelo Diaz Diaz
- Fernando Meza Moncada
- PRESIDENTE ACCIDENTAL DE LA SESIÓN
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- PRESIDENTE
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Ivan Moreira Barros
- Jaime Quintana Leal
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Manuel Rojas Molina
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. ORDEN DEL DÍA
- EQUIVALENCIA DE PENA ACCESORIA DE INHABILITACIÓN. MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 239 Y 240 DEL CÓDIGO PENAL. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Edmundo Eluchans Urenda
- INTERVENCIÓN : Marisol Turres Figueroa
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Nicolas Monckeberg Diaz
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Marisol Turres Figueroa
- INDICACIÓN
- Alvaro Escobar Rufatt
- INDICACIÓN
- Edmundo Eluchans Urenda
- Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INDICACIÓN
- MODIFICACIÓN DE PAGO DE MULTAS POR INFRACCIÓN A LA INTERNACIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL O ANIMAL. MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 18.755 SOBRE EL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Ramon Barros Montero
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Eugenio Bauer Jouanne
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Juan Lobos Krause
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Jose Ramon Barros Montero
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Marco Antonio Nunez Lozano
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- DEBATE
- DEBATE
- EQUIVALENCIA DE PENA ACCESORIA DE INHABILITACIÓN. MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 239 Y 240 DEL CÓDIGO PENAL. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- SANCIÓN POR CONTAMINACIÓN AMBIENTAL EN REGIONES DEL MAULE Y BIOBÍO. (VOTACIÓN).
- DEBATE
-
ESTABLECIMIENTO DE BONO COMPENSATORIO POR ALZA DEL PAN Y DE LA LECHE. ACUERDOS DE COMITÉS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Denise Pascal Allende
- Jaime Quintana Leal
- Jose Perez Arriagada
- Marcelo Diaz Diaz
- Roberto Leon Ramirez
- Fulvio Rossi Ciocca
- Mario Bertolino Rendic
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- INTERVENCIÓN : Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- PRIVACIÓN DE BENEFICIO TRIBUTARIO A EMPRESAS SANCIONADAS POR VULNERAR NORMAS DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Enrique Accorsi Opazo
- Carlos Montes Cisternas
- Francisco Chahuan Chahuan
- Laura Soto Gonzalez
- Guido Girardi Briere
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Gonzalo Duarte Leiva
- Marcelo Forni Lobos
- Jose Ramon Barros Montero
- Jose Perez Arriagada
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Enrique Accorsi Opazo
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- SANCIÓN POR CONTAMINACIÓN AMBIENTAL EN REGIONES DEL MAULE Y BIOBÍO. (VOTACIÓN).
- VII. INCIDENTES
- ANTECEDENTES SOBRE FUSIÓN DE LOS BANCOS DE CHILE Y CITIBANK. OFICIOS.
- FACILIDADES PARA SUFRAGAR A PERSONAS RESIDENTES A MÁS DE 200 KILÓMETROS DEL LUGAR DE VOTACIÓN. OFICIO.
- TRASPASO DE DEPENDENCIAS DE HOSPITAL MILITAR AL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD. OFICIOS.
- PRECISIONES SOBRE TRAZADO DE CAMINO EN SECTOR DE CONDOMINIO VALLE DE CÓNDORES, DE SAN BERNARDO. OFICIO.
- TARDANZA Y FALTA DE PRECISIÓN EN RESPUESTA A OFICIOS DE FISCALIZACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. OFICIOS.
- FELICITACIONES A LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES POR LA CAPTURA DE CONDENADO PRÓFUGO; INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL RED DE PROTECCIÓN Y TÉRMINO DE PRIVILEGIOS CARCELARIOS. OFICIOS.
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- Alfonso De Urresti Longton
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- AGILIZACIÓN DE PROYECTOS DE OBRAS PÚBLICAS E INVERSIÓN PRIVADA EN PROVINCIA DE VALDIVIA. OFICIOS.
- ADHESION
- Roberto Delmastro Naso
- Alberto Robles Pantoja
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- REGULARIZACIÓN DE REGISTRO DE NAVE DE PESQUERO ARTESANAL.
- AGRADECIMIENTO A EMBAJADOR DE ISRAEL POR ASESORÍA EN USO DE RECURSOS HÍDRICOS. OFICIOS.
- ANTECEDENTES SOBRE EL NÚMERO DE CARGOS DE PROFESIONALES DE LA SALUD ASIGNADOS AL HOSPITAL DE VALLENAR. OFICIO.
- INFORMACIÓN SOBRE COSTO DE CERTIFICADOS DEL REGISTRO CIVIL ADQUIRIDOS CON TARJETAS DE TELEFÓNICA CHILE. OFICIOS.
- RÉPLICA A INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO RAMÓN FARÍAS. OFICIOS.
- REUBICACIÓN DE PLAZA DE PEAJE EN COMUNA DE FREIRE. OFICIOS.
- RECONOCIMIENTO A MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS POR ENTREGA DE RECURSOS PARA MEJORAMIENTO DE CAMINO PUERTO VARAS-ENSENADA. OFICIO.
- REEMBOLSO DE DINEROS OTORGADOS A TRAVÉS DE LA BECA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA AL SEÑOR RICARDO LAGOS WEBER. OFICIO.
- ADHESION
- Roberto Delmastro Naso
- Rosauro Martinez Labbe
- ADHESION
- ANTECEDENTES POR CIERRE DE REGISTRO DE TAXIS COLECTIVOS EN VALDIVIA Y PUERTO MONTT. OFICIO.
- PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE TAXIS COLECTIVOS CON MOTORES DIÉSEL. OFICIO.
- INFORMACIÓN SOBRE INCONVENIENTES CAUSADOS POR APLICACIÓN DE POLÍTICA “HOSPITAL AMIGO”. OFICIO.
- RECURSOS DE ACCIONES CONCURRENTES PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE CORRAL. OFICIO.
- LISTADO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN LA DÉCIMA REGIÓN. OFICIO.
- INVESTIGACIÓN DE LA CONTRALORÍA EN MUNICIPALIDAD DE BULNES POR DEUDA A PROFESORES. OFICIO.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Amelia Herrera Silva
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Karla Rubilar Barahona
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marcelo Diaz Diaz
- Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- Carlos Montes Cisternas
- Maria Isabel Allende Bussi
- Denise Pascal Allende
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Alvaro Escobar Rufatt
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Araya Guerrero
- Eduardo Diaz Del Rio
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Jaime Mulet Martinez
- Mario Venegas Cardenas
- Carolina Goic Boroevic
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marcos Espinosa Monardes
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- PORTADA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA A DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 355ª
Sesión 59ª, en jueves 2 de agosto de 2007
(Ordinaria, de 10.39 a 14.24 horas)
Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio; Díaz Díaz, don Marcelo, y Meza Moncada, don Fernando.
Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 7
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
V. Orden del Día.
- Equivalencia de pena accesoria de inhabilitación. Modificación de los artículos 239 y 240 del Código Penal. Primer trámite constitucional 11
- Modificación de pago de multas por infracción a la internación de productos de origen vegetal o animal. Modificación de la ley Nº 18.755 sobre el Servicio Agrícola y Ganadero. Primer trámite constitucional 24
- Complementación de sanciones de normativa sobre protección fitosanitaria. Modificación del decreto ley Nº 3.557. Primer trámite constitucional 24
VI. Proyectos de acuerdo.
- Sanción por contaminación ambiental en regiones del Maule y Biobío. (Votación) 40
- Establecimiento de bono compensatorio por alza del pan y de la leche. Acuerdo de los comités 41
- Privación de beneficio tributario a empresas sancionadas por vulnerar normas de emisión de contaminantes 43
VII. Incidentes.
- Antecedentes sobre fusión de los bancos de Chile y Citibank. Oficios 44
- Facilidades para sufragar a personas residentes a más de 200 kilómetros del lugar de votación. Oficio 45
- Traspaso de dependencias de Hospital Militar al sistema público de salud. Oficios 46
- Precisiones sobre trazado de camino en sector de condominio Valle de Cóndores, de San Bernardo. Oficio 46
- Tardanza y falta de precisión en respuesta a oficios de fiscalización de la Cámara de Diputados. Oficios 48
- Felicitaciones a la Policía de Investigaciones por la captura de condenado prófugo. Información sobre eventual red de protección y término de privilegios carcelarios. Oficios 48
- Agilización de proyectos de obras públicas e inversión privada en provincia de Valdivia. Oficios 50
- Regularización de registro de nave de pesquero artesanal 51
Pág.
- Agradecimiento a embajador de Israel por asesoría en uso de recursos hídricos. Oficios 52
- Antecedentes sobre el número de cargos de profesionales de la salud asignados al Hospital de Vallenar. Oficio 52
- Información sobre costo de certificados del Registro Civil adquiridos con tarjetas de Telefónica Chile. Oficios 52
- Réplica a intervención del diputado señor Ramón Farías. Oficios 53
- Reubicación de plaza de peaje en comuna de Freire. Oficios 56
- Reconocimiento a ministro de Obras Públicas por entrega de recursos para mejoramiento de camino Puerto Varas-Ensenada. Oficio 56
- Reembolso de dineros otorgados a través de la Beca Presidente de la República al señor Ricardo Lagos Weber. Oficio 57
- Antecedentes por cierre de registro de taxis colectivos en Valdivia y Puerto Montt. Oficio 57
- Plazo de inscripción de taxis colectivos con motores diésel. Oficio 58
- Información sobre inconvenientes causados por aplicación de política “hospital amigo”. Oficio 58
- Recursos de acciones concurrentes para proyectos de inversión de la municipalidad de Corral. Oficio 58
- Listado de proyectos de inversión en la Décima Región. Oficio 59
- Investigación de la Contraloría en municipalidad de Bulnes por deuda a profesores. Oficio 59
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. la Presidenta de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que amplía el plazo para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados que indica, y modifica el artículo 17 de la ley N° 19.682, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. (boletín N° 5245-05 61
2. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “modifica normas relativas al trabajo de los trabajadores dependientes del comercio en los periodos de fiestas patrias, navidad y otras festividades. (boletín N° 4976-13 65
3. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto de reforma constitucional que incorpora la iniciativa ciudadana de ley. (boletín N° 5221-07 66
4. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en mensaje, que modifica el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora. (boletín N° 4740-15) (S) 66
5. Primer informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recaído en el proyecto que “crea la provincia de Marga Marga, y modifica el territorio de las provincias de Valparaíso y Quillota, en la Quinta Región de Valparaíso”. (boletín N° 5005-06 68
Pág.
6. Primer informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que “crea la provincia de Marga Marga, y modifica el territorio de las provincias de Valparaíso y Quillota, en la Quinta Región de Valparaíso”. (boletín N° 5005-06) 74
7. Moción del diputado señor Errázuriz y de la diputada señora Isasi, doña Marta, que obliga a los bancos a cubrir automáticamente línea de sobregiro. (boletín N° 5231-03) 77
8. Moción del diputado señor Errázuriz y de las diputada señoras Herrera, doña Amelia e Isasi, doña Marta, que permite a trabajadores exigir a la empresa dar libre día laboral en caso que indica. (boletín N° 5232-13) 77
9. Moción del diputado señor Errázuriz que prohíbe a alcaldes y concejales utilizar, en sus campañas, gigantografías en paneles en los cuales se ha realizado publicidad municipal. (boletín N° 5233-06) 78
10. Moción de los diputados señores Chahuán y Sepúlveda, don Roberto, que modifica diversas disposiciones del Código Procesal Penal con el objeto de precisar la imputación en la formalización para hacer más expedita la investigación del Ministerio Público. (boletín N° 5234-07) 78
11. Moción de la diputada señora Rubilar, doña Karla, que modifica el artículo 5° de la ley N° 20.066, de violencia intrafamiliar, ampliando el ámbito de protección a las ex parejas. (boletín N° 5235-18) 79
12. Moción de los diputados señores Chahuán y Sepúlveda, don Roberto, que modifica la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, incorporando un artículo 5° E, con el objeto de establecer obligación que indica para diputados y senadores. (boletín N° 5236-07) 80
13. Moción de los diputados señores Díaz, don Marcelo; Fuentealba, Montes, y de las diputadas señoras Allende, doña Isabel y Pascal, doña Denise, que aumenta la edad mínima para contraer matrimonio. (boletín N° 5241-07) 82
14. Moción de los diputados señores Errázuriz y Escobar, que fija en 70 años desde fecha que indica, derechos de autor de obra inédita de Gabriela Mistral. (boletín N° 5242-24) 83
15. Moción de los diputados señores Araya, Díaz, don Eduardo; González, Mulet, Venegas, don Mario, y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina; Saa, doña María Antonieta y Sepúlveda, doña Alejandra, que modifica el artículo 206 del código Civil, relativo al plazo para impetrar la acción de filiación en caso de hijo póstumo. (boletín N° 5243-18) 84
16. Moción de los diputados señores Espinosa, don Marcos y Sule, que regula la instalación de antenas de telefonía móvil. (boletín N° 5244-09) 88
- Oficios del Tribunal Constitucional por los cuales pone en conocimiento de la Cámara de Diputados los siguientes recursos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad:
17. Del inciso primero del artículo 230 del Código Procesal Penal. Causa Rol N° 815-2007. (Oficio N° 1236) 90
18. De los incisos décimo y penúltimo del artículo 2° de la ley N° 16.271, sobre impuestos a las herencias, asignaciones y donaciones. Causa Rol N° 810-07-INA. (Oficio N° 1232) 91
Pág.
19. Sentencia recaída en el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 96 del Código de Minería. Causa Rol N° 588-06-INA. (Oficio N° 1250) 91
20. Del artículo 1° de la ley N° 19.989. Causa Rol N° 808-07-INA. (Oficio N° 1256) 92
IX. Otros documentos de la Cuenta.
- Resolución de la Comisión de Conducta Parlamentaria respecto de la presentación efectuada por el diputado señor Gonzalo Duarte Leiva. (Acuerdo N° 39-2007).
1. Comunicación:
- De la diputada señora Herrera, doña Amelia, por la cual informa que retira su firma del proyecto que “reforma la Constitución Política de la República eliminando el requisito de residencia para ser candidato a diputado ”. Boletín N° 5229-07.
2. Oficios:
- Del señor Presidente de la Corporación por el cual comunica que, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Marco de Participación en Instancia Internacionales, se ha dispuesto lo siguiente:
a) Aceptar la invitación para participar como expositor en el Foro “El retorno de Chile a la Comunidad Andina y su impacto en la economía y el turismo”, que se realizará el día 22 de agosto, en el Auditorio de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, en Lima, Perú. b) Convocatoria del Parlatino a Sesiones de las siguientes Comisiones, en los días 22 al 24 de agosto, en la Ciudad de México: - Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de Integración, a la que asiste el diputado señor Moreira - Comisión de Equidad de Género, Niñez y Juventud, a la cual asiste el diputado señor Quintana - Comisión de Energía y Minas, a la que asisten los diputados señores Encina y Rojas - Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca, a la que asiste el diputado señor Urrutia - Por último, asiste en su calidad de vicepresidente del Parlatino el diputado señor Álvarez-Salamanca
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (113)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Herrera Silva, Amelia RN V 12
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND I 1
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistió, además, la ministra de Cultura , doña Paulina Urrutia.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.39 horas.
El señor WALKER (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor WALKER (Presidente).-
El acta de la sesión 54ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 55ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor WALKER (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
V. ORDEN DEL DÍA
EQUIVALENCIA DE PENA ACCESORIA DE INHABILITACIÓN. MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 239 Y 240 DEL CÓDIGO PENAL. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor WALKER ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde tratar en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que reemplaza en los artículos 239 y 240 del Código Penal, la expresión “inhabilitación especial perpetua” por “inhabilitación absoluta temporal”.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, es el señor Renán Fuentealba.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 5097-07, sesión 31ª, en 6 de junio de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 19.
-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 56ª, en 31 de julio de 2007. Documentos de la cuenta Nº 17.
El señor LEÓN.-
Pido la palabra.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor LEÓN.-
Señor Presidente , sólo para solicitar reunión de Comités sin suspender la sesión.
El señor WALKER (Presidente).-
Muy bien, señor diputado . Cito a reunión de Comités, sin suspender la sesión.
Tiene la palabra el diputado informante .
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia vengo en informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, originado en moción de los diputados señores Jorge Burgos , Juan Bustos y de quien habla, que modifica en los artículos 239 y 240 del Código Penal la expresión “inhabilitación especial perpetua” por “inhabilitación absoluta temporal”.
Para el despacho de esta iniciativa su excelencia la Presidenta de la República ha hecho presente la urgencia con calificación de “simple” para todos los efectos legales, por lo que esta Corporación cuenta con un plazo de treinta días corridos para efectuar su tramitación, el que vence el 4 de agosto próximo, debido a que se dio cuenta de la urgencia en la Sala el 5 de julio recién pasado.
En atención a la sencillez de la iniciativa, la Comisión acordó prescindir del trámite de audiencias públicas a que se refiere el artículo 211 de nuestro Reglamento.
Ideas matrices o fundamentales.
La idea central del proyecto es modificar los artículos 239 y 240 del Código Penal para equiparar la pena accesoria aplicable al empleado público y demás sujetos activos, señalados en la última disposición mencionada, responsables del delito de fraude, con la accesoria establecida para otras formas del mismo delito en los artículos 241 y 241 bis del mismo Código.
Esta idea, que el proyecto concreta mediante una disposición única, que sustituye en los artículos 239 y 240 la expresión “inhabilitación especial perpetua” por “inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos en sus grados medio a máximo”, es propia de ley, al tenor de lo establecido en los números 2) y 3) del artículo 63 de la Constitución Política.
Constancias reglamentarias.
De conformidad con lo establecido en los números 2º, 4º, 5º y 7º del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1. Que el artículo único del proyecto no tiene rango de ley orgánica constitucional ni requiere ser aprobado con quórum calificado.
2. Que dicha disposición única no es de la competencia de la Comisión de Hacienda.
3. Que el proyecto fue aprobado en general por mayoría de votos: 4 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones. Votaron a favor los diputados señores Araya , Burgos , Bustos y Cristián Monckeberg ; en contra, el diputado señor Eluchans , y se abstuvieron las diputadas señoras Laura Soto y Marisol Turres .
4. Que no hubo artículos ni indicaciones rechazados.
Antecedentes.
Los patrocinantes de la moción señalan que el párrafo 6 del Título V del Libro II del Código Penal trata sobre los fraudes y exacciones ilegales, y los artículos pertinentes, es decir, los signados con los números 239, 240, 240 bis, 241 y 241 bis, establecen penas distintas en lo que a la accesoria de inhabilitación se refiere, no obstante tratarse del mismo ilícito.
En seguida, se refieren al artículo 239, señalando que sanciona al empleado público que “en las operaciones en que interviniere por razón de su cargo, defraudare o consintiere que se defraudare al Estado, a las municipalidades o a los establecimientos públicos de instrucción o beneficencia, sea originándoles pérdida o privándoles de un lucro legítimo, incurrirá en las penas de presidio menor en sus grados medio a máximo -541 días a 5 años-, inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio y multa del diez al cincuenta por ciento del perjuicio causado.”
Comentando la disposición transcrita, los autores de la moción señalan que la intervención del empleado se traduce en la determinación o vigilancia de lo que el Estado debe recibir o, si se trata de una contraprestación, de lo que el Estado ha entregado a los particulares. En estos casos, si el empleado falta dolosamente a su deber y a consecuencia de ello defrauda al Estado o permite que otro lo haga, incurre en la sanción establecida para esta figura penal. Por ello, consideran paradójico que, en estos casos, el empleado reciba como pena accesoria sólo la inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio que desempeña, frente a lo que le ocurriría al mismo empleado que incurriera en el delito de malversación de caudales fiscales, caso en el cual la pena accesoria sería de inhabilitación absoluta, es decir, para cualquier cargo u oficio público.
Igual situación se da en el caso del artículo 240, el que sanciona al empleado público que directa o indirectamente se interesare en cualquier clase de contrato u operación en que deba intervenir en razón de su cargo, con las penas de reclusión menor en su grado medio (541 días a 3 años), inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio y multa del diez al cincuenta por ciento del valor del interés que hubiere tomado en el negocio.
Agregan que en ambos casos el empleado queda habilitado para desempeñarse en cualquier otro cargo u oficio distinto al que ocupaba y sirviendo al mismo Estado al que defraudó. Tal sería el caso de un alcalde sancionado por alguno de estos delitos, circunstancia que le significaría que no podría volver a desempeñarse como tal, pero nada le impediría hacerlo como intendente, gobernador, ministro de estado o embajador.
Añaden que más chocante resulta aún esta situación si se la compara con las figuras tipificadas en los artículos 240 bis, 241 y 241 bis, en que la pena accesoria que afecta al empleado, no obstante tratarse de delitos de menor entidad que los descritos en los artículos 239 y 240, es la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos, es decir, ocupando el mismo ejemplo anterior, si un alcalde es sancionado por cualquiera de estos tres artículos, no sólo no podría volver a ocupar el cargo de alcalde, sino que tampoco podría ocupar otro cargo público.
De lo anterior, entonces, el objeto de esta moción es equiparar las penas accesorias de inhabilitación señaladas en los artículos 239 y 240 con las mismas que establecen los artículos 240 bis, 241 y 241 bis.
Discusión en general.
Durante la discusión acerca de la idea de legislar, el diputado que habla expresó que las finalidades de la moción buscaban equiparar las penas accesorias, específicamente, las de inhabilitación, aplicables a los delitos de fraude y exacción ilegal, dada la disparidad existente al respecto entre los artículos 239 y 240 con los artículos 240 bis, 241 y 241 bis, todos del Código Penal.
En efecto, refiriéndose a la figura del artículo 239, expresó que éste sanciona al empleado que en las operaciones en que interviniere en razón de su cargo, defraudare o consintiere que se defraudare al Estado o a la municipalidades o establecimientos públicos, con una pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y la pena accesoria de inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio, además de una multa. Estimaba algo paradojal que la inhabilitación fuera especial, es decir, sólo para el cargo que se encontraba desempeñando y no como sucede en el caso del delito de malversación de caudales públicos en que la inhabilitación es para cualquier cargo público.
Dijo que igual pena accesoria se aplicaba en el caso del artículo 240, norma que sanciona al empleado público que directa o indirectamente se interesare en cualquier clase de contrato en que deba intervenir en razón de su cargo. Agregó que esta situación paradojal resultaba aún más acentuada si se cotejaba la penalidad accesoria impuesta por las dos normas mencionadas con las que, a su vez, establecen los artículos 240 bis, 241 y 241 bis, en que no obstante tratarse de ilícitos de menor gravedad, la pena accesoria es la de inhabilitación absoluta, es decir, no sólo impide al infractor volver a ocupar el cargo que detentaba, sino que tampoco otro similar o de distinto rango que el que ocupaba. Utilizando el mismo ejemplo anterior, señaló que en este caso, el alcalde sancionado no sólo no podría volver a ocupar su cargo, sino que tampoco los de intendente, gobernador o ministro de estado .
Terminó manifestando que la proposición que patrocinaba no constituía una rebaja de la penalidad para estos ilícitos, sino un intento de equiparar las sanciones, reemplazando la inhabilitación especial perpetua para ocupar un cargo determinado, por la inhabilitación absoluta temporal, la que impedía por un tiempo determinado el ejercicio de cualquier cargo u oficio público.
Discusión en particular.
Ante una consulta del diputado señor Eluchans acerca de la procedencia de la equiparación de las penas accesorias que se quiere establecer, por cuanto parecía obvio que se trataba de delitos de distinta gravedad, el diputado señor Bustos sostuvo que actualmente no era viable imponer penas accesorias de inhabilitación perpetua para cualquier cargo, por cuanto ello sería inconstitucional en virtud de lo dispuesto en el artículo 19, números 16 y 26 de la Constitución, razón por la que estimaba que el legislador había incurrido en un error al establecer este tipo de penas accesorias.
Ante una nueva consulta del diputado señor Cardemil acerca del antecedente tenido en consideración por el juez para fijar la pena accesoria, hizo presente que tal rango lo determinaba la pena principal, razón por la que creía redundante señalar en la indicación el grado de dicha pena, la que siendo accesoria, debería seguir la suerte de la principal.
Como consecuencia de este debate inicial, los diputados señores Araya , Burgos , Bustos , Cardemil , Ceroni , Fuentealba y Monckeberg , don Cristián , y señora Soto , doña Laura , presentaron indicación para sustituir el artículo único del proyecto, por el siguiente:
“Artículo único.- Reemplázase, en el inciso primero de los artículos 239 y 240 del Código Penal, la expresión: “inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio”, por la siguiente: “inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos”.
El diputado señor Burgos explicó los alcances de la indicación, señalando que ella restringía los efectos de la sanción en el tiempo, pero la ampliaba en cuanto al espectro de cargos aplicable. Ante una consulta del diputado señor Eluchans acerca de si esta inhabilitación afectaba también a los cargos de elección popular, dijo entender que comprendía todo tipo de cargos públicos.
El diputado señor Bustos precisó que se trataba de delitos de administración pública, procediendo, en seguida, a citar la definición contenida en el artículo 260 del Código Penal, el que señala que “para los efectos de este Título y del Párrafo 4 del Título III, se reputa empleado a todo el que desempeñe un cargo o función pública, sea en la administración central o en instituciones o empresas semifiscales, municipales, autónomas u organismos creados por el Estado o dependientes de él, aunque no sean del nombramiento del Jefe de la República ni reciban sueldo del Estado. No obstará a esta calificación el que el cargo sea de elección popular.”.
El diputado señor Eluchans , recordando los ejemplos citados por los autores de la moción y haciendo un parangón con lo sucedido al alcalde de Coquimbo , señaló que si éste había sido destituido por mal manejo de recursos públicos, parecía lógico que la sanción fuera de inhabilitación especial para ocupar nuevamente ese cargo u otro de naturaleza edilicia, pero que no veía por qué tendría que extenderse, por ejemplo, al de parlamentario por cuanto ni diputados ni senadores tienen manejo de recursos públicos.
El diputado señor Bustos recordó que los delitos contemplados en el Título V, citado por el artículo 260, comprenden una enorme cantidad de situaciones y no solamente los fraudes y exacciones ilegales a que se refieren los artículos que se desea modificar.
Por último, el diputado señor Eluchans fundamentó su desacuerdo con la moción. Argumentó que en la sesión anterior se había discutido la posible inconstitucionalidad de la sanción accesoria de inhabilitación perpetua, pero que analizando el asunto había llegado al convencimiento de que la inhabilitación especial perpetua no adolecía de tal vicio. Por ello, si el caso citado como ejemplo había permitido al juez, atendiendo a la gravedad del delito, aplicar la inhabilidad especial perpetua para el cargo de alcalde y si dicha sanción no es inconstitucional, sería partidario de mantener la penalidad tal como está.
Cerrado el debate, se acogió la indicación por mayoría de votos (4 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones).
Por las razones señaladas, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recomienda aprobar el siguiente proyecto de ley:
“Artículo único.- Reemplázase, en el inciso primero de los artículos 239 y 240 del Código Penal, la expresión “inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio”, por la siguiente: “inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos”.”.
El texto fue acordado en sesiones de fechas 12 y 19 de julio del año en curso, con la asistencia de los diputados señor Jorge Burgos ( Presidente ), señoras Laura Soto y Marisol Turres y señores Pedro Araya , Juan Bustos , Alberto Cardemil , Guillermo Ceroni , Edmundo Eluchans , Cristián Monckeberg y de quien habla.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, tal como lo explicó el autor de la moción y, a la vez, diputado informante , estimado colega Renán Fuentealba , el tema que se pretende regular mediante esta iniciativa es bastante simple.
Hoy, nuestro Código Penal establece como penas accesorias a ciertos delitos que cometen los empleados públicos algunas inhabilidades. A saber, la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, la inhabilitación especial perpetua para cargo u oficio público -segundo rango-, la inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos -tercer rango-, o inhabilitación especial temporal para cargos y oficios públicos.
Eso es lo que establecen los artículos 21 y siguientes del Código Penal.
Se propone, como lo ha explicado el autor de la moción, uniformar la pena que se aplica a ciertos delitos cometidos por funcionarios públicos.
Por ejemplo, si hoy un director de servicio, supongamos el director de Chiledeportes , comete un fraude al fisco, es sancionado con una pena accesoria de inhabilitación especial perpetua para desempeñar de nuevo ese cargo. Se propone cambiar esa pena accesoria por la de inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos en general. Es decir, en este caso, dicho director de servicio condenado por fraude al fisco, no sólo no podría ocupar de nuevo ese cargo, sino ningún otro cargo público, lo que parece lógico, evidente; lo que parece avanzar en el sentido correcto.
Ahora bien, algunos señores diputados preguntaron si no sería una pena accesoria benévola la inhabilitación absoluta temporal, en el caso de alguien que cometió un fraude al fisco, y, por lo tanto, si no habría que incursionar en la idea de establecer la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, lo que es bastante discutible.
A mi juicio, eso no sería posible -la discusión es eminentemente legal-, porque si la norma apuntara en el sentido que voy a plantear, sería objeto de recursos judiciales y de debate en los tribunales de justicia.
Se ha planteado que según la última reforma, introducida por la ley Nº 18.825, con la redacción que quedó el número 26º del artículo 19 de la Constitución, sería inconstitucional la pena de inhabilitación absoluta perpetua.
Dicho número 26º establece: “La seguridad de que los preceptos legales que por mandato de la Constitución regulen o complementen las garantías que ésta establece o que las limiten en los casos en que ella lo autoriza, no podrán afectar los derechos en su esencia, ni imponer condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio.”
Según la opinión ilustrada de algunos colegas, esa norma impediría, en el caso del ejemplo que he dado del director de Chiledeportes condenado por fraude al fisco, que pudiera ser sancionado con una pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, lo que es transversalmente discutible, porque detrás de este punto no hay una opinión política.
Planteo este punto porque los señores diputados tendrán que resolver en esta materia. Por lo menos quien habla, está en la línea de votar favorablemente, pues parece un avance que una persona que ha cometido un fraude al fisco y que hoy tiene sólo una inhabilitación especial, merezca una inhabilitación absoluta, aunque sea temporal.
El proyecto seguirá su camino. Seguramente, se formularán indicaciones, las que habrá que resolver en su mérito. Pero no me molestaría que se estableciera una inhabilitación absoluta perpetua, si ello es posible de acuerdo a la norma constitucional.
Por ahora, votaré a favor.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado Renán Fueltealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , suscribo en su totalidad lo planteado por el diputado señor Cardemil .
Obviamente, es de la esencia de las disposiciones legales que puedan ser interpretadas de distinta manera. En definitiva, si hay controversia, la corregirá el Congreso por la vía legal, o los tribunales de justicia ordinarios.
En este caso, la Cámara de Diputados está actuando como un organismo que va a señalar la correcta aplicación de una norma que pretende restituir el equilibrio entre penas accesorias, que se consagran en nuestra legislación para un mismo delito, pero que son distintas, como se explicó en el informe de la Comisión.
Quiero puntualizar algunos aspectos. En primer lugar, como bien lo señaló el diputado Cardemil y, antes, el diputado Burgos , no se está minimizando la pena accesoria prevista en los artículos 239 y 240 del Código Penal para el funcionario que defrauda al fisco, al eliminar la inhabilitación perpetua para desempeñar un cargo u oficio. Por el contrario, se abre un espectro más amplio de inhabilitación, que no va a ser perpetua, porque sería inconstitucional -es el segundo punto al que quiero referirme-, sino temporal.
En la práctica, se impedirá que un funcionario que actuó dolosamente, que se enriqueció con fondos del Estado, que defraudó a la ciudadanía, vuelva a ocupar un cargo u oficio público. Por lo menos, saldrá de la circulación durante determinado tiempo.
De manera tal que no se trata de relativizar la pena actual, pues se amplía el espectro de inhabilidad para el funcionario público en comento.
A mi juicio, al ampliarse el espectro de inhabilidad, la pena que se impondrá es mucho más grave que la que se aplica en la actualidad.
En segundo lugar, no puede ser que en los artículos 240, 241 y 241 bis, para delitos menores, comparados con los contemplados en los artículos 239 y 240 del Código Penal, se establezca una pena accesoria más drástica que la principal; porque en esos delitos, la pena accesoria es la inhabilitación especial perpetua para cualquier cargo u oficio público.
De manera que si se sigue el razonamiento jurídico, obviamente la pena accesoria no puede ser más drástica que la principal. Debe seguir la suerte de la principal y equipararse en un mismo rango de drasticidad o penalidad.
En tercer lugar, la cuestión de constitucionalidad que se ha planteado durante la discusión del proyecto, a la que se ha referido mi honorable colega Alberto Cardemil, no es menor.
El número 16º del artículo 19 de la Constitución, de los derechos y deberes constitucionales, establece la libertad de trabajo y su protección. Su inciso tercero dispone: “Ninguna clase de trabajo puede ser prohibida, salvo que se oponga a la moral, a la seguridad o a la salubridad públicas, o que lo exija el interés nacional y una ley lo declare así.” La inhabilitación especial perpetua significa la prohibición de ejercer un cargo público por el resto de la vida. En consecuencia, contraviene el inciso tercero del número 16º del artículo 19 de la Constitución Política. En vista de ello, el funcionario al que se le aplique alguna de las penas accesorias establecidas en los artículos 240, 241 y 241 bis del Código Penal, de inhabilitación perpetua para ejercer cualquier cargo u oficio público, por los delitos que haya cometido, podrá recurrir de inaplicabilidad ante los tribunales y lo más probable es que obtenga una sentencia favorable.
El objeto de las modificaciones que establece el proyecto es que todo funcionario público que defraude al Estado no pueda volver a ocupar ningún otro cargo público, por un determinado período, no sólo el cargo que ocupaba, como mencionó el diputado Cardemil , quien citó el caso del director de Chiledeportes . La mínima sanción que se puede aplicar a un funcionario que defraudó al Estado es que no vuelva a ocupar otro cargo público en el que pueda incurrir nuevamente en la misma conducta.
Por último, en relación con la inconstitucionalidad de la sanción -estoy convencido de que la inhabilitación especial perpetua es inconstitucional-, al abrir el espectro de la pena accesoria, equiparándola en su drasticidad con la pena principal, estamos estableciendo un equilibrio normativo que es muy importante.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Eluchans.
El señor ELUCHANS.-
Señor Presidente , el diputado Fuentealba , uno de los que impulsaron la idea de legislar sobre esta materia, ha hecho dos afirmaciones con las que discrepo totalmente. En primer lugar, señaló que éste es un proyecto muy simple y de mero trámite. A lo mejor, la Comisión de Constitución, de la que formo parte, se dejó llevar por ese convencimiento, lo cual está mal, pues no debatimos suficientemente el proyecto. Debimos haber requerido la opinión de algunos expertos en materias importantes, como la posible inconstitucionalidad de la sanción de inhabilitación absoluta perpetua establecida en el artículo 240 bis. Desde luego, discrepo de que esa sanción sea inconstitucional. Pero si el propósito del diputado Fuentealba y de los demás firmantes de la moción era establecer un equilibrio normativo, y si están convencidos de que dicha sanción es inconstitucional, lo que debieron haber hecho es proponer que también se modifique esa disposición, para que realmente se logren los dos objetivos: primero, que exista equilibrio entre las sanciones y, segundo, que no haya sanciones contrarias a la Constitución Política.
En segundo lugar, estoy en desacuerdo con el proyecto porque se ha partido de una premisa equivocada, cual es suponer que las sanciones de inhabilitación para ocupar cargos públicos que se establecen en los artículo 239, 240, 240 bis, 241 y 241 bis del Código Penal son todas accesorias, lo que no es así. Dicha inhabilitación constituye pena accesoria en el caso de los primeros tres artículos, pero en el caso de los artículos 241 y 241 bis constituye la pena principal. En consecuencia, no es acertado sostener que se logra un equilibrio al establecer que la pena sea igual en todos los artículos.
Por lo demás, precisar qué es más grave, si una pena absoluta temporal o una pena especial perpetua, va a depender fundamentalmente de la temporalidad de la pena. Si la inhabilitación absoluta temporal se aplica por un período muy corto de tiempo, obviamente será una pena menos severa que la inhabilitación especial perpetua.
No estoy de acuerdo con el proyecto. Lo voté en contra en la Comisión y lo votaré en contra en esta oportunidad. Me parece que estamos dando una muy mala señal. El diputado Fuentealba insiste en que con esta modificación se agrava la sanción. No estoy de acuerdo. No se está agravando la sanción. Lo que se está haciendo es disminuir la sanción, porque -insisto- la gravedad depende de la temporalidad de la pena, la cual, según los artículos 239 y 240 del Código Penal, puede ser de cinco años y un día. Me parece que aplicar una pena de cinco años y un día a quien ha defraudado al Estado, aprovechándose de su posición en un cargo público de importancia, es insuficiente.
Por lo expuesto, votaré en contra el proyecto. Sin perjuicio de ello, presentaré una indicación en orden a que la temporalidad de la inhabilitación absoluta sea de, a lo menos, diez años. Si se establece dicha temporalidad, estaré de acuerdo en cambiar la expresión “inhabilitación especial perpetua” por “inhabilitación absoluta temporal.”
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente , en su intervención el diputado Eluchans interpretó gran parte de lo que quería plantear en esta oportunidad. Estamos hablando de figuras delictivas que consisten en defraudar y enriquecerse con fondos de todos los chilenos. Por eso, considerando la cantidad de casos de corrupción habidos en los últimos años, es importante dar buenas señales y no señales equívocas.
Discrepo de lo manifestado por el diputado Fuentealba , en el sentido de que esta modificación al Código Penal permite que la sanción sea mucho más severa. Debemos recordar que de acuerdo con la escala de penas para estos delitos, lo que el diputado Fuentealba ve como pena accesoria va desde presidio menor en su grado medio a máximo. Es decir, una persona que ha defraudado al fisco y que es sancionada, podría quedar inhabilitada para ejercer cargos públicos por apenas 541 días.
La situación que motivó la presentación de esta iniciativa es lo que hemos visto en muchas oportunidades: algunos alcaldes fueron inhabilitados por haber sido condenados por algunos de estos delitos, pero al poco tiempo se presentaron como candidatos a diputados y, curiosamente, lo que me parece una señal muy preocupante, resultaron elegidos con muy buenas votaciones. Parece ser que a la gente, a los electores, les importa poco la corrupción y el cuidado de los recursos públicos.
Por lo tanto, a mi juicio, la señal que debe entregar la Cámara debe apuntar en el sentido contrario, es decir, del cuidado de los recursos del fisco, que son de todos los chilenos.
Aunque exista una ampliación de la sanción a todos los cargos públicos, su limitación al tiempo que dure la pena principal, lejos de ser un castigo, todo lo contrario, lo que da la sensación de un relajo absoluto.
El diputado Fuentealba se refirió a un problema de constitucionalidad en relación con el número 16º del artículo 19 de la Carta Fundamental. Considero que dicho criterio es absolutamente discutible, porque ese numeral se refiere a la libertad de trabajo y su protección, no a la sanción que puede recibir alguna persona por ejercer determinado empleo, cargo u oficio. Voy a dar un ejemplo. ¿Cuántas veces se ha discutido respecto de la pedofilia? Alguna persona condenada por ese delito, ¿puede ejercer como profesor? ¿Permitiremos que sea educador de párvulos y tenga contacto con menores? ¿Alguien plantearía la existencia de inconstitucionalidad debido a que no puede ejercer algún oficio o profesión en el que tenga directa relación con niños? No, porque significaría entregar a esa persona todas las posibilidades para volver a cometer el mismo delito.
De acuerdo con la pena principal que se aplique, el empleado público que tras ser sancionado durante algún tiempo vuelve a ocupar algún cargo público, tiene nuevamente la oportunidad para delinquir.
Concuerdo con el planteamiento del diputado Eluchans en cuanto a que en la Comisión no existió suficiente discusión.
No me convence la modificación propuesta. A mi juicio, la inhabilitación debe aplicarse para todo cargo. Sin embargo, el hecho de que se encuentre sujeta exclusivamente al tiempo de la condena de la pena privativa de libertad no es una buena señal para los empleados públicos. Tal vez, sería mejor mantener, por ejemplo, la inhabilitación absoluta y establecer una inhabilitación temporal respecto de los demás cargos.
Sabemos que el tiempo pasa rápido y, por lo tanto, no constituye una buena señal para el país que alguien condenado por defraudar al fisco, al cabo de algunos años pueda volver a tener algún manejo, el que sea, de fondos fiscales.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , en primer lugar, deseo expresar que los autores del proyecto apuntan en el sentido correcto al abordar una materia relacionada con algunas de las sanciones más graves establecidas en el Código Penal en relación con la falta de probidad y el resguardo de los bienes fiscales, tan necesarios para la gente pobre.
Sin embargo, me hace mucha fuerza el alegato expresado por el diputado Edmundo Eluchans, con el que concuerdo. En efecto, diferentes delitos reciben penas de diferentes grados. Por lo tanto, no me parece bien que, en relación con el delito más grave, se tenga una actitud benigna.
Por eso, me abstuve en la votación efectuada en la Comisión, donde expresé la necesidad de llevar a cabo una discusión más a fondo sobre la materia, porque no se trata de un proyecto más o de Fácil Despacho. A mi juicio, al menos debió discutirse la constitucionalidad de las normas que se proponen.
Por lo tanto, soy partidaria de que el proyecto vuelva a Comisión.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-
Señor Presidente, el proyecto debe ser perfeccionado. Es necesario establecer, por medio de alguna indicación, una inhabilitación mínima durante cierto período, que a mi juicio no puede ser inferior a diez años.
Por lo tanto, soy partidario de que el proyecto vuelva a Comisión, a fin de hacer un análisis más acabado del tema.
No tengo dudas respecto de la constitucionalidad de la norma relativa a la inhabilitación absoluta perpetua. De hecho, hay muchas otras normas que así lo establecen. Si el legislador establece esa pena accesoria, no veo cómo podría existir inconstitucionalidad.
Existen varias legislaciones en materia penal, entre otras la relativa a la pedofilia, en las que se consagra la inhabilitación absoluta perpetua.
En segundo lugar, si bien se puede producir alguna equiparación de las penas accesorias, se hace hacia abajo. En efecto, el artículo 240 bis del Código Penal, por ejemplo, establece una pena principal idéntica a la de los delitos tipificados en los artículos 239 y 240 de dicho Código. No obstante, en aquel artículo se faculta al juez para aplicar una inhabilitación absoluta perpetua. Claro está que el magistrado no tiene la obligación de hacerlo, pero cuenta con esa facultad. Por lo tanto, el techo para imponer la pena de inhabilitación es superior al que se establece en los dos artículos que se propone modificar.
En consecuencia, reitero, la equiparación se hace hacia abajo.
Uno podría preguntarse por qué no se faculta al magistrado para que pueda aplicar la inhabilitación absoluta perpetua a quienes resulten condenados con las penas establecidas en los artículos 239 y 240 del Código Penal, que se propone modificar. Como una forma de llegar a acuerdo, podría establecerse un piso de diez años para la inhabilitación absoluta temporal.
Lo que no podemos permitir es que, en relación con ciertos delitos, como el tipificado en el artículo 241 del Código Penal, relativo a las exacciones ilegales, se pueda aplicar una inhabilitación temporal de cinco años, porque, por esa vía, una persona sancionada por recibir una tremenda coima, después de cinco años podría retomar su cargo. Sé que el artículo en comento no forma parte de las modificaciones propuestas al Código Penal, pero considero necesario dejar establecida mi posición al respecto.
En resumen, se deberían aplicar idénticas penas accesorias a los delitos tipificados en los artículos 239, 240, 240 bis, 241 y 241 bis del Código Penal y la inhabilitación absoluta temporal no debería ser inferior a diez años.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Para su segundo discurso, tiene la palabra el diputado señor Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , sólo deseo intervenir para hacer algunas precisiones.
En primer lugar, no tengo inconveniente alguno -de hecho, suscribí una indicación redactada por el diputado Eluchans - en que la inhabilitación especial temporal y la inhabilitación absoluta temporal que estamos previendo en los artículos 239 y 240 tengan un piso de diez años. A ese respecto, no haré mayor comentario.
Sí tengo una reserva, en el sentido de que no transformemos las penas accesorias en penas mucho más drásticas que la principal. Pero, el legislador puede hacer lo que su criterio le indique. Por consiguiente, esa regla de oro en lo penal, en cierta medida, podemos exceptuarla con la indicación que se presentará.
En segundo lugar, quiero hacerme cargo de aseveraciones de algunos colegas en el sentido de que estamos relativizando la sanción. Es obvio que no es así.
Cuando a una persona se le prohíbe, a perpetuidad, ejercer nuevamente el mismo cargo, no es una sanción absoluta en cuanto a ejercer otro cargo público. Por ejemplo, puede volver a ejercer el cargo de intendente, de gobernador, de embajador, de ministro de Estado , etcétera, etcétera. Es muy drástico que quien ha sido funcionario público y se le detecte una defraudación al Estado, se le prohíba ejercer en la administración pública cualquier cargo u oficio por un determinado período. ¡Por favor, si eso no es drástico, no sé de qué estamos hablando! Es drástico que a un individuo se le saque de circulación -por así decirlo- durante un tiempo determinado para que no vuelva a ejercer una función pública e, incluso, no vuelva a ser sujeto de una elección popular. Se les ha olvidado a los señores diputados que, cuando ampliamos la inhabilitación a cualquier cargo u oficio, se entiende que están incluidos los cargos de elección popular. Así que, ¿cómo no va a ser drástico esto?
En tercer lugar, quiero hacerme cargo también del planteamiento respecto de la revisión que ameritaría hacer de las penas accesorias contenidas en los artículo 241 y 241 bis, que hablan de inhabilitación perpetua para cualquier cargo u oficio.
La Comisión discutió el tema. En la actualidad, hay casos por los que debemos modificar los artículos 239 y 240. No queremos que los funcionarios, que hoy están sujetos a la indagación del Ministerio Público, o formalizados o acusados por delito de defraudación al Estado, vuelvan a ocupar otro cargo en la administración pública. Debemos legislar, porque existe una situación de hecho.
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia acordó revisar el texto penal en lo que dice relación con las inhabilitaciones o penas accesorias de inhabilitación a perpetuidad. Ese trabajo requiere, precisamente, de un análisis a fondo de las disposiciones del Código Penal para restablecer una cierta equiparidad entre las penas del párrafo 4, títulos II y IV del citado Código.
Señor Presidente , no es que se vaya a revisar la legislación penal en cuanto a lo señalado. Insisto en que tanto en los delitos de defraudación al Estado como en los de pedofilia, etcétera, no es esta Cámara la que resolverá las controversias. Si el día de mañana, a un profesor acusado de pedofilia se le inhabilita perpetuamente para ejercer ese cargo, podrá recurrir a los tribunales de justicia y serán ellos los que resolverán sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad de la disposición, no nosotros.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde votar, en general, el proyecto de ley que reemplaza en los artículos 239 y 240 del Código Penal la expresión “inhabilitación especial perpetua” por “inhabilitación absoluta temporal”.
El señor CARDEMIL.-
Pido la palabra.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente , entiendo que la diputada señora Laura Soto planteó la idea de que el proyecto vuelva a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor WALKER (Presidente).-
Señor diputado , el proyecto debe volver a Comisión porque fue objeto de indicaciones, salvo que los dos tercios de los diputados presentes acordaran votarlas ahora, el proyecto debe volver a comisión.
En votación general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 71 votos; por la negativa, 21 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor WALKER ( Presidente ).-
El diputado señor Juan Bustos ha pedido votar ahora las indicaciones y de esa manera omitir el trámite de Comisión.
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil por un asunto reglamentario.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente , una amplia mayoría respalda las indicaciones. Tal vez si hay buen espíritu, podríamos votarlas y enviar el proyecto a Comisión de todas maneras.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor CARDEMIL.-
Entonces, tendríamos que denegar la petición del diputado Bustos.
El señor WALKER ( Presidente ).-
En votación la petición del diputado señor Juan Bustos en el sentido de omitir el trámite de Comisión.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 47 votos; por la negativa, 48 votos. Hubo 1 abstención.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor
Rechazada.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo la diputada señora
-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Al artículo único
1. De la señora Turres para sustituirlo, por el siguiente: "Artículo único.- Agréganse en los artículos 239 y 240 del Código Penal, a continuación de la expresión “inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio”, lo siguiente: “e inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleo u oficios públicos”.”.
2. Del señor Escobar para reemplazarlo por el siguiente: “Artículo único.- Reemplázanse en el inciso primero de los artículo 239 y 240 del Código Penal las expresiones “inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio” por las siguientes: “pena de inhabilitación absoluta temporal en su grado mínimo a pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos u oficios públicos”.
3. De los señores Eluchans, Fuentealba y Cardemil para agregar en la expresión que se reemplaza en los artículos 239 y 240 del Código Penal, a continuación de la voz “temporal” lo siguiente:”por un período de a lo menos 10 años”.
-o-
MODIFICACIÓN DE PAGO DE MULTAS POR INFRACCIÓN A LA INTERNACIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL O ANIMAL. MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 18.755 SOBRE EL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, los proyectos de ley, originados en moción, que modifican la ley Nº 18.755, sobre el Servicio Agrícola y Ganadero, y el decreto ley Nº 3557, de 1981.
Diputado informante de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural es el señor Ramón Barros.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 5043-01, sesión 25ª, en 10 de mayo de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 9.
-Informe de la Comisión de Agricultura, sesión 56ª, en 31 de julio de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 18.
-Moción, boletín Nº 5044-01, sesión 25ª, en 10 de mayo de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 10.
-Informe de la Comisión de Agricultura, sesión 56ª, en 31 de julio de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 19.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor BARROS.-
Señor Presidente, hecha la consulta previa con el señor Secretario de la Cámara , me voy a permitir informar sobre los proyectos que figuran en el segundo y tercer lugar de la tabla de hoy, pues aun cuando se refieren a distintos aspectos, están relacionados con una materia común: la protección fitosanitaria.
La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural informa acerca del proyecto de ley, en primer trámite reglamentario, sin urgencia y en primer trámite constitucional, originado en una moción de los diputados señores Barros , Díaz, don Eduardo ; Díaz, don Marcelo ; Enríquez-Ominami , Forni , Martínez , Norambuena , Quintana , Rojas y Urrutia , que modifica el decreto ley Nº 3557, de 1981, que establece disposiciones para la protección agrícola, con el objeto de corregir la falsedad en la información declarada.
El articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado y no debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.
La idea matriz que inspira la proposición de esta iniciativa legal radica en perfeccionar la efectividad de las sanciones aplicables a quienes infrinjan la normativa relativa a la revisión de los productos de origen vegetal o animal que ingresan al país y que realiza en Servicio Agrícola y Ganadero en los controles fronterizos.
En enero de 2007, volvió del Senado un proyecto completo que elevaba las sanciones y modificaba una serie de disposiciones tendientes a la protección agrícola. Lamentablemente, el Senado, de alguna manera, desvirtuó con sus modificaciones el sentido que tenía dicho proyecto en cuanto a elevar las sanciones. No obstante haberse acordado un texto en la Comisión Mixta, la Sala lo rechazó, prácticamente por unanimidad.
Por eso, precisamente, hemos querido reponer algunas materias que contenía dicho proyecto, con el objeto de que, ojalá, en esta oportunidad el Senado acoja la proposición de la Cámara y, en particular, de la Comisión de Agricultura, referida a la protección fitosanitaria y a las multas para tal efecto en los pasos fronterizos.
El proyecto consta de un artículo único, mediante el cual se agrega un inciso segundo nuevo al artículo 42 del decreto ley Nº 3.557, de 1981, para sancionar la infracción de faltar a la verdad al declarar bajo juramento el hecho de ingresar al país productos de origen vegetal o animal, con multa de 5 a 300 unidades tributarias mensuales, según consigna el proyecto original.
La Comisión recibió a representantes del Servicio Agrícola y Ganadero, quienes también participaron en la tramitación del proyecto anterior, y ahora propusieron una multa de 4 a 300 unidades tributarias mensuales a quien sea sorprendido falseando información e ingresando material vegetal. Nosotros, en definitiva, subimos la sanción a 6 unidades tributarias mensuales, como una forma de hacer valer algo que es muy importante, cual es el hecho de que, a partir de que el Senado atenuó nuestro proyecto, tres regiones de Chile están con presencia de mosca de la fruta. Si bien está controlada en forma eficiente por el SAG, ello da cuenta de que tenemos un problema, ya que todo el sistema agroexportador nacional está basado en nuestro patrimonio fitosanitario.
Solamente como mención, en Estados Unidos, cualquiera que sea sorprendido en situaciones similares, se le multa hasta con mil dólares; es decir, el triple de lo que estamos proponiendo.
El proyecto fue aprobado en general por unanimidad.
En su discusión en particular, se formuló indicación para aumentar de 5 a 6 unidades tributarias mensuales el monto mínimo de la multa. En la actualidad, el no pago de la multa de 3 UTM se permuta por un día de reclusión. Al aumentar este monto mínimo, los días de reclusión serán dos, dada la gravedad del hecho que estamos sancionando. Esta indicación se aprobó por unanimidad.
También se formuló indicación para agregar, en el inciso segundo del artículo 21 del decreto ley Nº 3.557, de 1981, a continuación del punto final, que pasa a ser punto y coma, la siguiente oración:
“lo anterior, sin perjuicio de la facultad de registro de los inspectores del Servicio y, específicamente, de inspeccionar el equipaje personal de los agentes diplomáticos.”
El objeto de la indicación, según sus autores, es dejar claro que el Servicio Agrícola y Ganadero puede inspeccionar el equipaje personal de los agentes diplomáticos en caso de que haya motivos fundados para suponer que contiene objetos cuya importación o exportación esté prohibida por la legislación del Estado receptor o sometida a sus reglamentos de cuarentena. La indicación está en plena concordancia con el artículo 36 de la Convención de Viena, sobre relaciones diplomáticas, que expresa casi lo mismo.
Puesta en votación, fue aprobada por unanimidad.
Lo obrado respecto del proyecto fue acordado en sesiones de 4 y 10 de julio de 2007, con la asistencia de los diputados señores Ramón Farías ( Presidente ), José Ramón Barros , Marco Enríquez-Ominami , Marcelo Forni , Rosauro Martínez, Marco Antonio Núñez , José Pérez , Alejandra Sepúlveda , Alejandro Sule , Eugenio Tuma e Ignacio Urrutia .
El segundo proyecto modifica la ley Nº 18.755, sobre el Servicio Agrícola y Ganadero, a fin de perfeccionar la efectividad de las multas aplicables a quienes infrinjan la normativa del proyecto recién informado.
La iniciativa en informe no contiene disposiciones de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado y, de acuerdo con el artículo 220 del Reglamento de la Corporación, no requiere ser conocida por la Comisión de Hacienda.
La idea matriz que inspira la proposición de esta iniciativa legal radica en perfeccionar la efectividad de las sanciones aplicables a quienes infrinjan la normativa relativa a la revisión de los productos de origen vegetal o animal que ingresan al país y que realiza el Servicio Agrícola y Ganadero en los controles fronterizos.
El proyecto consta de un artículo único, mediante el cual se agrega un inciso final al artículo 49 de la ley Nº 18.755, orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, para establecer que el pago de la multa o su consignación será obligatorio para abandonar el control fronterizo con destino a ingresar al país.
El proyecto repone un artículo que, en su oportunidad, fue cuestionado por el Senado a propósito de otra modificación a la ley Nº 18.755, aprobada en 2007, por cuanto se estimó inconstitucional exigir el pago inmediato de la multa.
Por lo tanto, la Comisión aprobó agregar un inciso final al artículo 49 de la ley Nº 18.755, del siguiente tenor:
“El pago de la multa o su consignación será obligatorio para abandonar el control fronterizo con destino a ingresar al país.”
Además, se presentó indicación para agregar a ese inciso, a continuación del punto final, que pasa a ser coma, la siguiente oración:
“salvo que en éste no existan las posibilidades técnicas para la obtención de los recursos necesarios para el pago de la multa, en cuyo caso se le otorgarán hasta 2 días hábiles para efectuarlo, dentro del territorio nacional.”
Puesta en votación la indicación, con el artículo único, fue aprobada por asentimiento unánime.
Espero que la Sala apruebe por unanimidad el proyecto, que sólo busca proteger el patrimonio fitosanitario del país, base de nuestro sistema exportador. No pocas veces se toma a la ligera la importancia de este patrimonio, olvidando que Chile, desde el punto de vista fitosanitario, es una isla rodeada por desierto, mar y codillera, lo que nos permite aspirar a ser potencia agroexportadora.
Es cuanto puedo informar de ambos proyectos.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente , durante los últimos años hemos suscrito una serie de tratados de libre comercio. Como consecuencia, el ingreso de extranjeros al país es cada vez mayor, sea por vía aérea, marítima o terrestre, lo que conlleva a que el riesgo de que se interne algún producto que afecte nuestro patrimonio fitosanitario es extremadamente alto. De hecho, los decomisos efectuados por el Servicio Agrícola y Ganadero han aumentado fuertemente durante los últimos años, amén de los muchos productos que ingresan sin ser detectados.
El SAG debe operar en los controles fronterizos principalmente con perros amaestrados -bastante eficientes, según nos han dicho- porque no cuentan con escáner u otro tipo de instrumentos de fiscalización.
En el último tiempo se han presentado algunos problemas de control. Una embajadora de la República de Francia ha ingresado las tres últimas veces al país con algún producto. La primera vez lo hizo con una manzana; la segunda, con un melón y, la tercera, con un queso. Puso todas las objeciones del mundo para ser revisada, no obstante las facultades del SAG para hacerlo. Una delegación de Taiwán, que llegó por vía aérea, ingresó por valija diplomática una serie de productos agrícolas, que bien pudieron afectar nuestro patrimonio fitosanitario. Tampoco se dejó revisar. Lo mismo ocurrió con un avión procedente de China, y no sabemos cuantos casos como estos han ocurrido y seguirán ocurriendo.
No me parece razonable que los agentes diplomáticos hagan uso de su inmunidad de esta manera, porque están contraviniendo la Convención de Viena.
El Ministerio de Relaciones Exteriores aplica el artículo 36 de la Convención de Viena, que dice que el agente diplomático estará exento de la inspección de su equipaje personal, a menos que haya motivos fundados para suponer que contiene objetos cuya importación esté prohibida por la legislación del Estado receptor. Pero se olvida del artículo 41, que dice que todas las personas que gocen de privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor, en este caso, del chileno.
Por otra parte, con la modificación que proponemos, que reza: “lo anterior, sin perjuicio de la facultad de registro de los inspectores del Servicio y, específicamente, de inspeccionar el equipaje personal de los agentes diplomáticos.”, no estamos imponiendo al SAG nuevas obligaciones, sino que le estamos diciendo que use las facultades que le otorgan la ley y la Convención de Viena, en sus artículo 36 y 41. No establecemos nada que no esté en la legislación internacional. Lo que pretendemos es ratificar al SAG, a través de una ley, que tiene la facultad de revisar el equipaje de un diplomático si existen motivos fundados o los perros detectan que tiene algún producto que afecte nuestro patrimonio fitosanitario. Eso es lo que hemos hecho. No queremos que la embajadora francesa entre a nuestro país con un producto prohibido y no se deje inspeccionar. ¿Por qué vamos a arriesgar por una persona todo lo que hemos construido durante tantos años? No tiene absolutamente ningún sentido.
En cuanto a las multas, considero que son muy bajas. Cuando se detecta a una persona en el aeropuerto o en la aduana respectiva que ha traído un producto prohibido, es multada y la pasan al juzgado de policía local correspondiente para que la pague; pero la multa que se le aplica es muy baja, por lo que a mucha gente le da lo mismo y sigue con esa conducta como algo absolutamente normal.
Por eso hemos decidido, a través del primer proyecto, aumentar la multa y, mediante el otro, establecer una restricción para ingresar al país cuando la persona es multada, porque creemos que nada sacamos con aumentar la multa solamente, porque pasan al juzgado de policía local respectivo, pero después no se presentan allá. Ahora, le aplicamos la multa; pero, además, le impedimos ingresar al territorio nacional si no la paga, para lo cual le damos hasta dos días hábiles, porque sabemos perfectamente bien que en algunos pasos fronterizos no hay cajeros automáticos o la gente viaja sin dinero o no tiene la tarjeta para sacar plata de un cajero automático.
Me parece una solución absolutamente lógica si queremos evitar de una vez por todas la plaga de la mosca de la fruta, ya que es impresionante como han ido aumentando los focos de este insecto en nuestro país en los últimos años, lo que se debe, única y exclusivamente, a que gente inescrupulosa ingresa productos que perjudican nuestro patrimonio fitosanitario, lo que afecta a muchos productores de fruta. El día de mañana nos vamos a encontrar con que ingresaron otras plagas.
Por eso, le pido a la Cámara que nos pongamos firmes de una vez por todas en esta materia, para lo cual basta con que aprobemos los dos proyectos de ley en discusión.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , estamos discutiendo dos proyectos importantes relacionados con el Servicio Agrícola y Ganadero.
La diplomacia es buena en todo el mundo, ya que permite que los países se conozcan y tengan todo tipo de relaciones, sobre todos comerciales, pero eso no da derecho a los diplomáticos a infectar un país.
La gente que nos está escuchando podrá pensar que esto se produce sólo en los aeropuertos, pero la verdad es que se da en todos los controles fronterizos.
Los proyectos de ley en discusión son fundamentales para la sanidad agrícola del país. Aquí no estamos hablando sólo de la mosca de la fruta, sino de la polilla del brote, del sirex, que es una avispa perforadora; de la fiebre aftosa y de miles de enfermedades que se han introducido por los visitantes que vienen a gozar de nuestro país.
Si queremos hacer de Chile un país exportador, debemos defender nuestro primer patrimonio fitosanitario, lo que se pretende lograr de los proyectos en discusión.
Algunas personas consideran que los diplomáticos tienen que ser tratados como dioses omnipotentes. No es así, señor Presidente . Los parlamentarios viajamos a los Estados Unidos o a los países de Europa con pasaporte diplomático; no obstante, en todos los controles aduaneros de esos países somos sometidos a revisión, como cualquier ciudadano, para resguardar sus respectivos patrimonios fitosanitarios. En consecuencia, ¿por qué Chile tiene que permitir que los diplomáticos hagan lo que quieran en esta materia y entren a Chile sin ningún control? Si una embajadora introduce al país un queso infectado con fiebre aftosa nos deja una tendalada gigantesca. La gente no se da cuenta de lo que esto significa. La ley dice muy claramente que se deben sacrificar todos los animales contagiados con fiebre aftosa, sin que se pague indemnización alguna a su dueño, el que pierde todo su capital. Por eso, todos estamos llamados a cuidar nuestro patrimonio fitosanitario en las distintas actividades, como la fruta o la madera, sobre todo ahora que queremos que la Novena Región se convierta en la región del mueble.
Señor Presidente , no podemos taparnos los ojos. A lo mejor le parecerá raro lo que voy a decir, pero los mayores importadores de plagas son los propios agricultores, ya que cuando viajan a otros países quieren traer, como curiosidad, cuatro semillitas de trigo o dos pepas de pepino, pero no se dan cuenta del tremendo daño que hacen al país. En consecuencia, hacemos un llamado a los propios agricultores que viajan al extranjero para que no traigan este tipo de productos.
Daremos nuestro apoyo a estos proyectos no para perseguir a un diplomático o dar más atribuciones al SAG, sino para proteger a los miles y miles de agricultores que hoy están exportando, pues queremos tener un país sano y que nuestros productos agrícolas de exportación estén libres de cualquier plaga que venga del exterior.
Señor Presidente, respecto del primer proyecto, estoy absolutamente de acuerdo en aumentar las atribuciones del SAG.
Una de las grandes quejas que se formulan es que el SAG está requisando las moscas para pescar, pero su director nacional, el señor Francisco Bahamonde , nos explicó en la Comisión de Turismo que ello se debe a que esos artículos de pesca se confeccionan, entre otras cosas, con plumas de aves que pueden estar infectadas y que no existe manera de desinfectarlas, razón por la cual felicito a ese organismo por esta labor. Además, esta situación ha permitido, aunque parezca extraño, que los chilenos que se dedican a la pesca con mosca realicen un tremendo negocio, porque ahora están vendiendo sus propias moscas que están libres de infecciones, como la fiebre aviar.
Los conjuntos folclóricos que ingresan al país tienen el mismo problema, ya que sus instrumentos y sus indumentarias pueden estar infectados.
En consecuencia, el SAG está haciendo una labor gigantesca con respecto al patrimonio fitosanitario. Tengo un gran respeto por el trabajo de este Servicio y considero que debiera dedicarse exclusivamente a proteger dicho patrimonio en toda la frontera del país, pero no se le debieran encomendar otras funciones.
Ése es el primer punto.
Segundo punto. Se otorgan dos días hábiles a la persona que es sorprendida introduciendo al país productos prohibidos para pagar una multa que va de 6 a 300 unidades tributarias mensuales. Estamos hablando de entre 80 mil pesos a 9 millones de pesos, aproximadamente. Creo que mucha gente no pagará esta multa aunque se le den los dos días hábiles. A mi juicio, toda persona que ingrese al país y se le aplique la multa, no puede salir mientras no la pague.
Me explico: un señor es sorprendido entrando al país con un queso, una flor, o lo que sea, infectado y propaga una plaga en el país; se pasea dos o diez días y después se va al extranjero. A esa persona no le pasa absolutamente nada y más encima se ríe del país, como ocurrió con el turista que quemó la flora y los bosques autóctonos cercanos a las Torres del Paine, quien no pagó ni un peso, a pesar de que dejó la tremenda tendalada.
Conversé con el diputado Barros , informante del proyecto, a quien le señalé que formularía una indicación sobre el particular. Me pidió que no la presentara, porque en ese caso, la iniciativa debía volver a comisión. No obstante, se comprometió a presentarla en el Senado. Estuve de acuerdo con su proposición, pero estimo que es necesario presentarla, porque esta norma sería letra muerta si los extranjeros, que son los mayores contaminadores, no pagan la multa. En cambio, si establecemos que quien ha sido multado por el SAG por tratar de infectar nuestro patrimonio fitosanitario no puede salir del país si no paga la multa, y eso lo publicitamos en los boletos de aviones, les garantizo que las personas van a tener mucho más cuidado.
Seamos drásticos. Eso no va contra el turismo. Si no respetamos, va contra el trabajo, contra el rendimiento del agricultor, contra nuestro patrimonio fitosanitario y, en definitiva, contra lo que el país quiere ser: una potencia alimenticia, sana, respetada en el mundo, porque realmente tiene instituciones que se preocupan de dicho patrimonio.
Sostengo que el SAG debe ser objeto de una profunda reestructuración y solamente dedicarse a nuestro patrimonio fitosanitario. Creo que es la función a la cual está destinado. El Indap y otras instituciones están encargadas de repartir abonos y demás elementos. Démosle más poder al SAG; dotémoslo de más funcionarios y mejores condiciones para cubrir todas las fronteras del país.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, sin duda, quienes representamos zonas agrícolas sólo podemos decir que estamos en el camino indicado, aunque tengamos diferencias. Estoy de acuerdo con lo que acaba de mencionar el diputado García , en el sentido de que gente foránea falta a las normas del país y después de dos días se manda a cambiar sin recibir sanción, lo que no calza con lo que debe ser. Por eso debemos legislar sobre la materia. Hay algo que los informantes podrán explicarnos. Seguramente alguna indicación en el Senado podrá arreglar esto.
En la aplicación de esta iniciativa hay que destacar el artículo 41, ya que el Servicio de Aduanas no estuvo presente en la tramitación del proyecto. Creo que debió ser invitado, porque personal de esa repartición cumple funciones en pasos fronterizos. Hay otras instituciones que contribuyen a la entrada de las personas y de las mercaderías al país. Pero imagino que cuando se habla de dicho artículo, hay que puntualizar que modificará la ley Nº 18.755 y el decreto ley Nº 3.557, que adolecen de muchas falencias en consideración a lo que somos en la actualidad.
Debido al crecimiento del sector, seguramente voy a ver al informante, don Ramón Barros, relatando un nuevo proyecto sobre la materia, porque estamos creciendo fuertemente en la agricultura.
Habrá otras modificaciones, porque cada día aparecen novedades en el sector. Cuando se eliminan salvaguardias nos preocupamos. Sin embargo, el sector tiene fuerza propia y logra salir adelante.
Nuestra situación geográfica, con hielos y nieves, que a veces impiden el paso de insectos y plagas que contaminen nuestra producción hortofrutícola, maderera, láctea, carnea, constituye una barrera natural. Eso nos hace libre de muchas plagas.
Entonces, nos presentamos con un certificado de calidad inigualable para que nuestras exportaciones sean recibidas con confianza como sucede con hoy tantos países.
No obstante esas extraordinarias barreras naturales, estamos expuestos a que esos elementos ingresen por otras vías; es decir, por medio de cargas, equipajes o por las personas que entran a nuestro territorio por aire, mar o tierra. A raíz de la llegada de más gente, de más turistas, los controles fitosanitarios deben ser más estrictos y rigurosos.
En ese sentido, las entidades fiscalizadoras realizan una buena función; pero queremos que sea extraordinaria. Se trata de cuidar esa riqueza respecto de la cual todavía nuestra ciudadanía no entiende lo que la Presidenta Bachelet pretende para el país: una potencia exportadora agroalimentaria.
No siendo lo más completo que quisiéramos, los proyectos apuntan a lo que queremos, y debemos preocuparnos.
El ingreso de plagas produce un tremendo daño a nuestra economía. Se mencionó recién respecto de la mosca de la fruta. No sólo nos impide exportar, sino que afecta la producción y el trabajo de miles de chilenos, entre comillas, temporeras y temporeros.
En la zona que represento, que es una región ganadera, que produce carne y productos lácteos, la detección de fiebre aftosa nos provocaría, como ocurrió hace décadas, un daño prácticamente irreparable. Se requieren años para estar libres de esa enfermedad; por ello, en este momento, nuestros productos son recibidos con más confianza que los de otros países de Sudamérica, cuyos animales deben ser vacunados.
Por lo anterior, y en el afán de proteger nuestras fronteras fitosanitarias, ninguna medida está de más.
No obstante esa afirmación, no estoy seguro de que la mejor vía sea establecer sanciones. Es preferible mejorar los mecanismos de revisión y fiscalización.
Se ha hablado muy bien del Servicio Agrícola y Ganadero, pero, insisto, el Servicio de Aduanas debe estar más preparado. Si alguien mintió en su declaración e ingresó un elemento dañino, no corresponde que el SAG determine medidas, porque es el Servicio de Aduanas el que tiene la declaración y, por lo tanto, el que debe aplicar la ley, aunque lo ideal habría sido detectarlo.
Por ello, no está de más que nuestras autoridades contraloras de fronteras realicen el máximo esfuerzo para mejorar los equipamientos técnicos.
Sé que en la Comisión de Agricultura se planteó la falta de equipamiento técnico y de personal. Por eso, a veces, cuando en nuestras oficinas recibimos a tantos profesionales del agro solicitando cupos o recomendaciones, y vemos cómo el Estado crece y nuestras exportaciones llegan a una suma interesante para el presupuesto de la nación: más del 60 por ciento, el sector agropecuario debe ceder un poquito para que esto no se transforme en lo que no queremos: el ingreso de plagas. Si bien en el país hay profesionales capacitados, el SAG debe crecer. Muchas veces criticamos a sus funcionarios, pero en realidad no cuentan con las herramientas que en la actualidad requiere el mercado del turismo.
Por lo expuesto, voy a apoyar estas iniciativas, aunque sé que en un tiempo más serán necesarias otras modificaciones, en virtud de que somos una zona agrícola respetado en el mundo entero.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Bauer.
El señor BAUER.-
Señor Presidente , sin duda, los artículos que hoy vamos a votar van en la dirección correcta, pues se otorgarán más herramientas al Servicio Agrícola y Ganadero para que cumpla fielmente con su misión.
La semana pasada este organismo cumplió 40 años de existencia, por lo que aprovecho la ocasión para saludar a quienes se desempeñan en ese servicio. Ellos han realizado una labor muy importante en el tema fito y zoosanitario. En reiteradas ocasiones hemos pedido que este servicio sea modernizado. Incluso, hace dos o tres años, aprobamos en esta Sala un proyecto de acuerdo mediante el cual se pedía la compra de equipos de rayos X para las aduanas de Los Libertadores y de Arica, cosa que no se ha hecho. Ésas son herramientas vitales para que el SAG pueda cumplir su misión como corresponde. Sería importante volver a estudiar ese tema.
En la Comisión Especial de Turismo, el servicio Agrícola y Ganadero nos dio cifras alarmantes, las que indican que se requisa diariamente, en promedio, una tonelada de artículos cuyo ingreso al país está prohibido, es decir, aproximadamente 350 toneladas al año. Esto demuestra lo bien que está trabajando el SAG, pero también que aún le faltan muchas herramientas.
Hace dos o tres años, al país le costó varios millones combatir y lograr sacar la mosca de la fruta de la Sexta Región. Insisto, se necesitan muchos recursos, con el fin de dotar al SAG de los equipos adecuados.
El diputado René Manuel García decía que había que prohibir la salida del país de la gente que infringe la ley. Estoy de acuerdo, pues, sobre todo en el norte, existe tanto contrabando hormiga, que se generará un verdadero círculo vicioso, pues el infractor entrará al país, luego saldrá y al final nunca pagará la multa. En ese sentido, sería conveniente hacer un registro de los infractores para saber si son reincidentes, porque de serlo, ameritan un mayor castigo.
Por otra parte, respecto de la inspección de equipajes a los agentes diplomáticos, la semana pasada tuvimos la oportunidad de estar con la embajadora afectada en la Sexta Región y ella afirma que la Convención de Viena la protege. Por consiguiente, sería importante que el ministro de Relaciones Exteriores dijera algo al respecto, porque lo que aconteció fue muy desagradable para ella, para el SAG y para el país. Según tengo entendido, la Convención de Viena está sobre nuestra legislación. Por eso, reitero, el ministro de Relaciones Exteriores se debe pronunciar sobre la materia.
Por último, estoy de acuerdo con la aplicación de multas, pues van en la dirección correcta. La gente debe estar consciente de lo que significa para el país ingresar productos prohibidos, pues, muchas veces, para demostrar la “choreza”, traen en el bolsillo un queso -un amigo mío se trajo un bistec-, porque quieren llevarle la contra al sistema. Si las personas se dan cuenta de que este tema es serio para el país, vamos a tener muy buenos resultados.
Por lo anteriormente señalado, vamos a votar a favor.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, primero voy reiterar muchas de las propuestas que hemos hecho en este hemiciclo cuando se han analizado los tratados internacionales y el proceso de globalización. Debemos estar conscientes de la implementación del SAG y de los recursos del Ministerio de Agricultura: 1,2 por ciento del presupuesto nacional. ¿Con esos recursos se quiere ser potencia agroalimentaria? ¿Con esos recursos se quiere ser un país exportador? ¿Con esos recursos se quiere ser un país que presenta productos al mundo y que cuenta con los resguardos necesarios? Como Comisión de Agricultura, enviamos un oficio a la Comisión de Relaciones Exteriores, encargada de analizar los tratados internacionales, en el que manifestamos la necesidad de suplementar el presupuesto del Ministerio de Agricultura y, a través de él, al Servicio Agrícola y Ganadero. Sin duda, este último está haciendo una tremenda labor, sin tener recursos adicionales ni una normativa que le permita ser más restrictivo con lo que ingresa al país.
Hay que tener presente las cifras que citó el diputado Bauer respecto del decomiso que se hace a diario y también las que mencionaron otros parlamentarios, relacionadas con el costo que significa hacer el control, por ejemplo, de la mosca de la fruta, complicación que año a año es más creciente, sobre todo en la Quinta y Sexta regiones, que son zonas exportadoras de fruta.
Lo importante de esta ley no es la aplicación de más o menos UTM, si son dos días más o menos, si revisamos o no el equipaje a ciertas embajadoras o si estamos de acuerdo con los tratados internacionales, sino la señal que damos al país de nuestra preocupación por el tema y que, como Cámara, también somos responsables de otorgar herramientas adecuadas para proteger el patrimonio fitozoosanitario, al igual que todos los chilenos. Una vez que éste se pierde, cuesta miles de millones de dólares recuperarlo.
Hemos estudiado este proyecto con rigurosidad, si bien, como dijo el diputado Jaramillo, sin la presencia de las autoridades de Aduanas, concurrió el ministro de Agricultura, el subsecretario de Relaciones Exteriores, los directivos del SAG y los representantes de los exportadores. Con ese abanico de invitados se enriqueció el proyecto.
Lo más importante es crear conciencia de que debemos cuidar este patrimonio. Entiendo que a nadie le gusten las multas, pero ¿de qué otra forma podemos asegurar este patrimonio si no es mediante el aumento del presupuesto del SAG para contar con distintas herramientas tecnológicas? La aplicación de multas -ese castigo- nos permitirá, entre otras cosas, manifestar que esas prácticas no le convienen a Chile y que se debe respetar nuestra legislación.
Por eso, a pesar de las discrepancias que en una primera oportunidad tuvimos con el Senado y con la Comisión Mixta, se quiso restablecer lo relativo a la multa y, de alguna manera, flexibilizar su pago otorgando hasta dos días para hacerlo, dentro del territorio nacional.
Por lo expuesto, invitamos a todos los colegas, a votar favorablemente los proyectos, pensando en la creación de conciencia respecto del resguardo de nuestro patrimonio fito y zoosanitario y, además, en cómo desde este hemiciclo muchas veces hemos dado señales políticas y de otra índole para que no se siga dificultando esto que tanto le ha costado al país.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos.
El señor LOBOS.-
Señor Presidente, en esta materia tenemos una responsabilidad muy grande.
Quiero referirme a dos ideas fundamentales de los proyectos que como Cámara, y principalmente como Comisión de Agricultura, debemos proteger.
La primera, “Chile, potencia agroalimentaria”, y la segunda y más importante, “somos una isla sanitaria”, pues tenemos cuatro fronteras que nos protegen, lo cual nos da un estatus y un patrimonio importantísimos de resguardar.
Ese patrimonio fito y zoosanitario nos permite acceder a mercados que están vedados a otros productores. También nos posibilita tener una agricultura orgánica; una producción premium, de gran valoración en otros mercados, y, ¿por qué no decirlo?, nos permite partir diferenciados de origen.
Hace poco nos tocó vivir una emergencia, un peligro, cuando la embajadora de Francia ingresó una manzana al país. ¡Qué simbólico introducir una manzana que puso a esta “copia feliz del Edén” -como dice nuestro Himno Nacional- en peligro de perder su condición fito y zoosanitaria! Por una manzana fueron expulsados Adán y Eva del Paraíso. Y también por una manzana Chile pudo haber perdido su condición fito y zoosanitaria.
Ese peligro es permanente. Por ello me siento orgulloso de los dos proyectos que hoy tratamos, porque nos permiten dar una potente señal, primero, de apoyo al SAG en su facultad fiscalizadora; segundo, de la preocupación de la Cámara por proteger el patrimonio de Chile, que es de todos nosotros. Y por último –lo que también tiene mucho valor-, de que ser diplomático no significa poder infringir las normas y las leyes del país receptor.
Por lo tanto, llamo a los colegas a votar favorablemente las iniciativas. Ojalá no se presenten indicaciones y en el Senado se introduzcan las modificaciones que se estimen pertinentes.
He dicho.
El señor MEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor Presidente, quienes me antecedieron en el uso de la palabra han sido bastante claros.
Valoro los proyectos y felicito a los diputados miembros de la Comisión que los estudió y los despachó a la Sala. Si hay alguna indicación, espero que hoy se trate en la Sala, a fin de despacharlo al Senado lo antes posible.
El capital que tiene Chile en su patrimonio fito y zoosanitario no es chacota, sino lo que posibilita que llegue al resto de los mercados internacionales con frutas y productos de alta calidad.
Sin duda, la competencia de nuestros países vecinos será cada día mayor y, por lo tanto, enfrentaremos una presión derivada tanto del turismo como de otras intencionalidades, lo que provocará que cada vez tengamos más problemas con el ingreso de productos que destruyen nuestro patrimonio.
Hoy, Copiapó -el año antepasado fue la Sexta Región- enfrenta un serio problema provocado por la mosca de la fruta, puesto que los primeros embarques de fruta deberán ser fumigados, lo que afectará la calidad de los productos, que no será la que el mercado requiere. De esa manera, se van perdiendo los espacios en los países que históricamente han comprado nuestros productos y la posibilidad de avanzar en otros mercados.
Valoro el trabajo de los miembros de la Comisión de Agricultura. Pido al Gobierno una actitud bastante más activa en esta materia, porque no existe ninguna razón para que no se entreguen recursos al SAG, pues hay suficientes.
Por tanto, solicito que se implementen a la brevedad todas las medidas correspondientes. Asimismo, que el proyecto se convierta en ley de la República lo antes posible, porque el país la necesita en forma urgente.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente, adhiero a las expresiones formuladas durante la discusión de los dos proyectos de ley sobre la materia.
Como miembro de la Comisión de Relaciones Exteriores he sido testigo del esfuerzo que nuestro país ha desplegado a fin de abrir mercados para nuestros productos agrícolas. Y eso ha sido posible porque Chile tiene una legislación muy estricta en materia de conservación del patrimonio fito y zoosanitario.
Hablamos de la posibilidad de introducir productos agrícolas en Japón, lo cual se logró con la firma del Tratado de Libre Comercio con dicha nación y con nuestra aprobación del proyecto respectivo. Eso se debe única y exclusivamente a que tenemos una legislación que permite asegurar a los consumidores del mundo entero la calidad de nuestros productos, sobre todo, su condición sanitaria. Y por eso se hace necesario reforzar la actuación del SAG.
Nuestro patrimonio fitosanitario es producto de una legislación, pero también del esfuerzo de miles agricultores, pequeños y fundamentalmente medianos, que se adscriben a las buenas prácticas agrícolas, lo cual les significa a esos esforzados campesinos y productores agrícolas incurrir en las inversiones necesarias para que ese patrimonio se mantenga.
No es posible que esto se ponga en riesgo por personas ajenas a nuestra nación o por nuestros propios connacionales que desean ingresar subrepticiamente productos que puedan afectar nuestro patrimonio fito y zoosanitario.
También me gustaría que aprobáramos la otra iniciativa, para los efectos de reforzar la acción del SAG tanto en recursos humanos como materiales. Se requiere la más alta tecnología aplicable en los puestos fronterizos de mayor circulación -donde existe contrabando hormiga, donde hay paso frecuente de personas de países vecinos, a fin de fiscalizar efectivamente el cumplimiento de las exigencias de nuestro país.
Por último, también se requiere una permanente campaña de difusión y concientización de la labor que realiza el SAG respecto de la conservación de nuestro patrimonio fito y zoosanitario. Hay que dotarlo de recursos para que difunda las restricciones y las sanciones a las que pueden ser sometidas las personas que ingresen al país productos de origen vegetal o animal.
Estaré permanentemente disponible para rigidizar y hacer más drásticas las sanciones aplicables a quienes infrinjan las normativas legales vigentes que permiten conservar este patrimonio que ha facilitado la apertura de nuestros productos agrícolas a los mercados de alta sofisticación y a las poblaciones de consumo de altos ingresos extranjeros, lo que deseamos mantener en el tiempo con los resguardos correspondientes.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado don Ramón Barros.
El señor BARROS.-
Señor Presidente , quiero agradecer a todos los colegas la disposición que han tenido frente a las iniciativas en discusión, lo que espero se traduzca en votos afirmativos para los dos proyectos.
Quiero centrar mi intervención en poner nuevamente sobre la mesa el tema de Chile como potencia agroalimentaria, lo cual va a ser posible sólo en la medida en que los chilenos y las autoridades tomen conciencia de la importancia la prevención en la internación y la diseminación de enfermedades y plagas de animales y vegetales, con el fin de evitar el ingreso de productos con potencial riesgo fito y zoosanitario.
Otro tema importante es el llamado a la conciencia de todos aquellos que están vinculados al mundo del agro, ya que todas las nuevas plagas y enfermedades son producidas por la irresponsabilidad de quienes ingresan al país especies consideradas riesgosas. Así, la ceratitis capitata o mosca del mediterráneo, la cydia pomonella, la cydia molesta, y un montón de otras plagas, han sido responsabilidad de todos los chilenos, por no tener conciencia de que lo que nos jugamos es todo nuestro sistema agroexportador.
Por otra parte, existe preocupación por al Servicio Agrícola y Ganadero, las obligaciones y nuevas tareas que se le encomiendan sin asignarle recursos adicionales ni mayor dotación de personal, lo cual espero que se tome en cuenta en la discusión parlamentaria del Presupuesto para el año 2008.
Aquí quiero hacer un llamado al Senado. Esto ya debería ser ley de la República. No obstante, pienso que allí hubo una miopía absoluta respecto de esta materia. No se trata de atenuar las cosas para quedar bien con medio mundo, sino de proteger nuestro patrimonio, y creo que en eso el Senado falló ostensiblemente.
Por ello, hemos repuesto el proyecto. Quiero agradecer a los miembros de la Comisión de Agricultura la celeridad con que se discutió esta materia, y a la Mesa, por su diligencia para ponerla en Tabla.
Por último, es obvio -como decía el diputado Jaramillo - que van a venir nuevas cosas. Incluso, conversé con el diputado Jorge Tarud sobre la introducción de especies y las revisiones diplomáticas, quien me señaló que debemos ser cautos en nuestros planteamientos, debido a que existen convenios que debemos respetar; no obstante, tenemos que ser firmes con aquellos que pretenden pasar por sobre nuestra normativa legal. Al respecto, la Comisión de Agricultura mandó una nota a la Cancillería sobre lo ocurrido con la embajadora de Francia. No es posible que una autoridad, con tanta irresponsabilidad, pretenda pasar pasos fronterizos violando nuestras normas.
Por último, creo que también debemos establecer mecanismos de información. A cada persona que ingrese al país, a través de cualquier sistema de transporte, se le debe entregar una cartilla de advertencia sobre la gravedad de falsear información en una declaración jurada y las sanciones a las cuales se expone si lo hace; asimismo, debemos sensibilizar a todos quienes viajan sobre el cuidado de nuestro patrimonio, porque así como Chile es una verdadera isla donde a veces cuesta que entren especies, una vez que ingresan productos contaminados –aún siendo cuidadosos- es muy difícil erradicar las plagas.
Espero que estas iniciativas se aprueben. Asimismo, pido al Senado que, esta vez, se saque las anteojeras y dé curso a los proyectos elaborados por esta Cámara.
He dicho.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, los proyectos nos ponen nuevamente en una disyuntiva. Es correcto el planteamiento hecho por los autores de las mociones, en términos de aumentar las sanciones y permitir que personal del Servicio Agrícola y Ganadero revise el equipaje de quienes sospeche que están transgrediendo la ley. No obstante, pienso que para preservar nuestra integridad fitozoosanitaria, el énfasis no debe ponerse en lo punitivo, en el aumento de las multas o los controles, sino que en una adecuada educación, en la prevención, porque lo que se quiere es evitar el ingreso de productos que pueden estar contaminados con la mosca de la fruta y la fiebre aftosa. Desde hace dos meses, los campos de mi región están sufriendo la plaga de la mosca de la fruta, ocasionada por la irresponsabilidad de un individuo chileno que ingresó al país fruta contaminada, lo que ha significado una importante demanda de recursos. Tal situación fue provocada por una persona que no tenía conciencia cultural sobre la importancia del cuidado de nuestro patrimonio fitozoosanitario.
Por eso, es importante recalcar la necesidad urgente de legislar para mejorar la calidad de la educación a fin de que, en el futuro, nuestros niños, jóvenes y adultos entiendan la importancia del tema y tomen medidas preventivas. Es más lógico que un niño le diga al papá que no se pueden ingresar ciertos productos a Chile, o que una persona le advierta a otra sobre el peligro que acarrearía el ingreso de productos que podrían estar contaminados, a que un inspector del Servicio Agrícola y Ganadero descubra a alguien transgrediendo la ley, con el riesgo de producir un evidente perjuicio. La educación es básica para evitar que se produzcan situaciones de tal naturaleza.
Por eso, es importante que el director del Servicio Agrícola y Ganadero y las autoridades del Ministerio de Agricultura inicien una campaña de educación en los aeropuertos y pasos fronterizos para prevenir el ingreso de productos considerados de riesgo para el cuidado de nuestro patrimonio fitozoosanitario, obviamente, en un lenguaje que sea fácil de entender, tanto por los chilenos como por los extranjeros, donde también se les señalen las multas a que se pueden ver expuestos en caso de ser sorprendidos introduciendo al territorio determinados productos considerados por el SAG como peligrosos o inconvenientes.
Por ello, insisto, la única manera de solucionar estos problemas es abocarnos a educar a nuestros jóvenes, adultos y niños desde un punto de vista sanitario, en salud, en educación cívica, etcétera. Debemos cuidar y preservar nuestro patrimonio fitozoosanitario a través de medidas preventivas. La educación es el motor del desarrollo y no las sanciones que se pueden aplicar en virtud de una disposición legal.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Quedan 15 minutos para que termine el Orden del Día. Por tanto, solicito el asentimiento de la Sala a fin de que puedan hacer uso de la palabra los dos señores diputados que aún no lo han hecho.
¿Habría acuerdo para proceder en esa forma?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado don Marco Antonio Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , con posterioridad al 11 de septiembre de 2001, el mundo cambió su criterio sobre seguridad, debido al terrorismo, que genera un desequilibrio no sólo en la relación libertad de tránsito-seguridad de los países, sino que también en la realidad del tráfico de drogas y el contrabando. Nuestro país es uno de los pocos que puede exhibir un patrimonio fitosanitario como el existente.
En la Comisión de Agricultura debatimos en detalle la necesidad de entregar atribuciones, tecnología y mayor disponibilidad de personal al Servicio Agrícola y Ganadero, necesarios para fortalecer los controles fronterizos, y así estar libres no sólo de la mosca de la fruta -como lo dijo el colega Robles-, sino que de todas las plagas e infecciones que pueden afectar nuestro patrimonio fitosanitario.
Hay que decir con todas sus letras que me parece inaceptable la actitud de la embajadora de Francia de no someterse a una revisión, después de que perros entrenados detectaron algún riesgo. Estuvimos a punto de enviar una nota al Congreso de la Unión Europea, dando a conocer la situación; pero espero que el llamado de atención en este hemiciclo sirva para que todo el cuerpo de embajadores y cónsules acreditados en nuestro país respeten, en el contexto de la protección fitosanitaria, las atribuciones del Servicio Agrícola y Ganadero y de las policías para hacer cumplir la ley.
Para terminar, quiero decir que vamos a estar muy atentos en la discusión del Presupuesto para 2008, que muy pronto comenzará en el Congreso Nacional, para que se asigne al Servicio Agrícola y Ganadero un presupuesto que le permita contar con el personal y la tecnología necesarios para hacer realidad este proyecto de ley, en cuanto a proteger en forma permanente la envidiable situación internacional en que se encuentra nuestro patrimonio fito y zoosanitario.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado Jorge Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , sólo para apoyar estas iniciativas, felicitar a sus autores y hacer resaltar la necesidad de aumentar el presupuesto del Servicio Agrícola y Ganadero.
En los años 70, nuestro país tenía un patrimonio forestal de cerca de 300 mil hectáreas. Gracias el decreto ley Nº 701, que fue muy exitoso, hoy tenemos cerca de 2 millones de hectáreas de bosques de pinos y eucaliptos. Sin embargo, ese enorme patrimonio está en peligro porque han llegado plagas que lo están afectando, como ocurre con la polilla del brote, que se come el brote de los árboles nuevos, de hasta cinco años, poniendo en riesgo todas las plantaciones, incluso, las antiguas.
De ahí que, si en 1970 el patrimonio era de 300 mil hectáreas de bosques, resulta evidente que hoy, con 2 millones de hectáreas, el Servicio Agrícola y Ganadero necesite más recursos y facultades para controlar las plagas que podrían ingresar a nuestro territorio.
Felicito a los autores de los proyectos de ley porque van en la línea correcta, dado que hoy, gracias a la acción del Gobierno, ha sido posible llevar, incluso, alcantarillado y tratamiento de aguas servidas a los sectores rurales. Por eso, el SAG no se puede quedar atrás.
Los proyectos están en sintonía con lo que está haciendo Estados Unidos, que exige código de barras para todos los alimentos y productos que ingresan a ese país, a fin de proteger su patrimonio fitozoosanitario.
Creo que los proyectos modernizan al SAG, pero ello debe ir de la mano con un aumento de su presupuesto que, en su momento, discutiremos en el Congreso Nacional, durante la tramitación del proyecto de ley de Presupuestos para 2008.
Junto con su modernización, quiero pedirles a las autoridades del SAG que no rigidicen tanto los trámites relacionados con el uso de suelo para construir viviendas y poblaciones en los sectores rurales. En la actualidad, son tantos los trámites que deben hacer los comités de vivienda que, prácticamente, impiden que se puedan construir condominios y poblaciones en los sectores rurales. A pesar de tener una gran cantidad de terreno disponible, resulta irracional exigirles a las familias tantos requisitos para el cambio de uso de suelo.
Para terminar, llamo a los honorables colegas a apoyar estos proyectos, porque creo que van en la línea correcta de modernizar a nuestro país en la protección de su patrimonio fitozoosanitario.
He dicho.
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, cuestión de Reglamento.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , con todo el respeto que me merece la comisión técnica que estudió estos proyectos, me atrevo a plantear la posibilidad de que, por tratarse de iniciativas que contienen materias que tienen que ver con nuestras relaciones internacionales, también sea conocida por la Comisión de Relaciones Exteriores.
A pesar de que, de alguna manera, se está tocando una convención internacional, no fueron escuchados representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Bien, señor diputado; lo vamos a consultar a la Sala.
Tiene la palabra el diputado señor Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente , los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores fueron escuchados durante la discusión del proyecto. Estaban incluidos entre las personas invitadas a la Comisión de Agricultura.
Por lo tanto, no me parece procedente que vaya a la Comisión de Relaciones Exteriores, y lo más aconsejable es votarlo de inmediato.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , he escuchado distintas intervenciones en las cuales se ha valorado lo que hace el SAG, se ha hecho ver su importancia y se ha pedido más presupuesto para este servicio, cuestiones que comparto. Respeto lo que dicen quienes conocen nuestra realidad agrícola.
Pero, quiero llamar la atención sobre una plaga que está afectando a las ciudades, respecto de lo cual el SAG no ha asumido una responsabilidad consistente. Me refiero a las termitas, que están por todos lados en las regiones Metropolitana y Quinta.
Entonces, quiero pedir que, junto con todas las alabanzas expresadas, se precise la responsabilidad del SAG en relación con la plaga de las termitas y se establezcan normas sobre el tratamiento de la madera a futuro, porque no puede ser que la que se está utilizando en la construcción en las regiones Metropolitana y Quinta no esté tomando en cuenta que nuestras ciudades están invadidas por esta plaga.
Hay que comenzar, de una vez por todas, una línea de trabajo en esa dirección. Quiero decirles a los integrantes de la Comisión de Agricultura que, si bien éste es un problema que afecta a las ciudades, también deben asumirlo porque es tremendamente grave.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Cerrado el debate.
Respecto de la consulta del diputado señor Burgos, se requiere acuerdo unánime de la Sala para enviar el proyecto a la Comisión de Relaciones Exteriores.
¿Habría acuerdo unánime en tal sentido?
Varios señores DIPUTADOS.-
No.
El señor WALKER ( Presidente ).-
No hay acuerdo.
El señor BURGOS.-
Está bien que no exista unanimidad, pero el informe no dice que haya sido escuchado algún representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El señor JARPA.-
Señor Presidente , adhiero a los señalado por el diputado señor Burgos.
El señor WALKER ( Presidente ).-
En votación general el proyecto que modifica la ley Nº 18.755, sobre el Servicio Agrícola y Ganadero, para establecer la obligación que se indica.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 5 abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor WALKER ( Presidente ).-
Por no haber sido objeto de indicación, también queda aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
En votación general el proyecto que modifica el decreto ley Nº 3.557, de 1981, que establece disposiciones para la protección agrícola, con el objeto de corregir la falsedad en la información declarada.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos; por la negativa, 5 votos. Hubo 1 abstención.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
El señor WALKER ( Presidente ).-
Por no haber sido objeto de indicación, también queda aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
SANCIÓN POR CONTAMINACIÓN AMBIENTAL EN REGIONES DEL MAULE Y BIOBÍO. (VOTACIÓN).
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar por última vez el proyecto de acuerdo Nº 383.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
ESTABLECIMIENTO DE BONO COMPENSATORIO POR ALZA DEL PAN Y DE LA LECHE. ACUERDOS DE COMITÉS.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo, que será tratado sobre tabla por acuerdo de los Comités.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 430, de la señora Pascal, doña Denise, y de los señores Quintana, Pérez, Díaz, don Marcelo; León, Rossi, Bertolino, Verdugo y Ulloa, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República , por intermedio del ministro de Hacienda , el establecimiento de un bono compensatorio, de carácter extraordinario y temporal, que beneficie a los sectores de más escasos recursos, a fin de compensar el alza en el precio del pan y de la leche, considerados bienes de consumo básico para la mayoría de los hogares chilenos”.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).-
Señor Presidente , quiero expresar mi inquietud por el fuerte incremento que ha experimentado el precio del pan y de la leche durante los últimos meses, lo que afecta directamente a la gente de menos recursos.
Hoy, el pan tiene un costo de 800 y tantos pesos por kilo y, según lo planteado por sus productores, a fin de mes llegará a 1.000 pesos. Similar situación sucede con la leche.
Desde enero a la fecha, la canasta básica de los sectores más modestos ha subido en 6.500 pesos debido a las alzas de esos productos fundamentales para su alimentación.
Por eso, solicito al Gobierno mayor preocupación por el alza del costo del pan y de la leche, que estudie el tema y establezca subsidios, como se hace con la parafina y otros productos.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Pedro Pablo Álvarez-Salamanca.
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA.-
Señor Presidente, voy a apoyar este proyecto de acuerdo debido a que los niveles de pobreza siguen creciendo.
¡Que la gente no tenga plata ni para comprar pan, es una situación muy increíble, con los 17 mil millones de dólares de ahorro que tiene el país!
De manera que es una buena medida entregar subsidios a esas personas para paliar su falta de trabajo y de recursos para comprar pan.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para impugnar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente , si bien concuerdo con la preocupación de los diputados autores del proyecto de acuerdo por el aumento del costo de ciertas materias primas que influyen en el precio de la canasta familiar, creo que la solución razonable no es una política de fijación de precios y subsidios.
La solución es bajar algunos impuestos que afectan tremendamente el bolsillo de la gente. Por ejemplo, el impuesto a los combustibles corresponde al 50 por ciento del precio que paga el público. Si el litro de bencina vale 650 pesos, alrededor de 350 pesos son impuestos.
Si el Gobierno decidiera bajar el impuesto específico, aunque sea temporalmente, mientras dura la emergencia de alzas de precio de la leche, de la harina, del pan, se ayudaría en forma rápida y efectiva a todas las familias chilenas.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación el proyecto de acuerdo.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
PRIVACIÓN DE BENEFICIO TRIBUTARIO A EMPRESAS SANCIONADAS POR VULNERAR NORMAS DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 384, de los señores Accorsi, Montes, Chahuán; señora Soto, doña Laura; Girardi, Núñez, Duarte, Forni, Barros y Pérez, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a la Presidenta de la República que se sirva disponer el estudio y posterior remisión de un proyecto de ley que prive o restrinja las franquicias y beneficios tributarios, así como los subsidios entregados por el Estado, a aquellos grandes agentes económicos empresariales, en caso de que estos no den cumplimiento de forma reiterada a la normativa legal o reglamentaria en materia ambiental, vulnerando las restricciones a la emisión de contaminantes en casos de alerta, preemergencia o emergencia ambiental.”
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.-
Señor Presidente , el proyecto de acuerdo es patrocinado por diputados de las diferentes bancadas y tiene por finalidad solicitar a la Presidenta de la República que envíe un proyecto para restringir las franquicias, beneficios tributarios y los subsidios que entrega el Estado a aquellas empresas que no respetan las normas medio ambientales.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Para impugnarlo, tiene la palabra el diputado Patricio Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente , el proyecto de acuerdo busca sancionar a las empresas que no respeten o vulneren las restricciones a la emisión de contaminantes, por la vía de restarles franquicias o beneficios tributarios. Pero deja afuera, en primer lugar, a los entes del Estado, que son grandes contaminadores.
¿Quién sanciona a Codelco por verter los desechos del cobre en los ríos? ¿Quién sanciona a los hospitales por quemar residuos y, a través de sus chimeneas, contaminar a la Región Metropolitana? ¿Quién sanciona al sistema Transantiago, que también la está contaminando?
El dedo acusador siempre cae en aquellos que, de acuerdo a una normativa, son los sancionados por el servicio correspondiente de Salud. Pero ahora se les quiere imponer una carga mayor.
Creo que se rompen los equilibrios que establece la ley marco del medio ambiente y los numerosos decretos que se han dictado, y se impide, justamente, superar los problemas que están generando contaminación.
El proyecto de acuerdo es inequitativo, restringe los medios propios del Estado para desarrollar las políticas medioambientales y deja afuera a las empresas públicas, -incluso ministerios-, que, a todas luces, son las grandes contaminadoras, como se ha denunciado en reiteradas oportunidades. Por eso, sólo es una buena intención, pero muy mal enfocada.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra par impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación el proyecto de acuerdo.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 11 votos. No hubo abstenciones.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
No ha habido quórum. Se va a repetir la votación.
Recuerdo a los señores diputados que es preceptivo que ejerzan su derecho a voto.
En votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 10 votos. No hubo abstenciones.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
De nuevo no ha habido quórum.
Se va a llamar a los señores diputados por 5 minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En votación el proyecto de acuerdo Nº 384.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
La votación del proyecto de acuerdo queda pendiente para la próxima sesión ordinaria.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/
VII. INCIDENTES
ANTECEDENTES SOBRE FUSIÓN DE LOS BANCOS DE CHILE Y CITIBANK. OFICIOS.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de la Democracia Cristiana.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.-
Señor Presidente , desde hace más de una semana se viene informando profusamente sobre la fusión del Banco de Chile y del Citibank. En esta ocasión no es mi interés pronunciarme sobre las virtudes o defectos que tal decisión comercial pueda tener, sino que, en el fiel cumplimiento del mandato popular que transitoriamente poseo, sólo deseo formular una serie de preguntas a los organismos pertinentes. Antes, debo aclarar que éste no es un tema entre privados, como pudiera presumirse, pues uno de los bancos fusionados tiene la más alta deuda subordinada con todos los chilenos.
En primer lugar, pido que se oficie al presidente del Banco Central , para que me informe sobre los efectos que dicha fusión podría tener sobre la cuantía de la deuda subordinada que el Banco de Chile tiene con el fisco; quién será el futuro deudor del Banco Central, esto es, si lo será el deudor original o la entidad que nace de la fusión; cuál es el valor actual de la deuda y a qué porcentaje equivale tal deuda respecto del capital del Banco de Chile y del banco que nacerá producto de la fusión; la fecha del vencimiento de las cuotas faltantes, y si a juicio del Banco Central esta fusión es neutral, beneficiosa o perjudicial para su posición de acreedor, en representación de todos los chilenos.
Según entiendo, el banco deudor -el Banco de Chile-, puede optar por pagar las cuotas de la deuda subordinada en dineros o en acciones del banco deudor. Para este último evento, quiero saber con qué acciones pagará el banco deudor. ¿Con las del banco original o con las del banco que resulte de la fusión?
Asimismo, pido que nos informe sobre todos los antecedentes que, por un mínimo de transparencia, deberían ser conocidos públicamente.
Por último, quiero saber si esta fusión ya fue informada al Banco Central como un hecho esencial y, de haber sido así, la forma en que fue informado.
En segundo lugar, pido que se oficie al superintendente de Bancos e Instituciones Financieras y al presidente del Banco Central , a fin de que nos den a conocer su opinión sobre los efectos que la fusión tendrá en la concentración del capital y en la oferta de créditos de la banca, y a la superintendenta de AFP, para que nos informe qué medidas ha tomado con ocasión de esta fusión entre el Banco de Chile y Citibank que incluye a la AFP Hábitat.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
FACILIDADES PARA SUFRAGAR A PERSONAS RESIDENTES A MÁS DE 200 KILÓMETROS DEL LUGAR DE VOTACIÓN. OFICIO.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, de acuerdo con la normas sobre votaciones populares y escrutinios, las personas que se encuentran a 200 kilómetros de distancia del lugar en que se inscribieron están eximidas de emitir el sufragio correspondiente y, por tanto, no se les aplica la multa establecida para quienes no cumplan con dicha obligación.
Me gustaría conocer las razones históricas que se tuvieron presentes para establecer que las personas en esa situación no emitan su sufragio, pudiendo, a lo mejor, hacerlo de manera voluntaria. Quiero saber cuáles son los impedimentos legales para esos efectos.
Hoy existe una tendencia mundial en orden a que la mayor cantidad de ciudadanos tenga acceso al sufragio. Así, hoy votan los analfabetos, los discapacitados, los ciegos, los sordos y los mudos. Incluso, también estamos luchando para que tengan derecho a voto los chilenos residentes en el extranjero.
Por lo expuesto, pido que se oficie al director del Servicio Electoral , a fin de que disponga las medidas necesarias para implementar un sistema que permita sufragar a las personas que se encuentran a más de 200 kilómetros del lugar en que se inscribieron. De ser posible, que informe qué sistema podría aplicarse para esos efectos. Dado que las personas están obligadas a comunicar a la autoridad pertinente cuando están en dicha situación, podría existir un registro en el lugar en que se encuentran, de modo que puedan sufragar.
Asimismo, pido que me informe sobre los porcentajes de personas eximidas de votar en las últimas elecciones, de acuerdo con los registros del Servicio Electoral, por haberse encontrado en la situación planteada.
Anuncio que presentaremos un proyecto de acuerdo para solicitar que se implemente un sistema que permita a esas personas votar como todos los ciudadanos.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo indican.
TRASPASO DE DEPENDENCIAS DE HOSPITAL MILITAR AL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD. OFICIOS.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Duarte.
El señor DUARTE.-
Señor Presidente , quiero sumarme a la iniciativa impulsada por la presidenta de la Democracia Cristiana , senadora Soledad Alvear , quien, en compañía del diputado vicepresidente de nuestra colectividad, Jorge Burgos , ha solicitado este martes al Gobierno que el antiguo Hospital Militar pase al sistema público de salud, con el fin de enfrentar el déficit de camas que existe en la Región Metropolitana.
Comparto la opinión de que es esencial y urgente desarrollar y fortalecer el sistema hospitalario de la ciudad de Santiago y, por tanto, resulta incomprensible que el inmueble que quedará disponible, ubicado en Holanda con Providencia, se demuela o venda con fines inmobiliarios.
Por ello, pedimos su traspaso al Ministerio de Salud, para mantener su funcionamiento e implementar allí un hospital público. Esa infraestructura permitirá la atención de los habitantes de nuestra región, dada la alta demanda que se produce en invierno debido al aumento de enfermedades respiratorias, y permitirá, además, impulsar un centro de especialidades, tan necesario para la Región Metropolitana.
Por eso, compartimos plenamente la opinión sustentada por la senadora Alvear.
En virtud de lo expuesto, pido oficiar a la Presidenta de la República , señora Michelle Bachelet , a fin de solicitar que tome las medidas necesarias para detener el proceso de venta del edificio del hospital Militar y permitir la continuidad de su funcionamiento al servicio de la comunidad nacional mediante su incorporación al sistema público de salud.
Asimismo, pido oficiar al ministro de Hacienda, al director de Presupuestos y a la ministra de Salud, para que los recursos financieros necesarios para eso se incluyan en el proyecto de ley de Presupuestos de la Nación para 2008.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
PRECISIONES SOBRE TRAZADO DE CAMINO EN SECTOR DE CONDOMINIO VALLE DE CÓNDORES, DE SAN BERNARDO. OFICIO.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías .
El señor FARÍAS.-
Señor Presidente , es mi deber como diputado defender y representar a cientos de familias de San Bernardo, una de las comunas de mi distrito, que pensaban en el sueño de la casa propia, anhelo que de un momento a otro se volvió una pesadilla debido a lo cual hoy viven en la más completa incertidumbre.
Ellos se encuentran en el proceso de adquisición de sus casas, mediante la modalidad de compra en verde, ubicadas en el condominio Valle de Cóndores, edificadas y comercializadas por la Constructora e Inmobiliaria Pérez Yoma S.A. Sin embargo, según el plano regulador metropolitano y comunal vigente, en el terreno donde se levantan esas viviendas se contempla la construcción de la futura carretera internacional M13S. Por lo tanto, esas viviendas se encontrarían emplazadas en dicho lugar y, más grave aún, sin la prevención del director de obras municipales.
Por eso, luego de varias gestiones ante el municipio de San Bernardo, el seremi de Vivienda y Urbanismo, la Contraloría General de la República y el Sernac, junto a los afectados solicitamos la aclaración de una serie de antecedentes en relación con esta materia para que no exista duda alguna en cuanto a si la vía M13S pasará sobre los terrenos contemplados en el condominio y no por un costado, como argumenta la empresa, pues de ser así se hace necesario buscar soluciones que no comprometan el patrimonio y los sueños de esos vecinos.
Señor Presidente , digo que no exista duda alguna, pues, lamentablemente, de la documentación con la que cuento y de las conversaciones con el seremi Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, no puedo inferir más que severas contradicciones. El seremi, por oficio Nº 2223, de fecha 21 de junio de 2007, dirigido a la alcaldesa de San Bernardo , ratificó una interpretación realizada por oficio ordinario Nº 2435, de fecha 21 de octubre de 1996, del seremi, y por oficio ordinario Nº 1732, de fecha 24 de abril de 2000, de Vialidad, que en lo medular significaría establecer que el trazado de la ruta M13S es curvo y no recto, como señala el Plano Regulador Comunal y Metropolitano.
Aquí nace mi incertidumbre, pues la secretaría regional ministerial, en su interpretación, que ratifica en función de lo dispuesto en el artículo 4º de la ley general de Urbanismo y Construcciones, establece que no se habría dado íntegro cumplimiento a dicha normativa, pues nunca se publicó o informó sobre tal situación.
A mayor abundamiento, en 2004, cuando se discutía el plano regulador comunal de San Bernardo, la Seremi lo observó, por cuanto la ruta M13S se presentaba con un trazado curvo, en circunstancias de que el Plano Regulador Metropolitano lo contemplaba recto. En consecuencia, previa modificación del Plano Regulador Comunal, la Seremi promulgó dicho instrumento de planificación en mayo de 2006, publicado en el Diario Oficial con fecha 13 de junio de 2006.
Sobre el particular, me pregunto si la Seremi, al promulgar ese plano comunal, coincidente con el regional, ¿no ratificó el trazado recto?
Otro aspecto que plantea una duda a lo menos razonable dice relación con que, a requerimiento del director de obras de San Bernardo , el seremi de Vivienda y Urbanismo, por oficio de febrero pasado, informó al municipio que para cualquier cambio en el plano regulador y, en particular, del trazado de la ruta M13S, en primer término se debe contar con el patrocinio del concejo municipal y una serie de antecedentes. Por ello, el concejo de San Bernardo, en sesión ordinaria Nº 78, de fecha 2 de mayo del presente, aprobó el patrocinio del cambio del plano regulador en lo que respecta al trazado de la ruta ya referida.
Señor Presidente , si el trazado ya se interpretó como curvo en 1996 y 2000, ¿por qué, en 2004, la secretaría regional ministerial lo observó, para luego, en 2006, promulgar el Plano Regulador Comunal con un trazado recto de la ruta M13S, y ratificar esa misma situación a comienzos del 2007? ¿Por qué el concejo sesionó a fin de aprobar el patrocinio del cambio del plan regulador en lo que respecta a dicho trazado?
Deseamos obtener una respuesta clara a esas preguntas.
Comentario aparte amerita el hecho de que en su oficio de junio del presente, el seremi Metropolitano de Vivienda y Urbanismo ratificara, en razón de lo establecido en el artículo 4º de la ley general de Urbanismo y Construcciones, los oficios de 1996 y 2000, en circunstancias de que ninguno de ellos emanó del seremi de Vivienda de la época, único funcionario publico habilitado para interpretar los instrumentos de planificación territorial. Por lo tanto, en su oportunidad pediré que el Contralor General de la República se pronuncie sobre ese aspecto.
Por último, con el ánimo de propender al pronto esclarecimiento de la verdad administrativa y legal respecto de esta materia, pido oficiar a la ministra de Vivienda y Urbanismo para que, dado que el seremi no dio respuesta cabal al oficio Nº 4301 de esta Cámara, tenga a bien informar en forma clara si el Plano Regulador Metropolitano vigente contempla un trazado recto para la ruta M13S.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
TARDANZA Y FALTA DE PRECISIÓN EN RESPUESTA A OFICIOS DE FISCALIZACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. OFICIOS.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.-
Señor Presidente , uno de nuestros deberes como diputados dice relación con la fiscalización.
En ese sentido, deseo manifestar que, lamentablemente, nuestro poder fiscalizador es cada día menor. Al respecto, hemos reclamado en forma insistente debido a la demora increíble en la respuesta a los oficios que remite esta Corporación a diferentes ministerios y al hecho de que, no obstante formularse preguntas en forma clara, no se responden de manera adecuada.
Esa situación lesiona la función fiscalizadora de la Cámara de Diputados.
Por eso, una vez más pido oficiar a la Presidenta de la República para que instruya a sus ministros con el objeto de que entreguen pronta y cabal respuesta a los oficios que envía la Cámara, y se dé prioridad a los remitidos por comisiones investigadoras, cosa que en la actualidad no sucede.
Señor Presidente , pido que también se oficie sobre esta misma materia al ministro del Interior, para que ambas autoridades hagan ver a los otros ministros la necesidad que tenemos, como parlamentarios, de contar con estos instrumentos de la manera -como señala la ley- y en el tiempo adecuado, porque, una vez más, reitero mi malestar con los funcionarios de Gobierno, especialmente a nivel de ministerios, por la tardanza y forma de contestar los oficios de esta Cámara.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se les adjuntará el texto de su intervención, con la adhesión de los honorables diputados que están levantando su mano, de los cuales la Mesa está tomando debida nota.
Restan todavía dos minutos y veintiséis segundos al Comité del Partido por la Democracia, los cuales se agregarán al tiempo del Comité del Partido Radical Social Demócrata.
FELICITACIONES A LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES POR LA CAPTURA DE CONDENADO PRÓFUGO; INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL RED DE PROTECCIÓN Y TÉRMINO DE PRIVILEGIOS CARCELARIOS. OFICIOS.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra la honorable diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente, me parece muy importante señalar al país que hoy ha sido detenido el ex general Iturriaga Neumann .
Sabemos muy bien quién era. Me refiero al ex jefe del departamento exterior; ex jefe de la brigada Purén , de la la Dina, conocido como “ don Elías” ; asesino, imputado, procesado y que debió haber cumplido su condición de tal y que, sin embargo, estaba prófugo desde el 11 de junio del presente año, al no presentarse al penal “Cordillera”, de la comuna de Peñalolén, para cumplir una condena de cinco años como autor del secuestro y desaparición del militante del MIR, Dagoberto San Martín Vergara .
En realidad, fue condenado a diez años por el juez Solís, pero la Corte Suprema los rebajó a cinco.
Ésta es la primera condena que se conocía. Sin embargo, sabemos que está procesado como coautor nada menos que del horroroso asesinato del general (r) Carlos Prats y de su esposa Sofía Cuthbert .
Además, está procesado también en otra causa, en manos del ministro Chaignau, por la desaparición y secuestro calificado de Víctor Olea y de Mario Carrasco.
Es importante para el país, para el estado de derecho, para el principio de igualdad poder decir con satisfacción que hoy, por fin, se ha logrado la detención de Iturriaga Neumann. En ese sentido, espero que la Mesa de esta Cámara envíe felicitaciones a la Policía de Investigaciones que, a través de indagaciones, ubicó su paradero. Costaba imaginarse que pudiéramos aceptar que pasaran más de cincuenta y cinco días prófugo sin cumplir su pena, lo que corresponde a cualquier otro procesado.
Pero ése no sólo es un asunto relacionado con el funcionamiento de nuestro estado de derecho y si todos somos iguales ante la ley. Me hago cargo de una moción propuesta por algunos diputados –a la que, desde luego, adhiero- en el sentido de garantizar un régimen igualitario para los imputados y reclusos respecto del cumplimiento de la prisión preventiva o de sentencias condenatorias. En suma, se trata de terminar con el centro de cumplimiento penitenciario “Cordillera”.
No hace mucho, conocí un informe de Gendarmería donde establecía categorías. Hay hacinamientos horrendos en los recintos penitenciarios y, por eso, estamos en proceso de construir más cárceles; sin embargo, aquí hay distinciones y privilegios.
Debo admitir con pudor que, cuando en su momento se discutió la construcción de Punta Peuco, no era partidaria de una cárcel especial, pero si ése era el precio que había que pagar para que otro asesino, Manuel Contreras , pudiera ser encarcelado y terminar con la impunidad en el país, lo aceptamos. Pero, ya ha transcurrido tiempo suficiente, el estado de derecho se ha consolidado y es absolutamente absurdo mantener este tipo de privilegios y debieran tomarse medidas. Por eso, pido que se oficie a los Ministerios de Justicia y del Interior para que se termine con esta clase de privilegios y, concretamente, con el centro penitenciario de Peñalolén.
Reitero que, además, existe una moción presentada por los diputados Aguiló, Burgos y Jiménez en ese sentido, a la cual me adhiero.
Señor Presidente, el Código de Justicia Militar, en su artículo 203 establece: “Si algún Oficial, de cualquier jerarquía que sea, cometiere un acto deshonroso para sí o para la unidad, cuerpo o repartición en que sirva, podrá ser sometido a un Tribunal de Honor para que juzgue si puede continuar en servicio.”
El artículo 204 dispone que estos tribunales de honor se regirán por un reglamento.
Anuncio una moción para agregar la pena de degradación en el artículo 203. Ya es hora de dar señales potentes al país de que hemos vuelto a la democracia y que estamos fortaleciendo sus instituciones.
Finalmente, así como quiero que se envíe un oficio de felicitaciones a la Policía de Investigaciones, también es fundamental que el Ministerio del Interior, a través de la agencia ANI, nos informe si el ex general Iturriaga Neumann tuvo o no una red de protección. Parece asombroso que una persona haya estado cincuenta y cinco días prófuga y se le haya encontrado en un departamento con un arma, que por suerte no hizo uso de ella y no hay ningún hecho de sangre que lamentar. No es comprensible que haya permanecido tantos días fugitiva y queremos saber, en honor a la democracia y a la justicia, si aquí hubo o no una red de protección.
En resumidas cuentas, así como las instituciones deben funcionar y así como el comandante en jefe del Ejército fue capaz de decir, en su momento, que el ex general no representaba a la institución y que, por lo tanto, era un caso aislado, individual -lo que compartimos plenamente-, entonces es satisfactorio para el país que hayamos terminado con esta situación, que no debe repetirse.
Aquí hay un estado de derecho; los imputados o condenados deben cumplir las sentencias y el ex general, en este caso, que estaba haciendo uso de una concesión de libertad, ha demostrado que no es merecedor de ningún beneficio y, en consecuencia, espero que ahora sí deba cumplir su condena -no en la cárcel de Peñalolén, absolutamente privilegiada- sin ningún beneficio carcelario, porque no corresponde -repito- después de su actitud. Con ello, ojalá, dar una señal potente al país de que todos los ciudadanos somos iguales ante la ley y que si queremos dejar atrás los dolores del pasado, quienes son responsables de delitos deben enfrentar la justicia.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio de felicitaciones a la Policía de Investigaciones solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados Robles , De Urresti y del Presidente accidental , José Miguel Ortiz.
Asimismo, se enviarán los otros oficios solicitados por su señoría.
La señora ALLENDE ( doña Isabel).-
Además, a Gendarmería, señor Presidente , para conocer con qué fundamentos se pueden mantener privilegios, los niveles de cárceles que existen en el país, lo que es realmente irritante para la población común y corriente.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Muy bien, señora diputada .
AGILIZACIÓN DE PROYECTOS DE OBRAS PÚBLICAS E INVERSIÓN PRIVADA EN PROVINCIA DE VALDIVIA. OFICIOS.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Alfonso De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , Valdivia recibió una noticia bastante desagradable. De acuerdo con datos entregados por el Instituto Nacional de Estadísticas, el desempleo en nuestra ciudad marcó 7,2 por ciento, para el trimestre móvil abril-junio, mientras que en la Región de Los Lagos alcanzó a 4,6.
Valdivia es una de las capitales provinciales con mayor nivel de desempleo, siendo superado sólo por Temuco. La cesantía se ha incrementado en 1,2 puntos, respecto de la última medición, lo cual es bastante preocupante.
En momentos en que nos preparamos para ser la capital regional de la nueva Región de Los Ríos, es fundamental que las autoridades adopten las medidas necesarias para incentivar y apurar la gran cantidad proyectos de inversión en carpeta. Me refiero a obras públicas de enorme importancia para nuestra ciudad, como la de la entrada norte a Valdivia, por la calle Pedro Aguirre Cerda , en la cual se han comprometido los Ministerios de Obras Públicas y de Vivienda y el gobierno regional. Es vital anticipar esos proyectos, porque generen mano de obra y dinamismos en la economía local. Es primordial avanzar en la construcción de los edificios que albergarán las nuevas instalaciones del gobierno regional y de las oficinas públicas de la nueva Región de Los Ríos.
El sector público debe hacer todos los esfuerzos posibles, pero también lo deben hacer los privados. Por eso, los invito a seguir invirtiendo; a creer en el desarrollo que estamos impulsando los valdivianos; a creer en que somos una buena plaza de trabajo y a que anticipen obras e inversiones. No cabe duda de que con el desarrollo, empuje y dinamismo de nuestro sector empresarial, de nuestro sector productivo, podemos generar más empleo.
También llamo a las autoridades locales a poner el pie en el acelerador, para apurar todos los proyectos sociales destinados a mejorar la capacitación laboral y el desarrollo de nuestra fuerza de trabajo.
La nueva región no traerá bienestar por sí sola; debemos aprovechar las inmejorables oportunidades que nos brinda y trabajar en conjunto.
Por eso, pido que se oficie al Ministerio de Obras Públicas para que apure las obras que he señalado y al Ministerio de Economía para que, a través de la Agencia de Desarrollo Regional, impulse procesos de inversión pública que den trabajo en nuestra zona.
Pido que se envíe copia de mi intervención a la Central Unitaria de Trabajadores de Valdivia.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados señores Roberto Delmastro , Alberto Robles y de quien preside.
REGULARIZACIÓN DE REGISTRO DE NAVE DE PESQUERO ARTESANAL.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité Radical Social Demócrata, al que se le suman 2 minutos cedidos por el Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles .
El señor ROBLES.-
Señor Presidente , hace bastantes meses concurrí con el señor Erick Aracena Reynoaba , un pescador artesanal de mi zona, a la oficina del ministro de Economía . El señor Aracena pertenece a una familia de pescadores muy esforzada de Caldera y ha dedicado su vida al mar. Con esfuerzo ha avanzando en el tiempo: Primero, con un bote pequeño; luego, con una pequeña embarcación artesanal. Hace un tiempo, con el apoyo crediticio del Estado, renovó esa embarcación por una nueva, mucho más segura para quienes lo acompañan en el arte de la pesca. Sin embargo, aún no ha podido inscribirla en el registro pesquero artesanal, en reemplazo de la antigua.
Hace tres meses se promulgó la ley 20.187, sobre regularización de los registros pesqueros artesanales. El señor Aracena entregó a las instancias de gobierno respectivas la solicitud para reemplazar la inscripción de la antigua embarcación por la nueva. A la fecha, más de tres meses, no hay respuesta.
Para los pescadores artesanales, las respuestas de las autoridades deben ser mucho más rápidas. En este caso, se han satisfecho las demandas de otros pescadores que presentaron la misma solicitud; sin embargo, el señor Aracena sigue esperando.
Por eso, pido que se oficie al ministro de Economía y al subsecretario de Pesca para que agilicen la regularización de la nave de don Erick Aracena Reynoaba en el registro pesquero artesanal, para que pronto vuelva a desarrollar su arte de pescar. Mientras no tenga la autorización, no puede salir a la mar y, por ende, no puede cumplir con sus compromisos crediticios y su familia.
Cuando se trata de pescadores artesanales, que no tienen muchos recursos, la agilidad del Estado es muy importante.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
AGRADECIMIENTO A EMBAJADOR DE ISRAEL POR ASESORÍA EN USO DE RECURSOS HÍDRICOS. OFICIOS.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente , aprovecho esta tribuna para agradecer al señor David Cohen , embajador de la República de Israel , su presencia en la región de Atacama, particularmente en las provincias de Copiapó y de Caldera.
En su visita, el señor Cohen , pudo apreciar en terreno lo que significa el agua para el desarrollo del Norte Chico, una región desértica. Su paso por nuestra región nos permitió establecer algunos contactos para capacitar a nuestra gente en el buen uso del recurso hídrico, materia en la que Israel tiene vasta experiencia.
Por eso, pido que se oficie al ministro de Relaciones Exteriores, destacando el trabajo del señor David Cohen, y a la embajada de Israel manifestándole los agradecimientos pertinentes.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
ANTECEDENTES SOBRE EL NÚMERO DE CARGOS DE PROFESIONALES DE LA SALUD ASIGNADOS AL HOSPITAL DE VALLENAR. OFICIO.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente , en el presupuesto de la Nación de este año solicite la entrega de una serie de cargos para el nuevo hospital provincial de Vallenar, recientemente inaugurado por la Presidenta Bachelet. Sin embargo, según se me ha informado, no todos los cargos comprometidos han llegado.
Por eso, pido que se oficie al ministro de Salud , para que me dé cuenta exacta de la cantidad de cargos asignados a la Región de Atacama; dónde están siendo servidos, qué tipo de grados se les han asignado en términos remunerativos y qué profesional o qué personas están sirviendo los cargos en comento.
Repito, estos son cargos específicos para el hospital de Vallenar, por lo que no me gustaría que apareciera alguno de ellos en otros hospitales de la región o en la dirección de servicios de salud, pues fueron peleados durante la discusión de la Ley de Presupuestos para mejorar la atención de la gente de la provincia de Huasco, principalmente de la que utiliza el hospital de Vallenar.
Agradezco al Comité del Partido Por la Democracia por el tiempo que me cedió para plantear estos tres temas que me parecen importantes para la zona.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE COSTO DE CERTIFICADOS DEL REGISTRO CIVIL ADQUIRIDOS CON TARJETAS DE TELEFÓNICA CHILE. OFICIOS.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del Comité Independiente, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente , mi intervención de hoy dice relación con la empresa telefónica más grande del país, Telefónica Chile, que comercializa las tarjetas Línea Propia o TLP, que cualquier vecino puede comprar en almacenes, kioscos, bazares, estaciones de servicio, terminales de buses, centros de llamados, oficinas comerciales de Telefónica CTC Chile, farmacias y otros establecimientos autorizados.
Como se puede ver en su propia página web, la TLP se promociona señalando que sirve para realizar llamadas, navegar por internet y comprar por internet certificados en el Servicio de Registro Civil.
Quiero que se ponga atención sobre esta materia.
Esa tarjeta se usa cada vez más para comprar a través de internet certificados emitidos por el Registro Civil , con lo que los ciudadanos se evitan hacer colas por horas para poder obtener esos documentos en las oficinas de ese servicio. Sin embargo, esto está originando un grave perjuicio para los consumidores y un posible enriquecimiento ilícito para Telefónica Chile.
Un certificado de nacimiento para matrícula cuesta sólo 240 pesos en el Registro Civil , un certificado de matrimonio para todo trámite o un certificado de defunción con causa de muerte vale 590 pesos, los certificados de anotaciones vigentes de vehículos cuestan 710 pesos.
De esta forma, una TLP de mil pesos permitiría comprar, por ejemplo, cuatro certificados de nacimiento para matrículas, un certificado de matrimonio o un certificado de anotaciones vigentes.
Sin embargo, una vez que la TLP es usada, aunque sea para comprar un certificado de 240 pesos, queda bloqueada para ser nuevamente utilizada en la adquisición de otro documento; es decir, se pierde el total del saldo.
Si bien pareciera tratarse de cifras menores, menos de mil pesos en cada caso, lo cierto es que si se considera el volumen de TLP que comercializa diariamente Telefónica Chile en nuestro país, cada vez que un modesto ciudadano compra por internet un certificado en el Registro Civil está contribuyendo a generar millonarias utilidades por un servicio que no presta en la forma en que ofrece esa empresa telefónica.
Por lo anterior y con el objeto de establecer si ese perjuicio a los consumidores se produce por negligencia de Telefónica o del Servicio de Registro Civil, solicito despachar los siguientes oficios:
En primer lugar, al Servicio de Registro Civil e Identificación, para que informe sobre el número de certificados comprados con TLP en los últimos doce meses, los montos pagados mensualmente por Telefónica y por qué su sistema de internet no permite comprar certificados en ese servicio a cualquier usuario, atendidos los adelantos tecnológicos que existen.
En segundo lugar, al Servicio Nacional del Consumidor, Sernac , para que inicie una investigación sobre el Servicio de Registro Civil y Telefónica Chile por eventuales infracciones a la ley del Consumidor, puesto que se estaría negando injustificadamente la prestación de servicios comprendidos en las condiciones ofrecidas o los proveedores de servicios no estarían respetando los términos, condiciones y modalidades ofrecidas al vender certificados mediante esa modalidad de pago, porque los consumidores pagan mil pesos por cada uno de ellos, ya que la TLP queda inhabilitada al ser usada una sola vez, pese a tener saldo a favor.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los señores diputados que están levantando la mano, de lo que la Secretaría está tomando debida nota.
RÉPLICA A INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO RAMÓN FARÍAS. OFICIOS.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el diputado señor José Antonio Kast
El señor KAST.-
Señor Presidente , “miente, miente, que algo queda”, nos decía hace unas semanas el diputado Farías. Usaba esas palabras para criticar a diputados de mi bancada.
Hoy usó en esta Sala el mismo mecanismo que indicó hace unas semanas: “Miente, miente, que algo queda”, para hablar de un proyecto inmobiliario de San Bernardo denominado Valle de Cóndores.
¿Cómo se mantiene una comuna populosa, con una gran carga social como San Bernardo? ¿Cómo equilibra su presupuesto una comuna como ésa? Con ingresos aportados por el gobierno central, por el pago de patentes, sean comerciales, de automóviles o industriales, y por los pagos de contribuciones y derechos de basura que cancelan los dueños de las viviendas ubicadas en ese territorio.
Hoy se desarrolla en San Bernardo el único proyecto inmobiliario de envergadura de la zona sur de la Región Metropolitana, ya que todos los grandes proyectos se concretan en comunas de la zona norte de Santiago, como Lampa, Colina, Huechuraba, etcétera.
Se suponía que la realización de un proyecto grande en nuestra zona traería trabajo y bienestar para los vecinos, por lo que todos íbamos a estar de acuerdo en que se trataba de un beneficio para nuestra comuna, que requiere urgentemente puestos de trabajo e ingresos, ya que se están construyendo viviendas de entre 2 mil y 4 mil UF. Sin embargo, al parecer, no todos están de acuerdo con eso. Lamentablemente, el diputado Ramón Farías , que tanto critica a los diputados de mi bancada por denunciar lo ocurrido con el Transantiago, Gendarmería, etcétera, ha confundido aquí cuestiones políticas con temas de desarrollo urbano y social.
Efectivamente, aquí hay una disputa electoral o política. Quizás tiene otras motivaciones que no me atrevo a plantear porque no tengo certeza absoluta de sus fundamentos, pero los voy a buscar. Lo anterior ha significado que un proyecto bien diseñado y desarrollado haya sido atacado irresponsablemente por ese diputado en esta Sala.
Aquí se ha acusado de irregularidades al municipio de San Bernardo , encabezado por una alcaldesa de la Democracia Cristiana, no de mi partido, y a una empresa cuyos dueños son conocidos militantes democratacristianos, no de mi partido. Se ha vendido a los medios de prensa una gran denuncia, cual es que una carretera pasa por sobre viviendas que se están construyendo en San Bernardo, lo que es falso, es una mentira. Además, se trata de mantener esa mentira artificialmente en esta Sala, lo que ha producido que distintas personalidades se hayan querellado por injurias en contra del diputado Farías.
Después de esto, cabe preguntarse: ¿estudió el diputado Farías los antecedentes del caso que él denuncia tan abiertamente por los medios de prensa? ¿Conocía el diputado señor Farías la relación de parentesco del concejal a cargo de la comisión de vivienda del municipio de San Bernardo , del Partido Socialista, con el principal “afectado” por esa carretera que pasa por una casa, que es hermano del concejal? ¿Conocía el diputado Farías el plan regulador metropolitano de Santiago, que dice exactamente por donde pasa el camino? Por un costado, porque es un camino curvo. ¿Conocía el diputado Farías el oficio ordinario 2435, de 21 de octubre de 1996, de la Seremi de Vivienda, que aprueba el trazado curvo de ese camino, pero no recto? ¿Conocía el diputado Farías el oficio ordinario 8036, de la Dirección de Vialidad, de 13 de septiembre de 1996, que fija el trazado de ese camino curvo? ¿Conocía el diputado Farías el oficio ordinario 1206, de 5 de junio de 1996, de la Seremi de Vivienda, que ratificaba una vez más el trazado curvo de esa carretera, que se denomina M-13-SS? ¿Conocía el diputado Farías el oficio ordinario 1732, de la Seremi de Vivienda -y no de Vialidad, como él citó, porque creo que no lo conoce-, que también habla de trazado curvo? ¿No sabe el señor Farías que las cesiones de terreno para construir esa carretera fueron efectuadas en forma curva y no recta? ¿No tuvo ni siquiera en sus manos los folletos en el municipio, cuando promocionaba y daba a conocer el plan regulador de San Bernardo, que señalaba que ese camino era curvo? Todos los vecinos de Nos saben que el camino es curvo por los folletos que se entregaron. ¿No sabe tampoco, después de haber hecho tantas denuncias irresponsables, que el plan regulador metropolitano de Santiago prima como instrumento de urbanismo sobre un plan comunal? Parece que el ordinario 2223, de 21 de junio de 2007, también de la Seremi de Vivienda, que vuelve, a instancias del propio diputado Farías, a reafirmar que el camino es curvo, no lo entendió. Debe estar dentro de esos miles de chilenos que no entienden lo que leen, porque ahí está explicadísimo que es curvo y no recto; no pasa por arriba de una casa.
Si no sabía, es importante que hubiera estudiado antes de denunciar. Si hay un problema, ¿por qué no se empeña en solucionarlo en lugar de crear más problemas?
Estamos frente a un problema político y a un diputado que se ha esmerado en aparecer en los medios de prensa con una denuncia falsa. San Bernardo no necesita más problemas; San Bernardo no necesita más denuncias sin fundamento; San Bernardo no necesita que los problemas políticos de dos coaliciones que se disputan un municipio o quizás otros intereses se mezclen con el desarrollo urbano y social de una comuna. San Bernardo necesita más inversión, más fuentes laborales, más recursos.
Señor Presidente , quiero reivindicar en la Sala un proyecto que significa dar trabajo, recursos y bienestar a los vecinos de San Bernardo. También quiero reivindicar el nombre de personas que, estando políticamente en posiciones contrarias a la mía, han efectuado un aporte a nuestra comuna. También quiero reivindicar el trabajo de muchos diputados, que no necesitan hacer denuncias falsas para aparecer en los medios de prensa, porque eso es lo que ocurrió. Se vendió a los medios de prensa la denuncia de que una carretera pasa por una casa, lo que es muy atrayente para ellos, pero es falso.
Así como el diputado Farías denunció en esta Sala el proyecto inmobiliario Valle de Cóndores, yo denuncio la irresponsabilidad de mi colega, el cual, sin fundamentos serios, sin estudiar bien el tema, sin querer buscar soluciones, causa un daño enorme al honor y al prestigio de dirigentes políticos, de empresarios que se atrevieron a invertir en la zona sur y a muchos vecinos ilusionados con tener una casa propia por sembrarles una duda de muy mala leche, porque él sabe que ese camino es curvo y no recto. No existe, salvo en la imaginación del diputado Farías, camino que pase por casa alguna, porque es un camino curvo. Creo que hay que repetírselo varias veces, a ver si lo entiende. No interrumpe ningún proyecto inmobiliario.
No mezclemos las disputas políticas que pueda tener el honorable diputado señor Farías con otras colectividades políticas. No mezclemos intereses de dudosa índole para afectar esto. Lo que necesitamos es que nuestras comunas se desarrollen y crezcan, así como ha crecido el norte de la Región Metropolitana. El sector sur también merece el desarrollo, el crecimiento y fuentes laborales.
Ese tipo de denuncias no sólo desprestigian a la clase política que no estudia bien los temas que plantea aquí, como lo hemos visto en este caso, sino que dañan enormemente a miles de personas y familias en su honor y prestigio.
Solicito que mi intervención se envíe a la alcaldesa de la Municipalidad de San Bernardo, señora Orfelina Bustos , y al director de Obras del municipio , señor Roberto Fernández .
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
REUBICACIÓN DE PLAZA DE PEAJE EN COMUNA DE FREIRE. OFICIOS.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado don Enrique Estay.
El señor ESTAY.-
Señor Presidente , me referiré a un problema que se suscita a raíz del proceso de licitación y de adjudicación de la construcción de la segunda calzada del camino Freire-Villarrica. Me refiero a la ruta 119 CH, que enlaza la comuna de Freire a la altura del trébol que hace una intersección con la ruta 5 sur hasta la entrada de la ciudad de Villarrica, donde se encuentra el puente Rodrigo Bastidas , sobre el río Toltén.
Se trata de una inversión importante de alrededor de 1.600 unidades de fomento. Es una calzada que se pretende que esté operativa en 2010.
Obviamente, transforma esa importante ruta en una autopista de velocidad de 120 kilómetros por hora.
El problema consiste en que una nueva plaza de peaje estaría ubicada más o menos en el kilómetro 9, esto es, donde se encuentra la bifurcación hacia Las Hortensias, Los Laureles , Cunco y la comuna de Melipeuco. De manera que en ese sector, de construirse esa nueva plaza de peaje en el punto que ha sido fijado por el Ministerio de Obras Públicas, la comuna de Freire quedaría con dos peajes de 1.600 pesos.
Esa situación produce un fuerte malestar y, sin duda, va a traer consigo una serie de problemas de conectividad a quienes viven en la comuna, especialmente a pequeños y medianos agricultores que necesitan trasladarse libremente dentro del espacio jurisdiccional de la comuna.
Por eso, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas , para que informe respecto del punto exacto en que quedaría emplazada la segunda plaza de peaje en la comuna de Freire y respecto de la factibilidad de trasladar ese lugar de cobro a un punto más distante y fuera del radio jurisdiccional de la comuna de Freire, con copia a la señora alcaldesa y al honorable concejo de la comuna de Freire, al señor intendente regional y al señor seremi de Obras Públicas de la Novena Región .
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención.
RECONOCIMIENTO A MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS POR ENTREGA DE RECURSOS PARA MEJORAMIENTO DE CAMINO PUERTO VARAS-ENSENADA. OFICIO.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo.
El señor RECONDO.-
Señor Presidente , quiero pedir que se oficie al ministro de Obras Públicas para agradecerle el importante aporte de recursos que se destinarán a aumentar las obras de mejoramiento del camino Puerto Varas-Ensenada, pues se podrá construir, incluso, una ciclovía, gran anhelo de la comunidad. En principio, el ministerio estuvo dispuesto a agregar la importante suma de 300 millones para las obras extras, como la incorporación de esta ciclovía, sin embargo, la cantidad no era suficiente, faltaban otros 100 millones, y el ministro accedió a completar los 400 millones, con lo que se podrá realizar dicha obra.
Reitero, en nombre de la comunidad, quiero que se le oficie para manifestarle nuestro agradecimiento.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando copia de su intervención.
REEMBOLSO DE DINEROS OTORGADOS A TRAVÉS DE LA BECA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA AL SEÑOR RICARDO LAGOS WEBER. OFICIO.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del partido Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado Mario Bertolino.
El señor BERTOLINO .-
Señor Presidente , el país ha tenido conocimiento de hechos graves, como la forma arbitraria y los criterios que han imperado en la asignación de la beca Presidente de la República . Con sorpresa e indignación, nos hemos impuesto de la bochornosa situación de un beneficiario que es, ni más ni menos, el ministro Secretario General de Gobierno e hijo del ex Presidente Ricardo Lagos , señor Ricardo Lagos Weber .
Este beneficiario no terminó los estudios que fue a cursar a Inglaterra y que fueron pagados con recursos de todos los chilenos. En vez de hacerlo y cumplir con el objeto de la beca con la que fue beneficiado -considerando que quedaron otros postulantes imposibilitados de realizar estos estudios-, optó, en su momento, por aceptar una oferta de trabajo atractiva y lucrativa en un organismo internacional.
Hemos oficiado reiteradamente a Mideplan y este organismo no ha entregado respuestas consistentes. Es más, ha pretendido confundir el problema con nuevas reglamentaciones para el otorgamiento de esta beca.
Por ello, solicitamos oficiar a la ministra de Planificación para que informe si este becario, el actual ministro Secretario General de Gobierno , reembolsó al Estado los dineros que usó durante el tiempo que permaneció estudiando con este beneficio.
De no haberlo hecho, solicitamos oficiar, en virtud de lo establecido en el artículo 294 del Reglamento de la Cámara de Diputados, al Consejo de Defensa del Estado para que inicie los procesos de cobro y restitución de los fondos entregados al becario señor Ricardo Lagos Weber , a través de la beca Presidente de la República , entre 1990 y 1992, dineros que, en su momento, fueron para realizar un doctorado en la Universidad de Cambridge, en el Reino Unido, y que, como hemos dicho, no culminó, causando grave daño al patrimonio fiscal.
El Consejo de Defensa del Estado se ha hecho parte y ha iniciado el cobro en casos similares. ¿Por qué hizo un tratamiento distinto y especial en este caso?
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Roberto Delmastro y Rosauro Martínez.
ANTECEDENTES POR CIERRE DE REGISTRO DE TAXIS COLECTIVOS EN VALDIVIA Y PUERTO MONTT. OFICIO.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Roberto Delmastro.
El señor DELMASTRO.-
Señor Presidente , quiero pedir algunos oficios.
El primero para el ministro de Transportes , pues, por la resolución Nº 391, de marzo de 2006, se congeló el registro de taxis colectivos en las ciudades de Valdivia y Puerto Montt a aquellas líneas que no tuviesen habilitado el terminal, lo cual es discriminatorio para aquellas líneas que están en condiciones de hacerlo, pero que, por razones del plano regulador, no han podido hacer la recepción definitiva. Entonces, quiero que se nos informe las razones por las que se tiene congelado el registro de taxis colectivos a aquellas líneas que no tienen su terminal habilitado.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE TAXIS COLECTIVOS CON MOTORES DIÉSEL. OFICIO.
El señor DELMASTRO.-
El segundo también es para el ministro de Transportes , con el fin de que nos informe respecto de las prórrogas del plazo de registro de taxis colectivos a los cuales se han cambiado sus motores bencineros por motores diésel. Muchos empresarios del transporte realizan este cambio por razones de costo, lo que significa que el vehículo queda registrado con un motor diferente. Es la tercera vez que se ha prorrogando el plazo para inscribir estos vehículos. ¿Por qué no se otorga la posibilidad de hacer este trámite en forma permanente, con el propósito de que siempre se tenga la opción de hacer este cambio?
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE INCONVENIENTES CAUSADOS POR APLICACIÓN DE POLÍTICA “HOSPITAL AMIGO”. OFICIO.
El señor DELMASTRO.-
El tercero para la ministra de Salud , a fin de que informe a esta Cámara el resultado de la nueva política hospitalaria, llamada Hospital Amigo. Hoy, en los hospitales públicos se permite la visita durante dos horas, en horarios que van desde las 7.00 a las 18.00 horas, lo que ha provocado un tremendo trastorno. Esto ha ocasionado reclamos, especialmente de los paramédicos, porque hay gente desfilando todo el día en los hospitales. No se puede hacer el aseo, se usan los baños destinados a los enfermos e, incluso, salas que tienen seis o siete enfermos que necesitan tranquilidad están con gente permanentemente, lo cual, reitero, provoca un tremendo trastorno. A lo anterior hay que agregar que los robos han aumentado en una forma inusitada, porque la gente transita sin ningún tipo de control.
Por lo tanto, solicito que se nos informe el principio y las razones que han inspirado la implementación de esa iniciativa.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
RECURSOS DE ACCIONES CONCURRENTES PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE CORRAL. OFICIO.
El señor DELMASTRO .-
El cuarto para el ministro del Interior para que nos informe sobre la petición de recursos que el alcalde de Corral hizo a la Subdere. Por no contar esta municipalidad, por sus escasos recursos, con un director de obras, con un director de Serplac , con un administrador municipal y con un director de Dideco, no puede elaborar proyectos para la inversión del Estado. El alcalde pidió a esa subsecretaría que otorgue al municipio los llamados recursos de acciones concurrentes, vale decir, que se le proporcionen recursos especiales para contratar estudios. Esta municipalidad requiere, con urgencia, estudios de saneamiento básico de barrios en los sectores de La Aguada, de Amargo, de San Carlos, y de abastecimiento de agua potable en los diferentes cerros de esa comuna. Por lo tanto, pido oficiar al ministro del Interior para que se otorguen, a través de la Subdere, los recursos de acciones concurrentes para desarrollar los proyectos de inversión que requiere esa municipalidad.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
LISTADO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN LA DÉCIMA REGIÓN. OFICIO.
El señor DELMASTRO.-
Por último, oficiar al intendente de la Décima Región de Los Lagos , para que nos informe el listado de proyectos que esa Intendencia ha elaborado, con cargo a los 100 millones no reembolsables y a los 190 millones de dólares reembolsables por compensaciones del Transantiago, teniendo en consideración que muchos de ellos ya estaban comprometidos y que, por consiguiente, no son nuevos.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
INVESTIGACIÓN DE LA CONTRALORÍA EN MUNICIPALIDAD DE BULNES POR DEUDA A PROFESORES. OFICIO.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo que resta al Comité Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
Señor Presidente , hace algunos días un grupo de profesores de la comuna de Bulnes me hicieron presente su inquietud por la deuda de perfeccionamiento docente que la Municipalidad mantiene con ellos.
Oportuno es recordar que la citada asignación, contemplada en el artículo 49 de Ley Nº 19.070, tiene por finalidad incentivar la superación técnico profesional del educador, y consiste en un porcentaje de hasta el 40 por ciento de la remuneración básica mínima nacional del personal que cumple con el requisito de haber aprobado programas, cursos o actividades de perfeccionamiento de postítulo o de postgrado académico, dictadas por instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación.
Sucede que desde hace bastante tiempo esos profesionales están solicitando la cancelación de ese derecho. Incluso hicieron una presentación a la Contraloría Regional del Biobío, organismo de control que en diversas oportunidades ha resuelto la pertinencia del pago. El último de ellos fue el Oficio Nº 6.571, de 16 de noviembre de 2006, que viene a ratificar el Oficio Nº 2.776, de 9 de junio de 2005. Es decir, han pasado dos años desde la resolución de la Contraloría y todavía no se salda la deuda.
Los municipios han señalado carencia de recursos porque la subvención escolar no alcanza para atender esa obligación, lo que es real. Pero es importante recordar que esta Cámara ha aprobado cuerpos legales destinados precisamente a atender situaciones como ésta. El año pasado aprobamos un proyecto de ley que permite efectuar anticipos de subvenciones estatales para fines educacionales, que pasó a ser la ley Nº 20.159, publicada el 25 de enero de 2007.
Ahí se dispone: “Podrán beneficiarse aquellas municipalidades que registren desequilibrios financieros ocasionados por el ejercicio de la actividad educacional a su cargo.”.
Para acceder a esos recursos, contempla un procedimiento que deriva finalmente en un convenio entre la municipalidad y la Subsecretaría de Desarrollo Regional del Ministerio de Educación y la Subsecretaría de Educación, el cual deberá contar con la aprobación previa del concejo municipal.
Gracias a este mecanismo, muchas municipalidades han saldado sus deudas por este concepto, y también deudas provisionales. De allí la extrañeza que, a la fecha, la Municipalidad de Bulnes presente esa morosidad.
Por lo tanto, dada la situación presentada, solicito que se oficie al contralor General de la República , a objeto de que disponga una investigación en la Municipalidad de Bulnes para determinar el cumplimiento de las resoluciones dictadas en uso de sus atribuciones legales. Y en caso de no ser así, las causas por las cuales dicho municipio no las ha cumplido y establezca las responsabilidades administrativas que correspondan.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría y se adjuntará el texto de su intervención.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
Se levantó la sesión a las 14.24 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. la Presidenta de la República con el que se inicia un proyecto de ley que amplía el plazo para otorgar facilidades para pago de impuestos adeudados que indica y modifica el artículo 17, de la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. (boletín Nº 5245-05)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis atribuciones constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto ampliar, transitoriamente, el plazo previsto en el inciso primero del artículo 192º del Código Tributario, para el otorgamiento de facilidades para el pago de impuestos adeudados que hayan sido girados hasta el día 30 de abril de 2007 y que se encuentren sujetos a cobranza administrativa o judicial, a la vez que modifica el artículo 17 de la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal, con el objeto de regular la información sobre deuda morosa que el Servicio de Tesorerías puede comunicar a los registros o bancos de datos personales, legalmente constituidos.
I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO.
1. Sistema eficiente de recaudación tributaria.
Un objetivo principal de todo Gobierno es contar con instituciones y procedimientos adecuados que le permitan ejecutar eficientemente su labor.
En este entendido, es de suma importancia contar con un ordenamiento jurídico y administrativo que permita el pago oportuno de los distintos impuestos y de las obligaciones tributarias. Por ello, es necesario incentivar dicho pago oportuno y como correlato, generar las condiciones para reducir la morosidad en el pago de los impuestos y obligaciones tributarias.
El Servicio de Tesorerías es quien tiene a su cargo la cobranza judicial o administrativa de los impuestos, patentes, multas y créditos del Sector Público. Con ese fin, el Código Tributario contiene los procedimientos administrativos y judiciales para proceder al cobro de los impuestos adeudados al Estado.
Es así como, entre los distintos mecanismos de cobro que tiene el Servicio de Tesorerías para poder realizar adecuadamente su función, se encuentra solicitar a los deudores de impuestos y de créditos del Sector Público en general, el pago de los impuestos adeudados por medio del cobro ejecutivo judicial contenido en Título V, del Libro III, del Código Tributario. Dicho procedimiento otorga facultades para someter a estos deudores a distintas medidas de apremio, como por ejemplo, a embargos, remates o subastas de sus bienes.
Sin embargo, se hace necesario dotar al Servicio de Tesorerías de instrumentos modernos y eficaces que le permitan cumplir su labor de recaudación respecto de aquella deuda morosa que ya lleva largo tiempo sin poder ser cobrada y enterada en arcas fiscales. Es así como la publicación de esta deuda morosa en los registros o bancos de datos personales legalmente constituidos, es esencial para que el Servicio de Tesorerías cuente de manera regulada con este instrumento para hacer más efectiva y eficiente su labor.
Por ello, la información que se proporcione a los mencionados registros debe cumplir con requisitos mínimos de resguardo en favor de los contribuyentes, pero también entregar certeza jurídica y transparencia a la labor de Tesorería, eliminando todo tipo de discrecionalidad respecto de la información de deuda morosa que se podrá enviar para su publicación.
2. Recaudación de tributos considera situaciones especiales de morosidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el ordenamiento jurídico tributario también entrega facultades al organismo recaudador para que, teniendo en cuenta los ciclos y las condiciones especiales que acompañan el debido pago de los tributos, pueda remover caso a caso las trabas o impedimentos al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
Para ello, el artículo 192º del Código Tributario establece que el Servicio de Tesorerías podrá otorgar facilidades hasta de un año, en cuotas periódicas, para el pago de los impuestos adeudados. Dichas facilidades se ofrecen a aquellos contribuyentes que acrediten su imposibilidad de cancelar los impuestos al contado y que reúnan, además, otros requisitos señalados en la disposición legal. Esto permite que la generalidad de los deudores morosos tenga reales alternativas de pago, que contribuyan a solucionar el endeudamiento que los aqueja.
3. Ampliación transitoria del plazo para otorgar facilidades para el cumplimiento tributario moroso.
Sin embargo, el gobierno y la administración tributaria, deben hacerse cargo de las circunstancias especiales y excepcionales que hacen más difícil, bajo los marcos generales de la ley, el cumplimiento de las obligaciones con el Estado. Tal es el caso de la morosidad tributaria de una importante cantidad de micro, pequeñas y medianas empresas.
Por eso, y conforme a la experiencia del Servicio de Tesorerías y, las sugerencias que se han realizado por distintos sectores, es que se ha dispuesto proponer una ampliación excepcional y transitoria del plazo que rige a los convenios de pago, contenidos en el artículo 192 antes mencionado, teniendo en consideración que una medida de este tipo permitiría la regularización de la deuda morosa de una gran cantidad de contribuyentes, beneficiando directamente a una gran cantidad de micro, pequeñas y medianas empresas.
4. Solución excepcional para enfrentar problema de endeudamiento.
Se propone una medida de este tipo, especial y excepcionalísima, de manera de solucionar el problema del endeudamiento pasado, pero, a la vez, se desea evitar que el problema vuelva a gestarse en corto tiempo. Para ello, el proyecto propone un mejoramiento a nivel administrativo de los medios y procedimientos de cobro del Servicio de Tesorerías, dentro de los cuales se incluye la facultad, regulada por ley y otras normas administrativas, de informar de la existencia de deudas morosas a los diversos bancos de datos que actualmente existen en el país, así como también la implementación de medidas y procedimientos de carácter administrativo que le permitan a ese Servicio, cumplir cabal y adecuadamente con su función de recaudación de los impuestos y créditos fiscales, aspecto que se contempla en el artículo 2° de esta ley.
Por lo antes expuesto, el proyecto propone una norma que aborda el problema de endeudamiento ya existente por la vía de ofrecer mayores facilidades, a la vez que propone otra norma que busca evitar que el problema se repita, haciendo más efectivo el cobro de las nuevas deudas que se generen a contar de su entrada en vigencia. Ambas normas integran una iniciativa legal que se plantea como indivisible, no susceptible de desvincularse en su tratamiento y aprobación legislativa.
Conjuntamente, y para complementar la facilidad de renegociación de la cartera morosa, se elevará de 5 a 15 millones de pesos el monto susceptible de acceder a una condonación de 80% en caso de suscribir convenio y del 90% en el caso de pago contado de las multas e intereses que afectan a dicha deuda morosa. Asimismo, las deudas superiores a dicho monto, gozarán de una condonación de 50% de intereses y multas. Todo ello, durante el período en que esté vigente la posibilidad de reprogramar a un máximo de 36 meses.
II. CONTENIDO DEL PROYECTO.
El proyecto de ley que presento a consideración del H. Congreso Nacional contiene aquellas normas que permiten, por una parte, dar plazos adecuados para el cumplimiento de las deudas tributarias morosas y, por otra, fortalece las medidas que el Servicio de Tesorerías tiene como una forma de incentivar el pago de los impuestos.
1. Ampliación de facilidades de pago hasta 36 meses.
En primer lugar, se propone una norma excepcional que permite ampliar el plazo de suscripción de los convenios de pago, de los actuales doce meses, a un máximo de treinta y seis meses, manteniendo como característica el pago en cuotas periódicas y sucesivas.
Debe considerarse que la celebración de un convenio para el pago de los impuestos atrasados, implica la inmediata suspensión de los procedimientos de apremio respecto del contribuyente y que dicha suspensión operará mientras el deudor se encuentre cumpliendo y mantenga vigente su convenio de pago.
2. Transparencia de información sobre deudas tributarias de los contribuyentes.
En segundo lugar, mediante este proyecto de ley, se propone modificar la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal, permitiendo al Servicio de Tesorerías el envío de la información de deuda morosa a dichos registros o bancos de datos.
Sin embargo, el ejercicio de esta facultad se encuentra limitado, ya que se incluye en las normas de esta ley un nuevo artículo 17 bis, que considera la regulación de los requisitos básicos que debe reunir la deuda morosa que será informada a dichos registros, y que además será complementada a través de un Decreto del Ministro de Hacienda , que incorporará los criterios técnicos y modalidades que debe reunir la deuda tributaria y de créditos del Sector Público morosa que se informe a los registros o bancos de datos.
El proyecto incorpora tres requisitos que deben concurrir para posibilitar la publicación. El primero es que sea una deuda indubitable, esto es no existan instancias de reclamación administrativas o judiciales pendientes, el segundo es que dicha deuda conste en un título ejecutivo de cobro. Por último, es necesario que se encuentren agotados los mecanismos de cobro administrativos por parte del Servicio de Tesorerías.
Junto con ello, el mencionado Decreto deberá considerar además de los criterios que la ley menciona, la fecha de giro de los impuestos morosos y el agotamiento de las gestiones de cobro administrativo, por parte del Servicio de Tesorerías, entre otros.
Lo mencionado anteriormente permite entregar un marco apropiado para el ejercicio de dicha facultad, lo cual no hace mas que fortalecer y privilegiar la certeza jurídica respecto de la naturaleza y requisitos que deberá cumplir la deuda que se desee informar, lo cual, desde el punto de vista del contribuyente, permite eliminar todo rastro de discrecionalidad en la confección de dichos reportes, y respecto del Servicio de Tesorerías regula una herramienta moderna y eficiente de cobro y regida por parámetros públicos y objetivos.
Como complemento de lo anterior, el entregar parámetros, criterios y requisitos objetivos y públicos respecto del contenido de los reportes enviados a los registros y bancos de datos, no hace sino que equilibrar el resguardo de la privacidad de la información con el debido ejercicio de las facultades que todo organismo público tiene para el adecuado cumplimiento de sus fines.
Se debe destacar que la facultad que regula este proyecto de ley se encuentra justificada en el hecho que no resulta razonable, desde el punto de vista del Orden Público Económico, que en materia de tratamiento de datos personales y patrimoniales sobre morosidad, cuando exista un conflicto entre una garantía individual como la privacidad o intimidad y el propio orden público económico, no deba primar este último. No es posible, salvo error o caducidad, reivindicar la defensa de la privacidad, intimidad o confidencialidad para mantener anónimo el incumplimiento. La Tesorería, a diferencia de las empresas comerciales con fines de lucro que publican información sobre morosidad comercial, tiene como única finalidad el servicio público y la recaudación pública.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°.- Amplíese, a contar de la fecha de vigencia del artículo 2º de esta ley, hasta un máximo de treinta y seis meses, el plazo que el inciso primero del artículo 192 del Código Tributario concede al Servicio de Tesorerías para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados, sólo respecto de aquellos impuestos girados hasta el día 30 de abril de 2007 y que se encuentren sujetos a cobranza administrativa o judicial. La facultad que se concede al Servicio de Tesorerías en este artículo, se podrá ejercer por el lapso de seis meses, contados desde la fecha señalada en el artículo 2° de esta ley.
Artículo 2°.- Modifícase la ley N° 19.628, a contar del día primero del mes siguiente al de publicación de esta ley en el Diario Oficial, de la siguiente forma:
1) Intercálese, en el inciso primero del artículo 17, entre la frase “cooperativas de ahorro y créditos,” y la oración “organismos públicos y empresas del Estado sometidas a la legislación común” lo siguiente: “deuda tributaria y créditos fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 bis de esta ley,”
2) Agréguese el siguiente artículo nuevo, a continuación del artículo 17:
“Artículo 17 bis.- El Tesorero General de la República podrá informar a los registros o bancos de datos personales, legalmente constituidos, de la deuda tributaria y de los créditos fiscales adeudados que cumplan los siguientes requisitos:
a. Que los giros y los créditos fiscales adeudados no estén sujetos a reclamación administrativa o judicial pendiente;
b. Que la deuda tributaria y los créditos fiscales consten en un título ejecutivo de cobro; y,
c. Que las deudas informadas hayan agotado previamente las instancias de cobro administrativo por parte del Servicio de Tesorerías, en los términos del Título V del Libro III del Código Tributario.
El Ministro de Hacienda impartirá las instrucciones de publicación mediante decreto, el que determinará los criterios técnicos y modalidades que debe reunir la deuda tributaria y los créditos del Sector Público morosos que se informen.”.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; ANDRÉS VELASCO BRAÑES , Ministro de Hacienda ; ALEJANDRO FERREIRO YASIGI , Ministro de Economía Fomento y Reconstrucción”.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE AMPLÍA PLAZO A TESORERÍA PARA OTORGAR FACILIDADES EN EL PAGO DE IMPUESTOS ADEUDADOS
1. El presente proyecto de ley contempla la ampliación del plazo máximo establecido en el Código Tributario de 12 a 36 meses, en que el Servicio de Tesorerías podrá otorgar facilidades para el pago de los impuestos adeudados, respecto de aquéllos que fueran girados hasta el 30 de abril del presente año, facultad que podrá ser ejercida por un lapso de seis meses.
2. El impacto financiero de esta iniciativa no es factible de estimar por cuanto proviene de la comparación entre los montos a recaudar en la situación vigente y los montos a recuperar con el nuevo plazo ampliado, la que estará determinada por la acogida que tenga la medida entre los deudores tributarios afectados, respecto de lo cual no existen precedentes, por cuanto es primera vez que se legisla en este sentido.
3. En cuanto al costo financiero, la ampliación del plazo para los convenios de pago de deudas morosas no exime de la obligación del pago de los intereses asociados a los saldos de deuda.
4. Cabe hace presente que esta medida legislativa complementa otra medida administrativa consistente en elevar a 15 millones de pesos el monto susceptible de acceder a una condonación de 80% de los recargos por deudas tributarias en los convenios de pago y de 90% de los recargos por deudas tributarias con pago al contado. Paralelamente, por la misma vía administrativa se elevarían las condonaciones de recargos a 50%, en el caso de deudas tributarias que superan los 15 millones de pesos.
5. En consecuencia, se considera que la presente iniciativa no implica costo fiscal.
(Fdo.): ALBERTO ARENAS DE MESA, Director de Presupuestos ?.
2. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que modifica normas relativas al trabajo de los trabajadores dependientes del comercio en los períodos de fiestas patrias, navidad y otras festividades. (boletín Nº 4976-13).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de reforma constitucional que incorpora la iniciativa ciudadana de ley. (boletín Nº 5221-07).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
4. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 1 de agosto de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.168, ley general de Telecomunicaciones:
a) Reemplázase el inciso cuarto del artículo 13, por los siguientes:
“La concesión será asignada al postulante, cuyo proyecto, ajustándose cabalmente a las bases del concurso, ofrezca las mejores condiciones técnicas que aseguren una óptima transmisión o excelente servicio.
En toda renovación de una concesión, la concesionaria que la detentaba tendrá derecho preferente para su asignación, siempre que iguale la mejor propuesta técnica que asegure una óptima transmisión o excelente servicio, según el caso.
En caso de que dos o más concursantes ofrezcan similares condiciones, y siempre que no se aplique el señalado derecho preferente, la concesión se asignará a aquel postulante que acredite contar con una mayor antigüedad en la plaza.
Se entenderá que se encuentra en la situación señalada, el postulante que al momento del llamado a concurso de radiodifusión sonora en la banda de frecuencia modulada, se encuentre en posesión de una concesión de radiodifusión, a lo menos por cinco años, para la misma plaza en la banda de amplitud modulada, y no posea ninguna otra concesión en la banda de frecuencia modulada en dicha plaza.
La identidad de plaza entre la concesión que posea el postulante y la sometida a concurso público se producirá cuando la ciudad o localidad con mayor número de habitantes comprendida dentro de la zona de servicio de ambas, sea la misma.
De no poder aplicarse los criterios anteriores, o de subsistir la igualdad una vez aplicados, el concurso se resolverá por sorteo público entre los postulantes que lleguen en igualdad.
En todo caso, una misma empresa y sus empresas filiales, coligadas o relacionadas no podrán presentar más de una solicitud para una misma localidad, en un mismo concurso. De hacerlo, ninguna de las solicitudes será considerada en el concurso.”.
b) Reemplázase el inciso quinto del artículo 13 A, por el siguiente:
“El Ministro , cumplidos los trámites precedentes, asignará la concesión o declarará desierto el concurso público, o convocará a sorteo público de existir solicitudes que hayan llegado en igualdad una vez aplicados los mecanismos indicados en los incisos cuarto y siguientes del artículo 13. Resuelto el sorteo, el Ministro dictará la resolución respectiva. Ésta se publicará en extracto redactado por la Subsecretaría, por una sola vez, en el Diario Oficial. Además, se publicará en un diario de la capital de la provincia o a falta de éste, de la capital de la Región en la cual se ubicarán las instalaciones y equipos técnicos de la emisora.”.
c) Reemplázase el inciso segundo del artículo 21, por el siguiente:
“En caso de transferencia, cesión, arrendamiento u otorgamiento del derecho de uso, a cualquier título, de concesiones y permisos, se requerirá la autorización previa de la Subsecretaría, la que no podrá denegarla sin causa justificada. En el caso de concesiones de radiodifusión sonora, la autorización no podrá solicitarse antes que las obras e instalaciones de la concesión hayan sido autorizadas de conformidad con el artículo 24 A y que hayan transcurrido a lo menos dos años desde la fecha en que se haya iniciado legalmente el servicio. El adquirente quedará sometido a las mismas obligaciones que el concesionario o permisionario, en su caso.”.
d) Agréganse en el número 4 del artículo 36, a continuación de la letra g), las siguientes letras h) e i), nuevas, reemplazándose en la letra f) la expresión “,y” por un punto y coma (;), y en la letra g), el punto final (.) por un punto y coma (;):
“h) Transferir, ceder, arrendar u otorgar el derecho de uso a cualquier título de una concesión de radiodifusión sonora, sin la previa autorización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, e
i) El no uso de la concesión dentro del término de un año, contado desde la fecha de su otorgamiento.”.”.
-o-
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
5. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, recaído en el proyecto de ley que crea la provincia de Marga Marga y modifica el territorio de las provincias de Valparaíso y Quillota, en la V Región de Valparaíso. (boletín Nº 5005-06-1)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en un mensaje, en primer trámite constitucional y reglamentario.
Para el tratamiento de esta iniciativa, la Comisión contó con la asistencia y participación de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, doña Claudia Serrano ; del asesor de esa repartición, señor Rodrigo Cabello ; y de los alcaldes de Limache, señor Germán Irarrázabal ; Olmué , señor Tomás Aranda ; Quilpué, señor Mauricio Viñambres , y Villa Alemana, señor Raúl Bustamante .
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Previamente al análisis de fondo y forma del proyecto, se hace constar, en lo sustancial, lo siguiente:
a) La idea matriz del proyecto en informe es crear en la V Región de Valparaíso la provincia de Marga Marga, que estará conformada por las comunas de Quilpué, Villa Alemana, Limache y Olmué .
b) Los artículos 1° permanente y 3° transitorio deben ser aprobados con quórum orgánico constitucional, según los artículos 110 inciso segundo y 113 inciso primero de la Carta Magna, respectivamente.
c) Los artículos 2° permanente; 1° y 4° transitorios deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
d) El proyecto fue aprobado, en general, por diez votos a favor y una abstención. Prestaron su asentimiento las señoras Pascal y Tohá , y los señores Becker , De Urresti , Duarte , Egaña , Godoy , Ojeda , Valenzuela y Ward , en tanto que se abstuvo el señor Bauer .
e) Se designó diputado informante al señor De Urresti, don Alfonso .
II. ANTECEDENTES GENERALES.
A) Antecedentes de hecho.
Al decir del mensaje, la iniciativa legal responde a la necesidad de adecuar la estructura territorial de la región de Valparaíso a los cambios demográficos y económicos que ella ha experimentado en los últimos años, satisfaciendo así de manera más eficaz las demandas de la comunidad, sin perjuicio de conjugar esos legítimos intereses con criterios técnicos que aseguren la viabilidad de la unidad territorial que se propone crear.
Agrega que, en este caso concreto, el Ejecutivo ha considerado las peculiares características productivas de las comunas de Quilpué, Villa Alemana, Olmué y Limache -situadas las dos primeras en la actual provincia de Valparaíso, y las otras dos en la de Quillota-, que las diferencian claramente de las demás comunas que conforman las provincias señaladas. Por otra parte, el gobierno ha estimado conveniente reunir las cuatro comunas en comento en una nueva provincia, atendiendo a las amplias y sólidas vinculaciones existentes entre ellas, que dicen relación tanto con una común vocación económica, como con su situación geográfica.
El nuevo ente territorial contaría con una superficie de 1.179,4 kilómetros cuadrados y una población de 277.525 habitantes.
Por último, el mensaje destaca que la nueva provincia coincidirá íntegramente con el territorio correspondiente al distrito electoral N°12.
B) Antecedentes de derecho.
El artículo 3° inciso tercero de la Carta Magna dispone que los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional.
A su vez, el artículo 110 de la Ley Fundamental estipula que para el gobierno y administración interior del Estado, el territorio de la República se divide en regiones y éstas en provincias. Para los efectos de la administración local, las provincias se dividirán en comunas. En su inciso segundo, la disposición en referencia señala que la creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas; la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones y provincias, serán materia de ley orgánica constitucional.
Por su parte, el artículo 63 N° 11 de la Constitución Política señala que lo relativo al establecimiento o modificación de la división política y administrativa del país es materia de ley. Complementando esta disposición, el artículo 65 inciso tercero prescribe que corresponde al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación con las materias arriba enunciadas.
También resulta atingente el artículo 113 de la Carta Fundamental, que, tras definir al concejo regional, encomienda a una ley de rango orgánico constitucional determinar sus atribuciones, integración y organización.
Por último, es pertinente el artículo 116 de la Constitución, que estatuye que en cada provincia existirá un consejo económico y social de carácter consultivo, debiendo determinar la ley orgánica constitucional respectiva su composición, forma de designación de sus integrantes, atribuciones y funcionamiento.
III. IDEA MATRIZ.
La idea matriz del proyecto en informe es crear en la V Región de Valparaíso la provincia de Marga Marga. Ella estará constituida por las comunas de Quilpué y Villa Alemana, que pertenecen actualmente a la provincia de Valparaíso; y por las de Limache y Olmué, que integran hoy día la provincia de Quillota. La modificación político-administrativa no altera los límites de las comunas aludidas.
IV. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
A) Discusión y votación general.
Durante la discusión general, la Subdere efectuó una reseña de los fundamentos y contenido de la iniciativa legal en informe, poniendo de relieve el hecho de que ella constituye la respuesta del gobierno a un anhelo muy antiguo de los casi trescientos mil habitantes de las comunas que se unen para formar la provincia de Marga Marga. Bajo esta óptica, la creación de aquélla permitirá “acercar” el Estado a quienes habitan en esa área, recogiendo a través de la figura del gobernador las inquietudes y propuestas de la comunidad. Acotó que la reestructuración político-administrativa que conlleva el proyecto va a significar que el número de consejeros regionales que representan a la provincia de Valparaíso ante el Core disminuya de 11 a 8 miembros, en tanto que Marga Marga contará con cuatro consejeros en dicho órgano. De este modo, la nueva provincia tendrá una participación adecuada en las decisiones que se adopten en el seno del Core y que atañan directamente a sus habitantes.
Por otra parte, la Comisión escuchó la opinión de los alcaldes de las comunas que, de acuerdo al proyecto, conformarían la nueva provincia propuesta. Dado que efectuaron un planteamiento común sobre la materia, se consigna a continuación una síntesis del mismo, que incluye los antecedentes contenidos en un estudio técnico que se distribuyó en la sesión.
A juicio de los ediles, la creación de la provincia de Marga Marga, en la Región de Valparaíso, se justifica con creces. Se trata -subrayaron- de una antigua aspiración, y que no hace sino recoger el sentir de la comunidad de las cuatro comunas concernidas (incluyendo, naturalmente, a las máximas autoridades locales), que presentan una evidente complementariedad turística, industrial, etc. Este anhelo fue recogido por la Asociación de Municipalidades del Marga Marga, creada en mayo de 2006, y que integran los cuatro municipios en comento. Actúa como ente administrador de la Asociación el municipio de Quilpué, ciudad capital de la provincia propuesta, que cuenta con el centro urbano más gravitante -130 mil habitantes- y que, además, es el punto de conexión obligatoria de todo el territorio provincial. Para su cometido, la Asociación dispone de cinco comisiones, entre ellas la de residuos sólidos urbanos, y las de educación y salud.
Por otro lado, destacaron que las cuatro comunas que conformarían la provincia de Marga Marga son periféricas de las actuales cabeceras provinciales y han demostrado tener capacidad para autosustentarse funcionalmente. En efecto, la conectividad del territorio se ha visto fortalecida en el último tiempo con ejes estructurantes como las vías troncales urbana y sur, el Metrotrén y el camino internacional ruta 60 CH. Por lo tanto, dicho territorio configura un área de enlace de los ejes de desarrollo de la región.
Cabe agregar que, en el período 1992-2002, la población de las comunas antedichas creció, en conjunto, un 19,5%, índice muy superior al promedio de la región, que fue del 11%. La nueva provincia presenta la característica de que es 96% urbana, lo que determina sus actividades productivas, que se orientan preferentemente hacia el sector terciario y de servicios. Olmué es la única excepción al respecto, ya que cuenta con un 36% de población rural. En su crecimiento demográfico, las cuatro comunas tienden hacia la conurbación. El territorio de la provincia de Marga Marga puede ser descrito como “litoral profundo”, y es complementario de las áreas costera y andina de la macrozona central del país.
Desde el punto de los beneficios que reportaría el establecimiento de este nuevo ente territorial, señalaron que la agrupación de las cuatro comunas permite obtener economías de escala en la licitación de servicios como áreas verdes, aseo, mantención vial y de transporte, alumbrado eléctrico, etc. En otros términos, la conformación de la provincia de marras apunta a una mejor gestión integral de los procesos de administración, planificación, control y fiscalización de su territorio. Por lo tanto, lejos de aumentar la burocracia, se reducirían los costos.
Si bien, por otra parte, la nueva gobernación no dispondría de recursos propios, la provincia, a través de los consejeros regionales que elija (y que serían cuatro), va a poder acceder a un mayor número de proyectos de financiamiento regional. En esta perspectiva, visualizan al gobernador como una figura que va a canalizar y potenciar las aspiraciones de las fuerzas vivas de las cuatro comunas, y no como un mero agente del Poder Ejecutivo en el territorio provincial.
Finalmente, argumentaron que resulta lógico que el territorio de la provincia de Marga Marga coincida exactamente con el distrito electoral N° 12.
-o-
El proyecto suscitó un amplio respaldo entre los integrantes de la Comisión. Se destacó que la creación de la provincia de Marga Marga materializa una antigua aspiración de los habitantes de las comunas mencionadas y, por ende, constituye una decisión acertada desde el punto de vista del ordenamiento territorial. Avala esta determinación la circunstancia de que la conectividad entre dichas comunas se ha visto acrecentada en los últimos años, con la inauguración de la nueva red vial conocida como “Troncal Sur”. Por otro lado, la presencia de un gobernador en ese ámbito territorial aportará una visión global, constituyéndose en un efectivo motor para su desarrollo. En una perspectiva distinta, se señaló que los habitantes de las comunas de Limache y Olmué sienten, en alguna medida, que han sido postergados por la gobernación de Quillota, en tanto que quienes viven en Quilpué y Villa Alemana han tenido, históricamente, una mayor cercanía con las comunas del interior que con las costeras, albergando, por ende, análogo sentimiento hacia Valparaíso . Finalmente, parece lógico que el actual distrito 12 coincida exactamente con el área que ocupan las cuatro comunas que integrarían la nueva agrupación territorial, en vez de estar distribuido entre las provincias de Valparaíso y Quillota, como sucede en la actualidad.
Puesto en votación en general, fue aprobado por diez votos a favor y una abstención, según se señaló en la suma de este informe.
B) Discusión y votación particular.
La idea matriz de la iniciativa legal se traduce en tres artículos permanentes y cuatro transitorios, respecto de los cuales en la Comisión se registró la votación que se indica.
Artículo 1°
Éste, que en síntesis crea la provincia de Marga Marga, con capital en Quilpué, y que comprende las comunas de Quilpué, Villa Alemana, Limache y Olmué , fue aprobado por diez votos a favor y una abstención.
Artículo 2°
Esta norma, que agrega a la planta de personal del Servicio de Gobierno Interior un nuevo cargo de gobernador, grado 3, fue aprobada por idéntica votación.
Artículo 3°
Esta disposición, que precisa que la ley en proyecto entrará en vigor el primer día hábil del sexto mes siguiente al de su publicación, fecha en que se nombrará al gobernador de la provincia en mención, fue aprobada por la votación arriba indicada.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
Artículo 1°
Éste, que faculta al Presidente de la República para que, dentro del plazo de 6 meses, contado desde la publicación de la ley, modifique, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, la planta de personal de los organismos de nivel nacional que sea necesario establecer en la nueva provincia, pudiendo, en el ejercicio de dicha atribución, crear empleos en la planta que indica, fijar sus grados, transformar cargos existentes, etc.; y que agrega que también podrá aumentar hasta en once cupos la dotación máxima de personal vigente del Servicio de Gobierno Interior, con la limitante de que ese mayor gasto no debe exceder el monto que especifica, fue aprobado, también, por diez votos a favor y una abstención.
Artículo 2°
Este artículo, según el cual en el plazo de noventa días, que se computa desde la instalación de la gobernación de la provincia de Marga Marga, ha de constituirse la comisión que, de acuerdo a la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, debe determinar los organismos que tienen derecho a participar en la elección de representantes por estamento para el Consejo Económico y Social Provincial de Marga Marga, fue aprobado por análoga votación.
Artículo 3°
Esta norma, con arreglo a la cual los consejeros regionales electos por las provincias de Valparaíso y Quillota representarán también a la provincia de Marga Marga hasta que tenga lugar la próxima elección del Consejo Regional, fue aprobada por diez votos a favor y una abstención.
Artículo 4°
Éste, en cuya virtud el mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de la presente ley durante el año en que se publique en el Diario Oficial, se financiará con reasignaciones internas de los ministerios y demás organismos que correspondan, fue aprobado por la misma votación.
C) Artículos e indicaciones rechazados.
No hubo artículos ni indicaciones rechazados.
D) Artículos e indicaciones declarados inadmisibles.
No hay normas que se hallen en alguna de las hipótesis descritas en el epígrafe.
-o-
Concluida la discusión y votación particular, la Comisión somete a la consideración de la H. Cámara el siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo 1°.- Modifícase la división provincial de la V Región, de Valparaíso, en la siguiente forma:
1) Exclúyanse del territorio de la provincia de Quillota, cuyos límites se encuentran establecidos por el número 4 del artículo 5° del Decreto con Fuerza de Ley N° 2-18.715, de 1989, las comunas de Limache y Olmué .
2) Exclúyanse del territorio de la provincia de Valparaíso, cuyos límites se encuentran establecidos por el número 5 del artículo 5° del Decreto con Fuerza de Ley N° 2-18.715, las comunas de Quilpué y Villa Alemana.
3) Créase la provincia de Marga Marga, capital Quilpué, que comprende las actuales comunas de Quilpué y Villa Alemana, de la provincia de Valparaíso, y las actuales comunas de Limache y Olmué, de la provincia de Quillota.
Artículo 2°.- Créase en la planta de personal del Servicio de Gobierno Interior, establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, el siguiente nuevo cargo:
Planta/Cargo
Grado
^@#@^N° Cargos
Total
AUTORIDADES
DE GOBIERNO
Gobernador
3°
1
1
Artículo 3°.- La presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del sexto mes siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al gobernador de la provincia de Marga Marga.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo Primero.- Facúltase al Presidente de la República para que, en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos, además, por el Ministro del ramo, modifique la planta de personal de aquellos organismos de nivel nacional que sea necesario establecer en la provincia que se crea. En el ejercicio de estas facultades, el Presidente de la República podrá crear empleos en la planta de personal de directivos correspondiente, fijar sus grados de ubicación y transformar cargos existentes, así como aumentar la dotación máxima de personal vigente de esos organismos en igual número al de empleos que se creen. De igual forma, podrá aumentar hasta en once cupos la dotación máxima de personal vigente del Servicio de Gobierno Interior, no pudiendo exceder el mayor gasto que se derive de este aumento, considerando su efecto año completo, de la cantidad de $ 156.546.000.
Artículo Segundo.- En el plazo de noventa días, contado desde la instalación de la Gobernación de la provincia de Marga Marga, se constituirá la comisión a que se refiere el artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.175, de 2005, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, a efectos de que se cumpla la disposición que fija el artículo 53 de la misma.
Artículo Tercero.- Se entenderá que los consejeros regionales electos en representación de las provincias de Valparaíso y Quillota representan también, hasta la próxima elección del Consejo Regional, a la provincia de Marga Marga.
Artículo Cuarto.- El mayor gasto fiscal que requiera la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial, se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.”.
-o-
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 19 de junio y 3 de julio de 2007, con la asistencia de los señores Duarte, don Gonzalo ( Presidente ); Bauer, don Eugenio ; Becker, don Germán ; De Urresti, don Alfonso ; Egaña, don Andrés ; Estay, don Enrique ; Farías, don Ramón ; Godoy, don Joaquín ; Ojeda, don Sergio ; señora Pascal, doña Denise ; señora Tohá, doña Carolina ; Valenzuela, don Esteban ; y Ward, don Felipe .
Sala de la Comisión, a 5 de julio de 2007.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión ”.
6. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que crea la provincia de Marga Marga y modifica el territorio de las provincias de Valparaíso y Quillota, en la V Región de Valparaíso. (boletín Nº 5.005-06)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda informa el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.
CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
1. Origen y urgencia
La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un Mensaje de S.E. la Presidenta de la República.
2. Disposiciones o indicaciones rechazadas
Ninguna.
3. Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad
Los artículos 2° permanente; 1° y 4° transitorios.
4. Se designó diputado informante al señor Delmastro, don Roberto .
-o-
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Patricio Escobar , Rodrigo Cabello , y Benjamín Valle , Jefe del Departamento de Estudios y Evaluación, Jefe de la División Legislativa y Asesor, respectivamente, todos de la subdere, y Hernán Moya , Asesor de la Dirección de Presupuestos.
El propósito de la iniciativa consiste en crear en la V Región de Valparaíso la provincia de Marga Marga, constituida por las comunas de Quilpue y Villa Alemana, que pertenecen actualmente a la provincia de Valparaíso; y por las de Limache y Olmué, que integran hoy día la provincia de Quillota. La modificación político-administrativa no altera los límites de las comunas aludidas y el territorio de la provincia que se crea coincide con el distrito electoral N° 12.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 6 de marzo de 2007, señala que el mayor gasto fiscal anual que irrogue el proyecto de ley es el siguiente:
Miles de $
Gastos en personal
156.546.-
Dotación adicional (11 cargos)
Bienes y Servicios de Consumo
35.000.-
Adquisiciones de Activos no Financieros
14.300.-
Total
205.846.-
Asimismo, precisa que la aplicación del proyecto durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos y en los años siguientes, con cargo a los recursos que se consulten en la Ley de Presupuestos para estos efectos.
En el debate de la Comisión varios señores Diputados formularon recomendaciones en el sentido de que frente a las solicitudes de creación de comunas, provincias o regiones la Subdere opere con algún modelo que utilice parámetros uniformes para evaluar su conveniencia y que su implementación responda a un cronograma previamente definido que facilite la adecuada asignación de los recursos.
La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento de los artículos 2° permanente, 1° y 4° transitorios.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
En el artículo 1° del proyecto, se modifica la división provincial de la V Región, de Valparaíso, en la siguiente forma:
Por el numeral 1), se excluyen del territorio de la provincia de Quillota, cuyos límites se encuentran establecidos por el número 4 del artículo 5° del Decreto con Fuerza de Ley N° 2-18.715, de 1989, las comunas de Limache y Olmué .
Por el numeral 2), se excluyen del territorio de la provincia de Valparaíso, cuyos límites se encuentran establecidos por el número 5 del artículo 5° del Decreto con Fuerza de Ley N° 2-18.715, las comunas de Quilpué y Villa Alemana.
Por el numeral 3), se crea la provincia de Marga Marga, capital Quilpué, que comprende las actuales comunas de Quilpué y Villa Alemana, de la provincia de Valparaíso, y las actuales comunas de Limache y Olmué, de la provincia de Quillota.
Por el artículo 2°, se crea en la planta de personal del Servicio de Gobierno Interior, establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, el siguiente nuevo cargo:
Planta/Cargo
Grado
^@#@^N° Cargos
Total
AUTORIDADES
DE GOBIERNO
Gobernador
3°
1
1
En el artículo 3°, se establece que la ley entrará en vigencia el primer día hábil del sexto mes siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al gobernador de la provincia de Marga Marga.
En el artículo primero transitorio, se faculta al Presidente de la República para que, en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos, además, por el Ministro del ramo, modifique la planta de personal de aquellos organismos de nivel nacional que sea necesario establecer en la provincia que se crea. En el ejercicio de estas facultades, el Presidente de la República podrá crear empleos en la planta de personal de directivos correspondiente, fijar sus grados de ubicación y transformar cargos existentes, así como aumentar la dotación máxima de personal vigente de esos organismos en igual número al de empleos que se creen. De igual forma, podrá aumentar hasta en once cupos la dotación máxima de personal vigente del Servicio de Gobierno Interior, no pudiendo exceder el mayor gasto que se derive de este aumento, considerando su efecto año completo, de la cantidad de $ 156.546.000.
En el artículo segundo transitorio, se señala que en el plazo de noventa días, contado desde la instalación de la Gobernación de la provincia de Marga Marga, se constituirá la comisión a que se refiere el artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.175, de 2005, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, a efectos de que se cumpla la disposición que fija el artículo 53 de la misma.
En el artículo tercero transitorio, se dispone que se entenderá que los consejeros regionales electos en representación de las provincias de Valparaíso y Quillota representan también, hasta la próxima elección del Consejo Regional, a la provincia de Marga Marga.
En el artículo cuarto transitorio, se contempla que el mayor gasto fiscal que requiera la aplicación de la ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial, se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.
Sometidos a votación los artículos precedentes fueron aprobados por 4 votos a favor y 2 abstenciones.
Tratado y acordado en sesiones de fechas 18 y 31 de julio de 2007, con la asistencia de los Diputados señores Ortiz, don José Miguel ( Presidente ); Aedo, don René ; Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Delmastro, don Roberto ; Dittborn, don Julio ; Insunza, don Jorge ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Robles, don Alberto ; Sunico, don Raúl y Von Mühlenbrock, don Gastón , según consta en las actas respectivas.
Concurrió, además, el Diputado señor Juan Bustos .
Sala de la Comisión, a 1 de agosto de 2007.
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción del diputado señor Errázuriz y de la diputada señora Isasi, doña Marta. Obliga a los bancos a cubrir automáticamente línea de sobregiro. (boletín N° 5231-03)
“Considerando:
1. Que los bancos, cuando el cuentacorrentista se sobregira, automáticamente le transfieren recursos desde su línea de crédito en cambio, cuando deposita en su cuenta corriente, debe solicitar en forma expresa la transferencia de recursos para cubrir la línea de crédito. Mientras tanto, el banco sigue cobrando intereses por el uso de los dineros transferidos desde la línea de crédito a la cuenta corriente;
2. Que la inmensa mayoría de los cuentacorrentistas no sigue, día a día, la evolución de la línea de crédito, por lo que pueden pasar meses en que paga intereses al banco aún cuando en su cuenta corriente tenga recursos más que suficientes para cubrir los fondos traspasados desde la línea de crédito, vengo en presentar el siguiente,
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Los bancos deberán transferir automáticamente, desde la cuenta corriente a la línea de crédito del cliente, los recursos depositados en la primera para cubrir total o parcialmente el crédito utilizado”.
Moción del diputado señor Errázuriz y de las diputadas señoras Herrera , doña Amelia e Isasi , doña Marta. Permite a trabajadores exigir a la empresa dar libre día laboral en caso que indica. (boletín N° 5232-13).
“Considerando:
1. Que hay días laborales que quedan entre festivos y que las empresas exigen trabajar, aunque los propios trabajadores ofrezcan recuperar esas horas otros días, sin alterar la marcha de la empresa
2. Que no todas las empresas pueden paralizar sus faenas, pero muchas sí pueden hacerlo y no lo hacen pese al ofrecimiento hecho por sus trabajadores;
3. Que si se trata de una empresa que por la naturaleza de su actividad, no le afecta que un día laboral pueda ser recuperado en otros días por sus trabajadores, es justo que si los trabajadores, a través de sus organizaciones sindicales o directamente lo piden, la empresa les permita no trabajar en un día laboral que esté entre dos días festivos, vengo en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Toda empresa que no realice una actividad cuya suspensión le ocasione perjuicio, estará obligada a dar libre a sus trabajadores el día laboral que quede entre dos festivos, si así lo pidieren los trabajadores, obligándose a recuperarlo en la forma y plazo que convengan con el empleador.
Moción del diputado señor Errázuriz. Prohíbe a alcaldes y concejales utilizar, en sus campañas, gigantografías en paneles en los cuales se ha realizado publicidad municipal. (boletín N° 5233-06)
“Considerando:
1. Que los municipios utilizan usualmente letreros de grandes dimensiones para distintos tipos de publicidad municipal, como llamar a sacar los permisos de circulación en esa comuna; promocionar los establecimientos educacionales administrados por el municipio o campañas sociales;
2. Que esos letreros son pagados con recursos municipales;
3. Que con frecuencia, en las elecciones municipales, esos mismos espacios aparecen ocupados por los alcaldes o concejales en ejercicio, sin que quede claro quién paga la publicidad, si es el municipio que arrienda el espacio o el candidato, vengo en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Los alcaldes y concejales en ejercicio, no podrán utilizar en sus campañas electorales espacios publicitarios que el municipio en que sirven haya utilizado durante el año que precede a la elección municipal. La infracción a esta norma hará incurrir al candidato en la inhabilidad para continuar en campaña.
Moción de los diputados señores Chahuán y Sepúlveda, don Roberto. Modifica diversas disposiciones del Código Procesal Penal con el objeto de precisar la imputación en la formalización para hacer más expedita la investigación del Ministerio Público. (boletín N° 5234-07)
Fundamentos del proyecto.
El Código Procesal Penal, que contiene las normas del procedimiento en materia criminal, en virtud de la incorporación a nuestra legislación de la Reforma Procesal Penal, vigente actualmente en todo el territorio nacional, contempla en su artículo 229, el concepto de formalización de la investigación, definiendo dicha actuación, como la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del juez de garantía, de que desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados.
Tal actuación constituye un avance fundamental con respecto al procedimiento anteriormente existente, por cuanto, en el marco de un justo y racional procedimiento, actualmente se le informa, en presencia judicial, a una determinada persona, que se sigue una investigación en su contra, respecto de determinados delitos, sin que ello signifique en modo alguno, transgredir el principio de inocencia que la ampara, por cuanto dicha indagación, que en virtud de la misma formalización, tendrá un plazo determinado para tal efecto, bien puede finalizar sin formularle cargo alguno al imputado.
Sin embargo, el artículo 232 del mismo texto legal, al describir la ritualidad que tendrá la audiencia de formalización, señala que en ella, “el juez ofrecerá la palabra al fiscal para que exponga verbalmente los cargos que presentare en contra del imputado y las solicitudes que efectuare al tribunal”.
Nos parece que si recién se está comunicando al imputado, la circunstancia de llevarse a cabo una investigación penal a su respecto, no resulta adecuado que se presenten cargos en su contra, ya que dicha incriminación debe ser el resultado de la investigación misma, y que amerite una acusación en los términos que contempla el artículo 259 del Código Procesal Penal, esto es, que en esta actuación deba consignarse, además de la individualización del o los acusados, la relación circunstanciada del o los hechos atribuidos, como su calificación jurídica y la participación que se atribuyere al acusado, debiendo señalarse asimismo los medios de prueba de que el Ministerio Público pensare valerse en el juicio.
Es por ende que en esta precisa etapa procesal, en la que el persecutor formula los cargos que como resultado de la pesquisa han de presentarse en contra del imputado, de modo que tal expresión, que se emplea en la audiencia de formalización, debe modificarse en nuestro concepto, de manera que se expongan como objeto de la misma, los hechos con caracteres de delito, que se atribuyen al sujeto de la imputación, sin que ello signifique en modo alguno vulnerar el principio de inocencia que lo ampara.
En mérito a las consideraciones que anteceden, venimos en someter a la aprobación de la Cámara de Diputados, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: Modifícase el texto del inciso primero artículo 232 del Código Procesal Penal, sustituyendo la expresión “para que exponga verbalmente los cargos que presentare en contra del imputado” por la siguiente:
“para que exponga verbalmente los hechos con caracteres de delito, materia de la investigación, que se atribuyen al imputado”.
Moción de la diputada señora Rubilar, doña Karla. Modifica el artículo 5° de la ley N° 20.066, de violencia intrafamiliar, ampliando el ámbito de protección a las ex parejas. (boletín N° 5235-18)
“Considerando.
1. Que, no obstante que la mayor cantidad de maltratos intrafamiliares tiene por víctima a las mujeres, nuestro Código Político asegura la Igualdad de Derechos de las personas ante la ley, motivo por el cual hacer una distinción de penas atendiendo al género de la víctima o victimario caería en una inconstitucionalidad;
2. Que, atendido a que en la generalidad de los proyectos vinculados a la materia, la idea central apunta a castigar más severamente al que, valiéndose de la condición de confianza existente, cometiere delito contra su pareja amparado en dicha condición;
3. Que, efectivamente merece mayor reproche social el delito cometido por una pareja a otra, puesto a que lo normal es que las personas que mantienen una relación de pareja no cometan delitos uno en contra de otro;
4. Que, si bien es cierto, la gran mayoría de los delitos son cometidos por convivientes (41%), la segunda relación con más incidencia en dichos delitos es la cometida por las ex parejas (14%);
5. Que, dado lo anterior, dichas ex relaciones deben tener una protección idéntica a las relaciones vigentes, cuándo es la ex relación el móvil para cometer el ilícito;
6. Que, por lo anterior, es que no se puede desconocer esta realidad, y no se puede dejar sin protección a las ex parejas;
7. Que, es del caso que la ley de Violencia intrafamiliar, dentro del ámbito de las relaciones de parejas, contempla la protección a la víctima que tenga o haya tenido calidad de cónyuge con el ofensor o una relación de convivencia con el;
8. Que, la realidad vivida actualmente, y conocida por todos a través de los medios de comunicación, es que no sólo existe vulneración de la esfera de confianza en las relaciones formales, como matrimonio, o semi formales, como la convivencia, relaciones en las cuales obviamente se ve vulnerada la confianza existente en una relación. Pues bien, en las relaciones informales, en las cuales no existe una convivencia, también existe esta esfera de confianza, que no se ve reflejada en el techo común, pero si existe, y con mayor intensidad en los momentos comunes; y
9. Que, por esto, es que no podemos dejar fuera del ámbito de protección, atendido que los fundamentos son lo mismos, a las relaciones de carácter informal, presentes o pasadas, correspondiendo al juez, establecer cuándo la relación, ó ex relación merece protección.
10. Atendido que no existe definición legal de relación de pareja, o no se puede establecer el plazo de extensión de la protección, se debe entrega al juez la determinación y tiempos necesarios para considerar dichas relaciones dentro de la esfera de protección.
Por lo tanto, por lo antes expuesto y con el objeto de corregir el vacío existente en nuestro Ordenamiento jurídico, es que tengo el Honor de someter a la consideración de esta H. Cámara el siguiente
Proyecto de Ley
Artículo único: Agrégase al artículo 5° de la ley N° 20.066, que estable, en la ley de Violencia lntrafamiliar, como inciso último párrafo, lo siguiente:
“Se considera además violencia intrafamiliar la cometida por la pareja, actual o pasada, cuando ésta actúe motivada por dicha relación, debiendo el Tribunal apreciar según el merito de los antecedentes, la existencia de ella, o el plazo de protección posterior al cese de esta.”
Moción de los diputados señores Chahuán y Sepúlveda, don Roberto. Modifica la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, incorporando un artículo 5° E, con el objeto de establecer obligación que indica para diputados y senadores. (boletín N° 5236-07)
Fundamentos del proyecto.
La ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, establece en sus artículos 5° A, 5° B, 5° C y 5° D, las normas de probidad y transparencia que han de regir sus actuaciones, tanto en lo que respecta a su labor netamente legislativa como en lo que se refiere a las relaciones que puedan tener con otras personas o instituciones, todo ello con el fin de evitar cualquier conflicto de intereses que pudiere afectarles en su gestión.
Coincidiendo plenamente con estos principios rectores, consideramos, no obstante, que debe agregarse además, el pleno compromiso de los representantes del electorado con el rechazo a la drogadicción, mal de nuestros tiempos, que se ha ido enquistando en el seno de nuestra sociedad, y que tantos perjuicios morales y pecuniarios ha causado a muchas familias que deben sufrir la pesada carga de contar entre sus miembros a adictos a este tipo de sustancias estupefacientes.
La drogadicción constituye una verdadera lacra que se ha ido extendiendo lenta, pero inexorablemente, en la comunidad nacional, al punto que muchas personas la consideran como algo absolutamente normal e inofensivo, y, que ya ha pasado a formar parte de sus hábitos cotidianos. Así, por lo demás, lo demuestran recientes encuestas, que consignan que el consumo de drogas, tales como la marihuana, se ha extendiendo a sectores medios y altos de la sociedad chilena.
Sin perjuicio de que se deben intensificar las acciones y políticas, tanto estatales como privadas para erradicar este flagelo, que se ha vuelto implacable y, que de acuerdo a estudios especializados, guarda íntima relación con la actividad delictual; estimamos que los miembros del Congreso Nacional deben dar una señal fuerte y decidida, que demuestre fehacientemente que no se encuentran atrapados en el consumo de drogas, lo que los convierte en personas plenamente vulnerables, que indudablemente afecta su independencia y, genera, aunque sea involuntariamente, un fuerte conflicto de intereses.
Para este propósito, consideramos que los diputados y senadores deben someterse, después que hayan sido proclamados electos y antes de asumir formalmente sus cargos, a una prueba científica, en la forma que determinen los reglamentos de las respectivas cámaras, con el fin de establecer que no tienen la calidad de consumidores de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas ilegales, la que deberá repetirse anualmente durante su respectivo período.
Aun cuando pudiere estimarse que una medida de esta naturaleza pudiera violar la vida privada de los miembros del Congreso, estimamos que en este caso debe primar el interés general, a fin de que los electores sepan, a ciencia cierta, que sus legítimos representantes se encuentran libres de este tipo de adicción.
En mérito a las consideraciones que anteceden, sometemos a la aprobación de la Cámara de Diputados, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: Modifícase la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, agregándose el siguiente artículo 5° E nuevo:
“Artículo 5° E: Los diputados y senadores, una vez que hayan sido proclamados electos y, antes de ser investidos como tales, deberán someterse a una prueba científica, con el fin de establecer que no son consumidores de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas ilegales, la que deberán efectuar anualmente durante su respectivo período, para los efectos previstos en el artículo 60 de Constitución Política. Los reglamentos de las respectivas cámaras establecerán forma y condiciones en que este tipo de pruebas se llevarán a cabo”
Moción de los diputados señores Díaz, don Marcelo; Fuentealba, Montes, y de las diputadas señoras Allende, doña Isabel y Pascal, doña Denise. Aumenta la edad mínima para contraer matrimonio. (boletín N° 5241-07)
1. Fundamento. El Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer, ha señalado que “el Comité observa con preocupación que la nueva Ley de Matrimonio Civil, que ha estado en vigor desde noviembre de 2004, haya aumentado la edad mínima para contraer matrimonio, tanto de los niños como de las niñas, sólo hasta los 16 años de edad. El Comité insta al Estado Parte a que siga revisando su legislación con vistas a aumentar la edad mínima legal, para contraer matrimonio a los 18 años para ponerla en conformidad con el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y con el párrafo 2, del artículo 16 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la recomendación general 21 relativa a la igualdad en el matrimonio y las relaciones familiares.”
En efecto, el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño dispone: “Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.” Por su parte, en el párrafo 2 del artículo 16 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se establece: “No tendrán ningún efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de niños y se adoptarán todas las medidas necesarias, incluso de carácter legislativo, para fijar una edad mínima para la celebración del matrimonio y hacer obligatoria la inscripción del matrimonio en un registro oficial.” Como resulta evidente, la legislación chilena no se ajusta a los parámetros internacionales.
En virtud de lo anterior, el Estado de Chile debe modificar su ordenamiento, con la finalidad de adecuar su derecho interno a los tratados internacionales, de los cuales es parte y a las recomendaciones de los organismos internacionales creados con ocasión de dichos tratados.
El efecto por antonomasia de los tratados es que los Estados quedan obligados por sus disposiciones y deben ejecutarlo integralmente. Esta regla, “pacta sunt servanda”, implica, no tan sólo cumplir los tratados, sino además, cumplirlos de buena fe. Esto es precisamente lo que establece la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, al señalar en su artículo 26 que “todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe.”
En este mismo sentido, se manifiesta la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la opinión consultiva N° 14, al señalar que “según el derecho internacional las obligaciones que éste impone, deben ser cumplidas de buena fe y no puede invocarse para su incumplimiento el derecho interno. Estas reglas pueden ser consideradas como principios generales del derecho y han sido aplicadas, aún tratándose de disposiciones de carácter constitucional, por la Corte Permanente de Justicia Internacional y la Corte Internacional de Justicia.”
2. Historia legislativa. La situación del menor ante el matrimonio ha variado con el transcurso del tiempo, modificándose con ocasión del cambio de la ley de Matrimonio Civil. En la anterior versión de la ley de Matrimonio Civil, que data del siglo XIX, el impedimento era la impubertad (art. 4°, N° 2). Actualmente, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 5 de la ley Nº 19.947, la situación es diversa, pues no se atiende ya a la pubertad. En efecto, una mujer mayor de 12 años y un varón mayor de 14, no obstante ser púberes, no pueden contraer matrimonio hasta que cumplan los 16 años.
Sin perjuicio de quedar en pleno vigor las sanciones civiles para el menor, la ley Nº 19.947, en su artículo 7 numeral 2, derogó los artículos 385 a 387, en los cuales se contenían delitos y sus respectivas penas para el menor que contrajese matrimonio.
3. Idea Matriz. Con miras a adecuar la legislación nacional a los tratados internacionales y a las recomendaciones de Organismos Internacionales, en este caso las del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, es necesario modificar las disposiciones legales relativas a la edad mínima para contraer matrimonio. En este sentido, resulta imprescindible modificar la ley de Matrimonio Civil y derogar la normativa relativa al asenso contenida en el Código Civil, toda vez que ésta pierde sentido si se establece como edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años de edad, pues se trata de un trámite aplicable sólo respecto de quienes no hubiesen cumplido los 18 años.
En razón de los fundamentos antes expuestos, vengo en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1. Modifíquese la ley Nº 19.947, sobre Matrimonio Civil, en el siguiente sentido:
1. En el numeral 2 del artículo 5, sustitúyase la palabra “dieciséis” por la palabra “dieciocho.”
2. En el inciso final del artículo 46, suprímase la frase “cónyuge menor de edad y el”; sustitúyase la frase “son hábiles” por la frase “es hábil”; sustitúyase la expresión “mismos” por la expresión “mismo”; y sustitúyase la expresión “representantes” por la expresión “representante”.
3. Suprímase la letra a) del artículo 48.
4. En el artículo 58, suprímase la frase “cónyuge menor de edad y el”; sustitúyase la frase “son hábiles para ejercer por sí mismos” por la frase “es hábil para ejercer por sí mismo”; y sustitúyase la expresión “representantes” por la expresión “representante”.
Artículo 2. En el Código Civil, deróguense los artículos 107, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 139 y el número 4 del artículo 1208.
Moción de los diputados señores Errázuriz y Escobar. Fija en 70 años desde fecha que indica, derechos de autor de obra inédita de Gabriela Mistral . (boletín N° 5242-24)
1. Que la ley de Propiedad Intelectual, N° 17.336, de 1970, dictada trece años después de la muerte de la poetisa Gabriela Mistral , fija en 70 años la duración de los derechos de autor de toda obra, contados desde la fecha del fallecimiento del autor, antes de pasar a pertenecer al patrimonio cultural común. Por tanto, podría discutirse si la expiración de los derechos de autor de la obra de Gabriela Mistral es de 50 años contados desde su fallecimiento, como lo establecía la citada ley del 10 de enero de 1957, fecha en que falleció la poetisa, o de 70 años, como lo determina la modificación posterior a la ley 17.336, conforme lo señala el artículo 3° N° 3 de la ley Nº 19.914, publicada en el Diario Oficial, el 19 de noviembre de 2003, cuarenta y seis años después de que muriera Gabriela Mistral ;
2. Que la pertenencia al patrimonio cultural común significa que los derechos de autor, equivalentes en general a un 10 por ciento del precio de venta de una obra, pertenecen en su totalidad, a quien publique o difunda la obra respectiva;
3. Que Gabriela Mistral falleció el 10 de enero de 1957, por lo que ya han pasado cincuenta años de su fallecimiento, quedando sólo veinte para que sus obras pasen a ser parte del patrimonio cultural común, en el evento de que no se discuta que la modificación legal del año 2003 rige para la obra de la poetisa;
4. Que la mayor parte de su obra, por lo que se sabe, es el material inédito que guardaba su albacea, Doris Dana en Estados Unidos de Norteamérica, y que su sobrina está entregando a nuestro país;
5. Que respecto de este enorme material, los niños pobres de Montegrande, que son los beneficiarios de los derechos de autor de la poetisa, sólo percibirían derechos dentro de los próximos veinte años por un material muy valioso que representa incluso más de lo que se había conocido de Gabriela Mistral ;
6. Que resulta del todo justo que respecto de este material y, eventualmente, de toda la obra de Gabriela Mistral de la que casi no se pagaron derechos de autor en los últimos treinta años, el plazo de setenta años antes de pasar a ser patrimonio cultural común se cuente desde esta fecha y no desde el año 1957, pues durante cincuenta años, un material muy valioso de Gabriela Mistral permaneció en Estados Unidos, sin que nadie lo conociera, vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Los derechos de autor del material inédito de Gabriela Mistral entregado a Chile por Doris Akin, sobrina de Doris Dana cincuenta años después del fallecimiento de Gabriela Mistral , beneficiarán a los niños pobres de Montegrande, conforme la voluntad de la poetisa, durante los próximos setenta años, contados desde la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial. No obstante lo anterior, si el desarrollo económico y social del país hace aconsejable reducir dicho plazo por no haber niños pobres en Montegrande, los referidos derechos de autor pasarán al patrimonio cultural común antes de esa fecha.
ARTÍCULO SEGUNDO: Corresponderá su administración y recaudación a la Orden de San Francisco, la que podrá coordinar sus acciones para el cobro de los derechos de autor con las corporaciones, fundaciones o personas naturales que estime. Deberá dar cuenta de su administración una vez al año al Ministerio encargado de la cultura y a la Cámara de Diputados.
Moción de los diputados señores Araya, Díaz, don Eduardo; González, Mulet, Venegas, don Mario, y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina; Saa, doña María Antonieta y Sepúlveda, doña Alejandra. Modifica el artículo 206 del Código Civil, relativo al plazo para impetrar la acción de filiación en caso de hijo póstumo. (boletín N° 5243-18)
“El artículo 1 N° 24 de la ley Nº 19.585, publicada en el Diario Oficial, 26 de octubre de 1998, que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales en materia de filiación, fue iniciada por Mensaje presidencial de julio de 1993.
Dicha ley tuvo por misión ajustar las disposiciones de la ley chilena a los Tratados Internacionales de DDHH del niño, como es la Convención Internacional de Derechos del Niño de la ONU.
Es del caso que entre las normas que estableció, están las que permiten la presentación de pruebas biológicas para la determinación de la filiación de los niños y niñas, así como el establecimiento de acciones de impugnación y reclamación de los lazos filiativos.
Así, el Art. 195 del Código Civil reformado, dispone: “La ley posibilita la investigación de la paternidad o maternidad, en la forma y con los medios previstos en los artículos que siguen.
El derecho de reclamar la filiación es imprescriptible e irrenunciable. Sin embargo, sus efectos patrimoniales quedan sometidos a las reglas generales de prescripción y renuncia”.
En materia de filiación, las acciones de reclamación de lazos de filiación persiguen el reconocimiento de aquellos que ligan al actor con las personas contra quien se dirige la acción.
Para el caso de la filiación matrimonial, el artículo 204 del Código Civil dispone que la acción de reclamación corresponde exclusivamente al hijo, al padre o a la madre [1].
Para el caso de la filiación no matrimonial, el artículo 205 dispone, que la acción de reclamación “corresponde sólo al hijo contra su padre o su madre, o a cualquiera de éstos cuando el hijo tenga determinada una filiación diferente (.) Podrá, asimismo, reclamar la filiación el representante legal del hijo incapaz, en interés de éste”.
Luego, el artículo 206 dispone: “Si el hijo es póstumo, o si alguno de los padres fallece dentro de los ciento ochenta días siguientes al parto, la acción podrá dirigirse en contra de los herederos del padre o de la madre fallecidos, dentro del plazo de tres años, contados desde su muerte o, si el hijo es incapaz, desde que éste haya alcanzado la plena capacidad”.
Vemos entonces, de que en este último caso, los representantes de los menores pueden impetrar la acción de reclamación del lazo filiativo, dentro del plazo de tres años contados desde la muerte del supuesto padre o madre. Pasados estos tres años, el niño o niña deberán esperar a cumplir mayoría de edad, y entonces podrán incoarla ellos mismos, por el plazo de tres años contados desde que adquirieron tal mayoría de edad.
Que este artículo plantea problemas graves, pues a veces, los representantes legales del menor no impetran la acción desde la muerte de su padre o madre, sea por negligencia, o por que por circunstancias de hecho se desconocía el lazo filiativo de que se trata.
Esto acarrea la terrible consecuencia de que los derechos hereditarios del menor que acceden a su calidad de hijo, que puede reclamarse, sólo se harán efectivos luego que el menor sea plenamente capaz. Esto provoca que en el lapso intermedio, los bienes del supuesto padre o madre se disipan, desaparecen, fenecen, o pueden ser enajenados, conservando el menor sólo una mera expectativa, pero jamás un derecho sobre ellos.
II. Historia del artículo 206 del Código Civil
Que el mensaje del Ejecutivo señala en el artículo 200 que: “En caso de haber fallecido alguno de los padres, la acción se dirigirá en contra de sus herederos, dentro del plazo de dos años, contados desde el fallecimiento o desde el conocimiento de las pruebas en que se haya de fundar la demanda”.
Es increíble que en su primer trámite, no recibió indicación alguna, ni en ningún discurso parlamentario haya habido crítica o aprobación específica de ella.
En el Senado, el Primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento [2], se analizó la norma propuesta, señalándose que “este artículo representa una innovación con respecto al artículo 272 vigente, que exige que la demanda presentada por el hijo natural sea notificada en vida del supuesto padre o madre y los herederos de éstos por remisión al artículo 398, sólo actúan representándolos cuando fallecen antes de la sentencia. El proyecto, en cambio, permite que la acción reclamando la filiación matrimonial se dirija contra los herederos del padre o madre fallecido”.
Los representantes del Ejecutivo explicaron que ello se debe a que, a diferencia de lo que ocurría en ese tiempo, en que el reconocimiento, en mayor o menor medida, dependía de la voluntad de los padres, el proyecto acepta todas las pruebas legales, entre ellas las pericias biológicas, para acreditar la filiación. Añadieron que autores como don Manuel Somarriva afirman incluso que, actualmente, podría entablarse una acción contra los herederos, siempre que persiga patrimoniales y no puramente filiativos.
La Comisión “no compartió las ideas contenidas en este precepto, en orden a admitir en general, las demandas contra los herederos del padre o de la madre fallecida, a la duración del plazo ni a la modalidad de cómputo del mismo que se contempla”, tomando en consideración que el mismo artículo 272 de la época, en su inciso final agregado, en 1991, por la ley N° 19.089, permitía que la demanda se notifique a cualquiera de los parientes de la madre, en caso de que el hijo sea póstumo o la madre haya fallecido dentro de los 30 días siguientes al parto sin haberlo reconocido. Sobre esa base, decidió conceder la acción de reclamación contra los herederos del padre o madre que haya fallecido antes del nacimiento del hijo o dentro de un determinado término siguiente al parto, que se amplió a los 180 días posteriores. El texto quedó como sigue:
“Artículo 200. Si el hijo que no se ha reconocido es póstumo, o fallece alguno de sus padres dentro de los ciento ochenta días siguientes al parto, la acción se dirigirá en contra de los herederos del padre o de la madre, dentro del plazo de un año, contado desde su muerte o desde que el hijo, alcanzada su plena capacidad, haya tomado conocimiento de la paternidad o maternidad que reclama. “
En el segundo informe de la misma Comisión [3], los senadores señora Feliú y señor otero, realizaron indicaciones para que, una vez alcanzada por el hijo la plena capacidad, el plazo de un año de que dispone para ejercer la acción se cuente desde esa misma oportunidad, y no desde que tome conocimiento de la paternidad o maternidad que reclama. El artículo quedó como sigue:
“Artículo 206. Si el hijo es póstumo, o si alguno de los padres fallece dentro de los ciento ochenta días siguientes al parto, la acción podrá dirigirse en contra de los herederos del padre o de la madre fallecidos, dentro del plazo de un año, contado desde su muerte o, si el hijo es incapaz, desde que éste haya alcanzado la plena capacidad.”.
En su tercer trámite constitucional, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones del Senado. La única mención al artículo, la hizo la diputada Pía Guzmán , quien señaló [4]:
“En tercer lugar, el artículo 206 establece que las acciones de reclamación no podrán dirigirse en contra de los herederos del supuesto padre o madre; es decir, no se puede reclamar el estado civil de hijo de una persona fallecida, respecto de sus herederos, salvo que sea un hijo póstumo o que su padre o madre hubiere fallecido dentro de los ciento ochenta días siguientes al parto.
Algunas personas estiman que estos plazos no deberían existir y que se podría reclamar el estado filiativo cualquiera fuera el plazo posterior de muerte del padre, dejándolo sin ninguna certeza jurídica.
Con esta prevención, votaremos favorablemente el artículo N° 206, por la siguiente razón: el actual artículo N° 272 del Código Civil señala: “...la calidad de hijo natural sólo podrá establecerse en juicio ordinario seguido contra legítimo contradictor, y siempre que la demanda se haya notificado en vida del supuesto padre o madre. “ Es decir, el Código Civil es restringido, mientras que la norma del proyecto del Senado establece un plazo para reclamar el estado filiativo de hijo con, obviamente, limitaciones de tiempo, que considero prudentes y que corresponden a la certeza jurídica que se debe establecer en estas materias.
Por lo anterior, votaré favorablemente el artículo referido”.
III. Conclusiones
Creemos que la discusión del artículo 206 fue muy escasa. Ello va en desmedro de una norma reflexiva, que se haya puesto en todos los supuestos de hecho.
Quedó claro que el Código Civil restringía el ejercicio de las acciones al periodo de vida del supuesto padre o madre y que los herederos actuaban como representantes cuando morían aquellos durante el juicio.
No obstante, subsisten las críticas acerca de la inequidad de los plazos. Creemos que los beneficiarios de esta norma son los niños. Si el espíritu de la legislación civil es acoger los principios de derecho internacional, uno de ellos es el del interés superior del niño, que es la principal protección de los intereses del niño, niña y adolescente, por sobre otras consideraciones.
La certeza jurídica del establecimiento de los lazos filiativos interesa a la sociedad, no solamente al niño.
Desde la perspectiva de los derechos extra patrimoniales (morales), perfeccionar la norma a la luz de los intereses del niño, implica favorecer la interposición de las acciones filiativas.
Desde la perspectiva de los derechos patrimoniales o pecuniarios, perfeccionar la norma a la luz de los intereses del niño, implica favorecer la asignación eficaz de sus derechos hereditarios que emanan de la filiación.
Entre la certeza que abogaba la diputada Guzmán , nosotros realizamos la opción moral de favorecer al menor, que es el mandato legal que el Estado asume al suscribir la Convención de Derechos del Niño, que establece el deber del Estado de defender el interés superior del niño.
Esta opción moral puede ir en desmedro de la certeza o estabilidad de las relaciones filiativas, pero va en beneficio de los derechos del menor, al imposibilitar que sus eventuales derechos filiativos carezcan de bienes sobre los cuales ejercerlos.
Por tanto, venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Reemplázase el artículo 206 del Código Civil por el siguiente:
“Si el hijo es póstumo, o si alguno de los padres fallece dentro de los ciento ochenta días siguientes al parto, la acción, podrá dirigirse siempre en contra de los herederos del padre o de la madre fallecidos.”
Moción de los diputados señores Espinosa, don Marcos y Sule. Regula la instalación de antenas de telefonía móvil. (boletín N° 5244-09)
1. El aumento explosivo de los equipos de telefonía móvil en nuestro país ha generado, también, una proliferación de antenas para dar “un mejor servicio al usuario”, como dicen los ejecutivos de las distintas compañías.
Este hecho concreto nos lleva a preguntar y preocuparnos por los efectos que puede tener sobre las personas la exposición a estos aparatos y antenas que generan lo que algunos llama “contaminación electromagnética”.
La radiación electromagnética comprende una variedad extraordinariamente amplia de emisiones naturales que interactúan diariamente con el cuerpo humano. Desde el punto de vista de la salud, importa conocer los efectos que puedan significar a la población la exposición habitual a este tipo de radiaciones, y de los posibles riesgos sanitarios asociados al uso permanente de estos avances tecnológicos.
Por su parte, los informes científicos sugieren que la exposición a los campos electromagnéticos emitidos por estos aparatos podría tener efectos perjudiciales para la salud, tales como cáncer, reducción de la fecundidad, pérdida de memoria y cambios negativos en el comportamiento y desarrollo de los niños.
En cualquier caso, el riesgo real de estas radiaciones sobre las personas aun no es conocido, y los campos electromagnéticos fiscalizados han mostrado resultados que podrían considerarse muy bajos o inexistentes.
Lo anterior, no resuelve la inquietud sobre el riesgo asociado para la salud de las personas, en el contexto donde ellas son sometidas a un número importante de estas radiaciones. Dicho de otra manera, estar sometido a una radiación podría no ser dañino para la salud, pero si se suman muchas fuentes de emisión radioeléctrica sobre las personas, no es posible seguir asegurando lo mismo.
2. Por ello, la Cámara de Diputados ha tenido una especial preocupación por este caso. De esta manera, durante el año 2006, se realizó una sesión especial para analizar este problema. “Los congresistas demandaron mejorar las normas sobre instalación de antenas de telefonía móvil, regulando su ubicación y evaluando los posibles daños que puedan causar en la población”
Así también, se aprobaron dos proyectos de acuerdo. Como señala una nota de www.camara.cl: “En primer lugar, los diputados aprobaron por 79 votos, un proyecto de acuerdo que solicita a la Presidenta el envío de un proyecto de ley, con la urgencia correspondiente, que regule integralmente los aspectos relativos a la instalación y funcionamiento de las antenas de telefonía móvil y fija de carácter inalámbrica, recogiendo el contenido de todas las mociones parlamentarias que sobre la materia se encuentran pendientes, de modo que se concilie el avance de la tecnología con la protección de la salud de las personas. El segundo proyecto de acuerdo, aprobado por 67 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, asume la responsabilidad de la Cámara de Diputados frente a las antenas celulares, y acuerda darle mayor urgencia y profundidad al tratamiento de las mociones presentadas, especialmente la del año 2000. También, se acuerda requerir una opción más reguladora y ordenadora de parte de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Vivienda y Salud, y revisar las normas vigentes sobre la instalación de antenas, analizar su eficacia, verificar su correspondencia con las últimas evidencias científicas existentes, compararlas con experiencias reguladoras extranjeras, recoger la opinión de vecinos respecto de su utilidad y funcionamiento, y formular las propuestas legislativas que correspondan”
3. Tanto los ecologistas como los congresistas de todos los sectores, han alzado voces contra la indiscriminada instalación de antenas de celulares lo que hace imperiosa la necesidad de regular sobre los lugares y las condiciones para su ubicación.
4. Sin embargo, la mayoría de las propuestas legislativas han abordado el problema sólo para regular la emisión de radiación electromagnética, consideran lo niveles máximos, regulación del sistema, las distancias entre antenas, las responsabilidades v tratamiento de las zonas sensibles.
No han existido mayores propuestas que apunten a regular la instalación indiscriminada de antenas de telefonía móvil con una mayor participación ciudadana.
5. Respecto de las antenas de telefonía móvil, cabe hacer presente que, según la Subsecretaría de Telecomunicaciones, las condiciones de emplazamiento y de potencia radiada de las antenas de telefonía móvil instaladas en nuestro país, satisfacen, en general, los criterios de exposición a radiofrecuencias permitidos según la normativa que internacionalmente existe sobre la materia, en particular, la de EEUU., país donde se ha investigado, ampliamente, el tema y donde existe una especial sensibilidad en torno a la salud ambiental.
Es así como, atendida la obligación de la Subsecretaría de Telecomunicaciones de velar porque todos los servicios de telecomunicaciones y sistemas e instalaciones que generen ondas electromagnéticas, cualquiera sea su naturaleza, sean instalados, operados y explotados de modo que no causen lesiones a personas o daños a cosas, el día 8 de mayo de 2000, se publicó en el Diario Oficial la resolución Exenta N° 505, que fija la Norma Técnica sobre Requisitos de Seguridad aplicables a las Instalaciones de Servicios de Telecomunicaciones que generan Ondas Electromagnéticas.
Esta norma establece los requisitos de seguridad aplicables a las antenas de telefonía móvil, requisitos que apuntan a la adopción de medidas de seguridad conducentes a impedir que las personas sean expuestas a una densidad de potencia igual o superior a 435 micro Watts/cm². Las concesionarias proveen semestralmente a esa Subsecretaría informes de medición respecto de la totalidad del parque instalado de sus antenas, incorporando en cada oportunidad las nuevas instalaciones y las modificaciones efectuadas.
En el caso de las antenas de telefonía móvil, la Subsecretaría de Telecomunicaciones no puede decidir donde se instalará la respectiva antena, ya que sólo ve lo relativo al proyecto técnico, y le basta contar con los certificados de la Dirección de Obras de la Municipalidad correspondiente, así como la Declaración de Instalación Eléctrica Interior exigida por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y el certificado de la Dirección de Aeronáutica Civil (Dgac).
En suma, para lo relativo a la ubicación de la antena no existe normativa, lo que abre dudas sobre todo en lo relacionado a su efecto acumulativo sobre las personas, en un entorno donde cada vez son necesarias más antenas, y, por lo tanto, más fuentes de radiación sobre las personas. Quizás se pueda estar seguro de que una antena de telefonía móvil no es nociva, pero a diario, estamos sometidos a un gran número de ellas, y este número está creciendo.
Dentro de las medidas faltantes en Chile, en torno a esta temática, se encuentran las atribuciones que puedan tener las respectivas municipalidades respecto de otorgar permisos para su construcción.
Otros problemas asociados a estas radiaciones, pero que no son relacionados a la salud, son el deterioro de la plusvalía de los bienes raíces colindantes, y la falta de mecanismos de participación ciudadana en esta materia.
6. Por estos motivos, los diputados aquí firmantes venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY.
Artículo primero: la designación del lugar de instalación de una antena de telefonía móvil deberá realizarse a través de una ordenanza municipal aprobada por los dos tercios del consejo municipal.
Además, antes de efectuarse la designación del lugar de instalación, la municipalidad deberá realizar una consulta vinculante a los vecinos del lugar donde se pretenda instalar la antena de telefonía móvil.
Artículo segundo: En ningún caso las antenas podrán instalarse a menos de 300 metros de establecimientos educacionales públicos o privados, centros de salud, jardines infantiles, salas cunas, hogares de ancianos u otras áreas sensibles de protección. Respecto de zonas residenciales, no podrán instalarse antenas de telefonía celular a menos de 150 metros”.
17. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 20 de julio de 2007.
Oficio Nº 1236
Excelentísimo
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. copia del requerimiento Rol Nº 815-2007, recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 230 del Código Procesal Penal, en la causa que actualmente se tramita ante el Juzgado de Garantía de San Fernando , Ruc Nº 0510001570-8, RIT Nº 179-2005. Además, le adjunto la resolución de admisibilidad y la que ordena dar traslado para los fines que indica.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.
18. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 20 de julio de 2007.
Oficio Nº 1232
Excelentísimo
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. copia del requerimiento Rol Nº 810-07-INA, recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los incisos décimo y penúltimo del artículo 2º de la ley Nº 16.271, sobre Impuestos a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, en la causa sobre reclamación tributaria, Rol Nº 5795-2006 de la Corte de Apelaciones de Santiago, caratulada “Boronig con Servicio de Impuestos Internos”. Además, le adjunto la resolución de admisibilidad y la que ordena dar traslado para los fines que indica.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
PRESENTE”.
19. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 26 de julio de 2007.
Oficio Nº 1250
Excelentísimo
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo el honor de remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia dictada por el Excmo. Tribunal Constitucional, recaída en la causa Rol Nº 588-06-INA, requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 96 del Código de Minería de 1983, que incide en la causa Rol Nº 875-2006 de la Excma. Corte Suprema, caratulada “Sociedad Química y Minera de Chile S.A. con S.C.M. Yodo y Salitre”.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.
20. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 31 de julio de 2007.
Oficio Nº 1256
Excelentísimo
Presidente de la Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. la causa Rol Nº 808-07-INA, acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 1º de la ley Nº 19.989, que incide en los autos sobre recurso de protección, Rol ingreso de Corte Nº 296-2006, caratulada “Balmaceda con Tesorería Regional Valparaíso y Fondo Solario de Crédito Universidad Católica de Valparaíso”, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso; además adjunto su declaración de admisibilidad, la resolución de esta misma fecha que fija las reglas de tramitación y la que ordena dar traslado para los fines que indica.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente (S); RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario
AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
PRESENTE”.