Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Eduardo Diaz Del Rio
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Soledad Alvear Valenzuela
- Victor Perez Varela
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. HOMENAJE
- HOMENAJE EN MEMORIA DEL EX DIPUTADO SANTIAGO PEREIRA BECERRA.
- ANTECEDENTE
- HOMENAJE : Roberto Leon Ramirez
- HOMENAJE : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- HOMENAJE EN MEMORIA DEL EX DIPUTADO SANTIAGO PEREIRA BECERRA.
- VI. ORDEN DEL DÍA
- AUTORIZACIÓN AL METRO DE SANTIAGO PARA LA OPERACIÓN DE SERVICIO DE BUSES. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Mario Venegas Cardenas
- INTERVENCIÓN : Cristian Monckeberg Bruner
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Duarte Leiva
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Uriarte Herrera
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Samuel Venegas Rubio
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Patricio Alejandro Hales Dib
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- INTERVENCIÓN : Ramon Farias Ponce
- SUPRESIÓN DE FUNCIONES ADMINISTRTIVAS EN CARABINEROS DE CHILE. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA.
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- AUTORIZACIÓN AL METRO DE SANTIAGO PARA LA OPERACIÓN DE SERVICIO DE BUSES. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
- VII. PROYECTOS DE ACUERDO
- COMPLEMENTACIÓN DE DECRETO SUPREMO SOBRE USO DE LUCES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN RUTAS INTERURBANAS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Francisco Chahuan Chahuan
- Cristian Monckeberg Bruner
- Osvaldo Palma Flores
- German Verdugo Soto
- Pablo Galilea Carrillo
- Juan Lobos Krause
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Ximena Valcarce Becerra
- Amelia Herrera Silva
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Roberto Sepulveda Hermosilla
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- CREACIÓN DE OFICINAS MUNICIPALES ANTIDELINCUENCIA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Fulvio Rossi Ciocca
- Marco Antonio Nunez Lozano
- Sergio Bobadilla Munoz
- Enrique Estay Penaloza
- Ivan Norambuena Farias
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Alberto Robles Pantoja
- Carolina Goic Boroevic
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Juan Lobos Krause
- INTERVENCIÓN : Esteban Valenzuela Van Treek
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- REDUCCIÓN DEL PAGO DE PEAJE URBANO A LOS MOTOCICLISTAS. TRAMITACIÓN PENDIENTE.
- ANTECEDENTE
- COMPLEMENTACIÓN DE DECRETO SUPREMO SOBRE USO DE LUCES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN RUTAS INTERURBANAS.
- VII. INCIDENTES
- RECHAZO A INTERVENCIONES DEL DIPUTADO ROBERTO SEPÚLVEDA EN CONTRA DE ALCALDE DE MAIPÚ.
- CAMPAÑA PARA CONSTRUIR MUSEO ARQUEOLÓGICO Y ANTROPOLÓGICO EN MONTEVERDE, PUERTO MONTT. OFICIOS.
- PROBLEMAS DE ACCIDENTABILIDAD VIAL EN COMUNA DE TIERRA AMARILLA. OFICIOS.
- INFORMACIÓN SOBRE CONTAMINACIÓN EN COMUNAS DE CALERA DE TANGO Y DE SAN BERNARDO. OFICIOS.
- ADHESION
- Ximena Vidal Lazaro
- Ivan Paredes Fierro
- Jaime Quintana Leal
- Rene Alinco Bustos
- Marcelo Diaz Diaz
- ADHESION
- EMERGENCIA POR SITUACIÓN CLIMÁTICA EN COMUNAS CORDILLERANAS DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA. OFICIO.
- HABILITACIÓN DE CENTRO DE DIÁLISIS PÚBLICO EN COMUNA DE LAUTARO. OFICIO.
- AUMENTO DE DOTACIÓN DE CARABINEROS Y NUEVO VEHÍCULO POLICIAL PARA RETÉN DE PÚA, COMUNA DE VICTORIA. OFICIOS.
- SANEAMIENTO DE TÍTULOS DE DOMINIO EN MALALCAHUELLO, COMUNA DE CURACAUTÍN. OFICIO.
- ANTECEDENTES SOBRE PROGRAMAS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD EN COMUNAS DE MACUL, SAN JOAQUÍN Y LA GRANJA. OFICIO.
- ANTECEDENTES SOBRE OCUPACIÓN ILEGAL DE PREDIO FISCAL EN ARICA. OFICIOS.
- ADHESION
- Roberto Leon Ramirez
- Samuel Venegas Rubio
- Rene Alinco Bustos
- ADHESION
- IMPULSO A LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA Y TÉCNICA SUPERIOR EN SAN ANTONIO. OFICIOS.
- ELIMINACIÓN DE PEAJES DE CHAIMÁVIDA Y CORONEL. OFICIO.
- INVESTIGACIÓN EN DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE ÑUBLE. OFICIO.
- SALUDOS A PERIODISTAS EN SU DÍA Y AL PERSONAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EN EL 196º ANIVERSARIO DEL CONGRESO NACIONAL.
- IRREGULARIDADES EN LICITACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS DE LA COMUNA DE COPIAPÓ. OFICIO.
- ACCIONES PARA MEJORAR EL TRANSPORTE MARÍTIMO EN EL LITORAL DE AISÉN. OFICIOS.
- ADHESION
- Rene Alinco Bustos
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- Informe de la delegación de diputados que concurrió al Séptimo Foro Global sobre Reinvención del Gobierno, efectuado en Austria, Viena, entre el 25 y el 29 de junio de 2007.
- AUTOR DE INFORME DE DELEGACIÓN PARLAMENTARIA
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Roberto Leon Ramirez
- AUTOR DE INFORME DE DELEGACIÓN PARLAMENTARIA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alvaro Escobar Rufatt
- Jorge Burgos Varela
- Francisco Chahuan Chahuan
- Julio Dittborn Cordua
- Marcelo Forni Lobos
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Eduardo Saffirio Suarez
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Carolina Toha Morales
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Alfonso De Urresti Longton
- Roberto Delmastro Naso
- Alvaro Escobar Rufatt
- Juan Lobos Krause
- Sergio Ojeda Uribe
- Manuel Rojas Molina
- Ivan Paredes Fierro
- German Verdugo Soto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Carolina Goic Boroevic
- Adriana Munoz D'albora
- Denise Pascal Allende
- Karla Rubilar Barahona
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Laura Soto Gonzalez
- Carolina Toha Morales
- Ximena Vidal Lazaro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Enrique Accorsi Opazo
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Carolina Goic Boroevic
- Adriana Munoz D'albora
- Denise Pascal Allende
- Karla Rubilar Barahona
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Laura Soto Gonzalez
- Carolina Toha Morales
- Ximena Vidal Lazaro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Felipe Salaberry Soto
- Claudio Alvarado Andrade
- Gonzalo Arenas Hodar
- Jose Ramon Barros Montero
- Edmundo Eluchans Urenda
- Marcelo Forni Lobos
- Carlos Recondo Lavanderos
- Manuel Rojas Molina
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Claudia Nogueira Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Informe de la delegación de diputados que concurrió al Séptimo Foro Global sobre Reinvención del Gobierno, efectuado en Austria, Viena, entre el 25 y el 29 de junio de 2007.
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 355ª
Sesión 48ª, en miércoles 11 de julio de 2007
(Ordinaria, de 10.39 a 14.25 horas)
Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio, y Díaz Díaz, don Marcelo.
Presidencia accidental del señor, Hales Dib, don Patricio.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- HOMENAJE
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- PROYECTOS DE ACUERDO
VIII.- INCIDENTES
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 7
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
V. Homenaje.
- Homenaje en memoria del ex diputado Santiago Pereira Becerra 11
VI. Orden del Día.
- Autorización al Metro de Santiago para la operación de servicio de buses. Primer trámite constitucional 13
- Supresión de funciones administrativas en Carabineros de Chile. Tercer trámite constitucional. Integración de comisión mixta 36
VI. Proyectos de acuerdo.
- Complementación de decreto supremo sobre uso de las luces de vehículos motorizados en rutas interurbanas 37
- Creación de oficinas municipales antidelincuencia 39
- Reducción del pago de peaje urbano a los motociclistas. Tramitación pendiente 41
VII. Incidentes.
- Rechazo a intervenciones del diputado Roberto Sepúlveda en contra de alcalde de Maipú 42
- Campaña para construir museo arqueológico y antropológico en Monteverde, Puerto Montt. Oficios 43
- Problemas de accidentabilidad vial en comuna de Tierra Amarilla. Oficios 44
- Información sobre contaminación en comunas de Calera de Tango y de San Bernardo. Oficios 44
- Emergencia por situación climática en comunas cordilleranas de la Región de La Araucanía. Oficio 45
- Habilitación de centro de diálisis público en comuna de Lautaro. Oficio 45
- Aumento de dotación de carabineros y nuevo vehículo policial para retén de Púa, comuna de Victoria. Oficios 46
- Saneamiento de títulos de dominio en Malalcahuello, comuna de Curacautín. Oficio 46
- Antecedentes sobre programas de atención primaria de salud en comunas de Macul, San Joaquín y La Granja. Oficio 47
- Antecedentes sobre ocupación ilegal de predio fiscal en Arica. Oficios 48
Pág.
- Impulso a la educación universitaria y técnica superior en San Antonio. Oficios 49
- Eliminación de peajes de Chaimávida y Coronel. Oficio 50
- Investigación en departamento provincial de Educación de Ñuble. Oficio 51
- Saludos a periodistas en su día y al personal de la Cámara de Diputados en el 196° aniversario del Congreso Nacional 53
- Irregularidades en licitación de residuos sólidos domiciliarios de la comuna de Copiapó. Oficio 53
- Acciones para mejorar el transporte marítimo en el litoral de Aisén. Oficios 54
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual comunica que ha resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto sobre reasignación de concesiones y autorizaciones de acuicultura caducadas. (boletín N° 5120-21) 56
2. Oficio del H. Senado por el cual comunica que tomó conocimiento del rechazo de la Cámara de Diputados a las modificaciones propuestas al proyecto que establece normas en beneficio del circo chileno, y del nombre de los señores Diputados que integrarán la Comisión Mixta que deberá constituirse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de la República. (boletín N° 2579-06) 56
3. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana recaído en el proyecto de acuerdo, con urgencia “simple”, Aprobatorio del “Acuerdo entre la República de Chile y Japón para una Asociación Económica Estratégica”, y su Anexos, adoptada en Tokio el 27 de marzo de 2007. (boletín N° 5114-10) 57
4. Certificado de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de acuerdo, con urgencia “simple”, Aprobatorio del “Acuerdo entre la República de Chile y Japón para una Asociación Económica Estratégica”, y su Anexos, adoptada en Tokio el 27 de marzo de 2007. (boletín N° 5114-10) 65
5. Informe de la Comisión de Familia recaído en el proyecto que modifica el Código del Trabajo resguardando el derecho a la igualdad en las remuneraciones. (boletín N° 4356-13) 66
6. Informe de la delegación de diputados que concurrió al séptimo Foro Global sobre Reinvención del Gobierno, efectuado en Austria, Viena, entre el 25 y el 29 de junio de 2007 112
7. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Escobar, Burgos, Chahuán, Dittborn, Forni, Hales, Jiménez, Saffirio, Valenzuela, y de la diputada señora Tohá, doña Carolina, que denomina “Cerro Huelén” al actual “Cerro Santa Lucía”, ubicado en la comuna de Santiago, en homenaje al cacique Huelén-Huara. (boletín N° 5163.24) 115
Pág.
8. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Chahuán; Sepúlveda, don Roberto; De Urresti, Delmastro, Escobar, Lobos, Ojeda, Rojas, Paredes y Verdugo, que modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados con el objeto de impedir que las sesiones de las comisiones se efectúen simultáneamente con las sesiones de Sala. (boletín N° 5192-16) 117
9. Proyecto de reforma constitucional iniciado en moción de los diputados señores Accorsi, y de las diputadas señoras Cristi, doña María Angélica; Goic, doña Carolina; Muñoz, doña Adriana; Pascal, doña Denise; Rubilar, doña Karla; Saa, doña María Antonieta; Soto, doña Laura; Tohá, doña Carolina y Vidal, doña Ximena, que incorpora normas contra la discriminación y publicidad que atente contra la dignidad de las personas. (boletín N° 5193-07) 118
10. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Accorsi, y de las diputadas señoras Cristi, doña María Angélica; Goic, doña Carolina; Muñoz, doña Adriana; Pascal, doña Denise; Rubilar, doña Karla; Saa, doña María Antonieta; Soto, doña Laura; Tohá, doña Carolina, y Vidal, doña Ximena, que introduce reglas relativas a la publicidad discriminatoria en la ley del consumidor. (boletín N° 5194-03) 122
11. Proyecto iniciado en moción del diputado señor Errázuriz, que modifica la ley N° 19.925, de alcoholes, con el objeto de no responsabilizar a quien vende alcohol, por el consumo fuera de su local. (boletín N° 5195-11) 125
12. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Salaberry, Alvarado, Arenas, Barros, Eluchans, Forni, Recondo, Rojas, Von Mühlenbrock, y de la diputada señora Nogueira, doña Claudia, que “declara feriado el día 17 de septiembre del año 2007”. (boletín N° 5196-06) 125
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Licencia.
- Licencia médica acompañada por el diputado señor Díaz, don Eduardo, por la cual acredita que deberá permanecer en reposo por un plazo de 4 días, a contar del 10 de julio en curso.
2. Oficios.
- De la Comisión de Salud por el cual solicita el acuerdo de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala el día miércoles 11 de julio en curso, de 11 a 13 horas, con el objeto de continuar la discusión del proyecto que regula los derechos y deberes que las personas tienen en relación con acciones vinculadas a su atención en salud (boletín N° 4398-11).
Contraloría General de la República:
- Diputado Arenas , irregularidades del alcalde de Lumaco .
- Diputado García, investigación en Chiledeportes de la IX Región.
- Diputado Aedo, balances de la Municipalidad de Copiapó desde el año 2004 a la fecha.
Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Diputado Forni, permiso de ingreso a Argentina a transportistas de camiones.
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Mulet, obras portuarias para pescadores artesanales de la Región de Atacama.
- Diputado Urrutia, vía lateral a la Ruta 5 Sur, lado Oriente.
- Diputado Jaramillo, acceso de emergencia a la altura del cruce de Puerto Nuevo.
- Diputado Forni, calle de acceso a sector El Llano.
- Diputado Uriarte, Autopista del Sol, plaza de peaje de Malloco.
- Diputado Mulet, monitoreo a glaciares en cordillera de Los Andes.
- Diputado Ortiz, inversiones públicas en comuna de Chiguayante.
Ministerio de Agricultura:
- Diputado García, atención pública de los funcionarios de Indap de la oficina de Villarrica.
Ministerio Secretaría General de Gobierno:
- Diputada Cristi, construcción de una planta de gas propano.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (107)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Herrera Silva, Amelia RN V 12
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND I 1
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistió el ministro de Transportes y Telecomunicaciones , señor René Cortázar.
-Concurrió, también, la senadora señora Soledad Alvear y el senador señor Víctor Pérez.
-Por encontrarse con permiso constitucional, no asistieron los diputados señores Fernando Meza Moncada, Juan Carlos Latorre Carmona, Nicolás Monckeberg Díaz y Eugenio Tuma Zedan.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.39 horas.
El señor WALKER (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor WALKER (Presidente).-
El acta de la sesión 43ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 44ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
-o-
El señor WALKER ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión de Salud para sesionar hoy simultáneamente con la Sala, de 11 a 13 horas, con el objeto de continuar la discusión y votación del proyecto que regula los derechos y deberes que las personas tienen en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
V. HOMENAJE
HOMENAJE EN MEMORIA DEL EX DIPUTADO SANTIAGO PEREIRA BECERRA.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde rendir homenaje al ex diputado don Santiago Pereira Becerra.
Hago presente que se encuentran en la tribuna de honor Santiago, Rafael y María Eliana Pereira Lagos, hijos de nuestro homenajeado, quienes nos acompañan junto a familiares y amigos.
Aprovecho de saludar a la presidenta del Partido Demócrata Cristiano, senadora Soledad Alvear, que también nos acompaña en esta ocasión.
Tiene la palabra el diputado señor Roberto León para rendir homenaje en nombre de los partidos de la Concertación por la Democracia.
El señor LEÓN (de pie).-
Señor Presidente, estimadas diputadas y estimados diputados, senadora Soledad Alvear, estimados hijos e hijas de nuestro homenajeado:
Para mí, como jefe de bancada del Partido Demócrata Cristiano, hijo de un dirigente sindical democratacristiano, es un alto honor rendir homenaje a don Santiago Pereira Becerra en nombre de las bancadas del Partido Socialista, del Partido por la Democracia y del Partido Radical.
Nunca ha sido fácil representar el sentir de quienes nos han elegido para que seamos su voz ante el Estado y la Nación. Nadie nos dijo que lo sería. Nuestra opción y carácter de servidores públicos, finalmente, nos motivaron para estar hoy aquí.
En esta oportunidad, quiero expresar el respeto y gratitud de todos quienes supieron que don Santiago Pereira fue un digno representante de aquellos que en tiempos difíciles de nuestra República fueron escuchados gracias a la tribuna que consiguió este camarada.
Desde sus años de sindicalista, impulsado por una profunda convicción cristiana, privilegió la dignidad y solidaridad entre los trabajadores.
Entre muchas otras cosas, en 1971, fundó el Frente Unitario de Trabajadores , FUT. Ese organismo, con sello propio, bajo sus ideales logró transmitir el sentido de la unidad entre sectores gremialistas y sindicales. De esta manera, logró que dicha entidad reuniera tanto a trabajadores públicos como privados.
En el ámbito de los derechos humanos, Santiago Pereira combatió con el alma y sed de justicia los atropellos y abusos del poder ejercido por la dictadura militar a contar de 1973. Asistió a misiones de solidaridad a nivel mundial y defendió los derechos de miles de trabajadores abusados, oprimidos, exiliados, asesinados y desaparecidos.
Fue el pilar fundamental para establecer las bases de un sindicalismo orgánico, inspirado en la solidaridad del ser humano. Su nombre y el de los líderes Humberto Soto Arancibia , Tucapel Jiménez , Manuel Bustos y Clotario Blest , serán grabados a fuego en el espíritu de los trabajadores del país, pues siempre estuvieron dispuestos a servir hasta el último minuto de sus vidas.
En esta oportunidad, estamos despidiendo desde esta tribuna a lo mejor de nuestra República. A un hombre que, por sobre todo, supo reconocer que no basta con quedarse mirando los problemas, sino que hay que ir en la búsqueda de soluciones.
Los trabajadores le deben mucho. Pero más le debemos quienes buscamos su ejemplo para aplicarlo en nuestro quehacer diario, el cual muchas veces es pesado e incomprendido y que sólo podemos llevar adelante gracias al ejemplo de don Santiago Pereira.
No hay mejor persona que aquella que da la vida por amor a sus ideales y amigos. Santiago Pereira se entregó por completo a la lucha en defensa de sus amigos, los trabajadores.
Hoy descansa en paz. Sabe que cuando miramos hacia atrás por él y su familia, nos asiste la convicción de que estuvo muy bien todo lo que hizo.
He dicho.
-Aplausos.
El señor WALKER (Presidente).-
En nombre de la Alianza por Chile, rinde homenaje el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL (de pie).-
Señor Presidente , distinguida familia de don Santiago Pereira Becerra, que nos acompaña; presidenta del Partido Demócrata Cristiano, senadora doña Soledad Alvear ; diputadas y diputados:
Siempre será un honor para el parlamentario que habla rendir homenaje a quienes lo han precedido en la representación del antiguo y tradicional primer distrito de Santiago en ésta, nuestra Cámara de Diputados.
Además, para mí es especialmente honorífico rendir este homenaje en representación de todos los diputados de la Alianza por Chile.
Es el caso del ex diputado por el primer distrito de Santiago don Santiago Pereira Becerra, a quien no tuve el gusto ni el honor de conocer personalmente, pero que al revisar su trayectoria, su labor parlamentaria y sus antecedentes biográficos, se me representa como uno de esos santiaguinos de tomo y lomo a quienes tanto conozco y respeto, de recia urdiembre identificatoria; de esas personas a las que corresponde reconocer su aporte valioso por haber abrazado con pasión, con rigor, con honestidad la actividad pública y que trajeron su experiencia invaluable de vida a los debates y decisiones de la Cámara de Diputados de Chile.
Don Santiago Pereira realizó sus estudios escolares en dos colegios en los que aún palpita el crisol de los niños y jóvenes de nuestra capital: el seminario de Santiago y el liceo Manuel Barros Borgoño .
La presencia del ex diputado Pereira Becerra en la Cámara nos habla de una época en que nuestro Congreso Nacional se nutría de aquella pujante clase media ilustrada que ha sido uno de los capitales sociales más importantes de nuestro país, la que se incorporó con fuerza en la actividad política, en las primeras décadas del siglo pasado, alentada por la cuestión social y por los problemas de relación entre el capital y el trabajo.
Fue un funcionario administrativo destacado en la Contraloría General de la República, excelente escuela de servicio público de nuestra patria. Llegó a ser presidente de la asociación de empleados de esa institución, participante activo de organizaciones gremiales, como la Anef, y sindicales, en su calidad de dirigente nacional de la Central Unitaria de Trabajadores.
De inquebrantable militancia democratacristiana, fue miembro y partícipe del fenómeno de irrupción política que representó ese partido en la década del 60, del siglo XX. Fue elegido diputado por el período 1965-1969.
Dejamos constancia que él no fue un cómodo espectador de las tensiones que vivía nuestro país. Fue un actor y un exponente de una generación que fijó rumbos al devenir de su país en los años que vendrían.
En la Cámara, por su experiencia, integró, con brillo, con talento, la Comisión de Trabajo y Legislación Social. Su quehacer se concentró en los temas que le apasionaban y le resultaban más cercanos a sus angustias, a sus sueños, a sus vivencias personales; en los temas de trabajo, que él vivió como trabajador y dirigente de múltiples organizaciones.
La relación laboral, en sus múltiples complejidades, en una sociedad que planteaba, y aún sigue planteando, dilemas agudos sobre la materia, fue el motor de su acción política.
Nuestro ex colega falleció el pasado 31 de mayo, dejando un testimonio de valioso aporte en los registros históricos de esta Corporación.
A su distinguida familia, a la presidenta de su partido, a sus camaradas, a sus amigos, a los parlamentarios, vayan estas palabras de reconocimiento a un hombre que sirvió a su
país recogiendo, en su paso por este mundo, la evolución política de un siglo, sus luces, sus aflicciones, sus crisis, sus apogeos, pero también sus mejores sueños.
He dicho.
-Aplausos.
El señor WALKER ( Presidente ).-
De esta forma, la Cámara de Diputados ha rendido un merecido homenaje al ex diputado don Santiago Pereira Becerra.
Reitero nuestro agradecimiento a su familia y a la senadora Soledad Alvear, presidenta del Partido Demócrata Cristiano, por habernos acompañado.
-Aplausos.
-o-
El señor WALKER ( Presidente ).-
Saludo con mucho cariño al diputado Enrique Jaramillo, quien hoy está de cumpleaños.
¡Muchas felicidades!
-Aplausos.
VI. ORDEN DEL DÍA
AUTORIZACIÓN AL METRO DE SANTIAGO PARA LA OPERACIÓN DE SERVICIO DE BUSES. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en mensaje, con urgencia calificada de “suma” en todos sus trámite, que permite la prestación de servicio de buses y minibuses por parte de Metro S. A., en los casos que indica.
Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el diputado Mario Venegas.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 5091-15, sesión 31ª, en 6 de junio de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 2.
-Primer informe de la Comisión de Obras Públicas y Telecomunicaciones, sesión 47ª, en 10 de julio de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 3.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor VENEGAS (don Mario).-
Señor Presidente , el proyecto de ley, que se inició en un mensaje de su excelencia el vicepresidente de la República , permite la prestación del servicio de buses y minibuses por parte de Metro S. A., en los casos que indica.
Su urgencia ha sido calificada de “suma” en todos sus trámites.
El proyecto tiene por objeto incorporar en el giro social de Metro S. A. la posibilidad de prestar servicio de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses, previa solicitud del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Constancias reglamentarias.
Debo señalar que el proyecto no contiene artículos nuevos, que contiene normas de quórum calificado, que no contiene normas que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda; que en el transcurso de su discusión y análisis se formularon cinco indicaciones, las que fueron declaradas inadmisibles, y que una fue aprobada.
El proyecto fue aprobado en general por 6 votos a favor, de los diputados señores Espinoza , Hales, Latorre; Sepúlveda , doña Alejandra ; Venegas, don Mario, y Venegas, don Samuel ; 2 votos en contra, de los diputados señores Monckeberg , don Cristián , y Uriarte , y 3 abstenciones, de los diputados señores Alvarado , Correa y García .
La Comisión contó con la asistencia y colaboración, entre otros, del ministro de Transportes y Telecomunicaciones , del subsecretario de dicha cartera, del ministro Secretario General de la Presidencia, de asesores de ambas secretarías de Estado y de representantes de Metro S.A.
Antecedentes generales.
En 1989 se dictó la ley Nº 18.772, que establece normas para transformar la Dirección General de Metro en sociedad anónima.
En virtud de su artículo 1º se constituyó la sociedad anónima denominada “Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A.”.
De acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 18.772 y en los estatutos de la empresa, el objeto social de Metro S.A. es “la realización de todas las actividades propias del servicio de transporte de pasajeros en ferrocarriles metropolitanos y otros medios eléctricos complementarios y las anexas a dicho giro, pudiendo con tal fin constituir o participar en sociedades y ejecutar cualquier acto u operación relacionado con el objeto social”. En consecuencia, el giro principal de la empresa es el transporte de pasajeros en el ferrocarril metropolitano.
Asimismo, en virtud de su incorporación al Plan de Transporte Público de la ciudad de Santiago, denominado Transantiago, Metro S.A. cumple un rol preponderante y esencial en el funcionamiento del mismo. En efecto, Metro S.A. se configuró como la red estructurante y articuladora del nuevo sistema de transporte público de pasajeros de Santiago y, por lo tanto, se ha transformado en el eje principal del transporte público urbano para la Región Metropolitana.
Fundamentos del proyecto.
Con motivo de la puesta en marcha del plan de transportes Transantiago, ha quedado en evidencia que los servicios de transporte público en los buses de superficie, por las vías licitadas, no ha funcionado en la forma dispuesta, debido a lo cual la gran mayoría de los usuarios ha optado por utilizar el Metro como medio de transporte. Por lo tanto, esa empresa ha debido absorber una fuerte demanda de pasajeros.
El Gobierno tiene la obligación de velar por la continuidad del transporte público de superficie y subterráneo y, en consecuencia, debe contar con las facultades para que en casos excepcionales que lo justifiquen, mantener la continuidad de los servicios públicos de transporte.
En consideración a lo anterior, el Gobierno considera de gran necesidad el otorgamiento de nuevas atribuciones a la autoridad pública competente, para asegurar la continuidad y calidad del servicio de trasporte público urbano.
Ideas matrices o fundamentales del proyecto.
La idea matriz es incorporar en el giro social de Metro S.A., la posibilidad de prestar servicios de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses, previa solicitud del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Para ese efecto, el proyecto propone una ampliación del giro de la empresa, a fin de que también pueda realizar la prestación de servicios de transporte público de pasajeros en superficie, a través de la operación de buses, en las situaciones especiales y excepcionales en que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones se lo solicite. Esta nueva actividad tiene como objetivo solucionar los problemas en el servicio de transporte público de pasajeros que afectan a la población y asegurar la continuidad ininterrumpida del servicio.
Dicha facultad es sin perjuicio de la que posee en la actualidad el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para contratar en forma directa y autorizar la prestación de servicios de transporte.
El proyecto contiene normas de quórum calificado, por relacionarse con la actividad empresarial del Estado, según lo establecido en el artículo 19, número 21º, de la Constitución Política de la República.
En la Comisión se presentaron seis indicaciones, cinco de las cuales fueron declaradas inadmisibles por su Presidente y una admisible, que posteriormente se aprobó.
En relación con algunos aportes realizados durante la discusión en general, deseo resaltar lo señalado por el ministro secretario general de la Presidencia , señor José Antonio Viera-Gallo , quien explicó que a través de esta iniciativa se propone, como expresé, autorizar a Metro S.A. a prestar servicios de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses, previa solicitud del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Añadió que en el inciso segundo del artículo 2º, se le entrega la facultad de “ejecutar cualquier acto u operación relacionados con el objeto social”, y éste a su vez consiste en el “transporte de pasajeros en ferrocarriles metropolitanos u otros medios eléctricos complementarios y las anexas a dicho giro”. En razón de ello, a su juicio, no sería necesario legislar para ampliar el giro de la empresa. No obstante, el Ejecutivo presentó este proyecto de ley para evitar en el futuro cualquier disputa jurídica respecto de esta materia. Por lo tanto, se optó por que el Poder Legislativo resuelva si se autoriza a Metro S.A. para operar servicios de transporte público de pasajeros en superficie.
También indicó que esta modificación tiene un carácter excepcional -es muy importante señalarlo-, y que en el proyecto se enumeran cuatro causales precisas que dan lugar a esa habilitación excepcional y transitoria para operar con buses en superficie, situación que a su vez podrá concretarse en la modalidad de un acto jurídico de cualquier naturaleza, es decir, mediante arriendo, compra o subcontratación a terceros, o bien por medio de la constitución de una sociedad especial para ese efecto.
Por último, aclaró que legislar sobre esta materia no significa que se pretendan estatizar los servicios de transporte de pasajeros, sino simplemente habilitar a Metro S.A. para operar en superficie, previa autorización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Añadió que en un futuro próximo, la Autoridad Metropolitana de Transportes, una vez que se apruebe el proyecto de ley que la crea, que ingresó a tramitación legislativa en la Comisión respectiva, será el brazo ejecutor del ministerio.
En la discusión también participó el subsecretario de Transportes , señor Danilo Núñez , quien expresó que el motivo que tuvo el Ejecutivo para presentar a tramitación legislativa el proyecto de ley fue solucionar una situación de emergencia crítica que se ha presentado a raíz de la implementación del nuevo plan de transporte público de pasajeros para la Región Metropolitana, y situaciones que también afectan a otras zonas del país.
Indicó que, en lo relativo al proyecto de ley en estudio, el interés del Ejecutivo es posibilitar que Metro S.A. pueda realizar actividades que solucionen posibles interrupciones del servicio de transporte urbano.
Agregó que la medida será acompañada, en su momento, de los estudios técnicos que permitan determinar y priorizar las zonas de la ciudad donde la operación de buses y de minibuses podrá ser eficiente, así como la extensión temporal de dicha operación, la que no puede quedar acotada en la ley, sino que será determinada en cada situación en particular.
Finalmente, explicó que el objeto del proyecto es habilitar a Metro S.A. para que pueda operar en superficie y también para garantizar que el Ministerio, cada vez que dicte una resolución exenta, a fin de operar con buses y minibuses, cuente con el respaldo legal específico y no tenga que debatir sobre la legalidad de la medida.
Asimismo, fue muy importante la presencia del presidente del directorio de Metro S.A., señor Clemente Pérez Errázuriz , quien indicó que, siendo Metro una sociedad anónima, de propiedad estatal, su giro u objeto social está establecido en su ley orgánica, la cual se desea modificar mediante este proyecto para realizar actividades propias del servicio de transporte de pasajeros en ferrocarriles metropolitanos u otros medios complementarios y actividades anexas, pudiendo con tal fin constituir o participar en sociedades y ejecutar cualquier acto u operación relacionada con el objeto social.
En lo relativo a la participación de Metro en el plan Transantiago, aclaró que la empresa ha desarrollado un conjunto de medidas para absorber el creciente número de pasajeros que implicó dicha operación y reseñó un conjunto de acciones que son de todos conocidas.
En cuanto al proyecto en estudio, precisó -esto es muy importante- que el directorio de Metro no tiene una posición institucional, pero que la empresa sí tiene fortalezas para enfrentar un nuevo rol, puesto es eficiente, consolidada, de alto prestigio, con importante capacidad instalada y amplia experiencia en transporte de pasajeros. Sin embargo, la empresa detecta debilidades para enfrentar lo propuesto en el proyecto que se discute.
Señaló también que, respecto de esas debilidades, se genera incertidumbre ante la intervención de la empresa en este tipo de servicios, mientras esa condición no esté aclarada. Dijo, además, que la empresa carece de experiencia en operación de buses.
Añadió que la empresa, para extender su giro, en términos del proyecto, podrá constituir una filial especializada o bien operar directamente como Metro S.A., destinar a ello recursos físicos y humanos, conciliar los proyectos de explotación de buses con su interés social, lo que significa que dicha explotación resulte también conveniente para Metro en términos comerciales, y que, por último, se requerirá un aumento de capital para poder hacerse cargo de esta gestión.
Hizo notar que la empresa tiene la mejor disposición para colaborar con el desarrollo del Transantiago, en cuanto ello sea compatible con el interés social de Metro S.A.
Finalmente, expresó que para extender esta operación de servicios de transporte de personas más allá de la Región Metropolitana, Metro S.A., como empresa, se rige por el derecho común, pero que su objeto social está fijado y, por tanto, limitado legalmente por la ley Nº 18.772, que concibe a la empresa actuando en la Región Metropolitana, pero que es el Congreso Nacional el que deberá aprobar la ley para que pueda operar la situación que establece el proyecto en estudio. En todo caso, aclaró que el directorio de la empresa no ha cuestionado esa posibilidad y, por tanto, la empresa carece de toda iniciativa en esa dirección, e incluso, manifestó una cierta reserva del directorio de extender las operaciones de la empresa hacia la superficie, en la ciudad de Santiago, que es a lo que apunta el proyecto.
Uno de los temas que preocupó a la Comisión fue la constitucionalidad del proyecto. En ese sentido, se solicitó a la Biblioteca del Congreso Nacional que entregara un informe acerca de ésta, el cual se contiene en el boletín correspondiente.
Sólo me limitaré a señalar las conclusiones finales de dicho informe.
1. El Estado, en la actualidad, se encuentra autorizado para desarrollar la actividad empresarial de servicio público de transporte de pasajeros, mediante ferrocarriles metropolitanos urbanos y suburbanos, a través de una empresa constituida como sociedad anónima denominada Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A., autorización que fue entregada por ley.
2. Para el Estado no existen actividades empresariales vedadas a priori, pues el número 21º del artículo 19 de la Constitución no hace reserva alguna de actividades para los particulares. Se establece así una prohibición de carácter genérico para el desarrollo de actividades económicas que puede ser levantada mediante una ley de quórum calificado que lo autorice.
3. Con esto se puede sostener que no existiría reparo a la constitucionalidad del proyecto que pretende autorizar a Metro S.A. para desarrollar dicha actividad empresarial.
4. Ayuda también a sostener su constitucionalidad el hecho de que, como se plantea en la iniciativa legislativa, se trataría de una forma de desarrollo del principio de subsidiaridad del Estado, pues se permitiría a Metro S.A. el desarrollo de esa actividad empresarial sólo en casos en que los particulares no puedan cumplir adecuadamente.
5. Por lo demás -finalmente-, no se establece un régimen especial para el desarrollo de esta actividad empresarial por parte de Metro S.A. que pueda ser considerada como la institución de un régimen de discriminación arbitraria, en perjuicio de los particulares, que el Estado o alguno de sus órganos entregue en materia económica. Por el contrario, el establecimiento de un régimen especial está dirigido concretamente a limitar, en el ámbito del transporte de pasajeros, a través de buses o minibuses, la actividad empresarial de Metro S.A., circunscribiéndola únicamente a los casos que el proyecto indica.
Puesto en votación general el proyecto, fue aprobado por seis votos a favor, de los diputados señores Espinoza , Hales , Latorre , Sepúlveda , doña Alejandra ; Venegas, don Mario y Venegas, don Samuel ; dos votos en contra, de los diputados señores Monckeberg , don Cristián , y Uriarte , y tres abstenciones, de los diputados señores Alvarado , Correa y García .
En la votación en particular del proyecto, el diputado señor Hales formuló una indicación a la letra b) del número 2) del artículo primero, por la que se agregan dos nuevos incisos al artículo 2º de la ley Nº 18.772, para intercalar, en la letra c) del nuevo inciso tercero, entre las palabras “público” y “donde”, la frase “en las regiones del país”. Estimó que esta modificación es indispensable, puesto que se establece mejor el ámbito territorial donde se desarrollará la acción de la empresa.
Puesto en votación el artículo primero, fue aprobado por seis votos a favor, un voto en contra y dos abstenciones.
Puesto en votación el artículo segundo, fue aprobado por seis votos a favor, un voto en contra y dos abstenciones.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado señor Cristián Monckeberg.
El señor MONCKEBERG ( don Cristián).-
Señor Presidente , el informe del diputado señor Venegas fue muy claro.
Ya hemos discutido tres proyectos para tratar de mejorar el Transantiago. El primero, el de los 290 millones de dólares; después, el del administrador provisional; ayer, en la Comisión, conocimos el de la autoridad metropolitana del transporte y, la semana pasada, le tocó el turno al del Metro, que es el que hoy debatimos en la Sala y que, para ser franco, encuentro malo. Y digo malo, porque no apunta al problema de fondo. En lugar de mejorar el Transantiago, complica la operación del Metro, una empresa estatal que, a todas luces, no logra el equilibrio operacional que busca, como consecuencia de su endeudamiento -extensión de líneas y aumento de infraestructura- y no por mal manejo.
Empezar a escarbar en busca de nuevos objetos sociales, que pudieran estar relacionados con el giro de la empresa, porque se trata de transporte, no es la solución.
Para justificar lo dicho, me remito a lo expresado por el presidente del Metro en la Comisión. Nos dijo que la empresa tiene fortalezas para enfrentar un nuevo rol, un nuevo desafío, pero que, sin embargo –tema que también planteó el diputado Venegas - la empresa detecta debilidades para enfrentar lo propuesto en el proyecto que se discute. Agregó que la empresa carece de experiencia en operación de buses y que para poder extender su giro habría que constituir una filial especializada o bien operar directamente como Metro S.A. Añadió que, para ello, habría que destinar recursos físicos y humanos; conciliar los proyectos de explotación de buses con el interés social de la empresa, de manera que dicha explotación resulte comercialmente conveniente para Metro y, por último, se requeriría aumento de capital. Como vemos, se trata de cinco requerimientos para ponerse a pensar en convencer al directorio del Metro de la supuesta solicitud del ministerio de Transportes para operar buses; es decir, dedicarse a un giro distinto al autorizado por ley.
El ministro de Transportes y sus expertos nos señalaron que la modificación a la ley que transformó el Metro en sociedad anónima era facultativa; que se aplicaría si sólo se dan ciertas condiciones; que se trataría de una forma de desarrollo del principio de subsidiariedad del Estado; que incluso dependería de la voluntad del directorio del Metro de acoger la solicitud del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que se aplicaría por razones de interés público y continuidad del servicio. Es decir, todo es muy facultativo, porque debe contarse con la anuencia del directorio del Metro.
Aquí veo un lobo con piel de oveja, porque todo aparece como facultativo, pero, al momento de los quiubos, se transforma en imperativo. Se aprecia un claro interés del Estado por dedicarse a operar buses, lo que no resuelve el problema del transporte público capitalino, sino al contrario. Pienso que con esto el Estado empieza a tener injerencia en el transporte público, sistema que ya presenta atisbos de gestión estatal, vale decir, monopolio regulado, sin incentivos ni competencia.
Pero más allá de toda esa discusión, con el proyecto se está poniendo la lápida al Metro. Lo digo, porque una de las modificaciones legales determina cuándo el Metro podría operar buses. Uno de los incisos que se agrega al artículo 2º de la ley Nº 18.772, señala: “Que se hubiera interrumpido o afectado gravemente la prestación del servicio de transporte urbano en superficie, una vez declarada la caducidad de algún contrato de concesión”. Aquí se empiezan a producir los primeros problemas, porque, declarada la caducidad, corresponde nombrar un administrador provisional y, pasado cierto plazo, llamar a licitación y no que el Metro se dedique a operar buses. Pues bien, de aprobarse el proyecto, existe la posibilidad de que el Estado sobrepase esa situación; es decir, que no nombre al administrador provisional ni llame a licitación y le diga directamente al Metro que se dedique a operar buses; es decir, se bypasea el nombramiento de un administrador provisional y el llamado a licitación, buscando la alternativa de que el Metro sea contratado directamente para operar buses.
Se habla mucho de que todo pasa por una solicitud del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones al directorio del Metro. De todos es sabido que la renuncia del anterior presidente del Metro , se debió a que se puso en entredicho la decisión del directorio de tener una opinión distinta a la del Ministerio de Hacienda, representante del fisco ante la empresa Metro S.A. Por lo tanto, lo inofensivo de esa solicitud del Ministerio de Transportes, para que el directorio la discuta teniendo presente el interés social, no es tal, como ya se demostró hace unos meses, cuando el Estado requirió que el Metro actuara de una determinada forma y, no obstante que el directorio dijo lo contrario, se le dobló la mano, aprobándose el tan bullado préstamo que todos conocemos. Eso conllevó a la renuncia de su presidente , don Blas Tomic , que planteó que había contraposición entre el interés social y los interese del gobierno de turno.
Por último, si lo que se busca es que el Estado intervenga en la operación de buses, que tenga mayor injerencia en la administración de un negocio que se concibió como privado, que se autofinanciaría, que produciría utilidades y beneficios para la comunidad, discutamos la necesidad de un subsidio. Discutamos si el Estado debe meterse permanentemente la mano al bolsillo para financiar el sistema de transporte público, pero no discutamos iniciativas que buscan lo otro, pero que no lo plantean directamente. Lo digo, por los 290 millones de dólares que se aprobaron y por este proyecto. El diputado señor Latorre , en la Comisión, expresó que en las grandes ciudades no se cuestiona el subsidio estatal. Nos habló del caso de Barcelona, en España. Repito: discutamos la posibilidad del subsidio o una mayor injerencia del Estado, pero no hagamos las cosas de manera solapada.
Por otra parte, deseo reafirmar que el proyecto contiene disposiciones de ley orgánica constitucional. El número 21, del artículo 19, de la Constitución, que siempre es bueno tener a mano, señala que las personas tienen “El derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen.
El Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado los autoriza”.
Pues bien, en la medida en que el proyecto de ley autoriza a ampliar el giro a una sociedad cuya propiedad es mayoritariamente del Estado, equivale a entregar una nueva autorización que exige la aprobación de una norma constitucional de quórum especial, tal como señala la Constitución, ya que la empresa no va a realizar su actividad dentro del giro actual, sino que operará excepcionalmente buses en superficie.
Para terminar, debo señalar que considero altamente inconveniente cambiar el giro del Metro, con el objeto de que realice una función para la que no fue llamado. Además, se podría pensar que bastaría con ampliarle aún más su giro para que también solucione los problemas de la Empresa de Ferrocarriles del Estado. A todas luces, lo que estamos haciendo aquí no es beneficiar a una empresa del Estado, sino perjudicarla.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Duarte.
El señor DUARTE.-
Señor Presidente , todos los colegas que han intervenido señalaron que el problema del Transantiago debe solucionarse. Hemos ido avanzando en la búsqueda de soluciones. El colega Monckeberg se refirió a los aportes económicos que la Cámara aprobó para evitar el alza de las tarifas del transporte en Santiago. También mencionó el proyecto de ley que permite nombrar a un administrador provisional para las empresas de transporte que no cumplen los contratos, lo que, como hemos visto los santiaguinos cada día, es reiterado.
Por lo tanto, no estamos hablando de cosas teóricas, sino de una realidad que, desde el punto de vista de los ciudadanos y ciudadanas de Santiago, debe resolverse.
Hoy empezamos a discutir algo que esta misma Cámara aprobó por mayoría el 23 de marzo, cuando solicitamos al Gobierno la ampliación del giro de la empresa Metro S.A. En esa fecha dijimos que el Gobierno de Chile, en particular el Ministerio de Transporte, requiere de herramientas que no posee en la actualidad para resolver la crisis del Transantiago.
A lo anterior se sumó la opinión que emití en febrero respecto de la necesidad de entregar la facultad de intervenir las empresas de transportes que no cumplan con lo pactado, porque el problema del Transan-tiago es de diseño, de cambio cultural respecto de los transbordos, pero también de los incumplimientos de las empresas privadas para incrementar su lucro.
Hemos encontrado poca colaboración en la Oposición respecto de esta materia, ya que se opuso a la entrega de recursos financieros y hoy plantea reparos para ampliar el giro del Metro. Si esta empresa no extendiera sus servicios y no ampliara su capacidad, y los empresarios privados siguieran sin cumplir lo pactado, el escenario que podría enfrentar la ciudad de Santiago es que se ponga término a las concesiones de prestaciones de servicio por incumplimientos reiterados y que el Estado de Chile no tenga a alguien para hacer funcionar los sistemas del transporte. Ésa es la realidad.
Como la tarea de hoy es solucionar esos problemas y responder a la demanda de la gente por transporte adecuado, hemos planteado la propuesta que contiene la iniciativa, la cual vamos a respaldar, ya que es lo mínimo necesario para enfrentar dichos problemas.
Cada vez que he intervenido a propósito de este tema, he reconocido, agradecido y felicitado el esfuerzo de los trabajadores del Metro de Santiago, ya que han estado a la altura de los requerimientos de esta realidad, porque han demostrado capacidad y compromiso. Creo que este nuevo requerimiento, que espero que la Cámara respalde, no tengo ninguna duda que va a recibir el mejor esfuerzo de los trabajadores de la empresa Metro S.A., quienes van a actuar con el mismo profesionalismo, sacrificio y eficiencia con que han respondido durante su ya larga trayectoria.
En lo personal, se me ha resentido la confianza en la responsabilidad de la empresa privada en el transporte de pasajeros, ya que muchos de ellos se han mostrado extremadamente insensibles a las necesidades de la gente.
Desde ese punto de vista, considero pertinente que el Estado desarrolle instrumentos que le permitan garantizar la entrega de un servicio esencial de utilidad pública como es el transporte de las personas.
Por eso estoy de acuerdo con que el Metro enfrente la operación de los servicios de transporte. Es esencial desarrollar su capacidad técnica para ese efecto. Además, es coherente con el diseño global de un sistema de integración intermodal de transporte. Es lógico pensar que la administración de los sistemas de transporte intermodales integren los servicios de superficie con los servicios subterráneos, ya que eso les permitirá manejar las frecuencias.
Insisto en plantear a la Sala que debemos pensar seriamente en que el Metro se haga cargo del administrador tecnológico de los sistemas de flota, porque la coherencia de una integración entre los servicios de superficie y el subterráneo de una ciudad como la de Santiago, con seis millones de habitantes, requiere una integración en ese ámbito. Hoy el diseño plantea que el servicio subterráneo es autónomo a la administración de la flota de superficie. Me parece razonable integrar ambos sistemas.
Por su parte, dado los múltiples inconvenientes que el sistema de administración tecnológico ha presentado, estimo que no es irresponsable o inconveniente sugerir que se empiece a avanzar en la integración de los dos sistemas de administración tecnológica.
Para concluir, sólo quiero decir que voy a respaldar el proyecto, que me alegro haber votado a favor los recursos que se entregaron para financiar el Transantiago y que me alegro de haber respaldado las facultades para intervenir empresas cuando no cumplan lo pactado en las concesiones, porque todas estas medidas están orientadas a resolver el problema de fondo, que es dotar de un transporte adecuado a los santiaguinos.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señor Presidente, los cambios se justifican cuando son para mejor; no cualquier cambio se justifica. En este caso concreto, el cambio del objeto social de Metro S.A. no es para mejor. Por eso nos vamos a oponer al proyecto.
El principal argumento para manifestar nuestra oposición se funda en preservar la integridad y eficiencia que ha tenido la empresa Metro S.A. a lo largo de los años. No se trata, como se ha dicho, de una posición caprichosa o de una postura de carácter ideológico. Nuestra oposición a esta iniciativa se justifica, porque no queremos que se desvirtúe la esencia de una empresa tan importante como el Metro, que por años ha sido una empresa modelo. Nuestra postura se sustenta en dos argumentos fundamentales.
En primer lugar, que la inclusión del Metro en el plan Transantiago ha significado un deterioro evidente en la prestación de servicio que ofrece a sus pasajeros, lo que incluso representa un grave riesgo para la salud de sus usuarios.
En segundo lugar, nos oponemos porque el proyecto sólo puede perjudicar aún más ese servicio, pues el Metro no cuenta con la experiencia ni con la capacidad para asumir el tremendo desafío que implica la operación de concesiones en superficie.
En ese sentido, las palabras del presidente del directorio del Metro , don Clemente Pérez , que hace algunas semanas concurrió a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, son concluyentes y reafirman nuestra visión y preocupación por el futuro y la adecuada gestión de ese servicio.
Quiero hacer algunas citas sólo para que la Sala tome conocimiento de lo que estamos diciendo.
El señor Pérez reconoce lo siguiente: “El Metro de Santiago es uno de los que tiene el porcentaje más alto de coches usados en horas punta y que, a diferencia de otros en el mundo, no tenemos reservas, no tenemos holgura. En la práctica, lo que ocurre es que el Metro está al máximo de sus posibilidades.”
Eso demuestra la situación actual del Metro, porque, de ser considerado una empresa modelo, pasó a ser un verdadero desastre. Si no se nota tanto es porque se han sacado asientos en muchos de los carros. De dos pasajeros transportados por día, se aumentó a cuatro. La densidad de pasajeros, en lugar de estar entre tres y cuatro por metro cuadrado, en la actualidad supera los siete. Por lo tanto, no podemos dejar de concordar con la opinión del propio presidente del directorio, cuando dice que la relación del Metro con el Transantiago ha sido un poco traumática en el último tiempo. Yo diría que ha sido bastante traumática.
Pero esa referencia no tiene nada de nuevo, y apunta a hechos del pasado.
Lo que propone el proyecto es una mayor incorporación, a través de la modalidad legal que permita al Metro operar buses y minibuses en superficie y, eventualmente, asumir las concesiones según las condiciones que estipula la ley.
El proyecto lo plantea así, y por eso no podemos dejar de ver que esta disposición, y los fundamentos que entrega el Ejecutivo hablan de una situación excepcional, esto es, que en determinadas circunstancias y por razones de mejor servicio, el Metro pueda, excepcionalmente, asumir esa función. Sin embargo, el mismo presidente del Metro se encarga de desechar categóricamente esa opción al afirmar lo siguiente: “El que el proyecto esté considerado para situaciones de crisis dificulta el contar con la infraestructura necesaria para cuando sea necesario. Es decir, pensar que vamos a tener una flota de buses, de choferes capacitados y de recorridos definidos, obviamente no lo podemos ofrecer, y es algo que no tenemos, y así como está definido el proyecto de ley, es complicado.”
Por su parte, el artículo 1º del proyecto en discusión establece las condiciones en que dicha operación del Metro se llevaría a cabo, y todas esas causales hacen referencia a situaciones de emergencia, en especial cuando la licitación haya sido declarada desierta o se haya producido la caducidad de una concesión.
En ese sentido, la opinión del presidente del Metro pasa a mayores cuando declara lo siguiente: “Uno de los principios del Metro y que constituye una regla de oro en su operación, es mantener el equilibrio operacional. Asimismo, es, junto a Singapur y a Hong Kong, uno de los tres metros del mundo que no recibe subsidios en su operación, y es una situación que no nos gustaría perder.”
¿Cómo mantener ese equilibrio operacional y cómo podría desenvolverse el Metro en un sistema de transporte que ha probado ser ineficiente y cuyo diseño e implementación han fracasado rotundamente? A juicio del señor Pérez , la respuesta es muy clara: “También se genera una incertidumbre, porque somos una sociedad anónima. Tenemos bonos colocados en el mercado. Esto de que en cualquier momento podamos intervenir en algo que no está claro genera una incertidumbre.”
Posteriormente, el mismo presidente del Metro afirma lo siguiente: “Además, carecemos de infraestructura y de experiencia en operaciones de buses y no es nuestro giro hoy en día. Yo diría que tenemos la capacidad, pero no estamos preparados para ello.”
Finaliza señalando que esta función “tiene que ser conveniente para la empresa. Si el recorrido es tan malo que se declara desierto y se nos pasa a nosotros, la carga, obviamente, es complicada para la empresa, y el directorio responsable de la empresa no puede aceptar.”
No quiero que nadie crea que estamos sacando citas fuera de contexto, porque quienes estuvimos en la Comisión sabemos que ese fue el espíritu de lo que se habló, y la verdad estricta es que tampoco podemos desatender lo que opina el propio presidente del directorio del Metro, que es la persona legalmente llamada a dar la opinión de la institución. Si a eso le agregamos la experiencia que hemos vivido en los últimos cinco meses, no podemos dejar de concluir que ésta, al menos, no es una buena idea.
He dicho.
El señor HALES (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado don Jaime Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , este proyecto que amplía el giro del Metro no lo podemos tratar en forma aislada, sino en el contexto de un conjunto de proyectos planteados por el Ejecutivo , algunos de los cuales ya han sido despachados, como el que otorgó recursos para evitar el alza de la tarifa del Transantiago -si no se hubiese aprobado, ya habría subido-; el administrador provisional, la autoridad metropolitana de transportes, no sólo para la Región Metropolitana, sino que para distintas regiones del país -y podría tener mejor servicio con la institucionalidad que se va a crear-, cuya discusión comenzó ayer en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.
Se puede advertir que es parte de la solución de un problema que nadie ha escondido, como las fallas reiteradas y sistemáticas y el pésimo funcionamiento del sistema de transportes de la Región Metropolitana. De manera que hay que entenderlo como una solución que se busca ante situaciones de emergencia. Las causales a las cuales se han referido varios colegas tienen que ver justamente con eso.
Sin embargo, cuando uno escucha los planteamientos que ha hecho la Oposición y traslada la discusión a lo que fueron otros proyectos, pareciera que se intenta detener la solución, sin generar propuestas alternativas.
A mi juicio, se malinterpretan las palabras del presidente del Metro en la Comisión de Transportes respecto del equilibrio operacional, porque si se prestan servicios de transporte de pasajeros mediante buses, se está ayudando a la descongestión del tren subterráneo. Y cuando se habla de que el sistema está colapsado, no sé si ello se refiere a que en la actualidad está subiendo más gente, a que el Metro ha dejado de ser una herramienta de elite y está siendo popular. Si eso es colapso, digámoslo claramente, y se va a arreglar con el establecimiento de buses en superficie. Además, tampoco es cierto que el Metro nunca haya tenido experiencia en esa materia. Creo que el Gobierno ha sido un poco modesto. Hasta hace poco tiempo el Metrobus llegaba a San Miguel , a Lo Ovalle, a la Escuela Militar, y era lo más parecido a lo que hoy día serían los alimentadores. De manera que decir que no hay experiencia es equivocado.
¿Por qué se piensa en Metro S.A.? Porque es claramente una empresa exitosa. Por eso creo que decir que el Metro está colapsado o que su funcionamiento es un desastre es bastante injusto, porque debe ser una de las pocas empresas en el mundo que puede exhibir números azules respecto de su operación. El Metro amplió sus servicios a vastos sectores de la Región Metropolitana hace muy poco tiempo. Recuerdo que el diputado Patricio Hales incansablemente hizo los estudios y le demostró al Gobierno que había que ampliar los servicios, como la línea 2, de Calicanto hasta Vespucio , por Recoleta .
De tal manera que, tenemos unos de los pocos servicios del sistema de transporte metropolitano que verdaderamente está funcionando, que ha resultado ser eficiente y al cual está ingresando una gran cantidad de recursos. No por nada se pensó que el Metro contribuyera con 80 millones de dólares para financiar el Transantiago. En consecuencia, no se le está entregando una facultad a un organismo que vaya a fallar. Muy por el contrario, creo que el proyecto de ley que la autoriza para operar con buses y minibuses en superficie ante situaciones de emergencia, claramente acreditadas y establecidas, incluso, es discutible, por cuanto la modificación a su ley orgánica, de 1989, dejó abierta la posibilidad para que operara con ferrocarriles metropolitanos urbanos y suburbanos u otros medios eléctricos complementarios.
Por lo tanto, lo de hoy es un acto de responsabilidad del Ejecutivo, y, en tal sentido, debo destacar el rol cumplido por el ministro Cortázar en orden a plantear la idea de que dicha empresa pueda operar en superficie cuando se den situaciones excepcionales y el Ministerio de Transportes lo solicite.
Por estos antecedentes, estamos convencidos de que el compromiso es con el mejor funcionamiento del sistema de transporte público en la Región Metropolitana, única razón que nos anima.
Por tal razón, anuncio que los diputados y las diputadas del Partido por la Democracia vamos a votar favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor HALES (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Samuel Venegas.
El señor VENEGAS (don Samuel).-
Señor Presidente , en esta oportunidad nos reúne un tema importante: dar solución a una situación difícil de soportar y de aceptar por la ciudadanía, especialmente por aquella que vive en Santiago y usa todos los días el sistema de transporte público para ir a sus trabajos, a los hospitales, a los respectivos colegios, etcétera. La idea es considerar esta cuestión como un problema general, no un hecho puntual, propio de los santiaguinos. En consecuencia, debo manifestar que estoy en la línea de aquellos que quieren resolver este problema, que surgió por su mal diseño.
Inicialmente, el sistema fue elaborado para introducir cambios significativos, que, en su esencia, apuntaban a mejorar la salud humana, evitar la congestión vehicular y, por ende, la contaminación ambiental. Además, consideraba disminuir los riesgos de asaltos a los conductores de la locomoción pública, que muchas veces terminan con sus vidas.
Hoy día soy uno de los convencidos. Me siento comprometido a trabajar arduamente y aportar con mis conocimientos de transporte. Junto con la autoridad de Gobierno, que ha demostrado tener capacidad, aplomo, visión y firmeza para asumir el rol que le corresponde, entregaré todo mi esfuerzo para mejorar la situación en que se encuentra el sistema de transporte público, de modo de convertirlo en aquello que todos los chilenos soñamos alguna vez, algo como el ferrocarril metropolitano, que nos destacó en el mundo e incidió en que la conducta del usuario del transporte fuera mucho mejor, por cuanto generó un ambiente de ordenamiento, de buen trato, de comodidad y seguridad en los viajes.
Por eso, de los cuatro proyectos que hemos tratado, algunos ya aprobados, éste pasa a ser uno de los más importantes, por cuanto concede un permiso para la prestación del servicio de transporte de pasajeros mediante buses y minibuses a una empresa con experiencia y capacidad de manejo en transporte combinado.
Al respecto, son muchas las empresas que podrían haber prestado el mismo servicio, con buses y taxibuses, como la del señor Yuraszeck, que, combinada con el Metro, era una especie de servicio de acercamiento. La experiencia demostró que en esas empresas había un mejor ordenamiento, cuyo comportamiento era similar al del Metro. La idea es volver a eso, pero a través de una ley que le permita a dicha empresa el contrapeso suficiente para superar el chantaje de aquellos que concentran la economía en una actividad que antes era múltiple, en manos de libres y pequeños emprendedores, cuyo servicio no era tan malo.
Sin embargo, como dije, hoy se necesita una empresa que sea contraparte y evite los chantajes y situaciones anómalas que nos ha tocado ver, como la de no aceptar el esquema de cancelación por pasajero. Es indispensable que el Metro pueda tener esta facultad, incluso, si fuera necesario, inversiones para cuando la autoridad diga: “Aquí hay que corregir esta situación; aquí hay que ampliar este servicio; aquí hay que aumentar la frecuencia o modificar los horarios en las jornadas de trabajo”.
Cabe decir que el mero interés por el lucro no contribuye a entregar un servicio como lo requieren los ciudadanos, que están obligados, por naturaleza y situación socioeconómica, a ocupar el transporte público.
Por lo tanto, manifiesto mi disposición y el compromiso de los diputados de la bancada del Partido Radical a votar favorablemente este proyecto, porque es bueno para Chile y para los ciudadanos que hoy día sufren en Santiago.
He dicho.
El señor HALES (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente , todos conocen mi convicción y lo que he plantado en esta Corporación en relación con el Transantiago, sobre todo lo que tiene que ver, primero, con las responsabilidades políticas que en sesión anterior pudimos de alguna manera manifestarle al señor ministro de Transportes y, segundo, con el reestablecimiento de los recorridos, lo que, sin duda, hoy es una de las demandas más importantes de los santiaguinos.
Pero hoy quiero expresar que lo que el ministro nos ha propuesto en el proyecto se relaciona directamente con el espíritu de nuestros planteamientos.
La iniciativa que nos ocupa incorpora un elemento distinto que, a nuestro juicio, se vincula con un concepto fundamental en lo relativo al bien común, al transporte público o a alguna otra acción relacionada con los servicios públicos. Y tiene que ver con la señal que hoy estamos dando de cómo el Estado se hace cargo también de ese servicio, de cómo hoy protege a los ciudadanos y es capaz de adaptarse para poder crear un servicio que permita a los santiaguinos contar con una relativa normalidad en el transporte público de la metrópolis.
Este proyecto -lo voté a favor en la Comisión- incorpora esa adaptación, un giro social distinto al Metro de Santiago, que hoy -lo plantearon los diputados de Oposición- a lo mejor no reúne todas las condiciones que requiere en términos de gestión, pero es el primer paso para que podamos tener un Metro distinto, un Metro capaz de adecuarse a las actuales condiciones del transporte público y un Metro que realice otras acciones. No me cabe duda de que esta iniciativa le permitirá tener un nivel distinto de gestión y de adaptación.
Nosotros queríamos que la ampliación de la prestación de servicios del Metro, hoy contratando buses y poniéndose a disposición del actual sistema de transporte público, fuera general, a todo evento. Pero el ministro de Transportes nos planteó la ocurrencia de cuatro circunstancias para que opere el sistema dependiente del Metro. Una de ellas es la interrupción del servicio de transporte urbano en superficie por caducidad de algún contrato de concesión de uso de vías de la ciudad de Santiago. Otra es que se hubiera declarado desierta, parcial o totalmente, la licitación de una concesión de uso de vías de la ciudad de Santiago.
La tercera circunstancia es que exista un déficit transitorio en la oferta de servicios de transporte público donde operan líneas de Metro.
Y la que nos parece aún más pertinente es la cuarta, señalada en la letra d) del inciso que se agrega al artículo 2º de la ley Nº 18.772: “Que se encuentre afectada transitoriamente la normal prestación del servicio de trasporte concesionado...”. Consideramos esta circunstancia como una de las más importantes, porque es un paraguas general. ¿Para qué? Para que el transporte público en Santiago, este bien común para sus ciudadanos, tenga la normalidad requerida.
Pero la normalidad requerida, señor ministro -por su intermedio, señor Presidente -, no se da si no se reestablecen los recorridos que teníamos antes.
Y ésa es mi petición hoy, afortunadamente no como diputada de Santiago .
Si no hacemos este esfuerzo de entregarle herramientas a usted, señor ministro , de flexibilizar la actividad del Metro, si no incorporamos la variable de mejorar los recorridos, esto sólo va a quedar en las intenciones y no logrará el fin último, que los santiaguinos cuenten con un transporte público como se soñó y como se esperaba.
Por otra parte, a raíz de los problemas del transporte público en Santiago, señalo que las regiones hemos sido favorecidas por justicia, no por compra de votos, con la dotación de más recursos, que espero se utilicen en la forma más criteriosa posible, dadas las tremendas necesidades de cada una de ellas.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles .
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, debatimos sobre uno de los servicios más importantes en la vida de una persona, el transporte.
En ese plano, efectivamente soy de los que piensan que hay a lo menos cuatro materias en las cuales el Estado debe tener una participación significativa y, más aún, debe asegurar a todos sus ciudadanos que se preocupará de que ellas sean consideradas en su vida.
La primera, por supuesto, la salud, que debe ser un rol fundamental del Estado.
En segundo lugar, considero que no hay otro motor para el desarrollo que la educación y el Estado no puede estar ajeno a ella.
En tercer lugar, la vivienda. En muchos casos la gente no cuenta con recursos para tener un lugar donde vivir, ante ello, el Estado debe tener políticas habitacionales en beneficio de los ciudadanos, sobre todo para los más pobres.
Por último, el transporte, para que la gente pueda desplazarse, llegar a los lugares donde va a desarrollar sus labores, su trabajo o donde requerirá servicios.
Por lo tanto, en la medida en que el Estado asuma esos cuatro aspectos, mayor bienestar tendrán sus ciudadanos. En las sociedades en que el transporte es parte de una visión de Estado, sus ciudadanos tienen un mayor bienestar social y una mejor calidad de vida, no así en las ciudades en que ese servicio se entrega al sector privado y donde el mercado es el que actúa en todas sus funciones.
Hay muchas sociedades, sobre todo las europeas, donde el Estado tiene una marcada influencia. Es ahí donde uno puede decir con propiedad que hay participación de la sociedad para satisfacer las necesidades de las personas.
De los proyectos relacionados con el Transantiago, al modelo de transporte público, tal vez éste es uno de los que más me gustan, por dos razones.
Hace algún tiempo el ex Presidente Frei planteó algo muy importante: que el Estado debe tener herramientas para regular bien el transporte, sobre todo de superficie, en la Región Metropolitana y, ¿por qué no decirlo?, en todo el país. Así, propuso una idea que me parece absolutamente razonable. ¿Por qué no tener una empresa que pueda dar, desde el Estado, servicios de transporte a la gente en Santiago y, tal vez, en el futuro, en el resto del país?
Lo que aquí se hace es entregar a una empresa del Estado -una sociedad anónima que trabaja con las leyes del mercado, pero de propiedad del Estado- la posibilidad de prestar el servicio de transporte en superficie.
En esa línea, considero que el proyecto respalda la opinión del ex Presidente Frei y, por supuesto, el concepto que los radicales tenemos sobre la materia, en el sentido de que el Estado debe incorporar su acción en el transporte. Sin embargo, pienso que hay algunos aspectos contenidos en la iniciativa que no están adecuados a lo que la norma requiere.
En primer lugar, los artículos 1º y 2º señalan que el Estado podrá desarrollar esta actividad excepcionalmente.
El artículo 2º determina cuatro causales por las que la sociedad anónima Metro podrá efectuar transporte público de superficie. Y la ocurrencia de alguna de dichas causales deberá determinarse mediante resolución exenta y fundada del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
¿Y si, por ejemplo, la existencia de un déficit en la oferta de servicios de transporte público en las regiones donde operan líneas del Metro fuera una constante, permanente en el tiempo y no excepcional, el Metro no podría desarrollar esa actividad?
Por lo tanto, considero que los vocablos “excepcional” y “excepcionalmente” agregadas en los artículos antes mencionados producen un problema serio, que luego se puede transformar en un problema de interpretación judicial.
La Comisión estimó que la indicación sobre la materia era inadmisible. No obstante, sería bueno revisar su admisibilidad, a fin de retirar del artículo 1º del proyecto la palabra “excepcional”, y del artículo 2º la palabra “excepcionalmente”. Quisiera pedir que la Cámara se pronunciara sobre el punto.
El paquete accionario de la empresa Metro S.A. está regulado por la ley de Sociedades Anónimas y, por lo que tengo entendido, está principalmente en manos del fisco y de la Corfo, lo que la convierte en una empresa del Estado.
Sin embargo, en el artículo segundo del proyecto se autoriza a la empresa Metro S.A. para constituir asociaciones con la Corfo o con otras personas jurídicas, nacionales o extranjeras, para lo cual debe contar con la autorización del Ministerio de Transportes. Pero en la iniciativa no se señala algo que me parece absolutamente lógico para que dicha asociación siga en manos del Estado: no establece un mínimo del paquete accionario que Metro S.A. debe mantener en su poder.
Entiendo la flexibilidad que se le quiere dar a la empresa Metro S.A. para constituir filiales distintas para la operación de los buses en superficie, pero lo que no puedo entender es que se quede con un paquete accionario muy minoritario, que constituya sociedades con privados, y que, al final de cuentas, sean estos últimos quienes operen dicha filial.
Ahí hay un problema importante que se debe corregir. Sé que no se pueden presentar indicaciones por la urgencia dada al proyecto, pero se debe establecer la obligación de la empresa Metro S.A., cuando constituya sociedades con personas jurídicas del mundo privado, de mantener en su poder como mínimo el 51 por ciento del paquete accionario.
En consecuencia, como no se pueden presentar indicaciones, he pedido votación separada de la frase “o con otras personas jurídicas, nacionales o extranjeras”, con el objeto de que cuando se vote en el Senado, quede estipulado que el paquete accionario de la empresa Metro S.A. para constituir filiales, no puede ser inferior al 51 por ciento, que, como Estado, le permite controlarlas. De otra manera, la ley puede ser burlada.
Me parece bien que el Gobierno, a través de esta iniciativa entregue las herramientas, si no hay forma de solucionar el problema con los privados, para su transformación en empresa del Estado y así solucionar los problemas del transporte público tanto en Santiago como en el resto de las regiones donde también exista Metro. Espero que dicha figura también se plantee en las regiones en las que el transporte privado no solucione el problema.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , estamos frente a un proyecto dirigido a solucionar los problemas del transporte público de Santiago.
El proyecto permite la prestación del servicio de buses y minibuses por parte de Metro S.A. en los casos que indica, y tiene por objeto incorporar en el giro social de Metro S.A., la posibilidad de prestar servicios de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses y previa solicitud del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Me parece increíble escuchar los fundamentos de algunos colegas para rechazar el proyecto que permitirá la prestación del servicio de buses y minibuses por la empresa Metro S.A. en la ciudad de Santiago.
No es sostenible el discurso de algunos parlamentarios de la Alianza sobre el fracaso –inexistente- en el servicio de transporte urbano. Cuando escucho algunos términos, me parece estar viviendo en otro país. Ellos han sido quienes han tratado de hacer fracasar el sistema de transporte público, aun cuando reconozco los problemas de implementación que ha tenido y que nadie puede desconocer.
La pregunta es ¿qué hacer cuando hay problemas? ¿Cómo los enfrentamos? Pero los problemas no se resuelven echándole más leña al fuego. Eso es actuar de manera irresponsable y populista, aun cuando puede dejar algunos dividendos para las encuestas y desde el punto de vista mediático, pero no ayuda a buscar las fórmulas pertinentes para mejorar el sistema de transporte que todos esperamos.
En los discursos de los representantes de la Alianza, se desconocen sistemáticamente todas las medidas que el ministro Cortázar ha implementado para dar solución a los múltiples conflictos y problemas presentados por el nuevo plan Transantiago. Incluso, se formó en la Cámara una Comisión Investigadora para analizar el tema y perseguir eventuales responsabilidades, pero se desconocen todas las medidas adoptadas y el funcionamiento de los diferentes servicios para solucionar los problemas que tenemos como sociedad. Pero lo más urgente -estamos discutiendo un proyecto que va en esa dirección- es encontrar las respuestas técnicas que apunten a políticas públicas eficientes y eficaces y que nos merecemos por el nivel de desarrollo que tenemos como país. Estamos compitiendo en el mundo, pero también lo estamos haciendo al interior del país. Debemos reconocer que hemos logrado ser competentes y debemos serlo en los servicios básicos para las personas. A ello apunta el proyecto en discusión. Ese es el desafío y la apuesta específica de esta iniciativa.
El Gobierno, representado en esta Sala por el ministro de Transportes , se ha hecho eco de todas las voces ciudadanas municipales y parlamentarias, en vivo y en directo, de las observaciones sobre las fallas en las mallas, en las frecuencias, en los recorridos. Desde marzo, con el diputado Carlos Montes estamos trabajando en las comunas de Macul, San Joaquín , La Florida y La Granja, con personeros del Ministerio y con la ciudadanía, recogiendo lo que no está funcionando bien, todos los problemas, precisamente, para desarrollar iniciativas legales como ésta y otras más técnicas que entreguen soluciones adecuadas.
Tal como lo prometió el ministro , que es el representante de la Presidenta de la República , la implementación de todas estas medidas ha sido paulatina, pero real. Quien diga lo contrario está viviendo una ficción, no la realidad. Como decimos nosotros, otra cosa es con guitarra. Entonces, hay que ver dónde están los problemas, qué sucede en las horas peak, que es cuando más sufre la gente.
Pero este problema, que es el más frecuente, no ocurre sólo en Santiago, sino que en todas partes. Como lo habrán podido comprobar los colegas que han tenido la posibilidad de recorrer Europa, basta con subirse al Metro de París, de Londres o de Madrid durante las horas peak, para darse cuenta de que el problema del metro cuadrado y de la inconfortabilidad es algo real. De manera que es un desafío constante no sólo en nuestro país, sino que en el mundo entero. El problema del transporte público de pasajeros no nos afecta sólo a nosotros, es internacional y, por eso, debe ser objeto de constante monitoreo para evaluar su funcionamiento e implementar los cambios que sean necesarios, a fin de resolver las dificultades que debemos enfrentar, sobre todo, porque estamos viviendo en el siglo XXI.
Por todo lo expuesto, anuncio que vamos a apoyar con mucha fuerza y compromiso este proyecto de ley, porque considera medidas que apuntan a solucionar problemas específicos y reales que están afectando al Transantiago.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente, quiero referirme al contexto del proyecto.
Tuvimos oportunidad de discutir el problema del Transantiago cuando esta Corporación aprobó la transferencia de recursos necesarios para hacer frente a una situación de emergencia que afectaba al transporte público de nuestra capital. De manera que ser reiterativo en esta materia creo que no coadyuva precisamente a legislar en la mejor forma.
Dicho esto, quiero decirle al ministro de Transportes que, en mi opinión, éste no es un buen proyecto. No obstante esto y los intentos que hicimos en la Comisión por mejorar su redacción y su articulado, como diputado de Gobierno anuncio que voy a aprobarlo porque, por lo menos en términos personales, voy a hacer un voto de confianza en el ministro para que obtenga las herramientas suficientes que contribuyan a solucionar los problemas originados con este plan de transporte público en Santiago. Lo hago también en apoyo a nuestra Presidenta, que ha sido bastante explícita frente a la ciudadanía para reconocer los errores que se han cometido; pero, al mismo tiempo, ha comprometido su esfuerzo y el del Gobierno para hacer todo lo posible por que esos millones de ciudadanos que hoy no lo están pasando muy bien con el transporte puedan ver, hacia fines de año, solucionada esta crisis.
Por eso, no obstante considerar que el proyecto enviado por el Ejecutivo no es del todo correcto, anuncio que voy a aprobarlo.
Pero quiero dar las razones por las cuales digo esto.
Tal como se ha reconocido, esta iniciativa es para salvar situaciones de emergencia. El Metro podrá prestar servicios de transporte público de pasajeros en buses y minibases urbanos sólo cada vez que se produzca alguna de las causales que se mencionan en el inciso tercero que se agrega al artículo 2º de la ley Nº 18.772.
a) Cuando se hubiera interrumpido o afectado gravemente la prestación del servicio de transporte urbano. Aquí podemos entrar en el terreno de las subjetividades, como lo planteamos en la discusión habida en la Comisión. ¿Quién calificará el problema como grave? ¿Se considerará grave cuando falle un servicio troncal o una red o cuando haya 200 buses más o 200 buses menos? Es una subjetividad que el ministro tendrá que justificar.
b) Cuando se hubiera declarado desierta, parcial o totalmente, la licitación de una concesión de uso de vías. Por lo general, cuando no se cumplen las bases, las concesiones se declaran desiertas totalmente.
c) Cuando exista un déficit transitorio en la oferta de servicios de transporte público. ¿Quién determinará si existe tal déficit y si éste asciende a 2, 3 ó 10 por ciento?
d) Cuando se encuentre afectada transitoriamente la normal prestación del servicio de transporte concesionado o de servicio de transporte autorizado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Cada vez que ocurra una o más de estas causales -aquí viene mi segundo comentario y la reflexión que quiero hacer sobre la materia-, la empresa Metro podrá prestar servicios de transporte público. Es decir, Metro S.A. podrá prestar estos servicios cuando exista una situación de emergencia calificada como grave por el Ministerio, mediante resolución fundada, con expresión de motivos. Con esto podríamos estar contribuyendo a establecer que Metro S.A. se constituya en una súper empresa en materia de transporte de pasajeros.
En el contexto de este proyecto, quiero señalar también que esta temporalidad de prestación de servicios del Metro le impedirá, precisamente, por su esencia, hacer inversiones en transporte terrestre. Digo esto porque si las causales que ameritan la intervención del Metro desaparecen, podríamos tener inversiones absolutamente sin uso durante un largo período, con el consiguiente mal empleo de los recursos financieros.
En consecuencia, quiero dejar constancia de que si las causales que se invocan en el inciso tercero del artículo 2º, comprendidas en las letras a), b), c) y d) terminan o desaparecen, del mismo modo, también en forma automática, desaparece la prestación de servicios por parte del Metro.
A continuación, quiero referirme a la resolución exenta y fundada del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Vamos a seguir con mucha atención cómo explica el Ministerio las situaciones de emergencia que se produzcan, por una razón muy simple.
En la actualidad, el Ministerio tiene facultades para contratar servicios de transporte terrestre de pasajeros. Entonces, ¿por qué no lo hace directamente o a través de empresas transformadas en sociedades anónimas? Si la respuesta es que no existen empresas que estén en condiciones de prestar estos servicios porque no hay buses, porque no tienen la tecnología requerida, porque los recorridos no están definidos, etcétera, vamos a meter al Metro en un problema, porque las mismas causales también serán aplicables a él.
De manera tal que en los fundamentos que otorgará el ministro de Transportes para que se abra la posibilidad de que el Metro preste servicios en el transporte terrestre de pasajeros a través de buses y minibuses, tendrá que decirse claramente por qué ese Ministerio no contrata directamente esos servicios y por qué no autoriza a terceros, distintos a los existentes. No es un punto menor tomar en consideración esta cuestión.
Quiero terminar mis palabras, haciendo referencia al comienzo de mi intervención. Este proyecto no es bueno y la opinión del presidente del directorio del Metro, expresada en el seno de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, tampoco ayuda a considerarlo de otro modo.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES.-
Señor Presidente, la iniciativa en debate forma parte de un paquete de cuatro proyectos para tratar de resolver la crisis del Transantiago.
Fue anunciada por el ministro durante la discusión del proyecto que autorizaba la entrega de 290 millones de dólares para el funcionamiento del nuevo sistema de transporte público para la ciudad de Santiago.
Con ella queda de manifiesto la decisión del Ejecutivo por colocar un poco más de intervención, iniciativa y autoridad de Estado, a fin de completar distintas maneras de actuar para trabajar por resolver lo que la Presidenta ha llamado “Transantiago, una muy mala palabra”, que ha significado una verdadera tragedia social.
El proyecto no resuelve los problemas de este nuevo sistema de locomoción pública, pero va en la dirección correcta. Por tanto, coincidiendo con algunos diputados de la Alianza por Chile, con quienes trabajamos en la Comisión, muy unidos en una perspectiva de país, y también discrepando en algunas miradas ideológicas acerca de cómo se deben resolver las cosas, creo que ésta es una buena idea, pero planificada en forma insuficiente, porque necesita continuidad y planes estratégicos.
No basta con que el Gobierno diga: “Mire, desde mañana regirá esta ley y se resolverán los problemas del Transantiago, con la colaboración del Metro”. No, no es así, ya que debemos cumplir con la Constitución, para lo cual el ministro trae un proyecto de ley, mediante el cual se crean los instrumentos necesarios.
Con esta iniciativa no se faculta al Estado para resolver los problemas del Transan-tiago, sino que Metro S.A. queda autorizada para resolver parcialmente problemas de transporte público cuando se presenten determinadas causales.
Es una tarea que se debe hacer paso a paso, por la complejidad del problema. Ojalá antes se hubiera procedido así. No puedo dejar de decir que estamos discutiendo este proyecto al calor de las cuatro iniciativas que se mandaron cuando se desató la tragedia del Transantiago. Ojalá esta iniciativa la hubiésemos debatido hace uno o dos años, preparándonos para la transformación del Transantiago.
Si se hubieran hecho bien las cosas, si todo se hubiese pensado mejor, si se hubiera demorado un poco más la partida del Tran-santiago, si se hubiese comenzado por la tarjeta Bip, si se hubieran ido mejorando los buses, si se hubieran estudiado los recorridos de a poco, naturalmente habríamos podido incorporar estos instrumentos de mejor manera.
Pero el país se ha visto, sobre todo los más pobres, aplastado por la situación del Transantiago, luego de lo cual han aparecido un montón de iniciativas, lo que ha constituido una mala manera de tratar el tema. No se hizo bien.
La cantidad de reconocimientos que se han hecho del Gobierno, de la Presidenta , ministros y otras autoridades, no es mucha. Es curioso, pero quienes han tenido menos responsabilidades técnicas y profesionales han sido los que más han reconocido. Para abajo, no he visto la declaración de gente responsable que diga: “Me equivoqué. Lo hicimos mal”.
Sin embargo, así se fueron dando las cosas. Finalmente, hoy nos encontramos con la propuesta para ver cómo se interviene con más Estado.
Un senador propuso que rápidamente se creara una empresa del Estado. Es una buena idea. Pero de ahí a tener una empresa del Estado con capacidad instrumental, imagínense lo que significaría. Si en esta asociación entre los privados y el Estado hemos terminado en este fracaso, calculen lo que ocurriría al poner en marcha una empresa del Estado. Es una buena idea, pero muy verde. Probablemente, estaría bien para el 2018.
Este proyecto, sigue esa línea. Pero la busca en una particularidad más concreta y específica, a saber: antes de inventar una empresa del Estado, ¿qué instrumental tenemos en el Estado de Chile? Metro S.A., una empresa del Estado, pero que se rige por el derecho privado. Entonces, funciona.
Como lo dicen muy bien los diputados Uriarte , Monckeberg y otros, es una empresa con números azules. En consecuencia, el Gobierno piensa que está facultada para asumir este desafío. Yo creo lo mismo, pero ojo. Ésa es la idea, porque cuando la ley entre en vigor el Metro no estará en condiciones de asumir las tareas que se le encomiendan. Que esto quede claro a la hora de votar.
Debemos apoyar el proyecto y autorizar al Metro para hacerse cargo de tareas de transporte público en buses y minibuses.
Cuando la ley sea aprobada, recién entonces el directorio del Metro comenzará a pensar en el plan estratégico, en el plan de inversiones, en el dinero que se necesitará, en cómo se asumirán las tareas que se plantean.
Cuando el Metro tenga que hacerse cargo del transporte público, ¿lo hará con un stock de buses comprados, arrendados o que licitará en ese momento? ¿Tendrá personal preparado para las contingencias? ¿Lo capacitará en esa oportunidad o hará contrataciones?
Todos esos detalles no figuran en esta iniciativa. Sólo su aprobación permitirá que esto se concrete, porque todo debe ser autorizado por ley. Con seguridad habrá un lapso que impedirá al Metro obrar con rapidez.
Después de eso, se tendrá que hacer una programación de la inversión y de la puesta en marcha de una empresa de esta categoría.
En la letra b) del numeral 2) del artículo 1º del proyecto, en las letras a), b), c) y d) del inciso tercero que se agrega, figuran las causales que permiten que la empresa Metro S.A. preste servicios en forma excepcional.
El diputado Mario Venegas hizo mención a la situación que se da en la letra c). Felizmente, la Comisión aprobó una indicación para determinar el momento en que actuaría el Metro. Originalmente, se había planteado que cuando existiera un déficit transitorio en la oferta de servicios de transporte público donde operan líneas de metro.
Dicho de esa manera, podría prestarse a confusión, no se sabe si la empresa actuará al lado, arriba o en los alrededores de las líneas del Metro. Faltaba determinar dónde operaría. Entonces, presentamos indicación para establecer que la empresa Metro S.A. podrá actuar en todas ciudades donde funcione como tal, de manera de ir pensando en su logística, capacidad administrativa y ejecutiva.
El diputado Burgos me dice que se trata sólo de una ciudad. Hoy es así, pero mañana puede serlo en muchas otras. La indicación dispone que el Metro podrá actuar cuando exista un déficit transitorio en la oferta de servicios de transporte público en las regiones, de manera tal que la ley no sea sólo para Santiago, sino para la República. Por eso, se faculta a la empresa Metro S. A. para que, en todo lugar de Chile en que existan líneas de metro, resuelva los problemas de transporte público que se produzcan. Así se supera la insuficiencia del término “ciudad”, porque, desde el punto de vista administrativo, no está establecido. Podría decirse “comuna”, pero tampoco debería utilizarse porque, de partida, la Región Metropolitana tiene varias y no se sabría cuál es. Por eso se agrega “en las regiones del país”.
¿Cuándo va a poder actuar Metro S. A. en este sentido? Cuando se haya interrumpido o afectado gravemente la prestación del servicio de transporte urbano en superficie, una vez declarada la caducidad de algún contrato de concesión; cuando se hubiera declarado desierta, parcial o totalmente, la licitación de una concesión; cuando exista un déficit transitorio en la oferta de servicios de transporte público donde operan líneas de metro, y cuando se encuentre afectada transitoriamente la normal prestación del servicio de transporte concesionado o de servicio de transporte autorizado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Bien decía el diputado Fuentealba , cuando existan razones fundadas. Y hubo un debate sobre si era mejor poner las generalidades o las especificidades. Es cierto que al señalar las causales específicas, se dejan afuera muchas que podrían estar bajo el concepto de “razones fundadas”.
Se optó por una y hago fe que se va a operar de buena forma.
Si se aprueba el proyecto, para quienes pedíamos más intervención del Estado, habrá más intervención del Estado, para quienes pedíamos más responsabilidad del Estado, habrá más responsabilidad del Estado, para quienes queríamos más compromiso del Estado, habrá más compromiso del Estado. Por lo tanto, si se rechazara, se debilitaría al Estado para resolver problemas de transporte público.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Sergio Aguiló .
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente , como lo han dicho los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra y lo han reconocido el ministro que nos acompaña y la propia Presidenta de la República , el Transantiago, hasta ahora -pensamos que dentro de poco las cosas van a empezar a cambiar-, ha sido un gran desastre.
La iniciativa fue de los gobiernos de la Concertación para mejorar el transporte público en el gran Santiago. Pero, por las razones que se han expresado y que no voy a reiterar -las sintetizó muy bien el colega Patricio Hales , presidente de la Comisión investigadora del Transantiago-, que tienen que ver con su planificación y puesta en práctica, esta gran iniciativa se ha transformado, hasta ahora, repito, en una tragedia social para millones de santiaguinos.
Sin embargo, las desafortunadas circunstancias -¡qué duda cabe¡- que todos estamos empeñados en que se superen, se deben al afán de realizar transformaciones de fondo en una materia muy importante para toda gran ciudad y conglomerado humano.
Además, las desafortunadas circunstancias también han puesto de relieve a personas y líderes sociales y políticos. Quiero decirle públicamente a René Cortázar que admiro su coraje y su vocación de servicio, porque no recuerdo, por lo menos en estos años de transición, que alguien antes haya asumido un ministerio con una tarea que era un desastre.
Me alegro que la Concertación tenga seres humanos que, por encima de cualquier cálculo menor, estén dispuestos a realizar un servicio, por el bien del país, que requiere de mucha decisión, mucho coraje, mucha capacidad y mucho empeño.
Como se ha dicho, el proyecto, por sí solo, no va a resolver los problemas que derivan del Transantiago. Pero, sin duda, apunta en la dirección correcta. Como parte de otras medidas que se están adoptando en forma simultánea, deberá aportar para que, ojalá antes de fines de año, tengamos un sistema de transporte público eficiente y expedito que le proporcione a la gente lo que se le prometió en algún momento: un transporte mucho más rápido, más seguro, más cómodo, con el que ganen horas los trabajadores de la Región Metropolitana para sus familias, para su descanso, y no al revés.
A diferencia de otras medidas adoptadas en esta dirección, algunas coyunturales, como tener más buses, aplicar la tecnología que en algún momento se prometió, contar con los recursos -se aprobó una proyecto que inyectó 290 millones de dólares para no tener que subir las tarifas-, ésta, en particular, tiene un carácter estratégico, porque, por primera vez en la historia de la Concertación, por lo menos, desde 1989 a esta parte, un servicio, en este caso de transporte, no tiene que ser proveído, por principio -vaya a saber uno de dónde ha surgido-, sólo por privados.
Incluso, por principio se han privatizado las cárceles -entiendo que en muy pocos países hay cárceles privadas-, los puertos, Colbún.
A propósito de Colbún, dada la crisis energética, hubo reflexiones autocríticas en el sentido de que podría haber habido un sistema mixto, en el cual proveedores de hidroeléctricas privadas hubieran compartido con hidroeléctricas públicas.
Hemos privatizado una cantidad enorme de servicios. Parte importante de la educación pública hoy es particular subvencionada. Algunos consultorios. Incluso, se plantea la posibilidad de algunos hospitales. En fin.
Por primera vez se está pensando al revés. ¿No será que también puede concurrir el Estado con una empresa pública a proveer un servicio tan importante? Ésta es la dimensión estratégica que, a mi juicio, tiene una solución coyuntural.
O sea, esto va en la dirección que planteó don Eduardo Frei, Presidente del Senado, en la Junta Nacional de la Democracia Cristiana, en un discurso que aplaudimos distintos sectores del país.
Por cierto, desde el socialismo y, en general, desde la izquierda, con mucha modestia nos sumamos a su proposición de establecer una empresa estatal.
En las principales urbes del mundo, los transportes de superficie y subterráneo son públicos. Así ocurre en Londres, en París y en muchas de las grandes capitales de países que, por lo demás, tienen economías de mercado. No les vamos a enseñar al Reino Unido, a Francia, a Alemania, etcétera, inversión privada, desarrollo capitalista o economía de mercado. Sin embargo, esos países tienen sistemas de transporte público. Por algo será.
Existen situaciones que se relacionan con ciertos estadios de conciencia y de desarrollo de la humanidad, inevitables. En esos países, la derecha, el centro y la izquierda se ponen de acuerdo, lo que posibilita que algunas cosas continúen siendo públicas. Ello se debe a que, desde los puntos de vista de la forma en que opera el mercado y del interés general o bien común, es mucho más razonable que la empresa proveedora de esos importantes servicios sea pública.
Estamos dando un paso modesto, pero importante, a fin de que Metro S.A. pueda convertirse en un gran proveedor del servicio de transporte de superficie mediante la gestión de líneas de buses, en el marco del esquema de reordenamiento de la operación del Transantiago.
A mi juicio, la iniciativa es muy importante porque significa una involución positiva en el pensamiento de la Concertación. Permítanme poner énfasis en este concepto. Nosotros, que nos distinguimos de la derecha en aspectos como la defensa de los derechos humanos, de la democracia, de la libertad, de la dignidad del hombre, durante estos años nunca hemos actuado en defensa del rol del Estado y de las empresas públicas gestionadas en forma seria y responsable, sino más bien, como ocurre en el póquer, hemos agregado a las privatizaciones de ese sector político otras tantas más. Si no alcanzamos a hacer más privatizaciones que el general Pinochet fue porque no quedaban tantas empresas para hacerlo, pero tiempo y ganas no faltaron.
Ahora, estamos actuando al revés. En buena hora, en bendita hora, estamos por otorgar la posibilidad de que una empresa enteramente pública, como Metro S.A., gestione una línea de buses de superficie, de manera de complementar, en los casos en que se requiera, el servicio de las empresas privadas concesionarias.
Deseo sumarme a las preocupaciones planteadas por el diputado Alberto Robles .
Finalmente, felicito a la Presidenta de la República y al ministro de Transportes por el envío a tramitación legislativa del proyecto en estudio.
¡Bienvenida una empresa pública al momento de resolver los problemas del Transantiago!
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Kast.
El señor KAST .-
Señor Presidente , pido citar a reunión de Comités.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Cito a reunión de Comités sin suspender la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías.
El señor FARÍAS.-
Señor Presidente , nos corresponde pronunciarnos sobre otro proyecto relacionado con el Transantiago.
Al respecto, no podemos cerrar los ojos ni la vista al surgimiento de un grave y complejo problema tras la implementación del Plan de Transporte Público de la ciudad de Santiago, que ha significado el sufrimiento de la gente que emplea esa forma de locomoción, que debe desplazarse gran cantidad de cuadras para tomar un primer bus y, después, hacer varios transbordos, muchas veces inexplicables.
A mi juicio, el problema expresado evidencia dos cosas:
Sectores cuyas necesidades de locomoción no se encuentran cubiertas y una gran inequidad en nuestra ciudad. En ese sentido, resulta difícil entender que, para llegar a su lugar de trabajo, a su oficina o al edificio en construcción, las personas deban desplazarse de un extremo a otro de la ciudad.
El Transantiago nos está informando sobre esa realidad, que pone en evidencia la gran inequidad en la forma como está construida esta ciudad, con los ricos a un lado y los pobres al otro; con los que producen la riqueza en un extremo y los que ayudan a producirla, pero que no reciben sus utilidades, en el otro.
Por lo tanto, desde el punto de vista político, deberíamos analizar la forma de construir una ciudad más equitativa, amable e inclusiva con todos, es decir, con pobres, gente de clase media y ricos. Al respecto, cabe expresar que en Francia, por ejemplo, las diferentes ciudades, localidades o villas se construyen con un criterio social inclusivo, que posibilita que siempre el 10 por ciento de personas de escasos recursos puedan habitar en viviendas sociales.
Por lo tanto, se trata de un problema no menor que el Transantiago ha ido dejando de manifiesto, cuya solución debe abordar el país.
En consecuencia, espero que se lleve a efecto la respectiva discusión política en relación con esta materia. Quienes formamos parte de la Concertación, anhelamos que en la ciudad la gente se integre y no exista la gran diferenciación física y económica entre los más pobres y los más ricos.
El proyecto propone una ampliación del giro de la empresa Metro S.A., a fin de que pueda realizar también la prestación de servicios de transporte público de pasajeros en superficie, a través de la operación de buses, en las situaciones especiales y excepcionales en que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones se lo solicite.
Por lo tanto, considero que oponerse a la iniciativa, que significará mejorar la gestión de la locomoción pública -en estricto rigor, pública-privada o pública entre comillas, no obstante que, a mi juicio, debería ser enteramente pública, como ocurre en tantos países-, constituye un error político y denota sólo, quizás, el deseo de que el sistema no funcione y que no se ponga término al sufrimiento de la gente en aspectos fundamentales, como no tener que levantarse tan temprano y llegar a su lugar de trabajo sin tanta complicación.
La iniciativa apunta a mejorar el sistema, de manera que la gente pueda contar con otra alternativa de locomoción. Por lo tanto, no puedo compartir la posición de los diputados de derecha que anunciaron su rechazo. Para mí, su actitud denota no querer que el Transantiago funcione porque, en esa medida, la gente seguirá disconforme y continuará alegando contra el Gobierno. En mi opinión, el objetivo de la oposición apunta en ese sentido. Tengo la impresión de que ese sector político, más que construir, desea no hacerlo, por no decir -para que no se enojen tanto- que busca destruir.
Por su intermedio, señor Presidente , quiero solicitarle al señor ministro una respuesta concreta sobre las proposiciones que hicieron algunas empresas para mejorar el sistema del Transantiago. Dichas empresas, que han dirigido cartas tanto al señor ministro como a la señora Presidenta de la República -las cuales he visto-, ofrecen tres mil quinientos buses, equipados completamente, a disposición del Transantiago de aquí a cuatro meses. No entiendo por qué no se ha dado todavía una respuesta clara a esa propuesta -me gustaría escucharla del señor ministro -; por qué no se acepta la inyección de mil quinientos buses, equipados con el sistema tecnológico que Sonda no ha sido capaz de implementar.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Ha llegado el término del Orden del Día.
Quedan doce inscritos y, en consecuencia, el debate de este proyecto queda pendiente para una próxima sesión.
-El señor Presidente anuncia que se encuentra presente en la tribuna de honor el embajador del Reino Hachemita de Jordania señor Nabil Masarweh, a quien da la bienvenida a la Corporación.
SUPRESIÓN DE FUNCIONES ADMINISTRTIVAS EN CARABINEROS DE CHILE. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA.
El señor WALKER ( Presidente ).-
En la reunión de Comités de hoy acordamos votar el segundo proyecto de la Tabla, y rechazarlo para que se vea en Comisión Mixta, debido a que varias de las funciones que se quitaron a Carabineros fueron repuestas en el Senado.
En votación las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley, originado en mensaje, que modifica diversos cuerpos legales para suprimir funciones administrativas de Carabineros de Chile.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la negativa, 99 votos. No hubo votos afirmativos ni abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Rechazado el proyecto.
Pasa a Comisión Mixta.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
El señor WALKER (Presidente).-
Propongo integrar la Comisión mixta, encargada de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional, respecto de este proyecto, con los siguientes señores diputados: Edmundo Eluchans, Patricio Hales, Alberto Cardemil, Pedro Araya y Juan Bustos.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
VII. PROYECTOS DE ACUERDO
COMPLEMENTACIÓN DE DECRETO SUPREMO SOBRE USO DE LUCES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN RUTAS INTERURBANAS.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Corresponde ocuparse de los proyectos de acuerdo.
El señor prosecretario va a dar lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 369, de los diputados señores Sepúlveda, don Roberto; Chahuán, Monckeberg, don Cristián; Palma, Verdugo, Galilea, Lobos, y de las diputadas señoras Isasi, doña Marta; Valcarce, doña Ximena, y Herrera, doña Amelia, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al ministro de Transportes y Telecomunicaciones que estudie una norma que complemente la contenida en el inciso tercero del decreto supremo Nº 22, de 2006, definiendo lo que se considera ruta interurbana, para que ésta pueda ser incorporada en el artículo 2º, de la ley Nº 18.290, de Tránsito”.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Roberto Sepúlveda.
El señor SEPÚLVEDA (don Roberto).-
Señor Presidente, mediante el decreto supremo Nº 181, de 22 de diciembre de 2006, emanado del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se ha dispuesto que, a contar del 1º de junio del presente año, los vehículos motorizados que circulen por rutas interurbanas, incluso cuando éstas atraviesen zonas urbanas, deberán hacerlo con sus luces de circulación diurnas encendidas y, caso de no contar con dichas luces, con sus luces bajas encendidas.
Encontramos plenamente acertada esta medida. Está basada en estudios de organismos internacionales especializados en la materia que la recomiendan para disminuir los accidentes de tránsito.
Sin embargo, para los efectos de aplicar sanciones a los conductores que, al no cumplir con esta disposición incurren en la infracción contemplada en el artículo 198, número 18, de la ley Nº 18.290, de Tránsito, se hace necesario definir legalmente el concepto de ruta interurbana ya que, en muchos casos, la autoridad fiscalizadora del tránsito está siendo exigible esta medida en caminos urbanos de carácter intercomunal, en autopistas concesionadas o bien en los que conectan poblaciones o barrios alejados entre sí, pero que se encuentran situados dentro de una misma comuna.
Además, no todas las municipalidades dan cumplimiento estricto a lo dispuesto en el artículo 2º de la ley de Tránsito; esto es, determinar y señalizar las áreas geográficas que se consideran zonas urbanas.
Lo expuesto anteriormente ha implicado interpretaciones disímiles entre jueces de Policía Local, a quienes les corresponde conocer de las eventuales infracciones a esta norma, y la autoridad fiscalizadora, a la que le corresponde velar por el cumplimiento de la misma.
En tal virtud, consideramos que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en su calidad de organismo rector nacional del tránsito, de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 18.059, debe precisar, a la mayor brevedad, el concepto de “ruta interurbana” para los efectos antes señalados, remitiendo un proyecto de ley que incorpore dicha definición en el artículo 2º de la ley de Tránsito. Todo ello, con el fin de establecer un criterio uniforme frente a las eventuales infracciones a la nueva exigencia de circular con las luces encendidas en esos tramos.
Señor Presidente, dada la necesidad de contar a la brevedad con esta norma, por su intermedio, pido a los honorables colegas que den su aprobación a este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
CREACIÓN DE OFICINAS MUNICIPALES ANTIDELINCUENCIA.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al proyecto de acuerdo Nº 372.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo de los diputados señores Lobos; Sepúlveda, don Roberto; Rossi; Núñez; Bobadilla; Estay; Norambuena; Valenzuela; Robles y Goic, doña Carolina, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al ministro del Interior que se realicen los estudios necesarios a fin de modificar la ley orgánica constitucional de Municipalidades para que se incorporen, con el financiamiento necesario, las siguientes estructuras a las municipalidades del país:
-Una oficina de antidelincuencia municipal, que persiga ante los tribunales de justicia los delitos de acción pública;
-Dotación de profesionales que asesoren a los afectados, tanto en la persecución del delito como en el apoyo sicológico y social de las víctimas;
-Implementar una oficina que intervenga directamente en los aspectos comunitarios, que son fuente principal en el origen de la delincuencia y, del mismo modo, incorporar, dentro de la estructura municipal, una unidad especializada en materia de seguridad ciudadana al Programa de Comuna Segura, para asegurar la perfecta coordinación y complementación en el ataque frontal de los delitos.”
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos.
El señor LOBOS.-
Señor Presidente , en los tiempos actuales, la seguridad ciudadana es preocupación central de la sociedad. Tras ese objetivo, interactúan distintos actores, entre ellos, los municipios, que debieran transformarse en la principal instancia de coordinación.
El municipio de Los Ángeles , Octava Región, quiere ser pionero en la materia y está implementando una oficina de seguridad integral para brindar apoyo y seguimiento legal, sicológico y social a las víctimas de la delincuencia.
La participación de los municipios en el combate contra la delincuencia es indirecta, ya que la ley entrega esta función a otros órganos del Estado. Por eso, el proyecto de acuerdo pretende que tengan un rol activo en la persecución de los delitos.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente , no hay que tener miedo al concepto de competencia exclusiva. Nadie pretende suplir el rol del Estado, de Carabineros y de la Policía de Investigaciones. En muchas áreas, el gobierno central y los municipios comparten roles en ciertas políticas sociales. Por ejemplo, en la lucha contra la pobreza se traspasan recursos estatales para la ejecución del Programa Puente a los municipios y estos, a su vez, los focalizan.
Pero en seguridad ciudadana no estamos haciendo todo el esfuerzo necesario y los recursos se dispersan. El gobierno central implementó hace bastante tiempo el programa Barrio Seguro en la población La Legua. Me preguntó por qué no destinar esos recursos institucionalmente a los municipios de San Joaquín, de la Granja o de Macul; por qué no hacer un esfuerzo y establecer un know how, esa capacidad de conocimiento y de intervención de los problemas de delincuencia, para prevenir, ayudar a las víctimas y coadyuvar a las policías con información relevante, con mapas de delincuencia, zonas de vulnerabilidad, mejora de espacios públicos, etcétera.
Tenemos una gran dispersión de recursos. Muchos proyectos centrales que se realizan a través de organizaciones no gubernamentales (ONG) son episódicos: duran un tiempo y no tiene el seguimiento adecuado.
Por eso, y sin sobrecargar a los municipios, que ya tienen problemas de financiamiento, sino que con seriedad, debemos procurar una política pública que, con recursos centrales o regionales, entregue al poder local un rol más categórico y específico -no paralelo- en la lucha contra la delincuencia.
Ese es el sentido del proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para impugnar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, más allá del fin loable que persiguen los diputados que suscribieron el proyecto de acuerdo, creo que se confunde el tema. Uno puede entender la proposición para que los municipios, con los recursos pertinentes, tengan un rol más importante en la prevención temprana y última del delito, amén de contar con profesionales para atender a las víctimas. Todo eso razonable, pero pedirle al Ejecutivo , a través de un proyecto de acuerdo, que cree verdaderos ministerios públicos en los municipios, que asuman la acción penal en supuesta o teórica ayuda al Ministerio Público, cuyo rol fundamental es representar a la sociedad en la persecución del delincuente, es repetir una cuestión en la que los chilenos hemos invertido millones de dólares.
En consecuencia, aprobar un proyecto de acuerdo de esta naturaleza, a mi juicio, lleva a la confusión.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Para impugnar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, me sumo a los argumentos del diputado señor Burgos ; pero quiero agregar otro. Necesitamos municipios que asuman el rol fundamental de construir convivencia, de aportar al desarrollo de la convivencia. No es posible que la mayoría de los municipios no cuenten con monitores deportivos o culturales; no es posible que no ayuden a la gente a convivir de otra manera; no es posible que no tengan programas orientados a los niños y a los jóvenes.
La labor de prevención parte por atacar las causas. Pretender atacar las consecuencias es bastante poco eficiente, según ha demostrado la experiencia.
En el municipio de La Florida tenemos un gasto anual de alrededor de 800 millones de pesos en un departamento de seguridad ciudadana y su impacto, en relación al aporte, es tremendamente bajo, por lo que esos recursos debieran redestinarse.
Señor Presidente , en el proyecto hay un mal enfoque del rol del municipio en las comunas. Pretender sustituir el rol de la policía no ayuda a enfrentar las causas del problema de la delincuencia. Además, la forma en que propone la creación de esas oficinas antidelincuencia es inconstitucional, lo que impediría su concreción.
Por lo tanto, vamos a votarlo en contra.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
En votación el proyecto de acuerdo.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo la diputada señora
REDUCCIÓN DEL PAGO DE PEAJE URBANO A LOS MOTOCICLISTAS. TRAMITACIÓN PENDIENTE.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 373, de los señores Dittborn, Hales, Sepúlveda, don Roberto; señora Herrera, doña Amelia; señores Palma, Barros, Chahuán, García-Huidobro y señora Cristi, doña María Angélica, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al ministro de Obras Públicas que analice, estudie y proponga una alternativa de solución a los motociclistas usuarios de las autopistas urbanas concesionadas de Santiago, para que se les aplique un cobro menor al que se les cobra a los autos y camionetas”.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn .
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente , habíamos quedado de acuerdo con la Mesa para postergar la tramitación del proyecto de acuerdo para el miércoles de la próxima semana, por una razón, que considero que el diputado Hales la va a compartir, cual es que los motociclistas están interesados en estar presentes en el debate que generará el proyecto.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Solicito la unanimidad de la Sala para discutir el proyecto de acuerdo en la fecha planteada.
Acordado.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/
VII. INCIDENTES
RECHAZO A INTERVENCIONES DEL DIPUTADO ROBERTO SEPÚLVEDA EN CONTRA DE ALCALDE DE MAIPÚ.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos .
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, constantemente somos noticiados de que la evaluación pública respecto de la política es cada vez peor. Eso afecta no a un partido o a una alianza en particular, sino que a todos. Cuando más del 50 por ciento de los ciudadanos de un país califican mal a los políticos, hay un riesgo para la institucionalidad; hay un riesgo no lejano de que pueda ocurrir lo que sucedió muy cerca de nosotros cuando los ciudadanos exhibieron carteles que decían “Que se vayan todos”.
A la política le hacen mal muchas cosas. Hoy quiero referirme a una, particularmente a lo que ha hecho en este hemiciclo el colega Roberto Sepúlveda en contra del alcalde de Maipú don Alberto Undurraga.
No haré ninguna defensa corporativa, sino que defenderé, en nombre de mi bancada, a una persona que nos parece honorable y honesta, y que ha hecho, como muchos, un sacrificio voluntario para estar en la política, para trabajar y para entender a la política como una acción de servicio. A eso apelo.
Cuando se anuncian querellas que no se presentan en el tiempo y en la forma en que se plantearon, cuando se da cuenta en este hemiciclo de partes de informes de la Contraloría para intentar afectar la honra de una persona honesta a partir de hechos en que pueden haber incurrido ciertos funcionarios de ese municipio, se afecta la calidad de la política. Y cuando se afecta a la calidad de la política, se afecta la institucionalidad democrática del país.
En la política, como en todas las cosas de la vida, el fin no justifica los medios. Ese camino destruye las instituciones y las personas. Quienes conocemos a Alberto Undurraga sabemos muy bien que es una persona que entrega lo mejor de sí en la acción política.
No pretendemos, para él ni para la gente que trabaja con él, cobijarlos en una eventual impunidad. Simplemente queremos que no se afecte a las personas a partir de pedazos de informes de Contraloría o de declaraciones que no tienen sustento.
Por último, como dijimos, no es válido todo en la política ni el fin no justifica los medios. No es válido decir y hacer cualquier cosa para recuperar un municipio que en su momento se perdió por un reproche ciudadano. Por esa vía no se construye país.
He dicho.
-Aplausos.
CAMPAÑA PARA CONSTRUIR MUSEO ARQUEOLÓGICO Y ANTROPOLÓGICO EN MONTEVERDE, PUERTO MONTT. OFICIOS.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Patricio Vallespín.
El señor VALLESPÍN.-
Señor Presidente, quizás Monteverde no le dice mucho a los chilenos y chilenas; pero hace 12.500 años, un niño caminó junto a una fogata encendida sobre el arcilloso suelo de ese lugar ubicado a 28 kilómetros al suroeste de Puerto Montt. Una capa de turba cubrió la huella, la aisló del oxígeno y permitió que se mantuviera intacta hasta hoy, lo que la transformó en la muestra del asentamiento humano más antiguo de América.
Por eso ayer se lanzó en Puerto Montt la campaña “Deje su huella”, que busca preservar como corresponde ese vestigio de asentamiento humano, el más antiguo conocido hasta hoy, ratificado científicamente en 1998 por la comunidad científica, a través del estudio de Tom Dilehay, que muestra el primer vestigio de vida en América.
Como dije, ayer se lanzó la campaña “Deje su huella”, liderada por Leopoldo Pineda , un estudioso de la antropología, gestor de alianzas e iniciativas culturales para Puerto Montt y promotor de la construcción del museo arqueológico de Monteverde, respecto del cual la Cámara también aprobó un proyecto de acuerdo.
Para tal efecto, se han unido la Fundación Monteverde, la Corporación para el Desarrollo de Puerto Montt, el Centro para el Progreso de Puerto Montt y los parlamentarios, de lo cual me siento parte, para motivar al sector privado para que se sume a esta campaña, que pretende conservar la huella tal como la dejó ese niño hace 12.500 años. Además, queremos reunir 12.500 firmas, por lo que invito desde ya a la gente de Puerto Montt para que firme en los lugares que se han dispuesto en los malls para este efecto, porque queremos entregar 12.500 firmas a la Presidenta Bachelet y a las autoridades nacionales, para que se pueda construir ese museo que va a rescatar más de 700 piezas arqueológicas y antropológicas que se han encontrado en excavaciones realizadas en la zona.
Como es muy importante que la Cámara también se comprometa con esta campaña, hemos dispuesto atender aquí a quienes deseen firmar para que se construya el museo arqueológico Monteverde , el cual, insisto, preservará este vestigio del poblamiento americano, que podrán visitar los turistas de todo el mundo.
Insisto, como queremos que la Cámara se comprometa, el miércoles 8 de agosto estaremos acá con la campaña “Deje su huella”, para que cada parlamentario que quiera dejar su huella, no sólo firme, sino también ponga su pie -como hizo aquel niño hace doce mil quinientos años- para contribuir al rescate de este patrimonio chileno para el mundo.
Esperamos que esta iniciativa se materialice en el museo arqueológico que el sur de Chile merece, que Chile merece, que la antropología y la arqueología del mundo merecen.
La historia la construyen las personas, rescatando los valores patrimoniales. Por eso, si las pruebas científicas ratifican que Monteverde es el lugar donde se verifica el primer asentamiento humano en América, nuestra obligación es rescatarlo como patrimonio de todos los chilenos.
Por lo tanto, pido que se oficie a la Presidenta de la República , a fin de que instruya a las ministras de Educación y de Cultura para que gestionen los recursos necesarios para la construcción del museo, que ya está diseñado.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
PROBLEMAS DE ACCIDENTABILIDAD VIAL EN COMUNA DE TIERRA AMARILLA. OFICIOS.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , a la comuna de Tierra Amarilla, donde se desarrolla la actividad minera en pequeña y gran escala, no llegan los beneficios que debiera corresponderle. Por el contrario, sólo sabe de perjuicios, y graves.
Al respecto, la calle principal de la comuna, avenida Miguel Lemeur , ha sido invadida por un tráfico permanente de camiones provenientes de las faenas mineras que se desarrollan en el perímetro de la zona urbana. Este hecho, como dije, es tremendamente grave, por cuanto la ciudad alberga una población de más diez mil habitantes, y la gente que hace vida normal, como los estudiantes, los niños, las dueñas de casa, en fin, los residentes que circulan fundamentalmente por esa calle, avenida estructural de la ciudad, sufren los accidentes, a veces con causa de muerte, provocados por vehículos de gran tonelaje. Durante los últimos años ha fallecido gran cantidad de personas, producto de atropellos debidos al exceso de velocidad y a la imprudencia temeraria de los conductores de aquellos vehículos de transporte.
Hace algunos meses atrás, falleció, atropellada por un camión, la destacada dirigenta política y poblacional, Alicia Díaz -la acompañaba una nieta, pequeñita, que, gracias a Dios se salvó-, militante de la Democracia Cristiana y madre de la concejala del mismo partido, Bélgica García Díaz .
En estos casos, uno no ve voluntad ni proyecto serio alguno, de parte de las autoridades a cargo de la vialidad urbana, que se oriente a solucionar estos problemas, planteados por el alcalde de la comuna, Osvaldo Delgado, por la concejala Bélgica García y por todos los actores sociales y políticos de la comuna de Tierra Amarilla. Después de años de lucha, aún no hay solución seria por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo ni del Ministerio de Obras Públicas, en lo que les compete.
Por lo tanto, pido que se oficie a los ministros de Vivienda y Urbanismo y de Obras Públicas, a fin de que nos informen qué medidas han adoptado para evitar los efectos provocados por la circulación de vehículos de carga pesada, minera, por las calles de dicha comuna, que, por lo demás, presenta niveles de pobreza bastante altos.
Lo que hoy sucede es un abuso que no tiene nombre y afecta a la gente más modesta.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE CONTAMINACIÓN EN COMUNAS DE CALERA DE TANGO Y DE SAN BERNARDO. OFICIOS.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías .
El señor FARÍAS.-
Señor Presidente , los vecinos de la comuna de Calera de Tango me entregaron antecedentes sobre la existencia de un basural ubicado en el límite de las comunas de Calera de Tango y San Bernardo , sobre el camino Catemito , a cuatro kilómetros de la carretera surponiente, frente a una viña y cercano a una planta de compostaje.
Según los vecinos, dicho lugar sería una fuente de males olores, debido a que periódicamente ingresan vehículos de alto tonelaje a depositar basura. Sin embargo, existe duda sobre si tal contaminación se debe a ese basural o emana de la planta de compostaje.
Por lo tanto, con el ánimo de recabar la información pertinente, pido que se oficie a los ediles de San Bernardo y de Calera de Tango, a fin de que nos informen si dicho basural se encuentra emplazado en sus comunas, si la planta de compostaje se encuentra emplazada en sus comunas, si dichas actividades tienen sus permisos de funcionamiento vigentes y si se han realizado las fiscalizaciones por contaminación odorífica.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de la diputada señora Ximena Vidal y de los diputados señores Iván Paredes , Jaime Quintana , René Alinco y de quien preside.
EMERGENCIA POR SITUACIÓN CLIMÁTICA EN COMUNAS CORDILLERANAS DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA. OFICIO.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , la región de La Araucanía, particularmente la zona cordillerana, ha sufrido fuertes nevazones -sólo comparables a las de 1995, conocidas como “terremoto blanco”-, que han afectado a las comunas de Lonquimay, Melipeuco, Curarrehue, Pucón y Curacautín.
Distintas autoridades han visitado la zona, pero sólo se han preocupado de algunos problemas, como el sistema de radiocomunicaciones, que afecta a la zona interior, en el caso de Lonquimay. Sin embargo, hay serias deficiencias en otros aspectos, como alimentos para la población, infraestructura caminera, referido al despeje de caminos, y agropecuarios, dada la falta de forraje para los animales.
En Lonquimay, tanto en los sectores rurales como urbanos, hay dos mil cuatrocientas familias en problemas, y las ochenta toneladas en ayuda entregadas por el Indap resultan absolutamente insuficientes, pues sólo cubren las necesidades de cuatrocientas familias.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Agricultura , a fin de que haga una evaluación más exhaustiva de la situación de emergencia que afecta a las comunas de Lonquimay y Melipeuco y envíe las ayudas necesarias, especialmente a aquellos crianceros que han perdido el alimento y forraje para sus animales.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
HABILITACIÓN DE CENTRO DE DIÁLISIS PÚBLICO EN COMUNA DE LAUTARO. OFICIO.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , solicito oficiar a la ministra de Salud , a fin de que evalúe la posibilidad de instalar un centro de diálisis público en la comuna de Lautaro, que atienda además de la gente de Temuco, capital regional, a la de Perquenco, Galvarino , Vilcún y algunas localidades aledañas, como Cajón, y especialmente Pillalelbún. Muchos enfermos de esas localidades deben recorrer distancias relativamente largas para dializarse, lo cual implica una complicación adicional en su calidad de vida.
Hago esta petición, porque es técnicamente posible, sobre todo cuando en Lautaro existe un hospital que durante los próximos años completará su implementación.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
AUMENTO DE DOTACIÓN DE CARABINEROS Y NUEVO VEHÍCULO POLICIAL PARA RETÉN DE PÚA, COMUNA DE VICTORIA. OFICIOS.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente, solicito oficiar al ministro de Defensa para que Carabineros nos dé respuesta al siguiente problema.
Hace algunos días visité la localidad de Púa, comuna de Victoria, Región de La Araucanía, donde sus habitantes me plantearon su preocupación por los diversos problemas de seguridad ciudadana que les afectan, como el aumento de los delitos, especialmente robos.
Púa, localidad aledaña a la carretera, cuenta con un retén de Carabineros dependiente de la Cuarta Comisaría de Victoria , situada a doce kilómetros al sur. La unidad policial sólo tiene seis funcionarios que realizan rondas en las localidades aledañas a Púa, como Quino, ubicada a diez kilómetros, y en los sectores rurales Las Cardas y Trangol, entre muchos otros, lo que da un total aproximado de tres mil habitantes a su cargo.
Como es evidente, resulta imposible prevenir y combatir de manera eficaz los delitos que se cometen tanto en la zona urbana como rural de esos sectores, si tenemos en cuenta además que el único carro policial disponible no está en óptimas condiciones de funcionamiento. Por lo tanto, se hace necesario primero solicitar el aumento de la dotación de personal al menos a ocho funcionarios y, segundo, estudiar la posibilidad de contar con otro vehículo policial todo terreno.
En razón de lo anterior, solicito oficiar al general director de Carabineros , don Alejandro Bernales , con copia del texto de mi intervención, al alcalde y a los concejales de la comuna de Victoria y a la presidenta de la Junta de Vecinos Nº 14 de Púa, señora Mónica Huaiquipán .
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia del texto de su intervención.
SANEAMIENTO DE TÍTULOS DE DOMINIO EN MALALCAHUELLO, COMUNA DE CURACAUTÍN. OFICIO.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , los vecinos de Malalcahuello, sector urbano de la comuna de Curacautín, hace algún tiempo, a través del Ministerio de Bienes Nacionales, obtuvieron terrenos donde edificaron sus casas. Sin embargo, no tienen los títulos de dominio correspondientes porque el sistema mediante el cual accedieron a los terrenos no les permitió sanearlos a su nombre.
Corresponde que el Ministerio de Vivienda se haga cargo de ese problema. Espero que dicha cartera se constituya en el lugar con el personal idóneo y evalúe la situación a fin de dar una solución y certeza jurídica a los habitantes de Malalcahuello para que realmente se sientan propietarios de los terrenos que hace algún tiempo les entregó el fisco.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
ANTECEDENTES SOBRE PROGRAMAS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD EN COMUNAS DE MACUL, SAN JOAQUÍN Y LA GRANJA. OFICIO.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
En el tiempo que resta a la bancada del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , la salud es un tema prioritario en nuestro país, como lo son también la educación, la vivienda, el trabajo y la seguridad de los ciudadanos. En ese sentido, todos los cambios que se produzcan con el fin de mejorar la situación por la que atraviesa la salud primaria es un paso muy importante.
En Chile, la salud primaria está conformada por los consultorios o Centros de Salud Familiar (Cesfam) -llamados modernamente así en estos momentos- y por las postas rurales, las cuales funcionan con gran esfuerzo y, en muchas ocasiones, con precariedad de recursos.
En la actualidad hay cincuenta y seis enfermedades que tienen garantizada su atención por parte del Estado. Por eso, porque hemos avanzado y conquistado nuevos derechos sociales, es que pedimos más.
Una parte importante de chilenos que no pueden acceder al sistema de salud privado necesitan encontrar una respuesta adecuada en el sistema público. Nuestros niños, los adultos mayores y las dueñas de casa en general dependen en gran medida de que en esta materia el Estado cumpla su rol subsidiario de manera digna, completa y no a medias tintas.
Durante las visitas que realizo por las comunas de Macul, San Joaquín y La Granja con mi oficina móvil recojo todos los problemas de parte directa de los ciudadanos y de los usuarios del sistema. Durante días pasados, los pacientes del Cesfam Padre Alberto Hurtado , recientemente inaugurado en la comuna de Macul, me denunciaron que no cuentan con un número telefónico para solicitar las horas de atención, sobre todo para los adultos mayores y los niños -ellos no piden el servicio para todos-, quienes se están viendo obligados, hoy como ayer, a salir de sus casas a las seis u ocho de la mañana a hacer la fila para atenderse en dicho centro, situación que sabemos que con las bajas temperaturas que hemos tenido durante este invierno no es posible soportar.
Hay que recordar que la dignidad y la protección de los derechos fundamentales de las personas son componentes no sólo de nuestra Constitución Política, sino que también deben formar parte de la ética. Por eso, resalto y recuerdo que hay que hacer más esfuerzos en ese sentido, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar esos derechos.
Por lo tanto, solicito que se oficie a la ministra de Salud con el objeto de que nos informe acerca del estado actual de los programas de atención primaria en los consultorios del distrito 25, comunas de Macul, San Joaquín y La Granja. Asimismo, nos dé las razones de la demora que existe para cumplir las garantías comprometidas y nos explique qué sucede con los teléfonos de atención y cómo se está supervisando la entrega de las horas de médicos especialistas para las personas.
En esta solicitud de oficio incluyo de alguna manera todas las inquietudes, problemas y reclamos que me han hecho presente las ciudadanas y los ciudadanos del Distrito 25, que represento.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
ANTECEDENTES SOBRE OCUPACIÓN ILEGAL DE PREDIO FISCAL EN ARICA. OFICIOS.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el diputado señor Iván Paredes.
El señor PAREDES.-
Señor Presidente , quiero denunciar una grave situación de tráfico de influencias ocurrida en Arica.
El señor Raúl Castro Letelier , presidente de la Cámara de Turismo de Arica y presidente de la Corporación de Desarrollo de Arica , ocupa en forma ilegal, desde hace aproximadamente diez años, un espacio en el borde costero, donde construyó el restorán Maracuyá , establecimiento muy conocido en la zona.
Por dicha ocupación ilegal el señor Castro a la fecha acumula, según consta en un documento emanado de la Subsecretaría de Marina y que tengo en mi poder, una deuda de 142.159.554 pesos.
Por tratarse de un predio fiscal cuya administración corresponde a la Subsecretaría de Marina , la situación descrita me parece de extrema gravedad.
Obviamente, la municipalidad debe entregar las patentes respectivas, el permiso de edificación y el certificado de recepción final de las obras.
Como señalé, durante todos estos años el señor Raúl Castro ha estado ocupando ilegal e impunemente un espacio en el borde costero para fines comerciales que le han generado utilidades sin pagar un peso.
Me atrevería a decir que la situación de irregularidad en ese lugar lleva más de quince años, por cuanto me consta que muchos años antes que los señalados en el documento de la Subsecretaría de Marina el recinto ya funcionaba como un local público.
Incluso en ese restorán se expenden bebidas alcohólicas.
Hasta ahora, nadie ha puesto atajo a esa situación. Y se da la agravante -hay que resaltarlo- de que, actualmente, se está gestionando en la Subsecretaría de Marina una concesión marítima para dicho señor, aun cuando tiene una deuda de 142 millones de pesos con el fisco y que nadie le ha cobrado.
Por tanto, pido que se envíe oficio al director de Impuestos Internos para que explique cuál es la situación del restaurante Maracuyá , de Arica, ubicado en el borde costero, en términos de la iniciación de actividades y de la contabilidad de las boletas que se emiten en dicho local. Hay que considerar que la iniciación de actividades se debe haber entregado en forma ilegal, dado que estaba ocupando un predio del fisco sin autorización. Considerando tal situación, quisiera tener la información sobre cómo obtuvo la iniciación de actividades.
Pido oficiar también al ministro de Defensa Nacional , para que, por su intermedio, el subsecretario de Marina informe a esta Cámara en detalle sobre la ocupación ilegal de un espacio en el borde costero, desde sus inicios al día de hoy, y por qué razón se le está permitiendo la tramitación de una concesión marítima cuando mantiene una deuda impaga con el fisco por ocupación ilegal de 142 millones de pesos. Asimismo, ¿por qué la Subsecretaría de Marina no ha solicitado la fuerza pública a la gobernación provincial para el desalojo del lugar de dicha persona que está ocupando ilegalmente un bien fiscal?
Además, oficiar al director de Obras Municipales y al director de Finanzas de la Municipalidad de Arica , a fin de que expliquen o documentadamente informen cómo se tramitó el permiso de edificación de la construcción sólida que hay ahí y la recepción final emitida por dicha Dirección. Asimismo, que se explique la situación de la patente comercial, considerando la situación de ilegalidad con que ha operado dicho restaurante en el ejercicio de una actividad comercial.
Que se oficie al presidente del Consejo de Defensa del Estado , organismo que tiene la obligación de defender los intereses del Estado, con el fin de que explique si están en conocimiento de dicha situación y, de ser así, por qué razón no han procedido a hacer una denuncia formal ante los tribunales de justicia en contra del señor Castro Letelier , quien actualmente es presidente de la Corporación de Desarrollo de Arica y Parinacota y de la Cámara de Turismo de Arica, quien se encuentra en una situación de absoluta impunidad e ilegalidad y, más aún, con una concesión marítima en trámite. Ello, porque, en mi opinión, el Consejo de Defensa del Estado tiene la obligación legal de recurrir a las instancias judiciales pertinentes, con el fin de que dicho señor cancele la deuda que posee con el fisco; posteriormente a ello, recién podría gestionar la concesión marítima actualmente en trámite.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Roberto León , Samuel Venegas y René Alinco .
IMPULSO A LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA Y TÉCNICA SUPERIOR EN SAN ANTONIO. OFICIOS.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
En el tiempo de la bancada del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado Samuel Venegas.
El señor VENEGAS (don Samuel).-
Señor Presidente , quiero alzar mi voz para plantear un gran anhelo de la ciudadanía de San Antonio, el que es compartido por todos quienes consideran que el desarrollo se genera a través de un progreso generalizado, para lo cual se requiere la formación y profesionalización de las personas que están empezando a desarrollarse en la vida.
En San Antonio existe una total carencia en todo lo que se refiere a enseñanza superior. No existen institutos profesionales ni centros de formación técnica. Los que pueden se abren campo a través de las universidades para ir avanzando en forma paulatina. En la medida en que van teniendo más conocimientos y la aprobación de ciertos grados, tienen más posibilidad de llegar, incluso, a las carreras de ingenierías.
La situación socioeconómica de San Antonio es gravísima. Es la única comuna donde los índices de pobreza e indigencia, en lugar de disminuir, han aumentado. Por ello, se requiere una mayor inversión en la zona para permitir que los hijos de San Antonio se puedan preparar para asumir roles en su propia tierra, o si deben emigrar, para no ser barrenderos o ascensoristas del lugar donde se instalen. Quiero aclarar que no estoy menoscabando esos trabajos, pero es la realidad.
Por lo tanto, pido que se oficie a la Presidenta de la República y a la ministra de Educación , solicitándoles den cumplimiento al compromiso contraído para invertir recursos para desarrollar la enseñanza técnico-profesional y universitaria en la zona. Asimismo, que contribuyan al programa que estamos llevando a cabo en la ciudad de San Antonio en conjunto con su alcalde y con los de otras comunas, y que encabeza el gobernador provincial, para ofrecer a las universidades y centros de formación un campus donde puedan establecerse y aprovechar las ventajas producto de la asociatividad que puede llevarse a cabo.
Estamos tratando de impulsar la urbanización de diez hectáreas de terrenos municipales para habilitar el campus en un lugar que cuente con energía eléctrica, agua potable, evacuación de las aguas, calles pavimentadas, de forma tal que las universidades o centros que lleguen al lugar, puedan instalarse con mayor facilidad para entregar a nuestra gente la profesionalización y conocimientos que cada vez son más necesarios para que en el país no existan personas de primera y de segunda clase.
En San Antonio existe la voluntad de impulsar todas esas cosas, por lo que necesitamos el envío de los oficios para lograr ese gran anhelo.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios en la forma solicitada por su señoría.
ELIMINACIÓN DE PEAJES DE CHAIMÁVIDA Y CORONEL. OFICIO.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo de la bancada de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado don Andrés Egaña .
El señor EGAÑA.-
Señor Presidente , sólo existen cuatro peajes nacionales que dependen del Ministerio de Obras Públicas, información que obtuve de la página web de dicha repartición. Lamentablemente, dos de esos cuatro peajes están en la Región del Biobío, y tienen una larga y triste historia. Digo larga, porque el peaje de Chaimávida fue inaugurado en 1982, y triste, porque ha sido un peso enorme para nuestra región que tiene tantos problemas de cesantía y pobreza.
Voy a hacer un rápido recuento de lo que ha significado la situación de esos dos peajes nacionales.
Durante el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle, se prometió el retiro del peaje de Chaimávida, ubicado en uno de los accesos a la ciudad de Concepción. Debo aclarar que es el único peaje en Chile que está ubicado a siete kilómetros de la plaza de Armas de una ciudad tan importante como es Concepción. Asimismo, se sumó a dicha promesa el ministro de Obras Públicas de aquel entonces, don Ricardo Lagos . En el 2002, el intendente de entonces, Jaime Tohá , afirmó que, a más tardar en 2005 ese peaje, que es público, sería trasladado al sector oriente. Su eliminación significaría terminar con el aislamiento de 5 mil familias penquistas y con el atraso económico en que viven las comunas de Quillón y Florida, de la Ruta Florida. Basta con recorrer esa ruta para ver el estado deplorable en que se encuentra: no hay mantención de los puentes y las bermas son un desastre.
Pero, además, está el peaje de Coronel -resulta triste decirlo-, ubicado en uno de los accesos a la comuna, que es paso obligado a una de las provincias que concentra el más alto nivel de pobreza y cesantía, no sólo de la Región del Bíobio, sino de todo el país, y que en 2006 recaudó poco más de 1.880 millones de pesos. Si consideramos los graves problemas de cesantía que enfrentan las comunas de Lota, con 15 por ciento, y Coronel, con 12,6 por ciento, es necesario que las autoridades competentes consideren su eliminación como una forma de aliviar la precaria situación económica de sus habitantes.
Pero lo más importante y grave es que los peajes de Chaimávida y Coronel recaudan cerca del 80 por ciento del total nacional de peajes públicos, situación que requiere ser revisada en forma acuciosa.
Son muchas las ocasiones en que hemos planteado este problema. El diputado Bobadilla se ha referido a la situación que afecta a los habitantes de Coronel y el diputado Norambuena a la que vive la provincia de Arauco. Hace algún tiempo, la juventud de la UDI también lo hizo presente. Pero, ¿qué han hecho el Gobierno y las autoridades? Nada; sólo prometer, prometer y prometer.
Lo más triste de todo es que esto ocurre cuando el Gobierno de la Concertación está nadando en millones de dólares, cuando cuenta con una enorme cantidad de recursos. Hay una gran discusión si éstos deben depositarse en el extranjero, si deben licitarse, etcétera. Estamos hablando de muchos millones de dólares. Nunca en nuestra historia republicana un gobierno había dispuesto de los recursos con que hoy cuenta el Gobierno de la Concertación. Sin embargo, no quiere suprimir los peajes de Coronel y Chaimávida -escúchenme bien, estimados colegas- que en 2005 recaudaron el 78,83 por ciento de la recaudación nacional. Es una cifra importante, pero menor. Es decir, la recaudación total de los cuatro peajes estatales -habría que agregar el de Cristo Redentor y no sé cuál otro; según la página web del Ministerio, son los cuatro peajes que dependen del Ministerio de Obras Públicas- no supera los 10 millones de dólares. Sin embargo, no ha sido posible lograr la supresión de estos peajes. Ésta es una demostración concreta de lo poco que hace el Gobierno en favor de las regiones y de la descentralización del país.
Una vez más, pedimos a las autoridades correspondientes, no un favor, sino que cumplan lo que prometieron en su oportunidad, concretamente, respecto del peaje de Chaimávida. No sigamos castigando a la gente de Arauco, no sigamos castigando a la gente de Coronel, no sigamos castigando a la gente de Florida y Quillón. Esos peajes deben ser eliminados.
Lo mejor que puede hacer el Gobierno, que está convertido en un verdadero Tío Rico MacPato, lleno de recursos, es que transfiera esos recursos a los más pobres, a los más necesitados. Cabe considerar que no sólo tienen un vehículo las personas con buena situación económica; hay mucha gente que trabaja y que debe usar esos peajes. Lo más lamentable de todo es que esto ha impedido el desarrollo de la periferia de la comuna de Concepción, donde los espacios físicos son cada vez más reducidos.
Por eso, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , a fin de que nos informe sobre la fecha en que se suprimirán los peajes de Chaimávida y Coronel. Ahora, si decide no hacerlo, que la comunidad conozca las razones por las cuales el Gobierno de la Concertación no quiere dejar de percibir 10 millones de dólares, porque eso impedirá aliviar la situación que están viviendo los habitantes de las localidades que he mencionado. Es necesario que los habitantes de Concepción, Coronel y de la provincia de Arauco conozcan la verdad, porque son muchas las promesas que no se han cumplido.
El tiempo que resta a nuestro Comité ha sido cedido al diputado señor Rosauro Martínez .
He dicho.
INVESTIGACIÓN EN DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE ÑUBLE. OFICIO.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo que le resta al Comité de la UDI, tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
Señor Presidente , agradezco al Comité de la UDI que me haya cedido el resto de su tiempo.
A veces, somos muy estrictos respecto del funcionamiento del sector privado, y me parece bien que así sea. El problema surge cuando no se aplica el mismo criterio, como sucede comúnmente, cuando el involucrado es del sector público. Tenemos varios ejemplos, muchos de los cuales hemos analizado en la Cámara en más de una oportunidad.
Señalo esto, porque en mi oficina de Chillán recibí una denuncia de una profesional de la educación que se desempeña en el Departamento Provincial de Educación de Ñuble, en calidad de supervisora, cargo al cual accedió en julio de 1999, mediante concurso público.
Sucede que la profesora aludida, la señora Cecilia Aguilera Ortiz , ha recurrido a la Subsecretaría Ministerial de Educación y a la secretaria regional ministerial de Educación de la Región del Bíobio , así como al gabinete presidencial y a la Asociación Nacional de Dirigentes del Ministerio de Educación, Adime , con el objeto de denunciar una serie de hechos que la afectan en el desempeño de sus funciones y que califica como abuso de poder, hostigamiento, acoso laboral, sicológico y desmedro profesional de parte de la jefa provincial de Educación de Ñuble.
Pues bien, respecto de esta denuncia, que es muy seria y que fue formulada en diciembre de 2006, a la fecha, es decir, siete meses después, todavía no hay un pronunciamiento definitivo. Oportuno es preguntarse, entonces, ¿qué tiene que ocurrir para que las autoridades reaccionen? Lo que ha hecho esta profesional es dar cuenta, de manera responsable y por los canales que corresponden, de una situación que la afecta.
En consecuencia, estamos frente a un caso de negligencia de la autoridad ministerial, que transgrede las disposiciones legales y, lo que es peor, establece un especie de impunidad respecto de quienes, en el ejercicio de sus cargos, actúan en forma abusiva. ¿Qué pasaría si esta denuncia fuera hecha en el ámbito privado? Creo sinceramente que el actuar de las autoridades sería muy diferente.
Lo que pido, entonces, es que se aplique el mismo criterio, más aún cuando estamos en presencia de acciones que dañan los derechos laborales de una persona.
Además de esta persecución a que alude, y que prueba con antecedentes concretos que deben ser investigados en profundidad, la señora Aguilera Ortiz ha recurrido a la Contraloría Regional del Biobío para dar cuenta de la deuda que el Ministerio de Educación tiene por el desempeño del cargo y función de jefa técnica entre los años 2003 y 2006. Ese cargo implica un nivel de responsabilidad mayor y, según se me ha dicho, corresponde al grado 8 de la Escala Única de Sueldos. A la citada profesional se le continuó pagando durante todo el período que ejerció como jefa técnica una remuneración equivalente al grado 12 de la Escala Única de Sueldos.
Tengo en mi poder todos los antecedentes a los que he hecho alusión.
Cada una de esas acciones están explícitamente detalladas. Es decir, cuando la profesional le escribe a la subsecretaria de Educación , la señora Pilar Romaguera le otorga validez al asunto. Tengo copia de la carta desglosada en los distintos puntos, con ejemplos muy concretos que fundamentan sus aseveraciones.
Frente al extenso e inexplicable silencio de las autoridades ministeriales, y que según tengo entendido no es la única denuncia que algunos funcionarios han hecho llegar a la subsecretaria, además por tratarse de hechos graves en un servicio público, pido oficiar al contralor general de la República para que se sirva instruir una amplia investigación en el Departamento Provincial de Educación de Ñuble sobre los hechos denunciados por la señora Cecilia Aguilera en lo que se refiere al abuso de poder, al hostigamiento, al acoso laboral y al desmedro profesional de parte de la jefa provincial de Educación de Ñuble.
También pido que se establezcan las eventuales responsabilidades y se apliquen las medidas disciplinarias que correspondan.
Asimismo, que se determinen las razones por las cuales no se le pagó, durante el período que ejerció como jefa técnica, el diferencial correspondiente al cargo y que se instruya regularizar los montos adeudados.
Además, pido que se determinen las responsabilidades administrativas de las autoridades ministeriales por su actuar negligente y pasivo frente a una denuncia concreta.
Se debe llegar al fondo del problema que, como expresé, no es la primera vez que ocurre. Espero que este paso dado por esa profesional sirva para que otras personas afectadas en sus derechos laborales denuncien el abuso de las irregularidades que sufran.
El desafío de ir al fondo del asunto es responsabilidad de la Contraloría, porque situaciones como las descritas no sólo infringen gravemente la ley, sino que son inconcebibles en un servicio público que, por su naturaleza, está obligado a tener un comportamiento ejemplar.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
SALUDOS A PERIODISTAS EN SU DÍA Y AL PERSONAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EN EL 196º ANIVERSARIO DEL CONGRESO NACIONAL.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra la diputada señora Amelia Herrera .
La señora HERRERA.-
Señor Presidente, en primer lugar, en esta fecha tan especial, quiero enviar un afectuoso saludo a todos los periodistas de Chile.
En segundo lugar, el pasado 4 de julio el Congreso Nacional celebró su 196º aniversario. Muchos recuerdan los pasos que como parte de la historia republicana del país le ha correspondido cumplir a esta rama del Poder Legislativo.
Al asumir mi primer período como diputada , he podido participar con mis colegas y conocer a quienes por cuatro años compartiremos esta hermosa labor.
Más allá de recordar a quienes han ocupado escaños en esta Cámara de Diputados y que, sin duda, han aportado su particular visión al engrandecimiento del país, creo que debemos reconocer, porque la vida misma en nuestro desempeño así nos lo exige, a quienes muchas veces de manera anónima nos apoyan diariamente en el quehacer parlamentario. Me refiero a los funcionarios de la Corporación.
Sí, colegas, nobleza obliga. Vaya para todos ellos mi especial reconocimiento.
También quiero hacer un paréntesis. Muchos de nosotros efectuamos nuestra labor en comisiones y en la Sala, porque la ciudadanía nos ha otorgado ese alto honor. Pero para realizar de manera eficiente nuestro trabajo contamos con personas de nuestra confianza, asesores en distintas áreas, secretarias, conductores y otros. Ellos también forman parte de esta Cámara y son parte importante en la función legislativa.
He considerado oportuno y de justicia expresar desde lo más profundo de mi corazón que los funcionarios, al igual que nosotros, son parte importante de este eslabón, asentado no por causalidad en este puerto histórico.
Nuestro Congreso Nacional, más allá de ser uno de los más antiguos del mundo, debe ser el verdadero camino y resonar del eco ciudadano, fruto de la esperanza y anhelos de miles de compatriotas que depositaron en nosotros su confianza.
Junto con reiterar mi especial saludo a los funcionarios de la Cámara de Diputados, agradezco a Dios, a mi familia y a los electores de Quilpué, Villa Alemana, Limache y Olmué permitirme ser parte del Congreso Nacional, la cuna de la democracia.
He dicho.
IRREGULARIDADES EN LICITACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS DE LA COMUNA DE COPIAPÓ. OFICIO.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Aedo.
El señor AEDO.-
Señor Presidente , quiero hacer uso de esta tribuna para dar cuenta de las irregularidades cometidas en la municipalidad de Copiapó, en relación con el proceso de licitación efectuado para los servicios de disposición final de residuos sólidos de dicha comuna, es decir, los rellenos sanitarios.
El primer llamado a licitación se efectuó en diciembre de 2006, el cual se dejó sin efecto debido a una serie de irregularidades detectadas en las bases. En el segundo llamado a licitación, a pesar del informe del fiscal nacional económico, con una serie de observaciones, hacen caso omiso de éste y se lleva a efecto la licitación.
El 30 de abril, se llamó a una segunda licitación. Se presentaron cuatro empresas oferentes, a saber, Cosemar, Enasa , Resam y Socoal . Esta última quedó marginada de las bases por un error en la oferta económica.
Por último, el 18 de mayo se adjudicó la licitación por parte del Concejo a la empresa Cosemar, a la que corresponderá realizar todos los servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios, barrido de calles, áreas verdes y disposición final de la basura dentro de la comuna. Con ello se genera inequívocamente un monopolio en este rubro.
Sin embargo, lo más grave tiene que ver con el tonelaje que informó la municipalidad de Copiapó en las bases de licitación, que es muy superior a lo que realmente ha pesado el operador actual del vertedero de la comuna.
En efecto, en las bases de licitación se informó un total de 2.580 toneladas al mes; en cambio, las toneladas reales informadas por el operador actual del vertedero son 1.700 al mes. Es decir, se consigna una diferencia de 880 toneladas, absolutamente inexistentes, que permitirá a la empresa adjudicatoria cobrar un mayor costo de 11.331.200 pesos mensuales. Si esa cifra se multiplica por el período que durará dicha adjudicación, arroja un cuantioso perjuicio para el erario municipal de 2.740 millones de pesos.
Esa pérdida, absolutamente injustificada, que constituye una defraudación para las arcas de la municipalidad, amerita una investigación por parte de la Contraloría General de la República, en uso de sus facultades de fiscalización, la que, asimismo, debe disponer la paralización del proceso de esta adjudicación, mientras se lleva a cabo la investigación.
Por esta razón, solicito que se oficie, en mi nombre, al contralor General de la República , a fin de que se sirva disponer que la Contraloría Regional de Atacama ordene llevar a cabo esta investigación, disponiendo, asimismo, la suspensión del proceso adjudicatario, en tanto no se dé término a la investigación solicitada.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
ACCIONES PARA MEJORAR EL TRANSPORTE MARÍTIMO EN EL LITORAL DE AISÉN. OFICIOS.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Por último, tiene la palabra el diputado Pablo Galilea.
El señor GALILEA.-
Señor Presidente , en el día de ayer, en la ciudad de Puerto Cisnes, de la Región de Aisén, un grupo de pobladores, gente que necesita el servicio de transporte marítimo, se tomó la barcaza Alejandrina , a la cual se le impidió el zarpe por largas horas, como consecuencia de que la demanda está absolutamente insatisfecha, ya que el cupo que ella tiene para atender a los pobladores del litoral de Aisén es insuficiente.
El transporte marítimo del litoral de Aisén está en una crisis Terminal. Sobre esto se viene alegando por las distintas instancias del quehacer regional, en especial por los municipios, al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, al Ministerio de Obras Públicas, a la Intendencia. Hasta ahora, después de haber pasado varios años, el problema sigue exactamente igual.
Los pobladores de Melinka, Repollal, Puerto Aguirre, Estero Copa, Caleta Andrade , Melimollu , Marín Balmaceda , Cisnes, que son más de 4 mil personas, están en el más completo abandono.
Hace algunos años, un servicio de catamarán moderno, con cómodas butacas, que contaba con subsidio, permitía el traslado por la zona en un tiempo prudente. La industria acuícola salmonera necesita de un medio de transporte marítimo. Sin embargo, se perdió porque el Estado no estaba dispuesto a seguir subsidiándolo, en circunstancias de que es fundamental la mantención del servicio para el desarrollo del vasto litoral de Aisén.
Chile se pretende constituir en potencia agroalimentaria mundial, pero eso no ocurrirá sin la participación de regiones como la de Aisén, en la que está todo el crecimiento futuro del próspero negocio de la salmonicultura, que hoy alcanza a más de 2 mil millones de dólares.
Para ello, para que la Región de Aisén sea competitiva, resulta fundamental que existan servicios de transportes marítimos adecuados que generen las condiciones que se requieren.
A modo de ejemplo, la gente, desde Puerto Chacabuco o Puerto Aisén a Melinka, que antes demoraba cinco horas, hoy, en condiciones inhumanas, indignas, en barcazas que han sido diseñadas para el transporte de carga, demora más de treinta horas. O sea, a la mala calidad del traslado se suma el tiempo que se ocupa, el que se ha multiplicado en varias veces, situación que no puede seguir.
Lo más grave es que eso se va a agudizar, porque el servicio de transporte de carga y pasajeros lo prestan las barcazas “Alejandrina” y “Pincoya”, y una de ellas va a entrar a reparación en los próximos días. Por lo tanto, la situación se agravará.
Por lo mismo, pido que se oficie al ministro de Transporte y Telecomunicaciones , al ministro de Obras Públicas , cartera que ha diseñado un ambicioso plan para la zona austral, y a la intendenta, para que nos digan qué acciones concretas se tomarán sobre la materia porque las más de 4 mil personas que viven en el litoral de Aisén no pueden seguir esperando.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado René Alinco .
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.25 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley sobre reasignación de concesiones y autorizaciones de acuicultura caducadas. (boletín Nº 5120-21).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 10 de julio de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado, en sesión del día de hoy, tomó conocimiento del rechazo de esa Honorable Cámara a las modificaciones propuestas por esta Corporación al proyecto de ley que establece normas en beneficio del circo chileno, correspondiente al Boletín N° 2.579-06, y del nombre de los señores Diputados que integrarán la Comisión Mixta que deberá formarse en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de la República.
Al respecto, el Senado acordó que los Honorables Senadores miembros de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, concurran a la formación de la aludida Comisión Mixta.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 6.895, de 5 de julio de 2007.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): CARLOS OMINAMI PASCUAL , Vicepresidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
3. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana sobre el proyecto de acuerdo aprobatorio del “Acuerdo entre la República de Chile y Japón para una asociación económica estratégica” y sus anexos, adoptados en Tokio, el 27 de marzo de 2007. (boletín N° 5114-10)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana informa sobre el proyecto de acuerdo indicado en el epígrafe, sometido a la consideración de la H. Cámara, en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de “simple”.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Previamente a entrar al fondo del tratado en informe, se hace constar, para los efectos reglamentarios, lo siguiente:
1° Que la idea matriz o fundamental de este proyecto de acuerdo es aprobar un tratado internacional, que necesita aprobación parlamentaria atendido lo dispuesto por los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1, inciso tercero, de la Constitución Política de la República.
2° Que la aprobación de este tratado internacional requiere de quórum orgánico constitucional, ya que sus disposiciones sobre transferencias que se contemplan en el artículo 81 del Capítulo ocho “Inversión”, complementadas con las de la Sección 2 del mismo capítulo, que establece disposiciones especiales de solución de controversias relativas a una inversión entre una parte y un inversionista de la otra parte, incidirán, eventualmente, en las facultades que el Banco Central de Chile tiene para restringir las operaciones internacionales en moneda extranjera, en virtud de lo dispuesto por la ley N° 18.840, orgánica constitucional del Instituto Emisor.
Para mayor ilustración de la H. Cámara cabría consignar que disposiciones análogas a las señaladas, se contemplaron en los TLC celebrados con Canadá, México , República de Corea y Estados Unidos de América, lo que, en sus oportunidad, motivó su respectiva aprobación con el referido quórum orgánico constitucional.
3° Cabe consignar, además, que conforme lo ordena el inciso segundo del artículo 17 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, este tratado debe ser informado por la H. Comisión de Hacienda atendida la incidencia que la aplicación de sus normas tendrá en los ingresos fiscales y en la economía del país.
4° Que el proyecto de acuerdo fue aprobado por mayoría de 14 votos a favor y dos en contra.
Votaron a favor los señores Diputados: Alvarez-Salamanca, don Pedro Pablo ; Díaz Díaz, don Marcelo ; Fuentealba Vildósola, don Renán ; Jarpa Wevar, don Carlos Abel ; León Ramírez, don Roberto ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Moreira Barros, don Iván ; Ortiz Novoa, don José Miguel ; Palma Flores, don Osvaldo ; Quintana Leal, don Jaime ; Sule Fernández, don Alejandro ; Súnico Galdámes, don Raúl ; Tarud Daccarett, don Jorge , y Von Mühlenbrock Zamora, don Gastón .
Votaron en contra la señora Diputada Sepúlveda Órbenes , doña Alejandra , y el señor Diputado Jaramillo Becker, don Enrique .
5° Que diputado informante se designó, por unanimidad, al H. Diputado Fuentealba Vildósola, don Renán .
II. LO SUSTANCIAL DE LAS CONSIDERACIONES DE MÉRITO QUE FORMULA EL MENSAJE PARA SOLICITAR LA APROBACIÓN DEL TRATADO.
1° El mensaje destaca que la estrategia comercial chilena se basa en una economía abierta y competitiva, liderando el sector exportador el crecimiento del país, y aborda simultáneamente tres frentes: a) el unilateral, mediante una política de arancel bajo y parejo; b) el multilateral, donde se ha procurado la activa participación de Chile en foros y acuerdos multilaterales, como la OMC y Apec), y c) el bilateral, a partir del cual se han suscrito una serie de acuerdos comerciales bilaterales y regionales. Como consecuencia de esto último, se encuentran vigentes 14 acuerdos de esta naturaleza y más del 80% del comercio exterior de Chile está siendo beneficiado por acuerdos comerciales. Con la entrada en vigor de los Acuerdos con India y Japón se espera que este porcentaje aumente a casi al 90%.
2° Agrega que la suscripción de este Acuerdo forma parte de la estrategia de acercamiento de Chile con la región Asia Pacífico. Así, Chile participa en el Foro Apec y ha suscritos acuerdos comerciales con países de la región, entre ellos Corea , el denominado “P4” con Nueva Zelanda, Singapur y Brunei Darussalam ; China y el Acuerdo Parcial con India, que está en su fase final de incorporación al orden jurídico interno. Están también los estudios de factibilidad con Tailandia y Malasia, y el que se inició con Vietnam.
3° Señala que Chile tuvo en el año 2006 un intercambio comercial con Japón que alcanzó los 7.524 millones de dólares, con un superávit en balanza comercial muy favorable a nuestro país, que alcanza los 5.224 millones de dólares. El saldo positivo con Japón explica más del 22% del excedente comercial de Chile el 2006. Ese año Chile exportó a Japón 6.374 millones de dólares, exhibiendo un crecimiento de 38,8% con respecto al año 2005, lo que se explica principalmente por el aumento del precio del cobre. El mismo año se importaron desde Japón 1.150 millones de dólares, un 12,6% más que el 2005.El 74% del total exportado corresponde al sector minero.
4° Informa que en la Cumbre Apec realizada en Corea (2005), las autoridades de Japón y Chile dieron el primer paso para las negociaciones de un Acuerdo Comercial entre ambas naciones, luego que un estudio técnico conjunto determinara que éste sería beneficioso para ambos países. El proceso de negociación se llevó a cabo en cinco Rondas, en las cuales se abarcaron todos los temas incluidos en un Acuerdo Comercial, como son el acceso a mercados, comercio de bienes, servicios transfronterizos y financieros, compras del Gobierno, obstáculos técnicos al comercio, propiedad intelectual, solución de controversias, entre otras.
5° Finalmente, indica que en noviembre del año 2006, en el marco de la Cumbre de Líderes de Apec, la Presidenta de la República , Excma. señora Michelle Bachelet Jeria , y el Primer Ministro de Japón , señor Shinzo Abe , anunciaron el término de las negociaciones con un resultado exitoso. Posteriormente el Canciller Alejandro Foxley suscribió en Tokio el Acuerdo de Asociación Económica Estratégica (AAEE) entre ambos países, en marzo del 2007.
6° Para mejor información de los señores Diputados, se adjunta al final del informe, como documento anexo, una estimación de los efectos que la aplicación tendrá a cada una de las Regiones del país, hecha por la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales ( Direcon ).
III. RESEÑA DE LOS OBJETIVOS, ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL ACUERDO DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA ESTRETÉGICA ENTRE CHILE Y JAPÓN .
1° Objetivos del Acuerdo.
Este tratado persigue, fundamentalmente, liberalizar el comercio de mercancías y de servicios; incrementar las oportunidades de inversión y protegerlas; intensificar la oportunidad para participar en las respectivas compras públicas; dar una protección adecuada a la propiedad intelectual; promover la cooperación y coordinación para la observancia de la normas en materia de competencia; mejorar el ambiente de negocios, y establecer procedimientos efectivos de solución de controversias.
2° Estructura.
El Acuerdo de Asociación Económica Estratégica entre Chile y Japón se compone de un preámbulo y 199 artículos, agrupados en 19 capítulos y 15 anexos.
Los capítulos se refieren, sucesivamente, a las materias siguientes (el número entreparéntesis corresponde al del capítulo respectivo:
-Disposiciones y definiciones generales (1 y 2);
-Comercio de mercancías (3);
-Reglas de origen (4);
-Procedimientos aduaneros (5);
-Medidas sanitarias y fitosanitarias (6);
-Obstáculos técnicos al comercio (7);
-Inversiones (8);
-Comercio transfronterizo de servicios (9);
-Servicios financieros (10);
-Entrada temporal de personas de negocios (11);
-Compras públicas (12);
-Propiedad intelectual (13);
-Competencia (14);
-Mejoramiento del ambiente de negocios (15);
-Solución de controversias (16);
-Administración del Acuerdo – Comisión- (17);
-Excepciones (18), y
-Disposiciones finales (19).
C. Síntesis del contenido de su preámbulo y capítulos.
En el preámbulo, las Partes declaran su voluntad de estimular el comercio bilateral estableciendo normas claras que lo regulen y favorezcan; de dar una protección adecuada a la propiedad intelectual y a la inversión, y de respetar las normas de competencia.
Además declaran que una asociación económica- estratégica traerá beneficios económicos y sociales, y se hacen partícipes del concepto de desarrollo sustentable.
En el capítulo 1 (disposiciones generales) las Partes deciden el establecimiento de un área de libre comercio y determinan los objetivos de este Acuerdo, entre los que se incluyen, la liberalización del comercio de bienes y servicios, y el mejoramiento de las oportunidades de inversión.
Las Partes reafirman sus derechos y obligaciones bajo el Acuerdo de la OMC y de cualquier otro acuerdo en que ellas sean Partes; se regulan las medidas relacionadas con la transparencia, tales como la publicación de sus normas legales y resoluciones administrativas de aplicación general, intercambio de información; debido proceso en los procedimientos administrativos, y tratamiento de la información confidencial por las leyes de cada Parte.
En el capítulo 2 (definiciones generales) se precisan todos aquellos conceptos que tienen una aplicación general en el tratado.
En el capítulo 3 se regula el comercio de bienes, esto es la forma en que se eliminarán o reducirán los aranceles, esto es eliminación inmediata, a cinco años, siete años, diez años, doce años, quince años; como las cuotas y las excepciones y negociaciones futuras. La mayor parte de las exportaciones chilenas se encuentran en lista de desgravación inmediata, esto es un 59% de estas (productos tales como frambuesas, paltas, pasas y ciruelas, vino a granel, aceite de pescado, ferromolibdeno, textiles y confecciones).
Luego, un 27% de las exportaciones se desgravarán entre 5 y 10 años y un 9% con cuotas (pastas de tomate y las carnes de vacuno, cerdo y ave) o reducciones parciales. El resto del comercio se divide en las demás categorías de desgravación, quedando sólo un 0,4% de las exportaciones de Chile exceptuadas. Se deja establecida la posibilidad de renegociar algunos productos designados para este fin en el anexo con las desgravaciones.
Se asegura el trato nacional y se armonizan la clasificación arancelaria y la valoración aduanera a las directrices de la OMC.
Se crea un Comité de Comercio de Bienes, compuesto por representantes de los Gobiernos, que será el encargado de administrar éste Capítulo. También se constituye un Grupo de Trabajo en temas pesqueros. También establece la normativa y los mecanismos para la aplicación de medidas de defensa comercial: medidas de salvaguardia bilateral; salvaguardias globales de la OMC y salvaguardias agrícolas. También se permite la aplicación de medidas provisionales en circunstancias críticas; restricciones por seguridad nacional y prohibición de aplicar impuestos a las exportaciones.
En el capítulo 4 se regulan las reglas de origen, esto es los criterios para la calificación de los bienes como originarios; mercancías y materiales fungibles; conjuntos, surtidos o combinaciones entre otros; certificado de origen, y procedimientos para verificación de origen. Tres criterios fundamentales para que las mercaderías adquieran el carácter de originarias: a) totalmente obtenidas, b) cambio de clasificación arancelaria y c) valor de contenido regional. Cabe destacar que los sectores considerados sensibles tienen una norma de origen que contempla los intereses chilenos. La certificación de origen está a cargo de entidades competentes, las que pueden designar para esta tarea a otros organismos o entidades gremiales. Dicha certificación se realiza mediante la emisión de un certificado de origen, a solicitud del exportador de la mercancía.
El capítulo 5 se aplica a los procedimientos aduaneros requeridos para el despacho de mercancías comercializadas entre las Partes. Se acordaron disciplinas en materia de transparencia sobre la divulgación de la información; despacho de aduanas, cooperación, y sanciones. Asimismo, se establece un Comité de Procedimientos Aduaneros.
El capítulo 6, se confirma la intención de mantener y fortalecer la implementación del Acuerdo de Aplicación en Materias Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC.
Para implementar este capítulo, se establece un Grupo de Trabajo en Materias Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) constituido por representantes expertos de las Partes.
El capítulo 7 tiene como objetivo evitar los obstáculos técnicos al comercio, mediante la cooperación bilateral, para asegurar que los reglamentos técnicos, las normas y los procedimientos de evaluación de la conformidad no se transformen en obstáculos innecesarios al comercio. No se aplica a las medidas relacionadas con las compras públicas ni a las medidas sanitarias y fitosanitarias. Además, se confirman los derechos y obligaciones de las Partes conforme al Acuerdo OTC, de la OMC.
Se crea un Comité que se ocupará de los problemas que surjan en este ámbito.
El capítulo 8, sobre inversiones, otorga certeza jurídica a los inversionistas y a las inversiones materializadas en el territorio de cada Parte. Se garantiza un trato no discriminatorio en relación con la inversión de un nacional de la otra Parte o con respecto al trato otorgado a la inversión de un inversionista de un tercer país. Se aseguran la libre transferencia de capitales y de las utilidades. Se prohíbe la aplicación de requisitos de desempeño a dichas inversiones y establecen las condiciones requeridas para llevar a cabo una expropiación, garantizando a los inversionistas de cada Parte una compensación justa y adecuada, lo que resulta perfectamente armónico con nuestra normativa constitucional.
Se establece un sistema especial de solución de controversias, para reclamar contra el Estado receptor de la inversión por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones.
El procedimiento se inicia con consultas amistosas y, si no se encuentra solución, el inversionista puede someter el asunto a arbitraje, lo cual no puede realizarse a menos que hayan transcurrido por lo menos seis meses desde que tuvieron lugar los hechos que dieron origen a dicha controversia. El inversionista puede escoger el foro, que será definitivo, donde presentar esa reclamación, sea ante un tribunal local de la Parte que ha recibido la inversión o un tribunal arbitral internacional. Japón reconoció la naturaleza voluntaria de las normas contempladas en el decreto ley Nº 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera.
Las Partes liberalizan todo los sectores de la economía relacionados con la inversión, salvo excepciones expresas. Las excepciones a las disciplinas contenidas en este capítulo, han sido listadas en el anexo 6 de cada Parte. Dichas medidas sólo pueden modificarse en el sentido de hacerlas menos restrictivas. Sin embargo, cada país mantiene el derecho de adoptar medidas disconformes futuras, en aquellos sectores y en los términos indicados en el anexo 7.
El capítulo 9 regula el comercio transfronterizo de servicios. Se excluyen los de cabotaje marítimo, los de tráfico aéreo, los subsidios, los servicios financieros y las compras de gobierno. Estos últimos regulados en forma particular en un capítulo separado. Se otorga el trato nacional, el de la nación más favorecida y se estipula la obligación de no imponer requisitos de presencia local. Reconoce ciertas excepciones en los anexos 6 y 7.
El capítulo 10, sobre servicios financieros, regula el establecimiento de instituciones financieras de un país en el territorio del otro; la oferta de servicios financieros por parte de proveedores no localizados en el mercado local, y la compra de servicios financieros en el otro país por consumidores nacionales. Se garantiza la no discriminación entre instituciones financieras de ambos países. Con todo, se preservan las facultades de las superintendencias para que la prestación de un servicio financiero se haga de acuerdo a la legislación nacional.
También se permite a las superintendencias aplicar medidas de carácter cautelar para proteger a los depositantes y otros participantes del mercado de capitales. Los compromisos adoptados no modifican la legislación financiera chilena.
Respecto de los seguros y servicios relacionados, se consolidó la apertura actual en materia de presencia de compañías de seguros, que permite el establecimiento de compañías de seguros extranjeras en Chile, sea bajo la modalidad de una subsidiaria o sucursal según lo establezca la legislación financiera vigente.
En cuanto a los servicios bancarios y de valores, se listaron los mismos servicios ya comprometidos en tratados de libre comercio suscritos con otros socios comerciales.
Todos los servicios financieros relacionados con la seguridad social, incluyendo el sistema obligatorio de pensiones, quedaron fuera de los compromisos.
El capítulo 11 facilita el ingreso de personas de negocios. Esto se logra mediante compromisos que otorgan facilidades migratorias a los nacionales del otro país que participan en el comercio de mercancías o servicios, o inversión.
El capítulo 12 regula las denominadas compras públicas y otorga a las empresas chilenas acceso a las contrataciones públicas de todas las entidades del gobierno central de Japón, sus 47 prefecturas, 12 ciudades (con más de 500 mil habitantes) y algunas corporaciones públicas en condiciones de igualdad, en base a los principios de trato nacional, no discriminación y transparencia de los procesos de contratación
El monto total de las contrataciones públicas de las entidades japonesas cubiertas por el Capítulo en el año 2004 se estima en unos diez mil millones, mientras que en nuestro país durante el año 2005 se estiman en alrededor de cinco mil millones de dólares.
El capítulo 13, sobre Propiedad Intelectual, establece regulaciones de interés para las Partes, y reafirma los compromisos adquiridos por ellas a nivel multilateral en la Organización Mundial de Comercio (OMC) y en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi).
Contiene, entre otras, disposiciones relativas a marcas comerciales, indicaciones geográficas, variedades vegetales, transparencia y observancia de los derechos de propiedad intelectual. En este último caso, se estableció la posibilidad de que se puedan requerir a las autoridades aduaneras la suspensión del despacho, en casos de importación o exportación de bienes que infrinjan derechos de propiedad intelectual.
Por otro lado se reconoce la necesidad de prevenir el abuso en el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual cuando restrinjan, injustificadamente, el comercio. Asimismo, se acordaron medidas en orden a aumentar la transparencia en la administración de los derechos de propiedad intelectual y se establece el compromiso para hacer más expeditos los procedimientos administrativos para obtener derechos de propiedad intelectual ante las autoridades nacionales de registro.
También se establece un mecanismo que permitirá en el futuro el reconocimiento recíproco de las indicaciones geográficas de Chile y Japón , materia de gran relevancia para los productores de vino, y el reconocimiento explícito por parte de Japón de pisco chileno como una indicación geográfica chilena.
El capítulo 14 se preocupa de la competencia. Con sus disposiciones se persigue evitar que los beneficios de la liberalización disminuyan por causa de prácticas comerciales anticompetitivas; se establece también la no discriminación en la aplicación de las leyes de competencia. Este capítulo no está sujeto al sistema de solución de controversias del Acuerdo.
El capítulo 15 busca promover el comercio y la inversión recíproca a través de la creación de un ambiente de negocios más favorable. Para ello se crea un Comité que intercambiará información relevante y estudiará cómo mejorar el ambiente de negocios entre ambas Partes. Estará facultado para hacer recomendaciones respecto de medidas que pudieran aportar al objetivo del capítulo.
El capítulo 16 regula el sistema general de solución de controversias. Se otorga a la Parte reclamante el derecho de recurrir, a su elección, al procedimiento establecido bajo la OMC o al previsto en este Acuerdo. Este último establece un sistema de consultas directas entre las Partes. Si no se alcanza un acuerdo, se recurrirá a un tribunal arbitral de tres miembros. Cada Parte seleccionará un árbitro. El tercero, se seleccionará por acuerdo de éstas, o por sorteo. El informe final del tribunal será obligatorio para las Partes. Siempre que sea posible, la solución deberá consistir en la derogación de la medida disconforme. En caso que la Parte demandada no acate dicho informe, la Parte reclamante podrá suspender la aplicación de beneficios de efecto equivalente a la Parte demandada, en lo posible, dentro del sector afectado por la medida.
El capítulo 17 establece la Comisión Administradora del Acuerdo integrada a nivel de Ministros o Altos Oficiales, y entre otras responsabilidades le corresponderá monitorear la implementación, interpretación y operación de este Acuerdo.
El capítulo 18 contempla excepciones generales que se aplican a todos los capítulos del Acuerdo. Éstas son: excepciones generales relacionadas con el artículo XX del Gatt y XIV del Gats, excepciones en materia de seguridad esencial, medidas tributarias y medidas relacionas con dificultades relativas a la balanza de pagos.
El capítulo 19, sobre disposiciones finales, contempla normas sobre enmiendas, entrada en vigor y terminación del Acuerdo.
Finalmente, cabe señalar que los Gobiernos de la República de Chile y Japón suscribieron, en la misma fecha del presente Acuerdo, un Acuerdo complementario que regula, en primer lugar, materias de cooperación e intercambio de información relacionados con el grupo de trabajo sobre pesca y productos pesqueros. En segundo término, asuntos relativos a la cooperación en procedimientos aduaneros. En el mensaje se expresa que las materias tratadas en el Acuerdo de Implementación corresponden a la potestad reglamentaria del Presidente de la República , artículo 54 numeral 1), inciso cuarto de la Constitución Política de la República, el mencionado Acuerdo de Implementación se acompaña sólo con fines informativos; por tanto, no es necesaria su aprobación parlamentaria.
IV. DECISIONES DE LA COMISIÓN.
1. Autoridades y funcionarios de Gobierno escuchadas.
- Ministro de Relaciones Exteriores , señor Alejandro Foxley Rioseco ;
-El Director General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería (Subrogante), señor Andrés Rebolledo , y
-El Director de Relaciones Económicas Multilaterales de la Direcon , señor Igor Garafulic.
2. Representantes de entidades del Sector Privado escuchadas.
-El Presidente de la Federación Nacional de Productores de Leche (Fedeleche), señor Enrique Figueroa San Celedonio.
-El Presidente de la Asociación de Exportadores de Productos Lácteos (Fenaleche), el señor Manuel Zamora.
-La Gerente de Estudios de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), señora Ema Budinich.
-El Presidente del Comité Empresarial Chile -Japón (CAP), señor Roberto de Andraca .
-La Jefa de estudios de la Asociación de Productores de Aves (APA), señora Soledad Valenzuela.
Se excusaron de asistir y manifestaron su opinión por escrito, documentos que se encuentran a disposición de los señores Diputados en la Secretaría de la Comisión, las siguientes personas:
-El Gerente de Comercio Exterior de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) señor Hugo Baierlein .
-El Presidente de la Asociación de Exportadores de Chile A.G. (Asoex), señor Ronald Bown.
-El Presidente de La Asociación Gremial Nacional de Productores de Carne de Ganado Bovino (Fedecarne), señor Alejandro Granzotto .
-La Presidenta de la Asociación de Exportadores de Manufacturas (Asexma), señora Patricia Pérez.
Tanto las autoridades y funcionarios de Gobierno como los representantes del Sector Privado manifestaron opiniones generales favorables a la aprobación de este tratado, análogas a las proporcionadas en el mensaje.
Hacen excepción a lo anterior, las opiniones de los representantes de Fedeleche y Fenaleche , señores Enrique Figueroa y Manuel Zamora , quienes si bien, en términos generales manifestaron una opinión favorable a la aprobación de este tratado, consideran que en términos de acceso a mercado para sus sectores el resultado no fue positivo, porque no obtuvo cuota alguna. No obstante lo cual, esperan que la situación se revierta en virtud del compromiso suscrito con Japón en orden a renegociar este sector dentro de tres años más. Agregan que su sector exporta al año 10.000 toneladas de productos lácteos y que este tiene planificado exportar de aquí a diez años la suma de 1.000 millones de dólares, meta que estima se podrá lograr trabajando conjuntamente el sector público con el privado. Por su parte, por escrito, el representante de Fedecarne, manifestó que la cuota concedida para el sector exportador de carnes bovina es exigua y sólo se refiere a carne congelada.
b) Constancias acordadas por la Comisión.
La Comisión acordó dejar constancias de lo siguiente:
1° Dar su apoyo a las reiteradas solicitudes que durante la tramitación parlamentaria de tratados de libre comercio le han sido formuladas a los Ministros de Agricultura y de Hacienda para que suplementen el presupuesto del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), a fin de que pueda responder eficientemente a los mayores requerimientos que le impone la aplicación de dichos tratados, como ha sido el caso de los instrumentos suscritos con la República Popular China, con la República de Corea y el P4, entre otros;
2° Dejar constancia de su preocupación por la renuencia de los dirigentes de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) a dar a conocer ante la Comisión sus opiniones sobre los tratados de libre comercio, no obstante haber sido especialmente invitados a una jornada temática efectuada recientemente con tal fin, en el Palacio Ariztía, en Santiago, así como con ocasión del estudio del tratado en informe, y
3° Apoyar el interés de los dirigentes gremiales del sector lácteo del país de tomar contacto con sus pares de Japón con el objeto de preparar la negociaciones que en dos años más debieran efectuarse entre los dos países con el objeto de mejorar el tratamiento arancelario y de cuotas para los productos del sector; lo que se estima que sería posible lograrlo con ocasión del viaje a Japón de la Presidenta de la República , Excma. señora Michelle Bachelet Jeria , con motivo de la conmemoración de los 110 años de las relaciones bilaterales chileno-japonesas.
Cerrado el debate y puesto en votación el proyecto de acuerdo que somete a la consideración del Congreso Nacional el Acuerdo de Asociación Económica Estratégica suscrito con Japón, éste fue aprobado por la unanimidad de los señores Diputados individualizados en el punto 3°) de las constancias reglamentarias, con modificaciones formales de menor entidad que no se estima necesario detallar, ya que sólo persiguen citar el tratado por el título que tiene en la traducción oficial autorizada por el señor Subsecretario de Relaciones Exteriores .
b) Texto del artículo único del proyecto de acuerdo que propone la Comisión.
El artículo único del proyecto de acuerdo que la Comisión somete a la consideración de la H. Cámara es del tenor siguiente:
“Artículo único.- Apruébase el “Acuerdo entre la República de Chile y Japón para una Asociación Económica y Estratégica” y sus Anexos, adoptados en Tokio, el 27 de marzo de 2007.”.
-o-
Discutido y despachado en sesiones de los días 3, 9 y 10 de julio de 2007, con asistencia del Diputado Jarpa Wevar, don Carlos Abel ( Presidente de la Comisión ); señoras Diputadas Allende Bussi , doña Isabel , y Sepúlveda Órbenes , doña Alejandra , y los señores Diputados Aedo Ormeño, don René ; Alvarez-Salamanca, don Pedro Pablo ; Cardemil Herrera, don Alberto ; Díaz Díaz, don Marcelo ; Errázuriz Eguiguren, don Maximiano ; Forni Lobos, don Marcelo ; Fuentealba Vildósola, don Renán ; Jaramillo Becker, don Enrique ; Jarpa Wevar, don Carlos Abel ; León Ramírez, don Roberto ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Melero Abaroa, don Patricio ; Moreira Barros, don Iván ; Ortiz Novoa, don José Miguel ; Palma Flores, don Osvaldo ; Quintana Leal, don Jaime ; Sule Fernández, don Alejandro ; Súnico Galdámes, don Raúl ; Tarud Daccarett, don Jorge , y Von Mühlenbrock Zamora, don Gastón .
Sala de la Comisión, a 10 de julio de 2007.
(Fdo.): FEDERICO VALLEJOS DE LA BARRA, Abogado Secretario de la Comisión”.
4. Certificado de la Comisión de Hacienda.
“Valparaíso, 10 de julio de 2007.-
El Secretario de Comisiones que suscribe, certifica:
Que el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo de Asociación Económica Estratégica entre la República de Chile y Japón y sus anexos (boletín N° 5114-10), con urgencia calificada de “simple”, fue despachado por la Comisión de Hacienda, con la asistencia de los diputados señores Ortiz, don José Miguel ( Presidente ); Aedo, don René ; Alvarado, don Claudio ; Delmastro, don Roberto ; Dittborn, don Julio ; Insunza, don Jorge ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Robles, don Alberto ; Sunico, don Raúl y Von Mühlenbrock, don Gastón .
Concurrieron durante el estudio de la iniciativa los señores Raúl Eduardo Sáez , Coordinador de Asuntos Internacionales del Ministerio de Hacienda ; Rodrigo Contreras , Jefe del Departamento de Acceso a Mercados; Pablo Lazo , Asesor del Director General , y la señora Constanza Alegría , Jefa del Departamento de Asia y Oceanía, todos de la Direcom.
Puesto en votación el artículo único del proyecto de Acuerdo propuesto por la Comisión Técnica, fue aprobado por 6 votos a favor, un voto en contra y una abstención.
La Comisión de Hacienda acordó, además, que el informe se emitiera en forma verbal directamente en la Sala, para lo cual designó Diputado Informante al señor René Aedo .
Al presente certificado se adjunta el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, de fecha 8 de junio de 2007.
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Secretario de la Comisión ”.
5. Informe de la Comisión de Familia referido al proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo resguardando el derecho a la igualdad en las remuneraciones. (boletín N° 4356-13)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Familia pasa a informar, en primer trámite constitucional y reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en una moción de la diputada señora Alejandra Sepúlveda Orbenes , y de los diputados señores Pedro Araya Guerrero , Gabriel Ascencio Mansilla , Eduardo Díaz del Río , Jaime Mulet Martínez , Sergio Ojeda Uribe , Carlos Olivares Zepeda , Jorge Sabag Villalobos , Mario Venegas Cárdenas y Patricio Walker Prieto .
Asistieron la Ministra del Ministerio Servicio Nacional de la Mujer , señora Laura Albornoz Pollmann , y el Ministro del Trabajo y Previsión Social, señor Osvaldo Andrade Lara .
La Comisión contó con la permanente colaboración de los asesores de los ministerios antes señalados, Abogados señores Marco Rendón y Francisco del Río y señora Carolina Espinosa .
I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
1. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO:
Introducir modificaciones en el Código del Trabajo para hacer efectiva la obligación de no discriminar por razones de sexo durante la vigencia de la relación laboral, mediante el reconocimiento expreso del derecho a la igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres, por el trabajo que realizan de igual valor.
2. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL:
No existen normas con ese carácter.
3. TRÁMITE DE HACIENDA:
El proyecto no contiene disposiciones de competencia de la Comisión de Hacienda.
4. VOTACIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO
La Comisión, procedió a su aprobación en general, por la mayoría de 5 votos a favor y 1 abstención.
5. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS
-Artículo rechazado:
Fueron rechazados los incisos segundo y tercero del Artículo Único de la moción (Pasó a ser Artículo único N° 2), con el texto que se indica a continuación; sin embargo, la idea medular de sus contenidos fue considerada en los artículos tercero y cuarto, nuevos.
“Para estos efectos, todo empleador con cinco o más trabajadores deberá mantener un registro escrito que consigne los diversos cargos o funciones ejercidos por sus trabajadores, designando el número de personas que los desempeñan y señalando los nombres de quienes actualmente los ejercen.
Este registro estará a disposición de cualquiera de sus trabajadores y del inspector del trabajo competente.”.
-Indicaciones rechazadas:
Al artículo único:
1. De los señores Barros y Kast, para agregar, en el inciso primero, del artículo 62 bis que se propone introducir en el Código del Trabajo, antes del punto final, los términos “calidad y oportunidad”.
2. De los señores Barros y Kast, para intercalar, en el inciso segundo del artículo 62 bis que se propone introducir en el Código del Trabajo, entre las palabras “trabajadores” y “deberá”, la frase “permanentes de jornada laboral completa”.
3. De los señores Barros y Kast, para intercalar, entre los incisos segundo y tercero del artículo 62 bis que se propone introducir en el Código del Trabajo, el siguiente inciso nuevo:
“Las obligaciones de este artículo serán aplicables a los órganos referidos en el artículo 1° de la ley N° 18.575, con excepción de las municipalidades, respecto de todos sus trabajadores con vínculo de subordinación y dependencia, sin importar la forma en que ellos hayan sido contratados.”.
4. De los señores Barros y Kast, para intercalar, en subsidio de la anterior, entre los incisos segundo y tercero del artículo 62 bis que se propone introducir en el Código del Trabajo, el siguiente inciso nuevo:
“Las obligaciones de este artículo serán aplicables a los órganos referidos en el artículo 1° de la ley N° 18.575, respecto de todos sus trabajadores con vínculo de subordinación y dependencia, sin importar la forma en que ellos hayan sido contratados.”.
6. DIPUTADO INFORMANTE
Se designó a don Eduardo Díaz del Río (Presidente).
-o-
II. ANTECEDENTES GENERALES.
De hecho:
1. Fundamentos de la moción
Los autores apoyan su iniciativa en el principio de igualdad en las remuneraciones entre hombres y mujeres reconocido internacionalmente a partir de 1919, en la Parte Octava del Tratado de Paz de Versalles, y, de ahí en adelante, jurídicamente registrado en pactos y convenciones internacionales, entre los que destacan la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de fecha 10 de diciembre de 1948; el Convenio Nº 100 de la Organización Internacional del Trabajo, de fecha 29 de junio de 1951, y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de fecha 19 de diciembre de 1966. En el ámbito del derecho comunitario europeo el principio de igualdad de remuneraciones o de retribución tiene un reconocimiento expreso en el artículo 141 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Chile presenta leves avances en políticas contra la discriminación en materia de remuneración de la mujer, según un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En términos generales, los autores hacen presente que en la Constitución Política de la República, en sus artículos 1°, sobre Bases de la Institucionalidad y 19 N° 2, referido a los Derechos y Deberes Fundamentales, se estructura el derechos a la igualdad de trato y a la no discriminación, sin embargo, añaden, citando a diversos profesores y estudiosos de la materia, se entiende que “debe tenerse en consideración que el principio de igualdad no precisa qué es lo que es igual, sino que va directamente al resultado, es decir, lo que es igual debe ser tratado igual, a contrario sensu, lo que no es igual puede ser tratado desigualmente. De este modo, el principio de igualdad ante la ley corresponde, junto con su sentido tradicional de generalidad de la ley, a una igualdad sustantivamente justa, esto es, que admite diferencias fundadas en motivos razonables o plausibles”.
La moción indica que numerosos estudios demuestran la discriminación laboral que existe entre hombres y mujeres, y, específicamente en sus remuneraciones. En ella se advierte que las mujeres perciben, en promedio, un 75,1% del ingreso de los hombres. Según la encuesta de remuneraciones y costos de la mano de obra del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) al año 2001, la diferencia de remuneraciones entre hombres y mujeres alcanza al 31,1%, es decir, por cada $ 1.000 que gana un hombre, una mujer gana $ 689 por igual trabajo, lo que es a todas luces injustificado. La encuesta refleja, asimismo, que en algunos sectores de la economía, la relación de porcentaje de ingreso es menor, como ocurre en el comercio y los servicios de utilidad pública en que llega a un 55,2% y 61,5%, respectivamente. Añade, que con respecto a la variable etárea no existen estudios que permitan llegar a tener una visión global de la discriminación en las remuneraciones. No obstante, la Investigación “Jornada de Trabajo en el Sector Comercio”, realizada por el Departamento de Estudios de la Dirección del Trabajo, muestra que en el caso de los hombres el promedio de ingreso de los menores de 30 años es de $ 187.051 y en los mayores de esa edad alcanza a $ 271.503.
Los autores explican que la tasa de participación femenina en el mundo laboral crece sostenidamente, pero persisten los problemas discriminatorios, y la disparidad de ingresos en general la sociedad la justifica, entre otras razones, por el inferior capital de la mujer y las trayectorias intermitentes de su carrera profesional, sin embargo, la disparidad de género en la educación se reduce y en muchos casos la escolaridad de mujeres supera la de los hombres.
Agregan que, en general, todos los países a nivel mundial consignan adelantos en materias de ingresos de las mujeres comparados a los de los hombres. En América Latina los mayores avances tuvieron lugar en Paraguay, con un 19% de mejoramiento; Colombia , con 14%; y en niveles más modestos figuran Chile, con 5%, y Ecuador con 1%, según el informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): “La hora de la igualdad en el trabajo”. Sin embargo, el análisis entrega un minucioso detalle de la situación de discriminación que aún perdura, pese a que las mujeres representan cerca del 45% de los trabajadores de comercio y el 49% en el ámbito profesional y técnico.
La moción indica que otro de los factores para discriminar está relacionado con la idea de que la contratación de mujeres implica un costo alto. En estos costos -de acuerdo con los estudios sobre la materia- se incluyen las prestaciones de protección de la maternidad; el ausentismo supuestamente mayor de las mujeres; su menor disposición para trabajar horas extra; su compromiso e interés menores para con el trabajo y una movilidad más restringida en relación con la de los hombres.
Sin embargo, en una visión más allá de estos argumentos, los autores precisan que la discriminación de la mujer en el ámbito laboral pasa asimismo por una “falta general de comprensión de la diferencia entre los conceptos igual remuneración por trabajos iguales o similares, e igual remuneración por trabajos de igual valor”.
Agrega que el artículo 2° del Código del Trabajo, en su nueva redacción -luego de las últimas modificaciones legales-, concretiza la prohibición de discriminación en el trabajo consagrada en la Constitución Política y declara que son contrarios a los principios de las leyes laborales los actos de discriminación. A continuación, el inciso tercero define los actos de discriminación como aquellas “distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato” en el ámbito laboral.
Uno de los fundamentos principales de la moción radica precisamente en que la redacción antes señalada no ha solucionado el problema ni las cifras, que revelan la desigualdad.
Por lo anterior, los autores estiman que se requiere el reconocimiento expreso de este derecho, el que, estando consagrado en la legislación internacional y nacional en sus ámbitos constitucional y legal, se encuentra carente de garantías efectivas, concebidas como dispositivos jurídicos eficientes para corregir tal discriminación, situación que a sus juicios, genera claramente una desprotección, falta de tutela, o más bien, la impunidad del discriminador laboral por género. “Tener un derecho sin dispositivo jurídico de protección, es un hazmerreír jurídico”.
Añaden que la situación descrita viola el artículo 2° del Convenio Nº 100 de la OIT, al disponer “1. Todo Miembro deberá, empleando medios adaptados a los métodos vigentes de fijación de tasas de remuneración, promover y, en la medida en que sea compatible con dichos métodos, garantizar la aplicación a todos los trabajadores del principio de igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor. 2. Este principio se deberá aplicar por medio de: a) la legislación nacional; b) cualquier sistema para la fijación de la remuneración, establecido o reconocido por la legislación; c) contratos colectivos celebrados entre empleadores y trabajadores; o d) la acción conjunta de estos diversos medios.”
Basándose en esos principios, los autores de la iniciativa la presentan a trámite legislativo en la creencia de que debe estar consagrado expresamente el derecho de los trabajadores a una igual remuneración sin distinción de sexo, como, asimismo, pretenden establecer la obligación del empleador de informar acerca de los cargos y números de personas que los desempeñan, a efectos de facilitar la prueba de las denuncias e infracciones.
La moción hace presente que se oyen muchas razones que pretenden explicar o justificar la existencia de una brecha salarial entre hombres y mujeres, pero lo que queda claro es que el deber como sociedad es poner término a esta inequidad laboral que afecta a las mujeres.
2. Experiencia en Chile.
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Básica o
primaria
Centro formación técnica
Humanidades
Instituto profesional
Kinder
Media común
Media técnico profesional
Nivel ignorado
Normal
Nunca estudió
Universitario
1996
2759364
57755
786707
126339
321213
1280533
282801
20148
13567
955370
568704
1997
2823386
58152
841865
133556
279020
1310398
310743
9037
10695
932657
564249
1998
3033180
47015
353865
181151
113369
1637546
333996
4657
12741
1044016
613121
1999
3045714
48841
326363
171400
107206
1722107
383641
7337
10848
1014780
636351
2000
3033826
73608
303344
180094
138198
1817900
355593
6262
12098
993146
656870
2001
3019765
92199
282353
175648
143278
1841294
417988
7118
11790
978585
693672
2002
3100150
77525
299812
202371
163764
1817754
455421
6386
10848
928988
693667
2003
3035685
80398
306807
230440
141170
1892365
484662
10703
9703
922269
734005
2004
3030525
77630
287115
232018
160919
1884536
542116
15624
9175
921766
777224
2005
3012419
112104
301215
232590
147395
1912899
556614
12933
10151
925099
806064
2006
2878147
103039
291123
248449
137062
2040832
628793
28182
10804
886659
911912
Básica o
primaria
Centro formación técnica
Humanidades
Instituto profesional
Kinder
Media común
Media técnico profesional
Nivel ignorado
Normal
Nunca estudió
Universitario
1996
2843998
85964
824252
151910
296799
1416251
264506
14674
24237
938340
461918
1997
2906955
83265
911465
167394
266315
1402802
285738
6877
25100
922297
445304
1998
3109682
56120
454705
209668
102562
1733798
293880
5441
31274
1032117
493096
1999
3109980
61610
404481
211890
99658
1823956
342290
4207
27928
992278
541427
2000
3101833
98568
384642
209222
134583
1884067
318827
8336
24801
988535
562524
2001
3088773
121058
383147
201325
139791
1895109
390067
6980
25987
983863
572563
2002
3182059
92274
395872
214528
146278
1906752
418039
5200
28153
923981
588706
2003
3127809
105141
386436
239463
131406
1932853
451347
11325
26665
936111
645150
2004
3077097
111992
385220
258509
145817
1931289
499655
14424
27595
935477
697638
2005
3048661
139195
398575
252535
142620
1961142
510085
10811
28213
939800
744603
2006
2953251
149703
388880
283376
124076
2089193
555335
24006
25717
890142
846071
Según la encuesta de remuneraciones y costos de la mano de obra del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) al año 2001, la diferencia de remuneraciones entre hombres y mujeres alcanzaba al 31,1%, es decir, por cada $1000.- que gana un hombre, una mujer gana $ 689.- por igual trabajo.
Estudios muestran que el promedio de salario de las mujeres, en comparación con el de los hombres, es siempre menor. En 14 años la brecha se redujo apenas en un 3%, mientras que la participación de la mujer en el mercado en ese período creció casi 10 puntos.
La comparación por hora promedio es más exacta, ya que las mujeres tienen jornadas más cortas, y aunque así la brecha se reduce, no deja de haber diferencia, siendo un 26,4% en 1990 para llegar a 20% en 2003, según la Encuesta Casen.
Al comparar el ingreso por hora promedio, en el primer quintil la brecha hombre/mujer es casi cero, pero en el quinto, donde se concentran los mejores trabajos, la diferencia llega a 34%. Por otra parte, en los niveles con menor escolaridad la brecha es de 18%, y en el nivel opuesto, 52%.
CARACTERÍSTICAS DE LA PARTICIPACIÓN FEMENINA
EN EL MERCADO DE TRABAJO
Todas las mediciones en Chile, a partir de finales de los ochenta y durante la década de los noventa -particularmente la Encuesta de Empleo del INE y la Encuesta Casen de Mideplan- arrojan un sostenido y significativo incremento de la participación de la mujer en la fuerza de trabajo. Este progresivo éxodo de las mujeres desde su condición económicamente inactiva, constituye indudablemente un avance en su condición de género, en tanto modifica los patrones de dependencia económica respecto de los hombres, y con ello, las relaciones de poder y subordinación que de ella se desprenden. Sin embargo, es bien sabido, y así lo demuestran las mediciones periódicas antes citadas, así como diversos estudios, que la inserción laboral femenina dista mucho de ser una inserción en igualdad de condiciones con respecto de los hombres.
Las desigualdades de género son evidentes en materia de desempleo, precariedad, seguridad social e ingresos por el trabajo.
El panorama de la creciente inserción laboral femenina, acompañada de una sustancial desigualdad en términos de oportunidades de empleo y de condiciones de trabajo, se constituye así como un desafío tanto para el gobierno como para la sociedad civil, en términos de profundización de la democracia, de consolidar el desarrollo económico del país, y de superación definitiva de la pobreza.
Fuerza de Trabajo y Tasas de Participación
Tal como ya dijimos, uno de los fenómenos más relevantes y significativos que se observan en el mercado del trabajo desde finales de los ochenta es la incorporación creciente de la mujer a la fuerza de trabajo. Al año 2004, la fuerza de trabajo femenina había aumentado en 764.910 mujeres considerando desde el año 1990. Para el mismo período, la fuerza de trabajo masculina se incrementó en 704.130 personas, es decir, 60.780 menos que la fuerza de trabajo femenina. Considerando que la población de 15 años y más ha tenido un crecimiento similar tanto en hombres como en mujeres, las cifras anteriores nos hablan de dos fenómenos que están asociados en el crecimiento acelerado de la fuerza de trabajo femenina, a saber: El éxodo creciente de mujeres desde su condición económicamente inactiva y, el ingreso a la fuerza de trabajo en proporciones cada vez más similares a las de los hombres de las series más jóvenes de mujeres.
Ya en términos relativos, podemos apreciar cómo el incremento de la fuerza de trabajo femenina (F.T.F. de aquí en adelante) ha sido más acelerado que el incremento de la fuerza de trabajo masculina (F.T.M.), llegando al año 2004 a un crecimiento de un 51,1% con respecto a 1990, mientras que el incremento de la F.T.M., alcanza para igual período a un 20,8%. Por lo mismo, la composición de la fuerza de trabajo en términos de sexo, se ha visto modificada.
Si en el año 1990, un 30,6% de la F.T. estaba compuesta por mujeres, en el año 2004 dicha cifra alcanza a un 35,6%.
La tendencia ya observada se ve más claramente donde la tasa de participación de las mujeres, esto es, el porcentaje de la población femenina en edad de trabajar (15 años o más) que se encuentra inserta en la fuerza de trabajo, ya sea como ocupada o desocupada, se vio incrementada desde un 31,5% en 1991, hasta un 37,8% el año 2004. Esta última cifra es la más elevada registrada en la historia del país, superando el peak que se produjo el año 1999 cuando la tasa de participación femenina alcanzó a un 36,5%. Cabe señalar, que producto de la crisis asiática, al año siguiente esta tasa bajó 1,5 puntos porcentuales, lo cual significó que miles de chilenas perdieran sus trabajos y que, eventualmente, fueran desalentadas en la búsqueda de empleo ante sus infructuosos esfuerzos por encontrar trabajo. El mismo fenómeno se observó entre los hombres, sin embargo, relativamente, el efecto global en el caso de la F.T.F. fue más intenso que en el caso de la F.T.M., lo cual nos lleva a plantearnos el impacto diferenciado que pueden tener las crisis económicas para ambos sexos. Recién en el año 2003 se apreció una recuperación de la caída en la tasa de participación femenina, tendencia que fue refrendada al año siguiente con un incremento espectacular de dos puntos porcentuales.
Si observamos la tasa de participación femenina a la luz de los estratos de ingreso por quintiles, apreciamos que son las mujeres más pobres las que tienen las tasas de participación más bajas. Si bien este fenómeno también ocurre en el caso de los hombres, es muchísimo más acentuado en el caso de las mujeres. De acuerdo con las cifras, la participación de las mujeres del quintil más rico es más del doble de la de las mujeres del quintil más pobre, observándose además un descenso progresivo desde el V quintil al I quintil. Las dificultades que enfrentan las mujeres más pobres para “delegar las responsabilidades domésticas y el cuidado de los hijos, así como la mala calidad de los empleos a los que habitualmente acceden”, aparecen como posibles explicaciones para tan bajos niveles de inserción. Otra hipótesis que es posible barajar, se refiere a factores culturales, en tanto en los sectores de menor nivel educativo -que coincide con los sectores de menores ingresos- predominan concepciones más tradicionales del rol de la mujer que influyen en su decisión de trabajar. De esta manera, es en estos sectores sociales donde sería más fuerte el “código de honor” que establece como un indicador de masculinidad la capacidad del hombre para proveer.
-Seguridad Social
Esta inserción femenina en el trabajo, se caracteriza por sucesivas entradas y salidas de la ocupación asalariada: Las mujeres se retiran y regresan a ella de manera más dinámica que los hombres. Esto, es evidente, otorga una acentuada vulnerabilidad laboral para las trabajadoras, ocupadas principalmente en empleos inestables, temporales, precarios o mal remunerados, que difícilmente permiten acumular experiencia en el trabajo, mejorar los salarios, acceder a capacitación, obtener promoción a mejores puestos y en fin, disminuye significativamente la posibilidad que tienen muchas mujeres de prosperar en el trabajo; habitualmente les es más difícil obtener una ocupación que les de una retribución salarial y profesional aceptable, lo que a su vez les impide seriamente reunir un ahorro laboral que les permita acceder a una pensión de vejez suficiente, debido a las lagunas previsionales, los lapsos de inactividad o desempleo y las bajas remuneraciones. La baja calidad del empleo femenino promedio respecto del masculino, redunda en una desigualdad entre trabajadores y trabajadoras para vivir adecuadamente de su trabajo y aspirar a una pensión aceptable.
-La existencia de contrato de trabajo en el empleo femenino. Una descripción general del empleo femenino en Chile, debe incluir que parte importante de él se lleva a cabo bajo condiciones de contratación que limitan o derechamente excluyen la protección legal. En efecto, abundan las mujeres ocupadas en empleos sin estabilidad, en los que suele ser difícil identificar al empleador, donde las normas que protegen la maternidad de las trabajadoras son seriamente ineficaces y está severamente limitado, cuando no excluido del todo, el derecho a negociar colectivamente.
A ello se suma que parte importante del empleo femenino se efectúa sin el otorgamiento de contrato de trabajo, lo que elimina el acceso efectivo a los derechos legalmente reconocidos a favor de los trabajadores y deja a las trabajadoras en indefensión frente a su empleador.
La discriminación que sufren las mujeres en relación con la retribución monetaria por su trabajo es una de las discriminaciones más recurrentes y que deben vivir millones de mujeres en Chile y el mundo a diario. En una situación de fuertes contrastes, las mujeres han experimentado una vigorosa incorporación al mundo de la actividad remunerada en una situación altamente desventajosa, tanto en el ámbito remuneracional como en otras dimensiones que hemos pesquisado a lo largo de este documento, y que no encuentran otro fundamento más que la odiosa discriminación por su condición de género.
Proporción relativa del ingreso por hora promedio de la ocupación principal de las mujeres respecto de los hombres, Encuesta Casen años 1990 a 2003
Las cifras que arrojan las distintas mediciones y estudios confirman esta situación. Según información extraída de la Encuesta Casen, la desigualdad en el ingreso laboral de hombres y mujeres es una realidad que arrastramos durante toda la década de los noventa y que continúa presente hasta el día de hoy, considerando la última medición realizada por la encuesta Casen durante el año 2003. A pesar de ello, si observamos a proporción del ingreso por hora promedio de la ocupación principal de las mujeres respecto de los hombres, entre los años 1990 y 2003 se aprecia una significativa mejoría tendiente a reducir la brecha en alrededor de 7 puntos porcentuales.
Sin embargo, en 1998 la tendencia de reducción de la brecha se quiebra, aumentando en 1,6 puntos porcentuales respecto de 1996, año en el cual se había experimentado la menor diferencia en relación con el ingreso por hora de los hombres, con un 18,2%. El quiebre que se produjo en 1998 en el acelerado ritmo de reducción de la brecha que se había experimentado durante el primer sexenio de los noventa, se profundizó en el año 2000 con un aumento de 4,8 puntos porcentuales, pasando a representar el ingreso por hora de las mujeres apenas 3 cuartas partes (75,6%) del de los hombres.
Cabe suponer en este sentido, el papel de la crisis económica que, al igual que para otros indicadores revisados que muestran una situación desmejorada para las mujeres en el año 2000, pareció afectar en mayor medida a las trabajadoras. Hacia el año 2003, coincidentemente con la recuperación económica, se produce una reducción importante de la brecha, alcanzando los niveles mostrados en el año 1998.
La brusca caída experimentada en el año 2000 es refrendada al analizar la proporción relativa, ya no por hora, sino considerando el monto mensual promedio, donde con respecto a 1998 se produjo una caída de alrededor de 6 puntos porcentuales . Ahora bien, si consideramos tanto el ingreso por hora como el ingreso mensual, las mujeres son retribuidas en menor medida que los hombres, en el caso del ingreso mensual, la proporción relativa respecto de los hombres disminuye en alrededor de 10 puntos porcentuales en relación con el ingreso por hora, para todos los años contemplados en la serie. Dicha diferencia es explicable únicamente debido a las jornadas menos extensas que realizan las mujeres, ya sea porque el trabajo de la mujer en muchos contextos es considerado un ingreso secundario del hogar, como también por el hecho de que muchas mujeres enfrentan serias dificultades para el cuidado de los niños, lo cual las obliga a aceptar jornadas parciales, evidentemente peor remuneradas.
La relación entre ingreso masculino y femenino oculta diferenciaciones significativas. Sin embargo, hay una regularidad: Cualquiera que sea la variable que se utilice para diferenciar segmentos de trabajadores, en la amplia mayoría de los casos, el ingreso que las mujeres obtienen a cambio de su trabajo en el mercado es inferior al que perciben los hombres que trabajan en similar situación.
Una primera variable a considerar es el nivel de ingreso del hogar al que pertenecen los trabajadores, diferenciando según quintiles de ingreso autónomo per cápita de los hogares.
Las diferencias apreciadas entre quintiles son significativas. En el caso del primer quintil, las cifras indican que ya hacia el año 1996 el ingreso por hora de hombres y mujeres se igualó, y si bien en el año 2000 se produce un leve retroceso, en el año 2003 la tendencia se confirma superando incluso en 7 puntos porcentuales el ingreso femenino al masculino. Las cifras arrojadas para los otros quintiles nos confirman que el nivel de ingreso de los hogares y la brecha en el ingreso entre hombres y mujeres se encuentran fuertemente asociados: A mayor nivel de ingreso del hogar, mayor es la distancia entre los ingresos por hora de hombres y mujeres. De este modo, en el caso del quinto quintil, en el año 2003, la proporción del ingreso por hora promedio de la ocupación principal de las mujeres alcanza solamente al 66,2% del ingreso de los hombres, cifra 13 puntos más abajo del quintil que le sigue en orden descendente. Si bien esta es la proporción más alta alcanzada para el quintil de mayores ingresos a lo largo de toda la serie, la distancia entre el primer y quinto quintil alcanza a 41 puntos porcentuales.
La asociación anteriormente advertida para el ingreso por hora se confirma en gran medida al analizar las cifras correspondientes al ingreso mensual promedio: Para todos los años de la serie es el quinto quintil el que ostenta las proporciones más bajas respecto del ingreso de los hombres. En el caso de los otros quintiles la asociación se presenta de manera más difusa, sobretodo en el caso del cuarto quintil, que si bien hasta el año 1996, se observaba por debajo de los otros tres quintiles de menores ingresos, a partir de 1998 experimentó un vigoroso y sostenido crecimiento que lo lleva a ubicarse en el año 2003 como el quintil con la brecha más reducida entre hombres y mujeres.
También es posible apreciar que el deterioro del ingreso femenino en el año 2000 se produjo principalmente en el segmento de trabajadores de ingresos más altos (del quinto quintil de ingresos del hogar): Después de un período de avance en que el ingreso de las mujeres llegó al 56 por ciento del masculino, se retrocedió a menos del 50%, valor levemente superior al del inicio de la serie en el año 1990.
Si tomamos en cuenta nuevamente las diferencias entre las proporciones exhibidas para el ingreso por hora promedio y el ingreso mensual promedio, podemos apreciar que, si bien las diferencias entre unas y otras proporciones se explican aparentemente por la presencia en el caso de las mujeres de empleos con jornadas más cortas o más inestables, en el caso del primer quintil de menores ingresos, ésta parece ser la única razón que explica la brecha de un 32% con respecto del ingreso mensual de los hombres que se observa en el año 2003, dado que, como ya señalamos, el ingreso por hora de unos y otras se habría igualado ya hacia el año 1996. A medida que ascendemos hacia los quintiles de más altos ingresos, en cambio, el inferior valor que tiene la hora de trabajo femenina cobra mayor preeminencia como factor explicativo de la brecha en conjunto con lo ya señalado respecto de los empleos con jornadas más cortas o de carácter más inestable.
Proporción relativa del ingreso mensual promedio de la ocupación principal de las mujeres respecto a los hombres, según quintil de ingreso, Encuesta Casen 1990 y 2003.
Una segunda variable a considerar, y que comporta diferencias significativas en el ingreso entre hombres y mujeres, es el nivel de educación formal alcanzado. Si se considera que el nivel educacional es también un indicador de estrato socioeconómico, la asociación anotada anteriormente se confirma: Mientras más alto es el nivel de educación formal alcanzado, mayor es la diferencia de ingresos entre hombres y mujeres; entre los profesionales la distancia es alarmante, acercándose recién hacia el año 2003 apenas a la mitad (49,8%) del ingreso masculino, mientras que en el segmento que posee educación superior incompleta, el desequilibrio viene profundizándose, aumentando la brecha en 13 puntos porcentuales en el año 2000 respecto a 1998, confirmándose la tendencia en el año 2003 con una nueva caída
Proporción relativa del ingreso mensual promedio de la ocupación principal de las mujeres respecto a los hombres, según nivel educacional, Encuesta Casen 1992, 1996, 2000 y 2003
Según el Panorama Social de América Latina 2002-2003 , las mujeres chilenas con 13 o más años de educación formal en sectores urbanos, ganan el 54 por ciento del ingreso que obtienen los hombres de igual educación, mostrando una brecha que, en el conjunto de 15 países latinoamericanos, sólo es más amplia en Nicaragua, cuyo valor es de 53 por ciento. (Cepal, 2004)
En los datos proporcionados para la Casen 2003, para efectos de comparación con años anteriores, los niveles educacionales vinculados a Centros de Formación Técnica e Institutos Profesionales han sido fusionados con la Universidad en la categoría “Superior”. Sin embargo, se observan diferencias entre ambos niveles, además de ser más altos los ingresos en el caso de la universidad, se observan las siguientes proporciones relativas del ingreso de las mujeres respecto al de los hombres: CFT/IP incompleta: 60,1; CFT/ IP completa: 63,2; Universidad incompleta: 55,6; Universidad completa: 48,8.
Del mismo modo, los niveles educacionales Técnica Completa y Universidad Completa han sido fusionados en Superior Completa. En este último caso, entre las dos categorías se observan diferencias sustanciales en el monto de los ingresos, siendo en el caso de la Educación Universitaria cercano al doble de la Educación Técnica, sin embargo, las proporciones relativas del ingreso de las mujeres respecto a los hombres son relativamente similares, con un 40,9 en el primer caso, y de 47,2 en el segundo.
Para los otros niveles educacionales las proporciones tienden a ser más altas, cercanas al 70% en el caso de la básica completa, media incompleta y media completa. En el caso de esta última, el segmento más numeroso en términos de población, la brecha ha disminuido de manera lenta pero sostenida.
La brecha mucho menor que se advierte en los segmentos con muy baja educación (básica incompleta o sin estudios) en la cual se ha venido reduciendo aunque con una leve caída en el año 2003 tiene un impacto global limitado pues en estos niveles la tasa de participación laboral de las mujeres es muy baja. Alcanza al 9,2 por ciento en las que no tienen estudios y fluctúa entre el 12 y el 22 por ciento en las que tienen educación básica incompleta ( Sernam , 2001).
La relación entre los ingresos mensuales promedio de mujeres y de hombres muestra notorias diferencias entre las distintas ramas de actividad económica. En las tres ramas en que el ingreso promedio de las trabajadoras es muy cercano o más alto que el masculino (Minería, Construcción y Transporte) la participación laboral de las mujeres es mínima (4,4% de la ocupación femenina, en el año 2004) e incluye, sin duda, una proporción importante de puestos de alta calificación.
Debido a la conocida segregación por sexo del mercado laboral, el empleo femenino se concentra fuertemente en los servicios, el comercio y la industria (44, 26 y 11% de las mujeres ocupadas, respectivamente en el año 2004). En las dos primeras -servicio y comercios-, la brecha es apreciable, con sobre un 40% menos de ingreso que los hombres, y con una relación que viene deteriorándose progresivamente en el caso del comercio. Estas dos, constituyen las ramas con la relación de ingresos respecto de los hombres más deteriorada del conjunto de los distintos sectores productivos.
Como ya se señaló en parte, en el empleo independiente (cuenta propia, empleador) se observan las menores proporciones del ingreso de las mujeres respecto del de los hombres, con un 67,6% en el trabajo por cuenta propia, y un 63,5% en los empleadores. En el empleo por cuenta propia, que es cuantitativamente importante en las mujeres, se observa un deterioro progresivo en la relación desde 1996. En el caso de las empleadoras, cabe consignar que éstas muestran la proporción del ingreso promedio respecto de los hombres más baja en todos los años, a excepción de 1992. Esto se explica debido a que las mujeres empresarias se concentran en los tamaños de empresa más pequeños, donde se dan a su vez, ingresos menores en comparación con las grandes empresas. Este mismo hecho nos permite explicar la impresionante caída experimentada en el año 2000 que significó descender a menos de la mitad del ingreso masculino, después de un aumento significativo que se había experimentado entre 1990 y 1996. Es sabido el impacto que tuvo la crisis económica -en la cual estaba inmerso el país durante el año 2000- sobre las micro y pequeñas empresas, las que vivieron etapas muy difíciles y donde muchas tuvieron que cerrar debido a los altos niveles de endeudamiento y a una depreciada demanda interna. Sin embargo, hacia el año 2003, y nuevamente de manera coincidente con la reactivación económica, se observa una importante recuperación de alrededor de 13 puntos.
Según cifras del trimestre octubre-diciembre del año 2000, las mujeres calificadas como empleadoras en las empresas con menos de cinco trabajadores alcanzaron a un 27,9%, en las empresas entre cinco y nueve trabajadores un 19,4%, y entre las de diez o más trabajadores, las empleadoras sólo representaban un 13% del total. (Fuente: INE, Encuesta Nacional de Empleo; extraído de “Mujeres Chilenas: Estadísticas para el Nuevo Siglo”, Sernam-INE, julio de 2001).
Proporción relativa del ingreso promedio de la ocupación principal de las mujeres respecto de los hombres, según ocupaciones, Encuesta Casen 1992, 1996, 2000 y 2003.
Salvo en el caso de las Fuerzas Armadas, el ingreso de las mujeres aparece también más bajo que el de los hombres en todos los grupos ocupacionales. Nuevamente en los sectores de más altos ingresos se aprecia la mayor diferencia entre hombres y mujeres, en este caso, en los grupos ocupacionales de “Profesionales” y de “Miembros del poder ejecutivo, legislativo y directivos de la administración pública y de empresas”, que corresponden evidentemente al quintil más rico de la población y con mayor nivel educacional, segmentos que, como ya vimos, ostentan las brechas más altas.
Particularmente grave es el caso de los directivos de empresas y de la administración pública, segmento que para el año 2003 exhibe la mayor distancia respecto a los hombres de todas las que hemos revisado, llegando la proporción del ingreso femenino respecto al masculino apenas a un 39,6%, con un deterioro de 20 puntos desde el año 1992. Tal como en el capítulo II reconocíamos el vigoroso ingreso femenino a esta élite como un fenómeno de movilidad ocupacional positivo con significativa relevancia simbólica, por la misma razón, la existencia de tal brecha se transforma en un hecho particularmente preocupante.
En el otro extremo, las trabajadoras sin calificación obtienen un ingreso mucho más cercano al de los hombres, pero se trata de ingresos que fluctúan alrededor del salario mínimo.
Es importante reparar en la situación de los grupos con mayor empleo femenino, como el de trabajadores en servicio y vendedores, el de empleados de oficina y el de operarios de calificación media. En todos ellos, salvo en el grupo de “Oficiales, operarios y artesanos de artes mecánicas”, se aprecian reducciones significativas en la brecha de ingresos entre hombres y mujeres, según la última medición de Casen en el año 2003.
La última variable a considerar en el análisis de la información es el tamaño de empresa. Según las cifras no es posible concluir una relación en el sentido de si a más o menos trabajadores la relación se deteriora o mejora. Sin embargo, es apreciable que en los tamaños de los extremos, es decir, la Gran Empresa y la Microempresa -salvo el segmento que va de 6 a 9 trabajadores que muestra un comportamiento errático- la relación en general es menos favorable para las mujeres que en el caso de la pequeña y mediana empresa. En estos dos últimos segmentos se observa una significativa reducción de la brecha en la medición del año 2003, que en el caso de la pequeña empresa consiste en una fuerte recuperación de 17 puntos porcentuales tras la fuerte caída del año 2000, mientras que en la mediana empresa significa una mejoría neta que lleva la proporción del ingreso femenino respecto al masculino a bordear el 90%. En estos dos casos, las proporciones anotadas en el año 2003 constituyen las más altas registradas desde 1990.
El trabajo ha sido históricamente el núcleo central que forja las relaciones que establecen entre sí los individuos en una sociedad. En su seno y/o frente a él, los sujetos establecen relaciones de jerarquía, cooperación, antagonismo, solidaridad o exclusión. En el caso de las mujeres, el posicionamiento al que las relegó la sociedad tradicional estuvo anclado casi exclusivamente al ámbito del trabajo doméstico, es decir, a la producción y reproducción de la sociedad en el ámbito del hogar. Con el advenimiento de la sociedad moderna, estos patrones de relación, así como tantos otros, se vieron alterados, implicando una masiva inserción de la mujer en la actividad remunerada y un creciente protagonismo en la dirección de la sociedad.
-Ingresos del Trabajo. La brecha entre hombres y mujeres
Este capítulo fue construido con información extraída de la Encuesta Casen de los años 1990 a 2003, referente a los ingresos de la ocupación principal de hombres y mujeres. Se trabajó exclusivamente con la proporción que representa el ingreso de las mujeres respecto del ingreso de los hombres, de modo tal de poder establecer la brecha existente entre unos y otras en términos de la remuneración obtenida, según distintas variables.
Las cifras permitieron confirmar, una vez más, la desigualdad en los ingresos por el trabajo entre hombres y mujeres.
A pesar de ser una discriminación que se arrastra hasta ahora, durante la década de los noventa se aprecia una reducción paulatina de la brecha, a excepción del año 2000 donde se produce un retroceso importante, que afortunadamente para el año 2003 logra revertirse.
Mientras la proporción del ingreso por hora promedio de la ocupación principal de las mujeres llegó el año 2003 a un 80,5% del ingreso de los hombres, si consideramos el ingreso promedio mensual, la cifra desciende a un 67,4%. Esta diferencia es explicable únicamente debido a las jornadas menos extensas que realizan las mujeres, ya sea porque el trabajo de la mujer en muchos contextos es considerado un ingreso secundario del hogar, o como también por el hecho de que muchas mujeres enfrentan serias dificultades para el cuidado de los niños, lo cual las obliga a aceptar jornadas parciales, evidentemente peor remuneradas.
Desagregada la información por quintiles de ingreso del hogar al que pertenecen los trabajadores(as), es posible concluir que existe una fuerte asociación entre éstos y la brecha en el ingreso por la ocupación principal de hombres y mujeres. Esto es, que a mayor nivel de ingreso del hogar, mayor es la distancia entre los ingresos de hombres y mujeres. Dicha relación es particularmente clara si tomamos como indicador el ingreso por hora, y un tanto más difusa si consideramos el ingreso mensual. En el primer caso, se aprecia un descenso progresivo en la proporción desde el quintil más pobre al quintil más rico.
Según cifras extraídas de la Encuesta CASEN del año 2003, los hombres dedican 189 horas mensuales en promedio al trabajo en la ocupación principal y las mujeres 168, es decir, una diferencia promedio de 21 horas mensuales. Una relación parecida se observa en las anteriores mediciones de la encuesta.
Tanto es así, que el ingreso por hora de hombres y mujeres del primer quintil se igualó ya hacia el año 1996. Esto implica que la menor retribución que reciben las mujeres de este quintil respecto de los hombres del mismo, se explica únicamente por las diferencias en las jornadas de unos y otras. Este hecho viene a reafirmar las dificultades que enfrentan las trabajadoras más pobres para ingresar a la actividad remunerada y para aceptar trabajos de jornada completa.
Otra variable, indudablemente relacionada con el nivel de ingreso del hogar, es el nivel educacional de los(as) trabajadores(as). En este caso, apreciamos que, mientras más alto es el nivel de educación formal alcanzado, mayor es la diferencia de ingresos –mensuales en este caso- entre hombres y mujeres.
Particularmente grave es la situación de las mujeres con educación superior completa, segmento en el que recién hacia el año 2003 la proporción que representa el ingreso de ellas se acercó apenas a la mitad del ingreso de los hombres con el mismo nivel educacional.
El mismo tipo de relación entre la brecha de ingresos por el trabajo con las dos variables analizadas -nivel de ingreso del hogar y nivel educacional-, es posible apreciar en el caso de las categorías y grupos ocupacionales. En todas estas variables, los segmentos de trabajadores más privilegiados, o más bien, que ocupan las posiciones de privilegio o mayor prestigio social dentro de la dimensión que se aborda, exhiben las mayores brechas de ingreso entre hombres y mujeres.
En el caso de las distintas categorías ocupacionales, es el segmento de las empleadoras el que muestra una relación más deteriorada respecto de los hombres, mientras que las trabajadores del sector privado, en conjunto con las FF.AA., se acercan en mayor medida a los ingresos de los hombres de la misma categoría. Esta situación, en el caso de las empleadoras se explica debido a la mayor presencia que tiene la mujer en los tamaños de empresa más pequeños en relación con otros tamaños, por lo que perciben utilidades, en promedio, de menor magnitud que las obtenidas por los hombres.
En lo que respecta a los grupos ocupacionales, son los grupos de “profesionales, científicos e intelectuales” y “miembros del poder ejecutivo, legislativo, y directivos de la administración pública y de empresas” los que exhiben brechas más pronunciadas. Particularmente en el caso de este último, se aprecia una relación que viene deteriorándose progresivamente en todas las mediciones, llegando a representar al año 2003 el ingreso de la ocupación principal de las mujeres, apenas un 39,6% del de los hombres, la más baja cifra de todos los segmentos de trabajadoras analizados.
B.- ANTECEDENTES DE DERECHO
1. Reconocimiento del derecho a la no discriminación en el ordenamiento jurídico internacional.
La relevancia del derecho a la no discriminación escapa al ámbito propio del Derecho del Trabajo, constituyendo este derecho una garantía fundamental, inherente a todo ser humano. Por este motivo, el derecho a no ser discriminado adquiere un reconocimiento de carácter supranacional, siendo consagrado ampliamente en diversos instrumentos internacionales. En este sentido, cabe citar el artículo 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en virtud del cual, “cada hombre goza de los derechos y libertades establecidos en esta Declaración, sin tener en cuenta diferencia de raza, color, sexo, lengua, religión, ideología política y otras, nacionalidad, origen social, situación financiera, de nacimiento o de otro tipo”.
A su vez, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 establece en su artículo 26 una prohibición amplia de no discriminación. De igual forma, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 establece en su artículo 2.2. que “los Estados que son parte de él se obligan a garantizar el ejercicio de los derechos sin distinción de razas, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra naturaleza, nacionalidad y origen social, situación financiera, de nacimiento o de otro tipo”. Aun cuando esta disposición no contiene una prohibición explícita de discriminación, a diferencia del artículo 26 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, prohíbe realizar cualquier diferencia. Sin embargo, esta fórmula también expresa un concepto de discriminación y pone énfasis en lo inadmisible que resulta hacer diferencias arbitrarias e injustificadas en el trato de los ciudadanos, incluso en el ámbito laboral.
En el plano particular de la situación jurídica de la mujer, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, de 1979, es, sin duda, el principal instrumento a través del cual la comunidad internacional ha pretendido introducir un mejoramiento efectivo de la condición de la mujer en el mundo. Con acierto, entonces, los Estados Partes recuerdan que: “la discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país, que constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su país y a la humanidad”.
Por otra parte, en un contexto laboral, el Convenio Nº 111 de la OIT sobre la discriminación en el empleo y ocupación, de fecha 25 de junio de 1958, especifica la noción de discriminación en el desarrollo de un trabajo subordinado, señalando en su artículo 1 que ésta comprende: “a) cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación; b) cualquier otra distinción, exclusión o preferencia que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo u ocupación, que podrá ser especificada por el miembro interesado previa consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, cuando dichas organizaciones existan, y con otros organismos apropiados”.
2. Reconocimiento del derecho a la no discriminación en el ordenamiento jurídico nacional.
a) Constitución Política de la República
Tres son las normas constitucionales que fijan el marco a partir del cual se estructura el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación en Chile:
1. Artículo 1°, con el que comienza el capítulo de las Bases de la Institucionalidad, el cual dispone que: “las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.”. Por su parte, el mismo artículo en su inciso final establece el deber del Estado de “promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.”
2. Artículo 19 N° 2, el cual, dentro del capítulo referido a los derechos y deberes constitucionales, asegura a todas las personas: “la igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupos privilegiados. Hombres y mujeres son iguales ante la ley Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”
3. Artículo 19 N° 16, en el plano estrictamente laboral, la Constitución reconoce expresamente el derecho a la no discriminación:
“La libertad de trabajo y su protección. Toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa remuneración. Se prohíbe cualquiera discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos”.
b) Código del Trabajo
-Artículo 2°.- “Son contrarios a los principios de las leyes laborales los actos de discriminación. A continuación, el inciso tercero define los actos de discriminación como aquellas “distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación”.
3. Legislación Comparada
1.-Tratamiento de la discriminación salarial en la Ley de Igualdad Española
Introducción
En marzo de 2007, se publicó en España la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Esta norma explicita el derecho consagrado constitucionalmente a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo, y se hace cargo -reconociéndolo expresamente- de la insuficiencia y escasa aplicación de las regulaciones existentes al respecto, y de la necesidad de seguir avanzando, a fin de lograr una efectiva y plena igualdad entre hombres y mujeres.
La intención del legislador fue aunar, en un solo instrumento, la regulación de los distintos ámbitos en los que se generan diferenciaciones entre géneros: salud, educación, trabajo, vida familiar, suscripción de contratos, medios de comunicación, política, etc. Es importante destacar el énfasis que pone en las medidas de prevención y promoción de la igualdad, desde el incentivo, más que de la sanción.
Como se plantea en su exposición de motivos, “la Ley nace con la vocación de erigirse en la ley-código de la igualdad entre mujeres y hombres”, de hecho, la norma modifica una serie de cuerpos legales, como el Estatuto de los Trabajadores, Ley de Enjuiciamiento Civil, de Procedimiento Laboral , normas sanitarias, estatuto judicial, etc., con el fin de hacerlos compatibles con el principio de igualdad. Es extensa, compuesta de un Título preliminar, ocho Títulos y una serie de disposiciones adicionales y transitorias.
Atendido que el objeto de este estudio, discriminación salarial, se trata por separado en el sector público y privado, seguiremos esa separación y comenzamos por describir los aspectos generales que rigen en materia de discriminación laboral.
Aspectos generales de la Ley, relativos al ámbito laboral
En materia de condiciones laborales, la Ley de Igualdad pretende conciliar dos aspectos claves: la libertad contractual y el fomento de la igualdad entre mujeres y hombres. Así, reconociendo la primera, impone -como política pública transversal a todos los poderes del Estado- el establecimiento de una serie de medidas destinadas a fomentar y promover la igualdad entre hombres y mujeres en todo orden y particularmente, en el lugar de trabajo.
En términos generales, el artículo 5º de la ley, dispone que: “El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo privado y en el empleo público, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable, en el acceso al empleo, incluso al trabajo por cuenta propia, en la formación profesional, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido (…)”
-Conductas discriminatorias:
El artículo 6 de la norma, establece los conceptos de discriminación directa e indirecta, en los siguientes términos:
“1.- Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
2.- Se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición pueda justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.”
Se trata de definiciones generales y el legislador cuida particularmente dejar a cubierto la posibilidad de discriminación legítima, es decir, aquella situación en que la diferenciación entre personas de distinto género, obedece a una finalidad legítima.
Complementando la definición general, la ley identifica expresamente ciertas situaciones como constitutivas de discriminación, éstas son:
-discriminación por embarazo o maternidad
-discriminación por acoso sexual: se considera siempre discriminatorio el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
-discriminación por represalia: se considera discriminación por razón de sexo, cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de que haya presentado alguna queja, demanda o recurso de cualquier tipo, destinada a impedir su discriminación y exigir el cumplimiento del principio de igualdad.
-Efectos jurídicos de las conductas discriminatorias. Fiscalización
El artículo 10 de la ley dispone, como regla general, que “los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán nulos y sin efecto, y darán lugar a responsabilidad a través de un sistema de reparaciones o indemnizaciones que sean reales, efectivas y proporcionadas al perjuicio sufrido, así como, en su caso, a través de un sistema eficaz y disuasorio de sanciones que prevenga la realización de conductas discriminatorias.”
La fiscalización del cumplimiento de las normas sobre discriminación en materia laboral, corresponde a la Inspección del Trabajo y Seguridad Social, organismo que se vio reforzado en sus funciones, a través de novedosos mecanismos de infracciones y sanciones que le otorgó la ley, como por ejemplo, la posibilidad de conmutar sanciones accesorias por el establecimiento de Planes de Igualdad, que describiremos más adelante.
Garantías procesales
La ley modifica distintas normas procesales, como la Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa y Ley de Procedimiento Laboral, estableciendo las siguientes reglas especiales en materia procesal:
a. Titular de la acción: Según el artículo 12, cualquier persona podrá solicitar a tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación. Pueden ser personas físicas o jurídicas, siempre que tengan un interés legítimo en la acción. Además se les extiende el ejercicio de la acción a:
-Sindicatos y asociaciones constituidas para la defensa de la igualdad de trato entre mujeres y hombres, para accionar por sus representados.
-Organismos Públicos con competencia en la defensa de intereses difusos, cuando los afectados sean una pluralidad de personas indeterminada o de difícil determinación.
b. Inversión probatoria: Cuando la alegación del demandante se base en una conducta discriminatoria por razón de sexo, corresponderá al demandado probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad. La inversión probatoria constituye una poderosa herramienta para ejercer la acción, ya que la prueba de la discriminación puede resultar muy difícil o engorrosa, en este caso, será el demandado quien deberá probar que su conducta no obedece a una diferenciación arbitraria. Asimismo el juez, a solicitud de parte, podrá recabar informes o dictámenes de organismos públicos competentes.
Por otro lado, estas garantías se ven reforzadas con disposiciones de la ley que protegen al reclamante. Así por ejemplo, modifica la Ley del Estatuto de los Trabajadores, disponiendo que “serán igualmente nulas las órdenes de discriminar y las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.”
-No discriminación salarial: normas para el Sector Privado
La Ley de Igualdad establece separadamente normas para el sector privado y público, por ese motivo, haremos la misma diferenciación en este análisis.
Particularmente, el Titulo IV de la Ley, trata el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades en la empresa privada, incorporando medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, la formación y promoción profesional, y en las condiciones del trabajo.
-Regla General: obligación en abstracto
La norma general, para el sector privado, es del siguiente tenor: “Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral.”
Se observa que la norma constituye una fórmula de promoción, pues establece una obligación en abstracto (no impone ninguna medida en particular) aún cuando si ordena que tales medidas sean acordadas con los trabajadores, entendiendo que se trata de un proceso consensuado.
Excepción: la obligación de generar un Plan de Igualdad
La ley señala tres casos en los que la obligación de respeto y promoción del principio de igualdad, se traduce en generar un instrumento específico: el Plan de Igualdad.
“Los planes de igualdad son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnostico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por sexo.”
Los casos son:
-Empresas con más de 250 trabajadores: en este caso la ley impone la obligación de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad, cuyo contenido también tendrá que negociarse con los trabajadores.
-Cuando el convenio colectivo de una empresa establece la elaboración del plan.
-Cuando la autoridad laboral hubiere sustituido la aplicación de sanciones accesorias a una empresa, por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad negociado con los trabajadores.
El Plan de Igualdad debe fijar los objetivos, estrategias y prácticas para alcanzar la igualdad de trato y oportunidades, y además, establecer sistemas de seguimiento y evaluación. En cuanto a su contenido, el artículo 46 Nº 2, señala que podrán contemplar, entre otras, “las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.”
En otras palabras, el Plan de Igualdad debería establecer mecanismos para evitar la discriminación salarial, pero la ley no impone medidas específicas porque ellas deberán ser consensuadas entre trabajadores y la empresa.
Promoción de la igualdad: medidas activas
a) Incentivos: la Ley de Igualdad busca generar conductas positivas mediante el establecimiento de incentivos al trato igualitario en la empresa privada. Estos incentivos son:
-Creación de un distintivo por parte del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: este distintivo se otorgará a las empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus trabajadores. El distintivo podrá usarse en fines publicitarios y comerciales.
-Acceso a subvenciones públicas: Las Administraciones Públicas podrán establecer en sus planes de subvenciones, criterios de valoración de las medidas de igualdad que adopten los solicitantes, cuando estas subvenciones afecten ámbitos en que exista una situación de desigualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
-Acceso a contratos con la Administración del Estado: Los órganos de contratación podrán establecer en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, la preferencia en la adjudicación de los contratos de las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica o profesional cumplan con establecer medidas tendientes a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
b) El rol de la negociación colectiva: la Ley de Igualdad concede especial importancia a los procesos de negociación colectiva como canal de establecimiento e implementación de medidas en favor de la igualdad de trato y no discriminación laboral. Especialmente, la ley modifica normas laborales con el fin de incorporar a la negociación la facultad de realizar discriminaciones positivas, es decir, establecer medidas que dispongan que, en igualdad de condiciones de idoneidad, tengan preferencia las personas del sexo menos representado para favorecer su acceso a un grupo, categoría profesional o puesto de trabajo.
Sanciones para la discriminación en la empresa privada. Fiscalización.
Tal como observamos en la parte general, la ley modifica una serie de cuerpos legales a fin de establecer la nulidad de los actos contrarios al principio de no discriminación. En el caso de la empresa privada, dispone expresamente esta sanción para el caso de la decisión extintiva y el despido discriminatorio:
“Cuando la decisión extintiva del empresario tuviera como móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley, la decisión extintiva será nula.”
“será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley.”
El ejercicio de las acciones derivadas de la violación al derecho de igualdad de trato y de oportunidades en el empleo, permite también reclamar en juicio, la indemnización derivada de discriminación. Según se establece, “cuando la sentencia declare la existencia de vulneración, el juez deberá pronunciarse sobre la cuantía de la indemnización que, en su caso, le correspondiera al trabajador por haber sufrido la discriminación, si hubiera discrepancia entre las partes.”
Se modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social estableciendo las siguientes sanciones accesorias para los empresarios que cometen acciones discriminatorias:
Pérdida automática de las ayudas, bonificaciones y en general, de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se comete la infracción.
Exclusión automática del acceso a tales beneficios durante 6 meses.
La Inspección del Trabajo y Seguridad Social puede sustituir la aplicación de estas medidas por la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. En caso de no cumplirse este plan, se deja sin efecto la sustitución y las sanciones se vuelven a aplicar, con efectos desde que se cometió la infracción.
-No discriminación salarial. Normas para la Administración del Estado
En el caso del sector público, la no discriminación salarial se establece directamente en la ley.
En efecto, el artículo 51 establece “Criterios de actuación de las Administraciones Públicas” y, entre ellos:
“f) Establecer medidas efectivas para eliminar cualquier discriminación retributiva, directa o indirecta, por razón de sexo.”
-Evaluación: transparencia y fiscalización
Para evaluar y fiscalizar el acatamiento de este criterio, la ley obliga a que todos los Departamentos ministeriales y organismos públicos remitan, al menos anualmente, a los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de Administraciones Públicas, información relativa a la aplicación efectiva en cada uno de ellos del principio de igualdad entre mujeres y hombres, con especificación, mediante desagregación por sexo de:
-Distribución de su planilla
-Grupo de titulación
-Nivel de complemento de destino
-Retribuciones promediadas de su personal
Con esta medida se pretende mantener la información y supervigilar el cumplimiento de las normas.
El Plan de Igualdad en el sector público
En el caso de las Administraciones Públicas, el Plan de Igualdad es un instrumento de carácter obligatorio y es el Gobierno quien lo aprobará al inicio de cada legislatura.
Este plan tiene las siguientes características:
-Es un plan negociado con la representación de los trabajadores.
-Debe establecer los objetivos a alcanzar en materia de igualdad de trato y oportunidades en el empleo público, las estrategias y medidas a adoptar para su consecución.
-Su cumplimiento será evaluado anualmente por el Consejo de Ministros.
Institucionalidad pública para la promoción de la igualdad
La ley crea una serie de organismos públicos para velar por la promoción y cumplimiento del principio de igualdad en el trato y las oportunidades entre mujeres y hombres:
-La Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres: órgano colegiado responsable de la coordinación de las políticas y medidas adoptadas por los departamentos ministeriales para garantizar el derecho a la igualdad
-Unidades de Igualdad: existirán en cada ministerio y cumplirán funciones de asesoramiento, investigación (elaboración de informes y estadísticas) y vigilancia del cumplimiento de la Ley.
-Consejo de Participación de la Mujer: se crea como órgano colegiado de consulta y asesoramiento, con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades y la lucha contra la discriminación por razón de sexo. En este organismo participarán conjuntamente las Administraciones Públicas y las asociaciones y organizaciones de mujeres.
Conclusiones
La Ley de Igualdad española se discutió y aprobó como un cuerpo orgánico transversal, que modifica las áreas en que se producen diferenciaciones por género. En otras palabras, una sola ley reúne los principios generales en materia de igualdad de trato y oportunidades, y modifica los distintos cuerpos legales para hacerlos contestes con ella.
En materia laboral, la ley busca el incentivo y promoción del establecimiento de mecanismos efectivos en pro de la igualdad de trato y de oportunidades. Para el Sector Privado, la regla general es que tales mecanismos sean consensuados con los trabajadores, dándole especial importancia a los procesos de negociación colectiva y la suscripción de convenios colectivos.
También establece una serie de incentivos, como la preferencia en procesos de contratación con las Administraciones Públicas o el acceso a subvenciones, para que las empresas confeccionen y apliquen un Plan de Igualdad, en dicho instrumento, uno de los temas a negociar, serían las medidas para evitar la discriminación en las remuneraciones.
En la Administración del Estado, la ley establece directamente el principio de no discriminación salarial y la obligación de acatamiento del Plan de Igualdad que aprobará el gobierno al inicio de cada legislatura. El contenido del plan será consensuado con los trabajadores del sector, a través de sus representantes, pero debe cumplir con los mínimos exigidos en la ley.
Las normas para evitar la discriminación se complementan en la ley, con el establecimiento de garantías procesales que permitan el efectivo ejercicio de las acciones de igualdad. Además, la nulidad de los actos discriminatorios y el deber de indemnizar por ello, como sanción general, constituyen eficaces disuasores de la contravención.
Francia
Antecedentes
“Si la mujer tiene derecho a subir al cadalso, debe entonces tener también el derecho a subir a la tribuna”.
Francia ha sido un referente clásico en materia de libertad e igualdad. Su historia, a partir de la Revolución Francesa, constituye un ejemplo de lucha constante por el reconocimiento y consagración derechos ciudadanos. Este país se destaca por ser uno de los primeros en consagrar constitucionalmente el principio de igualdad entre hombres y mujeres en 1946 en el preámbulo de la Constitución de la IV República.
Ahora bien, en materia de no discriminación, aplicada en el campo laboral y salarial, los hitos legislativos relevantes son: en 1972, se consagra legalmente la igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres. En 1981, se crea el primer Ministerio de los derechos de las mujeres (Yvette Roudy), en 1983 se dicta la primera Ley sobre la igualdad profesional entre hombres y mujeres (Ley Roudy). En 1995, se crea el Observatorio de la Paridad, encargado de inventariar las desigualdades entre hombres y mujeres. El año 2001, se dicta la segunda ley de igualdad profesional ( Ley Génisson , N° 2001-397). El 2004, los agentes sociales suscriben el Acuerdo Nacional Interprofesional, que fija distintos objetivos en orden a alcanzar la igualdad profesional, y prioritariamente, la reducción de las diferencias retributivas. Por último, el año 2006 se dicta la nueva ley sobre igualdad salarial (N° 2006-340).
Sin embargo, pese a esta profusa legislación y “aunque la tasa de actividad femenina en Francia es una de las más elevadas de Europa, siguen existiendo desigualdades en cuanto a la orientación, la remuneración (inferior en un 27% de media a la de los hombres de forma general y en un 12% considerando el mismo trabajo), el ascenso, el acceso al horario completo y a los puestos de responsabilidad.”
Frente a este desafío, y considerando que el aumento de la masa laboral femenina puede constituir una respuesta adecuada al problema de escasez de mano de obra que se podría generar con la jubilación de las generaciones nacidas post II Guerra Mundial, Francia se ha propuesto incrementar la tasa de ocupación de las mujeres, para lo cual considera prioritario erradicar las discriminaciones directas o indirectas en el empleo, el acceso a él y, particularmente, la diferencia salarial.
Así, el recién asumido gobierno francés se ha dado un máximo de dos años para lograr la igualdad salarial entre hombres y mujeres, según anunció el ministro de Trabajo y de Relaciones Sociales y de Solidaridad,
Prohibición de discriminación salarial
El art. L.122-45 del Código del Trabajo, contiene una disposición general que prohíbe la discriminación en materia de remuneración. Así, el empleador debe garantizar la igualdad de remuneración entre los trabajadores “que estén colocados en una situación idéntica”. De este modo, la empresa debe asegurar para un mismo trabajo, o de equivalente valor, la igualdad de remuneración entre los hombres y las mujeres. Esta obligación prohíbe cualquier diferenciación de salario basada en el sexo.
A partir de la sentencia de la Cour de Cassation del 29 de octubre de 1996, conocida como la “interrupción Ponsolle ” [“arrêt Ponsolle ”], Francia pasa de una regla de no discriminación, en que la diferenciación entre sexos es ilícita cuando se origina en un hecho prohibido; a una de igualdad de trato, en que la distinción entre hombres y mujeres en materia salarial, sólo es lícita si tiene un motivo justificado. A partir de este razonamiento, los trabajadores también se benefician de las garantías en materia de prueba, como veremos más adelante.
Obligación del empleador de presentar informe escrito anualmente
Según lo dispuesto en el art. L.432-3-1, el empleador está obligado a presentar cada año, al comité de la empresa (o en su defecto a los delegados del personal, así como a los delegados sindicales) un informe escrito sobre la situación comparada de las condiciones generales de empleo y formación de las mujeres y hombres en la empresa.
El objeto del informe es permitir apreciar, por cada una de las categorías profesionales de la empresa, la situación respectiva de las mujeres y hombres en cuanto a contratación, formación, promoción profesional, calificación, clasificación, de condiciones de trabajo, remuneración efectiva y articulación entre la actividad profesional y el ejercicio de la responsabilidad familiar. Este documento debe contener:
-las medidas que se hayan adoptado durante el periodo informado para asegurar la igualdad profesional,
-los objetivos que se proponen para el año siguiente y
-las acciones que se realizarán para alcanzar los objetivos, con determinación de los costos asociados.
La primera Ley sobre Igualdad Profesional, presentada por Yvette Roudy, entonces Ministra socialista de la Condición Femenina , en 1983, establecía esta obligación, pero no consideraba ninguna sanción en caso de que el empleador no cumpliera con este informe. En 1999, una de cada dos empresas, aplicaba la norma. En vista de ello, la segunda ley (del año 2001, adoptada a iniciativa de Catherine Génisson , diputada socialista) incluyó sanciones penales: un año de prisión y 3,750 euros de compensación si la empresa no llevaba a cabo el informe, o si se abstenía de hacer todos los años, una negociación sobre la igualdad entre hombres y mujeres. La importancia del informe radica en su valor como instrumento de prueba, para hacer valer la discriminación en juicio.
Nueva Ley de igualdad salarial
A pesar de las normas, se ha constatado que aún persiste la brecha salarial y otras desigualdades laborales entre hombres y mujeres. Por ello, Francia cuenta, desde comienzos del 2006, con el tercer texto legislativo sobre equidad entre hombres y mujeres.
El 24 de marzo de 2005, Nicole Ameline , entonces ministra de la paridad y la igualdad profesional [ministre de la parité et de l’égalité professionnelle] presentó un proyecto de ley, “a fin de lograr la igualdad salarial en un periodo máximo de cinco años”. El proyecto se convirtió en ley, el 23 de marzo de 2006.
Esta norma se aplicará en dos tiempos: durante dos años se pondrán en práctica acuerdos salariales y se negociará dentro de cada empresa y en los tres años posteriores se hará balance y se establecerán posibles sanciones.
La ley prevé además que las mujeres que regresen de una licencia por maternidad puedan beneficiarse de todos los aumentos que les corresponden. También dispone que las empresas con menos de 50 empleados reciban ayudas económicas para sustituir a las mujeres ausentes por embarazo, cuyo despido será considerado un motivo de discriminación capaz de generar sanciones penales. En tercer lugar, la ley también favorece el acceso de las mujeres a los consejos de administración de las firmas públicas, la formación profesional y el estudio.
El importante rol de la Negociación colectiva
Según la normativa francesa, en las empresas donde se constituyen una o más secciones sindicales de organizaciones representativas, existe la obligación de negociar. Esta obligación debe cumplirse anualmente tanto a nivel empresarial (art. L.132-27) como sectorial (art. L.132-12). La negociación se centra en las condiciones de acceso al empleo, formación profesional, promoción, condiciones de trabajo (en particular, las del asalariado a tiempo parcial) y la articulación entre la vida profesional y las responsabilidades familiares.
La ley obliga a que en estos procesos se establezcan objetivos que permitan alcanzar la igualdad profesional entre mujeres y hombres en la empresa, y además, contemplen medidas para alcanzar estos objetivos.
La nueva Ley de Igualdad Salarial incluyó como objetivo específico obligatorio en estas negociaciones, la supresión de las diferencias retributivas en un plazo de 5 años (antes del 31 de diciembre de 2010) así como prever las medidas necesarias para paliar un eventual fracaso o la falta de negociación.
Conclusiones
Los legislaciones analizadas constituyen experiencias interesantes en materia de la discriminación laboral, muy especialmente por los años de su aplicación lo que puede permite evaluar su impacto en la sociedad y los organismos involucrados.
-Por su parte, Eva Gómez , secretaria del Psoe de España, expresa que, en su opinión, “no ha llegado a aplicarse en la práctica”, asegurando que “todavía queda mucho por hacer en este país”.
-En el caso de Francia, no obstante de la larga historia de consagración normativa del principio de igualdad entre hombres y mujeres, aún existen brechas y diferenciaciones arbitrarias en materia laboral, lo que ha llevado a encontrarse actualmente en pleno proceso de aplicación del tercer cuerpo normativo para la igualdad profesional y salarial.
-Los efectos de anteriores esfuerzos, se pueden apreciar en las declaraciones de diferentes personeros franceses, que rescatamos a continuación, y se refieren a los temas en que se generan las principales diferencias por género: trabajo a jornada parcial, acceso, formación profesional y retribución salarial, además de las dificultades para recurrir en tribunales por las discriminaciones que puedan darse en el empleo.
-La jornada a tiempo parcial fue, a partir de los años 80, uno de los primeros instrumentos de flexibilización y de desregulación del trabajo; estaba dirigida a las mujeres, en principio, para la “conciliación” entre vida profesional y vida familiar (“cúmulo” es un término más apropiado que conciliación). Ahora bien, la jornada a tiempo parcial no pertenece a la historia del trabajo femenino en Francia, contrariamente a lo que ocurre en otros países europeos. Esta ampliamente implantada. El tiempo parcial es un tiempo de crisis.”
-“Al igual que Yvette Roudy y Catherine Génisson , Nicole Ameline ha decidido mostrar confianza en la negociación colectiva, ya bien avanzada: en 2003, le ministerio evaluó 24 acuerdos sobre la igualdad hombres-mujeres. Porque si las discriminaciones salariales saltan a la vista tan pronto como se miran las estadísticas, son extremadamente difíciles de probar en una situación caso por caso: Las asalariadas que denuncian son raras. “En los dos últimos años, vi pasar menos de una decena de expedientes”, según constata el Presidente de la Cámara Social [chambre social] del Tribunal Supremo, Pierre Sargos .
-En virtud de la “interrupción Ponsolle ” [“arrêt Ponsolle ”] de 1996, el empleador debe garantizar la igualdad de remuneración entre los asalariados “para que estén colocados en una situación idéntica”. Gracias a la aplicación por el Tribunal Supremo de una directiva europea de 1997, el asalariado no debe probar la discriminación: Basta con establecer una desigualdad de trato, donde el empleador debe luego mostrar que está vinculado a los hechos! “objetivos”. “A pesar de este desarrollo, el procedimiento aún es muy difícil. El asalariado a menudo, se topa con la tradición del secreto sobre las remuneraciones, que reina en el mundo del trabajo,” apunta Sargos .”
-”A partir de lo que me dicen las organizaciones sindicales, jamás se ha pronunciado ninguna condena penal. La igualdad profesional es raramente considerada como una prioridad,” según señala Génisson , diputada socialista por Pas-de-Calais.”
III.-INTERVENCIONES ANTE LA COMISIÓN
-Subdirectora del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), señora Carmen Andrade .
Valoró que se comenzara a discutir un proyecto de ley como este, ya que contribuía poner en el tapete un tema muy relevante, como era el de la brecha salarial entre hombres y mujeres.
Señaló que existían más de dos millones y medio de mujeres que trabajaban, elevando su tasa de participación en el mercado laboral desde un 31% en el año 1990, a un 39% en la actualidad, lo que daba cuenta de la incorporación creciente de la mujer al trabajo asalariado.
Manifestó que, junto con abordar el tema de la brecha salarial, se debían enfrentar también el conjunto de discriminaciones existentes en materia laboral, ya que, por ejemplo, las mujeres pobres tenían una menor participación en el mercado laboral, además de concentrarse ésta en aquellas ocupaciones peor remuneradas, lo que afectaba enormemente los ingresos familiares, dado que eran conocidas las cifras sobre familias que eran mantenidas solamente por la madre.
Recordó también que las empresas que debían proveer de salas cuna para sus trabajadoras habían disminuido de un 21% en 1998 a un 16,9% en el año 2006, y que una de cada cuatro mujeres trabajaba sin contrato, lo que tenía gran relación con que el 16% de la fuerza laboral femenina se desempeñaba como trabajadora de casa particular, que incluso eran discriminadas legalmente a través del establecimiento de un sueldo mínimo distinto y menor al de los demás trabajadores.
Explicó que existía una falsa creencia de que las mujeres hacían mayor uso de licencias médicas, lo que era desmentido por las cifras, además de que los costos no salariales de las mujeres eran menores a los de los hombres.
En cuanto al tema remuneracional propiamente tal, indicó que las mujeres recibían, en promedio, el 68% del salario que se les pagaba a los hombres, aumentando esta brecha a medida que crecía el nivel educacional de las mujeres, esto es, a mayor ecuación y por lo tanto mayores remuneraciones, mayor también era la diferencia entre los salarios de hombres y mujeres por una misma función.
Reafirmó que este era uno de los compromisos adquiridos por la Presidenta de la República , en su afán de crear condiciones de mayor paridad entre hombres y mujeres. Recalcó que la existencia de esta brecha atentaba contra una serie de convenciones internacionales en materia de derechos humanos, como el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Convenio 100 y el Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que consagran el principio de igualdad en materia laboral. Asimismo, recordó que durante el mes de agosto del año 2006, el Comité para la eliminación de todas las formas de discriminación (Cedaw), expresó su preocupación por la significativa brecha salarial que existía entre hombres y mujeres, que a su vez aumentaba con la edad, la educación y las responsabilidades en el trabajo, llegando a recibir las mujeres en cargos directivos un 50% menos que los hombres en iguales trabajos.
Señaló que las diferencias se explicaban por varios motivos, entre las cuales destacó que las mujeres se insertaban muchas veces en actividades o áreas económicas subvaloradas, como ocurría con las parvularias u otras profesionales del área social. Agregó que una segunda explicación estaba dada por un problema cultural más profundo, en virtud del cual se subestimaba el trabajo de las mujeres por razones de género, otorgando muchas veces distintas remuneraciones ante iguales trabajos, punto en el cual se insertaba el proyecto de ley en discusión.
Finalmente, valoró la iniciativa como una herramienta eficaz en el procedimiento especial de tutela de derechos fundamentales, en cuanto a los actos de discriminación en materia de remuneraciones, enmarcándose todo ello en el objetivo del Gobierno de eliminar todas las formas de discriminación.
-Asesor legislativo del Ministro del Trabajo , señor Francisco del Río .
Manifestó que la moción parlamentaria presentada, se ubicaba en el centro de lo que se ha denominado en derecho laboral como la ciudadanía laboral del trabajador en la empresa, que consiste en la determinación de los derechos del trabajador que se deben respetar, aún cuando se encuentre sujeto a la potestad reglamentaria del empleador a través de las normas e instrucciones que éste impone en la empresa.
Recordó que la propuesta parlamentaria abordaba un tema ya considerado en el Código del Trabajo, a través de las modificaciones que introdujo en su artículo 2º la ley N° 19.759 de 2001, Reformas Laborales, aunque agregó que lo valioso de la actual propuesta es la implementación de un procedimiento de control del principio de no discriminación, debiendo velarse porque, en forma expedita, se pueda verificar si existen diferenciales de remuneración que indiquen una discriminación arbitraria del trato entre hombres y mujeres.
Destacó también como interesante el aporte de la moción en orden a no establecer diferencias que solamente señalen el perjuicio de la mujer, puesto que la discriminación puede presentarse también en perjuicio del trabajador masculino en determinadas actividades de mayoritaria presencia femenina.
Añadió que, por su parte, la OIT ha desarrollado el tema de la no discriminación principalmente a través de la aplicación del Convenio 100, que en su artículo segundo señala que todo miembro deberá, empleando medios adaptados a los métodos vigentes de fijación de tasas de remuneración, promover y, en la medida en que sea compatible con dichos métodos, garantizar la aplicación a todos los trabajadores el principio de igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, lo que deberá aplicarse por medio de: a) la legislación nacional; b) cualquier sistema para la fijación de la remuneración, establecido o reconocido por la legislación; c) contratos colectivos celebrados entre empleadores y trabajadores; o d) la acción conjunta de estos diversos medios.
Hizo presente que el Ministerio del Trabajo, junto con celebrar la presentación de la propuesta parlamentaria, ha estimado que deben examinarse con atención algunos aspectos que pudieren atentar contra los objetivos que se propone. En este sentido, señaló que los fundamentos de la propuesta parlamentaria apuntan inequívocamente a establecer que la declaración del artículo 2º del Código del Trabajo y las normas constitucionales transcritas, requieren de un sistema sancionatorio de las prácticas de discriminación, por lo que el registro propuesto facilitaría dicho propósito. Así, continuó, el registro propuesto adolecería de algunas dificultades, como la no distinción entre empleos permanentes o transitorios y eventuales, lo que hacía difícil su implementación en empresas de alta rotación. Mencionó asimismo que no parecía fácil su implementación en aquellos casos en que los contratos de trabajo registren grados importantes de polifuncionalidad entre sus trabajadores, atendido lo señalado en el artículo 10 del Código del Trabajo. Hizo notar que tampoco se proponía un mecanismo de actualización suficiente para dar cuenta de la entrada y salida de trabajadores, ni del nivel de calificación del trabajador, lo que podía redundar en un diferencial de remuneración en forma no arbitraria.
Manifestó que un aporte del Ministerio al debate de la Comisión, se orientaría a trabajar sobre un procedimiento de reclamo y eventualmente sancionatorio que se contenga en un instrumento público y vinculante para toda la empresa, como es el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, en la forma como se estableció para las denuncias por conductas de acoso sexual (ley N° 20.005), lo que tenía la ventaja adicional de estar contenido en un instrumento formal de reconocimiento legal para generar derechos y obligaciones entre trabajadores y empleadores.
Finalmente, reiteró el apoyo irrestricto del Ministerio del Trabajo a la moción propuesta, con las salvedades expresadas y con el compromiso de ayudar en su debate desde una perspectiva técnico laboral que ayude a la consecución de los objetivos propuestos.
-Comunidad Mujer. Señoras Susana Carey , Directora Ejecutiva ; Verónica Edwards , Consejera y Paula Pérez , Directora de Comunicaciones .
En primer lugar, se refirió a una serie de mitos existentes en torno al trabajo de las mujeres, como que su aporte es secundario en el hogar, o que contratar a una mujer es mucho más caro, como efecto de su maternidad. Agregó que también era común escuchar que las mujeres no eran suficientemente capaces, o que preferían estar en casa, que no se podía compatibilizar familia y trabajo, o se asumían como ciertos los estereotipos de liderazgo en relación a que la mujer cuida a los niños y los hombres mandan y proveen.
Se refirió luego a la situación actual de la mujer, en el mercado laboral, señalando que ellas constituían el 38,5% de la fuerza laboral en Chile, de acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Indicó también que, en ingresos promedios, las mujeres ganan un 33% menos que los hombres, pudiendo fluctuar esta diferencia entre un 20% y un 40%, dependiendo del nivel educacional, ya que mientras más aumentara éste, mayor era la diferencia.
En cuanto a los ingresos por hora, manifestó que existía la misma diferencia señalada anteriormente, ya que en promedio era un 81% del ingreso por hora de un hombre, siendo de un 64% si se trata de comparar entre personas con educación universitaria, y de un 84% entre personas con educación básica.
Manifestó que en las familias en que hombre y mujer trabajan, esta última contribuía, en promedio, con el 31% de los ingresos y el hombre con el 61%. Agregó que de acuerdo a cifras del año 2003, el 32% de los jefes de hogar eran mujeres, aumentando este porcentaje en los quintiles de más bajos ingresos.
Señaló que, calculando los costos asociados a sala cuna, horarios de lactancia y costo de reemplazo durante pre y post natal, se obtiene una cifra del 1,8% como costo total asociado a la protección de la maternidad y cuidado infantil.
Concluyó su presentación señalando que era importante no afectar la oferta laboral de las mujeres con leyes que tiendan a aumentar su costo de contratación, requiriéndose políticas proactivas en este sentido y además poniendo el tema en el debate público.
Como comentario al proyecto, destacó que se apreciaba una dificultad en la verificación de las diferencias de salarios, ya que muchas veces éstas provenían de diferencias de desempeño, aún en cargos equivalentes, lo que se hacía aún más difícil si las variables no eran objetivas, como productividad y ventas, por ejemplo, sino más bien asociadas a cargos de apoyo, por ejemplo, en que se podía establecer una diferenciación sin incurrir en discriminación.
Con posterioridad, las representantes de Comunidad Mujer enviaron un documento a la Comisión, en que reiteraron la importancia de esta iniciativa, como un instrumento útil destinado a superar situaciones de discriminación existentes en el ámbito salarial, entre hombres y mujeres.
Hicieron una nueva propuesta, destinada a incentivar la generación y transparencia de información, promoviendo la creación y divulgación de estudios rigurosos y sistemáticos del sector público y privado, sobre remuneraciones, a todo nivel de cargo, por sectores y por sexo. En este sentido, propusieron concretamente que el proyecto de ley cree una instancia de información pública sistemática que muestre las remuneraciones brutas fijas y sus componentes variables, por sexo, por sector económico y por cargo, con el objeto de mostrar esta información en forma agregada. Así, hombres y mujeres podrían acudir a esta instancia de información en caso de sufrir discriminación salarial, por trabajos de igual valor, encontrando información para comparar su situación salarial, negociar en forma informada y adecuada sus remuneraciones y presentar en distintas instancias sus reclamos de discriminación.
Del mismo modo, estimaron que la norma debería indicar las instancias donde se puede recurrir en caso de discriminación y las sanciones al empleador que discrimine en materia salarial, por razones de sexo, ante trabajadores que desempeñen labores de igual valor, ya que sin un efecto coercitivo la norma resultaría inoperante.
-Investigadora del Programa Legislativo del Instituto Libertad y Desarrollo,
señora María Elena Arzola .
Analizó en primer lugar qué era la discriminación, e indicó que se producía discriminación arbitraria cuando la selección y evaluación de un trabajador se sustentaba en cualquier criterio subjetivo distinto de su capacidad productiva. Agregó que a nivel empírico se tornaba bastante difícil determinar la existencia de discriminación, pues en este proceso existían una serie de factores.
En cuanto a la existencia de discriminación contra las mujeres en el mercado laboral chileno, señaló que la evidencia empírica en nuestro país no era concluyente, ya que los datos estadísticos disponibles eran escasos, correspondían a instantes aislados del tiempo y se originaban en diferentes fuentes, lo que dificultaba su análisis y el trabajo empírico.
Recordó luego algunas cifras relativas a remuneraciones mensuales, según sexo, señalando que en el mes de marzo del año 2000, para los hombres dicho promedio era de $ 687.068, y para las mujeres era de $ 473.266, existiendo una brecha entre ambos que ascendía al 31,1%. En cuanto al promedio de remuneraciones por hora, que era un importante dato a considerar, consignó que la mencionada brecha se reducía al 27,2%, dado que en promedio las mujeres trabajaban algunas horas menos que los hombres, en un mes.
Hizo presente que al considerar el estrato socioeconómico al cual pertenecen las mujeres, se nota un aumento en la diferencia de salarios en los quintiles más altos, lo que podría tener su origen en que en los quintiles de más bajos ingresos el salario mínimo tiende a igualar los promedios de remuneraciones. Del mismo modo, y coincidiendo con lo anterior, hizo notar que la brecha en las remuneraciones aumenta también cuando el nivel educacional es más alto.
A raíz de lo anteriormente expuesto, señaló que se podrían considerar como factores que contribuyen a esta diferenciación, sin considerar la discriminación, las horas trabajadas, el sector económico y el nivel educacional y de ingresos, no pudiendo sin embargo establecerse conclusiones definitivas debido a la falta de una información completa.
En cuanto a la solución propuesta, señaló que aquellos empleadores que cuenten con 5 o más trabajadores deberán mantener un registro escrito de los cargos (y funciones) ejercidos por cada uno de ellos, el que deberá estar a disposición de los trabajadores y de la Inspección del Trabajo. Hizo presente que, si el empleador percibe por algún motivo (discriminatorio o no) que un trabajador es menos productivo, una medida como ésta sólo logrará que se opte por no contratarlo, pues el costo de hacerlo se verá incrementado.
Concluyó su exposición manifestando que las regulaciones que tiendan a elevar los costos de contratación podrían distorsionar y hacer más rígidas las decisiones en este ámbito, pues alteran los incentivos, teniendo especialmente en cuenta que las regulaciones del mercado laboral afectan especialmente a jóvenes y mujeres, por lo que se debía ser cuidadoso en no afectar precisamente a quienes se quiere beneficiar.
-Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile
(Conapyme), representada por los señores Oscar Bruna y Oscar Hormazábal .
Señalaron que su institución veía el proyecto como una nueva carga regulatoria gravosa, para toda empresa que tenga 5 o más trabajadores.
Estimaron que este proyecto de ley perjudicaba directamente a las micro, pequeñas y medianas empresas de Chile, por las siguientes razones:
En primer lugar, indicaron que el tener que consignar funciones y detallarlas en un registro, limitará considerablemente la utilización del recurso humano, que en este tipo de empresas suele ser multifuncional.
Agregaron que muchas micro y pequeñas empresas no estarán en condiciones de cumplir estas normas, al estar más preocupadas de sobrevivir en su actividad comercial, generando así mayor aplicación de multas.
Hicieron presente también que, para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 161 del Código del Trabajo, relativo al despido del trabajador por necesidades de la empresa, el contenido del registro será un problema.
Añadieron que, al dar instrucciones a los trabajadores, éstos podrán expresamente negarse en aquellos casos en que no se haya establecido el trabajo ordenado, -dentro de las funciones del registro-, lo que entrabaría el funcionamiento de la empresa.
Estimaron además que, si se produce un accidente en una función que no esté contemplada en el registro, se podría hacer responsable al empleador por exigir labores no contempladas en la descripción del cargo que desempeña.
En conclusión, manifestaron que en circunstancias que el Gobierno se encuentra impulsando el proyecto del Estatuto Pyme, que va encaminado a reducir la carga regulatoria de las micro, pequeñas y medianas empresas, este proyecto de ley va en la dirección contraria, representando una exigencia que dificultará aún más el accionar de este tipo de empresas. Sin embargo, en todo caso, manifestaron que de insistir en el registro, debe considerarse para empresas con más de 30 trabajadores, a lo menos.
-Investigadora del Centro de Estudios de la Mujer, señora Rosalba Todaro.
Comenzó su presentación señalando que la tasa de participación laboral de las mujeres había ido incrementándose paulatinamente en los últimos años, manteniéndose siempre una cifra de desocupación más alta para las mujeres, en promedio. Concordó con las exposiciones anteriores en que a mayor nivel de escolaridad, mayor era la diferencia en las remuneraciones, así como también aumentaba con la edad, y también que las brechas salariales variaban según la rama de actividad en que las mujeres se desempeñaran.
Se refirió luego a algunos elementos que contribuían a establecer esta diferencia de remuneraciones, como era, por ejemplo, la segregación ocupacional, que es la tendencia a que hombres y mujeres se empleen en diferentes ocupaciones, existiendo en todos los niveles de la jerarquía y dentro de las categorías individuales. Advirtió que se podía distinguir entre segregación vertical, referida al acceso a los diferentes niveles, y segregación horizontal, relativa a la diferenciación de ocupaciones en niveles similares. Afirmó que la segregación ocupacional permitía y reforzaba la discriminación, ya que existía una fuerte relación entre menores salarios y estatus. Agregó que ello también contribuía a la mantención de los estereotipos de género y a la menor valoración de las actividades desarrolladas por mujeres, lo que redundaba tanto en las remuneraciones como en los beneficios no remunerativos.
Manifestó que el desarrollo de los conocimientos sobre segregación ocupacional llevó a cambiar el concepto de “igual remuneración por igual trabajo” por el concepto utilizado en el Convenio 100, que es el de “igualdad de remuneraciones por trabajo de igual valor”, siendo éste uno de los elementos principales para propender a la igualdad de remuneraciones.
Hizo especial hincapié en la necesidad de tomar en cuenta la evaluación de los puestos de trabajo, debiendo tomarse en cuenta para ello ciertas características objetivas, como la calificación, el esfuerzo, la responsabilidad y las condiciones de trabajo.
Por último, abordó la necesidad de establecer criterios de evaluación y metodologías que deberían estar disponibles para los trabajadores, los empleadores y los inspectores del trabajo, con el objeto de facilitar la fiscalización de la discriminación en caso de demandas.
-Profesor de Derecho del Trabajo, de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, señor Eduardo Caamaño Rojo
Señaló en primer lugar que la incorporación de una norma especial al Código del Trabajo que reconozca formalmente el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres por trabajos de igual valor no es, en principio, necesaria, toda vez que la amplitud de la norma del artículo 19 Nº 16 de la Constitución que reconoce el derecho a la no discriminación, así como el texto reformado del artículo 2 del Código del Trabajo, luego de la ratificación que hiciera Chile del Convenio Nº 111 de la OIT, comprenden inequívocamente la prohibición de toda discriminación en materia de remuneraciones por causa de sexo.
Agregó que, sin perjuicio de lo anterior, la incorporación de la norma proyectada en el artículo 62 bis inciso primero del Código del Trabajo podría tener un importante valor simbólico declarativo para dar cuenta de un problema serio que está presente en nuestro mercado de trabajo, como lo es el de la discriminación laboral en materia de remuneraciones, que afecta principalmente y de manera significativa a un número considerable de mujeres en Chile, coartando sus posibilidades de desarrollo pleno y equitativo en el plano del empleo.
Hizo presente que la incorporación de una norma como la proyectada en el artículo 62 bis inciso 1 del Código del Trabajo requería para ser eficaz de un mecanismo apropiado de tutela jurisdiccional, lo que también era válido para cualquier acto de discriminación en el empleo, sin lo cual este derecho fundamental se transformaba en un mero enunciado vacío. Agregó que la discriminación laboral constituía un problema grave en Chile y, sin perjuicio de sus causas culturales, no había podido ser erradicado por las serias deficiencias que presentaban los actuales mecanismos de tutela, por lo que cobraba gran relevancia el procedimiento de tutela de derechos fundamentales aprobado por la Ley Nº 20.087 y cuya entrada en vigencia seguía postergada. Añadió que, aún así, el procedimiento aprobado presentaba deficiencias que podrían repercutir negativamente una vez que se implemente dicho sistema de tutela, ya que durante su tramitación se modificó el proyecto original enviado por el Ejecutivo , excluyendo la tutela por actos de discriminación en los procesos de selección de personal, esto es, en forma previa a la entrada al mundo del trabajo, además de circunscribirse la tutela frente a los actos de discriminación conforme al artículo 2 del Código del Trabajo, lo que podría implicar una protección parcial e insuficiente frente a otras discriminaciones que se basen en criterios distintos a los indicados en el texto de ese artículo, como podría ser por ejemplo la orientación sexual.
En razón de lo anterior, continuó, mientras no se perfeccionen los mecanismos de tutela jurisdiccional, los actos de discriminación seguirán existiendo en Chile y normas como las previstas en el proyecto de ley en comento carecerán de toda eficacia normativa.
Se refirió luego a una serie de razones de índole cultural que se hace necesario modificar, con el fin de lograr el término de las actitudes de discriminación, ya que mientras persista el patrón cultural imperante, en orden a que el hombre es el proveedor y la mujer la cuidadora, y ello no se concrete en políticas sociales y legislativas que sean coherentes, será difícil equiparar las oportunidades laborales de las trabajadoras en Chile. Con este fin, prosiguió, debe avanzarse ineludiblemente en el desarrollo de oportunidades de conciliación de responsabilidades laborales y familiares, reformulando el actual esquema de las normas de protección a la maternidad contenidas en el Código del Trabajo, las que responden a una realidad laboral más primitiva de principios y mediados del siglo XX, y que no da cuenta de los intereses y necesidades tanto de trabajadores, trabajadoras y empleadores en la sociedad contemporánea.
Manifestó luego que problemas como el de la discriminación laboral, en general, y de la que afecta a la mujer, en particular, repercuten considerablemente en la imagen internacional de Chile, toda vez que implican un incumplimiento a los tratados internacionales que se han suscrito sobre la materia (por ejemplo: el Convenio Nº 111 de la OIT o la Convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer), así como el compromiso asumido al suscribir la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales de la OIT de 1998, lo que podría redundar en acusaciones de dumping social que perjudicarían la competitividad internacional de nuestro país en el plano económico, al resultar más baratos los productos exportados desde Chile por un inadecuado cumplimiento de la legislación laboral y por la vulneración de los derechos fundamentales en el trabajo, y no por una verdadera eficiencia productiva.
En cuanto al texto del proyecto de ley, señaló que, en su opinión, debía optarse por un criterio que privilegie lo simple y concreto, como ocurre experiencia comparada (artículo 141 del Tratado de la Unión Europea), limitándose a consagrar el principio de igualdad de remuneraciones en el proyectado artículo 62 bis del Código del Trabajo, pero sólo en lo que respecta al inciso primero, y descartando su inciso segundo y las propuestas del Ministerio del trabajo y el Sernam, que podrían dificultar la tramitación legislativa del proyecto de ley. Así, la determinación concreta de las características técnicas de los cargos de las empresas o las funciones existentes en ellas no deberían ser exigidas por ley, pues ello generaría dificultades y un justo rechazo del sector empresarial, sino que deberían ser examinadas y ponderadas por el tribunal al momento de conocer denuncias por eventuales discriminaciones en materia de remuneraciones.
Recordó también que debía tenerse presente que el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres por trabajos de igual valor no es absoluto y que legítimamente puede el empleador pagar remuneraciones diferentes a trabajadores que realicen un mismo trabajo, en la medida que estas diferencias obedezcan a razones fundadas que no digan relación con una discriminación por causa de sexo, como lo deja claro la norma del artículo 19 Nº 16 de la Constitución al prohibir las diferenciaciones que no se basen en la capacidad o en la idoneidad para un cargo de los trabajadores, así como el artículo 19 Nº 2 del mismo texto al prohibir las diferencias arbitrarias, admitiendo, a contrario sensu, las diferencias que no tengan tal carácter.
- Ministro del Trabajo y Previsión , señor Osvaldo Andrade Lara .
Señaló que existen dos problemas que calificó como relevantes en esta materia: la lentitud en la incorporación de la mujer al mercado del trabajo, especialmente el formal, y la denominada brecha salarial existente entre hombres y mujeres.
Hizo presente que no existen experiencias concretas en esta materia, por lo que probablemente esta iniciativa podría perfeccionarse con el correr del tiempo. Recordó que a las mujeres, a pesar de poseer mejores calificaciones, en promedio, habitualmente se les asignan trabajos de poca calificación y, por lo tanto, de bajas remuneraciones. Al mismo tiempo, indicó que las mujeres están entrando cada vez más tardíamente al mercado del trabajo, no existiendo estudios concretos acerca de la manera en que este fenómeno afectaba a la mujer.
Por último, manifestó que se buscaba con este proyecto un avance, aunque también debe tenerse presente que ningún país estaba en condiciones de satisfacer plenamente las exigencias de los tratados internacionales, ya que normalmente se está en un continuo proceso de cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Agregó que el factor cultural jugaba un rol muy relevante en este tema, ya que existe la creencia, certera o no, de que contratar a una mujer significaba incurrir en mayores costos que si se contrataba a un hombre, por lo que no era éste un tema fácil de resolver. Manifestó que en la mayoría de los países desarrollados existen mecanismos de tutela de los derechos fundamentales, no asociados necesariamente, como en este caso, a los temas laborales.
- Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam),
señora Laura Albornoz Pollmann .
Hizo presente que ha estado en algunas reuniones con empresas que se encuentran adhiriendo a la implementación nacional del Código de Buenas Prácticas Laborales, iniciativa del Gobierno a la que ya han adherido la Confederación de la Producción y el Comercio, Bancoestado y Codelco , la que tiene varios componentes, dentro de los cuales está trabajar por superar la brecha salarial. Manifestó que dicho trabajo programático con las empresas no tendría ningún valor si no se aprueban inciativas como la que se discute actualmente en la Comisión, cuestión sustancial para avanzar en la superación de las desigualdades que aún subsisten respecto de la mujer en el contexto laboral.
Agregó que los rankings internacionales de participación económica demuestran que Chile desciende del lugar 26° al 110°, cuando se habla de condiciones laborales hacia las mujeres, lo que significa que el acceso de la mujer al mercado del trabajo y las condiciones en las cuales ellas se desempeñan son desiguales respecto de los hombres. Así, este proyecto contribuye enormemente a subsanar y mitigar las mencionadas diferencias, que particularmente en relación al tema de la brecha salarial se presentan respecto de las mujeres, las que van desde un 30% en promedio, hasta el 56% en el caso de las mujeres con estudios de postgrado.
Igualmente, citó el reciente Diagnóstico de Género en Chile, elaborado por un equipo conjunto del Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo y el Ministerio a su cargo, en el cual, y en base a una simulación económica, se estima que la eliminación de brecha de ingresos en razón de género, en Chile, implicaría una reducción del 8% de la extrema pobreza, y un aumento del 2% en el ingreso per cápita promedio.
Enfatiza, que de este modo, la iniciativa parlamentaria en estudio, favorece el desarrollo social y económico del país, de hombres y mujeres trabajadores, a través de una adecuada incorporación del principio de igual remuneración por trabajo de igual valor, conforme a los instrumentos de la OIT, y de la Constitución Política de la República.
IV. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Consta de un artículo único mediante el cual agrega un artículo 62 bis, nuevo, en el Código del Trabajo, el que, por una parte, declara que en materia de remuneraciones deberá aplicarse el principio de igualdad entre el trabajo masculio y femenino por un servicio de igual valor, y, por la otra, con el fin de cumplir ese objetivo, obliga a los empleadores que tengan cinco o más trabajadores, a mantener un registro sobre sus cargos o funciones que ejerzan, con designación del número y nombre de los mismos; tal registro la norma lo coloca a disposición de sus trabajadores y del inspector del trabajo que corresponda.
V. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS
Discusión y Votación del Proyecto
1.-EN GENERAL
-Discusión
Los diputados y diputadas integrantes de la Comisión debatieron en cuanto a la idea de legislar sobre la materia en estudio.
Algunos parlamentarios señalaron que era una necesidad, ya que la brecha salarial es un fenómeno de creciente ocurrencia que debe ser erradicado de nuestras prácticas laborales, dado que significa perpetuar una discriminación sin ningún fundamento, que atenta claramente contra el principio de igualdad que debe regir entre hombres y mujeres, razón por la que se manifestaron muy de acuerdo en debatir el tema porque contribuye a dar señales políticas frente al fenómeno de la discriminación y a transparentar las remuneraciones de los hombres y mujeres trabajadores, enfrentados a las funciones que realizan. Recordaron, que a la mujer que trabaja históricamente se le vienen asignando, -sobre todo en los sectores más pobres-, funciones asociadas a las tareas del hogar, y siempre con menor remuneración.
Sin embargo, del mismo modo, estimaron que el proyecto, tal como estaba planteado, si bien apunta en la dirección correcta, debe ser reforzado con mecanismos que permitan dar mayor fuerza al principio de no discriminación, obligando a los empleadores a no establecer diferencias entre hombres y mujeres basándose en circunstancias ajenas a su desempeño laboral.
Otros parlamentarios comentaron que, sin perjuicio de creer que los principios que inspiraban la presentación del proyecto de ley eran sumamente loables y atendibles, no les parecía adecuada la solución planteada, ya que la mantención del registro de trabajadores y sus funciones va a entrabar el funcionamiento y desarrollo de las empresas de menor tamaño, además de rigidizar sus labores, al ignorar la polifuncionalidad que caracterizaba a los trabajadores de este tipo de empresas.
Asimismo, se mostraron más bien partidarios de un mecanismo claro que permitiera a los trabajadores hacer efectivos los derechos a reclamar cuando se sienten discriminados, sin influir en el desarrollo de las empresas en que laboran, reconociendo la posibilidad de que muchas veces a iguales funciones pueden legítimamente asignarse salarios distintos, pero fundándose en otros criterios no considerados en el proyecto, como pueden ser el desempeño de cada persona, su antigüedad en el trabajo, la confianza y responsabilidades depositadas en ella o simplemente las diferentes capacidades de los diversos trabajadores, ya que cada uno posee una individualidad que no puede medirse tan sólo en términos de sexo, y que puede legítimamente justificar remuneraciones distintas para trabajadores que desempeñan iguales trabajos, incluso entre personas del mismo sexo, lo que el proyecto no contempla pues sólo se refiere a una cuestión de género.
Igualmente, discreparon respecto del inciso segundo del proyecto porque para las empresas de menor tamaño se hará muy difícil llevar esos registros, por lo que fueron de la idea de establecer determinados procedimientos de reclamo por discriminación que pudieran hacerse efectivos en este tipo de casos, más que optar por la solución que pretende el proyecto.
Hicieron presente que, de acuerdo a los antecedentes entregados, la mayor diferencia remuneracional entre hombres y mujeres sucede en los quintiles de mayores ingresos, por lo que si se colocan más trabas, se hará más difícil emprender o contratar mujeres de los sectores más pobres.
Los integrantes de la Comisión coincidieron en que se debe determinar algún procedimiento que pueda incoarse al interior de la empresa, sin necesidad de judicializar desde un primer momento cualquier reclamo de los trabajadores en relación a acciones de discriminación salarial.
A la mayoría de los integrantes presentes, las observaciones planteadas por los dirigentes de las pequeñas empresas les hizo mucha fuerza, en el sentido de que podría darse el caso que la mantención de un registro como el planteado por el proyecto pudiera afectar el funcionamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, que ya se encuentran en una situación desmedrada, coincidiendo que, en todo caso, debía elevarse el umbral mínimo de trabajadores necesarios para que a una empresa se le haga exigible dicho registro.
La Comisión, en consideración a las aprensiones manifestadas por sus miembros, acordó solicitar a los representantes de los Ministerios del Trabajo y Previsión Social, y del Servicio Nacional de la Mujer, la presentación de propuestas que recogieran el debate y lograran concordar un texto que, por una parte, mantuviera la idea matriz, y, por la otra, compatibilizara sus normas con la ya existentes en términos de no innovar en materia de obligaciones para las empresas de menor tamaño que terminen por perjudicar la contratación de mujeres.
-Votación
La Comisión, luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones anteriormente individualizadas, que permitieron a sus miembros conocer en mejor forma el proyecto en informe, procedió a aprobar la idea de legislar por la mayoría de 5 votos a favor, de las diputadas señoras Sepúlveda (en reemplazo del diputado señor Ascencio ), y Valcarce , y de los diputados señores Díaz, don Eduardo ( Presidente ), Jarpa y Sabag , y 1 abstención, del diputado señor Barros , quien fundamentó su decisión señalando que no votaría por el rechazo del proyecto, en el entendido de que se trata de una iniciativa que puede ser mejorada en la discusión particular, sin perjuicio de conservar las dudas planteadas con anterioridad, en relación a los eventuales beneficios prácticos de normas como la planteada.
2. EN PARTICULAR
El Ejecutivo , representado por la Ministra del Servicio Nacional de la Mujer y sus asesores, y el asesor legislativo del Ministro del Trabajo y Previsión Social , presentaron una proposición a la Comisión. La mayoría de sus integrantes presentes estuvieron de acuerdo con la misma y la hicieron suya porque estimaron que perfecciona, por una parte, el artículo único del proyecto, y, por la otra, introduce elementos nuevos que recogen las aprensiones manifestadas en el debate en general, tanto por los propios diputados y diputadas como por las exposiciones efectuadas por los invitados, actores en la materia.
En consecuencia, la Comisión acordó tratar el proyecto en estudio, -tanto en su proposición original contenida en un artículo único, como las indicaciones que le agregan nuevas proposiciones, en el orden en que modifican el Código del Trabajo, a saber:
Artículo Nuevo (Pasó a ser artículo 1°)
Los abogados asesores del Sernam, explicaron que la proposición incorpora en el artículo 2° del Código del Trabajo un principio general que establece que son actos de discriminación las diferencias de remuneraciones en trabajos de igual valor, basados en criterios distintos de la naturaleza técnica del trabajo que se realiza, lo que en su opinión tiene la flexibilidad necesaria y suficiente para que los empleadores puedan incorporar diversos factores o criterios para determinar una remuneración en un caso determinado.
El Ejecutivo reiteró que eran dos los conceptos que se pretende destacar: el de “trabajo de igual valor”, que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha incorporado en su Convenio N° 100, y el de “naturaleza técnica del trabajo que se realiza”, que le otorga el criterio objetivo al raciocinio que se requiere para determinar una remuneración concreta.
Asimismo, en consideración a que para determinar trabajos de igual valor debe aplicarse alguno de los diversos métodos de evaluación objetiva, se otorga relevancia a la idea de que las diferenciaciones deben estar fundadas en la naturaleza y características del trabajo.
Precisó que este concepto implica un proceso de evaluación por parte del empleador acerca de la contribución que un empleo o cargo determinado le aporta a su empresa u organización. Para lograr este objetivo existen distintas metodologías globales y de carácter analítico desarrolladas ampliamente al alero de la Organización Internacional del Trabajo.
Algunos Diputados plantearon que se debían incorporar criterios de productividad o idoneidad en la valoración del trabajo; a su respecto, el Ejecutivo recordó que en un primer momento, la OIT también se centró en la naturaleza del trabajo a la hora de reconocer un criterio que sirviera de inspiración para los modelos de evaluación del trabajo. Sin embargo, a medida que se fueron instalando sistemas de remuneración en base a la productividad, fue necesario incorporar el concepto de características, con el objeto de comprender todos aquellos elementos que dicen relación, no sólo con la naturaleza de la función, sino con los adjetivos que se le podrían agregar para su descripción. En su proposición se amplió el catálogo legal de diferenciaciones legítimas, para lo cual, se incorpora la capacidad e idoneidad, actualmente recogidas por la Constitución Política en el artículo 19 Nº 16. El texto propuesto reproduce textualmente el Convenio 111.
De este esta manera se equiparan los criterios constitucionales e internacionales para delimitar el campo de la discriminación en materia laboral.
Las señoras Allende , Muñoz , Saa y Valcarce , y los señores Ascencio , Díaz, don Eduardo ( Presidente ), Jarpa y Venegas, don Mario , presentaron una indicación para agregar el siguiente artículo primero, pasando su actual artículo único a ser segundo:
“Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 2° del Código del Trabajo:
1. En el inciso cuarto, agrégase el siguiente párrafo, pasando su punto aparte (.) a ser seguido:
“Son actos de discriminación las diferencias en las remuneraciones en trabajos de igual valor basadas en criterios distintos de las características y naturaleza del trabajo que se realiza.”.
2. Intercálase en el inciso quinto, a continuación de la expresión “calificaciones” la siguiente frase “capacidades e idoneidad.”.”.
Fundamentaron su indicación en que la adecuación resulta necesaria para orientar la labor interpretativa de la norma sobre igualdad remuneracional, pues la reafirma en el sentido que este principio respeta siempre las normas establecidas en la Constitución Política y los Tratados Internacionales ratificados por Chile.
Puesto en votación el nuevo artículo 1°, con el texto que se señala, fue aprobado por la mayoría de 6 votos a favor, de las señoras Allende , Muñoz y Saa y de los señores Ascencio , Díaz, don Eduardo , Jarpa y Venegas, don Mario ; 1 en contra, del señor Kast y 1 abstención, del señor Barros .
Artículo único (Pasó a ser N° 2°)
El artículo único del proyecto de iniciativa parlamentaria, propone agregar un artículo 62 bis, nuevo, en el Código del Trabajo, del siguiente tenor:
“Artículo 62 bis.- En materia de remuneraciones deberá aplicarse el principio de igualdad entre el trabajo masculino y femenino por un servicio de igual valor.
Para estos efectos, todo empleador con cinco o más trabajadores deberá mantener un registro escrito que consigne los diversos cargos o funciones ejercidos por sus trabajadores, designando el número de personas que los desempeñan y señalando los nombres de quienes actualmente los ejercen.
Este registro estará a disposición de cualquiera de sus trabajadores y del inspector del trabajo competente.”.
Respecto de este artículo hubo consenso en los integrantes de la Comisión respecto de la inconveniencia de dos materias: la primera, respecto de la obligatoriedad en las remuneraciones de aplicar el principio de igualdad en el trabajo masculino y femenino por un servicio de igual valor. Sobre este contenido, sus integrantes estuvieron en desacuerdo porque estimaron que es posible diferenciar las distintas remuneraciones basadas en la naturaleza, experiencia o calificación, sin que necesariamente constituya discriminación; la segunda, dice relación con la proposición de obligar a las empresas a partir de cinco trabajadores, a llevar el registro escrito que consigne los diversos cargos o funciones ejercidos por los trabajadores, como expresa el inciso segundo. Justificaron la inconveniencia de la disposición propuesta porque coincidieron con los representantes de las pequeñas empresas cuando señalaron que significaba, por una parte, una carga adicional que no podrían solventar, y, por la otra, dejaba fuera la multiplicidad de funciones que suelen realizar los trabajadores de las empresas de menor tamaño.
Respecto del inciso primero, los señores Barros y Kast, presentaron una indicación para agregar, antes de punto aparte (.) que pasa a ser seguido, los términos “calidad y oportunidad”.
El Diputado señor Barros explicó que su indicación busca incorporar algunos factores manifestados en las audiencias como factores a considerar, al momento de determinar la remuneración de un trabajador, como era la calidad del trabajo realizado, que podía ser diferente aún entre personas que hacían la misma labor, y la oportunidad de su realización, ya que no podía tener el mismo valor, aún entre trabajos realizados de la misma forma, si uno de ellos se entregaba en el momento preciso que el empleador demandaba.
El representante del Sernam acerca del significado de la expresión “trabajos de igual valor”, señaló que este era un principio contenido en los convenios de la OIT, agregando que resultaba compleja la determinación de qué era un trabajo de igual valor, por lo que la OIT ha generado distintas metodologías de evaluación, que incorporan diferentes factores, según el método escogido. Así, se entrega al empleador la posibilidad de optar por el modelo que le pareciera pertinente, determinando los factores que considere más relevantes para evaluar los trabajos, luego de lo cual, una vez obtenida la determinación de los trabajos de igual valor, debiera existir una misma remuneración. En consecuencia, el entrar a detallar los factores sobre los cuales debe girar la determinación del trabajo de igual valor, como aparece en la indicación presentada por los Diputados señores Barros y Kast, se limita la decisión del empleador acerca de esta materia.
La Ministra del Sernam indicó que, precisamente por la necesidad de establecer ciertos parámetros que sirvieran para determinar el valor que el empleador debe asignarle a un determinado trabajo, es que se dejaba entregado a su decisión la estimación de cuáles debían ser estas características que consideraría más relevantes a la hora de asignarle valor al trabajo de sus empleados y, por lo mismo, el entrar a detallar en la norma que factores debían ser considerados limitaba a los empleadores para establecer aquello, en circunstancias que debería ser él quien lo determinara, siempre que entre los factores considerados no se incluyera alguno que significara algún tipo de discriminación ilegítima.
Algunos parlamentarios se mostraron de acuerdo en los planteamientos de la Ministra , afirmando que, abierto el catálogo de características posibles de encontrar en un trabajo, podría existir una lista interminable de adjetivos que se podrían incluir, por lo que parecía conveniente establecer el criterio de que fuera el mismo empleador quien fijara estas características, sin más limitación que los temas que signifiquen algún grado de discriminación arbitraria.
El representante del Ministerio del Trabajo manifestó que el incorporar adicionalmente los conceptos de calidad y oportunidad podía ser incluso confuso para el propio fin que la indicación perseguía, esto es, ampliar el espectro de condiciones predeterminadas para poder establecer si un trabajador estaba siendo discriminado o no en sus remuneraciones, ya que al equiparar los conceptos señalados con el de trabajo de igual valor, no podían estar dentro de éste último los primeros, careciendo en este caso de una valiosa herramienta para determinar lo que consideraba trabajo de igual valor.
Puesta en votación la indicación fue rechazada por 5 votos en contra, de las señoras Muñoz y Saa y de los señores Díaz, don Eduardo , Jarpa y Venegas, don Mario , y. 2 votos a favor, de los señores Barros y Kast.
En cuanto al inciso segundo de la moción, el representante del Ministerio del Trabajo hizo presente que respecto a la obligatoriedad de llevar el registro señalado en el artículo 62 bis propuesto, indicó que en la proposición se recogieron las inquietudes planteadas por los representantes de Conapyme, -que asumieron todos los integrantes de la Comisión-, en el sentido de que ello podría eventualmente entrabar el funcionamiento de las empresas de menor tamaño. Así, se propuso que la obligación de llevar este registro sólo fuese exigible para aquellas empresas que emplearan a 50 o más trabajadores, lo que incluso les ayudaría a su funcionamiento, ya que la estratificación podía constituirse en una herramienta útil para las empresas con esas características; en todo caso, señaló que el registro de que da cuenta el inciso segundo, debería establecerse en el numeral 6 del artículo 154 del Código del Trabajo, el cual se refiere a los requisitos y componentes que debe contener el reglamento interno con el que deben contar las empresas; en cuanto a la forma de contar a los 50 trabajadores de las empresas que estarán obligadas al registro en cuestión, hizo presente que siempre el enfoque debe centrarse en la contabilización de trabajadores permanentes.
Por su parte, el representante del Ministerio Servicio Nacional de la Mujer agregó que la proposición estima el registro a partir de 50 trabajadores, que consigne sus cargos o funciones, características técnicas esenciales, y la descripción general de cargo y las condiciones o habilidades profesionales requeridas
La Comisión coincidió, que, en cuanquier caso, los incisos segundo y tercero del artículo 62 bis propuesto en el artículo único, no debieran ser parte del mismo, sino que deben incorporarse en el artículo 154, que dispone las menciones que debe contener el reglamento interno de las empresas.
Del resultado del debate surgieron las siguientes indicaciones que se detallan, y, que en definitiva, por una parte, trasladan el contenido del artículo único, en un caso, eliminan incisos del mismo, en el otro, y, por otra parte, incorporan artículos nuevos al proyecto, a saber:
Las señoras Allende , Muñoz , Saa y Valcarce , y los señores Ascencio , Díaz, don Eduardo ( Presidente ), Jarpa y Venegas, don Mario , presentaron una indicación del siguiente tenor:
“Reemplázase en el inciso primero del nuevo Artículo 62 bis del Código del Trabajo, la expresión “deberá aplicarse el”, por “el empleador deberá velar por el cumplimiento del”.
Puesta en votación la indicación, se aprobó por la mayoría de 5 votos por la afirmativa, de las señoras Muñoz y Saa y de los señores Díaz, don Eduardo , Jarpa y Venegas, don Mario , y 2 votos por la abstención, de los señores Barros y Kast..
Los señores Barros y Kast prepresentaron una indicación destinada a intercalar, en el inciso segundo del mismo artículo, entre las palabras “trabajadores y “deberá”, la frase “permanentes de jornada laboral completa”.
La Ministra del Sernam señaló que la redacción de la indicación se contradice con lo expuesto constantemente acerca de la flexibilización del mercado laboral para las mujeres, con el objeto de permitirles compatibilizar el ámbito familiar y el laboral, ya que medidas como las que se proponen en la indicación hacen precisamente que el trabajo de mayor flexibilidad para las mujeres sea de mayor precariedad.
Los autores de la indicación señalaron que, atendidos los argumentos expuestos, podría dejarse la indicación sólo para aclarar que se trata de trabajadores permanentes.
La asesora del Sernam explicó que la obligación de contar con un reglamento interno, según lo dispone el mismo Código del Trabajo, es para todas las empresas que normalmente tienen 10 o más trabajadores, por lo que agregar el concepto de “permanentes” está de más.
Puesta en votación la indicación fue rechazada por la mayoría 7 votos en contra, de las señoras Allende , Muñoz y Saa y señores Ascencio , Díaz, don Eduardo , Jarpa , y Venegas, don Mario , y 3 votos a favor, de los señores Barros y Kast y de la señora Cristi .
Los señores Barros y Kast presentaron las siguientes indicaciones, una en subsidio de la otra, para intercalar, entre los incisos segundo y tercero del artículo 62 bis que se propone introducir en el Código del Trabajo, el siguiente inciso nuevo:
1. Las obligaciones de este artículo serán aplicables a los órganos referidos en el artículo 1° de la ley N° 18.575, con excepción de las municipalidades, respecto de todos sus trabajadores con vínculo de subordinación y dependencia, sin importar la forma en que ellos hayan sido contratados.”.
2. Las obligaciones de este artículo serán aplicables a los órganos referidos en el artículo 1° de la ley N° 18.575, respecto de todos sus trabajadores con vínculo de subordinación y dependencia, sin importar la forma en que ellos hayan sido contratados.”.
Fundamentaron su indicación señalando que se presentaba con el objeto de establecer alguna simetría en este tema, entre lo que se estaba regulando para el sector privado y lo que sucedía en el sector público.
El representante del Ministerio del Trabajo señaló que precisamente la homologación de cargos funcionaba de esta manera en el sector público, por lo grados en los cuales estaban incorporados los funcionarios. Con respecto a las personas que prestaban sus servicios a honorarios, indicó que algunos estaban asimilados a grados y otros, por los tipos de trabajos que desarrollaban, no lo estaban, respondiendo de acuerdo a la responsabilidad específica encomendada.
Ambas indicaciones fueron rechazadas por la mayoría de 6 votos a favor, de las señoras Muñoz y Saa y señores Ascencio , Díaz, don Eduardo , Jarpa , y Venegas, don Mario , y 3 en contra, de los señores Barros y Kast y de la señora Cristi .
Por su parte, todos los integrantes presentes, coincidieron en presentar la siguiente indicación:
“Elimínese los incisos segundo y tercero”.
La indicación, se aprobó por la unanimidad de los presentes, señoras Muñoz y Saa y señores Barros , Díaz, don Eduardo , Jarpa , Kast y Venegas, don Mario .
Artículo Nuevo (Pasó a ser N° 3)
Las señoras Allende , Muñoz , Saa y Valcarce , y los señores Ascencio , Díaz, don Eduardo ( Presidente ), Jarpa y Venegas, don Mario , presentaron una indicación para agregar el siguiente artículo tercero, nuevo:
“Artículo 3°.- Agrégase en el numeral 6 del artículo 154 del Código del Trabajo, la siguiente oración a continuación de su punto y coma (;): “en el caso de empresas de cincuenta trabajadores o más, un registro que consigne los diversos cargos o funciones de la empresa y sus características técnicas esenciales, como la descripción general del cargo y las condiciones o habilidades profesionales inherentes a él.”.
Algunos Diputados recordaron que la propuesta de 5 trabajadores o más había sido fijada en forma arbitraria en la moción, y agregaron que lo mismo sucedía con la cifra de 50 trabajadores. En este sentido, estimaron que las mujeres que se verían afectadas por una medida de este tipo serían muy pocas, ya que en una empresa de 50 trabajadores, en promedio, menos de la mitad serían mujeres, lo que se restringiría aún más si se analizaban las remuneraciones de los cargos directivos de la empresa, que según las cifras eran aquellos donde la brecha remuneracional se hacía más ostensible. Por esta razón, propusieron ampliar ese número o analizar con mayor detención el punto, con el objeto de apuntar directamente a quienes se pretendía beneficiar.
El Diputado señor Díaz, don Eduardo , señaló que ninguna de las dos cifras era arbitraria, ya que la cifra de 5 o más trabajadores ya existía en el Código del Trabajo, proponiéndose sólo que se agregaran algunos elementos a un registro ya existente. Recordó también que la intervención de los representantes de Conapyme destacó que les resultaba gravosa la obligación de mantener este registro, sugiriendo elevar el número de trabajadores necesarios para estar obligados a llevar el registro, y estando de acuerdo en que fueran 50.
El Diputado señor Venegas, don Mario , indicó que de acuerdo a las cifras existentes, en Chile existían cerca de 1.200.000 empresas que podían ser consideradas como micro, pequeñas o medianas, de las cuales sólo estaban formalizadas el 50%. Así, el Ministerio de Economía era el organismo que categorizaba a estas empresas, utilizando para ello, dos indicadores, uno de los cuales era el número de trabajadores y el otro era la facturación anual. En atención al primer criterio, 50 era el número de trabajadores que definía el límite entre pequeñas y medianas empresas, lo que era plenamente compatible con lo expuesto por los representantes de Conapyme y dejaba en claro que ello no entrabaría el funcionamiento de aquellas empresas de menor tamaño.
El Diputado señor Kast manifestó sus aprensiones en torno a si los 50 trabajadores debían ser permanentes o podían ser transitorios, y también acerca de la posibilidad de realizar cambios en el registro, en atención a la evolución y desarrollo de la empresa, especialmente tomando en cuenta los criterios de fiscalización que podrían utilizarse.
El representante del Ministerio del Trabajo señaló que el reglamento interno de la empresa, que era el instrumento en que quedaría inserto el registro señalado, formaba parte del contrato de trabajo, debiendo guardarse una serie de formalidades que tendían a asegurar su debido cumplimiento, ya que no constituían una sugerencia sino una obligación que debía ser cumplida por parte de quienes gestionaban una empresa.
Puesto en votación, el artículo propuesto fue aprobado por la mayoría de 8 votos a favor, de las señoras Allende , Cristi , Muñoz y Saa y de los señores Barros , Díaz, don Eduardo ( Presidente ), Jarpa y Venegas, don Mario , y 1 en contra, del señor Kast .
-o-
La mayoría de los integrantes de la Comisión plantearon que nada de lo aprobado servía si no existe un procedimiento adecuado de tutela de los derechos conculcados, toda vez, que si así no fuere, el proyecto se transformaría en una declaración de buenas intenciones.
El Ejecutivo indicó que en el mismo artículo 154 del Código del Trabajo, ya analizado, se debería establecer la exigencia de que el reglamento interno de la empresa contemple un procedimiento a seguir en caso de existir acciones de discriminación arbitraria por parte del empleador, determinando en todo caso las exigencias mínimas que deben ser respetadas, esto es, que el reclamo deberá realizarse por escrito, y que la respuesta del empleador deberá se fundada y entregada en un plazo no superior a 30 días desde la interposición del reclamo.
Las señoras Allende , Muñoz , Saa y Valcarce , y los señores Ascencio , Díaz, don Eduardo ( Presidente ), Jarpa y Venegas, don Mario , presentaron una indicación, haciendo suya la proposición de los representantes del Ministerio Servicio Nacional de la Mujer y Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para agregar un artículo cuarto, nuevo, del siguiente tenor:
“Artículo 4°.- (Pasó a ser N° 4)
Para agregar al artículo 154 el siguiente numeral 13 nuevo, trasladando al final del numeral 12, la conjunción “y” con que finaliza el numeral 11:
“13.-.El procedimiento a que se someterán los reclamos que se deduzcan por infracción al artículo 62 bis. En todo caso, el reclamo y la respuesta del empleador deberán constar por escrito; ésta última deberá ser fundada y entregada dentro de un plazo no mayor a treinta días de efectuado el reclamo por parte del trabajador.
Puesto en votación, el artículo propuesto fue aprobado por la mayoría de 9 votos a favor, de las señoras Allende , Cristi , Muñoz y Saa y de los señores Ascencio , Barros , Díaz, don Eduardo ( Presidente ), Jarpa y Venegas, don Mario , y 1 abstención, del señor Kast .
-o-
La Comisión, una vez aprobado el procedimiento a seguir respecto al reclamo interpuesto por la persona trabajadora, hizo presente la necesidad de dejar establecida la ruta que sigue la tutela o protección del derecho que se quiere garantizar.
El representante del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señaló que el régimen de tutela de los derechos fundamentales del trabajador se contiene en la ley N° 20.087, que empezará a regir a partir del 1 de marzo de 2008, pero, eso no significa que por no entrar en vigencia aún el procedimiento de tutela no se puedan formular denuncias a este respecto. Explicó, que el procedimiento de tutela allí normado es un procedimiento concentrado, en el marco de un juicio laboral, y cuya principal característica radica en que invierte el peso de la prueba, estableciendo que, formulada una reclamación de un trabajador basada en acciones de discriminación, debe ser el empleador el que justifique que su conducta no implica una discriminación arbitraria. Agregó, que la respuesta del empleador al trabajador debe realizarse por escrito, constituyéndose en una suerte de prueba preconstituida que, posteriormente, puede ser utilizada en sede judicial, una vez interpuesta la acción de tutela respectiva.
Los señores Barros y Kast agregaron que igualmente se debía otorgar un plazo suficiente para que los obligados a su cumplimiento pudieran contar con la debida información.
La Comisión, aprobó por la unanimidad de las diputadas y diputados presentes, la incorporación de los siguientes artículos transitorios, nuevos:
1. De las señoras Allende , Muñoz , Saa y Valcarce , y los señores Ascencio , Díaz, don Eduardo ( Presidente ), Jarpa y Venegas, don Mario , para agregar el siguiente artículo transitorio, nuevo
“Artículo primero transitorio: Las denuncias sobre discriminación en materia de remuneraciones, se sustanciarán en conformidad al procedimiento establecido en el párrafo sexto del capítulo II del título primero del Libro V del Código del Trabajo, en tanto dichas normas entren en plena vigencia”.
2. De los señores Barros y Kast, para agregar el siguiente artículo transitorio, nuevo:
“Artículo segundo transitorio: Las obligaciones que esta ley impone al empleador comenzarán a regir noventa días después de su publicación en el Diario Oficial”.
-o-
En virtud de lo señalado en el artículo 15 del Reglamento de la Corporación, se procedió a la ordenación del texto.
Por las razones señaladas y consideraciones que expondrá el señor Diputado Informante , la Comisión de Familia recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Introdúcense las siguientes enmiendas en el Código del Trabajo:
1. Modifícase el artículo 2°, en el siguiente sentido:
a. Agrégase en el inciso cuarto, la siguiente oración, pasando su punto aparte (.) a ser seguido:
“Son actos de discriminación las diferencias en las remuneraciones en trabajos de igual valor basadas en criterios distintos de las características y naturaleza del trabajo que se realiza.”.
b. Intercálase en el inciso quinto, entre las expresiones “calificaciones” y “exigidas”, la frase “, capacidades e idoneidad”, antecedida de una coma (,).
2. Incorpórese el siguiente artículo 62 bis, nuevo:
“Art.62 bis.- En materia de remuneraciones el empleador deberá velar por el cumplimiento del principio de igualdad entre el trabajo masculino y femenino por un servicio de igual valor.”.
3. Modifícase el artículo 154, en la forma que se señala:
a. Agrégase en el número 6.-, a continuación del punto y coma (;), el siguiente párrafo:
“en el caso de empresas de cincuenta trabajadores o más, un registro que consigne los diversos cargos o funciones de la empresa y sus características técnicas esenciales, como la descripción general del cargo y las condiciones o habilidades profesionales inherentes a él.”.
b. Incorpórese, el siguiente número 13.- nuevo, trasladando la conjunción “y” con que finaliza el número 11.-, al final del número 12.-:
“13.- .El procedimiento a que se someterán los reclamos que se deduzcan por infracción al artículo 62 bis. En todo caso, el reclamo y la respuesta del empleador deberán constar por escrito; ésta última deberá ser fundada y entregada dentro de un plazo no mayor a treinta días de efectuado el reclamo por parte del trabajador.”.
Disposiciones transitorias
Artículo primero- Las denuncias sobre discriminación en materia de remuneraciones, se sustanciarán en conformidad al procedimiento establecido en el párrafo sexto del capítulo II del título primero del Libro V del Código del Trabajo, en tanto dichas normas entren en plena vigencia.
Artículo segundo.- Las obligaciones que esta ley impone al empleador comenzarán a regir noventa días después de su publicación en el Diario Oficial”.
-o-
Sala de la Comisión, a 10 de julio de 2007
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones celebradas los días 2, 9 y 16 de mayo; 6, 13, y 20 de junio, y 4 de julio de 2007, con la asistencia de las señoras y señores diputadas y diputados que a continuación se indican: Isabel Allende Bussi , María Angélica Cristi Marfil , Marcela Cubillos Sigall , Adriana Muñoz D’Albora , María Antonieta Saa Díaz y Ximena Valcarce Becerra , y de los diputados señores Gabriel Ascencio Mansilla , Ramón Barros Montero , Eduardo Díaz del Río ( Presidente ), Maximiano Errázuriz Eguiguren , Carlos Abel Jarpa Wevar, José Antonio Kast Rist y Jorge Sabag Villalobos . Asistió, en reemplazo del señor Ascencio (sesión 44 del 20 de junio), la señora Alejandra Sepúlveda Orbenes , y en reemplazo del señor Sabag (sesión 45 del 4 de julio), el señor Mario Venegas Cárdenas .
(Fdo.): MARÍA EUGENIA SILVA FERRER , Abogado Secretaria de la Comisión ”.
Informe de la delegación de diputados que concurrió al Séptimo Foro Global sobre Reinvención del Gobierno, efectuado en Austria, Viena, entre el 25 y el 29 de junio de 2007.
“Honorable Cámara:
La delegación de diputados que concurrió al Séptimo Foro Global estuvo integrada por la diputada señora Marta Isasi y por el diputado señor Roberto León.
La inauguración fue encabezada por el Presidente de la República Federal de Austria , señor Heinz Fischer , y otros importantes personeros.
Cabe tener presente que el Foro Global se viene llevando a cabo desde el año 1999 y su temática principal es la reinvención del gobierno, aspecto que ha sido abordado desde distintos ángulos y cuyos principales objetivos dicen relación con la necesidad de introducir mejoras en la gobernabilidad y administración pública.
El tema principal de la citada reunión fue “Fomento en la confianza del gobierno” en lo concerniente a su relación con las capacidades del sector público y los costos que conlleva su ausencia.
También se consideraron otros temas, como estrategias e innovaciones destinadas a producir mejoras en la gobernabilidad y confianza de la ciudadanía en los gobiernos.
De esta manera, se concluyó en que no existe una fórmula única para fomentar la confianza en el gobierno, sino por el contrario, se trata de un enfoque amplio donde principios como la eficiencia, la eficacia, la transparencia, la responsabilidad, la rendición de cuentas y la participación ciudadana son valores universales y constituyen los pilares fundamentales para una buena gobernabilidad.
Asimismo, se coincidió en la necesidad de que la problemática de la mujer ocupe un lugar central en la aplicación de las recomendaciones que contiene la Declaración de Viena, teniendo presente que constituyen más del 50% de la población.
El Séptimo Foro contempló diversas reuniones, exposiciones y talleres, donde cabe referirse fundamentalmente a dos grandes eventos:
1. El primero de ellos, organizado por la Unión Interparlamentaria, se desarrolló en el Parlamento Austriaco, y su temática principal fue “la construcción de confianza en el gobierno”, ello bajo la premisa de que los gobiernos deben obtener la confianza de los ciudadanos reforzando la participación popular en los procesos de decisión, promoviendo la cohesión entre las comunidades y practicando una gobernabilidad transparente, responsable y eficaz.
En esta ocasión concurrieron representantes de cerca de 30 parlamentos, quienes intercambiaron distintos puntos de vista sobre asuntos relacionados con la gobernabilidad, con especial acento en la transparencia y la rendición de cuentas.
Básicamente el trabajo se desarrolló en tres paneles:
-Rendición de cuentas al Ejecutivo en el siglo XXI (prerrequisitos y mecanismos), y control presupuestario como medio de asegurar la igualdad de género.
-Parlamento y control del sector de la seguridad.
-Protección a los parlamentarios en el ejercicio de su función de control.
Los representantes chilenos intervinieron principalmente en el primer panel.
El diputado señor León se refirió a la separación de poderes, lo que evita el monopolio en el ejercicio del poder y permite establecer los necesarios contrapesos y controles mediante los cuales se garantizan las libertades y el correcto ejercicio de la administración.
Asimismo, se refirió a la fiscalización parlamentaria y sus formas de ejercicio, para lo cual enumeró las facultades que contempla nuestra legislación.
También se explayó sobre los requisitos que demanda el ejercicio de esta facultad al tenor de la normativa interna.
A su vez, la diputada señora Isasi tocó aspectos relativos al control presupuestario para mantener la igualdad de género.
Para ello, se refirió a los pro y los contra de las denominadas “leyes de cuota”, al aporte que efectúan las mujeres que laboran pero que no reciben un salario, y, finalmente, sobre la creación de una jubilación para las dueñas de casa.
También participó en un taller denominado “la descentralización y la gobernabilidad local”, donde se refirió a su experiencia en la materia y formuló algunas propuestas para su perfeccionamiento.
Como resultado del trabajo efectuado se formuló una propuesta que fue finalmente incorporada en la Declaración Final, que se adjunta como anexo a este informe, como una forma de hacer una contribución desde el ámbito parlamentario.
2. El segundo evento se desarrolló bajo el amparo de Naciones Unidas y del Gobierno de Austria, y contempló la celebración de sesiones plenarias, talleres y reuniones, encaminados a acelerar el cumplimiento de las metas del milenio, a través del fortalecimiento de la capacidad de los Estados y del mejoramiento de la calidad de la gobernabilidad.
Dentro de las reuniones plenarias se discutió sobre las siguientes materias:
-Expectativas de los ciudadanos y confianza en el Estado.
-Fomento de la confianza mediante la gobernabilidad transparente y el acceso a la información.
-Fomento de la confianza mediante la mejora en el acceso y la prestación de servicios.
-Fomento de la confianza mediante la activación y participación de la sociedad civil.
-Elecciones, procesos parlamentarios y confianza de la ciudadanía.
-Fomento de la confianza mediante alianzas entre el sector público y privado.
-Retos a la gobernabilidad en situaciones de crisis y post crisis.
Del mismo modo, se desarrollaron los siguientes talleres:
Taller 1: Restauración de la confianza en el gobierno mediante la innovación en el sector público.
Taller 2: Gestión de los conocimientos para el fomento de la confianza en el gobierno.
Taller 3: Descentralización y gobernabilidad Local.
Taller 4: Mejor calidad de los procesos electorales y parlamentarios.
Taller 5: Fomento de la confianza mediante la participación cívica.
Taller 6: Reinvención con integridad: Utilizar la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Taller 7: Retos a la gobernabilidad en situaciones de crisis y pos-conflicto.
A mayor abundamiento sobre las materias anteriores, se encuentra disponible material en secretaría.
Producto de todo el trabajo desarrollado se concluyó en una Declaración que contiene 10 recomendaciones relativas a:
-Garantizar la legitimidad del gobierno (elecciones libres, imparciales, periódicas mediante una relación constructiva entre Ejecutivo y Legislativo).
-Otorgar prioridad a la prestación de servicios y al acceso a éstos (generando igualdad, equidad y capital social).
-Potenciar la transparencia y la rendición de cuentas para luchar contra la corrupción.
-Mejorar el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación (salvaguardando la privacidad de los datos dentro de la esfera privada).
-Apoyar la participación efectiva de la sociedad civil (aumentando la participación de las mujeres en actividades económicas y en la adopción de decisiones políticas, en la planificación y gestión de actividades en el sector público).
-Despertar un interés constructivo en los medios de información (medios de información libres y responsables).
-Acercar el gobierno al pueblo (descentralización, fortalecer los gobiernos regionales y locales mediante transferencia de poderes y recursos con rendición de cuentas a nivel local).
-Posibilitar la creación de alianzas entre los sectores público y privado.
-Promover las innovaciones en la reforma del sector público.
-Reestablecer la confianza en los países que atraviesan crisis y salen de situaciones de conflicto.
Finalmente, es necesario destacar que Chile Compras, Dirección de Compras y Contratación Pública, fue destacado con un importante galardón que fue recibido por la Subsecretaria de Hacienda, señora María Olivia Recart , por la contribución de nuestro país en el tema de la transparencia y responsabilidad de los servicios públicos.
-o-
Diputada Informante la señora Marta Isasi Barbieri .
Valparaíso, 9 de julio de 2007.
(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD GARCÍA , Dirección de Relaciones Internacionales”.
Moción de los diputados señores Escobar, Burgos, Chahuán, Dittborn, Forni, Hales, Jiménez, Saffirio, Valenzuela, y de la diputada señora Tohá, doña Carolina. Denomina “Cerro Huelén” al actual “Cerro Santa Lucía”, ubicado en la comuna de Santiago, en homenaje al cacique Huelén-Huara. (boletín N° 5163-24)
I. LOS SÍMBOLOS CULTURALES E HISTÓRICOS.
En las ciudades existen lugares que revisten un fuerte y profundo significado cultural e histórico. En el corazón de la capital de nuestro país existe un lugar, un cerro para ser más precisos, que ha sido mudo testigo de nuestra historia precolombina, de la llegada de Pedro de Valdivia y su hueste, de la fundación de la ciudad y de la evolución cultural, económica y social de Santiago. Es el cerro originariamente llamado Huelén y posteriormente denominado Santa Lucía.
Veamos someramente la peculiar historia de este cerro y su significado para los pueblos originarios.
II. LA HISTORIA DEL CERRO HUELÉN.
En el período prehispánico, el valle del Mapocho era habitado por una serie de comunidades indígenas. Ellas se caracterizaban por integrarse al entorno natural donde vivían. Prueba de ello son una rica cosmogonía y panteón divino donde los dioses encarnaban a fuerzas de la naturaleza. En ese contexto, en la leyenda mapuche sobre el diluvio universal se aprecia el enfrentamiento entre la fuerzas del agua (el dios Caycayvilu) y las fuerzas de la tierra (el dios Trentén), invocadas por los Pillanes, quienes al unirse con las mujeres crearon la raza mapuche que \\ significa “hombres de la tierra”. El pacto sellado por los jefes de familia en la cima de cada montaña con las fuerzas de la Tierra nos revela la importancia que tienen los cerros y montañas para esta cultura. En este aspecto, Jocelyn Holt manifiesta que, “Conforme a antiguas creencias, las montañas serían lugares previstos de una gravitación vital muy primaria vinculada a la subsistencia de la comunidad local que les rinde devoción. Concebidas como guardianes del clima, de las aguas y la irrigación de la tierra, del ganado, de los minerales que se esconden en sus entrañas, a las montañas se les dota de poderes mágicos de cotidiana significación. Su presencia inamovible las vuelve hitos recordatorios permanentes de dicho poder. También se les percibe como sitios donde residirían los espíritus de los muertos. De consiguiente, suele atribuírseles la capacidad de causar enfermedades y tormentas. No se descarta tampoco que hayan servido como promontorios idealmente ubicados para efectuar señalizaciones. En un sentido cosmogónico más amplio, las montañas, además, parecen hacer las veces de nexo entre los tres mundos: el océano mediante supuestas conexiones subterráneas, la tierra y el cielo”.
El cerro Huelén (que significa dolor en lengua mapuche), como muchas cumbres adquirió entonces, un carácter sagrado. Existen claros indicios que el caserío indígena que existía a sus pies, estaba liderado por el cacique Huelén-Huara, quien lo utilizaba como santuario. Sin embargo, no podemos descartar que haya servido igualmente como punto de vigilancia defensiva dado su dominio visual sobre valle.
La llegada de los españoles, comandados por Pedro de Valdivia, llegó al valle del Mapocho. Luego de inspeccionar el valle, (el 13 de Diciembre de 1540, eligieron el lugar donde construirían su emplazamiento. El asentamiento de Huelén-Huara, junto con muchos otros, fue obligado a abandonar dicho emplazamiento para posibilitar la instalación hispánica, quebrando de manera significativa el simbolismo del cerro para sus habitantes. El cerro Huelén fue renombrado como “Santa Lucia”, perdió su significado de monte sagrado en manos de una cultura española que no tenía afinidad con ese tipo de símbolos y se transformó en atalaya de vigilancia y prisión. Es más, el cerro Huelén, ahora Santa Lucia se convierte en una suerte de obstáculo al desarrollo del trazado de la nueva ciudad, situación que se iría haciendo más crítica con el paso de los siglos.
El cerro Santa Lucia , convertido en un agreste y desolado peñón, fue testigo mudo de las luchas independistas, pero también fue refugio de maleantes, confidente de suicidas y lugar de reposo de almas heréticas cuyos cuerpos no encontraban la posibilidad de ser sepultados en los lugares de entierro de la comunidad. En este último caso, resulta irónico pensar que esos herejes si estaban, a pesar de todo, en suelo sagrado.
El siglo XIX el afán modernizador unido a la notable influencia de la Europa reo clásica pone nuevamente al cerro Santa Lucia (Huelén de origen) en la palestra. En el año 1872, un hombre en particular, desde su puesto de Intendente de Santiago, tiene un sueño ... transformar al maltrecho y abandonado peñón atalaya en un lugar repleto de belleza y adelantos. Ese hombre era Benjamín Vicuña Mackenna .
El 5 de Junio de ese año empezaron los trabajos. 50 presidiarios removieron la tierra. A dinamitazos abrieron las entrañas del cerro y ejecutaron el proyecto del intendente. En dos años y algunos meses la ciudad vio emerger al cerro Santa Lucía convertido en un hermoso paseo y punto de encuentro capitalino. Con aires medievales, el cerro albergaba fuentes, terrazas, miradores, jardines y carruseles y juegos infantiles. Cabe destacar que Vicuña Mackenna tuvo algunos gestos muy especiales. En 1874, el entonces Intendente convierte en Museo indígena al edificio defensivo ordenado construir por el gobernador español Marco del Pont, llamado posteriormente Castillo Hidalgo , en honor a don Manuel Hidalgo , valiente capitán caído en la Batalla de Chacabuco. Posteriormente, el museo se transforma en la Biblioteca Carrasco Albano .
El siglo XX no le sentó bien a nuestro Cerro Huelén . Fue intervenido arquitectónicamente hasta desdibujar la obra de Vicuña Mackenna. Volvió a adquirir su fama de lugar peligroso. Eso hasta el año 1997, momento en que un grupo de inversionistas apuesta por restaurar las construcciones para devolverle al cerro Santa Lucía (Huelén) algo de su antigua gloria.
Resulta oportuno que señalemos que, mediante Decreto N° 1636, del 16 de diciembre de 1983, el cerro Santa Lucía fue declarado monumento nacional.
III. LA NECESIDAD DE RECONOCIMIENTO A LA CULTURA MAPUCHE.
La Carta Fundamental, en su artículo 60 N° 5, señala, dentro de las materias que necesariamente deben ser reguladas por ley, la forma en que puede rendirse reconocimiento y homenaje a los grandes servidores públicos, con lo cual se pone en evidencia la importancia que tiene para la República el reconocer los méritos de quienes le han servido.
Hay servidores que contribuyeron al desarrollo de la identidad nacional antes del nacimiento de la República. Uno de esos servidores son los pueblos originarios, simbolizados, en este caso en particular, en el cacique que hizo del Huelén su hogar y que, añadidura, lleva su nombre. El cacique Huelén Huara . La partida de este líder y su pueblo del territorio que habitaba marcó e1 inicio de una etapa que todavía no termina de cicatrizar las heridas de discriminación y olvido que ha vivido la cultura y el pueblo mapuche, las que lamentablemente persisten hasta hoy.
Por otra parte, debemos hacer presente que la Constitución Política señala, en su artículo 19 N° 10 inciso final, que corresponderá al Estado, entre otras materias “1a protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.”
En ese orden de ideas, consideramos que el otorgarle al cerro Santa Lucía su denominación original constituye un acto de reconocimiento y justicia con quienes nos antecedieron en este suelo. Los hijos de la tierra, simbolizados en la persona de uno de sus caciques.
Por tanto,
En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de le ley N° 18.918, en concordancia con el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados, vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“ARTÍCULO ÚNICO. Denomínase “Cerro Huelén” al actual cerro Santa Lucía, ubicado en la Comuna de Santiago de la Región Metropolitana, con la finalidad de perpetuar la memoria del Cacique Huelén Huara y honrar su nombre y su contribución a la conformación del patrimonio cultural de Chile desde la época prehispánica.”
Moción de los diputados señores Chahuán ; Sepúlveda, don Roberto ; De Urresti , Delmastro , Escobar , Lobos, Ojeda , Rojas, Paredes y Verdugo. Modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados con el objeto de impedir que las sesiones de las comisiones se efectúen simultáneamente con las sesiones de Sala. (boletín N° 5192-16)
Fundamentos del proyecto
El artículo 225, letra c), del Reglamento de la Cámara de Diputados, permite que las Comisiones sesionen simultáneamente con las sesiones de la Cámara que se rijan por las normas de los incidentes.
Este mismo artículo 225 dispone que toda sesión de Comisión se levantará por el ministerio del Reglamento, diez minutos antes de iniciarse una sesión de la Cámara, cualquiera que sea la hora de término indicado en su citación.
Sin embargo, el artículo 226 del mismo Reglamento establece que la hora de iniciación de una sesión de Comisión que coincida con la de la Sala deberá ser aplazada en diez minutos, y si mientras se encuentra en funciones una Comisión, autorizada para sesionar en forma simultánea con la Cámara, debe comenzar una sesión de la Sala, aquella se suspenderá diez minutos antes de la hora a que hubiere sido citada la Corporación y por un total de veinte minutos.
Consideramos que esta práctica de sesiones simultáneas de Comisiones y de Sala, que se ha ido generalizando, no resulta plenamente adecuada para el trabajo legislativo, ya que impide abocarse con plenitud a los proyectos que deban ser tratados en forma específica en las respectivas Comisiones, como en los que sean objeto del debate propio que se lleva a cabo en la Sala.
A lo anterior debe agregarse que por la prioridad que se asigna a las sesiones de Sala, cuando se llama a los diputados para votar los respectivos proyectos, se deben suspender las sesiones de Comisiones, en que muchas veces han asistido invitados que tienen relación con las materias que en dichos organismos son tratados, todo lo cual conspira, como se ha dicho, contra una labor legislativa que requiere de dedicación y conocimiento acabado de los asuntos que forman parte de los respectivos proyectos o mociones.
En virtud de lo antes expuesto, consideramos que deben derogarse las normas reglamentarias ya señaladas, que permiten sesionar en forma simultánea a las sesiones de Comisión con las de Sala.
En mérito a las consideraciones que anteceden, sometemos a la aprobación de la Cámara de Diputados, el siguiente
PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS:
Artículo único: Modifícase el Reglamento de la Cámara de Diputados, de la siguiente forma:
1. En su artículo 225, derógase su letra c).
2. Derógase su artículo 226.
Moción de los diputados señores Accorsi, y de las diputadas señoras Cristi, doña María Angélica; Goic, doña Carolina; Muñoz, doña Adriana; Pascal, doña Denise; Rubilar, doña Karla; Saa, doña María Antonieta; Soto, doña Laura; Tohá, doña Carolina y Vidal, doña Ximena. Reforma constitucional que incorpora normas contra la discriminación y publicidad que atente contra la dignidad de las personas. (boletín N° 5193-07)
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados
Considerando:
1. De la Discriminación
1° Que la base más esencial de nuestra institucionalidad es, sin lugar a dudas, la persona humana y, junto a ella, la familia. Ello es tan así que el primer párrafo del artículo 1° de la Constitución Política de nuestra República reconoce que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y el inciso segundo reconoce también que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad.
2° Que, por su parte, es de la esencia de toda persona, la dignidad humana; cuestión no sólo declarada en el inciso primero de nuestra Carta fundamental, sino que asegurada, como derecho constitucional fundamental, en el numeral 1 del artículo 19 de la Carta del año 1980, que asegura a todas las personas el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica.
3° Que la Constitución contiene los principios y normas fundamentales para la protección de la persona y su dignidad, y dentro de estos principios el numeral 2 del artículo 19 garantiza la igualdad, disponiendo que en Chile no hay personas ni grupos privilegiados, que en Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre y finalmente, que “hombres y mujeres son iguales ante la ley”.
4° Que esta norma contribuye, sin duda, a una consagración positiva de la igualdad entre personas en general y entre hombres y mujeres en particular, pero, no obstante su carácter enfático, la igualdad ante la ley a la que se refiere el precepto constitucional no se enarbola como una norma de vinculación directa para autoridades o personas en los términos que otros preceptos constitucionales lo hacen, ya que, ni la ley ni precepto reglamentario alguno han sido herramientas suficientes para pasar de la igualdad formal que estos preceptos pregonan a una igualdad material.
En este sentido, ilustran muy bien las palabras de don José Luís Cea , quien en su tratado de Derecho Constitucional Chileno, al tratar de las etapas de evolución del principio de igualdad, dice a propósito de la tercera de estas , que “(...) ya no basta, en efecto, con la declamación, expresa y solemne, de la igualdad, para legitimar un ordenamiento jurídico, pues puede ser nada más que formal o declarativo. Surgen, por el contrario, preguntas que reclaman respuestas que llevan a razonar con referencia ala justicia, condenando las desigualdades o equiparaciones de orden más sutil, menos perceptibles (...).
5° Que la discriminación arbitraria, como antitesis de la igualdad, no proviene de la ley, pues expresamente la Constitución así lo establece, sino que proviene de muchas actitudes culturales, tanto de los propios ciudadanos, como de los agentes sociales relevantes, quienes no asimilan la fuerza de los preceptos constitucionales, y establecen sus relaciones sobre la base de la supuesta existencia de grupos, clases, razas o géneros privilegiados, con lo que materialmente vulneran las normas contenidas en la Constitución.
6° Que, en base a la discriminación material que sufren cada día nuestros ciudadanos, es menester preguntarse, si la actividad de los particulares no debe regirse por los mismos principios que en esta materia se exigen a las autoridades, pues son estás las normas que constituyen las bases de nuestra sociedad y de la tan anhelada convivencia democrática.
7° Que ante el anterior cuestionamiento, es preciso responder que no sólo se hace necesario precisar la vinculación directa de los preceptos constitucionales a todos los habitantes de nuestra República, sino que establecer por medios declarativos y coercitivos el respeto y promoción de la igualdad intrínseca de toda persona, grupo o género.
8° Que, son precisamente los anteriores planteamientos, y en definitiva, propender a la igualdad en todas sus dimensiones, como contribución a la búsqueda continúa del bien común y de la paz social, lo que debe guiar al legislador, quien debe mantener su atención puesta en todos aquellos problemas que atentan contra los principios que guían a nuestra sociedad, y en particular aquellos que atacan los sustratos básicos de ella.
9° Que, en este sentido, si bien se reconoce el valor del precepto constitucional, en cuanto a que la igualdad esencial entre hombres y mujeres se constituye en una norma de gran trascendencia. Los postulados planteados en el referido numeral no se hacen cargo de forma expresa y definitiva de las otras formas de discriminación existentes hoy en nuestra sociedad.
10° Que, si bien la discriminación no proviene de la ley, como ya lo hemos señalado, la sociedad chilena se caracteriza por discriminar a todos aquellos que salen de los estereotipos culturalmente aceptados. Desde la infancia observamos como se hace mofa de la diferencia o de una supuesta debilidad y a medida que las personas avanzan en su desarrollo, se consolidan paradigmas sociales y culturales que contribuyen a consagrar la discriminación como la base de las relaciones sociales, lo que en definitiva ralentiza todos los procesos de desarrollo social.
11° Que la discriminación contra la mujer, sobre la base de una supuesta superioridad de sexo, la discriminación de los adultos mayores y niños, caracterizada por una falsa dependencia de las generaciones intermedias, la discriminación racial, por origen étnico, cultural, socioeconómico, educacional, religioso, etc., constituyen lamentablemente en el Chile de hoy, criterios permanentes sobre los cuales se emiten juicios denigrantes acerca del otro.
12° Que la falta de una norma expresa que a nivel constitucional rechace toda forma de discriminación, no sólo entre hombres y mujeres, sino que respecto de toda clase de personas, independiente de su origen, sexo o condición, constituye hoy una necesidad real para propender a hacer de nuestra sociedad, una sociedad más igualitaria, y en definitiva más justa.
13° Por esto, a estas alturas del desarrollo democrático e institucional en nuestro país, no cabe permitirse la exclusión de la llamada igualdad justa a la que ya se ha hecho referencia sobre la base de que esta se encuentra incorporada en la igualdad ante la ley, o como señaló el comisionado Silva Bascuñan en la comisión constituyente de 1980, a propósito de la expresión referida:” (...) que, desde luego, esta proposición (...) en obsequio de la sobriedad no contempla, como lo hacen otras Constituciones, expresiones tan detalladas en cuanto a que no podrá existir distinción en relación con el sexo, estirpe, condición, raza, ideología, grupo, etcétera, y desde el momento en que se asegura la igualdad ante la ley a todos los habitantes de la República, quedan todos ellos cubiertos (… )
14° Que el presente proyecto de reforma constitucional tiene por objeto consagrar de manera definitiva y nivel constitucional la sanción de toda forma de discriminación, con el objeto de dar a la población y a la autoridades de todo tipo, la señal necesaria de lo que debe ser nuestra sociedad y las bases sobre las cuales se sustenta nuestro ordenamiento jurídico.
15° Para esto, se propone la introducción del rechazo, expreso y elocuente, a nivel constitucional de toda forma de discriminación arbitraria, no sólo proveniente de la ley o la autoridad, sino que de toda clase de personas o grupo de personas.
II. De la Publicidad discriminatoria
1° Que, por otra parte, el presente proyecto, a partir de la sanción constitucional a todas las formas de discriminación, y considerando la necesidad de consagrar de manera definitiva y no sólo dogmática estos principios, propone introducir normas restrictivas de la libertad de información en lo relativo al abuso de los paradigmas sociales, de género y las distintas formas de discriminación en la publicidad.
2° Que, de acuerdo a los estudios realizados por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en conjunto con el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), al margen del Observatorio sobre publicidad comercial emitida en Chile, “Análisis desde la perspectiva de genero y consumo”, la publicidad en Chile manifiesta un alto porcentaje del uso de la imagen de la mujer como objeto sexual, o como un ser caracterizado por lo domestico, es decir, validado sólo por las actividades realizadas en el hogar . Por otra parte, un estudio de la Universidad de Chile, publicado en mayo de 2007 en la revista “trend management”, y titulado “¿Es sexista la publicidad grafica chilena?. Comparando la evidencia chilena con la internacional”, otorga importantes datos relativos al trato de la mujer y el hombre en la publicidad. Así, establece que, del total de casos estudiados, la mayor parte de ellos construye la imagen del hombre ejerciendo roles de liderazgo, en detrimento de la mujer; asocia al hombre en alto grado porcentual a roles laborales ejecutivos; y un dato de gran trascendencia, se constituye a partir de la utilización de la desnudez de jóvenes mujeres para conseguir objetivos publicitarios. De acuerdo a este último estudio, “...la muestra analizada de publicidad gráfica tiende a presentar importantes elementos de una rígida y negativa presentación del género femenino (...). Estos hallazgos debiesen ser leídos en una perspectiva doble. Por una parte, los avisos analizados son un espejo de la realidad cultural nacional de la cual la publicidad es un reflejo. Ello implica que mas allá de la altamente comentada presencia de un avance hacia una mayor igualdad de género, los datos hablan de la existencia de varios elementos en los cuales la estereotipación de género se mantiene anclada (por ejemplo. la participación de la mujer en la fuerza laboral y, en particular. en cargos de alto nivel). Por otra parte, esto” datos también ilustran que la publicidad -al desarrollar y presentar piezas estereotipadas hace una contribución a la reproducción de estos elementos de corte sexista”
3° Que lo concluido .por el estudio referido confirma nuestra tesis de que la discriminación esta arraigada en los distintos estratos sociales y se manifiesta como una herramienta contraria al desarrollo social, cultural y de género. En este sentido, si bien reconocemos que la publicidad refleja estereotipos, sociales presentes en nuestra cultura con antelación a la publicidad misma, no es menos cierto que la utilización, por parte de la publicidad de estos estereotipos, no contribuye a su superación, sino que por el contrario, acentúa aún más los paradigmas existentes, particularmente en torno al rol de fa mujer en la sociedad, sin hacerse caro de fa realidad de que es la mujer el mayor agente familiar, educacional y social.
4° Que, por lo anterior, sumado a la necesidad de establecer los criterios sobre los cuales debe construirse el respeto y la igualdad, asumiendo que la modificación de las conductas de los agentes sociales (como son la publicidad y los medios de comunicación social) que influyen directamente en la vida de los ciudadanos, se constituye como la herramienta directa del cambio cultural, quienes suscriben creen imperativo establecer la prohibición de utilizar por parte de la publicidad (sobre la base del derecho a la libertad de expresión e información) paradigmas discriminatorios u ofensivos, relativos a las diferencias socioculturales, raciales, económicos, sexuales o de género, o sobre la base de la utilización ofensiva de cualquier clase de diferencia, y muy especialmente sobre la supuesta caracterización de una superioridad de sexos.
Por lo tanto,
Los diputados que suscribe vienen en someter a la consideración de este Honorable Congreso Nacional el siguiente,
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo único: Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 19:
1. Incorpórese un nuevo inciso segundo al numeral 2 del artículo 19, pasando el actual a ser tercero y así sucesivamente:
“La ley garantizará el respeto, la protección y el fomento de la igualdad en todas sus dimensiones. Ni persona, ni autoridad alguna, podrá establecer distinciones en relación con el edad, sexo, estirpe, género, condición u orientación sexual, origen racial, cultural o socioeconómico, o cualquier otra condición social o individual.”
2. Incorpórese en el numeral 12 del artículo 19 un nuevo inciso 2:
“Los medios de comunicación o publicitarios no podrán, en uso de este derecho, efectuar comunicación o publicidad alguna que atente contra la dignidad de la persona, vulnere los principios y derechos reconocidos en ésta Constitución o promueva la discriminación basada en la diferencias de raza, color, origen étnico, edad, sexo, religión, creencia, opinión política, origen nacional, cultural o socioeconómico, orientación sexual y muy especialmente en la inferioridad o superioridad de sexo.”
Moción de los diputados señores Accorsi , y de las diputadas señoras Cristi , doña María Angélica ; Goic, doña Carolina ; Muñoz , doña Adriana ; Pascal, doña Denise ; Rubilar , doña Karla ; Saa, doña María Antonieta ; Soto, doña Laura ; Tohá , doña Carolina , y Vidal , doña Ximena. Introduce reglas relativas a la publicidad discriminatoria en la ley del consumidor. (boletín N° 5194-03)
“Vistos: Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que la publicidad es sin duda, en la actualidad, una de las formas más eficaces de fomentar y dirigir las actitudes de la población, no sólo en lo que al consumo se refiere, incentivando al destinatario a comprar ciertos productos, sino que a gran parte de las conductas y opiniones de las personas. La publicidad y los medios de comunicación dirigen, en cierta forma, los contenidos que, conciente o inconcientemente, han de ser absorbidos por la población, marcando, en definitiva, pautas y criterios culturales.
2° Que, así como la publicidad y los medios de comunicación pueden imponer estas pautas, a su vez, reflejan actitudes y conductas populares, con el objeto de lograr la identificación entre lo ofrecido y el destinatario. Sin embargo, la forma a través de la cual buscan influir en los hábitos de consumo de la población, la mayor parte de las ocasiones, se desarrolla sobre la base de consagrar o caricaturizar estereotipos y paradigmas, caracterizados por representar a un sexo, clase social, raza, creencia, nivel educacional, etc., como superior o deseable.
3° Que, como bien señala un estudio realizado por investigadores de la Universidad de Chile, “La publicidad es un fenómeno al cual estiramos expuestos la mayor parte tiempo. Se pueden recibir mensajes comerciales al enfrentarse a los programas de la televisión o la radio, al leer una revista o periódico, al caminar por la calle, e incluso al entrar en un baño público. De una u otra forma, querámoslo o no, la presencia de avisos publicitarios es parte de nuestra cotidianeidad.”, ahora bien, “...este bombardeo constante de mensajes puede producir efectos en el receptor tanto a un nivel directo como indirecto. El primero de éstos se refiere a aquello buscado por el avisador -también llamado efecto deseado o intentado-. Los efectos indirectos, por su parte, se refieren a aquellas influencias que poseen las piezas comerciales e« sus receptores y que no son intentados directamente por el avisador. A este nivel la publicidad como género medial afecta la forma de entender y percibir el universo en el que tina persona está inserta. Entre otras cosas, la publicidad muestra y refuerza modelos aspiracionales sociales. Esto se manifiesta tinto en lo físico en términos de una figura delgada y curvilínea en el caso de las mujeres, como en lo conductual (por ejemplo, cómo relacionarnos con los otros), nos entrega mensajes acerca de qué es lo esperado en ciertos contextos y nos enseña desde niños cómo funciona la sociedad y el mercado. Dicho de otro modo, la publicidad cumple un rol socializador muy importante, aportando con un gran saco de arena a construir el mundo que se tiene y al que se aspira (Giles, 2003). (Es Sexista la publicidad gráfica chilena?. Comparando la experiencia chilena con la evidencia internacional. En Trend Management, V. 9, mayo 2007).
4° Que el estudio referido, al dar cuenta del rol socializador de la publicidad, reconoce que ella es un elemento por medio del cual pueden canalizarse modos ele pensar y de concebir la sociedad y sus miembros, por ello, que toda manifestación que se haga por su intermedio tendrá consecuencias más o menos perceptibles, en el comportamiento de las personas. Y no es menor este hecho, pues estás visiones pueden llegar a atentar contra la igualdad y dignidad básicas que detentan hombres y mujeres. Debernos reconocer, que una parte no menor de la publicidad es hoy perpetuadora de nociones sociales basadas en la desigualdad y discriminación.
Así, la publicidad reproduce estereotipos corno la concepción de la mujer sólo como dueña de casa u objeto sexual. y “... recubre de normalidad algunas relaciones humanas basadas en la diferencia de poder, derivando en subvaloración, discriminación, violencia y dominación.” (Observatorio sobre publicidad comercial emitida en Chile; “Análisis desde la perspectiva de género y consumo”, página 27. Sernac Sernarn , diciembre 2004), lo que la constituye en un obstáculo importante para cambios culturales.
5° Que diversas investigaciones realizadas concuerdan en sostener que la publicidad en nuestro país es abiertamente sexista y discriminadora de los roles de género. Sin embargo, dicha discriminación también se extiende a otras personas y grupos, manifestándose por medio, en ocasiones, de la exposición ridiculizante de minorías o grupos vulnerables.
6° Que, en la legislación comparada, destaca el hecho de que progresivamente se ha avanzado en torno a regular la publicidad de corte sexista v discriminatoria, así, en España, concientes de la necesidad de propender a in imponer en la conciencia social, la igualdad de toda persona, y el rol que los medios de comunicación y la publicidad cumplen, ha establecido, tanto a nivel constitucional, cono legal, el respeto y la dignidad. Así, el artículo 3 de la ley 34/1988, establece que. “Es ilícita: a) La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente en lo que se refiere a la infancia, la juventud y la mujer”. En igual sentido la ley orgánica 1/2004, que establece “Medidas de protección integral contra la violencia de género”, dispone en sus artículos 10 y siguientes, una regulación del uso de la imagen de la mujer en la publicidad, en concordancia con lo dispuesto en la ley 34/1988, disponiendo en particular. en el inciso 2° del artículo 14 que, “los medios de comunicación fomentarán la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombre y mujer, evitando toda discriminación entre ellos.”.
Al igual que en España, la legislación mexicana a través de la Ley Federal para prevenir y eliminar la discriminación (2003) y la Ley por la que se crea el Instituto Nacional de la Mujeres (2001 ), contempla algunos aspectos utilizables en la lucha contra la publicidad sexista, regulados, en la ley como “medidas para prevenir la discriminación”. Así, el artículo 9 prohíbe toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades. Considera como conductas discriminatorias las siguientes. Establecer contenidos, métodos o instrumentos pedagógicos en los que se asignen papeles contrarios a la igualdad o que difundan una condición de subordinación; ofender, ridiculizar o promover la violencia a través de mensajes o imágenes en !os medios de comunicación; realizar o promover maltrato físico o psicológico por la apariencia física, forma de vestir, hablar, gesticular o por asumir públicamente su preferencia sexual. (Más, en Violencia de género y publicidad sexista en los medios. Elena Blanco Castilla . http://chasqui.comiuica.org/content/view/17/1, 25/06/2007).
7° Que, en efecto, la publicidad contemporánea utiliza la sexualidad fundamentalmente femenina para ofrecer productos y servicios que en nada se relacionan con el cuerpo humano, utilizando el cuerpo como un mero instrumento desvinculado del servicio o producto que se ofrece, e invadiendo un ámbito privado e íntimo de personas que por el sólo hecho de vivir en un determinado lugar y tiempo, se ven expuestas, no sólo a la invasión de sus espacios de intimidad, sino a sufrir los efectos subliminales derivados de la reiteración inagotable de estereotipos físicos y sociales.
Cabe destacar, por la profunda relación con lo señalado, aquella corriente de pensamiento en derecho penal, con sólidos fundamentos en la ius filosofía, que sostiene que cierto tipo de delincuencia encuentra sus causas en las estructuras sociales, de modo que la culpabilidad de un sujeto se ve morigerada porque carece de un ámbito de libertad en sus acciones, producto de la influencia que ejerce, por ejemplo y sin ir más lejos, la publicidad. Y la relación entre la publicidad y la delincuencia es directamente proporcional, si la comparamos con sociedades con altos niveles de libertad de publicidad, como sucede en los Estados Unidos de Norteamérica, en que los denominados sex offender o personas condenadas por delitos de connotación sexual alcanzan porcentajes alarmantes (baste visitar el sitio www.mapsexoffenders.com para advertir lo aseverado) Y no extraña tanta perversión en personas a quienes la publicidad ha terminado por anular su capacidad de asombro. Un niño de 8 años hoy ha visto más sexo y escenas eróticas, si es que no también más depravaciones que su abuelo en toda su vida, y ese niño al alcanzar la edad madura ya no buscará bajo las faldas sino que en otros sitio y de otros modos que determinan verdaderas desviaciones sexuales.
8° Que, por todo lo anteriormente dicho, quienes suscriben han creído imperativo establecer un mínimo exigible al uso y abuso de la publicidad. Reconocido el efecto pernicioso de una publicidad que explote iconos y paradigmas sociales, que denosté la dignidad de género y exponga una imagen retrograda de la mujer y grupos vulnerables, es deber del legislador, propender al establecimiento de normas que garanticen el respeto y la protección debida a aquellos que hoy y, sin duda también mañana, sean agraviados.
Por lo tanto, los diputados que suscriben vienen a someter a la consideración de este H. Congreso Nacional el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Intróducense las siguientes modificaciones a la ley 19.496, Ley del Consumidor:
1. Incorpórese el siguiente nuevo artículo 27 bis al párrafo 1° del Titulo III:
Artículo 27. Es contraria a los principios y disposiciones de esta ley, y se considerará ofensiva, toda publicidad que atente contra la dignidad de las personas, grupo o género, o establezca discriminaciones arbitrarias, basadas en la raza, origen étnico, edad, sexo, orientación sexual, religión, enfermedad, discapacidad, origen cultural o socioeconómico, y muy especialmente la que se base en la premisa de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos.
2. Incorpórese las siguientes modificaciones al artículo 31:
a) Agréguese, a continuación de las palabras “que se formulen por publicidad” la siguientes palabras: “ofensiva o”.
b) Agréguese, antes de las palabras “apropiada para enmendar”, la palabra “ofensas,”.
3. Incorpórese al artículo 34, a continuación de la frase “en los casos de publicidad”, la palabra “ofensiva,”.
Moción del diputado señor Errázuriz. Modifica la ley N° 19.925, de alcoholes, con el objeto de no responsabilizar a quien ven-de alcohol, por el consumo fuera de su local. (boletín N° 5195-11)
“Considerando:
1. Que el artículo 18. de la ley N° 19.925, sobre Alcoholes, establece que “las bebidas alcohólicas expendidas por los depósitos de bebidas no podrán ser consumidas en lugares anexos a ellos o ubicados a una distancia menor de cien metros y de los cuales sea propietario, arrendatario o administrador quien tenga alguna de esas calidades respecto del establecimiento de expendio”;
2. Que Carabineros suele cursar un parte por infracción de este artículo a quien vende la bebida alcohólica en el depósito de bebidas, en circunstancias de que no tiene ninguna responsabilidad pues no sabe dónde la consumirá el comprador;
3. Que este hecho ha venido repitiéndose en diversos lugares y en La Pintana, a un mismo local se le han aplicado tres partes por el referido hecho, vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 18 de la ley N° 19.925, sobre Alcoholes:
“El único responsable de la infracción al inciso precedente será el consumidor”.
Moción de los diputados señores Salaberry , Alvarado , Arenas , Barros , Eluchans , Forni , Recondo , Rojas, Von Mühlenbrock , y de la diputada señora Nogueira , doña Claudia . “Declara feriado el día 17 de septiembre del año 2007”. (boletín N° 5196-06)
1. La celebración anual de las fiestas patrias constituye parte integral de nuestra identidad nacional y del carácter fundacional de nuestra nación, razones que justifican sobradamente que la autoridad realice, en la medida en que se requiera, todo lo que esté a su alcance con miras a resguardar y proteger el contenido auténticamente patriótico de esta tradición nacional. En este contexto, deben resguardarse, en el tiempo y debidamente, las actividades que se realizan en torno a estas celebraciones.
2. Que, durante el presente año los feriados del 18 y 19 de Septiembre corresponderán a los días martes y miércoles, respectivamente, quedando entre medio de estas festividades el día Lunes 17, como día hábil para todos los efectos legales.
3. Creemos necesario regular por ley esta situación y declarar finalmente el 17 de Septiembre del año 2007 como feriado legal para todos los efectos
Sin duda una decisión de esta naturaleza, y con la debida anticipación, contribuirá, en primer lugar, a que los empresarios adecuen sus procesos productivos; las familias planifiquen con tiempo un merecido descanso que fortalecerá, sin duda, la unión y la comunicación al interior de ellas.
4. Por su parte, un fin de semana en las condiciones que lo estamos proponiendo se constituiría en un fuerte respaldo a la industria del turismo nacional, potenciando no sólo las principales ciudades turísticas del país sino que incluso zonas emergentes en la materia que podrían difundir sus cualidades y atractivos turísticos con la debida anticipación.
5. Sin duda, el Gobierno debería acoger esta iniciativa y no restarse a ella, ya que existen precedentes de que el Ejecutivo ha acogido proyectos de esta naturaleza, es más, incluso el ex Presidente Lagos remitió un proyecto para declarar feriado en la Región Metropolitana el día 19 de noviembre del año 2004, con ocasión de la realización de la Cumbre Informal de la Apec, y esta ley fue remitida con carácter de discusión inmediata al parlamento y aprobada por éste en el tiempo record de 19 días.
6. Que, por lo mismo, si los Gobiernos de la Concertación han patrocinado feriados, han remitido mensajes que declaran feriados por reuniones de carácter internacional, con mayor razón deberían declarar, excepcionalmente, éste 17 de Septiembre como feriado nacional, para fomentar la unión familiar, la actividad turística, la planificación con la debida anticipación de las empresas, incluso dar el descanso necesario a millones de habitantes de la Región Metropolitana del verdadero martirio que ha significado para ellos el Plan Transantiago.
Proyecto de Ley:
Artículo único: “Declárese feriado para todo el territorio nacional el 17 de Septiembre del año 2007”.