Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DE PERSONAL DEL SENADO, RELATIVA A CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS POR FUNCIONARIOS
- ANTECEDENTE
- DEBATE
-
ENMIENDA A REGLAMENTO DE PERSONAL DEL SENADO, EN CUANTO A INGRESO DE NUEVOS FUNCIONARIOS Y DECLARACIÓN PATRIMONIAL
- ANTECEDENTE
- DEBATE
-
MODIFICACIÓN DE NORMAS RELATIVAS A SUBSIDIO FAMILIAR Y ADOPCIÓN
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Gomez Urrutia
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- DEBATE
-
NORMAS SOBRE PESCA RECREATIVA
- ANTECEDENTE
- DEBATE
-
PROTECCIÓN A FUNCIONARIO DENUNCIANTE DE FALTAS A PROBIDAD
- ANTECEDENTE
- DEBATE
-
CREACIÓN DE EXAMEN ÚNICO NACIONAL DE CONOCIMIENTOS DE MEDICINA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- DEBATE
-
MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DE PERSONAL DEL SENADO, RELATIVA A CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS POR FUNCIONARIOS
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
-
CARENCIA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES DINÁMICAS SIN DEUDA EN COMUNA DE LOS ÁNGELES. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Victor Perez Varela
-
AGRADECIMIENTOS A CARABINEROS POR RECUPERACIÓN DE VEHÍCULO ROBADO. COMUNICACIONES
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
-
DEMANDAS Y MOVILIZACIONES DE EX TRABAJADORES PESQUEROS DE OCTAVA REGIÓN. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
DEMANDAS DE CALETAS PESQUERAS DE COMUNA DE TALCAHUANO. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
INQUIETUD ANTE IMPOSIBILIDAD DE REGULARIZACIÓN EN CALETA LA CATA. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
SEGURO DE VIDA Y DE ACCIDENTES PARA USUARIOS DE METRO Y DE TRANSANTIAGO. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
-
QUERELLA CONTRA PRESIDENTE DE CAPÍTULO CHILENO DE TRANSPARENCIA INTERNACIONAL. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Nelson Jaime Avila Contreras
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXOS DE SESIÓN
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR ORPIS, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.913, CON EL FIN DE SANCIONAR A PERSONAS JURÍDICAS QUE EJECUTAN ACTOS DE LAVADO DE DINERO Y BLANQUEO DE ACTIVOS(5046-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Orpis Bouchon
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES KUSCHEL, ESCALONA, GARCÍA, SABAG Y VÁSQUEZ, CON LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL SEÑOR DIETRICH PAUL FRIEDRICH ANGERSTEIN BRINK(5047-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Camilo Escalona Medina
- Jose Garcia Ruminot
- Hosain Sabag Castillo
- Guillermo Vasquez Ubeda
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE BANCOS, EN LO RELATIVO A FIJACIÓN DE TARIFAS POR PRODUCTOS O SERVICIOS QUE INDICA(5050-05)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Bianchi Chelech
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, POR MEDIO DE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE BANCOS, EN MATERIA DE RECHAZO DE PRESTACIONES O SERVICIOS BANCARIOS (5051-05)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Bianchi Chelech
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES VÁSQUEZ, GÓMEZ, MUÑOZ BARRA Y NAVARRO, CON LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE DEROGA EL Nº 1 DEL ARTÍCULO 43 DE LA LEY DE QUIEBRAS(5052-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Guillermo Vasquez Ubeda
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Roberto Munoz Barra
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NARANJO, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, CON EL FIN DE PROHIBIR LA COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN QUE INDICA(5053-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Naranjo Ortiz
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES VÁSQUEZ Y NAVARRO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 20.169, QUE REGULA LA COMPETENCIA DESLEAL, PARA SANCIONAR CONDUCTAS QUE INDICA(5054-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Guillermo Vasquez Ubeda
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES HORVATH, ALLAMAND, ÁVILA, LONGUEIRA, NAVARRO Y VÁSQUEZ, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN LA ADOPCIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y USO NO LETAL DE LOS CETÁCEOS(S 961-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Antonio Horvath Kiss
- Andres Allamand Zavala
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Pablo Longueira Montes
- Alejandro Navarro Brain
- Guillermo Vasquez Ubeda
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR ORPIS, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.913, CON EL FIN DE SANCIONAR A PERSONAS JURÍDICAS QUE EJECUTAN ACTOS DE LAVADO DE DINERO Y BLANQUEO DE ACTIVOS(5046-07)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 355ª
Sesión 19ª, en martes 15 de mayo de 2007
Ordinaria
(De 16:20 a 19:9)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, PRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿..
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de acuerdo, iniciado en moción de los Honorables Senadores Frei, Larraín y Romero, que modifica el Reglamento del Personal del Senado en lo relativo a requisitos que deben cumplir los funcionarios (S 939-09) (se aprueba en general y particular)¿¿¿¿
Proyecto de acuerdo, iniciado en moción de los Honorables Senadores Frei y Naranjo, que modifica el Reglamento del Personal del Senado en materia de ingreso de nuevos funcionarios y declaración patrimonial (S 944-09) (se aprueba en general y particular)¿¿¿¿
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica normas relativas a subsidio familiar y a adopción (4812-13) (se aprueba en general)¿¿¿.
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre pesca recreativa (3424-21) (se aprueba en particular)¿¿¿¿
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al principio de probidad (4722-06) (se aprueba en particular)¿¿¿..
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea examen único nacional de conocimientos de medicina (4361-11) (se aprueba en general)¿¿¿.
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿..
Carencia de proyectos de construcción de viviendas sociales dinámicas sin deuda en comuna de Los Ángeles. Oficio (observaciones del señor Pérez Varela)¿¿¿.
Agradecimiento a Carabineros por recuperación de vehículo robado. Comunicaciones (intervención del señor Pérez Varela)¿¿¿..
Demandas y movilizaciones de ex trabajadores pesqueros de Octava Región. Oficios (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
Demandas de caletas pesqueras de comuna de Talcahuano. Oficios (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
Inquietud ante imposibilidad de regularización en caleta La Cata. Oficios (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
Seguro de vida y de accidentes para usuarios de Metro y de Transantiago. Oficio (observaciones del señor Navarro)¿¿¿¿..
Querella contra Presidente de Capítulo Chileno de Transparencia Internacional. Oficios (observaciones del señor Ávila)¿¿¿¿..
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Flores Labra, Fernando
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Longueira Montes, Pablo
--Matthei Fornet, Evelyn
--Muñoz Aburto, Pedro
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez Varela, Victor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Vásquez Úbeda, Guillermo
--Zaldívar Larraín, Adolfo
Concurrieron, además, el señor Ministro Secretario General de la Presidencia , don José Antonio Viera-Gallo Quesney; la señora Ministra de Planificación y Cooperación, doña Clarisa Hardy Raskovan, y el señor Asesor Legislatavio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, don Francisco del Río Correa.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:20, en presencia de 18 señores Senadores.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Las actas de las sesiones 15ª, ordinaria, y 16ª, especial, ambas en 8 de mayo; 17ª, especial, y 18ª, ordinaria, ambas en 9 de mayo, todas del año en curso, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Diez de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con los tres primeros retira y hace presente la urgencia, calificada de "suma", respecto de las siguientes iniciativas:
1) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza erigir un monumento en memoria de los fallecidos en la tragedia de Antuco (boletín N° 3.882-04);
2) Proyecto de ley que crea examen único nacional de conocimientos de medicina (boletín Nº 4.361-11), y
3) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica las normas relativas al subsidio familiar y a la adopción (boletín Nº 4.812-13).
Con los siete siguientes retira y hace presente la urgencia, calificada de "simple", respecto de las siguientes iniciativas:
1) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo (boletín N° 3.507-13);
2) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones (boletín Nº 3.975-13);
3) Proyecto de ley que crea el Ministerio de Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención del Consumo y Tráfico de Drogas (boletín N° 4.248-06);
4) Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el decreto ley Nº 3.472, de 1980, que creó el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE) (boletín Nº 4.363-03);
5) Proyecto, en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley N° 19.968, que creó los Tribunales de Familia (boletín N° 4.438-07);
6) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo (boletín N° 4.627-19), y
7) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al principio de probidad (boletín N° 4.722-06).
--Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
De Su Excelencia la Presidenta de la República , a través del cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar a la señora María Elena Hermosilla Pacheco como integrante del Consejo Nacional de Televisión (boletín N° S 960-05).
Asimismo, hace presente la urgencia para el despacho de esta materia, en los términos previstos en el inciso segundo del número 5) del artículo 53 de la Constitución Política de la República.
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
De la Cámara de Diputados, mediante el que informa que ha tomado conocimiento de que el Senado rechazó el proyecto de ley que establece transitoriamente una cuota extraordinaria de depreciación acelerada (boletín Nº 4.922-05), a la vez que comunica la nómina de los señores Diputados que integrarán la Comisión Mixta que deberá formarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Constitución Política de la República.
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Tres de la Excelentísima Corte Suprema:
Con el primero emite su parecer respecto de la iniciativa que modifica la ley Nº 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la Ley Penal (boletín Nº 5.031-07).
--Se remitió a la Honorable Cámara de Diputados para agregar el documento a sus antecedentes.
Con el segundo manifiesta su opinión acerca del proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señora Matthei y señor Pérez Varela, que modifica el artículo 219 del Código Orgánico de Tribunales, estableciendo inhabilidad para ser designado abogado integrante (boletín Nº 4.967-07).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con el tercero da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Frei, relativo a la factibilidad de instalar una corte de apelaciones en la provincia de Osorno.
--Queda a disposición de los señores Senadores.
Tres del Excelentísimo Tribunal Constitucional, mediante los que envía copia autorizada de igual número de sentencias dictadas en sendos recursos de inaplicabilidad formulados con relación al inciso tercero del artículo 96 del Código de Minería.
--Se toma conocimiento.
Del señor Ministro del Interior, a través del cual contesta un oficio remitido en nombre del Senador señor Romero, sobre posibilidad de establecer el plan cuadrante de seguridad de Carabineros de Chile en la comuna de Quillota.
Del señor Ministro de Defensa Nacional , por medio del que complementa la respuesta dada a un oficio enviado en nombre del Senador señor Navarro y a un proyecto de acuerdo adoptado por el Senado, relativo a la instrucción de los conscriptos, en materia de prevención de catástrofes naturales.
Dos de la señora Ministra de Salud:
Con el primero responde un oficio dirigido en nombre del Senador señor Navarro, sobre eliminación de la obligación de personas de la tercera edad de cotizar el 7 por ciento de sus ingresos para salud.
Con el segundo contesta un oficio remitido en nombre del Senador señor Frei, referido a la factibilidad de suprimir la cotización obligatoria para salud que deben efectuar los jubilados.
De la señora Ministra de Bienes Nacionales , mediante el cual responde un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Alvear, sobre autorizaciones otorgadas a naves extranjeras para efectuar cruceros turísticos en el territorio nacional y sus consecuencias económicas y medioambientales para el país.
De la señora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, a través del que contesta un oficio remitido en nombre del Senador señor Chadwick, en el cual solicita la asignación de recursos extraordinarios para atender las carencias del municipio de Peumo.
Del señor Director Nacional de Aduanas , mediante el cual responde un oficio cursado en nombre del Senador señor Navarro, relativo a la situación legal que afectaría al representante legal de la empresa Metalpar S.A.
Del señor Director Ejecutivo subrogante de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, por medio del que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Vásquez, acerca del estudio de impacto ambiental de una piscicultura que se instalaría en el sector de Huincacara Sur, comuna de Villarrica.
Del señor Presidente de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco , con el cual responde un oficio cursado en nombre del Senador señor Espina, referido a eventuales irregularidades que se habrían producido en la Corte de Apelaciones de dicha ciudad.
Del señor Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Valparaíso , con el que contesta un oficio remitido en nombre del Senador señor Frei, sobre regularización de los permisos de la empresa Áridos Cano.
Del señor Alcalde de Coronel, mediante el cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Navarro, sobre el relleno sanitario Santa Alicia, sector de Patagual, en la VIII Región.
Del señor Gerente General de la Empresa Nacional del Petróleo, con el que contesta un oficio remitido en nombre del Senador señor Navarro, acerca de la forma en que la referida empresa da cumplimiento a la Ley de Subcontratación.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Prokurica, que modifica el Código Tributario en lo relativo a derechos de los contribuyentes (boletín Nº 3.845-05).
De las Comisiones de Salud y de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley que establece beneficios para el personal del sector Salud, con urgencia calificada de "suma" (boletín Nº 4.545-11).
De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaídos en los siguientes asuntos:
1) Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Bolivia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal consular, administrativo y técnico que presta servicios en las respectivas representaciones de Oficinas Consulares en Bolivia y Chile, suscrito por intercambio de notas fechadas el 3 y 4 de octubre de 2005, en La Paz y Santiago, respectivamente (boletín Nº 4.735-10).
2) Proyecto de acuerdo aprobatorio del Acuerdo entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Jamaica sobre Supresión de Visa para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, suscrito el 9 de junio de 2006, en Kingston, Jamaica (boletín Nº 4.736-10).
--Quedan para tabla.
Mociones
Del Senador señor Orpis, mediante la cual inicia un proyecto que modifica la ley Nº 19.913, con el fin de sancionar a las personas jurídicas que ejecuten actos de lavado de dinero y blanqueo de activos (boletín Nº 5.046-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, se manda poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.
De los Senadores señores Kuschel, Escalona, García, Sabag y Vásquez, con la que inician un proyecto de ley que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al señor Dietrich Paul Friedrich Angerstein Brink (boletín Nº 5.047-07).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Dos del Senador señor Bianchi:
Con la primera, da inicio a un proyecto que modifica la Ley General de Bancos, en lo relativo a la fijación de tarifas por productos o servicios que indica (boletín N° 5.050-05).
Con la segunda, inicia un proyecto que modifica la Ley General de Bancos, en materia de rechazo de prestaciones o servicios bancarios (boletín N° 5.051-05).
--Pasan a la Comisión de Hacienda.
De los Senadores señores Vásquez, Gómez, Muñoz Barra y Navarro, con la que inician un proyecto que deroga el N° 1 del artículo 43 de la Ley de Quiebras (boletín 5.052-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
Del Senador señor Naranjo, con la que da inicio a un proyecto que modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el fin de prohibir la comunicación de la información que indica (boletín N° 5.053-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De los Senadores señores Vásquez y Navarro, con la que inician un proyecto que modifica la ley N° 20.169, que regula la competencia desleal, para sancionar las conductas que indica (boletín N° 5.054-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
Proyecto de Acuerdo
De los Senadores señores Horvath, Allamand, Ávila, Longueira, Navarro y Vásquez, mediante el cual solicitan la adopción de una Política Nacional de Conservación y Uso No Letal de los Cetáceos (boletín N° S 961-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
Comunicación
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, por medio de la cual solicita la autorización de la Sala para discutir en general y en particular, en el trámite de primer informe, el proyecto de ley que crea el Ministerio de Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención del Consumo y Tráfico de Drogas (boletín N° 4.248-06).
--Se accede a lo solicitado.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).-
En este momento ha llegado a la Mesa un oficio de la Honorable Cámara de Diputados, a través del que comunica que ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, el proyecto que modifica la ley Nº 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la Ley Penal (boletín Nº 5.031-07).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar el proyecto a Su Excelencia la Presidenta de la República.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Los Comités, en sesión celebrada el día de hoy, acordaron por unanimidad lo siguiente:
1º.- Tratar en esta sesión, como si fueran de Fácil Despacho, los dos proyectos que modifican el Reglamento del Personal del Senado: el relativo a los requisitos que deben cumplir sus funcionarios y el referido a ingreso de nuevos funcionarios y declaración patrimonial, signados en la Tabla con los números 7 y 8;
2º.- Mantener la hora de Incidentes de hoy, dejando sin efecto la sesión especial citada para esta tarde a partir de las 18:30;
3º.- Tratar en primer lugar del Orden del Día de la sesión ordinaria de mañana, con informe verbal si fuere necesario, el acuerdo relativo a la permanencia de tropas chilenas en Haití;
4°.- Oficiar a los señores Ministros de Hacienda y de Economía transcribiéndoles las observaciones formuladas en la sesión anterior por el Honorable señor Orpis y pidiéndoles aclarar la situación allí descrita.
5°.- Designar al Senador señor Gómez para que integre la Comisión encargada de la erección de un monumento en memoria del ex Senador señor Radomiro Tomic, en la ciudad de Calama.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DE PERSONAL DEL SENADO, RELATIVA A CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS POR FUNCIONARIOS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, iniciado en moción de los Honorables señores Frei, Larraín y Romero -estos dos últimos, ex Presidentes de la Corporación-, para modificar el Reglamento del Personal del Senado en lo relativo a los requisitos que deben cumplir sus funcionarios, con informe de la Comisión de Régimen Interior.
--Los antecedentes sobre el proyecto (S 939-09) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo: (moción de los señores Frei, Larraín y Romero).
Se da cuenta en sesión 86ª, en 23 de enero de 2007.
Informe de Comisión:
Régimen Interior, sesión 18ª, en 9 de mayo de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Los objetivos de la iniciativa son:
-Incentivar la capacitación permanente de los funcionarios de la Corporación, especificándose los requisitos que se deben cumplir en los distintos puestos de trabajo en la medida en que se desarrolle la carrera funcionaria, y
-Establecer los requisitos para el desempeño de las funciones que sean pertinentes en aquellos Departamentos que se han creado en el Senado.
La Comisión aprobó la normativa tanto en general cuanto en particular por la unanimidad de sus integrantes (Honorables señores Frei, Gazmuri, Larraín, Muñoz Barra, Ominami, Romero y Sabag), y su texto se consigna en el informe respectivo.
Corresponde señalar que ese órgano técnico propone al señor Presidente discutirla en general y en particular a la vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En discusión general y particular a la vez.
Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto de acuerdo.
--Se aprueba en general y en particular.
ENMIENDA A REGLAMENTO DE PERSONAL DEL SENADO, EN CUANTO A INGRESO DE NUEVOS FUNCIONARIOS Y DECLARACIÓN PATRIMONIAL
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, iniciado en moción de los Honorables señores Frei y Naranjo, que modifica el Reglamento del Personal del Senado en materia de ingreso de nuevos funcionarios y de declaración patrimonial, con informe de la Comisión de Régimen Interior.
--Los antecedentes sobre el proyecto (S 944-09) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo: (moción de los señores Frei y Naranjo).
Se da cuenta en sesión 1ª, en 13 de marzo de 2007.
Informe de Comisión:
Régimen Interior, sesión 18ª, en 9 de mayo de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
La iniciativa tiene por objeto incorporar dos aspectos relacionados con la transparencia y la probidad, cuales son la prohibición de ingresar al Servicio como funcionario de planta o a contrata y de contratar a honorarios a personas que tengan vínculo de parentesco, por consanguinidad o afinidad, con funcionarios de la Corporación y la obligación de efectuar la declaración de patrimonio incorporada en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, aplicable supletoriamente al personal del Parlamento en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 2º de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
La Comisión dio su aprobación al proyecto de acuerdo, tanto en general cuanto en particular, por la unanimidad de sus integrantes (Honorables señores Frei, Gazmuri, Larraín, Muñoz Barra, Ominami, Romero y Sabag), y su texto se transcribe en el informe.
Cabe hacer mención, finalmente, que dicho organismo propone al señor Presidente que la iniciativa sea discutida en general y en particular a la vez, en virtud de lo que preceptúa el artículo 127 del Reglamento.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En discusión general y particular a la vez.
Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto de acuerdo.
--Se aprueba en general y particular.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Sí, señor Senador.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , solicito recabar autorización para que las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional puedan funcionar paralelamente con la Sala a partir de las 18:30, a fin de estudiar el tema de la permanencia de las tropas en Haití, que debe tratarse mañana en la Sala en razón de que los plazos están por cumplirse.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Se autoriza.
MODIFICACIÓN DE NORMAS RELATIVAS A SUBSIDIO FAMILIAR Y ADOPCIÓN
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica las normas relativas al subsidio familiar y la adopción, con informes de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (4812-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 9ª, en 10 de abril de 2007.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 18ª, en 9 de mayo de 2007.
Hacienda y Trabajo, unidas, sesión 18ª, en 9 de mayo de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Los objetivos principales del proyecto son modificar el plazo de abandono para que un niño o una niña sea declarado judicialmente susceptible de ser adoptado; establecer el acceso automático al subsidio familiar a todas las embarazadas y niños y niñas menores de 18 años que cumplan con los requisitos establecidos en la ley Nº 18.020, y eliminar el sistema de marcos presupuestarios fijos por Región para la asignación del beneficio.
El proyecto fue analizado sólo en general tanto por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento como por las de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, las que, sucesivamente, dieron su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros (de la Comisión de Constitución: Senadores señora Alvear y señores Gómez, Espina, Larraín y Muñoz Aburto, y de las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas: Senadores señores Escalona, Letelier, García, Muñoz Aburto, Novoa y Sabag, integrantes de ambos organismos estos cuatro últimos).
El texto del proyecto -igual al despachado por la Cámara de Diputados- se puede consultar en el informe de las Comisiones unidas.
Cabe tener presente que los artículos Segundo y Tercero requieren quórum calificado para su aprobación, es decir, el voto conforme de 20 señores Senadores.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En la discusión general del proyecto, tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , como corresponde debatir la idea de legislar, quiero formular observaciones respecto a dos órdenes de materias.
En primer lugar, la iniciativa que nos ocupa propone reducir el plazo de una de las causales de adopción en la normativa pertinente, lo que, a mi juicio, se orienta en la línea correcta.
Dicho plazo ya fue modificado en la ley sobre adopción de menores, reduciéndolo de manera sustantiva para que un menor sea susceptible de ser adoptado. Ahora, en este caso en particular, se disminuye todavía más. Por eso, considero que el problema se encara de manera adecuada, porque, sin duda, los niños crecen y se desarrollan mejor en una familia que en otro lugar.
En verdad, una gran cantidad de menores institucionalizados en nuestro país -alrededor de 14 mil-, con el establecimiento de plazos muy extensos, al crecer se van quedando en las respectivas entidades, pues nadie se interesa en adoptarlos.
Por lo tanto, creo que el enfoque es positivo.
Señor Presidente , porque me toca de manera muy directa, a raíz de una carta que me llegó, deseo abordar otro asunto que, en mi concepto, debería ser incorporado en la ley en proyecto, ya que estamos discutiendo la idea de legislar.
Por muchos años he venido luchando para que los padres adoptivos puedan acogerse al pre y posnatal cuando se trate de niños de una edad igual o superior a un año. Dichos beneficios hoy en día están concebidos sobre la base de la paternidad o maternidad biológica, pero no de la adopción. Se puede adoptar menores de hasta 18 años. Y el pre y el posnatal sólo rigen respecto de niños de una edad igual o inferior a un año.
¡Cómo no va a ser importante el punto, señor Presidente ! Porque, en la medida en que se adopte un niño de 3, 4, 5, 6 ó 7 años, su adaptación a la familia es muchísimo más difícil. Entonces, ¿por qué sus padres adoptivos no van a tener derecho a pre y posnatal? Deberían tenerlo, sin lugar a dudas. Y ello no irroga gran costo fiscal, pues es muy limitado el número de personas que se hacen cargo de un infante.
Sin embargo, hasta ahora, desgraciadamente, las autoridades no se han sensibilizado al respecto y el pre y posnatal no han sido incorporados. Me parece que este proyecto de ley es la oportunidad de hacerlo, más aún si, como expresé, no implica gran carga fiscal.
Si lo que se pretende es que los niños crezcan y se desarrollen en una familia; si toda la legislación dictada apunta a no establecer diferencia alguna entre los menores adoptados y los hijos de origen biológico, no veo por qué, si el prenatal y el posnatal operan sobre la base de la maternidad y la paternidad biológicas, no es posible aplicar ambos períodos de descanso en el caso de la adopción, a fin de que el niño se adapte al seno de una familia.
Eso, en primer lugar.
En segundo término, me referiré al subsidio único familiar.
El señor LETELIER.-
¡Ese es el proyecto!
El señor ORPIS.-
No. No lo es. Si se lee bien el texto, la iniciativa contempla dos asuntos: adopción y subsidio único familiar. Por lo tanto, si trata acerca de la adopción, es válido incorporar el tema a que aludí.
En cuanto al subsidio único familiar, en el proyecto se establece la automaticidad. Pero eso, tal como viene redactado, no es efectivo. ¿Y por qué? Si los señores Senadores observan el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, la señora Ministra de Planificación señaló expresamente ¿lo cual es del todo concordante con el texto- que el puntaje asignado a las personas en la Ficha de Protección Social determinará el universo de beneficiarios. ¿Y cómo se determina eso? Dicha Secretaria de Estado dice que anualmente, y según la disponibilidad presupuestaria, se establecerá un puntaje límite para acceder al subsidio y todas las personas que lo obtengan serán beneficiadas.
Por consiguiente, no es automático. Todo quedará radicado en un reglamento. Es decir, anualmente, vía reglamentaria, con las firmas de los Ministros de Hacienda y del Trabajo, se determinarán los puntajes para acceder al beneficio. Por ende, el sistema, llevado el tema a lo extremo, no es automático.
¿Qué ocurre si en el futuro hay una reducción drástica del presupuesto? Resulta que el año anterior, con determinado puntaje, se accedía al subsidio único familiar. Sin embargo, al año siguiente se dicta un nuevo reglamento, se baja el puntaje y, en definitiva, se cambian las condiciones.
¿Qué se precisa para que el subsidio, a mi entender, sea automático? Que los requisitos queden establecidos por ley y que las personas, por el solo hecho de cumplirlos, automáticamente reciban el subsidio. Por ejemplo, si la legislación dispone que los dos primeros quintiles van a ser beneficiarios del subsidio único familiar, ese es el requisito, independiente del lugar donde resida la persona en el país.
Sin embargo, eso no queda claro en el proyecto, porque está radicado en un reglamento, se halla supeditado a la disponibilidad presupuestaria y requiere las firmas de los Ministros de Hacienda y del Trabajo. Por lo tanto, no es automático, sino que se encuentra entregado a la potestad reglamentaria.
Por eso, considero importante abordar el tema de la idea de legislar. Me parece que ese aspecto debe corregirse. Porque si el propio mensaje establece que el sistema de asignación debe ser automático y del texto se desprende que no lo es, sino que queda radicado en la potestad reglamentaria, lo lógico es abrir un plazo para presentarle indicaciones que efectivamente fijen por ley tales requisitos, y que las personas accedan al beneficio en forma automática en función de ellos y no de la citada potestad reglamentaria. Porque al quedar entregada esta materia al reglamento, en determinado año habrá un tipo de requisito y en el siguiente, otro distinto.
En consecuencia, el sistema no opera en forma automática, sino que es una variante de lo que hoy día existe. Es más transparente -todo lo que se quiera-, no obstante actúa en función de la potestad administrativa.
Por consiguiente, pueden fijarse los procedimientos por reglamento, pero los requisitos deben quedar establecidos en la ley.
En síntesis, señor Presidente , independiente de que voy a aprobar la idea de legislar, porque pienso que la iniciativa constituye un avance, tal como está planteada requiere indicaciones para que efectivamente el subsidio único familiar sea automático.
En segundo lugar, hay que incorporar una modificación al tema de la adopción ¿que acabo de señalar-, a fin de que lo relativo al prenatal y posnatal se vaya adaptando al ámbito adoptivo. Y como en el proyecto hay materias vinculadas con la adopción, considero oportuno incluir aquello.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Solicito la anuencia del Senado para que ingrese a la Sala el señor Francisco del Río, coordinador legislativo del Ministerio del Trabajo.
--Se accede.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora HARDY ( Ministra de Planificación ).-
Señor Presidente , en cuanto a las observaciones formuladas por el Honorable señor Orpis , efectivamente en la Comisión de Trabajo del Senado está radicada una propuesta que extiende el derecho a posnatal a los padres de hijos adoptivos. De modo que eso ya está considerado.
El proyecto en debate tuvo una tramitación distinta. Este viene de la Cámara de Diputados y forma parte de un conjunto de iniciativas que modifican la actual legislación sobre posnatal que, entre otras materias, se refiere a la situación de los padres adoptantes. Por lo tanto, eso ya se encuentra incorporado.
Respecto de la automaticidad del subsidio único familiar, se sigue la misma lógica de lo que Sus Señorías aprobaron referente a la automaticidad de la pensión asistencial. Los requisitos se mantienen inalterables. Las exigencias para acceder al subsidio único familiar, considerando la legislación original, no han experimentado variación.
Cumplidos dichos requisitos, y conforme al puntaje de corte -que significan los universos que componen los requisitos-, hoy día acceden, hipotéticamente, el 18 a 20 por ciento de las mujeres y niños que pertenecen al 20 por ciento de los hogares de menores ingresos.
Nosotros señalamos que el puntaje de corte no califica los requisitos, sino la condición de vulnerabilidad de las familias que cumplen con tales requerimientos. Y una vez cumplidos, no hay cupos ni listas de espera. Existe un marco presupuestario que debe satisfacer a todos los beneficiarios potenciales. Por lo tanto, al establecerse por ley, tiene que haber una provisión presupuestaria que contemple siempre a los demandantes potenciales.
La situación en comento es exactamente igual a lo que ocurre hoy con la pensión asistencial. Quienes cumplen los requisitos, en forma automática son favorecidos y no tienen que esperar ni cupos regionales ni puntajes desiguales de corte regional. Lo único que establece la Ficha de Protección Social para quienes cumplen los requisitos, es determinar la condición de vulnerabilidad en que se encuentran.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , quiero partir dando disculpas al Honorable señor Orpis por interrumpirlo denantes para indicarle que la extensión del prenatal y posnatal a padres de hijos adoptivos lo discutimos en esta Sala. Por ende, es improcedente su afirmación en cuanto a que dicha materia debe establecerse en el proyecto que nos ocupa. Porque ya lo estamos viendo, está más avanzado su trámite, y Su Señoría concurrió a su aprobación, al igual que todos nosotros.
El tema al cual se alude dice relación a una iniciativa, radicada en la Comisión de Trabajo, sobre flexibilización del permiso maternal, donde se faculta a la mujer trabajadora para trasladar algunas semanas del prenatal al posnatal. En ese proyecto se hace referencia a los hijos adoptivos. Y el debate acerca de esta materia se inserta en el gran plan de la Presidenta Bachelet denominado "Chile Crece Contigo", destinado a establecer una red de protección social desde la más tierna infancia hasta que la persona es adulto mayor. Precisamente en ese contexto estamos discutiendo el tema del prenatal y posnatal.
Debo decir que me siento totalmente solidario y que comparto plenamente lo que el texto indica, en el sentido de otorgar a los padres y madres que adoptan niños el beneficio del prenatal y posnatal. Sobre eso hay consenso. Y es nuestra responsabilidad en la Comisión de Trabajo avanzar a un ritmo más acelerado en el estudio de dicha materia.
En ese mismo ámbito, hay también un asunto -que no corresponde al proyecto que nos ocupa- que dice relación a si se debe extender el posnatal. Y esa es la razón de fondo por la que ese proyecto no avanza. Algunos de nosotros, reconociendo que Chile es uno de los países con mayores beneficios en posnatal del mundo, que tiene más semanas reconocidas de pre y posnatal de toda la legislación comparada, igual somos partidarios de extender el plazo a aquellas madres y padres con niños vivos, por los beneficios sociales que ello implica.
Por su intermedio, señor Presidente , solicito a la señora Ministra de MIDEPLAN si puede consultar sobre los datos que tenemos con relación al costo de los permisos y las licencias en el primer año de vida de los niños, que es muy alto. Según un informe que solicité en el Senado, los costos de las licencias en ese período son iguales o superiores a los de extender el posnatal un par de semanas más. Por eso, nosotros aún no hemos tratado el proyecto relativo a los beneficios del pre y posnatal, incluyendo el caso de los niños adoptivos. Y si en algo interrumpí antes al Senador señor Orpis , no lo hice con mala intención, sino para hacerle ver que estamos discutiendo este asunto en la Comisión de Trabajo. Y espero que podamos sacarlo cuanto antes.
El proyecto que nos ocupa aborda dos materias que, en verdad, son absolutamente disímiles. Ambas forman parte del programa Chile Crece Contigo, de una red de protección social en beneficio de la infancia. Algunos de nosotros estamos iniciando un trabajo para constituir un grupo de parlamentarios en torno a ese tema y hemos visto esta iniciativa con mucha atención.
En materia de adopción, se propone modificar la normativa vigente para evitar que madres y padres que no visitan a sus hijos, en particular durante el primer año de vida, puedan, antes de que se declare judicialmente que ellos se encuentran en condiciones de ser adoptados, usar un resquicio para seguir retrasando el proceso, en el entendido de que siempre es mejor, si hay una crisis familiar y los niños y niñas no están con sus padres biológicos, reinsertarlos cuanto antes en una familia y que no estén institucionalizados.
Ese es el espíritu de la enmienda relativa a la adopción. Entendemos que acortar el período es muy importante. En verdad, lo que queremos evitar es el caso de las madres que aparecen cada varios meses, con lo cual obligan a que los plazos para la declaración de susceptibilidad comiencen a contarse de nuevo. Eso a veces dificulta que los niños sean adoptados cuando son menores de un año y lleva a que lo sean después de los dos o tres años, lo que evidentemente no es bueno para ellos.
El segundo tema fundamental del proyecto es cómo hacer automática la entrega del subsidio único familiar, que hoy funciona con cupos por comunas, por Región. Y es esa lógica de los cupos la que ahora se termina. En efecto, se trata de establecer un parámetro para que todos los que cumplan los requisitos queden adentro.
Otra discusión es si compartimos los requisitos que se establecen. La situación actual es que hay un punto de corte pero no cupos suficientes para satisfacer la demanda de todos los que están debajo de él. Con la ley en proyecto, todos aquellos que se encuentren debajo de esa línea de corte tendrán garantizado el acceso al subsidio único familiar.
Es cierto que el reglamento -tal como dice la ley actual-, ya no por razones presupuestarias como ha ocurrido en el caso de los cupos, sino por otro criterio, establece desde qué nivel de ingreso la familia puede acceder o no a este subsidio, que se ha ido incrementando en el tiempo: aumentó en más de cien mil cupos en el último año, de acuerdo con la Ley de Presupuestos, y tiene un potencial de crecimiento de casi cien mil más, según se calcula.
Sin duda, podríamos entrar a debatir las normas de la ley Nº 18.020 -y esto es algo que le planteamos a la Ministra de Planificación en las Comisiones unidas- y preguntar cuál va a ser el punto de corte, a partir de qué nivel de ingresos. ¿Ingresos o carencia o vulnerabilidad? ¿Medido cómo? Entendemos que se medirá con la nueva Ficha de Protección Social y que el nivel de corte siempre será superior al que existe actualmente, que se ubica en torno a los 530 y tantos puntos, dependiendo de la Región. Pero lo principal en este proyecto es que en torno a la línea de corte que decidamos, que podríamos llevarla a ley, si es que eso se considera lo mejor -en lo personal, prefiero que sea materia de reglamento-, tenemos que construir un consenso que, en mi opinión, primero debe ser político y, después, presupuestario.
Entiendo que algunas veces existe el temor de que los criterios presupuestarios sean los que definan la línea de corte y esa puede ser la inquietud del Senador señor Orpis . Por momentos, yo la tengo, pero quiero ver qué pasa con la Ficha de Protección Social, cuáles son los niveles de medición que se están estableciendo. En el Presupuesto de la Nación se proyecta un aumento significativo en este subsidio. Y, por tanto, quiero pensar que van a ser los criterios sociales los que van a primar y no los de la Dirección de Presupuestos.
Señor Presidente , en el debate que tuvimos en la Comisión algunos manifestamos inquietudes sobre el tema específico de esta iniciativa, en el ánimo de evitar que hubiese incompatibilidad entre este beneficio, el subsidio único familiar, y otros. Por ejemplo, preguntamos qué pasa con las temporeras o temporeros que cotizan dos veces en el año y tienen derecho a FONASA con libre elección. ¿Esas personas son consideradas como no aptas para recibir el subsidio único familiar? Es decir, se trata de saber cómo se va a hacer el cruce de información. Y yo tengo mi reserva -se la planteé a la señora Ministra en su momento- respecto de lo que va a ocurrir.
Por otro lado, qué pasa -y es una realidad de muchas familias de ingresos bajos, del mundo popular- si es el padre el que tiene a sus niños como carga, pero no vive con ellos y sí lo hace la madre, que es jefa de hogar, trabajadora independiente, sin contrato estable. ¿Va a tener ella derecho a acceder al subsidio único familiar?
En consecuencia, más que los puntajes de corte, me preocupa cómo se van a establecer las barreras de entrada a este subsidio; es decir, según la otra información que va a tener el Ministerio de Planificación: por ejemplo, si las personas tienen acceso a FONASA, lo cual pudiese ser considerado un motivo para no recibirlo. Porque sabemos que muchas personas que son beneficiarias de este subsidio no postulan a la credencial de FONASA precisamente porque temen perderlo, práctica que -me consta- existe en la Sexta Región.
Y también me preocupa qué ocurre cuando los niños son carga del padre, que no vive con ellos y que no le da la asignación familiar a la madre -ocurre en muchas ocasiones-, la cual debe educarlos. Y estos ingresos, tratándose de dos o tres hijos, son muy importantes.
Entiendo que la señora Ministra iba a estudiar este punto y que el ánimo es eliminar estas barreras.
Señor Presidente , este proyecto tiene una tremenda importancia, ya que forma parte de la creación de una red de protección social para la infancia. Y nosotros lo vamos a votar a favor, entendiendo que es un ladrillo, un paso en la construcción de un sistema más integral al cual todos debemos concurrir.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Me ha pedido la palabra la señora Ministra.
La señora HARDY ( Ministra de Planificación ).-
Señor Presidente , deseo volver a aclarar un punto para despejar las dudas sobre el sentido de la automaticidad del subsidio único familiar y del puntaje de corte.
Esta iniciativa se enmarca en una propuesta del Gobierno: la creación de un sistema de protección a la primera infancia, Chile Crece Contigo, que establece como marco general que el Estado se obliga, con cargo enteramente fiscal, a asegurar, a lo menos para los niños y niñas del 40 por ciento de los hogares de menores ingresos, no sólo la entrega de este subsidio, sino también, el acceso a salas cunas, a jardines infantiles, a atención de desarrollo biopsicosocial a través de los consultorios de todo el país, en fin. Ésta es una entre otras muchas iniciativas.
Ahora, entre los requisitos figura el de que deben ser madres carentes de previsión y niños que no sean carga familiar de sus padres.
Por lo tanto, se igualan los derechos de las madres que gozan de asignación familiar con los de aquellas que no la tienen, de modo que accedan al subsidio. Y la idea del Gobierno es que este beneficio las acompañe automáticamente desde el embarazo hasta que su hijo cumpla los 18 años de edad, salvo que pierdan algunos de los requisitos establecidos.
La exigencia en comento podría cumplirse hoy en todos los niveles de ingresos socioeconómicos del país. Pero esa es una cosa distinta. La automaticidad consiste en que quien cumpla el requisito tenga el derecho. La discusión estriba en quiénes, con cargo fiscal, deben hacerse responsables.
En la idea del Sistema de Protección Integral a la Primera Infancia, aquello corresponde aproximadamente al 60 por ciento de los niños del país que se hallan en el 40 por ciento de los hogares de menores ingresos.
Por eso, en el reglamento se colocará el puntaje de corte, pues la decisión irá variando, probablemente, conforme al crecimiento del universo susceptible de incorporarse.
En todo caso, los requisitos son los mismos que históricamente ha tenido el subsidio único familiar.
Con relación a las mujeres temporeras, se mantiene el derecho a la gratuidad a la salud y a la libre elección para los hijos, porque el subsidio está vinculado a ellos y no a las madres. Por consiguiente, los menores no pierden esa condición, cualquiera que sea la situación de la madre.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR .-
Señor Presidente , la señora Ministra señaló los argumentos que yo quería exponer. Así que no intervendré.
Muchas gracias.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, los Senadores del Partido por la Democracia, o sea, los dos Senadores del PPD...
El señor LARRAÍN .-
¡El ciento por ciento!
El señor GAZMURI .-
¡Mejor diga "Yo y Girardi "!
El señor NARANJO .-
¡Sale más fácil!
El señor LARRAÍN .-
¡Lo que va quedando!
El señor MUÑOZ BARRA.-
Con mi amigo y colega el Honorable señor Girardi aprobaremos en general esta iniciativa legislativa, que, según se ha expresado, va en la línea de proteger y garantizar los derechos de la infancia, para de esta forma ayudar a romper el círculo de la desigualdad y la pobreza a fin de conseguir articular una serie de instrumentos -como se establece en el texto- que permitan el desarrollo de nuestro principal capital: incuestionablemente, el capital humano.
Debido a que la desigualdad en el acceso a las oportunidades de desarrollo entre niños y niñas provenientes de estratos socioeconómicos diversos reproduce, generación tras generación, la desigualdad de origen, la protección integral a la primera infancia presenta, al calor del análisis, grandes oportunidades para el desarrollo humano pleno que no se repiten en momentos posteriores del ciclo vital.
Por lo tanto, pienso que la iniciativa en debate apunta al instante oportuno, a la edad precisa.
Entre los objetivos del Programa Chile Crece Contigo figura el de garantizar los derechos de todos los niños y niñas en el período de la primera infancia estableciendo algunas prestaciones para toda la población y otras selectivas para los menores de mayor vulnerabilidad social y económica que viven en el 40 por ciento de los hogares con menos ingresos.
El referido Programa también se extiende -en buena hora- a la protección de la maternidad y la paternidad responsables.
Sus principios orientadores -vale la pena subrayarlos durante la discusión general- son los siguientes.
En primer lugar, las medidas tomadas constituyen una propuesta sistemática y no un mero conjunto de iniciativas sectoriales que se coordinan. Porque lo que se propone -y esto hay que destacarlo- es un cambio de institucionalidad y la introducción de la gestión descentralizada.
En segundo término, el centro del Programa Chile Crece Contigo es la primera infancia, cuestión que además impacta en las condiciones familiares y laborales de las mujeres.
En tercer lugar, dicho Programa destaca el rol indelegable e insustituible del Estado en cuanto a garantizar el derecho de los menores, pero con responsabilidad compartida con la sociedad civil.
Por último, el Programa en comento garantiza el acceso a las prestaciones y la calidad de ellas.
Enmienda a Ley de Adopción
La iniciativa propone una pequeña pero, por supuesto, significativa modificación a la ley Nº 19.620, sobre adopción de menores, con el fin de establecer un plazo no mayor a dos meses para que un menor sea declarado susceptible de adopción si sus padres o ascendientes no le proporcionan atención personal o económica. La ley vigente dispone cuatro meses. Es decir, se reduce el plazo de cuatro a dos meses, generándose un lapso que resulta de gran importancia e incidencia en el desarrollo futuro del niño o de la niña.
Asimismo, se fija un plazo de treinta días para los casos en que la víctima de abandono tenga menos de un año de edad.
Tratándose de niños que se encuentren desamparados por el abandono de sus progenitores, una reducción de plazos como la contenida en la propuesta legal es claramente significativa. Abre para los menores la posibilidad de encontrar un hogar y, con ello, personas que les entreguen afecto y protección. Desde tal perspectiva, esos niños podrán mejorar sus expectativas de un mejor futuro y, ostensiblemente, sus oportunidades en la vida.
La modificación en la Ley de Adopción a que me estoy refiriendo proviene de una sugerencia hecha por el Consejo Asesor Presidencial para la Reforma de las Políticas de Infancia y tiene por finalidad -como he dicho- disminuir el plazo de abandono económico y personal exigido por la ley para que el juez declare que un menor es susceptible de adopción.
Dicha rebaja de plazo permitirá mejorar las posibilidades de adopción del menor, porque disminuye el período durante el cual debe hallarse internado dentro de una institución en espera de la declaración de susceptibilidad.
Modificación en materia de subsidio único familiar
Este es un derecho del que pueden gozar los menores hasta los 18 años de edad y los inválidos de cualquier edad que vivan a expensas del beneficiario y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban una renta igual o superior al monto del subsidio familiar.
En el caso de los niños mayores de seis años, se debe acreditar, además, que sean alumnos regulares de enseñanza básica, media, superior o equivalentes en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que se trate de inválidos.
En la actualidad, el subsidio único familiar está sujeto a una serie de requisitos: datos sobre situación socioeconómica de la familia; acreditación de la calidad de alumno regular; exigencia de contar con la Ficha CAS o con la Ficha de Protección Social, entre otros, a fin de determinar la condición social de las personas para otorgar el beneficio.
La ley Nº 18.020, de 1981, que estableció el subsidio único familiar, señala los causantes, los beneficiarios y los requisitos para acceder a tal beneficio.
El proyecto del Ejecutivo trae como consecuencia que tengan derecho al citado subsidio las mujeres embarazadas y los niños de entre cero y dieciocho años en forma automática, cuando reúnan los requisitos consignados en el artículo 3º de la ley Nº 18.611.
Es un claro perfeccionamiento del beneficio, pues desde la vigencia de la ley Nº 18.611, que estableció -como sostuvieron algunos señores Senadores- la regionalización presupuestaria de los subsidios familiares y de las pensiones asistenciales, se han aplicado marcos presupuestarios para el pago del beneficio en comento y una serie de límites a los que ellos quedarán afectos, a lo cual se suma el hecho de que la citada ley exige fijar un número mensual máximo de nuevos beneficios a conceder en cada región y dispone que no se podrán conceder otros en los meses de enero y diciembre.
Actualmente, el sistema de otorgamiento -como han señalado de manera lata diversos señores Senadores- opera sobre la base de cupos, a los que debe postularse a través de la municipalidad y mediante la acreditación del cumplimiento de requisitos y el ingreso a una lista de espera en la respectiva comuna, que se ordena conforme al puntaje obtenido. Ello, sin lugar a dudas, constituye un sistema burocrático que impide o dificulta a miles de personas el acceso expedito y oportuno al beneficio en comento.
La propuesta, al derogar las normas que disponen las cuotas y los límites presupuestarios, consagra la automaticidad en el otorgamiento del subsidio, con lo que asegura el derecho a este para todos los que cumplan los requisitos; vale decir, el beneficio será automático para las personas que reúnan los requisitos. Con ello, además, se pone término al sistema de asignación de cupos mensuales para nuevos subsidios familiares.
De aprobarse la iniciativa, no se administrará la asignación del beneficio sobre la base de una cifra de corte, sino en función de una demanda social efectiva -o sea, cierta, real, concreta y determinada-, a base de un porcentaje de la población a la que se espera dar cobertura con el subsidio, de acuerdo con los recursos que se asignarán en la Ley de Presupuestos de cada año.
El procedimiento que prevé este proyecto es semejante al utilizado para la automaticidad de la pensión asistencial (PASIS); es decir, que se eliminen las listas de espera y los cupos, y que quienes califiquen puedan recibir de manera automática el subsidio.
El marco presupuestario de este año incluyó una estimación de recursos que permitirá que la totalidad de los causantes obtenga el beneficio. El promedio de crecimiento anual es del orden de 40 mil a 50 mil subsidios. Y este año se incrementarán en 200 mil.
Según sabemos, el Ministerio de Planificación está desarrollando la aplicación de la Ficha de Protección Social y el Sistema Integrado de Información Social.
En ese contexto, casi 6 millones de personas han sido registradas, con sus respectivos RUT, en el sistema mediante la referida Ficha, lo que constituye un valioso instrumento de apoyo para la gestión eficiente de los beneficios sociales.
Asimismo, todas las municipalidades, las cuales se hallan encargadas de los subsidios, cuentan con capacitación en línea para la administración de estos, a lo que deberá incluirse la normativa que surja de este proyecto.
Las mujeres que ingresan al sistema público de salud, al efectuar su primer control de embarazo, pueden ser beneficiadas con este subsidio, cuyo pago se hace exigible desde el quinto mes, con alcance retroactivo para todo el periodo. Como consecuencia, el SUF queda vinculado al recién nacido y lo sigue hasta cumplir los dieciocho años de edad, mientras no pierda alguno de los requisitos señalados en la ley.
Esta iniciativa legal importa una necesaria adecuación de las normas vigentes, en absoluta coherencia con los propósitos manifestados por la Presidenta de la República en orden a ampliar los sistemas de protección de la infancia incorporando criterios de aplicación de beneficios acordes con los nuevos instrumentos para su distribución.
En consecuencia, señor Presidente, reitero que daremos nuestra aprobación a la idea de legislar.
Por cierto, las observaciones planteadas por diversos señores Senadores las debatiremos y aprobaremos o rechazaremos durante la discusión particular.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , esta iniciativa busca que el puntaje de corte para asignar el subsidio único familiar sea uno solo en todo el país.
Lo que ocurre hoy es bastante injusto.
En primer lugar, se distribuyen trece fondos regionales, que equivalen a trece cupos.
El señor LETELIER .-
Quince.
El señor GARCÍA.-
Son quince ahora, con las dos nuevas Regiones.
Tiene razón el Honorable señor Letelier .
Luego, cada intendente distribuye los cupos entre las comunas que componen su respectiva región. Y, dependiendo de la demanda que exista en cada una de ellas, los cortes resultan completamente distintos.
¿Y quiénes quedan en desventaja? Las comunas más pobres. Porque allí está la mayor demanda. Y si el número de cupos no alcanza a satisfacerla, numerosos niños y madres en condiciones de pobreza son marginados del beneficio.
Por eso, me parece bien que, tal como se hizo años atrás con las pensiones asistenciales de vejez e invalidez, respecto de las cuales se estableció un puntaje único para todo el país, en el caso del SUF procedamos de modo similar, con el fin de que, a igual pobreza, todos tengan derecho a él.
El Senador señor Orpis está en la razón cuando señala que el subsidio podría no ser automático, porque va a depender del puntaje de corte que disponga el reglamento y, además, del presupuesto que se fije cada año.
Si se pudiera avanzar en tal sentido, tanto mejor.
Empero, lo que yo deseo puntualizar es que a lo menos este proyecto repara una injusticia que hoy día es dramática en las comunas y regiones más pobres.
En la actualidad, a igual pobreza, no todos los niños y madres tienen subsidio único familiar. Depende de los cupos de la región y de los de cada comuna. Y eso me parece profundamente injusto.
Dado que esta iniciativa corrige tal situación y -repito- fija un puntaje único de corte para todo el país, anuncio que votaré favorablemente la idea de legislar, sin perjuicio de que, si existe voluntad en la Sala para perfeccionar su normativa en la discusión particular, estaré dispuesto como siempre.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , entiendo claramente que esta iniciativa termina con la distribución regional que consagra la ley Nº 18.611. Sin embargo, no veo dónde establece una automaticidad, como tampoco en qué parte de la ley en proyecto se fijan los criterios para determinar quiénes son los beneficiarios y quiénes no.
¿Por qué planteo eso? Porque el artículo 3º que se propone para la ley N° 18.611 señala que los subsidios serán otorgados por los municipios a los causantes y beneficiarios que reúnan los requisitos establecidos en la ley Nº 18.020. Pero agrega más adelante que dichas personas deberán estar en una situación socioeconómica igual o inferior a la que determine un reglamento.
Entonces, habrá un reglamento, con las firmas de los Ministros del Trabajo y de Hacienda, que un año dirá: "El puntaje es tanto; por ende, de ahí para abajo hay beneficio"; que al año siguiente podría disponer: "El puntaje es tal otro", etcétera.
En consecuencia, no existe automaticidad de nada. Se va a estar dependiendo de las decisiones que el Poder Ejecutivo tome de cuando en cuando.
Por otra parte, la señora Ministra de Planificación señaló aquí que, con la aprobación de la iniciativa en debate, será obligatoria la existencia en la Ley de Presupuestos de un fondo para cubrir el costo del beneficio en comento.
En primer lugar, jurídicamente, no estoy tan seguro de que vaya a ser así. Porque el artículo 1º de la ley Nº 18.020, que no ha sido modificado, crea el Fondo Nacional del Subsidio Familiar, con cargo al cual se pagarán los beneficios. Y expresa: "Dicho fondo será financiado con el aporte fiscal que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos.".
Supongamos que el Presupuesto para el año 2008 asigne 100 mil millones de pesos para dicho Fondo. La pregunta es la siguiente. Si en virtud de un decreto firmado por los Ministros del Trabajo y de Hacienda se resuelve dar subsidio familiar a todos los chilenos, ¿quiere decir que esos Secretarios de Estado están facultados para gastar por sobre dicha cantidad?
De ser así, deberíamos tener mucho cuidado con la atribución que les estamos entregando. En caso contrario, no existirá un beneficio automático, porque va a depender, no sólo del decreto que firmen ambos, sino también del marco presupuestario que se apruebe cada año.
Eso es lo que estamos discutiendo. No nos hallamos debatiendo respecto a buenas intenciones ni a programas, sino sobre una iniciativa legal. Y me quedan dudas en cuanto a cómo operará la ley si hacemos jugar su artículo 1º, tal como quedaría, con el artículo 3º.
También deseo consultar -porque no conozco en detalle la legislación sobre la materia- en qué cuerpo legal se establece que hasta el 40 por ciento de los chilenos más pobres obtendrán el beneficio. Porque eso es lo que se mencionó aquí y es algo que nos daría una cierta tranquilidad: el sistema operaría en forma automática y todos los que estuvieran dentro de los dos quintiles más pobres resultarían favorecidos. Pero ello no lo veo en la iniciativa que nos ocupa. Ignoro si hemos aprobado otra ley donde se consagre ese requisito.
En realidad, pienso que cuando se otorgan beneficios y se faculta para señalar quiénes tienen derecho a recibir un subsidio y quiénes no, ciertas cosas elementales deben estar contempladas en la norma legal.
Si existiera una normativa que contemplase estos dos quintiles como los beneficiarios del derecho, estaría dispuesto a aprobar en general y en particular el proyecto, porque, en mi opinión, se registraría una armonía. Pero, si no hay ninguna referencia legal a quiénes tienen derecho y quiénes no, podemos encontrarnos con que en un año se establezca que sólo es posible que 3 por ciento de los chilenos más pobres acceda al beneficio, y en otro -porque podemos estar cerca de una elección-, 60 por ciento. Creo que la ley debe ser clara para que podamos hablar de un beneficio que se otorga en forma automática.
En general, considero que el proyecto debe ser aprobado por la Sala, porque apunta en una dirección correcta. Pero me parece que requiere ser discutido en particular, para precisar cuán automática es la prestación y a quiénes favorece.
Gracias.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , lo que hemos estado discutiendo hoy es a qué deciles de la población se les concede el beneficio del subsidio único familiar.
Aparentemente, habría una norma que establece que el Estado, con fondos fiscales, debe hacerse cargo siempre del 40 por ciento de las personas más pobres y que eso se aplicaría tanto con relación a las pensiones como al subsidio único familiar, etcétera.
Nos encantaría que la señora Ministra aclarara tal aspecto, porque pensamos que la política social debiera discutirse realmente en el Congreso. Ese es el punto.
No nos parece que el criterio en cuanto a quiénes se da o no un subsidio y cuánto se gasta en ello corresponda, sencillamente, a la decisión de un Ministro con la Presidenta de la República , expresada mediante un decreto.
Al parecer, la señora Ministra desea una interrupción. Con la venia del señor Presidente, se la doy.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora HARDY ( Ministra de Planificación ).-
Señor Presidente , cuando la Senadora señora Matthei me lo preguntó, le expresé que en la fundamentación del sistema de protección a la infancia Chile Crece Contigo se estableció como compromiso, para el conjunto, para todas las prestaciones, que, con el objeto de que pueda ser universal, se financiarán con cargo enteramente fiscal todas aquellas iniciativas correspondientes a niños del 40 por ciento de los hogares de menores ingresos o más vulnerables.
El reglamento no define la línea de corte, sino el puntaje en que ello se traducirá, que, evidentemente, varía con los cambios sociales en el país.
Por lo tanto, el compromiso involucra no sólo el subsidio único familiar, como expresé, sino también recursos fiscales para salas cunas y jardines infantiles, así como prestaciones en los consultorios para la atención del desarrollo biopsicosocial.
La vulnerabilidad sigue siendo el 40 por ciento de la población. Y su expresión en la ficha de protección social va a variar, porque también lo hará el puntaje o el valor cuando cambien las condiciones sociales.
Por eso, nos parece equivocado consignarlo, ya que, si uno establece una línea de corte, probablemente va a alterar los universos. En efecto, lo que hoy es 40 por ciento puede ser mañana 30 por ciento, producto de los cambios sociales.
La idea es que, una vez que se cumplan los requisitos -y no están dados por el puntaje de corte, sino por las características que deben poseer los padres de los niños-, el sistema se aplicará con relación al 40 por ciento y el valor va a variar año a año. No es algo discrecional, ni del Ministro de Hacienda ni del de Trabajo .
La señora MATTHEI.-
Gracias por la aclaración, señora Ministra . Pero, en realidad, tenemos perfectamente claro que año a año va cambiando el puntaje correspondiente al corte de 40 por ciento. Por lo tanto, nuestra pregunta es si ese porcentaje se halla establecido en la ley o es solamente un compromiso.
En nuestra opinión, ello debiera ser objeto de ley y ser discutido en el Congreso. Así como analizamos políticas de fomento y estudiamos a quiénes entregarles, por ejemplo, subsidios del INDAP o a quiénes concederles más bien créditos, también sucede lo mismo con otras materias.
Desde luego, el puntaje, al final, constituye una cuestión técnica sobre cómo se ordena y dónde se produce el corte.
Lo que nos gustaría es que en el Congreso se definiera cuál es el porcentaje y los deciles de que se trata. Porque eso también puede ir variando, por ejemplo, de acuerdo con la disponibilidad de dinero en el país, con la tasa de cesantía, con el grado de nutrición, desnutrición u obesidad, o lo que haya. En algún momento puede estimarse necesario reducir ciertas prestaciones y aumentar otras de carácter social, por ejemplo. Y esos aspectos de cómo se distribuye el dinero en forma social debieran ser materia de ley, en nuestra opinión, y discutidos acá.
Esa es nuestra observación. Nos gustaría que el porcentaje correspondiera a una decisión del Parlamento -repito- y no a un compromiso que no sabemos cómo se estableció ni tampoco cómo se altera.
Muchas gracias.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
El proyecto está siendo debatido en general y varios señores Senadores han solicitado enviarlo a Comisión con el objeto de formularle indicaciones.
Por lo tanto, creo que procedería acogerlo y fijar un plazo para presentarlas.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , respecto de la adopción, la respuesta del Senador señor Letelier me ha dado la razón en cuanto a que es algo que se debe incorporar aquí. Porque hoy, desgraciadamente, el pre y posnatal de quienes adoptan niños de más de un año está subordinado a que se resuelva todo el resto del problema del pre y posnatal de los trabajadores comunes. Y lo que ocurre, en la práctica, es que el derecho de los padres adoptivos resulta afectado. Si se ha avanzado en esta materia y existe unanimidad, no veo por qué, si se han incluido aspectos vinculados con la adopción, no podemos considerar el caso. La respuesta de mi Honorable colega me convence aún más, entonces, de que el asunto debe ser contemplado en esta iniciativa de ley y no subordinarse al resto de la situación.
En segundo lugar, tal como está planteado el proyecto, puede que se reúnan todos los requisitos para obtener el subsidio, pero no se otorgue el presupuesto. De tal manera que todo Chile puede cumplir con lo exigido, pero si no se asigna una partida presupuestaria o un puntaje muy bajo, las personas que exhiban las condiciones necesarias no obtendrán el beneficio. De tal manera que ello no es automático, y, por eso, es importante establecer los parámetros mediante una ley.
Concretamente, en materia de requisitos y accesibilidad, es preciso cambiar el criterio tradicional de hacer las cosas por vía administrativa, por reglamento, y dictar, en cambio, una norma legal, para que las personas tengan un derecho definitivo, porque eso les da estabilidad en especial a los más desposeídos.
Para ocuparnos en ese punto queremos aprovechar la discusión particular.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Ministro señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , el proyecto tiene urgencia calificada de "suma" y sus modificaciones no son de iniciativa parlamentaria. Entonces, no veo razón alguna por la cual no puede ser aprobado en el día de hoy.
Las inquietudes planteadas por los señores Senadores las ha respondido, en parte, la señora Ministra. Algunas de sus respuestas pueden ser estimadas satisfactorias, otras no. Pero la verdad es que quiero insistir en que no corresponde que el texto vuelva a la Comisión, al haber sido objeto de la urgencia mencionada.
El señor ORPIS.-
¿Por qué no?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , ¿puede dar una respuesta al problema reglamentario?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
El proyecto cuenta con el primer informe, por lo que procede poner en votación la idea de legislar y fijar un plazo para efectuar indicaciones. Y punto.
El señor NOVOA.-
Así es.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
No creo que valga la pena seguir discutiendo al respecto.
El señor LONGUEIRA.-
Como el señor Ministro fue Senador, pensé que se acordaba del Reglamento...
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra, Su Señoría.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , si la decisión de la Mesa va a ser que se fije un plazo para presentar indicaciones, deseo compartir el criterio que aquí se ha planteado.
Efectivamente, creo que se debe avanzar en orden a que la política social, cualquiera que sea el subsidio monetario que entreguemos, muestre un criterio muy claro, transparente, respecto de quiénes son los que tienen derecho y cómo se obtienen los beneficios, y no dejar ello sujeto a lo que señalen futuros reglamentos o la Ley de Presupuestos.
Si vamos a establecer criterios objetivos para determinar cuáles son las personas, las familias o las madres, en este caso, que pueden recibir el subsidio único familiar, y se especifica que serán todos los que se hallen dentro de los dos quintiles más pobres del país -o sea, el 40 por ciento de los más vulnerables de nuestra sociedad-, existe un instrumento: la nueva ficha de protección social, que permitirá precisar de quiénes se trata. Por lo tanto, para saber quiénes están dentro de dicho porcentaje debe mediar una línea de corte clarísima. Y la sola circunstancia de estar incluido da derecho a recibir el beneficio, independiente de lo que se diga en la Ley de Presupuestos.
Cuando se dispone -y eso queda vigente- que habrá un Fondo y que ese último cuerpo legal fijará un monto, debe constituir una cantidad excedible. Si finalmente no se contemplan todos los recursos suficientes, se deberá cumplir con la ley que aprobó el Senado, en el sentido de que todas las mujeres que se hallen dentro de los dos quintiles más pobres tendrán derecho a percibir el beneficio, en la medida en que reúnan los requisitos.
Creo que esa es la forma en que vamos despolitizando, incluso, la red social, porque no se privilegia a un alcalde por ser de una coalición, o por adherir al gobierno de turno, o por corresponder a una determinada Región.
Se puede contar con criterios nítidos, objetivos, y a la gente le asiste el legítimo derecho a reclamar los subsidios establecidos en forma determinada y explícita.
En mi opinión, en la discusión en particular se requieren precisiones, ya que, desde nuestro punto de vista, las normas no están quedando claras y los compromisos deben plasmarse en una ley.
¿Cuál será el corte? ¿Vamos a señalar en una norma legal que el derecho lo tendrá el 40 por ciento de los chilenos más pobres que arroje la ficha de protección social? Eso debemos dejarlo consignarlo. No podemos estar legislando sólo en función de compromisos, los que deben ser llevados a la práctica.
Y, precisamente, en el proyecto en estudio se debe determinar con claridad qué personas tendrán el derecho, porque el día de mañana cualquier gobierno podría decir: "En realidad, el próximo año voy a dar el beneficio al 30 por ciento.". Por consiguiente, es necesario que quede establecido en forma explícita -repito- cuáles son los requisitos para recibirlo.
Estará claro, además, con el nuevo instrumento de medición, quiénes integrarán el primer decil y los siguientes, aunque no el último, en realidad, porque la ficha no se aplica a todos. Pero sí vamos a saber qué sectores son los más pobres.
Creo que debemos avanzar justamente en orden a que estos subsidios monetarios que se entregan a los grupos más vulnerables se ciñan a criterios más objetivos y a que podamos progresar hacia una focalización del gasto en aquellos que deben recibirlo.
Por lo tanto, estimo que se trata de una iniciativa claramente perfectible y que es fundamental fijar un plazo para indicaciones. En la Comisión se podrá mejorar el texto que estamos discutiendo en general, al cual le daré, por cierto, mi voto favorable.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , seré muy breve en mi segunda intervención.
En primer término, desde el punto de vista reglamentario, procede un segundo informe. Y creo que esa va a ser la oportunidad en que en realidad podremos ver si se quiere instaurar un sistema automático o no.
En seguida, todavía no me queda claro si el 40 por ciento se encuentra en alguna ley o en los fundamentos de un programa.
Pareciera que fuera lo último. Pero ello resulta insuficiente, pues los fundamentos de un programa son sólo eso, sencillamente.
Queremos saber si procede o no establecer en la ley en proyecto, por ejemplo, que el puntaje de corte será determinado por un decreto de manera que incluya al 40 por ciento más pobre del país. Eso sería bien claro.
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor NOVOA.-
Sí, señor Ministro, con la venia de la Mesa.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , pienso que todos entendemos que esos aspectos no se pueden disponer por ley. Es como cuando la Constitución brasileña determinó que no hubiera inflación. Se debe comprender que si sobreviene una crisis como la de 1929 no se saca nada con decir que al 40 por ciento más pobre se le garantizará el beneficio.
Todos comprendemos que la cuestión depende de los recursos fiscales. Por ese motivo se recurre a la potestad reglamentaria, para que, con criterios objetivos, con los recursos con que el Fisco cuente, se especifique la cantidad de personas que se beneficiarán.
Estimo que nadie que entienda de economía dejará de aceptar lo que señalo. No se pueden establecer por ley obligaciones de esta índole si mañana el Estado carece de fondos para cubrirlas.
Gracias.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Agradezco mucho al señor Ministro su aclaración. Pero, cuando se habla de subsidios automáticos y se insiste en que se beneficiará al 40 por ciento de la población, mucha gente cree que será así. Si ello no ocurrirá, lo acepto. Para eso se va a discutir.
Considero que el argumento esgrimido por el señor Ministro es efectivo: sencillamente, será un beneficio automático en la medida en que existan recursos y se dicte un decreto. Eso me parece clarificador.
Quisiera expresar además que, por lo menos a mí, la señora Ministra me planteó la importancia de despachar la normativa, a fin de que entre en aplicación lo antes posible. No tengo inconveniente en poner en el texto que, en vez de que comience a regir el 1º del mes subsiguiente a la publicación, lo hará el 1º de junio del año en curso. Porque, si hay fondos para ello, esta discusión no debería postergar el otorgamiento del beneficio.
Me parece, sí, que debemos tener claridad respecto de lo que aprobemos. No existe ningún problema en que se contemple el efecto retroactivo que el Gobierno estime del caso. Y basta con la iniciativa del Ejecutivo para poner en aplicación el proyecto.
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
¿Me permite otra interrupción, señor Senador?
El señor NOVOA.-
Con la venia de la Mesa, no tengo inconveniente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , quiero decirle al Honorable señor Novoa que en esto hay que ser bien claro. Si queremos que la ley entre en vigor lo antes posible; si todos estamos de acuerdo en los criterios señalados; si la iniciativa en estas materias es sólo del Ejecutivo , no veo razón alguna para que el proyecto no sea aprobado en general y en particular hoy. Sería muy raro que su tramitación se dilatara en el tiempo. La urgencia hecha presente vence en 10 días. Conozco las tradiciones y sé que el Senado no será convocado durante el receso legislativo. Es decir, quedaría para el mes de junio -ello nos obligaría a cambiar la urgencia- y una vez que se despachara la ley operaría con efecto retroactivo.
Creo que eso no tiene sentido.
Si la preocupación de algunos señores Senadores es que este asunto forme parte o no del discurso presidencial del 21 de mayo, quiero decirles que igual será incluido, porque Sus Señorías han anunciado que lo van a votar a favor. Entonces, este no es el punto.
Lo único importante es que la iniciativa se despache lo antes posible, para que la ley entre en vigencia luego.
Gracias, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, tengo la impresión de que los Honorables colegas de enfrente han hecho un par de afirmaciones imprecisas. Y lo digo por lo siguiente.
En tanto la ley Nº 18.020 establece los parámetros -se podrá discutir después si se está de acuerdo o no con ellos; es otro debate- sí se garantiza que el subsidio será automático, por cuanto tenemos la obligación, como regla general, de incluirlo en la Ley de Presupuestos, tal cual sucede con la subvención escolar y otros beneficios.
Entonces, no estoy de acuerdo con quienes señalan que sería objeto de un debate muy dudoso año tras año. Debo expresar -con todo respeto- que no es así.
La verdad es que aquí se establece una garantía de automaticidad para el subsidio único familiar.
Otro debate es si los parámetros deben consignarse o no en la ley general. Y la tradición del Parlamento, para evitar ciertas rigideces, ha sido no contemplarlos en ella. Así ha ocurrido hasta ahora con la pensión asistencial (PASIS) y con diferentes subsidios. Y, en este caso, todos sabemos que la garantía del nivel de cobertura depende de los parámetros que defina el Ejecutivo en este momento o de los que figuran en la ley Nº 18.020.
Ese cuerpo legal fija parámetros más bajos que los propuestos aquí, e incluso más restrictivos que los de la Ficha de Protección Social. Y eso se nos ha informado en forma reiterada en los debates que hemos efectuado.
Hoy día tenemos la posibilidad de despachar esta iniciativa.
A mi juicio, no es efectivo -podemos tener diferencias de opinión con el Honorable señor Novoa y con otros Senadores que han intervenido- que aquí no se garantiza la automaticidad del subsidio único familiar. Está garantizada. Otra cosa es si consideramos suficientes los parámetros o si queremos aumentar la cobertura.
Hoy el Ejecutivo garantiza una cobertura mayor que la que actualmente tiene el SUF. Y se plantea como política gubernamental el garantizar el acceso al subsidio único familiar al 40 por ciento de las familias en situación de pobreza; vale decir, potencialmente, al 60 por ciento de los niños más pobres, que en mayor cantidad se concentran en los hogares de menores ingresos.
Esos son los datos estadísticos.
La señora MATTHEI.-
¿En qué parte figura eso?
El señor ORPIS .-
¿Dónde está?
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, no entiendo la consulta de los señores Senadores.
Lo que establece la ley Nº 18.020 son los parámetros de cobertura. Si uno examina su texto, verá cómo se definen para asignar el beneficio.
La señora MATTHEI .-
Pero no se refiere al 40 por ciento.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Ruego a los señores Senadores evitar los diálogos. Si quieren intervenir, pueden pedir la palabra.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , el Ejecutivo estableció el sentido que se le va a dar a la línea de corte. Y se diferencia entre la ficha CAS y la Ficha de Protección Social. Se ha dicho en forma reiterada que ese es el criterio. Y lo que se planteó en la Comisión -es una de las inquietudes que compartimos con el Senador señor García - fue precisamente la posibilidad de realizar una evaluación con el transcurso del tiempo.
Repito: en eso hay un criterio compartido, independiente de que uno esté de acuerdo o no con los puntos de corte.
Lo que yo estoy argumentando es que no es cierto que el subsidio no sea automático. Porque con los parámetros establecidos en la ley Nº 18.020 y con la Ficha de Protección Social será automático año tras año y estará garantizado en la Ley de Presupuestos, tal cual ocurre respecto de todas las leyes permanentes, como va a ser esta.
Por ende, se podrá entrar a discutir si debemos revisar los parámetros, pero entiendo que ese es un debate distinto.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Gómez.
El señor GÓMEZ .-
Señor Presidente , todos coincidimos en lo importante que es este proyecto. Por lo tanto, hay una cuestión reglamentaria que debemos asumir.
La iniciativa tiene urgencia calificada de "suma", por lo que su discusión y votación tienen que quedar terminadas en diez días. Pero si se envía a Comisiones unidas, debiera darse plazo para presentar indicaciones y citarse al Senado en el curso de esta semana o de la próxima a fin de despacharla. Y eso hay que acordarlo acá.
En efecto, no porque entremos en receso legislativo vamos a dejar de votar el proyecto. De manera que corresponde resolver que, si se envía a Comisiones unidas, habrá que citar a sesión al Senado para la semana entrante, con el objeto de discutirlo y votarlo en particular. Así lo establecen la ley y nuestro Reglamento.
Eso, como primera cuestión.
La segunda es que si hay materias susceptibles de ser resueltas hoy, pediría al señor Presidente suspender la sesión para ponernos de acuerdo y así votar el proyecto en general y en particular ahora.
Esa sería una solución. Porque -reitero- no puede transcurrir el plazo de diez días que tiene la "suma" urgencia sin cumplir lo que establecen las normas reglamentarias.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , aquí hay varias materias que sería bueno esclarecer.
Ante todo, entiendo que existe absoluto acuerdo en la idea de legislar, pues pareciera ser un paso adelante muy positivo que debemos subrayar y valorar. Por lo tanto, no es ese el punto.
Hay dos temas en discusión.
Uno, si en este proyecto es posible formular indicaciones que no sean de iniciativa exclusiva del Ejecutivo. A mi juicio, sí lo es.
El Honorable señor Orpis planteó, por ejemplo, el tema de la adopción y señaló su interés en introducir algunas enmiendas. Respecto de él sí puede presentar indicaciones. De modo que perfectamente podría fijarse un plazo para recibirlas.
Hay otra materia que dice relación a gastos y sobre la cual no tenemos iniciativa. Pero en aquella, sí. Por consiguiente, es del todo legítimo solicitar que el proyecto vaya a Comisiones unidas para analizar, en concreto, las indicaciones que los parlamentarios pudiésemos formular.
El segundo tema en discusión es el relativo al carácter automático del subsidio único familiar. Este es uno de los atractivos que tiene el proyecto.
Sin embargo, diversos Senadores de estas bancadas han planteado que, si bien el procedimiento para acceder al SUF es automático, el universo no está garantizado. No se ajusta a la verdad el decir que de aquí en adelante un 40 por ciento de los hogares más pobres tendrá garantizado el subsidio único familiar. Eso no está asegurado por la ley. El reglamento podrá establecerlo o no. Y se modificará a través de nuevos decretos tantas veces como sea necesario.
Si se afirma que ese va a ser el universo, entonces tiene que consignarse en la normativa. Porque ésta, al referirse a las personas que recibirán el subsidio, expresa: "a quienes obtengan en el respectivo instrumento que evalúe su situación socioeconómica, un puntaje igual o inferior al que se establezca en dicho reglamento,".
Por consiguiente, aquí no se está garantizando que el 40 por ciento -como se afirma- lo obtendrá.
Los que sostienen eso a lo mejor piensan que la Presidenta de la República podría decir: "El año que viene voy a incorporar el 40 por ciento". Tal vez así ocurra. Pero al año siguiente quizá diga una cosa distinta: que el porcentaje será mayor o menor.
Luego, cuando señalamos que queremos que quede en la ley el 40 por cierto es para garantizar esa cifra. Porque, de lo contrario, puede suceder lo siguiente.
Es cierto que mejoramos las normas que regulan el subsidio único familiar pasando de fijación de cupos a concesión automática. Pero si, por razones económicas, se estima que hay que rebajar el número de tales subsidios, lo que se establecerá finalmente será algo muy parecido a los cupos. Porque podrá acceder al beneficio una cantidad muy limitada de personas.
Entonces, esclarezcamos esos puntos.
No se trata de cuestionar lo que se ha hecho -somos los primeros en reconocer el valor que tiene-, pero digamos las cosas como son.
En la iniciativa se está garantizando sólo el procedimiento, no el universo. Porque si se deseara garantizar también el universo, debería decirse: "al 40 por ciento, determinado en la forma que se establezca en el reglamento".
Es factible que esa cifra varíe. Pero podríamos fijar cierta garantía -ello constituiría una señal muy poderosa- y establecer que los dos quintiles más bajos tendrán siempre acceso automático al subsidio único familiar.
Insisto: esa es una señal muy poderosa. No veo cuál es el temor a consignarla.
Se arguye que no se puede hacer porque, desde el punto de vista de la técnica legislativa, las leyes de este tipo no pueden establecer estas cantidades o regulaciones de manera permanente. Pero no es tan así tampoco, pues en nuestro sistema existen leyes de gastos permanentes, y lo que se hace es, simplemente, calcular su monto cada año.
Pregunta: ¿se puede cambiar una normativa que contempla gastos permanentes? Se puede. Pero eso se debe hacer en la Ley de Presupuestos, mediante una disposición especial.
Entonces, si nosotros estableciéramos en este proyecto el 40 por ciento como parámetro mínimo, más lo otro que determine el reglamento, estaríamos garantizando un universo ya acotado, pues los dos quintiles de menores ingresos tendrían garantizado el SUF. Y eso me parece que sería una señal muy poderosa.
Si en un minuto dado ocurriera lo que indicaba el Ministro señor Viera-Gallo -que no hubiera plata y, por lo tanto, tuvieran que reducirse los costos-, creo que en la Ley de Presupuestos respectiva podría consignarse de modo específico, respecto de los SUF, que en el año pertinente, por carencia de recursos, el parámetro no será de 40 por ciento, sino de 35 o de 30 por ciento.
El señor ORPIS .-
Pero eso debe hacerse por ley.
El señor LARRAÍN.-
Así es. Y esa ley podría modificar a esta otra. Porque -como sabemos- es factible que enmiende la anterior, simplemente, explicitándolo. Si no lo señalara, el porcentaje debería calcularse en forma automática y arrojar un universo garantizado.
Este es el tema de fondo, señor Presidente.
Por lo tanto, aquí hay una cuestión de voluntad política.
Si se quiere fijar un universo como el que se anuncia, digámoslo en la ley. Nosotros estamos interesados en que ese 40 por ciento se incorpore en la normativa. No veo cuál es el problema. Ello no implica ningún amarre fiscal si el día de mañana hay un período de "vacas flacas", porque dicho porcentaje se puede reducir en la propia Ley de Presupuestos.
Esa es una señal que se puede ir corrigiendo en los momentos de "vacas flacas".
Pero es posible establecer eso como norma general y considerarlo en una ley de gastos permanentes. No veo cuál es el inconveniente.
Quizá no se desee hacerlo. Eso corresponde a la iniciativa del Ejecutivo . Sólo a él compete incorporar tal porcentaje, porque implica un mayor gasto. No es factible que lo planteemos nosotros; pero sí podemos pedirlo. Y si no se incorpora, podemos decir que no se encuentra garantizado el 40 por ciento, sino que ello obedecerá a la voluntad política existente en un momento determinado.
En consecuencia, para el país no está garantizado que el 40 por ciento de los hogares de los quintiles más bajos vaya a tener acceso automático al subsidio único familiar.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora HARDY ( Ministra de Planificación ).-
Señor Presidente , al final se ha dado una argumentación que, como aquí se ha manifestado, va más allá del marco establecido.
Es más, en las discusiones sostenidas en las Comisiones unidas yo señalé -y lo reitero acá- que por primera vez estamos intentando generar un sistema de protección con un marco que defina los límites del presupuesto, y no a la inversa: que las definiciones presupuestarias sean las que decidan el destino de la población y las políticas sociales en los eventuales Gobiernos.
Esa es la primera consideración.
Por lo tanto, no se trata de algo que quede sujeto a los marcos presupuestarios disponibles. Esto se encuentra vinculado a una definición y a una concepción de vulnerabilidad que, como dijimos cuando presentamos la Ficha de Protección Social, constituyen uno de los fenómenos más dinámicos que tiene la sociedad chilena.
Hoy día le asiste una convicción al Gobierno en tal sentido. Por ello, no hablamos del 40 por ciento de la población más pobre -eso es equívoco-, sino del 40 por ciento de la población de mayor vulnerabilidad o de menores ingresos. Esto no se refiere sólo a condiciones de pobreza. Se trata, por ejemplo, de características de los hogares: en los que hay una jefatura femenina puede importar menos el nivel de ingresos que la situación de vulnerabilidad, y en aquellos donde existe, por ejemplo, un niño o una niña con discapacidad, probablemente va a interesar mucho menos.
Eso es lo que evalúa la Ficha de Protección Social. Fija un corte que tiene que ver con rasgos de la familia.
En la actualidad, por el tipo de evidencia que tenemos a través de la encuesta CASEN, uno estima que el rango que habría de comprometerse como política pública, con gasto fiscal involucrado, debería alcanzar al 60 por ciento de los niños de nuestro país que se hallan en el 40 por ciento de los hogares de menores ingresos.
Y para eso hay un compromiso fiscal. Pero lo que significa el gasto adicional en subsidio único familiar resulta casi irrisorio al lado de lo que estamos proveyendo para salas cuna y jardines infantiles.
Deseo señalar que hemos fijado, sin ninguna ley que establezca cuál es ese horizonte, la cifra de 120 mil pesos mensuales por niño que asista a salas cuna -ello dice relación al 40 por ciento de hogares de menores ingresos- y otra del orden de 90 mil pesos para los menores de jardines infantiles.
Vale decir, le estamos indicando al Ministerio de Hacienda dónde están los rangos de preocupación respecto de la vulnerabilidad y cuánto de eso tiene que expresarse presupuestariamente.
¿Cuál es el problema de considerar el 40 por ciento dentro de un marco legal?
Si uno mira la evolución del comportamiento del empleo femenino, puede asegurar que esta es una discusión sin sentido. Crecientemente se incorporan al mundo laboral mujeres con empleos formales, lo que implica que ni siquiera serán beneficiarias de este tipo de subsidio. El acceso a él se orienta, básicamente, a las que no se encuentran en esas condiciones, a quienes les estamos igualando los derechos con los de las mujeres que perciben asignación familiar por haber ingresado al ámbito del trabajo. La tendencia así lo indica.
Cabe asegurar que, de las mujeres que impetren el beneficio, serán cada vez menos las que se hallen en edad fértil, y sí las de mayor edad, quienes sólo estarán acompañando al universo de niños de hasta 18 años.
Esa es una situación que más bien irá decreciendo en el tiempo. Aun en los rigores más grandes de crisis habrá universos más pequeños si uno mira las tendencias del país.
Por lo tanto, considerar aquel porcentaje en la ley rigidizaría una situación que es dinámica.
Aquí hay un compromiso y una voluntad política que se expresan en el sistema de protección. No se trata de eludir la cobertura. La garantía de la automaticidad se refiere a que la petición de quien cumpla los requisitos deberá ser satisfecha al mes siguiente de haber solicitado el subsidio sobre la base de la Ficha de Protección Social. Si cumple las exigencias, será obligatorio financiar el subsidio y entregárselo.
A mí me parece que esta discusión tiene mucho más de retórica y de teoría que de verdad. Y, por ende, con ella se posterga la posibilidad de conceder el beneficio a partir del 1º de junio, habiéndose aplicado más de un millón 400 mil Fichas de Protección Social.
La mujeres embarazadas y los niños que están naciendo ahora sólo esperan la dictación de la ley para recibir, a contar de esa fecha, este subsidio adicional.
El señor LARRAÍN.-
¡Se podrá aplicar con efecto retroactivo, así que la van a esperar!
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , ¿puedo hacerle algunas consultas a la señora Ministra?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Sí, Su Señoría.
El señor LONGUEIRA.-
Señora Ministra , ¿de qué forma el sistema actual impide que el beneficio se entregue, sin esta iniciativa, a partir del 1º de junio? ¿Qué norma no permite que se otorguen los recursos al 40 por ciento de los hogares con menores ingresos? Pienso que se pueden conceder igual, porque actualmente opera un sistema de cuotas. Por lo tanto, no veo inconveniente en entregar el subsidio único familiar si se acaba el mecanismo a través del cual se asigna. No sé dónde está el problema.
Me gustaría conocer el impedimento que tiene el Ejecutivo en ese sentido, independiente de que se puede incluir una disposición para que opere con efecto retroactivo.
Además, quiero saber qué pasaría si, prescindiendo del método por el cual hoy día se concede el subsidio familiar, se entregara a todas las personas que lo soliciten y que cumplen con los requisitos.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora HARDY ( Ministra de Planificación ).-
Debo decir al señor Senador que se está introduciendo una enmienda en la ley precisamente por la manera en que se asignan los subsidios y se adjudican los recursos. A través de ella se pretende crear un Fondo Nacional Único, para que quien cumpla con las exigencias pueda acceder automáticamente al beneficio.
Hoy se fijan mes a mes cupos regionales y, por lo tanto, se conforman listas de espera. De modo que lo que se está pidiendo es, simplemente, la constitución de un Fondo Nacional Único que permita a la mujer embarazada o al niño que vivan en cualquier parte del país y que reúnan los requisitos acceder en forma automática al subsidio. Porque no habrá fondos regionales ni estos se asignarán mes por mes, sino que se trata de una provisión anual de recursos.
Eso es lo que establece la normativa.
Ese es el cambio que estamos introduciendo en la ley -no hay otro-, y apunta al modo de asignar el beneficio y al otorgamiento de facultades al Estado para que lo entregue desde el 1º de junio.
El señor GAZMURI.-
Votemos, señor Presidente .
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Ya está abierta la votación.
El señor NOVOA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GAZMURI.-
¡No, señor Presidente ! ¡Que el señor Senador vote!
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
La votación está abierta desde el momento en que lo señalé.
El señor GAZMURI.-
¿Y, entonces, por qué los Honorables colegas hablan mientras se vota?
Formulo la pregunta porque me sorprende esta situación.
El señor NOVOA .-
¡Usted es el que está hablando, señor Senador !
Señor Presidente , a mí me preocupa el que cuando se discute una iniciativa legal ni siquiera se haya leído su texto.
El artículo segundo dice: "Introdúcense, a contar del día 1º del mes subsiguiente a la publicación de la presente ley, las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.611:".
Eso significa que, aun si aprobáramos hoy día el proyecto y la ley se publicara mañana, ella no entrará en vigencia el 1º de junio, sino el 1º de julio.
Entonces, ¡por favor!, leamos lo que estamos votando. Es lo menos que pido. Nosotros estamos disponibles para que la ley entre en vigencia el 1º de junio y no, como se desprende del texto, el 1º de julio. Pero -insisto- leamos lo que se está discutiendo y oigamos los planteamientos que se hacen. Estamos pidiendo analizar si es posible establecer en la ley que el subsidio abarcará, como mínimo, al 40 por ciento de los más pobres. Algunos podrán sostener que no, y tal vez tengan toda la razón. Pero al menos discutamos el punto, el cual no fue examinado exhaustivamente en las Comisiones.
No es primera vez que un proyecto es aprobado en general en la Comisión respectiva, que hay acuerdo con la idea contenida en él y que después se pretende que sus disposiciones sean aprobadas como fueron despachadas allí, sin que se dé en la Sala una discusión a fondo.
Entonces, lo que pido es respeto por nuestro trabajo y tratar de hacer las cosas en forma adecuada.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (36 votos).
Votaron los señores Allamand, Alvear, Arancibia, Ávila, Bianchi, Chadwick, Coloma, Escalona, Espina, Frei, García, Gazmuri, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Letelier, Longueira, Matthei, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Corresponde fijar plazo para la presentación de indicaciones.
El señor VÁSQUEZ.-
Sugiero el viernes, señor Presidente.
La señora ALVEAR.-
Conforme. Y nos reunimos el 21 de mayo, antes o después de la Cuenta de la Presidenta de la República.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Entonces, si le parece a la Sala, el plazo será el viernes 18 de mayo, a las 12.
Acordado.
NORMAS SOBRE PESCA RECREATIVA
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados sobre pesca recreativa, con segundo informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (3424-21) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 38ª, en 4 de octubre de 2005.
Informes de Comisión:
I. Marítimos, Pesca y Acuicultura, sesión 18ª, en 17 de mayo de 2006.
I. Marítimos, Pesca y Acuicultura (segundo), sesión 15ª, en 8 de mayo de 2007.
Hacienda, sesión 15ª, en 8 de mayo de 2007.
Discusión:
Sesiones 22ª, en 13 de junio de 2006 (se aprueba en general); 18ª, en 9 de mayo de 2007 (queda para segunda discusión).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Hago presente a Sus Señorías que en la sesión del 9 de mayo del año en curso se pidió segunda discusión para este proyecto.
Las Comisiones informantes dejan constancia de que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los artículos 1º, 2º, 4º, 5º, 9º, 10, 12, 26, 29, 31, 33, 35, 36, 41, 46, 52, 53, 54 y 56 permanentes y los artículos 1º y 3º transitorios. En la sesión anterior se dieron por aprobados los que requerían quórum simple (no había Senadores suficientes para aprobar los demás), por lo que ahora corresponde aprobar los de quórum especial: los artículos 12, 29, 31 y 52, que tienen carácter orgánico constitucional, y el 26, que contiene materias de quórum calificado. Se necesita el voto conforme de 22 y 20 señores Senadores, respectivamente.
--Se aprueban (26 votos).
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Todas las modificaciones de las Comisiones al proyecto despachado en general se acordaron por unanimidad, por lo que deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador solicite discutirlas o existan indicaciones renovadas. Sin embargo, las enmiendas recaídas en los artículos 13, 15, 17, 19, 20, 22, 24, 25, 27, 28, 30, 42, 43, 51 y 59, número 3, requieren quórum de ley orgánica constitucional, en tanto que las recaídas en los artículos 6º, 7º, 38 y 39 son de quórum calificado, por lo que necesitan para su aprobación el voto conforme de 22 y 20 señores Senadores, respectivamente.
--Se aprueban (26 votos), y queda despachado el proyecto en este trámite.
PROTECCIÓN A FUNCIONARIO DENUNCIANTE DE FALTAS A PROBIDAD
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al principio de probidad, con segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (4722-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 82ª, en 9 de enero de 2007.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 89ª, en 6 de marzo de 2007.
Gobierno (segundo), sesión 18ª, en 9 de mayo de 2007.
Discusión:
Sesión 90ª, en 7 de marzo de 2007 (se aprueba en general).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El proyecto fue aprobado en general el 7 de marzo de este año.
Todas las modificaciones al texto acogido en general se aprobaron por unanimidad, de manera que, en virtud de lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador solicite discutirlas o haya indicaciones renovadas.
Cabe tener presente que el artículo 3º tiene rango de ley orgánica constitucional, por lo que requiere 22 votos para su aprobación.
Hay un boletín comparado dividido en cuatro columnas, las que transcriben, respectivamente, las normas legales pertinentes, el texto aprobado en general, las modificaciones introducidas en el segundo informe por la Comisión y el texto final que resultaría de aprobarse tales enmiendas.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En discusión particular el proyecto.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
--Se aprueba en particular el proyecto (27 votos), y queda despachado en este trámite.
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Sí, señor Ministro .
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Junto con agradecer la votación de los señores Senadores, quiero hacer presente que la iniciativa recién aprobada forma parte de la Agenda de Probidad y Transparencia que el Gobierno ha ido avanzando en el Parlamento. Hoy, la Comisión de Constitución de esta Corporación despachó el proyecto que regula el lobby, en tanto que su homónima de la Cámara de Diputados hizo lo propio la semana recién pasada con la iniciativa sobre Acceso a la Información Pública.
Por lo tanto, los diversos proyectos que componen la Agenda de Probidad y Transparencia van avanzando y han contado, en general, con aprobaciones unánimes.
CREACIÓN DE EXAMEN ÚNICO NACIONAL DE CONOCIMIENTOS DE MEDICINA
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, iniciado en mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República , en primer trámite constitucional, que crea el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, con informe de la Comisión de Salud y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (4361-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 37ª, en 1 de agosto de 2006.
Informe de Comisión:
Salud, sesión 18ª, en 9 de mayo de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Los objetivos del proyecto son:
-Establecer como requisito general de ingreso a todos los cargos de médico en el sistema público de salud un examen nacional de conocimientos de medicina, sea cual fuere la modalidad de contratación.
-Incorporar al Sistema de Alta Dirección Pública a los subdirectores médicos de hospital y directores de atención primaria de los Servicios de Salud que aún no lo estuvieren.
-Por último, declarar bien recibida la asignación de reforzamiento profesional diurno de ciertos profesionales médicos entre los meses de diciembre de 1999 y julio de 2000.
La Comisión de Salud discutió sólo en general el proyecto, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señora Matthei y señores Girardi y Kuschel). Su texto se transcribe en el informe correspondiente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En la discusión general, tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , la razón de la iniciativa en debate es complementar lo que hemos venido haciendo mediante la reforma del sector Salud desde hace 3 ó 4 años.
Con ello se quiere garantizar algo que nos parece absolutamente indispensable: el derecho de las personas a recibir una buena atención por parte de los médicos, lo que no siempre se logra, a pesar de la calidad con que hayan sido preparados en el curso de su carrera.
En Chile -cosa curiosa- no hay organización alguna que dé a tales facultativos la posibilidad de contar, como en el caso de los abogados, con una institución distinta de la universidad que los perfeccione en el ejercicio de la profesión.
Por eso, lo primero que establece el proyecto, según el artículo 1º, es el examen único nacional de conocimientos de medicina. Su finalidad es que los doctores -y esperamos que en algún instante todos los profesionales de la Salud- rindan una prueba que garantice que están habilitados, tanto en el ejercicio general de la medicina como en el de las especialidades, para poder entrar al servicio público y, eventualmente, a instituciones de carácter privado.
En verdad, no requiere mayor explicación lo que estoy señalando.
El número de dificultades que ha habido en el último tiempo en la práctica profesional y la cantidad de errores cometidos nacen por no contar con una norma general más que por fallas personales.
Sin otra observación especial que no sea afín a lo que digo y señalo, también es efectivo que en nuestro país ha aumentado el número de médicos mediante dos mecanismos: uno, por el incremento de profesionales egresados de las universidades, muchas de las cuales se crearon sin contar con la suficiente preparación, lo que generó un debate que se arrastra desde hace mucho tiempo. Por eso una de las normas de la Ley de Acreditación busca la excelencia en la carrera de Medicina. Y, en segundo lugar, por el importante número de galenos llegados del extranjero.
En este caso no hacemos juicio de valor acerca de su calidad y preparación, sino que simplemente los colocamos en la misma condición de los profesionales chilenos, para que puedan rendir su examen nacional, y así nos den garantía de que los pacientes serán atendidos como corresponde.
Esa es la base fundamental del proyecto en discusión.
Otro aspecto de la iniciativa se refiere -en el informe de la Comisión de Salud se detalla muy bien- a la incorporación de cargos al sistema de Alta Dirección Pública, fundamentalmente en los niveles de subdirecciones médicas de los hospitales y direcciones de los servicios públicos de salud municipal.
¿Qué significa esto? La continuación de algo que veníamos haciendo desde la reforma de la salud.
Llega un momento en que en el desarrollo de la salud pública no es igual que asuma un médico con una gran preparación profesional y científica, a que otro vaya generando con el tiempo -lo consideramos absolutamente indispensable- una suerte de especialización para dirigir los hospitales.
Crear la administración en salud o médicos que hagan una carrera sobre dirección hospitalaria y de salud pública, dada la complejidad que presentan la medicina y los grandes hospitales, ha llegado a ser una exigencia que va a empezar a regir a través de esta modificación.
En seguida hay otras dos enmiendas. Como nos encontramos en la discusión general, no entraré a su detalle.
Una se refiere a cómo generar los mecanismos para la destinación y la formación de los médicos. Chile tiene hoy en esta materia dos grandes desafíos, que no siempre se resuelven simultáneamente.
El primero es cómo lograr que los médicos de formación primaria -por decirlo así-, esencial, básica, y los que se desempeñen en las cuatro grandes especialidades lleguen bien instruidos a zonas que no sean Santiago ni grandes ciudades.
En el debate del proyecto que otorgaba ciertas facilidades a los deudores universitarios se discutió este punto.
No sólo necesitamos esa formación para todos y en la totalidad del territorio nacional, sino que se requiere que la destinación de especialistas se efectúe de manera adecuada y en una forma relativamente más planificada que en la actualidad, a fin de hacer cumplir dos grandes elementos: por una parte, cobertura natural, absolutamente necesaria, que no todos los especialistas se encuentren en un solo lugar, y por la otra, que haya la suficiente cantidad de médicos -insisto en que en su momento llegará un proyecto para el resto de los profesionales de la salud-, o sea, una cobertura adecuada mínima respecto de los que hoy se llaman "médicos generales de zona", "médicos en destinación" o los que estén realizando la primera parte de su beca.
Finalmente, hay un punto especial referente a una materia en que me tocó participar como Presidente de la Comisión de Educación de entonces, hace aproximadamente diez años. Consistió en lograr que permanecieran en los servicios de urgencia los médicos que, además, poseían las horas hospitalarias. La iniciativa propone separar los horarios de asistencia pública, de urgencia, de los de hospital, para tener mayor flexibilidad y más posibilidad de atención de cada uno de los casos. Cuando se mantienen juntos o reunidos en un solo cargo, se han presentado problemas de carencia de médicos adecuados en una de las dos instancias. Y, en especial en las Regiones distintas de la Metropolitana, cuesta mucho resolver esa situación.
Por lo expuesto, la Comisión aprobó en forma unánime la iniciativa. Y pedimos a la Sala que también lo haga, para pasar después al debate de las indicaciones.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente, este proyecto fue aprobado por unanimidad.
A nuestro juicio, la iniciativa avanza fuertemente en la línea de asegurar que cualquiera que ejerza un oficio relacionado con la salud de las personas dé realmente absoluta garantía de conocimiento y de experiencia de acuerdo con lo que señala su título.
En tal sentido, recordemos, se aprobó un proyecto -creo que en este momento se encuentra en la Cámara de Diputados- que obliga a que las demás profesiones del área de la salud, y no sólo Medicina, sean impartidas exclusivamente en universidades y no en institutos profesionales. Es el caso de kinesiología, enfermería, obstetricia, etcétera.
Lo que sucede con muchas de estas carreras surgidas en varias universidades nuevas es que no tenemos bien claro ni su calidad ni cuáles van a ser sus resultados.
Por otra parte, algunos convenios internacionales permiten a personas que han estudiado en otros países -no sabemos qué tipo de requisitos se exige en ellos- ejercer en Chile sin mayor trámite. Y eso nos complica.
Por eso, consideramos que el establecimiento de un examen obligatorio a todos los médicos que quieran practicar su profesión en alguna institución que reciba dineros fiscales, es un paso adelante. A nuestro juicio, todavía debemos avanzar mucho más en esta materia, a fin de que no vuelvan a ocurrir hechos tan lamentables como los que la opinión pública ha conocido.
Anunciamos nuestra aprobación a la iniciativa.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , sólo deseo agregar que el proyecto constituye un avance, va en la dirección correcta. Pero por sí solo no mejorará la capacidad resolutiva ni la calidad de atención del sistema público de salud, al menos, la atención primaria y el sistema hospitalario.
La Comisión, en forma unánime, planteó a la señora Ministra algunas alternativas que estimamos positivas y que podrían enriquecer a futuro este debate, como hacer un catastro de todos los especialistas que se precisan a lo largo de Chile y establecer una formación dedicada. Es decir, que el Ministerio de Salud llame a médicos que quieran formarse en las especialidades que el país requiere. Por ejemplo, si se necesita un pediatra en Aisén, que se forme una persona que de antemano sepa que se va a desempeñar como médico de niños en esa ciudad.
Hoy día existe una tremenda inequidad territorial respecto de la localización de los especialistas. La mayoría se encuentra en las grandes ciudades, y en muchos lugares apartados del país ni siquiera hay especialistas básicos. Expuse el caso de Aisén porque me tocó visitar la zona y pude comprobar que el hospital existente allí no tenía un solo especialista. Por lo tanto, no hay capacidad resolutiva. Además, debemos entender que cuando en dicha ciudad surge un problema, no hay cómo trasladar a los pacientes ni a Puerto Montt ni a Santiago.
En consecuencia, es una situación de extrema gravedad que debiéramos resolver.
El segundo tema dice relación a la capacidad resolutiva de la atención primaria. Hemos planteado al Ministerio -y queremos que se reflexione al respecto- la idea de contar con especialistas básicos para la atención primaria, es decir, que todos los consultorios tengan pediatras, internistas, ginecólogos, siquiatras y cirujanos generales.
A mi juicio, si no avanzamos por ese camino; si no aumentamos la capacidad resolutiva, la complejidad en la atención primaria; si no dotamos de especialistas las zonas apartadas del país, es muy difícil mejorar la calidad de la atención.
El proyecto avanza en esa dirección. Votaremos a favor de la idea de legislar y vamos a perfeccionar el texto cuanto sea posible. Sin embargo, si no adoptamos medidas más de fondo, no debiera tomarse esta iniciativa -prefiero decirlo derechamente- como un instrumento que mejorará la situación del sistema de salud, porque está muy lejos de ello.
El señor NÚÑEZ.-
¿Me permite una pregunta, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Con mucho gusto.
El señor NÚÑEZ.-
El artículo 1º señala que se trata de requisitos de ingreso para los cargos o empleos de médico cirujano en los servicios de salud creados por el artículo 16 del decreto con fuerza de ley Nº 1. ¿Estamos hablando sólo y exclusivamente de médicos cirujanos? Si es así, no se atiene a la idea de que también deben dar examen para ingresar a la salud primaria, porque todos sabemos que allí no existen médicos cirujanos.
En consecuencia, hay una disposición que no entiendo. Porque si atañe solamente a médicos cirujanos, resulta que quedan fuera muchas otras especialidades.
Por otro lado, todavía no comprendo el grado de entendimiento existente entre los oftalmólogos del país, porque ellos son los dueños de la oftalmología en Chile. Y ojalá tuviéramos la oportunidad de mejorar tal situación en el proyecto, por cuanto no es admisible que médicos chilenos no se puedan especializar en dicha rama de la medicina, si el Colegio o la entidad que los agrupa no lo determina. Ello no lo decide el Ministerio de Salud, sino esos señores que, al final, se han adueñado de la especialidad, lo cual ha significado que muchas ciudades y pueblos del país no cuenten con esos profesionales, porque no se forman oftalmólogos en Chile. Y, por lo tanto, cada vez estamos viendo menos.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , el proyecto corresponde al hecho de que en Chile el título que otorgan las universidades es de médico cirujano. Después viene la especialización. De ese modo, el oftalmólogo -para aclarar la inquietud del Senador señor Núñez - es, ante todo, médico cirujano. Y de ahí parten las distintas especialidades.
En consecuencia, el texto está correcto.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Tengo muchas dudas sobre la iniciativa, señor Presidente .
¿Por qué se incluye sólo a los médicos y no al conjunto de profesionales que trabajan en el sistema de salud donde, imagino, hay áreas críticas? Pienso en obstetricia, odontología, etcétera. También me preocupa el tema de las diferentes calificaciones, en la medida en que ha proliferado el sistema universitario con pocas normas de control de calidad, por llamarlas de alguna manera. Entonces, ¿por qué solamente trata acerca de los facultativos?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente, creo que este es un primer paso. La iniciativa propuesta por el Ejecutivo -insisto- va en el sentido correcto.
Yo veo al médico como el jefe del equipo de salud. Es cierto que no lo es todo y que queremos un equipo de salud al servicio de la gente. Evidentemente, sería interesante que a futuro se incorporaran otras profesiones no médicas e, incluso, técnicos que pudieran ser evaluados.
Reitero: el proyecto apunta en la dirección correcta.
Deseo señalar al Senador señor Núñez que comparto la idea de que no es dable que sigan existiendo monopolios en la formación profesional. Por eso propusimos a la señora Ministra establecer un catastro de especialidades falentes, y que el país forme a sus especialistas, quiéranlo o no las sociedades científicas, los oftalmólogos, los traumatólogos, en fin. La formación de dichos médicos deberá ser de manera dedicada, esto es, que sepan de antemano en qué lugar tendrán que servir, en qué parte del territorio desarrollarán su especialidad.
Es una materia que se halla pendiente y que la hemos estado discutiendo con la señora Ministra.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , en el informe se señala justamente la carencia que existe en cada uno de los servicios de salud o en las distintas especialidades, y también en las Regiones.
Respecto al segundo punto, concuerdo con el Honorable señor Girardi : estamos en una primera etapa. No ha sido fácil ordenar esta materia. Llevamos a lo menos 7 u 8 años tratando de adecuar este tema que es esencial, que parte por acreditar las universidades, las facultades, el examen nacional, para garantizar un nivel mínimo y parecido al menos al existente en cada una de las universidades de Regiones. No todas tienen el mismo rendimiento.
En relación con las otras especialidades, acabamos de participar en el aniversario del Colegio de Enfermeras, donde derechamente se planteó la solicitud de entrar también en este sistema. ¿Cuáles han sido las mayores dificultades? Primero, que no tienen la misma organización -en términos institucionales- que el Colegio Médico ha exhibido por muchos años, desde 1952 en adelante.
Por otra parte, hay dificultades en cuanto a calificar distintos niveles en esas profesiones para garantizar un lenguaje único. Y eso fue lo que adelanté cuando señalé que en el presente año esperamos avanzar en cuatro de las principalísimas profesiones -por llamarlas así- paramédicas o del equipo de salud.
El señor NAVARRO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Si Sus Señorías siguen interviniendo, tendremos que aplazar la votación para mañana.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , sin duda, toda exigencia de especialización o de excelencia que tienda a proteger más la salud de las personas, es adecuada.
No sé si quienes estuvieron en la discusión del proyecto evaluaron la incidencia del interés de los médicos por ingresar a la salud primaria. Porque, en definitiva, en Santiago sobre el 60 por ciento de los médicos son extranjeros.
Entonces, ignoro si existen incentivos para que los profesionales se desempeñen en la salud primaria, o si el examen único, el sueldo o cualquier otra razón, constituirán elementos que desmotivarán a nuestros médicos a concurrir a los consultorios, donde se atiende la gente de pocos recursos.
Al respecto, estimo que cada proyecto que hace exigencias debe ofrecer incentivos. No sé si éste contempla los alicientes correctos para que los facultativos postulen a los servicios de salud primarios, a consultorios, donde efectivamente escasean los médicos chilenos.
He venido planteando que el examen que se hace a los médicos extranjeros, particularmente a los formados en Cuba, de manera gratuita, que en Chile ya suman varios cientos, debe ser objetivo y claro a fin de garantizar que esa formación es adecuada para los requerimientos nacionales.
Me temo que de no mediar un buen sistema de incentivos podamos tener, por algún tiempo al menos, una incidencia negativa en el interés de postular a los servicios que exigen este requisito. Entiendo que el punto ha sido conversado y concordado con el Colegio Médico y reitero mi petición: necesitamos incentivos para que los médicos vayan a la salud primaria, toda vez que muchos prefieren ingresar a los hospitales no sólo porque ganan más sino, también, porque ello les brinda una mejor experiencia de especialización.
A mi juicio, el proyecto debiera apuntar en esa dirección y espero que así sea. Lo voy a votar a favor, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Se terminó el Orden del Día.
El señor GAZMURI.-
¿Me permite, señor Presidente ? Sobre este proyecto...
El señor NARANJO.-
Votémoslo en general, señor Presidente .
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Se agotó el tiempo del Orden del Día.
El señor GAZMURI.-
Pero el proyecto no se ha votado.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Por eso mismo, señor Senador; queda para mañana.
El señor ORPIS.-
Pida la unanimidad de la Sala para votarlo ahora, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Muy bien.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto.
El señor GAZMURI.-
¿Me permite, señor Presidente ? Quiero que conste mi abstención, porque encuentro que la iniciativa es muy unilateral y reitera la idea de que sólo los médicos son el cuerpo técnico superior, lo cual me parece completamente equivocado.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Nunca hemos dicho eso, señor Senador; todo lo contrario.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Muy bien.
--Se aprueba en general el proyecto, con la abstención del Honorable señor Gazmuri, y se fija como plazo para presentar indicaciones el 11 de junio, a las 12.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
)---------------(
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor BIANCHI:
Al señor Ministro de Hacienda , requiriéndole información sobre PAGO DE IMPUESTO ESPECÍFICO A LA ACTIVIDAD MINERA POR PARTE DE EMPRESAS DEL CARBÓN.
Del señor ESPINA:
A la señora Presidenta de la República y a los señores Ministros Secretario General de la Presidencia y de Agricultura , reiterándoles oficio relativo a MEDIDAS PARA CREACIÓN DE UN FONDO DE TIERRAS DESTINADO A ATENDER REQUERIMIENTOS DE PEQUEÑOS CAMPESINOS.
A la señora Presidenta de la República y a los señores Ministros de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social, remitiéndoles antecedentes sobre SITUACIÓN LABORAL Y PREVISIONAL DE FUNCIONARIOS DE AJUNJI.
Al señor Ministro de Hacienda , solicitándole información respecto de FONDO DE GARANTÍA PARA PEQUEÑOS EMPRESARIOS y de MODIFICACIONES PREVISTAS PARA DECRETO LEY Nº 3.472, DE 1980.
A los señores Ministro de Obras Públicas , Alcalde y Concejales de Collipulli , Director Nacional de Vialidad , Seremi de Obras Públicas de la Novena Región y Director de Vialidad de la Novena Región, requiriéndoles la adopción de medidas para PRONTA EJECUCIÓN DE OBRAS DE CONSERVACIÓN Y ASFALTADO DE CAMINO ESPERANZA-HUAPITRÍO, COMUNA DE COLLIPULLI.
A la señora Ministra de Salud y a los señores Secretario Regional Ministerial de Salud , Director del Servicio de Salud de la Araucanía Norte y Director del Hospital de Collipulli , solicitándoles su pronunciamiento acerca de NECESIDAD DE ANESTESISTA PARA ATENCIÓN DE PARTOS EN HOSPITAL DE COLLIPULLI (NOVENA REGIÓN).
A los señores Alcalde y Concejales de Collipulli, inquiriéndoles las razones tenidas en vista para REVOCACIÓN DE PATENTE DE ALCOHOLES ROL Nº 40017.
Al señor Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego , requiriéndole información en cuanto a PROYECTOS DE RIEGO A QUE PUEDEN POSTULAR AGRICULTORES DE COLLIPULLI Y REQUISITOS PARA ELLO, y planteándole la necesidad de aumentar FONDOS DESTINADOS A TALES PROYECTOS EN LA NOVENA REGIÓN.
Del señor HORVATH:
A los señores Presidente de la Corte Suprema y Ministro de Justicia , solicitándoles realizar las gestiones necesarias para CREACIÓN DE TRIBUNAL DE FAMILIA EN COMUNA DE AISÉN.
Al señor Ministro del Interior , a la señora Intendenta de Aisén y a la Subsecretaría de Desarrollo Regional, pidiéndoles la adopción de medidas para solucionar PROBLEMAS QUE AFECTAN A COMUNA DE LAS GUAITECAS.
A los señores Ministro de Obras Públicas y Director de Vialidad de la Región de Aisén , solicitándoles REPARACIÓN DE CAMINO ENTRE MELINKA Y REPOLLAL, COMUNA DE LAS GUAITECAS.
Al señor Ministro de Obras Públicas , a la señora Ministra de Bienes Nacionales y al señor Director Nacional de Vialidad , consultándoles acerca de la factibilidad de acceder a derecho de USO DE TERRENOS FISCALES COLINDANTES CON PREDIO DE SECTOR PUNTA CAMELLO AFECTADO POR SISMO Y TSUNAMI EN FIORDO AISÉN y solicitándoles REPRIORIZACIÓN DE PROYECTO DE CONEXIÓN VIAL DEL FIORDO.
A los señores Ministro de Obras Públicas , Director Nacional de Vialidad , Seremi de Obras Públicas y Director de Vialidad de la Región de Aisén , requiriéndoles información sobre OBRAS EN CAMINO RÍO TRANQUILO-VILLA OHIGGINS.
A la señora Ministra de Salud y al señor Director de Salud de la Región de Aisén , planteándoles CREACIÓN DE LABORATORIO DE MAREA ROJA EN COMUNA DE LAS GUAITECAS.
Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones y a las señoras Intendenta de Aisén y Seremi de Transportes de Aisén, pidiéndoles SOLUCIÓN PARA PROBLEMAS DE TRANSPORTE EN COMUNA DE LAS GUAITECAS (todos de la Undécima Región).
al señor Subsecretario de Pesca , requiriéndole adoptar MEDIDAS CONTRA REQUISACIÓN DE CARNADAS PARA PESCA DEPORTIVA A TURISTAS EXTRANJEROS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez Varela.
CARENCIA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES DINÁMICAS SIN DEUDA EN COMUNA DE LOS ÁNGELES. OFICIO
El señor PÉREZ VARELA .-
Señor Presidente , la nueva política habitacional impulsada por la Ministra de Vivienda y Urbanismo, señora Patricia Poblete , sin duda genera grandes expectativas y la posibilidad de avanzar sustancialmente en la construcción de viviendas de buena calidad, en estructurar barrios y, sobre todo, en resolver a las personas de más escasos recursos el problema de la deuda hipotecaria, puesto que en los fondos concursables, particularmente para el primer sector, la vivienda se entrega sin deuda. Y eso para nosotros constituye un avance significativo.
Este programa de vivienda social sin deuda, que se inició el 2002, ha tenido distintas aplicaciones, como deben de saber los señores Senadores . Cuando el subsidio era de 280 ó 290 UF se entregaban soluciones habitacionales de entre 27 y 28 metros cuadrados, las cuales, a pesar de que podían ser de buena calidad, resultaban inapropiadas para llevar adelante una vida familiar acorde con la dignidad de las personas.
Dicho programa se ha ido modificando; se ha entregado más subsidio para obtener una vivienda de a lo menos 40 metros cuadrados y con especificaciones técnicas que aseguran una muy buena calidad. Además, se ha incorporado el tema de los barrios.
Por lo tanto, la política habitacional impulsada desde el Ministerio de Vivienda cuenta con nuestro apoyo, reconocimiento y valoración.
Por ello, es preocupante que en una de las comunas más importantes de la Región del Biobío, la de Los Ángeles, no tengamos ninguna capacidad de llevar adelante estos programas habitacionales. De hecho, desde el año 2005 no existe construcción de viviendas sociales dinámicas sin deuda en esa comuna.
Y digo que es preocupante, porque uno visualiza que en el municipio existe una línea de acción importante en el área de la vivienda, que hay apoyo, asesoría técnica y social en el desarrollo de proyectos tanto de loteos como de construcción, y también de programas de habilitación social; que existe orientación y difusión de la política habitacional y ayuda en la inscripción de postulantes; que la entrega de documentos de evaluación social vigente, tan necesaria para llevar adelante las postulaciones, llega a las 50 personas diarias; y que a través de esta acción se han constituido más de 80 comités de vivienda con personalidad jurídica, lo cual involucra mil 500 personas en el sector urbano y 2 mil 300 en el rural, que buscan la solución de su problema.
A pesar de todo eso, Los Ángeles carece de proyectos habitacionales urbanos sin deuda dirigidos a los sectores más vulnerables -reitero- desde hace más de tres años.
¿Cuál es la razón fundamental? Que los nuevos requerimientos de la política habitacional, basados, como ya dije, en una mayor superficie construida, en mejora de estándares de calidad, no hacen viables los proyectos. El subsidio no alcanza a financiar el costo actual de una vivienda social con dichos parámetros en el radio urbano de Los Ángeles.
Las empresas constructoras con terreno ofrecen la construcción de estas viviendas a un valor de 450 UF las más económicas, para el sector urbano. Por lo tanto, los subsidios aplicables a este programa no dicen relación a la oferta que hoy día existe en Los Ángeles.
¿A qué obedece este costo? De acuerdo con las conversaciones que hemos tenido, podemos señalar que él se debe, principalmente, a que el loteador o la empresa constructora debe financiar con sus medios la extensión del radio operacional de ESSBIO, la empresa sanitaria, lo cual, para un sector pequeño, representa alrededor de 80 millones de pesos. Y además, si uno buscara a través del subsidio a la localización, advertiría que este no es aplicable a la realidad comunal, en parte, por el radio operacional de la empresa sanitaria y, además, por la fórmula de cálculo del factor aplicado a los terrenos disponibles.
Por lo tanto, nos enfrentamos a una situación en la que la existencia de terrenos en manos de empresas constructoras que se encuentran fuera del radio operacional de la empresa sanitaria hace inviable los proyectos de vivienda social dinámica sin deuda.
Uno podría buscar la solución a través de la alternativa de desarrollar loteos en los sectores rurales, pero también ahí se requeriría flexibilizar la aplicación de los criterios que otorgan puntaje al subsidio a la localización. En efecto, habría que flexibilizar la normativa vigente en el caso de los comités de viviendas rurales, por ejemplo: ancho de caminos de acceso a loteos, los que al momento de comprar al terreno se ajustan a lo solicitado; rebaja de estándares en las exigencias de pavimentos, por el alto costo económico que ello involucra.
En definitiva, señor Presidente , voy a hacer llegar a la Mesa una minuta donde constan los distintos aspectos que dificultan a esta comuna poder tener proyectos de vivienda social sin deuda, para que sean remitidos con mi intervención a la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo , a efectos de buscar, en una alianza mucho más directa y concreta entre esa Cartera y la Municipalidad de Los Ángeles, una fórmula para que la capital de la provincia de Biobío tenga la posibilidad de llevar adelante estos programas habitacionales hacia los sectores más vulnerables de nuestra sociedad.
De no resolverse estos problemas, nos encontraríamos ante la paradoja de que los sectores más pobres y vulnerables de la comuna de Los Ángeles no tendrían acceso a las viviendas, a un hogar; de que la acción del municipio y del Ministerio no podría favorecer a la población objetivo de todas y cada una de estas políticas.
Por ende, junto con esta minuta, que -reitero- voy a entregar a la Mesa terminada mi intervención, solicito que se oficie a la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo a fin de que a partir de esa Cartera se lleve adelante una acción, en conjunto con el Municipio de Los Ángeles, para terminar con la situación expuesta, que implica tres años sin ningún programa ni proyecto de vivienda dinámica social sin deuda.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
AGRADECIMIENTOS A CARABINEROS POR RECUPERACIÓN DE VEHÍCULO ROBADO. COMUNICACIONES
El señor PÉREZ VARELA .-
Señor Presidente , me referiré en seguida a una situación personal.
El lunes 2 de abril último, alrededor de las 21, en el centro de la comuna de Viña del Mar, sufrí el robo de mi vehículo particular, el que estuvo desaparecido hasta el Viernes Santo, día en que fue recuperado por la acción de Carabineros.
Desde esta tribuna, quiero agradecer públicamente al carabinero Rodrigo Arancibia González y al cabo 1º Luis Águila Sandoval , quienes la madrugada del viernes 6 de abril realizaron, por más de siete cuadras, una persecución que terminó en calle 6 Norte y avenida Perú con la recuperación de mi vehículo.
Por lo tanto, me tomo la libertad de solicitar a la Mesa que se oficie tanto al General Director de Carabineros como al Jefe de la V Zona Valparaíso para expresarles mis agradecimientos por la labor profesional que realizaron esos dos efectivos de su Institución, quienes durante la madrugada del Viernes Santo incluso arriesgaron su seguridad personal para recuperar el vehículo que me había sido robado.
He dicho.
--Se anuncia el envío de las comunicaciones pertinentes, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En el tiempo que resta al Comité Renovación Nacional e Independiente, no intervendrá ningún señor Senador.
En el turno del Comité Socialista, tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
DEMANDAS Y MOVILIZACIONES DE EX TRABAJADORES PESQUEROS DE OCTAVA REGIÓN. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , como ha sido de conocimiento público, durante las últimas horas, en la Región del Biobío, los ex tripulantes pesqueros, particularmente los pertenecientes a Talcahuano, Coronel y Tomé, han desarrollado diversas acciones de movilización que concluyeron con muchos de ellos detenidos en Coronel, Concepción y Talcahuano.
Hace algunos días, el Ministro de Economía , don Alejandro Ferreiro , llegó a un acuerdo con cuatro de los cinco sindicatos de ex trabajadores pesqueros. Asimismo, anunció importantes medidas destinadas a incorporar a ex trabajadoras de plantas que no se hallaban consideradas en los acuerdos preliminares, debido a que también quedaron cesantes con la aplicación de la llamada "Ley Corta de Pesca" por un período de diez años.
El 15 de noviembre de 2000 anuncié que el entregar los peces a la industria y no brindar protección social a los trabajadores iba a provocar un tremendo drama social.
Habría preferido equivocarme en esa oportunidad: se ha ido cumpliendo al pie de la letra lo que motivó mi rechazo, entonces como Diputado , al proyecto que dio origen a aquella ley, el cual permitía una distribución del recurso pesquero al sector industrial en completo desmedro de los trabajadores del sector.
El sindicato que no firmó el acuerdo reclama un trato particular respecto de la situación de trabajo pesado de sus asociados, algunos de los cuales, en cantidad importante (70 a 80), tras 50 a 55 años de labores y con impedimentos físicos ostensiblemente visibles, plantean que la propuesta del Ministro , si bien satisface a un número significativo de ex trabajadores, deriva en que muchos de ellos, por motivos ajenos a su voluntad, hoy día estén siendo investigados por la Contraloría debido a que se les pidió cumplir el requisito de contar con boleta de servicios, a lo que accedieron sin saber con exactitud que eso podría constituir un fraude.
La Contraloría General de la República ha tomado nota de la situación y está investigando. Pero cabe hacer presente que los mismos ex trabajadores y sus dirigentes pidieron que se esclareciera lo ocurrido, ya que -y esta es también mi opinión- ninguna responsabilidad les ha cabido, pues quienes realizaron dicha operación no fueron los ex tripulantes pesqueros, sino personal administrativo encargado de llevarla a cabo, el que no pertenece a los sindicatos.
Por otra parte, señalan claramente que, aparte el cúmulo de exigencias, algo debe otorgárseles, dada la larga espera.
De muestra, un botón. Si bien el acuerdo con el Ministro Ferreiro es importante y resolvió el problema de un número relevantes de ex trabajadores, cabe recordar que se había contemplado, entre otras cosas, el pago de becas a los hijos estudiantes de los trabajadores por el período 2004-2005.
¡Estamos en el 2007!
Señor Presidente , si un personero gubernativo celebra una reunión para acordar el pago retroactivo de aquel beneficio por los años 2004, 2005, 2006 y 2007, está dando cuenta de que existían por parte de la autoridad un grave retraso y una profunda deuda con esos ex trabajadores, incumplimiento que, por cierto, originó su movilización.
Hoy día los ex trabajadores del sector demandan una preocupación del Estado y mayor atención sobre un conjunto de peticiones que, en mi concepto, pueden ser evaluadas.
Si bien el Fondo de Administración Pesquera (FAP), producto de las patentes consignadas en la ley, ha generado recursos para preocuparse de aspectos sociales relacionados con la situación de los ex trabajadores, es absolutamente insuficiente. Además, no tiene por finalidad pagar ningún tipo de indemnización. Sus objetivos son el desarrollo laboral, la capacitación, la reinserción social de los trabajadores que fueron expulsados de la industria y dados de baja en los barcos, que actualmente se hallan almacenados en la provincia de Valdivia (hoy día Región de Los Lagos) sin pagar patente pesquera, de la cual fueron excluidos.
En consecuencia -vuelvo al problema que me preocupa-, creo que el Gobierno debe hacer un esfuerzo en aquel ámbito.
Por ello, pido que se oficie a los Ministerios de Economía, de Planificación y del Trabajo; al SENCE; al SERCOTEC, y al FOSIS -todos estos organismos tienen por finalidad brindar apoyo social a la ciudadanía y permitir la reinserción laboral de trabajadores- a fin de que evalúen planes que permitan entregar ayuda de carácter social y llegar a un acuerdo que ponga a los referidos ex trabajadores en el ámbito de la capacitación laboral y les evite participar en movilizaciones como la que se realizó hoy en Concepción, Tomé y Coronel, con el saldo negativo de muchos de ellos detenidos.
Señor Presidente, la experiencia del sector forestal, con un trabajador acribillado y un carabinero que se encuentra hospitalizado, es suficiente.
Quiero apelar a la vía del diálogo y, asimismo, que nuestros Ministros y la Intendenta Soledad Tohá nos informen de los mecanismos a que, en el nivel regional, podemos optar para buscar soluciones al conflicto descrito.
El Gobierno regional "se puso" con un tercio de los recursos necesarios para el plan que el Ministro de Economía ha desarrollado. Y este es un esfuerzo de nuestra Intendenta digno de ser destacado. Pero no resulta suficiente. Un conjunto considerable de ex trabajadores siguen en movilizaciones por demandas que me parecen legítimas.
Otra modalidad son los recursos del Ministerio de Economía; otra, el protocolo de acuerdo que se firmó en su momento, y otra, el protocolo de acuerdo suscrito con el señor Rodrigo Egaña en diciembre de 2005, previo a las elecciones presidenciales.
Lo que los ex trabajadores no pueden comprender es cómo se firman acuerdos antes de los comicios presidenciales y después se produce una fuerte tendencia a desconocerlos o no cumplirlos.
Yo espero que sean respetados tanto el protocolo firmado entre todos los sindicatos y el Gobierno como el suscrito por el grupo de trabajadores que marcharon a pie desde Concepción a Santiago por la ruta 5 sur y generaron un nuevo acuerdo. Y ello, con el único afán de resolver un conflicto social que puede provocar enormes tensiones en una Región ya bastante convulsionada.
Yo he apoyado las reivindicaciones de los dirigentes, las comprendo totalmente, a pesar de que el año 2000, cuando muchos de ellos concurrieron al Parlamento para presionar por la aprobación del proyecto de ley respectivo, mi voto en contra ante el convencimiento de que la distribución de los peces sin protección social para los trabajadores resultaría altamente perjudicial fue gravemente incomprendido desde las tribunas.
El tiempo, lamentablemente, me dio la razón. Los trabajadores fueron despedidos, lanzados a la calle, y la industria pesquera ha tendido a desentenderse del problema y, más aún, a agravarlo con el despido progresivo de más tripulantes o funcionarios de plantas de las comunas que he indicado.
Por lo tanto, solicito a los Ministerios y a las autoridades de los organismos que individualicé los informes que nos permitan avanzar en la búsqueda de una solución para esos ex trabajadores, quienes hasta la fecha, 15 de mayo del 2007, continúan movilizados en demanda de respuestas de parte de nuestro Gobierno.
--Se anuncia el envío de los oficios pertinentes, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
DEMANDAS DE CALETAS PESQUERAS DE COMUNA DE TALCAHUANO. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , el sector pesquero artesanal de la Octava Región está conformado por 73 caletas y cerca de 10 comunas costeras.
En la antigua comuna de Talcahuano existían 13 caletas. Chome , Peroné y Lenga ahora pertenecen a la nueva comuna de Hualpén. En Talcahuano quedan San Vicente , El Morro , Tumbes , Cantera , Candelaria , Puerto Inglés, El Soldado, Infiernillo, Puerto Talcahuano y Rocuant .
La totalidad de esas caletas ha desarrollado un esfuerzo enorme, junto con FEREPA Bío-Bío, para plantearle al Estado un conjunto de requerimientos, los que, sin duda, deben ser atendidos.
Se reunieron durante el año 2006 y en el documento titulado "Demanda Caletas Pesqueras Comuna de Talcahuano", con el apoyo del concejal Gastón Saavedra , definieron una metodología de trabajo que comprende las siguientes fases: recopilación de información, análisis y retroalimentación de información; validación y propuesta última de las caletas, y construcción de un documento final.
En ese documento se contienen claramente sus demandas, a las cuales vale la pena prestar atención a la hora de fijar las políticas públicas para el sector.
Tocante a la caleta El Morro, en medioambiente, se expresa que hay contaminación por las descargas de las pesqueras al río y al mar de la bahía de Concepción.
En infraestructura, exigen asegurar espacio de trabajo para las embarcaciones de menor calado; solicitan pavimentación de la calle y tramitar soluciones de alcantarillado ante ESSBIO; piden mejorar las vías de acceso, y plantean la realización de un proyecto de infraestructura artesanal, el cual está en manos de la Dirección de Obras Portuarias.
Por lo tanto, solicito oficiar a dicho organismo para que remita toda la información relativa a los proyectos, estudios y avances en torno a las peticiones planteadas respecto de la caleta El Morro.
--Se anuncia el envío del oficio pertinente, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
La caleta El Soldado carece en absoluto de infraestructura.
Además, se halla situada en terrenos de la Armada.
Hemos conversado con la Comandancia en Jefe de la Segunda Zona Naval en cuanto a la regularización de la mencionada caleta; a la mantención de las familias que allí residen, sin aumentar su número, y a la adecuada convivencia que puede tener la Armada en una caleta que ha sido habitada durante décadas por pescadores que lo único que hacen es acceder a los recursos del mar.
Pido que se oficie a dicha Comandancia, a la Dirección General de la Armada y al señor Ministro de Defensa Nacional para que se informe respecto de los avances habidos sobre la regularización de la caleta El Soldado.
--Se anuncia el envío de los oficios pertinentes, en nombre de Su Señoría, de conformidad con el Reglamento.
La caleta Rocuant ha formulado al Ministerio de Educación una solicitud tendiente al mejoramiento del establecimiento educacional F-509 y de la iluminación de las poblaciones Rocuant y Caleta.
Por consiguiente, pido oficiar a esa Cartera para que remita antecedentes sobre el proceso de reposición y mejoramiento de dicha escuela. A la Dirección de Obras Hidráulicas, del Ministerio de Obras Públicas, a fin de que informe sobre la canalización del canal El Morro. Y a la Subsecretaría de Pesca, tanto más cuanto que se desea asegurar los espacios de desarrollo productivo, en particular con relación al área de manejo y al tiempo de aprobación para ello; lo anterior, a los efectos de ver si se están procesando los antecedentes presentados por los pescadores.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, de acuerdo con el Reglamento.
En la caleta Infiernillo hay una situación de gran insalubridad provocada por las pesqueras, que botan desperdicios, lo que implica un costo para la salud de quienes viven en el lugar.
Se demanda capacitación para las mujeres y los pescadores artesanales.
Pido que se oficie al Ministerio del Trabajo -específicamente, al SENCE- y al de Economía ( Subsecretaría de Pesca ) en cuanto a los problemas de capacitación y a los fondos destinados para solucionarlos. Me interesa saber qué capacitación se ha ofrecido y cuáles integrantes de la caleta han participado, de tal modo de verificar si se los ha tomado en cuenta y si el número de beneficiarios es suficiente.
--Se anuncia el envío de los oficios pertinentes, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
En las caletas Candelaria , Cantera y Puerto Inglés existe una solicitud expresa y única: asistencia médica periódica. Para ello se cuenta con un espacio físico: el sindicato de pescadores.
Por lo tanto, solicito que se oficie al Ministerio de Salud y a la Dirección de Salud de la Municipalidad de Talcahuano para que informen sobre las condiciones de atención a los habitantes y, en lo posible, determinen qué se requiere para mejorarla. ¿Se necesitan más recursos, más personal? Tenemos la plena disposición a conversar con el Ministerio de Hacienda y con el Gobierno regional para resolver tales dificultades.
Del mismo modo, solicito oficiar al Ministerio de Obras Públicas con relación a los problemas de acceso vial. La Armada cedió una servidumbre de paso por predios fiscales. Sin embargo, falta el mejoramiento de los caminos. Ello debe concretarse a través de dicha Secretaría de Estado, a la que pido información acerca de los trabajos por desarrollar en esas tres caletas.
Respecto de los requerimientos en materia de agua potable, alumbrado público y varadero, solicito oficiar a la Dirección de Obras Portuarias, a la Municipalidad de Talcahuano y a la Subsecretaría de Pesca para que informen sobre los planes de intervención en las referidas caletas a través de la generación de obras de infraestructura en dichos ámbitos.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre de Su Señoría, de acuerdo con el Reglamento.
Tocante a la caleta San Vicente , se ha pedido en forma reiterada la construcción de retenes de Carabineros. Si bien se ha anunciado la instalación de uno en los cerros de Talcahuano -estamos muy contentos por la noticia-, desde hace mucho tiempo venimos conversando con la Dirección General de Carabineros para los efectos de que se fortalezca la presencia de la policía uniformada en la comuna. Dicha caleta sigue reclamando mayor presencia de carabineros.
Por ello, pido que se oficie al Jefe de Zona de Carabineros de la Octava Región a fin de que informe cuáles son las medidas que ha adoptado ante la permanente solicitud de mayor patrullaje policial hecha por la mencionada caleta.
Por otra parte, solicito oficiar a la Dirección de Obras Portuarias del Ministerio de Obras Públicas respecto de lo siguiente: rampa para reparación de embarcaciones; puestos de venta; módulos para fábrica de hielo; huinche para varado de embarcaciones, y mejoramiento de acceso a la caleta.
Estas peticiones, hechas de manera reiterada, han sido postergadas una y otra vez.
Sería bueno que la referida Secretaría de Estado efectuara una recopilación del proceso desarrollado a través de la presentación de proyectos, con la colaboración de la Municipalidad de Talcahuano, para enfrentar tales problemas.
--Se anuncia el envío de los oficios pertinentes, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
En la caleta Tumbes , la pavimentación del acceso a ella está pronta a ser finiquitada. Con el Senador señor Sabag hemos tenido una estrecha relación con la junta de vecinos y los pescadores del sector. Se trata de un proyecto que hemos impulsado y apoyado de manera insistente.
Las peticiones son construcción de varadero propio y de una costanera, y dotación de más luminarias y líneas telefónicas.
Ese conjunto de demandas lo hemos presentado reiteradamente a la Subsecretaría de Pesca y a la Ilustre Municipalidad de Talcahuano.
Quiero insistir en tal solicitud en los cuatro ámbitos señalados. Se requiere una evaluación del Departamento Social y de la Dirección de Obras de dicho Municipio, y en especial, de la Dirección de Obras Portuarias, que apunte a la generación de los proyectos necesarios para satisfacer esas demandas.
--Se anuncia el envío de los oficios correspondientes, en nombre de Su Señoría, de conformidad con el Reglamento.
Finalmente, la caleta Talcahuano ha planteado de manera reiterada el arreglo de los boxes, el apoyo a la construcción de restaurante sobre palafitos y la pavimentación de la losa completa de acceso al puerto.
Del mismo modo, pide reponer el coronamiento del malecón, que presenta severas dificultades y alto riesgo para las personas que por allí transitan.
En consecuencia, solicito iguales antecedentes a las mismas instituciones que señalé en los casos anteriores.
--Se anuncia el envío de los oficios respectivos, en nombre del señor Senador, de acuerdo con el Reglamento.
Señor Presidente, sólo quiero añadir que en Talcahuano existen 2 mil 774 pescadores artesanales inscritos en los registros del Servicio Nacional de Pesca. Eso corresponde aproximadamente a 5 por ciento de todos los pescadores de Chile. Se desglosan en pescadores propiamente tales (2 mil 547), armadores (474), buzos (190) y recolectores o algueros (129).
Operan allí 517 embarcaciones, considerando desde botes de 4 metros hasta naves de 18 metros de eslora.
En la Región existen 2 mil 602 embarcaciones, mientras en el país operan 14 mil 104.
Talcahuano es, sin duda, una zona pesquera muy importante. Su participación en el desembarque sigue siendo, en el sector industrial artesanal, casi el 60 por ciento del país.
Por eso tienen prioridad la solución de problemas, la información requerida y el desarrollo de proyectos que permitan enfrentar la situación de las caletas pesqueras en la Región del Biobío.
INQUIETUD ANTE IMPOSIBILIDAD DE REGULARIZACIÓN EN CALETA LA CATA. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , la señora Ministra de Bienes Nacionales nos dio hoy en la Comisión de Medio Ambiente dos noticias: una buena y otra mala.
Señaló dicha Secretaria de Estado que la ley Nº 20.062, que regulariza ocupaciones irregulares en el borde costero de 18 sectores pesqueros en todo el país, ha dejado a la caleta La Cata, de Lirquén, en la comuna de Penco, por impedimento técnico y jurídico, sin posibilidad alguna de regularización.
Se han solicitado al Ministerio de Vivienda y Urbanismo los informes que permitan proceder a la evaluación del traslado de quienes allí viven, debido a que no se trata de terrenos fiscales.
Pido que se oficie al Ministerio de Bienes Nacionales para que entregue un informe detallado sobre dicha caleta, y al de Vivienda, a fin de que indique qué posibilidades tiene para subsanar los problemas de la única caleta que en la ley Nº 20.062 quedó sin ninguna opción de radicación, de mejoramiento definitivo para sus habitantes.
Solicito también que se evalúe de manera pormenorizada el informe jurídico tenido a la vista por el Ministerio de Bienes Nacionales, porque, hasta donde hemos sabido, los terrenos pertinentes sí eran de origen estatal y estaban bajo la administración de la Armada.
Por lo tanto, pido oficiar al Ministerio de Defensa Nacional y a DIRECTEMAR para que se elabore un informe técnico donde se precise con exactitud la propiedad del terreno de la caleta La Cata.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, de conformidad al Reglamento.
SEGURO DE VIDA Y DE ACCIDENTES PARA USUARIOS DE METRO Y DE TRANSANTIAGO. OFICIO
El señor NAVARRO.-
Por último, pido que se envíe un oficio al Ministerio de Transportes, porque hace ya un mes y medio que entregamos un proyecto de ley que exigía la estructuración de un nuevo seguro de vida y de accidentes para el Transantiago y, particularmente, el Metro.
Los graves accidentes ocurridos y los incidentes de ayer en la mañana, cuando cientos de personas quedaron atrampadas al interior del Metro por no ser posible que se abrieran las puertas, así como la acción de Carabineros y la legítima ira e indignación de los santiaguinos ante el pésimo funcionamiento del Transantiago, hacen obligatorio que, junto con proponerse nuevas medidas para mejorar el transporte urbano, exista un seguro de vida y de accidentes, como parte del proceso de modernización del sistema.
La iniciativa a que he hecho referencia se encuentra en poder del Ministro señor Cortázar . Y la verdad es que esperamos una evaluación responsable, porque el asunto pasa a formar parte de los costos del proceso de modernización, no derivables hacia el usuario.
Es muy bueno que la gente sepa que cuando viaja en Metro o en cualquiera de los buses de superficie del Transantiago tiene un seguro de vida y de accidentes. Ello, más aún en un período tan crítico como el que estamos viviendo, en el que la inseguridad y, en especial, el número de pasajeros en el Metro generan eventualidades que pueden tornar muy vulnerables a las personas discapacitadas o de edad. Ya se han registrado tres fallecimientos en ese último medio de transporte, producto de ataques al corazón de personas a quienes las condiciones de viaje acentuaron problemas que las afectaban.
Estamos pidiendo un seguro de vida y de accidentes para tales casos, y esperamos que el Ministerio de Transportes pueda informar a la brevedad sobre la consideración que ha merecido el proyecto y los planes que está elaborando, por iniciativa propia, para tal efecto.
He dicho.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, de conformidad al Reglamento.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
El Comité Demócrata Cristiano no hará uso de su tiempo
En el turno del Comité Mixto, el Partido Radical Social Demócrata dispone de nueve minutos.
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
QUERELLA CONTRA PRESIDENTE DE CAPÍTULO CHILENO DE TRANSPARENCIA INTERNACIONAL. OFICIOS
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , a diez días de haber sido designado miembro de la Comisión Anticorrupción por la Presidenta Michelle Bachelet , el que era a la sazón presidente del Capítulo Chileno de Transparencia Internacional , abogado Davor Harasic , fue querellado por el ciudadano Michel Chamás por los delitos de falsificación de instrumento público y cohecho.
La presentación judicial fue realizada el lunes 20 de noviembre de 2006 ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, bajo el antiguo sistema penal, con el rol Nº 143-844, del Juzgado del Crimen de esa ciudad.
Según la querella, en abril de 1995, Davor Harasic , representando a la sobrina del actual Fiscal Nacional, María de la Luz Piedrabuena , presentó ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso un recurso de amparo en favor de los hijos del matrimonio Chamás Piedrabuena . A lo anterior acompañó documentación presuntamente falsificada de Policía Internacional.
Específicamente, las falsificaciones serían de tarjetas de ingreso al país, con las cuales consiguió quitarle competencia al Primer Juzgado de Menores de Viña del Mar , "demostrando" -entre comillas- que los hijos de Michel Chamás vivían en la ciudad de Santiago y no con su padre en la Quinta Región.
El lunes 7 de mayo de 2007 un medio de prensa informó que el presidente de Transparencia Internacional declaró voluntariamente el 15 de enero por esta querella que le atañe. Dijo:
"En fecha precisa que no recuerdo, Guillermo Piedrabuena Richard , me pidió que ayudara a su sobrina, quien tenía unos procesos ya iniciados.
"Respecto a los documentos que se imputan adulterados en la querella, no recuerdo si los mismos me los entregó Guillermo Piedrabuena Richard o Guillermo Piedrabuena Keymer , hijo menor del anterior, o la propia señora Piedrabuena .
"Antes de concluir mi declaración quiero señalar que de existir dos documentos iguales, con una frase distinta, es evidente que uno de ellos ha sido adulterado.
"Al momento de intervenir en este asunto, yo sólo conocí y utilicé uno de ellos. Precisamente el presentado en el amparo".
Pese a estas reveladoras aseveraciones, la magistrada cerró el sumario de la investigación. Lo hizo sin pedir declaración a Guillermo Piedrabuena Keymer , a María de la Luz Piedrabuena y/o a Guillermo Piedrabuena Richard , actual Fiscal Nacional.
La declaración del abogado Harasic deja sin respuesta graves interrogantes:
1) ¿Quién falsificó, intelectual y materialmente, los timbres y los datos de las tarjetas de ingreso que presentó?
2) ¿Quién le proveyó de esos documentos?
El Capítulo Chileno de Transparencia Internacional consiguió posicionar el tema de la probidad en la agenda pública y los medios de comunicación. También se ufanó de haber impulsado un proyecto destinado a transparentar la gestión de los poderes Ejecutivo y Legislativo. Al respecto, entregó al Presidente de la Cámara de Diputados una página web mediante la cual se podría acceder a información de cada parlamentario. Asimismo, envió a los miembros de ambas ramas del Congreso una suscripción voluntaria a compromisos concretos en materia de transparencia y probidad.
Sin embargo, sobre esta enrarecida historia de denegación de justicia el señor Harasic ha evitado entrevistas de varios medios de prensa.
Durante 2005 y 2006, la Fiscalía Regional de Valparaíso no ha dado lugar, reiteradamente, al peritaje de los documentos de ingreso presuntamente falsificados que Davor Harasic presentó en 1995. El delito aún no prescribe.
Por todo esto, solicito que se ordene despachar los siguientes oficios:
1.- Al Fiscal de la Quinta Región, señor Jorge Abbott Charme, para que informe si ha mantenido enterado, por su conducto, al Fiscal Nacional, señor Guillermo Piedrabuena Richard, de los avances de esta causa o de otras iniciadas en la competencia de la reforma procesal penal, respecto de estos mismos hechos o de otros, relacionados con ellos, en general o en particular.
También, si ha recibido reclamos o en audiencias al ciudadano Michel Chamás y si ha atendido o no sus peticiones, en especial si ha tramitado o no reclamos administrativos por negación de diligencias de investigación pedidas por ese ciudadano o su defensa.
2.- A la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que informe quién es el Ministro Visitador del Tribunal del Crimen de Valparaíso y si ese señor magistrado ha recibido o ha atendido en audiencias o quejas al ciudadano Michel Chamás por denegación de diligencias en la causa antes citada, y cuáles han sido las medidas adoptadas por esa Corte.
3.- Al Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, señor Arturo Herrera , para que informe si sabe o no de los hechos materia de este oficio y si ha ordenado o no las indagaciones al interior de su Institución destinadas a determinar quién o quiénes y por orden de quién proveyeron al abogado Davor Harasic o a Guillermo Piedrabuena Richard , Guillermo Piedrabuena Keymer o María de la Luz Piedrabuena las tarjetas de ingreso al país antes indicadas. De haber ordenado indagaciones, para que envíe copias autorizadas de todas aquellas realizadas y de su estado actual.
4.- Al Fiscal Nacional, señor Guillermo Piedrabuena Richard , para que informe en qué fecha le pidió al abogado Davor Harasic que ayudara a su sobrina María de la Luz Piedrabuena en unos procesos judiciales ya iniciados y qué documentos o informaciones necesarias para aceptar ese encargo le dio al citado profesional, y si entre ellas estaban o no las tarjetas de ingreso al país referidas más atrás y para que diga cómo las consiguió.
He dicho.
--Se enviarán los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, de conformidad al Reglamento.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Por no haber más asuntos que tratar, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:09.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXOS DE SESIÓN
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR ORPIS, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.913, CON EL FIN DE SANCIONAR A PERSONAS JURÍDICAS QUE EJECUTAN ACTOS DE LAVADO DE DINERO Y BLANQUEO DE ACTIVOS(5046-07)
Honorable Senado:
Tradicionalmente en Chile y en el mundo se ha dado aplicación rigurosa a la máxima societas delinquere non potest. Lo anterior se traduce en el hecho que en materia penal no se contempla la posibilidad que la autoría de un delito pueda ser atribuida a persona jurídica; es decir, sólo serían capaces de delito las personas físicas o humanas.
Este principio, tan arraigado en las sociedades del mundo, ha sido reconocido por la jurisprudencia Suiza como "una regla general no escrita, pues, una disposición que la estableciera contradiría el principio de culpabilidad y el de la proporcionalidad de las penas.
Se ha dicho para sostener esta posición, que a) Las personas jurídicas no son capaces de actuar conforme al derecho penal; b) La persona moral no puede comportarse culpablemente, debido a que por su propia naturaleza no poseen las capacidades síquicas constitutivas de la imputabilidad y, en consecuencia, de la culpabilidad, y c) La pena se basaría en la culpabilidad del autor y busca la expiación y la prevención. De modo que la pena sólo se dirigen a las personas físicas, únicas capaces de pensar, querer y sentir.
Sin perjuicio de lo anterior, en los últimos años se ha dado origen a una corriente alternativa a la tradicional, la cual reconoce o da origen al fenómeno denominado "criminalidad de empresa", el cual se produce de manera preponderante pero no únicamente en los delitos de índole económica.
La delincuencia económica comprende importantes delitos, tales como blanqueo de dinero, estafas de todo tipo, violaciones (motivadas por consideraciones económicas) de las normas de seguridad establecidas para proteger la vida, la salud o el medio ambiente, violaciones de las reglas de la concurrencia y de las prohibiciones de importación y de exportación.
Como podrá advertirse, la delincuencia económica comprende variadas actividades delictuales, dentro de las cuales se encuentran importantes delitos que es preciso perseguir y condenar, aun cuando sean personas jurídicas quienes los cometan.
Lo anterior se justifica por cuanto se puede reducir la seguridad de los productos o servicios para obtener ventajas económicas en su producción o prestación, conductas que sin duda pueden constitutivas de delito.
Se dice que el efecto disuasivo de delincuencia de la pena se diluye en el caso de las personas jurídicas, por cuanto éstas no tienen capacidad ni voluntad de decidir por si mismas, los actos que cometen.
Cabe eso si hacer presente que la responsabilidad penal se basa sobre un esquema simple de escalas causales sucesivas y del comportamiento culpable del autor individual, no es posible comprender la complejidad de los actos de la persona jurídica. Las infracciones cometidas por ésta son, con frecuencia, el fruto de un desarrollo complejo de hechos, condicionado por la descentralización y la repartición de competencias al interior de una agrupación. Los niveles de acción y de decisión están muy fraccionados. Los efectos del accionar de la persona jurídica son el resultado de diversos actos u omisiones de diversas personas. Por esto, el esquema tradicional resulta inadecuado para fijar las responsabilidades individuales relacionadas directamente con el suceso perjudicial.
Por todo lo señalado anteriormente, se hace necesario incorporar el nuevo principio, societas delinquere potest, y en su virtud, configurar conductas típicas y sanciones especialmente contempladas para las personas jurídicas, las cuales deben adecuarse a su especial naturaleza jurídica de persona carente de voluntad propia.
LAS CONDUCTA TÍPICA Y LA EMPRESA
En materia de responsabilidad penal recibe aplicación el principio que dice que la responsabilidad es personal, es decir es de aquel que efectivamente desarrolla la conducta típica, antijurídica y culpable.
En razón de lo anterior, la persona natural que cometa un delito y que cumpla con los demás requisitos para que éste sea punible, deberá ser condenada como autora de dicho delito, aunque el mismo haya sido cometido dentro de una organización empresarial.
En consecuencia, la responsabilidad penal de la empresa es independiente de la responsabilidad que pudiere caberle a una persona natural, por cuanto la primera de ellas sólo será admitida en dos circunstancias bien definidas, a saber: en primer lugar, cuando no es posible justamente de identificar a la persona natural causante del delito y, en segundo lugar, si debido a las deficiencias de organización de la empresa, la violación de una obligación de control o cuidado no puede ser imputada a una persona determinada.
Además, para que la conducta de una empresa pueda ser típica desde el punto de vista de la ley penal, el proyecto exige que la infracción haya sido cometida en el contexto de las actividades de una agrupación. La empresa podrá ser una persona jurídica en sentido estricto, o podrá ser también una sociedad o asociación que no posea dicho estado.
La persona natural, autora verdadera del delito o crimen, debe haber actuado en su condición de órgano o de director de la empresa o en tanto que responsable de facto de la misma. Su comportamiento podrá consistir tanto en un acto de comisión como de omisión y, particularmente, de omisión impropia (no impedir la actividad delictuosa de sus miembros y asumir las consecuencias en tanto que empleador).
LAS SANCIONES
Las sanciones previstas para las empresas deben ser diversas y apropiadas a su naturaleza. La oportunidad y la conveniencia de su aplicación deben ser determinadas por el órgano judicial, teniendo en cuenta, sobre todo, el principio general de la proporcionalidad y la finalidad consistente en evitar la comisión de nuevas "infracciones de empresa".
El juez al momento de escoger e individualizar la sanción, deberá considerar si la infracción constituye un mero incidente en la vida de la empresa, si es más bien el fruto de las insuficiencias estructurales y funcionales de la empresa o si se trata en buena cuenta de una posibilidad prevista en la planificación de la empresa. Las sanciones que el proyecto contempla para implementar en contra de las personas jurídicas autoras de delito son las siguientes:
Sujeción a una obligación económica: Puede ser considerada como una sanción orientada a la represión. Se trata de una pena semejante a la multa, pero su monto no es fijado teniendo en cuenta la culpabilidad, sino en consideración de lo que aparece como proporcionado para alcanzar el objetivo de evitar que la empresa reitere en el comportamiento delictuoso. Esta pena puede significar un perjuicio económico tan grave que comporte un riesgo de desaparición de la empresa. Al respecto, debe jugar un papel importante la apreciación de la proporcionalidad, sobre todo teniendo en cuenta las demás sanciones.
Prohibición de ejercer una actividad determinada: Puede ser considerada mas que una pena como una medida de seguridad. Su finalidad es la de restringir el riesgo de que se vuelvan a cometer infracciones en el ejercicio de la misma actividad. Por esto, la prohibición debe limitarse al dominio de actividades que dieron lugar a la infracción; no puede ser, en consecuencia, general. Esta prohibición puede ser definitiva o a plazo fijo. Para garantizar el respeto de la prohibición se prevé su imposición bajo la amenaza de imponer la sujeción a una obligación económica o la disolución de la empresa.
Disolución de la empresa: Constituye la sanción más grave. En doctrina, ha sido comparada con la pena de muerte. Esto muestra los alcances de la sanción, cuya aplicación no depende de que la empresa esté orientada únicamente a realizar actividades ilícitas. Basta, en consecuencia, que una sola infracción haya sido cometida. Pero, teniendo en cuenta la gravedad de la sanción, la infracción debe ser muy grave o que se trate de una grave reiteración.
ALCANCE DE LA NORMATIVA PROPUESTA;
Como se ha venido diciendo, la responsabilidad penal de la persona jurídica se ha transformado en un tema que trasciende a toda la legislación criminal, motivo por el cual bien podría establecerse que la misma fuera aplicable a todo el ordenamiento jurídico sobre la materia, sin embargo, en este proyecto se ha optado por ser un poco más cauto y conservador, por cuanto se trata de un tema nuevo, controvertido, y que no estará exento de detractores.
Atendida cuenta lo anterior, hemos querido restringir la responsabilidad penal de la persona jurídica a un tema en particular, el cual se encuentra regulado en nuestro país, conocido como el delito de lavado de activos.
En efecto, dicho delito se encuentra regulado actualmente en los artículo 27 y 28 de la Ley 19.913 que Crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de Lavado y Blanqueo de Activos.
Sobre este particular, el GAFISUD, mediante el INFORME DE EVALUACIÓN MUTUA SOBRE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO, efectuado respecto de la realidad que sobre el particular existe en nuestro país, ha señalado como necesario incorporar como posible autores de delito, especialmente en aquellos de índole económica, a las personas jurídicas.
El GAFISUD es una institución internacional de probada experiencia e influencia en el derecho internacional, y es por tal motivo que debe considerarse con especial hincapié cada una de las opiniones que dicho organismo vierta sobre la realidad que afecta a nuestro país.
Pues bien, el informe de este organismo contempla una serie de recomendaciones entre las cuales figura la de reconocer la responsabilidad penal de la persona jurídica, cuestión a la que nosotros adherimos vigorosamente, aunque en principio, restringido solamente a los delitos contemplados de os artículos 27 y 28 de la ley 19.913 antes citada.
Por todo lo anterior, proponemos el presente proyecto de ley que sometemos a la consideración de este Honorable Senado en siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único.- Introdúzcase a la ley 19.913 que Creó la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de Lavado y Blanqueo de Activos, los siguientes tres artículos nuevos:
Artículo 28 A.- Responsabilidad de la empresa:
Serán imputables a las personas jurídicas los delitos previstos en los artículos 27 y 28 de esta ley cuando el mismo es cometido por quien obra en calidad de órgano, de miembro de un órgano o de director de una persona jurídica, de una sociedad o de una empresa individual (empresa) o por quien sin tener esas calidades, dirige de hecho la empresa o ejerce en su seno un poder de decisión independiente, la empresa será reprimida con las sanciones previstas en el presente título.
De la misma manera se procederá cuando no sea posible establecer cual, de las personas indicadas, ha cometido la infracción, o cuando, a causa de deficiencias en la organización, la violación de un deber jurídico reprimido penalmente no puede ser imputada a una persona determinada.
La represión de las personas físicas es independiente, compatible y eventualmente complementaria.
Artículo 28 B.- Sanciones:
Las sanciones aplicables a una empresa son:
a) Obligación de pagar en favor del fisco una suma de dinero de hasta el 50% de la suma que logre acreditarse ha sido lavada, blanqueada o ha sido objeto que cualquier otra acción que califique como delito de conformidad con los artículo 28 y 29 de esta ley;
b) La prohibición de ejercer una actividad determinada por una duración de uno a cinco años, o a título definitivo, bajo amenaza de sanciones previstas en las letras a o c de este artículo;
c) La disolución de la empresa;
La prohibición de ejercer una actividad determinada y la disolución de la empresa pueden ser suspendidas durante un plazo de prueba de dos a cinco años.
El juez podrá imponer a la empresa, durante el plazo de prueba, reglas de conducta destinadas a favorecer la reparación del daño o a prevenir la reiteración de infracciones de la misma naturaleza.
El juez podrá imponer la ejecución si, durante el plazo de prueba, la empresa no respeta las reglas de conducta impuestas, o si se le imputa la comisión de una nueva infracción.
En todo caso, el juez puede colocar la empresa, por una duración máximo de cinco años, total o parcialmente, bajo la vigilancia de una autoridad o de una persona designada por él.
Artículo 28 C.- Determinación e individualización de la sanción:
El juez escoge la sanción y fija la medida de acuerdo a la gravedad del acto y al riesgo de reiteración de las infracciones de las que la empresa es responsable. El puede acumular las sanciones.
(Fdo.):JAIME ORPIS BOUCHON, Senador
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES KUSCHEL, ESCALONA, GARCÍA, SABAG Y VÁSQUEZ, CON LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL SEÑOR DIETRICH PAUL FRIEDRICH ANGERSTEIN BRINK(5047-07)
Honorable Senado:
En virtud de los antecedentes que a continuación expongo, vengo en proponer el siguiente proyecto de ley que tiene por objeto conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena a don Dietrich Paul Friedrich Angerstein Brink.
El señor Dietrich Paul Friedrich Angerstein Brink, nació el 8 de octubre de 1932 en Mersegurg, Alemania. Hijo del profesor Paul Angerstein Siebert y de la profesora Elfriede Brink Bloedhorn.
Los padres de Dietrich Angerstein vivieron en Chile en la década de 1920. Su padre Paul Angerstein ejerció su profesión de profesor secundario del Colegio Alemán de Concepción. Allí conoció a su esposa Elfriede Brink quien, por haber fallecido sus padres en Alemania, fue acogida por una tía residente en Concepción. Ambos se casaron en Concepción en 1927. En julio de 1929, nació su primer hijo Konrad quien, por tal razón, posee la nacionalidad chilena.
La familia viajó a Alemania en 1930, radicándose en Merseburg, Sajonia, donde Paul Angerstein se dedicó a la docencia. En este lugar nacieron sus otros dos hijos: Dietrich, en 1932 y Hermann, en 1936.
Durante el año 1939, Paul Angerstein recibió de parte del Colegio Alemán de Concepción el ofrecimiento de hacerse cargo de la dirección del Colegio. Lamentablemente y mientras la familia Angerstein estaba en pleno proceso de preparar el viaje a Chile, que en aquellos años se hacia por barco con una duración mínima de un mes, estalló la Segunda Guerra Mundial lo que obligó a la familia a quedarse en Alemania.
Debe destacarse aquí que la familia Angerstein en Alemania conservó el cariño hacia Chile. Esto se manifestó en diversas publicaciones en periódicos alemanes, participación en la acción solidaria manifestada a raíz de los terremotos ocurridos en 1938 y 1939 e izamiento de la bandera chilena con motivo de las Fiestas Patrias chilenas.
Finalizada la guerra y una vez restablecidas las relaciones consulares, familiares de Doña Elfriede Brink de Angersiein obtuvieron del gobierno de Chile los permisos necesarios para que la familia se trasladara definitivamente a Chile, lo que pudo concretarse en el segundo semestre de 1948.
Ya en Chile, Dietrich Angerstein completó sus estudios secundarios en el Colegio Alemán de Osorno. Sus padres crearon, con ayuda del Colegio Alemán de Santiago, el Colegio Alemán de Ñuñoa, que permaneció activo hasta la década de los años 70 cuando se fusionó definitivamente con el Colegio Alemán de Santiago.
En 1951 Dietrich Angerstein ingresó a la Universidad Católica de Santiago, a la Facultad de Ingeniería Civil. No pudo completar sus estudios debido al fallecimiento de su padre ocurrido en mayo de 1953 lo que tuvo como consecuencia un cierto desequilibrio financiero en la familia.
Luego, Dietrich Angerstein se inició como empleado en diversas empresas comerciales, hasta que en 1959, gracias a un casual encuentro con un industrial alemán, logró iniciar una empresa pesquera en Porvenir, Tierra del Fuego. Sin mayores conocimientos de la industria pesquera, sólo con el deseo de realizar algo en este apartado rincón del mundo y aprovechando los conocimientos de un pescador artesanal, y con el aporte financiero del industrial alemán Karl Kreusel, quien sentía una gran admiración por Chile tras una visita turística, se logró formar en Porvenir la Sociedad Pesquera e Industrial Bonacic y Cía. Ltda., posteriormente transformada en Pesquera Magallanes Ltda. Fue el principal empleador de Puerto Porvenir, Tierra del Fuego, con más de cien trabajadores en época de faena de centollas, varios barcos pesqueros propios y arrendados. Los productos "Pirata" se vendieron no sólo en Chile sino se exportaron a Europa y varios países de Sudamérica.
Paralelamente y mientras se gestionaba la formación de la pesquera ya mencionada, Dietrich Angerstein participó activamente en la formación de la 15a. Compañía de Bomberos "Máximo Humbser", siendo, en el presente, aún el voluntario N° 2, fundador y más antiguo de la lista. Fue primer secretario y posteriormente, después de haber regresado a Santiago a fines de 1968, ocupó varios altos cargos tanto en su compañía como en el Cuerpo de Bomberos de Santiago.
En el año 1969, ya de regreso en Santiago, Dietrich Angerstein se empleó en Química Hoechst Chile Ltda hasta 1975, cuando ingresó como socio a la empresa Sociedad Extinguidores Ltda., empresa dedicada a los proyectos y fabricación de equipos contra incendios. En el año 2006 aún es el socio principal de esa empresa cuyos inicios datan del año 1890 aunque ya dejó de fabricar extintores y dedica sus esfuerzos a los proyectos de protección de empresas e instalaciones de fuerza eléctrica.
Paralelamente siguió activo en el Cuerpo de Bomberos de Santiago.
En 1974, a raíz de una sugerencia de la Asociación de Cuerpos de Bomberos de Alemania, como condición para poder hacer uso de becas de estudios bomberiles en ese país, se fundó en Concepción la Confederación de Compañías Chileno-Alemanas de Bomberos. Como primer Presidente fue elegido Dietrich Angerstein, cargo que desde entonces ocupa con algunas breves interrupciones.
Durante estos años, no sólo las 17 Compañías de Bomberos chilenas de origen alemán se han beneficiado con los contactos establecidos a través de la Confederación, sino muchos Cuerpos de Bomberos de Chile han participado en eventos de bomberos en el viejo mundo, han recibido equipos y elementos donados por Alemania, han aprovechado los cursos y seminarios organizados, tanto en Alemania, como por instructores alemanes en Chile, obra que culminó con la donación, por parte de un grupo de entusiastas bomberos alemanes, de los primeros elementos para remodelar la Central de Comunicaciones y Despacho para la Provincia de Concepción que actualmente se encuentra en construcción en la ciudad penquista.
Se eligió Concepción de común acuerdo con la Junta Nacional de Bomberos de Chile, como proyecto piloto ya que se logró unir en su primera etapa a 10 Cuerpos de Bomberos de la Provincia (Concepción, Talcahuano, Penco, Tomé, San Pedro de la Paz, Chiguayante, Hualqui, Coronel, Lota y Santa Juana) en una sola Central de Comunicaciones. Posteriormente se integraron al proyecto Hualquén y La Florida. Otra razón para elegir Concepción fueron las condiciones geográficas que ofrecieron serias dificultades técnicas como por ejemplo "zonas negras" en los enlaces radiotelefónicos, integración de líneas telefónicas etc., dificultades que constituyeron un reto a la capacidad de los ingenieros y técnicos tanto chilenos como alemanes, todas ellas salvadas en estos momentos.
Para realizar este proyecto y reunir fondos a título de donaciones en Alemania, el Vicecomandante del Cuerpo de Bomberos de Ulm/Alemania, señor Manfred Chaloun, como consecuencia de conversaciones mantenidas en Chile con Dietrich Angerstein, creó en Alemania la "Fundación Bomberos de Chile", entidad que ha logrado obtener valiosos aportes en dinero para adquirir los equipos necesarios para la Central de Comunicaciones de Concepción como asimismo otros elementos de uso bomberil destinados a diferentes Cuerpos de Bomberos de Chile. El señor Manfred Chaloun ha realizado 11 viajes a Chile, algunos en compañía de destacados bomberos y técnicos que colaboran en el proyecto de Concepción. Ha realizado asimismo cursos de perfeccionamiento bomberil en Chile.
Cabe destacar que la fundación Bomberos de Chile posee personería jurídica en Alemania y las donaciones hechas a ella gozan de las exenciones tributarias que las leyes alemanas establecen para tal fin. Todas ellas se destinan para mejorar el servicio bomberil en Chile.
Para poder realizar estos proyecto Dietrich Angerstein tuvo que realizar múltiples viajes a Europa (no sólo Alemania, también Gran Bretaña, Austria etc.) habiendo acompañado en algunos al Presidente de Bomberos de Chile, señor Octavio Hinzpeter quien, al ser recibido en su calidad de presidente de todos los bomberos de Chile, ha sido objeto de las atenciones correspondientes a su cargo, con la presencia infaltable de una o más de las 1.500 bandas musicales de bomberos existentes en aquel país. Esta experiencia indujo al Presidente Hinzpeter a solicitar a Dietrich Angersiein crear también en Chile una banda musical de bomberos, con sede en Santiago.
Cabe recordar que, hace más de medio siglo, muchos Cuerpos de Bomberos de Chile contaban con bandas de música, costumbre que lamentablemente se extinguió con el transcurso de los años, habiendo sobrevivido solamente las bandas del Cuerpo de Bomberos de Ancud/Chiloé y la de Osorno, esta última también reorganizada por Dietrich Angerstein.
Así, a comienzos del año 1997, bajo el alero de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, se creó el Orfeón Juvenil de Bomberos de Chile, cuya dirección administrativa se halla a cargo de Dietrich Angerstein, mientras que para la parte musical se pudo contar, desde sus comienzos, con la colaboración de destacados músicos profesionales. Hoy el Orfeón Juvenil de Bomberos de Chile cuenta en sus filas con un centenar de jóvenes, en su mayoría provenientes de barrios populares de Santiago, de los cuales 50 forman en la banda N° 1, el resto en los cursos de "solfeo" y la prebenda.
Ha sido propósito del presidente de Bomberos de Chile, Octavio Hinzpeter en pleno acuerdo con Dietrich Angersiein atraer hacia una institución de mucho prestigio como es la de Bomberos de Chile a jóvenes de ambos sexos de escasos recursos financieros y de barrios periféricos cuyos padres, en muchos casos, temen los peligros inherentes del servicio normal de bomberos. Este propósito se ha logrado plenamente, los integrantes del Orfeón han encontrado un ambiente de sana convivencia, se creó reglamentariamente el cargo de "bombero-músico" y como tal son reconocidos en todo el país, visten con orgullo el uniforme de bombero y han adquirido conocimientos de música que a muchos ha permitido continuar su afición en las orquestas juveniles, bandas de Fuerzas Armadas u otras, en calidad de profesional.
El Orfeón Juvenil de Bomberos de Chile ha realizado múltiples viajes dentro y fuera del país, entre ellos dos exitosos viajes a Alemania, invitados por Cuerpos de Bomberos voluntarios de aquella nación, además de giras por Chile y un gran concierto en el Salón de Honor del Congreso Nacional efectuado el 18 de junio de 2003. En Alemania ha sido premiado por sus presentaciones ante las más altas autoridades alemanas, algunas presentaciones transmitidas por la televisión alemana, como también tuvo la oportunidad de una demostración de su arte en la Embajada de Chile en Berlín en junio de 2005. Todas estas giras y eventos fueron preparados y organizados por el voluntario Dietrich Angerstein quien siempre está presente cuando el Orfeón Juvenil de Bomberos de Chile hace sonar sus instrumentos, ya sea en un acontecimiento de bomberos, salones de conciertos, en plazas públicas o en barrios periféricos. El Orfeón Juvenil de Bomberos de Chile cuenta con un moderno instrumental adquirido por la Junta Nacional de Bomberos de Chile y una sala de ensayos ubicada en la sede de la Junta, donde practica dos veces por semana. Presenta sus virtudes musicales ante el público chileno a lo largo del país en 20 a 30 espectáculos anuales.
Sin embargo, el entusiasmo por los bomberos de Chile no es lo único que despierta la inquietud de Dietrich Angerstein. Su segundo tema son los ferrocarriles. Conjuntamente con su amigo lan Thomson Newman, ciudadano chileno por gracia desde 2005, y tras 10 años de investigación, pudo publicar por primera vez en 1997, la Historia del Ferrocarril en Chile, publicación que tras reimprimirse varias veces debido al alto interés despertado no sólo en Chile, logró editarse por segunda vez en una versión ampliada en el año 2000. Fue posible llevar a cabo ambas ediciones gracias a la efectiva y realista labor del Centro de Investigaciones Diego Barros Arana de la Biblioteca Nacional.
En la actualidad, Dietrich Angerstein y su amigo Ian Thomson se hallan dedicados a completar la tercera edición habiendo ya cerrado un convenio con una editorial para tal efecto. Esta tercera edición debe salir a la venta a comienzos de 2007.
La Historia del Ferrocarril en Chile es una publicación apolítica, libre de prejuicios y de influencias de los factores que intervienen en el juego. Los ferrocarriles particulares, industriales y de otros orígenes son tratados a la par con la gran empresa del Estado, sin menoscabar el extraordinario papel que desempeñó el Estado en el desarrollo del país al crear vías férreas en zonas despobladas y abrir así vastas regiones a la población.
El interés por los ferrocarriles de Chile condujo a la circunstancia que Dietrich Angerstein posee ahora, en su biblioteca particular, probablemente el mayor número de publicaciones sobre los ferrocarriles del cono Sur de América, muchos textos salvados de la destrucción al ser eliminados los archivos de los Ferrocarriles del Estado.
Dietrich Angerstein Brink es casado con Brigitte Hintze Goebel, chilena nacida en Santiago, Tiene dos hijas, Karin Angerstein de profesión abogada y Barbara Angerstein de profesión ingeniero comercial, ambas casadas y residentes en Santiago.
Fuera de pertenecer a varias instituciones chileno-alemanas, al Cuerpo de Bomberos de Santiago, el señor Angerstein es alguacil fundador del Circulo de Amigos de Carabineros de Chile, Prefectura Santiago-Norte y fundador de la Asociación Chilena de Conservación de! Patrimonio Ferroviario.
El señor Angerstein residente en Chile desde el 5 de noviembre de 1948, obtuvo su permanencia definitiva por Decreto Supremo N° 4.380 del 10 de noviembre de 1951.
El señor Angerstein ha demostrado un gran cariño y entrega por nuestro país, según los antecedentes previamente reseñados, manifestando un gran espíritu de servicio, tanto en áreas culturales, técnicas y sociales, en colaboraciones voluntarias y no remuneradas.
Es por ello, que en reconocimiento al significativo y sostenido aporte durante tanto años a la acción de numerosos cuerpos de bomberos de nuestro país, así como a su preocupación por integrar a los jóvenes en el arte de la música y del conocimiento, y por haber puesto su talento, capacidad y perseverancia al servicio de nuestra Patria, y de conformidad al artículo 10, N° 4°, de la Constitución Política de la República, vengo en preponer el siguiente:
"PROYECTO DE LEY
Artículo único.- concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, a don Dietrich Paul Friedrich Angerstein Brink.".
(Fdo.):Carlos Ignacio Kuschel Silva,Camilo Escalona Medina,SenadorSenadormJosé García RuminotHosaín Sabag Castillo SenadorSenador Guillermo Vásquez Úbeda, Senador Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE BANCOS, EN LO RELATIVO A FIJACIÓN DE TARIFAS POR PRODUCTOS O SERVICIOS QUE INDICA(5050-05)
Honorable Senado:
FUNDAMENTOS
Existe cierto tópico en nuestra regulación legal de las operaciones de la banca, que hasta el día de hoy no ha sido abordado con determinación férrea, esto es, el referente a las bases para la fijación de tarifas por sus productos y servicios. A mayor abundamiento, hasta el minuto la materia sólo se encuentra “regulada”, voz que utilizaremos entre comillas, de forma bastante escueta y con inconveniente ambigüedad, principalmente y sin perjuicio del escaso articulado legal, por circulares emitidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, que se limitan a orientar respecto a los principios y criterios generales para los efectos, razón por la que las instituciones en comento disponen de amplias libertades para fijar el monto de las comisiones que cobran por sus productos y servicios.
Es menester citar la Ley Nº 18.010, sobre operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica, en cuanto establece límite a los intereses; la Ley Nº 19.496, norma sobre la protección de los derechos de los consumidores, en cuanto regula la transparencia de la información que se debe entregar al público, particularmente información básica comercial y publicidad, como así mismo lo referente a ofertas y promociones y la Ley Nº 19.659 que modificó la Ley del Consumidor en cuanto al límite a los gastos por cobranza extrajudicial y las costas procesales y personales fijadas en juicio por un tribunal contra el deudor.
La SBIF ha señalado que las comisiones y gastos cobrados por las instituciones bancarias deben corresponder a servicios reales, efectivamente acordados y prestados. Es indudable. Las obligaciones proceden de fuentes determinadas, y requieren de una causa que las genere. Una persona no puede verse compelida a realizar una prestación en beneficio de otra sino en virtud de una causa, según lo dispuesto en el artículo Nº 1445 de nuestro Código Civil que señala que “para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario...4° que tenga una causa lícita”.
La SBIF ha establecido un criterio para determinar las operaciones de los bancos que generan el cobro de comisiones. A saber, los bancos distinguen en general, tres clases de operaciones: Operaciones pasivas; operaciones activas y operaciones neutras, que considera propiamente servicios.
Las operaciones activas y pasivas generan intereses, ya sea a favor o en contra del banco, según corresponda a la naturaleza de la operación. Las operaciones neutras generan comisiones a favor del banco que las realiza, según expresa la superintendencia, por tratarse de servicios.
Señala que existen operaciones que combinan el pago de intereses con el pago de comisiones. Una operación típica es la apertura y mantención de un crédito o línea de crédito a favor de un cliente, la que genera una comisión y luego intereses cuando el cliente utiliza efectivamente el crédito, lo que parece evidente. En los préstamos hipotecarios con letras de crédito, existe también un cobro de una denominada comisión. Intereses, que se descomponen en los intereses que le corresponde recibir al tenedor de la letra de crédito y el interés que percibe el banco. Este interés recibe el nombre de comisión, aun cuando se devenga en forma conjunta con los intereses antes mencionados y es similar a éstos.Ya se ha señalado que en el caso de que el banco, con motivo de una obligación legítimamente contraída tenga que cumplir una gestión o servicio, solamente puede cobrarla si se trata de una operación diferente y no de una que sea parte de la operación original o de una obligación que derive directamente de ella.
Respecto del cobro de comisiones sobre cuentas corrientes, se establece en el art. 8° de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques. Tratándose de servicios propios del manejo de una cuenta corriente, no corresponde el cobro de comisión por la entrega del estado de saldo, la entrega de talonarios de cheques, el protesto de cheques, como tampoco es procedente hacerlo por su aclaración y por otros actos que sean propios de la cuenta corriente y que deban realizarse en cumplimiento de las disposiciones legales. En las operaciones de crédito que efectúen los clientes en sus cuentas corrientes, no pondremos en duda la posibilidad de cobrar comisión, pero sólo actos que tengan tal naturaleza, tal como la apertura de un crédito, o la contratación de línea de crédito. Mismo criterio debe aplicarse para las cuentas a la vista.
En lo que se refiere al cobro de comisiones por sobregiros no contratados, los bancos librados aplican sin justificación una comisión por un determinado número de sobregiros en cada mes, con un máximo por mes u otro procedimiento o modalidad similar que el Directorio del banco establezca. Sin embargo, no se justifica las comisiones por sobregiros no pactados. Nada obsta para que la entidad bancaria sea estricta en cuanto a los términos en que se ha convenido el uso de la línea de crédito, o la cantidad de sobregiros, cuyo importe para el banco debe ser imputable a la comisión que el contrato genera, que se paga por plazos determinados, pero no se justifica que a pretexto de favorecer al cliente, el banco cree arbitrariamente un nuevo pacto, el que por cuya naturaleza requiere de consentimiento y que es especialmente lesivo para aquél, especialmente porque sabemos que la gratuidad no se presume en las operaciones de crédito de dinero. Respecto al cobro de comisión por la mantención del servicio de tarjetas de crédito, de débito, cuentas a la vista y cualquiera que se utilice en cajeros automáticos, ha señalado la SBIF que debe traducirse en una comisión fija, cobrada en forma periódica, ya sea mensual, anual o con alguna otra periodicidad, no inferior en ningún caso a un mes calendario, a la que no podrán adicionarse otras sumas por concepto de otros gastos, cuando esos gastos correspondan a los propios en que incurre el emisor para proporcionar el servicio que se presta, ya que se supone que la comisión fija se ha calculado, determinado y comunicado al cliente, considerando todos los costos que son propios del servicio ofrecido. Y sin perjuicio de los montos variables que se originen por las transacciones realizadas en el exterior. Por lo tanto y siguiendo la misma argumentación de la superintendencia, es absolutamente irrazonable que en el uso de estas tarjetas, particularmente las operaciones en cajeros automáticos, tales como giros de dinero, consultas de saldo, estado de cuenta, cartola, compras y en fin, actos que son la causa y objeto; y sin entrar en discusión doctrinaria, operaciones que son inherentes al servicio. Nos es sostenible señalar que en la comisión fija, los costos propios de tales servicios se han calculado en base a un ejercicio extremadamente limitado aquellas. No resulta lógico, en consecuencia, limitar la cantidad de transacciones.
No hacemos reparos a lo que señala la SBIF respecto a que los bancos podrán cobrar a sus clientes los gastos propios del cumplimiento de otros requisitos relacionados con las operaciones convenidas, de carácter externo, tales como el costo de las escrituras de constitución e inscripción de hipotecas; gastos por impuestos de timbres y estampillas; gastos de corresponsal relacionados con cartas de crédito; cobranzas u otras operaciones; primas de seguro, y siempre que se haya especificado que éstos sean de cargo del cliente. A su vez, concordamos en que no procede el cobro de gastos de franqueo o de despacho de la correspondencia relacionada con los servicios contratados; por los estados de cuenta de las tarjetas de débito o de crédito; por los avisos de dividendo o de pago de cobranzas; etc.A nuestro juicio se hace necesario establecer normas claras y concluyentes que permitan al usuario determinar sin dificultades, cuándo las instituciones bancarias les están cobrando comisión por un servicio efectivamente prestado y no se trate de eufemismos, para justificar el cobro de intereses no establecidos por la ley o importes sin fundamento.
El título VIII del la Ley General de Bancos, consta solamente de un párrafo, que a su vez consta de un único artículo. A decir, el artículo 69 de la ley, que establece las operaciones de los bancos en forma bastante detallada. Sin embargo no se pronuncia respecto de las condiciones para la fijación de las tarifas por sus productos. Y por cierto, en ningún otro cuerpo normativo. En este sentido, nos parece adecuado, incorporar un segundo párrafo al título mencionado, que regule las bases para la determinación del cobro de los mismos.
Por las razones expuestas, vengo en presentar el siguiente:
Proyecto de Ley
Artículo 1: Incorpórese al Título VIII del Decreto con Fuerza de Ley Nº 3, Ley General de Bancos, la expresión: “Parrafo 1” previo a la expresión “Operaciones de los Bancos”.
Artículo 2: Incorpórese al Título VIII del Decreto con Fuerza de ley Nº 3 el siguiente:
“Párrafo 2. Bases para la Fijación de Tarifas por los Productos o Servicios Bancarios
Artículo 69 (bis): Las entidades bancarias se someterán a las disposiciones de este título para efectos de fijar sus tarifas por sus productos o servicios.
1) Las instituciones bancarias deberán otorgar en forma transparente y clara tanto a clientes como al público en general, la información íntegra sobre sus políticas en materias de cobros, las razones de su procedencia y sus montos, con sujeción a las exigencias mínimas de las normas otorgadas por la Superintendencia y demás disposiciones legales que regulen la materia.
2) Las comisiones y gastos que cobren las instituciones bancarias por sus productos y servicios deben corresponder a servicios efectivamente prestados, con las formalidades legales pertinentes, y con el previo consentimiento del cliente.
3) Las instituciones bancarias no estarán facultadas para el cobro de gestiones derivadas directamente de las obligaciones legítimamente contraídas, respecto de las cuales el banco ya está percibiendo una remuneración, a menos que se trate de una operación diferente.
4) Sin perjuicio de las comisiones fijas por concepto de apertura y manejo de una cuenta bancaria, sea cual sea su naturaleza; tarjetas de crédito y en general, cualquier producto que implique el uso de tarjeta en cajeros automáticos; no procederá cobro de comisiones por servicios propios e inherentes al producto y a su manejo, tales como cheques girados y/o pagados; compras con tarjeta de crédito o de débito, giros y en general transacciones de cualquier tipo efectuadas en cajeros automáticos; llamadas a teléfonos de auto-consulta; consultas de saldos y cartolas obtenidos por cualquier medio, sea éste la concurrencia personal ante ejecutivos bancarios, o el uso de terminales de consulta especiales o cajeros automáticos; transferencias de fondos a otros bancos a través de Internet, envío de talonario a domicilio, etc.
5) Ni las transacciones señaladas en el número anterior ni ninguna de orden similar podrá ser restringida en cantidad y cualquier pacto en contrario se tendrá por no válido.
6) Sin perjuicio de la comisión fija por la apertura de una línea de crédito, en lo que respecta al cobro de comisiones por pago de cheques por sobregiro, las instituciones bancarias podrán fijarla y aplicarla por un número determinado de sobregiros en cada mes, o bien por un promedio en un período determinado u otro procedimiento similar que el Directorio del banco establezca. Pero en ningún caso podrán efectuar cobros de comisiones por sobregiros no contratados, sin perjuicios de otras medidas, tales como el no pago de los cheques.
7) El Banco sólo podrá modificar las tarifas y gastos en la forma y periodicidad que determine acorde la normativa legal vigente.
(Fdo.):CARLOS BIANCHI CHELECH, SENADOR
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, POR MEDIO DE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE BANCOS, EN MATERIA DE RECHAZO DE PRESTACIONES O SERVICIOS BANCARIOS (5051-05)
Honorable Senado:
FUNDAMENTOS
El secreto bancario consiste en una obligación de abstención impuesta por diversas norma a los bancos, en virtud del cual, éstos deben mantener estricta reserva respecto al movimiento y antecedentes comerciales de sus clientes, sin perjuicio de las excepciones establecidas por la ley. Se consideran como clientes tanto el titular de una cuenta bancaria o usuario de algún producto ofrecido por el banco, como la persona que sin tener necesariamente relación contractual con éste, efectúe operaciones en él, y sin además, toda aquella persona que con motivo de pretender adquirir un producto o abrir una cuenta entregue antecedentes personales a la institución.
Fue reconocido en forma expresa en el artículo 20 de la Ley Nº 18.576, en el año 1986. Su actual consagración se encuentra en diversos cuerpos legales, fundamentalmente en el art. 154 del DFL Nº 3 la Ley General de Bancos señala en su primer inciso que “Los depósitos y captaciones de cualquiera naturaleza que reciban los bancos están sujetos a secreto bancario y no podrán proporcionarse antecedentes relativos a dichas operaciones sino a su titular o a quien haya sido expresamente autorizado por él o la persona que lo represente legalmente. El que infringiere la norma anterior será sancionado con la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio”. Esta disposición, no ha sufrido modificaciones substanciales, sin perjuicio del reemplazo de cierta terminología empleada en los incisos finales, como consecuencia de la reforma procesal penal. Por su parte, el Decreto con Fuerza de Ley Nº 707 sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, señala en su artículo 1° inciso 2 que “El Banco deberá mantener en estricta reserva, respecto de terceros, el movimiento de la cuenta corriente y sus saldos, y sólo podrá proporcionar estas informaciones al librador o a quien éste haya facultado expresamente”.
Las mismas normas señaladas, entre otras como la Ley 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y el Código Tributario, contienen ciertas excepciones, particularmente ante la existencia de un interés público o general comprometido, lo que en definitiva se hace efectivo ante una orden judicial.
El secreto bancario es una institución controversial, que ha cobrado particular relevancia en la agenda reciente, en cuanto a hace algún tiempo este Senado debatió respecto a la posibilidad de modificar sus normas en sentido de levantarlo, ya que actualmente, en el ámbito internacional los distintos países han seguido la tendencia de suscribir acuerdos de cooperación, con el objeto de requerir u obtener el acceso a información de las instituciones bancarias de otros Estados, como consecuencia de las economías globalizadas.
Sin perjuicio de la flexibilización que podría llegar a tener en cuanto a otorgar facultades a la autoridad para la persecución de ciertos delitos, una eliminación radical no es posible en cuanto vulnera derechos del individuo, puesto que se trata de una manifestación del derecho de las personas a su intimidad, particularmente en materia financiera y económica. Cabe señalar que la ley 20.000 en lo que respecta a las atribuciones del Ministerio Público en relación al secreto bancario fue declarada inconstitucional. Nuestra Carta fundamental lo consagra en los números 4 y 5 del artículo 19, que establecen el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia y la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada, tales como documentos privados, que sólo podrán interceptarse, abrirse o registrarse en los casos y formas determinados por la ley. A mayor abundamiento, la Declaración Universal de Derechos Humanos sostiene que “nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada”, encargando su protección a la ley.
La discusión, se ha centrado en que la celosa protección del secreto bancario es un obstáculo para la persecución de ciertos delitos, particularmente del lavado de dinero y evasión tributaria, y se ha eludido la actual necesidad de regular la cara que dice relación con la protección de la vida privada de las personas. La Corte Suprema ha encontrado la base del Secreto Bancario en el derecho a la intimidad de los datos económicos de los clientes.
Por su parte, en materia de protección a la intimidad, el título III de la ley 19.628, denominado “De la utilización de datos personales relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial” señala en el art. 17 qué tipo de información que verse sobre obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial, podrán comunicar los responsables de registros y o bancos de datos personales y en qué circunstancias pueden hacerlo.
Nuestro interés está particularmente enfocado a las personas naturales, micro, pequeñas y medianas empresas, en cuanto sus problemas de financiamiento y acceso al crédito bancario. Todas las instituciones bancarias, posee bancos de datos de sus clientes. Nada impide el traspaso de información entre aquéllas y nuestro interés, particularmente es hacer efectivo lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 19628 que dispone que “en ningún caso pueden comunicarse los datos a que se refiere el artículo anterior, - esto es, de datos personales relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial - que se relacionen con una persona identificada o identificable, luego de transcurridos cinco años desde que la respectiva obligación se hizo exigible. Tampoco se podrá continuar comunicando los datos relativos a dicha obligación después de haber sido pagada o haberse extinguido por otro modo legal.” Esta disposición es inocua si los bancos pueden rechazar a un cliente, tanto solicitudes de crédito como de otros productos, con expresión de causas bastante vagas. Qué sucede si ésta es, en el fondo, algún problema financiero del pasado, al cuál no deberían tener acceso y si lo tienen es porque precisamente otra institución bancaria ha desconocido tanto las normas específicas que regulan el secreto bancario como las establecidas por la ley de protección a la vida privada. Por lo tanto nos parece necesario complementar la norma en sentido de exigir a los bancos expresión precisa y fundada de la causal por la que niegan un producto a un cliente, agregando al efecto un nuevo inciso 3° al artículo 152 de la Ley general de Bancos, el cual se ubica en el título XVI, denominado “Secreto Bancario y Otras Normas”.
Atendido lo expresado, vengo en presentar el siguiente proyecto de Ley:
ARTÍCULO ÚNICO: Agréguese el siguiente inciso cuarto nuevo al art. 154 del Decreto con fuerza de Ley Nº 3, Ley General de Bancos.
“Si la entidad bancaria rechaza la apertura de cuenta, prestación de determinado servicio o la adquisición de determinado producto, tanto a una persona natural como jurídica, deberá expresar en forma clara y precisa la causal. Si la negativa atendiere a sus antecedentes comerciales, dicha información no podrá abarcar un periodo superior a 5 años contados desde la fecha que se hace la solicitud al banco. Sin perjuicio de aquello, la institución podrá reservarse el derecho de admitir a un cliente, en caso de consistir la causal de rechazo el incumplimiento de obligaciones contraídas para con el mismo banco y aunque han sido pagadas o se han extinguido por cualquier otra forma legal.”
(Fdo.):CARLOS BIANCHI CHELECH,SENADOR
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES VÁSQUEZ, GÓMEZ, MUÑOZ BARRA Y NAVARRO, CON LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE DEROGA EL Nº 1 DEL ARTÍCULO 43 DE LA LEY DE QUIEBRAS(5052-03)
Honorable Senado:
El artículo 1568 del Código Civil define el pago efectivo como la prestación de lo que se debe. Es el cumplimiento idóneo de una obligación y el modo natural de extinguirla.
El incumplimiento, sea que un deudor no lleve a cabo dentro de plazo una obligación de dar o hacer o realice la conducta impedida por una obligación de no hacer, es un hecho antijurídico contra lo cual el acreedor puede ejercer las tutelas que la ley le permite siendo éstas de carácter individual, principalmente las acciones ordinarias, las ejecutivas, los derechos auxiliares del acreedor, las medidas conservativas, además de la indemnización de perjuicios.
Las tutelas individuales patrimoniales protegen la hacienda del acreedor, el bien jurídico amparado interesa sólo a éste y su concreción se obtiene a través de la ejecución forzosa singular. En síntesis, el mero incumplimiento de una obligación se satisface por la acción particular y exclusiva del acreedor como titular legítimo.
En cambio, si es insuficiente el patrimonio para cubrir sus obligaciones del deudor y su desequilibrio económico le impide el cumplimiento cabal, íntegro y oportuno del total de sus deudas, los derechos del conjunto de los acreedores se resguardan a través de las tutelas colectivas, que velan por el principio de la igualdad entre ellos salvo las excepciones legales, amparan el interés general, tienden a impedir los fraudes en contra del concierto de acreedores y actúan, incluso preventivamente, ante indicios evidentes de una crisis económica del deudor.
Allí la solución apta es la ejecución forzosa colectiva, no la vía individual, que se aplica sobre la base de una doble universalidad: el total de los acreedores actuando sobre el total de los bienes no inembargables del deudor, amparando el principio de la par conditio creditorum, establecido en el artículo 2.469 del Código Civil, fundamento de todo el sistema de las quiebras y de los demás procedimientos concursales. (Los acreedores, con las excepciones indicadas en el artículo 1618, podrán exigir que se vendan todos los bienes del deudor hasta concurrencia de sus créditos, inclusos los intereses y los costos de la cobranza, para que con el producto se les satisfaga íntegramente si fueren suficientes los bienes, y en caso de no serlo, a prorrata, cuando no haya causas especiales para preferir ciertos créditos, según la clasificación que sigue),
Así, mientras el incumplimiento de una obligación es un hecho antijurídico, la quiebra como tutela colectiva es una defensa contra el hecho antijurídico, consistente en un estado patrimonial deficitario de un deudor imposibilitado de solventar el total de sus obligaciones.
A través de los estatutos italianos medievales, cuyas raíces venían del derecho romano, se perfeccionaron figuras propias del Derecho Comercial que hasta hoy nos rige, incluyendo la moderna concepción jurídica del derecho de quiebras.
Por tratarse de un remedio contra un deudor incapaz de pagar sus obligaciones, la legislación estatutaria (Venecia, Bolonia, Siena, Florencia y Papua) aplicó el procedimiento concursal a todo deudor insolvente, comerciante o no, por lo que en sus orígenes la quiebra fue una institución de derecho común, solución lógica: para el problema de la concurrencia de los acreedores en un patrimonio negativo, no importando la actividad, profesión u oficio de su titular.
El Código de Comercio Napoleónico, en cambio, aplicó el procedimiento de la quiebra sólo a los comerciantes, reservando el concurso para los no comerciantes. El Código de Comercio español lo siguió en el mismo sentido y el Código de Comercio chileno, heredero de éste continuó en tal doctrina, por lo que en nuestro país desde antes de la vigencia del Código nacional, la quiebra sólo alcanza a los comerciantes, reservándose a los insolventes civiles las normas del concurso.
Esta legislación consideró como causal exclusiva de la quiebra a “la cesación de pagos”, que desde siempre fue interpretada por la jurisprudencia chilena en su concepción restringida, esto es, como sinónimo de interrupción de pagos, no importando ni el número ni monto de su ocurrencia, ni requiriendo que necesariamente se acredite un estado patrimonial crítico para dictar la quiebra, que era la tesis original.
Esta aplicación es contraria, incluso, a otras normas que permiten la declaratoria de quiebra, aun cuando no hayan incumplimientos pero sí existan señales de crisis patrimonial: v.gr., la fuga del deudor o la quiebra consecuencial de los socios solidarios que componen una sociedad colectiva o en comandita fallidas.
La ley 4558, en el marco de la crisis bursátil de 1929 y basada en que la labor del comerciante debía contener un estatuto mas estricto que los demás, por radicar en ellos la fe pública de la buena conducción de los múltiples actos de comercio, distinguió entre deudores comerciantes y los denominados deudores civiles, fue más severa con los primeros, sea respecto de las causales de quiebra, sea de la carga de solicitar su propia quiebra antes de 15 días desde la fecha en que hubiera cesado en el pago de una obligación mercantil, sea de mayores requisitos para el otorgamiento de alimentos para él y su familia, y ordenó que la administración de las quiebras fuera practicada por una repartición pública que se creó al efecto; la Sindicatura General de Quiebras que posteriormente se denominó Sindicatura Nacional de Quiebras.
Todo ello explica que dicha regulación da cuenta solamente de un bien jurídicamente protegido en un determinado momento histórico y no de un dogma de fe. En este marco, dicha ley contempló la siguiente causal de declaración de quiebra:
“Cualquiera de los acreedores podrá solicitar la declaración de quiebra, aun cuando su crédito no sea exigible, en los siguientes casos:
1.- Cuando el deudor comerciante cese en el pago de una obligación mercantil;
Pese a que el legislador fue severo con el comerciante moroso, también le entregó defensas y oportunidades procesales para impedir o revertir el estado de quiebra, a saber:
1.- el deudor podía incidentar la demanda en un procedimiento en que se oía a ambas partes sus argumentos, se abría término probatorio y en definitiva se aplicaban todas las normas que daban cuenta de un debido proceso en forma previa a la sentencia, lo que no ocurre con la actual normativa;
2.- existía la institución denominada alzamiento de la quiebra, en virtud de la cual el fallido tenía 5 días luego de declarada la quiebra para alzarla, pagando la obligación por la cual había sido solicitada.
3.- Tratándose de solicitudes de quiebra a sociedades anónimas, en forma previa a la declaratoria el Tribunal solicitaba informe a la respectiva superintendencia para que esta evacuara un informe sobre si aquella se encontraba o no en insolvencia y si el informe señalaba que pese al incumplimiento de la obligación que fundaba la solicitud de quiebra la sociedad era solvente, el tribunal se abstenía de declararla.
La ley 18.175 que modificó a la ley 4.558, actual Nº 1º del artículo 43 del Libro Cuarto “De las Quiebras” del Código de Comercio, mantuvo la causal de petición de quiebra con el sólo mérito del incumplimiento de una obligación mercantil por el demandado, ampliado el espectro de deudor calificado a deudor que ejerce una actividad mercantil, industrial minera o agrícola, exigiendo que el título sea ejecutivo, con el siguiente tenor:
“Cualquiera de los acreedores podrá solicitar la declaración de quiebra, aun cuando su crédito no sea exigible, en los siguientes casos:
1.- Cuando el deudor que ejerza una actividad comercial, industrial, minera o agrícola, cese en el pago de una obligación mercantil con el solicitante, cuyo título sea ejecutivo;
Esta modificación acarrea las siguientes consecuencias:
a)El legislador es más severo con aquellas personas que ejercen una actividad comercial, industrial, minera o agrícola, y
b)la causal de quiebra del deudor calificado debe consistir en el cese del pago de obligación vencida, en cambio en las demás causales la obligación que sirve de base a la solicitud de quiebra no necesariamente debe cumplir con tal requisito.
c)la disposición sirvió en muchos casos como un mecanismo de indebida presión para el pago de un crédito discutible, contra un título ejecutivo al que podían oponerse excepciones susceptibles de ser acogidas, por lo cual el acreedor solicitaba la quiebra sabiendo que respecto de ella no son oponibles las excepciones contenidas en el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, dado el criterio jurisprudencial que asimiló la cesación de pagos al incumplimiento de las obligaciones, ya que el pago de la obligación es la única excepción que puede oponer el deudor cuya quiebra se solicita, pero no da opción de defensa ni permite la bilatelaridad de la audiencia, lo que resulta claramente inconstitucional y arbitrario, denegando el principio del debido proceso.
En el afán de acelerar los procesos concursales, la ley 18.175 creó un procedimiento breve y sumario que sólo fija la citación a una audiencia informativa para declarar la quiebra, pero que dentro de su plazo permite el pago de la obligación. Precisamente en ello se encuentra la ausencia de debido proceso.A su vez, este mecanismo puede utilizarse como arbitrio ruinoso por quien, encontrándose en estado de insolvencia, se concierta con un acreedor para que le solicite la quiebra con el solo objeto de legitimar el pago mediante la respectiva consignación en la audiencia respectiva, y de esta forma validar un pago que, hecho de otra manera, implicaría la causal de quiebra culpable establecida en el Nº 1 del artículo 219 de la ley.
Es cierto que al día de hoy el número de quiebras ha caído sustancialmente, dado el auge económico del país y que la exigencia del depósito de 100 Unidades de Fomento al solicitar la declaratoria constituye una traba al cobro de montos pequeños. Sin embargo, nada asegura que la bonanza económica seguirá eternamente y que esta causal no vuelva a ser usada como un chantaje contra un deudor que, de no ser solicitada su quiebra, podría oponer excepciones a un título ejecutivo que lo obliga, o que se utilice como un fraude contra el resto de los acreedores, burlando la “par conditio creditorum”.
Más aún, la causal es en sí misma contradictoria y altamente peligrosa. Ya no sólo es aplicable a los comerciantes, sino que son titulares pasivos de esta causal quienes ejerzan la actividad agrícola y minera, giros económicos de naturaleza civil, por obligaciones mercantiles contenidas en un título ejecutivo.
Se produce así el absurdo que no podría ser declarado en bancarrota un agricultor o un minero por el incumplimiento de una obligación derivada de su actividad por tratarse de una obligación civil, aunque estuviese contenida en un título ejecutivo, y en cambio sí podría serlo por una obligación mercantil contenida en un título ejecutivo que no derivara de su giro.
Por ello, tanto en cuanto la causal de quiebra citada no se condice con la institución de la quiebra ya que no es demostrativa de un estado crítico de un patrimonio, porque carece de fundamento jurídico histórico y teórico, porque hoy tampoco es aplicable exclusivamente a los comerciantes y porque viola el principio del debido proceso, vengo en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- “Derógase el Nº 1 del artículo 43 del Libro IV “De las Quiebras” del Código de Comercio, pasando sus números 2 y 3 a ser, respectivamente, 1 y 2”.
(Fdo.):Guillermo Vásquez Úbeda, José Antonio Gómez Urrutia SenadorSenador Roberto Muñoz BarraAlejandro Navarro Brain SenadorSenador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NARANJO, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, CON EL FIN DE PROHIBIR LA COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN QUE INDICA(5053-07)
Honorable Senado:
CONSIDERANDO:
Desde principios de esta década, las multitiendas e instituciones financieras han desarrollado una agresiva estrategia de marketing destinada a captar al segmento joven, ofreciendo tarjetas de crédito y cuentas corrientes principalmente a estudiantes universitarios, ya que supuestamente estos se titularán y se convertirán en clientes rentables para estas instituciones, creando una relación de fidelidad en el tiempo con la institución. Pero además esta política tiene un segundo objetivo, el cual es que los jóvenes desde muy temprana edad comiencen a envolverse en una escalada consumista que en numerosas ocasiones se convierte en adictiva.
Para abrir una cuenta corriente o conseguir una tarjeta de crédito, lo único que se le exige a un alumno universitario es un certificado de alumno regular , carnet de identidad y no tener informes de morosidad, así como en algunos casos la cédula de identidad de los padres, obviándose el antecedente mas importante, que es la capacidad de pago actual, ya que no se les exige que tengan ningún tipo de ingreso, ni acreditar renta alguna. El monto del crédito dependerá en última instancia del curso en que se encuentre el estudiante, la carrera y la universidad.
La entrega de este tipo de créditos, es absolutamente contraria a lo que la mas mínima lógica establece, toda vez que las políticas crediticias de las grandes casas comerciales y de los Bancos e Instituciones Financieras,normalmente exige diversos antecedentes bancarios, financieros y comerciales; como asimismo una antigüedad laboral de a lo menos 6 meses para quienes son trabajadores dependientes; En el caso de los trabajadores independientes deben acreditar 1 año de ingresos estables.
En resumen obtener hoy estas tarjetas de crédito como estudiante se hace mucho mas fácil que obtenerlas como trabajador.
Por otra parte,el Servicio Nacional del Consumidor en su página web recomienda que la cuota de endeudamiento total de una persona no sea superior al 25% de sus ingresos familiares, atendidos a que la gran mayoría de estos estudiantes no tienen ingresos propios, es lógico pensar que tampoco pueden endeudarse ya que indefectiblemente caerán en morosidad.
La situación generada por estas casas comerciales e Instituciones Financieras se ha traducido en que muchos de estos estudiantes se endeuden sin tener ninguna posibilidad real de cumplir con los compromisos contraídos. Deudas que mes a mes se incrementan al aplicarseles diversas multas por no cancelar a tiempo.
Estos hechos a su vez redundan en embargos al hogar familiar y a la incorporación como deudores en las bases de datos (Boletín Comercial) de estos estudiantes,impidiéndoles muchas veces, una vez terminadas sus carreras, acceder a un trabajo remunerado; menos que los padres cancelen la deudas para evitar mayores problemas a sus hijos.
Considerando que son las casas comerciales e Instituciones Financieras quienes desarrollan esta política de marketing, deben ser ellas y no los estudiantes, quienes asuman los riesgos y responsabilidades que conlleva su estrategia de captación de nuevos clientes.
Como no es posible limitar la entrega de estos créditos , a lo menos se hace necesario morigerar las consecuencias para quienes debido a la actuación imprudente de estas Instituciones los contraen y posteriormente no puedan acceder a un trabajo o a nuevos créditos. Situación que se convierte en un circulo del cual no pueden escapar ya que al haber incurrido en deudas ingresarán en las bases de datos privados ( boletín comercial).
Por lo anteriormente expuesto, vengo en presentar el siguiente Proyecto de Ley :
Modifícase la Ley 19.628 sobre Protección a la Vida Privada.
Artículo único , agréguese el siguiente inciso tercero al artículo 17 de la ley 19.628 sobre Protección a la Vida Privada:
“Sin perjuicio de lo anterior, no podrán ser comunicadas las informaciones señaladas en los dos incisos anteriores, cuando estas provengan de cualquier tipo de incumplimiento financiero bancario o comercial que tengan como autores de estos a personas que no posean ingresos acreditables al momento de contratar esas obligaciones y que sin embargo la institución bancaria, financiera o comercial otorgue crédito a sabiendas de esta situación”.
(Fdo.):Jaime Naranjo Ortiz, Senador de la República
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES VÁSQUEZ Y NAVARRO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 20.169, QUE REGULA LA COMPETENCIA DESLEAL, PARA SANCIONAR CONDUCTAS QUE INDICA(5054-03)
Honorable Senado:
Es un hecho conocido que algunos industriales o manufacturadores de productos de alto consumo, así como algunos de los grandes intermediarios especialmente en el área de retail, utilizan ciertos mecanismos destinados a lograr financiamiento a través de incumplimientos contractuales, haciendo recaer en sus proveedores costos que de por sí corresponde a los primeros. Lo anterior corresponde a formas de financiamiento alternativo, paranormativos, tanto en forma directa como indirecta.
Una de los modos más comunes de obtener financiamiento indebido de los industriales, manufacturadores o empresas de intermediación, aprovechando su posición privilegiada, consiste en prolongar los pagos a sus proveedores más allá del plazo convenido, quienes en virtud del porcentaje y magnitud de los ingresos que les representan sus adquirentes, se ven obligados a aceptar cualquier tipo de condiciones que les sean injustamente impuestas. Esto genera un crédito indirecto e involuntario otorgado por los suministradores a sus compradores, como evidente consecuencia del poder económico que éstos detentan y de la ausencia de legislación adecuada, todo lo que impide a sus prestadores de bienes y servicios cobrar sus acreencias en los términos acordados.
El que los intermediarios impongan a sus proveedores subsidiar sus costos, no sólo es antijurídico sino que inaceptable desde el punto de vista de la responsabilidad social corporativa, dado que los pequeños y medianos empresarios son los que normalmente carecen de facilidades de obtención de crédito, en circunstancias que a diferencia de ellos, las grandes empresas tienen acceso al crédito en condiciones normales o privilegiadas. En síntesis, las PYMES no sólo acceden, cuando pueden, a créditos más caros, sino que lo otorgan en términos gratuitos , tanto por la falta de intereses por el plazo que se les impone en el pago de sus productos o servicios, como la carencia del reconocimiento del crédito fiscal del IVA por los intereses que no se les pagan.
Asimismo, los estos proveedores económicamente más débiles omiten la presentación de su potencial reclamo o rechazo a estas prácticas, ante el temor de no volver a ser considerados como abastecedores de dichas empresas que, por su tamaño, son monopólicas o al menos oligopólicas.
Mecanismos de esta naturaleza, por otro lado, implican una barrera artificial a gran parte de las PYMES al mercado de abastecimiento de bienes y servicios, ya que sólo podrán formar parte de él los proveedores que tengan la capacidad financiera para asumir los costos financieros, por el plazo en que realmente se cumple con el pago de los productos o servicios que les hayan sido suministrados.. Esta barrera constituida por el respaldo financiero para asumir el retraso en los pagos no puede ni debe ser aceptada como un requisito natural del negocio de provisión de bienes y servicios.
Existen, en otro orden de cosas, reclamos anónimos de pequeños y medianos empresarios, que sabemos que son ciertos, sobre la restricción que le han impuesto las mismas empresas para que sus facturas puedan constituir título ejecutivo, mediante la omisión de alguna de las exigencias que contiene la ley Nº 19.893 pero que no impiden la aplicación del crédito fiscal, imposibilitando con ello su factorización como medio de financiamiento que tanto requieren, pues de esta forma se garantizan que las empresas factorizadotas puedan cobrarles en tiempo y forma. Es obvio que ello también constituye un abuso inaceptable, que incluso va contra la finalidad de la mencionada ley.
En esta situación se produce que las grandes empresas no sólo obtienen el financiamiento de sus proveedores con menor capital de trabajo, sino que al recibir las facturas aprovechan el crédito fiscal que de ellas nace, sin haber pagado al proveedor al menos el monto del descuento que obtienen por la vía de la facturación que se les ha entregado.
Estas situaciones son tan perniciosamente obvias, que basta la anterior exposición de motivos para justificar la presentación del siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Modifícase la ley Nº 20.169 sobre competencia desleal, en los siguientes términos:
1)Agrégase en el articulo 4º las siguientes letras h) e i):
“h) El impedimento de un adquirente a su proveedor de productos o servicios, de la emisión de una o más facturas que contengan todas las menciones para tener mérito ejecutivo de acuerdo a la ley Nº 19.983, o la negativa de su recepción o rehusar firmar todas las copias que señala dicho cuerpo legal”.
“i) La conducta reiterada de un adquirente de retrasar los pagos de las facturas emitidas por sus proveedores, más allá de la fecha de vencimiento fijadas en éstas”.
2)Agrégase el siguiente inciso cuarto al artículo 6º:
“En los casos señalados en las letras h) e i) del artículo 4º, en representación de los afectados podrá también ejercer de oficio las acciones pertinentes, el Fiscal Nacional Económico y los abogados que éste designe al efecto”.
3)Agrégase el siguiente inciso cuarto al artículo 10:
“En el caso de la letra h) del artículo 4º, en la sentencia condenatoria el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia podrá, además, sancionar al infractor con la pérdida del derecho a crédito fiscal de los impuestos recargados o retenidos en la o las facturas que le hubiere entregado su proveedor o suministrador”.
(Fdo.):Guillermo Vásquez Úbeda,Alejandro Navarro Brain SenadorSenador
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES HORVATH, ALLAMAND, ÁVILA, LONGUEIRA, NAVARRO Y VÁSQUEZ, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN LA ADOPCIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y USO NO LETAL DE LOS CETÁCEOS(S 961-12)
Honorable Senado:
Considerando que:
1.La moratoria sobre la caza comercial de ballenas implementada por la Comisión Ballenera Internacional (CBI) en 1986 ha permitido el incremento parcial de algunas especies de grandes cetáceos y ha brindado la oportunidad para que naciones históricamente balleneras del hemisferio sur iniciaran un proceso de reevaluación de sus políticas de conservación y manejo de sus recursos y ecosistemas marinos.
2.La promoción de actividades de uso no letal, mediante actividades de ecoturismo, investigación científica, desarrollo de programas educativos y la incorporación participativa de las comunidades costeras en el uso no consuntivo del recurso ballena, se han ido consolidando como parte de las políticas nacionales e iniciativas internacionales que buscan garantizar el desarrollo sustentable en América Latina.
3.La creciente presión extra regional para que se reanude prematuramente la caza comercial de ballenas, así como el creciente aumento de las cuotas de captura bajo la modalidad de caza científica, están amenazando los esfuerzos de conservación y manejo sustentable de las poblaciones de ballenas del hemisferio sur.
4.Desde hace más de una década Chile juega un rol fundamental en el fortalecimiento de políticas regionales e internacionales tendientes a garantizar el derecho de los países del hemisferio sur a utilizar el recurso ballenas mediante metodologías no letales.
5.A pesar de los esfuerzos internacionales y regionales, Chile no cuenta con una política nacional de conservación y uso no letal de cetáceos que garantice que las iniciativas realizadas se mantengan y fortalezcan y que la ausencia de dicha política debilita la posición conservacionista de Chile al no brindar garantías a largo plazo para el desarrollo sustentable de las comunidades costeras a través de actividades de uso no letal de los cetáceos.
6.La realización de la 60ma reunión anual de la Comisión Ballenera Internacional en Chile representa una oportunidad para avanzar hacia la consolidación de una Política Nacional de conservación y uso no letal de los cetáceos y para posicionar al país como un destino emergente del turismo de avistaje de cetáceos.
El Senado acuerda solicitar a S. E. la Presidenta de la República:
1.Que es necesario que las políticas de conservación promovidas y adoptadas por Chile a nivel regional e internacional cuenten con un marco legal que garantice que el uso no letal de los cetáceos como un compromiso permanente del país, de acuerdo a lo convenido por el país en la Declaración de Buenos Aires (2006).
2.Que con miras a la 60ma reunión anual de la CBI en Chile, las autoridades nacionales con competencia en el tema trabajen expeditamente para avanzar hacia la adopción de una Política Nacional de Conservacion y Uso No Letal de Cetáceos que prohíba definitivamente las operaciones de caza comercial y científica letal de cetáceos en aguas chilenas.
(Fdo.):Antonio Horvath Kiss,Andrés Allamand Zavala SenadorSenador Nelson Ávila Contreras,Pablo Longueira Montes SenadorSenador Alejandro Navarro Brain,Guillermo Vásquez Úbeda SenadorSenador