Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- IX. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Amelia Herrera Silva
- Ximena Valcarce Becerra
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- HOMENAJE EN MEMORIA DE DON ENRIQUE CAMPOS MENÉNDEZ, EX DIPUTADO Y PREMIO NACIONAL DE LITERATURA.
- HOMENAJE : Rodrigo Alvarez Zenteno
- HOMENAJE EN MEMORIA DE DON ENRIQUE CAMPOS MENÉNDEZ, EX DIPUTADO Y PREMIO NACIONAL DE LITERATURA.
- V. ORDEN DEL DÍA
- PROYECTO APROBATORIO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y PANAMÁ. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- INTERVENCIÓN : Roberto Delmastro Naso
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Guillermo Ceroni Fuentes
- INTERVENCIÓN : Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- DEBATE
- REGULACIÓN DE LA TENENCIA DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- PROYECTO APROBATORIO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y PANAMÁ. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- CREACIÓN DE ÁREA MARINA Y COSTERA PROTEGIDA EN CHILOÉ.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carolina Toha Morales
- Carolina Goic Boroevic
- Fulvio Rossi Ciocca
- Guido Girardi Briere
- Jorge Insunza Gregorio De Las Heras
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Roberto Delmastro Naso
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Carolina Toha Morales
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ENSEÑANZA DE DOS LENGUAS EN EL SISTEMA ESCOLAR.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carolina Toha Morales
- Fulvio Rossi Ciocca
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Guido Girardi Briere
- Juan Masferrer Pellizzari
- Gabriel Silber Romo
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Eugenio Bauer Jouanne
- Edmundo Eluchans Urenda
- Gonzalo Uriarte Herrera
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Carolina Toha Morales
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ASIGNACIÓN DE RECURSOS A REGIONES EQUIVALENTES A LOS OTORGADOS AL TRANSANTIAGO.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Fernando Meza Moncada
- Pablo Galilea Carrillo
- Jose Perez Arriagada
- Enrique Estay Penaloza
- Marcos Espinosa Monardes
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Roberto Delmastro Naso
- Sergio Bobadilla Munoz
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTERVENCIÓN : Roberto Delmastro Naso
- ANTECEDENTE
- CREACIÓN DE ÁREA MARINA Y COSTERA PROTEGIDA EN CHILOÉ.
- VII. INCIDENTES
- DELINCUENCIA EN SECTOR ALTO DE VILLARRICA. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE PROGRAMACIÓN CULTURAL DE CANALES TELEVISIVOS. Oficios.
- DÉFICIT PRESUPUESTARIO EN HOSPITAL DE PANGUIPULLI. Oficio.
- ANTECEDENTES SOBRE CONSTRUCCIÓN DE CÁRCEL DE PUERTO MONTT. Oficios.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- SITUACIÓN DE FUNCIONARIOS DE GENDARMERÍA LLAMADOS A RETIRO ANTES DE LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.998. Oficios.
- MANTENCIÓN DE SALVAGUARDIA A PRODUCTOS LÁCTEOS. Oficio.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Jaime Mulet Martinez
- Eugenio Tuma Zedan
- Gonzalo Duarte Leiva
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- REINICIO DE CONVERSACIONES CON TRABAJADORES DE EMPRESAS CONTRATISTAS DE CODELCO. Oficio.
- INVESTIGACIÓN EN ESCUELA DE TIERRA AMARILLA. Oficio.
- ADHESION
- Adriana Munoz D'albora
- Sergio Ojeda Uribe
- Gonzalo Duarte Leiva
- Eugenio Tuma Zedan
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- CONTINUACIÓN DE PROGRAMA CHILE BARRIO. Oficio.
- CANCELACIÓN DE VUELOS DE LAN-CHILE EN AEROPUERTO MAQUEHUE. Oficios.
- ADHESION
- Adriana Munoz D'albora
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA “LEY DE LA SILLA”. Oficio.
- FACILIDADES EN ACCESO A BENEFICIO OTORGADO A DEUDORES HABITACIONALES SERVIU Y SERVIU-BANCA. Oficios.
- ADHESION
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- ADHESION
- FISCALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO INDIVIDUAL. Oficios.
- INVESTIGACIÓN DE CONCURSO PÚBLICO EN CENTRO DEL SENAME DE PUERTO MONTT. Oficios.
- AGRADECIMIENTO A LA BANCADA DE SENADORES DEL PARTIDO RADICAL SOCIAL DEMÓCRATA. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Denise Pascal Allende
- Clemira Pacheco Rivas
- Enrique Accorsi Opazo
- Eugenio Bauer Jouanne
- Guido Girardi Briere
- Fernando Meza Moncada
- Osvaldo Palma Flores
- Manuel Rojas Molina
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Patricio Vallespin Lopez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marcelo Diaz Diaz
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Marcos Espinosa Monardes
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Carlos Montes Cisternas
- Ivan Moreira Barros
- Fulvio Rossi Ciocca
- Eugenio Tuma Zedan
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Guido Girardi Briere
- Sergio Aguilo Melo
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Enrique Estay Penaloza
- Ramon Farias Ponce
- Manuel Monsalve Benavides
- Osvaldo Palma Flores
- Gabriel Silber Romo
- Adriana Munoz D'albora
- Laura Soto Gonzalez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Ivan Norambuena Farias
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alvaro Escobar Rufatt
- Fernando Meza Moncada
- Jaime Mulet Martinez
- Esteban Valenzuela Van Treek
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alvaro Escobar Rufatt
- Francisco Chahuan Chahuan
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alvaro Escobar Rufatt
- Francisco Chahuan Chahuan
- Marcelo Forni Lobos
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Esteban Valenzuela Van Treek
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Manuel Rojas Molina
- Sergio Correa De La Cerda
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Enrique Estay Penaloza
- Javier Hernandez Hernandez
- Juan Lobos Krause
- Carlos Recondo Lavanderos
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 355ª
Sesión 44ª, en martes 3 de julio de 2007
(Ordinaria, de 11.10 a 14.58 horas)
Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio, y Díaz Díaz, don Marcelo.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 8
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Homenaje en memoria de don Enrique Campos Menéndez, ex diputado y Premio Nacional de Literatura 11
V. Orden del Dìa.
- Proyecto aprobatorio del tratado de libre comercio entre Chile y Panamá. Primer trámite constitucional 13
- Regulación de la tenencia de perros potencialmente peligrosos. Primer trámite constitucional 33
VI. Proyectos de acuerdo.
- Creación de área marina y costera protegida en Chiloé 36
- Enseñanza de dos lenguas en el sistema escolar 38
- Asignación de recursos a regiones equivalentes a los otorgados al Transantiago 40
VII. Incidentes.
- Delincuencia en sector alto de Villarrica. Oficio 41
- Información sobre cumplimiento de programación cultural de canales televisivos. Oficios 42
- Déficit presupuestario en hospital de Panguipulli. Oficio 42
- Antecedentes sobre construcción de cárcel de Puerto Montt. Oficios 44
- Situación de funcionarios de Gendarmería llamados a retiro antes de la vigencia de la ley Nº 19.998. Oficios 45
- Mantención de salvaguardia a productos lácteos. Oficio 47
- Reinicio de conversaciones con trabajadores de empresas contratistas de Codelco. Oficio 48
- Investigación en escuela de Tierra Amarilla. Oficio 49
- Continuación de Programa Chile Barrio. Oficio 49
- Cancelación de vuelos de Lan-Chile en aeropuerto Maquehue. Oficios 50
- Fiscalización de cumplimiento de la “ley de la silla”. Oficio 51
- Facilidades en acceso a beneficio otorgado a deudores habitacionales Serviu y Serviu-Banca. Oficios 52
- Fiscalización de programas de apoyo al emprendimiento individual. Oficios 52
Pág.
- Investigación de concurso público en centro del Sename de Puerto Montt 53
- Agradecimiento a la bancada de senadores del Partido Radical Social Demócrata. Oficio 54
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. la Presidenta de la República mediante el cual formula observaciones al proyecto que crea un fondo de estabilización financiera del sistema de transporte público de la ciudad de Santiago y dispone otros aportes fiscales que indica. (boletín Nº 5090-15) 55
2. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que crea un fondo de estabilización financiera del sistema de transporte público de la ciudad de santiago y dispone otros aportes fiscales que indica. (boletín Nº 5090-15) 58
- Oficios del H. Senado por los cuales comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, los siguientes proyectos:
3. Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual (boletín Nº 5148-05) 58
4. Establece beneficios para el personal del Sector Salud. (boletín Nº 4545-11) 59
5. Segundo informe de la Comisión de Salud recaído en diversas mociones que establecen normas en materia de etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas e introducen modificaciones a la ley Nº 19.926, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. (boletines Nº s 2973-11, 4181-11, 4192-11 y 4379-11) 59
6. Primer informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural recaído en diversas mociones que establecen normas en materia de etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas e introducen modificaciones a la ley Nº 19.926, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. (boletines Nº s 2973-11; 4181-11; 4192-11 y 4379-11) 72
7. Primer informe de la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana y Drogas recaído en el proyecto que prohíbe el uso de celulares al interior de bancos e instituciones financieras, con el objeto de evitar actos delictuales. (boletín Nº 4569-25) 93
8. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto, con urgencia “simple”, de reforma constitucional en materia de gobierno y administración regional. (boletín Nº 3436-07) 96
9. Segundo informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recaído en el proyecto, con urgencia “simple”, de reforma constitucional en materia de gobierno y administración regional. (boletín Nº 3436-07) 113
Pág.
10. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Pascal, doña Denise y Pacheco, doña Clemira, y de los diputados señores Accorsi, Bauer, Girardi, Meza, Palma, Rojas; Sepúlveda, don Roberto, y Vallespín, que modifica la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en relación al sistema de evaluación de impacto ambiental. (boletín Nº 5157-12) 117
11. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Díaz, don Marcelo; Encina, Enríquez-Ominami; Espinosa, don Marcos; Espinoza, don Fidel; Montes, Moreira, Rossi y Tuma, que garantiza los derechos de los pasajeros de transporte aéreo. (boletín Nº 5158-03) 120
12. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Girardi, Aguiló, Ceroni, Estay, Farías, Monsalve, Palma, Silber, y de las diputadas señoras Muñoz, doña Adriana y Soto, doña Laura, que declara obligatorios e irrenunciables para los trabajadores que indica, los días domingos y festivos que señala. (boletín Nº 5160-13) 123
13. Proyecto de reforma constitucional de los diputados señores Ulloa, Egaña y Norambuena, que tiene por objeto fortalecer el deber del Presidente de la República de dar cuenta a la Nación. (boletín Nº 5161-07) 125
14. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Escobar, Meza, Mulet y Valenzuela, que establece el 24 de junio “Día del Año Nuevo Mapuche”, o we txipantú, como feriado legal. (boletín Nº 5162-24) 127
15. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Escobar, Chahuán, Enríquez-Ominami, Jiménez, Valenzuela, y de la diputada señora Isasi, doña Marta, que reforma el artículo 51 de la Carta Fundamental, con el objeto de modificar el sistema de reemplazo de diputados y senadores en los términos que indica. (boletín Nº 5164-07) 128
16. Proyecto de reforma constitucional de los diputados señores Escobar, Chahuán, Forni, Jiménez y Valenzuela, que modifica el artículo 61 de la Carta Fundamental con el objeto de consagrar la renunciabilidad del Fuero Parlamentario en los términos que indica. (boletín Nº 5165-07) 133
17. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Rojas, Correa, Egaña, Estay, Hernández, Lobos, Recondo; Sepúlveda, don Roberto; Sabag y Von Mühlenbrock, que perfecciona el acceso a la Sala Cuna para los hijos de mujeres trabajadoras. (boletín Nº 5166-13) 136
18. Oficio del Tribunal Constitucional por el cual remite copia autorizada de la sentencia dictada el 27 de junio de 2007, referida al proyecto que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al principio de probidad. (boletín Nº 4722-06). (Oficio Nº 1179) 137
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Licencias médicas.
- Licencias médicas acompañadas por las diputadas señoras Herrera, doña Amelia, y Valcarce, doña Ximena, por la cual acreditan que deberán permanecer en reposo por un plazo de seis días a contar del 20 de junio próximo pasado, y de dos días, a contar del 21 del mismo mes, respectivamente.
2. Oficios.
Contraloría General de la República:
- Diputado Urrutia, información sobre la Municipalidad de Cauquenes.
- Diputado Sepúlveda don Roberto, personas aparecen prestando funciones y asistiendo a su trabajo en la Corporación de Servicios y Desarrollo de Maipú.
- Diputado Bobadilla, Protocolo de Acuerdo suscrito entre el Sindicato Independiente de Pirquineros de Coronel y el Gobierno.
- Diputado Sepúlveda don Roberto, gastos de las municipalidades de Estación central, Cerrillos y Maipú.
Ministerio de Interior:
- Diputado Monckeberg don Nicolás, remuneraciones, honorarios u otro tipo de pagos realizados a funcionarios beneficiados con la Beca Presidente de la República .
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:
- Diputado Urrutia, catastro de recintos deportivos solicitados por Chiledeportes.
- Diputado Monckeberg don Nicolás, posible existencia de fondos del señor Kart Hans Konardi Rosener.
- Diputado Súnico, construcción de buque de investigación oceanográfica.
Ministerio de Hacienda:
- Diputado Monckeberg don Nicolás, litigios pendientes en que el Banco Central de Chile figura como demandado.
Ministerio de Educación:
- Diputado Ward, pérdida de la excelencia académica del Liceo de Calama durante el año 2006.
- Proyecto de Acuerdo 273, medidas que plantea a favor de la convivencia entre escolares.
Ministerio de Defensa Nacional:
- Diputado Espinoza don Fidel, gastos por protección policial a parlamentarios.
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Arenas , calidad de agua que hoy consumen los vecinos de Pidima.
- Diputado Martinez, trabajos en cauce de río Niblinto.
- Diputado Recondo, ciclovía en ruta que une a Puerto Varas con Ensenada.
- Diputada Vidal, autopista de acceso sur a Santiago en comuna de la Granja.
- Proyecto de Acuerdo 329, marco regulatorio de vías alternativas a autopistas y carreteras concesionadas.
Ministerio de Agricultura:
- Diputado Pérez, plaga que afecta a plantaciones de pino.
Ministerio de Bienes Nacionales:
- Diputada Isasi, compra de propiedades ubicadas en el borde costero.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
- Diputada Rubilar, licencias médicas rechazadas durante el año 2006.
- Diputado Kast, viaje de Ministro del Trabajo a la República Argentina .
Ministerio de Salud:
- Diputado Masferrer, visita a hospitales de San Vicente, Chimbarongo y Pichidegua, en la Sexta Región.
- Diputado Araya, plaga de ratones.
- Diputada Valcarce, maternidad y ambulancia, profesional médico, para la localidad de Putre, en la Provincia de Parinacota.
- Proyecto de Acuerdo 330, dotación a la red pública de establecimientos y equipamientos necesarios, y reforzar el Programa de Control de Infecciones Intrahospitalarias.
- Proyecto de Acuerdo 280, beneficios contenidos en Plan de Cuidadores o Guardadores de Adultos Mayores y Personas con Discapacidad Severa, en condición de pobreza, a establecimientos de larga estadía sin fines de lucro, en hogares de acogida.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputado Delmastro, situación de los choferes de taxis colectivos.
- Diputado Delmastro, plantas de revisión técnica en la X Región de Los Lagos y en XIV Región de los Ríos.
Ministerio de Planificación y Cooperación:
- Diputado Monckeberg don Nicolás, beca de doctorado otorgada a ministro secretario general de gobierno.
- Diputado Monckeberg don Nicolás, remuneraciones, honorarios u otro tipo de pagos realizados a funcionarios beneficiados con la Beca Presidente de la República .
Ministerio Comisión Nacional del Medio Ambiente:
- Diputado Espinoza don Fidel, contaminación de las aguas del río Esperanza en la comuna de Fresia.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (116)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Herrera Silva, Amelia RN V 12
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND I 1
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistieron, además, los ministros de Relaciones Exteriores , señor Alejandro Foxley; de Transporte y Telecomunicaciones, señor René Cortázar, y de la Secretaría General de la Presidencia, señor José Antonio viera-Gallo.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.10 horas.
El señor WALKER (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor WALKER (Presidente).-
El acta de la sesión 39ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 40ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor WALKER (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Cito a reunión de Comités y suspendo la sesión por cinco minutos.
HOMENAJE EN MEMORIA DE DON ENRIQUE CAMPOS MENÉNDEZ, EX DIPUTADO Y PREMIO NACIONAL DE LITERATURA.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde rendir homenaje a don Enrique Campos Menéndez, ex diputado y premio nacional de literatura, recientemente fallecido.
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez, quien rendirá dicho homenaje en nombre de la Cámara de Diputados.
El señor ÁLVAREZ, don Rodrigo (de pie).-
Señor Presidente , ciento veinte kilómetros al norte de Punta Arenas existe un lugar de tremendo significado histórico y espiritual. A orillas del estrecho, bajo el cielo eterno magallánico, rodeados por la pampa y el coirón, protegidos por la sombra de un cercano cordón montañoso, se levantan, desde 1876, viejos caserones que otrora formaron la estancia San Gregorio .
Hoy sólo quedan las huellas de un recordado esplendor, sombras de un pasado lejano, ecos de un mundo distante: El invernadero, la cabaña, la capilla, la herrería, la casa del administrador, las oficinas, el imponente galpón de esquila y el baño de las ovejas, son los restos de un esfuerzo indómito, carcomiéndose por el paso de los años y el viento huracanado, como las dos embarcaciones, el Amadeo y el Ambassador, que a escasos pasos aún resisten, varados eternamente, las aguas del Estrecho que una vez surcaron orgullosas.
La Estancia San Gregorio , un lugar mítico.
Hoy resulta imposible rendir homenaje a don Enrique Campos Menéndez sin evocar a la distancia ese sueño empresarial de su abuelo don José Menéndez , porque no se puede entender a quien merecidamente recibe nuestro aplauso y despedida sin unirlo a ese continuo histórico que forman los pioneros magallánicos, venidos de tierras lejanas, de cien lugares distintos.
Con don Enrique y en don Enrique -estoy seguro que él hubiera estado de acuerdo- rendimos en primer término tributo a esos hombres, como dice el poeta, que eran “altos como proas, con los pasos hacia el viento, que fueron domando las horas sobre el paisaje inmenso”.
Ni los honores políticos, ni los premios literarios, ni su compromiso cultural, ni la experiencia como diputado, embajador o escritor, se entienden o superan ese mayor privilegio que es haber llevado en su sangre y honrado con su vida, el testimonio de los Menéndez, de los Braun, de los Behety, de los Campos, y de tantos otros a los que los magallánicos mucho les debemos.
Por todo ello, en nombre de la Cámara de Diputados, para su familia, para Magallanes, para sus amigos, las bancadas de diputados de la Unión Demócrata Independiente y de Renovación Nacional han solicitado este homenaje al hombre de letras -como dirían viejos profesores-, al diplomático, al político y al ex parlamentario, don Enrique Campos Menéndez .
Quiero expresar mi orgullo de representar en este hemiciclo a quien fuera un magallánico de excepción, de quien comprendo el amor por el terruño, por la patria chica, y admiro su capacidad de expresarlo en cada una de sus trabajos y obras.
A veces, estos homenajes son un simple recuerdo de hechos e historias, hace largo tiempo vividas. Decimos, nació en Punta Arenas, el 12 de agosto de 1914; realizó sus estudios en el colegio salesiano San José ; viajó por Europa; fue editor y columnista; diputado liberal por dos períodos y dirigente de ese histórico partido; orador notable, como recordaba recientemente don Carlos Urenda y quienes vieron durante años “A esta hora se improvisa”; Premio Nacional de Literatura ; productor de películas, empresario, hijo ilustre de Punta Arenas, director de Archivos y Museos, partidario del gobierno militar, embajador, etcétera.
Pero escasos de aquellos datos fríos nos sirven para conocer a una persona. Muestran, sí, cómo un hombre trasciende en la historia por su honestidad y consecuencia en cada acto de su vida. En el caso de don Enrique, lo conocemos mucho mejor y lo encontramos verdaderamente en sus obras literarias; y en ellas vivirá por siempre, en el recuerdo de sus narraciones, que han conmovido a miles de personas en el mundo entero; junto a aquellos de la llamada generación salesiana, como Roque Esteban Scarpa , Carlos Vega Letelier y el universal Francisco Coloane .
Son muchos sus valiosos escritos, de gran variedad, calidad y perdurable éxito, aún cuando la miopía o el rencor de algunos pretenda disminuirlos. Desde biografías de O´Higgins, Bolívar o Lincoln a ensayos políticos; desde Kupén , Cuentos de Tierra del Fuego, su primer texto, pasando por los devenires del fin de la colonia e inicios de La República , con Águilas y Cóndores, hasta sus escritos más íntimos, eternamente atados a Magallanes: Los Pioneros, esfuerzo fruto en parte de la ficción y en parte de la historia, o Solo el Viento, inmensa imagen del destino de razas y hombres y de la constante realidad magallánica, pues por intensos y grandiosos que sean los esfuerzos humanos en regiones meridionales, al atardecer siempre sólo queda el viento sobre las parajes patagónicos. Como recordaba su editorial “La Tierra del Fuego, la “Karukinká” que fuera morada de los indios onas, que levantaron sus vidas y sus sueños junto a las hogueras, y que pasaron por el tiempo sin dejar más huellas que el viento. La epopeya dramática de la extinción de una raza.
Don Enrique escribió también una obra evocadora, sobre ese aventurero e idealista que fue Pedro Sarmiento de Gamboa, El Caballero de la Triste aventura. En ella, reflexionó sobre el valor y la tenacidad, meditó acerca de los ejemplos formadores, los arquetipos colectivos y personales: según su visión “un abuelo legendario, un admirado colega, o una atrayente figura política, literaria, científica o simplemente humana”.
También escribió sobre la muerte. Recuerdo sus palabras “Dios brindó al Hombre, sólo al Hombre, el milagro de encarnar dos atributos sublimes, pero contradictorios de la creación: vida y eternidad. Nuestra misión consiste en percibirlos en la conciencia, y tratar de complementarlos en su proyección terrena y espiritual. Generalmente, no lo logramos y solemos ser una fugaz pausa en el tiempo”.
No es su caso don Enrique, usted y su familia, sus antepasados y la historia que encarnan, no serán jamás un breve instante en el transcurrir de los años.
Se recordaba con su partida que don Enrique alguna vez exclamó “No me quiero morir en la tierra, me quiero morir en el viento.”
Cuando leí esa frase, recordé los párrafos finales de Los Pioneros: “Todos iban a despedir a Hilton, pero en el fondo estaban también despidiendo sus propias vidas. ¿Exitosas, frustradas, útiles, vanas? Todo podía ser, pero bien sabían que estaban colmadas hasta los bordes.
Se iba el profesor Hilton y era para siempre. Ya no habría regresos en aquel muelle. En lo sucesivo serían más ricas sus memorias, que sus vidas. Con su partida se termina esta novela que hemos vivido.
Nosotros nos vamos, nos vamos de nosotros mismos. ¡Ah! Este estrecho de Magallanes, donde se juntan las aguas, ahora se separan nuestros destinos. Pero de esta unión ha surgido un pueblo que ha hecho historia, ¡una epopeya! Nosotros hemos sido actores y la fuerza del viento nos llevará, pero aquí queda para siempre el testimonio de nosotros.
Hilton abrazó a cada uno de sus amigos; sólo pudo contemplarlos largamente con una mirada que lo decía todo.
Una ráfaga de viento se llevó el silencio de Hilton”
Se nos ha ido don Enrique, uno de los pocos que aún podía cerrar los ojos y ver el Magallanes de antaño; un brillante eslabón más, en una larga cadena de entrega y presencia en la Patagonia.
Lo respetamos, lo honramos y homenajeamos su vida. El noble, caballero y cristiano ha partido tras largos años a encontrase con el Señor y conversar con sus grandes ancestros. El descanso está bien ganado, el premio merecido, y una vez más, una vez más, como él siempre supo, solo el viento, sólo el viento perdura en las tierras australes, bajo la cruz del sur, a orillas del Estrecho…
He dicho.
-Aplausos.
V. ORDEN DEL DÍA
PROYECTO APROBATORIO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y PANAMÁ. Primer trámite constitucional.
El señor WALKER ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Panamá, adoptado en Santiago, el 27 de junio de 2006.
Diputados informantes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana y de Hacienda son los señores Juan Masferrer y Roberto Delmastro, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 4932-10, sesión 8ª, en 3 de abril de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Primeros informes de las comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana y de Hacienda, sesión 26ª, en 15 de mayo de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 20 y 21, respectivamente.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Masferrer.
El señor MASFERRER .-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana paso a informar, en primer trámite constitucional, sobre el proyecto de acuerdo aprobatorio del Tratado de Libre Comercio, suscrito entre Chile y Panamá , el 27 de junio de 2006.
Para los efectos reglamentarios, hago constar que el tratado internacional en trámite no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado.
El proyecto de acuerdo fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes, a saber, la señora Isabel Allende Bussi , y los señores Pedro Pablo Álvarez Salamanca , Jaime Quintana Leal , Renán Fuentealba Vildósola , Carlos Abel Jarpa Wevar , Presidente de la Comisión ; Roberto León Ramírez , Osvaldo Palma Flores y Jorge Tarud Daccarett .
Durante el estudio en Comisión, el Director General de la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, embajador Carlos Furche Guajardo , destacó que con este tratado de libre comercio celebrado con Panamá se completa la red de acuerdos comerciales de este tipo celebrado por nuestro país.
A propósito, recordó que la inserción internacional ha sido el componente más importante de la estrategia de desarrollo de Chile. Sostuvo que la política de apertura al mercado mundial ha dinamizado el comercio y aumentado los flujos de inversión, lo que ha permitido un crecimiento sostenido de la economía chilena, especialmente a partir de 1990.
En este contexto, indicó que Chile y Panamá tienen coincidencias importantes: son economías pequeñas, abiertas al comercio e hicieron una temprana apuesta por su inserción en una economía globalizada. Panamá, sostuvo, es un puente de vinculación con el hemisferio norte a través del canal, mientras que la red de acuerdos comerciales que Chile tiene con diferentes regiones del mundo abre la posibilidad de que el país opere como una plataforma para la inversión de bienes y servicios desde y hacia terceros países, especialmente entre América Latina y la región del Asia-Pacífico.
Agregó que en el año 2006, Chile alcanzó un intercambio comercial con Panamá por 189 millones de dólares, con una balanza comercial positiva de 167 millones de dólares, en la que nuestras exportaciones ascendieron a 178 millones de dólares, destacando entre los principales productos el cobre, las gasolinas refinadas, aceites comestibles, además de vinos y tableros de madera, entre otros.
Por su parte, nuestras importaciones alcanzaron a 10,7 millones dólares, destacando entre los principales productos importados por Chile libros, artículos de joyería, medicamentos, mezclillas, además de ron y lozas.
Informó que los productos chilenos de exportación más importantes que serán beneficiados con este tratado de libre comercio serán carnes ovinas y caprinas, pescados y mariscos frescos, frutas frescas, duraznos en conserva, harina de pescado, insecticidas, guantes para cirugía y cocinas, entre otros.
En cambio, las principales exportaciones panameñas que serán beneficiadas son preparaciones para la alimentación infantil, ron, manufacturas en plásticos, productos textiles y otros artículos plásticos. Precisó que Panamá es un mercado que se ha mostrado especialmente significativo para las exportaciones de manufacturas y alimentos.
Por último, informó que Panamá ha concluido las formalidades y procedimientos jurídicos internos necesarios para la entrada en vigor del tratado.
La Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile A.G., la Asociación de Exportadores de Manufacturas, Asexma, la Sociedad de Fomento Fabril, Sofofa , y la Sociedad Nacional de Agricultura, SNA; entregaron sus opiniones escritas, favorables a la aprobación de este tratado de libre comercio, las cuales, en lo sustancial, sostienen lo siguiente:
a) La Asociación de Bancos e Instituciones Financieras, no obstante sus aprensiones respecto a la negociación futura de los servicios financieros con Panamá y a los efectos negativos en el comercio exterior chileno que se podrían producir como efecto del alza de los peajes en el canal de Panamá, estima en lo fundamental que de la aplicación de este tratado de libre comercio se deberían derivar efectos positivos para la economía nacional y el sector financiero, que se traducirá en una mayor cantidad de préstamos comerciales, de consumo y de todas las actividades bancarias en general.
b) Por su parte, Asexma concluye su presentación solicitando, en lo sustancial, la pronta ratificación de este tratado, ya que su puesta en vigencia permitirá concretar una mayor diversificación de las exportaciones y una mayor presencia de las pymes en el intercambio bilateral.
c) La Sofofa hace notar que participó activamente en las rondas de negociación y apoyó al equipo negociador de Gobierno, principalmente en lo que se refiere a la negociación de acceso a mercados: cronogramas de desgravación arancelaria y reglas de origen.
Agrega que Panamá es visto por el sector privado chileno como un mercado estratégico, que puede servir de plataforma para llegar a los países centroamericanos y como centro de operación para competir en el capítulo de compras de gobierno en el mercado de Estados Unidos, ya que puede convertirse en un punto operativo, como alianzas empresariales, arriendo de bodegas, etcétera, para llegar en los tiempos previstos a las licitaciones de esas compras que se realicen en Estados Unidos.
También hace notar su preocupación por el alza de los peajes en el canal de Panamá, especialmente para Chile cuarto usuario, con un comercio exterior que se moviliza en un porcentaje cercano al 90 por ciento por vía marítima y del volumen total movilizado, un 30 por ciento, a través del canal.
d) La SNA señala que la economía de Panamá es abierta y de libre mercado, basada en un fuerte sector de servicios que incluye el canal, un importante centro financiero, con 73 bancos, 55 extranjeros y 18 nacionales; una zona franca de comercio internacional, que aporta el 7 por ciento al PIB; grandes compañías de seguros, puertos internacionales de carga y descarga de contenedores, un registro de marina mercante a nivel mundial y un emergente sector turístico favorecido por su posición geográfica. Sostiene que estas actividades conviven con una economía agrícola protegida y menos robusta.
Respecto del resultado de las negociaciones que condujeron a la celebración de este tratado, informa que algunos de los principales productos agropecuarios chilenos con oportunidad de entrar en el mercado panameño quedarán con arancel cero, como es el caso de las uvas de mesa, manzanas, peras y pasas. Agrega que en el caso del vino, un producto relevante para el sector, la negociación logró una desgravación arancelaria de cero en 5 años.
Sin embargo, en el caso de importantes rubros emergentes, como es el caso de los lácteos y las carnes bovinas, porcinas y de aves, los productos quedaron totalmente excluidos de la negociación.
Considerando lo anterior y dado el pequeño mercado panameño, estima que este tratado de libre comercio no es de gran relevancia para el sector agrícola.
Además, la Sociedad Nacional de Agricultura observa con preocupación que el sector lácteo haya quedado excluido del tratado y deja constancia de su fuerte rechazo y el de las asociaciones gremiales Fedeleche y Exporlac a los términos del acuerdo logrado en la negociación, al mismo tiempo que solicita que se retomen a la brevedad las conversaciones para lograr abrir el acceso a este mercado.
Por lo anterior, agradezco la presencia del señor ministro de Relaciones Exteriores, quien deberá tomar nota de este punto que hace presente la Sociedad Nacional de Agricultura.
Por otra parte, considera de gran importancia que nuestro Gobierno gestione ante las autoridades panameñas nuevas y mayores facilidades en cuanto a las tarifas por los servicios del canal de Panamá, considerando nuestra ventajosa posición como cuarto cliente más importante y que éstas afectan a más de un tercio de nuestras exportaciones.
Por último, la SNA apoya la ratificación de este tratado de libre comercio, considerando especialmente las proyecciones futuras de la economía de ese país y los beneficios futuros que se pueden lograr con mayor acceso a ese mercado.
El informe financiero del Ministerio de Hacienda indica, en términos generales, que un tratado que contempla una desgravación progresiva del comercio, como la negociada en éste, impacta negativamente en los ingresos fiscales por la pérdida de recaudación de los aranceles y su correspondiente IVA por las importaciones provenientes de dicho país. Precisa que, en caso de entrar en vigencia este TLC en el segundo semestre de 2007, la pérdida fiscal para el año en curso ascendería a 357 mil dólares, elevándose a 725 mil durante 2008. Sostiene que, en régimen, la pérdida de ingresos fiscales se eleva hasta 762 mil dólares anuales.
Sobre la estructura y contenido normativo del tratado, la Comisión ha hecho una amplia reseña en el informe escrito puesto a disposición de los honorables colegas, respecto de la cual me permito señalar que los diversos capítulos regulan materias que ordinariamente se contemplan en los tratados de libre comercio, conforme los principios jurídicos que regulan el comercio internacional en el marco de la Organización Mundial de Comercio.
Además de las opiniones escritas recibidas de parte de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras, de la Sofofa, de Asexma y de la SNA, la Comisión escuchó al director general de Relaciones Eonómicas Internacionales de la Cancillería , señor Carlos Furche , y al director del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), señor Francisco Bahamonde Medina , quienes también opinaron favorablemente respecto de la aprobación de este instrumento.
El director del SAG puso especial énfasis en que este tratado de libre comercio regula adecuadamente los procedimientos de solución de controversias que se presenten con Panamá, particularmente a propósito de las que se puedan producir con motivo de objeciones zoo o fitosanitarias a las exportaciones nacionales de productos agropecuarios con destino al mercado panameño.
Cerrado el debate y puesto en votación el proyecto de acuerdo que somete a la consideración de esta honorable Cámara el tratado de libre comercio suscrito con Panamá, fue aprobado en forma unánime por los señores diputados de la Comisión en los mismos términos que propone el mensaje y en el entendido de que dicho instrumento internacional, no obstante lo señalado por su artículo 15.1, no tiene apéndices.
Por eso, la Comisión de Relaciones Exteriores recomienda a la honorable Sala aprobar este tratado de libre comercio, el cual creo que va en la línea correcta de lo que ha venido haciendo nuestro país en los últimos años.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor DELMASTRO .-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre este proyecto de acuerdo que aprueba el tratado de libre comercio suscrito entre Panamá y Chile el 23 de junio de 2006.
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto la señora Andrea Pinto , asesora del Ministerio de Hacienda, y los señores Camilo Navarro y Patricio Balmaceda , jefe del Departamento de América Latina de la Dirección General de Relaciones Exteriores y asesor de dicha cartera de Estado, respectivamente.
Como ya lo expresó el diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, el propósito del tratado es simplemente estimular la expansión y diversificación del comercio entre las partes, eliminar los obstáculos al comercio, facilitar la circulación transfronteriza de mercancías y servicios entre las partes, promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio, aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las partes, y crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias que puedan producirse en el futuro.
Como se ha dicho, con Panamá tuvimos un superávit comercial de más de 100 millones de dólares en 2005, mientras que en 2006 fue de más de 160 millones de dólares.
La señora Andrea Pinto señaló ante la Comisión diversos aspectos que voy a resumir brevemente y que es necesario destacar.
Respecto de la cobertura del tratado, se precisó expresamente que se excluyeron los servicios financieros, lo que ha sido bastante recurrente en algunos convenios, pero con el compromiso de revisar dicha exclusión en el futuro. Como sabemos, Panamá es un centro financiero mundial interesante.
En el tema de la balanza de pagos, se estableció una excepción que permite implementar medidas de carácter cambiario entre importaciones y exportaciones desde y hacia Panamá , en el caso de dificultades de balanza de pagos o de financiamiento externo en general. Esas medidas son compatibles con las disposiciones de la OMC y con el Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional.
El señor Camilo Navarro precisó que el tratado es ventajoso para Chile, puesto que las inversiones chilenas en Panamá suman alrededor de 1.900 millones de dólares. Sostuvo que con Panamá existe una visión compartida en materia de inserción en la economía mundial, porque es un país con un amplio libre comercio y, por lo tanto, muy atractivo para el inversionista chileno.
Puntualizó que el 92 por ciento de las exportaciones chilenas a Panamá son no tradicionales y que es un mercado muy diversificado, por ser un centro comercial importante para el resto del mundo, con más de mil productos de intercambio comercial.
Comentó que Chile es el sexto inversionista extranjero en Panamá y el primer usuario latinoamericano del canal, siendo el cuarto a nivel mundial. En consecuencia, para Chile es muy importante ese país como centro comercial y como paso transoceánico.
De acuerdo con las últimas cifras del Banco Central, de marzo de este año, el stock total de inversión chilena en Panamá asciende a 1.754 millones de dólares, los cuales se distribuyen de la siguiente manera: en inversión directa, 1.628 millones; en inversión de cartera, 31 millones de dólares; en otras: 95 millones.
Por otro lado, de acuerdo con información proporcionada por el Comité de Inversiones Extranjeras, la inversión total de Panamá en Chile es de 267 millones de dólares.
Los principales productos chilenos exportados son gasolina y alimentos, como vino, productos pecuarios y frutas frescas. Las principales importaciones desde Panamá son libros y ron.
Sin embargo, en la Comisión de Hacienda los diputados Jaramillo y Von Mühlenbrock hicieron presente su desazón, porque se han excluido algunos productos pecuarios, especialmente lácteos. Se menciona que ese segmento de productos lácteos ha sido prácticamente el hermano pobre en los tratados de libre comercio, porque siempre ha quedado fuera de ellos, lo cual preocupa. Por eso, hicimos presente al Ejecutivo la necesidad de reconsiderar esta situación, por cuanto nuestra producción láctea podría cobrar una gran importancia a nivel de comercio mundial.
El tratado se estructura en quince capítulos, que no voy a detallar, por cuanto están en el informe.
A su vez, el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 3 de abril de 2007, señala que en el supuesto que este instrumento entrara en vigencia el segundo semestre de 2007, la pérdida fiscal para el año en curso asciende a 357 millones de dólares, elevándose a 725 millones el 2008. En régimen, la pérdida de ingresos fiscales se eleva a 762 millones de dólares anuales.
Teniendo presentes los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones expuestas en la Comisión, el artículo único del proyecto de Acuerdo propuesto por la Comisión Técnica fue aprobado por 8 votos a favor, 3 votos en contra y una abstención.
Fue acordado en sesiones de fechas 8 y 9 de mayo de 2007, con la asistencia de los diputados señores José Miguel Ortiz , presidente ; René Aedo , Pablo Galilea , Claudio Alvarado , Rodrigo Álvarez , Roberto Delmastro , Julio Dittborn , Jorge Insunza , Enrique Jaramillo , Pablo Lorenzini , Carlos Montes , Alberto Robles , Raúl Súnico y Gastón Von Mühlenbrock .
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, no hay dudas de que el balance final para Chile es ampliamente positivo.
Quienes llevamos años trabajando en las comisiones del área económica, sabemos cuán importantes son los tratados de libre comercio para el desarrollo de nuestro país. En la Comisión de Hacienda tenemos plena conciencia de que la celebración de estos tratados ha sido un componente importante para nuestra estrategia de desarrollo y el aumento de los flujos de inversión, lo cual se ha traducido en un crecimiento constante y sostenido de la economía desde hace más de una década.
Aquí quiero hacer un paréntesis, señor canciller, por su intermedio, señor Presidente .
Como se ha dicho, Chile ha crecido con estos tratados; ha tenido resultados positivos. Lo mismo debió ocurrir con el sur de Chile, pero su crecimiento se ha estancado, debido a que en ningún tratado se ha considerado, en forma prioritaria, la producción láctea que allí se desarrolla.
Lo mencionado cobra real importancia si se considera la posición estratégica de Panamá, especialmente por el canal, su gran actividad financiera, su zona franca de comercio internacional y su desarrollo portuario. A lo anterior hay que agregar que nuestro país, respecto de Panamá, tiene una balanza comercial positiva, de alrededor de 160 millones de dólares, como señaló el informante de Hacienda . Por eso es importante la celebración de este tratado, no obstante que Panamá posea una economía pequeña, distinta a aquella de los países con los cuales hemos celebrado tratados, como China, México , los Estados Unidos, Canadá , la Unión Europea o los países del P4.
En consecuencia, quiero que el señor canciller responda a mi inquietud, no quiero decir a mi desagrado, por cuanto éste es de quienes represento, es decir, de los productores de carne bovina y de los productores de lácteos, quienes, reitero, han sido olvidados en todos los tratados celebrados por nuestro país. Siempre, en todos los tratados comerciales, han quedado fuera los productos lácteos y las carnes bovinas. Pareciera que a nadie le interesa el sur de Chile.
Quiero ver cuántos van a votar a favor de este tratado, cuántos van a mencionar lo que en el sur de Chile hoy día constituye un problema, esto es, la no consideración de los productos lácteos y de las carnes bovinas.
A pesar de los buenos augurios que implica la celebración de este tratado de libre comercio, lamento la exclusión de estos importantes rubros emergentes del sector agropecuario, la cual no es nueva, pues, como dije, tampoco fueron contemplados en las negociaciones de anteriores tratados de libre comercio. Pareciera que los funcionarios de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales no tienen conocimiento de lo que se produce en el sur de Chile, que no es sólo celulosa o salmones.
Por lo tanto, aquí surge un nuevo tema: el país se está centralizando en la exclusión de los principales productos del sur.
Todos hablan de la agricultura: de la pequeña, de la mediana, de la grande. Y resulta que tanto en la pequeña, como en la mediana y en la gran agricultura se produce leche y carne, pero son excluidos de los tratados. Hoy nos autoabastecemos, y también llegamos con nuestras exportaciones, aunque tímidamente, a aquellos países con los cuales no tenemos tratados de libre comercio. Sin embargo, no exportamos hacia aquellos países con los cuales sí los tenemos. Esto implica, curiosamente, un desconocimiento absoluto de la Direcon.
Los dirigentes de la Sociedad Nacional de Agricultura, en su presentación ante la Comisión de Relaciones Exteriores, reconocieron que el tratado trae importantes beneficios para algunos sectores que representa, y nadie lo duda, ni siquiera yo, pero insistieron en la necesidad de que, a la brevedad, se retomen las conversaciones para incorporar a estos sectores excluidos. Y no se refirieron sólo al tratado con Panamá, sino a todos los tratados de libre comercio, que también son sometidos a revisión, y en algunos casos anualmente.
Al respecto, señor ministro ¿qué posibilidad hay de revertir la situación de los tratados de libre comercio mediante conversaciones o futuras observaciones?
En mi calidad de integrante de la Comisión de Hacienda hice las salvedades correspondientes, señalando que la argumentación relativa a miradas globales no es suficiente para explicar la situación a los productores de leche y de carne del sur, que representan -ustedes bien saben- la columna vertebral de la zona que represento en este Parlamento: la antigua Décima Región de Los Lagos, hoy Región de Los Ríos y Región de Los Lagos.
Por lo anterior, sin dejar de reconocer la importancia que han tenido para el país los tratados de libre comercio y siendo un fiel representante de la Concertación de Partidos por la Democracia que hoy gobierna el país, debo anunciar que votaré en contra el proyecto como un llamado de atención a los negociadores en materia económica internacional. Porque cuando se trata del país deben hacerse los esfuerzos necesarios para incorporar a todas las ramas de la economía, y no porque un tratado fue firmado en ciertos términos en una oportunidad determinada, deben necesariamente repetirse los esquemas, favoreciendo siempre a los sectores de la producción y dejando a otros permanentemente excluidos.
Por lo tanto, reitero que votaré negativamente el proyecto de acuerdo, como un llamado de atención que hace a través mío el sur de Chile.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Ignacio Urrutia.
El señor URRUTIA .-
Señor Presidente , durante los últimos años hemos firmado muchos tratados de libre comercio, algunos con muy buenos resultados y otros, como el Mercosur, mejor ni hablar de lo desastrosos que han sido para nuestro país.
A propósito del Mercosur, hemos intentado muchas veces que los gobiernos de la Concertación revisen dicho tratado, sin ningún eco.
La economía panameña es muy pequeña.
Como señaló el diputado Jaramillo , molesta ver que, cada vez que se celebra algún tratado de libre comercio, siempre queda algún rubro agrícola excluido. Hasta el momento no se ha logrado concretar un tratado de libre comercio donde toda la agricultura sea beneficiada, siempre hay rubros que quedan fuera.
Se mencionó que los productos lácteos quedaron excluidos del tratado de libre comercio con Panamá, en circunstancias de que ellos están con un excelente precio. Pero la agricultura es cíclica: tiene años buenos y malos. Si hoy los productos lácteos están con muy buenos precios, nada garantiza que ellos se mantengan en el futuro. Y los tratados de libre comercio no son para hoy, sino para el futuro. Por lo tanto, uno debe velar por lo que ocurre hacia delante y no confiarse de lo que está viendo en determinado momento.
Por eso me molesta el que no se haya podido negociar el ingreso de los productos lácteos y la carne bovina al mercado panameño, como ocurrió con el resto de las actividades, que sí fueron consideradas.
Me habría gustado, y lo considero mucho más importante inclusive que lo de los productos lácteos o la carne bovina, que se hubiera dicho: “Mire, con la firma de este tratado de libre comercio logramos tarifas especiales para los buques chilenos que pasan por el Canal de Panamá.”. Eso habría sido sumamente importante ya que, como bien se sabe, gran parte de nuestras exportaciones pasa a través de ese canal y hace muy poco Panamá anunció un alza de peajes, para financiar la ampliación que se está realizando. Pero si hubiéramos conseguido tarifas especiales o más bajas para los productos chilenos, este tratado habría adquirido la relevancia que realmente se necesita.
Siempre me he sentido en este Congreso representante de una parte de los agricultores de Chile. Por lo tanto, por dejar los productos lácteos y las carnes bovinas fuera de la negociación del tratado de libre comercio con Panamá, pese a que se incluyeron en él otros rubros de exportación, todos los cuales hoy han perdido competitividad fuertemente en los mercados internacionales por el bajo precio del dólar en nuestro país, anuncio que me abstendré en la votación del proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , la discusión de este proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Panamá, adoptado en Santiago, el 27 de junio de 2006, viene a fortalecer lo que ha sido el pilar fundamental del desarrollo económico en nuestro país.
Así, en la jornada temática que celebramos el 14 de mayo recién pasado, en el Palacio Ariztía, que contó con la intervención del señor ministro de Relaciones Exteriores , del director general de Relaciones Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores , embajador Carlos Furche , de representantes de los Ministerios de Economía y de Agricultura, y con la presencia de prácticamente todas las asociaciones exportadoras, hubo un denominador común en cuanto a lo positivo de los tratados de libre comercio y a que efectivamente necesitamos mejorar nuestra institucionalidad y competitividad.
El proyecto de acuerdo que debatimos va en ese sentido.
Sólo quiero recordar que en 1990 en nuestra balanza comercial las exportaciones eran por 7 mil millones de dólares, mientras que en 2006 la cifra fue de 60 mil millones, o sea, las exportaciones han aumentado en más de ocho veces. Por eso entendemos que la aprobación del proyecto de acuerdo va en la línea trazada.
En el caso específico de nuestro intercambio comercial con Panamá tenemos una balanza comercial positiva, de 167 millones de dólares: 178 millones corresponden a exportaciones y un poco más de 10 millones, a importaciones.
Por otra parte, el proyecto de acuerdo aprobatorio del TLC firmado entre Chile y Panamá puede constituir una plataforma estratégica para todo lo que sea nuestra negociación e intercambio comercial con Asia Pacífico. Al respecto, cabe mencionar la aprobación de los proyectos de acuerdo aprobatorios del Tratado de Libre Comercio con China, el Acuerdo de Alcance Parcial con India y el Tratado de Libre Comercio con Japón, que se encuentra radicado en nuestra Comisión para su estudio.
Además -aquí también se mencionó-, está la importancia estratégica del Canal de Panamá, respecto del cual Chile es el cuarto usuario.
Asimismo, como acá muy bien lo indicaron los diputados de las zonas agrícolas que me antecedieron en el uso de la palabra, lamentamos que la carne bovina y la leche no se hubieran incluido en el intercambio comercial con Panamá. Sin embargo, como lo señaló a la Comisión en su momento la Sociedad Nacional de Agricultura, se incluyeron la uva de mesa, las manzanas, las peras y las pasas, como así también se logró una desgravación arancelaria a cero del vino en cinco años.
En virtud del Tratado, la mayor parte de los productos tendrá acceso libre de aranceles en ambos mercados, dentro de un plazo máximo de quince años en Panamá y de diez años en Chile.
Además, significa una pérdida fiscal de 742 mil dólares anuales, lo que es sumamente positivo, ya que significa un fortalecimiento de nuestra industria en la parte productiva.
Por lo expuesto, el Partido Radical Social Demócrata va a votar favorablemente.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Iván Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente , la argumentación del colega Jaramillo me hizo pensar que su voto iba a ser positivo, por cuanto reconoció los méritos del Tratado.
Indudablemente, uno comparte y entiende ciertos aspectos señalados por aquellos diputados que representan zonas agrícolas. No obstante, en materia de tratados de libre comercio, Chile ha estado a la vanguardia y ha logrado concretar distintos tratados que, de alguna manera, no sólo prestigian la economía chilena, sino que abren una esperanza a distintos sectores de nuestra economía.
Si bien es cierto, hace algunos meses, pedimos a la Comisión de Relaciones Exteriores hacer un análisis de todos los tratados, debemos reconocer que en una negociación siempre hay una parte que gana y otra que pierde, y es lo que ha ocurrido con el Tratado en cuestión al no incorporar la carne bovina y los productos lácteos, aun cuando estos últimos hoy se encuentran en una etapa muy especial, ya que, en alguna medida y por varios años, los agricultores sufrieron pérdidas considerables por la situación que los afectó debido al bajo precio de la leche. No obstante, hoy pasa por un buen momento, pero -no sé si será una buena comparación- no nos podemos confiar, ya que el precio del cobre está también en un muy buen momento, pero no podemos pensar que eso siempre va a ser así. Es indudable que, en este tipo de negociaciones, es fundamental confeccionar una lista de las cosas que para nosotros son más importantes, pero también tenemos que anotar aquellas que, a nuestro juicio, son menos beneficiosas en tratados de esta naturaleza.
Afortunadamente, el Tratado le abre puertas muy importantes a las pymes, las que -como siempre se ha dicho- dan el ochenta o el noventa por ciento del trabajo. Por ello, requieren de audacia y de buenas ideas para abrirse camino y lograr ser un aspecto comercial viable, circunstancia que hoy no ocurre, ya que la mayoría de ellas atraviesa por situaciones muy difíciles.
Hace algunos instantes, el diputado Juan Masferrer , informante del proyecto, dio a conocer en forma brillante todos los aspectos importantes de este Tratado de Libre Comercio.
Sólo me resta decir que la mayoría de los diputados de la UDI va a votar a favor del proyecto -algunos se abstendrán-, porque es un mecanismo que, a mi juicio, hará crecer nuestra economía. Sabemos que, en general, los beneficios tardan en llegar, pero así como hemos tenido éxito con otros tratados, ésta es una nueva oportunidad para que las pymes puedan generar negocios, sobre todo, porque Panamá es un país con el cual tenemos relaciones muy importantes desde el punto de vista del uso del canal, el cual -como todos sabemos- se va a ampliar, lo que va a significar costos mayores. Por eso -como decía el diputado Urrutia -, sería bueno negociar también un trato especial para Chile en ese aspecto, aun cuando sabemos que se pueden pedir muchas cosas, pero no es fácil lograr que salga todo bien.
Espero que en materia de tratados de libre comercio que benefician a ciertos productos, el Gobierno tenga la audacia de aplicar políticas públicas que abran un camino de esperanza para aquellos sectores que quedan marginados del mismo. El voto negativo de aquellos diputados que representan zonas agrícolas es entendible por situaciones que en ellas se viven y de las cuales -como bien decían algunos colegas- muchas no se pueden prever. Repito, hoy el cobre está a muy buen precio, pero puede que no dure siempre; lo mismo puede pasar respecto de los productos lácteos.
De alguna manera, los tratados de libre comercio son puertas que se abren a nuestra economía, pero también están aquellos a quienes se les cierran por tal motivo, como es el caso de los agricultores. En ese momento, se debe actuar con audacia, con inteligencia, con buenas ideas, para lograr la implementación de políticas públicas eficientes y así abrir nuevas ventanas al sector agrícola.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado don José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , los días 8 y 9 de mayo de 2007, a la Comisión de Hacienda de esta Cámara le correspondió analizar en profundidad el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Panamá , suscrito en Santiago de Chile el 27 de junio de 2006.
El Tratado contiene varios puntos que nos impresionaron muchísimo.
En primer lugar, es una realidad que Chile y Panamá tienen coincidencias importantes. Son economías pequeñas, abiertas al comercio, y ambos países hicieron una temprana apuesta por su inserción en una economía globalizada. Panamá es un puente de vinculación con el hemisferio norte a través del Canal de Panamá. A su vez, Chile es el país usuario de dicho canal, el más importante de América Latina.
¿Qué han significado para nuestro país los acuerdos comerciales?
Soy un admirador de los tratados y acuerdos comerciales que ha implementado nuestro país. En el caso de este Acuerdo, Panamá es el último país de América Latina que nos está faltando, y representa en el horizonte una mirada de apertura a mercados que van a significar para las pymes la posibilidad de asociarse y exportar a este tipo de economías productos no tradicionales.
En 2006, Chile alcanzó un intercambio comercial con Panamá por 189 millones de dólares, y nuestras importaciones llegaron a 10,7 millones.
Pero, ¿qué es lo más importante? Nuestras exportaciones más tradicionales son los productos de cobre, los aceites comestibles, los vinos, los tableros de madera, etcétera: Pues bien, este Tratado abre un abanico muy grande para aumentarlas en forma significativa. Y quiero relacionar esto con nuestras inversiones en Panamá. Por un lado, tenemos las exportaciones, que llegan -como dije- a los 189 millones de dólares; pero nuestras inversiones en ese país alcanzan a los 1.754 millones de dólares -esta cifra nos impresionó muchísimo durante el análisis del proyecto en la Comisión de Hacienda-, que se distribuyen de la siguiente manera: inversiones directas, 1.628 millones; inversión de cartera, 31 millones, y otros, 95 millones.
Esto nos está mostrando un camino, porque durante la evaluación que hicieron los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores en la Comisión de Hacienda expresaron que este Tratado de Libre Comercio con Panamá, que mejora las condiciones de acceso de nuestros productos a ese país, potenciará las exportaciones de algunas frutas de clima templado, tales como manzanas, peras y melocotones, que en este momento superan el 50 por ciento.
Ése es el objetivo de estos tratados de libre comercio. Creo que nuestro país, que es pequeño y está en un extremo de América Latina, con creatividad, capacidad, inteligencia y generosidad -tanto del Gobierno como de la Oposición, porque los asuntos exteriores no son políticos sino temas país-, a mi juicio, ha logrado ir por el camino correcto.
Por otra parte, cuando en la Comisión de Relaciones Exteriores los representantes de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile, de la Asociación de Exportadores de Manufacturas, Asexma, de la Sofofa y de la Sociedad Nacional de Agricultura, fueron consultados sobre este Tratado, todos entregaron por escrito sus opiniones favorables.
Otra cosa que quiero subrayar es que el proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Relaciones Exteriores y en la de Hacienda. Esto ya fue señalado por el colega Roberto Delmastro, que hizo una clara y fiel exposición de lo ocurrido en las dos sesiones destinadas al estudio del Tratado.
Asimismo, debo destacar que el diputado Enrique Jaramillo , que lleva muchos años integrando la Comisión de Hacienda, se refirió, una vez más, a los productos cárneos y lácteos, respecto de los cuales existe una discriminación. Creo que es un mensaje para el ministro , porque se trata de un tema pendiente que el colega planteó en la Comisión y reiteró en la Sala. Por eso, al momento de aprobar este Tratado hay que considerar la forma de avanzar en la protección de estos productos porque ello beneficiará a todo el país.
Por lo tanto, anuncio mi voto favorable a este proyecto de acuerdo aprobatorio.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , cada vez que aprobamos un tratado de libre comercio en esta Corporación surgen problemas relacionados con su impacto en el sector agropecuario. Por eso, ha sido preocupación permanente del diputado que habla evaluar si los tratados de libre comercio suscritos por Chile con diversos países del orbe apuntan, precisamente, a lograr beneficios de los cuales podría sacar ventaja el sector agrícola y si generan ventajas para las micro y pequeñas empresas.
Acabamos de realizar un seminario, organizado por la Comisión de Relaciones Exteriores, al cual hizo referencia el diputado Jarpa durante su intervención, en el cual quedó claramente establecido con meridiana transparencia que, efectivamente, los tratados de libre comercio han beneficiado, de una u otra forma, al sector agropecuario y que, con excepción del Mercosur, que no es un tratado de libre comercio, han sido absolutamente positivos para éste. Con ocasión, precisamente, de la discusión de esta iniciativa y a requerimiento del diputado que habla, la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales entregó un informe sobre la forma en que este Tratado beneficiará a la micro y pequeña empresa y al sector agropecuario. En virtud de esa información, la Comisión de Relaciones Exteriores no dudó en darle su aprobación.
En esta oportunidad, quiero resaltar que, para los efectos de la Región de Coquimbo, que represento, en particular, para el distrito que comprende las comunas de Canela, Illapel , Salamanca , Los Vilos , Punitaqui, Combarbalá y Monte Patria, el Tratado incluye la exportación, libre de todo arancel, de las carnes caprinas. Nuestra Región de Coquimbo, en particular, las comunas de mi distrito, se caracterizan por la producción caprina. Esto abre una ventana de posibilidades para un sector que, con mucho esfuerzo y sacrificio, se dedica, desde hace centenares de años, a la crianza de ganado caprino. De manera que la inclusión de carnes caprinas entre los productos chilenos de exportación es una gran noticia para nuestra región.
Asimismo, aplaudimos el hecho de que el 92 por ciento de los productos que se desgravan en virtud de este Tratado corresponde a productos no tradicionales, en general, manufacturados por micro y pequeñas empresas. Por eso, hay un claro beneficio para este sector que, por lo menos, los diputados democratacristianos, hemos estado permanentemente preocupados de que se desarrolle y se promueva para que se convierta en un sector importante de nuestra economía.
Quiero señalar también que en esta materia no hay que ser más papistas que el Papa. Entiendo que no es posible incluir todos los productos agrícolas y que pueda existir cierto malestar en algunos sectores agropecuarios porque no fueron considerados en este Tratado. Quizás en éste no, pero sí en otros. Sin embargo, personeros de la Sociedad Nacional de Agricultura, que representa, precisamente, a estos sectores, no negaron su aprobación a este Tratado; por el contrario, lo apoyaron con entusiasmo, señalando que traería beneficios para una parte importante del sector agrícola nacional.
A continuación, quiero hacer algunos comentarios relacionados con las disposiciones del Tratado. En primer lugar, contiene un claro mecanismo de solución de controversias, y vemos que la práctica de negociación de la Cancillería ha redundado en que negociemos cada vez más mejores tratados de libre comercio, con disposiciones más claras para resolver las discrepancias que se pueden suscitar.
Llamo la atención sobre las medidas fitosanitarias, en el sentido de que no se transformen en una barrera para el comercio, que no sean sorpresivas, que estén claramente estipuladas, de manera que el comercio fluya sin obstáculos entre ambas naciones. Los inconvenientes que hubo con exportaciones de frutas a Panamá se solucionaron, pero si no se conocen con claridad y anticipación las reglas fitosanitarias de ambos países, en el futuro podrían constituir sorpresas en el intercambio comercial.
En esta materia, es fundamental la creación de un comité fitosanitario, pues esa instancia coordinará ambos países en dos aspectos trascendentes para el éxito de este tratado: las medidas sanitarias y fitosanitarias.
Asimismo, debemos estar atentos al funcionamiento de la Comisión de Libre Comercio que constituye el tratado. Me parece una idea positiva e innovadora que exista una comisión bilateral de libre comercio, encargada de la supervisión, de la implementación del tratado y de su ulterior desarrollo, de manera que esta instancia, en definitiva, sea el lugar donde los países negociantes hagan las evaluaciones del comportamiento de los distintos sectores beneficiados por la desgravación arancelaria de este tratado.
Dicho comité, una vez al año, deberá informarnos cómo ha incidido su importancia, su ejecución y su desarrollo en el sector agrícola, de la micro, pequeña y mediana empresa.
Esperamos también que esta comisión sea una instancia que se incluya en las negociaciones de los tratados de libre comercio de Chile con otros países en el futuro, pues es de relevante importancia en su desarrollo, implementación y ejecución.
Este tratado profundiza nuestras relaciones comerciales con Panamá, país con el cual tenemos grandes inversiones, cercanas a 1.900 millones de dólares. Gracias a su canal, Panamá es un país estratégico para nuestro comercio y es posible que con la aprobación de este tratado tengamos la posibilidad futura de negociar bilateralmente tarifas más ventajosas para Chile en el paso del canal, donde transita prácticamente el 61 por ciento de nuestro comercio.
No me cabe la menor duda de la trascendencia de este tratado para Chile, pues Panamá es un país estratégico y el tratado nos abre una ventana política donde Chile puede mostrar su desarrollo y sus ventajas a Centroamérica.
Por último, el tratado es relevante porque incluye una serie de ventajas que no figuran en otros tratados, como las inversiones, el comercio transfronterizo, etcétera.
Votaré a favor esta iniciativa, pues, sin duda, beneficia particularmente a productores caprinos de la región que represento; a la micro, pequeña y mediana empresa y, en general, al sector agrícola.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Guillermo Ceroni.
El señor CERONI .-
Señor Presidente , sin duda, los tratados de libre comercio que ha celebrado Chile con otros países han sido beneficiosos para el desarrollo de nuestra economía y para el progreso y crecimiento del país.
Todos sabemos que nuestro mercado es demasiado reducido, por lo que necesitamos relaciones comerciales cada vez más fluidas y con mayores ventajas con otros países para producir más, vender más y así tener más riqueza.
Salvo la preocupación que constituye el Mercosur, todos los acuerdos comerciales con otros países han sido extremadamente beneficiosos.
Al examinar este tratado de libre comercio con Panamá, no podemos dejar de concluir que también es beneficioso.
Como representante de una zona netamente agrícola, veo el tratado como favorable para nosotros. Aunque comparto la preocupación de algunos diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, dentro de los cuales destaco la del diputado Enrique Jaramillo, en el sentido de que constituye una falencia no haber incorporado la leche y la carne bovina en el tratado, eso no significa un perjuicio, sino falta de un logro para esos productos.
Sin embargo, esto nos pone en un mejor pie para continuar negociando tales productos, pero no por eso debemos rechazar un tratado como el que nos convoca, que permite cero arancel para muchos productos agrícolas, como las carnes ovinas, caprinas, los pescados, los mariscos frescos, la fruta fresca, los duraznos en conserva, en fin, tantos otros productos importantes.
No podemos dejar de apoyar un tratado comercial que beneficia enormemente a las pymes y a nuestra industria.
Teniendo claras las observaciones efectuadas por algunos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, no podemos dejar de decir que el tratado es beneficioso y nos pone en una muy buena condición para buscar soluciones a muchos temas, como el alza de peajes que afecta a Chile, y mejores posibilidades de seguir conversando y negociando.
En consecuencia, manifiesto mi aprobación plena a este nuevo acuerdo comercial.
He dicho.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado Gastón Von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente , he escuchado con mucha atención a los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, algunos de los cuales se felicitan por los importantes tratados internacionales suscritos por nuestro país.
Es necesario recordar que hace treinta años estábamos absolutamente cerrados al comercio internacional. Ahora da gusto escuchar a muchos diputados que se felicitan porque Chile está abierto al mundo, lo que da pie para señalar que las decisiones que con mucha visión se tomaron en su momento fueron absolutamente positivas.
El hecho de abrirse al mundo nos da mayor competitividad y apertura a la globalización del mundo, contrariamente a la teoría económica del pasado, que nos llevó a una catástrofe.
Por su intermedio, señor Presidente , quiero señalar al canciller que soy un firme partidario de los tratados internacionales, pero no puedo dejar de hacer mención a que lamentablemente algo pasa con nuestros negociadores, en el sentido de que siempre, por angas o por mangas, nuestro sector agrícola del sur, con sus productos lácteos y bovinos, termina siendo la moneda de cambio.
Para nosotros nunca hay apertura. Pasó con el Acuerdo de Asociación con la Unión Europea y con el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. En este último obtuvimos una cuota interesante, pero si hubiera habido más voluntad política tal vez habríamos potenciado en gran medida al sector lácteo y sus derivados.
Lamentablemente, la cuota fue reducida, pues no se hizo con la visión actual para potenciar algunos sectores rezagados. Al respecto, no debemos pensar que están bien por la situación coyuntural del precio de la leche; también debemos tomar en cuenta el alto valor de los insumos, lo que incrementa los costos.
En ese sentido, estoy muy contento por la presencia del ministro de Relaciones Exteriores , don Alejandro Foxley , en esta sesión en que se trata el proyecto de acuerdo para aprobar un Tratado de Libre Comercio con Panamá. Por desgracia, no siempre ocurre así. La idea es entregarle el siguiente mensaje: que el país, de una u otra forma, se abre a una gran cantidad de productos y sectores, pero siempre se es poco generoso con el sur, sobre todo con lo relacionado con los lácteos y carnes bovinas, en circunstancias de que el sector agrícola basa su potencial de desarrollo económico principalmente en esas actividades.
Chile es muy exitoso, competitivo y ha ganado premios internacionales. Por eso, lo único que quiere la gente del sur es que la dejen competir en igualdad de condiciones. No pide subsidios ni protecciones especiales.
Grandes países han aplicado como política de Estado el fortalecimiento de su agricultura. Incluso, muchos -el señor ministro debe tener más conocimiento al respecto- han estado dispuestos a negociar varias cosas, menos su agricultura; o han dejado este rubro para el final, para negociar con más resguardos, de manera de proteger no sólo a los sectores productivos, sino, también, a las pymes que dependen de la agricultura tradicional.
Por eso, es importante que el señor ministro se lleve el clamor de los productores del sur, pues esta pelea se ha dado en el estudio de todos los tratados internacionales que ha firmado Chile.
Siempre he sido un gran defensor de estas negociaciones, porque nos abren al mundo y nos hacen ser más competitivos. Además, porque significan una ventaja respecto de los países que no firman estos acuerdos. En ese sentido, debemos actuar rápidamente a fin de obtener sus beneficios, ya que, tarde o temprano, los demás países no asociados se irán sumando a ellos, con lo que se perderán sus ventajas.
Por otro lado, hemos escuchado que la Sociedad Nacional de Agricultura, SNA, está muy contenta con este acuerdo. Creo que es así, pero valorando el tratado en su conjunto, pues en la página 3 del Informe de la Comisión técnica se señala lo siguiente: “Sin embargo, en el caso de importantes rubros emergentes, como es el caso de los lácteos y las carnes bovinas, porcinas y de aves, los productos quedaron totalmente excluidos de la negociación. Considerando lo anterior, y dado el pequeño mercado panameño, estima que este TLC no es de gran relevancia para el sector agrícola.
“La SNA, además, observa con preocupación que el sector lácteo haya quedado excluido del TLC y deja constancia de su fuerte rechazo y el de las Asociaciones Gremiales Fedeleche y Exporlac, a los términos del acuerdo logrado en la negociación, al mismo tiempo que solicita que, a la brevedad posible, se retomen las conversaciones para lograr abrir el acceso a este mercado”.
Aquí hay una señal de preocupación de la SNA, aunque son varios los sectores beneficiados. Ojalá que no sea siempre con la moneda de cambio del sector agrícola del sur.
Por otra parte, quiero aclarar algo. El Presidente de la Comisión de Hacienda , diputado señor Ortiz , expresó que esa Comisión aprobó en forma unánime este proyecto de acuerdo, en circunstancias de que no ocurrió así.
Quizás no entendió bien o se dejó llevar por el impulso, ya que el último párrafo del informe de la Comisión de Hacienda dice, textualmente: “Teniendo presente los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones expuestas en la Comisión, fue sometido a votación el artículo único del proyecto de Acuerdo propuesto por la Comisión Técnica, y revisadas las disposiciones antes citadas, fue aprobado por 8 votos a favor, 3 votos en contra y una abstención.”. Por lo tanto, no fue aprobado por unanimidad.
Por último, si bien es cierto soy un defensor de la apertura de Chile mediante los tratados internacionales, y al igual como lo hicieron las instituciones gremiales del sur que representan a los productores de carne y productos lácteos, pido partir por la agricultura en los futuros tratados que se negocien, que no se deje a esta gente para el final ni tampoco que sea moneda de cambio.
Por eso, al igual que en la Comisión de Hacienda, votaré en contra.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA .-
Señor Presidente , todos estamos de acuerdo en que la globalización es un factor importante dentro del desarrollo de la economía nacional. Nadie duda del impacto provocado por esta política de extensión del comercio chileno hacia el exterior. Ha sido un mérito muy beneficioso para el desarrollo económico. También ha dinamizado el comercio al acentuar los flujos de inversión. Ha sido una política excelente, muy auspiciosa y positiva; una verdadera necesidad dentro del desarrollo económico, por cuanto hoy ningún país progresa en forma aislada, sin tener una conexión internacional, como la que se ha dado el nuestro.
Chile, por su prestigio, estabilidad económica, méritos e imagen de que goza a nivel mundial, ha concitado el interés de muchos países para obtener nuevos lazos en materia de tratados internacionales. El Tratado de Libre Comercio con Panamá es un ejemplo de ello. Desde luego, es positivo en muchos aspectos. Sin embargo, para que sea enteramente beneficioso, debe ser armónico, íntegro y abarcar todos los rubros de la economía nacional, sin dejar de lado a ninguno de ellos, para así no perjudicar o dañar a parte de alguna actividad.
Desde luego, hago hincapié en los productos de mi región, al igual que todos los diputados regionalistas. En la Sala se ha hablado del Transantiago, de la uva, del cobre, de las paltas, etcétera. Cada uno defiende a su sector, que influye en la dinámica del país.
A pesar de que la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile, la Asociación de Exportadores de Manufacturas, la Sociedad de Fomento Fabril y la Sociedad Nacional de Agricultura, incluso, entregaron por escrito sus opiniones favorables, el beneplácito por este tratado no es absoluto. La propia Sociedad Nacional de Agricultura señala que desgraciadamente la leche no ha sido incluida.
No han sido incluidos los lácteos, las carnes bovina, porcina ni de aves, lo que significa, desde luego, una discriminación.
Se ha dicho, por ejemplo, que se gana, por una parte, y se pierde, por otra. Pero creo que nadie debiera perder, todos los chilenos debieran ganar. Debiera ganar la economía del país. Si ganaran unos y perdieran otros, sería una discriminación y un retroceso.
Por otro lado, alguien afirmó que no se ocasionará un perjuicio por la no inclusión de los productos lácteos, ya que, simplemente, no se logró un beneficio. Pero creo que no lograr un beneficio es una forma de dañar, de perder una opción, lo que significa menos utilidades, menos dinámica, menos estímulos para nuestra economía.
Considero oportuno hacer estas observaciones. Los diputados de regiones, que vivimos las fluctuaciones de la tierra, estamos al tanto de lo que sucede y eso nos inquieta esta situación.
El tema de la leche es sensible. A través del tiempo, nos hemos percatado de que su precio ha sido objeto de un verdadero acoso por parte del comercio internacional. Por ejemplo, ahora ese producto ha sido amenazado con el término de las salvaguardias. En general, la leche depende del comercio internacional, y como rubro emergente necesita estímulos, mercado, trasponer el comercio interno y asentarse en el comercio internacional.
Nosotros no queremos que algunos ganen y otros pierdan. Queremos que se incluyan estos productos, netos del sur de Chile, fundamentalmente los lácteos, las carnes bovina, porcina, de ave.
Si bien el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Panamá será un paso para tener nuevos vínculos con el fin de desarrollar nuestra economía, para algunos productores lecheros no significará mayores beneficios. Es una lástima, porque siempre he defendido a los grandes, a los medianos y a los pequeños. Los medianos y los pequeños son muchos y necesitan de nuevas instancias y de un tratamiento acorde con el esfuerzo y el sacrificio que realizan.
Represento a la provincia de Osorno, pero también se produce leche en Cautín, en Valdivia, en Llanquihue. Con natural orgullo, siempre se dice que Osorno es la tierra de la carne, la patria de la leche y la capital del queso, lo que nos identifica plenamente con La Unión y con mi estimado amigo y colega Enrique Jaramillo, con quien siempre hemos luchado para mantener la equidad que corresponde.
Hace un tiempo se publicó y difundió el alza de peaje en el Canal de Panamá. Por su intermedio, señor Presidente , me gustaría solicitar al ministro de Relaciones Exteriores que acentúe la acción del Gobierno para defender los intereses nacionales, porque, tal como se dice en uno de los informes, el comercio exterior se realiza en un porcentaje cercano al 90 por ciento por vía marítima y, de ese volumen, el 30 por ciento a través del Canal de Panamá. Por eso, el alza de peaje, de alguna manera, nos perjudica y no quiero que eso ocurra.
En virtud de todas las consideraciones señaladas, estoy con la posición de Fedeleche y de Exporlac para defender la producción lechera. Por lo tanto, solicito que se realicen todas las conversaciones necesarias y los esfuerzos del caso para que los productos lácteos se incorporen en el Tratado de Libre Comercio con Panamá.
He dicho.
El señor WALKER (Presidente).-
Por último, tiene la palabra el ministro de Relaciones Exteriores.
El señor FOXLEY ( ministro de Relaciones Exteriores ).-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero agradecer a los diputados informantes, señores Masferrer y Delmastro, y a todos quienes hicieron importantes contribuciones al debate de esta mañana.
Como se ha señalado, el Tratado de Libre Comercio con Panamá es parte de una red que se ha estado construyendo a lo largo de los años, durante un período bastante prolongado, y que corresponde a una definición nacional, compartida por prácticamente todos los sectores, en el sentido de que el destino de un país pequeño o mediano, con desventajas aparentes por su tamaño y ubicación geográfica, si quiere crecer sistemáticamente hasta convertirse en uno desarrollado, es buscar la integración con todas las economías desarrolladas o en desarrollo y proyectarse al mundo con mucha fuerza.
Para Chile, ese camino ha sido notablemente exitoso. En 1990, exportábamos al mundo 8 mil millones de dólares. El año pasado, como consecuencia de ese proceso de inserción internacional, exportamos 60 mil millones de dólares, o sea, casi ocho veces más.
Ese esfuerzo gigantesco lo ha realizado el país a través de sus empresarios, que han visto oportunidades de negocios y han sabido aprovecharlas, con la cooperación del sector laboral para que todo se haga con un alto nivel de eficiencia y productividad.
Ahora, creo que todos estamos de acuerdo en que los tratados de libre comercio son sólo parte de un proceso continuo de integración con el resto del mundo.
El proceso de proyección del país hacia Panamá significa, también, un proceso de proyección hacia Centroamérica, región en la que, desde hace bastante tiempo, Chile es el país sudamericano que mantiene una mayor presencia. Se trata de países pequeños, pero extraordinariamente amigos de Chile y socios en muchas tareas. Una demostración de eso son las inversiones, por casi 2 mil millones de dólares, de empresarios nacionales en Panamá, pero que, de alguna manera, irradian también al resto de Centroamérica.
En relación con algunas preocupaciones manifestadas durante el debate, existe claridad acerca de que, para que los acuerdos de libre comercio se puedan perfeccionar y ampliar, la política hacia esos países debe orientarse a los aspectos comercial y de inversiones, a una mayor cercanía y al diálogo político propiamente tal, pero, sobre todo, a contar con la capacidad de desarrollar una política de cooperación.
Al respecto, cabe señalar que durante los días en que realizamos una visita bilateral a Panamá, con la Presidenta Bachelet, en Centroamérica se firmó un acuerdo de cooperación Chile-Banco Interamericano de Desarrollo con Centroamérica en aspectos de desarrollo tecnológico, iniciativa que se encuentra plenamente en marcha y que, sin duda, hará más fácil llevar adelante los pasos adicionales para perfeccionar los TLC con los países de esa región.
Deseo aclarar que existe un proyecto de ampliación del canal de Panamá, que significará un cierto aumento de las tarifas para los buques que naveguen por allí. En su oportunidad, conversamos sobre la iniciativa con el Presidente de Panamá , señor Martín Torrijos, y con representantes de su equipo de gobierno. Se trata de un proyecto de expansión que consiste en duplicar la capacidad de transporte por el canal, inversión que será complementada con instalaciones muy significativas e importantes para generar en ese país un gran centro de distribución de mercaderías y de bienes y servicios para América Central y que servirá de nexo entre productores de América del Sur y mercados de América del Norte.
Sin lugar a dudas, las empresas nacionales que, como expresé, han invertido 2 mil millones de dólares en ese país, tendrán en consideración la oportunidad para instalar allí centros de distribución, a fin de reducir los costos de transporte, y centros de manipulación de productos, que permitan el ingreso de productos nacionales sobre todo en los mercados de Norteamérica.
La relación comercial con Panamá no es demasiado grande, porque el mercado no es muy amplio y sólo alcanza a alrededor de 200 millones de dólares. Se trata de una exportación diversificada. En efecto, existen alrededor de mil productos que el país exporta a esa república, algunos en pequeño volumen. Sin embargo, el margen potencial de expansión puede ser bastante significativo.
No quiero dejar pasar algunas preocupaciones planteadas por señores diputados que, en una buena medida, también comparte el Gobierno, y se refieren a que, en muchos casos, los tratados de libre comercio, por lo menos en su fase inicial, no obtienen una apertura tan significativa, como se desearía, en algunos rubros del sector agrícola.
Por lo tanto, deseo insistir en que los tratados de libre comercio no son una especie de fotografía definitiva de la relación comercial con el respectivo país en cinco, diez o quince años, en primer lugar, porque existe una desgravación gradual a través del tiempo y, en segundo lugar, tal vez el aspecto más importante, porque la experiencia demuestra que, una vez que se firma un TLC y funciona bien, se generan lazos de conocimiento, se establecen relaciones de confianza entre productores y distribuidores y también entre autoridades del campo fitosanitario y otras, que permiten renegociar lo que en un principio parecían cuotas limitadas o restricciones innecesarias. De esa manera, al cabo de algunos años, dicha renegociación permite abrir el mercado de manera mucho más significativa en los rubros más difíciles.
En relación con los productos lácteos y las carnes bovinas, la primera observación que deseo hacer, tras el tono un tanto pesimista de algunas intervenciones, es que en Chile el sector de productores lácteos y bovinos es una constante fuente de sorpresas. En efecto, durante décadas, si no desde siempre, se pensó que el destino de la agricultura del sur sólo se orientaría al mercado interno y que le sería imposible competir con productores de carnes y productos lácteos tan sofisticados como los argentinos y de otros países de la región. Para qué decir qué ocurría cuando se pensaba en competir con productores de Canadá o de algunos países europeos.
Al respecto, es interesante hacer notar que esos agricultores, con un apoyo tal vez todavía limitado de las agencias públicas, han logrado pararse en sus propios pies y convertirse en exportadores netos de algunos productos respecto de los cuales el país parecía encontrarse en condiciones más vulnerables y sensibles. Así, por ejemplo, en 2000, el país era importador neto de productos lácteos. Sin embargo, el año pasado Chile exportó alrededor de 140 millones de dólares en ese rubro.
Asimismo, en relación con las carnes bovinas, no obstante que el país sigue siendo importador neto, se encuentra exportando a los mercados más exigentes del mundo en materia de condiciones fitosanitarias, de trazabilidad de los productos, de presentación, de contenido de grasas versus contenido de carne, etcétera, es decir, los de Estados Unidos de América, de la Unión Europea y de Japón. Es verdad que en ese rubro en el país existe un proceso gradual de aprendizaje, pero los mercados se están abriendo.
El tratado de libre comercio con México es un claro ejemplo de una negociación que hizo posible pasar en forma rápida a un arancel cero en materia de exportación de productos lácteos, en comparación con el 22 por ciento de arancel promedio aplicado a los competidores de Chile. Al respecto, cabe agregar que hoy, el país destina un alto porcentaje de sus exportaciones en productos lácteos a ese país, al punto de que, por ejemplo, el 95 por ciento de las exportaciones de queso se destina a ese enorme mercado, y el proceso está recién comenzando.
Como una ilustración más sobre el potencial de los TLC, deseo agregar que, si bien es efectivo que la cuota inicial de exportaciones de lácteos a Estados Unidos de América se fijó en 7 mil toneladas, la negociación garantizó un crecimiento de 7 por ciento anual, hasta llegar en 2014 a un arancel cero, o sea, a la eliminación de la cuota.
Por lo tanto, los productores nacionales deberían pensar -entiendo que lo están haciendo- en el gigantesco desafío que se viene por delante de aquí a 2014, cuando no exista cuota y el arancel sea cero, y en la necesidad de aumentar la escala de producción y de conectarse en mejor forma a las redes de distribución mayoristas y de supermercados de Estados Unidos de América. Al parecer, en la zona lechera del país todavía no se aprecia en forma adecuada ese desafío, que debe traducirse en que los productores tengan la capacidad de superar lo que en otras oportunidades he denominado el síndrome del Llanero Solitario, es decir, la idea de que uno, con sus propios pies y su propia fuerza, dará abasto para enfrentar el reto, y que los competidores que están en el fundo de al lado o en la región de un poco más allá son adversarios o enemigos. Dicha idea significa, por ejemplo, llevar a cabo proyectos de fabricación de quesos que agrupan a diez productores, en circunstancias de que podrían ser doscientos, y que esos diez productores traten de competir con Soprole o Fonterra.
En suma, existe un cambio cultural que debe acelerarse para enfrentar en toda su potencialidad esos desafíos.
Algo parecido ocurre con los productos lácteos exportados al mercado europeo. Existe una cuota que se reducirá en forma gradual en el tiempo.
Un buen ejemplo se encuentra en los lácteos exportados a Colombia, porque ahí existe una desgravación para esos productos, sin cuota, para un mercado de treinta o cuarenta millones de personas. Dado los aumentos de eficiencia productiva que se están observando en esta industria en Chile, es perfectamente posible pensar en una expansión notable.
Respecto de la carne bovina, es verdad que la cuota inicial de cuatro mil toneladas a Estados Unidos no es muy alta; sin embargo, aumentará a 10 por ciento al año y, a contar del 1 de enero de 2008, los productos de carne bovina en ese país no pagarán arancel.
En la Unión Europea, la cuota irán aumentando en 10 por ciento anual, sin detenerse en el tiempo.
Quiero ilustrar este argumento con la siguiente anécdota personal:
En los días en que firmábamos el acuerdo de libre comercio con Japón, en Tokyo, nos dimos el trabajo de ir a supermercados y también a una planta frigorífica. Fue bastante impactante para nosotros ver en un supermercado un estante completo con productos alimentarios chilenos muy variados: del mar, envasados, concentrados, hortícolas, etcétera, cuando en el estante de al lado había productos muy similares de California. Por lo tanto, estamos compitiendo, mano a mano, con una zona agrícola exportadora tan avanzada como es la región del Pacífico, del oeste de Estados Unidos.
Y cuando visitamos el frigorífico no sólo nos sentimos bastante satisfechos, sino también orgullosos, porque allí estaba llegando un volumen muy significativo de carne porcina chilena. De hecho, había un contrato de exportación de 30 mil toneladas al año con ese frigorífico. Lo que más nos impresionó fue la calidad de la presentación. Era un producto congelado que se atenía estrictamente a las normas en cuanto a presentación, porcentaje de grasa y controles fitosanitarios, todos los cuales estaban certificados internacionalmente.
El dueño de ese frigorífico nos dijo que estaban tan satisfechos con la calidad del producto, con la confiabilidad en las fechas de entrega y con el costo, que estaban dispuestos, en ese sólo frigorífico, a aumentar la importación, de 30 mil a 120 mil toneladas, las cuales procesarían y distribuirían en supermercados de todo Japón. Eso es interesante, porque ellos convierten los trozos grandes de carne porcina en productos mucho más elaborados y nosotros, en la etapa siguiente, deberíamos ser capaces de hacer lo mismo y, en consecuencia, agregar mucho mayor valor.
Estamos en un proceso. Tanto el TLC con Panamá como el TLC con Japón -que vamos a tratar esta tarde, en la Comisión respectiva de esta Cámara- son parte de un proceso en el cual se abre una ventana u oportunidad a los productores que, con el apoyo de las agencias del Estado correspondientes, permitirá una verdadera revolución productiva y tecnológica, y detrás de ello, la generación de empleos cada vez de mayor calidad en un sector del país que se extiende desde el Norte Chico hasta el sur.
En diez, quince o veinte años más, cuando miremos este proceso, vamos a celebrar que en un día como hoy dimos un pequeño paso adicional firmando este TLC con Panamá que completa la certificación del conjunto de acuerdos con Centroamérica. En el paso siguiente, queremos homogeneizar los TLC que hemos firmado con Centroamérica, con Colombia, con Perú y con Ecuador, para que los países del Pacífico -incluidos nosotros- puedan abultar su escala de producción mirando al gigantesco mercado de América del Norte y del Asia Pacífico.
Va a ser muy significativo el hecho de que hoy demos el paso adicional de aprobar, ojalá, con una amplia votación, este Tratado de Libre Comercio con Panamá.
Muchas gracias.
El señor WALKER (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor WALKER ( Presidente ).-
En votación el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Panamá, adoptado en Santiago, el 27 de junio de 2006.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 87 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 7 abstenciones.
El señor WALKER (Presidente).-
Aprobado.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
REGULACIÓN DE LA TENENCIA DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Primer trámite constitucional.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Corresponde conocer el segundo informe complementario de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, recaído en el proyecto de ley, originado en moción, que establece normas sobre la crianza, tenencia y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos.
Diputado informante de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente es el señor Fernando Meza.
Antecedentes:
-Informe complementario de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, boletín Nº 2696-12, sesión 22ª, en 8 de mayo de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 4.
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor MEZA .-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, tengo el agrado de informar acerca de este proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, que establece normas sobre crianza, tenencia y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos, respecto del cual esta honorable Cámara ha solicitado un informe reglamentario.
Mediante esta iniciativa legal se pretende regular la tenencia de cierto tipo de perros que, de acuerdo con las características que presentan, son considerados potencialmente peligrosos, a fin de consagrar la responsabilidad de sus dueños frente a los daños eventuales que puedan ocasionar, como sucede en otras legislaciones a nivel mundial, dentro de un contexto de protección de la integridad física de las personas.
Cada vez que un perro ataca a una persona en la vía pública o, incluso, a sus propios amos, ese hecho es difundido a través de los medios de comunicación, de prensa y televisivos, lo cual causa alarma pública. Por lo tanto, se han especificado, en primer lugar, criterios que permiten considerar a un perro como potencialmente peligroso.
De este modo, se entienden comprendidos dentro de este concepto los perros respecto de los cuales se haya acreditado que han atacado a personas u otros animales; los que, a juicio de la autoridad sanitaria, muestren un comportamiento agresivo e inestable; aquellos que hayan sido adiestrados para el ataque y defensa por sus dueños o por terceros; los ejemplares que pesen más de 35 kilos, cualquiera sea su edad, y los que pertenezcan a determinadas razas que se enumeran en el texto del proyecto y que corresponden a las consideradas en la norma aprobada en el primer trámite reglamentario, admitiéndose, en todo caso, la posibilidad de que se agreguen otras no especificadas.
Asimismo, se establece que un reglamento, dictado por el Presidente de la República , actualizará, al menos anualmente, la nómina de las razas que quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.
Se dispone, entre otras cosas, que los perros señalados deberán ser inscritos por sus dueños en un registro público, quienes recibirán un carné que los autorizará para su crianza, tenencia y desplazamiento en la vía pública. Al momento de su inscripción, sus dueños deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil por los daños que el perro pueda ocasionar a terceros.
En el proyecto se consagran también las exigencias respecto de la seguridad de las instalaciones en que deben albergarse a estos animales. Sus características deberán ser determinadas en un reglamento posterior.
Se exige que los perros sean conducidos en los espacios públicos, incluyendo los bienes nacionales de uso público u otros urbanos y bienes comunes de inmuebles, de copropiedad inmobiliaria, debidamente atados y con un bozal.
Se especifica que las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la crianza o al entrenamiento de estos perros, también quedarán sujetas a las normas de esta ley.
Se faculta al juez de policía local correspondiente para disponer el sacrificio de estos perros mediante métodos indoloros, en caso de grave e inminente riesgo para la integridad física y salud de la población. Además, se le otorga competencia para conocer de las contravenciones a las normas de esta ley y sancionar con multas a los infractores.
Se sanciona al tenedor de un perro que atacare a una persona en el evento de que dicho ataque se haya producido por negligencia o por violación de la normativa contenida en la ley. Se establecen sanciones privativas de libertad y pecuniarias, según se ocasionare la muerte de la víctima, lesiones graves o leves. Las penas pecuniarias podrán ser conmutadas por trabajos de servicio a la comunidad.
En el afán de perfeccionar el proyecto aprobado en el segundo trámite reglamentario, se formularon indicaciones, todas las cuales fueron acogidas.
Una de ellas especifica los criterios a partir de los cuales debe entenderse acreditada la circunstancia de que un perro hubiese atacado a personas u otros animales a fin de considerarlos como potencialmente peligrosos, con lo cual se otorga mayor certeza a la norma y se evitan ciertas injusticias que pudieran perjudicar a los propietarios de estos perros.
En efecto, se exige que exista denuncia formulada ante la autoridad policial y sanitaria, en la que se deje constancia del ataque, de la identificación del perro, de la identidad de sus dueños o tenedores y de las circunstancias en que se produjo, sin perjuicio de que deba constatar igualmente las lesiones causadas.
Otra de las indicaciones tiene por objeto establecer que para que un perro sea calificado como potencialmente peligroso por la autoridad sanitaria se requiere que exhiba un comportamiento agresivo o inestable, sin que deban reunirse ambas condiciones copulativamente.
También se formuló indicación para encomendar a la potestad reglamentaria la determinación del protocolo que deberá adoptar la autoridad sanitaria para determinar el comportamiento agresivo o inestable de un perro, a fin de evitar arbitrariedades en la apreciación de la conducta del animal.
Se dispone, igualmente, que el Ministerio de Salud deberá actualizar anualmente la nómina de las razas que quedarán sujetas a las disposiciones de la ley.
Se excluyen del listado de perros potencialmente peligrosos a los que, sin importar su raza o edad, pesan más de 35 kilos. Con esta indicación se pretende evitar que la peligrosidad de estos animales se asocie a su envergadura. Se argumentó que existen ejemplares que si bien cumplirían con la exigencia relativa al peso, pertenecen a razas caracterizadas por un buen comportamiento y que bajo ningún aspecto podrían considerarse como agresivas o peligrosas, como los perros San Bernardo .
Se exceptúan de la aplicación de las normas contenidas en el proyecto a los perros lazarillos o que presten labores de asistencia y a los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública; a los que presten servicios en brigadas antidelitos, de búsqueda o de rescate o en organismos que cumplan labores de fiscalización, en consideración a que la naturaleza de estos servicios hace suponer que las instituciones u organismos a los cuales pertenecen estos ejemplares han tenido el suficiente celo para seleccionarlos, de modo que no podrían ser considerados potencialmente peligrosos.
Se formuló indicación para agregar un artículo 3º nuevo, con el fin de fomentar la tenencia responsable de animales, por cuanto, los amos son los primeros responsables del comportamiento de los animales que se encuentran a su cuidado. En tal virtud, tendrán la obligación de someter a sus perros a clases de adiestramiento de obediencia, que serán impartidas por instructores calificados para desempeñar tal función, cuya nómina será actualizada anualmente a nivel regional.
También, por la vía de la indicación, en el artículo 9º , se hacen aplicables los artículos 490 y 491 del Código Penal al dueño o tenedor de un perro que, por su negligencia o imprudencia, produjere afecciones a la vida o salud individual de una persona. De este modo, se armonizan las sanciones contempladas en el proyecto con la indicación del honorable diputado don Enrique Estay , para modificar el artículo 491 del Código Penal, con el objeto de hacer responsables a los propietarios de perros domésticos por mordeduras y daños a terceros.
Con este nuevo texto, la Cámara de Diputados está señalándole a la opinión pública, a la ciudadanía en general, cómo se deberán criar, tener y adiestrar los perros potencialmente peligrosos, de manera de evitar que se repitan las desgracias protagonizadas por estos ejemplares en la vía pública o en las propias casas de sus dueños o tenedores. En definitiva, el Congreso Nacional está contribuyendo a la seguridad de las personas, pero sin descuidar la tenencia responsable de estas mascotas.
En el informe que tienen los diputados en su poder podrán encontrar más detalles sobre la iniciativa que he tenido el honor de informar.
He dicho.
El señor WALKER ( Presidente ).-
Por haberse llegado al término del Orden del Día, la tramitación del proyecto recién informado continuará en la próxima sesión.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
CREACIÓN DE ÁREA MARINA Y COSTERA PROTEGIDA EN CHILOÉ.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 362, de las señoras Tohá, doña Carolina; Goic, doña Carolina, y de los señores Rossi, Girardi, Insunza, Ascencio y Delmastro, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E la Presidenta de la República que instruya al ministro de Defensa Nacional para que el Gobierno de Chile adopte las medidas necesarias que aceleren la creación y la declaración de un Área Marina y Costera Protegida (ÁMCP) en Chiloé, sector el Golfo de Corcovado, para la conservación de la ballena azul y la preservación de los ecosistemas oceánicos de dicho sector”.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Carolina Tohá.
La señora TOHÁ (doña Carolina).-
Señor Presidente , todos sabemos que la ballena azul, el animal más grande del planeta, está amenazada de extinción y que se ha descubierto en el último tiempo un área de reproducción y de crianza muy importante de esta especie y de otras ballenas en el golfo Corcovado. En consecuencia, necesitamos proteger esa área para que esta especie no se extinga, lo que significa cuidar el ecosistema y a las ballenas que allí viven y se reproducen.
Para lograr lo anterior, es necesario declararla área marina y costera protegida, la cual se ha estado tramitando en los últimos meses, pero falta que la Comisión Nacional de uso del Borde Costero apruebe el proyecto.
Por lo tanto, solicitamos que esa resolución se adopte rápidamente, con el objeto de preservar no sólo esas especies y el ecosistema en que viven, sino también para desarrollar en ese sector actividades que se complementen armoniosamente con el cuidado de las ballenas azules, como son las turísticas y de observación, que han tenido un gran desarrollo en otros países y que son totalmente compatibles con la preservación del ecosistema local.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio .
El señor ASCENCIO .-
Señor Presidente , agradezco a la diputada señora Carolina Tohá la presentación del proyecto de acuerdo en discusión -varios diputados sólo pusimos nuestra firma para respaldarlo-, porque tiene mucho que ver con el desarrollo de una zona y de una región, pues no se trata sólo de un problema de preservación de ballenas. Si alguien cree eso, está analizando el problema desde una perspectiva bastante menor.
El tema tiene que ver con el desarrollo turístico de una zona, que pasa por la conservación de alrededor de doscientas ballenas azules que viven y se reproducen en el golfo Corcovado , que es el mar interior que se encuentra entre la provincia de Palena y el archipiélago de Chiloé. Estos cetáceos son los animales más grandes del mundo, pues tienen un porte aproximado a un Boeing 737. Además, la observación de estos animales es una actividad extraordinariamente importante para el desarrollo del turismo en otros lugares. Es así como miles de chilenos, brasileños, uruguayos, estadounidenses y gente de distintos lugares del mundo viajan a Puerto Madryn, en Argentina, para ver las ballenas que viven allá.
Por lo tanto, es muy importante que exista en nuestro país un lugar que permita el avistamiento de estos mamíferos, para lo cual es necesario declarar esa zona del golfo del Corcovado como área marina y costera protegida, lo que permitirá ordenar el desarrollo de esa actividad, la que deberá complementarse con el resto de las que allí se desarrollan, porque esto hay que hacerlo con los pescadores artesanales del sector.
Por eso, sería muy bueno aprobar el proyecto por unanimidad, ya que la Cámara de Diputados estaría dando una señal muy importante sobre esta materia.
Reitero mis agradecimientos a la diputada Carolina Tohá por haber puesto este tema en discusión.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
ENSEÑANZA DE DOS LENGUAS EN EL SISTEMA ESCOLAR.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 363, de la señora Tohá, doña Carolina, y de los señores Rossi, Jiménez, Girardi, Masferrer, Silber, Enríquez-Ominami, Bauer, Eluchans y Uriarte, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que instruya a la Ministra de Educación a fin de que realice los estudios necesarios para incorporar como opción la enseñanza de otros idiomas extranjeros y ordene las medidas administrativas que al efecto sean necesarias para adoptar la exigencia de dos lenguas extranjeras”.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Carolina Tohá.
La señora TOHÁ (doña Carolina).-
Señor Presidente , este proyecto, que ha sido firmado por diputados de todas las bancadas, se hace cargo de un debate que hemos tenido durante mucho tiempo sobre de la enseñanza de lenguas en nuestro sistema escolar. En la actualidad, sólo una lengua es obligatoria, ya que la segunda es optativa. Pese a que existe un decreto que obliga a los establecimientos educacionales a consultar a la comunidad escolar qué lengua quieren elegir, en la práctica se termina imponiendo el inglés, ya que la consulta nunca se hace de manera apropiada.
Lo anterior está llevando a que perdamos la tradición que existía en nuestro país y que tienen los países con más desarrollo del bilingüismo, de enseñar no sólo una lengua extranjera, sino dos.
No es efectivo que aprender dos lenguas extranjeras obstaculice el aprendizaje de la primera; por el contrario, tener contacto con varias lenguas desarrolla una mayor capacidad para aprender la cantidad de ellas que uno decida.
Esto también tiene una importancia muy grande desde el punto de vista de nuestro desarrollo cultural. Chile quiere ser un país abierto al mundo, por lo que no es conveniente que tenga sólo un canal, el inglés, para conectarse con el mundo, motivo por el cual debiera enseñarse otras lenguas, como ha sido tradicional en nuestro sistema escolar. Esto abre también la posibilidad de responder al interés reciente que existe por aprender chino o alemán.
Reitero, la experiencia nos ha demostrado que la enseñanza de dos lenguas, la inglesa y la francesa, nunca fue un obstáculo para aprenderlas bien.
Entonces, estamos pidiendo que se facilite la enseñanza de una segunda lengua y que, idealmente, ojalá sea obligatoria. Cada comunidad escolar decidirá cuáles serán.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la honorable diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).-
Señor Presidente , el proyecto obedece a la inquietud de varios diputados por el hecho de que hace pocos años se eliminó la segunda lengua extranjera en la educación pública. Hace años era obligatoria la enseñanza de inglés y francés. Creo que la eliminación del francés en la educación pública ha dejado a muchos profesores fuera del campo pedagógico.
Por lo tanto, establecer la obligatoriedad de una segunda lengua en los colegios es básico en un mundo globalizado. Para los niños y jóvenes que no saben una segunda y una tercera lengua les será cada vez más difícil comunicarse a nivel internacional.
Creo indispensable apoyar el proyecto y que el Ministerio de Educación lo tome en serio, porque muchas veces aprobamos estas iniciativas, pero los ministerios las dejan de lado. Quiero que todos los parlamentarios hagamos un esfuerzo colectivo para que el Ministerio de Educación obligue a que se imparta una segunda lengua en los colegios del país, especialmente en los públicos.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa la diputada señora
-El señor Díaz, don Marcelo ( Vicepresidente ), saluda y da la bienvenida a una delegación del Senado de la República Francesa, que se encuentra en la tribuna de honor, integrada por parlamentarios de diferentes partidos y encabezada por el Vicepresidente del Senado francés, señor Roland Dubois.
-Aplausos.
-o-
ASIGNACIÓN DE RECURSOS A REGIONES EQUIVALENTES A LOS OTORGADOS AL TRANSANTIAGO.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
El señor prosecretario va a dar lectura al proyecto de acuerdo Nº 364.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 364, de los señores Sule, Von Mühlenbrock, Meza, Galilea, Pérez, Estay, Espinosa, don Marcos; Egaña, Delmastro y Bobadilla, que en su parte resolutiva dice:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República:
1. Cumplir con el compromiso asumido por los ministros de Hacienda y de Transportes y Telecomunicaciones en cuanto a la equivalencia del gasto entre Santiago y regiones, que se respetará en su integridad, guardando los criterios de proporcionalidad, tiempo de ejecución y cualquier otro parámetro que implique exactitud entre las distintas regiones de Chile.
2. Recordar el compromiso del Gobierno de informar bimensualmente a la Cámara de Diputados sobre el avance de los proyectos ejecutados por región, con ocasión de los nuevos recursos inyectados, los cuales integraran el patrimonio regional y no deberán ser reintegrados al Gobierno Central por la falta de ejecución de proyectos, ya que cons-tituyen recursos distintos e independientes del presupuesto regional para el año 2008.
3. Destinar los nuevos recursos equivalentes a los del Transantiago de la siguiente manera:
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el honorable diputado Gastón Von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente , este proyecto fue ingresado justamente cuando estábamos discutiendo los recursos compensatorios para las regiones, con motivo de la asignación de fondos al Transantiago. Fue firmado por colegas de distintas bancadas y, dada la premura que se le puso a la iniciativa del Gobierno, fue aprobada antes de este proyecto. Es importante marcar ese punto, porque el 21 de mayo la Presidenta de la República habló de que se estudiaría una compensación económica para las regiones, dado el dinero que se estaba asignando al Transantiago.
Cuando se habló de esa compensación se dijo que también tenía que ser de doble equivalencia, y conversamos con los ministros Cortázar y con el de Hacienda al respecto.
Pues bien, se comenzó con 100 millones de dólares para las regiones y se terminó en 290 millones. En ese sentido, quiero poner la voz de alerta, pues no se cumplieron ni la proporcionalidad ni la equivalencia, porque Santiago no tiene el 50 por ciento de la población de Chile.
Por eso, en función de la equivalencia, en lugar de 290 millones de dólares, deberían habérseles asignado alrededor de 433 millones de dólares a las regiones, en la forma desglosada en el proyecto de acuerdo.
Estoy seguro de que en el presupuesto del año 2008 van a pedir más recursos para el Transantiago, por lo cual, sobre todo los diputados de regiones, debemos hacer hincapié en que en las regiones no vive el 50 por ciento de la población, sino poco más de 60 por ciento. Además, Chile no comienza ni termina en Santiago.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro.
El señor DELMASTRO .- Señor Presidente , sólo para refrendar lo dicho por el diputado señor Gastón Von Mühlenbrock , pues sienta un precedente, en el sentido de que se dé una equivalencia en el resto del país respecto de cualquier aporte extraordinario que reciba la Región Metropolitana.
Quienes vivimos en regiones no somos ciudadanos de segunda categoría, tenemos la misma calidad que los de la Región Metropolitana. En consecuencia, todas las regiones, de Arica a Magallanes, debieran recibir beneficios equivalentes a los obtenidos por la Región Metropolitana.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-
Señores diputados, ha concluido el tiempo destinado a proyectos de acuerdo.
¿Habría unanimidad para prorrogarlo, a fin de continuar con el debate del proyecto?
No hay acuerdo.
Queda pendiente su discusión para la próxima sesión.
-Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/
VII. INCIDENTES
DELINCUENCIA EN SECTOR ALTO DE VILLARRICA. Oficio.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza .
El señor MEZA .-
Señor Presidente , la seguridad ciudadana es un tema sensible a lo largo y ancho de Chile.
Es cierto que en todo el mundo hay problemas de delincuencia, pero en mi distrito, en particular en la comuna de Villarrica, hay una actitud especial de las autoridades por mejorar la seguridad de las personas. A pesar de ello, en el último tiempo, en las poblaciones Diego Portales y Los Volcanes, y en la Villa Todos los Santos, correspondientes a la Segunda Faja al Volcán, pululan a diario, sobre todo por las noches, pandillas de delincuentes, de todas las edades, que infunden terror en cada uno de los hogares de la zona. La inseguridad ciudadana ya no sólo es una sensación, sino una realidad.
Por tal motivo, hace un par de días en la Villa Todos los Santos me reuní con representantes de varias juntas de vecinos de dicha comuna, y pude comprobar la angustia, la tristeza y el terror con que las dueñas de casa dejan sus hogares cuando se van a trabajar, pues, a su regreso, los encuentran desvalijados.
También supe de las permanentes amenazas de que son objeto por los delincuentes que campean por las calles de la zona, de esa forma las presionan para evitar que los denuncien.
Las calles, las plazas y los parques de la zona alta de Villarrica han sido ocupados por la delincuencia más dura, que también es responsable del tráfico de drogas. Desgraciadamente, ni carabineros ni la policía de Investigaciones han podido solucionar estos problemas, por cuanto no dan abasto.
Por tal motivo, dicha comunidad solicitó al Concejo y al diputado que habla hacer todos los esfuerzos posibles para conseguir, no sólo mejorar la situación educacional y las condiciones para que los jóvenes realicen sus actividades deportivas y culturales, sino también mayor vigilancia y resguardo policial.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro del Interior, a fin de que instruya al general director de Carabineros para que dote a ese sector de Villarrica con un retén móvil que circule permanentemente por sus calles y otorgue seguridad a la población, de modo que se desplace con tranquilidad desde y hacia sus hogares.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE PROGRAMACIÓN CULTURAL DE CANALES TELEVISIVOS. Oficios.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Independiente, tiene la palabra, por un minuto, el diputado señor Esteban Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, espero que el conflicto de los contratistas de Codelco se encarrile como corresponde, con voluntad de diálogo y el abandono de la violencia.
Señor Presidente , pido que se oficie al ministro secretario general de Gobierno y al ministro de Transportes y Telecomunicaciones , a fin de que el presidente del Consejo Nacional de Televisión nos informe, canal por canal si están cumpliendo con su obligación de emitir programas culturales en horario prime, lo cual está establecido en la ley.
La cultura tiene poco espacio en la televisión, al igual que esta bancada Independiente en la Cámara.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
DÉFICIT PRESUPUESTARIO EN HOSPITAL DE PANGUIPULLI. Oficio.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Gastón Von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente , el hospital de Panguipulli está viviendo una situación bastante complicada.
Al respecto, es necesario decir que pertenece a la congregación de las Hermanas Maestras de la Santa Cruz, de Panguipulli, en la Decimocuarta Región. Esa comuna, a 125 kilómetros de Valdivia, tiene una población de 33.273 habitantes, según el último censo. Se caracteriza por un alto porcentaje de población rural, cercana al 52 por ciento, una alta proporcionalidad de población mapuche, de 31,6 por ciento, y un bajo índice de desarrollo humano, de 0,605 por ciento, condiciones que implican desafíos importantes para la salud, desde la perspectiva de la igualdad, la pertinencia cultural y la oportunidad en la atención.
Este hospital privado, sin fines de lucro, que funciona en convenio con el Servicio de Salud de Valdivia y donde se paga por prestación, a simple vista, debería atender sin problemas.
Sin embargo, dicho convenio tiene un techo, un monto determinado que una vez alcanzado, aunque se entreguen más prestaciones que las estipuladas, que es lo que ha estado sucediendo desde hace muchos años, no se paga el excedente. Esta situación se arrastra del año 1994, vale decir, más de doce años. Además, lo que se paga por atenciones prestadas es muy inferior a lo que se cancela en otros hospitales, situación que ha devenido en un desfinanciamiento que rebota en los funcionarios, ya que sus sueldos son muy inferiores a los de los funcionarios de otras instituciones. A pesar de eso, se siguen atendiendo a todos los usuarios de la misma forma y con la calidad que siempre han enaltecido a los funcionarios de la salud.
Los usuarios están conscientes de la buena disposición de los funcionarios del hospital, pero el dinero que recibe el establecimiento no es suficiente para atender la demanda de la comunidad, puesto que sus requerimientos son extremadamente altos respecto del servicio que en estos momentos puede prestar el hospital.
En consecuencia, por el servicio que el hospital presta a los usuarios -el 99 por ciento son beneficiarios del Fonasa-, se ha solicitado considerar a sus funcionarios como parte del Servicio de Salud de Valdivia y que no sólo se pague por las atenciones prestadas.
Se han golpeado muchas puertas y se está llegando a un momento crítico. El techo del financiamiento a que se llegó en 1994 no ha tenido reajuste real. La situación descrita, que se ha prolongado en el tiempo, hacen que los recursos humanos, físicos y materiales para los usuarios de la salud sean absolutamente insuficientes.
Pese a esa realidad, se ha tratado de optimizar al máximo los recursos para seguir entregando la mejor atención posible con los medios con que cuenta el hospital. Sin embargo, esta situación, que se ha intentado solucionar por distintas vías sin obtener resultados a la fecha, nos hace pensar que el déficit presupuestario, conforme pasan los días, está llegando a su límite.
Hago un llamado a la ministra de Salud para que tome cartas en este asunto y realice las diligencias tendientes a solucionarlo.
Espero que se pueda llegar a algún acuerdo sobre la materia, pues tengo entendido que el próximo lunes 9 de julio los funcionarios de dicho hospital han llamado a paro.
Por la situación descrita, que se ha prolongado por más de diez años, por los beneficiarios de Fonasa que atiende ese hospital y por la salud de la comunidad de Panguipulli, solicito oficiar, con copia de mi intervención, a la ministra de Salud para que, de una vez por todas, conforme a la buena disposición que ella siempre ha manifestado para con los funcionarios de la salud, encuentre la forma de llegar a un rápido y buen acuerdo con los trabajadores del indicado hospital, que atiende una vasta zona de nuestra comunidad de Panguipulli, a fin de que no vayan a paro.
He dicho.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría y se adjuntará copia del texto de su intervención.
ANTECEDENTES SOBRE CONSTRUCCIÓN DE CÁRCEL DE PUERTO MONTT. Oficios.
El señor DÍAZ, don Marcelo ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la honorable diputada Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente , después de dos meses de haber insistido permanentemente en ver el estado de avance de las obras, el último lunes del mes de junio recién pasado pude visitar la nueva cárcel construida en el sector de Alto Bonito, comuna de Puerto Montt.
Su puesta en funcionamiento tiene un año de retraso, ya que el 15 de julio de 2006 venció el primer plazo de entrega.
También hace un año visitamos la construcción junto con el anterior ministro de Justicia , que en esa oportunidad, manifestó que a fines de 2006 la cárcel estaría terminada, entregada a Gendarmería y en funcionamiento. Después de varios meses, se nos dijo que ello ocurriría el primer trimestre de 2007.
¡Estamos en julio de 2007!
El recinto penal fue entregado -se dice- “provisoriamente” a Gendarmería, si no me equivoco, el 29 de mayo. Atendido ese hecho, de manera muy cordial, la institución accedió a que lo visitara, gesto que agradezco. En esa oportunidad, el cuarto día que no llovía en la ciudad y habíamos tenido bastante sol; grande fue mi sorpresa al encontrar un sinnúmero de dependencias inundadas. Las celdas, los talleres, los comedores se veían muy mojados. En un sector de los comedores habían destapado un lugar por donde pasaban unas cañerías de desagüe, donde -imagino- estarían efectuando algunos trabajos de reparación.
También estaban inundadas celdas para mujeres y algunas otras habilitadas con cunas destinadas a albergar a madres con niños menores de dos años, para que cumplan sus condenas sin separarse de sus hijos.
No se veían muchos trabajadores haciendo arreglos, aunque, insisto, había muchos sectores inundados.
Además, durante estos últimos dos años han aparecido en forma casi permanente en los medios de comunicación de la zona noticias respecto de muchos problemas laborales vinculados con las empresas subcontratistas que están construyendo ese recinto carcelario. Hemos tenido conocimiento de una serie de denuncias por el no pago de sueldos y de las cotizaciones previsionales. En general, esa construcción no ha estado exenta de quejas de los trabajadores por esos motivos.
En mi visita a la cárcel de Alto Bonito, casualmente llevaba una pequeña máquina fotográfica. La semana pasada entregué a la prensa de mi zona las fotos que tomé porque si hoy se habla tanto de transparencia, considero que lo menos que podemos hacer es abrir las puertas de la cárcel a los medios de comunicación para que la ciudadanía sepa cómo se están gastando los 22 millones de dólares destinados a su construcción, recursos que, por lo demás, pertenecen a todos nosotros.
Me parece vergonzoso que se pretenda que la nueva cárcel de Puerto Montt inicie su funcionamiento en unos diez días más a partir de esta fecha, sin comprobar todavía si los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas están debidamente habilitados. Además, aún se llueve.
A raíz de la visita que realicé a la citada cárcel y de la denuncia que hice respecto del mal estado en que se encuentra, la subsecretaria de Justicia, señora Verónica Barahona , fue la semana pasada a Puerto Montt, visitó el recinto penitenciario y de manera bastante noble, aunque las autoridades locales desmintieron de alguna manera lo que sostenía la diputada que habla -si no hubiera sido por las fotografías que saqué, quizás mucha gente hubiera pensado que yo faltaba a la verdad-, ella admitió que había problemas de filtraciones en la construcción y anunció la constitución de una comisión para que emita un informe respecto de su estado.
Por lo anteriormente expuesto, solicito enviar los siguientes oficios:
En primer lugar, al director regional del Trabajo y al inspector jefe de la inspección provincial del Trabajo de Puerto Montt, con el objeto de que informen a la Cámara acerca de cada una de las infracciones que han sido denunciadas por trabajadores de las empresas subcontratistas que han participado en la construcción de la nueva cárcel. Asimismo, respecto del papel desempeñado en esta materia por la referida inspección y si tienen conocimiento de que los problemas señalados hayan derivado en algún juicio laboral. En caso contrario, si se han solucionado dichos problemas, si se les han pagado las remuneraciones adeudadas y si están al día en el pago de las cotizaciones previsionales.
En segundo lugar, al ministro de Obras Públicas , con el objeto de que remita a esta Corporación todos los informes sobre dicha obra realizados por los inspectores técnicos, a fin de conocer el número de visitas efectuadas, los defectos detectados en el avance de la construcción de la obra y durante las visitas realizadas este año. Además, qué han hecho las empresas subcontratistas para solucionar dichas fallas antes de su inauguración.
En tercer lugar, al ministro de Justicia , con el objeto de que informe las razones del atraso de un año en la entrega de la nueva cárcel, cuándo se hará en definitiva y por qué no se permite a la prensa conocer las actuales dependencias. Asimismo, que en la comisión que se va a formar, participen los parlamentarios de dicho distrito, ya que muchos hemos sido insistentes en cuanto a la seguridad ciudadana. Todos estamos conscientes de la necesidad de que las personas que cometen delitos estén privadas de libertad, pero no cabe duda de que el único camino que existe para paliar el aumento de la delincuencia es la rehabilitación. Por lo tanto, todos estamos interesados en que dicha cárcel cumpla con las condiciones requeridas, que se dé a conocer el diseño, y que se entreguen a la brevedad sus dependencias, pero -insisto- cuidando el patrimonio que nos pertenece a todos los chilenos, ya que se han destinado 22 millones de dólares a su construcción.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Rosauro Martínez , Fidel Espinoza y de quien habla.
SITUACIÓN DE FUNCIONARIOS DE GENDARMERÍA LLAMADOS A RETIRO ANTES DE LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.998. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , no cabe duda de que cada vez que la Cámara se aboca al estudio de un proyecto lo hace inspirada en el bien común, buscando siempre la satisfacción de las necesidades de las personas a las cuales involucra, objetivo que también motiva al Ejecutivo en su rol colegislador.
En ese orden de ideas se inscribe la ley Nº 19.998, que otorga bonificación por egreso al personal de Gendarmería de Chile que indica, publicada el 4 de febrero de 2005. Dicho cuerpo legal se originó -oportuno es recordarlo- por la inaplicabilidad de la ley Nº 19.882, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica, también conocida como “ley del Nuevo Trato Laboral”, que exige, entre otros requisitos, que tengan 65 o más años de edad si son hombres, y 60 o más años, si son mujeres, para recibir la bonificación por retiro que establece su Título II.
El problema se produjo porque a los funcionarios de Gendarmería se les aplica un sistema de retiro similar al de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, pues también pertenecen a Dipreca, lo que en la práctica significa que la gran mayoría de ellos jubila entre los 50 y los 55 años de edad.
En aquella oportunidad -tal como lo hicimos hace poco en la discusión del proyecto que penaliza el maltrato de obra a funcionarios de Gendarmería-, nos referimos a la naturaleza de su función, reflexionamos sobre los riesgos que implica y los efectos sicológicos que padece ese personal, situación que, unida a la inexistencia de horario, configura un panorama muy diferente al resto de las labores que realizan otros funcionarios públicos.
En síntesis, la ley Nº 19.882 otorgaba determinados beneficios, pero para los funcionarios de Gendarmería era inaplicable. Por ello, el Ejecutivo envió un proyecto de ley en cuyo mensaje reconocía el hecho y declaraba el deseo de “continuar con uno de los ejes de la política laboral dirigida a los funcionarios públicos, consistente en el establecimiento de instrumentos que incentiven y perfeccionen el egreso -en este caso-, de los funcionarios de Gendarmería de Chile”.
La idea fundamental del proyecto fue otorgar una bonificación por egreso al personal de las plantas I y II del Escalafón de Oficiales Administrativos Penitenciarios, que cumpla con los requisitos que indica, reemplazando la “bonificación por retiro” de la ley Nº 19.882, que se aplica en la actualidad a ese personal.”, lo que significaba sustituir el requisito de los años de edad por el de 30 o más años de servicio efectivo.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, de 5 de noviembre de 2004, establecía que no irrogará mayor gasto fiscal en el 2004; que el costo para el primer año de aplicación de la ley era de 1.796 millones de pesos, y para el segundo, de 1.300 millones. Es importante recordar que existe un financiamiento en partes casi iguales, por un lado, del personal, y por otro, del Estado. Se expresó, además -así está en la historia de la ley-, que hay un 0,7 por ciento de la remuneración mensual imponible como aporte de los trabajadores.
Pues bien, el proyecto, que se aprobó en enero de 2005 y se publicó el 4 de febrero del mismo año, explicaba en su artículo 1º transitorio que la entrada en vigencia del referido cuerpo normativo será a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha de su publicación, es decir, a contar de 1º de abril de 2005.
Lo que me preocupa dice relación con una materia que era imposible prever, toda vez que se presume la buena fe de las personas, en este caso, de las autoridades responsables de la Dirección de Gendarmería.
En el período de tramitación del proyecto -hoy ley Nº 19.998-, días y meses antes de su presentación a la Cámara, el alto mando institucional comenzó a llamar a retiro a los funcionarios con 30 o más años de servicio, o en el peor de los casos, a quienes estaban a meses de cumplir dicho requisito. Es decir, lo hizo antes de que entrara en vigencia la ley. A dichos funcionarios se les aplicó la letra c) del artículo 115 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1968, que señala, dentro de las causales del retiro absoluto del personal de nombramiento institucional: “Por cumplir treinta años de servicios efectivos computables para el retiro”, lo que les impidió percibir la citada bonificación de egreso.
Según los antecedentes recogidos, sólo un número muy reducido de funcionarios accedió a dicho beneficio, no obstante la disponibilidad presupuestaria de 1.796 millones en el primer año y 1.300 millones para el segundo. Lo sorprendente de esto es que la aplicación del citado DFL Nº 2 se hizo con extrema dureza, pero sólo durante 2004, pues en los años anteriores el criterio utilizado fue muy distinto, como lo prueba el hecho de que, ante situaciones similares y en atención a los beneficios entregados, fueron los funcionarios los que, voluntariamente, se acogieron a retiro, quedando en servicio activo algunos con más de 32 años de servicios.
Esto da mucho que pensar, y aun cuando sabemos que, en estricto rigor, las normas de derecho público se aplican in actum, también es cierto que quienes tienen la responsabilidad de dirigir una institución pública y personal a su mando deben velar por que los beneficios que se establezcan lleguen a quienes van dirigidos. En este caso particular, eso significa haber orientado al legislador con información exacta sobre lo que estaba sucediendo.
Hace algunos días, hemos visto que el Gobierno comprometió la devolución de la deuda previsional a los pensionados de la Región de Magallanes, por el único expediente de que un senador le aprobó un proyecto. Me alegro por ellos, pero no deja de resultar chocante que, por otra parte, no se haga esfuerzo alguno por corregir injusticias cometidas en contra de otros pensionados, por ejemplo, con los funcionarios de Gendarmería de Chile.
Por lo tanto, en atención a que se ha discriminado a funcionarios públicos de escasos recursos y a que no se ha hecho realidad el objetivo de la ley Nº 19.998, cual era entregar un reconocimiento a quienes después de toda una vida de trabajo en situaciones extremadamente riesgosas pasaban a retiro, solicito que, en mi nombre, se oficie a su excelencia la Presidenta de la República , con el objeto de que tenga a bien disponer un estudio de la situación que he relatado y de que, en uso de sus atribuciones, envíe un proyecto de ley que otorgue la bonificación que establece la ley Nº 19.998 a los funcionarios que durante 2004 fueron llamados a retiro, por aplicación del DFL Nº 2, de 1968, del Ministerio del Interior, denominado Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.
Concluyo esperanzado en que pronto tendremos noticias al respecto porque, desde la óptica que se mire, coincidiremos en que es de toda justicia.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia íntegra de su intervención.
MANTENCIÓN DE SALVAGUARDIA A PRODUCTOS LÁCTEOS. Oficio.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
El turno siguiente corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el honorable diputado Sergio Ojeda.
El señor OJEDA .-
Señor Presidente , en el Orden del Día de esta sesión tratamos un proyecto al cual me voy a referir en esta oportunidad, pero desde otro punto de vista.
Me refiero a las salvaguardias que, a través de los años, han sido el instrumento salvador de la leche, y que corren el peligro de ser dejados sin efecto. Los productores lácteos han mostrado su preocupación por el término de la vigencia de este instrumento utilizado para regular la entrada de productos lácteos al país.
Entre 2000 y 2001 libramos una férrea lucha para impedir que productos lácteos, con altos subsidios, ingresaran indiscriminadamente al país. La solución a esto fue la aplicación de salvaguardias, que la Organización Mundial de Comercio autoriza cuando la entrada de productos extranjeros causa graves daños a la producción de un país, sobre todo, si son subsidiados, puesto que alteran el mercado interno y provocan competencia desleal, ya que los productos llegan a precios muy bajos, lo que obliga a los empresarios nacionales a rebajar los suyos, incluso, al costo o bajo éste, lo que les genera grandes pérdidas.
En tiempos pasados, muchas lecherías quebraron y toda la producción lechera se vio muy afectada. No queremos que ahora ocurra lo mismo, porque el perjuicio sería no sólo para los empresarios lecheros, sino también para la gran cantidad de medianos y pequeños productores. Hay que evitarlo y no esperar que se produzca un nuevo desastre financiero.
Los argentinos tienen diferentes fórmulas para evadir nuestro control arancelario, por ejemplo, recurren a grandes subsidios que atenúan el costo de los aranceles.
La salvaguardia que rige actualmente y que grava la internación de productos lácteos vence el 14 de octubre del año en curso, y sería muy lamentable que expirara antes. Dicha salvaguardia ha dado cierta tranquilidad a los productores nacionales, porque ha permitido regular la producción, el consumo y el precio, lo que ha respondido a las exigencias relacionadas con costos y utilidades.
Por eso, junto con transmitir esta inquietud de los productores lecheros, ante el eventual retiro de esta salvaguardia, pido que se oficie al ministro de Agricultura , a fin de que mantenga su vigencia, como medida de protección a nuestros productos lácteos. Pero, si ello llegara ocurrir -lo que nosotros no queremos-, que se adopten medidas compensatorias para paliar los efectos que tendría la eliminación de dicha salvaguardia que protege efectivamente a nuestros productores lecheros.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con copia íntegra de su intervención y la adhesión de los diputados señores Martínez , Mulet , Tuma , Duarte y de quien habla
REINICIO DE CONVERSACIONES CON TRABAJADORES DE EMPRESAS CONTRATISTAS DE CODELCO. Oficio.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , en primer lugar, me preocupa el conflicto que están viviendo los trabajadores de las empresas contratistas de las distintas divisiones de Codelco, que llevan varios días paralizados y realizando manifestaciones muy duras.
Nosotros estamos impedidos constitucionalmente para meternos en los conflictos laborales, pero podemos expresar nuestra preocupación. En particular, conozco la situación de El Salvador. En el fondo, los trabajadores de las empresas contratistas están en una situación tremendamente vulnerable.
Tengo la impresión de que la ley que aprobamos hace algunos meses, que de alguna manera terminaría -así lo creímos- con algunas situaciones abusivas, no es suficiente. Y lo digo porque los trabajadores que laboran en el cobre, obviamente, no sólo quieren que se consideren los aspectos relacionados con la seguridad o con el historial de las empresas contratistas y de los conflictos -por cierto, han sido asumidos por Codelco-; no sólo quieren que se considere si los contratos van a ser a plazo fijo o indefinidos -así está ocurriendo en algunos casos-, no sólo quieren la existencia de sindicatos en la empresa, o convenios colectivos, o esfuerzos en materia de capacitación -Codelco dice que está considerando estos aspectos que señalo-, sino que también piden remuneraciones equivalentes. Sin duda, las actividades en torno al cobre están entregando un gran ingreso al país y sus trabajadores son parte de ese beneficio que están recibiendo millones de chilenos y que todos conocen.
Si los trabajadores directos de Codelco reciben determinados beneficios, es razonable que los trabajadores de sus contratistas obtengan beneficios proporcionales al trabajo que realizan.
Hay cuestiones que deben abordarse y resolverse a través de una mesa de diálogo, siguiendo las conversaciones pendientes de hace algunos meses, pero yendo al fondo del asunto, de manera de resolver las demandas de esos trabajadores que también quieren participar de las utilidades de Codelco, empresa asociada a la cual trabajan. No sólo dar utilidades a los contratistas, que muchas veces trabajan al margen y no obtienen utilidades, pero ayudan a conseguir las utilidades de la respectiva división de Codelco.
Solicito que se oficie a la ministra de Minería , con copia de esta intervención, para expresarle que ojalá se retome el diálogo entre los trabajadores de las empresas contratistas y Codelco , en sus distintas divisiones, en particular de El Salvador.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo soliciten.
INVESTIGACIÓN EN ESCUELA DE TIERRA AMARILLA. Oficio.
El señor MULET.-
Señor Presidente , solicito que se oficie al contralor general de la República , para que disponga una investigación en la Escuela D-43, de Tierra Amarilla -a la cual asisten 33 alumnos-, y nos informe cómo se dispone de los recursos en ese colegio, cuyos apoderados, por lo demás, realizan un movimiento desde hace más de una semana.
En dicho establecimiento educacional no hay tiza ni plata para reemplazar a los profesores. Además, tiene una serie de problemas de infraestructura.
Al respecto, el Ministerio de Educación dice que los recursos están disponibles para enfrentar la situación, pero que el Departamento de Educación Municipal no hace bien el trabajo.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia íntegra de su intervención y la adhesión de la diputada señora Adriana Muñoz y de los diputados señores Sergio Ojeda , Gonzalo Duarte , Eugenio Tuma y de quien preside.
CONTINUACIÓN DE PROGRAMA CHILE BARRIO. Oficio.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Gonzalo Duarte.
El señor DUARTE.-
Señor Presidente , en los últimos días y por diversos medios se han conocido fuentes antecedentes de la situación de miles de familias que viven en campamentos.
Por una parte, el catastro nacional de campamentos de 2007, del Programa Chile Barrio, del Ministerio de Vivienda, que con una metodología desarrollada por el Celade y la Cepal busca identificar y localizar los asentamientos precarios, para lo cual se ha basado en la información de los censos de población del país.
Chile es pionero en la implementación de esta metodología que, según datos provisorios, ha logrado identificar alrededor de 25 mil familias que aún viven en campamentos.
Por otra parte, el estudio efectuado por el Centro de Investigación Social de la Fundación un Techo para Chile, identifica 533 asentamientos que albergan a más de 28 mil familias. De estos asentamientos, 57 están siendo atendidos en la actualidad por el Programa Chile Barrio.
Estas cifras nos preocupan, pero al mismo tiempo, nos alegra destacar el éxito que significa la disminución de la cantidad de familias que viven en situación precaria. En una década, Chile ha logrado reducir de 105 mil familias que vivían en campamentos en 1996 a 28 mil en la actualidad. Esto constituye un gran éxito para la política de vivienda impulsada por la Concertación durante los últimos diez años.
¡Cómo no destacar que el número de familias que hoy viven en campamentos equivale a la cuarta parte de hace cuatro años!
Pero esto no debe quedar ahí, debemos reafirmar la conducción y la orientación de la política habitacional para dar solución a esas 28 mil familias que aún permanecen en campamentos.
Por eso, solicito que se oficie a su excelencia la Presidenta de la República , en primer lugar, para felicitarla por la tarea cumplida, que permitió que cerca de ochenta mil familias dejaran de vivir en campamentos durante esta década. Al mismo tiempo, para pedirle la continución del Programa Chile Barrio, que ha demostrado ser eficaz en la solución de esta dramática realidad que viven tantos chilenos en nuestro país.
En el último tiempo se han escuchado voces que informan respecto de la posibilidad de que se ponga término a dicho programa. Su continuidad, en conjunto con las políticas desarrolladas por el Ministerio de la Vivienda a través del Fondo Concursable para la Vivienda Social Dinámica Sin Deuda, permitirán, sin ninguna duda, que Chile llegue al bicentenario sin campamentos y con una vivienda digna para sus habitantes.
Del mismo modo, solicito que se haga llegar copia de esta intervención al Programa Chile Barrio y al Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo soliciten.
CANCELACIÓN DE VUELOS DE LAN-CHILE EN AEROPUERTO MAQUEHUE. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , ayer, 2 de julio, lunes festivo de un fin de semana largo, en todos los terminales de buses se apreciaba una enorme cantidad de público usuario de ese medio de transporte. Lo propio ocurría en los terminales aéreos, donde en el último tiempo ha crecido ostensiblemente la demanda.
En el aeropuerto Maquehue , de la ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, entre las 19 y las 20 horas estaban programados tres vuelos: el vuelo 234, con destino a Concepción y Santiago y el vuelo 236, directo Temuco Santiago, ambos de LAN-Chile, y el vuelo 054 de Aerolíneas Sky, con destino a Concepción y Santiago.
LAN-Chile, pasadas las 19 horas, informó a sus pasajeros que por razones climáticas -el aeropuerto de Maquehue no permite el uso de la pista de aterrizaje por poca visibilidad- se cancelaban sus vuelos, quedaron en espera más de 200 pasajeros.
Entendemos que los vuelos se suspendan por razones de fuerza mayor, pero lo curioso del caso es que, a los pocos minutos de este anuncio, en el mismo aeropuerto, que estaba cerrado, aterrizó un avión de Aerolíneas Sky, que recogió a sus pasajeros normalmente, para trasladarlos a Concepción y a Santiago.
En esas circunstancias, cabe preguntarse, ¿cuál es la lógica y cuál es la medida para determinar cuándo un aeropuerto debe estar abierto o cerrado? ¿Por qué para una empresa está abierto y para otra, cerrado? ¿O está cerrado por conveniencia económica, por ahorro de combustible o por no prestar servicio a un número de pasajeros que no es conveniente o porque no tenían viaje de retorno y el vuelo no era lo suficientemente rentable?
Me parece que esta aerolínea que tiene la concesión por el Estado para prestar un servicio, debe cumplir los compromisos. Muchos pasajeros contratan sus servicios y programan su salida y llegada a cierta hora. Sin embargo, en el caso al que me refiero, los vuelos no se suspendieron por una o dos horas, sino por casi veinticuatro horas, ya que Lan Chile no tienen vuelo hasta el día siguiente, a las 17 horas.
Resulta curiosa la postergación del servicio, sobre todo si se considera que otra línea usó la misma pista y el mismo aeropuerto para cumplir su compromiso. Sería comprensible si hubiera habido una razón de fuerza mayor.
Por ello, pido oficiar al ministro de Defensa Nacional para que, a través del director de Aeronáutica Civil , informe acerca de las razones para autorizar el despegue o aterrizaje de un vuelo y no el de otro.
Aquí, pueden haber dos cosas. O Sky realizó una acción temeraria al aterrizar y despegar con pasajeros o Lan Chile privilegió una decisión económica abusiva al no prestar servicio a determinados pasajeros, porque no era negocio.
Desde ese punto de vista, pido oficiar al ministro de Economía, a fin de que el director del Sernac nos ilustre respecto de si esos pasajeros pueden iniciar una acción colectiva en contra de Lan Chile por no haber prestado de buena manera y en forma oportuna el servicio de transporte aéreo.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de la diputada señora Adriana Muñoz , del diputado señor Fidel Espinoza y de quien habla.
Puedo agregar que fui testigo de esa situación.
FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA “LEY DE LA SILLA”. Oficio.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , en esta oportunidad quiero referirme a la “ley de la silla”, una norma muy antigua y de nombre simple, cuyo propósito también es simple: obligar al empleador a tener, al menos, una silla en el lugar de trabajo, a fin de que el trabajador o la trabajadora pueda descansar durante la jornada laboral. Sin embargo, es curioso que una ley tan antigua y simple no sea respetada en el país.
En mi recorrido hacia mi distrito -son varios kilómetros de carretera- he podido constatar que en todos los Pronto Copec, donde trabajan fundamentalmente mujeres, no hay silla de descanso. Es más, las trabajadoras tienen prohibido descansar durante las ocho horas de su jornada laboral.
Esta empresa está en manos de transnacionales españolas. Por eso, me atrevo a preguntar en forma pública si en España se permitiría una desregulación de derechos tan magnífica, obvia, manifiesta e injusta como la que hace hoy en nuestro país.
En todos los Pronto Copec, del norte y del sur del país, las mujeres no pueden sentarse durante las ocho horas de su jornada laboral. No hay silla ni en el lugar donde atienden en los baños ni en el sector de comidas.
Además de eso, no tienen casino para almorzar, ni guardia de seguridad. Son mujeres que hacen turno durante toda la noche, ya que los Pronto Copec funcionan las 24 horas. En consecuencia, carecen de toda seguridad.
Por ello, pido oficiar a la directora del Trabajo , señora Patricia Silva , para que disponga la fiscalización de todos los Pronto Copec del país, a fin de establecer si se respeta la “ley de la silla”.
Aprovecho la oportunidad, para pedir que también se fiscalicen algunas grandes tiendas, como Falabella, Almacenes Paris y Ripley, donde laboran muchos hombres y mujeres, sobre todo estas últimas, porque están en el sector servicio en el mercado de trabajo.
Estas empresas tampoco respetan la “ley de la silla”. Diariamente, los trabajadores están ocho horas de pie, sin poder sentarse, en circunstancias de que existe esta normativa tan antigua, con un propósito tan simple y justo como su nombre.
En definitiva, esa ley no es respetada ni por las empresas nacionales ni por las transnacionales.
El resto de mi tiempo, se lo cedo al diputado Fidel Espinoza .
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, a fin de que se haga cumplir el artículo 193 del Código del Trabajo, con la adhesión de los señores diputados que así lo indican a la Mesa.
FACILIDADES EN ACCESO A BENEFICIO OTORGADO A DEUDORES HABITACIONALES SERVIU Y SERVIU-BANCA. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).-
Señor Presidente , en días pasados, recibí con alegría la concreción del compromiso de la Presidenta Michelle Bachelet respecto de la solución de los problemas de los deudores habitacionales Serviu y Serviu-Banca. No obstante, en la práctica han surgido situaciones de carácter doméstico complicadas, que impiden acceder a este beneficio.
El Ministerio de Vivienda envió una carta a los beneficiarios, en la que les pide acudir al BancoEstado para conocer la situación particular de cada uno o, bien, los invita a acceder a través del sistema computacional.
Cuando se acercan al BancoEstado, la solución debe buscarse en una máquina, mediante varios pasos a seguir. Esto ha resultado complicado para los beneficiarios, ya que, además, este tipo de máquina no existe en todas las sedes.
Acompañé a algunas señoras para ayudarlas a resolver su problema, pero es imposible acceder y obtener la información necesaria para impetrar el beneficio de la deuda hipotecaria de su casa.
Por lo tanto, pido oficiar a la ministra de Vivienda y al presidente del BancoEstado , para que revisen esta situación y busquen la solución adecuada, a fin de que estos deudores con problemas para pagar sus viviendas realicen el trámite correspondiente y accedan al beneficio otorgado por el Gobierno de la Concertación.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado señor Fidel Espinoza .
FISCALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO INDIVIDUAL. Oficios.
El señor MEZA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente, el domingo pasado, en una reunión en terreno en el sector Colegual, de la comuna de Llanquihue, tuve la oportunidad de conversar con los vecinos sobre algunos problemas relacionados con la carencia de suministro de agua potable rural, lo que les afecta negativamente en su calidad de vida.
Aunque el motivo central de la reunión era el suministro de agua potable rural, al menos dos familias beneficiarias del programa Puente me manifestaron su preocupación y molestia con las empresas consultoras que trabajaron en esa comuna en su implementación, ya que sólo recibieron una cifra cercana a las 20 ó 25 varas de leña, en lugar de los 300.000 pesos por familia que contemplaba el programa de apoyo al emprendimiento individual.
Para que se entienda, en el sur la medición de la leña es por vara, la que vale 4.000 pesos, aproximadamente.
Por lo tanto, como en el caso señalado, se gastaron 100.000 pesos -no 300.000 pesos- por cada familia, solicito que el contralor general de la República y la directora nacional del Fosis ordenen fiscalizar todos los programas de apoyo al emprendimiento individual que se han ejecutado entre el año 2004 y julio de 2007, en Fresia, Llanquihue, Puerto Varas, Frutillar y Los Muermos , con el objeto de determinar si en estas comunas existe una problemática de la misma índole que afecte a otras familias.
Quiero destacar que en un programa de televisión de hace unas semanas, Contacto, en particular, se vilipendió al programa Puente y al Gobierno del Presidente Lagos que lo creó. Pero con este caso puntual que denuncio se demuestra claramente que el problema se genera por las empresas consultoras, que muchas veces no desarrollaron la tarea que se les encomendó, sin dejar de lado, por cierto, que la labor fiscalizadora que corresponde no ha sido la más idónea.
Solicito que sean fiscalizados todos los programas de apoyo al emprendimiento individual desarrollados, para saber si la gente recibió los beneficios a entera satisfacción; en concreto, el monto establecido para cada familia.
Asimismo, solicito que se fiscalice íntegramente la entrega de este tipo de apoyo al emprendimiento individual por parte de la empresa consultora Frutillar, de la que se me han hecho denuncias de ciertos hechos anómalos.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INVESTIGACIÓN DE CONCURSO PÚBLICO EN CENTRO DEL SENAME DE PUERTO MONTT. Oficios.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , por otro lado, solicito que se oficie al ministro de Justicia y al contralor general de la República , para que dispongan la investigación de los hechos a que se refiere un correo electrónico que ha llegado a este parlamentario durante la mañana de hoy, firmado por la funcionaria Ingrid Pérez del Sename de la Décima Región.
En él se denuncia un hecho que me parece grave y vergonzoso, en relación con el concurso que se llevó a efecto para dotar de personal al nuevo centro semicerrado del Sename de Puerto Montt.
Señala que presiones de carácter político habrían llevado, justamente, a que en el concurso se favoreciera a ciertos militantes de una colectividad política.
Quiero señalar que me parece grave que esta señora pretenda, en definitiva, inmiscuir en esto a un parlamentario de la zona, del que tengo el más alto concepto y dudo que haya ejercido presión de cualquier tipo.
Lamentablemente, esa señora en su correo agradece las gestiones y las presiones realizadas para que ciertas personas de su partido hayan sido favorecidas para ocupar cargos en el centro semicerrado del Sename de Puerto Montt.
Primero, solicito que el contralor general de la República disponga la investigación de estos hechos y, segundo, que el ministro de Justicia, en particular, declare viciado el proceso.
Necesito conocer el listado de los postulantes. No puede jugarse con la fe pública. Si una persona presenta su currículo, tiene el sueño de acceder a un trabajo. Si además gasta plata para reunir todos los requisitos que requiere la postulación, uno siente que con un hecho como el señalado se rompe la fe pública.
Espero de mi Gobierno que dicho concurso sea declarado viciado.
Ese correo electrónico es vergonzoso. En todo caso, deslindo de toda responsabilidad al parlamentario aludido en él, de quien tengo el más alto concepto. Pero es inaceptable que esa señora exprese que ella y militantes de su partido fueron favorecidos, dejando fuera a gente de derecha y del Partido Comunista que no tiene ningún merecimiento, según el texto, para ocupar puesto alguno.
Los cargos, cuando son públicos, puede ocuparlos toda persona, tenga o no filiación política. Encuentro que el caso que denuncio raya en lo descarado y debemos rechazarlo todos.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
AGRADECIMIENTO A LA BANCADA DE SENADORES DEL PARTIDO RADICAL SOCIAL DEMÓCRATA. Oficio.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , por último, en forma breve, quiero que se oficie al Senado, en particular a la bancada del Partido Radical Social Demócrata, para agradecerle, en nombre de los diputados del grupo interparlamentario venezolano-chileno, los que la semana pasada realizamos múltiples actividades en ese hermoso país que es Venezuela. Una situación especial.
En particular, quiero agradecerle al senador Nelson Ávila por su prestancia y buenos oficios, que impidieron que un delicado hecho que nos ocurrió allá pasara a mayores: la grave situación que afectó al senador de mi partido Alejandro Navarro , cuando ascendimos al cerro más alto de Caracas, que por paradoja lleva su apellido.
La oportuna participación del senador Ávila logró, en definitiva, volver la caótica situación a la normalidad, para la tranquilidad de todos los que componíamos la delegación.
He dicho.
El señor MEZA ( Vicepresidente ).-
Fui testigo presencial de esa lamentable situación que le sucedió al senador Navarro . Felizmente, gracias a la intervención de los médicos que acompañábamos en ese momento, primero, y después a la sapiencia del senador Ávila , se superó la dificultad.
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado que preside.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.58 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de su Excelencia el Vicepresidente de la República a través del cual formula observaciones al proyecto de ley que crea un fondo de estabilización financiera del sistema de transporte público de la ciudad de Santiago y dispone otros aportes fiscales que indica. (boletín N° 5090-15)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de la facultad que me confiere el inciso primero del articulo 73 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo establecido en el Título III de la ley Nº 18.919, Orgánica Constitucional del Compreso Nacional, vengo en formular observaciones al proyecto de ley que crea un fondo de Estabilización Financiera del Sistema de Transporte Público de la ciudad de Santiago y dispone otros aportes fiscales que indica.
I. ANTECEDENTES
El proyecto de ley que Crea un Fondo de Estabilización Financiera del Sistema de Transporte Publico de la Ciudad de Santiago y dispone otros aportes fiscales que indica, se inició en Mensaje de la Presidenta de la República , y fue ingresado el día miércoles 06 de junio de 2007, a la Honorable Cámara de Diputados.
Mediante Oficio y Nº 6866, del 21 de junio del año en curso, la H. Cámara de Diputados comunicó a la Presidenta de la República , la aprobación del Congreso Nacional, al citado provecto de ley.
El proyecto de ley fue objeto de indicaciones durante su tramitación, en ambas Cámaras del Congreso, según consta en su historia fidedigna.
Con motivo de las indicaciones aprobadas en el segundo trámite constitucional en el Senado, se produjeron errores de referencia a ciertos artículos que dificultan la adecuada aplicación del contenido del proyecto.
Por ello, resulta necesario realizar las adecuaciones de texto que correspondan.
Las observaciones que se formulan, entonces, no introducen ninguna modificación sustantiva al proyecto. Sólo son ajustes de concordancia.
Cabe señalar que dichas faltas de coordinación en el texto fueron constatadas en la tramitación, Pero no hubo momento para lograr el consenso adecuado en estas materias menores.
Su tramitación, por otra parte, no debería retrasar la aplicación de la ley, en la medida que se despache por el H. Congreso dentro del día en que se inicie su tramitación.
II. CONTENIDO DE LAS OBSERVACIONES.
1. Adecuación de la numeración correlativa.
En Segundo Trámite Constitucional, aprobó una indicación que tuvo por objeto incorporar el artículo 2° bis.
Dicha norma establece que el traspaso de los recursos al Fondo de Estabilización Financiera de Transporte Público de la ciudad de Santiago, en adelante el Fondo, deberá efectuarse por parcialidades y en los términos allí señalados.
Considerando que el texto aprobado por el Congreso no constituye una modificación de una ley vigente, no resulta apropiado que éste contenga un artículo 2° bis, por lo cual se requiere adecuar la numeración correlativa por proyecto ce ley.
De esta forma, el artículo 2° bis pasa o ser artículo 3°, cambiando la numeración del resto del articulado, lo cual se manifiesta en 10 de las 27 observaciones.
2. Adecuaciones de referencia y/o coherencia del articulado.
Asimismo, en Segundo Trámite Constitucional se aprobó una indicación que sustituyó el artículo 3° del texto aprobado por la Cámara de Diputados en Primer Trámite Constitucional,
Dado que otras normas de: proyecto hacían referencia al artículo 3° aprobado en Primer Trámite Constitucional, cuyo contenido fue modificado por el Senado, resulta necesario efectuar adecuaciones de referencia y/o coherencia respecto de dichas normas,
Asimismo, se requiere realizar adecuaciones al texto, debido a la incorporación del artículo 2° bis y a los cambios de la numeración correlativa que se efectúan en virtud de las presentes observaciones.
Todas las adecuaciones de texto señaladas en este numeral se manifiestan en 17 de las 27 observaciones que por este acto se efectúan.
En consecuencia, vengo en formular las siguientes observaciones al proyecto de ley que Crea un Fondo de Estabilización Financiera del Sistema de Transporte Publico de la Ciudad de Santiago y dispone otros aportas fiscales que indica:
AL ARTÍCULO 2°
1) Para eliminar, en su inciso primero, la frase “en conformidad a lo establecido en el artículo 3° de esta ley,”.
2) Para intercalar, en su inciso segundo, entre las palabras “procedimiento” y “transfiera”, la expresión “y como parte de la primera mitad de los recursos a que se refiere el artículo siguiente,”.
AL ARTÍCULO 2° BIS
3) Para reemplazar la expresión “Artículo 2° bis” por la expresión “Artículo 3°”.
4) Para reemplazar el guarismo “3°” por “4°”.
AL ACTUAL ARTÍCULO 3°
5) Para reemplazar la expresión “Articulo 3º” por la expresión “Artículo 4º”.
6) Para reemplazar en su inciso primero, la expresión “artículo 2° bis” por la expresión “articulo 3°” y la palabra “sistema” por “Sistema”.
AL ACTUAL ARTÍCULO 4°
7) Para reemplazar la expresión “Artículo 4º” por la expresión “Artículo 5°”.
8) Para reemplazar, a continuación de la palabra “establecido”, la frase “en el artículo anterior, en los referidos convenios” por “en los artículos anteriores,”.
AL ACTUAL ARTÍCULO 5°
9) Para reemplazar la expresión “Artículo 5°” por la expresión “Artículo 6º”.
AL ACTUAL ARTÍCULO 6°
10) Para reemplazar la expresión “Artículo 6º” por la expresión “Articuló 7°”.
11) Para intercalar en su inciso primero entre la expresión “Ciudad de Santiago,” y el artículo “el”, la siguiente frase: “el Administrador Financiero de Transantiago , en adelante”.
12) Para suprimir, en su inciso ternero, la frase “En virtud de lo establecido en los convenios a que se refiere el artículo 3°,”.
13) Para reemplazar, en su inciso tercero, la palabra “podrán” por “Podrán”.
AL ACTUAL ARTÍCULO 7°
14) Para reemplazar la expresión “Artículo 7º” por la expresión “Artículo 8º”.
15) Para reemplazar, en su inciso primero, el guarismo “6°” por “7º”.
16) Para reemplazar, en su inciso tercero, la expresión “Los convenios”, por la frase “Los contratos a que se refiere el artículo 4º”.
17) Para reemplazar en su inciso cuarto, el guarismo “6º” por “7°”.
AL ACTUAL ARTÍCULO 8°
18) Para reemplazar la expresión “Artículo 8º” por la expresión “Artículo 9°”.
19) Para reemplazar la expresión “en los artículos 3° y 5°”, por la expresión “en este Título”.
AL ACTUAL ARTÍCULO 9°
20) Para reemplazar la expresión “Artículo 9º” por la expresión “Artículo 10°”.
AL ACTUAL ARTÍCULO 10
21) Para reemplazar la expresión “Articulo 10” por la expresión “Artículo 11°”.
22) Para reemplazar, en su inciso tercero, el guarismo “9º” por “10°”.
23) Para reemplazar, en su inciso final, la frase “al pactado en los convenios a que se refiere el artículo 3°” por la frase “al que se determine por aplicación del inciso primero del artículo 2º”,
AL ACTUAL ARTÍCULO 11
24) Para reemplazar la expresión “Artículo 11” por la expresión “Artículo 12°”.
25) Para reemplazar la expresión “artículos 9° y 10” por la expresión “artículos 10º y 11°”.
A LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA
26) Para reemplazar en el inciso primero de su artículo único, el guarismo “9º”, por el guarismo “10º”, y el guarismo “11” por “12º”.
27) Para reemplazar, en el inciso segundo de su artículo único, el guarismo “10” por “11º”,
(Fdo.): ANDRÉS VELASCO BARAHONA , Vicepresidente de la República ; ANDRÉS VELASCO BRAÑES , Ministro de Hacienda ; RENÉ CORTÁZAR SANZ , Ministro de Transportes y Telecomunicaciones ”.
2. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que crea un Fondo de Estabilización Financiera del Sistema de Transporte Público de la ciudad de Santiago y dispone otros aportes fiscales que indica. (boletín Nº 5090-15).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 21 de junio de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, correspondiente al Boletín N° 5148-05.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 6.865, de 21 de junio de 2007.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
4. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 21 de junio de 2007.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado la modificación introducida por esa Honorable Cámara al proyecto de ley que establece beneficios para el personal del Sector Salud, correspondiente al Boletín N° 4545-11.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 6.874, de 21 de junio de 2007.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
5. Segundo Informe de la Comisión de Salud sobre diversas mociones que establecen normas en materia de etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas e introducen modificaciones a la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. (boletines Nºs. 2973-11, 4181-11, 4192-11, 4379-11)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Salud pasa a informar acerca del proyecto de ley que refunde diversas mociones singularizadas en el epígrafe, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, de los señores Diputados que a continuación se detallan:
1. De los Diputados señora Soto , doña Laura ; y señores Accorsi, don Enrique ; Jarpa, don Carlos Abel y Palma, don Osvaldo , y los ex Diputados señores Girardi, don Guido y Sánchez, don Leopoldo , que establece modificaciones a la legislación sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas (boletín N° 2973-11).
2. De los Diputados señoras Goic, doña Carolina y Sepúlveda , doña Alejandra , y señores Olivares, don Carlos ; Venegas, don Mario ; Ojeda, don Sergio ; Sabag, don Jorge ; Díaz, don Eduardo ; Mulet, don Jaime , y Araya, don Pedro , que regula la publicidad de las bebidas alcohólicas (boletín N° 4181-11).
3. De los Diputados señores Chahuán, don Francisco , y Enríquez-Ominami, don Marco , que modifica las leyes números 19.925 y 18.455, en lo relativo a la publicidad y etiquetación de bebidas alcohólicas (boletín N° 4192-11).
4. De los Diputados señora Cristi , doña María Angélica , y señores Accorsi, don Enrique ; Chahuán, don Francisco ; Estay, don Enrique ; Girardi, don Guido ; Lobos, don Juan ; Masferrer, don Juan ; Ojeda, don Sergio ; Urrutia, don Ignacio , y Ward, don Felipe , que modifica la ley N° 19.925, facilitando el control al expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad (boletín N° 4379-11).
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
No contiene normas de rango orgánico constitucional ni de quórum calificado.
No contiene normas que deban ser analizadas por la Comisión de Hacienda.
El proyecto consta de cuatro artículos permanentes y uno transitorio, todos los cuales, salvo el artículo 4°, fueron objeto de indicaciones.
En consecuencia, sólo el artículo 4° debe declararse reglamentariamente aprobado.
Se designó diputado informante al señor Juan Lobos .
II. OBJETIVOS DE LA INICIATIVA.
A) Introducir las siguientes obligaciones en torno al etiquetado y advertencias.
Regular el etiquetado de bebidas alcohólicas cuya graduación sea igual o superior a 1 grado en el sentido de que incorporen, además, una advertencia sobre los daños que provoca el consumo excesivo, cuyo tamaño deberá ser de 25% de la superficie total de la etiqueta.
Esta advertencia deberá incluirse en toda acción publicitaria.
Prohibir la publicidad de bebidas alcohólicas en todos los medios de transporte.
Para el caso de la propaganda televisiva o cinematográfica, se establece la obligación de proyectar después del spot una advertencia, la que deberá abarcar la totalidad de la pantalla por cinco segundos.
Establecer horarios para la publicidad de tales productos en radio y televisión, esto es de 23:00 a 06:00 horas.
Durante el resto del horario, la publicidad no podrá superar el 15% del tiempo destinado a la transmisión de propaganda.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad, auspicio o patrocinio de bebidas alcohólicas en actividades deportivas.
Igual prohibición se establece para productos, actividades o publicaciones destinados a menores de edad.
Asimismo se incluye la prohibición de publicidad comercial de bebidas alcohólicas en actividades recreativas o culturales en que asistan menores de edad.
B) Introducir las siguientes modificaciones en la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.
Incorporar la prohibición de venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicios o bombas bencineras, incluido cualquier otro establecimiento que se encuentre emplazado en el mismo terreno.
Permitir que los menores de dieciocho años de edad puedan ingresar a discotecas en que no se expendan bebidas alcohólicas.
Perfeccionar lo relativo al emplazamiento del dueño, empresario o regente de un establecimiento donde se cometa una infracción.
Eliminar las excepciones que contempla la ley para que en los establecimientos educacionales se pueda expender bebidas alcohólicas.
C) DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.
ARTÍCULO 1°.
“Los envases o etiquetas de cualquier bebida alcohólica cuya graduación fuese igual o mayor a un grado deberán llevar una clara y precisa advertencia de los daños, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas, implica su consumo excesivo y/o de los modos de beber sin riesgo. Esta advertencia ocupará un 25% de la superficie total de la etiqueta y deberá ser diseñada y establecida mediante decreto supremo del Ministerio de Salud, el que, además, determinará, entre otras materias, uno o más textos de advertencia, diseño y período de vigencia de la advertencia. En el caso de productos importados deberá ser adherida de manera que no pueda ser despegada fácilmente.
Asimismo, el Ministerio podrá establecer advertencias distintas y especiales para categorías de productos distintos, ya sea por graduación alcohólica o por grupo objetivo consumidor mayoritario.
Dicha advertencia se incluirá además en toda acción publicitaria, cualquiera sea el medio o forma en la cual se realice, sea que se inserten en diarios, revistas, spots televisivos, difusión radial y, en general, en toda propaganda o estimulación al consumo del alcohol que se exponga por cualquier medio de comunicación social, así como también en el material publicitario, de cualquier especie, como letreros, gigantografías, afiches, entre otros.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad de bebidas alcohólicas en medios de transporte colectivos públicos o privados.
En el caso de propaganda televisiva o cinematográfica, se proyectará después del spot o aviso y por un lapso no inferior a cinco segundos, un recuadro que abarque la totalidad de la pantalla conteniendo el mensaje y/o la advertencia descrita anteriormente.
La autoridad sanitaria fiscalizará el cumplimiento de esta ley, conforme a las normas del Código Sanitario”.
INDICACIONES AL ARTÍCULO 1°.
1. De los señores Dittborn y Urrutia , al inciso primero, para sustituir la expresión “un grado” por “diez grados”.
Esta indicación tiene por objeto aumentar, de uno a diez grados, la graduación alcohólica a partir de la cual es exigible incorporar la advertencia sobre el consumo de bebidas alcohólicas en los envases y etiquetas de estas últimas.
Rechazada por 1 voto a favor y 10 en contra.
2. Del señor Dittborn , al inciso primero, para intercalar, a continuación de la expresión “mayor a un grado” la frase “y cuya venta se realice dentro del territorio de la República de Chile”.
Tiene como finalidad especificar que las advertencias que deben contener los envases y etiquetas de las bebidas alcohólicas cuya graduación sea igual o superior a un grado son exigibles respecto de aquéllas que se vendan dentro del país.
Sobre el particular, se tuvo en consideración que las bebidas alcohólicas que son exportadas a otros países deben cumplir con las exigencias que se establecen en ellos respecto del etiquetado.
Rechazada por unanimidad.
3. Del señor Dittborn , al inciso primero, para reemplazar el guarismo “25%” por “10%”.
Se señaló que el porcentaje ya aprobado era de por sí reducido, de modo que con disminuirlo más no se lograría el fin deseado.
Rechazada por 4 votos a favor y 7 en contra.
4. De los señores Álvarez-Salamanca y Verdugo, para intercalar, en el inciso primero, a continuación de la palabra “advertencia.” la siguiente frase: “Se exceptúa de esta norma al vino chileno.”.
Su finalidad es exceptuar al vino chileno de las exigencias que se establecen en materia de etiquetado de bebidas alcohólicas, lo cual fue considerado discriminatorio.
Rechazada por unanimidad
5. Del señor Monsalve , para eliminar el inciso final del artículo 1°
Su finalidad es establecer que la autoridad sanitaria tiene competencia sólo en lo que respecta a los artículos 1° y 2°, como se consigna mediante otra indicación que incorpora esta frase en el artículo 2°, como se comentará al analizar dicho artículo.
Aprobada por unanimidad.
6. Del señor Bertolino, para sustituir los incisos primero, segundo y tercero, por el siguiente:
“Artículo 1°.- Los envases o etiquetas de cualquier bebida alcohólica cuya graduación fuese igual o superior a 15° deberá llevar una clara advertencia junto a la etiqueta donde se diga “el consumo excesivo de alcohol produce daño a la salud”.”.
Su objeto dice relación con aumentar, de uno a quince grados, la graduación alcohólica a partir de la cual es exigible incorporar la advertencia sobre el consumo de bebidas alcohólicas en los envases y etiquetas de estas últimas. Asimismo, se pretende simplificar la norma en el sentido de eliminar la regulación propuesta en relación con el tamaño de la advertencia y la intervención del Ministerio de Salud en la determinación de los textos de los mensajes que se utilizarán para estos efectos. Finalmente, se propone evitar que las advertencias deban incluirse en las acciones publicitarias de las bebidas alcohólicas.
Se hizo presente que carecía de fundamento, toda vez que el consumo de bebidas alcohólicas que tienen una baja graduación igualmente puede ser perjudicial en la medida en que sea excesivo, por lo que se consideró razonable insistir en la propuesta inicial de exigir la advertencia correspondiente en los envases y etiquetas de bebidas alcohólicas con graduación igual o superior a un grado.
Rechazada por unanimidad.
ARTÍCULO 2°.
“La publicidad directa o indirecta de bebidas alcohólicas en radios y televisión sólo podrá realizarse entre las veintidós y las seis horas. No obstante, durante el resto del horario, la publicidad de bebidas alcohólicas no podrá superar el 15% del tiempo destinado a la transmisión de propaganda.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta de bebidas alcohólicas en actividades deportivas, tales como la promoción, comunicación, recomendación o propaganda de dichas bebidas sus marcas y productos, como asimismo el auspicio o patrocinio de dichas actividades.
Igual prohibición regirá para todos los productos, actividades o publicaciones, cualquiera sea su formato, físico o virtual, destinados a menores de edad.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial directa o indirecta de bebidas alcohólicas en actividades recreativas o culturales a las que asistan menores de edad.
Toda conducta en contravención a este artículo será sancionada con una multa entre trescientas y seiscientas unidades tributarias mensuales”.
INDICACIONES AL ARTÍCULO 2°.
1. De los señores Aguiló, Alinco , Bustos , De Urresti , Enríquez-Ominami , Espinoza, don Marcos ; Monsalve y Sule, al inciso primero, para sustituir la frase inicial “La publicidad directa o indirecta de bebidas alcohólicas en radios y televisión sólo podrá realizarse entre las veintidós y las seis horas.” por la siguiente: “La publicidad de bebidas alcohólicas en radios y televisión sólo podrá realizarse entre las veintitrés y las seis horas.”.
Su objetivo es acotar más el horario dentro del cual se podrá emitir publicidad de bebidas alcohólicas en los medios de comunicación señalados. Sus autores tuvieron en consideración las opiniones expresadas por expertos en la materia, quienes manifestaron que hay muchos jóvenes que tienen acceso a la radio y a la televisión a partir de las veintidós horas. Se sostuvo que los estudios realizados respecto de la mortalidad de jóvenes por accidentes de tránsito sitúan el consumo de alcohol como un factor importante, por lo que en otros países se han adoptado medidas para restringir la publicidad de las bebidas alcohólicas.
Aprobada por 8 votos a favor y 2 en contra.
2. De la señora Rubilar y señores Chahuán y Lobos para eliminar en el inciso segundo del artículo 2°, la expresión “o indirecta”, y la frase “como asimismo el auspicio o patrocinio de dichas actividades”.
Se pretende mejorar la redacción de la norma y permitir la publicidad indirecta de bebidas alcohólicas en las actividades deportivas, así como también que este tipo de productos y sus marcas puedan auspiciar o patrocinar el desarrollo de estas últimas.
Rechazada por 4 votos a favor y 6 en contra.
3. De los señores Lobos y Rojas para suprimir los incisos segundo, tercero y cuarto.
En dichos incisos se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en actividades deportivas, productos o publicaciones destinadas a menores y en las actividades culturales o recreativas a las que asistan estos últimos. La eliminación de estas prohibiciones obedece, según los autores de la indicación, a que su aplicación traería como consecuencia la falta de auspicio para el fútbol profesional, ya que todos los equipos que practican este deporte son patrocinados por marcas de bebidas alcohólicas.
Durante el debate, se planteó que el fútbol profesional podría conseguir el auspicio de empresas que comercializan otros tipos de productos y que, en todo caso, debe primar la consideración de que es inconveniente asociar el consumo de alcohol con el deporte, cuyos exponentes tienen una imagen exitosa, o las actividades recreativas, particularmente debido a que ello influye negativamente en los patrones de conducta juveniles.
Asimismo, se manifestó la preocupación respecto de que se asocie el deporte con el consumo de alcohol.
Se tuvo en consideración que, de acuerdo con las estadísticas de la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito (Conaset), en los accidentes de tránsito en que han tenido como causa directa el excesivo consumo de alcohol han fallecido 55 niños de hasta cuatro años; 449 menores cuyas edades fluctúan entre cinco y ocho años, y 3.000 jóvenes que tienen entre diecinueve y treinta y tres años, durante los últimos diez años y que finalmente la publicidad influye en las conductas de las personas.
Por otro lado, se argumentó que la principal responsabilidad sobre el consumo excesivo de bebidas alcohólicas por parte de los jóvenes reside en sus familias y no en la publicidad de este tipo de productos y que por otro lado, este tipo de prohibiciones pondría en riesgo el aporte económico que recibe la actividad deportiva de las empresas que comercializan bebidas alcohólicas.
Se destacó la importancia de que los líderes deportivos colaboren en la realización de una campaña publicitaria que ponga énfasis en la responsabilidad de los padres respecto de sus hijos.
Desde otro punto de vista, se precisó, además, que de acuerdo con la normativa vigente, sólo pueden venderse bebidas alcohólicas a los mayores de edad, de modo que, no sería conveniente establecer limitaciones o restricciones a personas que son responsables penalmente, que tienen derecho a sufragio y que son considerados capaces para decidir respecto de sus actos.
En ese mismo sentido, se sostuvo que esta prohibición perjudicaría el desarrollo de actividades productivas ligadas al turismo y al esparcimiento, que tienen hoy por hoy la mayor relevancia.
Con respecto al último inciso, que prohíbe cualquier forma de publicad comercial de bebidas alcohólicas de bebidas alcohólicas en actividades ya sean recreativas o culturales a la que asistan menores, se argumentó que impedirá a los padres de menores de dieciocho años concurrir con sus hijos a eventos de este tipo patrocinados por empresas que comercializan bebidas alcohólicas, lo que, en definitiva, provocará una disgregación familiar.
Rechazada por 2 votos a favor y 8 en contra.
4. De la señora Cristi, para eliminar el inciso cuarto del artículo 2°.
Su objeto dice relación con suprimir exclusivamente la prohibición referida a la publicidad de bebidas alcohólicas en actividades recreativas o culturales a las que asistan menores de edad. Su autora argumentó que esta limitación afectaría el desarrollo de exposiciones o eventos que auspician, a modo de ejemplo, las viñas, a los cuales no podrían concurrir los padres con sus hijos menores de edad.
Durante el debate se planteó que sería discriminatorio prohibir dicha publicidad en las actividades deportivas y permitirla en las de tipo recreativo y cultural.
Rechazada por 4 votos a favor y 6 en contra.
5. Del Diputado señor Bertolino, para eliminar los incisos cuarto y quinto.
Mediante esta indicación se suprime la prohibición de la publicidad de bebidas alcohólicas en actividades recreativas o culturales a las que asistan menores de edad, establecida en el inciso cuarto, y la sanción contemplada para el evento de la contravención de las prohibiciones establecidas en el artículo 2°, que consiste, de acuerdo con lo expresado en el inciso quinto, en una multa de entre trescientas y seiscientas unidades tributarias mensuales.
Durante el debate, se hizo presente que carece de sentido establecer prohibiciones, como las contenidas en los incisos primero, segundo y tercero del mencionado artículo, cuya infracción no sea sancionada.
Rechazada por 2 votos a favor, 8 en contra y 1 abstención.
6. De los señores Silber y Sepúlveda para suprimir el inciso quinto del artículo 2°.
En el mencionado inciso se establece una sanción para el evento de la contravención de las prohibiciones establecidas en el artículo 2°, que consiste en una multa de entre trescientas y seiscientas unidades tributarias mensuales.
Inicialmente se planteó la posibilidad de rebajar el monto de la multa, a fin de que esta última fuese gradual y proporcional, sobre todo si se considera que sería excesivo aplicar el monto mínimo fijado para esta sanción pecuniaria en el caso de actividades recreativas o culturales de escasa concurrencia. No obstante, se advirtió que al otorgar a la Autoridad Sanitaria la facultad de fiscalizar el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1° y 2°, ésta estaría, a su vez, encargada de aplicar las sanciones correspondientes a la infracción de ambas disposiciones, de acuerdo con las normas del Código Sanitario que igualmente establecen multas, razón por la cual no sería necesario contemplar una sanción especial en este artículo 2°.
Aprobada por unanimidad.
7. Del señor Monsalve para incorporar un nuevo inciso final en el artículo 2° del siguiente tenor: “La autoridad sanitaria fiscalizará el cumplimiento de lo establecido en los artículos 1° y 2° de esta ley, conforme con las normas del Código Sanitario.”.
Su finalidad es precisar que la autoridad sanitaria tendrá competencia en todo lo relativo a la aplicación de los artículos 1° y 2°.
Aprobada por unanimidad.
ARTÍCULO 3°.
“Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas:
1. Modifícase la letra l) del artículo 3° en los siguientes términos:
a) Agrégase, después de la palabra “Hoteles,” el término “Apart Hoteles”, seguido de una coma (,).
b) Intercálese la siguiente letra b), pasando la actual a ser c), y así sucesivamente:
“b) Apart hotel, en el que se presta al turista servicio de hospedaje, sin perjuicio de otros servicios, con expendio de bebidas alcohólicas.”.
2. Modifícase el artículo 19, en los siguientes términos:
a) Incorpórase el siguiente inciso segundo, pasando el actual a ser tercero y así sucesivamente:
“Prohíbese el expendio de bebidas alcohólicas en locales donde se comercialicen combustibles y en locales incluidos o adheridos a ellos.”.
b) Reemplázase, en el inciso cuarto, que pasa a ser quinto, la expresión “de fútbol profesional” por la palabra “masivos”.
3. Reemplázase el artículo 28, por el siguiente:
“Artículo 28.- Si un menor de dieciocho años de edad fuere sorprendido realizando alguna de las conductas prohibidas en los artículos 25, inciso primero, y 26, inciso primero, como medida de protección será conducido por Carabineros al cuartel policial o a su domicilio.
En el cuartel policial, Carabineros adoptará las medidas necesarias para informar a su familia o a las personas que el menor indique acerca del lugar en el que se encuentra, o bien le otorgará las facilidades para que se comunique telefónicamente con alguna de ellas.
Al devolver al menor a sus padres o a la persona encargada de su cuidado, Carabineros extenderá una citación al padre, madre o tutor y al menor, para que comparezcan ante el juez de policía local competente, quien podrá aplicar en contra de los mayores algunas de las sanciones dispuestas en el artículo 25 y, en contra del menor, la realización de las tareas descritas en el inciso sexto del mismo artículo, si fuera mayor de 14 años, y la concurrencia a alguno de los programas de prevención o rehabilitación señalados en el artículo 26, según corresponda.”.
4. Reemplázase, en el inciso primero del artículo 39, la expresión “se estimulará” por la frase “el currículo de enseñanza del establecimiento deberá incorporar”.
5. Sustitúyese el inciso segundo del artículo 42, por el siguiente:
“Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso anterior, quienes atiendan en esos establecimientos estarán obligados a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación expedido por la autoridad pública, a todas las personas que deseen adquirir bebidas alcohólicas y tengan, aparentemente, menos de dieciocho años de edad. Asimismo, y mientras se encuentren cumpliendo con sus funciones fiscalizadoras, los inspectores municipales estarán facultados para solicitar alguna identificación que acredite la edad de los compradores.”.
INDICACIONES AL ARTÍCULO 3°.
1. De las señoras Cristi y Goic y de los señores Álvarez, don Rodrigo, Leal y Olivares, para agregar la siguiente letra c), nueva:
“c) Agrégase, la siguiente categoría, nueva:
“Q) Casinos de juego regulados por la ley Nº 19.995, que puede incluir el otorgamiento por la municipalidad respectiva de las patentes clasificadas en las categorías C), D), E) y O).
Los establecimientos de esta categoría quedarán sujetos a todas las normas y restricciones contendidas en esta ley, exceptuando las restricciones a las que se refiere el inciso cuarto del artículo 8°.
Valor patente: 70 UTM.”.
Retirada por sus autores.
2. De la señora Cristi y de los señores Lobos y Uriarte , para sustituir el inciso segundo del artículo 9°, por el siguiente:
“Igual anotación se hará respecto del adquirente de una patente, en caso de transferencia, o respecto del poseedor o tenedor a cualquier título de ella. Si fuere una persona jurídica, deberá dejarse constancia del o los administradores o gerentes. Las patentes sólo pueden transferirse previa inscripción en la oficina municipal que corresponda, y a personas que no estén comprendidas en las prohibiciones del artículo 4°.”.
Retirada por sus autores.
3. Del señor Bertolino para eliminar el inciso segundo del artículo 19, el cual establece la prohibición para el expendio de bebidas alcohólicas en locales donde se comercialicen combustibles o en locales incluidos o adheridos a ellos.
Su redacción suscitó dudas de interpretación y fue retirada por su autor y reemplazada por la siguiente.
Retirada por su autor.
4. De las señoras Cristi y Rubilar y de los señores Chahuán , Girardi , Lobos, Monsalve y Sepúlveda , para agregar un nuevo inciso segundo al artículo 19, pasando el segundo a ser tercero y así sucesivamente, del siguiente tenor:
“Prohíbese la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicios o bombas bencineras y en cualquier otro establecimiento que se encuentre emplazado en el mismo terreno.”.
Su objeto es precisar que la prohibición de expendio de bebidas alcohólicas en locales donde se comercialicen combustibles también alcanza a los locales situados en el mismo terreno.
Fue aprobada por unanimidad.
5. De la señora Cristi y de los señores Lobos y Sepulveda, para agregar el siguiente número 4, nuevo:
“4.- Reemplázanse los incisos primero y segundo del artículo 29, por los siguientes:
“Artículo 29.- Prohíbese el ingreso de menores de dieciocho años a los cabarés, cantinas, bares, tabernas y discotecas.
El administrador o dueño de esos establecimientos, así como quien atienda en ellos estará obligado a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación expedido por la autoridad pública a todas las personas que deseen ingresar y tengan, aparentemente, menos de dieciocho años de edad.”.
Su finalidad es eliminar la posibilidad que existe actualmente de que los mayores de dieciséis y menores de dieciocho años puedan ingresar a discotecas, lo cual ha provocado problemas a los propietarios de estos establecimientos.
Se tuvo presente que en virtud de las modificaciones introducidas por la ley N° 20.105 en la ley N° 19.419, en lo que respecta a la publicidad y consumo de tabaco, las discotecas que expenden bebidas alcohólicas y que aseguren el ingreso sólo para mayores de dieciocho años pueden escoger entre ser un lugar para fumadores o para no fumadores independientemente de la superficie que tengan, de modo que en el caso de que se opte por lo primero, los menores de edad no podrán acceder.
Por otra parte, se hizo notar que los administradores o dueños de discotecas o establecimientos similares carecen de la facultad de solicitar el carné de identidad a quienes ingresan a ellos, de modo que no pueden fiscalizar adecuadamente que se dé cumplimiento a la prohibición de acceso a los menores, lo cual justifica incorporar una norma que regule expresamente esta situación.
No obstante lo anterior, se planteó la conveniencia de permitir que las discotecas puedan funcionar en algún horario sin expender bebidas alcohólicas, en cuyo caso podría autorizarse el ingreso de menores de dieciocho años de edad.
En virtud de lo anterior, la señora Cristi y los señores Chahuán , Girardi , Lobos, Monsalve y Sepúlveda presentaron dos nuevas indicaciones, que modificaron la anterior.
a. Para eliminar en el inciso primero la expresión “y discotecas”.
b. Para agregar un nuevo inciso segundo del siguiente tenor: “Prohíbese el ingreso de menores de dieciocho años a las discotecas cuando en ellas se expendan bebidas alcohólicas.”
Fueron aprobadas por unanimidad.
6. De la señora Cristi y de los señores Lobos y Sepúlveda , don Roberto , para suprimir el inciso cuarto del artículo 39.
Aprobada por 6 votos a favor y 4 en contra.
7. De la señora Cristi y de los señores Lobos y Uriarte, para agregar el siguiente número nuevo.
“.- Agréganse en el artículo 51 los siguientes incisos nuevos:
“Para todos los efectos legales, el dueño, empresario, sean ellos personas naturales o jurídicas, o el regente de un establecimiento, se entenderá emplazado cuando la boleta de citación sea recibida por una persona adulta que se encuentre a cargo del local en que se cometa el hecho denunciado, debiendo, en el parte o denuncia respectiva, dejarse constancia, a lo menos, de la individualización del regente y de la persona a cargo del local al momento de la citación, si no fuere el regente o administrador.
Deberá asimismo, mantenerse en un lugar visible del local, un cartel con la individualización del regente Administrador.”.
Persigue terminar con la práctica de evitar el emplazamiento, por la vía de alegar que la persona notificada no es el propietario ni el administrador o regente del establecimiento. Ello se produce cuando, concertados previamente, los mozos y el regente del bar o restaurante niegan a los fiscalizadores la presencia del propietario o regente y cualquiera de los empleados se atribuye la calidad de administrador.
Aprobada por unanimidad.
8. De la señora Cristi y de los señores Lobos y Sepúlveda , don Roberto , agregar el siguiente número nuevo:
“Reemplázase, en el artículo 53, la frase “los artículo 42 y 16” por la siguiente: “el artículo 46”.
Se tuvo en consideración que no era conveniente que las conductas sancionadas en el artículo 42 se reputen contravenciones y queden sujetas a la competencia y procedimientos aplicables a los juzgados de policía local. Hubo consenso en orden a que la mencionada norma establece figuras delictivas cuyo conocimiento debe corresponder a la justicia ordinaria.
Retirada por sus autores.
INDICACIONES PARA INCORPORAR ARTÍCULOS 5° y 6° NUEVOS.
1. De la señora Cristi y de los señores Lobos y Sepúlveda , don Roberto , para agregar el siguiente artículo 5°, nuevo:
“Artículo 5°.- Agrégase en el inciso primero del artículo 13 de la ley N° 18.290, de Tránsito, el siguiente N° 5, nuevo:
“5.- No haber sido sorprendido por Carabineros realizando alguna de las conductas descritas en los artículos 25, inciso primero y 26, inciso primero, de la ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, en los últimos doce meses.”.”.
Retirada por sus autores (artículo 267, inciso segundo).
2. De la señora Cristi y de los señores Lobos y Uriarte para agregar el siguiente artículo 6°, nuevo:
“Artículo 6°.- Agrégase en la ley Nº 18,287, sobre procedimiento ante los Juzgados de Policía Local el siguiente artículo 16 bis A.
“Artículo 16 bis A.- En los casos de denuncias de Carabineros de Chile, por contravenciones a los establecido en el artículo 14 de la ley N° 19.925, el juez podrá decretar la entrada y registro del establecimiento, aunque éste se encontrare cerrado, para verificar el hecho denunciado, cuando la denuncia contenga los antecedentes que permitan fundar sospechas sobre la verdad del hecho.
En tal caso podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública y se aplicará lo establecido los incisos tercero, cuarto y quinto del artículo 16 bis.”.
Retirada por sus autores (artículo 267, inciso segundo).
ARTÍCULO TRANSITORIO.
Artículo transitorio.- Esta ley entrará en vigencia a partir de un año contado desde la fecha de su publicación.
INDICACIÓN.
1. De la señora Cristi y de los señores Lobos y Sepúlveda, don Roberto, para sustituirlo, por el siguiente:
“Artículo transitorio.- Los artículos 1° y 2° de esta ley entrarán en vigencia a partir de un año contado desde la fecha de su publicación.”.
Aprobada por unanimidad.
D) TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN.
Artículo 1°.- Los envases o etiquetas de cualquier bebida alcohólica cuya graduación fuese igual o mayor a un grado, deberán llevar una clara y precisa advertencia de los daños, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas, implica su consumo excesivo y/o de los modos de beber sin riesgo. Esta advertencia ocupará un 25% de la superficie total de la etiqueta, y deberá ser diseñada y establecida mediante decreto supremo del Ministerio de Salud, el que además determinará, entre otras materias, uno o más textos de advertencia, diseño y período de vigencia de la advertencia. En el caso de productos importados, deberá ser adherida de manera que no pueda ser despegada fácilmente.
Asimismo, el Ministerio podrá establecer advertencias distintas y especiales para categorías de productos distintos, ya sea por graduación alcohólica o por grupo objetivo consumidor mayoritario.
Dicha advertencia se incluirá además en toda acción publicitaria, cualquiera sea el medio o forma en la cual se realice, sea que se inserten en diarios, revistas, spots televisivos, difusión radial y, en general, en toda propaganda o estimulación al consumo del alcohol que se exponga por cualquier medio de comunicación social, así como también en el material publicitario, de cualquier especie, como letreros, gigantografías, afiches, entre otros.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad de bebidas alcohólicas en medios de transporte colectivos públicos o privados.
En el caso de propaganda televisiva o cinematográfica, se proyectará después del spot o aviso y por un lapso no inferior a cinco segundos, un recuadro que abarque la totalidad de la pantalla conteniendo el mensaje y/o la advertencia descrita anteriormente.
Artículo 2°.- La publicidad de bebidas alcohólicas en radios y televisión sólo podrá realizarse entre las veintitrés y las seis horas. No obstante, durante el resto del horario, la publicidad de bebidas alcohólicas no podrá superar el 15% del tiempo destinado a la transmisión de propaganda.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta de bebidas alcohólicas en actividades deportivas, tales como la promoción, comunicación, recomendación o propaganda de dichas bebidas sus marcas y productos, como asimismo el auspicio o patrocinio de dichas actividades.
Igual prohibición regirá para todos los productos, actividades o publicaciones, cualquiera sea su formato, físico o virtual, destinados a menores de edad.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial directa o indirecta de bebidas alcohólicas en actividades recreativas o culturales a las que asistan menores de edad.
La autoridad sanitaria fiscalizará el cumplimiento de lo establecido en los artículos 1° y 2° de esta ley, conforme a las normas del Código Sanitario.
Artículo 3°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas:
1. Modifícase la letra l) del artículo 3° en los siguientes términos:
a) Agrégase, después de la palabra “Hoteles,” el término “Apart Hoteles”, seguido de una coma (,).
b) Intercálese la siguiente letra b), pasando la actual a ser c), y así sucesivamente:
“b) Apart hotel, en el que se presta al turista servicio de hospedaje, sin perjuicio de otros servicios, con expendio de bebidas alcohólicas.”.
2. Modifícase el artículo 19, en los siguientes términos:
a) Incorpórase el siguiente inciso segundo, pasando el actual a ser tercero y así sucesivamente:
“Prohíbese la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicios o bombas bencineras y en cualquier otro establecimiento que se encuentre emplazado en el mismo terreno.”.
b) Reemplázase, en el inciso cuarto, que pasa a ser quinto, la expresión “de fútbol profesional” por la palabra “masivos”.
3. Reemplázase el artículo 28, por el siguiente:
“Artículo 28.- Si un menor de dieciocho años de edad fuere sorprendido realizando alguna de las conductas prohibidas en los artículos 25, inciso primero, y 26, inciso primero, como medida de protección será conducido por Carabineros al cuartel policial o a su domicilio.
En el cuartel policial, Carabineros adoptará las medidas necesarias para informar a su familia o a las personas que el menor indique acerca del lugar en el que se encuentra, o bien le otorgará las facilidades para que se comunique telefónicamente con alguna de ellas.
Al devolver al menor a sus padres o a la persona encargada de su cuidado, Carabineros extenderá una citación al padre, madre o tutor y al menor, para que comparezcan ante el juez de policía local competente, quien podrá aplicar en contra de los mayores algunas de las sanciones dispuestas en el artículo 25 y, en contra del menor, la realización de las tareas descritas en el inciso sexto del mismo artículo, si fuera mayor de 14 años, y la concurrencia a alguno de los programas de prevención o rehabilitación señalados en el artículo 26, según corresponda.”.
4. Reemplázanse los incisos primero y segundo del artículo 29, por los siguientes:
“Artículo 29.- Prohíbese el ingreso de menores de dieciocho años a los cabarés, cantinas, bares y tabernas.
Prohíbese, asimismo, el ingreso de menores de dieciocho años a las discotecas cuando en ellas se expendan bebidas alcohólicas.
El administrador o dueño de esos establecimientos, así como quien atienda en ellos, estará obligado a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación expedido por la autoridad pública a todas las personas que deseen ingresar y tengan, aparentemente, menos de dieciocho años de edad.”.
5. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 39.
a) Reemplázase, en el inciso primero, la expresión “se estimulará” por la frase “el currículo de enseñanza del establecimiento deberá incorporar”.
b) Elimínase el inciso cuarto.
6. Sustitúyese el inciso segundo del artículo 42, por el siguiente:
“Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso anterior, quienes atiendan en esos establecimientos estarán obligados a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación expedido por la autoridad pública, a todas las personas que deseen adquirir bebidas alcohólicas y tengan, aparentemente, menos de dieciocho años de edad. Asimismo, y mientras se encuentren cumpliendo con sus funciones fiscalizadoras, los inspectores municipales estarán facultados para solicitar alguna identificación que acredite la edad de los compradores.”.
7. Agréganse, en el artículo 51, los siguientes incisos segundo y tercero, nuevos:
“Para todos los efectos legales, el dueño, empresario, sean ellos personas naturales o jurídicas, o el regente de un establecimiento, se entenderán emplazados cuando la boleta de citación sea recibida por una persona adulta que se encuentre a cargo del local en que se cometa el hecho denunciado, debiendo, en el parte o denuncia respectiva, dejarse constancia, a lo menos, de la individualización del regente y de la persona a cargo del local al momento de la citación, si no fuere el regente o administrador.
Deberá, asimismo, mantenerse en un lugar visible del local, un cartel con la individualización del regente Administrador.”.
Artículo 4°.- Los planes y programas de estudio y prevención a que se refieren los incisos primero, segundo y final del artículo 39° de la ley N° 19.925, deberán estar en ejecución un año después de la publicación de esta ley.
Artículo transitorio.- Los artículos 1° y 2° de esta ley entrarán en vigencia a partir de un año contado desde la fecha de su publicación.”.
-o-
Tratado y acordado en las sesiones celebradas los días 16 y 23 de enero de 2007, con la asistencia de los Diputados señores Monsalve, don Manuel ( Presidente ); Chahuán, don Francisco ; Cristi , doña María Angélica ; Girardi, don Guido ; Lobos, don Juan ; Masferrer, don Juan ; Olivares, don Carlos ; Rubilar, doña Karla ; Robles, don Alberto ; Rossi, don Fulvio ; Sepúlveda, don Roberto , y Silber, don Gabriel . Asistieron, además, los Diputados señora Goic, doña Carolina , y señor Bertolino, don Mario .
Concurrieron, por la vía del reemplazo, los Diputados señores Palma, don Osvaldo, y Rojas, don Manuel.
Sala de la Comisión, a 29 de enero de 2007.
(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD GARCÍA , Secretaria de la Comisión”.
6. Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural acerca del proyecto de ley, en segundo trámite reglamentario, sobre diversas mociones que establecen normas en materia de etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas e introducen modificaciones a la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. (boletines Nºs 2973-11, 4181-11, 4192-11, 4379-11).
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural pasa a informar acerca del proyecto de ley, en segundo trámite reglamentario, aprobado por la Comisión de Salud, que refunde las siguientes mociones:
-De los Diputados Soto, doña Laura ; Accorsi, don Enrique ; Jarpa, don Carlos Abel y Palma, don Osvaldo , y los ex Diputados Girardi, don Guido y Sánchez, don Leopoldo , que establece modificaciones a la legislación sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas (boletín N° 2973-11).
-De los Diputados Goic, doña Carolina ; Sepúlveda , doña Alejandra ; Olivares, don Carlos ; Venegas, don Mario ; Ojeda, don Sergio ; Sabag, don Jorge ; Díaz, don Eduardo ; Mulet, don Jaime , y Araya, don Pedro , que regula la publicidad de las bebidas alcohólicas (boletín N° 4181-11).
-De los Diputados Chahuán, don Francisco , y Enríquez-Ominami, don Marco , que modifica las leyes números 19.925 y 18.455, en lo relativo a la publicidad y etiquetación de bebidas alcohólicas (boletín N° 4192-11).
-De los Diputados Cristi , doña María Angélica ; Accorsi, don Enrique ; Chahuán, don Francisco ; Estay, don Enrique ; Girardi, don Guido ; Lobos, don Juan ; Masferrer, don Juan ; Ojeda, don Sergio ; Urrutia, don Ignacio , y Ward, don Felipe , que modifica la ley N° 19.925, facilitando el control al expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad (boletín N° 4379-11).
En sesión de fecha 4 de enero de 2007, la Sala de la Corporación aprobó, en general, el proyecto y, posteriormente, con fecha 9 de enero, los Jefes de los Comités Parlamentarios acordaron remitir el proyecto a la Comisión de Agricultura, una vez que fuera evacuado el segundo trámite reglamentario por la Comisión de Salud, lo que sucedió con fecha 2 de marzo de 2007.
Para dar cumplimiento a su cometido, durante el estudio de este proyecto, vuestra Comisión contó con la asistencia y la participación de la Ministra de Salud , doña María Soledad Barría , junto a los asesores señores Patricio Cornejo , Alan Mrugalski , Sebastian Pavlovic y Luis Eduardo Díaz , y del Ministro de Agricultura , don Álvaro Rojas , acompañado por los asesores señores Mauricio Caussade , Pablo Villalobos , Andrés Jouannet y Liliana Guzmán . Asimismo, asistió el señor Álvaro Paúl , Investigador del Programa Legislativo del Instituto Libertad y Desarrollo.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1ª Que el artículo 3°, N° 3, de esta iniciativa tiene el carácter de orgánico constitucional, de conformidad con el artículo 77 de la Constitución Política de la República, toda vez que incide en las atribuciones de los tribunales de justicia.
2ª Que, vuestra Comisión, dando cumplimiento a lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 77 de la Carta Fundamental, en relación con el artículo 16 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, transcribió a la Excma. Corte Suprema, el texto del el artículo 3°, N° 3 del proyecto, que otorga nuevas atribuciones a los juzgados de policía local.
3ª Que, de acuerdo con el artículo 220 del Reglamento de la Corporación, el texto del proyecto de ley aprobado por la Comisión no requiere del conocimiento de la Comisión de Hacienda.
4ª Que la Comisión acordó introducir las siguientes enmiendas en el texto aprobado por la Comisión de Salud: reemplazó el artículo 1°; reemplazó el inciso primero y modificó el inciso segundo del artículo 2°; modificó el N° 3 y la letra b) del N° 5 del artículo 3°, y reemplazó el artículo transitorio del proyecto.
5ª Que, como Diputado informante , se designó al señor Ramón Farías Ponce .
II. ANTECEDENTES DEL PROYECTO.
A) Incidencia en la legislación vigente.
En las iniciativas legales en comento se hace hincapié en que la protección de la salud pública se torna en un imperativo dentro del contexto de una democracia moderna, lo cual se fundamenta en lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, que establece el contenido de la función social del derecho de propiedad, señalando que ésta comprende cuanto exijan los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad públicas y la conservación del patrimonio ambiental.
De este modo, la Carta Fundamental concibe la salud pública como un bien de un valor tal, que para su consecución puede llegar a limitar el derecho de propiedad debido a que la finalidad rectora del Estado es la promoción del bien común.
En razón de la importancia de la protección de este bien jurídico, se trae a colación la dictación de diversos cuerpos legales que persiguen dicho objetivo, a saber, la normativa sobre drogas y la recientemente aprobada modificación en materia de tabaco, reconociéndose el vacío legal que existe en relación con la protección de la salud y en la prevención del alcoholismo.
Si bien esta materia ya ha sido abordada por las leyes N° 18.455, que reguló la producción, elaboración, comercialización, exportación e importación de alcoholes y vinagres y N° 19.925, sobre expendio de bebidas alcohólicas, en las cuales se contemplan medidas de prevención y rehabilitación del alcoholismo, así como también las sanciones y los procedimientos aplicables a quienes infrinjan las disposiciones pertinentes, en ninguna de las citadas normativas es posible advertir una preocupación relativa al tema de la publicidad del alcohol.
B) Situación nacional.
Las iniciativas legales analizadas mencionan los siguientes aspectos respecto de los cuales es necesario legislar:
Consumo de alcohol por parte de menores de edad. Se indica que el régimen de excepción que establece la normativa vigente, en virtud del cual se permite el suministro de bebidas alcohólicas a menores de edad en la medida en que se encuentren junto a sus padres en un recinto destinado a comedores, como es el caso de un restaurante, es especialmente permisivo, pernicioso y peligroso, toda vez que, en la práctica, es difícil establecer si se cumple con estos requisitos.
Se plantea la necesidad de prohibir el ingreso de menores de dieciocho años a discotecas o salones de baile, de obligar a los dependientes de establecimientos que expendan bebidas alcohólicas a exigir carné de identidad o cualquier documento que acredite la edad de los compradores, de facultar a los inspectores municipales en el mismo sentido, y de modificar el procedimiento aplicable en el caso de menores de dieciocho años que sean sorprendidos en la vía pública consumiendo bebidas alcohólicas o circulando bajo los efectos del alcohol, a fin de sancionar al menor y de hacer efectiva la responsabilidad del padre o la madre sobre los actos de sus hijos menores de edad.
Programas de prevención del abuso de bebidas alcohólicas. Se señala que estos instrumentos no tienen fecha de ejecución, lo que debilita el sistema establecido en la ley N° 19.925.
Publicidad de las bebidas alcohólicas. Se puntualiza que las compañías que producen alcohol gastan mucho tiempo y dinero en crear anuncios para que beber alcohol parezca atractivo, sin mencionar el daño que el exceso de este producto puede tener sobre la salud, el éxito y el bienestar de un individuo, de su familia y de la comunidad. Por ello, se plantea la posibilidad de restringir o prohibir la publicidad de bebidas alcohólicas en actividades relacionadas con la recreación y la cultura, por la gran convocatoria de público que tienen, entre los cuales hay menores de edad, de informar través de ellas sobre los efectos de su consumo, y de limitar el horario en que puede difundirse a través de la radio y de la televisión.
Rotulación. Se advierte la necesidad de que las etiquetas de las bebidas alcohólicas contengan una advertencia sobre los daños a la salud que provoca el consumo excesivo de alcohol.
La iniciativa tiene por objeto regular el etiquetado de bebidas alcohólicas cuya graduación sea igual o superior a 1 grado en el sentido de que incorporen, además, una advertencia sobre los daños que provoca el consumo excesivo, cuyo tamaño deberá ser del 25% de la superficie total de la etiqueta. Esta advertencia deberá incluirse en toda acción publicitaria. También se propone prohibir la publicidad de bebidas alcohólicas en todos los medios de transporte.
Para el caso de la propaganda televisiva o cinematográfica, se establece la obligación de proyectar después del spot una advertencia, la que deberá abarcar la totalidad de la pantalla por cinco segundos. Asimismo, establecer horarios para la publicidad de tales productos en radio y televisión, esto es de 23.00 a 06.00 horas. Durante el resto del horario, la publicidad no podrá superar el 15% del tiempo destinado a la transmisión de propaganda.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad, auspicio o patrocinio de bebidas alcohólicas en actividades deportivas. Igual prohibición se establece para productos, actividades o publicaciones destinados a menores de edad. Asimismo se incluye la prohibición de publicidad comercial de bebidas alcohólicas en actividades recreativas o culturales en que asistan menores de edad.
Por otra parte, se introducen diversas modificaciones en la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, para incorporar la prohibición de venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicios o bombas bencineras, incluido cualquier otro establecimiento que se encuentre emplazado en el mismo terreno, permitir que los menores de dieciocho años de edad puedan ingresar a discotecas en que no se expendan bebidas alcohólicas, perfeccionar lo relativo al emplazamiento del dueño, empresario o regente de un establecimiento donde se cometa una infracción y eliminar las excepciones que contempla la ley para que en los establecimientos educacionales se pueda expender bebidas alcohólicas.
El texto aprobado por la Comisión de Salud, en su segundo trámite reglamentario, consta de cuatro artículos permanentes y uno transitorio.
Por el artículo 1° se dispone que los envases o etiquetas de cualquier bebida alcohólica cuya graduación sea igual o mayor a un grado, deben llevar una clara y precisa advertencia de los daños, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas, implica su consumo excesivo y/o de los modos de beber sin riesgo, la que debe ocupar un 25% de la superficie total de la etiqueta.
Asimismo, el Ministerio puede establecer advertencias distintas y especiales para categorías de productos distintos, ya sea por graduación alcohólica o por grupo objetivo consumidor mayoritario, la que debe incluirse además en toda acción publicitaria, cualquiera sea el medio o forma en la cual se realice y, en general, en toda propaganda o estimulación al consumo del alcohol que se exponga por cualquier medio de comunicación social, así como también en el material publicitario, de cualquier especie.
Finalmente, se prohíbe cualquier forma de publicidad de bebidas alcohólicas en medios de transporte colectivos, públicos o privados. En el caso de propaganda televisiva o cinematográfica, se debe proyectar después del spot o aviso y por un lapso no inferior a cinco segundos, un recuadro que abarque la totalidad de la pantalla conteniendo el mensaje y/o la advertencia descrita anteriormente.
Por el artículo 2° se establece que la publicidad de bebidas alcohólicas en radios y televisión sólo podrá realizarse entre las veintitrés y las seis horas. Durante el resto del horario, la publicidad de bebidas alcohólicas no puede superar el 15% del tiempo destinado a la transmisión de propaganda.
Además, se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta de bebidas alcohólicas en actividades deportivas, como asimismo el auspicio o patrocinio de dichas actividades. Igual prohibición rige para todos los productos, actividades o publicaciones destinados a menores de edad.
Adicionalmente, se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial directa o indirecta de bebidas alcohólicas en actividades recreativas o culturales a las que asistan menores de edad.
Por último, la norma establece que la autoridad sanitaria debe fiscalizar el cumplimiento de lo establecido en los artículos 1° y 2° de esta ley, conforme a las normas del Código Sanitario.
Por el artículo 3° se modifica la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.
En primer lugar, se modifica la letra l) del artículo 3°, incorporando a los “apart hoteles” dentro de la clasificación de establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, definiéndolo como aquel “en el que se presta al turista servicio de hospedaje, sin perjuicio de otros servicios, con expendio de bebidas alcohólicas.”
En segundo término, se agrega un inciso segundo al artículo 19, para prohibir la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicios o bombas bencineras y en cualquier otro establecimiento que se encuentre emplazado en el mismo terreno. En el inciso cuarto del mismo artículo, se reemplaza la referencia a los espectáculos de fútbol profesional, por espectáculos masivos, entre aquellos que pueden ser objeto de prohibición de expendio de bebidas alcohólicas.
Una tercera modificación tiene por objeto reemplazar el artículo 28, para establecer las obligaciones de Carabineros en el caso de que un menor de dieciocho años de edad sea sorprendido consumiendo bebidas alcohólicas en lugares de uso público o en la vía pública o en lugares de libre acceso al público en manifiesto estado de ebriedad.
En cuarto lugar, se reemplazan los incisos primero y segundo del artículo 29, para prohibir el ingreso de menores de dieciocho años a los cabarés, cantinas, bares y tabernas y a las discotecas cuando en ellas se expendan bebidas alcohólicas.
En quinto término, se modifica el artículo 39, para establecer como obligatoria la incorporación en el currículo de enseñanza de los establecimientos educacionales la formación de hábitos de vida saludable y el desarrollo de factores protectores contra el abuso del alcohol. Asimismo, se elimina el inciso cuarto, que permitía, en situaciones excepcionales, el consumo de bebidas alcohólicas en el establecimiento.
Una sexta modificación consiste en la sustitución del inciso segundo del artículo 42, para exigir que quienes atiendan en establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas estarán obligados a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación expedido por la autoridad pública, a todas las personas que deseen adquirir bebidas alcohólicas y tengan, aparentemente, menos de dieciocho años de edad. Al mismo tiempo, se elimina la norma que permitía el suministro de bebidas alcohólicas a menores, acompañados de sus padres.
Por último, se agregan al artículo 51, incisos segundo y tercero, nuevos, relativos a que el dueño, empresario o el regente de un establecimiento, se entienden emplazados cuando la boleta de citación sea recibida por una persona adulta que se encuentre a cargo del local en que se cometa el hecho denunciado y que debe mantenerse en un lugar visible del local, un cartel con la individualización del regente Administrador.
Por el artículo 4° se dispone que los planes y programas de estudio y prevención a que se refieren los incisos primero, segundo y final del artículo 39 de la ley N° 19.925, deberán estar en ejecución un año después de la publicación de esta ley.
Finalmente, el artículo transitorio establece que los artículos 1° y 2° de esta ley entrarán en vigencia a partir de un año contado desde la fecha de su publicación.
C) La publicidad de bebidas alcohólicas y el deporte
I. Antecedentes sobre la publicidad en deportes.
Cuando un cliente adquiere cualquier producto, espera un conjunto de beneficios ofrecidos en una promesa de satisfacción y soluciones concretas a sus necesidades. En el deporte como un producto se integran elementos tales como el deseo, la necesidad y la innovación. Estas características le dan el valor de intangible y lo clasifican como un servicio que a través del marketing nos traslada desde la emoción a la simpatía por una divisa, por un espectáculo o por una actividad física hasta exaltarla a un Ritual de Consumo. En este contexto, el marketing se convierte en una disciplina simbólica. No trabaja sobre la transacción de objetos, sino sobre significaciones, necesidades y percepciones. Compramos los beneficios que percibimos.
La publicidad de los alcoholes en los deportes ha buscado generar imágenes que incitan al encuentro de emociones fuertes, como la aventura, el riesgo, la competición, la alegría: “ William Lawson ´s. No rules. Great Scotch (Whisky); “Unidos por lo bueno”. Beefeater Dry Gin ; “Gente sin complejos”Dyc (Whisky); “Penalty Penalty. Lo que disfrutas cuando disfrutas”.Doble V (Whisky); “Entre el deporte y tú…” Coronita (Cerveza); “Tú squash. Yo scotch”: White Label (Whisky).
Es aceptado que el deporte es un producto especial en la comunicación publicitaria porque ofrece al consumidor la satisfacción de algunos deseos o necesidades básicas como salud, diversión o sociabilidad, y presenta algunas características que lo hacen peculiar, como por ejemplo, su atractivo universal y la preservación de todos los elementos de la vida (geografía, demografía, sociedad, cultura, gastronomía, diversión, juego.). Con ello se establecen asociaciones positivas entre campeones y promociones comerciales.
La influencia de la publicidad en el consumo de alcohol ha sido estudiada en variadas investigaciones y sus resultados demuestran que el incremento y la predisposición a la ingesta de bebidas alcohólicas en los jóvenes, está positivamente relacionado con la publicidad a la que se han sometido. En este mismo sentido, un informe realizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde) en sus países integrantes, revela que la prohibición de la publicidad del alcohol supone un descenso en el consumo del 17% y en adición el estudio sostiene que la prohibición de la publicidad del alcohol reduce en un 23% los accidentes mortales de tráfico.
En el caso de las promociones de bebidas alcohólicas, como es el caso de España, el tema se encuentra acotado en relación con anuncios de bebidas alcohólicas que van dirigidos preferentemente a los jóvenes con el claro mensaje de que el consumo de alcohol facilita la diversión y el éxito con las mujeres. Actualmente este país prohíbe los anuncios de tabaco y bebidas alcohólicas de más de 20 grados alcohólicos en la televisión, no así los anuncios de cerveza. Existe una relación clara entre la visión de ciertos programas, la publicidad y ciertos videos musicales, con el consumo de alcohol, tabaco y drogas entre los adolescentes. Estableciendo eso sí, horarios especiales, especialmente en le televisión estatal.
II. El caso del fútbol y la publicidad.
Según Joseph Blatter , en el año 2005 la mayoría de las 207 asociaciones de fútbol que pertenecen a la Fifa pasan por crisis económicas, pues su estabilidad depende de cada país y de la situación económica de su federación. Esto se respalda porque muchos de los clubes que están al borde de la bancarrota, continúan participando en partidos de Primera división.
El fútbol dinamiza la industria mundial a todo nivel. Las marcas más reconocidas de alimentos, tecnología, industria automotriz, telefonía, gaseosas, cervezas, bancos, tarjetas de crédito, indumentaria, zapatos deportivos y todo lo imaginable se promociona a través de este deporte.
En la práctica, el fútbol rebasa los límites de los estadios. Si se observan los anuncios publicitarios, en una gran mayoría muestra modelos a imitar, famosos y poderosos. Los jugadores lucen reconocidas marcas como: Siemens , Toyota, Coca Cola , Movistar, Sony, KIA , Pepsi , MasterCard, Heineken, entre otros, quienes no escatiman esfuerzos para patrocinar a los equipos que más venden.
Los derechos de televisión son el segundo rubro de financiamiento para los grandes clubes, ya que son los que más hinchada poseen y, por añadidura, arrastran mayor sintonía a la hora de las trasmisiones. La transmisión de los partidos de fútbol por TV y la venta de imágenes es el ingreso económico más fructífero. Por ejemplo para el Mundial de Francia 1998, el ente mayor del fútbol vendió los derechos en 120 millones de dólares. Para Japón - Corea 2002 y Alemania 2006 , en 1.200 millones de la misma moneda.
Sólo en España el 52% de la publicidad se encuentra en torno al fútbol y los deportes que le siguen no superan el 10% (ciclismo motociclismo, automovilismo y básquetbol).
En el caso chileno, por la mala administración del fútbol, a pesar de los fuertes recursos que entraron con la clasificación a Francia 98 y los millonarios contratos de TV, se encuentran en una crisis de clubes de fútbol -según el Sindicato de Futbolistas de Profesionales (Sifup)- que tienen una deuda histórica de arrastre con los jugadores que se ubica en torno a los $ 498 millones, sin considerar los más de $ 183 millones correspondientes a 2005. Además, se debe considerar la deuda histórica que tienen las entidades con el Fisco, obligación que supera los $ 22.000 millones, donde 80% de lo adeudado corresponde a dos clubes: Colo Colo con $ 12.000 millones y Universidad de Chile con $ 5.500 millones.
En el caso de la relación de las bebidas alcohólicas con el fútbol, un cuarto del presupuesto de marketing de Cerveza Cristal se focaliza en el deporte. En el caso que este se prohibiera “el impacto en el fútbol alcanzaría por lo menos a US$ 3,5 millones”.
III. Precauciones y prohibiciones en la experiencia extranjera.
1. Unión Europea.
Se desarrolló el plan comunitario European Health21 Target 12 Reducing Harm From Alcohol, Drugs And Tobacco en el cual se adoptan medidas para proteger a los niños y jóvenes a la exposición de publicidad de alcohol. Entre estas y en relación al alcohol se recomendaron entre otras las siguientes acciones:
-Desarrollar un código de prácticas con el objetivo de afinar la prevención de publicidad de bebidas alcohólicas que pueden influenciar particularmente a niños y jóvenes;
-Prohibir a la industria de bebidas alcohólicas el auspicio de actividades recreativas que tengan influencia en jóvenes;
-Poner restricciones en el patrocinio de deportes a la industria de bebidas alcohólicas.
2. España.
Prohibición de publicidad de tabaco y la de bebidas con graduación alcohólica superior a 20° C por medio de la televisión. Ley 34/1988, de 11 de noviembre. B.O.E., 15 nov 1988, N° 274.
La publicidad de bebidas alcohólicas no asociará su consumo a una mejora del rendimiento físico o a la conducción de vehículos, ni incluirá argumentos o ambientaciones que se refieran a los deportes o a los deportistas…los anuncios deberán reflejar en grados centesimales la graduación alcohólica de las bebidas anunciadas. B.O.E. 29, junio de 1990, N° 155.RTVE. Normas de admisión de publicidad.
La publicidad de bebidas alcohólicas y tabaco no podrá dirigirse específicamente a menores de edad, utilizar la imagen de menores o mujeres gestantes, ni asociar su consumo a prácticas deportivas, educativas o sanitarias “Se recomienda la inclusión de la frase-Bebe con moderación. Es tu responsabilidad en aquella publicidad referida a bebidas alcohólicas…”.
3. Francia.
Las disposiciones francesas relativas a la publicidad televisiva de bebidas alcohólicas, empezando por la Ley Nº 91-32, de 10 de enero de 1991, Ley relativa a la lucha contra el tabaquismo y el alcoholismo (Ley Évin) , que modificó el artículo L.17 del Código sobre venta de bebidas (CDB).
La Ley Évin se basa en el principio según el cual queda prohibida toda forma de publicidad de bebidas alcohólicas (bebidas con un contenido en alcohol superior a 1,2°) que no esté expresamente autorizada. Con arreglo a dicho principio, la publicidad televisiva de alcoholes, al no estar expresamente autorizada por el artículo 17 del CDB, está por tanto prohibida.
Dicha prohibición queda expresamente confirmada por el artículo 8 del Decreto Nº 92-280, de 1992, relativo a la publicidad y al patrocinio en televisión, que establece lo siguiente:
“Queda prohibida la publicidad relativa a, por un lado, los productos cuya publicidad televisiva sea objeto de una prohibición legislativa y, por otro, los siguientes productos y sectores económicos:
-Bebidas con un contenido en alcohol superior a 1,2º;
La violación de la Ley Évin constituye un delito en el sentido del Derecho penal francés. En efecto, el artículo L.21 del CDB señala que “Las infracciones de las disposiciones de los artículos L.17, L.18, L.19 y L.20 serán sancionadas con una multa de 500.000 FF. La cuantía máxima de la multa podrá alcanzar el 50 % de la cantidad pagada por la publicidad ilegal”.
En caso de infracciones reiteradas, el juez podrá prohibir, por un período de uno a cinco años, la venta de la bebida alcohólica objeto de la publicidad ilegal.”. Así también, no se puede emitir imágenes de publicidad en camisetas, ni en la infraestructura de l estadio ni en el público asistente. . Por otro lado en el 2001, Francia convino una cierta relajación de la ley en los partidos internacionales que se transmitían, pero la ley todavía aplica a los deportes en los cuales Francia compite contra otro país. La ley ha soportado varios desafíos legales. En julio de 2004, la corte europea dictaminó que “tal interdicción constituye una restricción en la libre prestación de servicios, pero se justifica por el objetivo de proteger el público”.
4. Inglaterra.
No hay legislación específica que regule el avisaje de bebidas alcohólicas en Inglaterra, pero el Committee of Advertising Practice (CAP), la Office of Communications (Ofcom)) y la Radio Authority Codes colocan pautas detalladas para la propaganda de productos en prensa, televisión y radio.
Dentro de las recomendaciones se sugiere evitar que personajes con influencia en la juventud (deportistas exitosos, artistas, personalidades de la Televisión) aparezcan influyendo en la ingesta de bebidas alcohólicas en la juventud.
La precaución es necesaria en el avisaje de los deportes especialmente en aquellos que tienen una imagen recia para la juventud, por ejemplo deportes extremos.
En varios países de Europa existen códigos de autorregulación que buscan evitar asociar el consumo de alcohol con el éxito, deportistas ganadores (Dinamarca, Alemania Irlanda) . Otros países como Italia, Luxemburgo y los Países Bajos poseen códigos deontológicos y de autodisciplina que prohíben publicidad de alcohol que incite a conducir y beber y asimilaciones con aumento de vitalidad física o práctica deportiva.
5. México.
El artículo 34 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Publicidad (en consonancia con el artículo 308 de la Ley General de Salud Título Décimo Tercero: Publicidad) señala que “no se autorizará la publicidad de bebidas alcohólicas y tabaco, cuando a juicio de la Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Gobernación:
I.- Se relacionen con ideas o imágenes de éxito, prestigio, fama, esparcimiento, tranquilidad, alegría desbordada o euforia como consecuencia de la presencia o consumo de estos productos u otros efectos que por su consumo se producen en el ser humano;
II.- Atribuya a estos productos propiedades nutritivas, sedantes, estimulantes o desinhibidoras;
III.- Se asocie con ideas o imágenes de centros de trabajo, instituciones educativas, del hogar o con actividades deportivas.
IV.- Se asocie con ideas o imágenes de centros de trabajo, instituciones educativas, del hogar o con actividades deportivas;
V.- Motive a su consumo por razones de fiestas nacionales, cívicas o religiosas;
VI.- Haga exaltación de prestigio social, hombría o femineidad del público a quien va dirigida”.
6. Colombia.
En el año 2005 la Comisión Nacional de Televisión aprobó un acuerdo en el que se prohibirán emisiones que contengan publicidad de alcohol y tabaco por canales nacionales o extranjeros. Es decir, que si un equipo de fútbol cuenta con anunciante relacionado con esto, simplemente el juego no se podría ver por televisión.
La medida entró de manera gradual. Por ejemplo, el primero de mayo ya no se podrán ver las carreras de Fórmula 1 si los equipos cuentan con este tipo de patrocinio; es decir, que la polémica está abierta porque de hecho el equipo de Juan Pablo Montoya es auspiciado por una multinacional de cigarrillos llamada West.
De la misma manera ocurrirá con los partidos de fútbol, siete equipos del balompié colombiano son sostenidos con apoyos de estas empresas, inclusive la Selección Colombia. En este punto el acuerdo se suavizó ya que “vallas, logotipos y/o diseños representativos de marcas o empresas productoras de cigarrillos, tabaco y/o bebidas con contenido alcohólico, cuando formen parte natural de un escenario desde el que se emita un evento cultural o deportivo, siempre y cuando no se haga énfasis en ellas, no sean objeto de primeros planos deliberados y no ocupen preponderantemente la pantalla”.
7. Argentina.
La Ley 24.788 de la Lucha contra el Alcoholismo norma en su artículo 6 la prohibición de toda publicidad o incentivo de consumo de bebidas alcohólicas, que:
a) Sea dirigida a menores de dieciocho años;
b) Utilicen en ella a menores de dieciocho años bebiendo;
c) Surgiera que el consumo de bebidas alcohólicas mejora el rendimiento físico o intelectual de las personas;
d) Utilice el consumo de bebidas alcohólicas como estimulante de la sexualidad y/o de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones;
e) No incluya en letra y lugar visible las leyendas “Beber con moderación”. “Prohibida su venta a menores de dieciocho años”.
III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.
Durante la discusión particular del proyecto, vuestra Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, conoció la opinión de las siguientes personas.
1. Ministerio de Agricultura.
El señor Álvaro Rojas , Ministro de Agricultura , explicó que la globalización de la economía chilena ha traído como consecuencia enormes oportunidades para su agricultura e industria alimentaria.
En 1980, Chile era un país deficitario en su balanza comercial agrícola por más de US$ 600 millones. Por el contrario, para el año 2007 se esperan exportaciones superiores a los US$ 10.000 millones y una balanza comercial positiva de aproximadamente 7.000 millones.
La oferta alimentaria exportable de Chile está constituida por carnes blancas y rojas, frutas frescas y secas, productos procesados, pescados, vinos, entre otros. Los acuerdos comerciales han potenciado el desarrollo exportador de la agricultura chilena.
Un hecho real es que la industria del vino (toda la cadena productiva) es uno de los componentes fundamentales de las exportaciones sectoriales.
La producción nacional alcanzó a 844,9 millones de litros en el año 2006. El consumo interno representa el 20% de la producción, estabilizado en 15 litros per cápita (cifra al 2005).
La superficie es de 114.500 hectáreas de vides viníferas, según la siguiente distribución regional: VI Región (32.553 ha); VII Región (49.395 ha); VIII Región (13.970 ha). El 75% de la superficie corresponde a cepas tintas.
En cuanto a la tipología de la propiedad, señaló que existen alrededor de 14.000 explotaciones, de las cuales 11.500 pertenecen a pequeños productores, controlando alrededor de 40 mil hectáreas. De ese total, aproximadamente 10.500 explotaciones poseen cepas país y moscatel de Alejandría, sumando cerca de 30.000 hectáreas.
Existen cerca de 9.000 productores con un tamaño de propiedad inferior a 5 hectáreas en la VI, VII y VIII Región (60% en la VIII Región).
Respecto de la evolución de la superficie, en los últimos doce años se ha duplicado la superficie de cepajes para vinificación, pasando de 53.000 há (1994) a 114.000 (2005).
Acerca de la generación de empleo, explicó que la cadena vitivinícola genera cerca de 100.000 empleos permanentes (estimación ODEPA , Corporación Chilena del Vino).
La industria vitivinícola es una cadena en permanente evolución. Esta tendencia responde a esfuerzos concertados entre el sector público y privado para Hacer de Chile una Potencia Alimentaria. El vino es un producto relevante en la canasta exportadora chilena.
El esfuerzo sectorial para el desarrollo de la industria agroalimentaria, en materia de innovación en las políticas públicas, dice relación con nuevos programas e instrumentos (ampliación de la oferta y calidad de los instrumentos) y nuevos enfoques de acción institucional (territorios, cluster, sistemas de producción).
En materia de innovación en la institucionalidad, se establecen nuevos modelos corporativos, alianzas estratégicas público-privadas, reformulación de políticas de fomento a la investigación, innovación y transferencia tecnológica y profesionalización y creación de redes de trabajo.
En materia de innovación en capital humano (competencias) se requiere la profesionalización de los agricultores, el fortalecimiento organizacional y el establecimiento de nuevos emprendimientos.
En materia de innovación en capital productivo se necesita contar con un alto estándar fito y zoosanitario, el desarrollo de nuevas variedades, una agricultura de precisión y la aplicación masiva de normas de calidad y bioseguridad.
En materia de desarrollo de plataformas de servicios es indispensable la masificación de tecnologías de información y comunicación, la incorporación de modelos de gestión en diferentes ámbitos y de servicios logísticos y de inteligencia de mercados.
En materia de desarrollo de modelos innovativos de negocio se requiere de la integración de la producción, de la articulación con los diversos agentes productivos (concepto de cluster), de nuevos modelos de negocios (innovando procesos) y de un escalamiento internacional.
En cuanto a los conceptos detrás del producto, éstos son: terroir: cultura productiva + condiciones edafoclimáticas + tradición.
Producto de calidad, concebido con los más altos estándares de inocuidad y protección al medio ambiente.
Producto Saludable: diversos estudios epidemiológicos evidencian los beneficios del consumo moderado de vino en la disminución del riesgo de enfermedades coronarias y cerebro vasculares. Blackwelder (1980),Seigneur (1990, Demrow (1995), Klatsky (1990), Rimm (1991), Doll (1994), Fuchs (1995), Klatsky (1995), Yuan (1997), Renaud (1998), Gaziano (1999), Leighton y Urquiaga (1999), entre otros.
El aspecto clave es educar al consumidor. Este tema no es nuevo. Ha sido debate en las principales mercados internacionales. El desafío es compatibilizar los objetivos de salud pública que requiere la población y las virtudes del consumo moderado de vino.
En relación al artículo 1°, propuso compatibilizar los objetivos de salud pública, con el posicionamiento internacional del país como “potencia agroalimentaria”, proveedora de alimentos sanos, bioseguros e inocuos, de cara a las exigencias de terceros países. La advertencia debe ser propositiva, invitando a un consumo responsable, en cualquier campo visual, legible y válida para todas las bebidas alcohólicas mayores a un grado.
En relación al artículo 2° sugirió restringir el horario de la publicidad televisiva, así como también la incitación al consumo en cualquier medio a menores de edad y prohibir la publicidad en espectáculos deportivos y juveniles.
Al mismo tiempo, es necesario desarrollar una campaña educativa destinada a promover el consumo responsable de bebidas alcohólicas, la que deberá ser ejecutada en forma conjunta por los Ministerios de Salud, Educación y Agricultura, con recursos asegurados por la Ley de Presupuesto.
Por su parte, el esfuerzo a desarrollar en la industria vitivinícola debe ser ilustrativo para la rotulación de todos los alimentos en Chile, en particular aquellos que establecen advertencias respecto a contenidos que afectan la salud de la población (gluten, colorantes, lactosa, trazas de nueces, maní, entre otros).
Consultado, aseveró que esta iniciativa no acarreará perjuicio para los productores de vino.
2. Ministerio de Salud.
La señora María Soledad Barría , Ministra de Salud , manifestó que se están buscando posiciones armónicas para una política de Estado, frente a proyectos de ley sobre advertencias en etiquetas y publicidad de bebidas alcohólicas.
Las bebidas alcohólicas no se pueden considerar mercancías o productos comunes y corrientes, porque su consumo genera riesgos y daños a la salud, productividad, seguridad y bienestar de individuos y de grupos humanos, tanto entre quienes consumen como entre quienes no lo hacen, tanto si beben en exceso como si lo hacen en forma moderada.
Sostuvo que es posible una política de Estado que logre un buen equilibrio entre la regulación necesaria para prevenir las amenazas para la salud pública y la que requiere para participar como bien transable en la actividad económica, competir en el libre mercado y generar beneficios al país.
Toda política pública sobre alcohol debe servir dos propósitos: aumentar los beneficios que acarrea el consumo del alcohol y reducir los daños asociados a su consumo.
Las actuales mociones parlamentarias pueden ser generadoras de acuerdos sociales y políticos de orden superior a la defensa de los legítimos intereses de los diversos sectores. Para ello, los distintos sectores representados en el Ejecutivo , en el Parlamento y en la sociedad, deben propiciar y respetar un análisis objetivo del tema, sustentarse en evidencias, desconfiar de los argumentos emocionales, atreverse a tomar decisiones por el bien superior de la gente y luego, aceptar las evaluación objetiva de lo decidido.
El consumo de alcohol, como generador de impacto económico negativo para el país, en materia de salud, de productividad, de destrucción de bienes físicos, de intervenciones policiales, de detenciones, de atención de accidentes y de “no ponderables”, relativos a la vida familiar, percepción de seguridad social, sufrimiento por pérdidas de vidas, entre otros.
El consumo de alcohol, como generador de impacto económico positivo para el país, dice relación con la actividad económica, la generación de puestos de trabajo, las exportaciones, la recaudación tributaria y otros “no ponderables”, como la imagen de país, el orgullo nacional, la fluidez de las relaciones interpersonales, entre otros.
El consumo de vinos desciende en Chile desde 1980 a 1992 y, desde entonces, está estabilizado en 16,3 litros per cápita. Los empleos permanentes son 11.713 (2001); los temporales son 16.071 (2001). El total estimado son 86.472, 11,1% del total de ocupados del sector agrícola.
El consumo problema es aquel tipo de consumo que directa o indirectamente produce consecuencias negativas para el individuo o para terceros en las áreas de salud, armonía familiar, rendimiento (laboral o escolar), seguridad personal y funcionamiento social.
El concepto de consumo problemático de este programa abarca y trasciende el de consumo perjudicial de OMS, pues incluye no sólo las consecuencias para la salud del individuo.
En resumen, se trata de un problema de salud pública mayor el consumo excesivo de alcohol, no sólo el alcoholismo. 7.600 mil personas mueren cada año, por causas asociadas a ingesta de alcohol. Cerca de un millón de chilenos son “bebedores problema”, con mayor proporción entre los 15 y los 35 años.
El consumo de alcohol entre adolescentes, supera cifras de varios países de Latino América y de Estados Unidos. El costo asociado es de 3 mil millones de dólares al año (cifra de 1995). El 90% de los jóvenes calificados como bebedores problema, consumen al mismo tiempo algún estupefaciente.
Las evidencias muestran que la publicidad del alcohol es una acción global. La televisión, la radio, la prensa, los lugares de venta e internet ejercen una estimulación repetitiva, que genera actitudes pro-beber y que aumenta la probabilidad de beber excesivo, predispone a los menores a beber antes de la edad legal, promueve y refuerza la percepción que el beber es positivo, glamoroso y relativamente libre de riesgos.
La legislación restrictiva de la propaganda de alcohol es una medida usada por los gobiernos en el mundo, a pesar de la oposición de la industria del alcohol. Los países con mayores restricciones de ella, han tenido menos consumo y menos problemas relacionados con el beber. Las etiquetas con advertencias en envases y avisos publicitarios pueden aumentar el nivel de conocimiento sobre ciertos riesgos (beber y manejar, beber durante embarazo, beber e infancia) en ciertos grupos, particularmente bebedores moderados.
Además, se encuentran indicadores de que ciertas conductas anticipatorias y conversaciones sobre los riesgos, se hacen más frecuentes entre bebedores excesivos, incluidos adultos jóvenes. El recuerdo de los mensajes colocados en envases, puntos de venta y publicidad, recogidos a través de encuestas telefónicas, demostró ser elevado, en particular entre jóvenes, hombres y consumidores excesivos.
Entre mujeres embarazadas, el recuerdo era mayor y sus conversaciones alusivas fueron más frecuentes, mientras mayor era el número de advertencias vistas (efecto dosis-respuesta).
No se ha demostrado un efecto o impacto directo entre etiquetas de advertencia y consumo o problemas asociados al consumo (accidentes, cirrosis hepática o similares). La investigación sobre etiquetas no muestra que la exposición a ellas, produzca, por sí sola, un cambio en la conducta de consumo de alcohol, especialmente en bebedores excesivos.
Sin embargo, hay evidencia de que sí se afectan algunas variables que intervienen, tales como la intención de cambiar los patrones de ingestión ante ciertas situaciones (beber y manejar), tener conversaciones sobre el beber, voluntad de influir sobre otros a quienes se consideran bebedores en riesgo.
El efecto de las etiquetas de advertencia podría incrementarse combinándola con otras estrategias, tales como campañas en la comunidad para cambiar las políticas de alcohol o para fortalecer la regulación”.
Las estrategias de prevención que han sido revisadas y evaluadas dicen relación con la regulación de disponibilidad física, modificar precios e impuestos, modificar el contexto del beber, educación y persuasión, regulación de la promoción del alcohol, medidas para disminuir la conducción bajo efectos del alcohol y tratamiento e intervención temprana.
Las acciones complementarias en marcha son el Plan de Salud Pública 2006, el Programa Nacional de Alcohol y Drogas, el Programa de Formación de Profesionales de Salud para Atención de Adolescentes en GES e incluir el beber-problema y adicción a las drogas en el Auge.
Otras iniciativas legislativas dicen relación con disminuir la alcoholemia legalmente permitida de 0,8 a 0,5 grs. por litro de sangre; incrementar las sanciones al “tomar y manejar” y evaluación de salud, reeducación preventiva y/o tratamiento, a todo infractor por “tomar y manejar”.
En materia de etiquetas es posible lograr acuerdos. Los costos serán probablemente mínimos y son medibles. La experiencia: ya se hace para muchas exportaciones. También se pueden concordar aspectos estéticos. Es parte de un conjunto de medidas. Los mensajes no van contra el consumo en general ni contra el producto.
En materia de publicidad también es posible lograr acuerdos. Para el Ministerio de Salud y la OMS es inevitable e indispensable restringir y orientar la promoción de bebidas alcohólicas (publicidad y marketing). La restricción es necesaria. Ahora es mejor que más adelante.
La influencia sobre el consumo es indudable. Los costos y la resistencia serán altas, pero se necesita un debate sin autoinhibiciones. La salida es el “beber responsable” pero eso no es lo que induce la publicidad.
Propuesta conjunta.
En sesión de fecha 17 de abril se presentó una propuesta conjunta de los Ministerios de Salud y de Agricultura para la adecuación de los artículos 1° y 2° del proyecto de ley que refunde diversas modificaciones que establecen normas en materia de etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas e introduce modificaciones a la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. (boletines 2973-11, 4181-11 y 4192-11), del siguiente tenor:
“Artículo 1.- Toda bebida alcohólica cuya graduación fuese igual o mayor a un grado, que esté destinada a su consumo en Chile, deberá llevar en el envase que la contenga una precisa advertencia sobre su consumo excesivo y/o los modos de beber sin riesgo. Esta advertencia deberá ser fácilmente legible, deberá incluirse en cualquier campo visual del envase y ser claramente visible. Los textos a utilizar, el diseño y las exigencias de legibilidad de la advertencia serán establecidos mediante decreto supremo del Ministerio de Salud, el que llevará además la firma del Ministro de Agricultura . La vigencia de la advertencia no podrá ser inferior a 5 años. En el caso de los productos importados, la advertencia deberá ser adherida de manera que no pueda ser despegada fácilmente.
La misma advertencia se incluirá además en toda acción publicitaria, cualquiera sea el medio o forma en la cual se realice, sea que se inserte en diarios, revistas, spots televisivos, difusión radial y, en general, en toda propaganda o estimulación al consumo de alcohol que se exponga por cualquier medio de comunicación social, así como también en el material publicitario, de cualquier especie, como letreros, gigantografías, afiches, entre otros.
En el caso de propaganda televisiva o cinematográfica, se proyectará después del spot o aviso y por un lapso no inferior a cinco segundos, un recuadro que abarque la totalidad de la pantalla conteniendo el mensaje y/o la advertencia descrita anteriormente.”
“Artículo 2°.- La publicidad de bebidas alcohólicas en radios y televisión podrá realizarse entre las veintitrés y las seis horas. Durante este horario, la publicidad de bebidas alcohólicas no podrá superar el 15% del tiempo destinado a la transmisión de propaganda.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta de bebidas alcohólicas en actividades deportivas, tales como la promoción, comunicación, recomendación o propaganda de dichas bebidas, sus marcas y productos, como asimismo el auspicio o patrocinio de dichas actividades. La misma prohibición regirá para los espectáculos masivos, donde se permita la entrada a menores de edad.
Igual prohibición regirá para todos los productos, actividades o publicaciones, cualquiera sea su formato, físico o virtual, destinados a menores de edad.
Asimismo se prohíbe cualquier forma de publicidad comercial directa o indirecta de bebidas alcohólicas en actividades recreativas o culturales destinadas a menores de edad.
Se prohíbe cualquier forma de publicidad de bebidas alcohólicas en medios de transporte colectivos públicos o privados, terminales de buses y paraderos de locomoción colectiva.
La autoridad sanitaria fiscalizará el cumplimiento de los artículos 1° y 2° de esta ley, conforme a las normas del Código Sanitario.”
3. Asociación de Radiodifusores de Chile -Archi-.
El señor Luis Pardo , Presidente , se refirió al impacto de la restricción horaria (ley de Etiquetado) en la radiodifusión.
Señaló, en cuanto a la composición de la Industria, que en Chile operan 1.856 radioemisoras, 1.318 de Frecuencia Modulada; 175 de Amplitud Modulada; 7 de Onda Corta y 360 de Mínima Cobertura (hasta 1 watt). En Chile existe una radio por cada 10.000 habitantes; en Latinoamérica, en promedio, hay una radio por cada 30.000 habitantes.
Explicó que la industria de la radiodifusión está dispersa en cientos de empresas y entidades de diversa naturaleza y fin, siendo en su estratificación económica principalmente pymes.
La radio, pese a sus elevados niveles de penetración, audiencia y credibilidad, obtiene sólo el 8,2% de la inversión publicitaria nacional. La inversión publicitaria en radio es bajísima en relación a los niveles de penetración, alcance, credibilidad y respuesta publicitaria.
La atomización de la industria es la principal causa de la baja inversión respecto de TV y Prensa, lo que se agudiza en las radios regionales. El 7% de la inversión publicitaria en radio proviene de piscos y cervezas.
La radio es un patrimonio nacional de integración territorial y social, de identidad local (nacional y regional), de diversidad y pluralismo, de participación ciudadana y promoción de la democracia, de formación de opinión pública e información, de servicio social y compromiso con la comunidad y de aporte a la cultura y la educación. Pero, con la menor inversión publicitaria de los medios de comunicación, siendo superada incluso por la vía pública, no cumple función social alguna.
En cuanto a los efectos de la futura ley, la restricción horaria constituye en los hechos una prohibición, ya que en los horarios permitidos la radio tiene una bajísima audiencia y casi nula inversión publicitaria.
La inversión publicitaria de alcoholes aumentará en la televisión, que ofrece 2 millones de auditores en la franja restringida, lo que sigue siendo atractivo para cualquier avisador. No habrá inversión en radio en ese horario: son 300 mil auditores distribuidos en 1.500 radioemisoras contra 2 millones concentrados en 4 canales.
En el horario permitido la televisión tiene un 37% de la audiencia promedio día y la radio sólo un 8%. La televisión capitalizará los $ 2.500 millones de publicidad que perderá la radio e, incluso, aumentará sus tarifas por la mayor demanda que se generará.
Otro beneficiario de las restricciones propuestas será la vía pública, fuerte competidor de la radio, que carece de toda regulación, contaminando el paisaje urbano y rural. Además, no hay segmentación, por lo que el impacto sobre la población vulnerable es infinitamente mayor que la publicidad radial. La advertencia, por el tiempo promedio de exposición desde vehículos en movimiento y las técnicas de diseño, pasará totalmente desapercibida.
Respecto de la efectividad de la norma, mencionó que el impacto de la restricción en televisión es significativo por la alta exposición de la población vulnerable (15-19 años) y niños durante el día.
La radio es el medio más segmentado, y la población vulnerable representa sólo el 10% de su audiencia total. La inversión de éstos productos en radio es irrelevante respecto de la inversión en televisión y otros medios. La inversión de bebidas alcohólicas en radio es un 12% de la inversión en televisión.
Explicó que el peak de audiencia de la población vulnerable (15-19 años) se produce en radio entre las 16 y las 18 horas. Este peak se concentra, a su vez, en unas pocas radios de segmento juvenil, pero los niveles de audiencia de las radios no juveniles es bastante bajo. Las radios juveniles no irradian publicidad de alcoholes en ese horario por decisión propia de autorregulación.
Existen 2 cadenas de radio que tienen un 40% o más de su audiencia en la población vulnerable. 4 cadenas de radio tienen entre el 20% y 30% de su audiencia en la población vulnerable. 31 cadenas de radio no alcanzan el 10% de la población vulnerable en ningún horario.
En conclusión, la norma propuesta, en lo concerniente a la radio es ineficaz. De hecho, en la experiencia comparada abundan las normas sobre etiquetado pero no hay restricciones para radio.
Además, es altamente perjudicial para la Radiodifusión, cuyos bajos ingresos publicitarios están determinando la muerte de la radio regional y el debilitamiento de la industria en su conjunto.
Asimismo, es altamente discriminatoria, porque permite la exposición en medios visuales, destinando un porcentaje de la superficie a la prevención, en tanto la prohíbe radicalmente en la radio.
En cuanto a la experiencia comparada, señaló que en Brasil, la publicidad de bebidas alcohólicas de graduación superior a 13° se restringe en radio y televisión al horario de 21.00 a 06.00 y se prohíbe en la vía pública.
En México, es necesario abstenerse de toda exageración en la publicidad de bebidas cuya graduación alcohólica exceda de 20 grados además combinarla o alternarla con propaganda de educación higiénica y de mejoramiento de la nutrición popular; en la publicidad de bebidas alcohólicas no pueden emplearse menores de edad así como tampoco se pueden ingerir real o aparentemente frente al público los productos que se anuncian; la publicidad de bebidas alcohólicas en televisión deberá hacerse a partir de las veintidós horas.
En tal sentido, propuso modificar el artículo 2° del proyecto de la siguiente forma:
“Artículo 2°.- La publicidad directa o indirecta de bebidas alcohólicas en radio podrá realizarse a condición de que el anunciante destine uno de cada tres avisos de su pauta publicitaria a campañas preventivas o de consumo responsable en los mismos medios contratados para la publicidad comercial.
La publicidad preventiva o de consumo responsable, en ningún caso podrá inducir al consumo o exacerbar atributos de ninguna marca o producto.
Sin perjuicio de lo anterior, toda pieza publicitaria de bebidas alcohólicas en radio, incluirá las siguientes menciones alternativamente: “Advertencia, el consumo excesivo de alcohol es dañino para la salud”; “Advertencia, el abuso del alcohol es peligroso para la salud”; “Advertencia, el consumo de alcohol puede producir adicción y daños a la salud”.”
Esta propuesta genera un nivel permanente de campañas preventivas, a la par de las campañas comerciales, lo que beneficiará proactivamente los propósitos de esta ley.
No se castiga innecesariamente a la radiodifusión, considerando que el efecto de la prohibición es muy pequeño dada la incidencia de la población de riesgo en su audiencia, en tanto el impacto económico sobre la industria es dramático.
La naturaleza del mensaje radial (lenguaje auditivo) permite una publicidad mucho más reflexiva, tanto para lo comercial como lo preventivo, por la ausencia de imágenes inductoras de emociones asociadas al consumo.
Las campañas preventivas o la publicidad preventiva o de consumo responsable, en ningún caso podrá inducir al consumo o exacerbar atributos de ninguna marca o producto. Las campañas de consumo responsable tienen un efecto potente sobre el entorno de la población vulnerable: padres, amigos, profesores, etc.
Asimismo, permiten reforzar conductas positivas (“cuando beba no conduzca”…. “Si bebiste, entrega las llaves”. etc.) que refuerzan la acción del grupo sobre el consumidor riesgoso y comprometen a la comunidad en el problema (“vender alcohol a menores de edad es un delito, su denuncia puede salvar vidas...”).
4. Asociación Nacional de Fútbol Profesional -ANFP-.
El señor Harold Mayne Nicholls , Presidente , señaló que la publicidad de bebidas alcohólicas es la promoción que hacen de bebidas alcohólicas, las empresas productoras y lo hacen por diversos medios.
Sostuvo que las investigaciones científicas que se han realizado por décadas en distintos países por los gobiernos, las organizaciones de salud y universidades, no han podido demostrar una relación causal entre la publicidad de bebidas alcohólicas y el consumo de alcohol.
Sin embargo, han demostrado que las campañas mas efectivas, pueden aumentar la participación de mercado de las empresas y la lealtad de marca (Federal Trade Commission; Fisher ; Frankena et al. ; Sanders en Alcohol Marketing and Advertising : A Report to Congress. Washington, DC: Federal Trade Commission, 2003).
La inmensa mayoría de los países no tiene prohibición de la publicidad de bebidas alcohólicas y han optado por seguir el camino de la auto regulación publicitaria, que es el mismo camino que han seguido hasta ahora, las empresas en Chile, campañas que en muchos casos han tenido resultados muy positivos, como por ejemplo: la campaña de CCU denominada “cuando bebas pasa las llaves”.
Los únicos países que tienen prohibición total en la televisión son Kenia y Noruega .
En lo que respecta al patrocinio en eventos deportivos o de deportistas existen algunas restricciones en algunos países, como el caso de la Copa Heineken de Rugby que ha sido cambiada como la copa H, fundamentalmente por las restricciones que existen en Francia.
Sin embargo, los patrocinios deportivos son comunes en muchos países de Europa y en los Estados Unidos.
La publicidad de alcohol es común en carreras de autos, como las organizadas por la National Association for Stock Car Auto Racing (Nascar), ejemplo de ello, es la Busch Series, o la publicidad de Jack Daniel´s.
Asimismo, a nivel mundial, la compañía de cervezas Foster auspicia diversas competiciones mundiales de automovilismo y especialmente algunas fechas de la Fórmula Uno.
Por otra parte, una serie de estadios deportivos en los Estados Unidos tienen nombres de marcas de Cerveza como Busch Stadium, Coor Field o Miller Park .
Empresas como Diageo son patrocinadores de una serie de eventos deportivos con marcas como Johnnie Walker que patrocina la Championship en Gleneagles, que es el más famoso tour de Golf de Europa, o el Tour que se juega en Asia Pacifico. Asimismo, la marca Johnnie Walker patrocina al equipo McLaren de formula Uno.
Un deporte muy popular en Inglaterra y Australia que es el cricket, es patrocinado por las marcas de bebidas alcohólicas Red Stripe, Thwaites Lancaster Bomber y Wolf Blass wines.
Por su parte, en rugby, el equipo escocés es auspiciado por whisky Famous Grouse , el equipo de Gales por la cervecera Brains y el equipo de Sudáfrica por Castle Lager . Marcas como Magner, Guinness, Oteéis, Bundaberg Rum y Foster están presentes en el Rugby como patrocinadoras de los equipos y las ligas de Irlanda y Australia.
Finalmente, hay que mencionar que el fútbol no es la excepción y este deporte recibe importantes aportes publicitarios de parte de bebidas alcohólicas, y como ejemplo se pueden mencionar entre otros casos los siguientes:
a) El mundial de Fútbol de Alemania tuvo entre sus auspiciadores a Budweiser;
b) La Liga de Campeones de Europa es auspiciada por Heineken;
c) El Fútbol Americano Leage de Estados Unidos es auspiciada por Coors;
d) Diversos equipos de fútbol de Europa son auspiciados tanto en sus estadios como en su indumentaria deportiva por marcas de Cerveza, tal es el caso del Liverpool que es auspiciado por Carlsberg; y de la liga de fútbol de España que esta patrocinada por cerveza Mahon.
e) Diversos equipos de fútbol de México y Sudamérica, e incluso algunas selecciones, son auspiciados o de propiedad tanto en sus estadios como en su indumentaria deportiva por marcas de Cerveza. Tal es el caso de equipos como Club Fútbol Monterrey ligado a Cervecería Moctezuma ; Club Santos Laguna y Club Toluca pertenecen a Cervecería Modelo en México ; Quilmas (Argentina) que es auspiciado por Quilmes; la Selección Argentina de Fútbol que es auspiciada por Quilmes; Estudiantes de La Plata (Argentina) que es auspiciado por Bieckert ; Strongest (Bolivia) que es auspiciado por cerveza Paceña ; SD Aucas (Ecuador) que es auspiciado por Pilsener; club Municipal de Guatemala que es auspiciado por Brahma; y finalmente, Colo Colo y otros 12 equipos del fútbol chileno que son auspiciados por Cristal.
Existe a nivel mundial, especialmente en los países desarrollados, un fuerte vínculo entre la activad deportiva y las empresas responsables de la producción, comercialización y venta de bebidas alcohólicas. Diversas investigaciones han demostrado que el camino a seguir en materia de publicidad no es la prohibición de los auspicios de bebidas alcohólicas en eventos e indumentaria deportiva, sino que lo correcto es la implementación de Códigos de Autorregulación publicitaria como los que se han incorporado en Chile.
Un ejemplo claro de lo anterior es el caso de Colombia, donde el año 2005 se dictó una normativa de la Comisión Nacional de Televisión que prohibió la publicidad de bebidas alcohólicas durante la transmisión de eventos deportivos y culturales, norma que tuvo que ser reemplazada, por una nueva disposición que no consideró como publicidad para efectos de la ley, las vallas, logotipos y/o diseños representativos de marcas o empresas productoras de bebidas con contenido alcohólico, cuando formen parte natural de un escenario desde el que se emita un evento cultural o deportivo, siempre y cuando no se haga énfasis en ellas.
Con la nueva medida quedó estipulado que los colombianos seguirán viendo en sus pantallas los diferentes eventos deportivos y que los equipos profesionales de fútbol podrán seguir usando en sus camisetas publicidad de alcohol. La nueva norma fue producto de que, en pocos meses de aplicación de la norma original, el fútbol Colombiano estuvo a punto de ir a la bancarrota, situación que podría ser similar en nuestro país en el evento que se apruebe una modificación legal como la que se está analizando en la actualidad.
5. Discusión y votación.
La Comisión, luego de analizar acuciosamente la propuesta conjunta de los Ministros de Salud y de Agricultura y de estudiar las opiniones recogidas, procedió a presentar y a votar indicaciones al texto aprobado por la Comisión de Salud, en la siguiente forma:
Artículo 1°
1. Indicación de los Diputados señores Barros , Enríquez-Ominami , Farías, Galilea , Lobos, Martínez , Núñez , Sepúlveda y Tuma , para reemplazar el artículo 1°, por el siguiente:
“Artículo 1.- Toda bebida alcohólica de graduación igual o mayor a un grado, que esté destinada a su consumo en Chile, deberá llevar en el envase que la contenga una advertencia sobre su consumo excesivo y/o los modos de beber sin riesgo. Esta recomendación deberá ser fácilmente legible en condiciones normales, esto es, aparecerá escrita en letras negras sobre un fondo blanco, debiendo incluirse en cualquier campo visual del envase. El tamaño mínimo de la letra de esta advertencia será de 1,5 mm. para envases menores de 237 ml.; de 2 mm. para envases de hasta 1,5 lts., y de 3 mm. para envases de más de 1,5 lts. Asimismo, se establece un máximo de 5 caracteres por centímetro para letras de 1,5 mm.; de 8 caracteres por centímetros para letras de 2 mm., y de 10 caracteres por centímetro para letras de 3 mm.
La recomendación referida deberá incluir la siguiente leyenda: “Beber en exceso daña su salud y puede dañar a terceros”, precedida de la palabra “advertencia” escrita en letras mayúsculas y en el mismo formato indicado en el inciso anterior. A continuación de la frase indicada, y precedida de un punto seguido, se deberá adicionar alguna de las siguientes oraciones:
-“La mujer embarazada no debe beber alcohol”;
-“El consumo de alcohol disminuye su capacidad para conducir”, y
-“El consumo de alcohol en menores afecta su desarrollo físico e intelectual”.
En el caso de bebidas alcohólicas importadas, la advertencia deberá ser adherida al envase de manera que no pueda ser despegada fácilmente.
La misma advertencia se incluirá también en toda acción gráfica, ya sea publicitaria o de estimulación al consumo de alcohol, que sea insertada en diarios, revistas o en algún otro medio de comunicación social de tal naturaleza. Dicha recomendación deberá insertarse dentro de un recuadro que abarque al menos el 15% de la superficie total de tal aviso.
En el caso de la publicidad audiovisual, se proyectará después del comercial, y por un lapso no inferior a tres segundos, un recuadro que abarque la totalidad de la pantalla, que contenga la advertencia indicada en el inciso segundo.
En el caso de los avisos radiales, se reproducirá a continuación del aviso, y por un lapso no inferior a tres segundos, cualquiera de las advertencias indicadas en el inciso segundo.
No se podrá hacer publicidad de bebidas alcohólicas en calles y carreteras.
El Ministerio de Salud fiscalizará el cumplimiento de esta normativa.”
Los Diputados autores de la moción explicaron que la reformulación del artículo 1° tiene por objeto determinar un tamaño de letra, en lugar de un porcentaje para la advertencia, que resulta más apropiado. Al mismo tiempo, se establecen en la ley las frases que debe contener esta advertencia, de manera que no quede al arbitrio del Ministerio de Salud. Asimismo, se prohíbe totalmente la publicidad en calles y carreteras, porque es imposible segmentar en esos casos, y la advertencia no sería lo suficientemente notoria.
Se incorporaron dos enmiendas, para mejorar el texto de esta indicación:
-La primera, del Diputado señor Tuma , para reemplazar, en el inciso primero, la palabra “consumo” por “comercialización”.
-La segunda, del Diputado señor Núñez , para agregar, en el inciso segundo, a continuación de la palabra “oraciones”, la siguiente frase: “, a elección del productor o fabricante, las que deberán rotarse, a lo menos, cada dos años”.
-Sometida a votación la indicación, con las enmiendas propuestas, se aprobó por mayoría de votos.
Artículo 2°
2. Indicación de los Diputados señores Barros , Enríquez-Ominami , Farías, Galilea , Lobos, Martínez , Núñez , Sepúlveda y Tuma , para reemplazar el inciso primero del artículo 2°, por el siguiente:
“La publicidad de bebidas alcohólicas en televisión sólo podrá realizarse entre las veintitrés y las seis horas. Se prohíbe la publicidad, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas en radios, entre las dieciséis y las dieciocho horas.”
Argumentaron sus autores que esta norma mejora la redacción en lo relativo a la publicidad en radios, cuya audiencia juvenil, segmento que es el más vulnerable y el que la norma quiere proteger especialmente, se concentra entre las 16:00 y las 18:00 horas.
-Sometida a votación la indicación, fue aprobada por mayoría de votos.
3. Indicación del Diputado señor Lobos para eliminar, en el inciso segundo, la frase “como asimismo el auspicio o patrocinio de dichas actividades”, reemplazando la coma (,) que la precede, por un punto (.).
Explicó su autor que es posible que alguna marca de bebida alcohólica esté dispuesta a patrocinar algunas de estas actividades, sin realizar publicidad al respecto, posibilidad que no es necesario impedir.
-Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 3°
4. Del Diputado señor Lobos para reemplazar, en el inciso segundo, la frase “a las personas que el menor indique”, por la palabra “tutor”.
Señaló su autor que tiene por objeto precisar que Carabineros debe informar respecto del menor de dieciocho años que es sorprendido consumiendo bebidas alcohólicas o en manifiesto estado de ebriedad en lugares de uso público, a su familia o tutor, en lugar de a las personas que el menor indique.
-Sometida a votación, fue aprobada por unanimidad.
5. Del Diputado señor Farías, para eliminar, en el inciso tercero, la oración “de los mayores algunas de las sanciones dispuestas en el artículo 25 y, en contra”.
Argumentó su autor que resulta excesivo sancionar a los padres de un menor que es sorprendido consumiendo bebidas alcohólicas o en manifiesto estado de ebriedad en lugares de uso público, ya que bastaría con que ellos sean citados por el juez de policía local, de manera de tomar conocimiento de la situación en que se encuentra el menor.
-Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
6. De los Diputados señores Urrutia , García-Huidobro y Martínez , para eliminar la letra b) del N° 5.
Explicaron sus autores que la intención es reponer el inciso cuarto del artículo 39 de la ley N° 19.925, que autoriza la realización de actividades en los establecimiento educacionales en los cuales se consuman bebidas alcohólicas, durante Fiestas Patrias o actividades de beneficencia que se realicen hasta por tres veces en cada año calendario, previo aviso a Carabineros y a la municipalidad respectiva, en atención a que, en muchas localidades rurales, el establecimiento educacional es el único lugar de reunión de la comunidad.
-Sometida a votación, fue aprobada por unanimidad.
Artículo transitorio
7. Del Diputado señor Lobos para reemplazar el artículo transitorio por el siguiente:
“Artículo transitorio.- El artículo 1° de esta ley entrará en vigencia a partir de un año contado desde la fecha de su publicación. El artículo 2° de esta ley entrará en vigencia a partir de dos años contados desde la fecha de su publicación.”
Sostuvo su autor que resulta indispensable aumentar el plazo, de uno a dos años, para permitir que los clubes de fútbol se adapten a la nueva normativa, que les impide el auspicio de bebidas alcohólicas.
-Sometida a votación, se aprobó por mayoría de votos.
IV. INDICACIONES RECHAZADAS.
1. De los Diputados señores Urrutia , Álvarez-Salamanca y García-Huidobro , para reemplazar, en el artículo 1°, la expresión “un grado” por la frase “veinte grados”.
-Sometida a votación, se dio por rechazada por no haber alcanzado el quórum requerido.
2. De los Diputados señores Urrutia y Álvarez-Salamanca , para reemplazar, en el artículo 1°, la expresión “25%” por la palabra “5%”.
-Sometida a votación, fue rechazada por mayoría de votos.
3. De los Diputados señores Urrutia y García-Huidobro , para eliminar el inciso segundo del artículo 1°.
-Sometida a votación, se dio por rechazada por no haber alcanzado el quórum requerido.
4. Del Diputado señor Urrutia para agregar, en la indicación aprobada por la Comisión, que reemplazó el artículo 1°, una cuarta oración en su inciso segundo: “Beber una copa de vino al día evita daños al corazón”.
-Sometida a votación, se rechazó por mayoría de votos.
5. Del Diputado señor Urrutia para eliminar, en la indicación aprobada por la Comisión que reemplazó el artículo 1°, el inciso séptimo.
-Sometida a votación, se dio por rechazada por no haber alcanzado el quórum requerido.
6. Del Diputado señor Urrutia para reemplazar, en el artículo 2°, la expresión “veintitrés” por “veintidós”.
-Sometida a votación, se dio por rechazada por no haber alcanzado el quórum requerido.
7. De los Diputados señores Urrutia , Álvarez-Salamanca y García-Huidobro , para eliminar los incisos segundo y tercero del artículo 2°.
-Sometida a votación, se dio por rechazada por no haber alcanzado el quórum requerido.
8. De los Diputados señores Urrutia y García-Huidobro , para eliminar el inciso cuarto del artículo 2°.
-Sometida a votación, se rechazó por mayoría de votos.
9. Del Diputado señor Barros, para reemplazar los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 2°, por los siguientes:
“Los artículos deportivos destinados a ser vendidos masivamente, tales como camisetas, uniformes u otros, y aquellos de merchandising vinculados a actividades deportivas, no podrán contener publicidad de bebidas alcohólicas, ni siquiera cuando con ello se busque replicar más fielmente algún artículo usado por un deportista o equipo deportivo determinado.
Asimismo, prohíbese también la publicidad de bebidas alcohólicas en cualquier producto, publicación o actividad destinada a menores de edad.”
-Sometida a votación, se dio por rechazada por no haber alcanzado el quórum requerido.
10. De los Diputados señores García-Huidobro y Hernández , para agregar la siguiente oración en el inciso segundo del artículo 2°:
“Lo anterior no se aplicará tratándose de publicidad o propaganda contenida en medios estáticos o móviles ubicados al interior de los recintos deportivos y que se exhiba durante la realización de un evento o espectáculo deportivo en que participen deportistas profesionales.”
-Sometida a votación, fue rechazada por mayoría de votos.
11. De los Diputados señores Urrutia , García-Huidobro y Martínez , para eliminar la letra a) del N° 2 del artículo 3°.
-Sometida a votación, se rechazó por unanimidad.
12. De los Diputados señores Urrutia , Álvarez-Salamanca y García-Huidobro , para eliminar la letra b) del N° 2 del artículo 3°.
-Sometida a votación, fue rechazada por unanimidad.
13. De los Diputados señores Urrutia , Álvarez-Salamanca y García-Huidobro , para eliminar el inciso tercero del artículo 28, reemplazado por el N° 3 del artículo 3°.
-Sometida a votación, se rechazó por mayoría de votos.
En mérito de las consideraciones anteriores y por las que, en su oportunidad, os podrá añadir el señor Diputado informante , vuestra Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural os recomienda aprobar el texto propuesto por la Comisión de Salud, en su segundo informe reglamentario, con las modificaciones aprobadas por esta Comisión, contenidas en el comparado que se adjunta.
Se designó diputado informante al señor Ramón Farías Ponce .
Sala de la Comisión, a 19 de junio de 2007.
Acordado en sesiones de fechas 13 y 20 de marzo, 3 y 17 de abril, 8 y 15 de mayo, y 5, 12 y 19 de junio de 2007, con la asistencia de los Diputados Alejandra Sepúlveda Orbenes y Ramón Farías Ponce (Presidentes), René Aedo Ormeño ( Pablo Galilea Carrillo) , José Ramón Barros Montero, Marco Enríquez-Ominami Gumucio , Enrique Estay Peñaloza, Juan Lobos Krause , Rosauro Martínez Labbé, Marco Antonio Núñez Lozano , José Pérez Arriagada , Alejandro Sule Fernández , Eugenio Tuma Zedán e Ignacio Urrutia Bonilla .
Por la vía del reemplazo, asistieron los Diputados señores Alejandro García-Huidobro Sanfuentes y Javier Hernández Hernández .
Asistieron, además, la Diputada señora María Angélica Cristi Marfil y los Diputados señores Enrique Accorsi Opazo , Mario Bertolino Rendic , y Francisco Chahuán Chahuán .
(Fdo.): MIGUEL CASTILLO JEREZ, Secretario de la Comisión ”.
7. Informe de la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana y Drogas recaído en el proyecto que prohíbe el uso de celulares al interior de bancos e instituciones financieras con el objeto de evitar actos delictuales. (boletín N° 4569-25)
“Honorable Cámara:
La Comisión Especial de Seguridad Ciudadana y Drogas viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de los Diputados señora Marcela Cubillos Sigall y señores Ramón Barros Montero , Marcelo Forni Lobos , Javier Hernández Hernández, José Antonio Kast Rist , Patricio Melero Abaroa , Carlos Recondo Lavanderos , Gonzalo Uriarte Herrera y Felipe Ward Edwards .
Para el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la colaboración de la profesional de la Unidad de Apoyo Legislativo de la Biblioteca del Congreso Nacional, señora Gabriela Dazarola Leichtle , como, asimismo, tuvo a la vista un análisis sobre la materia remitido por la Policía de Investigaciones de Chile.
En atención a la sencillez del proyecto, la Comisión acordó prescindir del trámite de las audiencias públicas a que se refiere el artículo 211 del Reglamento de la Corporación.
I. IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.
La idea central o matriz del proyecto pretende prohibir la utilización de teléfonos celulares o móviles al interior de bancos, instituciones financieras y casas de cambio de dinero, con la finalidad de imposibilitar la eventual coordinación entre delincuentes ubicados al interior de cualquiera de estos establecimientos y sus cómplices en el exterior.
Tal idea, la que el proyecto concreta mediante un artículo único que establece dicha prohibición, es materia de ley de conformidad a lo establecido en el artículo 19 N° 5, en relación con el artículo 63 N° 2, ambos de la Constitución Política.
II. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
De conformidad a lo establecido en los números 2°, 4° y 5° del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1. Que el proyecto no contiene disposiciones que tengan rango de ley orgánica constitucional o que requieran aprobarse como ley de quórum calificado.
2. Que su disposición única no es de la competencia de la Comisión de Hacienda.
3. Que el proyecto fue rechazado en general, por mayoría de votos.
III. DIPUTADO INFORMANTE.
Se designó diputado informante al señor Carlos Abel Jarpa Wevar .
IV. ANTECEDENTES.
Los patrocinantes de la moción hacen presente que la delincuencia se ha transformado en una realidad que causa la mayor preocupación en la sociedad, dándose, a diario, asaltos a personas, residencias, instituciones bancarias, etc., agregando que las policías han detectado nuevas fórmulas empleadas para facilitar la acción delincuencial, consistentes, por ejemplo, en marcar las residencias particulares a fin de determinar el momento más propicio para su desvalijamiento o signar a las personas que se encuentran dentro de un banco y que retiran importantes sumas de dinero, a fin de asaltarlas una vez fuera del recinto.
Por ello, piensan que sería conveniente legislar para prohibir el uso de celulares al interior de instituciones financieras, ya que ello imposibilitaría la coordinación entre un delincuente que se encuentra al interior de un banco y su cómplice fuera de él, al que entrega las seña físicas y de vestimentas de una persona que porte cantidades apreciables de dinero.
Terminan indicando que tal medida se ha implantado con éxito en países como Argentina, México y algunos estados de los Estados Unidos.
V. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
a) Opiniones recibidas en el seno de la Comisión.
1° La Subdirección Operativa de la Dirección General de la Policía de Investigaciones de Chile reconoció que la utilización de teléfonos celulares servía como uno de los medios más habituales para facilitar la coordinación entre delincuentes y que, si bien ésta era una de las nuevas tácticas que empleaba el hampa para facilitar la comisión de ilícitos, también era algo público y notorio que la utilización de este elemento era un medio de comunicación masivo ente las personas, por lo que no parecía recomendable restringir o prohibir su uso en lugares tales como bancos, instituciones financieras o casas de cambio. Creía que ello afectaría la libertad de las personas para comunicarse, sin que existieran antecedentes suficientes de que tal medida constituiría una forma eficaz de evitar la comisión de delitos.
Agregaron que les parecía más apropiado para combatir la delincuencia, tipificar la coordinación para delinquir, sin necesidad de que para ello se den los requisitos de la asociación ilícita, o bien, obligar a las instituciones a dar cuenta a las policías de cualquier situación extraña protagonizada por personas al interior de sus dependencias, circunstancia que habilitaría a las policías para realizar un control de identidad a esas personas.
En todo caso, estimaban que de aprobarse la moción, debería aparejarse a ella una consecuencia, tales como una sanción o la habilitación a las policías para adoptar algún procedimiento, cuestión que la moción no incluía.
2° La representante de la Biblioteca del Congreso, señora Gabriela Dazarola Leichtle , expuso sobre la base de un análisis de la legislación aplicable sobre la materia en México, Argentina y Estados Unidos, señalando que únicamente en el primero de estos países, de conformidad a lo establecido en el artículo 96 de la Ley de Instituciones de Crédito, norma que obliga a dichas instituciones a adoptar medidas básicas de seguridad para la debida protección de las oficinas bancarias, su público, sus trabajadores y su patrimonio, se ha establecido una Resolución sobre Medidas de Seguridad que, en su disposición décimo octava, prohíbe el uso de teléfonos celulares o cualquier otro medio de comunicación móvil dentro de las sucursales, a fin de proteger la integridad y el patrimonio del público usuario y personal que labora en ellas.
En el caso de Argentina, de acuerdo a las informaciones aportadas por el Banco Central de ese país, no existe norma legal alguna que establezca tal prohibición, sin perjuicio de que dentro de las “Medidas Mínimas de Seguridad en Entidades Financieras” adoptadas por esa institución para los establecimientos del rubro, se encuentre dicha prohibición la que cumple un doble propósito: en primer lugar, evitar la interferencia que pueda producirse por la utilización de estos artefactos con los circuitos cerrados y sistemas de los bancos y, en segundo lugar, la seguridad del banco y de sus clientes frente a posibles asaltos.
Por último, en el caso de los Estados Unidos, tampoco existiría una normativa legal que estableciera la prohibición, sino que correspondería únicamente a medidas adoptadas por cada institución bancaria para su propia seguridad y la de sus clientes. Así ocurriría, por ejemplo, en instituciones bancarias de Chicago, Illinois y California.
b) Discusión en general.
Durante la discusión acerca de la idea de legislar, la Comisión tuvo especialmente en cuenta el informe entregado por la Policía de Investigaciones, el que considera la proposición como una medida que no parece eficaz para el combate de los delitos que se quiere evitar y, más aún, que ello afectaría la libertad de las personas para comunicarse por un medio de uso masivo creciente, sin que la implementación de tal medida pueda justificarse como una fórmula de resultados exitosos.
Las consideraciones anteriores, unidas a la ausencia de los autores de la moción quienes podrían haber argumentado a favor de su iniciativa, llevó, finalmente, a la Comisión a rechazar en general el proyecto por mayoría de votos. (4 votos en contra y 1 a favor).
Votaron en contra los diputados señores Duarte, Jarpa, Cristián Monckeberg y Montes, y a favor el Diputado señor Correa.
-o-
Por las razones expuestas y por las que hará valer en su oportunidad el señor diputado informante , esta Comisión recomienda rechazar el proyecto, el que de conformidad a lo establecido en el número 8° del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, tiene el siguiente texto:
“PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- Prohíbase la utilización de celulares o móviles al interior de bancos, instituciones financieras y casas de cambio de dinero.”.
Sala de la Comisión, a 13 de junio de 2007.
Acordado en sesión de igual fecha con la asistencia de los diputados señor Carlos Montes Cisternas ( Presidente ) y señores Sergio Correa de la Cerda , Gonzalo Duarte Leiva , Carlos Abel Jarpa Wevar y Cristián Monckeberg Bruner .
(Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO , Abogado Secretario Accidental de la Comisión ”.
8. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto de reforma constitucional en materia de gobierno y administración regional. (boletín N° 3436-07)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en primer trámite constitucional, el proyecto de la referencia, originado en un Mensaje del entonces Presidente de la República don Ricardo Lagos Escobar .
Para el despacho de esta iniciativa la señora Jefe del Estado ha hecho presente la urgencia la que ha calificado de simple para todos sus trámites constitucionales, plazo que vence el 5 de julio próximo por haberse dado cuenta de la urgencia en la Sala el día 5 de junio en curso.
Durante el análisis de este proyecto la Comisión contó con la colaboración de las siguientes personas: doña Claudia Serrano Madrid , Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo; don Samuel Garrido Ruiz , Subsecretario subrogante, don Luis Angulo Rantul , Jefe de Políticas de la Subsecretaría ; don Rodrigo Cabello Moscoso , Jefe de la División Legislativa ; don Axel Callis Rodríguez , Jefe de Gabinete de la Subsecretaria ; don Álvaro Villanueva Rojas , asesor jurídico; don Manuel Millones Chirino , consejero regional de la región de Valparaíso y Presidente de la Comisión Jurídica de la Asociación Nacional de Consejeros Regionales; don Gustavo Paulsen Britto , Vicepresidente de la misma Asociación; don César Pérez Peña , asesor jurídico del Consejo Regional de Valparaíso y secretario de la Asociación; don Christian Suárez Crothers , Director del Departamento de Derecho Público de la Universidad de Talca ; don Heinrich von Baer von Lochow , Presidente del Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile; don Pedro Guzmán Ferrer , asistente ejecutivo del mismo Consejo; don Sergio Boissier Etcheverry , experto en descentralización, y doña Bettina Horst von Thadden , investigadora del Programa Económico del Instituto Libertad y Desarrollo.
Asimismo, la Comisión tuvo a la vista dos actas de las Comisiones Jurídica y de Régimen Interno de la Asociación Nacional de Consejeros Regionales de Chile.
OBJETO.
La idea central del proyecto se orienta a avanzar en el proceso de descentralización del país, mediante una nueva reforma constitucional complementaria de la introducida en el año 1991, en virtud de la cual S.E. la Presidenta de la República , mediante una indicación sustitutiva total sobre la que en definitiva se pronunció la Comisión:
-remite a la ley la forma en que se renovarán cada cuatro años los senadores.
-introduce tres modificaciones formales para precisar las inhabilidades e incompatibilidades que afectan a los consejeros regionales, distinguiéndolos de los intendentes.
-agrega a los alcaldes entre los cargos que son incompatibles con los de intendente, gobernador, consejero regional y concejal.
-dispone la elección directa de los consejeros regionales.
-faculta al Presidente de la República para transferir a los gobiernos regionales, mediante decreto supremo fundado, determinadas funciones y atribuciones de los servicios públicos, como también recursos y el personal correspondiente para su desempeño.
CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS
Para los efectos de lo establecido en el número 7° del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que rechazó las siguientes indicaciones:
a) el inciso segundo del nuevo artículo 114 propuesto por la indicación del Ejecutivo.
b) la de los Diputados señores Cardemil y Cristián Monckeberg para agregar en el número 2) del artículo 57, lo siguiente: “secretarios regionales ministeriales, jefes de servicios, directores nacionales y regionales de los mismos.”.
DIPUTADO INFORMANTE
Se designó diputada informante a la señorita María Antonieta Saa Díaz .
QUÓRUM DE VOTACIÓN.
Conforme lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política, recayendo esta reforma constitucional en los capítulos V y XIV de la misma, requiere para su aprobación el voto conforme de las tres quintas partes de los Senadores y Diputados en ejercicio.
ANTECEDENTES.
1. El Mensaje parte señalando que la ley N° 19.097, publicada el 12 de noviembre de 1991, modificó la Constitución para establecer los llamados “gobiernos regionales”, formados por los intendentes y los consejos regionales, a quienes correspondería la administración superior de cada región, gozando, además, de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio.
Luego, el 11 de noviembre de 1992, se publicó la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, la que regula el nuevo sistema de dicho gobierno y administración, comprendiendo, entre otras, las materias relativas al gobierno de la región, a las competencias y atribuciones de los organismos que constituyen ese gobierno, al mecanismo de elección de los consejeros regionales, al presupuesto y al patrimonio del gobierno regional.
Agrega el Mensaje que habiendo transcurrido ya diez años de funcionamiento del nuevo sistema, se ha podido apreciar una adaptación paulatina de las regiones a él, pero que ese mismo tiempo ha puesto de relieve la necesidad de introducir adecuaciones al sistema, pero no sólo a los contenidos de la ley orgánica constitucional sino que a la Constitución Política, con el fin de continuar avanzando cualitativamente en el proceso de descentralización.
2. La indicación sustitutiva sobre la cual se pronunció la Comisión, enviada a tramitación un año y cuatro meses después del mensaje original, enmarcándose en la idea central del proyecto, es decir, avanzar en el proceso de descentralización del país, propuso un nuevo texto acorde con las modificaciones constitucionales introducidas en el tiempo intermedio, texto que se reseñará en el capítulo de la discusión en particular.
DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
a) Opinión de las personas invitadas a exponer.
1) La señora Claudia Serrano Madrid , Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, efectuó una corta reseña acerca de las materias más importantes tratadas por el proyecto y que deberían ser discutidas por la Comisión. Estas serían la conveniencia de llamar a las regiones por su nombre y no por su número, recordando que se habían creado recientemente las regiones de Arica y Parinacota y de Los Ríos; la elección de los consejeros regionales por votación directa, y el traspaso de competencias a las regiones para fortalecer el poder regional. Dicho traspaso desde el nivel central se orientaría al fortalecimiento de las capacidades institucionales de los gobiernos regionales, quienes deberían rendir cuenta pública de las decisiones que tomen. Ante la afirmación de algunos Diputados en el sentido de que se estaría dando lugar a verdaderos parlamentos regionales, señaló que se trataría de un desafío especial para un país unitario y centralizado como el nuestro, respecto del que se estaría instalando una herramienta de descentralización consistente en la transferencia de competencias propias de los ministerios y de los servicios públicos, así como de recursos y de personal. No obstante, creía necesario, a pesar de las limitaciones existentes, diseñar un mecanismo que impida que la asignación de recursos pueda servir como un elemento de manejo electoral y pueda, en cambio, quedar sujeta al control ciudadano en cada comuna.
Añadió que existían estudios para distinguir el Fondo Nacional de Desarrollo Regional del Fondo Local de Inversiones con la finalidad de destacar lo estratégico del desarrollo sin restar atribuciones al Gobierno Regional. Precisó que la priorización de los proyectos, los estudios y programas los realiza el intendente quien los presenta al Consejo Regional para su aprobación o rechazo, pero se implementarían atribuciones para el manejo del fondo de inversiones locales que permitieran contribuir al desarrollo regional. Señaló, asimismo, que se planteaba territorializar provincialmente la base electoral de consejeros regionales, fundado en la inamovilidad u otro mecanismo que ayude a perfeccionar la iniciativa.
2) El señor Heinrich von Baer von Lochow , Presidente del Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile (Conarede), explicó que en la primera cumbre de regiones efectuada en Chile, en 1998, se había constituido la organización que preside bajo el lema “Todo Chile es Chile”, estableciéndose todo un decálogo de las reformas necesarias y, luego, en la segunda cumbre, desarrollada el 12 y 13 de abril del año en curso, en Valparaíso, con ochocientos líderes de los principales sectores e instituciones de las regiones del país, se había reinstalado la tarea de la descentralización y desarrollo local y regional en un lugar de mayor atención por parte de las autoridades y se había generado un reencantamiento y mayor compromiso con el desarrollo de todas las regiones y comunas del país.
Entrando al tema de la reforma propuesta por la indicación sustitutiva, centró su intervención en la conveniencia de la elección directa de los consejeros regionales, señalando que la descentralización constituía un imperativo para un desarrollo social y territorial equilibrado y sustentable en el país. Las sociedades descentralizadas serían más eficientes y productivas, participantes y democráticas, armónicas, estables y gobernables, más dignas y más humanas, características que se fundarían en la aplicación del doble principio de subsidiariedad, emanado de las encíclicas sociales de la Iglesia Católica, es decir, horizontal, en cuanto a aquello que el mercado regula igual o mejor y aquello que debe regular el Estado, y vertical, en cuanto radica el poder de decisión y los recursos atendiendo al ámbito en que estos se administran con mayor propiedad y eficiencia; en otras palabras, en forma ascendente, partiendo desde la persona individual, la familia, la organización de base, el municipio, el gobierno regional y el gobierno nacional. Agregó que la aplicación sana y consecuente del doble principio mencionado no debilita al gobierno nacional sino que, por el contrario, lo fortalece y legítima puesto que lo descongestiona, permitiéndole concentrarse en las funciones más estratégicas, complejas y trascendentes para el conjunto del país.
Señaló que los países asumen en forma integral los procesos sociales que emergen en el mundo, tales como la globalización, la transformación del Estado, la descentralización, la participación ciudadana y revalorización de los espacios locales, factores todos que si no avanzan en forma simultánea y no se retroalimentan, todo el sistema en su conjunto, es decir, social, político y productivo, se resiente.
Dijo creer que en el país era necesario partir de la premisa de que descentralización y desarrollo territorial son procesos imperativos que deben darse para fortalecer el ritmo de crecimiento de la economía, la competitividad, la modernización del Estado, la democratización de la sociedad, la capacidad de prevenir y manejar catástrofes, el estado de ánimo de la ciudadanía, desencantada por promesas incumplidas, la credibilidad de los políticos, la cohesión social y la gobernabilidad y, también, la seguridad nacional por cuanto no se fortalecen los pasos fronterizos.
Refiriéndose a algunos de los efectos de la centralización, señaló que la población del país se había concentrado en la capital a un ritmo creciente, como lo demostraba el hecho de que en 1910 sólo un 10% de la población total residía en la Región Metropolitana, porcentaje que en 2001 había llegado al 42% y que para 2010- 2015 se proyectaba al 50%, producto todo ello de políticas centralizadoras equivocadas y que, entre otras cosas, de acuerdo a antecedentes de la Organización Mundial de la Salud, hacían que en Santiago existiera el porcentaje más alto de pacientes con trastornos psicológicos en los consultorios de atención primaria. Todo lo anterior hacía urgente la aplicación de reformas descentralizadoras y de desarrollo de las regiones como una forma de salvar a la capital y de fortalecer a las regiones frente a los impactos de la globalización.
En lo que se refiere a la necesidad de reemplazar el actual sistema indirecto de elección de los consejeros regionales, sostuvo que, además de lo dicho, existían varios factores: en primer lugar porque había sido producto de un diseño apresurado, puesto que al asumir el Gobierno don Patricio Aylwin se había propuesto democratizar los municipios, incluyendo la elección de alcaldes y concejales, propósito que la oposición de la época planteó complementar con la correspondiente democratización de los gobiernos regionales, pero como ambas corrientes políticas carecían de un proyecto debidamente madurado para ello, la negociación final terminó imponiendo la elección indirecta; en segundo lugar, porque los consejeros regionales no constituyen, en la práctica, un medio real de participación de la ciudadanía en las decisiones del respectivo gobierno regional por cuanto casi nadie conoce sus nombres, circunstancia que ha sido demostrada por las encuestas, y, en tercer lugar, porque el mecanismo indirecto de elección no estimula buenas prácticas en el manejo de los asuntos públicos, tales como la transparencia y la rendición de cuentas.
Por otra parte, existirían compromisos asumidos por diversos políticos para modificar el mecanismo indirecto. Así, por ejemplo, en la campaña de 1999, ambos candidatos presidenciales se comprometieron a ello; en 2005, los cuatro candidatos a la Primera Magistratura suscribieron el compromiso. En 2001, adquirió el compromiso la totalidad de los senadores elegidos y el 81% de los diputados. En 2005, nuevamente un alto porcentaje de diputados y senadores retomó el compromiso. Todo lo anterior haría conveniente que se diera cumplimiento al compromiso.
Citó, en seguida, una evaluación efectuada por el Instituto de Desarrollo Local y Regional de la Universidad de La Frontera, la que señala que la elección directa de los consejeros regionales provocaría, entre otras, las siguientes consecuencias: a) el Consejo Regional sería percibido como un órgano de participación y canalización de las aspiraciones de la comunidad regional, fortaleciendo así su legitimidad; b) se abrirían mejores oportunidades para debatir asuntos de interés regional; c) obligaría a los candidatos a asumir compromisos con la ciudadanía y el futuro de la región; d) potenciaría el proceso de descentralización por cuanto vigorizaría la organización de la demanda para conseguirlo; e) al fortalecer el sistema político regional, serviría de estímulo para el surgimiento de nuevos liderazgos políticos, y f) constituiría un avance hacia la elección democrática de un presidente del Gobierno Regional, por cuanto pondría de relieve las contradicciones entre las autoridades regionales designadas y las elegidas.
Por último, planteó la urgencia en el despacho de este proyecto, toda vez que cada cuatro años hay elecciones políticas de Presidente de la República , senadores y diputados, correspondiendo la próxima en diciembre de 2009, la que es precedida por la elección territorial, reducida solamente a los concejales municipales y que debería ser simultánea con la regional, la que, a su vez, debería efectuarse en diciembre de 2008. En consecuencia, de retrasarse la aprobación de esta reforma, no habría posibilidad de realizarse una elección regional directa hasta el año 2012.
3) El señor Christian Suárez Crothers , profesor de Derecho Constitucional , Director del Departamento de Derecho Público de la Universidad de Talca inició su intervención preguntándose si una vez transcurridos más de quince años desde la reforma constitucional introducida por la ley N° 19.907, el pacto que dio lugar a esa ley, había o no dado lugar a un mayor espacio para el desarrollo político, económico y social de las regiones. Añadió que a principios de los años noventa, creía que la regionalización era algo muy dificultoso y, ahora, luego de haberse desempeñado como Intendente de la Región del Maule , sigue pensando igual.
Declaró ser optimista al respecto aunque reconocía que ni la Constitución ni las reformas a la misma, era algo que interesara a la gente, la que no obstante, catalogaba mal a las instituciones, a la política y a su ejercicio y se esforzaba muy poco por participar del debate público, algo que, sin embargo, todos consideraban necesario.
Pensaba que debería hacerse un esfuerzo para fortalecer la estructura de las libertades, no entendiendo bien por qué, contándose con las condiciones, no se puede profundizar más y mejor la democracia. Señaló que al respecto existía una gran masa ciudadana que se siente perpleja y distante, escéptica de sus posibilidades de alcanzar, tal como lo señala la Constitución, su realización espiritual y material posible.
Todo lo anterior lo lleva a ser partidario de un proceso de descentralización que no se caracterice sólo por su dimensión administrativa, sino también por su dimensión política, no bastando para ello solamente leyes descentralizadoras o decretos delegatorios, sino contribuir a una cultura de la autonomía, de la confianza en la capacidad realizadora de los demás, que permita prosperar los frutos de la imaginación e iniciativa individual y colectiva.
Sostuvo que era tiempo de descentralizar y que se trataba de una tarea que debía tomarse en serio, proponiendo al efecto las siguientes medidas:
a) reponer el principio institucional de que el territorio se divide en regiones, pero no en el capítulo XIV de la Constitución sino entre las normas de apertura del capítulo I.
b) comprender que otorgar personalidad jurídica a las regiones no atenta contra el carácter unitario del Estado, pudiendo concebirse la presencia de un representante del Estado en las regiones.
c) evitar señales jurídicamente incorrectas y políticamente falaces a la ciudadanía, en el sentido de dar la impresión de la existencia de un verdadero gobierno regional, puesto que en realidad no gobierna sino que solamente tiene la administración de la región.
d) evitar esa verdadera caja de resonancia constituida por el hecho de que asuntos que podrían resolverse a nivel regional, provincial o comunal, se conviertan en cuestiones que deben tratarse por el titular de la potestad pública correspondiente del gobierno central.
e) comprender que un intendente no puede ser un funcionario público, colaborador directo del Jefe del Estado en la región, y, a la vez, ejercer como órgano del ejecutivo regional.
f) reafirmar el principio de la elección de los consejeros regionales por sufragio universal, en conformidad a la ley.
g) establecer la elección del presidente regional por la mayoría absoluta de los miembros del consejo regional, de acuerdo a la ley orgánica constitucional.
h) ampliar el número de consejeros regionales y establecer una comisión permanente con tantos miembros cuantas sean las atribuciones que le sean asignadas, que tenga a su cargo el gobierno regional.
i) establecer un estatuto de derechos de los consejeros regionales y de sus inhabilidades, entre las que no podría incluirse la que establece el proyecto, que les prohíbe postularse a otros cargos de elección popular sino hasta transcurridos cuatro años de concluido el período para el que fueron elegidos, el que considera inconstitucional y contrario al principio de igualdad ante la ley.
j) dar mayor atención a los indicadores de gestión regional.
4) El señor Manuel Millones Chirino , consejero regional de la región de Valparaíso y Presidente de la Comisión Jurídica de la Asociación Nacional de Consejeros Regionales planteó que, en términos generales, compartían la indicación sustitutiva del Ejecutivo. Sin embargo, al referirse a la elección directa de los consejeros regionales, estimó que la aplicación del sufragio universal constituía un paso fundamental y decisivo para fortalecer la representatividad y legitimidad de las autoridades regionales, lo que redundaba en la consolidación del proceso de descentralización nacional, pero la limitante que se establecía en la letra b) del número 3 del artículo único, que impedía a los consejeros regionales poder postular a un cargo de elección popular hasta una vez transcurridos cuatro años de cesados en sus cargos, les parecía no sólo inconstitucional sino políticamente injusta y éticamente inaceptable por cuanto afectaba el principio de igualdad ante la ley y vulneraba los fines mismos de las normas constitucionales que son de aplicación general. Creían que lo lógico era que no se aplicara a los consejeros regionales más restricciones que las que afectan a otras autoridades del país, como son los alcaldes, concejales, parlamentarios y ministros de estado.
En lo que se refiere a la forma de esta elección, pensaban que el mecanismo que se adoptara debía resguardar las normas y principios que fomentan la descentralización y otorgan la mayor representatividad a los consejeros, como también que la base electoral debería establecerse en consideración a una provincia, distrito o agrupación de comunas, garantizando la participación de estas últimas con menor población. En definitiva, aspiraban que para la determinación de este mecanismo y para el traspaso de las nuevas competencias y facultades que se entregaran a los consejeros regionales, se escuchara previamente a la Asociación que los reúne.
Se manifestó también de acuerdo con la existencia de un presidente del consejo regional, el que debería ser elegido directamente por la ciudadanía, dando así plena legitimidad y representatividad al Ejecutivo regional, sin perjuicio de que en una primera etapa, en atención a la necesaria gradualidad de la aplicación de la reforma, dicho cargo recayera en un consejero elegido por sus pares.
Respecto de la transferencia de competencias a que se refiere la modificación que se introduce al artículo 114, señaló que de acuerdo a esa norma, ésta podría hacerse en forma directa o indirecta, por cuanto podrá hacerse mediante una modificación a la ley orgánica constitucional respectiva o mediante decreto supremo fundado, a iniciativa del Jefe del Estado o a petición de los gobiernos regionales. En todo caso, consideraban que para el traspaso de facultades efectuadas a iniciativa del Ejecutivo , lo lógico sería que se escuchara a los consejos regionales y que su opinión tuviera carácter vinculante por cuanto así se aseguraría la existencia de capacidad para asumir las competencias que se traspasaran y la entrega de los recursos económicos y humanos necesarios. Para ello bastaría con introducir la correspondiente modificación en la letra i) del artículo 36 de la ley N° 19.175. Lo anterior como una consecuencia lógica del mejor pie en que se encuentran los órganos de la administración descentralizada para evaluar la factibilidad de estos procesos, dado el cercano conocimiento que tienen de las situaciones deficitarias o problemáticas de la región.
Por último, estimaban necesario estudiar un rediseño de la institucionalidad de los gobiernos regionales para fortalecerlos. Pensaban que sería conveniente contar con un Fondo Regional de Desarrollo de las Regiones que permita a los Gobiernos Regionales un manejo autónomo dentro del marco de la Estrategia de Desarrollo Regional y el Plan de Desarrollo Regional.
5) El señor Sergio Boissier Etcheverry , experto en regionalización, inició su intervención señalando que intentaría explicar cómo un país tan centralista, unitario, presidencialista, y sin culturas locales relevantes, entre al siglo XXI como el único en América latina con una regionalización constitucional, con gobiernos regionales y con un proceso descentralizador significativo
Indicó que el centralismo en Chile tiene orígenes remotos. Los españoles darán origen a una oligarquía rural “conquistadores/encomenderos” con domicilio en Santiago, pues el centralismo era funcional para su hegemonía, debido a la situación casi permanente de guerra pre y post-independencia: contra España , la Confederación, contra Bolivia y Perú, mapuches, todo juega a favor del centralismo. Se debe tener presente la influencia de Diego Portales: un centralizador a ultranza. En la carta a su socio J. M. Cea: concebía a Chile con “un gobierno fuerte, centralizado, cuyos hombres sean verdaderos modelos de virtud y patriotismo…”. Sumado a una cultura “militarista” proclive a la verticalidad del mando y al autoritarismo de un Estado forjador de la Nación y de la sociedad. Un sistema social basado en la “hacienda y el inquilinaje”, generador de una mentalidad que busca en el “padre-patrón” y después en el “padre-Estado” lo que no es capaz de hacer por sí misma. La confusión entre democracia e igualdad y entre igualdad y homogeneidad y el papel del Estado en la construcción de la cadena. Como es conocido, la Constitución de 1925 estableció la existencia de las Asambleas Provinciales, pero, como lo anota Luz Bulnes: “...la Constitución quedó en esta parte como una simple expresión programática, porque no se dictó la ley que viniera a establecer la organización de las Asambleas Provinciales...”. Una dictadura militar que tiene claro que la administración se descentraliza pero el poder jamás y que confunde regionalización con descentralización.
La política de desarrollo regional nace, bajo la forma de una proto política territorial, como consecuencia de desastres naturales: los terremotos de 1939 (Chillán) y 1960 (Valdivia). El primero de ellos generó las condiciones políticas para la creación de la Corporación de Fomento de la Producción, Corfo; el ente industrializador de Chile y que, dirigiendo su acción a la promoción de sectores energéticos, infraestructura, agrícolas, industriales, turísticos y de transportes, modificó la geografía económica del país; el segundo, introdujo la función de planificación regional moderna en el gobierno nacional. El Presidente electo en 1964, Eduardo Frei Montalva , era afín a la idea de modificar la geografía política/administrativa de Chile. Por otro lado, en 1957, el economista de la Cepal Jorge Ahumada escribió un libro que se refería al excesivo centralismo industrial en Santiago como una de las causas de la falta de desarrollo, que ejercería una notable influencia en Frei. La Fundación Ford mantenía en los años sesenta en Chile un programa de cooperación en el campo del desarrollo comunitario, un tema muy cercano a la “promoción popular”, al ganar Frei la elección, el planificador regional John Friedmann hace una evaluación del programa, en el que plantea la dificultad de Chile para alcanzar las ambiciosas metas reformistas de Frei debido a la tensión rural/urbana y a la tensión incluidos/marginados y propone crear un nuevo marco de referencia e identidad territorial: el marco urbano/regional (regiones). Todo ello llevó a que el gobierno de Frei Montalva incentivara una política nacional de desarrollo regional.
Durante el gobierno militar, la Conara sostuvo que en cada región se debía establecer una nueva institucionalidad basada en la desconcentración del poder y la descentralización administrativa, debidamente integrada al sistema nacional de planificación y al proceso de toma de decisiones. No obstante, no se consideró la necesidad de que tales principios se hicieran carne en la sociedad.
Con los Gobierno de la Concertación, tampoco se ha avanzado en el tema; promulgada la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional en 1992 se ha intentado posteriormente introducirle cambios, que permitiesen - a lo menos- la elección directa de los consejeros regionales, pero siempre con oposición de los parlamentarios debido al cálculo electoral que significaría que algunos consejeros regionales fuesen elegidos con más votos. Además la economía del país sigue encajada en una camisa de fuerza representada por una gran ligazón a las exportaciones de recursos naturales, lo que significa escasos grados de libertad para modificar el patrón de crecimiento comparativo de las regiones, dada la especificidad territorial de los recursos naturales en Chile.
Terminó su exposición concluyendo que existen obstáculos estructurales, principalmente en el plano de la cultura social y administrativa, que han entrabado la descentralización, a saber, artificialidad de la regionalización; ausencia de identidades regionales; falta de legitimidad de los gobiernos regionales; relativa precariedad de los recursos financieros; entre otros.
6) La señora Bettina Horst von Thadden , investigadora del Programa Económico del Instituto Libertad y Desarrollo, empezó su intervención haciendo una reseña de las funciones de los gobiernos regionales, señalando que a ellos corresponde la administración de cada región con el objeto de propender al desarrollo social, cultural y económico de ellas. Agregó que para ello contaban con múltiples funciones las que, en la práctica, eran desarrolladas por los diversos ministerios por medio de las respectivas secretarías regionales. Por ello, y dados los escasos recursos humanos y financieros con que cuentan, no son los actores más relevantes en las regiones.
Los consejos regionales, a su vez, tienen por finalidad hacer efectiva la participación de la comunidad regional y cuentan, además, con facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras. Entre sus funciones más relevantes está la de aprobar los planes de desarrollo regional, el proyecto de presupuesto del gobierno regional y la determinación de la inversión de los recursos de la llamada Inversión de Decisión Regional. También le corresponde, a proposición de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, aprobar los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos y los planes reguladores intercomunales.
En lo que respecta a la inversión de decisión regional, señaló que si bien desde el año 1990 habían aumentado sus recursos, en el año 2005 solamente representó el 22% de la inversión pública efectiva, lo que significaba que cuatro de cada cinco pesos son determinados por el gobierno central. En lo que se refiere a los proyectos financiados por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, la gran mayoría correspondía a propuestas municipales, es decir, se trataría de proyectos de impacto comunal más que regional, lo que determinaría procesos lentos y burocráticos. Por todo lo anterior, se concluía que no eran los gobiernos regionales los que definen los programas, políticas e inversiones del sector público en las regiones, sino que los ministerios.
En lo que respecta a la proposición de elección directa de los consejeros regionales, señaló que dicha forma de elegir buscaba representar el vínculo entre las personas que ocupan esos cargos y sus representados, es decir, que las autoridades se deban a quienes las eligieron y no a otras autoridades de quienes dependan. Por tanto, elegir autoridades que, en la práctica, tienen un campo de acción muy limitado no tiene mucho sentido, porque el electorado percibe que estas autoridades no tienen las atribuciones y facultades necesarias para atender sus problemas y demandas. Si a esto se suma la circunstancia que el intendente, cargo de exclusiva confianza presidencial, detenta los cargos de jefe del gobierno regional y presidente del consejo, significa que se mantiene la actual situación de que este funcionario deba rendir cuenta en primer lugar al gobierno central y no a la región.
Por otra parte, debe tenerse presente que contar con más autoridades electas, tiene un costo para las arcas fiscales, habiendo alcanzado en el año 2007 a dos mil seiscientos millones de pesos. La señora Jefe del Estado ha planteado aumentar el número de consejeros regionales y sus dietas, factores que deben considerarse por cuanto las limitadas atribuciones con que cuentan, no les dan mayor ingerencia en el desarrollo regional, lo que podría dar lugar al descrédito de la autoridad y a la apatía electoral.
Los antecedentes señalados la llevaban a considerar que la elección directa de los consejeros regionales, sería una cuestión que debería debatirse en un contexto de reforma global en materia de descentralización, en la que deberían incorporarse tanto el nivel comunal como el regional. En ese contexto y dependiendo de las atribuciones y recursos que deberán gestionar las instancias regionales, debería analizarse la conveniencia de su elección directa.
b) Discusión en particular.
La indicación sustitutiva total presentada por S.E. la Presidenta de la República consta de un artículo único, dividido en seis números, todos los cuales la Comisión acordó tratar separadamente.
Número nuevo. (pasó a ser 1).
Los Diputados señoras Herrera , Isasi , Tohá y Valcarce y señores Álvarez , Álvarez-Salamanca , Ascencio , Becker , Bertolino , Burgos , Bustos , Cardemil , Cristi , Chahuán , Delmastro , Díaz del Rió, Enríquez-Ominami , Errázuriz , Forni , Galilea , García Huidobro , Godoy , González , Inzunza , Lorenzini , Martínez , Cristián Monckeberg , Nicolás Monckeberg , Monsalve , Ojeda , Palma , Paredes, Rossi , Rubilar , Salaberry , Roberto Sepúlveda , Vargas y Walker presentaron una indicación para agregar en el inciso primero del artículo 49, a continuación de la palabra “país”, sustituyendo el punto seguido por una coma, lo siguiente: “cada una de las cuales constituirá, a lo menos, una circunscripción.”.
El inciso primero del artículo 49 establece que el Senado se compone de miembros elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país. La ley orgánica constitucional respectiva determinará el número de senadores, las circunscripciones senatoriales y la forma de su elección.
El Diputado señor Cardemil fundamentó la indicación, señalando que su sentido era obvio, por cuanto la modificación que se proponía, manteniendo la idea del Ejecutivo, no hacía otra cosa más que afirmar el principio de equidad entre las distintas regiones, evitando que una de ellas, en este caso la recientemente creada de Arica y Parinacota, quedara con su representación subsumida en la de otra región, al carecer de senadores propios. Agregó que esta proposición se relacionaba con la que los mismos patrocinantes planteaban para agregar una nueva disposición transitoria a la Constitución.
No se produjo debate, aprobándose la indicación por mayoría de votos ( 8 votos a favor y 4 en contra).
Número 1.
Sustituye el inciso segundo del artículo 49, norma que dispone que los senadores durarán ocho años en su cargo y se renovarán alternadamente cada cuatro años, correspondiendo hacerlo en un período a los representantes de las regiones de número impar y en el siguiente a los de las regiones de número par y de la Región Metropolitana.
La modificación sustituye la parte final de este inciso, desde la palabra “correspondiendo” en adelante, por la siguiente frase “en la forma que determine la ley.”.
Los representantes del Ejecutivo explicaron que la razón de ser de esta modificación, residía sólo en el propósito de adecuar la disposición a la nueva situación creada con motivo del establecimiento de dos nuevas regiones, circunstancia que impide atender a la numeración de las mismas para determinar la alternancia de las elecciones.
La Comisión, a sugerencia del Diputado señor Eluchans , acordó precisar los términos de la modificación, refiriendo la remisión que hace en su parte final a la ley orgánica constitucional respectiva.
Se aprobó, con la sugerencia señalada, por unanimidad.
Número 2.
Modifica el número 2) del artículo 57, norma que establece que no pueden ser candidatos a diputados ni a senadores “Los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los miembros de los consejos regionales, los concejales y los subsecretarios.”.
La modificación sustituye las expresiones “ miembros de los consejos regionales” por “consejeros regionales”.
Los representantes del Ejecutivo explicaron que, más que una modificación puramente formal, lo que se pretendía con esta sustitución era evitar la interpretación que se ha hecho en atención a lo que señala el artículo 29 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, el que por el hecho de señalar que el consejo regional estará integrado, además del intendente, por consejeros, ha llevado a entender que el intendente es también miembro del consejo regional.
Agregaron que igual objetivo perseguían las modificaciones que se introducían por los números 5 y 6 de esta indicación sustitutiva.
Los Diputados señores Cardemil y Cristián Monckeberg presentaron una indicación para agregar en este mismo inciso, después de la expresión “subsecretarios”, los términos “secretarios regionales ministeriales, jefes de servicios, directores nacionales y regionales de los mismos.”, con el objeto de inhabilitar a quienes estén sirviendo estas funciones hasta un año antes de la elección, para postularse a cargos parlamentarios, indicación que se rechazó por mayoría de votos ( 3 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones).
Cerrado el debate, se aprobó la proposición del Ejecutivo , por unanimidad.
Número 3.
Modifica el artículo 113, norma que en su inciso primero señala que el consejo regional será un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional, encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional y ejercer las atribuciones que la ley orgánica constitucional respectiva le encomiende, la que regulará además su integración y organización.
La modificación propuesta por el Ejecutivo , en su letra a), suprime la frase final de este inciso “la que regulará además su integración y organización.”.
En su letra b) intercala un nuevo inciso segundo, pasando el actual a ser tercero, del siguiente tenor:
“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por votación directa, de conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva. Los consejeros regionales durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. No obstante, no podrán ser candidatos a otros cargos de elección popular sino hasta cuatro años después de concluido el período para el cual fueron elegidos. La misma ley determinará la organización del consejo regional y el número de consejeros que lo integrarán.”.
La Comisión acordó votar separadamente ambas proposiciones, aprobando sin debate, por mayoría de votos ( 10 votos a favor y 1 en contra) la letra a), toda vez que el nuevo inciso segundo que se propone hace innecesaria la citada frase final.
En cuanto a la letra b), se presentaron tres indicaciones:
Por la primera, de los Diputados señoras Saa y Soto y señores Araya , Burgos , Bustos , Cardemil , Ceroni y Eluchans para suprimir la oración “No obstante, no podrán ser candidatos a otros cargos de elección popular sino hasta cuatro años después de concluido el período para el cual fueron elegidos.”, la que, en definitiva, fue retirada como consecuencia de encontrarse comprendida en las otras dos.
Por la segunda, de los Diputados señores Cardemil y Cristián Monckeberg, para sustituir el inciso por el siguiente:
“El Consejo Regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal, de conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva. Los consejeros regionales durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley determinará la organización del Consejo Regional, el número de consejeros que lo integran y la forma en que el Consejo designará a su Presidente .”.
El Diputado señor Cardemil fundamentó la indicación señalando que, en primer lugar, suprimía la inhabilidad que se planteaba en el texto del Ejecutivo para los consejeros regionales, no sólo por constituir una desigualdad sin mayor base, sino que porque tal inhabilidad se había esgrimido en contra de los legisladores achacándoles la intención de evitar la competencia que para su propia elección o reelección podría significar la candidatura de un consejero, siendo que sobre la materia no habían tenido los parlamentarios ingerencia alguna. Con esta supresión, los consejeros regionales quedarían con la misma limitación que actualmente establece el número 2) del artículo 57, es decir, haber tenido esa calidad dentro del año anterior a la elección parlamentaria.
En segundo lugar, preferían señalar que la elección de los consejeros regionales se haría por sufragio universal y no por votación directa como lo propone el Ejecutivo , por cuanto existían tratativas con el Gobierno para determinar la forma en que se elegirían tales cargos y lo que resultara en definitiva, podía no ser la votación directa. De ahí, entonces, la conveniencia de dejar esta materia para discutirla al tratar las modificaciones a la respectiva ley orgánica constitucional.
En tercer lugar, la indicación, al igual que la proposición del Ejecutivo, dejaba a la ley orgánica respectiva la organización del consejo y el número de consejeros, pero agregaba la forma en que el consejo designaría a su presidente , por cuanto creían que, por razones de mayor autonomía, el consejo debería tener un presidente.
Por la tercera, de los Diputados señoras Saa y Soto y señores Araya , Bustos y Ceroni , para sustituir la oración” “No obstante, no podrán ser candidatos a otros cargos de elección popular sino hasta cuatro años después de concluido el período para el cual fueron elegidos.”, por la siguiente: “Dichos cargos sólo podrán renunciarse cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Constitucional.”.
El Diputado señor Bustos fundamentó la indicación en el desacuerdo que tenían los patrocinantes con la inhabilidad que se establecía para los consejeros regionales y en la conveniencia de establecer una posibilidad de renunciar al ejercicio del cargo en caso de enfermedad grave, en los mismos términos que actualmente lo consagra para los parlamentarios el inciso final del artículo 60.
La Comisión acordó tratar conjuntamente las dos últimas indicaciones por cuanto no se contraponían entre si.
Al respecto, la Diputada señora Turres manifestó su desacuerdo con la proposición, toda vez que, a su juicio, no hacía otra cosa más que abrir un proceso eleccionario más, agregando que, en general, estimaba que todo el proyecto resultaba manifiestamente insuficiente y que no traería beneficios a las regiones, por cuanto pensaba que si no se contaba con un presupuesto regional estable, que no dependiera de las mayorías de los consejos o de la decisión de su presidente , no habría una verdadera solución.
El Diputado señor Arenas fue de similar opinión, señalando que la proposición que se hacía no iba al fondo del problema, siendo, más bien, de carácter efectista, como una forma de hacer ver que se estaba haciendo algo por las regiones. A su juicio, el electorado votaría sin tener claro que era lo que votaba y con qué fin. Además de lo anterior, pensaba que esta iniciativa reafirmaría el centralismo regional, dando por sentado que en su región el 99% de .los consejeros regionales que se eligieran serían de Temuco, perdiéndose algo tan importante como es la representación territorial en los actuales consejos regionales, por cuanto ni siquiera se consideraría para su elección el parecer de comunas pequeñas como Renaico, Angol o Collipulli.
El Diputado señor Bustos se manifestó plenamente de acuerdo con el proyecto, recordando, de paso, que se trataba de una reforma constitucional, es decir, se señalaba el marco al que deberían ceñirse las cuestiones más de detalle. La idea era descentralizar, siendo esencial modificar primero la Constitución para poder entrar posteriormente al estudio de una ley orgánica constitucional en que pudieran tratarse las materias que se han planteado. Dijo estar de acuerdo con la elección popular de los consejeros toda vez que se trataría de personas de importancia en el ámbito regional que dispondrían del uso de recursos para actuar en regiones. Asimismo, coincidía con la idea del sufragio universal ya que encontrándose en debate la forma de la elección, no convenía pronunciarse de antemano por una forma determinada, cuestión que debería quedar para la discusión de la ley orgánica. En lo que se refería a la designación de un presidente del consejo, pensaba que establecerlo en la norma constitucional significaría imponer un pie forzado para una materia que bien podía tratarse al debatir la organización de este cuerpo colegiado en la respectiva ley orgánica constitucional.
Por último, el Diputado señor Ceroni , haciéndose cargo de las aprensiones del Diputado señor Arenas, señaló que los riesgos que él preveía deberían ser objeto de análisis al tratar la respectiva ley orgánica constitucional y no en este proyecto que, por su carácter de reforma constitucional, no podía entrar en una regulación detallada de las materias. Se manifestó de acuerdo con la supresión de la inhabilidad para los consejeros regionales y con no tratar en esta ocasión la designación de un presidente del consejo toda vez que era algo que no se había discutido adecuadamente aún.
Finalmente, la Comisión acordó refundir estas dos indicaciones, pero en votación separada, acordó suprimir, por mayoría de votos ( 8 votos en contra y 2 a favor) la mención a la designación de un presidente del consejo regional, aprobando, en seguida, por mayoría de votos ( 9 votos a favor y 2 en contra) el siguiente texto para esta letra b):
“b) Intercálanse dos incisos, segundo y tercero, pasando el actual segundo a ser cuarto, del siguiente tenor:
“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal, de conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva. Los consejeros regionales durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley determinará la organización del consejo regional y el número de consejeros que lo integrarán.
Los consejeros regionales podrán renunciar a su cargo cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlo y así lo califique el Tribunal Constitucional.”.
Número 4.
Reemplaza el artículo 114, disposición que señala que la ley deberá determinar las formas en que se descentralizará la administración del Estado, así como la transferencia de competencia a los gobiernos regionales. Su inciso segundo agrega que sin perjuicio de lo anterior, también establecerá, con las excepciones que procedan, la desconcentración regional de los ministerios y de los servicios públicos. Asimismo, regulará los procedimientos que aseguren la debida coordinación entre los órganos de la administración del Estado para facilitar el ejercicio de las facultades de las autoridades regionales.
La modificación que, en el fondo, refunde los dos incisos actuales y agrega un tercero, señala lo siguiente:
“La ley deberá determinar las formas en que se descentralizará la administración del Estado, la transferencia de competencias a los gobiernos regionales y, con las excepciones que procedan, la desconcentración regional de los ministerios y servicios públicos. La ley, asimismo, regulará los procedimientos que aseguren la debida coordinación entre los órganos de la administración del Estado para facilitar el ejercicio de las facultades de las autoridades regionales.
Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente de la República por su iniciativa o a petición de los gobiernos regionales, mediante decreto fundado y por el período que disponga, podrá transferir a éstos determinadas funciones y atribuciones de los ministerios y servicios públicos, como asimismo los recursos y personal correspondiente para su desempeño; velando por la debida coherencia y coordinación de los organismos de la administración del Estado y por el cumplimiento eficiente y eficaz de las respectivas funciones. La ley orgánica constitucional respectiva regulará el procedimiento y las condiciones para la aplicación de estas facultades.”.
El Diputado señor Cardemil se manifestó de acuerdo con el primer inciso de la indicación, pero no así con el segundo el que en su sector había sido muy criticado. Creía que se trataba de una proposición escasamente madurada por cuanto al habilitar al Jefe del Estado para transferir determinadas funciones y atribuciones como también recursos y personal, estaría pasando por encima de las atribuciones del Congreso, lo que redundaría en una pérdida de las prerrogativas parlamentarias Asimismo, pensaba que se trataba de una materia que debiera tratarse al analizar las reformas a la respectiva ley orgánica constitucional e impropias e la Constitución.
El Diputado señor Ceroni discrepó también con el tenor del inciso segundo, por cuanto, a su juicio, entregaba al Ejecutivo facultades sin necesidad de ninguna ley especial. Señaló que se trataba de dar más poder aún al Ejecutivo , recordando que al respecto siempre se sostenía que éste tenía ya mucho poder. Por otra parte, estimo que la proposición aparecía muy mal expresada, con una redacción deficiente, porque si en el inciso primero se dejaba a la ley orgánica la determinación de las formas en que se procedería a la descentralización de la administración del Estado, qué sentido tenía indicar en el inciso segundo, con mayor detalle, estas formas de descentralización las que también estarían reservadas a la ley orgánica constitucional y, por ende, deberían analizarse al estudiar las modificaciones a esa ley. En resumidas cuentas, el inciso segundo resultaba absolutamente innecesario y su supresión no afectaría para nada la proposición descentralizadora contenida en el primero.
La Diputada señora Soto coincidió plenamente con las críticas al inciso segundo, estimando grave las nuevas atribuciones que se entregan al Poder Ejecutivo , en especial, porque la Carta Política consagra un presidencialismo que ya es excesivo.
El Diputado señor Bustos señaló que todo dependería del tenor de las disposiciones que se establecieran en la ley orgánica. Recordó que en otros países, en que existen sistemas similares al chileno, como es el caso, por ejemplo, de Francia, se establecen, en forma muy acotada, ciertas flexibilidades para el traspaso de competencias a los organismos descentralizados, todas las que no requerirían de ley por tratarse de cuestiones menores Todo ello podría discutirse al tratarse la ley orgánica constitucional. En ese entendido, creía que el inciso podría aprobarse
Los representantes del Ejecutivo señalaron que esta disposición establecía la posibilidad de hacer efectivo el traspaso de algunas funciones y atribuciones a los gobiernos regionales, la que quedaría regulada en la ley orgánica constitucional, tal como se señalaba en la parte final del inciso.
Ante las objeciones formuladas a la redacción del inciso segundo, señalaron que si bien la ley regularía las formas en que se efectuaría el traspaso de funciones y atribuciones, el término “sin perjuicio” que encabezaba este inciso, abría la posibilidad de que la que allí se indica, pudiera ser una de ellas. Lo anterior, en atención a hechos concretos que han tenido lugar, en que a pesar de la existencia de un fuerte presidencialismo, no fue posible el traspaso de los Servicios de Vivienda y de Planificación Comunal ( Serviu y Serplac) a los gobiernos regionales, como consecuencia de la maraña legal existente. Por ello se quiere contar con alguna alternativa que permita, sin perjuicio de que en la ley orgánica constitucional se establezcan las pertinentes limitaciones, que la voluntad del Ejecutivo pueda expresarse en este tipo de transferencias. Recordó que al respecto existía una especie de nudo ciego, en que se planteaba no elegir consejeros regionales porque no tenían las competencias ni los recursos necesarios.; por ello se quería hacer algo que fuera integral: elección directa para los consejeros y transferencia de atribuciones y de medios, sin perjuicio de las limitaciones que correspondan para la salvaguarda de las prerrogativas parlamentarias.
Cerrado finalmente el debate, la Comisión acordó votar por separado ambos incisos, aprobándose por mayoría de votos el primero (9 votos a favor y 2 en contra) y rechazándose, también por mayoría de votos el segundo ( 8 votos en contra y 3 a favor).
Número 5.
Reemplaza en el inciso segundo del artículo 124 las expresiones “miembro del consejo regional” por “consejero regional, alcalde”.
El citado inciso segundo del artículo 124 señala que los cargos de intendente, gobernador, miembro del consejo regional y concejal serán incompatibles entre si.
La modificación, que obedece a las mismas razones que las señaladas al tratar el número 2) de este proyecto y que solamente se diferencia en que agrega a los alcaldes entre los cargos incompatibles entre si, se aprobó sin debate, en los mismos términos, por unanimidad.
Número 6.
Sustituye en el artículo 125 las expresiones “alcaldes, de miembro del consejo regional y de concejal” por las siguientes: “alcalde, consejero regional y concejal”.
El artículo 125 mencionado señala que las leyes orgánicas constitucionales respectivas establecerán las causales de cesación en los cargos de alcaldes, de miembros del consejo regional y de concejal.
La modificación fundada en las mismas razones de los números 2 y 5 se aprobó sin debate, en los mismos términos, por unanimidad.
Número nuevo. (pasó a ser 7).
Los Diputados señoras Herrera , Isasi , Tohá y Valcarce y señores Álvarez , Álvarez-Salamanca , Ascencio , Becker , Bertolino , Burgos , Bustos , Cardemil , Cristi , Chahuán , Delmastro , Díaz del Rió, Enríquez-Ominami , Errázuriz , Forni , Galilea , García Huidobro , Godoy , González , Inzunza , Lorenzini , Martínez , Cristián Monckeberg , Nicolás Monckeberg , Monsalve , Ojeda , Palma , Paredes, Rossi , Rubilar , Salaberry , Roberto Sepúlveda , Vargas y Walker presentaron una indicación para agregar la siguiente disposición transitoria a la Constitución:
“Vigésimo segunda.- En tanto no sea modificada la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en relación con su artículo 180, la Región de Arica y Parinacota constituirá la 20ª. Circunscripción Senatorial. Transitoriamente, y hasta que se realice la próxima elección respectiva, los senadores en ejercicio correspondientes a la 1ª. Circunscripción Senatorial de Tarapacá, representarán, también, a la 20ª. Circunscripción ya señalada.”.
La proposición, relacionada con la modificación propuesta por los mismos Diputados para el inciso primero del artículo 49, se aprobó sin debate, por mayoría de votos (6 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones), en iguales términos.
-o-
Por las razones señaladas y por las que indicará oportunamente la señora Diputada Informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:
“PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política:
1) Modifícase el artículo 49 en los siguientes términos:
a) Agrégase en el inciso primero, a continuación de la palabra “país”, sustituyendo el punto por una coma, lo siguiente: “cada una de las cuales constituirá, a lo menos, una circunscripción.”.
b) Sustitúyese el inciso segundo por el siguiente:
“Los senadores durarán ocho años en su cargo y se renovarán alternadamente cada cuatro años, en la forma que determine la ley orgánica constitucional respectiva.”.
2) Reemplázanse en el número 2) del artículo 57, las expresiones “miembros de los consejos regionales” por “consejeros regionales”.
3) Modifícase el artículo 113 en la siguiente forma:
a) Suprímese en el inciso primero la oración final “la que regulará además su integración y organización.”, sustituyendo la coma que la precede por un punto final.
b) Intercálanse dos incisos, segundo y tercero, pasando el actual segundo a ser cuarto, del siguiente tenor:
“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal, de conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva. Los consejeros regionales durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley determinará la organización del consejo regional y el número de consejeros que lo integrarán.
Los consejeros regionales podrán renunciar a su cargo cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlo y así lo califique el Tribunal Constitucional.”.
4) Reemplázase el artículo 114 por el siguiente:
“La ley deberá determinar las formas en que se descentralizará la administración del Estado, la transferencia de competencias a los gobiernos regionales y, con las excepciones que procedan, la desconcentración regional de los ministerios y servicios públicos. La ley, asimismo, regulará los procedimientos que aseguren la debida coordinación entre los órganos de la administración del Estado para facilitar el ejercicio de las facultades de las autoridades regionales.”.
5) Reemplázanse en el inciso segundo del artículo 124 las expresiones “miembro del consejo regional” por las siguientes: “consejero regional, alcalde”.
6) Sustitúyense en el artículo 125 las expresiones: “alcaldes, de miembro del consejo regional y de concejal”, por las siguientes: “alcalde, consejero regional y concejal”.
7) Agrégase la siguiente disposición transitoria:
“Vigésimo segunda.- En tanto no sea modificada la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en relación con su artículo 180, la Región de Arica y Parinacota constituirá la 20ª. Circunscripción Senatorial. Transitoriamente, y hasta que se realice la próxima elección respectiva, los senadores en ejercicio correspondientes a la 1ª. Circunscripción Senatorial de Tarapacá, representarán, también, a la 20ª. Circunscripción ya señalada.”.
-o-
Sala de la Comisión, a 19 de junio de 2007.
Acordado en sesiones de fechas 9 y 16 de mayo; 6, 12 y 19 de junio del año en curso, con la asistencia de los Diputados señor Jorge Burgos Varela ( Presidente ), señoras María Antonieta Saa Díaz , Laura Soto González y Marisol Turres Figueroa y señores Pedro Araya Guerrero , Gonzalo Arenas Hödar , Juan Bustos Ramírez , Alberto Cardemil Herrera , Guillermo Ceroni Fuentes , Edmundo Eluchans Urenda , Antonio Leal Labrín , Cristián Monckeberg Bruner , Nicolás Monckeberg Díaz y Eduardo Saffirio Suárez .
Asistieron también a las sesiones los Diputados señores Gabriel Ascencio Mansilla , Maximiano Errázuriz Eguiguren , Alberto Robles Pantoja y Alfonso de Urresti Longton .
(Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
9. Segundo Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, recaído en el proyecto de reforma constitucional en materia de Gobierno y Administración Regional. (boletín Nº 3436-07-2)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a emitir el segundo informe reglamentario respecto del proyecto individualizado en el epígrafe, de origen en un Mensaje, en primer trámite constitucional, y con urgencia calificada de “simple”, la cual fue hecha presente el día 5 de julio.
Mediante esta iniciativa se pretende, básicamente, abordar distintos temas relacionados con el gobierno y la administración interior del Estado, con la finalidad de profundizar el proceso de descentralización.
De acuerdo al artículo 116 de la Carta Fundamental, el proyecto requiere para su aprobación el voto conforme de los tres quintos de los diputados en ejercicio.
Por otro lado, la iniciativa no precisa trámite de Hacienda; no obstante, y en virtud de un acuerdo de la Corporación, estos antecedentes han de ser remitidos a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para que, a su vez, ésta evacúe un informe.
Se designó diputado informante a la señora Caraball, doña Eliana.
Durante el estudio del proyecto en el presente trámite reglamentario, la Comisión contó con la asistencia y colaboración de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, doña Adriana Delpiano ; y de los asesores jurídico de dicha repartición, señores Rodrigo Cabello y Gonzalo García .
I. ANTECEDENTES.
El texto legal propositito, elevado por la Comisión a la consideración de la Sala en el trámite reglamentario anterior, consultaba diversas modificaciones a la Constitución Política, en orden a avanzar en la descentralización. Concretamente, se recordará, se contemplaban las siguientes enmiendas principales: -Flexibilizar los requisitos para crear o suprimir regiones, en términos que para ello no será necesario reformar la Carta Fundamental, sino dictar una ley de rango orgánico constitucional; -Otorgar un Estatuto Especial en beneficio de Isla de Pascua y Juan Fernández ; -Conferir potestad reglamentaria al intendente; -Establecer la elección directa y por sufragio universal de los consejeros regionales; -Facultar al Presidente de la República para transferir a los gobiernos regionales determinadas competencias, sean éstas del nivel central o de los servicios públicos que operen en la región; y -Consagrar un mecanismo de administración especial para las denominadas “Áreas Metropolitanas”.
Durante el trámite en Sala varios parlamentarios presentaron indicaciones al proyecto propuesto en el primer informe, lo que motivó el envío de aquél nuevamente a esta Comisión, para que emita un segundo informe, al tenor de lo dispuesto en los artículos 130 y 268 del reglamento.
A efecto de facilitar la comprensión de las enmiendas que se proponen a la Carta Fundamental, se adjunta un texto comparado con las normas en vigor (en la parte que corresponde), y el proyecto aprobado por la Comisión en el primer y segundo trámite reglamentarios.
II. ARTÍCULOS SUPRIMIDOS.
No hay.
III. ARTÍCULOS QUE FUERON MODIFICADOS U OBJETO DE INDICACIONES.
El artículo único del proyecto de ley no fue modificado, en la medida que todas las indicaciones recaídas sobre distintos numerales del mismo, y que se reproducen más abajo, fueron rechazadas.
IV.- INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES.
Las siguientes indicaciones fueron rechazadas:
1) De la señora Tohá y de los señores Aguiló, Delmastro , Jarpa , Luksic , Muñoz, don Pedro ; Navarro , Quintana , Paredes, Robles , Rossi , Valenzuela y Walker , por siete votos a favor del rechazo y uno en contra, para reemplazar el actual inciso primero del artículo 100 de la Carta Fundamental, por el siguiente:
“Artículo 100. El consejo regional propondrá al Presidente de la República una quina para que sea nombrado el intendente, con el acuerdo de los tres quintos de sus integrantes.”.
2) De las señoras Soto y Tohá y de los señores Aguiló, Delmastro , Jarpa , Luksic , Muñoz, don Pedro ; Navarro , Pérez, don José ; Quintana, Paredes , Robles , Rossi , Valenzuela y Walker , por cinco votos a favor, uno en contra y una abstención, para incorporar el siguiente inciso al artículo 102 de la Constitución Política:
“Entre ellos podrán elegir un coordinador anual de los consejeros regionales electos para representar intereses al ejecutivo regional y nacional. Dicho coordinador podrá ser reelecto o reemplazado, por simple mayoría, en enero de cada año.”.
3) De los señores Bertolino , Cardemil , Martínez y Palma , por seis votos a favor y una abstención, que tenía por objeto intercalar en el nuevo inciso segundo del artículo 102 de la Carta Magna, propuesto en el numeral 5 del artículo único del proyecto aprobado en el primer trámite, entre las palabras “sufragio universal” y la preposición “de”, la frase: “descentralizada ateniéndose a la división territorial interna de la región,”.
4) Del señor Luksic , por unanimidad, encaminada a sustituir el inciso segundo del artículo 103 de la Constitución Política, por el siguiente:
“La ley orgánica constitucional establecerá las competencias y los procedimientos para traspasar del nivel central a uno o más gobiernos regionales. Asimismo, contemplará los recursos y el personal correspondiente para el ejercicio de tales competencias.”.
V. NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
Por tratarse de una reforma constitucional, todas las disposiciones del proyecto deben ser aprobadas por los tres quintos de los diputados en ejercicio, al tenor del artículo 116 de la Constitución Política.
VI. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
En ejercicio de sus atribuciones reglamentarias, la señora Presidenta de la Comisión determinó que el proyecto no requiere cumplir dicho trámite.
-o-
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto y por las consideraciones que pueda dar a conocer oportunamente el Diputado Informante , la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recomienda la aprobación del siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Constitución Política:
1) Suprímese, en el inciso primero del artículo 45, la expresión “trece”.
2) Sustitúyese el inciso segundo del artículo 99 por los siguientes incisos segundo y tercero:
“La creación, supresión y denominación de las regiones, provincias y comunas; la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones y provincias, serán materia de ley orgánica constitucional.
No obstante lo dispuesto en los incisos precedentes, el gobierno y administración de las zonas correspondientes a Isla de Pascua y al Archipiélago Juan Fernández se regirán por el estatuto especial que la ley orgánica constitucional respectiva establezca.”.
3) Incorpórase en el artículo 100 el siguiente inciso segundo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:
“Sin perjuicio de lo anterior, el intendente podrá dictar todas las normas generales y obligatorias que estime convenientes para la ejecución de las leyes en la región, en aquellos ámbitos que determine la ley orgánica constitucional respectiva, la que asimismo establecerá las materias en que se requerirá, además, el acuerdo del consejo regional; sujetándose, en todo caso, a las disposiciones reglamentarias nacionales que dicten los ministerios correspondientes. Las normas que se dicten en ejercicio de esta facultad estarán afectas al control de legalidad de la Contraloría General de la República.”.
4) Sustitúyese el inciso primero del artículo 101 por los siguientes incisos primero y segundo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:
“Artículo 101.- El intendente ejercerá como órgano ejecutivo del gobierno regional y, en tal carácter, le corresponderá especialmente la promoción del desarrollo de la región. Presidirá el consejo regional y propondrá a éste aquellas materias que requieren su acuerdo.
El intendente ejercerá la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas y que operen en la región.”.
5) Modifícase el artículo 102 de la siguiente forma:
a) Suprímese, en el inciso primero, la frase final “la que regulará además su integración y organización”, y la coma (,) que la precede.
b) Incorpórase un inciso segundo, pasando el actual segundo a ser tercero, del siguiente tenor:
“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal, de conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley determinará la organización del consejo regional y el número de miembros que lo integrarán.”.
6) Reemplázase el inciso primero del artículo 103 por el siguiente:
“Artículo 103.- La ley deberá determinar las formas en que se descentralizará la administración del Estado. Por iniciativa del Presidente de la República , a través de decreto supremo fundado, se podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, por el período que aquél disponga, determinadas competencias del nivel central o de los servicios públicos, como asimismo los recursos y personal correspondientes al ejercicio de tales competencias, de conformidad a las condiciones y al procedimiento establecidos en la ley orgánica constitucional respectiva.”.
7) Reemplázase el inciso cuarto del artículo 104 por el siguiente:
“A iniciativa de los gobiernos regionales o de uno o más ministerios, podrán celebrarse convenios anuales o plurianuales de programación de inversión pública entre gobiernos regionales, entre éstos y uno o más ministerios, o entre gobiernos regionales y municipalidades. La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las normas generales que regularán la suscripción y ejecución de los referidos convenios.”.
8) Reemplázase el inciso tercero del artículo 105 por el siguiente:
“Los gobernadores, en los casos y forma que determine la ley, podrán designar delegados para el ejercicio de sus atribuciones en una o más localidades de la provincia respectiva.”.
9) Sustitúyese el artículo 106 por el siguiente:
“Artículo 106.- La ley orgánica constitucional respectiva determinará las bases generales conforme a las cuales cada gobierno regional deberá, a iniciativa del intendente, establecer instancias de participación al interior de cada región, en el contexto de las competencias propias del gobierno regional.”.
10) Incorpórese, en el artículo 112, el siguiente inciso segundo:
“Sin perjuicio de lo anterior, la ley orgánica constitucional respectiva regulará una administración especial para las áreas metropolitanas. Dicha administración será ejercida por los gobiernos regionales competentes en dichas áreas, estableciéndose al efecto funciones y atribuciones especiales y aun excluyentes de las que correspondan a las municipalidades y a los servicios públicos con competencia en los mismos territorios. Dicha ley establecerá las condiciones que permitan conferir a determinados territorios la calidad de área metropolitana, como asimismo las formalidades bajo las cuales el Presidente de la República podrá decretar dicha calidad.”.
11) Modifícase el artículo 113 de la siguiente forma:
a) Sustitúyese el inciso primero por el siguiente:
“Artículo 113.- Para ser nombrado intendente o gobernador y para ser elegido consejero regional, alcalde o concejal se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio y cumplir los demás requisitos de idoneidad que la ley señale.”.
b) Reemplázanse en el inciso segundo las expresiones “miembro del consejo regional” por “consejero regional, alcalde”.
12) Sustitúyense en el artículo 114 las expresiones “alcaldes, de miembro del consejo regional y de concejal” por “alcalde, consejero regional y concejal”.
Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión del día 5 de julio del año en curso, con asistencia de la señora Caraball , doña Eliana ( Presidenta ); y de los señores Becker, don Germán ; Egaña, don Andrés ; señora González, doña Rosa ; Longton, don Arturo ; Montes, don Carlos ; Navarro, don Alejandro ; Quintana, don Jaime ; Prieto, don Pablo ; Riveros, don Edgardo ; Silva, don Exequiel ; Valenzuela, don Esteban ; y Varela, don Mario .
Sala de la Comisión, a 6 de julio de 2005.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de las diputadas señoras Pascal , doña Denise y Pacheco , doña Clemira , y de los diputados señores Accorsi , Bauer , Girardi , Meza , Palma , Rojas; Sepúlveda , don Roberto , y Vallespín .
Modifica la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente , en relación al sistema de evaluación de impacto ambiental. (boletín Nº 5157-12)
“Considerando:
1. El artículo 19 Nº 8 de la Constitución Política de la República ha consagrado el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación en los términos siguientes: “La Constitución asegura a todas las personas: Nº 8. El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente”.
2. Los mandatos que la Constitución Política dirige al Estado, son el antecedente inmediato de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que nace en el año 1994 bajo el gobierno del ex Presidente Patricio Aylwin , y que permitió llenar un vacío importante en el ordenamiento jurídico nacional, al establecer los lineamientos generales para el sistema normativo ambiental chileno.
En efecto, su primer artículo comienza señalando que “el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regularan por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia”. Asimismo, la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente , ofrece un marco regulador para asegurar las garantías constitucionales relacionadas con el medio ambiente, estableciendo, entre otros contenidos, instrumentos de gestión ambiental, normas de calidad ambiental, normas de preservación de la naturaleza y conservación del patrimonio ambiental, normas de emisión, y planes de manejo, prevención y descontaminación. Además, norma la responsabilidad por daño ambiental, y regula cuales son los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, por lo que requieren someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, entre otros.
4. Quizá, el Sistema de Evaluación de Impacto ambiental constituye, o constituyó, a lo menos en los inicios de la aplicación de esta ley, una de sus grandes novedades. Este funciona como un importante instrumento de gestión al cual deben someterse los proyectos de inversión y/o actividades productivas, con el fin de determinar los efectos reales que tendrán sobre el medio ambiente, intentando de este modo evitar más daño ecológico y establecer los responsables cuando se produzca un perjuicio al ecosistema.
5. Tal como aparece consagrado en la Ley N° 19.300, el Sistema de Evaluación de Impacto ambiental es un conjunto de procedimientos que tiene por objeto identificar y evaluar los impactos ambientales que generará un determinado proyecto o actividad antes que se ejecute, permitiendo diseñar medidas que reduzcan los efectos negativos y fortalezcan los positivos. El artículo 8 de la ley señala expresamente que “los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 solo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente ley”.
6. No obstante, en su mismo articulado, la ley establece una excepción a la regia general que obliga a evaluar el impacto ambiental que un proyecto o actividad puede producir, previo a su ejecución. En efecto, si el responsable de cualquier proyecto o actividad presenta, junto al Estudio de Impacto Ambiental , una póliza de seguro que cubra el riesgo por daño al medio ambiente, puede obtener una autorización provisoria para iniciar dicho proyecto o actividad, previo a la resolución que lo califique ambientalmente (artículo 15 inciso 2 de la ley).
7. Tanto el contrato de seguro por daño ambiental, como la “Autorización Provisoria” referida en el número anterior, están íntegramente tratados en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, dictado por Decreto Supremo Nº 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado por el Decreto Supremo Nº 95, de 2001, del mismo ministerio, que, además, fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del mismo. En efecto, el título VIII del mencionado reglamento se refiere a ambas materias.
8. Siendo así las cosas, se dejó en manos de la potestad reglamentaria la completa regulación de la autorización provisoria, sin que la ley fijara, a lo menos, los lineamientos generales para tan importante excepción a la regla general de evaluación previa de los proyectos consagrada en esta normativa, permitiendo de alguna manera que la autoridad, a través del articulado del reglamento, desvirtúe o eventualmente pueda desvirtuar el verdadero espíritu de la ley, estableciendo criterios, circunstancias o condiciones que no se condicen con la idea del legislador.
9. Ejemplo claro de lo anterior es el artículo 113 del reglamento, que establece los criterios que se deben considerar para los efectos de evaluar la pertinencia de autorizar provisoriamente el inicio del proyecto o actividad. En su letra f), señala: La circunstancia que las obras respecto de las cuales se solicita autorización provisoria presenten, por sí mismas, alguna de las características señaladas en e! artículo 11 de la ley, que ameritaron que el proyecto o actividad, del cual forman parte, debiera presentarse bajo la forma de un Estudio de Impacto Ambiental ”. Si consideramos que las obras respecto de las cuales se solicita autorización provisoria son en sí mismas susceptibles de causar un daño ambiental, no debiera siquiera admitirse la posibilidad de otorgar dicha autorización, mientras la autoridad competente no se pronuncie respecto a la calificación ambiental. Por tanto, a la luz de la argumentación dada, no parece razonable que la autoridad, que no siempre toma las decisiones más acertadas en esta materia, tenga la opción de otorgar la autorización provisoria, si concurre dicha circunstancia.
10. En el último tiempo, la ciudadanía se ha visto impactada con los grandes desastres ecológicos que han afectado a nuestro ecosistema, provocando crisis ambientales de gran envergadura. El proyecto minero “Pascua Lama”, aprobado por la Conama en el año 2001, que afecta a los glaciares de la Tercera Región, proyecto respecto del cual además se aprobó una ampliación en el año 2004; los derrames de residuos industriales de la empresa Celco , causante de la muerte de miles de peces en el tío Mataquito (Junio de 20073; y el derrame de petróleo en la bahía de San Vicente atribuible a Enap (junio de 2007), son solo algunos ejemplos que podrían evitarse de existir monitoreo e inspección de la autoridad ambiental, por una parte, y una legislación menos permisiva, por la otra.
11. Si bien es innegable que desde la década pasada se han logrado importantes avances en el establecimiento a nivel racional de una política ambiental, que intenta conciliar la protección medioambiental con las posibilidades de desarrollo económico, bajo el concepto y principio del “desarrollo sustentable”, no es menos cierto que no se deben escatimar esfuerzos en la lucha por perfeccionar dicha institucionalidad.
12. Así, existe un meridiano consenso en que la autoridad medioambiental debiese ser técnica y autónoma, con el fin de conciliar efectivamente aquellos dos objetivos tan valiosos para la sociedad. La Corporación Nacional del Medio Ambiente (Conama), considerado hoy un órgano político, pasivo y sin ingerencia real, requiere de una urgente transformación en un organismo que emita juicios fundados en el trabajo de expertos, donde sus fallos resulten de su propia deliberación y cuya aplicación descanse en su más amplia independencia.
13. Por otra parte, también se hace necesario ir revisando periódicamente nuestra legislación, a objeto de detectar sus falencias y adecuarla a los estándares internacionales en materia medioambiental.
14. En los últimos 15 años, múltiples ejemplos de protección del medio ambiente en contextos de crecimiento económico permiten comprobar que el crecimiento económico y el desarrollo sustentable son compatibles en nuestro país. También se debe reconocer que los avances no sólo se han realizado desde el Estado, sino que, al margen de los lamentables episodios que nos toca vivir de vez en cuando, el sector productivo ha ido de a poco incorporando gestiones ambientales en sus procesos, ya que hoy, la apertura chilena a través de los Tratados de Libre Comercio obliga a situarse en la primera línea de la competencia internacional.
15. Siendo así las cosas, Chile requiere de urna política para el sector más exigente y más moderna, capaz de compatibilizar, por cierto, el quehacer productivo con las necesidades que demandan el adecuado y efectivo resguardo del medio ambiente, de manera tal de evitar abusos en relación a proyectos que afectan el patrimonio de todos los chilenos.
Por tanto, en mérito de lo expuesto, venirnos en proponer a esta Honorable Cámara el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo Único. Intercálese entre el inciso segundo y el inciso tercero del artículo 15 de la Ley N° 19.300, sobre rases Generales del Medio Ambiente, el siguiente inciso, que pasa a ser el tercero:
“Con todo, la autorización provisoria para inicias el proyecto o actividad, a que se refiere el inciso precedente, no podrá, en ningún caso, otorgarse respecto de aquellas obras que presenten, por sí mismas, alguna de las características señaladas en el artículo 11 de la presente ley, y que en consecuencia, ameritan que el proyecto o actividad del cual forman parte deba presentarse bajo la forma de un Estudio de Impacto Ambiental”
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Díaz, don Marcelo ; Encina , Enríquez-Ominami ; Espinosa, don Marcos ; Espinoza, don Fidel ; Montes , Moreira , Rossi y Tuma.
Garantiza los derechos de los pasajeros de transporte aéreo. (boletín Nº 5158-03)
1. Fundamento. Resulta evidente que la legislación en materia de regulación de derechos de los pasajeros de transporte aéreo es insuficiente para resguardar debidamente los intereses de quienes viajan a través de este medio de transporte. Desde la creación de la normativa que regula la actividad a la fecha, el mercado del transporte de pasajeros se ha incrementado en cientos de veces, permitiendo que un mayor número de personas tengan acceso a éste. A su vez, también ha traído consigo la incorporación de nuevas empresas que prestan el servicio de transporte aéreo.
Hoy en día, la única normativa legal que se encuentra en vigor y que es relativa a los derechos de los pasajeros en transporte aéreo, es la que se encuentra contenida en el Código Aeronáutico, la cual, además de ser exigua, es poco protectora de los derechos de quienes utilizan este medio de transporte.
Esta falta de protección se evidencia incluso en la ley de protección de los derechos del consumidor, la cual, en materia de venta de sobrecupos, excluye expresamente, en su artículo 23 inciso final, el transporte aéreo de su regulación, al señalar que “serán sancionados con multa de cien a trescientas unidades tributarias mensuales, los organizadores de espectáculos públicos, incluidos los artísticos y deportivos, que pongan en venta una cantidad de localidades que supere la capacidad del respectivo recinto. Igual sanción se aplicará a la venta de sobrecupos en los servicios de transporte de pasajeros, con excepción del transporte aéreo.” Esto, sin perjuicio de las normas del Código Aeronáutico sobre denegación de embarque.
Asimismo, en el caso de los derechos de los pasajeros que se establecen en el Código Aeronáutico, se regula solamente el derecho a indemnización del pasajero que tuviese un espacio previamente confirmado. Esta situación se encuentra regulada por el artículo 133 del Código. Existiendo en este caso un reglamento para el mencionado artículo, este es el Decreto 113 del Ministerio Transporte y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial con fecha 7 de julio de 2000, en el cual se establece la forma de hacer efectivos dichos derechos.
Menos posibilidades tienen los pasajeros de hacer valer sus derechos si se toma en cuenta que la ley del consumidor obliga a demandar al intermediario no pudiendo demandarse directamente al prestador del servicio, en este caso la línea aérea.
2. Derecho comparado. Esta materia es regulada sustancialmente por tratados internacionales. En la elaboración de éste proyecto se ha tenido especialmente en cuenta la regulación que al respecto tiene la Unión Europea, específicamente el Reglamento (CE) N° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004, en el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, la que ha sido calificada como una de las más avanzadas y protectoras de los pasajeros en el concierto mundial.
Además, se han tenido presentes acuerdos internacionales existentes sobre esta materia. Especialmente, el Convenio de Varsovia de 12 de octubre de 1929, Relativo a la Unificación de ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional y el Protocolo que lo modifica de fecha 28 de Septiembre de 1955, publicados en el Diario Oficial el día 13 de Agosto de 1979, así como, el Convenio de Montreal de 1999.
3. Idea Matriz. El presente proyecto de ley tiene como idea matriz garantizar más efectivamente los derechos de quienes son transportados por líneas aéreas, reformando al efecto el Código Aeronáutico, que contiene una exigua regulación relativa a dichos derechos, agregando así la protección en los siguientes aspectos:
1. Establecer un sistema de información adecuado al pasajero con respecto a sus derechos.
2. Generar un sistema de compensación por denegación de embarque que esté de acuerdo con los criterios seguidos internacionalmente.
3. Salvaguardar los derechos del pasajero en el evento en que sea cambiado de clase, debido a que falte espacio en la clase en cual primitivamente debía viajar, impidiendo cobro suplementario alguno.
4. Establecer compensaciones para los viajantes en caso de existir un retraso que pueda ser considerado de gran envergadura.
Asimismo, y para que esta modificación se enmarque dentro de un contexto armónico, es necesario que se modifique la ley del consumidor en su artículo 43 y puedan los consumidores demandar directamente a los proveedores del servicio o bien a su intermediario a su elección.
En razón de los argumentos que anteceden vengo en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°: Modifíquese la ley Nº 18.916, que contiene el Código Aeronáutico, en el siguiente sentido:
1. Agréguese el siguiente artículo 131 bis. “El transportista aéreo deberá, además, informar a cada pasajero, los derechos que le asisten en los casos de cancelación o retraso del vuelo, cuando este sea superior al permitido.
Las líneas aéreas estarán obligadas a tener a disposición de los pasajeros folletos informativos con especificación de dichos derechos, en un lugar visible de sus oficinas de venta de pasajes y en los mostradores de los aeropuertos.”
2. Incorporase el siguiente artículo 132 bis. “Los transportista aéreos deberán compensar a los pasajeros si no cumplen con las obligaciones establecidas en este título, a menos que prueben que las cancelaciones o el retraso, se produzcan debido a circunstancias extraordinarias que no hubieran podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.”
3. Agréguese en el artículo 133 los siguientes incisos segundo y tercero, pasando el actual segundo a ser cuarto y el actual tercero a ser el quinto:
“Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, cuando el transportista prevea que tendrá que denegar el embarque a un vuelo, deberá adoptar alguna de las siguientes medidas, en la prelación que se indica:
a) Pedir se presenten voluntarios dispuestos a renunciar a su reserva, a cambio de beneficios que se acuerden entre las partes, teniendo éstos además derecho a la compensación establecida en el reglamento.
b) Si los voluntarios no fuesen suficientes para que los restantes pasajeros con reserva se embarquen, el transportista podrá denegar el embarque a pasajeros aun contra su voluntad, caso en el que deberá compensar inmediatamente a dichos pasajeros de acuerdo a lo dispuesto en el siguiente inciso, además de los derechos establecidos en el reglamento correspondiente.
Las compensaciones a que hace referencia la letra b) anterior, serán:
1. Para vuelos de hasta 1.500 Kilómetros, 6 U.T.M.
2. Para vuelos de entre 1.500 y 3.500 Kilómetros, 9 U.T.M.
3. Para vuelos de más de 3.500 Kilómetros, 13 U.T.M.”
4. Agréguese el siguiente artículo 133 bis:
“En los casos contemplados en el artículo anterior, el transportista estará exento de responsabilidad, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
1. Informe al pasajero, por los mismos medios por los cuales el pasajero contrató el servicio, con a lo menos dos semanas de antelación la cancelación del vuelo.
2. Informe al pasajero, en la forma señalada en el numeral anterior, la cancelación del vuelo con una antelación de entre dos semanas y siete días y se le ofrezca un transporte alternativo que le permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la salida prevista y llegar a destino con no más tres horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
3. Informe al pasajero, de la forma señalada en el numeral 1 de éste artículo, de la cancelación con menos de siete días de antelación a la salida prevista y se le ofrezca tomar un vuelo que le permita salir con no más de una hora de anticipación a la hora de salida prevista y llegar con no más de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
Sin perjuicio de lo señalado en los incisos precedentes, el transportista siempre deberá devolver el importe del pasaje en caso de que no se acepte ninguna de las alternativas por el pasajero.”
5. Agréguese el siguiente artículo 133 ter:
“En caso que el transportista acomode a un pasajero en una clase superior por la cual el pasajero había pagado, y esto se deba a cualquier causa ajena a al voluntad del pasajero, como por ejemplo, la falta de espacio en la clase primitiva, no podrá exigir pago suplementario alguno.”
6. Agréguese el siguiente artículo 133 quater:
“En caso de retraso, entendiendo por tal, todo aquel superior a dos horas en vuelos nacionales y tres en vuelos internacionales, se deberá proporcionar a al pasajero:
1) Comida y bebidas suficientes con relación al tiempo que sea necesario esperar.
2) Alojamiento en un hotel, en caso de que el retraso del vuelo haga que sea reprogramado a lo menos al día siguiente.
3) Movilización desde y hacia el aeropuerto.”
Art. 2°. Modifíquese el artículo 43 de la Ley N° 19.496, reemplazando el artículo 43 por el siguiente:
“En el caso de incumplimiento de obligaciones contractuales en prestaciones de servicios contratadas a través de intermediario, el consumidor deberá ejercer la acción correspondiente en contra de éste y del prestador de servicio, con el fin de determinar la responsabilidad que pudiere caberles en el señalado incumplimiento, la cual podrá recaer, tanto en el intermediario como en el prestador de servicio, o bien en ambos, en cuyo caso responderán solidariamente”.
Moción de los diputados señores Girardi , Aguiló, Ceroni , Estay , Farías, Monsalve , Palma , Silber , y de las diputadas señoras Muñoz , doña Adriana y Soto , doña Laura .
Declara obligatorios e irrenunciables para los trabajadores que indica, los días domingos y festivos que señala. (boletín Nº 5160-13)
“Ha sido una tradición secular que el día domingo sea feriado, en general, para todos los trabajadores. Esta tradición, que nace en consideraciones de carácter religiosas en la mayor parte de los países de occidente y de cultura judeo cristiana, ha sido reforzada, además, ya lo largo de los años, por la evolución del pensamiento humanista y la justicia social, no exentas de luchas y sacrificios de los trabajadores. en aras a mejorar sus condiciones de vida y trabajo.
Sin embargo, buena parte de las conquistas sociales de los trabajadores se ven amagadas hoy, por la irrefrenable exacerbación del lucro. En efecto, en los últimos años, particularmente en nuestro país, con el advenimiento de una nueva modalidad en el desarrollo del comercio, ejercido a través de grandes superficies destinadas a agrupar establecimientos comerciales, tal costumbre ha cedido y ya es común que aquellos feriados tradicionales no se respeten por aquellos establecimientos así operados.
Las grandes tiendas y megamercados, lenta y casi imperceptiblemente comenzaron a abrir al comercio todos los días del año sin consideración a feriados o festivos. Esta conducta se ha incrementado y consolidado producto de la instalación de los llamados “mall”, que proliferan en las metrópolis y grandes ciudades.
Tal situación, que sin duda ha elevado las ventas de los establecimientos comerciales integrados a ellos y elevado el PIB de nuestro país, ha tenido como principal efecto negativo la privación de los trabajadores y trabajadoras que laboran en ellos del principal día que, por tradición y necesidad, se destinaba a la familia y al culto de los creyentes.
No ignoramos que a estos trabajadores se les paga por ello, sin embargo nos asiste a la duda si en forma suficiente. De lo que si no tenemos duda es que ello no compensa el sacrificio de renunciar a este asueto.
Por otra parte, y a mayor abundamiento, esta conducta o nueva tradición, ha redundado en la exacerbación del consumo y, por consecuencia, del aumento del endeudamiento de la población, en tanto que atraída por los oropeles de las instalaciones y las fuertes campañas promocionales de los mismos, la población ha terminado por asociar la visita al “mall” con el esparcimiento. Es decir, han dejado de ser personas, ciudadanos concientes, y han devenido en consumidores y cautivos clientes imposibilitados en la generalidad de los casos de desprenderse de esta condición, al estar atados a las obligaciones financieras que el constante aumento del consumo les demanda.
Esto también ha contribuido en debilitar el poder sindical por la oposición de la dueña de casa a que su esposo participe en una huelga, frente al peligro de no poder pagar los compromisos adeudados.
A su vez, y a consecuencia de los mismo, tal situación y la efectividad de esta estrategia, lía permitido a las grandes tiendas y megamercados consolidarse como los grandes distribuidores del comercio minorista, con una indiscutida posición en el mercado imposible de ser amagada, al desplazar a una posición más que secundaria al pequeño comercio, en particular aquel desarrollado en el barrio o ejercido por sus propios dueños, es decir, los pequeños emprendedores, que imposibilitados de enfrentar en condiciones, ni siquiera de cierta ventaja, han debido ceder y cada día más se ven obligados a cerrar ante la imposibilidad de competir con tales establecimientos
Asimismo, el negocio de barrio constituye un espacio importante de socialización, sobre todo del adulto mayor, el que ha perdido sitios de larga tradición de encuentro de la comunidad como los clásicos almacenes de barrio, carnicerías, verdulerías v panaderías. Por lo que, al no existir estos puntos de socialización, las personas prefieren quedarse en las casas, autoaniquilando su capacidad social que desarrollaban en el seno de la comunidad,
En otro sentido. la inteligente estrategia de marqueting dentro del juego de la oferta y la demanda, y la debilidad de la autoridad para restablecer equilibrios y regulaciones, ha sido un factor importante en los altos grados de concentración en la industria del comercio minorista. Empresas que comenzaron compitiendo se fusionan e integran a grandes cadenas, sea en forma vertical u horizontal. Así, está a la vista que cadenas de comercio han devenido en monstruos integrados por bancos, tiendas por departamentos, ofertando todo tipo de productos, unidos a supermercados, establecimientos destinados a materiales de construcción y artículos para el hogar, sin dejar afuera las farmacias.
A estas alturas, el país ve como dos grandes cadenas han alcanzado una posición incontrarrestable en el mercado que aumentará cuando se autorice la fusión de Falabella con MS, dueña de la mayor cadena de supermercados en Chile.
No puede ignorarse que estos altos grados de concentración y la dominancia que, sin contrapeso, han podido lograr estas dos grandes cadenas, Cencosud y Falabella-Líder , para ser más precisos, se ha debido, en gran parte a la falta de regulación de la autoridad y, particularmente, a la forma en cómo han explotado a su fuerza laboral, cuestión que les ha permitido posicionarse como las dos más importantes del país, que en conjunto dominan en más del 60% el mercado del retail.
Es legítima la ganancia. No nos oponemos a ella, y es legítimo el crecimiento, pero esto no se puede obtener a costa del sacrificio de las familias, de las familias de los trabajadores y las familias de los consumidores. Aquellas, porque sacrifican el día que debieran destinar a sus hijos o a sus padres, a su esparcimiento y al fortalecimiento de los lazos familiares, y estos porque deslumbrados por las apariencias de las grandes tiendas ya no ven como otro elemento de distracción sino la concurrencia y el consumo en estos grandes establecimientos, destinando la convivencia sana, vinculada a los valores de unidad. La amistad y la fraternidad.
Pero también se ha obtenido a costa del sacrificio de los pequeños comerciantes, que no pudiendo reaccionar, desafiar o enfrentarlos, fundamentalmente porque les es imposible con quien obtiene grandes ventajas debido a los grandes volúmenes que compran, se rinden ante la realidad imposibilitados de desarrollar su comercio, porque no existe ninguna garantía, herramienta ni menos ventaja, que les permita sustentar su negocio.
Representa este proyecto, en consecuencia, una buena herramienta, una buena, oportunidad para el pequeño comerciante, aquel que ejerce su propio comercio, de tener la ocasión de contar con ciertos días, si es su voluntad, para poder ejercer su comercio sabiendo que en tales días, pocos además, sólo competirán con los de su misma condición y no con aquellos monstruos de quienes jamás obtendrán ni menos alcanzarán una ventaja competitiva.
Este proyecto de ley es también una buena oportunidad para los trabajadores de la industria del retail, para los consumidores, que siempre tendrán los restantes días del año para concurrir a las grandes superficies comerciales para los pequeños comerciantes y, fundamentalmente, para la familia chilena de recuperar espacios de unidad y fortalecimiento de vínculos, en los días que declara no laborables para los trabajadores que favorece, y que no son pocos.
En atención a las razones expresadas, y muchas otras largas de enunciar, los patrocinantes de esta iniciativa, en su mayoría representantes de distritos populares, donde buena parte de su gente desarrolla labores en el comercio de grandes superficies, someten a consideración el siguiente
PROYECTO DE LEY:
ARTÍCULO ÚNICO: Los días domingo y todos aquellos días que la ley declare festivos, serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores que laboren en establecimientos de comercio que, por sí solos, o unidos a un centro comercial al cual se encuentren integrados, destinen una superficie de más de mil metros cuadrados a sala de ventas.
Exceptúense de esta disposición los trabajadores de o que al interior de un centro comercial, laboren en salas de es espectáculos o destinados al esparcimiento, la recreación o las artes”.
Moción de los diputados señores Ulloa , Egaña y Norambuena .
Reforma constitucional para fortalecer el deber del Presidente de la República de dar cuenta a la Nación. (boletín Nº 5161-07)
“Entre los deberes que la Constitución Política de Chile establece para el Presidente de la República se encuentra la obligación de dar cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno el 21 de mayo de cada año. Esta es una actividad de larga data en la historia política de Chile, que ha sido revestida de gran importancia y solemnidad a través del tiempo, aunque la fecha para ello ha cambiado en diversas oportunidades.
En efecto, en la Constitución de 1828 se decretó por primera vez esta obligación, señalando en el número 4) de su artículo 84° que es deber del Ejecutivo “dar anualmente al Congreso, luego que abra sus sesiones, razón del estado de la Nación en todos los ramos del Gobierno.”
La Carta Fundamental de 1833 señalaba que luego de que el Congreso abriera sus sesiones ordinarias, los Ministros del Despacho deberían darle cuenta del estado de la Nación en lo relativo a los negocios del Departamento de cada uno de ellos (art. 88). Cabe señalar que el periodo ordinario de sesiones se extendía desde el 1° de junio al 1° de septiembre de cada año.
Por su parte, en el artículo 56° de la Constitución de 1925 se estableció explícitamente que la obligación de dar cuenta al Congreso Pleno del estado político y administrativo de la Nación recaía en el Presidente de la República . Asimismo, se modificó la legislatura ordinaria, la que se extendería entre el 21 de mayo y el 18 de septiembre de cada año.
La Constitución de 1980, en su artículo 24°, en tanto, señalaba que Presidente de la República , a lo menos una vez al año, daría cuenta al país delestado administrativo y político de la nación, sin señalar una fecha específica para ello.
Finalmente, con las modificaciones introducidas el año 2005 a la Constitución Política de 1980, en el mismo artículo 24° se fijó el 21 de mayo como la fecha en que el Presidente de la República daría cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante al Congreso Pleno.
A pesar de la importancia que se puede atribuir a este acto, así como el carácter tradicional que ha adquirido en el tiempo, lo cierto es que en los últimos años se ha perdido el sentido que los diversos textos constitucionales chilenos le han dado desde 1828 y que no es otro que el de imponer al poder Ejecutivo el deber de realizar una rendición de sus actos en cuanto a la conducción política y administrativa del país.
Es un hecho que las últimas cuentas presidenciales a la Nación han estado lejos de cumplir con el carácter de ser un balance, convirtiéndose en un espacio utilizado para la realización de anuncios de lo que se hará en el futuro y que poco o nada asume el mandato constitucional.
Se debe considerar que la obligación impuesta en la Constitución al Presidente de la República es, prácticamente, la única instancia en la legislación chilena que lo obliga a rendir cuenta al país en un acto oficial, por lo que la ciudadanía no posee otra alternativa de recibir un informe respecto del estado político y administrativo del país y poder fiscalizar con ello las acciones del respectivo Gobierno.
Por otra parte, el evidente carácter político y mediático que tiene este acto ha perjudicado la conmemoración de las Glorias Navales que se recuerdan cada 21 de mayo, disminuyendo notoriamente la importancia que este acontecimiento tiene para la historia nacional.
Cabe señalar que establecer la cuenta presidencial el 21 de mayo no se condice con un tema de tradición propiamente tal, sino porque a partir de 1925, esa es la fecha en que se daba el inicio del periodo ordinario de sesiones. Considerando que con las reformas constitucionales de 2005 se eliminó la distinción entre el tiempo de sesiones ordinarias y extraordinarias, el inicio de cada periodo de sesiones legislativas se da en la primera semana de marzo de cada año.
Tomando en cuenta los antecedentes expuestos es que se cree necesario fortalecer el deber del Presidente de la República de dar cuenta anual de su gestión política y administrativa a la Nación, en el mismo sentido y alcance que gran parte de la historia constitucional chilena le ha dado.
Para ello, se propone modificar la oportunidad en que dicha rendición deberá llevarse a cabo, trasladándola del 21 de mayo al primer domingo de marzo de cada año. De esta forma, se consigue:
1 Fortalecer el carácter de cuenta a la Nación que debe dar el Presidente , al ajustarse mejor al periodo anual. Al ser el 21 de mayo, como es ahora, la cuenta se da con un desfase relevante respecto al inicio de cada año y se da el caso de que el Presidente debe hacer su primer balance a poco más de dos meses de haber asumido, lo que termina obligando a que se hagan anuncios, más que una rendición.
2. Establecer una fecha única y permanente para que se cumpla con esta obligación; que no coincida con ningún otro acontecimiento o conmemoración y que permita darle aún más relevancia de la que ya tiene.
3. Coincidir la cuenta a la Nación del Presidente de la República con el inicio de sesiones del Congreso cada año, armonizando mejor las actividades políticas.
4. Devolver a la conmemoración del 21 de mayo su relevancia y separarla de los hechos políticos y de violencia que se han dado en esta fecha durante los últimos años con ocasión de la cuenta a la nación.
Por todo lo anterior es que venimos en presentar el siguiente proyecto de reforma constitucional:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo Único. Modifíquese el inciso final del artículo 24° de la Constitución Política de la República, reemplazando la expresión “21 de mayo” por la frase, “primer domingo de marzo”.
Moción de los diputados señores Escobar , Meza , Mulet y Valenzuela.
Establece el 24 de junio “Día del Año Nuevo Mapuche”, o we txipantú, como feriado legal. (boletín Nº 5162-24)
I. LAS TRADICIONES DEL PASADO.
Los antepasados, kuifike che, comprendieron los fenómenos físicos que ocurren en la naturaleza cada cierto tiempo. Uno de ellos fue percatarse de la existencia de un momento en el año durante el cual el avance de la noche alcanza su máxima extensión. Advirtieron, además, que a partir de ese momento se inicia el proceso inverso, es decir, las noches se acortan y los días se hacen más extensos.
A este punto culmine, en la transformación del tiempo, los antepasados mapuche lo denominaron Wiñoy Txipantu o We Txipantu, lo que en el idioma mapuche equivale al mapundungun, términos que significan “retorno del sol” o “volvió a salir el sol.”
Para mayor claridad, debemos decir que ese momento equivale al solsticio de invierno. En muchas culturas ancestrales del hemisferio sur, el solsticio de Junio simboliza el renacer de la naturaleza y del propio hombre como integrante de ella. Es un momento de purificación y de esperanza, en que las energías renovadas y armonizadas permitirán el continuo fluir de la vida.
La tradición mapuche celebra tal momento con ceremonias y rituales que refuerzan su identidad e integración. La invocación a los antepasados, los bailes rituales y la vigilia a la espera del amanecer.
El sentido que tiene el we txipantu para el mapuche se manifiesta en su toda su filosofía de vida. En su cosmovisión, el pueblo mapuche se percibe que todo cumple una función, nada esta por estar. Todo tiene un sentido y un significado en el orden universal y natural en que se desenvuelve.
El we txipantu tiene sentido y coherencia como fenómeno que ocurre aquí y en ese preciso momento para todos, más allá de nuestro origen. Por ello, el pueblo mapuche valora tal celebración y lo convierte en práctica sagrada, la que debiera ser conocida, y respetada y honrada por toda la comunidad chilena.
En ese orden de ideas resulta valiosa la experiencia de Canadá, país que conmemora el 21 de Junio, fecha del solsticio de verano, como feriado legal al instituir el “Día del Aborigen Nacional”.
En la noche del 24 de Junio se conmemora “la noche de San Juan”, momento en que las fuerzas de lo oculto nos permiten, según la tradición popular, ver el futuro, contactar fuerzas poderosas, entre otras creencias. Un país, como el nuestro, tan abierto a recibir e incorporar celebraciones foráneas, debiera consagrar una fecha tan relevante para uno de nuestros pueblos originarios y aprender un poco del idioma y costumbres de nuestros pueblo mapuche e intentar ver aunque sea por un día al año el mundo como ellos.
Por tanto,
En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de le ley N° 18.918 en concordancia con el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: Declárese feriado legal nacional el día 24 de junio, fecha que se denominara Día del We Txipantu, día del año nuevo mapuche.
Moción de los diputados señores Escobar , Chahuán , Enríquez-Ominami , Jiménez , Valenzuela , y de la diputada señora Isasi , doña Marta.
Reforma el artículo 51 de la Carta Fundamental, con el objeto de modificar el sistema de reemplazo de diputados y senadores en los términos que indica. (boletín Nº 5164-07)
I. CONSIDERACIONES GENERALES.
1. El artículo 5 inciso primero de la Constitución Política establece que: “La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de las elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece.”
2. Uno de los actos más solemnes e importantes para un ciudadano consiste en participar ejerciendo su derecho a sufragio en las elecciones previstas en nuestro ordenamiento jurídico. Una de ellas es la elección de diputados y senadores.
3. Un diputado o senador electo tiene una suerte de representatividad de la soberanía de la Nación. Es este aspecto lo que da legitimidad a su cargo y le impone una serie de obligaciones de probidad y transparencia ya que es la ciudadanía la que evaluará en las urnas su buen o mal desempeño, en el evento, claro está que el parlamentario desee repostularse.
4. Ahora bien, el problema se plantea en el caso que se produzca una vacancia en el cargo de un diputado o senador en ejercicio. Como veremos, el Constituyente ha establecido el actual artículo 51 de la Constitución Política un sistema bastante particular para llenar esa vacante, convocando, para estos efectos, a un nuevo actor a escena: los partidos políticos. Como vamos a examinar en este tema se distinguen tres calidades de diputados y senadores a saber: a) los que militan dentro de un partido político; b) los independientes adscritos a un pacto con uno o más partidos políticos y finalmente c) los independientes.
5. En este orden de ideas debemos destacar que si se produce vacancia respecto de un diputado o senador simplemente independiente ese parlamentario no es reemplazado, lo que puede resultar terriblemente dañino para el Congreso que pierde un integrante, para el distrito o circunscripción que representa ya que se deja sin voz a los electores y se produce una situación de desigualdad entre los mismos parlamentarios que debilitan a juicio nuestro la democracia.
A continuación, estudiaremos la evolución histórica del precepto. Luego, veremos la visión del derecho comparado para dar nuestra propuesta que una aplicación práctica de una frase muy conocida: “Dar al pueblo lo que el pueblo”, que es, en este caso el derecho a elegir en una elección complementaria al reemplazante de un diputado o senador respecto de cuyo cargo se ha producido vacancia.
Il. EL REEMPLAZO DE DIPUTADOS Y SENADORES EN LAS CONSTITUCIONES CHILENAS.
1. La reforma constitucional de 9 de Agosto de 1888 modificó la Constitución de 1833 en la materia que nos interesa: Respecto del régimen de vacancia de los parlamentarios, Veamos:
a) Respecto de los Senadores (art. 27): si dicho cargo queda vacante antes del último año, se procede a una nueva elección.
En el caso que el cargo quedara vacante por ejercicio de empleo incompatible, el Senador afectado quedará inhabilitado para ser reelegido en el trienio siguiente.
b) Respecto de los Diputados (art. 19): si quedare vacante un cargo de Diputado durante los dos primeros años del período se procederá a su reemplazo por nueva elección conforme al procedimiento establecido en la ley.
En caso de que la vacancia se produjere por aceptación de empleo incompatible no podrá ser reelegido hasta próxima renovación de la Cámara.
2. En la Constitución de 1925, el artículo 36 regulaba está materia, su texto era el siguiente: “Si un Diputado o Senador muere o deja de pertenecer a la Cámara de Diputados o al Senado, por cualquier causa, antes del último año de su mandato, se procederá a su reemplazo en la forma que determine la ley de elecciones, por el término que le falte a su período. El diputado o senador que aceptare el cargo de Ministro de Estado deberá ser reemplazado dentro del término de treinta días.”
Como la ley preveía la realización de elecciones complementarias, así se reemplazaron las vacancias de diputados y senadores hasta el año 1973.
3. La reforma a la Constitución de 1980, modificó sustancialmente el sistema de reemplazo de diputados y senadores. Ya no se contempla la tradicional figura de las elecciones complementarias sino que se otorga la facultad de reemplazar al parlamentario a sus colegas. El artículo 47 original preveía en su inciso tercero lo siguiente:
“Las vacantes de diputados y senadores elegidos por votación directa que se produzcan en cualquier tiempo se proveerán mediante elección que realizará la Cámara de Diputados o el Senado, según el caso, por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio. De concurrir, simultáneamente, varias vacante, ellas se proveerán en votación separada y sucesiva. Si la vacante tuviere lugar respecto de algunos de los senadores a que se refieren las letras b), c), d), e) y f) del artículo 45, ella se proveerá en la forma que corresponda, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo. El nuevo diputado o senador durará en sus funciones el término que le faltaba al que originó la vacante.”
4. La reforma a la Constitución de 1980 introducida por la ley N° 18.825, también modificó de una manera bastante original el sistema de reemplazo de diputados y senadores. Veamos los nuevos incisos tercero y siguientes del artículo 47:
“Las vacantes de diputados, y las de senadores elegidos por votación directa, que se produzcan en cualquier tiempo, se proveerán con el ciudadano que, habiendo integrado la lista electoral del parlamentario que cesó en el cargo, habría resultado elegido si a esa lista hubiere correspondido otro cargo. En caso de no ser aplicable la regla anterior y faltar más de dos años para el término del período del que hubiere cesado en el cargo, la vacante será proveída por la Cámara que corresponda, por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, de entre los incluidos en una terna propuesta por el partido a que perteneciere quien hubiere motivado la vacante. El nuevo diputado o senador durará en sus funciones el término que le faltaba al que originó la vacante. Los parlamentarios elegidos como independientes que mantuvieren tal calidad a la fecha de producirse la vacante, no serán reemplazados, a menos que hubieren postulado integrando lista en conjunto con un partido político. En este último caso, se aplicará lo dispuesto en el inciso anterior. En ningún caso procederán elecciones complementarias.”
5. Como consecuencia de la reforma constitucional, contenida en la ley N° 20.050, el antiguo artículo 47 de la Constitución pasó a ser el actual artículo 51 cuyos incisos tercero y siguientes quedaron redactados como sigue:
“Las vacantes de diputados y las de senadores se proveerán con el ciudadano que señale el partido político al que pertenecía el parlamentario que produjo la vacante al momento de ser elegido. Los parlamentarios elegidos como independientes no serán reemplazados.
Los parlamentarios elegidos como independientes que hubieren postulado integrando lista en conjunto con uno o más partidos políticos, serán reemplazados por el ciudadano que señale el partido indicado por el respectivo parlamentario al momento de presentar su declaración de candidatura.
El reemplazante deberá reunir los requisitos para ser elegido diputado o senador, según el caso. Con todo, un diputado podrá ser nominado para ocupar el puesto de un senador, debiendo aplicarse, en ese caso, las normas de los incisos anteriores para llenar la vacante que deja el diputado , quien al asumir su nuevo cargo cesará en el que ejercía.
El nuevo diputado o senador ejercerá sus funciones por el término que faltaba a quien originó la vacante.
En ningún caso procederán elecciones complementarias.”
III. EL REEMPLAZO DE DIPUTADOS Y SENADORES EN OTRAS LEGISLACIONES.
De acuerdo con las publicaciones de la Universidad de Georgetown, diferentes países latinoamericanos han previsto en su ordenamiento las siguientes modalidades.
ARGENTINA
Artículo 51. En caso de vacante, el gobierno de provincia o de la Capital, hace proceder a elección legal de un nuevo miembro.
Artículo 62. Cuando vacase alguna plaza de senador por muerte, renuncia u otra causa, el Gobierno a que corresponda la vacante hace proceder inmediatamente a la elección de un nuevo miembro.
COLOMBIA
Artículo 134. Las vacancias por faltas absolutas de los congresistas serán suplidas por los candidatos no elegidos, según el orden de inscripción en la lista correspondiente.
EL SALVADOR
Artículo 131. Corresponde a la Asamblea Legislativa: ...
4° Llamar a los Diputados suplentes en caso de muerte, renuncia, nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de los propietarios;
MÉXICO
Artículo 57. Por cada Senador propietario se elegirá un suplente.
PARAGUAY
Artículo 187. De la elección y de la duración.
Las vacancias definitivas o temporarias de la Cámara de Diputados serán cubiertas por los suplentes electos en el mismo departamento, y las de la Cámara de Senadores por los suplentes de la lista proclamada por la Justicia Electoral.
REPÚBLICA DOMINICANA
Artículo 19. Cuando ocurran vacantes de Senadores o de Diputados, la Cámara correspondiente escogerá el sustituto de la terna que le presentará el organismo superior del partido que lo postuló.
Artículo 20. La terna deberá ser sometida a la Cámara donde se haya producido la vacante, dentro de los treinta días siguientes a su ocurrencia, si estuviere reunido el Congreso, y en caso de no estarlo, dentro de los treinta primeros días de su reunión. Transcurrido el plazo señalado sin que el organismo competente del partido hubiese sometido la terna, la Cámara correspondiente hará libremente la elección.
UNITED STATES OF AMERICA
Article. I. Section. 2.Clause 4: When vacancies happen in the Representation from any State, the Executive Authority thereof shall issue Writs of Election to fill such Vacancies.
URUGUAY
Artículo 116. Las vacantes que por cualquier motivo se produzcan en cada Legislatura, se llenarán por los suplentes designados al tiempo de las elecciones, del modo que expresará la ley, y sin hacerse nueva elección.
La ley podrá autorizar también la convocatoria de suplentes por impedimento temporal o licencia de los Legisladores titulares.
Como puede apreciarse varias legislaciones han consagrado el sistema de elecciones complementarias para llenar la vacante. Otros países han establecido la figura del diputado o senador suplente. Esta última, es una figura interesante ya que la ciudadanía elige y sabe de antemano quien reemplazará al parlamentario.
IV. ANÁLISIS CRÍTICO DEL ACTUAL SISTEMA DE REEMPLAZO DE PARLAMENTARIOS VIGENTE EN CHILE.
Desde nuestro punto de vista, las observaciones que formulamos al actual sistema de reemplazo de diputados y senadores consagrado en el artículo 51 de la Constitución Política son las siguientes:
1. En el caso del inciso tercero del artículo cincuenta y uno, se traslada la soberanía de la nación al partido político al cual pertenecía el diputado o senador a reemplazar. Aquí se parte de un presupuesto discutible que es que la ciudadanía ha votado por el partido. La realidad nos muestra que Chile no es un país con gran militancia política y que, en muchos casos, los electores votan en función de la persona del candidato más allá de su filiación política.
*En el caso en comento tenemos que expresar que el diputado o senador durante el ejercicio de su cargo puede cambiarse de partido o renunciar al partido bajo cuyo amparo se presentó a la elección. En ese caso ¿Debemos seguir sosteniendo una falacia como es que el cupo es del partido al cual pertenecía al parlamentario, en circunstancias que, al momento de producirse la vacante había dejado de militar en él?
*Con esta norma se potencia la designación de un reemplazante adoptada en una reunión privada, de acuerdo con los intereses del partido, asumiendo que la ciudadanía estará conforme con tal decisión, lo que es bastante discutible.
*Las posturas que sustentaron el establecimiento de este sistema han expresado los costos de hacer una elección complementaria. Sostienen, además, que el hecho de efectuar una elección sería una especie de antesala de elecciones, más importantes, como las presidenciales, ya que se podría hacer una proyección de eventuales resultados. Creemos que este planteamiento revela un desconocimiento de la realidad social y cultural del país, ya que existen distritos tan “regionalistas” que no pueden resultar viables para hacer ese estudio.
*Además las estadísticas muestran que no se han verificado respecto de los parlamentarios tantas situaciones de vacancia como para pensar que el erario se verá afectado por tener que realizar una elección complementaria. Creemos que la democracia merece algunas inversiones para mantenerla en buen estado de salud. Con el sistema vigente se fortalece la influencia de las directivas políticas en desmedro del ciudadano común.
2. Respecto de la situación de los diputados y senadores independientes, los que no son reemplazados en caso de vacancia, debemos manifestar que tal figura nos parece inaceptable ya que en la práctica existen parlamentarios de dos categorías los reemplazables y aquellos cuyo cargo se pierde en las arenas del tiempo. Ello, sin duda alguna, daña a aquellas personas que quieren servir a su país con absoluta libertad y prescindencia de una filiación política. Curiosamente esta figura podría atentar contra su elegibilidad ya que un ciudadano al momento de votar puede privilegiar a un candidato cuya vacante puede ser ocupada en lugar de votar por uno que lo puede dejar sin representación en caso de vacancia.
3. Respecto de la situación de los diputados y senadores independientes que postularon integrando una lista en conjunto con uno más partidos políticos, debemos reproducir todas las observaciones hechas en el número 1 del presente acápite. Debemos agregar en todo caso que la obligación que tiene el parlamentario de designar que partido lo va a reemplazar en caso de vacancia, atenta de alguna manera con la independencia de pensamiento que ostenta el parlamentario.
De lo expuesto se advierte que resulta dable proponer que se reponga en nuestro ordenamiento jurídico el tradicional y democrático sistema de efectuar elecciones complementarias en el caso de vacancia de los cargos de diputado o senador.
Finalmente, consideramos que debe efectuarse una modificación a la ley de votaciones populares y escrutinios para establecer el sistema de elecciones complementarias.
Por tanto,
En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de le ley N° 18.918 en concordancia con el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: Suprímanse los incisos tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo del artículo 51 de la Constitución Política. Agreguése a continuación del punto aparte del inciso segundo del mismo artículo los siguientes inciso tercero y cuarto:
“Las vacantes de los diputados y las de senadores producidas antes del último año del período por el cual han sido elegidos, en conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 47 y el inciso segundo del artículo 49 de la Constitución Política serán reemplazados mediante la realización de una elección complementaria a llevarse a cabo en el distrito o circunscripción a la que pertenecía el diputado o senador afectado, conforme a un procedimiento establecido en la ley.
Si las vacantes de los diputados y la senadores se produjeren dentro del último año de periodo por el cual han resultado electos, no serán reemplazados hasta que se efectúe la elección periódica correspondiente”
Moción de los diputados señores Escobar , Chahuán , Forni , Jiménez y Valenzuela.
Reforma constitucional que modifica el artículo 61 de la Carta Fundamental, con el objeto de consagrar la renunciabilidad del Fuero Parlamentario en los términos que indica. (boletín Nº 5165-07)
1. Tradicionalmente se ha entendido al fuero parlamentario, en cuanto a su naturaleza jurídica, un privilegio en razón del cargo, esto con el propósito de velar por el mejor desempeño de la función parlamentaria, pues se busca una situación de privilegio en relación a los demás ciudadanos, pero jamás para colocar a los parlamentarios al margen del ordenamiento jurídico, sino que para asegurar independencia en su gestión. En palabras del reconocido constitucionalista Alejandro Silva Bascuñán , la “libertad de las determinaciones y actuaciones de quienes temporalmente los sirven y de proveer los medios adecuados para conseguir sus objetivos”.
2. Si nos remontamos a los orígenes de esta institución, nos encontramos que ella surge de la necesidad de garantizar la independencia de los representantes de la soberanía popular frente a las presiones indebidas de que pudieran ser víctimas por los interesados en sus decisiones.
3. Para una mayor comprensión, abordaremos el estudio del tema precisando el sentido y alcance que reviste el fuero parlamentario tal como se encuentra consagrado en nuestra Constitución Política y los problemas que surgen en su aplicación práctica.
II. EL ALCANCE DEL FUERO PARLAMENTARIO.
1. El actual artículo 61 de la Constitución Política (art. 58 original) previene que:
“Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión.
Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.
En caso de ser arrestado algún diputado o senador por delito flagrante será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.
Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el diputado o senador imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”
Del análisis del precepto pueden efectuarse las siguientes conclusiones:
El fuero permite que los parlamentarios sean inviolables por las opiniones que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión. Con esta restricción se evitan situaciones en las que algún parlamentario pretenda aprovecharse de su calidad de tal fuera del Parlamento, para afectar la dignidad de terceros.
Ningún diputado o senador puede ser procesado o privado de su libertad si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. En palabras más simples y claras: Para que se declare que ha lugar a la formación de causa, la Corte de Apelaciones competente y, luego, la Corte Suprema, en el caso que se dedujere un recurso de apelación, deben haber adquirido la convicción de que el hecho de que se trata reviste los caracteres de delito, y, segundo, adquirir la convicción de que diputado o senador ha tenido en ese hecho participación como autor, cómplice o encubridor.
La excepción la constituye la comisión de delito flagrante. En este último caso, el parlamentario que hubiere sido arrestado por la comisión de delito flagrante debe ser puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo.
III. PROBLEMAS QUE PRESENTA EN LA PRÁCTICA EL FUERO PARLAMENTARIO.
En primer término, resulta pertinente sostener que el procedimiento de desafuero parlamentario conlleva, a juicio nuestro, una especie de presunción de culpabilidad del parlamentario respecto del hecho punible que se le imputa.
Si revisamos con atención el comentario efectuado en el acápite anterior al inciso segundo del artículo 61 de la Constitución Política, podemos apreciar que el Tribunal de alzada competente, para declarar que ha lugar a la formación de la causa en contra del parlamentario, debe previamente adquirir la convicción que:
El hecho de que se trata reviste los caracteres de delito.
Que el diputado o senador implicado en la comisión del hecho punible ha tenido en ese hecho participación como autor, cómplice o encubridor.
A la luz de lo expuesto, resulta razonable pensar que, la resolución que declare que ha lugar a la formación de causa equivale, en la práctica, al anticipo de una sentencia definitiva. El Tribunal de alzada, para resolver, debe estudiar el tema planteado y analizar las pruebas que se le presenten al efecto.
Además, debemos preguntarnos sobre el grado de libertad que podría tener un juez para absolver al parlamentario involucrado si respecto de éste ya se ha formado la convicción antes mencionada. Debemos agregar también la presión de los medios y de la opinión pública sobre el caso, ya que sabemos de sobra el nivel de interés que puede concitar un parlamentario en tela de juicio.
Luego, es del caso resaltar el daño que este tipo de situaciones produce a la ya cuestionada y, por qué no decirlo, deteriorada imagen general de los parlamentarios, ya que la espera por parte del diputado o senador de la resolución del Tribunal de Alzada puede interpretarse perfectamente por parte de la ciudadanía como una maniobra dilatoria en la administración de justicia.
Finalmente, debemos referirnos necesariamente al daño que sufre la persona del parlamentario en cuestión. La sombra de la sospecha quedará estampada en su imagen y no puede, en teoría, defenderse ni agilizar la resolución del Tribunal de Alzada, en igualdad de condiciones, ya que el fuero se mira como un “privilegio procesal” que ostenta el parlamentario, lo que puede maniatar y obstruir su defensa.
¿Como cambiaría la imagen pública y la credibilidad del parlamentario si éste tuviera la posibilidad de renunciar voluntariamente a su fuero, aunque ello conlleve la suspensión temporal de sus funciones, y pueda presentar sus descargos, alegaciones y defensas como un ciudadano más?
Tenemos la convicción de que resulta útil mantener el fuero parlamentario, sobre todo si pensamos en el particular que deba litigar en materia penal con un parlamentario.
También manifestamos que, a juicio nuestro, no resulta prudente suprimir el fuero ya que podría darse perfectamente la situación que un parlamentario sea formalizado en calidad de imputado por la comisión de un delito y continuar con el ejercicio de sus funciones normalmente hasta que se dicte sentencia definitiva al respecto. Tal hecho conlleva un deterioro no sólo a la imagen del diputado o senador sino a toda la Corporación, ya que se estaría frente a un trato desigual entre el parlamentario y el resto de la población, incluyendo a funcionarios públicos y autoridades, respecto de los cuales si resulta procedente la suspensión de funciones mientras dura la investigación.
Finalmente, creemos que, en aras del principio de inocencia que inspira nuestra legislación, de la imagen del Congreso Nacional y de sus integrantes ante el país y de los principios de transparencia y probidad, debe consagrarse constitucionalmente el derecho de todo parlamentario de renunciar voluntariamente a su fuero ante el Tribunal de Alzada competente y de defenderse como un ciudadano, pudiendo demostrar su inocencia.
IV. CONTENIDO DEL PROYECTO.
El proyecto incorpora un nuevo inciso cuarto, pasando el actual a ser el quinto; al artículo 61, en el que se establece, expresamente, que en los casos previstos en los incisos segundo y tercero del mismo artículo el parlamentario afectado podrá renunciar voluntariamente a su fuero ante el Tribunal de alzada de la jurisdicción respectiva.
En ese caso, el diputado o senador quedará suspendido de su cargo y quedará sujeto al juez competente.
Por tanto,
En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de le ley N° 18.918 en concordancia con el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: Agrégase el siguiente inciso cuarto al artículo 61 de la Constitución Política pasando el actual inciso cuarto a ser el quinto y final.
“En los casos previstos en los incisos segundo y tercero del presente artículo, el diputado o senador afectado, podrá renunciar voluntariamente a su fuero parlamentario. Dicha renuncia deberá presentarla ante el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva. A contar de la data en que dicho Tribunal tome conocimiento de la renuncia le será aplicable lo previsto en el inciso siguiente.”
Moción de los diputados señores Rojas, Correa, Egaña , Estay , Hernández , Lobos, Recondo ; Sepúlveda , don Roberto ; Sabag y Von Mühlenbrock.
Perfecciona el acceso a la Sala Cuna para los hijos de mujeres trabajadoras. (boletín Nº 5166-13)
“Uno de los avances que se han dado para facilitar la incorporación de las mujeres al mundo laboral ha sido el derecho que la mujer tiene para contar con salas habilitadas especialmente para la alimentación y cuidado de sus hijos menores de dos años.
En efecto, el articulo 203 del Código del Trabajo establece la obligación para la empresas y centros comerciales que ocupen veinte o más trabajadoras de contar con estos recintos o que el respectivo empleador pague directamente estos servicios de “sala de cuna” a instituciones reconocidas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles ( Junji ).
Este beneficio sin duda que ha permitido una gran posibilidad de poder trabajar para muchas mujeres y especialmente para aquellas que no tienen los recursos para contratar a una persona que cuide de sus hijos ni puede acceder por su cuenta a los servicios de la “sala de cuna”.
Sin embargo, se ha detectado que la norma establece explícitamente que este beneficio sólo se aplica mientras la mujer se encuentra desempeñando sus funciones laborales, lo que resulta lógico a primera vista, pero que analizado con mayor profundidad puede ser perfeccionado en beneficio de las mujeres trabajadoras y sus propios hijos.
En este sentido, el citado articulo del Código del Trabajo, en su inciso primero, establece que las mujeres deberán contar con espacios específicos para alimentar a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo. Al ser tan especifica la actual norma deja afuera de este beneficio a las mujeres que se encuentran con licencias medicas o que solicitan permisos administrativos, con esta situación se omite el caso de las trabajadoras que no pueden atender adecuadamente a sus hijos en su domicilio particular, pero si pueden llevarlos a las “sala de cunas” mientras dure su permiso o licencia.
Con el fin de corregir tal omisión, es que la presente iniciativa incluye explícitamente dentro del acceso a la “sala de cuna” que establece el Código del Trabajo, a las mujeres trabajadoras que se encuentren en la situación señalada en el párrafo anterior.
Por todo lo expuesto es que vengo a presentar el siguiente Proyecto de Ley:
PROYECTO DE LEY
Articulo único. Modifíquese el inciso primero del articulo 203 del Código del Trabajo, agregando a continuación de la frase “y dejarlos mientras estén en el trabajo” antecedida de una coma (,) la siguiente frase:
“o cuando estén haciendo uso de licencia médica o permiso administrativo”.
18. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, 28 de junio de 2007.
Oficio Nº 1179
Excmo. señor Presidente
Cámara de Diputados:
Tengo el honor de remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia dictada con fecha 27 de junio de 2007 por este Tribunal, referida al proyecto de ley que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al principio de probidad, (boletín Nº 4722-06).
Rol Nº 799-07- cpr.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): JOSÉ LUIS CEA EGAÑA , Presidente ; LEOPOLDO NÚÑEZ TOMÉ, Secretario (S)
AL SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PATRICIO WALKER PRIETO
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE”.