Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- MOCIÓN INADMISIBLE
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Juan Antonio Coloma Correa
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Hernan Larrain Fernandez
- Jaime Orpis Bouchon
- MOCIÓN INADMISIBLE
- DEBATE
- MOCIÓN INADMISIBLE
- Juan Pablo Letelier Morel
- MOCIÓN INADMISIBLE
- DEBATE
- PERMISO
- Carlos Fernando Flores Labra
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Guillermo Vasquez Ubeda
- PERMISO
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
ADMINISTRACIÓN PROVISIONAL EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Carlos Bianchi Chelech
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- DEBATE
-
INCREMENTO DE CRÉDITO PARA INVERSIONES EN SOCIEDADES EXTRANJERAS Y EN ACTIVO FIJO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- DEBATE
-
MODIFICACIÓN DE CÓDIGOS PENAL Y PROCESAL PENAL EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y REFORZAMIENTO DE ATRIBUCIONES PREVENTIVAS DE LAS POLICÍAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Gomez Urrutia
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- DEBATE
-
ACUERDO DE COOPERACIÓN CON TURQUÍA SOBRE ENTRENAMIENTO MILITAR, INDUSTRIA DE DEFENSA, TECNOLOGÍA Y CIENCIA
- ANTECEDENTE
-
ADMINISTRACIÓN PROVISIONAL EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS
-
PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Allamand Zavala
- PETICIÓN DE OFICIO
- Carlos Bianchi Chelech
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Juan Antonio Coloma Correa
- Alberto Espina Otero
- Jose Garcia Ruminot
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Hernan Larrain Fernandez
- Pablo Longueira Montes
- Evelyn Matthei Fornet
- Jaime Orpis Bouchon
- Sergio Romero Pizarro
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Nelson Jaime Avila Contreras
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Eduardo Frei Ruiz-tagle
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Hernan Larrain Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Jovino Novoa Vasquez
- PETICIÓN DE OFICIO : Jovino Novoa Vasquez
- PETICIÓN DE OFICIO : Victor Perez Varela
- PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Romero Pizarro
- PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Romero Pizarro
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Allamand Zavala
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES GARCÍA, COLOMA, LARRAÍN, PROKURICA Y ROMERO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE A FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA PARTICIPAR EN ACTIVIDADES DE PROSELITISMO O PROMOCIÓN DE CANDIDATOS EN PERÍODOS ELECTORALES (4848-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jose Garcia Ruminot
- Juan Antonio Coloma Correa
- Hernan Larrain Fernandez
- Baldo Prokurica Prokurica
- Sergio Romero Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES GARCÍA, COLOMA, LARRAÍN, PROKURICA Y ROMERO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE DETERMINA EL USO DEL ESCUDO DE ARMAS PATRIO Y LA BANDERA NACIONAL EN DOCUMENTOS Y ACTOS OFICIALES DEL ESTADO (4849-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jose Garcia Ruminot
- Juan Antonio Coloma Correa
- Hernan Larrain Fernandez
- Baldo Prokurica Prokurica
- Sergio Romero Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES LARRAÍN, ALLAMAND, COLOMA, CHADWICK Y ESPINA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA EN MATERIA DE FINANCIAMIENTO DE NUEVAS FUNCIONES MUNICIPALES (4850-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Hernan Larrain Fernandez
- Andres Allamand Zavala
- Juan Antonio Coloma Correa
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Alberto Espina Otero
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ORPIS Y NOVOA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 20.000 SOBRE TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS, CON EL FIN DE SANCIONAR DELITOS COMETIDOS EN CONTRA DE AUTORIDADES QUE INDICA (4851-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Orpis Bouchon
- Jovino Novoa Vasquez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR LETELIER, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2.472 DEL CÓDIGO CIVIL, A FIN DE OTORGAR LA CALIDAD DE CRÉDITO DE PRIMERA CLASE A INDEMNIZACIONES LABORALES QUE INDICA (4855-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y OMINAMI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 164 DE LA LEY Nº 18.045, DE MERCADO DE VALORES, EN MATERIA DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA (4852-05)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Ominami Pascual
- Pedro Hector Munoz Aburto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 18.046, SOBRE SOCIEDADES ANÓNIMAS, A FIN DE AMPLIAR PLAZO QUE INDICA (4853-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Bianchi Chelech
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR LETELIER, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 315 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO, PARA PRECISAR INFORMACIÓN FINANCIERA QUE DEBE ENTREGAR EL EMPLEADOR AL INICIO DE UNA NEGOCIACIÓN COLECTIVA (4854-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR LETELIER, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 305 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO, PARA ELIMINAR PROHIBICIÓN DE NEGOCIAR COLECTIVAMENTE QUE RIGE PARA TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN UNA OBRA O FAENA TRANSITORIA O DE TEMPORADA (4856-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DETERMINA CARACTERÍSTICAS DE LAS SEÑALES DE TRÁNSITO QUE INDICA (4857-15)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Bianchi Chelech
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ORPIS, BIANCHI Y ZALDÍVAR, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE EXIME DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE EMISIÓN A MOTOCICLETAS QUE INDICA (4858-15)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- Jaime Orpis Bouchon
- Carlos Bianchi Chelech
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES FREI, LARRAÍN Y ROMERO, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL PERSONAL DEL SENADO EN LO RELATIVO A REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS FUNCIONARIOS DEL SENADO (S 939-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- Hernan Larrain Fernandez
- Sergio Romero Pizarro
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PROYECTO DE ACUERDO DEL HONORABLE SENADOR LARRAÍN Y DIVERSOS OTROS HONORABLES SENADORES, CON EL QUE SOLICITAN AL EJECUTIVO EL ENVÍO DE UN PROYECTO DE LEY QUE ENTREGUE A LOS MUNICIPIOS LA MANTENCIÓN DE CAMINOS RURALES (S 936-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Hernan Larrain Fernandez
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PROYECTO DE ACUERDO DEL HONORABLE SENADOR PROKURICA Y DIVERSOS OTROS HONORABLES SENADORES, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN AL MINISTERIO DE HACIENDA UN AUMENTO EN EL PLAZO PARA LA REPROGRAMACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE PEQUEÑOS EMPRESARIOS (S 937-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Baldo Prokurica Prokurica
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PROYECTO DE ACUERDO DEL HONORABLE SENADOR PROKURICA Y DIVERSOS OTROS HONORABLES SENADORES CON EL QUE SOLICITAN AL GOBIERNO MANIFESTAR PREOCUPACIÓN ANTE ORGANISMOS INTERNACIONALES QUE INDICAN POR RESTRICCIONES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y SUS GARANTÍAS EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (S 938-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Baldo Prokurica Prokurica
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PROYECTO DE ACUERDO DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI Y DIVERSOS OTROS HONORABLES SENADORES, CON EL CUAL SOLICITAN AL EJECUTIVO LA INCORPORACIÓN DE UNA ASIGNACIÓN DE ZONA PARA FUNCIONARIOS ASISTENTES DE EDUCACIÓN (S 940-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carlos Bianchi Chelech
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES GARCÍA, COLOMA, LARRAÍN, PROKURICA Y ROMERO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE A FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA PARTICIPAR EN ACTIVIDADES DE PROSELITISMO O PROMOCIÓN DE CANDIDATOS EN PERÍODOS ELECTORALES (4848-06)
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 354ª
Sesión 86ª, en martes 23 de enero de 2007
Ordinaria
(De 16:18 a 18:35)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta designación de administración provisional en establecimientos educacionales subvencionados en casos que indica (4503-04) (se aprueba en general)¿¿¿
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que incrementa crédito por impuestos pagados en el exterior disponible para inversiones en sociedades extranjeras y aumenta transitoriamente crédito tributario a inversión en activo fijo (4738-05) (se aprueba en general y particular)¿¿¿¿
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica Códigos Penal y Procesal Penal en materia de seguridad ciudadana y refuerza atribuciones de Policías (4321-07) (se aprueba en general)¿¿¿..
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Acuerdo de cooperación entre Chile y Turquía sobre entrenamiento militar, industria de defensa, tecnología y ciencia (3919-10) (queda pendiente su discusión)¿¿
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Espina Otero, Alberto
--Flores Labra, Fernando
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Longueira Montes, Pablo
--Matthei Fornet, Evelyn
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez Varela, Victor
--Pizarro Soto, Jorge
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Vásquez Úbeda, Guillermo
--Zaldívar Larraín, Adolfo
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior , don Belisario Velasco Baraona; de Hacienda, don Andrés Velasco Brañes; Secretario General de Gobierno , don Ricardo Lagos Weber; de Educación, doña Yasna Provoste Campillay, y de Justicia, don Isidro Solís Palma.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:18, en presencia de 13 señores Senadores.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Las actas de las sesiones 84ª y 85ª, ordinarias, en 16 y 17 de enero del año en curso, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
Mensajes
Dos de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero inicia un proyecto de ley sobre estatuto de los delegados oficiales de Estados extranjeros u organizaciones internacionales (boletín Nº 4.859-10).
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores y a la de Hacienda, en su caso y, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política, se manda poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.
Con el segundo retira la urgencia y la hace presente de nuevo, en el carácter de "suma", con relación al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al principio de probidad (boletín Nº 4.722-06).
--Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Oficios
Tres de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha dado su aprobación, en los mismos términos en que lo hiciera el Senado, al proyecto que prorroga la entrada en vigencia de las leyes Nºs 20.022 y 20.087, sobre nueva justicia laboral (boletín Nº 4.811-13).
--Se toma conocimiento, se manda comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la República y se remite el documento al archivo junto a sus antecedentes.
Con el segundo informa que ha dado su aprobación, en los mismos términos en que lo hiciera el Senado, al proyecto de ley que crea el cargo de Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, y le confiere rango de Ministro de Estado (boletín Nº 4.148-06).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar el proyecto a Su Excelencia la Presidenta de la República.
Con el tercero informa que prestó su aprobación al proyecto de ley que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo (boletín Nº 4.627-19).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y a la de Hacienda.
De la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, con el que emite su parecer respecto del proyecto de ley que establece un procedimiento para regular la situación de insolvencia grave de deudores civiles (boletín Nº 4.721-07).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Dos del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Con el primero remite copia autorizada de la sentencia referida al proyecto de que modifica la Ley de Copropiedad Inmobiliaria para facilitar la organización y administración de los condominios de viviendas sociales (boletín Nº 3.804-14).
Con el segundo remite copia autorizada de la sentencia referida al proyecto que regula la competencia desleal (boletín Nº 3.356-07).
De la señora Contralora General de la República subrogante, mediante el cual contesta un oficio expedido en nombre del Senador señor Vásquez, relativo a la forma en que se está aplicando y fiscalizando el decreto supremo Nº 466, de 1985, Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos Autorizados.
Del Fiscal Nacional del Ministerio Público, con el cual acusa recibo de dos oficios enviados en nombre del Senador señor Espina, en los que se pide información acerca de las villas y poblaciones donde existirían altos niveles de tráfico de drogas.
Dos de la señora Ministra Secretaria General de la Presidencia:
Con el primero contesta un acuerdo del Senado, relativo al estudio de una Declaración Internacional de Derechos Humanos de las personas de la tercera edad.
Con el segundo responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Navarro, referido a iniciativas legales para gravar con determinadas contribuciones de bienes raíces a las plantaciones forestales.
De la señora Ministra de Educación , por medio del cual contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Espina, en cuanto al término de un convenio de administración entre la Corporación de Desarrollo Social de la Novena Región (CORPRIX) y el Ministerio de Educación.
Nueve del señor Ministro de Obras Públicas :
Con el primero contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Pérez Varela, concerniente a las inversiones extraordinarias que efectuará la Cartera a su cargo para mitigar los daños que se produjeron en la Octava Región a consecuencia de los temporales de invierno.
Con el segundo da respuesta a un oficio enviado por el Senador señor Longueira, en que pide información acerca de la fecha en que el proyecto Américo Vespucio Oriente será sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Con el tercero y cuarto contesta dos oficios enviados en nombre del Senador señor García, referidos a las acciones destinadas a mejorar el sistema de agua potable rural de la localidad de Bolilche (comuna de Nueva Imperial), y la ejecución de las iniciativas de inversión financiadas con cargo al presupuesto 2006 correspondiente a la Novena Región.
Con el quinto responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantero, sobre la forma como el Consorcio Bas Dos S.A. cancelará las deudas de las pymes que indica.
Con el sexto contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Navarro, referido a los derechos de aprovechamiento de aguas concedidos y en trámite de ENDESA, a nivel nacional.
Con el séptimo da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantero, relativo a la carencia de agua que aqueja a las familias de San Pedro de Atacama
Con el octavo responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Chadwick, acerca de los problemas que genera la extracción de áridos en las riberas del río Tinguiririca.
Con el noveno contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, en que se solicita información acerca de los impactos ambientales y económicos del proyecto "Concesión Internacional Acceso Nororiente a Santiago".
De la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, con el que responde un oficio enviado por el Senador señor Espina, en cuanto a la pavimentación de las calles de la localidad de Pillanlelbún (comuna de Lautaro).
Del señor Ministro de Agricultura, mediante el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relativo al problema que afecta a plantaciones de la especie pinus radiata en la Octava Región.
De la señora Ministra de Minería y Energía, por medio del cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Navarro, relacionado con las acciones ejecutadas por la Comisión Nacional de Energía ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
Dos del señor Subsecretario del Interior subrogante, mediante los cuales contesta igual número de oficios enviados en nombre del Senador señor García, relativos a los proyectos presentados al Fondo Social Presidente de la República por el taller laboral " Bolil Rayén", de la localidad de Bolilche (comuna de Nueva Imperial), y por el Club de la Edad Mayor La Esperanza, de la localidad de Quitratué (comuna de Gorbea).
Dos del señor Subsecretario de Pesca:
Con el primero contesta un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Matthei, referido a la posibilidad de ampliar el período de postulación al programa de capacitación de apoyo social y reconversión laboral de los trabajadores desplazados de la industria pesquera en Coquimbo.
Con el segundo responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Navarro, en que solicita copia de los estudios técnicos sobre biomasa que justifican un incremento de las cuotas de captura de la pesquería nacional para el 2007.
De la señora Subsecretaria de Telecomunicaciones, mediante la cual responde un oficio del Senador señor Naranjo, relativo a la calidad del servicio que presta la empresa VTR Cable a sus clientes.
Del señor Subsecretario de Transportes, por medio del cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Navarro, referido al cambio de motores de los vehículos de taxistas de la comuna de San Carlos.
Del señor Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, por el que da contestación a un oficio enviado en nombre del Senador señor García, sobre los problemas que afectan a la inscripción de nacimiento que indica.
Del señor Subdirector de Racionalización y Función Pública, de la Dirección de Presupuestos, mediante el cual contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor García, en cuanto al denominado "quinquenio penitenciario", cuyo reconocimiento solicitan los pensionados de Gendarmería de Chile.
Del Secretario Ejecutivo de la Secretaría Interministerial de Planificación de Transporte (SECTRA), por medio del cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Navarro, respecto a estudios de seguridad en la Ruta de la Madera, sector Santa Juana, en la Octava Región.
Del señor Contralor subrogante de la Región del Maule , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Naranjo, sobre fiscalización realizada al Instituto Nacional de Deportes, de la Séptima Región.
Del señor Alcalde de Carahue , por el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor García, en que solicita información sobre el Primer Encuentro Intercomunal de Integración Carahue-Saavedra.
Del señor Director de CONAMA de la Región de Coquimbo , por medio del cual responde un oficio remitido en nombre del Senador señor Horvath, en que pide la adopción de medidas para subsanar los problemas surgidos de la contaminación de la caleta Huentelauquén, en la Cuarta Región.
Del señor Director del Servicio de Salud Araucanía Sur, mediante el cual contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor García, relativo a la construcción de un consultorio de salud en la localidad de Labranza, comuna de Temuco.
Dos del señor Secretario de la Municipalidad de Antofagasta , por el cual da respuesta a igual número de oficios enviados en nombre del Senador señor Cantero, relativos a problemas de tránsito que afectan a la referida comuna, y a estudios de impacto ambiental referidos al complejo comercial Jumbo-Easy, que se instalará en la ciudad de Antofagasta.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Economía e informe de la de Hacienda , recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre constitución y operación de sociedades de garantía recíproca (boletín Nº 3.627-03).
Segundo informe de la Comisión de Agricultura, recaído en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que establece modificaciones en la ley Nº 19.220, sobre bolsas de productos agropecuarios (boletín Nº 4.329-01).
Informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, recaído en el proyecto, en primer trámite constitucional, que introduce diversas modificaciones a la ley Nº 18.287, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, y a la ley Nº 18.290, de Tránsito (boletín Nº 2.776-15).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Senadores señores García, Coloma, Larraín, Prokurica y Romero, que prohíbe a los funcionarios públicos de exclusiva confianza participar en actividades de proselitismo o promoción de candidatos en períodos electorales (boletín Nº 4.848-06).
De los Senadores señores García, Coloma, Larraín, Prokurica y Romero, que determina el uso del escudo de armas patrio y la bandera nacional en los documentos y actos oficiales del Estado (boletín Nº 4.849-06).
--Pasan a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
De los Senadores señores Larraín, Allamand, Coloma, Chadwick y Espina, mediante el cual inician un proyecto de reforma constitucional, que modifica el artículo 122 de la Constitución Política de la República, en materia de financiamiento de nuevas funciones municipales (boletín Nº 4.850-07). (Véase en los Anexos, documento 9)
De los Senadores señores Orpis y Novoa, que modifica la ley Nº 20.000, sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, con el fin de sancionar delitos cometidos en contra de las autoridades que indica (boletín Nº 4.851-07).
--Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del Senador señor Letelier, que modifica el artículo 2.472 del Código Civil, con el fin de otorgar la calidad de crédito de primera clase a las indemnizaciones laborales que indica (boletín Nº 4.855-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y a la de Trabajo y Previsión Social.
De los Senadores señores Muñoz Aburto y Ominami, que modifica el artículo 164 de la ley Nº 18.045, de Mercado de Valores, en materia de información privilegiada (boletín Nº 4.852-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.
Del Senador señor Bianchi, que modifica la ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas, con el fin de ampliar el plazo que indica (boletín Nº 4.853-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
Dos del Senador señor Letelier:
Con la primera modifica el artículo 315 del Código del Trabajo, a objeto de precisar la información financiera que debe entregar el empleador al inicio de una negociación colectiva (boletín Nº 4.854-13) y
Con la segunda modifica el artículo 305 del Código del Trabajo, eliminando la prohibición de negociar colectivamente que rige para los trabajadores que se desempeñan en una obra o faena transitoria o de temporada. (boletín Nº 4.856-13)
--Pasan a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Del Senador señor Bianchi, que determina las características de las señales de tránsito que indica (boletín Nº 4.857-15).
De los Senadores señores Orpis, Bianchi y Zaldívar, que exime del cumplimiento de normas de emisión a las motocicletas que indica (boletín Nº 4.858-15)
--Pasan a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
Declaraciones de inadmisibilidad
Moción de los Senadores señores Chadwick, Coloma, Gómez, Larraín y Orpis, sobre fomento de las energías renovables, crea fondo para la investigación en biocombustibles y establece exención tributaria que indica.
--Se declara inadmisible por corresponder a una materia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República , en virtud de lo dispuesto en el número 1°, del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política, al incidir en materias tributarias.
Moción del Senador señor Letelier que otorga atribución a las Direcciones Regionales del Trabajo en materia de Defensoría Laboral .
--Se declara inadmisible por corresponder a una materia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República , en virtud de lo dispuesto en el número 2°, del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política, al dotar de nuevas atribuciones a un servicio público.
Proyectos de acuerdo
De los Senadores señores Frei, Larraín y Romero, que modifica el Reglamento del Personal del Senado, relativo a los requisitos que deben cumplir los funcionarios del Senado (boletín Nº S 939-09).
--Pasa a la Comisión de Régimen Interior.
Del Senador señor Larraín y diversos señores Senadores, en que solicitan al Ejecutivo el envío de un proyecto de ley que entregue a los municipios la mantención de los caminos rurales (boletín Nº S 936-12). (Véase en los Anexos, documento 19)
Del Senador señor Prokurica y diversos señores Senadores, en que piden al Ministerio de Hacienda un aumento en el plazo para la reprogramación de deudas tributarias de los pequeños empresarios (boletín Nº S 937-12).
Del Senador señor Prokurica y diversos señores Senadores, en que solicitan al Gobierno manifestar preocupación ante organismos internacionales que indican, por las restricciones a la libertad de expresión y sus garantías en la República Bolivariana de Venezuela. (boletín Nº S 938-12).
--Quedan para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
Permisos constitucionales
El Senador señor Flores, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 60 de la Carta Fundamental y 7º del Reglamento del Senado, solicita autorización para ausentarse del país a contar del 27 de enero de 2007
--Se accede.
El Senador señor Vásquez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución y 7º del Reglamento del Senado, solicita autorización para ausentarse del país a contar del 28 de enero de 2007.
--Se accede.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).-
En este momento, han llegado a la Mesa los informes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y de la de Hacienda, recaídos en el proyecto ley, en segundo trámite constitucional, que regula el derecho a la madre a percibir directamente las asignaciones familiares, e incorpora nuevo causante de dicho beneficio, con urgencia calificada de "suma"(boletín N°4204-13).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Queda para tabla.
Terminada la Cuenta.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
El señor Secretario dará a conocer los acuerdos adoptados por los Comités
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Los Comités, en reunión de hoy, resolvieron por unanimidad lo siguiente:
1º Abrir un nuevo plazo para formular indicaciones al proyecto sobre sistema nacional de certificación de competencias laborales, hasta el 5 de marzo próximo, a las 12.
2º Si estuvieren informados, poner en el primer y segundo lugar de la tabla de la sesión ordinaria de mañana los siguientes proyectos de ley:
a) El que aprueba la Convención sobre Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, y
b) El que protege al funcionario que denuncie irregularidades y faltas al principio de probidad.
3º Colocar en la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria de mañana el proyecto sobre pago preferente de la asignación familiar a la madre, si estuviere informado.
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El señor GÓMEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente , pido que recabe la autorización de la Sala para fijar un nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto que regula el lobby, hasta el viernes 9 de marzo próximo, porque el anterior venció ayer.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Así se acuerda.
El señor CHADWICK.-
¿Me permite, señor Presidente, sobre la Cuenta?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , en cuanto al proyecto presentado por los Senadores señores Coloma , Gómez , Orpis , Larraín y quien habla, que fue declarado inadmisible -comparto el criterio de la Mesa-, solicito que se oficie a la Presidenta de la República para que lo estudie y, si es posible, le preste su patrocinio.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, así se procederá.
--Se acuerda enviar el oficio solicitado, en nombre del señor Senador.
V. ORDEN DEL DÍA
ADMINISTRACIÓN PROVISIONAL EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta para designar administrador provisional en establecimientos educacionales subvencionados en los casos que indica, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4503-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 64ª, en 31 de octubre de 2006.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 83ª, en 10 de enero de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la iniciativa es otorgar a la autoridad de educación correspondiente la facultad de designar administrador provisional en un establecimiento educacional subvencionado, con la finalidad de asegurar el adecuado funcionamiento de éste y la continuidad del servicio educativo hasta el término del año escolar.
La Comisión discutió este proyecto sólo en general y lo aprobó por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señores Cantero, Chadwick, Navarro, Núñez y Ruiz-Esquide), en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados. El texto se transcribe en la parte pertinente del informe.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , éste es un proyecto muy simple, fue aprobado por unanimidad en la Comisión y tiene como propósito lo señalado por el señor Secretario : otorgar la facultad de nombrar administrador provisional en casos muy precisos:
"a) Atraso reiterado en el pago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales y/o de salud del personal del establecimiento." (se entiende por atraso reiterado "la mora total o parcial en el pago de dos meses consecutivos o de tres en un período de seis").
"b) Suspensión de los servicios básicos para el buen funcionamiento del local escolar.".
"c) Cuando, a consecuencia de medidas precautorias, embargos, ejecuciones o retiros que afecten al establecimiento educacional o a su mobiliario, se haga imposible la mantención del servicio educativo.".
Además, el proyecto establece que el nombramiento "deberá recaer en un funcionario del Ministerio de Educación; regirá de inmediato y permanecerá vigente durante el año laboral docente en curso.".
Tal medida procederá sin perjuicio de hacer efectiva la garantía contemplada en el artículo 56 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998.
Señor Presidente , como dije, el proyecto es muy simple y apunta a resolver problemas coyunturales.
En la Comisión no surgió ninguna otra información que pudiera dar lugar a la modificación de su texto.
Por ello, a pesar de que nos encontramos en la discusión general, si los señores Senadores no tuvieran intención de presentar alguna indicación, yo solicitaría que lo aprobáramos también en particular. De esa manera acortaríamos el tiempo y permitiríamos que el Ejecutivo , ya a partir del próximo mes, empezara a resolver los casos que están en discusión en este momento.
Gracias, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , en la Comisión voté favorablemente la idea de legislar. Ahora el Senador señor Ruiz-Esquide ha planteado la posibilidad de despachar la iniciativa en general y en particular a la vez. Yo no quiero ser un obstáculo para ello, pero me interesa, sí, plantear un punto.
El proyecto me parece importante y necesario. Porque, si bien en la actualidad el Ministerio de Educación tiene muchas facultades -en virtud del DFL Nº 2, de 1998-, ellas lo llevan a cerrar un establecimiento educacional. Pero si eso ocurre en la mitad de un año escolar -como lo hemos vivido a propósito de los "colegios Britania"-, es obvio que colocar a los alumnos en otros colegios constituye un problema serio. Y creo que la figura del interventor tiene precisamente ese objetivo: dar continuidad al año escolar en situaciones de insolvencia, a efectos de que los niños no puedan ser transferidos a otras escuelas en ese período.
Por eso, la iniciativa me parece bien concebida; están expresadas las causales en su texto; se requiere una resolución fundada del Subsecretario de Educación a efectos de decretar la intervención, la cual tiene como único propósito darle continuidad al año escolar correspondiente.
Ahora, hay un punto que creo indispensable plantear en la Sala.
A mí me surge la duda siguiente, que me lleva a formular una pregunta.
El administrador va a tener las facultades de reemplazo del sostenedor, y especialmente, la de utilizar la subvención escolar o disponer de ella. Pero existe algo que no queda claro: habiendo deudas -por remuneraciones, por imposiciones, por servicios básicos-, si ellas han derivado en embargos o en medidas cautelares -son las causales que permiten la intervención- y la subvención no alcanza para dar continuidad al año escolar, ¿quién va a colocar los recursos para este efecto?
Yo entiendo -y sería bueno aclarar el punto- que el Estado asume la obligación de dar continuidad al año escolar. Porque lo más probable es que, en la práctica, la subvención no alcance para procurar que el establecimiento continúe operando, ya que, con seguridad, las deudas van a ser mayores.
Entonces, me parece relevante entender, o que la intervención se realiza en la medida que resulte posible para permitir la continuidad del año escolar, o bien, que el Estado, en el evento de que la subvención no sea suficiente para este propósito o para asumir las deudas, se compromete a darle término. Ya tendrá facultades después, de acuerdo con el Código Civil, para, respecto de lo que haya debido poner, repetir contra el sostenedor y cobrarle, o conforme a las normas generales, en caso de reemplazo del deudor.
Es importante que eso quede claro en la discusión. Y si queda claro en los términos que señalé, no tengo ningún inconveniente para que aprobemos el proyecto en general y en particular al mismo tiempo.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
El señor NÚÑEZ.-
¿Me permite, señora Ministra ? Deseo dejar constancia de un asunto que ya le planteé.
La señora PROVOSTE (Ministra de Educación).-
Por supuesto.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Muchas gracias.
Yo también voy a dar mi anuencia para aprobar el proyecto en general y en particular. Sólo quiero hacer una prevención.
Es altamente probable que, cuando las causales de la intervención se mantengan hasta el año siguiente, en muchos lugares del país los niños no encuentren un colegio alternativo.
Por cierto, ése no es el caso de Santiago, de Valparaíso, de las grandes ciudades, donde es posible que los alumnos de los establecimientos intervenidos conforme a las causales que señala el proyecto sí puedan cambiarse a otro. Pero es distinta la realidad de numerosas zonas del país, donde muy probablemente, al cerrarse un colegio al término de la intervención, los niños no encontrarán uno alternativo.
En consecuencia, creo que la iniciativa es un poco rígida en ese sentido: no se pone en el caso de los lugares que están fuera de las grandes ciudades, en las que -como expresé- existen más opciones.
Sólo quiero hacer tal prevención, señor Presidente . Y, en consecuencia, aparte de señalar nuevamente que voy a votar a favor tanto en general como en particular, me gustaría que el Ministerio se pusiera también en el caso que he planteado y le buscara alguna solución.
Es todo, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.
El señor BIANCHI .-
Señor Presidente , manifiesto también mi intención de votar a favor del proyecto tanto en general como en particular.
Sin embargo, deseo hacer un llamado de atención en cuanto a que, cuando se otorga la autorización para que estos colegios privados tengan una subvención estatal, debe haber mayor prolijidad, más cuidado, más criterio.
Porque aquí estamos enfrentados a una situación puntual que ocurrió en el caso de un establecimiento particular subvencionado y a la que se busca solución. Pero lo que debemos hacer es tener la solución antes de que surja el problema. Y para eso -insisto- es necesario ser más criterioso al momento de conceder la autorización correspondiente a los efectos de que un colegio privado pueda recibir la subvención.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , sólo deseo reafirmar que, tal como lo expresó el Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Educación, la facultad reglamentaria existía para proceder a esta figura. Sin embargo, la consagración a nivel de ley sin duda la fortalece, dado que es una medida fuerte, muchas veces no exenta de asuntos contenciosos administrativos o judiciales. Por tanto, el proyecto viene a ratificarla, con miras a proteger un bien que consideramos mayor, cual es el derecho de los niños a terminar su año escolar.
Sin embargo, dicho personero advirtió también -fue materia de debate en la Comisión- que, mientras la subvención se encuentre en poder del Ministerio de Educación -porque ella permite funcionar-, es inembargable. O sea, no es posible el embargo aunque se haya constituido crédito a favor del sostenedor. Pero cuando ingresa al patrimonio de éste ya es susceptible de embargo.
Señalo esto porque, claramente, no parece prudente ni adecuado que esos bienes puedan ser objeto de embargo en cualquier minuto. Si lo son, se genera una interrupción de la prestación del servicio. Y cuando hablamos de otorgar mayores facultades al Ministro lo hacemos también para velar que no existan elementos como éste.
Lo señalo porque el propio proyecto, en la letra c) del artículo 52 bis que se agrega al decreto con fuerza de ley Nº 2, del Ministerio de Educación, señala cuándo puede haber intervención: "Cuando, a consecuencia de medidas precautorias, embargos, ejecuciones o retiros que afecten al establecimiento educacional o a su mobiliario, se haga imposible la mantención del servicio educativo.". O sea, nos abrimos a reconocer que en cualquiera de los establecimientos de que se trata, por medidas de esa índole, los jóvenes pueden encontrarse, al concurrir a clases una mañana, con que están sacando los muebles porque hay embargo.
¡Eso no puede suceder!
La medida correctiva es que los bienes básicos para el funcionamiento de los establecimientos con subvención estatal no pueden ser embargables; deben ser parte de un patrimonio respecto del cual ello no ocurra. Porque en materia judicial no parece prudente que tal acontezca. En el caso de los municipios no sucede así.
Vamos a apoyar el proyecto, señor Presidente, porque es necesario que la facultad respectiva se encuentre vigente a contar de marzo, para partir con las reglas del juego claras. Los sostenedores tendrán claro cuál es el riesgo que asumen frente al incumplimiento que declara esta iniciativa.
Anuncio mi voto a favor.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora PROVOSTE ( Ministra de Educación ).-
Señor Presidente , quiero reiterar lo que señaló el titular de la Comisión de Educación del Senado: la administración planteada por la iniciativa en debate está pensada con carácter temporal y su vigencia se extiende sólo hasta el año laboral docente. Y en esto hemos querido hacer la distinción respecto del año escolar, que finaliza el 31 de diciembre de cada año. El año laboral docente, de acuerdo con el Estatuto Docente aprobado, llega hasta el 28 de febrero.
Quiero señalar eso porque las atribuciones que se entregan al administrador provisional son limitadas a tales fines y no se extienden a la administración del resto del patrimonio del sostenedor. De este modo procuramos cautelar la continuidad de las clases, la continuidad del pago de los sueldos y cotizaciones previsionales y de salud de los docentes y trabajadores y trabajadoras del establecimiento educacional, así como el adecuado funcionamiento de todos sus servicios básicos.
El objetivo que persigue este proyecto, que nosotros hemos apoyado con gran decisión, es generar un mecanismo que asegure el funcionamiento adecuado de los establecimientos educacionales y permita dar continuidad al servicio educativo.
Tal como lo señaló el Senador señor Navarro , todo lo que está contemplado con respecto a recursos de subvención no es embargable. Y eso ha quedado también de manifiesto a partir de lo que fue el drama del 2006, donde un sostenedor cumple los requisitos; abre, organiza y administra establecimientos educacionales, y no paga ni responde con lo mínimo.
Lo manifestado por el Senador señor Bianchi en cuanto a cómo ser más rigurosos a la hora de extender la facultad para adquirir la calidad de sostenedor es lo que ya hemos buscado a través del proyecto de subvención preferencial, en el sentido de elevar las condiciones exigidas. Y esperamos que eso sea ratificado de manera mucho más amplia en la nueva Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, a fin de garantizar que los hombres y mujeres que van a ser sostenedores de establecimientos y obtendrán recursos del Estado den garantías de que van a llevar adelante de manera adecuada el servicio educativo.
Reiteramos que no queremos perder de vista que se trata de una facultad provisoria a fin de garantizar el adecuado término del año laboral docente y posibilitar, en ese tiempo, la búsqueda de mecanismos para que tanto los alumnos como los trabajadores se inserten adecuadamente en el establecimiento intervenido o en otro.
Con relación a las consultas del Senador señor Chadwick, debo puntualizar que lo que buscamos es que el interventor goce de facultades para administrar la subvención estatal y los cobros autorizados por la Ley de Subvenciones, como asimismo para pagar y sanear todas las obligaciones pendientes del sostenedor vinculadas con el servicio educativo.
Lo que intentamos -reitero- es el saneamiento de todas las situaciones del sostenedor relacionadas con su tarea como prestador del referido servicio. Y por eso entregamos facultades para administrar, no sólo la subvención estatal, sino también los cobros garantizados en la mencionada Ley, todo lo cual redundará en que el establecimiento respectivo llegue a un buen término del año laboral docente.
Ésta es una iniciativa que, además, se encauza en nuestra tarea de garantizar -independiente del tipo de sostenedor, sea público o sea privado- un servicio educativo de excelencia.
Gracias, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , con relación a las consultas o inquietudes expuestas a propósito de este proyecto, me parece que la explicación de la señora Ministra acerca de la provisionalidad es suficiente, pues absuelve cualquier duda.
Pero, sin perjuicio de eso, quiero reiterar que desde mi perspectiva, siendo éste un proyecto importante, el mecanismo planteado no va a solucionar el problema.
Voy a colocarme en una situación real.
Nos hallamos ante un establecimiento educacional virtualmente quebrado, que no está pagando las remuneraciones; que no entera las cotizaciones previsionales y de salud; que se encuentra con los servicios básicos suspendidos -estoy siguiendo la línea planteada por la iniciativa-, y que, además, puede tener embargos, ejecuciones o retiros de mobiliario. O sea, se trata de un sostenedor que está en situación dramática y en la cual el riesgo es que los alumnos pierdan el año escolar.
Lo que se plantea mediante la iniciativa en debate es, para ese efecto, permitir el nombramiento de un interventor provisional, quien va a administrar la subvención.
Mi impresión es que dicho personero recibirá una subvención que podrá alcanzar para, en teoría, asegurar la continuidad del servicio educacional, pero no para pagar las cotizaciones previsionales atrasadas, ni para levantar los embargos, ni para impedir las ejecuciones o retiros de mobiliario que el mismo proyecto señala.
Porque, si Sus Señorías se fijan, al final la norma propuesta dice: "El funcionario encargado tendrá las facultades consignadas en el artículo 2132 del Código Civil".
El referido precepto dispone: "El mandato no confiere naturalmente al mandatario más que el poder de efectuar los actos de administración;". O sea, por mandato del Código Civil, ese funcionario sólo podrá cobrar la subvención. Pero, en esta lógica, no veo de dónde va a obtener los recursos para enfrentar el año escolar en forma razonable y con un mecanismo distinto del aplicado por el sostenedor original.
Éste no suele ser un problema de caja, sino de deuda.
Y quiero profundizar más, señor Presidente .
¿Qué va a ocurrir, lógicamente? Si, por ejemplo, la subvención es 100; las deudas, 300, y lo necesario para mantener funcionando el establecimiento, 100, seguirán -lo dijo un señor Senador que me antecedió- los embargos, van a continuar las cotizaciones impagas, etcétera.
Por eso, no sé si aquí procede buscar una fórmula al estilo de lo que sucede en ciertas empresas con la continuidad de giro -como me "sopló" el Senador señor Orpis -, en el sentido de dar al administrador una facultad adicional o generar alguna figura que le permita conseguir el funcionamiento normal del establecimiento.
Porque, más allá de la intención que anima a este proyecto, al final se puede generar un problema mucho más grave, pues se nombrará al administrador provisional, la gente pensará que eso es la solución, pero se seguirán cobrando las deudas previsionales y otras, sin que haya posibilidad alguna de pagarlas, con lo cual el servicio educacional sufrirá un trastorno muy serio.
Por eso, desde mi perspectiva, ésta es una materia que requiere mucha mayor reflexión. El Gobierno debe tener una propuesta por la vía de alguna de las figuras que hoy existen en el caso de empresas con trastornos económicos de similar naturaleza. De lo contrario, si aprobamos en general y particular esta iniciativa, pienso que el número específico a que me referí, en particular limitando el artículo 2132 del Código Civil, terminará provocando dificultades quizás mayores que las que estamos tratando de evitar.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Están inscritos los Senadores señores Muñoz Barra y Orpis.
Sugeriría aprobar la idea de legislar y fijar un plazo para presentar indicaciones, porque, de otra manera, vamos a desarrollar acá el debate de la Comisión.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Seré muy breve.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , creo que el problema que estamos tratando de enfrentar en esta iniciativa pasa porque el Ministerio de Educación, que subsidia tanto la enseñanza pública como la particular subvencionada, busque procedimientos que hagan mucho más exigente la categoría de sostenedor de un establecimiento educacional.
Así lo ha expuesto la señora Ministra, y espero que, en la práctica, ello pueda concretarse.
Algunas cosas, en verdad, me resultan bastante difíciles de entender. Porque la Jefa de la División Jurídica de dicha Secretaría de Estado señaló que "en el evento de que desaparezcan las circunstancias que determinaron la designación del administrador provisional quedaría sin efecto esta designación y, por ende, el sostenedor se encontraría habilitado para recuperar la administración del establecimiento educacional.".
No sé si el primero, que llega en un momento tan conflictivo, puede cambiar realmente la forma de administración. ¿O se tendrá que recurrir de manera permanente al sistema después de que se recupere esa función y no se siga llevando la conducción económica y pedagógica de la entidad en dificultades?
La verdad es que me resulta un tanto extraño el proyecto, que, sin duda, tiende a solucionar hechos que están ocurriendo.
Al respecto, debo señalar que de un tiempo a esta parte, en regiones, hemos estado observando que muchos colegios particulares subvencionados funcionan en forma increíblemente dramática, con relación al cumplimiento de determinadas exigencias. Hemos visto en televisión, por ejemplo, establecimientos con baños en mal estado -da verdadero asco mirar en la pantalla cómo es esa realidad-, inmuebles con goteras, canaletas destruidas.
Es decir, la vocación, en el ámbito que nos ocupa, se entiende en quienes se interesan en contribuir al sistema de enseñanza, del cual reconozco que el Estado no puede responder por completo.
No estoy en contra de la educación particular subvencionada si cumple con las exigencias y no se convierte, por cierto, en una acción meramente lucrativa, ni tiene como primer y último objetivo, simplemente, obtener una rentabilidad igual o superior a cualquier tipo de comercio.
Y creo que se advierte otro defecto. No se debe olvidar que el Estado entrega recursos a los establecimientos públicos y particulares subvencionados para la construcción de recintos educacionales, para ampliarlos y para levantar bibliotecas, laboratorios, gimnasios, con el compromiso de que todo ello se respete durante un período de cincuenta años dedicados de manera exclusiva a la función de la enseñanza. Entonces, dentro de la situación que ahora se intenta resolver transitoriamente, ¿cómo puedo ir concatenando con lo otro?
Aquí estamos creando algo que puede ser permanente y sistemático. Y, en el entretanto, no sólo los bienes materiales se verán perjudicados, sino también generaciones de estudiantes.
Porque es igualmente cierto que las famosas secretarías regionales ministeriales y las direcciones provinciales de educación son meros buzones administrativos que reciben recursos y cuentan con muy poca capacidad de fiscalización.
Y lo que hoy día estamos acotando respecto de la educación particular subvencionada ocurre, incluso, en la enseñanza municipalizada, en la pública. He comprobado personalmente, al igual que muchos señores Senadores , que establecimientos municipales, públicos, funcionan muchas veces en condiciones del todo deplorables, por una u otra razón. Porque a los municipios no les alcanzan los recursos que les entregan, y, también, son malos administradores.
Por lo tanto, soy un convencido de que lo que se debe hacer es poner mayores exigencias, para que quienes ingresan como sostenedores al campo educacional brinden todos los resguardos que hagan imperativo el que se cumplan con rigurosidad las condiciones más elementales para los jóvenes de diferentes edades que están en el sistema.
Aun así, señor Presidente -porque no me queda otra opción-, votaré a favor de la iniciativa.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , en la misma línea planteada por el Senador señor Coloma , soy partidario de realizar la discusión particular del proyecto de ley, tal como usted lo señaló, porque, en los términos en que se encuentra concebido, no se asegura la continuidad de giro del establecimiento educacional hasta el término del año escolar. Siendo así, considero que se deben buscar otras fórmulas determinadas en la legislación.
Adicionalmente, me parece necesario acotar las causales. Me preocupa que, por ejemplo, se nombre un interventor por suspenderse los servicios básicos y no se señale el caso de las situaciones imputables al sostenedor. Estimo que no es lógico.
Imagino que deberá presentarse un cierto carácter permanente; que deberán ser causales imputables al sostenedor. Pero, lisa y llanamente, por la suspensión de los servicios básicos no se puede terminar designando a un interventor...
El señor CHADWICK .-
Debe surgir el riesgo de afectarse la continuidad del año escolar.
El señor ORPIS.-
En efecto, la norma dispone, como me precisa mi Honorable colega Chadwick , que "La designación del administrador provisional procederá cuando exista riesgo de afectar la continuidad del año escolar y podrá fundarse en alguna de las siguientes causales".
El señor CHADWICK .-
Y debe afectarse, repito, dicha continuidad.
El señor ORPIS.-
En cuanto al asunto de fondo, hay fórmulas distintas para nombrar al administrador.
Pienso que debe procederse a la discusión particular, señor Presidente.
He dicho.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , ¿me permite usar de la palabra? No sé si hay tiempo.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
¿Por qué mejor no aprobar la idea de legislar y fijar un plazo para presentar indicaciones? De lo contrario, haremos acá el debate de la Comisión.
El señor LARRAÍN.-
Conforme.
El señor KUSCHEL.-
¡Votemos!
El señor COLOMA.-
Sí, votemos.
El señor CHADWICK.-
¡Pronunciémonos sobre la idea de legislar!
El señor MUÑOZ BARRA.-
Claro.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le pareciera a la Sala, se aprobaría la idea de legislar.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Seré muy breve, señor Presidente .
Estamos de acuerdo en votar el proyecto, determinar un plazo para la presentación de indicaciones y, luego, discutirlo en particular.
Sin embargo, quiero hacer una observación. A mi juicio, es importante encontrar lo más pronto posible la solución del problema, porque si el Gobierno pretende operar la requerirá pronto. Me atrevo a sugerir a los señores Senadores que presenten ahora sus indicaciones, para realizar la discusión mañana en la Comisión -no hay ninguna dificultad para ello-, porque, de lo contrario, retrasaremos de modo innecesario el despacho del proyecto.
Si no hay acuerdo, acojo lo que decida la mayoría.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la iniciativa.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (24 votos contra uno) y se fija como plazo para presentar indicaciones hasta el 5 de marzo, a las 12.
Votaron por la afirmativa los señores Allamand, Arancibia, Ávila, Bianchi, Chadwick, Coloma, Espina, Frei, García, Girardi, Larraín, Letelier, Longueira, Matthei, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Ruiz-Esquide, Sabag y Vásquez.
Votó por la negativa el señor Kuschel.
INCREMENTO DE CRÉDITO PARA INVERSIONES EN SOCIEDADES EXTRANJERAS Y EN ACTIVO FIJO
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que incrementa el crédito por impuestos pagados en el exterior disponible para las inversiones en sociedades extranjeras y aumenta transitoriamente el crédito tributario a la inversión en activo fijo. Esta iniciativa cuenta con informe de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4738-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 81ª, en 3 de enero de 2007.
Informe de Comisión:
Hacienda, sesión 84ª, en 16 de enero de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la iniciativa es mejorar los incentivos tributarios para que se potencie la capacidad de nuestro país como plataforma de inversiones.
La Comisión discutió el proyecto sólo en general y, por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señores Escalona, García, Novoa, Ominami y Sabag), aprobó la idea de legislar en los mismos términos en que la normativa fue despachada por la Cámara de Diputados.
El texto se consigna en el informe de la Comisión, que Sus Señorías tienen en sus escritorios.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En discusión general.
Ofrezco la palabra.
La tiene el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , el proyecto cuya aprobación nos convoca persigue, básicamente, incentivar la inversión por la vía de aumentar el crédito tributario disponible para ésta en la legislación, en dos ámbitos: en filiales en el exterior y en activo fijo.
En primer término, en cuanto a la apertura de Chile al mundo y su inserción en el contexto económico internacional, la iniciativa busca dar un paso adelante en la estrategia de convertirlo en un país plataforma de inversiones. Es decir, persigue posicionarlo como un destino atractivo, para transformarse en la base de operaciones de inversiones de todas partes del mundo, de manera que puedan liderar desde aquí la conquista de nuevos mercados, tanto en el Cono Sur como en Asia o en Europa. La idea es sacar provecho de toda nuestra capacidad instalada en materia de servicios, personal calificado, infraestructura y tecnología, entre otras, además de nuestra red de tratados de libre comercio.
Con todo, el texto que nos ocupa reconoce que es necesario atacar la dificultad derivada de la doble tributación, que tiene lugar cuando los impuestos de dos o más países impactan en el retorno del proyecto de inversión respectivo.
Como es bien sabido, dicho problema se ataca, por una parte, con los tratados que se suscriben para evitarlo, firmados, bilateralmente, tras las negociaciones del caso, y, por la otra, con las normas que en forma unilateral adoptan los Estados en su ley tributaria.
Chile ha seguido ambos caminos.
En el campo unilateral, establece que los impuestos pagados en el extranjero por las inversiones efectuadas desde nuestro país podrán utilizarse, hasta en 17 por ciento, como crédito contra los impuestos chilenos.
Por otra parte, bajo la vigencia de convenios para evitar la doble tributación, la ley permite a los inversionistas que los impuestos pagados en el otro país sirvan como crédito contra los impuestos chilenos, hasta por 30 por ciento.
Lo anterior pone de manifiesto una importante diferencia entre el máximo de crédito disponible para países con convenio, que es de 30 por ciento de la renta extranjera, y el límite que se aplica a falta de tal instrumento, que es sólo de 17 por ciento de dicha renta.
En el presente proyecto, el Ejecutivo propone mitigar tal diferencia, de manera de ofrecer a todos los inversionistas, nacionales o extranjeros, un estándar similar de crédito por impuestos extranjeros, ya sea que exista un tratado vigente con el país respectivo o no. Esto posee especial relevancia cuando, no obstante el sostenido progreso de las negociaciones con múltiples naciones, las tendientes a alcanzar un convenio con algunas contrapartes tardan demasiado o encuentran obstáculos, como cuando ciertos países hacen público su reparo a nuestro nivel de protección al secreto bancario.
En otras palabras, en lo disponible a través de la adopción de legislación unilateral, la iniciativa nos permite adelantarnos a la conclusión de convenios y facilitar la concreción de las inversiones que deseamos que se realicen cuanto antes.
Ésta es, a nuestro juicio, una excelente medida, que, desde luego, cuenta con nuestro respaldo.
Asimismo, el proyecto de ley propone aumentar el crédito tributario ya existente para la inversión en activo fijo, contenido en el artículo 33 bis de la Ley de Impuesto a la Renta.
Cabe destacar que este incentivo, junto con el régimen de depreciación acelerada que se aplica a los bienes físicos del activo inmovilizado de los contribuyentes, presenta la ventaja de estar enfocado específicamente al objetivo deseado: la promoción de la inversión en activo. Y la inversión en activo fijo, así como su adecuada renovación y actualización, es clave en el desarrollo y expansión de las empresas, ya que les permite disponer de los medios físicos necesarios para ser más eficientes y productivas, al tiempo que realizan su labor con mayor seguridad, menor consumo de recursos y ahorro de energía.
Por todo lo expuesto, la iniciativa busca aumentar el crédito contra el impuesto de primera categoría, es decir, el monto que se puede restar del gravamen por pagar y que se determina como el equivalente a un porcentaje del valor de la inversión en activo fijo.
Para tales efectos, la ley señala que constituye inversión en activo fijo la adquisición de bienes físicos nuevos, así como su construcción o arrendamiento con opción de compra. Sobre ese valor, otorga hoy un crédito de 4 por ciento, con un límite máximo anual de 500 unidades tributarias mensuales.
El proyecto que se somete a nuestra consideración postula elevar dicho monto, de 4 a 6 por ciento, y el límite máximo de crédito que puede utilizarse cada año, de 500 a 650 UTM.
Quiero destacar que el efecto de la rebaja alcanza a 97 por ciento de los contribuyentes, por lo cual beneficia a nuestras pequeñas y medianas empresas.
Nuevamente, nos parece que ésta es una muy adecuada y acertada medida.
Por todo lo anterior, comprometemos nuestro voto favorable.
De más está precisar, señor Presidente , que el proyecto contó con la anuencia unánime en la Comisión de Hacienda. Y, como es de artículo único, nuestra esperanza apunta a que se apruebe en general y en particular en esta sesión.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , de la lectura de la iniciativa se desprende con facilidad que ésta busca vigorizar el potencial competitivo de nuestra economía y aumentar, por supuesto, la capacidad para producir mayor crecimiento y empleo.
Tiene dos objetivos básicos: primero -reitero-, potenciar la aptitud de nuestro país como plataforma de inversiones; y segundo, elevar la tasa de inversión en activo fijo.
En cuanto al primero de ellos, resulta indiscutible que Chile tiene que competir con el mundo. Y ello se dice en todos los foros y planteamientos. Ha sido una decisión de país profundizar la inserción internacional de nuestra economía, y ha resultado ser, como lo estamos comprobando, una determinación correcta.
El tamaño del mercado nacional no es suficientemente grande como para asegurar en el tiempo una sociedad con mayores niveles de prosperidad. Por eso, constituye un imperativo competir en el mundo basándose en nuestras ventajas comparativas, que se señalan en la iniciativa en comento.
Ahora bien, la estrategia de desarrollo orientada a esta última finalidad no se traduce únicamente en exportar: significa, también, atraer actividades económicas para las cuales nuestro país -y en eso estamos de acuerdo- posee evidentes ventajas comparativas.
Nuestro destino no radica en la búsqueda de competir, por ejemplo, en el ámbito industrial, con las economías asiáticas, por las diferencias en tamaño de mercado, por la cercanía con los centros de consumo, el nivel de salarios, etcétera.
Los efectos benéficos que representa para Chile ser la plataforma de inversiones del Cono Sur son claros, como el de generarse mayores y mejores empleos para nuestros jóvenes. Según la última encuesta CASEN, hay 35 mil jóvenes entre 25 y 35 años de edad, con título universitario, que no encuentran trabajo.
Por eso, cuando se analicen los porcentajes de cesantía, sería bueno subrayar que ella existe, no sólo en las labores más simples, sino también entre personas que han sido capacitadas en la educación superior, las que, no obstante, deben pasar largos años buscando una posibilidad para desempeñar las profesiones en las cuales fueron instruidas.
La transferencia de prácticas avanzadas de gestión de negocios y de tecnología que las empresas extranjeras se hallan en condiciones de aportar y que nuestros emprendedores pueden adoptar, sin duda son importantes para nuestro desarrollo.
Cabe destacar que la fuerza laboral entrenada y especializada por las propias empresas que se instalen en Chile representa uno de los puntos de atracción de esta iniciativa.
¿Qué podemos ofrecer nosotros a los inversionistas extranjeros? Una institucionalidad pública y privada de calidad; infraestructura de primer orden; estabilidad política y económica -a pesar de algunos vientos que soplan en el debate diario de la coyuntura nacional-, y un buen capital humano. Hoy contamos con más de 500 sedes universitarias y cerca de 200 institutos profesionales. Ello, más que complacernos, nos obliga a seguir trabajando. Y este proyecto lo posibilita.
La doble tributación constituye un desincentivo para que un inversionista extranjero localice sus operaciones en el país. Hemos firmado gran cantidad de acuerdos que evitan la doble tributación, pero es necesario avanzar más rápido. La competencia por atraer inversiones nos compromete a ello.
En consecuencia, la iniciativa permite disponer de normas que suavizan la doble tributación, con lo cual sólo nos estamos anticipando a la firma de un convenio con el respectivo país. Así, se eleva de 17 a 30 por ciento el límite máximo de crédito por impuestos pagados en el extranjero para las inversiones en sociedades foráneas.
Esas decisiones se toman, naturalmente -y en buena hora-, con los resguardos y formalidades del caso, lo que se regula en el texto que estamos tratando.
De esa forma removemos una importante barrera, que artificialmente podría impedir la expansión de Chile como plataforma de inversiones.
El segundo eje fundamental del proyecto es vigorizar -¡qué duda cabe!- el crecimiento. Con tal propósito, se incrementa el crédito tributario a la inversión en activos fijos. Y, dado que resulta del todo evidente que una mayor tasa de inversión es imprescindible para empujar el crecimiento y el empleo, el crédito a que se refiere el artículo 33 bis de la Ley de la Renta se aumenta de 4 a 6 por ciento del valor de la inversión y, consecuencialmente, se eleva de 500 a 650 unidades tributarias mensuales el límite máximo para el uso de dicho crédito en un año.
El universo de beneficiados alcanza al 97 por ciento de los contribuyentes y se halla constituido, básicamente, por pequeñas y medianas empresas, tema que siempre debatimos aquí todos los sectores representados en el Senado.
Señor Presidente , por considerar que éste es un proyecto justo y necesario, que -estamos seguros- potenciará nuestra economía, lo voy a votar a favor. Y mis colegas de bancada procederán también del mismo modo.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , esta iniciativa legisla en dos direcciones que estimamos altamente convenientes para aumentar la inversión y la capacidad de creación de nuevas fuentes de trabajo. En primer lugar, porque nuestros capitalistas enfrentan un problema cuando invierten en países con los cuales no tenemos convenios de doble tributación, ya sea que se trate de empresas chilenas o de compañías extranjeras con asiento en Chile que invierten en esas naciones.
En consecuencia, se propone otorgarles un crédito de 30 por ciento sobre el impuesto a la renta. De esa manera se evita que deban tributar con la tasa que existe en el Estado al cual se encuentra destinada esa inversión y, a su vez, con las tasas de impuesto que correspondan internamente aquí.
Pensamos que en esa forma Chile profundiza la idea de transformarse en plataforma financiera y logra atraer capitalistas para que inviertan, no sólo en nuestro territorio, sino también para que desde aquí se atrevan a conquistar otros mercados. Y eso es muy beneficioso en una economía pequeña, como la nuestra.
Por eso, nos parece que las modificaciones tributarias están orientadas en la dirección correcta. Y lo mismo ocurre cuando se reconoce que la inversión en activos fijos es altamente relevante en la innovación y modernización de los procesos productivos.
Por lo tanto, el hecho de aumentar el crédito tributario de 4 a 6 por ciento sobre el activo fijo adquirido y de incrementar de 500 a 650 unidades tributarias mensuales el tope máximo anual que ese crédito da derecho a descontar, constituye un incentivo para que las empresas puedan realizar inversiones o renovar equipos con el objeto de mejorar la productividad.
Creemos que ésas son formas concretas de apoyo a la pequeña y mediana empresas, como asimismo, de estímulo a la inversión y a la creación de nuevas fuentes de trabajo. Más aún si se considera que, el año pasado, el crédito a la inversión en activos fijos lo impetró en su declaración de impuestos el 97 por ciento de los contribuyentes. Ello indica que se trata de un instrumento de enorme aplicación y que los pequeños empresarios están renovando sus equipos, modernizando su producción y mejorando su productividad.
Por las razones expuestas, anuncio nuestros votos favorables.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le pareciera a la Sala, se aprobaría en general y en particular la iniciativa.
El señor SABAG.-
Sí. El Ejecutivo no va a presentar indicaciones.
El señor VELASCO ( Ministro de Hacienda ).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VELASCO ( Ministro de Hacienda ).-
Señor Presidente , en primer lugar, este proyecto es de gran importancia y ha suscitado amplio consenso.
En segundo término, debo expresar que existe cierta urgencia en su aprobación, porque nuestra idea es que se pueda aplicar al año tributario 2007. Y eso requiere que el Servicio de Impuestos Internos empiece a poner en práctica los sistemas computacionales y otros a la brevedad. De modo que hay un factor de premura.
Dados, entonces, el acuerdo a que se ha llegado con respecto a los contenidos y la urgencia práctica que existe, el Gobierno no va a formular indicaciones.
Por eso, sería muy relevante que la iniciativa se aprobara tanto en general como en particular.
Gracias.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la idea de legislar.
--Se aprueba en general el proyecto y, por no haberse presentado indicaciones, queda aprobado también en particular.
MODIFICACIÓN DE CÓDIGOS PENAL Y PROCESAL PENAL EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y REFORZAMIENTO DE ATRIBUCIONES PREVENTIVAS DE LAS POLICÍAS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal en materia de seguridad ciudadana y refuerza las atribuciones preventivas de las policías, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4321-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 64ª, en 31 de octubre de 2006.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 84ª, en 16 de enero de 2007.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la iniciativa es efectuar diversas modificaciones en los Códigos Penal y Procesal Penal introduciendo mejoras en el sistema de enjuiciamiento criminal y otorgando a las policías nuevas herramientas preventivas.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento discutió el proyecto solamente en general y lo aprobó, por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Chadwick, Gómez, Muñoz Aburto y Romero), en los mismos términos en que lo despachó la Cámara de Diputados.
El texto pertinente se transcribe en el informe.
Cabe tener presente que los números 4) y 11) del artículo 2º, y el artículo 4º tienen el rango de normas orgánicas constitucionales, por lo cual la aprobación de la idea de legislar respecto de ellos requiere el voto conforme de 22 señores Senadores.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ .-
Señor Presidente , como titular de la Comisión de Constitución, paso a informar el proyecto.
I. Objetivo
Introducir mejoras en el sistema de enjuiciamiento criminal a fin de reprimir en forma más enérgica ciertos delitos graves y disminuir la sensación de temor que ellos provocan en la ciudadanía. Más concretamente, se trata de dar solución a situaciones que permiten que delincuentes habituales o peligrosos se encuentren en libertad o la recuperen en forma muy fácil.
II. El proyecto consta de cuatro artículos permanentes
-El artículo 1º modifica el Código Penal.
-El 2º enmienda el Código Procesal Penal.
-El 3º establece una base de datos común para Carabineros e Investigaciones, que contendrá diversas órdenes de detención pendientes.
-El 4º modifica la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, en concordancia con los cambios que se efectúen al Código Procesal Penal.
III. Principales modificaciones introducidas por el proyecto a la legislación penal y procesal penal
-Al Código Penal
i. En materia de reincidencia.- Se cambia la forma de configurar la causal de agravación de responsabilidad penal de la reincidencia (artículo 12, circunstancia 15ª). De ahora en adelante, será reincidente el condenado con anterioridad, haya o no cumplido efectivamente la pena asignada.
La disposición actual señala que la causal se configura sólo cuando el delincuente ha sido castigado previamente, lo que libraba de esta agravación a las personas que, aunque tenían condena anterior, habían sido beneficiadas con una medida alternativa al cumplimiento de la condena, como la de la libertad condicional.
ii. Nuevas reglas sobre determinación de la pena para ciertos delitos graves.- En los delitos de secuestro, sustracción de menores, violación, violación de menores, violación calificada, parricidio, homicidio, robo con violencia o intimidación contra las personas y robo con fuerza en las cosas, no se podrá aplicar el mínimo de la pena.
iii. Se amplía el delito de receptación.- Éste consiste en comerciar con cosas robadas. El texto establece que también comete este ilícito quien transforma las cosas robadas. Por ejemplo, el que funde metales robados. Además, respecto de este mismo delito, se amplía la pena accesoria de multa, de 20 UTM (642.840 pesos) a 100 UTM (3.214.200 pesos).
-Al Código Procesal Penal
i. Normas relativas a las policías.- Se modifican diversas reglas sobre procedimientos policiales:
1. Levantamiento de evidencia.- En lugares donde no hay personal policial especializado ni fiscal y se tema que la evidencia que se encuentra en el sitio del suceso desaparezca, se faculta al personal policial NO experto para recoger la evidencia y guardarla hasta que llegue el fiscal.
2. Control de identidad.- Se autoriza a la policía para proceder al registro de vestimentas, equipajes o vehículos de las personas a las que se les controle su identidad. Y se aumenta de 6 a 8 horas el plazo para efectuar las diligencias conducentes a identificar a quien se niegue a identificarse.
3. Flagrancia.- Es uno de los puntos importantes de la iniciativa. Se establece que, hasta 6 horas después de cometido un delito, también será considerada situación de flagrancia aquella en que el detenido es encontrado con objetos o señales que hagan presumir su participación en el ilícito o es sindicado como autor o cómplice del mismo por la víctima o testigos presenciales.
La norma vigente emplea la expresión "tiempo inmediato", lo que ha dado lugar a problemas, tanto con personas que son detenidas luego de persecuciones policiales, como por las diversas interpretaciones que los jueces dan a ese concepto. Por ello, se precisa en el proyecto.
4. Incautación de especies encontradas en el sitio del suceso.- Se faculta a la policía para incautar, sin orden previa, especies encontradas en el lugar de los hechos en caso de detención por flagrancia.
Anteriormente, esta autorización sólo se extendía a las especies encontradas en poder del detenido.
5. Entrada y registro en lugares cerrados.- La policía no requerirá la autorización previa del fiscal para entrar en un lugar cerrado y registrarlo, en los casos del artículo 206 del Código Procesal Penal.
Esta disposición permite actuar sin autorización judicial en los casos de llamadas de auxilio o de signos evidentes de que en el interior de un recinto cerrado se está cometiendo un delito. El propósito es hacer más operativa la diligencia policial.
ii. Medidas cautelares y prisión preventiva
1. Se entenderá que el imputado es peligroso para la sociedad, haciendo en consecuencia procedente la prisión preventiva, cuando se trate de los delitos de secuestro, sustracción de menores, violación, violación de menores, violación calificada, parricidio, homicidio, robo con violencia o intimidación contra las personas y robo con fuerza en las cosas.
2. Cuando cese la prisión preventiva o se dicte un sobreseimiento temporal respecto de los delitos señalados en el punto anterior, deberá decretarse la medida cautelar de sujeción del imputado a la vigilancia de la autoridad.
iii. Nuevas facultades para el Ministerio Público
1. Se faculta al abogado asistente del fiscal para formalizar la investigación, solicitar medidas cautelares o la ampliación del plazo de detención. Estas actuaciones se harán siempre previa delegación del fiscal titular. Actualmente, sólo las puede practicar el fiscal. Por lo tanto, se entrega mayor competencia al Ministerio Público para actuar con los abogados auxiliares.
2. Se otorga también al Ministerio Público el recurso de apelación contra la resolución que declara ilegal la detención. La declaración de ilegalidad no será obstáculo para formalizar la investigación y solicitar medidas cautelares. Hoy -así se ha visto en algunos casos de connotación pública-, esa resolución no es apelable y cuando se declara la ilegalidad de la detención todas las pruebas obtenidas son desechadas, lo que impide a los fiscales formalizar la investigación o pedir medidas cautelares.
iv. Protección a testigos
1. Se consigna un sistema especial de declaración anticipada de menores víctimas de delitos sexuales, en una sala acondicionada especialmente al efecto y con la sola presencia del juez. Las partes podrán contrainterrogar al menor sólo por medio de un sistema de comunicación remoto y a través del magistrado.
2. Se amplía la protección de la individualización del testigo, en caso de que su declaración le acarree peligro a él o a otras personas.
IV. Normas de quórum
La iniciativa contiene disposiciones de carácter orgánico constitucional, por referirse a la organización y atribuciones de los tribunales de justicia. Una de ellas es el número 11) del artículo 2º, sobre prisión preventiva respecto de ciertos delitos graves, ya que convierte en obligación lo que hoy día constituye una facultad de los jueces.
Por su parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Constitución Política, también tienen rango orgánico constitucional, por referirse a la organización y atribuciones del Ministerio Público, el número 4) del artículo 2º y el artículo 4º, ambos referidos a las nuevas facultades y responsabilidades de los abogados asistentes del fiscal.
Señor Presidente , el proyecto contiene muchas modificaciones importantes, tendientes a garantizar la persecución criminal y una mayor rapidez en el desarrollo de las investigaciones. Además, podrán decretarse medidas cautelares bastante rigurosas.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , estamos abordando un proyecto que se refiere a uno de los temas más delicados y más fuertes que afligen a la sociedad nacional: el relativo a la delincuencia.
Cualquier estudio de opinión o estadística que refleje cuál es la realidad y la inquietud de los chilenos va a indicar siempre que ése es, sin lugar a dudas, el problema más delicado que Chile enfrenta desde hace mucho tiempo, sin que, lamentablemente, se haya resuelto con las políticas y las actuaciones adoptadas por la autoridad en este período.
No se debe olvidar que la mantención del orden público y, por tanto, el control de la delincuencia y la seguridad ciudadana son asuntos cuya responsabilidad principal recae en el Gobierno. Los demás podrán colaborar, como a veces lo hacen los municipios; pero la responsabilidad ineludible será siempre de las autoridades gubernamentales.
El problema es de tanta complejidad y delicadeza que los propios estudios oficiales demuestran la gravedad de la situación. Así, el concerniente a la victimización, dado a conocer por el Ejecutivo hace algunos meses, donde se compara lo sucedido en los años 2003 y 2005, señala que el total de delitos cometidos en un período y el otro se incrementó de 2 millones 449 mil a 2 millones 571 mil. Y otras situaciones, habían aumentado en porcentajes también preocupantes: quienes fueron víctimas de cuatro o más hechos delictuales tuvieron un alza de 3,7 a 9,4 por ciento. Y este incremento es precisamente lo que percibe la población en sus actuaciones.
Por su parte, Paz Ciudadana también ha hecho estudios que reflejan esa misma realidad. Son datos distintos, pero las conclusiones son congruentes entre uno y otro.
De acuerdo con su última publicación, realizada en diciembre, que refleja los antecedentes a noviembre de 2006, el índice de victimización que recoge alcanza a 41,7 por ciento; es decir, en prácticamente 42 por ciento de los hogares algún miembro de la familia fue víctima de robo o de intento de él. Es la cifra más alta desde mayo de 2000, cuando era de 30,8, casi 31 por ciento. O sea, el incremento es realmente muy significativo: un tercio en seis años.
Esto nos deja enormemente preocupados.
Lamentablemente, no nos acompaña en la Sala el Gobierno, en la persona del Ministro del Interior y de los responsables de esta situación. Y eso, obviamente, refuerza nuestra inquietud de que la batalla en contra de la delincuencia se ha perdido.
Consideren, señores Senadores , que el índice de victimización medido por Paz Ciudadana en su encuesta revela que el 25 por ciento de los hogares -esto es, uno de cada cuatro-, dice haber sido victimizado más de una vez en los últimos seis meses. ¡Más de una vez en seis meses! Y esto sí que agrava las cosas, porque realmente no advertimos cómo la gente puede sentirse protegida por el Estado.
Este fenómeno no afecta solamente a la Región Metropolitana, como se solía entender hace 15 ó 20 años, pues se extiende a todas partes. Si bien es más alto en Santiago (en noviembre de 2006 alcanzó al 43,2 por ciento), en Regiones se empina a 39,6; es decir, casi 40 por ciento.
Lo anterior significa que este país, tan centralista, ha logrado, al menos en una materia, avanzar en la regionalización: ¡se han descentralizado los delitos!
Por desgracia, lo que en un tiempo se veía en la televisión como un fenómeno referido a la Capital hoy día está presente a lo largo del territorio nacional.
Ésa es la realidad, señor Presidente . Y por eso resulta indispensable contar con una agenda de verdad contra la delincuencia. Supongo que la "agenda corta", como se la ha llamado -lamentablemente, su nombre ya insinúa el alcance que tiene: breve, pequeña-, ¡no tendrá ese carácter en alusión al ex Ministro del Interior don Andrés Zaldívar , que la inició...! Lo cierto es que tenemos aquí una restricción en el alcance de lo que se quiere hacer.
En realidad, el contenido del proyecto apunta a la creación de un estatuto especial para evitar la reincidencia en ciertos delitos graves, como el secuestro, la sustracción de menores, el homicidio, el parricidio y la violación.
Asimismo, se mejoran en esta iniciativa, como señaló el Presidente de la Comisión , las normas sobre el control de identidad y la flagrancia. Y se establece la apelación en materia de detención ilegal, especialmente para los delitos graves.
Sin duda, son aportes que avanzan positivamente en la solución de problemas urgentes en el combate contra la delincuencia. Sin embargo, estas medidas ciertamente resultan insuficientes. En ese sentido, el Gobierno comete un error fundamental al pensar que la comisión de delitos y la sensación de inseguridad que hoy día afectan a centenares de miles de chilenos disminuirán con la aprobación de un conjunto de disposiciones que apuntan a sancionar con mayor rigor ciertos ilícitos, los más graves. Pero faltan otros, a los que los propios estudios gubernamentales les asignan enorme importancia.
A modo ilustrativo, quiero señalar que, en cuanto a la participación de cada tipo delictual en el total de denuncias, medida por el índice de victimización que hace el Gobierno, el robo con fuerza corresponde a 41,2 por ciento y las lesiones, a 19,5. Es decir, casi dos tercios de los delitos no son realmente abordados por el grueso de las medidas incorporadas en esta agenda. Y, por eso mismo, es un error pensar que estos delitos menores no tienen tanta importancia por su gravedad intrínseca, porque son los que más afectan a los chilenos en su vida cotidiana, a la gente común, y los que tienen intranquila a la población.
Ni pensar acerca de la necesidad de adoptar en otros ámbitos acciones de distinta naturaleza para combatir realmente la delincuencia: las medidas de prevención y de rehabilitación, la política carcelaria, no parecieran acompañar, en una visión más integral, la forma como se debería enfrentar este problema y cómo dar seguridad a todos los chilenos.
En otro campo, en lo que dice relación a los factores sociales, la situación del desempleo, estancado durante tantos años, hace que tampoco exista la percepción de que factores de esa naturaleza pudieran ayudar a combatir el incremento de la delincuencia. Cabe pensar que si hubiera pleno empleo, educación de calidad, actividad cultural y recreativa intensa; un país deportivo, donde los recursos de todos los chilenos lleguen a los deportistas y no se queden a mitad de camino, navegando por los itinerarios que hemos conocido en estos días, en fin, la situación sería distinta, la actitud asumida comprometería al país en otra perspectiva y, ciertamente, la delincuencia no se vería estimulada.
Por eso, la situación, globalmente considerada, no resulta satisfactoria.
Vamos a concurrir con nuestros votos a aprobar en general la iniciativa en debate por considerar que no todas las propuestas, en sí mismas, son negativas. Lo que estamos diciendo es que así no vamos a ganar la batalla contra la delincuencia. Y esto lo hemos reiterado una y otra vez ante las autoridades de Gobierno, que son las responsables de conducir y resolver esta situación, y no hemos encontrado un eco adecuado.
En ese sentido, vamos a intervenir nuevamente en el ámbito de la discusión particular, aportando correcciones a muchos de estos temas y retomando algunos capítulos particularmente propiciados por parlamentarios de la Alianza por Chile en la Cámara de Diputados, pero que no fueron acogidos ni incorporados. Algunos dicen relación, por ejemplo, a ciertos tipos penales que, en nuestro concepto, deben ser recogidos. Tal es el caso del robo por sorpresa.
Se planteó que este tipo delictual se da con mucha frecuencia. Y, según el propio Gobierno, el 4,5 por ciento del total de delitos corresponden a esta categoría. Es de común ocurrencia y de mucha gravedad. Quisimos incorporarlo. Pero, pese a estar contenido en el proyecto original, los Diputados de la Concertación lo eliminaron. Y nosotros estimamos que, por su connotación social, por afectar diariamente a cientos de miles de chilenos, es indispensable que, en el agravamiento de las penas que esta iniciativa consigna, se incorpore esa figura delictual. Con ello, no sólo habría un castigo más duro, más fuerte, más severo para esta clase de actos, sino que también se enviaría una potente señal a los delincuentes.
En seguida, respecto del hurto, ya mencioné su importancia, pues equivale a 21,4 por ciento de participación en el total de los delitos. Y nos parece importante aumentar igualmente las sanciones, agravar el tipo penal con más severidad cuando se comete por sorpresa o en lugares de libre acceso público, tales como plazas, parques, centros comerciales o en el transporte colectivo. Porque es en estos lugares, en estas situaciones, donde se da con mayor frecuencia. Y tal clase de hechos son los que desatan el temor generalizado en la población. Pero la respectiva indicación también fue rechazada en la Cámara. Por eso, al mantener la situación inalterada, la percepción de inseguridad ciudadana se mantiene.
Por otra parte, hemos planteado la necesidad de permitir que cuando este delito se cometa en lugares de libre acceso público y no comparece la víctima o se ignora su identidad se pueda determinar la participación punible mediante la utilización de ciertos medios tecnológicos, como las filmaciones, las fotografías, los videos. Ello permitiría resolver en forma simple un problema práctico, ya que, al ocurrir los hurtos en los lugares antes mencionados, muchas veces quedan registros que permiten reconocer a los delincuentes. No hay centro comercial hoy día que no tenga cámaras de seguridad en todos sus recintos. En muchos sectores, incluidas las calles, existen redes de televisión que graban lo que ocurre en ellos.
Sin embargo, si no se pueden emplear esos sistemas para identificar a los delincuentes o constituir medios de prueba, difícilmente podrán ser útiles. Y, de esa forma, los delincuentes, una vez acreditados, recobran su libertad.
Lamentablemente, esa inquietud tampoco fue acogida por quienes cuentan con mayoría de votos en la Cámara de Diputados.
Respecto al plazo de la flagrancia, debo señalar que se trata de una materia que también requiere precisión, porque es necesario aumentar la inmediatez del período que media entre la comisión del hecho y la aprehensión del delincuente, que finalmente el proyecto fijó en seis horas.
En verdad, si uno piensa en términos prácticos, dicho plazo es insuficiente, breve, cuando concurren ciertas circunstancias en la comisión de delitos, en que resulta difícil dar cuenta de ellos a la policía, como su perpetración en lugares apartados o de noche, pues desde ese momento hasta el instante en que se pueda formular la denuncia respectiva el plazo de seis horas puede haber expirado. Por lo tanto, se pierde la posibilidad de avanzar en la adopción de medidas que permitan aprehender al delincuente recién cometidos los hechos gracias a las características que tiene la flagrancia en nuestro orden constitucional y legal.
Por eso, esperamos reponer las indicaciones planteadas en el sentido de ampliar dicho plazo y permitir que sea contabilizado desde que la policía toma conocimiento de lo sucedido, lo cual, ciertamente, facilitaría un mejor manejo del respectivo tipo penal y la detención por flagrancia.
Finalmente, me referiré a uno de los temas centrales de la iniciativa, el cual ha generado gran discusión pública desde la reforma procesal penal e incluso ha sido materia de comentarios presidenciales en diferentes oportunidades: la libertad provisional.
Al respecto, todavía estamos en deuda con la percepción ciudadana de que existe en nuestros tribunales una "puerta giratoria" para los delincuentes. Dicho concepto se ha usado una y otra vez. Pero, cuando llega la hora de regular y establecer rigideces en cuanto a la libertad provisional, ello no ocurre, pues las autoridades se amparan siempre en el principio de presunción de inocencia, de rango constitucional.
Por cierto, todos compartimos ese principio, como concepto. Sin embargo, las excepciones o las necesarias limitaciones establecidas en la propia Carta Fundamental para su aplicación no son tomadas en cuenta. Así, existe una suerte de doctrina en muchos jueces de garantía que estiman que aquél es un principio casi sin restricciones; y, salvo situaciones muy excepcionales -¡excepcionalísimas!-, no están disponibles para restringir tal situación.
Eso genera las inquietudes más grandes a nivel de la población.
¿Quién no ha tenido conocimiento de hechos realmente lamentables sobre el particular?
Yo podría referirme a algunos casos producidos en mi zona. Por ejemplo, el de un adulto sorprendido abusando de una menor, y que fue rápidamente, no sólo puesto en libertad, sino además colocado bajo arresto en su domicilio, ubicado a tres casas del de la menor, con lo cual lo único que consiguieron fue aterrar, no sólo a la agredida y a su familia, sino a todo el vecindario, por la forma como había sido manejada la situación.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Ha finalizado su tiempo, señor Senador.
El señor LARRAÍN.-
Termino de inmediato, señor Presidente.
Una de las posibilidades de colaborar para definir un ámbito más restrictivo es que los delincuentes con dos o más investigaciones formalizadas y en curso por iguales delitos, aunque no hubiese condena, no puedan salir en libertad y seguir delinquiendo. Por eso, estamos planteando que en dichas circunstancias los imputados sean considerados un peligro para la sociedad. Es decir, vamos a presentar indicaciones para restringir la libertad provisional y dar a los chilenos y chilenas una garantía de que realmente los tribunales, la ley, se preocupan de su situación y evitan que los malhechores queden en libertad y que los ciudadanos comunes y corrientes, aterrados, tengan que refugiarse en sus casas, aumentando el tamaño de las rejas y las medidas de seguridad, que, al final, es el único recurso al cual pueden acudir quienes tienen cómo hacerlo; porque la gente más humilde, simplemente, queda expuesta a la inseguridad.
Señor Presidente, teniendo en cuenta las consideraciones que he formulado, vamos a aprobar en general el proyecto. Pero dados el contexto, la importancia que reviste la materia y la necesidad de precisar muchas normas, presentaremos las indicaciones correspondientes durante la discusión particular.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, en primer término, quiero señalar que gran parte de las normas que contiene este proyecto de ley fueron planteadas en su momento como iniciativas legales por distintos parlamentarios, y muchas de ellas, por los de la Alianza.
En el día de hoy, a propósito del debate que hubo en la Comisión de Constitución con motivo de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, expresé mi protesta porque no me parece correcto que, cuando surgen ideas de parte de los parlamentarios, el Gobierno, en vez de patrocinarlas y permitir su tramitación, da inicio a un nuevo proyecto mediante el correspondiente mensaje, incluyéndolas todas, y por supuesto, como ya hemos visto en períodos electorales, se olvida de la colaboración que la Oposición ha prestado sobre la materia.
Por ello, quiero dejar consignado, al menos en la historia fidedigna de la ley y en esta sesión, que prácticamente casi todas las normas incluidas en el proyecto en debate -si no todas- son de origen parlamentario y que un alto porcentaje de ellas provienen de los que forman parte de la Alianza.
En segundo lugar, señor Presidente , deseo señalar algo que me manifestó el Senador Carlos Bianchi con toda razón.
Me parece muy bien que el Ministro de Justicia esté presente en la Sala, porque ha sido quien ha seguido la tramitación de este proyecto. Pero considero lamentable -y también protesto por ello- que tanto el Ministro del Interior como el Subsecretario del ramo, encargados de la seguridad ciudadana, no se hallen hoy en el Senado. Creo que ésta debe de ser una de las pocas veces que se tramita una materia de esta envergadura sin que los personeros de Gobierno responsables concurran.
Entonces, ahí hay una clara señal del verdadero interés y de la prioridad del Ministerio del Interior sobre el asunto. Ello, sin perjuicio de la presencia del señor Ministro de Justicia . Pero todos sabemos que ésta no es un área propiamente suya, pues la seguridad ciudadana es propia de la Cartera del Interior.
En tercer término, para dimensionar la gravedad del problema que tenemos, quiero simplemente entregar algunos antecedentes consignados en un estudio de la Oficina de Fiscalización contra el Delito -corporación de Derecho Privado que corresponde a un convenio de municipalidades, tanto de Gobierno como de Oposición-, realizado con datos oficiales que entrega el Ministerio Público respecto de lo ocurrido en nuestro país entre el 16 de julio de 2005 y el 31 de marzo de 2006.
Cabe recordar que el informe pertinente, cuando salió a la luz pública, fue uno de los elementos que gatillaron una gran polémica acerca de la seguridad ciudadana en el país.
Dicho documento, entregado por los fiscales de la Región Metropolitana, comprende un total de 289 días -desde la entrada en vigencia de la reforma procesal penal, el 16 de junio de 2005, hasta el 31 de marzo- y las 52 comunas de la Región Metropolitana.
El estudio se refiere a tres categorías de delitos: robo con violencia o intimidación en las personas, robo con fuerza y robo por sorpresa.
En total, durante ese período se denunciaron en los tribunales 88.007 casos, que dieron lugar a las investigaciones respectivas. Un 30 por ciento de ellos -es decir, 25.938-, corresponde a robos con violencia o intimidación en las personas, que son los ilícitos de mayor gravedad desde el punto de vista de la apropiación indebida, porque implican un ataque directo a aquéllas. En seguida, 53.980 son robos con fuerza, y 8.089, robos por sorpresa, que han sido excluidos de esta iniciativa legal.
Durante el tiempo del estudio se denunciaron 304 robos diarios en la Región Metropolitana, lo que equivale a un robo cada cinco minutos. Estoy considerando las categorías de los ilícitos más graves, como son los robos con violencia, los robos con fuerza y los robos por sorpresa.
En cuanto a los detenidos inicialmente por robo, el total fue de 8 mil 202, de los cuales el 40 por ciento correspondió a robos con violencia o intimidación en las personas; el 46 por ciento, a robos con fuerza, y el 14 por ciento, a robos por sorpresa. De ese mismo total de personas inicialmente detenidas por la policía y llevadas por los fiscales a formalización de investigación o a control de detención, sólo el 35 por ciento (2 mil 850) quedó en prisión preventiva, mientras que el 65 por ciento (5 mil 352) permaneció en libertad.
A veces uno se pregunta, señor Presidente , cuál es la razón del aumento de la delincuencia. Pues bien, aquí hay un dato que resulta lapidario. El país se está dando el lujo de que 5 mil 300 individuos sometidos a control de detención y en contra de los cuales se ha formalizado investigación -no estoy hablando de personas que permanecen en libertad por falta de mérito, sino de personas respecto de las que existen antecedentes y presunciones de ser autoras de delito-, en vez de ser detenidos, queden sujetos a otra medida cautelar que en la práctica les significa mantenerse en libertad. Y la policía y los jueces han indicado una enormidad de veces que resulta imposible vigilar el cumplimiento de todas las medidas cautelares que se dictan, simplemente por falta de personal.
Por lo tanto, durante el período considerado, que abarcó 289 días (entre el 16 de junio de 2005 y el 31 de marzo de 2006), hubo 5 mil 300 delincuentes detenidos -muchos de ellos reincidentes- que la sociedad chilena se dio el lujo de mandar a la calle.
A continuación analizaré la situación de los delitos más graves, como el robo con violencia.
El robo con violencia o intimidación significa que hubo violencia en contra de las personas, que hubo un asalto a mano armada. No es un ilícito que se cometa rompiendo o fracturando una puerta o una ventana, sino amenazando a otro con una pistola o un cuchillo o golpeándolo para robarle. Se trata de un delito gravísimo. Sin embargo, el 42 por ciento de los imputados quedó en libertad. O sea, de todos los asaltantes que entran a una casa con una pistola o un cuchillo y amenazan o golpean y hieren a un chileno o una chilena inocente, prácticamente la mitad queda en libertad al día siguiente de la detención.
En el período mencionado fueron condenados por robo 2 mil 695 delincuentes, de los cuales el 51 por ciento (no estoy hablando del hurto o de otros delitos menores, sino del robo con violencia, uno de los ilícitos más graves del país) no ha pasado un solo día en la cárcel, sino que permanece en libertad gozando de algún beneficio alternativo.
Tuve la ocasión de comparar nuestra legislación, señor Presidente , con la de varios países avanzados que han experimentado avances en la materia: Francia, España , Italia , Suiza , Bélgica, Estados Unidos, Inglaterra. Y comprobé que frente a delitos graves como los señalados -lo reitero una vez más: no estoy hablando del hurto o de otros ilícitos menores, sino de delitos en que el hechor usa un cuchillo o una pistola e ingresa en una casa por la fuerza, asalta y roba, muchos de los cuales van acompañados de otras figuras, como el homicidio, las lesiones o los abusos sexuales- las normas de nuestro ordenamiento jurídico son bastante más permisivas o concesivas que las que existen en cualquiera de las naciones antes citadas.
Con todo respeto, emplazo a Sus Señorías a verificar si en alguno de dichos países -que destinan enormes recursos a prevención y rehabilitación- se dan las facilidades que aquí se otorgan para que delincuentes de ese grado de peligrosidad queden en libertad luego de perpetrar los delitos.
Y, por supuesto, señor Presidente , que los delincuentes se dan cuenta de que les resulta muy barato y fácil cometer ilícitos si a los pocos días recuperan su libertad.
Me voy a referir a dos casos que también motivaron esta llamada "ley corta". Se trata del control de identidad y del delito flagrante.
Con respecto al primero, son muchas las situaciones conocidas y publicadas en los medios de comunicación. Nosotros obtuvimos los datos de las propias fiscalías, pues existe libre acceso a la información. La policía procede al control de identidad de un sujeto peligroso, sorprendido con especies robadas y con armas, y lo lleva ante un juez de garantía para los efectos de efectuar el control de la detención. Pero resulta que el juez lo deja libre bajo el argumento de que al momento de revisarle sus vestimentas, la mochila que llevaba o el vehículo en que se transportaba, supuestamente no se encontraron indicios que justificaran practicar el control de identidad. Y cuando el fiscal le exhibe las especies robadas, el dinero en efectivo, las armas y otros antecedentes, el juez de garantía dice: "Sí, pero la verdad es que no había indicios". Y así es como delincuentes peligrosísimos han quedado libres, con la agravante de que, como al quedar en libertad la prueba no puede ser utilizada posteriormente, esos delincuentes, no obstante ser detenidos, permanecen indefinidamente fuera de las rejas, creando enorme frustración en las policías y en la Fiscalía y, sobre todo, una gran impotencia en los ciudadanos que los han denunciado.
En el caso del delito flagrante la situación es prácticamente la misma. Hay hechos conocidos en el norte del país y también en otros lugares donde los tribunales han interpretado que delito flagrante es sólo el momento posterior a la perpetración del ilícito. De manera que si un delincuente comete un delito grave -asalto a mano armada, por ejemplo- y es sorprendido 3 ó 4 horas después en el vehículo identificado como aquel con el cual se perpetró el ilícito, con las especies robadas y con huellas que lo acreditan como el autor del delito, si antes no hubo una orden del fiscal, la detención es declarada ilegal y el sospechoso recupera su libertad, no obstante saberse que fue quien llevó a cabo el delito. Por supuesto, nunca más es encontrado. De este modo, nos hallamos frente a una realidad increíble desde el punto de vista de la correcta administración de justicia.
El proyecto, señor Presidente , buscar mejorar la actual legislación en diversos ámbitos. El Presidente de la Comisión de Constitución y el Senador señor Larraín ya se refirieron a sus aspectos principales, que no voy a repetir, porque no tendría sentido. Baste hacer presente que la iniciativa incluye normas relativas a la determinación de las penas, al delito de receptación -o sea, la reducción de especies, uno de los ilícitos más graves-, al control de identidad, al delito flagrante, a la apelación de la declaración de ilegalidad de la detención -hoy la prohibición en esta materia ha generado una cantidad gigantesca de conflictos, pues impide que pruebas valiosas sean utilizadas con posterioridad-, a los casos de prisión preventiva.
Con relación a la prisión preventiva, quiero señalar lo siguiente. Es bueno que en una democracia y en un Estado de Derecho exista la presunción de inocencia. Es parte de la formación que debe haber en el Derecho. Pero nuestra Constitución, igual como la de la mayoría de los países, establece excepciones. Dispone que mientras dura el juicio la persona tiene derecho a permanecer en libertad, pues mientras no se dicta sentencia se halla amparada por la presunción de inocencia. Pero también señala, en el mismo artículo, con letras del mismo tamaño y del mismo color, que eso tiene limitantes en tres hipótesis: cuando la libertad del sujeto dificulta el éxito de la investigación -puede haber diligencias importantes que se vean obstruidas con la persona en libertad, o amenazas que inhiban a algún testigo-; cuando la detención sea considerada como necesaria para la seguridad del ofendido o de sus parientes, y cuando la conducta del imputado constituya un peligro para la seguridad de la sociedad. Esto último significa que la conducta anterior de la persona demuestra que ella comete delitos en forma habitual. La ley define cuáles son los elementos que deben considerarse para tal efecto: cantidad de delitos cometidos, número de condenas previas, forma en que se perpetró el delito.
Entonces, no es verdad, como sostienen algunos teóricos, que restringir los casos en que las personas pueden quedar en libertad tratándose de delitos graves implique poco menos que alterar los principios del Derecho. Eso no es así. Quienes hemos estudiado la normativa penal y la legislación comparada sabemos que en todos los países, cuando se está frente a delitos graves, la sociedad tiene pleno derecho a solicitar que delincuentes considerados peligrosos sean mantenidos en prisión, porque su libertad significa que alguien será víctima de un nuevo delito respecto del cual, por supuesto, nadie reclama o alega.
Está el famoso caso del médico uruguayo asesinado en Valparaíso por un delincuente que, no obstante haber cometido un ilícito anterior, gozaba de libertad provisional. Y la sociedad chilena no responde por ese crimen, por la destrucción de una familia, en circunstancias de que si esa persona hubiese estado en prisión preventiva, como correspondía por ser un peligro para la sociedad, hoy día esa familia no estaría destruida. Pero -reitero- nadie responde ante eso.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminó su tiempo, Su Señoría.
El señor ESPINA.-
Para concluir, señor Presidente, quiero señalar que vamos a votar a favor de la iniciativa en debate y que haremos un esfuerzo para perfeccionarla, porque es lo que corresponde.
Creemos que se puede avanzar muchísimo, y esperamos que el Senado finalmente mejore el proyecto que viene de la Cámara de Diputados, para que la ciudadanía tome conciencia de que existe la voluntad por parte de los legisladores de aprobar normas que le den mayor tranquilidad ante los delitos que se cometen.
He dicho.
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El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
En este momento ha llegado a la Mesa el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la "Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales" y su Anexo, adoptada en la 33ª Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), con urgencia calificada de "simple" (boletín Nº 4.778-10).
--Queda para la tabla de la sesión ordinaria de mañana.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Asimismo, ha llegado a la Mesa un proyecto de acuerdo suscrito por el Senador Bianchi, Orpis, Ávila, Ruiz-Esquide, Muñoz Barra, Espina, Kuschel y Zaldívar, mediante el cual se solicita a su Excelencia la Presidenta de la República el establecimiento de una asignación de zona para los funcionarios asistentes de educación. (boletín Nº S 940-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
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El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Continúa la discusión de la iniciativa en análisis.
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ .-
Señor Presidente , el proyecto de la llamada "Agenda Corta", que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, que estamos debatiendo, fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Constitución. Y me gustaría saber si es posible que se abra la votación, dado que contiene normas de rango orgánico constitucional.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.
--Así se acuerda.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , los Senadores señores Larraín y Espina han hecho un exhaustivo análisis y evaluación del proyecto y de nuestras proposiciones e ideas como Alianza, lo cual me ahorra enormemente lo que quiero señalar.
Vamos a concurrir con nuestro voto favorable a la idea de legislar, porque -como ya se mencionó- la iniciativa contiene medidas adecuadas. Sin embargo, quiero hacer dos reflexiones al respecto.
Una positiva, porque es la primera vez -según recuerdo- que la Concertación decide abordar materias tendientes a combatir la delincuencia, que son los temas verdaderos e importantes. Las bancadas de la Alianza hemos propuesto muchos proyectos sobre el particular, sometiéndolos al debate nacional en innumerables oportunidades, no obstante ha habido permanentemente descalificación y reticencia a afrontarlos por parte de los Gobiernos de la Concertación.
Cuestiones como la reincidencia y la necesidad de aumentar su penalidad; el incremento de las penas de los delitos sobre la base del perfeccionamiento de su cálculo; la flagrancia y la necesidad de ampliar los plazos para considerar la inmediatez en la comisión del delito; la libertad provisional y la necesidad de restringir el criterio tan amplio con que hoy se interpreta por la vía judicial, y el control de identidad, que es otra manera de llamar a la detención por sospecha, son temas que hemos planteando en reiteradísimas oportunidades pero que no han tenido recepción alguna, sino más bien descalificaciones por parte de la Concertación.
Yo entiendo que les cueste mucho abordar dichas materias desde esta perspectiva, y prueba de ello -como manifestó el Senador señor Espina- es que no se hallan presentes ni el Ministro del Interior ni el Subsecretario del ramo, y que la presencia de Senadores de la Concertación en la Sala sea realmente mínima -ahora sólo hay cuatro-, en el debate de uno de los asuntos que más importan a la ciudadanía: el combate contra la delincuencia.
Por lo tanto, señores de la Concertación, pienso que es positivo que, a raíz de este proyecto, acepten por primera vez discutir legislativamente puntos relacionados en forma directa con el combate a la delincuencia. Así que, bienvenidos a este debate, aun cuando les cueste y no quieran estar presentes, y los encargados de seguridad pública del Gobierno -como el Ministro del Interior - no asistan a la Sala. Vale la pena el esfuerzo que han hecho para abordar temas que la Alianza viene señalando desde hace tanto tiempo, con gran perseverancia y reiteración.
Por eso, encuentro positivo el hecho de que se sumen a las medidas que realmente pueden combatir la delincuencia con más eficacia.
Una segunda reflexión, señor Presidente , es de crítica con respecto al proyecto, porque su falla sustantiva radica en que las medidas que se buscan adoptar en el caso de la reincidencia, la gradación de la pena, la libertad provisional, dicen relación a los llamados "delitos de mayor connotación social", es decir, a los más graves. Esto es necesario e importante, pero olvida por completo a los delitos de mayor ocurrencia social, porque no tiene ninguna incidencia en ellos, no obstante que todas las estadísticas y estudios indican que hoy ocurren con más frecuencia dentro de la población.
Pero no sólo es un problema de número, porque, junto con constituir los delitos de mayor ocurrencia social, al afectar diaria o permanentemente a la ciudadanía generan el mayor temor a ser víctimas de ellos y, por lo tanto, son los que más contribuyen a la creación de un clima de inseguridad social en el diario vivir de nuestros ciudadanos.
El proyecto ignora, desconoce esos ilícitos, y sólo afecta directamente a los delitos más graves, dejando de lado a los de mayor ocurrencia social, que provocan más temor en la población.
Ésa es precisamente su falla más profunda.
Por eso, desde las bancadas de la Alianza, vamos a insistir en este punto, ojalá con la misma convicción con que logramos que la Concertación asumiera de una vez por todas los temas de reincidencia, detención por sospecha, libertades provisionales, aumento de la penalidad de los delitos, a fin de que, dado que se pusieron a este lado de la cancha, comprendan que para ser eficaz no sólo hay que afectar a los ilícitos de mayor connotación social o los más graves, sino también a aquellos como el hurto, las lesiones, el robo con sorpresa, que son los de mayor frecuencia social y que generan mayor temor dentro de la sociedad.
En tal virtud, vamos a concurrir con nuestro voto favorable, haciendo fe y renovando nuestra esperanza de que con perseverancia lograremos que comprendan el fenómeno en forma integral y no tan sólo parcial, como lo han hecho, y podamos hacer que esta Agenda Corta sea corta en su tramitación, pero no en su eficiencia para garantizar seguridad a nuestra población.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , durante la tramitación del proyecto de Ley de Presupuestos se habló en profundidad sobre la situación que afecta a la Fiscalía, al Ministerio Público. En esa oportunidad señalamos que los estudios sobre la cantidad de querellas presentadas quedaron cortos, y cómo finalmente se sobrepasó el número de casos por fiscal que se suponía que les correspondería llevar luego de la reforma.
En esa ocasión, el señor Ministro de Hacienda expresó que estaba contemplada la ampliación de la planta y la contratación de 195 ayudantes de fiscal. Y quiero recordar aquí ese compromiso, porque me ha tocado ver cómo está funcionando la Fiscalía, donde generalmente hay gente muy buena, que pone todo su empeño. Pero, por ejemplo, la investigación de un asunto puede tomar dos años, debido a su complejidad y, en numerosas oportunidades, un fiscal lleva muchos más casos de los que puede hacerse cargo.
Entonces, deseo preguntar cuándo se va a ampliar la planta y se contratarán a los ayudantes de fiscal, porque no sacamos nada con tener leyes más estrictas en materia delictual si por otra parte no contamos con suficientes fiscales para llevar adelante las causas.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , este proyecto de ley no se hace cargo por completo de uno de los aspectos esenciales que afectan a la seguridad ciudadana: la libertad provisional. Yo creo que lo hace tangencialmente. Porque aquí no se ha dicho cuál es el problema de fondo que se presenta con relación a ese beneficio.
A título personal, sostengo que nuestra reforma procesal penal se está desprestigiando por el excesivo garantismo con que actúa gran parte de los jueces de garantía. Es una generación joven, que fue formada bajo ese concepto. Por lo tanto, ante cualquier restricción a la libertad, aun cuando los infractores constituyan un peligro para la sociedad, se suele elevar el garantismo a un valor absoluto.
Y esa materia no se aborda en la iniciativa que nos ocupa. Podemos colocar adjetivos en su artículo único para restringirlo. Empero, si, como en muchos casos -repito-, el garantismo es elevado a un valor absoluto, sean cuales fueren las restricciones, mientras establezcamos la excepción, se seguirá otorgando libertades provisionales.
Por consiguiente, si en general los jueces de garantía han llevado el garantismo a ese nivel, hay que abordar el punto.
A mí me faltan antecedentes en la reforma que se plantea. No existe ninguna estadística que nos indique la cantidad de libertades provisionales otorgadas por los jueces de garantía y el número de revocaciones que posteriormente han hecho las Cortes de Apelaciones a requerimiento del Ministerio Público.
En el norte de Chile, por ejemplo, existe gran cantidad de narcotraficantes. Cuando se fugan, no se dirigen a otras zonas del país, sino a otras naciones, y es imposible aprehenderlos de nuevo.
Entonces, si los jueces de garantía nos están llevando a ese límite, ¿qué se debe hacer? Si el Ministerio Público apela, no pueden conceder la libertad provisional hasta que la Corte de Apelaciones pertinente resuelva. Pero esa situación no se aborda, sino que se siguen colocando restricciones en materia del referido beneficio. Y sucede que, como fueron formados en el garantismo, seguirán otorgándolo.
En consecuencia, en una norma de esta naturaleza, lo lógico es que, si el Ministerio Público apela, no se conceda la libertad provisional hasta que sea ratificada por la respectiva Corte de Apelaciones. Es la única manera en que los jueces de garantía van a entender la situación.
Señor Presidente , yo presenté una indicación en esa línea respecto de determinados delitos. Porque aquí podemos seguir sancionando muchas leyes: cortas, largas, medianas. Sin embargo, mientras no cambiemos la mentalidad de los jueces de garantía será difícil avanzar en el ámbito de la seguridad ciudadana.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , este proyecto pone en práctica la denominada "Estrategia Nacional para Combatir a la Delincuencia", instrumento con que la Subsecretaría del Interior quiere dar respuesta a la comunidad sobre el controvertido tema de la seguridad ciudadana y el orden público.
La experiencia ha demostrado que tanto las policías como los tribunales penales se han visto sobrepasados por los sucesos delictuales, que se manifiestan cada vez más violentos. El papel de unas y otros se ve extraordinariamente limitado por la propia ley, que, por una parte, aminora y hace poco eficaces sus facultades a la hora de combatir el delito, y por otra, facilita de modo ostensible la defensa de los delincuentes, en desmedro de sus víctimas.
Esta iniciativa plantea reunir dentro de una misma categoría, desde el punto de vista procesal, delitos contra las personas, delitos contra la propiedad y el patrimonio, y delitos pluriofensivos. Todo ello, con el objeto de poder aplicarles un estatuto más riguroso en lo relativo a la determinación de la pena.
También postula establecer mayores exigencias a la hora de considerar las atenuantes, mecanismo del que se ha hecho mal uso y abusado en las causas criminales.
Otro aspecto novedoso se refiere a la necesidad de que la víctima comparezca en el juicio pertinente con la finalidad de manifestar su parecer sobre la reparación propuesta por el victimario.
El proyecto propone, igualmente, proteger a las víctimas y a los testigos creando reglas especiales de prueba anticipada y protegida en el caso de menores que sufren abusos sexuales. Asimismo, establece medidas de protección de los antecedentes que permitan identificar a testigos cuyas declaraciones puedan ponerlos en peligro.
Es muy importante destacar el nuevo concepto de "reincidencia". Este elemento debe ser considerado como agravante de la responsabilidad penal no obstante que el condenado haya cumplido efectivamente o no la pena.
Además, resulta relevante la solución de dos puntos planteados por las policías. El primero se refiere a la institución del control de identidad. En este caso se sugiere facultar a la policía para revisar las vestimentas y el vehículo de la persona controlada, y además, que las especies delictuales encontradas en la revisión puedan constituir una situación de flagrancia; si el controlado no quiere cooperar, la nueva normativa amplía de 6 a 8 horas el plazo para verificar su identidad. En cuanto a la flagrancia, se considerará que existe cuando entre el hecho delictivo y la captura no hayan transcurrido más de 6 horas, con solución de continuidad o sin ella.
Uno de los problemas que aquejan al Ministerio Público es el escaso número de fiscales. En busca de una solución, el proyecto faculta al abogado asistente del fiscal para formalizar la investigación, solicitar medidas cautelares y pedir el aumento del plazo de detención.
Considero de gran importancia lo que plantea esta iniciativa en términos de crear una base de datos unificada a la que tengan acceso especial sólo Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones, con la finalidad de constatar órdenes de detención pendientes. A ella tendrán acceso, naturalmente, el Ministerio Público y los Tribunales de Justicia.
Otorgo gran valor a las modificaciones que se sugiere introducir al Código Penal y al Código Procesal Penal para garantizar de mejor forma la seguridad ciudadana permitiendo hacer mucho más eficaces las atribuciones preventivas de las policías.
Voto a favor.
El señor ESPINA.-
¿Me permite, señor Presidente , una cuestión de procedimiento?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ESPINA.-
En la pantalla del computador aparece un proyecto distinto del que estamos votando.
El señor GARCÍA .-
Ése ya lo votamos.
El señor COLOMA.-
Es el proyecto anterior.
El señor ESPINA.-
Aquí dice: "Proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que incrementa el crédito por impuestos pagados en el exterior disponible para las inversiones en sociedades extranjeras".
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Es el anterior.
El señor ESPINA.- Pero...
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Le insisto, señor Senador: ése es el anterior.
Hubo un problema en el sistema informático. Por eso se apagaron también las pantallas grandes de la Sala, pues...
El señor ESPINA.-
Lo que estoy diciendo es que en las pantallas de los computadores de todos los Senadores que estamos aquí aparece eso. Y como el señor Presidente abrió la votación acerca del proyecto que nos ocupa ahora, quiero saber cómo voto.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Desde el punto de vista de la constancia, señor Senador, no tenga ningún cuidado: el proyecto que ahora analiza la Sala quedará con la votación que se está tomando en este instante. No le quepa ninguna duda, Su Señoría .
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , sin duda, la preocupación por la delincuencia no puede ser un título exclusivo de la Oposición y la Derecha. Cuando los delincuentes actúan, lo hacen sin preguntarles a sus víctimas dónde militan. Atacan, en general, a los más indefensos.
Por lo tanto, la protección de los indefensos es una acción de servicio público que no corresponde a determinado sector político ni es de su exclusiva titularidad.
Pretender levantar la bandera de que la lucha contra los delincuentes es sólo tarea de la Derecha, a mi juicio, constituye un equívoco. Porque a la delincuencia se le gana sólo con una gran unidad transversal; con unidad ciudadana, y, particularmente, con la convicción de que en definitiva hay que derrotarla.
Siento que en eso coincidimos con el Senador señor Chadwick : hay que derrotar a la delincuencia. La profunda duda que yo tengo es respecto de los métodos que estamos utilizando, porque parece que mientras más la combatimos más aumenta. Y ello no es sólo responsabilidad del Gobierno.
No corresponde politizar el tema y sostener que la delincuencia crece por la ineficacia del Ejecutivo, al cual nosotros dotamos de leyes. Si éstas son ineficientes, como la ciudadanía nos encara, corrijámoslas.
Hoy día estamos intentando modificar o ampliar leyes que permitan -como lo dicen los objetivos del proyecto- introducir en el sistema de enjuiciamiento criminal mejoras que posibiliten reprimir en forma más enérgica el delito y disminuir la sensación de temor que éste infunde en la población.
Siento que la finalidad del proyecto que se está planteando no es la enunciada en la página 2 del informe. Porque no veo que se vaya a disminuir la sensación de temor que el delito infunde en la ciudadanía. La única y mejor manera de reducirla es con mayor prevención -porque, cuando el proceso se inicia y el delito se comete, el temor está instalado- y protección. Y el proyecto tiene algo de esto, pero no va al fondo del asunto.
No sé si discrepar de lo que ha dicho el Senador señor Orpis en cuanto a que la libertad provisional es el problema central que debemos encarar. Porque éste estriba en que la gente delinque y cada día las cárceles se siguen llenando de personas, mientras nosotros continuamos aumentando las penas, como ahora.
La cuestión radica, además, en el tipo de sociedad que estamos conformando y en cómo evitamos que haya 50 por ciento de reincidencia.
La cárcel de Concepción, "El Manzano", que está sobrepoblada en más de ciento por ciento -fue diseñada para 900 reclusos y tiene 2 mil 100-, presenta un 76 por ciento de reincidencia.
Es decir, nuestro problema no se halla sólo en los delincuentes que cometen un delito por primera vez, quienes abarcan el 32 por ciento de todos los procesados y condenados -primer delito: 32 por ciento, de los 40 mil detenidos en las cárceles chilenas-, sino también, básicamente, en cómo invertimos para que el primerizo sea rescatado.
Hoy día -digámoslo con franqueza-, las cárceles son la universidad del delito. O sea, hay quienes llegan por haber robado una chaqueta que cuesta 15 mil pesos y salen perfeccionados en el arte de delinquir, porque la sociedad, además, les niega la posibilidad de reinsertarse en ella.
Voy a respaldar todas las facultades que aquí se entregan a Carabineros, en particular porque se trata de combatir con eficiencia el delito organizado o el esporádico.
Sin embargo, hay un problema que hemos eludido -y emplazo a la Oposición, a la Derecha, a debatirlo-: tenemos un sistema carcelario absolutamente colapsado.
Hoy en la mañana le pregunté al Ministro Solís cuánto nos cuesta mantener recluida a una persona. Me respondió: 10 mil 800 pesos diarios; es decir, 324 mil pesos mensuales. La FLACSO afirma que en las cárceles concesionadas va a costar 526 mil pesos al mes; o sea, más de mil dólares.
¡Cientos de miles de chilenos viven un mes con la mitad de aquello!
¡Ése es el costo de esta política de encarcelación!
Y sigue creciendo.
Yo tengo la duda -espero que el Ministerio la pueda absolver- de si lo que dice la FLACSO es meridianamente cierto. Porque, además, en el caso de la cárcel concesionada no está sumado el costo solventado por Gendarmería: hay un costo de mantención, más uno adicional por concepto de seguridad, la que sigue en manos de ese Servicio.
Tener que pagar hoy, a precio fijo, 10 mil 800 pesos por día -324 mil mensuales- por cada detenido o procesado es una carga que este país no soporta. Porque, también, es muy injusto que, entretanto, miles de otros chilenos estén trabajando duramente 8 horas diarias, todos los días legales del mes, para recibir 135 mil pesos mensuales.
Señor Presidente , siento que a este respecto requerimos una profunda revisión. Los reclusos están hacinados. Hay más de 6 mil en la Penitenciaría de Santiago. Allí no se rehabilita nadie. Allí lo que se hace es liquidar de manera definitiva a aquel que ha cometido un error y busca pagarlo ante la sociedad. Porque, cuando hemos hecho esfuerzos -y los Senadores de mi Región lo saben- para reinsertar a aquellos que violaron y rompieron las normas de la sociedad, no hemos tenido éxito. En el caso a que me refiero, los reclusos dieron la Prueba de Aptitud Académica; tenían cumplida la mitad de la pena; fueron a estudiar Ingeniería Forestal en la Universidad del Biobío; trabajaban adicionalmente, pero llegó una empresa extranjera, revisó los antecedentes y los sacó. Hoy día no laboran y han debido abandonar la carrera.
¡Esta sociedad no permite la reinserción! ¡No hay segunda oportunidad! Porque los papeles, cuando se manchan, quedan manchados. Y la política de muchas de las empresas chilenas y extranjeras -si no de la totalidad- es no tener dentro de sus filas de trabajadores a nadie con antecedentes penales.
Entonces, ¿qué hacemos con lo de la reincidencia y la rehabilitación? ¿Cómo frenamos esta sangría económica, que el país no puede soportar? ¿De qué manera detenemos -y esto nos interesa a todos los que hemos intervenido en este debate- la reincidencia? Porque el 76 por ciento de los presos de mi Región son reincidentes, y no sólo una, sino dos, tres, cuatro veces.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminó su tiempo, señor Senador.
El señor NAVARRO.-
Del total de los presos en Chile, el 49 por ciento es reincidente, según cifras de Gendarmería.
Por lo tanto, estamos frente a un problema mayor.
Senador señor Orpis , como usted expresó, el proyecto no resuelve el problema que debemos enfrentar. Lo que hace es entregar más facultades para controlar y combatir el delito. Pero la cuestión de fondo sigue absolutamente vigente.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, vamos a apoyar esta iniciativa porque contribuye en parte a alcanzar los objetivos enunciados. Pero hay un tema pendiente de debate, y espero que este Senado lo enfrente a la brevedad.
Voto a favor.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ORPIS.-
Perdón, señor Presidente , ¿qué proyecto estamos votando?
El señor GAZMURI.-
Se encuentra mala la pantalla.
El señor ORPIS.-
¿El relativo al crédito por impuestos pagados en el exterior?
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
No, señor Senador. Hay en el sistema computacional un error que no hemos podido corregir. Por eso se apagaron las pantallas.
El señor ORPIS.-
Es que en la mía se mantiene la iniciativa que señalé.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
No importa, Su Señoría.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Ya lo sabemos.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (29 votos a favor).
Votaron los señores Allamand, Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Espina, Flores, Frei, García, Gazmuri, Gómez, Kuschel, Larraín, Longueira, Matthei, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag y Zaldívar.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Corresponde fijar plazo para presentar indicaciones.
Propongo el 12 de marzo, a las 12.
El señor ESPINA.-
¿Qué día es?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Lunes, señor Senador.
¿Le parece a la Sala?
--Así se acuerda.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Hay dos proyectos de acuerdo, que podríamos votar en conjunto.
El señor NOVOA.-
No, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Muy bien.
ACUERDO DE COOPERACIÓN CON TURQUÍA SOBRE ENTRENAMIENTO MILITAR, INDUSTRIA DE DEFENSA, TECNOLOGÍA Y CIENCIA
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el "Acuerdo de cooperación entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Turquía sobre entrenamiento militar, industria de defensa, tecnología y ciencia", suscrito en Ankara el 19 de abril de 2004.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3919-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 60ª, en 7 de marzo de 2006.
Informes de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 37ª, en 1 de agosto de 2006.
Hacienda, sesión 37ª, en 1 de agosto de 2006.
Defensa, sesión 84ª, en 16 de enero de 2007.
Constitución, sesión 84ª, en 16 de enero de 2007.
Discusión:
Sesión 44ª, en 16 de agosto de 2006 (pasa a las Comisiones de Defensa y Constitución).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Este proyecto de acuerdo cuenta con informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, de Hacienda, de Defensa Nacional y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (el de esta última, recaído en la consulta de la Sala acerca del quórum de votación).
El objetivo principal es sentar las bases para el establecimiento inicial de las relaciones entre Turquía y Chile en las áreas de entrenamiento militar, tecnología y ciencia.
La Comisión de Relaciones Exteriores aprobó el proyecto de acuerdo tanto en general cuanto en particular por 4 votos a favor (Honorables señores Muñoz Barra, Naranjo, Romero y Sabag) y uno en contra, del Senador señor Coloma, quien manifestó que la iniciativa establece una cláusula de confidencialidad y secreto con Turquía, de manera que para su aprobación se requiere quórum especial.
Por su parte, la Comisión de Hacienda, pronunciándose sobre la incidencia del Acuerdo en materia presupuestaria y financiera del Estado, aprobó la iniciativa por la unanimidad de sus miembros presentes (Honorables señores Escalona, García, Novoa y Ominami), en los mismos términos en que lo hizo la Comisión de Relaciones Exteriores.
En sesión de 16 de agosto de 2006, la Sala acordó que el proyecto de acuerdo fuera informado también por la Comisión de Defensa Nacional, y además, que la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento absolviera una consulta acerca del quórum que se requiere para aprobarlo.
La Comisión de Defensa Nacional, pronunciándose respecto a las materias de su interés, aprobó el proyecto de acuerdo en general y en particular por tres votos a favor (Honorables señores Arancibia, Gazmuri y Prokurica) y uno en contra (Senador señor Coloma), en los mismos términos en que lo despachó la Comisión de Hacienda.
El Senador señor Coloma reiteró su opinión en orden a que el proyecto de acuerdo debe ser aprobado con quórum calificado, puesto que el artículo VII regula materias relativas a cláusulas de confidencialidad.
Finalmente, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, dando respuesta a la consulta formulada por la Sala, en una primera votación, con el pronunciamiento favorable de los Senadores señora Alvear y señores Letelier y Muñoz Aburto, y el negativo de los Honorables señores Larraín y Prokurica, determinó que el proyecto debería ser votado como ley común.
Posteriormente, reabierto el debate, se puso de nuevo en votación la consulta, y la Comisión, por tres votos a favor (Senadores señora Alvear y señores Gómez y Muñoz Aburto) y dos en contra (Honorables señores Kuschel y Larraín), resolvió que el Acuerdo con Turquía debe ser aprobado con quórum de ley común, esto es, por la mayoría de los presentes, en atención a que no establece el secreto o reserva de ningún acto o resolución, ni de sus fundamentos, ni de los procedimientos para su adopción.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Terminado el Orden del Día
--Queda pendiente la discusión del proyecto de acuerdo.
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala se les dará curso en la forma reglamentaria.
Acordado.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
De los señores ALLAMAND, BIANCHI, CHADWICK, COLOMA, ESPINA, GARCÍA, KUSCHEL, LARRAÍN, LONGUEIRA, MATTHEI, ORPIS y ROMERO:
Al señor Fiscal Nacional del Ministerio Público, pidiendo antecedentes acerca de COMISIÓN DE DIVERSOS DELITOS EN CHILE EN 2006.
Del señor ÁVILA:
Al señor Ministro de Justicia y a la señora Directora del SENAME, requiriendo información acerca de VÍNCULO LABORAL DE SEÑORA RINA MONTT MARCHANT CON SERVICIO NACIONAL DE MENORES.
Del señor CHADWICK:
A la señora Contralor General de la Sexta Región, solicitando antecedentes respecto a SEPARACIÓN DE ENSEÑANZAS BÁSICA Y MEDIA EN LICEO VÍCTOR JARA, PERALILLO, Y NOMBRAMIENTO DE DIRECTIVOS.
Del señor ESPINA:
A los señores Alcalde y concejales de la Municipalidad de Victoria, pidiendo FUMIGACIÓN EN POBLACIÓN CENTENARIO.
A los señores Alcalde y concejales de Municipalidad de Victoria y al señor Secretario Ministerial de Obras Públicas de la Novena Región, solicitando PAVIMENTACIÓN DE PASAJE QUINO, POBLACIÓN CENTENARIO (Novena Región).
Del señor FREI:
Al señor Intendente de la Décima Región, referido a PROYECTOS PRESENTADOS POR MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN.
Del señor GARCÍA:
Al señor Contralor General de la República y señora Contralor General de la República subrogante; Ministros de Hacienda, Secretario General de la Presidencia, de Planificación, de Educación, de Justicia, del Trabajo y Previsión Social, de Obras Públicas, de Salud, de Vivienda y Urbanismo y de Agricultura; Subsecretarias de Desarrollo Regional y Administrativo y Directora Nacional de Deportes; Intendente de la Novena Región; Contralor de la Novena Región; Fiscal del Ministerio Público de la Región de La Araucanía; alcaldes de las Municipalidades de Nueva Imperial, de Temuco, de Villarrica y de Chol Chol; Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor; Secretarios Ministeriales de Obras Públicas, de Salud y de Vivienda y Urbanismo de la Novena Región; Director del Servicio de Salud de La Araucanía Sur; Directores del Servicio de Vivienda y Urbanización, de Vialidad y de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Novena Región; Consejero Regional de La Araucanía; Directora del Área Socio Cultural de la Presidencia de la República; Juzgado de Familia de Angol, y Director de Hospital "Hernán Henríquez Aravena", de Temuco, solicitando REITERACIÓN DE OFICIOS SIN RESPUESTA.
Al señor Ministro Secretario General de Gobierno, sobre RENDICIÓN DE CUENTAS DE ENCUENTRO INTERCOMUNAL DE INTEGRACIÓN: CARAHUE-SAAVEDRA.
A la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, para pedir antecedentes de CONSTRUCCIÓN DE PUENTE SOBRE RÍO CAUTÍN.
Del señor LARRAÍN:
A la señora Directora del SERVIU de la Séptima Región, requiriendo apoyar COMODATO DE TERRENO PARA FERIA "EL ESFUERZO", LINARES.
Del señor NOVOA:
A la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, para REITERACIÓN DE OFICIO 27.959, DE 23 DE AGOSTO DE 2006, A SU VEZ REITERACIÓN DE OFICIO 28.856, DE 12 DE DICIEMBRE DE 2006.
Al señor Presidente del Metro, solicitando información sobre PÉRDIDA DE TARIFA REBAJADA PARA ADULTOS MAYORES EN METRO.
Del señor PÉREZ VARELA:
Al señor Director Nacional de Impuestos Internos, requiriendo antecedentes de INCIDENCIA TRIBUTARIA DE ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLES A TEMPERATURA DISTINTA DE OFERTA A PÚBLICO.
Del señor ROMERO:
A los señores Ministro del Interior y General Director de Carabineros, solicitando IMPLEMENTACIÓN DE PLAN CUADRANTE EN COMUNA DE QUILLOTA Y AUMENTO DE DOTACIÓN POLICIAL EN NOGALES Y EL MELÓN, y
Al señor Ministro de Obras Públicas y señora Directora de Control y Fiscalización de Obras de la Cartera, requiriendo información en cuanto a EVENTUALIDAD DE IRREGULARIDADES DE EMPRESA VINCI CONSTRUCTION GRANDS PROJETS EN SUBCONTRATACIÓN PARA CONSTRUCCIÓN DE CÁRCELES.
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El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:35.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES GARCÍA, COLOMA, LARRAÍN, PROKURICA Y ROMERO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE A FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA PARTICIPAR EN ACTIVIDADES DE PROSELITISMO O PROMOCIÓN DE CANDIDATOS EN PERÍODOS ELECTORALES (4848-06)
Honorable Senado:
La administración del Estado ha sufrido cambios sustantivos en los últimos años. Luego de las reformas consensuadas por todos los sectores políticos con representación parlamentaria para promover, en el año 2003, la agenda de modernización del Estado durante el gobierno de Ricardo Lagos, se pretendió desarrollar una administración pública más eficiente, transparente y alejada de la contingencia político-partidista. Para ello, se emprendió el desafío de generar una nueva institucionalidad que permitiera al Estado cumplir con su misión de promover el bien común, definiendo una nueva manera de accionar en los campos de la gobernabilidad, en un marco de mejoramiento de la gestión pública.
Un claro ejemplo del espíritu que informó dicha agenda, lo constituye el establecimiento de una Dirección Nacional del Servicio Civil, con un Sistema y un Consejo para la Alta Dirección Pública, encargados de asistir al Presidente de la República en la elección de parte de los cargos de exclusiva confianza del Jefe de Estado.
La importancia de lo anterior, radica en el afán general de instaurar una administración profesional, autónoma e imparcial en su funcionamiento.
No obstante la importancia de los esfuerzos iniciados en orden a consagrar y fortalecer esos altos principios para la administración pública, toda norma jurídica es perfectible y en este caso, especialmente, en relación con una arista que la última elección presidencial dejó de manifiesto: la participación de altas autoridades públicas en actividades de promoción electoral de candidatos.
No debe desconocerse que medidas de modernización del Estado como las antes referidas, tienen por objetivo final la profesionalización de la función pública y su segregación de la nefasta influencia que en ella tiene la contingencia política, la que frecuentemente altera las prioridades que toda administración del Estado eficiente debe tener, al poner el énfasis en las cuotas de partido y no en la idoneidad de los postulantes a su ingreso. Si se extiende dicha influencia más allá de la elección de los cargos, necesariamente ello arrojará como resultado una peligrosa relación con el abuso de poder y la presión política por coadyuvar en la obtención de positivos resultados electorales de la coalición gobernante y que así ésta permanezca en el poder.
Sin embargo, no debe olvidarse la trascendencia del contenido de que es portadora la función pública, con directa influencia y relación sobre el bien común, pues tiene a su cargo la gestión de materias que influyen sobre el destino de la totalidad del país y no sólo de quienes votaron por el gobierno de turno.
En efecto, según lo dispuesto por el Título III de la Ley Nº 18.575, el principio de la probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular. Aún más, hace extensible la observancia de dicho principio, a todas las autoridades de la Administración del Estado, cualquiera que sea la denominación con que las designen la Constitución y las leyes, y los funcionarios de la Administración Pública, sean de planta o a contrata.
A lo anterior, tampoco escapan las actividades privadas del funcionario público en cuestión, ya que precisando en contenido los principios y obligaciones funcionarios contenidos en la Ley Orgánica Constitucional ya referida y en el Art. 61 del Estatuto Administrativo, en particular la de “Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo”, se obtiene que detrás de ellos, subyace la probidad y rectitud ilimitadas con que corresponde obrar a los funcionarios públicos y que este proyecto quiere resguardar respecto de aquel grupo que tiene mayor influencia en la gestión pública, en relación con su involucramiento activo en política contingente, durante el crítico período de campaña electorales.
En vista de lo anterior, consideramos necesaria la inclusión en el Art. 62 de dicha Ley, de una conducta adicional de aquellas que contravienen especialmente el principio de probidad, la que en el mismo sentido y razón que opera en la conducta descrita en el número 4, precise en el ámbito electoral, la sanción por ejercer actividades que pugnen con los fines institucionales, como el ejercicio del activismo político.
Sin embargo, esta modificación legal pretende como ámbito de aplicación el de los funcionarios públicos de la confianza exclusiva del Presidente de la República. Lo anterior, para resguardar de la contingencia política en épocas de campaña electoral, a quienes tienen una mayor responsabilidad en el manejo del Estado y así garantizar al país el pleno respeto del fiel ejercicio de sus actividades, sin contaminación o distracción alguna por la concurrencia de períodos electorales.
Los fines a que hace referencia el párrafo anterior, no son sino la cristalización del objetivo rector de la administración pública: el bien común. De esta manera y para propender a garantizar su buena marcha, independientemente del gobierno de turno, es que vengo en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo único. Intercálase en el Art. 62 del DFL 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado, a continuación del Nº 4, el siguiente Nº5, nuevo, pasando los actuales números 5, 6, 7 y 8, a ser 6, 7, 8, y 9:
Nº 5: Prohíbese la participación durante los períodos de campaña electoral, de todos los funcionarios públicos de exclusiva confianza del Presidente de la República, en actividades de proselitismo o promoción pública de candidatos a cargos de elección popular”.
(Fdo.): JOSÉ GARCÍA RUMINOT, Senador de la República
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES GARCÍA, COLOMA, LARRAÍN, PROKURICA Y ROMERO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE DETERMINA EL USO DEL ESCUDO DE ARMAS PATRIO Y LA BANDERA NACIONAL EN DOCUMENTOS Y ACTOS OFICIALES DEL ESTADO (4849-06)
Honorable Senado:
Durante los últimos tres períodos presidenciales, se ha hecho usual el empleo de un logotipo distinto de aquellos señalados por la Constitución Política de la República como emblemas nacionales.
A raíz de lo anterior, es necesario uniformar los criterios en torno al simbolismo empleado por el Estado de Chile y sus administraciones, atendido el alto contenido político que genera la identificación de actos oficiales con el diseño de imagen de un gobierno en particular. Dicha situación, tal vez sería atendible para las actividades privadas, donde es usual el cambio de imagen según lo decidan los propietarios actuales de la compañía. Sin embargo, el Estado de Chile no es eso y su gobierno se encuentra subordinado a la voluntad popular, debiéndose exclusivamente a ella, con independencia de sus electores, aspecto que pasa por no simbolizar los actos públicos con un logotipo de la administración de turno. En otras palabras, los gobiernos se eligen por la mayoría absoluta, más no gobiernan sólo para ella, sino que para todo el país, de manera tal que corresponde la identificación de dichos actos con la entidad constitucional que verdaderamente es la expresión unitaria y que se plantea en las bases de la institucionalidad nacional: el Estado de Chile y sus emblemas patrios.
Malestar y confusión se han generado a partir de la inclusión del logotipo del gobierno, que no es el logotipo del Estado de Chile, en por ejemplo títulos o licencias de enseñanza media, así como la distribución de insumos por la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI), los distintivos de funcionarios públicos, como los médicos y en la papelería y propaganda gubernamental en general de su gestión.
Nuestra Constitución dispone claramente en su artículo 2º, incluido en el Capítulo I de la Carta Fundamental, que establece las Bases de la Institucionalidad, la existencia de sólo tres emblemas patrios: el escudo de armas patrio, la bandera y el himno nacional. Dichos elementos, son signos sensibles con los que la Nación se identifica, pues representan su pasado, presente y futuro, como asimismo, la determinación de identificarse con ellos como pueblo soberano. Con mayor razón deben respetar esa determinación quienes están sometidos al desarrollo del bien común y se han constituido como delegados de la voluntad soberana, según lo dispuesto por la Constitución.
Por su parte, el Art. 22 inciso primero de la Constitución, establece el respeto que todo habitante de la República debe a Chile y a sus emblemas nacionales.
Si los poderes del Estado son tres, no se comprende por qué el Poder Ejecutivo es el único que haya optado por establecer un logotipo distinto de los emblemas nacionales y diferenciarse así de los otros dos, que en sus actuaciones oficiales siguen empleando el escudo patrio. Sin embargo, dicho poder es también particular en el sentido de que es el único que popularmente electo, representa a una sola coalición política. Lo anterior, sin considerar que es también el más influyente en los destinos de la Nación, al ser titular del gobierno y la administración del Estado de Chile.
Los órganos del Estado deben someter su actuación a la Constitución y las leyes siendo clara, en virtud de lo ya expuesto, la forma de cumplir dicho mandato a propósito de la identificación de los actos de su administración, que debe garantizar la expresión de una función pública y receptora de una delegación de la soberanía de toda nación. En otros términos y para graficar lo anterior con un ejemplo de la vida privada, una empresa no cambia de imagen corporativa al cambiar la plana de su gerencia general, pues la administración es pasajera y perduran sus intereses, necesidades y finalidades.
Debe existir conciencia sólida y vasta en orden a respetar, con actitudes y expresiones de anhelos, los símbolos de Chile, porque representan espiritual y materialmente, histórica y proyectivamente, lo más noble y perdurable de la comunidad nacional. Tal conciencia es, a su vez y en medida considerable, el resultado del consenso fundamental que el pueblo tiene sobre su identidad nacional. A mantener y acrecentar dicho consenso contribuye, decisivamente, el proceso educativo y la enseñanza respetuosa de los valores que singularizan la Nación chilena[1] .
Por lo anterior, es que vengo en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo primero. Dispónese, como susceptibles de uso en la caracterización oficial de todos los bienes y actos del gobierno y administración del Estado de Chile, únicamente el escudo de armas patrio o la bandera nacional, acompañadas de la expresión “Estado de Chile”.
Artículo segundo. Esta ley comenzará a regir un año después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial”.
(fdo.):JOSÉ GARCÍA RUMINOT, Senador de la República
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES LARRAÍN, ALLAMAND, COLOMA, CHADWICK Y ESPINA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA EN MATERIA DE FINANCIAMIENTO DE NUEVAS FUNCIONES MUNICIPALES (4850-07)
Honorable Senado:
Es frecuente que, el Poder Ejecutivo, en ejercicio de la potestad legislativa exclusiva que el artículo 65 de la Constitución Política asigna al Presidente de la República, proponga enmiendas legales que implican la asignación de nuevas funciones a las Municipalidades, sin indicar, a su vez, la forma en que el cumplimiento de dichas funciones será financiado.
Ello incide directa y perjudicialmente en el patrimonio municipal, mermando sus arcas e imponiéndoles crecientes y complejas funciones que requieren la reasignación de ingentes recursos que son restados a otros destinos tanto o más urgentes que las nuevas atribuciones que se les asignan.
Es este un antiguo y recurrente reclamo de los municipios de todo Chile, cualquiera sea el color político de sus autoridades. Es así como la imposición de estas nuevas tareas sin el financiamiento necesario para cumplirlas, ha sido una tónica en las iniciativas del Poder Ejecutivo desde 1990 a esta parte, generalmente como consecuencia de negociaciones con diversos gremios que prestan servicios encargados a los municipios, sin que en dichas tratativas se considere la opinión de sus autoridades o se les asigne fondos suficientes para dar cumplimiento a los acuerdos alcanzados por el Gobierno central. La práctica seguida por el Ejecutivo ha sido la de adelantar recursos a los municipios de presupuestos futuros, disminuyendo con ello un patrimonio al que no se hace ningún aporte nuevo.
En tal sentido, si las tareas que se les asigna a las Municipalidades emanan de deberes del Estado, corresponde, en justicia, que su financiamiento sea también de origen fiscal y no mermen el ya disminuido acerbo comunal.
Por ello es que proponemos una enmienda a la Carta Fundamental que imponga la obligación de otorgar el financiamiento necesario para el cumplimiento de las tareas que se asignan a las Municipalidades.
Por otra parte, desde un punto de vista dogmático constitucional, la medida entronca con el antiguo anhelo del constituyente chileno en orden a establecer los resguardos necesarios para ejercicio responsable, desde un punto de vista financiero, de la potestad legislativa, tanto por parte del Presidente de la República como del Congreso Nacional, lo que se manifiesta en diversas normas de nuestra Constitución Política.
Por estas consideraciones, es que venimos en presentar a la consideración de este Honorable Senado el siguiente:
Proyecto de Ley
Artículo Único.- Sustitúyase el artículo122 de la Constitución Política de la República, por el siguiente:
“Artículo 122.- Las municipalidades gozarán de autonomía para la administración de sus finanzas. La Ley de Presupuestos de la Nación podrá asignarles recursos para atender sus gastos, sin perjuicio de los ingresos que directamente se les confieran por la ley o se les otorguen por los gobiernos regionales respectivos. Cuando la ley les asigne nuevas funciones o tareas deberá otorgarles el financiamiento necesario para su cumplimiento.
Una ley orgánica constitucional contemplará un mecanismo de redistribución solidaria de los ingresos propios entre las municipalidades del país con la denominación de fondo común municipal. Las normas de distribución de este fondo serán materia de ley.”.
(Fdo.):Hernán Larraín Fernández, Senador
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ORPIS Y NOVOA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 20.000 SOBRE TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS, CON EL FIN DE SANCIONAR DELITOS COMETIDOS EN CONTRA DE AUTORIDADES QUE INDICA (4851-07)
Honorable Senado:
Los recientes acontecimientos que han afectado a fiscales del Ministerio Público a cargo de investigaciones criminales relacionadas con organizaciones criminales para el tráfico de drogas, han demostrado la urgente necesidad de introducir en nuestro ordenamiento jurídico los resguardos básicos para el ejercicio eficaz de la persecución criminal.
El modus operandi de este tipo de organizaciones es actuar como primer paso a través de la amenaza para inhibir la acción de la justicia. Sin embargo, ellas no trepidan en dar un segundo paso si estas investigaciones continúan, que consisten en atentar contra jueces o autoridades encargadas de perseguir el crimen organizado.
Así ha ocurrido en otros países que se han visto seriamente afectados por el narcotráfico y el crimen organizado con otros fines, como Colombia e Italia. En dichos países no se adoptaron, oportunamente, medidas de la severidad que estas circunstancias ameritan, lo que facilitó su progresivo fortalecimiento, suscitando condiciones que han imposibilitado su control y erradicación.
Las formas que han asumido estas organizaciones alcanzan niveles supranacionales, no vínculadas a territorios determinados. El poder de corrupción y criminalidad que han alcanzado, ha generado en la comunidad internacional la convicción de que, frente a esta clase de organizaciones, resultan insuficientes las herramientas legales contra el delito común, siendo asimiladas, en otras legislaciones, a los delitos terroristas. A la base de esta convicción, se haya la experiencia en orden a que, al igual que en los delitos terroristas, el proceso degenerativo termina socabando las instituciones y destruyendo el cuerpo social.
En Chile las organizaciones dedicadas al narcotráfico operan desde antiguo y, paulatinamente, se han ido consolidando, lo que se demuestra en el cada vez más fácil acceso a la droga.
Un factor adicional de riesgo que enfrenta nuestro país dada su condición geográfica, es el hecho de compartir más de mil kilómetros de frontera con dos países donde se produce la mitad de la cocaína del mundo; una frontera que es vulnerable, lo que sumado al aumento de la producción en dichos países, ha derivado en el incremento dramático del tráfico y consumo a nivel nacional en la última década.-
Desde un punto de vista jurídico penal, la existencia de un plan para atentar contra la vida o la integridad física o psíquica de otra persona que no llega a consumarse, podría configurar tres situaciones diversas: la conspiración, la tentativa y la frustración. Éste último concepto no merece ser analizado pues desde el punto de vista de la persona que ejecuta el ilícito, no se advierte diferencia con el delito consumado, toda vez que en uno y otro, la acción destinada a perpetrar el hecho ha sido agotada.
Distinto es el caso de la conspiración y la tentativa. La primera consiste básicamente en actos preparatorios de la comisión del delito, es decir, aún no se ha dado inicio a la ejecución por actos directos, motivo por el cual normalmente, salvo ley expresa en tal sentido, no es punible.
A su turno, según el artículo 7º del Código Penal, hay tentativa cuando “el culpable da principio a la ejecución del crimen o simple delito por hechos directos, pero faltan uno o más para su complemento”.
La diferencia entre ambas categorías jurídico penales, radica en el grado de desarrollo de la acción típica, antijurídica y culpable. Sin embargo, el régimen general de la conspiración y la tentativa se muestra insuficiente para garantizar la labor de las autoridades e intervinientes en los procesos judiciales contra el crimen organizado.
En el proceso penal, es el fiscal la autoridad encargada de investigar, perseguir y lograr una condena de aquellas personas que cometan delitos. Para estos efectos, deben contar con la seguridad e independencia necesarias para dirigir las investigaciones y lograr el castigo del delincuente.
Pues bien, de nada sirve la autonomía e independencia que les otorga nuestro ordenamiento jurídico, si en el ejercicio de sus funciones peligra la seguridad individual del fiscal.
Si esta seguridad individual no está lo suficientemente garantizada será inevitable una nefasta pérdida en la eficacia de la labor del fiscal, quien, como es de presumir, se sentirá tentado a no perseverar en la persecución de delitos a costa de la vida o integridad física propia o de su familia.
Esto finalmente redundará en la degradación del sistema procesal penal, por cuanto éste perderá parte importante de su eficacia en el control de la delincuencia. La conclusión es igualmente válida respecto de los demás actores del proceso penal.
Por las razones expuestas, proponemos incorporar los delitos contemplados en los Párrafos 1° y 3° del Título VIII, del Libro II del Código Penal, al régimen excepcional que regula la conspiración y la tentativa de comisión de los delitos contemplados en la Ley N° 20.000, sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
En consecuencia, sometemos a la consideración de este Honorable Senado, el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
Artículo Único.- Introdúzcase el siguiente Artículo 16 bis a la Ley 20.000 sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas:
“Artículo 16 bis.- La comisión de alguno de los delitos contemplados en los Párrafos 1º y 3º del Título VIII del Libro I del Código Penal, contra una autoridad, testigo o interviniente en la persecución penal de los delitos contemplados en esta ley, se regirá por las normas contempladas en los artículos siguientes.”.
(Fdo.):JAIME ORPIS BOUCHON, SENADOR
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR LETELIER, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2.472 DEL CÓDIGO CIVIL, A FIN DE OTORGAR LA CALIDAD DE CRÉDITO DE PRIMERA CLASE A INDEMNIZACIONES LABORALES QUE INDICA (4855-07)
Honorable Senado:
Antecedentes
La actual legislación en materia de prelación de crédito establece en el artículo 2472 del Código Civil[1] dentro de los créditos de primera clase, en el numeral 5, las remuneraciones de los trabajadores y las asignaciones familiares. Sin embargo, no considera una serie de créditos que pueden encontrarse a favor de los trabajadores, al momento de la quiebra de una determinada empresa.
En efecto, ningún artículo del Código Civil establece a las indemnizaciones de los artículos 162 inciso 4º [2] y 163 incisos 1º y 2º [3] del Código del Trabajo como créditos preferentes. Esto se traduce, en que la indemnización sustitutiva por falta de aviso y la indemnización por años de servicios sean créditos valistas, es decir, créditos que no gozan de preferencia y que sólo son satisfechos una vez que se cancelan los créditos preferentes, y a prorrata respecto del saldo que pudiere quedar en la masa de bienes del fallido. Situación que, por lo general, deriva en que dichos créditos valistas se transforman en créditos incobrables, esto es, créditos que nunca serán satisfechos en forma íntegra a sus titulares.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, podemos concluir que uno de los grandes beneficios y logros históricos que han alcanzado los trabajadores en nuestro país, esto es, las indemnizaciones sustitutiva por falta de aviso y por años de servicio, se ven excluidos de la posibilidad de ser cumplidos dentro de un proceso de quiebra, en función de no gozar de preferencia alguna.
Ideas Matrices
El principal objetivo del presente proyecto de ley es otorgar la calidad de crédito de primera clase a las indemnizaciones sustitutiva por falta de aviso y por años de servicio, en el evento de que la empresa empleadora se vea afectada por un proceso de quiebra.
De esta forma, al agregar los rubros señalados precedentemente al numeral 5º del artículo 2472 del Código Civil, se permitirá que éstos tengan el mismo grado de preferencia de las remuneraciones de los trabajadores y de las asignaciones familiares.
Con la modificación señalada anteriormente, se resguardará al trabajador en una importante forma, otorgándole una mayor seguridad respecto del cobro de las indemnizaciones referidas en la eventualidad de un proceso de quiebra, y en definitiva, impidiendo que trabajadores deban renunciar a una fuente importante de ingresos una vez que se les cierra una fuente laboral, y deben comenzar a buscar otra.
Es por eso que sobre la base de los siguientes antecedentes vengo en proponer el siguiente proyecto de ley:
Proyecto de ley
Art. Único. Modifíquese el artículo 2472 del Código Civil, en el siguiente tenor:
1. Sustitúyase la expresión “y” por una “,”
2. Agréguese después de la palabra “familiares” la frase “y las indemnizaciones señaladas en los artículos 162 y 163 del Código del Trabajo.
(Fdo.):Juan Pablo Letelier Morel, Senado de la República
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES MUÑOZ ABURTO Y OMINAMI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 164 DE LA LEY Nº 18.045, DE MERCADO DE VALORES, EN MATERIA DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA (4852-05)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º numeral 24 y el artículo 63° numeral 20 de la Constitución Política de la República y en la Ley 18.045.
Considerando:
Que el mercado de valores es muy importante para el país, al permitir el desarrollo de las empresas, a través de la incorporación de recursos, en tanto, representa, al mismo tiempo, una buena oportunidad para los inversores de rentabilizar sus capitales.
Que, sin embargo, aquél requiere de un funcionamiento adecuado, con estricto apego a la legislación y a normas éticas fundamentales que eviten conductas irregulares o desleales que impliquen el aprovechamiento de ventajas indebidas.
Que, con ese objeto, los países adoptan constantes perfeccionamientos a su regulación. Así por ejemplo nuestro país, como consecuencia del denominado Caso Chispas, aprobó la Ley 19.705 que estableció la Oferta Pública de Acciones y otras medidas tendientes a resguardar a los accionistas minoritarios estableciendo criterios de transparencia y equidad en la adquisición de títulos.
Del mismo modo, en los Estados Unidos de América los escándalos provocados por errores deliberados en los estados financieros de algunas grandes empresas y la falta de prolijidad de los informes contables motivaron la dictación, el año 2002, de la Sarbanes-Oxley Act que estableció significativas reformas al funcionamiento de los gobiernos corporativos y a los procesos de auditoría, estableciendo importantes restricciones, controles y penalidades.
Que, en nuestro país, se ha normado el uso de la información privilegiada como una grave anomalía, pues significa una distorsión en la igualdad de condiciones que deben tener los inversores, permitiendo a algunos de ellos tomar ventajas importantes con ocasión de informarse con antelación de antecedentes relevantes sobre la marcha de la empresa.
Que, en particular, el artículo 164 de la ley 18.045 define lo que debe entenderse por información privilegiada, en tanto el precepto siguiente dispone la existencia de tres infracciones a su respecto, consistentes en; divulgar la información privilegiada; usarla en beneficio propio o ajeno y adquirir para sí o para terceros los valores a que ella se refiera.
Que tal regulación resulta insuficiente, no tanto en cuanto a su contenido y capacidad de sancionar las diversas situaciones posibles, sino especialmente en la dificultad probatoria que presentan algunas apreciaciones contenidas en la definición tales como la no divulgación de ésta, cuando existen infinidad de medios que pueden significar atisbos mínimos de publicidad, pero no relevantes y que sea capaz de influir en la cotización, cuestión evidentemente subjetiva.
Que, con el objeto de evitar estas dificultades, otras legislaciones, como la norma estadounidense mencionada ha avanzado en establecer elementos más objetivos, al señalar plazos en los que estará vedada la adquisición de títulos por parte de los “insiders”, vale decir personas que tengan grados de responsabilidad en la empresa y que puedan, por tanto, contar con antecedentes respecto de su marcha que son desconocidos para el resto del mercado.
Que, sería conveniente incorporar, también, en nuestra legislación elementos más objetivos para la determinación de responsabilidades de esta naturaleza, que sin alterar los tipos infraccionales vigentes, faciliten la prueba de las contravenciones.
Que, por ello, creemos conveniente establecer una norma especial que clarifique el período por el cual deben entenderse como información privilegiada los estados financieros, elemento de indubitada importancia para el devenir de las entidades cuyos valores se transan en el mercado, que esté en relación con su puesta a disposición del público a través de su entrega en la Superintendencia de Valores y Seguros, conforme lo establecido en la Norma de Carácter General 160.
Por lo anterior, los Senadores que suscriben vienen en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Articulo Unico: Incorpórese el siguiente inciso final al artículo 164 de la Ley 18.045 sobre mercado de valores:
“Tratándose de los estados financieros, para los efectos de lo dispuesto en los artículos siguientes, éstos tendrán siempre el carácter de información privilegiada hasta treinta días después que hayan sido entregados a la Superintendencia de Valores y Seguros.”
(Fdo.).Carlos Ominami Pascual Senador; Pedro Muñoz Aburto Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 18.046, SOBRE SOCIEDADES ANÓNIMAS, A FIN DE AMPLIAR PLAZO QUE INDICA (4853-03)
Honorable Senado:
La actividad comercial se materializa principalmente a través de empresas organizadas como personas jurídicas de diverso tipo. Entre ellas, las sociedades anónimas abiertas y cerradas son de la mayor importancia, cuando se trata de determinar los agentes de mayor responsabilidad en el flujo de actos de comercio que realizan pequeñas, medianas y grandes empresas en Chile.
Cabe recordar que las pequeñas y medianas empresas (PYMES), son un importante pilar del empleo y el crecimiento nacional. Con el objeto de dimensionar estos agentes, la forma más extendida para definir el tipo de empresa señala que ella está dada por el monto de ventas anuales netas de IVA. De esa forma, la pequeña empresa se define como aquella que tiene ventas anuales netas de IVA superior a 2.400 UF y hasta 25.000 UF, mientras que la mediana empresa se define cuando las ventas superan las 25.000 UF y llegan hasta las 100.000 UF. Son grandes empresas todas las que tengan ventas anuales netas de IVA superiores a las 100.000 UF.
En segmentos antes referidos, los distintos tipos de unidades económicas frecuentemente adoptan un tipo social como el de la Sociedad Anónima Cerrada, no sujetas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y regidas por normas particulares en relación con su disolución por sentencia judicial, según lo dispuesto por el Art. 103 de su ley respectiva.
Dicho tipo de disolución, según lo establece el Art. 105 de esa misma ley, opera cuando accionistas que representen a lo menos un 20% de su capital así lo demandaren, por estimar que existe causa para ello, tales como infracción grave de ley, de reglamento o demás normas que les sean aplicables, que causare perjuicio a los accionistas o a la sociedad; declaración de quiebra de la sociedad, administración fraudulenta u otras de igual gravedad, casos en todos los cuales el tribunal procederá breve y sumariamente, apreciando la prueba en conciencia. Cabe señalar que en este caso en particular tampoco procede la sustitución del procedimiento establecida en el Art. 680 del Código de Procedimiento Civil.
En la situación expuesta en el párrafo anterior, acontece que los cinco días para contestar una eventual demanda en un procedimiento sumario, atendida la mayor envergadura y complejidad que las empresas constituidas como este tipo de personas jurídicas han cobrado, producto del dinamismo del comercio y el crecimiento del país, son insuficientes para una adecuada defensa, pues en muchos casos la sola recopilación de antecedentes tomará ese lapso de tiempo. De esta manera y, con el objeto de asegurar la debida defensa del demandado en ese tipo de juicios, que además carece de dúplica como posibilidad posterior de complementar su defensa, es que el presente proyecto de ley viene en proponer un aumento de dicho plazo y así, evitar todo atisbo de empleo de dicha figura por una minoría con fines de presionar por la consecución de objetivos colaterales, de naturaleza diversa a los considerados legítimamente por la norma.
Reiterando la consideración a que la estabilidad de las PYMES es esencial para miles de puestos de trabajo y una importante cuota del crecimiento nacional, es que vengo en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo único: Agrégase en el artículo 105 de la Ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas, a continuación del punto seguido de su inciso final, la siguiente frase: “Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para contestar la demanda en los procedimientos iniciados en virtud de lo señalado en el inciso precedente, será de quince días”.”.
(Fdo.):CARLOS BIANCHI CHELECH, SENADOR
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR LETELIER, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 315 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO, PARA PRECISAR INFORMACIÓN FINANCIERA QUE DEBE ENTREGAR EL EMPLEADOR AL INICIO DE UNA NEGOCIACIÓN COLECTIVA (4854-13)
Honorable Senado:
Fundamentos.
Que dentro del procedimiento de negociación colectiva establecido por nuestro Código del Trabajo se encuentra la obligación del empleador de entregar información respecto de los antecedentes financieros de la empresa materia de dicha negociación. Sin embargo, dicha norma[1] no establece claramente la obligación de separar la información correspondiente.
Para efectos de lo anteriormente dicho, estimamos que establecer esta norma permitirá que, al momento de negociar colectivamente, las organizaciones sindicales tendrán acceso a una información de mayor calidad y exactitud. En este sentido, cada organización sindical podrá optar a objetivos más claros al momento de negociar con los empleadores, de acuerdo con los antecedentes que obran en su poder.
Ideas Matriz.
El objetivo principal de este proyecto de ley consiste en establecer una obligación a los empleadores, para efectos de que entreguen una información de mayor calidad y con antecedentes más exactos y precisos, respecto de los costos de operaciones y por concepto de remuneraciones, permitiendo que las organizaciones de sindicales tengan una información más concreta al momento de dar a conocer sus planteamientos al empleador correspondiente.
Proyecto de Ley
Artículo Único. Modifíquese el inciso 5º del artículo 315 del Código del Trabajo.
Intercálese después de la expresión “información financiera necesaria” una “,” y a continuación la frase “distinguiendo entre costos de operación y costos por concepto de remuneración” agregando a continuación una “,”.
(FDO.):JUAN PABLO LETELIER MOREL, SENADOR DE LA REPÚBLICA
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR LETELIER, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 305 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO, PARA ELIMINAR PROHIBICIÓN DE NEGOCIAR COLECTIVAMENTE QUE RIGE PARA TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN UNA OBRA O FAENA TRANSITORIA O DE TEMPORADA (4856-13)
Honorable Senado:
I. Antecedentes.
La actual normativa laboral establece para ciertos trabajadores prohibición de negociar colectivamente. Entre los trabajadores que se encuentran afectados por esta prohibición están los trabajadores contratados por una determinada obra o faena transitoria o determinada[1] .
La única razón esgrimida para evitar que estos trabajadores contraten colectivamente su funda en la calidad de temporal que tiene los servicios personales prestados por ellos. Sin embargo, dicho razonamiento no nos parece acertado, por cuanto, la temporalidad de los servicios prestados por este tipo de trabajadores es bastante relativa pudiendo en algunos casos alcanzar hasta los 2 años.
En razón de lo anteriormente señalado, es que creemos que nuestro ordenamiento jurídico laboral es discriminatorio en este sentido, permitiendo cierto régimen jurídico con más garantías laborales a un número determinado de trabajadores, y consecuentemente, excluyendo a un número importante de la masa trabajadora. La exclusión recientemente referida, además de ser injustificada, resulta paradójica y contradictoria, teniendo en cuenta que en muchas ocasiones la duración de la relación laboral es más extensa en un contrato por término de obra o faena que en un contrato a plazo indefinido.
Ideas Matrices
El objeto de presente proyecto de ley es poner término a la norma consagrada en nuestro Código del Trabajo que prohíbe expresamente negociar colectivamente a los trabajadores contratados bajo la modalidad de término de obra o faena. De esta manera, se busca que nuestro sistema laboral sea más igualitario, democrático y liberal, entregando derechos y garantías laborales a la mayor cantidad posible de trabajadores.
Es necesario que la libertad sindical y el derecho a negociar colectivamente puedan beneficiar, cada vez, a más trabajadores, con la finalidad de equiparar la relación contractual entre trabajadores y empleadores, entregando una base sólida para el desarrollo de la actividad sindical.
Proyecto de Ley:
Artículo Único. Modifíquese el artículo 305 número 1 del Código del Trabajo.
Elimínese la frase “y aquellos que se contraten exclusivamente para el desempeño en una determinada obra o faena transitoria o de temporada”.
(FDO.):JUAN PABLO LETELIER MOREL, SENADOR DE LA REPÚBLICA
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DETERMINA CARACTERÍSTICAS DE LAS SEÑALES DE TRÁNSITO QUE INDICA (4857-15)
Honorable Senado:
Nuestro país ha experimentado un notable crecimiento en la llegada de visitantes extranjeros que han venido a impulsar el desarrollo económico de muchas ciudades y pueblos que reciben cada año más cantidades de turistas de las más diversas nacionalidades.
Este auge turístico ha venido aparejado con la instalación de numerosos hoteles, restaurantes, parques, y otro tipos de instalaciones e implementación que han renovado de manera considerable la infraestructura con que nuestro país cuenta.
No obstante lo anterior existe una grave carencia en cuanto a la infraestructura existente especialmente en caminos y carreteras publicas en donde la señalización del transito carecen de la debida traducción que permita a los extranjeros que no poseen del dominio del idioma español la posibilidad de entender adecuadamente lo que se les esta indicando por medio de las señales respectivas.
Esta traducción se justifica sobre todo en aquellos territorios de aquellas municipalidades que encuentran mayor presencia y relevancia del turismo en sus vida económica, tales como los municipios de ciudades tales como Puerto Natales, Frutillar, Puerto Varas, San Pedro de Atacama y La Serena entre otras.
La ley del transito numero 18.290 contempla en su titulo octavo diversas disposiciones respecto a la señalización del transito. Estas normas determinan que es de responsabilidad de las municipalidades la instalación y mantención de la señalización del transito, salvo cuando se trate de vías cuya mantención e instalación corresponda al Ministerio de Obras Publicas.
Sin perjuicio de lo ya establecido en la ley del transito respecto a la señalización, creo necesario contemplar expresamente en la ley la posibilidad de que en comunas o regiones que posean un especial trafico turístico dicha señalización contemple las señales necesarias para ser comprendidas por los turistas extranjeros cualquiera sea su nacionalidad , a fin de que la infraestructura vial asegure su comprensión por parte de todos los visitante de dichas ciudades y sectores. Por lo anterior es que vengo en presentar el siguiente;
Proyecto de Ley
Articulo único: Agréguese al final del inciso segundo del articulo 100 de la ley 18.290 luego del punto final la siguiente frase “En aquellas ciudades que posean un especial flujo de turistas, las señales del transito deberán contar con la debida traducción que permita su entendimiento por personas que no posean domino del idioma español”
(Fdo.):CARLOS BIACHI CHELECH, SENADOR
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ORPIS, BIANCHI Y ZALDÍVAR, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE EXIME DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE EMISIÓN A MOTOCICLETAS QUE INDICA (4858-15)
Honorable Senado:
FUNDAMENTO.-
La ley 20.122 del 28 de Septiembre del 2006 exime de las normas de emisión que hayan entrado en vigencia con posterioridad al 31 de mayo de 2006 a los vehículos livianos y medianos, cualquiera sea la fecha de su primera inscripción en el registro de Vehículos Motorizados.-
En los considerandos del proyecto que posteriormente se transformó en la ley 20.122 se señala expresamente lo siguiente.-
3.-“Los regímenes de zona francas están concebidos como instrumentos de fomento e incentivo a regiones o zonas extremas o aisladas, razón por la que consideran un conjunto de franquicias y beneficios que son sólo aplicables a las actividades que se desarrollan en dichas zonas”
Se agrega en su punto número 4; “Por las mismas consideraciones, en dichas zonas está permitida la internación de vehículos usados, a diferencia de lo que ocurre en el resto del país, donde sólo se permite la importación de vehículos sin uso”
En el punto num. 5 se señala “las mayores exigencias impuestas por las normativas ambientales para la generalidad de los vehículos que circulan en el país se han definido considerando la prohibición general de importar vehículos usados de modo que la industria automotriz se encuentra en condiciones de cumplir con dichas exigencias, pues normalmente estas son iguales o inferiores a las que rigen para la fabricación de vehículos en los países de origen.
En punto número seis, es absolutamente aclaratorio en esta materia al establecer “que los vehículos usados que pueden importarse bajo el régimen de zona de franca no necesariamente están en condiciones de cumplir con las exigencias ambientales, toda vez que se trata de vehículos fabricados varios años antes de la fecha de internación y la primera en el registro de vehículos Motorizados.
Es precisamente lo que ocurre con el Decreto 104, del 2 de Mayo de 2000; que en su art. 3 en relación al art.1; establece normas de emisión para las motocicletas en todo el territorio nacional sin hacerse cargo de la importación de motocicletas usadas.
Agrega el considerando num. 9, “ que de este modo, la aplicación de mayores exigencias ambientales a los vehículos que puedan ser internados bajo el régimen de zonas francas de extensión provoca el efecto indeseado de anular o hacer impracticable la franquicia que el ordenamiento ha establecido para favorecer la actividad en dichas regiones y que permite importar vehículos usados . El beneficio sigue existiendo en teoría, pero las mayores exigencias ambientales imposibilitan la circulación de los vehículos que pudieran ser internados bajo su amparo y, por ende, se hace impracticable la importación de vehículos usados.-
Finalmente; el considerando 11 señala, “ que el art. 19 núm. 22 de la Constitución Política De La República, corresponde a la ley autorizar determinados beneficios directos o indirectos a favor de algún sector, actividad o zona geográfica, que no signifiquen discriminación arbitraria. Por lo tanto, como existen singularidades y características especiales que justifican constitucionalmente el régimen especial de zonas francas vigente en el país, existen iguales fundamentos constitucionales par que la ley exima a los vehículos internados al país bajo dicho régimen del cumplimiento de aquellas normas de emisión dictadas con posterioridad a su año de fabricación, con el objeto de mantener el beneficio especial que permite la importación de vehículos usados en dichas zonas.-
He trascrito casi íntegramente los fundamentos del proyecto de ley que dio origen a la ley 20.122 por cuanto son plenamente aplicables a las motocicletas. El legislador al aprobar esta normativa reconoce dos hechos. El primero, es que no se pueden aplicar los mismos parámetros en materia de normas de emisión en la importación de vehículos nuevos, en este caso motocicletas, respecto de los usados. Un vehículo nuevo en general cumple las normas de emisión, por cuanto ellas son aplicables en los países de fabricación.-
En segundo lugar; para mejorar la calidad de vida en las zonas extremas, se han creado una serie incentivos, entre ellos la zona franca; que da la posibilidad de importar vehículos y motocicletas usadas. Sin embargo, al hacer una exigencia en materia de normas de emisión en la importación de estos vehículos que normalmente sólo pueden cumplirlo los nuevos, este beneficio en la práctica, o por vía indirecta se restringe, neutraliza y por lo tanto pierde eficacia esta normativa excepcional. Para evitarlo, el legislador dictó la ley 20.122 para los vehículos livianos y medianos, eximiéndolos de las normas de emisión independiente del año de fabricación.
Tengo la convicción que las motocicletas usadas debieron ser incorporadas en le ley 20.122. Ello no ocurrió por una omisión, por cuanto donde existe la misma razón debe existir la misma disposición; hecho que no ocurre en la especia.
Este proyecto de ley viene a corregir dicha omisión y asimila a las motocicletas usadas al tratamiento que en materia de normas de emisión ley 20.122 otorga a los vehículos usados, livianos y medianos internados bajo el régimen de zona franca de extensión.-
PROYECTO DE LEY.-
Para reemplazar en el art. único inc.2 de la ley 20.122 que crea un artículo 34 nuevo la palabra “Los” por “Las motocicletas,”
(Fdo.).JAIME ORPIS BOUCHON, SENADOR
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES FREI, LARRAÍN Y ROMERO, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL PERSONAL DEL SENADO EN LO RELATIVO A REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS FUNCIONARIOS DEL SENADO (S 939-12)
Honorable Senado:
Con el objetivo de incentivar la capacitación permanente de los funcionarios del Senado, se estima necesario especificar los requisitos que se deben cumplir en los distintos puestos de trabajo, en la medida que se desarrolle la carrera funcionaría.
Sobre la base de un trabajo consensuado entre la Secretaría General del Senado y las Asociaciones de Funcionarios, se propone, en primer lugar, determinar nuevos requisitos para el ingreso y la promoción, en el artículo 20 del Reglamento del Personal.
Enseguida, se plantea agregar un artículo 20 bis, nuevo, que establece requisitos para desempeñar aquellas funciones correspondientes a Departamentos que, por acuerdos de la Honorable Comisión de Régimen Interior, ya se han incorporado en el Servicio, pero no tienen consagración en la planta de personal.
En tercer lugar, sugerimos modificar el artículo 25, con el propósito de reforzar la facultad del Secretario General del Senado para regular la forma en que se desarrollará la capacitación voluntaria y facultativa.
Finalmente, se propone la aprobación de dos disposiciones transitorias.
Mediante la primera se reemplaza el artículo 1° transitorio, a fin de establecer plazos para que los funcionarios que no cumplan los requisitos puedan reunirlos y velar porque se les proporcionen facilidades para tal efecto.
Mediante la segunda, se propone un nuevo artículo 5° transitorio, destinado a prever modificaciones en los procedimientos de trabajo de la Redacción de Sesiones y a respaldar normativamente la jerarquía que existe en los Escalafones Administrativo y de Servicios.
En virtud de esas motivaciones, sometemos a la consideración de la Sala el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Reglamento del Personal del Senado.
1.- Agrégase en la letra d) del artículo 9° el siguiente párrafo nuevo:
"Dichos títulos profesionales y técnicos deberán haber sido otorgados por instituciones del Estado o reconocidas por éste.".
2.- Introdúcense las siguientes enmiendas en el artículo 20:
Uno) Sustituyese la letra "B) ESCALAFÓN TÉCNICO DE LA REDACCIÓN DE SESIONES", por la siguiente:
"B) ESCALAFÓN TÉCNICO DE LA REDACCIÓN DE SESIONES
a) Jefe de la Redacción
Título profesional universitario o grado académico en el área de las ciencias jurídicas, ciencias sociales o humanidades;
Diez años de experiencia en el Escalafón o en actividades afines con el cargo, en el sector público o privado.
b) Subjefe
Título profesional universitario o grado académico en el área de las ciencias jurídicas, ciencias sociales o humanidades, y
Curso de especialización en algunas de las siguientes áreas: gestión, administración o manejo de personal.
c) Redactor
1.Título profesional universitario o grado académico en el área de las ciencias jurídicas, ciencias sociales o humanidades, y
2.Curso de, a lo menos, dos semestres de duración en alguna materia vinculada con la labor de la Redacción.
d) Taquígrafo
1.Título profesional universitario o grado académico en el área de las ciencias jurídicas, ciencias sociales o humanidades, y
2.Dominio taquigráfico.
e) Jefe de Publicaciones
1.Título profesional universitario o grado académico en el área de las ciencias jurídicas, ciencias sociales o humanidades;
2.Curso de especialización en alguna de las siguientes áreas: gestión, administración o manejo de personal, y
3.Curso de especialización en un área vinculada con la labor de la Redacción.
f) Coordinador de Publicaciones
Título profesional universitario o grado académico en el área de las ciencias jurídicas, ciencias sociales o humanidades;
Dominio dactilográfico, y
Dominio de técnicas de computación.".
Dos) Reemplázase la letra "C) ESCALAFÓN DE LA OFICINA DE INFORMACIONES", por la siguiente:
"C) ESCALAFÓN DE LA OFICINA DE INFORMACIONES
a) Jefe de la Oficina de Informaciones
1.Título profesional universitario de una carrera de a lo menos, ocho semestres de duración, en el área de las ciencias jurídicas o ciencias sociales;
2.Diez años de ejercicio profesional en el sector público o privado.
b) Subjefe
Título profesional universitario de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, en el área de las ciencias jurídicas o ciencias sociales, y
Curso de especialización en las áreas jurídica, de gestión, administración o manejo de personal.
c) Jefe de Sección
Título profesional universitario de abogado, administrador público o ingeniero comercial, o de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, y
Curso igual o superior a dos semestres de duración en alguna materia vinculada con la labor de la Oficina de Informaciones.
d) Profesional
Título profesional universitario de abogado, administrador público o ingeniero comercial, o de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración.
e) Técnico
Título técnico de nivel superior de una carrera de, a lo menos, cuatro semestres de duración, preferentemente en las áreas de la comunicación o de la informática.".
Tres) Reemplázase la letra "D) ESCALAFÓN DE TESORERÍA" por la siguiente:
"D) ESCALAFÓN DE TESORERÍA
a) Jefe de Finanzas
1.Título profesional de contador auditor, de ingeniero o administrador público, los dos últimos con especialización en el área finanzas;
2.Experiencia mínima de diez años en actividades afines a esta área.
b) Jefe de Presupuestos y Jefe de Remuneraciones
1.Título profesional de contador auditor, de ingeniero o administrador público, los dos últimos con especialización en el área de las finanzas;
2.Curso de a lo menos dos semestres de duración en alguna materia vinculada con la labor de la Tesorería, y
3.Experiencia mínima de cinco años en el área.
c) Profesional
Título profesional de contador auditor, de ingeniero o administrador público, los dos últimos con especialización en el área de las finanzas.
d) Técnico
Título de contador general o de técnico contable.
e) Asistente de Tesorería
Licencia de Educación Media y curso de contabilidad.".
Cuatro) Sustituye la letra *G) ESCALAFÓN PROFESIONAL Y TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN", por la siguiente:
"G) ESCALAFÓN PROFESIONAL Y TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN
a) DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN:
Título profesional universitario de ingeniero civil, ingeniero comercial, administrador público o contador auditor.
Diez años de experiencia laboral en actividades afines con el cargo.
b) Jefe de Mantención
Título de ingeniero civil;
Cursos de especialización en un área vinculada con la labor del departamento, y
Experiencia mínima de diez años en actividades afines al cargo.
c) Jefe de Personal
1.Título profesional de sociólogo, psicólogo laboral, administrador público, ingeniero comercial, ingeniero civil industrial, contador auditor o de otra carrera afín a las funciones del Departamento respectivo;
2.Especialización en dirección y gestión de recursos humanos, y
3.Experiencia mínima de diez años en actividades afines al cargo.
Profesional 1°
1.Título de ingeniero, de administrador público o de una carrera afín a las funciones de la Unidad en que se desempeña;
2.Cursos de especialización en el área en que se desempeña, y
3.Experiencia de dos años en el Servicio.
Profesional 2°
Título de ingeniero, de administrador público o de una carrera afín a las funciones de la Unidad respectiva.
d) Supervisor Técnico
Título de ingeniero de ejecución o título técnico de una carrera afín a la labor de la respectiva Unidad, de a lo menos cuatro semestres de duración;
Curso de especialización en un área vinculada con Unidad, vinculada con la función de la respectiva unidad, y
e) Técnicos Técnico 2°
Título técnico de una carrera afín a la labor de la Unidad en que se desempeña, de a lo menos cuatro semestres de duración, y
Experiencia mínima de dos años en el Servicio.
Técnico 3°
Título técnico de una carrera afín a la labor de estas Unidades, de a lo menos cuatro semestres de duración.".
Cinco).- Reemplázase la letra “H) ESCALAFÓN DE SECRETARIAS", por la siguiente:
“H) ESCALAFÓN DE SECRETARIAS
a) Secretaria Ejecutiva 1ª
1.Título de secretaria ejecutiva o de carrera equivalente;
2.Conocimiento intermedio de un idioma extranjero;
3.Conocimiento de nivel avanzado en computación, y
4.Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría.
b) Secretaria Ejecutiva 2ª
Título de secretaria ejecutiva o de carrera equivalente;
Conocimiento básico de un idioma extranjero;
Conocimiento de nivel intermedio en computación, y
c) Secretaria Ejecutiva 3ª
1.Título de secretaria ejecutiva o de carrera
2.Conocimiento de nivel básico de computación, y
3.Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría
d) Secretaria 1ª
4.Título de secretaria ejecutiva o de carrera
5.Conocimiento a nivel de usuario de computación, y
6.Experiencia de dos años en este Escalafón.
e) Secretaria 2ª
Título de secretaria ejecutiva o de carrera equivalente.".
Seis) Reemplázase la letra "I) ESCALAFÓN ADMINISTRATIVO", por la siguiente:
"I) ESCALAFÓN ADMINISTRATIVO
a) Supervisor Administrativo 1°
1.Licencia de Educación Media;
2.Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría, y
3.Experiencia de quince años en este Escalafón
b) Supervisor Administrativo 2°
Licencia de Educación Media;
Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría, y
Experiencia de doce años en este Escalafón
c) Supervisor Administrativo 3°
1.Licencia de Educación Media;
2.Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría, y
3.Experiencia de diez años en este Escalafón.
d) Administrativo 1°
Licencia de Educación Media;
Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría, y
Experiencia de nueve años en este Escalafón.
e) Administrativo 2°
Licencia de Educación Media;
Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría, y
Experiencia de seis años en este Escalafón.
f) Administrativo 3°
Licencia de Educación Media;
Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría, y
Experiencia de tres años en este Escalafón.
g) Auxiliar 1°
Licencia de Educación Media
h) Supervisora Telefónica
Curso de especialización en materia de operación de centrales telefónicas;
Cursos o programas de capacitación en áreas vinculadas con la Unidad, y
Experiencia mínima de nueve años en la Unidad,
i) Operadora Telefónica 1ª
1.Curso de especialización en materia de operación de centrales telefónicas;
2.Cursos o programas de capacitación en áreas vinculadas con la Unidad, y
3.Experiencia mínima de seis años en la Unidad,
j) Operadora Telefónica 2ª
4.Conocimiento en operación de centrales telefónicas;
5.Curso o programa de capacitación en un área vinculada con la Unidad, y
6.Experiencia mínima de tres años en la Unidad,
k) Operadora Telefónica 3ª
1.Conocimiento en operación de centrales telefónicas, y
2.Experiencia en el sector público o privado en un área afín a la Unidad.".
Siete).- Sustituyese la letra *J) ESCALAFÓN DE SERVICIOS", por la siguiente:
"J) ESCALAFÓN DE SERVICIOS
a) Supervisor de Servicios 1°
1.Técnico en el área de alimentación colectiva, en cocina internacional hotelera o de una carrera afín de, a lo menos, cuatro semestres de duración;
2.Especialización en administración de servicios gastronómicos, y
3.Experiencia de cinco años en producción de alimentos.
b) Coordinador de Servicios
1.Técnico en el área de alimentos o de una carrera afín de, a lo menos, cuatro semestres de duración; especialización en gastronomía y manipulación de alimentos y experiencia de cinco años, o
2.Licencia de Educación Media, curso de cocina internacional y curso de manipulación de alimentos, conforme al programa de capacitación aplicable a esta categoría, y experiencia de nueve años.
c) Asistente de Servicios 1°
1.Licencia de Educación Media;
2.Curso de higiene y manipulación de alimentos y otro curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría, y
3.Experiencia de seis años en este Escalafón
d) Asistente de Servicios 2°
1.Licencia de Educación Media;
2.Curso o programa de capacitación, en materias relacionadas con el Escalafón, exigido para esta categoría, y
3.Experiencia de tres años en este Escalafón.
g) Auxiliar 1° de Servicios
Licencia de Educación Media.".
Ocho) Suprímese el inciso final del artículo 20.
3.- Agrégase el siguiente artículo 20 bis:
"Artículo 20 bis.- Para desempeñar las funciones que a continuación se indican, se deberá cumplir con los requisitos que en cada caso se señalan.
II.- Departamento de Informática:
a) Jefe
1.Título universitario de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, en el área de las tecnologías de la información y de las comunicaciones;
2.Cinco años de experiencia en proyectos informáticos de desarrollo de software, ingeniería de sistemas o redes de comunicaciones;
3.Tres años de experiencia en la administración de proyectos informáticos, y
4.Curso de especialización en materia de gestión y manejo de personal.
b) Jefes de Área
1.Título universitario de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, en el área de las tecnologías de la información y de las comunicaciones;
2.Cinco años de experiencia en proyectos informáticos de desarrollo de software, ingeniería de sistemas o redes de comunicaciones, y
3.Dos años de experiencia en el Departamento.
c) Profesional 1° y 2°.
1.Título universitario de una carrera de, a lo menos ocho semestres de duración, en el área de las tecnologías de la informacióny de las comunicaciones, y
2.Tres años de experiencia en proyectos informáticos de desarrollo de software, ingeniería de sistemas o redes de comunicaciones.
d) Profesional 3°.
Título universitario de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, en el área de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
e) Supervisor Técnico
1.Título técnico de una carrera de cuatro semestres de duración, en el área de hardware o software;
2.Cinco años de experiencia en soporte y mantención de equipos computacionales y redes, y
3.Tres años de experiencia en administración de Unidades de soporte técnico o conocimientos equivalentes.
f) Técnico
1.Título técnico de una carrera de cuatro semestres de duración, en el área de hardware o software, y
2.Experiencia en soporte y mantención de equipos computacionales.".
II. Departamento de Abastecimiento y Logística:
a) Jefe
1.Título profesional de contador auditor, ingeniero comercial o profesional afín, de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración;
2.Especialización en negociación, gestión de abastecimiento y logística u otra materia vinculada con este Departamento, y
3.Cinco años de experiencia en funciones afines al área.
b) Subjefe
1.Título profesional de contador auditor, ingeniero comercial o profesional afín, de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración;
2.Especialización en negociación, gestión de abastecimiento y logística u otra materia vinculada con este departamento, y
3.Experiencia profesional de, a lo menos, dos años.
c) Encargado Área de Adquisiciones
1.Título profesional de contador auditor, ingeniero comercial o profesional afín, de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración;
2.Especialización en adquisiciones, y
3.Experiencia profesional de, a lo menos, dos años.
d) Encargado Área de Seguros e Inventarios
1.Título profesional de contador auditor, ingeniero comercial o profesional afín, de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración;
2.Especialización en seguros o inventarios, y
3.Experiencia profesional de, a lo menos, dos años.
e) Encargado de Seguros Generales
1.Título profesional de una carrera de las áreas de administración o finanzas, de a lo menos ocho semestres de duración;
2.Especialización en seguros generales y de vida, y en negociación, y
3.Experiencia profesional en seguros de, a lo menos, dos años.
f) Encargado de Compras
1.Título de contador general, técnico en administración de empresas o de una carrera técnica afín;
2.Especialización en el área de abastecimiento, y
3.Experiencia profesional en compras de, a lo menos, dos años.
g) Técnico de Activo Fijo
1.Título de contador general, técnico en administración de empresas o de una carrera técnica afín;
2.Especialización en el área de inventarios, y
3.Experiencia profesional de, a lo menos, dos años,
h) Jefe de Bodega
1.Título de contador general, técnico en administración de empresas o de una carrera técnica afín;
2.Especialización en el área de bodegaje y almacenamiento, curso de prevención de riesgos y
3.Experiencia profesional de, a lo menos, dos años.
i) Asistentes
1.Licencia de Educación Media
2.Cursos o programas de capacitación, en materia relacionadas con las funciones del Departamento, exigidos para esta categoría.
3.Experiencia de, a lo menos, dos años, en funciones administrativas.".
4.- Sustituyese el artículo 25 por el siguiente:
"Artículo 25.- El Secretario General del Senado, con conocimiento previo de la Comisión de Régimen Interior, reglamentará la forma en que los funcionarios podrán postular a los cursos o programas de capacitación voluntaria o facultativa.".
5.- Reemplázase el artículo 1° transitorio, por el siguiente:
"Artículo 1° transitorio.- El cumplimiento de los requisitos que se señalan a continuación, establecidos en los artículos 20 y 20 bis, sólo será exigible para la promoción a cargos superiores y una vez transcurridos los siguientes plazos:
1.- Conocimiento de un idioma extranjero y de computación: un año para alcanzar el nivel básico, dos años para el nivel intermedio y tres años para el nivel avanzado.
2.- Cursos de especialización: dos años.
Estos plazos se contarán desde los 180 días siguientes a aquel en que se haya aprobado esta disposición.
El Secretario General del Senado, a propuesta de la Comisión de Capacitación, dará las facilidades para que los funcionarios puedan cumplir con dichos requisitos.
En el caso de la Redacción de Sesiones, se entenderá que cumplen los requisitos exigidos para ascender al cargo de Jefe de Publicaciones, los funcionarios que hayan ingresado al Escalafón antes de 1995, siempre que tengan una antigüedad mínima de 10 años en el cargo de Coordinador de Publicaciones 1°.
Asimismo, en el caso de la Oficina de Informaciones, se entenderá que cumple con el requisito de diez años de ejercicio profesional en el sector público o privado, que se exige adicionalmente para ascender al cargo de Jefe, el funcionario que tenga una antigüedad mínima de diez años en dicho Escalafón.
En el caso del Escalafón de Secretarias, se entenderá que cumplen con el requisito de título de secretaria ejecutiva o de carrera equivalente, las funcionarías que hayan ingresado al Servicio con anterioridad al año 1995.".
6.- Agrégase el siguiente artículo transitorio nuevo:
"Artículo 5° transitorio.- Mientras no se modifique el Acuerdo Complementario de la ley N° 19.297, se aplicarán las siguientes disposiciones:
a) Cuando entre en vigencia el nuevo procedimiento de trabajo de la Redacción de Sesiones que aprobará el Secretario General del Senado, con conocimiento previo de la Comisión de Régimen Interior, los Subjefes tendrán la denominación de Revisores; desempeñarán igual función de Revisor uno o dos Redactores 1° y los Taquígrafos 1° y 2° pasarán a llamarse Redactores 4°, sin que ello implique cambio alguno en materia de remuneraciones.
b) Uno de los funcionarios de planta que ocupe el cargo de Supervisor Administrativo 1° del Escalafón Administrativo se desempeñará como Jefe de Servicios Administrativos. Asimismo, uno de los funcionarios de planta que ocupe el cargo de Supervisor de Servicios en el Escalafón de Servicios se desempeñará como Jefe de Servicios de Alimentación. Tales funcionarios tendrán derecho a recibir la asignación de destinación mientras desempeñen dichas funciones.
El Secretario General del Senado proveerá directamente la primera asignación de estas funciones, con conocimiento previo de la Comisión de Régimen Interior. Con posterioridad, se asignarán luego de concurso interno de antecedentes y oposición entre los que cumplan los requisitos, si se tratare de la jefatura de Servicios Administrativos, y directamente, si ocurriere en la de Servicios de Alimentación. En todo caso, dicha destinación se efectuará entre quienes ocupen el cargo de Supervisor Administrativo 1° o de Supervisor de Servicios, respectivamente.".
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(Fdo.):Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Senador ; Hernán Larraín fernández, Senador ; Sergio Romero Pizarro, Senador
PROYECTO DE ACUERDO DEL HONORABLE SENADOR LARRAÍN Y DIVERSOS OTROS HONORABLES SENADORES, CON EL QUE SOLICITAN AL EJECUTIVO EL ENVÍO DE UN PROYECTO DE LEY QUE ENTREGUE A LOS MUNICIPIOS LA MANTENCIÓN DE CAMINOS RURALES (S 936-12)
Honorable Senado:
Considerando:
La difícil situación que afecta a los caminos rurales, cuya mantención insuficiente causa muchas dificultades de desplazamiento a los habitantes de estos sectores quienes deben soportar durante muchos meses del año caminos en mal estado.
Que el desarrollo económico del país ha acentuado el perfil exportador de las regiones, especialmente en el área agrícola, donde malos caminos son un inconveniente para un adecuado transporte de los productos exportables, frutas, hortalizas, vinos, animales, entre otros, ya que producen daños o lesiones que perjudican la calidad de la exportación.
Que el sistema actual, en el cual el Ministerio de Obras Públicas –a través de la Dirección de Vialidad- mantiene los caminos licitándolos periódicamente a empresas que se comprometen a la correspondiente mantención no ha funcionado. La situación deficitaria es un hecho recurrente en las zonas rurales, las que se quejan por el atraso en la reparación de los caminos, su mala calidad técnica o, simplemente, que ella no tiene lugar con más frecuencia de la imaginable.
Que, por otra parte, la capacidad instalada de los municipios se desaprovecha al mantener esta responsabilidad en entes centrales, en circunstancias que muchos alcaldes y concejales señalan que ellos, con el mismo financiamiento, podrían tener mejores resultados si fuese de ellos la tarea.
Que de igual modo, el control ciudadano que permite un reclamo de las comunidades rurales a sus autoridades por malas gestiones se podría hacer efectivo con mayor realismo y eficacia si quienes son los últimos responsables son los municipios. Reclamar ante la Dirección de Vialidad en Santiago parece remoto e inaccesible.
Que las autoridades actuales del Ministerio de Obras Públicas, cuando ha sido requeridas para dar este paso han señalado su imposibilidad de acceder a esta solicitud por así disponerlo la ley. En respuesta a una solicitud formulada desde el Senado (el 8 de agosto de 2006, por petición del Senador Hernán Larraín), el Ministerio respondió (el 20 de diciembre de 2006, que “esta Dirección (de Vialidad) no puede acceder a lo solicitado por el H. Senador, de entregar recursos a las municipalidades para que éstas desarrollen funciones propias de vialidad, salvo que se modifique la legislación vigente”, lo cual viene a indicar el camino a seguir en orden a lograr que se pueda descentralizar la mantención de los mencionados caminos a los municipios respectivos, con el debido financiamiento.
Y teniendo presente que la iniciativa legislativa para modificar la legislación actualmente en aplicación es exclusiva de la Presidenta de la República, por así disponerlo la Constitución Política de la República, es que venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO
“El Senado acuerda solicitar a la Presidenta de la República, señora Michele Bachelet, tenga a bien ordenar el estudio y posterior presentación de un proyecto de ley a través del cual las funciones de mantención de los caminos rurales que hoy son ejercidas por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, sean traspasadas, con su respectivo financiamiento, a los Municipios en donde se encuentran esos caminos, asegurando con ello un trabajo efectivo, de carácter descentralizado, en la gestión de mantención, reparación y mejoramiento de los caminos rurales que afectan la vida cotidiana de cientos de miles de personas, así como el transporte de un importante volumen de carga que requiere un mejor trato.”
(Fdo.):Hernán Larraín Fernández, Senador
PROYECTO DE ACUERDO DEL HONORABLE SENADOR PROKURICA Y DIVERSOS OTROS HONORABLES SENADORES, MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN AL MINISTERIO DE HACIENDA UN AUMENTO EN EL PLAZO PARA LA REPROGRAMACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE PEQUEÑOS EMPRESARIOS (S 937-12)
Honorable Senado:
Fundamentos
Considerando:
Que la micro, pequeña y mediana empresa (Mipyme) es el motor fundamental de la economía chilena, por el número de empresas que representa, y por la cantidad de servicios y productos que entrega a la comunidad, además del hecho de que muchas personas emprenden proyectos productivos por necesidad ante la imposibilidad de encontrar trabajo, y que gran parte de los ocupados depende de pequeñas y medianas empresas;
Que actualmente el desarrollo y crecimiento país está prácticamente paralizado, y las políticas microeconómicas del Gobierno no han permitido al sector desarrollarse con holgura;
Que dentro de las políticas impulsadas por el Plan Chile Compite el 19 de julio de 2006, por el Ministerio de Hacienda para fomentar y potenciar el crecimiento de la Mipyme, y que busca reducir las multas e intereses a los contribuyentes deudores con el fin de que cumplan sus obligaciones tributarias en trámite, nombrado “Facilidades para el cumplimiento tributario”, no ha sido lo esperado ni por el Gobierno, ni por los pequeños empresarios;
Que las expectativas del Ministerio de Hacienda fueron demasiado elevadas con la medida , ya que ha existido un bajo o prácticamente nulo interés por los deudores tributarios para la condonación de sus deudas, debido a que el acceso al beneficio es bastante restrictivo;
Que el plazo de 12 meses es completamente insuficiente para reprogramar el pago de deudas tributarias para pequeños empresarios deudores que en su gran mayoría tienen la voluntad y no los recursos para saldar sus deudas;
Que de la proyección del Ministerio de Hacienda de llegar a 297 mil beneficiados de 362 mil deudores, tan solo 35.361 pequeños empresarios, es decir cerca del 10% se han acogido a este beneficio;
Que la facultad de condonar intereses y multas es adecuada para algunos pequeños empresarios, pero es completamente insuficiente para quienes han aumentado de manera exponencial sus deudas, ya que la ley establece una tasa de interés mensual de 1,5% para deudas tributarias, tasa demasiado elevada que se traduce en enormes dificultades para servir sus deudas, las cuales, en definitiva, son imposibles de manejar. Por esto el Estado debiera tener un criterio diferenciado con la Mipyme para el pago de las deudas tributarias, con multas e intereses proporcionales al atraso, como ocurre actualmente con los bancos;
Que de la facultad de la Tesorería General de la República para condonar multas e intereses a los deudores tributarios de hasta un 100%, el Ministerio de Hacienda puede proponer beneficios de mayor envergadura para los afectados, traduciéndose en una materia netamente de voluntad política;
Que si no se toman medidas al respecto, la Tesorería General de la República estaría obligada a ejecutar a más de 100 mil deudores, con lo cual nadie ganaría ya que el fisco no recaudaría mayores recursos por deudas tributarias, y el pequeño empresario seguiría afectado, además de perjudicar enormemente al empleo, crecimiento y desarrollo país;
En base a las consideraciones anteriores solicito al H. Senado la aprobación del siguiente
Proyecto de Acuerdo
Que se oficie al Ministro de Hacienda, para que dentro de las esferas de sus atribuciones, disponga el aumento en el plazo para la reprogramación en el pago de deudas tributarias para los pequeños empresarios, y así se puedan beneficiar un mayor número de deudores que tienen la voluntad de pagar sus deudas tributarias, pero que por restricciones (plazos) no han podido reprogramar dichas deudas.
(Fdo.):Baldo Prokurica Prokurica, Senador
PROYECTO DE ACUERDO DEL HONORABLE SENADOR PROKURICA Y DIVERSOS OTROS HONORABLES SENADORES CON EL QUE SOLICITAN AL GOBIERNO MANIFESTAR PREOCUPACIÓN ANTE ORGANISMOS INTERNACIONALES QUE INDICAN POR RESTRICCIONES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y SUS GARANTÍAS EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (S 938-12)
Honorable Senado:
La situación de los derechos humanos en Venezuela es un asunto de la mayor relevancia y que demanda la mayor preocupación. De ello da cuenta una serie de organismos internacionales encargados de su tutela.
Desde que el Presidente Hugo Chávez asumió la presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, el deterioro a la protección en general de los derechos civiles y políticos en ese país ha ido en franco deterioro y es cada vez más evidente el riesgo de segregación de un sector de la sociedad venezolana a razón de su disenso político. Los distintos informes internacionales sobre la materia son claros y expresan, en términos categóricos, que la situación de derechos como, por ejemplo, la libertad de expresión, se encuentra amenazado.
Un ejemplo de lo anterior, lo constituye el último informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre Venezuela (Capítulo IV), del año 2005, que da cuenta en una serie de sus secciones de la preocupación por la existencia de una tendencia dirigida a intimidar, hostigar y estigmatizar a personas u organizaciones que se pronuncian en disenso de las políticas o funcionarios del gobierno. Preocupa asimismo a la Comisión en dicho informe, el debilitamiento las garantías básicas para el ejercicio de la defensa de los derechos humanos, la libertad de expresión y la oposición política.
El ejercicio de la libertad de expresión en Venezuela sigue siendo un tema de preocupación para la CIDH. La Comisión ha constatado que los medios de comunicación despliegan una actitud crítica de los actos del gobierno. Sin embargo, la Comisión nota tal como sugirió en su Informe sobre Derechos Humanos en Venezuela del año 2003, que el posicionamiento crítico por parte de medios privados no justifica restricciones a la libertad de expresión contrarias a normas internacionales e interamericanas.
Durante el año 2005, la CIDH recibió, a través de su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, reportes de distintas situaciones que afectan el normal ejercicio de este derecho fundamental. La información recibida da cuenta de la promulgación de leyes que en su aplicación pueden afectar a la libertad de expresión; de un aumento en la iniciación de procesos penales en contra de periodistas a través de estas leyes; de denuncias sobre acciones desplegadas por parte de agencias estatales encargadas de la
percepción de tributos que han impactado en el ejercicio de la libertad de prensa; de acciones discriminatorias en el otorgamiento de publicidad oficial; así como de ataques, hostigamientos, detenciones e intimidaciones de periodistas por efectivos militares.
Algunos hechos de que dio cuenta dicho informe, como atentatorios contra la libertad de expresión, son los siguientes:
1) Promulgación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión a finales de 2004. Sus restricciones definidas de maneras vagas y combinadas con sanciones altamente punitivas crean condiciones ideales para la autocensura en los medios. Lo anterior, mientras tanto se favorece a la programación estatal, otorgando 70 minutos semanales a la información exclusivamente solicitada por el Poder Ejecutivo y dándole control a una comisión integrada por el Estado para promover la “programación y producción nacional independiente”.
2) Creación del Directorio y el Consejo de Responsabilidad Social, ambas organizaciones con amplio poder para sancionar sin los límites necesarios para cualquier organización de este tipo. La Comisión y la Relatoría para la Libertad de Expresión consideran que la operación de estos organismos en la manera prevista en la Ley facilita el ejercicio de la censura previa y posterior por parte del Estado.
3) Reforma al Código Penal efectuada en marzo de 2005, que fortalece y expande un marco legal que criminaliza formas de expresión protegidas por la Convención Americana, tanto por periodistas como por ciudadanos privados. Asimismo, expande a las normas de desacato en número de funcionarios públicos protegidos y en contenido, aumentan las penas para desacato y otras formas de difamación, injuria, instigación, ultraje y calumnia, entre otros delitos y criminaliza nuevos tipos de protesta en contra del gobierno, tanto en el ámbito público como privado, y aumenta las penas para las violaciones a estas normas.
4) Explosivo aumento, desde la promulgación del nuevo Código Penal, de las imputaciones por el Ministerio Público venezolano, a periodistas y medios por violar las nuevas normas. Resulta preocupante para la CIDH que según la información que dan cuenta distintas agencias, durante el año 2005 aumentaron en más del doble los juicios contra periodistas en comparación con acciones similares iniciadas durante el año 2002.
Los casos como los recién expuestos no son los únicos. Ellos suman y siguen. Según la información transmitida por organizaciones no gubernamentales a la CIDH durante en octubre de 2005, los programas de información se han reducido en una mitad en las emisoras privadas del país. También un número importante de programas de opinión dirigidas por periodistas críticos de la gestión de gobierno han sido eliminados del aire. En el caso de una emisora privada, cuatro programas de opinión dirigidos por periodistas reconocidos fueron removidos del aire.
Otros ejemplos recientes del atentado a la libertad de expresión, lo constituye la reciente revocación de la concesión de Radio Caracas Televisión, acusada por el oficialismo de medio golpista.
Es innegable que toda persona tiene derecho a ejercer legítimamente su libertad de expresión, reunión, asociación y conciencia, y que estas constituyen una forma de pluralismo necesario para garantizar los derechos reconocidos en los diversos instrumentos internacionales de derechos humanos y fortalecer las instituciones democráticas. La obstrucción u amedrentamiento a estas libertades dejan a las personas y a los diversos sectores de la sociedad sin instrumentos para defender sus intereses, protestar, criticar, proponer y ejercer el rol fiscalizador y de ciudadano activo en ejercicio de su soberanía popular dentro del sistema democrático.
Por lo anterior, que evidencia una flagrante violación a las obligaciones a la Carta Americana de Derechos Humanos, es que venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO
“Solicitar a la Presidenta de la República expresar el enérgico rechazo de la República de Chile a la crítica situación de la libertad de expresión y sus garantías en la República Bolivariana de Venezuela, en los términos consagrados por el Art. 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, solicitándole asimismo que interceda ante el gobierno de dicha nación, por las víctimas que se han visto restringidas en si legítimo ejercicio de este derecho, manifestando además la preocupación nacional ante todos los foros políticos que correspondan, considerando desde luego a la Asamblea General, el Consejo Permanente o las Reuniones de Consulta en el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA), al alero de la cual se desarrolla el sistema interamericano de protección a los Derechos Humanos, integrado tanto por la Comisión como la Corte Interamericana de DD.HH.”.
(Fdo.):Baldo Prokurica Prokurica, Senador
PROYECTO DE ACUERDO DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI Y DIVERSOS OTROS HONORABLES SENADORES, CON EL CUAL SOLICITAN AL EJECUTIVO LA INCORPORACIÓN DE UNA ASIGNACIÓN DE ZONA PARA FUNCIONARIOS ASISTENTES DE EDUCACIÓN (S 940-12)
Honorable Senado:
FUNDAMENTOS
1.-En la ciudad de Santiago, con fecha 12 de Septiembre de 2006, se celebró un acuerdo entre el Ministerio de Educación y los dirigentes del Consejo Nacional de Co-docentes de Chile, un protocolo de acuerdo que tiene por objeto establecer un nuevo marco regulatorio que siente las bases de reconocimiento que el Ministerio de Educación realiza al trabajo que cumple el sector Asistente de Educación
2.- En los distintos establecimientos educacionales del país se desempeñan alrededor de setenta mil personas, quienes conforman el denominado sector no docente, constituido por Administrativos, Asistentes de Párvulos, Inspectores, Vigilantes, Auxiliares de Servicio, Encargados de Laboratorio, entre otros quienes desarrollan una importante labor en el proceso educativo de los niños y jóvenes de nuestro país.
3.- En la propuesta de estatuto regulatorio efectuada por el Directorio del cuerpo no docente, en sus artículos 46 y siguientes se contemplaba el establecimiento de una asignación de zona que consistirá en un porcentaje sobre el sueldo mínimo nacional, equivalente -en cada caso- al establecido para los funcionarios del sector público, según el lugar en que ejecuten sus funciones.
4.-Que dicha asignación de zona corresponda asimismo a los profesionales de la educación, de acuerdo al Estatuto que rige su desempeño profesional en donde expresamente se reconoce el pago de esta asignación para dichos profesionales.
5.- Sin embargo lo anterior, en el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Educación y los señores dirigentes del Consejo Nacional de co-docentes no se recoge el establecimiento de una asignación de zona para los funcionarios asistentes de educación, que se regirán por el nuevo marco regulatorio que ambas partes se han comprometido a aceptar.
6.- Que dicha exclusión de asignación de zona para este tipo de funcionarios constituye una clara discriminación, que no tiene fundamento alguno, puesto que los mismos profesionales de la educación, quienes se desempeñan en los mismos establecimientos que los funcionarios asistentes, si reciben dicha asignación, al igual que otros funcionarios que forman parte del sector público de nuestro país y que viven en zonas extremas.
Por las razones antes expuestas, venimos en presentar el siguiente,
Proyecto de Acuerdo
Solicitar a S.E, la Sra Presidenta de la República, Michelle Bachelet, la incorporación del establecimiento de una Asignación de Zona para los funcionarios Asistentes de Educación, en el contexto del nuevo marco regulatorio, que próximamente será presentado por el Gobierno, a raíz del acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Educación y los Sres. dirigentes del Consejo Nacional de Co- docentes de Chile.
(Fdo.):Carlos Bianchi Chelech, Senador